LA GACETA N° 79 DEL 25 DE ABRIL DEL 2013

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

N° 37607-C

N° 37.608-MP

Nº 37612-C

Nº 37630-MTSS

N° 37632-S

Nº 37640-RE

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

HACIENDA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

PODER JUDICIAL

RESEÑAS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIONES

JUSTICIA Y PAZ

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA

SUR DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

JUSTICIA Y PAZ

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

BANCO DE COSTA RICA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA

SUR DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS

AVISOS

REGLAMENTOS

AVISOS

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD NACIONAL

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

MUNICIPALIDAD DE SAN MATEO

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

N° 37607-C

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en los artículos 89 y 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política y 25.1 de la Ley General de la Administración Pública, y en la Ley Nº 8560, del 16 de noviembre del 2006, publicada en La Gaceta Nº 237 del 11 de diciembre del 2006 (Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial).

Considerando:

I.—Que la ciudad de Liberia tuvo su origen en el contexto histórico-social y económico de las haciendas ganaderas guanacastecas, a mediados del siglo XVIII.

II.—Que una de las tradiciones asociadas a la ganadería, más arraigadas en el pueblo liberiano, es la denominada el “tope de toros”, que tiene lugar cada año con ocasión de las fiestas cívicas que se realizan en el mes de febrero.

III.—Que las fiestas cívicas liberianas, se remontan al primer tercio del siglo XIX y entre sus actividades más importantes destaca el “juego o monta de toros”, estrechamente vinculado al tope de toros.

IV.—Que esta tradición consiste en el “tope” que se realiza en el río Liberia, a la altura del Puente Real, al mediodía, de los toros traídos de las haciendas para ser montados en las fiestas, los cuales son entregados por el mandador de hacienda al mandador de toros de la Comisión de Fiestas y así iniciar el “paseo de los toros” por la ciudad hasta el toril, acompañados de la banda musical y mascaradas, con la custodia de los hombres de a caballo.

V.—Que el tope de toros en Liberia está acompañado de expresiones musicales, festivas y gastronómicas locales, así como artesanales propias de la talabartería, tal es el uso de albardas, pellones y otros aperos en los caballos.

VI.—Que a pesar de haber sufrido algunos cambios, como son el arreo de animales mansos -por razones de seguridad- en lugar de los originalmente bravíos, la participación de mujeres y niños, entre otros, esta tradición forma parte de la cultura viva e identidad de los liberianos. Por tanto:

Decretan:

Artículo 1°—Declarar la tradición denominada Tope de Toros, como manifestación del patrimonio cultural inmaterial liberiano y guanacasteco.

Artículo 2°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintidós días del mes de febrero del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Cultura y Juventud, Manuel Obregón López.—1 vez.—O. C. N° 18079.—Solicitud N° 41269.—C-21170.—(D37607-IN2013024900).

N° 37.608-MP

EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución Política.

Decretan:

Amplíase la convocatoria a sesiones extraordinarias a la Asamblea Legislativa, hecha por el Decreto Ejecutivo 37.411-MP, a fin de que se conozca el siguiente proyecto de ley:

EXPEDIENTE Nº 18.084: Reforma al artículo 172 de la Constitución Política de la República de Costa Rica (Consejos de Distrito).

Artículo 2°—Rige a partir del 19 de marzo de 2013.

Dado en la Presidencia de la República, a los diecinueve días del mes de marzo de dos mil trece.

LUIS LIBERMAN GINSBURG.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. N° 18092.—Solicitud N° 046.—C-9400.—(D37608-IN2013024562).

Nº 37612-C

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 20), artículo 146 de la Constitución Política, 25.1 de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978; la Ley N° 7555, Ley de Patrimonio Histórico Arquitectónico de Costa Rica del 4 de octubre de 1995, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 199 del 20 de octubre de 1995 y el Decreto Ejecutivo Nº 32749-C, Reglamento a la Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica (ley 7555) del 14 de marzo del 2005, publicado en La Gaceta Nº 219 del 14 de noviembre del 2005.

Considerando:

I.—Que la Palestra de Ciudad Colón, cantón de Mora, se construyó en 1946 en ladrillo según diseño del arquitecto José María Barrantes Monge, con elementos del neocolonial y para servir como teatro en la comunidad.

II.—Que La Palestra representa las ideas de renovación religiosa del Arzobispo Víctor Manuel Sanabria a través de los proyectos de la Juventud Obrero Católica y el impulso del cura Ramón Secundino Varela Ortiz, así como los esfuerzos de la Parroquia de Ciudad Colón por aumentar la formación cultural y religiosa de sus vecinos.

III.—Que La Palestra ocupa un lugar de primer orden en el imaginario colectivo de varias generaciones de Ciudad Colón, por los eventos comunales (religiosos y sociales), que se han dado ahí.

IV.—Que La Palestra suma a su escala y proporciones una carga emotiva y simbólica que lo convierten en un hito visual y referencial de la ciudad.

V.—Que forma parte del conjunto histórico del centro de Ciudad Colón.

VI.—Que por las condiciones histórico-arquitectónicas citadas, y con fundamento en la Ley N° 7555, Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica y el Decreto Ejecutivo N° 32749-C, Reglamento a la Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica; el Ministerio de Cultura y Juventud realizó la instrucción del procedimiento administrativo para declarar e incorporar al Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, el inmueble en cuestión.

VII.—Que por Acuerdo Firme N° 6 la Comisión Nacional de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, en Sesión No. 05 celebrada el 25 de abril del 2012, emitió la opinión favorable, requerida por el artículo N° 7 de la Ley N° 7555, Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica y el artículo N° 9 inciso b) del Decreto Ejecutivo N° 32749-C, Reglamento a la Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica.

VIII.—Que es deber del Estado conservar, proteger y preservar el patrimonio histórico-arquitectónico y cultural de Costa Rica. Por tanto:

Decretan:

Artículo 1°—Declarar e incorporar al Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, el inmueble conocido como “TEATRO LA PALESTRA”, con un área de 25 metros de ancho por 40 metros de largo, que se encuentra sin inscribir en el Registro Nacional, ubicado en la provincia de San José, Cantón Mora, Distrito Ciudad Colón, exactamente en la esquina noreste de la manzana que ocupa el Templo Católico de ciudad Colón, en posesión de Las Temporalidades de la Arquidiócesis de San José.

Artículo 2°—Informar al propietario, poseedor y/o titulares de derechos reales del inmueble, que esta declaratoria le impone las siguientes obligaciones:

a.  Conservar, preservar y mantener adecuadamente el inmueble.

b.  Informar sobre su estado y utilización al Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Cartera Ministerial, cuando éste lo requiera.

c.  Permitir el examen y el estudio del inmueble por parte de investigadores, previa solicitud razonada y avalada por el Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Cartera Ministerial.

d.  Permitir la colocación de elementos señaladores de la presente declaratoria, en la estructura física del inmueble.

e.  Permitir las visitas de inspección que periódicamente realizarán los funcionarios acreditados por el Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Cartera Ministerial, y colaborar con ellos, en la medida de sus posibilidades, para determinar el estado del inmueble y la forma en que se está atendiendo su protección y preservación.

f.   Cumplir con la prohibición de colocar placas y rótulos publicitarios de cualquier índole que, por su dimensión, colocación, contenido o mensaje, dificulten o perturben la contemplación del inmueble.

g.  Solicitar autorización al Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Cartera Ministerial antes de reparar, construir, restaurar, rehabilitar o ejecutar cualquier clase de obras que afecte la edificación o su aspecto.

Artículo 3°—Informar al propietario, poseedor y/o titulares de derechos reales sobre el inmueble, que esta declaratoria prohíbe su demolición, o remodelación parcial o total, sin la autorización previa del Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural de esta Cartera Ministerial.

Artículo 4°—Su eventual restauración se hará bajo la supervisión y dirección técnica del Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural, del Ministerio de Cultura y Juventud.

Artículo 5°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los trece días del mes de febrero del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Cultura y Juventud, Manuel Obregón López.—1 vez.—O. C. N° 18079.—Solicitud N° 41268.—C-39970.—(D37612-IN2013024899).

Nº 37630-MTSS

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE TRABAJO

Y SEGURIDAD SOCIAL

En ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 33, 140, incisos 3) y 18), y 146 de la Constitución Política y en el artículo 27 de Ley General de la Administración Pública, N° 6227 de 2 de mayo de 1978; en la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, ratificada por Ley Nº 6968, del 2 de octubre de 1984; en el Convenio N° 111 de la Organización Internacional del Trabajo, “Convenio relativo a la Discriminación en Materia de Empleo y Ocupación”, ratificado por Ley Nº 2848, del 26 de octubre de 1961; en el Convenio 144 de la Organización Internacional del Trabajo, “Consultas Tripartitas para Promover la Aplicación de las Normas Internacionales del Trabajo”, ratificado por Ley N° 6571, del 23 de abril de 1981; en la Ley Nº 8107, del 18 de julio de 2001, “Incorporación de un nuevo Título Undécimo al Código de Trabajo”; y, en los artículos 1 y 6 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ley Nº 1860, del 21 de abril de 1955.

Considerando

I.—Que mediante Decreto Ejecutivo N° 36244-MTSS del diez de agosto del año dos mil diez, se emite el decreto denominado: “Creación de la Comisión Técnica Tripartita para la Igualdad y Equidad de Género en el trabajo”.

II.—Que en el artículo 1° de este Decreto se crea la Comisión Técnica Tripartita para la Igualdad y Equidad de Género en el trabajo, como órgano asesor del Despacho del Ministro o Ministra del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en materia de igualdad y equidad de género.

III.—Que en el artículo 5° de este Decreto se estableció que las sesiones de dicha Comisión se realizarán con la participación de al menos tres de los integrantes de la Comisión, quienes deben representar a cada uno de los sectores. Los acuerdos se aprobarán por mayoría simple y cada sector representado contará con un solo voto.

IV.—Que para efectos de definir la competencia de dicha Comisión y con el fin de asegurar la transparencia en los acuerdos que se tomen, se hace necesario precisar la redacción del texto actualmente vigente de los artículos 1° y 5° del Decreto Ejecutivo N° 36244-MTSS. Por tanto:

Decretan:

REFORMA A LOS ARTÍCULOS 1° Y 5° DEL DECRETO

EJECUTIVO N° 36244-MTSS, “CREACIÓN DE LA

COMISIÓN TÉCNICA TRIPARTITA PARA

LA IGUALDAD Y EQUIDAD DE

GÉNERO EN EL TRABAJO”

Artículo 1°—Refórmese el artículo 1° del Decreto Ejecutivo N° 36244-MTSS, “Creación de la Comisión Técnica Tripartita para la Igualdad y Equidad de Género en el trabajo”, para que se lea de la siguiente manera:

“Artículo 1º—Créase la Comisión Técnica Tripartita para la Igualdad y la Equidad de Género en el trabajo, cómo una instancia especializada en materia de igualdad y equidad de género, adscrita al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.”

Artículo 2°—Refórmese el artículo 5° del Decreto Ejecutivo N° 36244-MTSS, “Creación de la Comisión Técnica Tripartita para la igualdad y equidad de género en el trabajo”, para que se lea de la siguiente manera:

“Artículo 5º—Las sesiones se realizarán con la participación de al menos tres de los integrantes de la Comisión, quienes deben representar a cada uno de los sectores. Los acuerdos se adoptarán por consenso y en caso de no lograrse se decidirá por mayoría simple de los miembros presentes, contando cada sector representado con un solo voto.”

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el primer día del mes de abril del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Olman Segura Bonilla.—1 vez.—O.C. N° 18053.—Solicitud N° 61912.—C-31980.—(D37630-IN2013024910).

N° 37632-S

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146) de la Constitución Política; artículo 28 párrafo segundo inciso b) de la Ley Nº 6227 de 2 de mayo de 1978 “ Ley General de Administración Pública”; artículos 2, 3, 4, 117 de la Ley General de Salud, Ley Nº 5395 de 30 de octubre de 1973; la Ley del Sistema Nacional para la Calidad, Ley Nº 8279 del 2 de mayo del 2002; y, la Ley de Aprobación del Acta Final en que se incorporan los resultados de la Ronda de Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales, Ley Nº 7475 del 20 de diciembre de 1994.

Considerando:

I.—Que la salud de la población es tanto un derecho humano fundamental, como un bien de interés público tutelado por el Estado.

II.—Que es competencia del Ministerio de Salud definir la política, la regulación, la planificación y la coordinación de todas las actividades públicas y privadas relacionadas con la salud.

III.—Que los productos alérgenos son de importancia para realizar el diagnóstico in vivo y el tratamiento de enfermedades de tipo alérgico y que su disponibilidad y buen uso es vital para obtener de ellos el resultado esperado a efecto de favorecer la salud de las personas.

IV.—Que al no existir a nivel internacional disposiciones que establezcan los requisitos para el registro de los productos alérgenos, no se tiene parámetros para ajustar la normativa nacional de registro sanitario.

V.—Que la incidencia de enfermedades alérgicas en Costa Rica, es muy alta comparada con la de otros países y por ello la terapia desensibilizante con medicamentos alérgenos es de gran valor para la salud pública, sin embargo, al existir imposibilidad para realizar el registro sanitario, se hace necesario permitir de manera excepcional la importación de tales productos bajo las condiciones establecidas en el Decreto Nº 36358-S, publicado en La Gaceta No. 25 del 04 de febrero del 2011.

VI.—Que debido a su especial naturaleza, el uso de estos productos debe estar bajo la vigilancia estricta del médico alergólogo clínico como un medio de control, y se hace responsable de mantener y aplicar dichas sustancias en forma adecuada. Por tanto:

Decretan:

“Reglamento para la importación de productos alérgenos”

Artículo 1°—Objetivo: El presente reglamento establece los requisitos y condiciones que deben cumplir los interesados en importar productos alérgenos y materias primas para ser utilizados en el país.

Artículo 2°—Ámbito de aplicación: El presente reglamento abarca todos los productos alérgenos y materias primas que se pretendan utilizar a nivel nacional para el diagnóstico o tratamiento de enfermedades alérgicas y que se encuentren bajo el cuidado de un médico alergólogo. Asimismo, es de cumplimiento obligatorio para todo médico alergólogo que solicite la importación de tales medicamentos y para toda droguería que realice dicha importación.

Artículo 3°—Para efectos del presente decreto se considera producto alérgeno: Todo producto destinado a detectar o provocar una modificación específica y adquirida de la respuesta inmunológica a un agente alergizante. Contiene sustancias alergénicas o sus derivados empleadas para el diagnóstico in vivo o el tratamiento de enfermedades alérgicas.

Artículo 4°—La Asociación Costarricense de Alergología e Inmunología, será considerada para los efectos del presente Reglamento, como ente asesor del Ministerio de Salud en materia de alérgenos.

Artículo 5.—Se faculta a los médicos incorporados al Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica y a la Asociación Costarricense de Alergología e Inmunología, que se encuentren en el listado de médicos alergólogos autorizados por el Ministerio de Salud, para que gestionen la importación de los productos alérgenos requeridos para la atención de los pacientes a su cargo.

Artículo 6°—El listado de médicos alergólogos al que se refiere el artículo anterior, estará disponible en la página Web del Ministerio de Salud y será actualizado cada seis meses en coordinación con la Asociación Costarricense de Alergología e Inmunología.

Artículo 7°—La importación de productos alérgenos y materias primas, deberá hacerse a través de una droguería que cuente con Permiso Sanitario de Funcionamiento otorgado por el Ministerio de Salud.

Artículo 8°—Será responsabilidad del regente farmacéutico de la droguería que importe y maneje productos alérgenos a nivel nacional, verificar que la solicitud sea suscrita por un médico que se encuentre en el listado de médicos alergólogos autorizados y asegurar que el medicamento importado de esta manera, sea despachado única y exclusivamente a dicho profesional.

Artículo 9°—Los medicamentos o productos alérgenos que podrán importarse con base en el artículo anterior, serán únicamente los incluidos en el Listado de Alérgenos para Diagnóstico y Tratamiento de las Reacciones Alérgicas publicado para tal efecto en la página Web del Ministerio de Salud. Este listado podrá ser actualizado a solicitud de la Asociación Costarricense de Alergología e Inmunología.

Artículo 10.—Las materias primas que contienen las sustancias activas presentes en los productos alérgenos que podrán importarse, son las incluidas en el Listado de Materias Primas Alérgenas publicado para tal efecto en la página Web del Ministerio de Salud. Este listado podrá ser actualizado a solicitud de la Asociación Costarricense de Alergología e Inmunología.

Artículo 11.—Los dispositivos utilizados dentro de las terapias alergológicas que clasifiquen como equipo o material biomédico, serán regulados de acuerdo con la normativa específica vigente.

Artículo 12.—Los médicos alergólogos del listado serán los únicos autorizados para la administración de los medicamentos alérgenos requeridos para el diagnóstico y tratamiento de los pacientes a su cargo y serán responsables de:

1.  Garantizar la conservación de los productos alérgenos en su consultorio y contar con la garantía de la cadena de frío de tales productos cuando aplique.

2.  Contar con las instalaciones habilitadas, así como con los equipos y materiales necesarios para atender reacciones graves de acuerdo al tipo de producto que está siendo administrado a los pacientes.

3.  Corroborar la potencia biológica del producto alérgeno en los pacientes específicos.

4.  Dar seguimiento de las reacciones adversas que presenten los pacientes a los que se les administren tales productos.

5.  Notificar por escrito a la Dirección de Regulación de la Salud del Ministerio de Salud sobre las reacciones adversas que se presenten, utilizando el formulario diseñado para tal efecto.

Artículo 13.—Para la importación de los productos alérgenos y materias primas se deberá presentar ante el Ministerio de Salud (en la Ventanilla Única de la Promotora de Comercio Exterior (PROCOMER), adicionalmente al formulario de desalmacenaje debidamente completado, lo siguiente:

1.  Certificado emitido por la autoridad sanitaria del país fabricante del producto que indique el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Manufactura.

2.  Certificado original firmado por el responsable del laboratorio fabricante de que el producto está libre de virus VIH-SIDA, hepatitis B y C. Este requisito aplica únicamente para los productos alérgenos derivados de sangre humana o que contengan derivados de la misma.

3.  Evaluación del riesgo de transmisión de virus y encefalopatías espongiforme transmisibles. Este requisito aplica únicamente para los productos alérgenos que contengan tejidos derivados de bovinos, ya sea en la producción, como materia prima o como excipiente.

Artículo 14.—El presente reglamento rige a partir de un mes después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los treinta y un días del mes de octubre del dos mil doce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Salud, Dra. Daisy María Corrales Díaz.—1 vez.—O. C. N° 14143.—Solicitud N° 114-600-00061.—C-49220.—(D37632-IN2013024901).

Nº 37640-RE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES

EXTERIORES Y CULTO

En uso de las facultades que les confiere el artículo 140, incisos 3) y 12) y 146 de la Constitución Política y el artículo 27, inciso 1) y 28 inciso 2.b de la Ley General de Administración Pública.

Considerando:

I.—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 37376-RE publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 212, Alcance Digital Nº 171 de fecha 2 de noviembre del 2012, se declara de interés público “Las Presidencia Pro Témpore que ostentará Costa Rica en el Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), la celebración de la Reunión Ordinaria de Jefes de Estado y de Gobierno del SICA, las Cumbres Extraordinarias del SICA, Los Foros y demás actividades y Reuniones relacionadas con la Agenda Regional del SICA”.

II.—Que es una prioridad nacional y pública el desarrollo de las relaciones internacionales como medio fundamental para promover el mejoramiento socioeconómico de la población y su calidad de vida.

III.—Que con el objetivo de promover el intercambio de experiencias entre los Estados Unidos de América y la República de Costa Rica, así como para fortalecer los lazos de amistad y cooperación entre ambos países, se invitó a realizar una visita oficial al Presidentes de los Estados Unidos de América en aras de la consecución de los más altos intereses de la Nación.

IV.—Que Costa Rica asumió la Presidencia Pro Tempore del SICA, del 1º de enero al 30 de junio del 2013, establecida en el Protocolo de Tegucigalpa, por lo que corresponderá al país ser la sede de la Reunión Extraordinaria de Jefes de Estado y de Gobierno del SICA con el Presidente de los Estados Unidos de América, como también le corresponde durante el periodo ser el vocero de Centroamérica durante el semestre que ostenta dicha presidencia.

V.—Que según los artículos 12, 13, 14 y 15 del Protocolo de Tegucigalpa la Reunión de Presidentes es el Órgano supremo del Sistema de la Integración Centroamericana, se realizará ordinariamente cada semestre, y extraordinariamente cuando así lo decidan los Presidentes. A la Presidencia Pro Témpore le corresponde la realización de las actividades preparatorias y la celebración de la Reunión ordinaria y extraordinarias de Jefes de Estado y de Gobierno del SICA, que son de vital importancia para los intereses del país en materia de concertación política, cooperación técnica, económica, comercial, cultural y para el fortalecimiento de los procesos de integración en la región, de conformidad con las obligaciones asumidas por la República de Costa Rica en el marco del Sistema de la Integración Centroamericana. Por tanto:

Decretan:

“DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO DE LA VISITA

DEL SEÑOR BARACK OBAMA, PRESIDENTE DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, PARA PARTICIPAR

EN LA REUNIÓN EXTRAORDINARIA DE JEFES DE

ESTADO Y DE GOBIERNO DEL SICA, ASÍ COMO DE

LAS REUNIONES PREPARATORIAS, DE LAS ACCIONES

Y ACTIVIDADES INHERENTES A LA MISMA QUE SE

REALIZARÁN DURANTE EL MES DE MAYO DEL 2013”

Artículo 1º—Se declara de interés público la Visita del señor Barack Obama, Presidente de los Estados Unidos de América, que se celebrará del 3 al 4 de mayo del 2013, así como todas las actividades que realice el Gobierno de la República relacionadas con la organización, preparación y realización de los eventos previos y durante dicha visita.

Artículo 2º—Se faculta a la Administración Pública Central, a las instituciones y a las empresas del Estado para que dentro del marco de sus competencias y en estricto apego al ordenamiento jurídico, brinden las facilidades y la cooperación requeridas en la realización de las actividades que se llevarán a cabo en Costa Rica con motivo de la visita del señor Barack Obama, Presidente de los Estados Unidos de América y su participación en la Reunión Extraordinaria de Jefes de Estado y de Gobierno del SICA.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los doce días del mes de abril del año dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Enrique Castillo Barrantes.—1 vez.—O. C. N° 18087.—Solicitud N° 5938.—C-34800.—(D37640-IN2013024914).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 761-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confiere el Artículo 47, Inciso 3 de la Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

I.—Que el señor Manuel Obregón López, viajará del 28 al 29 de noviembre de 2012, a Managua, Nicaragua, para participar en la XVII Reunión del Consejo de Ministros de Cultura de la CECC/SICA.

II.—Que con motivo de la ausencia del señor Ministro de Cultura y Juventud, se hace imperativo designar a un titular a.i. en esa Cartera. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Manuel Obregón López, cédula N° 1-565-129, Ministro de Cultura y Juventud, para que para que participe en la XVII Reunión del Consejo de Ministros de Cultura de la CECC/SICA, a realizarse en Managua, Nicaragua, el 29 de noviembre de 2012. Cabe señalar que el señor Obregón López, estará saliendo de Costa Rica, el 28 de noviembre de 2012 y regresando a Costa Rica, el 29 de noviembre de 2012.

Artículo 2º—El transporte internacional, el hospedaje, la alimentación, serán cubiertos por la CECC/SICA.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Manuel Obregón López, nombrar a la  señora Ileana González Álvarez, Viceministra Administrativa, cédula Nº. 1-460-541, como Ministra a.i. de Cultura y Juventud.

Artículo 4º—Rige a partir de las 16:06 horas del día 28 de noviembre de 2012 hasta las 19:11 horas del día 29 de noviembre de 2012.

Dado en la Presidencia de la República, a los 21 días del mes de noviembre del 2012.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 18052.—Solicitud N° 31731.—C-14100.—(IN2013024610).

Nº 766-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confiere el Artículo N° 47, Inciso 3 de la “Ley General de la Administración Pública” y con fundamento en la Ley 9019 “Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del Año 2012”, del 02 de diciembre de 2011, y el Capítulo IV del “Reglamento de Gastos de Viajes y de Transporte para Funcionarios Públicos” emitido por la Contraloría General de la República, Artículo Nos. 29, 31, 32 y 33.

Considerando:

I.—Que el señor Manuel Obregón López, viajará del 30 de noviembre al 02 de diciembre de 2012, a Guadalajara, México, para asistir a la XXVI Feria Internacional del Libro Guadalajara 2012.

II.—Que con motivo de la ausencia del señor Ministro de Cultura y Juventud, se hace imperativo designar a un titular a.i. en esa Cartera. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Manuel Obregón López, cédula N° 1-565-129, Ministro de Cultura y Juventud, para que participe en la XXVI Feria Internacional del Libro Guadalajara 2012, que se realizará del 24 de noviembre al 02 de diciembre de 2012, en Guadalajara, México. Cabe señalar que el señor Obregón López, estará saliendo de Costa Rica, el 30 de noviembre de 2012 y regresando a Costa Rica, el 02 de diciembre de 2012.

Artículo 2º—El transporte internacional, será cubierto por este Ministerio en el Programa 749-Actividades Centrales, Subpartida 1.05.03-Transporte en el Exterior, por un monto de ¢1.040.740,00 (un millón cuarenta mil setecientos cuarenta colones exactos) equivalentes a $2,000.00 (dos mil dólares exactos); el hospedaje y la alimentación, serán cubiertos por este Ministerio en el Programa 749-Actvidades Centrales, Subpartida 1.05.04-Viaticos al exterior, por un monto de ¢432.448,28 (cuatrocientos treinta y dos mil cuatrocientos cuarenta y ocho colones con veintiocho céntimos), equivalentes a $831.04 (ochocientos treinta y un dólares con cuatro centavos).

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Manuel Obregón López, nombrar a la señora Ileana González Álvarez, Viceministra Administrativa, cédula Nº. 1-460-541, como Ministra a.i. de Cultura y Juventud.

Artículo 4º—Rige a partir de las 07:00 horas del día 30 de noviembre de 2012 hasta las 11:41 horas del día 02 de diciembre de 2012.

Dado en la Presidencia de la República, a los 21 días del mes de noviembre del 2012.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 18052.—Solicitud N° 31732.—C-16920.—(IN2013024606).

N° 798-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el inciso 1 del artículo 139 de la Constitución Política, así como lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 47 de la Ley Nº 6227 o Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978, en la Ley N° 9103 o Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2013, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 242, Alcance digital N° 204 del 14 de diciembre del 2012 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República reformado mediante la Resolución R-DC-10-2012 del 23 de febrero del 2012.

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar al señor Edgar Ayales Esna, Ministro de Hacienda, con cédula de identidad número uno-trescientos ochenta y tres-trescientos diecisiete, para que participe en la Reunión Anual de las Asambleas de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo y la Corporación Interamericana de Inversiones, a celebrarse en Panamá, del 13 de marzo del 2013 al 18 de marzo del 2013.

Artículo 2°—Todos los gastos por concepto de estadía, manutención y otros, e impuestos o cánones transporte de taxis, seguro de vida, que se deban pagar en las terminales de transporte aéreo será cubierto con recursos de la subpartida 10504 por un monto aproximado de $2500 y los gastos por concepto de tiquete aéreo por un monto aproximado de $700 será cubierto por la subpartida 10503, Internet será cubierto con recursos de la subpartida 10204 del programa 132 Administración Superior, del título 206 Ministerio de Hacienda.

Artículo 3°—En tanto dure la ausencia del señor Edgar Ayales Esna, se nombra Ministro a. i. al señor José Luis Araya Alpízar, Viceministro de Egresos, cédula número dos-trescientos veintiocho-ochocientos cincuenta y cinco, a partir de las 11:41 horas del 13 de marzo del 2013 hasta las 9:31 horas del 18 de marzo del 2013.

Artículo 4°—El presente acuerdo rige a partir de las 11:41 horas del 13 de marzo del 2013 hasta las 9:31 horas del 18 de marzo del 2013.

Dado en la Presidencia de la República, a los 8 días del mes de febrero del año 2013.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 17960.—Solicitud N° 10727.—C-16930.—(IN2013024608).

N° 799-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el inciso 1 del artículo 139 de la Constitución Política, así como lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 47 de la Ley N° 6227 o Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978, en la Ley No. 9103 o Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2013, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 242, Alcance digital No. 204 el día 14 de diciembre del 2012 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República reformado mediante la Resolución R-DC-10-2012 del 23 de febrero del 2012.

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar al señor Edgar Ayales Esna, Ministro de Hacienda, con cédula de identidad número uno-trescientos ochenta y tres-trescientos diecisiete, para que participe en la XXVII Reunión de Gobernadores del Istmo Centroamericano y la República Dominicana, a celebrarse en La Antigua, Guatemala, del 19 de febrero del 2013 al 22 de febrero del 2013.

Artículo 2°—Todos los gastos por concepto de estadía, manutención y otros, e impuestos o cánones transporte de taxis, seguro de vida, que se deban pagar en las terminales de transporte aéreo será cubierto con recursos de la subpartida 10504 por un monto aproximado de $1500 y los gastos por concepto de tiquete aéreo por un monto aproximado de $700 será cubierto por la subpartida 10503, Internet será cubierto con recursos de la subpartida 10204 del programa 132 Administración Superior, del título 206 Ministerio de Hacienda.

Artículo 3°—En tanto dure la ausencia del señor Edgar Ayales Esna, se nombra Ministro a. i. al señor José Luis Araya Alpízar, Viceministro de Egresos, cédula número dos-trescientos veintiocho-ochocientos cincuenta y cinco, a partir de las 15:15 horas del 19 de febrero del 2013 hasta las 17:40 horas del 22 de febrero del 2013.

Artículo 4°—El presente acuerdo rige a partir de las 15:15 horas del 19 de febrero del 2013 hasta las 17:40 horas del 22 de febrero del 2013.

Dado en la Presidencia de la República, a los 8 días del mes de febrero del año 2013.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 17960.—Solicitud N° 10726.—C-16920.—(IN2013024560).

Nº 800-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confiere el Artículo 47, Inciso 3 de la Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

I.—Que el señor Manuel Obregón López, viajará del 16 al 22 de setiembre de 2012, a México, para participar de una gira internacional con la Orquesta Sinfónica Manuel María Gutierrez (OSMMG), del Sistema Nacional de Educación Musical (SINEM).

II.—Que con motivo de la ausencia del señor Ministro de Cultura y Juventud, se hace imperativo designar a un titular a.i. en esa Cartera. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Manuel Obregón López, cédula N° 1-565-129, Ministro de Cultura y Juventud, para que para que participe en una Gira Internacional con la Orquesta Sinfónica Manuel María Gutiérrez (OSMMG), del Sistema Nacional de Educación Musical (SINEM), la que se realizará en México, del 16 al 22 de setiembre de 2012.

Artículo 2º—El transporte internacional, el hospedaje, la alimentación, serán cubiertos por el Sistema Nacional de Educación Musical.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Manuel Obregón López, nombrar al señor Iván Rodríguez Rodríguez, Viceministro de Cultura, cédula Nº. 1-0626-0183, como Ministro a.i. de Cultura y Juventud.

Artículo 4º—Rige a partir de las 09:15 horas del día 16 de setiembre de 2012, hasta las 12:55 horas del día 22 de setiembre de 2012.

Dado en la Presidencia de la República, a los 07 días del mes de agosto del 2012.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 13890.—Solicitud N° 31730.—C-14100.—(IN2013024611).

Nº 812-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las facultades que le confiere el artículo 26 inciso b) de la Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo 1º—De conformidad con los principios que se desprenden del artículo 22 bis del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, recargar en el señor Jordi Eduard Prat Cordero, cédula de identidad 1-808-252, Director de Crédito Público del Ministerio de Hacienda, el cargo de Viceministro de Inversión Pública, del Ministerio de Hacienda.

Artículo 2º—Rige a partir del 1 de marzo del 2013.

Dado en la Presidencia de la República el día primero de marzo del año dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 17960.—Solicitud N° 10725.—C-8220.—(IN2013024605).

N° 817-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confiere el Artículo N° 47, Inciso 3 de la “Ley General de la Administración Pública” y con fundamento en la Ley 9019 “Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2012”, del 02 de diciembre de 2011, y el Capítulo IV del “Reglamento de Gastos de Viajes y de Transporte para Funcionarios Públicos” emitido por la Contraloría General de la República, Artículos Nos. 29, 31, 32 y 33.

Considerando:

I.—Que el señor Manuel Obregón López, viajará del 02 al 09 de octubre de 2012, a Cádiz, España, para asistir a la Semana Cultural de Costa Rica en Cádiz.

II.—Que con motivo de la ausencia del señor Ministro de Cultura y Juventud, se hace imperativo designar a un titular a. i. en esa Cartera. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar al señor Manuel Obregón López, cédula N° 1-565-129, Ministro de Cultura y Juventud, para que viaje a España del 2 al 9 de octubre del presente año, para que participe en la Semana Cultural de Costa Rica en Cádiz, que se realizará del 05 al 12 de octubre de 2012 en la ciudad de Cádiz, España.

Artículo 2°—El transporte internacional, será cubierto por este Ministerio en el Programa 749-Actividades Centrales, Subpartida 1.05.03-Transporte en el Exterior, por un monto de ¢777.510.00 (setecientos setenta y siete mil quinientos diez colones exactos) equivalentes a $1,500.00 (mil quinientos dólares exactos); el hospedaje, la alimentación de los días 3, 4 y 8 de octubre, serán cubiertos por este Ministerio en el Programa 749-Actividades Centrales, Subpartida 1.05.04-Viáticos al exterior, por un monto de ¢778.546.68 (setecientos setenta y ocho mil quinientos cuarenta y seis colones con sesenta y ocho céntimos), equivalentes a $1,502.00 (mil quinientos dos dólares exactos). Los gastos de alimentación y hospedaje de los días 5, 6 y 7, serán cubiertos por los organizadores, el día 2 será de traslado aéreo a Madrid por lo que no se le cubrirán viáticos y el desayuno del día 9 está incluido en el Hotel y el resto día por el traslado aéreo no se cubrirán viáticos.

Artículo 3°—En tanto dure la ausencia del señor Manuel Obregón López, nombrar al señor Iván Rodríguez Rodríguez, Viceministro de Cultura, cédula N° 1-0626-0183, como Ministro a.i. de Cultura y Juventud.

Artículo 4°—Rige a partir de las 17:00 horas del día 2 de octubre de 2012, hasta las 15:05 horas del 9 de octubre de 2012.

Dado en la Presidencia de la República, a los 27 días del mes de setiembre del 2012.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 18052.—Solicitud N° 31728.—C-18800.—(IN2013024558).

N° 826-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 139 de la Constitución Política; artículo 47 inciso 3 de la Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

I.—Que por acuerdo 795-P del cuatro de febrero de dos mil trece, modificado por acuerdo 803-P del veintidós de febrero de dos mil trece, se autorizó al señor Mario Zamora Cordero, cédula de identidad N° 2-449-150, Ministro de Gobernación y Policía y de Seguridad Pública, para que asistiera a la actividad denominada “1st INTERPOL Internacional Enforcement Conference” por realizarse en Lyon, Francia, los días del 25 de febrero al 02 de marzo del 2013 (incluye salida y regreso).

2°—Que mediante oficio 0172-2013-DI, de fecha 26 de febrero de 2013, suscrito por la Lic. Silvia Navarro Mora, Directora del Despacho del Señor Ministro, solicita dejar sin efecto lo autorizado, por cuanto por factores de tiempo, se hacía imposible cumplir con la agenda del señor Ministro de Gobernación y Policía y de Seguridad Pública, Lic. Mario Zamora Cordero. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1°—Dejar sin efecto el acuerdo 795-P del cuatro de febrero de dos mil trece, modificado por el acuerdo 803-P, del veintidós de febrero de dos mil trece, con el que se autorizó el viaje a Lyon, Francia, al señor Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía y de Seguridad Pública.

Artículo 2°—Rige a partir de las veintitrés horas cincuenta y cinco minutos del veinticinco de febrero de dos mil trece.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los siete días del mes de marzo del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 17941.—Solicitud N° 108-090-00016.—C-18800.—(IN2013024554).

N° 831-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo establecido en el artículo 140, inciso 12, de la Constitución Política de la República de Costa Rica; y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos,

Considerando:

I.—Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Enrique Castillo Barrantes, viajará a Nueva York, Estados Unidos de América del 17 al 19 de marzo de 2013 para participar de la Conferencia Final de las Naciones Unidas relativa al Tratado sobre el Comercio de Armas, a celebrarse en Nueva York, Estados Unidos de América.

II.—Que es del interés para Costa Rica la participación del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Enrique Castillo Barrantes en la Conferencia Final de las Naciones Unidas relativa al Tratado sobre el Comercio de Armas en razón de la importancia que para el país reviste que se adopte un Tratado que ejerza un control efectivo del comercio poco regulado de armas convencionales y para prevenir además el desvío de estas armas al mercado ilícito.

III.—Que es necesaria la presencia de Costa Rica durante las negociaciones de esta Conferencia Final con el objetivo de reafirmar el compromiso sistemático y el papel protagónico que ha tenido el país en este proceso que data desde el año 1997, con la creación de un Código de Conducta referente a las transferencias internacionales de armas y como uno de los siete países coautores de la resolución A/RES/61/89 de la Asamblea General de las Naciones Unidas que inició los trabajos referentes a la instauración de un Tratado.

IV.—Que es del interés del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto la participación de Costa Rica al más alto nivel durante esta Conferencia Final y, en consecuencia, los Ministros de Relaciones Exteriores de los siete países Co-Autores realizarán una serie de reuniones en el marco de la Conferencia para concretar el mayor apoyo político que logre concluir de manera exitosa el proceso de negociación y el establecimiento de los más altos estándares comunes internacionales para el comercio de armas. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar al señor Enrique Castillo Barrantes, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, cédula de identidad número 1-399-937, para que viaje a Nueva York, Estados Unidos de América durante los días del 17 al 19 de marzo de 2013.

Artículo 2°—Los gastos de hospedaje, tiquetes aéreos, viáticos, transporte interno, gastos en tránsito, llamadas internacionales y gastos de representación, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, Programa 079-Actividad Central, subpartida 1.05.03 de tiquetes aéreos y subpartida 1.05.04 de viáticos en el exterior. Se autoriza la suma de US$436.00 diarios, para un total de US$1.308.00. Se le autoriza al señor Ministro la suma de US$500.00 para Gastos de Representación. Se autoriza al señor Ministro el uso de internet. Todo sujeto a liquidación.

Artículo 3°—Durante la ausencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto se nombra como Ministro a. i. al señor Carlos Roverssi Rojas, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto de las 10:20 horas del 17 de marzo hasta las 23:20 horas del 19 de marzo de 2013.

Artículo 4°—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, el funcionario estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 5°—De conformidad con el Artículo 5° de la Resolución N° 78-2010 del Ministerio de Hacienda, el millaje generado por motivo de este viaje será asignado al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 6°—Rige a partir de las 10:20 horas del 17 de marzo de 2013 hasta las 23:20 horas del 19 de marzo de 2013.

Dado en la Presidencia de la República, a los 7 días del mes de marzo de 2013.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 18087.—Solicitud N° 13789.—C-32900.—(IN2013024552).

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

N° 030 MOPT

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en la Ley General de la Administración Pública Nº 6227, artículos 1, 4, 6, 7, 11, 27 y 113; a su vez, Ley de Presupuesto N° 9103, Gaceta N° 242 Alcance 204, del 14 de diciembre del 2012 y el Reglamento de Gastos de Viaje de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM), en el marco del Programa de Capacitación 2013, auspiciado por la Organización Marítima Internacional (OMI) para los países miembros de la Red Operativa de Cooperación Regional de Autoridades Marítimas de Centroamérica y República Dominicana (ROCRAM-CA), tiene previsto realizar el Seminario Regional para Autoridades Marítimas de la ROCRAM-CA, en el período del 25 de febrero al 01 de marzo de 2013 en República Dominicana

2º—Que durante la semana del Seminario Regional, en los tres primeros días se abordarán temas relacionados con el rol y competencias de las Autoridades Marítimas, y en los dos últimos días, se contempla la realización de la Reunión Extraordinaria de la ROCRAM-CA.

3º—Que en el marco de cooperación técnica que existe entre Costa Rica y la (COCATRAM) para el fortalecimiento del Recurso Humano Regional y el desarrollo de capacidades, el Lic. Luis Fernando Coronado Salazar, Director General de la División Marítimo Portuaria, en su condición de Director Alterno al Directorio de COCATRAM, se ha nominado para asistir a dicha Reunión, siendo que Costa Rica ostenta la Presidencia de dicho Organismo.

4º—Que para Costa Rica reviste de mucha relevancia la participación del funcionario referido, en virtud de los alcances de la actividad para el desarrollo del sub sector marítimo costarricense y el ejercicio de la Presidencia Pro Tempore de parte de nuestro país. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al Lic. Luis Fernando Coronado Salazar, portador de la cédula de identidad N° 5-172-409 para que asista al Seminario Regional para Autoridades Marítimas de la ROCRAM-CA, que se realizará en República Dominicana, prevista a realizarse los días que van del 25 de febrero de 2013 al 01 de marzo de 2013.

Artículo 2º—Los gastos de transporte aéreo, hospedaje y alimentación, serán cubiertos por la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM).

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la ausencia del funcionario público antes citado, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 24 de febrero de 2013 al 2 de marzo del 2013.

Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a los 19 días del mes de febrero del 2013.

Dr. Pedro Castro Fernández, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 18007.—Solicitud Nº 112-300-00077.—(IN2013022999).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISO

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar que la Asociación de Desarrollo Integral de San Juan de Llano Bonito de León Cortez, San José. Por medio de su representante: José Antonio Del Car Calderón Castro, cédula 106140169, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia se emplaza por el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 9:01 horas del 15 de abril del 2013.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2013024004).

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

EDICTO

Se hace saber al propietario de la embarcación Las Antillas I de Bandera Venezolana y quienes tengan interés legítimo, sobre la embarcación y que cuenten con la documentación legal correspondiente que los acredite como titulares de ésta que se encuentra encallada en la Zona Marítimo Terrestre de Playa Westfalia en Limón, para que en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a esta publicación se apersonen a las oficinas de la Aduana Limón a hacer valer sus derechos sobre dicha embarcación. Ya que de no apersonarse en el plazo indicado se ejecutarán los procedimientos establecidos en la ley según corresponda, lo anterior de conformidad con los artículos 64, 73, 78 y 271 de la Ley General de Aduanas y los artículos 188, 191, 192 del reglamento a dicha ley (destrucción, subasta aduanera, donación y otros).—Msc. Luis Alberto Juárez Ruiz, Gerente Aduana Limón.—Gerardo Bolaños Alvarado, Director General.—1 vez.—O. C. N° 17927.—Solicitud Nº 109-118-03913GAD.—(IN2013022947).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

AE-REG-E-094-2013.—El señor Rubén Alberto Ortiz Vega cédula de identidad: 1-0497-0193, en calidad de representante legal, de la compañía Agrosoil Internacional S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita la inscripción del equipo: Cooper Pegler, tipo: pulverizador de mochila manual, modelo: CP 15 Classic, Capacidad: 20 litros, Peso: 4.75 kilogramos cuyo fabricante es: Exel GSA-Francia. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14:00 horas del 26 de marzo del 2013.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—(IN2013023933).

AE-REG-E-092-2013.—El señor Rubén Alberto Ortiz Vega cédula de identidad: 1-0497-0193, en calidad de representante legal, de la compañía Agrosoil Internacional S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita la inscripción del equipo: Cooper Pegler, tipo: pulverizador de mochila manual, modelo: CP 18, capacidad: 18 litros, Peso: 3.70 kilogramos cuyo fabricante es: Exel GSA-Francia. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 13:20 horas del 26 de marzo del 2013.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—(IN2013023934).

AE-REG-E-093-2013.—El señor Rubén Alberto Ortiz Vega cédula de identidad: 1-0497-0193, en calidad de representante legal, de la compañía Agrosoil Internacional S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita la inscripción del equipo: Cooper Pegler, tipo: pulverizador de mochila manual, modelo: CP 3, Classic, capacidad: 20 litros, Peso: 5 kilogramos cuyo fabricante es: Exel GSA-Francia. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 13:40 horas del 26 de marzo del 2013.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—(IN2013023935).

AE-REG-E-095/2013.—El señor Rubén Alberto Ortiz Vega, cédula de identidad: 1-0497-0193, en calidad de representante legal de la compañía Agrosoil Internacional S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita la inscripción del equipo: Cooper Pegler, Tipo: pulverizador de mochila manual, Modelo: CP 3, capacidad: 15 litros, peso: 4.4 kilogramos, cuyo fabricante es: Exel GSA-Francia. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N°7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles contados a partir de la última publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14:20 horas del 26 de marzo del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2013023936).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

La señora Antonieta Campos Bogantes con número de cédula 2-405-625, vecina de Alajuela en calidad de representante legal de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Corporación de Registros Sanitarios Internacionales M&C, con domicilio en Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Bagodryl, fabricado por Laboratorio Biogénesis Bagó S. A., Argentina con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contiene: Trimetilacetilamonio 5 g, dimetilbencilaquilamonio cloruro 10 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Antiséptico y desinfectante de instalaciones pecuarias y equipo. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 15 horas del día 19 de marzo del 2013.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2013023864).

La señora Antonieta Campos Bogantes con número de cédula 2-405-625, vecina de Alajuela en calidad de representante legal de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Corporación de Registros Sanitarios Internacionales M&C, con domicilio en Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Policlostrigen, fabricado por Laboratorio Biogénesis Bagó S. A., Argentina con los siguientes principios activos: Cada dósis de 5 ml contiene: Bacterina y toxoide Clostridium chauvoei, C. septicum, C. sordelli, C, perfringens tipo C (toxoide β), C. perfringens tipo D (toxoide ε), C. novy (toxoide α) Clostridium haemolyticum (toxoide), Escherichia coli J5 (bacterina) y las siguientes indicaciones terapéuticas: Prevención de enfermedades causadas por Clostridios y cuadros de endotoxinas por E. coli. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 09 horas del día 20 de marzo del 2013.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2013023865).

La señora Antonieta Campos Bogantes con número de cédula 2-405-625, vecina de Alajuela en calidad de representante legal de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Corporación de Registros Sanitarios Internacionales M&C, con domicilio en Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 2: Equitrat Gold, fabricado por Laboratorio Biofarm Química e Farmacéutica Ltda., Brasil con los siguientes principios activos: Cada 100 g contiene: Ivermectina 1.87 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Indicado para tratamiento y control de verminosis gastrointestinales. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 14 horas del día 20 de marzo del 2013.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2013023868).

El doctor Eduardo Fernández Rojas, cédula 1-402-830, vecino de Heredia, en calidad de regente veterinario de la Droguería CP Ciencias Pecuarias S. A, con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Adoprid Spot On, fabricado por Laboratorio Calier de Uruguay SA, Uruguay, con los siguientes principios activos: cada 100 ml contiene: Imidocloprid 10.0 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: tratamiento y control de pulgas en la especie canina. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección dentro del término de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 14 horas del 4 de febrero del 2013.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2013023962).

La doctora Marcela Burgess Avendaño, con número de cédula 1-1146-0504, vecina de San José, en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Basf de Costa Rica S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Fendona Dry, fabricado por Laboratorio Basf Agri Production S.A.S., Francia con los siguientes principios activos: contiene: Alfacipermetrina 15% y las siguientes indicaciones terapéuticas: para el control de plagas en industrias pecuarias. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección dentro del término de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 8 horas del 20 de marzo de 2013.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2013024008).

Nº AE-REG-E-35/2013.—La señora María del Milagro Chaves Desanti, cédula 1-0626-0794, en calidad de Representante Legal de la empresa María del Milagro Chaves Desanti, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Agrotec 42-0-0, compuesto a base de Nitrógeno. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 10:00 horas del 25 de febrero del 2013.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013024168).

Nº AE-REG-E-36/2013.—La señora María del Milagro Chaves Desanti, cédula 1-0626-0794, en calidad de Representante Legal de la empresa María del Milagro Chaves Desanti, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Agrotec 43-0-0, compuesto a base de Nitrógeno.  Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 10:00 horas del 25 de febrero del 2013.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013024170).

DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS

ÁREA DE RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN

EDICTO

El señor Rolando Sánchez Corrales, mayor, soltero, vecino de La Aurora de Heredia, portador de la cédula de identidad Nº 1-610-507, Administrador de Recursos Humanos, en su calidad de Director de Gestión Institucional de Recursos Humanos del Ministerio de Agricultura y Ganadería, solicita se publiquen los siguientes nombramientos en propiedad del año 2012:

Nombre

Cédula

Tipo de nombramiento

Fecha rige

Núm. puesto

Clase

Briceño Bustos Carlos

502300505

Nombramiento en propiedad

01/09/2012

502065

Profesional de Servicio Civil 3

Gómez Darkines Diego

701410141

Nombramiento en propiedad

01/09/2013

502082

Técnico de Servicio Civil 3

González Hernández Eduardo

203330159

Nombramiento en propiedad

01/08/2012

501302

Oficinista de Servicio Civil 2

Jácamo Zamoran Enrique

700610874

Nombramiento en propiedad

01/09/2012

502073

Técnico de Servicio Civil 3

Morales Salguero Eder

701590894

Nombramiento en propiedad

16/07/2013

501431

Misceláneo de Servicio Civil 2

Ortiz Ruiz Delmar

502510493

Nombramiento en propiedad

01/09/2012

503849

Técnico de Servicio Civil 3

Pastrana Ugarte Édgar

501540869

Nombramiento en propiedad

01/09/2012

502062

Profesional de Servicio Civil 3

Quirós Castro Ronald

900540628

Nombramiento en propiedad

01/09/2012

502070

Técnico de Servicio Civil 3

Rodríguez Álvarez Neferty

107900708

Nombramiento en propiedad

16/03/2013

501465

Secretario de Servicio Civil 1

 

San José, 5 de febrero del 2013.—Gestión Institucional de Recursos Humanos.—MBA. Rolando Sánchez Corrales, Director.—1 vez.—O. C. Nº 00017.—Solicitud Nº 27950-2.—C-55270.—(IN2013023524).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN YEVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 77, título N° 304, emitido por el Liceo Nocturno Pacífico Sur, en el año dos mil cinco, a nombre de Arias Jiménez Karol Tatiana. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, ocho de abril del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013345450.—(IN2013023208).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 15, Título N° 1063, emitido por el Colegio Bilingüe San Judas Tadeo, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Gudiño Camacho Silvia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, diecinueve de setiembre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013023921).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 91, título N° 431, y del Título de Técnico Medio en Turismo, inscrito en el tomo II, folio 49, asiento N° 668, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional La Mansión, en el año dos mil dos, a nombre de Acosta Jiménez Luis Fernando. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los ocho días del mes de abril del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013023317).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 33, título Nº 70, emitido por el Liceo Académico Rodrigo Solano Quirós, en el año dos mil cinco, a nombre de Picado Bolaños Mariela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diez días del mes de abril del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013023402).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 19, Título N° 189, emitido por el Liceo Diurno José Martí, en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de Obando Loría Rosibeth. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta.—Dado en San José, a los tres días del mes de abril del dos mil trece.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013345693.—(IN2013023684).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad en Ciencias y Letras, inscrito en el Tomo 1, Folio 65, Título N° 1407, emitido por el Liceo de Coronado, en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Blanco Álvarez David Horacio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los nueve días del mes de abril del dos mil trece.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013023860).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 26, Título N° 1066, emitido por el Liceo Rodrigo Facio Brenes, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Cabrera Rodríguez Juan Bernardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintisiete días del mes de noviembre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013023875).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 27, título N° 176, emitido por el Colegio Nocturno de San Vito, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Moraga Arguedas Eddy Alonso. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, catorce de abril del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013023892).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 300, título N° 2911, emitido por el Colegio de Naranjo, en el año dos mil nueve, a nombre de Corrales Chinchilla Juan José. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, doce de abril del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013023893).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 106, título N° 275, emitido por el Liceo Nocturno de Paraíso, en el año dos mil ocho, a nombre de Mena Brenes Carlos Gerardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintidós días del mes de marzo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012023946).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 62, título N° 516, emitido por el Colegio Nocturno de San Vito, en el año dos mil cuatro, a nombre de Arias Delgado Marisol. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, quince de abril del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013024010).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 167, título N° 1351, emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez, en el año dos mil, a nombre de Jaén Álvarez Anabelle. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los doce días del mes de marzo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013345884.—(IN2013024058).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 59, título N° 1933, emitido por el Liceo Napoleón Quesada Salazar, en el año mil novecientos ochenta y dos, a nombre de Ávila Solís Danilo Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los seis días del mes de noviembre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013345888.—(IN2013024059).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 30, título N° 239, emitido por el Colegio Laboratorio del C.U.P., en el año dos mil siete, a nombre de Anais Marcela Arce Dávila. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Anais Marcela Dávila Jiménez. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los ocho días del mes de abril del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013345889.—(IN2013024060).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 6, título N° 12, emitido por el Liceo Roberto Gamboa Valverde, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Castellón Rodríguez Jenifer. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los trece días del mes de diciembre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013345934.—(IN2013024061).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 027, título N° 1554, emitido por el Colegio Claretiano, en el año dos mil tres, a nombre de Camacho Córdoba Wilberth Alcides. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los diez días del mes de abril del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013024173).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 101, título N° 1058, emitido en el año dos mil y del Título de Técnico Medio en la Modalidad de “Servicio” Especialidad de “Contabilidad”, inscrito en el tomo 1, folio 92, título N° 1778, en el año dos mil uno, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Limón, a nombre de Nelson Johnson Karry. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Cole Nelson Kary Ishael. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los diecinueve días del mes de noviembre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013024193).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto la organización social denominada: Sindicato Nacional de Médicos Especialistas, siglas SINAME, acordada en asamblea celebrada el 15 de junio del 2012. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo 16, folio 143, asiento 4715 del 4 de abril del 2013. La reforma afecta los artículos 6 y 23 del estatuto.—San José 4 de abril del 2013.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—Exonerado.—(IN2013023315).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Para ver las marcas de Fábrica solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

Patentes de Invención

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Rafael Ángel Quesada Vargas, cédula N° 1-0994-0112, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Cantab Biopharmaceuticals Patents Limited, de Malta, Polytherics Limited, de Reino Unido, solicita la Patente de Invención denominada: FACTOR VIIa CONJUGADO PARA COAGULACIÓN DE LA SANGRE. La presente invención proporciona un polímero biocompatible conjugado a FVIIa por medio de uno o más residuos de cisteína, adecuadamente por medio de un enlazador a través de un enlace disulfuro reducido en FVIIa, y composiciones farmacéuticas que compren esas formas conjugadas de FVIIa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 47/48; A61P 7/04; A61K 38/36; cuyo(s) inventor(es) es (son) Henry, William. La solicitud correspondiente lleva el número 20120580, y fue presentada a las 14:20:00 del 14 de noviembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de febrero del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2013345686.—(IN2013023673).

El señor Rafael Ángel Quesada Vargas, mayor, abogado, cédula N° 1-0994-0112, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Cantab Biopharmaceuticals Patents Limited, de Malta, solicita la Patente de Invención denominada: FACTOR VIII CONJUGADO PARA COAGULACIÓN DE LA SANGRE. La presente invención proporciona un polímero biocompatible conjugado a FVIII por medio de uno o más residuos de cisteína, adecuadamente por medio de un enlazador a través de un enlace disulfuro reducido en FVIII, y composiciones farmacéuticas que comprenden esas formas conjugadas de FVIII. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 47/48; A61P 7/04; A61K 38/37; cuyo(s) inventor(es) es (son) Henry, William. La solicitud correspondiente lleva el número 20120579, y fue presentada a las 14:18:00 del 14 de noviembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 15 de marzo del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2013345685.—(IN2013023674).

El señor Luis Carlos Gómez Robleto, cédula N° 1-694-253, mayor de edad, abogado, vecino de San José, apoderado especial de Malysian Palm Oil Board, de Malasia, solicita la Patente de Invención denominada: UN MÉTODO PARA PRODUCIR TRANSGÉNICO DE ACEITE DE PALMA, UTILIZANDO AGROBACTERIUM TUMEFACIENS COMO VECTOR. La invención presente relaciona a un método para producir plantas transgénicas 5. El método incluye el tratamiento de un tejido de destino utilizando los medios de plasmolying (PM) que contiene 4% 10% sacarosa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C12N 15/84; C12N 15/82; A01H 4/00; cuyo(s) inventor(es) es (son) Dayang Izawati bt. Abang Masli, Dr. Amahd Parveez Guhlam Kadir, Abdul Masani. La solicitud correspondiente lleva el número 20120093, y fue presentada a las 12:48:32 del 22 de febrero del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de setiembre del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2013345806.—(IN2013023675).

El señor Jorge Tristán Trelles, mayor, abogado, cédula número 1-392-470, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Eli Lilly and Company, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: FORMULACIONES PARA EL FACTOR ESTIMULANTE DE COLONIAS DE GRANULOCITOS BOVINO Y VARIANTES DE LAS MISMAS. La presente invención se refiere a formulaciones acuosas estables que comprenden un polipéptido bG-CSF o una variante del mismo, una sustancia amortiguadora y un excipiente, en donde la formulación está sustancialmente libre de monolaurato de polioxietilen (20) sorbitán. La invención también proporciona métodos de uso, una forma liofilizada o en polvo de, y un proceso para preparar la formulación. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/19; C07K 14/535; A61P 29/00; cuyos inventores son Davagnino, Juan, Kha, Catherine, Ngan, Klotz, Alan Voskamp. La solicitud correspondiente lleva el número 20130067 y fue presentada a las 09:15:00 del 18 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 15 de marzo del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2013345866.—(IN2013024046).

El señor Jorge Tristán Trelles, mayor, abogado, cédula número 1-392-470, vecino de San José, apoderado especial de Ifco Systems Gmbh, de Alemania, solicita la patente de invención denominada: CONTENEDOR CON PAREDES LATERALES PLEGABLES UNA SOBRE OTRA.

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

La invención tiene relación con un contenedor para transportar y almacenar bienes con una base de contenedor (2) y al menos dos paredes laterales (4) que pueden ser plegadas una sobre la otra están apoyadas de manera pivotante a través de al menos un perno de bisagra (6) en un recpeptor de perno de bisagra (5), La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B65D 6/00; cuyos inventores son Kellerer, Richard, Barth, Christian. La solicitud correspondiente lleva el número 20120546 y fue presentada a las 09:10:00 del 25 de octubre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de marzo del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2013345865.—(IN2013024047).

La señora María Del Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, cédula 1-626-794, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de TQTVD Software Ltda, de Brasil, solicita la patente de invención denominada: GERENCIADOR DE ARCHIVOS DIGITALES Y MÉTODO PARA GERENCIAMIENTO DE DATOS DIGITALES EN UN APARATO DE RECEPCIÓN DE TV DIGITAL. La presente invención describe un método para gerenciamiento de archivos digitales, como, por ejemplo, aplicativos desarrollados para TV digital, música, imágenes, en un aparato de recepción de TV digital, así como un gerenciador de tales archivos digitales. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: H04N 7/173; cuyos inventores son Canova, Weber George, De Brito, David Estevam, Ramos Alves, Marcio Antonio. La solicitud correspondiente lleva el número 20110200 y fue presentada a las 09:34:15 del 15 de abril del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de abril del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2013345864.—(IN2013024048).

El señor Edgar Rohrmoser Zúñiga, cédula 1-617-586, en condición de apoderado de Newfrey Llc, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada: CILINDRO DE CERRADURA CON MUESCA.

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

Un cilindro de cerradura con muesca que incluye un conjunto de pieza giratoria que incluye a la misma en acoplamiento impulsor con un primer embrague. Un conjunto de cilindro con llave que incluye un primer cuerpo de cilindro en acoplamiento impulsor con un segundo embrague. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: E05B 17/04; cuyos inventores son Bui, Jeanette, Vy, Winardi, Michael. La solicitud correspondiente lleva el número 20120622 y fue presentada a las 14:23:00 del 10 de diciembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de febrero del 2013.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2013345953.—(IN2013024049).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones Civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Territorial de Ecoturismo Indígena de Talamanca ATEIT, con domicilio en la provincia de Limón. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Fomentar el turismo cultural comunitario dentro de los territorios indígenas de Talamanca, incluyendo el sector fronterizo con Panamá para generar alternativas económicas basadas en la protección de los recursos naturales. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la Presidenta: Bernarda Morales Marín. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2012, asiento: 370473, adicional tomo: 2012, asiento: 54629.—Curridabat, al ser los quince días del mes de marzo del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345643.—(IN2013023670).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Bienestar Comunal de Quepos, pudiéndose abreviar: Asociación ABCQ de Quepos, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Coadyuvar y alivianar el sufrimiento de nuestros hermanos en los momentos difíciles que el devenir de la vida proporciona. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Arnoldo Hernández Alpízar. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomos: 2012, asientos: 106077, 233048, 331682; tomo: 2013, asiento: 20319.—Curridabat, veintinueve de enero del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345716.—(IN2013023671).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Pescadores, Distribuidores y Procesadores de Pescado Heredianos, con domicilio en la provincia de Heredia. Cuyos fines, entre otros serán los siguientes: Representar y defender los intereses comerciales de los asociados. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Rolando Borbón Madrigal. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2012, asiento: 376712; tomo: 2013, asiento: 4498; tomo: 2013, asiento: 24575, y tomo: 2013, asiento: 68694.—Curridabat, veinte de marzo del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345736.—(IN2013023672).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cultivo de Mariscos Isla Cedros, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Sus fines entre otros están: cultivo de mariscos, con especialidad en ostras, camarones y langostas, contribuir a la sostenibilidad de la pesca artesanal y cuido de nuestros mares. Su presidente Jorge Luis Padilla Abarca es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas N° 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. Tomo: 2012, asiento: 247198, adicional 2013-55875. Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 50 minutos del 2 de abril del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345837.—(IN2013024036).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Internacional Arsyss, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: actividades culturales y artísticas, la promoción y el apoyo del artista nacional. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Eddie Gerardo Rojas Morales. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 39972, adicionales tomo 2013, asientos: 50147 y 57292).—Curridabat, nueve de abril del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345847.—(IN2013024037).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica, cédula: 3-002-051529, denominación: Asociación de Natación del Costa Rica Tennis Club. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 4 minutos y 2 segundos del 20 de marzo del 2013. Documento tomo: 2013, asiento: 63933.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345855.—(IN2013024038).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica, cédula: 3-002-508603, denominación: Asociación Residencial Kitimat. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 44 minutos y 42 segundos del 4 de abril del 2013. Documento tomo: 2013, asiento: 63259.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345875.—(IN2013024039).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Empleados de la Contraloría General de la República para el Centro de Atención Integral Infantil, con domicilio en la provincia de San José, Mata Redonda, Sabana Sur, costado oeste del Costa Rica Tenis Club, en la Contraloría General de la República, oficina de la Unidad de Gestión del Potencial Humano, segundo piso, anexo. Cuyos fines primordiales son: constituir el centro de atención infantil con profesionales que brinden atención con todos los servicios de calidad que los menores requieran para su formación, brindar charlas y asesoría sobre los cuidados de los menores que ingresan al centro. Su presidente Guadalupe Flores Sandí es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las demás limitaciones que indica el estatuto. El vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales con iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha organización dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas N° 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2013, asiento: 052083, sin adicionales. Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 59 minutos del 3 de abril del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345892.—(IN2013024040).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Deportiva Wushu, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: fomentar la práctica, competición, organización y preparación de atletas en todos los estilos de las artes marciales chinas conforme con los reglamentos internacionales de todas estas disciplinas en todas las edades y divisiones en las ramas masculina y femenina. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Víctor Manuel On Siem. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 29351).—Curridabat, 12 de marzo del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345948.—(IN2013024041).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Deportiva Kung Fu, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: fomentar la práctica, competición, organización y preparación de atletas en todas los estilos de las artes marciales chinas conforme con los reglamentos internacionales de todas estas disciplinas en todas la edades y divisiones en las ramas masculina y femenina. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Dora Hoa Minh Ngo Truong. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 29353), al ser los siete días del mes de febrero del dos mil trece.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Directora a.í.—1 vez.—RP2013345949.—(IN2013024042).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Beraca Centro Diurno Adulto Mayor, con domicilio en la provincia de San José, sus fines entre otros están: la promoción, organización, administración y vigilancia de un centro diurno que ofrezca servicios a la población adulta mayor, con el fin de mejorar y mantener su calidad de vida, fomentando los valores y el reconocimiento como personas ante la familia y la sociedad. Su presidente Carlos Alberto Quintero es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas N° 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. Tomo: 2013, asiento: 66438. Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 35 minutos del nueve de abril del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345951.—(IN2013024043).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Cultura Musical de Dota, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: fomentar la formación de los valores para la niñez y juventud por medio de la enseñanza musical en la zona de Los Santos. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Róger Gerardo Navarro Alvarado. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 62047, adicional tomo: 2013, asiento: 81772).—Curridabat, cinco de abril del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345981.—(IN2013024044).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación El Almendro de Liberia, Guanacaste, con domicilio en la provincia de Guanacaste, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover reuniones de amas de casa solteras, separadas de hecho o divorciadas para efectos socio afectivos y recreativos entre sus afiliados que hayan sufrido violencia doméstica. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Margarita Del Rosario Muñoz López. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomos: 2012 y 2013, asientos: 359479 y 16948).—Curridabat, 13 de febrero del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345995.—(IN2013024045).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

AVISOS

La Dirección Nacional de Notariado, comunica: que ante este Despacho el Lic. Christian Enrique Gómez Monge, cédula de identidad N° 6-0267-0692, carné profesional N° 20583, ha presentado solicitud de inscripción y habilitación para ejercer la actividad notarial, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de este profesional, lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente administrativo N° 13-001583-0624-NO.—San José, Curridabat, 2 de abril del 2013.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2013345645.—(IN2013023676).

La Dirección Nacional de Notariado, hace saber: que ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial del Lic. José Andrés Meza Villalobos, cédula de identidad N° 2-0638-0788, carné de abogado N° 20612. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 13-001813-0624-NO.—San José, 4 de abril del 2013.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2013345749.—(IN2013023677).

La Dirección Nacional de Notariado, comunica: que ante este Despacho la Lic. Juliana Martínez Leiva, cédula de identidad N° 3-0422-0925, carné profesional N° 20484, ha presentado solicitud de inscripción y habilitación para ejercer la actividad notarial, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de esta profesional, lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente administrativo N° 13-001777-0624-NO.—San José, Curridabat, 2 de abril del 2013.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2013345774.—(IN2013023678).

La Dirección Nacional de Notariado hace saber que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial del licenciado Saúl Alberto Yanes Quintana, cédula de identidad 6-0185-0921, carné de abogado número 18238. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del gestionante a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente: 12-000454-624-NO.—San José, 20 de febrero del 2013.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2013345937.—(IN2013024050).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 15156P.—Patricia Murillo Marchena, solicita concesión de: 1,1 litros por segundo del acuífero, captado mediante el pozo N° MT-414 en finca de la misma, en Nicoya, Nicoya, Guanacaste, para uso consumo humano y riego. Coordenadas: 235.198 / 375.691, hoja Matambú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de marzo del 2013.—Jorge Bonilla Cervantes, Director.—(IN2013023342).

Exp. 14098P.—Roxana María Espinoza, Espinoza Ledezma, solicita concesión de: 1 litro por segundo del acuífero captado mediante el pozo sin nombre en finca de Roxana Espinoza Ledezma, en Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas: 184.779 / 411.279, hoja Río Ario. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de marzo del 2013.—Jorge Bonilla Cervantes, Director.—(IN2013023346).

Exp. 15307P.—Yahira Yaukta S. A., solicita concesión de: 1 litro por segundo del acuífero, captado mediante el pozo N° CY-191 en finca de del mismo, en Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas: 182.114 / 418.547, hoja Cabuya. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de marzo del 2013.—Jorge Bonilla Cervantes, Director.—(IN2013023348).

Exp. 14139P.—Connected Properties Ltda, solicita concesión de: 2 litros por segundo del acuífero, captado mediante el pozo N° CN-708 en finca de Connected Properties Ltda., en Palmira, Carrillo, Guanacaste, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas: 282.027 / 361.885, hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de marzo del 2013.—Jorge Bonilla Cervantes, Director.—(IN2013023350).

Exp. 8269P.—Pan Tzung Chou, solicita concesión de: 0,25 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-1393, en finca de su propiedad en Pozos, Santa Ana, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas: 214.950 / 515.650, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de marzo del 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013023368).

Exp. 10079P.—Villacu N M S. A., solicita concesión de: 1 litro por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo MI-63 en finca de su propiedad en San Isidro (Montes de Oro), Montes de Oro, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico y varios. Coordenadas: 228.350 / 457.100, hoja Miramar. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de marzo del 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013023371).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. N° 15638P.—Trópico Arena y Mar Clara Hermosa S.A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del acuífero, captado mediante el pozo número CN-369 en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 280.975/351.250 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de febrero de 2013.—Jorge Bonilla Cervantes, Director.—(IN2013009850).

PODER JUDICIAL

RESEÑAS

ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

Que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 11-015503-0007-CO, promovida por Armando Pérez Sandino, contra el artículo 9º inciso a) del Reglamento de Concursos para el nombramiento en propiedad en la Caja Costarricense de Seguro Social, normativa interna que fue aprobada por la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social en el artículo 2º de la sesión 8449, celebrada el 27 de mayo de 2010, se ha dictado el VOTO número 2013001593 de las dieciséis horas y cero minutos del treinta de enero del dos mil trece, que literalmente dice:

Por tanto: «Se declara con lugar la acción y en, consecuencia, se anula por inconstitucional el artículo 9º inciso a) del Reglamento de Concursos para el nombramiento en propiedad en la Caja Costarricense de Seguro Social, normativa interna que fue aprobada por la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social en el artículo 2º de la sesión 8449, celebrada el 27 de mayo de 2010. El Magistrado Hernández Gutiérrez salva el voto y declara sin lugar la acción. Esta sentencia es declarativa y retroactiva a la fecha de emisión del Reglamento que se impugna, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Reséñese en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Comuníquese a la Caja Costarricense de Seguro Social. Notifíquese»

San José, 2 de abril del 2013.

                                                                          Gerardo Madriz Piedra

1 vez.—(IN2013024186)                                         Secretario

Que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 12-008785-0007-CO, promovida por Michael Soto Araya, contra el artículo 134 inciso c), en relación con el artículo 32 inciso 1) apartado m), y el 131 inciso e),  en relación con el artículo 115, todos de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, se ha dictado el voto número 2013002813 de las nueve horas y treinta y seis minutos del uno de marzo del dos mil trece, que literalmente dice:

Por tanto: «Se rechaza por el fondo la acción, en cuanto al artículo 131 inciso e) en relación con el artículo 115 impugnado. Se declara con lugar la acción, y en consecuencia se anula el artículo 134 inciso c) en relación con el artículo 32 inciso 1) apartado m) de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, reformado por el inciso  p) del artículo 1° de la ley N° 8696 de 17 de diciembre de 2008, en cuanto establece una sanción para el conductor que no porte los triángulos de seguridad u otro dispositivo de seguridad análogo. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se dimensionan los efectos de este pronunciamiento en los siguientes sentidos: a) se tiene por vigente el monto de la multa que se aplicaba antes del establecimiento del monto de multa que aquí se anula; y b) para el caso de aquellas multas que se hubiesen pagado, y cuyos actos estén firmes en sede administrativa y judicial, el Estado no está en obligación de repetir lo pagado a consecuencia de esta declaratoria de inconstitucionalidad.- Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese. El Magistrado Castillo Víquez pone nota. El Magistrado Rueda Leal pone nota en cuanto al artículo 134 inciso c) en relación con el artículo 32 inciso 1) apartado m) de la Ley de Tránsito. La Magistrada Calzada pone nota.»

San José, 2 de abril del 2013.

                                                                          Gerardo Madriz Piedra

1 vez.—(IN2013024187)                                         Secretario

Que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 12-010096-0007-CO, promovida por Víctor Julio Torres Solano, contra el artículo 134, inciso c) en relación con el 32, inciso 2) apartado c) de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, número 7331 del trece de abril de mil novecientos noventa y tres y sus reformas, se ha dictado el Voto número 2013002811 de las nueve horas y treinta y cuatro minutos del uno de marzo del dos mil trece, que literalmente dice:

Por tanto: «Se declara con lugar la acción. En consecuencia se anula el artículo 134 inciso c) en relación con el artículo 32 inciso 2) apartado c) de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, reformado por el inciso  p) del artículo 1° de la ley N° 8696 de 17 de diciembre de 2008, en cuanto establece una sanción para el conductor que conduzca un automotor que tenga algún grado de polarizado en los parabrisas, contrario a la normativa impugnada.  Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se dimensionan los efectos de este pronunciamiento en los siguientes sentidos: a) se tiene por vigente el monto de la multa que se aplicaba antes del establecimiento del monto de multa que aquí se anula; y b) para el caso de aquellas multas que se hubiesen pagado, y cuyos actos estén firmes en sede administrativa y judicial, el Estado no está en obligación de repetir lo pagado a consecuencia de esta declaratoria de inconstitucionalidad.- Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese. El Magistrado Rueda Leal pone nota.»

San José, 2 de abril del 2013.

                                                                          Gerardo Madriz Piedra

1 vez.—(IN2013024189)                                         Secretario

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil -Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ana Live Mora Brenes, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 861-2009.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas y cincuenta y dos minutos del veintisiete de mayo del dos mil nueve. Exp. 4813-2009. Resultando 1º—..., 2º—...., 3º—.... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Keylor Daniel Mora Brenes... en el sentido que el nombre de la madre... es “Ana Live” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2013345649.—(IN2013023679).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Francy Farley Isaza Rueda, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1193-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas diez minutos del ocho de abril de dos mil trece. Exp. Nº 11174-2013.—Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de naturalización de Francy Farley Isaza Rueda..., en el sentido que el segundo apellido del padre y de la madre... son “Espinal” y “Vanegas”, respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2013345652.—(IN2013023680).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Carmen del Rosario Sevilla Espinoza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 616-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del siete de febrero de dos mil trece. Ocurso. Exp. N° 26394-2012. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Stiwar Smid Espinoza Sevilla..., en el sentido que el nombre del menor y los apellidos de la madre del mismo son “Stewart Smith” y “Sevilla Espinoza” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP20130345680.—(IN2013023681).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Jasmina Corea Medrano, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1351-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas catorce minutos del seis de julio del dos mil once. Exp. Nº 15903-2011. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo...; Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Kristhel Esperanza Herrera Corea, Freidy del Socorro Herrera Corea y Ronald Antonio Herrera Corea, en el sentido que el nombre de la madre de las personas ahí inscritas es “Jasmina del Socorro”.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í. del Registro Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP20130345816.—(IN2013023682).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Margarita del Carmen García Solís, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 560-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas cincuenta y dos minutos del cuatro de febrero de dos mil trece. Exp. Nº 34069-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de María Elizabeth Solís García y de Yorleni Vanessa Zambrano Solís, en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre... son “Margarita del Carmen García Solís”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013023879).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Enrique Manuel Fonseca Abaunza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 356-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cinco minutos del veintitrés de enero de dos mil trece. Exp. N° 29697-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I.-Hechos Probados:..., II.- Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Enrique Manuel Fonseca Abaunza con Kenny Castillo Jiménez, en el sentido que el nombre y el apellido de la cónyuge son “Kenny del Socorro Castillo, no indica segundo apellido, hija de Alejandro Castillo Velásquez”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013023890).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Donald Humberto Zepeda Téllez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 828-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas ocho minutos del veintisiete de febrero de dos mil trece. Exp. N° 48656-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I.- Hechos Probados:..., II.- Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Andrea Deyanira Zepeda Rocha, en el sentido que el nombre del padre y el nombre de la madre... son “Donald Humberto” y “Patricia del Carmen” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2013345916.—(IN2013024051).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Vanessa Galo Ponce, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 352-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas un minuto del veintitrés de enero de dos mil trece. Exp. N° 42897-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I.- Hechos Probados:..., II.- Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Jimmy Alexander de los Ángeles Madrigal Fallas con María Vanessa Ponce Galo, en el sentido que los apellidos de la cónyuge son “Galo Ponce”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2013345920.—(IN2013024052).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Juana Francisca Lagos Gámez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 4301-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas trece minutos del veintiséis de noviembre de dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 36244-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Dicson Yandir Rodríguez Lagos, en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre... son “Juana Francisca” y “Gámez” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2013345931.—(IN2013024053).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Rosa Alba Hernández Ferreto y otros, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 4663-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas quince minutos del diecisiete de diciembre de dos mil doce. Ocurso Exp. N° 24185-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I. Hechos Probados;..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquense el asiento de matrimonio de Félix Góngora Moraga con Rosa Alba Hernández Ferreto..., en el sentido que los apellidos y el número de cédula del cónyuge son “Gutiérrez Medina” y “nueve-cero ochenta y seis-seiscientos cincuenta y nueve” respectivamente; los asientos de nacimiento de Alexander Gerardo..., Johnny Antonio..., Ronald Ricardo..., Mislay de los Ángeles..., Félix Greivin..., Keilin Teresa y Yorjanny..., todos de apellidos Góngora Hernández, en el sentido que los apellidos y el número de cédula del padre de los mismos son “Gutiérrez Medina” y “nueve- cero ochenta y seis- seiscientos cincuenta y nueve” respectivamente y los asientos de nacimiento de Nayarith de los Ángeles Oses Góngora y Geraldine Oses Góngora..., en el sentido que el primer apellido de la madre de las mismas es “Gutiérrez”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. i.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2013345936.—(IN2013024054).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Sarahi Francisca Abarca no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 978-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas y treinta minutos del catorce de marzo de dos mil trece. Exp. N° 33852-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-... Considerando: I-Hechos Probados: .... II.-Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Anthony Sánchez Cruz...; en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son “Sarahi Francisca Abarca, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2013345975.—(IN2013024055).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Aurora Dompe Robleto, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 4401-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cincuenta y cinco minutos del tres de diciembre del dos mil doce. Exp. N° 32176-2012. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados... II.—Sobre el fondo... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Christian Ojani Arce Donpe... en el sentido que el primer apellido de la madre... es “Dompe”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2013345982.—(IN2013024056).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ibania Colindres Ramos, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 4070-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cinco minutos del trece de noviembre del dos mil doce. Ocurso. Exp N° 35967-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Oliver Snaider Zapata Colindres, en el sentido que el nombre de la madre... es “Ibania”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefa.—1 vez.—(IN2013024190).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

María Luisa González Espinoza, mayor, soltera, operadora de telefonía, nicaragüense, cédula de residencia N° 155809244723, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 916-2013.—San José, nueve de abril del dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013023598).

Yuliana Botero Calle, mayor, soltera, dependiente y estudiante, colombiana, cédula de residencia 117000772620, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 864-2013.—San José, cuatro de abril de dos mil trece.—Lic. Wagner Granados Chaves, Jefe a. í.—1 vez.—RP2013345791.—(IN2013023683).

Róger Antonio Jarquín Gutiérrez, mayor, soltero, digitador, nicaragüense, cédula de residencia 155806380200, vecino de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.: 4765-2012.—San José, veinticuatro de enero del dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013023887).

Mixzi Regina Chavarría Martínez, mayor, soltera, oficinista, nicaragüense, cédula de residencia 155806217002, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 3890-2009.—San José, ocho de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013023957).

Josué Benjamín Muñoz Valle, mayor, soltero, promagrador web, salvadoreño, cédula de residencia 122200134724, vecino de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 935-2013.—San José, doce de abril de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2013345906.—(IN2013024057).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

BANCO DE COSTA RICA

Modificación al programa de adquisiciones año 2013

Descripción

Fecha

estimada

Fuente

financiamiento

Monto anual

aproximado

Adquisición de equipo de alarma

I Semestre

BCR

¢250.000.000,00

Servicios de impresión, personali-zación y distribución de libros de cheques y depósitos en cuenta corriente.

I Semestre

BCR

¢159.855.578,84

Servicios de fisioterapia para zonas descentralizadas.

I Semestre

BCR

¢112.000.000,00

 

Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 62703.—Solicitud Nº 920-00074-13.—Crédito.—(IN2013025924).

LICITACIONES

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000017-00100

Servicio de generalización cartográfica con base en la cartografía

a escala 1:5.000 y conformación de la base topográfica digital

a escala 1:25.000 del IGN

El Departamento de Proveeduría  del Registro Nacional, invita a participar en la licitación de referencia para la cual se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día 28 de mayo de 2013. El cartel correspondiente se encuentra disponible en Comprared en la página de internet www.hacienda.go.cr/comprared

San José, 19 de abril de 2013.—Lic. Hazel Ruiz Morales, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 13-0001.—Solicitud Nº 119-783-13-000.—Crédito.—(IN2013025999).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA CONJUNTA N° 2013LN-000010-01

Preselección de diez (10) empresas que provean estudios, perfiles,

diagnósticos sobre diferentes sectores, subsectores o actividades tanto

productivas como económicas del país y de interés para el Banco Nacional

de Costa Rica para un período de hasta cuatro (04) años

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las diez horas (10:00 a. m.) del 21 de mayo del 2013, para la “Preselección de diez (10) empresas que provean estudios, perfiles, diagnósticos sobre diferentes sectores, subsectores o actividades tanto productivas como económicas del país y de interés para el Banco Nacional de Costa Rica para un período de hasta cuatro (04) años”.

El cartel puede ser retirado en la Oficina de Proveeduría a partir de esta publicación, la misma se encuentra situada en el edificio de la Dirección de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca.

La Uruca, 25 de abril del 2013.—Proveeduría General.—Lic. Erick Aguilar Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 513701.—Solicitud Nº 925-00152.—(IN2013025958).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013-000014-PCAD

Contratación de los servicios para la entrega de tarjetas

(débito y crédito), servicios asociados y actualización

de información de la Ley 8204, en todo el país

(Consumo según demanda)

Apertura: Para las 10:00 horas del día 21 de mayo del 2013. Venta del cartel: Oficinas Centrales, cajas 23 ó 24 de lunes a viernes, de 8:15 a.m. a 4:00 p.m. Retiro del cartel en el 6to piso, División de Contratación Administrativa. Costo: ¢2.500,00 (dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 22 de abril del 2013.—Área de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2013025726).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000009-DCADM

Compra de lectora de cheques

Apertura: Para las 14:00 horas del día 14 de mayo del 2013. Venta del cartel: Oficinas Centrales, cajas 23 ó 24 de lunes a viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m. Retiro del cartel en el 6to piso, División de Contratación Administrativa. Costo: ¢2.500,00 (dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 22 de abril del 2013.—Área de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2013025730).

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2013CD-000107-01

Contratación de una empresa (persona jurídica) que brinde

el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo

por dos años de la planta eléctrica marca Caterpillar,

modelo 3306, serie Nº 2AJ01001, Horímetro 755

propiedad del BANHVI

El Banco Hipotecario de la Vivienda a través de la Gerencia General, resolvió dar apertura a la Contratación Directa Nº 2013CD-000107-01, para la “contratación de una empresa (persona jurídica) que brinde el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo por dos años de la planta eléctrica marca Caterpillar, modelo 3306, serie Nº 2AJ01001, Horímetro 755 propiedad del BANHVI”, de conformidad con las condiciones específicas del cartel.

Los interesados pueden acceder al cartel que regirá este procedimiento de contratación en la página oficial del Banco Hipotecario de la Vivienda, sita www.banhvi.fi.cr, sección Publicaciones, Área de Proveeduría, Contrataciones.

La fecha límite para recibir ofertas será el viernes 3 de mayo del 2013, a las 10:00 horas, fecha y hora en que se procederá a realizar el acto de apertura de ofertas, en las instalaciones del BANHVI ubicado en Barrio Dent, San Pedro de Montes de Oca, de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, 300 metros oeste y 100 metros norte.

Dirección Administrativa.—Margoth Campos Barrantes, Directora.—1 vez.—(IN2013025707).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS

DR. CARLOS SÁENZ HERRERA

CENTRO DE CIENCIAS MÉDICAS DE LA CCSS

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Nacional de Niños “Carlos Sáenz Herrera”, les invita a participar en el siguiente concurso:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000027-2103

2000 FC. Acetato de Leuprorelina 3.75 MG para suspensión

inyectable de liberación extentida

Fecha y hora de apertura: viernes 10 de mayo del 2013, a las 10:30 a.m.

Las ofertas se recibirán por escrito en la oficina del Área de Gestión de Bienes y Servicios, ubicada en el segundo piso (Antiguo Edificio Chapui) hasta la fecha y hora indicada anteriormente. Las bases del concurso se encuentran disponibles en el Área mencionada para los interesados.

San José, 9 de abril del 2013.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Yajaira Quesada G., Coordinadora a. í.—1 vez.—(IN2013025754).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE PURISCAL

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2013LN-000001-01

Contratación de abogados externos para el cobro

judicial de tributos municipales

La Municipalidad de Puriscal, invita a todos los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional, destinada a la contratación de abogados externos para el cobro judicial de tributos municipales. El límite para la recepción de ofertas será hasta las 11:00 horas del 21 de mayo del 2013.

El cartel tiene un costo de tres mil colones (¢3.000,00), y debe ser solicitado en la caja recaudadora municipal sita en el edificio municipal, costado norte, antiguo templo católico, Santiago, Puriscal.

Santiago de Puriscal, 16 de abril del 2013.—Proveeduría.—Carlomagno Gómez Marín, Proveedor Institucional.—Manuel Espinoza Campos, Alcalde.—1 vez.—(IN2013025982).

ADJUDICACIONES

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000060-01

Contratación de una (1) empresa que brinde una solución corporativa

de respaldo y recuperación con de duplicación para los dominios

tecnológicos abiertos en poder del Banco Nacional

Se comunica a los interesados de esta Licitación Pública, que el Comité de Licitaciones en el artículo 5 de la Sesión Ordinaria Nº 1142-2013, celebrada el 16 de abril del 2013 acordó:

Adjudicar la Licitación Pública Nº 2012LN-000060-01, promovida para la “Contratación de una (1) empresa que brinde una solución corporativa de respaldo y recuperación con de duplicación para los dominios tecnológicos abiertos en poder del Banco Nacional” por ítems las siguientes ofertas:

Ítem 1

Oficina

Capacidad

Costo trimestral (Sin I.V.)

Costo anual

(Sin I.V.)

Ciudad Cortés

10 KVA

$302,40

$1.209,60

Cartago

24 KVA

$268,80

$1.075,20

Occidente

10 KVA

$241,92

$967,68

Paraíso

10 KVA

$201,60

$806,40

ATM Paso Canoas

24 KVA

$403,20

$1.612,80

Guadalupe

16 KVA

$241,92

$967,68

San Pedro

16 KVA

$241,92

$967,68

Mall El Dorado

24 KVA

$268,80

$1.075,20

Morazán

24 KVA

$268,80

$1.075,20

Avenida 10 Este

10 KVA

$201,60

$806,40

Plaza Cristal

10 KVA

$201,60

$806,40

Zapote 102

24 KVA

$268,80

$1.075.20

Sabanilla

30 KVA

$379,20

$1.516,80

Decosure

16 KVA

$241,92

$967,68

San Sebastián

16 KVA

$241,92

$967,68

EPA Escazú

10 KVA

$201,60

$806,40

Real Cariari

10 KVA

$201,60

$806,40

Río Frío

10 KVA

$262,08

$1.048,32

Guápiles

24 KVA

$349,44

$1.397,76

Guápiles

24 KVA

$349,44

$1.397,76

Barva

10 KVA

$221,76

$887,04

Liberia

10 KVA

$201,60

$806,40

Filadelfia

10 KVA

$241,92

$967,68

Jacó

40KVA

$560,40

$2.241,60

Dirección Regional

10 KVA

$241,92

$967,68

Puntarenas Hospital Monseñor Sanabria

2 KVA

$87,55

$350,20

Miramar Servi Belén

24 KVA

$322,56

$1.290,24

Dirección Regional Punta-G Móvil 338

10 KVA

$201,60

$806,40

Miramar Cuatro Cruces

24 KVA

$349,44

$1.397,76

Cóbano Los Delfines

24 KVA

$349,44

$1.397,76

Tamarindo Centro Comercial Royal Palm

24 KVA

$295,68

$1.182,72

Total

 

$8.412,43

$33.649,72

 

Plazo de Entrega/Ejecución: 8 horas hábiles

Ítem 2

Oficina

Capacidad

Costo trimestral (Sin I.V.)

Costo anual

(Sin I.V.)

Siquirres

24 KVA

$332,56

$1.330,24

Total:

 

$332,56

$1.330,24

 

Plazo de Entrega/Ejecución: 6 horas hábiles

Ítem 4

Oficina

Capacidad

Costo trimestral (Sin I.V.)

Costo anual

 (Sin I.V.)

Frailes

10 KVA

$665,00

$2.660,00

Basílica de los Ángeles

10 KVA

$560,00

$2.240,00

La Rivera de Belén

24 KVA

$725,00

$2.900,00

Total

 

$1.950,00

$7.800,00

 

Plazo de Entrega/Ejecución: 6 horas hábiles

Ítem 6:

Oficina

Capacidad

Costo trimestral (Sin I.V.)

Costo anual

(Sin I.V.)

La Virgen

24 KVA

$332,56

$1.330,24

Total:

 

$332,56

$1.330,24

 

Plazo de Entrega/Ejecución: 6 horas hábiles

Ítem 7:

Oficina

Capacidad

Costo trimestral (Sin I.V.)

Costo anual

(Sin I.V.)

Cañas

10 KVA

$201,60

$806,40

Tilarán Restaurante. Aromático

24 KVA

$322,56

$1.290,24

Total:

 

$524,16

$2.096,64

 

Plazo de Entrega/Ejecución: 6 horas hábiles

Ítem 10:

Oficina

Marca

Capacidad

Costo trimestral (Sin I.V.)

Costo anual (Sin I.V.)

Santa Cruz Coope Guanacaste

GXT

1.5 KVA

$87,55

$350,20

Total

 

 

$87,55

$350,20

 

Plazo de Entrega/ Ejecución: 8 horas hábiles

Ítem 11:

Oficina

Marca

Capacidad

Costo trimestral (sin I.V.)

Costo anual (sin I.V.)

La Uruca

Nfinity

24 KVA

$268,80

$1.075,20

Total:

 

 

$268,80

$1.075,20

 

Plazo de Entrega/Ejecución: 3 horas hábiles

Ítem 12:

Oficina

Marca

Capacidad

Costo trimestral

(Sin I.V.)

Costo anual

(Sin I.V.)

Terramall

PowerTech

10 KVA

$201,60

$806,40

Zapote 182

PowerTech

10 KVA

$201,60

$806,40

Grupo SAMA

PowerTech

24 KVA

$268,80

$1.075,20

Paseo de las Flores

PowerTech

24 KVA

$241,92

$967,68

Tilarán

PowerTech

10 KVA

$241,92

$967,68

Plaza Santa Rosa

PowerTech

24 KVA

$268,80

$1.075,20

Playa del Carmen

PowerTech

24 KVA

$322,56

$1.290,24

Total:

 

 

$1.747,20

$6.988,80

 

Plazo de Entrega/Ejecución: 10 horas hábiles

Ítem 14:

Oficina

Marca

Capacidad

Costo trimestral

(Sin I.V.)

Costo anual

(Sin I.V.)

Golfito

Titan

10 KVA

$302,40

$1.209,60

Agencia Nº 1 Pérez Zeledón

Titan

10 KVA

$252,00

$1.008,00

Buenos Aires

Titan

10 KVA

$302,40

$1.209,60

Total

 

 

$856,80

$3.427,20

 

Plazo de Entrega/Ejecución: 8 horas hábiles

Se declaran Infructuosos los Ítems Nº 3, 5, 8, 9 y 13

Todo conforme lo estipulado en el cartel y la oferta presentada que consta en el expediente administrativo y que forma parte integral de la presente contratación.

La Uruca, 25 de abril del 2013.—Proveeduría General.—Lic. Erick Aguilar Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 513701.—Solicitud Nº 925-00154.—Crédito.—(IN2013025966).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000057-01

Contratación de una (1) empresa que brinde una solución

corporativa de respaldo y recuperación con de duplicación

para los dominios tecnológicos abiertos en poder del Banco Nacional

Se comunica a los interesados de esta Licitación Pública, que el Comité de Licitaciones en el artículo 9 de la Sesión Ordinaria Nº 1142-2013, celebrada el 16 de abril del 2013 acordó:

Adjudicar la Licitación Pública Nº 2012LN-000057-01, promovida para la “Contratación de una (1) empresa que brinde una solución corporativa de respaldo y recuperación con de duplicación para los dominios tecnológicos abiertos en poder del Banco Nacional” a la empresa SWAT Consulting Services, por el monto de $1.897.088,79 (un millón ochocientos noventa y siete mil ochenta y ocho dólares con 79/100) y un Costo Post-Garantía de $179.720,53 (ciento setenta y nueve mil setecientos veinte dólares con 53/100).

El plazo de entrega de cada pedido será de ochenta y cinco (85) días hábiles y una garantía técnica de tres (3) años.

Todo conforme lo estipulado en el cartel y la oferta presentada que consta en el expediente administrativo y que forma parte integral de la presente contratación.

La Uruca, 25 de abril el 2013.—Proveeduría General.—Lic. Erick Aguilar Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 513701.—Solicitud Nº 925-00153.—Crédito.—(IN2013025974).

JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA

SUR DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000002-JUDESUR

(Declaración de Infructuoso)

Contratación de servicios de mantenimiento de zonas

verdes y jardinería de instalaciones de JUDESUR

En sesión ordinaria de Junta Directiva Nº 666-2013, celebrada el 8 de marzo del 2013, se tomó el siguiente acuerdo:

Aprobar la recomendación de declarar infructuoso el proceso de Licitación Abreviada Nº 2012LA-000002-JUDESUR “Contratación de servicios de mantenimiento de zonas verdes y jardinería de instalaciones de JUDESUR”. Acuerdo por unanimidad. ACU-30-666-2013.

Proveeduría.—Lic. Héctor Portillo Morales, Auxiliar.—1 vez.—(IN2013025959).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE GARABITO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000006-MUNIGARABITO

Construcción de Centro de Cuido para Niños ubicado en Urbanización F & M distrito Jacó, cantón Garabito

Siendo las 16 horas del día 10 de abril del 2013, se corrige esta resolución para determinar la evaluación y calificación para la Licitación Publica 2012LN-00006-MUGARABITO, construcción de Centro de Cuido para Niños ubicado en Urbanización F & M, distrito Jacó, cantón Garabito:

Considerando.

1-  Se adjudicó la licitación en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal Nº 136, Artículo VI d) 5 de diciembre del 2012, adjudicándose a la empresa Industria Constructora del Poás S. A.

2-  Fue interpuesto ante la Contraloría un recurso de apelación, el cual fue declarado con lugar en la petitoria relacionada con el proceso de calificación de las ofertas.

3-  Esta proveeduría revisa lo interpuesto y se determina que la calificación final para las empresas es la siguiente:

Concepto

Puntaje

Máximo

Industria Constructora

del Poas S. A.

Loto e Ingenieros S. A.

LICSA

Proyectos

Electromecánicos

Obando S. A.

MACRO

Estructuras S. A.

DICOPRO

BGROUP

Precios ofertados en colones

50

43%

42%

45%

43%

44%

50%

Plazo de entrega

20

20%

20%

20%

20%

20%

20%

Experiencia

20

20%

20%

20%

20%

20%

20%

Conocimiento del sitio a construir

10

10%

10%

10%

10%

10%

10%

Total

93%

92%

95%

93%

94%

100%

 

4-  Debido a ello, y ante la duda de la administración de que la empresa BGroup, hubiera incluido todos los detalles del muro de contención, se solicitó a la empresa la aclaración en relación a este tema y en nota recibida el día de hoy indican que si han incluido todos los aspectos, pero declinan en este proceso, debido a que han sido adjudicados en dos proyectos más.

5-  Debido a lo anterior, la empresa por calificación que seguiría es Proyectos Electromecánicos Obando S. A., con un monto cotizado de: ¢168.832.954,36.

Por tanto:

El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria Nº 155, Artículo IV, celebrada el 17 de abril del 2013, acuerda por unanimidad y en forma definitiva:

1-  Dejar sin efecto el acuerdo tomado por el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria Nº 136, Artículo VI del 05 de diciembre del 2012, en donde se adjudicó a la empresa Industria Constructora del Poas S. A.

2-  Realizar una nueva adjudicación de la Licitación Pública 2012LN-00006-MUGARABITO, construcción de Centro de Cuido para Niños ubicado en Urbanización F & M, distrito Jacó, cantón Garabito; al Proveedor Proyectos Electromecánicos Obando S. A., con un monto de ¢168.832.954,36 (ciento sesenta y ocho millones ochocientos treinta y dos mil novecientos cincuenta y cuatro con 36/100)

Garabito, 18 de abril del 2013.—Proveeduría.—Lic. Ana Sofía Schmidt, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 152.—Solicitud Nº 40167.—C-51140.—(IN2013025926).

FE DE ERRATAS

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000003-00100

Contratación de servicios de topografía para la actualización,

mantenimiento y conformación del mapa

catastral del Registro Inmobiliario

La proveeduría del Registro Nacional comunica a todos los interesados en la licitación antes mencionada que se han hecho aclaraciones al cartel de referencia, las cuales se encuentran disponibles en Comprared, en la dirección electrónica https://www.hacienda.go.cr/comprared

Las demás condiciones permanecen invariables.

San José, 4 de abril del 2013.—Lic. Hazel Ruiz Morales, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 13-0001.—Solicitud Nº 119-783-069P.—Crédito.—(IN2013025995).

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-00006-00100

Compra de materiales para la fabricación

de placas metálicas

La Proveeduría General del Registro Nacional avisa, a todos los interesados en la licitación antes mencionada las siguientes aclaraciones:

9.4 Garantía de Fabrica y en vez de “Fabrica”, se indique “Garantía del producto”, así mismo se debe eliminar la frase correspondiente a “extendida por el fabricante” que se indica en dicho punto.

Por lo anterior deberá leerse correctamente de la siguiente manera:

9.4  Garantía del producto:

        “El oferente debe indicar por medio de una garantía:

9.4.1.   La garantía minina de la pintura estampada en las placas metálicas debe ser de un mínimo de 48 meses.

9.4.2.   La temperatura ideal para estampar en cada tipo de pintura.

9.4.3.   La contratista se compromete a cambiar todo el material que no cumpla con la garantía mínima establecida en este apartado”.

Las demás condiciones permanecen invariables.

San José, 25 de abril del 2013.—Lic. Hazel Ruiz Morales, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 13-0001.—Solicitud Nº 119-783-13-0007.—(IN2013025996).

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

DIVISIÓN DE GESTIÓN DE APOYO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000001-503

Supresión de incendios-tanque, caseta

de bombeo y bomba

La Contraloría General de la República comunica a los potenciales oferentes que:

Una vez notificada la Resolución Nº R-DCA-204-2013 de fecha 18 de abril del 2013, por parte de la División de Contratación Administrativa, esta Administración procede a continuar con el proceso de licitatorio; a partir de ello se efectuaron una serie de modificaciones no esenciales al cartel. El acto de apertura de ofertas se prorroga para el día 14 de mayo del 2013, a las 10:00 a.m. y el cartel con las modificaciones se encuentra disponible en forma electrónica en la dirección www.cgr.go.cr ingresando al ícono “Servicios al Público”/Servicios/Avisos al público, a partir de esta publicación. Así mismo, la resolución se encuentra disponible en el expediente administrativo.

Unidad de Gestión Administrativa.—Ing. Ronald Monge Salazar, Jefe.—1 vez.—(IN2013025741).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº  2013LA-000014-01 (Modificación Nº 1)

Contratación de una empresa que confeccione los yoyos,

cordones y porta carné para el personal del BCR

Se informa a los interesados en la licitación en referencia, que se ha modificado el anexo Nº 1, Especificaciones Técnicas el punto1, el cual debe leerse de la siguiente forma:

1. Yoyos

Yoyos o carretes cuadrados de plástico, con cuerda recogible, en acero con recubrimiento PVC de grosor de punto ocho milímetros y de largo de sesenta centímetros, con prensa para faja en la parte trasera, con logo encapsulado transparente (resina transparente), en color blanco el logotipo del banco, (se adjuntan especificaciones del logotipo de la institución) con fiting o faja de plástico transparente con broche.

El resto del cartel se mantiene invariable

San José, 22 de abril del 2013.—Oficina Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 62703.—Solicitud Nº 920-00073-13.—Crédito.—(IN2013025916).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000009-01 (Modificación Nº 1)

Suministro de sillas para cajero, ejecutivas ortopédicas,

giratorias ortopédicas, de comedor y fijas

para diferentes oficinas del BCR

El Banco de Costa Rica informa a los interesados en la contratación en referencia, que el cartel se ha modificado, para lo cual debe tomar en cuenta lo siguiente:

1-  Se modifica el punto Nº 1 del Cartel, debe leerse de la siguiente manera:

El Banco de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito hasta las once horas con treinta minutos (11:30 a.m.) del día 8 de mayo del 2013.

2-  Se modifica el punto Nº 22 del Cartel, debe leerse de la siguiente manera:

El Banco resolverá esta contratación en un plazo máximo de 45 días hábiles a partir de la fecha de apertura de las ofertas.

Las demás condiciones se mantienen invariables.

San José 22 de abril del 2013.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 62703.—Solicitud Nº 920-00075-13.—Crédito.—(IN2013025919).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000002-DCADM

(Prórroga Nº 1)

Suministro e instalación de conjunto de módulos

de cajeros a distancia (Consumo por demanda)

Se les comunica a los interesados que se prorroga de oficio, la fecha y hora para la apertura de ofertas de este concurso para el 14 de mayo del 2013, a las 10:00 horas.

Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.

San José, 22 de abril del 2013.—Área Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2013025724).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN NACIONAL Nº 2013LN-000005-2104

(Prórroga)

Apósito tipo esponja de poliuretano recolector o canister

Se les comunica a los interesados que el concurso en mención, se prorroga la fecha de apertura para el 30 de abril del 2013, a las 10:00 horas.

San José, 9 de abril del 2013.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013025736).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000002-PROV

(Aclaración)

Contratación de una empresa que brinde servicios de call center

mediante atención de llamadas, mensajería

de texto, IVR y redes sociales

A los interesados en la presente licitación se les informa que deben depositar por concepto de garantía de participación la suma de ¢1.300.000,00. Las demás condiciones de este cartel se mantienen invariables.

Departamento de Proveeduría.—Mary Valverde Vargas, Subjefa.—1 vez.—O. C. Nº 17279.—Solicitud Nº 504-0016P.—Crédito.—(IN2013025980).

JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA

SUR DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000001-JUDESUR

(Ampliación de plazos para recepción de ofertas)

Contratación de profesionales en derecho

La Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur de la provincia de Puntarenas (JUDESUR), comunica a todos los interesados en participar en la Licitación de referencia que se amplía el plazo de recepción de ofertas para el día el 28 de mayo del 2013.

Proveeduría.—Lic. Héctor Portillo Morales, Auxiliar.—1 vez.—(IN2013025964).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000012-02

(Prórroga Nº 2 y Enmienda Nº 1)

Suministro de ambulancia

Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 03 de mayo del 2013 a las 13:00 horas. Así mismo, deben pasar al segundo piso de las Oficinas Centrales a retirar la Enmienda Nº 1 al cartel, o bien, la misma estará disponible en la página Web de RECOPE www.recope.com.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio Web www.recope.com, se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 000220.—Solicitud Nº 865-0122PROV.—Crédito.—(IN2013025990).

REGLAMENTOS

AVISOS

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

La Junta Directiva General, mediante acuerdo N° 33 de la sesión Nº 19-12/13-G.E., de fecha 19 de marzo de 2013, aprobó propuesta de Reglamento Especial para el uso del parqueo público del C.F.I.A.:

REGLAMENTO ESPECIAL PARA EL USO DEL PARQUEO

PÚBLICO DEL COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

La Junta Directiva General, en uso de las facultades establecidas en el artículo 28, inciso n) de la Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, Ley N° 3663, procede a dictar el siguiente Reglamento Especial para el uso del parqueo público del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, de la siguiente forma:

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—El presente reglamento regulará el uso del Parqueo Público del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, ubicado en Curridabat, San José.

Artículo 2º—Sin excepción este Reglamento será de cumplimiento obligatorio para todos los usuarios.

CAPÍTULO II

Objetivos

Artículo 3º—La presente normativa tiene como objetivo regular la administración y uso de las instalaciones del Parqueo del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, que comprenderá para estos efectos todas las áreas comerciales y recreativas.

CAPÍTULO III

Uso de las instalaciones

Artículo 4º—De conformidad con lo establecido por este reglamento, el Parqueo será utilizado para brindar un lugar adecuado de estacionamiento para los vehículos de los colegiados, funcionarios, visitantes, y público en general.

Artículo 5º—El estacionamiento estará bajo la responsabilidad de la Administración del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica.

Artículo 6º—El parqueo comprende las siguientes áreas:

a)  Parqueo para colegiados, visitantes, y público en general.

b)  Estacionamiento para empleados del CFIA. El uso de espacios para los funcionarios, estará sujeto a la disponibilidad que determine el Colegio, en atención a la demanda que requiera satisfacer. Asimismo, queda entendido que el disfrute de este espacio, no podrá considerarse como salario en especie, ni implica un derecho adquirido.

c)  Parqueo para vehículos del Colegio Federado.

d)  Estacionamiento exclusivo para espacios fijos contratados por un tercero, sea persona física o jurídica, bajo un convenio establecido entre ambas partes.

e)  Los espacios disponibles para discapacitados serán exclusivamente para este fin, según lo dispuesto por Ley N° 7600, los cuales deberán respetados por parte de los (as) usuarios (as) del parqueo.

Artículo 7º—Se tramitarán solicitudes de disponibilidad de espacios fijos para terceros, sean personas físicas o jurídicas, con base en el procedimiento que así establezca el Departamento Administrativo, quien resolverá y comunicará a los interesados las condiciones en que se otorga el permiso para hacer uso de los espacios solicitados, para lo cual podrá firmarse un contrato, en atención a las condiciones del alquiler, según corresponda.

Artículo 8º—Para usar las instalaciones del Parqueo, todas las personas deberán cumplir con los sistemas de ingreso que determine la Administración, sea mediante el uso de tiquete o tarjetas de acceso, o cualquier otro que en el futuro se ponga en funcionamiento.

Artículo 9º—El horario del estacionamiento se fijará de acuerdo a la operación e interés del Colegio Federado.

El usuario entiende y acepta cumplir con las condiciones y tarifas establecidas por el Parqueo Público CFIA.

Artículo 10.—Las tarifas de cobro serán determinadas por la Dirección Ejecutiva, según propuesta del Departamento Administrativo.

Las mismas se revisarán semestralmente en las siguientes categorías:

Ø  Tarifa colegiado: El parqueo será de uso gratuito para los miembros del CFIA, siempre y cuando lo utilicen para cualquier tipo de servicio o capacitación que imparta el CFIA. Para hacer uso de este derecho, deberá encontrarse al día con sus cuotas de colegiatura, lo cual se verificará con el respectivo carné o la cédula de identidad del usuario. Si el colegiado hace uso del parqueo, pero no se dirige a ninguna oficina o actividad del CFIA, tendrá un descuento del 50% sobre la tarifa vigente.

Ø  Tarifa especial para eventos organizados por el Colegio Federado y Colegios Miembros: descuento del 20% sobre tarifa vigente.

Ø  Tarifa especial mediante Convenio con personas físicas y/o jurídicas: descuento del 50% sobre la tarifa vigente.

Ø  Tarifa público en general, la tarifa vigente que determine la Dirección Ejecutiva.

Ø  Pago por tiquete o tarjeta de acceso perdida: recargo del monto correspondiente a 5 veces la tarifa horario vigente. En estos casos el usuario deberá demostrar la pertenencia o uso del vehículo involucrado.

Después de realizado el pago, el usuario tendrá 10 minutos para salir del estacionamiento. Expirado este tiempo, tendrá que regresar a la caseta de cobro para pagar el tiempo excedente.

Artículo 11.—En caso del extravío de tarjeta de acceso, adicionalmente a lo indicado en el artículo 10 de este Reglamento, se deberá cubrir adicionalmente el costo de la misma.

Igualmente, el propietario del vehículo deberá presentar su cédula de identificación y los documentos requeridos por la Administración que le permitan probar que es el dueño del vehículo.

Artículo 12.—Cuando sea necesario, debido a la realización de eventos o actividades especiales, la institución se reserva el derecho de disponer temporalmente, total o parcialmente, de las zonas de parqueo.

Artículo 13.—Es prohibido aparcar vehículos automotores en el área señalada para motocicletas.

Artículo 14.—Los funcionarios, colegiados o usuarios deben estacionar correctamente sus vehículos en los espacios correspondientes y serán exclusivamente responsables de cualquier daño que causen por dolo o culpa a cualquier otro vehículo que se encuentre en el parqueo, o a cualquier bien mueble del Colegio que ahí se encuentre o al inmueble propiamente.

Artículo 15.—Queda prohibido a los funcionarios, colegiados o usuarios aparcar sus vehículos en los espacios destinados para visitantes o en cualquier otro que determine la Administración del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos.

Artículo 16.—Es obligación y responsabilidad de los funcionarios o usuarios del parqueo, estacionar sus vehículos adecuadamente dentro de los espacios indicados, así como dejar las ventanas y puertas bien cerradas. Asimismo, deberán cumplir con las medidas de seguridad que dicte la Administración del Parqueo, a efectos de no poner en riesgo el vehículo ni los bienes que se encuentren dentro del mismo.

Artículo 17.—Los usuarios en general deberán atender las instrucciones de los oficiales de seguridad en el parqueo.

Artículo 18.—Los usuarios deberán velar por la seguridad e integridad de los peatones, bajo el entendido que tendrán prioridad de paso sobre los vehículos.

Artículo 19.—En caso que un vehículo fuere estacionado indebidamente obstaculizando la vía de acceso, será retirado, por los medios que se consideren necesarios, y cuyos costos correrán a cuenta del infractor.

Artículo 20.—El Colegio no se responsabiliza por los objetos de valor dejados dentro de los mismos y que no fueron reportados oportunamente a la administración.

Artículo 21.—El Colegio no asume ninguna responsabilidad por el incorrecto aparcamiento de vehículos.

Artículo 22.—Que queda terminantemente prohibido:

a.  Recibir e impartir lecciones o realizar prácticas de manejo en las instalaciones del Colegio.

b.  Utilizar patinetas o patines dentro de las vías de circulación y áreas de estacionamiento.

c.  Circular en las instalaciones del Colegio en un vehículo que sobrepase los límites de velocidad establecidos.

CAPÍTULO IV

Uso zona de paso paralela al estacionamiento público CFIA

Artículo 23.—El Colegio Federado con el interés de brindar un servicio adicional a los usuarios del parqueo, el ferrocarril y a la Comunidad en general, permitirá el uso de una zona de paso paralela al mismo que facilita la conexión entre la entrada principal y salida del estacionamiento.

Artículo 24.—El horario de uso de la zona de paso, así como las condiciones para su utilización serán establecidas por la Administración.

Artículo 25.—Los peatones serán responsables por los daños ocasionados al inmueble, debidos a descuidos, negligencia, dolo, culpa o usos incorrectos, debiendo él mismo reparar los daños ocasionados.

Artículo 26.—Los peatones deberán observar una conducta adecuada dentro del inmueble, de acuerdo con los principios de la moral y las buenas costumbres.

Artículo 27.—Que el Colegio no asume responsabilidad civil ni penal por los hechos que ocurran en el inmueble durante el uso concedido, que no le sean imputable.

Artículo 28.—Los peatones en ningún momento podrán alegar derecho alguno sobre facilidad de paso que se les brinda, pues constituye una mera gracia o tolerancia del Colegio el uso de esa zona de paso.

Artículo 29.—El Colegio se reserva el derecho de excluir o solicitar el abandono del inmueble al peatón, cuando los peatones se comporten o asuman actitudes contrarias a la moral y a las buenas costumbres o ante el incumplimiento a las condiciones de uso y disposiciones que establezca el Colegio, referente al uso del parqueo.

CAPÍTULO V

Derechos y obligaciones de los usuarios

Artículo 30.—Los usuarios tienen el derecho de utilizar las instalaciones con que cuenta el parqueo, de acuerdo con las normas establecidas en este reglamento.

También es su deber velar por el cuidado de dichas instalaciones y activos, además asegurarse de no dejar desechos ni basura fuera de los recipientes colocados para ese fin.

Artículo 31.—El usuario es responsable de la utilización de las instalaciones del Parqueo y lo será económicamente en cuanto a todos los daños que sufran por su causa.

Artículo 32.—Los usuarios deben mantener estricto cuidado con las personas menores de edad, con discapacidad física o adultos mayores, a fin de evitar accidentes.

Artículo 33.—El Colegio Federado no será responsable en ningún grado en relación a los accidentes que ocurran dentro de las instalaciones por descuido, falta o negligencia de parte de colegiados, funcionarios o personas que se encuentren en las mismas.

Artículo 34.—Respetar la circulación y los señalamientos del personal administrativo y de vigilancia, sin rebasar los límites de velocidad establecidos.

Artículo 35.—Deberá estacionarse en los espacios indicados para ese fin y no en los lugares prohibidos o en los sitios de circulación vial.

Artículo 36.—El usuario podrá pagar en efectivo, tarjeta débito o crédito, en la caseta de pago del estacionamiento.

Artículo 37.—Queda prohibido el acceso al estacionamiento en estado de ebriedad o bajo el influjo de sustancias tóxicas, ni consumir los mismos en las áreas del estacionamiento.

Artículo 38.—Se deberá guardar compostura en el estacionamiento, no hacer ruidos excesivos con el claxon y/o estéreo.

Artículo 39.—Se deberá conducir a una velocidad máxima 25 km/h dentro del estacionamiento y las vías de acceso; respetar la señalización y las instrucciones que impartan los funcionarios de seguridad y tener trato cortés y respetuoso con estos colaboradores.

Artículo 40.—Cumplir dentro del estacionamiento, con todas las normas de seguridad y cortesía y los requisitos de la Ley de Tránsito, especialmente los que se refieren a emisión de gases, humo, ruido y derrame de lubricantes, grasas o combustibles.

CAPÍTULO VI

De la observancia de este reglamento

Artículo 41.—Todos los usuarios del Parqueo están en la obligación de acatar las reglas básicas de la moral, de la decencia y del respeto mutuo, de forma que sus acciones no dañen el decoro o lesionen la sensibilidad del resto de los usuarios.

Artículo 42.—Todo visitante tiene el derecho y el deber de denunciar ante el personal del CFIA a cargo del cuido del Parqueo, aquellos actos que en su concepto hayan ofendido las reglas convencionales de la moral o que hayan dañado las instalaciones físicas.

En caso de actos contrarios a la moral pública, en que incurra cualquier usuario del Parqueo, será conocida por la Administración para que tome las medidas correspondientes.

Artículo 43.—Cuando se cometa alguna falta por parte de algún visitante, que se considere grave, el personal encargado del Parqueo, tiene autorización para que el o los causantes, sean desalojados de las instalaciones, sin perjuicio de cualquier otra sanción que se les pueda imponer.

Artículo 44.—De aplicarse una sanción, estás podrán ser desde una llamada de atención, verbal, escrita, o hasta la prohibición para visitar el Parqueo.

Artículo 45.—De previo a la imposición de una sanción de las previstas en este Reglamento, los infractores serán notificados por la Dirección Ejecutiva para que un plazo de ocho días hábiles, respondan a tales quejas y ofrezcan la prueba que consideren pertinente. Una vez transcurrido el plazo de la audiencia, a que se refiere este artículo, sin respuesta de los infractores o una vez recibida su defensa y evacuadas las pruebas que sean pertinentes, la Dirección Ejecutiva pondrá en conocimiento de la Junta Directiva el expediente correspondiente, y ésta procederá a tomar la decisión que corresponda y la comunicará al o los interesados. En el caso de los funcionarios la decisión la tomará la Dirección Ejecutiva.

Artículo 46.—Es aceptado por el Funcionario o Usuario, que las sanciones impuestas no eximen del pago de los daños o perjuicios ocasionados. En ese sentido, todo daño causado a las instalaciones del parqueo deberá ser cubierto por la persona responsable.

CAPÍTULO VII

Prohibiciones

Artículo 47.—Es prohibido el uso de armas de fuego, armas de aire comprimido, armas blancas de cualquier tipo dentro del Parqueo.

Artículo 48.—La Dirección Ejecutiva y la Subdirección de Operaciones se reservan el derecho de suspender temporal el beneficio del uso del parqueo en los siguientes casos para miembros, funcionarios o terceros bajo contrato:

a)  Violación a cualquiera de los artículos anteriores.

b)  Cuando requiera espacio para ampliar o construir nuevas instalaciones o para estacionar los vehículos institucionales.

c)  Por razones de seguridad ante actos de violencia o causas similares.

d)  Cuando se realicen eventos especiales, en que sea necesario disponer temporalmente de los espacios de estacionamiento.

e)  Cuando el (a) usuario (a) manifieste que no hará más uso del beneficio otorgado.

f)  Cuando haya rompimiento del contrato por cualquier causa.

g)  Cuando no reporte oportunamente daños causados por su vehículo a bienes de la institución.

Tratándose de cualquier otro aspecto sobre acceso y utilización de las instalaciones del Parqueo Público CFIA no previstos en este Reglamento, regirán las regulaciones que disponga la Junta Directiva General del Colegio de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica.”

San José, 1° de abril de 2013.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. N° 309-2013.—Solicitud Nº 984-22-13.—(IN2013022796).

 La Junta Directiva General, mediante acuerdo N° 25 de la sesión Nº 13-12/13-G.E., de fecha 19 de febrero de 2013 aprobó la propuesta de reforma del Reglamento de Contratación de Servicios de Consultoría, y en consecuencia se modifica el artículo 3 bis de este Reglamento para que se lea de la siguiente manera:

“Artículo 3 BIS. Trabajos de mantenimiento menor: Se entenderá por trabajo de mantenimiento menor aquel trabajo que implique la reparación de un inmueble, sea por deterioro, mantenimiento o por seguridad, siempre y cuando no se le altere el área, la forma, ni se intervenga o modifique estructuralmente el inmueble. Los trabajos de mantenimiento menor comprenden tanto los que se realicen en exteriores como interiores de los inmuebles, y no requieren la participación obligatoria de un profesional responsable miembro del CFIA.

Se consideran trabajos de mantenimiento menor, los siguientes:

a.  …..

b.  …..

c.  …..

d.  …..

e.  …..

f.   …..

g.  …..

h.  …..

i.   …..

j.   …..

k.  Reparaciones eléctricas (sustitución de luminarias, de tomacorrientes y de apagadores); que no aumenten la carta eléctrica instalada.

l.   …..

m. …...

n.  ……””

San José, 18 de marzo de 2013.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. N° 271-2013.—Solicitud Nº 984-18-13.—(IN2013022804).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-714-2013.—Garro Madrigal Viviana, R-017-2013, costarricense, cédula de identidad: 1-0964-0747, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Dirección Estratégica Especialidad en Tecnologías de La Información, Universidad Internacional Iberoamericana, Puerto Rico. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00126R.—C-Crédito.—(IN2013022126).

ORI-727-2013.—Acker Jennifer Michelle, R-021-2013,  canadiense, residente permanente: 112400187609, ha solicitado  reconocimiento del diploma de Bachiller en Enfermería, Universidad De New Brunswick, Canadá. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00127R.—C-Crédito.—(IN2013022127).

ORI-898-2013.—Bermúdez Monge Jenny, R-026-2013, costarricense, cédula de identidad: 1-1071-0838, ha solicitado reconocimiento del diploma de Magister en Ciencias con Especialización en Entomología, Universidad de Panamá, Panamá. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00110R.—C-Crédito.—(IN2013022128).

ORI-721-2013.—Chaurel Pérez Armando Antonio, R-028-2013, venezolano, pasaporte: 027929616, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Ingeniero en Computación, Universidad Fermín Toro, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00128R.—C-Crédito.—(IN2013022129).

ORI-896-2013.—Vivas Reyes Carlos Ramón, R-033-2013,  costarricense, cédula de identidad: 7-0181-0318, ha solicitado  reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinomericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00116R.—C-Crédito.—(IN2013022130).

ORI-897-2013.—Berrocal Jiménez Alexander, R-035-2013, costarricense, cédula de identidad: 1-0944-0034, ha solicitado reconocimiento del diploma de Grado de Doctor en Ciencias e Industrias de la Madera, Universidad Del Bío-Bío, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00111R.—C-Crédito.—(IN2013022131).

ORI-975-2013.—Núñez Sánchez Jorge, R-038-2013, español, docente: 172400158405, ha solicitado reconocimiento del  diploma de Ingeniero Técnico Industrial, Especialidad en Mecánica, Universidad de Málaga, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00113R.—C-Crédito.—(IN2013022132).

ORI-617-2013.—Picado Alfaro Miguel Evelio, R-041-2013 B, costarricense, cédula de identidad número 109560990, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster Universitario en Didáctica de la Matemática, Universidad de Granada, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 25 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00121R.—C-Crédito.—(IN2013022133).

ORI-627-2013.—Maio Jesica Marta, R-043-2013, argentina, pasaporte número 32125028 N, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Psicología, Universidad de Belgrano, Argentina. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 25 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00122R.—C-Crédito.—(IN2013022134).

ORI-654-2013.—Hernández Rivera Patricia Eugenia, R-056-2013, costarricense, cédula de identidad número 110790281, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Maestra en Administración de Instituciones Educativas, Instituto Tecnológico y Estudios Superiores de Monterrey, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00123R.—C-Crédito.—(IN2013022135).

ORI-986-2013.—Cuairán Chavarría María Cecilia, R-057-2013, mexicana, pasaporte: 07390016129, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Licenciado en Odontología, Universidad Intercontinental, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso .—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00117R.—C-Crédito.—(IN2013022136).

ORI-661-2013.—Bubis Abramovits Marcos, R-060-2013, venezolano, residente permanente libre condición número 186200141211, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Abogado, Universidad Católica Andrés Bello, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00124R.—C-Crédito.—(IN2013022137).

ORI-820-2013.—Bubis Abramovits Marcos, R-060-2013 B, venezolano, residente permanente libre condición número 186200141211, ha solicitado  reconocimiento del Diploma de Máster en Políticas Públicas, Instituto de Estudios Superiores de Administración (IESA), Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 5 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00112R.—C-Crédito.—(IN2013022138).

ORI-830-2013.—Bubis Abramovits Marcos, R-060-2013 B, venezolano, residente permanente libre condición número 186200141211, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster en Administración, Instituto de Estudios Superiores de Administración, (IESA) Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 5 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00118R.—C-Crédito.—(IN2013022139)

ORI-669-2013.—Maldonado Mora Tito José, R-064-2013, costarricense, cédula de identidad número 111630326, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster en Ciencias, Área Principal de Estudios: Física, Uppsala Universitet, Suecia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00125R.—C-Crédito.—(IN2013022140).

IORI-951-2013.—Ucrós Castañeda María Eugenia, R-065-2013, colombiana, residente permanente: 117000634533, ha solicitado reconocimiento del diploma de Magister en Ingeniería de Sistemas y Computación, Universidad de Los Andes, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-001.—C-Crédito.—(IN2013022141).

ORI-852-2013.—Funes Canales Ronald Josué, R-066-2013, hondureño, pasaporte número C786838, ha solicitado  reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina y Cirugía, Universidad Nacional Autónoma De Honduras, Honduras. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00119R.—C-Crédito.—(IN2013022142).

ORI-858-2013.—Pizarro Aguilar Melissa, R-072-2013, costarricense, cédula de identidad número 112060077, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ciencias (Ingeniería Industrial y de Sistemas), Universidad Estatal De Ohio, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00129R.—C-Crédito.—(IN2013022143).

ORI-860-2013.—Villalba Velásquez Vladimir, R-074-2013, venezolano, residente permanente libre condición número 186200033026, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Ingeniero Agrónomo, Universidad Central de Venezuela, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00114R.—C-Crédito.—(IN2013022144).

ORI-864-2013.—Muñoz Del Collado Fernando Arturo, R-076-2013, cubano, residente temporal libre condición número 119200396120, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Licenciado en Música Perfil: Violín, Instituto Superior de Arte, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00120R.—C-Crédito.—(IN2013022145).

ORI-867-2013.—Fonseca Molina Johanna Catalina, R-078-2013, costarricense, cédula de identidad número 303710430, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Maestra en Educación, Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Universidad Virtual, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00131R.—C-Crédito.—(IN2013022146).

ORI-870-2013.—Álvarez Marquez Karina Dolores, R-079-2013 A, española, pasaporte número XD449322, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Magíster en Ingeniería Química, Universidad Simón Bolívar, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00130R.—C-Crédito.—(IN2013022147).

ORI-872-2013.—Álvarez Marquez Karina Dolores, R-079-2013 B, española, pasaporte número XD449322, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Ingeniero Químico, Universidad Metropolitana, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00132R.—C-Crédito.—(IN2013022148)

ORI-913-2013.—Paz Leis Manuel, R-085-2013, español, pasaporte número AAG447925, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Licenciado en Ciencias (Sección de Biológicas), Universidad de Santiago De Compostela, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00115R.—C-Crédito.—(IN2013022149).

ORI-717-2013.—Sauter Ortiz Elke Marie, R-019-2013, costarricense, cédula de identidad N° 1-1328-0708, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller en Ciencias, Ingeniería Civil, Texas A&M University, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00107R.—(IN2013023408).

ORI-725-2013.—Spence Arias María Stuardo, R-025-2013, costarricense, cédula de identidad N° 1-0853-0792, ha solicitado reconocimiento del diploma de Magister en Salud Pública, Universidad de Chile, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00108R.—(IN2013023409).

ORI-956-2013.—Castillo Barahona Rolando, R-040-2013, costarricense, cédula de identidad N° 1-0660-0066, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Filosofía en Ingeniería Civil, Universidad de Canterbury, Nueva Zelanda. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00139R.—(IN2013023410).

ORI-623-2013.—Picado Alfaro Miguel Evelio, R-041-2013 A, costarricense, cédula de identidad N° 109560990, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor. Didáctica de la Matemática, Universidad de Granada, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 25 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00102R-13.—(IN2013023411).

ORI-978-2013.—Díaz Calvo Guiselle, R-042-2013, mexicana, residente permanente N° 148400160825, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Psicología, Universidad Autónoma de San Luis Potosí, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00134R.—(IN2013023412).

ORI-984-2013.—Ochoa Luisa Eugenia, R-047-2013, estadounidense, residente permanente N° 184000480832, ha solicitado reconocimiento del diploma de Socióloga, Universidad Nacional de Colombia, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00136R.—(IN2013023413).

ORI-947-2013.—Rojas Jiménez José Pablo, R-049-2013, costarricense, cédula de identidad N° 1-1121-0937, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ingeniería Biológica y Agrícola, Louisiana State University, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00144R.—(IN2013023414).

ORI-985-2013.—De Souza Pinto Andrea Regina, R-051-2013, brasileña, residente permanente N° 107600045818, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller en Ciencias Jurídicas y Sociales, Facultad de Derecho de Guarulhos, Brasil. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00135R.—(IN2013023415).

ORI-651-2013.—Pulgarín Montoya Diego Fernando, R-054-2013, colombiano, pasaporte N° CC71267528, ha solicitado reconocimiento del diploma de Odontólogo, Universidad de Antioquía, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00103R.—(IN2013023416).

ORI-952-2013.—Rodríguez Rodríguez Carlos Esteban, R-055-2013, costarricense, cédula de identidad N° 1-1114-0011, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Biotecnología, Universidad Autónoma de Barcelona, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00141R.—(IN2013023417).

ORI-658-2013.—Vargas González Patricia, R-058-2013, costarricense, cédula de identidad N° 108860238, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora. Problemas Actuales de Derecho Penal, Universidad de Salamanca, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00104R.—(IN2013023418).

ORI-955-2013.—Núñez Rodríguez Erick, R-059-2013, costarricense, cédula de identidad N° 1-0816-0747, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor, Derecho Privado, Universidad de Salamanca, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 11 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00138R-13.—(IN2013023419).

ORI-954-2013.—Garro Vargas Anamari, R-61-2013, costarricense, cédula de identidad N° 1-0676-0952, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Derecho, Universidad de Los Andes, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00143R.—(IN2013023420).

ORI-666-2013.—Jacques Craig William, R-062-2013, canadiense, residente permanente libre condición N° 112400184606, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Quiropráctica, Life University College of Chiropractic, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00105R.—(IN2013023421).

ORI-976-2013.—Castro Quintero Jonathan, R-063-2013, costarricense, cédula de identidad N° 6-0371-0758, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00137R.—(IN2013023422).

ORI-1039-2013.—Gurrera Vallverdú Andreu, R-071-2013, español, pasaporte N° BE669680, ha solicitado reconocimiento del diploma de Título Universitario Oficial de Licenciado en Historia, Universidad Rovira I Virgili, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 15 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00140R.—(IN2013023423).

ORI-1121-2013.—Sánchez Guerrero Lidieth María, R-086-2013, costarricense, cédula N° 2-0398-0527, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Sociales, Universidad Pontificia Bolivariana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 20 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00142R.—(IN2013023424).

ORI-648-2013.—Gómez Sánchez Ingrid, R-353-2012-A, costarricense, cédula de identidad N° 109880504, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría Artes, Letras, Lenguas, Mención Lenguas, Lingüística y Fle (francés lengua extranjera), Universidad de Nantes, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00106R.—(IN2013023425).

ORI-640-2013.—Gómez Sánchez Ingrid, R-353-2012-B, costarricense, cédula de identidad N° 109880504, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciatura en Artes, Letras, Lenguas. Mención Lenguas, Literaturas, y Civilización Extranjeras Especialidad Español, Universidad de Nantes, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00109R.—(IN2013023426).

UNIVERSIDAD NACIONAL

VICERRECTORÍA ACADÉMICA

PROGRAMA DE GRADUACIÓN

REPOSICIÓN DE TÍTULO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por extravío, correspondiente al título de: Licenciatura en Sociología con Énfasis en Investigación. Grado académico: Licenciatura, registrado en el libro de títulos bajo: Tomo: 10; Folio 217; Asiento:  4027, a nombre de Ochoa García Marlon Donaldo. Con fecha 11 de abril del 2008, cédula de identidad: C798184. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Heredia, 1 de febrero del 2013.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—(IN2013023874).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

VICERRECTORÍA EJECUTIVA

DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Okan K Tezucar, de nacionalidad estadounidense, cédula de residencia N° 184000943500, ha solicitado reconocimiento y equiparación del título de Bachiller en Artes, Justicia Criminal, obtenido en la Universidad de Auburn. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Sabanilla, 12 de abril del 2013.—Comisión de Reconocimiento de Estudios.—Lic. Susana Saborío Álvarez, Coordinadora.—(IN2013023853).

Ileana Salas Campos, de nacionalidad costarricense, cédula N° 401330344, ha solicitado reconocimiento y equiparación del título de Doctor en Educación, obtenido en la Nova Southeastern University. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Sabanilla, 8 de abril 2013.—Comisión de Reconocimiento de Estudios.—Lic. Susana Saborío Álvarez, Coordinadora.—(IN2013023863).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señora Mary Luz Ortiz Pedroza, cédula de residencia Nº 117000309117, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Arquitecto, obtenido en la Universidad Santo Tomás, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Cartago, 27 de febrero del 2013.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20130101.—Solicitud Nº 615-0024.—(IN2013023400).

Ante el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, se ha presentado Jonnathan Brenes Arrieta, cédula Nº 112130691, carné de estudiante N° 200338475, a solicitar reposición de su título de Técnico Superior en Electrónica, Grado Académico: Diplomado, según consta en el Libro Oficial de Graduados tomo 4, acta Nº 159, página 37, registro Nº ETS2005012, graduación efectuada el 8 de setiembre del 2005, por extravío. Se publica este edicto para recibir oposiciones a esta reposición, dentro del término de cinco días hábiles a partir de la tercera publicación.—Departamento de Admisión y Registro.—Máster William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20130101.—Solicitud Nº 615-0031.—(IN2013023401).

El señor David Sánchez Ordoñez, cédula de residencia N° 186200355800, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Ingeniero en Electrónica, mención: Automatización y Control, obtenido en la Universidad Dr. Rafael Belloso Chacín, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Cartago, 4 de marzo del 2013.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20130101.—Solicitud Nº 615-0021.—(IN2013021528).

La señora Hayda Lucía Avendaño Hernández, cédula de residencia N° 117001624103, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Tecnólogo en Administración de Finanzas y Negocios Internacionales, obtenido en la Corporación Universitaria Unitec. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Cartago, 7 de marzo del 2013.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20130101.—Solicitud Nº 615-0022.—(IN2013021529).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La señora Patricia Casanova, cédula de residencia N° 138000155228, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Arquitecto, obtenido en la Universidad Central de Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 27 de febrero  del 2013.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. N° 20130101.—Solicitud Nº 615-0025.—(IN2013022794).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

APROBACIÓN NOMBRAMIENTO DIRECTOR INTERINO

ÁREA DE SALUD DE BUENOS AIRES

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 10 de la sesión N° 8624, celebrada el 21 de febrero del año 2013, acordó: Nombrar al Doctor Luis Carlos Villalobos Monestel, mayor, casado, especialista en Medicina Familiar, cédula número 1-577-483, vecino de Puntarenas Apartamento Don Luis Buenos Aires, como Director Médico Interino de la “Área de Salud de Buenos Aires” hasta el 4 de setiembre del año 2013, acuerdo firme. Además se le confiere las potestades y facultades inherentes a ese cargo, se le confiere las potestades y obligaciones atribuidas al director del órgano desconcentrado, en el artículo 25 de la sesión N-7606, celebrada el 6 de diciembre del año 2001, para lo efectos del marco de la desconcentración creado con base en la ley 7852 y su Reglamento.—San José, 18 de marzo del 2013.—Dra. María Eugenia Villata Bonila, Gerente Médica.—1 vez.—RP2013345741.—(IN2013023685).

APROBACIÓN NOMBRAMIENTO DIRECTOR INTERINO

ÁREA DE SALUD TIBÁS-MERCED-LA URUCA,

CLÍNICA CLORITO PICADO

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 25 de la sesión N° 8630, celebrada el 21 de marzo del 2013, acordó: Nombrar al doctor Carlos Alberto Solano Salas, mayor, casado segunda vez, médico, cédula de identidad número tres-trescientos catorce-setecientos diecisiete, vecino de San José Curridabat, como Director Médico Interino de “Área de Salud Tibás-Merced-La Uruca, (Clínica Clorito Picado)” a partir del 25 de marzo del 2013 hasta el 25 de setiembre del año 2013, acuerdo firme. Además se le confiere las potestades y facultades inherentes a ese cargo, se le confiere las potestades y obligaciones atribuidas al director del órgano desconcentrado, en el artículo 25 de la sesión N-7606, celebrada el 6 de diciembre del año 2001, para lo efectos del marco de la desconcentración creado con base en la Ley 7852 y su Reglamento.

San José, 03 de abril del 2013.—Dra. María Eugenia Villata Bonila, Gerente Médica.—1 vez.—RP2013345742.—(IN2013023686).

APROBACIÓN NOMBRAMIENTO DIRECTOR INTERINO

“ÁREA DE SALUD DE BUENOS AIRES”

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 10 de la sesión N° 8624, celebrada el 21 de febrero del año 2013, acordó: Nombrar al doctor Fernando Gerardo Salazar Alvarado, mayor, casado una vez, médico especialista en medicina Familiar, cédula de identidad número 2-291-1119, vecino de San José Pérez Zeledón, como Director Médico Interino de “Área de Salud de Buenos Aires” a partir del 26 de febrero del año 2013 hasta el 26 de agosto del año 2013, acuerdo firme. Además se le confiere las potestades y facultades inherentes a ese cargo, se le confiere las potestades y obligaciones atribuidas al director del órgano desconcentrado, en el artículo 25 de la sesión N-7606, celebrada el 6 de diciembre del año 2001, para lo efectos del marco de la desconcentración creado con base en la Ley 7852 y su Reglamento.

San José, 15 de marzo del 2013.—Dra. María Eugenia Villata Bonila, Gerente Médica.—1 vez.—RP2013345743.—(IN2013023687).

APROBACIÓN NOMBRAMIENTO DIRECTORA INTERINA

HOSPITAL NACIONAL PSIQUIÁTRICO

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 28 de la sesión N° 8625, celebrada el 28 de febrero del 2013, acordó: Nombrar a la doctora Lilia de los Ángeles Uribe López, mayor, casada, Médico Especialista en Psiquiatría, cédula de identidad número 1-451-697, vecina de San José Pavas, como Directora Médico Interina del “Hospital Nacional Psiquiátrico” a partir del 28 de febrero del año dos mil trece hasta el 28 de agosto el año 2013, acuerdo firme. Además se le confiere las potestades y facultades inherentes a ese cargo, se le confiere las potestades y obligaciones atribuidas al director del órgano desconcentrado, en el artículo 25 de la sesión N-7606, celebrada el 6 de diciembre del año 2001, para lo efectos del marco de la desconcentración creado con base en la ley 7852 y su Reglamento.

San José, 03 de abril del 2013.—Dra. María Eugenia Villata Bonila, Gerente Médica.—1 vez.—RP2013345744.—(IN2013023688).

APROBACIÓN NOMBRAMIENTO DIRECTORA INTERINA

“ÁREA DE SALUD HATILLO, CLÍNICA

SOLÓN NÚÑEZ FRUTOS”

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 35 de la sesión N° 8623, celebrada el 14 de febrero del año 2013, acordó: Nombrar a la doctora Mylena Quijano Barrantes, mayor, casada, médica Cirujana, cédula número 1-746-032, vecina de San José Curridabat, como Directora Médica Interina del “Área de Salud Hatillo, Clínica Solón Núñez Frutos” a partir del 19 de febrero del año 2013, hasta el 19 de agosto del año 2013, acuerdo firme. Además se le confiere las potestades y facultades inherentes a ese cargo, se le confiere las potestades y obligaciones atribuidas al director del órgano desconcentrado, en el artículo 25 de la sesión N-7606, celebrada el 6 de diciembre del año 2001, para lo efectos del marco de la desconcentración creado con base en la ley 7852 y su Reglamento.

San José, 15 de marzo del 2013.—Dra. María Eugenia Villata Bonila, Gerente Médica.—1 vez.—RP2013345745.—(IN2013023689).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Oficina Local PANI de Pococí, a los señores Melvin Francisco Córdoba Jiménez, con pasaporte: C0843549 y de Zoila Rosa Velásquez Aquino, con cédula de residencia 26550600001497, de calidades y domicilio ignorados; se le(s) comunica la resolución de las catorce horas del doce de marzo del año dos mil trece, en la cual se dictó revocatoria de la medida de protección de abrigo temporal y en su lugar se dicta medida de protección de cuido provisional a favor de la persona menor de edad Eva Isabel Córdoba Velásquez en el hogar de su abuela paterna María Elena Jiménez. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta Institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Asesoría Jurídica de esta Institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente Administrativo: 743-00066-2012.—Oficina Local de Pococí.—MSc. María Gabriela Hidalgo Hurtado, Abogada.—O. C. 35921.—Solicitud 61448.—C-14540.—(IN2013023952).

Oficina Local PANI de Pococí, a los señores Juan Reyes Nájera y María de los Ángeles Porras Acosta, de calidades y domicilio ignorados; se le(s) comunica la resolución de las trece horas del veinticinco de marzo del año dos mil trece, en la cual se dictó revocatoria de medida de protección de abrigo temporal y en su lugar se dicta medida de orden de inclusión a tratamiento en Hogar Siembra en Alajuela de la persona menor de edad Jeylin María Reyes Porras. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Asesoría Jurídica de esta Institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente Administrativo: 731-00136-2004.—Oficina Local de Pococí.—MSc. María Gabriela Hidalgo Hurtado, Abogada.—O. C. 35921.—Solicitud 61448.—C-14540.—(IN2013023953).

A José Rodolfo Muñoz Vega, se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia, de las trece horas del día veintidós de marzo del año en curso, en la que se resuelve: 1- Se ordena el egreso del hospital San Francisco de Asís de la niña Larissa María Muñoz Robles, al lado de su madre la señora Elizabeth del Carmen Robles Pineda. 2- Brindar orientación, apoyo y seguimiento psicosocial a través de esta Oficina Local a la presente situación, para verificar las condiciones en que se encuentra la persona menor de edad al lado de su madre. Cada área deberá elaborar un plan de intervención para trabajar con la familia. 3- Se le ordena al IMAS brindar apoyo económico a la señora Elizabeth del Carmen Robles Pineda, la cual no cuenta con trabajo propio y en este momento atraviesa una difícil situación económica, por lo que se recomienda la ayuda para que de esta forma pueda mejorar la calidad de vida de los miembros de la familia; quienes residen en Grecia, San Juan, 200 mts. norte del salón central, sobre calle Cocoola, teléfono 8560-8790. 3- Se refiere al IMAS a la señora Elizabeth del Carmen Robles Pineda para que sea valorada para el programa de red de cuido para sus hijos para que la madre pueda trabajar y generar fuentes de ingresos para cubrir las necesidades básicas de sus hijos menores de edad. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución; se podrá interponer dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Exp. 116-00064-2011.—Grecia, 4 de abril del 2013.—Oficina Local de Grecia.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—O. C. 35921.—Solicitud 61448.—C-14540.—(IN2013023954).

A: Andy Mayelli Barrera Moran y Harry Chow Luna se les comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia, de las siete horas treinta minutos del primero abril del año en curso, en la que se resuelve: 1- Dictar medida de protección de cuido provisional de la persona menor de edad Josmely Estefanía Chow Barrera en el hogar de la señora Luz Marina Morán Zaldaña. 2- Se ordena el egreso del hospital Nacional Psiquiátrico de la persona menor de edad Josmely Estefanía Chow Barrera al lado de la señora Luz Marina Morán Zaldaña. 3- Brindar orientación, apoyo y seguimiento a través del área de trabajo social de esta Oficina Local, a la situación de la persona menor de edad al lado de su guardadora, a fin de garantizar que esté en adecuadas condiciones al lado de la misma. Dicha medida de protección tiene una vigencia de seis meses y es de acatamiento obligatorio de conformidad con lo dispuesto para estos efectos en el Código de la Niñez y Adolescencia. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución; se podrá interponer dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas Exp. 245-00019-2013.—Grecia, 1° de abril del 2013.—Oficina Local de Grecia.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—O. C. 35921.—Solicitud 61448.—C-13220.—(IN2013023955).

Al señor Janer Eduardo Herrera Villamil se le hace saber la resolución de las catorce horas del día diez de enero del dos mil trece, en la que se ordena que la niña Raichel Camila Herrera Brenes permanezca con medida de protección de cuido provisional en el hogar de los señores Alexander Brenes Villalobos y Grettel Díaz González. Contra la presente resolución procede el recurso de apelación ante esta representación legal, sita en Llorente de Flores de Heredia, cien metros al sur de las Oficinas del Banco Nacional de Costa Rica, y setenta y cinco metros al oeste, quien lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Entidad ubicada en San José, antiguo edificio Dos Pinos, dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación del presente edicto. Expediente 442-00002-2013.—Oficina Local Heredia Sur, 8 abril del 2013.—Lic. Marcela Ramírez Ulate, Representante Legal.—O. C. N° 35921.—Solicitud N° 61450.—C-9900.—(IN2013024280).

A quien interese se le comunica que por resolución administrativa de las trece horas con cuarenta y dos minutos del veinte de febrero del año dos mil trece, se declaró estado de abandono en sede administrativa de las personas menores de edad Catherine Pamela, Yerlin Dayana, y Yeilin Vanessa las tres de apellidos Calvo Murillo. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Garantía de defensa: Se les hace saber además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán Interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp. OLLS-00010-2013.—Oficina Local de Los Santos.—Lic. Mario E. Tenorio Castro, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 35921.—Solicitud N° 61450.—C-13200.—(IN2013024281).

Se hace saber a Eneida Castillo Pineda, mayor, soltera, demás calidades desconocidas, que en resolución administrativa de las catorce horas del veintidós de enero del año dos mil trece, se ordenó el inicio del proceso especial de protección en favor de la persona menor de edad de nombre Karen Abrego Castillo. Notifíquese, la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: Se les hace saber además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp. Nº 144-00035-2012.—Oficina Local de los Santos.—Lic. Mario E. Tenorio Castro, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 35921.—Solicitud N° 61450.—C-13200.—(IN2013024282).

Oficina Local de Los Santos. Se hace saber a Marco Antonio Bonilla Venegas, mayor, casado, operador de maquinaria pesada, y portador de la cédula de identidad número 1-0671-0443, de domicilio desconocido, que en resolución administrativa de las catorce horas con veinte minutos del dos de abril del año dos mil trece, se ordenó el inicio del proceso especial de protección y medida de cuido provisional, en favor de la persona menor de edad de nombre Mónica Daniela Bonilla Blanco. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: Se les hace saber además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente OLLS-00040-2012.—Oficina Local de los Santos.—Lic. Mario E. Tenorio Castro, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 35921.—Solicitud N° 61450.—C-13200.—(IN2013024283).

A Luis Rafael Gallo Murillo, quien es mayor, demás calidades desconocidas, se le comunica la resolución de las diez horas con cincuenta y cinco minutos del dos de abril del dos mil trece, en la cual se ordenó el inicio del proceso especial de protección, y medida de cuido provisional de la persona menor de edad de nombre Verónica de los Ángeles Gallo Fuentes. Notifíquese, la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta Institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente Nº OLLS-00017-2012.—Oficina Local de Los Santos.—Lic. Mario Enrique Tenorio Castro, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35921.—Solicitud Nº 61450.—C-13200.—(IN2013024287).

A la señora Dominga Antonia Téllez Reyes, se le pone en conocimiento, la resolución de las once horas del diecinueve de marzo del dos mil trece, la cual resolvió el cuido provisional de la persona menor de edad Ever Antonio Téllez Reyes en el hogar de la señora Benita Oporta Rodríguez. Notifíquese la anterior resolución a los interesados con la advertencia que tienen que señalar casa u oficina donde recibir notificaciones. Plazo para presentar oposición: cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto. Expediente administrativo N° 241-00017-2013.—Oficina Local de San Carlos.—MSc. Xinia Guerrero Araya, Representante Legal, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 35921.—Solicitud Nº 61446.—C-6600.—(IN2013024298).

Se comunica al señor: Julián Cruz Garay, mayor de edad, costarricense, casado, portador de la cédula de identidad N° 2-331-508, de domicilio y demás calidades desconocidas, padre registral de la persona menor de edad Ruth Tatiana Cruz Fernández, la resolución administrativa de esta Oficina de las quince horas con cuarenta minutos del veinticinco de febrero del dos mil trece, en la cual se dictó la medida de protección administrativa de cuido provisional, de la persona menor de edad en mención, en el hogar de los señores Hedi Sojo Matamoros conocida como Heydi Yesenia Sojo Matamoros y el señor Mario Alberto Ching Vargas, ambos mayores de edad, costarricense, casados entre sí, ama de casa y comerciante respectivamente, portadores de la cédula de identidad número 1-1022-0491 la primera, y 7-0088-0232, el segundo, vecinos de Siquirres, Barrio Tobías Baglios, entrada de Conchita, 50 metros norte y 130 metros al este, casa de cemento color amarilla, con verjas negras. Recurso: el de apelación, señalando lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente Nº 741-00213-1995.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall Quirós Cambronero, Representante Legal.—O. C. Nº 35921.—Solicitud Nº 61446.—C-14760.—(IN2013024300).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

Para los fines consiguientes la Dirección de Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca hace saber que la señora Rosa Pérez Jiménez, portadora de la cédula de identidad Nº 2-0115-0071, ha presentado escritura pública protocolizada rendida ante el notario Giovani Peraza Rodríguez, en la que cede y traspasa el derecho de arrendamiento, fosa 66, bloque 4, Cementerio San Pedro, a Marco Antonio Salas Pérez, portador de la cédula de identidad Nº 2-0234-0608; quien acepta que este quede inscrito a su nombre con las obligaciones que de ello se deriva. No se aporta título de posesión por encontrase extraviado. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de ocho días hábiles a partir de esta publicación para oír objeciones.

Sabanilla de Montes de Oca, 25 de marzo del 2013.—Héctor Bermúdez Víquez, Director.—1 vez.—RP2013345633.—(IN2013023690).

MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública y por cuanto, se detectó la realización de obras constructivas sin contar con permiso de construcción aprobado por esta Municipalidad y demás instituciones relacionadas, en el sitio que se ubica en El Llano en el Distrito de San Miguel, 50 metros al sur del Ebais, dada la imposibilidad de localizar en el domicilio a los propietarios de los derechos y que expresamente no se señaló un lugar o medio para recibir notificaciones, se ordena publicar tres veces consecutivas mediante edicto la resolución de la Unidad de Control Urbano de las diez horas y cincuenta minutos del catorce de enero del año dos mil trece, la cual dice:

Resolución procedimiento especial sancionatorio por incumplimientos urbanos seguido por la Unidad de Control Urbano de la Municipalidad de Desamparados contra:

Juan José Padilla Mora, cédula identidad 1-0706-0874.

Michael Vinicio Delgado Hidalgo, cédula identidad 1-1159-0321.

Elizabeth Padilla Mora, cédula identidad 1-0627-0099.

Gricelda Delgado Ureña, cédula identidad 1-0277-0262.

Gabriel del Socorro Barboza Padilla, cédula identidad 6-0257-0660.

Edgar Alexis Delgado Ceciliano, cédula identidad 1-0533-0624.

Manuel Delgado Ceciliano, cédula identidad 1-0559-0818.

Didier Alexis Delgado Hidalgo, cédula identidad 1-1126-0801.

Maritza Muñoz Delgado, cédula de identidad 1-636-935 representante legal de Inmobiliaria Nakaro del Medio Oriente sociedad anónima, cédula jurídica 3-101-285270.

Mayra Lidiette de lo Delgado Ureña, cédula identidad 1-0578-0346.

Marlene Ana Socorro Delgado Ureña, cédula identidad 1-0699-0325.

Xinia de Jesús Delgado Ureña, cédula identidad 1-0797-0516.

Alejandro Padilla Mora, cédula identidad 1-0758-0753.

Edwin Arturo Padilla Mora cédula de identidad 1-524-481 representante legal de Inversiones y Financiamientos EPM sociedad anónima, cédula jurídica 3-101-481659.

Kimaura Roshel Delgado Hidalgo, cédula identidad 1-1361-0882.

Didier Delgado Ureña, cédula identidad 1-0538-0428.

La Unidad de Control Urbano de la Municipalidad de Desamparados a las diez  horas con cincuenta minutos del 14 de enero de 2013, resuelve:

Resultando:

1º—Que según consulta realizada al Registro Nacional, la finca 1-82817, no indica plano de catastro. Dicha finca  presenta a las personas antes mencionadas como propietarios de al menos un derecho sobre el bien inmueble.

2º—Que en la base de datos de Control Urbano y de Bienes Inmuebles  se registra el siguiente permiso de construcción para la propiedad en mención: 1. PC 033-2007 para ampliación de vivienda de 40 m².

Considerando:

I.—Que el artículo 74 de la Ley de Construcciones, indica lo siguiente: “Licencias. Toda obra relacionada con la construcción, que se ejecute en las poblaciones de la República, sea de carácter permanente o provisional, deberá ejecutarse con licencia de la Municipalidad correspondiente.”

II.—Que en inspección realizada el día 24 de enero de 2013, se encuentran construcciones que muestran los siguientes incumplimientos a nivel de normativa urbana: Realización de obras sin contar con Licencia Municipal, Movimiento de tierras, terraceo y zanjeo,  Apertura de camino de acceso, proceso de lotificación y urbanización, Construcción de viviendas.

III.—Que según el Mapa de Zonificación del Plan de Ordenamiento Parcial del Cantón de Desamparados, publicado en La Gaceta 243 del 17 de diciembre de 2007; la propiedad se ubica en Zona Residencial de Baja Densidad la cual establece  retiros, parámetros de densidad y cobertura, los cuales fueron irrespetados en el desarrollo que se da en el sitio.

IV.—Que la Ley de Construcciones establece un procedimiento especial al que la Municipalidad debe ajustarse para proceder en caso de verificar la existencia de obras realizadas sin contar con permiso de construcción. Dicho procedimiento se encuentra regulado en los artículos 93 al 96 de la Ley de Construcciones. Una vez cumplido este procedimiento y en caso de que las construcciones no se pongan a derecho, la Administración queda facultada para disponer la destrucción de las obras o ejecutarla por si misma a cuenta del propietario.

V.—Que según el Informe Técnico Deslizamiento Alto Tablazo, Quebrada Reyes, PM-INF-1506-2009, el Geólogo Julio Madrigal Mora, indicó lo siguiente, en referencia a la problemática que se está dando a lo largo de la Quebrada Reyes: “ …que se ubican a lo largo del cauce de la quebrada, declarado de Alta Amenaza por Inundación, flujo de lodo y socavamiento…”“El grado de amenaza es intermedio y el tipo de infraestructura que puede ser afectada es el puente sobre la Quebrada Reyes o el posible represamiento de material debido al arrastre aguas abajo de sedimento, árboles y rocas.” De esta forma, al estar la propiedad incluida en una zona que presenta una afectación por amenaza de eventos de inundación y otros, se requiere del aval de las diversas instituciones que tienen competencia en estos temas y la realización de los estudios técnicos necesarios. Que el desarrollo de un proceso de urbanización informal e ilegal conlleva una serie de riesgos a la integridad de las personas como de las propiedades.

VI.—El artículo 93 de la Ley de Construcciones, establece que se le debe fijar al administrado un plazo de 30 días para que proceda a poner a derecho la obra, ya sea presentando el proyecto, solicitando la licencia, etc. Por tanto:

Se otorga un plazo de treinta días hábiles, a partir de la notificación de esta resolución, a los propietarios para legalizar la situación, caso contrario la Municipalidad procederá de conformidad con la ley. Notifíquese. Se hace de conocimiento de los interesados que en contra de la presente resolución puede presentar los recursos administrativos de revocatoria y apelación dentro de los cinco días posteriores a la notificación de la presente resolución. Así mismo se le advierte que en caso de que interponga los mismos debe indicar un lugar o medio para recibir notificaciones.

Desamparados, 31 de enero del 2013.—Arq. Gustavo Zeledón Céspedes, Unidad de Control Urbano.—(IN2013024574).

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

Resolución N° 010-2013.—Municipalidad de Grecia.—Administración Tributaria, al ser las ocho horas del día nueve de abril  del dos mil trece.

Considerando:

I.—Que en los artículos 57 y 58 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, reformados mediante la Ley Nº 7900 de 3 de agosto de 1999,  publicada en Diario Oficial La Gaceta Nº 159, del 17 agosto de 1999 y vigente a partir del 1º de octubre de 1999, se define la base de cálculo de la tasa de interés a cobrar sobre deudas a cargo del sujeto pasivo, así como la tasa de interés sobre el principal de las deudas de la Administración Tributaria.

II.—Que el cálculo de la tasa de interés a cargo del sujeto pasivo, así como a cargo de la Administración Tributaria, será la cifra resultante de obtener el promedio simple de las tasas activas de los bancos comerciales del Estado para créditos al sector comercial, no pudiendo exceder en más de diez puntos la tasa básica pasiva fijada por el Banco Central de Costa Rica. Además la resolución que se emita para fijar dicha tasa deberá hacerse cada seis meses por lo menos.

III.—Que el promedio simple de las tasas activas para el sector comercial de los Bancos Estatales fue de 15.85% anual, al 31 de marzo del 2013.

IV.—Que la tasa básica pasiva calculada por el Banco Central de Costa Rica al 31 de marzo de 2013, es de 6.95% anual, por lo que la tasa a establecer por parte de esta Administración Tributaria no podrá exceder en más de diez puntos la tasa básica pasiva, es decir 16.95%. Por tanto:

LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. RESUELVE:

Establecer  en 16.95% la tasa de interés tanto a cargo del sujeto pasivo, como a cargo de la Administración Tributaria, de conformidad con lo regulado en los artículos 57 y 58 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Asimismo, se deja sin efecto la Resolución Nº 005-2012,   de la Administración Tributaria, publicada en La Gaceta Nº 177,  del 13 de setiembre de 2012.

Rige a partir del día siguiente de su publicación.

Mba. Alina Álvarez Arroyo, Coordinadora Administración Tributaria.—1 vez.—(IN2013024466).

MUNICIPALIDAD DE SAN MATEO

COMUNICA

Concurso Externo Nº MSM 01-2013

Auxiliar de Bienes Inmuebles medio tiempo

Se recibirán ofertas hasta el día 17 de mayo de 2013, a las 3:00 p.m.

Requisitos:

1.  Bachiller en Educación Media.

2. Experiencia de 3 a 6 meses en labores propias del puesto.

Capacitación deseable. Manejo de procesadores de texto. Para más información comunicarse al teléfono 2428-8367 ext. 104.

Concurso Externo Nº MSM 02-2013

Operador de equipo especializado (vagoneta)

Se recibirán ofertas hasta el día 17 de mayo de 2013 a las 3:00 p.m.

Requisitos.

1.  Segundo ciclo de la enseñanza general básica (sexto grado).

2. Licencia de conducir al día. (vagoneta).

3. Experiencia de 2 a 3 años en actividades afines al puesto.

Para más información comunicarse al 2428-8367 ext. 104.

Lic. Heiner Miranda Jiménez, Administrador Tributario.—1 vez.—(IN2013025985).

AVISOS

CONVOCATORIAS

LAS CANCHITAS S. A. D.

Se convoca a los señores accionistas de Las Canchitas S. A. D., a la asamblea general ordinaria que se celebrará en el Tribunal de Juicio Penal de Pavas, a las 11:00 horas del 21 de mayo del año 2013 en primera convocatoria y para una hora después, sean las 12:00 horas, si para entonces no se reuniere el quórum estatutario, en segunda convocatoria, con el objeto de tratar y resolver acerca de los siguientes temas:

De carácter ordinario:

a)  Informe del Presidente:

b)  Informe sobre los resultados económicos y financieros por el periodo terminado al 30 de setiembre de 2012;

c)  Aprobación de informes.

d)  Declaratoria de Utilidades y Propuesta para pago de dividendos;

e)  Venta de activos y liquidación de la empresa

f)  Asuntos varios.

La presente convocatoria se hace en virtud de lo establecido en el pacto constitutivo de la sociedad y lo dispuesto por el Código de Comercio en sus artículos 155, 156, 158, 162, 163, 164, 165, 166 y siguientes y concordantes del mencionado cuerpo normativo. Para poder participar en la asamblea de socios, se deberán exhibir los títulos accionarios que se encuentren debidamente registrados ante la sociedad en su registro de accionistas.

A partir de esta fecha están a disposición de los señores accionistas los estados económicos y financieros de los periodos en referencia en las oficinas de la Empresa sita en Paso Ancho, San Sebastián, 900 metros al sur del Hospital de las Mujeres.—Paso Ancho de San Sebastián, 18 de abril del 2013.—Mario Barrantes Underwood, Presidente.—1 vez.—(IN2013025514).

INVERSIONES GAMA S. A.

Se convoca a los señores accionistas de Inversiones Gama S.A., a la asamblea general ordinaria que se celebrará en el Tribunal de Juicio Penal de Pavas, a las 08:00 horas del 21 de mayo del año 2013 en primera convocatoria y, para una hora después, sean las 09:00 horas, si para entonces no se reuniere el quórum estatutario, en segunda convocatoria, con el objeto de tratar y resolver acerca de los siguientes temas:

De carácter ordinario:

a)  Informe del Presidente:

b)  Informe sobre los resultados económicos y financieros por el periodo terminado al 30 de setiembre de 2012;

c)  Aprobación de informes,

d)  Venta de activos y liquidación de la empresa

e)  Asuntos varios.

La presente convocatoria se hace en virtud de lo establecido en el Pacto Constitutivo de la sociedad y lo dispuesto por el Código de Comercio en sus artículos 155, 156, 158, 162, 163, 164, 165, 166 y siguientes y concordantes del mencionado cuerpo normativo. Para poder participar en la asamblea de socios, se deberán exhibir los títulos accionarios que se encuentren debidamente registrados ante la sociedad en su registro de accionistas.

A partir de esta fecha están a disposición de los señores accionistas los estados económicos y financieros de los periodos en referencia en las oficinas de la Empresa sita en Paso Ancho, San Sebastián, 900 metros al sur del Hospital de las Mujeres.—Paso Ancho de San Sebastián, 18 de abril del 2013.—Mario Barrantes Underwood, Presidente.—1 vez.—(IN2013025517).

CASA ZELLER S. A.

Se convoca a los señores accionistas de Casa Zeller S. A., a la asamblea general ordinaria que se celebrará en el Tribunal de Juicio Penal de Pavas, a las 09.30 horas del 21 de mayo del año 2013 en primera convocatoria y, para una hora después, sean las 10:30 horas, si para entonces no se reuniere el quórum estatutario, en segunda convocatoria, con el objeto de tratar y resolver acerca de los siguientes temas:

De carácter ordinario:

a)  Informe del Presidente:

b)  Informe sobre los resultados económicos y financieros por el periodo terminado al 30 de setiembre de 2012;

c)  Aprobación de informes.

d)  Declaratoria de utilidades y propuesta para pago de dividendos;

e)  Venta de activos y liquidación de la empresa

f)  Asuntos varios.

La presente convocatoria se hace en virtud de lo establecido en el Pacto Constitutivo de la Sociedad y lo dispuesto por el código de comercio en sus artículos 155, 156, 158, 162, 163, 164, 165, 166 y siguientes y concordantes del mencionado cuerpo normativo. Para poder participar en la asamblea de socios, se deberán exhibir los títulos accionarios que se encuentren debidamente registrados ante la sociedad en su registro de accionistas.

A partir de esta fecha están a disposición de los señores accionistas los estados económicos y financieros de los periodos en referencia en las oficinas de la Empresa sita en Paso Ancho, San Sebastián, 900 metros al sur del Hospital de las Mujeres.—Paso Ancho de San Sebastián, 18 de abril del 2013.—Mario Barrantes Underwood, Presidente.—1 vez.—(IN2013025519).

PATIO DE LUNA S. A.

Se convoca a los señores accionistas de Patio de Luna S. A., a la asamblea general ordinaria que se celebrará en el Tribunal de Juicio Penal de Pavas, a las 12:30 horas del 21 de mayo del año 2013 en primera convocatoria y, para una hora después, sean las 13:30 horas, si para entonces no se reuniere el quórum estatutario, en segunda convocatoria, con el objeto de tratar y resolver acerca de los siguientes temas:

De carácter ordinario:

a)  Informe del Presidente:

b)  Informe sobre los resultados económicos y financieros por el periodo terminado al 30 de setiembre del 2012;

c)  Aprobación de informes.

d)  Declaratoria de utilidades y propuesta para pago de dividendos;

e)  Venta de activos y liquidación de la empresa

f)  Asuntos varios.

La presente convocatoria se hace en virtud de lo establecido en el Pacto Constitutivo de la sociedad y lo dispuesto por el código de comercio en sus artículos 155, 156, 158, 162, 163, 164, 165, 166 y siguientes y concordantes del mencionado cuerpo normativo. Para poder participar en la asamblea de socios, se deberán exhibir los títulos accionarios que se encuentren debidamente registrados ante la sociedad en su registro de accionistas.

A partir de esta fecha están a disposición de los señores accionistas los estados económicos y financieros de los periodos en referencia en las oficinas de la Empresa sita en Paso Ancho, San Sebastián, 900 metros al sur del Hospital de las Mujeres.—Paso Ancho de San Sebastián, 18 de abril del 2013.—1 vez.—Mario Barrantees Underwood, Presidente.—1 vez.—(IN2013025521).

CONDOMINIO MONTSERRAT

Administración Vecinos Condominio Montserrat S. A., cédula jurídica 3-101-641699, como administradora del Condominio Monserrat, cédula jurídica 3-109-351517, convoca a asamblea extraordinaria del Condominio Montserrat, a celebrarse en primera convocatoria a las 10:00 horas y en segunda a las 11:00 horas del día 18 de mayo del 2013, la cual se celebrará en el área del rancho de la piscina del Condominio Montserrat, situado 75 metros norte del Banco Nacional de Costa Rica, San Vicente de Moravia, El orden del día de dicha asamblea es: 1) Nombramiento de presidente y secretaria de la asamblea. 2) Discusión y aprobación de presupuesto extraordinario para aspectos de seguridad. 3) Discusión y aprobación de mejoras en aspectos de seguridad.—Administración Vecinos Condominio Montserrat S.A.—Manuel Morales Díaz.—Carlos Chavarría Cerdas.—Catherine Quirós Arias.—1 vez.—(IN2013025573).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

MAGNOLIA DEL ESTE S. A.

Condominio Vertical Residencial Lomas Doradas. El suscrito Rodolfo Echeverría Lutz, cédula número 1-342-035, en mi condición de representante de la sociedad denominada Magnolia del Este S. A., cédula jurídica número 3-101-138583, compañía propietaria de la finca filial número 1-030900-F-000, la cual es parte del condominio Condominio Vertical Residencial Lomas Doradas, 3-109-304335 y finca matriz número 1-001540-M-000, solicito la reposición de la totalidad de los libros de dicho condominio (Actas de Asamblea de Condóminos, Junta Directiva y Caja), los cuales se extraviaron en las oficinas del condominio. Se emplaza a cualquier interesado a oponerse a la presente reposición de libros en un plazo de 8 días hábiles, ante las oficinas del Registro Nacional, Departamento de Propiedad Horizontal.—San José, 2 de abril de 2013.—Rodolfo Echeverría Lutz, representante.—RP2013345444.—(IN2013023213).

HOTELERA PLAYA FLAMINGO S. A.

Certificado de acciones C1641 y libre alojamiento CF1642, a nombre de Margareth S. Butcher and June E. Lohman. Certificado de acciones y libre alojamiento Nº 1448, Nº 1449, Nº 1450 y Nº 1675, a nombre de Joseph Passino. Certificado de acciones y libre alojamiento Nº 1850, a nombre de Wayne Delk. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 690, 691, 692, 708, 709 del Código de Comercio. Se avisa que se procederá a reponer las acciones aludidas, si transcurrido un mes a partir de la publicación del último aviso no se hubiera presentado oposición al respecto.—San José, 4 de abril del 2013.—Arturo Salazar Calvo, Contralor General.—RP2013345447.—(IN2013023335).

PANAMERICAN WOODS PLANTATIONS S. A.

Panamerican Woods Plantations S. A., cédula jurídica Nº 3-101-243251, hace del conocimiento público que por motivo de extravío, el señor Mark A. Richardson, ha solicitado la reposición de las acciones números 2092 y 4566. Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifiesten su oposición dirigida a: Panamerican Woods Plantations S. A. c/o Bufete Baltodano y Asociados, edificio Galería Ramírez Valido, avenida central, calles 5 y 7, San José.—Dr. Néstor G. Baltodano Vargas, Presidente.—(IN2013023352).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

BANCO PROMÉRICA DE COSTA RICA S. A.

Por este medio Banco Promérica de Costa Rica S. A., hace constar que Mei Chiao Yeh Chen, cédula identidad 8-0074-573, es la propietaria del siguiente documento: Certificado de Inversión número 106116 por la suma de cuatrocientos mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y cupón de interés número 106116-1 por un monto de diecinueve mil seiscientos dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, ambos documentos del Banco Promérica de Costa Rica S. A., el cual le fue robado. Por lo cual para efectos de cobro no tiene ninguna validez, y por lo que solicita su reposición.—San José, cinco de abril del dos mil trece.—Luis Carlos Rodríguez Acuña.—RP2013345637.—(IN2013023691).

Por este medio Banco Promérica de Costa Rica S. A. hace constar que Isabel María Estrada Alfaro, cédula identidad 2-0224-0374, es la propietaria del siguiente documento: Cupón de interés número 106802-10 con fecha de vencimiento el 26/03/3013 por la suma de seiscientos veinticinco dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, cupón de interés número 106802-11 con fecha de 28/04/2013 por la suma de seiscientos veinticinco dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y cupón de interés número 106802-12 con fecha de vencimiento el 28/05/2013 por la suma de seiscientos veinticinco dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, todos estos cupones del Banco Promérica de Costa Rica S. A., los cuales fueron extraviados. Por lo cual para efectos de cobro no tienen ninguna validez, y por lo que solicita su reposición.—San José, cinco de abril del dos mil trece.—Luis Carlos Rodríguez Acuña.—RP2013345635.—(IN2013023692).

AUNIVERSIDAD DE LAS CIENCIAS Y EL ARTE

DE COSTA RICA

Ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición de los títulos de Bachillerato y Licenciatura en educación con énfasis en Enseñanza de las Artes Plásticas, por causa de extravío, emitido por la Universidad El Bachillerato con fecha 19 de julio de 2003, a nombre de Arias Gavarrete Evelyn, portadora de la cédula de identidad 5-0312-0060, inscrito en el tomo 27, folio 136, asiento 2786 del Consejo Nacional de Educación Superior Universitaria (CONESUP ) y en el Registro de la Universidad de las Ciencias y el Arte de Costa Rica en el Tomo 1, Folio 147, Asiento 2614; y el de Licenciatura con fecha 30 de junio de 2007, inscrito en el Tomo 27, Folio 303, Asiento 6534 del Consejo Nacional de Educación Superior Universitaria (CONESUP) y en el Registro de la Universidad de las Ciencias y el Arte de Costa Rica en el Tomo 1, Folio 327, Asiento 6157. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante este Registro en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—San José, 10 de abril del 2013.—Flérida Méndez Herrera, Registradora.—(IN2013023884).

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES

EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros al mes de abril 2013, se encuentran morosos. Si realizó el pago respectivo favor ignorar esta publicación, la cual se realiza conforme con el artículo 981 del Código de Comercio:

Nombre                                                             Cédula

Durán Conejo Ileana                                             106100957

Solano Villalobos Marjorie                                   106610038

Sáenz Obando Nidia                                              108370526

Fuentes Gutiérrez Maribel                                     204130586

Rodríguez Zárate Luis Orlando                           401070853

Villalobos Ramírez Dunia                                    401310393

Espinoza Campos Gina                                        601120739

Solís Cruz Johanna                                                602430687

M.Sc. Félix Ángel Salas Castro, Presidente Junta Directiva.—MSc. Magda Rojas Saborío, Secretaria Junta Directiva.—(IN2013024181).

2 v. 1. Alt.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

COMPAÑÍA CONSTRUCTORA DOÑA SOLE SOCIEDAD

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

El suscrito Enrique Mora Mc Lean, cédula de identidad número 7-0133-433, subgerente y representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la Compañía Constructora Doña Sole Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número: 3-102-233766. Solicita al Registro Público la reposición y legalización de los libros de dicha Sociedad Mercantil, en vista de encontrarse estos totalmente dañados.—Enrique Mora Mc Lean.—1 vez.—RP2013345759.—(IN2013023693).

CORPORACIÓN DOS LOTES VERDES M.Y.O.

SOCIEDAD ANÓNIMA

Por este medio la suscrita Olive Jones Campbell conocida como Olive Michael, mayor, casada una vez, vecina de San José, cédula 7-0032-427, como secretaria y con sus facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de Corporación Dos Lotes Verdes M.Y.O. Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-573634 por extravió de los libros solicito al Registro Público Nacional sección Mercantil reposición de los libros de la sociedad en mención.—Olive Jones Campbell cc Olive Michael, Secretaria.—1 vez.—RP2013345790.—(IN2013023694).

SOCIEDAD HOLDING MAMEZA SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Manuel Alejandro Meza Arias, portador de la cédula de identidad número 2-627-469, en mi condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Sociedad Holding Mameza Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica 3-101-558984, cumpliendo con las disposiciones del artículo 14 del Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de Libros de Sociedades Mercantiles, manifiesto que se repondrán los libros: libro de Actas de Asamblea de Socios y libro de Actas del Consejo de Administración, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—22 de marzo del 2013.—Manuel Alejandro Meza Arias, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—RP2013345835.—(IN2013023695).

VIDRIOS DEL CARIBE SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Manuel Antonio Meza Lobo, portador de la cédula de identidad número 1-607-254, en mi condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Vidrios del Caribe Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica 3-101-198462, cumpliendo con las disposiciones del artículo 14 del Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de Libros de Sociedades Mercantiles, manifiesto que se repondrán los libros: Registro de Socios, libro de Actas de Asamblea de Socios y libro de Actas del Consejo de Administración, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—22 de marzo del 2013.—Manuel Antonio Meza Lobo.—1 vez.—RP2013345836.—(IN2013023696).

COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES

Y RECREACIÓN DE CURRIDABAT

Ref./ nombramiento junta directiva del Comité Cantonal

de Deportes y Recreación de Curridabat

Acuerdo tomado por la Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Curridabat, en su sesión ordinaria Nro. 24-2012, del día martes 14 de agosto, 2012, capítulo 2, artículo único, el cual textualmente dice:

Artículo único.—Nombramiento de la Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Curridabat, la cual queda debidamente estructurada y aprobada por unanimidad de la siguiente manera: Presidente, Sr. Carlos Alberto Echandi Meza, cédula de identidad N° 1-0409-0816; vicepresidente, Sr. Gerardo Solano Méndez, cédula de identidad N° 1-0492-0524; tesorero, Sr. Walter Castrillo González, cédula de identidad N° 5-0206-0079; Secretaria, Sra. Ana Lucía Perrero Mata, cédula de identidad N° 1-0523-0212; vocal, Sra. Yara Calderón Díaz, cédula de identidad N° 1-1225-0671. Para efectos del registro de firmas de los representantes del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Curridabat ante el Banco Nacional de Costa Rica, se solicita anular el registro que actualmente se ejecuta a nombre de los señores José Ramón Calderón Moya, cédula de identidad N° 3-0201-0758, y Sr. Alfredo Dormond Cedeño, cédula de identidad N° 3-0245-0636, siendo en su lugar los señores Carlos Alberto Echandi Meza, cédula de identidad N° 1-0409-0816, y Sr. Walter Castrillo González, cédula de identidad N° 5-0206-0079. Comuníquese.—Lic. Douglas Sojo Picón, Asistente Administrativo.—1 vez.—RP2013345877.—(IN2013024062).

INMOBILIARIA ESPINOZA CANALES LTDA.

Inmobiliaria Espinoza Canales Ltda., cédula jurídica tres-ciento dos-trescientos cinco mil trescientos veintiuno, domiciliada en San José, Rohrmoser, de Plaza Mayor, cuatrocientos metros al oeste y veinte metros al norte, comunica que está solicitando reposición ante el Registro Nacional de los libros sociales: Registro de Cuotistas, Asamblea General, Mayor, Inventario y Balances y Diario, por haberse extraviado. Cualquier interesado en este asunto comunicarse al Departamento de Personas Jurídicas del Registro Nacional.—San José, ocho de abril del año dos mil trece.—Lic. Yorleny Murillo Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2013345890.—(IN2013024063).

ASOCIACIÓN COSTARRICENSE DE ALZHEIMER Y OTRAS

DEMENCIAS ASOCIADAS

Yo, Norbel Román Garita, cédula de identidad número 106510288, en mi calidad de Presidente y representante legal de la Asociación Costarricense de Alzheimer y otras Demencias Asociadas con las siglas A.S.C.A.D.A., cédula jurídica 3-002-296134, le solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición del Libro de Registro de Asociados número uno, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación de este edicto, a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 12 de abril del año 2013.—Dr. Norbel Román Garita, Presidente.—1 vez.—RP2013345983.—(IN2013024065).

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA

Por haberse ordenado por amparo a favor del licenciado Carlos Francisco Alvarado Villalobos, CPA 3290, según resolución de las once horas con veintitrés minutos del día cinco de abril del dos mil trece, dictada por la Sala Constitucional, se suspende la ejecución de la sanción disciplinaria impuesta en su contra mediante acuerdo de junta directiva N° 108-2013, ratificado mediante acuerdo N° 152-2013, lo anterior hasta tanto no se dicte sentencia por el fondo. Rige a partir del día viernes 12 de abril del 2013.—Dr. German Guerra Vargas.—1 vez.—(IN2013024465).

COLEGIO DE INGENIEROS QUÍMICOS

Y PROFESIONALES AFINES

Ingenieros Químicos/Ingenieros en Metalurgia/Ingenieros

en Materiales y Ciencia de los Materiales/Tecnólogos de

Alimentos/Ingenieros en Maderas

COMUNICADO

Por este medio se  comunica a nuestros colegiad@s, autoridades y público en general, que en la asamblea general ordinaria N° 01-2013 Primera Parte, celebrada el 22 de marzo del 2013, se nombró la Junta Directiva del CIQPA, quedando conformada de la siguiente manera:

Presidente              Ing. Alberto José Antillón Arroyo

Vicepresidenta     Licda. María de los Ángeles Montero Campos

Tesorero                Ing. Olivier Álvarez Calderón

Secretario              Ing. René A. Mora Casal

Vocal I                   BTA. Noilin María Mata Díaz

Vocal II                 Ing. Reyes Rodrigo Salazar Abarca

Vocal III               Ing.  José Alberto Ramírez Jiménez

Ing. José Rafael Navarro Segura, Director Administrativo.—1 vez.—(IN2013024577).

HENRY FRANCISCA LIMITADA

Por escritura pública número ciento cuarenta y tres del tomo segundo de mi protocolo, la sociedad Henry Francisca Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos cinco mil veintiuno, solicitó a Registro Público la reposición por extravío de los siguientes libros: Asamblea General de Cuotistas y Registro de Cuotistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición.—San José, diecisiete de abril de dos mil trece.—Lic. Carmen de María Castro Kahle, Notaria.—1 vez.—(IN2013024622).

DOMINIQUE Y CORNELIS S. A.

Por escritura pública número ciento cuarenta y cuatro del tomo segundo de mi protocolo, la sociedad Dominique y Cornelis S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y ocho mil ciento treinta, solicitó a Registro Público la reposición por extravío de los siguientes libros: Asamblea General de Accionistas y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición.—San José, diecisiete de abril de dos mil trece.—Lic. Carmen de María Castro Kahle, Notaria.—1 vez.—(IN2013024721).

Luis Fernando Aguilar Oses, notario público domiciliado en San José, avenida catorce, calle cuatro, edificio Roag; deja constancia que mediante Escritura número: setenta y seis-cinco; visible al folio: cincuenta frente del tomo: cinco, de su protocolo; otorgada a las once horas treinta minutos del día nueve de abril del dos mil trece, se modifico la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada Great Dolon S. A., cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-trescientos sesenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y ocho; referida al domicilio social y se sustituyen directores y fiscal; acuerdo unánime de la totalidad de los socios de dicha entidad.—San José, 12 de abril del 2013.—Lic. Luis Fernando Aguilar Oses, Notario.—1 vez.—RP2013345881.—(IN2013024095).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 17:00 horas del día 9 de abril del 2013, se protocolizó acta de Atlantis Plaza Aluminio Número Cuarenta y Tres Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, quinta, sétima, novena, décima primera, se nombra nueva junta directiva y fiscales.—Lic. Francisco José Rucabado Luque, Notario.—1 vez.—RP2013345885.—(IN2013024096).

Ante esta notaría mediante la escritura número noventa y ocho-dos de las 9:30 horas del 10 de abril del 2013, se modifican las cláusulas segunda, sétima y novena de la sociedad Las Loqueras de mi Tata Sociedad Anónima y se nombra Presidenta: Shirley Teja Tejada.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, 12 de abril del 2013.—Lic. Cinthya Núñez Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2013345886.—(IN2013024097).

Se aumenta el capital de la sociedad denominada Pastelería y Repostería Chantilly Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-141262, a la suma de sesenta y cinco millones de colones. Mediante escritura otorgada ante el notario Freddy Jiménez Peña.—Lic. Freddy Jiménez Peña, Notario.—1 vez.—RP2013345887.—(IN201324098).

Yo, Marco Vinicio Chinchilla Sánchez, notario público con oficina en Aguas Zarcas, en escritura número veintitrés: comparecieron los señores Ronald Eduardo Parra Cordero, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Aguas Zarcas, San Carlos, ciento cincuenta metros sur de Ferretería Alfaro, portador de la cédula dos-cuatro cinco ocho-seis nueve seis y Mauricio Arturo Vargas Blanco, mayor, casado en segundas nupcias, vecino de Aguas Zarcas, San Carlos, cincuenta metros norte de la Escuela Mario Salazar, carretera a Pital, altos Pollo Vaquero, a constituir una sociedad anónima de acuerdo con el Código de Comercio, la que se regirá además por las siguientes cláusulas: primera: se denominara Inversiones Parra Vargas S. A., correspondiendo al presidente y secretario, con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límites de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente, pero para vender, hipotecar, enajenar o pignorar los bienes de la sociedad deberán actuar en forma conjunta al menos dos apoderados, presidente: el señor Ronald Parra Cordero; y secretario el señor Mauricio Arturo Vargas Blanco.—Aguas Zarcas, 20 de marzo del 2013.—Lic. Marco Vinicio Chinchilla Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2013345891.—(IN2013024099).

Por escritura 66 de las 15:00 horas del 10 de abril del 2013, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se constituyó la empresa: Ferdansa Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, domicilio Cartago, Dulce Nombre, plazo 100 años a partir de la constitución. Objeto: mantenimiento industrial, comercio, y otros. Capital social 1.000.000 de colones. Administración un gerente apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, 12 de abril del 2013.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—RP2013345893.—(IN2013024100).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del día nueve de abril del año dos mil trece, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad F Y H Consulting Service Sociedad Anónima, donde se acuerda otorgar poder generalísimo.—San José, diez de abril del año dos mil trece.—Lic. Ligia María González Leiva, Notaria.—1 vez.—RP2013345896.—(IN2013024101).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas con quince minutos del once de abril del año dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de Palmares de Alajuela, denominada Zebol Construcciones Z & B Sociedad Anónima, en la que se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo aumentándose su capital social.—Lic. Lilliana Fernández Urpi, Notaria.—1 vez.—RP2013345897.—(IN2013024102).

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL DE HEREDIA

Por ignorarse la dirección actual del señor Jaikel Gazel Luis Alberto, cédula 105100823, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 20 del Reglamento para verificar el cumplimiento de las obligaciones patronales y de trabajadores independientes, se procede a notificar por medio de edicto por una única vez el texto que a continuación se detalla: Tipo de investigación: con el fin de atender la solicitud interpuesta por la trabajadora se realiza visita al centro de trabajo donde se logró determinar que la actividad no existe debido a un incendio producido en ese negocio. La trabajadora aporta como prueba constancia donde el señor Luis Jaikel Gazel, cédula 105100823, hace constar que la señora que “Por este medio Bloom’s Store hace constar que la señorita María Hernández Montero, cédula 112340632, la cual desempeña el puesto de dependiente desde el mes de noviembre del 2004, devengado un salario bruto de ¢123.000,00 colones exactos, el cual se encuentra libre de embargos. Por lo tanto se les agradece de antemano la ayuda que se le pueda brindar a la interesada”. Mediante estudio de cuenta individual de la señora María de los Ángeles Hernández Montero, se constató que no aparece registrado en planilla de la Caja, para el periodo de 1° de noviembre de 2004 al 1° de setiembre de 2005. La Normativa que regula lo referente al aseguramiento de los trabajadores ante la Caja Costarricense de Seguro Social se encuentra en los siguientes artículos: artículos 3, 30 y 44 de la Ley Constitutiva de la CCSS: La omisión observada es subsanable mediante la confección de la planilla adicional que incluya los salarios omitidos por el periodo del 1° de noviembre de 2004 al 1° de setiembre de 2005. Resultado material de la investigación: de conformidad con las razones expuestas se procederá en acto siguiente: confeccionar planilla adicional por omisión por la señora María De Los Ángeles Hernández Montero, cédula 112340632, por el período de 1 de noviembre de 2004 al 1° de setiembre de 2005, para un total de salarios afectar de ¢1.426.770,00. Los salarios aplicados son con base en el decreto mínimo de ley, para el puesto de empleado de despacho. El total de salarios que se le imputa, por haber omitido reportarlo a la Caja Costarricense de Seguro Social asciende a la suma de ¢1.426.770,00, monto que representa en cuotas obrero patronales en los regímenes que administra la Caja la suma de ¢313.887,00, más lo de la ley de protección al trabajador de ¢82.032,00, sin incluir los recargos de ley, ni otras instituciones. Plazo para efectúa descargo: se le otorga un plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente día del recibo de la comunicación del traslado de cargos para ofrecer la prueba de descargo y para hacer las alegaciones que considere pertinentes. Se le previene de señalar el lugar o medio para oír notificaciones, dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido los Tribunales de Justicia de Heredia. De no indicar lugar o medio para notificaciones, tal y como lo señala el artículo 17 del Reglamento para verificar el cumplimiento de las obligaciones patronales y de trabajadores independientes, “las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de la resolución”. Cuando se indique como medio de notificación número facsimilar o cualquier otro medio electrónico el lugar puede estar ubicado en cualquier punto del territorio nacional. En esta oficina, sita en Heredia, avenida 5, calles 1 y 14 (200 norte, 50 oeste de la esquina N.E. del Palacio de los Deportes), se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley.—Heredia, 15 de abril del 2013.—Lic. Miguel A. Vargas Rojas, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013023974).

Por ignorarse la dirección actual de la señora Ulate Arburola Marianne, cédula 105100823, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 20 del Reglamento para verificar el cumplimiento de las obligaciones patronales y de trabajadores independientes, notifíquese por medio de edicto por una única vez el texto que a continuación se detalla: Tipo de investigación: con el propósito de atender la gestión planteada se procede a hacer el análisis de los documentos aportados por la denunciante la señora Melissa Salas Arias, cédula de identidad 401920084. Se procede a realizar estudio de cuotas donde se logra determinar que efectivamente por el periodo del 27 de julio del 2005 al 20 de noviembre del 2005, el patrono omitió reportar en planillas a la trabajadora. De acuerdo a lo anterior se procederá a confeccionar planilla adicional por omisión y por diferencias dejas de reportar a la institución, conforme con los documentos presentados, carta de despido y la liquidación que se adjunta como prueba. Los salarios reportados se toman como base los salarios mínimos de Ley según el periodo en estudio. Resultado material de la investigación: de conformidad con las razones expuestas se procederá en acto siguiente: confeccionar planilla adicional por omisión y diferencias a la señora Melissa Salas Arias, cédula 401920084 por el periodo de 27 de julio del 2005 al 20 de noviembre del 2005, por omisión. Los salarios aplicados se tomaron con base en el Decreto Mínimo de Ley para la ocupación de trabajadora empelada de despacho. El total de salarios que se le imputa por haber omitido reportarlo a la Caja Costarricense de Seguro Social asciende a la suma de ¢529.715.00, monto que representa en cuotas obrero patronales en los regímenes que administra la Caja la suma de ¢116.539,00, más lo de la ley de protección al trabajador de ¢30.458,00, sin incluir los recargos de ley, ni otras instituciones. Consulta de expediente: se le otorga un plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente día del recibo de la comunicación del traslado de cargos para ofrecer la prueba de descargo y para hacer las alegaciones que considere pertinentes. Se le previene de señalar el lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido los Tribunales de Justicia de Heredia. De no indicar lugar o medio para notificaciones, tal y como lo señala el artículo 17 del Reglamento para verificar el cumplimiento de las obligaciones patronales y de trabajadores independientes, “las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de la resolución”. Cuando se indique como medio de notificación número facsimilar o cualquier otro medio electrónico, el lugar puede estar ubicado en cualquier punto del territorio nacional. En esta oficina sita en Heredia, avenida 5, calles 1 y 14 (200 norte, 50 oeste de la esquina N.E. del Palacio de los Deportes), se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley.—Heredia, 15 de abril del 2013.—Lic. Miguel A. Vargas Rojas, Jefe a. i.—1 vez.—(IN2013023975).

AVISOS

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

26 de febrero, 2013

N° 0739-2013 -DRD

Señora

Elliam María Espinoza López

Representante Legal

Constructora Arrima S. A.

Estimada señora:

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica y el Departamento de Régimen Disciplinario, han decidido realizar de oficio una investigación previa, por el caso del Informe de Inspección N° SRS-012-2012 realizado en Puerto Jiménez, Golfito, Puntarenas, en el Colegio Académico de la Palma de Puerto Jiménez; la cual se tramita bajo el N° 025-13.

En virtud de lo anterior, se le concede cinco 5 días hábiles contados a partir de la fecha de recibida esta nota, para que si a bien lo tiene, manifieste por escrito lo de su interés sobre la investigación preliminar que aquí se tramita. Asimismo, se indica que la no comparecencia en el plazo conferido, no impedirá la continuación de la etapa preliminar, con el fin de dilucidar la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional.

En caso de considerarse necesaria una visita de inspección al inmueble o proyecto, con el fin de adjuntar elementos probatorios a la investigación, este Departamento procederá a programarla, en el momento conveniente.

El alcance del procedimiento administrativo de instrucción o investigación previa, únicamente conlleva a dirimir la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional de este Colegio Federado y no podrá dilucidar conflictos de orden patrimonial, los que sí podrán ventilarse en el Centro de Resolución de Conflictos o bien ante la autoridad judicial competente.

A efecto de lo anterior, proceda a señalar un número de fax o dirección electrónica para remitirle las notificaciones al respecto, las mismas deberán permanecer habilitadas para esos efectos, ya que en caso contrario se tendrá por notificado con solo el transcurso de 24 horas después de emitido el oficio. Si usted ya las indicó, favor hacer caso omiso de esta solicitud.

Le informo que en el caso N° 025-13, consta documentación que puede ser consultada en nuestras oficinas por su persona o representante autorizado.—Departamento de Régimen Disciplinario.—Arq. Carlos Murillo Gómez, Jefe.—O. C. N° 308-2013.—Solicitud Nº 984-21-13.—(IN2013022799).

Miércoles 23 de enero de 2013

N° 218-2013-DRD

Ingeniero

José Francisco Nicolás Alvarado

Estimado Ingeniero:

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica y el Departamento de Régimen Disciplinario, han decidido realizar una investigación previa, por el caso del informe de Inspección N° SRA-0022-2011, en referencia a la construcción de seis casas de habitación, ubicadas en Batán de Limón, Reserva Indígena Nairi Awairi. Dicha investigación se tramita bajo el N° 197-11.

En virtud de lo anterior, se le concede cinco 5 días hábiles contados a partir de la fecha de recibida esta nota, para que si a bien lo tiene, manifieste por escrito lo de su interés sobre la investigación preliminar que aquí se tramita. Asimismo, se indica que la no comparecencia en el plazo conferido, no impedirá la continuación de la etapa preliminar, con el fin de dilucidar la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional.

En caso de considerarse necesaria una visita de inspección al inmueble o proyecto, con el fin de adjuntar elementos probatorios a la investigación, este Departamento procederá a programarla, en el momento conveniente.

El alcance del procedimiento administrativo de instrucción o investigación previa, únicamente conlleva a dirimir la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional de este Colegio Federado y no podrá dilucidar conflictos de orden patrimonial, los que sí podrán ventilarse en el Centro de Resolución de Conflictos o bien ante la autoridad judicial competente.

A efecto de lo anterior, proceda a señalar un número de fax o dirección electrónica para remitirle las notificaciones al respecto, las mismas deberán permanecer habilitadas para esos efectos, ya que en caso contrario se tendrá por notificado con solo el transcurso de 24 horas después de emitido el oficio. Si usted ya las indicó, favor hacer caso omiso de esta solicitud.

Le informo que en el caso Nº 197-11, consta documentación que puede ser consultada en nuestras oficinas por su persona o representante autorizado.—Departamento de Régimen Disciplinario.—Arq. Carlos Murillo Gómez, Jefe.—O. C. N° 308-2013.—Solicitud Nº 984-19-13.—(IN2013022801).

21 de enero, 2013

N° 0247-2013-DRD

Señora

Elliam María Espinoza López

Representante Legal

Constructora Arrima S.A.

Estimada señora:

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica y el Departamento de Régimen Disciplinario, han decidido tramitar la queja interpuesta por el Ing. Carlos Villalobos Argüello, Director Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del Ministerio de Educación Pública. Asimismo el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, realiza la investigación previa de oficio, la cual se tramita bajo el N°006-13.

 En virtud de lo anterior, se le concede cinco 5 días hábiles contados a partir de la fecha de recibida esta nota, para que si a bien lo tiene, manifieste por escrito lo de su interés sobre la investigación preliminar que aquí se tramita. Asimismo, se indica que la no comparecencia en el plazo conferido, no impedirá la continuación de la etapa preliminar, con el fin de dilucidar la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional.

En caso de considerarse necesaria una visita de inspección al inmueble o proyecto, con el fin de adjuntar elementos probatorios a la investigación, este Departamento procederá a programarla, en el momento conveniente.

El alcance del procedimiento administrativo de instrucción o investigación previa, únicamente conlleva a dirimir la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional de este Colegio Federado y no podrá dilucidar conflictos de orden patrimonial, los que sí podrán ventilarse en el Centro de Resolución de Conflictos o bien ante la autoridad judicial competente.

A efecto de lo anterior, proceda a señalar un número de fax o dirección electrónica para remitirle las notificaciones al respecto, las mismas deberán permanecer habilitadas para esos efectos, ya que en caso contrario se tendrá por notificado con solo el transcurso de 24 horas después de emitido el oficio. Si usted ya las indicó, favor hacer caso omiso de esta solicitud.

Le informo que en el caso Nº006-13, consta documentación que puede ser consultada en nuestras oficinas por su persona o representante autorizado.—Departamento de Régimen Disciplinario.—Arq. Carlos Murillo Gómez, Jefe.—O. C. N° 308-2013.—Solicitud Nº 984-20-13.—(IN2013022802).