LA GACETA N° 103 DEL 30 DE MAYO DEL 2013
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES
MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFÍCO
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
N° 072-MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto
en la Ley General de la Administración Pública o Ley N° 6227 y en la Ley N° 9103
del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del año 2013 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes
de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que la Comisión
Interinstitucional de la Estrategia Regional de Control, Vigilancia y Gestión
de los Espacios y Recursos Marinos, SINAC-MINAET, ha planificado realizar una
reunión técnica preparatoria previa a la reunión de Ministros, a realizarse en
Bogotá, República de Colombia.
2º—Que en el marco de cooperación técnica que
existe entre la República de Costa Rica y las Repúblicas de Colombia, Ecuador y
Panamá, se ha nominado al ingeniero Jorge Eduardo Hernández Chavarría, Director
de la Dirección de Navegación y Seguridad de la División Marítimo Portuaria.
3º—Que para Costa Rica reviste de relevancia
la participación del ingeniero Hernández Chavarría para la toma de decisiones. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al
ingeniero Jorge Eduardo Hernández Chavarría, portador de la cédula de identidad
N° 1-527-192, Director de la Dirección de Navegación y Seguridad de la División
Marítimo Portuaria, para que participe en la reunión técnica que se realizará
en Bogotá, República de Colombia, en el período comprendido del 20 al 21 de
mayo del 2013.
Artículo 2º—Los gastos de transporte aéreo,
hospedaje y alimentación, serán cubiertos por el Gobierno de Colombia. En razón
que los gastos de transporte aéreo, hospedaje y alimentación del funcionario
serán cubiertos por el Gobierno de Colombia; no se requiere pago alguno a cargo
del presupuesto de este Ministerio por esos conceptos. Se le reconocerán los
gastos por concepto de transporte residencia-aeropuerto-residencia, por un
monto de $80, de la subpartida 105.04 del MOPT, del
programa presupuestario 32800 “Puertos y Regulación Marítima”, área 01,
actividad 01.
Artículo 3º—Que durante los días en que se
autoriza la ausencia del funcionario público antes citado, devengarán el 100%
de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 19 al 22 de
mayo de 2013.
Dado en el Despacho del Ministro
de Obras Públicas y Transportes, a los diez días del mes de mayo del 2013.
Dr. Pedro Luis Castro Fernández,
Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C.
Nº 18007.—Solicitud Nº 112-300-00139.—(IN2013033045).
N° 074-MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto
en la “Ley General de la Administración Pública”, Ley Nº 6227 y en la “Ley N°
9103 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República”, para el
ejercicio económico del año 2013 y el Reglamento de Gastos de Viaje de la
Contraloría General de la República.
Considerando:
I.—Que es de interés para este
Ministerio el Curso “Capacitación en Logística Global y Asuntos Marítimos”,
impartido en Busan, Korea,
del 2 al 29 de junio del 2013, patrocinado por la Agencia Internacional de
Cooperación de Korea (KOICA), en virtud de que este
curso mejorará las capacidades del personal de planta para el cumplimiento de
las funciones de la División Marítimo Portuaria.
II.—Que la Agencia
Internacional de Cooperación de Korea promueve los
objetivos con carácter consultivo, científico y técnico. Los esfuerzos de dicho
Agencia son para ayudar a los servicios hidrográficos, o instituciones
responsables de la hidrografía y la navegación, de los países miembros. Dicha
entidad ofrece una beca que cubre los gastos de transporte aéreo, hospedaje y
alimentación para dicho curso.
III.—Que los
ingenieros Ronald Andrés Víquez Acosta y Diego Leal Obando, han sido designados
para participar en la presente capacitación, en representación de este
Ministerio, en su carácter de funcionarios de la Unidad de Hidrografía de la
Dirección de Infraestructura de la División Marítimo Portuaria. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1°—Autorizar a los
señores Ronald Andrés Víquez Acosta, cédula de identidad N° 4-0195-0627 y Diego
Leal Obando, cédula 1-1149-0012, funcionarios de la Unidad de Hidrografía de la
Dirección de Infraestructura de la División Marítimo Portuaria del MOPT, para
que participen en el curso denominado “Capacitación en Logística Global y
Asuntos Marítimos”, impartido en Busan, Korea, del 2 al 29 de junio del 2013, patrocinado por la
Agencia Internacional de Cooperación de Korea
(KOICA).
Artículo 2°—En razón que los gastos de
transporte aéreo, hospedaje y alimentación de los funcionarios serán cubiertos
por el Agencia Internacional de Cooperación de Korea;
no se requiere pago alguno a cargo del presupuesto de este Ministerio por esos
conceptos. Se les reconocerán los gastos por concepto de transporte
residencia-aeropuerto-residencia de cada funcionario con un monto por persona
de $80, de la sub-partida 105.04 del MOPT, del programa presupuestario 32800
“Puertos y Regulación Marítima”, área 01, actividad 01.
Artículo 3°—Que durante los días en que se
autoriza la ausencia de los funcionarios Víquez Acosta y Leal Obando devengarán
el 100% de su salario.
Artículo 4°—Rige a partir del 31 de mayo al
30 de junio del 2013.
Dado en el Despacho del Ministro
de Obras Públicas y Transportes, 13 de mayo del 2013.
Dr. Pedro Luis Castro Fernández,
Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C.
N° 18007.—Solicitud N° 112-300-00135—(IN2013033132).
N° 076 MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto
en la Ley General de la Administración Pública o Ley N° 6227 y en la “Ley N°
9103 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del año 2013 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y
Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
I.—Que la Comisión Centroamericana
de Transporte Marítimo (COCATRAM), tiene previsto realizar la “LXXV Reunión
Ordinaria del Directorio de la COCATRAM”, a realizarse el día 24 de mayo del
2013, en la Ciudad de Managua, Nicaragua.
II.—Que en el marco
de cooperación técnica que existe entre Costa Rica y la (COCATRAM) para el
fortalecimiento del Recurso Humano Regional y el desarrollo de capacidades, la
“LXXV Reunión Ordinaria del Directorio de la COCATRAM”, evento que se llevará a
cabo el día 24 de mayo del 2013, en la Ciudad de Managua, Nicaragua, en su
condición de Director Alterno al Directorio de COCATRAM.
III.—Que para Costa
Rica reviste de relevancia la participación del funcionario referido
(Presidencia Pro Tempore de COCATRAM), en virtud de los alcances de la
actividad para el desarrollo del Sub Sector Marítimo Portuario Costarricense. Por
Tanto:
ACUERDA:
Artículo 1°—Autorizar al Lic.
Luis Fernando Coronado Salazar, portador de la cédula de identidad N°
5-172-0409 para que asista a “LXXV Reunión Ordinaria del Directorio de la
COCATRAM”, a realizarse el día 24 de mayo del 2013, en la Ciudad de Managua,
Nicaragua.
Artículo 2°—Los gastos de transporte aéreo,
hospedaje y alimentación, serán cubiertos por la Comisión Centroamericana de
Transporte Marítimo (COCATRAM).
Artículo 3°—Que durante los días en que se
autoriza la ausencia del funcionario público antes citado, devengarán el 100%
de su salario.
Artículo 4°—Rige a partir del 23 al 25 de
mayo de 2013.
Dado en el Despacho del Ministro
de Obras Públicas y Transportes, 13 de mayo del 2013.
Dr. Pedro Castro Fernández,
Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C.
N° 18007.—Solicitud N° 112-300-00136.—(IN2013033130).
MINISTERIO
DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
N° 028-MEIC
LA MINISTRA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 25 inciso 1, 27 y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de
la Administración Pública, Ley No. 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como la Ley
de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración
Pública, Ley No. 6362 del 03 de setiembre de 1979 y el Reglamento de Viajes y
Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría General de la
República, y sus reformas.
Considerando:
I.—Que es de interés para el Ministerio
de Economía, Industria y Comercio, participar en el III Foro Internacional
sobre Protección al Consumidor, organizado por el Programa de Competencia y
Protección de Consumidor en América Latina (COMPAL) del Gobierno Suizo y la
Conferencia de la Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD) por
sus siglas en inglés.
II.—Que dicha
actividad se llevará a cabo en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana
los días 23 y 24 de mayo de 2013.
III.—Que el objetivo
de este III Foro, es intercambiar experiencias y mejores prácticas sobre temas
de interés común para los países miembros del COMPAL, en materia de protección
al consumidor, tanto entre los encargados de las agencias de protección al
Consumidor de cada país, como con el grupo asesor de expertos con que cuenta
dicho programa. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1°—Autorizar a la
señora Cynthia Zapata Calvo, portadora de la cédula 1-744-149, en su condición
de Directora de la Dirección de Apoyo al Consumidor del Ministerio de Economía,
Industria y Comercio; para que participe en el III Foro Internacional sobre
Protección al Consumidor”, actividad que se llevará a cabo en la ciudad de
Santo Domingo, República Dominicana los días 23 y 24 de mayo de 2013.
Artículo 2°—Los gastos por concepto de
transporte al exterior, serán financiados a través el Programa COMPAL, y los
gastos de hospedaje y alimentación, serán cubiertos con recursos del Instituto
Dominicano ProConsumidor (país anfitrión).
Artículo 3°—Rige a partir del día 22 de mayo
y hasta su regreso el día 25 de mayo del 2013; devengando la funcionaria el
100% de su salario durante su ausencia.
Dado en el Ministerio de
Economía, Industria y Comercio en la ciudad de San José, ocho de mayo del dos
mil trece.
Mayi Antillón
Guerrero, Ministra de Economía, Industria y Comercio.—1
vez.—O. C. N° 17730.—Solicitud N° 111-210-042-2013.—(IN2013033126).
DIRECCIÓN GENERAL
DE TRIBUTACIÓN
AVISOS
Que de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 174 de la Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria N° 9069, de 10 de setiembre del año en curso, a las entidades representativas de intereses de carácter general o corporativo o de intereses difusos, -afectadas por el “Proyecto de Resolución que regula la obligación de identificar todo vehículo tanto nuevo como usado de las partidas 87.01, 87.02, 87.03, 87.04, y 87.1, con el número de VIN en el Documento Único Aduanero (DUA)- se les concede un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación del presente aviso, con el objeto de que expongan su parecer sobre el referido proyecto, el cual deberá expresarse por escrito, y dirigirse a la Dirección de Valoraciones Administrativas y Tributarias de la Dirección General de Tributación, sita en el sexto piso del Edificio La Llacuna, San José.
Para los efectos indicados, el citado proyecto
se encuentra disponible en el sitio web http://dgt.hacienda.go.cr,
en la sección “Proyectos”.—San José, a las trece horas del día 15 de mayo del
2013.—Carlos Vargas Durán, Director General.—O. C. Nº 17346.—Solicitud Nº
109-117-03813GI.—(IN2013031954). 2
v. 1
Nº DGT-R-019-2013.—San José, a las ocho horas con cuarenta minutos del trece
de mayo de dos mil trece.
Considerando:
I.—Que el artículo 99 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios faculta a la Administración Tributaria,
para dictar normas generales para la correcta aplicación de las leyes
tributarias dentro de los límites que fijen las disposiciones legales y
reglamentarias pertinentes.
II.—Que mediante la
Directriz Nº DGT-D-003-2012 del 13 de setiembre de 2012, titulada “Directriz
sobre el tratamiento del crédito fiscal en el impuesto sobre las ventas por la
compra de envases y empaques que se utilicen directamente en el producto por
razones de presentación, conservación o higiene”, la Dirección General de
Tributación dispuso que las solicitudes de compras autorizadas se debían de
continuar aplicando según lo dispuesto en la Directriz Nº DN-14-01 del 7 de
junio de 2001.
III.—Que la directriz DGT-D-003-2012
estableció la posibilidad de solicitar compras autorizadas y las órdenes
especiales por un plazo de nueve meses a partir de la notificación de la misma
y que posteriormente se aplicaría exclusivamente lo dispuesto textualmente en
la Ley del Impuesto General sobre las Ventas, en adelante LIGSV, en lo
concerniente a la procedencia del crédito fiscal.
IV.—Que en fecha
doce de abril de dos mil trece entró en vigencia la reforma del artículo 14 de
la LIGSV publicada en el Alcance digital Nº 66 a La Gaceta Nº 70 de esa
misma fecha.
V.—Que en virtud de lo anterior
resulta necesario dejar sin efecto la Directriz DGT-D-003-2012.
VI.—Que el impuesto
general sobre las ventas es un impuesto al valor añadido, el cual se liquida
mediante la diferencia entre el débito fiscal y el crédito fiscal,
procedimiento que se debe aplicar tanto para mercancías gravadas o exentas como
a los servicios gravados, por cuanto no hay razón de técnica tributaria para
excluir de tal procedimiento a los servicios gravados. Por tanto;
RESUELVE:
Artículo 1º—Se deja sin efecto
la directriz DGT-D-003-2013 del 13 de setiembre del año 2012.
Artículo 2º—Se reconocerán los créditos
fiscales por los pagos realizados por concepto de impuesto general sobre las
ventas, según el siguiente detalle:
- Impuestos pagados por el contribuyente
sobre las compras, importaciones o internaciones.
- Impuestos pagados por la adquisición de
materias primas; insumos, envases, materiales de empaque incluyendo sus
materias primas, enfardaje, embalaje y etiquetaje.
- Impuestos pagados por maquinaria, equipo y
sus partes y repuestos.
- Impuestos pagados por energía eléctrica.
- Impuestos pagados por otras mercancías que
se utilicen directamente dentro del proceso de producción, comercialización y
distribución de los bienes que el contribuyente destine a la venta, sean
gravados o exentos, o que se destinen a la exportación; en actividades
comerciales, agrarias e industriales, principales y conexas.
- Impuestos pagados por concepto de primas de
seguro que protegen bienes, maquinaria e insumos.
- Impuestos pagados sobre equipo y materiales
utilizados en las labores de tratamiento de desechos y control de calidad de
sus productos.
Artículo 3º—La Administración Tributaria
seguirá otorgando resoluciones de autorización de compras autorizadas sin
impuesto, en aquellos casos en los que se dificulte compensar el crédito fiscal
según se detalla en el artículo 27 del Reglamento a la Ley del Impuesto General
sobre las ventas, para lo cual se debe cumplir con las regulaciones establecidas
en el artículo 28 del mismo.
Artículo 4º—Para la aplicación de los
créditos fiscales ocasionados por el pago del impuesto general sobre las
ventas, los contribuyentes deberán utilizar las reglas de deducción vigentes al
momento de compra o adquisición de los respectivos bienes.
Artículo 5º—Procede el crédito fiscal en las
mercaderías gravadas o exentas, así como en los servicios gravados.
Artículo 6º—Las solicitudes de autorización
que se encuentren pendientes de resolver al momento de la publicación de la
presente resolución, deberán atenderse según el procedimiento establecido.
Artículo 7º—Vigencia. Rige a partir de su
publicación.
Carlos Vargas Durán, Director General.—1
vez.—O. C. Nº 17346.—Solicitud Nº 109-117-04013GII.—Crédito.—(IN2013033099).
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
AVISO
Que el señor Julio César Calderón Hernández, mayor, empresario, cédula identidad número uno-cero tres siete nueve -cero dos seis cuatro, vecino de Desamparados-San José; en su calidad de apoderado generalísimo de la compañía Academia de Aeroformación de Costa Rica Sociedad Anónima cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuatro mil ochocientos ochenta y siete; presentó una solicitud de ampliación al Certificado de Explotación para impartir los siguientes cursos: Formación de Instructores, Encargado de Operaciones de vuelo y Piloto de Transporte de Línea Aérea. Todo lo anterior conforme a la Ley General de Aviación Civil N° 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas y el Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación Decreto N° 3326-T del 25 de octubre de 1973 publicado en el Alcance Nº 171 a La Gaceta Nº 221 de 23 de noviembre de 1973; el RAC 119 Reglamento de Certificado de Operador Aéreo (COA, Certificados Operativos y autorizaciones de operación), publicado en La Gaceta N° 75 del 19 de abril del 2006, y demás disposiciones nacionales concordantes. El Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo décimo tercero de la sesión ordinaria número 33-2013 celebrada el día 15 del mes de mayo del 2013, señaló que la solicitud reúne los requisitos formales exigibles, por lo cual se emplaza a los interesados a fin de que apoyen o se opongan a dicha solicitud en forma escrita y con la prueba correspondiente, dentro del término de 15 días hábiles siguientes contados a partir del día de la publicación del presente aviso. La audiencia pública se celebrará a las 10:00 horas del tercer día hábil siguiente al vencimiento del emplazamiento.—Álvaro Vargas Segura, Subdirector General.—1 vez.—O. C. Nº 18-2013.—Solicitud Nº112-323-00018.—(IN2013033047).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 43, título Nº 426, emitido por el Colegio
María Inmaculada, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de
Ramírez Chacón Adriana, cédula 1-0963-0694. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los quince días del mes de mayo del dos mil
trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349446.—(IN2013032095).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 30, título Nº 55, emitido por el Liceo Buenos Aires de Pocosol, en el año dos mil diez, a nombre de Chavarría Ruiz Omar Adolfo, cédula 2-0716-0041. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los quince días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349473.—(IN2013032096).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 49, título Nº 748, y del Título de Técnico Medio en Secretariado Comercial, inscrito en el tomo 2, folio 197, título Nº 3852, emitido por el Colegio Vocacional de Artes y Oficios de Cartago, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Brenes Molina Silvia Elena. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta días del mes de julio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349275.—(IN2013032097).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 43, título Nº 1162, emitido por el Liceo Roberto Brenes Mesén, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Solano Alfaro José Alberto, cédula 1-0617-0678. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los quince días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349334.—(IN2013032098).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 50, título Nº 448, emitido por el Instituto de Guanacaste, en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Ruiz Díaz Dinnia María, cédula 5-0193-0259. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los nueve días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349344.—(IN2013032099).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 127, título Nº 1078, y del Título de Técnico Medio en Contabilidad y Costos, inscrito en el tomo 1, folio 79, título Nº 1035, en el año dos mil seis, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Acosta, a nombre de Umaña Cascante Cindy Karina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, al primer día del mes de marzo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349375.—(IN2013032100).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 168, título Nº 1639, emitido por el Colegio de Limón Diurno, en el año dos mil cuatro, a nombre de Argueta Corella María Fernanda, cédula 1-1277-0162. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintitrés días del mes de abril del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349387.—(IN2013032101).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 112, título Nº 679, emitido por el Colegio “La Asunción”, en el año dos mil nueve, a nombre de Varela Venegas Glendy María, cédula 1-1503-0735. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciséis días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349423.—(IN2013032102).
DAnte este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 103, título N° 553, emitido por el Colegio Nocturno de Pococí, en el año dos mil uno, a nombre de Gutiérrez Buzano Manuel Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de julio del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—Msc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2013032373).
Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 5, título N° 13, emitido por el Colegio de Científicos de Alajuela, en el año dos mil siete, a nombre de Monge Sánchez Karina María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 31 de agosto del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349605.—(IN2013032543).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media inscrito en el Tomo 2, Folio 359, Título N° 2156, emitido por el Liceo de Coronado, en el año dos mil diez, a nombre de Oses Ramírez Andreina, cédula 1-1537-0145. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de mayo del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013032610).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 162, título N° 1355, emitido por el Colegio Técnico Profesional Padre Evans Saunders de Siquirres, en el año dos mil tres, a nombre de Barboza Alpízar Shirley Andrea, cédula 1-1272-0239. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de mayo del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013032652).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica, Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 01, folio 100, título Nº 150, emitido por el Colegio Sagrado Corazón de Jesús, en el año mil novecientos setenta y cinco, a nombre de Zeledón Gómez Victoria María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los tres días del mes de noviembre del dos mil diez.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013032735).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 112, asiento N° 2, emitido por el Liceo de
Alfaro Ruiz, en el año dos mil tres, a nombre de Guzmán Rodríguez Cindy
Gabriela, cédula 2-0610-0667. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de abril del
2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013033074).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 12, título Nº 69, emitido por el Colegio
Bilingüe Enrique Malavassi Vargas, en el año dos mil
uno, a nombre de Castañeda Cummings Edgar. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cuatro días del mes de abril del dos mil
trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013033141).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 57, título N° 729, emitido por el Liceo
Santa Cruz Clímaco A. Pérez, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre
de Rodríguez Villarreal Gerald, cédula 4-0167-0946. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 22 de mayo del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—RP2013350017.—(IN2013033193).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 225, asiento 2983, emitido por el Liceo
Unesco, en el año dos mil cuatro, a nombre de Morales Salazar Stefanny Gerarda. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 4 de abril del 2013.—Departamento de Evaluación Académica
y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349883.—(IN2013033194).
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 231, título N° 2155 y del Título de Técnico
Medio en Contabilidad en Finanzas, inscrito en el tomo 1, folio 130, título N°
25, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Pococí, en el año dos mil ocho, a nombre de Soto Naranjo Kimberli Sofía, cédula 7-0200-0513. Se solicita la
reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, 23 de mayo del 2013.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013033333).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se
ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa
de Mujeres Empresarias de Servicios Múltiples Las Libélulas Bonaerenses R.L.,
siglas: COOPELIBELULAS R.L., acordada en asamblea celebrada el 28 de noviembre
de 2012. Resolución 1448-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29
de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio
de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto
de su inscripción para su publicación en el diario Oficial La Gaceta.
Presidente Anabelle Borbón Fallas
Vicepresidente Cynthia Ramírez Ortiz
Secretaria Marian Chavarría
Bermúdez
Vocal 1 Yolanda Sibaja
Loría
Vocal 2 Laura Morales Villanueva
Suplente 1 Teresita Campos
Picado
Suplente 2 Anabelle
Gutiérrez Reyes
Gerente María Flor Morales Rojas
19 de abril de 2013.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2013033150).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
DIRECTRIZ
N° D.R.P.J.-001-2013
De: Dirección Registro de Personas Jurídicas.
Para: Subdirección, Coordinación General,
Coordinadores de Mercantil, Asesoría Jurídica, Asesoría Técnica y Usuarios.
Fecha: 8 de mayo del 2013.
Asunto: Procedimiento para modificar status de
entidades jurídicas a efecto de calcular la tarifa del impuesto a las personas
jurídicas.
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 3 de la Ley “Impuesto a las Personas Jurídicas” -N° 9024-,
vigente a partir del 1° de abril de 2012, la tarifa del tributo de referencia,
básicamente de las entidades inscritas, se determinará sobre la base del status
que ostenten los sujetos pasivos del mencionado impuesto ante la Autoridad Tributaria, a saber, entidades “activas” o “inactivas”,
a la fecha en que ocurre el hecho generador y devengo del impuesto para cada
período fiscal, sea el 1° de enero de cada año y en tratándose del período
fiscal correspondiente al año 2012, a la fecha de entrada en vigencia del
cuerpo normativo de cita -el 1°de abril de dicho año-. Conteste con lo
establecido en el artículo ut supra, dispone en lo que resulta de interés el
ordinal tercero del Reglamento para la Aplicación Registral de la Ley Impuesto
a las Personas Jurídicas, Reglamento aprobado mediante acuerdo firme adoptado
por la Junta Administrativa del Registro Nacional en sesión ordinaria N°
13-2012, del 26 de marzo de 2012, publicado en La Gaceta N° 87 del 7 de
mayo siguiente:
“… Para efectos de aplicación de
la Ley Impuesto a las Personas Jurídicas, sus
transitorios y el presente reglamento, el Registro Nacional entenderá por
personas jurídicas activas aquellas que se encuentren así calificadas dentro de
la lista que al efecto le remita la Dirección General de Tributación del
Ministerio de Hacienda a la fecha del hecho generador” (Lo destacado es propio)
En vista de lo anterior y con
ocasión de reiterados reportes remitidos durante el año 2012 por la Dirección
General de Tributación, específicamente por el Registro Único Tributario,
mediante los cuales se relacionaban inconsistencias en la base de datos
suministrada al Registro Nacional, con el consecuente requerimiento de
corrección; la Dirección General del Registro Nacional a través del oficio
DGRN-1232-2012 de fecha 5 de diciembre de 2012, dirigido al Máster Carlos
Vargas Durán, solicitó la información respectiva enfatizando
la trascendencia de garantizar la integridad del documento que fuera remitido,
en razón de lo cual se advirtió que no serían aceptadas modificaciones
posteriores de “status”, así como tampoco podrían ser agregadas nuevas
entidades.
No obstante ello, resultando que persisten
denuncias relativas a inconsistencias en el “status” de las entidades jurídicas
cuyo génesis no es atribuible al usuario; sin embargo, con la consecuente
incidencia directa sobre la determinación de la tarifa del impuesto que nos
ocupa, la Dirección General del Registro Nacional por medio del oficio
DGRN-0397-2013 de 18 de abril último, informa a la Dirección General de
Tributación -sin perder la perspectiva en cuanto alcance de la competencia de
cada Institución, pero en consideración del perjuicio que dichas
inconsistencias representan para el administrado, lo que conlleva a la
imperante necesidad de establecer un procedimiento que permita una solución
ágil al usuario-, que el Registro Nacional no
tiene impedimento alguno en utilizar como insumo para subsanar las
inconsistencias de citas, el denominado “Documento de Des-inscripción en el
Registro Único Tributario”, siempre y cuando éste señale expresamente la
fecha de fin de actividad de la entidad respectiva.
Bajo las consideraciones apuntadas, en
concordancia con los ordinales 8° y 6°, por el orden usual, de la Ley N° 8220
-Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos- y
de su Reglamento –Decreto Ejecutivo No. 37045-MP-MEIC-, esta Inteligencia
dispone -en procura de subsanar las referidas inconsistencias en beneficio del
interés público-, que a efectos de modificar el “status” de las entidades
jurídicas con la consecuente repercusión en la tarifa del Impuesto a las
Personas Jurídicas, el interesado deberá
presentar la solicitud ante la Dirección del Registro de Personas
Jurídicas, la cual deberá cumplir con el siguiente detalle:
1. Nombre completo y demás calidades del solicitante, con la
indicación que ostenta la condición de representante legal o apoderado de la
persona jurídica que gestiona. En caso de actuar en virtud de poder especial,
deberá aportarse el original de éste o copia debidamente certificada.
2. Señalar el número de cédula jurídica y la
denominación social de la persona jurídica que representa.
3. Aportar documento que acredite la
inconsistencia de la información suministrada al Registro Nacional por el
Registro Único de Contribuyentes, a saber:
a) Documento de “Des-inscripción en el Registro Único Tributario”, del
que se derive expresamente la identidad de la
entidad jurídica y la fecha en que finalizó
actividades, o copia debidamente certificada del mismo.
b) Certificación expedida por el Registro Único Tributario
mediante la cual se acredite que efectuado el estudio de estilo: i.- La entidad
gestionante ha estado
inactiva durante los períodos fiscales que se relacionen en la
certificación o, ii.- La entidad gestionante no ha sido contribuyente en dicho Registro.
4. Indicar un número de facsímile o dirección electrónica para atender
notificaciones.
5. Suscrita por el representante legal o
apoderado, debidamente autenticada.
Rige a partir de su emisión.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—O. C. N° 13-0004.—Solicitud N° 119-783-13-0042.—(IN2013033134).
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
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Patente
de invención
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado,
vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Gilead Sciences, Inc., de E.U.A., solicita la patente de invención
denominada ANÁLOGOS
DE CARBA-NUCLEÓSIDOS SUSTITUIDOS CON 2’-FLUORO PARA TRATAMIENTO ANTIVIRA.
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Se proporcionan nucleósidos
de imidazo[1,2-f]
[1,2,4]triazinilo selectos, fosfatos de nucleósidos, y profármacos de los
mismos, donde la posición 2’ del glúcido núcleosidico
se sustituye con sustituyentes halógeno y carbono. Los compuestos,
composiciones y métodos proporcionados son útiles para el tratamiento de
infecciones por virus Flaviviridae, particularmente
infecciones por Hepatitis C causadas tanto por cepas de tipo salvaje como
mutantes del VHC. Fórmula (I) La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
C07D 487/04; A61K 31/41; cuyos inventores son Cho, Aesop, Kim, Choung, Ray, Adrián. La solicitud correspondiente lleva el número
20130172, y fue presentada a las 13:40:10 del 17 de abril del 2013. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario
oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de abril del 2013.—Lic. Randall Abarca,
Registrador.—(IN2013032849).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Millennium Pharmaceuticals, Inc., de E.U.A., solicita la patente de invención denominada
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HETEROARILOS Y SUS USOS. La invención provee compuestos de fórmula IA-a o IB-a y sus correspondientes subconjuntos: IA-a, IB-a, donde Z, HY, Rl, R2, Gl, W, n, y A y sus correspondientes subconjuntos son como se describen en la memoria descriptiva. Los compuestos son inhibidores de P13K y de este modo son útiles para tratar trastornos proliferativos, inflamatorios, o cardiovasculares. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/33; A61K 31/425; cuyos inventores son Freeze, Brian S., Hirose, Masaaki, HU, Yongbo, HU, Zhigen, Lee, Hong Myung, Sells, Todd B., SHI, Zhan, Vyskocil, Stepan, Xu, Tianlin. La solicitud correspondiente lleva el número 20130084, y fue presentada a las 13:58:00 del 25 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de abril del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013032850).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, abogado, vecino de San José, apoderado especial de Sumitomo Chemical Company, Limited, de Japón, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO PARA REDUCIR ESTRÉS HÍDRICO EN PLANTAS. La presente invención proporciona: un método para reducir el estrés térmico en una planta que comprende aplicar una cantidad eficaz de uno o más compuestos seleccionados del grupo que consiste de un compuesto representado por la fórmula (I) y sales agricolamente aceptables del mismo a una planta que se ha expuesto o será expuesto a condiciones de estrés hídrico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 37/42; A01C 1/00; A01G 7/06; A01P 21/00; cuyos inventores son Nagasawa, Asako, Mukumoto, Fujio. La solicitud correspondiente lleva el número 20130177, y fue presentada a las 13:59:10 del 23 de abril del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de abril del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013032853).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Syngenta Participations AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODOS DE IRRIGACIÓN DE PLANTAS CON 1-MCP. La presente invención se refiere a métodos novedosos para aumentar la tolerancia al estrés medioambiental abiótico de una planta, a métodos para mejorar la calidad y/o el rendimiento de un cultivo vegetal, a métodos para aplicar un ciclopropeno tal como 1-MCP a una planta y a cultivos producidos empleando dichos métodos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01H 1/06; cuyos inventores son Haas, Ulrich Johannes, Weider, Christophe, Zeun, Ronald, Ross, David Charles, Kidder, Daniel Warden, Zhen, Yueqian. La solicitud correspondiente lleva el número 20120607, y fue presentada a las 14:14:00 del 3 de diciembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de abril del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013032855).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Gilead Biologics, Inc. de E.U.A., solicita la patente de invención denominada ANTICUERPOS CONTRA METALPROTEASA-9 DE MATRIZ. La presente divulgación proporciona composiciones y métodos de uso que involucran proteínas de unión, por ejemplo, anticuerpos y fragmentos de estos que se unen a antígenos, que se unen a la proteína de la metaloproteasa de matriz-9 (MMP9) (la MMP9 también se conoce como gelatinasa-B), donde las proteínas de unión comprenden una cadena pesada de inmunoglobulina (lg) (o un fragmento funcional de esta) y una cadena liviana de lg (o un fragmento funcional de esta). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/395; C12P 21/08; cuyos inventores son Mccauley, Scott Alan, Vaysberg, María. La solicitud correspondiente lleva el número 20130132, y fue presentada a las 13:52:00 del 21 de marzo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de abril del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013032856).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, abogado, apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la patente de invención denominada UNA COMPOSICIÓN QUE COMPRENDE 2-metilpropanotioato de S-[2-([[1-(2-etilbutil) ciclohexil]-carbonil]amino)fenilo] y croscarmelosa sódica. La presente invención se refiere a una formulación basada en una matriz higroscópica, a un proceso para la fabricación de la misma y a su utilización para el tratamiento de enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 9/20; A61K 31/265; cuyos inventores son +Krabichler, Michaela, Meyer, Bernard, Winzenburg, Carsten. La solicitud correspondiente lleva el número 20130181, y fue presentada a las 13:53:10 del 24 de abril del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de mayo del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013032859).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor de edad, vecino de San José, abogado, apoderado especial de Marrone Bio Innovations Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES BIOACTIVAS DE CHROMOBACTERIUM Y METABOLITOS.
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La presente invención se refiere a compuestos bioactivos y metabolitos derivados de cultivos de especies de Chromobacterium responsables de controlar plagas, composiciones que contienen estos compuestos, métodos para obtener estos compuestos y métodos para usar estos compuestos y composiciones para controlar plagas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 63/02; A01P 7/00; C07K 5/08; C07K 7/06; C07K 7/64; cuyos inventoress son Asolkar, Ratnakar, Huang, Huazhang, Koivunen, Marja, Marrone, Pamela. La solicitud correspondiente lleva el número 20130184, y fue presentada a las 14:43:19 del 25 de abril del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de abril del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—Nº RP2013349739.—(IN2013032909).
El señor Néstor Morera Víquez,
mayor, abogado, cédula 1-1018-975, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de Novartis AG, de Suiza, solicita
la Patente de Invención denominada TRIAZINA-OXIDIAZOLES.
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La invención se refiere a nuevos
derivados de la fórmula (I), en donde los sustituyentes se defienen
en la especificación; también se refiere a procesos para la preparación de
tales derivados; composiciones farmacéuticas que comprenden tales derivados;
tales derivados como un medicamento; tales derivados para el tratamiento del
dolor crónico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 413/04;
A61K 31/53; A61P 29/00; C07D 413/14; C07D 417/14; C07D 451/02; C07D 487/04;
C07D 491/10; cuyos inventores son Barker, Oliver, Bentley, Jonathan, Bock, Mark Gary, Cain,
Thomas, Chovatia, Praful, Dod, Jennifer Ruth, Eustache,
Florence, Gleave, Laura, Hargrave,
Jonathan, Heifetz, Alexander, Law,
Richard, Raoof, Ali, Willows, David. La solicitud correspondiente lleva el
número 20130111, y fue presentada a las 10:32:00 del 13 de marzo del 2013.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 9 de abril del 2013.—Lic. Melissa
Solís Zamora, Registradora.—Nº
RP2013349740.—(IN2013032910).
El señor Néstor Morera Víquez,
mayor, abogado, cédula 1-1018-975, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de Bayer Intellectual Property GMBH, de Alemania, solicita la Patente de
Invención denominada COMBINACIONES QUE CONTIENEN
N-(2-ARILAMINO)ARILSULFONAMIDA SUSTITUIDA. La presente invención se
relaciona con: combinaciones de: Componente A: uno o más compuestos de difenil urea sustituida con omega-carboxiarilo
de la fórmula general (I), o una sal, solvato,
hidrato o estereoisómero fisiológicamente aceptable
de los mismos. Componente B: uno o más compuestos de N-(2-arilamino) arilsulfonamida de la fórmula general (II), o una sal, solvato, hidrato o estereoisómero
fisiológicamente aceptable de los mismos; y, opcionalmente. Componente C: uno o
más agentes farmacéuticos adicionales; en donde opcionalmente algunos o todos
los componentes se encuentran en la forma de una formulación farmacéutica lista
para usar administrada de manera simultánea, concurrente, separada o sucesiva.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/17; A61K 31/18; A61K
31/44; A61P 35/00; cuyos inventor son Pühler, Florian, Hitchcock, Marion. La
solicitud correspondiente lleva el número 20130147, y fue presentada a las
14:19:20 del 1° de abril del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 9 de
abril del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº
RP2013349741.—(IN2013032911).
El señor José Ant. Gamboa Vázquez, cédula 1-461-803, mayor de edad,
vecino de San José, apoderado especial Honda Motor Co., Ltd,
de Japón, solicita el Diseño Industrial denominada UNA CUBIERTA
FRONTAL PARA UNA MOTOCICLETA.
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Se protege un diseño como se
detalla La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 12/11;
cuyo(s) inventor(es) es (son). La solicitud correspondiente lleva el número
20130061, y fue presentada a las 08:06:00 del 13 de febrero del 2013. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario
oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de marzo del 2013.—Lic. Fabián Andrade
Morales, Registrador.—RP2013349946.—(IN2013033184).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
El Registro de la Propiedad Industrial,
Oficina de Patentes hace saber que por resolución de las once horas dos minutos
del treinta de abril dos mil trece, fue inscrito el Diseño Industrial
denominado BOTELLA
a favor de Oy Sinebrychoff
Ab, domiciliada en Finlandia cuyos creadores son: Toivonen,
Rami, Viljanen, Lasse, y Salokannel, Riikka todos de nacionalidad Finlandesa, se le ha otorgado
el número de inscripción de Diseño Industrial 648, estará vigente hasta el
treinta de abril del dos mil veintitrés, la Clasificación Internacional de
Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 09-01.—San José, a las quince
horas diez minutos del veinte de mayo del dos mil trece.—Lic. Fabián Andrade
Morales, Registrador.—1
vez.—RP2013349995.—(IN2013033186).
El Registro de la Propiedad
Industrial, Oficina de Patentes de Invención hace saber que por resolución de
las diez horas quince minutos del treinta de abril de dos mil trece, fue
inscrito el Diseño Industrial denominado BATERÍA a favor de la compañía
Johnson Controls Technology
Company, cuyos creadores son: Nicholas E. Elison y Glenn W. Andersen, ambos de nacionalidad
estadounidense, se le ha otorgado el número de inscripción de diseño industrial
650, estará vigente hasta el treinta de abril de dos mil veintitrés, la
Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es
13-02.—San José, a las ocho horas quince minutos del dieciséis de mayo de dos
mil trece.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—1
vez.—RP2013349907.—(IN2013033187).
REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR
Y DERECHOS
CONEXOS
Ana María Espinoza Golcher cédula de identidad 1-1434-021, mayor, soltera,
estudiante, vecina de San José, Granadilla de Curridabat
Residencial Altamente, casa Nº 280, solicita la inscripción de los derechos
morales y los derechos patrimoniales en la obra individual, literaria y
divulgada que se titula DEL AZAR Y OTRAS CASUALIDADES. La obra es un cortometraje
escrito en 7 páginas. Síntesis argumental: ella atrapada por la rutina decide
un día dejarlo todo al azar, por medio de una moneda, con la idea de que loco
es “el que hace una y otra vez la misma cosa esperando diferentes resultados”.
Hay un giro inesperado cuando se reúne con un familiar. Publíquese por una sola
vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean
tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los
treinta días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de
la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 7168.—Curridabat, 21 de febrero del
2013.—Lic. Andrés Hernández Osti, Registrador.—1 vez.—RP2013349936.—(IN2013033188).
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
AVISOS
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del
estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-260276, denominación: Asociación
GS Uno Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las
prescripciones que establece la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de
Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales,
se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 7 minutos y
29 segundos, del 7 de mayo del 2013. Documento Tomo: 2013 Asiento: 104712.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2013349965.—(IN2013033182).
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada Asociación Unidad de Cuidados Paliativos y
Clínica del Control del Dolor Lázaro Levántate, con domicilio en la provincia
de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Ofrecer
servicios de atención, control y asistencia médica, social, psicológica,
espiritual y económica a personas oncológicas o con enfermedades de condición
de vida limitada, que permita brindar a esta persona calidad de vida y muerte
digna. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades
de apoderada generalísima sin límite de suma y con las demás limitaciones
establecidas en el estatuto lo es la presidenta: María Magdalena Aguilar
Jiménez. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas
en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas,
y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días
hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013 Asiento: 123844.—Curridabat, 21 de mayo del dos
mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2013349954.—(IN2013033183).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. N° 6880A.—Inversiones
Avenidas de las Américas S.A., solicita concesión de: 5 litros por segundo del
nacimiento 1 efectuando la captación en finca de su propiedad en Fortuna, San
Carlos, Alajuela, para uso comercial envasado de agua turístico hotel.
Coordenadas 274.000/457.200, hoja Fortuna. 6 litros por segundo del nacimiento
2 efectuando la captación en finca de su propiedad en Fortuna, San Carlos,
Alajuela, para uso comercial envasado de agua, consumo humano doméstico,
turístico hotel. Coordenadas 274.400/457.500 hoja Fortuna. Predios inferiores:
no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de marzo de
2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2013032825).
Exp. N° 6880A.—Inversiones
Avenidas de las Américas S.A., solicita concesión de: 5 litros por segundo del
nacimiento 1 efectuando la captación en finca de su propiedad en Fortuna, San
Carlos, Alajuela, para uso comercial envasado de agua turístico hotel.
Coordenadas 274.000/457.200 hoja Fortuna. 6 litros por segundo del nacimiento 2
efectuando la captación en finca de su propiedad en Fortuna, San Carlos,
Alajuela, para uso comercial envasado de agua, consumo humano doméstico,
turístico hotel. Coordenadas 274.400/457.500 hoja Fortuna. Predios inferiores:
no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de marzo de
2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2013032854).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 7547A.—Hacienda Las
Lajas S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento
María Lajas, efectuando la captación en finca de su propiedad en Santo Domingo,
Santa Bárbara, Heredia, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas: 230.000
/ 521.750, hoja Naranjo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 12 de setiembre del 2012.—José Miguel Zeledón
Calderón, Director.—(IN2012111616).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría
invita a todos los potenciales proveedores interesados en participar en el
siguiente procedimiento:
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000012-PROV
Construcción de parasoles en los costados este, oeste y sur
del edificio de los Tribunales de Justicia de Alajuela
(edificio nuevo)
Fecha y hora de apertura: 13 de
junio de 2013, a las 10:00 horas.
El cartel se puede obtener sin costo alguno a
través de Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduría
o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la
siguiente dirección: kpiedra@poder-judicial.go.cr, respectivamente. En este
último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a
su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3295 ó
2295-3623.
San José, 27 de mayo de 2013.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli
Argüello Araya, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2013033746).
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFÍCO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000003-01
Obras complementarias a los espigones
de Puntarenas, segunda fase
El Departamento de Proveeduría
del INCOP debidamente autorizado por la Junta Directiva de este Instituto
mediante Acuerdo Nº 2 firme, tomado en la Sesión Nº 3837 celebrada el día 23 de
mayo del año en curso, avisa que recibirá ofertas para la Licitación Pública Nº
2013LN-000003-01, por las “Obras complementarias a los espigones de Puntarenas,
segunda fase”, hasta las 10:00 horas del 3 de julio del 2013.
Así mismo el día 7 de junio del
2013, a las 10:00 horas se realizará una visita al sitio donde se construirán
las obras.
Los interesados en participar en
esta licitación podrán adquirir el respectivo cartel, en nuestras oficinas
centrales ubicadas en Puerto Caldera, previo pago de ¢10.000,00 en la Sección
Caja de INCOP.
Mba. Juan Ariel Madrigal Porras,
Proveedor General.—1 vez.—O. C. Nº 26729.—Solicitud Nº
820-00033.—Crédito.—(IN2013033963).
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
ÁREA DE SALUD OREAMUNO-PACAYAS-
TIERRA
BLANCA
LICITACIÓN ABREVIADA N°2013LA-000001-2395
Servicios profesionales de aseo y limpieza para el Área de
Salud
Oreamuno-Pacayas-Tierra Blanca
La Oficina de Compras del Área
de Salud Oreamuno-Pacayas-Tierra Blanca, recibirá
ofertas por escrito, hasta las 10:00 a. m. del día 27 de junio de 2013, para la
contratación de servicios profesionales de aseo y limpieza para el Área de
Salud Oreamuno-Pacayas-Tierra Blanca. La visita al
sitio se realizará el 11 de junio 2013 a las 9:00 a. m. El cartel se encuentra
disponible en la Oficina de Compras del Área de Salud Oreamuno-Pacayas-Tierra
Blanca, situada 100 metros sur y 500 metros al este de la iglesia católica de
San Rafael de Oreamuno, Cartago. Ver más información
en www.ccss.sa.cr.
San José, 24 de mayo del 2013.—Dra. Sonia Chaverri Molina,
Directora Médica.—1 vez.—(IN2013034018).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000001-ARESEP
Servicios médicos de empresa para funcionarios de ARESEP
La Proveeduría Institucional de
la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, cédula jurídica Nº
3-007-042042-09, recibirá ofertas por escrito y en sobre cerrado hasta las
14:00 horas, del 21 de junio del 2013, para la contratación de “Servicios
médicos de empresa para funcionarios de ARESEP”.
El cartel puede ser accesado en la dirección electrónica http://www.aresep.go.cr/index.php/inicio/compras-institucionales/licitaciones-abreviadas
Para mayor información pueden llamar
al teléfono 2506-3438 y 2506-3240, o a los correos electrónicos
delgadolj@aresep.go.cr o herreracm@aresep.go.cr
San José, 24 de mayo del 2013.—Proveeduría Institucional.—Jéssica
Delgado López.—1 vez.—O. C. Nº 7264-2013.—Solicitud Nº 775-293.—Crédito.—(IN2013033946).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000003-ARESEP
Adquisición de cartuchos y tintas
La Proveeduría Institucional de
la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, cédula jurídica Nº
3-007-042042-09, recibirá ofertas por escrito y en sobre cerrado hasta las
14:00 horas, del 24 de junio del 2013, para la “Adquisición de cartuchos y
tintas”.
El cartel puede ser accesado en la dirección electrónica http://www.aresep.go.cr/index.php/inicio/compras-institucionales/licitaciones-abreviadas
Para mayor información pueden
llamar al teléfono 2506-3438 y 2506-3240, o a los correos electrónicos
delgadolj@aresep.go.cr o herreracm@aresep.go.cr
San José, 24 de mayo del 2013.—Proveeduría Institucional.—Jéssica
Delgado López.—1 vez.—O. C. Nº 7264-2013.—Solicitud Nº
775-294.—Crédito.—(IN2013033947).
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES
Y
RECREACIÓN DE MORA
Contratar entrenadores y promotores deportivos
El Comité Cantonal de Deportes y
Recreación de Mora requiere contratar entrenadores y promotores deportivos. Se
recibirán ofertas hasta el quinto día hábil después del día de publicación de
este anuncio. Las hojas de requisitos están disponibles en la oficina del
Comité, ubicada en el gimnasio municipal, Ciudad Colón. Para retirarlas favor
concertar una cita llamando al tel. 2249-1393 de 2:00 a 7:00 p. m.
Ciudad Colón, 24 de mayo del
2013.—Alberto Jaén Rojas, Coordinador
Deportivo-Recreativo.—1 vez.—(IN2013033970).
PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIO
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000001-0001600005
Concesión de espacios para la colocación de “rótulo unipolares,
vallas publicitarias, mupies y pantallas Led
en las instalaciones del Pima
La Proveeduría del PIMA en apego
a la normativa vigente comunica a los interesados que según acuerdo de junta
directiva N° 2126, artículo 5 de la sesión extraordinaria N° 2762 celebrada el
22 de mayo del 2013, se procedió a adjudicar la Licitación Pública N°
2013LN-000001-0001600005, a la oferta presentada por Publiex
S S. A., por el arrendamiento de las franjas 1 y
2 (según croquis respectivo) para la colocación de 7 rótulos unipolares por un
monto anual de treinta y cinco mil dólares $35.000. Lo anterior en virtud de
los resultados obtenidos en el proceso de análisis y calificación de ofertas
que consta en el expediente de contratación respectivo. Cualquier consulta o
aclaración respecto a este proceso puede solicitarse al teléfono 2239-1233,
ext. 222 ó 258 o directamente en las oficinas de Proveeduría ubicadas 500
metros este del Mall Real Cariari
en Barrial de Heredia.
Heredia, 27 de mayo del 2013.—Rónald Miranda, Proceso de
Proveeduría.—1 vez.—(IN2013033960).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000008-33101
Adquisición de una guillotina hidráulica
Se avisa a todos los interesados
en esta licitación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que por
Resolución Final Nº 120-2013 de las 15:00 horas del día 21 de mayo de 2013, se
declara infructuosa debido a que no se presentaron ofertas al momento de la
apertura en aplicación del Artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa.
San José, 23 de mayo del 2013.—Dirección Proveeduría Institucional.—Heidy
Román Ovares, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 18887.—Solicitud Nº
112-300-00143.—Crédito.—(IN2013034010).
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN NACIONAL N° 2013LN-000004-2104
Por la adquisición de prótesis urológicas
Empresa adjudicada: Promoción
Médica S. A. a los ítems: N° 1, 2 y 5. Para los ítems: N° 3, 4, se declaran
infructuosos y se recomiendan volver a publicar.
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 27 de mayo de 2013.—Subárea Contratación
Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1
vez.—(IN2013033954).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000004-02
Mantenimiento interno de tanques en Refinería
Se informa que el concurso en
referencia, fue adjudicado según oficio GG-1117-2013 de la Gerencia General de
la empresa, con fecha del día 21 de mayo del 2013, de acuerdo con el siguiente
detalle:
Oferta Nº tres (3).—Oferente: International Costa Painter
S. A., representante legal, Carlos Bordabehere
Sotomayor. Monto total: ¢459.809.025,00 impuestos incluidos.
Descripción: Contratación de los
servicios de mano de obra, materiales herramientas y equipo para el
mantenimiento interno de tanques, mediante la preparación de superficie y
aplicación de recubrimiento total en el interior de los tanques 705, 706, 707 y
708 de la Refinería, incluyendo pisos, techos y la envolvente.
Demás especificaciones conforme
el cartel y la oferta respectiva.
Forma de pago: Mensualmente de
acuerdo con el avance de los trabajos, de conformidad con lo establecido en el
apartado 5.6 del cartel. RECOPE retendrá un 10% del monto total de la
facturación de avance mensual cuando el contratista incurra en atraso cuyo
impacto sea superior al diez por ciento (10%) del plazo total de entrega de la
obra, según programa detallado de trabajo aprobado por RECOPE y vigente a la fecha
de la facturación.
Tiempo de entrega:
-Requisitos previos: quince (15)
días naturales de los cuales doce (12) corresponden al contratista.
-Ejecución: Ciento
veinte (120) días naturales.
-Condiciones
climáticas adversas: Cuarenta (40) días naturales.
Notas importantes:
1. El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles a partir de la
firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de
cumplimiento, por un monto del diez por ciento (10%) del total adjudicado y
vigencia mínima de tres (3) meses adicionales a la fecha probable de recepción
definitiva del objeto del contrato, debiendo considerar dentro de la vigencia
los días establecidos en las cláusulas 5.1 y 5.2 del cartel y los requeridos
para la formalización, observando los demás requisitos y condiciones que al
respecto establece la Ley de la Contratación Administrativa y su Reglamento.
2. El presente concurso se formalizará con el
respectivo pedido el cual será aprobado internamente por la Dirección Jurídica.
A efectos de la legalización se deberán reintegrar las especies fiscales de
ley, en razón del 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad
por el contratista.
Se recuerda a los proveedores y
demás interesados que a través del sitio web www.recope.com se encuentran
publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por
RECOPE.
Departamento de Contratación de
Bienes y Servicios.—Ing. Jhonny
Francisco Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 000220.—Solicitud Nº
865-00147-PROV.—Crédito.—(IN2013034004).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000007-02
Suministro e instalación de sistema de monitoreo
de inventarios en tanque de Refinería
Se informa que el concurso en
referencia, fue adjudicado según oficio GRE-0232-2013 de la Gerencia de
Refinación de la empresa, con fecha del día 22 de mayo del 2013, de acuerdo con
el siguiente detalle:
Oferta Nº Uno (1).—Oferente: Consorcio Pimesa-Doger
(Productos Importados Mejía Pime S. A.-Doger Technology Development S. A.), Representante legal Elkin Darío Mejía López, Róger Flores Franco. Monto total: $478.651,06 impuestos
incluidos.
Descripción: Suministro de un
sistema de monitoreo de inventarios mediante acceso web para el patio de
tanques de la Refinería, así como el hardware y software necesario para la implementación
e interconexión del mismo, incluyendo captura de datos, equipo de cómputo y
equipo de comunicación. El mismo deberá ser suministrado, instalado,
configurado y puesto en marcha por parte del contratista.
El sistema implica el suministro
de:
-Gabinete de Inventario Web:
§
Un (1) Gabinete de Control de sistema de monitoreo de Inventario Web
de tanques, tipo rack 42U, puertas frontales y traseras, con capacidad para 200
tanques, marca CPI, que incluye: Servidores para TankMaster
Servidor/Cliente/.Net. marca Rosemount Tank Radar AB, Servidores Tipo Rack Windows 2008 para Tankmaster y TankMaster.Net. de la marca Supermicro, Licencias TankMaster
Server Max Redundante, tankMaster.Net tipo Sitio e Historiador de datos marca Rensen. Precio unitario s.i.v.
$209.150,00, precio total i.v.i. $236.339,50.
§ Dos (2) unidades de campo FCU
2160. Redundante, marca Rosemount Tank
Radar AB. Precio unitario s.i.v. $11.787,50, precio
total i.v.i. $26.639,76.
§ Dos (2) unidades MiniRX Redundantes, marca MHT. Precio unitario s.i.v. $24.000,00, precio total i.v.i.
$54.240,00.
§ Un (1) accesorios y otros
materiales Gabinete. Precio s.i.v. $4.000,00, precio
total i.v.i. $4.520,00.
-Estaciones de trabajo:
§ Dos (2) Computadores Workstation
para Clientes marca DELL sin monitores. Incluye UPS respaldo. Precio unitario s.i.v. $4.300,00, precio total i.v.i.
$9.718,00.
§ Dos (2) Licencias TankMaster Cliente MAX. Precio unitario s.i.v.
$24.935,00, precio total i.v.i. $56.353,10.
-Servicios:
§ Servicio de comisionamiento.
Precio s.i.v. $39.000,00, precio i.v.i.
$44.070,00.
§ Servicio de capacitación. Precio
s.i.v. $12.500,00, precio i.v.i.
$14.125,00.
§ Servicio Ingeniería y Diseño.
Precio s.i.v. $28.890,00, precio i.v.i.
$32.645,70.
Se incluyen todos los materiales
necesarios para su instalación mecánica y eléctrica.
Demás especificaciones conforme
el cartel, la oferta respectiva y nota recibida de PIMESA el 21 de mayo de
2013.
Forma de pago: Treinta (30) días
mediante transferencia bancaria, cancelando únicamente un setenta y cinco por
ciento (75%) del monto total de los bienes contra el recibido a satisfacción;
el remanente del valor de los bienes y el costo de las actividades restantes
como instalación, capacitación, pruebas de funcionamiento y/o puesta en marcha,
se cancelarán mediante transferencia bancaria contra el recibido a satisfacción
de la totalidad de los servicios y objeto contratado, siempre y cuando el
contratista no haya incurrido en mora.
Tiempo de entrega: Quince (15)
semanas. Lugar de entrega: Plantel RECOPE en Refinería Limón. Garantía del
producto: Dieciocho (18) meses
posteriores a su aceptación por parte de RECOPE.
Notas importantes:
1. El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a
partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente
garantía de cumplimiento, por un monto del diez por ciento (10%) del total
adjudicado y con una vigencia mínima de tres (3) meses adicionales a la fecha
probable de recepción definitiva del objeto del contrato, observando los demás
requisitos y condiciones que al respecto establece la Ley de la Contratación
Administrativa y su Reglamento.
2. El presente concurso se formalizará con el
respectivo pedido el cual será aprobado internamente por la Dirección Jurídica.
A efectos de la legalización se deberán reintegrar las especies fiscales de
ley, en razón del 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad
por el contratista.
3. El desglose del harware
y software con sus respectivas marcas y cantidades se establece según la oferta
y la nota recibida del oferente en fecha 21 de mayo del año en curso, conforme
se indica en el oficio técnico PR-0387-2013.
4. El contratista debe cubrir los gastos de
transporte, hospedaje y alimentación del instructor.
Se recuerda a los proveedores y
demás interesados que a través del sitio Web www.recope.com se encuentran
publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por
RECOPE.
Departamento de Contratación de
Bienes y Servicios.—Ing. Jhonny
Francisco Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 000220.—Solicitud Nº
865-00148-PROV.—Crédito.—(IN2013034005).
MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ
LICITACIÓN ABREVIADA N°2013LA-000005-01
Adquisición de equipamiento para el Centro de Cuido
y Desarrollo Infantil en Horquetas y Puerto Viejo
La Municipalidad de Sarapiquí,
ubicada costado noroeste de las Oficinas del Tránsito en Puerto Viejo de
Sarapiquí, comunica a los interesados que en sesión ordinaria N° 20-2013,
artículo 4, celebrada el día lunes 20 de mayo del 2013, se acuerda en firme y
por unanimidad adjudicar parcialmente el siguiente proceso de licitación:
Licitación Abreviada N° 2013LA-000005-01, “Adquisición de equipamiento para el
Centro de Cuido y Desarrollo Infantil en Horquetas y Puerto Viejo”
Se adjudica parcialmente la
presente licitación de la siguiente manera: para los ítems 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9,
10, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21 se adjudica a la empresa Muebles
Rolarca S. A., por un monto de ¢6.088,260.00
(seis millones ochenta y ocho mil doscientos sesenta colones con 00/100). Los
ítems 5, 6 y 14 se declaran desiertos.
Andrés Hernández Arguedas,
Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2013033979).
SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000004-01100
Mantenimiento, reparaciones y diseños de infraestructura
Avisa a través de la Proveeduría
Institucional, la suspensión de la fecha de apertura hasta nuevo aviso.
Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora Institucional.—1
vez.—O. C. Nº 001.—Solicitud Nº 129-884-059.—Crédito.—(IN2013034002).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD
DE ABANGARES
El Concejo Municipal de Abangares en sesión ordinaria
N° 45-2010, celebrada, Capítulo III, Artículo 10, de fecha el día 9 de
noviembre del 2010, aprobó por unanimidad el Reglamento para la Gestión,
Control y Aplicación de Tecnologías de Información de la Municipalidad de
Abangares, el cual se encuentra disponible en el sitio web
http://www.abangares.go.cr.
Abangares, 16 de mayo de 2013.—Jorge
Calvo Calvo, Alcalde.—1 vez.—(IN2013033360).
INSTITUTO
TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
El señor William Hernández Castro, cédula de
identidad N° 701180579, ha presentado para el trámite de reconocimiento y
diploma con el título de Magister Scientiae en
Maestría en Ciencia Forestal, Área de Concentración Selvicultura, obtenido en
la Universidad Federal de Viçosa. Cualquier persona
interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo
mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y
Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago, 15 de mayo del 2013.—Departamento
de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.E.d,
Director.—O. C. Nº 0101.—Solicitud Nº 615-0037.—(IN2013032689).
La señora Myrna Guadalupe Zamora Gutiérrez,
cédula de residencia N° 148400241506, ha presentado para el trámite de
reconocimiento y diploma con el título de Licenciada en Administración de
Empresas, obtenido en el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de
Monterrey. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de
este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el
Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica,
dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago, 10 de mayo del 2013.—Departamento
de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.E.d,
Director.—O. C. Nº 0101.—Solicitud Nº 615-0039.—(IN2013032690).
La señora Ana María Valenzuela Gómez, cédula de
residencia N° 117001648006, ha presentado para el trámite de reconocimiento y
diploma con el título de Arquitecta, obtenido en la Pontificia Universidad
Javeriana. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de
este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el
Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica,
dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago, 10 de mayo del 2013.—Departamento
de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.E.d,
Director.—O. C. Nº 0101.—Solicitud Nº 615-0038.—(IN2013032692).
Resolución General N° 002-2013.—Víctor Julio Carvajal Garro, Director Tributario del
Instituto de Desarrollo Rural,
Considerando:
1º—Que el artículo 6 de la Ley N° 5792 del 1°
de setiembre de 1975, creó un impuesto específico de cinco coma setecientos
veinticinco colones (¢5,725) por cada unidad de consumo de 250 mililitros o su
proporcionalidad, de bebidas carbonatadas y jarabes de gaseosas tipo “post
mix”, de marcas nacionales o extranjeras, que recaerá sobre la producción
nacional y la importación de dichos productos.
2º—Que el artículo 6 de la Ley N° 5792 del 1° de setiembre de 1975, creó
también un impuesto específico de dos coma treinta y cinco colones (¢2.35) por
cada unidad de consumo de 250 mililitros o su proporcionalidad, de bebidas
carbonatadas y jarabes de gaseosas tipo “post mix”, de marcas nacionales o
extranjeras, que recaerá sobre la producción nacional y la importación de
dichos productos, para las micro y pequeñas empresas.
3º—Que el artículo 10 de la Ley N° 5792 del 1° de setiembre de 1975,
creó un impuesto específico de cero coma cuatro colones (¢0,4) por cada
mililitro de alcohol absoluto, sobre la cerveza nacional o extranjera, que
recaerá sobre la producción nacional y la importación de dichos productos.
4º—Que el artículo 10 de la Ley N° 5792 del 1° de setiembre de 1975,
creó un impuesto específico de cero coma dos colones (¢0,2) por cada mililitro
de alcohol absoluto, sobre los vinos de uvas frescas u otras frutas
fermentadas, nacionales o extranjeros, que recaerá sobre la producción nacional
y la importación de dichos productos.
5º—Que el artículo 10 de la Ley N° 5792 del 1° de setiembre de 1975,
creó un impuesto específico de cero coma un colón (¢0,1) por cada mililitro de
alcohol absoluto, sobre los vinos elaborados a partir de otras frutas
fermentadas, diferentes a las uvas frescas, nacionales o extranjeros, cuya
comercialización anual no exceda los quince millones de mililitros de alcohol
absoluto.
6º—Que los artículos 6 y 10 de la Ley supra citada dispone también que a
partir de la vigencia de la Ley, de oficio se actualizará trimestralmente, el
monto de los impuestos específicos, conforme a la variación del índice de
precio al consumidor (IPC), que determine el Instituto Nacional de Estadística
y Censos, y el monto resultante de la actualización deberá comunicarse. La
variación del índice de precios al consumidor (IPC) no podrá en ningún caso
exceder de un tres por ciento (3%).
7º—Que mediante Resolución General N° 1-2012 del 29 de noviembre del
2012, publicada en La Gaceta 238 del 10 de diciembre del 2012,
esta Administración Tributaria estableció el procedimiento para la actualización
de los factores establecidos mediante Ley 9036, publicada en el Diario Oficial La
Gaceta del 29 de mayo del 2012.
8º—Que los niveles del índice de precios al consumidor (IPC) a los meses
de abril 2013 y enero 2013, corresponden a 161.703 y 158.737 respectivamente,
generándose una variación equivalente a un uno coma ochenta y siete por ciento
(1,87%). Por lo tanto,
RESUELVE:
Artículo
1º—Con el propósito de cumplir con lo establecido por los artículos 6 y 10 de
la Ley N° 5792 del 1° de setiembre de 1975, vigentes a partir del veintinueve
de noviembre del año dos mil doce, se actualizan los impuestos específicos
creados por la Ley 9036, según se detalla a continuación:
Tipo de Bebidas |
Impuesto por Unidad de consumo |
a.- Bebidas Carbonatadas y Jarabes de Bebidas Gaseosas tipo “Post Mix”. |
¢6.035 |
b.- Bebidas Carbonatadas y Jarabes de Bebidas Gaseosas tipo “Post Mix”, para Micro y Pequeñas Empresas. |
¢2.477 |
Tipo de Bebidas |
Impuesto por mililitro de Alcohol Absoluto |
a.- Cervezas |
¢0.422 |
b.- Vinos de Uvas u Otras Frutas Fermentadas |
¢0.211 |
c.- Vinos de Otras Frutas Fermentadas (excepto de Uvas), cuya
comercialización anual no exceda los quince millones de mililitros. |
¢0.105 |
Artículo 2º—El monto de los impuestos
específicos establecidos en el artículo 1.- de la presente resolución, rigen a
partir del día uno de julio del 2013.
Artículo 3º—Se dejan sin efecto los montos establecidos en la Resolución
N° 1-2013 de día 1° de marzo del año 2013, publicada en La Gaceta N° 53
del 15 de marzo 2013, que actualizaron los impuestos específicos creados por
los artículos 6 y 10 de la Ley 5792, para los meses de abril, mayo y junio del
2013.
Publíquese.—Moravia,
1° de junio del 2013.—Dirección Tributaria.—Víctor Julio Carvajal Garro,
Director Tributario.—1 vez.—O. C. N° 7465.—Solicitud Nº
5757.—C-121070.—(IN2013033136).
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE PUERTOS
AVISA
Que la Junta Directiva de esta
Institución mediante Acuerdo Nº 3, tomado en la Sesión Nº 3763 celebrada el 14
de marzo del año en curso, acordó aprobar los Estados Financieros al 31 de
diciembre del 2012, de acuerdo a la opinión vertida por la auditoría externa
Despacho Carvajal & Colegiados Contadores Públicos Autorizados S. A.
Así mismo, se indica que las
notas a los estados financieros consolidados podrán ser observadas en la página
Web de INCOP, www.incop.go.cr
Informe de los Auditores Independientes
A la Junta Directiva de
Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP)
Hemos efectuado la auditoría de
los estados financieros que se acompañan del Instituto Costarricense de
Puertos del Pacífico (INCOP), los cuales comprenden los balances de
situación al 31 de diciembre del 2012 y 2011, así como los estados de resultados,
de variaciones en el patrimonio y de flujos de efectivo por los años que
terminaron en esas fechas, así como un resumen de las principales políticas
contables y otras notas explicativas.
Responsabilidad de la
administración por los estados financieros.
La administración de la
Institución es responsable por la preparación y presentación razonable de los
estados financieros de conformidad con las bases de contabilidad descritas en
la Nota 1. Esta responsabilidad incluye el diseño, implementación y
mantenimiento del control interno relacionado con la preparación y presentación
razonable de estados financieros que estén libres de errores u omisiones
importantes, ya sea por fraude o error; la selección y aplicación de políticas
contables apropiadas y la realización de estimaciones contables que sean
razonables en las circunstancias.
Responsabilidad del auditor
Nuestra responsabilidad consiste
en expresar una opinión sobre estos estados financieros con base en nuestras
auditorías. Efectuamos nuestra auditoría de acuerdo con las Normas
Internacionales de Auditoría. Estas normas requieren que cumplamos con
requerimientos éticos y que planifiquemos y ejecutemos las auditorías para
obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no presentan errores
u omisiones de importancia relativa.
Una auditoría implica efectuar procedimientos
para la obtención de evidencia sobre los montos y las divulgaciones en los
estados financieros. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del
auditor, incluyendo la evaluación de los riesgos de errores u omisiones de
importancia relativa en los estados financieros, ya sea por fraude o error. Al
realizar esta evaluación, el auditor considera el control interno relacionado
con la preparación y presentación razonable de los estados financieros por
parte de la entidad, con el objetivo de diseñar los procedimientos de auditoría
que son apropiados en las circunstancias y no con el propósito de expresar una
opinión sobre la efectividad del control interno de la entidad. Una auditoría
también incluye la evaluación de lo apropiado de las políticas contables
utilizadas y la razonabilidad de las estimaciones importantes hechas por la
administración, así como la evaluación de la presentación general de los
estados financieros.
Consideramos que la evidencia de auditoría
obtenida es suficiente y apropiada para expresar nuestra opinión.
Opinión
En nuestra opinión, los estados
financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos sus aspectos
importantes, la situación financiera de la Instituto Costarricense de
Puertos del Pacífico (INCOP), al 31 de diciembre del 2012 y 2011, su
desempeño financiero, variaciones en el patrimonio, y sus flujos de efectivo
por los años que terminaron en esas fechas, de conformidad con las bases de
contabilidad descritas en la Nota 1.
Asuntos que no afectan la
opinión
A la fecha de esta auditoría el
INCOP está en proceso de implementación de las Normas Internacionales de
Información Financiera, según lo establecido por el decreto Nº 35616-H del el
Presidente de la República y la Ministra de Hacienda.
Este informe de Contadores
Públicos Independientes es para información de la Junta Directiva del Instituto
Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP), de la Contraloría General de
la República y demás usuarios internos y externos, por tratarse de un asunto de
interés público.
Despacho Carvajal &
Colegiados
Contadores Públicos Autorizados
Lic. Ricardo Montenegro Guillén
Contador Público Autorizado número 5607
Póliza de Fidelidad Nº 0116 FIG0007
Vence el 30 de setiembre del 2013.
San José, Costa Rica, 8 de
febrero del 2013.
“Exento del timbre de Ley número
6663 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica por disposición de su
artículo número 8”
Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP)
(Puerto
Caldera, Costa Rica)
BALANCES DE SITUACIÓN
Al 31 de diciembre del 2012 y 2011
(Expresados en colones costarricenses)
|
Notas |
|
2012 |
|
2011 |
Activo |
|
|
|
|
|
Activo Corriente |
|
|
|
|
|
Efectivo
y Equivalentes de efectivo |
3 |
|
4.185.848.859 |
|
5.289.464.017 |
Inversiones a corto plazo |
4 |
|
219.946.534 |
|
17.746.126 |
Cuentas
por cobrar a corto plazo, netas |
5 |
|
611.883.079 |
|
590.110.707 |
Inventarios |
6 |
|
10.473.002 |
|
9.558.212 |
Otros
activos a corto plazo |
7 |
|
23.224.486 |
|
37.835.670 |
Total activo corriente |
|
|
5.051.375.960 |
|
5.944.714.732 |
Activo no corriente |
|
|
|
|
|
Propiedad,
planta y equipo, neto |
8 |
|
9.040.800.610 |
|
8.380.936.819 |
Otros
activos a largo plazo |
9 |
|
148.820.918 |
|
192.982.951 |
Total Activos no corrientes |
|
|
9.189.621.528 |
|
8.573.919.770 |
Total del activo |
|
|
14.240.997.488 |
|
14.518.634.502 |
Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP)
(Puerto
Caldera, Costa Rica)
BALANCES DE SITUACIÓN
Al 31 de diciembre del 2012 y 2011
(Expresados en colones costarricenses)
|
Notas |
|
2012 |
|
2011 |
PASIVO Y PATRIMONIO |
|
|
|
|
|
Pasivo |
|
|
|
|
|
Pasivo corriente |
|
|
|
|
|
Deudas a corto plazo |
10 |
|
431.659.303 |
|
411.591.372 |
Fondos
de terceros y en garantía |
11 |
|
1.320.557.437 |
|
1.447.381.814 |
Provisiones
y reservas técnicas a corto plazo |
12 |
|
46.114.826 |
|
33.694.075 |
Otros
pasivos a corto plazo |
13 |
|
24.990.300 |
|
11.925.000 |
Total pasivo corriente |
|
|
1.823.321.866 |
|
1.904.592.261 |
Pasivo a largo plazo |
14 |
|
95.177.582 |
|
--- |
Total del pasivo |
|
|
1.918.499.448 |
|
1.904.592.261 |
Patrimonio
|
|
|
|
|
|
Aporte estatal |
|
|
10.133.368.466 |
|
10.133.368.466 |
Aporte organismos internacionales |
|
|
22.550.840 |
|
22.550.840 |
Revaluación propiedad, planta y equipo |
9(2) |
|
1.124.527.197 |
|
--- |
Superávit acumulado |
|
|
1.042.051.537 |
|
2.458.122.935 |
Total Patrimonio |
|
|
12.322.498.040 |
|
12.614.042.241 |
Total del pasivo y patrimonio |
|
|
14.240.997.488 |
|
14.518.634.502 |
Cuentas de Orden |
|
|
793.121.736 |
|
807.402.346 |
Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP)
(Puerto
Caldera, Costa Rica)
ESTADOS DE RESULTADOS
Por los años que terminaron el 31 de diciembre del 2012 y 2011
(Expresados en colones costarricenses)
|
Notas |
|
2012 |
|
2011 |
Ingresos de operación
|
|
|
|
|
|
Ingresos por servicios |
15 |
|
1.653.203.329 |
|
1.513.616.328 |
Ingresos por canon |
16 |
|
1.381.054.921 |
|
1.308.102.200 |
Total Ingresos |
|
|
3.034.258.250 |
|
2.821.718.528 |
Gastos de operación
|
|
|
|
|
|
Administrativos |
17 |
|
3.784.214.587 |
|
3.751.543.012 |
Gastos
de depreciación y amortización |
|
|
628.435.011 |
|
633.052.446 |
Total Gastos de Operación |
|
|
4.412.649.599 |
|
4.384.595.458 |
Déficit de Operación |
|
|
(1.378.391.349) |
|
(1.562.876.930) |
Otros Ingresos y Gastos, neto |
|
|
|
|
|
Intereses |
|
|
49.385.087 |
|
77.737.399 |
Diferencia cambiaria, neta |
|
|
(51.943.585) |
|
(28.268.905) |
Otros ingresos |
|
|
130.049.724 |
|
111.197.657 |
Total Otros
Ingresos y Gastos, neto |
|
|
127.491.226 |
|
160.666.151 |
Superávit
(Pérdida) antes del Impuesto sobre la renta y otras obligaciones |
|
|
(1.250.900.122) |
|
(1.402.210.779) |
(Déficit) antes del impuesto |
|
|
(1.250.900.122) |
|
(1.402.210.779) |
Déficit neto del año |
|
|
(1.250.900.122) |
|
(1.402.210.779) |
Instituto Costarricense de Puertos del Pacifico (INCOP)
(Puerto
Caldera, Costa Rica)
ESTADOS DE FLUJOS DE EFECTIVO
Por los años que terminaron el 31 de diciembre del 2012 y 2011
(Expresados en colones costarricenses)
|
2012 |
|
2011 |
Actividades de operación |
|
|
|
Déficit, neto |
(1.250.900.122) |
|
(1.402.210.779) |
Partidas que no requieren uso de efectivo: |
|
|
|
Superávit Acumulado |
(165.166.171) |
|
(41.243.793) |
Depreciaciones y amortizaciones |
628.435.011 |
|
633.052.446 |
Pérdida
por retiro de activos |
--- |
|
168.682.479 |
Revaluación
Propiedad, Planta y Equipo |
1.124.527.197 |
|
--- |
Subtotal |
336.890.810 |
|
(641.719.647) |
Variación
en cuentas por cobrar |
(21.772.372) |
|
(158.441.654) |
Variación en inventarios |
(914.790) |
|
456.915 |
Variación
en otros activos a largo plazo |
58.772.217 |
|
(92.261.333) |
Variación
en deudas a corto plazo |
20.068.931 |
|
(411.764.118) |
Variación
en retenciones y gastos acumulados |
551.437 |
|
1.037.649.825 |
Variación
en depósitos recibidos en garantía |
(6.712.181) |
|
--- |
Variación
en Recaudación por cuentas a terceros |
--- |
|
16.389.495 |
Total
recursos generados
por las actividades de operación |
386.884.052 |
|
(249.690.517) |
Actividades de inversión |
|
|
|
Variación
en inversiones a corto plazo |
(202.200.408) |
|
(11.258.002) |
Adiciones
de propiedades, planta y equipo |
(1.288.298.802) |
|
(378.547.944) |
Total
recursos usados en las actividades de inversión |
(1.490.499.210) |
|
(389.805.946) |
Variación neta del efectivo |
(1.103.615.158) |
|
(639.496.463) |
Efectivo
al principio del período |
5.289.464.017 |
|
5.928.960.480 |
Efectivo
al final del período |
4.185.848.859 |
|
5.289.464.017 |
Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP)
(Puerto
Caldera, Costa Rica)
ESTADOS DE VARIACIONES EN EL PATRIMONIO
Por los años que terminaron el 31 de diciembre del 2012 y 2011
(Expresados en colones costarricenses)
|
Aporte Estatal |
|
Aporte Organismos Internacionales |
|
Superávit (Déficit) Acumulado |
|
|
Revaluación
Propiedad, Planta y Equipo |
Total |
Saldo al 31 de diciembre del
2010 |
10.133.368.466 |
|
22.550.840 |
|
3.901.577.507 |
|
|
--- |
14.057.496.814 |
Ajustes a períodos anteriores |
--- |
|
--- |
|
(41.243.794) |
|
|
--- |
(41.243.794) |
Déficit del período |
--- |
|
--- |
|
(1.402.210.779) |
|
|
--- |
(1.402.210.779) |
Saldo al 31de diciembre del
2011 |
10.133.368.466 |
|
22.550.840 |
|
2.458.122.935 |
|
|
--- |
12.614.042.241 |
Saldo al 1 de enero del 2012 |
10.133.368.466 |
|
22.550.840 |
|
2.458.122.935 |
|
|
--- |
12.614.042.241 |
Ajustes a periodos anteriores |
--- |
|
--- |
|
(165.166.171) |
|
|
--- |
(165.166.171) |
Revaluación de Propiedad,
Planta y Equipo |
--- |
|
--- |
|
--- |
|
|
1.124.527.197 |
1.124.527.197 |
Déficit del período |
--- |
|
--- |
|
(1.250.905.228) |
|
|
--- |
(1.250.905.228) |
Saldo al 31de diciembre del
2012 |
10.133.368.466 |
|
22.550.840 |
|
1.042.051.537 |
|
|
1.124.527.197 |
12.322.498.040 |
Proveeduría.—MBA.
Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1
vez.—O. C. Nº 26729.—Solicitud Nº 820-00032.—Crédito.—(IN2013033089).
Actualización precio en las tarifas de parquímetros
El proceso de Costos de la Municipalidad de San José, se permite
informar que mediante el acuerdo 1, artículo IV, de la sesión ordinaria 157,
celebrada por la Corporación Municipal del Cantón Central de San José, el 30 de
abril del año 2013, quedó debidamente autorizada la actualización del precio de
las Tarifas de Parquímetros, como se detalla:
Detalle Precio actualizado
Tarjeta ½ hora ¢297,50
Tarjeta 1 hora ¢ 595,00
Tarjeta 2 horas ¢ 1.190,00
De acuerdo con el artículo 74
del Código Municipal dichas tarifas entran a regir 30 días después de la
presente publicación.
San José, 8 de mayo del 2013.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa
Departamento de Comunicación.—1 vez.—O. C. Nº 132594.—Solicitud Nº
050-040.—(IN2013030251).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS
DE
COSTA RICA
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA N° 86-2013
La junta directiva del Colegio
Profesional de Psicólogos de Costa Rica, convoca a todos/as sus agremiados/as a
la asamblea general extraordinaria ochenta y seis dos mil trece, a celebrarse
el sábado 22 de junio del 2013, en primera convocatoria, a las 8:00 horas, de
no haber quórum, se procederá a una segunda convocatoria a las 9:00 horas de
ese mismo día, la cual se realizará con los miembros presentes.
Sita: en la Sede del Colegio,
setecientos metros al este del Servicentro La Galera,
Curridabat, carretera a Tres Ríos.
ORDEN
DEL DÍA
ASAMBLEA
N° 86-2013
1. Comprobación del quorum
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y aprobación de la tabla de distribución
de tiempos.
4. Lectura y aprobación del acta 85 (Acuerdos).
5. Presentación de informe del proyecto de
construcción de un nuevo edificio, 2010-2013.
Recordatorio:
1. Las y los colegiados deben estar al día en sus responsabilidades
financieras con la institución. Si cancela por medio de transferencia, debe
consignar el nombre, monto y enviar el comprobante de pago, para garantizar el
registro en el sistema. El Colegio no se hará responsable por los
inconvenientes que genere la suspensión por morosidad.
2. Se comunica que el informe que la Comisión Pro
Construcción Edificio presentó ante la Junta Directiva, será conocido en esta
Asamblea y estará disponible en la página web del Colegio a partir del 14 de
junio del 2013, para conocimiento de todos y todas.
3. Se
invita a las y los colegiados a visitar la página WEB del Colegio en la
siguiente dirección electrónica: www.psicologiacr.com.
Lic. Angie Michelle Salas Monney,
Secretaria de Junta Directiva.—(IN2013033705).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
CLUB DE PLAYA LAS GARZAS S. A.
El Club de Playa Las Garzas S.
A., cédula jurídica N° 3-101-095095, convoca a todos sus asociados a la
asamblea extraordinaria, a celebrarse el sábado 22 de junio del 2013, en el
Club de Playa Las Garzas S. A., en Bajamar de Garabito, Puntarenas, a las 10:00
horas en primera convocatoria y a las 11:00 horas en segunda convocatoria.
Agenda Asamblea Extraordinaria
1º—Conocer el Informe de la
Comisión para analizar el tema del abastecimiento de agua, y decidir sobre la
recomendación de adquisición e instalación de un tanque metálico aéreo para
almacenamiento de agua potable en la Finca, u otras propuestas de solución.
2º—Propuestas de financiamiento:
a) Aumento de
capital por emisión y venta de una acción del Club. Venta Lote de 750 metros
cuadrados, contiguo al lote N° 115 del Socio Bernardo Peralta, u otro.
b) Aporte de una
cuota extraordinaria de ¢150.000,00 por asociado.
c) Préstamo
hipotecario por medio de una entidad financiera. De acuerdo a consulta
efectuada en el Banco Nacional, un crédito por ¢25.000.000,00 tendría una cuota
mensual de ¢365.000,00 a 12 años, con el correspondiente aumento en la cuota de
mantenimiento ordinaria.
3º—Aprobación construcción casa
prefabricada para el Encargado de la Finca y cambio de instalación eléctrica en
la Casa Club.
Nota: Tendrán derecho a participar con voz y voto, los socios que se
encuentren al día en sus obligaciones, según lo establecido en el artículo 7,3-
de los Estatutos:
“Las asambleas ordinarias y extraordinarias
podrán celebrarse en el domicilio social de la sociedad, o en cualquier otro
sitio asequible a los socios. Tendrán voz y voto, únicamente los socios que se
encuentren al día en sus obligaciones con la sociedad (cuotas de mantenimiento,
intereses monitorios, canon, agua, chapeas, cuotas extraordinarias y aportes
especiales que fije la asamblea)...”
Lic. Jorge Iván Calvo León,
Presidente de la Junta Directiva.—1 vez.—(IN2013033433).
CONDOMINIO VISTA DEL SOL GRECIA
CONVOCATORIA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA
· Fecha: Domingo 30 de junio del
2013.
• Hora: 9:30 am: Primera convocatoria. De no
alcanzarse el quórum se sesionará en segunda convocatoria a las 10:00 am del
mismo día con los condóminos presentes.
Agenda
1. Recibimiento
2. Informe General del estado actual del
condominio por la administración
3. Situación actual de la azada (agua potable y
pozo)
4. Situación del lote #30, necesidad de estudio topográfico
general del condominio.
5. Uso
del dinero de la expropiación:
A. Construcción de tapias perimetrales
B. Compra de terreno para áreas comunes
C. Registro y perforación del pozo
D. Sugerencias previas de Condóminos
7. Almuerzo
8. Aprobación del Reglamento
9. Cierre
de la Asamblea
Para facilitar y ordenar la discusión tanto
del reglamento, como del dinero de la expropiación les rogamos enviar a este
correo electrónico sus propuestas y modificaciones, a más tardar el viernes 14
de junio a las doce del día. Solamente las mociones enviadas a esta fecha serán
discutidas en asamblea. Es sumamente importante confirmar su asistencia con la
finalidad de atender los aspectos logísticos de la sesión, tanto para el
espacio físico como para el refrigerio se están considerando 2 adultos por
finca filial (Quienes van a asistir con niños por favor confirmar para el
refrigerio). Para ello pueden valerse del siguiente “link”: CONFIRMO ASISTENCIA
y agregar su nombre. Se recuerda que deben presentar cédula de identidad para
el registro, si los propietarios se hacen representar por apoderados deben
aportar la documentación que los acredite como tales, autenticada por un(a)
abogado(a). En el caso de las Sociedades Anónimas, el representante debe
aportar la personería jurídica vigente. Es sumamente importante tener en
consideración que solamente podrán votar en la asamblea las personas que a la
fecha de la misma estén totalmente al día con las cuotas condominales.—Andrea
González Salazar, Administradora y representante legal.—1
vez.—RP2013349888.—(IN2013033653).
CEYVI HEREDIA S. A.
La señora María Cecilia Soto
Bolaños, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número 4-0064-0516,
actuando en su carácter de presidenta con facultades de apoderada generalísima
sin límite de suma de la empresa Ceyvi Heredia S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-139655, por este medio convoca a todos los accionistas
a la asamblea general ordinaria de socios que se celebrará el día viernes 14 de
junio del 2013, en su domicilio social ubicado en la provincia de Heredia,
cantón central, calle 4, avenidas 4 y 6, Galería Ceyvi,
celebrándose la primera convocatoria a las diez horas con la totalidad del
capital social, de no asistir los representantes del cien por ciento del
capital accionario se llamará a segunda convocatoria a las once horas de la
misma fecha, y los acuerdos se tomarán por mayoría de los votos presentes. El
objetivo de la convocatoria es realizar cambios en los nombramientos de la
junta directiva y fiscal de la empresa.—San José, 24 de
mayo del 2013.—Lic. Jonathan Jara Castro, Notario.—1
vez.—(IN2013033681).
QUINTAS ESPAVEL S. A.
La señora María Cecilia Soto
Bolaños, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número 4-0064-0516,
actuando en su carácter de presidenta con facultades de apoderada generalísima
sin límite de suma de la empresa Quintas Espavel
S.A., cédula jurídica N° 3-101-381099, por este medio convoca a todos los
accionistas a la asamblea general ordinaria de socios que se celebrará el día
viernes 14 de junio del 2013, en su domicilio social ubicado en la provincia de
Heredia, cantón Central, calle 4, avenidas 4 y 6, Galería Ceyvi,
celebrándose la primera convocatoria a las once horas con quince minutos con la
totalidad del capital social, de no asistir los representantes del cien por
ciento del capital accionario se llamará a segunda convocatoria a las doce
medio día con quince minutos de la misma fecha, y los acuerdos se tomarán por
mayoría de los votos presentes. El objetivo de la convocatoria es realizar
cambios en los nombramientos de la junta directiva y fiscal de la empresa.—San José, 24 de mayo del 2013.—Lic. Jonathan Jara Castro,
Notario.—1 vez.—(IN2013033683).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A. (LACSA)
Para los efectos de los
artículos 689, 690 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A.
(LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al
propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:
Certificado Nº Acciones Serie
1316 800 H
Nombre del accionista: Zúñiga
Mora Miriam. Folio número: 1807.
13 de mayo del 2013.—Norma Naranjo M., Gerente de
Accionistas.—RP2013349412.—(IN2013032103).
UNIVERSIDAD CENTRAL
Por medio de la presente la
Universidad Central certifica que ante este Registro se ha presentado solicitud
de reposición de título de Bachillerato en Ciencias de la Educación con énfasis
en I y II Ciclos a nombre de Isabel Quesada Espinoza, cédula 401490578,
inscrito en la universidad en el tomo 2, folio 18, asiento 471 y en el CONESUP
en el tomo 37, folio 121, número 4282. Se pide la reposición por extravío del
original, se publica este edicto para oír oposición a esta reposición dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en este Diario Oficial.—San José, 20 de mayo del 2013.—Mayra Rojas Ch.,
Departamento de Registro.—(IN2013032417).
UNIVERSIDAD DE SAN JOSÉ
Ante esta Rectoría se ha
presentado la solicitud de reposición del diploma de Bachillerato en Tecnología
de Alimentos, anotado por CONESUP en sus libros de actas, tomo: 65, folio: 203,
número: 11950 y por la Universidad de San José en el tomo: 3, folio: 104,
asiento: 4, en fecha 06 de junio de 2011, a nombre de Elizabeth Castillo
González, cédula 2 0594 0961. Se solicita la reposición del diploma indicando
pérdida del original, por lo tanto se publica este edicto para oír oposiciones
a la solicitud.—San José, 21 de mayo del 2013.—Dr.
Manuel A. Sandí Murillo, Rector.—RP2013349718.—(IN2013032544).
GRUPO ETESA GE SOCIEDAD ANÓNIMA
Grupo Etesa
GE Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-359613, hace del conocimiento
público que por motivo de extravío, el señor Eduardo Leiva López-Calleja, ha
solicitado la reposición del certificado de acciones número 1-019-01-A. Se
emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a partir de la
última publicación de este aviso, manifiesten su oposición dirigida a: Colegio Miravalle, carretera a Agua Caliente, exactamente
seiscientos metros sur de los Tribunales de Justicia de Cartago.—Cartago.—Gerardo Meza Cordero,
Presidente.—RP2013349684.—(IN2013032545).
CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL
OCEAN
PARADISE
Condominio Horizontal
Residencial Ocean Paradise, cédula 3-109-426586,
solicita al Departamento de Propiedad en Condominio del Registro Nacional la
reposición por extravío de los libros Actas de Asamblea, Caja y Junta
Directiva. Se cita a interesados a manifestar oposiciones a dicho departamento
en los 8 días siguientes a la publicación en La Gaceta.—Lic.
María Gabriela Gómez Miranda.—RP2013349675.—(IN2013032546).
INMOBILIARIA HERMANOS SOLANO GARITA S. A.
Por medio de la presente,
Inmobiliaria Hermanos Solano Garita S. A., entidad con número de cédula
jurídica 3-101-236446, domiciliada en San Antonio de Coronado, informa a todo
el público y comercio en general de la sustitución de las acciones de esta
sociedad, para que las mismas cumplan con todos y cada uno de los requisitos
formales y legales necesarios, no variando el dueño de las mismas.—Heredia, 5 de enero del 2013.—Lic. Santiago Solano Rojas, Presidente.—Juan Solano Garita,
Vicepresidente.—RP2013348564.—(IN2013032649).
MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO
La señora Gladys Rodríguez
Molina, cédula 301370834, ha solicitado a MUCAP la reposición del título valor
CDP Nº 112-312-544135 por un monto de ¢1.012.958,50 capitalizable, el cual fue
emitido a su orden el día 25 de febrero del 2013. Se emplaza a los interesados
a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última
publicación.—Cartago, 14 de mayo del 2013.—Agencia Metrocentro.—Sheila Murillo Simon,
Jefa.—(IN2013032710).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
UNIVERSIDAD
LIBRE DE COSTA RICA
Ante el Departamento de Registro de la
Universidad Libre de Costa Rica, se ha presentado solicitud de reposición de títulos
por extravío correspondientes a: Licenciatura en Ciencias de la Educación con
Énfasis en la Enseñanza de la Música, dado el día 08 de diciembre de 2005,
inscrito en el CONESUP en el tomo 5, folio 113, asiento 1661 e inscrito en la
Universidad en el tomo 5, folio 34, asiento 1025, a nombre de Ronald Guillén
Marrero, cédula de identidad número 1-0840-0768. Se publica este edicto para
oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José, 21 de mayo del
2013.—Departamento de Registro.—Diego Pereira Acevedo,
Director.—(IN2013032826).
Ante el Departamento de Registro de la
Universidad Libre de Costa Rica, se ha presentado solicitud de reposición de
títulos por extravío correspondientes a: Maestría Profesional en Ciencias de la
Educación con Mención en Administración Educativa, dado el día 30 de junio de
2007, inscrito en el CONESUP en el tomo 7, folio 149, asiento 2323 e inscrito
en la Universidad en el tomo 5, folio 72, asiento 1692, a nombre de María del
Rocío Valverde Solís, cédula de identidad número 1-0891-0956. Se pública este
edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José,
21 de mayo del 2013.—Departamento de Registro.—Diego Pereira Acevedo,
Director.—(IN2013032828).
HOTEL Y CLUB PUNTA LEONA S. A.
Para efectos del artículo 689
del Código de Comercio, el Hotel y Club Punta Leona S. A., hace saber a quién
interese, que por haberse extraviado al propietario, repondrá la acción N°
01231 a nombre de Miguel Ángel Castiglia Vivona, pasaporte N° MI 5888. Cualquier persona interesada
al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última publicación de
este aviso.—San José, 19 de mayo del 2013.—Lic.
Rolando Cordero Vega, Secretario Junta Directiva.—(IN2013033056).
GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA
De conformidad con lo estipulado
por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora Julia Pacheco
Pérez, dueña de la cuenta con Grupo Mutual, cédula Nº 200642466, ha presentado
ante esta entidad la solicitud para reposición por motivo de robo del cheque Nº
447304 por (Setecientos mil colones con cero céntimos) del Banco Crédito
Agrícola de Cartago, cuyo beneficiario es Inti Ardón
Morera, emitido el 13 de mayo del 2013.—25 de marzo del 2013.—Sección de
Tesorería.—Gabriela Murillo Araya, Jefa.—(IN2013033116).
CLUB Y HOTEL CONDOVAC LA COSTA S. A.
Club y Hotel Condovac
La Costa S. A., comunica a los interesados y público en general que por haberse
extraviado la acción común y título de capital número 1359 correspondiente a la
semana número 29, documentos registrados a nombre de Alfaro Rodríguez José,
cédula 1-0335-0207 y Gómez León Patricia, cédula 2-0318-0404, se procederá a su
reposición dentro del término de ley. Cualquier interesado deberá hacer valer
sus derechos dentro de este plazo.—San José.—Melvin
Mora Gamboa, Jefe Departamento de Crédito y
Cobro.—RP2013349985.—(IN2013033204).
HOTEL PUNTA LEONA S. A.
(HOY
REAL DE PUNTA LEONA S. A.)
Para efectos del artículo 689
del Código de Comercio, Real de Punta Leona S. A., (antes Hotel Punta Leona S.
A.), hace saber a quién interese que por haberse extraviado al propietario,
repondrá la acción preferida N° 340 de la seria G, a nombre de Guillermo
Carranza Castro, cédula de identidad N° 1-406-759, endosada José Fabricio Mora
León, con cédula de identidad N° 1-767-923, cualquier persona interesada al
respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última publicación de
este aviso.—Arq. Eugenio Gordienko Orlich, Apoderado Generalísimo.—RP2013349951.—(IN2013033205).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
FARMACIA FARMA CRUZ
En San José, ante el notario
público, Héctor Fallas Vargas, al ser las dieciocho horas del veintinueve de
abril del dos trece, se realizó la compraventa del establecimiento mercantil
denominado Farmacia Farma Cruz. Se cita a acreedores
e interesados para que se presenten dentro del término de quince días a partir
de la primera publicación a hacer valer sus derechos ante esta notaría, en San
Rafael de Escazú, ruta 27, del peaje de la Autopista Próspero Fernández, 800
metros oeste, edificio Fuentecantos, NCC Abogados,
segundo piso.—San José 29 de abril del 2013.—Lic.
Héctor Fallas Vargas, Notario.—(IN2013033322).
INVERSIONES CAMPOSANTO CARTAGO ICC
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Por escritura número treinta y
cinco-uno, otorgada ante la notaria, Marcela María Alfaro Orozco, a las catorce
horas del veintiuno de marzo del dos mil trece, se reformaron las cláusulas
cuarta y sétima de la sociedad Inversiones Camposanto Cartago ICC Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos dieciocho
mil novecientos cuarenta y siete.—San José, veintitrés
de mayo del dos mil trece.—Lic. Marcela María Alfaro Orozco, Notaria.—(IN2013033335). 2.
v. 1.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Ante mi notaría, Víctor Adolfo
Abarca Fallas, Jenny Maritza Sánchez Cordero, solicitan la disolución de la
sociedad denominada Cascada de Fuego Sociedad Anónima. Escritura
otorgada en San José, a las ocho horas del día veintiuno de mayo del año dos
mil trece.—Lic. Jimmy Monge Sandí, Notario.—1 vez.—RP2013349876.—(IN201333208).
Ante esta notaría Andrés Antonio
Arroyo Boirivant y Eduardo Arroyo Vargas, constituyen
una sociedad anónima; la denominación social de la nueva empresa se hace de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo N° 33171-J.
Es todo.—San José, 20 de mayo del 2013.—Lic. Geraldine
Gene Barrios, Notaria.—1 vez.—RP2013349877.—(IN2013033209).
Por escritura número setenta y
cuatro otorgada ante esta notaría a las diez horas del día veintiuno de mayo
del año dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad denominada Dow Agrosciences
Costa Rica Sociedad Anónima por medio de la cual se otorga, se reorganiza
la junta directiva y se nombran gerente y fiscal.—San
José, veintiuno de mayo del año dos mil trece.—Lic. Luis Felipe Martínez
Obando, Notario.—1 vez.—RP2013349880.—(IN2013033210).
Por escritura número doscientos
veinticinco de mi protocolo cuatro otorgada ante mí, el día veinte de mayo del
año dos mil trece, se protocolizó acta constitutiva de la sociedad denominada Servicios
Eléctricos Báez y Pérez Sociedad Anónima, donde se establece su junta
directiva, plazo social de noventa y nueve años y se paga íntegramente su
capital.—Lic. Juan Martín Rodríguez Ulloa, Notario.—1
vez.—RP2013349884.—(IN2013033211).
Ante esta notaría se procedió a protocolizar
acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Baula Khaki Fourteen de Playa Grande S. A., en donde se reforman
las cláusulas primera, segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José,
veintiuno de mayo del dos mil trece.—Lic. Steven Ferris Quesada, Notario.—1 vez.—RP2013349885.—(IN2013033212).
Mediante escritura número
veintinueve-once-dos mil trece otorgada ante el suscrito a las veinte horas,
veinte minutos del veintiuno de mayo de dos mil trece, se constituyó la Compañía
Representaciones Ulloa Calderón Sociedad Anónima, domiciliada en Vuelta de
Jorco de Aserrí, San José. Capital social: Cien mil
colones. Plazo: Noventa y nueve años. Representante: Presidente con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma de conformidad con el artículo mil
doscientos cincuenta y tres del Código Civil. San José. Veintiuno de mayo de
dos mil trece. Notaría del Bufete y Asociados. Licenciado Rafael Ángel Fallas Fallas. Carné: Ocho mil ciento treinta y cuatro. Oficina en
Barrio María Auxiliadora de Acosta. San José, cien metros este de la Estación Caraigres.—Lic. Rafael Ángel
Fallas Fallas, Notario.—1
vez.—RP2013349886.—(IN2013033213).
Por escritura otorgada a las
16:00 horas del día 8 de mayo de 2013, se constituyó Sencha
Tetería Distrito Cuatro S. A. Presidente y tesorero,
con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social:
Cien mil dólares.—San José, 20 de mayo del 2013.—Lic.
Catalina Pujol Rueda, Notaria.—1
vez.—RP2013349889.—(IN2013033214).
El día de hoy ante esta notaría,
se protocolizó el acta número once de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Filial Condominio Danza del Río
Europio Origen Treinta y Ocho Sociedad Anónima, que modifica la cláusula
segunda del pacto social y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—Miramar, Montes de Oro, Puntarenas, trece de febrero del
año dos mil trece.—Lic. Luis Ángel Jiménez González, Notario.—1
vez.—RP2013349890.—(IN2013033215).
Ante esta notaría mediante la
escritura número quince-treinta y nueve, otorgada a las trece horas treinta y
cinco minutos del veintiséis de febrero del dos mil trece, se procede a
reformar la cláusula sexta, del pacto constitutivo de la sociedad Pague
Menos Almacén de Descuentos del Valle Central Sociedad Anónima,
correspondiente a la conformación de la junta directiva y representación de la
sociedad. Es todo.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic.
Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1
vez.—RP2013349891.—(IN2013033216).
Por escritura otorgada a las
9:00 horas de hoy ante mí, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación
será el número de cédula de persona jurídica que le asigne el Registro Público.
Domicilio: la ciudad de San José. Plazo social: 99 años. Presidente, secretario
y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 22 de mayo del 2013.—Lic. Juan Edgar Picado
Fernández, Notario.—1
vez.—RP2013349892.—(IN2013033217).
Por escritura otorgada a las
10:00 horas de hoy ante mí, se constituyó una sociedad anónima cuya
denominación será el número de cédula de persona jurídica que le asigne el
Registro Público. Domicilio: la ciudad de San José. Plazo social: 99 años.
Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos
sin límite de suma.—San José, 22 de mayo del
2013.—Lic. Juan Edgar Picado Fernández, Notario.—1
vez.—RP2013349893.—(IN2013033218).
Por escritura número ciento
sesenta y uno, otorgada ante el notario público Carlos Ricardo Perera Salazar,
a las nueve horas del veintiuno de mayo del año dos mil trece se modifica la condición
de apoderado generalísimo sin límite de suma solo para el presidente de la
sociedad de esta plaza denominada IC Inmobiliaria La Colina de San José
Sociedad Anónima, presidente Ólman Cordero
Sánchez.—Lic. Carlos Ricardo Perera Salazar, Notario.—1 vez.—RP2013349895.—(IN2013033219).
Por escritura número 186, de las
19:00 horas del 13 de noviembre del 2012, tomo número 4, se constituyó Zukimoto Corp. of Japan
S. A., representada por el presidente, tendrá la representación judicial y
extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 22 de mayo del 2013.—Lic. Ana Guiselle Valerio Segura, Notaria.—1
vez.—RP2013349896.—(IN2013033220).
En escritura otorgada en mi
notaría protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la siguiente
sociedad: Inversiones del Hijo de la Nueva Margarita Número Dos S. A.—San José, 22
de mayo del 2013.—Lic. Eleazar Duarte Briones, Notario.—1
vez.—RP2013349897.—(IN2013033221).
Hoy he protocolizado acuerdos de
la sociedad Columbus Heights Número 167 Ayven Ltd., en la que se modifica el domicilio social.—San José, 7 enero del 2013.—Lic. Arturo Blanco Páez,
Notario.—1 vez.—RP2013349898.—(IN2013033222).
Por escritura N° 12 otorgada
ante el suscrito notario a las 14:30 horas del día 3 de mayo del 2013 se
constituyó Theopilen de Siquirres
Familia e Hijos Sociedad Anónima. Presidenta Perla Jones Picado.—Siquirres, 3 de mayo del
2013.—Lic. Francisco Amador Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2013349899.—(IN2013033223).
Por medio de escritura otorgada
al ser las catorce horas del día diez de abril de dos mil trece, ante el
notario público Franklin Ariel Montero Blanco, por medio de protocolización de
acta de asamblea general extraordinaria de socios, se acordó incluir cláusula
décima primera y reformar las cláusulas segunda, tercera, quinta y sétima, de
la sociedad de esta plaza Los Espabeles Sociedad
Anónima.—San José, veinte de mayo de dos mil
trece.—Lic. Franklin Ariel Montero Blanco, Notario.—1
vez.—RP2013349900.—(IN2013033224).
Por escritura número ciento ocho
del tomo cuatro de mi protocolo, otorgada el día 20 de mayo del 2013, se hacen
nombramientos de la sociedad anónima denominada Universal Design Team Sociedad Anónima.
Domiciliada en San José.—Paseó Colon, veinte de mayo
del dos mil trece.—Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1
vez.—RP2013349904.—(IN2013033225).
Por escritura número ciento
siete del tomo cuatro de mi protocolo, otorgada el día 20 de mayo del 2013, se
hacen nombramientos de la sociedad anónima denominada Garu
Design Sociedad Anónima. Domiciliada en San José.—Paseó Colon, veinte de mayo del dos mil trece.—Lic. Iván
Darío Villegas Franco, Notario.—1
vez.—RP2013349905.—(IN201033226).
Por escritura otorgada ante mí,
a las ocho horas del 21 de mayo del 2013, se disuelve la sociedad Horas
Minutos Segundos HMS Sociedad Anónima.—Lic. Max
Rojas Fajardo, Notario.—1
vez.—RP2013349906.—(IN2013033227).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las diez horas del ocho de mayo del año en curso, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Monsol Consultores Sociedad
Anónima. Se reforma la cláusula primera, del pacto constitutivo.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Alfredo Bolaños
Morales, Notario.—1 vez.—RP2013349908.—(IN2013033228).
En escritura número ciento
cinco, de las once horas del día ocho de mayo del dos mil trece, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-599938 S. A.
mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la
sociedad, y además se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Renato
Rímolo Donadio.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1
vez.—RP2013349910.—(IN2013033229).
En escritura número ciento
cuatro, de las diez horas del día ocho de mayo del dos mil trece, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-599903 S. A.
mediante la cual se reforman las cláusulas primera y segunda del pacto
constitutivo de la sociedad, y además se nombra nueva junta directiva y fiscal.
Presidenta: Georgina Gurdián Fumero.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1
vez.—RP2013349911.—(IN2013033230).
En escritura número ciento dos,
de las ocho horas del día ocho de mayo del dos mil trece, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-599911 S. A.,
mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la
sociedad, y además se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidenta:
Margarita Martínez Kienzlenz.—San
José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Ronald Odio Rohmoser,
Notario.—1 vez.—RP2013349912.—(IN2013033231).
En escritura número ciento seis,
de las doce horas del día ocho de mayo del dos mil trece, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-599902 S. A.
mediante la cual se reforman las cláusulas primera y segunda del pacto
constitutivo de la sociedad, cambiándose su nombre por el de Makhpyia-Luta S. A., y además se
nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Javier José Gurdián Fumero.—San
José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser,
Notario.—1 vez.—RP2013349913.—(IN2013033232).
En escritura número ciento tres,
de las nueve horas del día ocho de mayo del dos mil trece, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-599939 S. A.
mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto
constitutivo de la sociedad, y además se nombra nueva junta directiva y fiscal.
Presidenta: Ana Judith Figueroa Ramos.—San José, 21 de
mayo del 2013.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—RP201349914.—(IN2013033233).
Se ha constituido ante esta
notaría la sociedad Euro Impresiones Sociedad Anónima. Plazo social:
noventa y nueve años. Capital social diez mil colones. Se ha nombrado junta
directiva, con presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma, tesorero, secretario, fiscal y agente residente.—San
José, catorce horas diez minutos del seis de mayo del dos mil trece.—Lic.
Ángela María Garro Contreras, Notaria.—1
vez.—RP2013349915.—(IN2013033234).
Por escritura otorgada ante mí,
se constituyó Lógica Ambiental Sociedad Anónima, plazo social de noventa
y nueve años, capital social diez mil colones totalmente suscrito y pagado.
Representada por su presidente, Verny Marín Rojas.—Ciudad Quesada, San Carlos, veinte de mayo del dos mil
trece.—Lic. Edvin Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2013349916.—(IN2013033235).
Por escritura otorgada ante mí a
las nueve horas del dieciséis de mayo del dos mil trece, protocolicé actas de
asamblea general extraordinaria de la sociedad Filial Condominio Villa Sitio
de Ensueño Neón Helena Cuarenta Sociedad Anónima, en la cual se modifica la
cláusula sétima del pacto social, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintiuno de mayo del dos mil trece.—Lic. Ana
Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1
vez.—RP2013349917.—(IN2013033236).
Por escritura otorgada ante mi
hoy, la sociedad denominada Mercado Turrialba Sociedad Anónima, modifica
cláusula segunda del pacto social, fijando nuevo domicilio social, y se nombran
nuevos personeros.—Cartago, a las 13 horas del 28 de
marzo del 2013.—Lic. Gerardo Machado Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2013349918.—(IN2013033237).
Casco Safety Sociedad Anónima, otorga poder general de
administración al señor Iván Gustavo Solís Solano. Escritura otorgada a las
ocho horas del veintidós de mayo del dos mil trece.—Lic.
Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1
vez.—RP2013349922.—(IN2013033238).
Mediante escritura otorgada en
esta Notaría a las 6:00 horas del 22 de mayo del 2013. Se protocolizó acta de
asamblea general de socios de Euro Amaltea S. A. Se aumenta capital
modificando la cláusula 5°.—Lic. Ligia Rodríguez
Pacheco, Notaria.—1 vez.—RP2013349924.—(IN2013033239).
Ante esta Notaría, al ser las
nueve horas del veintiuno de mayo del dos mil trece, se protocolizó el acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Uniform
Collection S. A., cédula jurídica 3-101-630683,
donde se acuerda reformar la cláusula sétima del pacto constitutivo. Es todo.—San José.—Lic. Guillermo Chacón Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2013349925.—(IN2013033240).
Mediante escritura autorizada
por el suscrito notario, a las 10:00 horas del día 25 de abril del 2013, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad tres-ciento uno-seiscientos sesenta y ocho mil noventa y uno
sociedad anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas primera,
segunda y sexta, del pacto constitutivo de la sociedad.—Lic. Pablo Sancho
Calvo, Notario.—1 vez.—RP2013349926.—(IN2013033241).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria en San José, a las doce horas del día dieciséis de mayo del
dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios
de la compañía Mucho Poco Bastante Sociedad de Responsabilidad Limitada,
donde se procede a reformar la cláusula del domicilio social.—Lic.
Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1
vez.—RP2013349029.—(IN2013033242).
Por escritura de las 7:00 horas
de hoy, protocolicé acta de la compañía Land
Network S. A., por la cual se reforma la cláusula octava del pacto
constitutivo.—Montes de Oca, 2 de abril del 2013.—Lic.
Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1
vez.—RP2013349997.—(IN2013033282).
Por escritura de las 16:00 horas
de hoy, protocolicé acta de la compañía Criadero Al-Damas Internacional S.
A., por la cual se reforma la cláusula octava del pacto
constitutivo.—Montes de Oca, 16 de mayo del 2013.—Lic. Fabio Alberto Arias
Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2013349998.—(IN2013033283).
Por escritura de las 8:00 horas
de hoy, protocolicé acta de la compañía AAAAAAAAAAAAAAA Red de Tierras
S. A., por la cual se modifica la denominación social por AAAAA Red
de Tierras S. A.; reformándose las cláusulas primera y
octava del pacto constitutivo.—Montes de Oca, 2 de
abril del 2013.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1
vez.—RP2013349999.—(IN2013033284).
Por escritura de las 7:30 horas
de hoy, protocolicé acta de la compañía AAAAA Hipotecas Madrhe S. A., por la cual se reforma la cláusula
octava del pacto constitutivo.—Montes de Oca, 2 de
abril del 2013.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1
vez.—RP2013350000.—(IN2013033285).
Mediante asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa Istmo Center S. A., cédula
3-101-485529, se acuerda aumentar el capital social, se modifica la cláusula
cuarta del pacto constitutivo de la sociedad.—San
José, 10 de mayo 2013.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1
vez.—RP2013350001.—(IN2013033286).
Asamblea general extraordinaria
de Bufete Vargas Hidalgo y Asociados Sociedad Anónima, donde se modifica
la junta directiva, el domicilio social y los poderes.—San José, ocho horas del
veintitrés de mayo del 2013.—Lic. Ricardo Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—RP2013350002.—(IN2013033287).
Por escritura pública otorgada
en esta notaría, a las quince horas del veintiuno de mayo del dos mil trece,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la entidad Yuca
de C.R. Sociedad Anónima. Se reforman las cláusulas
segunda, quinta y novena del pacto constitutivo.—Naranjo,
veintiuno de mayo del dos mil trece.—Lic. Kattia
Vanessa Umaña Araya, Notaria.—1
vez.—RP2013350003.—(IN2013033288).
Ante mi notaría, al ser las
14:00 horas del día 18/03/2013 mediante escritura número 47 visible al folio
107 frente del tomo 65 de mi protocolo, se constituyó la sociedad Gastromédica del Sur S.R.L. con una capital
social de trescientos cincuenta y dos mil colones, representado por trescientas
cincuenta y dos cuotas sociales, administrado por un gerente y subgerente con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, salvo que deberá
actuar en forma conjunta para gravar o vender bienes muebles e inmuebles
inscritos en el Registro. Plazo social: 99 años a partir de su constitución.—San José, 21 de marzo del 2013.—Lic. Carlos Eduardo Castro
Mora, Notario.—1 vez.—RP2013350004.—(IN2013033289).
En asamblea general ordinaria y
extraordinaria de Sanguches y Jugos
El Trece Sociedad Anónima, celebrada el día catorce de marzo del 2011,
se nombró un nuevo secretario por el resto del plazo social, asimismo, se
modifica el domicilio social de la compañía. Escritura pública número
veintisiete.—San José, 15 de mayo del2013.—Lic. Marco
Acuña Esquivel, Notario.—1
vez.—RP2013350005.—(IN2013033290).
Ante esta notaría en San José,
al ser las dieciséis horas treinta minutos del veinticinco de abril del dos mil
trece, se reforma la cláusula novena y se nombra junta directiva de la sociedad
Inversiones Pathbazoo S. A.—San
José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—RP2013350006.—(IN2013033291).
Conversión en sociedad de
responsabilidad limitada de la sociedad Moneda de Hierro S.
A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos sesenta y siete mil
doscientos cuarenta y nueve, celebrada a las quince horas del quince de mayo
del dos mil trece, en su domicilio social.—Lic.
Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1
vez.—RP2013350007.—(IN2013033292).
Reforma de cláusula segunda y
revocación y nombramiento de agente de
la sociedad Empresa
Agrícola Ganadera Triple G. S. A., cédula jurídica
tres-ciento uno-ciento setenta y siete mil ciento noventa y dos, celebrada a
las quince horas del once de mayo del dos mil trece, en su domicilio social en
Guanacaste, Santa Cruz, distrito Veintisiete de Abril, de la Plaza de Deportes
de Pargos, quinientos metros este.—Lic. Marianela
Fonseca Rivera, Notaria.—1
vez.—RP2013350008.—(IN2013033293).
En la notaría de la Lic. Ana
Gabriela Acevedo Rivera, mediante escritura número 43, celebrada a las 11:00
horas del 15 de mayo del 2013, se reformó el pacto constitutivo de la sociedad N
T Fashion S. A., cédula jurídica
3-101-615777.—Liberia, 20 de mayo del 2013.—Lic. Ana
Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2013350009.—(IN2013033294).
Por escritura de las diez horas
treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil trece, se constituyó la
sociedad Signo Vinces Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con un plazo social de noventa y nueve años a
partir de su constitución y con un capital social de doce mil colones.—San José, dieciséis de mayo del dos mil trece.—Lic.
Gabriela Goebel Prestinary,
Notaria.—1 vez.—RP2013350014.—(IN2013033295).
Ante esta notaría, al ser las
trece horas del día veintidós de mayo de dos mil trece se otorgó escritura
mediante la cual se protocolizó la reforma de la cláusula primera del pacto
constitutivo de la sociedad Vitro Plástico de Centroamérica
Sociedad Anónima, para que se tenga su nombre como Huevos del
Nido Sociedad Anónima.—San José, a los
veintidós días del mes de mayo de dos mil trece.—Lic. José Francisco Vega
Quesada, Notario.—1 vez.—RP2013350016.—(IN2013033296).
Inversiones Tulin del Sur Sociedad
Anónima, protocoliza acta número 12 de la asamblea general de accionistas donde
se destituye y se nombra junta directiva, se modifican las cláusulas segunda y
la sexta del pacto constitutivo referentes a: el domicilio y la representación,
mediante escritura otorgada en San José a las 15:00 horas del 21 de mayo del
2013, ante los Notarios Públicos: David Guzmán Guzmán
y Laura Castro Conejo.—Lic. Laura Castro Conejo,
Notaria.—1 vez.—RP2013350018.—(IN2013033297).
Ante mi notaría mediante
escritura 224 de las 10:00 horas del día 17 de mayo del 2013. Se nombra nuevo
representante legal y se reforman clausulas: primera y segunda de la sociedad Venus
y Libra 1963 S. A., cédula jurídica Nº 3-101-474497.
Presidente: Allan Araya Zúñiga.—Santo Domingo,
Heredia, 15 de mayo del 2012.—Lic. Grethel Sánchez
Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2013350020.—(IN2013033298).
Ante esta notaria
pública, al ser las diez horas treinta minutos del día veinte de mayo del dos
mil trece, otorgó escritura pública número veinticuatro para la disolución de
la sociedad Multi Inversiones BDA Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos
setenta y siete mil ciento veintiocho, expediente número cero diez-dos mil
trece.—Lic. Sergio José Solano Montenegro, Notario.—1
vez.—RP2013350021.—(IN2013033299).
En esta fecha la sociedad Compañía
de Productos de Cemento La Herediana Sociedad Anónima, cédula jurídica:
tres-ciento uno-cuarenta mil ochocientos por asamblea general acuerda modificar
la cláusula segunda de su pacto constitutivo en el sentido de que su domicilio
lo será Llorente de Flores, Heredia ochocientos metros sur de la Botica San
Joaquín y doscientos metros oeste.—Heredia, 22 de mayo
del 2013.—Lic. Jenny Azofeifa Salazar, Notaria.—1 vez.—(IN2013033300).
En escritura otorgada ante esta
notaría, al ser las 9:00 horas del 14 de mayo del 2013, se constituyó (i) Inversiones
Almería, (ii) Seafort International
Trading SRL (iii) Montes Sonela; (iv) Inversiones
Bacares; (v) Negocios Internacionales Bayarque; (vi) Empresas de Castellares; (vii) Actividades
Comerciales de la Encina; (viii) Transacciones Cantillana;
(ix) Servicios Amarina del Río; (x) Inversiones Algaba del Río,
domicilio en San José, objeto genérico, plazo 100 años, capital social 12.000
colones. Gerente, José Rafael García Vindas.—San José, 14 de mayo del 2013.—Lic. Andrea Ovares López,
Notaria.—1 vez.—(IN2013033310).
En virtud de acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad domiciliada en San José,
Hospital, Paseo Colón, de la Pizza Hut 225 metros al
norte, diagonal a la Policía Municipal de San José, denominada Adnexus It Solutions S. A., cédula de persona jurídica número
3-101-657431, celebrada en las oficinas de la empresa, a las 12:00 horas del 10
de mayo del 2013, se tomó la decisión de disolver la sociedad por acuerdo de
socios, de conformidad con el artículo 201, inciso D) del Código de Comercio.
Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni
ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna
naturaleza. Representante Legal, Bernhard Hermen Edward Van Der Plaats.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez.—1
vez.—(IN2013033326).
Por escritura número treinta,
otorgada ante mi notaría al ser las ocho horas quince minutos del día veintidós
de mayo del dos mil trece, se disuelve la sociedad de esta plaza denominada Multiservicios Auto Agri
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
cuarenta mil ciento noventa y ocho.—Lic. Cristian Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2013033328).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, número nueve, de las nueve horas quince minutos del veintiuno de mayo
de dos mil trece, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la sociedad Endotécnica Costa
Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad. Se
pública el presente aviso en acatamiento a lo dispuesto por el artículo 207 del
Código Comercio.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Jurgen Mauricio Mojica Sanabria, Notario.—1
vez.—(IN2013033337).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, número ocho, de nueve horas del veintiuno de mayo de dos mil trece, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Biomedical Costa Rica (BMCR) Sociedad Anónima,
mediante la cual se acuerda disolver la sociedad. Se pública el presente aviso
en acatamiento a lo dispuesto por el artículo 207 del Código Comercio.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Jurgen
Mauricio Mojica Sanabria, Notario.—1
vez.—(IN2013033339).
Por protocolización que la
suscrita notaria realizará a las 11 horas del 23 de mayo del 2013, mediante
escritura 273-5, visible a folio 163 frente del tomo 5 de mi protocolo, la
empresa Tecnologías Informáticas S. A., con número de cédula jurídica 3-101-336418
modifica la cláusula primera del pacto constitutivo para cambiar el nombre a BD
Capital S. A.—Heredia, a las 12 horas del
veintitrés de mayo del 2013.—Lic. Jennie Morera
Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2013033349).
A las diez horas del veintitrés
de mayo del dos mil trece por medio de escritura ciento treinta y cuatro, del
tomo sexto de la notaria Paula Durán Quirós se protocoliza acta de asamblea
extraordinaria de socios de la sociedad Vakes
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y
nueve mil cuatrocientos cincuenta y dos y de conformidad con el artículo
doscientos uno inciso D del Código de Comercio de Costa Rica se acuerda
disolver la sociedad.—Paraíso, veintiuno de mayo del dos mil trece.—Lic. Paula
Durán Quirós, Notaria.—1 vez.—(IN2013033379).
A las nueve horas del veintitrés
de mayo del dos mil trece por medio de escritura ciento treinta y tres, del
tomo sexto de la notaria Paula Durán Quirós se protocoliza acta de asamblea
extraordinaria de socios de la sociedad Tres-Ciento Uno-Cuatro Cinco Tres
Siete Cero Seis Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos cincuenta y tres mil setecientos seis y de conformidad con el
artículo doscientos uno inciso D del Código de Comercio de Costa Rica se
acuerda disolver la sociedad.—Paraíso, veintiuno de mayo del dos mil
trece.—Lic. Paula Durán Quirós, Notaria.—1
vez.—(IN2013033380).
El día de hoy se constituyó la
sociedad Yunimar S. A. Presidente y
tesorero con amplias facultades.—Alajuela, 22 de mayo
del 2013.—Lic. Fernando Vargas Rojas, Notario.—1
vez.—(IN2013033395).
Por escritura otorgada ante este
notario, a las diez horas del día veintitrés de mayo de dos mil trece, se
constituye la sociedad Luma Acabados Limitada, con un capital de
cincuenta mil colones.—San José, veintitrés de mayo de
dos mil trece.—Lic. Manfred Gerhard Marshall Facio,
Notario.—1 vez.—(IN2013033396).
Por escritura otorgada el 23 de
mayo de 2013, se reforma el objeto social de Inversiones Empresariales Rocobal S.R.L., cédula: 3-102-638873, el cual de ahora
en adelante será la prestación de servicios de seguridad y vigilancia.—Lic. Guillermo Sáenz Fuentes, Notario.—1
vez.—(IN2013033430).
Mediante escritura número:
ciento veintiséis-tres, al ser las ocho horas del trece de abril del dos mil trece,
se constituyó asamblea general extraordinaria celebrada por Wan
S. A. Presentes en el acto la totalidad del capital social, se procede a
revocar al secretario y a nombrar como presidenta a Karina Calderón Mena con
1-1480-711. San Isidro de Pérez Zeledón, San José. Notaria autorizante
Antonieta Arce Sancho.—Pérez Zeledón, diecinueve de
mayo de dos mil trece.—Lic. Antonieta Arce Sancho, Notaria.—1
vez.—RP2013350025.—(IN2013033527).
Mediante escritura número ciento
veinticinco-tres, al ser las quince horas del doce de abril del dos mil trece,
se constituyó asamblea general extraordinaria celebrada por Arguedas Mena
S. A. Presentes en el acto la totalidad del capital social, se procede a
revocar al secretario y a nombrar como presidenta a Karina Calderón Mena con
1-1480-711. San Isidro de Pérez Zeledón, San José. Notaria autorizante
Antonieta Arce Sancho.—Pérez Zeledón, diecinueve de
mayo de dos mil trece.—Lic. Antonieta Arce Sancho, Notaria.—1
vez.—RP2013350026.—(IN2013033528).
DIRECCIÓN GENERAL DE
TRIBUTACIÓN
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE CARTAGO
Nº RATC-351-2013.—Por
desconocerse el domicilio fiscal actual y habiéndose agotado las formas
de localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en los
artículos 137 y 169 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se
procede a notificar por edicto los saldos deudores del contribuyente que a
continuación indican:
Nº de requerimiento |
Contribuyente |
Cédula |
Impuesto |
Documento |
Periodo |
Monto (*) |
1911001782304 |
Dada Fumero Rodolo |
010407042630 |
Renta |
1012255913837 |
12/2009 |
23.966,00 |
1911001782304 |
Dada Fumero Rodolo |
010407042630 |
Renta |
1221065408437 |
03/2010 |
14.136,00 |
1911001782304 |
Dada Fumero Rodolo |
010407042630 |
Renta |
1012257939393 |
12/2010 |
81.530,00 |
1911001782304 |
Dada Fumero Rodolo |
010407042630 |
Renta |
1012261335172 |
12/2011 |
2.618,00 |
1911001782304 |
Dada Fumero Rodolo |
010407042630 |
Renta |
1221084455157 |
03/2012 |
183.812,00 |
1911001782304 |
Dada Fumero Rodolo |
010407042630 |
Renta |
1221084455132 |
06/2012 |
183.812,00 |
1911001782304 |
Dada Fumero Rodolo |
010407042630 |
Renta |
1221084455114 |
09/2012 |
183.812,00 |
1911001782304 |
Dada Fumero Rodolo |
010407042630 |
Renta |
1012262572964 |
12/2012 |
367.042,00 |
1911001766737 |
Rubik MHC Capitales Sociedad |
3101609522 |
Renta |
1051018590641 |
09/2011 |
118.276,00 |
1911001766737 |
Rubik MHC Capitales Sociedad |
3101609522 |
Renta |
1012261155945 |
12/2011 |
2.435.731,00 |
1911001766737 |
Rubik MHC Capitales Sociedad |
3101609522 |
Renta |
1051019316995 |
03/2012 |
134,00 |
1911001766737 |
Rubik MHC Capitales Sociedad |
3101609522 |
Renta |
1051020939735 |
09/2012 |
213.589,00 |
1911001766606 |
Barrantes Mata Marco Antonio |
700700284 |
Renta |
1012018324457 |
12/2009 |
300,19 |
1911001766606 |
Barrantes Mata Marco Antonio |
700700284 |
Renta |
9090000357304 |
12/2009 |
2.476.513,00 |
1911001766563 |
Barrantes Mata Marco Antonio |
700700284 |
Sancion |
9222000323855 |
12/2009 |
539.60000 |
1911001766563 |
Barrantes Mata Marco Antonio |
700700284 |
Sancion |
9222000476105 |
12/2009 |
619.128,25 |
1911001766947 |
Flores Quirós David Israel |
109440603 |
Ventas |
1041082969647 |
04/2010 |
163.085,00 |
1911001766947 |
Flores Quirós David Israel |
109440603 |
Ventas |
1041084082866 |
05/2010 |
153.484,00 |
1911001766947 |
Flores Quirós David Israel |
109440603 |
Ventas |
1041084959336 |
06/2010 |
141.908,00 |
1911001766947 |
Flores Quirós David Israel |
109440603 |
Ventas |
1044007703322 |
12/2012 |
58.540,00 |
1911001766947 |
Flores Quirós David Israel |
109440603 |
Renta |
1012600972537 |
12/2012 |
28.817,00 |
Requerimiento de pago para cierre de negocio 003-013-2013 |
Flores Quirós David Israel |
109440603 |
Ventas |
1041082969647 |
04/2010 |
163.085,00 |
Requerimiento de pago para cierre de negocio 003-013-2013 |
Flores Quirós David Israel |
109440603 |
Ventas |
1041084082866 |
05/2010 |
153.484,00 |
Requerimiento de pago para cierre de negocio 003-013-2013 |
Flores Quirós David Israel |
109440603 |
Ventas |
1041084959336 |
06/2010 |
141.908,00 |
Requerimiento de pago para cierre de negocio 003-013-2013 |
Flores Quirós David Israel |
109440603 |
Ventas |
1044007703322 |
12/2012 |
58.540,00 |
1911001792341 |
Castri Bonilla Guillermo |
10641046414 |
Renta |
1012603890645 |
12/2012 |
1.425.147,00 |
(*) Más los recargos de ley.
Se concede un plazo de quince días
a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que el contribuyente
arriba indicado cancele la deuda. De no
hacerlo, el caso será trasladado a la Oficina de Cobros Judiciales para el
trámite correspondiente.
Publíquese.—Lic.
Carlos Vargas Durán, Director General.—Lic. Antonieta
Salas Araya, Gerente Tributario a. í.—1 vez.—O. C. Nº
17346.—Solicitud Nº 109117-03913GII.—Crédito.—(IN2013033105).
Expediente Nº 4103-12.—La
Dirección de Recursos Humanos, hace saber: A Eva Patricia Brenes Ho, cédula N°
01-797-096.
1º—Que por así haberlo ordenado la Dirección de
Recursos Humanos, se inició en su contra la instrucción de una causa
disciplinaria por la supuesta comisión de faltas disciplinarias en el ejercicio
de su cargo.
2º—De la información substanciada existen elementos probatorios
suficientes para imputarle los siguientes supuestos hechos, los que en caso de
acreditársele su responsabilidad serán objeto de las sanciones estipuladas en
el Estatuto de Servicio Civil, Reglamento de la Carrera Docente y demás
normativas atinentes, que indican las faltas graves o de alguna gravedad, las
sanciones a imponer, mismas que van desde una suspensión sin goce de salario,
hasta el despido sin responsabilidad patronal, todo en relación a los supuestos
hechos que a continuación se detallan:
Que en su condición de Profesora de Enseñanza General Básica en la
Escuela San Francisco de Vásquez de Coronado de la Dirección Regional de
Educación San José Norte, incurrió en el siguiente supuesto hecho:
A) Que en
el primer semestre del curso lectivo 2012, procedió a cobrar y mantener bajo su
custodia sin contar con autorización superior, los dineros correspondientes al
paquete de graduación de los alumnos de la sección VI-A de la escuela de cita,
mismos que suman un total de ¢1.894.000,00 (un millón ochocientos noventa y
cuatro mil colones exactos), monto que supuestamente, le fue sustraído de su
casa de habitación y que usted no hizo reembolso a la fecha. (Visible de folios
90 al 144, 150, 151, 159 a 162, 179, 180, 181, 182, 209 a 212 del expediente
4103-12).
3º—De ser cierto el supuesto hecho antes
indicado, el mismo constituye faltas de alguna gravedad de conformidad con los
artículos 57 inciso b) y l) del Estatuto de Servicio Civil, artículo 9 inciso
b), 12 inciso b) y 15 inciso b) del Reglamento de Carrera Docente y faltas
graves con fundamento en lo indicado en el artículo 58 inciso d) del Estatuto
de Servicio Civil, artículo 11 inciso b), 13 inciso 3) y 15 inciso c) del
Reglamento de Carrera Docente, artículo 81 inciso a) y l) del Código de
Trabajo.
4º—Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los
diez días hábiles siguientes al recibo de la presente notificación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y
ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará
los hechos sobre los que versarán las respectivas disposiciones, así como la
correspondiente dirección de los testigos bajo apercibimiento de poder ser
declarada inadmisible la referida prueba. Se apercibe al accionado de que debe
señalar medio, número de fax o correo electrónico para recibir futuras
notificaciones dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la
notificación del presente acto, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere,
las resoluciones se tendrán por notificadas automáticamente veinticuatro horas
después de dictadas. Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede
tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto y hacerse
representar por un abogado, repreguntar a los testigos que rindieron
declaración en la etapa de investigación, actuación- esta última- para lo cual
deberá formular petición expresa, a fin de efectuar las citaciones pertinentes;
de no hacerlo en forma y término, se tendrán por plenamente incorporadas al
procedimiento estas deposiciones, en la forma en que fueron originalmente
rendidas.
5º—Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de
Asuntos Disciplinarios, del Ministerio de Educación Pública; cita cuarto piso,
Edificio Plaza Rofas, ubicado frente al Hospital San
Juan de Dios, San José. La no presentación de la defensa ni del medio para
atender notificaciones, hará presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho
en esta etapa procedimental.
6º—Que contra este traslado de cargos procede el Recurso de Revocatoria
el cual deberá de presentar ante el Departamento de Asuntos Disciplinarios y
Recurso de Apelación ante el Tribunal de Carrera Docente, dentro del plazo de 5
días contados a partir de la presente notificación, según lo dispuesto en el
artículo 66 del Estatuto de Servicio Civil.—San José, 12 de marzo 2013.—Msc. Juan Antonio Gómez Espinoza, Director.—1 vez.—O. C. N°
17489.—Solicitud N° 19778.—C-37620.—(IN2013033347).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
14587-T.—Documento admitido traslado al
titular
Ref: 30/2013/16196.—Orlando Araya
Amador, cédula de identidad 1-737-800.—Documento: Cancelación por falta de uso
(Camposanto La Piedad Sociedad).—N° y fecha: Anotación /2-84069 de
23/04/2013.—Expediente: 2003-0006570 Registro N° 145857 La Piedad en clase 49
Marca Denominativa.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 9:33:59 del 29
de abril de 2013.—Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por falta
de uso, promovida por el Marianela Cortés Castillo, cédula de identidad
1-732-468, en calidad de apoderada generalísima de Camposanto La Piedad
Sociedad Anónima, contra el registro del signo distintivo La Piedad, Registro
N° 145857, el cual protege y distingue: Un establecimiento comercial dedicado a
la comercialización y venta de servicios funerarios, ubicado en San José,
Barrio Francisco Peralta, del final de la avenida 10, 25 metros sur, en clase 49
internacional, propiedad de Funeraria La Piedad S. A., cédula jurídica
3-101-241472. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas
y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de
Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se procede a
trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para
que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la
presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre
su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para
lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes
en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio
para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si
el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho,
o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o
inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que
transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los
artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de
excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación
en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular
al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir
notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2),
3) y 4) y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta, Asesora
Jurídica.—RP2013349407.—(IN2013032082).
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
SUCURSAL
SAN IGNACIO DE ACOSTA
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
El suscrito Lic. Héctor Pérez Solano, Administrador de la Sucursal Caja Costarricense de Seguro Social en San Ignacio de Acosta, mayor, casada, vecina de Puriscal, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. En el cuadro, se indica el número patronal, nombre de la razón social, período y monto de la deuda al 20 de mayo del 2013. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los períodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda. Publicar tres veces.
Número patronal |
Razón social |
Período |
Monto adeudado |
Murillo Rojas José Rafael |
0-00204970346001001 |
11-2012 Adicional |
¢1.082.583,00 |
Ortiz Flores Allan C. |
0-00018117263999001 |
T.l 07-2008 a 04-2012 |
¢741.752,00 |
Meza Oporta José Luis |
7-00016623124999001 |
T.l 12-2009 a 04-2013 |
¢774.506,00 |
Garro Chinchilla Christian |
0-00110100089991001 |
01-2009 a 05-2013 |
¢865.080,00 |
Meza Torres José Enrique |
0-00106530713999001 |
T.l 09-2011 a 04-2013 |
¢659.057,00 |
Fonseca Miranda César D. |
0-00113820477999001 |
T.l 10-2009 a 10-2011 |
¢816 465,00 |
Herrera Durán Angie M. |
0-00113040759999001 |
T.l 11-2008 a 08-2011 |
¢546.323,00 |
Orozco Rivera Juan M. |
0-00112520024999001 |
T.l 05, 06-2011 Servicios Médicos 11-2011 |
¢1.194.483,00 |
Monge Arias Olger A. |
0-00106740675999001 |
T.l Adic. 10-2009, 11-2009 a 08-2010 |
¢3.078.398,00 |
Valverde Fallas Flor María |
0-00105760994999001 |
T.l 08-2006 a 06-2010 |
¢671.753,00 |
Montenegro Ampie Walter |
7-01910099021999001 |
T.l 10-2011 a 04-2013 |
¢492.306,00 |
Alfaro Trejos Fabián |
0-00603380064999001 |
T.l 06-2011 a 05-2013 |
¢414.221,00 |
Rojas Bonilla Joege Luis |
0-00109160011999001 |
T.l 11-2008 a 04-2013 |
¢464.627,00 |
Chaves Barahona Edgar |
0-00301340708999001 |
Servicios Médicos 02-2013 |
¢120.186,00 |
Totales |
|
|
¢11.921.740,00 |
Lic. Héctor Pérez Solano, Jefe.—RP2013349818.—(IN2013032916).
MUNICIPALIDAD
DE DESAMPARADOS
DIRECCIÓN
DE URBANISMO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Resolución CU RES 007 2012.—Resolución
procedimiento especial sancionatorio por incumplimientos urbanos seguido por la
Unidad de Control Urbano contra Luis Enrique Marchena Gutiérrez, cédula de
identidad 5-141-380 y María del Rocío Segura Quesada, cédula de identidad
1-611-087 representantes legales de Inmoro
Innovaciones Modulares Roa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-345155.
Dirección: Urbanización Villa Karen Lote 13B.
La Unidad de Control Urbano de la Municipalidad de Desamparados a las
diez horas con cincuenta minutos del 27 de febrero 2012, resuelve:
Resultando:
1º—Que la finca 1-416526-000 se encuentra
inscrita en el Registro de la Propiedad a nombre de Inmoro
Innovaciones Modulares Roa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-345155. Que
la obra se desarrolló en esta finca.
2º—Que el día 4 de agosto de 2011, mediante boleta N° 00977 se notifica
por primera vez a Gustavo Barboza Masís, cedula
1-896-927 por construcción de apartamentos de 100 m² sin contar con permiso de
construcción.
3º—Que el día 8 de agosto de 2011, mediante boleta N° 00983 se notifica
por segunda vez a Gustavo Barboza Masís, cedula
1-896-927 por construcción de apartamentos de 100 m² sin contar con permiso de
construcción.
4º—Que mediante revisión de la base de datos de Control Urbano y de
Bienes Inmuebles de la Municipalidad, no se encuentra permiso de construcción
para apartamentos en la finca 1-470147-000.
Considerando:
I.—Que el Art. 74 de la Ley de Construcciones,
indica lo siguiente: “Licencias. Toda obra relacionada con la construcción, que
se ejecute en las poblaciones de la República, sea de carácter permanente o
provisional, deberá ejecutarse con licencia de la Municipalidad
correspondiente.”
II.—Que la Procuraduría General de la República
en el dictamen número C-034-2009 de 10 de febrero de 2009, lo siguiente: “(…)
La licencia o permiso de construcción: Cuando hablamos de autorización
administrativa, nos referimos a la técnica administrativa de limitación por
excelencia, bajo la cual se engloban toda una serie de actuaciones
administrativas diferenciadas (licencias, permisos, vistos buenos, visados,
autorizaciones, aprobaciones, entre otros). La autorización es así, a partir de
esta definición, manifestación de la intervención que la Administración va a
efectuar respecto de ciertos ámbitos o sectores en los que se precisa la
adecuación del ejercicio de actividades o derechos de los particulares, con el
interés público. Este órgano consultivo, en su dictamen C-357-2003 del 13 de
noviembre de 2003 define a esta técnica de intervención administrativa de la
siguiente manera: “...es la noción con que la doctrina califica la técnica por
medio de la cual la Administración controla el ejercicio de actividades
privadas y derechos subjetivos que no por ello pierden esa titularidad. En
tanto autorización es un acto reglado y declarativo, porque se limita a
comprobar el cumplimiento de las condiciones exigidas por ordenamiento para el
ejercicio de la actividad o derecho, razón por la cual no otorga derecho
subjetivo alguno (que ya preexistía a la autorización) ni constituye situación
jurídica alguna...”
III.—Que la Procuraduría General de la República en el Dictamen
C-154-2008 indica lo siguiente en referencia a la competencia municipal en
materia de planificación urbana: Según lo dispuesto en los artículos 169 de la
constitución política y 15 de la ley de planificación urbana (número 4240 del
15 de noviembre de 1968) le corresponde a los gobiernos municipales la
competencia para planificar el desarrollo urbano dentro de los límites de su
cantón, atribución que se concretiza a través de la adopción de los planes
reguladores y los reglamentos de desarrollo urbano conexos.
IV.—Que el artículo 17 del Plan de Ordenamiento
Territorial del Cantón de Desamparados, establece que toda obra que se ejecute
en el cantón de Desamparados, debe contar con licencia municipal.
V.—Que el Informe DRD-INSP-414-2011 con fecha 22 de setiembre de 2012
del Régimen Disciplinario del CFIA (Colegio Federado de Ingenieros y
Arquitectos), indica que para la propiedad en cuestión existen dos contratos de
servicios profesionales: OC-372740 por dos apartamentos de dos niveles de 120
m² y el OC-548409 por apartamento de dos niveles de 143 m². Que además en sitio
existen otras construcciones de las cuales no existe información en el CFIA ni
en la Municipalidad.
VI.—Que la Ley de Construcciones establece un
procedimiento especial al que la Municipalidad debe ajustarse para proceder en
caso de verificar la existencia de obras realizadas sin contar con permiso de
construcción. Dicho procedimiento se encuentra regulado en los Artículos 93 al
96 de la Ley de Construcciones. Una vez cumplido este procedimiento y en caso
de que las construcciones no se pongan a derecho, la Administración queda
facultada para disponer la destrucción de las obras o ejecutarla por si misma a
cuenta del propietario.
VII.—El artículo 93 de la Ley de Construcciones, establece que se le
debe fijar al administrado un plazo de 30 días para que proceda a poner a
derecho la obra, ya sea presentando el proyecto, solicitando la licencia, etc. Por
tanto,
Se otorga un plazo de treinta días hábiles, a partir del día siguiente de la notificación de esta resolución, a Luis Enrique Marchena Gutiérrez, cédula de identidad 5-141-380 y María del Rocío Segura Quesada, cédula de identidad 1-611-087 representantes legales de Inmoro Innovaciones Modulares Roa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-345155, para poner a derecho la obra conforme al artículo 93 de la Ley de Construcciones, caso contrario la Municipalidad procederá a demoler toda la construcción que no cuenta con Licencia Municipal y por ende no estar ajustada a la Normativa Vigente de conformidad con el artículo 96 de la Ley de Construcciones. Contra esta resolución puede interponer los recursos señalados en el Art. 162 del Código Municipal. Notifíquese.—Arq. Gustavo Zeledón Céspedes, Control Urbano.—(IN2013033357).