LA GACETA N° 154 DEL 13 DE AGOSTO DEL 2013
TRIBUNAL SUPREMO
DE ELECCIONES
MODIFICACIONES
A LOS PROGRAMAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CONSEJO
NACIONAL DE PRODUCCIÓN
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORIA MUNICIPAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
SOCIAL
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento
en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146
de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), y 28
inciso 2), acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración
Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de
setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº
32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley Nº 9103, Ley de
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2013, de 4 de diciembre del 2012 y sus reformas.
Considerando:
1º—Que el
inciso g) del artículo 5 de la Ley Nº 8131, publicada en La Gaceta Nº
198 de 16 de octubre del 2001 y sus reformas, establece que el presupuesto debe
ser de conocimiento público por los medios electrónicos y físicos disponibles.
2º—Que el inciso b) del artículo 45 de
la citada Ley Nº 8131, autoriza al Poder
Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias no contempladas
en el inciso a) del mismo artículo, según la reglamentación que se dicte para
tal efecto.
3º—Que mediante el Decreto Ejecutivo
Nº 32988-H-MP-PLAN, publicado en La
Gaceta Nº 74 de 18 de abril de 2006 y sus reformas, se establece la
normativa técnica, referente a las modificaciones presupuestarias que el
Gobierno de la República y sus dependencias pueden efectuar a través de Decreto
Ejecutivo.
4º—Que el
artículo 61 del Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN citado, permite que
mediante decreto ejecutivo elaborado por el Ministerio de Hacienda, se realicen traspasos de partidas
presupuestarias entre los gastos autorizados en las leyes de presupuesto
ordinario y extraordinario de la República del ejercicio que se tratare, sin
modificar el monto total de los recursos asignados al programa; permitiendo
también efectuar traspasos de partidas entre sub programas dentro de un mismo
programa, sin modificar el monto total del programa.
5º—Que el Ministerio de Seguridad
Pública ha solicitado su confección mediante oficio 1869-2013 DM, cumpliendo en
todos los extremos con lo dispuesto en la normativa técnica y legal vigente.
6º—Que se hace necesario realizar la
presente modificación, con la finalidad de financiar la construcción de un
edificio para la Policía de Control de Drogas en la localidad de Corredores,
así como el pago de servicios públicos y la adquisición de equipo de transporte
y de comunicación, del Ministerio de Seguridad Pública.
7º—Que habida cuenta de que las
tecnologías de información disponibles en la actualidad permiten la adecuada
accesibilidad sin perjuicio de los principios de transparencia y publicidad; su
detalle se publicará en la página electrónica del Ministerio de Hacienda,
concretamente en el vínculo de la Dirección General de Presupuesto Nacional, y
su versión original impresa, se custodiará en los archivos de dicha Dirección
General. Por tanto;
decretan:
Artículo
1º—Modifícase el artículo 2º de la Ley Nº 9103, Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2013, publicada
en el Alcance Digital Nº 204 a La Gaceta Nº 242 de 14 de diciembre del
2012 y sus reformas, con el fin de realizar el traslado de partidas en el
Órgano del Gobierno de la República aquí incluido.
Artículo 2º—La modificación indicada
en el artículo anterior es por un monto de trescientos cincuenta y tres millones
cien mil colones sin céntimos (¢353.100.000,00) y su desglose en los niveles de
programa/subprograma, partida y subpartida presupuestaria estará disponible en
la página electrónica del Ministerio de Hacienda en la siguiente dirección:
www.hacienda.go.cr (Modificaciones Presupuestarias), y en forma impresa, en los
archivos que se custodian en la Dirección General de Presupuesto Nacional.
Las rebajas en
este Decreto se muestran como sigue:
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
Los aumentos en este Decreto se
muestran como sigue:
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
Artículo 3º—Rige
a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en la
Presidencia de la República, a los dieciséis días del mes de julio del dos mil
trece.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Hacienda a. í, José
Luis Araya Alpízar.—1 vez.—O. C. Nº 18095.—Solicitud Nº
5578.—C-45800.—(D-37825-IN2013051371).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO A. I. DE HACIENDA
Con fundamento
en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146
de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28
inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración
Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de
setiembre del 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº
32988-H-MP-PLAN de 31 de enero del 2006 y sus reformas, la Ley Nº 9103, Ley de
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2013 de 4 de diciembre de 2012 y sus reformas y la Ley Nº 9070,
Emisión de Títulos Valores en el Mercado Internacional de 4 de setiembre de 2012.
Considerando:
1º—Que el
inciso g) del artículo 5 de la Ley Nº 8131, publicada en La Gaceta Nº
198 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas, establece que el presupuesto debe
ser de conocimiento público por los medios electrónicos y físicos disponibles.
2º—Que el inciso b) del artículo 45 de
la citada Ley Nº 8131, autoriza al Poder Ejecutivo a realizar las
modificaciones presupuestarias no contempladas en el inciso a) del mismo
artículo, según la reglamentación que se dicte para tal efecto.
3º—Que mediante el Decreto Ejecutivo
Nº 32988-H-MP-PLAN, publicado en La Gaceta Nº 74 de 18 de abril del 2006
y sus reformas, se establece la normativa técnica, referente a las
modificaciones presupuestarias que el Gobierno de la República y sus
dependencias pueden efectuar a través de Decreto Ejecutivo.
4º—Que el artículo 61 del Decreto
Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN citado, autoriza para que mediante decreto
ejecutivo elaborado por el Ministerio de Hacienda, se realicen traspasos de
partidas presupuestarias entre los gastos autorizados en las leyes de
presupuesto ordinario y extraordinario de la República del ejercicio que se
tratare, sin modificar el monto total de los recursos asignados al programa.
5º—Que el Ministerio de Hacienda, con
el propósito de cumplir con lo establecido en la Ley Nº 9070, publicada en el
Alcance Digital Nº 126 a La Gaceta Nº 173 de 7 de setiembre del 2012, de
convertir deuda interna en externa, solicitó la elaboración de la presente
modificación mediante oficio DM-957-2013, la cual consiste en la sustitución de
una parte del financiamiento interno del Presupuesto por financiamiento
externo, cumpliendo en todos los extremos con la normativa legal y técnica
vigente, asimismo, contempla un conjunto de modificaciones presupuestarias para
los distintos Órganos del Gobierno de la República incluidos en el presente
decreto.
6º—Que a los efectos de evitar la
innecesaria onerosidad que representa el gasto de la publicación total de este
Decreto de modificación presupuestaria para la entidad involucrada, habida
cuenta de que las tecnologías de información disponibles en la actualidad
permiten su adecuada accesibilidad sin perjuicio de los principios de
transparencia y publicidad; su detalle se publicará en la página electrónica
del Ministerio de Hacienda, concretamente en el vínculo de la Dirección General
de Presupuesto Nacional, y su versión original impresa, se custodiará en los
archivos de dicha Dirección General. Por tanto;
Decretan:
Artículo
1º—Modifícanse los artículos 1º y 2º de la Ley Nº 9103, Ley de Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del
2013, publicada en el Alcance digital Nº 204 a La Gaceta Nº 242 de 14 de
diciembre de 2012 y sus reformas, con el fin de realizar el traslado de
partidas de la Dirección de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y de los
Órganos del Gobierno de la República que nos ocupan aquí.
Artículo 2º—La
modificación indicada en el artículo anterior es por un monto de doscientos
seis millones cuatrocientos noventa mil colones, sin céntimos
(¢206.490.000,00); y su desglose en ingresos así como gastos en los niveles de
programa, partida y subpartida presupuestaria estarán disponibles en la página
electrónica del Ministerio Hacienda en la siguiente dirección:
www.hacienda.go.cr (Modificaciones Presupuestarias), y en forma impresa, en los
archivos que se custodian en la Dirección General de Presupuesto Nacional.
Las rebajas en
este Decreto se muestran como sigue:
Artículo 1º,
Ley Nº 9103:
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
Artículo 2º, Ley Nº 9103:
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
Los aumentos en este Decreto se
muestran como sigue:
Artículo 1º,
Ley Nº 9103:
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
Artículo 2º, Ley Nº 9103:
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
Artículo 3º.—
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en la
Presidencia de la República, a los dieciocho días del mes de julio del dos mil
trece.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro a. í. de Hacienda,
José Luis Araya Alpízar.—1 vez.—O. C. Nº 18302.—Solicitud Nº
13086.—C-68045.—(D37845-IN2013051408).
DM-UAL-6095-13.—La
Ministra de Salud, en uso de las facultades que les confiere el artículos 28
incisos a) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración
Pública”; 1, 2, 4, 7, de la Ley N° 5395 del 30 de octubre de 1973 “Ley General
de Salud”; 1 y 2 incisos b) y c) de la Ley N° 5412 del 8 de noviembre de 1973
“Ley Orgánica del Ministerio de Salud”; Ley N° 8655 del 17 de julio del 2008
“Ley de Aprobación del Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud
(OMS) para el Control de tabaco”; Decreto Ejecutivo N° 34705 del 14 de agosto
del 2008 “Ratificación de la República de Costa Rica al Convenio Marco de la
Organización Mundial de la Salud (OMS) para el Control de tabaco, suscrito el
23 de julio del 2003” 9, 10 y 11 de la Ley N° 9028 del 22 de marzo del 2012
“Ley General para el Control de Tabaco y sus Efectos Nocivos en la Salud” y
Decreto Ejecutivo N° 37778-S del 09 de julio del 2013 “Reglamento de etiquetado
de los productos de tabaco y sus derivados.”
Considerando:
I.—Que la salud de la población es tanto
un derecho humano fundamental, como un bien de interés público tutelado por el
Estado.
II.—Que las enfermedades y muertes cuya etiología es el
consumo de productos de tabaco y sus derivados, han alcanzado niveles
epidémicos en muchas naciones, y se incrementarán en la medida en que no se
lleven a cabo acciones efectivas que desalienten su consumo.
III.—Que el consumo de productos de
tabaco y sus derivados, se asocia directamente a padecimientos tales como
bronquitis crónica, enfisema pulmonar, hiperreactividad de las vías
respiratorias, problemas gastrointestinales, trastornos cardio y
cerebrovasculares, y diversos tipos de cáncer (pulmonar, laringe, boca,
esófago, vejiga, entre otros). Influye negativamente también en el adecuado
desarrollo del feto, lo que propicia partos prematuros y mortalidad perinatal.
IV.—Que se ha
demostrado que la incorporación de los mensajes sanitarios en el etiquetado de
productos de tabaco, es un medio efectivo para sensibilizar al público,
igualmente tienen el propósito de informar y educar a los consumidores y
población en general, acerca de los peligros que el consumo de tabaco y la
exposición al humo de tabaco implican para la salud.
V.—Que el artículo 9 inciso a) de la Ley N° 9028 del 22
de marzo del 2012 “Ley General de Control del Tabaco y sus Efectos Nocivos en
la Salud” otorga la competencia al Ministerio de Salud para definir y aprobar
los mensajes sanitarios y advertencias sanitarias.
VI.—Que el
artículo 11 del Decreto Ejecutivo Nº 37778-S del 09 de julio del 2013,
“Reglamento de etiquetado de los productos de tabaco y sus derivados.”
Publicado en La Gaceta N° 138, del 18 de julio del 2013, establece que:
“El Ministerio de Salud, de acuerdo con el artículo 9 de la Ley N° 9028,
definirá vía resolución, la Unidad Organizativa responsable de definir y
aprobar los mensajes sanitarios y advertencias que deberán imprimirse en los
empaques primarios y secundarios de los productos de tabaco y sus derivados.”
VII.—De conformidad con la Resolución
Ministerial DM-EC-6094-13 de las nueve horas treinta minutos del diecinueve de
julio del dos mil trece, se define a la Dirección de Mercadotecnia de la Salud
del Ministerio de Salud, como la Unidad Organizativa responsable de definir y
aprobar los mensajes sanitarios y advertencias que deberán imprimirse en los
empaques primarios y secundarios de los productos de tabaco y sus derivados y
que deberán utilizarse en la campaña 2014, lo que incluye las características
del tipo de letra, tamaño, color de fondo de la imagen o pictograma, según lo
dispuesto en los artículos 9 de la Ley N° 9028 y 8 del Decreto 37778-S,
precitados.
Que mediante
oficio N° DMS-275-2013 de fecha 19 de julio del 2013, de la Dirección de
Mercadotecnia de la Salud, define y aprueba los mensajes sanitarios y las
advertencias que deben imprimirse en los empaques primarios y secundarios de
los productos de tabaco y sus derivados para la campaña anual 2014. Por tanto,
LA MINISTRA DE SALUD, DISPONE:
Artículo 1°—Comunicar a la industria tabacalera, los seis (6) juegos
de pictogramas que deberán ser impresos en los empaques primarios y secundarios
de los productos de tabaco y sus derivados que se comercialicen en el territorio
nacional durante la Campaña Anual 2014, que aparecen a continuación, los cuales
se entregarán a las tabacaleras, por parte de la Dirección de Mercadotecnia de
la Salud del Ministerio de Salud, en disco compacto en formatos CS6, PDF,
Photoshop e Ilustrador, con seis juegos diferentes de mensajes sanitarios, para
ser colocados de manera que cubran el 50% de la parte inferior de la cara
frontal y posterior expuesta de los empaques primarios y secundarios de los
productos de tabaco y sus derivados, así como el mensaje en el 100% de la cara
lateral derecha. Asimismo mismo dichos mensajes sanitarios los podrían accesar
en la dirección electrónica del Ministerio de Salud:
http://www.ministeriodesalud.go.cr.
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
Artículo 2°—Advertir a la industria
tabacalera, que los mensajes sanitarios y advertencias, en los empaques
primarios y secundarios de los productos de tabaco y sus derivados, deberán
reproducirse en proporciones iguales durante toda la campaña y para todas las
marcas.
Artículo 3°—Ordenar a la industria
tabacalera, a entregar semestralmente a la Dirección de Mercadotecnia de la
Salud del Ministerio de Salud, la información en la que conste:
1. Volumen de los empaques primarios y
secundarios que circulen por marca y la proporción de advertencias impresas
para dicha marca.
Artículo
4°—Corresponderá a las autoridades de salud de las Áreas Rectoras de Salud y de
las Direcciones Regionales de Rectoría de la Salud, ejercer la acción de
control y fiscalización del contenido de la presente Directriz. Esto sin demérito
de las facultades conferidas por Ley 9028 y su Reglamento, Decreto Ejecutivo N°
37185-S-MEIC-MTSS-MP-H-SP, a la autoridades del Ministerio de Economía
Industria y Comercio, del Ministerio de Hacienda y de las Municipalidades.
Artículo 5°—En el supuesto de que
existiesen productos de tabaco y sus derivados con diseños o formas que
dificulten la adopción de las normas establecida en la presente Directriz
Ministerial, los fabricantes, importadores y distribuidores, podrán presentar
los borradores de los diseños adaptados en la Dirección de Mercadotecnia de la
Salud, para proceder a su análisis y aprobación. El tiempo de entrega de dichos
borradores de diseño se acordará entre las partes, sin afectar los plazos aquí
estipulados.
Artículo 6°—La industria tabacalera
tendrá un plazo de doce meses contados a partir de la notificación y entrega de
los diseños por parte de la Dirección de Mercadotecnia de la Salud, para la
implementación de los nuevos mensajes sanitarios y advertencias, conforme a lo
dispuesto en el transitorio del Decreto Ejecutivo Nº N° 37778-S del 09 de julio
del 2013 “Reglamento de etiquetado de los productos de tabaco y sus derivados.”
Artículo 7°—Rige a partir de esta
fecha.
Dado en el
Ministerio de Salud. San José, a las once horas del diecinueve de julio del dos
mil trece.
Dra. Daisy
María Corrales Díaz. MSc., Ministra de Salud.—1
vez.—O. C. N° 18899.—Solicitud N° 114-600-00232.—(D6095-13-IN2013048252).
N° 54
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
Con fundamento
en el artículo 28 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227
del 02 de mayo de 1978, el artículo 02 de la Ley Orgánica del Ministerio de
Justicia y Paz, Ley N° 6739 del 28 de abril de 1982. Así como lo dispuesto en
la Ley N° 9103 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República
para el Ejercicio Económico del 2013” y los artículos 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.
ACUERDA:
Artículo
1°—Autorizar al señor Alexis Vindas Ramírez, Asesor Técnico de la Viceministra
de Asuntos Penitenciarios, con cédula de identidad N° 3-203-475, para que viaje
a San Salvador del 12 al 17 de mayo del 2013, dicho señor participará en el
curso de Gestión Penitenciaria.
Artículo 2°—Los gastos por concepto de
tiquete aéreo, traslados, alojamiento y alimentación, serán cubiertos por la
Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos (COMJIB).
Artículo 3°—Con cargo a la subpartida
10601 “Seguros” del programa presupuestario 779 Actividad Central, se le
reconocerá el pagó por la suscripción de un seguro viajero, similar a la opción
1 del seguro viajero con asistencia en dólares que ofrece el Instituto Nacional
de Seguros.
Artículo 5°—El funcionario devengará
el 100% de su salario durante el tiempo en que rija este acuerdo.
Artículo 6°—Rige del 12 al 17 de mayo
del 2013.
Dado en el
Despacho del Ministro de Justicia y Paz, a los treinta días del mes de abril
del dos mil trece.
Fernando Ferraro Castro, Ministro de Justicia y Paz.—1
vez.—O. C. N°
18950.—Solicitud N° 119-780-125OM.—(IN2013048255).
N° 74
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
Con fundamento
en el artículo 28 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227
del 02 de mayo de 1978 y el artículo 02 de la Ley Orgánica del Ministerio de
Justicia y Paz, Ley Nº 6739 del 28 de abril de 1982. Así como lo dispuesto en
la Ley N° 8908 “Ley del Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del
2011” y los artículos 7, 34, y 35 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos.
ACUERDA:
Artículo
1°—Autorizar a la señora Lilliana María Rivera Quesada, cédula 01-0637-0369, en
su condición de Viceministra de Asuntos Penitenciarios, para que participe en
el Seminario Internacional Derecho y Administración Penitenciaria: Fundamentos de la
Reforma a realizarse los días 03 al 05 de junio del 2013, en la República de
Ecuador.
Artículo 2°—Los
gastos por concepto de transporte aéreo y hospedaje, serán cubiertos por el
Gobierno de la República de Ecuador.
Artículo 3°—Los gastos por concepto de
viáticos (entiéndase alimentación y gastos menores) de los días del 03 al 05 de
junio del 2013, ambas fechas inclusive, serán cubiertos por el Gobierno de la
República de Ecuador.
Artículo 4°—La funcionaria devengará
el 100% de su salario durante el tiempo en que rija este acuerdo.
Artículo 5°—Rige del 03 al 05 de junio
del 2013.
Dado en el
Despacho del Ministro de Justicia y Paz, a los treinta días del mes de mayo del
dos mil trece.
Fernando
Ferraro Castro, Ministro de Justicia y Paz.—1 vez.—O. C. N° 18950.—Solicitud N° 119-780-126-OM.—(IN2013048256).
N° 88
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
Con fundamento
en el artículo 28 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227
del 02 de mayo de 1978 y el artículo 02 de la Ley Orgánica del Ministerio de
Justicia y Paz, Ley N° 6739 del 28 de abril de 1982. Así como lo dispuesto en
la Ley N° 8908 “Ley del Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del
2011” y los artículos 7, 34, y 35 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos.
ACUERDA:
Artículo 1°—Autorizar a la señora Lilliana María Rivera Quesada,
cédula 01-0637-0369, en su condición de Viceministra de Asuntos Penitenciarios,
para que participe en el 2° Seminario de Cooperación en Seguridad Pública entre
Corea y Centroamérica a realizarse los días 24, 25 y 26 de junio del 2013, en
la República de Corea.
Artículo 2°—Los gastos por concepto de
transporte aéreo y hospedaje de los días del 23 hasta el 27 de junio del 2013,
ambas fechas inclusive, serán cubiertos por el Gobierno de la República de
Corea.
Artículo 3°—Los gastos por concepto de
viáticos (entiéndase alimentación y gastos menores) de los días del 23 hasta el
27 de junio del 2013, ambas fechas inclusive, serán cubiertos por el Gobierno
de la República de Corea.
Artículo 4°—La funcionaria devengará
el 100% de su salario durante el tiempo en que rija este acuerdo.
Artículo 5°—Rige del 21 al 27 de junio
del 2013.
Dado en el
Despacho del Ministro de Justicia y Paz, a los treinta días del mes de mayo del
dos mil trece.
Fernando Ferraro Castro, Ministro de Justicia y Paz.—1
vez.—O. C. N°
18950.—Solicitud N° 119-780-127-OM.—(IN2013048257).
N° DM-EC-6094-2013.—La Ministra de Salud en uso de las facultades que
les confiere el artículos 28 incisos a) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978
“Ley General de la Administración Pública”; 1, 2, 4, 7, de la Ley N° 5395 del
30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”; 1 y 2 incisos b) y c) de la Ley
Nº 5412 del 8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”; Ley
N° 8655 del 17 de julio del 2008 “Ley de Aprobación del Convenio Marco de la
Organización Mundial de la Salud (OMS) para el Control de tabaco”; Decreto
Ejecutivo Nº 34705 del 14 de agosto del 2008 “Ratificación de la República de
Costa Rica al Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para
el Control de tabaco, suscrito el 23 de julio del 2003” 9,10 y 11 de la Ley No.
9028 del 22 de marzo del 2012 “Ley General para el Control de Tabaco y sus
Efectos Nocivos en la Salud” y Decreto Ejecutivo Nº 37778-S del 09 de julio del
2013 “Reglamento de etiquetado de los productos de tabaco y sus derivados.”
Considerando:
I.—Que el artículo 9 inciso a) de la Ley
N° 9028 “Ley General de Control del Tabaco y sus Efectos Nocivos en la Salud”
otorga la competencia al Ministerio de Salud para definir y aprobar los
mensajes sanitarios y advertencias sanitarias.
II.—Que el
artículo 11 del Decreto Ejecutivo N° 37778-S del 09 de julio del 2013,
“Reglamento de etiquetado de los productos de tabaco y sus derivados”,
publicado en La Gaceta N° 138 del 18 de julio del 2013, establece que: “El
Ministerio de Salud, de acuerdo con el artículo 9 de la Ley N° 9028, definirá
vía resolución, la Unidad Organizativa responsable de definir y aprobar los
mensajes sanitarios y advertencias que deberán imprimirse en los empaques
primarios y secundarios de los productos de tabaco y sus derivados.” Por
tanto,
LA MINISTRA DE SALUD, RESUELVE:
Artículo
1°—Designar a la Dirección de Mercadotecnia de la Salud del Ministerio de
Salud, como la unidad organizativa responsable de definir y aprobar los
mensajes sanitarios y advertencias que deberán imprimirse en los empaques
primarios y secundarios de los productos de tabaco y sus derivados.
Artículo 2°—Rige a partir de esta
fecha.
Dado en San
José, Ministerio de Salud, a las ocho horas del diecinueve de julio del dos mil
trece.
Dra. Daisy Corrales Díaz. MSc, Ministra de Salud.—1
vez.—O. C. N°
18899.—Solicitud N° 114-600-00231.—(IN2013048254).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE
LA COMUNIDAD
AVISOS
El Registro Público de Asociaciones de
Desarrollo de la Comunidad del Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que
la Asociación de Desarrollo Específica para la Construcción y Mantenimiento del
Ebais Merced, San José. Por medio de su representante: María del Rocío Arce
Villalobos, cédula N° 104760622, ha hecho solicitud de inscripción de dicha
organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la
Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento
que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir
de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en
especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen
pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta
Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 11:00 horas del día 31 de
julio del 2013.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2013049638).
El Registro Público de Asociaciones de
Desarrollo de la Comunidad del Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que
la Asociación de Desarrollo Integral de Santa Rosa de La Palmera, San Carlos,
Alajuela. Por medio de su representante: José Alberto Morales Mora, cédula N°
104600788, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro
Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo
establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza
por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso,
a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para
que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a
las 13:05 horas del día 31 de julio del 2013.—Departamento de Registro.—Lic.
Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2013049684).
El Registro
Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Dirección Legal y de
Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de la Delia de
la Virgen de Sarapiquí de Heredia. Por medio de su representante: Luis Vicente
Miranda Bermúdez, cédula 202921004 ha hecho solicitud de inscripción de dicha
organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la
Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento
que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir
de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en
especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen
pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta
Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 11:38 horas del día 05 de
agosto del 2013.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2013050345).
El Registro
Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional
de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo
Integral de San Gabriel de Yolillal de Upala. Por medio de su representante:
Guillermo Barrios Álvarez, cédula 8-440-905 ha hecho solicitud de inscripción
de la siguiente reforma a sus estatutos para que en adelante se lea así:
Artículo 01:
Los límite
Este: con Quebrada los Chávez y cruce
los Jazmines.
Dicha reforma
es visible a folio 54 del acta de asamblea del 9 de marzo del 2013 presentada a
este Departamento de Registro del tomo 1 del expediente de la organización
Comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la
Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación
fue Aprobada mediante asamblea general ordinaria de afilados celebrada el día
09 de marzo del 2013.
En cumplimiento de lo establecido en
los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la
Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días
hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública
o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que
estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a
esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las once horas del día cinco de
agosto del 2013.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1
vez.—(IN2013050381).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTOS
El doctor José
Miguel Amaya Camargo, número de cédula 79421093, vecino de San José, en calidad
de representante legal de la compañía Droguería Aranda de Costa Rica S. A., con
domicilio en Cartago, solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: Meprazolic, fabricado por Laboratorios Aranda S. A. de
C.V., México, con los siguientes principios activos: Cada tableta de 350 mg
contiene: Omeprazol base 20.0 mg, y las siguientes indicaciones terapéuticas:
En el tratamiento de los signos relacionados con los trastornos ácido pépticos
tales como la enfermedad de reflujo gastroesofágico, úlcera gastroduodenal y
gastritis ocasionadas por medicamentos y/o AINES. Con base en el Decreto
Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos
Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan
valer ante esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a
partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial
La Gaceta.—Heredia, a las 15:00 horas del día
23 de julio del 2013.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1
vez.—(IN2013049719).
El doctor
Javier Molina Ulloa, número de cédula 1-543-142, vecino de Heredia, en calidad
de regente veterinario de la Oficina Tramitadora de Registros Molimor JS SRL.,
con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: Endoral Full, fabricado por Laboratorio Donato Zurlo
SRL. para Von Franken SAIC, Argentina, con los
siguientes principios activos: cada 1000 mg contiene: Praziquantel 50 mg,
pamoato de pirantel 150 mg, fenbendazol 500 mg y las siguientes indicaciones
terapéuticas: Antiparasitario de amplio espectro. Con base en el Decreto
Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos
Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan
valer ante esta Dirección dentro del término de cinco días hábiles contados a
partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La
Gaceta.—Heredia, a las 9 horas del 16 de julio de
2013.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2013050049).
El Señor Sergio Vindas, Castro con de cédula 7-0033-0606, vecino de
Mercedes Norte, Heredia en calidad de regente veterinario de la compañía
Oficina Tramitadora de Registros Dr. Sergio Vindas Castro, con domicilio en
Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo
3: Calciject 40 cm Solución Inyectable, fabricado por Laboratorios Norbrook
Limited, Inglaterra con los siguientes principios activos: Cada ml contiene:
Calcio borogluconato 400 mg, magnesio hipofosfito hexahidrato 50 mg y las
siguientes indicaciones terapéuticas: Tratamiento de hipocalcemia e
hipomagnesemia en vacas. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG
“Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a
terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección,
dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 8:00 horas del día 13 de junio del
2013.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2013050190).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS
EDICTOS
AE-REG-E-192-2013.—El señor Francisco
Ríos Rojas, cédula 8-0078-0119, en calidad de representante legal de la
compañía Fedecoop Suministros S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de Heredia, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre
comercial Nutracoop 15-15-15, compuesto a base de Nitrógeno (15%), Fosforo
(15%), Potasio (15%) todos declarados en peso/peso conforme a lo que establece
la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho
a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro
del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a las 13:50 horas del 1° de julio del 2013.—Unidad Registro de
Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1
vez.—(IN2013049810).
AE-REG-E-233-2013.—El
señor Adolfo Meneses Monge, cédula 1-0775-0918, en calidad de Representante
Legal de la compañía Agroinnova S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante Inorgánico de nombre
comercial Huma Gro Activol, compuesto a base de fósforo (5%), hierro (0,10%),
manganeso (0,05%), zinc (0,05%) todos declarados en peso/volumen conforme a lo
que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a
terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio
Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a
partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a las 15:55 horas del 31 de
julio del 2013.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicaciones.—Ing.
Ludovyka Chaves Varela, Jefe a: í.—1 vez.—(IN2013050332).
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La Dirección General de Aviación Civil,
avisa al propietario de la aeronave matrícula XALJV, que la misma se encuentra
ocupando un espacio en el Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós en
Liberia, Guanacaste. Por lo tanto, se previene al o los interesados que en el
término perentorio de 30 días hábiles deben proceder a retirarla del
aeropuerto, caso contrario se procederá a declararla en abandono y se pondrá a
dicha aeronave a disposición de la Dirección General de Aviación Civil para lo
que corresponda, de conformidad con la ley General de Aviación Civil N° 5150
del 14 de mayo de 1973, artículo 247, incisos b) y c).—Álvaro Vargas Segura,
Subdirector General.—O. C. N° 23552.—Solicitud N°
112-323-0028-C.—(IN2013039768).
La Dirección General
de Aviación Civil, avisa a los propietarios de las aeronaves matrículas TI-AMN,
TI-ARG, TI-AUK, y TI-ALD, que las mismas se encuentran ocupando espacio en el
Aeropuerto Internacional Juan Santamaría. Por lo tanto, se previene a la
empresa Izola S.B.L. S. A., adjudicataria del remate realizado a las ocho horas
y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de julio del dos mil cinco, según
expediente 03-001250-185-CI del Juzgado Sexto Civil de San José, así como a las
personas que aparecen como propietarios registrales de las aeronaves: TI-AMN
Ninfa Marina Sociedad Anónima, Tiarg Herencia Sajona Sociedad Anónima, TI-AUK
Volcán Tarumai Sociedad Anónima y TI-ALD Corcega Sociedad Anónima, que en el
término perentorio de 30 días hábiles deben proceder a retirarlas del
aeropuerto, caso contrario se procederá a declararlas en abandono y se pondrán
a dichas aeronaves a disposición de la Dirección General de Aviación Civil para
lo que corresponda, de conformidad con la Ley General de Aviación Civil N° 5150
del 14 de mayo de 1973, artículo 247, incisos b) y c).—Álvaro Vargas Segura,
Subdirector General.—O. C. N° 23552.—Solicitud N°
112-323-0029-C.—(IN2013039769).
REPOSICIÓN DE TÍTULO
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 121, título N° 619,
emitido por el Colegio La Aurora, en el año dos mil doce, a nombre de López
Mejías Leonel Armando, cédula 1-1573-0076. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 23 de julio del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013048027).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio
25, título N° 109, emitido por el Liceo León Cortés Castro, en el año mil
novecientos setenta y cinco, a nombre de Maynor Alberto González Ugalde. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y
corrección del nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Minor Alberto
González Ugalde cédula 2-0334-0660. Se publica este edicto para oír oposiciones
a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de
julio del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013048178).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 328,
título N° 941, emitido por el Liceo de Nicoya, en el año dos mil diez, a nombre
de Martha Eugenia Hernández Hernández. Se solicita la reposición del título
indicado por cambio de apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son:
Martha Eugenia Aiza Hernández. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de julio del
2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Jefa.—(IN2013048179).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 158, título N° 2357,
emitido por el Liceo Ing. Samuel Sáenz Flores, en el año dos mil tres, a nombre
de Centeno Pérez Hazel, cédula 1-1267-0021. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 10 de julio del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013048193).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 137, título N° 507,
y del título de Técnico Medio en la Especialidad de Secretariado Ejecutivo,
inscrito en el tomo 1, folio 74, título N° 691, ambos títulos fueron emitidos
por el Colegio Técnico Profesional San Juan Sur, en el año dos mil diez, a
nombre de Flores Hidalgo Cristel Eugenia, cédula 1-1487-0713. Se solicita la
reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se
pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los trece días del mes de junio del dos
mil trece.— Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013048514).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 61, título
N° 601, emitido por el Liceo Nuestra Señora de los Ángeles, en el año dos mil
diez, a nombre de Salazar Elizondo Meilyn del Carmen, cédula 2-0698-0867. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, a los diecisiete días del mes de junio del dos mil
trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Jefa.—(IN2013048557).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 38, título N° 177,
emitido por el Liceo de Corralillo, en el año dos mil ocho, a nombre de Picado
Navarro Marsella, cédula 3-0442-0236. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los veinticuatro días del mes de julio del dos mil trece.—Departamento
de Evaluación Académica y Certificación .—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013048763).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 109, título N° 545,
emitido por el Colegio Técnico Profesional de La Fortuna, en el año dos mil
tres, a nombre de Monge Calderón Andrea, cédula: 2-0611-0028. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, veintinueve de julio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049040).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 98, título N° 1104,
emitido por el Liceo de Atenas Martha Mirambell Umaña, en el año mil
novecientos noventa y ocho, a nombre de Montoya Vargas Vera Rebeca. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 1° de abril del 2013.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049154).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 28, Título
N° 378, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe de Grecia en el año dos mil
tres, a nombre de Muñoz Zamora Estefany, cédula 2-0621-0864. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los veintiocho días
del mes de junio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049322).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 11, Título N° 47,
emitido por el Colegio La Aurora, en el año dos mil uno, a nombre de Hernández
Rojas Viviana. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San
José, a los cuatro días del mes de julio del dos mil doce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049382).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 175,
asiento 14, título N° 618, emitido por el Colegio Nocturno de Ciudad Neily, en
el año dos mil nueve, a nombre de Bejarano Flores Abelino, cédula N°
6-0308-0646. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los
treinta días del mes de julio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049572).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Certificado de
Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Modalidad Agropecuaria”,
inscrito en el tomo 1, folio 235, título Nº 413, emitido por el Colegio Técnico
Profesional Padre Roberto Evans Saunders, en el año dos mil, a nombre de Forbes
Stewart Charles, cédula N° 7-0066-0725. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los once días del mes de julio del dos mil
trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Jefa.—(IN2013049573).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 292,
título Nº 2702, emitido por el Liceo de San José, en el año dos mil once, a
nombre de Chávez Guevara Ángela Rosa, cédula de residencia N° 155818788134. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, a los treinta y un días
del mes de julio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049591).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 17, título Nº 2299,
y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Mecánica de Precisión,
inscrito en el tomo 1, folio 73, título N° 1089, ambos títulos fueron emitidos
por el Colegio Técnico Profesional de Limón, en el año dos mil ocho, a nombre
de Hunter Ranger Edson Xavier, cédula N° 1-1385-0750. Se solicita la reposición
de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los treinta y un días del mes
de julio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049601).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller Profesional “Modalidad Agropecuaria”, inscrito en el tomo
1, folio 5, asiento 24, título Nº 53, emitido por el Colegio Técnico
Profesional Umberto Melloni Campanini, en el año mil novecientos setenta y
tres, a nombre de Bolaños Barrera Mario Alberto, cédula N° 1-0447-0329. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, a los treinta días del mes
de julio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049619).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 142, título N° 418,
emitido por el CINDEA Santa Cruz, en el año dos mil nueve, a nombre de Alemán
Castro Jeimy Tatiana, cédula 5-0339-0442. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta y un días del mes de julio del
dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049723).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 139, título N° 2146,
emitido por el Liceo Ing. Samuel Sáenz Flores, en el año dos mil dos, a nombre
de Vargas Barrantes Christian, cédula 4-0184-0498. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta y un días del mes de julio del dos
mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049920).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 12, título N° 1270,
emitido por el Liceo de Calle Fallas, en el año dos mil doce, a nombre de
Arguedas Jiménez Luis Guillermo, cédula 1-1542-0160. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta y un días del mes de julio del dos
mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013050018).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 40, título N° 174,
emitido por el Colegio Nocturno de Bataan, en el año dos mil tres, a nombre de
Fallas González Ania Cecilia, cédula 7-0168-0367. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 01 de agosto del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013050041).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 105, título N° 617,
emitido por el Colegio Nocturno José Martí, en el año dos mil trece, a nombre
de Mora Gómez Evelyn Johanna, cédula 6-0353-0468. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 1° de agosto del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013050061).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 279, título Nº 761,
emitido por el Liceo Nocturno José Jiménez Núñez, en el año dos mil siete, a
nombre de González Arce Mary Pamela, cédula 1-1257-0809. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes de
abril del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013050246).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 15, título Nº 2960,
emitido por el Liceo de Heredia, en el año dos mil ocho, a nombre de Orozco
Varela Diego Antonio, cédula 4-0197-0856. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta y un días del mes de julio del dos
mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013050276).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 02, folio 98, título N° 2266,
emitido por el Liceo de Moravia, en el año dos mil nueve, a nombre de Méndez
Céspedes Kevin Mauricio. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los veinticuatro días del mes de julio del dos mil trece.—Departamento
de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013050356).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con
la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su Estatuto la organización social denominada: Asociación de Profesionales de
la Municipalidad de San José, Siglas APROMUSAJ, acordada en asamblea celebrada
el 14 de junio del 2013. Expediente P-160. En cumplimiento con lo dispuesto en
el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita
en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo 16,
folio 152, asiento 4738 del 17 de julio del 2013. La reforma afecta el artículo
26 del Estatuto.—17 de julio del 2013.—Lic. Iris
Garita Calderón, Jefa a. í.—Exonerado.—(IN2013048885).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad
con la autorización extendida por el Señor Ministro de Trabajo y Seguridad
social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó
introducir a su Estatuto la organización Social denominada: Cooperativa de
Ahorro y Crédito San Luis Gonzaga R.L., siglas COOPESALUGO R.L. Resolución 40.
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas y 49 de la ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la
inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los
artículos 55, 56 y 58 y la inclusión de los artículos 68, 69 y 70 del Estatuto.—18 de julio de 2013.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa a. í.—(IN2013049735)
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
En Sesión
celebrada en San José a las 9:00 horas del 8 de mayo del 2013, se acordó
conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPA-1384-2013, al señor
Quirós Ramírez José Luis, cédula de identidad 7-036-760, vecino de Limón, por
un monto de ciento siete mil doscientos ochenta y un colones con cincuenta y
cinco céntimos (¢107.281,55), con un rige a partir de la inclusión en
planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se
haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario
correspondiente.—Dunia Madrid Acuña, Directora.—1 vez.—(IN2013050199).
En Sesión
celebrada en San José a las 9:00 horas del 8 de mayo del 2013, se acordó
conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPA-1392-2013, al señor
Matamoros Rivera Orlando, cédula de identidad 3-170-949, vecino de Limón, por
un monto de ciento siete mil doscientos ochenta y un colones con cincuenta y
cinco céntimos, (¢107.281,55), con un rige a partir de la inclusión en
planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se
haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario
correspondiente.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional de Pensiones.—1
vez.—(IN2013050310).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Propiedad industrial
Cambio de Nombre Nº 85048
Que Sergio Quesada González, cédula de
identidad 105530680, en calidad de apoderado especial de Los Selectos del
Futuro Cinco S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio
de Nombre de Los Selectos del Futuro S. A., por el de Los Selectos del Futuro
Cinco S. A., cédula jurídica 3-101-232117, domicilio en Asunción de Belén,
Heredia, de Waterland, 500 metros al norte, Edificio Burger King, Costa Rica,
presentada el día 19 de junio de 2013 bajo expediente 85048. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 2003-0004555 Registro Nº 168978 BOSQUE
LLUVIOSO en clase 32 Marca Mixto, 2005-0006702 Registro Nº 196193 BOSQUE
LLUVIOSO (RAIN FOREST) en clase 32 Marca Denominativa, 2009-0010558
Registro Nº 200249 Rain Forest en clase 32 Marca Mixto y 2010-0004007
Registro Nº 204501 Rain Forest en clase 32 Marca Mixto. Publicar en La
Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley
Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—24 de julio de
2013.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—1 vez.—(IN2013049869).
Cambio de Nombre Nº 84714
Que Jorge Arturo Jiménez Garita, en
calidad de apoderado generalísimo de Concentrados Almosi S. A., solicita a este
Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Concentrados para
Animales Granero Almosi Sociedad Anónima por el de Concentrados Almosi S. A.,
presentada el día 29 de mayo de 2013 bajo expediente 84714. El nuevo nombre
afecta a la siguiente marca: 2001-0009061 Registro Nº 138401 ALMOSI en
clase 31 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—28 de junio de 2013.—Ildreth Araya Mesén, Registrador.—1
vez.—(IN2013049880).
Cambio de Nombre N° 84266
Que Marianella
Arias Chacón, cédula de identidad 1-0679-0960, en calidad de apoderado especial
de Glaxosmithkline Costa Rica S. A., solicita a este Registro se anote la
inscripción de Cambio de Nombre de Smithkline Beecham de Costa Rica S.A. por el
de Glaxosmithkline Costa Rica S. A., presentada el 7 de mayo de 2013, bajo
expediente 84266. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2001-0008930,
Registro N° 167102 COFAL en clase 3 Marca Denominativa. Publicar en La
Gaceta Oficial por única vez de conformidad con el artículo 32 de la Ley N°
7978. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85
de la Ley 7978.—San José, 13 de mayo de 2013.—Walter
Campos Fernández, Registrador.—1 vez.—(IN2013050071).
Cambio de Nombre N° 84138
Que Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-679-960, en calidad
de apoderada especial de ADT Services GMBH, solicita a este Registro se anote
la inscripción de Cambio de Nombre de ADT Services AG., domicilio actual Freier
Platz 10, 8200 Schaffhausen, Suiza, por el de ADT Services GMBH, domiciliado en
Victor Von Bruns-Strasse 21, 8212 Neuhausen AM Rheinfall, Suiza, presentada el
26 de abril de 2013, bajo expediente 84138. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 2004-0004752, Registro N° 151598 ADT Vanguard en
clase 36 Marca Mixto y 2004-0004757, Registro N° 151597 ADT Vanguard en
clase 35 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez de
conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de
junio de 2013.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—1 vez.—(IN2013050072).
Marca de Ganado
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Solicitud N° 2013-922.—José
Antonio Quirós Quirós, cédula de identidad 0202771053, solicita la inscripción
de:
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Alajuela, Upala, San José, Betania, de la Escuela, 2 Kilómetros al Sur. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto. Presentada el 10 de junio del 2013, según el expediente Nº
2013-922.—San José, 15 de julio del 2013.—Viviana
Segura de la O, Registradora.—1 vez.—(IN2013048005).
Álvaro Vicente Salazar, cédula de
identidad 0104510915, solicita la inscripción de:
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Puntarenas, Golfito, Golfito, La Mona, Finca Las Tecas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 12 de junio del 2013, según el expediente Nº 2013-955.—San José, 17 de julio del 2013.—Viviana Segura De la O,
Registradora.—1 vez.—(IN2013048076).
N° 2013-806.—María Eugenia López Chaves, cédula de identidad
1-0385-0178, en calidad de apoderada generalísima sin límite de
suma de Garlope
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-265642, solicita la inscripción
de:
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
como marca de ganado, que usará
preferentemente en San José, Vázquez de Coronado, Las Nubes, Finca El Triunfo 2
km este de la escuelita de Las Nubes de Coronado. Se cita a terceros con
derechos a oponerse, para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los diez
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San
José, 11 de julio del 2013.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1
vez.—(IN2013048260).
N° 2013-838.—Olimpia Rodríguez Solís, cédula de identidad 0202670948,
solicita la inscripción de:
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Alajuela, San Carlos, Florencia, Finca La Vieja, del Colegio
Agropecuario 2 kilómetros al sur. Se cita a terceros con derechos a oponerse,
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los diez días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 28 de junio del
2013.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2013048271).
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Víctor Vargas Valenzuela, céd.
1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial
de Dow Agrosciences LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada
INTERACCIONES FUNGICIDAS SINÉRGICAS DE 5-FLUOROCITOSINA Y OTROS FUNGICIDAS.
Una composición fungicida que contenga una cantidad efectiva de fungicida de a)
un compuesto de la Fórmula I y (b) al menos un fungicida seleccionado a partir
del grupo formado por miclobutanil, fenbuconazol, difenoconazol,
trifloxistrobina, pentiopirad, fluopiram, boscalid, mancozeb y pirimetanil que
brinda un control sinérgico del hongo seleccionado. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A01N 43/54; cuyos inventores son Lorsbach, Beth,
Owen, W. John, Yao, Chenglin. La solicitud correspondiente lleva el número
20130284, y fue presentada a las 13:46:53 del 12 de junio del 2013. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de junio del 2013.—Lic. Randall Abarca,
Registrador.—(IN2013047762).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, céd.
1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial
de Les Laboratoires Servier, de Francia, solicita la Patente de Invención
denominada NUEVOS CO-CRISTALES DE AGOMELATINA, SU PROCEDIMIENTO DE
PREPARACIÓN Y LAS COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS QUE LOS CONTIENEN. La
presente invención se refiere a nuevos co-cristales de agomelatina o
N-[2-(7-metoxi-l-naftil)etil]acetamida de fórmula (I),
a su procedimiento de preparación así como a las composiciones farmacéuticas
que los contienen. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K; C07D;
cuyos inventores son Letellier, Philippe, Lynch, Michael, Pean, Jean-Manuel. La
solicitud correspondiente lleva el número 20120287, y fue presentada a las
14:03:40 del 29 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 27 de
junio del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013047764).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, céd.
1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial
de Les Laboratoires Servier, de Francia, solicita la Patente de Invención
denominada NUEVO PROCEDIMIENTO DE SÍNTESIS DE LA AGOMELATINA. La
presente invención se refiere a un nuevo procedimiento de síntesis industrial
de la agomelatina o N-[2-(7-metoxi-l-naftil)etil]
acetamida de fórmula (I): La agomelatina o N-[2-(7-metoxi-l-naftil)
etil]acetamida posee propiedades farmacológicas interesantes. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 233/18; C07D 231/14; C07D
209/48; C07D 233/31; cuyos inventores son Zard, Samir, Sire, Béatrice,
Boumediene, Mehdi. La solicitud correspondiente lleva el número 20130300, y fue
presentada a las 13:55:39 del 19 de junio del 2013. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 20 de junio del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013047766).
El señor Víctor
Vargas Valenzuela, céd. 1-335-794, en condición de apoderado de Roche Glycart
AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada POLIPÉPTIDOS
INTERLEUQUINA-2 MOTANTES. La presente invención se refiere de manera
general a polipéptidos interleuquina-2 mutantes que muestran una afinidad
reducida para la subunidad ? del receptor de IL-2,
para la utilización como agentes inmunoterapéuticos. Asimismo, la invención se
refiere a inmunoconjugados que comprenden dichos polipéptidos IL-2 mutantes,
moléculas polinucleótidas codificantes de los polipéptidos IL-2 mutantes o
inmunoconjugados y vectores y células huésped que comprenden dichas moléculas
polinucleótidas. La invención se refiere además a métodos para producir los
polipéptidos mutantes o inmunoconjugados de IL-2, a composiciones farmacéuticas
que los comprenden, y a los usos de los mismos. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07K 14/55; C12N 15/26; A61K 39/395; A61K 47/48;
cuyos inventores son Ast, Oliver, Bruenker, Peter, Freimoser-Grundschober,
Anne, Herter, Sylvia, Hofer, Thomas U., Hosse, Ralf, Klein, Christian,
Moessner, Ekkehard, Nicolini, Valeria G., Umana, Pablo. La solicitud correspondiente
lleva el número 20130314, y fue presentada a las 13:48:23 del 24 de junio del
2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 25 de junio del 2013.—Lic. José
Castro Marín, Registrador.—(IN2013047768).
El señor Víctor
Vargas Valenzuela, céd. 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en
calidad de apoderado especial de BASF SE, de Alemania, solicita la Patente de
Invención denominada COMPOSICIONES QUE CONTIENEN IDÉNTICAS SALES DE
POLIAMINA DE PESTICIDAS ANIÓNICOS MIXTOS. La presente invención se refiere
a una composición que comprende una primera sal, que contiene un primer
pesticida aniónico (Al) y una poliamina catiónica (B), y una segunda sal, que
contiene un segundo pesticida aniónico (A2) y una poliamina catiónica (B), en
donde ambas sales contienen la misma poliamina catiónica (B), y en donde la poliamina
catiónica comprende al menos dos grupos amino. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A01N 25/00; A01N 33/04; A01N 33/08; A01N 57/20;
A01N 37/10; cuyos inventores son Hixson, Adam, Bowe, Steven, Xu, Wen. La
solicitud correspondiente lleva el número 20130236, y fue presentada a las
14:05:18 del 20 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 21 de
junio del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013047770).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, céd.
1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial
de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención
denominada COMPUESTOS HETEROCÍCLICOS NITROGENADOS SUSTITUIDOS FUSIONADOS EN
POSICIÓN 6,6 Y USOS DE LOS MISMOS. La invención proporciona nuevos
compuestos que tienen la fórmula general: (I) en la que XI es N o N+O-, y uno
de X2, X3 y X4 es N o N+-O-y los demás de X2, X3 y X4 son C. R2, R3, R4, R5,
R6, A, B y Y tienen los significados aquí definidos. Se describen además
composiciones de compuestos de la fórmula I y métodos de uso. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 217/22; C07D 401/04; A61K
31/472; A61P 5/00; cuyos inventores son Gazzard, Lewis J., Hanan, Emily, Kintz,
Samuel, Lyssikatos, Joseph P., Purkey, Hans Edward. La solicitud
correspondiente lleva el número 20130338, y fue presentada a las 14:17:06 del
10 de julio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 11 de julio del
2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013047772).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, céd.
1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial
de Bipar Sciences Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada TRATAMIENTO
DE CÁNCER UTERINO Y CÁNCER DE OVARIO CON UN INHIBIDOR DE PARP SOLO O EN
COMBINACIÓN CON AGENTES ANTI-TUMORALES. Se proporciona un método de
tratamiento de cáncer de útero o cáncer de ovario en un paciente, que comprende
administrar al paciente al menos un inhibidor de PARP. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 31/66; A61K 31/166; A61P 35/00; cuyos
inventores son Ossovskaya, Valeria, Sherman, Barry, Bradley, Charles. La
solicitud correspondiente lleva el número 11486, y fue presentada a las
14:12:00 del 10 de junio del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 4 de
julio del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013047775).
El señor Víctor
Vargas Valenzuela, céd. 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en
calidad de apoderado especial de BASF SE, de Alemania, solicita la Patente de
Invención denominada PLANTAS QUE TIENEN MAYOR TOLERANCIA A HERBICIDAS.
Un método para controlar vegetación no deseada en un sitio de cultivo de
plantas, el método que comprende las etapas de proveer, a dicho sitio, una
planta que comprende al menos un ácido nucleico que comprende una secuencia de
nucleótidos que codifica un protoporfirinógeno oxidasa (PPO) mutado o de tipo
silvestre el cual es resistente o tolerante a un herbicida derivado de
benzoxazinona mediante la aplicación de una cantidad efectiva del mencionado
herbicida a dicho sitio. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C12N
15/82; A01H 5/00; A01N 63/00; cuyos inventores son Hutzler, Johannes, Aponte,
Raphael, Mietzner, Thomas, Witschel, Matthias, Simon, Anja, Lerchl, Jens,
Tresch, Stefan, Mankin, S. Luke. La solicitud correspondiente lleva el número
20130296, y fue presentada a las 13:49:18 del 18 de junio del 2013. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de julio del 2013.—Lic. Randall Abarca,
Registrador.—(IN2013047777).
El señor Víctor
Vargas Valenzuela, céd. 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apoderado
especial de BASF SE, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada MEZCLAS
DE ACTIVOS PESTICIDA QUE COMPRENDE COMPUESTOS DE PIRAZOL. La presente
invención se refiere a mezclas de ingredientes activos que tienen una acción
potenciada sinérgicamente y a métodos que comprenden la aplicación de dichas
mezclas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/56; A01N
43/58; A01N 43/40; A01N 43/90; A01N 43/653; A01N 43/707; A01N 47/02; A01N
47/06; cuyos inventores son Sörgel, Sebastian, Defieber, Christian, Sälinger, Daniel,
Langewald, Jürgen. La solicitud correspondiente lleva el número 20130297, y fue
presentada a las 13:50:58 del 18 de junio del 2013. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 11 de julio del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013047778).
El señor Víctor
Vargas Valenzuela, céd. 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apoderado
especial de BASF SE, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada PIRIDINAS
SUSTITUIDAS QUE TIENEN ACCIÓN HERBICIDA. Compuestos de piridina sustituida
de la Fórmula I La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 495/04;
A01N 43/60; cuyos inventores son Witschel, Matthias, Moberg, William Karl,
Parra Rapado, Liliana, Besong, Gilbert, Rack, Michael, Kloet, Andree Van Der,
Seitz, Thomas, Reingruber, Rüdiger, Kraus, Helmut, Hutzler, Johannes, Newton,
Trevor William, Lerchl, Jens, Kreuz, Klaus, Grossmann, Klaus, Evans, Richard
Roge. La solicitud correspondiente lleva el número 20130310, y fue presentada a
las 13:58:11 del 21 de junio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José,
11 de julio del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013047779).
El señor Luis
Pal Hegedus, cédula 1-558-219, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad
de apoderado especial de ST Jude Medical Systems AB, de Suecia, solicita la
Patente de Invención denominada UNIDAD DE INTERFAZ, SISTEMA DE MEDICIÓN Y UN MÉTODO
EN UNA UNIDAD DE INTERFAZ.
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
La presente invención trata acerca de una unidad de interfaz
extracorpórea, para un sistema de medición intravascular, para medir una
variable fisiológica o de otro tipo, en un organismo. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61B 5/021; cuyo(s) inventor(es) es (son)
Samuelsson, Magnus. La solicitud correspondiente lleva el número 20130208 y fue
presentada a las 14:09:23 del 09 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 16 de julio del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013047913).
El señor Luis
Pal Hegedus, mayor, abogado, cédula 1-558-219, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de MPT Mustard Products & Technologies
Inc., de Canadá, solicita la Patente de Invención denominada MEZCLAS DE
MATERIAL DE PLANTA MOSTAZA PARA EL CONTROL DE PESTES Y MÉTODOS DE ELABORACIÓN.
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
Se describe una
composición para controlar pestes, en donde la composición comprende una mezcla
de un material de planta obtenible de una planta de mostaza de la especie
Sinapis alba y un material de planta obtenible de una planta de mostaza de la
especie Brassica juncea. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N
65/08; A01P 7/00; cuyo(s) inventor(es) es (son) Robinson, James. La solicitud
correspondiente lleva el número 20130323, y fue presentada a las 14:00:17 del
26 de junio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 28 de junio del
2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013047921).
El señor Luis
Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, en condición de apoderado de Roofeco
System S.L., de España, solicita el Modelo de Utilidad denominada TEJA PARA
CUBIERTA.
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
La invención se refiere a una teja para cubiertas que comprenden unos
medios de acople sin tornillo expuesto para unir las tejas o paneles de teja
unos con otros. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es:
E04D 1/00; cuyo inventor es Araya Brenes Mario Gerardo. La solicitud
correspondiente lleva el número 20130114, y fue presentada a las 13:55:00 del
14 de marzo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 5 de julio del
2013.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2013047923).
El señor Luis
Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-669-228,
vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Verterra Energy
Inc., de los Estados Unidos, solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA DE
TURBINA Y MÉTODO.
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
Algunas
modalidades de un sistema de turbina descrito aquí proporcionan una turbina que
rota en respuesta a flujo de fluido fuera de eje. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es F03B 17/06; F03B 3/00; F03B 3/12; cuyos inventores
son Christopher, Theodore J. La solicitud correspondiente lleva el número
2013-0279 y fue presentada a las 14:28:13 del 10 de junio de 2013. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario
oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de julio de 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora,
Registradora.—(IN2012047925).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, mayor,
abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Incyte
Corporation, de E.U.A, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE PIRROLOPIRIDINA Y PIRROLOPIRIMIDINA SUSTITUIDOS CON
CICLOBUTILO COMO INHIBIDORES DE JAK. La presente
invención provee pirrolopirimidinas y pirrolopiridinas sustituidas con
ciclobutilo de la fórmula I, en donde X, Y, Z, L, A, R5, n y m se definen con
anterioridad, así como sus composiciones y métodos de uso que modulan la
actividad de Janus quinasas (JAKs) y son de utilidad en el tratamiento de
enfermedades relacionadas con la actividad de JAKs que incluyen por ejemplo,
trastornos inflamatorios, trastornos autoinmunes, cáncer y otras enfermedades.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 471/04; A61K 31/519; C07D
487/04; cuyo(s) inventor(es) es (son) Rodgers, James D. La solicitud
correspondiente lleva el número 20130280, y fue presentada a las 14:32:51 del
10 de junio del 2013, Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 18 de julio del 2013.—Lic.
Randall Abarca, Registrador.—(IN2013047929).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, mayor de edad,
vecino de San José, apoderado especial de Array Biopharma Inc., de E.U.A.,
solicita la patente de invención denominada COMPUESTOS SUSTITUIDOS DE N-(1H-INDAZOL-4-IL)
IMIDAZO [1,2-a] PIRIDIN-3-CARBOXAMIDA COMO INHIBIDORES DE LA TIROSINA QUINASA
RECEPTORA DE TIPO III.
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
Compuestos de
Fórmula I: La memoria descriptiva, reivindica-ciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 471/04; cuyos
inventores son Boys, Mark Laurence, Delisle, Robert Kirk, Hicken, Erik James,
Kennedy, April L., Mareska, David A., Marmsater, Fredrik P., Munson, Mark C.,
Newhouse, Brad, Rast, Bryson, Rizzi, James P., Rodríguez, Martha E., Topalov,
George T., Zhao, Qian. La solicitud correspondiente lleva el número 20130349, y
fue presentada a las 14:10:08 del 15 de julio del 2013. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 17 de julio del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013047930).
La señor(a) (ita) Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula 1-812-604, en
condición de apoderada de Almirall S. A., de España, solicita la Patente de
Invención denominada DERIVADOS DE
IMIDAZO[1,2-b]PIRIDAZINA E IMIDAZO[4,5-B]PIRIDINA COMO INHIBIDORES DE JAK. Se describen
nuevos derivados de Imidazo[1,2-b]Piridazina e Imidazo[4,5-b]Piridina que
tienen la estructura química de fórmula (I); así como un procedimiento para su
preparación, composiciones farmacéuticas que los comprenden y su uso en terapia
como inhibidores de quinasas Janus (JAK). La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07D 471/04; A61K 31/502; A61P 35/00; A61P 35/02;
A61P 37/06; C07D 487/04; cuyos inventores
son González Rodríguez, Jacob, Vidal Juan, Bernat, Vidal Gispert, Laura, Bach
Taña Jordi. La solicitud correspondiente lleva el número 20130210, y fue
presentada a las 10:58:01 del 10 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 12 de julio del 2013.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2013048013).
El señor
Ernesto Gutiérrez Blanco, mayor, abogado, cédula 1-848-886, vecino de San José,
en su condición de apoderado especial de Kumiai Chemical Industry Co., Ltd., de
Japón, Ihara Chemical Industry Co. Ltd., de Japón, solicita la Patente de
Invención denominada DERIVADOS Y LOS HERBICIDAS DE
6-ACIL-1,2,4-TRIAZINA-3,5-DIONA.
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
Se revelan los compuestos que exhiben suficiente actividad herbicida
en bajas dosis de aplicación, cuando se aplican al suelo y al follaje, y una
composición agroquímica que utiliza los mismos, en particular los herbicidas.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 253/06; A01N 43/707; A01N
43/80; A01N 43/84; A01N 43/02; A01P 13/02; C07D 401/04; C07D 403/04; C07D
403/06; C07D 405/04; C07D 409/04; C07D 413/04; C07D 417/04; cuyos inventores
son +Shibayama, Atsushi, Kajiki, Ryu, Kobayashi, Masami, Mitsunari, Takashi,
Nagamatsu, Atsushi. La solicitud correspondiente lleva el número 20130039, y
fue presentada a las 9:25:10 del 29 de enero del 2013. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 21 de junio del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013048265).
El señor César
Alonso Carrillo Zamora, de Costa Rica, solicita el Diseño Industrial denominado
TORRE DE ILUMINACIÓN Y PUBLICIDAD.
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
Torre de
iluminación para estadios con vallas
publicitarias luminosas, led y publicidad parte superior de la torre. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 20/03; cuyo inventor es
César Alonso Carrillo Zamora. La solicitud correspondiente lleva el número
20130299, y fue presentada a las 13:19:12 del 19 de junio del 2013. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de junio del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013048457).
El (la) señor(a) (ita) Alejandra Castro Bonilla, cédula N° 1 0880
0194, mayor de edad, vecina de San José, abogada, apoderada especial de Takeda
Pharmaceutical Company Limited, de Japón, solicita la Patente de Invención
denominada ANTICUERPOS ANTI-CD38. Se describen anticuerpos aislados que
se unen a la CD38 humana y CD38 de cinomolgo. También se describen 5
composiciones farmacéuticas que comprenden los anticuerpos descritos y métodos
terapéuticos y de diagnóstico para usar los anticuerpos descritos. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/28; A61P 35/02; cuyo(s)
inventor(es) es (son) Elias, Kathleen Ann, Landes, Gregory, Singh, Shweta,
Korver, Wouter, Drake, Andrew Walling, Haak-Frendscho, Mary, Snell, Gyorgy Pal,
Bhaskar, Vinay. La solicitud correspondiente lleva el número 20130313, y fue
presentada a las 14:57:20 del 21 de junio del 2013. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de junio del
2013.—Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013048530).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La señora María
del Pilar López Quirós, cédula N° 1-1066- 0601, en condición de apoderado de
E2interactive, Inc. D/B/A E2interactive, Inc., de E.U.A., solicita la Patente
de Invención denominada SISTEMAS Y MÉTODOS PARA EL PAGO DE LAS FACTURAS DE
LOS CLIENTES UTILIZANDO LA PLATAFORMA DE PAGO DE EMISOR DE LA FACTURA.
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
La presente invención se refiere a sistemas y métodos que ofrecen el
pago en una cuenta pre-existente con un proveedor de bienes o servicios, el
método facilitado entre un cliente, un proveedor de bienes o servicios, y un
procesador. El método incluye los pasos como la recepción del valor del
cliente, la información de identificación del cliente y la información
suficiente para identificar al proveedor y cuenta pre-existente del cliente, acceder
a una plataforma de pago del proveedor, la determinación de la información
requerida por el proveedor con el fin para proporcionar el pago en la cuenta
del cliente, comunicación de la información requerida por el proveedor con el
fin de proporcionar el pago en la cuenta del cliente, y proporcionar un valor
en la cuenta del cliente. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: G06Q
30/00 ; cuyo(s) inventor(es) es(son) Smith, Merrill,
Brooks, Graves, Phillip, Craig, Chakiris, Phil, M. La solicitud correspondiente
lleva el número 20130086, y fue presentada a las 14:09:00 del 25 de febrero del
2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres
días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 27 de
Junio del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013048584).
La señora María del Pilar López Quirós, cédula N° 1-1066- 0601, mayor
de edad, abogada, apoderada especial de E2interactive, Inc. D/B/A
E2interactive, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada SISTEMAS
Y MÉTODOS PARA LA REALIZACIÓN DE UNA TRANSACCIÓN DE COMPRA DE PRODUCTOS O
SERVICIOS ELEGIBLES CON UN VALOR ALMACENADO.
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
Un método para llevar a cabo una
transacción de compra de bienes o servicios, los productos o servicios que
pueden incluir bienes o servicios elegibles
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: G06Q 50/00; G06F 17/00; cuyo(s) inventor(es) es
(son) Collins, Samuel, R., Skiba, Robert, Leonard, Mark. La solicitud correspondiente
lleva el número 20130013, y fue presentada a las 08:48:21 del 15 de enero del
2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 27 de junio del 2013.—Lic. Fabián
Andrade Morales, Registrador.—(IN2013048587).
La señora María del Pilar López Quirós, cédula 1-1066-0601, mayor de
edad, vecina de San José, abogada, apoderada especial Healthy Foods, LLC, de
E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada HOMOGENIZADOR DE
ALIMENTOS BASADOS.
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
Un homogenizador de comida comprende una base que comprende un motor
de accionamiento con un eje de accionamiento.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A47J
43/046; A47J 43/07; A47J 19/00; B01F 7/00; B01F 15/00; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Machovina, Brian, Louis, Johnson,
Robert, Schmidt, Robert, Breeden, Winston, Whitner, Douglas, Edward, Mchale,
Eileen. La solicitud correspondiente lleva el número 20130085, y fue presentada
a las 14:08:00 del 25 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José,
27 de junio del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013048589).
El señor José Abraham Campos Vargas, de Costa Rica cédula 2-0301-0866,
mayor, vecino de San José, solicita el Diseño Industrial denominada: COBERTOR DE POLICLORURO DE VINILO (PVC) PARA AZADÓN RECOLECTOR DE
PALMA ACEITERA, BANANO Y PIÑA.
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
La forma del
cobertor, el ajuste a presión, la forma de sujeción con la herramienta y la
composición de su material permiten la durabilidad de la funda, su manipulación
inocua y la seguridad en el transporte del azadón por parte del usuario. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 08/05; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Campos Vargas, José Abraham. La
solicitud correspondiente lleva el número 20130344, y fue presentada a las
10:28:27 del 15 de julio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 23 de
julio del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—1
vez.—(IN2013048738).
El señor Rafael
Ángel Quesada Vargas, mayor, abogado, cédula 1-0994-0112, vecino de San José,
en su condición de apoderado especial de Jorge Zumbado Madrigal, de Costa Rica,
solicita el diseño industrial denominada DISPOSITIVO DE AJUSTE DE BANDAS DE
EJE.
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
Diseño industrial de una herramienta que se utiliza para el ajuste de
bandas de eje de vehículos, que facilita la ejecución en la reparación de estas
piezas, compuesta de un deslizador, ojo de movilidad, resorte de seguro,
gatillo y manilla. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es:
08/08; cuyo inventor es Zumbado Madrigal, Jorge. La solicitud correspondiente
lleva el número 20130331, y fue presentada a las 14:08:10 del 2 de julio del
2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso.—San José, 3 de
julio del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013048855).
El señor Rafael
Ángel Quesada Vargas, cédula 1-0994-0112, mayor, abogado, vecino de San José,
en calidad de apoderado especial de Marco Antonio Salazar Lutz, de Costa Rica,
solicita la patente de invención denominada MULTICONECTOR ELÉCTRICO. Se
refiere a un aparato metálico de tipo conector eléctrico múltiple, cuya función
es hacer distribuciones y conexiones en las instalaciones eléctricas en casa de
habitación, edificios, bodegas y demás edificaciones sin necesidad de usar
pegas en el amarre de los cables. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: H01R 43/00; H02G 1/00; A01B 7/40; cuyo inventor es Salazar Lutz,
Marco Antonio. La solicitud correspondiente lleva el número 20130332, y fue
presentada a las 14:08:50 del 2 de julio del 2013. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso.—San José, 3 de julio del 2013.—Lic. Randall
Abarca, Registrador.—(IN2013048856).
El señor Harry
Wohlstein Rubinstein, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-0341-0287,
vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Genetech Inc de
los Estados Unidos, solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS
ANTI-MESOTELINA E INMUNO-CONJUGADOS.
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
La invención
proporciona anticuerpos anti-mesotelina e inmunoconjugados y métodos de uso de
los mismos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la clasificación internacional de patentes 2012.01 es C07K 16/30;
A61K 47/48; A61K 39/395; A61P 35/00 cuyos inventores son Dennis, Mark; Scales,
Suzanna J; Spencer, Susan D; Zhang, Yin. La solicitud correspondiente lleva el
número 2013-0335 y fue presentada a las 14:07:08 del 9 de julio de 2013.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso.—San José, 10 de
julio de 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013048889).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Manuel E.
Peralta Volio, mayor, abogado, cédula número 9-012-480, vecino de San José, en
su condición de apoderado especial de Pfizer Inc., de E.U.A., Amgen Fremont
Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS
MONOCLONALES HUMANOS PARA LA QUINASA-1 TIPO RECEPTOR DE ACTIVINA (DIVIISIONAL
9819). La invención pertenece a la neutralización aislada de los
anticuerpos monoclonales anti-ALK-1 o las porciones aglutinantes de antígeno de
los mismos y se aglutina al ALK-1 de primate, preferiblemente el ECD del ALK-1
de Humano. En una forma de realización preferida, los anticuerpos
neutralizantes son anticuerpos monoclonales completamente humanos o porciones
aglutinantes de antígeno. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C12N
5/06; C07K 16/00; cuyos inventores son North, Michael, Aidan, Amundson, Karin,
Kristina, Bedian, Vahe, Belouski, Shelley, Sims, Hu-Lowe, Dana, Dan, Jiang, Xin,
Karlicek, Shannon, Marie, Kellermann, Sirid-Aimee, Thomson, James Arthur, Wang,
Jianying, Wickman, Grant, Raymond, Zhang, Jingchuan. La solicitud
correspondiente lleva el número 20130351, y fue presentada a las 9:53:46 del 19
de julio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 23 de Julio del
2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013049731).
El señor Luis Diego
Castro Chavarría, céd. 1-669-228, mayor de edad, vecino de San José, apoderado
especial de Array Biopharma Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención
denominada: BENZO AZEPINAS SUSTITUIDAS EN LA POSIICIÓN 8 COMO MODULADORES DE
RECEPTORES TOLL LIKE. Se proveen composiciones y métodos útiles para la
señalización por medio de los receptores “toll-like” TLR7 y/o TLR8. Las
composiciones y métodos pueden ser empleadas en el tratamiento de
autoinmunidad, inflamación, alergia, asma, rechazo de injertos, enfermedad del
injerto contra el hospedero, infección, septicemia, cáncer e inmunodeficiencia.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 223/16; A61K 31/55; C07D
403/10; cuyos inventores son Doherty, George, A., Eary, C., Todd, Groneberg,
Robert, D., Jones, Zachary. La solicitud correspondiente lleva el número
20130321, y fue presentada a las 14:03:20 del 25 de junio del 2013. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de julio del 2013.—Lic. Fabián Andrade
Morales, Registrador.—(IN2013049861).
El señor Luis Pal
Hegedus, céd. 1-558-219, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de
apoderado especial de Nexmed Holdings Inc., de E.U.A., solicita la Patente de
Invención denominada: ENANTIÓMERO ACTIVO DE DODECIL-2-(N,N-DIMETILAMINO)-PROPIONATO.
El 2R-dodecil 2-(N,N-dimetilamino) propionato
(R-DDAIP) proporciona una actividad mejorada inesperada en la facilitación del
transporte de un compuesto farmacéuticamente activo a través de membranas y
tejidos biológicos, en comparación con el S-DDAIP de la misma pureza
enantiomérica, o el DDAIP racémico. También se proporciona el S-DDAIP
purificado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/221; cuyos
inventores son Damaj, Bassam B., Martin, Richard. La solicitud correspondiente
lleva el número 20130324, y fue presentada a las 14:00:56 del 26 de junio del
2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 24 de julio del 2013.—Lic. Randall
Abarca, Registrador.—(IN2013049864).
El señor Luis Diego Castro Chavarría,
céd. 1-669-228, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado
especial de Laboratorios Senosiain S. A. de C.V., de México, solicita la
Patente de Invención denominada: COMPRIMIDO
FARMACÉUTICO DE LIBERACIÓN CONTROLADA PARA ADMINISTRACIÓN ORAL.
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
La presente invención tiene su aplicación en el campo farmacéutico,
especialmente en el de combinación y composición farmacéuticas que comprenden
un inhibidor de la lipasa y una fitoalexina y vehículos o excipientes farmacéuticamente
aceptables. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 9/22; A61K
31/496; A61K 47/38; cuyos inventores son Senosiain Arroyo, Héctor, Arzola
Paniagua, María Angélica, Barranco Hernández, Gustavo. La solicitud
correspondiente lleva el número 20130288, y fue presentada a las 14:20:15 del
13 de junio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 24 de julio del
2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013049866).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de
la entidad denominada: Asociación de Mujeres Ditse Bajo Chirripó, con domicilio
en la provincia de Limón. Cuyos fines, entre otros serán los siguientes:
participar en la gestión y realización de proyectos, para la identificación,
restauración y mantenimiento de desarrollo de proyectos en esta comunidad en el
área cultural y ambiental de mujeres de Namaldi, con facultades de apoderada
generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el
estatutos, lo es la presidenta: Laura Inés Jiménez Aguilar. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8
de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Tomo: 2013, asiento: 77189.—Curridabat,
veintitrés de julio del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013049658).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de
la entidad denominada: Asociación de Mujeres Ditse Bajo Chirripó, con domicilio
en la provincia de Limón. Cuyos fines, entre otros serán los siguientes:
participar en la gestión y realización de proyectos, para la identificación,
restauración y mantenimiento de desarrollo de proyectos en esta comunidad en el
área cultural y ambiental de mujeres de Namaldi, con facultades de apoderada
generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el
estatutos, lo es la presidenta: Laura Inés Jiménez Aguilar. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8
de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Tomo: 2013, asiento: 77189.—Curridabat,
veintitrés de julio del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013049658).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción, la reforma
del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-409082, denominación:
Association San Pedro Christian Fellowship. Por cuanto dicha reforma cumple con
lo exigido por la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939, y sus reformas. Se
emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
tomo: 2013, asiento: 166387.—Dado en el Registro
Nacional, a las nueve horas cincuenta y seis minutos y veintiséis segundos del
nueve de julio del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013049697).
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación La Nueva Jerusalem
en la Victoria con domicilio en la provincia de Guanacaste; cuyos fines
principales entre ostros son los siguientes: proliferar y difundir las
enseñanzas de evangelio de cristo, doctrinas y discipular a sus miembros en las
enseñanza bíblicas. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la
asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con
las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Juan
Carlos Martínez Chaves. Al encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de
Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales,
se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013
asiento: 36983).—Curridabat, 14 de febrero del
2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—(IN2013049835).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la
reforma del estatuto de la: Asociación Damas Salesianas S.D.S., entre las
cuales se modifica el nombre social, que se denominará: Asociación Damas
Salesianas A.D.S. Por cuanto dichas reformas cumplen con la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento Tomo: 2013, asiento: 147920.—Dado
en el Registro Nacional, a las 10 horas 1 minuto y 21 segundos, del 13 de junio
del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—(IN2013049897).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación de Vecinos de los Higuerones San Roque Puente de
Piedra, con domicilio en la provincia de Heredia; cuyos fines principales entre
otros son los siguientes: propiciar el desarrollo de obras en beneficio de la
comunidad, tales como reparación de calles, alcantarillado, alumbrado público,
vigilancia patrimonial propia, obras de caridad, mantenimiento de áreas verdes
y todo lo relacionado con el bienestar de la comunidad. Cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el
estatuto lo es el presidente: Cristhian Darcía Carballo. Al encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de
agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 188002).—Curridabat,
26 de julio del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013049918).
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Agencias de
Viajes Operadoras de Cruceros de Puntarenas, con domicilio en la provincia de
Puntarenas; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: la
organización de sus asociados para realizar actividades de promoción y defensa
de la actividad de las agencias de viajes, operadoras de cruceros. Cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el
estatuto lo es el presidente: Johnny Murillo Picado. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de
agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los
requisitos legales se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. (Tomo: 2012, asiento: 277099).—Curridabat,
doce de febrero del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013050026).
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Administradora de
Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Miravalles, Zapote, distrito Bijagua,
cantón Upala, provincia Alajuela, con domicilio en la provincia de Alajuela;
cuyos fines principales entre otros son los siguientes: administrar, operar,
dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto.
Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es el presidente: Eduardo Muñoz Espinoza. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8
de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con
los requisitos legales se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. (Tomo: 2013, asiento: 141643, adicional tomo: 2013, asiento: 182316).—Curridabat, diecinueve de julio del dos mil trece.—Lic.
Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—(IN2013050054).
El Registro de
Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción,
el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cristiana Asambleas de Dios en
Upala, con domicilio en la provincia de Alajuela. Sus fines entre otros están:
proclamar el mensaje de salvación y hacer discípulos de acuerdo al mandamiento
de nuestro Señor Jesucristo, basados en las sagradas escrituras como fuente de
autoridad. Leonidas González Icabalceta, es el presidente y representante
judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización
dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus
Reformas N° 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos
legales se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. Tomo: 2013,
asiento 87120, adicionales: 2013-140015, 2013-151596, 2013-165685. Dado en el
Registro Nacional, a las 10 horas 50 minutos del cuatro de julio del dos mil
trece.—Lic. Marvin Chavarría Flores, Subdirector a. í.—1 vez.—(IN2013050055).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-348160, denominación: Asociación Reacción en Cadena por Nuestra
Niñez. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que
establece la ley Nº 218 del 8 de Agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus
reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2013 Asiento:
99398. Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 45 minutos y 22 segundos,
del 30 de abril del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez
Morera, Director.—1 vez.—(IN2013050239).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
La Dirección Nacional de Notariado, hace
saber: que ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y
habilitación para el ejercicio de la función notarial de la Lic. Priscilla
Barrios Rodríguez, cédula de identidad N° 6-0353-0700, carné de abogada N°
19859. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial,
se invita a quiénes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la
gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los
quince días siguientes a esta publicación. Expediente N° 13-002613-0624-NO.—San José, 12 de julio del 2013.—Lic. Melvin Rojas Ugalde,
Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—(IN2013049649).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
N° 15455-P.—MC Alva S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BC-955 en
finca de el mismo en Tárcoles, Garabito, Puntarenas, para uso consumo humano.
Coordenadas 202.735 / 472.018 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 27 de junio del 2013.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013048653).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. Nº 11014P.—Industrial de Oleaginosas
Americanas S.A., solicita concesión de: 14 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo BC-472 en finca de su propiedad en
Barranca, Puntarenas, Puntarenas, para uso industria. Coordenadas 218.925 /
457.375 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de mayo
del 2013.—Departamento de Información, Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2013049301).
Exp. Nº 15697P.—Avícola Paine S. A., solicita
concesión de: 3 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por
medio del pozo RG-930 en finca de su propiedad en Turrúcares, Alajuela,
Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 215.811 / 498.097 hoja Río
Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 1º de julio del
2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2013049311).
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. N°
12718-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las quince horas del doce de octubre del dos mil once.—Olga Araya
Moreira, divorciada, pensionada, costarricense, cédula de identidad número
siete-cero cuarenta y siete-quinientos noventa y seis, vecina de Guápiles,
Pococí, Limón; tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento..., en
el sentido que la fecha de nacimiento de la misma es “dieciocho de marzo de mil
novecientos cincuenta y uno”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley
Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este
edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las
partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho
días a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013048147).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente N° 8259-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—José, a las nueve horas
del dieciséis de julio del dos mil trece. Diligencias de ocurso presentadas
ante este Registro Civil por Danilo Retana Hidalgo, divorciado, ingeniero en
informática, cédula de identidad número uno-quinientos ochenta y
cinco-novecientos cincuenta y cinco, vecino de San Francisco, Heredia; tendente
a la rectificación de su asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha
de nacimiento... es “veintisiete de febrero de mil novecientos sesenta y uno”.
Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de
Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario
Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan
valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera
publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Varga, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—(IN2013049043).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. N° 54815-2012.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las
catorce horas cuarenta minutos del treinta de julio de dos mil trece.
Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de matrimonio de
Guillermo Antonio Carpio Monge con Marlene Anello Sánchez, celebrado el siete
de febrero del dos mil siete, que lleva el número novecientos treinta y uno,
folio cuatrocientos sesenta y seis, tomo cuatrocientos ochenta y tres de la
provincia de San José, Sección de Matrimonios, por aparecer pendiente de
inscripción el certificado de declaración de matrimonio número cero uno tres
cero seis nueve dos, de Guillermo Carpio Monge con Ana del Rocío Carpio
Montoya, celebrado el trece de junio de mil novecientos ochenta. Conforme lo
señalan los artículos 64 y 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de
Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el
Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia dentro del término de
ocho días a partir de la primera publicación al señor Guillermo Antonio Carpio
Monge o Guillermo Carpio Monge y a la señora Marlene Anello Sánchez, con el
propósito que se pronuncien en relación con las presentes gestiones. Se
previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del
término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—(IN2013050138).
Exp. Nº
34586-2012.—Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cincuenta y ocho
minutos del ocho de abril de dos mil trece. Diligencias de ocurso presentadas
por Jorge Arturo Maldonado Mondragón, casado, contratista, nicaragüense,
portadora de pasaporte número C cero siete ocho cinco siete uno ocho, vecino de
Alajuelita, San José, tendente a la rectificación del asiento de Nacimiento de
su hija Julissa Tamara Espinoza Jarquín..., en el sentido que la persona ahí
inscrita es hija de “Jorge Arturo Maldonado Mondragón, nicaragüense y Migdalia
Jarquín Ruiz, costarricense” y no como se consignó. Conforme lo señala el
artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del
Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La
Gaceta. Se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera
publicación al señor José Espinoza Rodríguez, con el propósito que se pronuncie
con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para
que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas. Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—(IN2013050221).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que
este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Carla Idania Reyes Sirias,
ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 142-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las once horas y treinta minutos del diez de enero del
dos mil trece. Expediente Nº 38548-2012. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…;
Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el
fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Joseling Cristina
Ruiz Reyes, el de Kimberling Mercedes Picado Reyes y el de Perla Daniela Picado
Reyes…; en el sentido que el segundo apellido de la madre… es “Sirias” y no
como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial
Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013049636).
Se hace saber que
este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Allan Fabricio Díaz
Brenes, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N°
2072-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección
de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cincuenta minutos del cuatro de
junio del dos mil trece. Expediente N° 11527-2013. Resultando: 1º—…, 2º—…;
Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el
fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Allan Fauricio Díaz
no indica otro apellido, con Jeimmy de los Ángeles Chaves Arrones..., en el
sentido que los apellidos del cónyuge son “Díaz Brenes, hijo de Martha del
Carmen Díaz Brenes”. Asimismo, rectifíquense los asientos de nacimiento de
Katherine de los Ángeles Díaz Chaves… y el de Allan Gabriel Díaz Chaves, en el
sentido que los apellidos del padre... son “Díaz Brenes”.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013049680).
Se hace saber
que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Nereyda del Carmen
Barrera, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
2095-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección
de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas once minutos del cuatro de
junio de dos mil trece. Exp. Nº 53759-2012. Resultando: 1º—..., 2º—...
Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Jocsuan Soto Barrera, en el sentido que el nombre y el apellido
de la madre... son “Nereyda del Carmen” y “Barrera, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013049876).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por
Mara Quiñones Pérez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 2310-2013.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas y cuarenta y
cinco minutos del diecisiete de julio de dos mil trece. Exp. Nº 50720-2011.
Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de
matrimonio de Daly Miguel Perera Quesada con Mara Quiñones Pérez, en el sentido
que el nombre y el segundo apellido del padre de la cónyuge son “Ricardo Raúl”
y “Sosa” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas,
Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2013049882).
Se hace saber
que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Loryi Natasha Loaiza
Ugalde, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N°
1475-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección
de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas seis minutos del dos de mayo del
dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 6866-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando:
I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el
asiento de nacimiento de Loryi Natacha Loaiza Ugalde...; en el sentido que el
segundo nombre... es “Natasha”.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013049971).
Se hace saber
que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ana Cecilia Espino, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1165-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las diez horas y treinta y tres minutos del tres de
junio del dos mil ocho. Ocurso. Exp. N° 10647-08. Resultando: 1-...2.-...3.-...
Considerando: I. Hechos Probados:... II. Hechos no Probados... III. Sobre el
Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Cristhian Eduardo
Betancour Espino... en el sentido que el nombre y el apellido de la madre de la
persona ahí inscrita son “Ana Cecilia Espino, no indica segundo apellido” y no
como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles,
Directora General.—M.Sc. Ligia María González
Richmond, Jefa.—1 vez.—(IN2013049975).
Se hace saber
que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Martha Luna, no indica
segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución N° 2121-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las nueve horas del seis de junio del dos mil trece.
Ocurso. Exp. N° 50768-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos
Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Valeria Bello Luna, en el sentido que el nombre de la madre... es
“Martha”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor
Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013050033).
Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso
incoadas por Mercedes de la Cruz Rosales, ha dictado una resolución que en lo
conducente dice: Resolución N° 2005-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez
horas cincuenta y nueve minutos del treinta de mayo de dos mil trece. Exp. N°
48888-2012. Resultando 1.-..., 2.-...,3.-... Considerando: I.-Hechos
Probados:..., II.- Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquense los asientos de
nacimiento de Hillary Clarissa Solórzano Rosales y de Franklin Antonio
Solórzano Rosales... en el sentido que el nombre de la madre... es “Mercedes de
la Cruz Rosales, no indica segundo apellido”.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013050066).
Registro Civil - Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Nicolaza Pérez Lacayo, mayor, soltera, operaria industrial,
nicaragüense, cédula de residencia N° 155812132209, vecina de Heredia, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por
escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp.3323-2012.—San José,
veintinueve de julio de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013048982).
Wendoling Valeska Ruiz Valverde, mayor, soltera, estudiante,
nicaragüense, cédula de residencia N° 155809172723, vecina de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por
escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp.1474-2013.—San José,
quince de julio de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013048985).
Joselin Lidieth Ruiz Valverde, mayor, soltera, estudiante,
nicaragüense, cédula de residencia N° 155808992710, vecina de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp.1475-2013.—San José,
veintidós de julio de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013048987).
Allinson Celeste Avilés Chavarría, mayor, soltera, estudiante,
nicaragüense, cédula de residencia N° 155804808929, vecina de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a
este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso.—San José, dieciocho de
julio de dos mil trece. Exp. 132002-2013.—Lic. Ricardo
Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013049088).
Gayle Louise Glenn Norfleet, mayor, divorciada, empresaria,
estadounidense, cédula de residencia N° 184000637233, vecina de Guanacaste, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. N° 132070-2013.—San
José, 29 de julio del 2013.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013049131).
Yolanda Botero Cuartas, mayor, divorciada, del hogar, colombiana,
cédula de residencia N° 117000826830, vecina de Heredia, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. N° 4716-2012.—San
José, 11 de julio del 2013.—Lic. Wagner Granados Chaves, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013049180).
Martín Antonio Quintero Fehr, mayor, soltero, estudiante, venezolano,
cédula de residencia N° 186200083502, vecino de San José, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. N° 766-2012.—San
José, 24 de julio del 2013.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013049238).
Indira Naavideth Tinoco Ortez, mayor, soltera, vendedora,
nicaragüense, cédula de residencia 155804595220, vecina de Alajuela, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil, Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud de para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp.: 4792-2012.—San
José, quince de julio de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013049295).
Carmen de Fátima Sandino Rodríguez, mayor, soltera, estudiante,
hondurena, pasaporte N° C874371, vecina de San José, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 4776-2012.—San José,
diecisiete de julio de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013049358).
Arely Marlene Pérez Talavera, mayor, soltera, comerciante,
nicaragüense, cédula de residencia N° 155809133712, vecina de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp.451-2012.—San José,
veintinueve de julio del dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013049397).
Marlene Aguilar Escobar, mayor, soltera, corredora de bienes raíces,
nicaragüense, cédula de residencia N° 155805412401, vecina de Heredia, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp.: 4779-2012.—San
José, once de julio del dos mil trece.—Lic. Wagner Granados Chaves, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013049425).
Yerling
Castillo Gutiérrez, mayor, casada, del hogar, nicaragüense, cédula de
residencia N° 155813876201, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente Nº 3542-2012.—San
José, veinticuatro de julio del dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero,
Jefe.—1 vez.—(IN2013049644).
Alfonso José Marín Díaz, mayor, soltero,
empleado de seguridad, nicaragüense, cédula de residencia N° 15580000593,
vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente Nº 4790-2012.—San José, once de julio del
dos mil trece.—Lic. Wagner Granados Chaves, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2013049645).
Carmen Rafaela
Urdaneta Arocha, mayor, casada, bachiller en mercadeo, venezolana, pasaporte N°
639731, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente N° 1513-2012.—San José, ocho de julio del
dos mil trece.—Lic. Wagner Granados Chaves, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2013049646).
Saira Rebeca Martínez Sandoval, mayor,
soltera, cajera, nicaragüense, cédula de residencia N° 155806994533, vecina de
Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 4711-2012.—San José, once de julio del dos mil trece.—Lic. Wagner
Granados Chaves, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013049655).
Zeydy Samira Martínez Sandoval, mayor,
soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia N° 155804388313, vecina
de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 4710-2012.—San José, once de julio del dos mil trece.—Lic. Wagner
Granados Chaves, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013049656).
Guillermo Quijano Barriga, mayor,
casado, Gerente General, colombiano, cédula de residencia 117000134712, vecino
de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1478-2013.—San
José, treinta y uno de mayo del dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero,
Jefe.—1 vez.—(IN2013049811).
María Ester Lyons González, mayor,
soltera, ama de llave, nicaragüense, cédula de residencia N° 155805252222,
vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
132082-2013.—San José, treinta y uno de julio de dos
mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1
vez.—(IN2013049843).
Nuria del Rosario Membreño Cruz, mayor, soltera, estudiante,
nicaragüense, cédula de residencia 155810122525, vecina de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por
escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 3575-2012.—San José,
veintitrés de julio de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013049977).
Liliana Patricia Velasquez Prada, mayor, casada, publicista,
colombiana, cédula de residencia 117000717216, vecina de Heredia, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por
escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp.4575-2012.—San José,
veintitrés de noviembre de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013050017).
Mateo Lucas Recalda Velásquez, mayor, soltero, estudiante, colombiano,
cédula de residencia 117000717607, vecino de Heredia, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a
este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp.4574-2012.—San José,
veintitrés de noviembre de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013050019).
Ana Cecilia
Córdova Córdova, mayor, soltera, salonera, salvadoreña, cédula de residencia N°
122200491332, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud para que los presenten por escrito a este Registro dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
132077-2013.—San José, treinta y uno de julio de dos
mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1
vez.—(IN2013050064).
Rodolfo Saavedra Ibarra, mayor, soltero, empresario, colombiano,
cédula de residencia N° 117000728220, vecino de San José, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito
a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 3475-2012.—San José,
dieciocho de junio de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013050113).
Jennifer del
Carmen Mejía Membreño, mayor, soltera, sin oficio, nicaragüense, cédula de
residencia Nº 155816785410, vecina de San José, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. Nº 132072-2013.—San
José, treinta de julio del dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013050192).
ÁREA DE SALUD PÉREZ ZELEDÓN
III Adendum del Plan de Adquisiciones
para el año 2013
El Área de
Salud de Pérez Zeledón, Unidad Programática 2760, comunica a los interesados
que se encuentra publicado en la página Web de la CCSS, el III Adendum del Plan
Anual de Adquisiciones 2013, ver detalles en www.ccss.sa.cr
Pérez Zeledón,
5 de agosto del 2013.—Lic. Sonia Fernández Benamburg,
Administradora.—1 vez.—(IN2013051583).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000004-13801
Servicio de análisis de
vulnerabilidades y pruebas
de intrusión para el Ministerio de Hacienda
La Proveeduría
Institucional del Ministerio de Hacienda recibirá únicamente ofertas
electrónicas a través del sistema Compr@Red, hasta las 10:00 horas del día 09
de setiembre del 2013, para la contratación citada anteriormente, a favor del
Programa Dirección General de Informática.
El cartel se
encuentra a disposición gratuitamente en el sistema CompraRed, en la dirección
www.hacienda.go.cr/comprared de Internet.
San José, 7 de agosto de 2013.—Lic. Yesenia
Ledezma Rodríguez, Subproveedora Institucional.—1
vez.—O. C. Nº 18407.—Solicitud Nº 109-125-00913D.—C-16170.—(IN2013051644).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000007-85001
Contratación de servicios de vigilancia y seguridad
en
la sede central y oficinas regionales del TSE
La Proveeduría del
Tribunal Supremo de Elecciones, recibirá ofertas digitales presentadas mediante
el sistema Comprared 2.0 hasta las 11:00 horas del día 5 de setiembre del 2013,
para la citada licitación. Los interesados en este concurso tienen el cartel a
su disposición en forma gratuita, en la página web del Ministerio de Hacienda:
www.hacienda.go.cr link Comprared; o en la página web del Tribunal Supremo de
Elecciones: www.tse.go.cr, link “Tribunal Supremo de Elecciones/El TSE en la
Red Interinstitucional de Transparencia/Adquisiciones/Licitaciones
Públicas/2013”, o podrán obtenerlo en la Proveeduría, sita: costado oeste del
Parque Nacional en San José, tercer edificio, planta baja, para lo cual deberá
aportar un dispositivo de almacenamiento masivo (llave maya). No se
suministrarán ejemplares impresos.
Lic. Allan Herrera
Herrera, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 17957.—Solicitud Nº
125-851-3-008.—(IN2013051697).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000044-01
Contratación de una empresa que brinde
el servicio de soporte
y mantenimiento preventivo y correctivo
a la solución
de almacenamiento HSV200 EVA4100 en
poder
del Banco Nacional
La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá
ofertas por escrito, a las diez horas (10:00 a. m.) del 9 de setiembre del
2013, para la “Contratación de una empresa que brinde el servicio de soporte y
mantenimiento preventivo y correctivo a la solución de almacenamiento HSV200
EVA4100 en poder del Banco Nacional.
El cartel puede ser retirado sin costo
adicional en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección
Logística de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica en la Uruca.
La Uruca, 12 de
agosto del 2013.—Ing. Douglas Noguera Porras,
Proveeduría General.—1 vez.—O. C. Nº 513701.—Solicitud Nº
925-00225.—C-21270.—(IN2013051677).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000043-01
Servicios profesionales para realizar
desarrollos evolutivos
al Sistema Automatizado para la Proyección
del
Encaje y los Excedentes (SAPEX)
El Banco de
Costa Rica, informa que recibirá ofertas hasta las once horas con treinta
minutos (11:30 a. m.) del 4 de setiembre del 2013, para la licitación en
referencia, las cuales deben ser depositadas en el buzón de la Oficina de
Compras y Pagos, ubicado en el tercer piso de Oficinas Centrales.
El cartel de la contratación que
incluye las especificaciones técnicas y condiciones generales, lo pueden
retirar en la misma oficina con un horario de 9:00 am a 3 pm.
Oficina de
Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Supervisor.—1
vez.—O. C. Nº 62703.—Solicitud Nº 920-00188-13.—C-15320.—(IN2013051661).
LICITACIÓN ABREVIADA N°2013LA-000047-01
Renovación de la Plataforma IPS
El Banco de
Costa Rica, recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta
minutos (10:30 a. m.) del 11 de setiembre del 2013, para la contratación en
referencia, las cuales deben ser depositadas en el buzón de la Oficina de
Compras y Pagos, ubicado en el tercer piso de Oficinas Centrales
Los interesados
pueden retirar el cartel de licitación que incluye las especificaciones y
condiciones generales en la Oficina de Compras y Pagos, ubicada en el tercer
piso del edificio de Oficinas Centrales.
Oficina de
Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., licitaciones.—1
vez.—O. C. Nº 62703.—Solicitud Nº 920-00187-13.—C-15320.—(IN2013051664).
HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS
DR.
CARLOS SÁENZ HERRERA
CENTRO DE CIENCIAS MÉDICAS DE LA
CCSS
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES SERVICIOS
La Subárea de Contratación
Administrativa del Hospital Nacional de Niños “Carlos Sáenz Herrera”, les
invita a participar en el siguiente concurso:
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2013CD-000460-2013
Por
precalificación de talleres para mantenimiento preventivo
y
correctivo de vehículos (mecánico, eléctrico)
Fecha y hora de
apertura: lunes 19 de agosto, 2013 a las 1:30 p.m.
Las ofertas se recibirán por escrito en la oficina del
Área de Gestión de Bienes y Servicios, ubicada en el segundo piso (Antiguo
Edificio Chapui) hasta la fecha y hora indicada anteriormente. Las bases del
concurso se encuentran disponibles en el Área mencionada para los interesados.
San José, 24 de julio del 2013.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yajaira
Quesada G., Coordinadora a. í.—1 vez.—(IN2013050607).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS
DE
SALUD REGIÓN BRUNCA
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
CONTRATACIÓN DIRECTA 2013CD-000048-2799
Traslado de equipo, instrumental,
muestras y personal de
laboratorio del Muelle de Puerto Jiménez al
Muelle de Golfito
La Dirección
Regional Servicios de Salud Región Brunca, comunica que se encuentra a
disposición de los interesados, el cartel para la Compra Directa 2013CD-000048-2799,
para el traslado de equipo, instrumental, muestras y personal de laboratorio
del Muelle de Puerto Jiménez al Muelle de Golfito, pueden solicitar los
carteles a los correos jpgarban@ccss.sa.cr, maguilera@ccss.sa.cr,
emorab@ccss.sa.cr, para mayor información ingresar a
www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2799.
La apertura
será el próximo 16 de agosto del 2013 al ser las 11:00 horas.
San Isidro de El General, 5 de agosto
del 2013.—Lic. Jean Pierre Garbanzo Duarte,
Coordinador.—1 vez.—(IN2013051460).
UNIDAD EJECUTORA
GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
COMPRA DIRECTA N° 2013CD-000004-1107
Servicios de mantenimiento y
actualización del sistema de
administración electrónica de expedientes
y documentos visión 2020 Web
A todos los interesados de partición
en la contratación de “Servicios de mantenimiento y actualización del sistema
de administración electrónica de expedientes y documentos visión 2020 Web”, se
les informa que se encuentra disponible el cartel de contratación, la fecha de
apertura el 14 de agosto del 2013, hora: 14:30 a.m. Lugar de entrega: Sita
oficinas de la Gerencia de Infraestructura y Tecnologías, piso 10, Edificio
Laureano Echandi, calle 5, avenidas 2 y 4. Rigen para este concurso el cartel,
que se debe solicitar a la dirección de correo electrónico
jquesadaz@ccss.sa.cr, horario de lunes a jueves de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y
viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
San José, 8 de agosto del 2013.—MSc. José Castro Zapata, Asesor de Gerencia.—1
vez.—(IN2013051505).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS
DE
SALUD CENTRAL SUR
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000003-2399
Servicios profesionales de aseo y
limpieza
para el Área de Salud Desamparados 1
(Clínica y C.A.I.S. Dr. Marcial Fallas
Díaz)
La Oficina de
Compras de la Dirección Regional de Servicios de Salud Central Sur, recibirá
ofertas por escrito, hasta las 10:00 a.m. del día 16 de setiembre del 2013,
para la contratación de servicios profesionales de aseo y limpieza para el Área
de Salud Desamparados 1 (Clínica y C.A.I.S. Dr. Marcial Fallas Díaz). La visita
al sitio se realizará el 27 de agosto del 2013, a las 9:00 a.m. El cartel se
encuentra disponible en la Oficina de Compras de la Dirección Regional, sita
costado sur del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia. Ver más información
en www.ccss.sa.cr
San José, 7 de
agosto del 2013.—Dr. Armando Villalobos Castañeda,
Director Regional.—1 vez.—(IN2013051519).
DIVISIÓN FÁBRICA NACIONAL DE LICORES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000008-PV
Compra de etiquetas
La Fábrica Nacional de Licores, por medio de su Proveeduría comunica
que se recibirán ofertas por escrito para el siguiente concurso:
Descripción: Compra de Etiquetas
Tipo de Concurso: Licitación
Abreviada Nº 2013LA-000008-PV
Fecha de apertura: 3
de setiembre del 2013, 10:00 horas
Se invita a los
interesados a que retiren el cartel en las oficinas de la Sección de
Proveeduría, ubicadas en Rincón de Salas de Grecia, en horarios de lunes a
viernes, de 7:30 a.m. a 3:30 p.m., sin costo alguno. Se puede acceder al cartel
por medio de la página www.fanal.co.cr. El acto de apertura de las ofertas se
realizará en la oficina de la Proveeduría.
Alajuela, 7 de agosto del 2013.—Proveeduría.—MBA.
Francisco Merino Carmona, Coordinador Área.—1
vez.—(IN2013051586).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000003-10
Contratación de servicios de capacitación y formación
profesional en el subsector idiomas según demanda
y cuantía inestimada para el
Centro de Formación
Profesional
de Turrialba
El Proceso de
Adquisiciones de la Unidad Regional de Cartago del Instituto Nacional de
Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 4
de setiembre del 2013. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones
el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita: Cartago, 300 metros
este y 25 metros norte del Parque Central de Cartago, o bien ver la página web
del I.N.A., dirección: http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud
Nº 610-00237.—(IN2013051685).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000006-01
Contratación de servicios de hospedaje del sitio web
de
intermediación de empleo y mantenimiento de sistemas
de
información desarrollados en Microsoft.net,
según
demanda cuantía estimada
El Proceso de Adquisiciones de la Sede
Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por
escrito hasta las 08:00 horas del 4 de setiembre del 2013. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de
Adquisiciones, sita: La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o
bien ver la página web del I.N.A., dirección:
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud
Nº 610-00236.—(IN2013051689).
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000001-MUNIPROV
Adquisición de un terreno que se
encuentre ubicado en el
distrito de El Carmen, provincia de Cartago,
para ser
utilizado en la construcción de un centro de
cuido
y desarrollo infantil
El Departamento
de Proveeduría avisa que recibirá ofertas para la licitación antes indicada
hasta las 10:00 horas del 4 de setiembre del 2013.
Los interesados podrán adquirir sin
costo alguno el cartel de licitación en la Proveeduría General, situada en el
segundo piso del edificio municipal, ubicado al costado norte de la Plaza Mayor
de Cartago, en un horario de 7:30 a.m. a 3:00 p.m., de lunes a viernes, o bien
accesarlo en nuestra página Web www.muni-carta.go.cr.
Proveeduría
Municipal.—Guillermo Coronado Vargas, Jefe.—1
vez.—(IN2013051615).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000002-MUNIPROV
Adquisición de un terreno que se
encuentre ubicado en el
distrito de San Nicolas, provincia de Cartago,
para ser
utilizado en la construcción de un centro de
cuido
y desarrollo infantil, un EBAIS y un centro
de atención para personas adultas
mayores
El Departamento
de Proveeduría avisa que recibirá ofertas para la licitación antes indicada
hasta las 11:00 horas del 4 de setiembre del 2013.
Los interesados podrán adquirir sin
costo alguno el cartel de licitación en la Proveeduría General, situada en el
segundo piso del edificio municipal, ubicado al costado norte de la Plaza Mayor
de Cartago, en un horario de 7:30 a.m. a 3:00 p.m., de lunes a viernes, o bien
accesarlo en nuestra página web: www.muni-carta.go.cr
Proveeduría
Municipal.—Guillermo Coronado Vargas, Jefe.—1
vez.—(IN2013051617).
DIVISIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN FINANCIERA, BIENES Y SERVICIOS
UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS (PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL)
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000007-UPIMS
Compra de insecticida líquido y larvicidas
La Unidad de Bienes y Servicios
(Proveeduría Institucional) del Ministerio de Salud, por medio del Presupuesto
de la Oficina de Cooperación Internacional de la Salud, comunica que se
adjudicó a: Representaciones Técnicas Agropecuarias de Centroamérica S. A.,
con cédula jurídica Nº 3-101-177596, Línea 1: mil setecientos noventa
(1790) litros de insecticida líquido Cynoff 25 E.C. (concentración de 250
gramos de ingrediente activo por litro) para un monto por línea de cuarenta y
cuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos (¢44.750.000,00);
línea 2: treinta mil (30.000) tabletas larvicidas con Spinosad Natural DT para
un monto por línea de dieciocho millones seiscientos mil colones exactos
(¢18.600.000,00), y línea 3: ocho mil (8.000) kilos larvicida granulado Abate
Temephos al 1%, para un monto por línea de catorce millones cuatrocientos mil
colones exactos (¢14.400.000,00). Para un monto total de setenta y siete
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (¢77.750.000,00) con cargo a
la Oficina de Cooperación Internacional de la Salud.
San José, 6 de agosto del 2013.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 17486.—Solicitud Nº
114-600-00252.—(IN2013051699).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS
DE
SALUD REGIÓN BRUNCA
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
CONTRATACIÓN DIRECTA 2013CD-000026-2799
Transporte de equipo, instrumental, muestras y
personal de
laboratorio vía marítima en el Área de Salud de
Golfito
La Dirección
Regional Servicios de Salud Región Brunca, comunica que fue declarado
Infructuosa la Contratación Directa 2013CD-000026-2799, para la contratación de
transporte de equipo, instrumental, muestras y personal de laboratorio vía
marítima en el Área de Salud de Golfito, debido a que hubo asistencia de
oferentes, para mayor información ingresar a
www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2799.
San Isidro de El General, 5 de agosto
del 2013.—Lic. Jean Pierre Garbanzo Duarte,
Coordinador.—1 vez.—(IN2013051456).
LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN-000002-2799
Precalificación de empresas que den el servicios de transporte
de pacientes vía aérea en la Región
Brunca
La Dirección Regional Servicios de
Salud Región Brunca, comunica que fue declarado infructuosa la Licitación
Pública 2013LN-000002-2799, para la precalificación de empresas que den el
servicios de transporte de pacientes vía aérea en la Región Brunca, debido a
que hubo asistencia de oferentes, para mayor información ingresar a
www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2799.
San Isidro de El General, 5 de agosto
del 2013.—Lic. Jean Pierre Garbanzo Duarte,
Coordinador.—1 vez.—(IN2013051458).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS
DE
SALUD REGIÓN HUETAR NORTE
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL N° 2013LN-000001-2499
Contratación para el análisis
bacteriológico y físico-químico
de aguas para consumo humano (Convenio
marco-
modalidad entrega según demanda)
La Unidad
Gestión de Bienes y Servicios, les comunica a los interesados en este concurso
que se resuelve de la siguiente manera:
Con fundamento en lo previsto en la Ley de Contratación Administrativa
y su Reglamento y una vez realizado los estudios y valoraciones respectivas, se
procede a comunicar la adjudicación de la siguiente contratación efectuada por
la Dirección Regional, según el Modelo de Distribución de Competencias en
Contratación Administrativa y Facultades de Adjudicación de la CCSS resuelve:
La Licitación Pública Nacional 2013LN-000001-2499, correspondiente al
ítem único correspondiente a la Contratación para el análisis bacteriológico y
físico-químico de aguas para consumo humano, se adjudica a la empresa Chamlabs
S. A. de la siguiente manera:
Análisis bacteriológico y físico-químico de aguas para
consumo humano (ítem único) |
Precio unitario |
Análisis de
Agua Nivel I |
¢ 79.697,37 |
Análisis de
Agua Nivel II |
¢166.547,37 |
Para todos los efectos dicho expediente se
encontrará en esta Sede Regional.
Ciudad Quesada, 6
de agosto del 2013.—Unidad Gestión de Bienes y
Servicios.—Lic. Geiner Brenes García.—1
vez.—(IN2013051459).
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
REGIÓN
BRUNCA
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2013CD-000019-2799
Contratación de
alquiler de semovientes para el Área de Salud de Golfito
La Dirección Regional Servicios de Salud Región
Brunca, comunica que fue declarado Infructuosa la Contratación Directa
2013CD-000019-2799, para la contratación de alquiler de semovientes para el
Área de Salud de Golfito, debido a que hubo asistencia de oferentes, para mayor
información ingresar a www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2799.
San Isidro de
El General, 5 de agosto del 2013.—Lic. Jean Pierre
Garbanzo Duarte, Coordinador.—1 vez.—(IN2013051461).
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2013CD-000023-2799
Contratación de transporte de
funcionarios
en el Área de Salud de Golfito
La Dirección Regional Servicios de Salud Región
Brunca, comunica que fue declarado Infructuosa la Contratación Directa Nº
2013CD-000023-2799, para la contratación de transporte de funcionarios en el
Área de Salud de Golfito, debido a que hubo asistencia de oferentes, para mayor
información ingresar a www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2799.”
San Isidro de El General, 5 de agosto
del 2013.—Lic. Jean Pierre Garbanzo Duarte,
Coordinador.—1 vez.—(IN2013051463).
CENTRO NACIONAL DE REHABILITACIÓN
“DR. HUMBERTO ARAYA ROJAS”
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2013LN-000001-2203
Suministro de sillas de ruedas
La Subárea de
Contratación Administrativa del Centro Nacional de Rehabilitación, les comunica
a los interesados de este concurso que de acuerdo a acta del 7 de agosto del
2013, se resuelve adjudicar de la siguiente manera:
Empresa
adjudicada: Chupis Ortopédica CRC S. A.
Por tratarse de
una compra de modalidad de entrega según demanda, se adjudica por precio unitario,
según el siguiente detalle:
Ítem 1: $2.600,00, ítem
3: ¢3.500,00, ítem 4: $4.500,00, ítem 5:
$5.200,00, ítem 6: $3.800,00 e ítem 8: $9.000,00.
Se declaran
infructuosos los ítems 2 y 7.
Ver detalles en
http://www.ccss.sa.cr.
7 de agosto del 2013.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Bach. Marilyn Barrantes Vargas, Jefa.—1
vez.—(IN2013051465).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000019-2101
Reactivos determinación Virus del
Papiloma Humano
y Antígeno de Chlamydia
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. R. A.
Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso, que se
resuelve adjudicar los dos ítems de la siguiente manera:
Empresa
adjudicada: Equitron S. A., monto total adjudicado: $148.500,00,
monto en letras: Ciento cuarenta y ocho mil quinientos dólares con 00/100.
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 8 de agosto del 2013.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes
Quirós Msc., Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2013051485).
HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS
DR.
CARLOS SAENZ HERRERA
CENTRO DE CIENCIAS MÉDICAS DE LA CCSS
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000001-2103
Contratación de servicios de cirugía
mayor ambulatoria pediátrica
La Subárea de
Contratación Administrativa del Hospital Nacional de Niños “Carlos Sáenz
Herrera”, le comunica a los proveedores interesados en este concurso que por
resolución de la Gerente Medica de la Caja Costarricense del Seguro Social del
día 31 de julio del 2013, se adjudica la compra a:
Oferente: Instituto
Centroamericano de Medicina I.C.E.M. S. A. Monto Adjudicado:
¢418.122.450,00. Ítem: Único
Todo de acuerdo
con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta
adjudicada.
San José, 7 de
agosto del 2013.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Karol Núñez Badilla, Coordinardora a. í.—1
vez.—(IN2013051568).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2012LA-000037-01
(Infructuosa)
Desarrollo de un mega portal
web institucional
y
sistema de inscripción de matrícula en línea
La Comisión de Licitaciones del
Instituto Nacional de Aprendizaje en la sesión N° 33-2013 artículo IV, de fecha
6 de agosto del 2013, acuerda declarar infructuosa la licitación en referencia
en los siguientes términos:
a. Mantener la
declaratoria de infructuosa la Licitación Abreviada N° 2012LA-000037-01 para el
“Desarrollo de un mega cartel web institucional y sistema de inscripción de
matrícula en línea”, por incumplimientos técnicos de las ofertas participantes,
según lo indicado en los estudios legal (ALCA-641-2012) y técnicos (oficio
USST-ADQ-320-2012, USST-ADQ-347-2012, USST-ADQ-363-2012, USST-ADQ-196-2013).
Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud
Nº 610-00238.—(IN2013051693).
LICITACION PÚBLICA Nº 2013LN-000004-01
Remodelación de las casas y el salón
multiuso
de la Aldea Arthur Gough
El Patronato Nacional de la Infancia, comunica a todos los
interesados, que de conformidad con el acuerdo tomado por la Junta Directiva de
la Institución, en Sesión Ordinaria 2013-030, Artículo 006) Aparte 01),
celebrada el 6 de agosto del 2013, acordó adjudicar la Licitación Publica Nº
2013LN-000004-01. “Remodelación de las Casas y el Salón Multiuso de la Aldea
Arthur Gough”, según el siguiente detalle:
Se adjudica al
oferente Nº 6, Constructora Hidalgo Cárdenas S. A., cedula jurídica
3-101-083706, el Proyecto Remodelación de las Casas y el Salón Multiuso de la
Aldea Arthur Gough, por un monto total de
¢180.116.000,00 (ciento ochenta
millones ciento dieciséis mil
colones exactos).
Contra la presente adjudicación,
procede el recurso de apelación ante la Contraloría General de la Republica
dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación, una vez concluido
el plazo, el acto quedará en firme.
San José, 7 de
agosto del 2013.—Departamento de Suministros, Bienes y
Servicios.—Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 35921.—Solicitud
Nº 61546.—C-18720.—(IN2013051526).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000001-PROV
Servicios de control, seguimiento y
verificación
del desarrollo de la operación de la
lotería electrónica
A los
interesados en la presente licitación, se les informa que la junta directiva
mediante acuerdo JD-411 correspondiente al artículo II), inciso 1) de la sesión
ordinaria N° 26-2013 celebrada el 30 de julio de 2013; acordó adjudicar la
presente licitación de la siguiente manera:
A: Deloitte & Touche S. A.,
cédula jurídica: 3-101-020162
Descripción |
Monto mensual $ |
Monto anual $ |
Servicios de control, seguimiento y
verificación del desarrollo de la operación de la lotería electrónica. |
22.658,00 |
271.896,00 |
Todo de acuerdo
con los términos del cartel y la oferta respectiva.
Al adjudicatario se le indica que debe
rendir una garantía de cumplimiento equivalente a un 5% (cinco por ciento) del
monto total adjudicado, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
firmeza del acto de adjudicación. Esta
garantía debe estar vigente por dos meses adicionales a la fecha probable de
recepción del servicio.
Lic. Mary
Valverde Vargas. Jefa Departamento Proveeduría.—1
vez.—O. C. N° 17645.—Solicitud N° 504-00042P.—C-26820.—(IN2013051633).
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000002-00100
Compra de unidades de tecnología móvil tipo Hand Held,
impresoras,
estuches, fajas elásticas, protectores de pantalla
antirreflejo y puntero tipo lápiz para Hand Held
El Departamento de Proveeduría del
Consejo de Seguridad Vial, a través de la Unidad de Licitaciones, informa que
la fecha y hora de apertura de la contratación de referencia queda en suspenso
hasta nuevo aviso, por haberse presentado ante la Contraloría General de la
República recursos de objeción al cartel.
San José, 8 de agosto del 2013.—Lic. Alexánder Vásquez Guillén, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 0002.—Solicitud Nº F.—(IN2013051658).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2012LA-000057-0D100
Suministro e instalación de elevadores
para el puente peatonal
sobre la: Ruta
Nacional N° 1, sección: San José (inmediaciones
del Hospital México)-Alajuela; Ruta
Nacional N° 2,
inmediaciones de San Diego de La Unión
y Ruta Nacional N° 39, sección: Barrio
Quesada Durán-Las Luisas
Se comunica que
mediante acuerdo del Consejo de Administración N° ACA 01-13-710, se aprueba
corregir el por tanto del acuerdo de adjudicación de la licitación en
referencia, contenido en el artículo III
de la sesión N° 1009-13 del 27 de mayo de 2013,
donde dice:
“…al consorcio
conformado por Casa Confort, S.A., cédula jurídica 3-101-0011664 y Ascensores
Múltiples S.A., cédula jurídica 3-101-238059…”
Debe leerse
correctamente:
“… a la empresa Casa Confort S. A., cédula jurídica 3-101-0011664…”
En lo demás se
mantiene invariable el acuerdo de adjudicación.
San José, 8 de
agosto del 2013.—MBA. Luis Gerardo Leiva Mora,
Proveedor Institucional a. í.—1 vez.—O. C. Nº
2105.—Solicitud Nº 112-303-00212.—C-25520.—(IN2013051654).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000046-PROV
(Modificaciones
Nº 1)
Compra e instalación de sistema
de cámara de visión nocturna
El Departamento de Proveeduría informa a todos los potenciales
proveedores interesados a participar en el procedimiento indicado, que existen
aclaraciones y modificaciones al cartel, por lo cual puede ser retirado el
cartel con la inclusión de las mimas a partir de la presente comunicación, a
través de Internet, en la siguiente dirección:
http://poder-judicial.go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm o
solicitarlo a el correo electrónico jjimenezco@poder-judicial.go.cr.
Los demás términos y condiciones
permanecen invariables.
San José, 8 de
agosto del 2013.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli
Argüello Araya, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2013051473).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000030-01
(Prórroga
N° 1)
Ampliación y remodelación del edificio
de la Agencia del Banco Nacional en
Aguas Zarcas
La Proveeduría
General del Banco Nacional comunica a los interesados en la Licitación
Abreviada N° 2013LA-000030-01 lo siguiente:
Fecha y lugar
de apertura.
Todas las
ofertas deberán entregarse en la Proveeduría de la Casa Matriz, situada en La
Uruca, a más tardar a las diez (10:00) horas, según el reloj ubicado en este
despacho, del día treinta (30) de agosto del dos mil trece, momento en el cual
serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir.
Las demás condiciones
del cartel permanecen invariables.
La Uruca, 13 de
agosto del 2013.—Ing. Douglas Noguera Porras,
Proveeduría General.—1 vez.—O. C. Nº 513701.—Solicitud Nº
925-00226.—C-21270.—(IN2013051673).
ÁREA DE SALUD DE SANTA CRUZ
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000001-2531
Compra de gases medicinales para los
cantones
de La Bajura
El Área de
Gestión de Bienes y Servicios del Área de Salud
de Santa Cruz, les informa a todos los interesados en el concurso
indicado, se procede aclarar algunos puntos de las especificaciones técnicas
del Cartel. Las cuales se encuentra disponible en la página de la Caja
Costarricense de Seguro Social, en la dirección electrónica
http://www.ccss.sa.cr en el enlace de Transparencia/Licitaciones.
A la vez se les
informa que la fecha para el vencimiento, recepción y apertura de ofertas se
prórroga para el día 16 de agosto del 2013, a las 10:00 horas.
Para cualquier
duda o más información pueden comunicarse al teléfono 2680-8989, con Lic. Ma.
Soleida Acevedo Guadamuz, o bien al correo electrónico msaceved@ccss.sa.cr.
Santa Cruz, 7
de agosto del 2013.—Administración.—Lic. Ma. Mayela
Mendoza Elizondo.—1 vez.—(IN2013051560).
INSTRUCTIVO
PARA LA CONTRATACIÓN DE SOCIOS
COMERCIALES PARA LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE FUERZAS DE VENTA
PARA LA COLOCACIÓN
DE CRÉDITO, CLUBES DE
AHORRO, TARJETAS
DE CRÉDITO Y DÉBITO
ASÍ COMO LA
AFILIACIÓN AL
PROGRAMA
POPULAR PLUS
1. Propósito. El objeto de este
instructivo es el de establecer los requisitos legales, técnicos y de
infraestructura que los interesados deben cumplir para ser contratados por el
Banco como Socio Comercial para la prestación de servicios de fuerzas de venta
para la colocación de Crédito, clubes de ahorro, tarjetas de crédito y débito
así como la afiliación al Programa Popular Plus y establecer las condiciones
generales del servicio. A continuación se detalla cada uno de los productos:
Colocación de crédito: Comercialización y venta de las
diferentes líneas de Crédito Personal que el Banco ofrece a sus clientes,
entiéndase el crédito como una operación financiera en la que se pone a
disposición del cliente una cantidad de dinero hasta un límite especificado a
pagar en un período de tiempo determinado, cobrándosele una tasa de interés
pactada.
Tarjeta de débito: La tarjeta de Débito está asociada a una
cuenta de ahorro voluntario a la vista en colones y permiten al cliente poder
utilizar su dinero realizando compras a través de los puntos de venta
autorizados o bien realizar retiros de efectivo en los cajeros automáticos.
Tarjeta de crédito: La tarjeta de Crédito VISA del Banco Popular
es un eficiente medio de pago electrónico, por medio del cual se tiene acceso a
un sistema de crédito revolutivo a través de una tarjeta plástica con banda
magnética, con la cual se puede disponer de forma continua de una línea de
crédito para realizar compras de bienes y servicios en los comercios afiliados
a la marca VISA Internacional. Asimismo, permite a sus clientes efectuar
retiros de efectivo en Cajero Automáticos de la marca VISA y Plus, así como
mediante ventanillas de los Bancos asociados a la marca.
Clubes de ahorro: Son programas de ahorro a corto y mediano
plazo, que mediante el depósitos de determinadas sumas mensuales por un período
pactado, al final del cual el cliente dispondrá de un ingreso adicional para el
pago del marchamo, las vacaciones de fin de año, los útiles escolares de sus
hijos, un segundo aguinaldo u otros.
Afiliación al Programa Popular Plus: Popular Plus es un programa de Beneficios del
Banco Popular y de Desarrollo Comunal del cual pueden formar parte, en forma
exclusiva, aquellas personas que reciben el salario o la pensión a través del
sistema de pagos automáticos. Entre estos beneficios resaltan: mejores tasas de
interés en créditos personales, créditos sin fiadores para el sector público,
exclusiva Tarjeta de Débito Visa Popular Plus con la que tendrán acceso a
descuentos en los comercios afiliados a la Red de Ventajas Popular y muchos
otros beneficios.
2. Alcance. Este procedimiento se
realizó de conformidad con lo establecido en el artículo 2 bis, inciso c) de la
Ley de Contratación Administrativa y a los términos establecidos por la
Contraloría General de la República. Los servicios a contratar se refieren a
Fuerzas de Ventas asignadas en todo el territorio nacional, para la colocación
de Crédito, Clubes de Ahorro, Tarjetas de Crédito y Débito, así como la
Afiliación al Programa Popular Plus, teniendo el mismo alcance que el Pago
Automático de Salarios.
3. Vigencia de este instructivo. El
plazo de vigencia de este instructivo será por tres años, a partir de su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta, plazo que podrá ser
prorrogado previa autorización de dicho órgano contralor.
4. Invitación. El Banco invitará a
participar a todo socio comercial que esté interesado en brindar los servicios
objeto de este instructivo mediante publicación por una sola vez de todo el
documento en el Diario Oficial La Gaceta -en acatamiento a lo instruido
por la Contraloría General de la República- y como mínimo en un diario de
circulación nacional dos veces al año en función del período de vigencia del
instructivo, es decir cada seis meses se realizará una publicación de
invitación y en cuyo contenido se indicará el medio por el que puedan accederlo
y aquella otra información que el Banco considere necesario.
5. Oferentes. Los socios comerciales
interesados podrán presentar sus ofertas en cualquier momento durante el
período de vigencia autorizado por la Contraloría General de la República a
este instructivo.
Podrán participar personas físicas y
jurídicas que cumplan con todos los requisitos establecidos en este cuerpo
normativo, presentando una nota en los siguientes términos:
(día) de (mes) del (año)
Señores
Banco Popular y de Desarrollo Comunal
Estimados señores:
En atención a publicación en medios de circulación nacional y
sobre la base de los requisitos y condiciones establecidas en el documento
denominado “Instructivo para la contratación de socios comerciales para la
prestación de servicios de fuerzas de venta para la colocación de crédito,
clubes de ahorro, tarjetas de crédito y débito así como afiliación al programa
popular plus” autorizado por la Contraloría General de la República por
medio del oficio XXXX, presento formalmente mi oferta de servicios incluyendo
todos los documentos e información en los anexos de esta nota.
Mi representada se adhiere a todos los términos y condiciones
establecidas en el instructivo supracitado y al modelo de contrato que se anexa
en ese documento.
Atentamente,
Representante legal de la empresa
N° de cédula
6. Información del oferente. Todo
interesado deberá presentar la siguiente información:
a) Certificación notarial o registral de la
inscripción en el Registro Público y de la personería jurídica del
representante legal, indicando su vigencia a la fecha de emisión de la certificación,
nombre y apellidos, estado civil, profesión y oficio, nacionalidad y número de
documento de identidad que lo acredita y copia certificada de la cédula
jurídica y del documento de identidad que lo identifica.
b) Certificación notarial indicando el monto
del capital social, la cantidad y naturaleza de las cuotas o acciones que lo
conforman, y la propiedad de estas con indicación del nombre y apellidos de los
propietarios de dichas acciones o cuotas. La certificación de la propiedad de
las acciones, deberá ser emitida para las sociedades anónimas con vista del
libro o registro de accionistas y para otro tipo de sociedades, según los
libros que al respecto establezca el Código de Comercio. Si estos propietarios
fueren personas jurídicas, se certificará la naturaleza y propiedad de las
cuotas o acciones de esas sociedades.
c) El oferente deberá especificar claramente
por escrito, en su oferta, que el Banco Popular queda libre de toda
responsabilidad civil directa o indirectamente o bien laboral como consecuencia
de la contratación.
d) Los anteriores documentos deben ser
presentados en original y su fecha de emisión no podrá ser mayor de un mes
contado retroactivamente a partir de la presentación de la oferta.
e) El oferente debe indicar bajo declaración
jurada que:
- Se encuentra al día en el pago de las cuotas obrero patronales
con la Caja Costarricense del Seguro Social CCSS o bien que cuenta con un
arreglo de pago aprobado por la CCSS al momento de presentación de la oferta;
el Banco se reserva el derecho de realizar las consultas pertinentes tanto al
oferente como a la CCSS para verificar su condición, todo ello de frente a la
naturaleza del objeto de contratación. De previo a la formalización del
contrato deberá presentar la certificación respectiva de la CCSS.
- Se encuentra al día con el pago de todos los
impuestos nacionales.
- A los representantes legales en el país, no
les afecta el régimen de prohibición establecido en el artículo 22 y 22 bis de
la Ley de Contratación Administrativa. Esta declaración deberá cubrir a todos
sus socios y directivos o personeros.
- A los representantes legales en el país, no
les afecta el régimen de prohibición establecido en el artículo 45 de la Ley
Orgánica del Banco Popular y de Desarrollo Comunal. Esta declaración deberá
cubrir a todos los socios, directivos o personeros.
- Se encuentra al día con las operaciones
crediticias (deudas, fianzas y ahorro obligatorio) que tengan con el Banco
Popular y de Desarrollo Comunal, tanto los apoderados como sus accionistas. En
caso de detectarse la morosidad, el oferente deberá regularizar esta condición
antes de serle comunicada su contratación. Si se detectara después de dicho
acto, el Socio Comercial deberá regularizar su situación antes de la
formalización contractual.
- Se encuentra al día con el pago de sus
obligaciones con el FODESAF (Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones
Familiares), según reforma a la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones
Familiares N° 5662. De previo a la formalización del contrato deberá presentar
la certificación respectiva emitida por esa Institución.
e) Indicar la dirección exacta del oferente,
número de teléfono, fax y correo electrónico.
f) Para efectos de aclaraciones,
subsanaciones, audiencias, firma de contratos, comunicación de su contratación
o cualquier otra comunicación y/o actuación relacionada con este procedimiento
incluyendo en fase de ejecución contractual; el participante deberá indicar
expresamente en su oferta la aceptación del fax como medio de notificación
-cuyo número sea el indicado en el punto e) anterior- en el sentido de que
todos los actos de esta contratación le serán comunicados a cada oferente por
ese medio de conformidad con el artículo 140 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa, por lo que el fax será el medio formal de
notificación de los actos de este procedimiento.
7. Requisitos de infraestructura,
tecnológicos, operativos, de experiencia y administrativos. Para ser
considerado como elegible o apto para brindar el servicio objeto de este
procedimiento excepcionado, los oferentes deberán demostrar que cuentan con
suficiente capacidad de infraestructura, tecnología, operativa, administrativa
y de experiencia para brindar el servicio, lo anterior de conformidad con los
siguientes requisitos:
7.1 Condiciones de infraestructura. El
oferente deberá contar al menos con una oficina que funcione como su centro de
operaciones y de enlace con el Banco. Esta oficina debe estar al menos equipada
con teléfono, computadora, fax, mobiliario e implementos de oficina. El
Oferente deberá cubrir todos los costos que demande la instalación y operación
de equipos, el acondicionamiento, las líneas telefónicas, el equipamiento, los
suministros e implementos, los salarios y seguros del personal, los cargos por
electricidad, teléfono y los demás gastos que esto pueda generar. El oferente
deberá aportar una declaración jurada de que cumple con estos requisitos de
infraestructura señalados en esta cláusula.
7.2 Aspectos tecnológicos. El oferente
deberá tener en su oficina como mínimo acceso a Internet y correo electrónico.
Deberá contar además con un software en plataforma web que permita administrar
y dar seguimiento a las solicitudes de crédito y otros productos, desde el
momento en que el Socio Comercial entrega la solicitud al Banco hasta que éste
emite la respectiva resolución, el Banco tendrá acceso a este software para
indicar el estatus de cada trámite, es decir dicho software tiene como objetivo
que las partes puedan llevar control del proceso. El Socio Comercial deberá
presentar una descripción de las funciones que ejecuta el Software y la
documentación que lo acredita como propietario del mismo.
7.3 Aspectos operativos. El Oferente
debe ser un Socio Comercial que mantenga una estructura administrativa que
contemple al menos un Director Ejecutivo asignado a la supervisión de la
operativa del Servicio a brindar al Banco, será el enlace con el Banco para la
coordinación de todas las actividades derivadas de esta contratación incluyendo
la supervisión del servicio que brindan al Banco los Ejecutivos de Venta
contratados por el Socio Comercial. El oferente deberá indicar el nombre y
demás datos personales de este Director Ejecutivo.
7.4 Condiciones administrativas. El
Socio Comercial deberá de contar para iniciar operaciones, además del
funcionario indicado en el artículo anterior, como mínimo con 15 ejecutivos de
venta, que deben tener como mínimo el noveno grado de secundaria aprobado, o
sea que hayan aprobado el III Ciclo de la Educación General Básica, y contar
además con seis meses o más de experiencia en labores relacionadas con la venta
directa que se realiza visitando a los clientes en su lugar de trabajo o
residencia, no se valorará experiencia adquirida en Centros de Atención Telefónica.
Esta experiencia puede haber sido adquirida con el Socio Comercial o con un
tercero.
Este personal debe formar parte de
la planilla del Socio Comercial, no se acepta la subcontratación de otras
empresas o personal por parte del Socio Comercial adjudicado.
El oferente deberá presentar
Declaración Jurada de que cumple con estos requisitos.
El Banco queda totalmente desligado
y sin ninguna relación obrero-patronal, con el oferente que eventualmente
resulte adjudicado. El personal debe en todo caso estar asegurado contra
riesgos del trabajo, quedando el Banco liberado de toda responsabilidad
laboral, civil y penal en que pudiese incurrir el adjudicatario mientras se dé
la prestación del servicio al Banco.
Al momento de la contratación el
oferente deberá presentar la certificación de que cuenta con la póliza de
Riesgos del Trabajo, que se menciona en este artículo.
7.5 Condiciones de experiencia. El
oferente debe tener mínimo 3 años de experiencia comprobada en la
administración y gestión de fuerzas de ventas orientadas a la comercialización
de productos y servicios financieros, dicha experiencia debe haberla adquirido
el socio comercial con al menos 15 ejecutivos de venta que visitaron a los
clientes en su lugar de trabajo o residencia, o sea que no operaron como
Centros de Atención Telefónica, así como en el procesamiento y soporte en la
operativa de este servicio, para tal efecto deberá presentar junto con su
oferta una declaración jurada con al menos 1 institución pública o privada,
supervisada por la Superintendencia General de Entidades Financieras a la que
le brinda o haya brindado en el pasado el servicio.
La información que se evidencie en
la declaración jurada debe ser la siguiente:
- Período
en el cual realizó el trabajo.
- Descripción del servicio y el grado de satisfacción de la empresa donde
se brindaron los servicios, así como indicar la cantidad de ejecutivos.
Nota: El Banco Popular verificará la información aportada en
las declaraciones juradas.
8. Contratación del socio comercial. Una
vez que el Banco reciba la información presentada por cada oferente, analizará
la misma y deberá comunicar al interesado el resultado en un plazo no mayor a
10 días hábiles a través de la Dirección de Banca de Personas, si cumplió o no
con los requisitos solicitados, el medio de comunicación será mediante fax. En
caso de no cumplir se le otorgará al oferente un plazo no mayor a 5 días
hábiles después de ser comunicado, para que subsane o se refiera a algún punto
en particular que la Dirección considere necesario para completar su
ofrecimiento, contando en este supuesto la Dirección de Banca de Personas con
un plazo máximo de 5 días hábiles a partir del recibo de las subsanaciones,
para comunicarle al potencial socio comercial por el mismo medio, de su cumplimiento
o no.
Si el oferente cumple con lo establecido
en el instructivo, la Dirección de Banca de Personas procederá a comunicarle
inmediatamente por fax su contratación y la fecha para la firma del contrato,
el cual deberá contar con la aprobación interna por parte de la Consultoría
Jurídica del Banco Popular para adquirir eficacia jurídica. Se aclara que el
plazo para la comunicación de su contratación y la respectiva firma del
contrato, será no mayor a dos meses contados a partir de la fecha en que le fue
comunicado el cumplimiento de los requisitos del Instructivo de acuerdo al
párrafo anterior.
En caso de que el oferente no esté de
acuerdo con alguna de las decisiones tomadas por el Banco, podrá hacer uso de
los recursos ordinarios que regula la Ley General de Administración Pública,
para lo cual tendrá un plazo de tres (3) días hábiles para presentar el recurso
que considere aplicable. Las instancias encargadas de resolver los posibles
recursos que presente el Socio Comercial, serán las siguientes:
División
de Contratación Administrativa, ubicado en Oficinas Centrales, sexto piso:
Será la instancia encargada de resolver los Recursos de Revocatoria. El plazo
para resolver ese tipo de impugnaciones por parte de esta instancia será de 8
días hábiles.
Dirección de Soporte Administrativo,
ubicado en el sexto piso en Oficinas Centrales: Será la instancia encargada de
resolver los Recursos de Apelación. El plazo para resolver ese tipo de
impugnaciones por parte de esta instancia será de 8 días hábiles.
La comunicación de lo resuelto por las
instancias antes citadas, será mediante el uso del fax u otro medio de
notificación que la empresa indique para los efectos de notificación.
9. Condiciones generales del servicio y del
personal.
9.1 Aspectos generales del servicio.
Específicamente el Socio Comercial contratado realizará, en todo el territorio
nacional, la comercialización de los siguientes productos y servicios.
- Tarjeta de crédito
- Tarjeta de débito
- Afiliación a Pago de Salarios
- Clubes de Ahorro
- Crédito
Obligatoriamente debe comercializar todos los productos.
9.1.1. El Socio Comercial tendrá la
responsabilidad de contactar a los potenciales clientes, según el perfil y
segmentos establecidos por el Banco, visitándolos en sus lugares de trabajo o
domicilios, asistiendo a ferias o actividades promocionales donde el Banco lo
requiera, para ofrecerles los productos y servicios del Banco y recoger la
documentación necesaria para el análisis, en apego al Manual de Productos,
Reglamento de Crédito, Manual de Políticas de Crédito y Reglamento de Ahorro
Voluntario.
9.1.2. Esta documentación debidamente llena y
firmada deberá ser entregada a un “back office” designado por el Banco donde
sus funcionarios verificarán la información recibida, resolverán la solicitud y
en caso de ser aprobada, coordinarán su formalización.
9.1.3. Apegados a la estructura del Banco Popular,
la Dirección de Banca de Personas establecerá la estrategia y suministrará al
Socio Comercial la papelería y el material publicitario que se requiera para
apoyar la comercialización de los productos y servicios objeto de esta
contratación. Asimismo, el Banco definirá los formatos para la comunicación con
los clientes. En el momento en que se firme el contrato correspondiente a esta
contratación, el Banco definirá a cada Socio Comercial el área geográfica del
país y el segmento de clientes que le corresponde atender. Para este efecto se
establecen dos segmentos de clientes: del Sector Privado y del Sector Público.
Durante el tiempo que dure la relación contractual el Banco podrá variar tanto
el área geográfica asignada como el segmento a atender, debiéndoselo comunicar
al Socio Comercial con 30 días de antelación.
9.1.4. El Banco Popular reconocerá al Socio
Comercial una comisión por cada producto colocado y aprobado por el nivel
resolutivo del Banco que corresponda.
9.2 Aspectos generales del personal.
9.2.1 El Oferente debe contar con personal con
buena presentación de adecuada compostura, conducta apropiada y de respeto
hacia los clientes, para lo cual el Banco efectuará, cuando así lo considere
conveniente, evaluaciones sobre la calidad del Servicio al Cliente. Se entiende
como buena presentación personal, adecuada compostura y conducta apropiada el
proyectar una imagen personal y empresarial positiva, acorde a la función que
desempeñan, a través del comportamiento, arreglo personal y uso de vocabulario
respetuoso.
9.2.2 El oferente debe asumir todas las
obligaciones referentes a cargas sociales, seguros y otros relacionados con la
legislación laboral existente y futura. El Banco queda totalmente desligado y
sin ninguna relación obrero-patronal, con el oferente que eventualmente resulte
adjudicado. El personal debe en todo caso estar asegurado contra riesgos del
trabajo, quedando el Banco liberado de toda responsabilidad laboral, civil y
penal en que pudiese incurrir el adjudicatario mientras se dé la prestación del
servicio al Banco.
9.2.3 El Socio Comercial deberá mantener al
personal debidamente capacitados e informados en materia de ventas y manejos de
técnicas para cierre de venta. Además el Banco coordinará todo lo relacionado
con la capacitación para los ejecutivos y vendedores del Socio Comercial sobre
productos y servicios a comercializar, esta capacitación es de asistencia
obligatoria y forma parte de los requisitos para la certificación de los
vendedores por parte del Banco que les faculta para efectuar la gestión de
venta. Esta capacitación y la certificación de los vendedores se hará posterior a la firma del contrato correspondiente a esta
contratación.
9.2.4 Los ejecutivos de venta deberán usar para
su labor uniforme distintivo con diseño autorizado por el Banco, pantalones de
vestir sencillos, sobrios y de corte elegante para trabajo de oficina, con caída
hasta el tobillo o zapato, en caso de las damas si prefieren utilizar falda,
ésta debe ser del largo que deseen, pero no más cortas de tres pulgadas arriba
de la rodilla. Los hombres deben usar zapatos tipo mocasín o con cordones y las
mujeres zapatos de vestir cerrados o abiertos con tacón alto o bajo.
9.2.5 Deberán portar carné de identificación, su
respectivo equipo de trabajo y comunicación, (teléfono celular, computadora y
todo lo necesario para el cumplimiento del servicio).
9.2.6 Si durante el tiempo que dure la relación
contractual, el Socio Estratégico debe sustituir a un Ejecutivo de venta o
ampliar el número de ejecutivos con los que inició el servicio, debe contratar
personas que tengan como mínimo todo el conocimiento, la experiencia y demás requisitos
establecidos en este documento, además de recibir la capacitación y
certificación definida en el artículo 9.2.4.
9.2.7 El Socio Comercial tiene plena autonomía
para fijar el horario de su personal, para efectos de trámites con el Banco el
Socio Comercial debe sujetarse a los horarios por éste definidos.
9.2.8 Los Ejecutivos de Venta adjudicados al
Banco no podrán realizar funciones similares en otra institución financiera
durante el tiempo que estén destacados en el Banco Popular. Es decir deben brindar
un servicio exclusivo al Banco Popular.
10. Condiciones específicas del servicio.
10.1. Normas de operación
10.1.1. El Socio Comercial utilizará toda la
información que le brinde el Banco en forma estrictamente confidencial y
únicamente para actividades directamente relacionadas con la prestación del
servicio. La obligación de confidencialidad se mantendrá aún después de
terminada la relación.
10.1.2. La información contenida en las bases de
datos, archivos, medios de almacenamiento y otros sistemas propiedad del Banco,
y que el Banco autorice su uso para un proyecto o actividad específico deben
ser utilizados únicamente para los fines previamente establecidos por las
partes.
10.1.3. Toda información de los procedimientos,
reglamentos y procesos relacionados con los servicios y productos que se
comercializan, no podrán ser utilizados por el Socio Comercial para ningún tipo
de divulgación o presentaciones a otras empresas, o personas bajo ninguna
forma.
10.1.4. De comprobarse la divulgación de información
en forma parcial o total, el Banco Popular procederá a realizar las acciones
necesarias para que se apliquen las sanciones correspondientes según la Ley.
10.1.5. En el momento en que se firme el contrato, se
establecerán las personas contacto responsables por ambas partes (Empresa y
Banco) para el manejo de la información que se envíe y se reciba, no se deberá
suministrar ninguna información a personas que no estén previamente autorizadas
por el Banco. El Banco Popular no atenderá vendedores por lo tanto las
consultas y/requerimientos deben centralizarse y canalizarse por medio de ambos
funcionarios enlace.
Todos los trámites y consultas
operativas que surjan del Socio Comercial ante el Banco, se centralizarán a
través de dichos funcionarios.
10.1.6. Apegados a la estructura del Banco Popular,
la Dirección de Banca de Personas establecerá la estrategia y suministrará al
Socio Comercial la papelería y el material publicitario que se requiera para
apoyar la comercialización de los productos y servicios objeto de esta
contratación. Asimismo, el Banco definirá los formatos para la comunicación con
los clientes.
10.1.7. De la Definición de Metas: El Banco asignará
al Socio Comercial para cada año calendario, metas mínimas de venta por cada
producto y servicio, distribuidas por mes, que se le comunicarán en el mes de
enero y que serán evaluadas al final de cada mes.
10.1.8. De las Pólizas de Seguros: El Socio Comercial
debe contratar y mantener vigente durante la ejecución del servicio las
siguientes pólizas:
- Pólizas de riesgos de Trabajo que cubra al menos al personal
asignado al Banco.
- Póliza de fidelidad de posiciones para que
cubra al personal asignado al Banco en caso de que incurran en daño o acto
deshonesto contra el Banco.
10.2. Aspectos administrativos
10.2.1. Venta de tarjetas de crédito, tarjeta de
débito, afiliación a pago de salarios, clubes de ahorro y crédito.
10.2.1.1. El Socio Comercial ofrecerá los productos y
servicios bajo las condiciones determinadas por el Manual de Productos,
Reglamento de Crédito, Manual de Políticas de Crédito y Reglamento de Ahorro
Voluntario. El Banco comunicará al Socio Comercial los cambios en dichas
condiciones al menos tres días hábiles antes de su entrada en vigencia. Para
todos los productos se deberá cumplir con lo establecido en la Política Conozca
a su Cliente.
10.2.1.2. Los productos de crédito que el Banco ofrecerá
estarán de acuerdo con sus presupuestos, disponibilidad de recursos y metas
anuales.
10.2.1.3. Cuando el Socio Comercial tenga en su poder
los requisitos completos para el trámite que el cliente desea, los entregará al
Banco, específicamente en la UPI (Unidad de Procesamiento Integral) o en el
centro de Servicios Financieros que corresponda, (CSF), por medio del
funcionario enlace, en un plazo no mayor a 24 horas para su debido trámite en
los tiempos de respuesta establecidos El área que reciba procede con la
revisión de los documentos y se presentan dos alternativas:
- Si la documentación está completa, el caso
se pasa a producción y el Banco se apega a los tiempos de respuesta
establecidos.
- Si la documentación está incompleta, el caso
se devuelve al Socio Comercial en el acto para que proceda con las
correcciones, contando para tal efecto con un plazo de tres días hábiles.
No se recibe para producción, casos de clientes
cuya documentación esté incompleta.
Los elementos que se establecen para definir tiempos de respuesta
máximos para resolver solicitudes de los clientes una vez ingresadas a
producción son:
SOLICITUDES
DE CRÉDITO
DETALLE |
TIEMPO DE RESOLUCIÓN |
Clientes con
autorización activa para consultas en SUGEF y sin particularidades
individuales. |
2 días hábiles |
Clientes con
autorización pendiente en SUGEF. |
5 a 8 días hábiles |
Casos en que
se presenten diferencias entre la orden patronal y la constancia de salario,
por motivo de licencias e incapacidades. |
10 días hábiles |
Casos que por
la sumatoria de las deudas en el Sistema requieren la aprobación de niveles
resolutivos que no se conformen en la UPI Regional. |
Dependerá del cronograma establecido por ese nivel resolutivo |
Si el cliente
labora en Empresas que tienen restricción para la verificación de constancias
de salario en horas específicas durante el día, o bien, lo restringen a 1 ó 2
días por semana. |
10 días hábiles |
En el caso de Crédito Hipotecarios de Vivienda se aplicarán
los siguientes tiempos de respuesta:
DETALLE |
TIEMPOS DE
RESOLUCIÓN |
Clientes Hipotecarios sin avalúos. |
8 a 10 días hábiles
(dependiendo si el avalúo es con perito interno o externo) |
Clientes Hipotecarios con avalúos. |
5 días |
Análisis de casos de Ingresos
propios. |
10 días hábiles dependiendo
de la disponibilidad del cliente para la realización de la vista de campo. |
Análisis de Crédito asalariados. |
5 días |
RESTO DE PRODUCTOS
PRODUCTOS |
PLAZO DE
RESOLUCIÓN |
TARJETA DE DÉBITO |
DE 3 a 5 días (para entregar
al cliente). |
TARJETA DE CRÉDITO |
10 días hábiles (para
entregar al cliente). |
AHORRO PROGRAMADO |
22 días hábiles (para recibir
la primera cuota de ahorro). |
AFILIACIÓN A POPULAR PLUS |
22 días hábiles (para que
ingrese el primer pago). |
11. Comisiones
11.1 El
pago de comisiones por la colocación de servicios será la siguiente:
|
TABLA DE
COMISIONES |
|
|
TIPO DE
SERVICIO |
COMISIÓN |
1 |
TARJETA
DE CRÉDITO VISA |
|
1.1 |
Tarjeta local |
¢7.500,00 |
1.2 |
Tarjeta
Internacional |
¢9.000,00 |
1.3 |
Tarjeta Planinum
y Oro |
¢10.000,00 |
1.5 |
Tarjetas
adicionales |
¢2.500,00 |
2 |
TARJETA
DE DÉBITO |
|
2.1 |
Tarjeta Popular |
¢1.500,00 |
2.2 |
Tarjeta juvenil O2 |
¢1.500,00 |
2.3 |
Tarjeta Kids |
¢1.500,00 |
3. |
Afiliación a pago de salarios
(con cuenta de Ahorro Voluntario |
¢2.500,00 |
4. |
Afiliación a pago de Salarios
(Sin cuenta de Ahorro Voluntario en el Banco) |
¢4.000,00 |
5. |
Clubes de Ahorroø |
30% de la cuota mensual
pactada con un máximo de comisión de ¢30.000 (una sola vez) |
6. |
Trámite de Crédito Personal |
55% de la comisión cobrada al
cliente establecida para la línea de crédito respectiva (una sola vez) |
7. |
Trámite de Crédito
Hipotecario (Personal y Vivienda) |
50% de la comisión cobrada al
cliente establecida para la línea de crédito respectiva hasta un monto de
¢150.000,00 (una sola vez) |
8. |
Trámite de Crédito Social
(Gastos Médicos y Educación) |
55% de la comisión cobrada al
cliente establecida para la línea de crédito respectiva (una sola vez) |
|
|
|
NOTA 1: Los créditos que por
política en caso excepcionales el Banco no le cobrare comisión al cliente, se
le reconocerá al Socio Comercial el 50% del porcentaje de comisión más bajo
de todas las líneas de crédito del Banco. |
11.2 El Socio Comercial deberá ajustarse a las
tarifas establecidas por el Banco. Los montos de las comisiones podrán ser
variados por la Gerencia General Corporativa o la Subgerencia General de
Negocios, decisión que se le notificará al Socio Comercial de manera directa
con al menos 30 días naturales de antelación a su vigencia, así como a través
del Diario Oficial La Gaceta. Será responsabilidad de la Administración
los mecanismos que utilizará para modificar la tarifa de las comisiones y
determinar su razonabilidad.
11.3 El pago de los servicios será de acuerdo
con las ventas efectivamente realizadas en producto o servicio según lo
siguiente:
11.3.1 Tarjeta de Crédito y débito: Se considera venta
efectiva una vez que se haya activado la tarjeta.
11.3.2 Operaciones de Crédito: Se considera venta
efectiva una vez que se le deposite al cliente el monto correspondiente.
11.3.3 Afiliación a Pago Automático de Salarios: Se
considera venta efectiva una vez que el cliente reciba el primer depósito de
salarios en su cuenta de ahorros.
11.3.4 Clubes de Ahorro: Se considera venta
efectiva una vez que se reciba el primer depósito por parte del cliente.
11.4 Con
el fin de fomentar que el Socio Estratégico oriente esfuerzos no solo a la
colocación de Crédito sino también a la comercialización de los otros
productos, del pago del total de la comisión generada por concepto de
colocación de los productos y servicios, incluyendo crédito, se deduce el
porcentaje que se indica en la siguiente tabla conforme al cumplimiento de las
metas establecidas para los otros productos:
%
CUMPLIMIENTO DE LA META DE
COLOCACIÓN DE PRODUCTOS Y
SERVICIOS DIFERENTES A CRÉDITO |
% A
DEDUCIR DEL
TOTAL COMISIÓN |
90% O MÁS DE CUMPLIMIENTO |
0,00% |
MENOS DE 90% A 85% |
1,00% |
MENOS DE 85% A 80% |
2,00% |
MENOS DE 80% |
3,00% |
Lo anterior no se aplicará en los casos en los que las
causas del no cumplimiento de las metas definidas NO son atribuibles al Socio
Comercial, específicamente en aquellos casos en los que se contrató la venta
pero el Banco no realizó el trámite necesario para la inclusión en los sistemas
del Banco.
11.5 Garantía de cumplimiento. El Socio
Comercial a contratar deberá rendir la correspondiente garantía de
cumplimiento, durante los diez días hábiles siguientes a la comunicación de su
contratación, por un monto de ¢1.000.000,00 (un millón de colones), y con una
vigencia mínima de catorce meses.
Para rendir esta garantía se
deberán observar los requisitos y condiciones que al respecto se establece el
artículo 42 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Es obligación del Socio Comercial
mantener vigente la garantía de cumplimiento hasta por dos meses adicionales al
plazo de la relación contractual de un año así como para eventuales prórrogas.
Si un día hábil antes de vencimiento de la garantía, el Socio Comercial no ha
prorrogado su vigencia, la Administración podrá hacerla efectiva en forma
preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo su custodia, el cual servirá
como medio resarcitorio en caso de incumplimiento. En este caso el Socio
Comercial podrá presentar una nueva garantía sustitutiva del dinero.
11.6 Formalización del contrato. Para
cada empresa que haya cumplido con las condiciones, el Banco confeccionará el
documento contractual correspondiente bajo los mismos términos en que lo
autorice la Contraloría General de la República, el cual deberá contar con la
respectiva aprobación interna por parte de la Consultoría Jurídica del Banco
Popular para adquirir eficacia jurídica.
Por la naturaleza de los contratos
que se suscriban y de conformidad con el artículo 273 inciso 1) del Código
Fiscal, para efectos fiscales se considerarán de cuantía inestimable.
11.7 Vigencia de los contratos. Los
contratos que surjan a la vida jurídica durante la vigencia del instructivo,
tendrán un plazo de un año a partir de la fecha en que se suscriban con cada
empresa, con posibilidad de prórrogas automáticas por períodos iguales hasta un
máximo de cuatro años de prestación total, esto si ninguna de las partes
manifiesta su deseo de no prorrogar la relación contractual comunicándolo a la
otra parte con una antelación mínima de tres meses previo al vencimiento del
contrato. El hecho de que el Banco no ejerza alguna prórroga, no le crea ningún
derecho de reclamo al Socio Comercial. No será necesaria la confección de un
Addendum para la aplicación de las prórrogas.
El no cumplimiento de alguna de las
cláusulas contractuales por parte del Socio Comercial, dará al Banco facultad
de poner fin a la relación contractual.
11.8 Forma de pago. El pago de comisiones
se realizará mensualmente, cómo máximo a los 30 días naturales después de
recibido en conformidad el servicio y la factura, mediante depósito en la
cuenta corriente o de ahorros que el Socio Comercial mantenga con el Banco.
Toda factura debe reunir los
requisitos establecidos por la Dirección General de Tributación Directa y
recibir el Visto Bueno del responsable del Banco Popular donde constate que los
montos cobrados corresponden a lo efectivamente vendido por el Socio Comercial.
Si la empresa se le ha dispensado del trámite de timbraje, deberá hacer referencia
en las facturas o comprobantes que presente ante el Banco, del número de
resolución mediante el cual se les eximió de este trámite. El Banco no se
responsabiliza por los atrasos que puedan darse en la fase de ejecución, como
motivo del incumplimiento de este aspecto. En ningún caso se darán anticipos de
pagos. El pago se efectuará mediante depósito en la cuenta corriente o de
ahorros que el Socio Comercial mantenga con el Banco Popular, por lo que el
oferente debe indicar en su oferta el número de esta Cuenta corriente o de
ahorros.
11.9 Multas.
Se aplicarán las siguientes sanciones al Socio Comercial por concepto de
incumplimiento a las condiciones señaladas, pactadas en el contrato que se
firme:
INCUMPLIMIENTO |
SANCIÓN |
Inconformidades
de clientes ante la Contraloría de Servicios. |
Se rebajará un 0.50% del
monto de la facturación mensual por cada inconformidad presentada por los
clientes donde se demuestre la mala atención brindada por el ejecutivo. |
Incumplimiento
en la utilización de formatos establecidos para la comunicación con clientes. |
Se rebajará un 0.25% del
monto de la facturación mensual por cada cliente que demuestre el
incumplimiento. |
Créditos
devueltos en que se evidencia falta de Gestión por parte del Ejecutivo de
Ventas. |
Se rebajará un 0,10% del
monto de la facturación mensual por cada cliente que demuestre el
incumplimiento. |
Incumplimiento
en vestimenta e identificación previamente establecida. |
Se rebajará un 0,10% de la
facturación mensual por cada ejecutivo de venta que en forma demostrable
incumpla con este requerimiento. |
Incumplimiento
en la atención de ferias o actividades, capacitaciones u otros, sin
justificación. |
Se rebajará un 0,10% de la
facturación mensual por cada actividad donde se demuestre el incumplimiento. |
Incumplimiento
en envío de personal a las oficinas no calificado bajo los estándares de
aceptación. |
Se rebajará un 0,50% del
monto de la facturación mensual por cada vendedor presentado sin que cuente
con la acreditación correspondiente. |
11.10 Inspección y fiscalización del contrato.
El Órgano Fiscalizador tiene como obligación velar porque el contratista se
ajuste al estricto cumplimiento de lo pactado. Se entenderá que el Órgano
Fiscalizador lo constituye la unidad gestionante a saber Dirección de Banca de
Personas, a este Órgano le corresponden las atribuciones y obligaciones
establecidas en el artículo 13 de la Ley de Contratación Administrativa.
División de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1
vez.—(IN2013049659).
MUNICIPALIDAD DE MORA
Con fundamento en lo establecido
en el artículo 53 inciso b) del Código Municipal, me permito transcribirles y
comunicarles el acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Mora tomado en la
sesión ordinaria N° 29-2013, celebrada el día 23 de julio del año 2013, que
textualmente dice:
Artículo
seis: Se recibe solicitud del Departamento de Dirección Jurídica, donde insta a
mandar a publicar edicto a La Gaceta, en razón de no conocer objeciones
dentro del plazo de ley, a la propuesta del Reglamento para ayudas temporales y
subvenciones de conformidad con el artículo 62 del Código Municipal, proyecto
de Reglamento que se dió a conocer en La Gaceta N° 122 del 26 de junio
del 2013.
El Concejo
Municipal fundamentado en la solicitud hecha por el Departamento de la
Dirección Jurídica, acuerda por unanimidad, publicar en forma definitiva el
Reglamento para Ayudas Temporales y Subvenciones de conformidad con el artículo
62 del Código Municipal, en cumplimiento del artículo 43 del Código Municipal y
en vista de que no se presentaron objeciones en el plazo estipulado para ello,
queda el mismo Definitivamente Aprobado y entra en vigencia a partir de esta
publicación.
Se somete a dispensa el
acuerdo: Se dispensa por unanimidad.
Se somete a votación por
el fondo: Se aprueba por unanimidad.
Se somete a votación
para la firmeza del acuerdo: Acuerdo firme por unanimidad.
De conformidad con lo
establecido en el párrafo segundo del artículo 44 y artículo 45 ambos del
Código Municipal, por unanimidad de votos, se dispensa
de dictamen de comisión el presente acuerdo y a su vez se declara
definitivamente aprobado.
Ciudad
Colón, 24 de julio del 2013.—Andrés Sandí Solís,
Secretario a. í, del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2013049189).
MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO
Este Concejo Municipal por
unanimidad acuerda: Aprobar en todas sus parques el Proyecto de Reglamento para
el Cobro de la Tasa sobre Mantenimiento de Parques, Zonas Verdes y sus
respectivos servicios en el cantón de Guácimo.
PROYECTO DE REGLAMENTO PARA EL COBRO DE
LA
TASA SOBRE MANTENIMIENTO DE PARQUES,
ZONAS
VERDES Y SUS RESPECTIVOS SERVICIOS
EN
EL CANTON DE GUACIMO
Disposiciones Generales
El Concejo Municipal de la
Municipalidad del Cantón de Guácimo, con sustento en lo dispuesto en los
artículos 169 y 170 de la Constitución Política, 4º, inciso a), 13, inciso c),
43, 68, 69, párrafo primero y cuarto y 74, del Código Municipal, Ley Nº 7794,
del 18 de mayo de 1998 y en uso de sus atribuciones, emite el presente
Reglamento de Cobro de la Tasa sobre Mantenimiento de Parques y Zonas Verdes y
sus Respectivos Servicios del Distrito Primero del Cantón de Guácimo, el que se
regirá por las siguientes disposiciones.
CAPÍTULO PRIMERO
De las definiciones
Artículo I.—Se entenderá
por parques para los efectos de este Reglamento, aquellos terrenos destinados
por la Municipalidad de Guácimo, con base en la ley como áreas verdes, que son
de orden público y de libre acceso a todos los habitantes del país, los que al
usarlos tienen la obligación de conservarlos en el mejor estado posible.
Al efecto no deberán:
a) Destruir los prados, arbustos o árboles que están en ellos plantados.
b) Destruir las obras de ornato e infraestructura
que en estos sean colocadas.
c) Maltratar los animales domésticos o
silvestres que en estos se encuentren.
Artículo II.—Se entenderá por zonas verdes para los efectos de este
Reglamento aquellas áreas, jardines o terrenos libres hacia la vía pública,
cuya línea es fijada por la Municipalidad de San José frente a los bienes
inmuebles que están ubicados en su jurisdicción quien ejercerá la debida
vigilancia para que en estos no se levanten construcciones que impidan su uso o
vengan a cambiar el mismo.
Artículo III.—Se entiende por
mantenimiento de parque y zonas verdes aquella actividad técnica y artesanal,
así como el costo financiero que realiza la Municipalidad de Guácimo a través
de sus distintas dependencias para
la atención de los parques ubicados en cada uno de los distritos que componen
el Cantón de Guácimo, así como las distintas zonas verdes localizadas al frente
o cercanas a cada uno de los bienes inmuebles situados en esta jurisdicción.
Artículo IV.—Los respectivos
servicios que presta la Municipalidad en relación con el mantenimiento de
parques y zonas verdes relacionados con los bienes inmuebles ubicados en cada
uno de los distritos Cantón de Guácimo son: recolección y limpieza, estos servicios
son de acuerdo con el costo efectivo de lo invertido por la Municipalidad y su
gasto de prorratea de acuerdo con el metraje de la propiedad de la zona dejada
al servicio público.
Artículo V.—Es sujeto pasivo
para los efectos de este Reglamento toda aquella persona que sea propietaria de
un inmueble, quien por tal condición está obligada al pago de la tasa que cobra
la Municipalidad, por mantenimiento de parques y zonas verdes, en cada uno de
los distritos del Cantón de Guácimo.
Artículo VI.—Se entiende por tasa para los efectos de
este Reglamento aquel tributo cuya obligación tiene como hecho generador la
prestación efectiva o potencial de un servicio público que brinda la
Municipalidad de Guácimo, individualizando en el contribuyente cuyo producto no
debe tener un destino ajeno al servicio, razón de ser de la obligación.
CAPÍTULO SEGUNDO
Del procedimiento para el cobro
Artículo VII.—La Municipalidad de Guácimo cobrar una tasa por concepto
de mantenimiento de parques, zonas verdes y sus respectivos servicios a todos
los propietarios de inmuebles ubicados en cada uno de los distritos ubicados en
su jurisdicción.
Artículo VIII.—El costo de
esta tasa se determina tomando en consideración el costo efectivo de lo
invertido por la Municipalidad para su mantenimiento, incrementándose en un
diez por ciento de utilidad para el desarrollo.
Artículo IX.—El diez por
ciento de utilidad para el desarrollo en que se incrementa la tasa señalada en
el artículo anterior se destinara para impulsar la creación de nuevos parques
para la remodelación de los existentes en el distrito correspondiente y para la
incorporación de una red o sistemas de parques en esta jurisdicción que permita
su mantenimiento.
Artículo X.—Esta tasa deberá
pagarla todos los contribuyentes de cada uno de los distritos, según lo indica
el código Municipal en el artículo 74: que indica que tal suma se cobrara
Proporcional entre los contribuyentes del distrito, según el valor de la
propiedad.
Artículo XII.—En la
determinación del costo efectivo la Municipalidad tomara como base el gasto
real o efectivo que por la actividad de mantenimiento de parques, zonas verdes
que estarán sustentadas en los costos reales brindados por sanidad ambiental,
unidad encargada prestar el servicio por mantenimiento de parques, zonas verdes
y sus respectivos servicios en cada uno de los distritos de esta comunidad.
Artículo XIII.—La
municipalidad calculará cada tasa en forma anual y las cobrará en tractos
trimestrales sobre saldo vencido.
Artículo XIV.—El cobro de
esta tasa regirá a partir del mes de setiembre dos mil trece.
Artículo XV.—De conformidad
con lo establecido en el artículo 43 del Código Municipal vigente, este
Reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Publíquese en Diario
Oficial La Gaceta.
Rige a partir del cuarto
trimestre del 2013.
Acuerdo firme Nº catorce,
de la sesión ordinaria Nº 28-2013, celebrada por el Concejo Municipal del
cantón de Guácimo el día 15-07-13.
Gerardo Fuentes González,
Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2013049816).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
OFICINA DE REGISTRO E INFORMACIÓN
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ORI-2757-2013.—Márquez Artavia Xiomara, costarricense, cédula
4-0175-0641. Ha solicitado reposición del título de Magister Scientiae en
Física. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, a los quince días del mes de julio del año dos mil trece.—MBA
José Rivera Monge, Director.—(IN2013047997).
ORI-2758-2013.—Rojas Guerrero Ingrid, costarricense, cédula 1 0953 0854.
Ha solicitado reposición de los títulos de Bachiller en Inglés y Magister en la
Enseñanza del Inglés como Lengua Extranjera. Cualquier persona interesada en
aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo
mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 15 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—(IN2013048034).
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Al señor Janer Eduardo Herrera
Villamil, se le hace saber la resolución de las catorce horas del día
diez de enero del dos mil trece, en la que se ordenó que la niña Rachel Herrera
Brenes permanezca bajo la figura de cuido
provisional al lado de los señores Alexander Brenes Villalobos y Grettel Díaz
González y la resolución de las ocho horas del día diez de julio del dos mil
trece, que ordena la finalización de la medida de protección y el retorno de la
niña Rachel Herrera Brenes al lado de su madre señora Yorleny Brenes
Villalobos. Contra las presentes resoluciones procede el recurso de
apelación ante esta representación
legal, sita en Llorente de Flores de Heredia, cien metros al sur de las
Oficinas del Banco Nacional de Costa Rica y setenta y cinco metros al oeste,
quien lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Entidad ubicada en San
José, antiguo edificio Dos Pinos, dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles
siguientes a partir de la tercera publicación del presente edicto. Expediente 442-00002-2013.—Oficina
Local Heredia Sur, 10 de julio del 2013.—Lic. Marcela Ramírez Ulate, Representante Legal.—O.
C. N° 35921.— Solicitud N° 61504.—C-19160.—(IN2013048422).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
A la señora Girley del
Jesús Rodríguez Moreira, cédula de
identidad número cuatro-ciento setenta y cuatro-cuatrocientos cincuenta y
nueve, al señor Christiam García Aguirre de nacionalidad nicaragüense, y al
joven Christopher Alfredo García Rodríguez, tarjeta de identidad de persona
menor de edad cuatro-doscientos treinta y tres-seiscientos veintiséis, todos de
paradero actual desconocido según Área de Trabajo Social, se les comunica la
resolución de las dieciséis horas del cinco de julio de dos mil trece, que
ordenó dejar sin efecto resolución de inclusión en programa de tratamiento para
adicción a drogas en Hogar Crea de Siquirres y se ordena el archivo del proceso
especial de protección iniciado con dicha resolución a favor del joven
Christopher Alfredo García Rodríguez, visto que no han sido localizado por el
Área de Trabajo Social y el joven egresó de dicha alternativa por decisión
propia, desconociéndose también su paradero actual. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación,
a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible. Expediente OLHN-00063-2013.—Oficina
Local Heredia Norte.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Órgano Director
del Procedimiento.—O.C. N° 35921.—Solicitud N°
61504.—C-25100.—(IN2013048418).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
A quien interese se le avisa a
la señora Xinia María Elizondo Moreno, número de cédula 16180726, mayor, demás
calidades desconocidas, domicilio desconocido, que en esta oficina local se
tramita el expediente administrativo número 141-00058-2011, correspondiente a
la Medida de Abrigo Temporal de las once horas del veintidós de junio del dos
mil trece a favor de la persona menor de edad Tonny Gabriel Hidalgo Elizondo en
Hogar Crea de Siquirres. Se le concede el plazo de tres días naturales para que
manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: en contra
de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer Recurso
de Apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y
treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar
lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina
local igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas
notificaciones de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán
notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso
se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho
horas a su notificación en esta oficina local quién lo elevará a la Presidencia
Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, Barrio Luján, antigua Dos
Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se
advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras
dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un
kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere o si el
lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere las resoluciones
posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de
veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende
la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Expediente:
141-00058-2011.—Oficina Local de Pérez Zeledón.—Lic.
Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. N° 35921.—Solicitud N°
61510.—C-38960.—(IN2013049013).
A quien interese, se le avisa al
señor José Francisco Hernández Ureña, número de cédula 113110791, mayor, demás
calidades desconocidas, domicilio desconocido, que en esta Oficina Local se
tramita el expediente Administrativo número 141-0002-2012, correspondiente a la
Medida de Cuido Provisional de las ocho horas del primero de julio del dos mil
trece a favor de la persona menor de edad Joustin Gabriel Hernández Porras en
el hogar de su abuela materna Rosa María Zúñiga Picado. Se le concede el plazo
de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga en estas
diligencias. Recursos: en contra de lo ordenado se previene a la parte
interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante la Oficina Local de
Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se
le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del
perímetro judicial de esta oficina local igualmente pueden señalar un fax en
donde puedan realizarse estas notificaciones de lo contrario las resoluciones
posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de
dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito
dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación en esta oficina local quien
lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José,
Barrio Luján, antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las
dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender
notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia
Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que
si no lo hiciere o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no
existiere las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas
con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La
presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección
indicada. Notifíquese. Expediente: 141-0002-2012.—Oficina Local de Pérez Zeledón.—Lic. Mildred
Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. N° 35921.—Solicitud N°
61510.—C-38960.—(IN2013049015).
A quien
interese, se le avisa al señor: Seth Saborío Solano, número de cédula
111560534, mayor, demás calidades desconocidas, domicilio desconocido, que en
esta oficina local se tramita el expediente administrativo número
141-0002-2012, correspondiente a la Medida de Cuido Provisional de las ocho
horas del primero de julio del dos mil trece a favor de la persona menor de
edad Geisel Alondra Saborío Porras en el hogar de su abuela materna Rosa María
Zúñiga Picado. Se le concede el plazo de tres días naturales para que
manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: en contra
de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer recurso
de apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y
treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar
lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina
local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas
notificaciones de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán
notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso
se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho
horas a su notificación en esta oficina local quien lo elevará a la Presidencia
Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, Barrio Luján, antigua Dos
Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se
advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras
dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un
kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere o si el
lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere las resoluciones
posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de
veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende
la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Expediente:
141-0002-2012.—Oficina Local de Pérez Zeledón.—Lic.
Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. N° 35921.—Solicitud N°
61510.—C-38960.—(IN2013049021).
A quien
interese, se le avisa al señor: Eladio Asdrúbal Hidalgo Fonseca, número de
cédula 32670148, mayor, demás calidades desconocidas, domicilio desconocido,
que en esta oficina local se tramita el expediente administrativo número
141-00058-2011, correspondiente a la Medida de Abrigo Temporal de las once
horas del veintidós de junio del dos mil trece a favor de la persona menor de
edad Tonny Gabriel Hidalgo Elizondo en Hogar Crea de Siquirres. Se le concede
el plazo de tres dias naturales para que manifieste su conformidad o se oponga
en estas diligencias. Recursos: en contra de lo ordenado se previene a la parte
interesada que podrá interponer recurso de apelación ante la Oficina Local de
Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se
le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del
perímetro judicial de esta oficina local igualmente pueden señalar un fax en
donde puedan realizarse estas notificaciones de lo contrario las resoluciones
posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de
dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito
dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación en esta oficina local quien
lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José,
Barrio Luján, antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y
las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender
notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia
Ejecutiva en San José, un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que
si no lo hiciere o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no
existiere las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas
con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. La
presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección
indicada. Notifíquese. Expediente: 141-00058-2011.—Oficina
Local de Pérez Zeledón.—Lic. Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del
Procedimiento Administrativo.—O. C. N°
35921.—Solicitud N° 61510.—C-38960.—(IN2013049026).
CONVOCA
A AUDIENCIA PÚBLICA
Para exponer la propuesta de ajuste
extraordinario de oficio(*) en
las tarifas del servicio de Transporte Remunerado de Personas Modalidad
Autobús a Nivel Nacional, tramitada en el expediente ET-80-2013:
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta
con firma digital
La Audiencia Pública se llevará a cabo el día 10
de setiembre del 2013, a las 17 horas y 15 minutos por medio del sistema de
video-conferencia(**) en los
siguientes lugares: Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Tribunales
de Justicia de: Limón Centro, Heredia Centro, Ciudad Quesada, Liberia Centro,
Puntarenas Centro, Pérez Zeledón y Cartago Centro y; en forma presencial en el
Salón Parroquial de Bribrí, Limón.
Quien tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o
coadyuvancia: en forma oral en la audiencia pública o por escrito
firmado: ►en la audiencia pública, ►o en las oficinas de la Autoridad Reguladora,
en horario regular, hasta el día de realización de la audiencia, ►o por medio del fax: 2215-6002 o del correo electrónico(***):
consejero@aresep.go.cr hasta la hora programada de inicio de la respectiva
audiencia pública.
Las oposiciones o coadyuvancias deben de estar sustentadas con las
razones de hecho y derecho, indicando un lugar exacto, o un medio (correo
electrónico, número de fax o apartado postal), para efectos de notificación por parte de la ARESEP, y presentar
documento de identificación aceptado en el país, o copia de dicho documento si
es interpuesta por escrito. Las personas jurídicas deben interponer la
oposición o coadyuvancia por medio del representante legal de dicha entidad y
aportar certificación de personería jurídica vigente.
Se informa que las propuestas se pueden consultar en
las instalaciones de la ARESEP y en la siguiente dirección electrónica:
www.aresep.go.cr (Expedientes).
(*)Este procedimiento de oficio se basa en la resolución
de la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos
RJD-120-2012 del 5 de noviembre del 2012, “Modelo de Ajuste Extraordinario para
el Servicio de Transporte Remunerado de Personas Modalidad Autobús”, publicado
en el Diario Oficial Alcance Digital N° 174 de La Gaceta N° 214 del 6 de
noviembre del 2012.
(**)Si por motivo de fuerza mayor o caso fortuito la
Audiencia Pública no se puede realizar por el sistema de video-conferencia,
ésta se celebrará en forma presencial en cada una de las sedes señaladas al
efecto).
(***)En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea
enviada por medio de correo electrónico, ésta debe de estar suscrita mediante
firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe de ser escaneado
y cumplir con todos los requisitos arriba señalados.
Dirección General de
Atención al Usuario.—Luis Fernando Chavarría Alfaro.—1
vez.—O. C. Nº 7364-2013.—Solicitud Nº 775-358.—(IN2013051611).
Comunica que
por medio de acuerdo segundo, artículo seis, de la sesión ordinaria N° 4237 del
18 de julio de 2013, la Junta Directiva del IFAM aprobó la publicación de la
siguiente resolución:
“Resolución General N° 002-2013
La Dirección
Ejecutiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, representada por Laura
Obando Villegas, en su condición de Director de la Administración Tributaria
resuelve:
1°—Que la
Ley N° 9036, denominada “Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario
(IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (INDER)”, aprobada mediante Ley N°
9036 del 22 de marzo de 2012, publicada en La Gaceta N° 103 del 29 de
mayo de 2012 se encuentra en vigencia desde el 29 de noviembre de 2012.
2°—Que la Ley N° 9036, en
el artículo 37, modificó el artículo 10, de la Ley N° 5792, de fecha 1° de
septiembre de 1975, estableciendo un impuesto específico de cero coma dos dos
tres tres dos colones (¢0,22332) por cada mililitro de alcohol absoluto sobre
la cerveza nacional y extranjera a favor del Instituto de Fomento y Asesoría
Municipal- IFAM.
3°—Que el artículo 10 de
la Ley N° 5792, establece la obligación que tiene el IFAM como Administración
Tributaria, de actualizar y publicar de oficio en forma trimestral el monto de
los impuestos creados en ese artículo a favor del IFAM. Lo anterior, deberá de
realizarse dentro de los quince días anteriores a cada período trimestral de
aplicación, que iniciarán el primer día de enero, abril, julio y octubre.
4°—Que el artículo 10 de
la Ley N° 5792, establece que la actualización del monto del impuesto
específico, se fijará de forma trimestral conforme a la variación del Índice de
Precios al Consumidor-IPC que determine el Instituto Nacional de Estadística y
Censos (INEC) y aplicarla como tasa de aumento a aquél impuesto. La variación
del índice de precios al consumidor-IPC no podrá en ningún caso exceder de un
tres por ciento (3%).
5°—Que el valor del
índice de precios al Consumidor - IPC para los meses de meses de abril 2013 y
enero 2013, corresponden a 161.703 y 158.737 respectivamente, generándose una
variación en el período de uno coma ochenta y siete por ciento (1.868%). Por
tanto:
Se actualiza
el impuesto específico otorgado a favor del IFAM, según se detalla a continuación:
Cálculo
para el tercer trimestre de 2013 (julio a setiembre) |
||
|
|
|
|
abril-13 |
enero-13 |
IPC |
161,703 |
158,737 |
|
|
|
Variación
%= |
1,868% |
|
|
|
|
Valor
impuesto inicial |
¢0,23111 |
|
Factor
Acumulativo de Variación |
|
1,01868 |
Valor
Actualizado del impuesto específico por mililitro de alcohol absoluto |
¢0,23543 |
El monto del impuesto específico
¢0,23543 se aplicará sobre cada mililitro de alcohol absoluto. Dicho monto
regirá durante el período comprendido entre el 1° de julio el 30 de setiembre
de 2013.
Dado en la ciudad de Moravia, 30 de junio de
2013.
Publíquese.
Moravia, 23 de julio 2013.—Dirección Ejecutiva.—MSc. Laura Obando Villegas,
Directora.—1 vez.—(IN2013050030).
AJDIP/057-2013.—Puntarenas,
a los ocho días del mes de febrero de dos mil trece.
Considerando:
I.—Que en razón de la audiencia que
le fue otorgada a los Sres. Miembros de la Comisión Nacional de Pesca Deportiva
Turística, la Junta Directiva avalo las consideraciones u observaciones
esgrimidas por dichos señores en cuanto a la solicitud de eliminación del cobro
de carnés de pesca deportiva desde tierra.
II.—Que es ese
sentido se modificó el Acuerdo AJDIP/417-2012, eliminándose los carnés de pesca
deportiva desde tierra, por cuanto no eran significativos respecto a la
captación de recursos, sino que más bien propiciaban el desestimulo para la
práctica de esa actividad.
III.—Sin embargo han
sido reiteradas las solicitudes por parte de los funcionarios de la Institución
de las inconveniencias que ha significado para aquellas personas que realizan
la pesca deportiva desde tierra el adolecer de un carné que les autorice para
tales efectos.
IV.—Que en ese
sentido la Presidencia Ejecutiva autorizó la emisión de una nota sustitutiva de
dicho carné, que sirviera como constancia que para la práctica de la pesca desde
tierra no se requería carné.
V.—Sin embargo las personas que
practican este tipo de pesca, insisten en la necesidad de contar con un carné
que les acredite ante las diversas autoridades, la posibilidad de realizar la
pesca deportiva desde tierra.
VI.—Que señalan los
Sres. Directores que es menester adicionar en el Acuerdo de Tarifas vigente,
que para la práctica de la pesca deportiva desde tierra, el INCOPESCA extenderá
a quien así lo solicite el respectivo carné sin costo alguno para el
solicitante, en el entendido que éste autoriza la práctica de la pesca
deportiva únicamente desde tierra, lo cual deberá así indicarse en el carné al
momento de extenderlo.
VII.—Escuchado el
Sr. Presidente Ejecutivo, la Junta Directiva, Por tanto:
ACUERDA:
1°—Adiciónese un párrafo final
al Acuerdo de Tarifas AJDIP/417-2012, identificado como Nota 17, el cual se
leerá de la siguiente manera:
17. Se autoriza a las diversas
dependencias institucionales la emisión de carnés para la práctica de la pesca
deportiva desde tierra sin ningún costo para quien lo solicite.
Igualmente deberá identificarse
con claridad meridiana en dicho documento, que el mismo únicamente autoriza la práctica de la pesca deportiva desde
tierra, careciendo de total validez para el ejercicio de ésta actividad a bordo
de una embarcación.
2°—Acuerdo Firme.
3°—Rige a partir de su adopción.
4°—Publíquese.
Lic. Luis Gerardo Dobles
Ramírez, Presidente Ejecutivo.—Secretaría Técnica de
Junta Directiva.—Lic. Guillermo Ramírez Gätjens, Jefe.—1
vez.—O C 13-0135.—Sol. 63429.—C-52660.—(IN2013049177).
AJDIP/169-2013.—Puntarenas,
a los diez días del mes de mayo de dos mil trece.
Considerando:
I.—Que en acuerdo
AJDIP/417-2012, acuerdo que establece las tarifas a cobrar por el INCOPESCA por
la prestación de servicios y venta de bienes, en las Notas Explicativas
correspondientes se estableció la referencia y mención de la excepción del
cobro de la inspección en la descarga de productos pesqueros a las
embarcaciones pertenecientes a la flota artesanal en pequeña escala, sin embargo
en su interpretación permanece la idea de que la solicitud formal de la
inspección, deba entonces ser requerida a dichas embarcaciones, no siendo ello
el espíritu de la disposición, ni congruente con la realidad de dicho sector,
por lo cual es necesario su modificación y ajuste por claridad y transparencia
en la actuación administrativa, por lo que la Junta Directiva, Por tanto:
ACUERDA:
1°—Modifíquese el acuerdo AJDIP/417-2012, del 07 de setiembre
de 2012, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en las Notas
Explicativas, el punto 6, inciso f para que se lea correctamente de la
siguiente manera:
“inciso f se exceptúa de la
solicitud, inspección y del cobro a las embarcaciones pertenecientes a la flota artesanal en pequeña escala”
2°—Acuerdo Firme.
Lic. Luis Gerardo Dobles
Ramírez, Presidente Ejecutivo.—Secretaría Técnica de
Junta Directiva.—Lic. Guillermo Ramírez Gätjens, Jefe.—1
vez.—O C 13-0135.—Sol 63429.—C-28220.—(IN2013049178).
AJDIP/208-2013.—Puntarenas,
a los siete días del mes de junio de dos mil trece.
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo
AJDIP/193-2013, se aprobó el establecimiento del período de veda en el Golfo de
Nicoya del 01 de julio al 30 de setiembre.
II.—Que en ese sentido, dicho Acuerdo
establece en su inciso d) de la parte dispositiva que “ Los pescadores
artesanales que no se acojan a la veda y decidan pescar fuera del área vedada,
no tendrán derecho al reconocimiento de combustible a precio competitivo”, lo
cual resulta contrario a lo establecido en el Artículo 2°, del Decreto
Ejecutivo N° 36043-MAG-SP-MS, razón por lo cual debe ajustarse el Acuerdo
AJDIP/193-2013 a dicha disposición legal, razón por la cual, la Junta
Directiva, Por tanto:
ACUERDA:
1°—Modificar el inciso d) del
Por tanto del Acuerdo AJDIP/193-2013, para que se lea de la siguiente manera:
“ D-) Aquellos pescadores que se
encuentren dentro de los términos y condiciones establecidas en el Artículo 2°,
del Decreto N° 36043-MAG-SP-MS, publicado en el Diario Oficial La Gaceta
N° 115 del 15 de junio de 2010, y que manifiesten de conformidad con dicha
normativa, su decisión de continuar realizando actividades de pesca fuera de
las zonas o condiciones impuestas en la veda, se les autorizará por vía de
excepción el combustible a precio competitivo, siempre y cuando, así lo hayan
comunicado por escrito al INCOPESCA antes del inicio del período de veda
establecido”.
2°—Los demás términos y
condiciones establecidas en el Acuerdo supra, se mantienen incólumes.
3°—Acuerdo Firme.
4°—Publíquese, rige a partir de su adopción.
Lic. Luis Gerardo Dobles
Ramírez, Presidente Ejecutivo.—Secretaría Técnica de
Junta Directiva.—Lic. Guillermo Ramírez Gätjens, Jefe.—1
vez.—O C 13-0135.—Sol 63429.—C-35740.—(IN2013049181).
AJDIP/235-2013.—Puntarenas,
a los veintiún días del mes de junio de dos mil trece.
Considerando:
I.—Que en razón del
establecimiento por parte de la Junta Directiva, de las tallas de primera
madurez de las especies marinas de interés comercial en las actividades de
pesca de la flota comercial para la captura, aprovechamiento, descarga y
comercialización por parte de embarcaciones nacionales o extranjeras, en el
transitorio único de dicha disposición se estableció como medida de
ordenamiento, que éstas tallas empezarán a regir de pleno derecho, a partir de
tres meses calendario posteriores a su publicación, lo cual, por su redacción,
deviene por imperativo legal en una disposición errónea de imposible
cumplimiento, toda vez la realidad en cuanto a la necesidad de elaboración de
estudios técnicos profundos sobre las diversas especies contempladas en el
Acuerdo en mención.
II.—Que en razón de
lo anterior, resulta imprescindible ajustar a la realidad del sector pesquero
comercial y deportivo nacional, bajo riesgo de colapsar una actividad
generadora de divisas, trabajo y progreso a nuestra las provincias costeras.
III.—Que en virtud de lo anterior y a efecto
de ajustar la norma contenida en el Acuerdo AJDIP/105-2013 a la realidad
socioeconómica de los sectores pesqueros comerciales y deportivos; así como a
los criterios de carácter técnico-científico, consideran los Sres. Directores
conveniente modificar el transitorio único del Acuerdo AJDIP/105-2013,
publicado en el Alcance N° 57 del Diario Oficial La Gaceta N° 59 del 25
de marzo de 2013, para que el mismo se lea correctamente de la siguiente
manera: “Las medidas de ordenamiento establecidas de las Tallas de Primera
Madurez, empezarán a regir tres meses calendario después de la finalización de
los estudios que sean realizados para validar las tallas de primera madurez
establecidas en el presente acuerdo, dentro del plazo máximo definido de 24
meses”, razón por la cual la junta directiva, Por tanto:
ACUERDA:
1°—Modificar
el transitorio único del Acuerdo AJDIP/105-2013, publicado en el Alcance N° 57 del Diario Oficial La
Gaceta N° 59 del 25 de marzo de 2013, para que el mismo se lea
correctamente de la siguiente manera:
Transitorio Único
1 Las medidas de ordenamiento establecidas de las Tallas de Primera
Madurez, empezarán a regir tres meses calendario después de la finalización de
los estudios que sean realizados para validar las tallas de primera madurez
establecidas en el presente acuerdo, dentro del plazo máximo definido de 18
meses, con excepción del recurso tiburón que estará sujeto a un plazo máximo de
24 meses, sujeto a la programación y ejecución progresiva establecida para
estos efectos por la Dirección General Técnica del INCOPESCA .
2°—Acuerdo firme.
3°—Publíquese.
4°—Publíquese, rige a partir de su adopción.
Lic. Luis Gerardo Dobles
Ramírez, Presidente Ejecutivo.—Secretaría Técnica de
Junta Directiva.—Lic. Guillermo Ramírez Gätjens, Jefe.—1
vez.—O C 13-0135.—Sol 63429.—C-53600.— (IN2013049184).
INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA
Somete a consulta pública el
siguiente proyecto de norma:
PN INTE/ISO 5457:2013 “Documentación técnica de
productos - Medidas y esquemas de trazado de planos de dibujo”
(Correspondencia: ISO 5457:1999 Amd 1:2010).
PN INTE
06-09-11:2013 “Norma para los perfiles estructurales de acero.
Conformados en frío” (Correspondencia: N.A.).
Se
recibirán observaciones durante los siguientes 60 días naturales después de la
publicación del presente aviso.
Para mayor
información, comuníquese con la Dirección de Normalización con el Sr. Diego
Cordero al teléfono 2283-4522 o al correo dcordero@inteco.or.cr.
Mauricio
Céspedes Mirabelli, Director Ejecutivo.—1
vez.—(IN2013049476).
Se informa
a los interesados que está disponible el Plan Nacional de Normalización para el
segundo semestre del año 2013. El Plan podrá ser descargado en la página web de
INTECO, http://www.inteco.or.cr
Para mayor
información, comuníquese con el Centro de Información al teléfono 2283-4522 o
al correo electrónico eesquivel@inteco.or.cr
Mauricio
Céspedes M., Director Ejecutivo.—1
vez.—(IN2013049477).
Somete a
consulta pública los siguientes proyectos de norma:
PN INTE
28-03-01:2013 “Sistemas solares térmicos y componentes.
Captadores solares. Requisitos generales” (Correspondencia: EN 12975-1).
PN INTE ISO
9801-1:2013 “Energía solar- Métodos de ensayo para colectores
solares-Parte 1: Desempeño térmico de colectores con vidrio de calentamiento
líquido considerando caída de presión” (Correspondencia: ISO 9806-1).
PN INTE ISO
9801-2:2013 “Energía solar- Métodos de ensayo para colectores
solares-Parte 2: Procedimientos de ensayo de calificación” (Correspondencia: ISO
9806-2).
PN INTE ISO
9801-3:2013 “Energía solar- Métodos de ensayo para colectores
solares-Parte 3: Desempeño térmico de colectores sin vidrio de calentamiento
líquido considerando caída de presión” (Correspondencia: ISO 9806-3).
PN INTE
28-03-02:2013 “Sistemas solares térmicos y sus componentes.
Sistemas prefabricados. Parte 1: Requisitos generales.”(Correspondencia: EN
12976-1).
Se
recibirán observaciones durante los siguientes 60 días naturales después de la
publicación del presente aviso.
Para mayor
información, comuníquese con la Dirección de Normalización con los ingenieros
Felipe Calvo o César Rosales al teléfono 2283-4522 o a los correos
fcalvo@inteco.or.cr o crosales@inteco.or.cr
Mauricio
Céspedes Mirabelli, Director Ejecutivo.—1
vez.—(IN2013050436).
La Municipalidad de Puriscal en la sesión
extraordinaria del Concejo Municipal N° 277, celebrada el 12 de julio del 2013,
acuerdo 05-277-2013, aprobó las siguientes tasas por prestación de los
servicios de recolección y tratamiento de basura y aseo de vías.
Servicio
de recolección y
tratamiento de basura |
Tarifa
trimestral |
Tipo
de usuario |
|
Residencial |
¢7.519,64 |
Comercial
e industrial |
¢18.799,09 |
Servicio
de aseo de vías |
Tarifa
trimestral |
Por
metro lineal |
¢739,95 |
Lo anterior
entra a regir treinta días después de su publicación.
Puriscal,
1° de agosto del 2013.—Yorleny Guevara Mora,
Secretaria del Concejo.—Manuel Espinoza Campos, Alcalde.—Amable Mena Ríos, Vicealcaldesa.—1
vez.—(IN2013050111).
ZONA
MARÍTIMO TERRESTRE
EDICTO
N° 004-07-2013.—Marina, Rafael y Enrique todos
Sandí Valencia con cédulas de identidad Nos. 6-072-607,
6-084-751 y 6-067-722, con base en el Artículo número: 38 del Reglamento a la
Ley sobre la Zona Marítimo-Terrestre Número: 6043 del 16 de febrero de 1977 y
Decreto Ejecutivo Número 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en
concesión en zona industrial marítimo y zona de desarrollo controlado del estero,
una parcela de terreno que se ubica, en el centro esquina noroeste del Parque
Mora y Cañas, distrito: primero, cantón: central, provincia: Puntarenas, que
mide un área de 1.157,00 m2 y que colinda: al norte, Estero de
Puntarenas; al sur, propiedad privada; al este, calle pública N° 11 y estero; y
al oeste, Municipalidad de Puntarenas. La presente publicación se realiza de
acuerdo al Plan Regulador aprobado para dicho sector de Puntarenas y no otorga
derechos a efectos de que disposiciones futuras de dicho plan varíen el destino
de la parcela. Se conceden 30 días hábiles, a partir de esta única publicación
para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas ante esta
Municipalidad, en papel sellado de un colón y los timbres correspondientes en
dos tantos.—Puntarenas, 24 de julio de 2013.—Carlos José Leitón Zamora,
Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2013049853).
Este
Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Aprobar en todas sus partes la
modificación de las tarifas de servicio de aseo de vías y sitios públicos y el
servicio de recolección de basura.
Tasa de servicio
de recolección de basura |
|
Tipo de unidad |
Tasa |
Residencial tipo 1 |
¢1.764,81 |
Residencial tipo 2 |
¢3.529,62 |
|
|
Comercial-Industrial tipo 1 |
¢3.529,62 |
Comercial-Industrial tipo 2 |
¢8.824,05 |
Comercial-Industrial tipo 3 |
¢17.648,10 |
Comercial-Industrial tipo 4 |
¢35.296,20 |
|
|
Institucional-Religioso tipo 1 |
¢2.647,21 |
Institucional-Religioso tipo 2 |
¢8.824,05 |
Tasa de servicio de aseo de vías y sitios
públicos ¢258,00 por metro lineal
Publíquese en Diario Oficial La Gaceta.
Rige a partir del mes de setiembre 2013.
Acuerdo N° Veinticinco. Aprobado unánimemente,
acuerdo en firme, de la sesión ordinaria Nº 25-2013, celebrada por el Concejo
Municipal del cantón de Guácimo el día 24-06-13.
Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2013049819).
Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda:
Aprobar la tasa de mantenimiento de parques, zonas verdes y sus respectivos
servicios en el cantón de Guácimo, por un monto de ¢6.60 por millón anual según
el valor declarado de la propiedad o valor según Sistema Municipal.
Publíquese en Diario Oficial La Gaceta.
Rige a partir del mes setiembre 2013.
Acuerdo N° Diecisiete. Aprobado unánimemente,
acuerdo en firme, de la sesión ordinaria Nº 25-2013, celebrada por el Concejo
Municipal del cantón de Guácimo el día 24-06-13.
Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2013049821).
COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
TRIBUNAL DE ELECCIONES INTERNAS DEL COLEGIO
DE
ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA
CONVOCA A ELECCIONES
El Tribunal de Elecciones
Internas informa que en cumplimiento de los artículos 5°, 6°, 7° y 8° del
Reglamento de Elecciones del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, en
la sesión ordinaria N° 01-2013 celebrada el 7 de agosto del 2013, se acordó lo
siguiente:
a) Convocar a asamblea general ordinaria, el sábado
7 de diciembre del 2013, para la elección de los siguientes puestos de la
Junta Directiva: presidente(a), vicepresidente(a), secretario(a), tesorero(a),
vocal I, así como fiscal(a).
b) El proceso de elecciones se
realizará de las nueve horas, a las diecisiete horas, en la Sede Central del
Colegio y en las siguientes Sedes Regionales:
Alajuela: Urbanización Ciruelas, de
la esquina este del Centro Comercial Plaza Real Alajuela, 300 metros al sur y
100 metros al este, casa esquinera, N° 5F.
Grecia: Alajuela, Grecia, 200
metros al sur de la Sucursal de la Caja Costarricense del Seguro Social o
costado oeste Parque Infantil B° Pinos, casa esquinera color blanco.
Guápiles: Limón, Pococí, Guápiles,
B° Los Ángeles, del cementerio 800 metros al sur a mano derecha, 100 metros
antes de llegar al Súper Los Cachorros, edificio color mostaza.
Heredia: Plaza Heredia, local N°
13, primera planta.
Liberia: Guanacaste, Liberia, de
la Tienda Ekono, 75 metros sur, edificio Anacar, local N° 02.
Limón: Limón centro, costado
norte de los Tribunales de Justicia, edificio María/JAPDEVA.
Pérez Zeledón: Pérez Zeledón, Pedregoso,
contiguo a Ferretería Pedregoso, frente a las instalaciones de Delji.
Puntarenas: Puntarenas, en Carrizal,
diagonal a la entrada principal de FERTICA, 100 metros al este de la Farmacia
Carrizal.
San Carlos: Alajuela, Ciudad Quesada,
Barrio Lourdes, 200 metros al sur de la agencia Toyota, diagonal a Caja de
Ande, frente a la Universidad Técnica Nacional.
Santa Cruz: Guanacaste, Santa Cruz,
de la entrada principal de los Tribunales de Justicia 100 metros al sur y 50
metros al este, casa color blanco con verjas rojas.
Sede Oeste: Escazú, Guachipelín, 800
metros al sur de Construplaza, Centro Comercial Plaza Mundo, local N° 9, frente
a Pop’s.
Turrialba: Cartago, Turrialba, 200
metros norte de la Delegación de la Fuerza Pública, contiguo
al Servicentro La Campiña, casa amarilla con portón blanco.
Zona Sur: Ciudad Neilly, frente al
Centro Turístico Neilly.
c) El término para solicitar la inscripción de
candidaturas vencerá el lunes 30 de setiembre próximo. Las solicitudes deberán
presentarse en la Secretaría del Tribunal de Elecciones del Colegio, sita en la
Sede Central, hasta las dieciséis horas, cumpliendo con todas las formalidades
legales y reglamentarias.
d) Recordar a las personas
candidatas la necesidad de tener disponibilidad de tiempo para asistir a las sesiones
de Junta Directiva y Comisiones, estudiar proyectos, elaborar informes y
cumplir con las funciones propias del cargo.
e) Informar a las personas
candidatas que los puestos no son remunerados, salvo el de Fiscal, conforme al
artículo 60 del Reglamento Interior del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa
Rica.
f) Se invita expresamente a todas
las personas agremiadas que cumplan con los requisitos y que a bien lo tengan,
para que inscriban sus candidaturas a los puestos elegibles de Junta Directiva
y Fiscalía.
Tribunal de Elecciones Internas.—Lic.
Juan José Nassar Güell, Presidente.—Lic. Mariana
Arguedas Vargas, Secretaria.—O. C. Nº 9248.—Solicitud
Nº 982-00100.—(IN2013051681).
2 v. 1.
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
IMPORTACIONES
DIPLOMÁTICAS S. A.
Por escritura número nueve, otorgada ante los
notarios públicos Alejandra Baudrit Freer y Marvin Segura Montero, actuando en
el protocolo de la primera, a las quince horas del día diecisiete de julio del
dos mil trece, las compañías: Importaciones Diplomáticas S. A., vendió el
establecimiento mercantil de su propiedad que es el negocio en marcha conocido
como Autódromo La Guácima, y todos los activos que están conectados, directa o
indirectamente, a la actividad empresarial de la vendedora, que es el arrendamiento
del bien inmueble donde se ubica el referido autódromo para actividades
recreativas en la República de Costa Rica a la compañía La Nación S. A. Con el
objeto de cumplir con lo establecido en el artículo cuatrocientos ochenta y uno
del Código de Comercio, el precio del establecimiento mercantil se encuentra
depositado con el señor Carlos Alberto González Jiménez, mayor, abogado,
portador de la cédula de identidad N° 1-669-387, quien se ubica en el correo
electrónico: depositariolaguacima@gonur.com., al fax: 2231-7100 o al teléfono:
2231-7060. Todos los interesados y acreedores podrán por esos medios
presentarse a hacer valer sus derechos, dentro de los quince días siguientes
contados a partir de la primera publicación.—San José,
17 de julio del 2013.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—(IN2013046937).
UNIVERSIDAD VERITAS
Ante esta oficina se ha
presentado la solicitud de reposición del título Licenciatura en Odontología,
inscrito en el tomo 2, folio 290, título 3846, emitido por la Universidad
Veritas, en el año 2011, a nombre de Dorian David Molina González. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida total del título original debido
a un incendio en el Consultorio. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los dieciséis días del mes de julio de dos mil trece.—Departamento de
Registro y Administración Docente.—Lic. Alejandra Acuña Martínez, MBA,
Directora.—(IN2013048148).
PLAYA DULCE VIDA SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Sandra
Oconitrillo Blanco, cédula de identidad número uno-novecientos veintiuno-cero
cuarenta y cuatro, en mi condición de Apoderada Generalísima, debidamente
autorizado por la Junta Directiva de Playa Dulce Vida Sociedad Anónima, cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-ochenta y tres mil trescientos, hago
constar que por extravío, se procederá a reponer el libro de Registro de
Accionistas número 01 de la sociedad.—San José, 19 de julio de 2013.—Sandra
Oconitrillo Blanco, Apoderada Generalísima.—(IN2013048264).
UNIVERSIDAD DE SAN JOSÉ
Ante esta Rectoría, se ha
presentado la solicitud de reposición del diploma de Licenciatura en Derecho,
anotado por CONESUP en sus libros de actas, tomo: 5, folio: 129, número: 1619 y
por la Universidad en el tomo: 1, folio: 190, asiento: 55, en fecha 7 de enero
de 1999, a nombre de Mónica Lizano Zamora, cédula 1-0873-0059 y el diploma de
notario público emitido a nombre de Mónica Lizano Zamora, cédula 1-0873-0059
también en fecha 7 de enero de 1999. Se solicita la reposición de los diplomas
indicando pérdida de los originales, por lo tanto, se publica este edicto para
oír oposiciones a la solicitud.—San José, 23 de julio
del 2013.—Dr. Manuel A. Sandí Murillo, Rector.—(IN2013048336).
SAN JOSÉ
INDOOR CLUB S. A.
El San José
Indoor Club S. A., tramita la reposición de la Acción N° 1765 a nombre de
Mercedes Fonseca Brenes, cédula de identidad N° 1-532-266, por haberse extraviado.
Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San
José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo
indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—23
de julio del 2013.—Lic. Cristian Calderón M., Gerente General.—(IN2013048424).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
DENSIMÉDICA
La suscrita notaria, protocoliza
comparecencia de la señora Linette Andrea Loría Gutiérrez, en su calidad de
presidenta y apoderada generalísima de la sociedad Densimédica, cédula jurídica
tres-ciento uno-trescientos cuatro mil setecientos noventa y siete donde
solicita la reposición de los libros legales de la sociedad tos cuales son:
Registro de Socios, libro de Actas de Asamblea de Socios y libro de Actas del
Consejo de Administración de su representada. Escritura otorgada en San José, a
las diez horas del diecisiete de julio del dos mil trece.—Lic.
Andrea María Azuola Quirós, Notaria.—(IN2013047809).
LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.
Para los efectos de los
artículos 689 y 690, Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A.
(LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al
propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:
Certificado
Nº Acciones Serie
1815 400 B
Nombre del accionista: Arias
Solís José Miguel
Folio número 2467
16 de julio del 2013.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2013048874).
UNIVERSIDAD DE LAS CIENCIAS Y EL ARTE DE COSTA
RICA
Ante este Registro se ha
presentado solicitud de reposición del título de Licenciatura en Educación con
Énfasis en Enseñanza Especial y Dificultades Emocionales. Por causa de
extravío, emitido por la Universidad con fecha 16 de abril de 2005, a nombre de
Vera Rebeca Montoya Vargas, portadora de la cédula de identidad N° 1-1104-0569,
inscrito en el tomo 27 folio 198, asiento 4219 del Consejo Nacional de
Educación Superior Universitaria (CONESUP) y en el Registro de la Universidad
de las Ciencias y el Arte de Costa Rica, en el tomo 1, folio 220, asiento 4088.
Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante este Registro en
el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—San
José, 1° de marzo del 2013.—Flérida Méndez Herrera,
Registradora.—(IN2013049156).
UNIVERSIDAD LATINA
Ante el CONESUP, se ha
presentado la solicitud de reposición de Título de Bachillerato en Educación
Especial con énfasis en Trastornos Emocionales emitido por la Universidad
Interamericana de Costa Rica bajo el tomo: I, folio: 13, N° 355, e inscrito en
el CONESUP bajo tomo: 43, folio: 77, N° 6108 el 13 de marzo del año 2004, a
nombre de Vera Rebeca Montoya Vargas número de cédula 1-1104-0569. Se solicita
la reposición de título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para escuchar oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 9 de enero del 2013.—Alexander Arias
Jiménez.—(IN2013049158).
GRUPO MUTUAL ALAJUELA - LA VIVIENDA
SUCURSAL ALAJUELA
De
conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de
Comercio, el señor Jorge William Corrales Vargas cédula 202210960 ha presentado
ante esta entidad, solicitud de reposición de sus Certificados CPH Nº 100 301
803301290620 por ¢5.000.000,00, CPH Nº 100 301 803301290621 por ¢5.000.000,00,
CPH Nº 100 301 803301290623 por ¢10.000.000,00, CPH Nº 100 301 803301290624 por
¢10.000.000,00 todos con fecha de vencimiento del 19 de julio de 2013; y el CII
Nº 100 302 803301293143 por ¢5.000.000,00 y con fecha de vencimiento del 5 de
agosto del 2013.—Alajuela, 29 de julio del 2013.—Luis Carlos Morales Peñaranda,
Gerente del Centro de Negocios.—(IN2013049261).
CENTRO DE NEGOCIOS SAN RAFAEL DE HEREDIA
De conformidad con lo estipulado
por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora Digna Marta
Barquero Camacho, cédula 4-0075-055 ha presentado ante esta entidad, solicitud
de reposición del cupón N° 150-302-803301303649 por un monto de ¢134.009,10 con
fecha de vencimiento 22 de julio del 2013.—San Rafael
de Heredia, 22 de julio del 2013.—Marco Aguilar Ugalde,
Gerente.—(IN2013049264).
UNIVERSIDAD DE IBEROAMÉRICA -UNIBE-
Ante la Coordinación del
Departamento de Registro de esta Universidad se ha presentado la solicitud de
reposición del siguiente título: Licenciatura en Psicología, emitido por la
Universidad el 27 de noviembre del año 2009 e inscrito en el libro de títulos
de la Universidad al Tomo 1, Folio, 205, número 182, e inscrito en el CONESUP
al tomo 32, folio 163, número 3688, a nombre de Liliana Mayela Santos Carbajal.
Se solicita la reposición del título indicado por extravio del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiséis días del mes de julio del
dos mil trece.—Departamento de Registro.—Silvia Rojas Ledezma,
Coordinadora.—(IN2013049290).
UNIVERSIDAD
LATINA DE COSTA RICA
Yo, María Alejandra
Arrieta Luna, cédula N° 1-1138-0513, certifico que he presentado la solicitud
de reposición de mí título de Licenciatura en Medicina y Cirugía, emitido a mí
nombre por la Universidad Latina de Costa Rica, inscrito en el libro de la
Universidad en el tomo: VI, folio: 73, asiento: 42456. Se solicita la
reposición, por motivo de extravío del original del título. Se publica éste
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se extiende
la presente a solicitud del interesado.—San José, 31
de julio del 2013.—María Alejandra Arrieta Luna.—(IN2013049503).
UNIVERSIDAD
PARA LA COOPERACIÓN
INTERNACIONAL
La Universidad para la Cooperación
Internacional ha recibido una solicitud para reposición del título de Maestría
en Derecho con Énfasis en Derecho Empresarial, inscrito en el tomo: 2, folio:
324, asiento: 494. Emitido por la Universidad para la Cooperación Internacional
a nombre de Mónica Lizano Zamora. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del original. Se publica este edicto para dar oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—26 de julio del 2013.—Dr.
Eduard Müller Castro, Rector.—(IN2013049581).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
DOSCUATRE ARBOREL SOCIEDAD ANÓNIMA
Elizabeth Martínez Sequeira,
portadora de la cédula de identidad número nueve-cero veintiuno-novecientos
seis, en mi condición de presidenta con facultades de apoderada generalísima
sin límite de suma de Doscuatre Arborel
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-cinco
cuatro cero tres cinco cuatro, solicita ante el Departamento de Personas
Jurídicas del Registro Nacional de la República de Costa Rica la reposición del
libro de Registro de Accionistas, libro de Asamblea de Socios y libro de Junta
Directiva de mi representada. Quien se considere afectado puede manifestar en
el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 18 de julio del 2013.—Elizabeth Martínez
Sequeira, Presidenta.—1 vez.—(IN2013049042).
PAZAMONTE SOCIEDAD ANÓNIMA
Pazamonte Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta mil setecientos setenta y
dos, en atención a la circular N° DGRN-0002-2013, hace aviso formal sobre la
reposición de los libros Legales de la compañía sean; Actas de Asamblea General
de Socios y Registro de Socios de la compañía por motivo de extravío, quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro Nacional a
partir de la publicación de este aviso.—Andrea Castillo Quesada.—1
vez.—(IN2013049130).
ASOCIACIÓN DE PACIENTES DE HEMODIÁLISIS
Y
TRANSPLANTE RENAL DEL HOSPITAL MÉXICO
Yo, Carlos Manuel Arroyo
Alvarado, cédula de identidad N° 4-119-758, en mi calidad de presidente y
representante legal de la Asociación de Pacientes de Hemodiálisis y Transplante
Renal del Hospital México, cédula jurídica N° 3-002-560792, solicito al
Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición
de los libros número uno de Diario, Mayor e Inventario y Balances y Registro de
Asociados, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a
partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el
Registro de Asociaciones.—San José, 26 de julio del
2013.—Carlos Manuel Arroyo Alvarado, Presidente.—1 vez.—(IN2013049234).
PÓRTICO
SANRO SOCIEDAD ANÓNIMA
Los suscritos presidente y secretario de la
sociedad Pórtico Sanro Sociedad Anónima, con cédula jurídica número:
tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil trescientos setenta, por este
medio informamos al público en general, la pérdida del libro de Registro de
Accionistas de esta sociedad. Se otorga un plazo de ocho días hábiles a partir
de la publicación, para escuchar oposiciones antes de proceder a realizar ante
el Registro Nacional, la reposición de dicho libro. Presidente: Jesús Sánchez
López, cédula: 4-0067-0483, secretaria: Ana Patricia Sánchez Rodríguez, cédula:
1-0905-0766.—Jesús Sánchez López, Presidente.—Ana
Patricia Sánchez Rodríguez, Secretaria.—1 vez.—(IN2013049812).
COLEGIO DE INGENIERO AGRÓNOMOS DE COSTA RICA
Comunica:
Que
la Junta Directiva con fundamento en lo establecido en el artículo 14 de la Ley
No 7221 y con base en la potestad que le concede el inciso k) artículo 47 de la
citada ley, acordó su Sesión 18/2013, celebrada el 22 de julio del 2013,
suspender del ejercicio de la profesión a los siguientes colegiados:
Número |
Nombre |
Cédula |
002448 |
Corrales Alfaro German |
203420890 |
003407 |
Rojas Contreras Luis Rodrigo |
302720372 |
003550 |
Hernández Ávila Ronald |
107330381 |
003709 |
Vargas Mora Virginia |
3320672 |
005004 |
Rodríguez Arias Cesar José |
901070177 |
005125 |
Charpentier Delgado Randy |
108370621 |
006208 |
Quesada Roldan Juan Carlos |
107910787 |
006242 |
Mora Fuentes Ana Guiselle |
110980398 |
006280 |
Mena Valverde Olman |
110410656 |
006362 |
Delgado Ruiz Gerardo Ernesto |
602570243 |
006787 |
Arauz Alvarado Douglas Ediberto |
503400227 |
006852 |
Barrantes Morera Marilyn |
206370360 |
006883 |
Campos Ocampo Melissa |
112020917 |
007079 |
Rodríguez Ortiz Johan |
112400404 |
007418 |
Figueres Sáenz María José |
1140080357 |
007473 |
López Quirós Carlos Eduardo |
206460325 |
0AF594 |
Quesada Calvo Jesús Ernesto |
303470810 |
0AF602 |
Elizondo Salazar Dunkan |
109450890 |
Así mismo informa que el Colegio efectuará las
acciones que considere necesarias ante quien corresponda, con el propósito de
evitar que los colegiados citados ejerzan la profesión, mientras se mantengan
en su condición de suspendidos.
San José, 23 de julio de 2013.—Por
Junta Directiva.—Ing. Agr. Eugenio Porras Vargas, Presidente.—Ing.
Agr. Óscar Valladares Araya, Secretario.—1
vez.—(IN2013049828).
ASOCIACIÓN DE ATENCIÓN DE
LA
TERCERA EDAD DE GRECIA
Yo, Lorena Agüero Mondragón,
cédula de identidad número 2-397-432, en mi calidad de presidenta y
representante legal de la Asociación de Atención de la Tercera Edad de Grecia,
cédula jurídica 3-002-175402 solicito al Departamento de Asociaciones del
Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros de Actas de Junta
Directiva N° 5 y el de Asambleas Generales N° 1 los cuales fueron extraviados,
se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier
interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—01 de
agosto del 2013.—Lorena Agüero Mondragón, Presidenta y Representante Legal.—1
vez.—(IN2013049966).
ASOCIACIÓN IGLESIA EVANGÉLICA
LUTERANA
DE COSTA RICA
Yo Christel Strehlow Hager,
cédula de residencia 127 600 145 333, en mi calidad de presidenta y
representante legal de la Asociación Iglesia Evangélica Luterana de Costa Rica,
cédula jurídica 3-002-09478, solicito al Departamento de Asociaciones del
Registro de Personas Jurídicas la reposición de un libro Diario, un libro de
Mayor, un libro de Inventarios y Balances y un libro de Registro de Asociados
N° 2 los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir
de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el
Registro de Asociaciones.—San José, 18 de julio de
2013.—Christel Strehlow Hager, Presidenta y Representante Legal.—1
vez.—(IN2013050044).
SUPERMERCADO TACARES SOCIEDAD ANÓNIMA
Supermercado Tacares Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos dos mil cuatrocientos
cuarenta y nueve, domiciliada en Alajuela, Grecia, Tacares, veinticinco metros
oeste de la Delegación de la Guardia de Asistencia Rural, solicita ante el
Registro Nacional, la reposición por pérdida del tomo uno del libro de Actas de
Asamblea de Accionistas.—Tacares de Grecia, primero de
agosto del dos mil trece.—Freddy Fernández Castro, Presidente.—1
vez.—(IN2013050183).
ECOVISIÓN S. A.
Yo, Spyros James Damalas,
titular de la cédula de residencia número 184000813414, en mi condición de
presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de
conformidad con el artículo número 1253 del Código Civil de la República de
Costa Rica, de Ecovisión S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-119857,
con domicilio social en San José, San José, calle 11, avenidas 2 y 4, costado
norte, de la Iglesia de La Soledad, de conformidad con el artículo número 14
del Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de Libros de
Sociedades Mercantiles, aviso por única vez que por motivo de extravío del tomo
número 1 del libro social de Asamblea General de Accionistas de la sociedad que
aquí represento, se procederá a reponer el libro correspondiente en su tomo
número 2. Es todo.—Manuel Antonio, Puntarenas, 8 de
julio del 2013.—Spyros James Damalas, Presidente.—1 vez.—(IN2013050271).
A las nueve horas del día diecisiete de julio del dos mil trece,
protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios, de la
sociedad: 3-101-532252 S. A., celebrada en su domicilio social en San
José, Escazú, San Rafael, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio El Patio,
tercer piso, celebrada a las once horas del día dieciséis de julio del dos mil
trece, mediante la cual se modifica la cláusula del domicilio.—San José,
diecisiete de julio del dos mil trece.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—(IN2013046875).
Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 28 de junio del 2013,
se protocolizó acta de asamblea de la sociedad: Oviese Costa Rica Sociedad
Anónima. Se reforma cláusula primera.—Lic. Ana
Victoria Kinderson Roldán, Notaria.—1
vez.—(IN2013046876).
Mediante escritura pública número cincuenta y tres-cuatro,
otorgada en San José, ante esta notaría, a las nueve horas del nueve de julio
del dos mil trece, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social
de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos
del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Se
nombra como presidenta, con facultades de apoderada generalísima sin límite de
suma, a la señora Yamillette Rojas Piedra. Capital social: doce mil colones.—San José, dieciséis de julio del dos mil trece.—Lic.
Fabiola Soler Bonilla, Notaria.—1 vez.—(IN2013046877).
Por escritura otorgada a las 13:00 horas del 10 de julio del 2013,
se protocolizó acta de asamblea de la sociedad: Tres-Ciento Uno-Seiscientos
Sesenta y Cuatro Mil Ciento Quince Sociedad Anónima. Se reforma cláusula
primera.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(IN2013046878).
Nelson Calderón Rojas y Viviana Vanessa Alvarado García,
constituyen: C M A Compañía de Mantenimiento y Administración de Condominios
S. A., mediante escritura otorgada ante mi notaría, a las diez horas del
diecisiete de julio del dos mil trece.—Lic. Mauricio
Villalobos Barrientos, Notario.—1 vez.—(IN2013046879).
Por escritura otorgada a las 13:30 horas del 10 de julio del 2013,
se protocolizó acta de asamblea de la sociedad: Tres-Ciento Uno-Seiscientos
Sesenta y Cuatro Mil Ciento Cuarenta Sociedad Anónima. Se reforma cláusula
primera.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(IN2013046880).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas veinte minutos
del once de julio del dos mil trece, protocolicé acta de American Spirit
Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos treinta y
ocho mil novecientos treinta, de las nueve horas quince minutos del ocho de
julio del dos mil trece, mediante la cual se reformó la cláusula segunda del
pacto social, y se nombró nuevo agente residente.—Lic.
Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1
vez.—(IN2013046909).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 9 de julio
del 2013, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
cuotistas de la sociedad: 3-102-665018 Ltda., de las 09:00 horas el 12
de junio del 2013, mediante la cual se reforma la cláusula “sexta” de los
estatutos, y se nombra nuevo gerente.—Lic. Rolando
González Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2013046917).
Mediante escritura número cincuenta y seis-sesenta y tres,
otorgada a las catorce horas del diecisiete de julio del dos mil trece, ante el
notario William Méndez Rosales, se modificó la cláusula sétima del pacto
constitutivo de la compañía: CMA Centro Médico Arenal Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y cuatro mil
doscientos treinta y dos, la cual hace referencia a la representación judicial
y extrajudicial de dicha compañía.—San José, diecisiete de julio del dos mil
trece.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—(IN2013046918).
Por escritura otorgada ante mí, se ha constituido la(s) firma(s)
razón social el otorgante solicita que la misma sea asignada de oficio por el
Registro de Personas Jurídicas de conformidad con lo establecido en el Decreto
Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La
Gaceta del catorce de junio del dos mil seis. Domiciliada: en San José,
Costa Rica. Plazo social noventa y nueve años. Capital: diez colones.
Presidenta: Yendry Solano Quirós. Fecha de otorgamiento: 8 de julio del 2013.—San José.—Lic. Lilliana Fallas Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2013046922).
Por escritura otorgada de las diez horas del diecisiete de julio
del dos mil trece, protocolicé acta de asamblea general ordinaria de la
sociedad: Sancho y Madrigal S. A., celebrada en su domicilio social, a las once horas del veintiocho de diciembre
del dos mil doce, en la cual se nombran nueva secretaria y tesorera en su junta
directiva.—Lic. Sheila Elena Chaves Berrocal, Notaria.—1
vez.—(IN2013046924).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11:00 horas del 9 de julio del 2013, se protocolizó el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Pom Cobranzas
S.R.L., en la cual se modifica cláusula sexta del pacto social.—San José, 9 de julio del 2013.—Lic. German Serrano García,
Notario.—1 vez.—(IN2013046929).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15:00 horas del 10 de julio del 2013, se protocolizó el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Costa Esterillos
Estates Nefufar Blanco Cero Setenta y Seis S. A., en la cual se modifica
cláusula segunda del pacto social.—San José, 10 de
julio del 2013.—Lic. Douglas Soto Campos, Notario.—1
vez.—(IN2013046930).
En mi notaría, se constituyó: Fama
de Oro Constructora Limitada. Capital social: ¢10.000.000 colones.
Domicilio: Cóbano de Puntarenas. Gerente: Favio López Chacón, empresario,
cédula número cinco cero tres cinco uno cero nueve dos seis.—Santa
Teresa de Cóbano, 4 de julio del 2013.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—(IN2013046932).
Por escritura número 234, tomo 7 de mi
protocolo, otorgada a las 13:00 horas del 11 de julio del 2013, se protocolizó
el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de SBC Asesores S. A.,
por la que se modifica el pacto social, y se nombra nueva junta directiva,
fiscal y agente residente.—San José, 12 de julio del
2013.—Lic. Rodolfo Alfaro Pineda, Notario.—1
vez.—(IN2013046934).
Mediante escritura número trescientos
cincuenta y nueve del tomo cinco de mí protocolo, se constituyó: Los Altos
de Codiva Sociedad Anónima. Apoderada generalísima sin límite de suma:
Cindy Jiménez Baltodano.—San José, diecisiete de julio
del dos mil trece.—Lic. Édgar Alberto García Quirós, Notario.—1
vez.—(IN2013046935).
Mediante escritura número trescientos
sesenta del tomo cinco de mí protocolo, se constituyó: Rotariana Sociedad
Anónima. Apoderado generalísimo sin límite de suma: Roger Eduardo Loría
Montenegro.—San José, diecisiete de julio del dos mil
trece.—Lic. Édgar Alberto García Quirós, Notario.—1
vez.—(IN2013046936).
Por escritura número treinta y uno de
las once horas del diez de julio del dos mil trece, protocolicé el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad: Soluciones
Orgánicas O. M. D. Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos veintinueve quinientos veintitrés, en la cual se
reforma parcialmente la cláusula sexta de las asambleas, se reforma la cláusula
octava de la administración, y se incluye restricción en el traspaso de
acciones en la cláusula de capital social del pacto constitutivo.—San José, a
las doce horas del quince de julio del dos mil trece.—Lic. Eduardo José Zúñiga
Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2013046939).
Por escritura número treinta y siete
de las nueve horas del dieciséis de julio del dos mil trece, protocolicé el
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad: Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Setenta Mil Trescientos Veintiuno Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos setenta mil
trescientos veintiuno, en la cual se reforma la cláusula primera del nombre
para que en adelante se denomine: Repuestos Pesados REPESA Sociedad Anónima,
el cuál será su nombre de fantasía, pudiendo abreviarse su aditamento en “S.
A.”.—San José, a las doce horas del quince de julio del dos mil trece.—Lic. Eduardo José Zúñiga Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2013046940).
Jaime Bravo Gallegos y Karina Fischel Koopper, constituyen
sociedad civil denominada: Sueños en Silencio Sociedad Civil. Registro
Público-Persona Jurídicas. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las
15:00 horas del día 27 de junio del 2013.—Lic. Evelyn
Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2013046943).
Jaime Bravo Gallegos y Juan Ignacio Bravo Gallegos, constituyen
sociedad civil denominada: Deporte Blanco KC Sociedad Civil. Registro
Público-Persona Jurídicas. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las
16:00 horas del día 28 de junio del 2013.—Lic. Evelyn
Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2013046944).
Jaime Bravo Gallegos y Juan Ignacio Bravo Gallegos, constituyen
sociedad civil denominada: Marina Di Camarota Sociedad Civil. Registro
Público-Persona Jurídicas. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las
16:15 horas del día 28 de junio del 2013.—Lic. Evelyn
Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2013046946).
Se hace constar que por escritura número trescientos dos otorgada
ante la notaria Lorna Massiell Aguilar Castro, el día 16 de julio del presente
año, se procedió a modificar el domicilio social de la sociedad: Súper
Bloque Soluciones S. A., así como a aumentar el capital social.—San José,
16 de julio del 2013.—Lic. Erick Francisco Jiménez López, Notario.—1 vez.—(IN2013046947).
Por escritura otorgada a las catorce horas quince minutos del
diecisiete de julio del dos mil trece, se constituyó una empresa que se
denomina: Segon Germanet Sociedad de Responsabilidad Limitada. Objeto:
la prestación de servicios y el comercio en general, y concretamente, la compra
y venta y remodelación de bienes inmuebles. Plazo: noventa y nueve años a
partir de hoy. Capital: totalmente suscrito y pagado. Gerentes, con facultades
de apoderados generalísimos sin límite de suma: Roberto Tovar Faja y Guillermo
Alberto Tovar Faja.—San José, diecisiete de julio del
dos mil trece.—Lic. Virgilio Fernando Calvo Murillo, Notario.—1
vez.—(IN2013046948).
Por escritura otorgada a las catorce horas del diecisiete de julio
del dos mil trece, se constituyó una empresa que se denomina: Primer
Germanet Sociedad de Responsabilidad Limitada. Objeto: la prestación de
servicios y el comercio en general, y concretamente, la compra y venta y
remodelación de bienes inmuebles. Plazo: noventa y nueve años a partir de hoy.
Capital: totalmente suscrito y pagado. Gerentes, con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma: Mariano Tovar Faja y Guillermo Alberto Tovar
Faja.—San José, diecisiete de julio del dos mil
trece.—Lic. Virgilio Fernando Calvo Murillo, Notario.—1
vez.—(IN2013046950).
Por escritura otorgada a las catorce horas cuarenta y cinco minutos
del diecisiete de julio del dos mil trece, se constituyó una empresa que se
denomina: Quart Germanet Sociedad de Responsabilidad Limitada. Objeto:
la prestación de servicios y el comercio en general, y concretamente, la compra
y venta y remodelación de bienes inmuebles. Plazo: noventa y nueve años a
partir de hoy. Capital: totalmente suscrito y pagado. Gerentes, con facultades
de apoderados generalísimos sin límite de suma: Roberto Tovar Faja y Guillermo
Alberto Tovar Faja.—San José, diecisiete de julio del
dos mil trece.—Lic. Virgilio Fernando Calvo Murillo, Notario.—1
vez.—(IN2013046952).
Por escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del
diecisiete de julio del dos mil trece, se constituyó una empresa que se
denomina: Tercer Germanet Sociedad de Responsabilidad Limitada. Objeto:
la prestación de servicios y el comercio en general, y concretamente, la compra
y venta y remodelación de bienes inmuebles. Plazo: noventa y nueve años a
partir de hoy. Capital: totalmente suscrito y pagado. Gerentes, con facultades
de apoderados generalísimos sin límite de suma: Roberto Tovar Faja y Guillermo
Alberto Tovar Faja.—San José, diecisiete de julio del
dos mil trece.—Lic. Virgilio Fernando Calvo Murillo, Notario.—1
vez.—(IN2013046955).
Por escritura otorgada ante la suscrita conotaria, a las once
horas del día dos de julio del dos mil trece, la empresa: Instituto Cosi S. A.,
vende el establecimiento mercantil denominado: Cosi, a la empresa: Máximo Nivel
S. A. El precio de la venta ha sido pagado por medio del suscrito notario en
los términos pactados dentro de la escritura. Se emplaza a los acreedores e
interesados para que dentro de los siguientes quince días a partir de la
publicación de este edicto comparezcan a las oficinas del suscrito notario, sito
en San José, San Rafael de Escazú, del restaurante Tony Romas seiscientos
metros al oeste, edificio del Banco General, sexto piso, Consortium Laclé y
Gutiérrez.—San José, dos de julio del dos mil
trece.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1
vez.—(IN2013046956).
En escritura otorgada ante el notario Randall Fernández Argüello,
a las diez horas del ocho de julio del dos mil trece, la empresa: Arquitectura,
Planeamiento y Construcción Arco Sociedad Anónima, reforma cláusula sexta y
nombra secretario.—San José, 8 de julio del 2013.—Lic.
Randall Fernández Argüello, Notario.—1
vez.—(IN2013046958).
Por escritura número 236-36, otorgada ante el notario Adolfo
Ledezma Vargas, en Las Juntas de Abangares, el 6 de agosto del 2008, Miguel
Sebastián Garay Gaitán, Yeison Gerardo Garay Masís, y Bonifacia Ramona Masís
Buzano, constituyeron: Agropecuaria Gamasa S. A.—Lic. Adolfo Ledezma Vargas,
Notario.—1 vez.—(IN2013046959).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las 10:10 horas del día
14 de julio del 2013, se protocolizó acta de Bosques de Carao Marte B Cuatro
Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda,
octava, se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Francisco José Rucavado
Luque, Notario.—1 vez.—(IN2013046962).
Por escritura otorgada por mí, el día quince de julio del dos mil
trece, a las nueve horas, se protocolizó el acta de asamblea de socios de la
sociedad denominada: Inversiones Monteveneto Azul S. A., mediante la
cual se modifica la cláusula octava (administración) de su pacto social, y se
nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José,
quince de julio del dos mil trece.—Lic. Luis Antonio Aguilar Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2013046963).
Por escritura otorgada por mí, el día quince de julio del dos mil
trece, a las ocho horas, se protocolizó el acta de asamblea de socios de la
sociedad denominada: Hunt Mobile ADS Costa Rica S. A., mediante la cual
se modifican las cláusulas segunda (domicilio) y octava (administración) de su
pacto social, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San
José, quince de julio del dos mil trece.—Lic. Luis Antonio Aguilar Ramírez,
Notario.—1 vez.—(IN2013046965).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del
dieciocho de julio del dos mil trece, se constituye la sociedad mercantil: Producciones
de Centroamérica Corrales Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar las dos
últimas letras “S. A.”.—San José, a las ocho horas del dieciocho de julio del
dos mil trece.—Master Miguel Ángel Quesada Niño,
Notario.—1 vez.—(IN2013046966).
Por escritura número 166 de 11:00 horas del 10 de julio del 2013,
de la notaria Celina María González Ávila, se modifica cláusula de domicilio.
Se designan nuevos miembros de la compañía: Blacky & Pepper Sociedad
Anónima.—San José, 16 de julio del 2013.—Lic.
Celina María González Ávila, Notaria.—1
vez.—(IN2013046972).
Ante esta notaría, se constituyeron tres sociedades de
responsabilidad limitada: 1) Telar Comunicaciones Limitada; 2) Grupo
MR del Norte Limitada, y a la tercera se le debe asignar por denominación
social el número de cédula de persona jurídica. Nombres que son de fantasía. En
cada uno de los casos corresponderá a los gerentes la representación legal como
apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: totalmente suscrito
y pagado. Plazo social: 99 años.—Lic. Mauricio Vargas
Salas, Notario.—1 vez.—(IN2013046977).
Mediante escritura número once otorgada a las quince horas del
dieciséis de julio del dos mil trece, se protocolizó el acta de asamblea
general ordinaria de accionistas de la sociedad: BN Vital Operadora de
Planes de Pensiones Complementarias Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-doscientos treinta mil novecientos dieciséis, mediante
la cual se nombran los miembros de junta directiva y el fiscal.—San José, diecisiete de julio del dos mil trece.—Lic.
Jessica Borbón Guevara, Notaria.—1
vez.—(IN2013046981).
Mediante escritura pública número setenta y cinco, otorgada a las
ocho horas del día quince de julio del dos mil trece, ante este notario, se
constituyó una sociedad anónima, cuya razón social será: PDC Comercial Costa
Rica, así como el respectivo aditamento de acuerdo a la clase de sociedad
constituida: (Sociedad Anónima).—San José, dieciséis
de julio del dos mil trece.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2013046983).
Ante esta notaría, a las once horas del dieciséis de julio del dos
mil trece, se constituyó la sociedad: Luciano Sociedad de Responsabilidad
Limitada, con domicilio en San José, Costa Rica. Capital social: pagado.
Gerente, apoderado generalísimo sin límite de suma, nombrado por todo el plazo
social de noventa y nueve años.—Lic. Olga María
Bejarano Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2013046984).
Que mediante acta número uno de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Corporación Grupo Fiesta S. A., cédula jurídica Nº
3-101-266390, de las 10:00 horas del 10 de junio del 2013, se acordó la
disolución de dicha sociedad.—Lic. Cinthya Calderón Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2013046987).
Por escritura otorgada a las doce horas del ocho de julio del dos
mil trece, se constituyó la sociedad anónima: Nutri-Bienestar S. A.
Presidente, secretario y tesorero, con la representación judicial y
extrajudicial. Domicilio: Los Yoses, San José. Capital: totalmente suscrito y
pagado.—San José, 28 de febrero del 2011.—Lic. Carlos
Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—(IN2013046989).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las diecisiete
horas del diecisiete de julio del dos mil trece, protocolicé acta que se
acuerda disolver la sociedad: Servicios Técnicos Matarrita Rojas Sociedad
Anónima.—San José, 18:00 horas del 17 de julio del
2013.—Lic. Allen Puente Desanti, Notario.—1
vez.—(IN2013046999).
Por medio de escritura número ciento dos, del tomo sexto del
protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se modificaron las cláusulas
segunda y sexta de la sociedad: West Ocean Sunset Sociedad Anónima, con
cédula jurídica número tres-ciento uno-tres tres cero ocho ocho nueve.—Alajuela, diecisiete de julio del dos mil trece.—Lic.
Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1
vez.—(IN2013047001).
Por medio de escritura número noventa y ocho del tomo sexto del
protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se modificó las cláusulas
segunda y sétima del pacto constitutivo de la sociedad: Sunset Paradise
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-dos ocho dos
uno seis cero.—Alajuela, diez de julio del dos mil trece.—Lic. Maricruz Sánchez
Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2013047002).
Por escritura número 110 de las 20:00 horas del 12 de julio del
2013, otorgada ante el notario Mauricio Vargas Chavarría, se reforma la
cláusula cuarta del pacto social de Multiservicios del Atlántico Ocamar S.
A., cédula jurídica Nº 3-101-444489.—San José, 15 de julio del 2013.—Lic.
Mauricio Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2013047003)
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Transporte Grubba
Sociedad Anónima.—Playas del Coco, diecisiete de
julio del dos mil trece.—Lic. Javier Campos Chaves, Notario.—1
vez.—(IN2013047006).
El 16 de julio del 2013, compareció ante esta notaría el señor
Sosa Larrosa Roberto Alfredo, mayor, cédula de residencia número 185800003128,
debidamente autorizado para protocolizar el acta de asamblea general
extraordinaria de tres-uno cero uno-seis seis tres ocho seis tres sociedad
anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-663863.—Lic. Óscar José Porras Cascante, Notario.—1
vez.—(IN2013047222).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con resolución
RMT-1701-2013 de las 9:00 horas del 17 de junio del 2013. El Ministro de
Trabajo y Seguridad Social Resuelve: Impartir aprobación final a la resolución
JPIGTA-754-2013, de sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 25 de abril del 2013, de la Junta de
Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga Traspaso de Pensión de Guerra
incoadas por Salazar Fonseca Eraida, cédula de identidad Nº 1-357-661, a partir
del día 1º de diciembre del 2012; por la suma de ciento cinco mil doscientos
treinta y nueve colones con noventa céntimos (¢105.239,90), mensuales en forma
vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan
decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Dr. Olman Segura Bonilla, Ministro de Trabajo y Seguridad
Social.—Elizabeth Molina Soto, Directora Nacional de Pensiones a. í.—1
vez.—(IN2013050238).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Documento admitido traslado al titular
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ref. 30/2012/44221.—Manuel E.
Peralta Volio c/ Boucheron Holding.—Documento:
Cancelación por falta de uso (Unilever PLC solicita cancelac).—N° y fecha:
Anotación/2-80622 de 17/09/2012.—Expediente: 2004-0003511 Registro N° 155011
Trouble en clase 3 marca denominativa.
Registro de la Propiedad
Industrial, a las 14:56:48 del 7 de noviembre de 2012. Conoce este Registro, la
solicitud de cancelación por falta de uso presentada por Manuel E. Peralta
Volio, en representación de Unilever PLC, contra el registro de la marca de
servicios “TROUBLE”, con el número 155011, para proteger y distinguir
“perfumes, agua de baño, desodorantes de uso personal (perfumería), aceites de
esencias, aceites para uso cosmético, jabones, productos de baño en leche,
cosméticos, productos para el maquillaje y quitar el maquillaje, productos y
preparaciones cosméticas para el cuidado de la piel, para el baño, para el
bronceado de la piel”, cuyo propietario es Boucheron Holding. Conforme a lo previsto
en los artículos 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los
artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos,
Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de
cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes
contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a
pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al
efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el
expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les
previene a las partes el señalamiento de
lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no
indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas
ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere
impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones
posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas,
conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N°
8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada
mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie
apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio
o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos
239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública.
Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—(IN2013049730).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Órgano Director.
Procedimiento administrativo N° ODP-AAM-DJ-01-2013. Caso: Ariadne Arias Méndez.
Resolución de las doce horas con seis minutos del 13 de junio del 2013,
resuelve: de la prueba que aporta el señor Adrián Fonseca Gutiérrez, Jefe del
Departamento de Administración de Salarios del Banco Nacional de Costa Rica,
referida al oficio DRH-159-2013, compuesta de 107 folios, la cual consta en el
legajo de prueba que acompaña el expediente administrativo, se confiere a la
señora Ariadne Arias Méndez un plazo de tres días para que se refiera a la
misma. Notifíquese personalmente a la señora Arias Méndez de la presente
resolución.
Maicol Acosta Vásquez, Órgano
Director.— (IN2013048926).
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Hospital
San Juan de Dios, Servicio de Enfermería Emergencias, el suscrito Boris Fonseca
Cascante, cédula 105910211, en calidad de Jefe de Área, (órgano decisor) se
notifica al señor Rafael Ramírez Ramírez, cédula de identidad N° 1-10600435,
inicio de procedimiento administrativo disciplinario por ausencias
injustificadas los días 16, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25 de mayo 2013, lo
anterior conforme al artículo 76 del Reglamento Interior de Trabajo. Se
comunica que por tratarse de un procedimiento administrativo disciplinario le
asisten el derecho establecido en el artículo 121 de la Normativa de Relaciones
Laborales que a la presente Resolución Judicial le resultan oponibles recursos
de revocatoria y apelación los cuales podrían interponerse en el plazo de 5
días hábiles contando a partir del día hábil siguiente a la última publicación
en el Diario Oficial La Gaceta. Que el Expediente Administrativo N°
EA-APA-036-2013 se encuentra en custodia en el Área de Puntualidad y Asistencia
de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Hospital San Juan de Dios.—Dr. Boris Fonseca Cascante, Enfermero, Jefe Área de
Emergencias.—(IN2013048407).
MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS
DIRECCIÓN URBANISMO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad a lo dispuesto en
el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública y por cuanto, se
detectó la realización de obras constructivas sin contar con permiso de
construcción aprobado por esta Municipalidad y demás instituciones
relacionadas, en el sitio que se ubica en Quebrada Honda de Patarrá, 25 m al
oeste de la iglesia católica, dada la imposibilidad de localizar en el
domicilio a los propietarios de los derechos y que expresamente no se señaló un
lugar o medio para recibir notificaciones, se ordena publicar tres veces
consecutivas mediante edicto la intimación de la Unidad de Control Urbano de
las ocho horas y cuarenta minutos del veinticinco de junio del año dos mil
trece, la cual dice:
En virtud de lo resuelto
en la Resolución Procedimiento Especial Sancionatorio por Incumplimientos
Urbanos seguido por la Unidad de Control Urbano, UCU 011 2013, de las diez
horas con cincuenta minutos del 19 de febrero de 2013 la cual a la fecha se
encuentra firme, sin que dentro del plazo otorgado se procediera a poner a
derecho las construcciones edificadas que no cuentan con permiso de
construcción municipal en la finca 1-171283, de conformidad con el Artículo 150
de la Ley General de la Administración Pública, se le intima por segunda vez,
para que en el plazo de 5 días, contado a partir de la notificación de la
presente orden, proceda por su cuenta a demoler dichas obras, caso contrario la
Municipalidad procederá a demoler la edificación.—Unidad Control Urbano.—Arq.
Gustavo Zeledón Céspedes.—(IN2013048677).
COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS
ECONOMICAS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con el artículo N° 241 de la Ley
General de la Administración Pública, se procede a notificar por publicación a
los siguientes miembros del Colegio, los cuales no fue posible la notificación
en las direcciones que constan en la base de datos del Colegio, el Acuerdo N° 6
de la sesión ordinaria de Junta Directiva N° 2396-2013, celebrada el 14 de
enero de 2013, en el cual se acordó suspenderlos del ejercicio de la profesión
por morosidad en el pago de sus cuotas de colegiatura, según lo establecido en
el artículo 35 inciso r) y 50 inciso b) de la Ley Orgánica Nº 7105.
Nº |
Carné |
Nombre |
Cuotas pendientes |
1 |
27735 |
Asch Quesada Fernando José |
7 |
2 |
14171 |
Azofeifa Alpizar Mónica |
8 |
3 |
5682 |
Cole Watson Eileen Yenory |
8 |
4 |
11888 |
Fernández Porras Francisco José |
8 |
5 |
16483 |
González Campos Carlos Luis |
7 |
6 |
13276 |
González Obando Eugenia María |
9 |
7 |
10584 |
Gordon Williams Alsin Aurora |
9 |
8 |
29564 |
Guillen Contreras Arnoldo |
7 |
9 |
25173 |
Harvey Leal Gary Ernesto |
7 |
10 |
25277 |
Hazel Ramírez Rubén Austin |
8 |
11 |
20208 |
Hernández Barahona Freddy |
7 |
12 |
20765 |
Hernández D Avanzo Ronald |
7 |
13 |
27264 |
León Víquez Cristina María |
9 |
14 |
22391 |
López Calvo María Yadira |
7 |
15 |
28381 |
Matamoros Bonilla José Francisco |
7 |
16 |
20434 |
Mejías Rodríguez Rodolfo |
7 |
17 |
24966 |
Meléndez Matarrita Margot Yadira |
9 |
18 |
15783 |
Méndez Benavides Jorge Roger |
8 |
19 |
21783 |
Méndez Mora Jaidy |
9 |
20 |
17723 |
Miranda Golfin Manrique |
9 |
21 |
21432 |
Moya Rojas José Gamaliel |
9 |
22 |
3011 |
Piedra Alpizar Ronald |
9 |
23 |
18307 |
Quirós Bolaños José Manuel |
9 |
24 |
12683 |
Ramírez Ramos Carlos Alberto |
9 |
25 |
12071 |
Rivera Quirós María Del
Carmen |
7 |
26 |
22300 |
Rojas Castro Wady |
8 |
27 |
29542 |
Romero Valverde Marcela |
7 |
28 |
14520 |
Rucavado Romero Vivianna |
7 |
29 |
13405 |
Sanabria Piretti Gerardo Alfredo |
7 |
30 |
15861 |
Torres Vargas Hender |
7 |
31 |
14538 |
Valverde Blanco Esteban Alexander |
8 |
32 |
24109 |
Zapata Calderón Andry |
7 |
En ese sentido le
permitimos informar que para levantar la condición de suspensión se debe
cancelar el monto que tiene pendiente o realizar un arreglo de pago. Para
mayores detalles se puede comunicar a la Oficina de Cobros al teléfono
2253-0214 a las extensiones 104, 146 y 148 en horarios de oficina. Se recuerda
que el Colegio procederá a comunicar a las instituciones públicas y privadas,
así como al público en general su condición de colegiado suspendido.
Lic. Javier Francisco Vega Zúñiga, Fiscal.—Lic. Wilberth Sibaja Picado,
Secretario.—(IN2013049943).