LA GACETA N° 83 DEL 2 DE MAYO DEL 2013

PODER EJECUTIVO

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

DOCUMENTOS VARIOS

HACIENDA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CULTURA Y JUVENTUD

SEGURIDAD PÚBLICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

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GOBERNACIÓN Y POLICÍA

BANCO DE COSTA RICA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

AVISOS

ADJUDICACIONES

SALUD

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

FE DE ERRATAS

JUSTICIA Y PAZ

BANCO DE COSTA RICA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

CONSEJO NACIONAL DE RECTORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

REGLAMENTOS

COMERCIO EXTERIOR

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

INSTITUCIONES DESCETRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

AVISOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

PODER EJECUTIVO

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

Resolución Nº 049-2013.—San José, a las doce horas con treinta minutos del día catorce del mes de marzo del dos mil trece. Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto de Candidatura ante la UNESCO denominado: “Asentamientos cacicales precolombinos con esferas de piedra en el Diquís”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° DG-144-2013 de fecha 13 de marzo del 2013, remitido por el señor Christian Kandler Rodríguez, Director General del Museo Nacional, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula N° 6-15999-000, cuya naturaleza es: Terreno para la agricultura, situado en el distrito uno (Puerto Cortés), cantón quinto (Osa), de la provincia de Puntarenas, con una medida de ciento cincuenta y siete mil trescientos once metros con setenta y ocho decímetros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, Andrés Santamaría y otro; al sur, lotes de Digna Guzmán Trejos y Motores y Repuestos Wong Sociedad Anónima; al este, Roberto Chan y Leslie Weeb, y al oeste, río Balzar y calle pública y Leonard Palacios Hernández.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a sesenta y dos mil seiscientos veintidós metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: es bosque y cultivo, situado en el distrito uno (Puerto Cortés), cantón quinto (Osa), de la provincia de Puntarenas, Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° P-1624283-2012. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Asentamientos cacicales precolombinos con esferas de piedra en el Diquís”.

3º—Constan en el expediente administrativo, a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado N° P-1624283-2012, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de sesenta y dos mil seiscientos veintidós metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

El Museo Nacional de Costa Rica (MNCR) es un órgano de desconcentración máxima, adscrito al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, que fue fundado por acuerdo Nº 60, de 4 de mayo de 1887, como establecimiento destinado a coleccionar y a exponer permanentemente los productos históricas y arqueológicas del país. Por su parte, la Ley Nº 1542, del 7 de marzo de 1953, se decretó que el MNCR es el centro encargado de estudiar y conservar debidamente las reliquias históricas y arqueológicas del país. En este orden de ideas, la Ley Nº 6703 por el numeral 1° dispone que constituyen patrimonio nacional arqueológico, los muebles o inmuebles, producto de las culturas indígenas anteriores o contemporáneas al establecimiento de la cultura hispánica en el territorio nacional.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2°, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

De conformidad con las disposiciones normativas citadas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula N° 6-15999-000.

b)  Naturaleza: es terreno para la agricultura.

c)  Ubicación: Situado en el distrito uno (Puerto Cortés), cantón quinto (Osa), de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Andrés Santamaría y otro; al sur, lotes de Digna Guzmán Trejos y Motores y Repuestos Wong Sociedad Anónima; al este, Roberto Chan y Leslie Weeb, y al oeste, río Balzar y calle pública y Leonard Palacios Hernández. Plano catastrado: no se indica.

d)  Propiedad de José Alejandro Grijalba Grijalba, número de cédula de identidad: ocho-cero cero tres nueve-cero dos dos ocho.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de sesenta y dos mil seiscientos veintidós metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Asentamientos cacicales precolombinos con esferas de piedra en el Diquís”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto del inmueble inscrito Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula N° 6-15999-000, cuya naturaleza es terreno para la agricultura, situado en el distrito uno (Puerto Cortés), cantón quinto (Osa), de la provincia de Puntarenas, con una medida de ciento cincuenta y siete mil trescientos once metros con setenta y ocho decímetros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, Andrés Santamaría y otro; al sur, lotes de Digna Guzmán Trejos y Motores y Repuestos Wong Sociedad Anónima; al este, Roberto Chan y Leslie Weeb, y al oeste, río Balzar y calle pública y Leonard Palacios Hernández y propiedad de José Alejandro Grijalba Grijalba, número de cédula: ocho-cero cero tres nueve-cero dos dos ocho, una área total de sesenta y dos mil seiscientos veintidós metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado N° P-1624283-2012, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Asentamientos cacicales precolombinos con esferas de piedra en el Diquís”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Cultura y Juventud a. í., Iván Rodríguez Rodríguez.—1 vez.—O. C. Nº 16513.—Solicitud Nº 117-766-008-213.—(IN2013025317).

Resolución Nº 050-2013.—San José, a las doce horas con cuarenta y cinco minutos del día catorce del mes de marzo del dos mil trece. Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto de Candidatura ante la UNESCO denominado: “Asentamientos cacicales precolombinos con esferas de piedra en el Diquís”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° DG-144-2013 de fecha 13 de marzo del 2013, remitido por el señor Christian Kandler Rodríguez, Director General del Museo Nacional, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula N° 6-185920-000, cuya naturaleza es terreno de cultivos y casa, situado en el distrito uno (Puerto Cortés), cantón quinto (Osa), de la provincia de Puntarenas, con una medida de veintidós mil ochocientos veintitrés metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, resto reservado de José Alejandro Grijalba Grijalba; al sur, calle pública con 20 metros de ancho; al este, lote 2 de Motores y Repuestos Wong Sociedad Anónima, y al oeste, resto reservado de José Alejandro Grijalba Grijalba.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a diez mil ochenta y cinco metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: bosque y cultivo, situado en el distrito uno (Puerto Cortés), cantón quinto (Osa), de la provincia de Puntarenas; Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° P-1624283-2012. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Asentamientos cacicales precolombinos con esferas de piedra en el Diquís”.

3º—Constan en el expediente administrativo N° 01-2013 “Expediente de expropiación de los sitios El Silencio y Grijalba”, a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado N° P-1624283-2012, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de diez mil ochenta y cinco metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

El Museo Nacional de Costa Rica (MNCR) es un órgano de desconcentración máxima, adscrito al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, que fue fundado por acuerdo Nº 60, de 4 de mayo de 1887, como establecimiento destinado a coleccionar y a exponer permanentemente los productos históricas y arqueológicas del país. Por su parte, la Ley Nº1542, del 7 de marzo de 1953, se decretó que el MNCR es el centro encargado de estudiar y conservar debidamente las reliquias históricas y arqueológicas del país. En este orden de ideas, la Ley Nº 6703 por el numeral 1° dispone que constituyen Patrimonio Nacional Arqueológico, los muebles o inmuebles, producto de las culturas indígenas anteriores o contemporáneas al establecimiento de la cultura hispánica en el territorio nacional.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2°, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

De conformidad con las disposiciones normativas citadas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula N° 6-185920-000.

b)  Naturaleza: terreno de cultivos y casa.

c)  Ubicación: Situado en el distrito primero (Puerto Cortés), cantón quinto (Osa), de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, resto reservado de José Alejandro Grijalba Grijalba; al sur, calle pública con 20 metros de ancho; al este, lote 2 de Motores y Repuestos Wong Sociedad Anónima, y al oeste, resto reservado de José Alejandro Grijalba Grijalba, según lo indicado en el plano catastrado N° P-1548158-2012.

d)  Propiedad de Digna Guzmán Trejos, número de cédula de identidad: uno-cero tres cero cuatro-cero tres cinco uno.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de diez mil ochenta y cinco metros cuadrados, para el proyecto denominado “Asentamientos cacicales precolombinos con esferas de piedra en el Diquís”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto del inmueble inscrito Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula N° 6-185920-000, cuya naturaleza es terrero de cultivos y casa, situado en el distrito primero (Puerto Cortés), cantón quinto (Osa), de la provincia de Puntarenas, con una medida de veintidós mil ochocientos veintitrés metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, resto reservado de José Alejandro Grijalba Grijalba; al sur, calle pública con 20 metros de ancho; al este, lote 2 de Motores y Repuestos Wong Sociedad Anónima, y al oeste, resto reservado de José Alejandro Grijalba Grijalba y propiedad de Digna Guzmán Trejos, número de cédula de identidad: uno-cero tres cero cuatro-cero tres cinco uno, una área total de diez mil ochenta y cinco metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado N° P-1624283-2012, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Asentamientos cacicales precolombinos con esferas de piedra en el Diquís”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Cultura y Juventud a. í., Iván Rodríguez Rodríguez.—1 vez.—O. C. Nº 16513.—Solicitud Nº 117-766-009-2013.—(IN2013025320).

Resolución Nº 051-2013.—San José, a las trece horas del día catorce del mes de marzo del dos mil trece. Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto de Candidatura ante la UNESCO denominado: “Asentamientos cacicales precolombinos con esferas de piedra en el Diquís”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° DG-144-2013 de fecha 13 de marzo del 2013, remitido por el señor Christian Kandler Rodríguez, Director General del Museo Nacional, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula N° 6-185921-000, cuya naturaleza es terreno de cultivos y galerón, situado en el distrito uno (Puerto Cortés), cantón quinto (Osa), de la provincia de Puntarenas, con una medida de veintiún mil quinientos ochenta y nueve metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, resto reservado de José Alejandro Grijalba Grijalba; al sur, calle pública con 20 metros de ancho; al este, Carlos Reyes Reyes, y al oeste, lote 1 de Digna Guzmán Trejos.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a nueve mil setecientos cuarenta y un metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: bosque y cultivo, situado en el distrito uno (Puerto Cortés), cantón quinto (Osa), de la provincia de Puntarenas; Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° P-1624283-2012, Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Asentamientos cacicales precolombinos con esferas de piedra en el Diquís”.

3º—Constan en el expediente administrativo N° 01-2013 “Expediente de expropiación de los sitios El Silencio y Grijalba”, a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado N° P-1624283-2012, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de nueve mil setecientos cuarenta y un metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

El Museo Nacional de Costa Rica (MNCR) es un órgano de desconcentración máxima, adscrito al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, que fue fundado por acuerdo Nº 60, de 4 de mayo de 1887, como establecimiento destinado a coleccionar y a exponer permanentemente los productos históricas y arqueológicas del país. Por su parte, la Ley Nº 1542, del 7 de marzo de 1953, se decretó que el MNCR es el centro encargado de estudiar y conservar debidamente las reliquias históricas y arqueológicas del país. En este orden de ideas, la Ley Nº 6703 por el numeral 1° dispone que constituyen Patrimonio Nacional Arqueológico, los muebles o inmuebles, producto de las culturas indígenas anteriores o contemporáneas al establecimiento de la cultura hispánica en el territorio nacional.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2°, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

De conformidad con las disposiciones normativas citadas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula N° 6-185921-000.

b)  Naturaleza: terreno cultivos y galerón.

c)  Ubicación: Situado en el distrito primero (Puerto Cortés), cantón quinto (Osa), de la provincia de Puntarenas, Linderos: norte, resto reservado de José Alejandro Grijalba Grijalba; al sur, calle pública con 20 metros de ancho; al este, Carlos Reyes Reyes, y al oeste, lote 1 de Digna Guzmán Trejos, según lo indicado en el plano catastrado N° P-1549609-2012.

d)  Propiedad de Motores y Repuestos Wong Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-275624.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de nueve mil setecientos cuarenta y un metros cuadrados, para el proyecto denominado “Asentamientos cacicales precolombinos con esferas de piedra en el Diquís”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto del inmueble inscrito Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula N° 6-185921-000, cuya naturaleza es terrero de cultivos y galerón, situado en el distrito primero (Puerto Cortés), cantón quinto (Osa), de la provincia de Puntarenas, con una medida de veintiún mil quinientos ochenta y nueve metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, resto reservado de José Alejandro Grijalba Grijalba; al sur, calle pública con 2 metros de ancho; al este, con Carlos Reyes Reyes, y al oeste, lote 1 de Digna Guzmán Trejos y propiedad de Motores y Repuestos Wong Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-275624, una área total de nueve mil setecientos cuarenta y un metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado N° P-1624283-2012, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Asentamientos cacicales precolombinos con esferas de piedra en el Diquís”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Cultura y Juventud a. í., Iván Rodríguez Rodríguez.—1 vez.—O. C. Nº 16513.—Solicitud Nº 117-766-010-2013.—(IN2013025321).

Resolución Nº 052-2013.—San José, a las trece horas con quince minutos del día catorce del mes de marzo del dos mil trece. Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto de Candidatura ante la UNESCO denominado: “Asentamientos cacicales precolombinos con esferas de piedra en el Diquís”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° DG-144-2013 de fecha 13 de marzo del 2013, remitido por el señor Christian Kandler Rodríguez, Director General del Museo Nacional, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula N° 6-57040-000, cuya naturaleza es lote B para café potrero, situado en el distrito dos (Palmar), cantón quinto (Osa), de la provincia de Puntarenas, con una medida de ciento treinta y tres mil cuatrocientos catorce metros con noventa y cinco decímetros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, calle pública recién abierta; al sur, quebrada El Silencio en medio otro; al este, Rosalina Rojas Rojas, y al oeste, quebrada El Silencio en medio otro.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a veintitrés mil treinta y tres metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: es bosque y cultivo de Melina, situado en el distrito dos (Palmar), cantón quinto (Osa), de la provincia de Puntarenas, Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° P-1624281-2012. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Asentamientos cacicales precolombinos con esferas de piedra en el Diquís”.

3º—Constan en el expediente administrativo N° 01-2013 “Expediente de expropiación de los sitios El Silencio y Grijalba”, a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado N°P-1624281-2012, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de veintitrés mil treinta y tres metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

El Museo Nacional de Costa Rica (MNCR) es un órgano de desconcentración máxima, adscrito al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, que fue fundado por acuerdo Nº 60, de 4 de mayo de 1887, como establecimiento destinado a coleccionar y a exponer permanentemente los productos históricas y arqueológicas del país. Por su parte, la Ley Nº 1542, del 7 de marzo de 1953, se decretó que el MNCR es el centro encargado de estudiar y conservar debidamente las reliquias históricas y arqueológicas del país. En este orden de ideas, la Ley Nº 6703 por el numeral 1° dispone que constituyen patrimonio nacional arqueológico, los muebles o inmuebles, producto de las culturas indígenas anteriores o contemporáneas al establecimiento de la cultura hispánica en el territorio nacional.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2°, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

De conformidad con las disposiciones normativas citadas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula N° 6-57040-000.

b)  Naturaleza: es lote B para café potrero.

c)  Ubicación: Situado en el distrito dos (Palmar), cantón quinto (Osa), de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° P-0746192-1988: norte, calle pública recién abierta; al sur, quebrada El Silencio en medio otro; al este, Rosalina Rojas Rojas, y al oeste, quebrada El Silencio en medio otro.

d)  Propiedad de Empresa de Manejo de Activos Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-282801.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de veintitrés mil treinta y tres metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Asentamientos cacicales precolombinos con esferas de piedra en el Diquís”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto del inmueble inscrito Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula N° 6-57040-000, cuya naturaleza es lote B para café potrero, situado en el distrito dos (Palmar), cantón quinto (Osa), de la provincia de Puntarenas, con una medida de ciento treinta y tres mil cuatrocientos catorce metros con noventa y cinco decímetros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad, son: norte, calle pública recién abierta; al sur, quebrada El Silencio en medio otro; al este, Rosalina Rojas Rojas, y al oeste, quebrada El Silencio en medio otro, propiedad de Empresa de Manejo de Activos Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-282801, una área total de veintitrés mil treinta y tres metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado N° P-1624281-2012, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Asentamientos cacicales precolombinos con esferas de piedra en el Diquís”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Cultura y Juventud a. í., Iván Rodríguez Rodríguez.—1 vez.—O. C. Nº 16513.—Solicitud Nº 117-766-011-2013.—(IN2013025325).

Resolución Nº 053-2013.—San José, a las trece horas con treinta minutos del día catorce del mes de marzo del dos mil trece. Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto de Candidatura ante la UNESCO denominado: “Asentamientos cacicales precolombinos con esferas de piedra en el Diquís”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° DG-144-2013 de fecha 13 de marzo del 2013, remitido por el señor Christian Kandler Rodríguez, Director General del Museo Nacional, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula N° 6-59020-000, cuya naturaleza es terreno con una plantación de melina arbórea, situado en el distrito dos (Palmar), cantón quinto (Osa), de la provincia de Puntarenas, con una medida de ciento sesenta y seis mil trescientos cincuenta y ocho metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, calle pública en medio parcela 3; al sur, quebrada El Silencio en medio marcial J; al este, parcela 2, y al oeste, Ceferina Díaz Rojas.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a treinta y ocho mil seiscientos trece metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: es bosque y cultivo de Melina, situado en el distrito dos (Palmar), cantón quinto (Osa), de la provincia de Puntarenas, Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° P-1624281-2012. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Asentamientos cacicales precolombinos con esferas de piedra en el Diquís”.

3º—Constan en el expediente administrativo N° 01-2013 “Expediente de expropiación de los sitios El Silencio y Grijalba”, a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado N° P-1624281-2012, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de treinta y ocho mil seiscientos trece metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

El Museo Nacional de Costa Rica (MNCR) es un órgano de desconcentración máxima, adscrito al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, que fue fundado por acuerdo Nº 60, de 4 de mayo de 1887, como establecimiento destinado a coleccionar y a exponer permanentemente los productos históricas y arqueológicas del país. Por su parte, la Ley Nº 1542, del 7 de marzo de 1953, se decretó que el MNCR es el centro encargado de estudiar y conservar debidamente las reliquias históricas y arqueológicas del país. En este orden de ideas, la Ley Nº 6703 por el numeral 1° dispone que constituyen patrimonio nacional arqueológico, los muebles o inmuebles, producto de las culturas indígenas anteriores o contemporáneas al establecimiento de la cultura hispánica en el territorio nacional.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2°, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

De conformidad con las disposiciones normativas citadas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula N° 6-59020-000.

b)  Naturaleza: terreno con una plantación de Melina arbórea.

c)  Ubicación: Situado en el distrito dos (Palmar), cantón quinto (Osa), de la provincia de Puntarenas, Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° P-0806641-1989: norte, calle pública en medio parcela 3; al sur, quebrada El Silencio en medio marcial J; al este, parcela 2, y al oeste, Ceferina Díaz Rojas.

d)  Propiedad de Empresa de Manejo de Activos Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-282801.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de treinta y ocho mil seiscientos trece metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Asentamientos cacicales precolombinos con esferas de piedra en el Diquís”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto del inmueble inscrito Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula N° 6-59020-000, cuya naturaleza es terreno con una plantación de melina arbórea, situado en el distrito dos (Palmar), cantón quinto (Osa), de la provincia de Puntarenas, con una medida de ciento sesenta y seis mil trescientos cincuenta y ocho metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, calle pública en medio parcela 3; al sur, quebrada El Silencio en medio marcial J; al este, parcela 2, y al oeste, Ceferina Díaz Rojas y propiedad de Empresa de Manejo de Activos Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-282801, una área total de treinta y ocho mil seiscientos trece metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado N° P-1624281-2012, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Asentamientos cacicales precolombinos con esferas de piedra en el Diquís”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Cultura y Juventud a. í., Iván Rodríguez Rodríguez.—1 vez.—O. C. Nº 16513.—Solicitud Nº 117-766-012-2013.—(IN2013025330).

DOCUMENTOS VARIOS

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DIRECTRIZ

DIR-DGT-003-2013

San José 12 de marzo de 2013

Señores:

Directores, Gerentes y Subgerentes

Jefes de Departamento

Funcionarios Aduaneros

Auxiliares de la Función Pública Aduanera

Importadores

Servicio Nacional de Aduanas

Asunto: Lineamientos relacionados con la prohibición para la importación de vehículos usados con pérdida total y otros supuestos.

La Dirección General de Aduanas emite la directriz denominada: “Lineamientos relacionados con la prohibición para la importación de vehículos usados con pérdida total y otros supuestos”, con fundamento en los artículos 4, 6, 52, 58 y 59 del Segundo Protocolo de Modificación al Código Aduanero Uniforme Centroamericano, Ley Nº 8360 del 24 de junio de 2003; los artículos 6, 9, 11, 86, 88 y 93 de la Ley General de Aduanas Ley No 7557 y sus reformas y artículo 6 de su Reglamento, así como los artículos 2, 3, 5 y transitorio XIX de la Ley de Tránsito Nº 9078.

I-Motivación

Como parte importante de la labor de la Dirección General de Aduanas, está la dirección técnica y administrativa de las funciones aduaneras previstas en la Ley General de Aduanas y demás disposiciones.

Es por ello que con la finalidad de aclarar la prohibición por “pérdida total” y otros supuestos en la importación de vehículos usados que se regula en el artículo 5 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas y Terrestres y Seguridad Vial; Nº 9078, se emite la presente directriz.

II-Objetivo

Instruir a los funcionarios aduaneros, auxiliares de la función pública aduanera, importadores e informar al público en general, sobre los nuevos lineamientos relacionados con la prohibición para la importación para la inscripción de vehículos usados con pérdida total y otros supuestos, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 5 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas y Terrestres y Seguridad Vial; Nº 9078.

III-Alcance

Esta directriz es de acatamiento obligatorio para todos los funcionarios aduaneros, auxiliares de la función pública aduanera e importadores, que participan en el proceso de nacionalización de vehículos usados para su inscripción.

IV-Fundamento Legal

    Segundo Protocolo de Modificación al Código Aduanero Uniforme Centroamericano, Ley Nº 8360 del 24 de junio de 2003, artículos 4, 6, 52, 58, y 59.

    Ley Nº 7557 del 20 de octubre de 1995, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 212 del 08 de noviembre de 1995 y sus reformas, artículos 6, 9, 11, 86, 88 y 93.

    Decreto Nº. 25270-H del 14 de junio de 1996, publicado en el Alcance N° 37 del Diario Oficial La Gaceta Nº 123 del 28 de junio de 1996, “Reglamento a la Ley General de Aduanas” y sus reformas, artículo 6.

    Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial Nº 9078, publicada en el Alcance Nº 165 del Diario Oficial La Gaceta Nº 207 de fecha 26 de octubre del 2012, artículos 2, 5, 23, 38 y el transitorio XIX.

    Oficio DN-280-2013 de fecha 05 de marzo de 2013 relativo al “Título de propiedad de vehículos usados”.

V-Vigencia

Rige a partir de su firma, comuníquese y publique en el Diario Oficial La Gaceta.

LINEAMIENTOS RELACIONADOS CON LA PROHIBICIÓN

PARA LA IMPORTACIÓN PARA LA INSCRIPCION

DE VEHÍCULOS USADOS CON PÉRDIDA

TOTAL Y OTROS SUPUESTOS

De conformidad con el artículo 2 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial Nº 9078, publicada en el Alcance Nº 165 del Diario Oficial La Gaceta Nº 207 de fecha 26 de octubre del 2012, se define por Pérdida total como: “daño estructural o de los sistemas de un vehículo automotor, que impide su circulación por razones de seguridad jurídica o vial”; en ese sentido se emiten los siguientes lineamientos:

A. De la documentación adicional. Todo vehículo usado sujeto al proceso de importación para la inscripción, deberá presentar además de los documentos obligatorios ya establecidos, los siguientes, conforme con los requerimientos del artículo 5 de la Ley de Tránsito:

1.  El título de propiedad original o documento que de conformidad con la legislación del mercado de procedencia acredite la inscripción o registro de la propiedad. Este último de acuerdo con el oficio DN-280-2013 de fecha 05 de marzo del 2013;

2.  La declaración jurada protocolizada, que deberá señalar expresamente, conforme con las exigencias del artículo 5 de la Ley de Tránsito, que el vehículo usado:

a.  No ha sido declarado pérdida total en el país de procedencia.

b.  No presenta uniones estructurales del chasis no autorizadas.

c.  Que el número de identificación, VIN o chasis no ha sido manipulado.

d.  Que no ha sido sacado de circulación en el país de exportación.

e.  Que el volante no se encuentra al lado derecho.

f.   La cantidad de kilómetros o millas recorridas.

Ambos documentos deberán ser presentados sin borrones, tachaduras o cualquier otra enmienda que haga dudar de su autenticidad.

B. De la verificación de la condición de “pérdida total”:

Se considera que un vehículo presenta la condición de “Pérdida Total”:

1.  Si a simple vista, en el momento del despacho aduanero se determinan grandes daños en la carrocería, o no está en condiciones de circular o por falta o daños en partes esenciales.

2.  Si el título de propiedad o documento que de conformidad con la legislación del mercado de procedencia acredite la inscripción o registro de la propiedad, aportado presenta alguna de las siguientes leyendas que implican “pérdida total” del vehículo:

      Salvage-Parts only

        Lemon salvage

        Salvage letter-parts only

        Salvage Cert-Lemon Law Buyback

        Destrucción (destruction)

        Salvage Certificate-no vin

        No reconstruible (Non rebuildable)

        Salvage/ Fire Damage

        Sólo partes (Parts only)

        Pérdida total (Total loss)

        Desmantelamiento (Dismantlers)

        No reparable (Non repairable)

        Salvage Katrina

        Desecho (Junk)

        Aplastado (Crush)

      Chatarra (Scrap)

C. Daño estructural y problemas de VIN.

3.  Se considera que un vehículo usado presenta uniones estructurales del chasis no autorizadas, si durante el reconocimiento físico, se determina que presenta diferentes números de Identificación (VIN) en al menos dos partes esenciales del vehículo, tales como pared de fuego, larguero izquierdo o derecho o tablero de control (dash).

4.  Se considera problemas en el VIN si el número de identificación ha sido manipulado con respecto a lo indicado en el título de propiedad o documento que acredite la propiedad del vehículo.

D. Posición del Volante.

5.  Es prohibida la importación para la inscripción de un vehículo que presente el volante a la derecha, de conformidad con el literal e) del artículo 5 de la Ley de Tránsito. De determinarse esa situación, en el proceso de control inmediato, la aduana iniciará el procedimiento que corresponda para la anulación de la declaración aduanera.

E. Kilometraje.

6.  El funcionario aduanero en el proceso de revisión documental y reconocimiento físico, además de constatar todas las características del vehículo, deberá verificar que en la declaración jurada protocolizada conste el kilometraje/millaje y que esta información sea coincidente con lo declarado en el DUA, según lo exige la Ley de Tránsito.

Finalmente debe señalarse que el funcionario aduanero encargado de la revisión documental o el reconocimiento físico, que determine:

    Que el título de propiedad o documento que de conformidad con la legislación del mercado de procedencia acredite la propiedad del vehículo, establece cualquiera de las leyendas supra señaladas;

    Que presenta daños en el vehículo que podrían hacer presumir la “pérdida total”;

    Que existen uniones del chasis no autorizados o manipulación del número de identificación, VIN o Chasis;

    Que presenta daños que impiden la circulación del vehículo.

En todos estos casos, dicho funcionario aduanero, deberá de previo a la autorización del levante de las mercancías, someter el caso al análisis y valoración del Gerente de la Aduana, a efectos de determinar si procede la autorización de importación para su inscripción, o la anulación de oficio de la declaración aduanera, por ser legalmente prohibida la importación del vehículo para su inscripción y considerando que la aceptación de la declaración conforme con la legislación aduanera no implica avalar el contenido de la misma ni tampoco limita las facultades de comprobación de la autoridad aduanera. Para lo anterior deberá observar el correspondiente procedimiento administrativo y durante este proceso se dará la oportunidad al declarante e importador de presentar las pruebas de descargo respectivas, de no ser satisfactorias, no se permitirá continuar con la nacionalización, debiendo la aduana de control iniciar el procedimiento que corresponda para la anulación de la declaración aduanera.

En estos casos, adicionalmente la aduana deberá tomar las acciones pertinentes con el fin de poner en conocimiento de las autoridades competentes, la posible falsedad de la información contenida en la declaración jurada aportada, así como para los efectos de que se impongan eventualmente las sanciones que establece el último párrafo del artículo 5 de la Ley de Tránsito.

Obligación para los Depositarios Aduaneros: Los depositarios aduaneros que reciban vehículos usados para su custodia, deberán enviar a la Sección de Depósito de la aduana de control, un reporte al momento del ingreso del vehículo, que indique: 1-número de movimiento de inventario asignado, 2-número de identificación del vehículo y la 3-“condición o estado del vehículo”. Lo anterior conforme con las facultades otorgadas a está Dirección General por la legislación aduanera, y conforme con el régimen especial de sujeción al que están sometidos los auxiliares de la función pública aduanera, y en virtud de la concesión de servicio público que prestan dichos auxiliares.

Gerardo Bolaños Alvarado, Director General de Aduanas.—1 vez.—O. C. N° 17927.—Solicitud N° 109-118-04813GAD.—(IN2013024547).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS

EDICTO

AE-REG-E-414-2012.—El señor Danilo Navarro Castillo, cédula 02-0435-0936, en calidad de Representante Legal de la compañía Eurofértil S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita inscripción del fertilizante inorgánico foliar de nombre comercial Codicobre, compuesto a base de Cobre (5,6%) y Ácido Glucónico (64%), ambos todos declarados en peso/peso conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 13:45 horas del 03 de diciembre del 2012.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—RP2013346708.—(IN2013025793).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN YEVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo I, folio 87, título N° 518, emitido por el Liceo Rodrigo Facio Brenes, en el año mil novecientos setenta y siete, a nombre de Peña Chaves Hellen. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes de marzo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013343631.—(IN2013019276).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 51, título N° 2878, emitido por el Liceo de Paraíso, en el año dos mil once, a nombre de Quesada Ramírez Karen Sussana. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de abril del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013024925).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 70, Título N° 675, emitido por el Liceo Ingeniero Manuel Benavides, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Iong Ureña Ingrid Ivonne. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 1° de marzo del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013024991).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el Tomo II, Folio 259, Título N° 692, emitido por el Liceo Anastasio Alfaro, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Sáenz Vargas Yolanda Patricia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de abril del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013025190).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 17, Asiento 9, Título N° 125, emitido por el Colegio Ambientalista El Roble de Alajuela, en el año dos mil cuatro, a nombre de Mejía Quirós Abraham, cédula 2-0617-0609. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013025202).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 17, asiento N° 23, emitido por el Colegio Técnico Máximo Quesada, en el año dos mil nueve, a nombre de Stefani Raquel Campos Barrantes. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por corrección del nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Stephanie Raquel Campos Barrantes. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—1 vez.—RP2013346506.—(IN2013025408).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 86, título N° 796, emitido por el Sistema Educativo Saint Clare, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Fallas Cortés Olga Marta, cédula 1-0575-0935. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciocho días del mes de abril del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013025535).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Área de Letras, inscrito en el tomo 1, folio 216, título N° 3392, emitido por el Colegio Nocturno Miguel Obregón Lizano, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Solórzano Bolaños Yamileth. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, al primer día del mes de abril del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013025721).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 11, asiento 117, emitido por el Liceo Franco Costarricense, en el año mil novecientos noventa, a nombre de Vargas Baldares Rogelio José. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.—Dado en San José, a los cuatro días del mes de abril del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013346742.—(IN2013025792).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 33, título Nº 315, emitido por el Liceo Nuestra Señora de los Ángeles, en el año dos mil siete, a nombre de Montero Solórzano Anyelitth de los Ángeles, cédula N° 1-1391-0315. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciocho días del mes de abril del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013025880).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Para ver las marcas de Fábrica solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

Cambio de nombre por fusión Nº 82941

Que Édgar Zurcher Gurdian, cédula de identidad N° 1-532-390, en calidad de apoderado especial de Airwalk International LLC, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Items International Inc, por el de Airwalk International LLC, presentada el día 7 de febrero del 2013, bajo expediente N° 82941. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1996-0006474 Registro Nº 100963 AIRWALK en clase 25 marca denominativa, y 1996-0006477 Registro Nº 101197 en clase 25 marca figurativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de marzo del 2013.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—1 vez.—(IN2013025906).

Cambio de nombre Nº 81737

Que Uri Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad N° 1-818-430, en calidad de apoderado especial de Grupo Nutresa S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Industrias Alimenticias Noel S. A., por el de Grupo Nutresa S. A., presentada el día 5 de diciembre del 2012, bajo expediente N° 81737. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1993-0001493 Registro Nº 86426 FRUNA en clase 29 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de febrero del 2013.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2013025950).

Cambio de nombre Nº 80785

Que Uri Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad N° 1-818-430, en calidad de apoderado especial de Inveralimenticias Noel S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Industrias Alimenticias Noel S. A., por el de Inveralimenticias Noel S. A., presentada el día 27 de setiembre del 2012, bajo expediente N° 80785. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1993-0001492 Registro Nº 86428 FRUNA en clase 30 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de febrero del 2013.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2013025952).

Cambio de nombre Nº 80786

Que Uri Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad N° 1-818-430, en calidad de apoderado especial de Inveralimenticias S.A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Industrias Alimenticias Noel S. A., por el de Inveralimenticias S. A., presentada el día 27 de setiembre del 2012, bajo expediente N° 80786. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1993-0001492 Registro Nº 86428 FRUNA en clase 30 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de febrero del 2013.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2013025953).

Cambio de nombre por fusión Nº 80827

Que Uri Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad N° 1-818-430, en calidad de apoderado especial de Inversiones Nacional de Chocolates S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre por fusión de Industrias Alimenticias Noel S.A., por el de Inversiones Nacional de Chocolates S. A., (prevaleciente) presentada el día 27 de setiembre del 2012, bajo expediente N° 80827. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1993-0001492 Registro Nº 86428 FRUNA en clase 30 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de febrero del 2013.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2013025954).

Cambio de nombre Nº 80828

Que Uri Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad número 1-818-430, en calidad de apoderado especial de Grupo Nacional de Chocolates S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Industrias Alimenticias Noel S. A., por el de Grupo Nacional de Chocolates S. A., presentada el día 27 de setiembre del 2012, bajo expediente N° 80828. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1993-0001492 Registro Nº 86428 FRUNA en clase 30 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de febrero del 2013.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2013025960).

Cambio de nombre Nº 80829

Que Uri Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad N° 1-818-430, en calidad de apoderado especial de Grupo Nutresa S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Industrias Alimenticias Noel S. A., por el de Grupo Nutresa S. A., presentada el día 27 de setiembre del 2012, bajo expediente N° 80829. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1993-0001492 Registro Nº 86428 FRUNA en clase 30 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de febrero del 2013.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2013025961).

Cambio de nombre Nº 81731

Que Uri Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad N° 1-818-430, en calidad de apoderado especial de Inveralimenticias Noel S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Industrias Alimenticias Noel S. A., por el de Inveralimenticias Noel S. A., presentada el día 5 de diciembre del 2012, bajo expediente N° 81731. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1993-0001493 Registro Nº 86426 FRUNA en clase 29 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de febrero del 2013.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2013025962).

Cambio de nombre Nº 81734

Que Uri Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad N° 1-818-430, en calidad de apoderado especial de Inveralimenticias S.A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Industrias Alimenticias Noel S. A., por el de Inveralimenticias S. A., presentada el día 5 de diciembre del 2012, bajo expediente N° 81734. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1993-0001493 Registro Nº 86426 FRUNA en clase 29 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de febrero del 2013.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2013025965).

Patentes de Invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Harry Zurcher Blen, mayor, abogado, cédula N° 1 0415 1184, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Basf Agro B.V., Arnhem (NL), Zweigniederlassung Wadensw, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada PLANTAS TOLERANTES A HERBICIDAS.

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La presente invención proporciona plantas tolerantes al saflufenacil. La presente invención también proporciona métodos para controlar el crecimiento de malezas mediante la aplicación de saflufenacil al que son tolerantes las plantas tolerantes al saflufenacil de la invención.  Las plantas de la invención expresan un polipéptido del citocromo P450, cuya expresión confiere, a las plantas, tolerancia al saflufenacil. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01H 5/00; A01H 5/10; C12N 15/29; C12N 15/82; cuyo(s) inventor(es) es (son) Mankin, Scots, L., Carlson, Dale, R., Liebl, Rex, Stevenson-Paulik, Jill, M., Pasternak, Maciej, Welzel, Annegret. La solicitud correspondiente lleva el número 20120399, y fue presentada a las 13:03:10 del 27 de julio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de marzo del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2013346335.—(IN2013025067).

El señor Cristian Calderón Cartín, cédula N° 1-800-402, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Corporación Bananera Nacional S. A., de Costa Rica, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO DE EXTRACCIÓN DE ADN TOTAL DE ALTA CALIDAD A PARTIR DE SUELO, AGUAS Y TEJIDO PARA ESTUDIOS MOLECULARES DE PLANTAS, HONGOS, BACTERIAS, ARCHAEA, INSECTOS, LÍQUENES, ALGAS Y PROTISTAS. Método de extracción de ADN de alta calidad de suelos y tejidos vegetales. El aislamiento y purificación de ADN es el requisito previo para la realización de las técnicas moleculares y consecuentes estudios. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C12N 15/10; C12N 15/09; C12Q 1/68; C07H 21/00; G01N 27/447; cuyo inventor es Quirós Sandí, Olman Ricardo. La solicitud correspondiente lleva el número 20130072, y fue presentada a las 12:48:19 del 20 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de marzo del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2013346405.—(IN2013025068).

El señor Cristian Calderón Cartín, mayor, abogado, cédula N° 1-800-402, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Stroïazzo-Mougin, Bernard A.J., de España, solicita la Patente de Invención denominada PROCEDIMIENTO DE OBTENCIÓN DE UN BIOCRUDO A PARTIR DE GASES DE EFECTO INVERNADERO.

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La presente invención se refiere a un procedimiento de obtención de un biocrudo a partir de gases de efecto invernadero, procedimiento que es ventajosamente industrial y en continuo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C12P 7/64; C12P 39/00; cuyo(s) inventor(es) es (son) Stroïazzo-Mougin, Bernard A.J.. La solicitud correspondiente lleva el número 20130031, y fue presentada a las 11:55:00 del 23 de enero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de marzo del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2013346407.—(IN2013025069).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de ISP Investments Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada UN CONCENTRADO PREFORMADO PARA ENTREGA DE POLÍMEROS QUE FORMAN UNA PELÍCULA INSOLUBLE EN AGUA. La presente invención se refiere a un concentrado preformado, capaz de formar emulsión / micro-emulsión tras la dilución con agua, para proporcionar un efecto periférico de desecación en las hojas / cultivos que comprende: (i) una película insoluble en agua que forma polímeros; (ii) una amida de cadena larga sustituida, y (ii) un agente tensoactivo soluble en aceite. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C08F 26/08; cuyo(s) inventor (es) es (son) Narayanan, Kolazi, S. La solicitud correspondiente lleva el número 20120456, y fue presentada a las 13:37:40 del 6 de setiembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de marzo del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2013346452.—(IN2013025070).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, en condición de apoderado de Roche Glycart AG, de Suiza solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS ANTI-FAP Y MÉTODOS DE USO. La invención proporciona anticuerpos contra la proteína de activación fibroblástica (FAP) y métodos de utilización de los mismos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/40; cuyo(s) inventor(es) es (son) Bacac, Marina, Freimoser-Grundschober, Anne, Hosse, Ralf, Klein, Christian, Moessner, Ekkehard, Nicolini, Valeria G., Umana, Pablo. La solicitud correspondiente lleva el número 20130038, y fue presentada a las 13:32:00 del 28 de enero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de marzo del 2013.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2013346453.—(IN2013025071).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS CONTRA LA TWEAK HUMANA Y USOS DE LOS MISMOS.

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Un anticuerpo que se fija sobre la Tweak y se caracteriza porque como dominio variable de cadena larga contiene una CDR3H elegida entre el grupo formado por las SEQ ID NO: 8, 16 y 24 es útil para el tratamiento del cáncer o de enfermedades autoinmunes, la artritis reumatoide, la artritis psoriática, enfermedades musculares, p. ej. la distrofia muscular, la esclerosis múltiple, enfermedades renales crónicas, enfermedades óseas, p.ej. la degeneración ósea en el mieloma múltiple, el lupus eritematoso sistémico, la nefritis por lupus y las lesiones vasculares. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/24; cuyo(s) inventor(es) es(son) Baehner, Monika, Knoetgen, Hendrik, Niewoehner, Jens. La solicitud correspondiente lleva el número 20130108, y fue presentada a las 13:33:00 del 12 de marzo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 15 de marzo del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2013346454.—(IN2013025072).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Basf SE, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES QUE CONTIENEN UN INSECTICIDA DE PIRIPIROPENO Y UNA BASE.

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Una composición que comprende un pesticida de piripiropeno de la fórmula (I) o (II) tal como se define a continuación y una base. También a métodos de preparación y aplicación de tales composiciones, así como sus diversos usos y finalmente semillas que comprenden dicha composición. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 25/22; A01N 53/00; A01N 43/90; A01P 5/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Dieleman, Cedric, Knieriem, Torsten, Krapp, Michael, Kierkus, Paul Ch., Xu, Wen, Benton, Kara. La solicitud correspondiente lleva el número 20130099, y fue presentada a las 14:05:00 del 7 de marzo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de marzo del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2013346455.—(IN2013025073).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Gilead Sciences Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada MÉTODOS PARA LA PREPARACIÓN DE PROFÁRMACOS DE FOSFORAMIDATO DIASTEREOMÉRICAMENTE PUROS.

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Se proporcionan métodos e intermedios para preparar profármacos de fosforamidato diastereoméricamente puros de nucleósidos de Fórmulas (Ia) y (Ib): Los compuestos de Fórmula Ia y Ib son útiles para el tratamiento de las infecciones por hepatitis C. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,  la Clasificación Internacional de Patentes es: C07 19/02; C07H 19/10; C07H 19/20; C07H 1/00; C07H 1/06; C07D 309/10; cuyo (s) inventor (es) es (son) CHO, Aesop, Clarke, Michael, O’Neil Hanrahan, Wolckenhauer, Scott, Alan. La solicitud correspondiente lleva el número 20130063, y fue presentada a las 13:39:10 del 14 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de marzo del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2013346460.—(IN2013025074).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Aventisub II INC., de E.U.A., solicita el Diseño Industrial denominada EMPAQUE PARA PRODUCTO.

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El diseño ornamental para un empaque para producto como se demuestra y se describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 09/03; cuyo inventor es Nancy Gail Limback. La solicitud correspondiente lleva el número 20130049, y fue presentada a las 13:39:10 del 5 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de marzo del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2013346461.—(IN2013025075).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Aventisub II INC., de E.U.A., solicita el Diseño Industrial denominada EMPAQUE EN FORMA DE CONCHA QUE TIENE AMPOLLAS QUE RECIBEN EL MISMO.

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El diseño ornamental para un empaque en forma de concha que tiene ampollas que reciben el mismo, mostrando una segunda realización de mi nuevo diseño. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 09/03; cuya inventora es Nancy Gail Limback. La solicitud correspondiente lleva el número 20130048, y fue presentada a las 13:39:00 del 5 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de marzo del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2013346464.—(IN2013025076).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Salix Pharmaceuticals, LTD, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada FORMULACIONES DE RIFAXIMINA Y USOS DE LAS MISMAS.

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La presente invención se refiere a nuevas formas de rifaximina que comprenden dispersiones sólidas de rifaximina, métodos para hacer las mismas y a su uso en preparaciones medicinales y métodos terapéuticos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,  la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 498/00; cuyo(s) inventor(es) es (son) Selbo, Jon, Teng, Jing, Kabir, Mohammed, A., Golden, Pam. La solicitud correspondiente lleva el número 20130033, y fue presentada a las 13:36:00 del 23 de enero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de marzo del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2013346467.—(IN2013025077).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Aventisub II INC., de E.U.A., solicita el Diseño Industrial denominada EMPAQUE EN FORMA DE CONCHA.

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Es un empaque en forma de concha tal como se describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 09/03; cuya inventora es Nancy Gail Limback. La solicitud correspondiente lleva el número 20130047, y fue presentada a las 13:38:00 del 5 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de marzo del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2013346466.—(IN2013025078).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, en condición de apoderado de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE LA TIROSINA-QUINASA DE BRUTON.

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Esta solicitud se refiere a derivados de la 6-(2-hidroximetil-fenil)-2-metil-2H-piridazin-3-ona que se ajustan a la fórmula general I; en la que las variables X, R e Y4 tienen los significados aquí definidos, que inhiben la Btk. Los compuestos aquí descritos son útiles para modular la actividad de la Btk y para tratar enfermedades asociadas con una actividad excesiva de la Btk. Los compuestos son también útiles para tratar enfermedades inflamatorias y autoinmunes asociadas con una proliferación aberrante de las células B, por ejemplo la artritis reumatoide. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 401/14; C07D 403/14; C07D 487/04; C07D 487/08; C07D 491/107; A61K 31/517; cuyo(s) inventor(es) es(son) Berthel, Steven, Joseph, Billedeau, Roland, J., Brotherton-Pleiss, Christine, E., Firooznia, Fariborz, Gabriel, Stephen, Deems, Han, Xiaochun, Hilgenkamp, Ramona, Jaime-Figueroa, Saúl, Kocer, Buelent, Lopez-Tapia, Francisco, Javier, Lou, Yan, Orzechowski, Lucja, Owens, Timothy, D., Tan, Jenny, Wovkulich, Peter, Michael. La solicitud correspondiente lleva el número 20130026, y fue presentada a las 13:40:00 del 22 de enero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de marzo del 2013.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2013346470.—(IN2013025079).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Syngenta Limited, de Reino Unido, solicita la Patente de Invención denominada FORMULACIONES.

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La presente invención se refiere a una formulación que comprende un compuesto de fórmula (I) en donde Rl es hidrógeno, metilo, etilo, propilo o butilo; R2 es metilo o etilo; R3 es hidrógeno, metilo o etilo; y n es 1, 2 ó 3; al uso de un compuesto de fórmula (I) como un disolvente; y a ciertos compuestos novedosos de fórmula (I). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07C 69/78; cuyo(s) inventor (es) es (son) Bell, Gordon Alastair, Waller, Anne, Wailes, Jeffrey Steven. La solicitud correspondiente lleva el número 20130028, y fue presentada a las 13:41:10 del 22 de enero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 15 de marzo del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2013346469.—(IN2013025080).

El señor Luis Pal Hegedus, cédula N° 1-558-219, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de ST Jude Medical Systems AB, de Suecia, solicita la Patente de Invención denominada ELEMENTO SENSOR CON UNA CAPA AISLANTE.

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La presente invención trata acerca de un elemento sensor el cual comprende una sección sensora (2) que comprende una unidad sensora (3) configurada para medir una variable fisiológica o cualquier otra señal en un organismo y para generar una señal del sensor en respuesta a dicha variable o a otra señal, una sección de unión (5) que comprende elementos de contacto configurados para conectar eléctricamente al menos un microcable transmisor de sección sensora se deja sin recubrir. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61B 5/021; G01L 9/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Boye, Shawn. La solicitud correspondiente lleva el número 20120658, y fue presentada a las 09:50:10 del 21 de diciembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de marzo del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2013346494.—(IN2013025081).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La señora Marianella Arias Chacón, cédula 1-679-960, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de St. Jude Medical, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DISPOSITIVOS DE IMPLEMENTACIÓN PROGRESIVA Y MÉTODOS PARA SISTEMAS DE SUMINISTRO TRANSCATÉTER DE VÁLVULAS DE CORAZÓN.

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Un dispositivo de suministro para una válvula cardiaca plegable incluye una palanca de operación, que incluye un bastidor/marco que define un espacio de movimiento en el mismo, un conjunto móvil/de carruaje movible dentro del espacio de movimiento, y una primera cerradura de recubierta que tiene una posición bloqueada y una posición desbloqueada. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: A61F 2/24; cuyos inventores son Wang, Huisun, Thomas, Ralph J. La solicitud correspondiente lleva el número 20130096, y fue presentada a las 12:13:21 del 5 de marzo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un  periódico de circulación nacional.—San José, 18 de marzo del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013025516).

La señora Marianella Arias Chacón, cédula 1-679-960, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Old Dominion University Research Foundation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada PROCEDIMIENTO PARA LA PRODUCCIÓN SELECTIVA DE HIDROCARBUROS A PARTIR DE ALGAS UTILIZANDO AGUA EN CONDICIONES SUBCRÍTICAS.

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Se describe aquí la producción de combustible a base de hidrocarburos a partir de microorganismos y algas que comprenden algenano sin necesitar la eliminación previa de agua, así como la producción de combustible a base de hidrocarburos directamente a partir del propio algenano. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C10L 1/02; C12P 5/00; C12N 1/12; C10G 3/00; C05F 11/00; cuyos inventores son Hatcher, Patrick G., Salmon, Elodie. La solicitud correspondiente lleva el número 20120668, y fue presentada a las 14:38:15 del 21 de diciembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.  Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un  periódico de circulación nacional.—San José, 4 de abril del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013025520).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

El Registro de la Propiedad Industrial, Oficina de Patentes hace saber que por resolución de las once horas dieciséis minutos del catorce de marzo del dos mil trece, fue inscrito el Diseño Industrial denominado MANGUITO QUIRÚRGICO a favor de St. Jude Medical Inc. domiciliada en Estados Unidos cuyos creadores son: Peter J. Ness, Jacob, John Daly, Peter Nicholas Braido todos de nacionalidad Estadounidense, se le ha otorgado el número de inscripción de Modelo Industrial 637, estará vigente hasta el catorce de marzo del dos mil veintitrés, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 24/02.—San José, a las catorce horas nueve minutos del veintiuno de marzo del dos mil trece.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—1 vez.—(IN2013025518).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones Civiles

AVISOS

Se hace saber a terceros e interesados que por no encontrarse el folio 518 del tomo 128 de la Sección de Mercantil de este Registro, en el cual consta el asiento 588 que presumiblemente es constitución de la sociedad: Inmobiliaria Norlan Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-22498, de conformidad con lo establecido por el reglamento para salvar la inscripción de tomos en el Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 16236-J, del 2 de mayo de 1985, este Departamento ha iniciado los trámites pertinentes con el fin de llevar a cabo la reposición del asiento relacionado. Por lo anterior y en cumplimiento del artículo 8° del citado reglamento, se confiere un plazo de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de la presente publicación, con el fin de que terceros e interesados hagan valer su derecho y objeciones ante esta oficina.—Curridabat, 11 de abril del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—O. C. Nº 13-0004.—Solicitud Nº 119-783-13-0004.—(IN2013025329).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-056152, denominación: Asociación Coalición Costarricense de Iniciativas de Desarrollo. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2013, Asiento: 41564. Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 51 minutos y 31 segundos, del 9 de abril del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP20130346648.—IN2013025780).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Senderos de Esperanza del Adulto Mayor, con domicilio en la provincia de Cartago, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: fomentar una mejor calidad de vida al adulto mayor, mediante la recreación de programas que permitan al adulto mayor el acceso en actividades sociales, culturales y deportivas que garanticen hábitos seguros y adaptables en la comunidad. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Claudia Sequeira Ortiz. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012 Asiento: 381685.—Curridabat, 25 de enero del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013346691.—(IN2013025781).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Padres de Familia de la Escuela Luis Rodríguez Salas, con domicilio en la provincia de Alajuela; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Prestar la más amplia colaboración al Centro Educativo Escuela Luis Rodríguez Salas. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Bernardita Quesada Murillo. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012 Asiento: 352279 Adicionales Tomo 2013 Asientos: 10011 y 51854).—Curridabat, a los diez días del mes de abril del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013346693.—(IN2013025782).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Deportiva Pilas Central, con domicilio en la provincia de Alajuela, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: fomentar la práctica de todas las disciplinas deportivas en la comunidad de Naranjo. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Hans Adrián Corrales Morales. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013 Asiento: 73888.—Curridabat, 15 de abril del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013346694.—(IN2013025783).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Administradora del Acueducto Rural de La Florida Cerro Alto, con domicilio en la provincia de Guanacaste, Santa Cruz, distrito Veintisiete de abril, en la escuela pública de La Florida. Cuyos fines primordiales son: Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de acuerdo con disposiciones y reglamentos del AyA. Obtener la participación efectiva de la comunidad en la construcción, operación, mantenimiento y desarrollo del acueducto. Su presidenta Yorleny Campos García es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las demás limitaciones que indica el Estatuto. El vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales, con iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 08 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite; Tomo: 2012. Asiento: 313465, sin adicionales.—Dado en el Registro Nacional, a las 08 horas 59 minutos, del 21 de marzo del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013346744.—(IN2013025784).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Agenda de Superación Femenina del Cantón de Upala, con domicilio en la provincia de Alajuela, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover el desarrollo social, económico, espiritual e intelectual de las asociadas. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Lilliam Arcia Velis. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013 Asiento: 16250) al ser los trece días del mes de marzo del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013346745.—(IN2013025785).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Centro Internacional de Adoración Jesús es El Rey, con domicilio en la provincia de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, en el antiguo Restaurante Rincón del Tapir. Cuyos fines primordiales son: Rendir honor y tributo al Dios trino, Padre, Hijo, Espíritu Santo. Expandir el Evangelio a todas las naciones. Su presidente Fernando Pérez Espina es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones que indica el estatuto. El Vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales, con iguales atribuciones y obligaciones que este cuando lo sustituye. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 08 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite; Tomo: 2013 Asiento: 087463, sin adicionales.—Dado en el Registro Nacional, a las 08 horas 45 minutos, del 16 de abril del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013346748.—(IN2013025786).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Colectivo Eco Artístico y de Economía Solidaria, con domicilio en la provincia de Alajuela; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover valores, principios y prácticas de solidaridad y sustentabilidad socio ecológica, por medio de la creatividad, la educación, la sanación, conocimiento alternativo y ancestral, para la creación de iniciativas y procesos de desarrollo integral. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Leifer Castro Salazar. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012 Asiento: 354080).—Curridabat, a los ocho días del mes de enero del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013346753.—(IN2013025787).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del Estatuto de la Asociación Fraternidad Cristiana Rey de Reyes, cédula jurídica 3-002-251514, misma que en adelante se denominará Asociación Cristiana Casa del Rey Internacional. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 08 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2013 Asiento: 045674, Sin Adicionales.—Dado en el Registro Nacional a las 08 horas 46 minutos, del 08 de abril del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013346754.—(IN2013025788).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Proyecto Shekina de Barrio La Pitahaya, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Gestionar y apoyar la creación de servicios sociales como un medio que conlleve la superación individual, fomentando el bien personal, el bien común social, espíritu de ayuda mutua y el trabajo conjunto en el barrio La Pitahaya. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Ana Valentina González Monroy. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013 Asiento: 78919) al ser los cinco días del mes de abril del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013346770.—(IN2013025789).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

AVISOS

La Dirección Nacional de Notariado, hace saber: que los notarios que se indican a continuación, cesaron como notarios institucionales a partir de la fecha que se consigna.

Notario                                Cédula        Carné                  Rige

Lilliana Zamora Bolaños  1-0718-0821    8489    veintitrés de enero del dos

                                                                             mil trece

San José, 15 abril del 2013.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 2013-001.—Solicitud Nº 119-786-041RNN.—(IN2013025334).

La Dirección Nacional de Notariado, hace saber: que los cónsules que se indican a continuación, cesaron en el ejercicio del notariado consular a partir de la fecha que se consigna.

Notario                                Cédula        Carné                  Rige

Marcelo Roldán Sauma    1-0873-0728  NC-126  treinta y uno de diciembre

                                                                             del dos mil trece

San José, 15 abril del 2013.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 2013-001.—Solicitud Nº 119-786-042RNN.—(IN2013025341).

La Dirección Nacional de Notariado, hace saber: que los notarios que se indican a continuación, cesaron voluntariamente en el ejercicio del notariado pleno, a partir de la fecha que se consigna.

Notario

Cédula

Carné

Rige

Oky Rebeca Segura Elizondo

1-0842-0105

7887

veinticuatro de enero de dos mil trece

Walter Rodrigo Mora Morales

1-1050-0086

2524

diez de diciembre de dos mil doce

Fernando González Rojas

6-0138-0048

14222

veintiuno de enero de dos mil trece

Ana Grace Romero Aguilar

3-0227-0900

4948

veintiséis de noviembre de dos mil doce

Bernal Rodríguez Cruz

2-0612-0448

18441

quince de febrero de dos mil trece

Marcela Patricia Calvo Lizano

1-0890-0845

11820

ocho de febrero de dos mil trece

Kattia Isabel Bermúdez Quesada

1-0714-0892

7716

diez de enero de dos mil trece

Bernal Vega Maroto

1-0505-0341

3041

diez de diciembre de dos mil doce

Sonia Elena Salgado Rodríguez

1-0979-0179

11543

catorce de enero de dos mil trece

Nazira Alvarado Tabash

1-0817-0731

6730

doce de diciembre del dos mil doce

Olga Bonilla Claramunt

9-0050-0786

2036

treinta y uno de julio del dos mil doce

Jenner Alfaro Fernández

2-0153-0170

673

trece de febrero del dos mil trece

Teresina Incer Espinoza

8-0056-0370

1372

nueve de noviembre del dos mil doce

María Vanessa Fisher González

2-0475-0906

7829

veintisiete de abril de mil novecientos noventa y ocho

Giselle Lawrence Mora

1-0817-0005

7308

veinticinco de febrero de dos mil trece

Mauricio Medrano Goebel

7-0098-0070

7679

veinte de abril de mil novecientos noventa y ocho

Mario Felipe Marín Cascante

1-1211-0007

18423

doce de febrero de dos mil trece

 

San José, 15 abril del 2013.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 2013-001.—Solicitud Nº 119-786-043RNN.—(IN2013025342).

La Dirección Nacional de Notariado, hace saber: que los notarios que se indican a continuación, fueron habilitados como notarios institucionales a partir de la fecha que se consigna.

Notario                                Cédula        Carné                  Rige

Paola Colombo Blanco     1-1116-0796   14253   dieciséis de marzo del dos

                                                                             mil trece

Rosaura Solís Palma         7-0135-0464   14321   veintiuno de marzo del dos

                                                                             mil trece

Shirley Grettel Madrigal   4-0168-0597   19533   dieciséis de marzo del dos

Villalobos                                                             mil trece

San José, 15 abril del 2013.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 2013-001.—Solicitud Nº 119-786-044RNN.—(IN2013025346).

La Dirección Nacional de Notariado, hace saber: que ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial del Lic. Gilbert Francisco Gómez Reina, cédula de identidad N° 2-0368-0073, carné de abogado N° 8528. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quiénes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 13-001775-0624-NO.—San José, 17 de abril del 2013.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2013025957).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE

Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLE

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

DGTCC-DGH-0067-2013.—San José, a los once días del mes de marzo del dos mil trece, se tiene por presentada la solicitud por parte del señor Bernal Alberto Soto Chavarría, cédula de identidad número 2-276-1356, en su condición de representante legal de la sociedad Hacienda Santa Rita Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-003937, en la que solicita cambio de titular de una estación de servicio, ubicada en la provincia de Alajuela, cantón Alajuela, distrito Alajuela, expediente E.S.2-01-01-04, en razón de la renuncia a la prestación del servicio público por parte de Total Petróleo Costa Rica Sociedad Anónima, así como el traspaso en virtud de finalización del contrato de arrendamiento y de la totalidad de los derechos registrados de esta sociedad a su propietaria Hacienda Santa Rita, según consta en los documentos aportados al expediente administrativo. Lo anterior para que de ahora en adelante, se proceda al cambio de titular a nombre de Hacienda Santa Rita Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-003937. Con fundamento en el Decreto Ejecutivo 30131-MINAE-S, artículo 79, se otorga un plazo de quince días hábiles a partir de la publicación del presente edicto, en el Diario Oficial La Gaceta, para que cualquier persona natural o jurídica, que tenga interés o pueda resultar afectada con el cambio del titular, y haga llegar a esta Dirección su criterio, opinión u oposición al respecto, aportando toda la prueba que la sustente.—San José, a las doce horas del día dieciséis de abril del dos mil trece.—Lic. Humberto Cerdas Brenes, Director General.—(IN2013025273).

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. 15737P.—Industrias Lácteas de Costa Rica S.A, solicita concesión de: 2 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-1447 en finca de su propiedad en Uruca (San José), San José, San José, para uso Consumo humano y industria. Coordenadas 215.809 / 523.628 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de abril de 2013.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2013024873).

Exp. 15427P.—Asociación Cívica de Nosara, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del acuífero sin número, efectuando la captación por medio del pozo GA-283 en finca de Asociación Cívica de Nosara en Nosara, Nicoya, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 216.814/355.139 hoja Garza. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 4 de abril de 2013.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2013024875).

Exp. 15396P.—Tiny Velvet Ant Limitada, solicita concesión de: 4 litros por segundo del acuífero, captado mediante el pozo número CN-424 en finca de el mismo en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso turístico. Coordenadas 279.165/349.800 hoja Carrillo Norte. 4 litros por segundo del acuífero, captado mediante el pozo número CN-546 en finca de el mismo en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso turístico. Coordenadas 279.000/349.946 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de octubre de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2013024953).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. N° 15399P.—Inversiones Wepa S. A., solicita concesión de: 1 litro por segundo de acuífero, captado mediante del pozo BA-964 en finca de su propiedad en San José, San Isidro, Heredia, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 225.150 / 534.050 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de agosto de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2013024584).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. Nº 23582-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas cuarenta y cuatro minutos del doce de marzo de dos mil trece. Diligencias de ocurso presentadas ante este Registro Civil, por Elizabeth Álvarez Sánchez, mayor, casada, costarricense, cédula de identidad número uno-cuatrocientos once-cuatrocientos cuarenta y siete, vecina de Tirrases, Curridabat, San José, tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha de nacimiento de la misma es “veintiséis de febrero de mil novecientos cincuenta y tres” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—RP2013346661.—(IN2013025790).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Fredy René Miranda Gutiérrez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 499-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas del treinta de enero de dos mil trece. Exp. Nº 47421-2012. Resultando: 1º—..., 2º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de naturalización de Fredy René Miranda Gutiérrez, en el sentido que el primer nombre... es “Freddy”, el asiento de matrimonio de Fredy René Miranda Gutiérrez con Karla Vanessa Jiménez Álvarez, en el sentido que el primer nombre del cónyuge es “Freddy”, el asiento de nacimiento de Bradli Fernando Miranda Quesada, el asiento de nacimiento de Andrey Alberto Miranda Jiménez, el asiento de nacimiento de Kristel Nicole Miranda Jiménez y el asiento de nacimiento de Fabrisio Miranda Jiménez, en el sentido que el primer nombre del padre... es “Freddy”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Oficina Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2013025542).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Elsa María López Ramírez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 316-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta minutos del veintiuno de enero del dos mil trece. Ocurso. Exp N° 44383-2012. Resultando: 1º—..., 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Belkin Vianey Cruz López...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Elsa María”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Oficina Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2013025546).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Virginia Melissa Cortés Segura, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 415-10.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y treinta minutos del ocho de abril del dos mil diez. Ocurso. Exp N° 40808-09. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—… Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados,… III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Justin Alberto Marchena Segura..., en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Virginia Melissa Cortés Segura” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Liseth Mora Soto, Jefa a. í. Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2013025611).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Brenda Jessenia Oporta Lumbi, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 523-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas del treinta y uno de enero de dos mil trece. Ocurso. Exp N° 42838-2012. Resultando: 1º—..., 2º—…, 3º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Joseph Alejandro Oporta Lumbis, en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre... son “Brenda Jessenia” y “Lumbi” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Oficina Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2013025728).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jaqueline de los Ángeles Urbina Hernández, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 372-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas doce minutos del veintitrés de enero de dos mil trece. Exp. Nº 41503-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Wilker Joan Betancourt Urbina..., en el sentido que el nombre de la madre... es “Jaqueline de los Ángeles” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013025743).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Aviso de solicitud de naturalización

Carlos Rodríguez Odio, mayor, casado, médico asistente general, cubano, cédula de residencia 119200065126, vecino de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2256-2012.—San José, cinco de abril del dos mil trece.—Lic. Wagner Granados Chaves, Jefe a.í.—1 vez.—RP2013346709.—(IN2013025791).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN ACTUARIAL Y ECONÓMICA

UNIDAD PROGRAMÁTICA 1112

PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES AÑO 2013

De conformidad con lo establecido en el Artículo 6 (Principio de publicidad) de la Ley de Contratación Administrativa, la Dirección Actuarial y Económica, comunica a todos los interesados que el Programa Anual de Adquisiciones para el año 2013, se encuentra publicado en la página web de la Caja Costarricense de Seguro Social, disponible en la dirección electrónica http://www.ccss.sa.cr

San José, 2 de abril del 2013.—Lic. Luis Guillermo López Vargas, Director Actuarial.—1 vez.—(IN2013027121).

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CULTURA Y JUVENTUD

TEATRO POPULAR MÉLICO SALAZAR

ADMINISTRACIÓN

MODIFICACIÓN AL PLAN DE COMPRAS 2013

Se avisa a todos los potenciales oferentes que con el fin de cumplir con lo que establece el artículo 8 de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 7 del Reglamento General de Contratación Administrativa, que por necesidad administrativa e interés público, ha sido modificado el programa anual de adquisiciones 2013. Dicha modificación se encuentra disponible en la página del Ministerio de Hacienda-CompraRed, dirección: www.hacienda.go.cr

San José, 26 de abril del 2013.—Gisela Lobo Hernández, Administradora.—1 vez.—(IN2013027331).

SEGURIDAD PÚBLICA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

MODIFICACIÓN PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2013

La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha se ha publicado la modificación al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Seguridad Pública correspondiente al siguiente programa presupuestario 09002, Escuela Nacional de Policía, el cual se encuentra a su disposición en la dirección electrónica: www.hacienda.go.cr. en el Link de Comprared.

San José, 25 de abril del 2013.—MSc. Jessica González Montero, Directora a. í.—1 vez.—O. C. Nº 17864.—Solicitud Nº 108-090-00031.—(IN2013027378).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE SALUD CHACARITA U.E. 2586

CLÍNICA DR. FRANCISCO QUINTANA SALINAS

PROGRAMA DE ADQUISICIONES PERÍODO 2013

PRIMERA MODIFICACIÓN 2013

De conformidad con el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa y 2 inciso c), del Reglamento de esa misma Ley, se informa a todos los proveedores interesados en ofrecer Bienes y Servicios a la CCSS que en la página Web de la CCSS: http://www.ccss.sa.cr se encuentra disponible el plan de compras del Área de Salud Chacarita, periodo 2013 con primera modificación.

Cualquier duda al respecto favor comunicarse al teléfono 2663-02-10 Ext. 109 -144, con el Lic. Rubén Bosques Barrientos o con Sr. Ronald Castillo, a los correos: rbosque@ccss.sa.cr, rcastill@ccss.sa.cr

Chacarita, 25 de abril del 2013.—MSc. Vilma Villegas Marchena, Administradora.—1 vez.—(IN2013027359).

LICITACIONES

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN

GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA

GESTIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000001-20300

Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de aires

acondicionados ubicados en oficinas centrales y regionales

de la Dirección General de Migración y Extranjería

Se avisa a todos los interesados en esta licitación para la Dirección General de Migración y Extranjería, que la Gestión de Proveeduría recibirá solamente ofertas electrónicas en la dirección electrónica: www.hacienda.go.cr/comprared, hasta las 13:30 horas del lunes 27 de mayo del 2013, para la contratación de un “Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de aires acondicionados ubicados en oficinas centrales y regionales de la Dirección General de Migración y Extranjería”.

La oferta deberá presentarse solamente en forma electrónica y deberá ser enviada y firmada digitalmente por quien tenga poder legal para ello. No se aceptarán ofertas en forma escrita ni en algún medio magnético (disco compacto o llave maya, correo electrónico, fax, etc.), si se presentan de esa forma serán descartadas del proceso de contratación.

El interesado tiene el pliego de condiciones a disposición en el Sistema Comprared, en la dirección: https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, a partir de este día.

San José, 23 de abril del 2013.—MBA. Erika García Díaz, Gestora de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 18374.—Solicitud Nº 106-050-00009.—(IN2013027375).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000018-01

Renovación Oficina Gobierno Digital-BCR Plaza Mayor

Se les informa a los interesados en la contratación en referencia, que el Banco de Costa Rica recibirá ofertas por escrito hasta las once horas con treinta minutos (11:30 a. m.) del día 24 de mayo del 2013, las cuales deberán ser depositadas en el buzón de la Oficina de Compras y Pagos del BCR, ubicada en tercer piso Oficinas Centrales, entre avenida central y segunda, calles 4 y 6.

El cartel de la licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales, estará disponible en esa misma oficina, en un horario de 08:30 a. m. a 03:30 p. m.

La visita al sitio se realizará el día jueves 9 de mayo del 2013, a las 10:00 a. m., en compañía del Arq. Elizabeth Brenes Corrales, tel.: 2211-6007, ext. 36647, en la Oficina Gobierno Digital-BCR-Plaza Mayor, en Pavas.

San José, 26 de abril del 2013.—Oficina Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 62703.—Solicitud Nº 920-00081-13.—(IN2013027383).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013-000007-PCAD

Contratación de servicios de una empresa para

el abastecimiento y suministro de productos de oficina

así como acarreo y distribución a nivel nacional

(consumo por demanda)

Apertura: para las 10:00 horas del día 24 de mayo del 2013. Venta del cartel: Oficinas Centrales, cajas 23 ó 24 de lunes a viernes de 08:15 a. m. a 04:00 p. m. Retiro del cartel en el 6to piso, División de Contratación Administrativa. Costo: ¢2.500,00 (dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 25 de abril del 2013.—Área Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2013027126).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000003-2102

Para la adquisición de cartuchos de medición de ACT

y cartuchos de medición de I-STAT; Sistema de

hemoconcentradores para autotransfusión

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Juan de Dios les informa a todos los potenciales oferentes que el plazo para recibir ofertas será hasta el día 23 de mayo del 2013 a las 08:00 horas.

San José, 3 de mayo del 2013.—MSc. Dennys Miranda Boza, Coordinador.—1 vez.—(IN2013027101).

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000005-2102

Para la adquisición de “Concentrado de frutas”

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Juan de Dios les informa a todos los potenciales oferentes que el plazo para recibir ofertas será hasta el día 24 de mayo del 2013 a las 9:00 horas.

Los interesados en esta licitación favor retirar el cartel licitatorio en la Recepción del Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital San Juan de Dios, sita en distrito Hospital, contiguo al Ministerio de Salud, al final de la rampa del antiguo edificio de Rehabilitación.

San José, 3 de mayo del 2013.—Subárea de Contratación Administrativa.—MSc. Dennys Miranda Boza, Coordinador.—1 vez.—(IN2013027103).

GERENCICA DE LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

CONCURSO 2013LA-000023-05101

Frasco -Ampolla de Medroxiprogesterona

acetato 150 mg Inyectable FCO. Ampolla 1-3 ml

Se informa a los interesados que está disponible en la plataforma electrónica Compra Red en la dirección www.comprared.cr el cartel de la Licitación Abreviada 2013LA-000023-05101 para la adquisición de:

Ítem único: Cantidad 210000 Frasco – Ampolla de medroxiprogesterona acetato 150 mg Inyectable FCO. Ampolla 1 - 3 ml.

Apertura de ofertas para el día 30 de mayo del 2013 a las 10:00 horas.

San José, 25 de abril del 2013.—Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios.—Shirley Méndez Amador, Asistente.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 5117.—C-12320.—(IN2013027109).

HOSPITAL MÉXICO

ADMINISTRACIÓN SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN NACIONAL 2013LN-000008-2104

Por la adquisición de “Material de grapeo quirúrgico”

Se comunica: Fecha de recepción de ofertas el 23 de mayo del 2013, a las 10:00 horas.

San José, 24 de abril del 2013.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013027120).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2013CDS-000036-PRI

(Convocatoria)

Contratación de servicios de consultoría para elaborar los

términos de referencia que permitan a las Asociaciones

Administradoras de Acueductos Rurales (ASADAS)

contratar los estudios hidrológicos e hidrogeológicos

necesarios para determinar las áreas de captura, de

protección y de recarga de los aprovechamientos

de recurso hídrico que ellas administran

para el suministro de agua potable

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 14:00 horas del día 10 de mayo del 2013, para la contratación arriba indicada.

Los documentos que conforman el cartel, podrán descargarse en la dirección electrónica: www.aya.go.cr o bien retirarse en la Dirección de Proveeduría del AyA, sita en el Módulo C, piso 3 del Edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas, el mismo tendrá un costo de ¢500,00.

Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2141.—Solicitud Nº 870-71.—(IN2013027324).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000028-PRI

(Convocatoria)

Caracterización de las áreas de recarga y zonas de protección

de los aprovechamientos de los sistemas de abastecimiento

de agua de AyA en la Región Metropolitana

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 14:00 horas del día 29 de mayo del 2013, para la “Caracterización de las áreas de recarga y zonas de protección de los aprovechamientos de los sistemas de abastecimiento de agua de AyA en la Región Metropolitana”.

Los documentos que conforman el cartel, podrán descargarse en la dirección electrónica: www.aya.go.cr o bien retirarse en la Dirección de Proveeduría del AyA, sita en el Módulo C, piso 3 del Edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas, el mismo tendrá un costo de ¢500,00.

Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2141.—Solicitud Nº 870-70.—(IN2013027325).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000024-PRI

(Convocatoria)

Estudios hidrogeológicos en zonas de protección

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 15:00 horas del día 29 de mayo del 2013, para la “Estudios hidrogeológicos en zonas de protección”.

Los documentos que conforman el cartel, podrán descargarse en la dirección electrónica: www.aya.go.cr o bien retirarse en la Proveeduría del AyA, sita en el Módulo C, piso 3 del Edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas, el mismo tendrá un costo de ¢500,00.

Lic. Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2141.—Solicitud Nº 870-00075.—(IN2013027365).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

DIRECCIÓN DE SUMINISTROS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000019-02

Suministro de vehículos

La Dirección de Suministros de Recope, invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2013LA-000019-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las Oficinas Centrales de Recope, Edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 23 de mayo del 2013.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la página Web de Recope: www.recope.com.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio Web: www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por Recope.

Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 000220.—Solicitud Nº 865-0129PROV.—(IN2013027367).

ADJUDICACIONES

SALUD

UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2012LA-000018-UPIMS

Mobiliario, equipo y maquinaria Oficina

de Cooperación Internacional de la Salud (OCIS)

La Oficina de Cooperación Internacional de la Salud (OCIS), comunica que por resolución Nº 0035-2013 de las 08:00 horas del 1° de abril del 2013, se adjudicó de la siguiente manera:

Línea 1: Se declara infructuosa.

Línea 2: Pro Repuestos PHI S. A., cédula jurídica Nº 3-101-276410, por un monto de treinta y un mil seiscientos ochenta dólares americanos exactos ($31.680.00).

Línea 3: Pro Repuestos PHI S. A., cédula jurídica Nº 3-101-276410, por un monto de tres mil ochenta dólares americanos ($3.080.00).

Línea 4: Pro Repuestos PHI S. A., cédula jurídica Nº 3-101-276410, por un monto de mil cuatrocientos noventa y ocho dólares americanos ($1.498.00).

Línea 5: Distribuidora M S. A., cédula jurídica Nº 3-101-047798, por un monto de un millón ochocientos un mil ochocientos colones exactos (¢1.801.800,00).

Línea 6: Distribuidora M S. A., cédula jurídica Nº 3-101-047798, por un monto de trescientos seis mil colones exactos (¢306.000,00).

Línea 7: Veromatic S. A., cédula jurídica Nº 3-101-091284, por un monto de un millón veintinueve mil colones exactos (¢1.029.000,00).

Línea 8: Se declara infructuosa.

San José, 22 de abril del 2013.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 17486.—Solicitud Nº 114-600-00155.—(IN2013027376).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000002-2104

Por la adquisición de  “Isotretinoina 10 mg y 20 mg”

Empresa adjudicada: “Gynopharm S. A.

Lo anterior según nota del 22 de febrero del 2013, suscrito por el Dr. Douglas Montero Chacón, Director General.

Vea detalles y mayor información en http:// www.ccss.sa.cr

San José, 25 de abril del 2013.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Jefe.—1 vez.—(IN2013027113).

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000009-2104

Por la adquisición de “Laxante Salino (Fosfosoda)”.

Empresa adjudicada: “Medical Center M.C.C. S. A.”

Lo anterior según nota del 26 de febrero del 2013, suscrito por el Dr. Douglas Montero Chacón, Director General.

Vea detalles y mayor información en http:// www.ccss.sa.cr

San José, 25 de abril del 2013.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013027114).

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000015-2104

Por la adquisición de “Mesalazina 400 mg o 500 mg”

Empresa adjudicada: “Droguería e Importaciones La California S. A.

Lo anterior según nota del 2 de abril del 2013, suscrito por el Dr. Douglas Montero Chacón, Director General.

Vea detalles y mayor información en http:// www.ccss.sa.cr

San José, 25 de abril del 2013.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013027115).

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000030-2104

Por la adquisición de: “Solución de reposición

de reemplazo renal bolsa de 5 litros

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital México comunica a los interesados en el presente concurso, el resultado del mismo: Declárese infructuoso el presente concurso el cual se volverá a publicar.

Lo anterior según nota del 15 de abril del 2013, suscrito por el Dr. Douglas Montero Ch., Director Médico.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr

San José, 25 de abril del 2013.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro.—1 vez.—(IN2013027117).

LICITACIÓN NACIONAL 2013LN-000002-2104

Por la adquisición de “Docetaxel 80 MG”

Empresa adjudicada: “Comercializadora Médica Centroa-mericana S. A.

Lo anterior según nota del 6 de marzo del 2013, suscrito por el Dr. Douglas Montero Chacón, Director General.

Vea detalles y mayor información en http:// www.ccss.sa.cr

San José, 25 de abril del 2013.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefe.—1 vez.—(IN2013027118).

AVISOS

BCR SOCIEDAD OPERADORA DE PLANES

DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000001-12

Servicios profesionales para brindar mantenimiento

evolutivo a los sistemas informáticos de BCR Pensiones

La Gerencia BCR Pensiones, con fecha 23 de abril del 2013, adjudicó la Licitación Abreviada N° 2013LA-000001-12 a favor de la empresa: Quality Developments Consulting, por la cantidad máxima de 2.000 horas por año, con un costo por hora profesional de US$21.00. El plazo del contrato es por un año prorrogable a criterio de BCR Pensiones S. A., por un período igual hasta un máximo de 3 años. En caso de prórroga el precio por hora profesional para el segundo año es de US$23.00 y US$ 25.00 por el tercer año.

San José, 25 de abril del 2013.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 62703.—Solicitud Nº 920-00080-13.—(IN2013027361).

FE DE ERRATAS

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-00005-00100

Servicios de apoyo administrativo para el Registro Nacional

Se comunica a todos los interesados en la licitación de referencia, que se han hecho las siguientes aclaraciones al cartel:

1.  El Registro Nacional proveerá de todos los materiales, suministros, mobiliario y equipo de cómputo y sistemas informáticos (hardware y software) necesarios para las respectivas funciones que debe realizar el personal a destacar en el desarrollo de la contratación.

2.  Se elimina del cartel el punto 13.1 inciso f) del apartado Otros Requerimientos a Considerar. Esto por cuanto no guarda relación con la contratación.

3.  Respecto al punto 13.1. inciso b) del apartado Otros Requerimientos a Considerar, se aclara que se refiere a que durante el presente periodo presupuestario la Administración no prevé más contrataciones de la misma naturaleza a las de la presente licitación.

Los demás términos del cartel, incluida la fecha de recepción de ofertas, permanecen invariables.

Lic. Hazel Ruiz Morales, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 13-0001.—Solicitud Nº 119-783-13-001.—(IN2013027372).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000002-01

(Modificación Nº 2)

Adquisición de equipos tecnológicos para la prestación

del servicio automatizado de depósitos judiciales

del convenio BCR-Poder Judicial

El Banco de Costa Rica, informa a todos los interesados en la licitación en referencia, que el cartel se ha modificado.

El documento que contiene todas las modificaciones, puede ser retirado en la Oficina de Compras y Pagos, ubicada en el tercer piso del Edificio Central, con un horario de 9:00 a. m. a 2:00 p. m.

Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 62703.—Solicitud Nº 920-00079-13.—(IN2013027363).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000009-01

(Modificación Nº 2)

Suministro de sillas para cajero, ejecutivas ortopédicas,

giratorias ortopidicas, de comedor y fijas para

diferentes oficinas del BCR

El Banco de Costa Rica informa a los interesados en la contratación en referencia, que el cartel se ha modificado, para lo cual debe tomar en cuenta lo siguiente:

1-  Ítem Nº 1 500 Sillas altas para cajero:

     Para el punto: Altura ajustable con un pistón largo por medio de palanca con sistema de gas, el cual debe alcanzar una altura máxima de xxxxxxx.

     Debe leerse de la siguiente manera:

   Altura ajustable con un pistón largo por medio de palanca con sistema de gas, el cual debe alcanzar una altura máxima de 55cm en la parte más baja y 80 cm cuando está en la parte más alta.

     Para el punto: Base de cinco aspas de metal cromado con rodines de plástico reforzado de 50 mm omnidireccionales con freno automático de seguridad. La rueda o aro del descansa pies deberá ser de metal.

     Debe leerse de la siguiente manera:

   Base de cinco aspas de metal cromado con rodines de plástico reforzado de 50 mm de diámetro como mínimo, omnidireccionales con freno automático de seguridad. La rueda o aro del descansa pies deberá ser de metal.

2-  Ítem Nº 2 1100 Sillas ortopédicas giratorias secretariales con brazo color azul.

     Debe leerse de la siguiente manera:

     Ítem Nº 2 1100 Sillas giratorias secretariales con brazo color azul.

     Para el punto: Altura ajustable por medio de palanca con sistema de gas, el cual debe alcanzar una altura máxima de 60 cms. y una altura mínima de 50 cms.

     Debe leerse de la siguiente manera:

   Altura ajustable por medio de palanca con sistema de gas, el cual debe alcanzar una altura máxima de 58 cms. y una altura mínima de 45 cms.

     Para el punto: Base de cinco aspas de metal cromado con rodines de plástico reforzado de 50 mm omnidireccionales con freno automático de seguridad.

     Debe leerse de la siguiente manera:

   Base de cinco aspas de metal cromado con rodines de plástico reforzado de 50 mm de diámetro como mínimo omnidireccionales con freno automático de seguridad.

Las demás condiciones se mantienen invariables.

San José, 26 de abril del 2013.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 62703.—Solicitud Nº 920-00082-13.—(IN2013027385).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000007-DCADM

(Prórroga N° 1)

Servicio de fumigación para todas las oficinas

del Banco Popular  a nivel nacional actuales

y futuras (consumo según demanda)

Se les comunica a los interesados que se prórroga de oficio, la fecha y hora para la apertura de ofertas de este concurso para el día 16 de mayo del 2013, a las 14:00 horas.

Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.

San José, 25 de abril del 2013.—Área Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2013027127).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000010-DCADM

(Enmienda N° 1)

Compra de equipos y soluciones integrales

de seguridad (consumo por demanda)

Se les comunica a todos los interesados en este concurso que el documento que contiene la Enmienda Nº 1 de oficio al cartel, puede ser retirado en la División de Contratación Administrativa del Banco Popular, ubicado en el sexto piso de las sede central, en avenidas 2 y 4, calle 1, San José, en un horario de lunes a viernes de 08:15 a. m. a 04:00 p. m. Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.

San José, 26 de abril del 2013.—Área Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2013027128).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

BENEMÉRITO CUERPO

DE BOMBEROS DE COSTA RICA

UNIDAD DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-101307-UP

Equipo de protección personal para el Cuerpo de Bomberos

El Benemérito Cuerpo de Bomberos, comunica modificaciones, aclaraciones e inclusión de líneas al pliego de condiciones de la Licitación Pública N° 2013LN-101307-UP, “Equipo de protección personal para el Cuerpo de Bomberos”, así como la prórroga del plazo para la recepción y apertura de ofertas, la cual se efectuará el día 17 de mayo del 2013, a las 10:00 horas en el segundo piso del edificio administrativo del Cuerpo de Bomberos.

El cartel, junto con las modificaciones respectivas podrán visualizarlas y descargarlas del portal de Internet: www.bomberos.go.cr.

Lic. Guido Picado Jiménez, Jefe.—1 vez.—(IN2013027316).

CONSEJO NACIONAL DE RECTORES

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000001-CNR

Contratación de servicios de limpieza del CONARE

El Consejo Nacional de Rectores, avisa a los interesados que la fecha de cierre de recepción de ofertas de la licitación de referencia se trasladará para el día 7 de mayo del 2013, a las 10:00 horas.

Pavas, 24 de abril del 2013.—Proveeduría.—MAP. Jonathan Chaves Sandoval.—1 vez.—(IN2013027123).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

AREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

CONCURSO 2013LN-000005-5101

(Aviso N°3)

Catéter intravenoso Nº 22G * 2,54 cm

Se informa a todos los interesados en participar en el concurso citado, que el mismo ha sido prorrogado para el día, 23 de mayo de 2013 a las 10:00 a. m., esto por cuanto se encuentran atendiéndose recursos presentados ante la Contraloría General de la República.

Para más información a los teléfonos 2539-1208 con Subárea de Carteles. Shirley Méndez asistente y en la página web institucional.

San José, 25 de abril del 2013.—Subárea de Cartel, Shirley Méndez Amador.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 5118.—C-12320.—(IN2013027110).

HOSPITAL MEXICO

LICITACIÓN NACIONAL 2013LN-000005-2104

Por la adquisición de “Apósito tipo esponja

de poliuretano recolector o canister”

Se les comunica a los interesados que el concurso en mención, se prorroga la fecha de apertura para el 16 de mayo del 2013, a las 10:00 horas. De existir modificaciones se estará comunicando por este medio.

San José, 24 de abril del 2013.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013027119).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000002-PRI

(Circular N° 1)

Compra de artículos de oficina, cómputo, papel

y cartón (modalidad: entrega según demanda)

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se prorroga el recibo de ofertas de la licitación arriba indicada hasta las 09:00 horas del día 13 de mayo del 2013. Demás condiciones permanecen invariables.

Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(IN2013027105).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-00018-PRI

(Circular Nº 1)

Servicio de mantenimiento corta y poda de zonas

verdes en el gran Área Metropolitana

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba anotada que se prorroga el recibido de ofertas de la licitación hasta las 11:00 horas del día 13 de mayo del 2013.

Demás condiciones del cartel permanecen invariables.

Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(IN2013027107).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000005-PRI

(Circular Nº 1)

Construcción de sistema de abastecimiento

de agua potable para la comunidad de Gerica

y Chilamate de Sarapiquí de Heredia

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, en adelante AyA o el Instituto, cédula jurídica Nº 4000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que con motivo del asueto otorgado por el Gobierno de la República para el 3 de mayo del 2013, se efectúa la siguiente modificación al cartel:

Volumen Nº 1 del cartel:

Artículo Nº 1:

Se prorroga la fecha para recepción de ofertas hasta las 10:00 horas del día 10 de mayo del 2013.

Demás condiciones del cartel permanecen invariables.

Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2141.—Solicitud Nº 870-0069.—(IN2013027320).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000008-PRI

(Circular Nº 1)

Compra de base agregado

triturado, cemento gris

y concreto mezclado en seco

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, en adelante AyA o el Instituto, cédula jurídica Nº 4000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que con motivo del asueto otorgado por el Gobierno de la República para el 3 de mayo del 2013, se efectúa la siguiente modificación al cartel:

Volumen Nº 1 del cartel:

Artículo Nº 1:

Se prorroga la fecha para recepción de ofertas hasta las 10:00 horas del día 9 de mayo del 2013.

Demás condiciones del cartel permanecen invariables.

Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2141.—Solicitud Nº 870-0068.—(IN2013027322).

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000009-PRI

(Circular Nº 1)

Servicio de bacheo de roturas

con mezcla asfáltica caliente

(modalidad: según demanda)

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, en adelante AyA, cédula jurídica Nº 4000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que con motivo del asueto otorgado por el Gobierno de la República para el 3 de mayo del 2013, se efectúa la siguiente modificación al cartel:

Volumen Nº 1 del cartel:

Artículo Nº 1:

Se prorroga la fecha para recepción de ofertas hasta las 10:00 horas del día 13 de mayo del 2013.

Adicionalmente y a partir de esta publicación podrán retirar, sin costo alguno, la Circular Nº 1, en la Dirección Proveeduría del AyA, sita en el Módulo C, piso 3 del Edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas o accesarla en el Web: www.aya.go.cr, Link Proveeduría.Expediente.

Demás condiciones permanecen invariables.

Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2141.—Solicitud Nº 870-72.—(IN2013027329).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000016-PRI

(Circular Nº 1)

Cambio de aceite y filtros

para vehículos de la Sede del AyA

(modalidad: según demanda)

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, en adelante AyA o el Instituto, cédula jurídica Nº 4000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que con motivo del asueto otorgado por el Gobierno de la República para el 3 de mayo del 2013, se efectúa la siguiente modificación al cartel:

Volumen Nº 1 del cartel:

Artículo Nº 1:

Se prorroga la fecha para recepción de ofertas hasta las 10:00 horas del día 15 de mayo del 2013.

Demás condiciones del cartel permanecen invariables.

Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2141.—Solicitud Nº 870-00073.—(IN2013027338).

REGLAMENTOS

COMERCIO EXTERIOR

PROMOTORA DEL COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA

La Junta Directiva de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica en las sesiones 304-2013 y 305-2013, modificó parcialmente el Reglamento de Contratación de PROCOMER. El Reglamento vigente podrá ser consultado en su página Web www.procomer.com.

San José, 18 de abril del 2013.—Hellen Jiménez J., Asesor Legal.—1 vez.—(IN2013025343).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Mediante artículo VIII, visto en sesión Nº 4568 celebrada el 11 de marzo del 2013, la Junta Directiva del INA, aprobó el acuerdo N° 046-2013-JD, el cual establece modificar el artículo 27 del Reglamento Interno de Junta Directiva del INA, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 27.—Composición y supervisión de la Unidad. La Secretaría Técnica tiene por objetivo brindar el apoyo administrativo, logístico y tecnológico requerido por la Junta Directiva para el cumplimiento de sus funciones. Tendrá nivel Unidad Institucional y estará integrada al menos, de acuerdo a la aprobación efectuada por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, por un Secretario o Secretaria, con nivel de profesional en Derecho, dos asistentes administrativas, una persona recepcionista, una persona Profesional Operativa, con nivel de Profesional de Apoyo 1, con énfasis en Administración de Negocios, un trabajador operativo para labores de limpieza y un operador de equipo móvil. Las funciones del personal de apoyo de la Secretaria Técnica están descritas en el acta de la sesión N° 4063 de 7 de julio del 2003.

La designación de la persona encargada de esa Unidad corresponderá a la Junta Directiva. En caso de ausencia o incapacidad de dicho Secretario Técnico, la Junta Directiva podrá designar un suplente. El Presidente Ejecutivo tendrá a su cargo la supervisión directa de la Unidad de la Secretaria Técnica de la Junta Directiva. En caso de ausencia del Presidente Ejecutivo, el Vicepresidente de la Junta Directiva tendrá a su cargo la supervisión directa de la Unidad de Secretaría Técnica.

Lic. Bernardo Benavides Benavides, Secretario Técnico Junta Directiva.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00130.—(IN2013025324).

INSTITUCIONES DESCETRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

DIRECCIÓN DE BIENES TEMPORALES

El Banco Nacional de Costa Rica comunica a las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del Reglamento sobre la distribución de utilidades por la venta de bienes adjudicados (Artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días hábiles, deberán presentar a través de sus representantes legales formal solicitud ante la oficina del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en agencia o sucursal de Turrialba, sita en la provincia de Cartago, cantón Turrialba, distrito Turrialba, avenida Monge Dumani y adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de la obligación y el saldo adeudado del señor Julio César Quesada Sánchez, cédula 3-0430-0366.

Proveeduría General.—Lic. Douglas Noguera P.—1 vez.—O.C. N° 513701.—Solicitud N° 925-00148.—(IN2013024515).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ORI-794-2013.—Villalobos Chacón María del Carmen, costarricense, cédula 6-0171-0219, ha solicitado reposición del título de Licenciada en Trabajo Social. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los cinco días del mes de marzo del dos mil trece.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—RP2013346692.—(IN2013025794).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

CONSEJO DIRECTIVO

Considerando:

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del I.C.E., Nº 6313 del 4 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 3 de mayo de 1995 y la Ley N° 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad requiere el cambio de condiciones, necesarios para la Línea de Transmisión Arenal-Ciudad Quesada, en finca inscrita en el Registro Público matrícula Folio Real N° 2-351714-000, ubicada en el partido segundo Alajuela, cantón décimo San Carlos, distrito primero Quesada, el inmueble se ubica 1,5 km norte del Hospital de Ciudad Quesada.

El inmueble es propiedad de La Leila de San Carlos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-044452, cuyo representante legal con cargo de presidente es el señor Carlos Manuel Solís Rodríguez, cédula de identidad N° 2-0286-0567, mayor, vecino de San Roque de San Carlos, 100 metros al este y 50 metros al norte del Liceo de San Carlos, casa a mano izquierda, cerca de amapola, donde hay una cancha de tenis.

La naturaleza del terreno es de repasto y montaña, plano catastrado no se indica; linda: al norte, Juan Ramón Solís; al sur, Inversiones Liba S. A. y otro; al este, Inversiones Liba S. A., y al oeste, Carretera Nacional, mide: doscientos setenta mil trescientos cincuenta y tres metros con un decímetros cuadrados.

A solicitud de Notariado-Expropiaciones del I.C.E., este cambio de condiciones, fue valorado en la suma de ¢5.546.744,35 (cinco millones quinientos cuarenta y seis mil setecientos cuarenta y cuatro colones con treinta y cinco céntimos), según avalúo administrativo N° 1032-2012.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como el cambio de condiciones, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979 y supletoriamente la Ley N° 7495, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto:

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢5.546.744,35 (cinco millones quinientos cuarenta y seis mil setecientos cuarenta y cuatro colones con treinta y cinco céntimos), según avalúo administrativo N° 1032-2012 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado por el propietario, exprópiese el cambio de condiciones, en propiedad de La Leila de San Carlos S. A., en finca inscrita en el Registro Público matrícula Folio Real N° 2-351714-000, ubicada en el partido segundo Alajuela, cantón décimo San Carlos, distrito primero Quesada, el inmueble se ubica 1,5 km norte del Hospital de Ciudad Quesada.

La entrada a la propiedad se encuentra aproximadamente 1,5 km al norte del Hospital de San Carlos. La propiedad cuenta con 237,52 metros a calle pública, esta vía es asfaltada y está definida como la ruta Nº 141.

La finca cuenta en su frente con una vivienda de madera y de avanzada edad, asimismo la propiedad se dedica a la producción de leche, existiendo una lechería a unos 100 metros de la entrada principal, para posteriormente observase secciones con potrero y secciones con cobertura boscosa.

Esta finca cuenta con un camino interno en calzada de tierra, que da acceso a los diferentes puntos del inmueble, posee forma alargada, empezando en la colindancia con la vía pública y terminando en las cercanías del río Platanares. Las cercas son de alambre de púas soportadas en postería mixtas. El terreno tiene una cabida de 30,664587 ha, según plano catastrado Nº A-693080-2001, área que difiere de la registral. La finca cuenta con todos los servicios públicos del sector.

La propiedad es cruzada por la L. T. Arenal-Ciudad Quesada, en dirección noroeste-sureste, en ella está establecida una torre definida como la Nº 48, con ubicación en coordenadas CRTM05: Longitud 452 475 y Latitud 1 145 456.

El inmueble es atravesado en su sector oeste, por la Línea de transmisión mencionada (Arenal-Ciudad Quesada), en un trayecto de 236,00 metros, existe también 1 torre, numerada como la Nº 48.

El Instituto Costarricense de Electricidad cambiará las condiciones que existen sobre la franja de servidumbre, ampliando de esta forma las condiciones que existen sobre la servidumbre.

La Línea de Transmisión posee un derecho de servidumbre el cual tiene una longitud total sobre la línea de centro de 236,00 metros, con un ancho de 20 metros, para cubrir un área de afectación de 4 720, m², la cual corresponde al 1,75% del área total de la finca. La servidumbre tiene un azimut de 149º 17’ 33”. En el punto definido por las coordenadas, longitud 452 475 y latitud 1 145 456, se presenta establecida una torre Nº 48.

La servidumbre atraviesa la finca con una orientación de noroeste a sureste; ingresa por la colindancia norte, desplazándose sobre la línea de centro, una distancia aproximada de 236,00 metros con un azimut de 149º17’33”, hasta salir en el sector sur del inmueble en la colindancia con Inversiones Liba. La zona que cubre la franja se encuentra en estado de potrero, la servidumbre no afecta construcciones.

Los linderos de la servidumbre son al norte, Miguel Castro Esquivel, Franklin Arias Varela, Jorge Salas Villalobos; al sur, Inversiones Liba S. A.; al este, La Leila de San Carlos S. A., y al oeste, La Leila de San Carlos S. A.

Dentro de las limitaciones sobre la franja de servidumbre; por razones de seguridad; y requerimientos de operación o mantenimiento, dentro de la franja de servidumbre se prohíben las siguientes actividades:

Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.

No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia.

Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o de contingencia.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al I.C.E. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada y supletoriamente la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995.

3º—Que el cambio de condiciones se inscriba a favor del Instituto Costarricense de Electricidad, en la finca inscrita en el partido de Guanacaste, matrícula número cero treinta y cinco mil ochocientos catorce-cero cero cero, cuya naturaleza es terreno de potrero, en el distrito cuatro Santa Rosa, cantón octavo Tilarán, de la provincia de Guanacaste; mide: trescientos veintiún mil novecientos veintinueve metros con sesenta y tres decímetros cuadrados, y linda: al norte, carretera Tilarán Cañas 187 metros 39 centímetros; al sur, río Santa Rosa; al este, quebrada Azul y otro, y al oeste, Alfonso Chavarría Vargas; plano catastrado: no se indica. Y en contra de la finca matrícula Folio Real N° 2-351714-000, propiedad de La Leila de San Carlos S. A., avalúo N° 1032-2012.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión N° 6030 del 3 de abril del 2013.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 17 de abril del 2013.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—O. C. Nº 3137.—Solicitud Nº 815-00066-DJI.—(IN2013025313).

Considerando:

Según sesión N° 6032 del 10 de abril del 2013, se modifica el acuerdo expropiatorio de la sesión N° 5851 del 11 de noviembre del 2008, publicado en La Gaceta Nº 27 del lunes 9 de febrero del 2009, aclarando: que en la finca matrícula N° 5-34052-A-000, originalmente valorada según avalúo N° 0481-2008, se establece servidumbre y cinco sitios de torre, los cuales se describen de la siguiente manera: “Que cada sitio de torre está dentro de la franja de servidumbre donde limita por los cuatro puntos cardinales con la misma, la cual le pertenece a Totora de Guanacaste S. A., las torres no llevan cimientos, están sentadas sobre una platina pequeña y con una cama de lastre compactado. El área marcada en el fondo de las patas de la torre (enterradas). Donde las dimensiones y área de cada sitio de torre es de: Torre número uno, de doce metros por doce metros para un área de ciento cuarenta y cuatro metros cuadrados. Torre número dos, de doce metros por doce metros para un área de ciento cuarenta y cuatro metros cuadrados. Torre número tres, de ocho metros por ocho metros para un área de sesenta y cuatro metros cuadrados. Torre número cuatro, de doce metros por doce metros para un área de ciento cuarenta y cuatro metros cuadrados. Torre número cinco, de ocho metros por ocho metros para un área de sesenta y cuatro metros cuadrados. Correspondiente a un área total de los cinco sitios de torre de quinientos sesenta metros cuadrados y un monto indemnizado de ¢1.000.000,00. Que en la indemnización de la servidumbre según el avalúo administrativo, no se restó al área de los sitios de torre. Que las limitaciones sobre la franja de servidumbre aplican igualmente a los sitios de torre, ya que esta porción de terreno se encuentra inmerso en la servidumbre y sirve para la estructura de soporte de los conductores. Ubicación de las torres según servidumbre: la franja de servidumbre tiene una forma irregular, ingresa al inmueble por la colindancia norte con la propiedad de Inversiones El Gamonal S. A., con un azimut de 160º 06’ 48”, hasta llegar al PI 4 o torre Nº 5, ubicado a una distancia de aproximadamente 21,0 metros de esta colindancia. Posteriormente la servidumbre cambia de dirección y continúa con un azimut de 160º 34’ 11”, pasando por un cañón cuya topografía es quebrada con pendientes mayores al 40%, hasta llegar al PI 3 o torre Nº 4, ubicado a una distancia de 358,6 metros de la torre anterior, en este punto cambia de dirección a un azimut de 154º 24’ 13”, recorriendo sobre pastos natural y bosque en recuperación, además cruza el cañón del río Liberia cuya topografía es quebrada con pendientes mayores al 40%, hasta llegar al sitio de torre Nº 3, ubicado a una distancia de 440,47 metros de la torre Nº 4, luego continúa con el mismo azimut sobre una topografía plana ondulada con una pendiente promedio de aproximadamente 15%, sobre pasto natural, bosque en recuperación y tacotal, hasta salir a la calle pública en medio del sector B. Servidumbre por el sector B: La franja de servidumbre tiene una forma irregular, ingresa a este sector por la colindancia norte con la calle pública en medio del sector A, con un azimut de 154º 24’ 13” hasta llegar al PI2 o torre Nº 2, el cual se localiza a una distancia aproximada de 24,0 metros de la calle pública, en este sitio cambia de dirección a un azimut de 165º 01’ 38”, la distancia entre la torre Nº 1 (o torre Nº 52) y la torre Nº 2 es de 353,33 metros”. Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 17 de abril del 2013.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—O. C. Nº 3137.—Solicitud Nº 815-00065-DJI.—(IN2013025322).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A quien interese, se le comunica la resolución administrativa de las ocho horas del veintiséis de junio de dos mil doce, que se declara en estado de abandono administrativo de las personas menores de edad Josué David y Jonathan Raúl Castillo Campos, y se deposita al joven Jhonathan Raúl Castillo Campos en el hogar de la señora Mileydy Chavarría Campos. El joven Josué David Castillo Campos, se ordena el depósito en el Patronato Nacional de la Infancia. Recurso: procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro del tercer día siguiente a la tercera publicación de este edicto. Expediente PANI: 111-03810-87.—Oficina Local de Alajuelita, abril del 2013.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 35921.—Solicitud Nº 61452.—C-9920.—(IN2013025251).

Oficina Local Heredia Norte. Al señor César Augusto Fernández Dejo de nacionalidad peruana, calidades y domicilio desconocidos por esta oficina, se le comunica la resolución de las nueve horas del nueve de abril de dos mil trece, que ordenó inicio de proceso especial de protección y dicta además cuido provisional a favor de la joven Ana Lucía Fernández Morante, ubicándola en un recurso comunal mientras se realiza el abordaje en área psicosocial y se define su condición socio-legal por un plazo de seis meses prorrogables judicialmente. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después-de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente 431-00034-2013.—Oficina Local Heredia Norte.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35921.—Solicitud Nº 61452.—C-12540.—(IN2013025254).

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

ÁREA DE ESTADÍSTICAS CONTINUAS

UNIDAD ÍNDICES DE PRECIOS

El Instituto Nacional de Estadística y Censos, avisa que los Índices de Precios de la Construcción base febrero 2012, correspondientes al mes de marzo del 2013, son los siguientes:

                                                                                                      Variación

                                                                 Índice            Índice      porcentual

                                                           Febrero 2013 Marzo 2013   mensual

                                                                                                                    

Índice de precios de edificios                100,854        100,616         - 0,24

Índice de precios de vivienda

de interés social                                     102,742        102,670         - 0,07  

Índices de precios de insumos

y servicios especiales

Índice de precios de costo de posesión

de maquinaria y equipo                           99,979          99,604         - 0,37

Índice de precios de repuestos                97,361          97,133         - 0,23

Índice de precios de llantas                     94,632          94,655           0,02

Índice de precios de combustibles         110,779        113,858           2,78

Índice de precios de lubricantes            103,709        103,709           0,00

Índice de precios de asfálticos               103,003        103,400           0,39

Índice de precios de cemento pórtland  109,377        109,308         - 0,06

Índice de precios de adquisición de áridos 101,190      95,239         - 5,88

Índice de precios de encofrados              97,066          96,839         - 0,23

Índice de precios de tuberías de plástico 114,757        114,757           0,00

Índice de precios de tuberías de concreto 100,000      100,000           0,00

                                                                                                      Variación

                                                                 Índice            Índice      porcentual

                                                           Febrero 2013 Marzo 2013   mensual

                                                                                                                    

Índice de precios de hierro fundido         99,014          99,014           0,00

Índice de precios de hierro dúctil          102,489        102,489           0,00

Índice de precios de acero de refuerzo  100,000        100,000           0,00

Índice de precios de acero estructural      93,958          93,958           0,00

Índice de precios de acero estructural

de importación                                       92,094          89,491         - 2,83

Índice de precios de cable eléctrico         96,634          98,121           1,54

Índice de precios de señalización

y demarcación vial                                 96,348          96,168         - 0,19

Índice de precios de explosivos              98,135         98,135           0,00  

Floribel Méndez Fonseca, Gerente.—1 vez.—O. C. Nº 3739.—Solicitud Nº 111-211-00017.—(IN2013025327).

AVISOS

INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS

DE COSTA RICA

Somete a consulta pública los siguientes proyectos de norma:

PN INTE 16-04-07:2013 “Método de ensayo normalizado para determinar las propiedades de flexión de plásticos reforzados, no reforzados y de materiales aislantes eléctricos.” (Correspondencia: ASTM D 790).

PN INTE 06-02-42:2013 “Métodos de ensayo para determinar la resistencia de las juntas de mampostería” (Correspondencia: ASTM C 1357).

PN INTE 16-11-01:2013 “Tuberías de concreto reforzado para alcantarillado. “ (Correspondencia: ASTM C 76).

Se recibirán observaciones durante los siguientes 60 días naturales después de la publicación del presente aviso.

Para mayor información, comuníquese con la Dirección de Normalización con los ingenieros Felipe Calvo o César Rosales al teléfono 2283-4522 o a los correos fcalvo@inteco.or.cr o crosales@inteco.or.cr

Mauricio Céspedes Mirabelli, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2013025655).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

DEPARTAMENTO DE PATENTES

EDICTO

N° 016-2013.—Para los fines consiguientes el Departamento de Patentes de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que Murillo Durán Rosa María, cédula de identidad N° 02-0344-0308, ha presentado solicitud de traspaso de licencia comercial Nº 8271, a nombre de Hernández Simonea Omar, cédula N° 4-0216-0353. La Municipalidad de Montes de Oca, otorga ocho días naturales de plazo a partir de esta publicación para presentar objeciones.

San Pedro de Montes de Oca, 17 de abril del 2013.—Lilliana Barrantes E., Jefa Patentes.—Melania Solano Coto.—1 vez.—RP2013346738.—(IN2013025797).

AVISOS

CONVOCATORIAS

COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA

La Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica comunica: en sesión ordinaria del 10 de abril de 2013, acordó convocar a asamblea general extraordinaria el miércoles 15 de mayo de 2013, a las 7 pm en primera convocatoria y en caso de no haber quórum en segunda convocatoria para el jueves 23 de mayo de 2013 a las 7:00 pm en la sede central de este colegio ubicado en Sabana Sur, 50 metros este del Ministerio de Agricultura y Ganadería, con el fin de conocer la siguiente agenda:

Punto único: Informe sobre la resolución del Tribunal de Apelaciones del Contencioso Administrativo respecto a los permisos para los miembros del Colegio de Médicos y Cirujanos y toma de decisiones al respecto.

Dr. Marino Ramírez Carranza, Presidente.—1 vez.—(IN2013025323).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CARIARI COUNTRY CLUB S. A.

Para efectos de reposición, yo Luis Fernando Sáenz Sibaja, cédula de identidad Nº 102620542, en mi condición de propietario de la acción y título Nº 1654, hago constar que he solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A., hoy Cariari Country Club S. A., la reposición de los mismos por haberse extraviado. Por término de la ley, se atenderán oposiciones en el Departamento de Secretaría de Junta Directiva, en Cariari Country Club S. A., San Antonio de Belén, Heredia, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición.—Luis Fernando Sáenz Sibaja, Propietario.—RP2013346038.—(IN2013024370).

HARSCO INFRAESTRUCTURA COSTA RICA S. A.

De conformidad con el establecido en artículo 708 y 709 del Código de Comercio, Harsco Infraestructura Costa Rica S. A., comunica el extravío del pagaré Nº 023 por la suma de US$196.000,00 (ciento noventa y seis mil dólares con 00/100), el cual devenga intereses corrientes del 17.26% anual, intereses moratorios equivalente a la tasa de interés corriente más 30% anual de esa tasa de interés corriente más 30% anual de esa tasa corriente, con vencimiento el 10 de noviembre del 2012 prorrogado al 10 de noviembre del 2013, posee fianza subsidiaria de Desarrollos Construcción e Ingeniería Decisa S. A., y fue emitido el 29 de abril del 2010 por Scotiabank de Costa Rica S. A., en su condición de Fiduciario del Fideicomiso de Emisión Privada de deuda dos millones cuatrocientos-dos mil nueve a favor de Harsco Infraestructura Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-070401, quien manifiesta no haberlo endosado a favor de una tercera persona.—Esteban Pacheco Guier, Gerente Financiero.—(IN2013025191).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del doce de abril del dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Río Montaña Azul C.R.C. Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y seis mil ochocientos quince, mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos referente al capital social en disminución, la cual dice así: cláusula quinta: del capital social: El capital social de la compañía es la suma de noventa y seis millones setecientos noventa y tres mil colones, representado por noventa y seis mil setecientos noventa y tres acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, capital social que se encuentra totalmente suscrito y pagado. Es todo.—San José, doce de abril del dos mil trece.—Lic. Vivian Marcela Jiménez Quesada, Notaria.—RP2013346183.—(IN2013024643).

La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del doce de abril del dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Transportes y Envíos Farmacéuticos del Escalante Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta mil ochocientos once, mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos referente al capital social en disminución, la cual dice así: cláusula quinta: del capital social: el capital social de la compañía es la suma de diecinueve millones doscientos ochenta y un mil colones, representado por diecinueve mil doscientos ochenta y un acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, capital social que se encuentra totalmente suscrito y pagado. Es todo.—San José, doce de abril del dos mil trece.—Lic. Vivian Marcela Jiménez Quesada, Notaria.—RP2013346184.—(IN2013024644).

La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del doce de abril del dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Fesur C.R.C. Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y seis mil ochocientos diecisiete, mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos referente al capital social en disminución, la cual dice así: cláusula quinta: del capital social: el capital social de la compañía es la suma de ochenta mil ciento cuarenta y seis colones, representado por ochenta millones ciento cuarenta y seis acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, capital social que se encuentra totalmente suscrito y pagado. Es todo.—San José, doce de abril del dos mil trece.—Lic. Vivian Marcela Jiménez Quesada, Notaria.—RP2013346185.—(IN2013024645).

Inmobiliaria Improsa Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-trescientos cuarenta y un mil setecientos setenta y uno, se reforma la cláusula sétima: Los negocios sociales son administrados por una junta directiva integrada por seis miembros en propiedad que pueden o no ser accionistas que serán: presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, un vocal I y un vocal II. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad la ostentará el presidente de la compañía con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y la cláusula quinta: quinta: del capital social: el capital social de la compañía es la suma de dos mil veinticinco millones trescientos cinco mil dos colones exactos, representando por dos mil veinticinco millones trescientos cinco mil dos acciones comunes y nominativas de un colón cada una.—San José, 13 de abril del 2013.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—RP2013346230.—(IN2013024646).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

CONDOMINIO VERTICAL RESIDENCIAL PRISMA

Condominio Vertical Residencial Prisma, cédula 3-109-330229, solicita al Departamento de Propiedad en Condominio del Registro Nacional la reposición por extravío de los libros Actas de Asamblea, Caja y Junta Directiva. Se cita a interesados a manifestar oposiciones a dicho departamento en los 8 días siguientes a la publicación en La Gaceta.—Lic. María José Yglesias Ramos, Notaria.—RP2013346552.—(IN2013025414).

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA

Por medio de la presente la Universidad Latina de Costa Rica certifica que, ante este Registro, se ha presentado solicitud de reposición del título de Maestría en Administración de Negocios con énfasis en Dirección Empresarial, emitido por la Universidad Latina de Costa Rica a nombre de Rogelio José Vargas Baldares, cédula Nº 108630538. Se solicita la reposición por motivo de extravío del original. Se publica éste edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar de la fecha.—San José, 22 de marzo del 2013.—Ana Cecilia Allen Flores, Directora de Registro.—Elena Román Vásquez, confeccionó.—RP2013346740.—(IN2013025795).

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS

RÉGIMEN DE MUTUALIDAD

El Régimen de Mutualidad, CFIA, cédula jurídica 3-007-051185, informa al público y comercio en general el extravío del recibo de dinero N° 0500, a nombre de Régimen de Mutualidad - INTUS, dando a conocer que el Régimen no se hace responsable del uso que terceros le den.—San José, 18 de abril del 2013.—Ing. Rolando Quesada Víquez, Gerente.—RP2013346712.—(IN2013025796).

SHOP UNDERGROUND SOCIEDAD

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

La suscrita, Vanessa Carmona, con un único apellido en razón de su nacionalidad francesa, mayor, soltera, comerciante, vecina de Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, del Gimnasio de Tamarindo, doscientos metros al sur, casa turquesa luna, antiguamente portadora del pasaporte de su país número cero cinco R F dos ocho seis nueve siete y actualmente portadora del pasaporte número uno uno A A siete dos seis nueve dos, actuando en mi condición de en su condición de gerente de la sociedad: Shop Underground Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica N° 3-102-552630, por este medio hacemos constar a cualquier tercero interesado que en vista de los libros de la sociedad: a) Actas de Asamblea de Cuotistas; b) Registro de Cuotistas; c) Mayor; f) Inventario, y g) Balances; fueron extraviados, hemos procedido a reponer los mismos. Se emplaza a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el domicilio de la sociedad.—San José, 16 de abril del 2013.—Vanessa Carmona, Gerente.—RP2013346725.—(IN2013025799).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

ASOCIACIÓN WIDER CARIBBEAN SEA TURTLE

CONSERVATION NETWORK

Yo, Didhier Chacón Chaverri, cédula número 4-0136-0865, en mi calidad de Presidente de la Asociación Wider Caribbean Sea Turtle Conservation Network (Red Regional para la Conservación de las Tortugas Marinas del Gran Caribe), cédula jurídica 3-002-495589, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición del libro de Actas de Asamblea General número uno, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—8 de abril de 2013.—Didhier Chacón Chaverri.—1 vez.—RP2013346602.—(IN2013025413).

ARIMACA SOCIEDAD ANÓNIMA

Arimaca Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica 3-101-15352, requiere la reposición de los siguientes libros: Asamblea General, Junta Directiva, Registro de Socios, Mayor, Diario e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro Nacional dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Berta Eugenia Echeverría Pacheco, cédula 3-0146-0110.—1 vez.—(IN2013025592).

ACOLEGIO DE INGENIEROS QUÍMICOS

Y PROFESIONALES AFINES

INGENIEROS QUÍMICOS/ INGENIEROS EN METALURGIA

/INGENIEROS EN MATERIALES Y CIENCIA DE LOS

MATERIALES/TECNÓLOGOS EN ALIMENTOS

/INGENIEROS EN MADERAS

En atención al acuerdo de la Asamblea General Ordinaria 01-2013 Primera Parte celebrada el pasado 22 de marzo del 2013 y ratificado por Acuerdo de Junta Directiva Ordinaria Nº 13-2013, se comunica la modificación del costo de tarifas por refrendos, certificaciones, constancias y refrendo de planos, según el siguiente cuadro:

TARIFAS, COSTOS Y HONORARIOS, SEGÚN REGLAMENTO, ACUERDO DE

ASAMBLEA GENERAL Y ACUERDO DE JUNTA DIRECTIVA

EXTRAORDINARIA 01-2013

COSTO TARIFA U HONORARIO

A aplicar 5 de abril 2013

AJUSTE

Costo Colegiatura

5.500,00

Semestral

Costo de Evaluación Profesional (examen Colegiatura)

22.100,00

Semestral

Costo  curso ética profesional

11.100,00

Semestral

Costo curso de leyes y reglamentos

11.100,00

Semestral

Costo por tramite de acreditación profesional

60.000,00

Semestral

Costo por acreditación de especialidad

44.200,00

Semestral

Costo por refrendo de diagramas de flujo (artículo 219 industrias en operación e inciso a del artículo)

2.000,00

Ajuste por asamblea general

Costo por refrendo de planos (artículo 219, incisos b y c)

 

Semestral

  - 0 a 10.000.00 US$

14.700,00

Semestral

  -10.000.00 a 50.000.00 US$

0,20%

Reglamento

  -más de 50.000.00 US$

0,18%

Reglamento

Nota. El costo es la suma de los tres tractos

 

 

Costo por refrendo  de registro de productos

2.000,00

ajuste por Asamblea General

Costo por refrendo  ficha de transporte

2.500,00

ajuste por Asamblea General

Costo certificaciones y constancias

2.500,00

ajuste por Asamblea General

Costo de inscripción de laboratorios

11.100,00

Semestral

Costo de inscripción oficinas de diseño (1 a 3 personas)

7.400,00

Semestral

Costo de inscripción oficinas de diseño (4 o más personas)

14.700,00

Semestral

Costo de inscripción como regente  o renovación anual

22.100,00

Semestral

Costo cuaderno de bitácora

16.200,00

Semestral

Costo permiso de ejercicio profesional a graduados con juramentación pendiente

18.400,00

Semestral

Costo permiso de ejercicio profesional a profesionales extranjeros (máx. 1 año)

147.400,00

Semestral

Costo por no asistir a Asambleas Generales

7.400,00

Semestral

Costo por servicios profesionales

 

Semestral

    - hora mensual

43.600,00

Semestral

   - hora reloj

10.000,00

Semestral

   - Como consultor   independiente

18.400,00

Semestral

   - Como regente externo (hora mensual)

47.900,00

Semestral

levantamiento de diagramas de flujo (mínimo)

368.600,00

Semestral

Costo curso de regencias a profesionales incorporados

18.400,00

Semestral

Cuota del Fondo mutualidad y subsidio

3.700,00

Semestral

 

Ing. José Rafael Navarro Segura, Director Administrativo.—1 vez.—(IN2013025639).

Mediante escritura de las doce horas del día doce de abril del dos mil trece otorgada ante esta notaría, se constituye la sociedad Grupo Pilares del Futuro Visón Dos Mil Trece Sociedad Anónima. Capital social ciento veinte mil colones. La representación corresponde al presidente, secretario y tesorero.—San José, 12 de abril del 2013.—Lic. Deiby Gutiérrez Atencio, Notario.—1 vez.—RP2013346253.—(IN2013024722).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 16 de abril de 2013, se reforman estatutos de Rach Dos Mil S. A. Cláusula administrativa: Presidente, secretario y tesorero, se nombra presidente al señor Sankarshan Das (nombre) Maharaj Debi (apellidos).—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—RP2013346254.—(IN2013024723).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 9:45 horas del trece de abril del dos mil trece, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Networking Capital Sociedad Anónima, por medio de la cual se modificó el domicilio social-cláusula segunda, y la representación y facultades-cláusula octava.—San José, 13 de abril del 2013.—Lic. Paul Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—RP2013346256.—(IN2013024724).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del diecinueve de marzo del dos mil trece, se constituye Impopartes y Vehículos Modernos Sociedad Anónima, plazo social 99 años, capital social de diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente: Shlomo Attas.—Lic. Heiner Alberto Lemaitre Zamora, Notario.—1 vez.—RP2013346257.—(IN2013024725).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Ilan Ilan Rental Limitada. Domicilio, Puntarenas, Golfito. Gerentes, apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintiuno de febrero del dos mil trece.—Lic. Bernal Castro Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2013346260.—(IN2013024726).

Constitución de la sociedad Inversiones Vachalex S. A., con domicilio en San José, Curridabat, Barrio San José, cuatrocientos metros norte de la entrada de Sherwin Williams, celebrada a las trece horas del tres de abril del año dos mil trece.—San José, 15 de abril del 2013.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2013346263.—(IN2013024727).

Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las 8:00 horas del 16 de abril del año 2013, se protocolizan acuerdos de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad de esta plaza J.G. Inversiones S. A., cédula jurídica número 3-101-110319, mediante los cuales se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo, se realiza un aumento de capital de la sociedad.—Cartago, 16 de abril del 2013.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2013346268.—(IN2013024728).

Por escritura otorgada ante mi notaría, número ciento doce, de las nueve horas del dieciséis de abril del año 2013, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Dentales Mouse S. A., domiciliada: Cartago, Barrio El Molino, objeto: comercio en general. Capital social: ¢100.000,00 colones exactos, plazo social: 99 años; presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, 16 de abril del 2013.—Lic. Jimmy González G., Notario.—1 vez.—RP2013346269.—(IN2013024729).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, el día dieciséis de abril del dos mil trece, de la Compañía Madera Clara Uno S. A., se modifica la cláusula sétima. Corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de la compañía.—San José, dieciséis de abril del dos mil trece.—Lic. Juan Delgado Hernández, Notario.—1 vez.—RP2013346270.—(IN2013024730).

Mediante escritura otorgada, en San Rafael de Heredia, a las 14:00 horas del 14 de abril del año 2013, Mariela Blanco Olivares y Eduardo Arturo Mora Chacón, constituyeron la sociedad anónima que se denominará Total Clean Service B & M S. A., domicilio social: Heredia, San Rafael, Santiago, Condominio Portón del Valle, casa número uno. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Presidenta: Mariela Blanco Olivares.—San Rafael de Heredia, 16 de abril del 2013.—Lic. Guillermo Miranda Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2013346271.—(IN2013024731).

Ante esta notaría han comparecido Erick Ulloa Castro y Wendy González Jiménez, a constituir la sociedad denominada Wed Servicios Empresariales Sociedad Anónima, capital social: mil colones; plazo social: noventa y nueve años; representación conjunta del presidente y tesorero, presidente: Erick Ulloa Castro.—5 de abril del 2013.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—RP2013346273.—(IN2013024732).

Por escritura otorgada, en esta ciudad y notaría, a las diez horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general de Hacienda Río Chico S. A., celebrada en San José, a las nueve horas y treinta minutos del primero de abril en curso, mediante la cual fueron reformadas las cláusulas cuarta, sexta y octava del pacto social, se designaron presidente, tesorero, fiscal y agente residente, y se tomaron otros acuerdos.—San José, 16 de abril del 2013.—Lic. Luis Diego Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—RP2013346274.—(IN2013024733).

Por escritura otorgada, en esta ciudad y notaría, a las nueve horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general de Giacomin S. A., celebrada en San Pedro de Montes de Oca, a las nueve horas del primero de abril en curso, mediante la cual fueron reformadas las cláusulas segunda, octava y décima del pacto social, se designaron tesorero, fiscal y agente residente, y se tomaron otros acuerdos.—San José, 16 de abril del 2013.—Lic. Luis Diego Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—RP2013346276.—(IN2013024734).

Por escritura pública otorgada, ante esta notaría, a las trece horas del día dos de abril del año dos mil trece, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad A Lifestyle Of Worship Sociedad Anónima, en su domicilio social donde se acuerda la disolución de la sociedad. Es todo.—Dos de abril del dos mil trece.—Lic. Roberto Araya Lao, Notario.—1 vez.—RP2013346277.—(IN201324735).

Ante mí, William Cordero Navarro, notario público con oficina en Quebradilla de Cartago, por escritura pública se constituyó la sociedad denominada Cealpi De Cartago Sociedad Anónima, el día once de abril del dos mil trece, con un capital social de cuarenta mil colones exactos. Que el presidente y secretario de la entidad tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Quebradilla de Cartago, 1l de abril del 2013.—Lic. William Cordero Navarro, Notario.—1 vez.—RP2013346279.—(IN2013024736).

Por escritura pública número cuarenta y dos-uno, se reformó la cláusula novena del pacto constitutivo de la sociedad Café Aromático de San Isidro S. A., de igual manera se nombra nueva junta directiva en la misma sociedad.—Martes, 16 de abril del año 2013.—Lic. Irene Tamayo Gallardo, Notaria.—1 vez.—RP2013346281.—(IN2013024737).

Ante esta notaría, se procede a la protocolización de actas de reforma de la cláusula de la administración de las sociedades Pascualino de San Juan Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y nueve y Tres-Ciento Uno-Cinco Nueve Nueve Seis Uno Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno-cinco nueve nueve seis uno ocho.—San José, 16 de abril del 2013.—Lic. Óscar Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2013346294.—(IN2013024738).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 1° de marzo del 2013, se acuerda disolución de Fitotec S. A.Lic. Ignacio Herrero Knöhr, Notario.—1 vez.—RP2013346295.—(IN2013024739).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del 14 de marzo del 2013, se acuerda disolución de Humus para la Agricultura H P A S. A.Lic. Ignacio Herrero Knöhr, Notario.—1 vez.—RP2013346297.—(IN2013024740).

Por escritura otorgada, por el suscrito notario a las 17:00 horas del 14 de marzo del 2013; se protocolizó acta de asamblea de socios de: Brimava Importaciones S. A. se reforman las cláusulas primera y segunda del estatuto. Se nombran nuevos presidente y secretario.—San José, 3 de abril del 2013.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2013346302.—(IN2013024741).

Olga Michelle Mora Jiménez, Fiorella Mora Jiménez y Andrea Mora Marín, constituyen sociedad denominada Soluciones Frescas Corp, S. A., representación: presidente del consejo de administración. Escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del 15 de abril del 2013.—Lic. Grace María Sánchez Granados, Notaria.—1 vez.—RP2013346315.—(IN201324742).

Por escritura número cuarenta y dos - uno, otorgada ante los notarios Marcela María Alfaro Orozco y Mario Quesada Bianchini, a las once horas treinta minutos del doce de abril del dos mil trece, se reformó la cláusula sexta de la sociedad Talasa Indigo S. A., cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - cuatrocientos ochenta y nueve mil novecientos cuarenta y nueve.—San José, doce de abril del dos mil trece.—Lic. Marcela María Alfaro Orozco, Notaria.—1 vez.—(IN2013024860).

Que mediante asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Light Speed Arquitecture S. A., celebrada en su domicilio social a las 8:00 horas del día veintitrés de marzo del 2013, se acordó modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 17 de abril del 2013.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2013024869).

Que mediante asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Coco Plaza Setrenta y Dos Azulejo V S. A., celebrada en su domicilio social a las 14:00 horas del día doce de febrero del 2013, se acordó modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 17 de abril del 2013.—Lic. Pablo Ugalde Argüello, Notario.—1 vez.—(IN2013024870).

Mediante escritura número 344 otorgada ante ésta notaría, a las 9:00 horas del 12 de abril del 2013, se constituyó la sociedad denominada Ingenio y Acción Sociedad Anónima. Presidente: Manuel Eduardo Miranda Blanco, cédula 8-073-150. Es todo.—San José, 15 de abril del 2013.—Lic. José Francisco Protti Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2013024879).

En escritura número 345 de ésta notaría a las 14:00 horas del 12 de abril del 2013, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas N° 2 de la entidad Ofiprinte Comercial MB S. A., cédula jurídica 3-101-67051, en la cual se reformaron los estatutos en su cláusula 7a, asimismo se procedió a nombrar nuevos miembros de junta directiva.—San José, 15 de abril del 2013.—Lic. José Francisco Protti Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2013024880).

Por escritura número doscientos cincuenta y dos-tres, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del quince de abril del dos mil trece, se constituye la sociedad anónima denominada FSR de la Montaña Sociedad Anónima. Presidente Dagoberto Solano Sanabria.—Lic. Leonel Antonio Cruz Valverde, Notario.—1 vez.—(IN201324884).

Por escritura pública número ciento treinta y uno de las nueve horas del día dieciséis de abril del dos mil trece, otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Berolis Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno-dieciséis mil ochocientos setenta y cuatro, mediante la cual se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo correspondiente a la administración.—San José, 16 de abril del 2013.—Lic. Raúl Alexander Camacho Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2013024908).

Por escritura pública número ciento treinta de las ocho horas del día dieciséis de abril del dos mil trece, otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Dam del Este Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno-ciento ochenta y tres mil cuatrocientos veinticinco, mediante la cual se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo correspondiente a la administración.—San José, 16 de abril del 2013.—Lic. Raúl Alexander Camacho Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2013024909).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad procedió a realizar cambio de junta directiva de la sociedad denominada Moto Decoración Fox Numero Dos S. A. Es todo.—San José, tres de octubre del dos mil doce.—Lic. Violeta Arguedas Molina, Notaria.—1 vez.—(IN2013024911).

Mediante escritura pública otorgada en San José, ante el notario público Eduardo Augusto Cordero Sibaja, a las 11:00 horas del día 2 de abril del año dos mil trece, se constituyó la sociedad Element Blue Latinamerica Sociedad Anónima.—San José, 17 de abril del año 2013.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—(IN2013024913).

El suscrito notario hace constar y da fe que: (i) mediante escritura pública número 67 otorgada ante mí a las 15:00 horas del día 16 de abril del 2013, se procedió a protocolizar acta de asamblea extraordinaria de cuotistas de la sociedad Lion King Casino Ltda., mediante la cual se procedió a modificar las cláusulas 1, 2, 6 del pacto constitutivo; y (ii) mediante escritura pública número 66 otorgada ante mí a las 13:00 horas del día 16 de abril del 2013, se procedió a protocolizar acta de asamblea extraordinaria de cuotistas de la sociedad Xian del Valle de Lindora Ltda., mediante la cual se procedió a modificar las cláusulas 1 y 2 del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 17 de abril de 2013.—Lic. Luis Felipe Martínez Obando, Notario.—1 vez.—(IN2013024918).

En escritura cincuenta y seis-tres otorgada ante la suscrita notaria, Lic. Mónica Arroyo Herrera, en Quepos, a las ocho horas del quince de abril del dos mil trece, se disolvió la persona jurídica denominada Rica Rent Natas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro ocho uno cuatro dos cero.—Quepos, a las ocho horas diez minutos del quince de abril del dos mil trece.—Lic. Mónica Arroyo Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN201324922).

En escritura cincuenta y tres-tres otorgada ante la suscrita notaria, Lic. Mónica Arroyo Herrera, en Alajuela, a las diecisiete horas treinta minutos del nueve de abril del dos mil trece, se nombró presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la Fundación el Puente Cristiano, cédula jurídica tres-cero cero seis-seis cinco uno uno siete nueve, a Anna Marie Slenk, por el resto del plazo social.—Alajuela, a las diecisiete horas cuarenta minutos del nueve de abril del dos mil trece.—Lic. Mónica Arroyo Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2013024923).

En mi notaría, el 17 de abril del 2013, se constituyó la sociedad anónima: Rodríguez Murillo S. A., presidenta: María Del Carmen Murillo Torres.—Alajuela, 17 de abril del 2013.—Lic. Lisseth Sánchez Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN201324926).

Ante esta notaría, en Alajuela al ser las dieciocho horas del diecinueve de marzo del dos mil trece, se reforma la cláusula novena de la sociedad Representaciones Comerciales Hebei Metals & Minerals Latín América Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica N° 3-101-588812. Es todo.—Alajuela, 16 de abril del 2013.—Lic. Ana Marcela Carrillo Moreno, Notaria.—1 vez.—(IN2013024927).

Por escritura otorgada a las diez horas del quince de abril del dos mil trece, ante esta notaría, se constituyó la sociedad Good Life Pura Vida S. A.San José, quince de abril del dos mil trece.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2013024950).

En la escritura otorgada por esta notaría se disuelve la Sociedad Sevilla Comercializadora de Seguros Sociedad Anónima.—San José, dieciséis de abril del año dos mil trece.—Lic. Linda Todd Lazo, Notaria.—1 vez.—(IN2013024954).

En escritura N° diez-catorce, otorgada a las 8:00 horas del 14 de marzo del 2012, tomo 8 del protocolo de esta notaría, se modifica la cláusula quinta de la sociedad Daystar Properties Management S. A.—San José, 14 de marzo del 2013.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2013024956).

Mediante escritura número ocho otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del diecisiete de abril del año dos mil trece, se protocolizó el acta de la Compañía Chulfo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seis cero tres ocho seis uno, por virtud de la cual se reforman las cláusulas segunda, octava y se nombra: presidente, secretario y tesorero.—Grecia, 17 de abril del 2013.—Lic. Carol Fabiola Murillo Araya, Notaria.—1 vez.—(IN2013024958).

Por escritura autorizada por el suscrito notario, a las once horas del dieciséis de abril de dos mil trece, se protocolizó acta de la sociedad tres ciento uno quinientos veinte mil cuatrocientos treinta y dos Sociedad Anónima, modificando la cláusula del domicilio y nombrando junta directiva.—San José, setiembre dieciséis de dos mil trece.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN201324965).

En escritura autorizada por la suscrita notaria a las diez horas del día once de febrero de dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de ADN Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se reformó la cláusula quinta.—San José, once de febrero del dos mil trece.—Lic. Lucrecia Agüero Guier, Notaria.—1 vez.—(IN201324966).

Que ante este notaría, mediante escritura pública otorgada a las 8:00 horas del dieciséis de abril del 2013, se modificó el pacto constitutivo de Villas Puestas del Sol Langosta Dos-B Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- trescientos cuarenta y cuatro mil seiscientos noventa y cinco.—Montes de Oca, San José, 17 de abril del 2013.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2013024973).

Ante esta notaría se procedió a protocolizar acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Baula Crema Thirty Seven de Playa Grande S. A., en donde se reforman las clausulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, dieciséis de abril del dos mil trece.—Lic. Steven Ferris Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2013024977).

Ante esta notaría, se procedió a protocolizar acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Baula Morada Thirty de Playa Grande S. A., en donde se reforman las clausulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, dieciséis de abril del dos mil trece.—Lic. Steven Ferris Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2013024978).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 24 de enero del 2013, se constituyó JL Industrial Supply Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: 99 años.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2013024983).

Por escritura otorgada el veintiséis de marzo de dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la Compañía American Leasing Corp Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos trece mil cuatrocientos quince. Por la que se nombra nueva junta directiva.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—(IN2013024985).

Por escritura número ciento noventa y siete, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del dieciséis de abril de dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Calzada Rojas Construcciones S. A., en donde se acordó modificar la cláusula del nombre y la cláusula de la administración.—San José, diecisiete de abril del año dos mil trece.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.—(IN2013024986).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del diecisiete de abril del dos mil trece, se modificó la cláusula sétima de la sociedad 3:16 Internacional Sociedad Anónima.—San José, 17 de abril del 2013.—Lic. Serguei Swirgsde González, Notario.—1 vez.—(IN2013024990).

Estudios y Programas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-037248, domiciliada en San José, reforma las cláusulas del domicilio del pacto social. Escritura otorgada en San José, a las 18:00 horas del 9 de abril del 2013.—Lic. Irina Castro Gamboa, Notaria.—1 vez.—(IN2013024993).

Mediante escritura número ciento cuarenta y cinco, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del quince de abril del año dos mil trece, la sociedad Lomas de Felton Sesenta y Tres S. A., reformó la cláusula del domicilio, y sus estatutos en lo referente a la administración, nombró presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, quince de abril del año dos mil trece.—Lic. María Jesús Tamayo Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2013024994).

En esta notaría, al ser las ocho horas del diecisiete de abril del dos mil trece, se constituyó la empresa denominada Fuente Encantada Limitada. Domicilio: San José, capital diez mil colones, gerente: Giovanni Dalla-Valle.—San José, diecisiete de abril del dos mil trece.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—(IN2013025006).

Por escritura de las doce horas del diecisiete de abril del 2013, se protocolizó acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de denominada Reconstructora de Bombas de Inyección Sociedad Anónima, cédula 3-101-600027, mediante la cual se reformó cláusula primera del pacto social para que en adelante se denomine Grupo Turbo-Diesel Sociedad Anónima.—Lic. María Esther Campos Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2013025014).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del cinco de abril del dos mil trece, Milena Pérez Vega, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la entidad Medco Tec Soluciones S. A., celebrada en su domicilio social a las quince horas del primero de abril del dos mil trece, donde se modificaron cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y se nombró nuevo fiscal.—Alajuela, ocho horas del diecisiete de abril del dos mil trece.—Lic. Rodrigo Chacón Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2013025016).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, el 15-04-2013, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Health Facilitators International Sociedad Anónima, entidad con cédula de persona jurídica número: 3-101-407387, donde se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—Tilarán, 15 de abril del 2013.—Lic. Gustavo Adolfo Wattson Gómez, Notario.—1 vez.—RP2013346336.—(IN2013025094).

Ante mi notaría, a las 15:00 horas del 15 de abril del año 2013, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero de la empresa: Sitio de Mata Sociedad Anónima. Se publica para los efectos que establece la ley.—San José, 15 de abril del año 2013.—Lic. Randall Camacho Monge, Notario.—1 vez.—RP2013346339.—(IN2013025095).

Se disuelve la sociedad Lomas Grande Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- trescientos treinta y un mil setecientos veinte. Escritura otorgada ante el notario Jaime Jesús Flores Cerdas, a las diecisiete horas veinte minutos del dieciocho de enero del dos mil trece.—Alajuela, doce de abril del dos mil trece.—Lic. Jaime Jesús Flores Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2013346340.—(IN2013025096).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 14:00 horas del 12 de abril del 2013, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Centro Médico Odontológico Santa Lucía S. A., en virtud de la cual, se reformó la cláusula primera del pacto social.—San Juan de Tibás, 15 de abril del 2013.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—RP2013346342.—(IN2013025097).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del día dieciséis de abril del dos mil trece, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-663658 S. A. Donde se acuerda modificar las cláusulas primera, cuarta, sexta, sétima y décima primera del pacto constitutivo.—San José, dieciséis de abril del dos mil trece.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2013346343.—(IN2013025098).

A las quince y treinta horas de quince de enero del dos mil trece, se protocolizó acta de la firma Mesén Madrigal S. A. Se aumenta capital social.—Puriscal, 12 de abril del 2012.—Lic. José Luis Herrera Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2013346344.—(IN2013025099).

La suscrita notaria, Alejandra Grandoso Lemoine, carné 8699, hace constar que ante esta notaría, se ha protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Corporación HP Guanacasteca Ciento Treinta y Tres S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y tres mil setecientos cuarenta y ocho, en la que se modifica la cláusula sexta del pacto social, para que en adelante se lea así: De la representación. La representación judicial y extrajudicial de la compañía le corresponderá únicamente al Presidente, quien tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, otorgada a las diez horas diez minutos del siete de marzo del año dos mil trece.—Lic. Alejandra Grandoso Lemoine, Notaria.—1 vez.—RP2013346346.—(IN2013025100).

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Documento Admitido Traslado al Titular

152109-T.—Ref: 30/2012/42037.—Mom, LLC c/ Kentucky Fried Chicken International Holdings Inc.—Documento: Cancelación por falta de uso (Mom, LLC contra Kentucky Fried).—Nº y fecha: Anotación/2-81082 de 22/10/2012.—Expediente: 2004-0002287 Registro Nº 152109 GO-GO en clase 29 Marca Denominativa.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 15:21:49 del 24 de octubre de 2012.—Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por Marianella Arias Chacón como apoderada de Mom LLC, contra el registro del signo distintivo GO-GO, Registro Nº 152109, el cual protege y distingue: Carne y productos de carne; pescado, aves y productos de aves; caza, mariscos y productos de marisco, frutas y legumbres, ensaladas; aceites de cocina; pepinillos, hierbas secas, botanas a base de papas, en clase 29 internacional, propiedad de Kentucky Fried Chicken International Holdings Inc. Conforme a lo previsto en los artículos 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—1 vez.—(IN2013025718).

151872-T.—Ref: 30/2012/42036.—Mom, LLC c/ Kentucky Fried Chicken International Holdings Inc.—Documento: Cancelación por falta de uso (Mom, LLC contra Kentucky Fried).—Nº y fecha: Anotación/2-81081 de 22/10/2012.—Expediente: 2004-0002288 Registro Nº 151872 GO-GO en clase 29 marca mixto.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 15:20:34 del 24 de octubre de 2012.—Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por Marianella Arias Chacón como apoderada de Mom LLC, contra el registro del signo distintivo GO-GO, Registro Nº 151872, el cual protege y distingue: carne y productos de carne; pescado, aves y productos de aves; caza, mariscos y productos de mariscos, frutas y legumbres, ensaladas; aceites de cocina; pepinillos, hierbas secas, botanas a base de papas, en clase 29 internacional, propiedad de Kentucky Fried Chicken International Holdings Inc. Conforme a lo previsto en los artículos 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—1 vez.—(IN2013025719).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN REGIÓN CENTRAL DE SUCURSALES

SUCURSAL DE HEREDIA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El suscrito Licenciado Miguel A. Vargas Rojas, Administrador de la Sucursal de Heredia, Caja Costarricense del Seguro Social, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos v trabajadores independientes incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. A continuación se detallan por nombre de los patronos y trabajadores independientes, número patronal y el monto de la deuda al 24 de setiembre de 2012. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.

PATRONOS                                                                                  ¢

Alumvisa S. A.                                               3101430027    14.214.500,00

Alvarado Corte Luis Alberto                            502730861           46.290,00

Amaya Amaya Elizabeth                                  800710759           53.904,00

Amazo Amazo Álvaro                                        14853543           46.469,00

Arce Barquero Robert                                       109350628         623.735,00

Arguedas Víquez Andrea                                  110260781         453.215,00

Aristizabal Serna Bertha Amelia                     2510097380                145,00

Asesores y Gestores Business Trust S. A.      3101568908      1.120.160,00

Bahías Sociedad Anónima                              3101621507      1.928.166,00

Beckford White Hernán Enrique                       700740018           60.181,00

Bonsai Sushi Sociedad Anónima                    3101568180      2.481.379,00

Brodersen Plantations S. A.                            3101318576         735.702,00

Bragg Barton Costa Rica S.R.L.                       3102440640      1.620.227,00

Bruce Ray Silverman Silverman                         15521879      1.398.493,00

Calderón Cordero Yency                                  110330469           41.846,00

Camacho Chaves Marvin                                  107920206           24.730,00

Campos Retana Jonathan                                  108170766         450.626,00

Consultoría y Construcciones

Vivienda y Bienestar S. A.                              3101644014         206.376,00

Coffee Tek International S. A.                        3101366187      4.451.546,00

Chacón Solano María Isabel                             109190522         975.366,00

Delicias y Sabores Catering Service y Otros S. A. 3101591163   591.529,00

Duran Guzmán José Ángel                               103940374           69.016,00

Esquivel Cortes Andrés Francisco                    402020610         104.379,00

Farmacia Farmapaper S. A.                             3101447988       1741.385,00

Piona Flower S.A.                                           3101424726      1.910.477,00

García Zúñiga Gerardo Antonio                        106880138         333.847,00

Gómez Ocampo Natalia Andrea                          27717462           34.054,00

Hernández Aguirre Reinier                               701090822         454.246,00

Kim Heon Ju                                                      26222517         202.471,00

I H Estudio Salón S. A.                                  3101244260      3.461.342,00

Indiana Dorada S. A.                                      3101264405         254.837,00

Inmobiliaria Lagunilla T LC S. A.                   3101368230         254.837,00

Interpon Centroamericana S. A.                      3101280769         610.899,00

Inversiones Comerciales Laclé (Incol) S. A.   3101151878         876.020,00

Inversiones De Lo Alto S. A.                         3101571503           33.125,00

Inversiones Gupiza S. A.                                3101473591      1.138.888,00

Inversiones L.V.C de Heredia S. A.                3101608846           67.976,00

Inversiones Pagre P Y G de Cartago S. A.       3101278842         866.164,00

Jiménez Cubero Miriam                                    203820972         260.580,00

Ronjingcheng                                                      15423063           31.592,00

Kaesdr Aguilar Jean Michel                              304350477           75.043,00

La Gran Esperanza Internacional S. A.           3101118814      5.542.640,00

Le Roy Brenes Carlos Luis                               105890204      2.953.081,00

Maquinaria Electrotecnia Metec S. A.             3101282240         613.583,00

Mena Sánchez Javy                                          109330976      3.388.487,00

Mr. Greco Importaciones M&M S. A.            3101544991         999.666,00

Moda Perfil S. A.                                            3101497904         352.644,00

Mora Paniagua Fabio Antonio                          900860549         252.425,00

Ortega Vargas Juan Luis                                   204300812           69.240,00

Ortega Ortega Danilo Hernán                              17615443             8.096,00

Paysource International S. A.                         3101530574      1.254.352,00

Pérez & Colman Sociedad Anónima               3101542732      2.053.313,00

Rent Centric S.A.                                            3101623635      1.486.632,00

Rubio Carmona Karen                                      108410249         108.521,00

Sánchez Alfaro Roberto Carlos                         111090573           64.580,00

Servicios En Decoraciones & N S. A.             3101205696         223.892,00

Solano Calderón Fabricio                                 110060648           74.953,00

Solaris Enterprise S.A.                                   3101528420           35.511,00

Soluciones Of1ogar S.A.                                3101492315           64.852,00

Superservicios La Auorara S. A.                    3101160056           78.275,00

Sushi Style S.A.                                              3101574500      6.061.980,00

Talavera Cortez Zaida                                         28215580         136.426,00

Tranxit S. A.                                                   3101336634         547.013,00

Ticonatural Deliciosas Dh S. A.                      3101565634         217.823,00

Vibal Ingeniería S. A.                                     3101085274           33.812,00

Villalobos Torres Blanca Luz Gloria                400550733           83.273,00

Víquez Barrantes Teresita                                 401220097           93.938,00

Víquez Rodríguez Xinia                                    104670487           68.778,00

Vpoinc S. A.                                                   3101445481    10.216.670,00

www.Información Ciento Trece.Com S. A.     3101636751      2.409.082,00

Wien Rosenkranz Sara                                      104620271           70.780,00

Zamora Vargas William Alberto                       106230501         812.261,00

TRABAJADORES INDEPENDIENTES                                            ¢

Alfaro Sotela Isolda de los Ángeles                  112420417         767.405,00

Bustamante Jiménez Rodrigo Eduardo              104210135      1.251.091,00

Cárdenas No Indica Otro Víctor W                 1560100307      2.966.705,00

Cubero Morales Francisco José                        107950655         248.675,00

Chacón Villalobos Ángela Patricia                    106750344         190.591,00

Choso Esquivel Rolando Erick                         108660183      1.845.338,00

Fonseca Rodríguez Mario Alberto                    103840085         759.929,00

Jiménez Mora José Ricardo                              401490792         708.588,00

López García Ronald                                      1740101530      4.033.559,00

López Ruiz Luis Fernando                               110180210         600.822,00

Luna Vargas Jimmy Alberto                             107250019      1.177.880,00

Naranjo Elizondo Juan Manuel                         109750703      1.980.014,00

Parra Montes Olga María                                  103940266         375.878,00

Phillips Guerrero Richard                                 204180589         503.442,00

Quintero Espinoza Jorge                                   104000686      1.048,170.00

Ramírez Araya Marta Margarita                        104190224      2.304,320.00

Ramírez Paniagua Luis Guillermo                     108050042         510.686,00

Rojas Romanini Ronald                                    106690103         735.432,00

Rodríguez Marín Mainor Alexander                 105850625           54.392,00

Rodríguez Víquez William                                401041382         984.360,00

Sánchez Faerrón Vilky Yanina                         107920776         650.179,00

Sánchez Sánchez Ronny                                   303140973      1.037.311,00

Sevilla Robles Francisco Amado                      900590535      1.407.535,00

Solano Ulate Daniela                                        401850811         204.229,00

Lic. Miguel A. Vargas Rojas, Jefe a. í.—(IN2013025198).

DIRECCIÓN REGIÓN CENTRAL DE SUCURSALES

SUCURSAL DE SAN JOAQUÍN DE FLORES, HEREDIA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La suscrita Evelyn Sarmiento Salas, Administradora a. í. de la Sucursal de San Joaquín de Flores, Caja Costarricense del Seguro Social, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos en la lista que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. A continuación se detallan por nombre de los patronos y trabajadores independientes, número patronal y el monto de la deuda al 12 de abril de 2013. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.

Patronos

Calans Telecomunicaciones de Costa Rica S. A. 3101580342 ¢396.621,00

Corporación Alfe del Este S. A. 3101167408                          ¢1.851.134,00

CRM Consulting Services International S. A. 3101472135      ¢317.450,00

Glamur S. A. 3101464196                                                       ¢11.173.203,00

Gomez Sandoval S. A. 3101249319                                        ¢50.846.429,00

M E D I A S E L L S. A. 3101582969                                     ¢20.097.214,00

Morales Hidalgo Rodrigo 401090264                                      ¢105.914,00

Pacific Builders S. A. 3101430266                                          ¢1.453.560,00

Pieles Lustral de Costa Rica S. A. 3101622824                       ¢1.637.974,00

Redes Integrales M J S. A. 3101329008                                  ¢2.591.713,00

Restaurante Q S Ltda. 3102587692                                         ¢265.937,00

Riboldi López Eduardo 110440614                                         ¢47.753,00

Seabridge Maritine Services S. A. 3101562379                       ¢569.123,00

Vargas Arias Gabriel 200830981                                             ¢88.689,00

Verónica Winter Bolaños 358478004                                      ¢33.719,00

Serviproveca S. A. 3101540698                                              ¢1.034.211,00

Trabajadores Independientes

Aguilar Chacón Esteban 205170029                                        ¢1.292.503,00

Betancur Valencia Carlos Alberto 16656290                           ¢1.435.400,00

Calderón Mena Jonny 401610072                                           ¢568.696,00

Patronos

Calderón Serna Daniel 18165909                                            ¢1.148.387,00

Calis Najarro José Antonio 800700755                                   ¢811.374,00

Fallas Berrocal Ricardo Rafael 107350559                              ¢762.737,00

Monge Quesada Victor Julio 108220356                                 ¢761.750,00

Montoya Rodríguez Froilán Alberto 11097816                        ¢1.493.280,00

Morera Salazar Alfredo Erick 107580889                               ¢1.378.007,00

Rodríguez Badilla Heilyn de los Ángeles 503820098               ¢124.796,00

Sánchez Zumbado Flor María 202620806                               ¢1.198.127,00

Sandi Mejía Yanory 109350981                                              ¢732.207,00

Vargas Chavarría Elder Alberto 602760734                            ¢961.217,00

Vásquez Moncayo Ana María 27322819                                 ¢2.432.008,00

Villaneda Salas José Joaquín 401650012                                 ¢737.116,00

Víquez Arce Lilliana 401500207                                             ¢659.852,00

Lic. Evelyn Sarmiento Salas, Jefa a. í.—(IN2013025360)

SUCURSAL DE LA CUESTA

GESTIÓN DE COBRO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El suscrito jefe administrativo de la Sucursal de la Caja Costarricense del Seguro Social de la Cuesta, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. El monto adeudado se refleja al 11 de febrero del 2013 y puede contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa.

TRABADORES INDEPENDIENTES

N° de cédula trabajador independiente

Nombre

Monto adeudado en ¢

0-00502960248-999-001

Bogantes Núñez Alexis

345,330.00

0-00603600501-999-001

Caballero Jiménez Jorge Enrique

494,097.00

7-001830102742-999-01

Cabrera Pineda Francisco José

439,691.00

7-00016264712-999-001

Campines Rodríguez Julio

650,478.00

7-00015554954-999-001

Córdoba Ordoñez Marcelo Joaquín

553,418.00

7-00018513277-999-001

Cuevas Ríos Jonathan

361,358.00

0-00109850188-999-001

Fernández Obando Carlos Giovanni

504,741.00

0-00603470947-999-001

Garbanzo Vargas Pablo

407,183.00

0-00107000409-999-001

Hernández Chavarría Ronny Alberto

755,143.00

0-000602130889-99-001

Méndez Cerdas Rosita Del Alba

677,316.00

7-01770102032-999-001

Morales Mendoza Julio Eduardo

384,992.00

0-00011830089-999-001

Núñez Cartín José Alfredo

¢439,215

7-01710100171-999-001

Orocu Jiménez Juan Pablo

381,273.00

0-00111110937-999-001

Ortiz Barberena Jonathan

497,843.00

0-00901050316-999-001

Ortiz Méndez Héctor Alexis

589,624.00

0-00602080246-999-001

Segura Villalobos German Gerardo

511,873.00

0-00112510768-999-001

Vargas Ruiz Farith

321,580.00

7-01630099593-999-001

Vasco Jiménez Francisco Javier

392,015.00

0-00601650199-999-001

Villareal Montenegro Omar

720,574.00

7-01800103274-999-001

Zaid Alkilani Noindicaotro Siafaddeen

414,757.00

2-03101197819-001-001

Triva Construcciones Sociedad Anónima

365,178.00

2-03102510444-001-001

Multiservicios Ralbeher Ltda..

476,121.00

 

Gerencia Financiera Dirección Regional de Sucursales Región Brunca.—Édgar Roberto Lee Morera, Jefe.—(IN2013025615).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

Asesoría Legal Región Brunca, Daniel Flores de Pérez Zeledón, a las diez horas del dieciocho de abril del dos mil trece. Que habiéndose dictado resolución inicial dentro del procedimiento administrativo de revocatoria de asignación y subsecuente nulidad de título, Expediente número DRB-OSSI-2013000001, por la causal de Incumplimiento del artículo 68 inciso 4) apartado b), en relación con el 66 de la Ley 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, sea abandono injustificado del lote y la familia, se cita y emplaza al señor: Francisco José Fajardo Fernández, con cédula de identidad número 1-0798-0474, propietario del lote 06 del asentamiento Tarise, para que comparezca a una audiencia oral y privada que se realizará a las ocho horas del tres de junio de 2013 en las instalaciones de la Dirección Regional Brunca del Instituto de Desarrollo Rural en Daniel Flores de Pérez Zeledón, contiguo a la bodegas de la Cervecería Costa Rica. Se pone en conocimiento que la prueba de la administración esté contenida en el expediente que se encuentra la Asesoría Legal de la Región Brunca en la sede de la Dirección Regional del Instituto de Desarrollo Rural en Daniel Flores de Pérez Zeledón, el cual podrá ser consultado y fotocopiado a su costo. Debe el administrado, dentro de los tres días posteriores a la notificación de la presente, señalar o ratificar lugar para escuchar notificaciones dentro del perímetro judicial de la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, o un fax que se encuentre dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere o fuese imposible la comunicación, toda resolución se tendrá por notificada con el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Por la trascendencia del procedimiento que se califica como ordinario se le advierte al administrado que el día de la comparecencia puede hacerse acompañar por un abogado. En caso de no presentarse sin justa causa que lo motive se procederá a resolver lo que corresponda con la prueba que obra en el expediente. Se le hace saber que máximo al día y hora de la audiencia puede ofrecer y aportar toda la prueba que considere oportuna en defensa de sus derechos y que en el caso de ser testimonial, su presentación corre por su cuenta y deben de comparecer a la misma fecha y hora de la audiencia señalada, para lo cual deben venir debidamente identificados. A la audiencia debe comparecer ya sea en forma personal o por medio de apoderado, de igual forma se le hace saber que de comprobarse los hechos investigados se le revocará la adjudicación del terreno y se ordenará al Registro Público de la Propiedad anular el título de propiedad señalado supra, lo que consecuentemente trae aparejado que el mismo se revierta al Instituto de Desarrollo Rural. Se informa al administrado que la presente resolución inicial tiene los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, debiéndose interponer, el de revocatoria dentro de las veinticuatro horas y el de apelación dentro del término de tres días contados a partir de la última comunicación del acto, dichos recurso deberán presentarse ante la Asesoría Legal Región Brunca del INDER. Notifíquese.—Asesoría Legal Región Brunca.—Lic. Margarita Elizondo Jiménez.—(IN2013025575).

2 v. 1.

Oficina Subregional San Isidro Región Brunca, Daniel Flores de Pérez Zeledón, a las ocho horas del dieciocho de abril del dos mil trece. Que mediante fiscalización agraria realizada por funcionarios de esta Oficina, en inspección realizada al lote número treinta y nueve del asentamiento Pedregoso, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, con matrícula de Folio Real número 515.616-000, se encontró el día 10 de octubre de 2012, que el terreno tiene 4 cepas de banano criollo, 10 plantas de yuca en producción y 1 árbol de naranja dulce. No existe casa de habitación o similar. Las divisiones o cercas son de postes de madera, postes naturales de Guachipelín, caña india y amapola, cercados con alambre de púas a 3 hilos en estado malo. Se le indica a la señora Carmen María Mora Chavarría, con cédula de identidad 1-0979-0122, que según la legislación del Instituto de Desarrollo Agrario, Ley 2815, Ley de Tierras y Colonización, que la forma de explotación de su predio se enmarca, de acuerdo al artículo 68, inciso 4, aparte a) en por destinar el lote a fines distintos de los previstos por ley, lo cual es un incumplimiento al contrato de asignación de tierras. En concordancia con el artículo 109, inciso d) del Reglamento para la Selección y Asignación de solicitantes de tierra, publicado en La Gaceta Nº 116 del 16 de junio de 2012. Esta situación es causal suficiente para revocarle la adjudicación de su lote Nº 39 y subsecuente nulidad de título. Con fundamento en lo anterior se le hace una única amonestación, para que en un plazo no mayor a 15 días hábiles se presente a la oficina Subregional San Isidro del Instituto de Desarrollo Agrario, sita en Daniel Flores de Pérez Zeledón, contiguo a las bodegas de la Cervecería Costa Rica, a fin de que exponga las razones de esta anomalía y suministre el plan de correcciones, de lo contrario se procederá a solicitar el inicio del procedimiento de nulidad del título del lote 39 del asentamiento Pedregoso, con las consecuencias legales que ello implica. Notifíquese.—Oficina Subregional San Isidro Región Brunca.—Ing. Rodrigo Elizondo Chinchilla.—(IN2013025576).

2 v. 1..