LA GACETA N° 173 DEL 10 DE SETIEMBRE DEL 2013

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 37746-MINAE

Nº 37844-G

N° 37858 -COMEX-H

N° 37870-JP

Nº 37.889-MP

Nº 37.890-MP

Nº 37.891-MP

Nº 37.893-MP

Nº 37.894-MP

N° 37895-G

Nº 37091-G

Nº 37903-G

Nº 37904-G

ACUERDOS

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

RESOLUCIONES

Ministerio de Obras Públicas y Transportes

DOCUMENTOS VARIOS

HACIENDA

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

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SALUD

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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

HACIENDA

SALUD

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CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

ADJUDICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CULTURA Y JUVENTUD

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

MUNICIPALIDADES

REMATES

CULTURA Y JUVENTUD

REGISTRO DE PROVEEDORES

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

FE DE ERRATAS

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

UNIVERSIDAD NACIONAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AVISOS

REGLAMENTOS

AVISOS

REMATES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

AVISOS

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES

AVISOS

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 37746-MINAE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

En el uso de las facultades que les confieren los Artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; el numeral 27 de la Ley General de la Administración Pública, N° 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley Orgánica del Ambiente N° 7554 del 4 de octubre de 1995; la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, N° 7593 del 9 de agosto de 1996; los Artículos 3° inciso m), 19 inciso b), 27, 33 y 34 de la Ley Forestal, N° 7575 del 13 de febrero de 1996; el Artículo 2 del Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo N° 25721-MINAE del 17 de octubre de 1996; la Ley de Creación del Instituto Costarricense de Electricidad, N° 449 del 8 de abril de 1949; el Artículo 4 del Decreto Ejecutivo 33619-MP-MINAE-H-MIDEPLAN del 20 de febrero de 2007, Fortalecimiento del Instituto Costarricense de Electricidad y sus Empresas; el Decreto Ejecutivo N° 26728-MP-MINAE del 20 de febrero de 1998, Declaratoria de interés público de los proyectos generación y distribución eléctrica; el Decreto Ejecutivo N° 25700-MINAE del 15 de noviembre de 1996, Declaratoria de la veda total del aprovechamiento de árboles en peligro de extinción; el Decreto Ejecutivo N° 35868-MINAET del 24 de marzo de 2010, Reglamentación al Artículo 18 de la Ley Forestal N° 7575 y modificación de los Artículos 2 y 11 del Reglamento de la Ley Forestal N° 7575, Decreto Ejecutivo N° 25721-MINAE; el Decreto Ejecutivo N° 25167-MINAE del 23 de abril de 1996, Restricción para el aprovechamiento maderable de árboles de almendro; el Decreto Ejecutivo 25663-MINAE del 8 de octubre de 1996, Restricción a la corta o aprovechamiento del árbol de almendro y la Resolución N° ACT-OR-D-004-2008 del Sistema Nacional de Áreas de Conservación.

Considerando:

1º—Que el Decreto Ejecutivo N° 26728-MP-MINAE, declara de interés público los proyectos de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica.

2º—Que la Ley N° 449, dispone que el Instituto Costarricense de Electricidad, tiene como responsabilidad fundamental encauzar el aprovechamiento de la energía hidroeléctrica con el fin de fortalecer la economía nacional y promover el mayor bienestar para el pueblo de Costa Rica, además de dar solución pronta y eficaz a la escasez de fuerza eléctrica en el país, cuando ella exista, y procurar que haya en todo momento energía disponible para satisfacer la demanda normal y para impulsar el desarrollo de nuevas industrias, el uso de la electricidad en las regiones rurales y su mayor consumo doméstico.

3º—Que de acuerdo con lo indicado en el Plan Nacional de Desarrollo 2011-2014, se tienen como metas estratégicas aumentar la producción y mejorar la competitividad del país, así como consolidar el posicionamiento ambiental con una matriz energética sostenible con un 95% de energía eléctrica renovable y un desempeño ambiental óptimo.

4º—Que el Decreto Ejecutivo 33619-MP-MINAE-H-MIDEPLAN, en su Artículo 4, establece de Conveniencia Nacional e Interés Público los “Planes de Expansión del ICE y sus empresas”.

5º—Que el Instituto Costarricense de Electricidad, elaboró y publicó el Plan de Expansión de la Generación y Transmisión de energía eléctrica en el año 2012, los cuales son actualizados anualmente.

6º—Que el suministro eficiente y oportuno de los servicios eléctricos, forma parte de las políticas del gobierno para el desarrollo del país, que conlleva un mejoramiento de las condiciones y calidad de vida de los ciudadanos.

7º—Que el “Proyecto Línea de Transmisión Santa Rita-Cóbano”, es una obra de alta tensión destinada a conectar física y eléctricamente la subestación de Cóbano, al sur de la Península de Nicoya, en el cantón de Puntarenas, con la subestación ubicada en la comunidad de Santa Rita, cerca de Carmona.

8º—Que para la construcción de las obras del Proyecto Línea de Transmisión Santa Rita-Cóbano, se cuenta con la viabilidad ambiental otorgada por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, mediante Resolución N° 820-2009-SETENA, de fecha 31 de marzo de 2009, Expediente Administrativo Nº 262-2006-SETENA.

9º—Que en el “Proyecto Línea de Transmisión Santa Rita-Cóbano”, existe la posibilidad y la necesidad de realizar la corta, poda o eliminación de árboles de cualquier especie que se ubiquen en las áreas de protección descritas en el Artículo 33 de Ley Forestal N° 7575, así como de especies forestales declaradas en veda o en peligro de extinción, según el Decreto Ejecutivo N° 25700-MINAE, por lo que se requiere la autorización de la corta respectiva.

10.—Que los Artículos 19, inciso b) y 34 de la Ley Forestal N° 7575 prohíben el cambio de uso de suelo y la corta de árboles en terrenos cubiertos de bosque y en áreas de protección, exceptuando aquellos proyectos estatales o privados que el Poder Ejecutivo declare de Conveniencia Nacional.

11.—Que el Artículo 3, inciso m) de la Ley Forestal N° 7575 declara como actividades de conveniencia nacional las realizadas por las dependencias centralizadas del Estado, instituciones autónomas o empresas privadas, cuyos beneficios sociales sean mayores a los costos socio-ambientales, siendo que el presente Proyecto se ampara a los Planes de Expansión de la Transmisión Eléctrica de 2012-2022 y de la Generación Eléctrica 2012-2022, lo cual conlleva un mejoramiento de las condiciones y calidad de vida de los ciudadanos.

12.—Que de acuerdo con lo definido en el Plan de Expansión de la Transmisión Eléctrica 2012-2022, la línea de transmisión Santa Rita-Cóbano (46.7 km) tiene como objetivo la conexión entre las subestaciones Santa Rita y Cóbano, ubicadas en la Península de Nicoya, cantón de Puntarenas, con el fin de solventar la demanda eléctrica en la zona por el aumento de las actividades agroindustriales y turísticas y al mismo tiempo, mejorar el suministro eléctrico en la zona a todos los clientes, tanto del ICE como de Coopeguanacaste.

13.—Que el Artículo 2 inciso c) de la Ley Orgánica del Ambiente N° 7554 establece que el Estado velará por la utilización racional de los elementos ambientales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida de los habitantes del territorio nacional. Asimismo tiene la obligación de propiciar un desarrollo económico y ambientalmente sostenible, entendido como el desarrollo que satisface las necesidades humanas básicas sin comprometer las opciones de las generaciones futuras.

14.—Que el Proyecto cuenta con el documento “Estudio Costo-Beneficio del Proyecto de Líneas de Transmisión Santa Rosa-Cóbano” sobre la valoración económica de los beneficios sociales que demuestran que éstos son mayores a los costos socio-ambientales del Proyecto. Este documento fue valorado por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación por nota ACT-OR-DR-414-13 del 8 de abril del 2013. Por tanto,

Decretan:

DECLARATORIA DE

CONVENIENCIA NACIONAL E INTERÉS

PÚBLICO DE LAS OBRAS DEL“PROYECTO DE

TRANSMISIÓN ELÉCTRICA SANTA RITA-CÓBANO,

SUBESTACIÓN SANTA RITA Y SUBESTACIÓN CÓBANO”

Artículo 1º—Se declara de Conveniencia Nacional e Interés Público el Proyecto Línea de Transmisión Eléctrica Santa Rita-Cóbano, la Subestación Santa Rita y las obras de distribución asociadas, la Subestación Cóbano y las obras de distribución asociadas, en las fases de construcción, operación y mantenimiento. Asimismo, son de conveniencia nacional las actividades de ejecución de medidas de control ambiental requeridas en el Plan de Gestión Ambiental aprobado por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental y las actividades forestales que autorice el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, las que serán ejecutadas por el Instituto Costarricense de Electricidad.

Artículo 2º—Para efectos de lo dispuesto en la Ley Forestal Nº 7575 y su reglamento, y en razón de dicha declaratoria, el Sistema Nacional de Áreas de Conservación del Ministerio de Ambiente y Energía, brindará un tratamiento prioritario y expedito en las gestiones de su competencia que ante ella realice el Instituto Costarricense de Electricidad con ocasión del proyecto, para la corta o eliminación de árboles de cualquier especie y vedados, que se localicen en el área que comprende el proyecto, incluyendo las áreas de protección, siempre que no se ubiquen en terrenos del Patrimonio Natural del Estado.

Artículo 3º—El Instituto Costarricense de Electricidad, procederá a realizar los inventarios forestales, la solicitud de permisos forestales o cualquier otra gestión administrativa necesaria para la corta o eliminación de los árboles ubicados en las áreas de construcción, operación y mantenimiento del Proyecto, tales como sitios de torre, caminos de acceso, área de servidumbre para el izado y tendido de los conductores eléctricos, árboles que se aproximen a menos de 5 m de los conductores energizados y todos aquellos individuos con riesgo de caída hacia los conductores eléctricos. Se podrán eliminar todos aquellos individuos dentro de la servidumbre, y en las áreas contiguas a esta, de aquellas especies con riesgo comprobado, mediante medición de campo de caída hacia los conductores eléctricos, los cuales no se deben ubicar dentro del Patrimonio Natural del Estado.

Artículo 4º—El Instituto Costarricense de Electricidad, se compromete a realizar la menor corta de árboles posible, resguardando siempre la seguridad operativa de la línea de transmisión, en la fase de construcción, operación y mantenimiento, previa autorización del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).

Artículo 5º—El contrato de servidumbre incluye la autorización genérica del propietario, equiparada al poder especial, con el cual los personeros del Instituto Costarricense de Electricidad, debidamente acreditados, podrán solicitar, gestionar y retirar los permisos forestales en nombre de los propietarios que así lo autorizaron, para dicho acto; así como realizar la solicitud de placas y guías de transporte de madera, con el fin de facilitar dichas gestiones a cada propietario afectado por la construcción del proyecto.

Artículo 6º—El Instituto Costarricense de Electricidad se compromete a realizar la menor corta de árboles posible, y el pago de los daños forestales que correspondan según el “Manual de Pago de Daños a Terceros del ICE” resguardando siempre la seguridad operativa de la línea de transmisión, en la fase de construcción, operación y mantenimiento, previa autorización del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).

Artículo 7º—El Instituto Costarricense de Electricidad, deberá ejecutar el Plan de Gestión Ambiental avalado por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, llevando a cabo las medidas de mitigación y compensación ambiental emanadas del Estudio de Impacto Ambiental, aplicable a este proyecto.

Artículo 8º—Como medida de compensación, el proyecto deberá implementar uno o más planes de reforestación en terrenos propios, en fincas privadas y/o, planes de reforestación y regeneración natural en fincas o áreas ecológicamente funcionales en convenio con Sistema Nacional de Áreas de Conservación; con indicación expresa de objetivos, sistema de plantación y mantenimiento, cantidad de especies seleccionadas, así como la ubicación geográfica y levantamiento perimetral del área de plantación efectiva o área de regeneración. Dichos planes deberán ser firmados por un ingeniero o profesional responsable de que los mismos se cumplan y será obligatorio para el desarrollador dotar de contenido presupuestario la ejecución de los mismos.

Artículo 9º—Se deberá entregar copia de dichos planes, al Área de Conservación del Sistema Nacional de Áreas de Conservación respectiva, donde se haya autorizado la tala de árboles de especies nativas, reforestadas y vedadas, con el fin de dar el seguimiento a dichas medidas. La plantación de árboles deberá ejecutarse preferiblemente en las mismas fincas afectadas por labores de corta de árboles asociadas con la construcción del proyecto o en la subcuenca de los principales ríos que son cruzados por la línea de transmisión. Asimismo se podrá ejecutar medidas de compensación tales como regeneración natural, por un periodo de dos años a partir de la corta, en fincas manejadas por Asociaciones Administradoras de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales (ASADAS) o el Ministerio de Ambiente y Energía, que garanticen la incorporación al ecosistema de áreas con cobertura forestal, ya sea bajo la modalidad de reforestación o regeneración natural.

Artículo 10.—El Área Ambiental del proyecto, deberá también entregar copia de los planes de corta y de gestión ambiental, mediante el informe de cierre ambiental, al Área de Mantenimiento de Líneas de la región correspondiente, con el fin de dar seguimiento a dichas medidas en la fase de operación.

Artículo 11.—En la eventualidad de que la corta del recurso forestal existente sea aprovechable, deberá ser entregado al Ministerio de Educación Pública (MEP), siguiendo el procedimiento establecido en la Ley Forestal y cualquier otra norma particular referente.

Artículo 12.—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diez días del mes de mayo del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Ambiente y Energía, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 03785.—Solicitud Nº 815-00089.—C-129601.—(D37746-IN2013058369).

Nº 37844-G

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 incisos 3),  20) y 146 de la Constitución Política;  los artículos 25 inciso 1), artículo 27 inciso 1) artículo 28 inciso 2), acápite B) y 121 de la Ley General de la Administración Pública, Ley número 6725 de 10 de marzo de 1982 y  reformada por Ley número 7974 del  26 de enero del dos mil y artículo  cuarto,  tomado en  la Sesión Ordinaria número 169, celebrada el 22 de julio del  2013, por la Municipalidad de Aserrí, provincia de San José. Por tanto:

Decretan:

Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del Cantón de Aserrí, provincia de San José, el día 19 de agosto del 2013, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo de la celebración de las Fiestas Cívico-Patronales de dicho Cantón.

Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución quien determine, con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa cartera que laboren para ese cantón.

Artículo 3º—En relación con los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, quien determine, con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese Cantón.

Artículo 4º—En relación con los funcionarios del Instituto Nacional de Seguros, será el jerarca de esa Institución quien determine, con base en el artículo 6 inciso c) de la Ley 12 del 30 de octubre de 1924, reformada por la Ley Nº 8653 Ley Reguladora del Mercado de Seguros y mediante circular interna, si el día señalado  se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa entidad que laboren en ese  Cantón.

Artículo 5º—No se concede el presente asueto a los servidores policiales que pertenezcan a los cuerpos policiales adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, en virtud de que su labor no puede ser interrumpida, en aras del mantenimiento del orden público y por lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública número 5482.

Artículo 6º—Rige el día 19  de agosto de 2013.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las diez horas del día doce de agosto del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Gobernación y Policía, Mario Zamora Cordero.—1 vez.—Solicitud N° 60248.—O. C. N° 18272.—C-24123.—(D37844-IN2013059016).

N° 37858 -COMEX-H

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA,

LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

De conformidad con las facultades y atribuciones que les conceden los artículos 50,140 incisos 3), 8), 10), 18) y 20); y 146 de la Constitución Política; los artículos 4, 25, 27 párrafo 1, 28 párrafo 2 inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; los artículos 1, 2, 3, 4, 6, 10, 11, 12, 16, 18, 21, 22, 34 y 35 del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA), Ley de Aprobación N° 7502 del 03 de mayo de 1995; y

Considerando:

I.—Que el Consejo de Ministros Responsable de la Integración Económica y Desarrollo Regional, mediante Resolución N° 66-2013 (COMRIEDRE) de fecha 15 de mayo de 2013, aprobó modificaciones al Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre, el Formulario de Declaración y su Instructivo.

II.—Que Costa Rica mediante Decreto Ejecutivo N° 29441-COMEX del 30 de marzo de 2001, publicó la Resolución N° 65-2001 (COMRIEDRE) del 16 de marzo de 2001; que emitió el Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre, el Formulario de Declaración y su Instructivo, por lo que, de conformidad con la parte dispositiva de la Resolución N° 66-2013 (COMRIEDRE) de fecha 15 de mayo de 2013; es necesario modificar dicho Decreto Ejecutivo.

III.—Que en cumplimiento de lo indicado en dicha Resolución, se procede a su publicación. Por tanto:

Decretan:

Publicación de la Resolución N° 66-2013

(COMRIEDRE) de fecha 15 de mayo de 2013:

Modificaciones al Reglamento sobre el Régimen

de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre,

el Formulario de Declaración y su Instructivo,

emitidos mediante la Resolución N° 65-2001

(COMRIEDRE) del 16 de marzo de 2001

Artículo 1º—Publíquese la Resolución N° 66-2013 (COMRIEDRE) del Consejo de Ministros Responsable de la Integración Económica y Desarrollo Regional, de fecha 15 de mayo de 2013: Modificaciones al Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre, el Formulario de Declaración y su Instructivo, emitidos mediante la Resolución N° 65-2001 (COMRIEDRE) del 16 de marzo de 2001, que a continuación se transcribe:

RESOLUCIÓN N°  66-2013 (COMRIEDRE)

EL CONSEJO DE MINISTROS RESPONSABLES

DE LA INTEGRACIÓN ECONÓMICA

Y DESARROLLO REGIONAL

Considerando:

Que de conformidad con el artículo 18 del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de Estados Centroamericanos es competencia del Consejo de Ministros Responsables de Integración Económica y Desarrollo Regional ejecutar las decisiones de la REUNIÓN DE PRESIDENTES en materia de integración económica e impulsar la política económica integracionista de la región.

Que en ese mismo sentido, el artículo 43 del actual Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero internacional Terrestre, indica que las modificaciones a ese Reglamento serán aprobadas por el Consejo de Ministros Responsables de la Integración Económica y Desarrollo Regional.

Que el servicio de transporte internacional de carga terrestre y .el tránsito aduanero internacional, constituyen factores vitales para la efectiva realización y profundización del Proceso de Integración Económica de Centroamérica;

Que con el actual Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre, aprobado mediante la Resolución N° 65-2001 (COMRIEDRE) del 16 de marzo de 2001, se aprobó también el formulario de la Declaración de Mercancías para el Tránsito Aduanero Internacional Terrestre o “Declaración”, el cual ha sido revisado por el Comité Aduanero con el propósito de actualizar los datos a las nuevas necesidades y realidades del comercio internacional y, en particular, hacerlo más acorde a las necesidades de los países que conforman el Subsistema de Integración Económica Centroamericana, Por tanto:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 6, 10, 11, 12; 16, 18, 21, 22, 34 y 35 del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA); 94 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA); y, 402 del Reglamento al CAUCA;

RESUELVE:

1º—Modificar la literal j) del artículo 4 del Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre, la cual leerá de la siguiente manera:

j)  DECLARACIÓN ÚNICA DE MERCANCÍAS PARA EL TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL TERRESTRE O “DECLARACIÓN” O “DUT”: Documento aduanero único de los países signatarios en el que se amparan las mercancías en tránsito y que consta de los datos e informaciones requeridos por este Reglamento.

2º—Modificar el primer párrafo del artículo 6 del Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre, el cual leerá de la siguiente manera:

Artículo 6º—El formulario de la “Declaración”, será impreso por el transportista, el servicio aduanero de cada país signatario o por las personas autorizadas por el Servicio Aduanero, conforme al modelo aprobado por el Consejo de Ministros Responsables de la Integración Económica y Desarrollo Regional y que aparece en el anexo del presente Reglamento. Este formulario deberá contener el número consecutivo asignado por el Sistema Informático.

3º—Aprobar el formato de la DECLARACIÓN ÚNICA DE MERCANCÍAS PARA EL TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL TERRESTRE O “DECLARACIÓN” O “DUT” y su Instructivo de llenado, que aparecen Anexos a la presente Resolución y que sustituyen a los anexos del Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre, del cual forman parte integrante.

4º—Transitorio: Los países signatarios que aún continúan utilizando la Declaración de Mercancías para el Tránsito Aduanero Internacional Terrestre o DTI, tienen un plazo de hasta 180 días, a partir de la vigencia de la presente Resolución, para aplicar la DUT.

5º—La presente Resolución entra en vigor inmediatamente y deberá ser publicada por los Estados Parte.

Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital

El Infrascrito Secretario General de la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA) CERTIFICA: Que las dos (2) fotocopias que anteceden a la presente hoja de papel bond, impresas únicamente en su anverso, así como las cinco (5) del anexo adjunto, impresas únicamente en su anverso, rubricadas y selladas con el sello de la SIECA, reproducen fielmente la Resolución N° 66-2013 (COMRIEDRE), adoptada por el Consejo de Ministros Responsables de la Integración Económica y Desarrollo Regional, en reunión realizada por medio del sistema de videoconferencia, el quince de mayo de dos mil trece, de cuyos originales se reprodujeron. Y para remitir a los Estados Parte para su correspondiente publicación, extiendo la presente copia certificada en la ciudad de Guatemala, el diecisiete de mayo de dos mil trece.

Para ver imágenes hacerlo en La Gaceta con firma digital

INSTRUCTIVO DE LLENADO DE LA DUT

Frente de la Declaración:

1   N° de DUT:

Número consecutivo asignado por el sistema informático, para identificar una Declaración.

2. Es de Interés Cuarentenario:

Indicar (SI), si la mercancía está sujeta a control de parte de las Autoridades fito-sanitarias o en caso contrario indicar NO.

3. Pág.:

Indica el número de página(s) de la Declaración.

4.  EXPORTADOR, EMBARCADOR O REMITENTE:

4.1  Nombre: Del Exportador, Embarcador o remitente de la mercancía que se transporta

4.2  Dirección: Dirección física

4.3  E-mail: Correo electrónico

4.4  Teléfono: Número telefónico con su código internacional

4.5  FAX: Número de fax con su código internacional

En caso de mercancías consolidadas, deberá de consignar los datos del Consolidador de carga.

5. PARTIDA O INICIO

5.1 País: País donde se inicia el tránsito

5.2 Aduana: Nombre de la Aduana donde se inicia el tránsito

5.3 Fecha: Fecha y hora que asigna el sistema informático al momento del registro de   la declaración de tránsito

6.  TRANSPORTISTA:

6.1  Código: Código del transportista responsable del traslado de las mercancías, este código es asignado por el servicio Aduanero del Estado Parte.

6.2  Nombre: Nombre o razón social del Transportista responsable del traslado de las mercancías.

7. CONSIGNATARIO:

7.1  Nombre: Del consignatario de la mercancía que se transporta

7.2  Dirección: Dirección física

7.3  E-mail: Correo electrónico

7.4  Teléfono: Número telefónico con su código internacional

7.5  FAX: Número de fax con su código internacional

Cuando se trate de mercancía consolidada, deberá consignarse el nombre del consolidador de la carga, y se indicará el nombre y dirección del depósito donde se desconsolidará la carga.

8.  CONDUCTOR O MOTORISTA:

8.1  Nombre: Nombres y apellidos del Conductor del medio de transporte.

8.2  Tipo de documento de identificación: Tipo de documento de identificación personal del conductor, “Pasaporte” u otro.

8.3  No. De documento de Identificación: Número del documento de identificación consignado en el apartado anterior. Nacionalidad: País de nacionalidad del conductor.

8.4 No. De licencia: Número de licencia para conducir.

9.  UNIDAD DE TRANSPORTE:

9.1  No. De matrícula: Número de matrícula de la unidad de transporte de tracción motriz.

9.2  País de registro: Nombre del país en que está matriculada la unidad de transporte de tracción motriz.

9.3  Marca: Consignar la marca de la unidad de transporte de tracción motriz.

9.4  Chasis: Consignar el número de serie del chasis de la unidad de transporte de tracción motriz.

10.     DESTINO:

10.1  País: Indicar el País de destino de la mercancía.

10.2  Aduana: Nombre de la Aduana en el país de destino de la mercancía.

11.     REMOLQUE:

11.1  No. De matrícula: Número de matrícula del remolque o semi-remolque.

11.2  País de registro: Nombre del país en que está matriculada el remolque o semi-remolque.

12.     MERCANCÍAS:

12.1  País de Origen: Indicar el país de origen de las mercancías transportadas.

12.2  País de Procedencia: Nombre del país de donde proceden las mercancías.

13.     CUARENTENA:

13.1  No. De Certificado fitozoosanitario: Número del certificado fito-zoosanitario para la mercancía transportada en caso de ser de interés cuarentenario, caso contrario este campo queda en blanco.

14.     DOCUMENTOS ASOCIADOS:

Indicar los documentos escaneados adjuntos a la Declaración (Factura de las mercancías, Manifiesto de carga y si procede, certificado fito-zoosanitario u otros).

15.     MARCAS DE EXPEDICIÓN

No. De Contenedor y dimensiones: se consigna el número de contenedor y sus dimensiones.

16.     No. Y CLASE DE BULTOS:

Descripción de las Mercancías: Se debe Indicar la cantidad y tipo de bultos, y la descripción de las mercancías de manera que se les pueda identificar.

17.     Inciso Arancelario de de la mercancía:

Indicar el inciso arancelario de las mercancías (8 dígitos), conforme al Sistema Arancelario Centroamericano.

18.     Peso bruto de la mercancía:

Indica per inciso arancelario el Peso bruto de las mercancías en kilogramos, incluido el embalaje.

19.     Valor US $:

Indica por línea el Valor de las mercancías declarado para fines aduaneros expresadas en pesos Centroamericanos ($CA), para el caso de Panamá Balboas o su equivalente en dólares de los Estados Unidos de América.

20.     TRANSPORTISTA:

20.1  Nombre: Indicar el nombre del transportista.

20.2  Firma: Firma calígrafa del transportista o del Conductor.

Reverso de la Declaración:

Espacio reservado para que las Autoridades de Aduana y Cuarentenarias que intervienen en la Autorización de Transito, registren su actuación. En dicho campo se adhieren las viñetas o se imprime la autorización.

21.     Observaciones:

Se utilizará la presente casilla para incorporar toda aquella información complementaria no comprendida en la Declaración y que sea de utilidad para el servicio aduanero, así como el registro de incidentes que se presenten durante la operación de tránsito.

Artículo 2°—Modificar el Decreto Ejecutivo N° 29441-COMEX del 30 de marzo de 2001, que puso en vigencia el Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre, el Formulario de Declaración y su Instructivo, emitidos mediante la Resolución N° 65-2001 (COMRIEDRE) del 16 de marzo de 2001; de conformidad con la parte dispositiva de la Resolución N° 66-2013 (COMRIEDRE) de fecha 15 de mayo de 2013 aprobada por el Consejo de Ministros Responsable de la Integración Económica y Desarrollo Regional.

Artículo 3°—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil trece.

Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Comercio Exterior, Anabel González Campabadal.—El Ministro de Hacienda a. í., José Luis Araya Alpízar.—1 vez.—Solicitud N° 19734.—O. C. N° 64563.—C-252833.—(D37858-IN2013055289).

N° 37870-JP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las atribuciones conferidas en los numerales 3), 18) y 20) del artículo 140 de la Constitución Política; artículos 25.1, 27.1 y 28 inciso 2) acápite b) y 103 de la Ley General de la Administración Pública, número 6227 y sus reformas; Ley 8292 del 31 de julio del 2002 Ley General de Control Interno;  Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Paz, número 6739 del 28 de abril de 1982 y sus reformas; la Ley que crea la Dirección General de Adaptación Social número 4762 del 8 de mayo de 1971.

Considerando:

I.—Que el Decreto Nº 30669-J publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 170 del cinco de setiembre del 2002, regula el uso, custodia y conservación de los teléfonos celulares que el Ministerio de Justicia proporcione o facilite a sus servidores para el mejor desempeño de sus funciones, tareas y actividades, en beneficio de los usuarios de sus servicios.

II.—Que mediante Decreto Nº 35336-J del 1 de junio del 2009 se reformaron los artículos 1, 2, 3 y 10 del  Decreto Nº 30669-J del 23 de julio del 2002.

III.—Que el tema de la telefonía celular actualmente cuenta con características diferentes a las que tenía en el momento que se hizo la reforma del Decreto Nº 35336-J y tomando en consideración que diversas dependencias del Ministerio de Justicia y Paz requieren el uso de telefonía celular en el desempeño de sus funciones, se hace necesario reformar el artículo 10 del Decreto Nº 30669-J, a efecto de responder de manera más ágil a las necesidades institucionales. Por tanto,

Decretan:

Reforma del artículo 10 del Reglamento para el Uso,

Custodia y Conservación de los Teléfonos Celulares

del Ministerio de Justicia, Decreto Ejecutivo

Nº 30669-J del 23 de julio del 2002

Artículo 1º—Refórmense el artículo 10, del Reglamento para el Uso, Custodia y Conservación de los Teléfonos Celulares del Ministerio de Justicia y Paz, Decreto Ejecutivo Nº 30669-J del 23 de julio de 2002, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 170 del 5 de setiembre de 2002, para que en lo sucesivo se lea así:

Artículo 10.—Tarifa telefónica a reconocer por el Ministerio de Justicia y Paz. El Ministro, los Viceministros, el Oficial Mayor, el Director General de Adaptación Social y el Director de la Policía Penitenciaria tendrán línea abierta y acceso a llamadas internacionales. A todos los funcionarios indicados, se les reconocerá el monto correspondiente al plan adquirido por la Administración, o hasta cinco (5) tarifas básicas mensuales por el uso del teléfono celular, y a las demás personas autorizadas se les reconocerá el monto que se establezca en la resolución de autorización de uso que emita el (la) Ministro (a), mismo que corresponderá al plan de servicio que se considere adecuado a los intereses y necesidad institucionales. Cuando la operadora contratada reporte exceso en el plan o tarifa contratada por servicio de telefonía celular en los términos de este artículo, la Oficialía Mayor o la Dirección Administrativa, según corresponda, otorgará el plazo de 15 días a los funcionarios que hayan incurrido en esta situación, para que realicen el reintegro del exceso indicado por medio de entero bancario a favor del Ministerio de Hacienda, apercibiéndolos que de no realizar el depósito dicho, se comunicará a la Dirección de Recursos Humanos para que proceda a la deducción correspondiente por medio de planillas

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz, Fernando Ferraro Castro.—1 vez.—O. C. Nº 18950.—Solicitud Nº 119-780-138-OM.—C-Crédito.—(D37870-IN2013055199).

37.889-MP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución Política.

Decretan:

Artículo 1º—Retírese del conocimiento de sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa los siguientes proyectos de ley:

Expediente N° 14.839.—Acta Constitutiva de la Asociación de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de las Bibliotecas Nacionales de los Países de Iberoamérica (ABINIA).

Expediente N° 18.198.—Ley Marco del Mercado de Gas Licuado de Petróleo.

Expediente N° 18.357.—Modificación del Código Electoral, Ley N° 8765, para agregarle un transitorio que modifique el monto del aporte estatal para las elecciones nacionales del 2014 y municipales del 2016.

Expediente N° 17.749.—Ley de Alfabetización Digital en Escuelas Públicas Primarias.

Expediente N° 18.406.—Autorización a la Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima a donar parte de finca de su propiedad al Instituto Costarricense de Ferrocarriles y autorización de uso y dotación de recursos (anteriormente denominado): Autorización a la Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima a donar finca de su propiedad al Instituto Costarricense de Ferrocarriles para uso de los Talleres del Ferrocarril en la ciudad de Limón.

Expediente N° 17.838.—Titulación en inmueble propiedad de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (originalmente denominado): Ley para Brindar Seguridad Jurídica a los Poseedores sobre la finca inscrita a nombre de JAPDEVA, matrícula de Folio Real número 96658, derecho 000, de la provincia de Limón.

Expediente N° 17.930.—Ley de Aprobación del Acuerdo entre los Gobiernos de Costa Rica, República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Estados Unidos de América sobre Cooperación Ambiental.

Expediente N° 16.657.—Ley de Autorización al Instituto de Desarrollo Agrario para la Titulación de Inmuebles de la Zona Fronteriza con Panamá y Nicaragua que no estén afectos a un Régimen de Protección Especial bajo la Legislación Ambiental.

Expediente N° 17.890.—Modificación de los Artículos 1, 2, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 20 de la Ley N° 5005 y cambio de nombre del Colegio de Secretariado Profesional de Costa Rica a Colegio de Profesionales en Secretariado de Costa Rica (anteriormente denominado): modificación de los Artículos 1, 2, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 20 y 23 de la Ley 5005 y cambio de nombre del Colegio de Secretariado Profesional de Costa Rica a Colegio de Profesionales en Secretariado de Costa Rica.

Expediente N° 18.490.—Reforma parcial a la Ley Orgánica del Colegio de Abogados, Ley N° 13, del 28 de octubre de 1941 y sus reformas.

Expediente N° 17.766.—Ley del Sistema de Garantía de Depósitos y Resolución Bancaria (originalmente denominado): Ley del Sistema de Seguro de Depósitos y Resolución Bancaria.

Expediente N° 18.522.—Aprobación del Convenio Constitutivo y el Convenio de Administración del Fondo Multilateral de Inversiones II, Suscritos entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo y Autorización a Capitalizar Organismos Multilaterales.

Expediente N° 18.462.—Ley de Fortalecimiento del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM).

Expediente N° 18.526.—Reforma de la Ley 7052 de 13 de noviembre de 1986 y sus reformas, para modernizar las fuentes de capitalización de las mutuales (originalmente denominado) Ley para Modernizar las Fuentes de Capitalización de las Mutuales.

Expediente N° 17.502.—Reforma integral a la Ley N° 8634, Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo y Reforma a otras Leyes (originalmente denominado): Fortalecimiento del Sistema de Banca para el Desarrollo.

Expediente N° 18.684.—Aprobación del contrato de garantía entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo al contrato de préstamo N° 2493/OC-CR suscrito entre el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados y el Banco Interamericano de Desarrollo para Financiar el Programa de Agua Potable y Saneamiento.

Expediente N° 17.743.—Ley de Reforma de la Jurisdicción Constitucional.

Expediente N° 17.668.—Ley de Sociedades de Convivencia.

Artículo 2º—Rige a partir del 27 de agosto de 2013.

Dado en la Presidencia de la República, el día veintisiete de agosto de dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 19547.—Solicitud Nº 110.—C-62170.—(D37889-IN2013058370).

37.890-MP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución Política.

Decretan:

Artículo 1º—Amplíase la convocatoria a sesiones extraordinarias a la Asamblea Legislativa, hecha por el Decreto Ejecutivo 37.837-MP, a fin de que se conozcan los siguientes proyectos de ley:

Expediente N° 14.839.—Acta Constitutiva de la Asociación de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de las Bibliotecas Nacionales de los Países de Iberoamérica (ABINIA).

Expediente N° 18.198.—Ley Marco del Mercado de Gas Licuado de Petróleo.

Expediente N° 18.357.—Modificación del Código Electoral, Ley N° 8765, para Agregarle un Transitorio que Modifique el Monto del Aporte Estatal para las Elecciones Nacionales del 2014 y Municipales del 2016.

Expediente N° 17.749.—Ley de Alfabetización Digital EN Escuelas Públicas Primarias

Expediente N° 18.406.—Autorización a la Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima a donar parte de finca de su propiedad al Instituto Costarricense de Ferrocarriles y autorización de uso y dotación de recursos (anteriormente denominado): Autorización a la Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima a donar finca de su propiedad al Instituto Costarricense de Ferrocarriles para uso de los Talleres del Ferrocarril en la Ciudad de Limón.

Expediente N° 17.838.—Titulación en inmueble propiedad de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de LA Vertiente Atlántica (originalmente denominado): Ley para Brindar Seguridad Jurídica a los Poseedores Sobre la Finca Inscrita a nombre de JAPDEVA, matrícula de Folio Real número 96658, Derecho 000, de la provincia de Limón.

Expediente N° 17.930.—Ley de Aprobación del Acuerdo entre los Gobiernos de Costa Rica, República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Estados Unidos de América sobre Cooperación Ambiental

Expediente N° 16.657.—Ley de Autorización al Instituto de Desarrollo Agrario para la titulación de inmuebles de la Zona Fronteriza con Panamá y Nicaragua que no estén afectos a un régimen de Protección Especial bajo la Legislación Ambiental

Expediente N° 17.890.—Modificación de los artículos 1,2,11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 20 de la Ley N° 5005 y cambio de nombre del Colegio de Secretariado Profesional de Costa Rica a Colegio de Profesionales en Secretariado de Costa Rica (anteriormente denominado): Modificación de los artículos 1, 2, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 20 y 23 de la Ley 5005 y cambio de nombre del colegio de Secretariado Profesional de Costa Rica a Colegio de Profesionales en Secretariado de Costa Rica.

Expediente N° 18.490.—Reforma parcial a la Ley Orgánica del Colegio de Abogados, Ley N° 13, del 28 de octubre de 1941 y sus reformas

Expediente N° 17.766.—Ley del Sistema de Garantía de Depósitos y Resolución Bancaria (originalmente denominado): Ley del Sistema de Seguro de Depósitos y Resolución Bancaria.

Expediente N° 18.522.—Aprobación del Convenio Constitutivo y el Convenio de Administración del Fondo Multilateral de Inversiones II, suscritos entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo y autorización a capitalizar Organismos Multilaterales.

Expediente N° 18.462.—Ley de Fortalecimiento del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM).

Expediente N° 18.526.—Reforma de la Ley 7052 de 13 de noviembre de 1986 y sus reformas, para modernizar las fuentes de capitalización de las Mutuales (originalmente denominado) Ley para modernizar las fuentes de capitalización de las Mutuales.

Expediente N° 17.502.—Reforma integral a la Ley N° 8634, Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo y reforma a otras leyes (originalmente denominado): Fortalecimiento del Sistema de Banca para el Desarrollo.

Expediente N° 18.684.—Aprobación del contrato de garantía entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo al contrato de préstamo N° 2493/OC-CR suscrito entre el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados y el Banco Interamericano de Desarrollo para financiar el Programa de Agua Potable y Saneamiento.

Expediente N° 17.743.—Ley de Reforma de la Jurisdicción Constitucional.

Expediente N° 17.668.—Ley de Sociedades de Convivencia.

Expediente N° 18.893.—Reforma a los artículos 34, 36, 42, 45 y 57 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor, Ley N° 7472, del 20 de diciembre de 1994, publicada en La Gaceta N° 14 de 19 de enero de 1995.

Expediente N° 17.984.—Declaratoria del Manatí (Trichechus Manatus) como Símbolo Nacional de la Fauna Marina de Costa Rica.

Artículo 2º—Rige a partir del 27 de agosto de 2013.

Dado en la Presidencia de la República, el día veintisiete de agosto de dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 19547.—Solicitud Nº 110.—C-66690.—(D37890-IN2013058372).

37.891-MP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución Política.

Decretan:

Artículo 1º—Retíranse del conocimiento de sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa el siguiente proyecto de ley:

Expediente N° 17777.—Ley Reguladora de Investigación Biomédica (originalmente denominado): Ley General de Investigación en Seres Humanos.

Artículo 2º—Rige a partir del 27 de agosto de 2013.

Dado en la Presidencia de la República, el día veintisiete de agosto de dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 19547.—Solicitud Nº 110.—C-10755.—(D37891-IN2013058373).

37.893-MP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución Política.

Decretan:

Artículo 1º—Retírese del conocimiento de sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa los siguientes proyectos de ley:

Expediente N° 14.839.—Acta Constitutiva de la Asociación de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de las Bibliotecas Nacionales de los Países de Iberoamérica (ABINIA).

Expediente N° 18.198.—Ley Marco del Mercado de Gas Licuado de Petróleo.

Expediente N° 18.357.—Modificación del Código Electoral, Ley N° 8765, para agregarle un transitorio que Modifique el Monto del Aporte Estatal para las Elecciones Nacionales del 2014 y Municipales del 2016.

Expediente N° 17.749.—Ley de Alfabetización Digital en Escuelas Públicas Primarias.

Expediente N° 18.406.—Autorización a la Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima a donar parte de finca de su propiedad al Instituto Costarricense de Ferrocarriles y Autorización de Uso y Dotación de Recursos (anteriormente denominado): Autorización a la Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima a donar finca de su propiedad al Instituto Costarricense de Ferrocarriles para uso de los Talleres del Ferrocarril en la Ciudad de Limón.

Expediente N° 17.838.—Titulación en Inmueble Propiedad de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (originalmente denominado): Ley para brindar seguridad jurídica a los poseedores sobre la finca inscrita a nombre de JAPDEVA, matrícula de folio real número 96658, derecho 000, de la provincia de Limón.

Expediente N° 18.560.—Autorización al Estado para que Desafecte y Done un terreno de su propiedad a la Municipalidad de Guatuso.

Expediente N° 18.537.—Reforma del Artículo 1 de la Ley de Autorización a la Municipalidad de La Unión para que segregue lotes de su propiedad ubicada en Villas de Florencia, San Diego, La Unión, y los done a los miembros de la Asociación de Vivienda Llama del Bosque, N° 8614, del 12 de noviembre de 2007.

Expediente N° 17.930.—Ley de Aprobación del Acuerdo entre los Gobiernos de Costa Rica, República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Estados Unidos de América sobre Cooperación Ambiental.

Expediente N° 18.657.—Ley para aplicar el Principio de Solidaridad en la Definición de las Tarifas del Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores (SOA).

Expediente N° 17.890.—Modificación de los Artículos 1, 2, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 20 de la Ley N° 5005 y Cambio de nombre del Colegio de Secretariado Profesional de Costa Rica a Colegio de Profesionales en Secretariado de Costa Rica (anteriormente denominado): Modificación de los artículos 1, 2, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 20 y 23 de la Ley 5005 y Cambio de nombre del Colegio de Secretariado Profesional de Costa Rica a Colegio de Profesionales en Secretariado de Costa Rica.

Expediente N° 18.490.—Reforma parcial a la Ley orgánica del Colegio de Abogados, Ley N° 13, del 28 de octubre de 1941 y sus reformas.

Expediente N° 17.766.—Ley del Sistema de Garantía de Depósitos y Resolución Bancaria (originalmente denominado): Ley del Sistema de Seguro de Depósitos y Resolución Bancaria.

Expediente N° 18.522.—Aprobación del Convenio Constitutivo y el Convenio de Administración del Fondo Multilateral de Inversiones II, suscritos entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo y Autorización a capitalizar organismos multilaterales.

Expediente N° 18.462.—Ley de Fortalecimiento del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM).

Expediente N° 18.526.—Reforma de la Ley 7052 de 13 de noviembre de 1986 y sus reformas, para modernizar las fuentes de capitalización de las mutuales (originalmente denominado) Ley para modernizar las fuentes de capitalización de las mutuales.

Expediente N° 17.502.—Fortalecimiento del Sistema de Banca para el Desarrollo.

Expediente N° 17.743.—Ley de Reforma de la Jurisdicción Constitucional.

Expediente N° 17.668.—Ley de Sociedades de Convivencia.

Artículo 2º—Rige a partir del 29 de agosto de 2013.

Dado en la Presidencia de la República, el día veintinueve de agosto de dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 19547.—Solicitud Nº 110.—C-70080.—(D37893-IN2013058378).

37.894-MP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución Política.

Decretan:

Artículo 1º—Retíranse del conocimiento de sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa el siguiente proyecto de ley:

Expediente N° 17.777.—Ley Reguladora de Investigación Biomédica (originalmente denominado): Ley General de Investigación en Seres Humanos.

Artículo 2º—Rige a partir del 29 de agosto de 2013.

Dado en la Presidencia de la República, el día veintinueve de agosto de dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 19547.—Solicitud Nº 110.—C-10755.—(D37894-IN2013058375).

N° 37895-G

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Con fundamento en el artículo 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, artículos 1°, 27 inciso 1), 28 inciso 2), acápite b, y 103 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo del año 1978, Ley N° 8292 Ley General de Control Interno y la Ley N° 5811 del 10 de octubre de 1975.

Considerando:

1º—El artículo primero de la Constitución Política establece la organización política de nuestro país como una República democrática, libre e independiente, siendo que el quehacer estatal de este tipo de organización se enfoca, esencialmente, a la realización plena de la población que está bajo su tutela y, en consecuencia, las estrategias y acciones que los gobernantes desarrollen, se orientaran hacia este objetivo.

2º—Parte esencial del desarrollo del individuo es ejercer sus libertades y derechos individuales y sociales sin perturbación o con el menor riesgo posible, siendo que esta garantía es deber ineludible del Estado, quien implementará los mecanismos correspondientes y oportunos para ello, en procura de la paz social de su territorio.

3º—El Ministerio de Gobernación y Policía tiene como misión integrar esfuerzos para el fortalecimiento de la democracia y el mejoramiento de la calidad de vida de la población, mediante la aplicación de políticas y acciones estratégicas en materia de migración y extranjería, control de la publicidad comercial, promoción del desarrollo comunal y publicación de documentos oficiales del Estado, siguiendo principios de responsabilidad, solidaridad y respeto a los derechos humanos.

4º—El constante crecimiento, desarrollo y modernización del Ministerio, exige un mayor y mejor control de las operaciones y procedimientos administrativos y operativos que se efectúan, así como una mayor eficiencia y eficacia en el empleo de los recursos en las dependencias que lo conforman.

5º—La amplitud de las competencias conceptuales asignadas al Ministerio de Gobernación y Policía se ha reflejado particularmente en la naturaleza y dirección de los órganos, entes y dependencias adscritas a su estructura y demanda una adecuada organización y división de funciones y competencias.

6º—La realidad social, económica, política y cultural del país presenta características distintas al contexto vivido en años anteriores, circunstancia que impulsa al replanteamiento, entre otros, de las estructuras orgánicas de las instituciones del Estado, para adecuarlas a los nuevos requerimientos.

7º—Que para dar respuesta a los retos que se ha propuesto el Ministerio de Gobernación y Policía, en particular la Administración Central y satisfacer las necesidades de las dependencias adscritas, se hizo necesario revisar y analizar de manera integral las funciones y estructura organizacional.

8º—El presente Reglamento se realiza con base en la Estructura Organizacional del Ministerio de Gobernación y Policía aprobada mediante oficio N° DM-360-13 del 28 de junio del 2013 del Ministerio de Planificación Nacional de Política Económica, de acuerdo con lo que establece el Decreto N° 23323-PLAN. Por tanto,

Decretan:

Reglamento de Organización y Funcionamiento

del Ministerio de Gobernación y Policía

Artículo 1º—El (la) Ministro (a) es el órgano jerárquico superior de esta Cartera y le corresponderán, conjuntamente con el (la) Presidente de la República, las siguientes funciones:

1)    Nombrar y remover en forma libre, a los empleados (as) y funcionarios(as) que sirvan en cargos de confianza y a los (las) demás que determine el Estatuto de Servicio Civil.

2)    Sancionar y promulgar, leyes, reglamentos, velando por su ejecución y exacto cumplimiento.

3)    Coadyuvar en el mantenimiento del orden y la tranquilidad de la Nación y tomar providencias necesarias para el resguardo de las libertades públicas.

4)    Ejecutar y hacer cumplir lo que resuelvan o dispongan en los asuntos de su competencia, los Tribunales de Justicia y los organismos electorales a solicitud de los mismos.

5)     Emitir decretos, acuerdos, resoluciones y órdenes del Poder Ejecutivo.

6)    Cualquier otra propia de su competencia como integrante del Poder Ejecutivo.

Artículo 2º—El (la) Ministro (a) realizará, además, las siguientes funciones:

1)    Presentar a la Asamblea Legislativa cada año, dentro de los primeros quince días del primer periodo de sesiones ordinarias, una memoria sobre los asuntos del quehacer de este Ministerio.

2)    Dirigir, coordinar y vigilar el buen funcionamiento de los servicios y dependencias del Ministerio.

3)    Plantear al (a la) Presidente de la República los conflictos de atribuciones con otros Ministerios o con las entidades descentralizadas.

4)    Preparar y presentar al (a la) Presidente de la Republica los proyectos de ley, decretos, acuerdos, resoluciones, ordenes y otros actos que deban suscribir conjuntamente.

5)    Agotar la vía administrativa, resolviendo los recursos legales pertinentes.

6)    Resolver los conflictos que surjan entre las diferentes instancias o los funcionarios(as) del Ministerio.

7)    Plantear y contestar, según sea el caso, ante el (la) Presidente de la República los conflictos administrativos que correspondan.

8)    Disponer los gastos de los servicios del Ministerio, dentro de los límites presupuestarios autorizados, e instar al Ministerio de Hacienda el trámite de los pagos autorizados.

9)    Firmar en nombre del Estado, los contratos relativos a asuntos propios de su Ministerio.

10)  Delegar y avocarse, según el caso, de manera no jerárquica o en diverso grado las funciones que considere pertinentes para el correcto desarrollo de las labores institucionales.

11)  Atender otras propias de su competencia y potestad.

Artículo 3º—El Ministerio de Gobernación y Policía tendrá dos Viceministros (as), quienes tendrán a cargo las funciones establecidas por el artículo 48 de la Ley General de la Administración Pública, pudiendo sustituir al (la) Ministro (a) cuando así sea requerido, según indique el acuerdo de sustitución que se emita para tales efectos. Deberán también encargarse de los programas y labores que le sean asignados por el (la) Ministro (a) o la normativa vigente.

En el acuerdo de designación se determinará tal distribución de competencias, bajo el entendido de que en aquellos momentos en los que solamente exista nombrado un (una) Viceministro (a), este(a) asumirá el ejercicio de sus facultades respecto de la totalidad de los órganos, entes y oficinas adscritas al Ministerio.

Artículo 4º—Del Despacho del (la) Ministro (a) dependerán las siguientes Unidades Asesoras:

a.  Asesoría Jurídica.

b.  Planificación Institucional.

c.  Auditoría Interna.

a.  Asesoría Jurídica. Unidad organizacional asesora adscrita al nivel superior jerárquico, cuyas funciones de asesorar y resolver los asuntos de índole legal sometidos a su conocimiento, a través del desarrollo de una labor de interpretación, aplicación y valoración jurídica, dentro del marco de la racionalidad, trasparencia y objetividad institucional, son de carácter complejo, pluralizadas, especializadas e institucionalmente relevantes, en razón de la amplitud de la materia que se le somete a su conocimiento producto de la diversidad de dependencias adscritas. Se encuentra especialmente dirigida a los niveles jerárquicos superiores del Ministerio, lo que conlleva un alto nivel de responsabilidad y exigencia, estará conformada por los siguientes subprocesos:

1.    Subproceso Jurídico Contractual.

2.    Subproceso Jurídico Administrativo.

3.    Subproceso Inspección Policial y Administrativo.

4.    Subproceso Investigaciones Administrativas y Elaboración de Proyectos.

     La Asesoría Jurídica tendrá las siguientes funciones:

1.    Asesorar a los jerarcas de la Institución y tramitar los asuntos relacionados con la confección y aplicación de leyes, decretos, acuerdos, resoluciones, reglamentos, contratos, convenios, entre otros, así como la elaboración de informes y solicitudes en nombre de la Institución.

2.    Emitir criterio y plantear propuestas para que las actuaciones de los funcionarios sean acordes al ordenamiento jurídico.

3.    Tramitar los recursos ordinarios y extraordinarios que se interpongan contra los actos y actuaciones de los órganos y competencias institucionales así como las demás gestiones o impugnaciones contra los actos del Ministerio.

4.    Gestionar, atender y tramitar asuntos en materia de servidumbres administrativas de agua, contratación, disciplinaria, reclamos, y las demás gestiones que le encargue el Ministro.

5.    Revisar las propuestas o proyectos de normativa jurídica que se produzcan en la Institución, y recomendar lo que estime procedente y oportuno.

6.    Contribuir con los procesos de rendición de cuentas y evaluación de la gestión, de acuerdo con las especificaciones técnicas de los órganos competentes.

7.    Coadyuvar en la elaboración de la Memoria Institucional y en el Informe de Fin de Gestión del Ministro, de acuerdo a las disposiciones técnicas y jurídicas.

8.    Cualquier otra propia de su competencia.

     Funciones del Director: Corresponde al Director planear, dirigir, organizar, coordinar, evaluar y supervisar el funcionamiento de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía, y realizar además, las siguientes funciones:

1.    Atender, investigar, resolver, proponer y redactar consultas y/o disposiciones de carácter jurídico a fin de dar respuesta a gestiones presentadas por la Asamblea Legislativa, el Poder Judicial, Procuraduría General de la República, Contraloría General de la República, Defensoría de los Habitantes de la República y cualquier otra institución que emita criterios, recomendaciones y disposiciones de relevancia jurídica.

2.    Asesorar legalmente en forma personal o escrita a los jerarcas del Ministerio de Gobernación y Policía, así como a los Directores Generales de las demás dependencias del Ministerio de Gobernación y Policía, tales como: Dirección General de Migración y Extranjería, Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, Imprenta Nacional y Oficina Nacional de Control de Propaganda; en aquellas situaciones cuyo pronunciamiento no se considere un adelanto de criterio.

3.    Coordinar con la jefatura de los procesos la ejecución de las labores encomendadas a la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía, con el propósito de que se alcancen los objetivos para los cuales fue creada dentro de un marco de eficiencia, eficacia y sana administración de los recursos.

4.    Definir, establecer y mantener actualizadas las políticas, procedimientos y prácticas requeridas por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía, para cumplir con sus competencias, considerando en cada caso lo relativo a los diversos subprocesos.

5.    Conocer y aprobar la actualización del Manual de Procedimientos que sean necesarios con el fin de orientar la ejecución de las tareas que se ejecutan en cada uno de los Procesos y promover su revisión, actualización y adecuación a las necesidades vigentes.

6.    Conocer y aprobar las actualizaciones de la visión, misión, de la Institución así como las políticas y objetivos de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía que se propongan.

7.    Velar por la dotación de los recursos necesarios para el desarrollo efectivo de las labores de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía, y administrar en forma eficiente los recursos materiales, humanos y tecnológicos con los que cuente, en función de los objetivos institucionales.

8.    Supervisar que el personal de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía cumpla de manera eficiente y oportuna con las tareas asignadas.

9.    Fomentar en el personal de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas, mediante una capacitación adecuada al grado de complejidad de las funciones de esta dependencia, así como el fortalecimiento de los valores y actitudes que refuercen la eficacia y la eficiencia en el desempeño de sus actividades.

10.  Revisar, en forma periódica, la estructura orgánica y funcional de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía y proponer los ajustes necesarios para el cabal ejercicio de sus funciones.

11.  Rendir informes al Ministro y Viceministro sobre los resultados de la gestión de la Asesoría Jurídica, cuando sean solicitados.

12.  Proponer reformas normativas para mejorar el funcionamiento del Ministerio de Gobernación y Policía.

13.  Aprobar los planes y programas de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía.

14.  Realizar las evaluaciones anuales del Subdirector y el personal de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía.

15.  Representar al Ministerio, por delegación expresa de los superiores o autoridades competentes, en reuniones, seminarios, congresos y comisiones interinstitucionales, nacionales o internacionales y comunicar los resultados de su participación, así como presentar las recomendaciones pertinentes.

16.  Aprobar y coordinar aspectos relacionados con el Sistema de Control Interno Institucional y el Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional (SEVRI) vinculados a la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía.

17.  Participar en los grupos de trabajo gerenciales a solicitud de sus superiores.

     Funciones del Subdirector (a). Le corresponderá asistir y coordinar con el Director la planeación, dirección, organización, coordinación, evaluación y supervisión de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía y realizará, además, las siguientes funciones:

1.    Revisar de manera periódica las políticas, objetivos, estrategias y directrices de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía para proponer al Director (a) su actualización y adecuación a las necesidades vigentes en aras del mejoramiento de las labores encomendadas.

2.    Participar en la planificación estratégica de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía y colaborar con el Director en la realización de las mejoras requeridas.

3.    Apoyar al Director en la revisión periódica de los proyectos realizados por los abogados de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía y comunicar las acciones a seguir en cada caso concreto.

4.    Coordinar con los encargados de los Procesos, en lo que corresponda, para la actualización del Manual de Procedimientos de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía y someter los cambios al Director para su aprobación.

5.    Dar seguimiento al cumplimiento de las disposiciones emitidas por el Director.

6.    Participar en los grupos de trabajo gerenciales a solicitud del Director o de sus superiores.

7.    Coordinar con el personal de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía la atención de diversos asuntos, asistir a reuniones y brindar información para su adecuada gestión.

8.    Coordinar conjuntamente con la Jefatura de planificación de los aspectos relacionados con el Sistema de Control Interno y Sistema Específico de Valoración de Riesgos (SEVRI), en la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía.

9.    Asistir, dirigir y coordinar reuniones donde se requiere su asesoría en campos de acción diversos relacionados con el ámbito jurídico, en asuntos de su competencia, y comunicarse con los diferentes participantes con el objeto de brindar las recomendaciones del caso.

10.  Representar al Director en reuniones, comisiones, seminarios, congresos, exposiciones, dentro o fuera del país, cuando así le sea requerido.

11.  Sustituir al Director en sus ausencias, a fin de mantener en operación la gestión de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía.

12.  Ejecutar otras tareas propias del cargo, según sean las necesidades institucionales.

     Subproceso Jurídico Contractual. El Subproceso Jurídico Contractual tendrá las siguientes funciones:

1.    Atender y resolver, consultas planteadas por los jerarcas en materia de contratación administrativa.

2.    Tramitar convenios de cooperación entre este Ministerio y diferentes instituciones públicas y sujetos privados, así como lo relacionado con la recepción de donaciones, y cualquier otro aspecto vinculado con la adquisición de bienes muebles e inmuebles, servicios y obras para la institución.

3.    Fungir como Órgano Director, en la tramitación de procedimientos por incumplimiento contractual, ejecución de garantías de cumplimiento, aplicación de multas, ejecución de cláusula penal, resolución y rescisión contractual, en los casos de contratos suscritos por el Ministerio. Asimismo, remitir a la Proveeduría Institucional las recomendaciones pertinentes.

4.    Resolver los recursos de Objeción al Cartel, Revocatoria contra el acto de adjudicación e Incidentes de Nulidad, que remita la Proveeduría Institucional y preparar los proyectos de resolución de éstos.

5.    Resolver recursos ordinarios y extraordinarios, presentados contra las resoluciones finales en caso de procedimientos por incumplimiento contractual, ejecución de garantías de cumplimiento, aplicación de multas, ejecución de cláusula penal, resolución y rescisión contractual, en los casos de contratos suscritos por el Ministerio. Asimismo, remitir a la Proveeduría Institucional las recomendaciones pertinentes.

6.    Remitir los informes requeridos por la Contraloría General de la República, en caso de Recursos de Apelación contra el acto de adjudicación.

7.    Dar trámite a los incidentes de aumento de alquiler, solicitudes de modificación contractual, solicitudes de prórroga de ejecución de contratos, reajuste de precios, y aclaraciones, prórrogas y modificaciones al Cartel.

8.    Realizar la revisión técnico-jurídica de los carteles de licitación y solicitar subsanar lo que corresponda.

9.    Realizar el análisis de los aspectos legales de las ofertas que se presenten con ocasión de los procesos de contratación. Consecuentemente remitir el criterio jurídico que corresponda.

10.  Tramitar y formalizar los contratos que se gestionen en este Ministerio para la adquisición de bienes, servicios y obras. Asimismo, respecto a los contratos de estudios de funcionarios de la Institución.

11.    Diligenciar la suscripción de los convenios y contratos por las partes involucradas. Y en caso que así corresponda, declarar mediante resolución razonada, la insubsistencia de los mismos.

12.  Formalizar los adendum a los contratos y contratos adicionales, cuando sean solicitados y así correspondan. Asimismo, tramitar la suspensión y cesión de contratos.

13.  Elaborar los proyectos de finiquito de contrato, sea debido a rescisión o por voluntad de no prorrogar los contratos.

14.  Elaborar certificaciones de personería jurídica y sustitución de garantías prendarias.

15.  Realizar los trámites de formalización respectivos para las donaciones de bienes muebles e inmuebles. En el caso de bienes inscribibles, se debe coordinar con la Notaría del Estado y con organismos internacionales, embajadas y con cualquier otro ente privado o público cuando corresponda.

16.  Atender las sustituciones de garantías ante los órganos judiciales.

17.  Tramitar lo relacionado con las cesiones de pago que soliciten los contratistas.

18.  Confeccionar la propuesta de los informes en relación con los recursos de amparo, acciones de inconstitucionalidad, hábeas corpus, amparos de legalidad, que se interpongan en contra de los jerarcas del Ministerio.

19.  Estudiar, analizar e investigar expedientes judiciales.

20.  Elaborar los informes para la Procuraduría General de la República, en caso de demandas contenciosas administrativas.

21.  Atender los reclamos presentados por los contratistas, para el pago de obligaciones de períodos anteriores al del momento de la presentación de la gestión.

22.  Accesar el Sistema de Compra@Red, para consultas, al efecto se cuenta con un dispositivo electrónico mediante el cual se autoriza el acceso.

23.  Brindar información oportuna a los usuarios interesados cuando corresponda.

24.  Atender cualquier otra de su competencia.

     Subproceso Jurídico Administrativo. El Subproceso Jurídico Administrativo tendrá las siguientes funciones:

1.    Conocer y preparar los proyectos de resolución de los recursos de apelación, de reconsideración y de revisión en materia disciplinaria, así como de cualquier otra materia administrativa, cuya resolución deba ser emitida por el Ministro.

2.    Efectuar los procedimientos de resoluciones, acuerdos y decretos que deban tramitarse mediante la firma digital por el Poder Ejecutivo.

3.    Confeccionar la propuesta de los informes en relación con los recursos de amparo, acciones de inconstitucionalidad, hábeas corpus, amparos de legalidad, que se interpongan en contra de los jerarcas y funcionarios del Ministerio de Gobernación y Policía en el ejercicio de sus funciones.

4.    Dar trámite y preparar los proyectos de resoluciones a los distintos reclamos administrativos, cobratorios y restitución de derechos interpuestos por terceros interesados, servidores y exfuncionarios de la Administración Central, Tribunal Administrativo Migratorio, Dirección General de Migración y Extranjería, Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, Imprenta Nacional y la Oficina Nacional de Control de Propaganda; todas del Ministerio de Gobernación y Policía.

5.    Tramitar los pagos por resolución administrativa que deba efectuar la Administración Central.

6.    Revisar y tramitar los proyectos de resolución de pago de la Dirección General de Migración y Extranjería, Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, Imprenta Nacional y la Oficina Nacional de Control de Propaganda; todas del Ministerio de Gobernación y Policía.

7.    Conocer y preparar el proyecto de resolución de las anuencias de pensiones del Régimen de Comunicaciones.

8.    Tramitar y preparar las resoluciones de traslado de cuotas al Régimen de la Caja Costarricense de Seguro Social y devolución de dinero al interesado.

9.    Dar seguimiento a los casos de Procedimientos Judiciales que sean de competencia del Ministerio de Gobernación y Policía.

10.  Dar trámite a las Gestiones de despido de la Administración Central, Dirección General de Migración y Extranjería, Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, Imprenta Nacional y la Oficina Nacional de Control de Propaganda; todas del Ministerio de Gobernación y Policía.

11.  Conocer y tramitar las gestiones e informes que deban interponerse o rendirse ante la Sala Constitucional, así como las diferentes instancias de los Tribunales de Justicia, la Procuraduría General de la República, de la Contraloría General de la República, la Defensoría de los Habitantes y otras instituciones del Estado.

12.  Efectuar los procedimientos de cobros administrativos iniciados en contra de funcionarios y exfuncionarios de la Administración Central del Ministerio de Gobernación y Policía.

13.  Tramitar los procedimientos por responsabilidad civil que correspondan contra terceros.

14.  Brindar información oportuna a los usuarios interesados cuando corresponda.

15.  Tramitar Apelaciones interpuestas contra las resoluciones emitidas por la Oficina de Control de Propaganda.

16.  Estudiar, analizar e investigar expedientes judiciales.

17.  Atender cualquier otra de su competencia.

     Subproceso de Inspección Policial y Administrativo. El Subproceso de Inspección Policial y Administrativo tendrá las siguientes funciones:

1.    Fungir como Órgano Director de procedimientos administrativos disciplinarios para la instrucción de todos los asuntos por faltas disciplinarias graves, de los funcionarios de la Policía Profesional de Migración.

2.    Fungir como Órgano Director de procedimientos administrativos disciplinarios para la instrucción de todos los asuntos por faltas disciplinarias que deban iniciarse contra los servidores de la Administración Central del Ministerio de Gobernación y Policía.

3.    Emitir el informe de recomendación, con autonomía de criterio, ante el órgano competente de decisión, sea el Consejo de Personal o el Despacho del Viceministro del Ministerio de Gobernación y Policía, según corresponda.

4.    Estudiar, analizar e investigar expedientes judiciales en donde se involucra a un servidor de la Policía Profesional de Migración o a un funcionario administrativo.

5.    Celebrar y dirigir audiencias orales y privadas conforme a los procedimientos establecidos por la Ley General de la Administración Pública.

6.    Estudiar, solicitar y admitir nuevos elementos de prueba que surjan con posterioridad a la apertura del procedimiento realizando la ampliación correspondiente.

7.    Realizar giras para instruir las causas administrativas cuando la naturaleza de los hechos requiera el desplazamiento del órgano director del procedimiento a la zona donde se encuentre la prueba testimonial y el encartado.

8.    Comprobar la correcta aplicación de normas, disposiciones, leyes y reglamentos que rigen los diferentes procesos disciplinarios que se llevan a cabo en el Proceso.

9.    Elaborar escritos de respuesta a incidencias, excepciones y cualquier otro trámite procesal; emitir y suscribir los actos resolutivos propiamente dichos: autos de apertura de procedimientos disciplinarios, resoluciones interlocutorias, el informe de recomendación que dirigirá al Consejo de Personal o Despacho del Viceministro, así como los proyectos de respuesta a los recursos de revocatoria contra las resoluciones emitidas.

10.  Recomendar la suspensión provisional con goce de salario o la reubicación temporal de los servidores de la Policía Profesional de Migración, previo a la apertura de la causa administrativa y como medida cautelar, de conformidad con lo estipulado en la normativa vigente.

11.  Recomendar al Ministro de Gobernación y Policía, enviar al Ministerio Público las diligencias correspondientes, cuando de los procesos disciplinarios se evidencie la posible comisión de un delito por parte de un servidor de la Policía Profesional de Migración y de la Actividad Central.

12.  Notificar al Patronato Nacional de la Infancia las causas administrativas en donde se involucre a una persona menor de edad.

13.  Tramitar las solicitudes y brindar información en materia disciplinaria que planteen instituciones vinculadas al ámbito jurídico o cualquier otra instancia o particular legitimado que la requiera.

14.  Preparar los proyectos de resoluciones interlocutorias y finales, así como los informes que soliciten las instancias competentes, por las causas administrativas disciplinarias a su cargo.

15.  Conocer y tramitar las gestiones e informes que deban interponerse o rendirse ante la Sala Constitucional, así como las diferentes instancias de los Tribunales de Justicia, la Procuraduría General de la República, de la Contraloría General de la República, la Defensoría de los Habitantes y otras instituciones del Estado.

16.  Estudiar, analizar e investigar expedientes judiciales.

17.  Cualquier otra propia de su competencia.

     Subproceso de Investigaciones Administrativas y Elaboración de Proyectos. El Subproceso de Investigaciones Administrativas y Elaboración de Proyectos tendrá las siguientes funciones:

1.    Confeccionar dictámenes, informes y directrices para este Ministerio.

2.    Elaborar los proyectos de ley, de reglamentos, decretos y acuerdos requeridos.

3.    Instruir y preparar los proyectos de resolución en las gestiones de servidumbre administrativa de agua, así como tramitar y preparar los proyectos de resolución de los recursos administrativos y constitucionales interpuestos contra los jerarcas ministeriales y las resoluciones emitidas en relación con las servidumbres administrativas de agua.

4.    Dar audiencia a las partes, solicitar el nombramiento de perito, apersonarse al lugar donde se pretende imponer una servidumbre, poner en conocimiento el avalúo, elaborar el edicto de la imposición de la Servidumbre y coordinar su publicación.

5.    Realizar en coordinación con el Área de Valoraciones del Ministerio de Hacienda, inspecciones de campo para la resolución de los asuntos propios de este proceso.

6.    Confeccionar la propuesta de los informes en relación con los recursos de amparo, acciones de inconstitucionalidad, hábeas corpus, amparos de legalidad, que se interpongan en contra de los jerarcas del Ministerio.

7.    Asistir a reuniones que así disponga la Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía.

8.    Tramitar lo relacionado con el otorgamiento de Concesiones para prestar los servicios sociales de comunicación postal al efecto solicitar y analizar los informes de Correos de Costa Rica S. A. a fin de resolver las solicitudes para prestar el servicio de comunicación social.

9.    Estudiar, analizar e investigar expedientes judiciales.

10.  Revisar y analizar jurídicamente los proyectos emitidos por la Actividad Central, Oficina Nacional de Control de Propaganda, Dirección General de Migración y Extranjería, Imprenta Nacional y Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad.

11.  Conocer el Informe de Liquidación de partidas específicas, cuando los dineros han sido girados por el Ministerio de Gobernación y Policía, y tramitar los posibles procedimientos de cobro, así como presentar la denuncia ante las instancias judiciales, cuando corresponda.

12.  Brindar información oportuna a los usuarios interesados cuando corresponda.

     Funciones de Tramitología Documentación, Notificación y Archivo:

1.    Brindar apoyo administrativo a las jefaturas, encargados de los procesos y a los abogados de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía, con la finalidad de garantizar una atención ágil y oportuna a las diversas gestiones.

2.    Recibir, clasificar, sellar y asignar número a la correspondencia y otros documentos diversos, de acuerdo con las gestiones realizadas por los funcionarios de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía para su comunicación y tramitación posterior.

3.    Distribuir la correspondencia interna y externa, registrándola en los respectivos controles, para brindar en forma precisa y oportuna la información requerida por los usuarios de sus servicios.

4.    Digitar diversos documentos: controles de correspondencia, cartas, informes, formularios y otros, mediante el uso de paquetes de cómputo, para brindar el servicio más ágil y oportuno a los usuarios.

5.    Tramitar solicitudes de suministros de oficina, de acuerdo a las necesidades establecidas por las jefaturas, de útiles y materiales de trabajo, para asegurar las existencias requeridas para la realización eficiente de la labor asignada.

6.    Llevar un control de los suministros que se poseen en la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía así como la asignación de los mismos, según las necesidades de cada uno de los funcionarios.

7.    Atender consultas de usuarios, por teléfono o personalmente, sobre el estado de los diferentes trámites que se realizan en la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía para orientar y atender sus requerimientos.

8.    Llevar la agenda de reuniones, citas, compromisos y otras actividades, con base en las instrucciones recibidas de su superior, para organizar efectivamente el tiempo disponible, así como el control de los expedientes de todo el personal de esta Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía.

9.    Diligenciar órdenes de compra, requisiciones, facturas y otros, de acuerdo con los requerimientos de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía.

10.  Hacer reportes sobre el mal funcionamiento de los equipos de trabajo, con base en la revisión y observación de su funcionamiento, para procurar su adecuada y oportuna reparación.

11.  Archivar y llevar un control de todos los documentos que se tramitan en la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía así como ubicar y localizar los documentos que soliciten sus funcionarios, otras dependencias del Ministerio, dependencias externas públicas o sujetos privados.

12.  Realizar y confirmar las notificaciones.

13.  Establecer y proponer periódicamente ante sus superiores, mecanismos de control para evitar el extravío de documentos.

14.  Todo lo relacionado con el Sistema de Control Interno y Sistema de Valoración de Riesgos, de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía.

b.  Planificación Institucional. La cual realizará las siguientes funciones:

1.    Formular, proponer y evaluar políticas, según los lineamientos emitidos por el Ministro o establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo.

2.    Crear, identificar y fortalecer los procesos de planificación, que permitan cumplir con los objetivos institucionales.

3.    Emitir el criterio técnico y participar en los procesos de modificación de la estructura orgánica institucional.

4.    Contribuir en la formulación del Plan Estratégico y el Plan Operativo Institucional de conformidad con los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo y con la normativa institucional.

5.    Analizar las políticas y estrategias nacionales, que incidan en el cumplimiento de la misión institucional y emitir las recomendaciones correspondientes.

6.    Revisar y redefinir, de acuerdo con la dinámica institucional, la estructura programática en coordinación con otras instancias del Ministerio, como base para la formulación presupuestaria.

7.    Coordinar con la Dirección Administrativa Financiera, la Oficina de Gestión Institucional de Recursos Humanos, el Departamento Financiero y los responsables de programas y actividades presupuestarias, la formulación y evaluación del presupuesto institucional.

8.    Revisar y avalar toda creación, modificación o supresión de cualquier dependencia de la estructura orgánica de la Actividad Central del Ministerio, en coordinación con la Asesoría Jurídica y la Oficina de Gestión Institucional de Recursos Humanos, para su posterior aprobación por parte de los jerarcas de la Institución.

9.    Coordinar el proceso de formulación, ejecución y evaluación de la Metodología para aplicar la Autoevaluación del Sistema de Control Interno y el Sistema de Evaluación y Valoración de Riesgo Institucional (SEVRI).

10.  Realizar los procesos de seguimiento y evaluación de planes, programas y proyectos, recomendando las medidas correctivas pertinentes.

11.  Brindar a los funcionarios de la Institución, asesoría y capacitación en materia de planificación, control interno y evaluación del riesgo institucional.

12.  Recopilar, procesar y analizar información para la elaboración de documentos sobre la gestión institucional.

13.  Fortalecer y consolidar la Metodología de Autoevaluación del Sistema de Control Interno y SEVRI, y realizar las gestiones correspondientes ante el Despacho del Ministro para su aprobación.

14.  Consolidar la información de las entidades adscritas para la elaboración de la Memoria Institucional y en el Informe de Fin de Gestión de acuerdo a disposiciones técnicas y normativas vinculantes.

15.  Cualquier otra propia de su competencia.

     La Unidad de Planificación Institucional desarrolla los siguientes subprocesos de trabajo: Políticas y Estrategias Institucionales; Formulación de Planes, Programas y Proyectos; Evaluación Institucional; Control Interno y Valoración de Riesgo Institucional.

     Subproceso de Políticas y Estrategias Institucionales. El cual realizará las siguientes funciones:

1.    Revisar y reformular las políticas y estrategias institucionales.

2.    Analizar las propuestas de modificación total o parcial de la estructura organizacional de las dependencias del Ministerio, y emitir el criterio técnico respectivo.

3.    Elaborar estudios especiales requeridos por los Jerarcas.

4.    Colaborar en la elaboración de la Memoria Anual Institucional.

5.    Coordinar en la elaboración de manuales de procesos y procedimientos

     Subproceso de Formulación de Planes, Programas y Proyectos. El cual realizará las siguientes funciones:

1.    Formular programas, proyectos y acciones a incluir en el Plan Nacional de Desarrollo, en la materia que le compete al Ministerio de Gobernación y Policía.

2.    Reformular la Estructura Programática Presupuestaria según las necesidades institucionales.

3.    Elaborar la metodología e instrumentos que faciliten la formulación de los planes anuales operativos.

4.    Realizar actividades de asesoría y capacitación sobre el Plan Estratégico Institucional, Plan Operativo Institucional y planes operativos por dependencia.

5.    Colaborar con las dependencias del Ministerio de Gobernación y Policía en la formulación de los planes anuales operativos.

6.    Formular o modificar el Plan Estratégico Institucional en coordinación con las dependencias del Ministerio.

7.    Formular el Plan Operativo Institucional (POI), que contempla los programas presupuestarios de las entidades adscritas correspondientes.

8.    Colaborar en la formulación de planes, programas y proyectos que soliciten los jerarcas.

     Subproceso de Evaluación Institucional. El cual realizará las siguientes funciones:

1.    Evaluar los planes anuales operativos del Ministerio de Gobernación y Policía.

2.    Evaluar el Plan Operativo Institucional (POI), de acuerdo con lineamientos emitidos por la Dirección General de Presupuesto Nacional.

3.    Elaborar las evaluaciones que soliciten los jerarcas.

     Control Interno: El cual realizará las siguientes funciones:

1.    Formular en coordinación con el Equipo Gerencial las metodologías para la autoevaluación del proceso de Control Interno y del Sistema Específico de Valoración de Riesgo (SEVRI) y enviarla al Despacho del (de la) Viceministro (a) (a) para su aprobación.

2.    Coordinar las actividades de diseño, ejecución y evaluación de los procesos de Control Interno y el Sistema Específico de Valoración de Riesgo (SEVRI), de conformidad con las disposiciones de la Ley General de Control Interno, las Normas Generales del Sistema de Control Interno para el Sector Público, y demás disposiciones promulgadas por los órganos competentes sobre la materia.

3.    Promover en la institución la formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento del marco filosófico institucional.

4.    Informar a los (las) jerarcas acerca del grado de avance del Control Interno y el Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional (SEVRI) del Ministerio, resaltando las debilidades encontradas y de los obstáculos para su cumplimiento.

5.    Diseñar y proporcionar los instrumentos necesarios para que las dependencias emitan información clara, oportuna y confiable que faciliten la toma de decisiones de los (las) jerarcas y titulares subordinados (as).

6.    Capacitar y asesorar a los (las) titulares subordinados (as), sobre la aplicación de la metodología para la autoevaluación del Sistema de Control Interno y el Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional (SEVRI).

7.    Coordinar con el Equipo Gerencial las etapas de formulación, seguimiento y evaluación de los informes Interno y Estratégico de Control Interno.

8.    Analizar y recomendar los ajustes necesarios para actualizar el Sistema de Control Interno y el Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional (SEVRI) que posibiliten el mejoramiento en la prestación de los servicios.

9.    Actualizar y emitir los lineamientos técnicos para la elaboración de los informes tanto de la Autoevaluación de Control Interno como del Sistema Específico de Valoración de Riesgos.

10.  Formular y aplicar los planes de contingencia, en caso de que el Control Interno y los factores de riesgo sean desfavorables e inseguros para el patrimonio de la Institución.

11.  Comprobar que se implementen las medidas recomendadas para perfeccionar la aplicación de la Autoevaluación de Control Interno y del Sistema Específico de Valoración de Riesgo.

12.  Cualquier otra propia de su competencia.

     Funciones Sistema de Control Interno:

1.    Vigilar por la correcta aplicación del Sistema de Control Interno que facilite la conservación y utilización racional de los recursos institucionales.

2.    Expedir a los (las) titulares subordinados (as) y al Equipo Gerencial los lineamientos a seguir en las diferentes etapas de la autoevaluación.

3.    Asesorar en el desarrollo y mejoramiento del Sistema de Control Interno a los (las) titulares subordinados (as).

4.    Capacitar, asesorar y evaluar sobre la metodología de Autoevaluación de Control Interno que se aplicará en la institución.

5.    Comprobar que el Sistema de Control Interno cuente con el aval de los jerarcas institucionales y que su ejercicio sea vinculante al desarrollo de las funciones de todos los cargos, en particular, en aquellos que tengan responsabilidad de mando.

6.    Colaborar con la Administración en la implementación de las recomendaciones remitidas por la Contraloría General de la República y la Auditoría General del Ministerio, para el fortalecimiento de los controles internos.

7.    Verificar que los controles asociados con las actividades de la Institución, sean definidos, apropiados y mejoren permanentemente, con base a los cambios del entorno.

8.    Vigilar para que las medidas de control aseguren y se adecuen al cumplimiento de la normativa, y demás políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la Institución.

9.    Velar porque los controles referidos al manejo de los recursos, bienes y sistemas de información de la Institución aseguren su conservación.

10.  Velar por la ejecución de las medidas de control establecidas para la Autoevaluación de Control Interno.

11.  Preparar y velar por la aplicación de los planes de contingencia, en caso de que el Control Interno no asegure la conservación del patrimonio de la Institución.

12.  Elaborar, comunicar los informes al (a la) superior (a) jerárquico (a), titulares subordinados y Equipo Gerencial de las dependencias adscritas la Autoevaluación de Control Interno.

13.  Cualquier otra propia de su competencia.

     Funciones Valoración de Riesgo Institucional:

1.    Recomendar a los titulares subordinados y al Equipo Gerencial en la identificación, análisis, evaluación, administración de los riesgos que pueden influir en el cumplimiento de los objetivos.

2.    Estudiar y actualizar regularmente los componentes del Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional, los cuales son; (Marco orientador, Ambiente de apoyo, Recursos, Sujetos interesados y las Herramientas para la administración de información).

3.    Diseñar las herramientas necesarias, para definir, medir y controlar los riesgos a los que podría estar expuesto el Ministerio.

4.    Establecer las herramientas necesarias para determinar los parámetros de aceptabilidad para cada tipo de riesgo.

5.    Colectivizar los resultados del Plan de Administración de Riesgos a los titulares subordinados y al Equipo Gerencial de las dependencias adscritas al Ministerio.

6.    Capacitar, asesorar y evaluar los instrumentos de comprobación y administración de riesgos institucionales.

7.    Identificar, analizar y evaluar el impacto de los riesgos en el cumplimiento de los objetivos de los proyectos o comisiones establecidas por ley en el ámbito institucional.

8.    Verificar la funcionalidad de los modelos utilizados en el proceso de medición de riesgo, realizando pruebas entre resultados estimados y observados, así como el cumplimiento de los procedimientos para la medición de riesgos.

9.    Formular y ejecutar los planes de contingencia, para aquellos factores de riesgo que no garanticen la conservación del patrimonio público.

10.  Velar por la aplicación de las medidas de administración programadas en el marco del Sistema Específico de Valoración de Riesgo (SEVRI).

11.  Cualquier otra propia de su competencia.

c.  Auditoría Interna. Unidad organizacional asesora y fiscalizadora del Ministerio, adscrita al nivel superior jerárquico, que realizará las siguientes funciones:

1.    Realizar auditorías o estudios especiales de las operaciones contables, financieras, administrativas y operativas del Ministerio y sus órganos adscritos, de acuerdo con las normas técnicas de auditoría y otras disposiciones dictadas por la Contraloría General de la República y con las normas de auditoría generalmente aceptadas en cuanto fueren aplicables.

2.    Evaluar en forma regular el sistema de control interno en relación con las áreas contable, financiera, administrativa y operativa, con el fin de determinar su cumplimiento, suficiencia y validez del Ministerio y sus órganos adscritos.

3.    Verificar que los bienes patrimoniales se encuentren debidamente controlados, contabilizados, protegidos contra pérdida, menoscabo, mal uso o desperdicio e inscritos a nombre del Ministerio, cuando se trate de bienes inmuebles o de muebles sujetos a ese requisito.

4.    Verificar que los recursos financieros, materiales y humanos de que dispone el Ministerio y sus órganos adscritos, se empleen por la administración con eficiencia, economía y eficacia, en el cumplimiento de las metas y objetivos.

5.    Evaluar el contenido informativo, la oportunidad y la confiabilidad de la información contable, financiera, administrativa y de otro tipo, producida en el Ministerio y sus órganos adscritos.

6.    Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, objetivos, metas, políticas, planes, programas y procedimientos financieros y administrativos que rigen al Ministerio y sus órganos adscritos.

7.    Efectuar la evaluación de la ejecución y liquidación presupuestaria de los diferentes programas del Ministerio y sus órganos adscritos.

8.    Realizar la evaluación de los sistemas de información del Ministerio y sus órganos adscritos, de acuerdo con las normas técnicas emitidas por la Contraloría General de la República.

9.    Comunicar los resultados de las auditorias o estudios especiales que realice al Ministerio y sus órganos adscritos, por medio de memorandos e informes escritos, que contengan comentarios, conclusiones y recomendaciones.

10.  Verificar que los funcionarios responsables de las áreas administrativas y operativas del Ministerio y sus órganos adscritos, hayan tomado las medidas pertinentes para poner en práctica y mantener las recomendaciones que contienen los informes de la Auditoria General, Contraloría General de la República, de los auditores externos y de otros órganos de control. Dando cuenta por escrito a las autoridades superiores, de cualquier omisión que comprobare al respecto.

11.  Autorizar, mediante razón de apertura, los libros de contabilidad y de actas que legal o reglamentariamente deben llevar las unidades y órganos sujetos a su fiscalización del Ministerio y sus órganos adscritos.

12.  Establecer los instrumentos administrativos y técnicos necesarios, para el funcionamiento adecuado de la Auditoria.

13.  Comunicar a la máxima autoridad, para la resolución definitiva, sobre aquellos casos en que la Auditoria no haya recibido respuesta, de las diferentes unidades y órganos adscritos del Ministerio, sobre sus recomendaciones y solicitudes de información, de asesoría o de colaboración, necesarias para el mejor desempeño de su trabajo.

14.  Cumplir con las normas técnicas de Auditoria, las disposiciones emitidas por la Contraloría General de la República y las del ordenamiento jurídico, en el desempeño de sus competencias.

15.  Asesorar al Ministro y a los órganos adscritos, en materia de su competencia, y advertir a los órganos pasivos que fiscaliza, sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento.

16.  Ejercer otras funciones de fiscalización inherentes a los servicios de Auditoria o preventivos del Ministerio y sus órganos adscritos, que conforman su competencia, siguiendo los lineamientos dictados por la Contraloría General de la República.

Artículo 5º—Las instancias asesoras tendrán el personal de apoyo necesario para el desarrollo de sus labores y cumplirán con aquellas funciones dirigidas a la sana administración y supervisión de los recursos con que cuentan para operar y fortalecer el apoyo que brinda tanto a los Jerarcas como a las diferentes dependencias adscritas del Ministerio.

Artículo 6º—Del Despacho del (os) Viceministros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° del presente Reglamento, dependerán los siguientes subprocesos:

a.  Subproceso de Informática.

b.  Subproceso Cooperación Internacional.

c.  Subproceso Comunicación Institucional.

a.  Subproceso de Informática. Tendrá las siguientes funciones:

1.    Coordinar lo relacionado a los contratos de mantenimiento preventivo o correctivo del hardware y software propiedad del Ministerio, lo que implicará si fuera necesario el envío del equipo a la empresa contratada, solicitud de reparación, verificación y reubicación. Para este servicio se contratará empresas de reconocido prestigio en el campo específico.

2.    Coordinar los convenios interinstitucionales de interconexión entre el Ministerio y el área usuaria de la institución. Dichos convenios serán para el intercambio, consulta o adquisición de información de la institución, sea gubernamental o privada, de interés para el Ministerio.

3.    Comunicar a los funcionarios del Ministerio sobre la normativa jurídica vigente, Directrices o Reglamento que se relacione con el área de informática.

4.    Analizar, diseñar, planificar, desarrollar y dar mantenimiento a los sistemas de información necesarios para la labor del Ministerio, considerando las recomendaciones de la Comisión de Informática.

5.    Definir el equipo y programas informáticos necesarios para la Institución.

6.    Definir y aplicar procedimientos para el mejor aprovechamiento de los recursos informáticos.

7.    Elaborar y actualizar manuales técnicos de operación.

8.    Coordinar y ejecutar actividades de capacitación al personal del Ministerio.

9.    Analizar los avances tecnológicos en informática y su viabilidad y la eventual aplicación en el Ministerio.

10.  Administrar la red de transmisión de datos del Ministerio.

11.  Coordinar la obtención de información sistematizada de otros entes, de interés para este Ministerio.

12.  Fijar políticas de protección de información.

13.  Brindar criterio técnico sobre los dispositivos físicos y programas de cómputo que requiera la Institución.

14.  Coadyuvar en la elaboración de la Memoria Institucional y en el Informe de Fin de Gestión de acuerdo a disposiciones técnicas y normativas vinculantes.

15.  Implementar la Metodología para la Autoevaluación del Sistema de Control Interno Institucional y el Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional (SEVRI).

16.  Cualquier otra propia de su competencia.

     Funciones Administrativas:

1.    Coordinar, supervisar, controlar y evaluar los procesos administrativos necesarios para optimizar el uso de los recursos infraestructurales de equipo y materiales.

2.    Administrar los Recursos Humanos de la Dirección.

3.    Brindar apoyo logístico y administrativo para el desarrollo de las actividades propias de la Dirección.

4.    Planear, controlar y ejecutar los diferentes proyectos orientados a la automatización de los procesos técnicos y administrativos, así como el mejoramiento de los ya existentes.

5.    Supervisar el manejo de programas informáticos, brindando asesoría, capacitación y apoyo técnico.

6.      Instalar los diferentes equipos que conforman la red de transmisión de datos, tanto lo correspondiente a la fuente de energía como a los programas que éstos necesitan para su operación.

7.    Velar por el buen funcionamiento de la red de transmisión de datos y los servidores de bases de datos.

8.    Cualquier otra de su competencia.

     Funciones de Soporte Técnico:

1.    Supervisar la revisión y soluciones de problemas de orden técnico en la operación de los equipos, averías y fallas en general, atribuibles al hardware y/o software base.

2.    Elaborar y mantener actualizados manuales técnicos de operación.

3.    Coordinar la capacitación del personal según las necesidades.

4.    Mantener respaldos diarios, semanales, mensuales y anuales de los servidores principales.

5.    Coordinar con la Comisión de Salud Ocupacional para la solución de los problemas que puedan afectar a los usuarios de los diferentes equipos.

6.    Analizar técnicamente y emitir criterio sobre los proveedores tanto de hardware y/o de software.

7.    Brindar mantenimiento correctivo al hardware y software cuando éstos no cuenten con garantía o que no exista contrato con alguna empresa externa al Ministerio que realice el servicio.

8.    Establecer las políticas de este departamento para el control en el mantenimiento de los equipos, como por ejemplo formularios de control de mantenimiento.

9.    Administrar un sistema de control de inventario y garantías.

10.  Formular y recomendar a la Comisión de Informática, políticas del área.

11.  Coordinar con la Dirección de Sistemas de Información la solución de problemas que afectan a los usuarios.

12.  Cualquier otra de su competencia.

13.  Planeará, controlará y ejecutará los diferentes proyectos orientados a la automatización de los procesos técnicos y administrativos, así como el mejoramiento de los ya existentes, de acuerdo a la normativa y manuales vigentes emitidos por la Contraloría General de la República en esta materia.

14.  Orientará y supervisará el trabajo de los usuarios del Hardware y Software del Ministerio, brindando apoyo técnico y alternativas de solución a los problemas de automatización que le expongan dichos usuarios.

15.  Desarrollar la documentación de los sistemas que se automatizarán.

16.  Asesorar al Director o jefe de cómputo (Jefe T.I).

     Funciones de Telemática:

1.    Realizar los estudios de factibilidad técnica, económica y operativa previa a la compra de cualquier equipo o software que se relacione con esta área.

2.    Del buen funcionamiento de la red o redes de información computarizada del Ministerio.

3.    De la instalación y mantenimiento de los diferentes equipos que conforman la red institucional tanto hardware como software, e indispensables para su operación.

4.    Fijar las políticas de trasiego y restricción de información.

5.    Realizar gestiones con otras instituciones, cuando se deba compartir recursos.

6.    Establecer los estándares de protocolos de comunicación, cableado estructurado y firewall que serán utilizados, además de los componentes que se requieren para que se realice un adecuado manejo de información, de forma eficiente, eficaz y segura.

7.    Mantener la conexión con Internet.

8.    Establecer las políticas para el acceso a Internet.

9.    Formular y recomendar a la Comisión de Informática las políticas de seguridad a implementar en el área.

b.  Subproceso Cooperación Internacional. Tendrá las siguientes funciones:

1.    Formular proyectos en consonancia con las prioridades y objetivos estratégicos definidos por el Ministerio.

2.    Coordinar los procesos de evaluación y seguimiento de proyectos de cooperación internacional impulsados por el Ministerio.

3.    Fungir como punto focal entre el Ministerio, la Cancillería, organismos internacionales y embajadas.

4.    Colaborar en las diversas instancias de implementación, seguimiento, control y evaluación de la Estrategia de Seguridad Centroamericana.

5.    Brindar apoyo en la organización de conferencias y eventos internacionales.

c.  Comunicación Institucional. Tendrá las siguientes funciones:

1.    Elaborar, ejecutar y evaluar la estrategia de comunicación e imagen del Ministerio.

2.    Producir y suministrar material informativo sobre la gestión ministerial.

3.    Elaborar y mantener actualizado el Manual de Protocolo Institucional del MGP para: Firmas de convenios y actos protocolarios, inauguraciones y otros eventos, giras y visitas a comunidades.

4.    Asesorar al despacho de los jerarcas, sobre el fondo y forma de la información suministrada a los medios de comunicación.

Artículo 7º—La Oficina de Control de Propaganda estará adscrita al Despacho del (la) Viceministro(a) encargado de la Actividad Central del Ministerio. Y tendrá las siguientes funciones:

1.    Contribuir al fortalecimiento de los valores de la sociedad costarricense, en especial del concepto de “mujer” y “familia” que consagra nuestra Constitución Política, y velar por la adecuada y sana administración del uso que haga con la publicidad.

2.    Constituir y desarrollar un programa estratégico de divulgación nacional, sobre los alcances de la Ley N° 5811 y de las funciones de la Oficina.

3.    Establecer mecanismos de control, regulación, supervisión y fiscalización de la publicidad comercial regulada por la Ley N° 5811, y emitir las directrices de carácter vinculante que deben observar los administrados, con el propósito de mejorar la gestión.

4.    Conocer y resolver en primera instancia, las solicitudes de autorización de publicidad comercial a que se refiere la Ley N° 5811 y su reglamento.

5.    Emitir los autos de prevención y aquellos procesos jurídicos tal y como lo establece la Ley General de la Administración Pública.

6.    Resolver los recursos de revocatoria que se presenten contra las resoluciones de la Oficina de Control de Propaganda, y elevar los recursos de apelación al Ministerio de Gobernación y Policía.

7.    Ordenar la suspensión, decomiso o destrucción de la publicidad que no haya sido autorizada o que no se ajuste al marco regulatorio, con observancia del debido proceso.

8.    Desarrollar proyectos complementarios al marco regulatorio de la Oficina de Control de Propaganda.

9.    Establecer, implementar y evaluar los controles internos necesarios de conformidad con lo establecido en la Ley General de Control Interno, para garantizar la eficiencia del servicio y los aspectos éticos y morales de la función.

10.  Establecer, desarrollar e implementar las metodologías de auto evaluación del Sistema de Control Interno y del Sistema Específico de Valoración del Riesgo en la Administración Pública Costarricense, para garantizar el cumplimiento de los objetivos de la gestión.

11.  Establecer el Plan Anual Operativo para el cumplimiento de sus objetivos.

12.  Elaborar el Anteproyecto de Presupuesto y velar por la correcta adquisición y distribución de bienes y servicios, así como valorar periódicamente su ejecución.

13.  Establecer convenios de cooperación con diferentes instituciones públicas y el Sector Privado, velar por su oportuna ejecución y darles el debido seguimiento.

14.  Asegurar el recurso humano, financiero y materiales para el buen desempeño de sus funciones.

15.  Cualquier otra de su competencia que se derive del ordenamiento jurídico.

Artículo 8º—La Dirección Administrativa Financiera estará adscrita al Despacho del Viceministro (a) encargada de la Administración Central, y se encuentra conformado por los siguientes Departamentos:

a.  Oficina de Gestión Institucional de Recursos Humanos.

b.  Departamento de Proveeduría Institucional.

c.  Departamento Financiero.

a.  Oficina de Gestión Institucional de Recursos Humanos. Tendrá los siguientes subprocesos:

1.    Subproceso Gestión Organización del Trabajo.

2.    Subproceso de Gestión de Empleo.

3.    Subproceso de la Compensación y Servicios del Personal.

4.    Subproceso Gestión del Desarrollo.

     Tendrá las siguientes funciones:

1.    Velar por la correcta aplicación del ordenamiento jurídico, políticas y lineamientos sobre la administración del Recurso Humano.

2.    Liderar el desarrollo y actualización de la Gestión de Recursos Humanos, alineada a las estrategias del Ministerio.

3.    Aplicar las recomendaciones hechas por la Contraloría General de la República, el Ministerio de Hacienda, la Dirección General de Servicio Civil, la Auditoria General y otras instancias del Ministerio, en materia de recursos humanos.

4.    Planear, organizar, dirigir y controlar los procesos de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio, además de asesorar y orientar a superiores, jefaturas y funcionarios, en dicha materia.

5.    Implementar procesos que permitan el desarrollo, formación técnica, profesional y funcional, así como la estabilidad laboral de los funcionarios de la Institución.

6.    Establecer y mantener estructuras ocupacionales adecuadas y condiciones remunerativas equitativas, según los deberes y derechos establecidos en la normativa vigente.

7.    Cumplir con la normativa y disposiciones relacionadas con los movimientos de personal y de puestos que se realizan en el Ministerio.

8.    Ejecutar la provisión del Empleo Público específica de ingreso al Régimen de Servicio Civil, requerida por el Ministerio, mediante concursos internos y externos, preparación de las tablas de reemplazo o sucesión, conforme lo establece la normativa vigente, así como la planificación que debe realizarse en este campo, en coordinación con la Dirección General de Servicio Civil, considerando además las reservas presupuestarias requeridas.

9.    Velar por la correcta aplicación de la normativa en materia salarial.

10.  Emitir políticas y lineamientos relacionados con la verificación del cumplimiento de la normativa legal y administrativa en materia de Administración de Recursos Humanos.

11.  Comunicar a la Dirección General de Servicio Civil (DGSC) el resultado de las acciones ejecutadas, coordinando los aspectos relacionados con el desarrollo y transferencia técnica necesaria en materia de la Gestión de Recursos Humanos en el Régimen de Servicio Civil.

12.  Coadyuvar en la elaboración de la Memoria Institucional y en el Informe de Fin de Gestión de acuerdo a disposiciones técnicas y normativas vinculantes.

13.  Suministrar la información que les solicite la Dirección General de Servicio Civil, o cualquiera de sus dependencias, referente a las actividades que se desarrollan, cumpliendo con las políticas, directrices y lineamientos necesarios relacionadas con el Control que requieren los diversos procesos delegados, propios de la Gestión de Recursos Humanos cubierta por el ámbito del Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento.

14.  Realizar las demás actividades que se deriven de las competencias conferidas, de normas específicas que así lo consignen y cualesquiera otras que les sean delegadas vía resolución por parte de la Dirección General de Servicio Civil.

15.  Aquellas otras propias de su competencia.

1.    Subproceso Gestión Organización del Trabajo. La cual realizará las siguientes funciones:

1.    Dar mantenimiento al sistema de clasificación de puestos de la institución y actualizarlo cuando corresponda, para fundamentar los trámites vinculados a la valoración de puestos, el reclutamiento, la selección, la capacitación, el desarrollo y otras áreas de la Gestión de Recursos Humanos.

2.    Desarrollar actividades relativas al diseño de los cargos de trabajo, que implica la descripción de las actividades, funciones, responsabilidades y finalidades, congruentes con el ámbito de acción respectivo.

3.    Generar los perfiles de puestos y la determinación de las competencias necesarias para su correcto desempeño.

4.    Investigar y analizar variaciones sustanciales y permanentes de tareas, responsabilidades o condiciones organizacionales de los puestos propios de la institución para determinar cuando proceda una reasignación ó reclasificación.

5.    Ejecutar estudios de clasificación de puestos no cubiertos por el Régimen del Servicio Civil, con el fin de operacionalizar estructuras ocupacionales distintas y paralelas a ese régimen.

6.    Aplicar el conjunto de políticas y prácticas orientadas a gestionar el ingreso laboral de las personas a la Institución, su permanente movimiento y la finalización de la relación laboral.

7.    Ejecutar las actividades vinculadas con el reclutamiento, selección, recepción, socialización o inducción, período de prueba, movilidad o promoción incluida la funcional (variación de tareas) y la geográfica (reubicación), y la desvinculación de personas.

8.    Cumplir con la normativa y disposiciones relacionadas con los movimientos de personal y de puestos que se realizan en el Ministerio.

9.    Mantener actualizados el inventario de los puestos de trabajo y el registro del recurso humano y emitir los informes necesarios para la toma de decisiones de las autoridades del Ministerio.

10.  Conformar y mantener actualizado el registro de elegibles para puestos de trabajo asignados a este Ministerio.

11.  Ejercer el control de asistencia y realizar las gestiones necesarias ante el Departamento Disciplinario Legal, cuando se detecten anomalías en materia disciplinaria.

12.  Cualquier otra propia de su competencia.

2.    Subproceso de Gestión de Empleo. El cual realizará las siguientes funciones:

1.    Efectuar la evaluación de los candidatos a ocupar los puestos de trabajo asignados a la Institución.

2.    Diseñar y preparar manuales de interpretación de requisitos en coordinación con los otros procesos (departamento) y definir los que se requieren para aceptar las ofertas de servicio.

3.    Efectuar estudios de preingreso o reingreso, para optar por puestos institucionales.

4.    Investigar sobre fuentes y medios de reclutamiento más efectivos para la consecución y capacitación del recurso humano.

5.    Ejecutar investigaciones del mercado de trabajo, además de identificar el índice de rotación institucional que permita la determinación de la oferta y la demanda de recurso humano, con el fin de lograr establecer los requerimientos institucionales en esta materia.

6.    Diseñar y aplicar programas de orientación al empleado, que permitan su adecuada socialización y adaptación institucional.

7.    Ejecutar y analizar las evaluaciones del periodo de prueba y mantener actualizada la información pertinente.

8.    Atender reclamos y devoluciones por los resultados de los concursos de personal.

9.    Elaborar y tramitar las nóminas de elegibles a las jefaturas correspondientes para su resolución.

10.  Verificar la autenticidad de los documentos y atestados académicos aportados por los oferentes y funcionarios activos, reportando a la instancia respectiva aquellas situaciones irregulares para el proceso administrativo correspondiente.

11.  Ejecutar y supervisar los movimientos de personal y de puestos que se realizan en el Ministerio.

12.  Administrar concursos internos y externos para la promoción del recurso humano institucional.

13.  Definir los predictores de selección y sus respectivas ponderaciones, de acuerdo con las características de los puestos de trabajo y someterlos para su correspondiente aprobación.

14.  Cualquier otra propia de su competencia.

3.    Subproceso de la Compensación y Servicios del Personal. El cual realizará las siguientes funciones:

1.    Administrar el trámite de pagos, control de movimientos de personal, control de asistencia, vacaciones, certificaciones, administración de bases de datos y administración de expedientes, trámites generales sobre incentivos, beneficios, licencias, permisos y otros afines al registro y control.

2.    Administrar el sistema de compensaciones retributivas (salariales y extra salariales) del Ministerio.

3.    Realizar las acciones relacionadas con retenciones y liberaciones salariales.

4.    Estudiar, tramitar e informar sobre el reconocimiento de incentivos y beneficios para los funcionarios de este Ministerio.

5.    Registrar y mantener actualizada la información de los funcionarios que disfrutan de los incentivos que legalmente les corresponde.

6.    Gestionar la inclusión y exclusión de los servidores de la Institución en el sistema de pagos del Ministerio de Hacienda.

7.    Elaborar propuestas de planillas de pago de acuerdo a los períodos que establezca el Ministerio de Hacienda.

8.    Recibir y tramitar las denuncias por accidentes laborales y de tránsito; así como las incapacidades emitidas por el Instituto Nacional de Seguros.

9.    Administrar la relación de puestos para el trámite y aplicación de los movimientos de personal de la Institución.

10.  Tramitar y controlar el contenido económico para asignar, reasignar, reclasificar, entre otros, los puestos del Ministerio.

11.  Ejecutar las disposiciones emitidas mediante resoluciones relacionadas con la materia salarial.

12.  Ejercer el control y monitoreo quincenal de pago de la planilla para verificar su comportamiento.

13.  Mantener el control y registro de la estimación del gasto por remuneraciones y compensaciones a fin de realizar el cálculo presupuestario que sirva de base para la confección del decreto de contenido económico por parte de la Dirección Financiera.

14.  Formular, ejecutar y analizar la evaluación del desempeño de los funcionarios de este Ministerio.

15.  Brindar la información de los expedientes del personal, requerida por los usuarios internos como externos y que se encuentren facultados para solicitarla.

16.  Confeccionar las certificaciones que ser requieran y realizar estudios de expedientes.

17.  Ejercer el control de asistencia y realizar las gestiones necesarias ante el subproceso de Inspección Policial y Administrativo, cuando se detecten anomalías en materia disciplinaria.

18.  Recibir y tramitar las denuncias por accidentes laborales y de tránsito; así como las incapacidades emitidas por el Instituto Nacional de Seguros.

19.  Atender cualquier otra propia de su competencia.

4.    Subproceso Gestión del Desarrollo. El cual realizará las siguientes funciones:

1.    Coordinar las acciones de educación y formación con instituciones, tanto públicas como privadas.

2.    Mantener un registro actualizado del recurso humano capacitado y de aquel que lo requiera, así como de programas y evaluaciones de cursos.

3.    Emitir estudios técnicos para el reconocimiento de actividades de capacitación y solicitudes de licencia para estudios.

4.    Estudiar y recomendar acciones para el aprovechamiento de becas y de facilidades de capacitación, brindadas por entes nacionales, organismos internacionales o gobiernos extranjeros.

5.    Gestionar las becas para el personal del Ministerio, que sean de interés institucional.

6.    Velar por la correcta aplicación de las disposiciones que regulan las licencias para capacitación de los servidores públicos.

7.    Realizar estudios para determinar necesidades de capacitación del personal de la Institución.

8.    Mantener un registro actualizado de facilitadores o instructores que puedan realizar actividades de capacitación y que laboren para la Institución.

9.    Verificar y calificar los requisitos que deberán cumplir los oferentes para el otorgamiento de becas de estudio.

10.  Velar por la actualización del sistema de clasificación de puestos, con el propósito de que sirva de insumo para la valoración, reclutamiento, selección y capacitación del recurso humano.

11.  Implementar los instrumentos que permitan evaluar el rendimiento de las personas en el trabajo, para lograr su alineación con las prioridades de la organización, además de estimular el desempeño sostenible en términos de la contribución que aportan los colaboradores a la consecución de los objetivos organizativos.

12.  Orientar a las jefaturas que permita un seguimiento activo del rendimiento de los colaboradores, evaluación del rendimiento, retroalimentación al colaborador, lo que implica planes de mejora del rendimiento.

13.  Establecer los procedimientos requeridos para aplicación de políticas de promoción y carrera, además de formación y capacitación que aseguren el aprendizaje individual y colectivo en procura del mantenimiento y evolución de las competencias de los funcionarios que apoyen su progreso profesional, así como el logro del fin organizacional.

14.  Implementar procesos que permitan el desarrollo, formación técnica, profesional y funcional, así como la estabilidad laboral de los funcionarios de la Institución.

15.  Cualquier otra propia de su competencia.

b.  Departamento de Proveeduría Institucional. Estará integrado por los siguientes subprocesos:

1.    Subproceso de Programación y Control.

2.    Subproceso de Contrataciones.

3.    Subproceso de Almacenamiento y Distribución.

     Realizará las siguientes funciones:

1.    Velar porque el proceso de contratación administrativa para la adquisición de bienes y servicios que requieren las diferentes instancias de la Institución se realice en todas sus fases de conformidad con lo establecido en la normativa jurídica relacionada con esta materia.

2.    Velar porque las políticas y directrices vinculantes emitidas por los niveles jerárquicos superiores o jerárquicos impropios como la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, se cumplan.

3.    Coordinar acciones con dependencias del Ministerio de Hacienda y con otras instituciones vinculadas al control de presupuesto y a los procesos de contratación administrativa.

4.    Coordinar lo pertinente con otras unidades administrativas internas del Ministerio, cuando así se requiera para que se tomen las acciones apropiadas que en derecho correspondan, observándose en tal caso, las normas y trámites del debido proceso, en situaciones tales como incumplimientos por parte de los contratistas, resoluciones o modificaciones contractuales, ejecución de garantías, sanciones administrativas, reclamaciones de orden civil o penal, etc.

5.    Implementar y dar seguimiento a las recomendaciones técnicas relacionadas con los procesos de contratación administrativa, control y fiscalización de activos, manejo y manipulación de mercaderías, emitidas por la Contraloría General de la República, Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, Auditoria Interna, entre otras vinculadas al ámbito de acción.

6.    Realizar la incorporación de bienes al patrimonio del Ministerio, a través de la adquisición, aceptación de donaciones, permutas y cualquier otro procedimiento que implique su ingreso.

7.    Programar y realizar periódicamente inventarios físicos, totales y parciales, y velar por que se lleve un registro actualizado de los bienes asignados al Ministerio.

8.    Supervisar que los funcionarios responsables de los bienes ejerzan un adecuado control sobre los mismos.

9.    Recibir, revisar, registrar, almacenar y distribuir los bienes que adquiera la Institución.

10.  Coordinar y colaborar con la Asesoría Jurídica, las objeciones al cartel, recursos de revocatoria o apelación, que se presenten en los diferentes procesos de contratación.

11.  Desarrollar acciones de asesoría a los funcionarios involucrados en las siguientes áreas: contratación administrativa, manejo de inventarios, control de calidad, técnicas de almacenamiento, manipulación de mercaderías y otras áreas vinculantes.

12.  Aplicar el Sistema de Control Interno con fundamento en la normativa legal vigente y acorde con las atribuciones y ámbito de la labor de la dependencia.

13.  Integrar la Comisión de Recomendación de Adjudicaciones.

14.  Recibir, tramitar y custodiar toda clase de documentos y expedientes relacionados con sus funciones y proceder a su archivo cuando corresponda.

15.  Atender consultas que le formulen las diversas personas públicas o privadas relacionadas con sus funciones.

16.  Realizar las labores de Planeamiento y/o programación que correspondan para el mejor desempeño de sus funciones.

17.  En licitaciones y compras directas, confeccionar el cartel o pliego de condiciones y tramitar el procedimiento hasta la emisión del pedido.

18.  Tramitar los procedimientos de remate para vender o arrendar bienes muebles, inmuebles, o semovientes.

19.  Recibir, custodiar y dar seguimiento a las garantías de participación y cumplimiento presentadas por los participantes en los diversos procedimientos de contratación, y recomendar en el ámbito interno del Ministerio lo pertinente a su ejecución o devolución, según corresponda.

20.  Proceder en coordinación con los técnicos de la institución, con las labores de recepción, almacenamiento y distribución de bienes que ingresen al respectivo Ministerio.

21.  Ejercer control y darle el debido seguimiento actualizado a través de un Inventario permanente a todos los bienes del Ministerio, según la reglamentación o manuales técnicos que se dicten sobre el particular.

22.  En importaciones, tramitar todo lo que corresponda a pagos al exterior, trámite de exenciones de impuestos y desalmacenaje de mercaderías.

23.  Registrar y mantener actualizado la información de todos los procedimientos de contratación administrativa en el Sistema electrónico de compras gubernamentales (COMPRARED), a fin de brindar información oportuna, confiable, y transparente a los administrados, respetando los procedimientos emanados por la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa.

24.  Tramitar todo el procedimiento de rescisión y resolución de contratos, y en su caso imponer las respectivas sanciones. De imponerse alguna sanción, deberá comunicar al registro de Proveedores de la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa.

25.  Mantener actualizada la siguiente información:

1.    Registro de Proveedores y de personas físicas y jurídicas inhibidas para contratar con la Administración.

2.    Catálogo de Mercancías y precios de referencia, que administra la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa. La consulta y uso de dichos documentos serán de aplicación obligatoria por parte de todas las Proveedurías Institucionales.

26.  Elaborar y enviar a publicar en el Diario Oficial, el programa anual de adquisiciones y sus modificaciones, del Ministerio correspondiente.

27.  Llevar a cabo los procedimientos administrativos tendientes a establecer la existencia del incumplimiento contractual, determinar y cuantificar los daños y perjuicios ocasionados y ordenar la ejecución de garantías, sí aún se encuentran vigentes.

1.    Subproceso de Programación y Control. El cual realizará las siguientes funciones:

1.    Planificar y programar las contrataciones de interés del Ministerio, estableciendo las condiciones generales, las especificaciones técnicas y las normas de calidad correspondientes.

2.    Mantener, en coordinación con la Dirección de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, debidamente actualizado el Registro de Proveedores de la Administración Central en todas las áreas de interés del Ministerio, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 10, inciso I del Reglamento para el funcionamiento de las proveedurías institucionales de Gobierno.

3.    Tener a disposición de los funcionarios de la Proveeduría Institucional, el catálogo de mercancías de la Administración Central y precios de referencia.

4.    Controlar y fiscalizar la correcta utilización de los procedimientos de contratación administrativa por parte de funcionarios competentes, y el correcto funcionamiento del Sistema de Almacenamiento y Distribución de Bienes.

5.    Informar a la Dirección de Bienes y Contratación Administrativa, cuando se tuviere conocimiento de la existencia de personas físicas o jurídicas afectadas por el régimen de prohibiciones con el fin de que ésta actualice sus registros.

6.    Realizar evaluaciones del funcionamiento y operación de la Proveeduría Institucional y formular al Proveedor Institucional las recomendaciones que al efecto estime pertinente, todo sin perjuicio de las funciones que le competen a la Auditoría Interna.

7.    Verificar la corrección de la orden de inicio dada en los procedimientos de contratación, incluyendo el cumplimiento de los requisitos previos, lo mismo que sobre los carteles de diferentes procedimientos de contratación elaborados por el Subproceso de Contrataciones, oferentes invitados cuando corresponda, fechas de apertura de los concursos y sobre la determinación del procedimiento de contratación a seguir según su naturaleza o monto.

8.    Mantener controles sobre las contrataciones que se pacten y velar porque éstas se cumplan de acuerdo con los programas, fechas y plazos establecidos.

9.    Cualquier otra propia de su competencia

2.    Subproceso de Contrataciones. El cual realizará las siguientes funciones:

1.    Dirigir y tramitar los procedimientos de contratación administrativa.

2.    Recibir, revisar y analizar todo tipo de documentos que amparen o estén relacionados con la actividad de la Proveeduría Institucional y verificar conforme al ordenamiento jurídico la modalidad de contratación que corresponda.

3.    Elaborar o adecuar los carteles o pliegos de condiciones que le sometan a su consideración las dependencias requirentes de bienes y servicios, en los distintos procedimientos de contratación administrativa, dándole la publicidad necesaria, en los medios legalmente establecidos o en el Sistema Electrónico de Compras Gubernamentales COMPRARED y poner la información a disposición del público en general.

4.    Llevar un control de los expedientes de cada contratación administrativa y mantener un archivo para la custodia de los documentos recibidos y de los expedientes de cada contratación.

5.    Poner a disposición de todos los interesados un sistema de consulta expedita y reproducción de documentos pertenecientes a los mismos.

6.    Recibir, custodiar y dar seguimiento en cuanto a su vigencia, a los documentos de garantía tanto de participación como de cumplimiento y de cualquier otra índole, que presenten los participantes en los procedimientos de contratación administrativa que promueva la Proveeduría Institucional. La custodia definitiva de dichas garantías le corresponderá a la Tesorería o, en su defecto, a la Unidad Financiera del Ministerio respectivo, previa remisión formal por la unidad de Contrataciones.

7.    Analizar las ofertas recibidas en los procedimientos de contratación con base en los términos que contemple el Cartel de Licitación, y evaluar las elegibles conforme al sistema y método previsto en aquél, sometiendo sus conclusiones a la Comisión de Recomendación de Adjudicaciones.

8.    Remitir al órgano interno designado para tal efecto, la respectiva documentación para que éste elabore el proyecto de formalización contractual cuando ello corresponda, gestione su respectiva suscripción, así como, la obtención del refrendo del Órgano Contralor o la aprobación interna, según corresponda.

9.    Generar en el sistema automatizado de contratación, el documento de ejecución presupuestaria denominado Pedido únicamente con posterioridad a que el correspondiente acto de adjudicación adquiera firmeza.

10.  Coordinar sus funciones con las demás dependencias y unidades administrativas de su Ministerio, del Ministerio de Hacienda y con las entidades externas contraloras, fiscalizadoras y ejecutoras del gasto público.

11.  Realizar todos los trámites requeridos para el pago de contrataciones con proveedores radicados en el exterior, así como lo relativo a las exenciones de impuestos que resulten aplicables y al desalmacenaje de los Pedidos correspondientes.

12.  Recibir, custodiar y dar seguimiento en cuanto a su vigencia, a los documentos de garantía tanto de participación como de cumplimiento y de cualquier otra índole, que presenten los participantes en los procedimientos de Contratación Administrativa que promueva la Proveeduría Institucional. La custodia definitiva de dichas garantías le corresponderá al subproceso de Tesorería del Ministerio, previa remisión formal por el subproceso de Contrataciones.

13.  Cualquier otra propia de su competencia.

3.    Subproceso de Almacenamiento y Distribución. Realizará las siguientes funciones:

1.    Recibir y verificar en cada caso que los proveedores entreguen los bienes adjudicados dentro del plazo contractual establecido, y cumplan con las respectivas condiciones de cantidad, calidad y especificaciones técnicas contratados.

2.    Almacenar y custodiar, en condiciones físicas, técnicas y de seguridad apropiada y bajo un adecuado sistema de control e inventario, los bienes adquiridos por el Ministerio a través de los diferentes procedimientos de contratación administrativa.

3.    Distribuir, con arreglo a un sistema de control eficiente y oportuno y en óptimas condiciones de traslado, los bienes adquiridos en acatamiento a lo establecido en el Reglamento de Administración de Bienes emitido por la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa.

4.    Elaborar informes periódicos del Inventario de bienes del Ministerio y su remisión a la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa.

5.    Cualquier otra propia de su competencia.

        Funciones de Control y Fiscalización de Activos:

1.    Ejecutar labores variadas como codificar, verificar y clasificar documentos contables, mayorizar y hacer balances periódicos para la preparación de estados variados, revisar registros contables, en materia de activos.

2.    Preparar y revisar informes variados de carácter contable, cálculos y cuadros contables, hacer arqueos y verificar compras, de las diferentes cuentas que se manejan en la institución.

3.    Velar porque las actividades se lleven a cabo de manera regular y eficiente y por el estricto cumplimiento de los aspectos de carácter técnico y administrativo bajo responsabilidad de la Unidad de Activos, acatando lo estipulado en el Reglamento N. 30720-H para el Registro y Control de Bienes de la Administración Central.

4.    Inspeccionar la correcta aplicación de las normas, disposiciones, leyes, procedimientos y protocolos establecidos en el campo de activos, velando por el acatamiento estricto de las medidas de seguridad y de salud ocupacional que la función asignada demande.

5.    Preparar informes, cuadros, oficios, actas, y otros documentos sobre los estudios, irregularidades observadas en el desarrollo de las labores, concernientes en materia de activos, reportes de los desperfectos del equipo, bajas, altas, compras de ingreso, donaciones, traslados, cambios de ubicación , pérdida o robo.

6.    Mantener controles actualizados sobre las actividades bajo responsabilidad de la Unidad de Activos, velando por que se cumplan de acuerdo con los planes establecidos y se tomen las medidas de control interno para minimizar la comisión de errores que atenten contra los objetivos organizacionales.

7.    Preparar reportes sobre las actividades realizadas, las irregularidades observadas en el desarrollo de las labores y otros aspectos de interés que surjan como consecuencia del trabajo que se realiza y presentar las recomendaciones pertinentes.

8.    Realizar las labores administrativas que se derivan de la función, tales como llenar boletas de control, preparar informes de labores, hacer reportes de fallas de equipos u otras anomalías, trabajos en excel, entre otras.

9.    Reportar los desperfectos que sufre el equipo con el que se realiza la labor y la de los otros funcionarios sobre las irregularidades que se observan en el desarrollo de las actividades.

10.  Proponer mejoras e innovaciones relacionadas con nuevos métodos y procesos de trabajo, así como proyectos que mejoren la calidad del servicio de la Unidad de Activos, y de los demás departamentos.

11.  Participar en las diferentes actividades que conlleva la elaboración de planes para una mejor fiscalización, efectuadas principalmente en el Ministerio de Hacienda y otras instituciones del Estado.

12.  Servir de enlace con el Departamento Control y Fiscalización de Activos del Ministerio de Seguridad Publica, y el de Contratación Administrativa del Ministerio de Gobernación y Policía, llevando un registro diario de los cambios presentados, para la actualización de los inventarios presentados al Ministerio de Hacienda y el Sistema Sibinet.

        Funciones de la Comisión de Recomendación de Adjudicaciones.

        La Comisión de Recomendación de Adjudicaciones deberá emitir recomendaciones de adjudicación, o de declaratoria de deserción, en los procedimientos ordinarios de contratación administrativa. En los procedimientos de contratación directa la Comisión deberá emitir recomendación cuando por la complejidad del bien, servicio u obra lo requiera; caso contrario, a juicio del Proveedor Institucional, solicitar o no criterio técnico a la unidad que ha requerido la contratación, con el fin de preparar la resolución de adjudicación.

c.  Departamento Financiero. Departamento Financiero: Tendrá los siguientes subprocesos.

1.    Subproceso de Tesorería.

2.    Subproceso Contabilidad.

3.    Subproceso Presupuesto y Transferencia.

     Tendrá las siguientes funciones:

1.    Coordinar con las diferentes programas ejecutores del presupuesto la formulación, elaboración y consolidación del Ante Proyecto Presupuestario, con el objetivo de que éste responda al Plan Operativo Institucional, atendiendo los lineamientos y directrices, generales y específicos, emitidos por la Dirección General de Presupuesto Nacional y la Autoridad Presupuestaria, y presentarlo al jerarca de la Institución para su aprobación y posterior trámite ante la Dirección General de Presupuesto Nacional.

2.    Vigilar que la actividad presupuestaria y otros ingresos del Ministerio de Gobernación y Policía, sea acorde con el ordenamiento jurídico y la normativa técnica impartida por la Dirección General de Presupuesto Nacional.

3.    Coordinar, consolidar y presentar al jerarca la programación de la ejecución de su presupuesto y velar por el cumplimiento de la programación definitiva, una vez autorizada por el jerarca y aprobada por la Dirección General de Presupuesto Nacional.

4.    Registrar los documentos de ejecución presupuestaria que genera el Ministerio, a través de los medios informáticos que establezca el Ministerio de Hacienda, sin perjuicio de la supervisión que ésta ejerza, y de la fiscalización superior de la Contraloría General de la República.

5.    Ejercer el control jurídico, contable y técnico de los documentos de ejecución presupuestaria, establecidos conforme a la normativa técnica, legal y vigente.

6.      Mantener y custodiar un archivo de los documentos de ejecución presupuestaria que respaldan las operaciones financieras que se realicen, de conformidad con las regulaciones y lineamientos que defina el Ministerio de Hacienda, en coordinación con la Contraloría General de la República.

7.    Administrar la caja chica autorizada por el Ministerio de Hacienda, de conformidad con las disposiciones que se establezcan para tal efecto.

8.    Análisis y validación del Registro de operaciones Contables para el pago de viáticos al exterior e interior del país con cargo al presupuesto asignado a los programas 044-00 Actividad Central, 048-00 Tribunal Administrativo Migratorio y 049-00 Desarrollo de la Comunidad.

9.    Proponer a la Tesorería Nacional los pagos que correspondan por los bienes o servicios adquiridos por el Ministerio, de conformidad con las regulaciones que al efecto ésta defina.

10.  Valorar periódicamente los resultados que se obtienen de la ejecución según los recursos presupuestarios asignados y ejecutados en cada subpartida en concordancia con los principios de eficiencia, eficacia, economía y calidad.

11.  Gestionar trámites administrativos en materia de responsabilidad civil de terceros, cobros y recuperación de bienes.

12.  Fiscalizar los fondos públicos otorgados a sujetos privados y a las Municipalidades para fines específicos, asignados en el presupuesto de los programas 044 Actividad Central y el 049 Dirección nacional de Desarrollo de la Comunidad.

13.  Comprobar la correcta aplicación de normas, reglamentos, leyes y procedimientos que rigen en materia de transferencias de fondos públicos asignados en los programas 044-Actividad Central, 049 Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad y 054 Dirección General de Migración y Extranjería

14.  Gestionar ante la instancia Legal respectiva, la recuperación de sumas ejecutadas de forma indebida por los sujetos privados que recibieron recursos por parte de los programas 044-Actividad Central y 049 Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad.

15.  Verificar la asignación de recursos públicos a sujetos privados y coordinar con las instancias respectivas para el giro de los mismos.

16.  Implementar la Metodología para la Autoevaluación del Sistema de Control Interno Institucional y el Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional (SEVRI).

17.  Las demás que establezca la legislación vigente y otras disposiciones complementarias emitidas por los órganos competentes.

1.    Subproceso de Tesorería. El cual realizará las siguientes funciones:

1.    Controlar y dar seguimiento a los recursos financieros del Ministerio de Gobernación y Policía asignados al Fondo Fijo Caja Chica por la Tesorería Nacional del Ministerio de Hacienda.

2.    Administrar y custodiar los dineros y valores que se generen, así como en el pago de las obligaciones que sean legalmente contraídas con cargo a los recursos financieros de la Institución.

3.    Dar contenido presupuestario a los documentos de ejecución tramitados por medio de las reservas de efectivo de caja chica destinadas por cada programa presupuestario para compras menores y urgentes, gestionadas a través del Fondo Fijo General de Caja Chica.

4.    Controlar y administrar de manera eficiente el Fondo Fijo General Caja Chica, asignado por El Ministerio de Hacienda y los fondos auxiliares que al efecto se asignen a los programas del Ministerio.

5.    Elaborar los flujos de caja de acuerdo con las necesidades del Ministerio de Gobernación y Policía.

6.    Ejecutar los reintegros de caja chica así como los pagos correspondientes a los acreedores por medio de transferencia electrónica o en efectivo, tanto del Ministerio como de los programas adscritos, utilizando para ello los sistemas informáticos autorizados por el Ministerio de Hacienda.

7.    Dar a conocer a las autoridades superiores por medio de informes, el estado actual de los recursos financieros que se administran a través de la tesorería.

8.    Mantener y custodiar un archivo de los documentos de ejecución presupuestaria que respaldan las operaciones financieras que se realicen, de conformidad con las regulaciones y lineamientos que defina el Ministerio de Hacienda, en coordinación con la Contraloría General de la República.

9.    Diseñar e implementar los controles necesarios para minimizar los riesgos inherentes de la gestión.

10.  Elaborar el informe de arqueos trimestrales que se remiten a la Tesorería Nacional del Ministerio de Hacienda, verificando el buen manejo del Fondo Fijo General de caja chica asignado por Tesorería Nacional al Ministerio de Gobernación.

11.  Elaborar certificaciones del 2% del impuesto sobre la renta de facturas de proveedores, cuando sobrepasen la base imponible de renta, para su presentación ante la Dirección General de Tributación Directa del Ministerio de Hacienda.

12.  Validación, revisión y control de las boletas de Reservas para el pago de adelantos de Viáticos y transportes tanto al exterior como interior del país.

13.  Análisis y revisión de la información inmersa en las boletas de adelantos y las respectivas liquidaciones de viáticos o transportes de los funcionarios del programa 044-00 Actividad Central, 048-00 Tribunal Administrativo, 049-00 Desarrollo de la Comunidad, y de la actividad 044-03 Control de Propaganda.

14.  Dar contenido presupuestario a los documentos de ejecución por medio de las Subpartidas de viáticos tanto al exterior como al interior del país, destinadas al respectivo pago de gastos viáticos y transportes de los funcionarios del programa 044-00 Actividad Central, 048-00 Tribunal Administrativo Migratorio y 049-00 Desarrollo de la Comunidad.

15.  Actualizar y controlar los auxiliares de las reservas de viáticos del programa 044-01 Actividad Central, 044-03 Control de Propaganda, 048-00 Tribunal Administrativo y 049-00 Desarrollo de la Comunidad, que para tal efecto se llevan en el Departamento de Tesorería, de cada una de las Subpartida de viáticos tanto al interior como al exterior del país.

16.  Efectuar el pago de cada una de los adelantos y liquidaciones de los gastos efectuados por funcionarios del programa 044-00 Actividad Central, 048-00 Tribunal Administrativo y 049-00 Desarrollo de la Comunidad, por viáticos y transportes, por medio del SIGAF, a las cuentas bancarias indicadas en las boletas respectivas.

17.  Cualquier otra de su competencia.

2.    Subproceso Contabilidad. Tendrá las siguientes funciones:

1.    Registrar los documentos de ejecución presupuestaria que genera el Ministerio de Gobernación y Policía, a través de los medios informáticos que establezca el Ministerio de Hacienda, sin perjuicio de la supervisión que ésta ejerza, y de la fiscalización superior de la Contraloría General de la República.

2.    Ejercer el control jurídico, contable y técnico de los documentos de ejecución presupuestaria, establecidos conforme a la normativa legal y reglamentaria vigente.

3.    Llevar un adecuado control de los montos autorizados en la Ley de Presupuesto y de los saldos disponibles en cada una de las subpartidas, conciliando periódicamente las cifras con la Contabilidad Nacional.

4.    Establecer mecanismos de control interno en los diferentes procesos de contabilización.

5.    Mantener y custodiar un archivo de los documentos de ejecución presupuestaria que respaldan las operaciones financieras que se realicen, de conformidad con las regulaciones y lineamientos que defina el Ministerio de Hacienda, en coordinación con la Contraloría General de la República.

6.    Llevar registros auxiliares de inventarios en términos financieros de los bienes del Ministerio.

7.    Coordinar con el Subproceso de Almacenamiento y Distribución de la Proveeduría Institucional, el registro financiero de los inventarios que dispone el Ministerio.

8.    Recibir, analizar y validación de datos de las planillas amparadas al pago de las transferencias correspondientes a los sujetos privados y municipalidades tales como Impuesto al Banano, 2% de Impuesto de renta, Impuesto al Cemento y al IFAM, fondos asignados al presupuesto 044 Programa Actividad Central, 049 Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad y 054 Transferencias a Programas no Asignables, (Dirección General de Migración y Extranjería)

9.    Incluir en el Sistema informático autorizado por el Ministerio de Hacienda las planillas de transferencias de los sujetos privados y municipalidades del país, asignados en los programas 044 Actividad Central y 049 Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad.

10.  Cualquier otra propia de su competencia.

3.    Subproceso Presupuesto y Transferencias. Tendrá las siguientes funciones:

1.    Controlar y dar seguimiento a las partidas presupuestarias, así como velar por la aplicación de la normativa y procedimientos necesarios para una adecuada ejecución.

2.    Vigilar que la actividad presupuestaria del Ministerio y sus programas adscritos, sea acorde con el ordenamiento jurídico y la normativa técnica impartida por el Ministerio de Hacienda.

3.    Elaborar y consolidar el anteproyecto de presupuesto del Ministerio y sus programas adscritos.

4.    Ejercer supervisión sobre las actividades presupuestarias, de conformidad con las disposiciones y políticas que imparta el Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Presupuesto Nacional.

5.    Valorar el comportamiento de las partidas presupuestarias, de acuerdo con los recursos asignados y ejecutados en cada subpartida asignada al Ministerio y sus programas adscritos, en concordancia con los principios de eficiencia, eficacia, economía y calidad.

6.    Mantener y custodiar un archivo de los documentos de ejecución presupuestaria que respaldan las operaciones financieras que se realicen, de conformidad con las regulaciones y lineamientos que defina el Ministerio de Hacienda, en coordinación con la Contraloría General de la República.

7.    Dar contenido presupuestario a los documentos de ejecución, estudios y /o proyectos que generen los programas presupuestarios.

8.    Realizar los cierres presupuestarios a final del ejercicio económico de cada año, conforme a los lineamientos enumerados por la Dirección General de Presupuesto Nacional.

9.    Verificar y coordinar con las instancias respectivas la asignación de recursos públicos otorgados por el programa 044 Actividad Central a las municipalidades y el programa 049 Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad a los sujetos privados.

10.  Efectuar la distribución y fiscalización de fondos públicos otorgados a Sujetos Privados, conforme a las directrices y legislación existentes para dicho efecto.

11.  Comprobar la correcta aplicación de normas, reglamentos, leyes y procedimientos que rigen en materia de Transferencias de Fondos Públicos.

12.  Analisis y validación de datos de las planillas emitidas para el pago de las transferencias asignadas al presupuesto 044 Actividad Central, 049 DINADECO y 054-00 partidas no asignables(054-01 Direccion General de Migraicon y Extranjeria), para el tramitar el giro de los recursos a los Sujetos privados y municipalidades del país.

13.  Gestionar ante la instancia Legal respectiva, la recuperación de sumas ejecutadas de forma indebida por los Sujetos Privados.

14.  Fiscalizar los fondos públicos otorgados a Sujetos Privados para fines específicos, por medio del presupuesto del Ministerio y sus programas adscritos.

15.  Redactar informes técnicos, proyectos que surgen como resultado de las actividades que se realizan.

16.  Mantener controles respecto a las actividades realizadas velando porque se cumplan de acuerdo con los programas, fechas y plazos establecidos en materia de formulación, ejecución y evaluación presupuestaria del Ministerio y sus programas adscritos.

17.  Diseñar y ejecutar investigaciones de las situaciones detectadas respecto al manejo de los fondos girados a las municipalidades por el programa 044-Actividad Central y del programa 049 Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad

18.  Cualquier otra de su competencia.

Artículo 9º—El Ministerio de Gobernación y Policía tendrá los siguientes entes adscritos, cuyas competencias se regirán por sus respectivas leyes de creación y reglamentaciones internas:

1.  Tribunal Administrativo Migratorio.

2.  Dirección General de Migración y Extranjería.

     Los anteriores, creados por Ley N° 8764 General de Migración y Extranjería y sus reformas.

3.  Imprenta Nacional, creada y regida por las Leyes N° 57 y N° 5394, y sus respectivas reformas.

4.  Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, creada por Ley N° 3859 y sus reformas.

Artículo 10.—El (la) Ministro(a) delegará a los (las) Viceministros(as) la coordinación de los asuntos relacionados con las instancias adscritas de conformidad con criterios de organización eficiente de la gestión pública.

Artículo 11.—Todas las instancias, unidades, oficinas, procesos, subprocesos, Direcciones y demás que conformen la organización del Ministerio de Gobernación y Policía así como la de sus instancias adscritas deberán establecer, implementar y evaluar los controles internos necesarios de conformidad con lo establecido en la Ley General de Control Interno, para garantizar la eficiencia del servicio y los aspectos ético morales de la función. Deberán asimismo establecer, desarrollar e implementar las metodologías de auto evaluación del Sistema de Control Interno del Sistema Específico de Valoración del Riesgo en la Administración Pública costarricense, para garantizar el cumplimiento de los objetivos de la gestión.

Artículo 12.—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las quince horas del día diecisiete de julio del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública, Mario Zamora Cordero.—1 vez.—O. C. Nº 18272.—Solicitud Nº 60247.—C-861510.—(D37895-IN2013058995).

Nº 37091-G

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 incisos 3), 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), artículo 27 inciso 1) artículo 28 inciso 2), acápite B) y 121 de la Ley General de la Administración Pública, Ley número 6725 de 10 de marzo de 1982 y reformada por Ley número 7974 del 26 de enero del dos mil y acuerdo Nº 7 tomado en la Sesión Ordinaria número 30-2013, celebrada el 24 de julio del 2013, por la Municipalidad de Osa, provincia de Puntarenas. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de Osa, provincia de Puntarenas, el día 6 de setiembre del 2013, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo de la celebración de las Fiestas Cívico-Patronales con ocasión de celebrar el Festival de las Ballenas en dicho cantón.

Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución quien determine, con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa cartera que laboren para ese cantón.

Artículo 3º—En relación con los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, quien determine, con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese cantón.

Artículo 4º—En relación con los funcionarios del Instituto Nacional de Seguros, será el jerarca de esa Institución quien determine, con base en el artículo 6 inciso c) de la Ley 12 del 30 de octubre de 1924, reformada por la Ley Nº 8653 Ley Reguladora del Mercado de Seguros y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa entidad que laboren en ese cantón.

Artículo 5º—No se concede el presente asueto a los servidores policiales que pertenezcan a los cuerpos policiales adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, en virtud de que su labor no puede ser interrumpida, en aras del mantenimiento del orden público y por lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública número 5482.

Artículo 6º—Rige el día 6 de setiembre de 2013.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las nueve horas del día veintiuno de agosto del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Gobernación y Policía, Mario Zamora Cordero.—1 vez.—O. C. Nº 18272.—Solicitud Nº 60255.—C-41670.—(D37901-IN2013059017).

Nº 37903-G

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 incisos 3), 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), artículo 27 inciso 1) artículo 28 inciso 2), acápite B) y 121 de la Ley General de la Administración Pública, Ley número 6725 de 10 de marzo de 1982 y reformada por Ley número 7974 del 26 de enero del dos mil y acuerdo número 09, tomado en la Sesión Ordinaria número 253, celebrada el 16 de julio del 2013, por la Municipalidad de San Ramón, provincia de Alajuela. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de San Ramón, provincia de Alajuela, el día 30 de agosto del 2013, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo de la celebración de las Fiestas Cívico-Patronales de dicho cantón.

Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución quien determine, con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa cartera que laboren para ese cantón.

Artículo 3º—En relación con los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, quien determine, con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese cantón.

Artículo 4º—En relación con los funcionarios del Instituto Nacional de Seguros, será el jerarca de esa Institución quien determine, con base en el artículo 6 inciso c) de la Ley 12 del 30 de octubre de 1924, reformada por la Ley Nº 8653 Ley Reguladora del Mercado de Seguros y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa entidad que laboren en ese cantón.

Artículo 5º—No se concede el presente asueto a los servidores policiales que pertenezcan a los cuerpos policiales adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, en virtud de que su labor no puede ser interrumpida, en aras del mantenimiento del orden público y por lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública número 5482.

Artículo 6º—Rige el día 30 de agosto de 2013.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las ocho horas con treinta minutos del día trece de agosto del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Gobernación y Policía, Mario Zamora Cordero.—1 vez.—O. C. Nº 18272.—Solicitud Nº 60251.—C-27140.—(D37903-IN2013059020).

Nº 37904-G

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 incisos 3), 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), artículo 27 inciso 1) artículo 28 inciso 2), acápite B) y 121 de la Ley General de la Administración Pública, Ley número 6725 de 10 de marzo de 1982 y reformada por Ley número 7974 del 26 de enero del dos mil y artículo N° 10, inciso 13, tomado en la sesión ordinaria celebrada el 29 de julio del 2013, acta N° 44, por la Municipalidad de San Carlos, provincia de Alajuela. Por tanto:

Decretan:

Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de San Carlos, provincia de Alajuela, el día 04 de noviembre del 2013, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo de la celebración de las Fiestas Cívico-Patronales de dicho Cantón.

Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución quien determine, con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa cartera que laboren para ese Cantón.

Artículo 3º—En relación con los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, quien determine, con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese Cantón.

Artículo 4º—En relación con los funcionarios del Instituto Nacional de Seguros, será el jerarca de esa Institución quien determine, con base en el artículo 6° inciso c) de la Ley 12 del 30 de octubre de 1924, reformada por la Ley Nº 8653 Ley Reguladora del Mercado de Seguros y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa entidad que laboren en ese Cantón.

Artículo 5º—No se concede el presente asueto a los servidores policiales que pertenezcan a los cuerpos policiales adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, en virtud de que su labor no puede ser interrumpida, en aras del mantenimiento del orden público y por lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública número 5482.

Artículo 6º—Rige el día 04 de noviembre del 2013.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a las nueve horas con veinte minutos del día trece de agosto del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Mario Zamora Cordero.—1 vez.—O. C. Nº 18272.—Solicitud Nº 60254.—C-27140.—(D37904-IN2013059022).

ACUERDOS

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

N° 059-2013-MGP

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 141 de la Constitución Política, 28 inciso 2 acápite a) de la Ley General de la Administración Pública y la Ley N° 5811, Regula la Propaganda que Utilice la Imagen de la Mujer del 10 de octubre de 1975.

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar a Freddy Montero Mora, cédula de identidad N° 1-0707-0998, en representación del Ministerio de Gobernación y Policía, ante el Consejo Asesor de la Oficina de Control de Propaganda.

Artículo 2°—Rige a partir del primero de setiembre del dos mil trece.

Dado en la Ciudad de San José, a las nueve horas treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil trece.

Publíquese.—Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. N° 18272.—Solicitud N° 60266.—C-15320.—(IN2013059152).

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

N° 110-2013

LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En el uso de las facultades conferidas en los artículos 140 inciso 1) y 146 de la Constitución Política del 7 de noviembre de 1949, artículos 53 inciso a) y 65 de la Ley General de Policía, Ley No. 7410 del 26 de mayo de 1994 y los artículos 21, 115, 117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria, Decreto Ejecutivo No. 26061-J del 15 de mayo de 1997.

Considerando:

I.—Que los servidores que se dirán, cumplen con los requisitos establecidos tanto en el artículo 65 de la Ley General de Policía, como en los artículos 21, 115 y 117 del Reglamento General de Policía Penitenciaria; ocupando actualmente puestos en propiedad en la Policía Penitenciaria.

II.—Que dichos servidores aprobaron satisfactoriamente el curso Básico Policial, de conformidad con lo estipulado en los artículos 117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria.

III.—Que en la Sesión número: 001-2009 del 08 de enero de 2009, 010-2010 del 27 de mayo de 2010, 012-2010 del 24 de junio de 2010, 009-2011 del 19-05-2011, 016-2011 del 11 de agosto de 2011, 021-2011 al 28 de octubre de 2011, 022-2011 del 10 de noviembre de 2011, 001-2012 del 5 de enero de 2012, 025-2012 del 20 de julio de 2012, 027-2012 del 9 de agosto de 2012, del Consejo de Personal de la Policía Penitenciaria, refrendaron la elegibilidad de los siguientes funcionarios.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Incluir dentro del régimen del Estatuto Policial a los siguientes funcionarios:

 

Artículo 2º—Rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José a los veinticuatro días del mes de junio de dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz a. í., Jorge Rodríguez Bogle.—1 vez.—O. C. Nº 18854.—Solicitud Nº 119-780-061DA-13.—C-Crédito.—(IN2013055203).

N° 111-2013

LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En el uso de las facultades conferidas en los artículos 140 inciso 1) y 146 de la Constitución Política del 7 de noviembre de 1949, artículos 53 inciso a) y 65 de la Ley General de Policía, Ley N° 7410 del 26 de mayo de 1994 y los artículos 21, 115, 117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria, Decreto Ejecutivo N° 26061-J del 15 de mayo de 1997.

Considerando:

I.—Que los servidores que se dirán, cumplen con los requisitos establecidos tanto en el artículo 65 de la Ley General de Policía, como en los artículos 21, 115 y 117 del Reglamento General de Policía Penitenciaria; ocupando actualmente puestos en propiedad en la Policía Penitenciaria.

II.—Que dichos servidores aprobaron satisfactoriamente el curso Básico Policial, de conformidad con lo estipulado en los artículos 117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria.

III.—Que en la Sesión número: 011-2011 del 09 de junio del 2011, 001-2012 del 05 de enero de 2012, 008-2012 del 02 de marzo de 2012, 012-2012 del 29 de marzo del 2012, 016-2012 del 11 de mayo de 2012, 038-2012 del 4 de diciembre de 2012; del Consejo de Personal de la Policía Penitenciaria, refrendó la elegibilidad de los siguientes funcionarios.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Incluir dentro del régimen del Estatuto Policial a los siguientes funcionarios:

Para ver tablas hacerlo en La Gaceta con firma digital

Artículo 2º—Rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José a los veinticuatro días del mes de junio del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz a. í., Jorge Rodríguez Bogle.—1 vez.—O. C. Nº 18854.—Solicitud Nº 119-780-063DA.—C-Crédito.—(IN2013055205).

N° 112-2013

LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En el uso de las facultades conferidas en los artículos 140  inciso 1)  y 146 de la Constitución Política del 7 de noviembre de 1949, artículos 53 inciso a) y 65 de la Ley General de Policía, Ley N° 7410 del 26 de mayo de 1994 y los artículos 21, 115, 117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria, Decreto Ejecutivo N° 26061-J del 15 de mayo de 1997.

Considerando:

I.—Que el servidor que se dirá, cumple con los requisitos establecidos tanto en el artículo 65 de la Ley General de Policía, como en los artículos 21, 115 y 117 del Reglamento General de Policía Penitenciaria; ocupando actualmente puestos en propiedad en la Policía Penitenciaria.

II.—Que dicho servidor aprobó satisfactoriamente el curso Básico Policial, de conformidad con lo estipulado en los artículos 117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria.

III.—Que en la Sesión número: 030-2012 del 06 de setiembre de 2012, del Consejo de Personal de la Policía Penitenciaria, refrendó la elegibilidad del siguiente funcionario.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Incluir dentro del régimen del Estatuto Policial al siguiente funcionario:

Funcionario                                     N° Cédula

ALFARO CHAVES JOSE MANUEL                2-0422-0341

Artículo 2º—Rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José a los veinticuatro días del mes de junio de dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz a. í., Jorge Rodríguez Bogle.—1 vez.—O. C. Nº 18854.—Solicitud Nº 119-780-062DA.—C-Crédito.—(IN2013055204).

N° 113-2013

LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En el uso de las facultades conferidas en los artículos 140  inciso 1)  y 146 de la Constitución Política del 7 de noviembre de 1949, artículos 53 inciso a) y 65 de la Ley General de Policía, Ley N° 7410 del 26 de mayo de 1994 y los artículos 21, 115, 117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria, Decreto Ejecutivo N° 26061-J del 15 de mayo de 1997.

Considerando:

I.—Que el servidor que se dirá, cumplen con los requisitos establecidos tanto en el artículo 65 de la Ley General de Policía, como en los artículos 21, 115 y 117 del Reglamento General de Policía Penitenciaria; ocupando actualmente puestos en propiedad en la Policía Penitenciaria.

II.—Que dicho servidor aprobó satisfactoriamente el curso Básico Policial, de conformidad con lo estipulado en los artículos 117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria.

III.—Que en la Sesión número: 009-2012 del 8 de marzo del 2012, del Consejo de Personal de la Policía Penitenciaria, refrendaron la elegibilidad del siguiente funcionario.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Incluir dentro del régimen del Estatuto Policial al siguiente funcionario:

Funcionario                                        N° Cédula

JIMENEZ AZOFEIFA ROY                            1-0857-0141

Artículo 2º—Rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José a los veinticuatro días del mes de junio del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz a. í., Jorge Rodríguez Bogle.—1 vez.—O. C. Nº 18854.—Solicitud Nº 119-780-064DA.—C-Crédito.—(IN2013055206).

N° 122-JP

LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En el uso de las facultades conferidas en los artículos 140 inciso 1) y 146 de la Constitución Política del 7 de noviembre de 1949, artículos 53 inciso a) y 65 de la Ley General de Policía, Ley N° 7410 del 26 de mayo de 1994 y los artículos 21, 115, 117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria, Decreto Ejecutivo N° 26061-J del 15 de mayo de 1997.

Considerando:

I.—Que los servidores que se dirán, cumplen con los requisitos establecidos tanto en el artículo 65 de la Ley General de Policía, como en los artículos 21, 115 y 117 del Reglamento General de Policía Penitenciaria; ocupando actualmente puestos en propiedad en la Policía Penitenciaria.

II.—Que dichos servidores aprobaron satisfactoriamente el curso Básico Policial, de conformidad con lo estipulado en los artículos 117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria.

III.—Que en la Sesión número: 016-2011 del 11 de agosto del 2011, 025-2012 del 19 de julio del 2012, 030-2012 del 06 de setiembre de 2012; 027-2012 del 9 de agosto del 2012; del Consejo de Personal de la Policía Penitenciaria, refrendó la elegibilidad de los funcionarios que a continuación se indicarán:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Incluir dentro del régimen del Estatuto Policial a los siguientes funcionarios:

Funcionario                                 N° Cédula

BRENES RODRIGUEZ JOSE MANUEL           7-0207-0011

GUZMAN LEON ADRIANA                              2-0567-0386

PADILLA RIVERA JOSE FRANCISCO            7-0181-0024

UREÑA MORA ROLANDO                               7-0111-0012

VALVERDE JIMENEZ ANGIE                          1-1527-0364

Artículo 2º—Rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José a los dos días del mes de julio de dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. Nº 18854.—Solicitud Nº 119-780-065DA.—C-Crédito.—(IN2013055207).

Nº 123-JP

LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Carlo Andrey García Bonilla, cédula de identidad N° 1-1242-0280, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Cristal, cédula jurídica Nº 3-006-661269, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República. San José, el día dieciocho de julio del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. Nº 188.—Solicitud Nº 119-780-140-OM.—C-Crédito.—(IN2013055208).

Nº 125-JP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señora Erika Nahrgang Rodríguez, cédula de identidad N° 1-0789-0350, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Centro de Rescate Jaguar FJ, cédula jurídica Nº 3-006-659505, inscrita en  la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República. San José, el día diecinueve de julio del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. Nº 188.—Solicitud Nº 119-780141-OM.—C-Crédito.—(IN2013055209).

Nº 126-JP

LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del  cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señora Ana Cecilia Salazar Segura, cédula de identidad N° 1-0887-0181, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Fútbol Consultants, cédula jurídica Nº 3-006-668855, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República. San José, el día diecinueve de julio del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. Nº 188.—Solicitud Nº 119-780-142-OM.—C-Crédito.—(IN2013055210).

Nº 128-JP

LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del  cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Raymond Duncan Boucher, de un solo apellido en razón de su nacionalidad canadiense, pasaporte N° QD442806, como representante del Poder Ejecutivo en Costa Rica Animal Welfare Foundation, cédula jurídica Nº 3-006-669756, inscrita en  la Sección de Personas  de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República. San José, el día veintitrés de julio del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. Nº 188.—Solicitud Nº 119-780-143-OM.—C-Crédito.—(IN2013055211).

Nº 129-JP

LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del  cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Esteban Zúñiga Alvarado, cédula de identidad número 1-0931-0472, como representante del Poder Ejecutivo del Poder Ejecutivo en la Fundacion Ayni, cédula jurídica Nº 3-006-664571, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República. San José, el día veinticuatro de julio del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. Nº 188.—Solicitud Nº 119-780-144-OM.—C-Crédito.—(IN2013055212).

N° 137-JP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En ejercicio de las facultades que les confieren el artículo 140 incisos 3) y 18) de la Constitución Política, el artículo 28, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, ley número 6227 del 2 de mayo de 1978, así como lo establecido en el artículo 14 de la Ley de Creación de la Dirección General de Adaptación Social, ley número 4762 del 8 de mayo de 1971.

Considerando:

I.—Que el numeral 14 de la Ley N° 4762, Ley de Creación de la Dirección General de Adaptación Social, establece que el Patronato de Construcciones, Instalaciones y Adquisiciones de Bienes se debe integrar de la siguiente forma: El Ministro de Justicia y Paz, quién lo presidirá, dos magistrados de la Corte Suprema de Justicia o sus representantes y dos representantes del Poder Ejecutivo.

II.—Que el señor Federico Ruiz Wilson, presentó su renuncia como representante del Poder Ejecutivo y miembro del Patronato, la cual se acepta a partir del 7 de agosto del 2013.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor José Fernando Saborío Jenkins, abogado, cédula de identidad número 2-0383-0460, como representante del Poder Ejecutivo, ante el Patronato de Construcciones, Instalaciones y Adquisiciones.

Artículo 2º—Rige a partir del 19 de agosto del 2013.

Dado en la Presidencia de la República a las quince horas del día nueve de agosto del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. Nº 188.—Solicitud Nº 119-780-139-OM.—C-Crédito.—(IN2013055213).

RESOLUCIONES

Ministerio de Obras Públicas y Transportes

Res. N° 000973.—San José, a las catorce horas y cinco minutos del día ocho del mes de agosto de dos mil trece.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con el inmueble 7-001971-000, propiedad de Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. cédula jurídica 3-101-007749 necesario para la construcción del proyecto denominado “Terminal de Contenedores de Moín”.

Resultando:

1º—Mediante oficio UE-CNC-TCM-0081-2013 del 8 de agosto del 2013 de la Gerencia del Proyecto se solicita iniciar el proceso de adquisición de un área de terreno de 78654 (Setenta y ocho mil seiscientos cincuenta y cuatro metros cuadrados) del inmueble 7-001971-000, según plano catastrado 7-1676281-2013.

2º—Que según consulta realizada al Registro Inmobiliario, las características de la finca 7-001971-000 son:

Naturaleza: Terreno Sembrado en parte de Cacao situada en el distrito 1-Limón cantón 1-Limón de la provincia de Limón

Linderos:

Norte: Río Blanco y Río Moín

Sur: Alberto José Amador Z y Instituto Costarricense de Electricidad

Este: Alberto José Amador Z y Instituto Costarricense de Electricidad

Oeste: Río Blanco y Hacienda Castro

Mide: Un millón doscientos cuarenta y cinco mil novecientos setenta y nueve metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados.

Plano: no se indica

3º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno de 78654 (Setenta y ocho mil seiscientos cincuenta y cuatro metros cuadrados), según plano catastrado 7-1676281-2013.

Considerando:

1º—De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes Nº 3155 del 5 de agosto de 1963 y sus reformas y lo dispuesto en la Ley General de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos N° 7762 del 14 de abril de 1998 y sus reformas, este Despacho se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones de la Ley anteriormente indicada.

2º—Así las cosas y en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas en sus artículos 2, 18 y 20, así como los artículos 11, 136 de la Ley General de la Administración Pública y en los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política;

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público para la construcción del proyecto denominado “Terminal de Contenedores de Moín”, una franja de terreno de 78654 (Setenta y ocho mil seiscientos cincuenta y cuatro metros cuadrados) del inmueble 7-001971-000, según plano catastrado 7-1676281-2013, Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. cédula jurídica 3-101-007749.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Inmobiliario con efectos de publicidad noticia sobre la finca indicada.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Ing. Pedro Luis Castro Fernández.—1 vez.—Solicitud N° 112-301-032-2013.—O.C. N° 003-2013.—(IN2013057371).

DOCUMENTOS VARIOS

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

Que de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, adicionado por el artículo 2 de la Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria, Nº 9069 de 10 de setiembre de 2012, se concede a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos, un plazo de diez días hábiles contados a partir de la primera publicación del presente aviso, con el objeto de que expongan su parecer respecto del proyecto de decreto “Modificación del artículo 59 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta”, que elimina el método de últimas entradas, primeras salidas (UEPS), dispuesto en el subinciso iv) del inciso a) de ese artículo. Las observaciones sobre el decreto en referencia, deberán expresarse por escrito y dirigirlas a la Dirección de Tributación Internacional y Técnica Tributaria de la Dirección General de Tributación, sita en el cuarto piso del edificio del Ministerio de Hacienda, San José. Para los efectos indicados, el citado proyecto de decreto se encuentra disponible en el sitio web http://dgt.hacienda.go.cr, en la sección “Proyectos”.—San José, a las 10:40 horas del 13 de agosto de 2013.—Carlos Vargas Durán, Director General.—O. C. N° 17346.—Solicitud Nº 109-117-05813GII.—(IN2013053698).                                                                      2 v. 2.

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 236, título N° 2132, emitido en el año dos mil cinco y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Mecánica General, inscrito en el tomo 1, folio 177, título N° 3392, emitido en el dos mil seis, ambos fueron extendidos por el Colegio Técnico Profesional de Calle Blancos, a nombre de Vega Castro Diego, cédula 1-1289-0346. Se solicita la reposición de los títulos indicados por cambio de apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Ramírez Vega Diego, cédula 1-1289-0346. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de agosto del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013055728).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 236, título N° 2132, emitido en el año dos mil cinco y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Mecánica General, inscrito en el tomo 1, folio 177, título N° 3392, emitido en el dos mil seis, ambos fueron extendidos por el Colegio Técnico Profesional de Calle Blancos, a nombre de Vega Castro Diego, cédula 1-1289-0346. Se solicita la reposición de los títulos indicados por cambio de apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Ramírez Vega Diego, cédula 1-1289-0346. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de agosto del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013055728).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 3, folio 67, título Nº 3108, emitido por el Liceo Napoleón Quesada Salazar, en el año dos mil ocho, a nombre de Pacheco Cascante Guillermo José, cédula 1-1455-0479. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiún días del mes de agosto del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013054582).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 16, asiento 417, título N° 70, emitido por el Liceo Joaquín Gutiérrez Mangel, en el año dos mil seis, a nombre de Briceño Dávila Melissa, cédula 1-1529-0992. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintitrés días del mes de agosto del dos mil trece.—MEd. Lilliam Mora Aguilar Jefa Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2013055275).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 5, título Nº 9, emitido por el Liceo Las Delicias, en el año dos mil ocho, a nombre de Morera Barboza Natalia. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyo nombre y apellidos correctos son: Ruiz Morera Natalia, cédula N° 2-0666-0600. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los catorce días del mes de agosto del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013056452).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 32, título N° 90, emitido por el Liceo Teodoro Picado en el año dos mil cinco, a nombre de Ramírez Castañeda Israel, cédula 1-1271-0507. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 2 de setiembre del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013057722).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Propiedad Industrial

Patentes de Invensión

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Michael Bruce Esquivel, mayor, abogado, cédula número 1-0943-0799, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Deutsche Composite Gmbh, de Alemania, AR-K S. A.S., de Colombia, solicita la Patente de Invención denominada PANEL SÁNDWICH QUE TIENE UN HAZ TRANSVERSAL Y UN MÉTODO PARA SU PRODUCCIÓN.

Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital

La invención se refiere a un método para producir un panel sándwich hecho de al menos una capa de recubrimiento (26, 28) a laminar y al menos un bloque de material de una capa central (8, 8ʹ, 10, 10ʹ, 12, 12ʹ, 14, 14ʹ). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: E04C  2/36; B32B  3/18; cuyo(s) inventor(es) es (son) Dietmar, Biessler. La solicitud correspondiente lleva el número 20130203, y fue presentada a las 14:10:20 del 08 de Mayo del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de Julio del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013055647).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La señora Marianella Arias Chacón, mayor, abogada, cédula de identidad número 1-679-960, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de N.V. Bekaert S. A. de Bélgica, solicita la patente de invención denominada “FIBRA DE ACERO PARA REFORZAR HORMIGÓN O MORTERO QUE TIENE UN EXTREMO DE ANCLAJE CON AL MENOS TRES SECCIONES RECTAS”.

Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital

La invención es sobre una fibra de acero para reforzar el concreto o mortero. La fibra de acero se compone de una porción media de y una parte final de anclaje en un lado o en los dos lados de la porción media. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes 2013.01 es E04C 5/01 cuyos inventores son Lambrechts, Ann; Van Haeke, Martin. La solicitud correspondiente lleva el número 2013-0291 y fue presentada a las 09:16:18 del 17 de junio de 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1° de agosto de 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2013055973).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Exp. N° 9504.—El Registro de Propiedad Industrial, Oficina de Patentes de Invención hace saber que por resolución de las ocho horas treinta minutos del veintitrés de julio de dos mil trece, fue inscrita la Patente de Invención denominada IMIDAZOQUINOLINAS COMO INHIBIDORES DE CINASA DE LÍPIDO a favor de la compañía Novartis AG, cuyos inventores son: Garcia-Echeverría, Carlos de nacionalidad española, Stauffer, Frédéric de nacionalidad suiza y Furet, Pascal de nacionalidad francesa; se le ha otorgado el número de inscripción de patente de invención 2965 estará vigente hasta el dieciocho de mayo de dos mil veintiséis, la Clasificación Internacional de Patentes es C07D 471/00, A61K 31/00, A61P 35/00 y A61P 29/00.—San José, a las once horas cuarenta minutos del seis de agosto del dos mil trece.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—1 vez.—(IN2013055979).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del nombre del estatuto de la persona jurídica cédula 3-002-668075 entidad denominada: Asociación NPWK para la Protección del Recurso Hídrico de Nicoya, para que de ahora en adelante se denomine: Asociación Nicoya Península Waterkeeper. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 15 horas del 20 de agosto de 2013. Documento tomo: 2013, asiento: 184533.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013055949).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Pro Bienestar Integral de la Persona con Discapacidad y del Adulto Mayor ADHUPAD, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover el bienestar integral de las personas con discapacidad en todo el cantón de Coto Brus. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Aníbal Núñez Moya. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2013, asiento 169855 y adicional tomo: 2013, asiento: 189989).—Curridabat, 21 de agosto del 2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2013055983).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

La Dirección Nacional de Notariado comunica que ante este despacho el licenciado Joseph Gustavo Céspedes Garita, cédula de identidad número 1-1408-0134, carné profesional número 20989, ha presentado solicitud de inscripción y habilitación para ejercer la actividad notarial por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de este profesional lo comuniquen a esta dependencia dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a esta publicación. (Expediente Administrativo N° 13-002836-0624-NO).—San José, Curridabat, veintidós de agosto del dos mil trece.—Lic. Melvin Rojas Ugalde, Director Ejecutivo ad interim.—1 vez.—(IN2013055938).

La Dirección Nacional de Notariado comunica que ante este despacho la licenciada Ana María Rivera Méndez, cédula de identidad número 3-0344-0968, carné profesional número 18888, ha presentado solicitud de inscripción y habilitación para ejercer la actividad notarial por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de esta profesional lo comuniquen a esta dependencia dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a esta publicación. (Expediente Administrativo N° 13-002593-0624-NO).—San José, Curridabat, veintitrés de agosto del dos mil trece.—Área Trámite Legal (Asesoría Jurídica).—Lic. Jeffry Juárez Herrera, Abogado.—1 vez.—(IN2013055969).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 14386P.—Bananera Tamesis S. A., solicita concesión de: 10 litros por segundo del acuífero, captado mediante el pozo número AF-93 en finca de Bananera Tamesis S. A. en Roxana, Pococí Limón, para uso agroindustrial-cultivo banano. Coordenadas 266.320 / 573.979 hoja agua fría. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de febrero de 2013.—Jorge Bonilla Cervantes, Director.—(IN2013054990).

Exp. 14672P.—No Mas Nieve S. A., solicita concesión de: 0,06 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo DM-43 en finca del mismo en Cortés, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 134.596 / 556.878 hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de julio de 2013.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2013054995).

Exp 14823A.—Arcesquivel S.R.L., solicita concesión de: 0,8 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca del mismo en Venecia, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario, consumo humano, turístico y riego. Coordenadas 256.858 / 508.843 hoja Quesada. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de julio de 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013055006).

Exp. 15234P.—Hotelera Los Altos S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RE-29 en finca de el mismo en Cajón, Pérez Zeledón, San José, para uso turístico-hotel. Coordenadas 146.684 / 582.530 hoja Repunta. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de junio de 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013055008).

Exp. Nº 10245P.—Ana Catalina Beeche Alfaro y María Fernanda Beeche Alfaro, solicitan concesión de: 0,07 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-2136 en finca de su propiedad en Piedades, Santa Ana, San José, para uso agropecuario abrevadero y consumo humano doméstico. Coordenadas 212.275 / 511.850 hoja ABRA. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de agosto del 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013055121).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. 15238P.—Activos La Vida Buena S. A., solicita concesión de: 0,08 litros por segundo de Acuífero (Pozo DM-146), efectuando la captación en finca de el mismo en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano-piscina doméstica y riego. Coordenadas 136.101/555.849 hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de mayo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2013055312).

Exp. 15882P. Bayer S. A., solicita concesión de: 2,5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AH-59 en finca de Bayer S. A., en Cañas Dulces, Liberia, Guanacaste, para uso agroindustrial y consumo humano. Coordenadas 297.745/372.272 hoja Ahogados. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de julio de 2013.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2013055314).

Exp. 14382P.—Agroindustrial Piñas del Bosque S. A., solicita concesión de: 3,75 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo TA-59 en finca de el mismo en Cutris, San Carlos, Alajuela, para uso agroindustrial. Coordenadas 281.059 / 489.411 hoja Tres Amigos. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de junio de 2013.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2013055321).

Exp. 15890P.—Desarrollos Empresariales La Granja de la Tejona S. A., solicita concesión de: 2,5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AR-19 en finca de Desarrollo Empresariales La Granja de la Tejona S. A., en Tilarán, Tilarán, Guanacaste, para autoabastecimiento en condominio. Coordenadas 276.650 / 431.400 hoja Arenal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de agosto de 2013.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2013055323).

Exp. Nº 7716A.—The Sunshine Trust S. A., solicita concesión de: 0,50 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Piedades, Santa Ana, San José, para uso Turístico Hotel. Coordenadas 209.400 / 514.300 hoja Abra. 0,50 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad Guerrero en Piedades, Santa Ana, San José, para uso Turístico Hotel. Coordenadas 209.300 / 514.400 hoja Abra. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de agosto del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2013055327).

Exp. Nº 8252A.—Monterosa Estate S. A., solicita concesión de: 0,03 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Naranjo, Naranjo, Alajuela, para uso agropecuario y consumo humano doméstico. Coordenadas 235.250 / 494.000 hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de febrero de 2013.—Jorge Bonilla Cervantes, Director.—(IN2013055332).

Exp. Nº 15878A.—B Y M Interprices S. A., solicita concesión de: 0,41 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, El Guarco, Cartago, para uso agroindustrial, consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 197.944 / 540.431 hoja Tapantí. 0,4 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, El Guarco, Cartago, para uso agroindustrial, consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 197.894 / 540.180 hoja Tapantí. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de julio de 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013055334).

Exp. Nº 14824A.—Arcesquivel S. R. L., solicita concesión de: 0,85 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de el mismo en Río Cuarto, Grecia, Alajuela, para uso agropecuario, consumo humano, riego y turístico. Coordenadas 257.307 / 511.287 hoja Quesada. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de julio de 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013055337).

Exp. Nº 15120P.—Federico Rodríguez Rojas, solicita concesión de: 0,55 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo FO-64 en finca de el mismo en Fortuna (San Carlos), San Carlos, Alajuela, para uso turístico. Coordenadas 274.446 / 461.890 hoja Fortuna. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de junio de 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013055340).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Melissa de los Ángeles Kepfer González, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3228-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cuarenta minutos del cuatro de setiembre del dos mil doce. Expediente N° 29803-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., 3-..,. Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquense el asiento de nacimiento de Britany Melissa Villalobos González... y el de Nathaly Daniela Villalobos González, en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre... son “Melissa de los Ángeles Kepfer González”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013055937).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Raymundo Sánchez Guzmán, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1060-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil once. Exp. N° 8127-2011. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Lizbeth Arlenny Sánchez Arias...; en el sentido que el segundo apellido de la madre de la misma... es “Peguero”. Asimismo, hágase constar al margen del precitado asiento de nacimiento que actualmente la madre de la persona ahí inscrita es “costarricense” y portadora de la cédula de identidad número “ocho-cero ochenta y nueve-trescientos setenta y cinco”.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General, a. i.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013055958).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Carlos Achong Rojas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2144-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas treinta minutos del seis de junio del dos mil trece. Exp. N° 8421-2013. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-... Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquense; el asiento de matrimonio de Carlos Alfonso Rojas Álvarez con Irene Patricia Chavarría Navarro..., en el sentido que los apellidos del cónyuge son “Achong Rojas, hijo de Carlos Eduardo Achong Aguilar y Olga Eugenia Rojas Álvarez, costarricenses”, la razón marginal consignada mediante sello de legitimación en el asiento de nacimiento de Fabián David Rojas Chavarría ... y el asiento de nacimiento de Daniel Josué Rojas Chavarría..., en el sentido que los apellidos del padre... son “Achong Rojas”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013055996).

AVISOS

Registro Civil–Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Aviso de solicitud de naturalización

Cándida Rosa González Gómez, mayor, soltera, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia N° 270-153820-087532, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 132370-2013.—San José, veintiuno de agosto de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013055959).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SALUD

INSTITUTO SOBRE ALCOHOLISMO

Y FARMACODEPENDENCIA

PLAN DE COMPRAS PRIMER EXTRAORDINARIO 2013

El IAFA comunica que a partir de la presente publicación se encuentra disponible en nuestra página Web el Plan de Compras del Segundo Presupuesto Extraordinario Institucional para el año 2013. Los interesados podrán accederlo en la siguiente dirección electrónica: www.iafa.go.cr

San José, 16 de agosto del 2013.—Subproceso de Adquisición de Bienes y Servicios.—Leonidas Ramírez V.—1 vez.—O. C. Nº 10158.—Solicitud Nº 616-006.—(IN2013058881).

LICITACIONES

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

CONSEJO NACIONAL DE LA PERSONA

ADULTA MAYOR

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2011LN-000088-00500

Contratación de los servicios de seguridad y vigilancia

para el edificio alquilado por el Consejo Nacional

de la Persona Adulta Mayor

Se les avisa a todos los interesados en esta licitación que el CONAPAM  recibirá ofertas digitales hasta las 10:00 horas del día 04 de octubre del 2013. Los interesados podrán descargar el cartel a través del Sistema de Compras Gubernamentales Comprared, en la dirección electrónica: www.hacienda.go.cr/comprared. Notifíquese.

San José, 12 de setiembre del 2013.—Departamento Proveeduría Institucional.—Lic. Martín Aguilar Araya, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 193-2013.—Solicitud Nº 64105.—C-12770.—(IN2013058725).

HACIENDA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000006-13405 (Aviso)

Alquiler de solución completa de equipo multifuncional

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Hacienda recibirá únicamente ofertas electrónicas a través del sistema Compr@Red, hasta las 10:00 horas del día 4 de octubre del 2013, para la contratación citada anteriormente, a favor de los Programas Policía de Control Fiscal, Dirección General de Tributación y Dirección de Tecnología de Información y Comunicación.

El cartel se encuentra a disposición gratuitamente en el sistema CompraRed, en la dirección: www.hacienda.go.cr/comprared de Internet.

San José, 4 de setiembre del 2013.—M.Sc. Marco A. Fernández Umaña, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 17346.—Solicitud Nº 109-117-07113G.—(IN2013058886).

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DE INVESTIGACIÓN

Y ENSEÑANZA EN NUTRICIÓN Y SALUD

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2013LN-000002-00100

Equipo de laboratorio

El Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud, a través de la Proveeduría Institucional, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 2 de octubre del 2013, para la compra de equipo de laboratorio.

El interesado tiene el cartel a disposición en la Proveeduría Institucional del INCIENSA ubicada 125 metros al oeste del Servicentro Tinoco, Tres Ríos, La Unión, o en la página oficial de comprared a partir del siguiente día hábil de la presente publicación.

Lic. Gabriela Chavarría Richmond, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 23546.—Solicitud Nº 1998.—C-11060.—(IN2013058413).

INVITACIÓN A PRESENTAR EXPRESIONES DE INTERÉS

PARA CONTRATAR SERVICIOS

Institución: Oficina de Cooperación Internacional de la Salud de la República de Costa Rica- Ministerio de Salud.

País: Costa Rica.

Proyecto: Programa Salud Mesoamérica 2015 Costa Rica.

Donación N°: GRT/HE-13629-CR/GRT/HE-13630-CR.

Licitación N°: SM2015-21-SBCC-CF-C1A3.

Fecha límite para la presentación de expresiones de interés: 20 de setiembre del 2013.

La Oficina de Cooperación Internacional de la Salud de la República de Costa Rica ha recibido un financiamiento no reembolsable del fondo Mesoamericano de Salud, a través de la asistencia técnica y gestión del Banco Interamericano de Desarrollo para contratar la estrategia de promoción del aseguramiento y afiliación de adolescentes, y se propone utilizar una parte de los fondos de la donación para cancelar estos servicios.

Resumen: Contratar una empresa que realice diagnóstico y propuesta de estrategias para aumentar la identificación, registro, afiliación, aseguramiento y adscripción de la población adolescente en el sistema de salud, incluyendo medidas comunicativas y materiales hacia la población adolescente y para los funcionarios, que permitan enfrentar dificultades administrativas que están limitando el acceso de lo(a)s adolescentes a las redes de servicios de salud que brinda la Caja Costarricense de Seguro Social.

Perfil de la Firma: Empresa consultora de por lo menos dos años de constituida y por los menos tres proyectos en análisis, adecuación, simplificación y/o desarrollo de procesos y procedimientos de la Administración Pública.

Haber desarrollado por lo menos dos proyectos comunicacionales dirigidos a diversos públicos.

Los servicios comprenden además los siguientes objetivos específicos:

    Efectuar un diagnóstico de los procedimientos que están realizando a nivel de los servicios de salud institucionales y las barreras administrativas para afiliar y asegurar a la población adolescente y con mayor vulnerabilidad social.

    Proponer directrices, procesos y procedimientos que faciliten la afiliación y aseguramiento de la población adolescente y garanticen su acceso a los servicios en todos los niveles de atención acorde con la legislación vigente.

    Elaborar y desarrollar estrategias comunicativas para personal de salud de los servicios sobre las directrices, procesos y procedimientos aprobados por las autoridades institucionales competentes.

    Elaborar y desarrollar estrategias comunicativas para la población en general, con énfasis en la población adolescente y con mayor vulnerabilidad social (en situación de pobreza, migrante, indígena, entre otros), sobre los procedimientos para accesar de manera efectiva y ágil a los servicios de salud.

    Producir y reproducir material informativo y educativo para personal de salud y la población adolescente.

Por lo anterior, la Oficina de Cooperación Internacional de la Salud de la República de Costa Rica invita a las firmas consultoras elegibles a expresar su interés en prestar los servicios solicitados. Para lo cual, los interesados deberán proporcionar información que indique que tienen calificaciones y recurso humano para suministrar los servicios. Las cuales serán valoradas para solicitar una propuesta técnica y económica a la firma con las mejores calificaciones y recursos humanos y técnicos.

Las firmas serán seleccionadas conforme a los procedimientos indicados en las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-9, y podrán participar en ella todos los licitantes de países de origen que sean elegibles, según se especifica en dichas políticas.

Los consultores se podrán asociar con otras firmas o subcontratistas con el fin de mejorar sus calificaciones. A los efectos de establecer la lista corta, la nacionalidad de la firma será la del país en que se encuentre legalmente constituida o incorporada y en el caso de asociación en participación, será la nacionalidad de la firma que se designe como representante.

Los Consultores serán seleccionados en base al método Selección Basada en Calidad y Costo (SBCC) descrito en las Políticas de Consultoría, GN-2350-9.

Los consultores interesados pueden obtener más información en la dirección indicada al final de esta licitación, durante horas hábiles.

Las expresiones de interés deberán ser recibidas por escrito en la dirección indicada a continuación (personalmente, o por correo electrónico), a más tardar el 20 de setiembre del 2013.

Oficina Proyecto Salud Mesoamérica 2015.

Referencia: Expresiones de Interés-Licitación N° SM2015-21-SBCC-CF-C1A3.

Sita: Edificio Jenaro Valverde (Anexo Caja Costarricense de Seguro Social). Avenida segunda, calle 5, IV piso.

Teléfono: 2539-0193.

1 vez.—O. C. N° 17486.—Solicitud N° 114-600-00295.—C-76520.—(IN2013058693).

Institución: Oficina de Cooperación Internacional de la Salud de la República de Costa Rica-Ministerio de Salud.

País: Costa Rica.

Proyecto: Programa Salud Mesoamérica 2015 Costa Rica.

Donación N°: GRT/HE-13629-CR/GRT/HE-13630-CR.

Licitación N°: SM2015-28-SCC-C3A14.

Fecha límite para la presentación de expresiones de interés: 20 de setiembre del 2013.

La Oficina de Cooperación Internacional de la Salud de la República de Costa Rica ha recibido un financiamiento no reembolsable del fondo Mesoamericano de Salud, a través de la asistencia técnica y gestión del Banco Interamericano de Desarrollo y se propone utilizar una parte de los fondos de la donación para cancelar estos servicios.

Resumen: contratar una empresa que apoye técnica y administrativamente de forma presencial, las 11 Unidades de Coordinación Local, en las áreas donde se desarrolla el proyecto (Regiones Brunca y Atlántica), facilitando la correcta y oportuna realización, seguimiento y cumplimiento de las funciones y actividades en el marco del Proyecto Salud Mesoamérica 2015. Esta contratación tiene una duración de 14 meses a partir de la contratación de la firma consultora.

Perfil de la Firma: la empresa consultora seleccionada para el desarrollo de esta asesoría debe contar con experiencia acreditada en el trabajo con personas adolescentes y jóvenes, en temas relacionadas con la salud sexual y reproductiva al menos de 5 años.

Los servicios comprenden además los siguientes objetivos específicos:

    Facilitar, apoyar y dar seguimiento presencial a los procesos y actividades de las UCL en la ejecución del proyecto.

    Apoyar la gestión administrativa de la coordinación de las UCL.

    Asesorar técnicamente dentro de su competencia a las Coordinaciones de las UCL.

    Apoyar la coordinación de las UCL en la comunicación y la coordinación de acciones entre las instituciones participantes en el Proyecto, organizaciones y otros actores sociales involucrados en el ámbito local, incluidos los promotores juveniles y adolescentes.

Por lo anterior, la Oficina de Cooperación Internacional de la Salud de la República de Costa Rica, invita a las firmas consultoras elegibles a expresar su interés en prestar los servicios solicitados. Para lo cual, los interesados deberán proporcionar información que indique que tienen calificaciones y recurso humano para suministrar los servicios.

Las cuales serán valoradas para solicitar una propuesta técnica y económica a la firma con las mejores calificaciones y recursos humanos y técnicos.

Los consultores serán seleccionados conforme a los procedimientos indicados en las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-9, y podrán participar en ella todos los licitantes de países de origen que sean elegibles, según se especifica en dichas políticas.

Los consultores podrán asociarse con otras firmas o subcontratistas con el fin de mejorar sus calificaciones. A los efectos de establecer la lista corta, la nacionalidad de la firma será la del país en que se encuentre legalmente constituida o incorporada y en el caso de asociación en participación, será la nacionalidad de la firma que se designe como representante.

Los Consultores serán seleccionados en base al método de selección calificación de consultores (SCC) descrito en las Políticas de Consultoría, GN-2350-9.

Los consultores interesados pueden obtener más información en la dirección indicada al final de esta licitación, durante horas hábiles.

Las expresiones de interés deberán ser recibidas por escrito en la dirección indicada a continuación (personalmente, o por correo electrónico), a más tardar el 20 de setiembre, 2013.

Oficina Proyecto Salud Mesoamérica 2015.

Dirección electrónica: mleon@ccss.sa.cr.

Referencia: Expresiones de Interés-Licitación N° SM2015-28-SCC-C3A14.

Sita: Edificio Jenaro Valverde (Anexo Caja Costarricense de Seguro Social), avenida segunda, calle 5, IV piso.

Teléfono: 2539-0193.

Vanessa Arroyo Chavarría.—1 vez.—O. C. N° 17486.—Solicitud N° 114-600-00289.—C-65450.—(IN2013058703).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados en participar en el siguiente procedimiento:

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000045-PROV

Compra de cromatógrafo de gases con detector de FID/FID

Fecha y hora de apertura: 19 de setiembre del 2013, a las 10:00 horas.

El cartel se pueden obtener sin costo alguno a través de Internet, en la dirección: htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduría/invitaciones 2013, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la siguiente dirección: ivalerio@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos: 2295-3623.

San José, 9 de setiembre del 2013.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2013058690).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN REGIONAL SERVICIOS DE SALUD

REGIÓN HUETAR NORTE

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000006-2499

Alquiler de edificio para ubicar la sede del Ebais

Cedral - Área de Salud Ciudad Quesada

Los interesados en participar en la Licitación Abreviada ver más detalles y corroborar información acceder la siguiente dirección: http://www.ccss.sa.cr. Además se les informa que el cartel con las especificaciones técnicas y demás condiciones generales y legales correspondientes a este procedimiento de contratación, se encuentran disponibles en la Unidad Gestión de Bienes y Servicios de la Dirección Regional de Servicios de Salud Región Huetar Norte, la fecha y hora límite para la recepción de las ofertas (completas y de manera integral), será el 10 de octubre del 2013, a las 11:00 horas, y de seguido se procederá con el acto de apertura de las ofertas en la Unidad Gestión de Bienes y Servicios de la Dirección Regional de Servicios de Salud Región Huetar Norte, ubicada 450 metros norte del Banco Popular en Ciudad Quesada, lugar donde también se recibirán las ofertas.

Ciudad Quesada, 05 de setiembre del 2013.—Unidad Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Vanesa Chaves Fernández, Coordinadora Regional.—1 vez.—(IN2013058791).

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD CENTRAL NORTE

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000008-2299

Servicios profesionales de seguridad y vigilancia

Área de Salud Palmares

Se establece como fecha límite para la recepción de ofertas el 10 de octubre de 2013 a las 9 a. m., en esta sede regional, 200 metros norte de la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia. El cartel se encuentra disponible a partir de esta publicación en la misma dirección.

San José, 06 de setiembre del 2013.—Unidad Regional de Contratación Administrativa.—Lic. Gerardo Soto Arguedas.—1 vez.—(IN2013058831).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000009-09

Contratación de servicios de mantenimiento correctivo,

impresoras, proyectores, miro (PC, portátil, All in

one), scaner, de Unidad Regional de Heredia

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional de Heredia, recibirá ofertas por escrito para este concurso, hasta las 10:00 horas del 3 de octubre del 2013. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones, el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita: Heredia, 50 metros norte y 50 este de la Clínica del CCSS o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz Encargado.—1 vez.—O. C. 22430.—Sol. 610-00284.—(IN2013058677).

ADJUDICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000015-32701

Adquisición de una planta para producción

continua de mezcla asfáltica

Se avisa a todos los interesados en esta licitación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que por resolución de adjudicación N° 2013-298 de las 11:03 horas del día 03 de setiembre del 2013, se adjudica de la siguiente manera:

Oferta N° 2: Corporación Font S. A., cédula jurídica N° 3-101-008736, la línea N° 00001, por un monto total de $1.326.000,00 (un millón trescientos veintiséis mil dólares), todo conforme a la oferta y condiciones cartelarias.

Se les aclara a todos los interesados que la presente es solo el resumen final de la adjudicación y que la resolución se encuentra a disposición gratuitamente en el sistema CompraRed, en la dirección: www.hacienda.go.cr/comprared de Internet.

San José, 03 de setiembre del 2013.—Heidy Román Ovares, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 18141.—Solicitud Nº 112-300-00194.—(IN2013058887).

CULTURA Y JUVENTUD

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000027-75100

Compra de instrumentos musicales para el SINEM

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Cultura y Juventud avisa a todos los interesados en esta licitación, que se dictó el acto de adjudicación el día 05 de setiembre, a las 03:29 horas.

El interesado tiene esta resolución de adjudicación a disposición en el Sistema CompraRed, en la dirección: https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta notificación, o podrá obtenerla de manera electrónica en la Proveeduría Institucional del Ministerio de Cultura y Juventud, que se encuentra ubicada en el Centro Nacional de Cultura, avenidas 3 y 7, calles 11 y 15, frente al Parque España.

Todo de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.

San José, 6 de setiembre del 2013.—Lic. Jorge Rodríguez Solera, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2013058802).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000022-00100

Compra de 14 vehículos para el Registro Nacional

de Costa Rica

El Departamento de Proveeduría del Registro Nacional comunica que en sesión ordinaria celebrada el 5 de setiembre del 2013, la Junta Administrativa acordó adjudicar la licitación de referencia en los siguientes términos:

A favor de la Empresa Purdy Motor S. A., único oferente participante el cual se encuentra legal y técnicamente elegible, habiendo obtenido una calificación de 100% en cada uno de los ítems. Se adjudican:

Línea Uno: seis (06) vehículos tipo pick up, doble cabina, doble tracción 4x4, para trabajo pesado y giras en todo el territorio nacional, marca Toyota, modelo Hilux, año 2014, con un precio unitario de $44.460,00 para un total de $266.760.00 (doscientos sesenta y seis mil setecientos sesenta dólares).

Línea Dos: con sustento en el Art. 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se rebaja en una unidad la cantidad de vehículos a adquirir en este ítem. Por tanto, se estaría adjudicando un (1) vehículo tipo pick up, doble cabina, doble tracción 4x4, marca Toyota, modelo Hilux, año 2014, con un precio unitario $34.440,00 (treinta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta dólares).

Línea Tres: con sustento en el Art. 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se aumenta en una unidad la cantidad de vehículos a adquirir en este ítem. Por tanto, se estaría adjudicando seis (6) vehículos tipo sedán, 4 puertas laterales, marca Toyota, modelo Corolla, año 2014, con un precio unitario de $24.590.00 para un total $147.540,00 (ciento cuarenta y siete mil quinientos cuarenta dólares).

Línea Cuatro: un (01) vehículo tipo todo terreno, 4x4, para trabajo pesado con capacidad para 07 pasajeros, marca Toyota, modelo Prado LC, año 2014, con un precio unitario $59.220,00 (cincuenta y nueve mil doscientos veinte dólares).

El monto total adjudicado es de $507.960,00 (quinientos siete mil novecientos sesenta dólares).

Departamento de Proveeduría.—Hazel Ruiz Morales, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 13-0001.—Solicitud N° 119-783-13-0161.—C-31470.—(IN2013058668).

AMBIENTE Y ENERGÍA

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000002-00200

Concesión de servicios no esenciales

Parque Nacional Chirripó

El Sistema Nacional de Áreas de Conservación informa a través de la Proveeduría Institucional, que se encuentra adjudicado el trámite.

El interesado tiene la Resolución de Adjudicación a disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita, en la dirección https:www.hacienda.go.cr/comprared; a partir del siguiente día hábil de la presente publicación

Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora Institucional.—l vez.—O. C. Nº 001.—Solicitud N° 129-884-081.—(IN2013058682).

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000006-ODM

Arrendamiento infraestructura para Centro de Datos Alterno para la

Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF)

El Departamento de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica, informa a los interesados en esta licitación que, mediante “Acta de declaratoria infructuoso N° 948-2013” de las 15:00 horas del 22 de agosto del 2013, se acordó declarar infructuoso el concurso por los incumplimientos presentados por las ofertas participantes.

San José, 26 de agosto del 2013.—Departamento de Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—RP2013145359.—(IN2013058909).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000017-DCADM

Compra de solución de videoconferencia

La División de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados en la Licitación Abreviada N° 2013LA-000017-DCADM que la Comisión de Licitaciones Abreviadas, mediante acta N° 324-2013 del 04 de setiembre del 2013, resolvió adjudicar la presente licitación en los siguientes términos: Adjudicar a: Videoconferencia S. A., cédula jurídica N° 3-101-605884. Adquisición de software y hardware necesarios para la implementación de una solución de video conferencia bajo un esquema integral. Monto total adjudicado: $132.199,90 (ciento treinta y dos mil ciento noventa y nueve dólares con 90/100). Costo por hora técnico para la atención del mantenimiento correctivo no cubierto por la garantía es de $3,44 (tres dólares con 44/100). Garantía de cumplimiento. El adjudicatario debe de rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, durante los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso, por el 5% del monto total adjudicado, con una vigencia de dos meses adicionales al plazo de vencimiento de la garantía de los equipos. Demás condiciones y requisitos según lo plantea la División de Contratación Administrativa del Banco Popular en informe de adjudicación N° 181-2013.

San José, 6 de setiembre del 2013.—Área de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana V. Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2013058742).

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000003-01

Venta del derecho de participación que mantiene el BANHVI

dentro del Fideicomiso MERCOOP - CATHAY

El Banco Hipotecario de la Vivienda a través de la Gerencia General, mediante resolución motivada, resolvió: Adjudicar la Licitación Pública N° 2013LN-000003-01, para la “venta del derecho de participación que mantiene el BANHVI dentro del Fideicomiso MERCOOP - CATHAY”, a la empresa: Consorcio de Transportes Cooperativos METROCOOP R. L.

Margoth Campos Barrantes, Directora Administrativa.—1 vez.—(IN2013058733).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN PRODUCCIÓN INDUSTRIAL

COMPRA DIRECTA 2013CD-000108-8101

(Adjudicación de oferta)

Servicio de asesoría y análisis del Sistema

de Inventarios del Laboratorio Óptico

Se informa a los participantes en la Compra Directa por objeto de “Servicio de asesoría y análisis del Sistema de Inventarios del Laboratorio Óptico, que por Resolución Administrativa N° DPI-C-1299-09-2013 de fecha 05 de setiembre del 2013, la Dirección de Producción Industrial adjudica el ítem único a la empresa Asociación GS UNO de Costa Rica por un monto de ¢3.000.000,00. Ver detalle en http://www.ccss.sa.cr

San José, 06 de setiembre del 2013.—Unidad de Compras.—Lic. José A. Vargas Castro, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013058814).

HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN-000001-2205

Sistemas de videoendoscopía de alta y baja

Se informa a los interesados que este concurso se adjudicó a la empresa Elvatron S. A., el ítem 1 por un monto de $474.571,08 (cuatrocientos setenta y cuatro mil quinientos setenta y un dólares estadounidenses con 08/100), ver detalles y mayor información en: http://www.ccss.sa.cr.

Alajuela, 05 de setiembre del 2013.—Dirección.—Dr. Francisco Pérez Gutiérrez, Director Médico.—1 vez.—(IN2013058828).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

DEPARTAMENTO DE SUMINISTROS, BIENES

Y SERVICIOS

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2013CD000434-01

Contratación de servicios profesionales para capacitación

en materia de Auditor Líder de Calidad a impartirse en el

Centro de Cultura de Derechos de la Niñez y la Adolescencia

El Patronato Nacional de la Infancia, cédula jurídica N° 3-007-042039-35, a través del Departamento de Suministro de Bienes y Servicios, comunica que mediante resolución N° 486-2013, declara infructuoso  el  proceso de  Contratación  Directa  N° 2013CD-000434-01:  “Contratación de servicios profesionales para capacitación en materia de Auditor Líder de Calidad a impartirse en el Centro de Cultura de Derechos de la Niñez y la Adolescencia”, según lo establecido en el artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

De conformidad con lo que establece el artículo 136 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, contra el presente acto, se podrá interponer recursos de revocatoria, dentro de los dos días hábiles siguientes a su publicación.

06 de setiembre del 2013.—Lic. Guiselle Zúñiga Coto, M.B.A., Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 36560.—Solicitud Nº 36560.—C-4640.—(IN2013058689).

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2013CD000372-01

Contratación de servicios profesionales para capacitación en materia

de Acreditación de Planes de Trabajo con Enfoque de Calidad:

Inducción a Normas ISO, a impartirse en el Centro de Cultura

de Derechos de la Niñez y la Adolescencia

El Patronato Nacional de la Infancia, cédula jurídica N° 3-007-042039-35, a través del Departamento de Suministro de Bienes y Servicios, comunica que mediante resolución N° 485-2013, declara infructuoso el proceso de Contratación Directa N° 2013CD-000372-01: “Contratación de servicios profesionales para capacitación en materia de Acreditación de Planes de Trabajo con Enfoque de Calidad: Inducción a Normas ISO, a impartirse en el Centro de Cultura de Derechos de la Niñez y la Adolescencia”, según lo establecido en el artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

De conformidad con lo que establece el artículo 136 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, contra el presente acto, se podrá interponer recursos de revocatoria, dentro de los dos días hábiles siguientes a su publicación.

6 de setiembre del 2013.—Lic. Guiselle Zúñiga Coto, M.B.A., Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 36560.—Solicitud Nº 36560.—C-5300.—(IN2013058691).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000035-02

(Notificación de declaratoria de infructuosa)

Contratación de los servicios para el traslado e

incineración de materiales contaminados en Refinería

Se informa que la Gerencia de Refinación, mediante oficio GRE-0387-2013 de fecha 05 de setiembre del 2013, declara infructuoso el presente concurso dado que la oferta recibida no cumple a cabalidad con todos los requerimientos legales solicitados para esta contratación dado que no aportó la garantía de participación solicitada en el cartel.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio web: www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 000220.—Solicitud Nº 865-00221-PROV.—(IN2013058884).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN000002-01

Contratación de tratamiento y disposición final de

los desechos sólidos del cantón de Goicoechea

Zahyra Artavia Blanco, Secretaria del Concejo Municipal certifica: que en sesión extraordinaria N° 18-13, celebrada el 05 de setiembre de 2013, Artículo 5°.

a-  Por unanimidad y con carácter firme se aprobó dictamen N° 64-13 de la Comisión de Gobierno y Administración.

b- Por unanimidad y con carácter firme se aprobó el Por tanto del dictamen N° 64-13 de la Comisión de Gobierno y Administración como a continuación se detalla:

Por tanto:

1°—La Comisión de Gobierno y Administración recomienda al honorable Concejo Municipal, se adjudique la presente Licitación Pública N° 2013LN000002-01 titulada “Contratación de tratamiento y disposición final de los desechos sólidos del cantón de Goicoechea a la empresa EBI Berthier S. A., por un monto de trescientos setenta y ocho millones cuatrocientos veinte mil colones netos, anuales.

2°—Respetuosamente solicitamos la firmeza.

Adjunto fotocopia del dictamen N° 64-13 de la Comisión de Gobierno y Administración.

Acuerdo definitivamente aprobado.

Se remite expediente original al Departamento de Proveeduría de la Licitación Pública N° 2013LN000002-01 titulada “Contratación de tratamiento y disposición final de los desechos sólidos del cantón de Goicoechea a la empresa EBI Berthier S. A.

Es todo: extiendo la presente certificación en la ciudad de Guadalupe, a las ocho horas del seis de setiembre de dos mil trece, a solicitud del Lic. Sahid Salazar Castro, Director Administrativo.

Zahyra Artavia Blanco, Departamento de Secretaría.—1 vez.—(IN2013058819).

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000001-01

Instalación de hasta 40 contenedores de desechos orgánicos

e inorgánicos utilitarios para signos externos en diversos

sitios de área pública de la Municipalidad de Curridabat

La Municipalidad de Curridabat, mediante el Departamento de Proveeduría, informa a todos los oferentes interesados en la Licitación Abreviada N° 2013LA-000001-01 “Instalación de hasta 40 contenedores de desechos orgánicos e inorgánicos utilitarios para signos externos en diversos sitios de área pública de la Municipalidad de Curridabat”, el acuerdo dictado por el Concejo de Curridabat, según artículo único, capítulo 2°, del acta de la sesión extraordinaria N° 081-2013, del 26 de agosto del 2013, que literalmente dice:

20:00 Acuerdo N° 3. Concejo de Curridabat. Autorización para adjudicar Licitación Abreviada. A las veinte horas del veintiséis de agosto del dos mil trece. Conocida la iniciativa que se formula y sometida ésta a votación, por unanimidad se acuerda:

Autorizar la adjudicación de la Licitación Abreviada N° 2013LA-000001-01 “Instalación de hasta 40 contenedores de desechos orgánicos e inorgánicos utilitarios para signos externos en diversos sitios de área pública de la Municipalidad de Curridabat”, a favor de Vallas y Gigantografías S. A., por un monto de ¢420.000,00 mensuales, ¢20.160.000,00 aproximados, más un pago en especie que se desglosa en un 5% del espacio publicitario útil y ¢5.000.000,00 en impresión a gran formato, a ser utilizados y consumidos por la Administración, en cualquier momento durante cada año, cantidad ésta a determinar conforme los precios de mercado.

20:01 Acuerdo N° 4. Concejo de Curridabat. Declaratoria de firmeza. A las veinte horas un minuto del veintiséis de agosto del dos mil trece. Por unanimidad, se declara definitivamente aprobado el acuerdo precedente, de conformidad con lo que establece el artículo 45 del Código Municipal.

Proveeduría Municipal.—Lic. Christian González S.—1 vez.—(IN2013058761).

REMATES

CULTURA Y JUVENTUD

TEATRO NACIONAL

REMATE T.N. 001-2013

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

Remate de máquinas de coser, lavadora y secadora de ropa

Se avisa a los interesados que la Proveeduría Institucional del Teatro Nacional someterá a remate público un total de 7 máquinas de coser, 1 lavadora automática y 1 secadora de ropa, todo de conformidad con el artículo N° 49 de la Ley de Contratación Administrativa. La descripción de los bienes es la que se detalla a continuación:

Cantidad

Tipo

Descripción

Marca

Serie

Precio base

1

Máq. de coser Overlock

De 5 hilos

Juki

MO2300

195.000,00

1

Máq. de coser Plana

Corriente

Singer

3770

160.000,00

1

Máq. de coser Zigzag

Industrial

Refrey

430VZ

110.000,00

1

Máq. de coser Cober

Doble aguja

Kansai Especial

*

135.000,00

1

Máq. de coser planas

Corriente

Juki

DDL-5530

165.000,00

1

Máq. de coser planas

Casera

Merrylock-Singer

*

45.000,00

1

Máq. de coser Overlock

Casera

 

3451

50.000,00

1

Secadora

Automática

Wirpool

*

115.000,00

1

Lavadora

Automática

Samsung

*

100.000,00

 

El remate se efectuará el miércoles 25 de setiembre de 2013, a las 10:00 horas en la bodega de la Proveeduría Institucional, ubicada en San José, bajos de la Plaza de la Cultura. Los interesados podrán observar los bienes en la bodega de la Proveeduría Institucional, los días 23 y 24 de setiembre en horario de 9:00 a. m. hasta las 12.00 m. d. Los interesados en adquirir alguno de los bienes deberán depositar en la Proveeduría Institucional y en efectivo al momento de la adjudicación del bien que se trate al menos un 10% del precio final adjudicado.

Lic. Daniel Jiménez Solís, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. N° 6001.—Solicitud N° 29692.—C-54345.—(IN2013058852).

REGISTRO DE PROVEEDORES

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

OFICINA DE PROVEEDURÍA

Inscripción de Proveedores

En cumplimiento con lo que establece los artículos 46 de la Ley de Contratación Administrativa y 122 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se invita a todas las personas físicas y jurídicas interesadas en ser consideradas en los procesos de contratación administrativa de la Institución, a inscribirse en el Registro de Proveedores Institucional o bien actualizar la información ya presentada.

La guía para inscripción puede ser accesada en la página web: http://www.aresep.go.cr/index.php/inicio/compras-institucio nales/proveedores o a los correos electrónicos jromero@ aresep.go.cr, fjaubert@aresep.go.cr, herreracm@aresep.go.cr o en nuestras oficinas ubicadas en San José, Guachipelín de Escazú, 100 m norte de Construplaza, Oficentro Multipark. Cualquier información o aclaración puede ser solicitada al teléfono 2506-3200 exts. 151, 150 ó 189.

Departamento de Proveeduría.—MBA. Merari Herrera Campos, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 7264-2013.—Solicitud Nº 775-378.—(IN2013058671).

FE DE ERRATAS

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

PROVEEDURÍA Y LICITACIONES

AVISO

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2013LN-000002-01

Contratación de un servicio de transporte de

valores para las oficinas del Banco

Se le comunica a los interesados que se está procediendo a realizar modificaciones y aclaraciones al pliego de condiciones original, las cuales podrán ser retiradas en las Oficinas de la Proveeduría y Licitaciones, ubicadas en el edificio del Depósito Agrícola y Almacén Fiscal de Cartago, 200 metros al sur de la estación de servicio Delta, en barrio La Lima de Cartago, o bien, solicitarlas mediante el correo electrónico: carmen.gon zalez@bancreditocr.com, debiendo confirmar su recepción al número de teléfono 2550-5112 ó 2550-5110.

Se amplía la fecha y hora de recepción de ofertas hasta las 11:00 horas del día 25 de setiembre del 2013.

Lic. Carmen Ma. González Brenes, Proveeduría y Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 37.—Solicitud 915-10040.—(IN2013058685).

UNIVERSIDAD NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN-000008-SCA

Contratación del servicio de transporte de personas

para servicios especiales de giras institucionales

La Universidad Nacional por medio de la Proveeduría Institucional recibirá indica que según la resolución 1183-2013 del 06 de setiembre del 2013 se amplía el plazo de recepción de ofertas hasta las 10:00 horas del 9 de octubre del 2013 para la contratación del servicio de transporte de personas para servicios especiales de giras institucionales.

Y que se realizará una reunión preoferta el 25 de setiembre del 2013 a las 9:00 a. m. en las instalaciones de la Proveeduría Institucional de la UNA.

Los interesados podrán solicitar el cartel al correo electrónico proveeduría@una.cr, o bien en la página web de la Proveeduría Institucional www.una.ac.cr/proveeduria/

Heredia, 6 de setiembre del 2013.—Proveeduría Institucional.—MAP. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O. C. N° 262-2013.—Solicitud N° 785-00045.—C-18720.—(IN2013058661).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA DE CONTRATACIÓN

ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000049-2104

(Aviso N° 1. Modificación a las especificaciones)

Por la adquisición de fórmula especializada a base de

caseinato de calcio, fórmula enteral a base de

L-Glutamina con probiótico, fórmula enteral

 a base de L-Glutamina

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital México, comunica a los interesados en el presente concurso que se han realizado modificaciones a las especificaciones técnicas, favor pasar al centro de fotocopiado del hospital el día de hoy a retirar las mismas.

San José, 06 de setiembre del 2013.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—(IN2013058777).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000052-2104

(Aviso N° 1. Modificación a las especificaciones)

Por la adquisición de papel higiénico

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital México, comunica a los interesados en el presente concurso que se han realizado modificaciones a las especificaciones técnicas, favor pasar al centro de fotocopiado del hospital el día de hoy a retirar las mismas.

San José, 06 de setiembre del 2013.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—(IN2013058779).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000096-PRI

(Circular N° 1)

Contratación de servicio de enlaces de la red

de telecomunicaciones institucionales

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que a partir de esta comunicación, pueden retirar en la Proveeduría, la  Circular N° 1, sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA en Pavas, o accesarse en la página: www.aya.go.cr

Dirección de Proveeduría.—Lic. Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2141.—Solicitud Nº 870-00223.—(IN2013058867).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000008-01

Compra de equipos para audio y video

En la publicación de La Gaceta Nº 171 del 6 de setiembre del 2013, página 52 de la licitación en referencia hay un error material en donde dice:

    Declarar infructuosa las líneas N° 1 y N° 10 por incluir con el punto 3.9 del cartel.

Lo correcto es:

    Declarar infructuosa las líneas N° 1 y N° 10 por incumplir con el punto 3.9 del cartel,

Y en donde dice:

    Declarar infructuosa la línea Nº 2 por incumplimientos técnicos.

Lo correcto es:

    Declarar infructuosa la línea Nº 12 por incumplimientos técnicos.

Lo demás permanece invariable.

Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 22430.—Sol. Nº 610-00286.—(IN2013058675).

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000047-01

(Modificación y prórroga al plazo para presentar ofertas)

Compra de equipo de solución de seguridad del tipo de gestión

unificada de amenazas UTM para la red de computacional del INA

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada 2013LA-000047-01, Compra de equipo de solución de seguridad del tipo de gestión unificada de amenazas UTM para la red de computacional del INA, que el cartel de la supra mencionada licitación se modifica de la siguiente manera:

Línea única

Especificaciones técnicas:

Se modifica la especificación 2.2.1., incisos F, para que se lea correctamente de la siguiente manera:

F. Que soporte al menos 6000 túneles del tipo VPN IPSEC en modo cliente y 300 túneles del tipo SSL VPN cada uno y ambos en el esquema de alta disponibilidad.

Debido a lo anterior, la fecha de apertura de esta licitación se prorrogó para el próximo 18 de setiembre del 2013, a las 8:00 horas.

El resto de condiciones y especificaciones de este cartel, permanece invariable.

Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 22430.—Sol. Nº 610-00285.—(IN2013058679).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000039-02

(Prórroga N° 2)

Suministro de defensas para el muelle

Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 20 de setiembre del 2013, a las 10:00 horas.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio web: www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 000220.—Solicitud Nº 865-0220PROV.—(IN2013058877).

REGLAMENTOS

AVISOS

COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA

INFORMA:

La Junta Directiva del Colegio de Enfermeras de Costa Rica en sesión ordinaria número del 2139 de diez de mayo del dos mil tres, de conformidad con las potestades delegadas por ley, dentro de las cuales se atribuye la dirección, control y vigilancia del Fondo de Mutualidad, Subsidios y Sistema de Créditos del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, aprueba el siguiente Reglamento para el Sistema de Créditos del Régimen de Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, el cual en aplicación del artículo cinco del Reglamento Régimen de Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, fue debidamente conocido y aprobado en Asamblea Extraordinaria de Colegiados Afiliados del treinta y uno de mayo del año dos mil trece.

REGLAMENTO PARA EL SISTEMA DE CRÉDITOS

DEL RÉGIMEN DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS

DEL COLEGIO DE ENFERMERAS

DE COSTA RICA

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1°—Objeto del presente reglamento. El presente reglamento establece las disposiciones jurídicas y financiero-contables necesarias, para regular el Sistema de Créditos del Fondo de Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, fijando las políticas y estrategias precisas para ofrecer a los afiliados y afiliadas del Fondo, una respuesta -en la medida de lo posible- a sus problemas económicos, otorgándole créditos que le ayuden a mitigar y mejorar su condición económico-social.

Artículo 2°—Definición de conceptos. Para los efectos del presente reglamento, se entenderá por:

Régimen: Régimen de Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica.

Sistema de Créditos: Sistema de Créditos del Régimen de Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica.

Asamblea: Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria de afiliados y afiliadas del Régimen de Mutualidad, Subsidios y Sistema de Créditos del Colegio de Enfermeras de Costa Rica.

Junta Directiva: Junta Directiva del Colegio de Enfermeras de Costa Rica.

JAFOM: Junta Administradora del Fondo de Mutualidad.

Afiliado (a): Cada uno de los miembros que conforman el Régimen de Mutualidad, Subsidios y Sistema de Créditos del Colegio de Enfermeras de Costa Rica.

Crédito: Cantidad de dinero otorgada a los afiliados (as) del Régimen, en calidad de arrendamiento de dinero, bajo las condiciones establecidas por este Reglamento.

Intereses: Retribución económica o excedente estrictamente necesario a favor del Régimen, producto del arrendamiento de dinero otorgado al afiliado (a), para la sostenibilidad del sistema de créditos.

Intereses Corrientes: Tasa o porcentaje que se paga normal y puntualmente a favor del Régimen como retribución económica por el crédito otorgado, durante la vigencia del mismo.

Intereses Moratorios: Tasa o porcentaje que se cobra adicional y obligatoriamente al deudor, por razones de retardo en el pago oportuno de la deuda.

Tasa Básica Pasiva: Tasa de Interés cuyo porcentaje fija el Banco Central de Costa Rica como indicador económico, para las entidades financieras y que se paga a quien deposita dinero mediante cualesquiera de los instrumentos que para tal efecto existen.

Tasa Básica Activa: Tasa de interés cuyo representada por el porcentaje que las instituciones bancarias, de acuerdo con las condiciones de mercado y las disposiciones del Banco Central, cobran por los diferentes tipos de servicios de crédito a los usuarios de los mismos.

Morosidad: Retardo o incumplimiento a su debido tiempo del pago del capital e intereses propios del crédito otorgado.

Artículo 3°—Objetivos del Sistema de Créditos. El Sistema de Créditos del Régimen, tendrá como objetivos principales:

a)  Favorecer y fortalecer el bienestar socio-económico de los afiliados y afiliadas mediante un sistema de créditos razonable y adecuado a sus necesidades.

b) Establecer política crediticias que tiendan a solventar –en la medida de lo posible- las situaciones económicas difíciles de los afiliados y afiliadas.

c)  Que la fijación de tasas de intereses corrientes y moratorios, responda únicamente al sostenimiento económico-financiero del mismo sistema de créditos y que de ninguna manera el lucro represente la única y principal meta del sistema.

d) Respetar la confidencialidad y privacidad de los datos y situación económica expuestas por los afiliados o afiliadas, en el trámite de sus solicitudes de crédito, evitando siempre que se denigre o exponga públicamente su realidad económica.

e)  Simplificar y hacer más expeditos en la medida de lo posible los procedimientos o trámites de las solicitudes de crédito para la pronta atención de las necesidades económicas de los afiliados y las afiliadas.

CAPÍTULO II

Políticas de crédito

Artículo 4°—Fondo de inversión. De los recursos monetarios propios del Régimen de Mutualidad y Subsidios, se podrán invertir como máximo para el presente Sistema de Créditos, hasta un quince por ciento (15%) de sus reservas.

Artículo 5°—Informes de Reservas Económicas: Mediante los correspondientes estudios financiero-contables, la JAFOM cada año en el mes de mayo, rendirá un informe a la Junta Directiva del Colegio, estableciendo la cantidad de dinero o presupuesto que se puede asignar e invertir en el Sistema de Créditos que aquí se regula, respetando el porcentaje mencionado en el artículo 4 anterior.

Artículo 6°—Sujetos de crédito. Serán sujetos de crédito, todos aquellos afiliados o afiliadas del Régimen, que cuenten con doce meses o más de incorporados como profesionales al Colegio y que se encuentren al día en el pago de sus obligaciones.

Artículo 7°—Capacidad de pago. Para el otorgamiento de los créditos a que se refiere este Reglamento, los afiliados y afiliadas deberán demostrar mediante los documentos idóneos y necesarios, su capacidad de pago, no pudiendo el monto del crédito superar el cuarenta por ciento (40%) del nivel de endeudamiento del solicitante.

Artículo 8°—Plazos de los créditos. Los plazos que se fijarán para la cancelación de los créditos otorgados, serán desde los doce (12) a los treinta y seis (36) meses, para la cual se tomará en consideración el monto aprobado y la capacidad de pago.

Artículo 9°—Tasa de intereses. Las tasas de intereses corrientes y moratorios, serán fijadas periódicamente por la Junta Directiva del Colegio y serán las estrictamente necesarias para el sostenimiento financiero del Sistema de Créditos, tomando como punto de referencia los indicadores económicos dados por el Banco Central de Costa Rica para la Tasa Básica Pasiva y la Tasa Básica Activa, sumando o restando los puntos porcentuales requeridos para la sostenibilidad antes dicha.

Artículo 10.—Gastos administrativos. El Sistema de Créditos, deberá incluir a título de “comisión” a cargo y deducible anticipadamente del crédito que se apruebe, un porcentaje de dinero que servirá y se destinará para la atención de los gastos administrativos del sistema.

Artículo 11.—Garantías de los créditos. Los créditos aprobados serán garantizados mediante cauciones fiduciarias, extendidas a favor del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, para lo cual se tomará en cuenta el monto del crédito y la capacidad de pago del deudor o deudores y fiadores.

La Junta Directiva del Colegio, previa recomendación de la JAFOM y por mayoría calificada, podrá aceptar garantías fiduciarias, prendarias o hipotecarias de personas no afiliadas al Fondo, siempre y cuando quede debidamente acreditada su solvencia económica y su capacidad de pago.

Artículo 12.—Deducción automática del salario de las cuotas del crédito. En todos aquellos casos en que los beneficiarios de los créditos otorgados mediante este sistema, sean asalariados, éstos deberán autorizar expresa y previamente, como parte del trámite del crédito solicitado, al Colegio de Enfermeras de Costa Rica, para que pueda comunicar a la entidad patronal donde labore el mismo, la deducción o rebajo automático de su salario de las cuotas fijadas por el crédito otorgado.

Artículo 13.—Del pago directo de las primeras cuotas del préstamo. En aquellos casos en los cuales se autorice el rebajo o deducción automática del salario, de las cuotas del préstamo respectivo conforme a lo dispuesto en el artículo 12 anterior, el deudor o deudores, deberán efectuar el pago de las dos primeras cuotas pactadas, directamente en las oficinas del Colegio, así como todas aquellas cuotas que el sistema no le rebaje automáticamente, so pena de caer en mora.

Artículo 14.—Póliza para cubrir saldos deudores. El Sistema contará con un convenio de póliza de saldos deudores, el Instituto Nacional de Seguros u otros, para aquellos casos en que el deudor o codeudor fallecieren o no pudieren hacerle frente a la obligación, durante la vigencia del crédito otorgado. En los casos en que el deudor, por su edad, no sea sujeto de protección por dicha póliza, el saldo del crédito insoluto a la hora de su deceso, se rebajará del monto del beneficio por muerte a que se refiere el artículo 16 b.1 del Reglamento del Régimen de Mutualidad, Subsidios y Sistema de Créditos del Colegio de Enfermeras de Costa Rica.

Artículo 15.—Pago de especies fiscales y derechos de registro. Los afiliados o afiliadas a quienes se les apruebe un crédito, deberán asumir el pago de las especies fiscales o derechos de registro y honorarios de abogado o notario, que sean necesarios para el otorgamiento y formalización de las garantías y su eventual inscripción en el Registro Público, para lo cual el importe correspondiente para ese pago, se deducirá del monto del préstamo, previa entrega al beneficiario.

Artículo 16.—Sostenibilidad del sistema. La rentabilidad o excedentes que se logren a propósito de los créditos otorgados, deberán destinarse a la capitalización y fortalecimiento financiero del Sistema, así como para enfrentar los gastos administrativos y lograr la operación eficiente.

Artículo 17.—Custodia de valores, regímenes contable y jurídico. Todo lo relativo a la custodia de valores, régimen contable, control de las operaciones crediticias, manejo de recursos, así como los aspectos legales y reglamentarios del sistema de crédito, estarán a cargo de la Junta Directiva del Colegio, la cual contará con el apoyo de la JAFOM y la Unidad de Soporte Administrativo y Financiero-Contable a que se refieren los capítulos VIII y IX del Reglamento para el Régimen de Mutualidad, Subsidios y Sistema de Créditos del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 151 del 7 de agosto del 2012, órganos que se encargarán de rendir los informes y balances de situación periódicos que fueren necesarios para el mejor funcionamiento y operatividad del sistema. Los títulos valores que se emitan como garantía de los créditos otorgados, serán debidamente resguardados o custodiados de acuerdo a las diferentes opciones que ofrezcan el sistema Bancario Nacional y según criterio de la Junta Directiva del Colegio de Enfermeras.

Artículo 18.—Entrega del monto del crédito o transferencia. Todos los dineros aprobados a título de crédito a favor de los afiliados y afiliadas, serán girados mediante cheques, por los procedimientos ya establecidos y firmados por la Presidencia y Tesorería de la Junta Directiva del Colegio o bien mediante transferencia electrónica debidamente aprobada por dicha Junta. Si transcurridos cinco días hábiles, sin que el interesado haga el retiro del correspondiente cheque del crédito otorgado, el mismo se anulará y el afiliado o afiliada, deberá solicitar nuevamente su confección.

Artículo 19.—Capacidad para obligarse de los deudores y fiadores. No podrán constituirse como deudores, codeudores o fiadores aquellos afiliados o afiliadas que ya cuenten y tengan pendiente un crédito anterior con el Fondo o cuenten con embargos pendientes, sea como deudores principales, codeudor o fiadores o se encuentren en condición de pensionados o pensionadas, salvo en los casos en que con el nuevo préstamo se pretenda refundir la obligación crediticia anterior, o la garantía ofrecida sea lo suficientemente sólida para cubrir el crédito solicitado.

Artículo 20.—Deber de abstención. En aquellos casos en que el solicitante del crédito o sus fiadores sean miembros de la Junta Directiva del Colegio o de la JAFOM, o se trate de sus familiares hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, los mismos deberán abstenerse de votar para aprobar o en su caso recomendar la procedencia o no del crédito solicitado. De comprobarse la participación de algunos de estos interesados en dicha recomendación o aprobación del crédito, éste deberá ser revocado y denegado inmediatamente después de comprobarse dicha participación indebida.

Artículo 21.—Montos máximo de los créditos. Los montos máximos de los créditos que se podrán aprobar, serán establecidos en el mes de mayo de cada año, por la Junta Directiva del Colegio de acuerdo con las recomendaciones realizadas por la JAFOM y con base en los estudios técnicos financiero-contables rendidos en coordinación con la Unidad de Soporte Administrativo. Si la Junta Directiva, omitiere realizar esta fijación de montos máximos, se entenderán como vigentes los fijados para el año anterior.

CAPÍTULO III

De los requisitos para el crédito

Artículo 22.—Solicitud de crédito. El afiliado o afiliada, deberán presentar por escrito su solicitud de crédito, la cual puede consistir en llenar un formulario facilitado al efecto por el Sistema, en la cual se indique entre otras cosas: Su nombre y calidades personales, el monto solicitado, el tipo de garantía ofrecida, el nombre y calidades de los fiadores en su caso, debiendo aportar todos los documentos exigidos en este reglamento.

Artículo 23.—Documentos necesarios para el crédito. Los afiliados y afiliadas al Régimen, deberán aportar junto con su solicitud de crédito, los siguientes documentos:

a)  Copia de su cédula de identidad o cédula de residencia en caso de extranjeros, debidamente confrontados con su original, por parte del funcionario del Colegio que resulte designado.

b) Constancia de salario expedida por la entidad patronal donde labora el solicitante o certificación de ingresos expedida por un Contador Público Autorizado.

c)  Copia de la orden patronal actualizada si corresponde.

d) Copia de algún recibo correspondiente al pago de servicios públicos donde conste la dirección del domicilio del solicitante.

e)  En caso de garantía fiduciaria, aportar constancia de salario o certificación de ingresos expedida por un Contador Público Autorizado, de los fiadores ofrecidos.

f)  En caso de garantía prendaria o hipotecaria, aportar certificación actualizada con no menos de un mes de expedida, del Registro Público, donde se encuentre inscrito el bien que se pretenda dar en garantía, donde se indiquen los gravámenes y anotaciones que lo afectan.

g)  Todos aquellos otros que a criterio de la JAFOM y/o la Junta Directiva del Colegio, resulten necesarios para acreditar la capacidad de pago tanto del deudor como de los fiadores.

Artículo 24.—Procedimiento para la aprobación o no del crédito.

a)  Las solicitudes de crédito, deberán ser presentadas en la Plataforma de Servicios del Colegio o en la oficina que determine oportunamente la JAFOM, junto con todos los documentos a que se refiere el artículo 23 anterior.

b) Dichas solicitudes de crédito, una vez aportados todos los documentos enumerados en el artículo anterior, se pasarán a conocimiento y estudio de la JAFOM, la cual tendrá un plazo de un mes, a partir del recibo del expediente, para recomendar favorable o desfavorablemente a la Junta Directiva del Colegio el otorgamiento del crédito, debiendo remitir inmediatamente después tal expediente conformado al efecto, a conocimiento de la Junta Directiva mencionada.

c)  La Junta Directiva del Colegio, en un plazo de quince días hábiles a partir del recibo del expediente respectivo, deberá someter a votación esa solicitud, aprobando o improbando el crédito.

e)  Aprobado o no el crédito, el expediente se remitirá a la Unidad de Soporte Administrativo Financiero Contable, para que se proceda a formalizar el crédito o comunicar al solicitante la denegatoria del acuerdo de la Junta Directiva del Colegio.

f)  Corresponderá al Departamento Legal del Colegio, confeccionar el “Contrato de Crédito” que deberá suscribirse entre el deudor, codeudores, fiadores y el Colegio, así como los títulos de garantía fiduciaria que se extiendan.

g)  Cuando se trate de garantías reales tales como prendas o hipotecas comunes o por cédulas, la Junta Directiva del Colegio, deberán designar los notarios que se encarguen de formalizar dichos instrumentos, acuerdo que deberá ser notificado a la JAFOM para su debido seguimiento.

CAPÍTULO IV

De los procedimientos de adjudicación del crédito,

cobro administrativo y judicial

Artículo 25.—Del cobro administrativo. La JAFOM someterá a conocimiento y aprobación por parte de la Junta Directiva, los casos que por incumplimiento contractual deban ser llevados a cobro judicial, según la normativa vigente.

Artículo 26.—Este Reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Junta Directiva.—Dra. Olga Marta Solano Soto, Presidenta.—Dra. Ernestina Aguirre Vidaurre, Secretaria.—1 vez.—(IN2013055965).

REMATES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PROCESO DE PIGNORACIÓN

La División de Pignoración (Monte Popular) del Banco Popular, avisa que a las once horas del día 28 de setiembre del 2013, se rematarán al mejor postor las garantías de las operaciones de crédito que tengan dos o más cuotas de atraso, o que su fecha de cancelación esté vencida, según lo establece el Reglamento de Crédito de Pignoración. El remate se efectuará en San José, calle primera, avenidas nueve y once, o de Radiográfica Costarricense 250 metros al norte, oficina del Centro de Crédito sobre Alhajas Amón. Remate N° 488.

Agencia 03

ALHAJAS

Operación                          Descripción                                                     Base Remate                  Operación                   Descripción            Base Remate

003-060-822773-2          LOTE ALHAJAS 10 K PS 85.5 B763                   790.117,25           003-060-823357-3       LOTE ALHAJAS 10 K PS 176 B 763                         1.838.634,50

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER  REMATE: 2                                           2.628.751,75

003-060-822360-6          UNA CADENA 10 K PS 29 B763931                  276.067,25

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE:  1                                           276.067,25

Agencia 04

ALHAJAS

Operación                          Descripción                                                     Base Remate                  Operación                   Descripción            Base Remate

004-060-809809-2          LOTE DE ALHAJAS                                               769.538,40           004-060-809903-9       LOTE DE ALDHAJAS                                            778.860,65

004-060-811305-3          LOTE DE ALHAJAS                                            1.344.070,50           004-060-811743-6       LOTE DE ALHAJAS                                            341.855,30

004-060-811930-2          LOTE DE ALHAJAS                                            2.918.323,05           004-060-811957-9       LOTE DE ALHAJAS                                            749.225,50

004-060-812521-7          CADENA                                                                   252.367,70           004-060-812565-8       LOTE DE ALHAJAS                                            755.583,80

004-060-812586-9          LOTE DE ALHAJAS                                            1.999.917,60           004-060-812774-0       LOTE DE ALHJAS                                            301.616,80

004-060-813040-0          LOTE DE ALHAJAS                                               174.601,15           004-060-813075-2       LOTE DE ALHAJAS                                            298.131,00

004-060-813797-0          LOTE DE ALHAJAS                                               162.348,30           004-060-813977-8       LOTE ALHAJAS                                            91.821,00

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER  REMATE: 14                                      10.938.260,75

004-060-811263-0          LOTE DE ALHAJAS                                               472.334,65

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE:  1                                           472.334,65

Agencia 06

ALHAJAS

Operación                          Descripción                                                     Base Remate                  Operación                   Descripción            Base Remate

006-060-808339-4          LOTE DE ALHAJAS                                               194.224,75           006-060-808752-0       LOTE ALHAJAS                                            451.120,65

006-060-809773-3          LOTE ALHAJAS 685.000                                      772.355,45           006-060-809975-6       LOTE DE ALHAJAS                                            580.494,75

006-060-810280-0          LOTE DE ALHAJAS                                            1.299.061,60           006-060-810754-7       LOTE DE ALHAJAS                                            775.575,90

006-060-810815-1          UNA CADENA                                                         394.677,05           006-060-810832-2       UNA PULSERA                                            237.323,15

006-060-810850-2          UN ANILLO                                                                31.681,90

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER  REMATE:  9                                          4.736.515,20

006-060-806913-4          LOTE ALHAJAS 295.000=                                    301.830,50           006-060-810759-9       UN ANILLO   401.752,55

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE:  2                                           703.583,05

Agencia 07

ALHAJAS

Operación                          Descripción                                                     Base Remate                  Operación                   Descripción            Base Remate

007-060-809627-2          CADENA 14                                                              437.670,75           007-060-810282-9       LOTE DE ALHAJAS                                            387.422,00

007-060-810349-9          LOTE DE ALHAJAS                                            1.128.316,05           007-060-813449-3       LOTE DE ALHAJAS                                            427.832,00

007-060-813511-2          2 ANILLOS 14 42BR                                              213.308,65           007-060-813556-7       LOTE DE ALHAJAS                                            1.374.017,50

Operación                          Descripción                                                     Base Remate                  Operación                   Descripción            Base Remate

007-060-813806-7          ANILLOS Y PULSO 10                                             91.790,50           007-060-814042-6       LOTE DE ALHAJAS                                            306.063,10

007-060-814078-3          LOTE DE ALHAJAS                                            1.220.309,85           007-060-814141-4       2ANILLOS 10  77.822,25

007-060-814193-9          RELOJ 14K                                                               149.709,35           007-060-814546-5       MONEDA 24K                                            644.780,30

007-060-814825-0          3AN 10 PDRA GDE                                                   78.753,15           007-060-814847-4       LOTE DE ALHAJAS                                            472.222,65

007-060-814852-5          LOTE DE ALHAJAS                                               234.910,10           007-060-815255-8       LOTE DE ALHAJAS                                            221.321,70

007-060-815269-7          LOTE DE ALHAJAS                                               402.650,00           007-060-815276-9       ANILLO 14 BR 80PTOS                                            649.021,20

007-060-815361-4          3ANILLOS 10                                                           143.160,15

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER  REMATE: 19                                         8.661.081,25

Agencia 08

ALHAJAS

Operación                          Descripción                                                     Base Remate                  Operación                   Descripción            Base Remate

008-060-804891-0          LOTE ALHAJAS                                                      636.197,60           008-060-805474-0       LOTE ALHAJAS                                            973.928,55

008-060-805785-5          LOTE ALHAJAS                                                      516.040,85           008-060-806020-0       LOTE ALHAJAS                                            713.380,25

008-060-808577-9          *NO TIENE DESCRIPCION                                 178.838,25           008-060-809226-1       LOTE ALHAJAS                                            501.574,00

008-060-809290-9          LOTE DE ALHAJAS                                               300.838,15           008-060-809455-1       LOTE DE ALHAJAS                                            136.007,75

008-060-809457-9          LOTE DE ALHAJA                                                  138.293,75

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER  REMATE:  9                                          4.095.099,15

Agencia 10

ALHAJAS

Operación                          Descripción                                                     Base Remate                  Operación                   Descripción            Base Remate

010-060-806650-7          LOTE ALHAJAS                                                      805.322,95           010-060-807489-0       LOTE ALHAJAS                                            560.831,70

010-060-808824-9          LOTE ALHAJAS                                                      574.555,00           010-060-811593-1       LOTE ALHAJAS                                            488.905,35

010-060-812465-8          LOTE ALHAJAS                                                      258.136,45           010-060-812743-0       LOTE ALHAJAS                                            349.166,00

010-060-813138-6          LOTE ALHAJAS                                                      751.999,70           010-060-813143-9       LOTE ALHAJAS                                            148.288,10

010-060-813148-0          LOTE ALHAJAS                                                      219.949,85           010-060-814045-7       LOTE ALHAJAS                                            1.354.728,95

010-060-814652-8          LOTE ALHAJAS                                                      239.105,50           010-060-814683-3       LOTE ALHAJAS                                            545.544,45

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER  REMATE:  12                                        6.296.534,00

010-060-813196-7          LOTE ALHAJAS                                                      468.752,15

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE:  1                                           468.752,15

Agencia 15

ALHAJAS

Operación                          Descripción                                                     Base Remate                  Operación                   Descripción            Base Remate

015-060-796440-1          LOTE ALHAJAS                                                      924.027,95

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER  REMATE:  1                                             924.027,95

015-060-793611-8          PULSERA                                                                  872.936,65

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE:  1                                           872.936,65

AGENCIA 22

ALHAJAS

Operación                          Descripción                                                     Base Remate                  Operación                   Descripción            Base Remate

022-060-789121-1          LOTE ALHAJAS                                                      493.062,25

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER  REMATE:  1                                             493.062,25

022-060-788389-9          LOTE ALHAJAS                                                      170.469,45

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE:  1                                           170.469,45

Agencia 25

ALHAJAS

Operación                          Descripción                                                     Base Remate                  Operación                   Descripción            Base Remate

025-060-809048-0          LOTE DE ALHAJAS                                            2.073.075,85           025-060-810602-0       LOTE ALHAJAS                                            270.216,90

025-060-812416-8          CADENA                                                                   191.853,15           025-060-812695-5       LOTE ALHAJAS                                            181.165,65

025-060-813151-4          LOTE ALHAJAS                                                      225.079,70           025-060-813215-1       LOTE ALHAJAS                                            328.044,45

025-060-814800-0          LOTE ALHAJAS                                                      245.501,10           025-060-815696-1       LOTE ALHAJAS                                            328.959,05

025-060-815938-6          LOTE ALHAJAS                                                      223.706,55           025-060-816239-6       LOTE ALHAJAS                                            323.270,90

025-060-816368-4          LOTE ALHAJAS                                                      353.128,35           025-060-817294-5       PULSERA       414.673,15

025-060-817301-6          LOTE ALHAJAS                                                      161.468,10           025-060-817778-9       CADENA C/DI                                            240.055,80

025-060-817955-2          LOTE ALHAJAS                                                   1.667.876,35           025-060-817995-5       LOTE ALHAJAS                                            126.603,40

025-060-818072-8          LOTE ALHAJAS                                                   1.022.397,85           025-060-819231-4       LOTE ALHAJAS                                            297.533,30

025-060-819326-5          LOTE ALHAJAS                                                   1.379.958,85           025-060-819670-4       LOTE ALHAJAS                                            446.781,60

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 20                                       10.501.350,05

025-060-810754-7          LOTE ALHAJAS                                                      694.693,25           025-060-813382-1       LOTE ALHAJAS                                            308.980,15

025-060-815430-0          CADENA                                                                   260.718,70           025-060-818896-8       LOTE ALHAJAS                                            142.116,70

025-060-819460-4          LOTE ALHAJAS                                                   1.124.740,65

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE:  5                                        2.531.249,45

Agencia 29

ALHAJAS

Operación                          Descripción                                                     Base Remate                  Operación                   Descripción            Base Remate

029-060-764698-3          LOTE DE ALHAJAS BOLSA  255764                159.477,65

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE:  1                                              159.477,65

Agencia 61

ALHAJAS

Operación                          Descripción                                                     Base Remate                  Operación                   Descripción            Base Remate

061-060-756807-7          LOTE ADE ALHAJAS                                            398.964,90

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE:  1                                              398.964,90

Agencia 77

ALHAJAS

Operación                          Descripción                                                     Base Remate                  Operación                   Descripción            Base Remate

077-060-126317-0          ANILLO, PULSERA                                                200.544,65           077-060-137213-8       PULSERA       261.011,80

077-060-147718-8          ANILLO                                                                       95.307,95           077-060-150443-0       ANILLOS       105.697,55

077-060-150461-6          LT DE ALHAJAS                                                     138.348,85           077-060-150514-7       ANILLO BRILLANTES                                            177.061,35

077-060-150660-8          LOTE ALHAJAS 27.0GRS                                     208.228,90           077-060-150902-2       LOTE ALHAJAS                                            94.116,20

077-060-150936-9          LOTE ALHAJAS                                                      247.984,30           077-060-151284-          LT DE ALHAJAS                                            461.552,15

077-060-151332-9          LT DE ALHAJAS                                                     131.930,55           077-060-151361-5       LOTE ALHAJAS                                            198.213,60

077-060-152078-6          LOTE ALHAJAS 8GRS                                             78.995,05           077-060-152145-5       LOTE ALHAJAS                                            507.381,10

077-060-152748-0          LOTE ALHAJAS                                                   8.765.644,15           077-060-152822-8       LOTE DE ALHAJAS                                            821.853,50

077-060-153308-0          LOTE ALHAJAS                                                   1.836.233,40           077-060-153720-0       LT DE ALHAJAS                                            659.180,85

077-060-153840-9          LOTE ALHAJAS                                                      373.643,65           077-060-153933-9       LT DE ALHAJAS                                            1.359.177,50

077-060-153941-4          LOTE ALHAJAS                                                   1.194.836,75           077-060-153965-8       LOTE ALHAJAS                                            720.847,35

077-060-154255-1          PULSERA                                                                  258.168,20           077-060-154333-7       LOTE ALHAJAS                                            393.046,55

077-060-154371-2          LOTE ALHAJAS                                                      330.875,30           077-060-154849-8       LOTE ALHAJAS                                            632.253,80

077-060-154865-7          PULSO                                                                        676.794,00           077-060-154917-0       LOTE ALHAJAS                                            600.256,65

077-060-155026-2          MANCURNILLAS                                                   680.805,90           077-060-155093-2       LOTE ALHAJAS                                            1.640.729,55

077-060-155195-3          LOTE ALHAJAS                                                      315.460,60           077-060-155310-0       LOTE ALHAJAS                                            3.620.950,05

077-060-155364-1          LT DE ALHAJAS                                                     293.290,05           077-060-155439-5       LOTE ALHAJAS                                            651.716,05

077-060-155511-9          LOTE ALHAJAS                                                   1.318.176,10           077-060-155848-5       LOTE DE ALHAJAS                                            1.371.045,60

077-060-155889-1          LOTE ALHAJAS                                                      515.774,05           077-060-156006-8       LOTE ALHAJAS 48.6GES                            393.499,00

077-060-156060-0          CORDÓN GARGAN PULSERAS                      1.570.308,00           077-060-156064-7       LOTE ALHAJAS                                            1.801.364,15

077-060-156068-5          LOTE ALHAJAS                                                      477.853,05           077-060-156077-4       LOTE ALHAJAS                                            587.721,05

077-060-156085-0          LOTE DE ALHAJAS                                               922.215,20           077-060-156111-0       LOTE ALHAJAS                                            464.777,10

077-060-156170-7          LT DE ALHAJAS                                                  1.034.969,90           077-060-156281-5       LOTE ALHAJAS                                            417.179,95

077-060-156315-2          LOTE ALHAJAS                                                   1.038.297,15           077-060-156386-9       LOTE ALHAJAS                                            320.950,25

077-060-156514-2          LOTE DE ALHAJAS                                               561.950,75           077-060-156653-3       LT DE ALHAJAS                                            283.914,10

077-060-156948-8          LOTE ALHAJAS                                                      360.011,80           077-060-156995-0       LOTE ALHAJAS                                            485.152,35

077-060-157026-4          PULSERA                                                                  656.777,95           077-060-157074-2       LOTE ALHAJAS 37.4GRS                            366.801,90

077-060-157175-0          ARGOLLAS ANILLOS                                           324.373,40           077-060-157203-0       LOTE ALHAJAS                                            923.946,55

077-060-157216-5          LOTE ALHAJAS                                                      410.679,30           077-060-157220-2 2    COLLARES 2.142.525,15

077-060-157324-0          CADENA. PULSERA                                              303.737,95           077-060-157342-9       1 PULSERA   433.248,00

077-060-157421-0          LOTE ALHAJAS                                                      703.748,05           077-060-157451-0       LT DE ALHAJAS                                            328.346,05

077-060-157525-1          LOTE ALHAJAS                                                   2.108.197,50           077-060-157542-4       LT DE ALHAJAS                                            333.891,40

077-060-157563-5          LOTE DE ALHAJAS                                               725.802,15           077-060-157581-3       LOTE DE ALHAJAS                                            346.618,90

077-060-157589-8          LOTE DE ALHAJAS                                            3.967.935,80           077-060-157590-2       CADENA PULSERA                                            6.169.192,30

077-060-157629-0          PULSO                                                                        338.288,45           077-060-157645-0       LOTE DE ALHAJAS                                            612.292,65

077-060-157798-0          LOTE ALHAJAS 36.3GRS                                     414.814,45           077-060-157824-1       LT DE ALHAJAS                                            1.245.445,50

077-060-157950-7          LOTE ALHAJAS                                                      439.569,15           077-060-157951-0       LOTE ALHAJAS                                            442.394,45

077-060-157992-7          LOTE DE ALHAJAS                                            1.706.510,35           077-060-158014-3       LOTE ALHAJAS                                            663.093,10

077-060-158015-9          LOTE ALHAJAS                                                   1.373.521,80           077-060-158041-0       LOTE DE ALHAJAS                                            306.834,65

077-060-158104-2          LT DE ALHAJAS                                                  1.789.448,05           077-060-158121-5       ANILLO          246.220,00

077-060-158152-9          LOTE ALHAJAS                                                      492.154,35           077-060-158247-0       ANILLO          232.428,35

077-060-158254-0          LOTE ALHAJAS                                                      366.704,60           077-060-158291-0       LOTE ALHAJAS                                            463.072,10

077-060-158338-2          LOTE DE ALHAJAS                                            1.153.909,75           077-060-158406-7       ANILLOS       160.295,90

077-060-158600-7          LOTE DE ALHAJAS                                            1.089.465,05           077-060-158616-5       LOTE ALHAJAS 27.1GRS                            247.916,15

077-060-158619-8          ANILLO                                                                     120.771,75           077-060-158624-9       LT DE ALHAJAS                                            239.368,75

077-060-158691-9          LOTE DE ALHAJAS                                               447.004,90           077-060-158816-9       LOTE ALHAJAS                                            459.849,40

077-060-158835-0          LOTE ALHAJAS                                                      310.911,65           077-060-158843-6       LOTE DE ALHAJAS                                            278.978,75

077-060-158872-0          RELOJ                                                                        769.691,75           077-060-158950-8       LT DE ALHAJAS                                            387.031,20

077-060-158966-6          LOTE ALHAJAS                                                   1.281.152,55           077-060-158978-0       LOTE ALHAJAS                                            97.310,05

077-060-158985-0          LOTE DE ALHAJAS                                            1.384.060,00           077-060-158990-0       LT DE ALHAJAS                                            415.846,80

077-060-158993-3          CADENA                                                                1.210.521,75           077-060-158996-6       LOTE DE ALHAJAS                                            206.682,70

077-060-158997-0          LT DE ALHAJAS                                                  2.150.080,25           077-060-159006-0       LOTE ALHAJAS 19.7GRS                            299.198,10

077-060-159147-9          LOTE ALHAJAS                                                      279.963,65           077-060-159157-1       LOTE ALHAJAS                                            188.137,25

077-060-159170-0          LOTE ALHAJAS                                                      482.385,95           077-060-159193-8       LOTE ALHAJAS                                            531.199,00

077-060-159220-4          PULSERA RELOJ                                                 1.777.993,70           077-060-159225-6       LT DE ALHAJAS                                            212.551,35

Operación                          Descripción                                                     Base Remate                  Operación                   Descripción            Base Remate

077-060-159242-9          ANILLOS                                                                   105.439,60           077-060-159250-4       LOTE DE ALHAJAS                                            380.148,30

077-060-159252-1          TOTAL ALHAJAS 32.4GRS                                  300.624,25           077-060-159284-0       LOTE ALHAJAS 23.1GRS                            263.840,70

077-060-159288-9          LOTE ALHAJAS                                                      105.283,50           077-060-159318-8       LOTE DE ALHAJAS                                            2.597.130,00

077-060-159320-6          LOTE ALHAJAS                                                      182.642,25           077-060-159321-0       LOTE DE ALHAJAS                                            418.295,50

077-060-159326-1          LOTE ALHAJA 36.8GRS                                       516.115,05           077-060-159412-2       ANILLO          225.982,50

077-060-159419-3          LOTE ALHAJAS                                                      677.947,55           077-060-159420-8       LT DE ALHAJAS                                            1.414.424,15

077-060-159442-2          LOTE ALHAJAS                                                      503.396,10           077-060-159444-1       LT DE ALHAJAS                                            509.812,20

077-060-159452-5          LT DE ALHAJAS                                                     143.917,00           077-060-159453-0       LOTE ALHAJAS                                            286.066,75

077-060-159466-6          LT DE ALHAJAS                                                     749.958,40           077-060-159468-5       LOTE ALHAJAS                                            943.354,75

077-060-159481-1          LOTE DE ALHAJAS                                            1.249.314,85           077-060-159490-0       LOTE DE ALHAJAS                                            9.324.529,25

077-060-159497-0          LT DE ALHAJAS                                                     241.492,60           077-060-159499-9       LOTE ALHAJAS 1.3GRS                                            162.874,05

077-060-159511-2          LOTE DE ALHAJAS                                            9.480.872,75           077-060-159518-3       LOTE DE ALHAJAS                                            9.680.011,75

077-060-159519-7          LOTE DE ALHAJAS                                            5.589.923,90           077-060-159625-5       LOTE ALHAJAS                                            184.223,55

077-060-159639-4          LOTE DE ALHAJAS                                               230.670,90           077-060-159654-0       LOTE ALHAJAS                                            627.722,30

077-060-159677-0          LOTE DE ALHAJAS                                            1.634.938,25           077-060-159737-7       LOTE ALHAJAS                                            796.247,35

077-060-159757-4          LOTE DE ALHAJAS                                               293.474,10           077-060-159766-3       LOTE ALHAJAS 63.8GRS                            994.653,00

077-060-159829-5          LOTE DE ALHAJAS                                               185.169,90           077-060-159852-4       ANILLOS       141.437,20

077-060-159949-4          LOTE ALHAJAS                                                      382.121,65           077-060-160029-6       LOTE ALHAJAS                                            435.135,15

077-060-160048-0          LOTE ALHAJAS                                                   1.183.462,25           077-060-160079-3       LOTE ALHAJAS                                            362.403,40

077-060-160089-6          LOTE DE ALHAJAS                                               513.058,70           077-060-160096-6       RELOJ         1.155.818,15

077-060-160145-9          LOTE DE ALHAJAS                                               378.596,20           077-060-160148-1       ANILLO BRILLANTES                                            131.897,10

077-060-160182-7          LOTE ANILLOS                                                       204.432,25           077-060-160184-6       LOTE ALHAJAS 24.2GRS                            540.976,65

077-060-160214-5          LOTE DE ALHAJAS                                               351.682,50           077-060-160238-9       LOTE ALHAJAS                                            824.055,10

077-060-160269-2          LOTE ALHAJAS                                                      107.534,45           077-060-160274-5       LOTE ALHAJA 14.8GRS                                            201.461,10

077-060-160328-8          LT DE ALHAJAS                                                     777.671,10           077-060-160340-0       LOTE DE ALHAJAS                                            1.292.766,90

077-060-160366-1          LOTE ALHAJAS                                                   2.050.673,65           077-060-160380-3       LOTE ALHAJAS                                            127.880,65

077-060-160381-7          LOTE ALHAJAS                                                      123.818,30           077-060-160394-2       LT DE ALHAJAS                                            109.515,10

077-060-160395-8          ANILLO                                                                     241.436,30           077-060-160410-2       PULSERA       348.703,10

077-060-160414-9          LOTE DE ALHAJAS                                               706.114,95           077-060-160422-2       LOTE ALHAJAS                                            304.260,95

077-060-160441-6          LOTE ALHAJAS                                                      370.347,00           077-060-160449-0       LOTE ALHAJAS                                            92.300,15

077-060-160496-3          LT DE ALHAJAS                                                     242.951,45           077-060-160513-9       LT DE ALHAJAS                                            181.706,20

077-060-160527-8          LOTE ALHAJAS                                                   1.533.568,95           077-060-160535-3       LOTE DE ALHAJAS                                            370.090,05

077-060-160543-9          LOTE ALHAJAS                                                      477.281,45           077-060-160548-0       LOTE ALHAJAS                                            1.990.644,15

077-060-160550-9          LOTE ALHAJAS                                                      340.915,30           077-060-160581-2       LOTE ALHAJAS                                            154.832,35

077-060-160689-9          ANILLO                                                                     491.958,35           077-060-160704-3       LOTE ALHAJAS                                            164.369,35

077-060-160753-5          LOTE DE ALHAJAS                                            1.269.404,45           077-060-160758-7       ANILLO          573.115,75

077-060-160778-4          LOTE ANILLOS                                                       186.845,75           077-060-160792-2       ANILLO BRILLANTE                                            73.633,00

077-060-160813-4          LT DE ALHAJAS                                                       81.402,65           077-060-160815-3       LOTE ALHAJAS                                            71.500,45

077-060-160830-7          LOTE ALHAJAS 19.0GRS                                     179.078,00           077-060-160838-1       LOTE ALHAJAS                                            152.843,65

077-060-160855-6          PULSERA                                                                  244.717,80           077-060-160899-5       LOTE ALHAJAS                                            697.697,00

077-060-160917-2          CADENA                                                                   134.875,15           077-060-160943-6       ANILLO          347.882,90

077-060-160946-9          ANILLO                                                                       60.659,90           077-060-160991-2       LOTE DE ALHAJAS                                            491.772,10

077-060-161000-3          CADENA C DIJE                                                     255.721,65           077-060-161001-7       LOTE DE ALHAJAS                                            242.993,25

077-060-161018-0          LOTE ALHAJAS                                                      128.191,15           077-060-161021-2       MONEDA       713.580,25

077-060-161035-3          LOTE ALHAJAS                                                   1.474.580,95           077-060-161057-8       ANILLO            31.295,45

077-060-161059-7          1 CADENA                                                                357.662,00           077-060-161071-0       LOTE ALHAJA 14.9GRS                                            136.019,55

077-060-161073-9          LT DE ALHAJAS                                                     533.095,15           077-060-161084-5       5 ANILLOS      77.990,40

077-060-161087-8          LOTE DE ALHAJAS                                               867.452,05           077-060-161100-5       ANILLO          218.152,55

077-060-161105-7          LOTE ALHAJAS                                                   1.409.884,00           077-060-161126-6       LOTE ALHAJAS 27.1GRS                            239.495,80

077-060-161149-6          ANILLO                                                                     343.716,05           077-060-161160-3       LOTE ALHAJAS 31.1GRS                            532.743,15

077-060-161188-5          LOTE ALHAJAS                                                      536.932,10           077-060-161206-2       TOTAL ALHAJAS 111.2GRS                          1.238.049,50

077-060-161213-2          LOTE ALHAJAS 29.8GRS                                     258.325,65           077-060-161214-6       LOTE ALHAJAS                                            188.516,65

077-060-161216-5          LOTE ALHAJAS                                                      643.397,15           077-060-161270-0       ANILLO          372.117,15

077-060-161308-3          LOTE ALHAJAS 10.8GRS                                       94.187,95           077-060-161333-0       LOTE ALHAJAS                                            561.561,00

077-060-161363-0          LOTE ALHAJAS                                                      971.389,85           077-060-161364-3       LOTE ALHAJAS                                            114.192,25

077-060-161401-4          ANILLOS                                                                   565.714,25           077-060-161411-7       LOTE ALHAJAS                                            574.079,85

077-060-161429-4          LOTE ALHAJAS 17.4GRS                                     141.595,10           077-060-161442-0       LOTE ALHAJAS                                            1.386.801,60

077-060-161490-9          LOTE ALHAJAS 23.4GRS                                     203.507,15           077-060-161491-2       LOTE ALHAJAS                                            549.067,05

077-060-161496-4          LOTE ALHAJAS                                                      918.940,60           077-060-161505-6       LOTE ALHAJAS 17.2 GRS                                    162.904,30

077-060-161518-1          ANILLO                                                                       39.279,10           077-060-161521-3       LOTE ALHAJAS 11.7 GRS                                    154.733,10

077-060-161528-4          LOTE ALHAJAS                                                        82.434,85           077-060-161529-8       LOTE ALHAJAS                                            306.950,35

077-060-161542-4          LOTE ALHAJAS                                                      199.279,10           077-060-161544-3       ANILLO, CADENA                                            256.216,05

077-060-161557-9          LOTE ALHAJAS                                                        86.347,85           077-060-161573-0       MONEDAS 3.279.887,75

077-060-161611-2          PULSERA                                                                  722.695,80           077-060-161703-0       LOTE ALHAJAS                                            178.199,60

077-060-161754-0          MONEDAS                                                             1.360.105,90           077-060-161790-6       1 PULSERA 1.036.072,80

077-060-161797-5          LOTE ALHAJAS 45.6GRS                                     383.064,00           077-060-161800-0       LT DE ALHAJAS                                            74.879,75

077-060-161834-4          LOTE DE ALHAJAS                                               344.339,25           077-060-161838-2       LOTE ALHAJAS 15.8GRS                            116.622,30

077-060-161844-9          LOTE ALHAJAS 36.5GRS                                     451.082,65           077-060-161880-5       LOTE ALHAJAS                                            146.127,75

077-060-161894-4          LOTE ALHAJAS                                                      686.252,90           077-060-161916-0       LOTE ALHAJAS                                            1.576.869,45

077-060-161971-8          CADENA                                                                      84.464,15           077-060-161991-3       LOTE ALHAJAS 28.2GRS                            234.673,65

Operación                          Descripción                                                     Base Remate                  Operación                   Descripción            Base Remate

077-060-161994-6          ANILLO BRILLANTES                                         113.312,15           077-060-162011-0       LOTE ALHAJAS                                            464.624,85

077-060-162012-4          ANILLO                                                                       74.980,60           077-060-162021-3       LOTE DE ALHAJAS                                            1.656.054,80

077-060-162036-8          LOTE DE ALHAJAS                                               688.854,55           077-060-162038-7       LOTE ALHAJAS 47.3GRS                            383.030,05

077-060-162039-0          LOTE DE ALHAJAS                                            1.829.746,60           077-060-162053-2       1ANILLO          46.075,80

077-060-162059-8          LOTE ALHAJAS 48.7GRS                                     414.220,50           077-060-162062-0       14.1GRS LOTE ALHAJAS                         162.255,30

077-060-162064-9          LOTE ALHAJAS 51.8GRS                                     520.668,15           077-060-162073-0       LOTE ALHAJAS 25.6GRS                            187.301,85

077-060-162079-5          1CADENA 1PULSERA                                           520.283,05           077-060-162088-4       LOTE DE ALHAJAS                                            1.022.044,60

077-060-162090-2          ANILLO                                                                     179.103,40           077-060-162091-6       LOTE DE ALHAJAS                                            96.411,90

077-060-162093-5          LOTE ALHAJAS 7.5GRS                                         60.086,20           077-060-162095-4       LOTE DE ALHAJAS                                            263.451,55

077-060-162103-9          LOTE ALHAJAS                                                      324.453,95           077-060-162107-5       PULSERA       408.742,55

077-060-162111-2          LOTE ALHAJA 12.2GRS                                         22.391,95           077-060-162127-0       ANILLO            91.622,55

077-060-162137-3          LT DE ALHAJAS                                                     240.390,50           077-060-162145-0       LOTE ALHAJAS                                            181.730,60

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER  REMATE:  278                                 206.277.916,75

077-060-148083-5          LOTE DE ALHAJAS                                               262.613,30           077-060-156868-1       LOTE ALHAJAS                                            618.459,40

077-060-157015-8          LOTE ALHAJAS                                                   2.205.977,95           077-060-157476-9       LT DE ALHAJAS                                            2.323.235,15

077-060-158148-3          LOTE ALHAJAS                                                      892.362,30           077-060-158622-0       ANILLO          359.400,20

077-060-158640-0          ANILLOS                                                                   328.220,75           077-060-158718-6       LOTE DE ALHAJAS                                            252.018,45

077-060-159020-0          LOTE ALHAJAS                                                      825.652,95           077-060-159364-5       LOTE ALHAJAS 28.4GRS                            247.183,75

077-060-159378-8          ANILLO P. ARETES                                               239.724,20           077-060-160169-0       LOTE DE ALHAJAS                                            371.844,35

077-060-160208-0          LT. DE ALHAJAS                                                    479.198,45           077-060-160217-8       LOTE ALHAJAS                                            453.237,30

077-060-160284-8          LOTE ALHAJAS 12.2GRS                                     162.340,80           077-060-160293-7       LOTE ALHAJAS                                            205.846,20

077-060-160297-3          LOTE ALHAJAS                                                      264.246,00           077-060-160374-7       LT DE ALHAJAS                                            335.514,20

077-060-160558-3          LOTE ALHAJAS                                                      223.809,30           077-060-160747-9       *NO TIENE DESCRIPCION                461.582,05

077-060-160749-8          LOTE ALHAJAS 8.8GRS                                         70.651,00           077-060-160919-1       LOTE DE ALHAJAS                                            965.884,30

077-060-161146-3          LOTE ALHAJAS 16.2GRS                                     120.714,45           077-060-161173-0       ANILLO            45.041,15

077-060-161425-8          LOTE ALHAJAS                                                      273.331,60           077-060-161549-5       LOTE ALHAJAS 14.9GRS                            124.476,30

077-060-161627-0          LT DE ALHAJAS                                                       50.182,75           077-060-161632-1       LOTE ALHAJAS                                            224.484,90

077-060-161777-0          3 ANILLOS                                                                  36.672,30           077-060-161784-0       LOTE ALHAJAS                                            73.165,10

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE:  30                                   13.497.070,90

Agencia 79

ALHAJAS

Operación                          Descripción                                                     Base Remate                  Operación                   Descripción            Base Remate

079-060-846285-9          LOTE ALHAJAS                                                      311.449,70

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER  REMATE:  1                                             311.449,70

079-060-847288-2          LOTE ALHAJAS                                                      202.688,90

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE:  1                                           202,688.90

Agencia 85

ALHAJAS

Operación                          Descripción                                                     Base Remate                  Operación                   Descripción            Base Remate

085-060-853291-1          LOTE DE ALHAJAS                                            1.146.486,50           085-060-853801-6       LOTE DE ALHAJAS                                            198.183,60

085-060-853902-1          LOTE DE ALHAJAS                                               367.761,45           085-060-855052-0       LOTE DE ALHAJAS                                            2.114.798,50

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE:  4                                           3.827.230,05

085-060-854373-8          LOTE ALHAJAS                                                      601.180,75

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE:  1                                           601.180,75

Agencia 90

ALHAJAS

Operación                          Descripción                                                     Base Remate                  Operación                   Descripción            Base Remate

090-060-855381-2 LT ALHAJAS                                                                     381.664,35

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER  REMATE:  1                                             381.664,35

Edith Ramírez Moreira, Asistente.—1 vez.—O. C. 09-2013.—Solicitud 930-02-488.—C-1068920.—(IN2013058656).

AVISOS

COMPRA VENTA Y CASA DE EMPEÑO PRESTA FÁCIL

Compra Venta y Casa de Empeño Presta Fácil saca a remate al mejor postor a llevarse a cabo en Ciudad Neily, contiguo a antigua Boutique Americana Taz el 02 de octubre de 2013 a las 18:50 horas por el precio que aquí se estima los siguientes bienes usados, listados según su número de transacción, cantidad y descripción abajo especificados en su orden y respectivamente, aceptando el oferente el estado y calidad en que se encuentren: 13894 2 anillos ¢33.807; 14091 2 aretes ¢26.100; 12177 anillo ¢22.250; 14061 anillo ¢13.320; 14018 aro, 2 dijes, 2 cadenas, anillo, 4 pulseras ¢273.273; 11910 cadena, dije ¢22.050; 14003 esclava ¢70.840; 13656 anillo ¢14.600; 13795 cadena ¢57.887; 13440 pulsera ¢13.680; 13724 2 anillos ¢29.667; 14012 anillo ¢38.333; 11892 cadena ¢36.917; 14038 2 argollas, pulsera ¢97.933; 13652 cadena, dije ¢95.363; 12974 2 anillo, aro, 3 pulseras ¢222.333; 13522 tobillera, pulsera ¢48.180; 13998 pulsera ¢74.240; 12437 2 cadenas, 2 dijes ¢109.750; 14047 2 anillos, 2 cadenas ¢71.840; 13174 pulsera, 8 anillos ¢248.200; 7181 cadena, dije ¢116.000; 13857 cadena, dije ¢58.800; 13997 2 aretes, anillo, argolla ¢64.960; 14019 anillo ¢27.420; 11692 cadena ¢29.200; 13146 cadena, gargantilla ¢200.340; 14001 anillo ¢15.433; 14051 2 anillos, argolla, 2 cadenas, 2 dije ¢336.000; 5785 2 anillos ¢37.787; 13968 anillo, pulsera, argolla ¢28.380; 13978 anillo ¢18.840; 13991 2 anillos ¢24.650; 13975 anillo, cadena, arete ¢69.227; 13687 cadena ¢136.800; 13989 pulsera, cadena, dije, anillo ¢145.333; 14058 collar, 2 aretes, 6 anillos, dije ¢167.617; 13642 anillo ¢29.957; 14049 anillo, pulsera ¢32.927; 13986 anillo ¢18.680; 12641 3 anillos ¢45.200; 9906 3 anillos ¢38.913; 12708 pulsera ¢17.440; 9344 2 anillos ¢21.187; 9513 2 anillos ¢21.280; 13007 anillo ¢27.180; 12642 anillo ¢19.587; 13693 anillo ¢13.620; 14056 anillo ¢11.893; 13074 anillo ¢11.600; 13515 3 anillos ¢41.067; 13947 anillo ¢37.333; 4868 cadena ¢36.833; 13847 anillo ¢14.767; 12326 pulsera, cadena, dije ¢88.730; 13748 cadena, dije ¢78.167; 14054 pulsera ¢74.333; 13851 2 pulseras ¢92,610; 13466 13 anillos ¢376.667; 9023 pulsera ¢45.300; 5566 cadena ¢45.100; 13654 cadena, 2 dijes, anillo, 2 aretes ¢87.600; 14063 2 argollas ¢10.360; 13069 anillo ¢21.800; 13861 cadena ¢51.333; 13860 cadena ¢51.333; 14098 anillo ¢39.060; 14097 cadena ¢117.180; 14072 cadena, 2 dijes, anillo ¢67.773; 12971 3 anillos ¢33.880; 14015 2 esclavas ¢64.260; 12576 cadena, dije ¢79,900; 13892 anillo, pulsera ¢113.713; 13131 anillo ¢36.080; 12868 cadena, dije, 3 anillos ¢103.360; 13990 anillo ¢9.340; 12812 cadena, dije, anillo ¢36.110; 14094 cadena, dije ¢116.000; 14013 anillo ¢13.770; 13053 2 anillos, 2 pulseras ¢111.973; 14076 cadena ¢73.500; 13223 anillo c/uña ¢15.267; 13020 argolla, 2 dijes, pulsera, esclava ¢82.317; 13655 olla arrocera, taladro eléct. ¢32.120; 13932 play station 2 ¢22.650; 14067 mototool ¢11.813; 13314 esmeriladora ¢26.340; 13983 caladora, esmeriladora ¢31.133; 13460 taladro ¢27.180; 11199 2 lijadoras ¢48.300; 13768 patin sierra ¢27.720; 14035 2 parlantes, planta, micrófono ¢82.867; 14074 violín ¢26.460; 13461 lijadora, cepilladora eléct., ¢52.850; 13055 máquina de coser ¢31.467; 14082 esmeriladora ¢11.653. Los bienes en remate podrán ser cancelados antes del remate o entrar en arreglo de pago a fin de ser excluidos del acto de remate.—Hiner Segura Aguilar.—Luis Fernando Rojas Arredondo, apoderados Tango y Cash Asesoramiento de Inversiones S. A., céd. jur. 3-101-313400.—1 vez.—(IN2013058837).

COMPRA VENTA Y CASA DE EMPEÑO

TANGO Y CASH N° 3

Compra Venta y Casa de Empeño Tango y Cash N° 3, saca a remate al mejor postor a llevarse a cabo en Ciudad Neily, contiguo a antigua Boutique Americana Taz el 02 de octubre de 2013 a las 18:55 horas por el precio que aquí se estima los siguientes bienes usados, listados según su número de transacción, cantidad y descripción abajo especificados en su orden y respectivamente, aceptando el oferente el estado y calidad en que se encuentren: 7477 dije, cadena ¢206.733; 6596 anillo ¢20.627; 6878 esclava ¢29.733; 7444 8 anillos, 6 argollas, pulsera, tobillera ¢243.000; 7833 anillo ¢16.317; 7601 5 anillos, pulsera ¢296.000; 7865 pulsera ¢50.983; 7818 cadena, esclava ¢65.707; 7805 3 anillos ¢42.000; 6743 esclava ¢180.810; 7578 5 anillos, 5 argollas, dije, cadena ¢126.650; 5313 cadena, dije, 2 anillos ¢206.080; 7482 dije, anillo, gargantilla ¢121.403; 7724 4 argollas, esclava, 11 dijes ¢110.367; 7845 anillo, dije ¢141.440; 7870 anillo, pulsera ¢120.627; 7731 gargantilla, pulsera ¢345.400; 7748 anillo ¢24.800; 7760 cadena, esclava, 2 anillos, dije ¢99.667; 7759 anillo ¢46.000; 7269 anillo ¢25.727; 7855 pulsera c/anillo, anillo, cadena, dije ¢133.163; 7852 cadena, dije ¢94.080; 7528 anillo ¢32.200; 7808 cadena ¢585.000; 5727 pulsera ¢20.393; 7251 3 dijes ¢15.267; 6880 cadena, anillo, 2 dijes ¢170.200; 7183 3 anillos ¢58.400; 7012 esclava, dije ¢29.600; 6910 3 anillos ¢86.350; 7802 anillo ¢30.067; 7797 pulsera ¢76.840; 7553 2 cadenas, 2 dijes ¢314.080; 7170 cadena ¢88.000; 7741 cadena, dije ¢107.410; 7730 anillo ¢20.410; 7632 2 anillos ¢34.960; 6777 pulsera ¢65.380; 7809 anillo, dije ¢31.500; 7727 esclava ¢28.380; 7794 gargantilla ¢117.780; 7735 7 piecitas ¢12.507; 7763 pulsera, anillo ¢65.933; 7742 gargantilla ¢281.757; 7876 4 argollas, 2 pulseras, dije ¢101.267; 7705 cadena, 2 pulseras, 3 anillos ¢379.100; 7324 pulsera ¢79.667; 7850 argolla, esclava, dije, 3 cadenas ¢154.350; 7717 anillo ¢39.667; 7363 3 anillos ¢53.493; 7859 anillo, 2 dijes ¢23.413; 7124 2 cadenas, 2 pulseras, 2 anillos, 5 aretes ¢299.333; 7765 cadena ¢96.600; 7825 esmeriladora ¢19.283; 7744 máquina d/coser ¢38.833; 7798 taladro ¢18.040; 7596 esmeriladora ¢22.250; 7746 ds lite c/cargador nint. ¢31.067; 7460 compu c/cargador ¢59.333; 7878 bicicleta ¢17.360; 7803 cepillo eléctrico ¢30.067; 7329 tv c/control ¢17.800; 7815 máquina d/soldar ¢52.267; 7783 taladro ¢15.167; 7767 sierra circular ¢22.950; 6936 motosierra ¢93.000; 7864 compu d/escritorio ¢72.833; 6940 guitarra y amplificador ¢43.500; 7835 compu c/cargador ¢59.200; 7726 taladro ¢15.767; 7682 tonzadora ¢60.267; 6247 compu c/cargador ¢76.833; 7773 esmeriladora ¢22.850; 7817 taladro ¢29.867; 7867 compu c/cargador ¢72.833; 7872 pantalla lcd c/control ¢87.000; 7749 compu c/cargador ¢93.000; 7747 psp c/cargador ¢31.000; 6688 bicicleta ¢83.233; 5348 taladro ¢58.533; 7846 sierra circular ¢22.100; 7839 refrigeradora ¢118.133; 7463 kaladora ¢17.800; 7844 taladro, esmeriladora ¢51.683. Los bienes en remate podrán ser cancelados antes del remate o entrar en arreglo de pago a fin de ser excluidos del acto de remate.—Hiner Segura Aguilar.—Luis Fernando Rojas Arredondo, apoderados Tango y Cash Asesoramiento de Inversiones S. A., céd. jur. 3-101-313400.—1 vez.—(IN2013058839).

COMPRA VENTA Y CASA DE EMPEÑO

TANGO Y CASH N° 1

Compra Venta y Casa de Empeño Tango y Cash N° 1, saca a remate al mejor postor a llevarse a cabo en Ciudad Neily contiguo a antigua Boutique Americana Taz el 02 de octubre de 2013 a las 18:40 horas por el precio que aquí se estima los siguientes bienes usados, listados según su número de transacción, cantidad y descripción abajo especificados en su orden y respectivamente, aceptando el oferente el estado y calidad en que se encuentren: 26652 2 argollas, cadena ¢42.653; 26250 pulsera ¢67.650; 26692 gargantilla ¢148.333; 26681 cadena, dije ¢66.000; 26502 anillo ¢15.700; 25961 pulsera c/ anillo ¢49.940; 26313 gargantilla, cadena, 7 anillos, 2 aretes, dije ¢229.500; 26396 5 cadenas, 5 anillos, 2 dijes ¢469.000; 26508 anillo ¢23.413; 26172 4 anillos ¢90.933; 25806 anillo ¢14.500; 24362 pulsera ¢45.800; 26280 2 anillos ¢55.183; 26610 2 anillos ¢21.900; 25046 esclava, dije, anillo ¢65.800; 25585 2 anillos, pulsera ¢25.783; 26663 cadena, anillo ¢121.333; 24751 2 anillos, 4 argollas, pulsera, gargantilla, dije ¢165.733; 26408 2 pulseras, anillo ¢122.080; 26606 anillo ¢7.833; 19924 cadena ¢31.867; 25775 2 anillos, pulsera ¢51.800; 25581 cadena, dije ¢91.000; 24798 pulsera ¢46.900; 26451 cadena, 1 argolla, 2 chispas ¢63.700; 25896 pulsera, anillo ¢117.067; 24409 anillo ¢101.200; 22332 2 anillos ¢24.533; 24102 anillo ¢34.267; 25665 2 argollas, anillo ¢43.600; 23851 2 anillos ¢40.860; 25502 anillo, collar ¢58.933; 26012 anillo ¢58.533; 26212 cadena, dije ¢191.250; 21560 pulsera, cadena, dije ¢104.880; 26251 3 anillos, pulsera ¢48.000; 26665 caña de pescar ¢37.750; 26724 computadora portátil ¢72.667; 26716 sander ¢29.200; 26490 computadora portátil ¢103.367; 26655 tronzadora ¢22.800; 26696 taladro ¢29.600; 26574 esmeriladora ¢17,960; 26695 caladora ¢17.760; 26527 computadora portátil ¢92.800; 26727 lijadora ¢11.600; 26670 computadora mini portátil ¢37.667; 26477 equipo de sonido ¢40.140; 26736 computadora portátil ¢72.333. Los bienes en remate podrán ser cancelados antes del remate o entrar en arreglo de pago a fin de ser excluidos del acto de remate.—Hiner Segura Aguilar, Luis Fernando Rojas Arredondo, apoderados Tango y Cash Asesoramiento de Inversiones S. A., céd. jur. 3-101-313400.—1 vez.—(IN2013058842).

COMPRA VENTA Y CASA DE EMPEÑO

TANGO Y CASH N° 4

Compra Venta y Casa de Empeño Tango y Cash N° 4, saca a remate al mejor postor a llevarse a cabo en Ciudad Neily, contiguo a antigua Boutique Americana Taz el 02 de octubre de 2013 a las 19:00 horas por el precio que aquí se estima los siguientes bienes usados, listados según su número de transacción, cantidad y descripción abajo especificados en su orden y respectivamente, aceptando el oferente el estado y calidad en que se encuentren: 7582 anillos ¢41.253; 1554 7 pedazos oro, cadena, 2 aretes, pulsera ¢149.667; 783 pulsera ¢170.133; 1579 cadena c/dije ¢79.380; 1604 3 anillos ¢123.250; 1429 cadena c/dije, anillo ¢107.640; 1273 2 argollas, anillo ¢16.060; 1497 anillo ¢14.130; 1565 anillo ¢26.760; 1279 cadena, dije ¢43.600; 1425 anillo ¢29.267; 1420 dije, anillo ¢27.867; 1426 anillo ¢38.047; 804 2 anillos ¢45.500; 1610 cadena c/dije ¢57.867; 1248 anillo ¢31.290; 1521 anillo ¢46.200; 1176 anillo ¢46.600; 1397 2 anillos ¢61.227; 1243 cadena ¢528.950; 1399 Play Station N° 2 ¢22.400; 1607 equipo sonido, proyector ¢101.267; 1490 tostador de pan, licuadora ¢9.480; 1439 Xbox 360 ¢46.500; 1597 Motosierra ¢50.983; 1600 Reloj ¢8.720; 1587 lijadora ¢14.700; 617 lijadora ¢36.250; 616 taladro ¢36.250; 614 martilladora ¢50.750; 615 cierra circular ¢36.250; 1506 computadora portátil ¢43.600; 925 Patín sierra, caladora ¢41.167; 1269 cortadora cerámica ¢39.083; 1594 taladro, patín sierra, router, cortadora ¢87.400; 1517 taladro ¢7.733; 1577 máquina de soldar ¢59.067; 1468 2 computadoras portátiles ¢150.667; 1550 máquina de soldar, taladro ¢52.733; 1347 máquina de coser ¢22.050; 1385 patín sierra cable ¢37.833; 1444 esmeriladora ¢23.000; 1528 esmeriladora, taladro ¢30.600; 1560 esmeriladora ¢17.840; 1100 cepillo eléctrico ¢22.950; 1104 bicicleta d motor ¢68.700; 1548 equipo sonido ¢60.267; 1541 patín sierra, cepillo eléctrico ¢45.600; 1512 Play Station N° 2 ¢23.250; 1514 televisor 21’ ¢31.000; 1453 máquina de coser ¢40.667. Los bienes en remate podrán ser cancelados antes del remate o entrar en arreglo de pago a fin de ser excluidos del acto de remate.—Hiner Segura Aguilar, Luis Fernando Rojas Arredondo, apoderados Tango y Cash Asesoramiento de Inversiones S. A., céd. jur. 3-101-313400.—1 vez.—(IN2013058844).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-2819-2013.—González Soto Lorena, R-229-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad: 1-0560-0831, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Maestra en Desarrollo Humano, Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 17 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00320R.—(IN2013055476).

ORI-2991-2013.—Valverde Espinoza Víctor Julio, R-230-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad: 4-0195-0568, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Maestría en Energía Renovable y Eficiencia Energética, Instituto Politécnico de Bragança, Portugal. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 29 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00327R.—(IN2013055477).

ORI-2752-2013.—Naranjo Aguirre Alba Cecilia, R-166-2013, de nacionalidad venezolana, pasaporte: 057856944, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Licenciada en Contaduría Pública, Universidad Rafael Urdaneta, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 15 de julio de 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00302R.—(IN2013055478).

ORI-1932-2013.—Mende Andreas Johannes, R-172-2013, de nacionalidad alemán, pasaporte número C4CZ236Y9, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Doctor en Ciencias Naturales (Dr.rer.nat.), Universidad de Stuttgart, Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 22 de mayo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00307R.—(IN2013055479).

ORI-2738-2013.—Villegas Mena Óscar Ricardo, R-181-2013, de nacionalidad nicaragüense, pasaporte: C01397578, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Licenciatura en Educación Primaria, Universidad Adventista de Nicaragua, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 12 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00301R.—(IN2013055480).

ORI-2732-2013.—Alfaro Castellón Russelt Alberto, R-182-2013, de nacionalidad nicaragüense, pasaporte: C0860674, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Licenciado en Educación Primaria, Universidad Adventista de Nicaragua, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 12 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00308R.—(IN2013055481).

ORI-2755-2013.—Marino Piñero Florencia, R-185-2013, de nacionalidad venezolana, pasaporte: 044907019, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Licenciada en Educación, Mención Preescolar, Universidad Católica Andrés Bello, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 15 de julio de 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00330R.—(IN2013055482).

ORI-2818-2013.—Boshoff Constant Laubscher, R-188-2013, de nacionalidad estadounidense, residente inversionista: 184000377401, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Doctor en Quiropráctica, Universidad Quiropráctica Lincoln, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 17 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00303R.—(IN2013055483).

ORI-2875-2013.—Fonseca Escalante Elizabeth, R-192-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad: 1-1110-0255, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Especialidad en Cirugía Cardiovascular y Cirugía de Anomalías Congénitas Cardiacas, Universidad de Heidelberg, Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 19 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00309R.—(IN2013055484).

ORI-2838-2013.—Lozada Alvarado Betty Stefany, R-196-2013, de nacionalidad colombiana, cédula de residencia: 117001742435, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Bacterióloga y Laboratorista Clínico, Universidad Industrial de Santander, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 18 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00304R.—(IN2013055485).

ORI-2835-2013.—Strachan Walkes Robert Kenneth, R-200-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad: 1-0316-0412, ha solicitado reconocimiento y equiparación  del  diploma de Doctor en Filosofía, en Sicología, Universidad de Utah, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 18 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00310R.—(IN2013055486).

ORI-2987-2013.—Gavarrete Villaverde María Elena, R-203-2013-A, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad: 4-0165-0970, ha solicitado  reconocimiento y equiparación  del  diploma de Doctora, Universidad de Granada, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 29 de julio de 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00331R.—(IN2013055487).

ORI-2739-2013.—Oviedo Quirós Jorge Francisco, R-208-2013 C, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad número 110210079, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Diplomado Quirúrgico Rotésico en Implantología Básica para el Odontólogo General, Universidad de Valparaíso, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 12 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00305R.—(IN2013055488).

ORI-2933-2013.—Bermúdez Pellegrín Roberto, R-209-2013, de nacionalidad chileno, pasaporte: 19.230.964-6, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Médico Cirujano, Universidad de Chile, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 23 de julio de 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00311R.—(IN2013055489).

ORI-2632-2013.—Díaz Romero Paz Ricardo Fernando Vladimir, R-212-2013, de nacionalidad mexicana, pasaporte: G02669172, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Médico Cirujano, Universidad Mayor de San Andrés, Bolivia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 11 de julio de 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00306R.—(IN2013055490).

ORI-2966-2013.—Palencia Bolaños Daniela, R-213-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad: 1-1271-342, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Profesional Especialista en Implantología Buco Máxilo Facial, Universidad de Chile, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 24 de junio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00312R.—(IN2013055491).

ORI-2633-2013.—Vélez Camargo Yadira Edilma, R-216-2013, de nacionalidad colombiana, residente temporal: 117001774907, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Licenciado en Educación Física y Deporte, Escuela Internacional de Educación Física y Deporte, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 5 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00315R.—(IN2013055492).

ORI-2947-2013.—Noguera González Danny, R-217-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 6-0323-0452, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Maestro en Endodoncia, Universidad Autónoma de San Luis Potosí, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00322R.—(IN2013055493).

ORI-2822-2013.—Brenes Valverde Adrián Alonso, R-220-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 1-1178-0602, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Especialista en Cirugía Maxilofacial, Pontificia Universidad Javeriana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 17 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00316R.—(IN2013055494).

ORI-3000-2013.—Pereira Queiroz Christiano, R-221-2013, de nacionalidad brasileño, pasaporte N° FF745227, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Ingeniero Civil, Universidad Católica de Salvador, Brasil. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 29 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00298R.—(IN2013055495).

ORI-2779-2013.—Echandi Pacheco Rodolfo, R-222-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 1-0766-0580, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Maestría en Docencia e Innovación Educativa, Universidad Tecnológica de México, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 16 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00323R.—(IN2013055496).

ORI-2823-2013.—Conejo Rodríguez Elian Gerardo, R-223-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 2-0513-0212, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Doctorado Especialidad Geofísica, Universidad de Paris VII, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 17 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00317R.—(IN2013055497).

ORI-2740-2013.—Arauz Chavarría Alonso José, R-224-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 1-1126-0421, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Especialista en Ortodoncia, Fundación Universitaria San Martín, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00324R.—(IN2013055498).

ORI-2742-2013.—Rodríguez Pérez Carlos Enrique, R-225-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 501760011, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Agrónomo y Técnico Veterinario, Escuela Internacional de Agricultura y Ganadería, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00318R.—(IN2013055499).

ORI-2820-2013.—Hernández Artavia Sofía, R-226-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 3-0352-0224, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Especialidad en Periodoncia, Universidad Autónoma de Guadalajara, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 17 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00325R.—(IN2013055500).

ORI-2971-2013.—Gavarrete Villaverde María Elena, R-203-2013-B, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 4-0165-0970, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Máster Universitario en Didáctica de la Matemática, Universidad de Granada, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00313R.—(IN2013055501).

ORI-2780-2013.—Fernández Otárola Mauricio, R-228-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 1-1068-0205, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Doctor en Ecología, Universidad Estatal de Campinas, Brasil. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 16 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00319R.—(IN2013055502).

ORI-3011-2013.—Herrera Núñez Jacqueline María, R-231-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 1-1262-0575, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Máster Universitario en Química Inorgánica Molecular, Universidad de Alcalá, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 30 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00314R.—(IN2013055503).

ORI-2744-2013.—Villalón Fonseca Ricardo, R-232-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 1-0699-00375, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Doctor en Filosofía. Ciencias de la Computación, Universidad of New México, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00328R.—(IN2013055504).

ORI-2824-2013.—Rojas González Alejandra María, R-233-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 1-0875-0955, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Doctorado en Filosofía en Ingeniería Civil, Universidad de Puerto Rico, Puerto Rico. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 17 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00321R.—(IN2013055505).

ORI-2882-2013.—Echeverría Fernández Esteban, R-235-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 1-1391-0954, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Bachiller en Ciencias en Ingeniería Mecánica, Universidad de Maryland, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 19 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00329R.—(IN2013055506).

ORI-2995-2013.—Lizano Barrantes Catalina María, R-236-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 1-1097-0649, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Máster Universitario en Atención Farmacéutica Europharmnes, Universidad de Granada, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 29 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00300R.—(IN2013055507).

ORI-3022-2013.—Millán Carvajal Sandra Rocío, R-237-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 8-0106-0655, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Contador Público, Universidad Libre, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 30 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00332R.—(IN2013055508).

ORI-2999-2013.—Alemán López Felipe Alexander, R-240-2013, de nacionalidad salvadoreño, pasaporte N° 003273709, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Licenciado en Enfermería, Universidad Doctor Andrés Bello, El Salvador. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 29 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00299R.—(IN2013055509).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ORI-3023-2013.—Esquivel Dobles Carolina, R-241-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad: 1-1228-0439, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Magister en Ciencias Biológicas. Área: Biología, Universidad de los Andes, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 30 días del mes de julio del 2013.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud Nº 780-00333R.—(IN2013055510).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES

Transcribo acuerdo de la Corporación Municipal de Buenos Aires de sesión extraordinaria 11-2013, celebrada el 20 de agosto del año en curso, que en letra dice:

Se acuerda: aprobar estudio de tasas a aplicarse a partir del I trimestre del 2014, conforme se detalla:

Servicio recolección de basura

Tarifa ¢

Residencial

7.625,00

Mixto

18.410,00

Comercial 1

24.010,00

Comercial 2

34.015,00

Institucional 1

20.010,00

Institucional 2

40.020,00

Mantenimiento de parques (Según valor de la propiedad)

40,00

Aseo de vías (Metro Lineal)

428,00

 

Acuerdo unánime y definitivamente aprobado.

Buenos Aires miércoles, 28 de agosto de 2013.—Lic. Albán Serrano Siles, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2013055926).

AVISOS

ASOCIACIÓN DE PESCADORES DE PAQUERA (APEP)

Yo Israel Peralta Peralta, cédula de identidad 6-069-906, en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación de Pescadores de Paquera (APEP), cédula jurídica número 3-002-129468, solicito al Departamento de Asociaciones de Registro de Personas Jurídicas la reposición del libro uno de Actas de Asambleas de la Junta Directiva el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—29 de agosto del 2013.—Israel Peralta Peralta, Presidente y Representante Legal.—1 vez.—(IN2013055993).

En escritura pública N° 58-4, de las 15:00 horas del 27 de agosto del 2013, protocolicé acta de asamblea general de socios de Centro Ejecutivo Tournón Local Siete S. A., cédula jurídica 3-101-187341, en la que se modifican las clausulas segunda del domicilio y cuarta de la administración; se acepta la renuncia y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 27 de agosto del 2013.—Lic. Adriana Calvo Fernández, Notaria.—1 vez.—(IN2013056044).

En escritura pública número 57-4, de las 14:00 horas del 27 de agosto de 2013, protocolicé acta de asamblea general de socios de Centro Ejecutivo Tournón Local Seis S. A., cédula jurídica 3-101-187340, en la que se modifican las cláusulas segunda del domicilio y cuarta de la administración; se acepta la renuncia y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 27 de agosto del 2013.—Lic. Adriana Calvo Fernández, Notaria.—1 vez.—(IN2013056045).

Por medio de escritura número 8-207 otorgada a las 9:00 horas del día 8 de agosto del año 2013, se protocolizó acta de la sociedad Prhoresa Costa Rica S. A., por medio de la cual se modificó la cláusula undécima del pacto constitutivo. Es todo.—San José 8 de agosto del 2013.—Lic. Roberto Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2013056047).

En escritura pública número 56-4, de las 13:00 horas del 27 de agosto de 2013, protocolicé acta de asamblea general de socios de Centro Ejecutivo Tournón Local Cuatro S. A., cédula jurídica 3-101-186890, en la que se modifican las clausulas segunda del domicilio y cuarta de la administración; se acepta la renuncia y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 27 de agosto del 2013.—Lic. Adriana Calvo Fernández, Notaria.—1 vez.—(IN2013056048).

Por medio de escritura número 247-7 otorgada a las 12:00 horas del día 5 de agosto del año 2013, se protocolizó acta de la sociedad SF Costa Rica Hotelera de Guanacaste S. A., por medio de la cual se modificó la cláusula undécima del pacto constitutivo y se modifica poder general judicial. Es todo.—San José 5 de agosto del 2013.—Lic. Karen Rokbrand Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2013056049).

Mediante escritura número sesenta y tres-cuatro, de las trece horas del veintiséis de agosto del dos mil trece; se reforma la cláusula, segunda del domicilio y octava de la administración de la sociedad Valores Mundo CR S A.—San José, 26 de agosto del 2013.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—(IN2013056051).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las once horas del dos de abril de dos mil trece, se constituyó la sociedad denominada Virtualexa Sociedad Anónima; la cual tiene como domicilio social San José, Santa Ana, Lindora, Centro Empresarial Vía Lindora, tercer piso, oficinas de Advice Legal Studio-ALS y cuyo capital social es la suma de cien mil colones exactos. Es todo.—San José, dos de abril del dos mil trece.—Lic. Mauricio Bonilla Robert, Notario.—1 vez.—(IN2013056052).

Se hace saber: Que en mi notaría a las veinte horas del veintiocho de agosto del dos mil trece, se constituyó la sociedad denominada Inversiones DGSM Sociedad Anónima, siendo su domicilio social en provincia: San José, barrio Escalante de la iglesia Santa Teresita, doscientos metros al este y cien metros al sur, con un capital social de ocho mil colones.—San José, 29 de agosto del 2013.—Lic. Carla Amador Gómez, Notaria.—1 vez.—(IN2013056054).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del veintisiete de agosto del dos mil trece, se reforman las cláusulas primera, segunda, quinta y sétima del pacto social y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Transportes Transvarsa A Y M Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos diez mil ochocientos tres.—San José, veintisiete de agosto del dos mil trece.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2013056056).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del veintisiete de agosto del dos mil trece, se reforman las cláusulas primera, segunda, y sétima del pacto social y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Inmobiliaria Marnes B Y B Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos treinta y nueve mil ochocientos cincuenta y ocho.—San José, veintisiete de agosto del dos mil trece.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2013056058).

Luis Fernando Aguilar Oses; colegiado siete mil doscientos setenta y ocho, notario público domiciliado en San José deja constancia: Que mediante escritura numero: Noventa y ocho-cinco; visible al folio: sesenta y nueve frente; del tomo: cinco, otorgada a las trece horas treinta minutos del día veintinueve de agosto de dos mil trece, de su protocolo se: Nombro nueva junta directiva y se reformo la cláusula segunda del pacto constitutivo, de la sociedad denominada Villa Sol de Encanto Sociedad Anónima cédula de persona jurídica número; tres-ciento uno-ciento setenta y ocho mil doscientos dos; mediante acuerdo unánime de la totalidad de los socios de dicha sociedad.—San José, veintinueve de agosto del dos mil trece.—Lic. Luis Fernando Aguilar Oses, Notario.—1 vez.—(IN2013056062).

Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Fhirma Sociedad Anónima, mediante la cual, se modifica la totalidad del pacto constitutivo así como su junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, veintisiete de agosto del año dos mil trece.—Lic. Max Doninelli Peralta, Notario.—1 vez.—(IN2013056064).

Por escritura otorgada el día 22 de agosto del 2013, ante mí se modificó la cláusula novena de los estatutos de la sociedad Aire Coral Azul S. A. cédula 3-101-402168—San José, 22 de agosto del 2013.—Lic. Manuel Barboza Arce, Notario.—1 vez.—(IN2013056068).

Por escritura otorgada ante mí a las 15:00 horas del 8 de agosto de 2013 protocolicé acta de asamblea extraordinaria de Inversiones Xicoyan Plateado DLP S. A. por la que se disuelve la sociedad.—San José, 29 de agosto del 2013.—Lic. Kenneth Maynard Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2013056078).

Por escritura otorgada ante mí a las 14:00 horas del 4 de enero del 2013 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Los Ejes de Mi Carreta S. A. por la cual se cambia la junta directiva y el fiscal y se reforma la cláusula de la administración.—San José, 4 de enero del 2013.—Lic. Kenneth Maynard Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2013056080).

Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Makler Manhathan Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veintisiete mil novecientos sesenta y tres, donde se disolvió la sociedad.—San José, veintiséis de agosto del dos mil trece.—Firma ilegible, Notario.—1 vez.—(IN2013056083).

Por escritura pública número ciento veintidós otorgada ante mí a las veinte horas del veintitrés de agosto del dos mil trece, se constituyó la sociedad ODC Quimiconstrucción de Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Ariana Azofeifa Vaglio, Notaria.—1 vez.—(IN2013056089).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del veintidós de agosto del dos mil trece, se constituyó Pos Costa Rica S. A. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su constitución. Presidente y secretario: Apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, veintidós de agosto del dos mil trece.—Lic. Leonardo Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—(IN2013056094).

Ante mi Kattia Bermúdez Montenegro, notaria pública, en escritura pública número veintiuno, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad denominara Gocon S. A. Se modifican las clausulas “novena” se nombra como presidenta a Ana Cecilia Conejo González.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—(IN2013056100).

Por escritura otorgada en mi notaria el día 23 de agosto del 2013, se constituyó Nieuwkoop Costa Rica, domicilio: San José. Objeto: Comercio, importación y exportación de plantas. Apoderado generalísimo: Hendrikus Nieuwkoop.—San José, 23 de agosto del 2013.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2013145180.—(IN2013056106).

Por escritura otorgada ante mí a las nueve horas con diez minutos del día de hoy, se constituyó Tdirector S. A. Capital social: sesenta mil colones.—San José, veintidós de agosto del dos mil trece.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1 vez.—RP2013145179.—(IN2013056107).

Por escritura otorgada ante este notario público de las doce horas del veintidós de agosto del año dos mil trece, se constituyó la compañía Lizano Pacheco S. R. L. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Se nombran dos gerentes: Apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintidós de agosto del año dos mil trece.—Lic. Rodrigo Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2013145182.—(IN2013056109).

Mediante escritura otorgada por el suscrito notario Andrés Villalobos Araya a las 12:00 horas del día 22 de agosto del 2013 protocolicé acuerdos de socios de la sociedad denominada Vista del Valle Doce K S. A. donde se acordó modificar la cláusula de la administración de la sociedad.—San José, 23 de agosto del 2013.—Lic. Andrés Villalobos Araya, Notario.—1 vez.—RP2013145184.—(IN2013056110).

Mediante escritura otorgada por el suscrito notario Andrés Villalobos Araya a las 12:30 horas del día 22 de agosto del 2013 protocolicé acuerdos de socios de la sociedad denominada Vista del Valle Once J S. A. donde se acordó modificar la cláusula de la administración de la sociedad.—San José, 23 de agosto del 2013.—Lic. Andrés Villalobos Araya, Notario.—1 vez.—RP2013145185.—(IN2013056111).

Por escritura otorgada a las doce horas, del día hoy, se constituyó la sociedad denominada Amaliseyah Sociedad Anónima.—Heredia, 15 de julio del 2013.—Lic. Rafael Alberto Gamboa Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2013145188.—(IN2013056112).

En esta notaría mediante escritura número ciento sesenta y cinco protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Super Barato Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo. Hugo Orozco Vargas, Presidente.—Turrialba, 26 de agosto del 2013.—Lic. Manuelita Meza Zúñiga, Notaria.—1 vez.—RP2013145178.—(IN2013056113).

Se constituye sociedad denominada Capoeria Abolicao MMA Costa Rica Limitada, con domicilio en San Pedro de Montes de Oca, frente a Muñoz y Nanne, por el plazo de noventa y nueve años. Capital social de diez mil colones; gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. En escritura otorgada a las dieciocho horas del veintiuno de agosto de dos mil trece, ante el licenciado Jesuá de Montserrat Solís Hernández.—Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—RP2013145186.—(IN2013056116).

La suscrita notaría hace constar que en mi notaría, mediante escritura número cincuenta y cuatro del veintidós de junio del dos mil trece, se reforman las cláusulas primera, segunda, sétima; así como la junta directiva de la compañía Inversiones Jajo Sociedad Anónima.—San José, veinticinco de agosto del dos mil trece.—Lic. Carolina Quirós Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2013145187.—(IN2013056117).

Mediante escritura número 358 del tomo 17 del notario Arturo Méndez Jiménez, código 9302, del 26 de julio del 2013, se disuelve y des-inscribe la sociedad Mireguis de Coto Brus Limitada, cédula jurídica 3-102-649894.—San Vito de Coto Brus, Puntarenas, 19 de agosto del 2013.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.—RP2013145192.—(IN2013056118).

Ante ésta notaría pública se procede a la constitución de la sociedad anónima, con nombre de Fantasía R R Zamora Industrial Sociedad Anónima, con domicilio social en Ciudad Cortés de Osa, Puntarenas, cien metros oeste de la iglesia Asambleas de Dios.—Ciudad Cortés Osa, Puntarenas, 16 de agosto del 2013.—Lic. Mayra Argüello Alguera, Notaria.—RP2013145193.—(IN2013056119).

Ante esta notaría, por escritura pública número 124, visible a folio 79 frente del tomo II, a las 17:00 horas del 13 de agosto del 2013, se protocolizó acta número 4 de asamblea general extraordinaria de socios de Proseltec Dos Mil Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-477031, según la cual se modificó el capital de la sociedad. Pdte. Wilfor Alain Sánchez Pérez.—Lic. Marco Vinicio Alfaro Rodríguez, Notario.—RP2013145194.—(IN2013056120).

Ante esta notaría a las 9:00 horas del día 27 de agosto del 2013 se constituye Garage Burger and Grill Yoses Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Capital totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario, apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 27 de agosto del 2013.—Lic. Manuel Fernando Anrango Bonilla, Notario.—RP2013145195.—(IN2013056121).

Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas del veintisiete de agosto del dos mil trece, se constituyó ante esta notaría Desarrollo de Talento Ejecutivo de Centroamérica S. A., Rafael Abreu Briceño, Presidente.—San José, 27 de agosto del 2013.—Lic. Geovanny Retana Madriz, Notario.—RP2013145196.—(IN2013056122).

Mediante escritura número ciento diecinueve otorgada ante esta notaría a las quince horas con treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil trece, se modificó la cláusula segunda del pacto social de la sociedad Bodybuilding.Com S. R. L., sociedad debidamente inscrita bajo la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos diecinueve mil seiscientos doce.—San José, veintisiete de agosto de dos mil trece.—Lic. Leonora Granados Sancho, Notaria.—RP2013145197.—(IN2013056123).

Ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea de socios de Inversiones Internacionales Veinticinco de Marzo S. R. L., cédula jurídica número 3-102-281543 en que se modifican estatutos.—San José, 27 de agosto del 2013.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—RP2013145200.—(IN2013056124).

Esta notaría protocolizó acta de asamblea general de Comercializadora del Trópico Caribeño Cotrosa S. A., mediante la cual se aumenta capital social a ciento veinte millones de colones.—San José, catorce de agosto del dos mil trece.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—RP2013145202.—(IN2013056125).

Por escritura otorgada en esta ciudad el día de hoy, se reformó la cláusula segunda del pacto social concerniente al domicilio de tres-ciento uno-quinientos treinta y tres mil sesenta sociedad anónima y se hizo nombramiento de junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil trece.—Msc. Andrea Quesada Méndez, Notaria.—RP2013145201.—(IN2013056126).

Por escritura otorgada en esta ciudad el día de hoy, se reformó la cláusula segunda del pacto social concerniente al domicilio de tres-ciento uno-quinientos treinta y dos mil novecientos cincuenta y cinco sociedad anónima y se hizo nombramiento de junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil trece.—Msc. Andrea Quesada Méndez, Notaria.—RP2013145203.—(IN2013056127).

Por escritura otorgada en esta ciudad el día de hoy, se reformó la cláusula segunda del pacto social concerniente al domicilio de tres-ciento uno-quinientos treinta y un mil cuatrocientos noventa y nueve sociedad anónima y se hizo nombramiento de junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil trece.—Msc. Andrea Quesada Méndez, Notaria.—RP2013145204.—(IN2013056128).

Por escritura otorgada en esta ciudad el día de hoy, se reformó la cláusula segunda del pacto social concerniente al domicilio de tres-ciento uno-quinientos treinta y dos mil novecientos cuarenta y tres sociedad anónima y se hizo nombramiento de junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil trece.—Msc. Andrea Quesada Méndez, Notaria.—RP2013145205.—(IN2013056129).

Por escritura otorgada en esta ciudad el día de hoy, se reformó la cláusula segunda del pacto social concerniente al domicilio de tres-ciento uno-quinientos treinta y tres mil cincuenta y seis sociedad anónima y se hizo nombramiento de junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil trece.—Msc. Andrea Quesada Méndez, Notaria.—RP2013145207.—(IN2013056130).

Por escritura otorgada en esta ciudad el día de hoy, se reformó la cláusula segunda del pacto social concerniente al domicilio de tres-ciento uno-quinientos treinta y tres mil seiscientos seis sociedad anónima y se hizo nombramiento de junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil trece.—Msc. Andrea Quesada Méndez, Notaria.—RP2013145208.—(IN2013056131).

Autotransportes Rosol Ltda. titular de la cédula jurídica número tres-ciento dos-sesenta y siete mil ochenta y dos, solicita la reposición del Libro de Registro de Cuotistas, por motivo de pérdida, en lugar y fecha no precisas.—San José, 27 de agosto del 2013.—Lic. Carlos Eduardo. Herrera Mora, Notario.—RP2013145209.—(IN2013056132).

Escritura otorgada: a las 10:00 horas del 27 de agosto dos mil trece se constituyó Floribezza S. A. Domicilio: Cantón. San Jise centro de San José.—San José, 27 de agosto del 2013.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2013145206.—(IN2013056133).

Por escritura número: Veintiséis-seis, otorgada en San José, a las nueve horas quince minutos del veintiocho de agosto del dos mil trece, se constituyó: Asamblea general extraordinaria de la sociedad Pehoms S. A. Se reforma la cláusula sétima, en cuanto a la representación judicial y extrajudicial de la compañía, se nombra nueva junta directiva de la sociedad, capital suscrito y cancelado, presidente y vicepresidente, apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente, efectuada ante la notaria: Giovanna Ajun Murillo.—San José, 28 de agosto del 2013.—Lic. Giovanna Ajun Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2013145224.—(IN2013056134).

Que ante mi notaría se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas número cino de la compañía Grupo Capital San José Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cinco ocho cinco siete tres tres. Se sustituye presidente. Firmo en la ciudad de San José veinticinco de julio del dos mil trece.—Lic. Hellen María Araya Jacome, Notaria.—1 vez.—RP2013145233.—(IN2013056135).

Ante mi Ana del Carmen Morales Mora, notaria pública, con oficina en Golfito, se modificó la junta directiva de la sociedad denominada Finca Yoga Sociedad Anónima, cédula tres-uno cero uno-seis dos ocho cero seis cuatro, nombrándose como tesorero a José Francisco Bejarano Contreras, cédula seis-cero tres nueve cinco-cero cuatro ocho cero. Es todo.—Golfito, veinticinco de junio del dos mil trece.—Lic. Ana del Carmen Morales Mora, Notaria.—1 vez.—RP2013145234.—(IN2013056136).

Hernán Mauricio Villalobos Salas, cédula dos-cuatro nueve siete-cinco tres ocho y Kattia Salas Carvajal, cédula dos-cuatro nueve cinco-cero cero tres, constituyen sociedad anónima, la denominación social es Ganadera Hermanos Villalobos Sociedad Anónima, ante notario público Edwin Mauricio Rojas Quirós. Es todo.—Pital de San Carlos, veintisiete de agosto del año dos trece.—Lic. Edwin Mauricio Rojas Quirós, Notario.—1 vez.—RP2013145237.—(IN2013056137).

Por escritura otorgada ante mí, el cien por ciento del capital social acordó disolver y liquidar la sociedad denominada Pyxis Cinco Cero Seis S. A., con cédula jurídica N° 3-101-638866 en acuerdo con el transitorio II de la Ley 9024, artículo 201, inciso d), del Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz 002-2012 del Registro de Personas Jurídicas.—San José, 28 de noviembre del 2012.—Lic. Juan Carlos Montes de Oca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2013145320.—(IN2013056163).

Por escritura otorgada ante mí, el cien por ciento del capital social acordó disolver y liquidar la Sociedad denominada Sliphawk Corporation S. A., con cédula jurídica N° 3-101-638866, en acuerdo con el transitorio II de la Ley 9024, artículo 201 inciso d) del Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz 002-2012 del Registro de Personas Jurídicas.—San José, 28 de noviembre, 2012.—Lic. Juan Carlos Montes de Oca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2013145321.—(IN2013056164).

Por escritura otorgada ante mí, el cien por ciento del capital social acordó disolver y liquidar la sociedad denominada Pacific Park F.Z.C.R. S. A., con cédula jurídica N° 3-101-527043 en acuerdo con el transitorio II de la Ley 9024, Artículo 201 inciso d) del Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz 002-2012 del Registro de Personas Jurídicas.—San José, 28 de noviembre del 2012.—Lic. Juan Carlos Montes de Oca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2013145323.—(IN2013056165).

El suscrito, Alejandro Campos Henao, notario público con oficina en San José, Curridabat, diagonal al Indoor Club, hace constar que a las veinte horas del día veintidós de agosto del año dos mil trece, ante esta notaría se reformaron los estatutos de: Bio Procesos S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y seis mil quinientos noventa y uno.—San José, a las veinte horas del día veintitrés de agosto del año dos mil trece.—Lic. Alejandro Campos Henao, Notario.—1 vez.—RP2013145327.—(IN2013056166).

Mediante escritura otorgada el día 21 de agosto del año 2013 a las 09:00 horas, se acuerda modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Arctic Global Bax Ltda.—San José, 26 de agosto del 2013.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2013145332.—(IN2013056223).

Por escritura número ciento setenta y seis del diecinueve de agosto del dos mil trece, se protocolizo en lo conducente ante esta notaría, acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Tres Ciento Uno Seiscientos Veintidós Mil Novecientos Veintitrés Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula quinta del domicilio social y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Lothar Arturo Volio Volkmer, Notario.—1 vez.—RP2013145333.—(IN2013056224).

Mediante escritura número setenta y nueve otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil trece, se constituyó la sociedad Natokarlo Sociedad Anónima, capital social íntegramente suscrito y pagado.—San José, 26 de agosto de 2013.—Lic. Gabriela Mora Aguilar, Notaria.—1 vez.—RP2013145334.—(IN2013056225).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 22 de agosto del 2013, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Zenon Tropical Sociedad Anónima. Se reformó cláusula del domicilio de los estatutos sociales.—San Ramón de Tres Ríos, 22 de agosto del 2013.—Lic. Fernanda Linner de Silva, Notaria.—1 vez.—RP2013145337.—(IN2013056225).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 19 de agosto del 2013, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Comercial Águila Internacional S. A., mediante la cual se reforman de la cláusula segunda a la octava, la décima y decima primera, se reorganiza y nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Presidente: Steven Craig Wroe.—Lic. Jorge Fallas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2013145340.—(IN2013056227).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy a las diez horas se constituyó la empresa CRI Comunicación Relación Interacción de Costa Rica Limitada. Domicilio: San José; Plazo: 99 años.—San José, veintiséis de agosto del dos mil trece.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—RP2013145341.—(IN2013056228).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del catorce de agosto del dos mil trece, se constituyó la empresa con número de cédula que indique el registro S. A., con capital social de dieciocho millones setenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y siete colones, corresponde a su presidente la representación judicial y extrajudicial de dicha compañía. Es todo.—San José, dieciséis de agosto del dos mil trece.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1 vez.—RP2013145343.—(IN2013056229).

Por escritura de las ocho horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Ganadería Mantova S. A., de catorce horas de ayer, en la que se acordó reformar los estatutos en su cláusula siete, para que diga que la administración estará a cargo de una junta directiva, compuesta de presidente, secretario, y tesorero, el presidente con poder generalísimo sin límite de suma, pudiendo individualmente vender, pignorar, hipotecar, enajenar, suscribir opciones y disponer de los bienes de la sociedad sin ninguna restricción conforme a dicho poder. Podrá además otorgar cualquier tipo de poder con la facultad de revocarlo.—San José, agosto veintidós del dos mil trece.—Lic. Fernando Chacón Vargas, Notario.—1 vez.—RP2013145348.—(IN2013056230).

Que en escritura tres del tomo quinto se protocolizó cambio de secretario de la sociedad: Inmobiliaria M y S Los Lagos S.A.—Lic. Andrés Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2013145349.—(IN2013056231).

Por escritura número veintiséis, se constituyó Movie & Click S. A., con un capital social de doce mil colones, capital suscrito y pagado.—San José, trece de agosto de dos mil trece.—Lic. Milena Pacheco Revilla, Notaria.—1 vez.—RP2013145353.—(IN2013056232).

El suscrito notario Carlos Manuel Gómez Morales, carné dieciséis mil setecientos ochenta y cuatro, hace del conocimiento que ante esta notaría, al folio 31 frente del tomo segundo del protocolo, se constituyó al ser las ocho horas del veintisiete de agosto del año dos mil trece en la ciudad de San José, San Juan de Tibás, la sociedad de esta plaza Entertainment Hollywood Corporation Sociedad Anónima siendo su traducción  Entretenimientos Hollywood Corporación, la cual se puede abreviar así Entertainment Hollywood Corporation S. A., para cualquier oposición comunicarse a los teléfonos 2240-4603 o 7104-7227 de esta notaría.—Lic. Carlos Manuel Gómez Morales, Notario.—1 vez.—RP2013145354.—(IN2013056233).

Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Asados CR S.A., mediante la cual se modifica el pacto constitutivo, junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, veintisiete de agosto del año dos mil trece.—Lic. Alejandro Bettoni Traube, Notario.—1 vez.—RP2013145355.—(IN2013056234).

Mediante escritura pública doscientos setenta, otorgada en mi Notaría a las diecisiete horas del diecinueve de agosto del dos mil trece, se reformó la cláusula sexta del acta constitutiva y se procedió a nombrar nuevo tesorero de la sociedad Propiedades Matarrita Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veinticinco mil doscientos noventa y nueve. Licenciado Marco O. Vargas Vargas, abogado y notario público, Guadalupe de Goicoechea, del Banco Nacional de Costa Rica veinticinco metros al este, a los veintiséis días de agosto del dos mil trece.—Lic. Marco O. Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—RP2013145357.—(IN2013056235).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad Refugio de Montaña Roja Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse su aditamento como Ltda.—23 de agosto de 2013.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—RP2013145358.—(IN2013056236).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad RJS Ventures of New Costa Rica LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse su aditamento como Ltda.—23 de agosto de 2013.—Lic. Fernando Montero López Notario.—1 vez.—RP2013145356.—(IN2013056237).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Meridianos Terratel S. A., cédula jurídica tres- ciento uno-seiscientos cincuenta y cuatro mil trescientos dos, mediante la cual se reforman las cláusulas del nombre- primera, del domicilio- segunda, del objeto- tercera, del plazo social - cuarta, el capital social- quinto, las acciones - sexto, quórum - octava, lugar donde se celebren las asambleas y su convocatoria-sétima, forma en que se llevaran las actas - novena, votación y competencia de la asamblea de accionistas - décima, validez de los acuerdos de la asamblea de accionistas - décima primera, de la administración- décima segunda, de la periodicidad de las sesiones de junta directiva- décima tercera, de la convocatoria de las sesiones de junta directiva- décima cuarta, quórum de asistencia y votación para sesiones de junta directiva- décima quinta, de las competencias de la junta directiva- décima sexta, de los derechos de votación- décima sétima, vacantes- décima octava, de la vigilancia de la compañía- décima novena, inventarios y balances y distribución de utilidades-vigésima, fondo de reserva legal- vigésima primera, liquidación- vigésima segunda. Escritura otorgada a las diez horas del veintisiete de agosto del dos mil trece.—Lic. Marvin Segura Montero, Notario.—1 vez.—RP2013145364.—(IN2013056238).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Once Mil Trescientos Setenta Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos once mil trescientos setenta, mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas del domicilio, de la representación. Escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del veintisiete de agosto del dos mil trece.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1 vez.—RP2013145365.—(IN2013056239).

La suscrita Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, notaria pública con oficina abierta en Palmares de Alajuela, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada: Tres-Ciento Uno-Quinientos Veintitrés Mil Trescientos Nueve Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- quinientos veintitrés mil trescientos nueve, para realizar nuevo nombramiento de presidente y tesorero en junta directiva. Es todo.—Palmares, veintiséis de agosto del año dos mil trece.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP201345369.—(IN2013056240).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 22 de mayo  de 2013, se constituyó Francine Mercadeo E.I.R.L.—Lic. Eugenio Fco. Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2013145378.—(IN2013056242).

Mediante escritura número treinta y cuatro otorgada ante mi notaría, a las dieciocho y treinta horas del diecinueve de agosto del dos mil trece, se constituyó la compañía Transportes Keijo Limitada, cuyo plazo social es de noventa y nueve años, capital social doscientos mil colones; gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Grecia, 28 de agosto 2013.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2013145377.—(IN2013056243).

Mediante escritura número treinta y cuatro otorgada ante mi notaría a las dieciocho y treinta horas del diecinueve de agosto del dos mil trece, se constituyó la compañía Corporación Valison Limitada, cuyo plazo social es de noventa y nueve años, capital social doscientos mil colones; gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Grecia, 28 de agosto 2013.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2013145379.—(IN2013056244).

Por escritura número cinco-ocho, otorgada ante esta notaría, a las siete horas del catorce de agosto, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de socios en la que se nombra nuevos gerentes y se modifica la cláusula sexta del pacto social constitutivo, tramitada con la boleta de seguridad del suscrito notario 213648, serie Q, de la sociedad denominada Saumyjos Limitada, entidad con número de cédula jurídica 3-102-263970.—Heredia, 14 de agosto del 2013.—Lic. Juan Carlos Fernández Valdelomar, Notario.—1 vez.—RP2013145380.—(IN2013056245).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Nete Servicios Múltiples S. A., cédula 3-101-294828, se acuerda reformar la cláusula octava y se nombra presidente y tesorero.—San José, 27 de agosto 2013.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1 vez.—RP2013145383.—(IN2013056246).

Por escritura de las 10:00 horas del 16 de agosto del año 2013, la compañía Marianas del Oeste S. A., cédula jurídica número 3-101-554192, reforma cláusulas en cuanto al capital social, el domicilio, y la representación.—Lic. Marvin Alfaro Chacón, Notario.—1 vez.—RP2013145389.—(IN2013056247).

Por escritura de las 9:00 horas del 16 de agosto del año 2013 la compañía  Cacerolas S. A., cédula de persona jurídica  número 3-101-573679, reforma las cláusulas primera: nombre, segunda: domicilio social, quinta: capital social. Nuevo nombre Leafhold Sociedad Anónima, en español: Folder.—Lic. Marvin Alfaro Chacón, Notario.—1 vez.—RP2013145391.—(IN2013056248).

Por escritura otorgada ante este notario público el día veintisiete de agosto de dos mil trece, a las nueve horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Inversiones Dos Mil Cincuenta y Dos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres - uno cero uno - dos uno siete dos cinco nueve, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—Heredia, veintisiete de agosto de 2013.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—RP201314392.—(IN2013056249).

Por escritura otorgada ante este notario público el día veintisiete de agosto de dos mil trece, a las nueve horas veinte minutos, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Servicios Compartidos de la Mano Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres - uno cero uno -cinco cinco seis cero nueve cinco, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—Heredia, veintisiete de agosto de 2013.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—RP2013145393.—(IN2013056250).

La suscrita Licenciada Marilyn Bedoya Esquivel, notaria pública hago constar que mediante escritura número cuatrocientos seis, iniciada en el folio ciento ochenta y nueve frente del tomo octavo de mi protocolo, a las diecisiete horas del veintitrés de Agosto del año dos mil trece, se constituyó la Sociedad Anónima denominada Pollos Pepitos de Costa Rica Sociedad Anónima, cuyo presidente y secretario tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Turrúcares, 27 de agosto del 2013.—Lic. Marilyn Bedoya Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2013145397.—(IN2013056251).

Por escritura número ochenta y nueve - cuarenta y ocho, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero a las catorce y treinta horas del veintiséis de agosto del dos mil trece, se acuerda modificar las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo de la sociedad correspondiente al domicilio social y nombramiento de un gerente de la sociedad Valle Espectacular de Talamanca Limitada.—San José, 26 de agosto del 2013.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—RP2013145395.—(IN2013056252).

Ante el notario público Efraín Marín Madrigal con oficina en Escazú, mediante escritura otorgada a las trece horas del catorce de agosto del año dos mil trece, se constituyó la sociedad de esta plaza Boes Internacional Sociedad Anónima.—Escazú, a las dieciséis horas del veintitrés de agosto del año dos mil trece.—Efraín Marín Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2013145398.—(IN2013056253).

Por escritura número 140-5, otorgada a las 14:00 horas del 26 de agosto del 2013, otorgada ante esta notaría, constituyen la sociedad denominada Inversiones El Cacique NS Sociedad Anónima, domiciliada en Cartago, Tejar de El Guarco, de la esquina sureste del Templo Católico doscientos cincuenta metros este.—Lic. Vanessa Pacheco Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2013145400.—(IN2013056254).

Por escritura otorgada a las nueve horas del diecinueve de agosto del dos mil trece, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Las Nubes Macarthur INC Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno- cuatrocientos diez mil trescientos noventa y tres, domiciliada en: Heredia, contiguo al Banco Banex.—San José, veintiuno de agosto del dos mil trece.—Lic. Gerardo Calderón, Notario.—1 vez.—RP2013145405.—(IN2013056255).

Por escritura número ciento noventa y siete otorgada a las nueve horas del veintisiete de agosto del dos mil trece, se modificaron los estatutos de la sociedad: Las Nubes Harrisburgh Laggon Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres- ciento uno- cuatrocientos cuarenta mil cuatrocientos sesenta y uno.—San José, veintiocho de agosto del dos mil trece.—Lic. Gerardo Calderón, Notario.—1 vez.—RP2013145407.—(IN2013056256).

Por escritura número 76 del tomo 8 de mi protocolo, otorgada a las 15:00 horas del 27 de agosto del año 2013, el suscrito notario protocolizó la asamblea de cuotistas número cuatro de la sociedad Pozkell Ltda., con cédula jurídica 3-102-82366, mediante la cual se reformó la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 28 de agosto del año 2013.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2013145410.—(IN2013056257).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintitrés de agosto del dos mil trece, se modifica cláusula octava de la sociedad NW Consulting Services S.R.L.Ciudad Quesada, 23 de agosto del 2013.—Lic. Eduardo Arroyo Boirivant, Notario.—1 vez.—RP2013145415.—(IN2013056258).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:30 horas del 6 de junio del 2013, se protocolizó acta de 3-101-637828 S. A., mediante la cual se nombra nueva junta directiva, y se reforma la cláusula VI del acta constitutiva.—Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—RP201314526.—(IN2013056259).

Por escritura de las 10:00 horas del 28 de agosto del 2013, se protocoliza acta dos de asamblea general de socios, para reformar cláusulas: cuarta, sétima y domicilio de: Inversiones Cashi S.A.Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2013145428.—(IN2013056260).

Por escritura número 184-3, otorgada ante esta notaría a las 13:00 horas del 08 de Agosto del 2013, se constituye la sociedad Grupo Hadiz S. A., con nuevo domicilio en San José, Barrio González Laman, cien metros al oeste de la Bomba Uno, frente a la Agencia del Banco Nacional de Costa Rica.—San José, 27 de agosto 2013.—Lic. Alexander Soto Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2013145431.—(IN2013056261).

Por escritura número ciento cincuenta y tres de las ocho horas del día doce de agosto del dos mil trece, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Inmobiliaria Centroamérica Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la totalidad del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, doce de agosto del dos mil trece.—Lic. Silvia Marcela Chaves Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2013145508.—(IN2013056289).

Por escritura número ciento cincuenta y cuatro de las nueve horas del día doce de agosto del dos mil trece, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Construcciones Balboa Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la totalidad del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, doce de agosto del dos mil trece.—Lic. Silvia Marcela Chaves Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2013145509.—(IN2013056290).

En mi notaría al ser las 15 horas del 21 de agosto del año 2013, se constituyó No Alergias Sociedad Anónima.—Lic. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1 vez.—RP2013145510.—(IN2013056291).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintisiete de agosto del dos mil trece, se protocolizan acuerdos de las asambleas generales extraordinarias de accionistas de Alpa Inmobiliaria Latina Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Trece Mil Seiscientos Diecisiete Sociedad Anónima y Sea Spirit White RCT Sociedad Anónima, mediante las cuales se fusionan por absorción, desapareciendo la primera y segunda y permaneciendo la tercera, la cual asumirá todos los activos y pasivos derechos y obligaciones e ingresos y gastos de las sociedades absorbidas. Se reforma la cláusula quinta de la sociedad sea Spirit White RCT S. A.—Santo Domingo de Heredia, 27 de agosto del 2013.—Lic. Gloriana Arias Mora, Notaria.—1 vez.—RP2013145512.—(IN2013056292).

En esta notaría, mediante escritura número 132-18 del tomo dieciocho del protocolo del suscrito notario, de las 10:30 horas del 28 de agosto del 2013, se constituyó la sociedad Serenety Farm of Cahuita Limitada, que en español se leerá Finca Serenidad de Cahuita Limitada, capital social suscrito y pagado, domicilio en Limón, plazo social 99 años.—San José, 28 de agosto del 2013.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2013145513.—(IN2013056293).

El día veintinueve de mayo del dos mil trece, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Liley Castillo S. A., cédula jurídica 3-101-535711, en la que se reforman las cláusulas tercera y sexta del pacto constitutivo.—San José, 5 de agosto del 2013.—Lic. Alexis Robles Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2013145515.—(IN2013056294).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, al ser 12 horas del día 8 de julio del 2013, se reforma el domicilio social, cambia la cláusula de la administración y se nombra junta directiva de Cañón de Cobre S. A.—San José, 22 de agosto del 2013.—Lic. Alfredo Fournier Beeche, Notario.—1 vez.—RP2013145516.—(IN2013056295).

En esta notaría, al ser las 15:30 horas del 17 de agosto del 2013, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios del Pacífico JBM Sociedad Anónima. Presidente: Johnnys Bismark (nombre) Murillo (apellido). —Naranjo, 26 de agosto de 2013.—Lic. Emilia María Pacheco Morera, Notaria.—1 vez.—RP2013145518.—(IN2013056296).

Por escritura 94 de las 16:00 horas del día 26-08-2013 ante esta notaría, se protocoliza acta de la compañía Fire Star Inc. of Costa Rica S. A., por la cual se modifica cláusula segunda del domicilio; se revocan nombramientos de la junta directiva a saber: presidente y secretario, tesorero y fiscal; y se nombra nuevo agente residente.—San José, 26 de agosto del 2013.—Lic. Marcos Osvaldo Araya Días, Notario.—1 vez.—RP2013145521.—(IN2013056297).

He protocolizado acta número siete de Proyectos Electromecánicos Obando Sociedad Anónima, donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo y nombramiento de presidente, tesorero y fiscal.—San José veintiuno de agosto de dos mil trece.—Lic. Rolando Alfredo Corella Cruz, Notario.—1 vez.—RP2013145527.—(IN2013056298).

He protocolizado acta número siete de Proyectos Electromecánicos Obando Sociedad Anónima, donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo y nombramiento de presidente, tesorero y fiscal.—San José veintiuno de agosto de dos mil trece.—Lic. Rolando Alfredo Corella Cruz, Notario.—1 vez.—RP2013145528.—(IN2013056299).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Bisutería Creativa de Las Flores Sociedad Anónima, cuya presidenta es la señora Kristiane Feoli Martínez.—San José, veintisiete de agosto de dos mil trece.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2013145329.—(IN2013056300).

La suscrita notaria hago constar, que en el tomo tres del protocolo de la suscrita se están haciendo cambios en el acta constitutiva la compañía: Bodeguita Tica S. A. Es todo.—Santa Ana, 22 de agosto de 2013.—Lic. Catherine Mora Chavarría, Notaria.—1 vez.—(IN2013056405).

Mediante escritura pública número ciento quince otorgada a las 13:00 horas del ocho de agosto del dos mil trece, ante el notario Luis Adrián Alfaro Ramírez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Plásticos Chelys S. A.—Grecia, veintidós de agosto dos mil trece.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2013056410).

Ante el notario público Carlos Eduardo Rojas Rojas mediante escritura noventa y ocho del tomo primero de las ocho horas del veintisiete de agosto de dos mil trece Fabio Moreira Ramírez actuando con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Inmobiliaria Guaraní S. A., otorgo escritura pública con el fin de tramitar la reposición del libro Registro de Accionistas, libro de Actas de Asamblea General, libro de Actas de Asamblea de Junta Directiva de su representada. Cualquier comunicación se atenderá a la dirección Heredia, San Juan de Santa Bárbara al costado norte de la iglesia en las instalaciones de la empresa.—Heredia, a las ocho horas y cinco minutos del veintisiete de agosto de dos mil trece.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2013056414).

Por escritura número ciento cuarenta y nueve otorgada ante esta notaría a las doce horas del veintidós de agosto del dos mil trece, por comparecer los únicos titulares de la totalidad de las acciones que conforman el capital social de la sociedad denominada Daraya Soluciones Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica tres-ciento dos-quinientos ochenta y dos mil trescientos setenta y cinco, acordaron por unanimidad disolver la sociedad.—Heredia, veintidós de agosto del dos mil trece.—Lic. Fabio Arias Soto, Notario.—1 vez.—(IN2013056417).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las trece horas del veintiocho de agosto del dos mil trece, se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Metrópolis Babilónica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y ocho mil cincuenta.—San José, veintiocho de agosto del dos mil trece.—Lic. Fabiana Gutiérrez León-Páez, Notaria.—1 vez.—(IN2013056421).

Por escritura otorgada en esta notaría de San José, de las quince horas del dieciséis de agosto dos mil trece, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Gracedom S. A. por la cual se reforma cláusulas tercera y sexta, y se nombran presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—San José, dieciséis de agosto del dos mil trece.—Lic. Nancy Vieto Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2013056425).

Por escritura pública número 54, otorgada en mi notaría a las 11:00 horas, del día 19 de agosto del 2013, procedí a protocolizar acta número 2 de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Ballad of The Sea LLC Limitada. Se nombra nuevo gerente.—Lic. Lourdes Líos Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2013056426).

Ante esta notaría, se ha modificado la cláusula primera del pacto constitutivo de Osk Jim Pal Caribe S. A., cédula jurídica número 3-101-231283, la cual establece que se denominará Salt Water Chocolate S.W.C. Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras como S. A., escritura de las 8 horas del 27 agosto del 2013. Presidente: Timothy Daniel Groth, estadounidense, pasaporte 499365172.—Lic. Óscar Mora Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2013056430).

Ante esta notaría a las diecisiete horas del veintinueve de agosto del dos mil trece, se procedió a protocolizar asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Pequeños Patitos Verdes Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula primera, cláusula segunda del pacto social de constitución. Se hace nuevo nombramiento en el puesto de presidente de la junta directiva.—Lic. Silvia Patricia Cordero Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2013056431).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del ocho de agosto del año dos mil trece, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mendcor Mc Sociedad Anónima. Presidente: Marcos Antonio Méndez Arias, cédula uno-quinientos cuarenta y nueve-cuatrocientos sesenta y dos.—Barva, 22 de agosto de 2013.—Lic. Guillermo Montero Solera, Notario.—1 vez.—(IN2013056432).

El día de hoy ante esta notaría, se protocolizó actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Tres-Ciento Uno-Seiscientos Treinta Mil Ochocientos Treinta y Nueve S. A., Tres-Ciento Uno-Seiscientos Treinta Mil Ochocientos Cuarenta S. A., y Tres-Ciento Uno-Seiscientos Treinta Mil Ochocientos Cuarenta y Uno S. A., en las que se modifican las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, veintinueve de agosto del dos mil trece.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2013056433).

Por escritura número doscientos treinta del tomo cinco del protocolo del suscrito notario, otorgada a las 8:00 horas del catorce de agosto del 2013, protocolicé acta de asamblea general de Maxilofacial Asociados S. A., reforma las cláusulas primera y sexta, nombramientos de directiva y fiscal.—San José, catorce de agosto del dos mil trece.—Lic. Luis Antonio Salazar Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2013056462).

Ante esta notaría, en escritura número 116-7, con fecha del 29 de agosto del 2013 a las 12:00 horas, se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa: Grupo Consolidado CK del Sur Inc. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintitrés mil quinientos cuarenta y cinco, en la que se reforma la cláusula segunda de la sociedad. Es todo.—San José 29 de agosto del 2013.—Lic. Alexánder Chacón Barquero, Notario.—1 vez.—(IN2013056470).

Por asamblea extraordinaria de socios de la firma Compañía de Propiedades COPROSA Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio a las 19 horas del 24 de junio del 2013, se modificaron las cláusulas del domicilio, administración y representación.—Cartago, 29 de agosto del 2013.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1 vez.—(IN2013056471).

Por escritura otorgada ante el notario: Eric Quesada Arce, a las 14: horas del 28 de agosto del 2013, se constituyó la empresa NG-WU Aserrí Sociedad de Responsabilidad Limitada, domiciliada en La Unión, Cartago, representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, Jian Hao Wu, gerente.—29 de agosto del 2013.—Lic. Eric Quesada Arce, Notario.—1 vez.—(IN2013056472).

Al ser las dieciocho horas del día veintiséis de agosto de dos mil trece en mi notaría, se constituyó la empresa de esta plaza Arquitectura de Interiores Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de agosto de dos mil trece.—Lic. Bernald Vargas Montero, Notario.—1 vez.—(IN2013056473).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día veintitrés de agosto del dos mil trece, a las nueve horas, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad: Mira Dos Teau Sociedad Anónima, en la cual se revoca el nombramiento del secretario y se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo.—Atenas, veintitrés de agosto del dos mil trece.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2013056474).

Por escritura número veinticinco-nueve otorgada ante esta notaría en San José, a las quince horas del veintiocho de agosto de dos mil trece, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social será Snap Technology Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Adrián Alvarenga Odio, Notario.—1 vez.—(IN2013056477).

Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas, hago constar que el día veintidós de agosto del dos mil trece, a las quince horas y treinta minutos en la ciudad de Atenas, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Atenas Juanda Limitada. En la cual se revoca el nombramiento del gerente y subgerente, y se reforma las cláusulas quinta y primera del pacto constitutivo la cual modifica la denominación social de la sociedad por la siguiente: Grupo Sokas Limitada.—Atenas, veintitrés de agosto del dos mil trece.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2013056479).

Mediante escritura autorizada por mí a las 15.00 horas del 28 de agosto de 2013, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Rojmar del General Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula tercera de los estatutos.—Ciudad Quesada, 28 de agosto de 2013.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2013056480).

Mediante escritura N° 21, otorgada ante el notario Jorge Federico Baldioceda Baltodano, a las 09:00 horas del 20 de agosto del 2013, se modificaron las cláusulas segunda, quinta y sexta del pacto social, y se hicieron nuevos nombramientos para los cargos de presidente, tesorero, fiscal y agente residente de la sociedad: Océanos Once S. A., cédula jurídica N° 3-101-182115.—San José, 21 de agosto del 2013.—Lic. Jorge Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2013056481).

Por escritura otorgada ante este notario, a las catorce horas treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil trece, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Corporación BL Ciento Veintitrés de Santa Ana Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social y se adiciona la cláusula décima sexta.—San José, veintiocho de agosto del dos mil trece.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2013056482).

Por escritura número ciento diez, del día veintidós de agosto del año dos mil trece, ante esta notaría se nombra nueva junta directiva y fiscal de la asociación denominada Asociación Deportiva Municipal Guarco, cédula jurídica número tres-cero cero dos-trescientos sesenta mil quinientos noventa y siete.—Cartago, veintinueve de agosto del dos mil trece.—Lic. Esteban Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—(IN2013056488).

Por escritura número ciento nueve, del día veintiuno de agosto del año dos mil trece, ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Contrataciones Civiles Valvi Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones exactos.—Cartago, veintinueve de agosto del dos mil trece.—Lic. Esteban Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—(IN2013056489).

Por escritura número ciento doce, del día veintiséis de agosto del año dos mil trece, ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Tecnologías Infinitas de América Sociedad Anónima, capital social: quinientos mil colones exactos.—Cartago, veintinueve de agosto del dos mil trece.—Lic. Esteban Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—(IN2013056490).

Por escritura número 88-24 de las 12:00 horas del 26 de agosto del 2013, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Cosmos Suministros de Costa Rica Sociedad Anónima. Se modifican las cláusulas primera, sétima y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—(IN2013056492).Por escritura otorgada ante los notarios públicos Fernando Fallas Amador y Gioconda Barquero Gardela, se modificó la cláusula tercera del objeto de la sociedad anónima denominada Inversiones R Y S Sociedad Anónima.—San José, 31 de julio del 2013.—Lic. Fernando Fallas Amador, Notario.—1 vez.—(IN2013056494).

Por escritura otorgada el día de hoy, se constituyó la sociedad Bienes JF de San Francisco S. A. con capital social de cien mil colones. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin limitación de suma. Domicilio San Juan de Tibás.—San José, veintinueve de agosto de dos mil trece.—Lic. Xinia Alfaro Mena, Notaria.—1 vez.—(IN2013056495).

Ante esta notaría, a las siete horas del ocho de agosto del dos mil trece, se constituyó la sociedad Grupo GMM Diamante S. A., plazo social noventa y nueve años, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, domiciliada en San Francisco de Dos Ríos.—San José.—Lic. Víctor Smith Hare, Notario.—1 vez.—(IN2013056496).

Por escritura otorgada el día de hoy, se protocolizó acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa Zorba El Budha S. A., mediante la cual se reforma pacto social en la cláusula del capital social.—San José, veintiocho de agosto de dos mil trece.—Lic. Xinia Alfaro Mena, Notaria.—1 vez.—(IN2013056497).

Por escritura pública número: ciento treinta y ocho, otorgada ante mí a las quince horas con treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil trece, se constituyó la sociedad ATV Ride Limitada.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2013056498).

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Hermanos Arias Campos S. A., número patronal 2-0310153752-001-001, se procede a notificar por medio de edicto que el servicio de inspección de la Sucursal de Cañas, ha dictado el traslado de cargos número de caso 1407-2012-236, que en lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones salariales de los trabajadores detallados en hoja de trabajo, folio 0042 del expediente administrativo por el período del 1° de enero de 1990 al 31 de diciembre del 1998, por el trabajador Moisés Salas Cambronero, número de identificación 500710932. Total de salarios omitidos ¢3.547.662, total de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢780.486. Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador ¢110.818 Consulta expediente en esta oficina Cañas, del antiguo Mercado Municipal, 100 metros sur y 50 metros este, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia para el cantón de Cañas. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Marco Aurelio Solís Alfaro, número patronal 0-000203820685-002-001, se procede a notificar por medio de edicto, que el servicio de inspección de la de la Sucursal de Cañas, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso 1407-2012-123, que en lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones salariales de los trabajadores detallados en hoja de trabajo, folio 0008 del expediente administrativo, por el periodo del 1° al 31 de marzo del 2012, por el trabajador Luis Esteban Núñez Villegas, número de identificación 503540305. Total de salarios omitidos ¢266.659, Total de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢59.572. Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador ¢15.333. Consulta expediente: en esta oficina Cañas, del antiguo mercado municipal, 100 metros sur y 50 metros este, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia para el cantón de Cañas. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Cañas, 28 de agosto del 2013.—Dirección Regional de Sucursales Chorotega, Sucursal de Cañas.—Lic. Manuel Antonio Rodríguez Mora, Jefe.—(IN2013055955).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

Se notifica a la casa comercial Inmunolab Costa Rica S.A., cédula jurídica 3-101-224803, que este despacho emitió resolución final A-1770-2013 de las diez horas del dieciséis de agosto del dos mil trece, correspondiente a Procedimiento de Contratación Irregular dentro del concurso 20 10CD-000079-2102 “Reactivo para la Determinación de Catecolaminas y Metanefinas”, misma que concluyera en lo conducente: “Por tanto (...) 1) Téngase por contratación irregular la factura N° 0042859 del 28 de agosto del 2012 que fuera cancelada al proveedor Inmunolab Costa Rica S. A., de la cual debió rebajarse la cantidad de $2.200,00 dólares moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. 2) Establecer a favor de la institución la suma de $2.200.00 (Dos mil doscientos dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América); misma que deberá depositar la firma Inmunolab Costa Rica S.A., en la siguiente cuenta: “100-01-000-003599-8 del Banco Nacional de Costa Rica. Cliente: CCSS Seguro de Enfermedad y Maternidad” dentro del plazo de tres días siguientes a la firmeza de la presente resolución caso contrario se procederá a gestionar el respectivo cobro en vía judicial”.—Dirección Administrativa y Financiera.—MSc. Sandra Ruiz Abril, Directora a. í.—1 vez.—(IN2013055930).