LA GACETA N° 102 DEL 29 DE MAYO DEL 2013

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 37710-G

ACUERDOS

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

LICITACIONES

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS,

RIEGO Y AVENAMIENTO

AVISOS

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

REGISTRO DE PROVEEDORES

AVISOS

FE DE ERRATAS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

JUSTICIA Y PAZ

BANCO DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD NACIONAL

REGLAMENTOS

CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

AVISOS

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 37710-G

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 incisos 3) y 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b) y 121 de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 de 2 de mayo de 1978; Ley Nº 6725 de 10 de marzo de 1982 y Acuerdo N° 2013-157-43, tomado en la sesión ordinaria número 156, celebrada el 15 de abril del 2013, por la Municipalidad de Vázquez de Coronado, provincia de San José. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de Coronado, provincia de San José, el día 15 de mayo del 2013, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo de la celebración de las Fiestas Cívico-Patronales de dicho cantón.

Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución quien determine, con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa cartera que laboren para ese cantón.

Artículo 3º—En relación con los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, quien determine, con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese cantón.

Artículo 4º—En relación con los funcionarios del Instituto Nacional de Seguros, será el jerarca de esa Institución quien determine, con base en el artículo 6 inciso c) de la Ley 12 del 30 de octubre de 1924, reformada por la Ley Nº 8653 Ley Reguladora del Mercado de Seguros y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa entidad que laboren en ese cantón.

Artículo 5º—Rige el día 15 de mayo de 2013.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del día 25 de abril del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Gobernación y Policía, Mario Zamora Cordero.—1 vez.—O. C. Nº 18272.—Solicitud Nº 60209.—C-20680.—(D37710-IN2013033311).

ACUERDOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

Nº 002-2013-MAG

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Con fundamento en la Constitución Política, artículos 140, 146, la Ley Nº 6227 de 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública, artículo 21, Ley Nº 8149 de 05 de noviembre de 2001, Ley del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria, artículo 7.

Considerando:

1º—Que mediante Ley Nº 8149 del 05 de noviembre de 2001 se creó el Instituto Nacional de Innovación y Transferencia Agropecuaria como órgano de Máxima Desconcentración, adscrito al Ministerio de Agricultura y Ganadería, con personería jurídica instrumental, para cumplir con los objetivos y normas establecidas en la Ley de cita.

2º—Que en el artículo 7º de la citada ley, se regula la integración de la Junta Directiva de dicho Instituto, conformada por siete miembros, entre los cuales figura un representante de los pequeños y medianos productores agropecuarios organizados con representación nacional.

3º—Que según el artículo 7º de esa Ley el representante de los pequeños y medianos productores agropecuarios organizados con representación nacional, es designado por el Poder Ejecutivo.

4º—Que el Despacho Ministerial cumplió con el procedimiento dispuesto en la Ley, para la designación del representante de los pequeños y medianos productores agropecuarios organizados con representación nacional.

5º—Que de conformidad con el artículo 7º de repetida cita, el representante de los pequeños y medianos productores agropecuarios durará en su cargo tres años y debe ser nombrado por el Poder Ejecutivo.

6º—Ante el fallecimiento del representante de los pequeños y medianos productores se hace necesario un nuevo nombramiento que entrará a regir a partir de esta fecha. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Designar como nuevo integrante de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia Agropecuaria, al señor Juan Antonio Rodríguez Vargas, cédula de identidad número 2-350-944, propuesto de la terna que para ese efecto suministró la Unión Nacional de Pequeños y Medianos Productores Agropecuarios, por un período de tres años.

Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de marzo del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Agricultura y Ganadería, Gloria Abraham Peralta.—1 vez.—O. C. Nº 00067.—Solicitud Nº 110-173-002.—C-Crédito.—(IN2013024218).

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

N° 053-MOPT

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en la Ley General de la Administración Pública o Ley N° 6227 y en la “Ley N° 8790 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2013 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM) y la Autoridad Marítima Portuaria de Honduras realizará la “XXXV Reunión Portuaria del Istmo Centroamericano, REPICA”, del 13 al 16 de mayo del 2013, en La Ceiba, Atlántida, Honduras.

II.—Que el Ing. José Gilberto Rodríguez Pacheco ha sido designado para participar en dicha reunión, en su carácter de Director a. í. de la Dirección de Infraestructura de la División Marítimo Portuaria de este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar al Ingeniero José Gilberto Rodríguez Pacheco, Director a. í. de la Dirección de Infraestructura, cédula 2-327-005, para que participe en la “XXXV Reunión Portuaria del Istmo Centroamericano, REPICA”, del 13 al 16 de mayo del 2013, en La Ceiba, Atlántida, Honduras.

Artículo 2°—El MOPT le girará al funcionario Rodríguez Pacheco por concepto de viáticos al exterior la suma de $812,80 correspondientes a alimentación y hospedaje, así como $55,00 por concepto de transporte casa de habitación-aeropuerto y viceversa en Costa Rica, ambos montos con cargo a la subpartida 105.04. Adicionalmente se cubrirá el costo por concepto de tiquete aéreo al exterior con cargo a la subpartida 1.05.03, la suma de $550,00, todos del Programa Presupuestario 328 Puertos y Regulación Marítima de la División Marítimo Portuaria.

Artículo 3°—Que durante los días en que se autoriza la ausencia del funcionario público antes citado, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4°—Que el funcionario Rodríguez Pacheco cede las millas aéreas otorgadas al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, en este viaje que se realiza al exterior.

Artículo 5°—Rige a partir del 12 al 17 de mayo del 2013.

Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, 5 de abril del 2013.

Dr. Pedro Luis Castro Fernández, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 18007.—Solicitud N° 112-300-00083.—(IN2013032753).

N° 069 MOPT

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en la Ley General de la Administración Pública o Ley N° 6227 y en la “Ley N° 8790 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2013 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM), con el apoyo de las autoridades de la Empresa Nacional Portuaria de Honduras (ENP), tienen previsto realizar la “XXXV Reunión Portuaria del Istmo Centroamericano, REPICA”, del 13 al 16 de mayo del 2013, en La Ceiba, Atlántida, Honduras.

2º—Que en el marco de cooperación técnica que existe entre Costa Rica y la (COCATRAM) para el fortalecimiento del Recurso Humano Regional y el desarrollo de capacidades, la “XXXV Reunión Portuaria del Istmo Centroamericano, REPICA”, del 13 al 16 de mayo del 2013, evento que se llevará a cabo del 13 al 16 de mayo del 2013, en La Ceiba, Atlántida, Honduras, en su condición de Director Alterno al Directorio de COCATRAM.

3º—Que para Costa Rica reviste de relevancia la participación del funcionario referido (Presidencia Pro Tempore de COCATRAM), en virtud de los alcances de la actividad para el desarrollo del Sub Sector Marítimo Portuario Costarricense. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al Lic. Luis Fernando Coronado Salazar, portador de la cédula de identidad N° 5-172-0409 para que asista a la “XXXV Reunión Portuaria del Istmo Centroamericano, REPICA”, del 13 al 16 de mayo del 2013, evento que se llevará a cabo del 13 al 16 de mayo del 2013, en La Ceiba, Atlántida, Honduras.

Artículo 2º—Los gastos de transporte aéreo, hospedaje y alimentación, serán cubiertos por la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM).

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la ausencia del funcionario público antes citado, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 12 al 17 de mayo de 2013.

Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a los 2 días del mes de mayo del 2013.

Dr. Pedro Castro Fernández, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 18007.—Solicitud Nº 112-300-00134.—(IN2013033025).

N° 073-MOPT

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1, 28 inciso 1 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública o Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 9103 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2013 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que es de interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes el Seminario Internacional de Presupuesto Público, en el cual se abordarán temas muy relevantes en la Administración Pública aplicables a las funciones que ejerce el funcionario.

II.—Que la participación del funcionario MSc. Orlando Cervantes Benavides, será de provecho para la División Administrativa así como para el resto de la Institución, en el tanto se abordarán dos temas generales como lo son: Los principales problemas que presenta la aplicación de un Sistema de Planeamiento de las Políticas Públicas. Contexto y Propósitos para su solución. Deficiencias que presentan los Sistemas y Procesos Presupuestarios en América Latina. Propuestas para superarlas; dadas las funciones que realiza de Director de la División Administrativa, así como parte de los requerimientos de capacitación y actualización profesional. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar al MSc. Orlando Cervantes Benavides, cédula 1-344-304, Director de la División Administrativa para que participe en el XL Seminario Internacional de Presupuesto Público, mismo que se llevará a cabo del 03 al 07 de junio del 2013, en la ciudad de Montevideo-Uruguay.

Artículo 2°—Los gastos de alimentación y hospedaje del funcionario Orlando Cervantes Benavides durante los días del 01 al 09 de junio del 2013 serán cubiertos con recursos del MOPT en el programa 326-05-01 y en la subpartida 10504, por un monto de $1.589,28 dólares americanos, lo cual incluye los gastos de alimentación y hospedaje, taxis (aeropuerto-hotel y viceversa).

Por la subpartida 10503, transporte al exterior, se reconocerá el boleto aéreo y otros cargos por una suma máxima de $ 2.000,00.

Para los gastos de inscripción al Seminario se reconocerá una suma máxima de $450,00 dólares americanos, los cuales serán cubiertos por medio de la subpartida presupuestaria 1.07.01 del programa presupuestario 326-05-01.

Artículo 3°—Los funcionarios deben ceder al Ministerio de Obras Públicas y Transportes la totalidad del millaje producto de este viaje al exterior.

Artículo 4°—Que durante los días hábiles laborales del 01 al 09 de junio del año 2013, en que se autoriza la participación del funcionario MSc. Orlando Cervantes Benavides, en la actividad denominada XL Seminario Internacional de Presupuesto Público, en la ciudad de Montevideo-Uruguay, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5°—Rige a partir del 01 de junio y hasta su regreso el día 09 de junio del 2013.

Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, 13 de mayo del 2013.

Pedro Castro Fernández, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 18007.—Solicitud N° 112-300-00130-1.—(IN2013032754).

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

Nº TPMS-002-13

EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en el artículo 28, inciso 1 de la Ley Nº 6227 o Ley General de Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8908 o Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2012, del 20 de diciembre de 2011; el artículo 2, inciso 4 de la Ley Nº 7411 o Ley Reguladora del Otorgamiento de Pasaportes Diplomáticos y de Servicio, del 25 de mayo de 1994; el artículo 9° de la Directriz Nº 7 del 29 de noviembre de 1991; el artículo 7° inciso C) de la Ley Nº 8316 ó Ley Reguladora de los Derechos de Salida del Territorio Nacional, del 26 de setiembre de 2002 y el artículo 40 del Estatuto del Servicio Civil. Acuerdo N° 22 sesión ordinaria N° 767 del 20 de marzo del 2013 de junta directiva del Teatro Popular Melico Salazar.

Considerando:

I.—Que la señora Gladys Alzate Quintero, Directora General y Artística de la Compañía Nacional de Teatro, representante oficial del TPMS-en cumplimiento de sus funciones- para que los días 11, 12, 13, 14 de abril de este año participe en la Segunda Edición del Mica (Mercado de Industrias Culturales Argentinas), a celebrarse en Buenos Aires, Argentina, de acuerdo a invitación formal de Rodolfo Hamawi, Director Nacional de Industrias Culturales, Secretaría de Cultura, Presidencia de la Nación.

II.—Que su participación en la Segunda Edición del Mica (Mercado de Industrias Culturales Argentinas), es de interés para el Ministerio de Cultura y Juventud para establecer los lazos de hermandad y desarrollo artístico en Latinoamérica. Además, como Rodolfo Hamawi lo menciona en su invitación, es una gran oportunidad para la visualización y comercialización de un sector en permanente crecimiento, donde se conjugan la creatividad y el profesionalismo.

III.—Que por motivos de itinerario la señora Alzate saldrá del país el 10 de abril y regresará el día 17 de abril (los días 15 y 16 de abril estará en negociaciones con entes culturales para posibles convenios de cooperación). Por tanto:

SE ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Gladys Alzate Quintero, nombrada como Directora de la Compañía Nacional de Teatro en puesto de confianza Pasaporte N° 800800991, representante oficial del TPMS-en cumplimiento de sus funciones- para que los días 11, 12, 13, 14 de abril de este año participe en la Segunda Edición Del Mica (Mercado de Industrias Culturales Argentinas), a celebrarse en Buenos Aires, Argentina, de acuerdo a invitación formal de Rodolfo Hamawi, Director Nacional de Industrias Culturales, Secretaría de Cultura, Presidencia de la Nación.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Alzate serán cubiertos de la siguiente manera:

La Organización de Segunda Edición Del Mica (Mercado de Industrias Culturales Argentinas) cubrirá los gastos de:

-    Hospedaje del 10 al 14 de abril de 2013.

-    Transporte aéreo

-    Alimentación del 10 al 14 de abril de 2013.

La Compañía Nacional de Teatro se encargará de (el tipo de cambio que se usará en todos los casos, es de un aproximado de $1=¢510):

-    Cubrir los gastos menores hasta un 8%  para un monto total de $207,00 (doscientos siete dólares) equivalente a ¢105.672,00 (ciento cinco mil seiscientos setenta y dos colones exactos).

-    viáticos internacionales por estadía del 15 al 17 de abril  por un monto de $1.006,40 (mil seis con 40/100 dólares) equivalente a ¢513.264,00 (quinientos trece mil doscientos sesenta y cuatro colones exactos).

Para ver tabla solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

-    Cubrir un monto de seguro de viaje, por un monto total de $55 (cincuenta y cinco dólares exactos) equivalente a ¢28.050,00 (veintiocho mil cincuenta colones exactos).

-    Previsión de $200 (doscientos dólares exactos) equivalente a ¢102.000,00 (ciento dos mil  colones exactos) contra presentación de factura (pudiendo ser estos gastos conexos relacionados con llamadas a Costa Rica, envíos de fax o uso de cafés internet, taxis internacionales o nacionales, entre otros.)

-    Transporte interno (del aeropuerto al hotel, y viceversa).

-    En el caso de incurrir en gastos de alimentación extra durante el vuelo, se podrán reconocer según lo indicado en el Artículo 42, inciso g), del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos:  “Los gastos por concepto de alimentación (desayuno, almuerzo y cena) que efectivamente deba realizar el funcionario durante el trayecto hacia el país de destino y que no correspondan a gastos en tránsito de acuerdo con el inciso f) anterior, solamente se reconocerán contra la presentación de la respectiva factura, en cuyo caso se pagará el monto que indica ésta, hasta una suma que no sobrepase el viático correspondiente al servicio en cuestión para el país en que se demande.”

Las subpartidas por afectar son las siguientes:

-    Subpartida 1.06.01 Seguros, por un monto total de $55,00 (cincuenta y cinco dólares exactos) equivalente a ¢28.050,00 (veintiocho mil cincuenta colones exactos) del 10 de al 17 de abril de 2013. 

-    Subpartida 1.05.04 Viáticos en el Exterior:

*   8% gastos menores, por un monto total de $207,20 (doscientos siete dólares con 20/100) equivalente a ¢105.672,00 (ciento cinco mil seiscientos setenta y dos colones exactos).  En el caso de incurrir en gastos de alimentación extra durante el vuelo, se podrán reconocer según lo indicado en el Artículo 42, inciso g), del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos:  “Los gastos por concepto de alimentación (desayuno, almuerzo y cena) que efectivamente deba realizar el funcionario durante el trayecto hacia el país de destino y que no correspondan a gastos en tránsito de acuerdo con el inciso f) anterior, solamente se reconocerán contra la presentación de la respectiva factura, en cuyo caso se pagará el monto que indica ésta, hasta una suma que no sobrepase el viático correspondiente al servicio en cuestión para el país en que se demande.” 

*   viáticos internacionales por estadía del 15 al 17 de abril por un monto de $1.006,20 (mil seis dólares con 00/100) equivalente a ¢513.264,00 (quinientos trece mil doscientos sesenta y cuatro colones exactos).

-    Previsión de $200,00 (doscientos dólares exactos) equivalente a ¢102.000,00 (ciento dos mil  colones exactos) contra presentación de factura (pudiendo ser estos gastos conexos relacionados con llamadas a Costa Rica, envíos de fax o uso de cafés internet, taxis internacionales o nacionales, entre otros.)

Artículo 3º—Del 10 al 17 de abril del 2013, Gladys Alzate Quintero Directora General y Artística de la Compañía Nacional de Teatro devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Según los artículos 31 y 32 del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos, se les reconocerán los gastos de traslado, viáticos u otros gastos necesarios que incurran los representantes, que no estén previstos en este acuerdo, siempre y cuando se justifiquen las razones de dichos gastos, realizando las ampliaciones al presente acuerdo. Además, el artículo 35 describe lo siguiente, para los porcentajes de desayunos, almuerzo, cena y hospedaje en el exterior:  “Cuando de acuerdo con las características y finalidades del viaje, cualquiera de los porcentajes anteriores, se estime o sea insuficiente -con base en información recabada por la Administración-, ésta podrá reconocer el exceso en el adelanto del viaje o en la liquidación de la gira, siempre y cuando en el acuerdo de viaje, o en su ampliación, así se haya previsto y se presenten las facturas o comprobantes de gastos respectivos.”

Artículo 5º—Rige del 10 al 17 de abril del 2012.

Iván Rodríguez Rodríguez, Ministro de Cultura y Juventud a.í.—1 vez.—O. C. Nº 000059.—Solicitud Nº 60952.—C-95300.—(IN2013033096).

Nº TPMS-003-13

EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en el artículo 28, inciso 1) de la Ley Nº 6227 o Ley General de Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8908 o Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2012, del 20 de diciembre de 2011; el artículo 2°, inciso 4) de la Ley Nº 7411 o Ley Reguladora del Otorgamiento de Pasaportes Diplomáticos y de Servicio, del 25 de mayo de 1994; el artículo 9° de la Directriz Nº 7 del 29 de noviembre de 1991; el artículo 7° inciso C) de la Ley Nº 8316 o Ley Reguladora de los Derechos de Salida del Territorio Nacional, del 26 de setiembre de 2002 y el artículo 40 del Estatuto del Servicio Civil.

Considerando:

I.—Que la señora Gladys Alzate Quintero, Directora General y Artística de la Compañía Nacional de Teatro, representante oficial del TPMS-en cumplimiento de sus funciones- para que los días 11, 12, 13, 14 de abril de este año participe en la Segunda Edición del Mica (Mercado de Industrias Culturales Argentinas), a celebrarse en Buenos Aires, Argentina, de acuerdo a invitación formal de Rodolfo Hamawi, Director Nacional de Industrias Culturales, Secretaría de Cultura, Presidencia de la Nación.

II.—Que su participación en la Segunda Edición del Mica (Mercado de Industrias Culturales Argentinas), es de interés para el Ministerio de Cultura y Juventud para establecer los lazos de hermandad y desarrollo artístico en Latinoamérica.  Además, como Rodolfo Hamawi lo menciona en su invitación, es una gran oportunidad para la visualización y comercialización de un sector en permanente crecimiento, donde se conjugan la creatividad y el profesionalismo.

III.—Que por motivos de itinerario la señora Alzate saldrá del país el 10 de abril y regresará el día 17 de abril  (los días 15 y 16 de abril estará en negociaciones con entes culturales para posibles convenios de cooperación). Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Modificar el Considerando 3°, del Acuerdo de Viaje N° TPMS/002/12, con respecto a las fechas de dicho viaje (esto por cuanto la organización del evento ha variado las condiciones de estadía por medio del otorgamiento del tiquete):

3º- Que por motivos de itinerario la señora Alzate saldrá del país el 9 de abril y regresará el día 17 de abril (los días 15 y 16 de abril estará en negociaciones con entes culturales para posibles convenios de cooperación).

Artículo 2º—Modificar los siguientes artículos del Acuerdo de Viaje N° TPMS/002/12, con respecto a las fechas de dicho viaje (esto por cuanto la organización del evento ha variado las condiciones de estadía por medio del otorgamiento del tiquete)

Artículo 3º—Del 9 al 17 de abril del 2013, Gladys Alzate Quintero Directora General y Artística de la Compañía Nacional de Teatro devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—Rige del 9 al 17 de abril del 2013.

Artículo 3º—En caso de diferencias en los montos de viáticos, hospedaje, gastos menores, entre otros, se estarán realizando los reintegros o liquidaciones correspondientes, con la debida justificación y documentos de respaldo.

Artículo 4º—Los restantes artículos se mantienen invariables.

Artículo 5º—Rige del 9 al 17 de abril del 2013.

Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los 8 días del mes de abril del año 2013.

Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. Nº 000059.—Solicitud Nº 60952.—C-31960.—(IN2013033098).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISOS

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar que la Asociación de Desarrollo Integral de Santiago de San Rafael de Heredia. Por medio de su representante: Carlos Adrián Ulate Azofeifa, cédula 1-946-748, ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma a sus estatutos para que en adelante se lea así:

Artículo 18.—La forma de votación se hará en forma secreta, por escrito, y por mayoría de votos, cuando haya más de un candidato. Cuando haya solo un candidato el nombramiento se hará levantando la mano, por mayoría simple (MITAD MÁS UNO) los miembros de la Junta Directiva serán siete. Se crea la figura de tres suplentes.

Dicha reforma es visible a folio 88 del tomo I del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afiliados celebrada el 11 de enero del 2013. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, 17 de mayo del 2013.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2013032771).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: que la Asociación de Desarrollo Específica para el Aseo y Ornato en Barrio Fátima, Guadalupe, San José, por medio de su representante: María Adela Vargas Mora, cédula 301770552, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 10:20 horas del día 21 de mayo del 2013.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefe Departamento de Registro.—1 vez.—RP2013349780.—(IN2013032914).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Específica Pro-CenCinai y Bienestar Comunal San Rafael La Colonia, de Pococí, Limón. Por medio de su representante: Shirley María Fuentes Penicoth, cédula 701120067 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 18 para que en adelante se lea así: Artículo 18: para que se agregue la figura de tres miembros suplentes, cualquiera de ellos será llamado sin importar el orden, para que se sustituyan el puesto vacante definitivas o aplicando el debido proceso por acuerdo de Junta Directiva se decidirá cual suplente sube cumpliendo la Ley 8901 de paridad de género. Dicha reforma es visible a folio 68 del tomo 1 del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general extraordinaria de afiliados celebrada el día 15 de junio del 2012. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las 3:10 horas del día diecisiete de mayo del 2013.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2013349869.—(IN2013032915).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Barrio San Rafael de Corredores, Puntarenas. Por medio de su representante: Róger Alberto Jiménez Argüello, cédula 602540596, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, 22 de mayo del 2013.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2013349994.—(IN2013033195).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

EDICTO

La doctora Marcela Burgess Avendaño con número de cédula 1-1146-0504, vecina de San José, en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Basf de Costa Rica S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Fondona 6 SC, fabricado por Laboratorio Basf Agri Production S.A.S., Francia con los siguientes principios activos: contiene: Alfacipermetrina 6 % y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para el control de plagas en industrias pecuarias. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 15 de mayo del 2013.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2013033108).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 97, Título N° 1024, emitido por el Colegio Internacional SEK-Costa Rica, en el año dos mil once, a nombre de Hooper Silman Dylan. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, el primer día del mes de febrero del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013340041.—(IN2013011690).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 43, título Nº 426, emitido por el Colegio María Inmaculada, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Ramírez Chacón Adriana, cédula 1-0963-0694. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los quince días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349446.—(IN2013032095).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 30, título Nº 55, emitido por el Liceo Buenos Aires de Pocosol, en el año dos mil diez, a nombre de Chavarría Ruiz Omar Adolfo, cédula 2-0716-0041. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los quince días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349473.—(IN2013032096).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 49, título Nº 748, y del Título de Técnico Medio en Secretariado Comercial, inscrito en el tomo 2, folio 197, título Nº 3852, emitido por el Colegio Vocacional de Artes y Oficios de Cartago, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Brenes Molina Silvia Elena. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta días del mes de julio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349275.—(IN2013032097).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 43, título Nº 1162, emitido por el Liceo Roberto Brenes Mesén, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Solano Alfaro José Alberto, cédula 1-0617-0678. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los quince días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349334.—(IN2013032098).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 50, título Nº 448, emitido por el Instituto de Guanacaste, en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Ruiz Díaz Dinnia María, cédula 5-0193-0259. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los nueve días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349344.—(IN2013032099).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 127, título Nº 1078, y del Título de Técnico Medio en Contabilidad y Costos, inscrito en el tomo 1, folio 79, título Nº 1035, en el año dos mil seis, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Acosta, a nombre de Umaña Cascante Cindy Karina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, al primer día del mes de marzo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349375.—(IN2013032100).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 168, título Nº 1639, emitido por el Colegio de Limón Diurno, en el año dos mil cuatro, a nombre de Argueta Corella María Fernanda, cédula 1-1277-0162. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintitrés días del mes de abril del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349387.—(IN2013032101).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 112, título Nº 679, emitido por el Colegio “La Asunción”, en el año dos mil nueve, a nombre de Varela Venegas Glendy María, cédula 1-1503-0735. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciséis días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349423.—(IN2013032102).

DAnte este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 103, título N° 553, emitido por el Colegio Nocturno de Pococí, en el año dos mil uno, a nombre de Gutiérrez Buzano Manuel Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de julio del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—Msc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2013032373).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 5, título N° 13, emitido por el Colegio de Científicos de Alajuela, en el año dos mil siete, a nombre de Monge Sánchez Karina María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 31 de agosto del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349605.—(IN2013032543).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media inscrito en el Tomo 2, Folio 359, Título N° 2156, emitido por el Liceo de Coronado, en el año dos mil diez, a nombre de Oses Ramírez Andreina, cédula 1-1537-0145. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de mayo del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013032610).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 162, título N° 1355, emitido por el Colegio Técnico Profesional Padre Evans Saunders de Siquirres, en el año dos mil tres, a nombre de Barboza Alpízar Shirley Andrea, cédula 1-1272-0239. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de mayo del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013032652).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica, Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 01, folio 100, título Nº 150, emitido por el Colegio Sagrado Corazón de Jesús, en el año mil novecientos setenta y cinco, a nombre de Zeledón Gómez Victoria María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los tres días del mes de noviembre del dos mil diez.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013032735).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 112, asiento N° 2, emitido por el Liceo de Alfaro Ruiz, en el año dos mil tres, a nombre de Guzmán Rodríguez Cindy Gabriela, cédula 2-0610-0667. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de abril del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013033074).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 12, título Nº 69, emitido por el Colegio Bilingüe Enrique Malavassi Vargas, en el año dos mil uno, a nombre de Castañeda Cummings Edgar. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cuatro días del mes de abril del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013033141).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 57, título N° 729, emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Rodríguez Villarreal Gerald, cédula 4-0167-0946. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de mayo del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013350017.—(IN2013033193).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 225, asiento 2983, emitido por el Liceo Unesco, en el año dos mil cuatro, a nombre de Morales Salazar Stefanny Gerarda. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 4 de abril del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349883.—(IN2013033194).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 231, título N° 2155 y del Título de Técnico Medio en Contabilidad en Finanzas, inscrito en el tomo 1, folio 130, título N° 25, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Pococí, en el año dos mil ocho, a nombre de Soto Naranjo Kimberli Sofía, cédula 7-0200-0513. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de mayo del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013033333).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

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Cambio de nombre Nº 84375

Que Mauricio Brenes Ruiz, cédula de identidad 108290402, en calidad de apoderado especial de Librería Lehmann S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Librería e Imprenta Atenea S en C por el de Antonio Lehmann Librería e Imprenta Atenea S en C, presentada el día 2 de mayo de 2013 bajo expediente 84375. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-1209900 Registro Nº 12099 LIBRERÍA LEHMANN en clase 49 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—15 de mayo de 2013.—Juan Carlos Sánchez García, Registrador.—1 vez.—RP2013349753.—(IN2013032897).

Cambio de nombre Nº 84049

Que Sergio Jiménez Odio, cédula de identidad 1-0897-0615, en calidad de apoderado especial de Beavertails Brands Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de nombre de 1728165 Ontario Inc., domicilio en 79 St Andrew Street, Ottawa, Ontario K1N 5 GI, Canadá, por el de Beavertails Brands Inc., domicilio en 9150 Meilleur Street, Suite 315, Montreal, Quebec, H2N 2A5, Canadá, presentada el día 19 de abril de 2013 bajo expediente 84049. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2009-0005241 Registro Nº 194890 BEAVERTAILS en clase 30 marca mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—17 de mayo del 2013.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—1 vez.—RP2013349807.—(IN2013032898).

Cambio de nombre Nº 81739

Que Álvaro Enrique Dengo Solera, cédula de identidad 1-544-035, en calidad de apoderado especial de Honeywell Safety Products Europe SAS, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Sperian Protection Europe SAS por el de Honeywell Safety Products Europe, SAS, presentada el día 6 de diciembre del 2012, bajo expediente 81739. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2007-0010134 Registro N° 179115 SPERIAN en clase 9 marca denominativa, 2007-0010135 Registro N° 179146 SPERIAN en clase 10 Marca Denominativa, 2007-0010136 Registro N° 183760 SPERIAN en clase 25 Marca Denominativa, 2007-0010137 Registro N° 183763 SPERIAN en clase 28 Marca Denominativa, 2007-0010138 Registro N° 179147 SPERIAN en clase 35 Marca Denominativa, 2007-0014981 Registro N° 178337 en clase 35 Marca Figurativa, 2007-0014982 Registro N° 178347 en clase 10 Marca Figurativa, 2007-0014983 Registro N° 178343 en clase 28 Marca Figurativa, 2007-0014987 Registro N° 178562 en clase 9 Marca Figurativa y 2007-0014988 Registro N° 194344 en clase 25 Marca Figurativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de abril del 2013.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—(IN2013033185).

Patente de invención

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Gilead Sciences, Inc., de E.U.A., solicita la patente de invención denominada ANÁLOGOS DE CARBA-NUCLEÓSIDOS SUSTITUIDOS CON 2’-FLUORO PARA TRATAMIENTO ANTIVIRA.

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Se proporcionan nucleósidos de imidazo[1,2-f] [1,2,4]triazinilo selectos, fosfatos de nucleósidos, y profármacos de los mismos, donde la posición 2’ del glúcido núcleosidico se sustituye con sustituyentes halógeno y carbono. Los compuestos, composiciones y métodos proporcionados son útiles para el tratamiento de infecciones por virus Flaviviridae, particularmente infecciones por Hepatitis C causadas tanto por cepas de tipo salvaje como mutantes del VHC. Fórmula (I) La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 487/04; A61K 31/41; cuyos inventores son Cho, Aesop, Kim, Choung, Ray, Adrián. La solicitud correspondiente lleva el número 20130172, y fue presentada a las 13:40:10 del 17 de abril del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de abril del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013032849).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Millennium Pharmaceuticals, Inc., de E.U.A., solicita la patente de invención denominada

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HETEROARILOS Y SUS USOS. La invención provee compuestos de fórmula IA-a o IB-a y sus correspondientes subconjuntos: IA-a, IB-a, donde Z, HY, Rl, R2, Gl, W, n, y A y sus correspondientes subconjuntos son como se describen en la memoria descriptiva. Los compuestos son inhibidores de P13K y de este modo son útiles para tratar trastornos proliferativos, inflamatorios, o cardiovasculares. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/33; A61K 31/425; cuyos inventores son Freeze, Brian S., Hirose, Masaaki, HU, Yongbo, HU, Zhigen, Lee, Hong Myung, Sells, Todd B., SHI, Zhan, Vyskocil, Stepan, Xu, Tianlin. La solicitud correspondiente lleva el número 20130084, y fue presentada a las 13:58:00 del 25 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de abril del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013032850).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, abogado, vecino de San José, apoderado especial de Sumitomo Chemical Company, Limited, de Japón, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO PARA REDUCIR ESTRÉS HÍDRICO EN PLANTAS. La presente invención proporciona: un método para reducir el estrés térmico en una planta que comprende aplicar una cantidad eficaz de uno o más compuestos seleccionados del grupo que consiste de un compuesto representado por la fórmula (I) y sales agricolamente aceptables del mismo a una planta que se ha expuesto o será expuesto a condiciones de estrés hídrico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 37/42; A01C 1/00; A01G 7/06; A01P 21/00; cuyos inventores son Nagasawa, Asako, Mukumoto, Fujio. La solicitud correspondiente lleva el número 20130177, y fue presentada a las 13:59:10 del 23 de abril del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de abril del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013032853).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Syngenta Participations AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODOS DE IRRIGACIÓN DE PLANTAS CON 1-MCP. La presente invención se refiere a métodos novedosos para aumentar la tolerancia al estrés medioambiental abiótico de una planta, a métodos para mejorar la calidad y/o el rendimiento de un cultivo vegetal, a métodos para aplicar un ciclopropeno tal como 1-MCP a una planta y a cultivos producidos empleando dichos métodos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01H 1/06; cuyos inventores son Haas, Ulrich Johannes, Weider, Christophe, Zeun, Ronald, Ross, David Charles, Kidder, Daniel Warden, Zhen, Yueqian. La solicitud correspondiente lleva el número 20120607, y fue presentada a las 14:14:00 del 3 de diciembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de abril del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013032855).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Gilead Biologics, Inc. de E.U.A., solicita la patente de invención denominada ANTICUERPOS CONTRA METALPROTEASA-9 DE MATRIZ. La presente divulgación proporciona composiciones y métodos de uso que involucran proteínas de unión, por ejemplo, anticuerpos y fragmentos de estos que se unen a antígenos, que se unen a la proteína de la metaloproteasa de matriz-9 (MMP9) (la MMP9 también se conoce como gelatinasa-B), donde las proteínas de unión comprenden una cadena pesada de inmunoglobulina (lg) (o un fragmento funcional de esta) y una cadena liviana de lg (o un fragmento funcional de esta). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/395; C12P 21/08; cuyos inventores son Mccauley, Scott Alan, Vaysberg, María. La solicitud correspondiente lleva el número 20130132, y fue presentada a las 13:52:00 del 21 de marzo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de abril del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013032856).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, abogado, apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la patente de invención denominada UNA COMPOSICIÓN QUE COMPRENDE 2-metilpropanotioato de S-[2-([[1-(2-etilbutil) ciclohexil]-carbonil]amino)fenilo] y croscarmelosa sódica. La presente invención se refiere a una formulación basada en una matriz higroscópica, a un proceso para la fabricación de la misma y a su utilización para el tratamiento de enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 9/20; A61K 31/265; cuyos inventores son +Krabichler, Michaela, Meyer, Bernard, Winzenburg, Carsten. La solicitud correspondiente lleva el número 20130181, y fue presentada a las 13:53:10 del 24 de abril del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de mayo del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013032859).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor de edad, vecino de San José, abogado, apoderado especial de Marrone Bio Innovations Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES BIOACTIVAS DE CHROMOBACTERIUM Y METABOLITOS.

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La presente invención se refiere a compuestos bioactivos y metabolitos derivados de cultivos de especies de Chromobacterium responsables de controlar plagas, composiciones que contienen estos compuestos, métodos para obtener estos compuestos y métodos para usar estos compuestos y composiciones para controlar plagas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 63/02; A01P 7/00; C07K 5/08; C07K 7/06; C07K 7/64; cuyos inventoress son Asolkar, Ratnakar, Huang, Huazhang, Koivunen, Marja, Marrone, Pamela. La solicitud correspondiente lleva el número 20130184, y fue presentada a las 14:43:19 del 25 de abril del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de abril del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—Nº RP2013349739.—(IN2013032909).

El señor Néstor Morera Víquez, mayor, abogado, cédula 1-1018-975, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Novartis AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada TRIAZINA-OXIDIAZOLES.

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La invención se refiere a nuevos derivados de la fórmula (I), en donde los sustituyentes se defienen en la especificación; también se refiere a procesos para la preparación de tales derivados; composiciones farmacéuticas que comprenden tales derivados; tales derivados como un medicamento; tales derivados para el tratamiento del dolor crónico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 413/04; A61K 31/53; A61P 29/00; C07D 413/14; C07D 417/14; C07D 451/02; C07D 487/04; C07D 491/10; cuyos inventores son Barker, Oliver, Bentley, Jonathan, Bock, Mark Gary, Cain, Thomas, Chovatia, Praful, Dod, Jennifer Ruth, Eustache, Florence, Gleave, Laura, Hargrave, Jonathan, Heifetz, Alexander, Law, Richard, Raoof, Ali, Willows, David. La solicitud correspondiente lleva el número 20130111, y fue presentada a las 10:32:00 del 13 de marzo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de abril del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº RP2013349740.—(IN2013032910).

El señor Néstor Morera Víquez, mayor, abogado, cédula 1-1018-975, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Bayer Intellectual Property GMBH, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMBINACIONES QUE CONTIENEN N-(2-ARILAMINO)ARILSULFONAMIDA SUSTITUIDA. La presente invención se relaciona con: combinaciones de: Componente A: uno o más compuestos de difenil urea sustituida con omega-carboxiarilo de la fórmula general (I), o una sal, solvato, hidrato o estereoisómero fisiológicamente aceptable de los mismos. Componente B: uno o más compuestos de N-(2-arilamino) arilsulfonamida de la fórmula general (II), o una sal, solvato, hidrato o estereoisómero fisiológicamente aceptable de los mismos; y, opcionalmente. Componente C: uno o más agentes farmacéuticos adicionales; en donde opcionalmente algunos o todos los componentes se encuentran en la forma de una formulación farmacéutica lista para usar administrada de manera simultánea, concurrente, separada o sucesiva. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/17; A61K 31/18; A61K 31/44; A61P 35/00; cuyos inventor son Pühler, Florian, Hitchcock, Marion. La solicitud correspondiente lleva el número 20130147, y fue presentada a las 14:19:20 del 1° de abril del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de abril del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº RP2013349741.—(IN2013032911).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Exp. 7416.—El Registro de Propiedad Industrial, Oficina de Patentes de Invención, hace saber que por resolución de las catorce horas treinta minutos del nueve de abril de dos mil trece, fue inscrita la Patente de Invención denominada MÉTODO PARA ADJUNTAR UN IDENTIFICADOR PARA LLANTA a favor de la compañía Bridgestone Americas Tire Operations, LLC, cuyo inventor es: Bell, Thomas, Bell de nacionalidad estadounidense; se le ha otorgado el número de inscripción de patente de invención 2928, estará vigente hasta el tres de febrero de dos mil veintitrés, la Clasificación Internacional de Patentes es B60C 23/04.—San José, a las nueve horas treinta minutos del veintinueve de abril de dos mil trece.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—1 vez.—(IN2013032846).

El Registro de la Propiedad Industrial, Oficina de Patentes hace saber que por resolución de las trece horas catorce minutos del tres de abril del dos mil trece, fue inscrita la Patente de Invención denominada: ÁCIDOS (BIFENIL) CARBOXÍLICOS Y DERIVADOS DE ÉSTOS a favor de Cellzome Limite, con domicilio en Gran Bretaña, cuyos inventores son: Wilson Francis, Reid Alison, Harrison Richard John, Smelt Kathryn, Taylor Jess, Leformal Adeline, Cansfield Andrew de nacionalidad Británica, Reader Valerie, Major Jeremy, Boussard Cyrille, de nacionalidad Francesa, Sunose Mihiro de nacionalidad japonesa, Burckhardt, Svenja de nacionalidad alemana y Hernández-Perni, Remedios de nacionalidad española, se le ha otorgado el número de inscripción de Patente de Invención 2925, estará vigente hasta el veintiuno de octubre del dos mil veinticinco, la clasificación internacional de Patentes es: C07C 59/68, C07C 59/72, C07D 295/22, C07D 261/08, C07D 309/06, C07D 295/18, C07C 235/34, C07C 311/17, C07C 317/22, A61P 25/28, A61K 31/192.—San José, a las nueve horas cuarenta y un minutos del catorce de mayo del dos mil trece.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—1 vez.—(IN2013032848).

El Registro de la Propiedad Industrial.—Oficina de Patentes hace saber que por resolución de las once horas cuarenta y cuatro minutos del trece de marzo del dos mil trece, fue inscrito el Diseño Industrial denominado CUBIERTAS PARA ESPEJOS RETROVISORES a favor de Compañía de Artículos Promocionales S. A. (CAPROSA), domiciliada en Honduras, cuyo creador es: Raúl Fernando Kafie Hernández de nacionalidad hondureña, se le ha otorgado el número de inscripción de modelo industrial 636, estará vigente hasta el trece de marzo del dos mil veintitrés, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 05/99.—San José, a las catorce horas nueve minutos del veintiuno de marzo del dos mil trece.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—1 vez.—RP2013349843.—(IN2013032912).

Exp. N° 9281.—Se hace saber que el licenciado Manuel E. Peralta Volio, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de las compañías Lameplast S.P.A. y Bayer Cropscience AG, sociedades organizadas y existentes bajo las leyes de Italia y Alemania respectivamente, solicita a este Registro se inscriba el traspaso efectuado por la compañía Lameplast S.P.A., titular de la solicitud de Patente de Invención denominada ENVASE PARA PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, MÉDICOS O SIMILARES PARTICULARMENTE PESTICIDAS O PRODUCTOS PARA LA PROTECCIÓN DE PLANTAS, a favor de la compañía Bayer Cropscience AG, de conformidad con los documentos de poder y traspaso aportados el veinticinco de abril de dos mil trece.—San José, 15 de mayo del 2013.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—1 vez.—(IN2013033111).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-422372, denominación: Asociación Wizo Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2013 asiento: 47058.—Registro Nacional, a las 12 horas 37 minutos y 11 segundos, del 5 de abril del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013349760.—(IN2013032899).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-200845, denominación: Asociación Pro Centro Asistencial Nazareth para la Familia. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2013 asiento: 103687).—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 6 minutos y 22 segundos, del 13 de mayo del 2013.—Lic. Henry Jara Solís, Director a.í.—1 vez.—RP2013349965.—(IN2013032900).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-298038, denominación: Asociación Guadalupana de Natación. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2012 asiento: 387836).—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 42 minutos y 17 segundos, del 6 de mayo del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013349778.—(IN2013032901).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-474301, denominación: Asociación Amor al Enfermo de San Juan de Santa Bárbara de Heredia. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2011 asiento: 334329).—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 59 minutos y 52 segundos, del 20 de setiembre del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013349786.—(IN2013032902).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora del Salón Comunal de Barrio Escobal de Belen-Heredia, con domicilio en la provincia de Heredia, Belén, San Antonio, Barrio Escobal, del polideportivo doscientos metros al oeste y seiscientos al sur, en el Salón Comunal de Barrio Escobal. Cuyo fin primordial es: vigilar y mantener el edificio del salón comunal de Barrio Escobal, en San Antonio de Belén. Su presidente Álvaro Jiménez Arias es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones que indica el estatuto. En caso de ausencia temporal del presidente el vicepresidente tendrá las mismas atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2012 asiento: 295480, adicional tomo: 2013, asiento: 078104.—Registro Nacional, a las 15 horas 24 minutos, del 29 de abril del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº RP2013349809.—(IN2013032903).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-113302, denominación: Asociación de Criadores del Caballo Costarricense de Paso. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2013 asiento: 77990).—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 25 minutos y 3 segundos, del 24 de abril del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013349824.—(IN2013032904).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Comerciantes del Mercado de Bataan (ACMB), con domicilio en la provincia de Limón; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: lograr las condiciones óptimas en el Mercado de Bataan de Matina para una atención de calidad a los usuarios del mercado. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Andrés Rodríguez Himan. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2013 asiento: 70855.—Curridabat, 26 de abril del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº RP2013349829.—(IN2013032905).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Damas Vicentinas de San Rafael de Heredia, con domicilio en la provincia de Heredia, cuyos fines, entre otros serán los siguientes: servicio de voluntariado por parte de sus asociados, al servicio de la comunidad y de los más necesitados procurando para ellos el bienestar. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la presidenta Elsa María Segura Ramírez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2013 asiento 4037.—Curridabat, trece de febrero del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº RP2013349834.—(IN2013032906).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Derechos Humanos por la Paz Social de La Tigra de San Carlos, con domicilio en la provincia de Alajuela; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: gestionar el mejoramiento social, cultural, educativo, recreativo, organizativo y productivo de sus miembros, mediante la creación de servicios sociales y comunales. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Luis Aguilar Robles. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2013 asiento: 42964.—Curridabat, a los nueve días del mes de mayo del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº RP2013349866.—(IN2013032907).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Ángeles de Vida Pro Neonatos del Hospital Rafael Ángel Calderón Guardia, con domicilio en la Provincia de San José, Montes de Oca, Barrio Dent, del Inec doscientos metros al sur, Bufete Interlex. Cuyos fines primordiales son: apoyar todos los esfuerzos de la institución para que la infraestructura del servicio de neonatología cuente con elementos idóneos para funcionar. Coordinar con instituciones nacionales e internacionales con el fin de proveer atención a los niños ingresados. Su presidenta Zuleika Zambrano Trigueros es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las demás limitaciones que indica el estatuto. Corresponde al vicepresidente sustituir al presidente en sus ausencias temporales, con iguales obligaciones y atribuciones que este cuando lo sustituye. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2012 asiento: 362535, sin adicionales.—Registro Nacional, a las 11 horas 59 minutos, del 14 de marzo del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº RP2013349873.—(IN2013032908).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. Nº 15769P.—Corporación de desarrollo Agrícola del Monte, solicita concesión de 2 litros por segundo del pozo RS-94, efectuando la captación en finca de su propiedad en Puerto Viejo, Sarapiquí, Heredia, para uso Agropecuario Riego. Coordenadas 267.487 / 548.056 hoja Río Sucio. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de abril del 2013.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013031115).

Exp. 15748A.—Selva Nueva de la Península de Osa S. A., solicita concesión de: 1,5 litros por segundo de la quebrada sin nombre 3, efectuando la captación en finca de Selva Nueva de la Península de Osa S. A., en Jiménez, Golfito, Puntarenas, para uso consumo humano, oficinas, agropecuario riego. Coordenadas 48.568 / 599.961 hoja Carate 6 litros por segundo de la quebrada sin nombre 1, efectuando la captación en finca de Selva Nueva de La Península de Osa S. A., en Jiménez, Golfito, Puntarenas, para uso consumo humano oficinas agropecuario riego. Coordenadas 50.429 / 599.947 hoja Carate. 6 litros por segundo de la quebrada sin nombre 2, efectuando la captación en finca de Selva Nueva de la Península de Osa S. A., en Jiménez, Golfito, Puntarenas, para uso consumo humano, oficinas, agropecuario - riego. Coordenadas 48.919 / 601.371 hoja Carate. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 09 de abril del 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013031555).

Exp. 8959P.—Ana Teresita, Augusto, Cesar, Juan Pablo, Raquel Hermanos, Granados Aguilar, solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-1863 en finca de su propiedad en Escazú, Escazú, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 211.690 / 519.510 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de mayo de 2013.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2013032395).

Exp. 15429P.—Ananas Export Company S. A., solicita concesión de: 2,5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RT-76 en finca de el mismo en Río Cuarto, Grecia, Alajuela, para uso Agropecuario-Riego. Coordenadas 274.991 / 515.667 hoja Chaparrón. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de mayo de 2013.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2013032396).

Exp. 3083A.—Agropecuaria Kimor JPR S. A. solicita concesión de: 6,37 litros por segundo de la Quebrada Bajo de la Pila, efectuando la captación en finca de Jogrebre S. A. en Grecia, Alajuela, para uso agropecuario riego y abrevadero. Coordenadas 227.800/501.600 hoja Naranjo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 4 de marzo de 2013.—Jorge Bonilla Cervantes, Director.—(IN2013032399).

Exp. 15706A.—KM Moraqui S. A., solicita concesión de: 0,11 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de KM Moraqui S. A. en Grecia centro, Grecia, Alajuela, para uso agropecuario Abrevadero y riego. Coordenadas 227.800 / 501.600 hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 4 de marzo de 2013.—Jorge Bonilla Cervantes, Director.—(IN2013032401).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. N° 6880A.—Inversiones Avenidas de las Américas S.A., solicita concesión de: 5 litros por segundo del nacimiento 1 efectuando la captación en finca de su propiedad en Fortuna, San Carlos, Alajuela, para uso comercial envasado de agua turístico hotel. Coordenadas 274.000/457.200, hoja Fortuna. 6 litros por segundo del nacimiento 2 efectuando la captación en finca de su propiedad en Fortuna, San Carlos, Alajuela, para uso comercial envasado de agua, consumo humano doméstico, turístico hotel. Coordenadas 274.400/457.500 hoja Fortuna. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de marzo de 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013032825).

Exp. N° 6880A.—Inversiones Avenidas de las Américas S.A., solicita concesión de: 5 litros por segundo del nacimiento 1 efectuando la captación en finca de su propiedad en Fortuna, San Carlos, Alajuela, para uso comercial envasado de agua turístico hotel. Coordenadas 274.000/457.200 hoja Fortuna. 6 litros por segundo del nacimiento 2 efectuando la captación en finca de su propiedad en Fortuna, San Carlos, Alajuela, para uso comercial envasado de agua, consumo humano doméstico, turístico hotel. Coordenadas 274.400/457.500 hoja Fortuna. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de marzo de 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013032854).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yennery Hernández Rodríguez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1325-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas veinte minutos del dieciocho de abril de dos mil trece. Ocurso. Exp. N° 55489-2012. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Jeinery de los Ángeles Hernández Rodríguez, en el sentido que el nombre... es “Yennery de los Ángeles”, el asiento de nacimiento de María José García Hernández, el asiento de nacimiento de Keyner Andrés García Hernández y el asiento de nacimiento de Emmanuel Alejandro García Hernández, en el sentido que el nombre de la madre... es “Yennery de los Ángeles” y el asiento de matrimonio de Keyner Edmid García Castro y Jeinery de los Ángeles Hernández Rodríguez, en el sentido que el nombre de la cónyuge es “Yennery de los Ángeles”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2013033032).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Naira María Zambrano Mendoza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1425-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de abril del dos mil trece. Exp. Nº 1917-2013. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Samuel Jesús Cedeño Zambrana... en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre... son “Naira María” y “Zambrano” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2013033039).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jessenia Góngora González, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1287-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas un minuto del diecisiete de abril de dos mil trece. Ocurso. Expediente N° 55514-2012. Resultando 1°..., 2°..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Moisés Centeno Góngora...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Jessenia.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Breñas Molina, Jefe.—1 vez.—RP2013349894.—(IN2013033189).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Rosa Isabel Romero Aguirre, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1545-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas dieciséis minutos del treinta de abril del dos mil trece. Exp. N° 10727-2013. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.— Sobre el fondo:... Por tanto, rectifíquese el asiento de defunción de Gustavo Romero Orozco..., en el sentido que el nombre y el segundo apellido del mismo y el nombre y los apellidos de la madre... son “Guztavo”, “Suárez” e “Isabel Romero Suárez” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2013349989.–(IN2013033190).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Silvia Elena Guevara Alemán, mayor, casada, miscelánea, nicaragüense, cédula de residencia 155805725819, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1370-2013.—San José, 20 de mayo del 2013.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2013349887.—(IN2013033191).

Andrea Del Carmen Cortez Jirón, mayor, soltera, miscelánea, nicaragüense, cédula de residencia 155800291405, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1388-2013.—San José, 22 de mayo del 2013.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2013349932.—(IN2013033192).

Badran Mohamad Dar Jbara, mayor, casado, empresario, panameño, cédula de residencia 159100140234, vecino de Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 1375-2013.—San José, veintiuno de mayo del dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013033340).

Marcelina Díaz Borge, mayor, soltera, vendedora, nicaragüense, cédula de residencia 155813473705, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3819-2012.—San José, diez de mayo del dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013033342).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN

Y TRANSFERENCIA EN TECNOLOGÍA

AGROPECUARIA

Modificación Nº 1 al Plan de Compras 2013

El Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria (INTA) comunica, de conformidad con la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, que se ha efectuado la primera modificación al Plan de Compras 2013, la que se encuentra a disposición de los interesados en el Sistema CompraRed, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared, a partir de esta publicación.

Proveeduría.—Isabel Alvarado Alpízar, Proveedora Institucional a. í.—1 vez.—O. C. Nº 112.—Solicitud Nº 110-173-003.—Crédito.—(IN2013028987).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN

DE PROYECTOS ESPECIALES

AMPLIACIÓN AL PROGRAMA

ANUAL DE ADQUISICIONES 2013

Con base en el artículo 7° del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se amplía el Programa Anual de Adquisiciones 2013, publicado en La Gaceta N° 27 del 7 de febrero 2013, lo siguiente:

UNIDAD EJECUTORA DESARROLLO

INFRAESTRUCTURA REGIONAL

Bien, servicio

u obra

Proyecto o

programa

Monto estimado ¢

Fuente financiamiento

Periodo estimado de la compra

Estudios de Suelos, Topográficos-curvas, hidrogeológicos y tránsito de contaminantes

EBAIS Upala

7.500.000,00

CCSS

2do. trimestre 2013

EBAIS Santa Gertrudis

1.500.000,00

CCSS

2do. trimestre 2013

EBAIS La Mona, Golfito

1.500.000,00

CCSS

2do. trimestre 2013

 

22 de mayo del 2013.—Subárea Gestión Administrativa y Logística.—Lic. Mariela Jiménez Mora, Coordinadora a. í.—1 vez.—RP2013350107.—(IN2013033654).

LICITACIONES

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN
Y EXTRANJERÍA

GESTIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000003-20300

Compra de software y licencias

Se avisa a todos los interesados en esta licitación para la Dirección General de Migración y Extranjería, que la Gestión de Proveeduría recibirá solamente ofertas electrónicas en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr/comprared, hasta las 11:00 horas del viernes 21 de junio de 2013, para la compra de Software y Licencias.

La oferta deberá presentarse solamente en forma electrónica y deberá ser firmada digitalmente por quien tenga poder legal para ello. No se aceptarán ofertas en forma escrita ni en algún medio magnético (disco compacto o llave maya, correo electrónico, fax, etc.), si se presentan de esa forma serán descartadas del proceso de contratación.

El interesado tiene el pliego de condiciones a disposición en el Sistema Comprared, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, a partir de este día.

San José, 23 de mayo de 2013. —MBA. Erika García Díaz, Gestora de Proveeduía.—1 vez.—O. C. Nº 18374.—Solicitud Nº 106-050-00018.—C-28800.—(IN2013033664).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

 El Departamento de Proveeduría invita a participar en el siguiente procedimiento de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000009-PROV

Ampliación de la Oficina Regional del OIJ de Bribrí

Fecha y hora de apertura: 26 de junio de 2013, a las 10:00 horas.

El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección:

http://poder-judicial.go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm o solicitarlo al correo electrónico kgutierrez@poder-judicial.go.cr

San José, 23 de mayo del 2013.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—(IN2013033415).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000006-85001

Concesión del espacio para la explotación del servicio de soda

en las oficinas centrales del Tribunal Supremo de Elecciones

La Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones, recibirá ofertas digitales presentadas mediante el sistema CompraRED 2.0 hasta las 10:00 horas del día 21 de junio de 2013 para la citada licitación. Los interesados en este concurso tienen el cartel a su disposición en forma gratuita, en la página Web del Ministerio de Hacienda, www.hacienda.go.cr link CompraRED; o en la página Web del Tribunal Supremo de Elecciones www.tse.go.cr, link “Tribunal Supremo de Elecciones/El TSE en la Red Interinstitucional de Transparencia/Adquisiciones/Licitaciones Públicas/2013”, o podrán obtenerlo en la Proveeduría, sita: costado oeste del Parque Nacional en San José, tercer edificio, planta baja, para lo cual deberá aportar un dispositivo de almacenamiento masivo (llave maya). No se suministrarán ejemplares impresos.

Lic. Allan Herrera Herrera, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. N° 17957.—Solicitud Nº 125-581-3-007.—(IN2013033698).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN PRODUCCIÓN INDUSTRIAL

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2013LN-000004-8101

Gabachas manga larga y manga corta

La Dirección de Producción Industrial de la Caja Costarricense de Seguro Social, recibirá ofertas por escrito, hasta las 9:30 horas del día 17 de junio del 2013, para el concurso por objeto de “Gabachas manga larga y gabachas manga corta”.

Los interesados podrán adquirir el cartel y toda la documentación, en la fotocopiadora ubicada en el piso comercial del Edificio Jenaro Valverde Marín de la CCSS, costado sureste del Teatro Nacional (San José av. 2 y 4 calles 5 y 6).

Ver detalles http: //www.ccss.sa.cr.

San José, 23 de mayo de 2013.—Unidad de Compras.—Lic. José A. Vargas Castro, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013033658).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000052-PRI (Convocatoria)

Compra de tubería de polietileno para el Proyecto

Chires arriba y abajo de Puriscal

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 09:00 horas del día 14 de junio del 2013, para contratar la “compra de tubería de polietileno para el proyecto Chires arriba y abajo de Puriscal”.

Los documentos que conforman el cartel podrán descargarse de la dirección electrónica www.aya.go.cr o bien retirarse en la Dirección de Proveeduría del AyA, sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA ubicado en Pavas, el mismo tendrá un costo de ¢500,00.

Dirección Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2013-002.—Solicitud Nº 870-00113.—C-12320.—(IN2013033390).

SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS,

RIEGO Y AVENAMIENTO

PROGRAMA DE GESTIÓN INTEGRADA DEL RECURSO HÍDRICO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000001-OC

Recava de canales y construcción de obras

de concreto para la rehabilitación del

proyecto de drenaje Coopecañitas

Objetivo de la licitación: consiste en rehabilitación de la red de drenaje de Coopecañita R. L., con una longitud de recava de 14.26 kilómetros de los cuales 5.98 kilómetros corresponden a canales primarios y 8.28 kilómetros son canales secundarios, la construcción de 18.00 pasos de camino completos (cabezal, aletones y zapeado aguas abajo) y el refuerzo de 9.00 con la construcción del cabezal, de los aletones o el zampeado. Además de la construcción con gaviones de dos caídas hidráulicas según los diseños y planos adjuntos, así como las demás características indicadas en las especificaciones técnicas de este cartel.

Ubicación geográfica: está ubicado en el poblado de Juray, distrito Pejibaye, cantón de Jiménez, provincia de Cartago. Se localiza a una distancia de aproximadamente 15 km. de la ciudad de Turrialba y a aproximadamente 2 km. del poblado de Pejibaye, se tiene acceso desde Turrialba por carretera asfaltada hasta el cruce de La Suiza con una longitud de 10 km aproximadamente, luego por un camino lastrado transitable durante todo el año en una longitud de aproximadamente 5 km hasta llegar al Ingenio Atirro allí es donde inicia el área de proyecto.

Financiamiento: esta licitación será financiada con recursos provenientes del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), conforme con los términos establecidos en el Contrato Préstamo N° 1709, suscrito entre el BCIE y el Gobierno de la República de Costa Rica, para la ejecución de un Programa de Gestión Integral de Recurso Hídrico, por lo que, la adquisición de Bienes y Servicios Relacionados con dicho financiamiento, deberá sujetarse a las disposiciones de la Política para la Obtención de Bienes y Servicios Relacionados y Servicios de Consultorías del BCIE.

Organismo ejecutor: Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA).

Entrega de documentos y recepción de ofertas: Los documentos para la presente licitación, podrán retirarse en la Unidad de Servicios Administrativos del Senara, ubicado en San José, cantón Goicoechea, distrito Calle Blancos, del puente de Cinco Esquinas de Tibás, 600 metros este, edificio color beige, o bien pueden consultarse en la página web de SENARA, www.senara.or.cr. Las ofertas deberán entregarse en esta misma dirección física, antes de las 10 horas del día 17 de junio de 2013. Cabe indicar que no se recibirán ofertas después del día y la hora antes indicado. Tampoco se recibirán ofertas por la vía electrónica. La visita al proyecto se realizará el día 5 de junio de 2013, a las 8:30 a. m., en las instalaciones de Coopecañita frente al Ingenio Atirro.

La autoridad competente de la aprobación y adjudicación de la presente licitación, es la Junta Directiva del SENARA, como la máxima autoridad del organismo ejecutor, con la no objeción del BCIE.

Lic. Xinia Herrera Mata, Coordinadora de Servicios Administrativos SENARA.—1 vez.—O. C. 110-13.—Solicitud 770-028.—C-45940.—(IN2013033687).

AVISOS

HOSPITAL DEL TRAUMA S. A.

LICITACION PÚBLICA N° 2013LN-000006-00103

Adquisición de ropa descartable en modalidad de compra por

demanda, para los procedimientos quirúrgicos a realizarse

en el Hospital del Trauma

Proveeduría Institucional Hospital del Trauma S. A. invita a los interesados a participar en el concurso “Adquisición de ropa descartable en modalidad de compra por demanda, para los procedimientos quirúrgicos a realizarse en el Hospital del Trauma.”. El cartel se encuentra disponible a través del sitio CompraRED en la siguiente dirección electrónica https://www.hacienda.go.cr/comprared.

La fecha límite para recepción de ofertas es hasta las 10:00 a. m. (diez y minutos am) horas del día 21/06/2013 (veintiuno de junio del dos mil trece), para la contratación en referencia.

Además se recibirán ofertas digitales por medio del sistema Comprared en la dirección https://www.hacienda.go.cr/rp/ca/InformacionTramite.aspx?titutram=1145&tramiden=2013LN-000006-00103

CRAV14764309482013

San José, 23 de mayo 2013.—Lic. Fernando León Murillo, Proveedor.—1 vez.—(IN2013033669).

BCR VALORES S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000002-05

Contratación de servicios para el desarrollo de un Sistema

de Gestión Electrónica para BCR Valores S. A.

BCR Valores informa que recibirá ofertas hasta las diez horas con treinta minutos (10:30am), del 20 de junio del 2013, para la licitación en referencia, las cuales deben ser depositadas en el buzón de la Oficina de Compras y Pagos, ubicado en el tercer piso de Oficinas Centrales.

El cartel de la contratación que incluye las especificaciones técnicas y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario de 9:00 am a 3:00 pm.

Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Supervisor.—1 vez.—O. C. N° 62703.—Solicitud Nº 920-00110-13-1.—(IN2013033710).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE LOS CHILES

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000002-01

Adquisición de un vehículo todo terreno de alta potencia,

doble cabina, doble tracción y totalmente nuevo año 2013

La Municipalidad de Los Chiles por este medio le invita a participar en la Licitación Abreviada número 2012LA-00002-01 “Adquisición de un vehículo todo terreno de alta potencia, doble cabina, doble tracción y totalmente nuevo año 2013”.

El cartel para la Licitación Abreviada número 2013LA-000002-01, puede ser adquirido en el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de los Chiles a partir del día de esta invitación.

Se recibirán oferta el día 24 de mayo del 2013 hasta las 10:00 horas. Cualquier consulta puede realizarla al teléfono 2471-1036 o al correo proveeduria@muniloschiles.com

Los Chiles, 9 de mayo del 2013.—Ing. Alván Noel Ortiz Bravo, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2013033657).

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2013CD-000011-01

Contratación de un profesional en ingeniería eléctrica

o mantenimiento industrial para la elaboración

del plano eléctrico del Edificio Municipal

La Municipalidad de Los Chiles por este medio le invita a participar en la contratación directa número 2013CD-000011-01 con la cual se pretende realizar la contratación de un profesional en ingeniería eléctrica o mantenimiento industrial para la elaboración del plano eléctrico del Edificio Municipal.

Los requisitos de la contratación directa número 2013CD-000011-01, deberán ser adquirido en el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Los Chiles, teléfono 2471-1036 o podrán ser solicitado al correo: proveeduria@muniloschiles.com.

Se recibirán ofertas cinco días hábiles posteriores a esta publicación.

Los Chiles, 21 de mayo del 2013.—Ing. Alván Noel Ortiz Bravo, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2013033674).

ADJUDICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA 2012LN-000023-0DI00

Contratación de los trabajos para la atención de la ruta

nacional 625 (en lastre), Zona 4-2, secciones de control 60391

(Quebrada Pavona-Colina), 60392 (Colinas-Bella Vista),

60393 (Bella Vista) y 60394 (Térraba-Brujo)

El Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), comunica a todos los interesados en el concurso en referencia, que según artículo XIII de la sesión N° 1007-13, de 20 de mayo de 2013, el Consejo de Administración acordó:

Acuerdo firme: Analizados los informes legal, técnico, de razonabilidad de precios, financiero, la recomendación de adjudicación de la Comisión Permanente de Contrataciones CPC-048-13 y el oficio de la Dirección Ejecutiva DIE-03-13-1487 se acogen y se adjudica la Licitación Pública 2012LN-000023-0DI “contratación de los trabajos para la atención de la ruta nacional 625 (en lastre), Zona 4-2, secciones de control 60391 (Quebrada Pavona-Colina), 60392 (Colinas-Bella Vista), 60393 (Bella Vista) y 60394 (Térraba-Brujo)”, al consorcio Constructora Albosa S. A., compuesto por las empresas Constructora Albosa S. A., cédula jurídica 3-101-063942 y Constructora Tres Hermanos de Grecia S. A., cédula jurídica 3-101-234591, por un monto de ¢1.200.199.288,40 (mil doscientos millones ciento noventa y nueve mil doscientos ochenta y ocho colones con 40/100) y un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días naturales.

23 de mayo del 2013.—MBA Arturo Alvarado Moya, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. N° 2105.—Solicitud N° 112-303-00168.—C-16450.—(IN2013033384).

LICITACION PÚBLICA N° 2012LN-000026-0DI00

Contratación de los trabajos para la atención de la ruta

nacional 806 (en lastre), secciones de control 70292

(Cruce San Alberto-Santo Domingo), 70501 (Santo

Domingo-Finca Carmen Tres) y 70502 (Finca

Carmen Tres-Puerto Caño Blanco)

El Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), comunica a todos los interesados en el concurso en referencia, que según artículo XVI de la sesión Nº 1007-13, de 20 de mayo de 2013, el Consejo de Administración acordó:

Acuerdo Firme: Analizados los informes legal, técnico, de razonabilidad de precios, la recomendación de adjudicación de la Comisión Permanente de Contrataciones CPC-055-13 y el oficio de la Dirección Ejecutiva DIE-03-13-1483 se acogen y se adjudica la Licitación Pública 2012LN-000026-0DI00 “Contratación de los trabajos para la atención de la ruta nacional 806 (en lastre), secciones de control 70292 (Cruce San Alberto-Santo Domingo), 70501 (Santo Domingo-Finca Carmen Tres) y 70502 (Finca Carmen Tres-Puerto Caño Blanco)”, a la empresa Constructora Hermanos Brenes S. A., cédula jurídica 3-101-172938, por un monto total de ¢1.021.373.453,55 (mil veintiún millones trescientos setenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y tres colones con cincuenta y cinco céntimos), con un plazo de ejecución de 365 (trescientos sesenta y cinco) días naturales.

San José, 23 de mayo del 2013.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 2105.—Solicitud Nº 112-303-00169.—C-24600.—(IN2013033659).

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

CONCURSO PÚBLICO N° 01-2013

Contratación de una empresa o grupo consultor en ingeniería

y arquitectura para asesorar al órgano fiscalizador

del contrato de gestión interesada en labores

propias de esa materia

El Consejo Técnico de Aviación Civil y la Dirección General de Aviación Civil, a través de la Proveeduría Institucional, avisa a los interesados en este concurso público que por acuerdo según artículo quinto de la sesión ordinaria 33-2013 celebrada por el Consejo Técnico de Aviación Civil el día 15 de mayo de 2013. Se adjudica el concurso público N° 01-2013, “contratación de una empresa o grupo consultor en ingeniería y arquitectura para asesorar al órgano fiscalizador del contrato de gestión interesada, en labores propias de esa materia”.

I.C.C. Ingenieros Civiles Consultores S. A., cédula jurídica 3-101-046671

Monto total para el plazo contractual establecido de doce meses $198.000,00 (ciento noventa y ocho mil dólares).

Monto mínimo administrativo para el caso que se diera una suspensión de las obras previo a la terminación del contrato, $10.200,00 (diez mil doscientos dólares).

El plazo de la contratación será por doce meses consecutivos, contados a partir de la orden de inicio, prorrogable hasta por tres años si así lo determina el CETAC.

Garantía de cumplimiento 5% del monto total adjudicado, con una vigencia de doce meses.

Todo de acuerdo con los términos del cartel y la oferta presentada.

23 de mayo del 2013.—Lic. José Alb. Cascante Torres, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 23551.—Solicitud Nº 112-303-00019.—C-16450.—(IN2013033385).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

HOSPITAL DEL TRAUMA S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000002-00103

(Declaración de infructuosa)

Servicios para recolección, transporte y disposición final de

desechos anatomo-patológicos del Hospital del Trauma S. A.

Se declara la línea Nº 00001 infructuosa de la Licitación Pública 2013LN-000002-00103, conforme los alcances del artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

Contra la presente resolución cabe el recurso establecido en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento. Es todo. Notifíquese.

23 de mayo 2013.—Lic. Fernando León Murillo, Proveedor.—1 vez.—(IN2013033670).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

UNIDAD DE COMPRAS INSTITUCIONALES

CONTRATACIÓN DIRECTA DE ESCASA

CUANTÍA Nº 2013CD-000042-06

Compra de materiales para elaborar queso

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Huetar Norte, del Instituto Nacional de Aprendizaje en el Acta Nº 48-2013, celebrada el 20 de mayo del 2013, acuerda adjudicar la Compra Directa en referencia de conformidad con los criterios técnicos jurídicos, administrativos y la recomendación según el Estudio Técnico Oficio NSIA-PGA-193-2013.

Adjudicar la única línea de la Compra Directa 2013CD-000042-06 para la “compra de materiales para elaborar queso”, en los siguientes términos:

• Adjudicar a la oferta Nº 1, Miguel Gerardo Rivera Zamora, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable.

Proceso de Adquisiciones URHN.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00147.—C-18800.—(IN2013033689).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000069-01

Compra de Licencias de Programas de Oracle

La Comisión de Licitaciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, en su acta Nº 20-2013, celebrada el día 21 de mayo del 2013, artículo II, tomó el siguiente acuerdo:

a.  Adjudicar la Licitación Abreviada 2012LA-000069-01, para la compra de Licencias de Programas de Oracle, de conformidad con el informe de recomendación UCI-PA-984- 2013, el estudio técnico USST-ADQ-55-2013 y el estudio legal ALCA-261-2013, en los siguientes términos:

    Adjudicar la línea 1, a la oferta 1 de la empresa Central de Servicios PC S. A., por un monto de $220.704,10, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 15 días hábiles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00148.—C-18800.—(IN2013033691).

REGISTRO DE PROVEEDORES

AVISOS

COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES

Y RECREACIÓN DE GUÁCIMO

Inscripción y actualización de Registro de Proveedores

El Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Guácimo invita a todas las personas (físicas y jurídicas) interesadas en formar parte de nuestro Registro de Proveedores, para que presenten la fórmula diseñada para tal efecto, la pueden retirar en el local N° 4, bajo la Municipalidad de Guácimo, vía fax 2716-5501, por correo electrónico a la siguiente dirección: ccdrguacimo@ice.co.cr, de lunes a viernes de 11:00 a. m. a 4:15 p.m. De igual manera, invitamos a los proveedores inscritos para que de ser necesario se actualicen. Los documentos a adjuntar se indican en dicho formulario. Para mayor información al teléfono 2716-5501.

Nobel Mesén Mora, Presidente.—1 vez.—(IN2013033055).

FE DE ERRATAS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN

Y EXTRANJERÍA

GESTIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000002-20300

(Modificaciones al pliego de condiciones)

Compra de equipo de cómputo

Se avisa a todos los interesados en esta Licitación para la Dirección General de Migración y Extranjería, que se realizan las siguientes modificaciones al pliego de condiciones:

1.  Se prorroga la fecha de apertura de las ofertas para las 13:30 horas del jueves 13 de junio del 2013.

2.  En el Anexo Nº 1, Formulario Nº 1, Posición Nº 23 (Compra e instalación de un equipo de seguridad a través de IPS):

a.  El renglón 1 y 2 del cuadro donde dice “Sec 2750” debe leerse correctamente Sec 2850”.

b.  Se adjunta en la carpeta de Documentos / Notificaciones de este trámite en el sistema Comprared, documento con el desglose de las características técnicas del equipo IPS que se requiere adquirir (Bases del IPS McAfee Security).

c.  Se agrega el siguiente renglón al cuadro:

“El equipo solicitado debe ser igual o superior al M-2850 de McAfee, por cuanto la Dirección General de Migración y Extranjería ya cuenta con la versión de EPO 4.6 y el IPS requerido debe ser COMPATIBLE E INTEGRABLE con:

      Consola McAfee Epolicy Orchescrator, esto para el análisis forense y otras funcionalidades.

      Software McAfee ePO.

      McAfee Enterprise Security Manager.

      McAfee Network Threat Behavior Analysis.

      McAfee Vulnerability Manager.

      Análisis forense de tercero.”

d.  Se agrega el siguiente renglón al cuadro:

“Se solicita que el producto tenga soporte RMA (Return Materials Authorization) autorización del retorno del material, por parte del fabricante; por lo tanto, no se requiere servicio de soporte por cuanto es reemplazar “quitar y poner y reconfigurar” el hardware en caso de daño. Para el caso de las visitas mensuales, es suficiente que el técnico que realice la visita tenga los certificados del fabricante del producto que ya se han solicitado en el punto 2.7 del pliego de condiciones, por cuanto el servicio de visitas mensuales lo que busca es verificar el estado del equipo; es decir su funcionalidad operativa desde el software, ya que si hay problemas con el hardware, existirá el servicio RMA para la sustitución total del mismo. Por ello, no es requerido que el partner posea un centro de atención reconocido por el fabricante debido a que no se permitirá que el producto o hardware sea quitado, llevado a reparar y luego traído a instalar ya reparado, tampoco se permitirá que el equipo sea abierto para limpieza interna debido a que es hardware sellado; el soporte es en el software y su configuración, actualizaciones y operación. No es requerido para este producto el contar con un tipo de partner nivel élite en risk management.”

3.  En el Anexo Nº 1, Formulario Nº 1, Posición Nº 17 (microcomputadoras de alto rendimiento), apartado de Características Adicionales, en el renglón tres se elimina el texto “Server 2003/ Server 2008”, por lo que se debe leer correctamente de la siguiente manera:

“100% compatible con los sistemas operativos Windows® XP/ Vista / 7 / 8 / 32-64bits. Comprobable en el HCL de Microsoft.”

4.  En el Anexo Nº 1, Formulario Nº 1, Posiciones Nº 18 y 19 (microcomputadoras portátiles de 13” y 15” respectivamente), en el apartado Puertos, en el renglón dos se elimina donde dice “S-Video”, por lo que se debe leer correctamente de la siguiente manera: “Conector VGA”. Además se elimina el renglón tres que dice: “Conector RJ-11”.

5.  En el Anexo Nº 1, Formulario Nº 1, Posiciones Nº 15 Y 16 (microcomputadoras de escritorio media torre y microcomputadoras de alto rendimiento respectivamente), en el apartado Sonido, en el renglón cuatro se elimina donde dice “Un parlante interno tipo speaker de 3 watts mínimo, incorporado al chasis”, por lo que se debe leer correctamente de la siguiente manera: “Un parlante interno tipo speaker de entre 1 y 3 watts, incorporado al chasis”.

6.  En el apartado 9.2.5. Taller de servicio autorizado, se modifican los siguientes rangos de años y los porcentajes indicados en el cuadro de evaluación:

-    Donde dice “Mayor o igual a 10 años”, debe leerse correctamente: “Mayor o igual a 5 años”, léase en casilla de porcentaje “10”

-    Donde dice “Mayor o igual a 8 pero menor de 10 años”, debe leerse: “Mayor o igual a 4 pero menor de 5 años”, léase en casilla de porcentaje “8”

-    Donde dice: “Mayor o igual a 6 pero menor de 8 años”, debe leerse: “Mayor o igual a 3 pero menor de 4 años”, léase en casilla de porcentaje “6”

-    Donde dice: “Mayor o igual a 4 pero menor de 6 años”, debe leerse: “Mayor o igual a 2 pero menor de 3 años”, léase en casilla de porcentaje “4”

-    Donde dice: “Menor a 4 años”, debe leerse: “Mayor o igual a 1 pero menor de 2 años”, léase en casilla de porcentaje “2”

-    Se agrega el siguiente renglón: “Menor a 1 año”, léase en casilla de porcentaje “1”

7.  De conformidad con el oficio Nº GTI-936-05-2013-SST de fecha 22 de mayo del 2013 de la Gestión de Tecnologías de Información de la Dirección General de Migración y Extranjería, se deberán reemplazar todas las especificaciones técnicas descritas en el Anexo Nº 1, Formulario Nº 1, posición Nº 14 (impresoras monocromáticas), por lo que se deberán leer correctamente las especificaciones técnicas mínimas de la siguiente manera:

a.  Capacidad de salida: 250 hojas cara abajo o superior.

b.  Configuración: Escritorio.

c.  Resolución: Que permita 300 x 300 dpi, 600 x 600 dpi o superior.

d.  Salida de Primera Página: Tiempo de salida de la primera página no mayor a 8 segundos.

e.  Velocidad de Impresión (ppm): 35 ppm o superior.

f.   Velocidad de Impresión en Doble Cara: 20 ppm o superior.

g.  Tiempo de calentamiento: De 20 segundos o menos.

h.  Fuente de energía: 120V, 60Hz - 220V, 50/60Hz.

i.   Consumo de energía: 850W o menos, que posea modo de ahorro de energía.

j.   Modo ahorro de energía: 5.5W o menos.

k.  Capacidad de papel: Capacidad de Bandeja Estándar: 500 hojas.

l.   Tamaños de papel: Que permita manejar tamaños de: 8.5” x 11” y 8.5” x 13” como mínimo.

 m.  Peso de papel: Bandeja Estándar: 60 - 105 gr/m2.

n.  Tipos de papel aceptables: Papel bond común, Reciclado, Sobres, Transparencias, Papel Membretado, Preimpresos y hasta Personalizado.

o.  Consumibles: Que posea tóner inicial para al menos 2000 páginas y que permita tóner de alto rendimiento (al menos 7000 páginas).

p.  Normas de seguridad: ISO 14001, última versión de la certificación Energy Star.

     Especificaciones del controlador:

q.  Procesador: 500MHz o superior.

r.   Lenguajes de la Impresora: PCL6 / PCL5 / PDF.

s.   Fuentes: Fuentes estándar para PCL y al menos 1 fuente Bitmap.

t.   Memoria: 128MB RAM estándar como mínimo o superior.

u.  Opciones de memoria: DIMM SD-RAM de 144 pines.

v.  Interfaces estándar: 10/100 BaseTX Ethernet y USB 2.0.

w. Protocolos de red: TCP/IP.

x.  Drivers: PCL5 y PCL6: Windows XP / 7 / 8 a 32 y 64 bit Mac OS, Mac OS X, UNIX, Linux.

Todo lo demás permanece invariable.

San José, 23 de mayo del 2012.—MBA. Erika García Díaz, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 18374.—Solicitud Nº 106-050-00017.—C-66740.—(IN2013033662).

JUSTICIA Y PAZ

LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN-000015-77900

(Se deja sin efecto el trámite)

Contrato de entrega según demanda-alquiler de equipo

de cómputo para los programas 77900 y 78300

A los oferentes interesados en esta licitación se les comunica que, antes las significativas modificaciones del objeto contractual relacionadas con las especificaciones técnicas de los equipos a arrendar y la imperativa anulación de las solicitudes de pedido ingresadas en el sistema Compr@Red, esta Proveeduría-en ejercicio de la facultad contenida en el artículo 58 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa- ha determinado conveniente dejar sin efecto este trámite en procura de proteger el interés institucional.

San José, 21 de mayo del 2013.—Rolando Arturo Chinchilla Masís, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. N° 18950.—Solicitud Nº 119780-09200M.—(IN2013033702).

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN-000013-78300

Contrato de entrega según demanda

-suministro de balones de fútbol y fútbol sala

Se avisa a todos aquellos interesados en esta contratación, que debido a que se realizarán modificaciones de carácter técnico al pliego de condiciones, se traslada la fecha de apertura de esta contratación para el día 28 de junio del 2013 a las 9:00 a.m.

Posteriormente se estarán realizando modificaciones al pliego de condiciones las cuales se publicarán por este medio y se pondrán a disposición en el Sistema de Compras Gubernamentales Comprared 2.0, en la siguiente dirección electrónica: https://www.hacienda.go.cr/rp/ca/InformacionTramite.aspx?TRAMIDEN=2013LN-000013-78300&TITUTRAM=19

San José, 24 de mayo de 2013.—Rolando Chinchilla Masís, Proveeduría Institucional—1 vez.—O. C. N° 18950.—Solicitud Nº 119—780-033DA.—(IN2013033704).

BANCO DE COSTA RICA

OFICINA DE COMPRAS Y PAGOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000007-01

(Modificación Nº 1)

Servicios por demanda de un centro de contactos (Contact

Center) para brindar soporte multicanal a los clientes

del BCR y otros servicios afines

El Banco de Costa Rica comunica a los interesados en participar en esta licitación, que se ha ampliado el plazo para recibir ofertas hasta las once horas con treinta minutos del día 18 de junio del 2013.

Asimismo se informa que el documento con las aclaraciones y modificaciones al cartel lo pueden retirar en la Oficina de Compras y Pagos, ubicada en el tercer piso de Oficinas Centrales, con un horario de 9:00 am a 3:00 pm.

San José, 24 de mayo del 2012.—Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—O. C. N° 18950.—Solicitud Nº 920-00110-13.—(IN2013033709).

UNIVERSIDAD NACIONAL

SECCIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000001-SCA

Concesión de instalación pública para prestar el servicio de

soda comedor de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales

Campus Omar Dengo

La Universidad Nacional, a través de la Proveeduría Institucional comunica a los interesados en la presente Licitación Pública 2013LN-00001-SCA, promovida para la contratación del servicio de la “concesión de instalación pública para prestar el servicio de soda comedor de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales Campus Omar Dengo, que donde dice: Dirección Ejecutiva de la Facultad de Ciencias de la Salud, debe leerse correctamente: Dirección Ejecutiva de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales.

En el apartado Sección III. Descripción del Servicio, agregar al final del mismo, “3.46.El concesionario y su personal tienen la obligación de hacer frente a las responsabilidades provenientes de las relaciones de trabajo-obrero-patronales, de las relaciones civiles y penales y de cualquier otra índole, que se susciten y originen entre el Concesionario y sus trabajadores, entre el primero con terceros o cualquier persona física o jurídica, con motivo de la ejecución contractual del concurso público, eximiendo de ello su totalidad a la Universidad Nacional”.

Todos los otros aspectos del cartel que no se mencionan en el presente documento permanecen invariables.

Heredia, 22 de mayo del 2013.—Proveeduría Institucional.—Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O. C. Nº 114-2013.—Solicitud Nº 785-00028.—C-32900.—(IN2013033387).

REGLAMENTOS

CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES

PROYECTO DE DECRETO

ADICIÓN DE UN ADENDUM VIII AL PLAN NACIONAL

DE ATRIBUCIÓN DE FRECUENCIAS, DECRETO

EJECUTIVO Nº 35257-MINAET Y SUS REFORMAS

El Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones por medio de la Dirección de Espectro Radioeléctrico del Viceministerio de Telecomunicaciones, con fundamento en los artículos 121 y 240 de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227, somete a consulta pública no vinculante el proyecto de Reglamento de “Adición de un adendum VIII al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, Decreto Ejecutivo Nº 35257-MINAET y sus reformas.” Los actuales concesionarios de las bandas de enlaces de microondas, atribuidos a servicio fijo en uso no exclusivo,  podrán hacer llegar sus observaciones o comentarios a la Dirección de Espectro Radioeléctrico del Viceministerio de Telecomunicaciones, MICITT ubicada en San José, Barrio Tournón, Edificio Almendros, diagonal a las oficinas del  Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), en el horario de 8:00 a. m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 5:00 p. m., al fax 2211-1280 o al correo electrónico espectro@telecom.go.cr dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la presente publicación.  Para consultar el texto del decreto favor visitar la dirección electrónica:

http://www.telecom.go.cr/consulta_publica

Allan Ruiz M., Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. N° 19106.—Solicitud N° 128-898-025.—(IN2013032747).

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

CONSEJO UNIVERSITARIO

El Consejo Universitario de la Universidad Técnica Nacional informa sobre la aprobación de la “Modificación al Reglamento de Control de Bienes de la Universidad Técnica Nacional”, en su artículo número 10, según consta en el Acuerdo 47-2013 de la sesión ordinaria N° 41, del Acta N° 07-2013, celebrada el 21 de marzo de 2013. 

Se sustituye el texto del artículo 10 por el siguiente:

“Artículo 10.—Capitalización de bienes.  Se capitalizarán aquellos bienes adquiridos por la institución, cuyo valor sea igual o superior a ¢15.000,00 (quince mil colones con 00/100), monto que variará cada tres años de acuerdo al promedio del índice de inflación acumulada fijado por el Banco Central de Costa Rica para los tres años anteriores a la fecha en que se realizará la actualización del monto.  A todos los activos que se registren como bienes duraderos se les asignará un valor de rescate o residual de ¢1.000,00 (mil colones 00/100).  Los bienes con valor inferior al indicado serán considerados como activos menores y se reclasificarán al gasto”.

El Reglamento de Control de Bienes de la Universidad Técnica Nacional con las reformas indicadas debidamente incorporadas, se encuentra en su versión completa y actualizada en el portal electrónico de la Universidad Técnica Nacional www.utn.ac.cr, sección “Normativa Universitaria”. 

Rige a partir de su publicación.

17 de mayo del 2013.—Lic. Marcelo Prieto Jiménez, Rector UTN.—1 vez.—(IN2013032842).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA

CONCEJO MUNICIPAL

El Concejo Municipal de San Isidro de Heredia, en Sesión Ordinaria Nº 29-2013, celebrada el día 13 de mayo del 2013, mediante acuerdo Nº 467-2013, por unanimidad, con dispensa de trámite de comisión, aprobó en forma definitiva el texto del “Reglamento para el otorgamiento de ayudas temporales y subvenciones de la Municipalidad de San Isidro de Heredia”, aclarando que el texto adoptado es el que fue publicado en La Gaceta Nº 80 del viernes 26 de abril del 2013, el cual no ha sido modificado. Rige a partir de la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial La Gaceta.

San Isidro de Heredia, 22 de mayo del 2013.—Zeidy Aguilar Vindas, Secretaria.—1 vez.—(IN2013033113).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

“MODIFICÓ LAS TARIFAS Y COMISIONES

PARA LOS PRODUCTOS DE CAPTACIÓN”

La Junta Directiva Nacional, en sesión 5058 del 16 de abril del 2013, modificó los párrafos ubicados entre los “Producto: ´Transferencias Externas e Internas´” y “Producto: ´Ahorro Obligatorio´” de las “Tarifas y Comisiones para los productos de Captación”, párrafos que se leerán así:

“El Gerente General Corporativo, el Subgerente de Negocios, los Directores de Banca y los Directores Regionales, respetando el principio de igualdad y por acto motivado e indelegable, podrán exonerar hasta el 100% de las tarifas antes indicadas, a personas o grupos de ellas cuando medien motivos tales como el interés social, las condiciones del mercado financiero y bancario o la celebración de negocios colaterales como saldos medios en cuentas a la vista o a plazo, inversiones en el Puesto de Bolsa propiedad del Banco Popular, operaciones de crédito, fideicomisos, pagos de salarios; atribución que en las mismas condiciones podrán ejercer también los Gerentes de Centros de Servicios Financieros y los Gerentes de Sucursal, pero sin que la exoneración pueda superar el 50%.

La variación de alguna de las tarifas antes indicadas para la totalidad de los clientes, requerirá acuerdo de la Junta Directiva Nacional”.

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

San José, 22 de mayo del 2013.—División de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2013033115).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE COSTA RICA

El Tribunal Electoral del Cuerpo de Bomberos, con sustento en el Decreto Ejecutivo número 37615-MP, Reglamento de la Ley 8228 del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, comunica: que se encuentra abierto el proceso de recepción para postulaciones como candidato a Miembro del Consejo Directivo del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, según lo establecido en el artículo 50 de dicho reglamento. Se establece el 26 de julio a las 17:00 horas como fecha límite para la recepción de inscripciones.

Lic. Juan Rafael Hidalgo Bolaños, Jefe.—Dirección Administrativa.—1 vez.—(IN2013032870).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

VICERRECTORÍA EJECUTIVA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Estatal a Distancia, se ha presentado por motivo de solicitud de reposición del diploma, correspondiente al título de Licenciatura en Administración de Empresas énfasis en Contaduría, a nombre de María Roxana Rodríguez Barquero, cédula de identidad 1-511-989. El mismo se encuentra registrado bajo la inscripción que se detalla a continuación:

Tomo: V

Folio: 813

Asiento: 33

 

Se solicita la publicación del edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles, a partir de la tercera publicación en La Gaceta. Dado a solicitud de la interesada en San José, a los veintitrés días del mes de abril del dos mil tres, por la Lic. Tatyana Bermúdez Vargas, Encargada del Área de Graduación y Certificaciones de la Oficina de Registro y Administración Estudiantil.—RP2013349522.—(IN2013032104).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor William Hernández Castro, cédula de identidad N° 701180579, ha presentado para el trámite de reconocimiento y diploma con el título de Magister Scientiae en Maestría en Ciencia Forestal, Área de Concentración Selvicultura, obtenido en la Universidad Federal de Viçosa. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 15 de mayo del 2013.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.E.d, Director.—O. C. Nº 0101.—Solicitud Nº 615-0037.—(IN2013032689).

La señora Myrna Guadalupe Zamora Gutiérrez, cédula de residencia N° 148400241506, ha presentado para el trámite de reconocimiento y diploma con el título de Licenciada en Administración de Empresas, obtenido en el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 10 de mayo del 2013.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.E.d, Director.—O. C. Nº 0101.—Solicitud Nº 615-0039.—(IN2013032690).

La señora Ana María Valenzuela Gómez, cédula de residencia N° 117001648006, ha presentado para el trámite de reconocimiento y diploma con el título de Arquitecta, obtenido en la Pontificia Universidad Javeriana. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 10 de mayo del 2013.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.E.d, Director.—O. C. Nº 0101.—Solicitud Nº 615-0038.—(IN2013032692).

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

AVISO

La SUTEL hace saber que de conformidad con el expediente GO196-STC-AUC-00520-13 y en cumplimiento del artículo 42 del Reglamento a la Ley N° 8642, se publica extracto de la resolución RCS-148-2013 que otorga el título habilitante SUTEL-TH-461 a Floribeth Gutiérrez Villachica, cédula 2-514-350. 1) Servicio autorizados: acceso a Internet en la modalidad de café Internet. 2) Plazo de vigencia: diez años a partir de la publicación en La Gaceta. 3) Zonas geográficas: distrito de Ulloa, cantón central de Heredia, 800 metros sur de la escuela del Sur. 4) Sobre las condiciones: debe someterse a lo dispuesto en la RCS-148-2013.

Luis Alberto Cascante Alvarado, Secretario del Consejo.—1 vez.—O. C. Nº 2105.—Solicitud Nº 776-046-13.—C-9400.—(IN2013033392).

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

El Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP) Área de Supervisión Cooperativa previene al Gerente de Cooperativa Autogestionaria Empleo y Producción de Chacarita R. L. (Coopeempleadores R. L.), integrantes del Consejo de Administración, demás órganos administrativos y afiliadas del mismo, así como a terceros interesados, que este Instituto no tiene evidencia de que este organismo esté cumpliendo con su objeto social.

De acuerdo con el Sistema de Información Cooperativa que mantiene el Área de Supervisión Cooperativa del INFOCOOP, Coopeempleadores R. L. tiene pendiente de presentar los siguientes documentos:

    Dirección exacta, apartado postal, número de teléfono, número de fax, dirección electrónica (si la tuviere) de la cooperativa.

    Copia de Acta Constitutivas.

    Copia de las actas de asambleas ordinarias de los periodos del año 2008 a 2012, debidamente firmadas.

    Copia de los Estados Financieros (auditados o firmados por el Gerente) de los periodos 2008 al 2012.

    Copia de la certificación de la personería jurídica, extendida por el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del Gerente, Consejo de Administración, Comité de Vigilancia y Comité de Educación y Bienestar Social, vigente.

    Copia del recibo de cancelación de la Póliza de Fidelidad vigente.

    Copia de la certificación de cédula de persona jurídica vigente.

    Copia del Estatuto Social vigente registrado en el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

    Nómina de asociados de acuerdo a la última asamblea.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado libros de: Actas de Asamblea, Actas del Comité de Vigilancia y Actas del Comité de Educación y Bienestar Social.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado libros de contabilidad: Diario, Mayor e Inventario y Balance.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado el Registro de Asociados.

Por otra parte, de acuerdo con los registros que al efecto lleva el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social el nombramiento de los miembros propietarios del Consejo de Administración les venció su período en agosto de 2007 y no existen gestiones en trámite para regularizar su situación registral. De lo anterior deducimos que la entidad no se ajusta a lo que disponen los artículos 46, 47, 48, 53 y 98 incisos a) b) y c) de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente y no hay evidencia de que la cooperativa esté cumpliendo con su objeto social. Por lo tanto de conformidad con lo dispuesto en los artículos 86 inciso b), 87 incisos a) y b); y el 97 de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente, se les confiere un plazo improrrogable de quince días hábiles a partir de la fecha de la publicación del presente edicto para que presenten al INFOCOOP evidencia de que Coopeempleadores R.L., está cumpliendo con su objeto social en su omisión se aplicará lo que establece el artículo 87 de la Ley de Asociaciones. (SC386-1427-2013).—Supervisión Cooperativa.—Lic. Jorlene Fernández Jiménez, Gerente a. í.—1 vez.—O. C. N° 34110.—Solicitud N° 950-00033.—(IN2013032799).

El Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP), Área de Supervisión Cooperativa previene al Gerente de Cooperativa Autogestionaria de Comidas Típicas de Gaspar de Los Chiles de San Carlos R. L. (Coopegaspar R. L.), integrantes del Consejo de Administración, demás órganos administrativos y afiliadas del mismo, así como a terceros interesados, que este Instituto no tiene evidencia de que este organismo esté cumpliendo con su objeto social.

De acuerdo con el Sistema de Información Cooperativa que mantiene el Área de Supervisión Cooperativa del INFOCOOP, Coopegaspar R. L. tiene pendiente de presentar los siguientes documentos:

    Dirección exacta, apartado postal, número de teléfono, número de fax, dirección electrónica (si la tuviere) de la cooperativa.

    Copia acta constitutiva.

    Copia de las actas de asambleas ordinarias de los periodos del año 2000 a 2012, debidamente firmadas.

    Copia de los Estados Financieros (auditados o firmados por el Gerente) de los periodos 2000 al 2012.

    Copia de la certificación de la personería jurídica, extendida por el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del Gerente, Consejo de Administración, Comité de Vigilancia y Comité de Educación y Bienestar Social, vigente.

    Copia del recibo de cancelación de la Póliza de Fidelidad vigente.

    Copia de la certificación de cédula de persona jurídica vigente.

    Copia del Estatuto Social vigente registrado en el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

    Nómina de asociados de acuerdo a la última asamblea.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado libros de: Actas de Asamblea, Actas del Comité de Vigilancia y Actas del Comité de Educación y Bienestar Social.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado libros de contabilidad: Diario, Mayor e Inventario y Balance.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado el Registro de Asociados.

Por otra parte, de acuerdo con los registros que al efecto lleva el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el nombramiento de los miembros propietarios del Consejo de Administración, les venció su período en noviembre de 2000, y no existen gestiones en trámite para regularizar su situación registral. De lo anterior, deducimos que la entidad no se ajusta a lo que disponen los artículos 46, 47, 48, 53 y 98 incisos a) b) y c) de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente y no hay evidencia de que la cooperativa esté cumpliendo con su objeto social. Por lo tanto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 86 inciso b), 87 incisos a) y b); y el 97 de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente, se les confiere un plazo improrrogable de quince días hábiles, a partir de la fecha de la publicación del presente edicto para que presenten al INFOCOOP evidencia de que Coopegaspar R. L., está cumpliendo con su objeto social, en su omisión, se aplicará lo que establece el artículo 87 de la Ley de Asociaciones. (SC0385-1142-2013).—Supervisión Cooperativa.—Lic. Jorlene Fernández Jiménez, Gerente a. í.—1 vez.—O. C. N° 34110.—Solicitud N° 950-00035.—(IN2013032803).

El Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP), Área de Supervisión Cooperativa previene al Gerente de Cooperativa Autogestionaria Mujeres en Desarrollo de Liberia R. L. (Coopemudeli R. L.), integrantes del Consejo de Administración, demás órganos administrativos y afiliadas del mismo, así como a terceros interesados, que este Instituto no tiene evidencia de que este organismo esté cumpliendo con su objeto social.

De acuerdo con el Sistema de Información Cooperativa que mantiene el Área de Supervisión Cooperativa del INFOCOOP, Coopemudeli R. L. tiene pendiente de presentar los siguientes documentos:

    Dirección exacta, apartado postal, número de teléfono, número de fax, dirección electrónica (si la tuviere) de la cooperativa.

    Copia de Acta Constitutivas.

    Copia de las actas de Asambleas Ordinarias de los periodos del año 2010 a 2012, debidamente firmadas.

    Copia de los Estados Financieros (auditados o firmados por el Gerente) de los periodos 2008 al 2012.

    Copia de la certificación de la personería jurídica, extendida por el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del Gerente, Consejo de Administración, Comité de Vigilancia y Comité de Educación y Bienestar Social, vigente.

    Copia del recibo de cancelación de la Póliza de Fidelidad vigente.

    Copia de la certificación de cédula de persona jurídica vigente.

    Copia del Estatuto Social vigente registrado en el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

    Nómina de asociados de acuerdo a la última asamblea.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado libros de: Actas de Asamblea, Actas del Comité de Vigilancia y Actas del Comité de Educación y Bienestar Social.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado libros de contabilidad: Diario, Mayor e Inventario y Balance.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado el Registro de Asociados.

Por otra parte, de acuerdo con los registros que al efecto lleva el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el nombramiento de los miembros propietarios del Consejo de Administración, les venció su período en diciembre de 2010, y no existen gestiones en trámite para regularizar su situación registral. De lo anterior, deducimos que la entidad no se ajusta a lo que disponen los artículos 46, 47, 48, 53 y 98 incisos a) b) y c) de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente y no hay evidencia de que la cooperativa esté cumpliendo con su objeto social. Por lo tanto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 86 inciso b), 87 incisos a) y b); y el 97 de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente, se les confiere un plazo improrrogable de quince días hábiles, a partir de la fecha de la publicación del presente edicto, para que presenten al INFOCOOP evidencia de que Coopemudeli R. L., está cumpliendo con su objeto social, en su omisión, se aplicará lo que establece el artículo 87 de la Ley de Asociaciones. (SC0384-1402-2013).—Supervisión Cooperativa.—Lic. Jorlene Fernández Jiménez, Gerente a. í.—1 vez.—O. C. N° 34110.—Solicitud N° 950-00034.—(IN2013032807).

El Instituto Nacional De Fomento Cooperativo (INFOCOOP) Área de Supervisión Cooperativa previene al Gerente de la Cooperativa Nacional de Servicios Múltiples y Náutica R. L. (Coopenautica R.L.), integrantes del Consejo de Administración, demás órganos administrativos y afiliadas del mismo, así como a terceros interesados, que este Instituto no tiene evidencia de que este organismo esté cumpliendo con su objeto social.

De acuerdo con el Sistema de Información Cooperativa que mantiene el Área de Supervisión Cooperativa del INFOCOOP, Coopenautica R. L. tiene pendiente de presentar los siguientes documentos:

    Dirección exacta, apartado postal, número de teléfono, número de fax, dirección electrónica (si la tuviere) de la cooperativa.

    Copia de las actas de Asambleas Ordinarias de los periodos del año 2008 a 2012, debidamente firmadas.

    Copia de los Estados Financieros (auditados o firmados por el Gerente) de los periodos 2008 al 2012.

    Copia de la certificación de la personería jurídica, extendida por el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del Gerente, Consejo de Administración, Comité de Vigilancia y Comité de Educación y Bienestar Social, vigente.

    Copia del recibo de cancelación de la Póliza de Fidelidad vigente.

    Copia de la certificación de cédula de persona jurídica vigente.

    Copia del Estatuto Social vigente registrado en el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

    Nómina de asociados de acuerdo a la última asamblea.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado libros de: Actas de Asamblea, Actas del Comité de Vigilancia y Actas del Comité de Educación y Bienestar Social.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado libros de contabilidad: Diario, Mayor e Inventario y Balance.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado el Registro de Asociados.

Por otra parte, de acuerdo con los registros que al efecto lleva el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el nombramiento de los miembros propietarios del Consejo de Administración, les venció su período en enero de 2009, y no existen gestiones en trámite para regularizar su situación registral. De lo anterior, deducimos que la entidad no se ajusta a lo que disponen los artículos 46, 47, 48, 53 y 98 incisos a) b) y c) de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente y no hay evidencia de que la cooperativa esté cumpliendo con su objeto social. Por lo tanto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 86 inciso b), 87 incisos a) y b); y el 97 de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente, se les confiere un plazo improrrogable de quince días hábiles, a partir de la fecha de la publicación del presente edicto, para que presenten al INFOCOOP evidencia de que Coopenautica R.L., está cumpliendo con su objeto social, en su omisión, se aplicará lo que establece el artículo 87 de la Ley de Asociaciones. (SC0388-1399-2013).—Supervisión Cooperativa.—Lic. Jorlene Fernández Jiménez, Gerente a. í.—1 vez.—O. C. N° 34110.—Solicitud N° 950-00036.—(IN2013032812).

El Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP), Área de Supervisión Cooperativa previene al Gerente de la Cooperativa Autogestionaria de Costureras y Sastres de Cañas R. L. (Coopecañas R. L.), integrantes del Consejo de Administración, demás órganos administrativos y asociados de la misma, así como a terceros interesados, que este Instituto no tiene evidencia de que la cooperativa esté cumpliendo con su objeto social.

De acuerdo con el Sistema de Información cooperativa que mantiene el Área de Supervisión Cooperativa del INFOCOOP, COOPECAÑAS R. L. tiene pendiente de presentar los siguientes documentos:

    Dirección exacta, apartado postal, número de teléfono, número de fax, dirección electrónica (si la tuviere) de la cooperativa.

    Copia de las actas de Asambleas Ordinarias celebradas en los años 2003 al 2012, debidamente firmadas.

    Copia de los Estados Financieros (auditados o firmados por el Gerente) de los periodos 2000 al 2012.

    Copia de la certificación de la personería jurídica, extendida por el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del Gerente, Consejo de Administración, Comité de Vigilancia y Comité de Educación y Bienestar Social, vigente.

    Copia del recibo de cancelación de la Póliza de Fidelidad vigente.

    Copia de la certificación de cédula de personería jurídica emitida por el Registro Público vigente.

    Copia del Estatuto Social vigente registrado en el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

    Nómina de asociados de acuerdo a la última asamblea.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado libros de: Actas del Asamblea, Actas del Consejo de Administración, Actas del Comité de Vigilancia y Actas del Comité de Educación y Bienestar Social.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado los libros de contabilidad: Diario, Mayor e Inventario y Balance.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado el Registro de Asociados.

Por otra parte, de acuerdo con los registros que al efecto lleva el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el nombramiento de los tres miembros propietarios del Consejo de Administración, les venció su período en noviembre del 2003, los otros dos miembros propietarios les venció su periodo en noviembre del 2004 y a los dos suplentes les venció el periodo en noviembre del 2004 y no existen trámites tendientes para regularizar su situación registral. De lo anterior, deducimos que la entidad no se ajusta a lo que disponen los artículos 46, 47, 48, 53 y 98 incisos a), b) y c) de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente y no hay evidencia de que la cooperativa esté cumpliendo con su objeto social. Por lo tanto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 86 inciso a), b); 87 incisos a) y b), y el 98 de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente, se les confiere un plazo improrrogable de quince días, a partir de la fecha de la publicación del presente edicto, para que presenten al INFOCOOP evidencia de que Coopecañas R. L., está cumpliendo con su objeto social, en su omisión, se aplicará lo que establece el artículo 87 de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente. (SC-0335-1165-2013).—Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. N° 34109.—Solicitud N° 950-00049.—(IN2013032815).

El Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP), Área de Supervisión Cooperativa previene al Gerente de la Cooperativa de Servicios Múltiples de los Empleados del Catie R.L. (Coopewallace R.L.), integrantes del Consejo de Administración, demás órganos administrativos y asociados de la misma, así como a terceros interesados, que este Instituto no tiene evidencia de que la cooperativa esté cumpliendo con su objeto social.

De acuerdo con el Sistema de Información cooperativa que mantiene el Área de Supervisión Cooperativa del INFOCOOP, Coopewallace R.L. tiene pendiente de presentar los siguientes documentos:

    Dirección exacta, apartado postal, número de teléfono, número de fax, dirección electrónica (si la tuviere) de la cooperativa.

    Copia de las actas de Asambleas Ordinarias celebradas desde el 2000 al 2012, debidamente firmadas.

    Copia de los Estados Financieros (auditados o firmados por el Gerente) de los periodos 2000 al 2012.

    Copia de la certificación de la personería jurídica, extendida por el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del Gerente, Consejo de Administración, Comité de Vigilancia y Comité de Educación y Bienestar Social, vigente.

    Copia del recibo de cancelación de la Póliza de Fidelidad vigente.

    Copia de la certificación de cédula de persona jurídica vigente.

    Copia del Estatuto Social vigente registrado en el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

    Nómina de asociados de acuerdo a la última asamblea.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado libros de: Actas de Asamblea, Actas de Consejo de Administración, Actas del Comité de Vigilancia y Actas del Comité de Educación y Bienestar Social.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado los libros contables: Libro Mayor, Libro Diario y el Libro de Inventario y Balance.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado el Registro de Asociados.

Por otra parte, de acuerdo con los registros que al efecto lleva el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el nombramiento de los tres miembros propietarios del Consejo de Administración, les venció su período en noviembre del 2010, los otros dos miembros propietarios les venció su periodo en noviembre del 2011 y a los dos suplentes les venció el periodo en noviembre del 2011. De lo anterior, deducimos que la entidad no se ajusta a lo que disponen los artículos 46, 47, 48, 53 y 98 incisos a), b) y c) de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente y no hay evidencia de que la cooperativa esté cumpliendo con su objeto social. Por lo tanto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 86 inciso a), b); 87 incisos a) y b), y el 98 de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente, se les confiere un plazo improrrogable de quince días, a partir de la fecha de la publicación del presente edicto, para que presenten al INFOCOOP evidencia de que COOPEWALLACE R.L., está cumpliendo con su objeto social, en su omisión, se aplicará lo que establece el artículo 87 de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente. (SC-0373-1166-2013).—Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. N° 34109.—Solicitud N° 950-00050.—(IN2013032818).

El Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP), Área de Supervisión Cooperativa previene al Gerente de la Cooperativa Autogestionaria de Servicios de Construcción R. L. (Soluciones Construcciones R. L.), integrantes del Consejo de Administración, demás órganos administrativos y asociados de la misma, así como a terceros interesados que este Instituto no tiene evidencia de que la cooperativa esté cumpliendo con su objeto social.

De acuerdo con el Sistema de Información cooperativa que mantiene el Área de Supervisión Cooperativa del INFOCOOP, Soluciones Construcciones R.L. tiene pendiente de presentar los siguientes documentos:

    Dirección exacta, apartado postal, número de teléfono, número de fax, dirección electrónica (si la tuviere) de la cooperativa.

    Copia de las actas de Asambleas Ordinarias celebradas en los años 2005 al 2012, debidamente firmadas.

    Copia de los Estados Financieros (auditados o firmados por el Gerente) de los periodos 2005 al 2012.

    Copia de la certificación de la personería jurídica, extendida por el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del Gerente, Consejo de Administración, Comité de Vigilancia y Comité de Educación y Bienestar Social, vigente.

    Copia del recibo de cancelación de la Póliza de Fidelidad vigente.

    Copia de la certificación de cédula de personería jurídica emitida por el Registro Público vigente.

    Copia del Estatuto Social vigente registrado en el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

    Nómina de asociados de acuerdo a la última asamblea.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado libros de: Actas del Asamblea, Actas del Consejo de Administración, Actas del Comité de Vigilancia y Actas del Comité de Educación y Bienestar Social.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado los libros de contabilidad: Diario, Mayor e Inventario y Balance.

    No hay evidencia de que la cooperativa haya legalizado el Registro de Asociados.

Por otra parte, de acuerdo con los registros que al efecto lleva el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el nombramiento de los tres miembros propietarios del Consejo de Administración, les venció su período en agosto 2009, los otros dos miembros propietarios les venció su periodo en agosto del 2010 y a los dos suplentes les venció el periodo en agosto del 2010 y no existen trámites tendientes para regularizar su situación registral. De lo anterior deducimos que la entidad no se ajusta a lo que disponen los artículos 46, 47, 48, 53 y 98 incisos a), b) y c) de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente y no hay evidencia de que la cooperativa esté cumpliendo con su objeto social. Por lo tanto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 86 inciso a), b); 87 incisos a) y b), y el 98 de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente, se les confiere un plazo improrrogable de quince días, a partir de la fecha de la publicación del presente edicto, para que presenten al INFOCOOP evidencia de que Soluciones Construcciones R.L., está cumpliendo con su objeto social, en su omisión, se aplicará lo que establece el artículo 87 de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente. (SC-0334-1316-2013).—Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. N° 34109.—Solicitud N° 950-00051.—(IN2013032858).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

EDICTOS

Para los fines consiguientes la Dirección de Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que el señor Rafael Jiménez Salazar, portador de la cédula de identidad N° 1-0430-0269, ha presentado escritura pública protocolizada rendida ante el notario Rodolfo Loría Sáenz, en la cual manifiesta ser el único y universal heredero del derecho de arrendamiento perteneciente a quien en vida fuera su esposa, la señora María Luisa Calderón Tenorio. En el mismo acto, el señor Jiménez Salazar cede y traspasa dicho derecho arrendamiento correspondiente a la fosa 46, cuadro 3, ubicada en el Cementerio de San Pedro, a Yorleny Jiménez Calderón, portadora de la cédula de identidad N° 1-0838-0906; quien acepta que este quede inscrito a su nombre con las obligaciones que de ello se deriva. No se aporta título de posesión por encontrarse extraviado. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de esta publicación para oír objeciones.

Sabanilla de Montes de Oca, 7 de mayo del 2013.—Dirección de Servicios.—Héctor Bermúdez Víquez, Director.—1 vez.—RP2013349881.—(IN2013033207).

Para los fines consiguientes el Departamento de Patentes de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que Kira Alimentos S. A., cédula jurídica N° 3-101-65024, ha presentado solicitud de traspaso de Licencia Comercial N° 54700, a nombre de Corporación Dos San Pero S. A., cédula N° 3-101-651759. La Municipalidad de Montes de Oca otorga 8 días naturales de plazo a partir de esta publicación para presentar objeciones.

San Pedro de Montes de Oca, 19 de abril del 2013.—Departamento de Patentes.—Liliana Barrantes E., Jefa.—Melania Solano Coto.—1 vez.—RP2013349937.—(IN2013033206).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

DESARROLLO BEMA E HIJOS S. A.

Ante mi notaría, a las 11:00 horas del 14 de marzo del año 2013, se redactó la escritura 273 del tomo 5 de la sociedad Desarrollo Bema e Hijos S. A., donde acuerdan disminuir el capital social de la sociedad de un millón de dólares americanos a diez mil dólares americanos, en virtud de que la sociedad no está desarrollando actividad alguna al día de hoy, por lo que se acuerda modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo que hace referencia al capital social.—San José, 17 de mayo del 2013.—Lic. Juan Carlos Castillo Quirós, Notario.—(IN2013032340).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A. (LACSA)

Para los efectos de los artículos 689, 690 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

Certificado Nº                       Acciones                               Serie

1316                                    800                                      H

Nombre del accionista: Zúñiga Mora Miriam. Folio número: 1807.

13 de mayo del 2013.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—RP2013349412.—(IN2013032103).

UNIVERSIDAD CENTRAL

Por medio de la presente la Universidad Central certifica que ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición de título de Bachillerato en Ciencias de la Educación con énfasis en I y II Ciclos a nombre de Isabel Quesada Espinoza, cédula 401490578, inscrito en la universidad en el tomo 2, folio 18, asiento 471 y en el CONESUP en el tomo 37, folio 121, número 4282. Se pide la reposición por extravío del original, se publica este edicto para oír oposición a esta reposición dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en este Diario Oficial.—San José, 20 de mayo del 2013.—Mayra Rojas Ch., Departamento de Registro.—(IN2013032417).

UNIVERSIDAD DE SAN JOSÉ

Ante esta Rectoría se ha presentado la solicitud de reposición del diploma de Bachillerato en Tecnología de Alimentos, anotado por CONESUP en sus libros de actas, tomo: 65, folio: 203, número: 11950 y por la Universidad de San José en el tomo: 3, folio: 104, asiento: 4, en fecha 06 de junio de 2011, a nombre de Elizabeth Castillo González, cédula 2 0594 0961. Se solicita la reposición del diploma indicando pérdida del original, por lo tanto se publica este edicto para oír oposiciones a la solicitud.—San José, 21 de mayo del 2013.—Dr. Manuel A. Sandí Murillo, Rector.—RP2013349718.—(IN2013032544).

GRUPO ETESA GE SOCIEDAD ANÓNIMA

Grupo Etesa GE Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-359613, hace del conocimiento público que por motivo de extravío, el señor Eduardo Leiva López-Calleja, ha solicitado la reposición del certificado de acciones número 1-019-01-A. Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifiesten su oposición dirigida a: Colegio Miravalle, carretera a Agua Caliente, exactamente seiscientos metros sur de los Tribunales de Justicia de Cartago.—Cartago.—Gerardo Meza Cordero, Presidente.—RP2013349684.—(IN2013032545).

CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL

OCEAN PARADISE

Condominio Horizontal Residencial Ocean Paradise, cédula 3-109-426586, solicita al Departamento de Propiedad en Condominio del Registro Nacional la reposición por extravío de los libros Actas de Asamblea, Caja y Junta Directiva. Se cita a interesados a manifestar oposiciones a dicho departamento en los 8 días siguientes a la publicación en La Gaceta.—Lic. María Gabriela Gómez Miranda.—RP2013349675.—(IN2013032546).

INMOBILIARIA HERMANOS SOLANO GARITA S. A.

Por medio de la presente, Inmobiliaria Hermanos Solano Garita S. A., entidad con número de cédula jurídica 3-101-236446, domiciliada en San Antonio de Coronado, informa a todo el público y comercio en general de la sustitución de las acciones de esta sociedad, para que las mismas cumplan con todos y cada uno de los requisitos formales y legales necesarios, no variando el dueño de las mismas.—Heredia, 5 de enero del 2013.—Lic. Santiago Solano Rojas, Presidente.—Juan Solano Garita, Vicepresidente.—RP2013348564.—(IN2013032649).

MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO

La señora Gladys Rodríguez Molina, cédula 301370834, ha solicitado a MUCAP la reposición del título valor CDP Nº 112-312-544135 por un monto de ¢1.012.958,50 capitalizable, el cual fue emitido a su orden el día 25 de febrero del 2013. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación.—Cartago, 14 de mayo del 2013.—Agencia Metrocentro.—Sheila Murillo Simon, Jefa.—(IN2013032710).

PULICACIÓN DE PRIMERA VEZ

UNIVERSIDAD LIBRE DE COSTA RICA

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Libre de Costa Rica, se ha presentado solicitud de reposición de títulos por extravío correspondientes a: Licenciatura en Ciencias de la Educación con Énfasis en la Enseñanza de la Música, dado el día 08 de diciembre de 2005, inscrito en el CONESUP en el tomo 5, folio 113, asiento 1661 e inscrito en la Universidad en el tomo 5, folio 34, asiento 1025, a nombre de Ronald Guillén Marrero, cédula de identidad número 1-0840-0768. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José, 21 de mayo del 2013.—Departamento de Registro.—Diego Pereira Acevedo, Director.—(IN2013032826).

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Libre de Costa Rica, se ha presentado solicitud de reposición de títulos por extravío correspondientes a: Maestría Profesional en Ciencias de la Educación con Mención en Administración Educativa, dado el día 30 de junio de 2007, inscrito en el CONESUP en el tomo 7, folio 149, asiento 2323 e inscrito en la Universidad en el tomo 5, folio 72, asiento 1692, a nombre de María del Rocío Valverde Solís, cédula de identidad número 1-0891-0956. Se pública este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José, 21 de mayo del 2013.—Departamento de Registro.—Diego Pereira Acevedo, Director.—(IN2013032828).

HOTEL Y CLUB PUNTA LEONA S. A.

Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio, el Hotel y Club Punta Leona S. A., hace saber a quién interese, que por haberse extraviado al propietario, repondrá la acción N° 01231 a nombre de Miguel Ángel Castiglia Vivona, pasaporte N° MI 5888. Cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última publicación de este aviso.—San José, 19 de mayo del 2013.—Lic. Rolando Cordero Vega, Secretario Junta Directiva.—(IN2013033056).

GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora Julia Pacheco Pérez, dueña de la cuenta con Grupo Mutual, cédula Nº 200642466, ha presentado ante esta entidad la solicitud para reposición por motivo de robo del cheque Nº 447304 por (Setecientos mil colones con cero céntimos) del Banco Crédito Agrícola de Cartago, cuyo beneficiario es Inti Ardón Morera, emitido el 13 de mayo del 2013.—25 de marzo del 2013.—Sección de Tesorería.—Gabriela Murillo Araya, Jefa.—(IN2013033116).

CLUB Y HOTEL CONDOVAC LA COSTA S. A.

Club y Hotel Condovac La Costa S. A., comunica a los interesados y público en general que por haberse extraviado la acción común y título de capital número 1359 correspondiente a la semana número 29, documentos registrados a nombre de Alfaro Rodríguez José, cédula 1-0335-0207 y Gómez León Patricia, cédula 2-0318-0404, se procederá a su reposición dentro del término de ley. Cualquier interesado deberá hacer valer sus derechos dentro de este plazo.—San José.—Melvin Mora Gamboa, Jefe Departamento de Crédito y Cobro.—RP2013349985.—(IN2013033204).

HOTEL PUNTA LEONA S. A.

(HOY REAL DE PUNTA LEONA S. A.)

Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Real de Punta Leona S. A., (antes Hotel Punta Leona S. A.), hace saber a quién interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá la acción preferida N° 340 de la seria G, a nombre de Guillermo Carranza Castro, cédula de identidad N° 1-406-759, endosada José Fabricio Mora León, con cédula de identidad N° 1-767-923, cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última publicación de este aviso.—Arq. Eugenio Gordienko Orlich, Apoderado Generalísimo.—RP2013349951.—(IN2013033205).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

PURO EQUIPO SOCIEDAD ANÓNIMA

Cinthya Hielen Crummer, ciudadano de los Estados Unidos de Norteamérica, sin segundo apellido en razón de su nacionalidad, mayor, soltera, empresaria, vecina de Boulder Creek, California Estados Unidos de Norteamérica, pasaporte número cero cinco cuatro cinco ocho ocho uno uno tres, presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad denominada Puro Equipo Sociedad Anónima, domicilia en San José, avenida diez, calles cuarenta y uno y cuarenta y tres, en el Bufete Robles Oreamuno y Asociados, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos trece mil seiscientos treinta, solicita ante el Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros de actas de Asambleas de Socios, de Registro de Socios, y de Consejo de Administración, lo anterior por motivo de extravío o perdida de esos libros, sin que a la fecha haya podido localizarlos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro de Personas Jurídicas, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Ciudad Quesada, San Carlos, dieciséis de mayo del año dos mil doce.—Cinthya Hielen Crummer, Presidenta.—1 vez.—(IN2013032811).

ASOCIACIÓN CENTRO CRISTIANO DE ALABANZA

Yo Alberto José Castro Badilla, cédula de identidad: 1-548-331, en mi calidad de Presidente y representante legal de la Asociación Centro Cristiano de Alabanza, cédula de personería jurídica número: tres-cero, cero, dos-ciento setenta mil cincuenta y ocho, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la Reposición de Los Libros de Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General, Registro de Asociados, Diario, Mayor, e Inventarios y Balances, todos número dos, los cual fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Veintidós de mayo del año dos mil trece.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2013032847).

NEW WORLD INTEROCEANIC CONNECTIONS

SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Zulma Indirma María Acevedo García, pasaporte número 52263041, en mi calidad de representante judicial y extrajudicial de la sociedad New World Interoceanic Connections Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-403445, solicito al Departamento de Legalización de Libros Mercantiles del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros de: Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios, todos identificados con el número uno, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Personas Jurídicas.—San José, 14 de mayo de 2013.—Zulma Indirma María Acevedo García, Representante Judicial y Extrajudicial.—1 vez.—RP2013349845.—(IN2013032917).

MARANELKY SOCIEDAD ANÓNIMA

Ante esta Notaría, en escritura número ocho-tres de las nueve horas del veintidós de mayo de dos mil trece, se ha protocolizado el acta número uno de la asamblea de socios, celebrada el veintiuno de mayo de dos mil trece, de Maranelky Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos veintiséis mil cuatrocientos cuatro, en la que se nombra nuevo presidente de Junta Directiva.—San José, veintidós de mayo de dos mil trece.—Lic. Sara Patricia Arias Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2013033125).

INVERSIONES IZA DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones Iza del Sur S. A., cédula jurídica número 3-101-185415, solicita al Registro Nacional, la reposición por extravío de los libros: Libro de Actas de Asambleas de Socios, Libro de Registro de Socios, Libro de Actas de Consejo de Administración.—Zaida Villalobos Araya, Presidenta.—1 vez.—RP2013349882.—(IN2013033197).

SOCAVI SOCIEDAD ANÓNIMA

Socavi Sociedad Anónima, solicita reposición de libros legales por pérdida. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas del veintiuno de mayo de dos mil trece.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2013349919.—(IN2013033198).

GONAIVES SOCIEDAD ANÓNIMA

Gonaives Sociedad Anónima, solicita reposición de libros legales por pérdida. Escritura otorgada en la ciudad de San José a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de mayo de dos mil trece.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2013349920.—(IN201333199).

ERIL SOCIEDAD ANÓNIMA

Eril Sociedad Anónima, solicita reposición de libros legales por pérdida. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las nueve horas del veintiuno de mayo de dos mil trece.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2013349921.—(IN2013033200).

BENN SATATES SOCIEDAD ANÓNIMA

Benn Satates Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-563322, por extravío de los libros todos tomo uno, de Actas de Junta Directiva, de Asamblea de Socios y de Registro de Accionistas, legalizados en su oportunidad a través del Ministerio de Hacienda, se solicita al Registro Público conforme a los artículos 252 y 263 del Código de Comercio, la reposición de los mismos. Se emplaza a cualquier interesado por el término de ley.—Lic. Jorge Granados Moreno, Notario.—1 vez.—RP2013349927.—(IN2013033201).

ABSOLUTE AMERICA CORPORATION

SOCIEDAD ANÓNIMA

Absolute América Corporation Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-327012, por extravío de los libros todos tomo uno, de Actas de Junta Directiva, de Asamblea de Socios y de Registro de Accionistas, legalizados en su oportunidad a través del Ministerio de Hacienda, se solicita al Registro Público conforme a los artículos 252 y 263 del Código de Comercio, la reposición de los mismos. Se emplaza a cualquier interesado por el término de ley.—Lic. Jorge Granados Moreno, Notario.—1 vez.—RP2013349928.—(IN2013033202).

AUTOS RÍO G Y G SOCIEDAD ANÓNIMA

El suscrito, Vinicio Gamboa Salazar, con cédula de identidad 1-465-515, en mi condición de presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma de Autos Río G Y G Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-121759, solicité al Registro Público la reposición de libro por extravío de mi representada, del tomo uno, de Registro de Socios, en escritura pública otorgada en la notaría de la Licenciada Violeta Arias Chavarría, 300 metros al este de la Maternidad Carit, se cita a cualquier interesado para que a partir de la publicación de este aviso realice su oposición.—Vinicio Gamboa Salazar, Presidente.—1 vez.—RP2013350022.—(IN2013033203).

Asociación de Caballistas de San Carlos, cédula jurídica número tres-cero cero dos-quinientos setenta y ocho mil setecientos veintidós, cambia junta directiva. Escritura otorgada a las dieciséis horas del día veintiuno de mayo del año dos mil trece.—Lic. Freddy A. Rojas López, Notario.—1 vez.—(IN2013032809).

Por escritura otorgada el día de hoy ante el suscrito notario se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Campos y Brenes Sociedad Anónima mediante la cual se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—San José, veintidós de mayo del dos mil trece.—Lic. German Vega Avendaño, Notario.—1 vez.—(IN2013032819).

A las once horas del día de hoy protocolicé asamblea general extraordinaria de la sociedad Operaciones Agrícolas del Sur OPASUR S. A., en la que se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, 15 de mayo del año 2013.—Lic. Carmen Estrada Feoli, Notaria.—1 vez.—RP2013349758.—(IN2013032940).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del día primero de marzo del dos mil trece, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Assa Compañía de Seguros S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula quinta del pacto social.—San José, nueve de mayo del dos mil trece.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2013349759.—(IN2013032941).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas cuarenta minutos del día veinte de mayo del dos mil trece, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Lucas Ingenieros S.R.L. Donde se acuerda reformar la cláusula novena de los estatutos.—San José, veinte de mayo del dos mil trece.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2013349761.—(IN2013032942).

Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en Barva de Heredia, la sociedad tres-ciento uno-quinientos ochenta y dos mil trescientos quince sociedad anónima, nombró nuevo presidenta a Olga Cecilia Jiménez Vásquez.—Barva de Heredia, diecisiete de mayo del año dos mil trece.—Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2013349762.—(IN2013032943).

Ante mí, Roy Zumbado Ulate, los señores Adán Madrigal Arce y Edward Araya Rodríguez, solicitan la disolución de la sociedad Araya y Consultores S. A.Santa Bárbara de Heredia, 3 de abril del 2013.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—RP2013349764.—(IN2013032944).

Que por escritura número 75, visible a folio 88 frente, se modificó la cláusula sexta del pacto social, se nombró nuevo gerente uno y gerente dos, de MMXI I Like Winter Time SRL, cédula jurídica tres-uno cero dos-seis cuatro siete ocho uno dos. Visible en el tomo 21 del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas. Uvita de Osa, teléfono 2771-5855, a las 9:00 horas del 29 de mayo del año 2013.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2013349767.—(IN2013032945).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 9:00 horas del 20 de mayo del 2013, se constituyó la sociedad anónima Teletouch Costa Rica Sociedad Anónima, con un plazo social de 99 años y un capital social de ¢10.000,00 colones.—San José, 20 de mayo del 2013.—Lic. Rafael Arturo Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—RP2013349768.—(IN2013032946).

Que por escritura número 69, visible a folio 79 vuelto se acordó disolver la empresa denominada Grupo Mendonoma Sociedad de Responsabilidad Limitada, inscrita en el Registro Mercantil del Registro Público de la Propiedad, cédula jurídica tres-uno cero dos-cinco cuatro tres ocho dos cuatro. Visible en el tomo 21 del protocolo del suscrito notario público, el motivo de este edicto es la disolución de la empresa indicada. Notario. Lic. Eduardo Abarca Vargas. Teléfono 771-5855 Uvita de Osa, a las 8:00 horas del 13 de mayo del 2013.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2013349769.—(IN2013032947).

Por escritura otorgada ante notaría a las 10:00 horas del 20 de mayo del 2013, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Super Valor S. A., en la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 20 de mayo del 2013.—Lic. Eduardo Benito González, Notario.—1 vez.—RP2013349770.—(IN2013032948).

La suscrita notaria hago constar que a las 10:00 horas del 20 de mayo del año 2013, en escritura 253-5, se modifica la cláusula 2 y 6 del pacto constitutivo de Hummingbird’s Hut LLC, Limitada, cédula jurídica número 3-102-471949 y se nombran como nuevos gerentes a Scott Kendall Nieminen y Diane Nieminen.—Lic. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—RP2013349771.—(IN2013032949).

Por escritura de las siete horas del día veintiuno de mayo del dos mil trece, se realizó cambio de junta directiva y fiscal de la sociedad Grupo Restaurativo de Prótesis Dental Sociedad Anónima.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Stefan Ali Chaves Boulanger, Notario.—1 vez.—RP2013349773.—(IN2013032950).

Por escritura otorgada a las dieciocho horas del veinte de mayo del año dos mil trece, se constituye la empresa de esta plaza C D Inversiones Reales Solano & Vargas INC Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones exactos. Representación: Presidente y secretario. Plazo social: Noventa y nueve años.—San José, veinte de mayo del año dos mil trece.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—RP2013349774.—(IN2013032951).

Por escritura 018-54 del tomo 54 del protocolo del notario Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a las 9:00 horas del 20 de mayo del 2013, se constituye la sociedad Engineered Cost Recovery LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San Isidro de El General, 20 de mayo del 2013.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2013349775.—(IN2013032952).

Por escrituras otorgadas el día 20 de mayo del 2013, ante mí se constituyeron las compañías Waterpark Capital Group S. A. y Steelbay Capital Group S. A.San Pablo de Heredia, 21 de mayo del 2013.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2013349781.—(IN2013032953).

Por escritura otorgada ante mi notaría, protocolizo acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Santaboni SBE S. A., mediante la que se designa tesorero de la junta directiva y se modifica la cláusula de la administración.—San José, 20 de mayo del 2013.—Lic. Juan Luis Calderón Castillo, Notario.—1 vez.—RP2013349782.—(IN2013032954).

Hoy ante mí se protocolizó acta de la sociedad denominada Inversiones y Consultoría Jocejo Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula octava de la junta directiva.—Otorgada a las 14:00 horas del 20 de mayo del 2013.—Lic. Alfieri Cavallini Vargas, Notario.—1 vez.—RP2013349783.—(IN2013032955).

Por escritura número 6-6, de las 19:00 horas del 15 de mayo del 2013, se protocoliza acuerdo que reforma la cláusula 7 de los estatutos de Clínica Láser de Cirugía y Estética Ocular S. A. y se nombra tesorero.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—RP2013349784.—(IN2013032956).

Por medio de escritura otorgada en San José, a las 15:00 horas del 20 de mayo del 2013, se constituyó la sociedad denominada Gacer Boca Sociedad Anónima.—San José, 20 de mayo del 2013.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2013349785.—(IN2013032957).

Por escritura otorgada en mi notaría a las doce horas de hoy protocolizo acta de disolución de la sociedad Mantenimiento de Zonas Verdes y Ornato Hernández y Valverde Ltda.—Turrialba, diecisiete de mayo del dos mil trece.—Lic. Roberto Casasola Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2013349787.—(IN2013032958).

En mi notaría el día veinte de abril del dos mil trece, a las diez horas se protocolizó acta de disolución y liquidación de la sociedad Amikuk Inc S. A.Lic. Luis Charpentier Acuña, Notario.—1 vez.—RP2013349789.—(IN2013032959).

En esta notaría, a las doce horas del catorce de mayo del dos mil trece, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Librería El Plan Infinito S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y un mil novecientos catorce, en la que se acordó su liquidación y disolución, conforme al artículo 201, inciso b) del Código de Comercio.—San José, 20 de mayo del 2013.—Lic. José Francisco Vega Quesada, Notario.—1 vez.—RP2013349791.—(IN2013032960).

Por escritura número 109-7, otorgada ante la Notaría Ana Patricia Alfaro Acuña, a las 13:00 horas del 20 de mayo del año 2013, se modificó estatuto de Brynn de las Lomas del Norte DH S. A.Lic. Ana Patricia Alfaro Acuña, Notaria.—1 vez.—RP2013349792.—(IN2013032961).

Mediante escritura otorgada ante mí a las dieciséis horas del dos de mayo del dos mil trece, se reformaron las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de la compañía Reserva de la Rambla Malbec Unidad Tres Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos cincuenta y nueve mil quinientos ochenta y ocho. Es todo.—San José, veinte de mayo del dos mil trece.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—RP2013349793.—(IN2013032962).

Mediante escritura otorgada ante mí a las once horas del dos de mayo del dos mil trece, se reformaron las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de la compañía Reserva de la Rambla Pinot Unidad Once Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos cincuenta y nueve mil quinientos noventa y seis. Es todo.—San José, veinte de mayo del dos mil trece.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—RP2013349794.—(IN2013032963).

Mediante escritura otorgada ante mí a las trece horas del veinte de mayo del dos mil trece, se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la compañía San Telmo Magnolia Unidad Ocho Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos sesenta y seis mil trescientos veinticuatro. Es todo.—San José, veinte de mayo del dos mil trece.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—RP2013349795.—(IN2013032964).

Por escritura Nº 43-43 se protocoliza asamblea de Cattheya Elhaeyis Sociedad Anónima, se reforma cláusula de representación, se sustituye junta directiva y fiscalía y se designa agente residente. Es todo.—San José a las 9:00 horas del 21 de mayo de 2013.—Lic. Laura Patricia Charpentier Soto, Notaria.—1 vez.—RP2013349850.—(IN2013032995).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas, treinta minutos del veinte de mayo del dos mil trece, se constituyó la sociedad Boulevar Dorado Sociedad Anónima, con un plazo social de 99 años. Es todo.—San José, 20 de mayo del 2013.—Lic. Victor Hugo Maffioli Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2013349851.—(IN2013032996).

Mediante escritura N° 40-13 de las 14:00 horas del 20-5-2013, de esta notaría se protocolizó asamblea que acuerda la disolución de Clinique D’Esthetique de Bordeaux & Paris Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 20 de mayo del 2013.—Lic. Laura Patricia Charpentier Soto, Notaria.—1 vez.—RP2013349852.—(IN2013032997).

Por escritura otorgada ante mí hoy a las 10:00 horas, se cambia la junta directiva y se modifican las cláusulas segunda y octava, de la sociedad Las Aguas de Venecia A V Sociedad Anónima.—San José, 18 de mayo del 2013.—Lic. Liliana Marín Barquero, Notaria.—1 vez.—RP2013349853.—(IN2013032998).

Ante mí, Licenciada Yesenia Rojas Castro, notaria pública al ser las nueve horas del diecisiete de mayo del dos mil trece, mediante escritura número 126 del protocolo de la Licenciada Laura Rodríguez Méndez, en conotariado con la suscrita, comparecieron José Esteban Ballestero Regalado y Rosa Maritza Jarquín Chavarría, como únicos socios de la empresa Ballestero Mantenimiento Industrial Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta mil quinientos uno, en su domicilio social, acordando la disolución de la empresa.—San Ramón, diecisiete de mayo del dos mil trece.—Lic. Yesenia Rojas Castro, Notaria.—1 vez.—RP2013349854.—(IN2013032999).

Por escritura otorgada ante mi notaría, el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Royve S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas cuarta y quinta de los estatutos, se designan secretario y fiscal.—San José, 20 de abril del 2013.—Lic. Miguel Herrera González, Notario.—1 vez.—RP2013349855.—(IN2013033000).

Se hace saber que mediante escritura número 246, visible a folio 134 frente del protocolo número 7, se constituyó sociedad de responsabilidad limitada cuyos gerentes son José Alonso Salas Alfaro y Luis Diego Salas Castro.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Lidilia Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2013349857.—(IN2013033001).

Por escritura 125-4 de las 10:00 horas de hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Frontier Internacional Primero Sociedad Anónima, cédula 3-101-639341, modificando el domicilio, representación, facultades de la junta directiva, capital social en su representación y nombrando nuevos integrantes en la junta directiva y fiscalía.—Cartago, 21 de mayo de 2013.—Lic. Jorge Vega Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2013349858.—(IN2013033002).

Por escritura número ciento sesenta y tres firmada ante esta notaria, se constituyó la sociedad anónima Inmaco Ingenieros S. A. Plazo social de noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Presidente: Abbas Yodayri Jodayri y secretario Marco Vinicio Monge Sanabria con facultades ambos de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta y separadamente.—San José, siete horas treinta minutos del día lunes veinte de mayo del dos mil trece.—Lic. Edwin Ortiz Mena, Notario.—1 vez.—RP2013349859.—(IN2013033003).

Mediante acta de asamblea de socios protocolizada hoy de la sociedad Tres-Ciento Dos-Quinientos Noventa y Nueve Mil Doscientos Ochenta y Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada, se reformó cláusula sexta de los estatutos.—San José, veinte de mayo del dos mil trece.—Lic. Norman Mory Mora, Notario.—1 vez.—RP2013349860.—(IN2013033004).

Por escritura número doscientos cincuenta y dos, del día diez de mayo del dos mil trece, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Río Chocolate Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones exactos.—Cartago, 20 de mayo de 2013.—Lic. Esteban Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—RP2013349861.—(IN2013033005).

Por escritura número doscientos cincuenta y uno, del día diez de mayo del dos mil trece, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada HR Asesores Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones exactos.—Cartago, 20 de mayo del 2013.—Lic. Esteban Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—RP2013349862.—(IN2013033006).

En mi notaría a las 18:00 horas del 20 de mayo del 2013 protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Trohisa Costa Rica S. A. Se reforma la cláusula quinta del capital social.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Dora María Figueroa González, Notaria.—1 vez.—RP2013349863.—(IN2013033007).

En mi notaría a las 8:00 horas del 10 de mayo del 2013 protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Recolectora C Y G S. A. Se reforma la cláusula octava y la décima primera de los estatutos.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Dora María Figueroa González, Notaria.—1 vez.—RP2013349864.—(IN2013033008).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la compañía denominada Compañía Constructora y Consultora Silva Harding Sociedad Anónima. Su plazo social es de noventa y nueve años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, el presidente y secretario, son los representantes legales, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintiuno de mayo del dos mil trece.—Lic. Gonzalo Andrés Víquez Oreamuno, Notario.—1 vez.—RP2013349865.—(IN2013033009).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la compañía sin denominación social según Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, en donde se autoriza expresamente al Registro Público de la Propiedad para que como denominación social se indique el número de cédula de persona jurídica que dicha institución de oficio le asigne en el momento de su inscripción, su plazo social es de cien años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, dos gerentes, serán los representantes legales, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, dieciséis de mayo del dos mil trece.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—RP2013349867.—(IN2013033010).

Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad compañía Conmac Solar Centroamérica Sociedad Anónima, celebrada al ser las once horas y dos minutos del día veinte de febrero del dos mil trece, en donde se reforma la cláusula sétima. Es todo.—San José, nueve de mayo del dos mil trece.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—RP2013349868.—(IN2013033011).

El suscrito, Andrés Waisleder Goldberg, notario público con oficina en San José, señala que ante su notaría se presentaron Huber André Gamier Kruse y Philippe Garnier Diez, para constituir la sociedad denominada Zona Franca La Lima, Sociedad Anónima, un capital social de cien mil colones, domiciliada en Santa Ana, Centro Comercial Vía Lindora, oficinas de Corporación Garnier y Garnier, con un plazo social de cien años. Lo anterior consta en la escritura número treinta y dos-siete del tomo sétimo de mi protocolo, de las diez horas del veinte de mayo de dos mil trece.—Lic. Andrés Waisleder Goldberg, Notario.—1 vez.—RP2013349870.—(IN2013033012).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del veinte de mayo del dos mil trece ante esta notaría se constituyó la sociedad con denominación social su cédula jurídica, con domicilio en Santo Domingo de Heredia, Residencial Villa Adobes casa ochenta y uno, con un plazo de noventa y nueve años.—Lic. Maritza Muñoz Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2013349874.—(IN2013033013).

Tres-Ciento Dos-Cuatrocientos Sesenta Mil Cuatrocientos Quince Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número: tres-ciento dos-cuatrocientos sesenta mil cuatrocientos quince, hace el nombramiento por el resto del plazo social de un nuevo subgerente, reforma la cláusula referida a la representación legal. Es todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2013349875.—(IN2013033014).

Yo Carlos Manuel Segura Quirós, notario público de Escazú, mediante escritura pública se constituye la siguiente sociedad Male Wings Factory Sociedad Anónima.—Escazú, 20 de mayo de 2013.—Lic. Carlos Manuel Segura Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2013033023).

Por medio de escritura número ochenta y dos del tomo sexto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Columbus Heights Number Seventy Seven Quete Limitada con cédula jurídica tres-ciento dos-cuatro dos nueve cero dos ocho.—Alajuela, veintidós de mayo del dos mil trece.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2013033030).

Por medio de escritura número ochenta y uno del tomo sexto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Columbus Heights Number Thirty Eight Gallareta Limitada con cédula jurídica tres-ciento dos-cuatro dos cinco nueve cinco uno.—Alajuela, veintidós de mayo del dos mil trece.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2013033033).

Por medio de escritura número setenta y nueve del tomo sexto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Columbus Heights Number Fifteen Rawa Limitada con cédula jurídica tres-ciento dos-cuatro dos cinco nueve cero siete.—Alajuela, veintidós de mayo del dos mil trece.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2013033034).

Por escritura ciento treinta y cinco-nueve del tomo nueve de mi protocolo, otorgada en mi notaría a las ocho horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Diseños y Construcciones del Este CNQ Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta mil ciento ochenta y cinco. Por encontrarse inactiva y haber cesado su giro comercial, se acuerda disolver la sociedad y se prescinde del trámite de liquidación por no tener activos ni pasivos que liquidar.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Luis Diego Herrera Elizondo, Notario.—1 vez.—(IN2013033050).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 25 minutos del 29 de abril de 2013, por acuerdo de socios se disuelve la sociedad denominada Reparación de Muebles y Acabados en Victoria Sociedad Anónima, bajo la cédula de persona jurídica número 3-101-353439.—Lic. Edgardo Salvador Mena Páramo, Notario.—1 vez.—(IN2013033057).

Por escritura otorgada ante esta notaría número treinta y dos del día dieciséis de abril del dos mil trece, se protocoliza acta de la empresa tres-ciento dos-quinientos once mil trescientos veinte limitada, mediante la cual se conoce renuncia de Ana Cristina Jenkins Moreno y se nombra a Andrés Varela Armijo; y se modifica la cláusula segunda referente al domicilio social.—San José, a las diez horas del día diecisiete de abril del dos mil trece.—Lic. Alba Iris Ortiz Recio, Notaria.—1 vez.—(IN2013033060).

Por escritura otorgada ante esta notaría número treinta y tres del día dieciséis de abril del dos mil trece, se protocoliza acta de la empresa Inmobiliaria Corayco Sociedad Anónima, mediante la cual se conoce renuncia de presidente y se nombra a Giovanni Varela Díjeres y del secretario y se nombra a Andrés Varela Armijo; y se modifica la cláusula segunda referente al domicilio social.—San José, a las once horas del día diecisiete de abril del dos mil trece.—Lic. Alba Iris Ortiz Recio, Notaria.—1 vez.—(IN2013033061).

Por escritura otorgada ante esta notaría número treinta y seis del día dieciséis de abril del dos mil trece, se protocoliza acta de la empresa Proyectos Lógicos Sociedad Anónima, mediante la cual se conoce renuncia de secretaria y se nombra a Andrés Varela Armijo; se conoce renuncia de tesorero y se nombra a Giovanni Varela Armijo y se modifica la cláusula segunda referente al domicilio social.—San José, a las doce horas del día diecisiete de abril del dos mil trece.—Lic. Alba Iris Ortiz Recio, Notaria.—1 vez.—(IN2013033063).

Por escritura otorgada ante esta notaría número treinta y siete del día dieciséis de abril del dos mil trece, se protocoliza acta de la empresa Avalúos, Peritazgos, Réditos Inversiones APRISA Sociedad Anónima, mediante la cual se conoce renuncia de la Presidenta Ana Cristina Jenkins Moreno y se nombra a Giovanni Varela Díjeres; se conoce renuncia de secretaria y se nombra a Roberto Baitelman Roffe y se modifica la cláusula segunda referente al domicilio social.—San José, a las doce horas del día diecisiete de abril del dos mil trece.—Lic. Alba Iris Ortiz Recio, Notaria.—1 vez.—(IN2013033064).

Por escritura otorgada ante esta notaría, la sociedad Asesores Especializados Municipales Munilex Sociedad Anónima, modifica la cláusula primera en cuanto a que el nombre puede abreviarse en Munilex S. A., y la cláusula tercera en cuanto a la administración.—San José veintiséis de abril de dos mil trece.—Lic. Ronald Ramírez Garita, Notario.—1 vez.—(IN2013033065).

Por escritura otorgada ante esta notaría número treinta y ocho del día dieciséis de abril del dos mil trece, se protocoliza acta de la empresa J.J. Asociados de Centroamérica Sociedad Anónima, mediante la cual se conoce renuncia de la secretaria Ana Cristina Jenkins Moreno.—San José, a las trece horas del día diecisiete de abril del dos mil trece.—Lic. Alba Iris Ortiz Recio, Notaria.—1 vez.—(IN2013033066).

Por escritura otorgada ante esta notaría número treinta y un bis del día dieciséis de abril del dos mil trece, se protocoliza acta de la empresa tres-ciento dos-quinientos ocho mil cuarenta y ocho limitada, mediante la cual se conoce renuncia de Ana Cristina Jenkins Moreno y se nombra a Andrés Varela Armijo.—San José, a las nueve horas del día diecisiete de abril del dos mil trece.—Lic. Alba Iris Ortiz Recio, Notaria.—1 vez.—(IN2013033067).

Por escritura otorgada ante esta notaría número treinta y cuatro del día dieciséis de abril del dos mil trece, se protocoliza acta de la empresa Ingenieros de Centroamérica Limitada, mediante la cual se conoce renuncia de Ana Cristina Jenkins Moreno y se modifica las cláusulas segunda del domicilio social y sexta referente a cantidad de gerentes.—San José, a las ocho horas del día diecisiete de abril del dos mil trece.—Lic. Alba Iris Ortiz Recio, Notaria.—1 vez.—(IN2013033068).

Que mediante escritura pública número ciento cuarenta, otorgada ante la notaria Isabel Nozzara Moreno Vásquez, se constituyó la sociedad Las Palmas de Tambor S.R.L., con un capital social de diez mil colones. Es todo.—San José, veintiuno de mayo de dos mil trece.—Lic. Isabel Nozzara Moreno Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2013033069).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 22 de mayo del 2013, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y Cobranzas Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Denis De Jesús Zamora Fuentes, Notario.—1 vez.—(IN2013033077).

Por escritura número cincuenta otorgada ante esta notaría a las once horas del veinte de mayo de dos mil trece, se acordó disolver la sociedad Leiria de Herradura Sociedad Anónima, de acuerdo al inciso d) del artículo doscientos uno de Código de Comercio.—San José, veintidós de mayo del año dos mil trece.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2013033080).

Por escritura otorgada a las quince horas del veintidós de mayo del dos mil trece, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad YKKL Vereda de la Sierra Blanca Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veintinueve mil trescientos ochenta y tres, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula cuarta del pacto social.—Lic. Mario Pacheco Flores, Notario.—1 vez.—(IN2013033087).

Por escritura número sesenta y seis otorgada ante esta notaría a las catorce horas del veinte de mayo de dos mil trece, se protocoliza acta de la compañía Distribuidora Sueños S.H.S. Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cuatro mil setecientos cuarenta y nueve, en la cual se acuerda disolver la sociedad.—Ciudad Quesada, 20 de mayo del 2013.—Lic. Olga Lydia Guerrero Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2013033102).

La sociedad Power Wheels Adventures Sociedad Anónima, solicita al Registro Público la modificación al artículo décimo segundo de sus estatutos y hace cambio de junta directiva. Escritura otorgada por la suscrita notaria pública a las once horas del veinte de marzo del dos mil trece.—Lic. Mayling Quirós Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2013033104).

Mediante escritura número doscientos cuatro, visible al folio ciento cuarenta y tres frente del tomo décimo tercero, del protocolo del notario José Álvaro Bonilla Rojas, se constituyó la sociedad denominada Taquirous Fast Food M Y C Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, San Carlos, veintidós de mayo del año dos mil trece.—Lic. José Álvaro Bonilla Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2013033106).

En escritura 335 otorgada a las 9:00 horas del 30 de abril del 2013, protocolizamos cambio de nombre de Muebles y Maderas Finas de Costa Rica S. A., se nombra nueve presidente y tesorero.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua y José Manuel Elizondo Araya, Notarios.—1 vez.—(IN2013033109).

Por escritura número cincuenta, otorgada ante mi Notaría, se acordó por la asamblea general extraordinaria de accionistas reformar la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Rancho Arenal Sociedad Anónima.—Lic. José Fabián Salazar Solís, Notario.—1 vez.—(IN2013033129).

En esta notaría, se ha constituido KarmarCorporate Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada, sociedad con domicilio en San Pablo de Heredia. Gerente y subgerente con representación judicial y extrajudicial; apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital un millón de colones.—Heredia, a los quince días del mes de mayo del dos mil trece.—Lic. Jenny Azofeifa Salazar, Notaria.—1 vez.—(IN2013033154).

En mi Notaría, fue protocolizada a las quince horas del diez de mayo de dos mil trece, el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa ISC Costa Rica-International Student Center Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-seiscientos sesenta mil cuatrocientos uno, se acordó la disolución de la sociedad.—San José, trece de mayo del dos mil trece.—Lic. Andrés Pérez González, Notario.—1 vez.—(IN2013033155).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria en San José, a las trece horas del día veinticuatro de abril de dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Dardanos y Troyanos Sociedad Anónima, donde se procede a reformar la cláusula de la administración.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—RP2013349930.—(IN2013033243).

Por escritura pública número noventa-diez otorgada a las doce horas del día dieciocho de enero del dos mil trece, ante la notaria pública Catalina Soto Mora, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Distribuidora Febeca S. A., mediante la cual se reformó el nombre de la sociedad a Calle Nicata S. A. y la cláusula sexta del consejo de administración y se nombró junta directiva y fiscal.—San José, dieciocho de enero del dos mil trece.—Lic. Catalina Soto Mora, Notaria.—1 vez.—RP2013349931.—(IN2013033244).

Por escritura autorizada en esta notaría, a las 9 horas de hoy, se acordó la disolución de Consultoría Turística Efap S. A., cédula jurídica 3-101-283236. Se emplaza a quienes sientan lesionados sus derechos, para que dentro del plazo improrrogable de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del presente aviso, se apersonen en la vía judicial en defensa de los mismos.—Lic. Alfonso Herrera Vargas, Notario.—1 vez.—RP2013349938.—(IN2013033245).

Por escritura número seis, otorgada ante esta notaría, a las doce horas y treinta minutos del día veinte de mayo del año dos mil trece, se reforma la cláusula sexta de la administración y la cláusula segunda del domicilio social del pacto constitutivo de la sociedad Ownstort Industries Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, veinte de mayo del dos mil trece.—Lic. Paola María Montealegre Sauma, Notaria.—1 vez.—RP2013349939.—(IN2013033246).

Por escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se protocolizó en lo conducente el acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Fenixone S. A. por la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social y se nombra nuevo tesorero.—San José, 21 de mayo de 2013.—Lic. Eduardo Medina Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2013349940.—(IN2013033247).

Por escritura número seis, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día veinte de mayo del año dos mil trece, se reforma la cláusula sexta de la administración y la cláusula segunda del domicilio social del pacto constitutivo de la sociedad Nakash Bay Limitada.—San José, veinte de mayo del dos mil trece.—Lic. Paola María Montealegre Sauma, Notaria.—1 vez.—RP2013349941.—(IN2013033248).

Mediante escritura número 304, otorgada ante esta notaría a las 18:40 horas del 21 de mayo del 2013, se constituyó la plaza social Best Supplier Costa Rica S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social 99 años. Es todo.—Belén, al ser veintidós horas diez minutos del día veintiuno de mayo del dos mil trece .—Lic. Ivannia Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2013349942.—(IN2013033249).

Por acuerdo unánime de la totalidad del capital social quienes comparecen mediante escritura catorce, visible al folio diez frente del tomo quinto del protocolo de la notaria Shileny Méndez Picado, suscrita a las quince horas del ocho de abril del año dos mil trece, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas, la disolución de la entidad denominada Comercial Barvi de Heredia Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y un mil seiscientos noventa y seis, amparado en el artículo 201 inciso d del Código de Comercio. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón, se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—Lic. Shileny Méndez Picado, Notaria.—1 vez.—RP2013349944.—(IN2013033250).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 15:00 horas del día 1° de mayo del 2013, se protocolizó acta de Carli Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera de los estatutos, en cuanto al domicilio social.—Lic. Federico Piedra Poveda, Notario.—1 vez.—RP2013349952.—(IN2013033251).

Por escritura trescientos veinticinco, de las quince horas del veintiséis de abril del dos mil trece, se constituyó la sociedad International CR FT Service Sociedad Anónima.—San José, veintidós de mayo del dos mil trece.—Lic. Ginnette Arias Mora, Notaria.—1 vez.—RP2013349955.—(IN2013033252).

Ante mí, compareció Gustavo Francisco Hampl Ginel, mayor, casado una vez, empresario, vecino de San José, Curridabat, cédula de residencia uno ocho cinco ocho cero cero cero cero cero tres dos, en su calidad de presidente de Laboratorios Marta Mussi S. A., en donde solicitó disolver esta sociedad y prescindir del trámite de liquidación de la misma.—Lic. Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—RP2013349956.—(IN2013033253).

En esta notaría, por escritura pública número 133 otorgada a las 8 horas del 19 de mayo del 2013, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Portafolio Legal A D M S. A., se reformaron cláusulas primera, segunda y sexta, se nombró nueva junta directiva y fiscal para el resto del plazo social.—Heredia, 21 de mayo del 2013.—Lic. Cinthya Valverde Muñoz, Notaria.—1 vez.—RP2013349957.—(IN2013033254).

Mondemanoe Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco ocho cinco tres cinco seis, comunica que reformó las cláusulas segunda y sétima del acta constitutiva y nombró nueva junta directiva.—Belén, veintiuno de mayo del dos mil trece.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2013349958.—(IN2013033255).

Jabibi Maque Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco nueve nueve cuatro cuatro cuatro, comunica que reformó las cláusulas segunda y sétima del acta constitutiva y nombró nueva junta directiva.—Belén, veintiuno de mayo del dos mil trece.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2013349959.—(IN2013033256).

Chitamey Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seis cero tres uno cero dos, comunica que reformó las cláusulas segunda y sétima del acta constitutiva y nombró nueva junta directiva.—Belén, veintiuno de mayo del dos mil trece.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2013349960.—(IN2013033257).

Minni Mouse M.M.Q. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro nueve nueve tres tres cero, comunica que reformó las cláusulas del domicilio y de la administración del acta constitutiva y nombró nueva junta directiva.—Belén, veintiuno de mayo del dos mil trece.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2013349961.—(IN2013033258).

Pejame P.J.M.Q. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco cero cero uno cero tres, comunica que reformó las cláusulas del domicilio y de la administración del acta constitutiva, y nombró nueva junta directiva.—Belén, veintiuno de mayo del dos mil trece.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2013349962.—(IN2013033259).

Telemako D.M.L.Q. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero ocho tres uno cuatro tres, comunica que reformó las cláusulas del domicilio, del capital social y de la administración del acta constitutiva y nombró nueva junta directiva.—Belén, veintiuno de mayo del dos mil trece.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2013349963.—(IN2013033260).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad Soluciones de Logística Empresarial Gonyart Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones. Se nombra presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cartago, veintiuno de mayo del dos mil trece.—Lic. Patricia Quesada Sandoval, Notaria.—1 vez.—RP2013349964.—(IN2013033261).

En esta notaría, al ser las ocho horas del día treinta de enero de dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Planet Harley Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintitrés de abril del dos mil trece.—Lic. Gonzalo Saavedra Brenes, Notario.—1 vez.—RP2013349966.—(IN2013033262).

Por escritura número setenta y ocho de las nueve horas treinta minutos del día treinta de abril del dos mil trece, visible al folio cuarenta y nueve frente del tomo seis de la notaria Flor del Carmen Ramírez Zamora, se constituyó la sociedad de economía mixta denominada Medicina y Salud Municipales de Curridabat Sociedad Pública de Economía Mixta. Corresponderá la representación al presidente señor Omar Rolando Brenes Arroyo.—San José, dieciséis de mayo del dos mil trece.—Lic. Flor del Carmen Ramírez Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2013349968.—(IN2013033263).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 9 horas del 20 de marzo del 2012, se modificó la cláusula segunda de los estatutos sociales de Aguilar & Aguilar S. A.—San José, 20 de marzo del 2012.—Lic. Manuel E. Badilla Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2013349969.—(IN2013033264).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, se constituye el pacto constitutivo de Asch Team Trece Sociedad Anónima, presidente: Randall Castro Bolaños. Capital social: diez mil colones. Escritura otorgada el día 8 de mayo de 2013.—Lic. Federico Brealey Zamora y Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notarios.—1 vez.—RP2013349970.—(IN2013033265).

La suscrita licenciada Marta Emilia Rojas Carranza, notaria pública con oficina en Palmares, cincuenta metros norte del Club de Amigos Palmareños, constituí la sociedad denominada: Donde Andaba Quirós Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones y un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—Palmares, veintiuno de mayo del dos mil trece.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2013349971.—(IN2013033266).

El suscrito, Marcial Enrique Cordero Quirós, mayor, casado una vez, educador, cédula de identidad número uno-ochocientos sesenta-doscientos doce, vecino de Vuelta de Jorco de Aserrí, Ojo de Agua, ciento veinticinco metros sureste de la pulpería, Ojote Agua, en su calidad de presidente y representante judicial y extrajudicial de la sociedad M.M. Inversiones Sol y Luna Sociedad Anónima, mismo que tiene las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, solicita al Registro Público, Sección Personas Jurídicas que se publique el edicto correspondiente a dicha sociedad.—San José, veinte de mayo del dos mil trece.—Lic. Christian Álvarez Zamora, Notario.—1 vez.—RP2013349974.—(IN2013033267).

Por otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 17 de mayo de dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Vita Bellavista Casa Diecinueve Sociedad Anónima. Se reforman cláusulas segunda y décima de los estatutos sociales.—San José, 17 de mayo del 2013.—Lic. Fernanda Linner de Silva, Notaria.—1 vez.—RP2013349975.—(IN2013033268).

Alejandro Jiménez Rodríguez y Juan Carlos Alvarado Quesada, constituyen Nexo Digital Cr y Aj Sociedad Anónima. El domicilio social será en San José, Pavas, Rohrmoser, frente a la Tienda La Artística. Presidente: Alejandro Jiménez Rodríguez, escritura otorgada en San José, a las veinte horas del dieciséis de mayo del dos mil trece.—Lic. Rodrigo Ureña Quirós, Notario.—1 vez.—RP2013349976.—(IN2013033269).

Por escritura otorgada el día 16 de mayo del 2013, se reformó la cláusula sétima del pacto social de la sociedad Sabana Real Apartamento Cinco Oeste S. A. cédula 3-101-570836.—San José, 20 de mayo del 2013.—Lic. Manuel Barboza Arce, Notario.—1 vez.—RP2013349978.—(IN2013033270).

Por escritura otorgada el día 16 de mayo del 2013, se constituyó la sociedad Elite Real Estate Solutions S. A., vigencia 99 años. Representantes presidente y tesorero.—San José, 20 de mayo del 2013.—Lic. Manuel Barboza Arce, Notario.—1 vez.—RP2013349979.—(IN2013033271).

Por escritura número dieciocho-cuarenta y ocho, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero a las trece horas del día veintiuno de mayo del dos mil trece, se aumenta el capital social de la sociedad Torcasa Tornillos Centroamericanos S. A.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—RP2013349980.—(IN2013033272).

Por escritura número dieciséis-cuarenta y ocho, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Jorge Gonzales Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero a las quince horas del catorce de mayo del año dos mil trece, se reforma el domicilio y nombra agente residente en la compañía Old Weathertop Bridge S. A.—San José, 20 de mayo del 2013.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—RP2013349981.—(IN2013033273).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general de cuotistas de Inversiones Flims Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la que se modificó la cláusula del capital social de la sociedad.—San José, veintiuno de mayo de dos mil trece.—Lic. Farid José Ayales Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2013349982.—(IN2013033274).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Sociedad Edificadora de Casas Sociedad Anónima, en la que se modificó la cláusula del capital social de la sociedad.—San José, veintiuno de mayo de dos mil trece.—Lic. Farid José Ayales Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2013349983.—(IN2013033275).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Numquam Sociedad Anónima, en la que se modificó la cláusula del capital social de la sociedad.—San José, veintiuno de mayo de dos mil trece.—Lic. Farid José Ayales Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2013349984.—(IN2013033276).

Mediante escritura número doscientos uno de las catorce horas del veintiuno de mayo del dos mil trece, se protocolizó en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Atlantic Security Holdings S. A., donde se modifica el pacto social en su cláusula primera.—San José, veintidós de mayo de dos mil trece.—Lic. Alberto Francisco Alfaro Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2013349986.—(IN2013033277).

A las diez horas de hoy, protocolice acta de asamblea general de la sociedad Centro de Psicología, Educación Especial y Salud S. A., se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veintinueve de abril del dos mil trece.—Lic. Giovanni Enrique Incera Segura, Notario.—1 vez.—RP2013349987.—(IN2013033278).

En esta notaría mediante escritura 098-26 otorgada en San Isidro de Heredia a las 9:55 horas del 20 de mayo del 2013, se reformaron las cláusulas 1, 2, 4 y 7 del acta constitutiva de la sociedad 3-101-498951 Sociedad Anónima, y se nombró nueva junta directiva y fiscal. En esta notaría mediante escritura 099-26 otorgada en San Isidro de Heredia a las 11:20 horas del 20 de mayo del 2013, se aprobó disolver y liquidar la sociedad denominada Kenso Sistemas G.C. Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: 3-101-485767. En esta notaría mediante escritura 100-26 otorgada en San Isidro de Heredia a las 11:55 horas del 20 de mayo del 2013, se reformaron las cláusulas 2 y 4 del acta constitutiva de la sociedad Servicios Múltiples La Canoa Sociedad Anónima, y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Iván Villalobos Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2013349991.—(IN2013033279).

Se constituye la sociedad denominada Rogopamo Sociedad Anónima, domiciliada en la provincia de Heredia, La Ribera de Belén, de la imagen de Fátima cuatrocientos metros este y ciento setenta y cinco sur, siendo su presidente el señor Rodolfo González Brenes.—San José, veintidós de mayo del dos mil trece.—Lic. Olga Zeledón Alvarado, Notaria.—1 vez.—RP2013349992.—(IN2013033280).

Por escritura otorgada ante mí el veinte de marzo de dos mil trece, se modificaron las cláusulas primera, tercera y sexta del estatuto de la sociedad de esta plaza Tres-Ciento Uno-Seiscientos Veintiséis Mil Quinientos Dieciséis S. A. Asimismo, se nombraron nuevos miembros de la junta directiva.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2013349996.—(IN2013033281).

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

14587-T.—Documento admitido traslado al titular

Ref: 30/2013/16196.—Orlando Araya Amador, cédula de identidad 1-737-800.—Documento: Cancelación por falta de uso (Camposanto La Piedad Sociedad).—N° y fecha: Anotación /2-84069 de 23/04/2013.—Expediente: 2003-0006570 Registro N° 145857 La Piedad en clase 49 Marca Denominativa.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 9:33:59 del 29 de abril de 2013.—Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por el Marianela Cortés Castillo, cédula de identidad 1-732-468, en calidad de apoderada generalísima de Camposanto La Piedad Sociedad Anónima, contra el registro del signo distintivo La Piedad, Registro N° 145857, el cual protege y distingue: Un establecimiento comercial dedicado a la comercialización y venta de servicios funerarios, ubicado en San José, Barrio Francisco Peralta, del final de la avenida 10, 25 metros sur, en clase 49 internacional, propiedad de Funeraria La Piedad S. A., cédula jurídica 3-101-241472. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2), 3) y 4) y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta, Asesora Jurídica.—RP2013349407.—(IN2013032082).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Resolución acoge cancelación.—N° Ref. 30/2013/11108.—The Plycem Company Inc. C/ Redondo Beeche y Lucia S. A.—Documento: cancelación por falta de uso (The Plycem Company Inc).—Número y fecha: anotación/2-80452 de 11/09/2012.—Expediente: 2003-0005497.—Registro Nº 144269 Applycolor en clase 2 marca denominativa.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 11:35:11 del 15 de marzo de 2013.—Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso presentada por la licenciada Guiselle Reuben Hatounian, en representación de The Plycem Company Inc., contra el registro de la marca de comercio “Applycolor”, con el número 144269, para proteger y distinguir “tintas”, en clase 2 internacional y cuyo propietario es Redondo Beeche y Lucia S. A.

Resultando:

I.—Que por memorial recibido el 11 de setiembre del 2012, la Licda. Guiselle Reuben Hatounian, en representación de The Plycem Company Inc., solicita la cancelación por falta de uso en contra el registro de la marca de comercio “Applycolor”, con el número 144269, para proteger y distinguir “tintas”, en clase 2 internacional y cuyo propietario es Redondo Beeche y Lucia S. A. (Folios 1 a 12).

II.—Que mediante resolución de las 09:15:02 del 21 de noviembre de 2012, se le da traslado de la solicitud de cancelación por falta de uso a la titular. (Folio 24).

III.—Que la anterior resolución fue notificada a la titular de la marca el 15 de enero del 2013 en el domicilio social (F 25) y a la solicitante de las presentes diligencias el 25 de enero del 2013, en forma personal. (Folio 24 vuelto)

IV.—No consta en el expediente contestación al traslado de la cancelación por no uso.

V.—En el procedimiento no se notan defectos ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.

Considerando:

I.—Sobre los hechos probados.

    Que en este Registro de la Propiedad Industrial se encuentra inscrita desde el 13 de febrero del 2004, la marca de comercio “Applycolor”, con el número 144269, para proteger y distinguir “tintas”, en clase 2 internacional y cuyo propietario es Redondo Beeche y Lucia S.A

    Que en este Registro de la Propiedad Industrial se encuentra solicitada la marca de fábrica y comercio “Plycolor”, bajo el expediente 2012-6577, la cual protege y distingue “Pinturas, tintes, barnices, lacas; productos antioxidantes y productos para conservar la madera; materias tintóreas; mordientes; resinas naturales en bruto; metales en hojas y en polvo para pintores, decoradores, impresores y artistas.” en clase 2 internacional, cuya solicitud la realizó la empresa The Plycem Company Inc, en fecha 12 de julio del 2012.

II.—Sobre los hechos no probados. Se considera que no existen hechos de tal naturaleza que deban ser resaltados para la resolución del presente proceso.

III.—Legitimación para actuar. Analizado el poder administrativo, que consta en el expediente y que es visible a folios 13 y 14, se tiene por debidamente acreditada la facultad para actuar en este proceso de la licenciada Guiselle Reuben Hatounian, como apoderada especial de The Plycem Company Inc., así también se tiene por acreditada la personería jurídica de la empresa Redondo Beeche y Lucía S. A.

IV.—Sobre los elementos de prueba. Este Registro ha tenido a la vista para resolver las presentes diligencias lo manifestado por la parte promovente en su escrito de solicitud de cancelación por falta de uso, así como el acta notarial y la personería aportados por la parte solicitante de la cancelación.

V.—En cuanto al Procedimiento de Cancelación. El Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J, establece que una vez admitida a trámite la solicitud de cancelación por no uso, se dará audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a partir del día siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se le da traslado de la solicitud de cancelación; lo anterior de conformidad con el artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento en cita. Analizado el expediente se observa que la empresa titular del signo distintivo fue debidamente notificada el día 15 de enero del 2013 (F. 25), sin embargo a la fecha, no ha contestado dicho traslado.

VI.—Contenido de la solicitud de cancelación. A.- De la solicitud de cancelación por no uso interpuesta, en síntesis se desprenden los siguientes alegatos: 1) Que la marca registrada no esta siendo utilizada en Costa Rica por su titular. 2) Que con esta inactividad la titular de la marca, está faltando a su obligación principal de uso sobre la marca registrada y con dicho accionar está bloqueando la posibilidad de registro de la marca de su representada. 3) Que su representada desea la inscripción de la marca “Plycolor”, según lo demuestra con el trámite de solicitud de signo que es visible bajo el expediente 2012-6577, lo que es indicativo de un interés directo y legítimo para la tramitación de la presente gestión

VII.—Sobre el fondo del asunto. Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto Nº 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, que señala respecto a los artículos 42 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos lo siguiente:

“Como ya se indicó supra, el artículo 39 que específicamente se refiere a la cancelación del registro por falta de uso de la marca, establece que la cancelación de un registro por falta de uso de la marca, también puede pedirse como defensa contra: “un pedido de declaración de nulidad de un registro de marca”. Pues bien, el artículo 42 que establece que la carga de la prueba del uso de la marca corresponderá a quien alegue la existencia de la nulidad, se refiere específicamente a esa causal, cuya marca desde su origen contiene vicios que contraviene en lo que corresponda los supuestos de los artículos 7 u 8 citados, cuya carga probatoria corresponde a quien alega esa causal.

Por lo anterior, de modo alguno ese precepto normativo puede ser interpretado en el sentido que lo hizo el Registro, ya que cada norma cumple una función pero desde una integración de ella con el resto del Ordenamiento Jurídico. No es posible para el operador jurídico, y en el caso concreto, analizar la norma 42, sin haber analizado la 39 que como se estableció, es indicativa de varios supuestos para cancelar el registro de una marca por falta de uso y ese precepto del 42, se refiere solo a uno de ellos, por lo que lleva razón el apelante al decir que: “su solicitud es cancelación por no uso y no nulidad por vicios en el proceso de inscripción.” En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye que la cama de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.

Solucionado lo anterior, entramos a otra interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de una marca? La normativa costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado artículo 42, que cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras que compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir desde la comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado de los productos o servicios mediante los canales de distribución, estudios de mercadeo, facturas, en fin todo aquello que solo el titular del derecho sabe cómo y cuándo se han realizado.”

En virtud del anterior pronunciamiento del Tribunal, en el caso de las cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso a Redondo Beeche y Lucía S. A., que por cualquier medio de prueba debió de haber demostrado la utilización de su signo.

Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso, analizadas las actuaciones que constan en el expediente, se tiene por cierto que la empresa The Plycem Company Inc. demuestra tener legitimación y un interés directo para solicitar la cancelación por falta de uso, ya que tal y como se desprende de la solicitud de signo del gestionante bajo el expediente 2012-6577, el registro 144269 es un obstáculo para los planes de expansión de la marca del gestionante.

En cuanto al uso, es importante resaltar que el artículo 40 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos señala: “Se entiende que una marca registrada se encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue han sido puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los productos o servicios de que se trate y las modalidades bajo las cuales se comercializan. También constituye uso de la marca su empleo en relación con productos destinados a la exportación a partir del territorio nacional o con servicios brindados en el extranjero desde el territorio nacional. (...)”

Es decir, el uso de la marca debe de ser real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado, además deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, si por causas que no son imputables al titular marcario esta no puede usarse de la forma establecida no se procederá a la cancelación del registro respectivo.

Visto el expediente se comprueba que el titular de la marca que hoy se pretende cancelar, al no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que indicara a este Registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca, tales como, pero no limitados a, facturas comerciales, documentos contables o certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos. El titular en su momento oportuno pudo haber aportado la prueba correspondiente para demostrar que cumple con los requisitos que exige este ordenamiento para que su marca no sea cancelada, siendo el requisito subjetivo: que la marca es usada por su titular o persona autorizada para dicho efecto; el requisito temporal: el uso real durante cinco años y el requisito material: que este uso sea real y efectivo, sin embargo no aportó prueba que demostrara el uso del signo. Muy por el contrario el solicitante de las presentes diligencias aporta un acta notarial en donde indica en la visita efectuada a diferentes centros de distribución de tintas, como Ferretería Epa, Auto Ferretería, Ferretería Lourdes, Costa Rica Color Solution, Ferretería el Buen Precio, Librería Universal y Office Depot; no fue posible ubicar ningún artículo asociado a la marca Applycolor, por lo que es un indicio importante de que el producto protegido por el signo no se encuentra en el mercado citado.

Siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que brinda una solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real, efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas aproximando de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) se procede a cancelar por no uso el registro de la marca comercio “Applycolor”, con el número 144269, en clase 02 internacional, cuyo propietario es Redondo Beeche y Lucia S. A.

VIII.—Sobre lo que debe ser resuelto. Analizados los autos del presente expediente, queda demostrado que el titular del signo distintivo “Applycolor”, con el número 144269, al no contestar el traslado otorgado por ley, no comprobó el uso real y efectivo de su marca por lo que al no haber desvirtuado la falta de uso alegada, para efectos de este Registro y de la resolución del presente expediente, se tiene por acreditado el no uso de la marca, procediendo a su correspondiente cancelación. Por tanto

Con base en las razones expuestas y citas de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos N° 7978 y de su Reglamento, Se declara con lugar la solicitud de cancelación por falta de uso, interpuesta por la licenciada Guiselle Reuben Hatounian, en representación de The Plycem Company Inc, contra el registro de la marca de comercio “Applycolor”, con el número 144269, para proteger y distinguir “tintas”, en clase 2 internacional y cuyo propietario es Redondo Beeche y Lucia S. A. Firme la presente resolución, se ordena su publicación integra por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta de conformidad con lo establecido el artículo 86 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49 de su Reglamento, a costa del interesado. Comuníquese esta resolución a los interesados, a efecto de que promuevan los recursos que consideren oportunos, sea el de revocatoria y/o apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles, respectivamente, contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante esta Autoridad Administrativa, quien en el caso de interponerse apelación, si está en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal Registral Administrativo, conforme lo dispone el artículo 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, N° 8039. Notifíquese. Lic. Cristian Mena Chinchilla, Subdirector Registro de Propiedad Industrial.—1 vez.—RP2013349750.—(IN2013032913).

Se hace saber a: I.-Emérita Bravo Lizano, cédula de identidad número 3-181-828 en su condición de propietaria de la finca de Cartago, matrícula 105727, que según consta en el Registro de Personas Jurídicas, que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de oficio porque según el reporte de inconsistencias presentado ante la Dirección de este Registro por la Unidad Ejecutora del Programa de Regularización del Catastro y Registro, relacionado con los identificadores únicos de las fincas del Partido de Cartago: N° 30602010572700 referente a la finca de Cartago, matrícula 105727 y el identificador único N° 30602005833200 de la finca del Partido de Cartago, matrícula 58332, para investigar la posible sobreposición de las fincas mencionadas y los planos catastrados que constan en el asiento registral, manifestando textualmente lo siguiente: “(…) La información catastral de estas fincas (3-105727, 3-0058332) demuestra que existe una sobreposición entre ellas, en el mapa catastral cada una de ellas corresponden a un predio independiente (…)” Asimismo, visto el estudio efectuado por el Asesor Jurídico Ronald A. Cerdas Alvarado el cual manifiesta en lo que interesa lo siguiente: “(…) La finca de 58332, viene de una reunión de fincas según el tomo: 1754, asiento: 572, a la cual se le relaciona el plano C-00301191-1977, del 28 de enero del año 1977; no obstante, esta finca no publicita el plano indicado; sin embargo, el antecedente del plano y el informe de la Unidad de Validación, hace que se relacione a la finca. La finca 105727, nace por un proceso de información posesoria bajo las citas de presentación al tomo: 344, asiento: 19550, con el plano C-0517990-1983, del 30 de setiembre de 1983. Ambos planos mencionados de las fincas relacionadas se sobreponen según su ubicación geográfica en la Hoja Cartográfica. Conclusión: al existir contradicción en los estados parcelarios mencionados por sobreposición, ya que al parecer corresponden a un mismo espacio físico, y al realizar el estudio se desprende que ambas tienen antecedentes diferentes, es importante cautelar e iniciar Gestión Administrativa (…). En virtud de lo denunciado esta Asesoría, mediante resolución de las 10:00 horas del 16 de enero del 2013, ordenó consignar Nota de Advertencia Administrativa sobre las fincas 105727 y 58332 de Cartago y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 9:30 horas del 13 de mayo de 2013, se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionada, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convenga y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia debe señalar facsímil o correo electrónico, conforme el artículo 26 del Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, que es Decreto Ejecutivo N° 35509-J, del 13 de setiembre, publicado en La Gaceta N° 198, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público N° 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 vigente a esta fecha, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia Exp. 2012-1865-RIM).—Curridabat, 13 de mayo de 2013.—Lic. Mónica Mora Apuy, Asesora Jurídica.—1 vez.—O. C. N° 13-0004.—Solicitud N° 119-783-13-0036.—(IN2013033137).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL SAN IGNACIO DE ACOSTA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El suscrito Lic. Héctor Pérez Solano, Administrador de la Sucursal Caja Costarricense de Seguro Social en San Ignacio de Acosta, mayor, casada, vecina de Puriscal, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. En el cuadro, se indica el número patronal, nombre de la razón social, período y monto de la deuda al 20 de mayo del 2013. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los períodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda. Publicar tres veces.

Número patronal

Razón social

Período

Monto

adeudado

Murillo Rojas José Rafael

0-00204970346001001

11-2012 Adicional

¢1.082.583,00

Ortiz Flores Allan C.

0-00018117263999001

T.l 07-2008 a 04-2012

¢741.752,00

Meza Oporta José Luis

7-00016623124999001

T.l 12-2009 a 04-2013

¢774.506,00

Garro Chinchilla Christian

0-00110100089991001

01-2009 a 05-2013

¢865.080,00

Meza Torres José Enrique

0-00106530713999001

T.l 09-2011 a 04-2013

¢659.057,00

Fonseca Miranda César D.

0-00113820477999001

T.l 10-2009 a 10-2011

¢816 465,00

Herrera Durán Angie M.

0-00113040759999001

T.l 11-2008 a 08-2011

¢546.323,00

Orozco Rivera Juan M.

0-00112520024999001

T.l 05, 06-2011 Servicios Médicos 11-2011

 

¢1.194.483,00

Monge Arias Olger A.

0-00106740675999001

T.l Adic. 10-2009, 11-2009 a 08-2010

¢3.078.398,00

Valverde Fallas Flor María

0-00105760994999001

T.l 08-2006 a 06-2010

¢671.753,00

Montenegro Ampie Walter

7-01910099021999001

T.l 10-2011 a 04-2013

¢492.306,00

Alfaro Trejos Fabián

0-00603380064999001

T.l 06-2011 a 05-2013

¢414.221,00

Rojas Bonilla Joege Luis

0-00109160011999001

T.l 11-2008 a 04-2013

¢464.627,00

Chaves Barahona Edgar

0-00301340708999001

Servicios Médicos 02-2013

¢120.186,00

Totales

 

 

¢11.921.740,00

 

Lic. Héctor Pérez Solano, Jefe.—RP2013349818.—(IN2013032916).

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE BARVA

La Municipalidad de Barva por este medio consigna que respecto al párrafo introductorio publicado en La Gaceta N° 18 del 25 de enero del 2013: se lea correctamente de la siguiente manera:

REGLAMENTO PARA EL COBRO DE LA TASA

SOBRE MANTENIMIENTO DE PARQUES,

ZONAS VERDES Y SUS RESPECTIVOS

SERVICIOS EN EL CANTÓN DE BARVA

DE HEREDIA

La Municipalidad de Barva con fundamento en los artículos 169 y 179 de la Constitución Política; artículo 4, inciso a), el inciso c) del artículo 13 y el artículo 43 de la Ley N° 7794 Código Municipal, y conforme lo estableció el Concejo Municipal de Barva en Acuerdo N° 1085-2012 adaptado en la sesión acta extraordinaria número N° 59-2012, celebrada el catorce de setiembre del dos mil doce, vencido el plazo de consulta pública no vinculante sin haber recibido objeciones se tiene por aprobado definitivamente el Reglamento para el Cobro de la Tasa sobre mantenimiento de parques, zonas verdes y sus respectivos servicios en el cantón de Barva de Heredia.

Barva, 21 de mayo del 2013.—Unidad de Obras Civiles.—Joel Castillo Agüero.—1 vez.—(IN2013032832).