LA GACETA N° 103 DEL 30 DE MAYO DEL 2013

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

DOCUMENTOS VARIOS

HACIENDA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFÍCO

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

AVISOS

ADJUDICACIONES

AGRICULTURA Y GANADERÍA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

AMBIENTE Y ENERGÍA

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS

DEL PACÍFICO

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

HACIENDA

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MUNICIPALIDADES

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

N° 072-MOPT

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en la Ley General de la Administración Pública o Ley N° 6227 y en la Ley N° 9103 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2013 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la Comisión Interinstitucional de la Estrategia Regional de Control, Vigilancia y Gestión de los Espacios y Recursos Marinos, SINAC-MINAET, ha planificado realizar una reunión técnica preparatoria previa a la reunión de Ministros, a realizarse en Bogotá, República de Colombia.

2º—Que en el marco de cooperación técnica que existe entre la República de Costa Rica y las Repúblicas de Colombia, Ecuador y Panamá, se ha nominado al ingeniero Jorge Eduardo Hernández Chavarría, Director de la Dirección de Navegación y Seguridad de la División Marítimo Portuaria.

3º—Que para Costa Rica reviste de relevancia la participación del ingeniero Hernández Chavarría para la toma de decisiones. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al ingeniero Jorge Eduardo Hernández Chavarría, portador de la cédula de identidad N° 1-527-192, Director de la Dirección de Navegación y Seguridad de la División Marítimo Portuaria, para que participe en la reunión técnica que se realizará en Bogotá, República de Colombia, en el período comprendido del 20 al 21 de mayo del 2013.

Artículo 2º—Los gastos de transporte aéreo, hospedaje y alimentación, serán cubiertos por el Gobierno de Colombia. En razón que los gastos de transporte aéreo, hospedaje y alimentación del funcionario serán cubiertos por el Gobierno de Colombia; no se requiere pago alguno a cargo del presupuesto de este Ministerio por esos conceptos. Se le reconocerán los gastos por concepto de transporte residencia-aeropuerto-residencia, por un monto de $80, de la subpartida 105.04 del MOPT, del programa presupuestario 32800 “Puertos y Regulación Marítima”, área 01, actividad 01.

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la ausencia del funcionario público antes citado, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 19 al 22 de mayo de 2013.

Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a los diez días del mes de mayo del 2013.

Dr. Pedro Luis Castro Fernández, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. Nº 18007.—Solicitud Nº 112-300-00139.—(IN2013033045).

N° 074-MOPT

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en la “Ley General de la Administración Pública”, Ley Nº 6227 y en la “Ley N° 9103 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República”, para el ejercicio económico del año 2013 y el Reglamento de Gastos de Viaje de la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que es de interés para este Ministerio el Curso “Capacitación en Logística Global y Asuntos Marítimos”, impartido en Busan, Korea, del 2 al 29 de junio del 2013, patrocinado por la Agencia Internacional de Cooperación de Korea (KOICA), en virtud de que este curso mejorará las capacidades del personal de planta para el cumplimiento de las funciones de la División Marítimo Portuaria.

II.—Que la Agencia Internacional de Cooperación de Korea promueve los objetivos con carácter consultivo, científico y técnico. Los esfuerzos de dicho Agencia son para ayudar a los servicios hidrográficos, o instituciones responsables de la hidrografía y la navegación, de los países miembros. Dicha entidad ofrece una beca que cubre los gastos de transporte aéreo, hospedaje y alimentación para dicho curso.

III.—Que los ingenieros Ronald Andrés Víquez Acosta y Diego Leal Obando, han sido designados para participar en la presente capacitación, en representación de este Ministerio, en su carácter de funcionarios de la Unidad de Hidrografía de la Dirección de Infraestructura de la División Marítimo Portuaria. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar a los señores Ronald Andrés Víquez Acosta, cédula de identidad N° 4-0195-0627 y Diego Leal Obando, cédula 1-1149-0012, funcionarios de la Unidad de Hidrografía de la Dirección de Infraestructura de la División Marítimo Portuaria del MOPT, para que participen en el curso denominado “Capacitación en Logística Global y Asuntos Marítimos”, impartido en Busan, Korea, del 2 al 29 de junio del 2013, patrocinado por la Agencia Internacional de Cooperación de Korea (KOICA).

Artículo 2°—En razón que los gastos de transporte aéreo, hospedaje y alimentación de los funcionarios serán cubiertos por el Agencia Internacional de Cooperación de Korea; no se requiere pago alguno a cargo del presupuesto de este Ministerio por esos conceptos. Se les reconocerán los gastos por concepto de transporte residencia-aeropuerto-residencia de cada funcionario con un monto por persona de $80, de la sub-partida 105.04 del MOPT, del programa presupuestario 32800 “Puertos y Regulación Marítima”, área 01, actividad 01.

Artículo 3°—Que durante los días en que se autoriza la ausencia de los funcionarios Víquez Acosta y Leal Obando devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4°—Rige a partir del 31 de mayo al 30 de junio del 2013.

Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, 13 de mayo del 2013.

Dr. Pedro Luis Castro Fernández, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 18007.—Solicitud N° 112-300-00135—(IN2013033132).

N° 076 MOPT

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en la Ley General de la Administración Pública o Ley N° 6227 y en la “Ley N° 9103 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2013 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM), tiene previsto realizar la “LXXV Reunión Ordinaria del Directorio de la COCATRAM”, a realizarse el día 24 de mayo del 2013, en la Ciudad de Managua, Nicaragua.

II.—Que en el marco de cooperación técnica que existe entre Costa Rica y la (COCATRAM) para el fortalecimiento del Recurso Humano Regional y el desarrollo de capacidades, la “LXXV Reunión Ordinaria del Directorio de la COCATRAM”, evento que se llevará a cabo el día 24 de mayo del 2013, en la Ciudad de Managua, Nicaragua, en su condición de Director Alterno al Directorio de COCATRAM.

III.—Que para Costa Rica reviste de relevancia la participación del funcionario referido (Presidencia Pro Tempore de COCATRAM), en virtud de los alcances de la actividad para el desarrollo del Sub Sector Marítimo Portuario Costarricense. Por Tanto:

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar al Lic. Luis Fernando Coronado Salazar, portador de la cédula de identidad N° 5-172-0409 para que asista a “LXXV Reunión Ordinaria del Directorio de la COCATRAM”, a realizarse el día 24 de mayo del 2013, en la Ciudad de Managua, Nicaragua.

Artículo 2°—Los gastos de transporte aéreo, hospedaje y alimentación, serán cubiertos por la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM).

Artículo 3°—Que durante los días en que se autoriza la ausencia del funcionario público antes citado, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4°—Rige a partir del 23 al 25 de mayo de 2013.

Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, 13 de mayo del 2013.

Dr. Pedro Castro Fernández, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 18007.—Solicitud N° 112-300-00136.—(IN2013033130).

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

N° 028-MEIC

LA MINISTRA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 1, 27 y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley No. 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley No. 6362 del 03 de setiembre de 1979 y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y sus reformas.

Considerando:

I.—Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, participar en el III Foro Internacional sobre Protección al Consumidor, organizado por el Programa de Competencia y Protección de Consumidor en América Latina (COMPAL) del Gobierno Suizo y la Conferencia de la Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD) por sus siglas en inglés.

II.—Que dicha actividad se llevará a cabo en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana los días 23 y 24 de mayo de 2013.

III.—Que el objetivo de este III Foro, es intercambiar experiencias y mejores prácticas sobre temas de interés común para los países miembros del COMPAL, en materia de protección al consumidor, tanto entre los encargados de las agencias de protección al Consumidor de cada país, como con el grupo asesor de expertos con que cuenta dicho programa. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar a la señora Cynthia Zapata Calvo, portadora de la cédula 1-744-149, en su condición de Directora de la Dirección de Apoyo al Consumidor del Ministerio de Economía, Industria y Comercio; para que participe en el III Foro Internacional sobre Protección al Consumidor”, actividad que se llevará a cabo en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana los días 23 y 24 de mayo de 2013.

Artículo 2°—Los gastos por concepto de transporte al exterior, serán financiados a través el Programa COMPAL, y los gastos de hospedaje y alimentación, serán cubiertos con recursos del Instituto Dominicano ProConsumidor (país anfitrión).

Artículo 3°—Rige a partir del día 22 de mayo y hasta su regreso el día 25 de mayo del 2013; devengando la funcionaria el 100% de su salario durante su ausencia.

Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio en la ciudad de San José, ocho de mayo del dos mil trece.

Mayi Antillón Guerrero, Ministra de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. N° 17730.—Solicitud N° 111-210-042-2013.—(IN2013033126).

DOCUMENTOS VARIOS

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

AVISOS

Que de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 174 de la Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria N° 9069, de 10 de setiembre del año en curso, a las entidades representativas de intereses de carácter general o corporativo o de intereses difusos, -afectadas por el “Proyecto de Resolución que regula la obligación de identificar todo vehículo tanto nuevo como usado de las partidas 87.01, 87.02, 87.03, 87.04, y 87.1, con el número de VIN en el Documento Único Aduanero (DUA)- se les concede un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación del presente aviso, con el objeto de que expongan su parecer sobre el referido proyecto, el cual deberá expresarse por escrito, y dirigirse a la Dirección de Valoraciones Administrativas y Tributarias de la Dirección General de Tributación, sita en el sexto piso del Edificio La Llacuna, San José.

Para los efectos indicados, el citado proyecto se encuentra disponible en el sitio web http://dgt.hacienda.go.cr, en la sección “Proyectos”.—San José, a las trece horas del día 15 de mayo del 2013.—Carlos Vargas Durán, Director General.—O. C. Nº 17346.—Solicitud Nº 109-117-03813GI.—(IN2013031954).                                                                                                                                  2 v. 1

Nº DGT-R-019-2013.—San José, a las ocho horas con cuarenta minutos del trece de mayo de dos mil trece.

Considerando:

I.—Que el artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios faculta a la Administración Tributaria, para dictar normas generales para la correcta aplicación de las leyes tributarias dentro de los límites que fijen las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.

II.—Que mediante la Directriz Nº DGT-D-003-2012 del 13 de setiembre de 2012, titulada “Directriz sobre el tratamiento del crédito fiscal en el impuesto sobre las ventas por la compra de envases y empaques que se utilicen directamente en el producto por razones de presentación, conservación o higiene”, la Dirección General de Tributación dispuso que las solicitudes de compras autorizadas se debían de continuar aplicando según lo dispuesto en la Directriz Nº DN-14-01 del 7 de junio de 2001.

III.—Que la directriz DGT-D-003-2012 estableció la posibilidad de solicitar compras autorizadas y las órdenes especiales por un plazo de nueve meses a partir de la notificación de la misma y que posteriormente se aplicaría exclusivamente lo dispuesto textualmente en la Ley del Impuesto General sobre las Ventas, en adelante LIGSV, en lo concerniente a la procedencia del crédito fiscal.

IV.—Que en fecha doce de abril de dos mil trece entró en vigencia la reforma del artículo 14 de la LIGSV publicada en el Alcance digital Nº 66 a La Gaceta Nº 70 de esa misma fecha.

V.—Que en virtud de lo anterior resulta necesario dejar sin efecto la Directriz DGT-D-003-2012.

VI.—Que el impuesto general sobre las ventas es un impuesto al valor añadido, el cual se liquida mediante la diferencia entre el débito fiscal y el crédito fiscal, procedimiento que se debe aplicar tanto para mercancías gravadas o exentas como a los servicios gravados, por cuanto no hay razón de técnica tributaria para excluir de tal procedimiento a los servicios gravados. Por tanto;

RESUELVE:

Artículo 1º—Se deja sin efecto la directriz DGT-D-003-2013 del 13 de setiembre del año 2012.

Artículo 2º—Se reconocerán los créditos fiscales por los pagos realizados por concepto de impuesto general sobre las ventas, según el siguiente detalle:

-    Impuestos pagados por el contribuyente sobre las compras, importaciones o internaciones.

-    Impuestos pagados por la adquisición de materias primas; insumos, envases, materiales de empaque incluyendo sus materias primas, enfardaje, embalaje y etiquetaje.

-    Impuestos pagados por maquinaria, equipo y sus partes y repuestos.

-    Impuestos pagados por energía eléctrica.

-    Impuestos pagados por otras mercancías que se utilicen directamente dentro del proceso de producción, comercialización y distribución de los bienes que el contribuyente destine a la venta, sean gravados o exentos, o que se destinen a la exportación; en actividades comerciales, agrarias e industriales, principales y conexas.

-    Impuestos pagados por concepto de primas de seguro que protegen bienes, maquinaria e insumos.

-    Impuestos pagados sobre equipo y materiales utilizados en las labores de tratamiento de desechos y control de calidad de sus productos.

Artículo 3º—La Administración Tributaria seguirá otorgando resoluciones de autorización de compras autorizadas sin impuesto, en aquellos casos en los que se dificulte compensar el crédito fiscal según se detalla en el artículo 27 del Reglamento a la Ley del Impuesto General sobre las ventas, para lo cual se debe cumplir con las regulaciones establecidas en el artículo 28 del mismo.

Artículo 4º—Para la aplicación de los créditos fiscales ocasionados por el pago del impuesto general sobre las ventas, los contribuyentes deberán utilizar las reglas de deducción vigentes al momento de compra o adquisición de los respectivos bienes.

Artículo 5º—Procede el crédito fiscal en las mercaderías gravadas o exentas, así como en los servicios gravados.

Artículo 6º—Las solicitudes de autorización que se encuentren pendientes de resolver al momento de la publicación de la presente resolución, deberán atenderse según el procedimiento establecido.

Artículo 7º—Vigencia. Rige a partir de su publicación.

Carlos Vargas Durán, Director General.—1 vez.—O. C. Nº 17346.—Solicitud Nº 109-117-04013GII.—Crédito.—(IN2013033099).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

AVISO

Que el señor Julio César Calderón Hernández, mayor, empresario, cédula identidad número uno-cero tres siete nueve -cero dos seis cuatro, vecino de Desamparados-San José; en su calidad de apoderado generalísimo de la compañía Academia de Aeroformación de Costa Rica Sociedad Anónima cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuatro mil ochocientos ochenta y siete; presentó una solicitud de ampliación al Certificado de Explotación para impartir los siguientes cursos: Formación de Instructores, Encargado de Operaciones de vuelo y Piloto de Transporte de Línea Aérea. Todo lo anterior conforme a la Ley General de Aviación Civil N° 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas y el Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación Decreto N° 3326-T del 25 de octubre de 1973 publicado en el Alcance Nº 171 a La Gaceta Nº 221 de 23 de noviembre de 1973; el RAC 119 Reglamento de Certificado de Operador Aéreo (COA, Certificados Operativos y autorizaciones de operación), publicado en La Gaceta N° 75 del 19 de abril del 2006, y demás disposiciones nacionales concordantes. El Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo décimo tercero de la sesión ordinaria número 33-2013 celebrada el día 15 del mes de mayo del 2013, señaló que la solicitud reúne los requisitos formales exigibles, por lo cual se emplaza a los interesados a fin de que apoyen o se opongan a dicha solicitud en forma escrita y con la prueba correspondiente, dentro del término de 15 días hábiles siguientes contados a partir del día de la publicación del presente aviso. La audiencia pública se celebrará a las 10:00 horas del tercer día hábil siguiente al vencimiento del emplazamiento.—Álvaro Vargas Segura, Subdirector General.—1 vez.—O. C. Nº 18-2013.—Solicitud Nº112-323-00018.—(IN2013033047).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 43, título Nº 426, emitido por el Colegio María Inmaculada, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Ramírez Chacón Adriana, cédula 1-0963-0694. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los quince días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349446.—(IN2013032095).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 30, título Nº 55, emitido por el Liceo Buenos Aires de Pocosol, en el año dos mil diez, a nombre de Chavarría Ruiz Omar Adolfo, cédula 2-0716-0041. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los quince días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349473.—(IN2013032096).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 49, título Nº 748, y del Título de Técnico Medio en Secretariado Comercial, inscrito en el tomo 2, folio 197, título Nº 3852, emitido por el Colegio Vocacional de Artes y Oficios de Cartago, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Brenes Molina Silvia Elena. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta días del mes de julio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349275.—(IN2013032097).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 43, título Nº 1162, emitido por el Liceo Roberto Brenes Mesén, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Solano Alfaro José Alberto, cédula 1-0617-0678. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los quince días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349334.—(IN2013032098).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 50, título Nº 448, emitido por el Instituto de Guanacaste, en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Ruiz Díaz Dinnia María, cédula 5-0193-0259. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los nueve días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349344.—(IN2013032099).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 127, título Nº 1078, y del Título de Técnico Medio en Contabilidad y Costos, inscrito en el tomo 1, folio 79, título Nº 1035, en el año dos mil seis, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Acosta, a nombre de Umaña Cascante Cindy Karina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, al primer día del mes de marzo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349375.—(IN2013032100).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 168, título Nº 1639, emitido por el Colegio de Limón Diurno, en el año dos mil cuatro, a nombre de Argueta Corella María Fernanda, cédula 1-1277-0162. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintitrés días del mes de abril del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349387.—(IN2013032101).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 112, título Nº 679, emitido por el Colegio “La Asunción”, en el año dos mil nueve, a nombre de Varela Venegas Glendy María, cédula 1-1503-0735. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciséis días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349423.—(IN2013032102).

DAnte este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 103, título N° 553, emitido por el Colegio Nocturno de Pococí, en el año dos mil uno, a nombre de Gutiérrez Buzano Manuel Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de julio del 2009.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—Msc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2013032373).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 5, título N° 13, emitido por el Colegio de Científicos de Alajuela, en el año dos mil siete, a nombre de Monge Sánchez Karina María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 31 de agosto del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349605.—(IN2013032543).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media inscrito en el Tomo 2, Folio 359, Título N° 2156, emitido por el Liceo de Coronado, en el año dos mil diez, a nombre de Oses Ramírez Andreina, cédula 1-1537-0145. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de mayo del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013032610).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 162, título N° 1355, emitido por el Colegio Técnico Profesional Padre Evans Saunders de Siquirres, en el año dos mil tres, a nombre de Barboza Alpízar Shirley Andrea, cédula 1-1272-0239. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de mayo del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013032652).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica, Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 01, folio 100, título Nº 150, emitido por el Colegio Sagrado Corazón de Jesús, en el año mil novecientos setenta y cinco, a nombre de Zeledón Gómez Victoria María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los tres días del mes de noviembre del dos mil diez.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013032735).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 112, asiento N° 2, emitido por el Liceo de Alfaro Ruiz, en el año dos mil tres, a nombre de Guzmán Rodríguez Cindy Gabriela, cédula 2-0610-0667. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de abril del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013033074).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 12, título Nº 69, emitido por el Colegio Bilingüe Enrique Malavassi Vargas, en el año dos mil uno, a nombre de Castañeda Cummings Edgar. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cuatro días del mes de abril del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013033141).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 57, título N° 729, emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Rodríguez Villarreal Gerald, cédula 4-0167-0946. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de mayo del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013350017.—(IN2013033193).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 225, asiento 2983, emitido por el Liceo Unesco, en el año dos mil cuatro, a nombre de Morales Salazar Stefanny Gerarda. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 4 de abril del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013349883.—(IN2013033194).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 231, título N° 2155 y del Título de Técnico Medio en Contabilidad en Finanzas, inscrito en el tomo 1, folio 130, título N° 25, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Pococí, en el año dos mil ocho, a nombre de Soto Naranjo Kimberli Sofía, cédula 7-0200-0513. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de mayo del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013033333).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa de Mujeres Empresarias de Servicios Múltiples Las Libélulas Bonaerenses R.L., siglas: COOPELIBELULAS R.L., acordada en asamblea celebrada el 28 de noviembre de 2012. Resolución 1448-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el diario Oficial La Gaceta.

Presidente                              Anabelle Borbón Fallas

Vicepresidente                      Cynthia Ramírez Ortiz

Secretaria                              Marian Chavarría Bermúdez

Vocal 1                                  Yolanda Sibaja Loría

Vocal 2                                  Laura Morales Villanueva

Suplente 1                             Teresita Campos Picado

Suplente 2                             Anabelle Gutiérrez Reyes

Gerente                                  María Flor Morales Rojas

19 de abril de 2013.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2013033150).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

DIRECTRIZ

N° D.R.P.J.-001-2013

De:          Dirección Registro de Personas Jurídicas.

Para:      Subdirección, Coordinación General, Coordinadores de Mercantil, Asesoría Jurídica, Asesoría Técnica y Usuarios.

Fecha:    8 de mayo del 2013.

Asunto:  Procedimiento para modificar status de entidades jurídicas a efecto de calcular la tarifa del impuesto a las personas jurídicas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley “Impuesto a las Personas Jurídicas” -N° 9024-, vigente a partir del 1° de abril de 2012, la tarifa del tributo de referencia, básicamente de las entidades inscritas, se determinará sobre la base del status que ostenten los sujetos pasivos del mencionado impuesto ante la Autoridad Tributaria, a saber, entidades “activas” o “inactivas”, a la fecha en que ocurre el hecho generador y devengo del impuesto para cada período fiscal, sea el 1° de enero de cada año y en tratándose del período fiscal correspondiente al año 2012, a la fecha de entrada en vigencia del cuerpo normativo de cita -el 1°de abril de dicho año-. Conteste con lo establecido en el artículo ut supra, dispone en lo que resulta de interés el ordinal tercero del Reglamento para la Aplicación Registral de la Ley Impuesto a las Personas Jurídicas, Reglamento aprobado mediante acuerdo firme adoptado por la Junta Administrativa del Registro Nacional en sesión ordinaria N° 13-2012, del 26 de marzo de 2012, publicado en La Gaceta N° 87 del 7 de mayo siguiente:

“… Para efectos de aplicación de la Ley Impuesto a las Personas Jurídicas, sus transitorios y el presente reglamento, el Registro Nacional entenderá por personas jurídicas activas aquellas que se encuentren así calificadas dentro de la lista que al efecto le remita la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda a la fecha del hecho generador (Lo destacado es propio)

En vista de lo anterior y con ocasión de reiterados reportes remitidos durante el año 2012 por la Dirección General de Tributación, específicamente por el Registro Único Tributario, mediante los cuales se relacionaban inconsistencias en la base de datos suministrada al Registro Nacional, con el consecuente requerimiento de corrección; la Dirección General del Registro Nacional a través del oficio DGRN-1232-2012 de fecha 5 de diciembre de 2012, dirigido al Máster Carlos Vargas Durán, solicitó la información respectiva enfatizando la trascendencia de garantizar la integridad del documento que fuera remitido, en razón de lo cual se advirtió que no serían aceptadas modificaciones posteriores de “status”, así como tampoco podrían ser agregadas nuevas entidades.

No obstante ello, resultando que persisten denuncias relativas a inconsistencias en el “status” de las entidades jurídicas cuyo génesis no es atribuible al usuario; sin embargo, con la consecuente incidencia directa sobre la determinación de la tarifa del impuesto que nos ocupa, la Dirección General del Registro Nacional por medio del oficio DGRN-0397-2013 de 18 de abril último, informa a la Dirección General de Tributación -sin perder la perspectiva en cuanto alcance de la competencia de cada Institución, pero en consideración del perjuicio que dichas inconsistencias representan para el administrado, lo que conlleva a la imperante necesidad de establecer un procedimiento que permita una solución ágil al usuario-, que el Registro Nacional no tiene impedimento alguno en utilizar como insumo para subsanar las inconsistencias de citas, el denominado “Documento de Des-inscripción en el Registro Único Tributario”, siempre y cuando éste señale expresamente la fecha de fin de actividad de la entidad respectiva.

Bajo las consideraciones apuntadas, en concordancia con los ordinales 8° y 6°, por el orden usual, de la Ley N° 8220 -Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos- y de su Reglamento –Decreto Ejecutivo No. 37045-MP-MEIC-, esta Inteligencia dispone -en procura de subsanar las referidas inconsistencias en beneficio del interés público-, que a efectos de modificar el “status” de las entidades jurídicas con la consecuente repercusión en la tarifa del Impuesto a las Personas Jurídicas, el interesado deberá presentar la solicitud ante la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, la cual deberá cumplir con el siguiente detalle:

1.  Nombre completo y demás calidades del solicitante, con la indicación que ostenta la condición de representante legal o apoderado de la persona jurídica que gestiona. En caso de actuar en virtud de poder especial, deberá aportarse el original de éste o copia debidamente certificada.

2.  Señalar el número de cédula jurídica y la denominación social de la persona jurídica que representa.

3.  Aportar documento que acredite la inconsistencia de la información suministrada al Registro Nacional por el Registro Único de Contribuyentes, a saber:

a)  Documento de “Des-inscripción en el Registro Único Tributario”, del que se derive expresamente la identidad de la entidad jurídica y la fecha en que finalizó actividades, o copia debidamente certificada del mismo.

b)  Certificación expedida por el Registro Único Tributario mediante la cual se acredite que efectuado el estudio de estilo: i.- La entidad gestionante ha estado inactiva durante los períodos fiscales que se relacionen en la certificación o, ii.- La entidad gestionante no ha sido contribuyente en dicho Registro.

4.  Indicar un número de facsímile o dirección electrónica para atender notificaciones.

5.  Suscrita por el representante legal o apoderado, debidamente autenticada.

Rige a partir de su emisión.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—O. C. N° 13-0004.—Solicitud N° 119-783-13-0042.—(IN2013033134).

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

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Patente de invención

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Gilead Sciences, Inc., de E.U.A., solicita la patente de invención denominada ANÁLOGOS DE CARBA-NUCLEÓSIDOS SUSTITUIDOS CON 2’-FLUORO PARA TRATAMIENTO ANTIVIRA.

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Se proporcionan nucleósidos de imidazo[1,2-f] [1,2,4]triazinilo selectos, fosfatos de nucleósidos, y profármacos de los mismos, donde la posición 2’ del glúcido núcleosidico se sustituye con sustituyentes halógeno y carbono. Los compuestos, composiciones y métodos proporcionados son útiles para el tratamiento de infecciones por virus Flaviviridae, particularmente infecciones por Hepatitis C causadas tanto por cepas de tipo salvaje como mutantes del VHC. Fórmula (I) La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 487/04; A61K 31/41; cuyos inventores son Cho, Aesop, Kim, Choung, Ray, Adrián. La solicitud correspondiente lleva el número 20130172, y fue presentada a las 13:40:10 del 17 de abril del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de abril del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013032849).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Millennium Pharmaceuticals, Inc., de E.U.A., solicita la patente de invención denominada

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HETEROARILOS Y SUS USOS. La invención provee compuestos de fórmula IA-a o IB-a y sus correspondientes subconjuntos: IA-a, IB-a, donde Z, HY, Rl, R2, Gl, W, n, y A y sus correspondientes subconjuntos son como se describen en la memoria descriptiva. Los compuestos son inhibidores de P13K y de este modo son útiles para tratar trastornos proliferativos, inflamatorios, o cardiovasculares. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/33; A61K 31/425; cuyos inventores son Freeze, Brian S., Hirose, Masaaki, HU, Yongbo, HU, Zhigen, Lee, Hong Myung, Sells, Todd B., SHI, Zhan, Vyskocil, Stepan, Xu, Tianlin. La solicitud correspondiente lleva el número 20130084, y fue presentada a las 13:58:00 del 25 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de abril del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013032850).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, abogado, vecino de San José, apoderado especial de Sumitomo Chemical Company, Limited, de Japón, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO PARA REDUCIR ESTRÉS HÍDRICO EN PLANTAS. La presente invención proporciona: un método para reducir el estrés térmico en una planta que comprende aplicar una cantidad eficaz de uno o más compuestos seleccionados del grupo que consiste de un compuesto representado por la fórmula (I) y sales agricolamente aceptables del mismo a una planta que se ha expuesto o será expuesto a condiciones de estrés hídrico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 37/42; A01C 1/00; A01G 7/06; A01P 21/00; cuyos inventores son Nagasawa, Asako, Mukumoto, Fujio. La solicitud correspondiente lleva el número 20130177, y fue presentada a las 13:59:10 del 23 de abril del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de abril del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013032853).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Syngenta Participations AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODOS DE IRRIGACIÓN DE PLANTAS CON 1-MCP. La presente invención se refiere a métodos novedosos para aumentar la tolerancia al estrés medioambiental abiótico de una planta, a métodos para mejorar la calidad y/o el rendimiento de un cultivo vegetal, a métodos para aplicar un ciclopropeno tal como 1-MCP a una planta y a cultivos producidos empleando dichos métodos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01H 1/06; cuyos inventores son Haas, Ulrich Johannes, Weider, Christophe, Zeun, Ronald, Ross, David Charles, Kidder, Daniel Warden, Zhen, Yueqian. La solicitud correspondiente lleva el número 20120607, y fue presentada a las 14:14:00 del 3 de diciembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de abril del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013032855).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Gilead Biologics, Inc. de E.U.A., solicita la patente de invención denominada ANTICUERPOS CONTRA METALPROTEASA-9 DE MATRIZ. La presente divulgación proporciona composiciones y métodos de uso que involucran proteínas de unión, por ejemplo, anticuerpos y fragmentos de estos que se unen a antígenos, que se unen a la proteína de la metaloproteasa de matriz-9 (MMP9) (la MMP9 también se conoce como gelatinasa-B), donde las proteínas de unión comprenden una cadena pesada de inmunoglobulina (lg) (o un fragmento funcional de esta) y una cadena liviana de lg (o un fragmento funcional de esta). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/395; C12P 21/08; cuyos inventores son Mccauley, Scott Alan, Vaysberg, María. La solicitud correspondiente lleva el número 20130132, y fue presentada a las 13:52:00 del 21 de marzo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de abril del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013032856).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, abogado, apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la patente de invención denominada UNA COMPOSICIÓN QUE COMPRENDE 2-metilpropanotioato de S-[2-([[1-(2-etilbutil) ciclohexil]-carbonil]amino)fenilo] y croscarmelosa sódica. La presente invención se refiere a una formulación basada en una matriz higroscópica, a un proceso para la fabricación de la misma y a su utilización para el tratamiento de enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 9/20; A61K 31/265; cuyos inventores son +Krabichler, Michaela, Meyer, Bernard, Winzenburg, Carsten. La solicitud correspondiente lleva el número 20130181, y fue presentada a las 13:53:10 del 24 de abril del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de mayo del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013032859).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor de edad, vecino de San José, abogado, apoderado especial de Marrone Bio Innovations Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES BIOACTIVAS DE CHROMOBACTERIUM Y METABOLITOS.

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La presente invención se refiere a compuestos bioactivos y metabolitos derivados de cultivos de especies de Chromobacterium responsables de controlar plagas, composiciones que contienen estos compuestos, métodos para obtener estos compuestos y métodos para usar estos compuestos y composiciones para controlar plagas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 63/02; A01P 7/00; C07K 5/08; C07K 7/06; C07K 7/64; cuyos inventoress son Asolkar, Ratnakar, Huang, Huazhang, Koivunen, Marja, Marrone, Pamela. La solicitud correspondiente lleva el número 20130184, y fue presentada a las 14:43:19 del 25 de abril del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de abril del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—Nº RP2013349739.—(IN2013032909).

El señor Néstor Morera Víquez, mayor, abogado, cédula 1-1018-975, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Novartis AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada TRIAZINA-OXIDIAZOLES.

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La invención se refiere a nuevos derivados de la fórmula (I), en donde los sustituyentes se defienen en la especificación; también se refiere a procesos para la preparación de tales derivados; composiciones farmacéuticas que comprenden tales derivados; tales derivados como un medicamento; tales derivados para el tratamiento del dolor crónico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 413/04; A61K 31/53; A61P 29/00; C07D 413/14; C07D 417/14; C07D 451/02; C07D 487/04; C07D 491/10; cuyos inventores son Barker, Oliver, Bentley, Jonathan, Bock, Mark Gary, Cain, Thomas, Chovatia, Praful, Dod, Jennifer Ruth, Eustache, Florence, Gleave, Laura, Hargrave, Jonathan, Heifetz, Alexander, Law, Richard, Raoof, Ali, Willows, David. La solicitud correspondiente lleva el número 20130111, y fue presentada a las 10:32:00 del 13 de marzo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de abril del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº RP2013349740.—(IN2013032910).

El señor Néstor Morera Víquez, mayor, abogado, cédula 1-1018-975, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Bayer Intellectual Property GMBH, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMBINACIONES QUE CONTIENEN N-(2-ARILAMINO)ARILSULFONAMIDA SUSTITUIDA. La presente invención se relaciona con: combinaciones de: Componente A: uno o más compuestos de difenil urea sustituida con omega-carboxiarilo de la fórmula general (I), o una sal, solvato, hidrato o estereoisómero fisiológicamente aceptable de los mismos. Componente B: uno o más compuestos de N-(2-arilamino) arilsulfonamida de la fórmula general (II), o una sal, solvato, hidrato o estereoisómero fisiológicamente aceptable de los mismos; y, opcionalmente. Componente C: uno o más agentes farmacéuticos adicionales; en donde opcionalmente algunos o todos los componentes se encuentran en la forma de una formulación farmacéutica lista para usar administrada de manera simultánea, concurrente, separada o sucesiva. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/17; A61K 31/18; A61K 31/44; A61P 35/00; cuyos inventor son Pühler, Florian, Hitchcock, Marion. La solicitud correspondiente lleva el número 20130147, y fue presentada a las 14:19:20 del 1° de abril del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de abril del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº RP2013349741.—(IN2013032911).

El señor José Ant. Gamboa Vázquez, cédula 1-461-803, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial Honda Motor Co., Ltd, de Japón, solicita el Diseño Industrial denominada UNA CUBIERTA FRONTAL PARA UNA MOTOCICLETA.

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Se protege un diseño como se detalla La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 12/11; cuyo(s) inventor(es) es (son). La solicitud correspondiente lleva el número 20130061, y fue presentada a las 08:06:00 del 13 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de marzo del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2013349946.—(IN2013033184).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

El Registro de la Propiedad Industrial, Oficina de Patentes hace saber que por resolución de las once horas dos minutos del treinta de abril dos mil trece, fue inscrito el Diseño Industrial denominado BOTELLA a favor de Oy Sinebrychoff Ab, domiciliada en Finlandia cuyos creadores son: Toivonen, Rami, Viljanen, Lasse, y Salokannel, Riikka todos de nacionalidad Finlandesa, se le ha otorgado el número de inscripción de Diseño Industrial 648, estará vigente hasta el treinta de abril del dos mil veintitrés, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 09-01.—San José, a las quince horas diez minutos del veinte de mayo del dos mil trece.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—1 vez.—RP2013349995.—(IN2013033186).

El Registro de la Propiedad Industrial, Oficina de Patentes de Invención hace saber que por resolución de las diez horas quince minutos del treinta de abril de dos mil trece, fue inscrito el Diseño Industrial denominado BATERÍA a favor de la compañía Johnson Controls Technology Company, cuyos creadores son: Nicholas E. Elison y Glenn W. Andersen, ambos de nacionalidad estadounidense, se le ha otorgado el número de inscripción de diseño industrial 650, estará vigente hasta el treinta de abril de dos mil veintitrés, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 13-02.—San José, a las ocho horas quince minutos del dieciséis de mayo de dos mil trece.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—1 vez.—RP2013349907.—(IN2013033187).

REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR

Y DERECHOS CONEXOS

Ana María Espinoza Golcher cédula de identidad 1-1434-021, mayor, soltera, estudiante, vecina de San José, Granadilla de Curridabat Residencial Altamente, casa Nº 280, solicita la inscripción de los derechos morales y los derechos patrimoniales en la obra individual, literaria y divulgada que se titula DEL AZAR Y OTRAS CASUALIDADES. La obra es un cortometraje escrito en 7 páginas. Síntesis argumental: ella atrapada por la rutina decide un día dejarlo todo al azar, por medio de una moneda, con la idea de que loco es “el que hace una y otra vez la misma cosa esperando diferentes resultados”. Hay un giro inesperado cuando se reúne con un familiar. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los treinta días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 7168.—Curridabat, 21 de febrero del 2013.—Lic. Andrés Hernández Osti, Registrador.—1 vez.—RP2013349936.—(IN2013033188).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-260276, denominación: Asociación GS Uno Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 7 minutos y 29 segundos, del 7 de mayo del 2013. Documento Tomo: 2013 Asiento: 104712.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013349965.—(IN2013033182).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Unidad de Cuidados Paliativos y Clínica del Control del Dolor Lázaro Levántate, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Ofrecer servicios de atención, control y asistencia médica, social, psicológica, espiritual y económica a personas oncológicas o con enfermedades de condición de vida limitada, que permita brindar a esta persona calidad de vida y muerte digna. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: María Magdalena Aguilar Jiménez. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013 Asiento: 123844.—Curridabat, 21 de mayo del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013349954.—(IN2013033183).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. N° 6880A.—Inversiones Avenidas de las Américas S.A., solicita concesión de: 5 litros por segundo del nacimiento 1 efectuando la captación en finca de su propiedad en Fortuna, San Carlos, Alajuela, para uso comercial envasado de agua turístico hotel. Coordenadas 274.000/457.200, hoja Fortuna. 6 litros por segundo del nacimiento 2 efectuando la captación en finca de su propiedad en Fortuna, San Carlos, Alajuela, para uso comercial envasado de agua, consumo humano doméstico, turístico hotel. Coordenadas 274.400/457.500 hoja Fortuna. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de marzo de 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013032825).

Exp. N° 6880A.—Inversiones Avenidas de las Américas S.A., solicita concesión de: 5 litros por segundo del nacimiento 1 efectuando la captación en finca de su propiedad en Fortuna, San Carlos, Alajuela, para uso comercial envasado de agua turístico hotel. Coordenadas 274.000/457.200 hoja Fortuna. 6 litros por segundo del nacimiento 2 efectuando la captación en finca de su propiedad en Fortuna, San Carlos, Alajuela, para uso comercial envasado de agua, consumo humano doméstico, turístico hotel. Coordenadas 274.400/457.500 hoja Fortuna. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de marzo de 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013032854).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 7547A.—Hacienda Las Lajas S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento María Lajas, efectuando la captación en finca de su propiedad en Santo Domingo, Santa Bárbara, Heredia, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas: 230.000 / 521.750, hoja Naranjo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de setiembre del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012111616).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados en participar en el siguiente procedimiento:

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000012-PROV

Construcción de parasoles en los costados este, oeste y sur

del edificio de los Tribunales de Justicia de Alajuela

(edificio nuevo)

Fecha y hora de apertura: 13 de junio de 2013, a las 10:00 horas.

El cartel se puede obtener sin costo alguno a través de Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduría o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la siguiente dirección: kpiedra@poder-judicial.go.cr, respectivamente. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3295 ó 2295-3623.

San José, 27 de mayo de 2013.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2013033746).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFÍCO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000003-01

Obras complementarias a los espigones

de Puntarenas, segunda fase

El Departamento de Proveeduría del INCOP debidamente autorizado por la Junta Directiva de este Instituto mediante Acuerdo Nº 2 firme, tomado en la Sesión Nº 3837 celebrada el día 23 de mayo del año en curso, avisa que recibirá ofertas para la Licitación Pública Nº 2013LN-000003-01, por las “Obras complementarias a los espigones de Puntarenas, segunda fase”, hasta las 10:00 horas del 3 de julio del 2013.

Así mismo el día 7 de junio del 2013, a las 10:00 horas se realizará una visita al sitio donde se construirán las obras.

Los interesados en participar en esta licitación podrán adquirir el respectivo cartel, en nuestras oficinas centrales ubicadas en Puerto Caldera, previo pago de ¢10.000,00 en la Sección Caja de INCOP.

Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O. C. Nº 26729.—Solicitud Nº 820-00033.—Crédito.—(IN2013033963).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE SALUD OREAMUNO-PACAYAS-

TIERRA BLANCA

LICITACIÓN ABREVIADA N°2013LA-000001-2395

Servicios profesionales de aseo y limpieza para el Área de

Salud Oreamuno-Pacayas-Tierra Blanca

La Oficina de Compras del Área de Salud Oreamuno-Pacayas-Tierra Blanca, recibirá ofertas por escrito, hasta las 10:00 a. m. del día 27 de junio de 2013, para la contratación de servicios profesionales de aseo y limpieza para el Área de Salud Oreamuno-Pacayas-Tierra Blanca. La visita al sitio se realizará el 11 de junio 2013 a las 9:00 a. m. El cartel se encuentra disponible en la Oficina de Compras del Área de Salud Oreamuno-Pacayas-Tierra Blanca, situada 100 metros sur y 500 metros al este de la iglesia católica de San Rafael de Oreamuno, Cartago. Ver más información en www.ccss.sa.cr.

San José, 24 de mayo del 2013.—Dra. Sonia Chaverri Molina, Directora Médica.—1 vez.—(IN2013034018).

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000001-ARESEP

Servicios médicos de empresa para funcionarios de ARESEP

La Proveeduría Institucional de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, cédula jurídica Nº 3-007-042042-09, recibirá ofertas por escrito y en sobre cerrado hasta las 14:00 horas, del 21 de junio del 2013, para la contratación de “Servicios médicos de empresa para funcionarios de ARESEP”.

El cartel puede ser accesado en la dirección electrónica http://www.aresep.go.cr/index.php/inicio/compras-institucionales/licitaciones-abreviadas

Para mayor información pueden llamar al teléfono 2506-3438 y 2506-3240, o a los correos electrónicos delgadolj@aresep.go.cr o herreracm@aresep.go.cr

San José, 24 de mayo del 2013.—Proveeduría Institucional.—Jéssica Delgado López.—1 vez.—O. C. Nº 7264-2013.—Solicitud Nº 775-293.—Crédito.—(IN2013033946).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000003-ARESEP

Adquisición de cartuchos y tintas

La Proveeduría Institucional de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, cédula jurídica Nº 3-007-042042-09, recibirá ofertas por escrito y en sobre cerrado hasta las 14:00 horas, del 24 de junio del 2013, para la “Adquisición de cartuchos y tintas”.

El cartel puede ser accesado en la dirección electrónica http://www.aresep.go.cr/index.php/inicio/compras-institucionales/licitaciones-abreviadas

Para mayor información pueden llamar al teléfono 2506-3438 y 2506-3240, o a los correos electrónicos delgadolj@aresep.go.cr o herreracm@aresep.go.cr

San José, 24 de mayo del 2013.—Proveeduría Institucional.—Jéssica Delgado López.—1 vez.—O. C. Nº 7264-2013.—Solicitud Nº 775-294.—Crédito.—(IN2013033947).

AVISOS

COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES

Y RECREACIÓN DE MORA

Contratar entrenadores y promotores deportivos

El Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Mora requiere contratar entrenadores y promotores deportivos. Se recibirán ofertas hasta el quinto día hábil después del día de publicación de este anuncio. Las hojas de requisitos están disponibles en la oficina del Comité, ubicada en el gimnasio municipal, Ciudad Colón. Para retirarlas favor concertar una cita llamando al tel. 2249-1393 de 2:00 a 7:00 p. m.

Ciudad Colón, 24 de mayo del 2013.—Alberto Jaén Rojas, Coordinador Deportivo-Recreativo.—1 vez.—(IN2013033970).

ADJUDICACIONES

AGRICULTURA Y GANADERÍA

PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIO

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000001-0001600005

Concesión de espacios para la colocación de “rótulo unipolares,

vallas publicitarias, mupies y pantallas Led

en las instalaciones del Pima

La Proveeduría del PIMA en apego a la normativa vigente comunica a los interesados que según acuerdo de junta directiva N° 2126, artículo 5 de la sesión extraordinaria N° 2762 celebrada el 22 de mayo del 2013, se procedió a adjudicar la Licitación Pública N° 2013LN-000001-0001600005, a la oferta presentada por Publiex S S. A., por el arrendamiento de las franjas 1 y 2 (según croquis respectivo) para la colocación de 7 rótulos unipolares por un monto anual de treinta y cinco mil dólares $35.000. Lo anterior en virtud de los resultados obtenidos en el proceso de análisis y calificación de ofertas que consta en el expediente de contratación respectivo. Cualquier consulta o aclaración respecto a este proceso puede solicitarse al teléfono 2239-1233, ext. 222 ó 258 o directamente en las oficinas de Proveeduría ubicadas 500 metros este del Mall Real Cariari en Barrial de Heredia.

Heredia, 27 de mayo del 2013.—Rónald Miranda, Proceso de Proveeduría.—1 vez.—(IN2013033960).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000008-33101

Adquisición de una guillotina hidráulica

Se avisa a todos los interesados en esta licitación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que por Resolución Final Nº 120-2013 de las 15:00 horas del día 21 de mayo de 2013, se declara infructuosa debido a que no se presentaron ofertas al momento de la apertura en aplicación del Artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

San José, 23 de mayo del 2013.—Dirección Proveeduría Institucional.—Heidy Román Ovares, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 18887.—Solicitud Nº 112-300-00143.—Crédito.—(IN2013034010).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN NACIONAL N° 2013LN-000004-2104

Por la adquisición de prótesis urológicas

Empresa adjudicada: Promoción Médica S. A. a los ítems: N° 1, 2 y 5. Para los ítems: N° 3, 4, se declaran infructuosos y se recomiendan volver a publicar.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 27 de mayo de 2013.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013033954).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000004-02

Mantenimiento interno de tanques en Refinería

Se informa que el concurso en referencia, fue adjudicado según oficio GG-1117-2013 de la Gerencia General de la empresa, con fecha del día 21 de mayo del 2013, de acuerdo con el siguiente detalle:

Oferta Nº tres (3).—Oferente: International Costa Painter S. A., representante legal, Carlos Bordabehere Sotomayor. Monto total: ¢459.809.025,00 impuestos incluidos.

Descripción: Contratación de los servicios de mano de obra, materiales herramientas y equipo para el mantenimiento interno de tanques, mediante la preparación de superficie y aplicación de recubrimiento total en el interior de los tanques 705, 706, 707 y 708 de la Refinería, incluyendo pisos, techos y la envolvente.

Demás especificaciones conforme el cartel y la oferta respectiva.

Forma de pago: Mensualmente de acuerdo con el avance de los trabajos, de conformidad con lo establecido en el apartado 5.6 del cartel. RECOPE retendrá un 10% del monto total de la facturación de avance mensual cuando el contratista incurra en atraso cuyo impacto sea superior al diez por ciento (10%) del plazo total de entrega de la obra, según programa detallado de trabajo aprobado por RECOPE y vigente a la fecha de la facturación.

Tiempo de entrega:

-Requisitos previos: quince (15) días naturales de los cuales doce (12) corresponden al contratista.

-Ejecución: Ciento veinte (120) días naturales.

-Condiciones climáticas adversas: Cuarenta (40) días naturales.

Notas importantes:

1.  El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del diez por ciento (10%) del total adjudicado y vigencia mínima de tres (3) meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato, debiendo considerar dentro de la vigencia los días establecidos en las cláusulas 5.1 y 5.2 del cartel y los requeridos para la formalización, observando los demás requisitos y condiciones que al respecto establece la Ley de la Contratación Administrativa y su Reglamento.

2.  El presente concurso se formalizará con el respectivo pedido el cual será aprobado internamente por la Dirección Jurídica. A efectos de la legalización se deberán reintegrar las especies fiscales de ley, en razón del 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio web www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.

Departamento de Contratación de Bienes y Servicios.—Ing. Jhonny Francisco Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 000220.—Solicitud Nº 865-00147-PROV.—Crédito.—(IN2013034004).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000007-02

Suministro e instalación de sistema de monitoreo

de inventarios en tanque de Refinería

Se informa que el concurso en referencia, fue adjudicado según oficio GRE-0232-2013 de la Gerencia de Refinación de la empresa, con fecha del día 22 de mayo del 2013, de acuerdo con el siguiente detalle:

Oferta Nº Uno (1).—Oferente: Consorcio Pimesa-Doger (Productos Importados Mejía Pime S. A.-Doger Technology Development S. A.), Representante legal       Elkin Darío Mejía López, Róger Flores Franco. Monto total: $478.651,06 impuestos incluidos.

Descripción: Suministro de un sistema de monitoreo de inventarios mediante acceso web para el patio de tanques de la Refinería, así como el hardware y software necesario para la implementación e interconexión del mismo, incluyendo captura de datos, equipo de cómputo y equipo de comunicación. El mismo deberá ser suministrado, instalado, configurado y puesto en marcha por parte del contratista.

El sistema implica el suministro de:

-Gabinete de Inventario Web:

§   Un (1) Gabinete de Control de sistema de monitoreo de Inventario Web de tanques, tipo rack 42U, puertas frontales y traseras, con capacidad para 200 tanques, marca CPI, que incluye: Servidores para TankMaster Servidor/Cliente/.Net. marca Rosemount Tank Radar AB, Servidores Tipo Rack Windows 2008 para Tankmaster y TankMaster.Net. de la marca Supermicro, Licencias TankMaster Server Max Redundante, tankMaster.Net tipo Sitio e Historiador de datos marca Rensen. Precio unitario s.i.v. $209.150,00, precio total i.v.i. $236.339,50.

§  Dos (2) unidades de campo FCU 2160. Redundante, marca Rosemount Tank Radar AB. Precio unitario s.i.v. $11.787,50, precio total i.v.i. $26.639,76.

§  Dos (2) unidades MiniRX Redundantes, marca MHT. Precio unitario s.i.v. $24.000,00, precio total i.v.i. $54.240,00.

§  Un (1) accesorios y otros materiales Gabinete. Precio s.i.v. $4.000,00, precio total i.v.i. $4.520,00.

-Estaciones de trabajo:

§  Dos (2) Computadores Workstation para Clientes marca DELL sin monitores. Incluye UPS respaldo. Precio unitario s.i.v. $4.300,00, precio total i.v.i. $9.718,00.

§  Dos (2) Licencias TankMaster Cliente MAX. Precio unitario s.i.v. $24.935,00, precio total i.v.i. $56.353,10.

    

-Servicios:

§  Servicio de comisionamiento. Precio s.i.v. $39.000,00, precio i.v.i. $44.070,00.

§  Servicio de capacitación. Precio s.i.v. $12.500,00, precio i.v.i. $14.125,00.

§  Servicio Ingeniería y Diseño. Precio s.i.v. $28.890,00, precio i.v.i. $32.645,70.

Se incluyen todos los materiales necesarios para su instalación mecánica y eléctrica.

Demás especificaciones conforme el cartel, la oferta respectiva y nota recibida de PIMESA el 21 de mayo de 2013.

Forma de pago: Treinta (30) días mediante transferencia bancaria, cancelando únicamente un setenta y cinco por ciento (75%) del monto total de los bienes contra el recibido a satisfacción; el remanente del valor de los bienes y el costo de las actividades restantes como instalación, capacitación, pruebas de funcionamiento y/o puesta en marcha, se cancelarán mediante transferencia bancaria contra el recibido a satisfacción de la totalidad de los servicios y objeto contratado, siempre y cuando el contratista no haya incurrido en mora.

Tiempo de entrega: Quince (15) semanas. Lugar de entrega: Plantel RECOPE en Refinería Limón. Garantía del producto: Dieciocho  (18) meses posteriores a su aceptación por parte de RECOPE.

Notas importantes:

1.  El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del diez por ciento (10%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de tres (3) meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato, observando los demás requisitos y condiciones que al respecto establece la Ley de la Contratación Administrativa y su Reglamento.

2.  El presente concurso se formalizará con el respectivo pedido el cual será aprobado internamente por la Dirección Jurídica. A efectos de la legalización se deberán reintegrar las especies fiscales de ley, en razón del 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.

3.  El desglose del harware y software con sus respectivas marcas y cantidades se establece según la oferta y la nota recibida del oferente en fecha 21 de mayo del año en curso, conforme se indica en el oficio técnico PR-0387-2013.

4.  El contratista debe cubrir los gastos de transporte, hospedaje y alimentación del instructor.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio Web www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.

Departamento de Contratación de Bienes y Servicios.—Ing. Jhonny Francisco Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 000220.—Solicitud Nº 865-00148-PROV.—Crédito.—(IN2013034005).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ

LICITACIÓN ABREVIADA N°2013LA-000005-01

Adquisición de equipamiento para el Centro de Cuido

y Desarrollo Infantil en Horquetas y Puerto Viejo

La Municipalidad de Sarapiquí, ubicada costado noroeste de las Oficinas del Tránsito en Puerto Viejo de Sarapiquí, comunica a los interesados que en sesión ordinaria N° 20-2013, artículo 4, celebrada el día lunes 20 de mayo del 2013, se acuerda en firme y por unanimidad adjudicar parcialmente el siguiente proceso de licitación: Licitación Abreviada N° 2013LA-000005-01, “Adquisición de equipamiento para el Centro de Cuido y Desarrollo Infantil en Horquetas y Puerto Viejo”

Se adjudica parcialmente la presente licitación de la siguiente manera: para los ítems 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21 se adjudica a la empresa Muebles Rolarca S. A., por un monto de ¢6.088,260.00 (seis millones ochenta y ocho mil doscientos sesenta colones con 00/100). Los ítems 5, 6 y 14 se declaran desiertos.

Andrés Hernández Arguedas, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2013033979).

FE DE ERRATAS

AMBIENTE Y ENERGÍA

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000004-01100

Mantenimiento, reparaciones y diseños de infraestructura

Avisa a través de la Proveeduría Institucional, la suspensión de la fecha de apertura hasta nuevo aviso.

Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 001.—Solicitud Nº 129-884-059.—Crédito.—(IN2013034002).

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ABANGARES

El Concejo Municipal de Abangares en sesión ordinaria N° 45-2010, celebrada, Capítulo III, Artículo 10, de fecha el día 9 de noviembre del 2010, aprobó por unanimidad el Reglamento para la Gestión, Control y Aplicación de Tecnologías de Información de la Municipalidad de Abangares, el cual se encuentra disponible en el sitio web http://www.abangares.go.cr.

Abangares, 16 de mayo de 2013.—Jorge Calvo Calvo, Alcalde.—1 vez.—(IN2013033360).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor William Hernández Castro, cédula de identidad N° 701180579, ha presentado para el trámite de reconocimiento y diploma con el título de Magister Scientiae en Maestría en Ciencia Forestal, Área de Concentración Selvicultura, obtenido en la Universidad Federal de Viçosa. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 15 de mayo del 2013.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.E.d, Director.—O. C. Nº 0101.—Solicitud Nº 615-0037.—(IN2013032689).

La señora Myrna Guadalupe Zamora Gutiérrez, cédula de residencia N° 148400241506, ha presentado para el trámite de reconocimiento y diploma con el título de Licenciada en Administración de Empresas, obtenido en el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 10 de mayo del 2013.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.E.d, Director.—O. C. Nº 0101.—Solicitud Nº 615-0039.—(IN2013032690).

La señora Ana María Valenzuela Gómez, cédula de residencia N° 117001648006, ha presentado para el trámite de reconocimiento y diploma con el título de Arquitecta, obtenido en la Pontificia Universidad Javeriana. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 10 de mayo del 2013.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.E.d, Director.—O. C. Nº 0101.—Solicitud Nº 615-0038.—(IN2013032692).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

Resolución General N° 002-2013.—Víctor Julio Carvajal Garro, Director Tributario del Instituto de Desarrollo Rural,

Considerando:

1º—Que el artículo 6 de la Ley N° 5792 del 1° de setiembre de 1975, creó un impuesto específico de cinco coma setecientos veinticinco colones (¢5,725) por cada unidad de consumo de 250 mililitros o su proporcionalidad, de bebidas carbonatadas y jarabes de gaseosas tipo “post mix”, de marcas nacionales o extranjeras, que recaerá sobre la producción nacional y la importación de dichos productos.

2º—Que el artículo 6 de la Ley N° 5792 del 1° de setiembre de 1975, creó también un impuesto específico de dos coma treinta y cinco colones (¢2.35) por cada unidad de consumo de 250 mililitros o su proporcionalidad, de bebidas carbonatadas y jarabes de gaseosas tipo “post mix”, de marcas nacionales o extranjeras, que recaerá sobre la producción nacional y la importación de dichos productos, para las micro y pequeñas empresas.

3º—Que el artículo 10 de la Ley N° 5792 del 1° de setiembre de 1975, creó un impuesto específico de cero coma cuatro colones (¢0,4) por cada mililitro de alcohol absoluto, sobre la cerveza nacional o extranjera, que recaerá sobre la producción nacional y la importación de dichos productos.

4º—Que el artículo 10 de la Ley N° 5792 del 1° de setiembre de 1975, creó un impuesto específico de cero coma dos colones (¢0,2) por cada mililitro de alcohol absoluto, sobre los vinos de uvas frescas u otras frutas fermentadas, nacionales o extranjeros, que recaerá sobre la producción nacional y la importación de dichos productos.

5º—Que el artículo 10 de la Ley N° 5792 del 1° de setiembre de 1975, creó un impuesto específico de cero coma un colón (¢0,1) por cada mililitro de alcohol absoluto, sobre los vinos elaborados a partir de otras frutas fermentadas, diferentes a las uvas frescas, nacionales o extranjeros, cuya comercialización anual no exceda los quince millones de mililitros de alcohol absoluto.

6º—Que los artículos 6 y 10 de la Ley supra citada dispone también que a partir de la vigencia de la Ley, de oficio se actualizará trimestralmente, el monto de los impuestos específicos, conforme a la variación del índice de precio al consumidor (IPC), que determine el Instituto Nacional de Estadística y Censos, y el monto resultante de la actualización deberá comunicarse. La variación del índice de precios al consumidor (IPC) no podrá en ningún caso exceder de un tres por ciento (3%).

7º—Que mediante Resolución General N° 1-2012 del 29 de noviembre del 2012, publicada en La Gaceta 238 del 10 de diciembre del 2012, esta Administración Tributaria estableció el procedimiento para la actualización de los factores establecidos mediante Ley 9036, publicada en el Diario Oficial La Gaceta del 29 de mayo del 2012.

8º—Que los niveles del índice de precios al consumidor (IPC) a los meses de abril 2013 y enero 2013, corresponden a 161.703 y 158.737 respectivamente, generándose una variación equivalente a un uno coma ochenta y siete por ciento (1,87%). Por lo tanto,

RESUELVE:

Artículo 1º—Con el propósito de cumplir con lo establecido por los artículos 6 y 10 de la Ley N° 5792 del 1° de setiembre de 1975, vigentes a partir del veintinueve de noviembre del año dos mil doce, se actualizan los impuestos específicos creados por la Ley 9036, según se detalla a continuación:

Tipo de Bebidas

Impuesto por Unidad

de consumo

a.- Bebidas Carbonatadas y Jarabes de Bebidas Gaseosas tipo “Post Mix”.

¢6.035

b.- Bebidas Carbonatadas y Jarabes de Bebidas Gaseosas tipo “Post Mix”, para Micro y Pequeñas Empresas.

¢2.477

Tipo de Bebidas

Impuesto por mililitro

de Alcohol Absoluto

a.- Cervezas

¢0.422

b.- Vinos de Uvas u Otras Frutas Fermentadas

¢0.211

c.- Vinos de Otras Frutas Fermentadas (excepto de Uvas), cuya comercialización anual no exceda los quince millones de mililitros.

¢0.105

 

Artículo 2º—El monto de los impuestos específicos establecidos en el artículo 1.- de la presente resolución, rigen a partir del día uno de julio del 2013.

Artículo 3º—Se dejan sin efecto los montos establecidos en la Resolución N° 1-2013 de día 1° de marzo del año 2013, publicada en La Gaceta N° 53 del 15 de marzo 2013, que actualizaron los impuestos específicos creados por los artículos 6 y 10 de la Ley 5792, para los meses de abril, mayo y junio del 2013.

Publíquese.—Moravia, 1° de junio del 2013.—Dirección Tributaria.—Víctor Julio Carvajal Garro, Director Tributario.—1 vez.—O. C. N° 7465.—Solicitud Nº 5757.—C-121070.—(IN2013033136).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS

DEL PACÍFICO

AVISA

Que la Junta Directiva de esta Institución mediante Acuerdo Nº 3, tomado en la Sesión Nº 3763 celebrada el 14 de marzo del año en curso, acordó aprobar los Estados Financieros al 31 de diciembre del 2012, de acuerdo a la opinión vertida por la auditoría externa Despacho Carvajal & Colegiados Contadores Públicos Autorizados S. A.

Así mismo, se indica que las notas a los estados financieros consolidados podrán ser observadas en la página Web de INCOP, www.incop.go.cr

Informe de los Auditores Independientes

A la Junta Directiva de Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP)

Hemos efectuado la auditoría de los estados financieros que se acompañan del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP), los cuales comprenden los balances de situación al 31 de diciembre del 2012 y 2011, así como los estados de resultados, de variaciones en el patrimonio y de flujos de efectivo por los años que terminaron en esas fechas, así como un resumen de las principales políticas contables y otras notas explicativas.

Responsabilidad de la administración por los estados financieros.

La administración de la Institución es responsable por la preparación y presentación razonable de los estados financieros de conformidad con las bases de contabilidad descritas en la Nota 1. Esta responsabilidad incluye el diseño, implementación y mantenimiento del control interno relacionado con la preparación y presentación razonable de estados financieros que estén libres de errores u omisiones importantes, ya sea por fraude o error; la selección y aplicación de políticas contables apropiadas y la realización de estimaciones contables que sean razonables en las circunstancias.

Responsabilidad del auditor

Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre estos estados financieros con base en nuestras auditorías. Efectuamos nuestra auditoría de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría. Estas normas requieren que cumplamos con requerimientos éticos y que planifiquemos y ejecutemos las auditorías para obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no presentan errores u omisiones de importancia relativa.

Una auditoría implica efectuar procedimientos para la obtención de evidencia sobre los montos y las divulgaciones en los estados financieros. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluyendo la evaluación de los riesgos de errores u omisiones de importancia relativa en los estados financieros, ya sea por fraude o error. Al realizar esta evaluación, el auditor considera el control interno relacionado con la preparación y presentación razonable de los estados financieros por parte de la entidad, con el objetivo de diseñar los procedimientos de auditoría que son apropiados en las circunstancias y no con el propósito de expresar una opinión sobre la efectividad del control interno de la entidad. Una auditoría también incluye la evaluación de lo apropiado de las políticas contables utilizadas y la razonabilidad de las estimaciones importantes hechas por la administración, así como la evaluación de la presentación general de los estados financieros.

Consideramos que la evidencia de auditoría obtenida es suficiente y apropiada para expresar nuestra opinión.

Opinión

En nuestra opinión, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos sus aspectos importantes, la situación financiera de la Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP), al 31 de diciembre del 2012 y 2011, su desempeño financiero, variaciones en el patrimonio, y sus flujos de efectivo por los años que terminaron en esas fechas, de conformidad con las bases de contabilidad descritas en la Nota 1.

Asuntos que no afectan la opinión

A la fecha de esta auditoría el INCOP está en proceso de implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera, según lo establecido por el decreto Nº 35616-H del el Presidente de la República y la Ministra de Hacienda.

Este informe de Contadores Públicos Independientes es para información de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP), de la Contraloría General de la República y demás usuarios internos y externos, por tratarse de un asunto de interés público.

Despacho Carvajal & Colegiados

Contadores Públicos Autorizados

Lic. Ricardo Montenegro Guillén

Contador Público Autorizado número 5607

Póliza de Fidelidad Nº 0116 FIG0007

Vence el 30 de setiembre del 2013.

San José, Costa Rica, 8 de febrero del 2013.

“Exento del timbre de Ley número 6663 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica por disposición de su artículo número 8”

Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP)

(Puerto Caldera, Costa Rica)

BALANCES DE SITUACIÓN

Al 31 de diciembre del 2012 y 2011

(Expresados en colones costarricenses)

 

Notas

 

2012

 

2011

Activo

 

 

 

 

 

Activo Corriente

 

 

 

 

 

Efectivo y Equivalentes de efectivo

3

 

4.185.848.859

 

5.289.464.017

Inversiones a corto plazo

4

 

219.946.534

 

17.746.126

Cuentas por cobrar a corto plazo, netas

5

 

611.883.079

 

590.110.707

Inventarios

6

 

10.473.002

 

9.558.212

Otros activos a corto plazo

7

 

23.224.486

 

37.835.670

Total activo corriente

 

 

5.051.375.960

 

5.944.714.732

Activo no corriente

 

 

 

 

 

Propiedad, planta y equipo, neto

8

 

9.040.800.610

 

8.380.936.819

Otros activos a largo plazo

9

 

148.820.918

 

192.982.951

Total Activos no corrientes

 

 

9.189.621.528

 

8.573.919.770

Total del activo

 

 

14.240.997.488

 

14.518.634.502

 

Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP)

(Puerto Caldera, Costa Rica)

BALANCES DE SITUACIÓN

Al 31 de diciembre del 2012 y 2011

(Expresados en colones costarricenses)

 

Notas

 

2012

 

2011

PASIVO Y PATRIMONIO

 

 

 

 

 

Pasivo

 

 

 

 

 

Pasivo corriente

 

 

 

 

 

Deudas a corto plazo

10

 

431.659.303

 

411.591.372

Fondos de terceros y en garantía

11

 

1.320.557.437

 

1.447.381.814

Provisiones y reservas técnicas a corto plazo

12

 

46.114.826

 

33.694.075

Otros pasivos a corto plazo

13

 

24.990.300

 

11.925.000

Total pasivo corriente

 

 

1.823.321.866

 

1.904.592.261

Pasivo a largo plazo

14

 

95.177.582

 

---

Total del pasivo

 

 

1.918.499.448

 

1.904.592.261

Patrimonio

 

 

 

 

 

Aporte estatal

 

 

10.133.368.466

 

10.133.368.466

Aporte organismos internacionales

 

 

22.550.840

 

22.550.840

Revaluación propiedad, planta y equipo

9(2)

 

1.124.527.197

 

---

Superávit acumulado

 

 

1.042.051.537

 

2.458.122.935

Total Patrimonio

 

 

12.322.498.040

 

12.614.042.241

Total del pasivo y patrimonio

 

 

14.240.997.488

 

14.518.634.502

Cuentas de Orden

 

 

793.121.736

 

807.402.346

 

Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP)

(Puerto Caldera, Costa Rica)

ESTADOS DE RESULTADOS

Por los años que terminaron el 31 de diciembre del 2012 y 2011

(Expresados en colones costarricenses)

 

Notas

 

2012

 

2011

Ingresos de operación

 

 

 

 

 

Ingresos por servicios

15

 

1.653.203.329

 

1.513.616.328

Ingresos por canon

16

 

1.381.054.921

 

1.308.102.200

Total Ingresos

 

 

3.034.258.250

 

2.821.718.528

Gastos de operación

 

 

 

 

 

Administrativos

17

 

3.784.214.587

 

3.751.543.012

Gastos de depreciación y amortización

 

 

628.435.011

 

633.052.446

Total Gastos de Operación

 

 

4.412.649.599

 

4.384.595.458

Déficit  de Operación

 

 

(1.378.391.349)

 

(1.562.876.930)

Otros Ingresos y Gastos, neto

 

 

 

 

 

Intereses

 

 

49.385.087

 

77.737.399

Diferencia cambiaria, neta

 

 

(51.943.585)

 

(28.268.905)

Otros ingresos

 

 

130.049.724

 

111.197.657

Total Otros Ingresos y Gastos, neto

 

 

127.491.226

 

160.666.151

Superávit (Pérdida) antes del Impuesto sobre la renta y otras obligaciones

 

 

(1.250.900.122)

 

(1.402.210.779)

(Déficit) antes del impuesto

 

 

(1.250.900.122)

 

(1.402.210.779)

Déficit neto del año

 

 

(1.250.900.122)

 

(1.402.210.779)

 

Instituto Costarricense de Puertos del Pacifico (INCOP)

(Puerto Caldera, Costa Rica)

ESTADOS DE FLUJOS DE EFECTIVO

Por los años que terminaron el 31 de diciembre del 2012 y 2011

(Expresados en colones costarricenses)

 

2012

 

2011

Actividades de operación

 

 

 

Déficit, neto

(1.250.900.122)

 

(1.402.210.779)

Partidas que no requieren uso de efectivo:

 

 

 

Superávit Acumulado

(165.166.171)

 

(41.243.793)

Depreciaciones y amortizaciones

628.435.011

 

633.052.446

Pérdida por retiro de activos

---

 

168.682.479

Revaluación Propiedad, Planta y Equipo

1.124.527.197

 

---

Subtotal

336.890.810

 

(641.719.647)

Variación en cuentas  por cobrar

(21.772.372)

 

(158.441.654)

Variación en  inventarios

(914.790)

 

456.915

Variación en otros activos a largo plazo

58.772.217

 

(92.261.333)

Variación en deudas a corto plazo

20.068.931

 

(411.764.118)

Variación en retenciones y gastos acumulados

551.437

 

1.037.649.825

Variación en depósitos recibidos en garantía

(6.712.181)

 

---

Variación en Recaudación por cuentas a terceros

---

 

16.389.495

Total recursos generados por las actividades de operación

386.884.052

 

(249.690.517)

Actividades de inversión

 

 

 

Variación en inversiones a corto plazo

(202.200.408)

 

(11.258.002)

Adiciones de propiedades, planta y equipo

(1.288.298.802)

 

(378.547.944)

Total recursos usados en las actividades de inversión

(1.490.499.210)

 

(389.805.946)

Variación neta del efectivo

(1.103.615.158)

 

(639.496.463)

Efectivo al principio del período

5.289.464.017

 

5.928.960.480

Efectivo al final del período

4.185.848.859

 

5.289.464.017

 

Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP)

(Puerto Caldera, Costa Rica)

ESTADOS DE VARIACIONES EN EL PATRIMONIO

Por los años que terminaron el 31 de diciembre del 2012 y 2011

(Expresados en colones costarricenses)

 

Aporte Estatal

 

Aporte Organismos Internacionales

 

Superávit (Déficit) Acumulado

 

 

Revaluación Propiedad, Planta y Equipo

Total

Saldo al 31 de diciembre del 2010

10.133.368.466

 

22.550.840

 

3.901.577.507

 

 

---

14.057.496.814

Ajustes a períodos anteriores

---

 

---

 

(41.243.794)

 

 

---

(41.243.794)

Déficit del período

---

 

---

 

(1.402.210.779)

 

 

---

(1.402.210.779)

Saldo al 31de diciembre del 2011

10.133.368.466

 

22.550.840

 

2.458.122.935

 

 

---

12.614.042.241

Saldo al 1 de enero del 2012

10.133.368.466

 

22.550.840

 

2.458.122.935

 

 

---

12.614.042.241

Ajustes a periodos anteriores

---

 

---

 

(165.166.171)

 

 

---

(165.166.171)

Revaluación de Propiedad, Planta y Equipo

---

 

---

 

---

 

 

1.124.527.197

1.124.527.197

Déficit del período

---

 

---

 

(1.250.905.228)

 

 

---

(1.250.905.228)

Saldo al 31de diciembre del 2012

10.133.368.466

 

22.550.840

 

1.042.051.537

 

 

1.124.527.197

12.322.498.040

 

Proveeduría.—MBA. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O. C. Nº 26729.—Solicitud Nº 820-00032.—Crédito.—(IN2013033089).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

Actualización precio en las tarifas de parquímetros

El proceso de Costos de la Municipalidad de San José, se permite informar que mediante el acuerdo 1, artículo IV, de la sesión ordinaria 157, celebrada por la Corporación Municipal del Cantón Central de San José, el 30 de abril del año 2013, quedó debidamente autorizada la actualización del precio de las Tarifas de Parquímetros, como se detalla:

Detalle                              Precio actualizado

Tarjeta ½ hora                                 ¢297,50

Tarjeta 1 hora                                ¢ 595,00

Tarjeta 2 horas                            ¢ 1.190,00

De acuerdo con el artículo 74 del Código Municipal dichas tarifas entran a regir 30 días después de la presente publicación.

San José, 8 de mayo del 2013.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa Departamento de Comunicación.—1 vez.—O. C. Nº 132594.—Solicitud Nº 050-040.—(IN2013030251).

AVISOS

CONVOCATORIAS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS

DE COSTA RICA

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA N° 86-2013

La junta directiva del Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica, convoca a todos/as sus agremiados/as a la asamblea general extraordinaria ochenta y seis dos mil trece, a celebrarse el sábado 22 de junio del 2013, en primera convocatoria, a las 8:00 horas, de no haber quórum, se procederá a una segunda convocatoria a las 9:00 horas de ese mismo día, la cual se realizará con los miembros presentes.

Sita: en la Sede del Colegio, setecientos metros al este del Servicentro La Galera, Curridabat, carretera a Tres Ríos.

ORDEN DEL DÍA

ASAMBLEA N° 86-2013

1.  Comprobación del quorum

2.  Lectura y aprobación del orden del día.

3.  Lectura y aprobación de la tabla de distribución de tiempos.

4.  Lectura y aprobación del acta 85 (Acuerdos).

5.  Presentación de informe del proyecto de construcción de un nuevo edificio, 2010-2013.

Recordatorio:

1.  Las y los colegiados deben estar al día en sus responsabilidades financieras con la institución. Si cancela por medio de transferencia, debe consignar el nombre, monto y enviar el comprobante de pago, para garantizar el registro en el sistema. El Colegio no se hará responsable por los inconvenientes que genere la suspensión por morosidad.

2.  Se comunica que el informe que la Comisión Pro Construcción Edificio presentó ante la Junta Directiva, será conocido en esta Asamblea y estará disponible en la página web del Colegio a partir del 14 de junio del 2013, para conocimiento de todos y todas.

3.  Se invita a las y los colegiados a visitar la página WEB del Colegio en la siguiente dirección electrónica: www.psicologiacr.com.

Lic. Angie Michelle Salas Monney, Secretaria de Junta Directiva.—(IN2013033705).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

CLUB DE PLAYA LAS GARZAS S. A.

El Club de Playa Las Garzas S. A., cédula jurídica N° 3-101-095095, convoca a todos sus asociados a la asamblea extraordinaria, a celebrarse el sábado 22 de junio del 2013, en el Club de Playa Las Garzas S. A., en Bajamar de Garabito, Puntarenas, a las 10:00 horas en primera convocatoria y a las 11:00 horas en segunda convocatoria.

Agenda Asamblea Extraordinaria

1º—Conocer el Informe de la Comisión para analizar el tema del abastecimiento de agua, y decidir sobre la recomendación de adquisición e instalación de un tanque metálico aéreo para almacenamiento de agua potable en la Finca, u otras propuestas de solución.

2º—Propuestas de financiamiento:

a) Aumento de capital por emisión y venta de una acción del Club. Venta Lote de 750 metros cuadrados, contiguo al lote N° 115 del Socio Bernardo Peralta, u otro.

b) Aporte de una cuota extraordinaria de ¢150.000,00 por asociado.

c) Préstamo hipotecario por medio de una entidad financiera. De acuerdo a consulta efectuada en el Banco Nacional, un crédito por ¢25.000.000,00 tendría una cuota mensual de ¢365.000,00 a 12 años, con el correspondiente aumento en la cuota de mantenimiento ordinaria.

3º—Aprobación construcción casa prefabricada para el Encargado de la Finca y cambio de instalación eléctrica en la Casa Club.

Nota: Tendrán derecho a participar con voz y voto, los socios que se encuentren al día en sus obligaciones, según lo establecido en el artículo 7,3- de los Estatutos:

“Las asambleas ordinarias y extraordinarias podrán celebrarse en el domicilio social de la sociedad, o en cualquier otro sitio asequible a los socios. Tendrán voz y voto, únicamente los socios que se encuentren al día en sus obligaciones con la sociedad (cuotas de mantenimiento, intereses monitorios, canon, agua, chapeas, cuotas extraordinarias y aportes especiales que fije la asamblea)...”

Lic. Jorge Iván Calvo León, Presidente de la Junta Directiva.—1 vez.—(IN2013033433).

CONDOMINIO VISTA DEL SOL GRECIA

CONVOCATORIA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA

·     Fecha: Domingo 30 de junio del 2013.

      Hora: 9:30 am: Primera convocatoria. De no alcanzarse el quórum se sesionará en segunda convocatoria a las 10:00 am del mismo día con los condóminos presentes.

Agenda

1.  Recibimiento

2.  Informe General del estado actual del condominio por la administración

3.  Situación actual de la azada (agua potable y pozo)

4.  Situación del lote #30, necesidad de estudio topográfico general del condominio.

5.  Uso del dinero de la expropiación:

A. Construcción de tapias perimetrales

B. Compra de terreno para áreas comunes

C. Registro y perforación del pozo

D. Sugerencias previas de Condóminos

7.  Almuerzo

8.  Aprobación del Reglamento

9.  Cierre de la Asamblea

Para facilitar y ordenar la discusión tanto del reglamento, como del dinero de la expropiación les rogamos enviar a este correo electrónico sus propuestas y modificaciones, a más tardar el viernes 14 de junio a las doce del día. Solamente las mociones enviadas a esta fecha serán discutidas en asamblea. Es sumamente importante confirmar su asistencia con la finalidad de atender los aspectos logísticos de la sesión, tanto para el espacio físico como para el refrigerio se están considerando 2 adultos por finca filial (Quienes van a asistir con niños por favor confirmar para el refrigerio). Para ello pueden valerse del siguiente “link”: CONFIRMO ASISTENCIA y agregar su nombre. Se recuerda que deben presentar cédula de identidad para el registro, si los propietarios se hacen representar por apoderados deben aportar la documentación que los acredite como tales, autenticada por un(a) abogado(a). En el caso de las Sociedades Anónimas, el representante debe aportar la personería jurídica vigente. Es sumamente importante tener en consideración que solamente podrán votar en la asamblea las personas que a la fecha de la misma estén totalmente al día con las cuotas condominales.—Andrea González Salazar, Administradora y representante legal.—1 vez.—RP2013349888.—(IN2013033653).

CEYVI HEREDIA S. A.

La señora María Cecilia Soto Bolaños, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número 4-0064-0516, actuando en su carácter de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la empresa Ceyvi Heredia S. A., cédula jurídica N° 3-101-139655, por este medio convoca a todos los accionistas a la asamblea general ordinaria de socios que se celebrará el día viernes 14 de junio del 2013, en su domicilio social ubicado en la provincia de Heredia, cantón central, calle 4, avenidas 4 y 6, Galería Ceyvi, celebrándose la primera convocatoria a las diez horas con la totalidad del capital social, de no asistir los representantes del cien por ciento del capital accionario se llamará a segunda convocatoria a las once horas de la misma fecha, y los acuerdos se tomarán por mayoría de los votos presentes. El objetivo de la convocatoria es realizar cambios en los nombramientos de la junta directiva y fiscal de la empresa.—San José, 24 de mayo del 2013.—Lic. Jonathan Jara Castro, Notario.—1 vez.—(IN2013033681).

QUINTAS ESPAVEL S. A.

La señora María Cecilia Soto Bolaños, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número 4-0064-0516, actuando en su carácter de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la empresa Quintas Espavel S.A., cédula jurídica N° 3-101-381099, por este medio convoca a todos los accionistas a la asamblea general ordinaria de socios que se celebrará el día viernes 14 de junio del 2013, en su domicilio social ubicado en la provincia de Heredia, cantón Central, calle 4, avenidas 4 y 6, Galería Ceyvi, celebrándose la primera convocatoria a las once horas con quince minutos con la totalidad del capital social, de no asistir los representantes del cien por ciento del capital accionario se llamará a segunda convocatoria a las doce medio día con quince minutos de la misma fecha, y los acuerdos se tomarán por mayoría de los votos presentes. El objetivo de la convocatoria es realizar cambios en los nombramientos de la junta directiva y fiscal de la empresa.—San José, 24 de mayo del 2013.—Lic. Jonathan Jara Castro, Notario.—1 vez.—(IN2013033683).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A. (LACSA)

Para los efectos de los artículos 689, 690 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

Certificado Nº                       Acciones                               Serie

1316                                    800                                      H

Nombre del accionista: Zúñiga Mora Miriam. Folio número: 1807.

13 de mayo del 2013.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—RP2013349412.—(IN2013032103).

UNIVERSIDAD CENTRAL

Por medio de la presente la Universidad Central certifica que ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición de título de Bachillerato en Ciencias de la Educación con énfasis en I y II Ciclos a nombre de Isabel Quesada Espinoza, cédula 401490578, inscrito en la universidad en el tomo 2, folio 18, asiento 471 y en el CONESUP en el tomo 37, folio 121, número 4282. Se pide la reposición por extravío del original, se publica este edicto para oír oposición a esta reposición dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en este Diario Oficial.—San José, 20 de mayo del 2013.—Mayra Rojas Ch., Departamento de Registro.—(IN2013032417).

UNIVERSIDAD DE SAN JOSÉ

Ante esta Rectoría se ha presentado la solicitud de reposición del diploma de Bachillerato en Tecnología de Alimentos, anotado por CONESUP en sus libros de actas, tomo: 65, folio: 203, número: 11950 y por la Universidad de San José en el tomo: 3, folio: 104, asiento: 4, en fecha 06 de junio de 2011, a nombre de Elizabeth Castillo González, cédula 2 0594 0961. Se solicita la reposición del diploma indicando pérdida del original, por lo tanto se publica este edicto para oír oposiciones a la solicitud.—San José, 21 de mayo del 2013.—Dr. Manuel A. Sandí Murillo, Rector.—RP2013349718.—(IN2013032544).

GRUPO ETESA GE SOCIEDAD ANÓNIMA

Grupo Etesa GE Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-359613, hace del conocimiento público que por motivo de extravío, el señor Eduardo Leiva López-Calleja, ha solicitado la reposición del certificado de acciones número 1-019-01-A. Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifiesten su oposición dirigida a: Colegio Miravalle, carretera a Agua Caliente, exactamente seiscientos metros sur de los Tribunales de Justicia de Cartago.—Cartago.—Gerardo Meza Cordero, Presidente.—RP2013349684.—(IN2013032545).

CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL

OCEAN PARADISE

Condominio Horizontal Residencial Ocean Paradise, cédula 3-109-426586, solicita al Departamento de Propiedad en Condominio del Registro Nacional la reposición por extravío de los libros Actas de Asamblea, Caja y Junta Directiva. Se cita a interesados a manifestar oposiciones a dicho departamento en los 8 días siguientes a la publicación en La Gaceta.—Lic. María Gabriela Gómez Miranda.—RP2013349675.—(IN2013032546).

INMOBILIARIA HERMANOS SOLANO GARITA S. A.

Por medio de la presente, Inmobiliaria Hermanos Solano Garita S. A., entidad con número de cédula jurídica 3-101-236446, domiciliada en San Antonio de Coronado, informa a todo el público y comercio en general de la sustitución de las acciones de esta sociedad, para que las mismas cumplan con todos y cada uno de los requisitos formales y legales necesarios, no variando el dueño de las mismas.—Heredia, 5 de enero del 2013.—Lic. Santiago Solano Rojas, Presidente.—Juan Solano Garita, Vicepresidente.—RP2013348564.—(IN2013032649).

MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO

La señora Gladys Rodríguez Molina, cédula 301370834, ha solicitado a MUCAP la reposición del título valor CDP Nº 112-312-544135 por un monto de ¢1.012.958,50 capitalizable, el cual fue emitido a su orden el día 25 de febrero del 2013. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación.—Cartago, 14 de mayo del 2013.—Agencia Metrocentro.—Sheila Murillo Simon, Jefa.—(IN2013032710).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

UNIVERSIDAD LIBRE DE COSTA RICA

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Libre de Costa Rica, se ha presentado solicitud de reposición de títulos por extravío correspondientes a: Licenciatura en Ciencias de la Educación con Énfasis en la Enseñanza de la Música, dado el día 08 de diciembre de 2005, inscrito en el CONESUP en el tomo 5, folio 113, asiento 1661 e inscrito en la Universidad en el tomo 5, folio 34, asiento 1025, a nombre de Ronald Guillén Marrero, cédula de identidad número 1-0840-0768. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José, 21 de mayo del 2013.—Departamento de Registro.—Diego Pereira Acevedo, Director.—(IN2013032826).

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Libre de Costa Rica, se ha presentado solicitud de reposición de títulos por extravío correspondientes a: Maestría Profesional en Ciencias de la Educación con Mención en Administración Educativa, dado el día 30 de junio de 2007, inscrito en el CONESUP en el tomo 7, folio 149, asiento 2323 e inscrito en la Universidad en el tomo 5, folio 72, asiento 1692, a nombre de María del Rocío Valverde Solís, cédula de identidad número 1-0891-0956. Se pública este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José, 21 de mayo del 2013.—Departamento de Registro.—Diego Pereira Acevedo, Director.—(IN2013032828).

HOTEL Y CLUB PUNTA LEONA S. A.

Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio, el Hotel y Club Punta Leona S. A., hace saber a quién interese, que por haberse extraviado al propietario, repondrá la acción N° 01231 a nombre de Miguel Ángel Castiglia Vivona, pasaporte N° MI 5888. Cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última publicación de este aviso.—San José, 19 de mayo del 2013.—Lic. Rolando Cordero Vega, Secretario Junta Directiva.—(IN2013033056).

GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora Julia Pacheco Pérez, dueña de la cuenta con Grupo Mutual, cédula Nº 200642466, ha presentado ante esta entidad la solicitud para reposición por motivo de robo del cheque Nº 447304 por (Setecientos mil colones con cero céntimos) del Banco Crédito Agrícola de Cartago, cuyo beneficiario es Inti Ardón Morera, emitido el 13 de mayo del 2013.—25 de marzo del 2013.—Sección de Tesorería.—Gabriela Murillo Araya, Jefa.—(IN2013033116).

CLUB Y HOTEL CONDOVAC LA COSTA S. A.

Club y Hotel Condovac La Costa S. A., comunica a los interesados y público en general que por haberse extraviado la acción común y título de capital número 1359 correspondiente a la semana número 29, documentos registrados a nombre de Alfaro Rodríguez José, cédula 1-0335-0207 y Gómez León Patricia, cédula 2-0318-0404, se procederá a su reposición dentro del término de ley. Cualquier interesado deberá hacer valer sus derechos dentro de este plazo.—San José.—Melvin Mora Gamboa, Jefe Departamento de Crédito y Cobro.—RP2013349985.—(IN2013033204).

HOTEL PUNTA LEONA S. A.

(HOY REAL DE PUNTA LEONA S. A.)

Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Real de Punta Leona S. A., (antes Hotel Punta Leona S. A.), hace saber a quién interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá la acción preferida N° 340 de la seria G, a nombre de Guillermo Carranza Castro, cédula de identidad N° 1-406-759, endosada José Fabricio Mora León, con cédula de identidad N° 1-767-923, cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última publicación de este aviso.—Arq. Eugenio Gordienko Orlich, Apoderado Generalísimo.—RP2013349951.—(IN2013033205).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

FARMACIA FARMA CRUZ

En San José, ante el notario público, Héctor Fallas Vargas, al ser las dieciocho horas del veintinueve de abril del dos trece, se realizó la compraventa del establecimiento mercantil denominado Farmacia Farma Cruz. Se cita a acreedores e interesados para que se presenten dentro del término de quince días a partir de la primera publicación a hacer valer sus derechos ante esta notaría, en San Rafael de Escazú, ruta 27, del peaje de la Autopista Próspero Fernández, 800 metros oeste, edificio Fuentecantos, NCC Abogados, segundo piso.—San José 29 de abril del 2013.—Lic. Héctor Fallas Vargas, Notario.—(IN2013033322).

INVERSIONES CAMPOSANTO CARTAGO ICC

SOCIEDAD ANÓNIMA

Por escritura número treinta y cinco-uno, otorgada ante la notaria, Marcela María Alfaro Orozco, a las catorce horas del veintiuno de marzo del dos mil trece, se reformaron las cláusulas cuarta y sétima de la sociedad Inversiones Camposanto Cartago ICC Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos dieciocho mil novecientos cuarenta y siete.—San José, veintitrés de mayo del dos mil trece.—Lic. Marcela María Alfaro Orozco, Notaria.—(IN2013033335).                                                                       2. v. 1.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Ante mi notaría, Víctor Adolfo Abarca Fallas, Jenny Maritza Sánchez Cordero, solicitan la disolución de la sociedad denominada Cascada de Fuego Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del día veintiuno de mayo del año dos mil trece.—Lic. Jimmy Monge Sandí, Notario.—1 vez.—RP2013349876.—(IN201333208).

Ante esta notaría Andrés Antonio Arroyo Boirivant y Eduardo Arroyo Vargas, constituyen una sociedad anónima; la denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo N° 33171-J. Es todo.—San José, 20 de mayo del 2013.—Lic. Geraldine Gene Barrios, Notaria.—1 vez.—RP2013349877.—(IN2013033209).

Por escritura número setenta y cuatro otorgada ante esta notaría a las diez horas del día veintiuno de mayo del año dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Dow Agrosciences Costa Rica Sociedad Anónima por medio de la cual se otorga, se reorganiza la junta directiva y se nombran gerente y fiscal.—San José, veintiuno de mayo del año dos mil trece.—Lic. Luis Felipe Martínez Obando, Notario.—1 vez.—RP2013349880.—(IN2013033210).

Por escritura número doscientos veinticinco de mi protocolo cuatro otorgada ante mí, el día veinte de mayo del año dos mil trece, se protocolizó acta constitutiva de la sociedad denominada Servicios Eléctricos Báez y Pérez Sociedad Anónima, donde se establece su junta directiva, plazo social de noventa y nueve años y se paga íntegramente su capital.—Lic. Juan Martín Rodríguez Ulloa, Notario.—1 vez.—RP2013349884.—(IN2013033211).

Ante esta notaría se procedió a protocolizar acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Baula Khaki Fourteen de Playa Grande S. A., en donde se reforman las cláusulas primera, segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, veintiuno de mayo del dos mil trece.—Lic. Steven Ferris Quesada, Notario.—1 vez.—RP2013349885.—(IN2013033212).

Mediante escritura número veintinueve-once-dos mil trece otorgada ante el suscrito a las veinte horas, veinte minutos del veintiuno de mayo de dos mil trece, se constituyó la Compañía Representaciones Ulloa Calderón Sociedad Anónima, domiciliada en Vuelta de Jorco de Aserrí, San José. Capital social: Cien mil colones. Plazo: Noventa y nueve años. Representante: Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. San José. Veintiuno de mayo de dos mil trece. Notaría del Bufete y Asociados. Licenciado Rafael Ángel Fallas Fallas. Carné: Ocho mil ciento treinta y cuatro. Oficina en Barrio María Auxiliadora de Acosta. San José, cien metros este de la Estación Caraigres.—Lic. Rafael Ángel Fallas Fallas, Notario.—1 vez.—RP2013349886.—(IN2013033213).

Por escritura otorgada a las 16:00 horas del día 8 de mayo de 2013, se constituyó Sencha Tetería Distrito Cuatro S. A. Presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: Cien mil dólares.—San José, 20 de mayo del 2013.—Lic. Catalina Pujol Rueda, Notaria.—1 vez.—RP2013349889.—(IN2013033214).

El día de hoy ante esta notaría, se protocolizó el acta número once de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Filial Condominio Danza del Río Europio Origen Treinta y Ocho Sociedad Anónima, que modifica la cláusula segunda del pacto social y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—Miramar, Montes de Oro, Puntarenas, trece de febrero del año dos mil trece.—Lic. Luis Ángel Jiménez González, Notario.—1 vez.—RP2013349890.—(IN2013033215).

Ante esta notaría mediante la escritura número quince-treinta y nueve, otorgada a las trece horas treinta y cinco minutos del veintiséis de febrero del dos mil trece, se procede a reformar la cláusula sexta, del pacto constitutivo de la sociedad Pague Menos Almacén de Descuentos del Valle Central Sociedad Anónima, correspondiente a la conformación de la junta directiva y representación de la sociedad. Es todo.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2013349891.—(IN2013033216).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas de hoy ante mí, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que le asigne el Registro Público. Domicilio: la ciudad de San José. Plazo social: 99 años. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 22 de mayo del 2013.—Lic. Juan Edgar Picado Fernández, Notario.—1 vez.—RP2013349892.—(IN2013033217).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas de hoy ante mí, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación será el número de cédula de persona jurídica que le asigne el Registro Público. Domicilio: la ciudad de San José. Plazo social: 99 años. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 22 de mayo del 2013.—Lic. Juan Edgar Picado Fernández, Notario.—1 vez.—RP2013349893.—(IN2013033218).

Por escritura número ciento sesenta y uno, otorgada ante el notario público Carlos Ricardo Perera Salazar, a las nueve horas del veintiuno de mayo del año dos mil trece se modifica la condición de apoderado generalísimo sin límite de suma solo para el presidente de la sociedad de esta plaza denominada IC Inmobiliaria La Colina de San José Sociedad Anónima, presidente Ólman Cordero Sánchez.—Lic. Carlos Ricardo Perera Salazar, Notario.—1 vez.—RP2013349895.—(IN2013033219).

Por escritura número 186, de las 19:00 horas del 13 de noviembre del 2012, tomo número 4, se constituyó Zukimoto Corp. of Japan S. A., representada por el presidente, tendrá la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 22 de mayo del 2013.—Lic. Ana Guiselle Valerio Segura, Notaria.—1 vez.—RP2013349896.—(IN2013033220).

En escritura otorgada en mi notaría protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la siguiente sociedad: Inversiones del Hijo de la Nueva Margarita Número Dos S. A.San José, 22 de mayo del 2013.—Lic. Eleazar Duarte Briones, Notario.—1 vez.—RP2013349897.—(IN2013033221).

Hoy he protocolizado acuerdos de la sociedad Columbus Heights Número 167 Ayven Ltd., en la que se modifica el domicilio social.—San José, 7 enero del 2013.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—RP2013349898.—(IN2013033222).

Por escritura N° 12 otorgada ante el suscrito notario a las 14:30 horas del día 3 de mayo del 2013 se constituyó Theopilen de Siquirres Familia e Hijos Sociedad Anónima. Presidenta Perla Jones Picado.—Siquirres, 3 de mayo del 2013.—Lic. Francisco Amador Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2013349899.—(IN2013033223).

Por medio de escritura otorgada al ser las catorce horas del día diez de abril de dos mil trece, ante el notario público Franklin Ariel Montero Blanco, por medio de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios, se acordó incluir cláusula décima primera y reformar las cláusulas segunda, tercera, quinta y sétima, de la sociedad de esta plaza Los Espabeles Sociedad Anónima.—San José, veinte de mayo de dos mil trece.—Lic. Franklin Ariel Montero Blanco, Notario.—1 vez.—RP2013349900.—(IN2013033224).

Por escritura número ciento ocho del tomo cuatro de mi protocolo, otorgada el día 20 de mayo del 2013, se hacen nombramientos de la sociedad anónima denominada Universal Design Team Sociedad Anónima. Domiciliada en San José.—Paseó Colon, veinte de mayo del dos mil trece.—Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1 vez.—RP2013349904.—(IN2013033225).

Por escritura número ciento siete del tomo cuatro de mi protocolo, otorgada el día 20 de mayo del 2013, se hacen nombramientos de la sociedad anónima denominada Garu Design Sociedad Anónima. Domiciliada en San José.—Paseó Colon, veinte de mayo del dos mil trece.—Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1 vez.—RP2013349905.—(IN201033226).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del 21 de mayo del 2013, se disuelve la sociedad Horas Minutos Segundos HMS Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—RP2013349906.—(IN2013033227).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las diez horas del ocho de mayo del año en curso, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Monsol Consultores Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula primera, del pacto constitutivo.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Alfredo Bolaños Morales, Notario.—1 vez.—RP2013349908.—(IN2013033228).

En escritura número ciento cinco, de las once horas del día ocho de mayo del dos mil trece, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-599938 S. A. mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad, y además se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Renato Rímolo Donadio.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—RP2013349910.—(IN2013033229).

En escritura número ciento cuatro, de las diez horas del día ocho de mayo del dos mil trece, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-599903 S. A. mediante la cual se reforman las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo de la sociedad, y además se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidenta: Georgina Gurdián Fumero.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—RP2013349911.—(IN2013033230).

En escritura número ciento dos, de las ocho horas del día ocho de mayo del dos mil trece, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-599911 S. A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad, y además se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidenta: Margarita Martínez Kienzlenz.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Ronald Odio Rohmoser, Notario.—1 vez.—RP2013349912.—(IN2013033231).

En escritura número ciento seis, de las doce horas del día ocho de mayo del dos mil trece, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-599902 S. A. mediante la cual se reforman las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo de la sociedad, cambiándose su nombre por el de Makhpyia-Luta S. A., y además se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Javier José Gurdián Fumero.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—RP2013349913.—(IN2013033232).

En escritura número ciento tres, de las nueve horas del día ocho de mayo del dos mil trece, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-599939 S. A. mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo de la sociedad, y además se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidenta: Ana Judith Figueroa Ramos.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—RP201349914.—(IN2013033233).

Se ha constituido ante esta notaría la sociedad Euro Impresiones Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social diez mil colones. Se ha nombrado junta directiva, con presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, tesorero, secretario, fiscal y agente residente.—San José, catorce horas diez minutos del seis de mayo del dos mil trece.—Lic. Ángela María Garro Contreras, Notaria.—1 vez.—RP2013349915.—(IN2013033234).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Lógica Ambiental Sociedad Anónima, plazo social de noventa y nueve años, capital social diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Representada por su presidente, Verny Marín Rojas.—Ciudad Quesada, San Carlos, veinte de mayo del dos mil trece.—Lic. Edvin Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2013349916.—(IN2013033235).

Por escritura otorgada ante mí a las nueve horas del dieciséis de mayo del dos mil trece, protocolicé actas de asamblea general extraordinaria de la sociedad Filial Condominio Villa Sitio de Ensueño Neón Helena Cuarenta Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula sétima del pacto social, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintiuno de mayo del dos mil trece.—Lic. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2013349917.—(IN2013033236).

Por escritura otorgada ante mi hoy, la sociedad denominada Mercado Turrialba Sociedad Anónima, modifica cláusula segunda del pacto social, fijando nuevo domicilio social, y se nombran nuevos personeros.—Cartago, a las 13 horas del 28 de marzo del 2013.—Lic. Gerardo Machado Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2013349918.—(IN2013033237).

Casco Safety Sociedad Anónima, otorga poder general de administración al señor Iván Gustavo Solís Solano. Escritura otorgada a las ocho horas del veintidós de mayo del dos mil trece.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2013349922.—(IN2013033238).

Mediante escritura otorgada en esta Notaría a las 6:00 horas del 22 de mayo del 2013. Se protocolizó acta de asamblea general de socios de Euro Amaltea S. A. Se aumenta capital modificando la cláusula 5°.—Lic. Ligia Rodríguez Pacheco, Notaria.—1 vez.—RP2013349924.—(IN2013033239).

Ante esta Notaría, al ser las nueve horas del veintiuno de mayo del dos mil trece, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Uniform Collection S. A., cédula jurídica 3-101-630683, donde se acuerda reformar la cláusula sétima del pacto constitutivo. Es todo.—San José.—Lic. Guillermo Chacón Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2013349925.—(IN2013033240).

Mediante escritura autorizada por el suscrito notario, a las 10:00 horas del día 25 de abril del 2013, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos sesenta y ocho mil noventa y uno sociedad anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas primera, segunda y sexta, del pacto constitutivo de la sociedad.—Lic. Pablo Sancho Calvo, Notario.—1 vez.—RP2013349926.—(IN2013033241).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria en San José, a las doce horas del día dieciséis de mayo del dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Mucho Poco Bastante Sociedad de Responsabilidad Limitada, donde se procede a reformar la cláusula del domicilio social.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—RP2013349029.—(IN2013033242).

Por escritura de las 7:00 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Land Network S. A., por la cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo.—Montes de Oca, 2 de abril del 2013.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2013349997.—(IN2013033282).

Por escritura de las 16:00 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Criadero Al-Damas Internacional S. A., por la cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo.—Montes de Oca, 16 de mayo del 2013.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2013349998.—(IN2013033283).

Por escritura de las 8:00 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía AAAAAAAAAAAAAAA Red de Tierras S. A., por la cual se modifica la denominación social por AAAAA Red de Tierras S. A.; reformándose las cláusulas primera y octava del pacto constitutivo.—Montes de Oca, 2 de abril del 2013.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2013349999.—(IN2013033284).

Por escritura de las 7:30 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía AAAAA Hipotecas Madrhe S. A., por la cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo.—Montes de Oca, 2 de abril del 2013.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2013350000.—(IN2013033285).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Istmo Center S. A., cédula 3-101-485529, se acuerda aumentar el capital social, se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 10 de mayo 2013.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1 vez.—RP2013350001.—(IN2013033286).

Asamblea general extraordinaria de Bufete Vargas Hidalgo y Asociados Sociedad Anónima, donde se modifica la junta directiva, el domicilio social y los poderes.—San José, ocho horas del veintitrés de mayo del 2013.—Lic. Ricardo Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—RP2013350002.—(IN2013033287).

Por escritura pública otorgada en esta notaría, a las quince horas del veintiuno de mayo del dos mil trece, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la entidad Yuca de C.R. Sociedad Anónima. Se reforman las cláusulas segunda, quinta y novena del pacto constitutivo.—Naranjo, veintiuno de mayo del dos mil trece.—Lic. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria.—1 vez.—RP2013350003.—(IN2013033288).

Ante mi notaría, al ser las 14:00 horas del día 18/03/2013 mediante escritura número 47 visible al folio 107 frente del tomo 65 de mi protocolo, se constituyó la sociedad Gastromédica del Sur S.R.L. con una capital social de trescientos cincuenta y dos mil colones, representado por trescientas cincuenta y dos cuotas sociales, administrado por un gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, salvo que deberá actuar en forma conjunta para gravar o vender bienes muebles e inmuebles inscritos en el Registro. Plazo social: 99 años a partir de su constitución.—San José, 21 de marzo del 2013.—Lic. Carlos Eduardo Castro Mora, Notario.—1 vez.—RP2013350004.—(IN2013033289).

En asamblea general ordinaria y extraordinaria de Sanguches y Jugos El Trece Sociedad Anónima, celebrada el día catorce de marzo del 2011, se nombró un nuevo secretario por el resto del plazo social, asimismo, se modifica el domicilio social de la compañía. Escritura pública número veintisiete.—San José, 15 de mayo del2013.—Lic. Marco Acuña Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2013350005.—(IN2013033290).

Ante esta notaría en San José, al ser las dieciséis horas treinta minutos del veinticinco de abril del dos mil trece, se reforma la cláusula novena y se nombra junta directiva de la sociedad Inversiones Pathbazoo S. A.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—RP2013350006.—(IN2013033291).

Conversión en sociedad de responsabilidad limitada de la sociedad Moneda de Hierro S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos sesenta y siete mil doscientos cuarenta y nueve, celebrada a las quince horas del quince de mayo del dos mil trece, en su domicilio social.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2013350007.—(IN2013033292).

Reforma de cláusula segunda y revocación y nombramiento de  agente  de  la  sociedad  Empresa  Agrícola  Ganadera  Triple G. S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y siete mil ciento noventa y dos, celebrada a las quince horas del once de mayo del dos mil trece, en su domicilio social en Guanacaste, Santa Cruz, distrito Veintisiete de Abril, de la Plaza de Deportes de Pargos, quinientos metros este.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2013350008.—(IN2013033293).

En la notaría de la Lic. Ana Gabriela Acevedo Rivera, mediante escritura número 43, celebrada a las 11:00 horas del 15 de mayo del 2013, se reformó el pacto constitutivo de la sociedad N T Fashion S. A., cédula jurídica 3-101-615777.—Liberia, 20 de mayo del 2013.—Lic. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2013350009.—(IN2013033294).

Por escritura de las diez horas treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil trece, se constituyó la sociedad Signo Vinces Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución y con un capital social de doce mil colones.—San José, dieciséis de mayo del dos mil trece.—Lic. Gabriela Goebel Prestinary, Notaria.—1 vez.—RP2013350014.—(IN2013033295).

Ante esta notaría, al ser las trece horas del día veintidós de mayo de dos mil trece se otorgó escritura mediante la cual se protocolizó la reforma de la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad Vitro Plástico de Centroamérica Sociedad Anónima, para que se tenga su nombre como Huevos del Nido Sociedad Anónima.—San José, a los veintidós días del mes de mayo de dos mil trece.—Lic. José Francisco Vega Quesada, Notario.—1 vez.—RP2013350016.—(IN2013033296).

Inversiones Tulin del Sur Sociedad Anónima, protocoliza acta número 12 de la asamblea general de accionistas donde se destituye y se nombra junta directiva, se modifican las cláusulas segunda y la sexta del pacto constitutivo referentes a: el domicilio y la representación, mediante escritura otorgada en San José a las 15:00 horas del 21 de mayo del 2013, ante los Notarios Públicos: David Guzmán Guzmán y Laura Castro Conejo.—Lic. Laura Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—RP2013350018.—(IN2013033297).

Ante mi notaría mediante escritura 224 de las 10:00 horas del día 17 de mayo del 2013. Se nombra nuevo representante legal y se reforman clausulas: primera y segunda de la sociedad Venus y Libra 1963 S. A., cédula jurídica Nº 3-101-474497. Presidente: Allan Araya Zúñiga.—Santo Domingo, Heredia, 15 de mayo del 2012.—Lic. Grethel Sánchez Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2013350020.—(IN2013033298).

Ante esta notaria pública, al ser las diez horas treinta minutos del día veinte de mayo del dos mil trece, otorgó escritura pública número veinticuatro para la disolución de la sociedad Multi Inversiones BDA Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y siete mil ciento veintiocho, expediente número cero diez-dos mil trece.—Lic. Sergio José Solano Montenegro, Notario.—1 vez.—RP2013350021.—(IN2013033299).

En esta fecha la sociedad Compañía de Productos de Cemento La Herediana Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cuarenta mil ochocientos por asamblea general acuerda modificar la cláusula segunda de su pacto constitutivo en el sentido de que su domicilio lo será Llorente de Flores, Heredia ochocientos metros sur de la Botica San Joaquín y doscientos metros oeste.—Heredia, 22 de mayo del 2013.—Lic. Jenny Azofeifa Salazar, Notaria.—1 vez.—(IN2013033300).

En escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 9:00 horas del 14 de mayo del 2013, se constituyó (i) Inversiones Almería, (ii) Seafort International Trading SRL (iii) Montes Sonela; (iv) Inversiones Bacares; (v) Negocios Internacionales Bayarque; (vi) Empresas de Castellares; (vii) Actividades Comerciales de la Encina; (viii) Transacciones Cantillana; (ix) Servicios Amarina del Río; (x) Inversiones Algaba del Río, domicilio en San José, objeto genérico, plazo 100 años, capital social 12.000 colones. Gerente, José Rafael García Vindas.—San José, 14 de mayo del 2013.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—(IN2013033310).

En virtud de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad domiciliada en San José, Hospital, Paseo Colón, de la Pizza Hut 225 metros al norte, diagonal a la Policía Municipal de San José, denominada Adnexus It Solutions S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-657431, celebrada en las oficinas de la empresa, a las 12:00 horas del 10 de mayo del 2013, se tomó la decisión de disolver la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo 201, inciso D) del Código de Comercio. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Representante Legal, Bernhard Hermen Edward Van Der Plaats.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez.—1 vez.—(IN2013033326).

Por escritura número treinta, otorgada ante mi notaría al ser las ocho horas quince minutos del día veintidós de mayo del dos mil trece, se disuelve la sociedad de esta plaza denominada Multiservicios Auto Agri Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cuarenta mil ciento noventa y ocho.—Lic. Cristian Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2013033328).

Por escritura otorgada ante esta notaría, número nueve, de las nueve horas quince minutos del veintiuno de mayo de dos mil trece, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Endotécnica Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad. Se pública el presente aviso en acatamiento a lo dispuesto por el artículo 207 del Código Comercio.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Jurgen Mauricio Mojica Sanabria, Notario.—1 vez.—(IN2013033337).

Por escritura otorgada ante esta notaría, número ocho, de nueve horas del veintiuno de mayo de dos mil trece, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Biomedical Costa Rica (BMCR) Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad. Se pública el presente aviso en acatamiento a lo dispuesto por el artículo 207 del Código Comercio.—San José, 21 de mayo del 2013.—Lic. Jurgen Mauricio Mojica Sanabria, Notario.—1 vez.—(IN2013033339).

Por protocolización que la suscrita notaria realizará a las 11 horas del 23 de mayo del 2013, mediante escritura 273-5, visible a folio 163 frente del tomo 5 de mi protocolo, la empresa Tecnologías Informáticas S. A., con número de cédula jurídica 3-101-336418 modifica la cláusula primera del pacto constitutivo para cambiar el nombre a BD Capital S. A.—Heredia, a las 12 horas del veintitrés de mayo del 2013.—Lic. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2013033349).

A las diez horas del veintitrés de mayo del dos mil trece por medio de escritura ciento treinta y cuatro, del tomo sexto de la notaria Paula Durán Quirós se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Vakes Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y dos y de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D del Código de Comercio de Costa Rica se acuerda disolver la sociedad.—Paraíso, veintiuno de mayo del dos mil trece.—Lic. Paula Durán Quirós, Notaria.—1 vez.—(IN2013033379).

A las nueve horas del veintitrés de mayo del dos mil trece por medio de escritura ciento treinta y tres, del tomo sexto de la notaria Paula Durán Quirós se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Tres-Ciento Uno-Cuatro Cinco Tres Siete Cero Seis Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y tres mil setecientos seis y de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D del Código de Comercio de Costa Rica se acuerda disolver la sociedad.—Paraíso, veintiuno de mayo del dos mil trece.—Lic. Paula Durán Quirós, Notaria.—1 vez.—(IN2013033380).

El día de hoy se constituyó la sociedad Yunimar S. A. Presidente y tesorero con amplias facultades.—Alajuela, 22 de mayo del 2013.—Lic. Fernando Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2013033395).

Por escritura otorgada ante este notario, a las diez horas del día veintitrés de mayo de dos mil trece, se constituye la sociedad Luma Acabados Limitada, con un capital de cincuenta mil colones.—San José, veintitrés de mayo de dos mil trece.—Lic. Manfred Gerhard Marshall Facio, Notario.—1 vez.—(IN2013033396).

Por escritura otorgada el 23 de mayo de 2013, se reforma el objeto social de Inversiones Empresariales Rocobal S.R.L., cédula: 3-102-638873, el cual de ahora en adelante será la prestación de servicios de seguridad y vigilancia.—Lic. Guillermo Sáenz Fuentes, Notario.—1 vez.—(IN2013033430).

Mediante escritura número: ciento veintiséis-tres, al ser las ocho horas del trece de abril del dos mil trece, se constituyó asamblea general extraordinaria celebrada por Wan S. A. Presentes en el acto la totalidad del capital social, se procede a revocar al secretario y a nombrar como presidenta a Karina Calderón Mena con 1-1480-711. San Isidro de Pérez Zeledón, San José. Notaria autorizante Antonieta Arce Sancho.—Pérez Zeledón, diecinueve de mayo de dos mil trece.—Lic. Antonieta Arce Sancho, Notaria.—1 vez.—RP2013350025.—(IN2013033527).

Mediante escritura número ciento veinticinco-tres, al ser las quince horas del doce de abril del dos mil trece, se constituyó asamblea general extraordinaria celebrada por Arguedas Mena S. A. Presentes en el acto la totalidad del capital social, se procede a revocar al secretario y a nombrar como presidenta a Karina Calderón Mena con 1-1480-711. San Isidro de Pérez Zeledón, San José. Notaria autorizante Antonieta Arce Sancho.—Pérez Zeledón, diecinueve de mayo de dos mil trece.—Lic. Antonieta Arce Sancho, Notaria.—1 vez.—RP2013350026.—(IN2013033528).

NOTIFICACIONES

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL  DE TRIBUTACIÓN

ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE CARTAGO

Nº RATC-351-2013.—Por  desconocerse el domicilio fiscal actual y habiéndose agotado las formas de localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 137 y 169 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto los saldos deudores del contribuyente que a continuación indican:

Nº de requerimiento

Contribuyente

Cédula

Impuesto

Documento

Periodo

Monto (*)

1911001782304

Dada Fumero Rodolo

010407042630

Renta

1012255913837

12/2009

23.966,00

1911001782304

Dada Fumero Rodolo

010407042630

Renta

1221065408437

03/2010

14.136,00

1911001782304

Dada Fumero Rodolo

010407042630

Renta

1012257939393

12/2010

81.530,00

1911001782304

Dada Fumero Rodolo

010407042630

Renta

1012261335172

12/2011

2.618,00

1911001782304

Dada Fumero Rodolo

010407042630

Renta

1221084455157

03/2012

183.812,00

1911001782304

Dada Fumero Rodolo

010407042630

Renta

1221084455132

06/2012

183.812,00

1911001782304

Dada Fumero Rodolo

010407042630

Renta

1221084455114

09/2012

183.812,00

1911001782304

Dada Fumero Rodolo

010407042630

Renta

1012262572964

12/2012

367.042,00

1911001766737

Rubik MHC Capitales Sociedad

3101609522

Renta

1051018590641

09/2011

118.276,00

1911001766737

Rubik MHC Capitales Sociedad

3101609522

Renta

1012261155945

12/2011

2.435.731,00

1911001766737

Rubik MHC Capitales Sociedad

3101609522

Renta

1051019316995

03/2012

134,00

1911001766737

Rubik MHC Capitales Sociedad

3101609522

Renta

1051020939735

09/2012

213.589,00

1911001766606

Barrantes Mata Marco  Antonio

700700284

Renta

1012018324457

12/2009

300,19

1911001766606

Barrantes Mata Marco  Antonio

700700284

Renta

9090000357304

12/2009

2.476.513,00

1911001766563

Barrantes Mata Marco  Antonio

700700284

Sancion

9222000323855

12/2009

539.60000

1911001766563

Barrantes Mata Marco  Antonio

700700284

Sancion

9222000476105

12/2009

619.128,25

1911001766947

Flores Quirós David Israel

109440603

Ventas

1041082969647

04/2010

163.085,00

1911001766947

Flores Quirós David Israel

109440603

Ventas

1041084082866

05/2010

153.484,00

1911001766947

Flores Quirós David Israel

109440603

Ventas

1041084959336

06/2010

141.908,00

1911001766947

Flores Quirós David Israel

109440603

Ventas

1044007703322

12/2012

58.540,00

1911001766947

Flores Quirós David Israel

109440603

Renta

1012600972537

12/2012

28.817,00

Requerimiento de pago para cierre de negocio 003-013-2013

Flores Quirós David Israel

109440603

Ventas

1041082969647

04/2010

163.085,00

Requerimiento de pago para cierre de negocio

003-013-2013

Flores Quirós David Israel

109440603

Ventas

1041084082866

05/2010

153.484,00

Requerimiento de pago para cierre de negocio

003-013-2013

Flores Quirós David Israel

109440603

Ventas

1041084959336

06/2010

141.908,00

Requerimiento de pago para cierre de negocio 003-013-2013

Flores Quirós David Israel

109440603

Ventas

1044007703322

12/2012

58.540,00

1911001792341

Castri Bonilla Guillermo

10641046414

Renta

1012603890645

12/2012

1.425.147,00

 

(*) Más los recargos de ley.

Se concede un plazo de quince días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que el contribuyente arriba indicado cancele la deuda.  De no hacerlo, el caso será trasladado a la Oficina de Cobros Judiciales para el trámite correspondiente.

Publíquese.—Lic. Carlos Vargas Durán, Director General.—Lic. Antonieta Salas Araya, Gerente Tributario a. í.—1 vez.—O. C. Nº 17346.—Solicitud Nº 109117-03913GII.—Crédito.—(IN2013033105).

EDUCACIÓN PÚBLICA

Expediente Nº 4103-12.—La Dirección de Recursos Humanos, hace saber: A Eva Patricia Brenes Ho, cédula N° 01-797-096.

1º—Que por así haberlo ordenado la Dirección de Recursos Humanos, se inició en su contra la instrucción de una causa disciplinaria por la supuesta comisión de faltas disciplinarias en el ejercicio de su cargo.

2º—De la información substanciada existen elementos probatorios suficientes para imputarle los siguientes supuestos hechos, los que en caso de acreditársele su responsabilidad serán objeto de las sanciones estipuladas en el Estatuto de Servicio Civil, Reglamento de la Carrera Docente y demás normativas atinentes, que indican las faltas graves o de alguna gravedad, las sanciones a imponer, mismas que van desde una suspensión sin goce de salario, hasta el despido sin responsabilidad patronal, todo en relación a los supuestos hechos que a continuación se detallan:

Que en su condición de Profesora de Enseñanza General Básica en la Escuela San Francisco de Vásquez de Coronado de la Dirección Regional de Educación San José Norte, incurrió en el siguiente supuesto hecho:

A) Que en el primer semestre del curso lectivo 2012, procedió a cobrar y mantener bajo su custodia sin contar con autorización superior, los dineros correspondientes al paquete de graduación de los alumnos de la sección VI-A de la escuela de cita, mismos que suman un total de ¢1.894.000,00 (un millón ochocientos noventa y cuatro mil colones exactos), monto que supuestamente, le fue sustraído de su casa de habitación y que usted no hizo reembolso a la fecha. (Visible de folios 90 al 144, 150, 151, 159 a 162, 179, 180, 181, 182, 209 a 212 del expediente 4103-12).

3º—De ser cierto el supuesto hecho antes indicado, el mismo constituye faltas de alguna gravedad de conformidad con los artículos 57 inciso b) y l) del Estatuto de Servicio Civil, artículo 9 inciso b), 12 inciso b) y 15 inciso b) del Reglamento de Carrera Docente y faltas graves con fundamento en lo indicado en el artículo 58 inciso d) del Estatuto de Servicio Civil, artículo 11 inciso b), 13 inciso 3) y 15 inciso c) del Reglamento de Carrera Docente, artículo 81 inciso a) y l) del Código de Trabajo.

4º—Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los diez días hábiles siguientes al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará los hechos sobre los que versarán las respectivas disposiciones, así como la correspondiente dirección de los testigos bajo apercibimiento de poder ser declarada inadmisible la referida prueba. Se apercibe al accionado de que debe señalar medio, número de fax o correo electrónico para recibir futuras notificaciones dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la notificación del presente acto, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones se tendrán por notificadas automáticamente veinticuatro horas después de dictadas. Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto y hacerse representar por un abogado, repreguntar a los testigos que rindieron declaración en la etapa de investigación, actuación- esta última- para lo cual deberá formular petición expresa, a fin de efectuar las citaciones pertinentes; de no hacerlo en forma y término, se tendrán por plenamente incorporadas al procedimiento estas deposiciones, en la forma en que fueron originalmente rendidas.

5º—Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Asuntos Disciplinarios, del Ministerio de Educación Pública; cita cuarto piso, Edificio Plaza Rofas, ubicado frente al Hospital San Juan de Dios, San José. La no presentación de la defensa ni del medio para atender notificaciones, hará presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta etapa procedimental.

6º—Que contra este traslado de cargos procede el Recurso de Revocatoria el cual deberá de presentar ante el Departamento de Asuntos Disciplinarios y Recurso de Apelación ante el Tribunal de Carrera Docente, dentro del plazo de 5 días contados a partir de la presente notificación, según lo dispuesto en el artículo 66 del Estatuto de Servicio Civil.—San José, 12 de marzo 2013.—Msc. Juan Antonio Gómez Espinoza, Director.—1 vez.—O. C. N° 17489.—Solicitud N° 19778.—C-37620.—(IN2013033347).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

14587-T.—Documento admitido traslado al titular

Ref: 30/2013/16196.—Orlando Araya Amador, cédula de identidad 1-737-800.—Documento: Cancelación por falta de uso (Camposanto La Piedad Sociedad).—N° y fecha: Anotación /2-84069 de 23/04/2013.—Expediente: 2003-0006570 Registro N° 145857 La Piedad en clase 49 Marca Denominativa.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 9:33:59 del 29 de abril de 2013.—Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por el Marianela Cortés Castillo, cédula de identidad 1-732-468, en calidad de apoderada generalísima de Camposanto La Piedad Sociedad Anónima, contra el registro del signo distintivo La Piedad, Registro N° 145857, el cual protege y distingue: Un establecimiento comercial dedicado a la comercialización y venta de servicios funerarios, ubicado en San José, Barrio Francisco Peralta, del final de la avenida 10, 25 metros sur, en clase 49 internacional, propiedad de Funeraria La Piedad S. A., cédula jurídica 3-101-241472. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2), 3) y 4) y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta, Asesora Jurídica.—RP2013349407.—(IN2013032082).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL SAN IGNACIO DE ACOSTA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El suscrito Lic. Héctor Pérez Solano, Administrador de la Sucursal Caja Costarricense de Seguro Social en San Ignacio de Acosta, mayor, casada, vecina de Puriscal, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. En el cuadro, se indica el número patronal, nombre de la razón social, período y monto de la deuda al 20 de mayo del 2013. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los períodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda. Publicar tres veces.

Número patronal

Razón social

Período

Monto

adeudado

Murillo Rojas José Rafael

0-00204970346001001

11-2012 Adicional

¢1.082.583,00

Ortiz Flores Allan C.

0-00018117263999001

T.l 07-2008 a 04-2012

¢741.752,00

Meza Oporta José Luis

7-00016623124999001

T.l 12-2009 a 04-2013

¢774.506,00

Garro Chinchilla Christian

0-00110100089991001

01-2009 a 05-2013

¢865.080,00

Meza Torres José Enrique

0-00106530713999001

T.l 09-2011 a 04-2013

¢659.057,00

Fonseca Miranda César D.

0-00113820477999001

T.l 10-2009 a 10-2011

¢816 465,00

Herrera Durán Angie M.

0-00113040759999001

T.l 11-2008 a 08-2011

¢546.323,00

Orozco Rivera Juan M.

0-00112520024999001

T.l 05, 06-2011 Servicios Médicos 11-2011

¢1.194.483,00

Monge Arias Olger A.

0-00106740675999001

T.l Adic. 10-2009, 11-2009 a 08-2010

¢3.078.398,00

Valverde Fallas Flor María

0-00105760994999001

T.l 08-2006 a 06-2010

¢671.753,00

Montenegro Ampie Walter

7-01910099021999001

T.l 10-2011 a 04-2013

¢492.306,00

Alfaro Trejos Fabián

0-00603380064999001

T.l 06-2011 a 05-2013

¢414.221,00

Rojas Bonilla Joege Luis

0-00109160011999001

T.l 11-2008 a 04-2013

¢464.627,00

Chaves Barahona Edgar

0-00301340708999001

Servicios Médicos 02-2013

¢120.186,00

Totales

 

 

¢11.921.740,00

 

Lic. Héctor Pérez Solano, Jefe.—RP2013349818.—(IN2013032916).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

DIRECCIÓN DE URBANISMO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Resolución CU RES 007 2012.—Resolución procedimiento especial sancionatorio por incumplimientos urbanos seguido por la Unidad de Control Urbano contra Luis Enrique Marchena Gutiérrez, cédula de identidad 5-141-380 y María del Rocío Segura Quesada, cédula de identidad 1-611-087 representantes legales de Inmoro Innovaciones Modulares Roa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-345155. Dirección: Urbanización Villa Karen Lote 13B.

La Unidad de Control Urbano de la Municipalidad de Desamparados a las diez horas con cincuenta minutos del 27 de febrero 2012, resuelve:

Resultando:

1º—Que la finca 1-416526-000 se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad a nombre de Inmoro Innovaciones Modulares Roa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-345155. Que la obra se desarrolló en esta finca.

2º—Que el día 4 de agosto de 2011, mediante boleta N° 00977 se notifica por primera vez a Gustavo Barboza Masís, cedula 1-896-927 por construcción de apartamentos de 100 m² sin contar con permiso de construcción.

3º—Que el día 8 de agosto de 2011, mediante boleta N° 00983 se notifica por segunda vez a Gustavo Barboza Masís, cedula 1-896-927 por construcción de apartamentos de 100 m² sin contar con permiso de construcción.

4º—Que mediante revisión de la base de datos de Control Urbano y de Bienes Inmuebles de la Municipalidad, no se encuentra permiso de construcción para apartamentos en la finca 1-470147-000.

Considerando:

I.—Que el Art. 74 de la Ley de Construcciones, indica lo siguiente: “Licencias. Toda obra relacionada con la construcción, que se ejecute en las poblaciones de la República, sea de carácter permanente o provisional, deberá ejecutarse con licencia de la Municipalidad correspondiente.”

II.—Que la Procuraduría General de la República en el dictamen número C-034-2009 de 10 de febrero de 2009, lo siguiente: “(…) La licencia o permiso de construcción: Cuando hablamos de autorización administrativa, nos referimos a la técnica administrativa de limitación por excelencia, bajo la cual se engloban toda una serie de actuaciones administrativas diferenciadas (licencias, permisos, vistos buenos, visados, autorizaciones, aprobaciones, entre otros). La autorización es así, a partir de esta definición, manifestación de la intervención que la Administración va a efectuar respecto de ciertos ámbitos o sectores en los que se precisa la adecuación del ejercicio de actividades o derechos de los particulares, con el interés público. Este órgano consultivo, en su dictamen C-357-2003 del 13 de noviembre de 2003 define a esta técnica de intervención administrativa de la siguiente manera: “...es la noción con que la doctrina califica la técnica por medio de la cual la Administración controla el ejercicio de actividades privadas y derechos subjetivos que no por ello pierden esa titularidad. En tanto autorización es un acto reglado y declarativo, porque se limita a comprobar el cumplimiento de las condiciones exigidas por ordenamiento para el ejercicio de la actividad o derecho, razón por la cual no otorga derecho subjetivo alguno (que ya preexistía a la autorización) ni constituye situación jurídica alguna...”

III.—Que la Procuraduría General de la República en el Dictamen C-154-2008 indica lo siguiente en referencia a la competencia municipal en materia de planificación urbana: Según lo dispuesto en los artículos 169 de la constitución política y 15 de la ley de planificación urbana (número 4240 del 15 de noviembre de 1968) le corresponde a los gobiernos municipales la competencia para planificar el desarrollo urbano dentro de los límites de su cantón, atribución que se concretiza a través de la adopción de los planes reguladores y los reglamentos de desarrollo urbano conexos.

IV.—Que el artículo 17 del Plan de Ordenamiento Territorial del Cantón de Desamparados, establece que toda obra que se ejecute en el cantón de Desamparados, debe contar con licencia municipal.

V.—Que el Informe DRD-INSP-414-2011 con fecha 22 de setiembre de 2012 del Régimen Disciplinario del CFIA (Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos), indica que para la propiedad en cuestión existen dos contratos de servicios profesionales: OC-372740 por dos apartamentos de dos niveles de 120 m² y el OC-548409 por apartamento de dos niveles de 143 m². Que además en sitio existen otras construcciones de las cuales no existe información en el CFIA ni en la Municipalidad.

VI.—Que la Ley de Construcciones establece un procedimiento especial al que la Municipalidad debe ajustarse para proceder en caso de verificar la existencia de obras realizadas sin contar con permiso de construcción. Dicho procedimiento se encuentra regulado en los Artículos 93 al 96 de la Ley de Construcciones. Una vez cumplido este procedimiento y en caso de que las construcciones no se pongan a derecho, la Administración queda facultada para disponer la destrucción de las obras o ejecutarla por si misma a cuenta del propietario.

VII.—El artículo 93 de la Ley de Construcciones, establece que se le debe fijar al administrado un plazo de 30 días para que proceda a poner a derecho la obra, ya sea presentando el proyecto, solicitando la licencia, etc. Por tanto,

Se otorga un plazo de treinta días hábiles, a partir del día siguiente de la notificación de esta resolución, a Luis Enrique Marchena Gutiérrez, cédula de identidad 5-141-380 y María del Rocío Segura Quesada, cédula de identidad 1-611-087 representantes legales de Inmoro Innovaciones Modulares Roa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-345155, para poner a derecho la obra conforme al artículo 93 de la Ley de Construcciones, caso contrario la Municipalidad procederá a demoler toda la construcción que no cuenta con Licencia Municipal y por ende no estar ajustada a la Normativa Vigente de conformidad con el artículo 96 de la Ley de Construcciones. Contra esta resolución puede interponer los recursos señalados en el Art. 162 del Código Municipal. Notifíquese.—Arq. Gustavo Zeledón Céspedes, Control Urbano.—(IN2013033357).