LA GACETA N° 154 DEL 13 DE AGOSTO DEL 2013

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 37825-H

Nº 37845-H

DIRECTRIZ

MINISTERIO DE SALUD

ACUERDOS

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE SALUD

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

LICITACIONES

HACIENDA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

SALUD

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

PODER JUDICIAL

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

REGLAMENTOS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORIA MUNICIPAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA

Y ACUICULTURA

AVISOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE PURISCAL

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MUNICIPALIDADES

AVISOS

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 37825-H

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley Nº 9103, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2013, de 4 de diciembre del 2012 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que el inciso g) del artículo 5 de la Ley Nº 8131, publicada en La Gaceta Nº 198 de 16 de octubre del 2001 y sus reformas, establece que el presupuesto debe ser de conocimiento público por los medios electrónicos y físicos disponibles.

2º—Que el inciso b) del artículo 45 de la citada Ley Nº 8131, autoriza al Poder  Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias no contempladas en el inciso a) del mismo artículo, según la reglamentación que se dicte para tal efecto.

3º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN, publicado en  La Gaceta Nº 74 de 18 de abril de 2006 y sus reformas, se establece la normativa técnica, referente a las modificaciones presupuestarias que el Gobierno de la República y sus dependencias pueden efectuar a través de Decreto Ejecutivo.

4º—Que el artículo 61 del Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN citado, permite que mediante decreto ejecutivo elaborado por el Ministerio de  Hacienda, se realicen traspasos de partidas presupuestarias entre los gastos autorizados en las leyes de presupuesto ordinario y extraordinario de la República del ejercicio que se tratare, sin modificar el monto total de los recursos asignados al programa; permitiendo también efectuar traspasos de partidas entre sub programas dentro de un mismo programa, sin modificar el monto total del programa.

5º—Que el Ministerio de Seguridad Pública ha solicitado su confección mediante oficio 1869-2013 DM, cumpliendo en todos los extremos con lo dispuesto en la normativa técnica y legal vigente.

6º—Que se hace necesario realizar la presente modificación, con la finalidad de financiar la construcción de un edificio para la Policía de Control de Drogas en la localidad de Corredores, así como el pago de servicios públicos y la adquisición de equipo de transporte y de comunicación, del Ministerio de Seguridad Pública.

7º—Que habida cuenta de que las tecnologías de información disponibles en la actualidad permiten la adecuada accesibilidad sin perjuicio de los principios de transparencia y publicidad; su detalle se publicará en la página electrónica del Ministerio de Hacienda, concretamente en el vínculo de la Dirección General de Presupuesto Nacional, y su versión original impresa, se custodiará en los archivos de dicha Dirección General. Por tanto;

decretan:

Artículo 1º—Modifícase el artículo 2º de la Ley Nº 9103, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2013, publicada en el Alcance Digital Nº 204 a La Gaceta Nº 242 de 14 de diciembre del 2012 y sus reformas, con el fin de realizar el traslado de partidas en el Órgano del Gobierno de la República aquí incluido.

Artículo 2º—La modificación indicada en el artículo anterior es por un monto de trescientos cincuenta y tres millones cien mil colones sin céntimos (¢353.100.000,00) y su desglose en los niveles de programa/subprograma, partida y subpartida presupuestaria estará disponible en la página electrónica del Ministerio de Hacienda en la siguiente dirección: www.hacienda.go.cr (Modificaciones Presupuestarias), y en forma impresa, en los archivos que se custodian en la Dirección General de Presupuesto Nacional.

Las rebajas en este Decreto se muestran como sigue:

Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital

Los aumentos en este Decreto se muestran como sigue:

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Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en la Presidencia de la República, a los dieciséis días del mes de julio del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Hacienda a. í, José Luis Araya Alpízar.—1 vez.—O. C. Nº 18095.—Solicitud Nº 5578.—C-45800.—(D-37825-IN2013051371).

Nº 37845-H

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO A. I. DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre del 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero del 2006 y sus reformas, la Ley Nº 9103, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2013 de 4 de diciembre de 2012 y sus reformas y la Ley Nº 9070, Emisión de Títulos Valores en el Mercado Internacional de 4 de setiembre de 2012.

Considerando:

1º—Que el inciso g) del artículo 5 de la Ley Nº 8131, publicada en La Gaceta Nº 198 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas, establece que el presupuesto debe ser de conocimiento público por los medios electrónicos y físicos disponibles.

2º—Que el inciso b) del artículo 45 de la citada Ley Nº 8131, autoriza al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias no contempladas en el inciso a) del mismo artículo, según la reglamentación que se dicte para tal efecto.

3º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN, publicado en La Gaceta Nº 74 de 18 de abril del 2006 y sus reformas, se establece la normativa técnica, referente a las modificaciones presupuestarias que el Gobierno de la República y sus dependencias pueden efectuar a través de Decreto Ejecutivo.

4º—Que el artículo 61 del Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN citado, autoriza para que mediante decreto ejecutivo elaborado por el Ministerio de Hacienda, se realicen traspasos de partidas presupuestarias entre los gastos autorizados en las leyes de presupuesto ordinario y extraordinario de la República del ejercicio que se tratare, sin modificar el monto total de los recursos asignados al programa.

5º—Que el Ministerio de Hacienda, con el propósito de cumplir con lo establecido en la Ley Nº 9070, publicada en el Alcance Digital Nº 126 a La Gaceta Nº 173 de 7 de setiembre del 2012, de convertir deuda interna en externa, solicitó la elaboración de la presente modificación mediante oficio DM-957-2013, la cual consiste en la sustitución de una parte del financiamiento interno del Presupuesto por financiamiento externo, cumpliendo en todos los extremos con la normativa legal y técnica vigente, asimismo, contempla un conjunto de modificaciones presupuestarias para los distintos Órganos del Gobierno de la República incluidos en el presente decreto.

6º—Que a los efectos de evitar la innecesaria onerosidad que representa el gasto de la publicación total de este Decreto de modificación presupuestaria para la entidad involucrada, habida cuenta de que las tecnologías de información disponibles en la actualidad permiten su adecuada accesibilidad sin perjuicio de los principios de transparencia y publicidad; su detalle se publicará en la página electrónica del Ministerio de Hacienda, concretamente en el vínculo de la Dirección General de Presupuesto Nacional, y su versión original impresa, se custodiará en los archivos de dicha Dirección General. Por tanto;

Decretan:

Artículo 1º—Modifícanse los artículos 1º y 2º de la Ley Nº 9103, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2013, publicada en el Alcance digital Nº 204 a La Gaceta Nº 242 de 14 de diciembre de 2012 y sus reformas, con el fin de realizar el traslado de partidas de la Dirección de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y de los Órganos del Gobierno de la República que nos ocupan aquí.

Artículo 2º—La modificación indicada en el artículo anterior es por un monto de doscientos seis millones cuatrocientos noventa mil colones, sin céntimos (¢206.490.000,00); y su desglose en ingresos así como gastos en los niveles de programa, partida y subpartida presupuestaria estarán disponibles en la página electrónica del Ministerio Hacienda en la siguiente dirección: www.hacienda.go.cr (Modificaciones Presupuestarias), y en forma impresa, en los archivos que se custodian en la Dirección General de Presupuesto Nacional.

Las rebajas en este Decreto se muestran como sigue:

Artículo 1º, Ley Nº 9103:

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Artículo 2º, Ley Nº 9103:

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Los aumentos en este Decreto se muestran como sigue:

Artículo 1º, Ley Nº 9103:

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Artículo 2º, Ley Nº 9103:

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Artículo 3º.— Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en la Presidencia de la República, a los dieciocho días del mes de julio del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro a. í. de Hacienda, José Luis Araya Alpízar.—1 vez.—O. C. Nº 18302.—Solicitud Nº 13086.—C-68045.—(D37845-IN2013051408).

DIRECTRIZ

MINISTERIO DE SALUD

DM-UAL-6095-13.—La Ministra de Salud, en uso de las facultades que les confiere el artículos 28 incisos a) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; 1, 2, 4, 7, de la Ley N° 5395 del 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”; 1 y 2 incisos b) y c) de la Ley N° 5412 del 8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”; Ley N° 8655 del 17 de julio del 2008 “Ley de Aprobación del Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para el Control de tabaco”; Decreto Ejecutivo N° 34705 del 14 de agosto del 2008 “Ratificación de la República de Costa Rica al Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para el Control de tabaco, suscrito el 23 de julio del 2003” 9, 10 y 11 de la Ley N° 9028 del 22 de marzo del 2012 “Ley General para el Control de Tabaco y sus Efectos Nocivos en la Salud” y Decreto Ejecutivo N° 37778-S del 09 de julio del 2013 “Reglamento de etiquetado de los productos de tabaco y sus derivados.”

Considerando:

I.—Que la salud de la población es tanto un derecho humano fundamental, como un bien de interés público tutelado por el Estado.

II.—Que las enfermedades y muertes cuya etiología es el consumo de productos de tabaco y sus derivados, han alcanzado niveles epidémicos en muchas naciones, y se incrementarán en la medida en que no se lleven a cabo acciones efectivas que desalienten su consumo.

III.—Que el consumo de productos de tabaco y sus derivados, se asocia directamente a padecimientos tales como bronquitis crónica, enfisema pulmonar, hiperreactividad de las vías respiratorias, problemas gastrointestinales, trastornos cardio y cerebrovasculares, y diversos tipos de cáncer (pulmonar, laringe, boca, esófago, vejiga, entre otros). Influye negativamente también en el adecuado desarrollo del feto, lo que propicia partos prematuros y mortalidad perinatal.

IV.—Que se ha demostrado que la incorporación de los mensajes sanitarios en el etiquetado de productos de tabaco, es un medio efectivo para sensibilizar al público, igualmente tienen el propósito de informar y educar a los consumidores y población en general, acerca de los peligros que el consumo de tabaco y la exposición al humo de tabaco implican para la salud.

V.—Que el artículo 9 inciso a) de la Ley N° 9028 del 22 de marzo del 2012 “Ley General de Control del Tabaco y sus Efectos Nocivos en la Salud” otorga la competencia al Ministerio de Salud para definir y aprobar los mensajes sanitarios y advertencias sanitarias.

VI.—Que el artículo 11 del Decreto Ejecutivo Nº 37778-S del 09 de julio del 2013, “Reglamento de etiquetado de los productos de tabaco y sus derivados.” Publicado en La Gaceta N° 138, del 18 de julio del 2013, establece que: “El Ministerio de Salud, de acuerdo con el artículo 9 de la Ley N° 9028, definirá vía resolución, la Unidad Organizativa responsable de definir y aprobar los mensajes sanitarios y advertencias que deberán imprimirse en los empaques primarios y secundarios de los productos de tabaco y sus derivados.”

VII.—De conformidad con la Resolución Ministerial DM-EC-6094-13 de las nueve horas treinta minutos del diecinueve de julio del dos mil trece, se define a la Dirección de Mercadotecnia de la Salud del Ministerio de Salud, como la Unidad Organizativa responsable de definir y aprobar los mensajes sanitarios y advertencias que deberán imprimirse en los empaques primarios y secundarios de los productos de tabaco y sus derivados y que deberán utilizarse en la campaña 2014, lo que incluye las características del tipo de letra, tamaño, color de fondo de la imagen o pictograma, según lo dispuesto en los artículos 9 de la Ley N° 9028 y 8 del Decreto 37778-S, precitados.

Que mediante oficio N° DMS-275-2013 de fecha 19 de julio del 2013, de la Dirección de Mercadotecnia de la Salud, define y aprueba los mensajes sanitarios y las advertencias que deben imprimirse en los empaques primarios y secundarios de los productos de tabaco y sus derivados para la campaña anual 2014. Por tanto,

LA MINISTRA DE SALUD, DISPONE:

Artículo 1°—Comunicar a la industria tabacalera, los seis (6) juegos de pictogramas que deberán ser impresos en los empaques primarios y secundarios de los productos de tabaco y sus derivados que se comercialicen en el territorio nacional durante la Campaña Anual 2014, que aparecen a continuación, los cuales se entregarán a las tabacaleras, por parte de la Dirección de Mercadotecnia de la Salud del Ministerio de Salud, en disco compacto en formatos CS6, PDF, Photoshop e Ilustrador, con seis juegos diferentes de mensajes sanitarios, para ser colocados de manera que cubran el 50% de la parte inferior de la cara frontal y posterior expuesta de los empaques primarios y secundarios de los productos de tabaco y sus derivados, así como el mensaje en el 100% de la cara lateral derecha. Asimismo mismo dichos mensajes sanitarios los podrían accesar en la dirección electrónica del Ministerio de Salud: http://www.ministeriodesalud.go.cr.

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Artículo 2°—Advertir a la industria tabacalera, que los mensajes sanitarios y advertencias, en los empaques primarios y secundarios de los productos de tabaco y sus derivados, deberán reproducirse en proporciones iguales durante toda la campaña y para todas las marcas.

Artículo 3°—Ordenar a la industria tabacalera, a entregar semestralmente a la Dirección de Mercadotecnia de la Salud del Ministerio de Salud, la información en la que conste:

1.  Volumen de los empaques primarios y secundarios que circulen por marca y la proporción de advertencias impresas para dicha marca.

Artículo 4°—Corresponderá a las autoridades de salud de las Áreas Rectoras de Salud y de las Direcciones Regionales de Rectoría de la Salud, ejercer la acción de control y fiscalización del contenido de la presente Directriz. Esto sin demérito de las facultades conferidas por Ley 9028 y su Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 37185-S-MEIC-MTSS-MP-H-SP, a la autoridades del Ministerio de Economía Industria y Comercio, del Ministerio de Hacienda y de las Municipalidades.

Artículo 5°—En el supuesto de que existiesen productos de tabaco y sus derivados con diseños o formas que dificulten la adopción de las normas establecida en la presente Directriz Ministerial, los fabricantes, importadores y distribuidores, podrán presentar los borradores de los diseños adaptados en la Dirección de Mercadotecnia de la Salud, para proceder a su análisis y aprobación. El tiempo de entrega de dichos borradores de diseño se acordará entre las partes, sin afectar los plazos aquí estipulados.

Artículo 6°—La industria tabacalera tendrá un plazo de doce meses contados a partir de la notificación y entrega de los diseños por parte de la Dirección de Mercadotecnia de la Salud, para la implementación de los nuevos mensajes sanitarios y advertencias, conforme a lo dispuesto en el transitorio del Decreto Ejecutivo Nº N° 37778-S del 09 de julio del 2013 “Reglamento de etiquetado de los productos de tabaco y sus derivados.”

Artículo 7°—Rige a partir de esta fecha.

Dado en el Ministerio de Salud. San José, a las once horas del diecinueve de julio del dos mil trece.

Dra. Daisy María Corrales Díaz. MSc., Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. N° 18899.—Solicitud N° 114-600-00232.—(D6095-13-IN2013048252).

ACUERDOS

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

N° 54

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en el artículo 28 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978, el artículo 02 de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Paz, Ley N° 6739 del 28 de abril de 1982. Así como lo dispuesto en la Ley N° 9103 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2013” y los artículos 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar al señor Alexis Vindas Ramírez, Asesor Técnico de la Viceministra de Asuntos Penitenciarios, con cédula de identidad N° 3-203-475, para que viaje a San Salvador del 12 al 17 de mayo del 2013, dicho señor participará en el curso de Gestión Penitenciaria.

Artículo 2°—Los gastos por concepto de tiquete aéreo, traslados, alojamiento y alimentación, serán cubiertos por la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos (COMJIB).

Artículo 3°—Con cargo a la subpartida 10601 “Seguros” del programa presupuestario 779 Actividad Central, se le reconocerá el pagó por la suscripción de un seguro viajero, similar a la opción 1 del seguro viajero con asistencia en dólares que ofrece el Instituto Nacional de Seguros.

Artículo 5°—El funcionario devengará el 100% de su salario durante el tiempo en que rija este acuerdo.

Artículo 6°—Rige del 12 al 17 de mayo del 2013.

Dado en el Despacho del Ministro de Justicia y Paz, a los treinta días del mes de abril del dos mil trece.

Fernando Ferraro Castro, Ministro de Justicia y Paz.—1 vez.—O. C. N° 18950.—Solicitud N° 119-780-125OM.—(IN2013048255).

N° 74

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en el artículo 28 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978 y el artículo 02 de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Paz, Ley Nº 6739 del 28 de abril de 1982. Así como lo dispuesto en la Ley  N° 8908 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011” y los artículos 7, 34, y 35 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar a la señora Lilliana María Rivera Quesada, cédula 01-0637-0369, en su condición de Viceministra de Asuntos Penitenciarios, para que participe en el Seminario Internacional Derecho y Administración Penitenciaria:  Fundamentos de la Reforma a realizarse los días 03 al 05 de junio del 2013, en la República de Ecuador.

Artículo 2°—Los gastos por concepto de transporte aéreo y hospedaje, serán cubiertos por el Gobierno de la República de Ecuador.

Artículo 3°—Los gastos por concepto de viáticos (entiéndase alimentación y gastos menores) de los días del 03 al 05 de junio del 2013, ambas fechas inclusive, serán cubiertos por el Gobierno de la República de Ecuador.

Artículo 4°—La funcionaria devengará el 100% de su salario durante el tiempo en que rija este acuerdo.

Artículo 5°—Rige del 03 al 05 de junio del 2013.

Dado en el Despacho del Ministro de Justicia y Paz, a los treinta días del mes de mayo del dos mil trece.

Fernando Ferraro Castro, Ministro de Justicia y Paz.—1 vez.—O. C. N° 18950.—Solicitud N° 119-780-126-OM.—(IN2013048256).

N° 88

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en el artículo 28 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978 y el artículo 02 de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Paz, Ley N° 6739 del 28 de abril de 1982. Así como lo dispuesto en la Ley  N° 8908 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011” y los artículos 7, 34, y 35 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar a la señora Lilliana María Rivera Quesada, cédula 01-0637-0369, en su condición de Viceministra de Asuntos Penitenciarios, para que participe en el 2° Seminario de Cooperación en Seguridad Pública entre Corea y Centroamérica a realizarse los días 24, 25 y 26 de junio del 2013, en la República de Corea.

Artículo 2°—Los gastos por concepto de transporte aéreo y hospedaje de los días del 23 hasta el 27 de junio del 2013, ambas fechas inclusive, serán cubiertos por el Gobierno de la República de Corea.

Artículo 3°—Los gastos por concepto de viáticos (entiéndase alimentación y gastos menores) de los días del 23 hasta el 27 de junio del 2013, ambas fechas inclusive, serán cubiertos por el Gobierno de la República de Corea.

Artículo 4°—La funcionaria devengará el 100% de su salario durante el tiempo en que rija este acuerdo.

Artículo 5°—Rige del 21 al 27 de junio del 2013.

Dado en el Despacho del Ministro de Justicia y Paz, a los treinta días del mes de mayo del dos mil trece.

Fernando Ferraro Castro, Ministro de Justicia y Paz.—1 vez.—O. C. N° 18950.—Solicitud N° 119-780-127-OM.—(IN2013048257).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE SALUD

N° DM-EC-6094-2013.—La Ministra de Salud en uso de las facultades que les confiere el artículos 28 incisos a) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; 1, 2, 4, 7, de la Ley N° 5395 del 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”; 1 y 2 incisos b) y c) de la Ley Nº 5412 del 8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”; Ley N° 8655 del 17 de julio del 2008 “Ley de Aprobación del Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para el Control de tabaco”; Decreto Ejecutivo Nº 34705 del 14 de agosto del 2008 “Ratificación de la República de Costa Rica al Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para el Control de tabaco, suscrito el 23 de julio del 2003” 9,10 y 11 de la Ley No. 9028 del 22 de marzo del 2012 “Ley General para el Control de Tabaco y sus Efectos Nocivos en la Salud” y Decreto Ejecutivo Nº 37778-S del 09 de julio del 2013 “Reglamento de etiquetado de los productos de tabaco y sus derivados.”

Considerando:

I.—Que el artículo 9 inciso a) de la Ley N° 9028 “Ley General de Control del Tabaco y sus Efectos Nocivos en la Salud” otorga la competencia al Ministerio de Salud para definir y aprobar los mensajes sanitarios y advertencias sanitarias.

II.—Que el artículo 11 del Decreto Ejecutivo N° 37778-S del 09 de julio del 2013, “Reglamento de etiquetado de los productos de tabaco y sus derivados”, publicado en La Gaceta N° 138 del 18 de julio del 2013, establece que: “El Ministerio de Salud, de acuerdo con el artículo 9 de la Ley N° 9028, definirá vía resolución, la Unidad Organizativa responsable de definir y aprobar los mensajes sanitarios y advertencias que deberán imprimirse en los empaques primarios y secundarios de los productos de tabaco y sus derivados.” Por tanto,

LA MINISTRA DE SALUD, RESUELVE:

Artículo 1°—Designar a la Dirección de Mercadotecnia de la Salud del Ministerio de Salud, como la unidad organizativa responsable de definir y aprobar los mensajes sanitarios y advertencias que deberán imprimirse en los empaques primarios y secundarios de los productos de tabaco y sus derivados.

Artículo 2°—Rige a partir de esta fecha.

Dado en San José, Ministerio de Salud, a las ocho horas del diecinueve de julio del dos mil trece.

Dra. Daisy Corrales Díaz. MSc, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. N° 18899.—Solicitud N° 114-600-00231.—(IN2013048254).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISOS

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Específica para la Construcción y Mantenimiento del Ebais Merced, San José. Por medio de su representante: María del Rocío Arce Villalobos, cédula N° 104760622, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 11:00 horas del día 31 de julio del 2013.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2013049638).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Santa Rosa de La Palmera, San Carlos, Alajuela. Por medio de su representante: José Alberto Morales Mora, cédula N° 104600788, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 13:05 horas del día 31 de julio del 2013.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2013049684).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de la Delia de la Virgen de Sarapiquí de Heredia. Por medio de su representante: Luis Vicente Miranda Bermúdez, cédula 202921004 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 11:38 horas del día 05 de agosto del 2013.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2013050345).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de San Gabriel de Yolillal de Upala. Por medio de su representante: Guillermo Barrios Álvarez, cédula 8-440-905 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma a sus estatutos para que en adelante se lea así:

Artículo 01: Los límite

Este: con Quebrada los Chávez y cruce los Jazmines.

Dicha reforma es visible a folio 54 del acta de asamblea del 9 de marzo del 2013 presentada a este Departamento de Registro del tomo 1 del expediente de la organización Comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue Aprobada mediante asamblea general ordinaria de afilados celebrada el día 09 de marzo del 2013.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las once horas del día cinco de agosto del 2013.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2013050381).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

EDICTOS

El doctor José Miguel Amaya Camargo, número de cédula 79421093, vecino de San José, en calidad de representante legal de la compañía Droguería Aranda de Costa Rica S. A., con domicilio en Cartago, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Meprazolic, fabricado por Laboratorios Aranda S. A. de C.V., México, con los siguientes principios activos: Cada tableta de 350 mg contiene: Omeprazol base 20.0 mg, y las siguientes indicaciones terapéuticas: En el tratamiento de los signos relacionados con los trastornos ácido pépticos tales como la enfermedad de reflujo gastroesofágico, úlcera gastroduodenal y gastritis ocasionadas por medicamentos y/o AINES. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 15:00 horas del día 23 de julio del 2013.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2013049719).

El doctor Javier Molina Ulloa, número de cédula 1-543-142, vecino de Heredia, en calidad de regente veterinario de la Oficina Tramitadora de Registros Molimor JS SRL., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Endoral Full, fabricado por Laboratorio Donato Zurlo SRL. para Von Franken SAIC, Argentina, con los siguientes principios activos: cada 1000 mg contiene: Praziquantel 50 mg, pamoato de pirantel 150 mg, fenbendazol 500 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: Antiparasitario de amplio espectro. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan valer ante esta Dirección dentro del término de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 9 horas del 16 de julio de 2013.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2013050049).

El Señor Sergio Vindas, Castro con de cédula 7-0033-0606, vecino de Mercedes Norte, Heredia en calidad de regente veterinario de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Dr. Sergio Vindas Castro, con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Calciject 40 cm Solución Inyectable, fabricado por Laboratorios Norbrook Limited, Inglaterra con los siguientes principios activos: Cada ml contiene: Calcio borogluconato 400 mg, magnesio hipofosfito hexahidrato 50 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: Tratamiento de hipocalcemia e hipomagnesemia en vacas. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 8:00 horas del día 13 de junio del 2013.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2013050190).

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS

EDICTOS

AE-REG-E-192-2013.—El señor Francisco Ríos Rojas, cédula 8-0078-0119, en calidad de representante legal de la compañía Fedecoop Suministros S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial Nutracoop 15-15-15, compuesto a base de Nitrógeno (15%), Fosforo (15%), Potasio (15%) todos declarados en peso/peso conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 13:50 horas del 1° de julio del 2013.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013049810).

AE-REG-E-233-2013.—El señor Adolfo Meneses Monge, cédula 1-0775-0918, en calidad de Representante Legal de la compañía Agroinnova S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante Inorgánico de nombre comercial Huma Gro Activol, compuesto a base de fósforo (5%), hierro (0,10%), manganeso (0,05%), zinc (0,05%) todos declarados en peso/volumen conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 15:55 horas del 31 de julio del 2013.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicaciones.—Ing. Ludovyka Chaves Varela, Jefe a: í.—1 vez.—(IN2013050332).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La Dirección General de Aviación Civil, avisa al propietario de la aeronave matrícula XALJV, que la misma se encuentra ocupando un espacio en el Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós en Liberia, Guanacaste. Por lo tanto, se previene al o los interesados que en el término perentorio de 30 días hábiles deben proceder a retirarla del aeropuerto, caso contrario se procederá a declararla en abandono y se pondrá a dicha aeronave a disposición de la Dirección General de Aviación Civil para lo que corresponda, de conformidad con la ley General de Aviación Civil N° 5150 del 14 de mayo de 1973, artículo 247, incisos b) y c).—Álvaro Vargas Segura, Subdirector General.—O. C. N° 23552.—Solicitud N° 112-323-0028-C.—(IN2013039768).

La Dirección General de Aviación Civil, avisa a los propietarios de las aeronaves matrículas TI-AMN, TI-ARG, TI-AUK, y TI-ALD, que las mismas se encuentran ocupando espacio en el Aeropuerto Internacional Juan Santamaría. Por lo tanto, se previene a la empresa Izola S.B.L. S. A., adjudicataria del remate realizado a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de julio del dos mil cinco, según expediente 03-001250-185-CI del Juzgado Sexto Civil de San José, así como a las personas que aparecen como propietarios registrales de las aeronaves: TI-AMN Ninfa Marina Sociedad Anónima, Tiarg Herencia Sajona Sociedad Anónima, TI-AUK Volcán Tarumai Sociedad Anónima y TI-ALD Corcega Sociedad Anónima, que en el término perentorio de 30 días hábiles deben proceder a retirarlas del aeropuerto, caso contrario se procederá a declararlas en abandono y se pondrán a dichas aeronaves a disposición de la Dirección General de Aviación Civil para lo que corresponda, de conformidad con la Ley General de Aviación Civil N° 5150 del 14 de mayo de 1973, artículo 247, incisos b) y c).—Álvaro Vargas Segura, Subdirector General.—O. C. N° 23552.—Solicitud N° 112-323-0029-C.—(IN2013039769).

EDUCACIÓN PÚBLICA

REPOSICIÓN DE TÍTULO

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 121, título N° 619, emitido por el Colegio La Aurora, en el año dos mil doce, a nombre de López Mejías Leonel Armando, cédula 1-1573-0076. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de julio del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013048027).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio 25, título N° 109, emitido por el Liceo León Cortés Castro, en el año mil novecientos setenta y cinco, a nombre de Maynor Alberto González Ugalde. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y corrección del nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Minor Alberto González Ugalde cédula 2-0334-0660. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de julio del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013048178).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 328, título N° 941, emitido por el Liceo de Nicoya, en el año dos mil diez, a nombre de Martha Eugenia Hernández Hernández. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Martha Eugenia Aiza Hernández. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de julio del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013048179).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 158, título N° 2357, emitido por el Liceo Ing. Samuel Sáenz Flores, en el año dos mil tres, a nombre de Centeno Pérez Hazel, cédula 1-1267-0021. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 10 de julio del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013048193).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 137, título N° 507, y del título de Técnico Medio en la Especialidad de Secretariado Ejecutivo, inscrito en el tomo 1, folio 74, título N° 691, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional San Juan Sur, en el año dos mil diez, a nombre de Flores Hidalgo Cristel Eugenia, cédula 1-1487-0713. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los trece días del mes de junio del dos mil trece.— Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013048514).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 61, título N° 601, emitido por el Liceo Nuestra Señora de los Ángeles, en el año dos mil diez, a nombre de Salazar Elizondo Meilyn del Carmen, cédula 2-0698-0867. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecisiete días del mes de junio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013048557).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 38, título N° 177, emitido por el Liceo de Corralillo, en el año dos mil ocho, a nombre de Picado Navarro Marsella, cédula 3-0442-0236. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinticuatro días del mes de julio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación .—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013048763).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 109, título N° 545, emitido por el Colegio Técnico Profesional de La Fortuna, en el año dos mil tres, a nombre de Monge Calderón Andrea, cédula: 2-0611-0028. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintinueve de julio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049040).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 98, título N° 1104, emitido por el Liceo de Atenas Martha Mirambell Umaña, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Montoya Vargas Vera Rebeca. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 1° de abril del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049154).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 28, Título N° 378, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe de Grecia en el año dos mil tres, a nombre de Muñoz Zamora Estefany, cédula 2-0621-0864. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiocho días del mes de junio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049322).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 11, Título N° 47, emitido por el Colegio La Aurora, en el año dos mil uno, a nombre de Hernández Rojas Viviana. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro días del mes de julio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049382).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 175, asiento 14, título N° 618, emitido por el Colegio Nocturno de Ciudad Neily, en el año dos mil nueve, a nombre de Bejarano Flores Abelino, cédula N° 6-0308-0646. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta días del mes de julio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049572).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Certificado de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Modalidad Agropecuaria”, inscrito en el tomo 1, folio 235, título Nº 413, emitido por el Colegio Técnico Profesional Padre Roberto Evans Saunders, en el año dos mil, a nombre de Forbes Stewart Charles, cédula N° 7-0066-0725. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los once días del mes de julio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049573).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 292, título Nº 2702, emitido por el Liceo de San José, en el año dos mil once, a nombre de Chávez Guevara Ángela Rosa, cédula de residencia N° 155818788134. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta y un días del mes de julio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049591).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 17, título Nº 2299, y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Mecánica de Precisión, inscrito en el tomo 1, folio 73, título N° 1089, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Limón, en el año dos mil ocho, a nombre de Hunter Ranger Edson Xavier, cédula N° 1-1385-0750. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta y un días del mes de julio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049601).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller Profesional “Modalidad Agropecuaria”, inscrito en el tomo 1, folio 5, asiento 24, título Nº 53, emitido por el Colegio Técnico Profesional Umberto Melloni Campanini, en el año mil novecientos setenta y tres, a nombre de Bolaños Barrera Mario Alberto, cédula N° 1-0447-0329. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta días del mes de julio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049619).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 142, título N° 418, emitido por el CINDEA Santa Cruz, en el año dos mil nueve, a nombre de Alemán Castro Jeimy Tatiana, cédula 5-0339-0442. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta y un días del mes de julio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049723).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 139, título N° 2146, emitido por el Liceo Ing. Samuel Sáenz Flores, en el año dos mil dos, a nombre de Vargas Barrantes Christian, cédula 4-0184-0498. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta y un días del mes de julio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013049920).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 12, título N° 1270, emitido por el Liceo de Calle Fallas, en el año dos mil doce, a nombre de Arguedas Jiménez Luis Guillermo, cédula 1-1542-0160. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta y un días del mes de julio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013050018).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 40, título N° 174, emitido por el Colegio Nocturno de Bataan, en el año dos mil tres, a nombre de Fallas González Ania Cecilia, cédula 7-0168-0367. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 01 de agosto del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013050041).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 105, título N° 617, emitido por el Colegio Nocturno José Martí, en el año dos mil trece, a nombre de Mora Gómez Evelyn Johanna, cédula 6-0353-0468. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 1° de agosto del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013050061).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 279, título Nº 761, emitido por el Liceo Nocturno José Jiménez Núñez, en el año dos mil siete, a nombre de González Arce Mary Pamela, cédula 1-1257-0809. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes de abril del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013050246).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 15, título Nº 2960, emitido por el Liceo de Heredia, en el año dos mil ocho, a nombre de Orozco Varela Diego Antonio, cédula 4-0197-0856. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta y un días del mes de julio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013050276).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 02, folio 98, título N° 2266, emitido por el Liceo de Moravia, en el año dos mil nueve, a nombre de Méndez Céspedes Kevin Mauricio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinticuatro días del mes de julio del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013050356).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización social denominada: Asociación de Profesionales de la Municipalidad de San José, Siglas APROMUSAJ, acordada en asamblea celebrada el 14 de junio del 2013. Expediente P-160. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo 16, folio 152, asiento 4738 del 17 de julio del 2013. La reforma afecta el artículo 26 del Estatuto.—17 de julio del 2013.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa a. í.—Exonerado.—(IN2013048885).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el Señor Ministro de Trabajo y Seguridad social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización Social denominada: Cooperativa de Ahorro y Crédito San Luis Gonzaga R.L., siglas COOPESALUGO R.L. Resolución 40. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 55, 56 y 58 y la inclusión de los artículos 68, 69 y 70 del Estatuto.—18 de julio de 2013.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa a. í.—(IN2013049735)

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

En Sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 8 de mayo del 2013, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPA-1384-2013, al señor Quirós Ramírez José Luis, cédula de identidad 7-036-760, vecino de Limón, por un monto de ciento siete mil doscientos ochenta y un colones con cincuenta y cinco céntimos (¢107.281,55), con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Dunia Madrid Acuña, Directora.—1 vez.—(IN2013050199).

En Sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 8 de mayo del 2013, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPA-1392-2013, al señor Matamoros Rivera Orlando, cédula de identidad 3-170-949, vecino de Limón, por un monto de ciento siete mil doscientos ochenta y un colones con cincuenta y cinco céntimos, (¢107.281,55), con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional de Pensiones.—1 vez.—(IN2013050310).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Propiedad industrial

Cambio de Nombre Nº 85048

Que Sergio Quesada González, cédula de identidad 105530680, en calidad de apoderado especial de Los Selectos del Futuro Cinco S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Los Selectos del Futuro S. A., por el de Los Selectos del Futuro Cinco S. A., cédula jurídica 3-101-232117, domicilio en Asunción de Belén, Heredia, de Waterland, 500 metros al norte, Edificio Burger King, Costa Rica, presentada el día 19 de junio de 2013 bajo expediente 85048. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2003-0004555 Registro Nº 168978 BOSQUE LLUVIOSO en clase 32 Marca Mixto, 2005-0006702 Registro Nº 196193 BOSQUE LLUVIOSO (RAIN FOREST) en clase 32 Marca Denominativa, 2009-0010558 Registro Nº 200249 Rain Forest en clase 32 Marca Mixto y 2010-0004007 Registro Nº 204501 Rain Forest en clase 32 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—24 de julio de 2013.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—1 vez.—(IN2013049869).

Cambio de Nombre Nº 84714

Que Jorge Arturo Jiménez Garita, en calidad de apoderado generalísimo de Concentrados Almosi S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Concentrados para Animales Granero Almosi Sociedad Anónima por el de Concentrados Almosi S. A., presentada el día 29 de mayo de 2013 bajo expediente 84714. El nuevo nombre afecta a la siguiente marca: 2001-0009061 Registro Nº 138401 ALMOSI en clase 31 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—28 de junio de 2013.—Ildreth Araya Mesén, Registrador.—1 vez.—(IN2013049880).

Cambio de Nombre N° 84266

Que Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-0679-0960, en calidad de apoderado especial de Glaxosmithkline Costa Rica S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Smithkline Beecham de Costa Rica S.A. por el de Glaxosmithkline Costa Rica S. A., presentada el 7 de mayo de 2013, bajo expediente 84266. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2001-0008930, Registro N° 167102 COFAL en clase 3 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de mayo de 2013.—Walter Campos Fernández, Registrador.—1 vez.—(IN2013050071).

Cambio de Nombre N° 84138

Que Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-679-960, en calidad de apoderada especial de ADT Services GMBH, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de ADT Services AG., domicilio actual Freier Platz 10, 8200 Schaffhausen, Suiza, por el de ADT Services GMBH, domiciliado en Victor Von Bruns-Strasse 21, 8212 Neuhausen AM Rheinfall, Suiza, presentada el 26 de abril de 2013, bajo expediente 84138. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2004-0004752, Registro N° 151598 ADT Vanguard en clase 36 Marca Mixto y 2004-0004757, Registro N° 151597 ADT Vanguard en clase 35 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de junio de 2013.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—1 vez.—(IN2013050072).

Marca de Ganado

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Solicitud N° 2013-922.—José Antonio Quirós Quirós, cédula de identidad 0202771053, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, San José, Betania, de la Escuela, 2 Kilómetros al Sur. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 10 de junio del 2013, según el expediente Nº 2013-922.—San José, 15 de julio del 2013.—Viviana Segura de la O, Registradora.—1 vez.—(IN2013048005).

Álvaro Vicente Salazar, cédula de identidad 0104510915, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Golfito, Golfito, La Mona, Finca Las Tecas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio del 2013, según el expediente Nº 2013-955.—San José, 17 de julio del 2013.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2013048076).

N° 2013-806.—María Eugenia López Chaves, cédula de identidad 1-0385-0178, en calidad de apoderada generalísima sin límite  de  suma  de  Garlope  Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-265642, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado, que usará preferentemente en San José, Vázquez de Coronado, Las Nubes, Finca El Triunfo 2 km este de la escuelita de Las Nubes de Coronado. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 11 de julio del 2013.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—(IN2013048260).

N° 2013-838.—Olimpia Rodríguez Solís, cédula de identidad 0202670948, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, San Carlos, Florencia, Finca La Vieja, del Colegio Agropecuario 2 kilómetros al sur. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 28 de junio del 2013.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2013048271).

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Víctor Vargas Valenzuela, céd. 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Dow Agrosciences LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada INTERACCIONES FUNGICIDAS SINÉRGICAS DE 5-FLUOROCITOSINA Y OTROS FUNGICIDAS. Una composición fungicida que contenga una cantidad efectiva de fungicida de a) un compuesto de la Fórmula I y (b) al menos un fungicida seleccionado a partir del grupo formado por miclobutanil, fenbuconazol, difenoconazol, trifloxistrobina, pentiopirad, fluopiram, boscalid, mancozeb y pirimetanil que brinda un control sinérgico del hongo seleccionado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/54; cuyos inventores son Lorsbach, Beth, Owen, W. John, Yao, Chenglin. La solicitud correspondiente lleva el número 20130284, y fue presentada a las 13:46:53 del 12 de junio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de junio del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013047762).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, céd. 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Les Laboratoires Servier, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada NUEVOS CO-CRISTALES DE AGOMELATINA, SU PROCEDIMIENTO DE PREPARACIÓN Y LAS COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS QUE LOS CONTIENEN. La presente invención se refiere a nuevos co-cristales de agomelatina o N-[2-(7-metoxi-l-naftil)etil]acetamida de fórmula (I), a su procedimiento de preparación así como a las composiciones farmacéuticas que los contienen. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K; C07D; cuyos inventores son Letellier, Philippe, Lynch, Michael, Pean, Jean-Manuel. La solicitud correspondiente lleva el número 20120287, y fue presentada a las 14:03:40 del 29 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de junio del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013047764).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, céd. 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Les Laboratoires Servier, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada NUEVO PROCEDIMIENTO DE SÍNTESIS DE LA AGOMELATINA. La presente invención se refiere a un nuevo procedimiento de síntesis industrial de la agomelatina o N-[2-(7-metoxi-l-naftil)etil] acetamida de fórmula (I): La agomelatina o N-[2-(7-metoxi-l-naftil) etil]acetamida posee propiedades farmacológicas interesantes. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 233/18; C07D 231/14; C07D 209/48; C07D 233/31; cuyos inventores son Zard, Samir, Sire, Béatrice, Boumediene, Mehdi. La solicitud correspondiente lleva el número 20130300, y fue presentada a las 13:55:39 del 19 de junio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de junio del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013047766).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, céd. 1-335-794, en condición de apoderado de Roche Glycart AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada POLIPÉPTIDOS INTERLEUQUINA-2 MOTANTES. La presente invención se refiere de manera general a polipéptidos interleuquina-2 mutantes que muestran una afinidad reducida para la subunidad ? del receptor de IL-2, para la utilización como agentes inmunoterapéuticos. Asimismo, la invención se refiere a inmunoconjugados que comprenden dichos polipéptidos IL-2 mutantes, moléculas polinucleótidas codificantes de los polipéptidos IL-2 mutantes o inmunoconjugados y vectores y células huésped que comprenden dichas moléculas polinucleótidas. La invención se refiere además a métodos para producir los polipéptidos mutantes o inmunoconjugados de IL-2, a composiciones farmacéuticas que los comprenden, y a los usos de los mismos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 14/55; C12N 15/26; A61K 39/395; A61K 47/48; cuyos inventores son Ast, Oliver, Bruenker, Peter, Freimoser-Grundschober, Anne, Herter, Sylvia, Hofer, Thomas U., Hosse, Ralf, Klein, Christian, Moessner, Ekkehard, Nicolini, Valeria G., Umana, Pablo. La solicitud correspondiente lleva el número 20130314, y fue presentada a las 13:48:23 del 24 de junio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de junio del 2013.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2013047768).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, céd. 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de BASF SE, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES QUE CONTIENEN IDÉNTICAS SALES DE POLIAMINA DE PESTICIDAS ANIÓNICOS MIXTOS. La presente invención se refiere a una composición que comprende una primera sal, que contiene un primer pesticida aniónico (Al) y una poliamina catiónica (B), y una segunda sal, que contiene un segundo pesticida aniónico (A2) y una poliamina catiónica (B), en donde ambas sales contienen la misma poliamina catiónica (B), y en donde la poliamina catiónica comprende al menos dos grupos amino. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 25/00; A01N 33/04; A01N 33/08; A01N 57/20; A01N 37/10; cuyos inventores son Hixson, Adam, Bowe, Steven, Xu, Wen. La solicitud correspondiente lleva el número 20130236, y fue presentada a las 14:05:18 del 20 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de junio del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013047770).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, céd. 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS HETEROCÍCLICOS NITROGENADOS SUSTITUIDOS FUSIONADOS EN POSICIÓN 6,6 Y USOS DE LOS MISMOS. La invención proporciona nuevos compuestos que tienen la fórmula general: (I) en la que XI es N o N+O-, y uno de X2, X3 y X4 es N o N+-O-y los demás de X2, X3 y X4 son C. R2, R3, R4, R5, R6, A, B y Y tienen los significados aquí definidos. Se describen además composiciones de compuestos de la fórmula I y métodos de uso. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 217/22; C07D 401/04; A61K 31/472; A61P 5/00; cuyos inventores son Gazzard, Lewis J., Hanan, Emily, Kintz, Samuel, Lyssikatos, Joseph P., Purkey, Hans Edward. La solicitud correspondiente lleva el número 20130338, y fue presentada a las 14:17:06 del 10 de julio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de julio del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013047772).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, céd. 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Bipar Sciences Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada TRATAMIENTO DE CÁNCER UTERINO Y CÁNCER DE OVARIO CON UN INHIBIDOR DE PARP SOLO O EN COMBINACIÓN CON AGENTES ANTI-TUMORALES. Se proporciona un método de tratamiento de cáncer de útero o cáncer de ovario en un paciente, que comprende administrar al paciente al menos un inhibidor de PARP. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/66; A61K 31/166; A61P 35/00; cuyos inventores son Ossovskaya, Valeria, Sherman, Barry, Bradley, Charles. La solicitud correspondiente lleva el número 11486, y fue presentada a las 14:12:00 del 10 de junio del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de julio del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013047775).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, céd. 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de BASF SE, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada PLANTAS QUE TIENEN MAYOR TOLERANCIA A HERBICIDAS. Un método para controlar vegetación no deseada en un sitio de cultivo de plantas, el método que comprende las etapas de proveer, a dicho sitio, una planta que comprende al menos un ácido nucleico que comprende una secuencia de nucleótidos que codifica un protoporfirinógeno oxidasa (PPO) mutado o de tipo silvestre el cual es resistente o tolerante a un herbicida derivado de benzoxazinona mediante la aplicación de una cantidad efectiva del mencionado herbicida a dicho sitio. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C12N 15/82; A01H 5/00; A01N 63/00; cuyos inventores son Hutzler, Johannes, Aponte, Raphael, Mietzner, Thomas, Witschel, Matthias, Simon, Anja, Lerchl, Jens, Tresch, Stefan, Mankin, S. Luke. La solicitud correspondiente lleva el número 20130296, y fue presentada a las 13:49:18 del 18 de junio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de julio del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013047777).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, céd. 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de BASF SE, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada MEZCLAS DE ACTIVOS PESTICIDA QUE COMPRENDE COMPUESTOS DE PIRAZOL. La presente invención se refiere a mezclas de ingredientes activos que tienen una acción potenciada sinérgicamente y a métodos que comprenden la aplicación de dichas mezclas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/56; A01N 43/58; A01N 43/40; A01N 43/90; A01N 43/653; A01N 43/707; A01N 47/02; A01N 47/06; cuyos inventores son Sörgel, Sebastian, Defieber, Christian, Sälinger, Daniel, Langewald, Jürgen. La solicitud correspondiente lleva el número 20130297, y fue presentada a las 13:50:58 del 18 de junio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de julio del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013047778).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, céd. 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de BASF SE, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada PIRIDINAS SUSTITUIDAS QUE TIENEN ACCIÓN HERBICIDA. Compuestos de piridina sustituida de la Fórmula I La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 495/04; A01N 43/60; cuyos inventores son Witschel, Matthias, Moberg, William Karl, Parra Rapado, Liliana, Besong, Gilbert, Rack, Michael, Kloet, Andree Van Der, Seitz, Thomas, Reingruber, Rüdiger, Kraus, Helmut, Hutzler, Johannes, Newton, Trevor William, Lerchl, Jens, Kreuz, Klaus, Grossmann, Klaus, Evans, Richard Roge. La solicitud correspondiente lleva el número 20130310, y fue presentada a las 13:58:11 del 21 de junio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de julio del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013047779).

El señor Luis Pal Hegedus, cédula 1-558-219, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de ST Jude Medical Systems AB, de Suecia, solicita la Patente de Invención denominada UNIDAD DE INTERFAZ, SISTEMA DE MEDICIÓN Y UN MÉTODO EN UNA UNIDAD DE INTERFAZ.

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La presente invención trata acerca de una unidad de interfaz extracorpórea, para un sistema de medición intravascular, para medir una variable fisiológica o de otro tipo, en un organismo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61B 5/021; cuyo(s) inventor(es) es (son) Samuelsson, Magnus. La solicitud correspondiente lleva el número 20130208 y fue presentada a las 14:09:23 del 09 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de julio del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013047913).

El señor Luis Pal Hegedus, mayor, abogado, cédula 1-558-219, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de MPT Mustard Products & Technologies Inc., de Canadá, solicita la Patente de Invención denominada MEZCLAS DE MATERIAL DE PLANTA MOSTAZA PARA EL CONTROL DE PESTES Y MÉTODOS DE ELABORACIÓN.

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Se describe una composición para controlar pestes, en donde la composición comprende una mezcla de un material de planta obtenible de una planta de mostaza de la especie Sinapis alba y un material de planta obtenible de una planta de mostaza de la especie Brassica juncea. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 65/08; A01P 7/00; cuyo(s) inventor(es) es (son) Robinson, James. La solicitud correspondiente lleva el número 20130323, y fue presentada a las 14:00:17 del 26 de junio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de junio del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013047921).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, en condición de apoderado de Roofeco System S.L., de España, solicita el Modelo de Utilidad denominada TEJA PARA CUBIERTA.

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La invención se refiere a una teja para cubiertas que comprenden unos medios de acople sin tornillo expuesto para unir las tejas o paneles de teja unos con otros. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: E04D 1/00; cuyo inventor es Araya Brenes Mario Gerardo. La solicitud correspondiente lleva el número 20130114, y fue presentada a las 13:55:00 del 14 de marzo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de julio del 2013.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2013047923).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Verterra Energy Inc., de los Estados Unidos, solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA DE TURBINA Y MÉTODO.

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Algunas modalidades de un sistema de turbina descrito aquí proporcionan una turbina que rota en respuesta a flujo de fluido fuera de eje. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es F03B 17/06; F03B 3/00; F03B 3/12; cuyos inventores son Christopher, Theodore J. La solicitud correspondiente lleva el número 2013-0279 y fue presentada a las 14:28:13 del 10 de junio de 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de julio de 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2012047925).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Incyte Corporation, de E.U.A, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE PIRROLOPIRIDINA Y PIRROLOPIRIMIDINA SUSTITUIDOS CON CICLOBUTILO COMO INHIBIDORES DE JAK. La presente invención provee pirrolopirimidinas y pirrolopiridinas sustituidas con ciclobutilo de la fórmula I, en donde X, Y, Z, L, A, R5, n y m se definen con anterioridad, así como sus composiciones y métodos de uso que modulan la actividad de Janus quinasas (JAKs) y son de utilidad en el tratamiento de enfermedades relacionadas con la actividad de JAKs que incluyen por ejemplo, trastornos inflamatorios, trastornos autoinmunes, cáncer y otras enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 471/04; A61K 31/519; C07D 487/04; cuyo(s) inventor(es) es (son) Rodgers, James D. La solicitud correspondiente lleva el número 20130280, y fue presentada a las 14:32:51 del 10 de junio del 2013, Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de julio del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013047929).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Array Biopharma Inc., de E.U.A., solicita la patente de invención denominada COMPUESTOS SUSTITUIDOS DE N-(1H-INDAZOL-4-IL) IMIDAZO [1,2-a] PIRIDIN-3-CARBOXAMIDA COMO INHIBIDORES DE LA TIROSINA QUINASA RECEPTORA DE TIPO III.

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Compuestos de Fórmula I: La memoria descriptiva, reivindica-ciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 471/04; cuyos inventores son Boys, Mark Laurence, Delisle, Robert Kirk, Hicken, Erik James, Kennedy, April L., Mareska, David A., Marmsater, Fredrik P., Munson, Mark C., Newhouse, Brad, Rast, Bryson, Rizzi, James P., Rodríguez, Martha E., Topalov, George T., Zhao, Qian. La solicitud correspondiente lleva el número 20130349, y fue presentada a las 14:10:08 del 15 de julio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de julio del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013047930).

La señor(a) (ita) Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula 1-812-604, en condición de apoderada de Almirall S. A., de España, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE IMIDAZO[1,2-b]PIRIDAZINA E IMIDAZO[4,5-B]PIRIDINA COMO INHIBIDORES DE JAK. Se describen nuevos derivados de Imidazo[1,2-b]Piridazina e Imidazo[4,5-b]Piridina que tienen la estructura química de fórmula (I); así como un procedimiento para su preparación, composiciones farmacéuticas que los comprenden y su uso en terapia como inhibidores de quinasas Janus (JAK). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 471/04; A61K 31/502; A61P 35/00; A61P 35/02; A61P 37/06; C07D 487/04; cuyos  inventores son González Rodríguez, Jacob, Vidal Juan, Bernat, Vidal Gispert, Laura, Bach Taña Jordi. La solicitud correspondiente lleva el número 20130210, y fue presentada a las 10:58:01 del 10 de mayo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de julio del 2013.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2013048013).

El señor Ernesto Gutiérrez Blanco, mayor, abogado, cédula 1-848-886, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Kumiai Chemical Industry Co., Ltd., de Japón, Ihara Chemical Industry Co. Ltd., de Japón, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS Y LOS HERBICIDAS DE 6-ACIL-1,2,4-TRIAZINA-3,5-DIONA.

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Se revelan los compuestos que exhiben suficiente actividad herbicida en bajas dosis de aplicación, cuando se aplican al suelo y al follaje, y una composición agroquímica que utiliza los mismos, en particular los herbicidas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 253/06; A01N 43/707; A01N 43/80; A01N 43/84; A01N 43/02; A01P 13/02; C07D 401/04; C07D 403/04; C07D 403/06; C07D 405/04; C07D 409/04; C07D 413/04; C07D 417/04; cuyos inventores son +Shibayama, Atsushi, Kajiki, Ryu, Kobayashi, Masami, Mitsunari, Takashi, Nagamatsu, Atsushi. La solicitud correspondiente lleva el número 20130039, y fue presentada a las 9:25:10 del 29 de enero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de junio del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013048265).

El señor César Alonso Carrillo Zamora, de Costa Rica, solicita el Diseño Industrial denominado TORRE DE ILUMINACIÓN Y PUBLICIDAD.

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Torre de iluminación para estadios con vallas publicitarias luminosas, led y publicidad parte superior de la torre.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,  la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 20/03; cuyo inventor es César Alonso Carrillo Zamora. La solicitud correspondiente lleva el número 20130299, y fue presentada a las 13:19:12 del 19 de junio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de junio del 2013.—Lic. Melissa Solís  Zamora, Registradora.—(IN2013048457).

El (la) señor(a) (ita) Alejandra Castro Bonilla, cédula N° 1 0880 0194, mayor de edad, vecina de San José, abogada, apoderada especial de Takeda Pharmaceutical Company Limited, de Japón, solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS ANTI-CD38. Se describen anticuerpos aislados que se unen a la CD38 humana y CD38 de cinomolgo. También se describen 5 composiciones farmacéuticas que comprenden los anticuerpos descritos y métodos terapéuticos y de diagnóstico para usar los anticuerpos descritos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/28; A61P 35/02; cuyo(s) inventor(es) es (son) Elias, Kathleen Ann, Landes, Gregory, Singh, Shweta, Korver, Wouter, Drake, Andrew Walling, Haak-Frendscho, Mary, Snell, Gyorgy Pal, Bhaskar, Vinay. La solicitud correspondiente lleva el número 20130313, y fue presentada a las 14:57:20 del 21 de junio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de junio del 2013.—Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013048530).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señora María del Pilar López Quirós, cédula N° 1-1066- 0601, en condición de apoderado de E2interactive, Inc. D/B/A E2interactive, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada SISTEMAS Y MÉTODOS PARA EL PAGO DE LAS FACTURAS DE LOS CLIENTES UTILIZANDO LA PLATAFORMA DE PAGO DE EMISOR DE LA FACTURA.

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La presente invención se refiere a sistemas y métodos que ofrecen el pago en una cuenta pre-existente con un proveedor de bienes o servicios, el método facilitado entre un cliente, un proveedor de bienes o servicios, y un procesador. El método incluye los pasos como la recepción del valor del cliente, la información de identificación del cliente y la información suficiente para identificar al proveedor y cuenta pre-existente del cliente, acceder a una plataforma de pago del proveedor, la determinación de la información requerida por el proveedor con el fin para proporcionar el pago en la cuenta del cliente, comunicación de la información requerida por el proveedor con el fin de proporcionar el pago en la cuenta del cliente, y proporcionar un valor en la cuenta del cliente. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: G06Q 30/00 ; cuyo(s) inventor(es) es(son) Smith, Merrill, Brooks, Graves, Phillip, Craig, Chakiris, Phil, M. La solicitud correspondiente lleva el número 20130086, y fue presentada a las 14:09:00 del 25 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de Junio del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013048584).

La señora María del Pilar López Quirós, cédula N° 1-1066- 0601, mayor de edad, abogada, apoderada especial de E2interactive, Inc. D/B/A E2interactive, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada SISTEMAS Y MÉTODOS PARA LA REALIZACIÓN DE UNA TRANSACCIÓN DE COMPRA DE PRODUCTOS O SERVICIOS ELEGIBLES CON UN VALOR ALMACENADO.

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Un método para llevar a cabo una transacción de compra de bienes o servicios, los productos o servicios que pueden incluir bienes o servicios elegibles  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,  la Clasificación Internacional de Patentes es: G06Q 50/00; G06F 17/00; cuyo(s) inventor(es) es (son) Collins, Samuel, R., Skiba, Robert, Leonard, Mark. La solicitud correspondiente lleva el número 20130013, y fue presentada a las 08:48:21 del 15 de enero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de junio del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013048587).

La señora María del Pilar López Quirós, cédula 1-1066-0601, mayor de edad, vecina de San José, abogada, apoderada especial Healthy Foods, LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada HOMOGENIZADOR DE ALIMENTOS BASADOS.

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Un homogenizador de comida comprende una base que comprende un motor de accionamiento con un eje de accionamiento.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,  la Clasificación Internacional de Patentes es: A47J   43/046; A47J   43/07; A47J   19/00; B01F 7/00; B01F 15/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Machovina, Brian, Louis, Johnson, Robert, Schmidt, Robert, Breeden, Winston, Whitner, Douglas, Edward, Mchale, Eileen. La solicitud correspondiente lleva el número 20130085, y fue presentada a las 14:08:00 del 25 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de junio del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013048589).

El señor José Abraham Campos Vargas, de Costa Rica cédula 2-0301-0866, mayor, vecino de San José, solicita el Diseño Industrial denominada: COBERTOR DE POLICLORURO DE VINILO (PVC) PARA AZADÓN RECOLECTOR DE PALMA ACEITERA, BANANO Y PIÑA.

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La forma del cobertor, el ajuste a presión, la forma de sujeción con la herramienta y la composición de su material permiten la durabilidad de la funda, su manipulación inocua y la seguridad en el transporte del azadón por parte del usuario. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 08/05; cuyo(s) inventor(es) es(son) Campos Vargas, José Abraham. La solicitud correspondiente lleva el número 20130344, y fue presentada a las 10:28:27 del 15 de julio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de julio del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—1 vez.—(IN2013048738).

El señor Rafael Ángel Quesada Vargas, mayor, abogado, cédula 1-0994-0112, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Jorge Zumbado Madrigal, de Costa Rica, solicita el diseño industrial denominada DISPOSITIVO DE AJUSTE DE BANDAS DE EJE.

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Diseño industrial de una herramienta que se utiliza para el ajuste de bandas de eje de vehículos, que facilita la ejecución en la reparación de estas piezas, compuesta de un deslizador, ojo de movilidad, resorte de seguro, gatillo y manilla. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 08/08; cuyo inventor es Zumbado Madrigal, Jorge. La solicitud correspondiente lleva el número 20130331, y fue presentada a las 14:08:10 del 2 de julio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—San José, 3 de julio del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013048855).

El señor Rafael Ángel Quesada Vargas, cédula 1-0994-0112, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Marco Antonio Salazar Lutz, de Costa Rica, solicita la patente de invención denominada MULTICONECTOR ELÉCTRICO. Se refiere a un aparato metálico de tipo conector eléctrico múltiple, cuya función es hacer distribuciones y conexiones en las instalaciones eléctricas en casa de habitación, edificios, bodegas y demás edificaciones sin necesidad de usar pegas en el amarre de los cables. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: H01R 43/00; H02G 1/00; A01B 7/40; cuyo inventor es Salazar Lutz, Marco Antonio. La solicitud correspondiente lleva el número 20130332, y fue presentada a las 14:08:50 del 2 de julio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—San José, 3 de julio del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013048856).

El señor Harry Wohlstein Rubinstein, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-0341-0287, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Genetech Inc de los Estados Unidos, solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS ANTI-MESOTELINA E INMUNO-CONJUGADOS.

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La invención proporciona anticuerpos anti-mesotelina e inmunoconjugados y métodos de uso de los mismos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes 2012.01 es C07K 16/30; A61K 47/48; A61K 39/395; A61P 35/00 cuyos inventores son Dennis, Mark; Scales, Suzanna J; Spencer, Susan D; Zhang, Yin. La solicitud correspondiente lleva el número 2013-0335 y fue presentada a las 14:07:08 del 9 de julio de 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—San José, 10 de julio de 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013048889).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor, abogado, cédula número 9-012-480, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Pfizer Inc., de E.U.A., Amgen Fremont Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS MONOCLONALES HUMANOS PARA LA QUINASA-1 TIPO RECEPTOR DE ACTIVINA (DIVIISIONAL 9819). La invención pertenece a la neutralización aislada de los anticuerpos monoclonales anti-ALK-1 o las porciones aglutinantes de antígeno de los mismos y se aglutina al ALK-1 de primate, preferiblemente el ECD del ALK-1 de Humano. En una forma de realización preferida, los anticuerpos neutralizantes son anticuerpos monoclonales completamente humanos o porciones aglutinantes de antígeno. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C12N 5/06; C07K 16/00; cuyos inventores son North, Michael, Aidan, Amundson, Karin, Kristina, Bedian, Vahe, Belouski, Shelley, Sims, Hu-Lowe, Dana, Dan, Jiang, Xin, Karlicek, Shannon, Marie, Kellermann, Sirid-Aimee, Thomson, James Arthur, Wang, Jianying, Wickman, Grant, Raymond, Zhang, Jingchuan. La solicitud correspondiente lleva el número 20130351, y fue presentada a las 9:53:46 del 19 de julio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de Julio del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013049731).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, céd. 1-669-228, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Array Biopharma Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: BENZO AZEPINAS SUSTITUIDAS EN LA POSIICIÓN 8 COMO MODULADORES DE RECEPTORES TOLL LIKE. Se proveen composiciones y métodos útiles para la señalización por medio de los receptores “toll-like” TLR7 y/o TLR8. Las composiciones y métodos pueden ser empleadas en el tratamiento de autoinmunidad, inflamación, alergia, asma, rechazo de injertos, enfermedad del injerto contra el hospedero, infección, septicemia, cáncer e inmunodeficiencia. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 223/16; A61K 31/55; C07D 403/10; cuyos inventores son Doherty, George, A., Eary, C., Todd, Groneberg, Robert, D., Jones, Zachary. La solicitud correspondiente lleva el número 20130321, y fue presentada a las 14:03:20 del 25 de junio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de julio del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2013049861).

El señor Luis Pal Hegedus, céd. 1-558-219, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Nexmed Holdings Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: ENANTIÓMERO ACTIVO DE DODECIL-2-(N,N-DIMETILAMINO)-PROPIONATO. El 2R-dodecil 2-(N,N-dimetilamino) propionato (R-DDAIP) proporciona una actividad mejorada inesperada en la facilitación del transporte de un compuesto farmacéuticamente activo a través de membranas y tejidos biológicos, en comparación con el S-DDAIP de la misma pureza enantiomérica, o el DDAIP racémico. También se proporciona el S-DDAIP purificado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/221; cuyos inventores son Damaj, Bassam B., Martin, Richard. La solicitud correspondiente lleva el número 20130324, y fue presentada a las 14:00:56 del 26 de junio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de julio del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013049864).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, céd. 1-669-228, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Laboratorios Senosiain S. A. de C.V., de México, solicita la Patente de Invención denominada: COMPRIMIDO FARMACÉUTICO DE LIBERACIÓN CONTROLADA PARA ADMINISTRACIÓN ORAL.

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La presente invención tiene su aplicación en el campo farmacéutico, especialmente en el de combinación y composición farmacéuticas que comprenden un inhibidor de la lipasa y una fitoalexina y vehículos o excipientes farmacéuticamente aceptables. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 9/22; A61K 31/496; A61K 47/38; cuyos inventores son Senosiain Arroyo, Héctor, Arzola Paniagua, María Angélica, Barranco Hernández, Gustavo. La solicitud correspondiente lleva el número 20130288, y fue presentada a las 14:20:15 del 13 de junio del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de julio del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2013049866).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Mujeres Ditse Bajo Chirripó, con domicilio en la provincia de Limón. Cuyos fines, entre otros serán los siguientes: participar en la gestión y realización de proyectos, para la identificación, restauración y mantenimiento de desarrollo de proyectos en esta comunidad en el área cultural y ambiental de mujeres de Namaldi, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatutos, lo es la presidenta: Laura Inés Jiménez Aguilar. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2013, asiento: 77189.—Curridabat, veintitrés de julio del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013049658).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Mujeres Ditse Bajo Chirripó, con domicilio en la provincia de Limón. Cuyos fines, entre otros serán los siguientes: participar en la gestión y realización de proyectos, para la identificación, restauración y mantenimiento de desarrollo de proyectos en esta comunidad en el área cultural y ambiental de mujeres de Namaldi, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatutos, lo es la presidenta: Laura Inés Jiménez Aguilar. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2013, asiento: 77189.—Curridabat, veintitrés de julio del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013049658).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción,  la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-409082, denominación: Association San Pedro Christian Fellowship. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2013, asiento: 166387.—Dado en el Registro Nacional, a las nueve horas cincuenta y seis minutos y veintiséis segundos del nueve de julio del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013049697).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación La Nueva Jerusalem en la Victoria con domicilio en la provincia de Guanacaste; cuyos fines principales entre ostros son los siguientes: proliferar y difundir las enseñanzas de evangelio de cristo, doctrinas y discipular a sus miembros en las enseñanza bíblicas. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Juan Carlos Martínez Chaves. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013 asiento: 36983).—Curridabat, 14 de febrero del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013049835).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la: Asociación Damas Salesianas S.D.S., entre las cuales se modifica el nombre social, que se denominará: Asociación Damas Salesianas A.D.S. Por cuanto dichas reformas cumplen con la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2013, asiento: 147920.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 1 minuto y 21 segundos, del 13 de junio del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013049897).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Vecinos de los Higuerones San Roque Puente de Piedra, con domicilio en la provincia de Heredia; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: propiciar el desarrollo de obras en beneficio de la comunidad, tales como reparación de calles, alcantarillado, alumbrado público, vigilancia patrimonial propia, obras de caridad, mantenimiento de áreas verdes y todo lo relacionado con el bienestar de la comunidad. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Cristhian Darcía Carballo. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 188002).—Curridabat, 26 de julio del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013049918).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Agencias de Viajes Operadoras de Cruceros de Puntarenas, con domicilio en la provincia de Puntarenas; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: la organización de sus asociados para realizar actividades de promoción y defensa de la actividad de las agencias de viajes, operadoras de cruceros. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Johnny Murillo Picado. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012, asiento: 277099).—Curridabat, doce de febrero del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013050026).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Administradora de Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Miravalles, Zapote, distrito Bijagua, cantón Upala, provincia Alajuela, con domicilio en la provincia de Alajuela; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Eduardo Muñoz Espinoza. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013, asiento: 141643, adicional tomo: 2013, asiento: 182316).—Curridabat, diecinueve de julio del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013050054).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cristiana Asambleas de Dios en Upala, con domicilio en la provincia de Alajuela. Sus fines entre otros están: proclamar el mensaje de salvación y hacer discípulos de acuerdo al mandamiento de nuestro Señor Jesucristo, basados en las sagradas escrituras como fuente de autoridad. Leonidas González Icabalceta, es el presidente y representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas N° 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. Tomo: 2013, asiento 87120, adicionales: 2013-140015, 2013-151596, 2013-165685. Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 50 minutos del cuatro de julio del dos mil trece.—Lic. Marvin Chavarría Flores, Subdirector a. í.—1 vez.—(IN2013050055).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-348160, denominación: Asociación Reacción en Cadena por Nuestra Niñez. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la ley Nº 218 del 8 de Agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2013 Asiento: 99398. Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 45 minutos y 22 segundos, del 30 de abril del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013050239).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

La Dirección Nacional de Notariado, hace saber: que ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial de la Lic. Priscilla Barrios Rodríguez, cédula de identidad N° 6-0353-0700, carné de abogada N° 19859. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quiénes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente N° 13-002613-0624-NO.—San José, 12 de julio del 2013.—Lic. Melvin Rojas Ugalde, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—(IN2013049649).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

N° 15455-P.—MC Alva S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BC-955 en finca de el mismo en Tárcoles, Garabito, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 202.735 / 472.018 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de junio del 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013048653).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. Nº 11014P.—Industrial de Oleaginosas Americanas S.A., solicita concesión de: 14 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BC-472 en finca de su propiedad en Barranca, Puntarenas, Puntarenas, para uso industria. Coordenadas 218.925 / 457.375 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de mayo del 2013.—Departamento de Información, Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013049301).

Exp. Nº 15697P.—Avícola Paine S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RG-930 en finca de su propiedad en Turrúcares, Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 215.811 / 498.097 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 1º de julio del 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013049311).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. N° 12718-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas del doce de octubre del dos mil once.—Olga Araya Moreira, divorciada, pensionada, costarricense, cédula de identidad número siete-cero cuarenta y siete-quinientos noventa y seis, vecina de Guápiles, Pococí, Limón; tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha de nacimiento de la misma es “dieciocho de marzo de mil novecientos cincuenta y uno”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013048147).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expediente N° 8259-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—José, a las nueve horas del dieciséis de julio del dos mil trece. Diligencias de ocurso presentadas ante este Registro Civil por Danilo Retana Hidalgo, divorciado, ingeniero en informática, cédula de identidad número uno-quinientos ochenta y cinco-novecientos cincuenta y cinco, vecino de San Francisco, Heredia; tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha de nacimiento... es “veintisiete de febrero de mil novecientos sesenta y uno”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Varga, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—(IN2013049043).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. N° 54815-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cuarenta minutos del treinta de julio de dos mil trece. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de matrimonio de Guillermo Antonio Carpio Monge con Marlene Anello Sánchez, celebrado el siete de febrero del dos mil siete, que lleva el número novecientos treinta y uno, folio cuatrocientos sesenta y seis, tomo cuatrocientos ochenta y tres de la provincia de San José, Sección de Matrimonios, por aparecer pendiente de inscripción el certificado de declaración de matrimonio número cero uno tres cero seis nueve dos, de Guillermo Carpio Monge con Ana del Rocío Carpio Montoya, celebrado el trece de junio de mil novecientos ochenta. Conforme lo señalan los artículos 64 y 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación al señor Guillermo Antonio Carpio Monge o Guillermo Carpio Monge y a la señora Marlene Anello Sánchez, con el propósito que se pronuncien en relación con las presentes gestiones. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—(IN2013050138).

Exp. Nº 34586-2012.—Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cincuenta y ocho minutos del ocho de abril de dos mil trece. Diligencias de ocurso presentadas por Jorge Arturo Maldonado Mondragón, casado, contratista, nicaragüense, portadora de pasaporte número C cero siete ocho cinco siete uno ocho, vecino de Alajuelita, San José, tendente a la rectificación del asiento de Nacimiento de su hija Julissa Tamara Espinoza Jarquín..., en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Jorge Arturo Maldonado Mondragón, nicaragüense y Migdalia Jarquín Ruiz, costarricense” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor José Espinoza Rodríguez, con el propósito que se pronuncie con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas. Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—(IN2013050221).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Carla Idania Reyes Sirias, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 142-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas y treinta minutos del diez de enero del dos mil trece. Expediente Nº 38548-2012. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Joseling Cristina Ruiz Reyes, el de Kimberling Mercedes Picado Reyes y el de Perla Daniela Picado Reyes…; en el sentido que el segundo apellido de la madre… es “Sirias” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013049636).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Allan Fabricio Díaz Brenes, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2072-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cincuenta minutos del cuatro de junio del dos mil trece. Expediente N° 11527-2013. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Allan Fauricio Díaz no indica otro apellido, con Jeimmy de los Ángeles Chaves Arrones..., en el sentido que los apellidos del cónyuge son “Díaz Brenes, hijo de Martha del Carmen Díaz Brenes”. Asimismo, rectifíquense los asientos de nacimiento de Katherine de los Ángeles Díaz Chaves… y el de Allan Gabriel Díaz Chaves, en el sentido que los apellidos del padre... son “Díaz Brenes”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013049680).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Nereyda del Carmen Barrera, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2095-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas once minutos del cuatro de junio de dos mil trece. Exp. Nº 53759-2012. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Jocsuan Soto Barrera, en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son “Nereyda del Carmen” y “Barrera, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013049876).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Mara Quiñones Pérez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2310-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de julio de dos mil trece. Exp. Nº 50720-2011. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Daly Miguel Perera Quesada con Mara Quiñones Pérez, en el sentido que el nombre y el segundo apellido del padre de la cónyuge son “Ricardo Raúl” y “Sosa” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013049882).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Loryi Natasha Loaiza Ugalde, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1475-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas seis minutos del dos de mayo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 6866-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Loryi Natacha Loaiza Ugalde...; en el sentido que el segundo nombre... es “Natasha”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013049971).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ana Cecilia Espino, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1165-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y treinta y tres minutos del tres de junio del dos mil ocho. Ocurso. Exp. N° 10647-08. Resultando: 1-...2.-...3.-... Considerando: I. Hechos Probados:... II. Hechos no Probados... III. Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Cristhian Eduardo Betancour Espino... en el sentido que el nombre y el apellido de la madre de la persona ahí inscrita son “Ana Cecilia Espino, no indica segundo apellido” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(IN2013049975).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Martha Luna, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2121-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del seis de junio del dos mil trece. Ocurso. Exp. N° 50768-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Valeria Bello Luna, en el sentido que el nombre de la madre... es “Martha”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013050033).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Mercedes de la Cruz Rosales, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2005-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cincuenta y nueve minutos del treinta de mayo de dos mil trece. Exp. N° 48888-2012. Resultando 1.-..., 2.-...,3.-... Considerando: I.-Hechos Probados:..., II.- Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Hillary Clarissa Solórzano Rosales y de Franklin Antonio Solórzano Rosales... en el sentido que el nombre de la madre... es “Mercedes de la Cruz Rosales, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013050066).

AVISOS

Registro Civil - Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Nicolaza Pérez Lacayo, mayor, soltera, operaria industrial, nicaragüense, cédula de residencia N° 155812132209, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.3323-2012.—San José, veintinueve de julio de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013048982).

Wendoling Valeska Ruiz Valverde, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia N° 155809172723, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.1474-2013.—San José, quince de julio de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013048985).

Joselin Lidieth Ruiz Valverde, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia N° 155808992710, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.1475-2013.—San José, veintidós de julio de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013048987).

Allinson Celeste Avilés Chavarría, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia N° 155804808929, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.—San José, dieciocho de julio de dos mil trece. Exp. 132002-2013.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013049088).

Gayle Louise Glenn Norfleet, mayor, divorciada, empresaria, estadounidense, cédula de residencia N° 184000637233, vecina de Guanacaste, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 132070-2013.—San José, 29 de julio del 2013.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013049131).

Yolanda Botero Cuartas, mayor, divorciada, del hogar, colombiana, cédula de residencia N° 117000826830, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 4716-2012.—San José, 11 de julio del 2013.—Lic. Wagner Granados Chaves, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013049180).

Martín Antonio Quintero Fehr, mayor, soltero, estudiante, venezolano, cédula de residencia N° 186200083502, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 766-2012.—San José, 24 de julio del 2013.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013049238).

Indira Naavideth Tinoco Ortez, mayor, soltera, vendedora, nicaragüense, cédula de residencia 155804595220, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil, Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud de para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.: 4792-2012.—San José, quince de julio de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013049295).

Carmen de Fátima Sandino Rodríguez, mayor, soltera, estudiante, hondurena, pasaporte N° C874371, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 4776-2012.—San José, diecisiete de julio de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013049358).

Arely Marlene Pérez Talavera, mayor, soltera, comerciante, nicaragüense, cédula de residencia N° 155809133712, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.451-2012.—San José, veintinueve de julio del dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013049397).

Marlene Aguilar Escobar, mayor, soltera, corredora de bienes raíces, nicaragüense, cédula de residencia N° 155805412401, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.: 4779-2012.—San José, once de julio del dos mil trece.—Lic. Wagner Granados Chaves, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013049425).

Yerling Castillo Gutiérrez, mayor, casada, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia N° 155813876201, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 3542-2012.—San José, veinticuatro de julio del dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013049644).

Alfonso José Marín Díaz, mayor, soltero, empleado de seguridad, nicaragüense, cédula de residencia N° 15580000593, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 4790-2012.—San José, once de julio del dos mil trece.—Lic. Wagner Granados Chaves, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013049645).

Carmen Rafaela Urdaneta Arocha, mayor, casada, bachiller en mercadeo, venezolana, pasaporte N° 639731, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 1513-2012.—San José, ocho de julio del dos mil trece.—Lic. Wagner Granados Chaves, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013049646).

Saira Rebeca Martínez Sandoval, mayor, soltera, cajera, nicaragüense, cédula de residencia N° 155806994533, vecina de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 4711-2012.—San José, once de julio del dos mil trece.—Lic. Wagner Granados Chaves, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013049655).

Zeydy Samira Martínez Sandoval, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia N° 155804388313, vecina de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 4710-2012.—San José, once de julio del dos mil trece.—Lic. Wagner Granados Chaves, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013049656).

Guillermo Quijano Barriga, mayor, casado, Gerente General, colombiano, cédula de residencia 117000134712, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1478-2013.—San José, treinta y uno de mayo del dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013049811).

María Ester Lyons González, mayor, soltera, ama de llave, nicaragüense, cédula de residencia N° 155805252222, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 132082-2013.—San José, treinta y uno de julio de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013049843).

Nuria del Rosario Membreño Cruz, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155810122525, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 3575-2012.—San José, veintitrés de julio de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013049977).

Liliana Patricia Velasquez Prada, mayor, casada, publicista, colombiana, cédula de residencia 117000717216, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.4575-2012.—San José, veintitrés de noviembre de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013050017).

Mateo Lucas Recalda Velásquez, mayor, soltero, estudiante, colombiano, cédula de residencia 117000717607, vecino de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.4574-2012.—San José, veintitrés de noviembre de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013050019).

Ana Cecilia Córdova Córdova, mayor, soltera, salonera, salvadoreña, cédula de residencia N° 122200491332, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 132077-2013.—San José, treinta y uno de julio de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013050064).

Rodolfo Saavedra Ibarra, mayor, soltero, empresario, colombiano, cédula de residencia N° 117000728220, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 3475-2012.—San José, dieciocho de junio de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013050113).

Jennifer del Carmen Mejía Membreño, mayor, soltera, sin oficio, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155816785410, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 132072-2013.—San José, treinta de julio del dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013050192).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE SALUD PÉREZ ZELEDÓN

III Adendum del Plan de Adquisiciones para el año 2013

El Área de Salud de Pérez Zeledón, Unidad Programática 2760, comunica a los interesados que se encuentra publicado en la página Web de la CCSS, el III Adendum del Plan Anual de Adquisiciones 2013, ver detalles en www.ccss.sa.cr

Pérez Zeledón, 5 de agosto del 2013.—Lic. Sonia Fernández Benamburg, Administradora.—1 vez.—(IN2013051583).

LICITACIONES

HACIENDA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000004-13801

Servicio de análisis de vulnerabilidades y pruebas

de intrusión para el Ministerio de Hacienda

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Hacienda recibirá únicamente ofertas electrónicas a través del sistema Compr@Red, hasta las 10:00 horas del día 09 de setiembre del 2013, para la contratación citada anteriormente, a favor del Programa Dirección General de Informática.

El cartel se encuentra a disposición gratuitamente en el sistema CompraRed, en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared de Internet.

San José, 7 de agosto de 2013.—Lic. Yesenia Ledezma Rodríguez, Subproveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 18407.—Solicitud Nº 109-125-00913D.—C-16170.—(IN2013051644).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000007-85001

Contratación de servicios de vigilancia y seguridad

en la sede central y oficinas regionales del TSE

La Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones, recibirá ofertas digitales presentadas mediante el sistema Comprared 2.0 hasta las 11:00 horas del día 5 de setiembre del 2013, para la citada licitación. Los interesados en este concurso tienen el cartel a su disposición en forma gratuita, en la página web del Ministerio de Hacienda: www.hacienda.go.cr link Comprared; o en la página web del Tribunal Supremo de Elecciones: www.tse.go.cr, link “Tribunal Supremo de Elecciones/El TSE en la Red Interinstitucional de Transparencia/Adquisiciones/Licitaciones Públicas/2013”, o podrán obtenerlo en la Proveeduría, sita: costado oeste del Parque Nacional en San José, tercer edificio, planta baja, para lo cual deberá aportar un dispositivo de almacenamiento masivo (llave maya). No se suministrarán ejemplares impresos.

Lic. Allan Herrera Herrera, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 17957.—Solicitud Nº 125-851-3-008.—(IN2013051697).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000044-01

Contratación de una empresa que brinde el servicio de soporte

y mantenimiento preventivo y correctivo a la solución

de almacenamiento HSV200 EVA4100 en poder

del Banco Nacional

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las diez horas (10:00 a. m.) del 9 de setiembre del 2013, para la “Contratación de una empresa que brinde el servicio de soporte y mantenimiento preventivo y correctivo a la solución de almacenamiento HSV200 EVA4100 en poder del Banco Nacional.

El cartel puede ser retirado sin costo adicional en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección Logística de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica en la Uruca.

La Uruca, 12 de agosto del 2013.—Ing. Douglas Noguera Porras, Proveeduría General.—1 vez.—O. C. Nº 513701.—Solicitud Nº 925-00225.—C-21270.—(IN2013051677).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000043-01

Servicios profesionales para realizar desarrollos evolutivos

al Sistema Automatizado para la Proyección del

Encaje y los Excedentes (SAPEX)

El Banco de Costa Rica, informa que recibirá ofertas hasta las once horas con treinta minutos (11:30 a. m.) del 4 de setiembre del 2013, para la licitación en referencia, las cuales deben ser depositadas en el buzón de la Oficina de Compras y Pagos, ubicado en el tercer piso de Oficinas Centrales.

El cartel de la contratación que incluye las especificaciones técnicas y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario de 9:00 am a 3 pm.

Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 62703.—Solicitud Nº 920-00188-13.—C-15320.—(IN2013051661).

LICITACIÓN ABREVIADA N°2013LA-000047-01

Renovación de la Plataforma IPS

El Banco de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.) del 11 de setiembre del 2013, para la contratación en referencia, las cuales deben ser depositadas en el buzón de la Oficina de Compras y Pagos, ubicado en el tercer piso de Oficinas Centrales

Los interesados pueden retirar el cartel de licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales en la Oficina de Compras y Pagos, ubicada en el tercer piso del edificio de Oficinas Centrales.

Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 62703.—Solicitud Nº 920-00187-13.—C-15320.—(IN2013051664).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS

DR. CARLOS SÁENZ HERRERA

CENTRO DE CIENCIAS MÉDICAS DE LA CCSS

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES SERVICIOS

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Nacional de Niños “Carlos Sáenz Herrera”, les invita a participar en el siguiente concurso:

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2013CD-000460-2013

Por precalificación de talleres para mantenimiento preventivo

y correctivo de vehículos (mecánico, eléctrico)

Fecha y hora de apertura: lunes 19 de agosto, 2013 a las 1:30 p.m.

Las ofertas se recibirán por escrito en la oficina del Área de Gestión de Bienes y Servicios, ubicada en el segundo piso (Antiguo Edificio Chapui) hasta la fecha y hora indicada anteriormente. Las bases del concurso se encuentran disponibles en el Área mencionada para los interesados.

San José, 24 de julio del 2013.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yajaira Quesada G., Coordinadora a. í.—1 vez.—(IN2013050607).

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD REGIÓN BRUNCA

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

CONTRATACIÓN DIRECTA 2013CD-000048-2799

Traslado de equipo, instrumental, muestras y personal de

laboratorio del Muelle de Puerto Jiménez al Muelle de Golfito

La Dirección Regional Servicios de Salud Región Brunca, comunica que se encuentra a disposición de los interesados, el cartel para la Compra Directa 2013CD-000048-2799, para el traslado de equipo, instrumental, muestras y personal de laboratorio del Muelle de Puerto Jiménez al Muelle de Golfito, pueden solicitar los carteles a los correos jpgarban@ccss.sa.cr, maguilera@ccss.sa.cr, emorab@ccss.sa.cr, para mayor información ingresar a www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2799.

La apertura será el próximo 16 de agosto del 2013 al ser las 11:00 horas.

San Isidro de El General, 5 de agosto del 2013.—Lic. Jean Pierre Garbanzo Duarte, Coordinador.—1 vez.—(IN2013051460).

UNIDAD EJECUTORA

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

COMPRA DIRECTA N° 2013CD-000004-1107

Servicios de mantenimiento y actualización del sistema de

administración electrónica de expedientes

y documentos visión 2020 Web

A todos los interesados de partición en la contratación de “Servicios de mantenimiento y actualización del sistema de administración electrónica de expedientes y documentos visión 2020 Web”, se les informa que se encuentra disponible el cartel de contratación, la fecha de apertura el 14 de agosto del 2013, hora: 14:30 a.m. Lugar de entrega: Sita oficinas de la Gerencia de Infraestructura y Tecnologías, piso 10, Edificio Laureano Echandi, calle 5, avenidas 2 y 4. Rigen para este concurso el cartel, que se debe solicitar a la dirección de correo electrónico jquesadaz@ccss.sa.cr, horario de lunes a jueves de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

San José, 8 de agosto del 2013.—MSc. José Castro Zapata, Asesor de Gerencia.—1 vez.—(IN2013051505).

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD CENTRAL SUR

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000003-2399

Servicios profesionales de aseo y limpieza

para el Área de Salud Desamparados 1

(Clínica y C.A.I.S. Dr. Marcial Fallas Díaz)

La Oficina de Compras de la Dirección Regional de Servicios de Salud Central Sur, recibirá ofertas por escrito, hasta las 10:00 a.m. del día 16 de setiembre del 2013, para la contratación de servicios profesionales de aseo y limpieza para el Área de Salud Desamparados 1 (Clínica y C.A.I.S. Dr. Marcial Fallas Díaz). La visita al sitio se realizará el 27 de agosto del 2013, a las 9:00 a.m. El cartel se encuentra disponible en la Oficina de Compras de la Dirección Regional, sita costado sur del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia. Ver más información en www.ccss.sa.cr

San José, 7 de agosto del 2013.—Dr. Armando Villalobos Castañeda, Director Regional.—1 vez.—(IN2013051519).

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

DIVISIÓN FÁBRICA NACIONAL DE LICORES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000008-PV

Compra de etiquetas

La Fábrica Nacional de Licores, por medio de su Proveeduría comunica que se recibirán ofertas por escrito para el siguiente concurso:

Descripción:             Compra de Etiquetas

Tipo de Concurso:   Licitación Abreviada Nº 2013LA-000008-PV

Fecha de apertura:   3 de setiembre del 2013, 10:00 horas

Se invita a los interesados a que retiren el cartel en las oficinas de la Sección de Proveeduría, ubicadas en Rincón de Salas de Grecia, en horarios de lunes a viernes, de 7:30 a.m. a 3:30 p.m., sin costo alguno. Se puede acceder al cartel por medio de la página www.fanal.co.cr. El acto de apertura de las ofertas se realizará en la oficina de la Proveeduría.

Alajuela, 7 de agosto del 2013.—Proveeduría.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador Área.—1 vez.—(IN2013051586).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000003-10

Contratación de servicios de capacitación y formación

profesional en el subsector idiomas según demanda

y cuantía inestimada para el Centro de Formación

Profesional de Turrialba

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional de Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 4 de setiembre del 2013. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita: Cartago, 300 metros este y 25 metros norte del Parque Central de Cartago, o bien ver la página web del I.N.A., dirección: http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00237.—(IN2013051685).

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000006-01

Contratación de servicios de hospedaje del sitio web

de intermediación de empleo y mantenimiento de sistemas

de información desarrollados en Microsoft.net,

según demanda cuantía estimada

El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 08:00 horas del 4 de setiembre del 2013. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita: La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del I.N.A., dirección: http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00236.—(IN2013051689).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000001-MUNIPROV

Adquisición de un terreno que se encuentre ubicado en el

distrito de El Carmen, provincia de Cartago, para ser

utilizado en la construcción de un centro de cuido

y desarrollo infantil

El Departamento de Proveeduría avisa que recibirá ofertas para la licitación antes indicada hasta las 10:00 horas del 4 de setiembre del 2013.

Los interesados podrán adquirir sin costo alguno el cartel de licitación en la Proveeduría General, situada en el segundo piso del edificio municipal, ubicado al costado norte de la Plaza Mayor de Cartago, en un horario de 7:30 a.m. a 3:00 p.m., de lunes a viernes, o bien accesarlo en nuestra página Web www.muni-carta.go.cr.

Proveeduría Municipal.—Guillermo Coronado Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013051615).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000002-MUNIPROV

Adquisición de un terreno que se encuentre ubicado en el

distrito de San Nicolas, provincia de Cartago, para ser

utilizado en la construcción de un centro de cuido

y desarrollo infantil, un EBAIS  y un centro

de atención para personas adultas mayores

El Departamento de Proveeduría avisa que recibirá ofertas para la licitación antes indicada hasta las 11:00 horas del 4 de setiembre del 2013.

Los interesados podrán adquirir sin costo alguno el cartel de licitación en la Proveeduría General, situada en el segundo piso del edificio municipal, ubicado al costado norte de la Plaza Mayor de Cartago, en un horario de 7:30 a.m. a 3:00 p.m., de lunes a viernes, o bien accesarlo en nuestra página web: www.muni-carta.go.cr

Proveeduría Municipal.—Guillermo Coronado Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013051617).

ADJUDICACIONES

SALUD

DIVISIÓN ADMINISTRATIVA

DIRECCIÓN FINANCIERA, BIENES Y SERVICIOS

UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS (PROVEEDURÍA

INSTITUCIONAL)

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000007-UPIMS

Compra de insecticida líquido y larvicidas

La Unidad de Bienes y Servicios (Proveeduría Institucional) del Ministerio de Salud, por medio del Presupuesto de la Oficina de Cooperación Internacional de la Salud, comunica que se adjudicó a: Representaciones Técnicas Agropecuarias de Centroamérica S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-177596, Línea 1: mil setecientos noventa (1790) litros de insecticida líquido Cynoff 25 E.C. (concentración de 250 gramos de ingrediente activo por litro) para un monto por línea de cuarenta y cuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos (¢44.750.000,00); línea 2: treinta mil (30.000) tabletas larvicidas con Spinosad Natural DT para un monto por línea de dieciocho millones seiscientos mil colones exactos (¢18.600.000,00), y línea 3: ocho mil (8.000) kilos larvicida granulado Abate Temephos al 1%, para un monto por línea de catorce millones cuatrocientos mil colones exactos (¢14.400.000,00). Para un monto total de setenta y siete millones setecientos cincuenta mil colones exactos (¢77.750.000,00) con cargo a la Oficina de Cooperación Internacional de la Salud.

San José, 6 de agosto del 2013.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 17486.—Solicitud Nº 114-600-00252.—(IN2013051699).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD REGIÓN BRUNCA

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

CONTRATACIÓN DIRECTA 2013CD-000026-2799

Transporte de equipo, instrumental, muestras y personal de

laboratorio vía marítima en el Área de Salud de Golfito

La Dirección Regional Servicios de Salud Región Brunca, comunica que fue declarado Infructuosa la Contratación Directa 2013CD-000026-2799, para la contratación de transporte de equipo, instrumental, muestras y personal de laboratorio vía marítima en el Área de Salud de Golfito, debido a que hubo asistencia de oferentes, para mayor información ingresar a www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2799.

San Isidro de El General, 5 de agosto del 2013.—Lic. Jean Pierre Garbanzo Duarte, Coordinador.—1 vez.—(IN2013051456).

LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN-000002-2799

Precalificación de empresas que den el servicios de transporte

de pacientes vía aérea en la Región Brunca

La Dirección Regional Servicios de Salud Región Brunca, comunica que fue declarado infructuosa la Licitación Pública 2013LN-000002-2799, para la precalificación de empresas que den el servicios de transporte de pacientes vía aérea en la Región Brunca, debido a que hubo asistencia de oferentes, para mayor información ingresar a www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2799.

San Isidro de El General, 5 de agosto del 2013.—Lic. Jean Pierre Garbanzo Duarte, Coordinador.—1 vez.—(IN2013051458).

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD REGIÓN HUETAR NORTE

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2013LN-000001-2499

Contratación para el análisis bacteriológico y físico-químico

de aguas para consumo humano (Convenio marco-

modalidad entrega según demanda)

La Unidad Gestión de Bienes y Servicios, les comunica a los interesados en este concurso que se resuelve de la siguiente manera:

Con fundamento en lo previsto en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento y una vez realizado los estudios y valoraciones respectivas, se procede a comunicar la adjudicación de la siguiente contratación efectuada por la Dirección Regional, según el Modelo de Distribución de Competencias en Contratación Administrativa y Facultades de Adjudicación de la CCSS resuelve:

La Licitación Pública Nacional 2013LN-000001-2499, correspondiente al ítem único correspondiente a la Contratación para el análisis bacteriológico y físico-químico de aguas para consumo humano, se adjudica a la empresa Chamlabs S. A. de la siguiente manera:

Análisis bacteriológico y físico-químico de

 aguas para consumo humano (ítem único)

Precio unitario

Análisis de Agua Nivel I

¢  79.697,37

Análisis de Agua Nivel II

¢166.547,37

 

Para todos los efectos dicho expediente se encontrará en esta Sede Regional.

Ciudad Quesada, 6 de agosto del 2013.—Unidad Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Geiner Brenes García.—1 vez.—(IN2013051459).

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

REGIÓN BRUNCA

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2013CD-000019-2799

Contratación de alquiler de semovientes para el Área de Salud de Golfito

La Dirección Regional Servicios de Salud Región Brunca, comunica que fue declarado Infructuosa la Contratación Directa 2013CD-000019-2799, para la contratación de alquiler de semovientes para el Área de Salud de Golfito, debido a que hubo asistencia de oferentes, para mayor información ingresar a www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2799.

San Isidro de El General, 5 de agosto del 2013.—Lic. Jean Pierre Garbanzo Duarte, Coordinador.—1 vez.—(IN2013051461).

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2013CD-000023-2799

Contratación de transporte de funcionarios

en el Área de Salud de Golfito

La Dirección Regional Servicios de Salud Región Brunca, comunica que fue declarado Infructuosa la Contratación Directa Nº 2013CD-000023-2799, para la contratación de transporte de funcionarios en el Área de Salud de Golfito, debido a que hubo asistencia de oferentes, para mayor información ingresar a www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2799.”

San Isidro de El General, 5 de agosto del 2013.—Lic. Jean Pierre Garbanzo Duarte, Coordinador.—1 vez.—(IN2013051463).

CENTRO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

“DR. HUMBERTO ARAYA ROJAS”

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2013LN-000001-2203

Suministro de sillas de ruedas

La Subárea de Contratación Administrativa del Centro Nacional de Rehabilitación, les comunica a los interesados de este concurso que de acuerdo a acta del 7 de agosto del 2013, se resuelve adjudicar de la siguiente manera:

Empresa adjudicada: Chupis Ortopédica CRC S. A.

Por tratarse de una compra de modalidad de entrega según demanda, se adjudica por precio unitario, según el siguiente detalle:

Ítem 1: $2.600,00, ítem 3: ¢3.500,00, ítem 4: $4.500,00, ítem 5: $5.200,00, ítem 6: $3.800,00 e ítem 8: $9.000,00.

Se declaran infructuosos los ítems 2 y 7.

Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.

7 de agosto del 2013.—Subárea de Contratación Administrativa.—Bach. Marilyn Barrantes Vargas, Jefa.—1 vez.—(IN2013051465).

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000019-2101

Reactivos determinación Virus del Papiloma Humano

y Antígeno de Chlamydia

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. R. A. Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso, que se resuelve adjudicar los dos ítems de la siguiente manera:

Empresa adjudicada: Equitron S. A., monto total adjudicado: $148.500,00, monto en letras: Ciento cuarenta y ocho mil quinientos dólares con 00/100.

Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 8 de agosto del 2013.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós Msc., Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2013051485).

HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS

DR. CARLOS SAENZ HERRERA

CENTRO DE CIENCIAS MÉDICAS DE LA CCSS

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000001-2103

Contratación de servicios de cirugía

mayor ambulatoria pediátrica

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Nacional de Niños “Carlos Sáenz Herrera”, le comunica a los proveedores interesados en este concurso que por resolución de la Gerente Medica de la Caja Costarricense del Seguro Social del día 31 de julio del 2013, se adjudica la compra a:

Oferente: Instituto Centroamericano de Medicina I.C.E.M. S. A. Monto Adjudicado: ¢418.122.450,00. Ítem: Único

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.

San José, 7 de agosto del 2013.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Karol Núñez Badilla, Coordinardora a. í.—1 vez.—(IN2013051568).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2012LA-000037-01

(Infructuosa)

Desarrollo de un mega portal web institucional

y sistema de inscripción de matrícula en línea

La Comisión de Licitaciones del Instituto Nacional de Aprendizaje en la sesión N° 33-2013 artículo IV, de fecha 6 de agosto del 2013, acuerda declarar infructuosa la licitación en referencia en los siguientes términos:

a.  Mantener la declaratoria de infructuosa la Licitación Abreviada N° 2012LA-000037-01 para el “Desarrollo de un mega cartel web institucional y sistema de inscripción de matrícula en línea”, por incumplimientos técnicos de las ofertas participantes, según lo indicado en los estudios legal (ALCA-641-2012) y técnicos (oficio USST-ADQ-320-2012, USST-ADQ-347-2012, USST-ADQ-363-2012, USST-ADQ-196-2013).

Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00238.—(IN2013051693).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

LICITACION PÚBLICA Nº 2013LN-000004-01

Remodelación de las casas y el salón multiuso

de la Aldea Arthur Gough

El Patronato Nacional de la Infancia, comunica a todos los interesados, que de conformidad con el acuerdo tomado por la Junta Directiva de la Institución, en Sesión Ordinaria 2013-030, Artículo 006) Aparte 01), celebrada el 6 de agosto del 2013, acordó adjudicar la Licitación Publica Nº 2013LN-000004-01. “Remodelación de las Casas y el Salón Multiuso de la Aldea Arthur Gough”, según el siguiente detalle:

Se adjudica al oferente Nº 6, Constructora Hidalgo Cárdenas S. A., cedula jurídica 3-101-083706, el Proyecto Remodelación de las Casas y el Salón Multiuso de la Aldea Arthur Gough, por un monto total de  ¢180.116.000,00 (ciento ochenta  millones ciento dieciséis mil  colones exactos).

Contra la presente adjudicación, procede el recurso de apelación ante la Contraloría General de la Republica dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación, una vez concluido el plazo, el acto quedará en firme.

San José, 7 de agosto del 2013.—Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.—Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 35921.—Solicitud Nº 61546.—C-18720.—(IN2013051526).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000001-PROV

Servicios de control, seguimiento y verificación

del desarrollo de la operación de la lotería electrónica

A los interesados en la presente licitación, se les informa que la junta directiva mediante acuerdo JD-411 correspondiente al artículo II), inciso 1) de la sesión ordinaria N° 26-2013 celebrada el 30 de julio de 2013; acordó adjudicar la presente licitación de la siguiente manera:

A: Deloitte & Touche S. A., cédula jurídica: 3-101-020162

Descripción

Monto

mensual $

Monto anual

$

Servicios de control, seguimiento y verificación del desarrollo de la operación de la lotería electrónica.

22.658,00

271.896,00

 

Todo de acuerdo con los términos del cartel y la oferta respectiva.

Al adjudicatario se le indica que debe rendir una garantía de cumplimiento equivalente a un 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación.  Esta garantía debe estar vigente por dos meses adicionales a la fecha probable de recepción del servicio.

Lic. Mary Valverde Vargas. Jefa Departamento Proveeduría.—1 vez.—O. C. N° 17645.—Solicitud N° 504-00042P.—C-26820.—(IN2013051633).

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000002-00100

Compra de unidades de tecnología móvil tipo Hand Held,

impresoras, estuches, fajas elásticas, protectores de pantalla

antirreflejo y puntero tipo lápiz para Hand Held

El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial, a través de la Unidad de Licitaciones, informa que la fecha y hora de apertura de la contratación de referencia queda en suspenso hasta nuevo aviso, por haberse presentado ante la Contraloría General de la República recursos de objeción al cartel.

San José, 8 de agosto del 2013.—Lic. Alexánder Vásquez Guillén, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 0002.—Solicitud Nº F.—(IN2013051658).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2012LA-000057-0D100

Suministro e instalación de elevadores para el puente peatonal

sobre la: Ruta Nacional N° 1, sección: San José (inmediaciones

del Hospital México)-Alajuela; Ruta Nacional N° 2,

inmediaciones de San Diego de La Unión

y Ruta Nacional N° 39, sección: Barrio

Quesada Durán-Las Luisas

Se comunica que mediante acuerdo del Consejo de Administración N° ACA 01-13-710, se aprueba corregir el por tanto del acuerdo de adjudicación de la licitación en referencia,  contenido en el artículo III de la sesión N° 1009-13 del 27 de mayo de 2013,

donde dice:

“…al consorcio conformado por Casa Confort, S.A., cédula jurídica 3-101-0011664 y Ascensores Múltiples S.A., cédula jurídica 3-101-238059…”

Debe leerse correctamente:

“… a la empresa Casa Confort S. A., cédula jurídica 3-101-0011664…”

En lo demás se mantiene invariable el acuerdo de adjudicación.

San José, 8 de agosto del 2013.—MBA. Luis Gerardo Leiva Mora, Proveedor Institucional a. í.—1 vez.—O. C. Nº 2105.—Solicitud Nº 112-303-00212.—C-25520.—(IN2013051654).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000046-PROV

(Modificaciones Nº 1)

Compra e instalación de sistema

de cámara de visión nocturna

El Departamento de Proveeduría informa a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el procedimiento indicado, que existen aclaraciones y modificaciones al cartel, por lo cual puede ser retirado el cartel con la inclusión de las mimas a partir de la presente comunicación, a través de Internet, en la siguiente dirección: http://poder-judicial.go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm o solicitarlo a el correo electrónico jjimenezco@poder-judicial.go.cr.

Los demás términos y condiciones permanecen invariables.

San José, 8 de agosto del 2013.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2013051473).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000030-01

(Prórroga N° 1)

Ampliación y remodelación del edificio

de la Agencia del Banco Nacional en Aguas Zarcas

La Proveeduría General del Banco Nacional comunica a los interesados en la Licitación Abreviada N° 2013LA-000030-01 lo siguiente:

Fecha y lugar de apertura.

Todas las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría de la Casa Matriz, situada en La Uruca, a más tardar a las diez (10:00) horas, según el reloj ubicado en este despacho, del día treinta (30) de agosto del dos mil trece, momento en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.

La Uruca, 13 de agosto del 2013.—Ing. Douglas Noguera Porras, Proveeduría General.—1 vez.—O. C. Nº 513701.—Solicitud Nº 925-00226.—C-21270.—(IN2013051673).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE SALUD DE SANTA CRUZ

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000001-2531

Compra de gases medicinales para los cantones

de La Bajura

El Área de Gestión de Bienes y Servicios del Área de Salud  de Santa Cruz, les informa a todos los interesados en el concurso indicado, se procede aclarar algunos puntos de las especificaciones técnicas del Cartel. Las cuales se encuentra disponible en la página de la Caja Costarricense de Seguro Social, en la dirección electrónica http://www.ccss.sa.cr en el enlace de Transparencia/Licitaciones.

A la vez se les informa que la fecha para el vencimiento, recepción y apertura de ofertas se prórroga para el día 16 de agosto del 2013, a las 10:00 horas.

Para cualquier duda o más información pueden comunicarse al teléfono 2680-8989, con Lic. Ma. Soleida Acevedo Guadamuz, o bien al correo electrónico msaceved@ccss.sa.cr.

Santa Cruz, 7 de agosto del 2013.—Administración.—Lic. Ma. Mayela Mendoza Elizondo.—1 vez.—(IN2013051560).

REGLAMENTOS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTRUCTIVO PARA LA CONTRATACIÓN DE SOCIOS

COMERCIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

DE FUERZAS DE VENTA PARA LA COLOCACIÓN

DE CRÉDITO, CLUBES DE AHORRO, TARJETAS

DE CRÉDITO Y DÉBITO ASÍ COMO LA

AFILIACIÓN AL PROGRAMA

POPULAR PLUS

1.    Propósito. El objeto de este instructivo es el de establecer los requisitos legales, técnicos y de infraestructura que los interesados deben cumplir para ser contratados por el Banco como Socio Comercial para la prestación de servicios de fuerzas de venta para la colocación de Crédito, clubes de ahorro, tarjetas de crédito y débito así como la afiliación al Programa Popular Plus y establecer las condiciones generales del servicio. A continuación se detalla cada uno de los productos:

        Colocación de crédito: Comercialización y venta de las diferentes líneas de Crédito Personal que el Banco ofrece a sus clientes, entiéndase el crédito como una operación financiera en la que se pone a disposición del cliente una cantidad de dinero hasta un límite especificado a pagar en un período de tiempo determinado, cobrándosele una tasa de interés pactada.

        Tarjeta de débito: La tarjeta de Débito está asociada a una cuenta de ahorro voluntario a la vista en colones y permiten al cliente poder utilizar su dinero realizando compras a través de los puntos de venta autorizados o bien realizar retiros de efectivo en los cajeros automáticos.

        Tarjeta de crédito: La tarjeta de Crédito VISA del Banco Popular es un eficiente medio de pago electrónico, por medio del cual se tiene acceso a un sistema de crédito revolutivo a través de una tarjeta plástica con banda magnética, con la cual se puede disponer de forma continua de una línea de crédito para realizar compras de bienes y servicios en los comercios afiliados a la marca VISA Internacional. Asimismo, permite a sus clientes efectuar retiros de efectivo en Cajero Automáticos de la marca VISA y Plus, así como mediante ventanillas de los Bancos asociados a la marca.

        Clubes de ahorro: Son programas de ahorro a corto y mediano plazo, que mediante el depósitos de determinadas sumas mensuales por un período pactado, al final del cual el cliente dispondrá de un ingreso adicional para el pago del marchamo, las vacaciones de fin de año, los útiles escolares de sus hijos, un segundo aguinaldo u otros.

        Afiliación al Programa Popular Plus: Popular Plus es un programa de Beneficios del Banco Popular y de Desarrollo Comunal del cual pueden formar parte, en forma exclusiva, aquellas personas que reciben el salario o la pensión a través del sistema de pagos automáticos. Entre estos beneficios resaltan: mejores tasas de interés en créditos personales, créditos sin fiadores para el sector público, exclusiva Tarjeta de Débito Visa Popular Plus con la que tendrán acceso a descuentos en los comercios afiliados a la Red de Ventajas Popular y muchos otros beneficios.

2.    Alcance. Este procedimiento se realizó de conformidad con lo establecido en el artículo 2 bis, inciso c) de la Ley de Contratación Administrativa y a los términos establecidos por la Contraloría General de la República. Los servicios a contratar se refieren a Fuerzas de Ventas asignadas en todo el territorio nacional, para la colocación de Crédito, Clubes de Ahorro, Tarjetas de Crédito y Débito, así como la Afiliación al Programa Popular Plus, teniendo el mismo alcance que el Pago Automático de Salarios.

3.    Vigencia de este instructivo. El plazo de vigencia de este instructivo será por tres años, a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, plazo que podrá ser prorrogado previa autorización de dicho órgano contralor.

4.    Invitación. El Banco invitará a participar a todo socio comercial que esté interesado en brindar los servicios objeto de este instructivo mediante publicación por una sola vez de todo el documento en el Diario Oficial La Gaceta -en acatamiento a lo instruido por la Contraloría General de la República- y como mínimo en un diario de circulación nacional dos veces al año en función del período de vigencia del instructivo, es decir cada seis meses se realizará una publicación de invitación y en cuyo contenido se indicará el medio por el que puedan accederlo y aquella otra información que el Banco considere necesario.

5.    Oferentes. Los socios comerciales interesados podrán presentar sus ofertas en cualquier momento durante el período de vigencia autorizado por la Contraloría General de la República a este instructivo.

        Podrán participar personas físicas y jurídicas que cumplan con todos los requisitos establecidos en este cuerpo normativo, presentando una nota en los siguientes términos:

        (día) de (mes) del (año)

        Señores

        Banco Popular y de Desarrollo Comunal

        Estimados señores:

        En atención a publicación en medios de circulación nacional y sobre la base de los requisitos y condiciones establecidas en el documento denominado “Instructivo para la contratación de socios comerciales para la prestación de servicios de fuerzas de venta para la colocación de crédito, clubes de ahorro, tarjetas de crédito y débito así como afiliación al programa popular plus” autorizado por la Contraloría General de la República por medio del oficio XXXX, presento formalmente mi oferta de servicios incluyendo todos los documentos e información en los anexos de esta nota.

        Mi representada se adhiere a todos los términos y condiciones establecidas en el instructivo supracitado y al modelo de contrato que se anexa en ese documento.

        Atentamente,

        Representante legal de la empresa

        N° de cédula

6.    Información del oferente. Todo interesado deberá presentar la siguiente información:

a)    Certificación notarial o registral de la inscripción en el Registro Público y de la personería jurídica del representante legal, indicando su vigencia a la fecha de emisión de la certificación, nombre y apellidos, estado civil, profesión y oficio, nacionalidad y número de documento de identidad que lo acredita y copia certificada de la cédula jurídica y del documento de identidad que lo identifica.

b)    Certificación notarial indicando el monto del capital social, la cantidad y naturaleza de las cuotas o acciones que lo conforman, y la propiedad de estas con indicación del nombre y apellidos de los propietarios de dichas acciones o cuotas. La certificación de la propiedad de las acciones, deberá ser emitida para las sociedades anónimas con vista del libro o registro de accionistas y para otro tipo de sociedades, según los libros que al respecto establezca el Código de Comercio. Si estos propietarios fueren personas jurídicas, se certificará la naturaleza y propiedad de las cuotas o acciones de esas sociedades.

c)    El oferente deberá especificar claramente por escrito, en su oferta, que el Banco Popular queda libre de toda responsabilidad civil directa o indirectamente o bien laboral como consecuencia de la contratación.

d)    Los anteriores documentos deben ser presentados en original y su fecha de emisión no podrá ser mayor de un mes contado retroactivamente a partir de la presentación de la oferta.

e)    El oferente debe indicar bajo declaración jurada que:

-    Se encuentra al día en el pago de las cuotas obrero patronales con la Caja Costarricense del Seguro Social CCSS o bien que cuenta con un arreglo de pago aprobado por la CCSS al momento de presentación de la oferta; el Banco se reserva el derecho de realizar las consultas pertinentes tanto al oferente como a la CCSS para verificar su condición, todo ello de frente a la naturaleza del objeto de contratación. De previo a la formalización del contrato deberá presentar la certificación respectiva de la CCSS.

-    Se encuentra al día con el pago de todos los impuestos nacionales.

-    A los representantes legales en el país, no les afecta el régimen de prohibición establecido en el artículo 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa. Esta declaración deberá cubrir a todos sus socios y directivos o personeros.

-    A los representantes legales en el país, no les afecta el régimen de prohibición establecido en el artículo 45 de la Ley Orgánica del Banco Popular y de Desarrollo Comunal. Esta declaración deberá cubrir a todos los socios, directivos o personeros.

-    Se encuentra al día con las operaciones crediticias (deudas, fianzas y ahorro obligatorio) que tengan con el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, tanto los apoderados como sus accionistas. En caso de detectarse la morosidad, el oferente deberá regularizar esta condición antes de serle comunicada su contratación. Si se detectara después de dicho acto, el Socio Comercial deberá regularizar su situación antes de la formalización contractual.

-    Se encuentra al día con el pago de sus obligaciones con el FODESAF (Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares), según reforma a la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares N° 5662. De previo a la formalización del contrato deberá presentar la certificación respectiva emitida por esa Institución.

e)    Indicar la dirección exacta del oferente, número de teléfono, fax y correo electrónico.

f)     Para efectos de aclaraciones, subsanaciones, audiencias, firma de contratos, comunicación de su contratación o cualquier otra comunicación y/o actuación relacionada con este procedimiento incluyendo en fase de ejecución contractual; el participante deberá indicar expresamente en su oferta la aceptación del fax como medio de notificación -cuyo número sea el indicado en el punto e) anterior- en el sentido de que todos los actos de esta contratación le serán comunicados a cada oferente por ese medio de conformidad con el artículo 140 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, por lo que el fax será el medio formal de notificación de los actos de este procedimiento.

7.    Requisitos de infraestructura, tecnológicos, operativos, de experiencia y administrativos. Para ser considerado como elegible o apto para brindar el servicio objeto de este procedimiento excepcionado, los oferentes deberán demostrar que cuentan con suficiente capacidad de infraestructura, tecnología, operativa, administrativa y de experiencia para brindar el servicio, lo anterior de conformidad con los siguientes requisitos:

7.1       Condiciones de infraestructura. El oferente deberá contar al menos con una oficina que funcione como su centro de operaciones y de enlace con el Banco. Esta oficina debe estar al menos equipada con teléfono, computadora, fax, mobiliario e implementos de oficina. El Oferente deberá cubrir todos los costos que demande la instalación y operación de equipos, el acondicionamiento, las líneas telefónicas, el equipamiento, los suministros e implementos, los salarios y seguros del personal, los cargos por electricidad, teléfono y los demás gastos que esto pueda generar. El oferente deberá aportar una declaración jurada de que cumple con estos requisitos de infraestructura señalados en esta cláusula.

7.2       Aspectos tecnológicos. El oferente deberá tener en su oficina como mínimo acceso a Internet y correo electrónico. Deberá contar además con un software en plataforma web que permita administrar y dar seguimiento a las solicitudes de crédito y otros productos, desde el momento en que el Socio Comercial entrega la solicitud al Banco hasta que éste emite la respectiva resolución, el Banco tendrá acceso a este software para indicar el estatus de cada trámite, es decir dicho software tiene como objetivo que las partes puedan llevar control del proceso. El Socio Comercial deberá presentar una descripción de las funciones que ejecuta el Software y la documentación que lo acredita como propietario del mismo.

7.3       Aspectos operativos. El Oferente debe ser un Socio Comercial que mantenga una estructura administrativa que contemple al menos un Director Ejecutivo asignado a la supervisión de la operativa del Servicio a brindar al Banco, será el enlace con el Banco para la coordinación de todas las actividades derivadas de esta contratación incluyendo la supervisión del servicio que brindan al Banco los Ejecutivos de Venta contratados por el Socio Comercial. El oferente deberá indicar el nombre y demás datos personales de este Director Ejecutivo.

7.4       Condiciones administrativas. El Socio Comercial deberá de contar para iniciar operaciones, además del funcionario indicado en el artículo anterior, como mínimo con 15 ejecutivos de venta, que deben tener como mínimo el noveno grado de secundaria aprobado, o sea que hayan aprobado el III Ciclo de la Educación General Básica, y contar además con seis meses o más de experiencia en labores relacionadas con la venta directa que se realiza visitando a los clientes en su lugar de trabajo o residencia, no se valorará experiencia adquirida en Centros de Atención Telefónica. Esta experiencia puede haber sido adquirida con el Socio Comercial o con un tercero.

             Este personal debe formar parte de la planilla del Socio Comercial, no se acepta la subcontratación de otras empresas o personal por parte del Socio Comercial adjudicado.

             El oferente deberá presentar Declaración Jurada de que cumple con estos requisitos.

             El Banco queda totalmente desligado y sin ninguna relación obrero-patronal, con el oferente que eventualmente resulte adjudicado. El personal debe en todo caso estar asegurado contra riesgos del trabajo, quedando el Banco liberado de toda responsabilidad laboral, civil y penal en que pudiese incurrir el adjudicatario mientras se dé la prestación del servicio al Banco.

             Al momento de la contratación el oferente deberá presentar la certificación de que cuenta con la póliza de Riesgos del Trabajo, que se menciona en este artículo.

7.5       Condiciones de experiencia. El oferente debe tener mínimo 3 años de experiencia comprobada en la administración y gestión de fuerzas de ventas orientadas a la comercialización de productos y servicios financieros, dicha experiencia debe haberla adquirido el socio comercial con al menos 15 ejecutivos de venta que visitaron a los clientes en su lugar de trabajo o residencia, o sea que no operaron como Centros de Atención Telefónica, así como en el procesamiento y soporte en la operativa de este servicio, para tal efecto deberá presentar junto con su oferta una declaración jurada con al menos 1 institución pública o privada, supervisada por la Superintendencia General de Entidades Financieras a la que le brinda o haya brindado en el pasado el servicio.

             La información que se evidencie en la declaración jurada debe ser la siguiente:

-       Período en el cual realizó el trabajo.

-         Descripción del servicio y el grado de satisfacción de la empresa donde se brindaron los servicios, así como indicar la cantidad de ejecutivos.

        Nota: El Banco Popular verificará la información aportada en las declaraciones juradas.

8.    Contratación del socio comercial. Una vez que el Banco reciba la información presentada por cada oferente, analizará la misma y deberá comunicar al interesado el resultado en un plazo no mayor a 10 días hábiles a través de la Dirección de Banca de Personas, si cumplió o no con los requisitos solicitados, el medio de comunicación será mediante fax. En caso de no cumplir se le otorgará al oferente un plazo no mayor a 5 días hábiles después de ser comunicado, para que subsane o se refiera a algún punto en particular que la Dirección considere necesario para completar su ofrecimiento, contando en este supuesto la Dirección de Banca de Personas con un plazo máximo de 5 días hábiles a partir del recibo de las subsanaciones, para comunicarle al potencial socio comercial por el mismo medio, de su cumplimiento o no.

        Si el oferente cumple con lo establecido en el instructivo, la Dirección de Banca de Personas procederá a comunicarle inmediatamente por fax su contratación y la fecha para la firma del contrato, el cual deberá contar con la aprobación interna por parte de la Consultoría Jurídica del Banco Popular para adquirir eficacia jurídica. Se aclara que el plazo para la comunicación de su contratación y la respectiva firma del contrato, será no mayor a dos meses contados a partir de la fecha en que le fue comunicado el cumplimiento de los requisitos del Instructivo de acuerdo al párrafo anterior.

        En caso de que el oferente no esté de acuerdo con alguna de las decisiones tomadas por el Banco, podrá hacer uso de los recursos ordinarios que regula la Ley General de Administración Pública, para lo cual tendrá un plazo de tres (3) días hábiles para presentar el recurso que considere aplicable. Las instancias encargadas de resolver los posibles recursos que presente el Socio Comercial, serán las siguientes:

        División de Contratación Administrativa, ubicado en Oficinas Centrales, sexto piso: Será la instancia encargada de resolver los Recursos de Revocatoria. El plazo para resolver ese tipo de impugnaciones por parte de esta instancia será de 8 días hábiles.

        Dirección de Soporte Administrativo, ubicado en el sexto piso en Oficinas Centrales: Será la instancia encargada de resolver los Recursos de Apelación. El plazo para resolver ese tipo de impugnaciones por parte de esta instancia será de 8 días hábiles.

        La comunicación de lo resuelto por las instancias antes citadas, será mediante el uso del fax u otro medio de notificación que la empresa indique para los efectos de notificación.

9.    Condiciones generales del servicio y del personal.

9.1       Aspectos generales del servicio. Específicamente el Socio Comercial contratado realizará, en todo el territorio nacional, la comercialización de los siguientes productos y servicios.

-    Tarjeta de crédito

-    Tarjeta de débito

-    Afiliación a Pago de Salarios

-    Clubes de Ahorro

-    Crédito

             Obligatoriamente debe comercializar todos los productos.

9.1.1.     El Socio Comercial tendrá la responsabilidad de contactar a los potenciales clientes, según el perfil y segmentos establecidos por el Banco, visitándolos en sus lugares de trabajo o domicilios, asistiendo a ferias o actividades promocionales donde el Banco lo requiera, para ofrecerles los productos y servicios del Banco y recoger la documentación necesaria para el análisis, en apego al Manual de Productos, Reglamento de Crédito, Manual de Políticas de Crédito y Reglamento de Ahorro Voluntario.

9.1.2.     Esta documentación debidamente llena y firmada deberá ser entregada a un “back office” designado por el Banco donde sus funcionarios verificarán la información recibida, resolverán la solicitud y en caso de ser aprobada, coordinarán su formalización.

9.1.3.     Apegados a la estructura del Banco Popular, la Dirección de Banca de Personas establecerá la estrategia y suministrará al Socio Comercial la papelería y el material publicitario que se requiera para apoyar la comercialización de los productos y servicios objeto de esta contratación. Asimismo, el Banco definirá los formatos para la comunicación con los clientes. En el momento en que se firme el contrato correspondiente a esta contratación, el Banco definirá a cada Socio Comercial el área geográfica del país y el segmento de clientes que le corresponde atender. Para este efecto se establecen dos segmentos de clientes: del Sector Privado y del Sector Público. Durante el tiempo que dure la relación contractual el Banco podrá variar tanto el área geográfica asignada como el segmento a atender, debiéndoselo comunicar al Socio Comercial con 30 días de antelación.

9.1.4.     El Banco Popular reconocerá al Socio Comercial una comisión por cada producto colocado y aprobado por el nivel resolutivo del Banco que corresponda.

9.2       Aspectos generales del personal.

9.2.1      El Oferente debe contar con personal con buena presentación de adecuada compostura, conducta apropiada y de respeto hacia los clientes, para lo cual el Banco efectuará, cuando así lo considere conveniente, evaluaciones sobre la calidad del Servicio al Cliente. Se entiende como buena presentación personal, adecuada compostura y conducta apropiada el proyectar una imagen personal y empresarial positiva, acorde a la función que desempeñan, a través del comportamiento, arreglo personal y uso de vocabulario respetuoso.

9.2.2      El oferente debe asumir todas las obligaciones referentes a cargas sociales, seguros y otros relacionados con la legislación laboral existente y futura. El Banco queda totalmente desligado y sin ninguna relación obrero-patronal, con el oferente que eventualmente resulte adjudicado. El personal debe en todo caso estar asegurado contra riesgos del trabajo, quedando el Banco liberado de toda responsabilidad laboral, civil y penal en que pudiese incurrir el adjudicatario mientras se dé la prestación del servicio al Banco.

9.2.3      El Socio Comercial deberá mantener al personal debidamente capacitados e informados en materia de ventas y manejos de técnicas para cierre de venta. Además el Banco coordinará todo lo relacionado con la capacitación para los ejecutivos y vendedores del Socio Comercial sobre productos y servicios a comercializar, esta capacitación es de asistencia obligatoria y forma parte de los requisitos para la certificación de los vendedores por parte del Banco que les faculta para efectuar la gestión de venta. Esta capacitación y la certificación de los vendedores se hará posterior a la firma del contrato correspondiente a esta contratación.

9.2.4      Los ejecutivos de venta deberán usar para su labor uniforme distintivo con diseño autorizado por el Banco, pantalones de vestir sencillos, sobrios y de corte elegante para trabajo de oficina, con caída hasta el tobillo o zapato, en caso de las damas si prefieren utilizar falda, ésta debe ser del largo que deseen, pero no más cortas de tres pulgadas arriba de la rodilla. Los hombres deben usar zapatos tipo mocasín o con cordones y las mujeres zapatos de vestir cerrados o abiertos con tacón alto o bajo.

9.2.5      Deberán portar carné de identificación, su respectivo equipo de trabajo y comunicación, (teléfono celular, computadora y todo lo necesario para el cumplimiento del servicio).

9.2.6      Si durante el tiempo que dure la relación contractual, el Socio Estratégico debe sustituir a un Ejecutivo de venta o ampliar el número de ejecutivos con los que inició el servicio, debe contratar personas que tengan como mínimo todo el conocimiento, la experiencia y demás requisitos establecidos en este documento, además de recibir la capacitación y certificación definida en el artículo 9.2.4.

9.2.7      El Socio Comercial tiene plena autonomía para fijar el horario de su personal, para efectos de trámites con el Banco el Socio Comercial debe sujetarse a los horarios por éste definidos.

9.2.8      Los Ejecutivos de Venta adjudicados al Banco no podrán realizar funciones similares en otra institución financiera durante el tiempo que estén destacados en el Banco Popular. Es decir deben brindar un servicio exclusivo al Banco Popular.

10.  Condiciones específicas del servicio.

10.1.    Normas de operación

10.1.1.   El Socio Comercial utilizará toda la información que le brinde el Banco en forma estrictamente confidencial y únicamente para actividades directamente relacionadas con la prestación del servicio. La obligación de confidencialidad se mantendrá aún después de terminada la relación.

10.1.2.   La información contenida en las bases de datos, archivos, medios de almacenamiento y otros sistemas propiedad del Banco, y que el Banco autorice su uso para un proyecto o actividad específico deben ser utilizados únicamente para los fines previamente establecidos por las partes.

10.1.3.   Toda información de los procedimientos, reglamentos y procesos relacionados con los servicios y productos que se comercializan, no podrán ser utilizados por el Socio Comercial para ningún tipo de divulgación o presentaciones a otras empresas, o personas bajo ninguna forma.

10.1.4.   De comprobarse la divulgación de información en forma parcial o total, el Banco Popular procederá a realizar las acciones necesarias para que se apliquen las sanciones correspondientes según la Ley.

10.1.5.   En el momento en que se firme el contrato, se establecerán las personas contacto responsables por ambas partes (Empresa y Banco) para el manejo de la información que se envíe y se reciba, no se deberá suministrar ninguna información a personas que no estén previamente autorizadas por el Banco. El Banco Popular no atenderá vendedores por lo tanto las consultas y/requerimientos deben centralizarse y canalizarse por medio de ambos funcionarios enlace.

               Todos los trámites y consultas operativas que surjan del Socio Comercial ante el Banco, se centralizarán a través de dichos funcionarios.

10.1.6.   Apegados a la estructura del Banco Popular, la Dirección de Banca de Personas establecerá la estrategia y suministrará al Socio Comercial la papelería y el material publicitario que se requiera para apoyar la comercialización de los productos y servicios objeto de esta contratación. Asimismo, el Banco definirá los formatos para la comunicación con los clientes.

10.1.7.   De la Definición de Metas: El Banco asignará al Socio Comercial para cada año calendario, metas mínimas de venta por cada producto y servicio, distribuidas por mes, que se le comunicarán en el mes de enero y que serán evaluadas al final de cada mes.

10.1.8.   De las Pólizas de Seguros: El Socio Comercial debe contratar y mantener vigente durante la ejecución del servicio las siguientes pólizas:

-    Pólizas de riesgos de Trabajo que cubra al menos al personal asignado al Banco.

-    Póliza de fidelidad de posiciones para que cubra al personal asignado al Banco en caso de que incurran en daño o acto deshonesto contra el Banco.

10.2.    Aspectos administrativos

10.2.1.   Venta de tarjetas de crédito, tarjeta de débito, afiliación a pago de salarios, clubes de ahorro y crédito.

10.2.1.1.  El Socio Comercial ofrecerá los productos y servicios bajo las condiciones determinadas por el Manual de Productos, Reglamento de Crédito, Manual de Políticas de Crédito y Reglamento de Ahorro Voluntario. El Banco comunicará al Socio Comercial los cambios en dichas condiciones al menos tres días hábiles antes de su entrada en vigencia. Para todos los productos se deberá cumplir con lo establecido en la Política Conozca a su Cliente.

10.2.1.2.  Los productos de crédito que el Banco ofrecerá estarán de acuerdo con sus presupuestos, disponibilidad de recursos y metas anuales.

10.2.1.3.  Cuando el Socio Comercial tenga en su poder los requisitos completos para el trámite que el cliente desea, los entregará al Banco, específicamente en la UPI (Unidad de Procesamiento Integral) o en el centro de Servicios Financieros que corresponda, (CSF), por medio del funcionario enlace, en un plazo no mayor a 24 horas para su debido trámite en los tiempos de respuesta establecidos El área que reciba procede con la revisión de los documentos y se presentan dos alternativas:

-    Si la documentación está completa, el caso se pasa a producción y el Banco se apega a los tiempos de respuesta establecidos.

-    Si la documentación está incompleta, el caso se devuelve al Socio Comercial en el acto para que proceda con las correcciones, contando para tal efecto con un plazo de tres días hábiles.

                  No se recibe para producción, casos de clientes cuya documentación esté incompleta.

        Los elementos que se establecen para definir tiempos de respuesta máximos para resolver solicitudes de los clientes una vez ingresadas a producción son:

SOLICITUDES DE CRÉDITO

DETALLE

TIEMPO DE RESOLUCIÓN

Clientes con autorización activa para consultas en SUGEF y sin particularidades individuales.

2 días hábiles

Clientes con autorización pendiente en SUGEF.

5 a 8 días hábiles

Casos en que se presenten diferencias entre la orden patronal y la constancia de salario, por motivo de licencias e incapacidades.

10 días hábiles

Casos que por la sumatoria de las deudas en el Sistema requieren la aprobación de niveles resolutivos que no se conformen en la UPI Regional.

Dependerá del cronograma establecido por ese nivel resolutivo

Si el cliente labora en Empresas que tienen restricción para la verificación de constancias de salario en horas específicas durante el día, o bien, lo restringen a 1 ó 2 días por semana.

10 días hábiles

 

 

        En el caso de Crédito Hipotecarios de Vivienda se aplicarán los siguientes tiempos de respuesta:

 

DETALLE

TIEMPOS DE RESOLUCIÓN

Clientes Hipotecarios sin avalúos.

8 a 10 días hábiles (dependiendo si el avalúo es con perito interno o externo)

Clientes Hipotecarios con avalúos.

5 días

Análisis de casos de Ingresos propios.

10 días hábiles dependiendo de la disponibilidad del cliente para la realización de la vista de campo.

Análisis de Crédito asalariados.

5 días

 

 

RESTO DE PRODUCTOS

 

PRODUCTOS

PLAZO DE RESOLUCIÓN

TARJETA DE DÉBITO

DE 3 a 5 días (para entregar al cliente).

TARJETA DE CRÉDITO

10 días hábiles (para entregar al cliente).

AHORRO PROGRAMADO

22 días hábiles (para recibir la primera cuota de ahorro).

AFILIACIÓN A POPULAR PLUS

22 días hábiles (para que ingrese el primer pago).

 

 

11.  Comisiones

11.1     El pago de comisiones por la colocación de servicios será la siguiente:

 

TABLA DE COMISIONES

 

TIPO DE SERVICIO

COMISIÓN

1

TARJETA DE CRÉDITO VISA

 

1.1

Tarjeta local

¢7.500,00

1.2

Tarjeta Internacional

¢9.000,00

1.3

Tarjeta Planinum y Oro

¢10.000,00

1.5

Tarjetas adicionales

¢2.500,00

2

TARJETA DE DÉBITO

 

2.1

Tarjeta Popular

¢1.500,00

2.2

Tarjeta juvenil O2

¢1.500,00

2.3

Tarjeta Kids

¢1.500,00

3.

Afiliación a pago de salarios (con cuenta de Ahorro Voluntario

¢2.500,00

4.

Afiliación a pago de Salarios (Sin cuenta de Ahorro Voluntario en el Banco)

¢4.000,00

5.

Clubes de Ahorroø

30% de la cuota mensual pactada con un máximo de comisión de ¢30.000 (una sola vez)

6.

Trámite de Crédito Personal

55% de la comisión cobrada al cliente establecida para la línea de crédito respectiva (una sola vez)

7.

Trámite de Crédito Hipotecario (Personal y Vivienda)

50% de la comisión cobrada al cliente establecida para la línea de crédito respectiva hasta un monto de ¢150.000,00 (una sola vez)

8.

Trámite de Crédito Social (Gastos Médicos y Educación)

55% de la comisión cobrada al cliente establecida para la línea de crédito respectiva (una sola vez)

 

 

 

 

NOTA 1: Los créditos que por política en caso excepcionales el Banco no le cobrare comisión al cliente, se le reconocerá al Socio Comercial el 50% del porcentaje de comisión más bajo de todas las líneas de crédito del Banco.

 

 

11.2     El Socio Comercial deberá ajustarse a las tarifas establecidas por el Banco. Los montos de las comisiones podrán ser variados por la Gerencia General Corporativa o la Subgerencia General de Negocios, decisión que se le notificará al Socio Comercial de manera directa con al menos 30 días naturales de antelación a su vigencia, así como a través del Diario Oficial La Gaceta. Será responsabilidad de la Administración los mecanismos que utilizará para modificar la tarifa de las comisiones y determinar su razonabilidad.

11.3     El pago de los servicios será de acuerdo con las ventas efectivamente realizadas en producto o servicio según lo siguiente:

11.3.1    Tarjeta de Crédito y débito: Se considera venta efectiva una vez que se haya activado la tarjeta.

11.3.2    Operaciones de Crédito: Se considera venta efectiva una vez que se le deposite al cliente el monto correspondiente.

11.3.3    Afiliación a Pago Automático de Salarios: Se considera venta efectiva una vez que el cliente reciba el primer depósito de salarios en su cuenta de ahorros.

11.3.4    Clubes de Ahorro: Se considera venta efectiva una vez que se reciba el primer depósito por parte del cliente.

11.4     Con el fin de fomentar que el Socio Estratégico oriente esfuerzos no solo a la colocación de Crédito sino también a la comercialización de los otros productos, del pago del total de la comisión generada por concepto de colocación de los productos y servicios, incluyendo crédito, se deduce el porcentaje que se indica en la siguiente tabla conforme al cumplimiento de las metas establecidas para los otros productos:

% CUMPLIMIENTO DE LA META

DE COLOCACIÓN DE PRODUCTOS

Y SERVICIOS DIFERENTES A CRÉDITO

% A DEDUCIR

DEL TOTAL COMISIÓN

90% O MÁS DE CUMPLIMIENTO

0,00%

MENOS DE 90% A 85%

1,00%

MENOS DE 85% A 80%

2,00%

MENOS DE 80%

3,00%

 

             Lo anterior no se aplicará en los casos en los que las causas del no cumplimiento de las metas definidas NO son atribuibles al Socio Comercial, específicamente en aquellos casos en los que se contrató la venta pero el Banco no realizó el trámite necesario para la inclusión en los sistemas del Banco.

11.5     Garantía de cumplimiento. El Socio Comercial a contratar deberá rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, durante los diez días hábiles siguientes a la comunicación de su contratación, por un monto de ¢1.000.000,00 (un millón de colones), y con una vigencia mínima de catorce meses.

             Para rendir esta garantía se deberán observar los requisitos y condiciones que al respecto se establece el artículo 42 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

             Es obligación del Socio Comercial mantener vigente la garantía de cumplimiento hasta por dos meses adicionales al plazo de la relación contractual de un año así como para eventuales prórrogas. Si un día hábil antes de vencimiento de la garantía, el Socio Comercial no ha prorrogado su vigencia, la Administración podrá hacerla efectiva en forma preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo su custodia, el cual servirá como medio resarcitorio en caso de incumplimiento. En este caso el Socio Comercial podrá presentar una nueva garantía sustitutiva del dinero.

11.6     Formalización del contrato. Para cada empresa que haya cumplido con las condiciones, el Banco confeccionará el documento contractual correspondiente bajo los mismos términos en que lo autorice la Contraloría General de la República, el cual deberá contar con la respectiva aprobación interna por parte de la Consultoría Jurídica del Banco Popular para adquirir eficacia jurídica.

             Por la naturaleza de los contratos que se suscriban y de conformidad con el artículo 273 inciso 1) del Código Fiscal, para efectos fiscales se considerarán de cuantía inestimable.

11.7     Vigencia de los contratos. Los contratos que surjan a la vida jurídica durante la vigencia del instructivo, tendrán un plazo de un año a partir de la fecha en que se suscriban con cada empresa, con posibilidad de prórrogas automáticas por períodos iguales hasta un máximo de cuatro años de prestación total, esto si ninguna de las partes manifiesta su deseo de no prorrogar la relación contractual comunicándolo a la otra parte con una antelación mínima de tres meses previo al vencimiento del contrato. El hecho de que el Banco no ejerza alguna prórroga, no le crea ningún derecho de reclamo al Socio Comercial. No será necesaria la confección de un Addendum para la aplicación de las prórrogas.

             El no cumplimiento de alguna de las cláusulas contractuales por parte del Socio Comercial, dará al Banco facultad de poner fin a la relación contractual.

11.8     Forma de pago. El pago de comisiones se realizará mensualmente, cómo máximo a los 30 días naturales después de recibido en conformidad el servicio y la factura, mediante depósito en la cuenta corriente o de ahorros que el Socio Comercial mantenga con el Banco.

             Toda factura debe reunir los requisitos establecidos por la Dirección General de Tributación Directa y recibir el Visto Bueno del responsable del Banco Popular donde constate que los montos cobrados corresponden a lo efectivamente vendido por el Socio Comercial. Si la empresa se le ha dispensado del trámite de timbraje, deberá hacer referencia en las facturas o comprobantes que presente ante el Banco, del número de resolución mediante el cual se les eximió de este trámite. El Banco no se responsabiliza por los atrasos que puedan darse en la fase de ejecución, como motivo del incumplimiento de este aspecto. En ningún caso se darán anticipos de pagos. El pago se efectuará mediante depósito en la cuenta corriente o de ahorros que el Socio Comercial mantenga con el Banco Popular, por lo que el oferente debe indicar en su oferta el número de esta Cuenta corriente o de ahorros.

11.9     Multas. Se aplicarán las siguientes sanciones al Socio Comercial por concepto de incumplimiento a las condiciones señaladas, pactadas en el contrato que se firme:

INCUMPLIMIENTO

SANCIÓN

Inconformidades de clientes ante la Contraloría de Servicios.

Se rebajará un 0.50% del monto de la facturación mensual por cada inconformidad presentada por los clientes donde se demuestre la mala atención brindada por el ejecutivo.

Incumplimiento en la utilización de formatos establecidos para la comunicación con clientes.

Se rebajará un 0.25% del monto de la facturación mensual por cada cliente que demuestre el incumplimiento.

Créditos devueltos en que se evidencia falta de Gestión por parte del Ejecutivo de Ventas.

Se rebajará un 0,10% del monto de la facturación mensual por cada cliente que demuestre el incumplimiento.

Incumplimiento en vestimenta e identificación previamente establecida.

Se rebajará un 0,10% de la facturación mensual por cada ejecutivo de venta que en forma demostrable incumpla con este requerimiento.

Incumplimiento en la atención de ferias o actividades, capacitaciones u otros, sin justificación.

Se rebajará un 0,10% de la facturación mensual por cada actividad donde se demuestre el incumplimiento.

Incumplimiento en envío de personal a las oficinas no calificado bajo los estándares de aceptación.

Se rebajará un 0,50% del monto de la facturación mensual por cada vendedor presentado sin que cuente con la acreditación correspondiente.

 

11.10   Inspección y fiscalización del contrato. El Órgano Fiscalizador tiene como obligación velar porque el contratista se ajuste al estricto cumplimiento de lo pactado. Se entenderá que el Órgano Fiscalizador lo constituye la unidad gestionante a saber Dirección de Banca de Personas, a este Órgano le corresponden las atribuciones y obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley de Contratación Administrativa.

División de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2013049659).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MORA

Con fundamento en lo establecido en el artículo 53 inciso b) del Código Municipal, me permito transcribirles y comunicarles el acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Mora tomado en la sesión ordinaria N° 29-2013, celebrada el día 23 de julio del año 2013, que textualmente dice:

Artículo seis: Se recibe solicitud del Departamento de Dirección Jurídica, donde insta a mandar a publicar edicto a La Gaceta, en razón de no conocer objeciones dentro del plazo de ley, a la propuesta del Reglamento para ayudas temporales y subvenciones de conformidad con el artículo 62 del Código Municipal, proyecto de Reglamento que se dió a conocer en La Gaceta N° 122 del 26 de junio del 2013.

El Concejo Municipal fundamentado en la solicitud hecha por el Departamento de la Dirección Jurídica, acuerda por unanimidad, publicar en forma definitiva el Reglamento para Ayudas Temporales y Subvenciones de conformidad con el artículo 62 del Código Municipal, en cumplimiento del artículo 43 del Código Municipal y en vista de que no se presentaron objeciones en el plazo estipulado para ello, queda el mismo Definitivamente Aprobado y entra en vigencia a partir de esta publicación.

Se somete a dispensa el acuerdo: Se dispensa por unanimidad.

Se somete a votación por el fondo: Se aprueba por unanimidad.

Se somete a votación para la firmeza del acuerdo: Acuerdo firme por unanimidad.

De conformidad con lo establecido en el párrafo segundo del artículo 44 y artículo 45 ambos del Código Municipal, por unanimidad de votos, se dispensa de dictamen de comisión el presente acuerdo y a su vez se declara definitivamente aprobado.

Ciudad Colón, 24 de julio del 2013.—Andrés Sandí Solís, Secretario a. í, del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2013049189).

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO

Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Aprobar en todas sus parques el Proyecto de Reglamento para el Cobro de la Tasa sobre Mantenimiento de Parques, Zonas Verdes y sus respectivos servicios en el cantón de Guácimo.

PROYECTO DE REGLAMENTO PARA EL COBRO DE

LA TASA SOBRE MANTENIMIENTO DE PARQUES,

ZONAS VERDES Y SUS RESPECTIVOS SERVICIOS

EN EL CANTON DE GUACIMO

Disposiciones Generales

El Concejo Municipal de la Municipalidad del Cantón de Guácimo, con sustento en lo dispuesto en los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, 4º, inciso a), 13, inciso c), 43, 68, 69, párrafo primero y cuarto y 74, del Código Municipal, Ley Nº 7794, del 18 de mayo de 1998 y en uso de sus atribuciones, emite el presente Reglamento de Cobro de la Tasa sobre Mantenimiento de Parques y Zonas Verdes y sus Respectivos Servicios del Distrito Primero del Cantón de Guácimo, el que se regirá por las siguientes disposiciones.

CAPÍTULO PRIMERO

De las definiciones

Artículo I.—Se entenderá por parques para los efectos de este Reglamento, aquellos terrenos destinados por la Municipalidad de Guácimo, con base en la ley como áreas verdes, que son de orden público y de libre acceso a todos los habitantes del país, los que al usarlos tienen la obligación de conservarlos en el mejor estado posible.

Al efecto no deberán:

a)   Destruir los prados, arbustos o árboles que están en ellos plantados.

b)  Destruir las obras de ornato e infraestructura que en estos sean colocadas.

c)   Maltratar los animales domésticos o silvestres que en estos se encuentren.

Artículo II.—Se entenderá por zonas verdes para los efectos de este Reglamento aquellas áreas, jardines o terrenos libres hacia la vía pública, cuya línea es fijada por la Municipalidad de San José frente a los bienes inmuebles que están ubicados en su jurisdicción quien ejercerá la debida vigilancia para que en estos no se levanten construcciones que impidan su uso o vengan a cambiar el mismo.

Artículo III.—Se entiende por mantenimiento de parque y zonas verdes aquella actividad técnica y artesanal, así como el costo financiero que realiza la Municipalidad de Guácimo a través de sus distintas dependencias para la atención de los parques ubicados en cada uno de los distritos que componen el Cantón de Guácimo, así como las distintas zonas verdes localizadas al frente o cercanas a cada uno de los bienes inmuebles situados en esta jurisdicción.

Artículo IV.—Los respectivos servicios que presta la Municipalidad en relación con el mantenimiento de parques y zonas verdes relacionados con los bienes inmuebles ubicados en cada uno de los distritos Cantón de Guácimo son: recolección y limpieza, estos servicios son de acuerdo con el costo efectivo de lo invertido por la Municipalidad y su gasto de prorratea de acuerdo con el metraje de la propiedad de la zona dejada al servicio público.

Artículo V.—Es sujeto pasivo para los efectos de este Reglamento toda aquella persona que sea propietaria de un inmueble, quien por tal condición está obligada al pago de la tasa que cobra la Municipalidad, por mantenimiento de parques y zonas verdes, en cada uno de los distritos del Cantón de Guácimo.

Artículo VI.—Se entiende por tasa para los efectos de este Reglamento aquel tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva o potencial de un servicio público que brinda la Municipalidad de Guácimo, individualizando en el contribuyente cuyo producto no debe tener un destino ajeno al servicio, razón de ser de la obligación.

CAPÍTULO SEGUNDO

Del procedimiento para el cobro

Artículo VII.—La Municipalidad de Guácimo cobrar una tasa por concepto de mantenimiento de parques, zonas verdes y sus respectivos servicios a todos los propietarios de inmuebles ubicados en cada uno de los distritos ubicados en su jurisdicción.

Artículo VIII.—El costo de esta tasa se determina tomando en consideración el costo efectivo de lo invertido por la Municipalidad para su mantenimiento, incrementándose en un diez por ciento de utilidad para el desarrollo.

Artículo IX.—El diez por ciento de utilidad para el desarrollo en que se incrementa la tasa señalada en el artículo anterior se destinara para impulsar la creación de nuevos parques para la remodelación de los existentes en el distrito correspondiente y para la incorporación de una red o sistemas de parques en esta jurisdicción que permita su mantenimiento.

Artículo X.—Esta tasa deberá pagarla todos los contribuyentes de cada uno de los distritos, según lo indica el código Municipal en el artículo 74: que indica que tal suma se cobrara Proporcional entre los contribuyentes del distrito, según el valor de la propiedad.

Artículo XII.—En la determinación del costo efectivo la Municipalidad tomara como base el gasto real o efectivo que por la actividad de mantenimiento de parques, zonas verdes que estarán sustentadas en los costos reales brindados por sanidad ambiental, unidad encargada prestar el servicio por mantenimiento de parques, zonas verdes y sus respectivos servicios en cada uno de los distritos de esta comunidad.

Artículo XIII.—La municipalidad calculará cada tasa en forma anual y las cobrará en tractos trimestrales sobre saldo vencido.

Artículo XIV.—El cobro de esta tasa regirá a partir del mes de setiembre dos mil trece.

Artículo XV.—De conformidad con lo establecido en el artículo 43 del Código Municipal vigente, este Reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Publíquese en Diario Oficial La Gaceta.

Rige a partir del cuarto trimestre del 2013.

Acuerdo firme Nº catorce, de la sesión ordinaria Nº 28-2013, celebrada por el Concejo Municipal del cantón de Guácimo el día 15-07-13.

Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2013049816).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

OFICINA DE REGISTRO E INFORMACIÓN

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-2757-2013.—Márquez Artavia Xiomara, costarricense, cédula 4-0175-0641. Ha solicitado reposición del título de Magister Scientiae en Física. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los quince días del mes de julio del año dos mil trece.—MBA José Rivera Monge, Director.—(IN2013047997).

ORI-2758-2013.—Rojas Guerrero Ingrid, costarricense, cédula 1 0953 0854. Ha solicitado reposición de los títulos de Bachiller en Inglés y Magister en la Enseñanza del Inglés como Lengua Extranjera. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 15 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—(IN2013048034).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Al señor Janer Eduardo Herrera Villamil,  se le hace saber  la resolución de las catorce horas del día diez de enero del dos mil trece, en la que se ordenó que la niña Rachel Herrera Brenes permanezca bajo la figura de cuido provisional al lado de los señores Alexander Brenes Villalobos y Grettel Díaz González y la resolución de las ocho horas del día diez de julio del dos mil trece, que ordena la finalización de la medida de protección y el retorno de la niña Rachel Herrera Brenes al lado de su madre señora Yorleny Brenes Villalobos. Contra las presentes resoluciones procede el recurso de apelación  ante esta representación legal, sita en Llorente de Flores de Heredia, cien metros al sur de las Oficinas del Banco Nacional de Costa Rica y setenta y cinco metros al oeste, quien lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Entidad ubicada en San José, antiguo edificio Dos Pinos, dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación del presente edicto.  Expediente 442-00002-2013.—Oficina Local Heredia Sur, 10 de julio del 2013.—Lic. Marcela Ramírez Ulate,  Representante Legal.—O. C. N° 35921.— Solicitud N° 61504.—C-19160.—(IN2013048422).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A la señora Girley del Jesús Rodríguez  Moreira, cédula de identidad número cuatro-ciento setenta y cuatro-cuatrocientos cincuenta y nueve, al señor Christiam García Aguirre de nacionalidad nicaragüense, y al joven Christopher Alfredo García Rodríguez, tarjeta de identidad de persona menor de edad cuatro-doscientos treinta y tres-seiscientos veintiséis, todos de paradero actual desconocido según Área de Trabajo Social, se les comunica la resolución de las dieciséis horas del cinco de julio de dos mil trece, que ordenó dejar sin efecto resolución de inclusión en programa de tratamiento para adicción a drogas en Hogar Crea de Siquirres y se ordena el archivo del proceso especial de protección iniciado con dicha resolución a favor del joven Christopher Alfredo García Rodríguez, visto que no han sido localizado por el Área de Trabajo Social y el joven egresó de dicha alternativa por decisión propia, desconociéndose también su paradero actual. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente OLHN-00063-2013.—Oficina Local Heredia Norte.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N° 35921.—Solicitud N° 61504.—C-25100.—(IN2013048418).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

A quien interese se le avisa a la señora Xinia María Elizondo Moreno, número de cédula 16180726, mayor, demás calidades desconocidas, domicilio desconocido, que en esta oficina local se tramita el expediente administrativo número 141-00058-2011, correspondiente a la Medida de Abrigo Temporal de las once horas del veintidós de junio del dos mil trece a favor de la persona menor de edad Tonny Gabriel Hidalgo Elizondo en Hogar Crea de Siquirres. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: en contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación en esta oficina local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, Barrio Luján, antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Expediente: 141-00058-2011.—Oficina Local de Pérez Zeledón.—Lic. Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. N° 35921.—Solicitud N° 61510.—C-38960.—(IN2013049013).

A quien interese, se le avisa al señor José Francisco Hernández Ureña, número de cédula 113110791, mayor, demás calidades desconocidas, domicilio desconocido, que en esta Oficina Local se tramita el expediente Administrativo número 141-0002-2012, correspondiente a la Medida de Cuido Provisional de las ocho horas del primero de julio del dos mil trece a favor de la persona menor de edad Joustin Gabriel Hernández Porras en el hogar de su abuela materna Rosa María Zúñiga Picado. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: en contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación en esta oficina local quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, Barrio Luján, antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Expediente: 141-0002-2012.—Oficina Local de Pérez Zeledón.—Lic. Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. N° 35921.—Solicitud N° 61510.—C-38960.—(IN2013049015).

A quien interese, se le avisa al señor: Seth Saborío Solano, número de cédula 111560534, mayor, demás calidades desconocidas, domicilio desconocido, que en esta oficina local se tramita el expediente administrativo número 141-0002-2012, correspondiente a la Medida de Cuido Provisional de las ocho horas del primero de julio del dos mil trece a favor de la persona menor de edad Geisel Alondra Saborío Porras en el hogar de su abuela materna Rosa María Zúñiga Picado. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: en contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer recurso de apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación en esta oficina local quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, Barrio Luján, antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Expediente: 141-0002-2012.—Oficina Local de Pérez Zeledón.—Lic. Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. N° 35921.—Solicitud N° 61510.—C-38960.—(IN2013049021).

A quien interese, se le avisa al señor: Eladio Asdrúbal Hidalgo Fonseca, número de cédula 32670148, mayor, demás calidades desconocidas, domicilio desconocido, que en esta oficina local se tramita el expediente administrativo número 141-00058-2011, correspondiente a la Medida de Abrigo Temporal de las once horas del veintidós de junio del dos mil trece a favor de la persona menor de edad Tonny Gabriel Hidalgo Elizondo en Hogar Crea de Siquirres. Se le concede el plazo de tres dias naturales para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: en contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer recurso de apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación en esta oficina local quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, Barrio Luján, antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Expediente: 141-00058-2011.—Oficina Local de Pérez Zeledón.—Lic. Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. N° 35921.—Solicitud N° 61510.—C-38960.—(IN2013049026).

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA

Para exponer la propuesta de ajuste extraordinario de oficio(*) en las tarifas del servicio de Transporte Remunerado de Personas Modalidad Autobús a Nivel Nacional, tramitada en el expediente ET-80-2013:

Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital

La Audiencia Pública se llevará a cabo el día 10 de setiembre del 2013, a las 17 horas y 15 minutos por medio del sistema de video-conferencia(**) en los siguientes lugares: Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Tribunales de Justicia de: Limón Centro, Heredia Centro, Ciudad Quesada, Liberia Centro, Puntarenas Centro, Pérez Zeledón y Cartago Centro y; en forma presencial en el Salón Parroquial de Bribrí, Limón.

Quien tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia: en forma oral en la audiencia pública o por escrito firmado: en la audiencia pública, o en las oficinas de la Autoridad Reguladora, en horario regular, hasta el día de realización de la audiencia, o por medio del fax: 2215-6002 o del correo electrónico(***): consejero@aresep.go.cr hasta la hora programada de inicio de la respectiva audiencia pública.

Las oposiciones o coadyuvancias deben de estar sustentadas con las razones de hecho y derecho, indicando un lugar exacto, o un medio (correo electrónico, número de fax o apartado postal), para efectos de notificación por parte de la ARESEP, y presentar documento de identificación aceptado en el país, o copia de dicho documento si es interpuesta por escrito. Las personas jurídicas deben interponer la oposición o coadyuvancia por medio del representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

Se informa que las propuestas se pueden consultar en las instalaciones de la ARESEP y en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr (Expedientes).

(*)Este procedimiento de oficio se basa en la resolución de la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos RJD-120-2012 del 5 de noviembre del 2012, “Modelo de Ajuste Extraordinario para el Servicio de Transporte Remunerado de Personas Modalidad Autobús”, publicado en el Diario Oficial Alcance Digital N° 174 de La Gaceta N° 214 del 6 de noviembre del 2012.

(**)Si por motivo de fuerza mayor o caso fortuito la Audiencia Pública no se puede realizar por el sistema de video-conferencia, ésta se celebrará en forma presencial en cada una de las sedes señaladas al efecto).

(***)En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea enviada por medio de correo electrónico, ésta debe de estar suscrita mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe de ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados.

Dirección General de Atención al Usuario.—Luis Fernando Chavarría Alfaro.—1 vez.—O. C. Nº 7364-2013.—Solicitud Nº 775-358.—(IN2013051611).

INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORIA MUNICIPAL

Comunica que por medio de acuerdo segundo, artículo seis, de la sesión ordinaria N° 4237 del 18 de julio de 2013, la Junta Directiva del IFAM aprobó la publicación de la siguiente resolución:

“Resolución General N° 002-2013

La Dirección Ejecutiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, representada por Laura Obando Villegas, en su condición de Director de la Administración Tributaria resuelve:

1°—Que la Ley N° 9036, denominada “Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (INDER)”, aprobada mediante Ley N° 9036 del 22 de marzo de 2012, publicada en La Gaceta N° 103 del 29 de mayo de 2012 se encuentra en vigencia desde el 29 de noviembre de 2012.

2°—Que la Ley N° 9036, en el artículo 37, modificó el artículo 10, de la Ley N° 5792, de fecha 1° de septiembre de 1975, estableciendo un impuesto específico de cero coma dos dos tres tres dos colones (¢0,22332) por cada mililitro de alcohol absoluto sobre la cerveza nacional y extranjera a favor del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal- IFAM.

3°—Que el artículo 10 de la Ley N° 5792, establece la obligación que tiene el IFAM como Administración Tributaria, de actualizar y publicar de oficio en forma trimestral el monto de los impuestos creados en ese artículo a favor del IFAM. Lo anterior, deberá de realizarse dentro de los quince días anteriores a cada período trimestral de aplicación, que iniciarán el primer día de enero, abril, julio y octubre.

4°—Que el artículo 10 de la Ley N° 5792, establece que la actualización del monto del impuesto específico, se fijará de forma trimestral conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor-IPC que determine el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) y aplicarla como tasa de aumento a aquél impuesto. La variación del índice de precios al consumidor-IPC no podrá en ningún caso exceder de un tres por ciento (3%).

5°—Que el valor del índice de precios al Consumidor - IPC para los meses de meses de abril 2013 y enero 2013, corresponden a 161.703 y 158.737 respectivamente, generándose una variación en el período de uno coma ochenta y siete por ciento (1.868%). Por tanto:

Se actualiza el impuesto específico otorgado a favor del IFAM, según se detalla a continuación:

Cálculo para el tercer trimestre de 2013 (julio a setiembre)

 

 

 

 

abril-13

enero-13

IPC

161,703

158,737

 

 

 

Variación %=

1,868%

 

 

 

 

Valor impuesto inicial

¢0,23111

Factor Acumulativo de Variación

 

1,01868

Valor Actualizado del impuesto específico por mililitro de alcohol absoluto

¢0,23543

 

El monto del impuesto específico ¢0,23543 se aplicará sobre cada mililitro de alcohol absoluto. Dicho monto regirá durante el período comprendido entre el 1° de julio el 30 de setiembre de 2013.

Dado en la ciudad de Moravia, 30 de junio de 2013.

Publíquese.

Moravia, 23 de julio 2013.—Dirección Ejecutiva.—MSc. Laura Obando Villegas, Directora.—1 vez.—(IN2013050030).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA

Y ACUICULTURA

AJDIP/057-2013.—Puntarenas, a los ocho días del mes de febrero de dos mil trece.

Considerando:

I.—Que en razón de la audiencia que le fue otorgada a los Sres. Miembros de la Comisión Nacional de Pesca Deportiva Turística, la Junta Directiva avalo las consideraciones u observaciones esgrimidas por dichos señores en cuanto a la solicitud de eliminación del cobro de carnés de pesca deportiva desde tierra.

II.—Que es ese sentido se modificó el Acuerdo AJDIP/417-2012, eliminándose los carnés de pesca deportiva desde tierra, por cuanto no eran significativos respecto a la captación de recursos, sino que más bien propiciaban el desestimulo para la práctica de esa actividad.

III.—Sin embargo han sido reiteradas las solicitudes por parte de los funcionarios de la Institución de las inconveniencias que ha significado para aquellas personas que realizan la pesca deportiva desde tierra el adolecer de un carné que les autorice para tales efectos.

IV.—Que en ese sentido la Presidencia Ejecutiva autorizó la emisión de una nota sustitutiva de dicho carné, que sirviera como constancia que para la práctica de la pesca desde tierra no se requería carné.

V.—Sin embargo las personas que practican este tipo de pesca, insisten en la necesidad de contar con un carné que les acredite ante las diversas autoridades, la posibilidad de realizar la pesca deportiva desde tierra.

VI.—Que señalan los Sres. Directores que es menester adicionar en el Acuerdo de Tarifas vigente, que para la práctica de la pesca deportiva desde tierra, el INCOPESCA extenderá a quien así lo solicite el respectivo carné sin costo alguno para el solicitante, en el entendido que éste autoriza la práctica de la pesca deportiva únicamente desde tierra, lo cual deberá así indicarse en el carné al momento de extenderlo.

VII.—Escuchado el Sr. Presidente Ejecutivo, la Junta Directiva, Por tanto:

ACUERDA:

1°—Adiciónese un párrafo final al Acuerdo de Tarifas AJDIP/417-2012, identificado como Nota 17, el cual se leerá de la siguiente manera:

17. Se autoriza a las diversas dependencias institucionales la emisión de carnés para la práctica de la pesca deportiva desde tierra sin ningún costo para quien lo solicite.

Igualmente deberá identificarse con claridad meridiana en dicho documento, que el mismo únicamente autoriza la práctica de la pesca deportiva desde tierra, careciendo de total validez para el ejercicio de ésta actividad a bordo de una embarcación.

2°—Acuerdo Firme.

3°—Rige a partir de su adopción.

4°—Publíquese.

Lic. Luis Gerardo Dobles Ramírez, Presidente Ejecutivo.—Secretaría Técnica de Junta Directiva.—Lic. Guillermo Ramírez Gätjens, Jefe.—1 vez.—O C 13-0135.—Sol. 63429.—C-52660.—(IN2013049177).

AJDIP/169-2013.—Puntarenas, a los diez días del mes de mayo de dos mil trece.

Considerando:

I.—Que en acuerdo AJDIP/417-2012, acuerdo que establece las tarifas a cobrar por el INCOPESCA por la prestación de servicios y venta de bienes, en las Notas Explicativas correspondientes se estableció la referencia y mención de la excepción del cobro de la inspección en la descarga de productos pesqueros a las embarcaciones pertenecientes a la flota artesanal en pequeña escala, sin embargo en su interpretación permanece la idea de que la solicitud formal de la inspección, deba entonces ser requerida a dichas embarcaciones, no siendo ello el espíritu de la disposición, ni congruente con la realidad de dicho sector, por lo cual es necesario su modificación y ajuste por claridad y transparencia en la actuación administrativa, por lo que la Junta Directiva, Por tanto:

ACUERDA:

1°—Modifíquese el  acuerdo AJDIP/417-2012, del 07 de setiembre de 2012, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en las Notas Explicativas, el punto 6, inciso f para que se lea correctamente de la siguiente manera:

“inciso f se exceptúa de la solicitud, inspección y del cobro a las embarcaciones pertenecientes a la  flota artesanal en pequeña escala”

2°—Acuerdo Firme.

Lic. Luis Gerardo Dobles Ramírez, Presidente Ejecutivo.—Secretaría Técnica de Junta Directiva.—Lic. Guillermo Ramírez Gätjens, Jefe.—1 vez.—O C 13-0135.—Sol 63429.—C-28220.—(IN2013049178).

AJDIP/208-2013.—Puntarenas, a los siete días del mes de junio de dos mil trece.

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo AJDIP/193-2013, se aprobó el establecimiento del período de veda en el Golfo de Nicoya del 01 de julio al 30 de setiembre.

II.—Que en ese sentido, dicho Acuerdo establece en su inciso d) de la parte dispositiva que “ Los pescadores artesanales que no se acojan a la veda y decidan pescar fuera del área vedada, no tendrán derecho al reconocimiento de combustible a precio competitivo”, lo cual resulta contrario a lo establecido en el Artículo 2°, del Decreto Ejecutivo N° 36043-MAG-SP-MS, razón por lo cual debe ajustarse el Acuerdo AJDIP/193-2013 a dicha disposición legal, razón por la cual, la Junta Directiva, Por tanto:

ACUERDA:

1°—Modificar el inciso d) del Por tanto del Acuerdo AJDIP/193-2013, para que se lea de la siguiente manera:

“ D-) Aquellos pescadores que se encuentren dentro de los términos y condiciones establecidas en el Artículo 2°, del Decreto N° 36043-MAG-SP-MS, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 115 del 15 de junio de 2010, y que manifiesten de conformidad con dicha normativa, su decisión de continuar realizando actividades de pesca fuera de las zonas o condiciones impuestas en la veda, se les autorizará por vía de excepción el combustible a precio competitivo, siempre y cuando, así lo hayan comunicado por escrito al INCOPESCA antes del inicio del período de veda establecido”.

2°—Los demás términos y condiciones establecidas en el Acuerdo supra, se mantienen incólumes.

3°—Acuerdo Firme.

4°—Publíquese, rige a partir de su adopción.

Lic. Luis Gerardo Dobles Ramírez, Presidente Ejecutivo.—Secretaría Técnica de Junta Directiva.—Lic. Guillermo Ramírez Gätjens, Jefe.—1 vez.—O C 13-0135.—Sol 63429.—C-35740.—(IN2013049181).

AJDIP/235-2013.—Puntarenas, a los veintiún días del mes de junio de dos mil trece.

Considerando:

I.—Que en razón del establecimiento por parte de la Junta Directiva, de las tallas de primera madurez de las especies marinas de interés comercial en las actividades de pesca de la flota comercial para la captura, aprovechamiento, descarga y comercialización por parte de embarcaciones nacionales o extranjeras, en el transitorio único de dicha disposición se estableció como medida de ordenamiento, que éstas tallas empezarán a regir de pleno derecho, a partir de tres meses calendario posteriores a su publicación, lo cual, por su redacción, deviene por imperativo legal en una disposición errónea de imposible cumplimiento, toda vez la realidad en cuanto a la necesidad de elaboración de estudios técnicos profundos sobre las diversas especies contempladas en el Acuerdo en mención.

II.—Que en razón de lo anterior, resulta imprescindible ajustar a la realidad del sector pesquero comercial y deportivo nacional, bajo riesgo de colapsar una actividad generadora de divisas, trabajo y progreso a nuestra las provincias costeras.

III.—Que en virtud de lo anterior y a efecto de ajustar la norma contenida en el Acuerdo AJDIP/105-2013 a la realidad socioeconómica de los sectores pesqueros comerciales y deportivos; así como a los criterios de carácter técnico-científico, consideran los Sres. Directores conveniente modificar el transitorio único del Acuerdo AJDIP/105-2013, publicado en el Alcance N° 57 del Diario Oficial La Gaceta N° 59 del 25 de marzo de 2013, para que el mismo se lea correctamente de la siguiente manera: “Las medidas de ordenamiento establecidas de las Tallas de Primera Madurez, empezarán a regir tres meses calendario después de la finalización de los estudios que sean realizados para validar las tallas de primera madurez establecidas en el presente acuerdo, dentro del plazo máximo definido de 24 meses”, razón por la cual la junta directiva, Por tanto:

ACUERDA:

1°—Modificar el transitorio único del Acuerdo AJDIP/105-2013, publicado en el Alcance N° 57 del Diario Oficial La Gaceta N° 59 del 25 de marzo de 2013, para que el mismo se lea correctamente de la siguiente manera:

Transitorio Único

1   Las medidas de ordenamiento establecidas de las Tallas de Primera Madurez, empezarán a regir tres meses calendario después de la finalización de los estudios que sean realizados para validar las tallas de primera madurez establecidas en el presente acuerdo, dentro del plazo máximo definido de 18 meses, con excepción del recurso tiburón que estará sujeto a un plazo máximo de 24 meses, sujeto a la programación y ejecución progresiva establecida para estos efectos por la Dirección General Técnica del INCOPESCA .

2°—Acuerdo firme.

3°—Publíquese.

4°—Publíquese, rige a partir de su adopción.

Lic. Luis Gerardo Dobles Ramírez, Presidente Ejecutivo.—Secretaría Técnica de Junta Directiva.—Lic. Guillermo Ramírez Gätjens, Jefe.—1 vez.—O C 13-0135.—Sol 63429.—C-53600.— (IN2013049184).

AVISOS

INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA

Somete a consulta pública el siguiente proyecto de norma:

PN INTE/ISO 5457:2013 “Documentación técnica de productos - Medidas y esquemas de trazado de planos de dibujo” (Correspondencia: ISO 5457:1999 Amd 1:2010).

PN INTE 06-09-11:2013 “Norma para los perfiles estructurales de acero. Conformados en frío” (Correspondencia: N.A.).

Se recibirán observaciones durante los siguientes 60 días naturales después de la publicación del presente aviso.

Para mayor información, comuníquese con la Dirección de Normalización con el Sr. Diego Cordero al teléfono 2283-4522 o al correo dcordero@inteco.or.cr.

Mauricio Céspedes Mirabelli, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2013049476).

Se informa a los interesados que está disponible el Plan Nacional de Normalización para el segundo semestre del año 2013. El Plan podrá ser descargado en la página web de INTECO, http://www.inteco.or.cr

Para mayor información, comuníquese con el Centro de Información al teléfono 2283-4522 o al correo electrónico eesquivel@inteco.or.cr

Mauricio Céspedes M., Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2013049477).

Somete a consulta pública los siguientes proyectos de norma:

PN INTE 28-03-01:2013 “Sistemas solares térmicos y componentes. Captadores solares. Requisitos generales” (Correspondencia: EN 12975-1).

PN INTE ISO 9801-1:2013 “Energía solar- Métodos de ensayo para colectores solares-Parte 1: Desempeño térmico de colectores con vidrio de calentamiento líquido considerando caída de presión” (Correspondencia: ISO 9806-1).

PN INTE ISO 9801-2:2013 “Energía solar- Métodos de ensayo para colectores solares-Parte 2: Procedimientos de ensayo de calificación” (Correspondencia: ISO 9806-2).

PN INTE ISO 9801-3:2013 “Energía solar- Métodos de ensayo para colectores solares-Parte 3: Desempeño térmico de colectores sin vidrio de calentamiento líquido considerando caída de presión” (Correspondencia: ISO 9806-3).

PN INTE 28-03-02:2013 “Sistemas solares térmicos y sus componentes. Sistemas prefabricados. Parte 1: Requisitos generales.”(Correspondencia: EN 12976-1).

Se recibirán observaciones durante los siguientes 60 días naturales después de la publicación del presente aviso.

Para mayor información, comuníquese con la Dirección de Normalización con los ingenieros Felipe Calvo o César Rosales al teléfono 2283-4522 o a los correos fcalvo@inteco.or.cr o crosales@inteco.or.cr

Mauricio Céspedes Mirabelli, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2013050436).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE PURISCAL

La Municipalidad de Puriscal en la sesión extraordinaria del Concejo Municipal N° 277, celebrada el 12 de julio del 2013, acuerdo 05-277-2013, aprobó las siguientes tasas por prestación de los servicios de recolección y tratamiento de basura y aseo de vías.

Servicio de recolección

y tratamiento de basura

Tarifa trimestral

Tipo de usuario

Residencial

¢7.519,64

Comercial e industrial

¢18.799,09

Servicio de aseo de vías

Tarifa trimestral

Por metro lineal

¢739,95

 

Lo anterior entra a regir treinta días después de su publicación.

Puriscal, 1° de agosto del 2013.—Yorleny Guevara Mora, Secretaria del Concejo.—Manuel Espinoza Campos, Alcalde.—Amable Mena Ríos, Vicealcaldesa.—1 vez.—(IN2013050111).

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS

ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

EDICTO

N° 004-07-2013.—Marina, Rafael y Enrique todos Sandí Valencia  con  cédulas de identidad Nos. 6-072-607, 6-084-751 y 6-067-722, con base en el Artículo número: 38 del Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo-Terrestre Número: 6043 del 16 de febrero de 1977 y Decreto Ejecutivo Número 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión en zona industrial marítimo y zona de desarrollo controlado del estero, una parcela de terreno que se ubica, en el centro esquina noroeste del Parque Mora y Cañas, distrito: primero, cantón: central, provincia: Puntarenas, que mide un área de 1.157,00 m2 y que colinda: al norte, Estero de Puntarenas; al sur, propiedad privada; al este, calle pública N° 11 y estero; y al oeste, Municipalidad de Puntarenas. La presente publicación se realiza de acuerdo al Plan Regulador aprobado para dicho sector de Puntarenas y no otorga derechos a efectos de que disposiciones futuras de dicho plan varíen el destino de la parcela. Se conceden 30 días hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas ante esta Municipalidad, en papel sellado de un colón y los timbres correspondientes en dos tantos.—Puntarenas, 24 de julio de 2013.—Carlos José Leitón Zamora, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2013049853).

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO

Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Aprobar en todas sus partes la modificación de las tarifas de servicio de aseo de vías y sitios públicos y el servicio de recolección de basura.

Tasa de servicio de recolección de basura

Tipo de unidad

Tasa

Residencial tipo 1

¢1.764,81

Residencial tipo 2

¢3.529,62

 

 

Comercial-Industrial tipo 1

¢3.529,62

Comercial-Industrial tipo 2

¢8.824,05

Comercial-Industrial tipo 3

¢17.648,10

Comercial-Industrial tipo 4

¢35.296,20

 

 

Institucional-Religioso tipo 1

¢2.647,21

Institucional-Religioso tipo 2

¢8.824,05

 

Tasa de servicio de aseo de vías y sitios públicos ¢258,00 por metro lineal

Publíquese en Diario Oficial La Gaceta.

Rige a partir del mes de setiembre 2013.

Acuerdo N° Veinticinco. Aprobado unánimemente, acuerdo en firme, de la sesión ordinaria Nº 25-2013, celebrada por el Concejo Municipal del cantón de Guácimo el día 24-06-13.

Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2013049819).

Este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Aprobar la tasa de mantenimiento de parques, zonas verdes y sus respectivos servicios en el cantón de Guácimo, por un monto de ¢6.60 por millón anual según el valor declarado de la propiedad o valor según Sistema Municipal.

Publíquese en Diario Oficial La Gaceta.

Rige a partir del mes setiembre 2013.

Acuerdo N° Diecisiete. Aprobado unánimemente, acuerdo en firme, de la sesión ordinaria Nº 25-2013, celebrada por el Concejo Municipal del cantón de Guácimo el día 24-06-13.

Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2013049821).

AVISOS

CONVOCATORIAS

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

TRIBUNAL DE ELECCIONES INTERNAS DEL COLEGIO

DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA

CONVOCA A ELECCIONES

El Tribunal de Elecciones Internas informa que en cumplimiento de los artículos 5°, 6°, 7° y 8° del Reglamento de Elecciones del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, en la sesión ordinaria N° 01-2013 celebrada el 7 de agosto del 2013, se acordó lo siguiente:

a) Convocar a asamblea general ordinaria, el sábado 7 de diciembre del 2013, para la elección de los siguientes puestos de la Junta Directiva: presidente(a), vicepresidente(a), secretario(a), tesorero(a), vocal I, así como fiscal(a).

b) El proceso de elecciones se realizará de las nueve horas, a las diecisiete horas, en la Sede Central del Colegio y en las siguientes Sedes Regionales:

    Alajuela: Urbanización Ciruelas, de la esquina este del Centro Comercial Plaza Real Alajuela, 300 metros al sur y 100 metros al este, casa esquinera, N° 5F.

    Grecia: Alajuela, Grecia, 200 metros al sur de la Sucursal de la Caja Costarricense del Seguro Social o costado oeste Parque Infantil B° Pinos, casa esquinera color blanco.

    Guápiles: Limón, Pococí, Guápiles, B° Los Ángeles, del cementerio 800 metros al sur a mano derecha, 100 metros antes de llegar al Súper Los Cachorros, edificio color mostaza.

    Heredia: Plaza Heredia, local N° 13, primera planta.

    Liberia: Guanacaste, Liberia, de la Tienda Ekono, 75 metros sur, edificio Anacar, local N° 02.

    Limón: Limón centro, costado norte de los Tribunales de Justicia, edificio María/JAPDEVA.

    Pérez Zeledón: Pérez Zeledón, Pedregoso, contiguo a Ferretería Pedregoso, frente a las instalaciones de Delji.

    Puntarenas: Puntarenas, en Carrizal, diagonal a la entrada principal de FERTICA, 100 metros al este de la Farmacia Carrizal.

    San Carlos: Alajuela, Ciudad Quesada, Barrio Lourdes, 200 metros al sur de la agencia Toyota, diagonal a Caja de Ande, frente a la Universidad Técnica Nacional.

    Santa Cruz: Guanacaste, Santa Cruz, de la entrada principal de los Tribunales de Justicia 100 metros al sur y 50 metros al este, casa color blanco con verjas rojas.

    Sede Oeste: Escazú, Guachipelín, 800 metros al sur de Construplaza, Centro Comercial Plaza Mundo, local N° 9, frente a Pop’s.

    Turrialba: Cartago, Turrialba, 200 metros norte de la Delegación de la Fuerza Pública, contiguo al Servicentro La Campiña, casa amarilla con portón blanco.

    Zona Sur: Ciudad Neilly, frente al Centro Turístico Neilly.

c) El término para solicitar la inscripción de candidaturas vencerá el lunes 30 de setiembre próximo. Las solicitudes deberán presentarse en la Secretaría del Tribunal de Elecciones del Colegio, sita en la Sede Central, hasta las dieciséis horas, cumpliendo con todas las formalidades legales y reglamentarias.

d) Recordar a las personas candidatas la necesidad de tener disponibilidad de tiempo para asistir a las sesiones de Junta Directiva y Comisiones, estudiar proyectos, elaborar informes y cumplir con las funciones propias del cargo.

e) Informar a las personas candidatas que los puestos no son remunerados, salvo el de Fiscal, conforme al artículo 60 del Reglamento Interior del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.

f) Se invita expresamente a todas las personas agremiadas que cumplan con los requisitos y que a bien lo tengan, para que inscriban sus candidaturas a los puestos elegibles de Junta Directiva y Fiscalía.

Tribunal de Elecciones Internas.—Lic. Juan José Nassar Güell, Presidente.—Lic. Mariana Arguedas Vargas, Secretaria.—O. C. Nº 9248.—Solicitud Nº 982-00100.—(IN2013051681).

2 v. 1.

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

IMPORTACIONES DIPLOMÁTICAS S. A.

Por escritura número nueve, otorgada ante los notarios públicos Alejandra Baudrit Freer y Marvin Segura Montero, actuando en el protocolo de la primera, a las quince horas del día diecisiete de julio del dos mil trece, las compañías: Importaciones Diplomáticas S. A., vendió el establecimiento mercantil de su propiedad que es el negocio en marcha conocido como Autódromo La Guácima, y todos los activos que están conectados, directa o indirectamente, a la actividad empresarial de la vendedora, que es el arrendamiento del bien inmueble donde se ubica el referido autódromo para actividades recreativas en la República de Costa Rica a la compañía La Nación S. A. Con el objeto de cumplir con lo establecido en el artículo cuatrocientos ochenta y uno del Código de Comercio, el precio del establecimiento mercantil se encuentra depositado con el señor Carlos Alberto González Jiménez, mayor, abogado, portador de la cédula de identidad N° 1-669-387, quien se ubica en el correo electrónico: depositariolaguacima@gonur.com., al fax: 2231-7100 o al teléfono: 2231-7060. Todos los interesados y acreedores podrán por esos medios presentarse a hacer valer sus derechos, dentro de los quince días siguientes contados a partir de la primera publicación.—San José, 17 de julio del 2013.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—(IN2013046937).

UNIVERSIDAD VERITAS

Ante esta oficina se ha presentado la solicitud de reposición del título Licenciatura en Odontología, inscrito en el tomo 2, folio 290, título 3846, emitido por la Universidad Veritas, en el año 2011, a nombre de Dorian David Molina González. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida total del título original debido a un incendio en el Consultorio. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciséis días del mes de julio de dos mil trece.—Departamento de Registro y Administración Docente.—Lic. Alejandra Acuña Martínez, MBA, Directora.—(IN2013048148).

PLAYA DULCE VIDA SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Sandra Oconitrillo Blanco, cédula de identidad número uno-novecientos veintiuno-cero cuarenta y cuatro, en mi condición de Apoderada Generalísima, debidamente autorizado por la Junta Directiva de Playa Dulce Vida Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ochenta y tres mil trescientos, hago constar que por extravío, se procederá a reponer el libro de Registro de Accionistas número 01 de la sociedad.—San José, 19 de julio de 2013.—Sandra Oconitrillo Blanco, Apoderada Generalísima.—(IN2013048264).

UNIVERSIDAD DE SAN JOSÉ

Ante esta Rectoría, se ha presentado la solicitud de reposición del diploma de Licenciatura en Derecho, anotado por CONESUP en sus libros de actas, tomo: 5, folio: 129, número: 1619 y por la Universidad en el tomo: 1, folio: 190, asiento: 55, en fecha 7 de enero de 1999, a nombre de Mónica Lizano Zamora, cédula 1-0873-0059 y el diploma de notario público emitido a nombre de Mónica Lizano Zamora, cédula 1-0873-0059 también en fecha 7 de enero de 1999. Se solicita la reposición de los diplomas indicando pérdida de los originales, por lo tanto, se publica este edicto para oír oposiciones a la solicitud.—San José, 23 de julio del 2013.—Dr. Manuel A. Sandí Murillo, Rector.—(IN2013048336).

SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.

El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la Acción N° 1765 a nombre de Mercedes Fonseca Brenes, cédula de identidad N° 1-532-266, por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—23 de julio del 2013.—Lic. Cristian Calderón M., Gerente General.—(IN2013048424).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

DENSIMÉDICA

La suscrita notaria, protocoliza comparecencia de la señora Linette Andrea Loría Gutiérrez, en su calidad de presidenta y apoderada generalísima de la sociedad Densimédica, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuatro mil setecientos noventa y siete donde solicita la reposición de los libros legales de la sociedad tos cuales son: Registro de Socios, libro de Actas de Asamblea de Socios y libro de Actas del Consejo de Administración de su representada. Escritura otorgada en San José, a las diez horas del diecisiete de julio del dos mil trece.—Lic. Andrea María Azuola Quirós, Notaria.—(IN2013047809).

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.

Para los efectos de los artículos 689 y 690, Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

         Certificado Nº                   Acciones                    Serie

                  1815                                 400                             B

Nombre del accionista: Arias Solís José Miguel

Folio número 2467

16 de julio del 2013.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2013048874).

UNIVERSIDAD DE LAS CIENCIAS Y EL ARTE DE COSTA RICA

Ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición del título de Licenciatura en Educación con Énfasis en Enseñanza Especial y Dificultades Emocionales. Por causa de extravío, emitido por la Universidad con fecha 16 de abril de 2005, a nombre de Vera Rebeca Montoya Vargas, portadora de la cédula de identidad N° 1-1104-0569, inscrito en el tomo 27 folio 198, asiento 4219 del Consejo Nacional de Educación Superior Universitaria (CONESUP) y en el Registro de la Universidad de las Ciencias y el Arte de Costa Rica, en el tomo 1, folio 220, asiento 4088. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante este Registro en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—San José, 1° de marzo del 2013.—Flérida Méndez Herrera, Registradora.—(IN2013049156).

UNIVERSIDAD LATINA

Ante el CONESUP, se ha presentado la solicitud de reposición de Título de Bachillerato en Educación Especial con énfasis en Trastornos Emocionales emitido por la Universidad Interamericana de Costa Rica bajo el tomo: I, folio: 13, N° 355, e inscrito en el CONESUP bajo tomo: 43, folio: 77, N° 6108 el 13 de marzo del año 2004, a nombre de Vera Rebeca Montoya Vargas número de cédula 1-1104-0569. Se solicita la reposición de título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para escuchar oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 9 de enero del 2013.—Alexander Arias Jiménez.—(IN2013049158).

GRUPO MUTUAL ALAJUELA - LA VIVIENDA

SUCURSAL ALAJUELA

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Jorge William Corrales Vargas cédula 202210960 ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de sus Certificados CPH Nº 100 301 803301290620 por ¢5.000.000,00, CPH Nº 100 301 803301290621 por ¢5.000.000,00, CPH Nº 100 301 803301290623 por ¢10.000.000,00, CPH Nº 100 301 803301290624 por ¢10.000.000,00 todos con fecha de vencimiento del 19 de julio de 2013; y el CII Nº 100 302 803301293143 por ¢5.000.000,00 y con fecha de vencimiento del 5 de agosto del 2013.—Alajuela, 29 de julio del 2013.—Luis Carlos Morales Peñaranda, Gerente del Centro de Negocios.—(IN2013049261).

CENTRO DE NEGOCIOS SAN RAFAEL DE HEREDIA

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora Digna Marta Barquero Camacho, cédula 4-0075-055 ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición del cupón N° 150-302-803301303649 por un monto de ¢134.009,10 con fecha de vencimiento 22 de julio del 2013.—San Rafael de Heredia, 22 de julio del 2013.—Marco Aguilar Ugalde, Gerente.—(IN2013049264).

UNIVERSIDAD DE IBEROAMÉRICA -UNIBE-

Ante la Coordinación del Departamento de Registro de esta Universidad se ha presentado la solicitud de reposición del siguiente título: Licenciatura en Psicología, emitido por la Universidad el 27 de noviembre del año 2009 e inscrito en el libro de títulos de la Universidad al Tomo 1, Folio, 205, número 182, e inscrito en el CONESUP al tomo 32, folio 163, número 3688, a nombre de Liliana Mayela Santos Carbajal. Se solicita la reposición del título indicado por extravio del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiséis días del mes de julio del dos mil trece.—Departamento de Registro.—Silvia Rojas Ledezma, Coordinadora.—(IN2013049290).

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA

Yo, María Alejandra Arrieta Luna, cédula N° 1-1138-0513, certifico que he presentado la solicitud de reposición de mí título de Licenciatura en Medicina y Cirugía, emitido a mí nombre por la Universidad Latina de Costa Rica, inscrito en el libro de la Universidad en el tomo: VI, folio: 73, asiento: 42456. Se solicita la reposición, por motivo de extravío del original del título. Se publica éste edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se extiende la presente a solicitud del interesado.—San José, 31 de julio del 2013.—María Alejandra Arrieta Luna.—(IN2013049503).

UNIVERSIDAD PARA LA COOPERACIÓN

INTERNACIONAL

La Universidad para la Cooperación Internacional ha recibido una solicitud para reposición del título de Maestría en Derecho con Énfasis en Derecho Empresarial, inscrito en el tomo: 2, folio: 324, asiento: 494. Emitido por la Universidad para la Cooperación Internacional a nombre de Mónica Lizano Zamora. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del original. Se publica este edicto para dar oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—26 de julio del 2013.—Dr. Eduard Müller Castro, Rector.—(IN2013049581).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

DOSCUATRE ARBOREL SOCIEDAD ANÓNIMA

Elizabeth Martínez Sequeira, portadora de la cédula de identidad número nueve-cero veintiuno-novecientos seis, en mi condición de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de Doscuatre Arborel Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-cinco cuatro cero tres cinco cuatro, solicita ante el Departamento de Personas Jurídicas del Registro Nacional de la República de Costa Rica la reposición del libro de Registro de Accionistas, libro de Asamblea de Socios y libro de Junta Directiva de mi representada. Quien se considere afectado puede manifestar en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 18 de julio del 2013.—Elizabeth Martínez Sequeira, Presidenta.—1 vez.—(IN2013049042).

PAZAMONTE SOCIEDAD ANÓNIMA

Pazamonte Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta mil setecientos setenta y dos, en atención a la circular N° DGRN-0002-2013, hace aviso formal sobre la reposición de los libros Legales de la compañía sean; Actas de Asamblea General de Socios y Registro de Socios de la compañía por motivo de extravío, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro Nacional a partir de la publicación de este aviso.—Andrea Castillo Quesada.—1 vez.—(IN2013049130).

ASOCIACIÓN DE PACIENTES DE HEMODIÁLISIS

Y TRANSPLANTE RENAL DEL HOSPITAL MÉXICO

Yo, Carlos Manuel Arroyo Alvarado, cédula de identidad N° 4-119-758, en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación de Pacientes de Hemodiálisis y Transplante Renal del Hospital México, cédula jurídica N° 3-002-560792, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros número uno de Diario, Mayor e Inventario y Balances y Registro de Asociados, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 26 de julio del 2013.—Carlos Manuel Arroyo Alvarado, Presidente.—1 vez.—(IN2013049234).

PÓRTICO SANRO SOCIEDAD ANÓNIMA

Los suscritos presidente y secretario de la sociedad Pórtico Sanro Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil trescientos setenta, por este medio informamos al público en general, la pérdida del libro de Registro de Accionistas de esta sociedad. Se otorga un plazo de ocho días hábiles a partir de la publicación, para escuchar oposiciones antes de proceder a realizar ante el Registro Nacional, la reposición de dicho libro. Presidente: Jesús Sánchez López, cédula: 4-0067-0483, secretaria: Ana Patricia Sánchez Rodríguez, cédula: 1-0905-0766.—Jesús Sánchez López, Presidente.—Ana Patricia Sánchez Rodríguez, Secretaria.—1 vez.—(IN2013049812).

COLEGIO DE INGENIERO AGRÓNOMOS DE COSTA RICA

Comunica:

Que la Junta Directiva con fundamento en lo establecido en el artículo 14 de la Ley No 7221 y con base en la potestad que le concede el inciso k) artículo 47 de la citada ley, acordó su Sesión 18/2013, celebrada el 22 de julio del 2013, suspender del ejercicio de la profesión a los siguientes colegiados:

Número

Nombre

Cédula

002448

Corrales Alfaro German

203420890

003407

Rojas Contreras Luis Rodrigo

302720372

003550

Hernández Ávila Ronald

107330381

003709

Vargas Mora Virginia

3320672

005004

Rodríguez Arias Cesar José

901070177

005125

Charpentier Delgado Randy

108370621

006208

Quesada Roldan Juan Carlos

107910787

006242

Mora Fuentes Ana Guiselle

110980398

006280

Mena Valverde Olman

110410656

006362

Delgado Ruiz Gerardo Ernesto

602570243

006787

Arauz Alvarado Douglas Ediberto

503400227

006852

Barrantes Morera Marilyn

206370360

006883

Campos Ocampo Melissa

112020917

007079

Rodríguez Ortiz Johan

112400404

007418

Figueres Sáenz María José

1140080357

007473

López Quirós Carlos Eduardo

206460325

0AF594

Quesada Calvo Jesús Ernesto

303470810

0AF602

Elizondo Salazar Dunkan

109450890

 

Así mismo informa que el Colegio efectuará las acciones que considere necesarias ante quien corresponda, con el propósito de evitar que los colegiados citados ejerzan la profesión, mientras se mantengan en su condición de suspendidos.

San José, 23 de julio de 2013.—Por Junta Directiva.—Ing. Agr. Eugenio Porras Vargas, Presidente.—Ing. Agr. Óscar Valladares Araya, Secretario.—1 vez.—(IN2013049828).

ASOCIACIÓN DE ATENCIÓN DE

LA TERCERA EDAD DE GRECIA

Yo, Lorena Agüero Mondragón, cédula de identidad número 2-397-432, en mi calidad de presidenta y representante legal de la Asociación de Atención de la Tercera Edad de Grecia, cédula jurídica 3-002-175402 solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros de Actas de Junta Directiva N° 5 y el de Asambleas Generales N° 1 los cuales fueron extraviados, se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—01 de agosto del 2013.—Lorena Agüero Mondragón, Presidenta y Representante Legal.—1 vez.—(IN2013049966).

ASOCIACIÓN IGLESIA EVANGÉLICA

LUTERANA DE COSTA RICA

Yo Christel Strehlow Hager, cédula de residencia 127 600 145 333, en mi calidad de presidenta y representante legal de la Asociación Iglesia Evangélica Luterana de Costa Rica, cédula jurídica 3-002-09478, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de un libro Diario, un libro de Mayor, un libro de Inventarios y Balances y un libro de Registro de Asociados N° 2 los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 18 de julio de 2013.—Christel Strehlow Hager, Presidenta y Representante Legal.—1 vez.—(IN2013050044).

SUPERMERCADO TACARES SOCIEDAD ANÓNIMA

Supermercado Tacares Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos dos mil cuatrocientos cuarenta y nueve, domiciliada en Alajuela, Grecia, Tacares, veinticinco metros oeste de la Delegación de la Guardia de Asistencia Rural, solicita ante el Registro Nacional, la reposición por pérdida del tomo uno del libro de Actas de Asamblea de Accionistas.—Tacares de Grecia, primero de agosto del dos mil trece.—Freddy Fernández Castro, Presidente.—1 vez.—(IN2013050183).

ECOVISIÓN S. A.

Yo, Spyros James Damalas, titular de la cédula de residencia número 184000813414, en mi condición de presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de conformidad con el artículo número 1253 del Código Civil de la República de Costa Rica, de Ecovisión S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-119857, con domicilio social en San José, San José, calle 11, avenidas 2 y 4, costado norte, de la Iglesia de La Soledad, de conformidad con el artículo número 14 del Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de Libros de Sociedades Mercantiles, aviso por única vez que por motivo de extravío del tomo número 1 del libro social de Asamblea General de Accionistas de la sociedad que aquí represento, se procederá a reponer el libro correspondiente en su tomo número 2. Es todo.—Manuel Antonio, Puntarenas, 8 de julio del 2013.—Spyros James Damalas, Presidente.—1 vez.—(IN2013050271).

A las nueve horas del día diecisiete de julio del dos mil trece, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad: 3-101-532252 S. A., celebrada en su domicilio social en San José, Escazú, San Rafael, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio El Patio, tercer piso, celebrada a las once horas del día dieciséis de julio del dos mil trece, mediante la cual se modifica la cláusula del domicilio.—San José, diecisiete de julio del dos mil trece.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2013046875).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 28 de junio del 2013, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad: Oviese Costa Rica Sociedad Anónima. Se reforma cláusula primera.—Lic. Ana Victoria Kinderson Roldán, Notaria.—1 vez.—(IN2013046876).

Mediante escritura pública número cincuenta y tres-cuatro, otorgada en San José, ante esta notaría, a las nueve horas del nueve de julio del dos mil trece, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Se nombra como presidenta, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, a la señora Yamillette Rojas Piedra. Capital social: doce mil colones.—San José, dieciséis de julio del dos mil trece.—Lic. Fabiola Soler Bonilla, Notaria.—1 vez.—(IN2013046877).

Por escritura otorgada a las 13:00 horas del 10 de julio del 2013, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad: Tres-Ciento Uno-Seiscientos Sesenta y Cuatro Mil Ciento Quince Sociedad Anónima. Se reforma cláusula primera.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(IN2013046878).

Nelson Calderón Rojas y Viviana Vanessa Alvarado García, constituyen: C M A Compañía de Mantenimiento y Administración de Condominios S. A., mediante escritura otorgada ante mi notaría, a las diez horas del diecisiete de julio del dos mil trece.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1 vez.—(IN2013046879).

Por escritura otorgada a las 13:30 horas del 10 de julio del 2013, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad: Tres-Ciento Uno-Seiscientos Sesenta y Cuatro Mil Ciento Cuarenta Sociedad Anónima. Se reforma cláusula primera.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(IN2013046880).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas veinte minutos del once de julio del dos mil trece, protocolicé acta de American Spirit Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos treinta y ocho mil novecientos treinta, de las nueve horas quince minutos del ocho de julio del dos mil trece, mediante la cual se reformó la cláusula segunda del pacto social, y se nombró nuevo agente residente.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2013046909).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 9 de julio del 2013, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad: 3-102-665018 Ltda., de las 09:00 horas el 12 de junio del 2013, mediante la cual se reforma la cláusula “sexta” de los estatutos, y se nombra nuevo gerente.—Lic. Rolando González Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2013046917).

Mediante escritura número cincuenta y seis-sesenta y tres, otorgada a las catorce horas del diecisiete de julio del dos mil trece, ante el notario William Méndez Rosales, se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo de la compañía: CMA Centro Médico Arenal Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y cuatro mil doscientos treinta y dos, la cual hace referencia a la representación judicial y extrajudicial de dicha compañía.—San José, diecisiete de julio del dos mil trece.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—(IN2013046918).

Por escritura otorgada ante mí, se ha constituido la(s) firma(s) razón social el otorgante solicita que la misma sea asignada de oficio por el Registro de Personas Jurídicas de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta del catorce de junio del dos mil seis. Domiciliada: en San José, Costa Rica. Plazo social noventa y nueve años. Capital: diez colones. Presidenta: Yendry Solano Quirós. Fecha de otorgamiento: 8 de julio del 2013.—San José.—Lic. Lilliana Fallas Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2013046922).

Por escritura otorgada de las diez horas del diecisiete de julio del dos mil trece, protocolicé acta de asamblea general ordinaria de la sociedad: Sancho y Madrigal S. A., celebrada en su domicilio social, a las once horas del veintiocho de diciembre del dos mil doce, en la cual se nombran nueva secretaria y tesorera en su junta directiva.—Lic. Sheila Elena Chaves Berrocal, Notaria.—1 vez.—(IN2013046924).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 9 de julio del 2013, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Pom Cobranzas S.R.L., en la cual se modifica cláusula sexta del pacto social.—San José, 9 de julio del 2013.—Lic. German Serrano García, Notario.—1 vez.—(IN2013046929).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 10 de julio del 2013, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Costa Esterillos Estates Nefufar Blanco Cero Setenta y Seis S. A., en la cual se modifica cláusula segunda del pacto social.—San José, 10 de julio del 2013.—Lic. Douglas Soto Campos, Notario.—1 vez.—(IN2013046930).

En mi notaría, se constituyó: Fama de Oro Constructora Limitada. Capital social: ¢10.000.000 colones. Domicilio: Cóbano de Puntarenas. Gerente: Favio López Chacón, empresario, cédula número cinco cero tres cinco uno cero nueve dos seis.—Santa Teresa de Cóbano, 4 de julio del 2013.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—(IN2013046932).

Por escritura número 234, tomo 7 de mi protocolo, otorgada a las 13:00 horas del 11 de julio del 2013, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de SBC Asesores S. A., por la que se modifica el pacto social, y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 12 de julio del 2013.—Lic. Rodolfo Alfaro Pineda, Notario.—1 vez.—(IN2013046934).

Mediante escritura número trescientos cincuenta y nueve del tomo cinco de mí protocolo, se constituyó: Los Altos de Codiva Sociedad Anónima. Apoderada generalísima sin límite de suma: Cindy Jiménez Baltodano.—San José, diecisiete de julio del dos mil trece.—Lic. Édgar Alberto García Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2013046935).

Mediante escritura número trescientos sesenta del tomo cinco de mí protocolo, se constituyó: Rotariana Sociedad Anónima. Apoderado generalísimo sin límite de suma: Roger Eduardo Loría Montenegro.—San José, diecisiete de julio del dos mil trece.—Lic. Édgar Alberto García Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2013046936).

Por escritura número treinta y uno de las once horas del diez de julio del dos mil trece, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad: Soluciones Orgánicas O. M. D. Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintinueve quinientos veintitrés, en la cual se reforma parcialmente la cláusula sexta de las asambleas, se reforma la cláusula octava de la administración, y se incluye restricción en el traspaso de acciones en la cláusula de capital social del pacto constitutivo.—San José, a las doce horas del quince de julio del dos mil trece.—Lic. Eduardo José Zúñiga Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2013046939).

Por escritura número treinta y siete de las nueve horas del dieciséis de julio del dos mil trece, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad: Tres-Ciento Uno-Seiscientos Setenta Mil Trescientos Veintiuno Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos setenta mil trescientos veintiuno, en la cual se reforma la cláusula primera del nombre para que en adelante se denomine: Repuestos Pesados REPESA Sociedad Anónima, el cuál será su nombre de fantasía, pudiendo abreviarse su aditamento en “S. A.”.—San José, a las doce horas del quince de julio del dos mil trece.—Lic. Eduardo José Zúñiga Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2013046940).

Jaime Bravo Gallegos y Karina Fischel Koopper, constituyen sociedad civil denominada: Sueños en Silencio Sociedad Civil. Registro Público-Persona Jurídicas. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 15:00 horas del día 27 de junio del 2013.—Lic. Evelyn Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2013046943).

Jaime Bravo Gallegos y Juan Ignacio Bravo Gallegos, constituyen sociedad civil denominada: Deporte Blanco KC Sociedad Civil. Registro Público-Persona Jurídicas. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 16:00 horas del día 28 de junio del 2013.—Lic. Evelyn Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2013046944).

Jaime Bravo Gallegos y Juan Ignacio Bravo Gallegos, constituyen sociedad civil denominada: Marina Di Camarota Sociedad Civil. Registro Público-Persona Jurídicas. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 16:15 horas del día 28 de junio del 2013.—Lic. Evelyn Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2013046946).

Se hace constar que por escritura número trescientos dos otorgada ante la notaria Lorna Massiell Aguilar Castro, el día 16 de julio del presente año, se procedió a modificar el domicilio social de la sociedad: Súper Bloque Soluciones S. A., así como a aumentar el capital social.—San José, 16 de julio del 2013.—Lic. Erick Francisco Jiménez López, Notario.—1 vez.—(IN2013046947).

Por escritura otorgada a las catorce horas quince minutos del diecisiete de julio del dos mil trece, se constituyó una empresa que se denomina: Segon Germanet Sociedad de Responsabilidad Limitada. Objeto: la prestación de servicios y el comercio en general, y concretamente, la compra y venta y remodelación de bienes inmuebles. Plazo: noventa y nueve años a partir de hoy. Capital: totalmente suscrito y pagado. Gerentes, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma: Roberto Tovar Faja y Guillermo Alberto Tovar Faja.—San José, diecisiete de julio del dos mil trece.—Lic. Virgilio Fernando Calvo Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2013046948).

Por escritura otorgada a las catorce horas del diecisiete de julio del dos mil trece, se constituyó una empresa que se denomina: Primer Germanet Sociedad de Responsabilidad Limitada. Objeto: la prestación de servicios y el comercio en general, y concretamente, la compra y venta y remodelación de bienes inmuebles. Plazo: noventa y nueve años a partir de hoy. Capital: totalmente suscrito y pagado. Gerentes, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma: Mariano Tovar Faja y Guillermo Alberto Tovar Faja.—San José, diecisiete de julio del dos mil trece.—Lic. Virgilio Fernando Calvo Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2013046950).

Por escritura otorgada a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de julio del dos mil trece, se constituyó una empresa que se denomina: Quart Germanet Sociedad de Responsabilidad Limitada. Objeto: la prestación de servicios y el comercio en general, y concretamente, la compra y venta y remodelación de bienes inmuebles. Plazo: noventa y nueve años a partir de hoy. Capital: totalmente suscrito y pagado. Gerentes, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma: Roberto Tovar Faja y Guillermo Alberto Tovar Faja.—San José, diecisiete de julio del dos mil trece.—Lic. Virgilio Fernando Calvo Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2013046952).

Por escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del diecisiete de julio del dos mil trece, se constituyó una empresa que se denomina: Tercer Germanet Sociedad de Responsabilidad Limitada. Objeto: la prestación de servicios y el comercio en general, y concretamente, la compra y venta y remodelación de bienes inmuebles. Plazo: noventa y nueve años a partir de hoy. Capital: totalmente suscrito y pagado. Gerentes, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma: Roberto Tovar Faja y Guillermo Alberto Tovar Faja.—San José, diecisiete de julio del dos mil trece.—Lic. Virgilio Fernando Calvo Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2013046955).

Por escritura otorgada ante la suscrita conotaria, a las once horas del día dos de julio del dos mil trece, la empresa: Instituto Cosi S. A., vende el establecimiento mercantil denominado: Cosi, a la empresa: Máximo Nivel S. A. El precio de la venta ha sido pagado por medio del suscrito notario en los términos pactados dentro de la escritura. Se emplaza a los acreedores e interesados para que dentro de los siguientes quince días a partir de la publicación de este edicto comparezcan a las oficinas del suscrito notario, sito en San José, San Rafael de Escazú, del restaurante Tony Romas seiscientos metros al oeste, edificio del Banco General, sexto piso, Consortium Laclé y Gutiérrez.—San José, dos de julio del dos mil trece.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—(IN2013046956).

En escritura otorgada ante el notario Randall Fernández Argüello, a las diez horas del ocho de julio del dos mil trece, la empresa: Arquitectura, Planeamiento y Construcción Arco Sociedad Anónima, reforma cláusula sexta y nombra secretario.—San José, 8 de julio del 2013.—Lic. Randall Fernández Argüello, Notario.—1 vez.—(IN2013046958).

Por escritura número 236-36, otorgada ante el notario Adolfo Ledezma Vargas, en Las Juntas de Abangares, el 6 de agosto del 2008, Miguel Sebastián Garay Gaitán, Yeison Gerardo Garay Masís, y Bonifacia Ramona Masís Buzano, constituyeron: Agropecuaria Gamasa S. A.Lic. Adolfo Ledezma Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2013046959).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 10:10 horas del día 14 de julio del 2013, se protocolizó acta de Bosques de Carao Marte B Cuatro Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, octava, se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Francisco José Rucavado Luque, Notario.—1 vez.—(IN2013046962).

Por escritura otorgada por mí, el día quince de julio del dos mil trece, a las nueve horas, se protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad denominada: Inversiones Monteveneto Azul S. A., mediante la cual se modifica la cláusula octava (administración) de su pacto social, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, quince de julio del dos mil trece.—Lic. Luis Antonio Aguilar Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2013046963).

Por escritura otorgada por mí, el día quince de julio del dos mil trece, a las ocho horas, se protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad denominada: Hunt Mobile ADS Costa Rica S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas segunda (domicilio) y octava (administración) de su pacto social, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, quince de julio del dos mil trece.—Lic. Luis Antonio Aguilar Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2013046965).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del dieciocho de julio del dos mil trece, se constituye la sociedad mercantil: Producciones de Centroamérica Corrales Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar las dos últimas letras “S. A.”.—San José, a las ocho horas del dieciocho de julio del dos mil trece.—Master Miguel Ángel Quesada Niño, Notario.—1 vez.—(IN2013046966).

Por escritura número 166 de 11:00 horas del 10 de julio del 2013, de la notaria Celina María González Ávila, se modifica cláusula de domicilio. Se designan nuevos miembros de la compañía: Blacky & Pepper Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2013.—Lic. Celina María González Ávila, Notaria.—1 vez.—(IN2013046972).

Ante esta notaría, se constituyeron tres sociedades de responsabilidad limitada: 1) Telar Comunicaciones Limitada; 2) Grupo MR del Norte Limitada, y a la tercera se le debe asignar por denominación social el número de cédula de persona jurídica. Nombres que son de fantasía. En cada uno de los casos corresponderá a los gerentes la representación legal como apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años.—Lic. Mauricio Vargas Salas, Notario.—1 vez.—(IN2013046977).

Mediante escritura número once otorgada a las quince horas del dieciséis de julio del dos mil trece, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria de accionistas de la sociedad: BN Vital Operadora de Planes de Pensiones Complementarias Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta mil novecientos dieciséis, mediante la cual se nombran los miembros de junta directiva y el fiscal.—San José, diecisiete de julio del dos mil trece.—Lic. Jessica Borbón Guevara, Notaria.—1 vez.—(IN2013046981).

Mediante escritura pública número setenta y cinco, otorgada a las ocho horas del día quince de julio del dos mil trece, ante este notario, se constituyó una sociedad anónima, cuya razón social será: PDC Comercial Costa Rica, así como el respectivo aditamento de acuerdo a la clase de sociedad constituida: (Sociedad Anónima).—San José, dieciséis de julio del dos mil trece.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2013046983).

Ante esta notaría, a las once horas del dieciséis de julio del dos mil trece, se constituyó la sociedad: Luciano Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio en San José, Costa Rica. Capital social: pagado. Gerente, apoderado generalísimo sin límite de suma, nombrado por todo el plazo social de noventa y nueve años.—Lic. Olga María Bejarano Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2013046984).

Que mediante acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Corporación Grupo Fiesta S. A., cédula jurídica Nº 3-101-266390, de las 10:00 horas del 10 de junio del 2013, se acordó la disolución de dicha sociedad.—Lic. Cinthya Calderón Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2013046987).

Por escritura otorgada a las doce horas del ocho de julio del dos mil trece, se constituyó la sociedad anónima: Nutri-Bienestar S. A. Presidente, secretario y tesorero, con la representación judicial y extrajudicial. Domicilio: Los Yoses, San José. Capital: totalmente suscrito y pagado.—San José, 28 de febrero del 2011.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—(IN2013046989).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las diecisiete horas del diecisiete de julio del dos mil trece, protocolicé acta que se acuerda disolver la sociedad: Servicios Técnicos Matarrita Rojas Sociedad Anónima.—San José, 18:00 horas del 17 de julio del 2013.—Lic. Allen Puente Desanti, Notario.—1 vez.—(IN2013046999).

Por medio de escritura número ciento dos, del tomo sexto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se modificaron las cláusulas segunda y sexta de la sociedad: West Ocean Sunset Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-tres tres cero ocho ocho nueve.—Alajuela, diecisiete de julio del dos mil trece.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2013047001).

Por medio de escritura número noventa y ocho del tomo sexto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se modificó las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de la sociedad: Sunset Paradise Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-dos ocho dos uno seis cero.—Alajuela, diez de julio del dos mil trece.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2013047002).

Por escritura número 110 de las 20:00 horas del 12 de julio del 2013, otorgada ante el notario Mauricio Vargas Chavarría, se reforma la cláusula cuarta del pacto social de Multiservicios del Atlántico Ocamar S. A., cédula jurídica Nº 3-101-444489.—San José, 15 de julio del 2013.—Lic. Mauricio Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2013047003)

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Transporte Grubba Sociedad Anónima.—Playas del Coco, diecisiete de julio del dos mil trece.—Lic. Javier Campos Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2013047006).

El 16 de julio del 2013, compareció ante esta notaría el señor Sosa Larrosa Roberto Alfredo, mayor, cédula de residencia número 185800003128, debidamente autorizado para protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de tres-uno cero uno-seis seis tres ocho seis tres sociedad anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-663863.—Lic. Óscar José Porras Cascante, Notario.—1 vez.—(IN2013047222).

NOTIFICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RMT-1701-2013 de las 9:00 horas del 17 de junio del 2013. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social Resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-754-2013, de sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 25 de abril del 2013, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga Traspaso de Pensión de Guerra incoadas por Salazar Fonseca Eraida, cédula de identidad Nº 1-357-661, a partir del día 1º de diciembre del 2012; por la suma de ciento cinco mil doscientos treinta y nueve colones con noventa céntimos (¢105.239,90), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Dr. Olman Segura Bonilla, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Elizabeth Molina Soto, Directora Nacional de Pensiones a. í.—1 vez.—(IN2013050238).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Documento admitido traslado al titular

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ref. 30/2012/44221.—Manuel E. Peralta Volio c/ Boucheron Holding.—Documento: Cancelación por falta de uso (Unilever PLC solicita cancelac).—N° y fecha: Anotación/2-80622 de 17/09/2012.—Expediente: 2004-0003511 Registro N° 155011 Trouble en clase 3 marca denominativa.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 14:56:48 del 7 de noviembre de 2012. Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso presentada por Manuel E. Peralta Volio, en representación de Unilever PLC, contra el registro de la marca de servicios “TROUBLE”, con el número 155011, para proteger y distinguir “perfumes, agua de baño, desodorantes de uso personal (perfumería), aceites de esencias, aceites para uso cosmético, jabones, productos de baño en leche, cosméticos, productos para el maquillaje y quitar el maquillaje, productos y preparaciones cosméticas para el cuidado de la piel, para el baño, para el bronceado de la piel”, cuyo propietario es Boucheron Holding. Conforme a lo previsto en los artículos 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—(IN2013049730).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Órgano Director. Procedimiento administrativo N° ODP-AAM-DJ-01-2013. Caso: Ariadne Arias Méndez. Resolución de las doce horas con seis minutos del 13 de junio del 2013, resuelve: de la prueba que aporta el señor Adrián Fonseca Gutiérrez, Jefe del Departamento de Administración de Salarios del Banco Nacional de Costa Rica, referida al oficio DRH-159-2013, compuesta de 107 folios, la cual consta en el legajo de prueba que acompaña el expediente administrativo, se confiere a la señora Ariadne Arias Méndez un plazo de tres días para que se refiera a la misma. Notifíquese personalmente a la señora Arias Méndez de la presente resolución.

Maicol Acosta Vásquez, Órgano Director.— (IN2013048926).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Hospital San Juan de Dios, Servicio de Enfermería Emergencias, el suscrito Boris Fonseca Cascante, cédula 105910211, en calidad de Jefe de Área, (órgano decisor) se notifica al señor Rafael Ramírez Ramírez, cédula de identidad N° 1-10600435, inicio de procedimiento administrativo disciplinario por ausencias injustificadas los días 16, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25 de mayo 2013, lo anterior conforme al artículo 76 del Reglamento Interior de Trabajo. Se comunica que por tratarse de un procedimiento administrativo disciplinario le asisten el derecho establecido en el artículo 121 de la Normativa de Relaciones Laborales que a la presente Resolución Judicial le resultan oponibles recursos de revocatoria y apelación los cuales podrían interponerse en el plazo de 5 días hábiles contando a partir del día hábil siguiente a la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Que el Expediente Administrativo N° EA-APA-036-2013 se encuentra en custodia en el Área de Puntualidad y Asistencia de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Hospital San Juan de Dios.—Dr. Boris Fonseca Cascante, Enfermero, Jefe Área de Emergencias.—(IN2013048407).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

DIRECCIÓN URBANISMO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública y por cuanto, se detectó la realización de obras constructivas sin contar con permiso de construcción aprobado por esta Municipalidad y demás instituciones relacionadas, en el sitio que se ubica en Quebrada Honda de Patarrá, 25 m al oeste de la iglesia católica, dada la imposibilidad de localizar en el domicilio a los propietarios de los derechos y que expresamente no se señaló un lugar o medio para recibir notificaciones, se ordena publicar tres veces consecutivas mediante edicto la intimación de la Unidad de Control Urbano de las ocho horas y cuarenta minutos del veinticinco de junio del año dos mil trece, la cual dice:

En virtud de lo resuelto en la Resolución Procedimiento Especial Sancionatorio por Incumplimientos Urbanos seguido por la Unidad de Control Urbano, UCU 011 2013, de las diez horas con cincuenta minutos del 19 de febrero de 2013 la cual a la fecha se encuentra firme, sin que dentro del plazo otorgado se procediera a poner a derecho las construcciones edificadas que no cuentan con permiso de construcción municipal en la finca 1-171283, de conformidad con el Artículo 150 de la Ley General de la Administración Pública, se le intima por segunda vez, para que en el plazo de 5 días, contado a partir de la notificación de la presente orden, proceda por su cuenta a demoler dichas obras, caso contrario la Municipalidad procederá a demoler la edificación.—Unidad Control Urbano.—Arq. Gustavo Zeledón Céspedes.—(IN2013048677).

AVISOS

COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS

ECONOMICAS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con el artículo N° 241 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar por publicación a los siguientes miembros del Colegio, los cuales no fue posible la notificación en las direcciones que constan en la base de datos del Colegio, el Acuerdo N° 6 de la sesión ordinaria de Junta Directiva N° 2396-2013, celebrada el 14 de enero de 2013, en el cual se acordó suspenderlos del ejercicio de la profesión por morosidad en el pago de sus cuotas de colegiatura, según lo establecido en el artículo 35 inciso r) y 50 inciso b) de la Ley Orgánica Nº 7105.

Carné

Nombre

Cuotas

pendientes

1

27735

Asch Quesada Fernando José

7

2

14171

Azofeifa Alpizar Mónica

8

3

5682

Cole Watson Eileen Yenory

8

4

11888

Fernández Porras Francisco José

8

5

16483

González Campos Carlos Luis

7

6

13276

González Obando Eugenia María

9

7

10584

Gordon Williams Alsin Aurora

9

8

29564

Guillen Contreras Arnoldo

7

9

25173

Harvey Leal Gary Ernesto

7

10

25277

Hazel Ramírez Rubén Austin

8

11

20208

Hernández Barahona Freddy

7

12

20765

Hernández D Avanzo Ronald

7

13

27264

León Víquez Cristina María

9

14

22391

López Calvo María Yadira

7

15

28381

Matamoros Bonilla José Francisco

7

16

20434

Mejías Rodríguez Rodolfo

7

17

24966

Meléndez Matarrita Margot Yadira

9

18

15783

Méndez Benavides Jorge Roger

8

19

21783

Méndez Mora Jaidy

9

20

17723

Miranda Golfin Manrique

9

21

21432

Moya Rojas José Gamaliel

9

22

3011

Piedra Alpizar Ronald

9

23

18307

Quirós Bolaños José Manuel

9

24

12683

Ramírez Ramos Carlos Alberto

9

25

12071

Rivera Quirós María Del Carmen

7

26

22300

Rojas Castro Wady

8

27

29542

Romero Valverde Marcela

7

28

14520

Rucavado Romero Vivianna

7

29

13405

Sanabria Piretti Gerardo Alfredo

7

30

15861

Torres Vargas Hender

7

31

14538

Valverde Blanco Esteban Alexander

8

32

24109

Zapata Calderón Andry

7

 

En ese sentido le permitimos informar que para levantar la condición de suspensión se debe cancelar el monto que tiene pendiente o realizar un arreglo de pago. Para mayores detalles se puede comunicar a la Oficina de Cobros al teléfono 2253-0214 a las extensiones 104, 146 y 148 en horarios de oficina. Se recuerda que el Colegio procederá a comunicar a las instituciones públicas y privadas, así como al público en general su condición de colegiado suspendido.

Lic. Javier Francisco Vega Zúñiga, Fiscal.—Lic. Wilberth Sibaja Picado, Secretario.—(IN2013049943).