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LA GACETA N° 124 DEL 28 DE JUNIO DEL 2013
MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO
COMUNAL
UNIVERSIDADE ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
LA
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
En el
ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18)
y 146 de la Constitución Política, y con fundamento en lo establecido en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Ley N° 3155, de 5 de agosto
de 1963 y sus reformas; la Ley de Administración Vial, Nº 6324
del 24 de mayo de 1979 y sus reformas; la Ley de Tránsito por Vías Públicas
Terrestres y Seguridad Vial N° 9078, publicada en el Alcance Digital N° 165, de
La Gaceta N° 207, del viernes 26 de
octubre del 2012 y la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227 del 2
de mayo de 1978 y sus reformas.
Considerando:
1°—Que es competencia del
Ministerio de Obras Públicas y Transportes la ejecución de la Ley de Tránsito
por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, N° 9078 y, por tanto, lo es
regular, controlar y vigilar la
circulación de los vehículos automotores por las vías públicas del país.
2º—Que la circulación de los vehículos automotores
debe ajustarse a criterios esenciales de seguridad vial con el fin de
garantizar la salvaguarda de bienes jurídicos esenciales, como es el caso de la
vida e integridad de los usuarios de las vías públicas.
3°—Que son frecuentes los accidentes de la circulación
en los que se ven involucrados vehículos de carga, con resultados, en algunos
casos, de víctimas mortales.
4º—Que la circulación de vehículos de carga produce un
impacto negativo en la fluidez de la circulación entre las seis y las veinte
horas, propiciando el congestionamiento vial y constituyéndose en una seria
amenaza para la seguridad vial.
5º—Que el artículo N° 95, de la Ley N° 9078, faculta
al Poder Ejecutivo para establecer restricciones a la circulación vehicular,
por razones de oportunidad, de conveniencia, de interés público, regional o
nacional, debidamente fundamentadas, conforme se establezca reglamentariamente,
cumpliendo la situación que se está reglamentando con dichas condiciones, pues se hace con el fin de tutelar la vida y
la integridad de los usuarios de las vías públicas afectadas, en razón de lo
cual es preciso que los vehículos de carga, cuyas placas de matrícula empiezan
con el código “C”, circulen en horario restringido.
6º—Que mediante oficio DGIT-0258-2013, de fecha 15 de
marzo del 2013, la Dirección General de Ingeniería de Tránsito presentó al
Despacho del Ministro una nueva “Evaluación de Restricción Horaria para
Vehículos Pesados”, para las Rutas Nacionales 1, 2, 3, 27 y 32, cuyo estudio se
inició a finales del año 2012.
7º—Que desde hace varios años la Dirección General de
Ingeniería de Tránsito ha recomendado el uso de horarios restringidos de las
vías de mayor demanda por parte de vehículos pesados.
8º—Que las instituciones y dependencias del Estado
deberán efectuar las coordinaciones y ajustes del caso a efecto de que las
operaciones de embarque y desembarque de mercancías no se vean afectadas, a
cuyo fin tomarán en cuenta las regulaciones que por este acto se establecen.
9º—Que las medidas ordenadoras de la circulación
vehicular que por este acto se establecen no infringen la libertad de tránsito,
ni la libertad de comercio, por cuanto no impiden el uso generalizado de las
vías públicas por parte de los vehículos de carga, sino que solo se regula el
uso horario de dichas vías para la salvaguarda de la vida e integridad de los
usuarios de las mismas. Por tanto,
Decretan:
El siguiente:
REGLAMENTO PARA LA ORDENACIÓN HORARIA
DE LA
CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS PESADOS
Artículo 1º—Restricción vehicular. Todo vehículo automotor de
carga, con un peso superior al máximo permitido para el vehículo tipo C2+ (6
toneladas), según el Reglamento de Circulación por Carretera con Base en el
Peso y las Dimensiones de los Vehículos de Carga, Decreto Ejecutivo Nº
31363-MOPT, no debe circular, de lunes a viernes, en el horario y Rutas
estipuladas en el siguiente cuadro:
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Artículo 2º—Regulación en días especiales. Con ocasión de la celebración
de festividades y fechas especiales, igualmente se prohíbe la circulación
entrando a San José de los vehículos descritos en el artículo 1° del presente
Decreto, en las fechas y rutas indicadas en el siguiente cuadro.
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Artículo 3º—Control de la
restricción vehicular. De conformidad con lo establecido en la Ley de
Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, Ley N° 9078, las autoridades
de tránsito procederán a aplicar las sanciones que disponga dicha Ley, cuando
los conductores de los vehículos de carga, a que los que se refiere el presente
Reglamento, infrinjan lo que por este acto se dispone e incurran en cualquiera
de los supuestos a que se refiere la mencionada Ley.
Artículo 4º—Vehículos del Estado. Las
instituciones y dependencias del Estado deberán ajustar sus actividades y
disposiciones a efecto del cumplimiento del presente Reglamento. Por lo
anterior, se deben establecer y coordinar los esfuerzos con la empresa privada
para ajustar sus actividades, de tal forma que quienes deban movilizar cargas
por las vías públicas, haciendo uso de los vehículos antes mencionados, tomen
en cuenta el sistema de horarios que por este acto se establece para el
cumplimiento oportuno en la entrega o recepción de las respectivas cargas, así
como en cuanto a su movilización.
Artículo 5º—Excepciones a la prohibición. La
restricción vehicular del presente Reglamento no se aplica a vehículos policiales,
vehículos destinados al control del tránsito, ambulancias, vehículos
pertenecientes al cuerpo de bomberos, autobuses, vehículos autorizados para el
transporte de estudiantes, vehículos dedicados exclusiva y públicamente a la
atención de emergencias o a dar mantenimiento a los servicios públicos. Además,
quedan exentos de la prohibición aquellos vehículos que transporten productos
perecederos, para lo cual el operador de dicho vehículo debe demostrarlo a las
autoridades correspondientes.
Artículo 6º—Tiempos de rodaje. Para efecto del
cálculo de los tiempos de rodaje para el tránsito de mercancías entre aduanas,
establecido en el “Reglamento de Habilitación de Rutas de Paso Obligatorio para
los Vehículos Automotores del Tránsito Aduanero, Interno o Internacional, de
mercancías sujetas al Control Aduanero de la República y Fijación de los
Tiempos de Rodaje entre Aduanas” (Decreto Ejecutivo 26123-H-MOPT del 14 de mayo
de 1997), no se debe tomar en cuenta el tiempo que se deba interrumpir el
tránsito por motivo del presente Reglamento.
Artículo 7º—Derogatoria. El presente Decreto
deroga el Decreto Ejecutivo Nº 34583-MOPT, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta N° 123, del 26 de junio del 2008.
Artículo 8º—Vigencia. Rige a partir de su
publicación.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a los 17 días del mes de mayo del
dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Pedro Luis
Castro Fernández.—1 vez.—O. C. N° 18196.—Solicitud N°
5678.—C-86850.—(D37727-IN2013040509).
N° 485-PE
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
En ejercicio de sus atribuciones
constitucionales, previstas en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la
Constitución Política.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Integrar en la
Comitiva Oficial que acompañará a la Señora Laura Chinchilla Miranda,
Presidenta de la República, en su Visita Oficial a Guatemala, para participar
en la Conmemoración al XIII Baktun, Homenaje al Legado de la Civilización Maya
en el Último Atardecer y Despedida de la Era, a celebrarse en la Ciudad de
Tikal, del 20 al 21 de diciembre del 2012, a las siguientes personas:
• Sr. Ludwig Sibaja Mora, Director a.í. de Protocolo.
• Sra. Irene Pacheco Alfaro, Asistente
Personal de la Señora Presidenta.
Artículo 2º—Rige a partir del 20
y hasta el 21 de diciembre del 2012.
Dado en la Presidencia de la
República. San José, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil
doce.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides
Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 18924.—Solicitud Nº 082.—C-12220.—(IN2013039294).
N° 527-PE
EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE
EN
EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
En ejercicio de sus atribuciones
constitucionales, previstas en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la
Constitución Política.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Integrar en la
Comitiva Oficial que acompañará a la Señora Laura Chinchilla Miranda,
Presidenta de la República, en su viaje a Roma, Italia, para participar en la
“Ceremonia de Entronización de Su Santidad Francisco I”, a las siguientes
personas:
• Sr. Ludwig Sibaja Mora, Director a. í. de Protocolo.
• Sra. Irene Pacheco Alfaro, Asistente
Personal de la Señora Presidenta de la República.
Artículo 2º—En el caso de la
señora Pacheco Alfaro la salida estará prevista para el 17 de marzo del 2013.
El señor Sibaja Mora viajará del 18 al 21 de marzo del 2013.
Artículo 3º—Rige a partir del 18 de marzo y
hasta el 21 de marzo del 2013.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a los dieciocho días del mes de
marzo del año dos mil trece.
LUIS LIBERMAN GINSBURG.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides
Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 18924.—Solicitud Nº 080.—C-13160.—(IN2013039291).
N° 909 - P
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
En uso de las facultades que le
confiere el artículo 139, de la Constitución Política.
Considerando:
I.—Que se requiere el nombramiento de
un titular como Ministro de Comunicación y Enlace Institucional.
II.—Que mediante
Acuerdo 002-P, del 8 de mayo del dos mil diez, se nombró como Viceministro de
Relaciones Exteriores y Culto al Señor Carlos Alberto Roverssi Rojas, cédula de
identidad 1-504-811. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Cesar en su cargo
como Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto al señor Carlos Alberto
Roverssi Rojas, cédula de identidad 1-504-811, a partir del 11 de junio del
2013.
Artículo 2º—Nombrar al señor Carlos Alberto
Roverssi Rojas, cédula de identidad 1-504-811, como Ministro de Comunicación y
Enlace Institucional, a partir del 11 de junio del 2013.
Artículo 3º—Rige a partir del once de junio
del dos mil trece.
Dado en la Presidencia de la
República, a las once días del mes de junio del dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 18924.—Solicitud Nº 081.—C-12220.—(IN2013039320).
N° 443-PE
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en el artículo 28
párrafo 1 y 2 inciso a) de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración
Pública, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del año 2012, Ley Nº 9019, el artículo 34
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor
Mauricio Boraschi Hernández, cédula de identidad número 1-789-060, Viceministro
de la Presidencia en Asuntos de Seguridad, para que viaje a México del 17 al 21
de setiembre del año en curso y participe en la “Reunión Preparatoria y la
Conferencia Internacional para Establecer el Esquema Hemisférico de Cooperación
Contra la Delincuencia Organizada Transnacional”, a celebrarse en dicho país
del 18 al 20 de setiembre del 2012. La
salida del señor Boraschi Hernández será el 17 de setiembre y su regreso estará
previsto para el 21 de setiembre del 2012.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
servicio de taxis, aeropuerto-hotel y viceversa en la ciudad visitada, servicio
de Internet, llamadas internacionales oficiales y gastos conexos se cancelarán
del Título 202- Ministerio de la Presidencia, Programa 03400-Administración
Superior, Subpartida, 10504-Viáticos al Exterior.
Artículo 3º—Los gastos por concepto de
tiquete aéreo, hospedaje y alimentación serán cubiertos por el Gobierno de
México.
Artículo 4º—Se autoriza al funcionario
Boraschi Hernández utilizar el servicio de roaming para llamadas oficiales del
teléfono celular institucional asignado a su persona. El pago se realizará al
Instituto Costarricense de Electricidad en su facturación mensual.
Artículo 5º—Durante la estadía fuera del
territorio nacional, que corre del 17 al 21 de setiembre del presente año, el
funcionario devengará el 100% de su salario.
Artículo 6º—Rige a partir del 17 de setiembre
y hasta el 21 de setiembre del 2012.
Dado en la Presidencia de la
República. San José, a los catorce días del mes de setiembre del año dos mil
doce.
Carlos Ricardo Benavides
Jiménez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº
18925.—Solicitud Nº 083.—C-21620.—(IN2013039295).
MINISTERIO
DE CULTURA Y JUVENTUD
N°
MCJ/CCPC/027/2013
EL
MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD
Con fundamento en el artículo 28 inciso 1) de
la Ley N° 6227 o Ley General de Administración Pública, del 2 de mayo de 1978.
Así como lo dispuesto en la Ley N° 8490 ó Ley del Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República; el artículo 9° de la Directriz N° 7 del 29 de
noviembre de 1991 y el artículo 40 de Estatuto del Servicio Civil.
Considerando:
1º—Que la señora Laura Molina Valverde, ha sido
invitada a participar oficialmente en la XXIV Reunión Ordinaria de la
Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica (CACI), IX Reunión Extraordinaria
del Comité Intergubernamental Ibermedia (CII) y el Foro Semana, actividades
organizadas por la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica
(CACI), que se llevará a cabo del 3 al 5 de julio del 2013, en la ciudad de
Medellín, Colombia.
2º—Que la participación de la señora Laura Molina Valverde, en estas
reuniones que organiza la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de
Iberoamérica (CACI), responde a las funciones que realiza como Directora
General del Centro Costarricense de Producción Cinematográfica. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a Laura Molina Valverde,
cédula N° 1-506-166, Directora del Centro Costarricense de Producción
Cinematográfica, para que participe como invitada oficial en la XXIV Reunión
Ordinaria de la Conferencia de Autoridades Cinematográficas de Iberoamérica
(CACI), IX Reunión Extraordinaria del Comité Intergubernamental Ibermedia (CII)
y el Foro Semana, a celebrarse en la ciudad de Medellín.
Artículo 2º—El Centro Costarricense de Producción Cinematográfica
cubrirá el gasto del Presupuesto Ordinario del año dos mil trece: Transporte en
el exterior. Subpartida 1.05.03. Boleto aéreo: San José, Costa Rica - Medellín,
Colombia y viceversa, por un monto máximo de $840.00 (ochocientos cuarenta
dólares 00/100). Viáticos en el exterior. Subpartida 1.05.04. Día 01/07/2013.
Almuerzo $32.52 (treinta y dos dólares 52/100). Cena $32.52 (treinta y dos
dólares 52/100). Hospedaje $162.60 (ciento sesenta y dos dólares 60/100.) Día
05/07/2013. Desayuno $21.68 (veintiún dólares 68/100). Almuerzo $32.52 (treinta
y dos dólares 52/100). Cena $32.52 (treinta y dos dólares 52/100). Hospedaje
$162.60 (ciento sesenta y dos dólares 60/100.) Día 06/07/2013. Desayuno $21.68
(veintiún dólares 68/100) para un monto total de Viáticos en el exterior de
$520.32 (quinientos veinte dólares 32/100). Los organizadores del evento
cubrirán el 100% gastos de hospedaje y alimentación del 2 al 4 de julio del
2013. La Sra. Molina saldrá de Costa Rica hacia Medellín, Colombia, el 1° de
julio y regresará el 6 de julio del presente año.
Artículo 3º—Que durante los días del 1° al 6 de julio del 2013, en que
se autoriza la participación de la señora Molina Valverde en este evento,
devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 1° al 6 de julio del 2013.
Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, el
día 12 de junio del 2013.
Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. Nº 173.—Solicitud Nº 29122.—C-22560.—(IN2013039767).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE
LA COMUNIDAD
AVISO
El Registro Público de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de
Desarrollo de la Comunidad, hace constar: que la Asociación de Desarrollo
Específica Pro Construcción de Caminos y Parques Infantiles de Urb. Las
Maravillas de Río Cuarto de Grecia, Alajuela, por medio de su representante:
Vicente Mariano Aragón Aragón, cédula 500680313, ha hecho solicitud de
inscripción de la siguiente reforma a sus estatutos para que en adelante se lea
así:
Artículo 17.—Para
que se modifique y se agregue que se permite la reelección indefinida de todos
los miembros de Junta Directiva y fiscalía. Dicha reforma es visible a folio 29
del tomo I del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra
copia en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de
la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea
general ordinaria de afiliados celebrada el día 19 de agosto del 2012.
En cumplimiento de lo establecido
en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de
la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días
hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública
o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que
estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a
esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las nueve horas del día cinco
de junio del 2013.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2013352893.—(IN2013040145).
REGISTRO
DE PATENTE DE CORREDOR JURADO
AVISO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Se hace saber que el señor Gerardo Alvarado
Jiménez, mayor, casado dos veces, de profesión corredor de bienes raíces,
cédula número uno-cuatrocientos cuarenta y siete-quinientos cuarenta y seis,
vecino de San José, Desamparados, San Rafael Abajo, de la Antigua Gardenia
trescientos metros al sur, ciento cincuenta metros al oeste, ha formulado solicitud
para obtener patente de Corredor Jurado. Se insta a cualquier persona que tenga
motivos para oponerse al otorgamiento de la patente respectiva, para que
comparezca a la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda (sita 5° piso del
Edificio Central, avenida segunda, frente al Hotel Costa Rica), dentro del
término de quince días hábiles contados a partir de la primera publicación de
este aviso, para que formule las objeciones que tenga y ofrezca las pruebas del
caso.—San José, 27 de mayo del 2013.—José Luis Araya Alpízar, Ministro de
Hacienda a. í.—(IN2013039770).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE segunda
VEZ
AE-REG-E-158/2013.—El señor Óscar
Arias Moreira, cédula de identidad: 4-0089-0458, en calidad de representante
legal, de la compañía Finca Once S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en
la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del Equipo de Aplicación, marca:
Farmco, tipo: máquina aspersora para piña (Spray Boom), modelo: SM 1500-27 m.,
capacidad: 5.678,2 litros, peso: 5.008 kilogramos y cuyo fabricante es: Farmco
Manufactures Inc. Estados Unidos. Conforme a lo establece la Ley de Protección
Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG -MEIC. Se solicita a terceros con
derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado
dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 10:15 horas del 12 de junio del
2013.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú
Miranda Vargas, Jefe.—(IN2013039609).
PUBLICACIÓN DE unA VEZ
AE-REG-E-142/2013.—El señor Pablo Hernández Herrera, pasaporte número 002275866, en calidad de representante legal de la compañía Fertica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial Vitazyme, compuesto a base de Potasio (0,8%), Hierro (0,2%), Cobre (0,07%), Boro (0,06%) todos declarados en peso/volumen conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14:35 horas del 21 de mayo del 2013.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Óscar Ávila Rojas, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013038772).
El doctor Donato Garita Salas,
número de cédula 3-0166-0740, vecino de Uruca, San José, en calidad de
representante legal de la compañía Droguería Biolab Industrial S. A., con
domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: G.C.H. Sellador, fabricado por Laboratorios Químicas
Mundiales S. A., de Costa Rica, con los siguientes principios activos: cada 100
% contiene: Gluconato de clorhexidina 0.5 % y las siguientes indicaciones
terapéuticas: Sellador de ubres. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG
“Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a
terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección,
dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 09 horas del día 20 de junio del 2013.—Dr.
Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2013040361).
SERVICIO
NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN
DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTO
El señor César Alberto Seco Padilla con de
cédula 1-1147-0409, vecino de Heredia en calidad de regente veterinario de la
compañía Droguería Montvec Servicios Veterinarios S. A., con domicilio en
Limón, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3:
Bovitubal 28000, fabricado por Laboratorios Bioveta a.s., República Checa con
los siguientes principios activos: Cada ml contiene: Proteína tuberculina
Mycobacterium bovis cepa AN 5 28000 UI y las siguientes indicaciones
terapéuticas: Para prueba de tuberculina en bovinos y otras especies. Con base
en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 14
horas del día 12 de junio del 2013.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de
Registro.—1 vez.—(IN2013040430).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULOS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 17, título Nº 103, emitido por el Colegio
Técnico Profesional Jicaral, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre
de Jiménez Morales Xiomara, cédula N° 6-0248-0141. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días del mes de junio del dos mil
trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Jefa.—(IN2013038688).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Letras, inscrito en el tomo 1, folio 108, título Nº 215, emitido por el Colegio San Luis Gonzaga, en el año mil novecientos sesenta y nueve, a nombre de Vargas Bogarín Flora Matilde, cédula N° 3-0193-1058. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diez días del mes de junio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013038689).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 63, título Nº 414, emitido por el Liceo Nocturno Hernán López Hernández de Barva, en el año dos mil cuatro, a nombre de Oviedo Parra Hannia de Jesús. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días del mes de diciembre del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013038698).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 68, título N° 657, emitido por el Liceo Monseñor Rubén Odio
Herrera, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Gamboa Fernández
Fabián, cédula 1-1241-0053. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintisiete
días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013038967).
Ante este Departamento se ha presenta la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 18, título N° 209, emitido por el Instituto de Guanacaste, en
el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de Piña Duarte Jorge Clementino,
cédula 5-0283-0836. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro
del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días
del mes de junio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013038974).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller Profesional
Modalidad Agropecuaria, inscrito en el tomo 1, folio 23, título N° 115, y del
título de Perito Agropecuario, inscrito en el tomo 1, folio 17, título N° 182, ambos
títulos fueron emitidos por el Colegio Agropecuario de San Carlos, en el año
mil novecientos setenta y dos, a nombre de Campos Campos William, cédula
2-0310-0140. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro de los
títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de junio del
2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Jefa.—(IN2013039019).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 166, asiento N° 706, y del título de Técnico Medio en la Especialidad de Secretariado Ejecutivo, inscrito en el tomo 1, folio 46, título N° 771, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Buenos Aires, en el año dos mil seis, a nombre de Fernández Trigueros Raiza, cédula 1-1337-0442. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 13 de junio del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013039058).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Técnica” Modalidad Agropecuaria, inscrito en el tomo 1, folio 16, título N° 248, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Puriscal, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Morales Mata Franklin Gerardo, cédula número 1-0556-0413. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de junio del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013039163).
Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 43, título N° 507, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe de Naranjo, en el año dos mil ocho, a nombre de Brayan Gerardo González Cubero, cédula 2-0690-0985. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y cambio de apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Brayan Gerardo Quesada González. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de junio del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN23013039337).
Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 28, título N° 1176, emitido por el Colegio Técnico Profesional Fco. J. Orlich, en el año dos mil once, a nombre de Rodríguez Argüello Christopher, cédula N° 1-1588-0170. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de junio del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013039339).
Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 22, título N° 154, emitido por el Academia Teocali, en el año dos mil uno, a nombre de Martínez González Noemy Sabrina, cédula N° 1-1212-0090. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de junio del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013039359).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 60, Asiento 04, Título N° 269, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe de Pococí, en el año dos mil, a nombre de Braudigan Herrera Siney, cédula 7-0146-0040. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los trece días del mes de junio del dos mil trece.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013352502.—(IN2013039529).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Certificado de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 2, título N° 16, emitido por el Colegio Monserrat, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Vieto Meza Eduardo José, cédula 1-0679-0032. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cinco días del mes de junio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefe.—(IN2013039657).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 160, título N° 59, emitido por el Liceo Unesco, en el año mil novecientos setenta y uno, a nombre de Zúñiga Méndez Óscar, cédula 1-0424-0399. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintinueve días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013039674).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo II, folio 43, título N° 81-005, emitido por el Liceo Unesco, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Barquero Elizondo Olga María, cédula 1-0649-0510. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciocho días del mes de junio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefe.—(IN2013039675).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 138, título N° 2069, emitido por el Liceo de Costa Rica, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Arce Jiménez Federico Alejandro, cédula 1-0729-0435. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciocho días del mes de junio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefe.—(IN2013039753).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Certificado de Conclusión de Estudios
de la Educación Diversificada área de Ciencia, inscrito en el Tomo 2, Folio 2,
Título N° 19, emitido por el Colegio Monseñor Rubén Odio, en el año mil
novecientos setenta y cuatro, a nombre de Cordero Sandí Ligia. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta. Dado en San José, a los dieciséis días del mes de diciembre del dos
mil once.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013352289.—(IN2013038808).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 136, título N° 876, emitido por el Colegio Ricardo Fernández Guardia, en el año dos mil cuatro, a nombre de López Fallas Andrea, cédula 1-1286-0360. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los siete días del mes de junio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013352709.—(IN2013040143).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 89, título 359, emitido por el Escuela-Liceo María Auxiliadora, en el año dos mil nueve, a nombre de Hernández Cubillo Leslie Vanessa. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro días del mes de setiembre del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013352723.—(IN2013040144).
Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 20, título N° 83, emitido por el Saint Mary High School, en el año dos mil seis, a nombre de Fernández Ungar Andre Ramón, cédula 9-0111-0950. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los veinte días del mes de junio de dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013040393).
Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 91, título N° 2791, emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez, en el año dos mil nueve, a nombre de Marchena Ortiz Justina Viviana. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los trece días del mes de febrero del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013040409).
Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Área de Letras, inscrito en el tomo 1, folio 44, título N° 1134, emitido por el Colegio Omar Dengo en el año 1979, a nombre de Rodríguez Mora Alejandra. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los tres días del mes de julio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013040511).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la autorización
extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad social, este Registro ha
procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la
organización social denominada: Cooperativa de Servicios Múltiples Minera de
Abangares R. L, Siglas Coopebonanza R. L., acordada el 15 de marzo del 2013.
Resolución 1375-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la
Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la ley Orgánica del Ministerio de
Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de
la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La
reforma afecta el artículo 29 del Estatuto. Lic. José Joaquín Orozco Sánchez,
Jefe.—(IN2013039496).
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro
de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la reforma
que acordó introducir a su Estatuto la organización social denominada: Unión de
Cooperativas de Servicios de Seguros R. L., siglas UNCOSEG R.L, acordada en
asamblea celebrada el día 20 de marzo de 2013. Resolución 1260-CO. En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un
extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta. La reforma afecta el artículo 37 del Estatuto.—San
José, 11 de junio del 2013.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—1 vez.—(IN2013039500).
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro
de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la reforma
que acordó introducir a su Estatuto la organización social denominada:
Federación Nacional de Cooperativas Cafetaleras R. L., siglas FENAC-CAFE R. L,
acordada en asamblea celebrada el día 17 de abril del 2013. Resolución C-1231.
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un
extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta. La reforma afecta los artículos 4, 24, 45, 53, y 76 del Estatuto.—San José, 11 de junio del 2013.—Lic. José Joaquín Orozco
Sánchez, Jefe.—(IN2013039608).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su Estatuto Social de la organización social denominada Sindicato de
Empleados de la Municipalidad de Turrialba, Siglas SEMUTU, acordada en asamblea
celebrada el día 16 de abril de 2013. Expediente 910-SI. En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la
inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La
reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este
Registro mediante tomo: 1, folio: 227, asiento: 4732 del 12 de junio de 2013.
La reforma afecta el artículo 3 del estatuto.—12 de
junio de 2013.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—Exonerado.—(IN2013038750).
De conformidad con la autorización extendida
por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido
a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la
organización social denominada: Asociación Nacional de Empleados Públicos y
Privados, siglas: ANEP, acordada en asamblea celebrada el día 15 de marzo del
2013. Expediente Nº S-E022. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344
del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en
el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros
de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 16, folio: 149,
asiento: 4731 del 12 de junio del 2013. La reforma afecta el artículo 13 del
Estatuto.—San José, 12 de junio del 2013.—Lic. Iris
Garita Calderón, Jefa a. í.—(IN2013039805).
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su Estatuto la organización social denominada: Cooperativa de Servicios de
Guardería de los Empleados del Grupo ICE R.L., siglas COOPESEICE R.L., acordada
el 25 de enero del 2013. Resolución 809. En cumplimiento con lo dispuesto en el
artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía
un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta. La reforma afecta la totalidad de los artículos del Estatuto. Con
la reforma al artículo 1 varía el nombre de la organización y en adelante se
denominará: Cooperativa de Servicios de Guardería de los Empleados del I.C.E.,
siglas COOPESEICE.—18 de junio del 2013.—Lic. José
Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2013040438).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Propiedad industrial
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad
número 1-557-443, en calidad de apoderado especial de Eni S.p.A con domicilio
en Piazzale Enrico Mattei 1, 00144, Roma, Italia, solicita la inscripción de: ENI
I-RIDE como marca de comercio en clase 4 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Aceites y grasas industriales; lubricantes, productos
para absorber, regar y concentrar el polvo; combustibles (incluyendo gasolinas
para motores) y materias para alumbrar, velas y mechas para alumbrar. Reservas:
No. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de setiembre del 2012.
Solicitud Nº 2012-0008336. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José,
12 de setiembre del 2012.—Sabrina Loáiciga Pérez,
Registradora.—RP2013342132.—(IN2013015942).
Marcas
de ganado
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Solicitud Nº 2013-543.—Alexánder Mora Moreira, cédula de identidad 0111270635,
solicita la inscripción de:
Para ver imagen
solo en La Gaceta impresa o con formato PDF
como marca de ganado que usará
preferentemente en San José, Mora, Llano Grande, Llano Grande Centro, Del
Cementerio de Llano Grande 100 norte. Presentada el 9 de abril del 2013, según
el expediente Nº 2013-543. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los diez días
hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 14 de
mayo del 2013.—Viviana Segura de la O, Registradora.—1 vez.—Nº
RP2013352409.—(IN2013039184).
Nº 2013-528.—Evelyn
Tatiana Solano Mora, cédula de identidad 0604130463, solicita la inscripción
de:
Para ver imagen
solo en La Gaceta impresa o con formato PDF
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Puntarenas, Golfito, Sándalo, 1 kilómetro este de la escuela. Se cita a
terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina, dentro
de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 15 de mayo del 2013.—Lic. Viviana Segura De la
O, Registradora.—1 vez.—RP2013352499.—(IN2013039514).
Nº 2013-745.—Karl
Heinz Single, cédula de residencia 1276000061612, solicita la inscripción de:
Para ver imagen
solo en La Gaceta impresa o con formato PDF
como marca de ganado, que usará preferentemente
en Alajuela, San Carlos, La Palmera, de la entrada de la Unión de la Palmera, 1
kilómetro y medio hacia el oeste, y Puntarenas, Garabito, Jacó, del Cruce de
Herradura, 400 metros norte de la Soda La Criolla, 800 metros noroeste, al otro
lado del río. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer
ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto.—San José, 12 de junio del 2013.—Viviana Segura De
la O, Registradora.—1 vez.—RP2013352510.—(IN2013039515).
Cambio de Nombre Nº 83323
Que Víctor Vargas Valenzuela,
cédula de identidad 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Eurochem
Agro GMBH, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre
de K+S Nitrogen GMBH, por el de Eurochem Agro GMBH, presentada el día 26 de
febrero de 2013 bajo expediente 83323. El nuevo nombre afecta a las siguientes
marcas: 2007-0016030 Registro Nº 176318 ENTEC en clase 1 marca
denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de marzo del 2013.—María Leonor Hernández B.,
Registradora.—1 vez.—RP2013352222.—(IN2013038518).
Cambio
de Nombre Nº 84697
Que Patricia Rivero Breedy, cédula de identidad
104120428, en calidad de apoderada especial de CCM Propiedad Industrial
Sociedad Anónima de Capital Variable, solicita a este Registro se anote la
inscripción de Cambio de Nombre de C C M I P S. A. por el de CCM Propiedad
Industrial Sociedad Anónima de Capital Variable, presentada el día 29 de mayo
de 2013 bajo expediente 84697. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
1993-0002609 Registro Nº 84887 en clase 32 Marca Figurativa. Publicar en La
Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley
Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—7 de junio del
2013.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1
vez.—RP2013352280.—(IN2013038802).
Cambio
de Nombre Nº 84701
Que Patricia Rivero Breedy, cédula de identidad
104120428, en calidad de apoderada especial de Cervezas Cuauhtemoc Moctezuma S.
A. de C.V., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de
Nombre por fusión de CCM Propiedad Industrial Sociedad Anónima de Capital
Variable, por el de Cervezas Cuauhtemoc Moctezuma S. A. de C.V., presentada el
día 29 de mayo de 2013 bajo expediente 84701. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 1993-0002609 Registro Nº 84887 en clase 32 Marca Figurativa.
Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el
artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—7 de junio
del 2013.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—RP2013352281.—(IN2013038803).
Cambio
de nombre N° 84550
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de
identidad N° 103350794, en calidad de apoderado especial de Airbnb Inc.,
solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Airbed
& Breakfast Inc. por el de Airbnb Inc., presentada el día 20 de mayo del
2013, bajo expediente N° 84550. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
2010-0009807 Registro Nº 209288 AIRBNB en clase 41 marca denominativa;
2010-0009808 Registro N° 209287 AIRBNB en clase 41 marca denominativa;
2010-0009809 Registro N° 209289 AIRBNB en clase 42 marca denominativa;
2010-0009810 Registro N° 209348 AIRBNB en clase 45 marca denominativa;
2010-0009811 Registro N° 209345 AIRBNB en clase 43 marca denominativa; 2010-0009813
Registro N° 209349 AIRBNB en clase 38 marca denominativa; 2010-0009815
Registro N° 209350 AIRBNB en clase 39 marca denominativa; 2010-0009816
Registro N° 209286 AIRBNB en clase 36 marca denominativa; 2010-0009817
Registro N° 208195 AIRBNB en clase 36 marca denominativa; 2010-0009819
Registro N° 208194 AIRBNB en clase 35 marca denominativa, y 2010-0009820
Registro N° 211746 AIRBNB en clase 35 marca denominativa. Publicar en La
Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la
Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de mayo
del 2013.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—1 vez.—(IN2013039807).
Cambio
de nombre N° 84163
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de
identidad N° 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Conagra Grocery
Products Company LLC, solicita a este Registro se anote la inscripción de
cambio de nombre de Conagra Grocery Products Company, por el de Conagra Grocery
Products Company LLC, presentada el día 26 de abril del 2013, bajo expediente
N° 84163. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1992-0004931 Registro
Nº 82212 ABC’S & 123’S en clase 30 marca denominativa. Publicar en La
Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la
Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de mayo
del 2013.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2013039808).
Cambio
de nombre N° 84227
Que el señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula
de identidad N° 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Corporación
Pipasa Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita a este Registro se anote
la inscripción de cambio de nombre de Corporación Pipasa Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-012933, por el de Corporación Pipasa Sociedad de
Responsabilidad Limitada, presentada el día 2 de mayo del 2013, bajo expediente
N° 84227. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2008-0006031 Registro N° 182612 Eclipse Alimento para Caballos,
nombre comercial, marca mixta. Publicar en La Gaceta Oficial por una
única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de mayo del 2013.—Sabrina Loáiciga Pérez,
Registradora.—1 vez.—(IN2013039809).
Cambio
de nombre Nº 84283
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de
identidad N° 1-0335-0794, en calidad de apoderado especial de Wise Foods Inc,
solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Wise
Foods Investments Inc. por el de Wise Foods Inc, presentada el día 7 de mayo
del 2013, bajo expediente N° 84283. El nuevo nombre afecta a las siguientes
marcas: 2006-0005011 Registro Nº 166070 WISE en clase 30 marca
denominativa, y 2006-0005012 Registro Nº 166049 WISE en clase 29 marca
denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de mayo del 2013.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—1 vez.—(IN2013039814).
Cambio
de nombre N° 84282
Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de
identidad N° 1-0335-0794, en calidad de apoderado especial de Wise Foods
Investments Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre de Wise Foods Investments Inc. Estado de Delaware por el de Wise Foods
Investments Inc., Estado de Carolina del Sur Inc., presentada el día 7 de mayo
del 2013, bajo expediente N° 84282. El nuevo nombre afecta a las siguientes
marcas: 2006-0005011 Registro N° 166070 WISE en clase 30 marca
denominativa, y 2006-0005012 Registro N° 166049 WISE en clase 29 marca
denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de mayo del 2013.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—1 vez.—(IN2013039815).
Patentes
de invención
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
La señora María de la Cruz Villanea Villegas,
cédula número 1-0984-0695, mayor de edad, vecina de San José, abogada, apoderada
especial de Nihon Nohyaku Co., Ltd., de Japón, solicita la Patente de Invención
denominada MÉTODO DE CONTROL DE LA ENFERMEDAD DE SIGATOKA, AGENTE DE CONTROL
Y USO DEL MISMO. Se proporciona un agente de control de la enfermedad de
Sigatoka para controlar la enfermedad de Sigatoka que se presenta en las
plantas que pertenecen a la familia Musaceae, particularmente plátano, un
método de control de la enfermedad de Sigatoka, y el uso del agente de control
de la enfermedad de Sigatoka La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes
es: A01N 43/38; A01N 25/00; A01N 43/28; A01P 3/00; cuyo(s) inventor(es) es
(son) Umetani Kunihisa. La solicitud correspondiente lleva el número 20130185,
y fue presentada a las 11:34:01 del 26 de abril del 2013. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 5 de junio del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2013352081.—(IN2013038200).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La señora (ita) María del Milagro Chaves
Desanti, cédula 1-626-794, en condición de apoderada de Nexmed Holdings, Inc.,
de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN DE
PÉPTIDOS TERAPÉUTICOS Y MÉTODO. Composiciones de péptidos terapéuticos que comprenden un péptido
terapéutico, tal como insulina, junto con un N,N-disustituido
aminoacetato de alquilo, tal como 2- (N,N-dimetilamino) propionato de dodecilo.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 38/28; C07K 14/62; cuyos
inventores son Damaj, Bassam B., Martin, Richard. La solicitud correspondiente
lleva el número 20130006, y fue presentada a las 13:57:00 del 07 de enero del
2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 23 de mayo del 2013.—Lic. José
Castro Marín, Registrador.—1
vez.—RP2013352503.—(IN2013039526).
El señor Víctor Vargas Valenzuela,
mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de
Invención denominada COMPUESTOS DE TRIAZOLOPIRIDINA.
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La invención se refiere a
compuestos de triazolopiridina de la fórmula (I) en la que Rl, R2, R3 y R4
tienen los significados definidos en la descripción y en las reivindicaciones,
así como a las sales fisiológicamente aceptables de los mismos. Estos
compuestos inhiben la PDE10A y pueden utilizarse como medicamentos. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 471/04; C07D 519/00; A61K
31/437; A61P 25/00; A61P 35/00; A61P 3/10; cuyos inventores son Gobbi, Luca,
Groebke Zbinden, Katrin, Koerner, Matthias, Peters, Jens-Uwe, Flohr, Alexander.
La solicitud correspondiente lleva el número 20130239, y fue presentada a las
13:38:10 del 22 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—San José, 23 de mayo del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora,
Registradora.—(IN2013039788).
El señor Víctor Vargas Valenzuela,
cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado
especial de Forma TM LLC., de E.U.A., Genentech Inc., de E.U.A., solicita la
Patente de Invención denominada COMPUESTOS Y COMPOSICIONES NOVEDOSOS PARA LA
INHIBICIÓN de NAMPT.
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La presente invención se refiere
a compuestos y a composiciones para la inhibición de NAMPT, a sus síntesis,
aplicaciones y antídotos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D
471/04; C07D 491/04; C07D 495/04; A61K 31/437;A61P 35/00; cuyos inventores son
Bair, Kenneth, W., Baumeister, Timm, Buckmelter, Alexandre, J., Clodfelter,
Karl, H., Dragovich, Peter, Gosselin, Francis, Han, Bingsong, Lin, Jian,
Reynolds, Dominic J., Roth, Bruce, Smith, Chase, C., Wang, Zhongguo, Yuen,
Po-Wai, Zheng, Xiaozhang. La solicitud correspondiente lleva el número
20130104, y fue presentada a las 13:49:00 del 11 de marzo del 2013. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso.—San José, 30 de mayo del
2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013039789).
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Sony Computer Entertainment Inc., de Japón,
solicita el Diseño Industrial denominada CONTROL PARA APARATO ELECTRÓNICO.
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El artículo incorporado a este
diseño es utilizado para controlar aparatos electrónicos tales como máquinas de
juegos, partes principales de un computador, equipos reproductores de música
(incluyendo sonido) y/o imágenes (incluyendo imágenes fijas, o imágenes
animadas), grabadores, grabadores de DVD, lectores eléctricos de libros
digitales (incluyendo periódicos digitales, revistas y libros de historietas),
un aparato de almacenamiento, un receptor de televisión, un receptor de radio
entre otros. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 14/02;
cuyo inventor es Huang, Ennin. La solicitud correspondiente lleva el número
20130179, y fue presentada a las 13:52:10 del 24 de abril del 2013. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso.—San José, 30 de mayo del
2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013039791).
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, abogado,
apoderado especial de Basf SE, de Alemania, solicita la Patente de Invención
denominada DERIVADOS DE 2,4-DIARIL-PIRROLINA SUSTITUIDOS CON IMINA COMO
PLAGUICIDAS. La presente invención se refiere a compuestos de imina que son
útiles para combatir o controlar plagas de invertebrados, en particular, plagas
de artrópodos y nematodos. La invención también se refiere a un método para
controlar plagas de invertebrados mediante el uso de estos compuestos, y a
material de propagación vegetal y a una composición agrícola y veterinaria que
comprende dichos compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
C07D 207/20; A01N 43/36; cuyos inventores son Körber, Karsten, Kaiser, Florian,
Von Deyn, Wolfgang, Deshmukh, Prashant, Narine, Arun, Dickhaut, Joachim,
Bandur, Nina Gertrud, Culbertson, Deborah L., Anspaugh, Douglas D., Braun,
Franz-Josef. La solicitud correspondiente lleva el número 20130113, y fue
presentada a las 13:50:00 del 14 de marzo del 2013. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso.—San José, 12 de junio del 2013.—Lic. Fabián
Andrade Morales, Registrador.—(IN2013039792).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula
1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de
Becker-Underwood Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada MÉTODOS
Y COMPOSICIONES QUE CONTIENEN JASMONATO O COMPUESTOS RELACIONADOS PARA PROMOVER
LA ACTIVIDAD DE BIODEFENSA EN LAS PLANTAS. Se refiere al uso de jasmonato o
compuestos relacionados en combinación con insumos agrícolas (por ej.,
herbicidas, plaguicidas, agentes bioactivos o biológicos, componentes para
tratamiento de semillas, semioquímicos y similares) para inducir la actividad
de biodefensa en las plantas. También se proveen composiciones que comprenden
un jasmonato o compuesto relacionado con uno o más insumos agrícolas. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 37/42; A01N 57/20; A01N 63/00;
A01N 51/00; A01N 43/653; A0lN 37/46; A01N 43/36; A01P 3/00; cuyos inventores
son Cargeeg, R.D. Piran, Seevers, Kurt. La solicitud correspondiente lleva el
número 20130175, y fue presentada a las 13:58:10 del 23 de abril del 2013.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. San José, 12 de junio del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013039793).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de
edad, vecino de San José, abogado, apoderado especial de Dow Agrosciences LLC,
de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada INTERACCIONES
FUNGICIDAS SINÉRGICAS de AMINOPIRIMIDINAS Y OTROS FUNGICIDAS. Una
composición fungicida que contiene una cantidad de eficacia fungicida de a) un
compuesto de la fórmula I y (b) al menos un fungicida seleccionado del grupo
que consiste en miclobutanilo, fenbuconazol, difenoconazol, trifloxistrobina,
pentiopirad, fluopiram, boscalida, mancozeb, pirimetanilo y bixafeno
proporciona un control sinérgico de hongos seleccionados La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es:A01N 25/26; A01N 43/78; cuyos
inventores son Lorsbach, Beth, Owen, W. John, Yao, Chenglin. La solicitud
correspondiente lleva el número 20130285, y fue presentada a las 13:47:28 del
12 de junio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—San
José, 13 de junio del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013039796).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula
1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sanofi
Pasteur, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO PARA
ALMACENAR UNA VACUNA QUE CONTIENE UN ADYUVANTE DE ALUMINIO. La invención se
refiere a un método para cargar y almacenar una composición de vacuna que
contiene un antígeno adsorbido en un adyuvante de aluminio que (a) comprende
(i) cargar la composición en un recipiente; y (ii) cerrar el recipiente con un
dispositivo, en particular, que actúa como un tapón, donde la superficie del
dispositivo que entra en contacto con la composición se encuentra recubierta
con un fluoropolímero como Teflón tm. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A6lK 39/00; A61M 5/178; cuyos inventores son Chacornac, Isabelle,
Ikhelef-Gribi, Nabila, Ronzon, Frédéric, Tirefort, Julien, Lentsch Graf,
Sandrine. La solicitud correspondiente lleva el número 20130223, y fue
presentada a las 14:32:18 del 15 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso.—San José, 4 de junio del 2013.—Lic. Melissa
Solís Zamora, Registradora.—(IN2013039797).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en condición
de apoderado de Dow Agrosciences LLC, de E. U. A., solicita la Patente de
Invención denominada COMPOSICIONES HERBICIDAS SÓLIDAS CON UN ADYUVANTE
INTEGRADO. La presente invención se refiere a composiciones herbicidas
sólidas que contienen adyuvante integrado que presenta eficacia herbicida
mejorada cuando se utiliza para controlar malas hierbas o malezas en arrozales
inundados o campos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 25/08;
A01N 25/12; A01N 39/02; A01N 43/40; A01N 43/76; A01N 43/90; A01N 47/36; A01P
13/00; cuyos inventores son Dave, Hiteshkumar, Liu, Lei, Boucher, Raymond,
Ouse, David, Mann, Richard, Gifford, James, Huang, Yi-hsiou, Mcveigh-Nelson,
AEndrea, Logan, Martin C., Batra, Ashish. La solicitud correspondiente lleva el
número 20130010, y fue presentada a las 13:16:00 del 8 de enero del 2013.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso.—San José, 21 de
mayo del 2013.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2013039799).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula
1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Nestec
S. A., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada PRODUCTOS DE
BOCADILLO LIOFILIZADOS QUE COMPRENDEN GRANO ENTERO HIDROLIZADO. Se describe
un producto de bocadillo liofilizado que comprende un componente alimenticio
seleccionado de un componente lácteo, un componente vegetal, un componente de
fruta, o mezclas de los mismos, una composición de grano entero hidrolizado,
una alfa-amilasa o fragmento de la misma, alfa-amilasa o fragmento de la misma
que no muestra actividad hidrolitica hacia fibras dietarias cuando está en
estado activo, y un componente emulsionante. El producto de bocadillo está
diseñado especialmente para bebés. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A23L 1/00; A23L 1/03; A23L 1/035/A23L 1/164; A23L 1/172; cuyo(s)
inventores son Schaller, Raphael, Roger, Olivier Yves, Schaffer-Lequart,
Christelle, Wavreille, Anne-Sophie. La solicitud correspondiente lleva el
número 20130251, y fue presentada a las 14:14:15 del 29 de mayo del 2013.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso.—San José, 30 de
mayo del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registrador.—(IN2013039801).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La señor(a)(ita)
Giselle Reuben Hatounian, cédula 1-1055-0703, en condición de apoderada de
Board of Regents, The University of Texas System, de E.U.A., solicita la
Patente de Invención denominada ANTICUERPOS ANTI-OX40 Y MÉTODOS DE USO DE LOS
MISMOS. Se describen anticuerpos humanos, preferiblemente anticuerpos
humanos recombinantes, tanto humanizados como quiméricos, los cuales enlazan
específicamente a OX40 humano. Los anticuerpos preferidos tienen alta afinidad
para el receptor OX40 y activan el receptor in vitro e in vivo. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/28; C12N 15/13; A61K
39/395; A61P 35/00; cuyos inventores son Liu, Yong-Jun, Voo, Kui Shin, Bover,
Laura, Tsurushita, Naoya, TSO, J., Yun, Kumar, Shankar. La solicitud
correspondiente lleva el número 20130126, y fue presentada a las 10:17:00 del
20 de marzo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 10 de junio del 2013.—Lic. José
Castro Marín, Registrador.—RP2013352151.—(IN2013038512).
El señor Cristian Calderón
Cartín, cédula 1-800-402, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de
apoderado especial de Glaxosmithkline Intellectual Property Development Limit,
de Reino Unido, solicita la Patente de Invención denominada NUEVAS PROTEÍNAS
DE UNIÓN A ANTÍGENOS. La presente descripción se refiere a proteínas de unión a antígenos,
tales como anticuerpos, que se unen a HER3, a polinucleótidos que codifican
dichas proteínas de unión a antígenos, a composiciones farmacéuticas que
comprenden dichas proteínas de unión a antígenos y a métodos de
fabricación. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A6lK 39/395; cuyos inventores son Clarke, Neil, Johanson,
Kyung, Oh, Jonak, Zdenka, Ludmila, Taylor, Alexander, H., Hopson, Christopher,
B., Trulli, Stephen, H., Haskova, Zdenka, Lee, Judithann, M., White, John, R.,
XUE, Yu. La solicitud correspondiente lleva el número 20130128, y fue
presentada a las 13:03:00 del 20 de marzo del 2013. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 10 de mayo del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2013352155.—(IN2013038513).
El señor Cristian Calderón
Cartín, cédula 1-800-402, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial
de Glaxosmithkline Biologicals S. A., de Bélgica, solicita la Patente de
Invención denominada ANTÍGENO GB DE CITOMEGALOVIRUS. La invención se refiere a un
polipéptido gB de citomegalovirus (CMV) que comprende al menos una porción de
un dominio extracelular de proteína gB que comprende un dominio de bucle de
fusión 1 (FL1) y un dominio de bucle de fusión 2 (FL2), en donde al menos uno
de los dominios FL1 y FL2 comprende al menos una eliminación o substitución de
aminoácido. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/245;
C07K 4/045; cuyos inventores son
Baudoux, Guy, Jean, Marie, Fernand, Fierre, Blais, Normand, Marchand, Martine.
La solicitud correspondiente lleva el número 20130191, y fue presentada a las
11:50:08 del 02 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese en
el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 07 de mayo del 2013.—Lic. Fabián
Andrade Morales, Registrador.—RP2013352156.—(IN2013038514).
La señora Ana Catalina Monge
Rodríguez, mayor, abogada, cédula de identidad número 1-812-604, vecina de San
José, en su condición de apoderada especial de Bayer Intellectual Property GMBH
solicita la Patente de Invención denominada ÁCIDOS
1-BENCILCICLOALQUILCARBOXÍLICOS SUSTITUIDOS Y SU USO. La presente solicitud se
refiere a nuevos derivados de ácido 1-bencilcicloalquilcarboxílico sustituidos,
procedimientos para su preparación, su uso para el tratamiento y/o la prevención
de enfermedades y su uso para la preparación de medicamentos para el
tratamiento y/o la prevención de enfermedades, especialmente para el
tratamiento y/o la prevención enfermedades cardiovasculares. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01 es C07C 233/24 cuyos
inventores son Lampe, Thomas; Hahn, Michael, G; Stasch, Johannes-Peter;
Schlemmer, Karl-Heinz; Wunder, Frank; El Sheikh, Sherif; Li, Volkhart Min-Jian;
Becker, Eva-Maria; Stoll, Friederike; Knorr, Andreas; Kolkhof, Peter;
Woltering, Elisabeth. La solicitud correspondiente lleva el número 2013-0259 y
fue presentada a las 08:35:17 del 04 de junio del 2013. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 05 de junio del 2013.—Licda. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2013352205.—(IN2013038517).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N°
1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial
de Sony Computer Entertainment Inc., de Japón, solicita el Diseño Industrial
denominado: CONTROL PARA APARATO ELECTRÓNICO.
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Este diseño es utilizado para controlar
aparatos electrónicos tales como máquinas de juego, partes principales de un
computador, equipos reproductores de música, grabadores, grabadores de DVD,
lectores eléctricos de libros digitales (incluyendo periódicos digitales,
revistas y libros de historietas), un aparato de almacenamiento, un receptor de
televisión, un receptor de radio entre otros. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Diseños Industriales es: 14/02; cuyo(s) inventor(es) es(son) Sumi, Tetsu, Huang, Ennin. La solicitud
correspondiente lleva el número 20130180, y fue presentada a las 13:52:50 del
24 de abril del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 31 de mayo del
2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013039783).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor,
abogado, cédula N° 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención
denominada: COMPUESTOS TRICÍCLICOS DE LA PI3K Y MÉTODOS DE USO.
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Se describen compuestos tricíclicos inhibidores
de la PI3K de la fórmula I con actividad anticancerosa, actividad antiinflamatoria
y propiedades inmunorreguladoras y, más específicamente, con actividad
moduladora o inhibidora de la quinasa PI3. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07D 487/14; C07D 491/14; C07D 495/14; C07D
498/14; A61K 31/519; A61P 35/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Dotson, Jennafer,
Heald, Robert Andrew, Heffron, Timothy, Jones, Graham Elgin, Krintel, Sussie
Lerche, Mclean, Neville James, Ndubaku, Chudi, Olivero, Alan G., Salphati,
Laurent, Wang, Lan, Wei, BinQing. La solicitud correspondiente lleva el número
20130247, y fue presentada a las 14:25:46 del 27 de mayo del 2013. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 6 de junio del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora,
Registradora.—(IN2013039784).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor,
abogado, cédula N° 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Dow Agrosciences LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención
denominada: MÉTODO Y APARATO PARA EL TRATAMIENTO DE PLANTAS IDENTIFICADAS.
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Se describe un aparato (100) para tratar
plantas en forma selectiva. El aparato puede incluir un marco (106) dispuesto
para proporcionar una pluralidad de regiones de tratamiento que no se traslapan
separadas horizontalmente (120). La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A01M 7/00; cuyo(s) inventor(es) es(son)
Kline, III, William, N., Scherer, Peter, N., Langston, Vernon. La solicitud
correspondiente lleva el número 20130235, y fue presentada a las 14:04:43 del
20 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 29 de mayo del
2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013039785).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, en condición de apoderado de Nestec S. A., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada: PRODUCTOS DE CONFITERÍA EN FORMA DE JALEA QUE TIENEN UNA MEZCLA DE FIBRA Y ESTABILIZADOR. Se proporcionan productos de confitería en forma de jalea y métodos para producir los productos de confitería en forma de jalea. En una modalidad general, la presente invención proporciona un producto de confitería en forma de jalea que tiene: 1) un ingrediente que incluye jugo de fruta, puré de fruta o una combinación de los mismos, y 2) una mezcla de jalea o gelatina que incluye un estabilizador y una fibra. El producto de confitería en forma de jalea puede estar libre de azúcar o jarabe de maíz. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A23L 1/05; A23L 1/052; A23L 1/052; A23L 1/052; A23L 1/053; A23L 1/053; A23L 1/054; A23G 3/42; cuyo(s) inventor(es) es(son) Savant, Vivek. La solicitud correspondiente lleva el número 20130250, y fue presentada a las 13:58:50 del 29 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de mayo del 2013.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2013039802).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula N° 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Nestec S. A., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada: PRODUCTOS DE ALIMENTO PARA BEBÉS QUE COMPRENDEN GRANO ENTERO HIDROLIZADO. La presente invención se refiere a un producto de alimento para bebés que comprende por lo menos un ingrediente alimenticio seleccionado del grupo que consiste en vegetales, frutas, carne, pescado, huevo, legumbres, hierbas aromáticas, nueces y cualquier combinación de los mismos, una composición de grano entero hidrolizado, una alfa-amilasa o fragmento de la misma, alfa-amilasa o fragmento de la misma que no muestra actividad hidrolítica hacia fibras dietarias cuando está en el estado activo, y en donde el producto de alimento para bebés tiene una viscosidad en el intervalo de 301-1000 mPa.s. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A23L 1/10; A23L 1/105; A23L 1/29; A23L 1/308; cuyo(s) inventor(es) es(son) Roger, Olivier Yves, Schaffer-Lequart, Christelle, Wavreille, Anne-Sophie. La solicitud correspondiente lleva el número 20130249, y fue presentada a las 13:58:10 del 29 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de mayo del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013039803).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Makhteshim Chemical Works Ltd., de Israel, solicita la Patente de Invención denominada: COMPOSICIÓN FUNGICIDA SINÉRGICO. La invención se refiere a una nueva composición sinérgicamente fungicida que comprende una combinación de un fungicida morfolino; un fungicida ftalimido; y un fungicida que contenga fósforo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/535; cuyo(s) inventor(es) es(son) Sheffer, Noam, Camus, Daniel. La solicitud correspondiente lleva el número 20130079, y fue presentada a las 13:40:00 del 21 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de mayo del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013039804).
El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor de
edad, abogado, cédula 9-012-480, en su condición de apoderado de la empresa
Makhteshim Chemical Works Ltd., de Israel, solicita la Patente de Invención
denominada COMBINACIONES DE PRODUCTOS ACTIVOS CON PROPIEDADES NAMATICIDAS E
INSECTICIDAS, BASADAS EN COMPUESTOS DE TRIFLUORBUTENILO.
Para ver imagen
solo en La Gaceta impresa o con formato PDF
La presente invención se refiere a nuevas
combinaciones de productos activos, que están constituidas, por una parte, por
triflúorbutenilos heterocíclicos, conocidos, de la fórmula (I). La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/78; A01N 57/16; A01N 53/6;
A01N 51/00; A01N 47/24; A01N 47/06; A01N 47/02; cuyos inventores son Anton
Kraus, Koichi Ishikawa, Wolfram Andersch. La solicitud correspondiente lleva el
número 8066, y fue presentada a las 12:59:49 del 31 de octubre del 2205.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 10 de junio del 2013.—Lic. Daniel
Marenco Bolaños, Registrador.—(IN2013040416).
El señor Néstor Morera Víquez, céd. 1-1018-975, en condición de apoderado de Merck Sharp & Dohme Corp., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ANTAGONISTAS DEL RECEPTOR DEL CGPR DE PIPERIDINONA CARBOXAMIDA AZAINDANO. La presente invención se refiere a derivados de piperidinona carboxamida azaindano que son antagonistas de receptores del CGRP y útiles en el tratamiento o prevención de enfermedades en las que está implicado el CGRP, tales como migraña. La invención también se 5 refiere a composiciones farmacéuticas que comprende estos compuestos y al uso de estos compuestos y composiciones en la prevención o tratamiento de dichas enfermedades en las que está implicado el CGRP. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 471/10; A61K 31/437; A61K 31/519; A61P 9/08; cuyos inventores son Bell, Ian, M., Fraley, Mark, E., Gallicchio, Steven, N., Ginnetti, Anthony, Mitchell, Helen, J., Paone, Daniel, V., Staas, Donnette, D., Wang, Cheng, Zartman, C. Blair, Stevenson, Heather, E. La solicitud correspondiente lleva el número 20130214, y fue presentada a las 13:06:10 del 10 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 13 de mayo del 2013.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2013353085.—(IN2013040555).
El señor Néstor Morera Víquez, céd. 1-1018-975, en condición de apoderado de Novartis AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada POLIPÉPTIDOS QUE SE ENLAZAN A CXCR2. La presente invención se refiere a polipéptidos dirigidos contra, o que se enlazan específicamente a, el receptor de quimiocina CXCR2, y en particular a polipéptidos capaces de modular la transducción de señales a partir del CXCR2. La invención también se refiere a ácidos nucleicos, vectores, y células huésped capaces de expresar los polipéptidos de la invención, a composiciones farmacéuticas que comprenden los polipéptidos, y a los usos de estos polipéptidos y composiciones para el tratamiento de las enfermedades que involucran un funcionamiento aberrante del CXCR2. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/28; cuyos inventores son Bradley, Michell, Brown, Zarin, Cromie, Karen, Dombrecht, Bruno, Van Heeke, Gino, Charlton, Steven John, Steffensen, Soren. La solicitud correspondiente lleva el número 20130202, y fue presentada a las 14:09:10 del 8 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de mayo del 2013.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2013353086.—(IN2013040556).
El señor Néstor Morera Víquez, céd. 1-1018-975, en condición de apoderado de Novartis AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada VARIANTES DE Fc SILENCIOSAS DE LOS ANTICUERPOS ANTI-CD40. La presente invención se refiere a variantes de Fc silenciosas de los anticuerpos anti-CD40, y a composiciones y métodos de uso de estos anticuerpos, para el tratamiento de trastornos patológicos, tales como trastornos autoinmunes e inflamatorios, y/o para prevenir o reducir el riesgo de rechazo de injerto en el trasplante. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/28; cuyos inventores son Heusser, Christoph, Rush, James, Vincent, Karen. La solicitud correspondiente lleva el número 20130222, y fue presentada a las 13:53:10 del 15 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de mayo del 2013.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2013353087.—(IN2013040557).
El señor Néstor Morera Víquez, céd. 1-1018-975, en condición de apoderado de Pfizer Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE 4-(5-CIANO-PIRAZOL-l-IL)-PIPERIDINA COMO MODULADORES DE GPR 119. En la presente se describen compuestos que modulan la actividad del receptor GPR119 acoplado a la proteína G y sus usos para el tratamiento de enfermedades relacionadas con la modulación del receptor GPR119 acoplado a la proteína G en animales. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 401/04; A61K 31/454; A61K 31/506; A61P 3/10; C07D 401/14; C07D 403/14; cuyos inventores son Mascitti, Vincent, Mcclure, Kim Francis, Munchhof, Michael John, Robinson, Ralph Pelton, Jr. La solicitud correspondiente lleva el número 20130139, y fue presentada a las 11:04:00 del 22 de marzo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de mayo del 2013.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2013353088.—(IN2013040558).
El señor Néstor Morera Víquez, mayor, abogado, céd 1-1018-975, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Henkel Ag & Co. KGAA, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada BLOQUES ESFÉRICOS PARA LIMPIEZA DE INODOROS, SOBRE LA BASE DE TENSIOACTIVOS ANIÓNICOS. Un bloque de limpieza para inodoros que contiene perfume, como mínimo un alquilbencensulfonato y como mínimo un olefinsulfonato y no posee más de 2,5 % en peso de tensioactivos no iónicos, puede conformarse en una máquina roladora o en una prensa como un cuerpo de simetría rotacional, en particular una esfera y se usa en un sistema que consiste de como mínimo un bloque de limpieza y como mínimo un dispositivo de dispendio. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C11D 1/37; C11D 17/00; C11D 3/48; C11D 3/50; E03D 9/02; cuyos inventores son Schiedel, Marc-Steffen, Giesen, Brigitte, Ernst, Anke, Reichert, Christian, Cappleman, Robert Stephen, Horn, Michael. La solicitud correspondiente lleva el número 20130215, y fue presentada a las 13:06:50 del 10 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de mayo del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2013353089.—(IN2013040559).
El señor Néstor Morera Víquez, céd. 1-1018-975, mayor, abogado, vecino de Heredia, en condición de apoderado especial de Marrone Bio Innovations, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES QUE CONTIENEN DERIVADOS DE ANTRAQUINONA COMO PROMOTORES DE CRECIMIENTO Y AGENTES ANTIFÚNGICOS. La presente invención se refiere a composiciones para modular el crecimiento de la planta, 5 la germinación de semillas y enfermedades transmitidas por el suelo que comprenden derivados de antraquinona. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 35/06; A01N 65/30; A01P 21/00; A01P 3/00; cuyos inventores son Su, Hai, Marrone, Pamela, Osborne, Jason, L. La solicitud correspondiente lleva el número 20130200, y fue presentada a las 14:07:10 del 6 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de mayo del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2013353090.—(IN2013040560).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
El Registro de la Propiedad Industrial, Oficina
de Patentes, hace saber que por resolución de las diez horas veinticinco
minutos del nueve de mayo del dos mil trece, fue inscrito el Diseño Industrial
denominado: INSTALACIONES DE ALUMBRADO EXTERIOR, a favor de Schreder S.
A., domiciliada en Bélgica, cuyo creador es: Michel Tortel, de nacionalidad
francesa. Se le ha otorgado el número de inscripción de Diseño Industrial 649,
estará vigente hasta el nueve de mayo del dos mil veintitrés, la Clasificación
Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 26-03.—San José, a las quince horas diez minutos del veinte de
mayo del dos mil trece.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—1 vez.—(IN2013039782).
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
AVISOS
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada Asociación Misionera Iglesia de Jesucristo,
con domicilio en la provincia de Limón; cuyos fines principales entre otros son
los siguientes: promover el desarrollo cultural, educativo, social y espiritual
de los asociados, promoviendo los principios bíblicos de amor, unidad
espiritual, respeto mutuo, cooperación, comunión y confraternidad entre los
agremiados y de éstos con los de la comunidad cristiana, cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado
generalísimo con límite de suma a cinco millones de colones costarricenses y
con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidente:
Isabel Vega Alvarado conocido como Ángel Vega Alvarado, al encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de
agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. (Tomo: 2012, Asiento: 269644.—Curridabat,
27 de noviembre del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013352216.—(IN2013038508).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación
Iglesia Casa de Dios Luz a las Naciones, con domicilio en la provincia de
Limón; cuyos fines principales entre otros son los siguientes; Promover el
desarrollo cultural, educativo, social y espiritual de los asociados,
promoviendo los principios bíblicos de amor, unidad espiritual, respeto mutuo,
cooperación, comunión y confraternidad entre los agremiados, y de éstos con los
de la comunidad cristiana, cuyo representante judicial y extrajudicial de la
asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con
las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Gerardo
Evelio Ruiz Jiménez. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y
sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por
quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2012, asiento: 346698.—Curridabat, 03 de diciembre del dos mil doce.—Lic. Enrique
Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2013352217.—(IN2013038509).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación
Ministerio Cristiano Destellos de Su Gracias, domicilio en la provincia de
Limón, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover el
desarrollo cultural, educativo, social y espiritual de los asociados,
promoviendo los principios bíblicos de amor, unidad espiritual respeto mutuo,
cooperación, comunión y confraternidad entre agremiados. Cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado
generalísimo con límite a la suma de cinco millones de colones, y con las
limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: José Andrés
Solano Fernández. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y
sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por
quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 21806,
adicional tomo: 2013, asiento: 80648), al ser los seis días del mes de mayo del
dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013352218.—(IN2013038510).
El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha
recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación
Iglesia Revolución del Nuevo Pacto de Jesucristo, con domicilio en la provincia
de Limón. Sus fines, entre otros están: Promover el desarrollo cultural,
educativo, social y espiritual de los asociados, promoviendo los principios
bíblicos de amor, unidad, espiritual, respeto mutuo, cooperación, comunicación
y confraternidad entre los agremiados. Su presidente Asdrúbal Fallas Granados,
es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo
con límite de suma a cinco millones de colones y demás limitaciones del
estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de
1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días
hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en el trámite. Tomo: 2013, asiento 32895, adicional
2013-80646. Dado en el Registro Nacional, a las trece horas veinte minutos, del
ocho de abril del dos mil trece.—Lic. Enrique
Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2013352219.—(IN2013038511).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación
Defensa y Rescate Animal Orotina, con domicilio en la provincia de Alajuela;
cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Gestionar el
mejoramiento social, cultural, educativo, recreativo, organizativo y productivo
de sus miembros, mediante la creación de servicios sociales y comunales. Cuya
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es la presidenta: Karol Quesada Sandí. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de
agosto del 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 102223, adicional tomo: 2013, asiento:
114564).—Curridabat, a los nueve días del mes de mayo
del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2013352259.—(IN2013038793).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-078621, denominación: Asociación Fundes. Por cuanto
dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº
218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento Tomo: 2013, asiento: 123154. Dado en el
Registro Nacional, a las 10 horas 34 minutos y 40 segundos, del 20 de mayo del
2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013352262.—(IN2013038794).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-298878,
denominación: Asociación de Vecinos de Chira de Nicoya. Por cuanto
dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo: 2013, asiento: 133893. Dado en el Registro Nacional, a las 10
horas 23 minutos y 26 segundos, del 6 de junio del 2013.—Lic.
Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2013352268.—(IN2013038795).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-045434, denominación: Asociación Pueblito de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las
prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de
Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales,
se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo:
2013, asiento: 73481. Dado en el Registro Nacional, a las 12 horas 49 minutos y
45 segundos, del 28 de mayo del 2013.—Lic. Enrique
Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2013352306.—(IN2013038796).
El Registro de Persona Jurídicas, ha recibido para su inscripción
la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula 3-002-346319,
denominación: Asociación Consejo de Desarrollo Inmobiliario. Por cuanto dicha
reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
Tomo: 2013, asiento: 130194. Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 53
minutos y 21 segundos, del 11 de junio del 2013.—Lic.
Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2013352307.—(IN2013038797).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación
Pro Servicio de Radiología Hospital México, con domicilio en la provincia de
San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Contribuir a
la salud de los costarricenses mejorando los servicios de radiología que brinda
el Hospital México, dando una atención especializada y de emergencias, mediante
servicios de alta calidad, con eficacia, eficiencia, equidad y oportunidad.
Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es el presidente: Carlos Quirós Ortiz. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de
agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 36996, adicional tomo: 2013, asiento: 104996).—Curridabat, a los veintitrés días del mes de mayo del dos
mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2013352320.—(IN2013038798).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de
Vecinos Sector Norte de la Plaza de Deportes de Desamparados, con domicilio en
la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los
siguientes: promover el desarrollo y bienestar del vecindario aledaño a la
plaza de deportes de Desamparados. Cuya representante judicial y extrajudicial
de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y
con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta:
María Marta Rojas Barquero. Al encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de
Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales,
se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013,
asiento: 87819).—Curridabat, 4 de junio del dos mil
trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2013352339.—(IN2013038799).
El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha
recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación
Cristiana Iglesia de Restauración Rey de Reyes Fuente de Paz. Con domicilio en
la provincia de Limón, Barra de Tortuguero Centro, de las Cabinas Mary Card
cien metros al oeste. Cuyos fines primordiales son: Promover y fomentar los
vínculos de confraternidad, unión y cooperación cristiana entre sus miembros.
Organizar y desarrollar actividades cristianas, culturales, educativas,
sociales, recreativas de cooperación y ayuda mutua entre sus miembros. Su
presidente Justiniano Albir Aragón es el representante judicial y extrajudicial
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. El Vicepresidente
sustituirá al Presidente en sus ausencias temporales, con iguales atribuciones
y obligaciones. Por encontrarse dicha organización, dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del
8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza
por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para
que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2013, asiento: 068735,
adicional tomo: 2013, asiento: 085334. Dado en el Registro Nacional, a las 09
horas 59 minutos, del 12 de abril del 2013.—Lic.
Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2013352347.—(IN2013038800).
El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación para el Desarrollo y Bienestar de Monico de Guatuso, con domicilio en la provincia de Alajuela, Guatuso, Buena Vista, en la comunidad de Monico, concretamente en el salón comunal. Cuyos fines primordiales son: Promover e impulsar el desarrollo económico y social de sus agremiados. Promover y propiciar la inserción de la mujer en el mercado laboral, comercial y productivo en todo el distrito de Buena Vista. Su presidente Emirey González Zamora es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. El vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales, con iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2012, asiento: 238772, adicional tomo: 2013, adicional: 061488. Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 59 minutos, del 9 de mayo del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013352381.—(IN2013038801).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación para el Desarrollo de la Competitividad de la Región Brunca, domicilio en la provincia de Puntarenas, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: impulsar la competitividad en la Región Brunca, para el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes, cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Aldo Mazzero Debroi. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 107250, adicional tomo: 2013, asiento: 145092), al ser los doce días del mes de junio del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013352760.—(IN2013040110).
El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Específica para el Mantenimiento del Residencial La Cabana, con domicilio en la provincia de San José. Sus fines entre otros están velar por el desarrollo integral del residencial, vigilancia para la protección y conservación del medio ambiente. Daniel Montoya Vargas es el presidente y representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas N° 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. Tomo: 2013, asiento: 102995, adicional: 2013-144967. Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 50 minutos del diecisiete de junio del dos mil trece.—Lic. Henry Jara Solís, Director a.í.—1 vez.—RP2013352767.—(IN2013040111).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Deportiva de Taekwondo San José Evolution, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: dirección, coordinación, organización, supervisión, promoción y todo lo relacionado con el deporte y la recreación en ambos géneros. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Maikol Berrocal Fernández. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 116198).—Curridabat, diecisiete de junio del dos mil trece.—Lic. Henry Jara Solís, Director a.í.—1 vez.—RP2013352791.—(IN2013040112).
El Registro de Personas Jurídicas ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula número 3-002-051982, denominación: Cámara de Intermediarios Bursátiles y Afines Cambolsa. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 13 minutos y 0 segundos del 17 de junio del 2013. Documento tomo: 2013, asiento: 97996.—Lic. Henry Jara Solís, Director a. í.—1 vez.—RP2013352794.—(IN2013040113).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Padres de Familia y Patronato Escolar de la Escuela Joaquín García Monge, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: coadyuvar a la obra encomendada a la Junta de Educación y en general en todas las labores de carácter docente promoviendo de preferencia el adelanto de material de la escuela y todo cuanto tienda al bienestar de las niñas y niños. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Gerardo Morales Campos. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 125774, adicional tomo: 2013, asiento: 139660).—Curridabat, cinco de junio del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013352810.—(IN2013040114).
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada Asociación de Mujeres Productoras Club
4-S-Renacer de Naranjal de Puriscal. Con domicilio en la provincia de San José
cuyos fines principales entre otros son los siguientes: gestionar el
mejoramiento social, económico, cultural, educativo, organizativo y productivo
de sus miembros. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación,
con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las demás
limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Lorena Arroyo
Valverde. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y
sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por
quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012, asiento: 285041).—Curridabat, 25 de febrero del dos mil trece.—Lic. Enrique
Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013040442).
El Registro de Personas
Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el
estatuto de la entidad denominada: Asociación de Mujeres y Jóvenes Productoras
Cuatro-S Ave Fénix, Pro Rescate de los Valores y el Trabajo, con domicilio en
la Provincia de San José, Puriscal, en el Salón Comunal de Desamparaditos.
Cuyos fines primordiales son: Gestionar el mejoramiento social, económico,
cultural, educativo, organizativo y productivo de sus miembros. Fomentar entre
sus asociados el espíritu de ayuda mutua en el orden social y cultural. Su
presidenta Flory Fernández Castro es la representante judicial y extrajudicial
con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las demás
limitaciones que indica el estatuto. El vicepresidente sustituirá a la
presidente en sus ausencias temporales con iguales obligaciones y atribuciones
que esta cuando lo sustituye. Por encontrarse dicha organización, dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del
08 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite; tomo: 2012,
asiento: 285035, sin adicionales. Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas
59 minutos, del 25 de febrero del 2013.—Lic. Enrique
Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013040443).
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada Asociación Costarricense Vocho Club de Costa
Rica, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre
otros son los siguientes: Preservación indefinida de todos los modelos de vehículos
Volkswagen enfriados por aire. Cuyo representante judicial y extrajudicial de
la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y
con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Fabrizio
Arauz Rodríguez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y
sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por
quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 98123).—Curridabat, a los diecisiete días del mes de junio del dos
mil trece.—Lic. Henry Jara Solís, Director a. í.—1
vez.—RP2013352991.—(IN2013040554).
REGISTRO DE DERECHO DE AUTOR Y
DERECHOS CONEXOS
AVISO
María Agustina Sánchez Del
Junco, cédula de identidad ocho-cero tres nueve-cinco uno nueve, mayor de edad,
casada, maestra de enseñanza primaria, vecina de San José, Rohrmoser, del
Parque La Amistad, 400 norte, 100 este y 25 norte, solicita la inscripción a su
nombre de los derechos morales y los derechos patrimoniales de la obra
literaria individual publicada que se titula “VAMOS A LEER”. La obra
consiste en la primera edición de un libro didáctico para la enseñanza, con 90
páginas y consiste en un método fonético dedicado a los maestros con el fin de
hacer más fácil la enseñanza de la lecto-escritura de niños alfabetos quienes
aprenderán más rápido a leer. El ISBN es 978-9968-9458-2-0. Publíquese por una
sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean
tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30
días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley
de Derecho de Autor y Derechos Conexos N° 6683. Expediente 7205.—Curridabat, 23 de mayo del 2013.—Carmen Valverde Chacón,
Registradora.—1 vez.—(IN2013039961).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
La Dirección Nacional de
Notariado hace saber: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial del
licenciado Augusto Solís Rodríguez, cédula de identidad número 1-1332-0148,
carné de abogado número 20821. De conformidad con lo dispuesto por el artículo
11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que
afecten la conducta del gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta
Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Exp.:
13-002259-624-NO.—San José, 07 de junio del 2013.—Lic.
Melvin Rojas Ugalde, Director Ejecutivo (ad interim).—1
vez.—RP2013352143.—(IN2013038515).
La Dirección Nacional de Notariado, comunica:
que ante este Despacho la Lic. Alexa Gabriela Méndez Castillo, cédula de
identidad N° 1-1217-0588, carné profesional N° 20348, ha presentado solicitud
de inscripción y habilitación para ejercer la actividad notarial, por lo que se
solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la
conducta de esta profesional, lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo
de quince días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente administrativo
N° 13-001845-0624-NO.—San José, Curridabat, catorce de
mayo del dos mil trece.—Lic. Melvin Rojas Ugalde, Director Ejecutivo (ad
interim).—1 vez.—(IN2013039889).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 7331A.—Follajes
Clásicos de Atenas S. A., solicita concesión de: 1,9 litros por segundo de la
quebrada Grande, efectuando la captación en finca de su propiedad en San José
(Atenas), Atenas, Alajuela, para uso agropecuario-riego-ornamentales.
Coordenadas 220.325 / 493.750 hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 7 de noviembre del 2012.—José
Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2013018749).
DIRECCIÓN
DE GEOLOGIA Y MINAS
SOLICITUD
DE EXPLOTACIÓN EN CAUCE
DE DOMINIO PÚBLICO
EDICTO
En expediente N° 4-2012 el señor Andrés Berrocal
Santamaría, vecino de Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, cédula 2-572-892,
apoderado generalísimo de 3-102-504315 Ltda., cédula jurídica 3-102-504315,
presenta solicitud para extracción de materiales en cauce de dominio público
sobre el Río Platanar.
Localización geográfica:
Sito en: Platanar, distrito 02 Florencia,
cantón 10 San Carlos, Provincia 2 Alajuela.
Hoja cartográfica:
Hoja cartográfica Aguas Zarcas, escala 1:50.000
del I.G.N.
Localización cartográfica:
Entre coordenadas generales 265648.32 -
265623.48 norte, 486594.87 - 486573.94; este, límite aguas arriba y 265225.41 -
265288.54; norte, 485476.99 - 485412.26; este, límite aguas abajo.
Área solicitada:
8 ha 1580.96 m2, longitud promedio
1777.25 metros, según consta en plano aportado al folio 1.
Derrotero:
Coordenadas del vértice N° 1 265648.32 norte, 486594.87 este.
Para ver tabla
solo en La Gaceta impresa o con formato PDF
Edicto basado en la solicitud inicial aportada
el 16 de abril del 2012, área y derrotero aportados el 16 de abril del 2012. Con
quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación,
cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este
Registro Nacional Minero.—Lic. Rosa María Ovares
Alvarado, Jefa a. í.—RP2013352034.—(IN2013038205).
2 v. 2 Alt.
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. N° 37817-2012.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas
treinta minutos del dieciséis de enero del dos mil trece. Diligencias de ocurso
presentadas ante este Registro Civil por Teresa Sánchez Vidauria, mayor,
casada, del hogar, costarricense, cédula de identidad número ocho-ciento
dos-ochocientos noventa y nueve, vecina de San Ramón, Alajuela, tendente a la
rectificación de su asiento de naturalización... que lleva el número
ochocientos noventa y nueve, folio cuatrocientos cincuenta, tomo ciento dos, de
la Sección de Naturalizaciones, en el sentido que los apellidos de la madre de
la persona ahí inscrita, consecuentemente el segundo apellido de la misma son
“Hernández Vidaurre” y “Hernández” respectivamente. Conforme lo señala el
artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro
Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta.
Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro
del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis; Brenes Molina, Jefe.—(IN2013038141).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por Walter Durán Carvajal, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1430-09.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve
horas y cincuenta y dos minutos del veinticuatro de agosto del dos mil nueve.
Ocurso. Expediente N° 19245-09. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre
el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Alondra María y
Ahilyn Michelle ambas de apellidos Durán Morales…, en el sentido que el nombre
y los apellidos de la madre de las personas ahí inscritas son “Yicelda del
Socorro Mejía Morraz” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles,
Directora General.—M.Sc. Ligia María González
Richmond, Jefa.—1 vez.—(IN2013039841).
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por Virginia del Socorro Sánchez, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1858-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las diez horas del veintinueve de mayo del dos mil doce.
Expediente Nº 14059-2011. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos
probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquense los asientos de
nacimiento de Glenda Priscilla Araya Sánchez y el de Josué Alexander Sánchez
Borges…; en el sentido que el nombre y el apellido de la madre… son “Virginia
del Socorro Sánchez, no indica segundo apellido”, y el de Rubén Francisco
Obando Sánchez…; en el sentido que el nombre de la madre… es “Virginia del
Socorro” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013039853).
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por Norma Cristina Rodríguez Escoto, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1604-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las catorce horas del siete de mayo del dos mil trece.
Exp. Nº 43292-2012. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquense
el asiento de matrimonio de Reinaldo Ramírez Muñoz con Norma Cristina Escoto no
indica otro apellido..., en el sentido que los apellidos y el conocido como de
la cónyuge son “Rodríguez Escoto” y “Norma Cristina Escoto” respectivamente y
el asiento de nacimiento de Jafeth Elías Ramírez Escoto..., en el sentido que
los apellidos de la madre... son “Rodríguez Escoto”.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013040504).
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos
de solicitud de naturalización
Andrés Fernando Estrada Ramírez, mayor,
soltero, estudiante, guatemalteco, cédula de residencia N° 132000113706, vecino
de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 1618-2013.—San José, siete de junio del dos mil trece.—Lic. Ricardo
Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013039851).
Armida Alvarado Rivas, mayor, soltera, empleada doméstica, salvadoreña, cédula de residencia N° 122200396614, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 3556-2012.—San José, diecisiete de junio del dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013039896).
Lucy Patricia Cruz Pereira, mayor, soltera, licenciada en contaduría pública, salvadoreña, cédula de residencia N° 122200494405, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 4175-2012.—San José, diecisiete de junio de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2013352744.—(IN2013040140).
Andrely Noemi Cruz Pereira, mayor, soltera, licenciada en contaduría pública, salvadoreña, cédula de residencia N° 122200483010, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 4177-2012.—San José, diecisiete de junio del dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2013352745.—(IN2013040141).
Carlos Fernando Montalván Irigoyen, mayor, soltero, tripulante, nicaragüense, cédula de residencia N° 155800527518, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1696-2013.—San José, catorce de junio del dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2013352905.—(IN2013040142).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN-000002-10000
Remodelaciones varias en infraestructura
La Proveeduría Institucional del
Servicio Fitosanitario del Estado, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del
día 19 de julio del 2013, para la “Contratación de remodelaciones varias en
infraestructura”
El interesado tiene el cartel a disposición
en el Sistema CompraRed, en forma gratuita, en la dirección
https://www.hacienda.go.cr/comprared de internet, a partir de esta fecha, y
también podrá obtenerlo en el Departamento de contrataciones de la Proveeduría
Institucional, para lo cual deberá traer un dispositivo de respaldo digital
(Disquette, CD o Llave USB).
El cartel impreso se entregará solo con
previo depósito de ¢10.000,00 (diez mil colones exactos), mediante un entero a
favor del Gobierno de Costa Rica, emitido por cualquier Banco del Sistema
Bancario Nacional.
La proveeduría Institucional del Servicio
Fitosanitario del Estado se encuentra ubicada en San José, Sabana Sur, antiguo
Colegio La Salle, contiguo al edificio del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Lic. Glenda Ávila Isaac, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 00017.—Solicitud Nº 27959.—C-13160.—(IN2013041298).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000001-17300
Compra de licencias para software
y servidores del SENASA
La Proveeduría Institucional
recibirá ofertas hasta las 13:00 horas del día 22 de julio del 2013, para la
compra de licencias para software de y servidores del SENASA.
El interesado tiene a
disposición el cartel, en el Sistema Comprared en la página de Internet https://www.hacienda.go.cr/comprared, y lo referente al
expediente de compra.
La Proveeduría Institucional se
encuentra ubicada del antiguo Colegio La Salle, en el edificio contiguo, primer
piso, Sabana Sur, San José.
Para cualquier información
comunicarse con la Lic. Marianela Arce Carmona, Analista de la Contratación,
Tel. 2587-1632.
San José, 24 de junio del 2013.—Proveeduría.—Lic. Blanca Córdoba Berrocal, Proveedora
Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 002-2013.—Solicitud Nº
110-179-008-13.—Crédito.—(IN2013041318).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría
invita a todos los potenciales proveedores interesados en participar en los
siguientes procedimientos:
LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000020-PROV
Compra e instalación de máquinas de Rayos X
Fecha y hora de apertura: 29 de
julio del 2013, a las 10:00 horas.
________
LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000030-PROV
Compra de marco detector de metal
Fecha y hora de apertura: 29 de
julio del 2013, a las 10:00 horas.
El cartel se pueden obtener sin
costo alguno a través de Internet, en la dirección
htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduría/invitaciones 2013, o solicitar el
envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la siguiente
dirección: ivalerio@poder-judicial.go.cr y kmoralesq@poder-judicial.go.cr
respectivamente. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24
horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación
al teléfono 2295-3623.
San José, 25 de junio del 2013.—MBA. Yurli Argüello Araya,
Jefa a. í., Proceso de Adquisiciones.—1
vez.—(IN2013041273).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000009-BCCR
Adquisición de dispositivos criptográficos
El Departamento de Proveeduría
del Banco Central de Costa Rica (BCCR) recibirá ofertas por escrito hasta las
10:00 horas del día 18 de julio del 2013, según reloj marcador de la
Proveeduría, para la adquisición de dispositivos criptográficos.
Los interesados pueden retirar
el cartel en el Departamento de Proveeduría de este Banco, edificio principal,
avenida central y primera, calles 2 y 4, en el siguiente horario: de lunes a
viernes de 9:15 a.m. a 4:00 p.m., en forma gratuita o en la siguiente dirección
electrónica a partir del día hábil siguiente a la fecha de su publicación:
http://www.bccr.fi.cr/contrataciones/
Quienes adquieran el cartel por
este último medio deberán consignar la información que se solicita al
accederlo. El incumplimiento de este requisito exonera al BCCR la no
comunicación de posibles Fe de Erratas y/o avisos que se puedan generar en el
concurso.
San José, 24 de junio del 2013.—Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—O. C. Nº
12882.—Solicitud Nº 910-01-144.—Crédito.—(IN2013041320).
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000026-DCADM
Contratación de una empresa que brinde los servicios de
atención y canalización de solicitudes de servicio, incidentes,
reclamos, consultas, problemas y requerimientos
relacionados con soporte tecnológico y administrativo
(Consumo por demanda)
Apertura: para las 10:00 horas
del día 22 de julio del 2013.
Venta del cartel: oficinas centrales, cajas
23 ó 24 de lunes a viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m.
Retiro del cartel en el 6to piso,
División de Contratación Administrativa.
Costo: ¢2.500,00 (dos mil quinientos colones
con 00/100).
San José, 25 de junio del 2013.—Área Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria
Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2013041255).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000007-SCA
Concesión temporal de instalación públicas
para prestación
de servicio de fotocopiado y venta de artículos de librería
en la Sede Regional Chorotega Campus
Liberia-Universidad
Nacional
La Universidad Nacional por medio
de la Proveeduría Institucional invita a personas físicas o jurídicas a
participar en el concurso para la adquisición de los bienes antes indicados.
Todas las ofertas se recibirán
en un sobre cerrado, en la Sede Regional Chorotega Campus Liberia Universidad
Nacional, ubicada 600 metros al sur, de Colegio Agropecuario Liberia, en la
oficina de la Dirección Administrativa del Campus Liberia, hasta 14:00 horas
del 6 de agosto del 2013.
Los carteles deberán retirarse
en la siguiente dirección: www.una.ac.cr/ proveeduría/, en los documentos
electrónicos propiamente para proveedores, carteles o bien solicitarlos al
correo electrónico fabian.mora.lopez@una.cr o proveeduria@una.cr
Heredia, 24 de junio del 2013.—Proveeduría Institucional.—Nelson Valerio Aguilar, Director.—1
vez.—O. C. Nº 183-2013.—Solicitud Nº 785-0035.—Crédito.—(IN2013041369).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000009-SCA
Alquiler de instalaciones, locales, cabinas o casas
como residencias estudiantiles para ubicar
a estudiantes de los Campus de Liberia
La Proveeduría Institucional de la Universidad
Nacional recibirá propuestas por escrito en las oficinas de la Dirección
Administrativa de la Sede Regional Chorotega Campus de Liberia hasta las 1º de
agosto del 2013 a las 2:00 p.m. para el arrendamiento de casas de habitación en
la ciudad de Liberia, provincia de Guanacaste, que serán utilizadas para
Residencias Estudiantiles.
Los carteles deberán ser solicitados a los
correos electrónico proveeduría@una.cr, o bien se podrán bajar de la página web de la
Proveeduría Institucional www.una.ac.cr/proveeduria/
Las ofertas se recibirán en la Dirección
Administrativa de la Sede Chorotega de la UNA, Campus de Liberia, lugar en el
que se realizará el acto de apertura de las ofertas recibidas en tiempo y
forma.
Proveeduría
Institucional.—MAP. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O. C. Nº 181-2013.—Solicitud Nº
785-0033.—Crédito.—(IN2013041370).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000013-UTN
Remodelación de auditorio
La Proveeduría Institucional de
la Universidad Técnica Nacional, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00
horas del martes 16 de julio del 2013, para la remodelación del auditorio de la
Administración Universitaria que consisten en la sustitución de la alfombra e
instalación de butacas nuevas. El cartel se encuentra en la página web
www.utn.ac.cr, link Contratación Administrativa > Contratación
Administrativa > Licitaciones Abreviadas.
Para consultas al correo jperez@utn.ac.cr con
copia al mgonzalez@utn.ac.cr y/o al fax 2430-3496.
25 de junio del 2013.—Lic. Miguel A. González Matamoros, Director.—1 vez.—(IN2013041265).
LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000014-UTN
Compra e instalación de ascensor
La Proveeduría Institucional de
la Universidad Técnica Nacional recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00
horas del jueves 18 de julio del 2013, para la compra e instalación de ascensor
para el edificio de Administración Universitaria. El cartel se encuentra en la
página web www.utn.ac.cr, link Contratación Administrativa > Contratación
Administrativa > Licitaciones Abreviadas.
Para consultas al correo jperez@utn.ac.cr con
copia al mgonzalez@utn.ac.cr y/o al fax 2430-3496.
25 de junio del 2013.—Lic. Miguel A. González Matamoros, Director.—1 vez.—(IN2013041266).
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN-000011-05101
Alfacalcidol 0.25.MCG cápsulas de Gelatina Blanda
o Calcitriol 0.25 cápsulas de Gelatina Blanda
La Caja Costarricense de Seguro
Social invita a los interesados a participar en el concurso 2013LN-000011-05101
para la adquisición de Alfacalcidol 0.25.MCG cápsulas de Gelatina Blanda o
Calcitriol 0.25 cápsulas de Gelatina Blanda. El cartel se encuentra disponible
a través del sitio Compr@Red en la siguiente dirección electrónica
https://www.hacienda.go.cr/comprared. La apertura del proceso se llevará a cabo
el 09 de agosto a las 10:00 horas. Durante ese periodo la Administración
recibirá ofertas únicamente por medios electrónicos a través del Sistema
Compr@Red en la dirección: https://www.hacienda.go.cr/comprared.
A los proveedores de Bienes y Servicios
interesados en participar en los procesos de adquisición, se les recuerda la
obligación de inscribirse en el sistema de compras electrónicas de Compra Red.
Shirley Solano Mora.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 63260.—C-14780.—(IN2013041274).
INSTITUTO
NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000007-01
Limpieza de terrenos INVU
El Instituto Nacional de
Vivienda y Urbanismo, avisa a todos los interesados en participar en la Licitación
Abreviada Nº 2013LA-000007-01 “Limpieza de terrenos INVU”, que recibirá ofertas
hasta las diez horas (10:00 a. m) del día jueves 11 de julio del 2013.
El pliego de condiciones está a la
disposición de los interesados en el tercer piso edifico Jutsini Oficinas
Centrales INVU, Proceso de Proveeduría, previo el pago de ¢2.000,00 (dos mil
colones).
San José, 25 de junio del 2013.—Lic. Antonio Contreras Hidalgo, Proceso de Proveeduría.—1 vez.—(IN2013041270).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000008-01
Contratación de una empresa para la elaboración de un
estudio estructural a los edificios Jutsini y Orowe
El Instituto Nacional de
Vivienda y Urbanismo, avisa a todos los interesados en participar en la
Licitación Abreviada Nº 2013LA-000008-01 “Contratación de una empresa para la
elaboración de un estudio estructural a los edificios Jutsini y Orowe”, que
recibirá ofertas hasta las catorce horas (02:00 p. m.) del día jueves 11 de
julio del 2013.
El pliego de condiciones está a la disposición
de los interesados en el tercer piso Edifico Jutsini Oficinas Centrales INVU,
Proceso de Proveeduría, previo el pago de ¢2.000,00 (dos mil colones).
San José, 25 de junio del 2013.—Lic. Antonio Contreras Hidalgo, Proceso de Proveeduría.—1 vez.—(IN2013041271).
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
UNIDAD DE COMPRAS INSTITUCIONALES
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000006-09
Contratación de servicios aseo y limpieza con criterios
ambientales para el edificio del Centro de Formación
Plurisectorial
de Heredia
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional de Heredia, recibirá ofertas por escrito para este concurso,
hasta las 10:00 horas del 22 de julio del 2013. Los interesados podrán retirar
el pliego de condiciones, el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones,
sita: Heredia, 50 metros norte y 50 este de la Clínica del CCSS o bien ver la
página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1
vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00184.—(IN2013041351).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000014-01
Servicios de remodelación de edificios
El Proceso de Adquisiciones de
la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas
por escrito hasta las 10:00 horas del 19 de julio del 2013. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢2.000.00, en
el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del
Hospital México, o bien ver la página Web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1
vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00181.—(IN2013041356).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000017-01
Compra de software comercial para computación
El Proceso de Adquisiciones de
la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas
por escrito hasta las 10:00 horas del 17 de julio del 2013. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500.00, en
el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del
Hospital México, o bien ver la página Web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1
vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00180.—(IN2013041359).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000018-01
Compra de partes para maquinaria y vehículos pesados
considerando criterios ambientales
El Proceso de Adquisiciones de
la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas
por escrito hasta las 10:00 horas del 16 de julio del 2013. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00, en
el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca; 2.5 kilómetros al oeste, del
Hospital México, o bien ver la página Web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1
vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00179.—Crédito.—(IN2013041360).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000020-01
Contratación de servicios de abastecimiento
de fotografía según demanda
El Proceso de Adquisiciones de
la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas
por escrito hasta las 10:00 horas del 23 de julio del 2013. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de
Adquisiciones, sita La Uruca; 2.5 kilómetros al oeste, del Hospital México, o
bien ver la página Web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1
vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00178.—Crédito.—(IN2013041361).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000023-01
Compra de máquinas y otros equipos
de costura tapicería y zapatería
El Proceso de Adquisiciones de
la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas
por escrito hasta las 10:00 horas del 18 de julio del 2013. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢1.000,00, en
el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del
Hospital México, o bien ver la página Web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1
vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00177.—Crédito.—(IN2013041363).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000007-ARESEP
Adquisición e instalación de unidades ininterrumpidas
de potencia (UPS) trifásicas o sistema modular trifásico
La Proveeduría Institucional de
la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, cédula jurídica Nº
3-007-042042-09, recibirá ofertas por escrito y en sobre cerrado hasta las
14:00 horas, del 19 de julio del 2013, para la licitación arriba descrita.
El cartel puede ser accesado en
la dirección electrónica: http://www.aresep.go.cr/index.php/inicio/compras-institucionales/licitaciones-abreviadas
Para mayor información pueden
llamar al teléfono 2506-3440, o al correo electrónico herreracm@aresep.go.cr
San José, 25 de junio de 2013.—Proveeduría.—MBA. Merari Herrera Campos, Proveedora
Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 7264-2013.—Solicitud Nº
775-320.—Crédito.—(IN2013041323).
PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIO
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2012LN-000002-0001600005
Construcción y acondicionamiento de un Almacén Frigorífico
La Proveeduría del PIMA en apego
a la normativa vigente comunica al público en general que según Acuerdo de
Junta Directiva número 2148, artículo 2° de la sesión extraordinaria Nº 2765,
celebrada el 24 de junio del 2013, se ha procedido a adjudicar la Licitación
Pública N° 2012LN-000002-0001600005, a la oferta presentada por ThermoTec de
Centroamérica S. A.., por un monto total ¢1.157.803.220,89, para que lleve
a cabo la construcción y acondicionamiento de un almacén frigorífico en las
instalaciones del PIMA. Lo anterior en virtud de los resultados obtenidos en el
proceso de análisis y calificación técnica de las ofertas que consta en el
expediente de contratación respectivo. Cualquier consulta o aclaración respecto
a este proceso puede solicitarse al teléfono 2239-1233, ext. 222 ó 258
o directamente en las oficinas de Proveeduría ubicadas 500 metros este del Mall
Real Cariari en Barreal de Heredia.
Heredia, 25 de junio del 2013.—Ronald Miranda Villalobos.—1 vez.—(IN2013041302).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000026-74900
Contratación de los servicios de seguridad y vigilancia
para el edificio del Centro Nacional
de la Cultura (CENAC)
La Proveeduría Institucional del
Ministerio de Cultura y Juventud, avisa a todos los interesados en esta
licitación, que se dictó el acto de adjudicación el día 24 de junio a las 13:10
horas.
El interesado tiene esta
resolución de adjudicación a disposición en el Sistema Comprared, en la
dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta
notificación, o podrá obtenerla en la Proveeduría Institucional del Ministerio
de Cultura y Juventud, que se encuentra en la antigua Fanal, frente al Parque
España.
Todo de acuerdo con los términos
del cartel y la oferta.
San José, 24 de abril de 2013.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jorge Rodríguez Solera,
Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
18052.—Solicitud Nº 117-750-029-74.—Crédito.—(IN2013041340).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000004-SCA
Concesión temporal de instalación públicas
para prestación
de servicio de fotocopiado y venta de artículos de librería
en la Sede Regional Chorotega Campus
Liberia-Universidad
Nacional
La Universidad Nacional por
medio de la Proveeduría Institucional, en aplicación a los artículos 29 y 30 de
la Ley de Contratación Administrativa y al Artículo 86 del Reglamento a la Ley
de Contratación Administrativa, declarar Infructuosa la Licitación Pública Nº
2013LN-000004-SCA, “Concesión temporal de instalación públicas para prestación
de servicio de fotocopiado y venta de artículos de librería en la Sede Regional
Chorotega Campus Liberia-Universidad Nacional”, ya que no se presentaron
ofertas al concurso.
Heredia, 24 de junio del 2013.—Proveeduría Institucional.—Nelson Valerio Aguilar,
Director.—1 vez.—O. C. Nº 182-2013.—Solicitud Nº 785-0034.—Crédito.—(IN2013041366).
INSTITUTO
TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000001-APITCR
Concesión de local para servicio de lavandería,
Sede
San Carlos
El Departamento de Aprovisionamiento
comunica que el Consejo Institucional del Instituto Tecnológico de Costa Rica,
acordó en sesión ordinaria Nº 2823, artículo 17, del 12 de junio del 2013,
adjudicar esta Licitación a:
Rodríguez Murillo Mauricio, cédula 1-0753-0768
Monto Mensual del servicio |
¢1.297.600,00 |
Período de contratación: |
1
año prorrogable por 3 períodos iguales hasta un máximo de 4 años. |
Cartago, 24 de junio del 2013.—Lic. Walter Sequeira Fallas, Director.—1
vez.—O. C. Nº 20130737.—Solicitud Nº 615-00046.—Crédito.—(IN2013041365).
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
COMPRA DIRECTA 2013MD-000007-05101
Ketamina (como clorhidrato) 1% inyectable.
Fco
ampolla 20 ml.
El ítem único de este concurso
se adjudicó a la empresa Comercializadora Médica Centroamérica COMECEN S. A.,
por un monto total de ¢32.000.000,00 (treinta y dos millones de colones
exactos). “Vea detalles y mayor información en la Página Web
http://www.hacienda.go.cr/comprared.
Subárea de Insumos Médicos.—Lic. Mauricio Hernández Salas, Jefe a. í.—1
vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 5131.—C-12320.—(IN2013041284).
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
UNIDAD DE COMPRAS INSTITUCIONALES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000031-01
Compra de impresoras
La Comisión Local Central de
Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 11-2013,
celebrada el día 20 de junio del 2013, artículo VIII, tomó el siguiente
acuerdo:
a. Adjudicar la Licitación Abreviada N° 2012LA-000031-01, para la
compra de impresoras, de conformidad con el informe de recomendación
UCI-PA-4418-2012, el estudio técnico USST-ADQ-238-2012 y el estudio legal
ALCA-436-2012, en los siguientes términos:
• Adjudicar las líneas 6 y 7 a la oferta 3 de la empresa Componentes
El Orbe, por un monto de $40.843,12, por cumplir con lo estipulado en el
cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 22 días
hábiles.
• Adjudicar las líneas 2 y 4 a la oferta 8, de
la empresa Sonda Tecnologías de Información de Costa Rica S.A., por un
monto de $10.695,90, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un
precio razonable, con un plazo de entrega de 22 días hábiles.
• Declarar infructuosa la línea 1, porque
supera las especificaciones técnicas.
• Declarar infructuosa la línea 3, por falta
de oferentes.
• Declarar infructuosa la línea 5, por superar
el precio de reserva.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1
vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00176.—(IN2013041345).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000001-01
Compra de equipo Macintosh
La Comisión Local Central de
Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 11-2013, celebrada
el día 20 de junio del 2013, artículo IX, tomó el siguiente acuerdo:
a. Adjudicar la Licitación Abreviada N° 2013LA-000001-01, para la
compra de equipo Macintosh, de conformidad con el informe de recomendación
UCI-PA-1389-2013, el estudio técnico USST-ADQ-87-2013 y el estudio legal
ALCA-368-2013, en los siguientes términos:
• Adjudicar las líneas 1 y 2, a la oferta 3 de la empresa Industria
de Computación Nacional S. A., (ICON S.A.), por un monto de $56.505,81, por
cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con el
plazo de entrega de 25 días hábiles.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1
vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00175.—(IN2013041346).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000001-08
Contratación de servicios de capacitación y formación
profesional en el subsector de salud ocupacional
para la Unidad Regional Brunca
La Comisión Local Regional de
Adquisiciones, de la Unidad Regional Brunca, acordó, en el acta N° 65, artículo II incisos “a) y c)” del 24-06-2013,
lo siguiente:
a) De conformidad con el artículo 16 inciso d) y 24 inciso b) del
Reglamento de Adquisición del INA, y con fundamento en los resultados de los
estudios legal (ALCA-319-2013 de fecha 21-05-2013,), el estudio técnico (NSCS-1031-2013
de fecha 24-04-2013), los elementos de adjudicación y metodología de
comparación de las ofertas (consignado en el punto 11 del pliego cartelario de
la licitación), la razonabilidad del
precio (NSCS-1546-2013 y UCI-PCSC-92-2013), se recomienda adjudicar la
Licitación Abreviada 2013LA-000001-08 “Contratación de servicios de
capacitación y formación profesional en el subsector de salud ocupacional para
la Unidad Regional Brunca”, así: Oferta Nº 1 (única): Consultoría en
Servicios Tecnológicos Consertec S. A., las líneas Nos. 1, 2, 3, 5 y 7,
monto total ¢34.843.200,00, costo por estudiante por módulo ¢199.104,00,
cantidad de estudiantes por módulo 25, total de estudiantes a atender de
conformidad con la totalidad de SCFP a ejecutar 175 estudiantes por los 7
módulos. Los servicios de capacitación y formación profesional se ejecutarán en
el plazo de dos años como máximo, según lo estableció el cartel en el punto
7.1.
b) Declarar infructuosa la línea Nº 4 debido a
que el local ofrecido no cumple con las condiciones técnicas solicitadas en el
cartel y la línea Nº 6 ya que no fue cotizada por el único oferente
participante.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1
vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00183.—(IN2013041347).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000005-01
Contratación de servicios de impresión, instalación y
mantenimiento de mupis
La Comisión Local Central de
Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 11-2013,
celebrada el día 20 de junio del 2013, artículo VII, tomó el siguiente acuerdo:
a. Adjudicar la Licitación Abreviada N° 2013LA-000005-01, para la
contratación de servicios de impresión, instalación y mantenimientos de mupis,
de conformidad con el informe de recomendación UCI-PA-1322-2013, el estudio
técnico AC-148-2013 y el estudio legal ALCA-352-2013, en los siguientes
términos:
• Adjudicar la línea 1, a la oferta 1 de la empresa Equipamientos
Urbanos de Costa Rica S. A. (EUCOR), por un monto de ¢17.000.000,00, por
cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable.
b. Incluir en la orden de compra la bonificación propuesta por el
oferente en el punto 7.9 de la oferta.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1
vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00174.—(IN2013041349).
MUNICIPALIDAD DE COTO BRUS
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Nº
2012LN-000002-01
Compra de un terreno para el proyecto de relleno sanitario
en San Vito, Coto Brus-Decreto Nº 34554
Con respecto a la Licitación Nacional
Nº 2012LN-000002-01, el Concejo Municipal de Coto Brus, en sesión Ordinaria
145, celebrada el día 5 de febrero del 2013, acordó: Declarar infructuosa la
Licitación Pública Nacional Nº 2012LN-000002-01, “Compra de un terreno para el
proyecto de relleno sanitario en San Vito, Coto Brus-Decreto Nº 34554”, ya que
no se presentó la garantía de cumplimiento por parte de los oferentes en el
tiempo requerido.
———————
LICITACIÓN NACIONAL Nº 2012LN-000005-01
Compra de un terreno para la edificación de una planta
procesadora de productos agrícolas,
Sabalito
MGP YSP
Con respecto a la Licitación
Nacional 2012LN-000005-01: El Concejo Municipal de Coto Brus en sesión
ordinaria 154 celebrada el día 9 de abril del 2013, acordó: Declarar desierta
la Licitación Nacional 2012LN-000005-01 “Compra de un terreno para la
edificación de una planta procesadora de productos agrícolas, Sabalito MGP
YSP”. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 de la Ley de
Contratación Administrativa y el artículo 2 del Reglamento a dicha Ley.
San Vito, 24 de abril del 2013.—Proveeduría.—Ligia Naranjo Delgado, Proveedora
Municipal.—1 vez.—(IN2013041372).
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
REMATE N° 04-2013
Venta de bienes en desuso (vehículos y motocicletas)
La División de Contratación
Administrativa del Banco Popular, los invita a participar en el Remate N°
04-2013, el mismo se llevará a cabo en sus oficinas ubicadas en el sexto piso
de la Sede Central, avenidas 2 y 4, calle 1, a las 10:00 horas del día 12 de
julio del 2013.
Las especificaciones, condiciones generales y
especiales podrán retirarse en la Oficina de la División de Contratación
Administrativa, ubicada en el sexto piso de la Sede Central, con un horario de
lunes a viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m.
San José, 25 de junio del 2013.—Área Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria
Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2013041257).
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000011-DCADM
(Prórroga
Nº 3)
Contratación de profesionales en derecho para
brindar servicios para cobro judicial
Se les comunica a los
interesados que se prorroga por la atención de recurso de objeción a la
enmienda N° 1 interpuesto ante la Contraloría General de la República, la fecha
y hora para la apertura de ofertas de este concurso para el día 30 de julio del
2013 a las 10:00 horas.
Todas las demás condiciones y requisitos
permanecen invariables.
San José, 24 de junio del 2013.—Área de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria
Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2013041254).
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
UNIDAD DE COMPRAS INSTITUCIONALES
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000012-01
(Modificación)
Contratación de servicios de mantenimiento para la central
telefónica Nortel Networks Meridiam, los equipos
telefónicos y la red de cableado telefónico
y datos de la Sede Central del INA,
La
Uruca, por demanda
El Proceso de Adquisiciones del
Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en
participar en la Licitación Abreviada N° 2013LA-000012-01, contratación de
servicios de mantenimiento para la central telefónica Nortel Networks Meridiam,
los equipos telefónicos y la red de cableado telefónico y datos de la Sede
Central del INA, La Uruca, por demanda, que el cartel de la supramencionada
licitación se modifica de la siguiente manera:
Condiciones invariables:
Punto 3.1. Garantía de
participación:
Se modifica el monto para que se
lea correctamente: Monto: ¢ 360.000,00.
Punto 3.12. Garantía de
cumplimiento:
Se modifica el monto para que se
lea correctamente: Monto: ¢ 1.800.000,00.
El resto de condiciones y
especificaciones de este cartel, permanece invariable.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1
vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00182.—(IN2013041354).
MUNICIPALIDAD
DE MATINA
La Municipalidad de Matina informa que el texto
del reglamento aprobado por el Concejo Municipal de Matina, para el
otorgamiento de Licencias Municipales requerido en el transitorio II de la Ley
N° 9047 denominada “Ley para la Regulación y Comercialización de Bebidas con
Contenido Alcohólico”, puede ser accesado en la página Web www.munimatina.go.cr
ingresando al menú Planes y Proyectos, submenú Leyes y Reglamentos o accesando
directamente a la dirección electrónica:
http://www.munimatina.go.cr/images/stories/Reglamento_a_la_Ley_de_Licores.pdf.
Matina, 11 de junio del 2013.—Raquel
Ramírez Dawvison, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2013040391).
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
SUCURSAL
PURISCAL
AVISOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
“El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de
este domicilio, hace del conocimiento del público en general que el señor (a)
(ita): Esperanza Umaña Chaverri, cédula N° 01-432-325, ha solicitado la
reposición por motivo de perdida, del certificado de ahorro a plazo
16102260210478026 por un monto de diecisiete millones de colones netos
(17.000.000,00) y sin cupones pendientes de pago. Lo anterior para efectos de
los artículos 708 y 709 del Código de Comercio”.—7 de
junio del 2013.—William Valverde Fernández,
Subgerente.—RP2013352346.—(IN2013038822).
VICERRECTORÍA
DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
ORI-2015-2013.—Villalobos Arce Karen Ileana,
costarricense, cédula 1-0718-0006. Ha solicitado reposición del título de
Licenciada en Nutrición. Cualquier persona interesada en aportar datos de la
vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de
ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil
trece.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge,
Director.—(IN2013038377).
VICERRECTORÍA
ACADÉMICA
REPOSICIÓN DE TÍTULO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante el Departamento de Registro
de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma,
por: Extravío, correspondiente al título de: Bachillerato en Informática
Educativa. Grado académico: Bachillerato en Informática Educativa. Grado
académico: Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo: Tomo: 27,
Folio: 68, Asiento: 1098 a nombre de Rodrigo Javier Rodríguez Sandoval, con
fecha 03 de junio del 2011, cédula de identidad: 1-1334-0645. Se publica este
edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.
Heredia, 8 de mayo del 2013.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández,
Director.—(IN2013039605).
UNIVERSIDADE
ESTATAL A DISTANCIA
VICERRECTORÍA EJECUTIVA
OFICINA DE REGISTRO Y ADMINISTRACIÓN ESTUDIANTIL
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Manfred Murrell Blanco, de
nacionalidad costarricense, cédula N° 1-1001-0485, ha solicitado reconocimiento
y equiparación del título de Maestría, Ingeniería de Recursos, obtenido en el
Instituto de Tecnología de Karlsruhe de Alemania. Cualquier persona interesada
en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo
mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de
los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Sabanilla,
13 de junio del 2013.—Lic. Susana Saborío Álvarez, Coordinadora Comisión de
Reconocimiento de Estudios.—RP2013352388.—(IN2013039216).
INSTITUTO
TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
DEPARTAMENTO DE ADMISIÓN Y REGISTRO
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Isaac Alpízar Chacón,
cédula de identidad N° 206310662, ha presentado para el trámite de
reconocimiento y diploma con el título de Máster en Ciencias de la Computación,
obtenido en la Universidad del Sarre (Saarland).
Cualquier persona interesada en aportar
información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que
debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto
Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.
Cartago, 9 de abril del 2013.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20130101.—Solicitud Nº
615-0032.—Crédito.—(IN2013024604).
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A las once horas cuarenta y
cinco minutos del día trece de mayo del año dos mil trece, se le comunica a los
señores Darlissa Picott y Ronny Alberto Rojas Murillo, la resolución de las
ocho horas treinta minutos del día siete de diciembre del año dos mil doce, que
ordenó medida de protección y cuido provisional, a favor de la niña Amy Elena
Rojas Picott, por motivos de que los progenitores incumplen con sus deberes
parentales sobre su hija Amy Elena, delegando dicha responsabilidad en terceras
personas, específicamente en la tía paterna y su esposo, los señores Arally
Rojas Calvo y Melvin Castro Godínez, los cuales son los que se han encargado de
velar por el bienestar y todos las atenciones de la niña de marras, desde hace
más de dos años. Notifíquese, la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de
facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese
medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso será
de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Exp. OLCO-00009-2012.—Oficina Local de
Corredores.—Lic. Dinia Vallejos Badilla, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 35921.—Solicitud N°
61566.—C-13200.—(IN2013039325).
A Perci Jiménez Hidalgo,
portador de la cédula de identidad número: 1-919-459, de domicilio y demás
calidades desconocidas, progenitor de la persona menor de edad Jorlan Dooglas
Jiménez Ortega, nacido el veinticinco de noviembre del mil novecientos noventa
y seis, bajo las citas de nacimiento número: 1-1660-602, hijo de Gladys Ortega
Mata, portadora de la cédula de identidad número: 1-1038-298, vecina de Acosta,
San José, se le comunica la resolución administrativa de las once horas y
treinta minutos del veintiuno de enero del dos mil trece, de esta Oficina Local
que en lo que interesa ordenó la inclusión a programa y tratamiento para
toxicómanos, a favor de la persona menor de edad indicada por todo el plazo que
fuera necesario para su rehabilitación en asocio con la organización no
gubernamental Hogares Crea para Niños y Adolescentes Heredia, ubicado en Santa
Lucía de Heredia. Se le comunica asimismo la resolución administrativa de las
quince horas del doce de junio del dos mil trece de esta Oficina Local, que en
lo que interesa ordenó revocar en su totalidad la resolución administrativa de
las once horas y treinta minutos del veintiuno de enero del dos mil trece,
debido a que el adolescente Jiménez Ortega hizo egreso voluntario de la
alternativa de protección. Se le previene al señor Jiménez Hidalgo que en
adelante debe señalar medio para recibir notificaciones de las resoluciones que
se dicten por la Oficina Local competente bajo el apercibimiento de que en caso
de omisión o si el medio señalado se encontrara descompuesto o no recibiera las
notificaciones por algún motivo ajeno a la responsabilidad del ente emisor de
la notificación, ésta operará en forma automática y se le tendrán por
notificadas las resoluciones con el sólo transcurso de veinticuatro horas. Se
le hace saber además que contra las citadas resoluciones procede el recurso
ordinario de apelación que deberá interponer en forma verbal o por escrito ante
esta oficina local dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su
notificación el cual será elevado ante la Presidencia Ejecutiva de esta
institución. Expediente N° 145-00002-2013.—Oficina
Local de Aserrí.—Lic. Tatiana Torres López, Representante Legal.—O. C. N° 35921.—Solicitud N° 61570.—C-18480.—(IN2013039779).
A los señores Krictza Catherin
Saavedra Cabrera e Isaías Bostic Arce, se les comunica la resolución de las
trece horas treinta minutos del veintinueve de abril del año dos mil trece, que
ordenó el inicio del proceso especial de protección y el cuido provisional de
los niños Roberto Antonio Bostic Saavedra e Isaías Antonio Bostic Saavedra en
el hogar de la señora Flor María Arce Salas, dentro del expediente
241-00069-2013. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, a
quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta representación legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Expediente 241-00069-2013.—Oficina Local San Carlos.—MSc. Xinia Guerrero Araya,
Órgano Director del Procedimiento.—(IN2013038417).
A la señora Marisol López Marín,
se le comunica las resoluciones de las ocho horas del veintinueve de abril del
año dos mil trece, de las trece horas del dos de mayo del año dos mil trece y
la de las catorce horas del dos de mayo del año dos mil trece, que ordenaron el
inicio del Proceso Especial de Protección, la Audiencia a las partes sobre el
informe social de fecha dos de mayo del año dos mil trece y el cuido
provisional de los niños Yeison Francisco y Kimberly Daniela, ambos apellidos
López Marín, en el hogar de la señora María Ismelda Marín Chavarría,
respectivamente, dentro del expediente 241-00100-2013. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso
será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente 241-00100-2013.—Oficina Local de San
Carlos.—MSc. Xinia Guerrero Araya, Órgano Director del
Procedimiento.—(IN2013038419).
A: Carlos Luis Masís Martínez,
se le comunica la resolución de este Despacho de las 09:00 horas del 28 de mayo
del 2013, por medio de la cual se ordenó revocar medida de protección de cuido
provisional de María Nohelia Masís Gatgens, bajo la responsabilidad de Elsa
María Quintanilla Blanco y en su lugar ordenó la permanencia de la joven con la
madre. De igual forma se define incompetencia y se refieren los antecedentes al
PANI de San Carlos, por residir la madre y sus hijas en esa jurisdicción.
Recurso: Apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes al de la tercera
publicación. Ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para
notificaciones en San Carlos y de alzada en San José, de lo contrario las
resoluciones posteriores se darán por notificadas transcurridas veinticuatro
horas. Deberá señalar número de fax o correo electrónico, para notificarle.
Exp.: 243-00051-97.—San Ramón, 28 de mayo del
2013.—Licda. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento
Administrativo.—(IN2013038420).
A los señores Nadiuska Ramos e
Isaías Bostic Arce, se les comunica la resolución de las catorce horas treinta
minutos del veintinueve de abril del año dos mil trece, que ordenó el inicio
del Proceso Especial de Protección y el Cuido Provisional de la niña Isairis
Nayelis Bostic Ramos en el hogar de la señora Flor María Arce Salas, dentro del
expediente 241-00071-2013. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario
de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del
plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación
a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de
esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible. Expediente 241-00071-2013.—Oficina
Local San Carlos.—MSc. Xinia Guerrero Araya, Órgano Director del
Procedimiento.—(IN2013038421).
ENTE
COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN
INFORMACIÓN OEC 007-2013
El Ente Costarricense de
Acreditación ECA, en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo
12 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento, Decreto Ejecutivo
número 35522-MICIT, da a conocer el otorgamiento y estado de las siguientes
acreditaciones:
1. Área: Laboratorios de Ensayos y Calibración
OEC acreditado contra la Norma INTE-ISO/IEC
17025:2005 Requisitos generales para la competencia de laboratorios de ensayo y
calibración:
Para ver tabla
solo en La Gaceta impresa o con formato PDF
2. Área: Organismos Validadores Verificadores
Norma INTE-ISO 14065:2007 Gases de efecto
invernadero -Requisitos para los organismos que realizan la validación y la
verificación de los gases de efecto invernadero.
Para ver tabla
solo en La Gaceta impresa o con formato PDF
San José, 7 junio del 2013.—Máster Maritza Madriz Picado, Gerente General.—1
vez.—(IN2013039479).
INFORMACIÓN OEC 008-2013
El Ente Costarricense de
Acreditación ECA, en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo
12 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento, Decreto Ejecutivo
número 35522-MICIT, da a conocer el otorgamiento y estado de las siguientes acreditaciones:
Área: Laboratorios clínicos
Norma INTE-ISO/IEC 15189:2008 Laboratorios de
Análisis Clínicos- Requisitos particulares para la calidad y la competencia.
Para ver tabla
solo en La Gaceta impresa o con formato PDF
San José, 17 junio del 2013.—Máster Maritza Madriz Picado, Gerente General.—1
vez.—(IN2013039480).
INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA
Somete a consulta pública los
siguientes proyectos de norma:
PN INTE 16-13-04:2013 “Plásticos. Práctica
normalizada para obtener la base hidrostática de diseño o de presión para
“fibra de vidrio” (Resina termoestable reforzada con fibra de vidrio) de
tuberías y accesorios. (Correspondencia: ASTM D2992).
PN INTE 16-11-22:2013 “Norma para prefabricados de
concreto reforzado para secciones de cajas monolíticas para desagües fluviales
y alcantarillados (métrica)” (Correspondencia: ASTMC1433M).
PN INTE 06-02-43:2013 “Práctica normalizada para la
selección, remoción y traslado de las unidades de manpostería fabricadas y la
manpostería de construcción existente” (Correspondencia: ASTM C 1532).
PN INTE/ISO 13715:2013 “Dibujos técnicos - Contornos
de formas indefinidas - Vocabulario e indicaciones” (Correspondencia: ISO
13715:2000).
Se recibirán observaciones
durante los siguientes 60 días naturales después de la publicación del presente
aviso.
Para mayor información, comuníquese con la
Dirección de Normalización con los ingenieros Felipe Calvo o
César Rosales al teléfono 2283-4522 o a los correos fcalvo@inteco.or.cr
o crosales@inteco.or.cr.
Mauricio Céspedes Mirabelli,
Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2013039870).
Acuerdo tomado en la sesión ordinaria N° 109-2011
del 29-08-2011, en el artículo VI, según oficio
SCM-2076-2011
del 01-09-2011
La Municipalidad de Heredia hace
saber a quien interese que en el Cementerio Central, existe un derecho, donde
el actual arrendatario falleció el 01 de abril de 1974, dicho señor no dejó
herederos en segundo grado, por lo que el Concejo Municipal, invita a las
personas legitimadas a reclamar dicho derecho, y en el caso de no existir
reclamo se tome posesión por parte del Municipio de este derecho. Derecho
ubicado en el Cementerio Central, lote N° 20-A bloque D, con una medida de 6
metros cuadrados para 4 nichos, solicitud N° 883 y 885, recibo N° 977-K y 52-L,
inscrito en el folio 28, libro 1, el cual fue adquirido el 06 de marzo de 1952
y 02 de abril de 1952. El mismo se encuentra a nombre de José Ramírez Chavarría
(fallecido). Datos confirmados según constancia extendida por nuestro Departamento
de Rentas y Cobranzas de fecha 14 de junio del 2010.
Se emplaza por treinta días a todo aquel que
pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la Dirección de
Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus
derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente
Departamento de Rentas y
Cobranzas.—Lic. Hellen Bonilla Gutiérrez, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 54851.—Solicitud N°
42229.—C-11750.—(IN2013040026).
COLEGIO DE PROFESIONALES EN QUIROPRÁCTICA
La junta directiva del Colegio
de Profesionales en Quiropráctica de Costa Rica, en cumplimiento de lo
establecido en la Ley 7912 y su Reglamento convoca a asamblea general
extraordinaria a celebrarse: fecha: sábado 27 julio del 2013. Lugar San José,
Barrio Escalante, avenida 13, calle 35, Consultorio Dr. Capri, hora: 15:30
horas.
Agenda:
Comprobación de quórum.
Lectura y aprobación del orden del día.
Asuntos a conocer:
I- Tribunal de Honor:
a) Código de Ética del Colegio de Profesionales en Quiropráctica.
b) Reglamento para la aplicación de la suspensión
para el ejercicio de la profesión en aplicación de la ejecución condicionada
del Código de Ética del Colegio de Profesionales en Quiropráctica.
II-Junta Directiva:
a) Arancel de honorarios por servicios profesionales de quiropráctica.
b) Reglamento de Hostigamiento Sexual recomienda
su redacción con base al artículo 11 de la Ley N° 7376 Ley Contra el
Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia.
c) Cambio y/o modificaciones en el pago de cuotas
de los colegiados para estado de cuenta.
d) Propuesta de modificación a la ley
constitutiva.
Aprobación y cierre de la sesión
En caso de que no completarse el
quórum a la hora señalada se iniciará la asamblea media hora después.
Publíquese dos veces en el diario oficial La Gaceta.—Dr.
Scott Trescott, Presidente.—Dr. Ronnie Capri, Secretario.—(IN2013040439). 2
v. 2.
LA UNIÓN DE ABOGADOS Y NOTARIOS EXTERNOS
DE
BANCOS ESTATALES E INSTITUCIONES AFINES
Por el presente medio La Unión
de Abogados y Notarios Externos de Bancos Estatales e Instituciones afines
convoca a sus afiliados a una Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria que
tendrá lugar en la sede el Colegio de Abogados en Zapote, a las once horas del día
veintidós de julio del 2013, para conocer de los siguientes asuntos:
1) Informe del Presidente y posible aprobación del estado de los
asuntos de la Unión y de la gestión de la Junta Directiva por el período que
vence.
2) Informe y posible aprobación del estado de
Tesorería.
3) Informe de la Fiscalía.
4) Reforma de los Estatutos del Sindicato
5) Nombramientos de Junta Directiva.
6) Proposiciones de los afiliados.
Si no hubiera quórum, en segunda
convocatoria para el día 31 de julio del 2013, a las cinco de la tarde y si en
ella tampoco hubiese quórum, en tercera convocatoria con los asistentes una
hora después, de ésta.—Zapote, 14 de junio del
2013.—Lic. Manuel Antonio Víquez Jiménez, Presidente.—1
vez.—(IN2013040814).
CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL
GARZAS
DEL SOL
Eurokel CR S. A., con cédula
jurídica número 3-101-344402, en su condición de Administrador electo del
Condominio Horizontal Residencial Garzas del Sol, cédula jurídica número
3-109-117198, convoca a la Asamblea General Ordinaria de Condóminos, que tendrá
lugar el garaje de la filial 6, el día 23 de julio del 2013, a las dieciocho
horas en primera convocatoria. En caso de no existir el quórum necesario para
celebrarla en primera convocatoria, se hará en segunda convocatoria una hora
después de la primera con el número de condóminos presentes.
Orden del día
a) Comprobación de asistencia y verificación de quórum.
b) Nombramiento de presidente y secretario para
la asamblea.
c) Elección de los campos vacantes de la Junta
Directiva
d) Informe de la Administración
e) Presentación de estados financieros
f) Presupuesto II Semestre año 2013, I Semestre
del 2014
g) Instalación de Sensor Fotoeléctrico en el
portón vehicular
h) Proyecto de Pintura General del Condominio
i) Opciones de Tasas de Certificados de
Inversión
j) Opciones para modificación del Presupuesto
k) Ratificación de la Administración
I) Cierre de la sesión.
Se les recuerda que para
participar en dicha Asamblea, los Condóminos deben estar al día en el pago de sus
obligaciones condominales. Los Propietarios podrán designar a un Representante
para que les represente con voz y voto en dicha Asamblea por medio de la
entrega de una Carta Poder, la cual deberá estar debidamente timbrada
autenticada por un abogado. Se deben presentar a la Asamblea con una
certificación del registro de la propiedad y un documento de identidad que los
constate como dueños del inmueble. En caso de filiales a nombre de una persona
jurídica, se debe presentar la certificación literal de la propiedad y una
personería jurídica en donde conste el nombre del representante legal.—Adriano Madriz Zúñiga, Representante Legal Eurokel, CR S.
A.—1 vez.—(IN2013041125).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
HOTELES
AUROLA S. A.
La señora Ligia María Aldecoba Valverde, viuda
una vez, educadora, vecina de José María Zeledón, casa 17, cédula 1-422-007, de
nacionalidad costarricense, en mi condición de heredera e Julio Antonio
Madrigal Antillón, quien fue casado una vez, empleado público, cédula
1-589-937, vecino de Desamparados, quien fue propietario de la acción cero
cuarenta y cuatro inscrita a su nombre por la suma de ¢20.000,00 de la Sociedad
Hoteles Aurola S. A., cédula jurídica 3-101-029163, según certificado CO-044,
se extravío el objetivo del presente edicto es la reposición del título en los
mismos términos que había sido escrito en el original.—San José, 10 de junio
del 2013.—Lic. María Teresa Mora R., Notaria.—(IN2013038981).
La señora Ligia
María Aldecoba Valverde, viuda una vez, educadora, vecina de José María
Zeledón, casa 17, cédula 1-422-007, de nacionalidad costarricense, en mi
condición de propietaria de la acción cero cuarenta y cinco inscrita a mi
nombre por la suma de C 20.000.00 de la sociedad Hoteles Aurola S. A., cédula
jurídica 3-101-029163, según certificado Co-045, se me extravió el objetivo del
presente edicto es la reposición del título en los mismos términos que había
sido escrito en el original.—San José, 10 de junio del 2013.—Ligia María
Aldecoba Valverde.— (IN2013038984).
FLORIDA
ICE AND FARM COMPANY S. A.
La señora Arianne Garnier
Castro, cédula N° 1-0624-0634, ha solicitado la reposición del certificado de
acciones N° S 222 de fecha 9 de setiembre del 2003, por la cantidad de 120.000
acciones de Florida Ice And Farm Company S. A., a favor de la sociedad
Karamaniam S. A., por haber sido extraviado. Se publica este aviso para efectos
del artículo 689 del Código de Comercio.—Ramón de
Mendiola Sánchez, Director General.—(IN2013039338).
CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL HACIENDA
VERDE
CON FINCAS FILIALES PRIMARIAS
INDIVIDUALIZADAS
Condominio Horizontal
Residencial Hacienda Verde con Fincas Filiales Primarias Individualizadas,
cédula jurídica número 3-109-606673, solicita ante la Sección de Propiedad en
Condominio del Registro Público, la Reposición de los libros siguientes: un
libro de Actas de Asamblea General, un libro de Actas de Junta Directiva y un
libro de Caja. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante
dicho Departamento de Propiedad Horizontal del Registro Público, en el término
de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, 17 de junio del dos mil trece.—Andreina
Aita Carballo, Administradora.—(IN2013039632).
SOCIEDAD DE TAXIS EL LABRADOR
Los suscritos Presidente y
Secretaria de la sociedad Unión de Taxistas Isidreños El Labrador Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-doscientos setenta y
cuatro mil ciento trece, por este medio informamos al público en general, la
pérdida de los libros de Actas de Asambleas Generales, Actas de Junta
Directiva, Registro de Socios. Se otorga un plazo de ocho días hábiles a partir
de la publicación, para escuchar oposiciones antes de proceder a la reposición
de dichos libros.—Aurio Arce Villalobos, cédula:
4-076-1087.—Lorena Chaves Gutiérrez, cédula: 4-138-840.—(IN2013039716).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
GRUPO MUTUAL ALAJUELA - LA VIVIENDA
De conformidad con lo estipulado
por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Ramiro Durán
González, cédula 202900389, ha presentado ante esta Entidad, solicitud de
reposición de su(s) Certificado(s) CII Nº 126-302-803301278254, por ¢7.300.000
y cupón número 1 por un monto de ¢337.624,20 y el otro CII Nº
126-302-803301278259, por un monto de ¢42.000.000 y cupón número 1 por un monto
de ¢1.942.500,60 ambos con fecha de vencimiento del 22-04-2013.—Alajuela, 25 de
abril del 2013.—Luis Carlos Morales Peña, Gerente del Centro de
Negocios.—RP2013352816.—(IN2013040147).
FARO ESCONDIDO UNO S. A.
Se hace saber que Inmobiliaria
Faro del Mar Pacífico C Y M, Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
3-101-324042, propietaria del certificado de acciones número cincuenta y ocho,
Serie A, de Faro Escondido Uno S. A., ha solicitado la reposición de dicho
título, con base en el artículo seiscientos ochenta y nueve del Código de
Comercio. Se cita y emplaza a los interesados para que se apersonen en el plazo
de un mes contado a partir de la última publicación de este aviso, para que
hagan valer sus derechos u oposiciones, ante el presidente de la Junta
Directiva en el domicilio social de la empresa en San José, Oficentro La
Sabana, Edificio dos, piso dos, local dos-nueve.—San
José, 21 de febrero del 2013.—Max Fischel Mora,
Presidente.—RP2013352799.—(IN2013040154).
CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL EL PARQUE
La suscrita Yanil Rodríguez
Cordero, cédula 1-715-516, vecina del Condominio Horizontal Residencial El
Parque, en mi condición de propietaria registral de la finca filial número
treinta y dos, inscrita en el Registro Público bajo la matrícula de Folio Real
número 2-39971-F-000, por no existir administrador del condominio con
nombramiento vigente al día de hoy, solicito la reposición por pérdida y
extravío y legalización de los tres libros pertenecientes al Condominio
Horizontal Residencial El Parque, cédula jurídica 3-109-365393, con finca
matriz número 2-M-001909 y corresponden a los siguientes: Libro de Actas de
Asamblea de Propietarios, Libro de Junta Directiva y Libro de Caja ante el
Departamento de Propiedad Horizontal de la Dirección de Bienes Inmuebles del
Registro Nacional.—Alajuela, once de junio del 2013.—Yanil Rodríguez Cordero,
propietaria registral.—RP2013352798.—(IN2013040155).
LA
CUEVA S. A.
Por este medio se hace constar que el señor
Gerardo Sandoval Castro, de nacionalidad costarricense, mayor, casado portador
de la cédula número 202290800, es dueño de la acción número 514, y quiere hacer
su publicación por extravío de la misma. Quedando de la siguiente manera. Para
efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Rafael Ángel Alfaro Vargas
representante legal de La Cueva S. A., hace saber a quien interese que por
habérsele extraviado al propietario de la acción, y que se registra a su
nombre; que cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un
mes a partir de la tercera y última publicación de este aviso.—Rafael
Ángel Alfaro Vargas, Representante Legal.—(IN2013040384).
MUTUAL
CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO
La señora Armida Campos Campos, cédula
800470466, ha solicitado a Mucap la reposición del título valor CDP Nº
112-301-553618 por un monto de 1.000 dólares, el cual fue emitido a su orden el
día 10 de abril del 2013. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro
del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación.—Cartago, 5 de junio del 2013.—Agencia Cartago Centro.—Lic.
Enrique Martínez Solano, Jefe.—(IN2013040446).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
MANILOCO S. A.
Por este medio, Henry Nanne Roe;
en su carácter de Secretario de la junta directiva de la compañía Maniloco S.
A., con cédula jurídica Nº 3-101-149115, hace saber a quién interese que el
tomo Nº 1 del libro de registro de accionistas de dicha sociedad ha sido
extraviado; que cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante
ocho días naturales a partir de la publicación de este aviso.—Lic.
Henry Nanne Roe, Notario.—1
vez.—RP2013352514.—(IN2013039548).
CCN DESARROLLOS HABITACIONALES S. A.
Por este medio, Henry Nanne Roe;
en su carácter de Secretario de la junta directiva de la compañía CCN Desarrollos
Habitacionales S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-366882, hace saber a quién
interese que los tomos Nº 1 de los libros de registro de accionistas, Actas de
Asamblea General y Actas de Junta Directiva, de dicha sociedad han sido
extraviados; que cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse
durante ocho días naturales a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Henry Nanne Roe, Notario.—1
vez.—RP2013352515.—(IN2013039549).
CAFETALERA TRES EQUIS S. A.
Por este medio Henry Nanne Roe,
en su carácter de Presidente de la junta directiva de la compañía Cafetalera
Tres Equis S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-107874, hace saber a quién
interese que el tomo Nº 1 del libro de registro de accionistas de dicha
sociedad ha sido extraviado; que cualquier persona interesada al respecto podrá
oponerse durante ocho días naturales a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Henry Nanne Roe, Notario.—1
vez.—RP2013352516.—(IN2013039550).
ASOCIACIÓN
SOLIDARISTA DE EMPLEADOS
DE COMPONENTES INTEL
DE COSTA RICA S. A. Y AFINES
La
Asociación Solidarista de Empleados de Componentes Intel de Costa Rica S. A., y
afines, informa a las siguientes personas que tienen saldos a favor pendientes
de retirar hasta el 15 de agosto del 2013, favor comunicarse a los teléfonos: 2298-7799
ó 2298-7566:
Para ver tabla
solo en La Gaceta impresa o con formato PDF
Alicia Meléndez Vargas, Presidenta.—1 vez.—(IN2013039840).
MAGNA-LAW
ESCROWS & TRUSTS LLC
(COSTA RICA) LTDA.
El suscrito, Max Alberto Mora Delgado, soltero,
mensajero, cédula número uno-seis seis nueve-nueve ocho cero, vecino de San
José, Zapote, Barrio Córdoba, cien metros sur y cien este de Autos Bohío, quien
actúa de gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de
la sociedad: Magna-Law Escrows & Trusts LLC (Costa Rica) Ltda., cédula
jurídica número tres-uno cero dos-cuatro dos seis nueve ocho seis, domiciliada
en San José, calle treinta y dos, avenidas cuatro y seis, casa cuatro seis
tres, inscrita en el Registro Mercantil al tomo: cinco seis dos, asiento: cero
dos tres tres seis, hago conocimiento de que se gestiona la reposición de los
libros legales denominados: Asamblea de Cuotistas y Registro de Cuotistas, en
virtud del extravío de los mismos, a los cuales fue asignado el consecutivo N°
4061011954011, legalizados la fecha 26 de octubre del 2011 ante el Ministerio
de Hacienda.—San José, 17 de junio del 2013.—Max Alberto Mora Delgado,
Gerente.—1 vez.—(IN2013039905).
HOSPITALITY
PROJECTS GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA
Hospitality Projects Group
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
treinta y nueve mil doscientos treinta y cuatro, domiciliada en Guanacaste,
Santa Cruz, Cabo Velas, Playa Brasilito, en la oficina del abogado
Villavicencio, frente a la estación de gasolina Flamingo, solicita al Registro
Público la reposición de los libros de Actas de Asamblea de Socios, Registro de
Socios y Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de
este aviso.—San José, 19 de junio del 2013.—Lic. Óscar
Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—(IN2013039942).
COLEGIO DE CIRUJANOS DENTISTAS DE COSTA RICA
La Junta Directiva del Colegio
de Cirujanos Dentistas de Costa Rica en sesión N° 1533, celebrada el 16 de mayo
del 2013, tomó el siguiente acuerdo que literalmente expresa: por unanimidad se
acuerda proceder al levantamiento de suspensión de los siguientes odontólogos:
BARRIENTOS
PERALTA GEORGINA, BRENES MADRIGAL KAROL, CAMPOS ACUÑA EUGENIO JOSE, CHAVES MORA
JULIO CESAR, ESPINOZA MENDEZ MARCELA, GRANERA VARELA LUIS CARLOS, MENDEZ TREJOS
JOHANNA, MORALES ZAMORA SANDRA, RAMIREZ ABARCA IVETTE PATRICIA, SANCHEZ JIMENEZ
LAURA, SOLIS JIMENEZ MELANIA, VALLEJOS OBANDO ANA GABRIELA, YURELL ALEA KAREN MICHEL.
La Junta Directiva del Colegio
Cirujanos Dentistas de Costa Rica en sesión N° 1534 celebrada el 30 de mayo del
2013, tomó el siguiente acuerdo que literalmente expresa: por unanimidad se
acuerda proceder al levantamiento de suspensión de los siguientes odontólogos:
ALBAN MARTINEZ
HECTOR, BARBOZA ZUÑIGA ERICK, CHAVES ALFARO JOSUE, FALLAS GARRO GLORIANA MARIA,
SEANZ ESQUIVEL ALEJANDRA MELISSA.
La Junta Directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en
sesión N° 1460 celebrada el 22 de junio 2010, tomó el acuerdo de realizar la
siguiente publicación:
• Listado de colegiados suspendidos por
morosidad en el pago de colegiaturas razón que les impide ejercer la profesión:
ACUÑA ARCE
FANNY, AGUERO GALLO ALFREDO, AGUILAR CORONADO DUNIA, AGUILAR COTO ANDREA,
ALFARO ROJAS ROSA IRIS, ALVARADO GRANADOS FRANCISCO, ALVARADO MONGE CARLOS
RICARDO, AMARO ALMANZAR MARGARITA, ANGULO AVILA BERNAL, ARAYA VALVERDE LIZETH,
ARGUEDAS CHAVERRI ROLANDO, ARIAS CHAVARRIA FERNANDO, ARIAS CHAVES MARIO
RODRIGO, ARIAS PORTERO FANNY PATTRICIA, BADAWY GUERRERO PATRICIA, BALBOA
HERRERA RAFAEL GMO., BARQUERO CASTRO GEISELA, BARQUERO FIGUEROA VERONICA MARIA,
BARRANTES MATA MARCELA, BEDOYA RAMIREZ LEIDY VANESSA, BEIRUTE PRADA RASHID,
BENAVIDES FAJARDO MARITA, BERGER GARNIER JENNY MA, BETANCOURT GONZALEZ ANGEL
GONZALO, BOLAÑOS ALPIZAR JOSE ANGEL, BONILLA SALAS SERGIO, BOROWSKI ZANKEL
MARGRIT, CALVO BRENES RANDALL ESTEBAN, CAMACHO GUZMAN EVELYN, CAMACHO MORA
DENIS ALFONSO, CAMPOS DUARTE MAURICIO, CARBALLO VELIZ WENDY DEL CARME, CARRILLO
HERNANDEZ ELAINE, CARVAJAL SOLIS JUAN BTA., CASTRO MORA MONICA, CASTRO ROJAS
NORMAN, CASTRO SOLANO ELIZABETH, CERDAS PRADO KARLA, CESPEDES CESPEDES JAVIER
OCTAVIO, CESPEDES PAZ EDGAR ALFREDO, CHAVES CONSTENLA MARISOL, CHAVES RAMIREZ
ADRIANA, CHAVES SALAZAR ANDREA, CHIN WO ASTUA DAVID, CHINCHILLA HERRERA
ANASTASIO, CHINCHILLA HERRERA RAMON, CONEJO SANDERS ALLAN ANTONIO, CONTRERAS
GARCIA ALVARO, CORCHO MARTELL DAYNE, CORDERO AGUILAR FABIO, CRUZ CABRERA NIDIA
ESTHER, DE LA GUARDIA ANZOATEQUI VICTOR, DELGADO HERNANDEZ AUXILIADORA, DREXLER
MONTERO MARIA INES, ESCOBAR LOPEZ MARTHA CECILIA, ESPINOZA CALDERON SHIRLEY
MARIA, FERNANDEZ VEGA PIEDAD ROCIO, FONSECA HERNANDEZ ALINA, GAMBOA AMADOR
LAURA, GARCIA JIMENEZ JAVIERA, GARCIA LEON GUISELLE MARIA, GARCIA LOPEZ ALFONSO
ALBERTO,GARCIA ROJAS NATALIA, GARCIA RUIZ JOSE PABLO, GOLBERG WAIMAN WALTER,
GOLDEMBERG TARASIUK JULIETA, GOMEZ LOPEZ MARVIN, GOMEZ QUESADA BERNAL, GONZALEZ
ALFARO MARIA LAURA, GONZALEZ ARROYO ANGELA, GONZALEZ PORRAS JAVIER, GONZALEZ
ROJAS MELISSA, GONZALEZ RUIZ MA. JOSE, GONZALEZ TEJEDOR ALEXANDER M., GONZALO
DIAZ DAVID, GRANADOS VILLEGAS ISABEL CRISTINA, GRATTAO COSTA LUCIANA, GROSSER
PADILLA ERWIN, GUERRA MIRANDA CARLOS ROBERTO, GUERRERO LIZANO MARISOL, GUEVARA
VIQUEZ CAROLINA, GUTIERREZ ESCOBAR CLAUDIA LUCIA, GUTIERREZ GONZALEZ DANIEL
ANTONIO, HAUG LEIVA REBECA, HERNANDEZ BRITO ARTURO GREGORIO, HERNANDEZ MORALES
JOHNNY, HERNANDEZ PARDO PEDRO LUIS, HERRERA ESPINOZA ANA GUISELLE, HIDALGO
MALTOCK MARIA GABRIELA, HOFFMAN SHULTZ MOISES, HSU SUNG CHEN CHUN, ISA AMIEBA
MARGARITA, JIMENEZ CAMPOS MARISELA, JIMENEZ CHAVARRIA CLAUDIA, JIMENEZ
CHAVARRIA JOSUE DAVID, JIMENEZ MORALES KAROL JASMIN, JIMENEZ MORICE ALEXANDRA,
JIMENEZ SEGURA MIREYA, JUNQUERA CASTELLANOS JESSICA, LASTRES RODRIGUEZ
FERNANDO, LEE WOO HYUN, LEIVA BADILLA EVAN, LEON MORA RANDALL JESUS, LEWIS
SMITH JOHAU ALBERTO, LISAC VELEZ VELKYS, LONDOÑO GONZALEZ LEONARDO, LOPEZ
BERMUDEZ MIGUEL, LOPEZ RODRIGUEZ JANNES, LORA RODRIGUEZ LUIS EDUARDO, LORIA
ALVAREZ KATTIANA, LOSADA DELGADO MARIETTA, MADRIGAL HERNANDEZ MARIA DEL CARME,
MADRIGAL PEREZ ANDREA PATRICIA, MADRIZ JIMENEZ ANDREA, MADRIZ JIMENEZ
FRANCELLA, MARIN VALLEJOS JANNY, MARISCAL MARISCAL ALBA LIRA, MARTINEZ MARTINEZ
MILENA, MARTINEZ RODRIGUEZ MELISSA, MARTINEZ ROJAS MARIA EUGENIA, MATA CARDENAS
BELSEN, MATA SANDI LUIS GERARDO, MEDINA ARRIOLA LINO A., MEJIA DURAN JACKELINE,
MELENDEZ CALVO GIOCONDA, MENA VIVAS RUBEN ANTONIO, MENDIETA NAVARRO JORGE
VLADIMIR, MENDOZA GONZALEZ LUZ MARINA, MOJICA BERRIOS MA.DEL CARMEN cc MIRIAM,
MONCADA ALVARADO KATHYA IRENE, MONTENEGRO PEREIRA MAXIMILIANO, MONTERO JIMENEZ
MANUEL ENRIQUE, MONTERO RODRIGUEZ DANIEL ALBERTO, MORA GONZALEZ CARLOS LUIS,
MORALES QUESADA JOSE PABLO, MORUA BRENES ANA CRISTINA, MOYA MASIS REBECA, MUÑOZ
CANTERO PATRICIA, MUÑOZ CESPEDEZ EDDIE, MUÑOZ ROJAS CYNTHIA ISABEL, MURILLO
MORA MARTA, MURILLO SIMON CAROLINA, NUÑEZ SVANHOLM KARIN, OBANDO SAENZ MARIA
DEL CARMEN, OBANDO SOTO JULIO ENRIQUE, OCONITRILLO QUESADA ARLET MARIA, OLIVA
UMANA CARMEN MARIA, ORTEGA VIQUEZ MARIA JOSE, ORTIZ LIZANO MAUREEN, OVANDO
CHAJON BRENDA CAROLINA, OVARES RODRIGUEZ DANIEL, PACHECO ARCE CATALINA, PACHECO
BOLAÑOS EDGAR, PACHECO RODRIGUEZ ILENA, PARDO MONTERO ALICIA CECILIA, PARRALES
CONCEPCION KARLA, PAZ CASANOVA RODY, PAZOS LAURA MARIELA, PEREZ GUEVARA DUILIO,
PEREZ RAMON GABRIELA E., PIANESI PINTI FRANCESCO, PINAGEL RODRIGUEZ PATRICIA,
PORRAS MENDEZ YAKSIRY, POSADA OROZCO MANUEL SALVADOR, PRADO BARBOZA TATIANA,
QUESADA ARAYA MARTIN, QUESADA LEON ROBERTO, QUINTERO CARRIZO RIGOBERTO,
QUINTERO MORA MARIA ISABEL, QUIROS ALFARO ELENA, QUIROS RODRIGUEZ JORGE ARTURO,
RAMIREZ MONGE JACQUELINE, RAMIREZ VALDEZ ENRIQUE FRANCS, RAMIREZ YEN ALEJANDRA,
RETANA ZAMORA ALEXIS, REYES DIAZ OSCAR BRUNO, REYES SEVILLA MARISOL, RINCON
GOMEZ HECTOR JOSE, ROCCA VALLEJO MA.TERESA, RODRIGUEZ ARAGON GUSTAVO ALONSO,
RODRIGUEZ ARAYA MONICA INES, RODRIGUEZ BADILLA MARIO, RODRIGUEZ PARIS FERNANDO,
RODRIGUEZ VILLEGAS CARLOS EDUARDO, ROJAS MORALES JACKELINE, ROMERO UZEDA ROXANA
MARIA, RUDIN DIAZ ERIKA, RUIZ ALVAREZ MONSERRAT, RUIZ FERNANDEZ KYRENE, RUIZ
VARGAS JOSE GILBERTO, SALAS BLANCO CARLOS, SALAS PIEDRA GILBERT, SALAZAR SOLIS
MARCO, SANABRIA GIRO MARCO A., SANCHEZ CASTRO VICTORIA, SANCHEZ CERDAS LISSETH
VANESSA, SANCHEZ ESCOTO MAINRED, SANCHEZ JIMENEZ LORELLY, SANCHO MATA JAVIER,
SANTOS CARRILLO CARLOS, SIBAJA RODRIGUEZ CARLOS, SLOOTEN VOS JOHANNA, SOLA
MENDEZ LUIS, SOLA PERERA LUIS ALAIN, SOLANO ROCA IVAN, SOTO CORRALES PAULA,
SOTO RUIZ ROLANDO, SUAREZ NARANJO LILIA MARIA, SUCROVICH AXEROLD LEON, TARDO
HERNANDEZ ALFREDO, THOMAS ARIAS JERALDINE, TORRES CASTILLO SHARLENE MARIA,
TORRES MORERA MARIO, TORRES QUIROS RONALD A., TRAUTMANN PETERS GLENN, TREJOS
MATAMOROS ADRIAN, TREJOS MONGE FRANK STEVE, TREZZA POLINI MARIO, UGARTE PALMA
ESTEBAN, ULATE PESSOA MELISSA, URBINA ORTEGA MANUEL, VALENCIANO AGUILAR MARIA
ANTONIETA, VALENCIANO SALAZAR HECTOR ANTONIO, VARGAS GONZALEZ ELEOMAR, VARGAS
MADRIGAL DAVID EUGENIO, VARGAS SALAS RUTH, VARGAS VARGAS JUAN LUIS, VARONA DEL
PINO YOSVANY, VEGA SANCHEZ JULIO R., VERGARA SUAREZ ANDREA, VIDECHE SOLANO
MANUEL, VILLALOBOS CARVAJAL CARLOS, VILLALOBOS VARGAS JUAN CARLOS, WALKER
PALMER YASSIRA SULEMM, WEBB PORTO LOUISE, WEBSTER FLASHY RENE, YUN LEE KAREN,
ZAMORA BARQUERO MARIA DOMINGA, ZAMORA CANTILLANO ALEXANDER, ZAPATA ARROYO
SERGIO ANTONIO, ZAPATA SERRANO LARKIN JOHAN, ZUÑIGA FERNANDEZ KAROL.—Dr. Rafael Porras Madrigal,
Fiscal General.—1 vez.—(IN2013040042).
CERRAJERÍA COSTA RICA S. A.
Cerrajería Costa Rica S. A.,
cédula jurídica tres-ciento uno-cero cero ocho mil seiscientos ochenta y cinco,
solicita ante el Registro Nacional, la reposición por extravío de los
siguientes libros: libro de Actas de Junta Directiva número uno, libro de Actas
de Asamblea General número uno, y libro de Actas de Registro de Accionistas
número uno.—Lic. Greivin Ureña Fuentes, MBA. Notario
Público.—1 vez.—RP20130352614.—(IN2013040148).
FEDERACIÓN COSTARRICENSE DE BEISBOL
Yo, Rodrigo Vargas Castaing,
mayor, casado una vez, ingeniero topógrafo, vecino de San José, Paso Ancho,
portador de la cédula de identidad número: uno-cinco cinco cinco-seis cero seis,
Presidente y representante legal de la Federación Costarricense de Beisbol,
cédula jurídica número: tres-cero cero dos-cero cinco uno cinco cero nueve,
solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la
reposición de los libros de Inventarios y Balances, Mayor, Diario y Junta
Directiva, los cuales fueron extraviados, se emplaza por ocho días hábiles a
partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el
Registro de Asociaciones. Es todo.—Rodrigo Vargas
Castaing, Presidente.—1 vez.—RP2013352642.—(IN2013040149).
AGRÍCOLA AGRINAVA SOCIEDAD ANÓNIMA
Nosotros, Gelbert Andre Naranjo
Vargas, mayor, casado una vez, agricultor, portador de la cédula de identidad
número uno-uno dos cero cero-cero nueve nueve ocho, vecino de Santa María de
Dota y Efraín Naranjo Blanco mayor, casado una vez, agricultor, portador de la
cédula de identidad número uno-cinco uno seis-cero siete dos seis, vecino de La
Sabana de Tarrazú, en nuestra calidad de apoderados generalísimos sin límite de
suma de la sociedad Agrícola Agrinava Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-tres seis cuatro uno nueve dos, solicitamos al
Departamento de Sociedades del Registro de Personas Jurídicas la reposición del
libro de Registro de Accionistas, número uno, que fue legalizado ante el
Ministerio de Hacienda en fecha diez de junio del año dos mil once, el cual se
extravió. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a
cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Sociedades.—San Marcos de Tarrazú, trece de junio del 2013.—Lic. Ana
Graciela Zúñiga Gamboa, Notaria.—1
vez.—RP2013352647.—(IN2013040150).
LLARFA OCCIDENTAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Marcos Vinicio Vásquez
Carranza, cédula de identidad número 2-372-020, en calidad de Presidente y
representante legal en mi condición de Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma, ejerciendo la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad Llarfa Occidental Sociedad Anónima, domiciliada en
La Guaria de Piedades Sur de San Ramón, Alajuela, 200 metros al este y 150 al
norte de la Pulpería, con cédula de persona jurídica 3-101-212554, solicito al
Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional la reposición del libro Asambleas
de Socios de la mencionada sociedad, por pérdida del mismo. Se emplaza por ocho
días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír
objeciones ante el Registro Nacional.—18 de junio del
2013.—Lic. Francisco Soto Morales, Notario.—1
vez.—RP2013352719.—(IN2013040151).
EXPEDICIONES OCEÁNICAS DEL PACÍFICO S. A., AGRÍCOLA
INDUSTRIAL FLOR DEL GUARCO S. A., INVERSIONES MIMAR
S.A., AGRÍCOLA GANADERA LOS MALINCHES FLORIDOS S. A.,
CORPORACIÓN B L CIENTO SIETE DE SANTA ANA, ÁGUILA
MARINA S. A., CORPORACIÓN CRISJAE S. A., E
INVERSIONES LOSÁN DE COSTA RICA S. A.
Yo,
Marlene Cruz Cordero, cédula de
identidad número 9-009-070, actuando en mi condición de
Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de conformidad
con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, de las
compañías: Expediciones Oceánicas del Pacífico S. A., cédula jurídica
3-101-111429; Agrícola Industrial Flor del Guarco S. A., cédula jurídica
3-101-074472, Inversiones Mimar S. A., cédula jurídica 3-101-038318; Agrícola
Ganadera los Malinches Floridos S. A., cédula jurídica 3-101-044907;
Corporación B L Ciento Siete de Santa Ana, cédula jurídica, 3-101-187799;
Águila Marina S. A., cédula jurídica 3-101-278062; Corporación Crisjae S. A.,
cédula jurídica 3-101-050071; e Inversiones Losán de Costa Rica S. A., cédula
jurídica 3-101-050365; solicitamos ante el Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, la reposición de los libros: uno de Registro de Socios, uno
de Asamblea de Socios, uno de Actas de Consejo de Administración, los cuales
fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación
a cualquier interesado para que presenten objeciones ante el Departamento
Mercantil del Registro de Personas Jurídicas.—San
José, catorce de junio del 2013.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2013352806.—(IN2013040152).
LA NUEVA LUZ MULTISERVICIOS S. A.
La sociedad La Nueva Luz Multiservicios
S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-tres seis cinco ocho cinco siete,
solicita la reposición de los siguientes libros legales: Libros contables.
Quien se considere afectado, dirija sus oposiciones al Área de Información y
Asistencia al Contribuyente, Administración Regional de San José, en el término
de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, 09 de junio del
2013.—Lic. Manuel Alpízar Rojas, Notario.—1
vez.—RP2013352882.—(IN2013040153).
CENTRO TURÍSTICO REGIÓN NORTE EMPLEADOS
SEGURO
SOCIAL SOCIEDAD ANÓNIMA
El Centro Turístico Región Norte
Empleados Seguro Social Sociedad Anónima (CETRENSS, S. A.), cédula jurídica Nº
3-101-047753, publica la lista de los accionistas en calidad de morosos con más
de seis cuotas por concepto de desarrollo, conservación y mantenimiento, a
efecto de que se apersonen en el término improrrogable de treinta días hábiles
a partir de la publicación de este aviso, a las oficinas administrativas
situadas en El Coyol de Alajuela, 2 km oeste de Riteve, con el fin de efectuar
el debido pago. En caso de no cumplirse con las obligaciones pendientes, la
empresa automáticamente dará por terminado los derechos, según lo estipulado en
el Reglamento Interno de la Empresa. García Sancho Hernán, cédula Nº
1-0323-0428, accionista Nº 1676; Hidalgo López Ileana, cédula Nº 1-0560-0203,
accionista Nº 1665; Ramírez Quirós María Eugenia, cédula Nº 1-0381-0516,
accionista Nº 1731; Sánchez Arce Benigno Feliciano, cédula Nº 6-0095-0642,
accionista Nº 2986; Ureña Mora Marta, cédula Nº 1-0277-0396, accionista Nº
2071. Rige lo anterior a partir de su publicación en el Diario Oficial.—Dr.
Eduardo Antonio Blanco Umaña, Presidente.—1 vez.—(IN2013040368).
El Centro Turístico Región Norte
Empleados Seguro Social Sociedad Anónima (CETRENSS S. A.), cédula jurídica Nº
3-101-047753, publica la lista de los accionistas en calidad de morosos con más
de seis cuotas por concepto de desarrollo, conservación y mantenimiento, a
efecto de que se apersonen en el término improrrogable de treinta días hábiles
a partir de la publicación de este aviso, a las oficinas administrativas
situadas en El Coyol de Alajuela, 2 km oeste de Riteve, con el fin de efectuar
el debido pago. En caso de no cumplirse con las obligaciones pendientes, la
empresa automáticamente dará por terminado los derechos, según lo estipulado en
el Reglamento Interno de la Empresa. Calderón Morales Ricardo Francisco, cédula
Nº 1-0953-0404, accionista Nº 1626; Pernudi Chavarría Judith María, cédula Nº
1-0404-0985, accionista Nº 2582. Rige lo anterior a partir de su
publicación en el Diario Oficial.—Dr. Eduardo Antonio Blanco Umaña, Presidente.—1
vez.—(IN2013040370).
El Centro Turístico Región Norte
Empleados Seguro Social Sociedad Anónima (CETRENSS S. A.), cédula jurídica Nº
3-101-047753, cita a los interesados legítimos de la sucesión de quien en vida
se llamó: Fonseca Solano Guiselle, cédula 2-0358-0692, accionista Nº 0077 y Nº
1291, a efecto de que se apersonen en el término improrrogable de treinta días
hábiles a partir de la publicación de este aviso, a las oficinas
administrativas situadas en El Coyol de Alajuela, 2 km. oeste de Riteve, con el
fin de efectuar el debido pago. En caso de no cumplirse con lo establecido, la
empresa automáticamente dará por terminado sus derechos, según lo estipulado en
el Reglamento Interno de la Empresa. Rige lo anterior a partir de su
publicación en el Diario Oficial.—Dr. Eduardo Antonio Blanco Umaña, Presidente.—1
vez.—(IN2013040371).
Por escritura otorgada ante mi
Notaría a las diez horas del veinticinco de abril del dos mil trece, Kenner
Mata Guido, cédula 6-337-169, y Melba María Rodríguez Bravo, cédula 6-251-251,
constituyen la sociedad denominada corporación Kenay Sociedad Anónima,
con domicilio en Urbanización Manuel Mora, casa G-doce, Barranca, Puntarenas,
distrito octavo, cantón primero de la provincia Puntarenas. La representación
judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma, la tendrán el Presidente. Kenner Mata Guido, y la Tesorera. Melba María
Rodríguez Bravo.—Lic. Carlos Bertarioni Bolaños
Notario.—1 vez.—RP2013352373.—(IN2013038921).
Por escritura otorgada ante mi
Notaría a las diecisiete horas del treinta de abril del dos mil trece, Erick
Porras Venegas, cédula 6-236-677, Luis Antonio Porras Venegas, cédula
6-124-225, y Luis Gerardo Montiel Ramírez, cédula 2-444-218, constituyen la
sociedad denominada Desarrollos Técnicos de Orotina Sociedad Anónima,
con domicilio en Orotina, del Banco Nacional cien metros al sur y veinticinco
metros al este, distrito primero, cantón noveno de la provincia de Alajuela. La
representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma, la tendrán el Presidente Erick Porras
Venegas, el Vice-presidente Heylmuth Jiménez Barboza, Tesorero Luis Gerardo
Montiel Ramírez y Secretario Luis Antonio Porras Venegas.—Lic.
Carlos Bertarioni Bolaños, Notario.—1
vez.—RP2013352374.—(IN2013038922).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría, a las once horas del día once de junio del año dos mil trece,
protocolicé acta de asamblea de socios de Infovida Sociedad Civil, en la
cual se reformó la cláusula sétima y se hace nombramiento de administrador.—San José, 11 de junio del 2013.—Lic. Gabriela Coto Esquivel,
Notaria.—1 vez.—RP2013352375.—(IN2013038923).
En esta notaría se tramita en
escritura ciento treinta y siete-sexto, del trece de junio del dos mil trece.
Se realizó la protocolización de modificación del pacto constitutivo de Asesoramiento
Óptico- Logistíco JS Sociedad Anónima.—Trece de
junio del dos mil trece.—Lic. Nelson Ramírez Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2013352377.—(IN2013038924).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría a las 16:00 horas del 11 de junio del 2013, se protocolizaron actas de
asamblea general extraordinaria de cuotistas de United Collection Bureau
C.R. S. R. L., en la que se modificó la cláusula tercera de los estatutos.—San José, 11 de junio de 2013.—Lic. Juan Carlos Cersosimo
D’Agostino, Notario.—1
vez.—RP2013352379.—(IN2013038925).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría a las nueve horas del once de junio del dos mil trece, se modifican los
estatutos de la sociedad Fields M.L.T. Centro S. A..—Lic. Gonzalo Vargas Acosta,
Notario.—1 vez.—RP2013352380.—(IN2013038926).
Por escritura otorgada ante esta
notaría el ocho de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de
disolución la entidad denominada Desarrollo Globales Noelly Rojas Gatgens
Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres ciento uno trescientos veintiún
mil quinientos cuarenta y ocho, domiciliada en Grecia cuyo presidente es Juan
Carlos Araya Rojas mayor, casado una vez, abogado, cédula de identidad número
dos trescientos noventa y tres quinientos cuarenta y siete.—2 de junio del
2013.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1
vez.—(IN20130338929).
En mi notaría y mediante
escritura número doscientos setenta y ocho de las quince horas del doce de
junio del dos mil trece, protocolicé acuerdos de la sociedad Capa Transportes
Liberia Sociedad Anónima.—San
José trece de junio del dos mil trece.—Lic. Diego Arturo Oviedo Alpizar,
Notario.—1 vez.—(IN2013038936).
Vegabe Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-146774.
Por acuerdo número cuatro de asamblea general extraordinaria de accionistas se
acordó por unanimidad disolver la presente sociedad de conformidad con el
inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio, manifestando
expresamente que no existen activos y pasivos pendientes propiedad de la
sociedad que liquidar. De conformidad con el artículo doscientos siete del
Código de Comercio se emplaza a cualquier interesado por el término de ley.—Alajuela, 13 de junio del 2013. Sra Yanira Flor Benavides
Mejías, Presidenta. Sr. Miguel Ángel Vega Solórzano, Tesorero.—1
vez.—(IN2013038946).
Por escritura, otorgada ante mí,
se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Super Hot Race S. A. y
se designaron nuevos miembros de la junta directiva y nuevo
fiscal. Presidente Anna Maya Moberg.—San José, catorce
de junio del dos mil trece.—Lic. Giovanni Bruno Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2013038954).
Por escritura otorgada ante esta
notaría el día doce de junio del año dos mil trece, se protocolizó el acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Filial Ochenta
y Siete Amarillo Fuerte Ventura Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y nueve mil quinientos noventa y cuatro,
en la que se modificó la cláusula novena de la administración.—San
José, trece de junio del dos mil trece.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(IN2013038963).
Por escritura número
veinticuatro de protocolización de acta de sociedad denominada Ebony Tower
International Sociedad Anónima por acuerdo de asamblea de accionistas y
mediante la cual se solicita disolver la sociedad ya mencionada y otorgada ante
mi Notaría en la ciudad de Alajuela a las once horas del diez de junio del año
dos mil tres, solicito se publique el edicto correspondiente por Ley.—Alajuela, a las ocho horas del once de junio del dos mil
trece.—Lic. Rita María Salazar Rodríguez, Notaria.—1
vez.—(IN2013038965).
He protocolizado acta de las
empresas Huate Vienne S. A. e Inmobiliaria Kalew RST Seis S. A. en donde se
realizan nuevos nombramientos, teléfono 8706-5082.—San
José, 14 de junio del 2013.—Lic. Jurgen Kinderson Roldán, Notario.—1 vez.—(IN2013038968).
Protocolización de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Construcciones LP
Treinta y Uno de la Rosa Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
3-101-333785, de disolución de la sociedad. Escritura otorgada a las quince
horas del diez de junio del dos mil trece.—Lic. Nataly
Mireya Espinoza Alvarado, Notaria.—1
vez.—(IN2013038971).
Por escritura otorgada ante mí,
a las diecinueve horas del doce de junio del dos mil trece, se protocolizó acta
de reforma del pacto constitutivo de la sociedad Urbanizadora Apoyo Total
UAT Sociedad Anónima. Presidente: José Luis Arguello Galbraith.—San José, doce de junio del dos mil trece.—Lic. Patricia
Prada Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2013038978).
Por escritura otorgada ante mí,
a las ocho horas del trece de junio del dos mil trece, se protocolizó acta de
reforma del pacto constitutivo de la sociedad Inversiones Arguello Courtney
Sucesores Sociedad Anónima. Presidente: José Luis Arguello Galbraith.—San José, trece de junio del dos mil trece.—Lic. Patricia
Prada Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2013038980).
Por escritura otorgada ante mí,
a las dieciocho horas del doce de junio del dos mil trece, se protocolizó acta
de reforma del pacto constitutivo de la sociedad Oyanca Real Sociedad
Anónima. Presidente: José Luis Arguello Galbraith.—San
José, doce de junio del dos mil trece.—Lic. Patricia Prada Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2013038982).
En mi notaria a las 11:06 del 14
de junio del 2013, reforma pacto constitutivo, cláusula décima segunda y se
nombra junta directiva de la sociedad
denominada Consultora Creativa Macami S.A. Presidenta Andrea Castillo
Quesada. Notario Daniel Arroyo Bravo, teléfono 2441-5555 se solicita la
publicación de edicto para lo que en derecho corresponda.—Alajuela,
14 de junio del 2013.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1
vez.—(IN2013038987).
En mi notaria a las 11:01 del 14
de junio del 2013, reforma pacto constitutivo, cláusula sexta y se nombra junta
directiva de la sociedad denominada Enlaces Químicos S. A. Presidente:
Wainer Arias Abarca, Notario Daniel Arroyo Bravo, teléfono 2441-5555 se
solicita la publicación de edicto para lo que en derecho corresponda.—Alajuela,
14 de junio del 2013.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1
vez.—(IN2013038988).
Por escritura otorgada al ser
las ocho horas del trece de junio del dos mil trece, que es asamblea general
extraordinaria de la sociedad denominada Inversiones Cielo Azul Limitada,
cédula jurídica tres-ciento dos-seis cero cero nueve nueve, en firme por
unanimidad y por convenir así a los intereses de sus socios y haber cumplido su
objeto social, se acuerda disolver dicha sociedad ante la notaría de la Karla
Chaves Mejia.—Lic. Karla Chaves Mejia, Notaria.—1 vez.—(IN2013038989).
Mediante escritura número
setenta y cuatro-siete, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del trece
de junio del dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea de socios de la
sociedad Tres Ciento Uno Seiscientos cincuenta mil setecientos treinta y dos
Sociedad Anónima, en la cual se aumenta el capital social y se autoriza
nueva emisión de títulos accionarios.—San José, jueves
trece de junio del dos mil trece.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2013038991).
Por escritura número ciento
veintiocho, otorgada ante esta notaría el día trece de junio del año dos mil
trece, a las once horas con treinta minutos, se protocolizó el acta número uno
de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa: AVP Bo
Trece S. A. Mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos
sociales y se nombró nueva junta directiva de la sociedad.—San
José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2013039000).
Por escritura número ciento
veintinueve, otorgada ante esta notaría el día trece de junio del año dos mil
trece, a las doce horas, se protocolizó el acta número uno de sesión de
asamblea general extraordinaria de socios de la empresa: AVP Bo Catorce S.
A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos
sociales y se nombró nueva junta directiva de la sociedad.—San
José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2013039001).
Por escritura número ciento
treinta, otorgada ante esta notaría el día trece de junio del año dos mil
trece, a las doce horas con treinta minutos, se protocolizó el acta número uno
de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa: AVP Bo
Quince S. A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los
estatutos sociales y se nombró nueva junta directiva de la sociedad.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Marco
Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2013039002).
Por escritura número ciento
veintiséis, otorgada ante esta notaría el día trece de junio del año dos mil
trece, a las diez horas, se protocolizó el acta número cinco de sesión de
asamblea general extraordinaria de socios de la empresa: Cammea Uno S. A.,
mediante la cual se reformó la cláusula octava de los estatutos sociales.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Marco
Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2013039003).
Por escritura número ciento
cuarenta y uno, otorgada ante esta notaría el día trece de junio del año dos
mil trece, a las dieciocho horas, se protocolizó el acta número uno de sesión
de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa: AVP LC Tres S.
A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos
sociales y se nombró nueva junta directiva de la sociedad.—San
José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2013039004).
Por escritura número ciento
cuarenta y dos, otorgada ante esta notaría el día trece de junio del año dos
mil trece, a las dieciocho horas con treinta minutos, se protocolizó el acta
número uno de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de la
empresa: AVP LC Cuatro S. A., mediante la cual se reformó la cláusula
quinta de los estatutos sociales y se nombró nueva junta directiva de la
sociedad.—San José, trece de junio del dos mil
doce.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2013039005).
Por escritura número ciento
cuarenta y tres, otorgada ante esta notaría el día trece de junio del año dos
mil trece, a las diecinueve horas, se protocolizó el acta número uno de sesión
de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa: AVP LC Cinco S.
A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos
sociales y se nombró nueva junta directiva de la sociedad.—San
José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2013039006).
Por escritura número ciento
cuarenta y cuatro, otorgada ante esta notaría el día trece de junio del año dos
mil trece, a las diecinueve horas con treinta minutos, se protocolizó el acta
número uno de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de la
empresa: AVP LC Seis S. A., mediante la cual se reformó la cláusula
quinta de los estatutos sociales y se nombró nueva junta directiva de la
sociedad.—San José, trece de junio del dos mil
doce.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2013039007).
Por escritura número ciento
treinta y tres, otorgada ante esta notaría el día trece de junio del año dos
mil trece, a las catorce horas, se protocolizó el acta número uno de sesión de
asamblea general extraordinaria de socios de la empresa: AVP BO Dieciocho S.
A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos
sociales y se nombró nueva junta directiva de la sociedad.—San
José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2013039008).
Por escritura número ciento
treinta y cuatro, otorgada ante esta notaría el día trece de junio del año dos
mil trece, a las catorce horas con treinta minutos, se protocolizó el acta
número uno de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de la
empresa: AVP BO Diecinueve S. A., mediante la cual se reformó la
cláusula quinta de los estatutos sociales y se nombró nueva junta directiva de
la sociedad.—San José, trece de junio del dos mil
doce.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2013039009).
Por escritura número ciento
treinta y seis, otorgada ante esta notaría el día trece de junio del año dos
mil trece, a las quince horas con treinta minutos, se protocolizó el acta
número uno de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de la
empresa: AVP of Ocho S. A., mediante la cual se reformó la cláusula
quinta de los estatutos sociales y se nombró nueva junta directiva de la
sociedad.—San José, trece de junio del dos mil
doce.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2013039010).
Por escritura número ciento
treinta y cinco, otorgada ante esta notaría el día trece de junio del año dos
mil trece, a las quince horas, se protocolizó el acta número uno de sesión de
asamblea general extraordinaria de socios de la empresa: AVP of Siete S. A.,
mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos sociales y se
nombró nueva junta directiva de la sociedad.—San José,
trece de junio del dos mil doce.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2013039011).
Por escritura número ciento
treinta y uno, otorgada ante esta notaría el día trece de junio del año dos mil
trece, a las trece horas, se protocolizó el acta número uno de sesión de
asamblea general extraordinaria de socios de la empresa: AVP BO Dieciséis S.
A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos
sociales y se nombró nueva junta directiva de la sociedad.—San
José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2013039013).
Por escritura número ciento
treinta y dos, otorgada ante esta notaría el día trece de junio del año dos mil
trece, a las trece horas con treinta minutos, se protocolizó el acta número uno
de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa: AVP BO
Diecisiete S. A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los
estatutos sociales y se nombró nueva junta directiva de la sociedad.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Marco
Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2013039014).
Por escritura número ciento
cuarenta, otorgada ante esta notaría el día trece de junio del año dos mil
trece, a las diecisiete horas con treinta minutos, se protocolizó el acta
número uno de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de la
empresa: AVP of Doce S. A., mediante la cual se reformó la cláusula
quinta de los estatutos sociales y se nombró nueva junta directiva de la sociedad .—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic.
Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2013039015).
Por escritura número ciento
treinta y nueve, otorgada ante esta notaría el día trece de junio del año dos
mil trece, a las diecisiete horas, se protocolizó el acta número uno de sesión
de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa: AVP of Once S.
A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos sociales
y se nombró nueva junta directiva de la sociedad.—San
José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2013039016).
Por escritura número ciento
treinta y ocho, otorgada ante esta notaría el día trece de junio del año dos
mil trece, a las dieciséis horas con treinta minutos, se protocolizó el acta
número uno de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de la
empresa: AVP of Diez S. A., mediante la cual se reformó la cláusula
quinta de los estatutos sociales y se nombró nueva junta directiva de la
sociedad.—San José, trece de junio del dos mil
doce.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2013039017).
Por escritura número ciento treinta
y siete, otorgada ante esta notaría el día trece de junio del año dos mil
trece, a las dieciséis horas, se protocolizó el acta número uno de sesión de
asamblea general extraordinaria de socios de la empresa: AVP of Nueve S. A.,
mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos sociales y se
nombró nueva junta directiva de la sociedad.—San José,
trece de junio del doce.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2013039018).
La suscrita notaria, licenciada
Ana Marcela Picado Vásquez, protocolicé acta general ordinaria y extraordinaria
de la sociedad denominada Bronzed Cowbird Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-quinientos cincuenta mil setecientos diecinueve, para
reformar cláusula primera, segunda del pacto constitutivo y nuevo nombramiento
de junta directiva. Es todo.—San Ramón, catorce de
junio del dos mil trece.—Lic. Ana Marcela Picado Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2013039026).
Por escritura número sesenta y
seis otorgada ante esta notaría a las quince horas del doce de junio de dos mil
trece, se constituyó una sociedad anónima denominada Sertelcom Sociedad
Anónima. Domicilio: San José, Guachipelín de Escazú, centro corporativo
Plaza Roble, edificio El Patio, oficina FF uno-tres. Plazo social: noventa y
nueve años a partir de su fecha de constitución. Capital social: ciento veinte
mil colones íntegramente suscrito y pagado. Administración: al Presidente le
corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José,
catorce de junio del dos mil trece.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2013039027).
Ante mí, Milena Soto Osorio, al
ser 15:00 horas del 13 de junio de dos mil trece, compareció Mario Enrique Coto
Carranza comisionado por asamblea general extraordinaria de accionistas, para
protocolizar en lo conducente el acta: siete, de: Agropecuaria Las Aguas S.
A.; en la que se acordó modificación de estatutos y nombramiento de
Presidente de esta sociedad, acuerdos que quedaron definitivamente firmes.—San José, 14 de junio de 2013.—Lic. Milena Soto Osorio,
Notaria.—1 vez.—(IN2013039068).
En mi notaría, por escritura de
las dieciocho horas del catorce de junio del dos mil trece, constituí la
sociedad cuyo nombre social será el número de cédula jurídica que le asigne el
Registro Mercantil, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto
número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J; domicilio: Buenos Aires de
Palmares; plazo: noventa y nueve años: representación legal: solo el Presidente,
capital: diez mil colones.—Alajuela, a las dieciocho horas del catorce de junio
del dos mil trece.—Lic. Víctor Záratte Leytón, Notario.—1
vez.—(IN2013039143).
Por escritura otorgada ante mí,
se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Simple
Solutions Technical Services Sociedad Anónima, reforma cláusula sétima y
hace nombramiento de Secretario y Tesorero. Es todo.—Liberia,
Guanacaste, 3 de junio del 2013.—Lic. Daisybell Casasola Guillén, Notaria.—1 vez.—(IN2013039146).
Mediante asamblea de accionistas
de Hospital del Trauma S. A., acta 15, se reforma la cláusula 5 referida
al capital social.—San José, 7 de junio del 2013. Lic.
Maritza Sáenz Bolaños, Notaria Institucional. Mediante asamblea de accionistas
de Hospital del Trauma S. A., acta 16, se reforma la cláusula 14
referida a las dietas.—San José, 7 junio del
2013.—Lic. Maritza Sáenz Bolaños, Notaria Institucional.—1
vez.—O. C. Nº 18506.—Solicitud Nº 4589.—C-7540.—(IN2013039157).
Mediante escritura otorgada en
esta notaría a las 12:00 horas del 12 de junio del año dos mil trece, se
constituyó Grupo Construir KRC Sociedad Anónima. Presidente, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, 12 de junio del año dos mil trece.—Lic. Laura Hernández Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2013352384.—(IN2013039222).
Por escritura del trece de junio
del dos mil trece ante mí se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de Tecnocamioes Sociedad Anónima.—Catorce
de junio del dos mil trece.—Lic. Roy Chavarría Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2013352385.—(IN2013039223).
Protocolización de asamblea
general extraordinaria de socios de Soluciones Permanentes S. A., la
cual reforma la cláusula novena de los estatutos. Escritura número ciento
sesenta y seis-tres de las diez horas quince minutos del diez de junio del dos
mil trece.—Lic. Elizabeth María Álvarez Morales,
Notaria.—1 vez.—RP2013352386.—(IN2013039224).
Ante mí, Carlos Fernández
Vásquez, notario público, la empresa Electro Sistemas de Centroa América S.
A., nombra nueva junta directiva, se modifica la administración de la
empresa y el domicilio. Acta de asamblea extraordinaria de socios del
diecisiete de mayo del dos mil trece. Escritura número 164 del protocolo 25.—Palmares, 13 de junio del dos mil trece.—Lic. Carlos Luis Fernández
Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2013352387.—(IN2013039225).
Ante esta Notaría, los señores
Mario Segura Orozco, cédula de identidad número 1-1047-045; José Alonso Molina
Hernández, cédula de identidad número 2-460-593 y Winston Wright Palacios
cédula de identidad número 1-1209-247; han comparecido para constituir la
empresa Anvexa MWR S. A. Escritura otorgada a las dieciséis horas
del día seis de junio del año dos mil trece. Mario Segura Orozco ejerce la
Presidencia.—Lic. Gerardo Mora Salas, Notario.—1 vez.—RP2013352392.—(IN2013039226).
Por escritura número trescientos
veintinueve (tomo once), firmada en San José, a las seis horas del trece de
junio del dos mil trece, se protocoliza acta de Bei Jum LTDA, en
la que se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra
subgerente. Es todo.—San José, misma hora y
fecha.—Lic. Henry Campos Vargas, Notario.—1
vez.—RP2013352393.—(IN2013039227).
Por escritura número ciento
veintinueve, de las trece horas del día trece de junio del dos mil trece, ante
esta notaría, se modificaron las cláusulas segunda y sétima de la sociedad La
Jolla Beach Properties Sociedad Anónima.—San José, trece de junio del dos
mil trece.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1
vez.—RP2013352397.—(IN2013039228).
El suscrito notario público hace
constar que protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad: 3-101-647389 S. A.,
mediante la cual se reforman las cláusulas segunda (del domicilio) y sexta (de
la junta directiva).—San José, doce de junio del dos
mil trece.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1
vez.—RP2013352398.—(IN2013039229).
El suscrito notario público hace
constar que protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad: 3-101-647391 S. A.,
mediante la cual se reforman las cláusulas segunda (del domicilio) y sexta (de
la junta directiva).—San José, doce de junio del dos
mil trece.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1
vez.—RP2013352399.—(IN2013039230).
El suscrito notario público hace
constar que protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad: 3-101-647395 S. A.,
mediante la cual se reforman las cláusulas segunda (del domicilio) y sexta (de
la junta directiva).—San José, doce de junio del dos
mil trece.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1
vez.—RP2013352400.—(IN2013039231).
El suscrito notario público hace
constar que protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad: 3-101-647396 S. A.,
mediante la cual se reforman las cláusulas segunda (del domicilio) y sexta (de
la junta directiva).—San José, doce de junio del dos
mil trece.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1
vez.—RP2013352401.—(IN2013039232).
El suscrito notario público hace
constar que protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad: 3-101-647404 S. A.,
mediante la cual se reforman las cláusulas segunda (del domicilio) y sexta (de
la junta directiva).—San José, doce de junio del dos
mil trece.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1
vez.—RP2013352402.—(IN2013039233).
El suscrito notario público hace
constar que protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de la sociedad: 3-101-647431 S. A., mediante la cual se
reforman las cláusulas segunda (del domicilio) y sexta (de la junta directiva).—San José, doce de junio del dos mil trece.—Lic. Juan Pablo
Arias Mora, Notario.—1 vez.—RP2013352403.—(IN2013039234).
El suscrito notario público hace
constar que protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad: 3-101-647435, S. A.,
mediante la cual se reforman las cláusulas segunda (del domicilio) y sexta (de
la junta directiva).—San José, doce de junio del dos
mil trece.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1
vez.—RP2013352404.—(IN2013039235).
El suscrito notario público hace
constar que protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad: 3-101-647447 S. A.,
mediante la cual se reforman las cláusulas segunda (del domicilio) y sexta (de
la junta directiva).—San José, doce de junio del dos
mil trece.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1
vez.—RP201352405.—(IN2013039236).
Ante mí, Andrea Hulbert Volio,
notaría pública con oficina en Escazú, hago constar que mediante escritura
número ciento veintidós cuatro, otorgada a las trece horas del día trece de
junio del dos mil trece, se protocolizó la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la empresa Charter One Anónima, en donde se realizó
cambio de junta directiva y de domicilio social.—Escazú,
14 de junio del 2013.—Lic. Andrea Hulbert Volio, Notaria.—1
vez.—RP2013352406.—(IN2013039237).
Por escritura otorgada ante la
notaria Lilliam Boza Guzmán, San José, a las 13:00 horas del 6 de junio del
2013, se disolvió la sociedad: tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cinco
mil novecientos sesenta y dos S. A..—San José, seis de junio del 2013.—Lic.
Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1
vez.—RP2013352408.—(IN2013039238).
Mediante escritura número ciento
treinta y tres de las quince horas del dieciséis de mayo del dos mil trece,
ante mi notaría se constituye DRG MedConsultants Sociedad Anónima, cuya traducción
es DRG Consultores Médicos.—San José, once de junio del dos mil trece.—Lic.
Vilma Camacho Víquez, Notaria.—1
vez.—RP2013352410.—(IN2013039239).
Mediante escritura otorgada a
las 16 horas 30 minutos de hoy, se constituye la sociedad denominada V &
P SERVICES S. A..—San
José, 13 de junio del 2013.—Lic. Jorge Jiménez
Cordero, Notario.—1 vez.—RP2013352411.—(IN2013039240).
En ésta Notaría, por escritura
pública número 117-14 otorgada a las 9:00 horas del 14 de junio del 2013, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Condesa Mataraza
S. A., se reformó cláusula quinta del pacto social.—Heredia, 14 de junio
del 2013.—Lic. Antonella Da Re Masis, Notaria.—1
vez.—RP2013352412.—(IN2013039241).
Ante esta notaría se acuerda la
disolución de la sociedad basado en el artículo doscientos uno inciso d) de
Código de Comercio y transitorio II de la ley nueve mil veinticuatro, según
acuerdo firme de socios de Servicios Profesionales de Mercadeo Línea
Estrella S. A., cédula jurídica 3-101-202526.—San José, 14 de junio
del 2013.—Lic. Roy Gerardo Ramírez Monge, Notario.—1
vez.—RP2013352416.—(IN2013039242).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 14:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Palmetto San
Miguel LTDA. Domicilio: San José. Plazo: Cien años. Capital social:
Doce mil colones. Representación: Tres gerentes con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—San José, 13 de
junio del 2013.—Lic. Alonso Vargas Araya, Notario.—1
vez.—RP2013352417.—(IN2013039243).
Por escritura doscientos
veinticinco, otorgada ante mí en Ciudad Neily, al ser doce horas del día
dieciséis de mayo del dos mil trece, se protocolizó en acta dos de Hacienda
Las Brisas Del Golfo C.R.B. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos doce mil seiscientos uno, se reformaron las cláusulas segunda
y octava del pacto social. Se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente
residente.—Ciudad Neily, al ser diecisiete horas del día once de junio del dos
mil trece.—Lic. Roy Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2013352418.—(IN2013039244).
Por escritura otorgada ante la
notaria Vilma Guevara Mora, número veintiuno, otorgada a las once horas del
diecisiete de mayo del año en curso la sociedad VAL-SE S. A.,
cédula jurídica tres-ciento uno-ciento siete mil dieciocho-treinta y seis se
modifican los estatutos cláusulas segunda y octava y la junta directiva.—Lic.
Vilma Guevara Mora, Notaria.—1
vez.—RP2013352423.—(IN2013039245).
Por escritura otorgada ante el
notario Fernando Solano Rojas, San José, a las 15:00 horas del 13 de junio del
2013, se modificó la cláusula primera del pacto social de Mis Pequeñas
Diablitas Limitada.—San José, 13 de junio del 2013.—Lic. Fernando José
Solano Rojas, Notario.—1 vez.—RP2013352424.—(IN2013039246).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16:00 horas del 10 de junio del 2013, se protocolizó acta
de Inversiones Bolívar Costa Rica S. A., mediante la cual se reformó el
domicilio de la sociedad.—San José, 10 de junio del
2013.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1
vez.—RP2013352425.—(IN2013039247).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las trece horas treinta minutos del treinta de agosto del dos mil doce, se protocolizó el acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad Grupo de
Piedras Erizadas S. A., reformándose la cláusula cuarta del pacto social.
Es todo.—San José, catorce de junio del dos mil
trece.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1
vez.—RP2013352426.—(IN2013039248).
Mediante escritura número 56-5
otorgada ante el notario Guillermo Solórzano Marín, a las 10:30 horas del 13 de
junio del 2013, se protocolizó el acta de asamblea de general de la sociedad Industrias
de La Unión & Facubo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-trescientos sesenta y tres mil ochocientos cincuenta y
nueve, mediante la cual se modificó la cláusula de la Administración.—San José, 13 de junio del 2013.—Lic. Guillermo Solórzano
Marín, Notario.—1 vez.—RP2013352431.—(IN2013039249).
Ante la notaría, de la
Licenciada, Vanessa De Paul Castro Mora, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Orca Sociedad Anónima. El capital social lo será la suma de diez mil
colones. Dicho capital está dividido en diez acciones comunes y nominativas de
mil colones cada una.—San José, catorce de junio de
dos mil trece.—Lic. Vanessa De Paul Castro Mora, Notaria.—1
vez.—RP2013352435.—(IN2013039250).
Por escritura otorgada a las
nueve horas del día once de junio se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad tres ciento uno quinientos cuarenta y tres mil
quinientos veinticuatro S. A., mediante la cual se modifica su
nombre por el de Mccullers Distribuidores S. A.—San José, catorce de
junio del dos mil trece.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2013352441.—(IN2013039251).
Ante esta notaría se ha
protocolizado el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Corporación
Pedisanex S. A., modificándose la cláusula del domicilio, se acordó la
disolución, se nombró liquidador a Salomón Selva Miranda, cédula 9-073-253, y
para los efectos del artículo 207 del Código de Comercio, el domicilio social
es Alajuela, Garita, Dulce Nombre, 400 metros al oeste, de Zoo-Ave, Villa “Luz
de Selva”.—San José, trece de junio del 2013.—Lic. Daniel Bolaños Zamora,
Notario.—1 vez.—RP2013352443.—(IN2013039252).
Ante esta notaría compareció el
señor Salomón Selva Miranda a solicitar la protocolización de las actas de
asambleas de accionistas de Isabelle Timor S. A., y Negocios
Incorporados de Centroamérica S. A., en las cuales se acordaron
modificaciones parciales de los estatutos.—San José, 13 de junio del 2013.—Lic.
Daniel Solanos Zamora, Notario.—1
vez.—RP2013352444.—(IN2013039253).
Ante esta notaría, se
protocolizó asamblea extraordinaria., por cambio de calidades del Presidente, y
del agente residente por fallecimiento, de la firma comercial, Matheson de
Latinoamérica Sociedad Anónima, cedula de persona jurídica número-tres
ciento uno-doscientos cincuenta y cinco cero cuarenta y siete.—Lic.
José Alberto Navarro Mena, Notario.—1
vez.—RP2013352445.—(IN2013039254).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las 14: 00 horas del 13 de junio de 2013, Grupo Edmore Uno
Sociedad Anónima, reformó la cláusula segunda del domicilio social y la
cláusula novena de la representación.—Cañas,
Guanacaste, 14 de junio de 2013.—Lic. Ester Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—RP2013352446.—(IN2013039255).
Mediante escritura número
treinta y dos, otorgada ante esta notaría a las trece horas del doce de junio
del dos mil trece, Alca K&V S. A., reformó cláusula de la junta
directiva.—San José, doce de Junio del dos mil
trece.—Lic. Mario Alberto Valladares Guilá, Notario.—1
vez.—RP2013352448.—(IN2013039256).
Por escritura número cincuenta y
ocho-tres, otorgada el día de hoy ante mí se constituye Fletes y Transportes
DAN.KE.V. Limitada, con capital social de cien mil colones, Con un Gerente
con facultades de apoderado generalísimo. Domicilio en San José.—San José, trece de junio de dos mil trece.—Lic. Steve
Monge González, Notario.—1
vez.—RP2013352449.—(IN2013039257).
Ante ésta notaría se constituyó Marfa
Automotriz Sociedad Anónima, con domicilio social en cantón, Desamparados;
distrito, San Antonio, específicamente Plazoleta, cincuenta metros norte, del
Banco de Costa Rica a las dieciocho horas del trece de junio del dos mil
trece.—Lic. Hazel Tatiana Monge Calvo, Notaria.—1
vez.—RP2013352451.—(IN2013039258).
Por escritura otorgada ante mí
notaría a las 11:00 horas del 15 de mayo del 2013, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de Inmobiliaria Valverde y
Bermúdez VALBER S. A., en la que se modifican las cláusulas primera y sexta
del pacto constitutivo; se nombra nuevo Tesorero de la junta directiva.—San José, 29 de mayo del 2013.—Lic. Rafael Ángel Calderón
Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2013352452.—(IN2013039259).
Por escritura número doscientos
veintinueve, otorgada a las doce horas del día trece de junio del dos mil
trece, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Bienvenido a Casa S. A., en la cual se reforma la cláusula
segunda del pacto constitutivo, se nombra nueva junta directiva.—Lic. Elluany
Coto Barquero, Notaria.—1
vez.—RP2013352453.—(IN2013039260).
Escritura otorgada a las
dieciséis horas del 11 de junio del 2013, ante la notaria Rosibelle Dejuk
Xirinachs, se protocoliza acta de asamblea de accionistas de Puerto Viejo
del Ayer S. A., se nombra nuevo Fiscal y Secretario de junta directiva.—San
José, 11 de junio del 2013.—Lic. Rosibelle Dejuk Xirinachs, Notaria.—1 vez.—RP2013352455.—(IN2013039261).
Escritura otorgada a las
diecisiete horas del 11 de junio del 2013, ante la notaría Rosibelle Dejuk
Xirinachs, se protocoliza acta de asamblea de accionistas de Plantas
Decorativas O. M. S. A., se nombra nuevo Secretario, Tesorero, y Fiscal de
junta directiva. Se reforma cláusula sétima del Pacto Constitutivo.—San José, 11 de junio 2013.—Lic. Rosibelle Dejuk
Xirinachs, Notaria.—1 vez.—RP2013352456.—(IN2013039262).
El suscrito Ronald Núñez
Álvarez, doy fe que el día cinco de junio del dos mil trece, nombró nuevo
fiscal de la sociedad Nidfina Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-cuatro cinco cinco ocho dos cuatro. Firmo en Heredia al ser las
quince horas del trece de junio del dos mil trece.—Lic.
Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1
vez.—RP2013352457.—(IN2013039263).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las 13:00 horas del día 6 de junio del dos mil trece, se protocolizó
acta de Dataformas de Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se
acuerda reformar las cláusulas segunda del domicilio social y octava del
capital social.—Lic. Francisco José Rucavado Luque, Notario.—1
vez.—RP2013352458.—(IN2013039264).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las 15:00 horas del día 5 de junio del dos mil trece, se protocolizó
acta de Atlantis Plaza Aluminio Número Cuarenta Y Tres Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforman las cláusulas novena y décima del pacto
constitutivo.—Lic. Francisco José Rucavado Luque,
Notario.—1 vez.—RP2013352459.—(IN2013039265).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con resolución
RMT-794-2013 de las 9:00 horas del 8 de abril del 2013, el Ministro de Trabajo y
Seguridad Social, resuelve: impartir aprobación final a la resolución
JPIGTA-401-2013, de sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 19 de
febrero del 2013, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se
otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Salinas Rodríguez Avelina,
cédula de identidad N° 9-025-207, a partir del día 1 de octubre del 2011; por
la suma de ciento seis mil novecientos veintitrés colones con setenta y cinco
céntimos (¢106.923,75), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los
aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por
agotada la vía administrativa. Notifíquese. Dr. Olman Segura Bonilla, Ministro
de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña,
Directora Nacional de Pensiones.—1 vez.—RP2013352841.—(IN2013040146).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Resolución acoge cancelación
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ref. 30/2010/45993.—Lic. Kristel
Faith Neurohr, en su condición de apoderada de la empresa Sabormex Europa S. A.
//C// Unilever N. V., Weena 455, 3013 AL Rotterdam, Los Países bajos (Holanda),
Países Bajos.—Documento: Cancelación por falta de uso
N° y fecha: Anotación/2-60261 de 08/05/2009. Expediente: 1992-0003477. Registro
N° 92456 Clemente Jacques en clase 30 Marca Denominativa.—Registro
de la Propiedad Industrial, a las 14:36:45 del 24 de noviembre del 2010. Conoce
este Registro, la solicitud de cancelación, promovida por la Lic. Kristel Faith
Neurohr, en su condición de apoderada de la empresa Sabormex Europa S. A.,
contra el registro de la marca Clemente Jacques, Registro N° 92456, la cual
protege y distingue café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sustitutos
de café, harina y preparaciones de cereales, pan, artículos para pastelerías y
dulce, helado de consumo, .miel, melaza, levadura, levadura en polvo, sal
mostaza, vinagre, salsas (salvo salsas para ensaladas), especias, helado” en
clase 30 internacional, cuya propiedad es de la empresa Unilever N. V.
Resultando:
1º—Que por memorial recibido el
8 de junio del 2009, la Lic. Kristel Faith Neurohr, en su condición de
apoderada de la empresa Sabormex Europa S. A., presenta solicitud de
cancelación por falta de uso contra el registro de la marca “Clemente Jacques”,
Registro N° 92456, la cual protege y distingue café, té, cacao, azúcar, arroz,
tapioca, sagú, sustitutos de café, harina y preparaciones de cereales, pan,
artículos para pastelerías y dulce, helado de consumo, miel, melaza, levadura,
levadura en polvo, sal mostaza, vinagre, salsas (salvo salsas para ensaladas),
especias, helado en clase 30 internacional, cuya propiedad es de la empresa
Unilever N. V. (Folio 1 a folio 10)
2º—Que mediante resolución de las 9:33:32
horas del 16 de junio del 2009, el Registro de Propiedad Industrial procede a
dar traslado al titular del distintivo marcario a efecto de que se pronuncie
respecto a la solicitud de cancelación presentada. (Folio 34)
3º—Que la resolución de traslado fue
notificada al solicitante del procedimiento el 3 de julio del 2009 (F. 34 v) y
a la empresa titular del distintivo marcario, el 6 de setiembre del 2010.
(Folio 55)
4º—Que no consta en el expediente
contestación al traslado de la cancelación por no uso.
5º—En el procedimiento no se notan defectos ni
omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.
Considerando:
I.—Sobre los hechos probados. Que en este Registro de la
Propiedad Industrial se encuentra inscrita desde el 25 de agosto del 1995, la
marca de comercio “Clemente Jacques”, Registro N° 92456, la cual protege y
distingue “café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sustitutos de café,
harina y preparaciones de cereales, pan, artículos para pastelerías y dulce,
helado de consumo, miel, melaza, levadura, levadura en polvo, sal mostaza, vinagre,
salsas (salvo salsas para ensaladas), especias, helado” en clase 30
internacional, cuya propiedad es de la empresa Unilever N. V.
Que en este Registro de Propiedad Industrial
se encuentra en trámite bajo el expediente 2009-1670 la solicitud de inscripción
de la marca “Clemente Jacques”, en clase 30 de la nomenclatura internacional
para proteger y distinguir: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú,
sucedáneos del café; harinas y preparaciones hechas de cereales, pan,
pastelería y confitería, helados comestibles; miel, jarabe de melaza; levadura,
polvos para esponjar; sal, mostaza; vinagre, salsas, (condimentos); especias,
hielo.”
II.—Sobre los
hechos no probados. Ninguno relevante para la resolución del presente
asunto.
III.—Legitimación
para actuar. Analizado el poder especial administrativo, documento referido
por el interesado en su escrito de solicitud de la presente cancelación por
falta de uso y que consta en el expediente 2008-7673, se tiene por debidamente
acreditada la facultad para actuar en este proceso de la Lic. Kristel Faith
Neurohr, en su condición de Apoderada de la empresa Sabormex Europa S. A.
IV.—Sobre los
elementos de prueba. Este Registro ha tenido a la vista para resolver las
presentes diligencias lo manifestado por la parte promovente en su escrito de
solicitud de cancelación por falta de uso; en cuanto al titular de distintivo
al no contestar el traslado no se aporta prueba al expediente.
V.—En cuanto al Procedimiento de
Cancelación. El
Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N°
30233-J, establece que una vez admitida a trámite la solicitud de cancelación
por no uso, se dará audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes,
el cual rige a partir del día siguiente a la notificación de la resolución
mediante la cual se le da traslado de la solicitud de cancelación de marca; lo
anterior, de conformidad con el articulo 49 en concordancia con el numeral 8
del Reglamento en cita. Analizado el expediente, se observa que la resolución mediante
la cual se dio efectivo traslado de las diligencias de cancelación promovidas
por la Lic. Kristel Faith Neurohr, en su condición de apoderada de la empresa
Sabormex Europa S. A., se notificó a la empresa titular del signo distintivo,
mediante publicación de la resolución por tres veces consecutivas (debido a la
imposibilidad de notificar al titular conforme a derecho), el día 06 de
setiembre del 2010 (F. 52-53-54-55), sin embargo a la fecha, el titular del
distintivo marcario no ha contestado dicho traslado.
VI.—Contenido de
la Solicitud de Cancelación. A.- De la solicitud de cancelación por no uso
interpuesta por la Lic. Kristel Faith Neurohr, en su carácter dicho, en
síntesis se desprenden los siguientes alegatos: 1) Que la marca registrada no
ha sido utilizada en Costa Rica por su titular. 2) Que con esta inactividad la
titular de la marca está faltando a su obligación principal de uso sobre la
marca registrada y con dicho accionar está bloqueando la posibilidad de
registro de su representada. 3) Que la marca de su representada tiene una
historia que nos remite desde hace más de cien años, además de que tiene una
solicitud de su marca pendiente de resolver, lo que demuestra un interés
directo y legítimo en lograr el registro de la marca para ofrecerla al público
consumidor.
VII.—Sobre el
fondo del asunto: Para la resolución de las presentes diligencias de
cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia recalcar lo
dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto N° 333-2007, de
las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, que
señala respecto a los artículos 42 de la Ley de Marcas y otros Signos
Distintivos lo siguiente;
Como ya se indicó supra, el artículo 39 que
específicamente se refiere a la cancelación del registro por falta de uso de la
marca, establece que la cancelación de un registro por falta de uso de la
marca, también puede pedirse como defensa contra: “un pedido de declaración de
nulidad de un registro de marca”. Pues bien, el artículo 42 que establece que
la carga de la prueba del uso de la marca corresponderé a quien alegue la
existencia de la nulidad, se refiere específicamente a esa causal, cuya marca
desde su origen contiene vicios que contraviene en lo que corresponda los
supuestos de los artículos 7 u 8 citados, cuya carga probatoria corresponde a
quien alega esa causal.
Por lo anterior, de modo alguno ese precepto
normativo puede ser interpretado en el sentido que lo hizo el Registro, ya que
cada norma cumple una función pero desde una integración de ella con el resto
del Ordenamiento Jurídico. No es posible para el operador jurídico y en el caso
concreto analizar la norma 42, sin haber analizado la 39 que como se
estableció, es indicativa de varios supuestos para cancelar el registro de una
marca por falta de uso y ese precepto del 42, se refiere solo a uno de ellos,
por lo que lleva razón el apelante al decir que: “su solicitud es cancelación
por no uso y no nulidad por vicios en el proceso de inscripción”. En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye
que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.
Solucionado lo anterior, entramos a otra
interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de una marca? La normativa
costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado artículo 42, que
cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras que
compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir desde la
comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado de los productos o
servicios mediante los canales de distribución, estudios de mercadeo, facturas,
en fin todo aquello que solo el titular del derecho sabe cómo y cuándo se han
realizado.
En virtud de esto, en el caso de las
cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso a la empresa
Unilever N. V., que por cualquier medio de prueba debió de haber demostrado la
utilización de la marca Clemente Jacques para distinguir el producto en clase
29.
Ahora bien, una vez estudiados los argumentos
del solicitante de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta
de uso, analizadas las actuaciones que constan en el expediente, se tiene por
cierto que la sociedad Sabormex Europa S.A. demuestra tener legitimación y un
interés directo para solicitar la cancelación por falta de uso, ya que de la
solicitud de inscripción de la marca “Clemente Jacques” que actualmente se
encuentra en suspenso se desprende que las empresas son competidoras directas y
que el registro 92456 es un obstáculo para la inscripción de la misma.
En cuanto al uso, es importante resalta que
el artículo 40 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos señala: “Se
entiende que una marca registrada se encuentra en uso cuando los productos o
servicios que distingue han sido puestos en el comercio con esa marca, en la
cantidad y del modo que normalmente corresponde, tomando en cuenta la dimensión
del mercado, la naturaleza de los productos o servicios de que se trate y las modalidades
bajo las cuales se comercializan. También constituye uso de la marca su empleo
en relación con productos destinados a la exportación a partir del territorio
nacional o con servicios brindados en el extranjero desde el territorio
nacional. (...)”
Es decir, el uso de la marca debe de ser
real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos
a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado,
además deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, si por causas que no
son imputables al titular marcario ésta no puede usarse de la forma establecida
no se procederá a la cancelación del registro respectivo.
Visto el expediente se comprueba que el
titular de la marca inscrita bajo el registro que hoy se pretende cancelar, al
no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que indicara a
este Registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca,
tales como, pero no limitados a, facturas comerciales, documentos contables o
certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos por los
artículos 39 y 40 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos. En razón de
lo anterior, dicho titular en su momento oportuno pudo haber aportado la prueba
correspondiente para demostrar que cumple con los requisitos que exige este
ordenamiento para que su marca no sea cancelada, siendo el requisito subjetivo:
que la marca es usada por su titular o persona autorizada para dicho efecto; el
requisito temporal: el uso real durante cinco años y el requisito material: que
este uso sea real y efectivo.
Siendo la figura de la cancelación un
instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que brinda una
solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real,
efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos
competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas aproximando
de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) se
procede a cancelar por no uso el registro de la marca “Clemente Jacques”,
Registro Nº 92456, la cual protege y distingue “café, té, cacao, azúcar, arroz,
tapioca, sagú, sustitutos de café, harina y preparaciones de cereales, pan,
artículos para pastelerías y dulce, helado de consumo, miel, melaza, levadura,
levadera en polvo, sal mostaza, vinagre, salsas (salvo salsas para ensaladas),
especias, helado” en clase 30 internacional, cuya propiedad es de la empresa
Unilever N. V.
IX.—Sobre lo que
debe ser resuelto analizados los autos del presente expediente, queda
demostrado que el titular de la marca “Clemente Jacques”, Registro N° 92456, al
no contestar el traslado otorgado por ley no comprobó el uso real y efectivo de
su marca, por lo que para efectos de este Registro y de la resolución del
presente expediente, se tiene por acreditado el no uso de la misma, procediendo
a su correspondiente cancelación.
Con base en las razones expuestas y citas de
la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos N° 7978 y de su Reglamento, 1) Se
declara con lugar a solicitud de cancelación por falta de uso, interpuesta por
el señor por la Lic. Kristel Faith Neurohr, en su condición de apoderada de la
empresa Sabormex Europa S. A., contra el registro de la marca “Clemente
Jacques”, Registro N° 92456, la cual protege y distingue “café, té, cacao,
azúcar, arroz, tapioca, sagú, sustitutos de café, harina y preparaciones de
cereales, pan, artículos para pastelerías y dulce, helado de consumo, miel,
melaza, levadura, levadura en polvo, sal mostaza, vinagre, salsas (salvo salsas
para ensaladas), especias, helado” en clase 30 internacional, cuya propiedad es
de la empresa Unilever N. V. Se ordena la publicación integra de la presente
resolución por tres veces consecutivas en el diario oficial La Gaceta de
conformidad con lo establecido en los artículos 241 siguientes y concordantes y
334 todos de la Ley General de Administración Pública; así como el artículo 86
de la ley de marcas y otros signos distintivos y el 49 de su Reglamento, a
costa del interesado y se le advierte que hasta tanto no sea publicado el
edicto correspondiente y su divulgación sea comprobada ante esta oficina
mediante el aporte de los documentos que así lo demuestren, no se cancelará el
asiento correspondiente. Comuníquese esta resolución a los a partir del día
siguiente a la notificación de la apelación, si está en tiempo, la admitirá y
remitirá al la Ley de Procedimientos de Observancia de los interesados, a
efecto de que promuevan los recursos que consideren oportunos, sea el de
revocatoria y/o apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco días
hábiles, respectivamente, contados a partir del día siguiente a la notificación
de la misma, ante esta Autoridad Administrativa, quien en el caso de
interponerse apelación, si está en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal
Registral Administrativo, conforme lo dispone el artículo 26 de la Ley de
Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, N°
8039. Notifíquese.—Registro de Propiedad
Industrial.—Lic. Cristian Mena Chinchilla, Subdirector.—RP2013352138.—(IN2013038516).
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
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Ref: 30/2012/42037.—MOM LLC c/ Kentucky Fried, Chicken International Holdings, Inc. documento: Cancelación por falta de uso (MOM, LLC contra Kentucky Fried). N° y fecha: Anotación /2-81082 de 22/10/2012. Expediente: 2004-0002287 Registro N° 152109 GO-GO en clase 29 Marca Denominativa.—San José, a las 15:21:49 del 24 de octubre de 2012.—Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por Marianella Arias Chacón como apoderada de MOM LLC, contra el registro del signo distintivo GO-GO, Registro N° 152109, el cual protege y distingue: Carne y productos de carne; pescado, aves y productos de aves; caza, mariscos y productos de marisco, frutas y legumbres, ensaladas; aceites de cocina; pepinillos, hierbas secas, botanas a base de papas, en clase 29 internacional, propiedad de Kentucky Fried Chicken International Holdings, Inc. Conforme a lo previsto en los artículos 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de Cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—(IN2013038957).
Ref: 30/2012/42036.—MOM LLC c/ Kentucky Fried Chicken International Holdings, Inc. Documento: Cancelación por falta de uso (MOM, LLC, presenta cancelación). N° y fecha:
Anotación/2-81081 de 22/10/2012. Expediente: 2004-0002288. Registro N° 151872
GO-GO en clase 29 Marca Mixto.—San José, a las
15:20:34 del 24 de octubre de 2012. Conoce este Registro, la solicitud de
Cancelación por falta de uso, promovida por Marianella Arias Chacón como
apoderada de MOM LLC, contra el registro del signo distintivo GO-GO Diseño,
Registro N° 151872, el cual protege y distingue: Carne y productos de carne;
pescado, aves y productos de aves; caza, mariscos y productos de mariscos,
frutas y legumbres, ensaladas; aceites de cocina; pepinillos, hierbas secas,
botanas a base de papas, en clase 29 internacional, propiedad de Kentucky Fried
Chicken International Holdings, Inc. Conforme a lo previsto en los artículos 39
de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del
Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N°
30233-J; se procede a trasladar la solicitud de Cancelación por falta de uso al
titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil
siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la
misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime
convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a
disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el
señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al
titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la
notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará
notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran
veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y
34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de
que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La
Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el
respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo
dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de
la Administración Pública. Notifíquese.—Bernal
Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—(IN2013038959).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Auto
de prevención (cancelación por falta de uso)
Ref.: 30/2013/20794. Parmalat S.p.A. Documento:
Cancelación por falta de uso (Jigh Falls Brewing Company LL). Nro. y fecha: Anotación/2-83468 de 07/03/2013. Expediente:
2006-0003543 Registro N° 163480 Jeunesse en clase 2932, marca denominativa.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 10:53:20 del 6
de junio del 2013. Conoce este Registro, la solicitud de nulidad interpuesta
por la Lic. Marianella Arias Chacón, como apoderada de la empresa Hill Falls
Brewing Company LLC, contra la marca Jeunesse, Registro N° 163480, en clases 29
y 30 de la nomenclatura internacional, cuya titularidad es de la empresa
Parmalat S.p.A. Se le previene al promovente de la presente solicitud, lo
siguiente: I) En virtud de la imposibilidad material de notificar conforme a
Derecho, al titular del signo distintivo que se pretende cancelar, proceda el
solicitante a publicar la resolución de traslado emitida a las 12:05:00 horas
del 15 de marzo del 2013; la cual deberá realizar el solicitante en La
Gaceta por tres veces consecutivas, lo anterior con fundamento en el
artículo 241 de la Ley General de Administración Pública. II) Queda un original
de la resolución del traslado, a disposición de la parte promovente para que
realice la publicación dicha y proceda posteriormente a aportar a esta oficina,
dentro del plazo de los siguientes seis meses (contados a partir de la
notificación de esta resolución a la parte promovente), los documentos donde
consten las tres publicaciones efectuadas. Se advierte al promovente, con
fundamento en el artículo 85 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos,
que de incumplir con lo requerido en el plazo de caducidad expresado, se
decretará el abandono de la solicitud. Notifíquese.—Johanna
Peralta Azofeifa, Asesora Jurídica.—(IN2013039854).
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
DIRECCIÓN REGIÓN CENTRAL DE SUCURSALES
SUCURSAL DE DESAMPARADOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El suscrito Licenciado Juan
Carlos Delgado Cabalceta, Administrador de la Caja Costarricense del Seguro
Social Sucursal Desamparados. Mediante el presente edicto y por no haber sido posible
notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente
notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes
incluidos en la lista que se detalla. De conformidad con los artículos 240 y
241 de la Ley General de Administración Pública. En el listado se indica el
número patronal o del trabajador independiente nombre de la razón social o
nombre del trabajador independiente y monto de la deuda al mes de mayo del
2013. La institución le concede 5 días hábiles- para que se presenten a
normalizar su situación caso contrario el adeudo quedará firme en sede
administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la
vía civil como penal. Los periodos notificados anteriormente que ya poseen
firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de
cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda:
Aburto González Barrantes Adela
María 10440997 ¢468.822,00- Villarreal Pérez Ronald Evenor 16502458
¢176.683,00- Herrera Ríos René Antonio 17020408 ¢2.819.238,00- Morales García
César Otoniel 17118717 ¢1.863.194,00- Obando Tercero Vert José 18013920
¢2.565.207,00- Herrrea Calvo Manuel De La Cruz 103970055 ¢1.898.798,00-
González Barrantes Adela María 104340997 ¢471.303,00- Hernández Gutiérrez
Rodolfo Antonio 104980440 ¢37.650,00- Láscarez Maroto Arnoldo 105170484
¢343.790,00- Salazar Padilla Juan Rafael 105790501 ¢3.229.765,00- Céspedes
Zamora Mario Enrique 105800536 ¢793.839,00- Jiménez Araya Roberto Francisco
Antonio 106510761 ¢2.594.523,00- Cerdas Monge Dagoberto 106730313 ¢192.646,00-
Cerdas Monge Dagoberto 106730313 ¢225.466,00- Rodríguez Alvarado Gabriela
108050772 ¢492.374,00- Ramos Navarro Manuel Alberto 108110859 ¢1.049.111,00-
Rojas Zamora Viviana Ruth 108440919 ¢940.967,00- Sandoval Vargas José Alberto
109590669 ¢60.106,00- Rojas Retana Giovanni 109850849 ¢261.396,00- Alfaro
Brenes Marcelino Francisco 110650243 ¢7.725.715,00- Chavarría Castro Luis
Alonso 111080971 ¢3.213.010,00- Camacho Núñez Carlos Gabriel 111230599 ¢23.724,00-
Vásquez Obregón Andrea 111780940 ¢169.564,00- Camacho Núñez Carlos Gabriel
112320599 ¢86.782,00- Tijerino Sancho Pedro Octavio 502000846 ¢574.838,00-
Rodríguez Umaña Rolando 601300604 ¢1.508.058,00- Ocampo Muñoz Héctor Alonso
800830154 ¢782.592,00- Herrera Cruz Amparo del Socorro 800850809 ¢677.097,00-
Fernández Barboza Pedro Alberto 900950788 ¢209.852,00- Silva Novoa Felipe Mario
1630099028 ¢96.622,00- Ingo Bartsch no indica otro 1680100329, ¢1.138.411,00-
Feng no indica otro Jianli 1720100587 ¢246.221,00- Gao no indica otro Wenchao
1850102122 ¢134.111,00- Asociación Comunidad Cristiana de Amor 3002099802
¢1.731.530,00- Amador Abarca José Enrique 109710889 ¢202.360,00- Solano Muñoz
Miguel Ángel 700520791 ¢3.812.706,00- Arauz Alfaro Marta Widat 800580253 ¢3.115.388,00-
Comercial RCM S. A. 3101097769 ¢367.739,00- Autotransportes Traecsa S. A.
3101125154 ¢28.630,00- Centro Educativo Madelene Meford S. A. 3101125510
¢1.699.380,00- Corporación Noventa y Tres W & C S. A. 3101141775
¢14.439.411,00- Cipresal del Llano S. A. 3101209030 ¢195.354,00- Techolit S. A.
3101210150 ¢257.216,00- Lurimafe S. A. 3101244003 ¢65.858,00- R Y M Bolmar del
Sur S. A. 3101271029 ¢222.597,00- Corporación Roa Desamparados S. A.
¢213.693,00 Invesiones Audraval S. A. 3101285148 ¢915.051,00- Mercadeo
Institucional B R S. A. 3101285289 ¢8.067.356,00- Exportaciones Anghara S. A.
3101302277 ¢278.381,00- RGM Servicios de Limpieza S. A. 3101303114
¢6.146.124,00- Auto Repuestos y Servicios Desamparados Arys de S. A. 3101312180
¢705.421,00- Cajimu S. A ¢1.078.601,00- Recuperadora Nacional de Chatarra S. A.
3101335317 ¢501.618,00- Centro de Arte Creativo Leadam S. A. 3101340247-
¢431.961,00- San y San Inversiones S. A. 3101380218 ¢401.853,00- Yiya Loc
Internacional S. A. 3101386905 ¢3.101.098.549,00- Distribuciones Empakes de
Manizales S. A. 3101402409 ¢1.287.451,00- Inmobiliaria Holandesa S. A.
3101416227 ¢1.176.606,00- Servitec Profesionales STP S. A. 3101456790
¢7.947.717,00- Ludika de Vanguardia S. A. 3101523387 ¢1.054.037,00-
3-101-527268 Sociedad Anónima 3101527268 ¢129.908,00- Audio Net Pro S. A.
3101528990 ¢125.704,00- Industrial Clara S. A. 3101553403 ¢84.889,00- Instagyp
Soluciones Totales S. A. 3101591534 ¢10.309.277,00- Serigrafía M&B
Internacional S. A. 3101619172 ¢218.331,00- Monday Night Investments S. A.
3101621696 ¢3.544.832,00- Grupo Tecnológico H & S S. A. 3101633913
¢554.361,00- Violeta en Bicicleta S A 3101642803 ¢156.865,00- Guihvi
Multiservicios Ltda. 3102533324 ¢1.018.125,00- 3102638551 Sociedad de Resp.
Ltda. 3102638551 ¢527.997,00- Oseadri E I R L 3105221864 ¢4.049.252,00-
Inversiones Euro Centrales Empresa Individual Ltda. 3105434177 ¢318.010,00-
Alvarado Bejarano Yazmil 106480618 ¢493.206,00- Chinchilla Fallas Débora
108920872 ¢957.549,00- IRV Inversiones y Representaciones Vargas Dos Mil Diez
3101622197 ¢163.315,00- Acarreos La Hora Cero S. A. 3101332351 ¢770.038,00-
Rodríguez Alvarado Gabriela 108050772 ¢495.512,00- Marín Valerio Roger Mauricio
701010122 ¢996.972,00- Ocampo Muñoz Héctor Alonso 800830154 ¢1.066.233,00- Viviendas
y Terrenos CRC S. A. 3101049890 ¢124.998,00- Hélices y Gobernadores de Costa
Rica S. A. 3101137694 ¢799.269,00- Segura Mena Giovanni 108570913 ¢167.928,00-
Jimenezas del Sur S. A. 3101440587 ¢296.567,00- Proeventos Internacionales S.
A. 3101280426 ¢1.037.371,00- Escudero Whu Lla´Eduardo 15620021 ¢331.716,00-
Chaves Bar Restaurant S. A. 3101613705 ¢251.662,00- López Delgado Kattia
Giselle 108810473 ¢73.674,00- Auto Repuestos y Servicios Desamparados
3101312180 ¢818.644,00- Vallejos Balmaceda Carlos Iván 1780101208 ¢683.523,00-
Alvarado Quesada Rodrigo 107960746 ¢506.922,00- García Sánchez Olman Anthony
¢6.901.103,00- Alvarado Quesada Rodrigo 107960746 ¢314.959,00- Moldes
Industriales A y C S. A. 3101096892 ¢2.360.458,00- Castro Contreras Manuel
Antonio 107610020 ¢577.962,00- Corporación ABBA Padre S. A. 3101543517
¢529.718,001- Corporación Martínez de Seguridad y Limpieza S. A. 3101293713
¢1.690.209,00- Ramírez Alvarado Julio César ¢2.888.313,00- Herrera Alfaro
Horacio Santos 103990822 ¢86.682,00- Ramírez Jiménez Randall Gerardo 105830830
¢1.209.631,00- Calvo Canossa Armando de Jesús 105740134 ¢1.817.504,00- García
Chavarría Francisco Gerardo 105190528 ¢2.322.482,00- Castro Leal José Antonio
700770777 ¢7.205.327,00- Gutiérrez Toruño Alexander 106570169 ¢67.140,00-
Corporación Grupo San José 3101176378 ¢2.203.667.00- Inversiones Black Rubies
S. A. 3101592165 ¢1.757.862.00.
Lic. Juan Carlos Delgado
Cabalceta, Jefe Administrativo.—(IN2013039471).
SUCURSAL DE GUADALUPE
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El suscrito Licenciado Johel Sánchez Mora, Administrador de la Caja
Costarricense de Seguro Social Sucursal Guadalupe, mediante el presente edicto
y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a
efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y
trabajadores independientes incluidos en la lista que se detalla. De
conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración
Pública. En el listado se indica el número patronal o del trabajador
independiente nombre de la razón social
o nombre del trabajador independiente y monto de la deuda al mes de mayo
de 2013. La institución le concede 5
días hábiles para que se presenten a normalizar su situación caso contrario el
adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de
cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados
anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso
de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de
la deuda:
Aburto No indica otro Azucena
25657186 ¢1,298,511 - Arias Acevedo Álvaro 16502458 ¢1,052,114 - Arias Araya
Norma 106530601 ¢1,214,314 - Baltodano Alemán Carla 26921484 ¢750,379 - Barboza
García Julio 108040375 ¢1,162,785 - Blanco Solano Gabriel 107410379 ¢1,077,209
- Brizuela Araya Isidro 108240631 ¢742,801 - Calderón Morales Waldin 108090303
¢196,662 - Camacho Barquero Adrian 105450510 ¢710,490 - Casarrubias Magallanes
Ricardo 15925205 ¢69,857 - Cascante Arias José 107680758 ¢618,138 - Castillo
Huete Marlon Jesús 17568629 ¢607,925 - Chow Vacas Orlando 12505566 ¢1,398,063 -
Cordero Delgado Carlos 107910775 ¢214,576 - Corrales Zúñiga Luis 108790709
¢2,727,959 - Cortés Arias José 106980552 ¢528,318 - D Ambrosio D Ambrosio Aldo
105040850 ¢2,036,804 - Estrada Noindicaotro Maxwell 17320309 - ¢212,630 -
Fernández Gómez Manuel 108270069 ¢297,381 - Figueroa Cubero Aramis 107710207 -
¢1,207,206 - García Castro Guillermo 105330605 ¢1,573,268 - García Castro Mario
Antonio 105890817 - ¢433,098 - Gaviria Sánchez Elizabeth 27719221 ¢1,579,385 -
Gianolli Sequeira Rodrigo 105710464 - ¢1,703,496 - Gómez Vargas Luis Alberto
103690488 ¢37,235 - González Camacho Álvaro 106970946 - ¢1,268,843 - González
Chavarría Gustavo 106690145 ¢3,241,483 - Hasan Mendoza John Albert 17914825 -
¢1,242,642 - Hernández Porras Steeven 108470308 ¢930,450 - Hernández Segura
Staling 106550590 - ¢859,187 - Herrera Zúñiga Omar 107450647 ¢1,583,156 -
Huertas Núñez Randall 107420015 ¢2,621,710 - Jiménez Steller Maynor 108140065
¢1,873,170 - León Castillo Vladimir 107870058 ¢560,006 - Mata Trigeros Zully
104410111 ¢430,103 - Mayorga Zúñiga Anselmo 601820068 ¢1,033,795 - Méndez
Solano Hernán 107140933 ¢1,088,968 - Montero Duran Álvaro 108130280 ¢1,068,676
- Montes Pineda Wilberth 18114342 ¢840,887 - Mora Chacón José 104210058
¢165,412 - Mora Rodríguez Jorge 105020468 ¢1,413,383 - Murillo Acuña Johnny
106990753 ¢1,697,678 - Murillo Zúñiga Rubén 106450095 ¢133,019 - Obando Brenes
Luis 104860182 ¢1,441,808 - Sánchez Quirós Luz 105510671 ¢743,437 - Sánchez
Torres Francisco 16822455 ¢1,059,050 - Sandi Fernández Gerson 108880469
¢805,951 - Sierra Murillo Javier 105450468 ¢143,213 - Solano Vega Luz 105700998
¢1,116,746 - Vargas Fallas María 104930234 ¢1,176,302 - Vega Gómez William
106960642 ¢803,575 - Vega Rivera Guillermo 106760204 ¢737,118 - Vílchez Vargas
Carlos 107920238 ¢879,934 - Zúñiga Barboza Gustavo 108460097 ¢1,395,524 -
Oreamuno Quirós Evelyn 107630191 ¢211,378 - Pacheco Ramírez Randall 107570065
¢1,223,757 - Porras Camacho Mario 105570594 ¢1,576,166 - Puerta Betancur Oscar
18413478 ¢1,464,061 - Quesada Muñoz Francisco 104540349 ¢902,403 - Quirós
Bonilla Fernando 103750379 ¢1,244,599 - Quirós González Wilbert 107250718
¢1,493,039 - Ramírez Jiménez Berta 104670724 ¢874,725 - Redondo Villalobos
Emmanuel 104700548 ¢43,976 - Robles Vargas Javier 105820019 ¢1,760,237 -
Rodríguez Porras José 701550458 ¢1,519,758 - Romero Solano Kattia 106990749
¢1,049,839 - Sáenz Acuña Jummy 108010808 ¢931,074 - Sánchez Cordero Vanessa
108060428 ¢1,302,874 - Zúñiga Herrera Jorge 105720003 ¢1,979,902 – Abofic de
Costa Rica S.A 3101275051 ¢1,386,005 - Angus Jones Equipment S.A 3101475987
¢315,446 – Araya Jiménez Adelina Carmelina 101270325 ¢6,943,659 - Araya Vega
Christian ¢126,705 – Aristo Investments S.A 3101454319 ¢2,185,976 - Asociación
Centro de Documentación y Capacitación para la Acción Social 3002075106 ¢17,400
– Asociación Centro Infantil Empleados de Recope 3002232606 ¢2,167,567 -
Asesorías y Servicios de seguridad S.A 3101099778 ¢78,343 – Aussie Gómez Construcciones
y Consultorías S.A 3101477473 ¢1,202,078 -
Badilla Mora Manuel Antonio 111390545 ¢1,504,082 – Camacho Barquero
Adrian Alberto 105450510 ¢2,050,807 – Car Audio Modificaciones S.A 3101393973
¢1,226,210 – Carvajal Quesada y Asociados S.A 3101079948 ¢1,559,532 - Castillo
Méndez Jenny 502610422 ¢282,590 – Cedeño Otárola Mariamalia 107070314 ¢224,061
– Chm Consulting S.A 3101417319 ¢154,105 – Concreto Permeable S.A 3101595864
¢6,830,582 – Confecciones Guppy S.A 3101104097 ¢308,502 – Consultoría Nova S.A
3101121327 ¢1,467,564 - Contratista Electromecánico y Gypsum Fitel R.L
3102653186 ¢355,978 – Corporación Araucaria Nativa A N S.A 3101312317
¢1,232,773 - Corporación de Investigación Mantenimiento Asesoría y Seguridad
CIMAS S.A 3101363724 ¢4,555,707 – Corporación J & X Zumosa S.A 3101158399
¢8,491,926 – Desarrollos Integrales de Construcción S.A 3101450630 ¢2,867,190 –
Devox Costa Rica S.A 3101306002 ¢1,702,991 – El Benjamin de Montes de Oca S.A
3101201426 ¢3,217,149 – El Delfin Orca S.A 3101334883 ¢4,646,009 –
Electromecánica y Comunicación Joeth S.A 3101603248 ¢1,324,804 - Epsilon
Ingeniería y Comunicaciones S.A 3101502451 ¢1,365,078 - Espinoza Meza María
Gabriela 107510222 ¢1,853,411 - Formularios Para Negocios S.A 3101370698
¢2,923,070 - Gajack Protección y Seguridad S.A 3101329032 ¢600,200 - Gamboa
Gutiérrez Ronald Alcibiades 105920488 ¢1,505,197 - García Castro Guillermo
105330605 ¢1,577,785 - García Castro Mario Antonio 105890817 ¢2,7000,054 Goez
Acosta Oscar Alejandro 1780101251 ¢247,876 - Grupo IP De Costa Rica S.A
3101539689 ¢1,445,738 - Grupo Melher Internacional S.A 3101321334 ¢1,908,760 -
Helping Hands S.A 3101455988 ¢310,392 - Hernández Velázquez Adrián 105140869
¢80,288 - Importadora y Confeccionadora Milguicy S.A 3101423300 ¢1,221,353 - Industrias
Urnimundo S.A 3101425826 ¢1,694,672 - Inversiones Internacionales Gasosa S.A
3101510328 ¢2,091,243 - Inversiones Love Me Dy 3101282781 ¢405,134 –
Inversiones Mosanso Tres de Tarrazu S.A 3101317891 ¢2,078,684 -Investment
Opportunities Group IOG S. A. 3101597991 ¢1,236,257 - Intelligent Solutions Of
Security Of Costa Rica I-S-S-CR-S.A 3101559285 ¢69,699 – Inversiones Soto y
Noriega S.A 3101188943 ¢537,042 – Josvi de Costa Rica S.A 3101279442 ¢2,185,393
- J S Corporación Pinturas Kim S.A 3101658634 ¢395,839 - Jiménez Mc Glinn
Nicole 112570634 ¢213,967 – K Du Luban S.A 3101166602 ¢545,299 – Lacey
Gutiérrez Jaime Antony 107970628 ¢1,285,553 – Luxred Grupo Consultor Lux S.A
3101447633 ¢901,646 - Mata Noindicaotro Armando Luis 16880249 ¢2,033,716 – Matarrita
Sánchez Wilkyn 110570691 ¢1,128,684 - Monfran y Asociados S.A 3101192116
¢90,517 – Montano Asch Miguel Ángel 700710723 ¢1,482,649 - Montiel Mendoza
Yendry 205890652 ¢886,229 – Moviles Conextell S.A 3101450340 ¢548,818 –
Mudanzas Economices Arpo S.A 3101319545 ¢2,112,698 - Myr Textil Art S.A
3101512650 ¢80,296 – Najar Palomo Ana Lia 601200478 ¢8,220,964 – Obando
Vizcaíno Reynier 107860063 ¢1,347,078 –Ochy de Fantasía S.A 3101417715
¢7,101,311 – Orión Sistemas Informáticos S.A 3101526087 ¢1,502,586 – Oviedo
Herrera Alejandro 111510863 ¢1,502,586 - Palma Poveda Manuel Antonio 106590517
¢4,104,911 – Péndulo del Tiempo S.A 3101286008 ¢221,316 – Publiparadas S.A
3101628459 ¢531,230 – Quesada González Luis Alberto 105000103 ¢1,855,455 –
Químicas Dannell S.A 3101083529 ¢1,565,292 - Quirós Espinoza Carlos 18617728
¢480,576 - Rojas Aguilar Alexander 106790788 ¢765,986 – S P Servicios Prolian
S.A 3101313694 ¢1,591,512 – S&B Servicios y Capacitación Profesional S.A
3101538565 ¢2,006,186 – Santana García Wilbert José 17519156 ¢8,908,222 -
Sánchez Jiménez Oscar Reuel 800850131 ¢1,087,566 – Santkevka S.A 3101545721
¢199,399 – Seguridad Knut S.A 3101395332 ¢4,462,066 – Seguridad Russo S.A
3101524963 ¢2,119,059 - Servicios de Porteo del Este S.A 3101589982 ¢1,366,300
– Servicio de Portones Eléctricos y Reparaciones Servipore S.A 3101263865
¢97,575 – Solís Castro Siany Rocío 107340471 ¢306,162 – Soluciones
Inmobiliarias Prama Dele Este S.A 3101507894 ¢457,618 – Super Ceramica Hispana
S C H S.A 3101353814 ¢2,313,538 – Svssa Sistemas Vía Satélite S.A 3101369544
¢3,286,189 - Tecno Auto La Florida S.A 3101103416 ¢430,182 – Tecno Pro
Internacional RLS S.A 3101511840 ¢372,332 – Tratamientos en Zinc y Cromo
Zincrosa S.A 3101382868 ¢2,835,842 – Trejos Novoa Johnny 601970472 ¢1,183,832 –
Uniformes Originales MCK S.A 3101434995 ¢1,543,040 – Vargas Herrera José Alonso
204800600 ¢1,322,805 – Vidriales S & F S.A 3101518913 ¢1,997,640 -
Villalobos Solís Nefer Gabriela 106190375 ¢331,029 – Vilso S.A 3101009561
¢295,550 – Y & ED Dust Control S.A 3101420841 ¢3,685,825.—Lic. Johel
Sánchez Mora, Jefe administrativo.—(IN2013039172 ).
SUCURSAL DE SAN RAMÓN
DIRECCION DE INSPECCIÓN
Por ignorarse el domicilio actual del Patrono Carlomagno Alvarado
Barrantes, número de cédula 205150005, número patronal 0-00205150005-001-001,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para
Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de Trabajadores
Independientes”, de la Caja, se procede a notificar por medio de edicto, que la
Sucursal de San Ramón ha dictado el traslado de cargos que en lo que interesa
indica:
La Sucursal de San Ramón, conforme lo dispone
el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las
Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, hace de su
conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se
determinó presunto incumplimiento patronal por no haber cumplido con la
obligación legal y reglamentaria de asegurar ante la Caja a los trabajadores
Arnoldo Barrantes Mesén, cédula 205450077 en el periodo comprendido entre enero
2010 y setiembre 2011, y Marco Vinicio Alfaro Montero, cédula 204470513, en el
periodo comprendido entre agosto 2010 y noviembre 2011. El detalle de periodos
y salarios omitidos consta en las hojas de trabajo que rolan en el expediente
administrativo.
Total
de salarios ¢9.435.000,00
Total
de cuotas obreras y patronales ¢2.107.780,00
Fondo
de Capitalización Laboral ¢283.050,00
Fondo
Pensión Complementaria ¢47.175,00
Aporte
Patronal Banco Popular ¢23.588,00
Banco
Popular Obrero ¢94.350,00
Instituto
Nacional de Seguros ¢94.350,00
Consulta expediente: en la
sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social en San Ramón, 200 metros oeste
del Instituto Julio Acosta García, teléfono 2445-5420, fax 2445-6545, se
encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley.
Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente
día de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones
jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para
notificaciones dentro del perímetro administrativo de la Sucursal de San Ramón
de la CCSS. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones
posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificados con solo el
transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la resolución.
Notifíquese.—Alajuela, 19 de junio del 2013.—Sucursal
de San Ramón.—Lic. Marvin Fernández Vargas, Jefe a.í.—1
vez.—(IN2013040059).
SUCURSAL DE TURRIALBA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El suscrito Rafael Ángel
Corrales Solano Administrador de la Caja Costarricense del Seguro Social
Sucursal Turrialba. Mediante el presente edicto y por no haber sido posible
notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente
notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes
incluidos en la lista que se detalla. De conformidad con los artículos 240 y
241 de la Ley General de Administración Pública. En el listado se indica el
número patronal o del trabajador independiente, nombre de la razón social o
nombre del trabajador independiente y monto de la deuda al mes mayo de 2013. La institución le concede 5 días
hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el
adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de
cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados
anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso
de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de
la deuda. Arley Velásquez Heiner Gerardo 304080315 ¢454.178, Gamboa Rodríguez
Michael José 304460487 ¢715.803, Ray Mac Lain Aubrey 12500025 ¢94.568,
Rodríguez No indica otro Mara 2770100130 ¢928.020, Michell Vinicio Rodríguez
Serrano 303990434 ¢442.088.—Lic. Rafael Ángel Corrales
Solano, Jefe Administrativo.—RP2013352535.—(IN2013039527).
SUCURSAL
SANTO DOMINGO DE HEREDIA
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
La
suscrita Licenciada Ana Guadalupe Vargas Martínez, Administradora de la
Sucursal de Santo Domingo de Heredia, Caja Costarricense de Seguro Social,
mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el
domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por
publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos en el cuadro
que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de
Administración Pública. En el cuadro, se indica el número patronal, nombre de
la razón social y monto de la deuda al 5 de junio del 2013. La Institución le
concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso
contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las
acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos
notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por
tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos
de referencia de la deuda.
Para ver tabla
solo en La Gaceta impresa o con formato PDF
Lic. Ana Guadalupe Vargas Martínez, Jefa.—(IN2013038966).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
SUCURSAL
HEREDIA
Por ignorarse la dirección actual de la
Importadora Hawai Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101146440, de conformidad
con lo dispuesto en el numeral 20 del Reglamento
para verificar el cumplimiento de las obligaciones patronales y de trabajadores
independientes, se procede a notificar por medio de edicto por una única vez,
el texto que a continuación se detalla: Tipo de investigación: Con el fin de
atender la solicitud interpuesta por la trabajadora, se realiza visita al
centro de trabajo donde se logró determinar que la actividad no existe. La
trabajadora aporta como prueba constancia, donde el señor Raed Nasreddine
Nasreddine, cédula 8 0076 0465, Representante Legal de Importadora Hawai S.A.
hace constar que: De acuerdo con el artículo 35 del código de trabajo, hacemos
contar que la señora Lena María Mora Arguedas, cédula 40178333, laboró para
esta empresa durante el periodo comprendido del 23 de agosto al 21 de enero del
2005. Ocupo el puesto de secretaria…”. Mediante estudio de cuenta individual de
la señora Lena María Mora Arguedas, cédula 4 178 0333, se constató que no
aparece registrado en planilla de la Caja, para el período de 23 de agosto del
2004 al 21 de enero del 2005. La Normativa que regula lo referente al
aseguramiento de los trabajadores ante la Caja Costarricense de Seguro Social
se encuentra en los siguientes artículos: Artículo 3, 30 y 44 de la Ley
Constitutiva de la CCSS: La omisión observada es subsanable mediante la
confección de la planilla adicional, que incluya los salarios omitidos por el
período del 1 de noviembre de 2004 al 1 de setiembre de 2005. Resultado
material de la investigación: De conformidad con las razones expuestas se
procederá en acto siguiente: Confeccionar planilla adicional por omisión por la
señora Lena María Mora Arguedas, cédula 4 0178 0333, por el período de 23 de
agosto del 2004 al 21 de enero del 2005, para un total de salarios afectar de
¢774.909.00. Los salarios aplicados son con base en el decreto mínimo de ley,
para el puesto de secretaria. El total de salarios que se le imputa, por haber
omitido reportarlo a la Caja Costarricense de Seguro Social asciende a la suma
de ¢774.909.00, monto que representa en cuotas obrero patronales en los
regímenes que administra la Caja la suma de ¢170.484.00, más lo de la ley de
protección al trabajador de ¢44.558.00, sin incluir los recargos de ley, ni
otras instituciones. Plazo para efectuar descargo: Se le
otorga un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente día del
recibo de la comunicación del traslado de cargos para ofrecer la prueba de
descargo y para hacer las alegaciones que considere pertinentes. Se le previene
de señalar el lugar o medio para oír notificaciones, dentro del perímetro
administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido los Tribunales de Justicia de Heredia. De no
indicar lugar o medio para notificaciones, tal y como lo señala el artículo 17
del Reglamento para verificar el
cumplimiento de las obligaciones patronales y de trabajadores independientes,
“las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas
con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de la
resolución”. Cuando se indique como medio de notificación número facsimilar o
cualquier otro medio electrónico, el lugar puede estar ubicado en cualquier
punto del territorio nacional. En esta oficina, sita en Heredia, Avenida 5
calle 1 y 14 (200 norte, 50 oeste de la esquina N.E. del Palacio de los
Deportes), se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que
dispone la Ley.—Heredia, 19 de junio del 2013.—Lic.
Miguel A. Vargas Rojas, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2013040499).
Por ignorarse la dirección actual de la señora
Elkie Lachner Bonilla, cédula 108470637, de conformidad con lo dispuesto en el
numeral 20 del Reglamento para
verificar el cumplimiento de las obligaciones patronales y de trabajadores
independientes, se procede a notificar por medio de edicto por una única vez,
el texto que a continuación se detalla: Tipo de investigación: De acuerdo a la
investigación realizada se pudo determinar que el mes de julio del 2006 se
procedió a inscribir como patrona a Elkie Lachner Bonilla, cédula de identidad
número 108470637, en esta planilla se incluyeron a las trabajadoras María de
Los Ángeles Arce González, cédula 1 1054 0213 y Ginnela Badilla González,
cédula 111880070, en el expediente consta que las trabajadoras ingresaron a
laborar el 15 de junio del 2006, y los recibos de pago, por la suma de
¢50.500.00, para cada trabajadora. La Normativa que regula lo referente al
aseguramiento de los trabajadores ante la Caja Costarricense de Seguro Social
se encuentra en los siguientes artículos: Artículos 3, 30 y 44 de la Ley
Constitutiva de la CCSS. La omisión observada es subsanable mediante la
confección de la planilla adicional, que incluya los salarios omitidos por el
período del 1 de noviembre de 2004 al 1 de setiembre de 2005. Resultado
material de la investigación: De conformidad con las razones expuestas se
procederá en acto siguiente: Confeccionar planilla adicional por omisión por
las trabajadoras María de los Ángeles González Arce cédula 1110540213, y
Ginnela Badilla González, cédula 111880070, por el período de 15 al 30 de junio
de 2006. El total de salarios que se le imputa, por haber omitido reportarlo a
la Caja Costarricense de Seguro Social asciende a la suma de ¢101.000.00, monto
que representa en cuotas obrero patronales en los regímenes que administra la
Caja la suma de ¢22.221.00, más lo de la ley de protección al trabajador de
¢5.808.00, sin incluir los recargos de ley, ni otras instituciones. Plazo para
efectuar descargo: Se le otorga un plazo de 10 días hábiles, contados a partir
del siguiente día del recibo de la comunicación del traslado de cargos para
ofrecer la prueba de descargo y para hacer las alegaciones que considere
pertinentes. Se le previene de señalar el lugar o medio para oír
notificaciones, dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el
mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido los Tribunales de
Justicia de Heredia. De no indicar lugar o medio para notificaciones, tal y
como lo señala el artículo 17 del Reglamento
para verificar el cumplimiento de las obligaciones patronales y de trabajadores
independientes, “las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán
por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la
fecha de la resolución”. Cuando se indique como medio de notificación número
facsimilar o cualquier otro medio electrónico, el lugar puede estar ubicado en
cualquier punto del territorio nacional. En esta oficina, sita en Heredia,
Avenida 5 calle 1 y 14 (200 norte, 50 oeste de la esquina N.E. del Palacio de
los Deportes), se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que
dispone la Ley.—Heredia, 19 de junio del 2013.—Lic.
Miguel A. Vargas Rojas, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2013040500).
SUCURSAL DE BUENOS AIRES
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La suscrita Administradora de la Sucursal de la Caja Costarricense del
Seguro Social de Buenos Aires, mediante el presente edicto y por no haber sido
posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente
notificación por publicación a los Patronos y Trabajadores Independientes
incluidos en el cuadro que se detalla de conformidad con los artículos 240 y
241 de la Ley General de Administración Pública. La institución le concede 5
días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el
adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de
cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. El monto adeudado se refleja
a marzo 2013 y puede contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa.
Para ver tabla
solo en La Gaceta impresa o con formato PDF
Gerencia Financiera.—Unidad de Gestión de Cobro.—Licda. Mercedes Morera Zúñiga,
Administradora.—(IN2013038596).
SUCURSAL
QUEPOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
El suscrito jefe de la Sucursal de la CCSS en
Quepos, por no ser posible la notificación en su domicilio, procede a efectuar
la siguiente notificación por publicación de edicto a los Patronos y
Trabajadores Independientes incluidos abajo, de conformidad con los artículos
240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. Se le concede 5 días
hábiles para normalizar su situación, caso contrario el adeudo queda firme en
sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en
la Vía Civil como Penal. El monto contempla periodos adeudados al 14 de junio
del 2013. Y se detalla nombre, número y monto adeudado:
Patronos: Spa Uno Manuel Antonio S. A., 2-03101489058-001-001, ¢1.820.181,00;
Adam Ashley Mc Bride No indica otro, 7-01710100885-001-001, ¢69.011,00;
Servicios Técnicos Electromecánicos Aire Acondicionados VICMAR S. A.,
2-03101395303-001-001, ¢42.302,00; Mojica Espinoza Rafael Ángel,
0-00700700110-001-001, ¢124.264,00; J y M Del Sur S. A., 2-03101183376-001-001,
¢17.086,00; La Maravilla de Matapalo S. A., 2-031013723706-001-001; ¢93.901,00,
Transilvania Internacional S. A., 2-03101150595-002-001, ¢229.572,00;
Servicentro GT de Paquita S. A., 2-03101556817-001-001, ¢966.532,00; Seguridad
Jaicuri S. A., 2-03101589795-001-002, ¢135.065,00; Auto Decor F A D de Quepos
S. A., 2-03101500225-001-001, ¢136.356,00; Barrantes Gracias Andrea
7-00026060000-001-001, ¢222.713,00; Alfaro Picado Otto, 0-00107930527-001-002,
¢82.537,00; Comercial G y G del Dos Mil Siete S. A., 2-03101505694-001-001, ¢1.531.269,00;
Novedades La Inmaculada S. A., 2-03101348499-001-001, ¢110.960,00; Manuel
Antonio Outdoors CR S. A., 2-03101374104-001-001, ¢103.695,00; The Ocean Club
Dominical Investments S. A., 2-03101443926-001-001, ¢75.103,00; Ortega
Barrantes Douglas Rafael, 0-00601770260-001-001, ¢186.634,00; First Shot
Holdings LLC Limitada, 2-03102511880-001-001, ¢148.762,00; Corporación
Dimensiones S. A., ¢327.018,00; Smart Eléctrica y Telefónica S. A.,
2-03101279471-001-001, ¢137.780,00; Tropix Realty S. A., 2-03101442620-001-001,
¢56.932,00; Funeraria La Inmaculada de Quepos S. A., 2-03101181722-001-001,
¢107.102,00; García Castro Nery Xinia, 0-00602480333-001-001, ¢38.074,00; Arias
González Elky María, 0-00206010036-001-001, ¢78.059,00; E D Inversiones Cedro
Amargo Limitada, 2-03102524676-001-001, ¢118.957,00; Servicios Técnicos de la
Construcción Quepos S. A., 2-03101166373-001-002, ¢92.210,00; Bamboo S. A.,
2-03101322965-001-001, ¢1.090.679,00; Dos HGB Suplidora S. A.,
2-03101642358-001-001, ¢57.343,00; Lakshopwep Corporation S. A.,
2-03101373905-001-001, ¢168.812,00; You and Me S. A., 2-03101457227-001-001,
¢179.930,00; Mars de Manuel Antonio Limitada, 2-03102152258-001-001,
¢33.055,00; Restaurante Tule Café S. A., 2-03101490281-001-001, ¢76.955,00;
Marchegiani Boris Vasir, 7-00015151573-001-001, ¢61.913,00; Acevedo Martínez
Reyno, 7-00017354535-001-001, ¢235.400,00; Aliser Elias David,
7-00017227830-001-001, ¢115.204,00; Asociación de Guías Naturalistas del Parque
Nacional de Manuel Antonio, 2-03002375053-001-001, ¢205.454,00; Fallas Pastor
Juan Carlos, 0-00109910080-001-001, ¢81.030,00; Navarro Estrada Marjorie,
0-00107760558-001-001, ¢82.024,00; Barahona Riera Jaime de Jesús,
0-00301930529-001-001, ¢60.398,00; Pimas de Colon S. A., 2-03101553477-001-001,
¢160.746,00; Canvas Development Group S. A., 2-03101503845-001-001,
¢651,372.00; Kk de Quepos S. A., 2-03101566948-001-001, ¢440,745.00;
3-102-627797 S. A., 2-03102627797-001-001, ¢3,359,151.00; Academia de Alta
Cocina Francesa S. A., 2-03101248948-001-001, ¢131,168.00; ATV Costa Rica Off
Road S. A., 2-03101465266-001-001, ¢318,754.00; Badilla Méndez Julián,
0-00110520837-001-001, ¢423,211.00; Blue Water Workers S. A.,
2-03101293670-001-001, ¢353,276.00; Campos Espinoza Manuel Francisco,
0-00202490671-002-001, ¢95,316.00; Chartes Employes CR Corp S. A.,
2-03101299698-001-001, ¢163,493.00; Córdoba Tejada Xiomara,
0-00601400542-001-001, ¢211,127.00; Corporación Río Piedras,
2-03101123171-001-001, ¢87,185.00; Corrales Vargas María Albertina,
0-00102600990-001-001, ¢68,089.00; Engevi Quepos S. A., 2-03101129889-001-001,
¢149,490.00; Esquivel García Rodolfo, 0-00203900234-003-001, ¢188,189.00;
Eurocorp Amazco EA S. A., 2-03101242112-001-001, ¢297,092.00; Fernández Montero
Roy, 0-00108890170-001-001, ¢287,521.00; Finca Campo Justo SA,
2-0310227221-001-001, ¢551,777.00; Fujishiro Noindicaotro Donna Evans,
7-02460099645-001-001, ¢157,086.00; Godínez Hidalgo Minor,
0-00600970399-002-001, ¢191,692.00; González Jiménez Olman,
0-00106740832-002-001, ¢629,517.00; 2-03101502122-001-001, Grupo Santa Ana de
Trujillo S. A., 2-03101502122-001-001, ¢226,121.00; Gutiérrez Campos Arturo,
0-00602050488-001-001, ¢82,666.00; Herbillon Noindicaotro William,
7-01460099727-001-001, ¢114,455.00; Hixson Wayne Carrol, 7-02540098909-001-001,
¢170,749.00; Importaciones Pueblo Indio Lta, 2-03102606046-001-001, ¢82,412.00;
Inversiones Morales y Jiménez S. A., 2-03101191923-001-001, ¢295,914.00; James
Shanahan Daniel, 9-00201938002-001-001, ¢120,020.00; Jopari Coco S. A.,
2-03101303254-001-001, ¢127,722.00; López Baez Alvaro Fernando,
0-00104350436-001-001, ¢69,040.00; Madrigal Chavarría Zacarías,
0-00101086544-001-001, ¢75,344.00; Manuel Antonio Top Living Developments S.
A., 2-03101511376-001-001, ¢224,212.00; Mc Guffin Noindicaotro Thomas Agnew Mc,
7-00015051549-001-001, ¢298,625.00; Murillo Murillo Oscar,
0-00105750689-001-001, ¢304,003.00; Nuñez López Elio Alberto,
0-00502050269-001-001, ¢165,783.00; Papagayo Video S. A.,
2-03101278145-001-001, ¢34,763.00; Pistis Property S. A., 2-03101515908-001-001,
¢202,047.00; Pooch de Manuel Antonio S. A., 2-03101386691-001-001,
¢1,978,244.00; Quesada Torres Marvin, 0-0107130335-001-001, ¢1,236,402.00;
Quirós Zúñiga Giancarlo, 0-00111630975-001-001, ¢164,060.00; Seguridad Hotelera
Cheyenne S. A., 2-03101368462-001-001, ¢189,192.00; Solano Ureña Gilbert,
0-00102360500-001-001, ¢34,768.00; Solís Monge Gustavo, 0-00106370099-001-001,
¢723,762.00; Space Group Playa Hatillo S. A., 2-03101445091-001-001,
¢489,724.00; Vargas Araya Marianela, 0-00205480804-001-001, ¢132,130.00;
Chavarría Ulate Allan Francisco, 0-00701580027-001-001, ¢281,350.00;
Construcciones BS Bases Sólidas S. A., 2-03101507721-001-001, ¢196,518.00;
Inversiones Chaca D.A.B S. A., 2-03101405787-001-001, ¢71,808.00; Mirpe
Inversiones S. A., 2-03101372718-001-001, ¢226,388.00; Wen Wen Wen,
7-00016825850-002-001, ¢66,573.00; Wilmer Yajahuanca Santos,
7-01750100336-001-001, ¢102,548.00; Piscinas y Accesorios del Sur S. A.,
2-03101359801-001-001, ¢62,257.00; Phyllis Eileen Thompson No indica otro,
7-02480099543-001-001, ¢68,148.00.
Trabajador independiente: Fallas Pastor Juan Carlos, 0-00109910080-999-001,
¢1.005.316,00; Acevedo Martínez Reyno, 7-00017354535-999-001, ¢730.342,00;
Arias González Elky María, 0-00206010036-999-001, ¢112.581,00; Acuña Salazar
José Alberto, 0-00304110402-999-001, ¢635.914,00; Aguilar Gómez Jesús Alberto,
0-00602410342-999-001, ¢798.394,00; Alfaro Aguirre Francisco,
0-00603060485-999-001, ¢871.831,00; Alpízar Jiménez Michael Alejandro,
0-00112400500-999-001, ¢708.279,00; Arriola Zeledón Alexander,
0-00106750963-999-001, ¢260.553,00; Barboza Valderrama Glen,
0-00603560208-999-001, ¢1.213.442,00; Castillo Villarreal Martín Eduardo,
0-00501700195-999-001, ¢217.226,00; Chaves Carrillo Dorian,
0-00110400939-999-001, ¢642.834,00; Chinchilla Mena Aldemar,
0-00602240615-999-001, ¢97.324,00; Fallas Pérez Guiselle,
0-00603600577-999-001, ¢994.118,00; Garita Vega Ana Luisa,
0-00603360906-999-001, ¢742.673,00; Garro Jiménez Jorge Enrique,
0-00110140255-999-001, ¢335.578,00; González Blanco Gregorio Gerardo,
0-00501330841-999-001, ¢792.496,00; González León Odir, 0-00602530605-998-001,
¢31.125,00; Gutiérrez Sánchez Albin, 0-00602810692-999-001, ¢436.939,00; Mojica
Espinoza Rafael Ángel, 0-007007000110-999-001, ¢875.448,00; Prendas Morera
Melvin Alberto, 0-00602470141-999-001, ¢861.985,00; Salazar Barboza Francisco
José, 0-00603190185-999-001, ¢503.558,00, Sánchez Bermúdez Luis Fernando,
0-00603440233-999-001, ¢782.794,00; Sánchez Castro Eduardo,
0-00110280953-999-001, ¢97.536,00; Ureña Calderón Lidieth,
0-00112770012-999-001, ¢91.827,00, Vega Arguedas Franklin Josett,
0-00603440958-999-001, ¢35.102,00, Zúñiga Palma Andrés, 0-00603800009-999-001,
¢1.085.468,00; Campos Espinoza Manuel Francisco, 0-00202490671-999-001,
¢587,979.00; Esquivel García Rodolfo, 0-00203900234-999-001, ¢452,872.00;
Jiménez Barboza Roberto, 0-00701090319-999-001, ¢1,170,554.00; Murillo
Fernández Rigoberto, 0-00601380698-999-001, ¢1,140,504,00; Duarte Ramírez
Javier, 0-00503040729-999-001, ¢1,205,227.00; Berrocal Arias Rafael Ángel del
Socorro, 0-00601180614-999-001, ¢1,301,271.00; Ismail Gelle Noindicaotro Fozia,
7-02620099195-999-001, ¢1,043,298.00; Hernández Durán Luis Alonso,
0-00112670604-999-001, ¢ 1,299,901.00; Amador Serrano Leonicio de los Ángeles,
0-00601350283-999-001, ¢1,205,432.00; Gubuardi Peralta Yoxan,
0-00503530281-999-001, ¢1,032,222.00; Montero Johnson Cesar,
0-00304030837-999-001, ¢1,038,650.00; Núñez Rojas José
Rolando,0-00901070427-999-001,¢1,244,802.00; Ramírez Orozco Wilberg,
0-00303530680-999-001, ¢1,068,064.00; Villagra Amador Osvaldo,
0-00602720660-999-001,¢1,286,585.00; Palacio Noindicaotro Martha Rosa,
7-00026559496-999-001, ¢1,116,196.00; Mola Santana Hairol,
7-01790100584-999-001, ¢1,039,702.00; Castillo Castro José Alberto,
0-00111100504-999-001, ¢1,164,692.00; Picado Peña Herbert Alonso,
0-00603320151-999-001, ¢995,061.00; Romero Chavarría Ana Lorena,
0-00602050057-999-001, ¢1,153,379.00; Sánchez Gutiérrez Isidro Alberto,
0-00602380663-999-001,¢995,061.00; Chavarría Calderón Víctor Hugo,
0-00900700348-999-001,¢1,195,029.00; Buzano Flores Alexander,
0-00111430118-999-001, ¢1,170,982.00; Galiano Suárez Maria Luisa,
7-0027263535-999-001, ¢1,148,728.00; Loria Solano Ider David,
0-00603640499-999-001, ¢1,129,684.00; Sánchez Chaves José Carlos, 000303070640-999-001,
¢1,291,061.00; Vargas Campos Ronald, 0-000602050517-999-001, ¢1,090,108.00;
Walker No indica otro Francis Roach, 7-01440096031-999-001, ¢2,668,741.00;
Vargas Barahona Eliécer Javier, 0-00109080895-999-001, ¢1,160,189.00; Sandí
Ortega Gilberth, 0-00602490157-999-001, ¢1,226,994.00; Batista Bonilla Ramón
Alberto, 7-00017124588-999-001, ¢1,417,420.00; Eggers No indica otro Tomás
Christopher, 7-0001810102507-999-001, ¢1,340,597.00; Gutiérrez Gómez Johnny,
0-00113910034-999-001 ¢1,178,408.00; Quesada Avilés Roy, 0-00110070624-999-001,
¢1,491,141.00; Molina Moraga Marcos Vinicio, 0-00900650203-999-001,
¢1,233,076.00; Sánchez Rojas Adrián, 0-00203290586-999-001, ¢1,171,272.00; Mc
Daniel Jr. No indica otro John Lucien, 7-01790101749-999-001, ¢1,061,413.00; Hernández
Portuguez Olman, 0-00603010773-999-001, ¢1,089,422.00; Castrillo Umaña Michael,
0-00701730392-999-001 ¢1,186,106.00; Castellón Ruiz Rigoberto,
7-00017026696-999-001,¢1,036,998.00; Chaves Alfaro José Leonardo,
0-00701940588-999-001, ¢1,042,685.00; Calderón Sánchez Geovanny,
0-00900970284-999-001, ¢1,217,319.00; Amador Sánchez Jonatan Gerardo,
0-00303730423-999-001, ¢1,128,753.00; Zamora Bermúdez Efren,
0-00603040885-999-001, ¢1,079,356.00; Fletcher No indica otro Lorraine Vanissa,
7-02620099211-999-001, ¢1,031,167.00; Figueroa Leiva Greivin,
0-00603550503-999-001, ¢1,324,422.00; Rojas Pineda Marco Antonio,
0-00301870033-999-001, ¢1,249,014.00; Martínez Rodríguez Emilia,
7-00027351590-999-001, ¢1,124,667.00; Jones No indica otro Randall,
7-00015554949-999-001, ¢1,127,298.00; Quirós Jiménez Eligio,
0-00603500635-999-001, ¢1,270,906.00; Eras González Adrián,
0-00502870935-999-001, ¢1,156,614.00; Ambrana Vargas Denis,
0-00602940008-999-001, ¢1,259,994.00; Gómez Munguía Dennis Douglas,
7-00016826127-999-001, ¢1,312,116.00; Rodríguez Martínez Cesar Antonio,
7-00017611007-999-001, ¢1,088,102.00; Prado Campos Rosa Emilia,
7-00027381096-999-001, ¢1,117,489.00; Jiménez Godínez José Mauricio,
0-00603330648-999-001, ¢1,074,006.00; Cordero Porras Jorge Alberto, 0-00700990090-999-001,
¢1,176,472.00; González Santamaría Willy Vinicio, 0-00603180053-999-001,
¢1,218,385.00; Tapia Montes Ricardo, 0-00601540690-999-001, ¢1,191,675.00.—Lic.
Aldo Derico Quesada Arcel, Administrador, cédula 1-1052-0497.—(IN2013040498).
OFICINA ASESORÍA JURÍDICA, REGIÓN CHOROTEGA
Expediente de nulidad de título
NUL-009-2010-ORSC-ALCH.—Contra: Hazel Arlette Contreras.—Granja Familiar N° 12
Asentamiento Cartagena.—Liberia, Guanacaste a las ocho horas del día doce de abril
del dos mil trece.—Con fundamento en las facultades que otorga la Ley de
Tierras y Colonización número 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, el
procedimiento indicado en los artículos 109 a 117 del Reglamento de Selección y
Asignación de Solicitantes de Tierra vigente, publicado en La Gaceta N°
116 del 16 de junio del año 2010, con el uso supletorio de la Ley General de la
Administración Pública y el Código Procesal Civil; se inicia proceso
administrativo ordinario de revocatoria con la subsecuente nulidad de título
contra Hazel Arlette Contreras Duarte, cédula de identidad 1-1122-0923,
adjudicataria de la granja 12 del Centro de Población de Cartagena, finca
inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, partido de
Guanacaste, Folio Real 119698-002. Se resuelve notificar la convocatoria a
comparecencia, la cual podrá evacuarse en forma oral o por escrito (artículo
112 inciso h) del Reglamento referido) al citado adjudicatario, para ante esta
Oficina en un plazo de quince días hábiles para que se apersone por escrito,
contados a partir del día siguiente a la presente notificación la cual se
realizará con el fin de que haga valer sus derechos, asimismo se señalan las
catorce horas del día 31 de julio de dos mil trece para que comparezca
personalmente y no por medio de apoderado a audiencia oral y privada en las
instalaciones del Instituto de Desarrollo Rural ubicado en Liberia, Guanacaste,
seiscientos metros norte de los semáforos, carretera a La Cruz edificio a mano
derecha, a dicha audiencia la parte puede hacerse acompañar por un abogado de
su libre elección. Se previene al administrado, que en su contestación por
escrito o en la audiencia oral, a más tardar, debe aportar toda la prueba de
descargo que obre en su poder (art. 312 i. 1-3 y 317 Ley General de
Administración Pública); además debe señalar dentro del perímetro judicial de
la ciudad de Liberia, lugar o medio electrónico donde recibir notificaciones,
bajo el apercibimiento de que si no lo hace, se tendrán por notificadas las resoluciones
que se dicten posteriormente en el término de veinticuatro horas, igual
consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya
no existiere o el medio elegido no funcione, como lo dispone la Ley de
Notificaciones vigente en estos casos (art. 112 inciso i) del Reglamento y 185
del Código Procesal Civil). A su vez se le informa que este proceso se instruye
por violación a los artículos 66, 67, 68, inciso 4 acápite “b”, de la Ley de
Tierras y Colonización, por la causal de abandono injustificado del lote y la
familia; se le imputa dichas causales por cuanto según el informe técnico de la
Oficina Regional de Santa Cruz adjuntos se indica que la señora Contreras
Duarte, abandonó la familia. Para lo que procede se pone en conocimiento que el
citado expediente se encuentra en esta oficina para su consulta y fotocopiado.
Se advierte a la administrada que cualquier mejora introducida posteriormente a
la notificación de esta resolución podrá considerarse como mejora de mala fe,
con las consecuencias legales correspondientes. Se advierte al administrado que
contra esta resolución cabe únicamente recurso de Revocatoria el cual deberá
interponerse ante esta oficina dentro del tercer día hábil después de
notificado. Notifíquese. Por desconocerse el domicilio actual del señora Hazel
Arlette Contreras Duarte, cédula de identidad 1-1122-0923 de conformidad con el
artículo 241 de la Ley General de Administración Pública y 112 inciso i) del
Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras del
Instituto de Desarrollo Agrario vigente, publíquese por dos veces consecutivas
en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic Kattia
Brenes Morales, Oficina Asesoría Jurídica, Región Chorotega.—(IN2013038365). 2.
v. 2.
Expediente de nulidad de título:
NUL-006-2010-OSRC-ALCH.—Contra: Luis Nemesio Hernández Gutiérrez y Yadira
Palacios Mayorga lote N° 5 del Asentamiento Península de Arenal.—Liberia,
Guanacaste, a las catorce horas tres minutos del día 7 de junio del año dos mil
trece.—Con fundamento en las facultades que otorga la Ley de Tierras y
Colonización número 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, el
procedimiento indicado en los artículos 109 a 117 del Reglamento de Selección y
Asignación de Solicitantes de Tierra vigente, publicado en La Gaceta N°
116 del 16 de junio del año 2010, con el uso supletorio del Código Procesal
Civil; se inicia proceso administrativo ordinario de revocatoria con la
subsecuente nulidad de título contra Luis Nemesio Hernández Gutiérrez, cédula
de identidad 5-0198-0031 y Yadira Palacios Mayorga, cédula de identidad
7-0072-0246, adjudicatarios del lote N° 5 del Asentamiento Península de Arenal,
que es parte de las fincas inscritas en el Registro Público de la Propiedad
Inmueble, partido de Guanacaste Folio Real matrícula N° 058326-000 y 079609-000
a nombre del Instituto de Desarrollo Rural. Se resuelve notificar la
convocatoria a comparecencia, la cual podrá evacuarse en forma oral o por
escrito (artículo 112 inciso h) del Reglamento referido a los citados
adjudicatarios, para ante esta Oficina en un plazo de quince días hábiles para
que se apersonen por escrito, contados a partir del día siguiente a la
notificación de la presente resolución, la cual se realizará con el fin de que
hagan valer sus derechos, asimismo se señalan las catorce horas del día cinco
de agosto del año dos mil trece para que comparezcan personalmente y no por
medio de apoderado a audiencia oral y privada en las instalaciones del
Instituto de Desarrollo Rural ubicado en Liberia, Guanacaste, seiscientos
metros norte de los semáforos, carretera a La Cruz edificio a mano derecha, a
dicha audiencia la parte puede hacerse acompañar por un abogado de su libre
elección. Se previene a los administrados, que en su contestación por escrito o
en la audiencia oral, a más tardar, deben aportar toda la prueba de descargo
que obre en su poder, sea esta documental, testimonial o cualquier otro tipo
permitido por el ordenamiento jurídico costarricense; además deben señalar
dentro del perímetro judicial de la ciudad de Liberia, lugar o medio
electrónico (fax o correo electrónico) donde recibir notificaciones, bajo el
apercibimiento de que si no lo hacen, se tendrán por notificadas las
resoluciones que se dicten posteriormente en el término de veinticuatro horas,
igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto
o ya no existiere o el medio elegido no funcione, como lo dispone la Ley de
Notificaciones vigente para estos casos (art. 112 inciso i) del Reglamento y
185 del Código Procesal Civil). A su vez se le informa que este proceso se
instruye por violación a los artículos 62, 66, 67 y 68, inciso 4, párrafo b) de
la Ley 2825 arriba citada, y artículos 60, 93, 109 y 112 del citado Reglamento,
por el abandono injustificado del lote. Se le imputa dicha causal por cuanto
según informe técnico de la Oficina Subregional de Cañas con oficio
OSRC-806-2010 y IT-OSRC-183-2010, indica que el lote se encuentra en estado de
abandono por los asignatarios, no existe ningún tipo de construcción, el lote
está totalmente cercado, por otra parte se menciona que los señores tienen una
propiedad en San José pero viven en Nuevo Arenal. Para lo que procede se pone
en conocimiento que el citado expediente se encuentra en esta oficina para su
consulta y fotocopiado. Se advierte al administrado que cualquier mejora que
introduzca en el predio posterior a la notificación de esta resolución podrá
ser considerada como mejora de mala fe, con las consecuencias legales
correspondientes, asimismo que contra esta resolución cabe únicamente recurso
de Revocatoria el cual deberá interponerse ante esta oficina dentro del tercer
día hábil después de notificada. Notifíquese. Por desconocerse el domicilio
actual de los señores Luis Nemesio Hernández Gutiérrez, cédula de identidad
5-0198-0031 y Yadira Palacios Mayorga, cédula de identidad 7-0072-0246, de
conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública y
112 inciso i) del Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de
Tierras del Instituto de Desarrollo Agrario vigente, publíquese por dos veces
consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic Kattia Brenes Morales,
Oficina Asesoría Jurídica, Región Chorotega.—(IN2013038371). 2.
v. 2.
Expediente de nulidad de título:
NUL-036-2010-OSRC-ALCH.—Contra: Jenny Maziel Duarte Porras, lote N° 7 del
Asentamiento Península de Arenal.—Liberia, Guanacaste, a las diez horas minutos
del día 7 de junio del año dos mil trece.—Con fundamento en las facultades que
otorga la Ley de Tierras y Colonización número 2825 del 14 de octubre de 1961 y
sus reformas, el procedimiento indicado en los artículos 109 a 117 del
Reglamento de Selección y Asignación de Solicitantes de Tierra vigente,
publicado en La Gaceta N° 116 del 16 de junio del año 2010, con el uso
supletorio del Código Procesal Civil; se inicia proceso administrativo
ordinario de revocatoria con la subsecuente nulidad de título contra Jenny
Maziel Duarte Porras, cédula de identidad 5-0253-0438, adjudicatarios del lote
N° 7 del Asentamiento Península de Arenal, que corresponde a la finca inscrita
en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, partido de Guanacaste, Folio
Real, matrícula N° 142584-000. Se resuelve notificar la convocatoria a
comparecencia, la cual podrá evacuarse en forma oral o por escrito (artículo
112 inciso h) del Reglamento referido a los citados adjudicatarios, para ante
esta Oficina en un plazo de quince días hábiles para que se apersonen por
escrito, contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente
resolución, la cual se realizará con el fin de que hagan valer sus derechos,
asimismo se señalan las nueve horas del día cinco de agosto del año dos mil
trece para que comparezcan personalmente y no por medio de apoderado a
audiencia oral y privada en las instalaciones del Instituto de Desarrollo Rural
ubicado en Liberia, Guanacaste, seiscientos metros norte de los semáforos,
carretera a La Cruz edificio a mano derecha, a dicha audiencia la parte puede
hacerse acompañar por un abogado de su libre elección. Se previene a los
administrados, que en su contestación por escrito o en la audiencia oral, a más
tardar, deben aportar toda la prueba de descargo que obre en su poder, sea esta
documental, testimonial o cualquier otro tipo permitido por el ordenamiento
jurídico costarricense; además deben señalar dentro del perímetro judicial de
la ciudad de Liberia, lugar o medio electrónico (fax o correo electrónico)
donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, se
tendrán por notificadas las resoluciones que se dicten posteriormente en el
término de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar
señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere o el medio elegido no
funcione, como lo dispone la Ley de Notificaciones vigente para estos casos
(art. 112 inciso i) del Reglamento y 185 del Código Procesal Civil). A su vez
se le informa que este proceso se instruye por violación a los artículos 62,
66, 67 y 68, inciso 4, párrafo b) de la Ley 2825 arriba citada, y artículos 60,
93, 109 y 112 del citado Reglamento, por el abandono injustificado del lote. Se
le imputa dicha causal por cuanto según informe técnico de la Oficina
Subregional de Cañas con oficio OSRC-775-2010 y IT-OSRC-170-2010, indica que el
lote está abandonado por la propietaria desde hace muchos años, ya que no le ha
dado uso habitacional. Para lo que procede se pone en conocimiento que el
citado expediente se encuentra en esta oficina para su consulta y fotocopiado.
Anótese como medida cautelar administrativa y con la finalidad de asegurar las
resultas del presente proceso al margen de la inscripción de la finca del
partido de Guanacaste matrícula 142584-000, el inicio del presente proceso.
Confecciónese el exhorto correspondiente y remítase al Registro Público. Se
advierte al administrado que cualquier mejora que introduzca en el predio
posterior a la notificación de esta resolución podrá ser considerada como
mejora de mala fe, con las consecuencias legales correspondientes, asimismo que
contra esta resolución cabe únicamente recurso de revocatoria el cual deberá
interponerse ante esta oficina dentro del tercer día hábil después de
notificada. Notifíquese. Por desconocerse el domicilio actual del señora Jenny
Maziel Duarte Porras, cédula de identidad 5-0253-0438 de conformidad con el
artículo 241 de la Ley General de Administración Pública y 112 inciso i) del
Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras del
Instituto de Desarrollo Agrario vigente, publíquese por dos veces consecutivas
en el Diario Oficial.—Lic Kattia Brenes Morales,
Oficina Asesoría Jurídica, Región Chorotega.—(IN2013038373). 2.
v. 2.
JUNTA
ADMINISTRATIVA
DE CEMENTERIOS DE
GOICOECHEA
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la
Administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces
consecutivas en La Gaceta del siguiente acuerdo en sesión ordinaria N°
10-2013 del día jueves 30 de mayo 2013 Artículo 6°, Inciso 4. Acorde con lo
ordenado por el Artículo 214, siguientes y concordantes, de la Ley General de
Administración Pública, y con los acuerdos y alcances del Decreto Ejecutivo N°
32177-SP, Artículo 44° inciso 2, Alcance N° l, del Diario Oficial La Gaceta
N° 6 del 10 de enero del 2005. Se procede a iniciar Procedimiento Ordinario
Administrativo de Cobro contra Silvio Baez Tablada, cédula 8-0044-0099,
arrendatario de esta Junta, por cuanto mediante notificación del 30 de mayo del
2013 del Departamento de Cobros, adeuda a la Junta la suma de ¢71.329,70
(setenta y un mil trescientos veintinueve colones con setenta céntimos) por
concepto de tres años (2010, 2011 y 2012) de mantenimientos atrasados. Por lo
que deberá presentarse dentro de 15 días hábiles contados a partir del día
siguiente de dicha publicación en las oficinas centrales, sita en Guadalupe
Centro, costado noroeste del parque, en los altos Correos de Costa
Rica.—Guadalupe, 7 de junio de 2013.—Dirección Administrativa.—Lic. Aracelly
González Fernández, Directora Administrativa.—RP2013352233.—(IN2013038809).
Por no haber sido posible notificarle en el
domicilio conocido por la Administración, se ordena la notificación por medio
de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta del siguiente acuerdo
en sesión ordinaria N° 10-2013 del día jueves 30 de mayo 2013 Artículo 6°,
Inciso 4. Acorde con lo ordenado por el Artículo 214, siguientes y
concordantes, de la Ley General de Administración Pública, y con los acuerdos y
alcances del Decreto Ejecutivo N° 32177-SP, Artículo 44° inciso 2, Alcance N°
l, del Diario Oficial La Gaceta N° 6 del 10 de enero del 2005. Se
procede a iniciar Procedimiento Ordinario Administrativo de Cobro contra Emilse
Brenes Brenes, cédula 1-0090-8415, arrendatario de esta Junta, por cuanto
mediante notificación del 30 de mayo del 2013 del Departamento de Cobros,
adeuda a la Junta la suma de ¢71.329,70 (setenta y un mil trescientos
veintinueve colones con setenta céntimos) por concepto de tres años (2010, 2011
y 2012) de mantenimientos atrasados. Por lo que deberá presentarse dentro de 15
días hábiles contados a partir del día siguiente de dicha publicación en las
oficinas centrales, sita en Guadalupe Centro, costado noroeste del parque, en
los altos Correos de Costa Rica.—Guadalupe, 7 de junio de 2013.—Dirección
Administrativa.—Lic. Aracelly González Fernández, Directora Administrativa.—RP2013352234.—(IN2013038810).
Por haberse notificado y recibido la
notificación el día 16 de abril del 2013 y cumplido el plazo estipulado en la
misma, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces
consecutivas en La Gaceta del siguiente acuerdo según sesión ordinaria
N° 10-2013 del día jueves 30 de mayo 2013 Artículo 6° Inciso 4. Acorde con lo
ordenado por el Artículo 214, siguientes y concordantes, de la Ley General de
Administración Pública, y con los acuerdos y alcances del Decreto Ejecutivo N°
32177-SP, Artículo 44° inciso 2, Alcance N° l, del Diario Oficial La Gaceta
N° 6 del 10 de enero del 2005. Se procede a iniciar Procedimiento Ordinario
Administrativo de Cobro contra Ronald Alpízar Navarro, cédula 3-0351-0920,
arrendatario de está junta, por cuanto mediante notificación de cobros del 16
de abril del 2013 del Departamento de Cobros, adeuda al día 30 de mayo 2013 a
la Junta, la suma de ¢71.329,70 (setenta mil trescientos veintinueve colones
con setenta céntimos) por concepto de tres años (2010, 2011 y 2012) de
mantenimientos atrasados. Por lo que deberá presentarse dentro de 15 días
hábiles contados a partir del día siguiente de dicha publicación en las
oficinas centrales, sita en Guadalupe Centro, costado noroeste del parque en
los altos de Correos de Costa Rica.—Guadalupe, 7 de junio de 2013.—Dirección
Administrativa.—Lic. Aracelly González Fernández, Directora Administrativa.—RP2013352235.—(IN2013038811).
Por no haber sido posible notificarle en el
domicilio conocido por la Administración, se ordena la notificación por medio
de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta del siguiente
acuerdo en sesión ordinaria N° 10-2013 del día jueves 30 de mayo 2013, artículo
6°, inciso 4. Acorde con lo ordenado por el artículo 214, siguientes y
concordantes, de la Ley General de Administración Pública, y con los acuerdos y
alcances del Decreto Ejecutivo N° 32177-SP, artículo 44° inciso 2), Alcance N°
l, del Diario Oficial La Gaceta N° 6 del 10 de enero del 2005. Se
procede a iniciar Procedimiento Ordinario Administrativo de Cobro contra María
Isabel Sibaja Araya, cédula 1-0242-0755, Arrendatario de esta Junta, por cuanto
mediante notificación del 30 de mayo del 2013 del Departamento de Cobros,
adeuda a la Junta la suma de ¢71.329,70 (Setenta y un mil trescientos
veintinueve colones con setenta céntimos) por concepto de tres años (2010, 2011
y 2012) de mantenimientos atrasados. Por lo que deberá presentarse dentro de 15
días hábiles contados a partir del día siguiente de dicha publicación en las
oficinas centrales, sita en Guadalupe centro, costado noroeste del parque, en
los altos Correos de Costa Rica.—Guadalupe, 7 de junio del 2013.—Lic. Aracelly
González Fernández, Directora Administrativa.—RP2013352236.—(IN2013038812).
Por no haber sido posible notificarle en el
domicilio conocido por la Administración, se ordena la notificación por medio
de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta del siguiente
acuerdo en sesión ordinaria N° 10-2013 del día jueves 30 de mayo 2013, artículo
6°, inciso 4. Acorde con lo ordenado por el artículo 214, siguientes y
concordantes, de la Ley General de Administración Pública, y con los acuerdos y
alcances del Decreto Ejecutivo N° 32177-SP, Artículo 44° inciso 2, Alcance N°
1, del Diario Oficial La Gaceta N° 6 del 10 de enero del 2005. Se
procede a iniciar Procedimiento Ordinario Administrativo de Cobro contra Jaime
Allen Flores, cédula 9-0029-0113, Arrendatario de esta Junta, por cuanto
mediante notificación del 30 de mayo del 2013 del Departamento de Cobros,
adeuda a la Junta la suma de ¢113.337,40 (Ciento trece mil trescientos treinta
y siete colones con cuarenta céntimos) por concepto de tres años (2010, 2011 y
2012) de mantenimientos atrasados. Por lo que deberá presentarse dentro de 15
días hábiles contados a partir del día siguiente de dicha publicación en las
oficinas centrales, sita en Guadalupe centro, costado noroeste del parque, en
los altos Correos de Costa Rica.—Guadalupe, 7 de junio del 2013.—Lic. Aracelly
González Fernández, Directora Administrativa.—RP2013352237.—(IN2013038813).
Por no haber sido posible notificarle en el
domicilio conocido por la Administración, se ordena la notificación por medio
de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta del siguiente
acuerdo en sesión ordinaria N° 10-2013 del día jueves 30 de mayo 2013 Artículo
6°, inciso 4). Acorde con lo ordenado por el artículo 214, siguientes y
concordantes, de la Ley General de Administración Pública, y con los acuerdos y
alcances del Decreto Ejecutivo N° 32177-SP, artículo 44° inciso 2), Alcance N°
1, del Diario Oficial La Gaceta N° 6 del 10 de enero del 2005. Se
procede a iniciar Procedimiento Ordinario Administrativo de Cobro contra José
Narciso Montero Valverde, cédula 1-0586-0802, Arrendatario de esta Junta, por
cuanto mediante notificación del 30 de mayo del 2013 del Departamento de
Cobros, adeuda a la Junta la suma de ¢64.939,30 (Sesenta y cuatro mil
novecientos treinta y nueve colones con treinta céntimos) por concepto de tres
años (2010, 2011 y 2012) de mantenimientos atrasados. Por lo que deberá
presentarse dentro de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de
dicha publicación en las oficinas centrales, sita en Guadalupe centro, costado
noroeste del parque, en los altos Correos de Costa Rica.—Guadalupe, 7 de junio
del 2013.—Lic. Aracelly González Fernández, Directora Administrativa.—RP2013352238.—(IN2013038814).
Por no haber sido posible notificarle en el
domicilio conocido por la Administración, se ordena la notificación por medio
de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta del siguiente
acuerdo en sesión ordinaria N° 10-2013 del día jueves 30 de mayo 2013 artículo
6°, inciso 4). Acorde con lo ordenado por el Artículo 214, siguientes y
concordantes, de la Ley General de Administración Pública, y con los acuerdos y
alcances del Decreto Ejecutivo N° 32177-SP, Artículo 44° inciso 2, Alcance N°
1, del Diario Oficial La Gaceta N° 6 del 10 de enero del 2005. Se
procede a iniciar Procedimiento Ordinario Administrativo de Cobro contra Luz
María Gómez Mena, cédula 1-0235-0389, Arrendatario de esta Junta, por cuanto
mediante notificación del 30 de mayo del 2013 del Departamento de Cobros,
adeuda a la Junta la suma de ¢71.329,70 (Setenta y un mil trescientos
veintinueve colones con setenta céntimos) por concepto de tres años (2010, 2011
y 2012) de mantenimientos atrasados. Por lo que deberá presentarse dentro de 15
días hábiles contados a partir del día siguiente de dicha publicación en las
oficinas centrales, sita en Guadalupe centro, costado noroeste del parque, en
los altos Correos de Costa Rica.—Guadalupe, 7 de junio del 2013.—Lic. Aracelly
González Fernández, Directora Administrativa.—RP2013352239.—(IN2013038815).
Por haberse notificado y recibido la
notificación el día 16 de abril del 2013 y cumplido el plazo estipulado en la
misma, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces
consecutivas en La Gaceta del siguiente acuerdo según sesión ordinaria
N° 10-2013 del día jueves 30 de mayo 2013 artículo 6° inciso 4). Acorde con lo
ordenado por el artículo 214, siguientes y concordantes, de la Ley General de
Administración Pública, y con los acuerdos y alcances del Decreto Ejecutivo N°
32177-SP, artículo 44° inciso 2), Alcance N° l, del Diario Oficial La Gaceta
N° 6 del 10 de enero del 2005. Se procede a iniciar Procedimiento Ordinario
Administrativo de Cobro contra María Elena González González, cédula
3-0351-0920, Arrendatario de esta Junta, por cuanto mediante notificación de
cobros del 16 de abril del 2013 del Departamento de Cobros, adeuda al día 30 de
mayo 2013 a la Junta, la suma de ¢71.329,70. (Setenta mil trescientos
veintinueve colones con setenta céntimos) por concepto de tres años (2010, 2011
y 2012) de mantenimientos atrasados. Por lo que deberá presentarse dentro de 15
días hábiles contados a partir del día siguiente de dicha publicación en las
oficinas centrales, sita en Guadalupe centro, costado noroeste del parque en
los altos de Correos de Costa Rica.—Guadalupe, 7 de junio del 2013.—Lic.
Aracelly González Fernández, Directora Administrativa.—RP2013352240.—(IN2013038816).
MUNICIPALIDAD
DE SANTA ANA
A LOS
PROPIETARIOS Y POSEEDORES OMISOS
EN EL CUMPLIMIENTO DE
LOS DEBERES
ESTABLECIDOS EN EL
ARTÍCULO 75
DEL CÓDIGO MUNICIPAL,
LEY N° 7794
La
Municipalidad de Santa Ana; de conformidad con las potestades que confiere el
artículo 76ter del Código Municipal, Ley N° 7794; y por ser desconocido el
domicilio de los contribuyentes, por
este medio notifica a los propietarios o poseedores de inmuebles ubicados en la
jurisdicción del cantón de Santa Ana; sobre la omisión en el cumplimiento de
los deberes establecidos en el artículo 75 del Código Municipal; en que han
incurrido. Se les advierte que deberán realizar la obra o labor en el plazo
indicado en la columna de “plazo para subsanar”; de lo contrario, a partir del
vencimiento del plazo, cargaremos a su cuenta de servicios urbanos la multa
indicada en la columna “monto de multa trimestral”. El monto de la multa será
cargado trimestralmente durante el tiempo que perdure la omisión.
Para ver tabla
solo en La Gaceta impresa o con formato PDF
Fecha en que se tiene por realizada la presente
notificación. La presente
notificación se tendrá por realizada transcurridos cinco días hábiles a partir
del día hábil siguiente de la tercera publicación. (Artículo 241 de la Ley N°
6227).
Recursos: Contra la
presente notificación caben, potestativamente, los recursos ordinarios de
revocatoria ante la Encargada de Planificación Urbana y/o el de apelación ante
el Alcalde. Deberán ser interpuestos en el Palacio Municipal, en horario de
oficina, en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día hábil al
vencimiento de los cinco días hábiles indicados en el párrafo anterior.
(Artículo 162 del Código Municipal).
El presente procedimiento y las
especificaciones técnicas de las obras a realizar, están regulados en el
Reglamento para el cobro de multas y construcción de obras y servicios
realizados por la municipalidad, como consecuencia de la omisión a los deberes
de los propietarios o poseedores de inmuebles, localizados en el cantón de
Santa Ana. Cuyo texto fue publicado en La Gaceta N° 240 del 21 de
noviembre de 2007, ratificado en La Gaceta N° 224 del 13 de diciembre de
2007 y reformado en La Gaceta N° 176 del 11 de setiembre de 2008.—Santa Ana, 7 de noviembre de 2011.—Ing. Karla Montes
Aguilar, Encargada de Planificación Urbana.—(IN2013040507) 3
v. 1 Alt.
MUNICIPALIDAD
DE SANTO DOMINGO
La Municipalidad de Santo Domingo, con
fundamento en el Reglamento para el Cobro de Tarifas por la Omisión Parcial o
Total de los Deberes de los Propietarios y/o Poseedores de Bienes Inmuebles
dentro de la Jurisdicción Territorial del cantón de Santo Domingo, publicado en
el Diario Oficial La Gaceta N° 37 del 22 de febrero del 2011, en sus
artículos 1°, artículo 2° incisos 1), 2) y 10), artículo 3° inciso 1), y su
reforma publicada en La Gaceta N° 214 del 6 de noviembre del 2012.
Notifica mediante el Diario Oficial a los propietarios de los siguientes
inmuebles, para que procedan a la limpieza respectiva: Finca matrícula N°
4-176337, ubicada en calle La Rinconada de Santa Rosa, propietario registral
Yao Chen Chung Chung, cédula N° 8-075-626; finca matrícula N° 4-192833, ubicada
en Residencial Quizarco, lote 22Y, propietario registral Walter Sanchun Arnáez,
cédula N° 5-220-809; finca matrícula N° 4-192835, ubicada en Residencial
Quizarco, lote 21 Z, propietario registral KatJose Inmobiliaria O.F.B.R S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-392851; finca N° 4-156012, ubicada en Residencial
Quizarco, lote 14 J, propietario registral Comercializadora Paquito S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-193015; finca N° 4-135236, ubicada en Jardines de
Castilla, San Miguel, propietario registral Emilio Enrique González Jiménez,
cédula N° 1-515-929. Se otorga un plazo de cinco días naturales posterior al
día de la publicación, para que se proceda a realizar las labores solicitadas
de limpieza de la propiedad y cerramiento, esto según lo indicado en el
artículo 7° de dicho Reglamento. En caso de omisión se procederá conforme a lo
indicado en los artículos 8° y 9° del mismo Reglamento. Es todo.
Gestión Ambiental.—Geog.
Luis Diego Rubí Bolaños.—1 vez.—(IN2013039857).
SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS 2013
El 18 de junio del 2013, en La
Gaceta 116, págs. 27-28, se divulgó el detalle de mercancías que se
rematarán en pública subasta en forma individual en la Aduana Santamaría a las 13:30
horas del día 27 del mes de junio de 2013, para el cual se aplica el artículo
197 del Reglamento a la Ley General de Aduanas, y se procede a programar el
remate del Depositario Aduanero Intercargo Transportes S. A., para el día 12 de
julio del 2013 a las 13:30 horas en las instalaciones de la Aduana, sita a 1 km
al oeste del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría.
Dirección General de Aduanas.—Gerardo Bolaños Alvarado, Director.—Aduana
Santamaría.—MBA. Yonder Alvarado Zúñiga, Gerente.—1
vez.—O. C. N° 17927.—Solicitud Nº 109-118-10213GAD.—(IN2013041246).
El 18 de junio del 2013, en La
Gaceta 116, págs. 25-27, se divulgó el detalle de mercancías que se
rematarán en pública subasta en forma individual en la Aduana Santamaría a las
09:30 horas del día 27 del mes de junio de 2013, para el cual se aplica el
artículo 197 del Reglamento a la Ley General de Aduanas, y se procede a
programar el remate del Depositario Aduanero Lagunilla S.A., para el día 12 de
julio del 2013 a las 9:30 horas en las instalaciones de la Aduana, sita a 1 km
al oeste del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría.
Dirección General de Aduanas.—Gerardo Bolaños Alvarado, Director.—Aduana
Santamaría.—MBA. Yonder Alvarado Zúñiga, Gerente.—1
vez.—O. C. N° 17927.—Solicitud Nº 109-118-10313GAD.—(IN2013041247).
INSTITUTO
DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA
El Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica
(INTECO), comunica: en La Gaceta N° 112 del 12 de junio del 2013, en la
que se somete a consulta pública el proyecto de norma PN INTE/ISO 01-01-09:2013
“Norma Nacional Costa Rica califica. Requisitos, se sustituye el nombre
del proyecto de norma al siguiente: “Sistema integrado de gestión para
micro, pequeñas y medianas empresas (PYME’s).—
Requisitos con orientación para su uso”.
Toda la demás información y el periodo de consulta pública permanecen
invariables.
Para mayor información, comuníquese con la Dirección de Normalización
con los ingenieros Felipe Calvo o César Rosales al teléfono: 2283-4522 o a los
correos: fcalvo@inteco.or.cr o crosales@inteco.or.cr.
Mauricio Céspedes M., Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2013039866).