LA GACETA N° 112 DEL 12 DE JUNIO DEL 2013

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 37713-MAG

Nº 37714-MAG

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE, ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CULTURA Y JUVENTUD

JUSTICIA Y PAZ

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AVISOS

ADJUDICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

REGISTRO DE PROVEEDORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

JUSTICIA Y PAZ

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

AVISOS

REGLAMENTOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

REMATES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

AVISOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 37713-MAG

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

En uso de las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y artículo 146 de la Constitución Política; los artículos 27 inciso 1) y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley Uso Exigido Sistema Internacional Unidades Medida “SI” Métrico Decimal, la Ley Nº 5292 del 9 de agosto de 1973; la Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), la Ley Nº 8495 del 6 de abril del 2006; la Ley del Sistema Nacional para la Calidad, la Ley Nº 8279 del 2 de mayo de 2002; y la Ley Aprobación del Acta Final en que se incorporan los resultados de la Ronda de Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales, Ley Nº 7475 del 20 de diciembre de 1994.

Considerando:

1º—Que en el artículo 6° inciso b) de la Ley N° 8495 del 6 de abril del 2006, Ley del Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), establece que es competencia “…Administrar, planificar, dirigir y tomar las medidas veterinarias o sanitarias pertinentes sobre el control de la seguridad e inocuidad de los productos y subproductos de origen animal, en las etapas de captura, producción, industrialización y comercialización, considerando aditivos alimentarios, residuos de medicamentos veterinarios, plaguicidas y otros contaminantes químicos, biológicos o de origen biotecnológico…” se hace necesario elaborar este Reglamento Técnico para garantizar la inocuidad de las conservas de productos pesqueros.

2º—Que es necesario emitir una serie de regulaciones propias y particulares de los barnices que se utilizan en los envases de acero para productos pesqueros, a fin de cumplir con el cometido de preservar la inocuidad y duración de los mismos. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Aprobar el siguiente Reglamento Técnico:

RTCR 460: 2011” Requisitos para Barnices

Sanitarios Utilizados en Conservas

de Productos Pesqueros”

1. OBJETO

El presente Reglamento Técnico tiene por objeto establecer los requisitos que deben cumplir los barnices que cubren internamente y externamente los envases metálicos utilizados para las conservas de productos pesqueros.

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Se aplica a todos los barnices que cubren interna y externamente los envases metálicos utilizados para las conservas de productos pesqueros de origen nacional o importado que se comercialicen en el país. Para efectos del presente Reglamento, entiéndase por envase, el cuerpo y/o las tapas.

3. REFERENCIAS

Este Reglamento Técnico se complementa con el siguiente Reglamento Técnico: Decreto Ejecutivo N° 36463, RTCR 443:2010 Metrología. Unidades de Medidas Sistema Internacional (SI), publicado en La Gaceta N° 56 del 21 de marzo del 2011.

4. DEFINICIONES

Para los fines de este Reglamento, se entenderá por:

4.1     Adherencia: Fuerza con que el barniz de revestimiento interno y externo se adhiere a la superficie del sustrato.

4.2     Autoclave: Equipo a presión, destinado al tratamiento térmico de los alimentos envasados en recipientes metálicos herméticamente cerrados.

4.3     Barniz: Material de revestimiento, que al ser aplicado a un sustrato, forma una película sólida, tras un proceso de polimerización, adquiriendo propiedades técnicas específicas e infiere protección y presentación, siendo resistente al proceso de autoclavado.

4.4     Barniz de enganche: Barniz aplicado directamente sobre el sustrato, para mejorar la adherencia de otros barnices en un sistema de múltiples capas.

4.5     Barniz organosol: Barniz sanitario súper flexible, dispersión de PVC en un polímero orgánico.

4.6     Barniz de protección de costura: Barniz aplicado en la zona de costura lateral, puede ser líquido o en forma de polvo.

4.7     Barniz sanitario blanco porcelana: Barniz con pigmento blanco para recubrimiento interior de cuerpo, tapa y fondo de envases metálicos.

4.8     Barniz sanitario de aluminio: Barniz con pasta de aluminio para recubrimiento interior del cuerpo, tapa y fondo de envases metálicos.

4.9     Barniz sanitario dorado: Barniz de tonalidad dorada para recubrimiento de exterior e interior de cuerpo, tapa y fondo de envases metálicos.

4.10   Barniz sanitario incoloro: Barniz incoloro para recubrimiento de exterior e interior de cuerpo, tapa y fondo de envases metálicos.

4.11   Curado: Estado final de polimerización de un barniz, que se logra a la temperatura y tiempo establecido en la carta técnica del mismo.

4.12   Envase: Todo recipiente metálico con sus tapas destinadas a contener un producto y que ha de cerrarse herméticamente, conservando la integridad física, química y sanitaria del mismo después de su esterilización en autoclave.

4.13   Establecimiento Enlatador: Es el dedicado a la elaboración de productos en conserva en envase de hojalata.

4.14   Gramaje de la capa de barniz: Cantidad de revestimiento de barniz considerando una capa simple o un sistema de múltiple capa expresado en media de peso por área.

4.15   Fractura de la película de barniz: Discontinuidad de la película de barniz, cuya profundidad alcanza el sustrato, permitiendo el contacto de este con el producto envasado.

4.16   Película de barniz: Material de revestimiento que al ser aplicado a un sustrato en una o varias capas forma una película sólida que tiene propiedades técnicas específicas que infiere protección y/o presentación.

4.17   Porosidad: Presencia de cavidades visibles que se producen debido a la heterogeneidad del barniz en la película simple. En estos poros puede producirse contacto entre el alimento y el sustrato.

4.18   Sustrato: Lámina metálica sobre la cual se aplica la película de barniz a partir de la cual se fabrica los envases y las tapas.

5. SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS

Para los fines de este Reglamento se entenderá por:

5.1  GT: Grado de adherencia entre la película de barniz y el substrato.

5.2  dm2: Decímetro cuadrado.

5.3  m2: Metro cuadrado.

5.4  %: Porcentaje.

5.5  g: Gramos.

5.6  mm: milímetro

6. ESPECIFICACIONES Y REQUISITOS:

6.1  El barniz interior debe ser inocuo al ser humano.

6.2  El barniz interior debe presentar un aspecto homogéneo, es decir no debe presentar fracturas, desprendimientos o deterioro visible.

6.3  El barniz exterior debe presentar un aspecto homogéneo, es decir debe ser uniforme y estar bien adherido.

6.4  Se determina mediante observación visual la escala de evaluación de adherencia conforme se establece en la tabla siguiente:

Clase o GT

Desprendimiento o falta de adherencia visible

0

No presenta desprendimiento o falta de adherencia.

1

Área afectada < 5% con pérdida solo en las intersecciones o bordes.

2

Área afectada entre 5% y 10% de pérdida en la intersección y en el corte.

3

Área afectada entre 10% y 25% de pérdida de barniz afectando a la intersección y bordes, con desprendimiento en algunos cuadrados.

4

Área afectada entre 25 % y 50% con perdida completa de adherencia en muchos cuadrados.

5

Área afectada > 50% con amplio desprendimiento de barniz.

 

Nota 1: La escala de evaluación de adherencia indicada en el punto 6.4 corresponde a una evaluación visual realizada por personal capacitado.

6.5  La adherencia del barniz, tanto interior como exterior, al sustrato, previo a la fabricación del envase o tapa, debe ser máximo Clase 1 (GT1).

6.6  La adherencia del barniz de protección de costura en polvo, podrá tener máximo de 3 mm, antes del proceso de autoclavado.

6.7  En la adherencia del barniz de costura aplicado en estado líquido, es considerado como aceptable una adherencia máximo Clase 2 (GT2), antes del proceso de autoclavado.

6.8  La porosidad del barniz debe ser menor o igual a 0,04 poros por dm2 (4 poros por m2), en la lámina metálica antes de conformar el envase o las tapas.

6.9  El gramaje del barniz por unidad de superficie, que recubre el sustrato para el interior del envase, debe cumplir con al menos las siguientes valores:

6.9.1    Barniz interior una capa ≥4 g/m2.

6.9.2    Barniz de enganche en lamina ≥2g/m2.

6.9.3    Barniz organosol ≥8 g/m2.

6.9.4    Barniz interior blanco o porcelana ≥9 g/m2.

6.9.5    La masa del barniz que recubre el sustrato para el exterior del envase debe ser ≥4 g/m2.

Los valores anteriores se verificaran a través de auditorías in situ a los establecimientos enlatadores de productos pesqueros mediante la certificación de cumplimiento de parámetros por parte del proveedor de envases.

Los valores anteriores, pueden ser expresados adicionalmente en otras unidades equivalentes. Además, pueden cambiar en virtud de los avances tecnológicos en materia de barnices, los cuales, deben ser justificados técnicamente con la especificación establecida por el proveedor del barniz en las hojas técnicas.

6.10   El gramaje del barniz, que recubre interna y externamente la lámina metálica para fabricar el envase, tapa o fondo debe ser determinado por un método validado por la empresa proveedora de los envases, el cual será verificado mediante auditoria documental en el establecimiento enlatador.

6.11   El curado del barniz, se determina mediante un método validado por la empresa proveedora de los envases comprobando que no sufre deterioro visible y mantiene su aspecto homogéneo, en el rango de temperaturas necesarias para la fabricación del envase metálico y para el procesamiento de la conserva. El curado será verificado mediante auditoria documental al establecimiento enlatador.

7. VERIFICACIÓN

El presente Reglamento será verificado por el Servicio Nacional de Salud Animal del Ministerio de Agricultura y Ganadería, a través de la verificación de los establecimientos procesadores de productos pesqueros en conserva en cumplimiento con las disposiciones de este Reglamento y la legislación que le atribuye y con los procedimientos internos que establezca SENASA.

8. CONCORDANCIA

Este Reglamento Técnico no concuerda con ninguna norma internacional.

9. BIBLIORAFÍA

9.1  México. Dirección General de Normas. MMX-EE-147-NORMEX-2004 Envase y embalaje-metales- Envases de hojalata sanitarios para contener alimentos- Determinación de la capa de barniz- Método de prueba. 2004.

9.2  Suiza. Organización Internacional de Normas. IS0 2409:2007 Pinturas y barnices. Ensayo de corte por enrejado.2007.

9.3  USA. ASTM D 3359 Standard Test Methods for Measuring Adhesion by Tape Test. 2009.

Artículo 2º—Costos de la Verificación. El costo de la verificación del presente Reglamento deberá cubrirlo el Estado conforme a la Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal, Ley Nº 8495 del 6 de abril del 2006. Los costos en que se incurran por solicitud o debido al incumplimiento del administrado, se cobrarán directamente a éste.

Artículo 3º—Sanciones por incumplimiento. El incumplimiento a las disposiciones establecidas en este Reglamento, dará lugar a la aplicación de las sanciones que señalan la Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal, Ley Nº 8495 del 6 de abril del 2006; según sea el caso. La responsabilidad penal derivada del incumplimiento del presente Reglamento, será del conocimiento de los Tribunales de Justicia respectivos; para tales efectos se aplicarán las disposiciones y sanciones establecidas en la legislación penal vigente.

Artículo 4º—Deróguese la Directriz SENASA-DG-D011-2010, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 243 del 15 de diciembre del 2010.

Transitorio único.—El Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) del Ministerio de Agricultura y Ganadería mediante resolución razonada deberá publicar en el Diario Oficial La Gaceta, en un plazo no mayor a 3 meses posteriores a la entrada en vigencia del presente Reglamento, el procedimiento de verificación.

Artículo 5º—El presente Reglamento empezará a regir 6 meses después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los trece días del mes de febrero del año dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Agricultura y Ganadería, Gloria Abraham Peralta.—1 vez.—O. C. Nº 003-2013.—Solicitud Nº 28079.—C-132900.—(D37713-IN2013035824).

Nº 37714-MAG

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y GANADERIA

En uso de las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y artículo 146 de la Constitución Política; los artículos 27 inciso 1) y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Uso Exigido Sistema Internacional Unidades Medida “SI” Métrico Decimal, la Ley Nº 5292 del 9 de agosto de 1973; la Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), la Ley Nº 8495 del 6 de abril del 2006; la Ley del Sistema Nacional para la Calidad, la Ley Nº 8279 del 2 de mayo del 2002; y la Ley Aprobación del Acta Final en que se incorporan los resultados de la Ronda de Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales, Ley Nº 7475 del 20 de diciembre de 1994.

Considerando:

1º—Que de conformidad con el inciso b) del artículo 6° de la Ley N° 8495 del 6 de abril del 2006, Ley del Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), es competencia de dicho Servicio “…Administrar, planificar, dirigir y tomar las medidas veterinarias o sanitarias pertinentes sobre el control de la seguridad e inocuidad de los productos y subproductos de origen animal, en las etapas de captura, producción, industrialización y comercialización, considerando aditivos alimentarios, residuos de medicamentos veterinarios, plaguicidas y otros contaminante químicos, biológicos o de origen biotecnológico...”

2º—Que la Ley Nº 8495 antes referida, tiene como uno de sus objetivos “regular y controlar la seguridad sanitaria e inocuidad de los alimentos de origen animal en forma integral a lo largo de la cadena de producción alimentaría” en los establecimientos donde se procesen productos pesqueros envasados herméticamente en recipientes de acero.

3º—Que es necesario emitir una serie de regulaciones propias y particulares de los envases de acero para cumplir con el cometido de preservar la inocuidad y duración de dichos productos. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Aprobar el siguiente Reglamento Técnico:

RTCR 459: 2011 “Requisitos para el Doble Sello

en Envases Metálicos para Conservas de

Productos Pesqueros”

1. OBJETIVO

El presente Reglamento Técnico tiene por objeto establecer los requisitos del doble sello en envases metálicos para conservas de productos pesqueros de forma que se asegure el sellado hermético y así garantizar la inocuidad del producto envasado.

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Se aplica a los establecimientos procesadores de productos pesqueros en conserva que utilicen el doble sello de tapa y a los fabricantes que proveen envases con doble sello.

3. REFERENCIAS:

Este Reglamento Técnico se complementa con el siguiente reglamento técnico: Decreto Ejecutivo N° 36463, RTCR 443:2010 Metrología. Unidades de Medidas Sistema Internacional (SI), publicado en La Gaceta N° 56 del 21 de marzo del 2011.

4. DEFINICIONES

4.1     Altura del sello: Es la dimensión medida paralelamente a los ganchos del sello.

4.2     Apriete: Grado de contacto entre las cinco capas de hojalata que intervienen en el sello, tres corresponden a espesores de tapa y dos a espesores de cuerpo. Se conoce también como compacidad o compactibilidad.

4.3     Doble Sello: Parte del envase formado por la unión de los extremos del cuerpo y de la tapa o fondo enganchados de forma tal que dan lugar a una estructura fuerte, compacta y hermética.

4.4     Envase metálico: Recipiente metálico rígido de espesor de material menor que 0.50 mm, cuyos sellos debe ser cerrado mediante un doble sello, entre el cuerpo del envase y la tapa, después de llenado, siendo hermético para impedir la contaminación del contenido por microorganismos una vez procesado.

4.5     Espesor del sello: Es la distancia máxima medida a través o perpendicularmente a las capas de material en el sello.

4.6     Estructura del doble sello: Consta de tres espesores de la tapa o del fondo, y dos espesores de la hojalata del cuerpo. Los espesores están dispuestos paralelamente.

4.7     Gancho de la tapa o del fondo: Parte de la tapa o del fondo que se dobla entre el cuerpo y el gancho del cuerpo para formar el doble sello. Su origen es el rizo de la tapa o del fondo.

4.8     Gancho del cuerpo: Parte de la pestaña del cuerpo del envase que se dobla entre la tapa o fondo y el gancho de la tapa para formar el sello.

4.9     Grado de ajuste: Es el grado de arrugamiento del gancho de la tapa, las arrugas sirven para indicar el grado de ajuste del sello.

4.10   Inspección Visual: Es un examen visual donde se examinan los elementos externos del doble sello de cada envase.

4.11   Inspección destructiva: Desmontaje del doble sello con el fin de realizar medición de las diferentes capas que lo conforman.

4.12   Penetración del gancho del cuerpo: Parte de la pestaña del cuerpo del envase que se dobla entre la tapa o fondo y el gancho de la tapa para formar el sello.

4.13   Profundidad del sello: Distancia desde el borde exterior del sello al fondo de la cubeta.

4.14   Sello Cortado: Es un doble sello fracturado en el cual la capa exterior del sello esta fracturada

4.15   Sello Afilado: Se refiere a una orilla afilada en la parte superior interna del sello, ya sea en el traslape lateral del tarro soldado o alrededor de la tapa en cualquier tipo de tarro.

4.16   Sello Falso: Es un sello o parte de un sello que está completamente desenganchado y en el cual el gancho doblado de la tapa esta comprimido contra elo gancho doblado del cuerpo.

4.17   Sello defectuoso por patinaje: Es un sello incompleto causado por que la mordaza patina en la depresión del fondo de la tapa durante la operación del sellado.

Sello con pendiente: Es una proyección lisa del doble sello por debajo de la parte inferior de un sello normal.

4.18   Superposición: Porcentaje entre el traslape y el largo interno del sello.

4.19   Traslape: Distancia entre los extremos del gancho de la tapa o fondo y el gancho del cuerpo superpuesto. Se conoce también como solapado, cruce, sobreposición

5. SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS

Para los fines de este Reglamento, se entenderá por:

5.1  mm: milímetros

5.2  %: porcentaje

5.3  GT: gancho de la tapa

5.4  GC: gancho del cuerpo

5.5  G: grosor de la tapa

5.6  A: ancho del sello (altura, longitud)

6. ESPECIFICACIONES Y REQUISITOS

6.1  La obtención del doble sello en los envases metálicos deberá tener medidas que garanticen la hermeticidad del sello, de conformidad con el tipo de envase y formato, debiendo cumplir con lo indicado en la Tabla 1.

6.2  El establecimiento debe garantizar la efectividad del doble sello utilizando una metodología científicamente reconocida tales como: micrómetro del sello, proyector de sellos, magnificador de sellos y cualquier otra reconocida y validada.

6.3  La evaluación del doble sello de los envases debe ser realizados a intervalos no mayores a 30 minutos por personal capacitado, mediante inspección visual. Los aspectos a evaluar mediante la inspección visual son: sellos cortados o afilados, sellos defectuosos por patinaje, sellos falso, sello con pendientes en el traslape o empalme y la condición del interior de la pared de la depresión del fondo de la tapa para determinar si la mordaza está quebrada.

Tabla 1 - Requisitos según tipo de envase

Medida

Diámetro medida

Medida nominal

Límite Operacional

 

 

 

 

Gancho de cuerpo

Longitud

202

1.88 +/- 0.050

1.88 +/- 0.20

207-401

1.98 +/- 0.050

1.98 +/- 0.20

 

404-502

2.03 +/- 0.050

2.03 +/- 0.20

 

603

2.08 +/- 0.050

2.08 +/- 0.25

 

 

 

 

Gancho de tapa

Longitud

202

--

1.62 Min.

207-401

--

1.77 Min.

 

404-502

--

1.78 Min.

 

603

--

1.83 Min.

 

 

 

 

Traslape

202

--

0.89 Min.

 

207-401

--

1.02 Min.

 

404-502

--

1.02 Min.

 

603

--

1.14 Min.

 

 

 

 

Apriete

202

80-95%

70-95%

 

207-401

90-95%

80-95%

 

404-502

90-95%

80-95%

 

603

90-95%

80-95%

 

 

 

 

Penetración del

Gancho de cuerpo

202

75-85%

70-95%

207-401

75-85%

70-95%

 

404-502

75-85%

70-95%

 

603

75-85%

75-95%

 

6.4  Se debe realizar inspecciones visuales adicionales a los sellos en casos de atascamiento en una máquina selladora después de un ajuste de una maquina selladora, o después de arrancar una máquina luego de un paro prolongado.

6.5  Los desmontajes (inspección destructiva) de los sellos dobles debe realizarse por personal capacitado con una frecuencia que no excedan las cuatro horas. Los resultados de las evaluaciones deben quedar escritos, además de las acciones correctivas tomadas, si las hubiera.

6.6  Las medidas obligatorias en los sellos dobles de las latas se harán en concordancia con las Tabla 2 y 3.

Tabla 2. Sistema de medidas con micrómetro

Obligatorio

Gancho de la tapa

Gancho del cuerpo

Ancho (largo, altura)

Grados de ajuste (observación por arrugas)

Grosor

 

Tabla 3. Proyector o magnificador del sello

Obligatorio

Gancho del cuerpo

Traslape

Grosor del micrómetro

Grados de ajuste (observación por arrugas)

 

6.7. En caso de utilizar un proyector o magnificador de sellos tendrá que hacerse dos medidas en diferentes puntos, excluyendo el sello lateral, para cada característica del doble sello. Cuando se usa un micrómetro, tendrá que realizarse tres mediciones en puntos a una separación de aproximadamente 120 °, excluyendo el sello lateral.

6.8. El largo de la sobreposición (Traslape) puede calcularse usando la siguiente fórmula:

La longitud teórica de la sobreposición: GT + GC + G – A

7. MÉTODOS DE ANÁLISIS:

Los métodos de análisis serán: micrómetro del sello, proyector de sellos, magnificador de sellos o cualquier otro método evaluado y reconocido por SENASA.

8. VERIFICACIÓN

El presente Reglamento será verificado por el Servicio Nacional de Salud Animal del Ministerio de Agricultura y Ganadería, a través de la verificación de los establecimientos procesadores de productos pesqueros en conserva en cumplimiento con las disposiciones de este Reglamento y la legislación que le atribuye y con los procedimientos internos que establezca SENASA.

9. CONCORDANCIA

El presente Reglamento coincide básicamente con las siguientes normativas y recomendaciones:

9.1  FDA Regulations 21 CFR Part 113:

9.2  Temperature-Indicating Devices, Thermally Processed Low-Acid Foods Packaged in Hermetically Sealed Containers.

9.3  Thermally Processed Low-Acid Foods Packaged in Hermetically Sealed Containers.

10. BIBLIOGRAFÍA

10.1   S.O.I.V.R.E. (Servicio Oficial de Inspección, Vigilancia y Regulación del Comercio Exterior). sellos y defectos de envases metálicos para productos alimenticios. Secretaria de Estado de Comercio. Madrid, España 1988.

10.2   Donald L. Downing. Complete Course in Canning 13 edition Book II, USA, 1996.

10.3   SEFEL. Recomendación de Sefel N°1, Intercambiabilidad del cerrado de tapas (NEO) de envases de hacer de tres piezas para alimentos, ajustados a cuerpos rectos o estrechados. Primera y segunda parte. Francia. 1999.

10.4   México. Dirección General de Normas. NMX-EE-09-NORMEX-2004 Envase y Embalaje- Metales-Envases de Hojalata Cilíndricos Sanitarios para contener alimentos-Medición de defectos-Método de prueba. 2004.

10.5   México. Dirección General de Normas. NMX-EE-126-NORMEX-2004 Envase y Embalaje- Metales-Envases de Hojalata Cilíndricos Sanitarios para contener alimentos- Evaluación de sello- Método de prueba. 2004

10.6   Can Manufacturers Institute, Voluntary Can and End Dimension Reference Manual, USA, 2004.

10.7   Fundación de Ciencia y Educación de la GMA. Alimentos enlatados: Principios del proceso térmico, acidificación y Evaluación del cierre de los envases. Washington, USA, 2007.

Artículo 2º—Costos de la verificación. El costo de la verificación del presente Reglamento deberá cubrirlo el Estado conforme a la Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal, Ley Nº 8495 del 6 de abril del 2006. Los costos en que se incurran por solicitud o debido al incumplimiento del administrado, se le cobrarán directamente a éste.

Artículo 3º—Sanciones por incumplimiento. El incumplimiento a las disposiciones establecidas en este Reglamento, dará lugar a la aplicación de las sanciones que señalan la Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal, Ley Nº 8495 del 6 de abril del 2006; según sea el caso. La responsabilidad penal derivada del incumplimiento del presente Reglamento, será del conocimiento de los Tribunales de Justicia respectivos; para tales efectos se aplicarán las disposiciones y sanciones establecidas en la legislación penal vigente.

Artículo 4º—Deróguese la Directriz SENASA-DG-D012-2010, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 243 del 15 de diciembre del 2010.

Transitorio único.—El Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) del Ministerio de Agricultura y Ganadería mediante resolución razonada deberá publicar en el Diario Oficial La Gaceta, en un plazo no mayor a 3 meses posteriores a la entrada en vigencia del presente Reglamento, el procedimiento de verificación.

Artículo 5º—Este Reglamento empieza a regir 6 meses después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los trece días del mes de febrero del año dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Agricultura y Ganadería, Gloria Abraham Peralta.—1 vez.—O. C. Nº 003-2013.—Solicitud Nº 28079.—C-219540.—(D37714-IN2013035828).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

N° 544-PE

EL VICEMINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 47, inciso 4), de la Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Irene Pacheco Alfaro, portadora de la cédula de identidad N° 1-463-491, Asistente Personal de la Señora Presidenta de la República, para que viaje a Perú y goce de un período de descanso el día 11 de mayo del presente año y acompañe a la Presidenta de la República, Señora Laura Chinchilla Miranda, en su reunión con el señor Ollanta Humala Tasso, Presidente de la República del Perú, los días 12 y 13 de mayo del 2013.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte al exterior no se le cancelarán, por cuanto viajará en vuelo privado. Los gastos por concepto de viáticos, llamadas oficiales internacionales, fax, fotocopias, impresiones, servicio de Internet y gastos conexos serán cancelados contra la presentación de las facturas, una vez realizada la liquidación correspondiente.

Artículo 3º—Rige del 11 al 13 de mayo del 2013.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los diez días del mes de mayo del año dos mil trece.

Gustavo Alvarado Chaves, Viceministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº 18924.—Solicitud Nº 066.—C-8460.—(IN2013035586).

N° 554-PE

EL VICEMINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2013, Ley N° 9103, el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, el artículo 47 de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública y el Acuerdo 062-MP del 1° de febrero del 2013.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Martha Monge Marín, portadora de la cédula de identidad número 1-818-376, Secretaria del Consejo de Gobierno, para que viaje a Colombia y Ecuador, con el fin de acompañar en calidad de Asistente Personal, en la Comitiva Oficial a la señora Presidenta, quien participará en el “Acto Formal de Firma del Tratado de Libre Comercio con Colombia”, y en la “VII Cumbre de la Alianza del Pacífico” , a realizarse en la ciudad de Cali, del 22 al 23 de mayo; y a Ecuador, para participar en la “Toma de Posesión del Nuevo Mandato Constitucional del señor Rafael Correa Delgado, Presidente de la República de Ecuador”, a realizarse en la Ciudad de Quito, el 24 de mayo. La salida de la señora Monge Marín será el 22 de mayo y su regreso estará previsto para el 24 de mayo del 2013.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en los países visitados, llamadas oficiales internacionales, fax, fotocopias, impresiones, servicio de Internet y gastos conexos se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la República, Programa 02100-Administración Superior, Subpartida 10504-Viáticos al Exterior, 10503-Transporte al Exterior.

Artículo 3º—En caso de que el monto adelantado por concepto de hospedaje resultare insuficiente, se reconocerá el monto excedido pagado por la funcionaria contra la presentación de la respectiva factura, según el artículo 35 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos. La funcionaría cede las millas otorgadas a la Presidencia de la República en cada uno de los viajes realizados al exterior. La funcionaría devengará el cien por ciento de su salario, durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 22 al 24 de mayo del 2013.

Artículo 4º—Del 22 al 24 de mayo del 2013, se autoriza a la funcionaria Monge Marín utilizar el servicio de roaming para llamadas oficiales del teléfono celular institucional asignado a su persona. El pago se realizará al Instituto Costarricense de Electricidad en su facturación mensual.

Artículo 5º—Se le otorga la suma adelantada de ¢247.051,38 por concepto de viáticos, sujetos a liquidación.

Artículo 6º—Rige a partir del 22 de mayo y hasta el 24 de mayo del 2013.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil trece.

Gustavo Alvarado Chaves, Viceministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº 18924.—Solicitud Nº 068.—C-25380.—(IN2013035593).

N° 555-PE

EL VICEMINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en la Ley de Presupuesto  Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2013, Ley N° 9103, el artículo 34 del Reglamento de Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, el artículo 47 de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública y el Acuerdo 062-MP del 1° de febrero del 2013.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Ludwig Sibaja Mora, portador de la cédula de identidad número 1-593-723, Director de Protocolo, para que viaje a Colombia y Ecuador, con el fin de acompañar en la Comitiva Oficial a la señora Presidenta, quien participará en el “Acto Formal de Firma del Tratado de Libre Comercio con Colombia”, y en la “VII Cumbre de la Alianza del Pacífico” , a realizarse en la ciudad de Cali, del 22 al 23 de mayo; y a Ecuador, para participar en la “Toma de Posesión del Nuevo Mandato Constitucional del señor Rafael Correa Delgado, Presidente de la República de Ecuador”, a realizarse en la Ciudad de Quito, el 24 de mayo. La salida del señor Sibaja Mora será el 22 de mayo y su regreso estará previsto para el 24 de mayo del 2013.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en los países visitados, llamadas oficiales internacionales, fax, fotocopias, impresiones, servicio de Internet y gastos conexos se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la República, Programa 02100-Administración Superior, Subpartida 10504-Viáticos al Exterior, 10503-Transporte al Exterior.

Artículo 3º—Del 22 al 24 de mayo del 2013, se autoriza al funcionario Sibaja Mora utilizar el servicio de roaming para llamadas oficiales del teléfono celular institucional asignado a su persona. El pago se realizará al Instituto Costarricense de Electricidad en su facturación mensual.

Artículo 4º—El funcionario cede las millas otorgadas a la Presidencia de la República en cada uno de los viajes realizados al exterior. El funcionario devengará el cien por ciento de su salario, durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 22 al 24 de mayo del 2013.

Artículo 5º—Se le otorga la suma adelantada de ¢247.051,38 por concepto de viáticos, sujetos a liquidación.

Artículo 6º—Rige a partir del 22 de mayo y hasta el 24 de mayo del 2013.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil trece.

Gustavo Alvarado Chaves, Viceministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº 18924.—Solicitud Nº 068.—C-23500.—(IN2013035598).

Nº 886-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en el artículo 139, inciso 2) de la Constitución Política, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2013, Ley Nº 9103 y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Viajar a Colombia, para participar en el “Acto Formal de firma del Tratado de Libre Comercio con Colombia”, y en la “VII Cumbre de la Alianza del Pacífico”, a realizarse en la Ciudad de Cali, del 22 al 23 de mayo; y a Ecuador para asistir a la “Toma de Posesión del Nuevo Mandato Constitucional del señor Rafael Correa Delgado, Presidente de la República de Ecuador”, que se llevará a cabo en la Ciudad de Quito, el 24 de mayo del 2013. La salida será el 22 de mayo y el regreso está previsto para el 24 de mayo del 2013.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en los países visitados, llamadas oficiales internacionales, fax, fotocopias, impresiones, servicio de Internet y gastos conexos se le cancelarán del Título 201- Presidencia de la República, Programa 02100- Administración Superior, Subpartida 10503- Transporte al Exterior y 10504- Viáticos al Exterior.

Artículo 3º—Ceder las millas otorgadas a la Presidencia de la República en cada uno de los viajes realizados al exterior.

Artículo 4º—Se otorga la suma adelantada de ¢222.905,02 por concepto de viáticos y la suma de ¢ 1.008.620,00 por concepto de Gastos de Representación sujetos a liquidación.

Artículo 5º—Rige a partir de las 11:41 horas del día 22 de mayo y hasta las 21:25 horas del 24 de mayo del 2013.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 18924.—Solicitud Nº 068.—C-16920.—(IN2013035591).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISO

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de San Joaquín de Cutris de San Carlos. Por medio de su representante: Anselmo Pacheco Vásquez, cédula 2-264-784 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma a sus estatutos para que en adelante se agregue y se lea así:

Artículo 05:...

d)  Cuando deje de asistir a tres asambleas generales ordinarias en forma consecutivas sin justificación.

Artículo 16: Atribuciones de la Asamblea General.

a)       Elegir los miembros de la Junta Directiva y la Fiscalía en forma individual secreta y por mayoría de votos, en caso de existir un solo candidato la elección podrá hacerse pública.

Artículo 17: En Asamblea se nombrarán tres suplentes cuya función será suplir por el resto del periodo la ausencia definitiva de cualquier miembro de la junta directiva, excepto al puesto de presidente quien será sustituido por el vicepresidente. Los miembros directivos podrán ser reelectos en forma indefinida.

Dicha reforma es visible a folio 105 del tomo II del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afilados celebrada el día 27 de octubre del 2012.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley N° 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, 31 de mayo del 2013.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2013351064.—(IN2013035727).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS

EDICTOS

AE-REG-E-133/2013.—La señora Seily Carvajal Vargas, cédula 1-0529-0797, en calidad de representante legal de la empresa Orozco Carvajal Asociados S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción de la Enmienda de Suelo de nombre comercial UltraZyme compuesto a base de Bacterias Descomponedoras de Materia Orgánica. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de mayo del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013035580).

AE-REG-E-134/2013.—El señor Luis Sanabria Ramírez, cédula 3-0252-0523, en calidad de Representante Legal de la empresa Agronegocios Suplidora Verde S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial N-MAX compuesto a base de Nitrógeno. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de mayo del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013035581).

AE-REG-E-124/2013.—La señora Sofía Solano Espinoza, cédula 3-420-622, en calidad de representante legal de la compañía Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial Folzit 4, compuesto a base de Potasio (2%), Boro (2%) todos declarados en peso/peso conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de abril del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013035839).

AE-REG-E-125/2013.—La señora Sofía Solano Espinoza, cédula 3-420-622, en calidad de representante legal de la compañía Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial Metalfix 2, compuesto a base de Nitrógeno (5%), Fósforo (5%), Potasio (3%), Calcio (8%), Magnesio (0,5%), Azufre (1%), Zinc (3%), Boro (2%), Molibdeno (0,1%), Manganeso (0,5%), Hierro (0,5%), Cobalto (0,05%) todos declarados en peso/peso conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de abril del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013035840).

AE-REG-E-122/2013.—La señora Sofía Solano Espinoza, cédula 3-420-622, en calidad de representante legal de la compañía Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial Coffeefol 1, compuesto a base de Nitrógeno (15%), Fosforo (6%), Magnesio (1%), Calcio (5%), Zinc (4%), Boro (1%) todos declarados en peso/peso conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de abril del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013035841).

AE-REG-E-119/2013.—La señora, Sofía Solano Espinoza, cédula 3-420-622, en calidad de representante legal de la compañía Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial Coffeegro 3, compuesto a base de Nitrógeno (5%), Potasio (3%), Calcio (8%), Boro (4%), Molibdeno (0,195%) todos declarados en peso/peso conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de abril del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013035842).

AE-REG-E-120/2013.—La señora Sofía Solano Espinoza, cédula 3-420-622, en calidad de representante legal de la compañía Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial Copperfol, compuesto a base de Cobre (4%) declarado en peso/peso conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de abril del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013035844).

AE-REG-E-123/2013.—La señora Sofía Solano Espinoza, cédula 3-420-622, en calidad de representante legal de la compañía Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial Floral Point 2, compuesto a base de Fósforo (4%), Calcio (6%), Boro (4%), Zinc (2%), Molibdeno (0,2%) todos declarados en peso/peso conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de abril del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013035845).

AE-REG-E-121/2013.—La señora Sofía Solano Espinoza, cédula 3-420-622, en calidad de representante legal de la compañía Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial Coffee Star 1, compuesto a base de Nitrógeno (20%), Calcio (2%), Zinc (4%), Boro (4%) todos declarados en peso/peso conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de abril del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013035846).

AE-REG-E-135/2013.—La señora Sofía Solano Espinoza, cédula 3-0420-0722, en calidad de representante legal de la empresa Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Organiflush Uno compuesto a base de Nitrógeno, Boro, Calcio, Zinc. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de mayo del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013035848).

AE-REG-E-137/2013.—La señora Sofía Solano Espinoza, cédula 3-0420-0722, en calidad de representante legal de la empresa Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Organigrow Tres compuesto a base de Nitrógeno, Potasio, Boro, Calcio, Zinc, Azufre, Molibdeno. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de mayo del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013035849).

AE-REG-E-136/2013.—La señora Sofía Solano Espinoza, cédula 3-0420-0722, en calidad de representante legal de la empresa Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Organimaster Cuatro compuesto a base de Fosforo, Potasio, Boro, Calcio, Azufre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de mayo del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013035850).

AE-REG-E-138/2013.—La señora Sofía Solano Espinoza, cédula 3-0420-0722, en calidad de representante legal de la empresa Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Organiflor 2 compuesto a base de Nitrógeno, Fósforo, Potasio, Magnesio, Calcio, Zinc, Hierro, Manganeso, Cobre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de mayo del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013035851).

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

EDICTOS

La doctora Yuli Andrea Mateus Cortés, con número de cédula 117000297810, vecina de San José en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Calox Veterinaria S. A. con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Limpiador de oídos, fabricado por Laboratorios Calox de Costa Rica S. A., Costa Rica, con los siguientes principios activos: Cada ml contiene: Extracto de caléndula 0.050 g, extracto de manzanilla 0.050 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Como coadyuvante en la eliminación de la suciedad y restos de tejidos que se acumulan en el espacio auricular. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de abril del 2013.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2013035589).

La doctora Yuli Andrea Mateus Cortés, con número de cédula 117000297810, vecina de San José en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Calox Veterinaria S. A. con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Fipronil Spray Calox, fabricado por Laboratorios Vicar Farmacéutica S. A. para Calox de Costa Rica S. A., Costa Rica, con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contiene: Fipronil 0.25 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Antiparasitario externo, garrapaticida y pulguicida para perros. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 19 de abril del 2013.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2013035592).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 92, título Nº 144, emitido por el Centro de Educación Integral San Jorge, en el año dos mil diez, a nombre de Chaves García Óscar Andrés, cédula N° 1-1550-0105. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los catorce días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013035070).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 46, asiento 22, título Nº 496, emitido por la Unidad Pedagógica José Fidel Tristán, en el año dos mil cuatro, a nombre de Solera Arrieta Jéssica, cédula N° 1-0990-0786. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintitrés días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013035162).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 248, título N° 2512, emitido por el Liceo Nocturno de Pérez Zeledón, en el año dos mil nueve, a nombre de Porras Fuentes Carolina, cédula 1-1454-0185. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los siete días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2013036372).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 3, folio 48, título N° 1331, emitido por el Liceo Diurno de Ciudad Colón, en el año dos mil diez, a nombre de Hidalgo Morales Paola Isabel, cédula 1-1505-0825. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de mayo del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013350918.—(IN2013035313).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 31, título N° 420, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Upala, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de García Rodríguez Esther, cédula 2-0552-0560. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 31 de mayo del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013035606).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 62, título N° 2520, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Limón, en el año dos mil diez, a nombre de Tashana Angenett Hanson Suárez, cédula 7-0213-0608. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por cambio del apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Tashana Angenett Suarez Alexander, cédula 7-0213-0608. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de mayo del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013035837).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 89, título N° 2743, emitido en el año dos mil doce y del Título de Técnico Medio de la Especialidad de Mecánica de Precisión inscrito en el tomo 1, folio 73, título N° 1091, emitido en el año dos mil ocho, ambos fueron extendidos por el Colegio Técnico Profesional de Limón, a nombre de Spence Watson Jeiner Andre, cédula 7-0184-0940. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de mayo del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013035838).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Sindicato Costarricense de Mujeres Trabajadoras, siglas: SICOMUTRA. Expediente 942-SI. Habiéndose cumplido con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 349 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La organización ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro visible tomo 16, folio 144, asiento 4716 del 12 de abril del 2013. La Junta Directiva se formó de la siguiente manera:

Secretaria General

Yury Montero Flores

Secretaria General Adjunta

Siria Yessenia Pana Ovares

Secretaria de Actas y Correspondencia

Yessenia Vannesa Rodríguez Mora

Secretaria de Organización

Katherine Pana Ovares

Secretaria de Formación

Rosibel Pérez Quesada

Secretario de Finanzas

Ivannia Bejarano Arguedas

Secretaria Vocal

Cándida Rodríguez Rodríguez

Secretaria Fiscal

Jeannette Ramírez Vargas

 

12 de abril del 2013.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2013034829).

De conformidad con la autorización extendida por el Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto la organización social denominada: Cooperativa de Servicios Múltiples de los Artesanos de Sarchí R.L., siglas: COOPEARSA R.L., acordada el 29 de abril del 2013. Resolución N° C-533. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta el artículo 47.—San José, 28 de mayo del 2013.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN20130035156).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto la organización social denominada: Formadores de Empresarios y Líderes de la Economía Social La Catalina R.L., siglas: La Catalina R.L., acordada el 21 de noviembre del 2012. Resolución N° C-1285. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 3, 7 y 9 del estatuto.—San José, 29 de abril del 2013.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2013035274).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Cambio de Nombre N° 83569

Que Monserrat Alfaro Solano, cédula de identidad 1-1149-188, en calidad de apoderada especial de Pasta y Basta Artesanos del Sabor Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-196345, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Productos Balila S. A., cédula jurídica 3-101-196345 por el de Pasta y Basta Artesanos del Sabor Sociedad Anónima, presentada el día 12 de marzo de 2013 bajo expediente 83569. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2002-0008464 Registro N° 143013 LA FATTORIA en Clase 30 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 17 de abril del 2013.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—1 vez.—(IN2013035768).

Patente de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Luis Diego Acuña Vega, cédula N° 1-1151-0238, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Reforcetech Ltd., de Irlanda, solicita la Patente de Invención denominada: BARRA DE REFUERZO Y MÉTODO PARA FABRICAR LA MISMA.

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La invención se refiere a barras de refuerzo para estructuras de concreto, que comprenden un número grande de fibras paralelas, continuas, preferentemente hechas de basalto, carbón, fibra de vidrio, o semejantes, intercaladas en una matriz curada. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C04B 20/00; C04B 14/38; cuyo(s) inventor(es) es(son) Standal, Per, Cato, Miller, Leonard, W. La solicitud correspondiente lleva el número 20130188, y fue presentada a las 08:52:01 del 30 de abril del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 6 de mayo del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013035108).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La señora Alejandra Castro Bonilla, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-0880-0194, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de AbbVie B.V. de Holanda, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS HETEROCÍCLICOS FUSIONADOS COMO MODULADORES S1P.

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Esta invención se relaciona con nuevos derivados heterocíclicos fusionados que tienen afinidad con los receptores S1P, con una composición farmacéutica que contiene dichos compuestos, así como también con el uso de dichos compuestos para la preparación de un medicamento para tratar, aliviar o evitar enfermedades y afecciones en las que está involucrado cualquier receptor S1P o en las que está involucrada la modulación del sistema de señalización S1P endógeno a través de cualquier receptor S1P. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes 2011.01 es C07D 487/04; A61K 31/55; A61K 31/429; A61P 25/28; A61K 31/4355, C07D 491/04; A61K 31/4365; C07D 498/04, C07D 513/04; cuyos inventores son Smid, Pieter; Iwema Bakker, Wouter, I; Coolen, Hein, K.A.C; Sliedregt, Leonardus, A.J.M; Van Dongen, Maria, J.P; Den Hartog, Jacobus, AJ. La solicitud correspondiente lleva el número 2013-0056, y fue presentada a las 14:51:00 del 8 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de abril del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2013351000.—(IN2013035718).

La señora Alejandra Castro Bonilla, cédula N° 1 0880 0194, en condición de apoderada de Abb Vie Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada INMUNOGLOBULINAS CON DOMINIO VARIABLE DUAL Y USOS DE LAS MISMAS.

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Proteínas de unión multivalentes y multiespecíficas diseñadas, métodos para elaborarlas y específicamente, sus usos en la prevención, el diagnóstico y/o el tratamiento de enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/00; C12N 5/07, C12N 5/16; C12P 21/08; cuyo(s) inventor(es) es(son) Ghayur, Tariq, Liu Junjian. La solicitud correspondiente lleva el número 20130074, y fue presentada a las 14:40:00 del 20 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de mayo del 2013.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2013351001.—(IN2013035719).

La señora Alejandra Castro Bonilla, cédula N° 1 0880 0194, en condición de apoderada de AbbVie Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada INMUNOGLOBULINAS CON DOMINIO VARIABLE DUAL Y USOS DE LAS MISMAS.

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Proteínas de unión multivalentes y multiespecíficas diseñadas, métodos para elaborarlas y sus usos en la prevención, el diagnóstico y/o el tratamiento de enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Ghayur, Tariq, Liu, Junjian, Isakson, Peter, C. La solicitud correspondiente lleva el número 20130058, y fue presentada a las 14:52:10 del 8 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de mayo del 2013.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2013351002.—(IN2013035720).

La señora Alejandra Castro Bonilla, cédula N° 1 0880 0194, mayor de edad, vecina de San José, abogada, apoderada especial de AbbVie Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada MONOHIDRATO DE DERIVADOS DE AZA-ADAMANTANO.

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Forma cristalina monohidrato del citrato diácido de (4s)-4-(5-fenil-l,3,4-tiadiazol-2-iloxi)-l-azatriciclo[3.3.1.13,7]decano, composiciones que comprenden dicho compuesto y un proceso para preparar el compuesto. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 471/08; A61K 31/439; A61P 25/00; A61P 25/28; cuyo(s) inventor(es) es (son) Chen, Shuang, Napier, James J., Zhang, Geoff G. Z., Brackemeyer, Paul J. La solicitud correspondiente lleva el número 20130169, y fue presentada a las 14:54:26 del 15 de abril del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 18 de abril del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2013351003.—(IN2013035721).

La señora Alejandra Castro Bonilla, cédula N° 1 0880 0194, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de AbbVie Inc., de E.U.A., Abbott GmbH & Co. KG, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada DISPERSIONES SÓLIDAS EXTRUIDAS POR FUSIÓN QUE CONTIENEN UN AGENTE INDUCTOR DE APOPTOSIS. Una dispersión sólida pro-apoptótica que comprende, en una forma esencialmente no cristalina, un compuesto inhibidor de familia de proteínas Bcl 2 de la Fórmula I, definido en la presente, disperso en una matriz sólida que comprende (a) un vehículo polimérico soluble en agua farmacéuticamente aceptable y (b) un agente tensioactivo farmacéuticamente aceptable. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 9/14; A61K 9/20; A61K 47/26; A61K 31/437; A61K 47/02; A61K 47/22; A61K 47/26; A61K 47/32; cuyo(s) inventor(es) es (son) Rösch, Esther, Hoelig, Peter, Lindley, David J., Sanzgiri, Yeshwant D., Tong, Ping. La solicitud correspondiente lleva el número 20130224, y fue presentada a las 14:53:55 del 15 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de mayo del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2013351004.—(IN2013035722).

REGISTRO NACIONAL DE DERECHO

DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS

AVISO

Luis Diego Cruz Conejo, cédula N° 2-289-182, mayor, casado dos veces, pensionado, vecino de Alajuela Río Segundo, Efraín Chacón Ureña, cédula 1-168-017, mayor, casado, vecino de San José y Róger Arturo Chacón Zúñiga, cédula 3-225-643, mayor, casado, agricultor, vecino de Santa María de Dota San José solicitan la inscripción de los derechos morales y los derechos patrimoniales en la obra literaria, en colaboración y publicada que se titula SAN GERARDO DE DOTA EN LAS MONTAÑAS DEL ALTO SAVEGRE. La obra es la primera edición de un libro con 186 páginas y comprende la historia de San Gerardo de Dota desde 1954 hasta hoy. El ISBN es 978-9968-864-16-9. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los treinta días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos N° 6683. Expediente 7430.—Curridabat, 22 de mayo del 2013.—Lic. Andrés Hernández Osti, Registrador.—1 vez.—RP2013350974.—(IN2013035724).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones Civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cívica Cabalgando por una Sonrisa, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Gestionar, ayudar y apoyar a los vecindarios de Santa Ana y comunidades vecinas, a impulsar proyectos de desarrollo social, organizativo y vecinal. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Luis Diego Méndez Sandoval. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012 asiento: 357867 adicional tomo: 2012, asiento: 382251).—Curridabat, 19 de marzo del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013350971.—(IN2013035723).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Leones y Leonas de Turrialba, con domicilio en la provincia de Cartago; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: crear y fomentar un espíritu de entendimiento entre los pueblos del mundo. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Pedro Vargas Pérez. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 116177.—Curridabat, 20 de mayo del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013350979.—(IN2013035725).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Zapote, con domicilio en la provincia de Alajuela, Zarcero, Zapote, en el Salón Comunal. Cuyos fines primordiales son: Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con disposiciones del AyA. Colaboración en los programas y campañas de índole educativa que se emprendan. Su presidente Rafael Durán Carvajal es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. El vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales, con iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas N° 218 del 08 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite; tomo: 2012 asiento: 390037, sin adicionales.—Curridabat, 2 de mayo del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013035750).

AMBIENTE, ENERGÍA

INVITACIÓN A PRESENTAR EXPRESIONES DE INTERÉS

Proyecto Fortalecimiento del Programa de Turismo

Sostenible en Áreas Silvestres Protegidas

Préstamo N° 1824/OC-CR-Costa Rica

El Proyecto Fortalecimiento del Programa de Turismo Sostenible en Áreas Silvestres Protegidas (BID-TURISMO), está recibiendo expresiones de interés de firmas consultoras y constructoras para cada uno de los productos que se detallan en este documento.

Las firmas serán seleccionadas conforme a los procedimientos indicados en las Políticas para la Adquisición de Obras y Bienes Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (GN-2349-7), de fecha julio de 2006. Podrán participar todos los licitantes de países de origen que sean elegibles, según lo dispuesto en dichas políticas. Los interesados pueden obtener más información en la dirección electrónica indicada al final de este documento, durante horas de oficina de 7:00 a. m. a 3:00 p. m. Las expresiones de interés deberán ser enviadas vía correo directo a la dirección: San José, Barrio Tournón, ave.15, calle 1. Apdo: 11384-1000 San José, Costa Rica, o al correo electrónico bid.turismo@sinac.go.cr, a más tardar el 26 de junio del 2013 a las 12:30 pm hora de Costa Rica.

OBRAS Y SERVICIOS REQUERIDOS

1.  Diseño y construcción de obras en el Parque Nacional Rincón De La Vieja.

El objetivo es contratar una firma consultora y constructora con más de cinco años de experiencia, que brinde los servicios profesionales de arquitectura e ingenierías (Arquitectura, Ingeniería Estructural, Ingeniería Eléctrica, Ingeniería Mecánica, Topografía, Geología y otros) para que realice el diseño y la construcción completa y total de las siguientes obras en el Parque Nacional Rincón de La Vieja:

A. Centro de Visitantes:

Edificación de un solo nivel con capacidad para albergar 250 personas, el edificio debe integrarse paisajísticamente al entorno espacial, físico y geográfico, respetando la escala, propiciando la identidad institucional y buscando la armonía con el entorno ambiental y cultural.

Deberá contar con todos los sistemas electromecánicos y tecnológicos propios de un lugar de atención al turista, su diseño y construcción debe ofrecer tecnologías y materiales con estándares de calidad actuales y cumplir en todo con la normativa técnica y legal vigente.

Las siguientes son las actividades a diseñar y construir para el Centro de Visitantes:

   Área de recepción, información y atención al visitante.

  Boletería con área para control y registro de visitantes.

   Área administrativa.

   Oficina para guías locales.

   Espacio multiuso Cuarto de Comunicaciones.

   Cafetería - refresquería con área de estar.

   Tienda de recuerdos y artesanías.

   Batería de Servicios Sanitarios para el público.

   Área de enfermería para primeros auxilios.

   Bodega, basura y otros servicios.

   Batería de servicios sanitarios para personal técnico y administrativo.

   Área para casilleros.

   Áreas verdes y mobiliario para uso público.

B. Acondicionamiento Sendero Las Pailas. Longitud 3.4 km

C. Acondicionamiento Sendero Las Cataratas / Catarata Escondida. 6.5 Km

Ambos senderos son existentes y se encuentran en condiciones que ameritan el rediseño y reconstrucción, tanto de sus suelos (sub base, base y acabados), como de su trayectoria en algunos tramos; así también es necesario incorporar nuevos elementos como puentes, pasos de agua, miradores, áreas de descanso, barandas, cunetas, drenajes, y otros, para lo que deberán considerarse las características geomorfológicas de sus suelos, las condiciones climáticas y demás características propias del sitio donde se desarrollarán las obras. Se deberán realizar los estudios técnicos correspondientes que respalden criterios de diseño.

El Adjudicatario será responsable de cumplir con los siguientes productos:

FASE I DISEÑO comprende:

a)  Estudios Básicos, incluye entre otros la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)

b)  Estudios Preliminares.

c)  Anteproyecto.

d)  Planos Constructivos, Especificaciones Técnicas y Memorias de Cálculo.

e)  Presupuesto Detallado de Actividades

FASE II CONSTRUCCIÓN comprende:

f)  Proceso Constructivo, incluye Dirección Técnica y Regencia Ambiental.

g)  Elaborar los Planos de Obra Real Construida.

h)  Elaborar el Manual de Mantenimiento de la Obra.

Las personas jurídicas interesadas en participar de este proceso, deberán proporcionar información que indique que están calificadas para desarrollar esta contratación, para ello deben hacer llegar a la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP), una carta manifestando el interés en participar (favor indicar adecuadamente el nombre del proyecto de interés), acompañada de: a) descripción general y legal de la firma, b) descripción de trabajos desarrollados en diseño de obras en los últimos cinco años, c) descripción de trabajos desarrollados en construcción de obras en los últimos cinco años, d) currículo de los profesionales que conforman el equipo de trabajo y que serían responsables del diseño y la construcción de las Obras, e) capacidad de facturación mayor o igual a $1.500.000.00 y demás comprobantes, que demuestren que la firma cuenta con capacidad económica para asumir los gastos del proyecto en los primeros meses, así como para aportar las garantías de mantenimiento y cumplimiento.-

2.  Diseño y construcción de obras en el Refugio Nacional de Vida Silvestre Mixto Caño Negro

El objetivo es contratar una firma consultora y constructora con más de cinco años de experiencia, que brinde los servicios profesionales de arquitectura e ingenierías (Arquitectura, Ingeniería Estructural, Ingeniería Eléctrica, Ingeniería Mecánica, Topografía, Geología y otros) para que realice el diseño y la construcción completa y total de las siguientes obras en el Refugio Nacional de Vida Silvestre Mixto Caño Negro:

A. Acondicionamiento de la Estación Biológica como Centro de Visitantes.

Edificación existente de dos plantas, con área total de 243 m². Debe realizarse el diseño y los trabajos de construcción necesarios para acondicionar y readecuar el edificio a las actividades propias de un Centro de Visitantes, el cual deberá contar con:

   Área administrativa.

   Área de Cobro, control e información.

   Tienda de suvenires y recuerdos.

   Área de capacitación.

   Área de Exhibición (multiuso)

   Otros

   Reparaciones y obras de mantenimiento

B. Batería de Servicios Sanitarios exterior para visitantes con el correspondiente sistema de evacuación y tratamiento de aguas residuales.

C. Estacionamiento para 30 vehículos

D. Atracadero con muelle de embarque y desembarque con área de espera.

E.  Dos torres para observación de aves de 8 a 12 m de altura.

F.  Sendero Elevado con obras complementarias (miradores, áreas de descanso y otras). Longitud 1200 metros.

Las obras deberán contar con todos los sistemas electromecánicos y tecnológicos propios de un lugar de atención al turista, el diseño y construcción tanto de las obras existentes como de las obras nuevas, deberán ofrecer tecnologías y materiales con estándares de calidad actuales y cumplir en todo con la normativa técnica y legal vigente. El diseño debe guardar armonía con el entorno ambiental, paisajístico y cultural y tomar en consideración las condiciones geológicas, climáticas y otras.

El Adjudicatario será responsable de cumplir con los siguientes productos:

FASE I DISEÑO comprende:

a)  Estudios Básicos, incluye entre otros la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)

b)  Estudios Preliminares.

c)  Anteproyecto.

d)  Planos Constructivos, Especificaciones Técnicas y Memorias de Cálculo.

e)  Presupuesto Detallado de Actividades

FASE II CONSTRUCCIÓN comprende:

f)  Proceso Constructivo, incluye Dirección Técnica y Regencia Ambiental.

g)  Elaborar los Planos de Obra Real Construida.

h)  Elaborar el Manual de Mantenimiento de la Obra.

Las personas jurídicas interesadas en participar de este proceso, deberán proporcionar información que indique que están calificadas para desarrollar esta contratación, para ello deben hacer llegar a la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP), una carta manifestando el interés en participar (favor indicar adecuadamente el nombre del proyecto de interés), acompañada de: a) descripción general de la firma, b) descripción de trabajos desarrollados en diseño de obras en los últimos cinco años, c) descripción de trabajos desarrollados en construcción de obras en los últimos cinco años, d) currículo de los profesionales que conforman el equipo de trabajo y que serían responsables del diseño y la construcción de las Obras, e) capacidad de facturación mayor o igual a $1.000.000.00 y demás comprobantes, que demuestren que la firma cuenta con capacidad económica para asumir los gastos del proyecto en los primeros meses, así como para aportar las garantías de mantenimiento y cumplimiento.—Unidad Coordinadora del Proyecto.—MBA. Guisselle Méndez Vega, Coordinadora.—1 vez.—(IN2013036347).

El Proyecto Fortalecimiento del Programa de Turismo Sostenible en Áreas Silvestres Protegidas (BID-TURISMO), está recibiendo expresiones de interés de firmas consultoras para cada uno de los productos que se detallan en este documento.

Las firmas serán seleccionadas conforme a los procedimientos indicados en las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (GN-2350-7), de julio de 2006. Podrán participar todos los licitantes de países de origen que sean elegibles, según lo dispuesto en dichas políticas. Los interesados pueden obtener más información en la dirección electrónica indicada al final de este documento, durante horas de oficina de 7:00 a. m. a 3:00 p. m. Las expresiones de interés deberán ser enviadas vía correo directo a la dirección: San José, Barrio Tournón, ave.15, calle 1. Apdo: 11384-1000 San José, Costa Rica, o al correo electrónico bid.turismo@sinac.go.cr, a más tardar el 26 de junio del 2013 a las 12:30 pm hora de Costa Rica.

SERVICIOS REQUERIDOS

1.  Inspección de las Obras de Construcción en el Parque Nacional Tortuguero

Las firmas interesadas en participar de este proceso, deberán proporcionar información que indique que están calificadas para asumir las funciones y responsabilidades de esta contratación, para ello deben hacer llegar a la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP), una carta manifestando el interés en participar (favor indicar adecuadamente el nombre de la consultoría de su interés), acompañada de: a) descripción general y legal de la firma b) experiencia de la firma (y de sus miembros) mayor a 5 años en inspección de obras, identificando proyectos relacionados con esta consultoría (tiempos y montos) c) currículo de los profesionales que conforman la firma y participarían en la inspección d) otra información que la firma consultora considere pertinente.

Los Inspección requiere como mínimo experiencia en arquitectura, ingeniería estructural, ingeniería eléctrica, ingeniería mecánica, topografía, geografía.

2.  Inspección de las Obras de Construcción en el Parque Nacional Rincón de la Vieja

Las firmas interesadas en participar de este proceso, deberán proporcionar información que indique que están calificadas para asumir las funciones y responsabilidades de esta contratación, para ello deben hacer llegar a la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP), una carta manifestando el interés en participar (favor indicar adecuadamente el nombre de la consultoría de su interés), acompañada de: a) descripción general y legal de la firma b) experiencia de la firma (y de sus miembros) mayor a 5 años en inspección de obras, identificando proyectos relacionados con esta consultoría (tiempos y montos) c) currículo de los profesionales que conforman la firma y participarían en la inspección d) otra información que la firma consultora considere pertinente.

Los Inspección requiere como mínimo experiencia en arquitectura, ingeniería estructural, ingeniería eléctrica, ingeniería mecánica, topografía, geografía.

3.  Inspección de las Obras de Construcción en el Refugio Nacional de Vida Silvestre Caño Negro

Las firmas interesadas en participar de este proceso, deberán proporcionar información que indique que están calificadas para asumir las funciones y responsabilidades de esta contratación, para ello deben hacer llegar a la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP), una carta manifestando el interés en participar (favor indicar adecuadamente el nombre de la consultoría de su interés), acompañada de: a) descripción general y legal de la firma b) experiencia de la firma (y de sus miembros) mayor a 5 años en inspección de obras, identificando proyectos relacionados con esta consultoría (tiempos y montos) c) currículo de los profesionales que conforman la firma y participarían en la inspección d) otra información que la firma consultora considere pertinente.

Los Inspección requiere como mínimo experiencia en arquitectura, ingeniería estructural, ingeniería eléctrica, ingeniería mecánica, topografía, geografía.—Unidad Coordinadora del Proyecto.—MBA. Guisselle Méndez Vega, Coordinadora.—1 vez.—(IN2013036352).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. N° 34197-2012. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas diez minutos del dieciséis de mayo de dos mil trece. Romilia Aguirre Reyes conocida como Romilia Aguirre López, divorciada, costarricense, cédula de identidad número ocho-ciento dos-cero cero uno, vecina de San Francisco de Dos Ríos, San José; solicita la rectificación de su asiento de naturalización..., en el sentido que los apellidos de la misma son “Aguirre Reyes, hija de José Urso Aguirre, no indica segundo apellido y María Asunción Reyes, no indica segundo apellido” y no como se consignaron y el asiento de matrimonio de Santos Leonicio Gerardo Pérez Molina con Romilia Aguirre Reyes..., en el sentido que los apellidos de la cónyuge son “Aguirre Reyes, hija de José Urso Aguirre, no indica segundo apellido y María Asunción Reyes, no indica segundo apellido” y no como se consignaron. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—RP2013350801.—(IN2013034967).

Exp. Nº 27641-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas cincuenta minutos del veintidós de febrero del dos mil trece. Diligencias de ocurso presentadas ante la Oficina Regional de este Registro Civil en Turrialba, por Mariana Quirós Rodríguez, mayor, casada, del hogar, costarricense, cédula de identidad número dos-doscientos cuarenta y ocho-cero noventa y seis, vecina de La Suiza, Turrialba, Cartago, tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento… en el sentido que la fecha de nacimiento… es “dieciocho de marzo de mil novecientos cuarenta y siete”, y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—(IN2013035168).

PUBLICACIÓN DE unA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Rosa Elena Duarte González, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 185-2013. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas diez minutos del catorce de enero de dos mil trece. Ocurso. Exp. N° 43278-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Joseling Massiel López Duarte...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Rosa Elena”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2013350963.—(IN2013035726).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Cristian Calvo Soto, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1696-2012. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas dos minutos del diecisiete de mayo del dos mil doce. Exp. N° 5167-2012. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—…, Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Priscila Tatiana Soto Campos y la razón marginal de fecha dieciocho de abril del dos mil dos, consignada en el asiento de nacimiento de Sabrina Soto Matarrita, en el sentido que los apellidos del padre... son “Calvo Soto”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN20213035836).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Julie Ann Ellis Miller, mayor, divorciada, gerente general, estadounidense, cédula de residencia 184000484625, vecina de Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1518-2013.—San José, treinta y uno de mayo de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013035577).

Xiomara del Socorro Rivera Rivera, mayor, soltera, servicios domésticos, nicaragüense, cédula de residencia 155800994206, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1733-2012.—San José, veintinueve de mayo de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013035599).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CULTURA Y JUVENTUD

TEATRO POPULAR MELICO SALAZAR

ADMINISTRACIÓN

MODIFICACIÓN AL PLAN DE COMPRAS 2013

Se avisa a todos los potenciales oferentes que con el fin de cumplir con lo que establece el artículo 8 de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 7 del Reglamento General de Contratación Administrativa, que por necesidad administrativa e interés público, ha sido modificado el programa anual de adquisiciones 2013. Dicha modificación se encuentra disponible en la página del Ministerio de Hacienda-CompraRed, dirección: www.hacienda.go.cr.

San José, 07 de junio del 2013.—Gisela Lobo Hernández, Administradora.—1 vez.—(IN2013037031).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

MODIFICACIÓN AL PLAN DE COMPRAS N° 007-2013

Se comunica a los interesados la inclusión de las siguientes necesidades en el Plan de Compras del Registro Nacional:

Partida

presupuestaria

Descripción

Monto

estimado ¢

1.04.04

Servicios de levantamiento del inventario de activos.

620.000.000,00

5.02.01

Remodelación oficinas.

17.668.171,00

 

Lic. Hazel Ruiz Morales, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 13-0001.—Solicitud Nº 119-783-13-005.—(IN2013037288).

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría invita a participar en el siguiente procedimiento de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000011-PROV

Contratación del proyecto para corregir hundimientos en el

edificio de Tribunales de Justicia de San Mateo

Fecha y hora de apertura: 10 de julio del 2013, a las 10:00 horas.

El cartel se puede obtener sin costo alguno a través de Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la siguiente dirección: jzuniga@Poder-Judicial.go.cr, respectivamente. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3295  ó  2295-3623.

LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN-000001-PROV

Compra de útiles y materiales de oficina según demanda

Fecha y hora de apertura: 12 de julio de 2013, a las 10:00 horas

El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección:

http://poder-judicial.go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm o solicitarlo al correo electrónico kgutierrez@poder-judicial.go.cr.

San José, 07 de junio del 2013.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—(IN2013036995).

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000002-01

Venta de las propiedades del Consejo Nacional de Producción

El Consejo Nacional de Producción, por medio del Área Administrativa, recibirá ofertas por escrito hasta el día jueves, 04 de julio del 2013, a las catorce horas, Licitación Pública Nº 2013LN-000002-01, para la venta de las propiedades del Consejo Nacional de Producción ubicadas en la Provincia de Puntarenas, Cantón Golfito, Distrito Golfito; en la Provincia de Limón, Cantón Talamanca, Distrito Cahuita y en la Provincia de Guanacaste, Cantón Carrillo, Distrito Filadelfia, correspondientes a los terrenos que se describen a continuación:

Línea

Descripción

Valor / Precio Base

1

Propiedad inscrita al folio real matrícula No.040879-000, conocida como “Lote baldío en Golfito centro”, ubicada en la Provincia de Puntarenas, Cantón Golfito, Distrito Golfito, en kilómetro 2, contiguo al Estadio Municipal de Golfito “Fortunato Atencio”, según coordenadas 554850 y 288250 de la Hoja Cartográfica GOLFITO.

¢15.518.250,00 (quince millones, quinientos dieciocho mil doscientos cincuenta colones exactos)

2

Propiedad inscrita al folio real matrícula No.046113-000, conocida como “Lote baldío Hone Creek – Cahuita”, ubicada en la Provincia de Limón, Cantón Talamanca, Distrito Cahuita, del Cruce BribríCahuita – Puerto Viejo, 900 metros al sureste por la calle que conduce a Puerto Viejo, frente al Abastecedor el Cruce, según intersección de las coordenadas 400 y 596 de la Hoja Cartográfica AMUBRI.

¢15.748.290,00 (quince millones setecientos cuarenta y ocho mil doscientos noventa colones exactos)

3

Propiedad inscrita al folio real matrícula No.50011411-000, ubicada en la provincia de Guanacaste, Cantón Carrillo, Distrito Filadelfia con edificaciones (Bodega y Galerón), con un área total de 3694 m2, según plano catastro No. G-1621182-2012.

¢273.473.857,00 (doscientos setenta y tres millones cuatrocientos setenta y tres mil ochocientos cincuenta y siete colones exactos)

 

En caso de estar interesado en participar en la presente Licitación, el cartel que contiene las condiciones específicas y generales, puede ser retirado, sin costo alguno, en el Área Administrativa, ubicada del Gimnasio Nacional 200 metros al este y 150 metros sur. Para recibir el cartel de esta licitación vía correo electrónico, favor solicitarlo a la siguiente dirección: aprovisionamiento@cnp.go.cr o encontrarlo en el sitio Web www.cnp.go.cr . Para mayor información comunicarse al teléfono 2257-93-55, extensiones 2257-93-55 ext. 250 y 387.

1 vez.—O. C. Nº 010-2013.—Solicitud Nº 800-00010P.—Crédito.—(IN2013037274).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000015-01

Contratación de servicios de mantenimiento correctivo para impresoras,

proyectores, computadoras (portátil, PC, All in one)

y escáner en la Sede Central del INA

El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 02 de julio del 2013. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste, del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00158.—Crédito.—(IN2013037283).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000016-01

Compra de muebles de madera y sus derivados,

para uso en oficinas y Centros Administrativos

El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 28 de junio del 2013. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00156.—Crédito.—(IN2013037284).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000030-02

Suministro e instalación de red inalámbrica

La Dirección de Suministros de RECOPE, invita a participar en la Licitación Abreviada N° 2013LA-000030-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las oficinas centrales de RECOPE, Edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte, San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta las 13:00 horas del día 3 de julio del 2013.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la página web de RECOPE: www.recope.com.

La visita al sitio para explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a cabo el día 17 de junio del 2013, a las 10:00 horas en el piso N° 2 del Edificio Administrativo del Plantel de Refinería en  Moín, Limón.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio web: www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.

Departamento de Contratación de Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón.—1 vez.—O. C. Nº 000220.—Solicitud Nº 865-00159-PROV.—(IN2013037287).

ADJUDICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000002-09005

Pistolas

Modalidad entrega según demanda

La Dirección de Proveeduría Institucional del Ministerio de Seguridad Pública, comunica a todos los interesados en la contratación arriba indicada que mediante resolución de adjudicación de las 17:09 horas del 31 de mayo del 2013, la misma se adjudica de la siguiente manera:

Oferta: Electrónica Pablo Murillo S. A., cédula jurídica Nº 3101333037.

Línea 1: Pistola marca Sig Sauer, modelo P226, calibre 9x19 mm, con todas las especificaciones técnicas solicitadas en el cartel e indicadas en la oferta.

Precio unitario: $1.210,00 (mil doscientos diez dólares 00/100).

Lugar de entrega: Dirección General de Armamento.

Plazo de entrega: 60 días hábiles desglosados de la siguiente manera: 55 días hábiles para la entrega de documentos a fin de solicitar la exoneración correspondiente, y 05 días hábiles para la entrega final del bien una vez entregado el documento de exoneración.

Forma de pago: Usual de Gobierno.

Garantía de los bienes: 72 meses contra defectos de fabricación en condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación.

San José, 4 de junio del 2013.—MSc. Jéssica González Montero, Directora de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 18419.—Solicitud Nº 108-090-00040.—(IN2013037299).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2012LA-000080-0DI00

Demarcación vial horizontal y colocación de captaluces

de la ruta nacional 237,  sección: Paso Real-San Vito

El Consejo Nacional de Vialidad (Conavi), comunica a todos los interesados en el concurso en referencia, que según artículo VI de la sesión Nº 1011-13, de 4 de junio de 2013, el Consejo de Administración acordó:

Acuerdo firme: Analizados los informes legal, técnico, de razonabilidad de precios, financiero, la recomendación de adjudicación de la Comisión Permanente de Contrataciones CPC-052-13 y los oficios DIE-03-13-1496 de la Dirección Ejecutiva y PRO-01-13-1852 de la Proveeduría Institucional se acogen y se adjudica la Licitación Abreviada 2012LA-000080-0DI00 “Demarcación vial horizontal y colocación de captaluces de la ruta nacional 237, sección: Paso Real-San Vito” al consorcio de empresas conformado por J&L Señalización y Arquitectura S. A., cédula jurídica 3-101-126423, M&P Obras Civiles S. A., cédula jurídica 3-101-147132, Horizontes de Vías y Señales de Centro América S. A., cédula jurídica 3-101-304030, Publivías S. A., cédula jurídica 3-101-032985, Servicios de Señalamiento Vial S. A., cédula jurídica 3-101-080084, Bela Consultores S. A., cédula jurídica 3-101-148701 y Publiseñales de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-307361, por un monto de ¢116.515.617,71 (ciento dieciséis millones quinientos quince mil seiscientos diecisiete colones con 71/100 ) y un plazo de ejecución de 15 (quince) días hábiles.

San José, 6 de junio del 2013.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. 2105.—Sol. 112-303-00173.—Crédito.—(IN2013037250).

LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000089-0DI00

Demarcación vial horizontal y colocación de captaluces de

la ruta nacional 10,  sección: Finca La Amistad-Siquirres

El Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), comunica a todos los interesados en el concurso en referencia, que según artículo VII de la sesión N° 1011-13, de 04 de junio de 2013 el Consejo de Administración acordó:

Acuerdo Firme: Analizados los informes legal, técnico, de razonabilidad de precios, financiero, la recomendación de adjudicación de la Comisión Permanente de Contrataciones CPC-056-13 y los oficios DIE-03-13-1482 de la Dirección Ejecutiva y PRO-01-13-1853 de la Proveeduría Institucional  se acogen y se adjudica la Licitación Abreviada 2012LA-000089-0DI00 “Demarcación vial horizontal y colocación de captaluces de la ruta nacional 10, sección: Finca La Amistad-Siquirres” al consorcio de empresas conformado por J&L Señalización y Arquitectura S.A., cédula jurídica 3-101-126423, M&P Obras Civiles S. A., cédula jurídica 3-101-147132, Horizontes de Vías y Señales de Centro América S. A., cédula jurídica 3-101-304030, Publivías S. A., cédula jurídica 3-101-032985, Servicios de Señalamiento Vial S. A., cédula jurídica 3-101-080084, Bela Consultores S. A., cédula jurídica 3-101-148701 y Publiseñales de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-307361, por un monto de ¢155.904.341,21 (ciento cincuenta y cinco millones novecientos cuatro mil trescientos cuarenta y un colones con 21/100) y un plazo de ejecución de 15 (quince) días naturales.

San José, 6 de junio de 2013.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. N° 2105.—Solicitud N° 111-303-00174.—C-13160.—(IN2013037251).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

LICITACIÓN  ABREVIADA 2012LA-000012-01

Contratación de servicios en ingeniería y arquitectura para

el desarrollo de los estudios y diseños requeridos para

el proceso tendiente a la rehabilitación y renovación

integral del edificio del Centro de Negocios San José

La Oficina de Proveeduría y Licitaciones informa a los interesados en la licitación supracitada, que la misma fue adjudicada el pasado 30 de mayo del 2013 al Consorcio Heriel S.A.-Grupo Ingeniería y Arquitectura GIA S. A.; por un monto de $358.000,00.

Lic. Waldo Giutta Alvarado, Ejecutivo de Contratación Administrativa.—1 vez.—O. C. N° 19.—Solicitud N° 915-10028.—C-11300.—(IN2013037255).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

LICITACIÓN PÚBLICA 2012LN-000025-99999

RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN N° 65-2013

Compra de equipo de cómputo

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), comunica a los interesados en la presente licitación, que el Consejo Universitario en sesión N° 2257-2013, Art. II, inciso 3-a) celebrada el 6 de junio del 2013, acordó lo siguiente:

Considerando:

1.  El acuerdo tomado por el Consejo de Rectoría, en sesión N° 1772-2013, artículo III, inciso 5 a), celebrada el 27 de mayo de 2013, en el que se avala la readjudicación de la Licitación Pública 2012LN-000025-99999, “Compra de Equipo de Cómputo”, con base en la recomendación y evaluación de la Comisión de Licitaciones.

2.  Oficio OJ 2013-129, suscrito por la Oficina Jurídica, en el que indica que una vez visto el expediente de la Licitación Pública 2012LN-000025, éste cumple con los requisitos de tipo legal, siendo acorde con la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.

3.  Acuerdo de la Comisión de Licitaciones, de la sesión 09-2013, del 13 de mayo de 2013, que indica en su artículo IV:

I.     Dejar fuera de concurso de mala oferta de la empresa Asesoría Inmobiliaria y Negocios Red Global S.A., por cuanto no cumple con la condición de ser Centro de Servicio Autorizado de Reparación de la marca que distribuyen, cuyo domicilio esté en el área Metropolitana y ofrecen a la UNED.

II.    Dejar fuera de concurso la oferta de la empresa Corporación Eléctrica Osmín Vargas S. A., por cuanto no atendió la prevención de subsanación para restablecer la vigencia de la oferta.

III.  Dejar fuera de concurso la oferta presentada por Central de Servicios PC S. A., en el ítem 3 de la oferta base 2, por ofrecer un respaldo de garantía diferente al solicitado en el cartel.

IV.  Dejar fuera de concurso la oferta presentada por la empresa Componentes El Orbe S. A., en el ítem 3 por no cumplir con las especificaciones técnicas según el oficio DTIC-2012-196.

V.    Readjudicar la Licitación Pública 2012LN-000025-99999, “Compra de equipo de cómputo”, con base en lo indicado en la recomendación y la evaluación respectiva, de la siguiente manera:

1)  A la empresa Central de Servicios PC S. A., los siguientes ítemes de la oferta base 1:

Ítem 3: 91 Computadoras de escritorio marca Dell Latitude E5430, precio unitario $1.098,50, precio total $99.963,50.

Ítem 6: 30 Computadores mini portátiles marca Dell Latitude E2120, precio unitario $708.20, precio total $21.246,00.

Monto total adjudicado: $121.209,50, tiempo de entrega 1 día natural, bajo la figura de aforo provisional.

Se acuerda:

Adjudicar a la empresa Central de Servicios PC S. A., la Licitación Pública 2012LN-000025-99999 “ Compra de equipo de cómputo” correspondiente a los ítemes del punto V del artículo IV, del acuerdo de la Comisión de Licitaciones en su sesión N° 09-2013 del 13 de mayo del 2013, por un monto de $121.209,50.

Sabanilla, 7 de junio del 2013.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(IN2013037263).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000018-01

Compra de muebles y equipo de metal con elementos

de madera, para uso en aulas

y Centros Administrativos

La Comisión Local Central de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 10-2013, celebrada el día 30 de mayo del 2013, artículo V, tomó el siguiente acuerdo:

Adjudicar la Licitación Abreviada 2012LA-000018-01, para la compra de muebles y equipo de metal con elementos de madera, para uso en aulas y centros administrativos, de conformidad con el informe de recomendación UCI-PA-1208-2013, los estudios técnicos NTM-PGA-299-2012 y NMM-PGA-184-2012 y el estudio legal ALCA-363-2012, en los siguientes términos:

    Adjudicar las líneas 6-9, a la oferta 2 de la empresa S-Suplidora de Máquinas y Reparaciones S. A., por un monto de 0753.800,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 30 días hábiles.

    Adjudicar las líneas 1-11-13-14-15, a la oferta 3 de la empresa Compañía Leogar S. A., por un monto de 02.160.600,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 30 días hábiles.

    Adjudicar la línea 2, a la oferta 4 de la empresa Muebles Metálicos Alvarado S. A., por un monto de 0714.000,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 30 días hábiles.

    Adjudicar la línea 3, a la oferta 7, de la empresa Muebles Crometal S. A., por un monto de 0585.000,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 30 días hábiles.

    Adjudicar las líneas 10-12, a la oferta 8, de la empresa Distribuidora M S. A., por un monto de 01.860.000,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 30 días hábiles.

    Adjudicar las líneas 7-8-18, a la oferta 11, de la empresa Basic Seats LTDA., por un monto de $28.272,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 30 días hábiles.

    Adjudicar la línea 5, a la oferta 12, de la empresa Amoblamientos Fantini S. A., por un monto de 07.434.700,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 30 días hábiles.

    Adjudicar las líneas 16-17, a la oferta 13, de la empresa Mobi-Centro LTDA., por un monto de 06.915.000.00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 30 días hábiles.

    Declarar infructuosa la línea 4, por incumplimientos técnicos.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00159.—Crédito.—(IN2013037280).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000013-01

Compra de equipo para la enseñanza de audio y video

El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 01 de julio del 2013. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste, del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00157.—Crédito.—(IN2013037282).

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

ÁREA PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000001-IMAS

Arrendamiento de un local para las oficinas

de la Unidad Local de Desarrollo Social en Pavas

Se comunica a los interesados en la Licitación de referencia que mediante Oficio SGSA-453-06-2013 de 04 de junio, 2013, emitido por la Subgerencia de Soporte Administrativo, declara infructuosa la presente Licitación.

San José, 06 de junio del 2013.—Licda. Ana Virginia García Gallo, Proveedora Institucional a. í.—1 vez.—(IN2013037010).

REGISTRO DE PROVEEDORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

Se notifica a la casa comercial Nirvana de Moravia S. A.; cédula jurídica 3-101-055543, que este Despacho emitió resolución A-00165-2013, de las once horas veinticinco minutos del veintitrés de mayo del dos mil trece, mediante la cual dictó resolución final en el procedimiento de resolución contractual, resolviendo: 1) Resolver contractualmente las obligaciones con la firma Nirvana de Moravia S. A., en cuanto a los ítemes 1, 2, 4 y 5 derivados del concurso 2010CD-001026-2102, 2) Iniciar el procedimiento sancionatorio correspondiente. Se advierte a la empresa Nirvana de Moravia S. A., que contra la presente resolución caben los recursos ordinarios previstos en la Ley General de Administración Pública.

MSc. Maritza Campos Calvo, Directora.—1 vez.—(IN2013035775).

FE DE ERRATAS

JUSTICIA Y PAZ

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000013-78300

Contrato de entrega según demanda

Suministro de balones de fútbol y fútbol sala

Se avisa a todos aquellos interesados en esta contratación, que se encuentra disponible el pliego de condiciones con las modificaciones de carácter técnico. La fecha de apertura de esta contratación se traslada para el día 8 de julio del 2013, a las 09:00 a. m.

El cartel estará a disposición en el Sistema de Compras Gubernamentales Comprared 2.0 a partir de esta fecha, en la siguiente dirección electrónica: https://www.hacienda.go.cr/rp/ca/InformacionTramite.aspx?TRAMIDEN=2013LN-000013-78300&TITUTRAM=19

San José, 7 de junio del 2013.—Rolando Chinchilla Masís.—1 vez.—O. C. Nº 18854.—Solicitud Nº 119-780-030DA.—(IN2013037292).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013 LN-000011-DCADM

(Prórroga N° 2)

Contratación de profesionales en derecho para

brindar servicios para cobro judicial

Se les comunica a los interesados que por la atención de la Resolución R-DCA-251-2013 de la Contraloría General de la República, se prorroga la fecha y hora para la apertura de ofertas de este concurso para el día 01 de julio del 2013 a las 11:00 horas.

Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.

San José, 7 de junio de 2013.—Área Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2013037008).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Nº 2013LN-000012-PRI (Circular Nº 1)

Adquisición de un sistema integrado

para capital humano-SICH-

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A) cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la Licitación arriba indicada, que se prorroga la fecha de apertura de ofertas para 28 de junio del 2013, a las 10:00 horas.

Dirección Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2141.—Solicitud Nº 870-00119.—Crédito.—(IN2013037270).

AVISOS

HOSPITAL DEL TRAUMA S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000004-00103

(Comunicado de modificación al cartel)

Se avisa a todos aquellos interesados en este concurso “Adquisición de ropa para uso hospitalario del Hospital del Trauma S. A.”, que una modificación y una aclaración al cartel se encuentra a disposición en el Sistema Comprared en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared.

San José, 5 de junio del 2013.—Lic. Fernando León Murillo, Proveedor.—1 vez.—(IN2013037222).

LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN-000005-00103

(Comunicado de aclaración al cartel)

Se avisa a todos aquellos interesados en este concurso “Adquisición de material de osteosíntesis en modalidad de compra por demanda, para los procedimientos quirúrgicos a realizarse en el Hospital del Trauma S. A.”, que una aclaración al Cartel se encuentra a disposición en el Sistema Comprared en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared.

San José, 5 de junio del 2013.—Lic. Fernando León Murillo, Proveedor.—1 vez.—(IN2013037224).

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000005-00103 (Comunicado

de modificación de apertura)

Adquisición de material de osteosíntesis en modalidad de

compra por demanda, para los procedimientos

quirúrgicos a realizarse en el Hospital del Trauma

Se avisa a todos aquellos interesados en participar en este concurso “Adquisición de material de osteosíntesis en modalidad de compra por demanda, para los procedimientos quirúrgicos a realizarse en el Hospital del Trauma”, que la misma se prorroga para las 10:00 del 25/06/2013.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared, o podrá obtenerlo inmediatamente en el Departamento de Contrataciones de la Proveeduría Institucional del Hospital del Trauma S. A.

San José, 5 de junio del 2013.—Lic. Fernando León Murillo, Proveedor.—1 vez.—(IN2013037225).

REGLAMENTOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

El Ministerio de Agricultura y Ganadería y el Ministerio de Economía, Industria y Comercio a través de la Secretaria del Órgano de Reglamentación Técnica (ORT), someten a conocimiento de las instituciones y público en general el siguiente proyecto de reglamento técnico:

    RTCA 65.05.67:13 Insumos Agrícolas. Ingrediente Activo Grado Técnico, Plaguicidas Químicos Formulados, Sustancias Afines, Coadyuvantes y Vehículos Físicos de Uso Agrícola. Requisitos para la Elaboración de Etiquetas y Panfletos,

Se otorgará un plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este aviso, para presentar ante la Secretaría sus observaciones y justificación técnica, científica o legal, de conformidad con el artículo 361 de la Ley General de la Administración Pública.

El  texto del reglamento técnico se encuentra en la oficina de la Secretaría del ORT, sita en Sabana Sur de la Contraloría General de la República, 400 metros al oeste en horario de 8 a.m. a 4 p.m. La versión digital se encuentra disponible en la dirección http://www.reglatec.go.cr/prNacionalPublica.htm o bien las pueden solicitar a la dirección electrónica: reglatec@meic.go.cr. Las observaciones podrán ser entregadas en estas direcciones o través del fax: 2291-2007.

Ing. Jorge Araya González, M.Sc. Jefe Departamento Agroquímicos y Equipos.—Servicio Fitosanitario del Estado.—1 vez.—O. C. Nº 17.—Solicitud Nº 27957.—C-12220.—(IN2013036755).

REMATES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CENTRO CRÉDITO SOBRE ALHAJAS AMÓN

El Proceso de Pignoración (Monte Popular) del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, avisa que a las once horas del día 29 de Junio del 2013, se rematarán al mejor postor las garantías de las operaciones de crédito que tengan dos o más cuotas de atraso, o que su fecha de cancelación esté vencida, según lo establece el Reglamento de Crédito de Pignoración. El remate se efectuará en San José, calle primera, avenidas nueve y once, o de Radiográfica Costarricense 250 metros al norte, oficina del Centro de Crédito sobre Alhajas Amón. Remate N° 485.

Agencia 04

ALHAJAS

Operación                   Descripción                                          Base Remate        Operación                   Descripción                                    Base Remate

004-060-803746-5     LOTE DE ALAHAJS                               88.976,95           004-060-804663-7     PULSERA CON PIEDRAS                  117.652,10

004-060-804801-3     LOTE DE ALHAJAS                             107.472,95           004-060-805499-8     ANILLOS                                             72.832,25

004-060-806317-2     LOTE DE ALHAJAS                             397.426,00           004-060-807968-7     CADENAS                                          301.781,05

004-060-808025-4     LOTE DE ALHAJAS                             402.748,45           004-060-808031-9     LOTE DE ALHAJAS                          586.352,75

004-060-808947-7     LOTE DE ALHAJAS                             105.026,50           004-060-809238-4     LOTE DE ALHAJAS                       1.679.423,85

004-060-809704-9     LOTE DE ALHAJAS                             469.537,25           004-060-810144-6     MONEDA                                           320.655,70

004-060-811743-6     LOTE DE ALHAJAS                             347.266,60           004-060-811802-0     LOTE DE ALHAJAS                            74.865,50

004-060-812521-7     CADENA                                               261.536,50           004-060-812774-0     LOTE DE ALHJAS                             303.684,85

004-060-812916-3     CADENAS Y PULSERAS                      558.972,95           004-060-812970-8     LOTE DE ALHAJAS                          227.608,05

004-060-813057-2     LOTE DE ALHAJAS                             297.675,50           004-060-813059-1     LOTE DE ALHAJAS                          139.651,55

004-060-813201-5     LOTE DE ALHAJAS                             192.703,80           004-060-813233-2     LOTE DE ALHAJAS                          241.088,50

004-060-813272-1     1 GARGANTILLA Y 1 CADENA         254.194,25           004-060-813347-5     LOTE DE ALHAJAS                          694.622,30

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 24                     8.243.756,15

Agencia 06

006-060-807112-3     LOTE DE ALHAJAS 10K                     489.569,55           006-060-807401-2     LOTE ALHAJAS 1,170.000=          1.331.165,40

006-060-808458-0     LOTE DE ALHAJAS                          1.303.576,75           006-060-808650-0     LOTE DE ALHAJAS                       2.964.917,75

006-060-809112-5     LOTE DE ALHAJAS                             144.109,35           006-060-809331-0     LOTE DE ALHAJAS [631.600.00      716.101,85

006-060-809489-4     LOTE DE ALHAJAS                             177.653,95           006-060-809575-9     LOTE DE ALHAJAS                            87.891,00

006-060-809683-4     LOTE DE ALHAJAS                             171.917,90           006-060-809947-3     LOTE DE ALHAJAS                          620.632,45

006-060-810280-0     LOTE DE ALHAJAS                          1.305.224,05           006-060-810329-0     LOTE DE ALHAJAS                          698.078,50

006-060-810351-5     LOTE DE ALHAJAS                          1.388.161,75           006-060-810490-6     LOTE DE ALHAJAS                            98.230,05

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 14                   11.497.230,30

006-060-809975-6     LOTE DE ALHAJAS                             555.466,55

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1                      555.466,55

Agencia 07

007-060-809533-7     LOTE DE ALHAJAS                             508.912,70           007-060-810116-2     PULSO 14                                          436.160,25

007-060-810349-9     LOTE DE ALHAJAS                          1.132.940,20           007-060-810914-0     2 ANILLOS                                        128.113,50

007-060-811859-3     LOTE DE ALHAJAS                             171.672,15           007-060-812061-6     lote de alhajas                                  2.043.380,15

007-060-812181-5     LOTE DE ALHAJAS                             439.822,55           007-060-812306-5     LOTE DE ALHAJAS                          204.483,95

007-060-812810-3     LOTE DE ALHAJAS                             108.330,00           007-060-812966-6     LOTE DE ALHAJAS                            64.675,40

007-060-813511-2     2 ANILLOS 14 42BR.                           221.028,80           007-060-813556-7     LOTE DE ALHAJAS                       1.381.486,70

007-060-813602-5     ANILLOS 10                                           72.544,45           007-060-813647-0     LOTE DE ALHAJAS                          603.633,55

007-060-813806-7     ANILLOS Y PULSO 10                           95.011,50           007-060-814061-8     CADENA DIJES 10                            191.576,00

007-060-814120-3     LOTE DE ALHAJAS                             204.086,75           007-060-814202-7     LOTE DE ALHAJAS                          277.264,60

007-060-814266-3     *NO TIENE DESCRIPCION                  258.697,35           007-060-814385-9     LOTE DE ALHAJAS                          161.661,15

007-060-814386-2     LOTE DE ALHAJAS                             406.589,45           007-060-814487-8     LOTE DE ALHAJAS                          190.675,90

007-060-814546-5     MONEDA 24K                                      649.764,00           007-060-814571-3     LOTE DE ALHAJAS                          183.842,70

007-060-814592-2     LOTE DE ALHAJAS                             664.191,10           007-060-814632-4     LOTE DE ALHAJAS                          125.575,85

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 26                   10.926.120,70

Agencia 08

008-060-805395-9     LOTE ALHAJAS                                1.865.618,35           008-060-805474-0     LOTE ALHAJAS                                993.180,60

008-060-806285-5     LOTE ALHAJAS                                     78.485,90           008-060-806577-7     LOTE DE ALHAJAS                          407.224,30

008-060-807698-0     LOTE DE ALHAJAS                             114.193,15           008-060-808279-0     LOTE DE ALHAJAS                          134.532,70

008-060-808577-9     *NO TIENE DESCRIPCION                  184.621,10           008-060-808578-4     *NO TIENE DESCRIPCION               314.505,50

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 8                       4.092.361,60

008-060-806699-3     LOTE ALHAJAS                                   939.091,75           008-060-807838-4     LOTE DE ALHAJAS                          171.024,05

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 2                   1.110.115,80

Agencia 10

010-060-807489-0     LOTE ALHAJAS                                   579.554,80           010-060-807555-8     LOTE ALHAJAS                                727.090,75

010-060-808919-0     LOTE ALHAJA                                     312.391,80           010-060-810531-1     LOTE ALHAJAS                                279.633,15

010-060-811268-6     LOTE ALHAJAS                                   657.902,05           010-060-811593-1     LOTE ALHAJAS                                496.517,70

010-060-812741-1     LOTE ALHAJAS                                   318.155,10           010-060-812743-0     LOTE ALHAJAS                                354.040,75

010-060-813138-6     LOTE ALHAJAS                                   762.557,65           010-060-813146-1     LOTE ALHAJAS                                242.556,35

010-060-813393-8     LOTE ALHAJAS                                   291.043,05

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 11                     5.021.443,15

Agencia 14

014-060-792580-0     LOTE ALAHAJAS                                315.242,75           014-060-793077-7     LOTE ALAHAJAS                          1.296.216,80

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 2                       1.611.459,55

Agencia 15

015-060-785031-5     ANILLOS Y ARO                                  142.744,50           015-060-792909-4     LOTE ALHAJAS                             1,292.399,30

015-060-793611-8     PULSERA                                              977.492,45           015-060-795781-4     LOTE ALHAJAS                                506.217,90

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 4                       2.918.854,15

015-060-783651-3     LOTE ALHAJAS                                   229,100.50           015-060-784279-7     3 ANILLOS                                          71,926.90

015-060-787390-9     PARES ARETES Y ANILLO                   61,544.15

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 3                      362,571.55

Agencia 17

017-060-797494-8     LOTE DE ALHAJAS                             228,406.85           017-060-798845-8     LOTE DE ALHAJAS                          524,293.65

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 2                          752,700.50

017-060-795409-0     LOTE DE ALHAJAS                             609,422.70

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1                      609,422.70

Agencia 22

022-060-787096-2     LOTE ALHAJAS                                     89,311.25

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 1                            89,311.25

Agencia 25

025-060-810602-0     LOTE ALHAJAS                                   277.278,75           025-060-812377-0     PULSERA                                           195.566,60

025-060-812416-8     CADENA                                               195.810,35           025-060-812638-8     LOTE ALHAJAS                                363.103,25

025-060-812695-5     LOTE ALHAJAS                                   185.102,90           025-060-812883-7     2 CADENAS                                       126.279,50

025-060-812931-2     LOTE ALHAJAS                                   733.349,55           025-060-813109-3     CADENA                                            456.500,20

025-060-813151-4     LOTE ALHAJAS                                   227.954,95           025-060-813269-3     LOTE ALHAJAS                                911.683,70

025-060-813371-5     LOTE ALHAJAS                                   208.183,25           025-060-814305-1     LOTE ALHAJAS                                131.329,70

025-060-814822-3     LOTE ALHAJAS                                   159.762,05           025-060-815312-0     LOTE ALHAJAS                                186.890,25

025-060-815364-5     LOTE DE ALHAJAS                             575.299,70           025-060-815420-8     LOTE ALHAJAS                                593.891,50

025-060-815696-1     LOTE ALHAJAS                                   332.128,30           025-060-816368-4     LOTE ALHAJAS                                356.196,55

025-060-816597-4     LOTE ALHAJAS                                   536.877,60           025-060-817064-1     LOTE ALHAJAS                                494.610,15

025-060-817073-2     ANILLOS                                                65.913,75           025-060-817294-5     PULSERA                                           418.306,30

025-060-817301-6     LOTE ALHAJAS                                   171.439,70           025-060-817488-4     LOTE ALHAJAS                                941.552,80

025-060-817759-5     LOTE ALHAJAS                                   800.733,45           025-060-817778-9     CADENA C/DI                                   241.974,70

025-060-817816-1     LOTE ALHAJAS                                   286.068,35           025-060-817830-1     LOTE ALHAJAS                                388.347,55

025-060-817954-7     LOTE ALHAJAS                                2.230.104,40           025-060-817955-2     LOTE ALHAJAS                             1.674.073,65

025-060-818113-5     LOTE ALHAJAS                                   175.143,35           025-060-818265-1     LOTE ALHAJAS                                177.705,65

025-060-818303-6     ANILLOS                                                42.742,75

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 33                   14.861.905,20

025-060-814675-1     LOTE ALHAJAS                                   315.239,80           025-060-817093-8     LOTE ALHAJAS                             2.074.160,70

025-060-818072-8     LOTE ALHAJAS                                   972.219,70           025-060-818241-8     LOTE ALHAJAS                                221.773,75

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 4                   3.583.393,95

Agencia 34

034-060-773905-4     LOTE DE ALHAJAS                          1.872.879,85

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 1                       1.872.879,85

Agencia 60

060-060-765750-4     LOTE ALHAJAS                                   492.065,10           060-060-765897-8     LOTE ALHAJAS                                694,937.50

060-060-766360-9     LOTE ALHAJAS                                   392.849,15

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 3                       1.579.851,75

060-060-766277-0 1  CADENA                                               171,782.85

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1                      171.782,85

Agencia 61

061-060-757204-2     LOTE DE ALHAJAS ORO 10,14, Y 1   329,643.90           061-060-759064-9     LOTE DE ALHAJAS ORO 18 Y 10 KI 433,236.35

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 2                          762.880,25

Agencia 63

063-060-754693-7     LOTE ALHAJAS                                   123,408.05           063-060-754928-1     LOTE ALHAJAS                                   244,578.10

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 2                          367.986,15

Agencia 77

077-060-144107-4     LOTE ALHAJAS                                   114.136,85           077-060-147284-1     LT DE ALHAJAS                               520.772,40

077-060-147632-4     LOTE ALHAJAS                                2.335.234,60           077-060-148642-0     LOTER DE ALHAJAS                     6.287.244,90

077-060-149352-6     LOTE DE ALHAJAS                             147.645,50           077-060-149560-7     CADENA                                            119.348,25

077-060-149602-8     ANILLOS                                                67.869,00           077-060-149693-1     LOTE DE ALHAJAS                       1.132.871,35

077-060-149794-7     CADENAS ANILLOS                            111.852,35           077-060-149917-8     LOTE DE ALHAJAS                       2.145.037,40

077-060-150105-0     LT DE ALHAJAS                                  218.211,80           077-060-150305-4     LOTE DE ALHAJAS                          150.048,25

077-060-151774-1     LOTE ALHAJAS                                   253.841,95           077-060-151884-6     ANILLO                                             166.595,00

077-060-152119-1     LOTE ALHAJAS                                     71.076,35           077-060-152124-2     LT DE ALHAJAS                               171.493,15

077-060-152127-5     CADENA C DIJE                                     50.333,55           077-060-152142-0     CADENA C DIJE                                236.296,50

077-060-152176-9     LOTE DE ALHAJAS                             208.169,00           077-060-152192-6     LOTE DE ALHAJAS                          105.496,70

077-060-152231-4     LOTE ALAHAJA 10.3GRS                   151.820,55           077-060-152278-0     LOTE ALHAJAS                                424.459,05

077-060-152282-5     LOTE ALHAJAS 254.2GRS               2.533.403,30           077-060-152286-3     LOTE ALHAJAS                             3.867.925,15

077-060-152352-7     LOTE ALHAJAS                                     93.541,70           077-060-152406-1     LOTE ALHAJAS                                152.859,05

077-060-152440-9     LOTE ALHAJAS                                     42.835,40           077-060-152445-0     LOTE ALHAJAS                                337.159,95

077-060-152446-4     LOTE ALHAJAS                                   159.384,75           077-060-152500-0     ANILLO BRILLANTES                     284.369,90

077-060-152546-8     CADENA                                               132.987,25           077-060-152560-8     LOTE DE ALHAJAS                          483.242,75

077-060-152602-9     LOTE ALHAJAS 62.0GRS                    682.140,00           077-060-152641-8     LOTE ALHAJAS                                295.983,70

077-060-152649-2     LT DE ALHAJAS                                  758.081,25           077-060-152656-2     LOTE ALHAJAS                                148.894,80

077-060-152685-9     LOTE ALHAJAS                                   512.910,55           077-060-152738-6     LOTE ALHAJAS                                183.156,85

077-060-152744-2     LOTE ALHAJAS                                   413.966,25           077-060-152748-0     LOTE ALHAJAS                             8.995.915,65

077-060-152767-0     LOTE ALHAJAS                                   102.922,00           077-060-152822-8     LOTE DE ALHAJAS                          833.491,90

077-060-152845-0     LT DE ALHAJAS                                  589.090,15           077-060-152846-3     LOTE ALHAJAS                                497.345,70

077-060-152881-4     LOTE ALHAJAS                                   293.727,85           077-060-152895-5     LOTE ALHAJAS 10.7GRS                   78.644,95

077-060-153017-1     LOTE ALHAJAS 63.9GRS                    472.912,80           077-060-153205-5     LOTE ALHAJAS                                597.822,80

077-060-153253-1     LOTE DE ALHAJAS                             618.109,75           077-060-153308-0     LOTE ALHAJAS                             1.846.402,35

077-060-153372-5     LOTE DE ALHAJAS                          2.323.924,90           077-060-153374-4     LOTE DE ALHAJAS                       3.110.128,35

077-060-153590-9     LOTE ALHAJAS 87.7GRS                    656.539,60           077-060-153760-2     LOTE ALHAJAS                                495.033,40

077-060-153771-0     LT DE ALHAJAS                                  652.344,15           077-060-153828-6     LOTE ALHAJAS                                515.599,45

077-060-153836-0     LOTE ALHAJAS                                   372.776,65           077-060-153852-9     LOTE DE ALHAJAS                          659.371,65

077-060-153879-7     LOTE ALHAJAS                                2.924.706,25           077-060-153941-4     LOTE ALHAJAS                             1.201.635,65

077-060-153965-8     LOTE ALHAJAS                                   730.429,95           077-060-154033-1     ANILLO BRILLANTES                     623.019,55

077-060-154099-7     LOTE DE ALHAJAS                          1.584.219,50           077-060-154124-4     LT DE ALHAJAS                               945.854,80

077-060-154173-8     LOTE ALHAJAS                                   349.500,80           077-060-154255-1     PULSERA                                           263.352,85

077-060-154348-3     LOTE DE ALHAJAS                             551.371,40           077-060-154371-2     LOTE ALHAJAS                                337.898,75

077-060-154755-2     1CADENA                                             743.597,15           077-060-154783-3     LOTE DE ALHAJAS                          305.894,20

077-060-154865-7     PULSO                                                  684.532,10           077-060-154874-6     LOTE ALHAJAS                                272.369,45

077-060-155066-5     LOTE DE ALHAJAS                             756.526,75           077-060-155173-9     LOTE ALHAJAS                                340.715,15

077-060-155195-3     LOTE ALHAJAS                                   322.181,15           077-060-155239-1     LT DE ALHAJAS                            1.298.556,85

077-060-155270-8     LOTE ALHAJAS                                   570.672,10           077-060-155432-4     LOTE DE ALHAJAS                       2.642.630,25

077-060-155511-9     LOTE ALHAJAS                                1.327.796,65           077-060-155653-2     1 ANILLO                                          407.107,80

077-060-155697-1     LOTE ALHAJAS                                   577.994,70           077-060-155743-1     LOTE ALHAJAS                             1.128.271,05

077-060-155861-0     LOTE DE ALHAJAS                             346.479,05           077-060-155887-2     LOTE ALHAJAS                             3.919.431,40

077-060-155889-1     LOTE ALHAJAS                                   521.407,75           077-060-155913-5     LOTE ALHAJAS                                234.007,95

077-060-155938-2     LOTE ALHAJAS                                   487.226,45           077-060-155962-5     LOTE ALHAJAS                                379.236,50

077-060-156006-8     LOTE ALHAJAS 48.6GES                    401.004,20           077-060-156037-0     LOTE ALHAJAS                                317.327,50

077-060-156052-5     LOTE ALHAJAS                                   400.352,40           077-060-156060-0     CORDON GARGAN PULSERAS     1.580.599,35

077-060-156061-4     LOTE ALHAJAS                                   968.612,05           077-060-156064-7     LOTE ALHAJAS                             1.813.173,25

077-060-156085-0     LOTE DE ALHAJAS                             931.642,90           077-060-156111-0     LOTE ALHAJAS                                480.231,70

077-060-156115-9     LOTE ALHAJAS                                   486.205,40           077-060-156168-7     LT DE ALHAJAS                            1.947.072,30

077-060-156354-0     CADENA                                               328.522,55           077-060-156479-0     LOTE ALHAJAS                                473.911,25

077-060-156534-8     LOTE ALHAJAS                                1.237.367,75           077-060-156653-3     LT DE ALHAJAS                               289.170,45

077-060-156682-8     LOTE ALHAJAS                                   411.345,15           077-060-156797-4     LOTE ALHAJAS                                900.373,60

077-060-156800-9     LOTE ALHAJAS                                   361.324,45           077-060-156854-0     2 CADENAS 1DIJE                            581.662,70

077-060-156868-1     LOTE ALHAJAS                                   670.715,60           077-060-156874-8     LOTE ALHAJAS                                748.994,40

077-060-156891-0     LOTE ALHAJAS                                   816.618,00           077-060-156926-1     LOTE DE LAHAJAS                       1.330.618,20

077-060-156947-2     LOTE DE ALHAJAS                          1.601.349,95           077-060-156995-0     LOTE ALHAJAS                                505.783,15

077-060-157078-0     LOTE ALHAJAS                                1.426.691,30           077-060-157122-8     LOTE DE ALAHJAS                          964.960,05

077-060-157188-5     LOTE ALHAJAS                                7.351.984,15           077-060-157207-6     LOTE DE ALHAJAS                       5.116.903,90

077-060-157221-6     LOTE DE ALHAJAS                             571.223,15           077-060-157289-0     LOTE ALHAJAS                                506.944,90

077-060-157290-5     CADENA                                               373.154,70           077-060-157308-3     MONEDAS                                      1.029.408,05

077-060-157365-9     LOTE ALHAJAS                                   765.120,60           077-060-157368-1     LOTE ALHAJAS                                295.040,05

077-060-157453-9     LOTE ALHAJA 39.0GRS                      796.359,50           077-060-157455-8     LOTE ALHAJAS 58.0GRS                 509.094,85

077-060-157506-0     LOTE ALHAJAS                                   541.131,20           077-060-157525-1     LOTE ALHAJAS                             2.121.625,10

077-060-157542-4     LT DE ALHAJAS                                  339.637,75           077-060-157548-1     LT DE ALHAJAS                               118.118,05

077-060-157589-8     LOTE DE ALHAJAS                          3.980.084,30           077-060-157590-2     CADENA PULSERA                       6.183.567,10

077-060-157645-0     LOTE DE ALHAJAS                             617.980,15           077-060-157647-8     LOTE ALHAJAS                             1.543.783,90

077-060-157715-2     ANILLOS                                              136.447,60           077-060-157819-0     LT DE ALHAJAS                               248.177,30

077-060-157893-0     LOTE ALHAJAS                                1.265.140,40           077-060-157920-7     LT DE ALHAJAS                            1.183.824,50

077-060-157928-1     LOTE ALHAJAS                                   387.510,75           077-060-157958-1     LOTE DE ALHAJAS                       3.095.477,40

077-060-158003-7     LOTE DE ALHAJAS                             228.487,45           077-060-158015-9     LOTE ALHAJAS                             1.381.739,70

077-060-158036-8     LOTE DE ALHAJAS                             993.061,85           077-060-158041-0     LOTE DE ALHAJAS                          311.871,15

077-060-158048-1     LOTE ALHAJAS                                   522.833,50           077-060-158071-0     LOTE ALHAJAS                                986.786,95

077-060-158104-2     LT DE ALHAJAS                               1.799.825,70           077-060-158123-4     LOTE ALHAJAS                                677.651,45

077-060-158126-7     LOTE ALHAJAS                                   408.971,30           077-060-158142-6     LOTE ALHAJAS 29.3GRS                 237.432,50

077-060-158167-3     LOTE ALHAJAS                                   841.323,45           077-060-158170-9     LOTE DE ALHAJAS                          149.700,20

077-060-158187-0     LOTE DE ALHAJAS                             457.544,35           077-060-158195-6     GARGANTILLA                                224.424,05

077-060-158202-5     LOTE ALHAJAS                                   147.398,50           077-060-158206-3     MONEDA                                           202.171,95

077-060-158210-0     LT DE ALHAJAS                                  154.049,05           077-060-158211-4     LOTE DE ALHAJAS                       1.856.400,00

077-060-158215-2     LOTE ALHAJAS                                   235.130,80           077-060-158219-9     CADENA                                         1.779.972,80

077-060-158221-7     LT DE ALHAJAS                               3.971.801,65           077-060-158314-9     LOTE ALHAJAS                                432.801,95

077-060-158362-5     LOTE DE ALHAJAS                             225.317,10           077-060-158363-0     LOTE ALHAJAS                                123.919,50

077-060-158377-1     LOTE DE ALHAJAS                             789.529,85           077-060-158392-5     LOTE DE ALHAJAS                          238.560,55

077-060-158406-7     ANILLOS                                              162.986,25           077-060-158416-0     ANILLO                                             463.794,10

077-060-158435-1     LOTE DE ALHAJAS                             159.606,00           077-060-158462-7     LOTE ALHAJAS                                616.762,50

077-060-158483-0     PULSERA                                           1.036.951,70           077-060-158525-2     LOTE DE ALHAJAS                       4.702.963,20

077-060-158584-7     CADENA                                                 96.848,90           077-060-158591-7     LOTE DE ALHAJAS                       1.146.927,00

077-060-158595-5     LOTE ALHAJAS                                   178.402,65           077-060-158600-7     LOTE DE ALHAJAS                       1.125.589,80

077-060-158618-4     LOTE ALHAJAS 6.7GRS                        51.033,15           077-060-158619-8     ANILLO                                             125.706,65

077-060-158622-0     ANILLO                                                396.580,00           077-060-158624-9     LT DE ALHAJAS                               243.045,50

077-060-158640-0     ANILLOS                                              362.734,25           077-060-158716-7     ANILLOS                                             51.012,30

077-060-158733-0     LT DE ALHAJAS                                  452.127,80           077-060-158816-9     LOTE ALHAJAS                                464.047,85

077-060-158872-0     RELOJ                                                   796.083,15           077-060-158916-0     LOTE ALHAJAS                                547.823,45

077-060-158940-5     1 PAR MANCUERNILLAS                   166.234,65           077-060-158965-2     LOTE ALHAJAS 18.7GRS                 158.332,95

077-060-158978-0     LOTE ALHAJAS                                     98.795,20           077-060-158979-3     LOTE DE ALHAJAS                          639.550,65

077-060-158984-4     LOTE ALHAJAS                                   353.495,25           077-060-158985-0     LOTE DE ALHAJAS                       1,386.504,10

077-060-158990-0     LT DE ALHAJAS                                  419.420,35           077-060-158992-8     CADENA                                            269.155,30

077-060-158993-3     CADENA                                            1.215.210,50           077-060-158998-5     LOTE ALHAJAS 5.7grs                       47.564,15

077-060-159012-5     1 ANILLO                                             110.309,40           077-060-159020-0     LOTE ALHAJAS                                888.187,15

077-060-159022-8     LT DE ALHAJAS                                  172.001,30           077-060-159029-9     LOTE ALHAJAS 16.9grs                   205.103,10

077-060-159043-0     LOTE ALHAJAS                                   224.280,55           077-060-159046-3     PULSERA                                             50.506,25

077-060-159050-0     LOTE ALHAJAS                                   864.892,00           077-060-159091-7     LOTE ALHAJAS                                601.701,55

077-060-159116-5     LOTE ALHAJAS                                   296.723,80           077-060-159225-6     LT DE ALHAJAS                               215.898,40

077-060-159250-4     LOTE DE ALHAJAS                             386.104,05           077-060-159299-5     LOTE ALHAJAS                                400.716,30

077-060-159311-7     LOTE ALHAJAS 12.4GRS                    182.258,95           077-060-159320-6     LOTE ALHAJAS                                184.205,40

077-060-159321-0     LOTE DE ALHAJAS                             419.630,00           077-060-159392-6     LOTE ALHAJA 15.7GRS                   273.645,70

077-060-159412-2     ANILLO                                                233.671,80           077-060-159420-8     LT DE ALHAJAS                            1.419.781,05

077-060-159422-5     LOTE ALHAJAS                                   243.667,10           077-060-159442-2     LOTE ALHAJAS                                507.577,20

077-060-159444-1     LT DE ALHAJAS                                  498.377,25           077-060-159453-0     LOTE ALHAJAS                                288.444,45

077-060-159459-6     CADENA                                               757.866,05           077-060-159468-5     LOTE ALHAJAS                                975.324,50

077-060-159481-1     LOTE DE ALHAJAS                          1.254.049,15           077-060-159484-4     LOTE ALHAJAS                                703.356,85

077-060-159489-6     LOTE ALHAJAS                                   550.548,45           077-060-159490-0     LOTE DE ALHAJAS                       9.562.544,30

077-060-159498-5     LOTE ALHAJAS                                7.270.208,05           077-060-159499-9     LOTE ALHAJAS 1.3GRS                   165.482,80

077-060-159511-2     LOTE DE ALHAJAS                          9.493.956,70           077-060-159517-8     MONEDA                                           797.535,25

077-060-159518-3     LOTE DE ALHAJAS                          9.693.458,80           077-060-159538-9     LOTE ALHAJAS 28.9GRS                 299.744,10

077-060-159542-6     LOTE ALHAJAS 25.4GRS                    264.454,95           077-060-159630-6     RELOJ                                             2.801.230,00

077-060-159693-9     LOTE DE ALHAJAS                          3.729.936,30           077-060-159713-5     LOTE ALHAJAS                                188.225,85

077-060-159737-7     LOTE ALHAJAS                                   802.949,70           077-060-159745-4     LOTE DE ALHAJAS                          293.630,90

077-060-159804-8     ANILLOS                                              586.214,45           077-060-159837-9     1 ANILLO                                            55.006,05

077-060-159840-4     LOTE ALHAJAS                                   776.194,80           077-060-159852-4     ANILLOS                                           146.245,85

077-060-159866-5     LT DE ALHAJAS                                  716.019,70           077-060-159868-4     LOTE ALHAJAS                                558.561,15

077-060-159878-9     LT DE ALHAJAS                               2.050.583,10           077-060-159884-3     LOTE ALHAJAS                             3.436.731,40

077-060-159887-6     LOTE ALHAJAS                                1.051.361,55           077-060-159888-1     LOTE ALHAJAS                                173.774,50

077-060-159904-0     LOTE ALHAJAS                                4.498.270,80           077-060-159930-1     LOTE ALHAJAS                             1.996.740,00

077-060-159984-5     LOTE ALHAJAS                                8.063.092,00           077-060-160014-1     LOTE DE ALHAJAS                          213.331,90

077-060-160024-4     CADENA                                               198.818,35           077-060-160030-0     LOTE ALHAJAS                                486.346,85

077-060-160031-4     LOTE ALHAJAS                                   104.217,20           077-060-160032-8     PULSERA                                           615.220,00

077-060-160073-8     LOTE ALHAJAS                                   512.056,10           077-060-160079-3     LOTE ALHAJAS                                365.462,70

077-060-160088-2     LOTE ALHAJAS                                   669.252,40           077-060-160089-6     LOTE DE ALHAJAS                          514.697,60

077-060-160118-1     LOTE ALHAJAS 28.6GRS                    391.764,85           077-060-160125-1     LOTE DE ALHAJAS                       5.339.622,75

077-060-160157-9     LOTE ALHAJAS                                   373.616,75           077-060-160169-0     LOTE DE ALHAJAS                          400.581,95

077-060-160182-7     LOTE ANILLOS                                   206.095,45           077-060-160191-6     LOTE ALHAJAS BRUTO 70.7 NETO 4 510.933,15

077-060-160194-9     LOTE ALHAJAS                                   241.285,30           077-060-160208-0     LT. DE ALHAJAS                              514.011,65

077-060-160216-4     LT DE ALHAJAS                                  375.688,20           077-060-160224-8     LOTE ALHAJAS                                278.348,10

077-060-160238-9     LOTE ALHAJAS                                   830.642,15           077-060-160244-5     LOTE DE ALHAJAS                       1.276.059,20

077-060-160263-7     LOTE ALHAJAS                                   428.151,75           077-060-160269-2     LOTE ALHAJAS                                111.088,45

077-060-160271-2     LOTE ALHAJAS                                   392.602,90           077-060-160277-8     LOTE ALHAJAS 61.1GRS                 599.783,80

077-060-160301-1     LOTE ALHAJAS                                   155.149,70           077-060-160310-0     LOTE ALHAJAS 34.9GRS                 529.684,75

077-060-160313-3     LOTE ALHAJAS                                1.347.228,10           077-060-160326-9     LOTE ALHAJAS                             6.222.257,55

077-060-160357-2     LOTE DE ALHAJAS                             855.121,70           077-060-160370-0     LOTE ALHAJAS                                181.752,75

077-060-160380-3     LOTE ALHAJAS                                   128.955,85           077-060-160394-2     LT DE ALHAJAS                               113.317,40

077-060-160395-8     ANILLO                                                249.820,30           077-060-160410-2     PULSERA                                           351.583,85

077-060-160414-9     LOTE DE ALHAJAS                             711.922,70           077-060-160422-2     LOTE ALHAJAS                                306.763,50

077-060-160449-0     LOTE ALHAJAS                                     93.052,55           077-060-160492-5     LOTE DE ALHAJAS                       3.043.307,75

077-060-160497-7     LOTE DE ALHAJAS                             380.082,40           077-060-160508-8     LOTE ALHAJAS                                589.276,95

077-060-160513-9     LT DE ALHAJAS                                  184.201,15           077-060-160518-0     LOTE ALHAJAS                                718.811,45

077-060-160526-4     LOTE DE ALHAJAS                             424.611,45           077-060-160529-7     LOTE DE ALHAJAS                          415.430,60

077-060-160536-7     CADENA                                            1.400.662,45           077-060-160538-6     LOTE ALHAJAS                                721.412,15

077-060-160540-6     LOTE ALHAJAS                                   131.686,35           077-060-160550-9     LOTE ALHAJAS                                343.529,60

077-060-160570-6     LOTE ALHAJAS 49.2GRS                    481.137,10           077-060-160581-2     LOTE ALHAJAS                                157.087,55

077-060-160620-0     PULSO                                                    91.779,40           077-060-160677-7     LOTE ALHAJAS                                656.034,70

077-060-160683-3     LOTE ALHAJAS                                1.911.605,20           077-060-160718-4     ANILLOS                                        1.445.116,80

077-060-160794-1     PULSERA                                              362.814,45           077-060-160795-7     LOTE ALHAJAS                                560.922,65

077-060-160800-9     LOTE ALAHAJAS 56.2GRS                 517.924,65           077-060-160806-4     LT DE ALHAJAS                               673.302,00

077-060-160809-7     LOTE DE ALHAJAS                             811.415,30           077-060-160815-3     LOTE ALHAJAS                                  76.171,40

077-060-160817-0     LOTE ALHAJAS                                   579.644,95           077-060-160819-0     CADENA                                            471.035,15

077-060-160823-7     LOTE ALHAJAS 28.4GRS                    261.850,50           077-060-160824-0     LOTE ALHAJAS                                810.793,95

077-060-160830-7     LOTE ALHAJAS 19.0GRS                    185.208,55           077-060-160834-3     LOTE ALHAJAS 5.5GRS                     97.912,85

077-060-160838-1     LOTE ALHAJAS                                   158.076,10           077-060-160839-5     LOTE ALHAJAS 8.3GRS                     73.551,75

077-060-160845-3     LOTE ALHAJAS                                1.443.199,00           077-060-160847-0     ANILLOS, CADENAS                        274.305,30

077-060-160860-7     LT DE ALHAJAS                               1.380.565,60           077-060-160861-0     1CADENA                                       1.355.240,05

077-060-160869-5     CADENA                                                 78.626,40           077-060-160895-9     1 ANILLO                                            58.233,95

077-060-160943-6     ANILLO                                                350.676,70           077-060-160946-9     ANILLO                                               62.670,05

077-060-160999-7     CADENA                                               256.150,80           077-060-161000-3     CADENA C DIJE                                257.759,80

077-060-161001-7     LOTE DE ALHAJAS                             244.929,95           077-060-161018-0     LOTE ALHAJAS                                132.317,50

077-060-161026-4     LOTE ALHAJAS 199.5GRS               2.694.246,55           077-060-161035-3     LOTE ALHAJAS                             1.479.888,80

077-060-161038-6     LOTE ALHAJAS                                1.046.593,50           077-060-161044-2     LOTE ALHAJA 105.6GRS              1.809.211,40

077-060-161051-2     LOTE DE ALHAJAS                             673.970,85           077-060-161059-7     1CADENA                                          369.004,25

077-060-161066-7     LT DE ALHAJAS                                  890.606,35           077-060-161068-6     LOTE DE ALHAJAS                          338.486,60

077-060-161079-4     CADENA                                               100.945,45           077-060-161084-5     5 ANILLOS                                          80.409,15

077-060-161085-0     CADENA 2 DIJES                                   97.736,55           077-060-161100-5     ANILLO                                             219.799,85

077-060-161105-7     LOTE ALHAJAS                                1.415.973,20           077-060-161116-3     LOTE ALHAJAS                                462.391,20

077-060-161133-6     LOTE DE ALHAJAS                             214.557,80           077-060-161142-5     1 ANILLO                                          171.981,55

077-060-161147-7     PULSERAS                                              57.327,15           077-060-161149-6     ANILLO                                             346.275,65

077-060-161169-1     LT DE ALHAJAS                                  316.907,60           077-060-161181-4     LOTE ALHAJAS                                552.384,20

077-060-161182-8     TOTAL ALHAJAS 76.6grs                    760.679,10           077-060-161185-2     ANILLOS. P. ARETES                       299.208,10

077-060-161189-9     LOTE ALHAJAS                                   174.067,15           077-060-161198-8     TOTAL ALHAJAS 132.00GRS       1.235.345,50

077-060-161205-9     LT DE ALHAJAS                               1.011.944,90           077-060-161208-1     LOTE ALHAJAS                             4.307.591,20

077-060-161210-0     LOTE ALHAJAS                                   181.553,80           077-060-161220-2     LOTE ALHAJAS                                867.551,20

077-060-161223-5     CADENA                                                 97,035.80

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 357               331.612.808,40

077-060-152859-9     LOTE ALHAJAS                                   143.552,45           077-060-156315-2     LOTE ALHAJAS                                886.316,90

077-060-158017-6     LOTE DE ALHAJAS                          2.626.122,60           077-060-158023-2     LOTE DE ALHAJAS                          537.943,90

077-060-158805-2     LOTE ALHAJAS                                   269.858,55           077-060-158817-2     LT DE ALHAJAS                               661.207,00

077-060-159680-3     LOTE DE ALHAJAS                             596.978,60           077-060-159985-0     LOTE ALHAJAS                                190.379,45

077-060-160202-3     LOTE ALHAJAS                                1.159.076,80           077-060-160286-7     2 CADENAS                                       376.076,80

077-060-160342-8     ANILLO                                                165.922,45           077-060-160420-5     LOTE ALHAJAS                                552.299,40

077-060-160559-7     CADENA C DIJE                                     82.485,55           077-060-160569-0     LOTE DE ALHAJAS                          796.453,60

077-060-160600-5     LT DE ALHAJAS                                  190.257,80           077-060-160635-5     ANILLOS BRILLANTES                   672.442,80

077-060-160642-5     LT DE ALHAJAS                                  783.694,30           077-060-160667-2     LOTE ALHAJAS                                676.085,55

077-060-160668-8     LOTE ALHAJAS                                   989.189,50           077-060-160687-0     LOTE ALHAJAS                                612.038,60

077-060-160688-5     LOTE ALHAJAS                                   141.574,80           077-060-160696-9     LOTE ALHAJAS 15.1GRS                 126.530,50

077-060-160733-8     LT DE ALHAJAS                               2.768.406,25           077-060-160734-1     LT DE ALHAJAS                            2.945.043,65

077-060-160742-7     *NO TIENE DESCRIPCION               1.585.115,10           077-060-160754-9     LOTE ALHAJAS 21.2GRS                 186.567,55

077-060-160771-3     LOTE ALHAJAS 20.1GRS                    185.384,05           077-060-160793-8     LOTE ALHAJAS 20.2GRS                 177.276,75

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 28               21.084.281,25

Agencia 79

079-060-845641-6     LOTE ALHAJAS                                   579.583,65           079-060-845657-4     LOTE ALHAJAS                                371.173,70

079-060-846227-6     LOTE ALHAJAS                                   141.081,65           079-060-846683-9     LOTE ALHAJAS                                245.437,20

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 4                       1.337.276,20

Agencia 85

085-060-853291-1     LOTE DE ALHAJAS                          1.160.675,50           085-060-854170-1     LOTE DE ALHAJAS                          732.683,15

085-060-854172-9     LOTE DE ALHAJAS                          1.497.203,95           085-060-854784-3 LOTE DE ALHAJAS                              657.041,20

085-060-855067-5     LOTE DE ALHAJAS                             316.679,30

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 5                       4.364.283,10

085-060-854985-2 LOTE DE ALHAJAS                                 194.519,60

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1                      194.519,60

Agencia 90

090-060-855347-5     LT ALHAJAS                                     1.163.005,05           090-060-855823-2     LT ALHAJAS                                     295.961,35

090-060-856350-0     LT ALHAJAS                                        596.000,20           090-060-856437-3     LT ALHAJAS                                     544.996,15

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 4                       2.599.962,75

090-060-855631-2     LT ALHAJAS                                     1.176.776,35

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1                   1.176.776,35

Edith Ramírez Moreira, Asistente.—1 vez.—O. C. Nº 06-2013.—Solicitud Nº 930-02-485.—C-Crédito.—(IN2013037257).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

VICERRECTORÍA EJECUTIVA

OFICINA DE REGISTRO Y ADMINISTRACIÓN ESTUDIANTIL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Estatal a Distancia, se ha presentado por motivo de solicitud de reposición del diploma, correspondiente al título de Bachillerato en Ciencias de la Educación con énfasis en I y II Ciclos a nombre de María del Rosario Vallejos Angulo, cédula de identidad 1-622-616. El mismo se encuentra registrado bajo la inscripción que se detalla a continuación:

Tomo: VII

Folio: 1078

Asiento: 36

 

Se solicita la publicación del edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles, a partir de la tercera publicación en La Gaceta. Dado a solicitud de la interesada en San José, a los veintinueve día del mes de abril del dos mil tres.—Área de Graduación y Certificaciones.—Lic. Tatyana Bermúdez Vargas, Encargada.—(IN2013034826).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A la señora Eveling Ramos Pineda, se le notifica que mediante resolución de las quince horas del dieciocho de febrero del dos mil trece, se resolvió:

1)  Iniciar proceso especial de protección en sede administrativa a favor de la persona menor de edad Alisson Michelle Argüello Ramos.

2)  Dictar medida de protección de orientación, apoyo y seguimiento a la familia la cual será brindada por el Equipo Interdisciplinario de Atención Integral de la Oficina Local. Los progenitores, deberá de asistir puntualmente a las citas que se le convoque como parte del plan de atención y seguimiento, e informará al PANI con debida antelación cualquier cambio de domicilio, dando su dirección exacta y forma de localización.

3) Se le ordena a la progenitores, incorporarse al programa de escuela para padres y madres y aportar comprobantes de haber completado el taller.

4) Se le ordena a los progenitores una valoración en el IAFA o en institución de rehabilitación, una valoración y aportar doping a fin de descartar adicción al licor o uso de drogas prohibidas actualmente.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta Oficina Local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. Expediente N° 115-00339-10.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 35921.—Solicitud Nº 61494.—C-14520.—(IN2013034877).

A los señores Santos Zeledón Polanco y Rosibel Barrera Jarquín, se le notifica que mediante resolución de las dieciséis horas del once de diciembre del dos mil doce, se ordena el abrigo temporal de la persona menor de edad Darilu Zeledón Barrera, en uno de los albergues institucionales. Lo anterior por un plazo máximo de seis meses. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta Oficina Local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. 115-00338-12.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 35921.—Solicitud Nº 61494.—C-8580.—(IN2013034878).

A Natalia Carmen Flores Téllez, se le comunica la resolución de las 10:00 horas del día 10 de mayo del año 2013, que dispone el ingreso como medida de abrigo temporal de la persona menor de edad Allison Fabiola Flores Téllez en el albergue de Grecia. Recurso de apelación. Plazo: dos días hábiles, siguientes a la segunda publicación, ante el Órgano Director, quien lo elevará ante Presidencia Ejecutiva quien lo resolverá. Debiendo las partes señalar lugar para atender notificaciones futuras. El recurso de apelación no suspende la medida de protección. Expediente 243-00060-2013.—Oficina Local de Naranjo.—Lic. Rosario Cruz Carvajal, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 35921.—Solicitud Nº 61494.—C-7260.—(IN2013034879).

Al ser las quince horas treinta minutos del día dieciocho de marzo del año dos mil trece, se convoca a todas aquellas personas que tengan interés en el proceso de declaratoria administrativa de estado de abandono involuntario de la persona menor de edad Luisa Francisca Calero Pérez, que la Oficina Local de Upala del Patronato Nacional de la Infancia dictó resolución Administrativa de las diez horas del día once de enero del año dos mil trece. Garantía de defensa: Se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Recurso: Se le hace saber a las partes que contra esta resolución procede el Recurso de Apelación si se interpone antes este Despacho o bien ante la Presidencia Ejecutiva, el cual deberá interponerse dentro de 48 horas contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. También se les previene que deben señalar lugar o fax donde recibir futuras notificaciones, el cual debe ser viable pues se intentará la comunicación en cinco oportunidades y en caso de estar ocupado desconectado o sin papel a la quinta vez, se consignará así en el expediente y se tendrá por notificada la resolución; de conformidad con la aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto N° 11302-2002, de las 15:41 horas del 27 de noviembre de 2002 de la Sala Constitucional. La interposición del Recurso de Apelación no suspende el acto administrativo. Expediente 246-00028-2012.—Oficina Local de Upala-Guatuso.—Lic. Katia Corrales Medrano, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35921.—Solicitud Nº 61496.—C-16520.—(IN2013034886).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Al ser las siete horas con cuarenta y cinco minutos del día once de marzo del año dos mil trece. Se le comunica a toda persona que tenga algún tipo de interés legítimo, la resolución de las catorce horas con veinte minutos del día dieciséis de noviembre del año dos mil doce ,que ordenó diligencias administrativas a fin de declarar en estado de abandono a la persona menor de edad Britany Yelena González Rivera hija de la señora Grisel Yamali González Rivera (fallecida). Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente 246-00016-2012.—Oficina Local de Upala-Guatuso.—Lic. Katia Corrales Medrano, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35921.—Solicitud Nº 61496.—C-16520.—(IN2013034888).

Al señor Alberto González Solórzano, se le comunica la resolución de las quince horas treinta minutos del día cinco de febrero del año dos mil trece que ordenó Medida Especial de Protección de Capacitación o Adiestramiento en Artes u Oficios Vocacionales en beneficio de la persona menor de edad E.K.G.G. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente N° 246-00011-2013.—Oficina Local de Upala-Guatuso.—Lic. Katia Corrales Medrano, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 35921.—Solicitud N° 61496.—C-16520.—(IN2013034889).

Al ser las ocho horas del día veinte de mayo del año dos mil trece, se le comunica al señor José Guillermo Carrillo, la resolución de las diez horas del día veinte de febrero del año dos mil trece que ordenó Medida Administrativa de Capacitación o Adiestramiento en Artes u Oficios Vocacionales en beneficio de la persona menor de edad M.J.C.C. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente N° 246-00016-2013.—Oficina Local de Upala-Guatuso.—Lic. Katia Corrales Medrano, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 35921.—Solicitud N° 61496.—C-16520.—(IN2013034891).

Al señor Luis Alonso Martínez Vásquez, se le comunica la resolución de las once horas del día veinticinco de enero del año dos mil trece que ordenó Medida de Protección de Capacitación o Adiestramiento en Artes u Oficios Vocacionales en beneficio del joven K.A.M.Z. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente 246-00002-2013.—Oficina Local de Upala-Guatuso.—Lic. Katia Corrales Medrano, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 35921.—Solicitud N° 61496.—C-16520.—(IN2013034892).

Al señor Olman Daniel Orozco López, se le comunica la resolución de las diez horas del día veinte de febrero del año dos mil trece que ordenó Medida Administrativa de Abrigo Temporal y otras en beneficio de las personas menores de edad M.A.O.M. y de J.D.O.M. Expediente Administrativo número 246-00013-2013. Garantía de defensa: Se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Recurso: Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente N° 246-00013-2013.—Oficina Local de Upala-Guatuso.—Lic. Katia Corrales Medrano, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 35921.—Solicitud N° 61496.—C-16520.—(IN2013034893).

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

EDICTO

La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-155-2012 admite la solicitud de autorización presentada por Inés Espinoza de la Cruz, cédula de residencia 1604-00255404, para brindar servicios de café Internet en el cantón de Desamparados, provincia de San José, Sector 2, diagonal a la Iglesia de Los Guidos. Se otorga el plazo de diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.—San José, 9 de enero del 2013.—Carlos Raúl Gutiérrez Gutiérrez, Presidente Concejo.—1 vez.—RP2013351541.—(IN2013037204).

AVISOS

INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA

Somete a consulta pública los siguientes proyectos de norma:

PN INTE 06-02-21: 2013 “Método de ensayo para determinar la densidad bruta (peso unitario) y los vacíos en agregado” (Correspondencia: ASTM C29-09).

PN INTE 16-10-11: 2013 “Norma para Accesorios Roscados de CPVC para Tubería Plástica Cédula 80” (Correspondencia: ASTM F437).

PN INTE 16-10-09: 2013 “Norma para los accesorios de CPVC cédula 40” (Correspondencia: ASTM F438).

PN INTE 16-10-10: 2013 “Norma para los accesorios de CPVC cédula 80” (Correspondencia: ASTM F439).

Se recibirán observaciones durante los siguientes 60 días naturales después de la publicación del presente aviso.

Para el caso del siguiente proyecto de norma:

PN INTE 01-01-09: 2013 “Norma Nacional Costa Rica califica. Requisitos” (Correspondencia: N.A.).

Se recibirán observaciones durante los siguientes 30 días naturales después de la publicación del presente aviso.

Para mayor información, comuníquese con la Dirección de Normalización con los ingenieros Felipe Calvo o César Rosales al teléfono 2283-4522 o a los correos fcalvo@inteco.or.cr o crosales@inteco.or.cr.

Mauricio Céspedes Mirabelli, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2013035604).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

DIRECCIÓN DE SERVICIOS

Para los fines consiguientes la Dirección de Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que el señor Jorge Francisco Sánchez Carvajal, portador de la cédula de identidad N° 1-0500-0965 y la señora María Virginia Guerrero Delgado, con cédula de identidad N° 6-0116-0668, han presentado escritura pública protocolizada rendida ante el notario Leonel Antonio Cruz Valverde, en la que ceden y traspasan el derecho de arrendamiento doble, fosa 271 (anteriormente fosa 264), bloque C, Cementerio Nuevo de Sabanilla, a Carlos Luis Sánchez Carvajal portador de la cédula de identidad N° 1-0442-0548; quien acepta que este quede inscrito a su nombre con las obligaciones que de ello se deriva. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de esta publicación para oír objeciones.

Sabanilla de Montes de Oca, 22 de mayo del 2013.—Héctor Bermúdez Víquez, Director de Servicios.—1 vez.—(IN2013035584).

Para los fines consiguientes la Dirección de Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que el señor Jorge Francisco Sánchez Carvajal, portador de la cédula de identidad N° 1-0500-0965 y la señora María Virginia Guerrero Delgado, con cédula de identidad N° 6-0116-0668, han presentado escritura pública protocolizada rendida ante el notario Leonel Antonio Cruz Valverde, en la que ceden y traspasan el derecho de arrendamiento doble, fosa 270 (anteriormente fosa 263), bloque C, Cementerio Nuevo de Sabanilla, a Mario Antonio Sánchez Carvajal portador de la cédula de identidad N° 1-0342-0404; quien acepta que este quede inscrito a su nombre con las obligaciones que de ello se deriva. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de esta publicación para oír objeciones.

Sabanilla de Montes de Oca, 15 de mayo del 2013.—Héctor Bermúdez Víquez, Director de Servicios.—1 vez.—(IN2013035585).

Para los fines consiguientes la Dirección de Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que la señora Socorro Mora Cid, portadora de la cédula de identidad N° 9-0018-0079, ha presentado escritura pública protocolizada rendida ante la notario Argerie Tinoco Duarte, en la que cede y traspasa el derecho de arrendamiento sencillo, fosa 130, cuadro 1, Cementerio de San Pedro, a la señora Yadira Tinoco Mora, portadora de la cédula de identidad N° 5-0154-0412; quien acepta que este quede inscrito a su nombre con las obligaciones que de ello se deriva. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de esta publicación para oír objeciones.

Sabanilla de Montes de Oca, 24 de mayo del 2013.—Héctor Bermúdez Víquez, Director.—1 vez.—RP2013350989.—(IN2013035731).

AVISOS

CONVOCATORIAS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

BORHANIMED SERVICES S. A.

En cumplimiento con el acta constitutiva de la sociedad Borhanimed Services S. A., cédula jurídica N° 3-101-396053, convoca a una asamblea extraordinaria de socios. Se avisa por este medio que la asamblea se realizará en San José, San Rafael de Escazú, edificio Fuentecantos, frente al Hospital Cima, autopista Próspero Fernández, calle paralela norte, el día 26 de junio del 2013, al ser las diez por la mañana como primera convocatoria y seguidamente la segunda 30 minutos después.—Charles George Fletcher, Presidente.—(IN2013036365).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

SOCIEDAD CLUB CAMPESTRE JOSÉ MARTI S. A.

De conformidad con acuerdo de Junta Directiva, se convoca a asamblea general ordinaria extraordinaria de accionistas, de la Sociedad Club Campestre José Marti S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero sesenta y cinco mil ochocientos setenta y seis, a celebrarse en su domicilio social, en Escazú, Guachipelín, del cruce de la autopista a Santa Ana, ochocientos metros al norte, el día domingo veintiuno de julio del dos mil trece, a las trece horas en primera convocatoria, y una hora después en segunda convocatoria. En dicha asamblea se conocerá el siguiente orden del día:

a)  Informe del presidente;

b)  Informe del tesorero;

c)  Reforma de la cláusula sétima del pacto constitutivo, en cuanto al plazo de nombramiento de los miembros de junta directiva, para que sean electos por el plazo social

d)  Reforma de la cláusula sétima del pacto constitutivo, en cuanto a la representación social, para que el presidente pueda actuar con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y el vicepresidente con iguales facultades, pero únicamente en caso de ausencia temporal o definitiva del presidente, que se presumirá con su actuación

e)  Reforma de la cláusula octava del pacto constitutivo, en cuanto al plazo de nombramiento del fiscal, para que sea por el plazo social

f)  Reforma de la cláusula décima del pacto constitutivo, en cuanto a las convocatorias para asambleas de accionistas, siendo que podrán efectuarse por el presidente y, en su ausencia, por el vicepresidente, y para celebrarse en cualquier cabecera de los cantones de Costa Rica;

g)  Reforma de la cláusula décima del pacto constitutivo, en cuanto a las sesiones de junta directiva, siendo que las mismas, tanto ordinarias como extraordinarias, serán convocadas por el presidente y, en su ausencia, por el vicepresidente y para celebrarse en cualquier cabecera de los cantones de Costa Rica

h)  Adicionar una cláusula décima quinta al pacto constitutivo, para que en caso de vacantes en la junta directiva, sea por renuncia, fallecimiento, declaratoria de interdicción, ausencia, quiebra o insolvencia de un director, sea reemplazado por otro designada por la misma junta directiva, hasta la próxima asamblea de accionistas, que ratificará o revocará el nombramiento, designando, en este último caso, un sustituto

i)   Ratificar el nombramiento de los miembros de junta directiva y fiscal, por el resto del plazo social.

Con excepción de los socios que hayan efectuado a esa fecha el trámite de sustitución y/o reposición por las nuevas acciones, los demás accionistas deberán demostrar su legitimación mediante el depósito previo de su acción o presentarla en el acto de la asamblea. En caso de representación legal, el asistente deberá presentar la documentación que lo acredite como tal, con menos de un mes de emitida. En todo caso de poder o carta-poder, debe presentarse con la firma debidamente autenticada por notario público y con los timbres de ley. Lo anterior, salvo los poderes generales o generalísimos, que deben estar debidamente inscritos en el Registro de Personas Jurídicas y presentarse certificación vigente (menos de un mes de emitida).—Guachipelín de Escazú, 30 de mayo del 2013.—Félix Juan Rodón Hernández, Presidente.—1 vez.—(IN2013036765).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

UNION PAK DE COSTA RICA S. A.

Union Pak de Costa Rica S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y cinco mil trescientos tres, domiciliada en Pavas, informa que por extravío queda anulado el cheque Nº 22938 de la cuenta corriente 305-825-6608 del Bank of America N.A., en el Banco Nacional de Costa Rica y por tanto no nos hacemos responsables del mal uso del mismo. Este aviso se publica en cumplimiento del artículo 709 del Código de Comercio.—Verónica Lang Galeano, responsable.—Tania Calvo Uribe, Auxiliar de Recursos Humanos.—(IN2013035064).

HOTELERA PLAYA FLAMINGO S. A.

Certificados de acciones N° 1829 y CO 0042 y de libre alojamiento N° 1829 a nombre de Edward Laskowski. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 690, 691, 692, 708, 709 del Código de Comercio. Se avisa que se procederá a reponer las acciones aludidas, si transcurrido un mes a partir de la publicación del último aviso no se hubiera presentado oposición al respecto.—San José, 29 de mayo del 2013.—Arturo Salazar Calvo, Contralor General Hotelera Playa Flamingo S. A.—(IN2013035094).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.

El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la Acción N° 0372 a nombre de Empresa Agroindustrial El Triunfo S. A., cédula jurídica N° 3-101-032525, por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—30 de mayo del 2013.—Lic. Cristian Calderón M., Gerente General.—RP2013350988.—(IN2013035730).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

MORA SILVESTRE S. A.

Por este medio se comunica por parte de Mora Silvestre S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veinticinco mil quinientos ochenta y uno, que se extraviaron los libros Registro de Asamblea General de Socios Nº 1, Registro de Accionistas Nº 1, por lo que se ha solicitado la reposición de los mismos por extravío.—San José, 22 de mayo del 2013.—Lic. Juan Andrés Boza Hernández, Presidente.—1 vez.—(IN2013035154).

MANEJO DE DESECHOS INDUSTRIALES (MADISA) S. A.

Por escritura 123-10, del 28 de mayo del 2013, se protocolizó, solicitud de reposición del libro de Actas de Asamblea de Socios, Acta Registro de Accionistas, Actas de Consejo de Administración, de la sociedad Manejo de Desechos Industriales (MADISA) S. A., cédula jurídica 3-101-388233.—San José, 29 de mayo del 2013.—Lic. Francisco Stewart Satchuell, Notario.—1 vez.—RP2013350812.—(IN2013035314).

GRUPO CORPORATIVO MARJOR

M.J. SOCIEDAD ANÓNIMA

La suscrita Deydalia Arce Vega, cédula de identidad 3-211-700, en mi condición de apoderada generalísima sin límite de suma del Grupo Corporativo Marjor M.J. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-360352, solicito ante el Registro Nacional, la reposición de los libros: libro Registro de Socios, libro Actas de Asambleas de Socios y libro de Actas del Consejo de Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro Nacional, Sección Mercantil, dentro del término de ley a partir de la publicación de este aviso.—San José 24 de mayo del 2013.—Deydalia Arce Vega, apoderada generalísima.—1 vez.—RP2013350815.—(IN2013035315).

EXPORTACIONES ENDEVOR SOCIEDAD ANÓNIMA

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 24 de mayo de 2013, se solicita reposición del libro de registro de socios de Exportaciones Endevor Sociedad Anónima. Einar José Villavicencio López, notario público de Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—RP2013350853.—(IN2013035352).

RÍO DE ORO MAQUENCO SOCIEDAD

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

La suscrita Angelina Denelle de apellido Phillips, de un único apellido, debido a mi nacionalidad estadounidense, mayor, casada en primeras nupcias, corredora de bienes raíces, vecina de Playa Sámara, Guanacaste, Buena Vista, cien metros al norte del Hotel Mágica Cantarrana, mano izquierda, portadora del pasaporte de mi país número cuatro cinco dos cero cuatro nueve ocho seis tres, en mi condición de subgerente con las facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad denominada Río de Oro Maquenco Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de personería jurídica número tres-ciento dos-seiscientos cincuenta y mil doscientos cuarenta y ocho, solicito la reposición de los libros de Asambleas de Socios número uno y de Registro de Socios número uno de la supra citada sociedad, lo anterior debido a que los mismos se extraviaron. Es todo.—Guanacaste, 30 de mayo del año 2013.—Angelina Denelle Phillips, Subgerente.—1 vez.—RP2013351009.—(IN2013035666).

THETHRA Y YO SOCIEDAD ANÓNIMA

Thethra y Yo Sociedad Anónima, cédula número 3-101-413447, solicita ante el Registro Público, la reposición de los libros siguientes: Registro de Accionistas, Actas de Junta Directiva y Actas de Asamblea de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—Silvia Elena Bolaños Quirós.—1 vez.—RP2013351033.—(IN2013035728).

TRANSPORTES LA GUAIRA M Y S S. A.

Quien suscribe, Minor Caballero Pérez, mayor, soltero, transportista, vecino de Guácimo frente a la Escuela La Guaira, cédula 6-0261-0007, en mi condición de apoderado generalísimo sin  límite  de  suma  de la empresa Transportes La Guaira M y S S. A., cédula jurídica 3-101-349282, domiciliada en Guácimo frente a la Escuela La Guaira, según consta en la Sección Mercantil del Registra Nacional al tomo 1713 folio 47 asiento 46, solicito al Registro Nacional, la reposición de los Libros de Actas de Asamblea General, Junta Directiva y Registro de Socios de la compañía Transportes La Guaira M y S S. A. Quien se considere afectado dirigir la o las oposiciones al domicilio social de la compañía en el término de ocho días contados a partir de la publicación.—Minor Caballero Pérez, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—RP2013351051.—(IN2013035729).

Ante esta Notaría y por escritura número 191 de las 8:00 horas del 22 de mayo del 2013, se ha modificado la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la empresa Inmobiliaria Hércules S. A., cédula jurídica 3-101-097486, para que las acciones sean firmadas únicamente por el presidente de la junta directiva, el resto permanece igual.—Santo Domingo de Heredia, 26 de mayo del 2013.—Lic. Luis Edgardo Ramírez Zamora, Notario.—1 vez.—RP2013350799.—(IN2013035047).

Por escritura número doscientos catorce otorgada ante esta Notaría a las veintitrés horas del veinticuatro de mayo del dos mil trece, se protocolizó acta de sociedad Maa Katyani Investments S. A., cédula jurídica tres ciento uno quinientos treinta y siete mil ochenta y cinco, en la que se modifica la cláusula de la representación y se hacen nuevos nombramientos.—Lic. Hazel Delgado Cascante, Notaria.—1 vez.—RP2013350800.—(IN2013035048).

Se hace saber que en mi notaría, a las diecisiete horas del veintiocho de mayo del dos mil trece, se nombró agente residente en Calsfskin Enterprises Incorporate Sociedad Anónima.—28 de mayo del 2013.—Lic. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—RP2013350802.—(IN2013035049).

La suscrita notaria, hago constar que ante mi notaría se protocolizó acta de la sociedad Mornign Sun Construction And Ladscape Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Escritura pública otorgada en San José, a las veinte horas del veintitrés de mayo del dos mil trece. Donde se acordó disolver la sociedad.—Lic. Tatiana Martínez Salas, Notaria.—1 vez.—RP2013350804.—(IN2013035050).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del quince de mayo del dos mil trece, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza: Amatista Sociedad Anónima en que se reforman las cláusulas segunda, tercera y quinta del pacto social y se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—RP2013350805.—(IN2013035051).

Por escritura otorgada ante este notario público el día veintisiete de mayo del dos mil trece, a las dieciocho horas, se constituyó una sociedad anónima denominada Finca el Refugio del Roaldo y el Bobo Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, vocal y vocal: apoderados generalísimos sin límite de suma actuando al menos dos de ellos.—Heredia, veintisiete de mayo del dos mil trece.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—RP2013350806.—(IN2013035052).

Por escritura otorgada el veintiocho de mayo del dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la compañía Grupo Geosis Limitada, con cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos dieciocho mil novecientos cuarenta y ocho, por la que se modifican estatutos.—Lic. Steven Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—RP2013350808.—(IN2013035053).

Que en esta notaría, se ha modificado varias cláusulas del pacto social de la empresa de esta plaza Academia Educativa y Guardería MRZ S. A. Es todo.—San José, a las once horas del día miércoles veintinueve de mayo del año dos mil trece.—Lic. Andrés Durán López, Notario.—1 vez.—RP2013350809.—(IN2013035054).

Por escritura otorgada el veintiocho de mayo del dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la compañía Sistemas Geotécnicos Globales GEOSIS Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos veintidós mil cuatrocientos cuarenta y ocho. Por la que se modifican estatutos.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—RP2013350810.—(IN2013035055).

Por escritura otorgada ante esta Notaría el día de hoy, protocolice acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en que se reforma la cláusula quinta, de la sociedad Casa Abad S.A.San José, 9 de mayo del 2013.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2013350811.—(IN2013035056).

Las señoras Ana Yensi Murillo Araya y Kattia Ballestero Corea, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada denominada conforme al número de cédula que asigne el Registro. Gerente: Ana Yensi Murillo Araya. Capital social: diez mil colones. San José, treinta de mayo del dos mil trece.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—(IN2013035065).

Por escritura pública número: treinta y seis-nueve otorgada ante mí a las dieciocho horas con treinta minutos del catorce de mayo del dos mil trece, se constituyó la sociedad Panada Limitada.—Lic. Gioconda Barquero Gardela, Notaria.—1 vez.—(IN2013035085).

Mediante escritura otorgada a las 15 horas del día 23 de mayo del año 2013, se constituyó la sociedad denominada Idicon Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse a Idicon S. A., indicando que el anterior es un nombre de fantasía. Segunda; el domicilio de la sociedad será en la ciudad de San José, Pavas de la embajada americana, cuatrocientos metros oeste y doscientos metros al sur. Objeto: comercio y la industria en todas sus formas.—San José, 27 de mayo de 2013.—Lic. Arturo Parra Espinoza, Notario.—1 vez.—(IN2013035096).

Ante esta notaría se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo de T. I. V. Taller Industrial Vásquez S. A., para que en adelante la representación recaiga sobre el presidente y el secretario de la junta directiva. Es todo.—Alajuela, treinta de mayo del dos mil trece.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2013035109).

Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Era Comunicaciones Digitales ECD S. A., realizada a las ocho horas del quince de mayo del dos mil trece, donde se nombra nuevo fiscal.—San José, treinta de mayo del dos mil trece.—Lic. Ana Daisy Morales Víquez, Notaria.—1 vez.—(IN2013035141).

Mediante escritura pública número treinta y nueve a las quince horas y diez minutos del veintiocho de mayo del dos mil trece ante los notarios Hugo Salazar Solano y Catalina Rojas Ramírez, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada EDP Development S. A., cédula jurídica 3-101-645049, en donde se reforma la cláusula decima cuarta: en cuanto a la junta directiva donde renuncian al cargo de tesorero David Alonso Jiménez Quirós, cédula 1-1012-327 y en su lugar Laura Alpízar Madrigal, cédula 1-104-051, además acuerdan modificar la cláusula quinta del capital social donde el señor Jiménez Quirós renuncia a las tres acciones que le corresponden, quedando la sociedad con un total de seis acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Es todo.—Alajuela, treinta de mayo del dos mil trece.—Lic. Catalina Rojas Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2013035153).

Ante esta notaría, por medio de escritura pública número: ciento trece, visible al folio noventa y cinco vuelto y al folio noventa y seis frente, del tomo once del notario Álvaro Hernández Chan, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Avantel Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos doce mil seiscientos setenta y siete, en donde se disuelve dicha sociedad anónima. Escritura otorgada en connotaría con el Lic. Róger Adriano Bogantes Zamora.—San José, diez horas del dieciséis de abril del año dos mil trece.—Lic. Róger Adriano Bogantes Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2013035164).

Mediante escritura número ciento noventa y tres, otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día veintinueve de mayo del año dos mil trece, se constituyó la sociedad denominada Vidrioperfiles Limitada. Domicilio: San José. Capital social: mil colones. Representación: corresponde al gerente la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Alex Thompson Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2013035167).

Mediante escritura pública número ciento cincuenta y ocho otorgada ante mí, a las trece horas treinta minutos del día veintiocho de agosto del año dos mil nueve, se protocolizó acta de la sociedad Transportes Privados V.G. Vives Golfin S. A. mediante los cuales se cambia de la junta directiva el presidente donde se le otorga la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1 vez.—(IN2013035176).

Por escritura otorgada ante mí, el veintidós de abril de dos mil trece, regístrese cambio de los estatutos de CR Property Hunters Sociedad Anónima con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seis seis dos siete dos dos, cambio en el nuevo nombramiento de junta directiva.—San José, veinticinco de mayo de dos mil trece.—Lic. Ihara González Medina, Notaria.—1 vez.—(IN2013035187).

Ante la notaría del licenciado Aníbal Zavaleta Díaz, notario público de Alajuela, el señor Óscar Juan Toro Gálvez, constituyó mediante escritura la Fundación Salud a Su Alcance, con domicilio: Urbanización Meza de Alajuela, 100 norte de Repuestos Gigante, constituida por un patrimonio de nueve mil colones; con el objeto de establecimiento de consultorios o centros médicos encaminados a la prevención y atención de diversas enfermedades, para el mejoramiento de la calidad de vida de los sectores más vulnerables de la población; el plazo de la fundación será perpetuo; la administración y dirección de la fundación estará a cargo de tres directores quienes tendrán una duración en sus puestos de un año pudiendo ser reelectos mientras no aparezca en el registro por quienes los sustituyan, además de otro nombrado por el Poder Ejecutivo y otro por la Municipalidad de Alajuela conformada en total por cinco miembros, de los cuales se nombrará al presidente de la junta administrativa el cual tendrá las facultades de apoderado general de la fundación sin límite de suma; todo de conformidad con el art. 13 de la Ley número 5338 del 28 de agosto de 1973; la asamblea general de la fundación será constituida por los miembros fundadores y por los miembros patrocinadores de la fundación que se afilien posteriormente.—Alajuela, 28 de mayo del 2013.—Lic. Aníbal Zavaleta D., Notario.—1 vez.—(IN2013035202).

Mediante escritura número ciento tres, del tomo cuarto de mi protocolo, otorgada a las quince horas con treinta minutos, del veintiocho de mayo del año dos mil trece, se constituyó: Manemil del Este Sociedad Anónima, domicilio: San José, Curridabat. Plazo: noventa y nueve años. Presidente Nelzon Enríquez Nochez Angulo, secretario: Manuel Antonio Ramos Ramos.—San José, veintinueve de mayo del dos mil trece.—Lic. William Castro Ponce, Notario.—1 vez.—(IN2013035205).

Por escritura treinta y cinco-seis, se realizó cambio en la representación de la sociedad Inversiones Metales del Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos cinco mil ochocientos cuarenta y cuatro, domiciliada en San José.—San José, treinta de mayo del dos mil trece.—Lic. Orlando Olivas Ortiz, Notario.—1 vez.—(IN2013035207).

Ante el suscrito notario público, siendo las diez horas del día veintisiete del mes de mayo del año 2013, en escritura número ciento trece mediante acta número tres protocolizada, se modificó la cláusula tercera del objeto, la cláusula sexta de la representación y se otorgó poder generalísimo sin límite de suma, se nombró nueva junta directiva, fiscal y agente residente de la sociedad Familia Rivera Quesada Sociedad Anónima cédula jurídica número 3-101-156424.—San José, 27 de mayo de 2013.—Lic. Olman Yorly Soto Vanegas, Notario.—1 vez.—(IN2013035225).

Edier Arroyo Reyes, cédula 1-1075-0002, Danny Arroyo Reyes cédula 1-1228-539, constituyen la sociedad denominada Precisión M&E S. A., su domicilio social será en San José, Barrio San José de Curridabat, del motel La Fuente doscientos setenta y cinco metros norte, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en los demás lugares del país o fuera de él. Escritura otorgada ante el notario Warner Castro Mathieu, a las 19 horas del día 27 de mayo del 2013. Es todo.—San José, 28 de mayo de 2013.—Lic. Warner Castro Mathieu, Notario.—1 vez.—(IN2013035228).

Mediante escritura N° 158 de folio 142 frente del tomo 3 de mi protocolo, se ha procedido a protocolizar asamblea general extraordinaria y ordinaria de la empresa Gourmet Pizza and Wings Sociedad Anónima cédula jurídica 3101660366, en donde se ha modificado domicilio social, se nombra secretario y aumenta capital.—Heredia, jueves 30 de mayo de 2013.—Lic. Jorge E. Ramos Ramos, Notario.—1 vez.—(IN2013035229).

Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad compañía Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cuarenta y Un Mil Doscientos Cuarenta y Siete Sociedad Anónima, celebrada a las nueve horas del treinta de abril del dos mil trece, en donde se reforma la cláusula sétima. Es todo.—San José, siete de mayo del dos mil trece.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(IN2013035231).

Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad compañía Monaco Swell of Sea Fifteen SF Sociedad Anónima, celebrada al ser las trece horas y dos minutos del día veinticinco de abril del dos mil trece, en donde se reforma la cláusula sétima. Es todo.—San José, siete de mayo del dos mil trece.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(IN2013035232).

Por escritura pública número 312-6 del 29 de mayo del 2013, ante esta notaría se modificó las cláusula segunda y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva de Tres Ciento Uno Cinco Cinco Seis Tres Cuatro Seis Sociedad Anónima.—Santa Bárbara de Heredia, 29 de mayo 2013.—Lic. Hernán Paniagua Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2013035267).

Por escritura pública número 313-6 del 29 de mayo del 2013, ante esta notaría se modificó las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva de Tres Ciento Uno Cinco Cinco Seis Dos Siete Tres Sociedad Anónima.—Santa Bárbara de Heredia, 29 de mayo 2013.—Lic. Hernán Paniagua Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2013035269).

Mediante escritura pública otorgada en San José a las ocho horas del veintiocho de junio del año dos mil doce, ante el notario público Eduardo Cordero Sibaja, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la empresa denominada Jukaber Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuarenta y ocho mil siete, en la que se acordó por unanimidad disolver la sociedad. Es todo.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—(IN2013035270).

Mediante escritura pública otorgada en San José a las trece horas del veintiocho de junio del año dos mil doce, ante el notario público Eduardo Cordero Sibaja, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la empresa denominada Importadora Mixcoa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y cuatro mil setecientos cincuenta y seis, en la que se acordó por unanimidad disolver la sociedad. Es todo.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—(IN2013035271).

El día de hoy la suscrita notaria pública protocolizó acta de asamblea  general  extraordinaria  de  accionistas  de  Global Fast S C S S. A. celebrada a las 7:00 horas del 17 de mayo del año 2013, mediante la cual se reforma el pacto social adicionando el cargo de agente de residente.—San José, 22 de mayo del 2013.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—RP2013350813.—(IN2013035321).

Mediante escritura otorgada ante mí a las once horas treinta minutos del veintiocho de mayo del dos mil trece, se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo de Garsae R y M S. A., cédula tres-ciento-uno-dos seis tres cuatro ocho ocho.—San José, veintiocho de mayo del dos mil trece.—Lic. Heike Kulzer Homann, Notaria.—1 vez.—RP2013350816.—(IN2013035322).

Mediante escritura otorgada ante mí a las doce horas del veintiocho de mayo del dos mil trece, se modificó las cláusulas segunda, cuarta y sétima del pacto constitutivo de Arquitecto Rafael Ángel García y Asociados S. A., cédula tres-ciento-uno-cero cinco cinco cinco seis siete.—San José, veintiocho de mayo del dos mil trece.—Lic. Heike Kulzer Homann, Notaria.—1 vez.—RP2013350817.—(IN2013035323).

Modificación de administración Sociedad Calderón y Alvarado Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las dieciséis horas del veintinueve de mayo del dos mil trece.—Lic. Juan Édgar Fallas García, Notario.—1 vez.—RP2013350818.—(IN2013035324).

Luis Mauricio Zúñiga Aguilar, Javier Eduardo Naranjo Soto, Julissa Zúñiga Rodríguez constituyen Distribuidora de Frutas y Verduras del Pacífico Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil trece.—Lic. Juan Édgar Fallas García, Notario.—1 vez.—RP2013350819.—(IN2013035325).

La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las diecinueve horas del veintinueve de mayo del dos mil tres, se constituyó la sociedad denominada Valldesol Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintinueve de mayo del dos mil trece.—Lic. Vivian Marcela Jiménez Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2013350820.—(IN2013035326).

Tatiana Zeledón Castro, informa que en su oficina se fusionaron, prevaleciendo la última: Inversiones SJF S. A. cédula 3101380116, Grupo John HMB S. A., cédula 3101380489 y JHMervyn Reyes S. A., cédula 3101381286. Se otorga plazo de ley para oposiciones.—Flores, 29 de mayo del 2013.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1 vez.—RP2013350822.—(IN2013035327).

La licenciada Tatiana Zeledón Castro, informa que en su oficina se constituyó Maxx Seguridad Inc. S. A.—Heredia, 18 de marzo del 2013.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1 vez.—RP2013350823.—(IN2013035328).

Ante el licenciado Juan Carlos Chávez Alvarado, se nombra como presidente al señor Alexánder Campos Rodríguez y se reforman las clausulas segunda y sexta, del pacto constitutivo de la sociedad Visión Automotriz del Siglo XXI S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos setenta y cuatro mil seiscientos setenta y cinco.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2013350825.—(IN2013035329).

Ante esta notaría a las 13:30 horas del 14 de mayo del año 2013, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Ramphado Sociedad Anónima.—San José, 15 de mayo del 2013.—Lic. Wilbert Garita Mora, Notario.—1 vez.—RP2013350826.—(IN2013035330).

Que por escritura pública número treinta y tres-siete otorgada ante esta notaría en San José, a las catorce horas del veintiocho de mayo del dos mil trece, se constituye una sociedad anónima que se denominará Apuyantra S. A., domicilio: condominio Arco Iris número cuatro, Alturas de Cariari, Ciudad Cariari, Belén, Heredia, objeto: comercio en general, la construcción, desarrollo, y los servicios en todas sus formas etc., representación: presidente y secretario con facultades individuales de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintiocho de mayo del dos mil trece.—Lic. Andrés Waisleder Goldberg, Notario.—1 vez.—RP2013350828.—(IN2013035331).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del día veintiocho de mayo del dos mil trece, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada 3-101-666769 S. A., donde se acuerda reformar las cláusulas primera y sexta de los estatutos.—San José, veintiocho de mayo del dos mil trece.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2013350829.—(IN2013035332).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas del día seis de mayo del dos mil trece, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada National Building Maintenance Co. S. A., donde se acuerda modificar la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, veintinueve de mayo del dos mil trece.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2013350830.—(IN2013035333).

Ante la notaría del licenciado Francisco Javier Vega Guzmán, se ha presentado la siguiente sociedad: Nawaf Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-459663, a fin de iniciar proceso de disolución notarial. A fin de que terceros interesados puedan manifestar lo de su interés, se emite el presente edicto.—San José, veintiocho de mayo del dos mil trece.—Lic. Francisco Javier Vega Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2013350831.—(IN2013035334).

Protocolización asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Wolsus S. A., donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio social.—Escritura otorgada en Heredia, a las 10:15 horas del 25 de mayo del 2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2013350832.—(IN2013035335).

Protocolización asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Propan S. A. donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio social.—Escritura otorgada en Heredia, a las 10:00 horas del 25 de mayo del 2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2013350833.—(IN2013035336).

Protocolización asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Mobisala S. A., donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio social.—Escritura otorgada en Heredia, a las 9:45 horas del 25 de mayo del 2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2013350834.—(IN2013035337).

Protocolización asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Fábrica de Muebles Maderit S. A., donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio social.—Escritura otorgada en Heredia, a las 9:30 horas del 25 de mayo del 2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2013350835.—(IN2013035338).

Protocolización asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Ofitex S. A., donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio social.—Escritura otorgada en Heredia, a las 9:15 horas del 25 de mayo del 2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2013350836.—(IN2013035339).

Por escritura otorgada a las doce horas del día de hoy, se constituyó Julie J EIRL. Julie Javelle, fundadora, y gerente. Domicilio: Tamarindo, Guanacaste.—Veinte de abril del dos mil trece.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2013350837.—(IN2013035340).

Por escritura otorgada ante el notario público Rafael Esquivel Gutiérrez, número 233 del tomo 17, de las 12 horas del día 29 del mes de mayo del año 2013, se protocoliza la constitución de sociedad de la sociedad denominada Producciones Heredianas Doble Cero S. A.—San José, 29 de mayo del 2013.—Lic. Rafael Ángel Esquivel Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2013350838.—(IN2013035341).

Protocolización asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Mobilia S. A., donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio social.—Escritura otorgada en Heredia, a las 9:00 horas del 25 de mayo del 2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2013350840.—(IN2013035342).

Protocolización asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Centro Diseño de Santa Ana S. A., donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio social. Escritura otorgada en Heredia, a las 8:45 horas del 25 de mayo del 2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2013350841.—(IN2013035343).

Protocolización asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Tefisa S. A., donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio social.—Escritura otorgada en Heredia, a las 8:30 horas del 25 de mayo del 2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2013350842.—(IN2013035344).

Protocolización asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Ónix S. A., donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo referente al domicilio social. Escritura otorgada en Heredia, a las 8:15 horas del 25 de mayo del 2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2013350843.—(IN2013035345).

Protocolización asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Centro Famailla S. A., se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, domicilio social, se nombra tesorero y se elimina la cláusula referente al agente residente. Escritura otorgada en Heredia, a las 11:00 horas del 29 de mayo del 2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2013350844.—(IN2013035346).

Protocolización asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Ferreterías Ace S. A., donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio social. Escritura otorgada en Heredia, a las 8:00 horas del 25 de mayo del 2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2013350845.—(IN2013035347).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8 horas del 8 de mayo de 2013, se reforman estatutos de Propertyshelf Limitada, domicilio: San José, Cantón Central, Distrito Catedral avenida 10 bis, calles 21 y 23, San José y se nombra agente residente al Lic. Jorge Granados Moreno.—Lic. Jorge Granados Moreno, Notario.—1 vez.—RP2013350846.—(IN2013035348).

La suscrita notaria Lic. Elena Rodríguez Cheung, hace constar que ante esta notaría se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza Telepago S. A., en la cual se modifica el domicilio social, la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 28 de mayo del 2013.—Lic. Elena Rodríguez Cheung, Notaria.—1 vez.—RP2013350849.—(IN2013035349).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 17:00 horas del 27 de mayo del 2013, protocolicé acta de la empresa: IVI Costa Rica Quest Destination Managment Company S. A., mediante la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, 29 de mayo del 2013.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2013350850.—(IN2013035350).

Por escritura número noventa y ocho-veinticuatro otorgada a las dieciséis horas cuarenta minutos del catorce de marzo de dos mil trece, se modificaron las cláusulas primera y sexta del pacto social de tres ciento dos seiscientos cincuenta y nueve mil novecientos treinta y cuatro srl, se nombró gerente y subgerente y se modificó la razón social a Priya Hermosa Ltda.—Liberia, veintiocho de mayo de dos mil trece.—Lic. Juan Rafael Villagra Coronado, Notario.—1 vez.—RP2013350851.—(IN2013035351).

Por escritura otorgada ante mí se constituye Café & Co. Sociedad Anónima.—Atenas, catorce de mayo de dos mil trece.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—RP2013350856.—(IN2013035353).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 13 horas del 15 de mayo de 2013, se constituye la sociedad Joslol S. A. Presidente: Roy Hernández Pérez.—Heredia, 28 de mayo de 2013.—Lic. Luis Ant. Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—RP2013350857.—(IN2013035354).

Ante mi notaría, Mónica Zumbado Fallas, mediante escritura ciento cuarenta y ocho del tomo octavo, se reformó las cláusulas número segunda y octava del pacto constitutivo de la sociedad Hacienda Proeco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento treinta y siete mil seiscientos veinte.—San José, veintidós del marzo del dos mil trece.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—RP2013350861.—(IN2013035355).

Por escritura otorgada ante mí a las dieciocho horas del veinticuatro de abril del dos mil trece, se constituyó la sociedad Elemental Fusion Corporation Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—RP2013350862.—(IN2013035356).

Por escritura otorgada ante mí a las once horas con cincuenta minutos del veintinueve de mayo del dos mil trece, se constituyó la sociedad Sidekicks Digital Sociedad Anónima.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—RP2013350863.—(IN2013035357).

En escritura autorizada por el suscrito notario a las nueve horas del diez de mayo de dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Lírica Memoria Limitada, mediante la cual se reformó la cláusula del pacto social referente al domicilio de la compañía.—San José, veintinueve de mayo de dos mil trece.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—RP2013350864.—(IN2013035358).

En escritura autorizada por el suscrito notario a las nueve horas con treinta minutos del diez de mayo de dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Moravianas S. A., mediante la cual se reformó la cláusula del pacto social referente al domicilio de la compaña.—San José, veintinueve de mayo de dos mil trece.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—RP2013350865.—(IN2013035359).

En escritura autorizada por el suscrito notario a las diez horas del diez de mayo de dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Rincones Mágicos S. A., mediante la cual se reformó la cláusula del pacto social referente al domicilio de la compañía.—San José, veintinueve de mayo de dos mil trece.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—RP2013350866.—(IN2013035360).

Por escritura número doscientos quince otorgada ante esta notaría a las quince horas del seis de mayo del dos mil trece, se constituyó una sociedad denominada Soluciones Suramericanas Solfinsur Sociedad Anómina. Domicilio: el domicilio social será en la provincia de San José, Santa Ana, Ofibodegas del Oeste, bodega número treinta y ocho. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su fecha de constitución. Capital social: ciento veinte mil colones íntegramente suscrito y pagado. Administración: al presidente le corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintinueve de mayo del dos mil trece.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.—RP2013350867.—(IN2013035361).

Por escritura trescientos cincuenta y siete del protocolo tres de la suscrita notaria, se protocolizó la elección de la nueva junta directiva de Asofrobrunca cédula jurídica tres-cero cero dos-cuatro uno uno cinco cuatro cuatro, cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a los señores presidente: Rodrigo Rodríguez Bonilla, cédula dos-cuatrocientos ochenta y cinco-cuatrocientos noventa, vicepresidente: Orlando Gamboa Mora, cédula uno-setecientos setenta y siete-cuatrocientos once, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Lic. Maurin Zúñiga Núñez, Notaria.—1 vez.—RP2013350871.—(IN2013035362).

Por medio de escritura otorgada al ser las dieciséis horas del nueve de mayo del dos mil trece, ante el notario público Esteban Chérigo Lobo, por medio de protocolización de acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios se acordó reformar las cláusulas primera y sexta de la sociedad de esta plaza Zelsius Nec Limited Sociedad Anónima, la cual de ahora en adelante pasa a denominarse CJMN Investments Limited Sociedad Anónima.—San José, nueve de mayo del dos mil trece.—Lic. Esteban Chérigo Lobo, Notario.—1 vez.—RP2013350872.—(IN2013035363).

La suscrita notaria debidamente autorizada para protocolizar Turquesa Cun Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cinco mil seiscientos cuarenta y cinco, nombramientos de la junta directiva: presidente: Frankiln Álvarez Molina, secretario: Johnny Álvarez Mora, tesorera: Guimabelle Álvarez Molina, fiscal: Magda Molina Mora y el domicilio social es en provincia de Cartago,, San Rafael de Oreamuno, Barrio El Bosque, ciento veinticinco metros al sur de la abastecedor La Cede. Es todo.—San José, 22 de mayo de 2013.—Lic. Paola Fonseca Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2013350874.—(IN2013035364).

Marco Vinicio Picado Bazo y Carlos José Cervantes Machado, constituyen la sociedad denominada ETL Eventos Sociedad Anónima, pudiente abrevian ETL Eventos S. A., capital social diez mil colones representada por diez acciones de mil colones cada una. El presidente tendrá la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo con límite a la suma de cien mil colones, domicilio social San José, Escazú, Guachepelín, Centro de Negocios Ofibodegas Capri.—Lic. Jorge Guillermo Solano Durán, Notario.—1 vez.—RP2013350875.—(IN2013035365).