LA
GACETA N° 112 DEL 12 DE
JUNIO DEL 2013
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD
ESTATAL A DISTANCIA
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
SUPERINTENDENCIA
DE TELECOMUNICACIONES
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y LA
MINISTRA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
En uso de las atribuciones que
les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y artículo 146 de la
Constitución Política; los artículos 27 inciso 1) y 28 inciso 2 acápite b) de
la Ley General de Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; la
Ley Uso Exigido Sistema Internacional Unidades Medida “SI” Métrico Decimal, la
Ley Nº 5292 del 9 de agosto de 1973; la Ley General del Servicio Nacional de
Salud Animal (SENASA), la Ley Nº 8495 del 6 de abril del 2006; la Ley del Sistema
Nacional para la Calidad, la Ley Nº 8279 del 2 de mayo de 2002; y la Ley
Aprobación del Acta Final en que se incorporan los resultados de la Ronda de
Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales, Ley Nº 7475 del 20 de
diciembre de 1994.
Considerando:
1º—Que en el artículo 6° inciso
b) de la Ley N° 8495 del 6 de abril del 2006, Ley del Servicio Nacional de
Salud Animal (SENASA), establece que es competencia “…Administrar, planificar,
dirigir y tomar las medidas veterinarias o sanitarias pertinentes sobre el
control de la seguridad e inocuidad de los productos y subproductos de origen
animal, en las etapas de captura, producción, industrialización y
comercialización, considerando aditivos alimentarios, residuos de medicamentos
veterinarios, plaguicidas y otros contaminantes químicos, biológicos o de
origen biotecnológico…” se hace necesario elaborar este Reglamento Técnico para
garantizar la inocuidad de las conservas de productos pesqueros.
2º—Que es necesario emitir una serie de
regulaciones propias y particulares de los barnices que se utilizan en los
envases de acero para productos pesqueros, a fin de cumplir con el cometido de
preservar la inocuidad y duración de los mismos. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Aprobar el siguiente
Reglamento Técnico:
RTCR 460: 2011” Requisitos para Barnices
Sanitarios Utilizados en Conservas
de Productos Pesqueros”
1. OBJETO
El presente Reglamento Técnico
tiene por objeto establecer los requisitos que deben cumplir los barnices que cubren
internamente y externamente los envases metálicos utilizados para las conservas
de productos pesqueros.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Se aplica a todos los barnices
que cubren interna y externamente los envases metálicos utilizados para las
conservas de productos pesqueros de origen nacional o importado que se
comercialicen en el país. Para efectos del presente Reglamento, entiéndase por
envase, el cuerpo y/o las tapas.
3. REFERENCIAS
Este Reglamento Técnico se
complementa con el siguiente Reglamento Técnico: Decreto Ejecutivo N° 36463,
RTCR 443:2010 Metrología. Unidades de Medidas Sistema Internacional (SI),
publicado en La Gaceta N° 56 del 21 de marzo del 2011.
4. DEFINICIONES
Para los fines de este
Reglamento, se entenderá por:
4.1 Adherencia: Fuerza con que el barniz de revestimiento
interno y externo se adhiere a la superficie del sustrato.
4.2 Autoclave: Equipo a presión,
destinado al tratamiento térmico de los alimentos envasados en recipientes
metálicos herméticamente cerrados.
4.3 Barniz: Material de revestimiento,
que al ser aplicado a un sustrato, forma una película sólida, tras un proceso
de polimerización, adquiriendo propiedades técnicas específicas e infiere
protección y presentación, siendo resistente al proceso de autoclavado.
4.4 Barniz de enganche: Barniz aplicado
directamente sobre el sustrato, para mejorar la adherencia de otros barnices en
un sistema de múltiples capas.
4.5 Barniz organosol:
Barniz sanitario súper flexible, dispersión de PVC en un polímero orgánico.
4.6 Barniz de protección de costura:
Barniz aplicado en la zona de costura lateral, puede ser líquido o en forma de
polvo.
4.7 Barniz sanitario blanco porcelana:
Barniz con pigmento blanco para recubrimiento interior de cuerpo, tapa y fondo
de envases metálicos.
4.8 Barniz sanitario de aluminio: Barniz
con pasta de aluminio para recubrimiento interior del cuerpo, tapa y fondo de
envases metálicos.
4.9 Barniz sanitario dorado: Barniz de
tonalidad dorada para recubrimiento de exterior e interior de cuerpo, tapa y
fondo de envases metálicos.
4.10 Barniz sanitario incoloro: Barniz
incoloro para recubrimiento de exterior e interior de cuerpo, tapa y fondo de
envases metálicos.
4.11 Curado: Estado final de polimerización
de un barniz, que se logra a la temperatura y tiempo establecido en la carta
técnica del mismo.
4.12 Envase: Todo recipiente metálico con
sus tapas destinadas a contener un producto y que ha de cerrarse
herméticamente, conservando la integridad física, química y sanitaria del mismo
después de su esterilización en autoclave.
4.13 Establecimiento Enlatador:
Es el dedicado a la elaboración de productos en conserva en envase de hojalata.
4.14 Gramaje de la capa de barniz: Cantidad
de revestimiento de barniz considerando una capa simple o un sistema de
múltiple capa expresado en media de peso por área.
4.15 Fractura de la película de barniz:
Discontinuidad de la película de barniz, cuya profundidad alcanza el sustrato,
permitiendo el contacto de este con el producto envasado.
4.16 Película de barniz: Material de revestimiento
que al ser aplicado a un sustrato en una o varias capas forma una película
sólida que tiene propiedades técnicas específicas que infiere protección y/o
presentación.
4.17 Porosidad: Presencia de cavidades
visibles que se producen debido a la heterogeneidad del barniz en la película
simple. En estos poros puede producirse contacto entre el alimento y el
sustrato.
4.18 Sustrato: Lámina metálica sobre la
cual se aplica la película de barniz a partir de la cual se fabrica los envases
y las tapas.
5. SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS
Para los fines de este
Reglamento se entenderá por:
5.1 GT: Grado de adherencia entre la película de barniz y el
substrato.
5.2 dm2: Decímetro cuadrado.
5.3 m2: Metro cuadrado.
5.4 %: Porcentaje.
5.5 g: Gramos.
5.6 mm: milímetro
6. ESPECIFICACIONES Y
REQUISITOS:
6.1 El barniz interior debe ser inocuo al ser humano.
6.2 El barniz interior debe presentar un aspecto
homogéneo, es decir no debe presentar fracturas, desprendimientos o deterioro
visible.
6.3 El barniz exterior debe presentar un aspecto
homogéneo, es decir debe ser uniforme y estar bien adherido.
6.4 Se
determina mediante observación visual la escala de evaluación de adherencia
conforme se establece en la tabla siguiente:
Clase o GT |
Desprendimiento o
falta de adherencia visible |
0 |
No presenta
desprendimiento o falta de adherencia. |
1 |
Área afectada <
5% con pérdida solo en las intersecciones o bordes. |
2 |
Área afectada entre
5% y 10% de pérdida en la intersección y en el corte. |
3 |
Área afectada entre
10% y 25% de pérdida de barniz afectando a la intersección y bordes, con
desprendimiento en algunos cuadrados. |
4 |
Área afectada entre
25 % y 50% con perdida completa de adherencia en muchos cuadrados. |
5 |
Área afectada > 50%
con amplio desprendimiento de barniz. |
Nota 1: La
escala de evaluación de adherencia indicada en el punto 6.4 corresponde a una
evaluación visual realizada por personal capacitado.
6.5 La adherencia del barniz, tanto interior como exterior, al sustrato,
previo a la fabricación del envase o tapa, debe ser máximo Clase 1 (GT1).
6.6 La adherencia del barniz de protección de
costura en polvo, podrá tener máximo de 3 mm, antes del proceso de autoclavado.
6.7 En la adherencia del barniz de costura
aplicado en estado líquido, es considerado como aceptable una adherencia máximo
Clase 2 (GT2), antes del proceso de autoclavado.
6.8 La porosidad del barniz debe ser menor o igual
a 0,04 poros por dm2 (4 poros por m2), en la lámina
metálica antes de conformar el envase o las tapas.
6.9 El gramaje del barniz por unidad de
superficie, que recubre el sustrato para el interior del envase, debe cumplir
con al menos las siguientes valores:
6.9.1 Barniz interior una capa ≥4 g/m2.
6.9.2 Barniz de enganche en lamina
≥2g/m2.
6.9.3 Barniz organosol ≥8
g/m2.
6.9.4 Barniz interior blanco o porcelana ≥9
g/m2.
6.9.5 La masa del barniz que recubre el sustrato
para el exterior del envase debe ser ≥4 g/m2.
Los valores anteriores se
verificaran a través de auditorías in situ a los establecimientos enlatadores de productos pesqueros mediante la
certificación de cumplimiento de parámetros por parte del proveedor de envases.
Los valores anteriores, pueden
ser expresados adicionalmente en otras unidades equivalentes. Además, pueden cambiar
en virtud de los avances tecnológicos en materia de barnices, los cuales, deben
ser justificados técnicamente con la especificación establecida por el
proveedor del barniz en las hojas técnicas.
6.10 El gramaje del barniz, que recubre interna y externamente la
lámina metálica para fabricar el envase, tapa o fondo debe ser determinado por
un método validado por la empresa proveedora de los envases, el cual será
verificado mediante auditoria documental en el establecimiento enlatador.
6.11 El curado del barniz, se determina mediante
un método validado por la empresa proveedora de los envases comprobando que no
sufre deterioro visible y mantiene su aspecto homogéneo, en el rango de
temperaturas necesarias para la fabricación del envase metálico y para el
procesamiento de la conserva. El curado será verificado mediante auditoria
documental al establecimiento enlatador.
7. VERIFICACIÓN
El presente Reglamento será
verificado por el Servicio Nacional de Salud Animal del Ministerio de
Agricultura y Ganadería, a través de la verificación de los establecimientos
procesadores de productos pesqueros en conserva en cumplimiento con las
disposiciones de este Reglamento y la legislación que le atribuye y con los
procedimientos internos que establezca SENASA.
8. CONCORDANCIA
Este Reglamento Técnico no concuerda con
ninguna norma internacional.
9. BIBLIORAFÍA
9.1 México. Dirección General de Normas. MMX-EE-147-NORMEX-2004 Envase
y embalaje-metales- Envases de hojalata sanitarios para contener alimentos-
Determinación de la capa de barniz- Método de prueba. 2004.
9.2 Suiza. Organización Internacional de Normas.
IS0 2409:2007 Pinturas y barnices. Ensayo de corte por enrejado.2007.
9.3 USA. ASTM D 3359 Standard Test Methods for Measuring Adhesion by Tape Test. 2009.
Artículo 2º—Costos de la
Verificación. El costo de la verificación del presente Reglamento deberá
cubrirlo el Estado conforme a la Ley General del Servicio Nacional de Salud
Animal, Ley Nº 8495 del 6 de abril del 2006. Los costos en que se incurran por
solicitud o debido al incumplimiento del administrado, se cobrarán directamente
a éste.
Artículo 3º—Sanciones por incumplimiento.
El incumplimiento a las disposiciones establecidas en este Reglamento, dará
lugar a la aplicación de las sanciones que señalan la Ley General del Servicio
Nacional de Salud Animal, Ley Nº 8495 del 6 de abril del 2006; según sea el
caso. La responsabilidad penal derivada del incumplimiento del presente
Reglamento, será del conocimiento de los Tribunales de Justicia respectivos;
para tales efectos se aplicarán las disposiciones y sanciones establecidas en
la legislación penal vigente.
Artículo 4º—Deróguese la
Directriz SENASA-DG-D011-2010, publicada en el Diario Oficial La Gaceta
N° 243 del 15 de diciembre del 2010.
Transitorio único.—El Servicio Nacional de
Salud Animal (SENASA) del Ministerio de Agricultura y Ganadería mediante
resolución razonada deberá publicar en el Diario Oficial La Gaceta, en un plazo
no mayor a 3 meses posteriores a la entrada en vigencia del presente
Reglamento, el procedimiento de verificación.
Artículo 5º—El presente Reglamento empezará a
regir 6 meses después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la Presidencia de la República.
San José, a los trece días del mes de febrero del año dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Agricultura y Ganadería, Gloria Abraham
Peralta.—1 vez.—O. C. Nº 003-2013.—Solicitud Nº
28079.—C-132900.—(D37713-IN2013035824).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y LA
MINISTRA DE AGRICULTURA Y GANADERIA
En uso de las atribuciones que
les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y artículo 146 de la
Constitución Política; los artículos 27 inciso 1) y 28 inciso 2 acápite b) de
la Ley General de Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 y
sus reformas; la Ley Uso Exigido Sistema Internacional Unidades Medida “SI”
Métrico Decimal, la Ley Nº 5292 del 9 de agosto de 1973; la Ley General del
Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), la Ley Nº 8495 del 6 de abril del
2006; la Ley del Sistema Nacional para la Calidad, la Ley Nº 8279 del 2 de mayo
del 2002; y la Ley Aprobación del Acta Final en que se incorporan los
resultados de la Ronda de Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales,
Ley Nº 7475 del 20 de diciembre de 1994.
Considerando:
1º—Que de conformidad con el
inciso b) del artículo 6° de la Ley N° 8495 del 6 de abril del 2006, Ley del
Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), es competencia de dicho Servicio
“…Administrar, planificar, dirigir y tomar las medidas veterinarias o
sanitarias pertinentes sobre el control de la seguridad e inocuidad de los
productos y subproductos de origen animal, en las etapas de captura,
producción, industrialización y comercialización, considerando aditivos
alimentarios, residuos de medicamentos veterinarios, plaguicidas y otros
contaminante químicos, biológicos o de origen biotecnológico...”
2º—Que la Ley Nº 8495 antes referida, tiene
como uno de sus objetivos “regular y controlar la seguridad sanitaria e
inocuidad de los alimentos de origen animal en forma integral a lo largo de la
cadena de producción alimentaría” en los establecimientos donde se procesen
productos pesqueros envasados herméticamente en recipientes de acero.
3º—Que es necesario emitir una serie de
regulaciones propias y particulares de los envases de acero para cumplir con el
cometido de preservar la inocuidad y duración de dichos productos. Por
tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Aprobar el siguiente
Reglamento Técnico:
RTCR 459: 2011 “Requisitos para el Doble
Sello
en Envases Metálicos para
Conservas de
Productos Pesqueros”
1. OBJETIVO
El presente Reglamento Técnico
tiene por objeto establecer los requisitos del doble sello en envases metálicos
para conservas de productos pesqueros de forma que se asegure el sellado
hermético y así garantizar la inocuidad del producto envasado.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Se aplica a los establecimientos procesadores
de productos pesqueros en conserva que utilicen el doble sello de tapa y a los
fabricantes que proveen envases con doble sello.
3. REFERENCIAS:
Este Reglamento Técnico se complementa con el
siguiente reglamento técnico: Decreto Ejecutivo N° 36463, RTCR 443:2010
Metrología. Unidades de Medidas Sistema Internacional (SI), publicado en La
Gaceta N° 56 del 21 de marzo del 2011.
4. DEFINICIONES
4.1 Altura del sello: Es la dimensión medida paralelamente a
los ganchos del sello.
4.2 Apriete: Grado de contacto entre las
cinco capas de hojalata que intervienen en el sello, tres corresponden a
espesores de tapa y dos a espesores de cuerpo. Se conoce también como
compacidad o compactibilidad.
4.3 Doble Sello: Parte del envase
formado por la unión de los extremos del cuerpo y de la tapa o fondo
enganchados de forma tal que dan lugar a una estructura fuerte, compacta y
hermética.
4.4 Envase metálico: Recipiente metálico
rígido de espesor de material menor que 0.50 mm, cuyos sellos debe ser cerrado
mediante un doble sello, entre el cuerpo del envase y la tapa, después de
llenado, siendo hermético para impedir la contaminación del contenido por
microorganismos una vez procesado.
4.5 Espesor del sello: Es la distancia
máxima medida a través o perpendicularmente a las capas de material en el
sello.
4.6 Estructura del doble sello: Consta
de tres espesores de la tapa o del fondo, y dos espesores de la hojalata del
cuerpo. Los espesores están dispuestos paralelamente.
4.7 Gancho de la tapa o del fondo: Parte
de la tapa o del fondo que se dobla entre el cuerpo y el gancho del cuerpo para
formar el doble sello. Su origen es el rizo de la tapa o del fondo.
4.8 Gancho del cuerpo: Parte de la
pestaña del cuerpo del envase que se dobla entre la tapa o fondo y el gancho de
la tapa para formar el sello.
4.9 Grado de ajuste: Es el grado de
arrugamiento del gancho de la tapa, las arrugas sirven para indicar el grado de
ajuste del sello.
4.10 Inspección Visual: Es un examen visual
donde se examinan los elementos externos del doble sello de cada envase.
4.11 Inspección destructiva: Desmontaje del
doble sello con el fin de realizar medición de las diferentes capas que lo
conforman.
4.12 Penetración del gancho del cuerpo:
Parte de la pestaña del cuerpo del envase que se dobla entre la tapa o fondo y
el gancho de la tapa para formar el sello.
4.13 Profundidad del sello: Distancia desde
el borde exterior del sello al fondo de la cubeta.
4.14 Sello Cortado: Es un doble sello
fracturado en el cual la capa exterior del sello esta fracturada
4.15 Sello Afilado: Se refiere a una orilla
afilada en la parte superior interna del sello, ya sea en el traslape lateral
del tarro soldado o alrededor de la tapa en cualquier tipo de tarro.
4.16 Sello Falso: Es un sello o parte de un
sello que está completamente desenganchado y en el cual el gancho doblado de la
tapa esta comprimido contra elo gancho doblado del
cuerpo.
4.17 Sello defectuoso por patinaje: Es un
sello incompleto causado por que la mordaza patina en la depresión del fondo de
la tapa durante la operación del sellado.
Sello con pendiente: Es una proyección lisa del
doble sello por debajo de la parte inferior de un sello normal.
4.18 Superposición: Porcentaje entre el traslape y el largo
interno del sello.
4.19 Traslape: Distancia entre los extremos
del gancho de la tapa o fondo y el gancho del cuerpo superpuesto. Se conoce
también como solapado, cruce, sobreposición
5. SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS
Para los fines de este
Reglamento, se entenderá por:
5.1 mm: milímetros
5.2 %: porcentaje
5.3 GT: gancho de la tapa
5.4 GC: gancho del cuerpo
5.5 G: grosor de la tapa
5.6 A: ancho del sello (altura, longitud)
6. ESPECIFICACIONES Y REQUISITOS
6.1 La obtención del doble sello en los envases metálicos deberá tener
medidas que garanticen la hermeticidad del sello, de conformidad con el tipo de
envase y formato, debiendo cumplir con lo indicado en la Tabla 1.
6.2 El establecimiento debe garantizar la
efectividad del doble sello utilizando una metodología científicamente
reconocida tales como: micrómetro del sello, proyector de sellos, magnificador
de sellos y cualquier otra reconocida y validada.
6.3 La evaluación del doble sello de los envases
debe ser realizados a intervalos no mayores a 30 minutos por personal
capacitado, mediante inspección visual. Los aspectos a evaluar mediante la
inspección visual son: sellos cortados o afilados, sellos defectuosos por
patinaje, sellos falso, sello con pendientes en el traslape o empalme y la
condición del interior de la pared de la depresión del fondo de la tapa para
determinar si la mordaza está quebrada.
Tabla
1 - Requisitos según tipo de envase
Medida |
Diámetro medida |
Medida nominal |
Límite Operacional |
|
|
|
|
Gancho de cuerpo Longitud |
202 |
1.88 +/- 0.050 |
1.88 +/- 0.20 |
207-401 |
1.98 +/- 0.050 |
1.98 +/- 0.20 |
|
|
404-502 |
2.03 +/- 0.050 |
2.03 +/- 0.20 |
|
603 |
2.08 +/- 0.050 |
2.08 +/- 0.25 |
|
|
|
|
Gancho de tapa Longitud |
202 |
-- |
1.62 Min. |
207-401 |
-- |
1.77 Min. |
|
|
404-502 |
-- |
1.78 Min. |
|
603 |
-- |
1.83 Min. |
|
|
|
|
Traslape |
202 |
-- |
0.89 Min. |
|
207-401 |
-- |
1.02 Min. |
|
404-502 |
-- |
1.02 Min. |
|
603 |
-- |
1.14 Min. |
|
|
|
|
Apriete |
202 |
80-95% |
70-95% |
|
207-401 |
90-95% |
80-95% |
|
404-502 |
90-95% |
80-95% |
|
603 |
90-95% |
80-95% |
|
|
|
|
Penetración
del Gancho
de cuerpo |
202 |
75-85% |
70-95% |
207-401 |
75-85% |
70-95% |
|
|
404-502 |
75-85% |
70-95% |
|
603 |
75-85% |
75-95% |
6.4 Se debe realizar inspecciones visuales adicionales a los sellos en
casos de atascamiento en una máquina selladora después de un ajuste de una
maquina selladora, o después de arrancar una máquina luego de un paro
prolongado.
6.5 Los desmontajes (inspección destructiva) de
los sellos dobles debe realizarse por personal capacitado con una frecuencia
que no excedan las cuatro horas. Los resultados de las evaluaciones deben
quedar escritos, además de las acciones correctivas tomadas, si las hubiera.
6.6 Las medidas obligatorias en los sellos dobles
de las latas se harán en concordancia con las Tabla 2 y 3.
Tabla
2. Sistema de medidas con micrómetro
Obligatorio |
Gancho de la tapa |
Gancho del cuerpo |
Ancho (largo, altura) |
Grados
de ajuste (observación por arrugas) |
Grosor |
Tabla
3. Proyector o magnificador del sello
Obligatorio |
Gancho del cuerpo |
Traslape |
Grosor del micrómetro |
Grados de ajuste (observación
por arrugas) |
6.7. En caso de utilizar un proyector o magnificador de sellos tendrá que
hacerse dos medidas en diferentes puntos, excluyendo el sello lateral, para
cada característica del doble sello. Cuando se usa un micrómetro, tendrá que
realizarse tres mediciones en puntos a una separación de aproximadamente 120 °,
excluyendo el sello lateral.
6.8. El largo de la sobreposición
(Traslape) puede calcularse usando la siguiente fórmula:
La longitud teórica de la sobreposición: GT + GC + G – A
7. MÉTODOS DE ANÁLISIS:
Los métodos de análisis serán: micrómetro del
sello, proyector de sellos, magnificador de sellos o cualquier otro método
evaluado y reconocido por SENASA.
8. VERIFICACIÓN
El presente Reglamento será verificado por el
Servicio Nacional de Salud Animal del Ministerio de Agricultura y Ganadería, a
través de la verificación de los establecimientos procesadores de productos
pesqueros en conserva en cumplimiento con las disposiciones de este Reglamento
y la legislación que le atribuye y con los procedimientos internos que
establezca SENASA.
9. CONCORDANCIA
El presente Reglamento coincide básicamente
con las siguientes normativas y recomendaciones:
9.1 FDA Regulations 21 CFR Part 113:
9.2 Temperature-Indicating Devices, Thermally Processed Low-Acid Foods Packaged in Hermetically Sealed Containers.
9.3 Thermally Processed Low-Acid Foods Packaged in Hermetically Sealed Containers.
10. BIBLIOGRAFÍA
10.1 S.O.I.V.R.E. (Servicio Oficial de Inspección, Vigilancia y
Regulación del Comercio Exterior). sellos y defectos de envases metálicos
para productos alimenticios. Secretaria de Estado de Comercio. Madrid,
España 1988.
10.2 Donald L. Downing. Complete Course in Canning 13 edition Book II, USA, 1996.
10.3 SEFEL. Recomendación de Sefel
N°1, Intercambiabilidad del cerrado de tapas (NEO) de envases de hacer de tres
piezas para alimentos, ajustados a cuerpos rectos o estrechados. Primera y
segunda parte. Francia. 1999.
10.4 México. Dirección General de Normas.
NMX-EE-09-NORMEX-2004 Envase y Embalaje- Metales-Envases de Hojalata Cilíndricos
Sanitarios para contener alimentos-Medición de defectos-Método de prueba. 2004.
10.5 México. Dirección General de Normas. NMX-EE-126-NORMEX-2004 Envase y Embalaje- Metales-Envases de Hojalata Cilíndricos Sanitarios para contener alimentos- Evaluación de sello- Método de prueba. 2004
10.6 Can Manufacturers Institute, Voluntary Can and End Dimension Reference Manual, USA, 2004.
10.7 Fundación de Ciencia y Educación de la GMA.
Alimentos enlatados: Principios del proceso térmico, acidificación y Evaluación
del cierre de los envases. Washington, USA, 2007.
Artículo 2º—Costos de la
verificación. El costo de la verificación del presente Reglamento deberá
cubrirlo el Estado conforme a la Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal,
Ley Nº 8495 del 6 de abril del 2006. Los costos en que se incurran por
solicitud o debido al incumplimiento del administrado, se le cobrarán
directamente a éste.
Artículo 3º—Sanciones por incumplimiento.
El incumplimiento a las disposiciones establecidas en este Reglamento, dará
lugar a la aplicación de las sanciones que señalan la Ley General del Servicio
Nacional de Salud Animal, Ley Nº 8495 del 6 de abril del 2006; según sea el
caso. La responsabilidad penal derivada del incumplimiento del presente
Reglamento, será del conocimiento de los Tribunales de Justicia respectivos;
para tales efectos se aplicarán las disposiciones y sanciones establecidas en
la legislación penal vigente.
Artículo 4º—Deróguese la Directriz
SENASA-DG-D012-2010, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 243 del
15 de diciembre del 2010.
Transitorio único.—El Servicio
Nacional de Salud Animal (SENASA) del Ministerio de Agricultura y Ganadería
mediante resolución razonada deberá publicar en el Diario Oficial La Gaceta, en
un plazo no mayor a 3 meses posteriores a la entrada en vigencia del presente
Reglamento, el procedimiento de verificación.
Artículo 5º—Este Reglamento empieza a regir 6
meses después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la Presidencia de la
República. San José, a los trece días del mes de febrero del año dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Agricultura y Ganadería, Gloria Abraham
Peralta.—1 vez.—O. C. Nº 003-2013.—Solicitud Nº
28079.—C-219540.—(D37714-IN2013035828).
N° 544-PE
EL VICEMINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en el artículo
47, inciso 4), de la Ley General de la Administración Pública.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora
Irene Pacheco Alfaro, portadora de la cédula de identidad N° 1-463-491,
Asistente Personal de la Señora Presidenta de la República, para que viaje a
Perú y goce de un período de descanso el día 11 de mayo del presente año y
acompañe a la Presidenta de la República, Señora Laura Chinchilla Miranda, en
su reunión con el señor Ollanta Humala Tasso, Presidente de la República del
Perú, los días 12 y 13 de mayo del 2013.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte al exterior no se le cancelarán, por cuanto viajará en vuelo
privado. Los gastos por concepto de viáticos, llamadas oficiales
internacionales, fax, fotocopias, impresiones, servicio de Internet y gastos
conexos serán cancelados contra la presentación de las facturas, una vez
realizada la liquidación correspondiente.
Artículo 3º—Rige del 11 al 13 de mayo del
2013.
Dado en la Presidencia de la
República. San José, a los diez días del mes de mayo del año dos mil trece.
Gustavo Alvarado Chaves,
Viceministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº
18924.—Solicitud Nº 066.—C-8460.—(IN2013035586).
N° 554-PE
EL VICEMINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo dispuesto
en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del año 2013, Ley N° 9103, el artículo 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la
Contraloría General de la República, el artículo 47 de la Ley N° 6227, Ley
General de la Administración Pública y el Acuerdo 062-MP del 1° de febrero del
2013.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora
Martha Monge Marín, portadora de la cédula de identidad número 1-818-376,
Secretaria del Consejo de Gobierno, para que viaje a Colombia y Ecuador, con el
fin de acompañar en calidad de Asistente Personal, en la Comitiva Oficial a la
señora Presidenta, quien participará en el “Acto Formal de Firma del Tratado de
Libre Comercio con Colombia”, y en la “VII Cumbre de la Alianza del Pacífico” ,
a realizarse en la ciudad de Cali, del 22 al 23 de mayo; y a Ecuador, para
participar en la “Toma de Posesión del Nuevo Mandato Constitucional del señor
Rafael Correa Delgado, Presidente de la República de Ecuador”, a realizarse en
la Ciudad de Quito, el 24 de mayo. La salida de la señora Monge Marín será el
22 de mayo y su regreso estará previsto para el 24 de mayo del 2013.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa
en los países visitados, llamadas oficiales internacionales, fax, fotocopias,
impresiones, servicio de Internet y gastos conexos se le cancelarán del Título
201-Presidencia de la República, Programa 02100-Administración Superior, Subpartida 10504-Viáticos al Exterior, 10503-Transporte al
Exterior.
Artículo 3º—En caso de que el monto
adelantado por concepto de hospedaje resultare insuficiente, se reconocerá el
monto excedido pagado por la funcionaria contra la presentación de la
respectiva factura, según el artículo 35 del Reglamento de Gastos de Viaje y
Transporte para Funcionarios Públicos. La funcionaría cede las millas otorgadas
a la Presidencia de la República en cada uno de los viajes realizados al
exterior. La funcionaría devengará el cien por ciento de su salario, durante la
estadía fuera del territorio nacional, que corre del 22 al 24 de mayo del 2013.
Artículo 4º—Del 22 al 24 de mayo del 2013, se
autoriza a la funcionaria Monge Marín utilizar el servicio de roaming para llamadas oficiales del teléfono celular
institucional asignado a su persona. El pago se realizará al Instituto
Costarricense de Electricidad en su facturación mensual.
Artículo 5º—Se le otorga la suma adelantada
de ¢247.051,38 por concepto de viáticos, sujetos a liquidación.
Artículo 6º—Rige a partir del 22 de mayo y
hasta el 24 de mayo del 2013.
Dado en la Presidencia de la
República. San José, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil trece.
Gustavo Alvarado Chaves,
Viceministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº
18924.—Solicitud Nº 068.—C-25380.—(IN2013035593).
N° 555-PE
EL VICEMINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo dispuesto
en la Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2013, Ley N°
9103, el artículo 34 del Reglamento de Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la
República, el artículo 47 de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración
Pública y el Acuerdo 062-MP del 1° de febrero del 2013.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor
Ludwig Sibaja Mora, portador de la cédula de identidad
número 1-593-723, Director de Protocolo, para que viaje a Colombia y Ecuador,
con el fin de acompañar en la Comitiva Oficial a la señora Presidenta, quien
participará en el “Acto Formal de Firma del Tratado de Libre Comercio con
Colombia”, y en la “VII Cumbre de la Alianza del Pacífico” , a realizarse en la
ciudad de Cali, del 22 al 23 de mayo; y a Ecuador, para participar en la “Toma
de Posesión del Nuevo Mandato Constitucional del señor Rafael Correa Delgado,
Presidente de la República de Ecuador”, a realizarse en la Ciudad de Quito, el
24 de mayo. La salida del señor Sibaja Mora será el
22 de mayo y su regreso estará previsto para el 24 de mayo del 2013.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa
en los países visitados, llamadas oficiales internacionales, fax, fotocopias,
impresiones, servicio de Internet y gastos conexos se le cancelarán del Título
201-Presidencia de la República, Programa 02100-Administración Superior, Subpartida 10504-Viáticos al Exterior, 10503-Transporte al
Exterior.
Artículo 3º—Del 22 al 24 de mayo del 2013, se
autoriza al funcionario Sibaja Mora utilizar el
servicio de roaming para llamadas oficiales del
teléfono celular institucional asignado a su persona. El pago se realizará al
Instituto Costarricense de Electricidad en su facturación mensual.
Artículo 4º—El funcionario cede las millas
otorgadas a la Presidencia de la República en cada uno de los viajes realizados
al exterior. El funcionario devengará el cien por ciento de su salario, durante
la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 22 al 24 de mayo del
2013.
Artículo 5º—Se le otorga la suma adelantada
de ¢247.051,38 por concepto de viáticos, sujetos a liquidación.
Artículo 6º—Rige a partir del 22 de mayo y
hasta el 24 de mayo del 2013.
Dado en la Presidencia de la
República. San José, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil trece.
Gustavo Alvarado Chaves,
Viceministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº
18924.—Solicitud Nº 068.—C-23500.—(IN2013035598).
Nº 886-P
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en el artículo
139, inciso 2) de la Constitución Política, lo dispuesto en la Ley de
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2013, Ley Nº 9103 y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de
la República.
ACUERDA:
Artículo 1º—Viajar a Colombia,
para participar en el “Acto Formal de firma del Tratado de Libre Comercio con
Colombia”, y en la “VII Cumbre de la Alianza del Pacífico”, a realizarse en la
Ciudad de Cali, del 22 al 23 de mayo; y a Ecuador para asistir a la “Toma de
Posesión del Nuevo Mandato Constitucional del señor Rafael Correa Delgado, Presidente
de la República de Ecuador”, que se llevará a cabo en la Ciudad de Quito, el 24
de mayo del 2013. La salida será el 22 de mayo y el regreso está previsto para
el 24 de mayo del 2013.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa
en los países visitados, llamadas oficiales internacionales, fax, fotocopias,
impresiones, servicio de Internet y gastos conexos se le cancelarán del Título
201- Presidencia de la República, Programa 02100- Administración Superior, Subpartida 10503- Transporte al Exterior y 10504- Viáticos
al Exterior.
Artículo 3º—Ceder las millas otorgadas a la
Presidencia de la República en cada uno de los viajes realizados al exterior.
Artículo 4º—Se otorga la suma adelantada de
¢222.905,02 por concepto de viáticos y la suma de ¢ 1.008.620,00 por concepto
de Gastos de Representación sujetos a liquidación.
Artículo 5º—Rige a partir de las 11:41 horas
del día 22 de mayo y hasta las 21:25 horas del 24 de mayo del 2013.
Dado en la Presidencia de la
República. San José, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 18924.—Solicitud Nº 068.—C-16920.—(IN2013035591).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISO
El Registro Público de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de
Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo
Integral de San Joaquín de Cutris de San Carlos. Por
medio de su representante: Anselmo Pacheco Vásquez, cédula 2-264-784 ha hecho
solicitud de inscripción de la siguiente reforma a sus estatutos para que en
adelante se agregue y se lea así:
Artículo 05:...
d) Cuando deje de asistir a tres asambleas generales ordinarias en
forma consecutivas sin justificación.
Artículo 16: Atribuciones de la
Asamblea General.
a)
Elegir los miembros de la Junta Directiva y la Fiscalía en forma
individual secreta y por mayoría de votos, en caso de existir un solo candidato
la elección podrá hacerse pública.
Artículo 17: En Asamblea se nombrarán tres
suplentes cuya función será suplir por el resto del periodo la ausencia
definitiva de cualquier miembro de la junta directiva, excepto al puesto de
presidente quien será sustituido por el vicepresidente. Los miembros directivos
podrán ser reelectos en forma indefinida.
Dicha reforma es visible a folio
105 del tomo II del expediente de la organización comunal en mención que se
encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo
de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea
general ordinaria de afilados celebrada el día 27 de octubre del 2012.
En cumplimiento de lo establecido en los
artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley N° 3859 “Sobre Desarrollo de la
Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el termino de ocho días
hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública
o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que
estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a
esta Dirección Legal y de Registro.—San José, 31 de mayo del 2013.—Departamento
de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2013351064.—(IN2013035727).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS
EDICTOS
AE-REG-E-133/2013.—La señora Seily Carvajal Vargas, cédula 1-0529-0797, en calidad de
representante legal de la empresa Orozco Carvajal Asociados S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción de
la Enmienda de Suelo de nombre comercial UltraZyme
compuesto a base de Bacterias Descomponedoras de
Materia Orgánica. Conforme a lo que establece la Ley de Protección
Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que
lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este
edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 17 de mayo del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de
Aplicación.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013035580).
AE-REG-E-134/2013.—El señor Luis Sanabria Ramírez, cédula 3-0252-0523, en calidad de Representante Legal de la empresa Agronegocios Suplidora Verde S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial N-MAX compuesto a base de Nitrógeno. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de mayo del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013035581).
AE-REG-E-124/2013.—La señora Sofía Solano Espinoza, cédula 3-420-622, en calidad de representante legal de la compañía Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial Folzit 4, compuesto a base de Potasio (2%), Boro (2%) todos declarados en peso/peso conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de abril del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013035839).
AE-REG-E-125/2013.—La señora Sofía Solano Espinoza, cédula 3-420-622, en calidad de representante legal de la compañía Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial Metalfix 2, compuesto a base de Nitrógeno (5%), Fósforo (5%), Potasio (3%), Calcio (8%), Magnesio (0,5%), Azufre (1%), Zinc (3%), Boro (2%), Molibdeno (0,1%), Manganeso (0,5%), Hierro (0,5%), Cobalto (0,05%) todos declarados en peso/peso conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de abril del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013035840).
AE-REG-E-122/2013.—La señora Sofía Solano Espinoza, cédula 3-420-622, en calidad de representante legal de la compañía Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial Coffeefol 1, compuesto a base de Nitrógeno (15%), Fosforo (6%), Magnesio (1%), Calcio (5%), Zinc (4%), Boro (1%) todos declarados en peso/peso conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de abril del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013035841).
AE-REG-E-119/2013.—La señora, Sofía Solano Espinoza, cédula 3-420-622, en calidad de representante legal de la compañía Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial Coffeegro 3, compuesto a base de Nitrógeno (5%), Potasio (3%), Calcio (8%), Boro (4%), Molibdeno (0,195%) todos declarados en peso/peso conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de abril del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013035842).
AE-REG-E-120/2013.—La señora Sofía Solano Espinoza, cédula 3-420-622, en calidad de representante legal de la compañía Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial Copperfol, compuesto a base de Cobre (4%) declarado en peso/peso conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de abril del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013035844).
AE-REG-E-123/2013.—La señora Sofía Solano Espinoza, cédula 3-420-622, en calidad de representante legal de la compañía Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial Floral Point 2, compuesto a base de Fósforo (4%), Calcio (6%), Boro (4%), Zinc (2%), Molibdeno (0,2%) todos declarados en peso/peso conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de abril del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013035845).
AE-REG-E-121/2013.—La señora Sofía Solano Espinoza, cédula 3-420-622, en calidad de representante legal de la compañía Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial Coffee Star 1, compuesto a base de Nitrógeno (20%), Calcio (2%), Zinc (4%), Boro (4%) todos declarados en peso/peso conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de abril del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013035846).
AE-REG-E-135/2013.—La señora Sofía Solano Espinoza, cédula 3-0420-0722, en calidad de representante legal de la empresa Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Organiflush Uno compuesto a base de Nitrógeno, Boro, Calcio, Zinc. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de mayo del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013035848).
AE-REG-E-137/2013.—La señora Sofía Solano Espinoza, cédula 3-0420-0722, en calidad de representante legal de la empresa Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Organigrow Tres compuesto a base de Nitrógeno, Potasio, Boro, Calcio, Zinc, Azufre, Molibdeno. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de mayo del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013035849).
AE-REG-E-136/2013.—La señora Sofía Solano Espinoza, cédula 3-0420-0722, en calidad de representante legal de la empresa Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Organimaster Cuatro compuesto a base de Fosforo, Potasio, Boro, Calcio, Azufre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de mayo del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013035850).
AE-REG-E-138/2013.—La señora Sofía Solano Espinoza, cédula 3-0420-0722, en calidad de representante legal de la empresa Hacienda San Ignacio ACR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Organiflor 2 compuesto a base de Nitrógeno, Fósforo, Potasio, Magnesio, Calcio, Zinc, Hierro, Manganeso, Cobre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de mayo del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013035851).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTOS
La doctora Yuli
Andrea Mateus Cortés, con número de cédula
117000297810, vecina de San José en calidad de regente veterinario de la
compañía Droguería Calox Veterinaria S. A. con
domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 4: Limpiador de oídos, fabricado por Laboratorios Calox de Costa Rica S. A., Costa Rica, con los siguientes
principios activos: Cada ml contiene: Extracto de caléndula 0.050 g, extracto
de manzanilla 0.050 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Como
coadyuvante en la eliminación de la suciedad y restos de tejidos que se
acumulan en el espacio auricular. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG
“Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a
terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección,
dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18
de abril del 2013.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de
Registro.—1 vez.—(IN2013035589).
La doctora Yuli
Andrea Mateus Cortés, con número de cédula
117000297810, vecina de San José en calidad de regente veterinario de la
compañía Droguería Calox Veterinaria S. A. con
domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: Fipronil Spray Calox, fabricado por Laboratorios Vicar
Farmacéutica S. A. para Calox de Costa Rica S. A.,
Costa Rica, con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contiene: Fipronil 0.25 g y las siguientes indicaciones terapéuticas:
Antiparasitario externo, garrapaticida y pulguicida para perros. Con base en el Decreto Ejecutivo N°
28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se
cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta
Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día
siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia,
19 de abril del 2013.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe
de Registro.—1 vez.—(IN2013035592).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 92, título Nº 144, emitido por el Centro de
Educación Integral San Jorge, en el año dos mil diez, a nombre de Chaves García
Óscar Andrés, cédula N° 1-1550-0105. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los catorce días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013035070).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 46, asiento 22, título Nº 496, emitido por
la Unidad Pedagógica José Fidel Tristán, en el año dos mil cuatro, a nombre de
Solera Arrieta Jéssica, cédula N° 1-0990-0786. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, a los veintitrés días del
mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013035162).
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 248, título N° 2512, emitido por el Liceo Nocturno de Pérez
Zeledón, en el año dos mil nueve, a nombre de Porras Fuentes Carolina, cédula
1-1454-0185. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los siete días del
mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—(IN2013036372).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento, se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 3, folio 48, título N° 1331, emitido por el Liceo Diurno
de Ciudad Colón, en el año dos mil diez, a nombre de Hidalgo Morales Paola
Isabel, cédula 1-1505-0825. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de mayo del
2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013350918.—(IN2013035313).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento, se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 31, título N° 420, emitido por el Colegio
Técnico Profesional de Upala, en el año mil novecientos
noventa y ocho, a nombre de García Rodríguez Esther, cédula 2-0552-0560. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, 31 de mayo del 2013.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013035606).
Ante este Departamento, se ha
presentado la solicitud de reposición Título de Bachiller en Educación Media,
inscrito en el tomo 2, folio 62, título N° 2520, emitido por el Colegio Técnico
Profesional de Limón, en el año dos mil diez, a nombre de Tashana
Angenett Hanson Suárez, cédula 7-0213-0608. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y
por cambio del apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Tashana Angenett Suarez
Alexander, cédula 7-0213-0608. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de mayo del
2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013035837).
Ante este Departamento, se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 89, título N° 2743, emitido en el año dos
mil doce y del Título de Técnico Medio de la Especialidad de Mecánica de Precisión
inscrito en el tomo 1, folio 73, título N° 1091, emitido en el año dos mil
ocho, ambos fueron extendidos por el Colegio Técnico Profesional de Limón, a
nombre de Spence Watson Jeiner
Andre, cédula 7-0184-0940. Se solicita la reposición
de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 14 de mayo del 2013.—Departamento de Evaluación Académica
y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013035838).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de
Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la
organización social denominada: Sindicato Costarricense de Mujeres
Trabajadoras, siglas: SICOMUTRA. Expediente 942-SI. Habiéndose cumplido con lo
dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 349 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción
correspondiente. La organización ha sido inscrita en los libros de registro que
al efecto lleva este Registro visible tomo 16, folio 144, asiento 4716 del 12
de abril del 2013. La Junta Directiva se formó de la siguiente manera:
Secretaria General |
Yury Montero Flores |
Secretaria General Adjunta |
Siria Yessenia Pana Ovares |
Secretaria de
Actas y Correspondencia |
Yessenia Vannesa Rodríguez Mora |
Secretaria de Organización |
Katherine Pana Ovares |
Secretaria de Formación |
Rosibel Pérez Quesada |
Secretario de Finanzas |
Ivannia Bejarano Arguedas |
Secretaria Vocal |
Cándida Rodríguez Rodríguez |
Secretaria Fiscal |
Jeannette Ramírez Vargas |
12 de abril del 2013.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2013034829).
De conformidad con la autorización extendida
por el Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido
a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto la
organización social denominada: Cooperativa de Servicios Múltiples de los
Artesanos de Sarchí R.L., siglas: COOPEARSA R.L.,
acordada el 29 de abril del 2013. Resolución N° C-533. En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la
Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción
correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en
el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta el artículo 47.—San José, 28 de mayo del 2013.—Lic. José Joaquín Orozco
Sánchez, Jefe.—(IN20130035156).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la autorización extendida
por el Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido
a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto la
organización social denominada: Formadores de Empresarios y Líderes de la
Economía Social La Catalina R.L., siglas: La Catalina R.L., acordada el 21 de noviembre
del 2012. Resolución N° C-1285. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo
29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía
un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta. La reforma afecta los artículos 3, 7 y 9 del estatuto.—San José, 29 de abril del 2013.—Lic. José Joaquín Orozco
Sánchez, Jefe.—(IN2013035274).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Cambio de Nombre N° 83569
Que Monserrat Alfaro Solano,
cédula de identidad 1-1149-188, en calidad de apoderada especial de Pasta y
Basta Artesanos del Sabor Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-196345, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de
Nombre de Productos Balila S. A., cédula jurídica
3-101-196345 por el de Pasta y Basta Artesanos del Sabor Sociedad Anónima,
presentada el día 12 de marzo de 2013 bajo expediente 83569. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 2002-0008464 Registro N° 143013 LA FATTORIA
en Clase 30 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
17 de abril del 2013.—Sabrina Loáiciga Pérez,
Registradora.—1 vez.—(IN2013035768).
Patente
de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Luis Diego Acuña Vega,
cédula N° 1-1151-0238, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de
apoderado especial de Reforcetech Ltd., de Irlanda,
solicita la Patente de Invención denominada: BARRA DE REFUERZO Y MÉTODO PARA
FABRICAR LA MISMA.
Para
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o en formato PDF
La invención se refiere a barras
de refuerzo para estructuras de concreto, que comprenden un número grande de
fibras paralelas, continuas, preferentemente hechas de basalto, carbón, fibra
de vidrio, o semejantes, intercaladas en una matriz curada. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C04B 20/00; C04B 14/38; cuyo(s) inventor(es) es(son) Standal, Per, Cato,
Miller, Leonard, W. La solicitud correspondiente lleva el número 20130188, y
fue presentada a las 08:52:01 del 30 de abril del 2013. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 6 de mayo del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013035108).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La señora Alejandra Castro Bonilla, mayor,
abogado, cédula de identidad número 1-0880-0194, vecina de San José, en su condición
de apoderada especial de AbbVie B.V. de Holanda,
solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS HETEROCÍCLICOS
FUSIONADOS COMO MODULADORES S1P.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa
o en formato PDF
Esta invención se relaciona con nuevos
derivados heterocíclicos fusionados que tienen afinidad con los receptores S1P,
con una composición farmacéutica que contiene dichos compuestos, así como
también con el uso de dichos compuestos para la preparación de un medicamento
para tratar, aliviar o evitar enfermedades y afecciones en las que está
involucrado cualquier receptor S1P o en las que está involucrada la modulación
del sistema de señalización S1P endógeno a través de cualquier receptor S1P. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes 2011.01 es C07D 487/04; A61K 31/55;
A61K 31/429; A61P 25/28; A61K 31/4355, C07D 491/04; A61K 31/4365; C07D 498/04,
C07D 513/04; cuyos inventores son Smid, Pieter; Iwema Bakker,
Wouter, I; Coolen, Hein, K.A.C; Sliedregt, Leonardus, A.J.M; Van Dongen, Maria, J.P; Den Hartog, Jacobus, AJ. La solicitud correspondiente lleva el número
2013-0056, y fue presentada a las 14:51:00 del 8 de febrero del 2013. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de abril del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora,
Registradora.—RP2013351000.—(IN2013035718).
La señora Alejandra Castro
Bonilla, cédula N° 1 0880 0194, en condición de apoderada de Abb Vie Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención
denominada INMUNOGLOBULINAS CON DOMINIO VARIABLE DUAL Y USOS DE LAS MISMAS.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa
o en formato PDF
Proteínas de unión multivalentes
y multiespecíficas diseñadas, métodos para
elaborarlas y específicamente, sus usos en la prevención, el diagnóstico y/o el
tratamiento de enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/00;
C12N 5/07, C12N 5/16; C12P 21/08; cuyo(s) inventor(es) es(son)
Ghayur, Tariq, Liu Junjian. La solicitud
correspondiente lleva el número 20130074, y fue presentada a las 14:40:00 del
20 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 9 de mayo del
2013.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2013351001.—(IN2013035719).
La señora Alejandra Castro
Bonilla, cédula N° 1 0880 0194, en condición de apoderada de AbbVie Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención
denominada INMUNOGLOBULINAS CON DOMINIO VARIABLE DUAL Y USOS DE LAS MISMAS.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa
o en formato PDF
Proteínas de unión multivalentes
y multiespecíficas diseñadas, métodos para
elaborarlas y sus usos en la prevención, el diagnóstico y/o el tratamiento de
enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/00;
cuyo(s) inventor(es) es(son) Ghayur,
Tariq, Liu, Junjian, Isakson, Peter, C. La
solicitud correspondiente lleva el número 20130058, y fue presentada a las
14:52:10 del 8 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 9 de mayo
del 2013.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2013351002.—(IN2013035720).
La señora Alejandra Castro
Bonilla, cédula N° 1 0880 0194, mayor de edad, vecina de San José, abogada,
apoderada especial de AbbVie Inc., de E.U.A.,
solicita la Patente de Invención denominada MONOHIDRATO DE DERIVADOS DE
AZA-ADAMANTANO.
Para
ver imagen solo en La Gaceta impresa
o en formato PDF
Forma cristalina monohidrato del citrato diácido
de (4s)-4-(5-fenil-l,3,4-tiadiazol-2-iloxi)-l-azatriciclo[3.3.1.13,7]decano,
composiciones que comprenden dicho compuesto y un proceso para preparar el
compuesto. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 471/08; A61K
31/439; A61P 25/00; A61P 25/28; cuyo(s) inventor(es) es (son) Chen, Shuang, Napier,
James J., Zhang, Geoff G. Z., Brackemeyer,
Paul J. La solicitud correspondiente lleva el número 20130169, y fue presentada
a las 14:54:26 del 15 de abril del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional. San José, 18 de abril del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2013351003.—(IN2013035721).
La señora Alejandra Castro Bonilla, cédula N° 1 0880 0194, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de AbbVie Inc., de E.U.A., Abbott GmbH & Co. KG, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada DISPERSIONES SÓLIDAS EXTRUIDAS POR FUSIÓN QUE CONTIENEN UN AGENTE INDUCTOR DE APOPTOSIS. Una dispersión sólida pro-apoptótica que comprende, en una forma esencialmente no cristalina, un compuesto inhibidor de familia de proteínas Bcl 2 de la Fórmula I, definido en la presente, disperso en una matriz sólida que comprende (a) un vehículo polimérico soluble en agua farmacéuticamente aceptable y (b) un agente tensioactivo farmacéuticamente aceptable. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 9/14; A61K 9/20; A61K 47/26; A61K 31/437; A61K 47/02; A61K 47/22; A61K 47/26; A61K 47/32; cuyo(s) inventor(es) es (son) Rösch, Esther, Hoelig, Peter, Lindley, David J., Sanzgiri, Yeshwant D., Tong, Ping. La solicitud correspondiente lleva el número 20130224, y fue presentada a las 14:53:55 del 15 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de mayo del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2013351004.—(IN2013035722).
REGISTRO NACIONAL DE DERECHO
DE
AUTOR Y DERECHOS CONEXOS
AVISO
Luis Diego Cruz Conejo, cédula
N° 2-289-182, mayor, casado dos veces, pensionado, vecino de Alajuela Río
Segundo, Efraín Chacón Ureña, cédula 1-168-017, mayor, casado, vecino de San
José y Róger Arturo Chacón Zúñiga, cédula 3-225-643,
mayor, casado, agricultor, vecino de Santa María de Dota San José solicitan la
inscripción de los derechos morales y los derechos patrimoniales en la obra
literaria, en colaboración y publicada que se titula SAN GERARDO DE DOTA EN
LAS MONTAÑAS DEL ALTO SAVEGRE. La obra es la primera edición de un libro
con 186 páginas y comprende la historia de San Gerardo de Dota desde 1954 hasta
hoy. El ISBN es 978-9968-864-16-9. Publíquese por una sola vez en el Diario
Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan
oponerse a la inscripción solicitada dentro de los treinta días hábiles
siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de
Autor y Derechos Conexos N° 6683. Expediente 7430.—Curridabat, 22 de mayo del 2013.—Lic. Andrés Hernández Osti, Registrador.—1
vez.—RP2013350974.—(IN2013035724).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones Civiles
AVISOS
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada Asociación Cívica Cabalgando por una Sonrisa,
con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros
son los siguientes: Gestionar, ayudar y apoyar a los vecindarios de Santa Ana y
comunidades vecinas, a impulsar proyectos de desarrollo social, organizativo y
vecinal. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones
establecidas en el estatuto lo es el presidente: Luis Diego Méndez Sandoval.
Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la
Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y
habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días
hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012 asiento: 357867 adicional
tomo: 2012, asiento: 382251).—Curridabat,
19 de marzo del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2013350971.—(IN2013035723).
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada Asociación Leones y Leonas de Turrialba, con
domicilio en la provincia de Cartago; cuyos fines principales entre otros son los
siguientes: crear y fomentar un espíritu de entendimiento entre los pueblos del
mundo. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás
limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Pedro Vargas
Pérez. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas
en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas,
y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días
hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 116177.—Curridabat, 20 de mayo del
2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2013350979.—(IN2013035725).
El Registro de Personas
Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el
estatuto de la entidad denominada: Asociación Administradora del Acueducto y
Alcantarillado Sanitario de Zapote, con domicilio en la provincia de Alajuela,
Zarcero, Zapote, en el Salón Comunal. Cuyos fines primordiales son:
Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas
condiciones el acueducto, de conformidad con disposiciones del AyA. Colaboración en los programas y campañas de índole
educativa que se emprendan. Su presidente Rafael Durán Carvajal es el
representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma. El vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias
temporales, con iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha
organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de
Asociaciones y sus Reformas N° 218 del 08 de agosto de 1939, y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de
esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite; tomo: 2012 asiento: 390037, sin adicionales.—Curridabat, 2 de mayo del
2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—(IN2013035750).
INVITACIÓN A PRESENTAR EXPRESIONES DE INTERÉS
Proyecto Fortalecimiento del Programa de Turismo
Sostenible
en Áreas Silvestres Protegidas
Préstamo N° 1824/OC-CR-Costa Rica
El Proyecto Fortalecimiento del Programa
de Turismo Sostenible en Áreas Silvestres Protegidas (BID-TURISMO), está
recibiendo expresiones de interés de firmas consultoras y constructoras para
cada uno de los productos que se detallan en este documento.
Las firmas serán seleccionadas conforme a los
procedimientos indicados en las Políticas para
la Adquisición de Obras y Bienes Financiados por el Banco Interamericano de
Desarrollo (GN-2349-7), de fecha julio de 2006. Podrán participar todos los
licitantes de países de origen que sean elegibles, según lo dispuesto en dichas
políticas. Los interesados pueden obtener más información en la dirección
electrónica indicada al final de este documento, durante horas de oficina de
7:00 a. m. a 3:00 p. m. Las expresiones de interés deberán ser enviadas vía
correo directo a la dirección: San José, Barrio Tournón,
ave.15, calle 1. Apdo: 11384-1000 San José, Costa
Rica, o al correo electrónico bid.turismo@sinac.go.cr, a más tardar el 26 de junio del 2013 a las 12:30 pm hora de Costa Rica.
OBRAS Y SERVICIOS REQUERIDOS
1. Diseño y construcción de obras en el Parque Nacional Rincón De
La Vieja.
El objetivo es contratar una
firma consultora y constructora con más de cinco años de experiencia, que
brinde los servicios profesionales de arquitectura e ingenierías (Arquitectura,
Ingeniería Estructural, Ingeniería Eléctrica, Ingeniería Mecánica, Topografía,
Geología y otros) para que realice el diseño y la construcción completa y total
de las siguientes obras en el Parque Nacional Rincón de La Vieja:
A. Centro de Visitantes:
Edificación de un solo nivel con
capacidad para albergar 250 personas, el edificio debe integrarse
paisajísticamente al entorno espacial, físico y geográfico, respetando la
escala, propiciando la identidad institucional y buscando la armonía con el
entorno ambiental y cultural.
Deberá contar con
todos los sistemas electromecánicos y tecnológicos propios de un lugar de
atención al turista, su diseño y construcción debe ofrecer tecnologías y
materiales con estándares de calidad actuales y cumplir en todo con la
normativa técnica y legal vigente.
Las siguientes son
las actividades a diseñar y construir para el Centro de Visitantes:
■ Área de recepción, información y atención al visitante.
■ Boletería con área para control y registro de
visitantes.
■ Área administrativa.
■ Oficina para guías locales.
■ Espacio multiuso Cuarto de Comunicaciones.
■ Cafetería - refresquería con área de estar.
■ Tienda de recuerdos y artesanías.
■ Batería de Servicios Sanitarios para el
público.
■ Área de enfermería para primeros auxilios.
■ Bodega, basura y otros servicios.
■ Batería de servicios sanitarios para personal
técnico y administrativo.
■ Área para casilleros.
■ Áreas verdes y mobiliario para uso público.
B. Acondicionamiento Sendero Las Pailas. Longitud 3.4 km
C. Acondicionamiento Sendero Las Cataratas /
Catarata Escondida. 6.5 Km
Ambos senderos son
existentes y se encuentran en condiciones que ameritan el rediseño y
reconstrucción, tanto de sus suelos (sub base, base y acabados), como de su
trayectoria en algunos tramos; así también es necesario incorporar nuevos
elementos como puentes, pasos de agua, miradores, áreas de descanso, barandas,
cunetas, drenajes, y otros, para lo que deberán considerarse las
características geomorfológicas de sus suelos, las condiciones climáticas y
demás características propias del sitio donde se desarrollarán las obras. Se
deberán realizar los estudios técnicos correspondientes que respalden criterios
de diseño.
El Adjudicatario será
responsable de cumplir con los siguientes productos:
FASE I DISEÑO comprende:
a) Estudios Básicos, incluye entre otros la
Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)
b) Estudios Preliminares.
c) Anteproyecto.
d) Planos Constructivos, Especificaciones
Técnicas y Memorias de Cálculo.
e) Presupuesto Detallado de Actividades
FASE II CONSTRUCCIÓN comprende:
f) Proceso Constructivo, incluye Dirección
Técnica y Regencia Ambiental.
g) Elaborar los Planos de Obra Real Construida.
h) Elaborar el Manual de Mantenimiento de la
Obra.
Las personas jurídicas
interesadas en participar de este proceso, deberán proporcionar información que
indique que están calificadas para desarrollar esta contratación, para ello
deben hacer llegar a la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP), una carta
manifestando el interés en participar (favor indicar adecuadamente el nombre
del proyecto de interés), acompañada de: a) descripción general y legal de la
firma, b) descripción de trabajos desarrollados en diseño de obras en los
últimos cinco años, c) descripción de trabajos desarrollados en construcción de
obras en los últimos cinco años, d) currículo de los profesionales que
conforman el equipo de trabajo y que serían responsables del diseño y la
construcción de las Obras, e) capacidad de facturación mayor o igual a $1.500.000.00
y demás comprobantes, que demuestren que la firma cuenta con capacidad
económica para asumir los gastos del proyecto en los primeros meses, así como
para aportar las garantías de mantenimiento y cumplimiento.-
2. Diseño y construcción de obras en el Refugio Nacional de Vida
Silvestre Mixto Caño Negro
El objetivo es contratar una
firma consultora y constructora con más de cinco años de experiencia, que
brinde los servicios profesionales de arquitectura e ingenierías (Arquitectura,
Ingeniería Estructural, Ingeniería Eléctrica, Ingeniería Mecánica, Topografía,
Geología y otros) para que realice el diseño y la construcción completa y total
de las siguientes obras en el Refugio Nacional de Vida Silvestre Mixto Caño
Negro:
A. Acondicionamiento de la Estación Biológica como Centro de
Visitantes.
Edificación existente de dos
plantas, con área total de 243 m². Debe realizarse el diseño y los trabajos de
construcción necesarios para acondicionar y readecuar el edificio a las
actividades propias de un Centro de Visitantes, el cual deberá contar con:
■ Área administrativa.
■ Área de Cobro, control e información.
■ Tienda de suvenires y recuerdos.
■ Área de capacitación.
■ Área de Exhibición (multiuso)
■ Otros
■ Reparaciones y obras de mantenimiento
B. Batería de Servicios Sanitarios exterior para visitantes con el
correspondiente sistema de evacuación y tratamiento de aguas residuales.
C. Estacionamiento para 30 vehículos
D. Atracadero con muelle de embarque y desembarque
con área de espera.
E. Dos torres para observación de aves de 8 a 12
m de altura.
F. Sendero Elevado con obras complementarias
(miradores, áreas de descanso y otras). Longitud 1200 metros.
Las obras deberán contar con
todos los sistemas electromecánicos y tecnológicos propios de un lugar de
atención al turista, el diseño y construcción tanto de las obras existentes
como de las obras nuevas, deberán ofrecer tecnologías y materiales con
estándares de calidad actuales y cumplir en todo con la normativa técnica y
legal vigente. El diseño debe guardar armonía con el entorno ambiental,
paisajístico y cultural y tomar en consideración las condiciones geológicas,
climáticas y otras.
El Adjudicatario será
responsable de cumplir con los siguientes productos:
FASE I DISEÑO comprende:
a) Estudios Básicos, incluye entre otros la Evaluación de Impacto
Ambiental (EIA)
b) Estudios Preliminares.
c) Anteproyecto.
d) Planos Constructivos, Especificaciones
Técnicas y Memorias de Cálculo.
e) Presupuesto Detallado de Actividades
FASE II CONSTRUCCIÓN comprende:
f) Proceso Constructivo, incluye Dirección Técnica y Regencia
Ambiental.
g) Elaborar los Planos de Obra Real Construida.
h) Elaborar el Manual de Mantenimiento de la
Obra.
Las personas jurídicas
interesadas en participar de este proceso, deberán proporcionar información que
indique que están calificadas para desarrollar esta contratación, para ello
deben hacer llegar a la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP), una carta
manifestando el interés en participar (favor indicar adecuadamente el nombre
del proyecto de interés), acompañada de: a) descripción general de la firma, b)
descripción de trabajos desarrollados en diseño de obras en los últimos cinco
años, c) descripción de trabajos desarrollados en construcción de obras en los
últimos cinco años, d) currículo de los profesionales que conforman el equipo
de trabajo y que serían responsables del diseño y la construcción de las Obras,
e) capacidad de facturación mayor o igual a $1.000.000.00 y demás comprobantes,
que demuestren que la firma cuenta con capacidad económica para asumir los
gastos del proyecto en los primeros meses, así como para aportar las garantías
de mantenimiento y cumplimiento.—Unidad Coordinadora del Proyecto.—MBA. Guisselle Méndez Vega, Coordinadora.—1
vez.—(IN2013036347).
El Proyecto Fortalecimiento del
Programa de Turismo Sostenible en Áreas Silvestres Protegidas (BID-TURISMO),
está recibiendo expresiones de interés de firmas consultoras para cada uno de
los productos que se detallan en este documento.
Las firmas serán seleccionadas
conforme a los procedimientos indicados en las Políticas
para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco
Interamericano de Desarrollo (GN-2350-7), de julio de 2006. Podrán
participar todos los licitantes de países de origen que sean elegibles, según
lo dispuesto en dichas políticas. Los interesados pueden obtener más
información en la dirección electrónica indicada al final de este documento,
durante horas de oficina de 7:00 a. m. a 3:00 p. m. Las expresiones de interés
deberán ser enviadas vía correo directo a la dirección: San José, Barrio Tournón, ave.15, calle 1. Apdo:
11384-1000 San José, Costa Rica, o al correo electrónico
bid.turismo@sinac.go.cr, a más tardar el 26 de
junio del 2013 a las 12:30 pm hora de Costa Rica.
SERVICIOS REQUERIDOS
1. Inspección de las Obras de Construcción en el Parque Nacional Tortuguero
Las firmas interesadas en
participar de este proceso, deberán proporcionar información que indique que
están calificadas para asumir las funciones y responsabilidades de esta
contratación, para ello deben hacer llegar a la Unidad Coordinadora del
Proyecto (UCP), una carta manifestando el interés en participar (favor indicar
adecuadamente el nombre de la consultoría de su interés), acompañada de: a)
descripción general y legal de la firma b) experiencia de la firma (y de sus
miembros) mayor a 5 años en inspección de obras, identificando proyectos
relacionados con esta consultoría (tiempos y montos) c) currículo de los
profesionales que conforman la firma y participarían en la inspección d) otra
información que la firma consultora considere pertinente.
Los Inspección requiere como
mínimo experiencia en arquitectura, ingeniería estructural, ingeniería
eléctrica, ingeniería mecánica, topografía, geografía.
2. Inspección de las Obras de Construcción en el Parque Nacional
Rincón de la Vieja
Las firmas interesadas en
participar de este proceso, deberán proporcionar información que indique que
están calificadas para asumir las funciones y responsabilidades de esta
contratación, para ello deben hacer llegar a la Unidad Coordinadora del
Proyecto (UCP), una carta manifestando el interés en participar (favor indicar
adecuadamente el nombre de la consultoría de su interés), acompañada de: a)
descripción general y legal de la firma b) experiencia de la firma (y de sus
miembros) mayor a 5 años en inspección de obras, identificando proyectos
relacionados con esta consultoría (tiempos y montos) c) currículo de los
profesionales que conforman la firma y participarían en la inspección d) otra
información que la firma consultora considere pertinente.
Los Inspección requiere como
mínimo experiencia en arquitectura, ingeniería estructural, ingeniería
eléctrica, ingeniería mecánica, topografía, geografía.
3. Inspección de las Obras de Construcción en el
Refugio Nacional de Vida Silvestre Caño Negro
Las firmas interesadas en
participar de este proceso, deberán proporcionar información que indique que
están calificadas para asumir las funciones y responsabilidades de esta
contratación, para ello deben hacer llegar a la Unidad Coordinadora del
Proyecto (UCP), una carta manifestando el interés en participar (favor indicar
adecuadamente el nombre de la consultoría de su interés), acompañada de: a)
descripción general y legal de la firma b) experiencia de la firma (y de sus
miembros) mayor a 5 años en inspección de obras, identificando proyectos
relacionados con esta consultoría (tiempos y montos) c) currículo de los
profesionales que conforman la firma y participarían en la inspección d) otra
información que la firma consultora considere pertinente.
Los Inspección requiere como
mínimo experiencia en arquitectura, ingeniería estructural, ingeniería
eléctrica, ingeniería mecánica, topografía, geografía.—Unidad
Coordinadora del Proyecto.—MBA. Guisselle Méndez
Vega, Coordinadora.—1 vez.—(IN2013036352).
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. N° 34197-2012. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José,
a las ocho horas diez minutos del dieciséis de mayo de dos mil trece. Romilia Aguirre Reyes conocida como Romilia
Aguirre López, divorciada, costarricense, cédula de identidad número
ocho-ciento dos-cero cero uno, vecina de San Francisco de Dos Ríos, San José;
solicita la rectificación de su asiento de naturalización..., en el sentido que
los apellidos de la misma son “Aguirre Reyes, hija de José Urso
Aguirre, no indica segundo apellido y María Asunción Reyes, no indica segundo
apellido” y no como se consignaron y el asiento de matrimonio de Santos Leonicio Gerardo Pérez Molina con Romilia
Aguirre Reyes..., en el sentido que los apellidos de la cónyuge son “Aguirre
Reyes, hija de José Urso Aguirre, no indica segundo
apellido y María Asunción Reyes, no indica segundo apellido” y no como se
consignaron. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal
Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces
en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas
para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de
su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas,
Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—RP2013350801.—(IN2013034967).
Exp. Nº 27641-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las quince horas cincuenta minutos del veintidós de
febrero del dos mil trece. Diligencias de ocurso presentadas ante la Oficina
Regional de este Registro Civil en Turrialba, por Mariana Quirós Rodríguez,
mayor, casada, del hogar, costarricense, cédula de identidad número
dos-doscientos cuarenta y ocho-cero noventa y seis, vecina de La Suiza,
Turrialba, Cartago, tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento… en
el sentido que la fecha de nacimiento… es “dieciocho de marzo de mil
novecientos cuarenta y siete”, y no como se consignó. Conforme lo señala el
artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro
Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta.
Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro
del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—(IN2013035168).
PUBLICACIÓN DE unA VEZ
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por Rosa Elena Duarte González, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 185-2013. Registro
Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas
diez minutos del catorce de enero de dos mil trece. Ocurso. Exp.
N° 43278-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos
probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Joseling Massiel
López Duarte...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Rosa Elena”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—RP2013350963.—(IN2013035726).
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por Cristian Calvo Soto, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1696-2012. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a
las ocho horas dos minutos del diecisiete de mayo del dos mil doce. Exp. N° 5167-2012. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—…,
Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el
fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Priscila Tatiana
Soto Campos y la razón marginal de fecha dieciocho de abril del dos mil dos,
consignada en el asiento de nacimiento de Sabrina Soto Matarrita,
en el sentido que los apellidos del padre... son “Calvo Soto”.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN20213035836).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Julie Ann Ellis Miller, mayor,
divorciada, gerente general, estadounidense, cédula de residencia 184000484625,
vecina de Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1518-2013.—San José,
treinta y uno de mayo de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013035577).
Xiomara del Socorro Rivera Rivera, mayor, soltera, servicios domésticos, nicaragüense,
cédula de residencia 155800994206, vecina de San José, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 1733-2012.—San José, veintinueve de mayo de dos mil trece.—Lic.
Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1
vez.—(IN2013035599).
TEATRO POPULAR MELICO SALAZAR
ADMINISTRACIÓN
MODIFICACIÓN AL PLAN DE COMPRAS 2013
Se avisa a todos los potenciales
oferentes que con el fin de cumplir con lo que establece el artículo 8 de la
Ley de Contratación Administrativa y artículo 7 del Reglamento General de
Contratación Administrativa, que por necesidad administrativa e interés público,
ha sido modificado el programa anual de adquisiciones 2013. Dicha modificación
se encuentra disponible en la página del Ministerio de Hacienda-CompraRed, dirección: www.hacienda.go.cr.
San José, 07 de junio del 2013.—Gisela Lobo Hernández, Administradora.—1
vez.—(IN2013037031).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
MODIFICACIÓN
AL PLAN DE COMPRAS N° 007-2013
Se
comunica a los interesados la inclusión de las siguientes necesidades en el Plan
de Compras del Registro Nacional:
Partida presupuestaria |
Descripción |
Monto estimado ¢ |
1.04.04 |
Servicios de
levantamiento del inventario de activos. |
620.000.000,00 |
5.02.01 |
Remodelación oficinas. |
17.668.171,00 |
Lic. Hazel Ruiz Morales, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 13-0001.—Solicitud Nº 119-783-13-005.—(IN2013037288).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría invita
a participar en el siguiente procedimiento de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000011-PROV
Contratación del proyecto para corregir hundimientos en el
edificio de Tribunales de Justicia de San Mateo
Fecha y hora de apertura: 10 de
julio del 2013, a las 10:00 horas.
El cartel se puede obtener sin costo alguno a
través de Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria,
o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la
siguiente dirección: jzuniga@Poder-Judicial.go.cr, respectivamente. En este
último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a
su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos
2295-3295 ó 2295-3623.
LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN-000001-PROV
Compra de útiles y materiales de oficina según demanda
Fecha y hora de apertura: 12 de
julio de 2013, a las 10:00 horas
El respectivo cartel se puede obtener sin
costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados
podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección:
http://poder-judicial.go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm
o solicitarlo al correo electrónico kgutierrez@poder-judicial.go.cr.
San José, 07 de junio del 2013.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli
Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—(IN2013036995).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000002-01
Venta de las propiedades del Consejo Nacional
de Producción
El Consejo Nacional de Producción, por medio del Área Administrativa,
recibirá ofertas por escrito hasta el día jueves, 04 de julio del 2013, a las
catorce horas, Licitación Pública Nº 2013LN-000002-01, para la venta de las
propiedades del Consejo Nacional de Producción ubicadas en la Provincia de
Puntarenas, Cantón Golfito, Distrito Golfito; en la Provincia de Limón, Cantón
Talamanca, Distrito Cahuita y en la Provincia de
Guanacaste, Cantón Carrillo, Distrito Filadelfia, correspondientes a los
terrenos que se describen a continuación:
Línea |
Descripción |
Valor / Precio Base |
1 |
Propiedad inscrita al folio real matrícula No.040879-000, conocida
como “Lote baldío en Golfito centro”, ubicada en la Provincia de
Puntarenas, Cantón Golfito, Distrito Golfito, en kilómetro 2, contiguo al
Estadio Municipal de Golfito “Fortunato Atencio”,
según coordenadas 554850 y 288250 de la Hoja Cartográfica GOLFITO. |
¢15.518.250,00 (quince millones, quinientos dieciocho mil doscientos
cincuenta colones exactos) |
2 |
Propiedad inscrita al folio real matrícula No.046113-000, conocida
como “Lote baldío Hone Creek – Cahuita”, ubicada en la Provincia de Limón, Cantón
Talamanca, Distrito Cahuita, del Cruce Bribrí – Cahuita – Puerto
Viejo, 900 metros al sureste por la calle que conduce a Puerto Viejo, frente
al Abastecedor el Cruce, según intersección de las coordenadas 400 y 596 de
la Hoja Cartográfica AMUBRI. |
¢15.748.290,00 (quince millones setecientos cuarenta y ocho mil
doscientos noventa colones exactos) |
3 |
Propiedad inscrita al folio real matrícula No.50011411-000, ubicada en la provincia de Guanacaste, Cantón Carrillo, Distrito Filadelfia con edificaciones (Bodega y Galerón), con un área total de 3694 m2, según plano catastro No. G-1621182-2012. |
¢273.473.857,00 (doscientos setenta y tres millones cuatrocientos
setenta y tres mil ochocientos cincuenta y siete colones exactos) |
En caso de estar interesado en
participar en la presente Licitación, el cartel que contiene las condiciones
específicas y generales, puede ser retirado, sin costo alguno, en el Área
Administrativa, ubicada del Gimnasio Nacional 200 metros al este y 150 metros
sur. Para recibir el cartel de esta licitación vía correo electrónico, favor
solicitarlo a la siguiente dirección: aprovisionamiento@cnp.go.cr o encontrarlo
en el sitio Web www.cnp.go.cr . Para mayor información
comunicarse al teléfono 2257-93-55, extensiones 2257-93-55 ext. 250 y 387.
1 vez.—O. C. Nº 010-2013.—Solicitud Nº 800-00010P.—Crédito.—(IN2013037274).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000015-01
Contratación de servicios de mantenimiento
correctivo para impresoras,
proyectores, computadoras
(portátil, PC, All in one)
y escáner en la Sede Central
del INA
El Proceso de Adquisiciones de
la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas
por escrito hasta las 10:00 horas del 02 de julio del 2013. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de
Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al
oeste, del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1
vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00158.—Crédito.—(IN2013037283).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000016-01
Compra de muebles de madera y sus derivados,
para uso en oficinas y Centros Administrativos
El Proceso de Adquisiciones de
la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas
por escrito hasta las 10:00 horas del 28 de junio del 2013. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de
Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste
del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1
vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00156.—Crédito.—(IN2013037284).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2013LA-000030-02
Suministro
e instalación de red inalámbrica
La Dirección de Suministros de RECOPE, invita a
participar en la Licitación Abreviada N° 2013LA-000030-02, para lo cual las
propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las oficinas centrales de
RECOPE, Edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón
Norte, San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La
República, hasta las 13:00 horas del día 3 de julio del 2013.
El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago
en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo
de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la página web de RECOPE:
www.recope.com.
La visita al sitio para explicar los alcances técnicos y demás aspectos
relevantes de este concurso se llevará a cabo el día 17 de junio del 2013, a
las 10:00 horas en el piso N° 2 del Edificio Administrativo del Plantel de
Refinería en Moín,
Limón.
Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio
web: www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones
por escasa cuantía promovidas por RECOPE.
Departamento de Contratación de Bienes y
Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón.—1 vez.—O. C. Nº
000220.—Solicitud Nº 865-00159-PROV.—(IN2013037287).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2013LN-000002-09005
Pistolas
Modalidad entrega
según demanda
La Dirección de Proveeduría Institucional del Ministerio de Seguridad
Pública, comunica a todos los interesados en la contratación arriba indicada
que mediante resolución de adjudicación de las 17:09 horas del 31 de mayo del
2013, la misma se adjudica de la siguiente manera:
Oferta: Electrónica Pablo Murillo S. A., cédula jurídica Nº
3101333037.
Línea 1: Pistola marca Sig
Sauer, modelo P226, calibre 9x19 mm, con todas las
especificaciones técnicas solicitadas en el cartel e indicadas en la oferta.
Precio unitario: $1.210,00 (mil
doscientos diez dólares 00/100).
Lugar de entrega: Dirección General de Armamento.
Plazo de entrega: 60 días hábiles desglosados de la siguiente manera: 55
días hábiles para la entrega de documentos a fin de solicitar la exoneración
correspondiente, y 05 días hábiles para la entrega final del bien una vez
entregado el documento de exoneración.
Forma de pago: Usual de Gobierno.
Garantía de los bienes: 72 meses contra defectos de fabricación en
condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación.
San José, 4 de junio del 2013.—MSc. Jéssica González Montero,
Directora de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 18419.—Solicitud Nº 108-090-00040.—(IN2013037299).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2012LA-000080-0DI00
Demarcación vial horizontal y colocación de captaluces
de la ruta nacional 237, sección:
Paso Real-San Vito
El Consejo Nacional de Vialidad
(Conavi), comunica a todos los interesados en el
concurso en referencia, que según artículo VI de la sesión Nº 1011-13, de 4 de
junio de 2013, el Consejo de Administración acordó:
Acuerdo firme: Analizados los
informes legal, técnico, de razonabilidad de precios, financiero, la
recomendación de adjudicación de la Comisión Permanente de Contrataciones
CPC-052-13 y los oficios DIE-03-13-1496 de la Dirección Ejecutiva y
PRO-01-13-1852 de la Proveeduría Institucional se acogen y se adjudica la
Licitación Abreviada 2012LA-000080-0DI00 “Demarcación vial horizontal y
colocación de captaluces de la ruta nacional 237,
sección: Paso Real-San Vito” al consorcio de empresas conformado por J&L
Señalización y Arquitectura S. A., cédula jurídica 3-101-126423, M&P
Obras Civiles S. A., cédula jurídica 3-101-147132, Horizontes de Vías y
Señales de Centro América S. A., cédula jurídica 3-101-304030, Publivías S. A., cédula jurídica
3-101-032985, Servicios de Señalamiento Vial S. A., cédula jurídica
3-101-080084, Bela Consultores S. A.,
cédula jurídica 3-101-148701 y Publiseñales
de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-307361, por un monto de
¢116.515.617,71 (ciento dieciséis millones quinientos quince mil seiscientos
diecisiete colones con 71/100 ) y un plazo de ejecución de 15 (quince) días
hábiles.
San José, 6 de junio del 2013.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. 2105.—Sol. 112-303-00173.—Crédito.—(IN2013037250).
LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000089-0DI00
Demarcación vial horizontal y colocación de captaluces
de
la ruta nacional 10, sección:
Finca La Amistad-Siquirres
El Consejo Nacional de Vialidad
(CONAVI), comunica a todos los interesados en el concurso en referencia, que
según artículo VII de la sesión N° 1011-13, de 04 de junio de 2013 el Consejo
de Administración acordó:
Acuerdo Firme: Analizados los informes legal,
técnico, de razonabilidad de precios, financiero, la recomendación de
adjudicación de la Comisión Permanente de Contrataciones CPC-056-13 y los
oficios DIE-03-13-1482 de la Dirección Ejecutiva y PRO-01-13-1853 de la
Proveeduría Institucional se acogen y se
adjudica la Licitación Abreviada 2012LA-000089-0DI00 “Demarcación vial
horizontal y colocación de captaluces de la ruta
nacional 10, sección: Finca La Amistad-Siquirres” al
consorcio de empresas conformado por J&L Señalización y Arquitectura
S.A., cédula jurídica 3-101-126423, M&P Obras Civiles S. A., cédula
jurídica 3-101-147132, Horizontes de Vías y Señales de Centro América S. A.,
cédula jurídica 3-101-304030, Publivías
S. A., cédula jurídica 3-101-032985, Servicios de Señalamiento Vial S.
A., cédula jurídica 3-101-080084, Bela
Consultores S. A., cédula jurídica 3-101-148701 y Publiseñales
de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-307361, por un monto de
¢155.904.341,21 (ciento cincuenta y cinco millones novecientos cuatro mil
trescientos cuarenta y un colones con 21/100) y un plazo de ejecución de 15
(quince) días naturales.
San José, 6 de junio de 2013.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C.
N° 2105.—Solicitud N° 111-303-00174.—C-13160.—(IN2013037251).
LICITACIÓN ABREVIADA
2012LA-000012-01
Contratación de servicios en ingeniería y arquitectura para
el desarrollo de los estudios y diseños requeridos para
el proceso tendiente a la rehabilitación y renovación
integral del edificio del Centro de Negocios San José
La Oficina de Proveeduría y
Licitaciones informa a los interesados en la licitación supracitada,
que la misma fue adjudicada el pasado 30 de mayo del 2013 al Consorcio Heriel S.A.-Grupo Ingeniería y Arquitectura GIA S. A.;
por un monto de $358.000,00.
Lic. Waldo Giutta
Alvarado, Ejecutivo de Contratación Administrativa.—1
vez.—O. C. N° 19.—Solicitud N° 915-10028.—C-11300.—(IN2013037255).
LICITACIÓN PÚBLICA 2012LN-000025-99999
RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN N° 65-2013
Compra de equipo de cómputo
La Universidad Estatal a
Distancia (UNED), comunica a los interesados en la presente licitación, que el
Consejo Universitario en sesión N° 2257-2013, Art. II, inciso 3-a) celebrada el
6 de junio del 2013, acordó lo siguiente:
Considerando:
1. El acuerdo tomado por el Consejo de Rectoría, en sesión N° 1772-2013,
artículo III, inciso 5 a), celebrada el 27 de mayo de 2013, en el que se avala
la readjudicación de la Licitación Pública
2012LN-000025-99999, “Compra de Equipo de Cómputo”, con base en la
recomendación y evaluación de la Comisión de Licitaciones.
2. Oficio OJ 2013-129, suscrito por la Oficina
Jurídica, en el que indica que una vez visto el expediente de la Licitación
Pública 2012LN-000025, éste cumple con los requisitos de tipo legal, siendo
acorde con la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.
3. Acuerdo de la Comisión de Licitaciones, de la
sesión 09-2013, del 13 de mayo de 2013, que indica en su artículo IV:
I. Dejar fuera de concurso de mala oferta de la empresa Asesoría
Inmobiliaria y Negocios Red Global S.A., por cuanto no cumple con la condición
de ser Centro de Servicio Autorizado de Reparación de la marca que distribuyen,
cuyo domicilio esté en el área Metropolitana y ofrecen a la UNED.
II. Dejar fuera de concurso la oferta de la
empresa Corporación Eléctrica Osmín Vargas S. A., por
cuanto no atendió la prevención de subsanación para restablecer la vigencia de
la oferta.
III. Dejar fuera de concurso la oferta presentada
por Central de Servicios PC S. A., en el ítem 3 de la oferta base 2, por
ofrecer un respaldo de garantía diferente al solicitado en el cartel.
IV. Dejar fuera de concurso la oferta presentada
por la empresa Componentes El Orbe S. A., en el ítem 3 por no cumplir con las
especificaciones técnicas según el oficio DTIC-2012-196.
V. Readjudicar la
Licitación Pública 2012LN-000025-99999, “Compra de equipo de cómputo”, con base
en lo indicado en la recomendación y la evaluación respectiva, de la siguiente
manera:
1) A la empresa Central de Servicios PC S. A., los siguientes ítemes de la oferta base 1:
Ítem 3: 91 Computadoras de
escritorio marca Dell Latitude E5430, precio unitario
$1.098,50, precio total $99.963,50.
Ítem 6: 30 Computadores mini
portátiles marca Dell Latitude E2120, precio unitario
$708.20, precio total $21.246,00.
Monto total adjudicado:
$121.209,50, tiempo de entrega 1 día natural, bajo la figura de aforo
provisional.
Se acuerda:
Adjudicar a la empresa Central
de Servicios PC S. A., la Licitación Pública 2012LN-000025-99999 “ Compra de equipo de cómputo” correspondiente a los ítemes del punto V del artículo IV, del acuerdo de la
Comisión de Licitaciones en su sesión N° 09-2013 del 13 de mayo del 2013, por
un monto de $121.209,50.
Sabanilla, 7 de junio del 2013.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag.
Yirlania Quesada Boniche,
Jefa.—1 vez.—(IN2013037263).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000018-01
Compra de muebles y equipo de metal con elementos
de madera, para uso en aulas
y Centros Administrativos
La Comisión Local Central de Adquisiciones
del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 10-2013, celebrada el día 30
de mayo del 2013, artículo V, tomó el siguiente acuerdo:
Adjudicar la Licitación
Abreviada 2012LA-000018-01, para la compra de muebles y equipo de metal con
elementos de madera, para uso en aulas y centros administrativos, de
conformidad con el informe de recomendación UCI-PA-1208-2013, los estudios
técnicos NTM-PGA-299-2012 y NMM-PGA-184-2012 y el estudio legal ALCA-363-2012,
en los siguientes términos:
• Adjudicar las líneas 6-9, a la oferta 2 de la empresa S-Suplidora
de Máquinas y Reparaciones S. A., por un monto de 0753.800,00, por cumplir
con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de
entrega de 30 días hábiles.
• Adjudicar las líneas 1-11-13-14-15, a la
oferta 3 de la empresa Compañía Leogar S. A.,
por un monto de 02.160.600,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y
ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 30 días hábiles.
• Adjudicar la línea 2, a la oferta 4 de la
empresa Muebles Metálicos Alvarado S. A., por un monto de 0714.000,00,
por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con
un plazo de entrega de 30 días hábiles.
• Adjudicar la línea 3, a la oferta 7, de la
empresa Muebles Crometal S. A., por un monto
de 0585.000,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio
razonable, con un plazo de entrega de 30 días hábiles.
• Adjudicar las líneas 10-12, a la oferta 8,
de la empresa Distribuidora M S. A., por un monto de 01.860.000,00, por
cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un
plazo de entrega de 30 días hábiles.
• Adjudicar las líneas 7-8-18, a la oferta 11,
de la empresa Basic Seats LTDA., por un monto
de $28.272,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio
razonable, con un plazo de entrega de 30 días hábiles.
• Adjudicar la línea 5, a la oferta 12, de la
empresa Amoblamientos Fantini
S. A., por un monto de 07.434.700,00, por cumplir con lo estipulado en el
cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 30 días
hábiles.
• Adjudicar las líneas 16-17, a la oferta 13,
de la empresa Mobi-Centro LTDA., por un
monto de 06.915.000.00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un
precio razonable, con un plazo de entrega de 30 días hábiles.
• Declarar infructuosa la línea 4, por
incumplimientos técnicos.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1
vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00159.—Crédito.—(IN2013037280).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000013-01
Compra de equipo para la enseñanza de audio y video
El Proceso de Adquisiciones de
la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo
ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 01 de julio del 2013. Los
interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de
¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca,
2.5 kilómetros al oeste, del Hospital México, o bien ver la página web del INA,
dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1
vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00157.—Crédito.—(IN2013037282).
ÁREA PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000001-IMAS
Arrendamiento de un local para las oficinas
de la Unidad Local de Desarrollo Social en Pavas
Se comunica a los interesados en
la Licitación de referencia que mediante Oficio SGSA-453-06-2013 de 04 de
junio, 2013, emitido por la Subgerencia de Soporte Administrativo, declara
infructuosa la presente Licitación.
San José, 06 de junio del 2013.—Licda. Ana Virginia García Gallo, Proveedora Institucional
a. í.—1 vez.—(IN2013037010).
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA
Se notifica a la casa comercial
Nirvana de Moravia S. A.; cédula jurídica 3-101-055543, que este Despacho
emitió resolución A-00165-2013, de las once horas veinticinco minutos del
veintitrés de mayo del dos mil trece, mediante la cual dictó resolución final
en el procedimiento de resolución contractual, resolviendo: 1) Resolver
contractualmente las obligaciones con la firma Nirvana de Moravia S. A., en
cuanto a los ítemes 1, 2, 4 y 5 derivados del
concurso 2010CD-001026-2102, 2) Iniciar el procedimiento sancionatorio
correspondiente. Se advierte a la empresa Nirvana de Moravia S. A., que contra
la presente resolución caben los recursos ordinarios previstos en la Ley
General de Administración Pública.
MSc. Maritza Campos Calvo,
Directora.—1 vez.—(IN2013035775).
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2013LN-000013-78300
Contrato
de entrega según demanda
Suministro de
balones de fútbol y fútbol sala
Se avisa a todos aquellos interesados en esta
contratación, que se encuentra disponible el pliego de condiciones con las
modificaciones de carácter técnico. La fecha de apertura de esta contratación se
traslada para el día 8 de julio del 2013, a las 09:00 a. m.
El cartel estará a disposición en el Sistema de Compras Gubernamentales Comprared 2.0 a partir de esta fecha, en la siguiente
dirección electrónica: https://www.hacienda.go.cr/rp/ca/InformacionTramite.aspx?TRAMIDEN=2013LN-000013-78300&TITUTRAM=19
San José, 7 de junio del 2013.—Rolando
Chinchilla Masís.—1 vez.—O. C. Nº 18854.—Solicitud Nº
119-780-030DA.—(IN2013037292).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013 LN-000011-DCADM
(Prórroga N° 2)
Contratación de profesionales en derecho para
brindar servicios para cobro judicial
Se les comunica a los
interesados que por la atención de la Resolución R-DCA-251-2013 de la Contraloría
General de la República, se prorroga la fecha y hora para la apertura de
ofertas de este concurso para el día 01 de julio del 2013 a las 11:00 horas.
Todas las demás condiciones y requisitos
permanecen invariables.
San José, 7 de junio de 2013.—Área Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria
Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2013037008).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Nº 2013LN-000012-PRI (Circular Nº 1)
Adquisición de un sistema integrado
para capital humano-SICH-
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (A y A) cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica
a todos los interesados en participar en la Licitación arriba indicada, que se
prorroga la fecha de apertura de ofertas para 28 de junio del 2013, a las 10:00
horas.
Dirección Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2141.—Solicitud Nº
870-00119.—Crédito.—(IN2013037270).
HOSPITAL DEL TRAUMA S. A.
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000004-00103
(Comunicado
de modificación al cartel)
Se avisa a todos aquellos
interesados en este concurso “Adquisición de ropa para uso hospitalario del
Hospital del Trauma S. A.”, que una modificación y una aclaración al cartel se
encuentra a disposición en el Sistema Comprared en
forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared.
San José, 5 de junio del 2013.—Lic. Fernando León Murillo, Proveedor.—1
vez.—(IN2013037222).
LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN-000005-00103
(Comunicado
de aclaración al cartel)
Se avisa a todos aquellos
interesados en este concurso “Adquisición de material de osteosíntesis en
modalidad de compra por demanda, para los procedimientos quirúrgicos a
realizarse en el Hospital del Trauma S. A.”, que una aclaración al Cartel se
encuentra a disposición en el Sistema Comprared en
forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared.
San José, 5 de junio del 2013.—Lic. Fernando León Murillo, Proveedor.—1
vez.—(IN2013037224).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000005-00103 (Comunicado
de
modificación de apertura)
Adquisición de material de osteosíntesis en modalidad de
compra por demanda, para los procedimientos
quirúrgicos a realizarse en el Hospital del Trauma
Se avisa a todos aquellos
interesados en participar en este concurso “Adquisición de material de
osteosíntesis en modalidad de compra por demanda, para los procedimientos
quirúrgicos a realizarse en el Hospital del Trauma”, que la misma se prorroga
para las 10:00 del 25/06/2013.
El interesado tiene el cartel a disposición
en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la
dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared, o
podrá obtenerlo inmediatamente en el Departamento de Contrataciones de la
Proveeduría Institucional del Hospital del Trauma S. A.
San José, 5 de junio del 2013.—Lic. Fernando León Murillo, Proveedor.—1
vez.—(IN2013037225).
El Ministerio de Agricultura y
Ganadería y el Ministerio de Economía, Industria y Comercio a través de la
Secretaria del Órgano de Reglamentación Técnica (ORT), someten a conocimiento
de las instituciones y público en general el siguiente proyecto de reglamento
técnico:
• RTCA 65.05.67:13 Insumos Agrícolas. Ingrediente Activo Grado
Técnico, Plaguicidas Químicos Formulados, Sustancias Afines, Coadyuvantes y Vehículos
Físicos de Uso Agrícola. Requisitos para la Elaboración de Etiquetas y
Panfletos,
Se otorgará un plazo de 10 días
hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este aviso, para
presentar ante la Secretaría sus observaciones y justificación técnica,
científica o legal, de conformidad con el artículo 361 de la Ley General de la
Administración Pública.
El
texto del reglamento técnico se encuentra en la oficina de la Secretaría
del ORT, sita en Sabana Sur de la Contraloría General de la República, 400
metros al oeste en horario de 8 a.m. a 4 p.m. La versión digital se encuentra
disponible en la dirección http://www.reglatec.go.cr/prNacionalPublica.htm o
bien las pueden solicitar a la dirección electrónica: reglatec@meic.go.cr. Las
observaciones podrán ser entregadas en estas direcciones o través del fax:
2291-2007.
Ing. Jorge Araya González, M.Sc. Jefe Departamento Agroquímicos y Equipos.—Servicio Fitosanitario del Estado.—1 vez.—O. C. Nº
17.—Solicitud Nº 27957.—C-12220.—(IN2013036755).
CENTRO CRÉDITO SOBRE ALHAJAS AMÓN
El Proceso de Pignoración (Monte
Popular) del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, avisa que a las once horas
del día 29 de Junio del 2013, se rematarán al mejor postor las garantías de las
operaciones de crédito que tengan dos o más cuotas de atraso, o que su fecha de
cancelación esté vencida, según lo establece el Reglamento de Crédito de
Pignoración. El remate se efectuará en San José, calle primera, avenidas nueve
y once, o de Radiográfica Costarricense 250 metros al norte, oficina del Centro
de Crédito sobre Alhajas Amón. Remate N° 485.
Agencia 04
ALHAJAS
Operación Descripción Base
Remate Operación Descripción Base Remate
004-060-803746-5 LOTE DE ALAHAJS 88.976,95 004-060-804663-7 PULSERA
CON PIEDRAS 117.652,10
004-060-804801-3 LOTE DE ALHAJAS 107.472,95 004-060-805499-8 ANILLOS 72.832,25
004-060-806317-2 LOTE DE ALHAJAS 397.426,00 004-060-807968-7 CADENAS 301.781,05
004-060-808025-4 LOTE DE ALHAJAS 402.748,45 004-060-808031-9 LOTE
DE ALHAJAS 586.352,75
004-060-808947-7 LOTE DE ALHAJAS 105.026,50 004-060-809238-4 LOTE
DE ALHAJAS 1.679.423,85
004-060-809704-9 LOTE DE ALHAJAS 469.537,25 004-060-810144-6 MONEDA 320.655,70
004-060-811743-6 LOTE DE ALHAJAS 347.266,60 004-060-811802-0 LOTE
DE ALHAJAS 74.865,50
004-060-812521-7 CADENA 261.536,50 004-060-812774-0 LOTE DE ALHJAS 303.684,85
004-060-812916-3 CADENAS Y PULSERAS 558.972,95 004-060-812970-8 LOTE DE ALHAJAS 227.608,05
004-060-813057-2 LOTE DE ALHAJAS 297.675,50 004-060-813059-1 LOTE
DE ALHAJAS 139.651,55
004-060-813201-5 LOTE DE ALHAJAS 192.703,80 004-060-813233-2 LOTE
DE ALHAJAS 241.088,50
004-060-813272-1 1 GARGANTILLA Y 1 CADENA 254.194,25 004-060-813347-5 LOTE
DE ALHAJAS 694.622,30
TOTAL DE ALHAJAS
PRIMER REMATE: 24 8.243.756,15
Agencia 06
006-060-807112-3 LOTE DE ALHAJAS 10K 489.569,55 006-060-807401-2 LOTE ALHAJAS 1,170.000= 1.331.165,40
006-060-808458-0 LOTE DE ALHAJAS 1.303.576,75 006-060-808650-0 LOTE
DE ALHAJAS 2.964.917,75
006-060-809112-5 LOTE DE ALHAJAS 144.109,35 006-060-809331-0 LOTE
DE ALHAJAS [631.600.00 716.101,85
006-060-809489-4 LOTE DE ALHAJAS 177.653,95 006-060-809575-9 LOTE
DE ALHAJAS 87.891,00
006-060-809683-4 LOTE DE ALHAJAS 171.917,90 006-060-809947-3 LOTE
DE ALHAJAS 620.632,45
006-060-810280-0 LOTE DE ALHAJAS 1.305.224,05 006-060-810329-0 LOTE
DE ALHAJAS 698.078,50
006-060-810351-5 LOTE DE ALHAJAS 1.388.161,75 006-060-810490-6 LOTE
DE ALHAJAS 98.230,05
TOTAL DE ALHAJAS
PRIMER REMATE: 14 11.497.230,30
006-060-809975-6 LOTE DE ALHAJAS 555.466,55
TOTAL DE ALHAJAS
SEGUNDO REMATE: 1 555.466,55
Agencia 07
007-060-809533-7 LOTE DE ALHAJAS 508.912,70 007-060-810116-2 PULSO
14 436.160,25
007-060-810349-9 LOTE DE ALHAJAS 1.132.940,20 007-060-810914-0 2
ANILLOS 128.113,50
007-060-811859-3 LOTE DE ALHAJAS 171.672,15 007-060-812061-6 lote
de alhajas 2.043.380,15
007-060-812181-5 LOTE DE ALHAJAS 439.822,55 007-060-812306-5 LOTE
DE ALHAJAS 204.483,95
007-060-812810-3 LOTE DE ALHAJAS 108.330,00 007-060-812966-6 LOTE
DE ALHAJAS 64.675,40
007-060-813511-2 2 ANILLOS 14 42BR. 221.028,80 007-060-813556-7 LOTE DE ALHAJAS 1.381.486,70
007-060-813602-5 ANILLOS 10 72.544,45 007-060-813647-0 LOTE DE ALHAJAS 603.633,55
007-060-813806-7 ANILLOS Y PULSO 10 95.011,50 007-060-814061-8 CADENA DIJES 10 191.576,00
007-060-814120-3 LOTE DE ALHAJAS 204.086,75 007-060-814202-7 LOTE
DE ALHAJAS 277.264,60
007-060-814266-3 *NO TIENE DESCRIPCION 258.697,35 007-060-814385-9 LOTE DE ALHAJAS 161.661,15
007-060-814386-2 LOTE DE ALHAJAS 406.589,45 007-060-814487-8 LOTE
DE ALHAJAS 190.675,90
007-060-814546-5 MONEDA 24K 649.764,00 007-060-814571-3 LOTE DE ALHAJAS 183.842,70
007-060-814592-2 LOTE DE ALHAJAS 664.191,10 007-060-814632-4 LOTE
DE ALHAJAS 125.575,85
TOTAL DE ALHAJAS
PRIMER REMATE: 26 10.926.120,70
Agencia 08
008-060-805395-9 LOTE ALHAJAS 1.865.618,35 008-060-805474-0 LOTE
ALHAJAS 993.180,60
008-060-806285-5 LOTE ALHAJAS 78.485,90 008-060-806577-7 LOTE
DE ALHAJAS 407.224,30
008-060-807698-0 LOTE DE ALHAJAS 114.193,15 008-060-808279-0 LOTE
DE ALHAJAS 134.532,70
008-060-808577-9 *NO TIENE DESCRIPCION 184.621,10 008-060-808578-4 *NO TIENE DESCRIPCION 314.505,50
TOTAL DE ALHAJAS
PRIMER REMATE: 8 4.092.361,60
008-060-806699-3 LOTE ALHAJAS 939.091,75 008-060-807838-4 LOTE
DE ALHAJAS 171.024,05
TOTAL DE ALHAJAS
SEGUNDO REMATE: 2 1.110.115,80
Agencia 10
010-060-807489-0 LOTE ALHAJAS 579.554,80 010-060-807555-8 LOTE
ALHAJAS 727.090,75
010-060-808919-0 LOTE ALHAJA 312.391,80 010-060-810531-1 LOTE ALHAJAS 279.633,15
010-060-811268-6 LOTE ALHAJAS 657.902,05 010-060-811593-1 LOTE
ALHAJAS 496.517,70
010-060-812741-1 LOTE ALHAJAS 318.155,10 010-060-812743-0 LOTE
ALHAJAS 354.040,75
010-060-813138-6 LOTE ALHAJAS 762.557,65 010-060-813146-1 LOTE
ALHAJAS 242.556,35
010-060-813393-8 LOTE ALHAJAS 291.043,05
TOTAL DE ALHAJAS
PRIMER REMATE: 11 5.021.443,15
Agencia 14
014-060-792580-0 LOTE ALAHAJAS 315.242,75 014-060-793077-7 LOTE
ALAHAJAS 1.296.216,80
TOTAL DE ALHAJAS
PRIMER REMATE: 2 1.611.459,55
Agencia 15
015-060-785031-5 ANILLOS Y ARO 142.744,50 015-060-792909-4 LOTE
ALHAJAS 1,292.399,30
015-060-793611-8 PULSERA 977.492,45 015-060-795781-4 LOTE ALHAJAS 506.217,90
TOTAL DE ALHAJAS
PRIMER REMATE: 4 2.918.854,15
015-060-783651-3 LOTE ALHAJAS 229,100.50 015-060-784279-7 3
ANILLOS 71,926.90
015-060-787390-9 PARES ARETES Y ANILLO 61,544.15
TOTAL DE ALHAJAS
SEGUNDO REMATE: 3 362,571.55
Agencia 17
017-060-797494-8 LOTE DE ALHAJAS 228,406.85 017-060-798845-8 LOTE
DE ALHAJAS 524,293.65
TOTAL DE ALHAJAS
PRIMER REMATE: 2 752,700.50
017-060-795409-0 LOTE DE ALHAJAS 609,422.70
TOTAL DE ALHAJAS
SEGUNDO REMATE: 1 609,422.70
Agencia 22
022-060-787096-2 LOTE ALHAJAS 89,311.25
TOTAL DE ALHAJAS
PRIMER REMATE: 1 89,311.25
Agencia 25
025-060-810602-0 LOTE ALHAJAS 277.278,75 025-060-812377-0 PULSERA 195.566,60
025-060-812416-8 CADENA 195.810,35 025-060-812638-8 LOTE ALHAJAS 363.103,25
025-060-812695-5 LOTE ALHAJAS 185.102,90 025-060-812883-7 2
CADENAS 126.279,50
025-060-812931-2 LOTE ALHAJAS 733.349,55 025-060-813109-3 CADENA 456.500,20
025-060-813151-4 LOTE ALHAJAS 227.954,95 025-060-813269-3 LOTE
ALHAJAS 911.683,70
025-060-813371-5 LOTE ALHAJAS 208.183,25 025-060-814305-1 LOTE
ALHAJAS 131.329,70
025-060-814822-3 LOTE ALHAJAS 159.762,05 025-060-815312-0 LOTE
ALHAJAS 186.890,25
025-060-815364-5 LOTE DE ALHAJAS 575.299,70 025-060-815420-8 LOTE
ALHAJAS 593.891,50
025-060-815696-1 LOTE ALHAJAS 332.128,30 025-060-816368-4 LOTE
ALHAJAS 356.196,55
025-060-816597-4 LOTE ALHAJAS 536.877,60 025-060-817064-1 LOTE
ALHAJAS 494.610,15
025-060-817073-2 ANILLOS 65.913,75 025-060-817294-5 PULSERA 418.306,30
025-060-817301-6 LOTE ALHAJAS 171.439,70 025-060-817488-4 LOTE
ALHAJAS 941.552,80
025-060-817759-5 LOTE ALHAJAS 800.733,45 025-060-817778-9 CADENA
C/DI 241.974,70
025-060-817816-1 LOTE ALHAJAS 286.068,35 025-060-817830-1 LOTE
ALHAJAS 388.347,55
025-060-817954-7 LOTE ALHAJAS 2.230.104,40 025-060-817955-2 LOTE
ALHAJAS 1.674.073,65
025-060-818113-5 LOTE ALHAJAS 175.143,35 025-060-818265-1 LOTE
ALHAJAS 177.705,65
025-060-818303-6 ANILLOS 42.742,75
TOTAL DE ALHAJAS
PRIMER REMATE: 33 14.861.905,20
025-060-814675-1 LOTE ALHAJAS 315.239,80 025-060-817093-8 LOTE
ALHAJAS 2.074.160,70
025-060-818072-8 LOTE ALHAJAS 972.219,70 025-060-818241-8 LOTE
ALHAJAS 221.773,75
TOTAL DE ALHAJAS
SEGUNDO REMATE: 4 3.583.393,95
Agencia 34
034-060-773905-4 LOTE DE ALHAJAS 1.872.879,85
TOTAL DE ALHAJAS
PRIMER REMATE: 1 1.872.879,85
Agencia 60
060-060-765750-4 LOTE ALHAJAS 492.065,10 060-060-765897-8 LOTE
ALHAJAS 694,937.50
060-060-766360-9 LOTE ALHAJAS 392.849,15
TOTAL DE ALHAJAS
PRIMER REMATE: 3 1.579.851,75
060-060-766277-0
1 CADENA 171,782.85
TOTAL DE ALHAJAS
SEGUNDO REMATE: 1 171.782,85
Agencia 61
061-060-757204-2 LOTE DE ALHAJAS ORO 10,14, Y 1 329,643.90 061-060-759064-9 LOTE DE ALHAJAS ORO 18 Y 10 KI 433,236.35
TOTAL DE ALHAJAS
PRIMER REMATE: 2 762.880,25
Agencia 63
063-060-754693-7 LOTE ALHAJAS 123,408.05 063-060-754928-1 LOTE
ALHAJAS 244,578.10
TOTAL DE ALHAJAS
PRIMER REMATE: 2 367.986,15
Agencia 77
077-060-144107-4 LOTE ALHAJAS 114.136,85 077-060-147284-1 LT
DE ALHAJAS 520.772,40
077-060-147632-4 LOTE ALHAJAS 2.335.234,60 077-060-148642-0 LOTER
DE ALHAJAS 6.287.244,90
077-060-149352-6 LOTE DE ALHAJAS 147.645,50 077-060-149560-7 CADENA 119.348,25
077-060-149602-8 ANILLOS 67.869,00 077-060-149693-1 LOTE DE ALHAJAS 1.132.871,35
077-060-149794-7 CADENAS ANILLOS 111.852,35 077-060-149917-8 LOTE
DE ALHAJAS 2.145.037,40
077-060-150105-0 LT DE ALHAJAS 218.211,80 077-060-150305-4 LOTE
DE ALHAJAS 150.048,25
077-060-151774-1 LOTE ALHAJAS 253.841,95 077-060-151884-6 ANILLO 166.595,00
077-060-152119-1 LOTE ALHAJAS 71.076,35 077-060-152124-2 LT
DE ALHAJAS 171.493,15
077-060-152127-5 CADENA C DIJE 50.333,55 077-060-152142-0 CADENA
C DIJE 236.296,50
077-060-152176-9 LOTE DE ALHAJAS 208.169,00 077-060-152192-6 LOTE
DE ALHAJAS 105.496,70
077-060-152231-4 LOTE ALAHAJA 10.3GRS 151.820,55 077-060-152278-0 LOTE ALHAJAS 424.459,05
077-060-152282-5 LOTE ALHAJAS 254.2GRS 2.533.403,30 077-060-152286-3 LOTE ALHAJAS 3.867.925,15
077-060-152352-7 LOTE ALHAJAS 93.541,70 077-060-152406-1 LOTE
ALHAJAS 152.859,05
077-060-152440-9 LOTE ALHAJAS 42.835,40 077-060-152445-0 LOTE
ALHAJAS 337.159,95
077-060-152446-4 LOTE ALHAJAS 159.384,75 077-060-152500-0 ANILLO
BRILLANTES 284.369,90
077-060-152546-8 CADENA 132.987,25 077-060-152560-8 LOTE DE ALHAJAS 483.242,75
077-060-152602-9 LOTE ALHAJAS 62.0GRS 682.140,00 077-060-152641-8 LOTE ALHAJAS 295.983,70
077-060-152649-2 LT DE ALHAJAS 758.081,25 077-060-152656-2 LOTE
ALHAJAS 148.894,80
077-060-152685-9 LOTE ALHAJAS 512.910,55 077-060-152738-6 LOTE
ALHAJAS 183.156,85
077-060-152744-2 LOTE ALHAJAS 413.966,25 077-060-152748-0 LOTE
ALHAJAS 8.995.915,65
077-060-152767-0 LOTE ALHAJAS 102.922,00 077-060-152822-8 LOTE
DE ALHAJAS 833.491,90
077-060-152845-0 LT DE ALHAJAS 589.090,15 077-060-152846-3 LOTE
ALHAJAS 497.345,70
077-060-152881-4 LOTE ALHAJAS 293.727,85 077-060-152895-5 LOTE
ALHAJAS 10.7GRS 78.644,95
077-060-153017-1 LOTE ALHAJAS 63.9GRS 472.912,80 077-060-153205-5 LOTE ALHAJAS 597.822,80
077-060-153253-1 LOTE DE ALHAJAS 618.109,75 077-060-153308-0 LOTE
ALHAJAS 1.846.402,35
077-060-153372-5 LOTE DE ALHAJAS 2.323.924,90 077-060-153374-4 LOTE
DE ALHAJAS 3.110.128,35
077-060-153590-9 LOTE ALHAJAS 87.7GRS 656.539,60 077-060-153760-2 LOTE ALHAJAS 495.033,40
077-060-153771-0 LT DE ALHAJAS 652.344,15 077-060-153828-6 LOTE
ALHAJAS 515.599,45
077-060-153836-0 LOTE ALHAJAS 372.776,65 077-060-153852-9 LOTE
DE ALHAJAS 659.371,65
077-060-153879-7 LOTE ALHAJAS 2.924.706,25 077-060-153941-4 LOTE
ALHAJAS 1.201.635,65
077-060-153965-8 LOTE ALHAJAS 730.429,95 077-060-154033-1 ANILLO
BRILLANTES 623.019,55
077-060-154099-7 LOTE DE ALHAJAS 1.584.219,50 077-060-154124-4 LT
DE ALHAJAS 945.854,80
077-060-154173-8 LOTE ALHAJAS 349.500,80 077-060-154255-1 PULSERA 263.352,85
077-060-154348-3 LOTE DE ALHAJAS 551.371,40 077-060-154371-2 LOTE
ALHAJAS 337.898,75
077-060-154755-2 1CADENA 743.597,15 077-060-154783-3 LOTE DE ALHAJAS 305.894,20
077-060-154865-7 PULSO 684.532,10 077-060-154874-6 LOTE ALHAJAS 272.369,45
077-060-155066-5 LOTE DE ALHAJAS 756.526,75 077-060-155173-9 LOTE
ALHAJAS 340.715,15
077-060-155195-3 LOTE ALHAJAS 322.181,15 077-060-155239-1 LT
DE ALHAJAS 1.298.556,85
077-060-155270-8 LOTE ALHAJAS 570.672,10 077-060-155432-4 LOTE
DE ALHAJAS 2.642.630,25
077-060-155511-9 LOTE ALHAJAS 1.327.796,65 077-060-155653-2 1
ANILLO 407.107,80
077-060-155697-1 LOTE ALHAJAS 577.994,70 077-060-155743-1 LOTE
ALHAJAS 1.128.271,05
077-060-155861-0 LOTE DE ALHAJAS 346.479,05 077-060-155887-2 LOTE
ALHAJAS 3.919.431,40
077-060-155889-1 LOTE ALHAJAS 521.407,75 077-060-155913-5 LOTE
ALHAJAS 234.007,95
077-060-155938-2 LOTE ALHAJAS 487.226,45 077-060-155962-5 LOTE
ALHAJAS 379.236,50
077-060-156006-8 LOTE ALHAJAS 48.6GES 401.004,20 077-060-156037-0 LOTE ALHAJAS 317.327,50
077-060-156052-5 LOTE ALHAJAS 400.352,40 077-060-156060-0 CORDON
GARGAN PULSERAS 1.580.599,35
077-060-156061-4 LOTE ALHAJAS 968.612,05 077-060-156064-7 LOTE
ALHAJAS 1.813.173,25
077-060-156085-0 LOTE DE ALHAJAS 931.642,90 077-060-156111-0 LOTE
ALHAJAS 480.231,70
077-060-156115-9 LOTE ALHAJAS 486.205,40 077-060-156168-7 LT
DE ALHAJAS 1.947.072,30
077-060-156354-0 CADENA 328.522,55 077-060-156479-0 LOTE ALHAJAS 473.911,25
077-060-156534-8 LOTE ALHAJAS 1.237.367,75 077-060-156653-3 LT
DE ALHAJAS 289.170,45
077-060-156682-8 LOTE ALHAJAS 411.345,15 077-060-156797-4 LOTE
ALHAJAS 900.373,60
077-060-156800-9 LOTE ALHAJAS 361.324,45 077-060-156854-0 2
CADENAS 1DIJE 581.662,70
077-060-156868-1 LOTE ALHAJAS 670.715,60 077-060-156874-8 LOTE
ALHAJAS 748.994,40
077-060-156891-0 LOTE ALHAJAS 816.618,00 077-060-156926-1 LOTE
DE LAHAJAS 1.330.618,20
077-060-156947-2 LOTE DE ALHAJAS 1.601.349,95 077-060-156995-0 LOTE
ALHAJAS 505.783,15
077-060-157078-0 LOTE ALHAJAS 1.426.691,30 077-060-157122-8 LOTE
DE ALAHJAS 964.960,05
077-060-157188-5 LOTE ALHAJAS 7.351.984,15 077-060-157207-6 LOTE
DE ALHAJAS 5.116.903,90
077-060-157221-6 LOTE DE ALHAJAS 571.223,15 077-060-157289-0 LOTE
ALHAJAS 506.944,90
077-060-157290-5 CADENA 373.154,70 077-060-157308-3 MONEDAS 1.029.408,05
077-060-157365-9 LOTE ALHAJAS 765.120,60 077-060-157368-1 LOTE
ALHAJAS 295.040,05
077-060-157453-9 LOTE ALHAJA 39.0GRS 796.359,50 077-060-157455-8 LOTE ALHAJAS 58.0GRS 509.094,85
077-060-157506-0 LOTE ALHAJAS 541.131,20 077-060-157525-1 LOTE
ALHAJAS 2.121.625,10
077-060-157542-4 LT DE ALHAJAS 339.637,75 077-060-157548-1 LT
DE ALHAJAS 118.118,05
077-060-157589-8 LOTE DE ALHAJAS 3.980.084,30 077-060-157590-2 CADENA
PULSERA 6.183.567,10
077-060-157645-0 LOTE DE ALHAJAS 617.980,15 077-060-157647-8 LOTE
ALHAJAS 1.543.783,90
077-060-157715-2 ANILLOS 136.447,60 077-060-157819-0 LT DE ALHAJAS 248.177,30
077-060-157893-0 LOTE ALHAJAS 1.265.140,40 077-060-157920-7 LT
DE ALHAJAS 1.183.824,50
077-060-157928-1 LOTE ALHAJAS 387.510,75 077-060-157958-1 LOTE
DE ALHAJAS 3.095.477,40
077-060-158003-7 LOTE DE ALHAJAS 228.487,45 077-060-158015-9 LOTE
ALHAJAS 1.381.739,70
077-060-158036-8 LOTE DE ALHAJAS 993.061,85 077-060-158041-0 LOTE
DE ALHAJAS 311.871,15
077-060-158048-1 LOTE ALHAJAS 522.833,50 077-060-158071-0 LOTE
ALHAJAS 986.786,95
077-060-158104-2 LT DE ALHAJAS 1.799.825,70 077-060-158123-4 LOTE
ALHAJAS 677.651,45
077-060-158126-7 LOTE ALHAJAS 408.971,30 077-060-158142-6 LOTE
ALHAJAS 29.3GRS 237.432,50
077-060-158167-3 LOTE ALHAJAS 841.323,45 077-060-158170-9 LOTE
DE ALHAJAS 149.700,20
077-060-158187-0 LOTE DE ALHAJAS 457.544,35 077-060-158195-6 GARGANTILLA 224.424,05
077-060-158202-5 LOTE ALHAJAS 147.398,50 077-060-158206-3 MONEDA 202.171,95
077-060-158210-0 LT DE ALHAJAS 154.049,05 077-060-158211-4 LOTE
DE ALHAJAS 1.856.400,00
077-060-158215-2 LOTE ALHAJAS 235.130,80 077-060-158219-9 CADENA 1.779.972,80
077-060-158221-7 LT DE ALHAJAS 3.971.801,65 077-060-158314-9 LOTE
ALHAJAS 432.801,95
077-060-158362-5 LOTE DE ALHAJAS 225.317,10 077-060-158363-0 LOTE
ALHAJAS 123.919,50
077-060-158377-1 LOTE DE ALHAJAS 789.529,85 077-060-158392-5 LOTE
DE ALHAJAS 238.560,55
077-060-158406-7 ANILLOS 162.986,25 077-060-158416-0 ANILLO 463.794,10
077-060-158435-1 LOTE DE ALHAJAS 159.606,00 077-060-158462-7 LOTE
ALHAJAS 616.762,50
077-060-158483-0 PULSERA 1.036.951,70 077-060-158525-2 LOTE DE ALHAJAS 4.702.963,20
077-060-158584-7 CADENA 96.848,90 077-060-158591-7 LOTE DE ALHAJAS 1.146.927,00
077-060-158595-5 LOTE ALHAJAS 178.402,65 077-060-158600-7 LOTE
DE ALHAJAS 1.125.589,80
077-060-158618-4 LOTE ALHAJAS 6.7GRS 51.033,15 077-060-158619-8 ANILLO 125.706,65
077-060-158622-0 ANILLO 396.580,00 077-060-158624-9 LT DE ALHAJAS 243.045,50
077-060-158640-0 ANILLOS 362.734,25 077-060-158716-7 ANILLOS 51.012,30
077-060-158733-0 LT DE ALHAJAS 452.127,80 077-060-158816-9 LOTE
ALHAJAS 464.047,85
077-060-158872-0 RELOJ 796.083,15 077-060-158916-0 LOTE ALHAJAS 547.823,45
077-060-158940-5 1 PAR MANCUERNILLAS 166.234,65 077-060-158965-2 LOTE ALHAJAS 18.7GRS 158.332,95
077-060-158978-0 LOTE ALHAJAS 98.795,20 077-060-158979-3 LOTE
DE ALHAJAS 639.550,65
077-060-158984-4 LOTE ALHAJAS 353.495,25 077-060-158985-0 LOTE
DE ALHAJAS 1,386.504,10
077-060-158990-0 LT DE ALHAJAS 419.420,35 077-060-158992-8 CADENA 269.155,30
077-060-158993-3 CADENA 1.215.210,50 077-060-158998-5 LOTE ALHAJAS 5.7grs 47.564,15
077-060-159012-5 1 ANILLO 110.309,40 077-060-159020-0 LOTE ALHAJAS 888.187,15
077-060-159022-8 LT DE ALHAJAS 172.001,30 077-060-159029-9 LOTE
ALHAJAS 16.9grs 205.103,10
077-060-159043-0 LOTE ALHAJAS 224.280,55 077-060-159046-3 PULSERA 50.506,25
077-060-159050-0 LOTE ALHAJAS 864.892,00 077-060-159091-7 LOTE
ALHAJAS 601.701,55
077-060-159116-5 LOTE ALHAJAS 296.723,80 077-060-159225-6 LT
DE ALHAJAS 215.898,40
077-060-159250-4 LOTE DE ALHAJAS 386.104,05 077-060-159299-5 LOTE
ALHAJAS 400.716,30
077-060-159311-7 LOTE ALHAJAS 12.4GRS 182.258,95 077-060-159320-6 LOTE ALHAJAS 184.205,40
077-060-159321-0 LOTE DE ALHAJAS 419.630,00 077-060-159392-6 LOTE
ALHAJA 15.7GRS 273.645,70
077-060-159412-2 ANILLO 233.671,80 077-060-159420-8 LT DE ALHAJAS 1.419.781,05
077-060-159422-5 LOTE ALHAJAS 243.667,10 077-060-159442-2 LOTE
ALHAJAS 507.577,20
077-060-159444-1 LT DE ALHAJAS 498.377,25 077-060-159453-0 LOTE
ALHAJAS 288.444,45
077-060-159459-6 CADENA 757.866,05 077-060-159468-5 LOTE ALHAJAS 975.324,50
077-060-159481-1 LOTE DE ALHAJAS 1.254.049,15 077-060-159484-4 LOTE
ALHAJAS 703.356,85
077-060-159489-6 LOTE ALHAJAS 550.548,45 077-060-159490-0 LOTE
DE ALHAJAS 9.562.544,30
077-060-159498-5 LOTE ALHAJAS 7.270.208,05 077-060-159499-9 LOTE
ALHAJAS 1.3GRS 165.482,80
077-060-159511-2 LOTE DE ALHAJAS 9.493.956,70 077-060-159517-8 MONEDA 797.535,25
077-060-159518-3 LOTE DE ALHAJAS 9.693.458,80 077-060-159538-9 LOTE
ALHAJAS 28.9GRS 299.744,10
077-060-159542-6 LOTE ALHAJAS 25.4GRS 264.454,95 077-060-159630-6 RELOJ 2.801.230,00
077-060-159693-9 LOTE DE ALHAJAS 3.729.936,30 077-060-159713-5 LOTE
ALHAJAS 188.225,85
077-060-159737-7 LOTE ALHAJAS 802.949,70 077-060-159745-4 LOTE
DE ALHAJAS 293.630,90
077-060-159804-8 ANILLOS 586.214,45 077-060-159837-9 1 ANILLO 55.006,05
077-060-159840-4 LOTE ALHAJAS 776.194,80 077-060-159852-4 ANILLOS 146.245,85
077-060-159866-5 LT DE ALHAJAS 716.019,70 077-060-159868-4 LOTE
ALHAJAS 558.561,15
077-060-159878-9 LT DE ALHAJAS 2.050.583,10 077-060-159884-3 LOTE
ALHAJAS 3.436.731,40
077-060-159887-6 LOTE ALHAJAS 1.051.361,55 077-060-159888-1 LOTE
ALHAJAS 173.774,50
077-060-159904-0 LOTE ALHAJAS 4.498.270,80 077-060-159930-1 LOTE
ALHAJAS 1.996.740,00
077-060-159984-5 LOTE ALHAJAS 8.063.092,00 077-060-160014-1 LOTE
DE ALHAJAS 213.331,90
077-060-160024-4 CADENA 198.818,35 077-060-160030-0 LOTE ALHAJAS 486.346,85
077-060-160031-4 LOTE ALHAJAS 104.217,20 077-060-160032-8 PULSERA 615.220,00
077-060-160073-8 LOTE ALHAJAS 512.056,10 077-060-160079-3 LOTE
ALHAJAS 365.462,70
077-060-160088-2 LOTE ALHAJAS 669.252,40 077-060-160089-6 LOTE
DE ALHAJAS 514.697,60
077-060-160118-1 LOTE ALHAJAS 28.6GRS 391.764,85 077-060-160125-1 LOTE DE ALHAJAS 5.339.622,75
077-060-160157-9 LOTE ALHAJAS 373.616,75 077-060-160169-0 LOTE
DE ALHAJAS 400.581,95
077-060-160182-7 LOTE ANILLOS 206.095,45 077-060-160191-6 LOTE
ALHAJAS BRUTO 70.7 NETO 4 510.933,15
077-060-160194-9 LOTE ALHAJAS 241.285,30 077-060-160208-0 LT.
DE ALHAJAS 514.011,65
077-060-160216-4 LT DE ALHAJAS 375.688,20 077-060-160224-8 LOTE
ALHAJAS 278.348,10
077-060-160238-9 LOTE ALHAJAS 830.642,15 077-060-160244-5 LOTE
DE ALHAJAS 1.276.059,20
077-060-160263-7 LOTE ALHAJAS 428.151,75 077-060-160269-2 LOTE
ALHAJAS 111.088,45
077-060-160271-2 LOTE ALHAJAS 392.602,90 077-060-160277-8 LOTE
ALHAJAS 61.1GRS 599.783,80
077-060-160301-1 LOTE ALHAJAS 155.149,70 077-060-160310-0 LOTE
ALHAJAS 34.9GRS 529.684,75
077-060-160313-3 LOTE ALHAJAS 1.347.228,10 077-060-160326-9 LOTE
ALHAJAS 6.222.257,55
077-060-160357-2 LOTE DE ALHAJAS 855.121,70 077-060-160370-0 LOTE
ALHAJAS 181.752,75
077-060-160380-3 LOTE ALHAJAS 128.955,85 077-060-160394-2 LT
DE ALHAJAS 113.317,40
077-060-160395-8 ANILLO 249.820,30 077-060-160410-2 PULSERA 351.583,85
077-060-160414-9 LOTE DE ALHAJAS 711.922,70 077-060-160422-2 LOTE
ALHAJAS 306.763,50
077-060-160449-0 LOTE ALHAJAS 93.052,55 077-060-160492-5 LOTE
DE ALHAJAS 3.043.307,75
077-060-160497-7 LOTE DE ALHAJAS 380.082,40 077-060-160508-8 LOTE
ALHAJAS 589.276,95
077-060-160513-9 LT DE ALHAJAS 184.201,15 077-060-160518-0 LOTE
ALHAJAS 718.811,45
077-060-160526-4 LOTE DE ALHAJAS 424.611,45 077-060-160529-7 LOTE
DE ALHAJAS 415.430,60
077-060-160536-7 CADENA 1.400.662,45 077-060-160538-6 LOTE ALHAJAS 721.412,15
077-060-160540-6 LOTE ALHAJAS 131.686,35 077-060-160550-9 LOTE
ALHAJAS 343.529,60
077-060-160570-6 LOTE ALHAJAS 49.2GRS 481.137,10 077-060-160581-2 LOTE ALHAJAS 157.087,55
077-060-160620-0 PULSO 91.779,40 077-060-160677-7 LOTE ALHAJAS 656.034,70
077-060-160683-3 LOTE ALHAJAS 1.911.605,20 077-060-160718-4 ANILLOS 1.445.116,80
077-060-160794-1 PULSERA 362.814,45 077-060-160795-7 LOTE ALHAJAS 560.922,65
077-060-160800-9 LOTE ALAHAJAS 56.2GRS 517.924,65 077-060-160806-4 LT DE ALHAJAS 673.302,00
077-060-160809-7 LOTE DE ALHAJAS 811.415,30 077-060-160815-3 LOTE
ALHAJAS 76.171,40
077-060-160817-0 LOTE ALHAJAS 579.644,95 077-060-160819-0 CADENA 471.035,15
077-060-160823-7 LOTE ALHAJAS 28.4GRS 261.850,50 077-060-160824-0 LOTE ALHAJAS 810.793,95
077-060-160830-7 LOTE ALHAJAS 19.0GRS 185.208,55 077-060-160834-3 LOTE ALHAJAS 5.5GRS 97.912,85
077-060-160838-1 LOTE ALHAJAS 158.076,10 077-060-160839-5 LOTE
ALHAJAS 8.3GRS 73.551,75
077-060-160845-3 LOTE ALHAJAS 1.443.199,00 077-060-160847-0 ANILLOS,
CADENAS 274.305,30
077-060-160860-7 LT DE ALHAJAS 1.380.565,60 077-060-160861-0 1CADENA 1.355.240,05
077-060-160869-5 CADENA 78.626,40 077-060-160895-9 1 ANILLO 58.233,95
077-060-160943-6 ANILLO 350.676,70 077-060-160946-9 ANILLO 62.670,05
077-060-160999-7 CADENA 256.150,80 077-060-161000-3 CADENA C DIJE 257.759,80
077-060-161001-7 LOTE DE ALHAJAS 244.929,95 077-060-161018-0 LOTE
ALHAJAS 132.317,50
077-060-161026-4 LOTE ALHAJAS 199.5GRS 2.694.246,55 077-060-161035-3 LOTE ALHAJAS 1.479.888,80
077-060-161038-6 LOTE ALHAJAS 1.046.593,50 077-060-161044-2 LOTE
ALHAJA 105.6GRS 1.809.211,40
077-060-161051-2 LOTE DE ALHAJAS 673.970,85 077-060-161059-7 1CADENA 369.004,25
077-060-161066-7 LT DE ALHAJAS 890.606,35 077-060-161068-6 LOTE
DE ALHAJAS 338.486,60
077-060-161079-4 CADENA 100.945,45 077-060-161084-5 5 ANILLOS 80.409,15
077-060-161085-0 CADENA 2 DIJES 97.736,55 077-060-161100-5 ANILLO 219.799,85
077-060-161105-7 LOTE ALHAJAS 1.415.973,20 077-060-161116-3 LOTE
ALHAJAS 462.391,20
077-060-161133-6 LOTE DE ALHAJAS 214.557,80 077-060-161142-5 1
ANILLO 171.981,55
077-060-161147-7 PULSERAS 57.327,15 077-060-161149-6 ANILLO 346.275,65
077-060-161169-1 LT DE ALHAJAS 316.907,60 077-060-161181-4 LOTE
ALHAJAS 552.384,20
077-060-161182-8 TOTAL ALHAJAS 76.6grs 760.679,10 077-060-161185-2 ANILLOS. P. ARETES 299.208,10
077-060-161189-9 LOTE ALHAJAS 174.067,15 077-060-161198-8 TOTAL
ALHAJAS 132.00GRS 1.235.345,50
077-060-161205-9 LT DE ALHAJAS 1.011.944,90 077-060-161208-1 LOTE
ALHAJAS 4.307.591,20
077-060-161210-0 LOTE ALHAJAS 181.553,80 077-060-161220-2 LOTE
ALHAJAS 867.551,20
077-060-161223-5 CADENA 97,035.80
TOTAL DE ALHAJAS
PRIMER REMATE: 357 331.612.808,40
077-060-152859-9 LOTE ALHAJAS 143.552,45 077-060-156315-2 LOTE
ALHAJAS 886.316,90
077-060-158017-6 LOTE DE ALHAJAS 2.626.122,60 077-060-158023-2 LOTE
DE ALHAJAS 537.943,90
077-060-158805-2 LOTE ALHAJAS 269.858,55 077-060-158817-2 LT
DE ALHAJAS 661.207,00
077-060-159680-3 LOTE DE ALHAJAS 596.978,60 077-060-159985-0 LOTE
ALHAJAS 190.379,45
077-060-160202-3 LOTE ALHAJAS 1.159.076,80 077-060-160286-7 2
CADENAS 376.076,80
077-060-160342-8 ANILLO 165.922,45 077-060-160420-5 LOTE ALHAJAS 552.299,40
077-060-160559-7 CADENA C DIJE 82.485,55 077-060-160569-0 LOTE
DE ALHAJAS 796.453,60
077-060-160600-5 LT DE ALHAJAS 190.257,80 077-060-160635-5 ANILLOS
BRILLANTES 672.442,80
077-060-160642-5 LT DE ALHAJAS 783.694,30 077-060-160667-2 LOTE
ALHAJAS 676.085,55
077-060-160668-8 LOTE ALHAJAS 989.189,50 077-060-160687-0 LOTE
ALHAJAS 612.038,60
077-060-160688-5 LOTE ALHAJAS 141.574,80 077-060-160696-9 LOTE
ALHAJAS 15.1GRS 126.530,50
077-060-160733-8 LT DE ALHAJAS 2.768.406,25 077-060-160734-1 LT
DE ALHAJAS 2.945.043,65
077-060-160742-7 *NO TIENE DESCRIPCION 1.585.115,10 077-060-160754-9 LOTE ALHAJAS 21.2GRS 186.567,55
077-060-160771-3 LOTE ALHAJAS 20.1GRS 185.384,05 077-060-160793-8 LOTE ALHAJAS 20.2GRS 177.276,75
TOTAL DE ALHAJAS
SEGUNDO REMATE: 28 21.084.281,25
Agencia 79
079-060-845641-6 LOTE ALHAJAS 579.583,65 079-060-845657-4 LOTE
ALHAJAS 371.173,70
079-060-846227-6 LOTE ALHAJAS 141.081,65 079-060-846683-9 LOTE
ALHAJAS 245.437,20
TOTAL DE ALHAJAS
PRIMER REMATE: 4 1.337.276,20
Agencia 85
085-060-853291-1 LOTE DE ALHAJAS 1.160.675,50 085-060-854170-1 LOTE
DE ALHAJAS 732.683,15
085-060-854172-9 LOTE DE ALHAJAS 1.497.203,95 085-060-854784-3 LOTE DE ALHAJAS 657.041,20
085-060-855067-5 LOTE DE ALHAJAS 316.679,30
TOTAL DE ALHAJAS
PRIMER REMATE: 5 4.364.283,10
085-060-854985-2 LOTE DE ALHAJAS 194.519,60
TOTAL DE ALHAJAS
SEGUNDO REMATE: 1 194.519,60
Agencia 90
090-060-855347-5 LT ALHAJAS 1.163.005,05 090-060-855823-2 LT ALHAJAS 295.961,35
090-060-856350-0 LT ALHAJAS 596.000,20 090-060-856437-3 LT ALHAJAS 544.996,15
TOTAL DE ALHAJAS
PRIMER REMATE: 4 2.599.962,75
090-060-855631-2 LT ALHAJAS 1.176.776,35
TOTAL DE ALHAJAS
SEGUNDO REMATE: 1 1.176.776,35
Edith Ramírez Moreira, Asistente.—1 vez.—O. C. Nº 06-2013.—Solicitud Nº
930-02-485.—C-Crédito.—(IN2013037257).
VICERRECTORÍA
EJECUTIVA
OFICINA
DE REGISTRO Y ADMINISTRACIÓN ESTUDIANTIL
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante
la Oficina de Registro de la Universidad Estatal a Distancia, se ha presentado
por motivo de solicitud de reposición del diploma, correspondiente al título de
Bachillerato en Ciencias de la Educación con énfasis en I y II Ciclos a nombre
de María del Rosario Vallejos Angulo, cédula de identidad 1-622-616. El mismo
se encuentra registrado bajo la inscripción que se detalla a continuación:
Tomo: VII |
Folio: 1078 |
Asiento: 36 |
Se solicita la publicación del edicto para oír oposiciones
a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles, a partir de la
tercera publicación en La Gaceta. Dado a solicitud de la interesada en
San José, a los veintinueve día del mes de abril del dos mil tres.—Área de Graduación y Certificaciones.—Lic. Tatyana Bermúdez Vargas, Encargada.—(IN2013034826).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A la señora Eveling
Ramos Pineda, se le notifica que mediante resolución de las quince horas del dieciocho
de febrero del dos mil trece, se resolvió:
1) Iniciar proceso especial de protección en sede administrativa a
favor de la persona menor de edad Alisson Michelle
Argüello Ramos.
2) Dictar medida de protección de orientación,
apoyo y seguimiento a la familia la cual será brindada por el Equipo
Interdisciplinario de Atención Integral de la Oficina Local. Los progenitores,
deberá de asistir puntualmente a las citas que se le convoque como parte del
plan de atención y seguimiento, e informará al PANI con debida antelación
cualquier cambio de domicilio, dando su dirección exacta y forma de
localización.
3) Se le ordena a la progenitores, incorporarse al programa de escuela para
padres y madres y aportar comprobantes de haber completado el taller.
4) Se le ordena a
los progenitores una valoración en el IAFA o en institución de rehabilitación,
una valoración y aportar doping a fin de descartar adicción al licor o uso de
drogas prohibidas actualmente.
Contra la presente resolución
podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo
elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá
interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar
lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta
Oficina Local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones
posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas. Expediente N° 115-00339-10.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante
Legal.—O. C. Nº 35921.—Solicitud Nº
61494.—C-14520.—(IN2013034877).
A los señores Santos Zeledón
Polanco y Rosibel Barrera Jarquín,
se le notifica que mediante resolución de las
dieciséis horas del once de diciembre del dos mil doce, se ordena el abrigo
temporal de la persona menor de edad Darilu Zeledón
Barrera, en uno de los albergues institucionales. Lo anterior por un plazo
máximo de seis meses. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso
de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará a la Presidencia
Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal
o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación.
Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio para atender
notificaciones futuras dentro del perímetro de esta Oficina Local, bajo el
apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le
tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. 115-00338-12.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic.
Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O. C.
Nº 35921.—Solicitud Nº 61494.—C-8580.—(IN2013034878).
A Natalia Carmen Flores Téllez,
se le comunica la resolución de las 10:00 horas del día 10 de mayo del año
2013, que dispone el ingreso como medida de abrigo temporal de la persona menor
de edad Allison Fabiola Flores Téllez en el albergue de Grecia. Recurso de
apelación. Plazo: dos días hábiles, siguientes a la segunda publicación, ante
el Órgano Director, quien lo elevará ante Presidencia Ejecutiva quien lo
resolverá. Debiendo las partes señalar lugar para atender notificaciones
futuras. El recurso de apelación no suspende la medida de protección.
Expediente 243-00060-2013.—Oficina Local de
Naranjo.—Lic. Rosario Cruz Carvajal, Órgano Director del Procedimiento
Administrativo.—O. C. Nº 35921.—Solicitud Nº
61494.—C-7260.—(IN2013034879).
Al ser las quince horas treinta
minutos del día dieciocho de marzo del año dos mil trece, se convoca a todas
aquellas personas que tengan interés en el proceso de declaratoria
administrativa de estado de abandono involuntario de la persona menor de edad
Luisa Francisca Calero Pérez, que la Oficina Local de Upala
del Patronato Nacional de la Infancia dictó resolución Administrativa de las
diez horas del día once de enero del año dos mil trece. Garantía de defensa: Se
le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un
profesional en derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del
expediente administrativo. Recurso: Se le hace saber a las partes que contra
esta resolución procede el Recurso de Apelación si se interpone antes este
Despacho o bien ante la Presidencia Ejecutiva, el cual deberá interponerse
dentro de 48 horas contados a partir de la tercera publicación de este edicto
en el Diario Oficial La Gaceta. También se les previene que deben
señalar lugar o fax donde recibir futuras notificaciones, el cual debe ser
viable pues se intentará la comunicación en cinco oportunidades y en caso de
estar ocupado desconectado o sin papel a la quinta vez, se consignará así en el
expediente y se tendrá por notificada la resolución; de conformidad con la
aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y
otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto N° 11302-2002, de las
15:41 horas del 27 de noviembre de 2002 de la Sala Constitucional. La
interposición del Recurso de Apelación no suspende el acto administrativo.
Expediente 246-00028-2012.—Oficina Local de Upala-Guatuso.—Lic. Katia Corrales Medrano, Órgano Director
del Procedimiento.—O. C. Nº 35921.—Solicitud Nº
61496.—C-16520.—(IN2013034886).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Al ser las siete horas con cuarenta
y cinco minutos del día once de marzo del año dos mil trece. Se le comunica a
toda persona que tenga algún tipo de interés legítimo, la resolución de las
catorce horas con veinte minutos del día dieciséis de noviembre del año dos mil
doce ,que ordenó diligencias administrativas a fin de
declarar en estado de abandono a la persona menor de edad Britany
Yelena González Rivera hija de la señora Grisel Yamali González Rivera (fallecida). Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación,
a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible. Expediente 246-00016-2012.—Oficina
Local de Upala-Guatuso.—Lic. Katia Corrales Medrano,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº
35921.—Solicitud Nº 61496.—C-16520.—(IN2013034888).
Al señor Alberto González
Solórzano, se le comunica la resolución de las quince horas treinta minutos del
día cinco de febrero del año dos mil trece que ordenó Medida Especial de
Protección de Capacitación o Adiestramiento en Artes u Oficios Vocacionales en
beneficio de la persona menor de edad E.K.G.G. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación,
a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Expediente N° 246-00011-2013.—Oficina Local de Upala-Guatuso.—Lic.
Katia Corrales Medrano, Órgano Director del Procedimiento.—O.
C. N° 35921.—Solicitud N° 61496.—C-16520.—(IN2013034889).
Al ser las ocho horas del día
veinte de mayo del año dos mil trece, se le comunica al señor José Guillermo
Carrillo, la resolución de las diez horas del día veinte de febrero del año dos
mil trece que ordenó Medida Administrativa de Capacitación o Adiestramiento en
Artes u Oficios Vocacionales en beneficio de la persona menor de edad M.J.C.C.
Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en
su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile
para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Expediente N° 246-00016-2013.—Oficina Local de Upala-Guatuso.—Lic.
Katia Corrales Medrano, Órgano Director del Procedimiento.—O.
C. N° 35921.—Solicitud N° 61496.—C-16520.—(IN2013034891).
Al señor Luis Alonso Martínez
Vásquez, se le comunica la resolución de las once horas del día veinticinco de
enero del año dos mil trece que ordenó Medida de Protección de Capacitación o
Adiestramiento en Artes u Oficios Vocacionales en beneficio del joven K.A.M.Z.
Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en
su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile
para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Expediente 246-00002-2013.—Oficina Local de Upala-Guatuso.—Lic.
Katia Corrales Medrano, Órgano Director del Procedimiento.—O.
C. N° 35921.—Solicitud N° 61496.—C-16520.—(IN2013034892).
Al señor Olman
Daniel Orozco López, se le comunica la resolución de las diez horas del día
veinte de febrero del año dos mil trece que ordenó Medida Administrativa de
Abrigo Temporal y otras en beneficio de las personas menores de edad M.A.O.M. y
de J.D.O.M. Expediente Administrativo número 246-00013-2013. Garantía de
defensa: Se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar
por un profesional en derecho de su elección, a tener acceso al estudio y
revisión del expediente administrativo. Notifíquese la anterior resolución a
las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se
les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable
a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Recurso: Se les hace
saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de
apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del
plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación
a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de
esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible. Expediente N° 246-00013-2013.—Oficina
Local de Upala-Guatuso.—Lic. Katia Corrales Medrano,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N°
35921.—Solicitud N° 61496.—C-16520.—(IN2013034893).
EDICTO
La SUTEL de conformidad con el
expediente SUTEL-OT-155-2012 admite la solicitud de autorización presentada por
Inés Espinoza de la Cruz, cédula de residencia 1604-00255404, para brindar
servicios de café Internet en el cantón de Desamparados, provincia de San José,
Sector 2, diagonal a la Iglesia de Los Guidos. Se
otorga el plazo de diez días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer
sus derechos.—San José, 9 de enero del 2013.—Carlos Raúl Gutiérrez Gutiérrez, Presidente Concejo.—1
vez.—RP2013351541.—(IN2013037204).
INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA
Somete a consulta pública los
siguientes proyectos de norma:
PN INTE 06-02-21: 2013 “Método de ensayo para
determinar la densidad bruta (peso unitario) y los vacíos en agregado”
(Correspondencia: ASTM C29-09).
PN INTE 16-10-11: 2013 “Norma para Accesorios Roscados
de CPVC para Tubería Plástica Cédula 80” (Correspondencia: ASTM F437).
PN INTE 16-10-09: 2013 “Norma para los accesorios de
CPVC cédula 40” (Correspondencia: ASTM F438).
PN INTE 16-10-10: 2013 “Norma para los accesorios de
CPVC cédula 80” (Correspondencia: ASTM F439).
Se recibirán observaciones
durante los siguientes 60 días naturales después de la publicación del presente
aviso.
Para el caso del siguiente proyecto de norma:
PN INTE 01-01-09: 2013 “Norma Nacional Costa Rica
califica. Requisitos” (Correspondencia: N.A.).
Se recibirán observaciones
durante los siguientes 30 días naturales después de la publicación del presente
aviso.
Para mayor información, comuníquese con la
Dirección de Normalización con los ingenieros Felipe Calvo o César Rosales al
teléfono 2283-4522 o a los correos fcalvo@inteco.or.cr o crosales@inteco.or.cr.
Mauricio Céspedes Mirabelli, Director Ejecutivo.—1
vez.—(IN2013035604).
DIRECCIÓN DE SERVICIOS
Para los fines consiguientes la
Dirección de Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que el
señor Jorge Francisco Sánchez Carvajal, portador de la cédula de identidad N°
1-0500-0965 y la señora María Virginia Guerrero Delgado, con cédula de
identidad N° 6-0116-0668, han presentado escritura pública protocolizada
rendida ante el notario Leonel Antonio Cruz Valverde, en la que ceden y
traspasan el derecho de arrendamiento doble, fosa 271 (anteriormente fosa 264),
bloque C, Cementerio Nuevo de Sabanilla, a Carlos Luis Sánchez Carvajal
portador de la cédula de identidad N° 1-0442-0548; quien acepta que este quede
inscrito a su nombre con las obligaciones que de ello se deriva. La
Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil y
penal y brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de esta publicación para
oír objeciones.
Sabanilla de Montes de Oca, 22
de mayo del 2013.—Héctor Bermúdez Víquez, Director de
Servicios.—1 vez.—(IN2013035584).
Para los fines consiguientes la
Dirección de Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que el
señor Jorge Francisco Sánchez Carvajal, portador de la cédula de identidad N°
1-0500-0965 y la señora María Virginia Guerrero Delgado, con cédula de
identidad N° 6-0116-0668, han presentado escritura pública protocolizada
rendida ante el notario Leonel Antonio Cruz Valverde, en la que ceden y
traspasan el derecho de arrendamiento doble, fosa 270 (anteriormente fosa 263),
bloque C, Cementerio Nuevo de Sabanilla, a Mario Antonio Sánchez Carvajal
portador de la cédula de identidad N° 1-0342-0404; quien acepta que este quede
inscrito a su nombre con las obligaciones que de ello se deriva. La
Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil y
penal y brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de esta publicación para
oír objeciones.
Sabanilla de Montes de Oca, 15
de mayo del 2013.—Héctor Bermúdez Víquez, Director de
Servicios.—1 vez.—(IN2013035585).
Para los fines consiguientes la
Dirección de Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que la
señora Socorro Mora Cid, portadora de la cédula de identidad N° 9-0018-0079, ha
presentado escritura pública protocolizada rendida ante la notario Argerie Tinoco Duarte, en la que cede y traspasa el derecho
de arrendamiento sencillo, fosa 130, cuadro 1, Cementerio de San Pedro, a la
señora Yadira Tinoco Mora, portadora de la cédula de identidad N° 5-0154-0412;
quien acepta que este quede inscrito a su nombre con las obligaciones que de
ello se deriva. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda
responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de
esta publicación para oír objeciones.
Sabanilla de Montes de Oca, 24
de mayo del 2013.—Héctor Bermúdez Víquez, Director.—1
vez.—RP2013350989.—(IN2013035731).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
BORHANIMED SERVICES S. A.
En cumplimiento con el acta constitutiva de la sociedad Borhanimed Services S. A., cédula
jurídica N° 3-101-396053, convoca a una asamblea extraordinaria de socios. Se
avisa por este medio que la asamblea se realizará en San José, San Rafael de
Escazú, edificio Fuentecantos, frente al Hospital
Cima, autopista Próspero Fernández, calle paralela norte, el día 26 de junio
del 2013, al ser las diez por la mañana como primera convocatoria y
seguidamente la segunda 30 minutos después.—Charles George Fletcher,
Presidente.—(IN2013036365).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
SOCIEDAD CLUB CAMPESTRE JOSÉ MARTI S. A.
De conformidad con acuerdo de
Junta Directiva, se convoca a asamblea general ordinaria extraordinaria de
accionistas, de la Sociedad Club Campestre José Marti
S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero sesenta y cinco
mil ochocientos setenta y seis, a celebrarse en su domicilio social, en Escazú,
Guachipelín, del cruce de la autopista a Santa Ana,
ochocientos metros al norte, el día domingo veintiuno de julio del dos mil
trece, a las trece horas en primera convocatoria, y una hora después en segunda
convocatoria. En dicha asamblea se conocerá el siguiente orden del día:
a) Informe del presidente;
b) Informe del tesorero;
c) Reforma de la cláusula sétima del pacto
constitutivo, en cuanto al plazo de nombramiento de los miembros de junta
directiva, para que sean electos por el plazo social
d) Reforma de la cláusula sétima del pacto
constitutivo, en cuanto a la representación social, para que el presidente
pueda actuar con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y el
vicepresidente con iguales facultades, pero únicamente en caso de ausencia
temporal o definitiva del presidente, que se presumirá con su actuación
e) Reforma de la cláusula octava del pacto
constitutivo, en cuanto al plazo de nombramiento del fiscal, para que sea por
el plazo social
f) Reforma de la cláusula décima del pacto
constitutivo, en cuanto a las convocatorias para asambleas de accionistas,
siendo que podrán efectuarse por el presidente y, en su ausencia, por el
vicepresidente, y para celebrarse en cualquier cabecera de los cantones de
Costa Rica;
g) Reforma de la cláusula décima del pacto
constitutivo, en cuanto a las sesiones de junta directiva, siendo que las
mismas, tanto ordinarias como extraordinarias, serán convocadas por el
presidente y, en su ausencia, por el vicepresidente y para celebrarse en
cualquier cabecera de los cantones de Costa Rica
h) Adicionar una cláusula décima quinta al pacto
constitutivo, para que en caso de vacantes en la junta directiva, sea por
renuncia, fallecimiento, declaratoria de interdicción, ausencia, quiebra o
insolvencia de un director, sea reemplazado por otro designada por la misma
junta directiva, hasta la próxima asamblea de accionistas, que ratificará o
revocará el nombramiento, designando, en este último caso, un sustituto
i) Ratificar el nombramiento de los miembros de
junta directiva y fiscal, por el resto del plazo social.
Con excepción de los socios que hayan
efectuado a esa fecha el trámite de sustitución y/o reposición por las nuevas
acciones, los demás accionistas deberán demostrar su legitimación mediante el
depósito previo de su acción o presentarla en el acto de la asamblea. En caso
de representación legal, el asistente deberá presentar la documentación que lo
acredite como tal, con menos de un mes de emitida. En todo caso de poder o
carta-poder, debe presentarse con la firma debidamente autenticada por notario
público y con los timbres de ley. Lo anterior, salvo los poderes generales o
generalísimos, que deben estar debidamente inscritos en el Registro de Personas
Jurídicas y presentarse certificación vigente (menos de un mes de emitida).—Guachipelín de Escazú, 30 de
mayo del 2013.—Félix Juan Rodón Hernández, Presidente.—1 vez.—(IN2013036765).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
UNION
PAK DE COSTA RICA S. A.
Union Pak de Costa Rica S.
A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y cinco mil
trescientos tres, domiciliada en Pavas, informa que por extravío queda anulado
el cheque Nº 22938 de la cuenta corriente 305-825-6608 del Bank of America N.A., en el Banco Nacional de Costa Rica y por
tanto no nos hacemos responsables del mal uso del mismo. Este aviso se publica
en cumplimiento del artículo 709 del Código de Comercio.—Verónica Lang Galeano, responsable.—Tania Calvo Uribe, Auxiliar de
Recursos Humanos.—(IN2013035064).
HOTELERA
PLAYA FLAMINGO S. A.
Certificados de acciones N° 1829 y CO 0042 y de
libre alojamiento N° 1829 a nombre de Edward Laskowski.
Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 690, 691, 692,
708, 709 del Código de Comercio. Se avisa que se procederá a reponer las
acciones aludidas, si transcurrido un mes a partir de la publicación del último
aviso no se hubiera presentado oposición al respecto.—San José, 29 de mayo del
2013.—Arturo Salazar Calvo, Contralor General Hotelera Playa Flamingo S. A.—(IN2013035094).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
SAN
JOSÉ INDOOR CLUB S. A.
El San José Indoor
Club S. A., tramita la reposición de la Acción N° 0372 a nombre de Empresa
Agroindustrial El Triunfo S. A., cédula jurídica N° 3-101-032525, por haberse
extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse
ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas
sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el
artículo 709 del Código de Comercio.—30 de mayo del
2013.—Lic. Cristian Calderón M., Gerente General.—RP2013350988.—(IN2013035730).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
MORA SILVESTRE S. A.
Por este medio se comunica por
parte de Mora Silvestre S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos
veinticinco mil quinientos ochenta y uno, que se extraviaron los libros
Registro de Asamblea General de Socios Nº 1, Registro de Accionistas Nº 1, por
lo que se ha solicitado la reposición de los mismos por extravío.—San José, 22
de mayo del 2013.—Lic. Juan Andrés Boza Hernández, Presidente.—1
vez.—(IN2013035154).
MANEJO DE DESECHOS INDUSTRIALES (MADISA) S. A.
Por escritura 123-10, del 28 de
mayo del 2013, se protocolizó, solicitud de reposición del libro de Actas de
Asamblea de Socios, Acta Registro de Accionistas, Actas de Consejo de
Administración, de la sociedad Manejo de Desechos Industriales (MADISA) S. A.,
cédula jurídica 3-101-388233.—San José, 29 de mayo del 2013.—Lic. Francisco
Stewart Satchuell, Notario.—1
vez.—RP2013350812.—(IN2013035314).
GRUPO CORPORATIVO MARJOR
M.J.
SOCIEDAD ANÓNIMA
La suscrita Deydalia
Arce Vega, cédula de identidad 3-211-700, en mi condición de apoderada
generalísima sin límite de suma del Grupo Corporativo Marjor M.J. Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-360352, solicito ante el Registro Nacional, la
reposición de los libros: libro Registro de Socios, libro Actas de Asambleas de
Socios y libro de Actas del Consejo de Administración. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Registro Nacional, Sección
Mercantil, dentro del término de ley a partir de la publicación de este
aviso.—San José 24 de mayo del 2013.—Deydalia Arce
Vega, apoderada generalísima.—1 vez.—RP2013350815.—(IN2013035315).
EXPORTACIONES ENDEVOR SOCIEDAD ANÓNIMA
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 10:00 horas del 24 de mayo de 2013, se solicita reposición del
libro de registro de socios de Exportaciones Endevor
Sociedad Anónima. Einar José Villavicencio López,
notario público de Playa Brasilito.—Lic.
Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—RP2013350853.—(IN2013035352).
RÍO DE ORO MAQUENCO SOCIEDAD
DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA
La suscrita Angelina Denelle de apellido Phillips, de un único apellido, debido
a mi nacionalidad estadounidense, mayor, casada en primeras nupcias, corredora
de bienes raíces, vecina de Playa Sámara, Guanacaste, Buena Vista, cien metros
al norte del Hotel Mágica Cantarrana, mano izquierda, portadora del pasaporte
de mi país número cuatro cinco dos cero cuatro nueve ocho seis tres, en mi
condición de subgerente con las facultades de apoderada generalísima sin límite
de suma de la sociedad denominada Río de Oro Maquenco
Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de personería jurídica número
tres-ciento dos-seiscientos cincuenta y mil doscientos cuarenta y ocho,
solicito la reposición de los libros de Asambleas de Socios número uno y de
Registro de Socios número uno de la supra citada sociedad, lo anterior debido a
que los mismos se extraviaron. Es todo.—Guanacaste, 30
de mayo del año 2013.—Angelina Denelle Phillips,
Subgerente.—1 vez.—RP2013351009.—(IN2013035666).
THETHRA Y YO SOCIEDAD ANÓNIMA
Thethra y Yo Sociedad Anónima, cédula
número 3-101-413447, solicita ante el Registro Público, la reposición de los
libros siguientes: Registro de Accionistas, Actas de Junta Directiva y Actas de
Asamblea de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público, en el
término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este
aviso.—Silvia Elena Bolaños Quirós.—1 vez.—RP2013351033.—(IN2013035728).
TRANSPORTES LA GUAIRA M Y S S. A.
Quien suscribe, Minor Caballero Pérez, mayor, soltero, transportista,
vecino de Guácimo frente a la Escuela La Guaira, cédula 6-0261-0007, en mi
condición de apoderado generalísimo sin
límite de suma
de la empresa Transportes La Guaira M y S S.
A., cédula jurídica 3-101-349282, domiciliada en Guácimo frente a la Escuela La
Guaira, según consta en la Sección Mercantil del Registra Nacional al tomo 1713
folio 47 asiento 46, solicito al Registro Nacional, la reposición de los Libros
de Actas de Asamblea General, Junta Directiva y Registro de Socios de la
compañía Transportes La Guaira M y S S. A. Quien se
considere afectado dirigir la o las oposiciones al domicilio social de la
compañía en el término de ocho días contados a partir de la publicación.—Minor Caballero Pérez, Apoderado Generalísimo.—1
vez.—RP2013351051.—(IN2013035729).
Ante esta Notaría y por
escritura número 191 de las 8:00 horas del 22 de mayo del 2013, se ha
modificado la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la empresa Inmobiliaria
Hércules S. A., cédula jurídica 3-101-097486, para que las acciones sean
firmadas únicamente por el presidente de la junta directiva, el resto permanece
igual.—Santo Domingo de Heredia, 26 de mayo del
2013.—Lic. Luis Edgardo Ramírez Zamora, Notario.—1
vez.—RP2013350799.—(IN2013035047).
Por escritura número doscientos catorce
otorgada ante esta Notaría a las veintitrés horas del veinticuatro de mayo del
dos mil trece, se protocolizó acta de sociedad Maa
Katyani Investments S. A.,
cédula jurídica tres ciento uno quinientos treinta y siete mil ochenta y cinco,
en la que se modifica la cláusula de la representación y se hacen nuevos
nombramientos.—Lic. Hazel
Delgado Cascante, Notaria.—1
vez.—RP2013350800.—(IN2013035048).
Se hace saber que en mi notaría,
a las diecisiete horas del veintiocho de mayo del dos mil trece, se nombró
agente residente en Calsfskin Enterprises Incorporate Sociedad
Anónima.—28 de mayo del 2013.—Lic. Silvia Alvarado
Quijano, Notaria.—1 vez.—RP2013350802.—(IN2013035049).
La suscrita notaria, hago
constar que ante mi notaría se protocolizó acta de la sociedad Mornign Sun Construction And Ladscape Empresa
Individual de Responsabilidad Limitada. Escritura pública otorgada en San
José, a las veinte horas del veintitrés de mayo del dos mil trece. Donde se
acordó disolver la sociedad.—Lic. Tatiana Martínez Salas,
Notaria.—1 vez.—RP2013350804.—(IN2013035050).
Por escritura otorgada ante mí,
a las diez horas del quince de mayo del dos mil trece, protocolicé acuerdos de
asamblea general extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza: Amatista
Sociedad Anónima en que se reforman las cláusulas segunda, tercera y quinta
del pacto social y se nombra junta directiva y fiscal.—Lic.
Harry Castro Carranza, Notario.—1
vez.—RP2013350805.—(IN2013035051).
Por escritura otorgada ante este
notario público el día veintisiete de mayo del dos mil trece, a las dieciocho
horas, se constituyó una sociedad anónima denominada Finca el Refugio del Roaldo y el Bobo
Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones totalmente suscrito y
pagado. Presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, vocal y vocal:
apoderados generalísimos sin límite de suma actuando al menos dos de ellos.—Heredia, veintisiete de mayo del dos mil trece.—Lic.
Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1
vez.—RP2013350806.—(IN2013035052).
Por escritura otorgada el
veintiocho de mayo del dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general
de accionistas de la compañía Grupo Geosis
Limitada, con cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos dieciocho mil
novecientos cuarenta y ocho, por la que se modifican estatutos.—Lic. Steven Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—RP2013350808.—(IN2013035053).
Que en esta notaría, se ha
modificado varias cláusulas del pacto social de la empresa de esta plaza Academia
Educativa y Guardería MRZ S. A. Es todo.—San José, a las once horas del día miércoles veintinueve
de mayo del año dos mil trece.—Lic. Andrés Durán López, Notario.—1 vez.—RP2013350809.—(IN2013035054).
Por escritura otorgada el
veintiocho de mayo del dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general
de accionistas de la compañía Sistemas Geotécnicos Globales GEOSIS Limitada,
con cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos veintidós mil
cuatrocientos cuarenta y ocho. Por la que se modifican estatutos.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—RP2013350810.—(IN2013035055).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría el día de hoy, protocolice acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas en que se reforma la cláusula quinta, de la sociedad Casa Abad
S.A.—San
José, 9 de mayo del 2013.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2013350811.—(IN2013035056).
Las señoras Ana Yensi Murillo Araya y Kattia
Ballestero Corea, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada
denominada conforme al número de cédula que asigne el Registro. Gerente: Ana Yensi Murillo Araya. Capital social: diez mil colones. San
José, treinta de mayo del dos mil trece.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1
vez.—(IN2013035065).
Por escritura pública número:
treinta y seis-nueve otorgada ante mí a las dieciocho horas con treinta minutos
del catorce de mayo del dos mil trece, se constituyó la sociedad Panada
Limitada.—Lic. Gioconda Barquero Gardela, Notaria.—1 vez.—(IN2013035085).
Mediante escritura otorgada a
las 15 horas del día 23 de mayo del año 2013, se constituyó la sociedad
denominada Idicon Sociedad Anónima,
pudiendo abreviarse a Idicon S. A.,
indicando que el anterior es un nombre de fantasía. Segunda; el domicilio de la
sociedad será en la ciudad de San José, Pavas de la embajada americana,
cuatrocientos metros oeste y doscientos metros al sur. Objeto: comercio y la
industria en todas sus formas.—San José, 27 de mayo de
2013.—Lic. Arturo Parra Espinoza, Notario.—1
vez.—(IN2013035096).
Ante esta notaría se modifica la
cláusula sétima del pacto constitutivo de T. I. V. Taller Industrial Vásquez
S. A., para que en adelante la representación recaiga sobre el presidente y
el secretario de la junta directiva. Es todo.—Alajuela,
treinta de mayo del dos mil trece.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2013035109).
Ante esta notaría, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Era
Comunicaciones Digitales ECD S. A., realizada a las ocho horas del quince
de mayo del dos mil trece, donde se nombra nuevo fiscal.—San
José, treinta de mayo del dos mil trece.—Lic. Ana Daisy Morales Víquez, Notaria.—1 vez.—(IN2013035141).
Mediante escritura pública
número treinta y nueve a las quince horas y diez minutos del veintiocho de mayo
del dos mil trece ante los notarios Hugo Salazar Solano y Catalina Rojas
Ramírez, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad
denominada EDP Development S. A., cédula
jurídica 3-101-645049, en donde se reforma la cláusula decima cuarta: en cuanto
a la junta directiva donde renuncian al cargo de tesorero David Alonso Jiménez
Quirós, cédula 1-1012-327 y en su lugar Laura Alpízar
Madrigal, cédula 1-104-051, además acuerdan modificar la cláusula quinta del
capital social donde el señor Jiménez Quirós renuncia a las tres acciones que
le corresponden, quedando la sociedad con un total de seis acciones comunes y
nominativas de mil colones cada una. Es todo.—Alajuela,
treinta de mayo del dos mil trece.—Lic. Catalina Rojas Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2013035153).
Ante esta notaría, por medio de
escritura pública número: ciento trece, visible al folio noventa y cinco vuelto
y al folio noventa y seis frente, del tomo once del notario Álvaro Hernández
Chan, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Avantel Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-seiscientos doce mil seiscientos setenta y siete, en
donde se disuelve dicha sociedad anónima. Escritura otorgada en connotaría con
el Lic. Róger Adriano Bogantes Zamora.—San José, diez horas del dieciséis de abril del año dos
mil trece.—Lic. Róger Adriano Bogantes Zamora,
Notario.—1 vez.—(IN2013035164).
Mediante escritura número ciento
noventa y tres, otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día
veintinueve de mayo del año dos mil trece, se constituyó la sociedad denominada
Vidrioperfiles Limitada. Domicilio: San
José. Capital social: mil colones. Representación: corresponde al gerente la
representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Lic. Alex Thompson
Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2013035167).
Mediante escritura pública
número ciento cincuenta y ocho otorgada ante mí, a las trece horas treinta
minutos del día veintiocho de agosto del año dos mil nueve, se protocolizó acta
de la sociedad Transportes Privados V.G. Vives Golfin
S. A. mediante los cuales se cambia de la junta directiva el presidente
donde se le otorga la representación judicial y extrajudicial con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Marlon
Sánchez Cortés, Notario.—1 vez.—(IN2013035176).
Por escritura otorgada ante mí,
el veintidós de abril de dos mil trece, regístrese cambio de los estatutos de CR
Property Hunters Sociedad Anónima con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-seis seis dos siete dos dos, cambio en el nuevo nombramiento de junta directiva.—San José, veinticinco de mayo de dos mil trece.—Lic. Ihara González Medina, Notaria.—1
vez.—(IN2013035187).
Ante la notaría del licenciado
Aníbal Zavaleta Díaz, notario público de Alajuela, el señor Óscar Juan Toro
Gálvez, constituyó mediante escritura la Fundación Salud a Su Alcance,
con domicilio: Urbanización Meza de Alajuela, 100 norte de Repuestos Gigante,
constituida por un patrimonio de nueve mil colones; con el objeto de
establecimiento de consultorios o centros médicos encaminados a la prevención y
atención de diversas enfermedades, para el mejoramiento de la calidad de vida
de los sectores más vulnerables de la población; el plazo de la fundación será
perpetuo; la administración y dirección de la fundación estará a cargo de tres
directores quienes tendrán una duración en sus puestos de un año pudiendo ser
reelectos mientras no aparezca en el registro por quienes los sustituyan,
además de otro nombrado por el Poder Ejecutivo y otro por la Municipalidad de
Alajuela conformada en total por cinco miembros, de los cuales se nombrará al
presidente de la junta administrativa el cual tendrá las facultades de
apoderado general de la fundación sin límite de suma; todo de conformidad con
el art. 13 de la Ley número 5338 del 28 de agosto de 1973; la asamblea general
de la fundación será constituida por los miembros fundadores y por los miembros
patrocinadores de la fundación que se afilien posteriormente.—Alajuela, 28 de
mayo del 2013.—Lic. Aníbal Zavaleta D., Notario.—1
vez.—(IN2013035202).
Mediante escritura número ciento
tres, del tomo cuarto de mi protocolo, otorgada a las quince horas con treinta
minutos, del veintiocho de mayo del año dos mil trece, se constituyó: Manemil del Este Sociedad Anónima, domicilio:
San José, Curridabat. Plazo: noventa y nueve años.
Presidente Nelzon Enríquez Nochez
Angulo, secretario: Manuel Antonio Ramos Ramos.—San
José, veintinueve de mayo del dos mil trece.—Lic. William Castro Ponce, Notario.—1 vez.—(IN2013035205).
Por escritura treinta y
cinco-seis, se realizó cambio en la representación de la sociedad Inversiones
Metales del Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-seiscientos cinco mil ochocientos cuarenta y cuatro, domiciliada en San
José.—San José, treinta de mayo del dos mil trece.—Lic.
Orlando Olivas Ortiz, Notario.—1 vez.—(IN2013035207).
Ante el suscrito notario
público, siendo las diez horas del día veintisiete del mes de mayo del año
2013, en escritura número ciento trece mediante acta número tres protocolizada,
se modificó la cláusula tercera del objeto, la cláusula sexta de la
representación y se otorgó poder generalísimo sin límite de suma, se nombró
nueva junta directiva, fiscal y agente residente de la sociedad Familia
Rivera Quesada Sociedad Anónima cédula jurídica número 3-101-156424.—San
José, 27 de mayo de 2013.—Lic. Olman Yorly Soto Vanegas, Notario.—1
vez.—(IN2013035225).
Edier Arroyo Reyes, cédula
1-1075-0002, Danny Arroyo Reyes cédula 1-1228-539, constituyen la sociedad
denominada Precisión M&E S. A., su domicilio social será en San
José, Barrio San José de Curridabat, del motel La
Fuente doscientos setenta y cinco metros norte, sin perjuicio de establecer
agencias o sucursales en los demás lugares del país o fuera de él. Escritura
otorgada ante el notario Warner Castro Mathieu, a las
19 horas del día 27 de mayo del 2013. Es todo.—San
José, 28 de mayo de 2013.—Lic. Warner Castro Mathieu,
Notario.—1 vez.—(IN2013035228).
Mediante escritura N° 158 de
folio 142 frente del tomo 3 de mi protocolo, se ha procedido a protocolizar asamblea
general extraordinaria y ordinaria de la empresa Gourmet Pizza and Wings Sociedad Anónima cédula jurídica 3101660366, en
donde se ha modificado domicilio social, se nombra secretario y aumenta
capital.—Heredia, jueves 30 de mayo de 2013.—Lic. Jorge E. Ramos Ramos, Notario.—1
vez.—(IN2013035229).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
compañía Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cuarenta y Un Mil Doscientos Cuarenta y
Siete Sociedad Anónima, celebrada a las nueve horas del treinta de abril
del dos mil trece, en donde se reforma la cláusula sétima. Es todo.—San José, siete de mayo del dos mil trece.—Lic. Gonzalo
Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(IN2013035231).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
compañía Monaco Swell of
Sea Fifteen SF Sociedad Anónima, celebrada al ser
las trece horas y dos minutos del día veinticinco de abril del dos mil trece,
en donde se reforma la cláusula sétima. Es todo.—San
José, siete de mayo del dos mil trece.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(IN2013035232).
Por escritura pública número
312-6 del 29 de mayo del 2013, ante esta notaría se modificó las cláusula
segunda y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva de Tres
Ciento Uno Cinco Cinco Seis Tres Cuatro Seis Sociedad
Anónima.—Santa Bárbara de Heredia, 29 de mayo
2013.—Lic. Hernán Paniagua Ramírez, Notario.—1
vez.—(IN2013035267).
Por escritura pública número
313-6 del 29 de mayo del 2013, ante esta notaría se modificó las cláusulas
segunda y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva de Tres
Ciento Uno Cinco Cinco Seis Dos Siete Tres Sociedad
Anónima.—Santa Bárbara de Heredia, 29 de mayo
2013.—Lic. Hernán Paniagua Ramírez, Notario.—1
vez.—(IN2013035269).
Mediante escritura pública
otorgada en San José a las ocho horas del veintiocho de junio del año dos mil
doce, ante el notario público Eduardo Cordero Sibaja,
se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la empresa
denominada Jukaber Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuarenta y ocho mil siete, en
la que se acordó por unanimidad disolver la sociedad. Es todo.—San
José, 28 de junio del 2012.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja,
Notario.—1 vez.—(IN2013035270).
Mediante escritura pública
otorgada en San José a las trece horas del veintiocho de junio del año dos mil
doce, ante el notario público Eduardo Cordero Sibaja,
se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la empresa
denominada Importadora Mixcoa Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y cuatro mil
setecientos cincuenta y seis, en la que se acordó por unanimidad disolver la
sociedad. Es todo.—San José, 28 de junio del
2012.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—(IN2013035271).
El día de hoy la suscrita notaria pública protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas
de Global Fast
S C S S. A. celebrada a las 7:00 horas del 17 de
mayo del año 2013, mediante la cual se reforma el pacto social adicionando el
cargo de agente de residente.—San José, 22 de mayo del 2013.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1
vez.—RP2013350813.—(IN2013035321).
Mediante escritura otorgada ante
mí a las once horas treinta minutos del veintiocho de mayo del dos mil trece,
se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo de Garsae
R y M S. A., cédula tres-ciento-uno-dos seis tres cuatro ocho ocho.—San José, veintiocho de mayo del dos mil trece.—Lic. Heike Kulzer Homann,
Notaria.—1 vez.—RP2013350816.—(IN2013035322).
Mediante escritura otorgada ante
mí a las doce horas del veintiocho de mayo del dos mil trece, se modificó las
cláusulas segunda, cuarta y sétima del pacto constitutivo de Arquitecto
Rafael Ángel García y Asociados S. A., cédula tres-ciento-uno-cero cinco cinco cinco seis siete.—San José,
veintiocho de mayo del dos mil trece.—Lic. Heike Kulzer Homann, Notaria.—1 vez.—RP2013350817.—(IN2013035323).
Modificación de administración
Sociedad Calderón y Alvarado Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las
dieciséis horas del veintinueve de mayo del dos mil trece.—Lic.
Juan Édgar Fallas García, Notario.—1
vez.—RP2013350818.—(IN2013035324).
Luis Mauricio Zúñiga Aguilar,
Javier Eduardo Naranjo Soto, Julissa Zúñiga Rodríguez constituyen Distribuidora
de Frutas y Verduras del Pacífico Sociedad Anónima. Escritura otorgada a
las doce horas treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil trece.—Lic. Juan Édgar Fallas García, Notario.—1
vez.—RP2013350819.—(IN2013035325).
La suscrita notaria hace constar
que por escritura otorgada ante mí, a las diecinueve horas del veintinueve de
mayo del dos mil tres, se constituyó la sociedad denominada Valldesol
Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintinueve
de mayo del dos mil trece.—Lic. Vivian Marcela Jiménez Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2013350820.—(IN2013035326).
Tatiana Zeledón Castro, informa
que en su oficina se fusionaron, prevaleciendo la última: Inversiones SJF S.
A. cédula 3101380116, Grupo John HMB S. A., cédula 3101380489 y JHMervyn Reyes S. A., cédula 3101381286. Se
otorga plazo de ley para oposiciones.—Flores, 29 de
mayo del 2013.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1
vez.—RP2013350822.—(IN2013035327).
La licenciada Tatiana Zeledón
Castro, informa que en su oficina se constituyó Maxx
Seguridad Inc. S. A.—Heredia, 18 de marzo del
2013.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1
vez.—RP2013350823.—(IN2013035328).
Ante el licenciado Juan Carlos Chávez
Alvarado, se nombra como presidente al señor Alexánder
Campos Rodríguez y se reforman las clausulas segunda y sexta, del pacto
constitutivo de la sociedad Visión Automotriz del Siglo XXI S. A.,
cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos setenta y cuatro mil seiscientos
setenta y cinco.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado,
Notario.—1 vez.—RP2013350825.—(IN2013035329).
Ante esta notaría a las 13:30
horas del 14 de mayo del año 2013, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la compañía: Ramphado
Sociedad Anónima.—San José, 15 de mayo del
2013.—Lic. Wilbert Garita Mora, Notario.—1 vez.—RP2013350826.—(IN2013035330).
Que por escritura pública número
treinta y tres-siete otorgada ante esta notaría en San José, a las catorce horas
del veintiocho de mayo del dos mil trece, se constituye una sociedad anónima
que se denominará Apuyantra S. A.,
domicilio: condominio Arco Iris número cuatro, Alturas de Cariari,
Ciudad Cariari, Belén, Heredia, objeto: comercio en
general, la construcción, desarrollo, y los servicios en todas sus formas etc.,
representación: presidente y secretario con facultades individuales de
apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintiocho de mayo del
dos mil trece.—Lic. Andrés Waisleder Goldberg, Notario.—1
vez.—RP2013350828.—(IN2013035331).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del día veintiocho de mayo del
dos mil trece, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad denominada 3-101-666769 S. A.,
donde se acuerda reformar las cláusulas primera y sexta de los estatutos.—San
José, veintiocho de mayo del dos mil trece.—Lic. Magally
María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—RP2013350829.—(IN2013035332).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las ocho horas del día seis de mayo del dos mil trece, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada National
Building Maintenance Co. S.
A., donde se acuerda modificar la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, veintinueve de mayo del dos mil trece.—Lic. Magally María Guadamuz García,
Notaria.—1 vez.—RP2013350830.—(IN2013035333).
Ante la notaría del licenciado
Francisco Javier Vega Guzmán, se ha presentado la siguiente sociedad: Nawaf Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-459663, a fin de iniciar proceso de disolución notarial. A fin de que
terceros interesados puedan manifestar lo de su interés, se emite el presente
edicto.—San José, veintiocho de mayo del dos mil
trece.—Lic. Francisco Javier Vega Guzmán, Notario.—1
vez.—RP2013350831.—(IN2013035334).
Protocolización asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Wolsus
S. A., donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo,
referente al domicilio social.—Escritura otorgada en Heredia, a las 10:15 horas
del 25 de mayo del 2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz,
Notario.—1 vez.—RP2013350832.—(IN2013035335).
Protocolización asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Propan
S. A. donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto
constitutivo, referente al domicilio social.—Escritura
otorgada en Heredia, a las 10:00 horas del 25 de mayo del 2013.—Lic. Carlos
Lizano Lépiz, Notario.—1
vez.—RP2013350833.—(IN2013035336).
Protocolización asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Mobisala
S. A., donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto
constitutivo, referente al domicilio social.—Escritura otorgada en Heredia, a
las 9:45 horas del 25 de mayo del 2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz,
Notario.—1 vez.—RP2013350834.—(IN2013035337).
Protocolización asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Fábrica de Muebles Maderit S. A., donde se acuerda modificar la cláusula
segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio social.—Escritura
otorgada en Heredia, a las 9:30 horas del 25 de mayo del 2013.—Lic. Carlos
Lizano Lépiz, Notario.—1
vez.—RP2013350835.—(IN2013035338).
Protocolización asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Ofitex
S. A., donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto
constitutivo, referente al domicilio social.—Escritura otorgada en Heredia, a
las 9:15 horas del 25 de mayo del 2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz,
Notario.—1 vez.—RP2013350836.—(IN2013035339).
Por escritura otorgada a las
doce horas del día de hoy, se constituyó Julie
J EIRL. Julie Javelle,
fundadora, y gerente. Domicilio: Tamarindo, Guanacaste.—Veinte
de abril del dos mil trece.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2013350837.—(IN2013035340).
Por escritura otorgada ante el
notario público Rafael Esquivel Gutiérrez, número 233 del tomo 17, de las 12
horas del día 29 del mes de mayo del año 2013, se protocoliza la constitución
de sociedad de la sociedad denominada Producciones Heredianas Doble Cero S.
A.—San José, 29 de mayo del 2013.—Lic. Rafael
Ángel Esquivel Gutiérrez, Notario.—1
vez.—RP2013350838.—(IN2013035341).
Protocolización asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Mobilia
S. A., donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto
constitutivo, referente al domicilio social.—Escritura otorgada en Heredia, a
las 9:00 horas del 25 de mayo del 2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz,
Notario.—1 vez.—RP2013350840.—(IN2013035342).
Protocolización asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Centro Diseño de Santa Ana S. A.,
donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo,
referente al domicilio social. Escritura otorgada en Heredia, a las 8:45 horas
del 25 de mayo del 2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1
vez.—RP2013350841.—(IN2013035343).
Protocolización asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Tefisa
S. A., donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto
constitutivo, referente al domicilio social.—Escritura otorgada en Heredia, a
las 8:30 horas del 25 de mayo del 2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz,
Notario.—1 vez.—RP2013350842.—(IN2013035344).
Protocolización asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Ónix S. A., donde se acuerda
modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo referente al domicilio
social. Escritura otorgada en Heredia, a las 8:15 horas del 25 de mayo del 2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz,
Notario.—1 vez.—RP2013350843.—(IN2013035345).
Protocolización asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Centro Famailla
S. A., se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, domicilio
social, se nombra tesorero y se elimina la cláusula referente al agente
residente. Escritura otorgada en Heredia, a las 11:00 horas del 29 de mayo del
2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz,
Notario.—1 vez.—RP2013350844.—(IN2013035346).
Protocolización asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Ferreterías Ace
S. A., donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo,
referente al domicilio social. Escritura otorgada en Heredia, a las 8:00 horas
del 25 de mayo del 2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1
vez.—RP2013350845.—(IN2013035347).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 8 horas del 8 de mayo de 2013, se reforman estatutos de Propertyshelf Limitada, domicilio: San José,
Cantón Central, Distrito Catedral avenida 10 bis, calles 21 y 23, San José y se
nombra agente residente al Lic. Jorge Granados Moreno.—Lic.
Jorge Granados Moreno, Notario.—1 vez.—RP2013350846.—(IN2013035348).
La suscrita notaria Lic. Elena
Rodríguez Cheung, hace constar que ante esta notaría
se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de
esta plaza Telepago S. A., en la cual
se modifica el domicilio social, la administración y se nombra nueva junta
directiva.—San José, 28 de mayo del 2013.—Lic. Elena
Rodríguez Cheung, Notaria.—1
vez.—RP2013350849.—(IN2013035349).
Por escritura otorgada ante mi
notaría a las 17:00 horas del 27 de mayo del 2013, protocolicé acta de la
empresa: IVI Costa Rica Quest Destination
Managment Company S. A.,
mediante la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, 29 de mayo del 2013.—Lic. Marlene Bustamante
Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2013350850.—(IN2013035350).
Por escritura número noventa y
ocho-veinticuatro otorgada a las dieciséis horas cuarenta minutos del catorce
de marzo de dos mil trece, se modificaron las cláusulas primera y sexta del
pacto social de tres ciento dos seiscientos cincuenta y nueve mil novecientos
treinta y cuatro srl, se nombró gerente y
subgerente y se modificó la razón social a Priya
Hermosa Ltda.—Liberia, veintiocho de mayo de dos
mil trece.—Lic. Juan Rafael Villagra Coronado,
Notario.—1 vez.—RP2013350851.—(IN2013035351).
Por escritura otorgada ante mí
se constituye Café & Co. Sociedad Anónima.—Atenas,
catorce de mayo de dos mil trece.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—RP2013350856.—(IN2013035353).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 13 horas del 15 de mayo de 2013, se constituye la
sociedad Joslol S. A. Presidente: Roy
Hernández Pérez.—Heredia, 28 de mayo de 2013.—Lic.
Luis Ant. Álvarez Chaves, Notario.—1
vez.—RP2013350857.—(IN2013035354).
Ante mi notaría, Mónica Zumbado
Fallas, mediante escritura ciento cuarenta y ocho del tomo octavo, se reformó
las cláusulas número segunda y octava del pacto constitutivo de la sociedad Hacienda
Proeco Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-ciento treinta y siete mil seiscientos veinte.—San José,
veintidós del marzo del dos mil trece.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—RP2013350861.—(IN2013035355).
Por escritura otorgada ante mí a
las dieciocho horas del veinticuatro de abril del dos mil trece, se constituyó
la sociedad Elemental Fusion Corporation
Limitada.—Lic. Sergio Aguiar
Montealegre, Notario.—1
vez.—RP2013350862.—(IN2013035356).
Por escritura otorgada ante mí a
las once horas con cincuenta minutos del veintinueve de mayo del dos mil trece,
se constituyó la sociedad Sidekicks Digital
Sociedad Anónima.—Lic. Sergio Aguiar
Montealegre, Notario.—1
vez.—RP2013350863.—(IN2013035357).
En escritura autorizada por el
suscrito notario a las nueve horas del diez de mayo de dos mil trece, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas
de Lírica Memoria Limitada, mediante la cual se reformó la cláusula del
pacto social referente al domicilio de la compañía.—San
José, veintinueve de mayo de dos mil trece.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—RP2013350864.—(IN2013035358).
En escritura autorizada por el
suscrito notario a las nueve horas con treinta minutos del diez de mayo de dos
mil trece, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Inversiones Moravianas S. A.,
mediante la cual se reformó la cláusula del pacto social referente al domicilio
de la compaña.—San José, veintinueve de mayo de dos
mil trece.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1
vez.—RP2013350865.—(IN2013035359).
En escritura autorizada por el
suscrito notario a las diez horas del diez de mayo de dos mil trece, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Rincones
Mágicos S. A., mediante la cual se reformó la cláusula del pacto social
referente al domicilio de la compañía.—San José,
veintinueve de mayo de dos mil trece.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui
Barzuna, Notario.—1
vez.—RP2013350866.—(IN2013035360).
Por escritura número doscientos
quince otorgada ante esta notaría a las quince horas del seis de mayo del dos
mil trece, se constituyó una sociedad denominada Soluciones Suramericanas Solfinsur Sociedad Anómina.
Domicilio: el domicilio social será en la provincia de San José, Santa Ana, Ofibodegas del Oeste, bodega número treinta y ocho. Plazo
social: noventa y nueve años a partir de su fecha de constitución. Capital
social: ciento veinte mil colones íntegramente suscrito y pagado.
Administración: al presidente le corresponde la representación judicial y
extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintinueve de mayo del dos mil trece.—Lic. José
Alejandro Martínez Castro, Notario.—1
vez.—RP2013350867.—(IN2013035361).
Por escritura trescientos
cincuenta y siete del protocolo tres de la suscrita notaria, se protocolizó la
elección de la nueva junta directiva de Asofrobrunca
cédula jurídica tres-cero cero dos-cuatro uno uno
cinco cuatro cuatro, cuya representación judicial y
extrajudicial corresponde a los señores presidente: Rodrigo Rodríguez Bonilla,
cédula dos-cuatrocientos ochenta y cinco-cuatrocientos noventa, vicepresidente:
Orlando Gamboa Mora, cédula uno-setecientos setenta y siete-cuatrocientos once,
pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Lic. Maurin
Zúñiga Núñez, Notaria.—1
vez.—RP2013350871.—(IN2013035362).
Por medio de escritura otorgada
al ser las dieciséis horas del nueve de mayo del dos mil trece, ante el notario
público Esteban Chérigo Lobo, por medio de
protocolización de acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios se
acordó reformar las cláusulas primera y sexta de la sociedad de esta plaza Zelsius Nec Limited Sociedad Anónima, la cual de ahora en adelante
pasa a denominarse CJMN Investments Limited Sociedad Anónima.—San
José, nueve de mayo del dos mil trece.—Lic. Esteban Chérigo
Lobo, Notario.—1 vez.—RP2013350872.—(IN2013035363).
La suscrita notaria debidamente
autorizada para protocolizar Turquesa Cun Sociedad
Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cinco
mil seiscientos cuarenta y cinco, nombramientos de la junta directiva:
presidente: Frankiln Álvarez Molina, secretario:
Johnny Álvarez Mora, tesorera: Guimabelle Álvarez
Molina, fiscal: Magda Molina Mora y el domicilio social es en provincia de
Cartago,, San Rafael de Oreamuno, Barrio El Bosque,
ciento veinticinco metros al sur de la abastecedor La Cede. Es todo.—San José, 22 de mayo de 2013.—Lic. Paola Fonseca Rojas,
Notaria.—1 vez.—RP2013350874.—(IN2013035364).
Marco Vinicio Picado Bazo y
Carlos José Cervantes Machado, constituyen la sociedad denominada ETL
Eventos Sociedad Anónima, pudiente abrevian ETL Eventos S. A.,
capital social diez mil colones representada por diez acciones de mil colones
cada una. El presidente tendrá la representación judicial y extrajudicial con
facultades de apoderado generalísimo con límite a la suma de cien mil colones,
domicilio social San José, Escazú, Guachepelín,
Centro de Negocios Ofibodegas Capri.—Lic.
Jorge Guillermo Solano Durán, Notario.—1
vez.—RP2013350875.—(IN2013035365).