LA GACETA N° 173 DEL 10 DE SETIEMBRE DEL 2013
MINISTERIO
DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Ministerio de Obras Públicas y Transportes
TRIBUNAL SUPREMO
DE ELECCIONES
MODIFICACIONES
A LOS PROGRAMAS
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
BANCO
HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
BANCO
CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA
En el uso de las facultades que les confieren los Artículos 140
incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; el numeral 27 de la Ley
General de la Administración Pública, N° 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley
Orgánica del Ambiente N° 7554 del 4 de octubre de 1995; la Ley de la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos, N° 7593 del 9 de agosto de 1996; los
Artículos 3° inciso m), 19 inciso b), 27, 33 y 34 de la Ley Forestal, N° 7575
del 13 de febrero de 1996; el Artículo 2 del Reglamento a la Ley Forestal,
Decreto Ejecutivo N° 25721-MINAE del 17 de octubre de 1996; la Ley de Creación
del Instituto Costarricense de Electricidad, N° 449 del 8 de abril de 1949; el
Artículo 4 del Decreto Ejecutivo 33619-MP-MINAE-H-MIDEPLAN del 20 de febrero de
2007, Fortalecimiento del Instituto Costarricense de Electricidad y sus
Empresas; el Decreto Ejecutivo N° 26728-MP-MINAE del 20 de febrero de 1998,
Declaratoria de interés público de los proyectos generación y distribución
eléctrica; el Decreto Ejecutivo N° 25700-MINAE del 15 de noviembre de 1996,
Declaratoria de la veda total del aprovechamiento de árboles en peligro de extinción;
el Decreto Ejecutivo N° 35868-MINAET del 24 de marzo de 2010, Reglamentación al
Artículo 18 de la Ley Forestal N° 7575 y modificación de los Artículos 2 y 11
del Reglamento de la Ley Forestal N° 7575, Decreto Ejecutivo N° 25721-MINAE; el
Decreto Ejecutivo N° 25167-MINAE del 23 de abril de 1996, Restricción para el
aprovechamiento maderable de árboles de almendro; el Decreto Ejecutivo
25663-MINAE del 8 de octubre de 1996, Restricción a la corta o aprovechamiento
del árbol de almendro y la Resolución N° ACT-OR-D-004-2008 del Sistema Nacional
de Áreas de Conservación.
Considerando:
1º—Que el
Decreto Ejecutivo N° 26728-MP-MINAE, declara de interés público los proyectos
de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica.
2º—Que la Ley N°
449, dispone que el Instituto Costarricense de Electricidad, tiene como
responsabilidad fundamental encauzar el aprovechamiento de la energía
hidroeléctrica con el fin de fortalecer la economía nacional y promover el
mayor bienestar para el pueblo de Costa Rica, además de dar solución pronta y
eficaz a la escasez de fuerza eléctrica en el país, cuando ella exista, y
procurar que haya en todo momento energía disponible para satisfacer la demanda
normal y para impulsar el desarrollo de nuevas industrias, el uso de la
electricidad en las regiones rurales y su mayor consumo doméstico.
3º—Que de acuerdo con lo indicado en
el Plan Nacional de Desarrollo 2011-2014, se tienen como metas estratégicas
aumentar la producción y mejorar la competitividad del país, así como
consolidar el posicionamiento ambiental con una matriz energética sostenible
con un 95% de energía eléctrica renovable y un desempeño ambiental óptimo.
4º—Que el Decreto Ejecutivo
33619-MP-MINAE-H-MIDEPLAN, en su Artículo 4, establece de Conveniencia Nacional
e Interés Público los “Planes de Expansión del ICE y sus empresas”.
5º—Que el
Instituto Costarricense de Electricidad, elaboró y publicó el Plan de Expansión
de la Generación y Transmisión de energía eléctrica en el año 2012, los cuales
son actualizados anualmente.
6º—Que el suministro eficiente y
oportuno de los servicios eléctricos, forma parte de las políticas del gobierno
para el desarrollo del país, que conlleva un mejoramiento de las condiciones y
calidad de vida de los ciudadanos.
7º—Que el “Proyecto Línea de
Transmisión Santa Rita-Cóbano”, es una obra de alta
tensión destinada a conectar física y eléctricamente la subestación de Cóbano, al sur de la Península de Nicoya, en el cantón de
Puntarenas, con la subestación ubicada en la comunidad de Santa Rita, cerca de
Carmona.
8º—Que para la construcción de las
obras del Proyecto Línea de Transmisión Santa Rita-Cóbano,
se cuenta con la viabilidad ambiental otorgada por la Secretaría Técnica
Nacional Ambiental, mediante Resolución N° 820-2009-SETENA, de fecha 31 de
marzo de 2009, Expediente Administrativo Nº 262-2006-SETENA.
9º—Que en el “Proyecto Línea de
Transmisión Santa Rita-Cóbano”, existe la posibilidad
y la necesidad de realizar la corta, poda o eliminación de árboles de cualquier
especie que se ubiquen en las áreas de protección descritas en el Artículo 33
de Ley Forestal N° 7575, así como de especies forestales declaradas en veda o
en peligro de extinción, según el Decreto Ejecutivo N° 25700-MINAE, por lo que
se requiere la autorización de la corta respectiva.
10.—Que los Artículos 19, inciso b) y
34 de la Ley Forestal N° 7575 prohíben el cambio de uso de suelo y la corta de
árboles en terrenos cubiertos de bosque y en áreas de protección, exceptuando
aquellos proyectos estatales o privados que el Poder Ejecutivo declare de
Conveniencia Nacional.
11.—Que el Artículo 3, inciso m) de la
Ley Forestal N° 7575 declara como actividades de conveniencia nacional las
realizadas por las dependencias centralizadas del Estado, instituciones
autónomas o empresas privadas, cuyos beneficios sociales sean mayores a los
costos socio-ambientales, siendo que el presente Proyecto se ampara a los
Planes de Expansión de la Transmisión Eléctrica de 2012-2022 y de la Generación
Eléctrica 2012-2022, lo cual conlleva un mejoramiento de las condiciones y
calidad de vida de los ciudadanos.
12.—Que de acuerdo con lo definido en
el Plan de Expansión de la Transmisión Eléctrica 2012-2022, la línea de
transmisión Santa Rita-Cóbano (46.7 km) tiene como
objetivo la conexión entre las subestaciones Santa Rita y Cóbano,
ubicadas en la Península de Nicoya, cantón de Puntarenas, con el fin de
solventar la demanda eléctrica en la zona por el aumento de las actividades
agroindustriales y turísticas y al mismo tiempo, mejorar el suministro eléctrico
en la zona a todos los clientes, tanto del ICE como de Coopeguanacaste.
13.—Que el
Artículo 2 inciso c) de la Ley Orgánica del Ambiente N° 7554 establece que el
Estado velará por la utilización racional de los elementos ambientales, con el
fin de proteger y mejorar la calidad de vida de los habitantes del territorio
nacional. Asimismo tiene la obligación de propiciar un desarrollo económico y
ambientalmente sostenible, entendido como el desarrollo que satisface las
necesidades humanas básicas sin comprometer las opciones de las generaciones
futuras.
14.—Que el
Proyecto cuenta con el documento “Estudio Costo-Beneficio del Proyecto de
Líneas de Transmisión Santa Rosa-Cóbano” sobre la
valoración económica de los beneficios sociales que demuestran que éstos son
mayores a los costos socio-ambientales del Proyecto. Este documento fue
valorado por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación por nota
ACT-OR-DR-414-13 del 8 de abril del 2013. Por tanto,
Decretan:
DECLARATORIA DE
CONVENIENCIA NACIONAL E INTERÉS
PÚBLICO DE LAS OBRAS DEL“PROYECTO DE
TRANSMISIÓN ELÉCTRICA SANTA RITA-CÓBANO,
SUBESTACIÓN SANTA RITA Y SUBESTACIÓN CÓBANO”
Artículo 1º—Se
declara de Conveniencia Nacional e Interés Público el Proyecto Línea de
Transmisión Eléctrica Santa Rita-Cóbano, la
Subestación Santa Rita y las obras de distribución asociadas, la Subestación Cóbano y las obras de distribución asociadas, en las fases
de construcción, operación y mantenimiento. Asimismo, son de conveniencia
nacional las actividades de ejecución de medidas de control ambiental
requeridas en el Plan de Gestión Ambiental aprobado por la Secretaría Técnica
Nacional Ambiental y las actividades forestales que autorice el Sistema
Nacional de Áreas de Conservación, las que serán ejecutadas por el Instituto
Costarricense de Electricidad.
Artículo 2º—Para efectos de lo
dispuesto en la Ley Forestal Nº 7575 y su reglamento, y en razón de dicha
declaratoria, el Sistema Nacional de Áreas de Conservación del Ministerio de
Ambiente y Energía, brindará un tratamiento prioritario y expedito en las
gestiones de su competencia que ante ella realice el Instituto Costarricense de
Electricidad con ocasión del proyecto, para la corta o eliminación de árboles
de cualquier especie y vedados, que se localicen en el área que comprende el
proyecto, incluyendo las áreas de protección, siempre que no se ubiquen en
terrenos del Patrimonio Natural del Estado.
Artículo 3º—El Instituto Costarricense
de Electricidad, procederá a realizar los inventarios forestales, la solicitud
de permisos forestales o cualquier otra gestión administrativa necesaria para
la corta o eliminación de los árboles ubicados en las áreas de construcción,
operación y mantenimiento del Proyecto, tales como sitios de torre, caminos de
acceso, área de servidumbre para el izado y tendido de los conductores
eléctricos, árboles que se aproximen a menos de 5 m de los conductores
energizados y todos aquellos individuos con riesgo de caída hacia los
conductores eléctricos. Se podrán eliminar todos aquellos individuos dentro de
la servidumbre, y en las áreas contiguas a esta, de aquellas especies con
riesgo comprobado, mediante medición de campo de caída hacia los conductores
eléctricos, los cuales no se deben ubicar dentro del Patrimonio Natural del
Estado.
Artículo 4º—El
Instituto Costarricense de Electricidad, se compromete a realizar la menor
corta de árboles posible, resguardando siempre la seguridad operativa de la
línea de transmisión, en la fase de construcción, operación y mantenimiento,
previa autorización del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).
Artículo 5º—El
contrato de servidumbre incluye la autorización genérica del propietario,
equiparada al poder especial, con el cual los personeros del Instituto
Costarricense de Electricidad, debidamente acreditados, podrán solicitar,
gestionar y retirar los permisos forestales en nombre de los propietarios que
así lo autorizaron, para dicho acto; así como realizar la solicitud de placas y
guías de transporte de madera, con el fin de facilitar dichas gestiones a cada
propietario afectado por la construcción del proyecto.
Artículo 6º—El Instituto Costarricense
de Electricidad se compromete a realizar la menor corta de árboles posible, y
el pago de los daños forestales que correspondan según el “Manual de Pago de Daños
a Terceros del ICE” resguardando siempre la seguridad operativa de la línea de
transmisión, en la fase de construcción, operación y mantenimiento, previa
autorización del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).
Artículo 7º—El Instituto Costarricense
de Electricidad, deberá ejecutar el Plan de Gestión Ambiental avalado por la
Secretaría Técnica Nacional Ambiental, llevando a cabo las medidas de
mitigación y compensación ambiental emanadas del Estudio de Impacto Ambiental,
aplicable a este proyecto.
Artículo 8º—Como medida de
compensación, el proyecto deberá implementar uno o más planes de reforestación
en terrenos propios, en fincas privadas y/o, planes de reforestación y
regeneración natural en fincas o áreas ecológicamente funcionales en convenio
con Sistema Nacional de Áreas de Conservación; con indicación expresa de
objetivos, sistema de plantación y mantenimiento, cantidad de especies
seleccionadas, así como la ubicación geográfica y levantamiento perimetral del
área de plantación efectiva o área de regeneración. Dichos planes deberán ser
firmados por un ingeniero o profesional responsable de que los mismos se
cumplan y será obligatorio para el desarrollador dotar de contenido
presupuestario la ejecución de los mismos.
Artículo 9º—Se
deberá entregar copia de dichos planes, al Área de Conservación del Sistema
Nacional de Áreas de Conservación respectiva, donde se haya autorizado la tala
de árboles de especies nativas, reforestadas y vedadas, con el fin de dar el
seguimiento a dichas medidas. La plantación de árboles deberá ejecutarse
preferiblemente en las mismas fincas afectadas por labores de corta de árboles
asociadas con la construcción del proyecto o en la subcuenca
de los principales ríos que son cruzados por la línea de transmisión. Asimismo
se podrá ejecutar medidas de compensación tales como regeneración natural, por
un periodo de dos años a partir de la corta, en fincas manejadas por
Asociaciones Administradoras de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados
Comunales (ASADAS) o el Ministerio de Ambiente y Energía, que garanticen la
incorporación al ecosistema de áreas con cobertura forestal, ya sea bajo la
modalidad de reforestación o regeneración natural.
Artículo 10.—El Área Ambiental del
proyecto, deberá también entregar copia de los planes de corta y de gestión
ambiental, mediante el informe de cierre ambiental, al Área de Mantenimiento de
Líneas de la región correspondiente, con el fin de dar seguimiento a dichas
medidas en la fase de operación.
Artículo 11.—En
la eventualidad de que la corta del recurso forestal existente sea
aprovechable, deberá ser entregado al Ministerio de Educación Pública (MEP),
siguiendo el procedimiento establecido en la Ley Forestal y cualquier otra
norma particular referente.
Artículo 12.—Rige
a partir de su publicación.
Dado en la
Presidencia de la República.—San José, a los diez días
del mes de mayo del dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Ambiente y Energía, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 03785.—Solicitud Nº
815-00089.—C-129601.—(D37746-IN2013058369).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento
en lo dispuesto en los artículos 140 incisos 3), 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), artículo 27
inciso 1) artículo 28 inciso 2), acápite B) y 121 de la Ley General de la
Administración Pública, Ley número 6725 de 10 de marzo de 1982 y reformada por Ley número 7974 del 26 de enero del dos mil y artículo cuarto,
tomado en la Sesión Ordinaria
número 169, celebrada el 22 de julio del
2013, por la Municipalidad de Aserrí,
provincia de San José. Por tanto:
Decretan:
Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del Cantón de Aserrí, provincia de San José, el día 19 de agosto del
2013, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo de la
celebración de las Fiestas Cívico-Patronales de dicho Cantón.
Artículo 2º—En cuanto a los
funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha
institución quien determine, con base en el artículo 213 del Código de
Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como
asueto a los funcionarios de esa cartera que laboren para ese cantón.
Artículo 3º—En relación con los
funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio
de Hacienda, quien determine, con base en el artículo 14 párrafo segundo de la
Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les
otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese
Cantón.
Artículo 4º—En relación con los
funcionarios del Instituto Nacional de Seguros, será el jerarca de esa
Institución quien determine, con base en el artículo 6 inciso c) de la Ley 12
del 30 de octubre de 1924, reformada por la Ley Nº 8653 Ley Reguladora del
Mercado de Seguros y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los
funcionarios de esa entidad que laboren en ese
Cantón.
Artículo 5º—No se concede el presente
asueto a los servidores policiales que pertenezcan a los cuerpos policiales
adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, en virtud de que su labor no
puede ser interrumpida, en aras del mantenimiento del orden público y por lo
dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad
Pública número 5482.
Artículo 6º—Rige el día 19 de agosto de 2013.
Dado en la
Presidencia de la República.—San José, a las diez
horas del día doce de agosto del dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Gobernación y Policía, Mario Zamora Cordero.—1 vez.—Solicitud N° 60248.—O. C.
N° 18272.—C-24123.—(D37844-IN2013059016).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA,
LA
MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR
Y
EL MINISTRO DE HACIENDA
De conformidad
con las facultades y atribuciones que les conceden los artículos 50,140 incisos
3), 8), 10), 18) y 20); y 146 de la Constitución Política; los artículos 4, 25,
27 párrafo 1, 28 párrafo 2 inciso b) de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; los artículos 1, 2, 3, 4, 6, 10,
11, 12, 16, 18, 21, 22, 34 y 35 del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la
Organización de Estados Centroamericanos (ODECA), Ley de Aprobación N° 7502 del
03 de mayo de 1995; y
Considerando:
I.—Que el Consejo de Ministros
Responsable de la Integración Económica y Desarrollo Regional, mediante
Resolución N° 66-2013 (COMRIEDRE) de fecha 15 de mayo de 2013, aprobó
modificaciones al Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero
Internacional Terrestre, el Formulario de Declaración y su Instructivo.
II.—Que Costa
Rica mediante Decreto Ejecutivo N° 29441-COMEX del 30 de marzo de 2001, publicó
la Resolución N° 65-2001 (COMRIEDRE) del 16 de marzo de 2001; que emitió el
Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre, el
Formulario de Declaración y su Instructivo, por lo que, de conformidad con la
parte dispositiva de la Resolución N° 66-2013 (COMRIEDRE) de fecha 15 de mayo
de 2013; es necesario modificar dicho Decreto Ejecutivo.
III.—Que en
cumplimiento de lo indicado en dicha Resolución, se procede a su publicación. Por
tanto:
Decretan:
Publicación de
la Resolución N° 66-2013
(COMRIEDRE) de fecha 15 de mayo de
2013:
Modificaciones al Reglamento sobre el
Régimen
de Tránsito
Aduanero Internacional Terrestre,
el Formulario de Declaración y su Instructivo,
emitidos mediante la
Resolución N° 65-2001
(COMRIEDRE) del
16 de marzo de 2001
Artículo 1º—Publíquese la Resolución N° 66-2013 (COMRIEDRE) del
Consejo de Ministros Responsable de la Integración Económica y Desarrollo
Regional, de fecha 15 de mayo de 2013: Modificaciones al Reglamento sobre el
Régimen de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre, el Formulario de
Declaración y su Instructivo, emitidos mediante la Resolución N° 65-2001
(COMRIEDRE) del 16 de marzo de 2001, que a continuación se transcribe:
RESOLUCIÓN N°
66-2013 (COMRIEDRE)
EL CONSEJO DE MINISTROS RESPONSABLES
DE
LA INTEGRACIÓN ECONÓMICA
Y
DESARROLLO REGIONAL
Considerando:
Que de
conformidad con el artículo 18 del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de
Estados Centroamericanos es competencia del Consejo de Ministros Responsables
de Integración Económica y Desarrollo Regional ejecutar las decisiones de la
REUNIÓN DE PRESIDENTES en materia de integración económica e impulsar la
política económica integracionista de la región.
Que en ese mismo sentido, el artículo
43 del actual Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero internacional
Terrestre, indica que las modificaciones a ese Reglamento serán aprobadas por
el Consejo de Ministros Responsables de la Integración Económica y Desarrollo
Regional.
Que el servicio de transporte
internacional de carga terrestre y .el tránsito aduanero internacional,
constituyen factores vitales para la efectiva realización y profundización del
Proceso de Integración Económica de Centroamérica;
Que con el actual Reglamento sobre el
Régimen de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre, aprobado mediante la
Resolución N° 65-2001 (COMRIEDRE) del 16 de marzo de 2001, se aprobó también el
formulario de la Declaración de Mercancías para el Tránsito Aduanero
Internacional Terrestre o “Declaración”, el cual ha sido revisado por el Comité
Aduanero con el propósito de actualizar los datos a las nuevas necesidades y
realidades del comercio internacional y, en particular, hacerlo más acorde a
las necesidades de los países que conforman el Subsistema de Integración
Económica Centroamericana, Por tanto:
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 1, 2, 3, 4, 6, 10, 11, 12; 16, 18, 21, 22, 34 y 35 del Protocolo de
Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA);
94 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA); y, 402 del Reglamento
al CAUCA;
RESUELVE:
1º—Modificar la
literal j) del artículo 4 del Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero
Internacional Terrestre, la cual leerá de la siguiente manera:
j) DECLARACIÓN ÚNICA DE MERCANCÍAS PARA EL
TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL TERRESTRE O “DECLARACIÓN” O “DUT”: Documento
aduanero único de los países signatarios en el que se amparan las mercancías en
tránsito y que consta de los datos e informaciones requeridos por este
Reglamento.
2º—Modificar el
primer párrafo del artículo 6 del Reglamento sobre el Régimen de Tránsito
Aduanero Internacional Terrestre, el cual leerá de la siguiente manera:
Artículo 6º—El
formulario de la “Declaración”, será impreso por el transportista, el servicio
aduanero de cada país signatario o por las personas autorizadas por el Servicio
Aduanero, conforme al modelo aprobado por el Consejo de Ministros Responsables
de la Integración Económica y Desarrollo Regional y que aparece en el anexo del
presente Reglamento. Este formulario deberá contener el número consecutivo
asignado por el Sistema Informático.
3º—Aprobar el
formato de la DECLARACIÓN ÚNICA DE MERCANCÍAS PARA EL TRÁNSITO ADUANERO
INTERNACIONAL TERRESTRE O “DECLARACIÓN” O “DUT” y su Instructivo de llenado,
que aparecen Anexos a la presente Resolución y que sustituyen a los anexos del
Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre, del
cual forman parte integrante.
4º—Transitorio: Los países signatarios
que aún continúan utilizando la Declaración de Mercancías para el Tránsito
Aduanero Internacional Terrestre o DTI, tienen un plazo de hasta 180 días, a
partir de la vigencia de la presente Resolución, para aplicar la DUT.
5º—La presente Resolución entra en
vigor inmediatamente y deberá ser publicada por los Estados Parte.
Para
ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma
digital
El Infrascrito Secretario General de
la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA) CERTIFICA: Que
las dos (2) fotocopias que anteceden a la presente hoja de papel bond, impresas
únicamente en su anverso, así como las cinco (5) del anexo adjunto, impresas
únicamente en su anverso, rubricadas y selladas con el sello de la SIECA,
reproducen fielmente la Resolución N° 66-2013 (COMRIEDRE), adoptada por el
Consejo de Ministros Responsables de la Integración Económica y Desarrollo
Regional, en reunión realizada por medio del sistema de videoconferencia, el
quince de mayo de dos mil trece, de cuyos originales se reprodujeron. Y para
remitir a los Estados Parte para su correspondiente publicación, extiendo la
presente copia certificada en la ciudad de Guatemala, el diecisiete de mayo de
dos mil trece.
Para
ver imágenes hacerlo en La Gaceta con
firma digital
INSTRUCTIVO DE LLENADO DE LA DUT
Frente de la Declaración:
1
N° de DUT:
Número
consecutivo asignado por el sistema informático, para identificar una
Declaración.
2.
Es de Interés Cuarentenario:
Indicar (SI),
si la mercancía está sujeta a control de parte de las Autoridades fito-sanitarias o en caso contrario indicar NO.
3.
Pág.:
Indica el
número de página(s) de la Declaración.
4. EXPORTADOR, EMBARCADOR O REMITENTE:
4.1 Nombre: Del Exportador, Embarcador o remitente
de la mercancía que se transporta
4.2 Dirección: Dirección física
4.3 E-mail: Correo electrónico
4.4 Teléfono: Número telefónico con su código
internacional
4.5 FAX: Número de fax con su código internacional
En caso de
mercancías consolidadas, deberá de consignar los datos del Consolidador
de carga.
5.
PARTIDA O INICIO
5.1 País: País
donde se inicia el tránsito
5.2
Aduana: Nombre de la Aduana donde se inicia el tránsito
5.3
Fecha: Fecha y hora que asigna el sistema informático al momento del registro
de la declaración de tránsito
6. TRANSPORTISTA:
6.1 Código: Código del transportista responsable
del traslado de las mercancías, este código es asignado por el servicio
Aduanero del Estado Parte.
6.2 Nombre: Nombre o razón social del
Transportista responsable del traslado de las mercancías.
7.
CONSIGNATARIO:
7.1 Nombre: Del consignatario de la mercancía que
se transporta
7.2 Dirección: Dirección física
7.3 E-mail: Correo electrónico
7.4 Teléfono: Número telefónico con su código
internacional
7.5 FAX: Número de fax con su código internacional
Cuando se trate
de mercancía consolidada, deberá consignarse el nombre del consolidador
de la carga, y se indicará el nombre y dirección del depósito donde se desconsolidará la carga.
8. CONDUCTOR O MOTORISTA:
8.1 Nombre: Nombres y apellidos del Conductor del
medio de transporte.
8.2 Tipo de
documento de identificación: Tipo de documento de identificación personal del
conductor, “Pasaporte” u otro.
8.3 No. De
documento de Identificación: Número del documento de identificación consignado
en el apartado anterior. Nacionalidad: País de nacionalidad del conductor.
8.4
No. De licencia: Número de licencia para conducir.
9. UNIDAD DE TRANSPORTE:
9.1 No. De matrícula: Número de matrícula de la
unidad de transporte de tracción motriz.
9.2 País de registro: Nombre del país en que está
matriculada la unidad de transporte de tracción motriz.
9.3 Marca: Consignar la marca de la unidad de
transporte de tracción motriz.
9.4 Chasis: Consignar el número de serie del
chasis de la unidad de transporte de tracción motriz.
10. DESTINO:
10.1 País: Indicar el País de destino de la
mercancía.
10.2 Aduana:
Nombre de la Aduana en el país de destino de la mercancía.
11. REMOLQUE:
11.1 No. De matrícula: Número de matrícula del
remolque o semi-remolque.
11.2 País de
registro: Nombre del país en que está matriculada el remolque o semi-remolque.
12. MERCANCÍAS:
12.1 País de Origen: Indicar el país de origen de
las mercancías transportadas.
12.2 País de
Procedencia: Nombre del país de donde proceden las mercancías.
13. CUARENTENA:
13.1 No. De Certificado fitozoosanitario:
Número del certificado fito-zoosanitario para la
mercancía transportada en caso de ser de interés cuarentenario, caso contrario
este campo queda en blanco.
14. DOCUMENTOS ASOCIADOS:
Indicar los
documentos escaneados adjuntos a la Declaración (Factura de las mercancías,
Manifiesto de carga y si procede, certificado fito-zoosanitario
u otros).
15. MARCAS DE EXPEDICIÓN
No. De
Contenedor y dimensiones: se consigna el número de contenedor y sus
dimensiones.
16. No. Y CLASE DE BULTOS:
Descripción de
las Mercancías: Se debe Indicar la cantidad y tipo de bultos, y la descripción
de las mercancías de manera que se les pueda identificar.
17. Inciso Arancelario de de
la mercancía:
Indicar el
inciso arancelario de las mercancías (8 dígitos), conforme al Sistema
Arancelario Centroamericano.
18. Peso bruto de la mercancía:
Indica per
inciso arancelario el Peso bruto de las mercancías en kilogramos, incluido el
embalaje.
19. Valor US $:
Indica por
línea el Valor de las mercancías declarado para fines aduaneros expresadas en
pesos Centroamericanos ($CA), para el caso de Panamá Balboas o su equivalente
en dólares de los Estados Unidos de América.
20. TRANSPORTISTA:
20.1 Nombre: Indicar el nombre del transportista.
20.2 Firma:
Firma calígrafa del transportista o del Conductor.
Reverso de la Declaración:
Espacio
reservado para que las Autoridades de Aduana y Cuarentenarias que intervienen
en la Autorización de Transito, registren su actuación. En dicho campo se
adhieren las viñetas o se imprime la autorización.
21. Observaciones:
Se utilizará la
presente casilla para incorporar toda aquella información complementaria no
comprendida en la Declaración y que sea de utilidad para el servicio aduanero,
así como el registro de incidentes que se presenten durante la operación de
tránsito.
Artículo
2°—Modificar el Decreto Ejecutivo N° 29441-COMEX del 30 de marzo de 2001, que
puso en vigencia el Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero
Internacional Terrestre, el Formulario de Declaración y su Instructivo,
emitidos mediante la Resolución N° 65-2001 (COMRIEDRE) del 16 de marzo de 2001;
de conformidad con la parte dispositiva de la Resolución N° 66-2013 (COMRIEDRE)
de fecha 15 de mayo de 2013 aprobada por el Consejo de Ministros Responsable de
la Integración Económica y Desarrollo Regional.
Artículo 3°—Rige a partir de su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la Presidencia de la
República, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil trece.
Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La
Ministra de Comercio Exterior, Anabel González Campabadal.—El
Ministro de Hacienda a. í., José Luis Araya Alpízar.—1 vez.—Solicitud N°
19734.—O. C. N° 64563.—C-252833.—(D37858-IN2013055289).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las
atribuciones conferidas en los numerales 3), 18) y 20) del artículo 140 de la
Constitución Política; artículos 25.1, 27.1 y 28 inciso 2) acápite b) y 103 de
la Ley General de la Administración Pública, número 6227 y sus reformas; Ley
8292 del 31 de julio del 2002 Ley General de Control Interno; Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y
Paz, número 6739 del 28 de abril de 1982 y sus reformas; la Ley que crea la
Dirección General de Adaptación Social número 4762 del 8 de mayo de 1971.
Considerando:
I.—Que el Decreto Nº 30669-J publicado en
el Diario Oficial La Gaceta Nº 170 del cinco de setiembre del 2002,
regula el uso, custodia y conservación de los teléfonos celulares que el
Ministerio de Justicia proporcione o facilite a sus servidores para el mejor
desempeño de sus funciones, tareas y actividades, en beneficio de los usuarios
de sus servicios.
II.—Que
mediante Decreto Nº 35336-J del 1 de junio del 2009 se reformaron los artículos
1, 2, 3 y 10 del Decreto Nº 30669-J del
23 de julio del 2002.
III.—Que el tema de la telefonía celular actualmente cuenta con
características diferentes a las que tenía en el momento que se hizo la reforma
del Decreto Nº 35336-J y tomando en consideración que diversas dependencias del
Ministerio de Justicia y Paz requieren el uso de telefonía celular en el
desempeño de sus funciones, se hace necesario reformar el artículo 10 del
Decreto Nº 30669-J, a efecto de responder de manera más ágil a las necesidades
institucionales. Por tanto,
Decretan:
Reforma del
artículo 10 del Reglamento para el Uso,
Custodia y Conservación de los
Teléfonos Celulares
del Ministerio de
Justicia,
Decreto Ejecutivo
Nº 30669-J del 23 de julio del 2002
Artículo 1º—Refórmense el artículo 10, del
Reglamento para el Uso, Custodia y Conservación de los Teléfonos Celulares del
Ministerio de Justicia y Paz, Decreto Ejecutivo Nº 30669-J del 23 de julio de
2002, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 170 del 5 de
setiembre de 2002, para que en lo sucesivo se lea así:
Artículo 10.—Tarifa telefónica a reconocer por el Ministerio de
Justicia y Paz. El Ministro, los Viceministros, el Oficial Mayor, el Director
General de Adaptación Social y el Director de la Policía Penitenciaria tendrán
línea abierta y acceso a llamadas internacionales. A todos los funcionarios
indicados, se les reconocerá el monto correspondiente al plan adquirido por la
Administración, o hasta cinco (5) tarifas básicas mensuales por el uso del
teléfono celular, y a las demás personas autorizadas se les reconocerá el monto
que se establezca en la resolución de autorización de uso que emita el (la)
Ministro (a), mismo que corresponderá al plan de servicio que se considere
adecuado a los intereses y necesidad institucionales. Cuando la operadora
contratada reporte exceso en el plan o tarifa contratada por servicio de
telefonía celular en los términos de este artículo, la Oficialía Mayor o la
Dirección Administrativa, según corresponda, otorgará el plazo de 15 días a los
funcionarios que hayan incurrido en esta situación, para que realicen el
reintegro del exceso indicado por medio de entero bancario a favor del
Ministerio de Hacienda, apercibiéndolos que de no realizar el depósito dicho,
se comunicará a la Dirección de Recursos Humanos para que proceda a la
deducción correspondiente por medio de planillas
Artículo 2º—Rige a partir de su
publicación.
Dado en la
Presidencia de la República. San José, a los diecinueve días del mes de junio
del dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Justicia y Paz, Fernando Ferraro Castro.—1 vez.—O. C.
Nº 18950.—Solicitud Nº 119-780-138-OM.—C-Crédito.—(D37870-IN2013055199).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento
en lo dispuesto en los Artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución
Política.
Decretan:
Artículo 1º—Retírese del conocimiento de sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa los
siguientes proyectos de ley:
Expediente N° 14.839.—Acta
Constitutiva de la Asociación de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de
las Bibliotecas Nacionales de los Países de Iberoamérica (ABINIA).
Expediente N° 18.198.—Ley
Marco del Mercado de Gas Licuado de Petróleo.
Expediente N° 18.357.—Modificación
del Código Electoral, Ley N° 8765, para agregarle un transitorio que modifique
el monto del aporte estatal para las elecciones nacionales del 2014 y
municipales del 2016.
Expediente N° 17.749.—Ley
de Alfabetización Digital en Escuelas Públicas Primarias.
Expediente N° 18.406.—Autorización
a la Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima a donar parte de
finca de su propiedad al Instituto Costarricense de Ferrocarriles y
autorización de uso y dotación de recursos (anteriormente denominado):
Autorización a la Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima a donar
finca de su propiedad al Instituto Costarricense de Ferrocarriles para uso de
los Talleres del Ferrocarril en la ciudad de Limón.
Expediente N° 17.838.—Titulación
en inmueble propiedad de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo
Económico de la Vertiente Atlántica (originalmente denominado): Ley para
Brindar Seguridad Jurídica a los Poseedores sobre la finca inscrita a nombre de
JAPDEVA, matrícula de Folio Real número 96658, derecho 000, de la provincia de
Limón.
Expediente N° 17.930.—Ley
de Aprobación del Acuerdo entre los Gobiernos de Costa Rica, República
Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Estados Unidos de
América sobre Cooperación Ambiental.
Expediente N° 16.657.—Ley
de Autorización al Instituto de Desarrollo Agrario para la Titulación de
Inmuebles de la Zona Fronteriza con Panamá y Nicaragua que no estén afectos a
un Régimen de Protección Especial bajo la Legislación Ambiental.
Expediente N° 17.890.—Modificación de
los Artículos 1, 2, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 20 de la Ley N° 5005 y cambio
de nombre del Colegio de Secretariado Profesional de Costa Rica a Colegio de
Profesionales en Secretariado de Costa Rica (anteriormente denominado):
modificación de los Artículos 1, 2, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 20 y 23 de la
Ley 5005 y cambio de nombre del Colegio de Secretariado Profesional de Costa
Rica a Colegio de Profesionales en Secretariado de Costa Rica.
Expediente N° 18.490.—Reforma
parcial a la Ley Orgánica del Colegio de Abogados, Ley N° 13, del 28 de octubre
de 1941 y sus reformas.
Expediente N° 17.766.—Ley
del Sistema de Garantía de Depósitos y Resolución Bancaria (originalmente
denominado): Ley del Sistema de Seguro de Depósitos y Resolución Bancaria.
Expediente N° 18.522.—Aprobación
del Convenio Constitutivo y el Convenio de Administración del Fondo
Multilateral de Inversiones II, Suscritos entre el Gobierno de la República de
Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo y Autorización a Capitalizar
Organismos Multilaterales.
Expediente N° 18.462.—Ley
de Fortalecimiento del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM).
Expediente N° 18.526.—Reforma
de la Ley 7052 de 13 de noviembre de 1986 y sus reformas, para modernizar las
fuentes de capitalización de las mutuales (originalmente denominado) Ley para
Modernizar las Fuentes de Capitalización de las Mutuales.
Expediente N° 17.502.—Reforma
integral a la Ley N° 8634, Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo y
Reforma a otras Leyes (originalmente denominado): Fortalecimiento del Sistema
de Banca para el Desarrollo.
Expediente N° 18.684.—Aprobación
del contrato de garantía entre la República de Costa Rica y el Banco
Interamericano de Desarrollo al contrato de préstamo N° 2493/OC-CR suscrito
entre el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados y el Banco
Interamericano de Desarrollo para Financiar el Programa de Agua Potable y
Saneamiento.
Expediente N° 17.743.—Ley
de Reforma de la Jurisdicción Constitucional.
Expediente N°
17.668.—Ley de Sociedades de Convivencia.
Artículo 2º—Rige a partir del 27 de
agosto de 2013.
Dado en la
Presidencia de la República, el día veintisiete de agosto de dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo
Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 19547.—Solicitud Nº
110.—C-62170.—(D37889-IN2013058370).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento
en lo dispuesto en los Artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución
Política.
Decretan:
Artículo 1º—Amplíase la
convocatoria a sesiones extraordinarias a la Asamblea Legislativa, hecha por el
Decreto Ejecutivo 37.837-MP, a fin de que se conozcan los siguientes proyectos
de ley:
Expediente N° 14.839.—Acta
Constitutiva de la Asociación de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de
las Bibliotecas Nacionales de los Países de Iberoamérica (ABINIA).
Expediente N° 18.198.—Ley
Marco del Mercado de Gas Licuado de Petróleo.
Expediente N° 18.357.—Modificación
del Código Electoral, Ley N° 8765, para Agregarle un Transitorio que Modifique
el Monto del Aporte Estatal para las Elecciones Nacionales del 2014 y
Municipales del 2016.
Expediente N° 17.749.—Ley
de Alfabetización Digital EN Escuelas Públicas Primarias
Expediente N° 18.406.—Autorización
a la Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima a donar parte de
finca de su propiedad al Instituto Costarricense de Ferrocarriles y
autorización de uso y dotación de recursos (anteriormente denominado):
Autorización a la Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima a donar
finca de su propiedad al Instituto Costarricense de Ferrocarriles para uso de
los Talleres del Ferrocarril en la Ciudad de Limón.
Expediente N° 17.838.—Titulación
en inmueble propiedad de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo
Económico de LA Vertiente Atlántica (originalmente denominado): Ley para
Brindar Seguridad Jurídica a los Poseedores Sobre la Finca Inscrita a nombre de
JAPDEVA, matrícula de Folio Real número 96658, Derecho 000, de la provincia de
Limón.
Expediente N° 17.930.—Ley
de Aprobación del Acuerdo entre los Gobiernos de Costa Rica, República
Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Estados Unidos de
América sobre Cooperación Ambiental
Expediente N° 16.657.—Ley
de Autorización al Instituto de Desarrollo Agrario para la titulación de
inmuebles de la Zona Fronteriza con Panamá y Nicaragua que no estén afectos a
un régimen de Protección Especial bajo la Legislación Ambiental
Expediente N° 17.890.—Modificación de
los artículos 1,2,11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 20 de la Ley N° 5005 y cambio de
nombre del Colegio de Secretariado Profesional de Costa Rica a Colegio de
Profesionales en Secretariado de Costa Rica (anteriormente denominado):
Modificación de los artículos 1, 2, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 20 y 23 de la
Ley 5005 y cambio de nombre del colegio de Secretariado Profesional de Costa
Rica a Colegio de Profesionales en Secretariado de Costa Rica.
Expediente N° 18.490.—Reforma
parcial a la Ley Orgánica del Colegio de Abogados, Ley N° 13, del 28 de octubre
de 1941 y sus reformas
Expediente N° 17.766.—Ley
del Sistema de Garantía de Depósitos y Resolución Bancaria (originalmente
denominado): Ley del Sistema de Seguro de Depósitos y Resolución Bancaria.
Expediente N° 18.522.—Aprobación
del Convenio Constitutivo y el Convenio de Administración del Fondo
Multilateral de Inversiones II, suscritos entre el Gobierno de la República de
Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo y autorización a capitalizar
Organismos Multilaterales.
Expediente N° 18.462.—Ley
de Fortalecimiento del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM).
Expediente N° 18.526.—Reforma
de la Ley 7052 de 13 de noviembre de 1986 y sus reformas, para modernizar las
fuentes de capitalización de las Mutuales (originalmente denominado) Ley para
modernizar las fuentes de capitalización de las Mutuales.
Expediente N° 17.502.—Reforma
integral a la Ley N° 8634, Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo y
reforma a otras leyes (originalmente denominado): Fortalecimiento del Sistema
de Banca para el Desarrollo.
Expediente N° 18.684.—Aprobación
del contrato de garantía entre la República de Costa Rica y el Banco
Interamericano de Desarrollo al contrato de préstamo N° 2493/OC-CR suscrito
entre el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados y el Banco
Interamericano de Desarrollo para financiar el Programa de Agua Potable y
Saneamiento.
Expediente N° 17.743.—Ley
de Reforma de la Jurisdicción Constitucional.
Expediente N° 17.668.—Ley
de Sociedades de Convivencia.
Expediente N° 18.893.—Reforma a los
artículos 34, 36, 42, 45 y 57 de la Ley de Promoción de la Competencia y
Defensa del Consumidor, Ley N° 7472, del 20 de diciembre de 1994, publicada en La
Gaceta N° 14 de 19 de enero de 1995.
Expediente N°
17.984.—Declaratoria del Manatí (Trichechus
Manatus) como Símbolo Nacional de la Fauna Marina de
Costa Rica.
Artículo 2º—Rige a partir del 27 de
agosto de 2013.
Dado en la
Presidencia de la República, el día veintisiete de agosto de dos mil trece.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia,
Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 19547.—Solicitud Nº
110.—C-66690.—(D37890-IN2013058372).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo dispuesto en los
Artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución Política.
Decretan:
Artículo 1º—Retíranse del conocimiento de sesiones extraordinarias de
la Asamblea Legislativa el siguiente proyecto de ley:
Expediente N°
17777.—Ley Reguladora de Investigación Biomédica
(originalmente denominado): Ley General de Investigación en Seres Humanos.
Artículo 2º—Rige a partir del 27 de
agosto de 2013.
Dado en la
Presidencia de la República, el día veintisiete de agosto de dos mil trece.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia,
Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 19547.—Solicitud Nº
110.—C-10755.—(D37891-IN2013058373).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento
en lo dispuesto en los Artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución
Política.
Decretan:
Artículo
1º—Retírese del conocimiento de sesiones extraordinarias de la Asamblea
Legislativa los siguientes proyectos de ley:
Expediente N° 14.839.—Acta
Constitutiva de la Asociación de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de
las Bibliotecas Nacionales de los Países de Iberoamérica (ABINIA).
Expediente N° 18.198.—Ley
Marco del Mercado de Gas Licuado de Petróleo.
Expediente N° 18.357.—Modificación
del Código Electoral, Ley N° 8765, para agregarle un transitorio que Modifique
el Monto del Aporte Estatal para las Elecciones Nacionales del 2014 y
Municipales del 2016.
Expediente N° 17.749.—Ley
de Alfabetización Digital en Escuelas Públicas Primarias.
Expediente N° 18.406.—Autorización
a la Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima a donar parte de
finca de su propiedad al Instituto Costarricense de Ferrocarriles y
Autorización de Uso y Dotación de Recursos (anteriormente denominado):
Autorización a la Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima a donar
finca de su propiedad al Instituto Costarricense de Ferrocarriles para uso de
los Talleres del Ferrocarril en la Ciudad de Limón.
Expediente N° 17.838.—Titulación
en Inmueble Propiedad de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo
Económico de la Vertiente Atlántica (originalmente denominado): Ley para
brindar seguridad jurídica a los poseedores sobre la finca inscrita a nombre de
JAPDEVA, matrícula de folio real número 96658, derecho 000, de la provincia de
Limón.
Expediente N°
18.560.—Autorización al Estado para que Desafecte y
Done un terreno de su propiedad a la Municipalidad de Guatuso.
Expediente N° 18.537.—Reforma del
Artículo 1 de la Ley de Autorización a la Municipalidad de La Unión para que
segregue lotes de su propiedad ubicada en Villas de Florencia, San Diego, La
Unión, y los done a los miembros de la Asociación de Vivienda Llama del Bosque,
N° 8614, del 12 de noviembre de 2007.
Expediente N° 17.930.—Ley
de Aprobación del Acuerdo entre los Gobiernos de Costa Rica, República
Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Estados Unidos de
América sobre Cooperación Ambiental.
Expediente N° 18.657.—Ley
para aplicar el Principio de Solidaridad en la Definición de las Tarifas del
Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores (SOA).
Expediente N° 17.890.—Modificación de
los Artículos 1, 2, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 20 de la Ley N° 5005 y Cambio
de nombre del Colegio de Secretariado Profesional de Costa Rica a Colegio de
Profesionales en Secretariado de Costa Rica (anteriormente denominado):
Modificación de los artículos 1, 2, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 20 y 23 de la
Ley 5005 y Cambio de nombre del Colegio de Secretariado Profesional de Costa
Rica a Colegio de Profesionales en Secretariado de Costa Rica.
Expediente N° 18.490.—Reforma
parcial a la Ley orgánica del Colegio de Abogados, Ley N° 13, del 28 de octubre
de 1941 y sus reformas.
Expediente N° 17.766.—Ley
del Sistema de Garantía de Depósitos y Resolución Bancaria (originalmente
denominado): Ley del Sistema de Seguro de Depósitos y Resolución Bancaria.
Expediente N° 18.522.—Aprobación
del Convenio Constitutivo y el Convenio de Administración del Fondo
Multilateral de Inversiones II, suscritos entre el Gobierno de la República de
Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo y Autorización a capitalizar
organismos multilaterales.
Expediente N° 18.462.—Ley
de Fortalecimiento del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM).
Expediente N° 18.526.—Reforma
de la Ley 7052 de 13 de noviembre de 1986 y sus reformas, para modernizar las
fuentes de capitalización de las mutuales (originalmente denominado) Ley para
modernizar las fuentes de capitalización de las mutuales.
Expediente N° 17.502.—Fortalecimiento
del Sistema de Banca para el Desarrollo.
Expediente N° 17.743.—Ley
de Reforma de la Jurisdicción Constitucional.
Expediente N°
17.668.—Ley de Sociedades de Convivencia.
Artículo 2º—Rige a partir del 29 de
agosto de 2013.
Dado en la
Presidencia de la República, el día veintinueve de agosto de dos mil trece.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia,
Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 19547.—Solicitud Nº
110.—C-70080.—(D37893-IN2013058378).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento
en lo dispuesto en los Artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución
Política.
Decretan:
Artículo 1º—Retíranse del conocimiento de
sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa el siguiente proyecto de
ley:
Expediente N°
17.777.—Ley Reguladora de Investigación Biomédica
(originalmente denominado): Ley General de Investigación en Seres Humanos.
Artículo
2º—Rige a partir del 29 de agosto de 2013.
Dado en la
Presidencia de la República, el día veintinueve de agosto de dos mil trece.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia,
Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 19547.—Solicitud Nº
110.—C-10755.—(D37894-IN2013058375).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en el artículo 140
incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, artículos 1°, 27 inciso 1),
28 inciso 2), acápite b, y 103 inciso 1) de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo del año 1978, Ley N° 8292 Ley General de
Control Interno y la Ley N° 5811 del 10 de octubre de 1975.
Considerando:
1º—El artículo primero de la
Constitución Política establece la organización política de nuestro país como
una República democrática, libre e independiente, siendo que el quehacer
estatal de este tipo de organización se enfoca, esencialmente, a la realización
plena de la población que está bajo su tutela y, en consecuencia, las
estrategias y acciones que los gobernantes desarrollen, se orientaran hacia
este objetivo.
2º—Parte esencial del desarrollo del individuo es ejercer
sus libertades y derechos individuales y sociales sin perturbación o con el
menor riesgo posible, siendo que esta garantía es deber ineludible del Estado,
quien implementará los mecanismos correspondientes y oportunos para ello, en
procura de la paz social de su territorio.
3º—El Ministerio de Gobernación y Policía tiene como
misión integrar esfuerzos para el fortalecimiento de la democracia y el
mejoramiento de la calidad de vida de la población, mediante la aplicación de
políticas y acciones estratégicas en materia de migración y extranjería,
control de la publicidad comercial, promoción del desarrollo comunal y
publicación de documentos oficiales del Estado, siguiendo principios de
responsabilidad, solidaridad y respeto a los derechos humanos.
4º—El constante crecimiento, desarrollo y
modernización del Ministerio, exige un mayor y mejor control de las operaciones
y procedimientos administrativos y operativos que se efectúan, así como una
mayor eficiencia y eficacia en el empleo de los recursos en las dependencias
que lo conforman.
5º—La amplitud de las competencias conceptuales
asignadas al Ministerio de Gobernación y Policía se ha reflejado
particularmente en la naturaleza y dirección de los órganos, entes y
dependencias adscritas a su estructura y demanda una adecuada organización y
división de funciones y competencias.
6º—La realidad social, económica, política y cultural
del país presenta características distintas al contexto vivido en años
anteriores, circunstancia que impulsa al replanteamiento, entre otros, de las
estructuras orgánicas de las instituciones del Estado, para adecuarlas a los
nuevos requerimientos.
7º—Que para dar respuesta a los retos que se ha
propuesto el Ministerio de Gobernación y Policía, en particular la
Administración Central y satisfacer las necesidades de las dependencias
adscritas, se hizo necesario revisar y analizar de manera integral las
funciones y estructura organizacional.
8º—El presente Reglamento se
realiza con base en la Estructura Organizacional del Ministerio de Gobernación
y Policía aprobada mediante oficio N° DM-360-13 del 28 de junio del 2013 del
Ministerio de Planificación Nacional de Política Económica, de acuerdo con lo
que establece el Decreto N° 23323-PLAN. Por tanto,
Decretan:
Reglamento de Organización y Funcionamiento
del Ministerio de Gobernación y Policía
Artículo 1º—El (la) Ministro (a) es el
órgano jerárquico superior de esta Cartera y le corresponderán, conjuntamente
con el (la) Presidente de la República, las siguientes funciones:
1) Nombrar y remover en forma libre, a los
empleados (as) y funcionarios(as) que sirvan en cargos de confianza y a los
(las) demás que determine el Estatuto de Servicio Civil.
2) Sancionar y promulgar, leyes, reglamentos,
velando por su ejecución y exacto cumplimiento.
3) Coadyuvar en el mantenimiento del orden y la
tranquilidad de la Nación y tomar providencias necesarias para el resguardo de
las libertades públicas.
4) Ejecutar y hacer cumplir lo que resuelvan o
dispongan en los asuntos de su competencia, los Tribunales de Justicia y los
organismos electorales a solicitud de los mismos.
5) Emitir
decretos, acuerdos, resoluciones y órdenes del Poder Ejecutivo.
6) Cualquier otra propia de su competencia como
integrante del Poder Ejecutivo.
Artículo 2º—El (la) Ministro (a)
realizará, además, las siguientes funciones:
1) Presentar a la Asamblea Legislativa cada
año, dentro de los primeros quince días del primer periodo de sesiones
ordinarias, una memoria sobre los asuntos del quehacer de este Ministerio.
2) Dirigir, coordinar y vigilar el buen
funcionamiento de los servicios y dependencias del Ministerio.
3) Plantear al (a la)
Presidente de la República los conflictos de atribuciones con otros Ministerios
o con las entidades descentralizadas.
4) Preparar y presentar al (a
la) Presidente de la Republica los proyectos de ley, decretos, acuerdos,
resoluciones, ordenes y otros actos que deban
suscribir conjuntamente.
5) Agotar la vía administrativa, resolviendo
los recursos legales pertinentes.
6) Resolver los conflictos que surjan entre las
diferentes instancias o los funcionarios(as) del Ministerio.
7) Plantear y contestar, según sea el caso,
ante el (la) Presidente de la República los conflictos administrativos que
correspondan.
8) Disponer los gastos de los servicios del
Ministerio, dentro de los límites presupuestarios autorizados, e instar al
Ministerio de Hacienda el trámite de los pagos autorizados.
9) Firmar en nombre del Estado, los contratos
relativos a asuntos propios de su Ministerio.
10) Delegar y avocarse, según el caso, de manera
no jerárquica o en diverso grado las funciones que considere pertinentes para
el correcto desarrollo de las labores institucionales.
11) Atender otras propias de su competencia y
potestad.
Artículo 3º—El
Ministerio de Gobernación y Policía tendrá dos Viceministros (as), quienes
tendrán a cargo las funciones establecidas por el artículo 48 de la Ley General
de la Administración Pública, pudiendo sustituir al (la) Ministro (a) cuando
así sea requerido, según indique el acuerdo de sustitución que se emita para
tales efectos. Deberán también encargarse de los programas y labores que le
sean asignados por el (la) Ministro (a) o la normativa vigente.
En el acuerdo de designación se determinará tal
distribución de competencias, bajo el entendido de que en aquellos momentos en
los que solamente exista nombrado un (una) Viceministro (a), este(a) asumirá el
ejercicio de sus facultades respecto de la totalidad de los órganos, entes y
oficinas adscritas al Ministerio.
Artículo 4º—Del Despacho del (la) Ministro (a)
dependerán las siguientes Unidades Asesoras:
a. Asesoría Jurídica.
b. Planificación Institucional.
c. Auditoría Interna.
a. Asesoría Jurídica. Unidad
organizacional asesora adscrita al nivel superior jerárquico, cuyas funciones
de asesorar y resolver los asuntos de índole legal sometidos a su conocimiento,
a través del desarrollo de una labor de interpretación, aplicación y valoración
jurídica, dentro del marco de la racionalidad, trasparencia y objetividad
institucional, son de carácter complejo, pluralizadas, especializadas e
institucionalmente relevantes, en razón de la amplitud de la materia que se le
somete a su conocimiento producto de la diversidad de dependencias adscritas.
Se encuentra especialmente dirigida a los niveles jerárquicos superiores del
Ministerio, lo que conlleva un alto nivel de responsabilidad y exigencia,
estará conformada por los siguientes subprocesos:
1. Subproceso Jurídico Contractual.
2. Subproceso Jurídico Administrativo.
3. Subproceso Inspección Policial y
Administrativo.
4. Subproceso Investigaciones Administrativas y
Elaboración de Proyectos.
La Asesoría Jurídica tendrá las siguientes
funciones:
1. Asesorar a los jerarcas de la Institución y
tramitar los asuntos relacionados con la confección y aplicación de leyes,
decretos, acuerdos, resoluciones, reglamentos, contratos, convenios, entre
otros, así como la elaboración de informes y solicitudes en nombre de la
Institución.
2. Emitir criterio y plantear propuestas para
que las actuaciones de los funcionarios sean acordes al ordenamiento jurídico.
3. Tramitar
los recursos ordinarios y extraordinarios que se interpongan contra los actos y
actuaciones de los órganos y competencias institucionales así como las demás
gestiones o impugnaciones contra los actos del Ministerio.
4. Gestionar, atender y tramitar asuntos en
materia de servidumbres administrativas de agua, contratación, disciplinaria,
reclamos, y las demás gestiones que le encargue el Ministro.
5. Revisar las propuestas o proyectos de
normativa jurídica que se produzcan en la Institución, y recomendar lo que
estime procedente y oportuno.
6. Contribuir con los procesos de rendición de
cuentas y evaluación de la gestión, de acuerdo con las especificaciones
técnicas de los órganos competentes.
7. Coadyuvar en la elaboración de la Memoria
Institucional y en el Informe de Fin de Gestión del Ministro, de acuerdo a las
disposiciones técnicas y jurídicas.
8. Cualquier otra propia de su competencia.
Funciones
del Director: Corresponde al
Director planear, dirigir, organizar, coordinar, evaluar y supervisar el
funcionamiento de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía,
y realizar además, las siguientes funciones:
1. Atender, investigar, resolver, proponer y
redactar consultas y/o disposiciones de carácter jurídico a fin de dar
respuesta a gestiones presentadas por la Asamblea Legislativa, el Poder
Judicial, Procuraduría General de la República, Contraloría General de la
República, Defensoría de los Habitantes de la República y cualquier otra
institución que emita criterios, recomendaciones y disposiciones de relevancia
jurídica.
2. Asesorar legalmente en forma personal o
escrita a los jerarcas del Ministerio de Gobernación y Policía, así como a los
Directores Generales de las demás dependencias del Ministerio de Gobernación y
Policía, tales como: Dirección General de Migración y Extranjería, Dirección
Nacional de Desarrollo de la Comunidad, Imprenta Nacional y Oficina Nacional de
Control de Propaganda; en aquellas situaciones cuyo pronunciamiento no se
considere un adelanto de criterio.
3. Coordinar con la jefatura de los procesos la
ejecución de las labores encomendadas a la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Gobernación y Policía, con el propósito de que se alcancen los objetivos para
los cuales fue creada dentro de un marco de eficiencia, eficacia y sana
administración de los recursos.
4. Definir, establecer y mantener actualizadas
las políticas, procedimientos y prácticas requeridas por la Asesoría Jurídica
del Ministerio de Gobernación y Policía, para cumplir con sus competencias,
considerando en cada caso lo relativo a los diversos subprocesos.
5. Conocer y aprobar la actualización del
Manual de Procedimientos que sean necesarios con el fin de orientar la
ejecución de las tareas que se ejecutan en cada uno de los Procesos y promover
su revisión, actualización y adecuación a las necesidades vigentes.
6. Conocer y aprobar las actualizaciones de la
visión, misión, de la Institución así como las políticas y objetivos de la
Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía que se propongan.
7. Velar por la dotación de los recursos
necesarios para el desarrollo efectivo de las labores de la Asesoría Jurídica
del Ministerio de Gobernación y Policía, y administrar en forma eficiente los
recursos materiales, humanos y tecnológicos con los que cuente, en función de
los objetivos institucionales.
8. Supervisar que el personal de la Asesoría
Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía cumpla de manera eficiente y
oportuna con las tareas asignadas.
9. Fomentar en el personal de la Asesoría
Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía la adquisición de nuevos
conocimientos y técnicas, mediante una capacitación adecuada al grado de
complejidad de las funciones de esta dependencia, así como el fortalecimiento
de los valores y actitudes que refuercen la eficacia y la eficiencia en el
desempeño de sus actividades.
10. Revisar, en forma periódica, la estructura
orgánica y funcional de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y
Policía y proponer los ajustes necesarios para el cabal ejercicio de sus
funciones.
11. Rendir informes al Ministro y Viceministro
sobre los resultados de la gestión de la Asesoría Jurídica, cuando sean
solicitados.
12. Proponer reformas normativas para mejorar el
funcionamiento del Ministerio de Gobernación y Policía.
13. Aprobar los planes y programas de la Asesoría
Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía.
14. Realizar las evaluaciones anuales del
Subdirector y el personal de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación
y Policía.
15. Representar
al Ministerio, por delegación expresa de los superiores o autoridades
competentes, en reuniones, seminarios, congresos y comisiones
interinstitucionales, nacionales o internacionales y comunicar los resultados
de su participación, así como presentar las recomendaciones pertinentes.
16. Aprobar y
coordinar aspectos relacionados con el Sistema de Control Interno Institucional
y el Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional (SEVRI)
vinculados a la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía.
17. Participar en los grupos de trabajo
gerenciales a solicitud de sus superiores.
Funciones del Subdirector (a). Le corresponderá asistir y coordinar con el Director
la planeación, dirección, organización, coordinación, evaluación y supervisión
de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía y realizará,
además, las siguientes funciones:
1. Revisar de manera periódica las políticas,
objetivos, estrategias y directrices de la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Gobernación y Policía para proponer al Director (a) su actualización y
adecuación a las necesidades vigentes en aras del mejoramiento de las labores
encomendadas.
2. Participar
en la planificación estratégica de la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Gobernación y Policía y colaborar con el Director en la realización de las
mejoras requeridas.
3. Apoyar al Director en la revisión periódica
de los proyectos realizados por los abogados de la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Gobernación y Policía y comunicar las acciones a seguir en cada
caso concreto.
4. Coordinar con los encargados de los
Procesos, en lo que corresponda, para la actualización del Manual de
Procedimientos de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía
y someter los cambios al Director para su aprobación.
5. Dar seguimiento al cumplimiento de las
disposiciones emitidas por el Director.
6. Participar en los grupos de trabajo
gerenciales a solicitud del Director o de sus superiores.
7. Coordinar con el personal de la Asesoría
Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía la atención de diversos
asuntos, asistir a reuniones y brindar información para su adecuada gestión.
8. Coordinar conjuntamente con la Jefatura de
planificación de los aspectos relacionados con el Sistema de Control Interno y
Sistema Específico de Valoración de Riesgos (SEVRI), en la Asesoría Jurídica
del Ministerio de Gobernación y Policía.
9. Asistir, dirigir y coordinar reuniones donde
se requiere su asesoría en campos de acción diversos relacionados con el ámbito
jurídico, en asuntos de su competencia, y comunicarse con los diferentes
participantes con el objeto de brindar las recomendaciones del caso.
10. Representar al Director en reuniones,
comisiones, seminarios, congresos, exposiciones, dentro o fuera del país,
cuando así le sea requerido.
11. Sustituir al Director en sus ausencias, a fin
de mantener en operación la gestión de la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Gobernación y Policía.
12. Ejecutar otras tareas propias del cargo, según
sean las necesidades institucionales.
Subproceso Jurídico Contractual. El Subproceso Jurídico Contractual tendrá las
siguientes funciones:
1. Atender y resolver, consultas planteadas por
los jerarcas en materia de contratación administrativa.
2. Tramitar
convenios de cooperación entre este Ministerio y diferentes instituciones
públicas y sujetos privados, así como lo relacionado con la recepción de
donaciones, y cualquier otro aspecto vinculado con la adquisición de bienes
muebles e inmuebles, servicios y obras para la institución.
3. Fungir como Órgano Director, en la
tramitación de procedimientos por incumplimiento contractual, ejecución de
garantías de cumplimiento, aplicación de multas, ejecución de cláusula penal,
resolución y rescisión contractual, en los casos de contratos suscritos por el
Ministerio. Asimismo, remitir a la Proveeduría Institucional las
recomendaciones pertinentes.
4. Resolver los recursos de Objeción al Cartel,
Revocatoria contra el acto de adjudicación e Incidentes de Nulidad, que remita
la Proveeduría Institucional y preparar los proyectos de resolución de éstos.
5. Resolver recursos ordinarios y
extraordinarios, presentados contra las resoluciones finales en caso de
procedimientos por incumplimiento contractual, ejecución de garantías de
cumplimiento, aplicación de multas, ejecución de cláusula penal, resolución y
rescisión contractual, en los casos de contratos suscritos por el Ministerio. Asimismo,
remitir a la Proveeduría Institucional las recomendaciones pertinentes.
6. Remitir los informes requeridos por la
Contraloría General de la República, en caso de Recursos de Apelación contra el
acto de adjudicación.
7. Dar trámite a los incidentes de aumento de
alquiler, solicitudes de modificación contractual, solicitudes de prórroga de
ejecución de contratos, reajuste de precios, y aclaraciones, prórrogas y
modificaciones al Cartel.
8. Realizar la revisión técnico-jurídica de los
carteles de licitación y solicitar subsanar lo que corresponda.
9. Realizar el análisis de los aspectos legales
de las ofertas que se presenten con ocasión de los procesos de contratación.
Consecuentemente remitir el criterio jurídico que corresponda.
10. Tramitar y formalizar los contratos que se
gestionen en este Ministerio para la adquisición de bienes, servicios y obras.
Asimismo, respecto a los contratos de estudios de funcionarios de la
Institución.
11. Diligenciar
la suscripción de los convenios y contratos por las partes involucradas. Y en
caso que así corresponda, declarar mediante resolución razonada, la
insubsistencia de los mismos.
12. Formalizar los adendum
a los contratos y contratos adicionales, cuando sean solicitados y así
correspondan. Asimismo, tramitar la suspensión y cesión de contratos.
13. Elaborar los proyectos de finiquito de
contrato, sea debido a rescisión o por voluntad de no prorrogar los contratos.
14. Elaborar certificaciones de personería
jurídica y sustitución de garantías prendarias.
15. Realizar
los trámites de formalización respectivos para las donaciones de bienes muebles
e inmuebles. En el caso de bienes inscribibles, se debe coordinar con la
Notaría del Estado y con organismos internacionales, embajadas y con cualquier
otro ente privado o público cuando corresponda.
16. Atender las
sustituciones de garantías ante los órganos judiciales.
17. Tramitar lo relacionado con las cesiones de
pago que soliciten los contratistas.
18. Confeccionar la propuesta de los informes en
relación con los recursos de amparo, acciones de inconstitucionalidad, hábeas
corpus, amparos de legalidad, que se interpongan en contra de los jerarcas del
Ministerio.
19. Estudiar, analizar e investigar expedientes
judiciales.
20. Elaborar
los informes para la Procuraduría General de la República, en caso de demandas
contenciosas administrativas.
21. Atender los reclamos presentados por los
contratistas, para el pago de obligaciones de períodos anteriores al del
momento de la presentación de la gestión.
22. Accesar el Sistema
de Compra@Red, para consultas, al efecto se cuenta
con un dispositivo electrónico mediante el cual se autoriza el acceso.
23. Brindar información oportuna a los usuarios
interesados cuando corresponda.
24. Atender cualquier otra de su competencia.
Subproceso Jurídico Administrativo. El Subproceso Jurídico Administrativo tendrá las
siguientes funciones:
1. Conocer y
preparar los proyectos de resolución de los recursos de apelación, de
reconsideración y de revisión en materia disciplinaria, así como de cualquier
otra materia administrativa, cuya resolución deba ser emitida por el Ministro.
2. Efectuar los procedimientos de resoluciones,
acuerdos y decretos que deban tramitarse mediante la firma digital por el Poder
Ejecutivo.
3. Confeccionar la propuesta de los informes en
relación con los recursos de amparo, acciones de inconstitucionalidad, hábeas
corpus, amparos de legalidad, que se interpongan en contra de los jerarcas y
funcionarios del Ministerio de Gobernación y Policía en el ejercicio de sus funciones.
4. Dar trámite y preparar los proyectos de
resoluciones a los distintos reclamos administrativos, cobratorios y
restitución de derechos interpuestos por terceros interesados, servidores y exfuncionarios de la Administración Central, Tribunal
Administrativo Migratorio, Dirección General de Migración y Extranjería,
Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, Imprenta Nacional y la
Oficina Nacional de Control de Propaganda; todas del Ministerio de Gobernación
y Policía.
5. Tramitar los pagos por resolución
administrativa que deba efectuar la Administración Central.
6. Revisar y
tramitar los proyectos de resolución de pago de la Dirección General de
Migración y Extranjería, Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad,
Imprenta Nacional y la Oficina Nacional de Control de Propaganda; todas del
Ministerio de Gobernación y Policía.
7. Conocer y preparar el proyecto de resolución
de las anuencias de pensiones del Régimen de Comunicaciones.
8. Tramitar y preparar las resoluciones de
traslado de cuotas al Régimen de la Caja Costarricense de Seguro Social y
devolución de dinero al interesado.
9. Dar
seguimiento a los casos de Procedimientos Judiciales que sean de competencia
del Ministerio de Gobernación y Policía.
10. Dar trámite
a las Gestiones de despido de la Administración Central, Dirección General de
Migración y Extranjería, Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad,
Imprenta Nacional y la Oficina Nacional de Control de Propaganda; todas del
Ministerio de Gobernación y Policía.
11. Conocer y tramitar las gestiones e informes
que deban interponerse o rendirse ante la Sala Constitucional, así como las
diferentes instancias de los Tribunales de Justicia, la Procuraduría General de
la República, de la Contraloría General de la República, la Defensoría de los
Habitantes y otras instituciones del Estado.
12. Efectuar
los procedimientos de cobros administrativos iniciados en contra de
funcionarios y exfuncionarios de la Administración
Central del Ministerio de Gobernación y Policía.
13. Tramitar los procedimientos por
responsabilidad civil que correspondan contra terceros.
14. Brindar información oportuna a los usuarios
interesados cuando corresponda.
15. Tramitar Apelaciones interpuestas contra las
resoluciones emitidas por la Oficina de Control de Propaganda.
16. Estudiar, analizar e investigar expedientes
judiciales.
17. Atender cualquier otra de su competencia.
Subproceso de Inspección Policial y
Administrativo. El Subproceso
de Inspección Policial y Administrativo tendrá las siguientes funciones:
1. Fungir como Órgano Director de
procedimientos administrativos disciplinarios para la instrucción de todos los
asuntos por faltas disciplinarias graves, de los funcionarios de la Policía
Profesional de Migración.
2. Fungir como Órgano Director de procedimientos
administrativos disciplinarios para la instrucción de todos los asuntos por
faltas disciplinarias que deban iniciarse contra los servidores de la
Administración Central del Ministerio de Gobernación y Policía.
3. Emitir el informe de recomendación, con
autonomía de criterio, ante el órgano competente de decisión, sea el Consejo de
Personal o el Despacho del Viceministro del Ministerio de Gobernación y
Policía, según corresponda.
4. Estudiar, analizar e investigar expedientes
judiciales en donde se involucra a un servidor de la Policía Profesional de
Migración o a un funcionario administrativo.
5. Celebrar y dirigir audiencias orales y
privadas conforme a los procedimientos establecidos por la Ley General de la
Administración Pública.
6. Estudiar, solicitar y admitir nuevos
elementos de prueba que surjan con posterioridad a la apertura del
procedimiento realizando la ampliación correspondiente.
7. Realizar
giras para instruir las causas administrativas cuando la naturaleza de los
hechos requiera el desplazamiento del órgano director del procedimiento a la
zona donde se encuentre la prueba testimonial y el encartado.
8. Comprobar la correcta aplicación de normas,
disposiciones, leyes y reglamentos que rigen los diferentes procesos
disciplinarios que se llevan a cabo en el Proceso.
9. Elaborar escritos de respuesta a
incidencias, excepciones y cualquier otro trámite procesal; emitir y suscribir
los actos resolutivos propiamente dichos: autos de apertura de procedimientos
disciplinarios, resoluciones interlocutorias, el informe de recomendación que
dirigirá al Consejo de Personal o Despacho del Viceministro, así como los
proyectos de respuesta a los recursos de revocatoria contra las resoluciones
emitidas.
10. Recomendar la suspensión provisional con goce
de salario o la reubicación temporal de los servidores de la Policía
Profesional de Migración, previo a la apertura de la causa administrativa y
como medida cautelar, de conformidad con lo estipulado en la normativa vigente.
11. Recomendar
al Ministro de Gobernación y Policía, enviar al Ministerio Público las
diligencias correspondientes, cuando de los procesos disciplinarios se
evidencie la posible comisión de un delito por parte de un servidor de la
Policía Profesional de Migración y de la Actividad Central.
12. Notificar al Patronato Nacional de la Infancia
las causas administrativas en donde se involucre a una persona menor de edad.
13. Tramitar las solicitudes y brindar información
en materia disciplinaria que planteen instituciones vinculadas al ámbito
jurídico o cualquier otra instancia o particular legitimado que la requiera.
14. Preparar
los proyectos de resoluciones interlocutorias y finales, así como los informes
que soliciten las instancias competentes, por las causas administrativas
disciplinarias a su cargo.
15. Conocer y tramitar las gestiones e informes
que deban interponerse o rendirse ante la Sala Constitucional, así como las
diferentes instancias de los Tribunales de Justicia, la Procuraduría General de
la República, de la Contraloría General de la República, la Defensoría de los
Habitantes y otras instituciones del Estado.
16. Estudiar, analizar e investigar expedientes
judiciales.
17. Cualquier otra propia de su competencia.
Subproceso de Investigaciones
Administrativas y Elaboración de Proyectos.
El Subproceso de Investigaciones Administrativas y Elaboración de Proyectos
tendrá las siguientes funciones:
1. Confeccionar dictámenes, informes y
directrices para este Ministerio.
2. Elaborar los proyectos de ley, de
reglamentos, decretos y acuerdos requeridos.
3. Instruir y preparar los proyectos de
resolución en las gestiones de servidumbre administrativa de agua, así como
tramitar y preparar los proyectos de resolución de los recursos administrativos
y constitucionales interpuestos contra los jerarcas ministeriales y las
resoluciones emitidas en relación con las servidumbres administrativas de agua.
4. Dar audiencia a las partes, solicitar el
nombramiento de perito, apersonarse al lugar donde se pretende imponer una
servidumbre, poner en conocimiento el avalúo, elaborar el edicto de la
imposición de la Servidumbre y coordinar su publicación.
5. Realizar en coordinación con el Área de
Valoraciones del Ministerio de Hacienda, inspecciones de campo para la
resolución de los asuntos propios de este proceso.
6. Confeccionar la propuesta de los informes en
relación con los recursos de amparo, acciones de inconstitucionalidad, hábeas
corpus, amparos de legalidad, que se interpongan en contra de los jerarcas del
Ministerio.
7. Asistir a
reuniones que así disponga la Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de
Gobernación y Policía.
8. Tramitar lo relacionado con el otorgamiento
de Concesiones para prestar los servicios
sociales de comunicación postal al efecto solicitar y analizar los informes de
Correos de Costa Rica S. A. a fin de resolver las solicitudes para prestar el
servicio de comunicación social.
9. Estudiar, analizar e investigar expedientes
judiciales.
10. Revisar y analizar jurídicamente los proyectos
emitidos por la Actividad Central, Oficina Nacional de Control de Propaganda,
Dirección General de Migración y Extranjería, Imprenta Nacional y Dirección
Nacional de Desarrollo de la Comunidad.
11. Conocer el Informe de Liquidación de partidas
específicas, cuando los dineros han sido girados por el Ministerio de
Gobernación y Policía, y tramitar los posibles procedimientos de cobro, así
como presentar la denuncia ante las instancias judiciales, cuando corresponda.
12. Brindar información oportuna a los usuarios
interesados cuando corresponda.
Funciones de Tramitología Documentación,
Notificación y Archivo:
1. Brindar
apoyo administrativo a las jefaturas, encargados de los procesos y a los
abogados de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía, con
la finalidad de garantizar una atención ágil y oportuna a las diversas
gestiones.
2. Recibir, clasificar, sellar y asignar número
a la correspondencia y otros documentos diversos, de acuerdo con las gestiones
realizadas por los funcionarios de la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Gobernación y Policía para su comunicación y tramitación posterior.
3. Distribuir la correspondencia interna y
externa, registrándola en los respectivos controles, para brindar en forma
precisa y oportuna la información requerida por los usuarios de sus servicios.
4. Digitar diversos documentos: controles de
correspondencia, cartas, informes, formularios y otros, mediante el uso de
paquetes de cómputo, para brindar el servicio más ágil y oportuno a los
usuarios.
5. Tramitar
solicitudes de suministros de oficina, de acuerdo a las necesidades
establecidas por las jefaturas, de útiles y materiales de trabajo, para
asegurar las existencias requeridas para la realización eficiente de la labor
asignada.
6. Llevar un control de los suministros que se
poseen en la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía así como
la asignación de los mismos, según las necesidades de cada uno de los
funcionarios.
7. Atender consultas de usuarios, por teléfono
o personalmente, sobre el estado de los diferentes trámites que se realizan en
la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía para orientar y
atender sus requerimientos.
8. Llevar la agenda de reuniones, citas,
compromisos y otras actividades, con base en las instrucciones recibidas de su
superior, para organizar efectivamente el tiempo disponible, así como el
control de los expedientes de todo el personal de esta Asesoría Jurídica del
Ministerio de Gobernación y Policía.
9. Diligenciar órdenes de compra,
requisiciones, facturas y otros, de acuerdo con los requerimientos de la
Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía.
10. Hacer
reportes sobre el mal funcionamiento de los equipos de trabajo, con base en la
revisión y observación de su funcionamiento, para procurar su adecuada y oportuna reparación.
11. Archivar y llevar un control de todos los
documentos que se tramitan en la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Gobernación y Policía así como ubicar y localizar los documentos que soliciten
sus funcionarios, otras dependencias del Ministerio, dependencias externas
públicas o sujetos privados.
12. Realizar y confirmar las notificaciones.
13. Establecer y proponer periódicamente ante sus
superiores, mecanismos de control para evitar el extravío de documentos.
14. Todo lo relacionado con el Sistema de Control
Interno y Sistema de Valoración de Riesgos, de la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Gobernación y Policía.
b. Planificación Institucional. La cual
realizará las siguientes funciones:
1. Formular, proponer y evaluar políticas,
según los lineamientos emitidos por el Ministro o establecidos en el Plan
Nacional de Desarrollo.
2. Crear, identificar y fortalecer los procesos
de planificación, que permitan cumplir con los objetivos institucionales.
3. Emitir el criterio técnico y participar en
los procesos de modificación de la estructura orgánica institucional.
4. Contribuir en la formulación del Plan
Estratégico y el Plan Operativo Institucional de conformidad con los
lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo y con la normativa institucional.
5. Analizar las políticas y estrategias
nacionales, que incidan en el cumplimiento de la misión institucional y emitir
las recomendaciones correspondientes.
6. Revisar y redefinir, de acuerdo con la
dinámica institucional, la estructura programática en coordinación con otras
instancias del Ministerio, como base para la formulación presupuestaria.
7. Coordinar con la Dirección Administrativa
Financiera, la Oficina de Gestión Institucional de Recursos Humanos, el
Departamento Financiero y los responsables de programas y actividades
presupuestarias, la formulación y evaluación del presupuesto institucional.
8. Revisar y avalar toda creación, modificación
o supresión de cualquier dependencia de la estructura orgánica de la Actividad
Central del Ministerio, en coordinación con la Asesoría Jurídica y la Oficina
de Gestión Institucional de Recursos Humanos, para su posterior aprobación por
parte de los jerarcas de la Institución.
9. Coordinar el proceso de formulación,
ejecución y evaluación de la Metodología para aplicar la Autoevaluación del
Sistema de Control Interno y el Sistema de Evaluación y Valoración de Riesgo
Institucional (SEVRI).
10. Realizar los procesos de seguimiento y
evaluación de planes, programas y proyectos, recomendando las medidas
correctivas pertinentes.
11. Brindar a los funcionarios de la Institución,
asesoría y capacitación en materia de planificación, control interno y
evaluación del riesgo institucional.
12. Recopilar, procesar y analizar información
para la elaboración de documentos sobre la gestión institucional.
13. Fortalecer y consolidar la Metodología de
Autoevaluación del Sistema de Control Interno y SEVRI, y realizar las gestiones
correspondientes ante el Despacho del Ministro para su aprobación.
14. Consolidar la información de las entidades
adscritas para la elaboración de la Memoria Institucional y en el Informe de
Fin de Gestión de acuerdo a disposiciones técnicas y normativas vinculantes.
15. Cualquier otra propia de su competencia.
La Unidad de Planificación Institucional
desarrolla los siguientes subprocesos de trabajo: Políticas y Estrategias
Institucionales; Formulación de Planes, Programas y Proyectos; Evaluación
Institucional; Control Interno y Valoración de Riesgo Institucional.
Subproceso de Políticas y Estrategias
Institucionales. El cual realizará las siguientes funciones:
1. Revisar y
reformular las políticas y estrategias institucionales.
2. Analizar las propuestas de modificación
total o parcial de la estructura organizacional de las dependencias del
Ministerio, y emitir el criterio técnico respectivo.
3. Elaborar estudios especiales requeridos por
los Jerarcas.
4. Colaborar en la elaboración de la Memoria
Anual Institucional.
5. Coordinar en la elaboración de manuales de
procesos y procedimientos
Subproceso de Formulación de Planes,
Programas y Proyectos. El cual realizará las siguientes funciones:
1. Formular programas, proyectos y acciones a
incluir en el Plan Nacional de Desarrollo, en la materia que le compete al
Ministerio de Gobernación y Policía.
2. Reformular la Estructura Programática
Presupuestaria según las necesidades institucionales.
3. Elaborar la metodología e instrumentos que
faciliten la formulación de los planes anuales operativos.
4. Realizar actividades de asesoría y
capacitación sobre el Plan Estratégico Institucional, Plan Operativo
Institucional y planes operativos por dependencia.
5. Colaborar con las dependencias del
Ministerio de Gobernación y Policía en la formulación de los planes anuales
operativos.
6. Formular o modificar el Plan Estratégico
Institucional en coordinación con las dependencias del Ministerio.
7. Formular el Plan Operativo Institucional
(POI), que contempla los programas presupuestarios de las entidades adscritas
correspondientes.
8. Colaborar en la formulación de planes,
programas y proyectos que soliciten los jerarcas.
Subproceso de Evaluación Institucional. El cual realizará las siguientes funciones:
1. Evaluar los planes anuales operativos del
Ministerio de Gobernación y Policía.
2. Evaluar el Plan Operativo Institucional
(POI), de acuerdo con lineamientos emitidos por la Dirección General de
Presupuesto Nacional.
3. Elaborar las evaluaciones que soliciten los
jerarcas.
Control Interno: El cual realizará las siguientes funciones:
1. Formular en coordinación con el Equipo
Gerencial las metodologías para la autoevaluación del proceso de Control
Interno y del Sistema Específico de Valoración de Riesgo (SEVRI) y enviarla al
Despacho del (de la) Viceministro (a) (a) para su aprobación.
2. Coordinar las actividades de diseño,
ejecución y evaluación de los procesos de Control Interno y el Sistema
Específico de Valoración de Riesgo (SEVRI), de conformidad con las
disposiciones de la Ley General de Control Interno, las Normas Generales del
Sistema de Control Interno para el Sector Público, y demás disposiciones
promulgadas por los órganos competentes sobre la materia.
3. Promover en la institución la formación de
una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en el
cumplimiento del marco filosófico institucional.
4. Informar
a los (las) jerarcas acerca del grado de avance del Control Interno y el
Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional (SEVRI) del
Ministerio, resaltando las debilidades encontradas y de los obstáculos para su
cumplimiento.
5. Diseñar y proporcionar los instrumentos
necesarios para que las dependencias emitan información clara, oportuna y
confiable que faciliten la toma de decisiones de los (las) jerarcas y titulares
subordinados (as).
6. Capacitar
y asesorar a los (las) titulares subordinados (as), sobre la aplicación de la
metodología para la autoevaluación del Sistema de Control Interno y el Sistema
Específico de Valoración de Riesgo Institucional (SEVRI).
7. Coordinar con el Equipo Gerencial las etapas
de formulación, seguimiento y evaluación de los informes Interno y Estratégico
de Control Interno.
8. Analizar
y recomendar los ajustes necesarios para actualizar el Sistema de Control
Interno y el Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional (SEVRI)
que posibiliten el mejoramiento en la prestación de los servicios.
9. Actualizar y emitir los lineamientos
técnicos para la elaboración de los informes tanto de la Autoevaluación de
Control Interno como del Sistema Específico de Valoración de Riesgos.
10. Formular y
aplicar los planes de contingencia, en caso de que el Control Interno y los
factores de riesgo sean desfavorables e inseguros para el patrimonio de la
Institución.
11. Comprobar que se implementen las medidas
recomendadas para perfeccionar la aplicación de la Autoevaluación de Control
Interno y del Sistema Específico de Valoración de Riesgo.
12. Cualquier otra propia de su competencia.
Funciones Sistema de Control Interno:
1. Vigilar por la correcta aplicación del
Sistema de Control Interno que facilite la conservación y utilización racional
de los recursos institucionales.
2. Expedir a los (las) titulares subordinados
(as) y al Equipo Gerencial los lineamientos a seguir en las diferentes etapas
de la autoevaluación.
3. Asesorar en el desarrollo y mejoramiento del
Sistema de Control Interno a los (las) titulares subordinados (as).
4. Capacitar, asesorar y evaluar sobre la
metodología de Autoevaluación de Control Interno que se aplicará en la
institución.
5. Comprobar que el Sistema de Control Interno
cuente con el aval de los jerarcas institucionales y que su ejercicio sea
vinculante al desarrollo de las funciones de todos los cargos, en particular,
en aquellos que tengan responsabilidad de mando.
6. Colaborar con la Administración en la
implementación de las recomendaciones remitidas por la Contraloría General de
la República y la Auditoría General del Ministerio, para el fortalecimiento de
los controles internos.
7. Verificar que los controles asociados con
las actividades de la Institución, sean definidos, apropiados y mejoren
permanentemente, con base a los cambios del entorno.
8. Vigilar para que las medidas de control
aseguren y se adecuen al cumplimiento de la normativa, y demás políticas,
procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la Institución.
9. Velar porque los controles referidos al
manejo de los recursos, bienes y sistemas de información de la Institución
aseguren su conservación.
10. Velar por la ejecución de las medidas de
control establecidas para la Autoevaluación de Control Interno.
11. Preparar y velar por la aplicación de los
planes de contingencia, en caso de que el Control Interno no asegure la
conservación del patrimonio de la Institución.
12. Elaborar, comunicar los informes al (a la) superior (a) jerárquico (a), titulares subordinados y
Equipo Gerencial de las dependencias adscritas la Autoevaluación de Control
Interno.
13. Cualquier otra propia de su competencia.
Funciones Valoración de Riesgo
Institucional:
1. Recomendar a los titulares subordinados y al
Equipo Gerencial en la identificación, análisis, evaluación, administración de
los riesgos que pueden influir en el cumplimiento de los objetivos.
2. Estudiar y actualizar regularmente los
componentes del Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional, los
cuales son; (Marco orientador, Ambiente de apoyo, Recursos, Sujetos interesados
y las Herramientas para la administración de información).
3. Diseñar las herramientas necesarias, para
definir, medir y controlar los riesgos a los que podría estar expuesto el
Ministerio.
4. Establecer las herramientas necesarias para
determinar los parámetros de aceptabilidad para cada tipo de riesgo.
5. Colectivizar los resultados del Plan de
Administración de Riesgos a los titulares subordinados y al Equipo Gerencial de
las dependencias adscritas al Ministerio.
6. Capacitar, asesorar y evaluar los
instrumentos de comprobación y administración de riesgos institucionales.
7. Identificar, analizar y evaluar el impacto
de los riesgos en el cumplimiento de los objetivos de los proyectos o
comisiones establecidas por ley en el ámbito institucional.
8. Verificar
la funcionalidad de los modelos utilizados en el proceso de medición de riesgo,
realizando pruebas entre resultados estimados y observados, así como el
cumplimiento de los procedimientos para la medición de riesgos.
9. Formular y ejecutar los planes de
contingencia, para aquellos factores de riesgo que no garanticen la conservación
del patrimonio público.
10. Velar por la aplicación de las medidas de
administración programadas en el marco del Sistema Específico de Valoración de
Riesgo (SEVRI).
11. Cualquier otra propia de su competencia.
c. Auditoría Interna. Unidad organizacional
asesora y fiscalizadora del Ministerio, adscrita al nivel superior jerárquico,
que realizará las siguientes funciones:
1. Realizar auditorías o estudios especiales de
las operaciones contables, financieras, administrativas y operativas del
Ministerio y sus órganos adscritos, de acuerdo con las normas técnicas de
auditoría y otras disposiciones dictadas por la Contraloría General de la
República y con las normas de auditoría generalmente aceptadas en cuanto fueren
aplicables.
2. Evaluar
en forma regular el sistema de control interno en relación con las áreas
contable, financiera, administrativa y operativa, con el fin de determinar su
cumplimiento, suficiencia y validez del Ministerio y sus órganos adscritos.
3. Verificar que los bienes patrimoniales se
encuentren debidamente controlados, contabilizados, protegidos contra pérdida,
menoscabo, mal uso o desperdicio e inscritos a nombre del Ministerio, cuando se
trate de bienes inmuebles o de muebles sujetos a ese requisito.
4. Verificar
que los recursos financieros, materiales y humanos de que dispone el Ministerio
y sus órganos adscritos, se empleen por la administración con eficiencia,
economía y eficacia, en el cumplimiento de las metas y objetivos.
5. Evaluar el contenido informativo, la
oportunidad y la confiabilidad de la información contable, financiera,
administrativa y de otro tipo, producida en el Ministerio y sus órganos
adscritos.
6. Verificar el cumplimiento de las
disposiciones legales y reglamentarias, objetivos, metas, políticas, planes,
programas y procedimientos financieros y administrativos que rigen al
Ministerio y sus órganos adscritos.
7. Efectuar la evaluación de la ejecución y
liquidación presupuestaria de los diferentes programas del Ministerio y sus
órganos adscritos.
8. Realizar
la evaluación de los sistemas de información del Ministerio y sus órganos
adscritos, de acuerdo con las normas técnicas emitidas por la Contraloría General
de la República.
9. Comunicar
los resultados de las auditorias o estudios especiales que realice al
Ministerio y sus órganos adscritos, por medio de memorandos e informes
escritos, que contengan comentarios, conclusiones y recomendaciones.
10. Verificar que los funcionarios responsables de
las áreas administrativas y operativas del Ministerio y sus órganos adscritos,
hayan tomado las medidas pertinentes para poner en práctica y mantener las
recomendaciones que contienen los informes de la Auditoria General, Contraloría
General de la República, de los auditores externos y de otros órganos de
control. Dando cuenta por escrito a las autoridades superiores, de cualquier
omisión que comprobare al respecto.
11. Autorizar, mediante razón de apertura, los libros
de contabilidad y de actas que legal o reglamentariamente deben llevar las
unidades y órganos sujetos a su fiscalización del Ministerio y sus órganos
adscritos.
12. Establecer
los instrumentos administrativos y técnicos necesarios, para el funcionamiento
adecuado de la Auditoria.
13. Comunicar a la máxima autoridad, para la
resolución definitiva, sobre aquellos casos en que la Auditoria no haya
recibido respuesta, de las diferentes unidades y órganos adscritos del
Ministerio, sobre sus recomendaciones y solicitudes de información, de asesoría
o de colaboración, necesarias para el mejor desempeño de su trabajo.
14. Cumplir con las normas técnicas de Auditoria,
las disposiciones emitidas por la Contraloría General de la República y las del
ordenamiento jurídico, en el desempeño de sus competencias.
15. Asesorar al
Ministro y a los órganos adscritos, en materia de su competencia, y advertir a
los órganos pasivos que fiscaliza, sobre las posibles consecuencias de
determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento.
16. Ejercer otras funciones de fiscalización
inherentes a los servicios de Auditoria o preventivos del Ministerio y sus órganos
adscritos, que conforman su competencia, siguiendo los lineamientos dictados
por la Contraloría General de la República.
Artículo 5º—Las instancias asesoras
tendrán el personal de apoyo necesario para el desarrollo de sus labores y
cumplirán con aquellas funciones dirigidas a la sana administración y
supervisión de los recursos con que cuentan para operar y fortalecer el apoyo
que brinda tanto a los Jerarcas como a las diferentes dependencias adscritas
del Ministerio.
Artículo 6º—Del Despacho del (os) Viceministros, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° del presente Reglamento,
dependerán los siguientes subprocesos:
a. Subproceso de Informática.
b. Subproceso Cooperación Internacional.
c. Subproceso Comunicación Institucional.
a. Subproceso de Informática. Tendrá las
siguientes funciones:
1. Coordinar lo relacionado a los contratos de
mantenimiento preventivo o correctivo del hardware y software propiedad del
Ministerio, lo que implicará si fuera necesario el envío del equipo a la
empresa contratada, solicitud de reparación, verificación y reubicación. Para
este servicio se contratará empresas de reconocido prestigio en el campo
específico.
2. Coordinar los convenios interinstitucionales
de interconexión entre el Ministerio y el área usuaria de la institución.
Dichos convenios serán para el intercambio, consulta o adquisición de
información de la institución, sea gubernamental o privada, de interés para el
Ministerio.
3. Comunicar a los funcionarios del Ministerio
sobre la normativa jurídica vigente, Directrices o Reglamento que se relacione
con el área de informática.
4. Analizar, diseñar, planificar, desarrollar y
dar mantenimiento a los sistemas de información necesarios para la labor del
Ministerio, considerando las recomendaciones de la Comisión de Informática.
5. Definir el equipo y programas informáticos
necesarios para la Institución.
6. Definir y aplicar procedimientos para el
mejor aprovechamiento de los recursos informáticos.
7. Elaborar y actualizar manuales técnicos de
operación.
8. Coordinar y ejecutar actividades de
capacitación al personal del Ministerio.
9. Analizar los avances tecnológicos en
informática y su viabilidad y la eventual aplicación en el Ministerio.
10. Administrar la red de transmisión de datos del
Ministerio.
11. Coordinar la obtención de información
sistematizada de otros entes, de interés para este Ministerio.
12. Fijar políticas de protección de información.
13. Brindar criterio técnico sobre los
dispositivos físicos y programas de cómputo que requiera la Institución.
14. Coadyuvar en la elaboración de la Memoria
Institucional y en el Informe de Fin de Gestión de acuerdo a disposiciones
técnicas y normativas vinculantes.
15. Implementar
la Metodología para la Autoevaluación del Sistema de Control Interno
Institucional y el Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional
(SEVRI).
16. Cualquier otra propia de su competencia.
Funciones Administrativas:
1. Coordinar, supervisar, controlar y evaluar
los procesos administrativos necesarios para optimizar el uso de los recursos
infraestructurales de equipo y materiales.
2. Administrar los Recursos Humanos de la
Dirección.
3. Brindar apoyo logístico y administrativo
para el desarrollo de las actividades propias de la Dirección.
4. Planear,
controlar y ejecutar los diferentes proyectos orientados a la automatización de
los procesos técnicos y administrativos, así como el mejoramiento de los ya
existentes.
5. Supervisar el manejo de programas
informáticos, brindando asesoría, capacitación y apoyo técnico.
6. Instalar
los diferentes equipos que conforman la red de transmisión de datos, tanto lo
correspondiente a la fuente de energía como a los
programas que éstos necesitan para su operación.
7. Velar por el buen funcionamiento de la red
de transmisión de datos y los servidores de bases de datos.
8. Cualquier otra de su competencia.
Funciones de Soporte Técnico:
1. Supervisar la revisión y soluciones de
problemas de orden técnico en la operación de los equipos, averías y fallas en
general, atribuibles al hardware y/o software base.
2. Elaborar y mantener actualizados manuales
técnicos de operación.
3. Coordinar
la capacitación del personal según las necesidades.
4. Mantener respaldos diarios, semanales,
mensuales y anuales de los servidores principales.
5. Coordinar con la Comisión de Salud
Ocupacional para la solución de los problemas que puedan afectar a los usuarios
de los diferentes equipos.
6. Analizar técnicamente y emitir criterio
sobre los proveedores tanto de hardware y/o de software.
7. Brindar mantenimiento correctivo al hardware
y software cuando éstos no cuenten con garantía o que no exista contrato con
alguna empresa externa al Ministerio que realice el servicio.
8. Establecer las políticas de este departamento
para el control en el mantenimiento de los equipos, como por ejemplo
formularios de control de mantenimiento.
9. Administrar
un sistema de control de inventario y garantías.
10. Formular y recomendar a la Comisión de
Informática, políticas del área.
11. Coordinar con la Dirección de Sistemas de
Información la solución de problemas que afectan a los usuarios.
12. Cualquier otra de su competencia.
13. Planeará, controlará y ejecutará los
diferentes proyectos orientados a la automatización de los procesos técnicos y
administrativos, así como el mejoramiento de los ya existentes, de acuerdo a la
normativa y manuales vigentes emitidos por la Contraloría General de la
República en esta materia.
14. Orientará y supervisará el trabajo de los
usuarios del Hardware y Software del Ministerio, brindando apoyo técnico y
alternativas de solución a los problemas de automatización que le expongan
dichos usuarios.
15. Desarrollar la documentación de los sistemas
que se automatizarán.
16. Asesorar al Director o jefe de cómputo (Jefe
T.I).
Funciones de Telemática:
1. Realizar los estudios de factibilidad
técnica, económica y operativa previa a la compra de cualquier equipo o
software que se relacione con esta área.
2. Del buen funcionamiento de la red o redes de
información computarizada del Ministerio.
3. De la instalación y mantenimiento de los
diferentes equipos que conforman la red institucional tanto hardware como
software, e indispensables para su operación.
4. Fijar las políticas de trasiego y
restricción de información.
5. Realizar gestiones con otras instituciones,
cuando se deba compartir recursos.
6. Establecer los estándares de protocolos de
comunicación, cableado estructurado y firewall que serán utilizados, además de
los componentes que se requieren para que se realice un adecuado manejo de
información, de forma eficiente, eficaz y segura.
7. Mantener la conexión con Internet.
8. Establecer las políticas para el acceso a
Internet.
9. Formular y recomendar a la Comisión de
Informática las políticas de seguridad a implementar en el área.
b. Subproceso Cooperación Internacional.
Tendrá las siguientes funciones:
1. Formular proyectos en consonancia con las
prioridades y objetivos estratégicos definidos por el Ministerio.
2. Coordinar los procesos de evaluación y
seguimiento de proyectos de cooperación internacional impulsados por el
Ministerio.
3. Fungir como punto focal entre el Ministerio,
la Cancillería, organismos internacionales y embajadas.
4. Colaborar en las diversas instancias de
implementación, seguimiento, control y evaluación de la Estrategia de Seguridad
Centroamericana.
5. Brindar apoyo en la organización de
conferencias y eventos internacionales.
c. Comunicación Institucional. Tendrá las
siguientes funciones:
1. Elaborar, ejecutar y evaluar la estrategia
de comunicación e imagen del Ministerio.
2. Producir y suministrar material informativo
sobre la gestión ministerial.
3. Elaborar y mantener actualizado el Manual de
Protocolo Institucional del MGP para: Firmas de convenios y actos
protocolarios, inauguraciones y otros eventos, giras y visitas a comunidades.
4. Asesorar
al despacho de los jerarcas, sobre el fondo y forma de la información
suministrada a los medios de comunicación.
Artículo 7º—La Oficina de Control de
Propaganda estará adscrita al Despacho del (la) Viceministro(a) encargado de la
Actividad Central del Ministerio. Y tendrá las siguientes funciones:
1. Contribuir
al fortalecimiento de los valores de la sociedad costarricense, en especial del
concepto de “mujer” y “familia” que consagra nuestra Constitución Política, y
velar por la adecuada y sana administración del uso que haga con la publicidad.
2. Constituir y desarrollar un programa
estratégico de divulgación nacional, sobre los alcances de la Ley N° 5811 y de
las funciones de la Oficina.
3. Establecer
mecanismos de control, regulación, supervisión y fiscalización de la publicidad
comercial regulada por la Ley N° 5811, y emitir las directrices de carácter
vinculante que deben observar los administrados, con el propósito de mejorar la
gestión.
4. Conocer y resolver en primera instancia, las
solicitudes de autorización de publicidad comercial a que se refiere la Ley N°
5811 y su reglamento.
5. Emitir
los autos de prevención y aquellos procesos jurídicos tal y como lo establece
la Ley General de la Administración Pública.
6. Resolver
los recursos de revocatoria que se presenten contra las resoluciones de la
Oficina de Control de Propaganda, y elevar los recursos de apelación al
Ministerio de Gobernación y Policía.
7. Ordenar la suspensión, decomiso o
destrucción de la publicidad que no haya sido autorizada o que no se ajuste al
marco regulatorio, con observancia del debido proceso.
8. Desarrollar proyectos complementarios al
marco regulatorio de la Oficina de Control de Propaganda.
9. Establecer, implementar y evaluar los
controles internos necesarios de conformidad con lo establecido en la Ley
General de Control Interno, para garantizar la eficiencia del servicio y los
aspectos éticos y morales de la función.
10. Establecer, desarrollar e implementar las
metodologías de auto evaluación del Sistema de Control Interno y del Sistema
Específico de Valoración del Riesgo en la Administración Pública Costarricense,
para garantizar el cumplimiento de los objetivos de la gestión.
11. Establecer el Plan Anual Operativo para el
cumplimiento de sus objetivos.
12. Elaborar el Anteproyecto de Presupuesto y
velar por la correcta adquisición y distribución de bienes y servicios, así
como valorar periódicamente su ejecución.
13. Establecer convenios de cooperación con
diferentes instituciones públicas y el Sector Privado, velar por su oportuna
ejecución y darles el debido seguimiento.
14. Asegurar el recurso humano, financiero y
materiales para el buen desempeño de sus funciones.
15. Cualquier otra de su competencia que se derive
del ordenamiento jurídico.
Artículo 8º—La Dirección Administrativa
Financiera estará adscrita al Despacho del Viceministro (a) encargada de la
Administración Central, y se encuentra conformado por los siguientes
Departamentos:
a. Oficina de Gestión Institucional de Recursos
Humanos.
b. Departamento de Proveeduría Institucional.
c. Departamento Financiero.
a. Oficina de Gestión Institucional de
Recursos Humanos. Tendrá los siguientes subprocesos:
1. Subproceso Gestión Organización del Trabajo.
2. Subproceso de Gestión de Empleo.
3. Subproceso de la Compensación y Servicios
del Personal.
4. Subproceso Gestión del Desarrollo.
Tendrá las siguientes funciones:
1. Velar por la correcta aplicación del
ordenamiento jurídico, políticas y lineamientos sobre la administración del
Recurso Humano.
2. Liderar
el desarrollo y actualización de la Gestión de Recursos Humanos, alineada a las
estrategias del Ministerio.
3. Aplicar
las recomendaciones hechas por la Contraloría General de la República, el
Ministerio de Hacienda, la Dirección General de Servicio Civil, la Auditoria
General y otras instancias del Ministerio, en materia de recursos humanos.
4. Planear, organizar, dirigir y controlar los
procesos de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio, además de asesorar y
orientar a superiores, jefaturas y funcionarios, en dicha materia.
5. Implementar procesos que permitan el
desarrollo, formación técnica, profesional y funcional, así como la estabilidad
laboral de los funcionarios de la Institución.
6. Establecer
y mantener estructuras ocupacionales adecuadas y condiciones remunerativas
equitativas, según los deberes y derechos establecidos en la normativa vigente.
7. Cumplir con la normativa y disposiciones relacionadas
con los movimientos de personal y de puestos que se realizan en el Ministerio.
8. Ejecutar
la provisión del Empleo Público específica de ingreso al Régimen de Servicio
Civil, requerida por el Ministerio, mediante concursos internos y externos,
preparación de las tablas de reemplazo o sucesión, conforme lo establece la
normativa vigente, así como la planificación que debe realizarse en este campo,
en coordinación con la Dirección General de Servicio Civil, considerando además
las reservas presupuestarias requeridas.
9. Velar por
la correcta aplicación de la normativa en materia salarial.
10. Emitir
políticas y lineamientos relacionados con la verificación del cumplimiento de
la normativa legal y administrativa en materia de Administración de Recursos
Humanos.
11. Comunicar a la Dirección General de Servicio
Civil (DGSC) el resultado de las acciones ejecutadas, coordinando los aspectos
relacionados con el desarrollo y transferencia técnica necesaria en materia de
la Gestión de Recursos Humanos en el Régimen de Servicio Civil.
12. Coadyuvar en la elaboración de la Memoria
Institucional y en el Informe de Fin de Gestión de acuerdo a disposiciones
técnicas y normativas vinculantes.
13. Suministrar la información que les solicite la
Dirección General de Servicio Civil, o cualquiera de sus dependencias,
referente a las actividades que se desarrollan, cumpliendo con las políticas,
directrices y lineamientos necesarios relacionadas con el Control que requieren
los diversos procesos delegados, propios de la Gestión de Recursos Humanos
cubierta por el ámbito del Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento.
14. Realizar
las demás actividades que se deriven de las competencias conferidas, de normas
específicas que así lo consignen y cualesquiera otras que les sean delegadas
vía resolución por parte de la Dirección General de Servicio Civil.
15. Aquellas otras propias de su competencia.
1. Subproceso Gestión Organización del
Trabajo. La cual realizará las siguientes funciones:
1. Dar
mantenimiento al sistema de clasificación de puestos de la institución y
actualizarlo cuando corresponda, para fundamentar los trámites vinculados a la
valoración de puestos, el reclutamiento, la selección, la capacitación, el
desarrollo y otras áreas de la Gestión de Recursos Humanos.
2. Desarrollar
actividades relativas al diseño de los cargos de trabajo, que implica la
descripción de las actividades, funciones, responsabilidades y finalidades,
congruentes con el ámbito de acción respectivo.
3. Generar
los perfiles de puestos y la determinación de las competencias necesarias para
su correcto desempeño.
4. Investigar y analizar variaciones
sustanciales y permanentes de tareas, responsabilidades o condiciones
organizacionales de los puestos propios de la institución para determinar
cuando proceda una reasignación ó reclasificación.
5. Ejecutar estudios de clasificación de
puestos no cubiertos por el Régimen del Servicio Civil, con el fin de operacionalizar estructuras ocupacionales distintas y paralelas
a ese régimen.
6. Aplicar el conjunto de políticas y prácticas
orientadas a gestionar el ingreso laboral de las personas a la Institución, su
permanente movimiento y la finalización de la relación laboral.
7. Ejecutar
las actividades vinculadas con el reclutamiento, selección, recepción,
socialización o inducción, período de prueba, movilidad o promoción incluida la
funcional (variación de tareas) y la geográfica (reubicación), y la
desvinculación de personas.
8. Cumplir con la normativa y disposiciones
relacionadas con los movimientos de personal y de puestos que se realizan en el
Ministerio.
9. Mantener actualizados el inventario de los
puestos de trabajo y el registro del recurso humano y emitir los informes
necesarios para la toma de decisiones de las autoridades del Ministerio.
10. Conformar y mantener actualizado el registro
de elegibles para puestos de trabajo asignados a este Ministerio.
11. Ejercer el
control de asistencia y realizar las gestiones necesarias ante el Departamento
Disciplinario Legal, cuando se detecten anomalías en materia disciplinaria.
12. Cualquier otra propia de su competencia.
2. Subproceso de Gestión de Empleo. El
cual realizará las siguientes funciones:
1. Efectuar la evaluación de los candidatos a
ocupar los puestos de trabajo asignados a la Institución.
2. Diseñar y preparar manuales de
interpretación de requisitos en coordinación con los otros procesos
(departamento) y definir los que se requieren para aceptar las ofertas de
servicio.
3. Efectuar estudios de preingreso
o reingreso, para optar por puestos institucionales.
4. Investigar sobre fuentes y medios de
reclutamiento más efectivos para la consecución y capacitación del recurso
humano.
5. Ejecutar investigaciones del mercado de
trabajo, además de identificar el índice de rotación institucional que permita
la determinación de la oferta y la demanda de recurso humano, con el fin de
lograr establecer los requerimientos institucionales en esta materia.
6. Diseñar y aplicar programas de orientación
al empleado, que permitan su adecuada socialización y adaptación institucional.
7. Ejecutar y analizar las evaluaciones del
periodo de prueba y mantener actualizada la información pertinente.
8. Atender reclamos y devoluciones por los
resultados de los concursos de personal.
9. Elaborar y tramitar las nóminas de elegibles
a las jefaturas correspondientes para su resolución.
10. Verificar la autenticidad de los documentos y
atestados académicos aportados por los oferentes y funcionarios activos,
reportando a la instancia respectiva aquellas situaciones irregulares para el
proceso administrativo correspondiente.
11. Ejecutar y supervisar los movimientos de
personal y de puestos que se realizan en el Ministerio.
12. Administrar concursos internos y externos para
la promoción del recurso humano institucional.
13. Definir los predictores de selección y sus
respectivas ponderaciones, de acuerdo con las características de los puestos de
trabajo y someterlos para su correspondiente aprobación.
14. Cualquier otra propia de su competencia.
3. Subproceso de la Compensación y Servicios
del Personal. El cual realizará las siguientes funciones:
1. Administrar el trámite de pagos, control de
movimientos de personal, control de asistencia, vacaciones, certificaciones,
administración de bases de datos y administración de expedientes, trámites
generales sobre incentivos, beneficios, licencias, permisos y otros afines al
registro y control.
2. Administrar
el sistema de compensaciones retributivas (salariales y extra salariales) del
Ministerio.
3. Realizar las acciones relacionadas con
retenciones y liberaciones salariales.
4. Estudiar, tramitar e informar sobre el
reconocimiento de incentivos y beneficios para los funcionarios de este
Ministerio.
5. Registrar y mantener actualizada la
información de los funcionarios que disfrutan de los incentivos que legalmente
les corresponde.
6. Gestionar la inclusión y exclusión de los
servidores de la Institución en el sistema de pagos del Ministerio de Hacienda.
7. Elaborar
propuestas de planillas de pago de acuerdo a los períodos que establezca el
Ministerio de Hacienda.
8. Recibir y tramitar las denuncias por
accidentes laborales y de tránsito; así como las incapacidades emitidas por el
Instituto Nacional de Seguros.
9. Administrar la relación de puestos para el
trámite y aplicación de los movimientos de personal de la Institución.
10. Tramitar y controlar el contenido económico
para asignar, reasignar, reclasificar, entre otros, los puestos del Ministerio.
11. Ejecutar las disposiciones emitidas mediante
resoluciones relacionadas con la materia salarial.
12. Ejercer el control y monitoreo quincenal de
pago de la planilla para verificar su comportamiento.
13. Mantener el control y registro de la
estimación del gasto por remuneraciones y compensaciones a fin de realizar el
cálculo presupuestario que sirva de base para la confección del decreto de
contenido económico por parte de la Dirección Financiera.
14. Formular, ejecutar y analizar la evaluación
del desempeño de los funcionarios de este Ministerio.
15. Brindar la información
de los expedientes del personal, requerida por los usuarios internos como
externos y que se encuentren facultados para solicitarla.
16. Confeccionar las certificaciones que ser
requieran y realizar estudios de expedientes.
17. Ejercer el control de asistencia y realizar
las gestiones necesarias ante el subproceso de Inspección Policial y
Administrativo, cuando se detecten anomalías en materia disciplinaria.
18. Recibir y tramitar las denuncias por
accidentes laborales y de tránsito; así como las incapacidades emitidas por el
Instituto Nacional de Seguros.
19. Atender cualquier otra propia de su
competencia.
4. Subproceso Gestión del Desarrollo. El
cual realizará las siguientes funciones:
1. Coordinar las acciones de educación y
formación con instituciones, tanto públicas como privadas.
2. Mantener un registro actualizado del recurso
humano capacitado y de aquel que lo requiera, así como de programas y
evaluaciones de cursos.
3. Emitir estudios técnicos para el
reconocimiento de actividades de capacitación y solicitudes de licencia para
estudios.
4. Estudiar y recomendar acciones para el
aprovechamiento de becas y de facilidades de capacitación, brindadas por entes
nacionales, organismos internacionales o gobiernos extranjeros.
5. Gestionar las becas para el personal del
Ministerio, que sean de interés institucional.
6. Velar por la correcta aplicación de las
disposiciones que regulan las licencias para capacitación de los servidores
públicos.
7. Realizar estudios para determinar
necesidades de capacitación del personal de la Institución.
8. Mantener un registro actualizado de
facilitadores o instructores que puedan realizar actividades de capacitación y
que laboren para la Institución.
9. Verificar y calificar los requisitos que
deberán cumplir los oferentes para el otorgamiento de becas de estudio.
10. Velar por la actualización del sistema de
clasificación de puestos, con el propósito de que sirva de insumo para la
valoración, reclutamiento, selección y capacitación del recurso humano.
11. Implementar los instrumentos que permitan
evaluar el rendimiento de las personas en el trabajo, para lograr su alineación
con las prioridades de la organización, además de estimular el desempeño
sostenible en términos de la contribución que aportan los colaboradores a la
consecución de los objetivos organizativos.
12. Orientar a las jefaturas que permita un
seguimiento activo del rendimiento de los colaboradores, evaluación del
rendimiento, retroalimentación al colaborador, lo que implica planes de mejora
del rendimiento.
13. Establecer los procedimientos requeridos para
aplicación de políticas de promoción y carrera, además de formación y
capacitación que aseguren el aprendizaje individual y colectivo en procura del
mantenimiento y evolución de las competencias de los funcionarios que apoyen su
progreso profesional, así como el logro del fin organizacional.
14. Implementar procesos que permitan el
desarrollo, formación técnica, profesional y funcional, así como la estabilidad
laboral de los funcionarios de la Institución.
15. Cualquier otra propia de su competencia.
b. Departamento de Proveeduría Institucional.
Estará integrado por los siguientes subprocesos:
1. Subproceso de Programación y Control.
2. Subproceso de Contrataciones.
3. Subproceso de Almacenamiento y Distribución.
Realizará las siguientes funciones:
1. Velar porque el proceso de contratación
administrativa para la adquisición de bienes y servicios que requieren las
diferentes instancias de la Institución se realice en todas sus fases de
conformidad con lo establecido en la normativa jurídica relacionada con esta
materia.
2. Velar porque las políticas y directrices
vinculantes emitidas por los niveles jerárquicos superiores o jerárquicos
impropios como la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación
Administrativa, se cumplan.
3. Coordinar acciones con dependencias del
Ministerio de Hacienda y con otras instituciones vinculadas al control de
presupuesto y a los procesos de contratación administrativa.
4. Coordinar lo pertinente con otras unidades
administrativas internas del Ministerio, cuando así se requiera para que se
tomen las acciones apropiadas que en derecho correspondan, observándose en tal
caso, las normas y trámites del debido proceso, en situaciones tales como
incumplimientos por parte de los contratistas, resoluciones o modificaciones
contractuales, ejecución de garantías, sanciones administrativas, reclamaciones
de orden civil o penal, etc.
5. Implementar y dar seguimiento a las
recomendaciones técnicas relacionadas con los procesos de contratación
administrativa, control y fiscalización de activos, manejo y manipulación de
mercaderías, emitidas por la Contraloría General de la República, Dirección
General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, Auditoria
Interna, entre otras vinculadas al ámbito de acción.
6. Realizar la incorporación de bienes al
patrimonio del Ministerio, a través de la adquisición, aceptación de
donaciones, permutas y cualquier otro procedimiento que implique su ingreso.
7. Programar y realizar periódicamente
inventarios físicos, totales y parciales, y velar por que se lleve un registro
actualizado de los bienes asignados al Ministerio.
8. Supervisar que los funcionarios responsables
de los bienes ejerzan un adecuado control sobre los mismos.
9. Recibir, revisar, registrar, almacenar y
distribuir los bienes que adquiera la Institución.
10. Coordinar y
colaborar con la Asesoría Jurídica, las objeciones al cartel, recursos de
revocatoria o apelación, que se presenten en los diferentes procesos de
contratación.
11. Desarrollar acciones de asesoría a los
funcionarios involucrados en las siguientes áreas: contratación administrativa,
manejo de inventarios, control de calidad, técnicas de almacenamiento,
manipulación de mercaderías y otras áreas vinculantes.
12. Aplicar el Sistema de Control Interno con
fundamento en la normativa legal vigente y acorde con las atribuciones y ámbito
de la labor de la dependencia.
13. Integrar la Comisión de Recomendación de
Adjudicaciones.
14. Recibir, tramitar y custodiar toda clase de
documentos y expedientes relacionados con sus funciones y proceder a su archivo
cuando corresponda.
15. Atender consultas que le formulen las diversas
personas públicas o privadas relacionadas con sus funciones.
16. Realizar las
labores de Planeamiento y/o programación que correspondan para el mejor
desempeño de sus funciones.
17. En licitaciones y compras directas,
confeccionar el cartel o pliego de condiciones y tramitar el procedimiento
hasta la emisión del pedido.
18. Tramitar los procedimientos de remate para
vender o arrendar bienes muebles, inmuebles, o semovientes.
19. Recibir, custodiar y dar seguimiento a las
garantías de participación y cumplimiento presentadas por los participantes en
los diversos procedimientos de contratación, y recomendar en el ámbito interno
del Ministerio lo pertinente a su ejecución o devolución, según corresponda.
20. Proceder en coordinación con los técnicos de
la institución, con las labores de recepción, almacenamiento y distribución de
bienes que ingresen al respectivo Ministerio.
21. Ejercer control y darle el debido seguimiento
actualizado a través de un Inventario permanente a todos los bienes del
Ministerio, según la reglamentación o manuales técnicos que se dicten sobre el
particular.
22. En importaciones, tramitar todo lo que
corresponda a pagos al exterior, trámite de exenciones de impuestos y desalmacenaje de mercaderías.
23. Registrar y mantener actualizado la
información de todos los procedimientos de contratación administrativa en el
Sistema electrónico de compras gubernamentales (COMPRARED), a fin de brindar
información oportuna, confiable, y transparente a los administrados, respetando
los procedimientos emanados por la Dirección General de Administración de
Bienes y Contratación Administrativa.
24. Tramitar todo el procedimiento de rescisión y
resolución de contratos, y en su caso imponer las respectivas sanciones. De
imponerse alguna sanción, deberá comunicar al registro de Proveedores de la
Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa.
25. Mantener actualizada la siguiente información:
1. Registro de Proveedores y de personas
físicas y jurídicas inhibidas para contratar con la Administración.
2. Catálogo de Mercancías y precios de
referencia, que administra la Dirección General de Administración de Bienes y
Contratación Administrativa. La consulta y uso de dichos documentos serán de
aplicación obligatoria por parte de todas las Proveedurías Institucionales.
26. Elaborar y enviar a publicar en el Diario
Oficial, el programa anual de adquisiciones y sus modificaciones, del
Ministerio correspondiente.
27. Llevar a cabo los procedimientos
administrativos tendientes a establecer la existencia del incumplimiento
contractual, determinar y cuantificar los daños y perjuicios ocasionados y
ordenar la ejecución de garantías, sí aún se encuentran vigentes.
1. Subproceso de Programación y Control.
El cual realizará las siguientes funciones:
1. Planificar y programar las contrataciones de
interés del Ministerio, estableciendo las condiciones generales, las
especificaciones técnicas y las normas de calidad correspondientes.
2. Mantener, en coordinación con la Dirección
de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, debidamente
actualizado el Registro de Proveedores de la Administración Central en todas
las áreas de interés del Ministerio, sin perjuicio de lo dispuesto en el
artículo 10, inciso I del Reglamento para el funcionamiento de las proveedurías
institucionales de Gobierno.
3. Tener a disposición de los funcionarios de
la Proveeduría Institucional, el catálogo de mercancías de la Administración
Central y precios de referencia.
4. Controlar y fiscalizar la correcta
utilización de los procedimientos de contratación administrativa por parte de
funcionarios competentes, y el correcto funcionamiento del Sistema de
Almacenamiento y Distribución de Bienes.
5. Informar a la Dirección de Bienes y
Contratación Administrativa, cuando se tuviere conocimiento de la existencia de
personas físicas o jurídicas afectadas por el régimen de prohibiciones con el
fin de que ésta actualice sus registros.
6. Realizar evaluaciones del funcionamiento y
operación de la Proveeduría Institucional y formular al Proveedor Institucional
las recomendaciones que al efecto estime pertinente, todo sin perjuicio de las
funciones que le competen a la Auditoría Interna.
7. Verificar la corrección de la orden de
inicio dada en los procedimientos de contratación, incluyendo el cumplimiento
de los requisitos previos, lo mismo que sobre los carteles de diferentes
procedimientos de contratación elaborados por el Subproceso de Contrataciones,
oferentes invitados cuando corresponda, fechas de apertura de los concursos y
sobre la determinación del procedimiento de contratación a seguir según su
naturaleza o monto.
8. Mantener controles sobre las contrataciones
que se pacten y velar porque éstas se cumplan de acuerdo con los programas,
fechas y plazos establecidos.
9. Cualquier otra propia de su competencia
2. Subproceso de Contrataciones. El cual
realizará las siguientes funciones:
1. Dirigir y tramitar los procedimientos de
contratación administrativa.
2. Recibir, revisar y analizar todo tipo de
documentos que amparen o estén relacionados con la actividad de la Proveeduría
Institucional y verificar conforme al ordenamiento jurídico la modalidad de
contratación que corresponda.
3. Elaborar o adecuar los carteles o pliegos de
condiciones que le sometan a su consideración las dependencias requirentes de
bienes y servicios, en los distintos procedimientos de contratación
administrativa, dándole la publicidad necesaria, en los medios legalmente
establecidos o en el Sistema Electrónico de Compras Gubernamentales COMPRARED y
poner la información a disposición del público en general.
4. Llevar un control de los expedientes de cada
contratación administrativa y mantener un archivo para la custodia de los
documentos recibidos y de los expedientes de cada contratación.
5. Poner a disposición de todos los interesados
un sistema de consulta expedita y reproducción de documentos pertenecientes a
los mismos.
6. Recibir, custodiar y dar seguimiento en
cuanto a su vigencia, a los documentos de garantía tanto de participación como
de cumplimiento y de cualquier otra índole, que presenten los participantes en
los procedimientos de contratación administrativa que promueva la Proveeduría
Institucional. La custodia definitiva de dichas garantías le corresponderá a la
Tesorería o, en su defecto, a la Unidad Financiera del Ministerio respectivo,
previa remisión formal por la unidad de Contrataciones.
7. Analizar las ofertas recibidas en los
procedimientos de contratación con base en los términos que contemple el Cartel
de Licitación, y evaluar las elegibles conforme al sistema y método previsto en
aquél, sometiendo sus conclusiones a la Comisión de Recomendación de
Adjudicaciones.
8. Remitir al órgano interno designado para tal
efecto, la respectiva documentación para que éste elabore el proyecto de
formalización contractual cuando ello corresponda, gestione su respectiva
suscripción, así como, la obtención del refrendo del Órgano Contralor o la
aprobación interna, según corresponda.
9. Generar en
el sistema automatizado de contratación, el documento de ejecución
presupuestaria denominado Pedido únicamente con posterioridad a que el
correspondiente acto de adjudicación adquiera firmeza.
10. Coordinar sus funciones con las demás
dependencias y unidades administrativas de su Ministerio, del Ministerio de
Hacienda y con las entidades externas contraloras, fiscalizadoras y ejecutoras
del gasto público.
11. Realizar todos los trámites requeridos para el
pago de contrataciones con proveedores radicados en el exterior, así como lo
relativo a las exenciones de impuestos que resulten aplicables y al desalmacenaje de los Pedidos correspondientes.
12. Recibir, custodiar y dar seguimiento en cuanto
a su vigencia, a los documentos de garantía tanto de participación como de
cumplimiento y de cualquier otra índole, que presenten los participantes en los
procedimientos de Contratación Administrativa que promueva la Proveeduría
Institucional. La custodia definitiva de dichas garantías le corresponderá al
subproceso de Tesorería del Ministerio, previa remisión formal por el
subproceso de Contrataciones.
13. Cualquier otra propia de su competencia.
3. Subproceso de Almacenamiento y
Distribución. Realizará las siguientes funciones:
1. Recibir y verificar en cada caso que los
proveedores entreguen los bienes adjudicados dentro del plazo contractual
establecido, y cumplan con las respectivas condiciones de cantidad, calidad y
especificaciones técnicas contratados.
2. Almacenar y custodiar, en condiciones
físicas, técnicas y de seguridad apropiada y bajo un adecuado sistema de
control e inventario, los bienes adquiridos por el Ministerio a través de los
diferentes procedimientos de contratación administrativa.
3. Distribuir, con arreglo a un sistema de
control eficiente y oportuno y en óptimas condiciones de traslado, los bienes
adquiridos en acatamiento a lo establecido en el Reglamento de Administración
de Bienes emitido por la Dirección General de Administración de Bienes y
Contratación Administrativa.
4. Elaborar informes periódicos del Inventario
de bienes del Ministerio y su remisión a la Dirección General de Administración
de Bienes y Contratación Administrativa.
5. Cualquier otra propia de su competencia.
Funciones de Control y Fiscalización de
Activos:
1. Ejecutar labores variadas como codificar,
verificar y clasificar documentos contables, mayorizar
y hacer balances periódicos para la preparación de estados variados, revisar
registros contables, en materia de activos.
2. Preparar y revisar informes variados de
carácter contable, cálculos y cuadros contables, hacer arqueos y verificar
compras, de las diferentes cuentas que se manejan en la institución.
3. Velar porque las actividades se lleven a
cabo de manera regular y eficiente y por el estricto cumplimiento de los
aspectos de carácter técnico y administrativo bajo responsabilidad de la Unidad
de Activos, acatando lo estipulado en el Reglamento N. 30720-H para el Registro
y Control de Bienes de la Administración Central.
4. Inspeccionar la correcta aplicación de las
normas, disposiciones, leyes, procedimientos y protocolos establecidos en el
campo de activos, velando por el acatamiento estricto de las medidas de
seguridad y de salud ocupacional que la función asignada demande.
5. Preparar informes, cuadros, oficios, actas,
y otros documentos sobre los estudios, irregularidades observadas en el
desarrollo de las labores, concernientes en materia de activos, reportes de los
desperfectos del equipo, bajas, altas, compras de ingreso, donaciones, traslados,
cambios de ubicación , pérdida o robo.
6. Mantener controles actualizados sobre las
actividades bajo responsabilidad de la Unidad de Activos, velando por que se
cumplan de acuerdo con los planes establecidos y se tomen las medidas de
control interno para minimizar la comisión de errores que atenten contra los
objetivos organizacionales.
7. Preparar reportes sobre las actividades
realizadas, las irregularidades observadas en el desarrollo de las labores y
otros aspectos de interés que surjan como consecuencia del trabajo que se
realiza y presentar las recomendaciones pertinentes.
8. Realizar
las labores administrativas que se derivan de la función, tales como llenar
boletas de control, preparar informes de labores, hacer reportes de fallas de
equipos u otras anomalías, trabajos en excel, entre
otras.
9. Reportar los desperfectos que sufre el
equipo con el que se realiza la labor y la de los otros funcionarios sobre las
irregularidades que se observan en el desarrollo de las actividades.
10. Proponer mejoras e innovaciones relacionadas
con nuevos métodos y procesos de trabajo, así como proyectos que mejoren la
calidad del servicio de la Unidad de Activos, y de los demás departamentos.
11. Participar en las diferentes actividades que
conlleva la elaboración de planes para una mejor fiscalización, efectuadas
principalmente en el Ministerio de Hacienda y otras instituciones del Estado.
12. Servir de enlace con el Departamento Control y
Fiscalización de Activos del Ministerio de Seguridad Publica, y el de
Contratación Administrativa del Ministerio de Gobernación y Policía, llevando
un registro diario de los cambios presentados, para la actualización de los
inventarios presentados al Ministerio de Hacienda y el Sistema Sibinet.
Funciones de la Comisión de
Recomendación de Adjudicaciones.
La
Comisión de Recomendación de Adjudicaciones deberá emitir recomendaciones de
adjudicación, o de declaratoria de deserción, en los procedimientos ordinarios
de contratación administrativa. En los procedimientos de contratación directa
la Comisión deberá emitir recomendación cuando por la complejidad del bien,
servicio u obra lo requiera; caso contrario, a juicio del Proveedor
Institucional, solicitar o no criterio técnico a la unidad que ha requerido la
contratación, con el fin de preparar la resolución de adjudicación.
c. Departamento Financiero. Departamento
Financiero: Tendrá los siguientes subprocesos.
1. Subproceso de Tesorería.
2. Subproceso Contabilidad.
3. Subproceso Presupuesto y Transferencia.
Tendrá
las siguientes funciones:
1. Coordinar
con las diferentes programas ejecutores del presupuesto la formulación,
elaboración y consolidación del Ante Proyecto Presupuestario, con el objetivo
de que éste responda al Plan Operativo Institucional, atendiendo los
lineamientos y directrices, generales y específicos, emitidos por la Dirección
General de Presupuesto Nacional y la Autoridad Presupuestaria, y presentarlo al
jerarca de la Institución para su aprobación y posterior trámite ante la
Dirección General de Presupuesto Nacional.
2. Vigilar que la actividad presupuestaria y
otros ingresos del Ministerio de Gobernación y Policía, sea acorde con el
ordenamiento jurídico y la normativa técnica impartida por la Dirección General
de Presupuesto Nacional.
3. Coordinar, consolidar y presentar al jerarca
la programación de la ejecución de su presupuesto y velar por el cumplimiento
de la programación definitiva, una vez autorizada por el jerarca y aprobada por
la Dirección General de Presupuesto Nacional.
4. Registrar los documentos de ejecución
presupuestaria que genera el Ministerio, a través de los medios informáticos
que establezca el Ministerio de Hacienda, sin perjuicio de la supervisión que
ésta ejerza, y de la fiscalización superior de la Contraloría General de la
República.
5. Ejercer el control jurídico, contable y
técnico de los documentos de ejecución presupuestaria, establecidos conforme a
la normativa técnica, legal y vigente.
6. Mantener
y custodiar un archivo de los documentos de ejecución presupuestaria que
respaldan las operaciones financieras que se realicen, de conformidad con las
regulaciones y lineamientos que defina el
Ministerio de Hacienda, en coordinación con la Contraloría General de la
República.
7. Administrar la caja chica autorizada por el
Ministerio de Hacienda, de conformidad con las disposiciones que se establezcan
para tal efecto.
8. Análisis
y validación del Registro de operaciones Contables para el pago de viáticos al
exterior e interior del país con cargo al presupuesto asignado a los programas
044-00 Actividad Central, 048-00 Tribunal Administrativo Migratorio y 049-00
Desarrollo de la Comunidad.
9. Proponer a la Tesorería Nacional los pagos
que correspondan por los bienes o servicios adquiridos por el Ministerio, de
conformidad con las regulaciones que al efecto ésta defina.
10. Valorar periódicamente los resultados que se
obtienen de la ejecución según los recursos presupuestarios asignados y
ejecutados en cada subpartida en concordancia con los
principios de eficiencia, eficacia, economía y calidad.
11. Gestionar trámites administrativos en materia
de responsabilidad civil de terceros, cobros y recuperación de bienes.
12. Fiscalizar
los fondos públicos otorgados a sujetos privados y a las Municipalidades para
fines específicos, asignados en el presupuesto de los programas 044 Actividad
Central y el 049 Dirección nacional de Desarrollo de la Comunidad.
13. Comprobar la correcta aplicación de normas,
reglamentos, leyes y procedimientos que rigen en materia de transferencias de
fondos públicos asignados en los programas 044-Actividad Central, 049 Dirección
Nacional de Desarrollo de la Comunidad y 054 Dirección General de Migración y
Extranjería
14. Gestionar ante la instancia Legal respectiva,
la recuperación de sumas ejecutadas de forma indebida por los sujetos privados
que recibieron recursos por parte de los programas 044-Actividad Central y 049
Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad.
15. Verificar la asignación de recursos públicos a
sujetos privados y coordinar con las instancias respectivas para el giro de los
mismos.
16. Implementar
la Metodología para la Autoevaluación del Sistema de Control Interno
Institucional y el Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional
(SEVRI).
17. Las demás que establezca la legislación
vigente y otras disposiciones complementarias emitidas por los órganos
competentes.
1. Subproceso de Tesorería. El cual
realizará las siguientes funciones:
1. Controlar y dar seguimiento a los recursos
financieros del Ministerio de Gobernación y Policía asignados al Fondo Fijo
Caja Chica por la Tesorería Nacional del Ministerio de Hacienda.
2. Administrar y custodiar los dineros y
valores que se generen, así como en el pago de las obligaciones que sean
legalmente contraídas con cargo a los recursos financieros de la Institución.
3. Dar
contenido presupuestario a los documentos de ejecución tramitados por medio de
las reservas de efectivo de caja chica destinadas por cada programa
presupuestario para compras menores y urgentes, gestionadas a través del Fondo
Fijo General de Caja Chica.
4. Controlar y administrar de manera eficiente
el Fondo Fijo General Caja Chica, asignado por El Ministerio de Hacienda y los
fondos auxiliares que al efecto se asignen a los programas del Ministerio.
5. Elaborar los flujos de caja de acuerdo con
las necesidades del Ministerio de Gobernación y Policía.
6. Ejecutar los reintegros de caja chica así
como los pagos correspondientes a los acreedores por medio de transferencia
electrónica o en efectivo, tanto del Ministerio como de los programas
adscritos, utilizando para ello los sistemas informáticos autorizados por el
Ministerio de Hacienda.
7. Dar a conocer a las autoridades superiores
por medio de informes, el estado actual de los recursos financieros que se
administran a través de la tesorería.
8. Mantener y custodiar un archivo de los
documentos de ejecución presupuestaria que respaldan las operaciones
financieras que se realicen, de conformidad con las regulaciones y lineamientos
que defina el Ministerio de Hacienda, en coordinación con la Contraloría
General de la República.
9. Diseñar e implementar los controles
necesarios para minimizar los riesgos inherentes de la gestión.
10. Elaborar el informe de arqueos trimestrales
que se remiten a la Tesorería Nacional del Ministerio de Hacienda, verificando
el buen manejo del Fondo Fijo General de caja chica asignado por Tesorería
Nacional al Ministerio de Gobernación.
11. Elaborar certificaciones del 2% del impuesto
sobre la renta de facturas de proveedores, cuando sobrepasen la base imponible
de renta, para su presentación ante la Dirección General de Tributación Directa
del Ministerio de Hacienda.
12. Validación, revisión y control de las boletas
de Reservas para el pago de adelantos de Viáticos y transportes tanto al
exterior como interior del país.
13. Análisis y revisión de la información inmersa
en las boletas de adelantos y las respectivas liquidaciones de viáticos o
transportes de los funcionarios del programa 044-00 Actividad Central, 048-00
Tribunal Administrativo, 049-00 Desarrollo de la Comunidad, y de la actividad
044-03 Control de Propaganda.
14. Dar contenido presupuestario a los documentos
de ejecución por medio de las Subpartidas de viáticos
tanto al exterior como al interior del país, destinadas al respectivo pago de
gastos viáticos y transportes de los funcionarios del programa 044-00 Actividad
Central, 048-00 Tribunal Administrativo Migratorio y 049-00 Desarrollo de la
Comunidad.
15. Actualizar y controlar los auxiliares de las
reservas de viáticos del programa 044-01 Actividad Central, 044-03 Control de
Propaganda, 048-00 Tribunal Administrativo y 049-00 Desarrollo de la Comunidad,
que para tal efecto se llevan en el Departamento de Tesorería, de cada una de
las Subpartida de viáticos tanto al interior como al
exterior del país.
16. Efectuar el pago de cada una de los adelantos
y liquidaciones de los gastos efectuados por funcionarios del programa 044-00
Actividad Central, 048-00 Tribunal Administrativo y 049-00 Desarrollo de la
Comunidad, por viáticos y transportes, por medio del SIGAF, a las cuentas
bancarias indicadas en las boletas respectivas.
17. Cualquier otra de su competencia.
2. Subproceso Contabilidad. Tendrá las
siguientes funciones:
1. Registrar los documentos de ejecución
presupuestaria que genera el Ministerio de Gobernación y Policía, a través de
los medios informáticos que establezca el Ministerio de Hacienda, sin perjuicio
de la supervisión que ésta ejerza, y de la fiscalización superior de la
Contraloría General de la República.
2. Ejercer el control jurídico, contable y
técnico de los documentos de ejecución presupuestaria, establecidos conforme a
la normativa legal y reglamentaria vigente.
3. Llevar un
adecuado control de los montos autorizados en la Ley de Presupuesto y de los
saldos disponibles en cada una de las subpartidas,
conciliando periódicamente las cifras con la Contabilidad Nacional.
4. Establecer mecanismos de control interno en
los diferentes procesos de contabilización.
5. Mantener y custodiar un archivo de los
documentos de ejecución presupuestaria que respaldan las operaciones
financieras que se realicen, de conformidad con las regulaciones y lineamientos
que defina el Ministerio de Hacienda, en coordinación con la Contraloría
General de la República.
6. Llevar registros auxiliares de inventarios
en términos financieros de los bienes del Ministerio.
7. Coordinar
con el Subproceso de Almacenamiento y Distribución de la Proveeduría
Institucional, el registro financiero de los inventarios que dispone el
Ministerio.
8. Recibir, analizar y validación de datos de
las planillas amparadas al pago de las transferencias correspondientes a los
sujetos privados y municipalidades tales como Impuesto al Banano, 2% de
Impuesto de renta, Impuesto al Cemento y al IFAM, fondos asignados al
presupuesto 044 Programa Actividad Central, 049 Dirección Nacional de
Desarrollo de la Comunidad y 054 Transferencias a Programas no Asignables,
(Dirección General de Migración y Extranjería)
9. Incluir
en el Sistema informático autorizado por el Ministerio de Hacienda las
planillas de transferencias de los sujetos privados y municipalidades del país,
asignados en los programas 044 Actividad Central y 049 Dirección Nacional de
Desarrollo de la Comunidad.
10. Cualquier otra propia de su competencia.
3. Subproceso Presupuesto y Transferencias.
Tendrá las siguientes funciones:
1. Controlar
y dar seguimiento a las partidas presupuestarias, así como velar por la
aplicación de la normativa y procedimientos necesarios para una adecuada
ejecución.
2. Vigilar que la actividad presupuestaria del
Ministerio y sus programas adscritos, sea acorde con el ordenamiento jurídico y
la normativa técnica impartida por el Ministerio de Hacienda.
3. Elaborar y consolidar el anteproyecto de
presupuesto del Ministerio y sus programas adscritos.
4. Ejercer supervisión sobre las actividades
presupuestarias, de conformidad con las disposiciones y políticas que imparta el
Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Presupuesto Nacional.
5. Valorar el comportamiento de las partidas
presupuestarias, de acuerdo con los recursos asignados y ejecutados en cada subpartida asignada al Ministerio y sus programas
adscritos, en concordancia con los principios de eficiencia, eficacia, economía
y calidad.
6. Mantener y custodiar un archivo de los
documentos de ejecución presupuestaria que respaldan las operaciones
financieras que se realicen, de conformidad con las regulaciones y lineamientos
que defina el Ministerio de Hacienda, en coordinación con la Contraloría
General de la República.
7. Dar contenido presupuestario a los
documentos de ejecución, estudios y /o proyectos que generen los programas
presupuestarios.
8. Realizar los cierres presupuestarios a final
del ejercicio económico de cada año, conforme a los lineamientos enumerados por
la Dirección General de Presupuesto Nacional.
9. Verificar y coordinar con las instancias
respectivas la asignación de recursos públicos otorgados por el programa 044
Actividad Central a las municipalidades y el programa 049 Dirección Nacional de
Desarrollo de la Comunidad a los sujetos privados.
10. Efectuar la
distribución y fiscalización de fondos públicos otorgados a Sujetos Privados,
conforme a las directrices y legislación existentes para dicho efecto.
11. Comprobar la correcta aplicación de normas,
reglamentos, leyes y procedimientos que rigen en materia de Transferencias de
Fondos Públicos.
12. Analisis y
validación de datos de las planillas emitidas para el pago de las
transferencias asignadas al presupuesto 044 Actividad Central, 049 DINADECO y
054-00 partidas no asignables(054-01 Direccion
General de Migraicon y Extranjeria),
para el tramitar el giro de los recursos a los Sujetos privados y
municipalidades del país.
13. Gestionar ante la instancia Legal respectiva,
la recuperación de sumas ejecutadas de forma indebida por los Sujetos Privados.
14. Fiscalizar los fondos públicos otorgados a
Sujetos Privados para fines específicos, por medio del presupuesto del
Ministerio y sus programas adscritos.
15. Redactar informes técnicos, proyectos que
surgen como resultado de las actividades que se realizan.
16. Mantener
controles respecto a las actividades realizadas velando porque se cumplan de
acuerdo con los programas, fechas y plazos establecidos en materia de
formulación, ejecución y evaluación presupuestaria del Ministerio y sus
programas adscritos.
17. Diseñar y ejecutar investigaciones de las
situaciones detectadas respecto al manejo de los fondos girados a las
municipalidades por el programa 044-Actividad Central y del programa 049
Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad
18. Cualquier otra de su competencia.
Artículo 9º—El Ministerio de Gobernación
y Policía tendrá los siguientes entes adscritos, cuyas competencias se regirán
por sus respectivas leyes de creación y reglamentaciones internas:
1. Tribunal Administrativo Migratorio.
2. Dirección General de Migración y Extranjería.
Los anteriores, creados por Ley N° 8764
General de Migración y Extranjería y sus reformas.
3. Imprenta Nacional, creada y regida por las
Leyes N° 57 y N° 5394, y sus respectivas reformas.
4. Dirección Nacional de Desarrollo de la
Comunidad, creada por Ley N° 3859 y sus reformas.
Artículo 10.—El
(la) Ministro(a) delegará a los (las) Viceministros(as) la coordinación de los
asuntos relacionados con las instancias adscritas de conformidad con criterios
de organización eficiente de la gestión pública.
Artículo 11.—Todas
las instancias, unidades, oficinas, procesos, subprocesos, Direcciones y demás
que conformen la organización del Ministerio de Gobernación y Policía así como
la de sus instancias adscritas deberán establecer, implementar y evaluar los
controles internos necesarios de conformidad con lo establecido en la Ley
General de Control Interno, para garantizar la eficiencia del servicio y los
aspectos ético morales de la función. Deberán asimismo establecer, desarrollar
e implementar las metodologías de auto evaluación del Sistema de Control
Interno del Sistema Específico de Valoración del Riesgo en la Administración
Pública costarricense, para garantizar el cumplimiento de los objetivos de la
gestión.
Artículo 12.—Rige a partir de
su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las quince horas del día diecisiete de julio
del dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública,
Mario Zamora Cordero.—1 vez.—O. C. Nº 18272.—Solicitud Nº
60247.—C-861510.—(D37895-IN2013058995).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 incisos 3), 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos
25 inciso 1), artículo 27 inciso 1) artículo 28 inciso 2), acápite B) y 121 de
la Ley General de la Administración Pública, Ley número 6725 de 10 de marzo de
1982 y reformada por Ley número 7974 del 26 de enero del dos mil y acuerdo Nº 7
tomado en la Sesión Ordinaria número 30-2013, celebrada el 24 de julio del 2013,
por la Municipalidad de Osa, provincia de Puntarenas. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Conceder asueto a los
empleados públicos del cantón de Osa, provincia de Puntarenas, el día 6 de
setiembre del 2013, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con
motivo de la celebración de las Fiestas Cívico-Patronales con ocasión de
celebrar el Festival de las Ballenas en dicho cantón.
Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del
Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución quien determine,
con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante circular
interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de
esa cartera que laboren para ese cantón.
Artículo 3º—En relación con los funcionarios de la Dirección
General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, quien
determine, con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de
Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como
asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese cantón.
Artículo 4º—En relación con los funcionarios del
Instituto Nacional de Seguros, será el jerarca de esa Institución quien
determine, con base en el artículo 6 inciso c) de la Ley 12 del 30 de octubre
de 1924, reformada por la Ley Nº 8653 Ley Reguladora del Mercado de Seguros y
mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los
funcionarios de esa entidad que laboren en ese cantón.
Artículo 5º—No se concede el presente asueto a los
servidores policiales que pertenezcan a los cuerpos policiales adscritos al
Ministerio de Seguridad Pública, en virtud de que su labor no puede ser
interrumpida, en aras del mantenimiento del orden público y por lo dispuesto en
el artículo 8 de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública número
5482.
Artículo 6º—Rige el día 6 de setiembre de 2013.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las nueve horas del día veintiuno de agosto
del dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Gobernación y Policía, Mario
Zamora Cordero.—1 vez.—O. C. Nº 18272.—Solicitud Nº
60255.—C-41670.—(D37901-IN2013059017).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 incisos 3), 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos
25 inciso 1), artículo 27 inciso 1) artículo 28 inciso 2), acápite B) y 121 de
la Ley General de la Administración Pública, Ley número 6725 de 10 de marzo de
1982 y reformada por Ley número 7974 del 26 de enero del dos mil y acuerdo
número 09, tomado en la Sesión Ordinaria número 253, celebrada el 16 de julio
del 2013, por la Municipalidad de San Ramón, provincia de Alajuela. Por
tanto,
Decretan:
Artículo
1º—Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de San Ramón, provincia
de Alajuela, el día 30 de agosto del 2013, con las salvedades que establecen
las leyes especiales, con motivo de la celebración de las Fiestas
Cívico-Patronales de dicho cantón.
Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio
de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución quien determine, con
base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante circular interna, si
el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa cartera
que laboren para ese cantón.
Artículo 3º—En relación con los funcionarios de la
Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, quien
determine, con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de
Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como
asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese cantón.
Artículo 4º—En relación con los funcionarios del
Instituto Nacional de Seguros, será el jerarca de esa Institución quien
determine, con base en el artículo 6 inciso c) de la Ley 12 del 30 de octubre
de 1924, reformada por la Ley Nº 8653 Ley Reguladora del Mercado de Seguros y
mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los
funcionarios de esa entidad que laboren en ese cantón.
Artículo 5º—No se concede el presente asueto a los
servidores policiales que pertenezcan a los cuerpos policiales adscritos al
Ministerio de Seguridad Pública, en virtud de que su labor no puede ser
interrumpida, en aras del mantenimiento del orden público y por lo dispuesto en
el artículo 8 de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública número
5482.
Artículo 6º—Rige el día 30 de agosto de 2013.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a las ocho horas con treinta minutos del día trece de
agosto del dos mil trece.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Gobernación y Policía, Mario Zamora
Cordero.—1 vez.—O. C. Nº 18272.—Solicitud Nº
60251.—C-27140.—(D37903-IN2013059020).
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento
en lo dispuesto en los artículos 140 incisos 3), 20) y 146 de la Constitución
Política; los artículos 25 inciso 1), artículo 27 inciso 1) artículo 28 inciso
2), acápite B) y 121 de la Ley General de la Administración Pública, Ley número
6725 de 10 de marzo de 1982 y reformada por Ley número 7974 del 26 de enero del
dos mil y artículo N° 10, inciso 13, tomado en la sesión ordinaria celebrada el
29 de julio del 2013, acta N° 44, por la Municipalidad de San Carlos, provincia
de Alajuela. Por tanto:
Decretan:
Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de San
Carlos, provincia de Alajuela, el día 04 de noviembre del 2013, con las
salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo de la celebración de
las Fiestas Cívico-Patronales de dicho Cantón.
Artículo 2º—En cuanto a los
funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha
institución quien determine, con base en el artículo 213 del Código de
Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como
asueto a los funcionarios de esa cartera que laboren para ese Cantón.
Artículo 3º—En relación con los
funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio
de Hacienda, quien determine, con base en el artículo 14 párrafo segundo de la
Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les
otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese
Cantón.
Artículo 4º—En relación con los
funcionarios del Instituto Nacional de Seguros, será el jerarca de esa
Institución quien determine, con base en el artículo 6° inciso c) de la Ley 12
del 30 de octubre de 1924, reformada por la Ley Nº 8653 Ley Reguladora del
Mercado de Seguros y mediante circular interna, si el día señalado se les
otorgará como asueto a los funcionarios de esa entidad que laboren en ese
Cantón.
Artículo 5º—No se concede el presente
asueto a los servidores policiales que pertenezcan a los cuerpos policiales
adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, en virtud de que su labor no
puede ser interrumpida, en aras del mantenimiento del orden público y por lo
dispuesto en el artículo 8° de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad
Pública número 5482.
Artículo 6º—Rige el día 04 de
noviembre del 2013.
Dado en la
Presidencia de la República, San José, a las nueve horas con veinte minutos del
día trece de agosto del dos mil trece.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Gobernación y
Policía, y Seguridad Pública, Mario Zamora Cordero.—1 vez.—O. C. Nº
18272.—Solicitud Nº 60254.—C-27140.—(D37904-IN2013059022).
N° 059-2013-MGP
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 141 de la
Constitución Política, 28 inciso 2 acápite a) de la Ley General de la
Administración Pública y la Ley N° 5811, Regula la Propaganda que Utilice la
Imagen de la Mujer del 10 de octubre de 1975.
ACUERDA:
Artículo
1°—Designar a Freddy Montero Mora, cédula de identidad N° 1-0707-0998, en
representación del Ministerio de Gobernación y Policía, ante el Consejo Asesor
de la Oficina de Control de Propaganda.
Artículo 2°—Rige a partir del primero
de setiembre del dos mil trece.
Dado en la
Ciudad de San José, a las nueve horas treinta minutos del nueve de setiembre
del dos mil trece.
Publíquese.—Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía, y
Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. N° 18272.—Solicitud N°
60266.—C-15320.—(IN2013059152).
N° 110-2013
LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA
Y
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
En el uso de
las facultades conferidas en los artículos 140 inciso 1) y 146 de la
Constitución Política del 7 de noviembre de 1949, artículos 53 inciso a) y 65
de la Ley General de Policía, Ley No. 7410 del 26 de mayo de 1994 y los
artículos 21, 115, 117 y 119 del Reglamento General de la Policía
Penitenciaria, Decreto Ejecutivo No. 26061-J del 15 de mayo de 1997.
Considerando:
I.—Que los servidores
que se dirán, cumplen con los requisitos establecidos tanto en el artículo 65
de la Ley General de Policía, como en los artículos 21, 115 y 117 del
Reglamento General de Policía Penitenciaria; ocupando actualmente puestos en
propiedad en la Policía Penitenciaria.
II.—Que dichos servidores aprobaron satisfactoriamente el
curso Básico Policial, de conformidad con lo estipulado en los artículos 117 y
119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria.
III.—Que en la Sesión número: 001-2009
del 08 de enero de 2009, 010-2010 del 27 de mayo de 2010, 012-2010 del 24 de
junio de 2010, 009-2011 del 19-05-2011, 016-2011 del 11 de agosto de 2011,
021-2011 al 28 de octubre de 2011, 022-2011 del 10 de noviembre de 2011,
001-2012 del 5 de enero de 2012, 025-2012 del 20 de julio de 2012, 027-2012 del
9 de agosto de 2012, del Consejo de Personal de la Policía Penitenciaria,
refrendaron la elegibilidad de los siguientes funcionarios.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Incluir dentro del régimen del Estatuto
Policial a los siguientes funcionarios:
Artículo
2º—Rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en la
Presidencia de la República, San José a los veinticuatro días del mes de junio
de dos mil trece.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz a.
í., Jorge Rodríguez Bogle.—1 vez.—O. C. Nº
18854.—Solicitud Nº 119-780-061DA-13.—C-Crédito.—(IN2013055203).
N° 111-2013
LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA
Y
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
En el uso de
las facultades conferidas en los artículos 140 inciso 1) y 146 de la
Constitución Política del 7 de noviembre de 1949, artículos 53 inciso a) y 65
de la Ley General de Policía, Ley N° 7410 del 26 de mayo de 1994 y los
artículos 21, 115, 117 y 119 del Reglamento General de la Policía
Penitenciaria, Decreto Ejecutivo N° 26061-J del 15 de mayo de 1997.
Considerando:
I.—Que los
servidores que se dirán, cumplen con los requisitos establecidos tanto en el artículo
65 de la Ley General de Policía, como en los artículos 21, 115 y 117 del
Reglamento General de Policía Penitenciaria; ocupando actualmente puestos en
propiedad en la Policía Penitenciaria.
II.—Que dichos servidores aprobaron satisfactoriamente el curso
Básico Policial, de conformidad con lo estipulado en los artículos 117 y 119
del Reglamento General de la Policía Penitenciaria.
III.—Que en
la Sesión número: 011-2011 del 09 de junio del 2011, 001-2012 del 05 de enero
de 2012, 008-2012 del 02 de marzo de 2012, 012-2012 del 29 de marzo del 2012,
016-2012 del 11 de mayo de 2012, 038-2012 del 4 de diciembre de 2012; del
Consejo de Personal de la Policía Penitenciaria, refrendó la elegibilidad de
los siguientes funcionarios.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Incluir dentro del régimen del Estatuto
Policial a los siguientes funcionarios:
Para ver tablas hacerlo en La Gaceta con firma digital
Artículo
2º—Rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en la
Presidencia de la República, San José a los veinticuatro días del mes de junio
del dos mil trece.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz a.
í., Jorge Rodríguez Bogle.—1 vez.—O. C. Nº
18854.—Solicitud Nº 119-780-063DA.—C-Crédito.—(IN2013055205).
N° 112-2013
LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA
Y
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
En el uso de
las facultades conferidas en los artículos 140
inciso 1) y 146 de la
Constitución Política del 7 de noviembre de 1949, artículos 53 inciso a) y 65
de la Ley General de Policía, Ley N° 7410 del 26 de mayo de 1994 y los
artículos 21, 115, 117 y 119 del Reglamento General de la Policía
Penitenciaria, Decreto Ejecutivo N° 26061-J del 15 de mayo de 1997.
Considerando:
I.—Que el servidor
que se dirá, cumple con los requisitos establecidos tanto en el artículo 65 de
la Ley General de Policía, como en los artículos 21, 115 y 117 del Reglamento
General de Policía Penitenciaria; ocupando actualmente puestos en propiedad en
la Policía Penitenciaria.
II.—Que dicho
servidor aprobó satisfactoriamente el curso Básico Policial, de conformidad con
lo estipulado en los artículos 117 y 119 del Reglamento General de la Policía
Penitenciaria.
III.—Que en
la Sesión número: 030-2012 del 06 de setiembre de 2012, del Consejo de Personal
de la Policía Penitenciaria, refrendó la elegibilidad del siguiente
funcionario.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Incluir dentro del régimen del Estatuto Policial al siguiente funcionario:
Funcionario N° Cédula
ALFARO CHAVES
JOSE MANUEL 2-0422-0341
Artículo
2º—Rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en la
Presidencia de la República, San José a los veinticuatro días del mes de junio
de dos mil trece.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz a.
í., Jorge Rodríguez Bogle.—1 vez.—O. C. Nº
18854.—Solicitud Nº 119-780-062DA.—C-Crédito.—(IN2013055204).
N° 113-2013
LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA
Y
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
En el uso de
las facultades conferidas en los artículos 140
inciso 1) y 146 de la Constitución
Política del 7 de noviembre de 1949, artículos 53 inciso a) y 65 de la Ley
General de Policía, Ley N° 7410 del 26 de mayo de 1994 y los artículos 21, 115,
117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria, Decreto Ejecutivo
N° 26061-J del 15 de mayo de 1997.
Considerando:
I.—Que el
servidor que se dirá, cumplen con los requisitos establecidos tanto en el
artículo 65 de la Ley General de Policía, como en los artículos 21, 115 y 117
del Reglamento General de Policía Penitenciaria; ocupando actualmente puestos
en propiedad en la Policía Penitenciaria.
II.—Que dicho
servidor aprobó satisfactoriamente el curso Básico Policial, de conformidad con
lo estipulado en los artículos 117 y 119 del Reglamento General de la Policía
Penitenciaria.
III.—Que en
la Sesión número: 009-2012 del 8 de marzo del 2012, del Consejo de Personal de
la Policía Penitenciaria, refrendaron la elegibilidad del siguiente
funcionario.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Incluir dentro del régimen del Estatuto Policial al siguiente funcionario:
Funcionario N°
Cédula
JIMENEZ
AZOFEIFA ROY 1-0857-0141
Artículo
2º—Rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en la
Presidencia de la República, San José a los veinticuatro días del mes de junio
del dos mil trece.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz a.
í., Jorge Rodríguez Bogle.—1 vez.—O. C. Nº
18854.—Solicitud Nº 119-780-064DA.—C-Crédito.—(IN2013055206).
N° 122-JP
LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En el uso de
las facultades conferidas en los artículos 140 inciso 1) y 146 de la
Constitución Política del 7 de noviembre de 1949, artículos 53 inciso a) y 65
de la Ley General de Policía, Ley N° 7410 del 26 de mayo de 1994 y los
artículos 21, 115, 117 y 119 del Reglamento General de la Policía
Penitenciaria, Decreto Ejecutivo N° 26061-J del 15 de mayo de 1997.
Considerando:
I.—Que los
servidores que se dirán, cumplen con los requisitos establecidos tanto en el
artículo 65 de la Ley General de Policía, como en los artículos 21, 115 y 117
del Reglamento General de Policía Penitenciaria; ocupando actualmente puestos
en propiedad en la Policía Penitenciaria.
II.—Que dichos servidores aprobaron satisfactoriamente el
curso Básico Policial, de conformidad con lo estipulado en los artículos 117 y
119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria.
III.—Que en la Sesión número: 016-2011
del 11 de agosto del 2011, 025-2012 del 19 de julio del 2012, 030-2012 del 06
de setiembre de 2012; 027-2012 del 9 de agosto del 2012; del Consejo de
Personal de la Policía Penitenciaria, refrendó la elegibilidad de los
funcionarios que a continuación se indicarán:
ACUERDAN:
Artículo
1º—Incluir dentro del régimen del Estatuto Policial a los siguientes
funcionarios:
Funcionario N° Cédula
BRENES
RODRIGUEZ JOSE MANUEL 7-0207-0011
GUZMAN LEON
ADRIANA 2-0567-0386
PADILLA RIVERA
JOSE FRANCISCO 7-0181-0024
UREÑA MORA
ROLANDO 7-0111-0012
VALVERDE
JIMENEZ ANGIE 1-1527-0364
Artículo
2º—Rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en la
Presidencia de la República, San José a los dos días del mes de julio de dos
mil trece.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana
Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. Nº 18854.—Solicitud Nº
119-780-065DA.—C-Crédito.—(IN2013055207).
Nº 123-JP
LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las
facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la
Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de
agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del
cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar
al señor Carlo Andrey García Bonilla, cédula de
identidad N° 1-1242-0280, como representante del Poder Ejecutivo en la
Fundación Cristal, cédula jurídica Nº 3-006-661269, inscrita en la Sección de
Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 2º—Una vez publicado este
acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo
testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su
respectiva inscripción.
Artículo 3º—Rige a partir de su
publicación.
Dado en la
Presidencia de la República. San José, el día dieciocho de julio del dos mil
trece.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana
Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. Nº 188.—Solicitud Nº
119-780-140-OM.—C-Crédito.—(IN2013055208).
Nº 125-JP
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las
facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la
Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de
agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del
cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar a la señora Erika Nahrgang Rodríguez,
cédula de identidad N° 1-0789-0350, como representante del Poder Ejecutivo en la
Fundación Centro de Rescate Jaguar FJ, cédula jurídica Nº 3-006-659505,
inscrita en la Sección de Personas de la
Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 2º—Una vez publicado este
acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo
testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su
respectiva inscripción.
Artículo 3º—Rige a partir de su
publicación.
Dado en la
Presidencia de la República. San José, el día diecinueve de julio del dos mil
trece.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana
Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. Nº 188.—Solicitud Nº
119-780141-OM.—C-Crédito.—(IN2013055209).
Nº 126-JP
LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y
18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del
veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo
Nº 36363-JP del cinco de noviembre del
dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar a la señora Ana Cecilia Salazar Segura, cédula de identidad N°
1-0887-0181, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Fútbol Consultants, cédula jurídica Nº 3-006-668855, inscrita en
la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro
Nacional.
Artículo 2º—Una vez publicado este
acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo
testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su
respectiva inscripción.
Artículo 3º—Rige a partir de su
publicación.
Dado en la
Presidencia de la República. San José, el día diecinueve de julio del dos mil
trece.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana
Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. Nº 188.—Solicitud Nº
119-780-142-OM.—C-Crédito.—(IN2013055210).
Nº 128-JP
LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las
facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la
Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de
agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP
del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar al señor Raymond Duncan Boucher, de un solo apellido en razón de su
nacionalidad canadiense, pasaporte N° QD442806, como representante del Poder
Ejecutivo en Costa Rica Animal Welfare Foundation, cédula jurídica Nº 3-006-669756, inscrita
en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del
Registro Nacional.
Artículo 2º—Una vez publicado este
acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo
testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su
respectiva inscripción.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la
Presidencia de la República. San José, el día veintitrés de julio del dos mil
trece.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana
Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. Nº 188.—Solicitud Nº
119-780-143-OM.—C-Crédito.—(IN2013055211).
Nº 129-JP
LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y
18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del
veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo
Nº 36363-JP del cinco de noviembre del
dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar al señor Esteban Zúñiga Alvarado, cédula de identidad número
1-0931-0472, como representante del Poder Ejecutivo del Poder Ejecutivo en la Fundacion Ayni, cédula jurídica
Nº 3-006-664571, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas
Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 2º—Una vez publicado este
acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo
testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su
respectiva inscripción.
Artículo 3º—Rige a partir de su
publicación.
Dado en la
Presidencia de la República. San José, el día veinticuatro de julio del dos mil
trece.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana
Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. Nº 188.—Solicitud Nº
119-780-144-OM.—C-Crédito.—(IN2013055212).
N° 137-JP
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En ejercicio de
las facultades que les confieren el artículo 140 incisos 3) y 18) de la
Constitución Política, el artículo 28, inciso b) de la Ley General de la
Administración Pública, ley número 6227 del 2 de mayo de 1978, así como lo establecido
en el artículo 14 de la Ley de Creación de la Dirección General de Adaptación
Social, ley número 4762 del 8 de mayo de 1971.
Considerando:
I.—Que el numeral 14 de la Ley N° 4762,
Ley de Creación de la Dirección General de Adaptación Social, establece que el
Patronato de Construcciones, Instalaciones y Adquisiciones de Bienes se debe
integrar de la siguiente forma: El Ministro de Justicia y Paz, quién lo
presidirá, dos magistrados de la Corte Suprema de Justicia o sus representantes
y dos representantes del Poder Ejecutivo.
II.—Que el
señor Federico Ruiz Wilson, presentó su renuncia como representante del Poder
Ejecutivo y miembro del Patronato, la cual se acepta a partir del 7 de agosto
del 2013.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al señor José
Fernando Saborío Jenkins, abogado, cédula de identidad número 2-0383-0460, como
representante del Poder Ejecutivo, ante el Patronato de Construcciones,
Instalaciones y Adquisiciones.
Artículo 2º—Rige a partir del 19 de
agosto del 2013.
Dado en la
Presidencia de la República a las quince horas del día nueve de agosto del dos
mil trece.
LAURA
CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana
Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. Nº 188.—Solicitud Nº
119-780-139-OM.—C-Crédito.—(IN2013055213).
Res. N° 000973.—San José, a las catorce horas y cinco minutos del día ocho
del mes de agosto de dos mil trece.
Diligencias de
declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en
relación con el inmueble 7-001971-000, propiedad de Refinadora Costarricense de
Petróleo S.A. cédula jurídica 3-101-007749 necesario para la construcción del
proyecto denominado “Terminal de Contenedores de Moín”.
Resultando:
1º—Mediante
oficio UE-CNC-TCM-0081-2013 del 8 de agosto del 2013 de la Gerencia del
Proyecto se solicita iniciar el proceso de adquisición de un área de terreno de
78654 (Setenta y ocho mil seiscientos cincuenta y cuatro metros cuadrados) del
inmueble 7-001971-000, según plano catastrado 7-1676281-2013.
2º—Que según consulta realizada al
Registro Inmobiliario, las características de la finca 7-001971-000 son:
Naturaleza:
Terreno Sembrado en parte de Cacao situada en el distrito 1-Limón cantón
1-Limón de la provincia de Limón
Linderos:
Norte: Río
Blanco y Río Moín
Sur: Alberto José
Amador Z y Instituto Costarricense de Electricidad
Este: Alberto
José Amador Z y Instituto Costarricense de
Electricidad
Oeste: Río Blanco y Hacienda Castro
Mide: Un millón
doscientos cuarenta y cinco mil novecientos setenta y nueve metros con cuarenta
y cuatro decímetros cuadrados.
Plano: no se
indica
3º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de
terreno de 78654 (Setenta y ocho mil seiscientos cincuenta y cuatro metros
cuadrados), según plano catastrado 7-1676281-2013.
Considerando:
1º—De
conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica del Ministerio
de Obras Públicas y Transportes Nº 3155 del 5 de agosto de 1963 y sus reformas
y lo dispuesto en la Ley General de Concesión de Obras Públicas con Servicios
Públicos N° 7762 del 14 de abril de 1998 y sus reformas, este Despacho se
encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias
dentro del ámbito de su competencia ejerciendo el control y la vigilancia necesaria,
asimismo en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares
con sujeción a las disposiciones de la Ley anteriormente indicada.
2º—Así las cosas y en cumplimiento de
lo establecido en la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus
reformas en sus artículos 2, 18 y 20, así como los artículos 11, 136 de la Ley
General de la Administración Pública y en los artículos 11, 129 y 140 de la
Constitución Política;
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVEN:
1º—Declarar de
interés público para la construcción del proyecto denominado “Terminal de
Contenedores de Moín”, una franja de terreno de
78654 (Setenta y ocho mil seiscientos cincuenta y cuatro metros cuadrados)
del inmueble 7-001971-000, según plano catastrado 7-1676281-2013, Refinadora
Costarricense de Petróleo S.A. cédula jurídica 3-101-007749.
2º—Ordénese mandamiento provisional de
anotación ante el Registro Inmobiliario con efectos de publicidad noticia sobre
la finca indicada.
3º—Procedan las dependencias
administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al
efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia
de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de
Expropiaciones y sus reformas.
Notifíquese y
publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Obras Públicas y Transportes, Ing. Pedro Luis Castro Fernández.—1
vez.—Solicitud N° 112-301-032-2013.—O.C. N° 003-2013.—(IN2013057371).
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN
Que de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo
174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, adicionado por el
artículo 2 de la Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria, Nº 9069 de 10
de setiembre de 2012, se concede a las entidades representativas de intereses
de carácter general, corporativo o de intereses difusos, un plazo de diez días
hábiles contados a partir de la primera publicación del presente aviso, con el
objeto de que expongan su parecer respecto del proyecto de decreto
“Modificación del artículo 59 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la
Renta”, que elimina el método de últimas entradas, primeras salidas (UEPS),
dispuesto en el subinciso iv) del inciso a) de ese
artículo. Las observaciones sobre el decreto en referencia, deberán expresarse
por escrito y dirigirlas a la Dirección de Tributación Internacional y Técnica
Tributaria de la Dirección General de Tributación, sita en el cuarto piso del
edificio del Ministerio de Hacienda, San José. Para los efectos indicados, el
citado proyecto de decreto se encuentra disponible en el sitio web http://dgt.hacienda.go.cr, en la sección “Proyectos”.—San José,
a las 10:40 horas del 13 de agosto de 2013.—Carlos Vargas Durán, Director
General.—O. C. N° 17346.—Solicitud Nº 109-117-05813GII.—(IN2013053698). 2
v. 2.
DIRECCIÓN DE
GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este
departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 236, título N° 2132,
emitido en el año dos mil cinco y del Título de Técnico Medio en la
Especialidad de Mecánica General, inscrito en el tomo 1, folio 177, título N°
3392, emitido en el dos mil seis, ambos fueron extendidos por el Colegio
Técnico Profesional de Calle Blancos, a nombre de Vega Castro Diego, cédula
1-1289-0346. Se solicita la reposición de los títulos indicados por cambio de
apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Ramírez Vega Diego, cédula
1-1289-0346. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de agosto del 2013.—Departamento
de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013055728).
Ante este
departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 236, título N° 2132,
emitido en el año dos mil cinco y del Título de Técnico Medio en la
Especialidad de Mecánica General, inscrito en el tomo 1, folio 177, título N°
3392, emitido en el dos mil seis, ambos fueron extendidos por el Colegio
Técnico Profesional de Calle Blancos, a nombre de Vega Castro Diego, cédula
1-1289-0346. Se solicita la reposición de los títulos indicados por cambio de
apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Ramírez Vega Diego, cédula
1-1289-0346. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de agosto del
2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013055728).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 3, folio 67, título
Nº 3108, emitido por el Liceo Napoleón Quesada Salazar, en el año dos mil ocho,
a nombre de Pacheco Cascante Guillermo José, cédula 1-1455-0479. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiún días del mes de agosto del dos
mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013054582).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 16,
asiento 417, título N° 70, emitido por el Liceo Joaquín Gutiérrez Mangel, en el año dos mil seis, a nombre de Briceño Dávila
Melissa, cédula 1-1529-0992. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, a los veintitrés días del mes de agosto del dos mil trece.—MEd. Lilliam Mora Aguilar Jefa
Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2013055275).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 5, título Nº 9,
emitido por el Liceo Las Delicias, en el año dos mil ocho, a nombre de Morera
Barboza Natalia. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de
apellido, cuyo nombre y apellidos correctos son: Ruiz Morera Natalia, cédula N°
2-0666-0600. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los
catorce días del mes de agosto del dos mil trece.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013056452).
Ante este Departamento se ha presentado
la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 1, folio 32, título N° 90, emitido por el Liceo Teodoro Picado en el
año dos mil cinco, a nombre de Ramírez Castañeda Israel, cédula 1-1271-0507. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, 2 de setiembre del 2013.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013057722).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Propiedad
Industrial
Patentes de Invensión
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor
Michael Bruce Esquivel, mayor, abogado, cédula número 1-0943-0799, vecino de
San José, en su condición de apoderado especial de Deutsche Composite
Gmbh, de Alemania, AR-K S. A.S., de Colombia,
solicita la Patente de Invención denominada PANEL SÁNDWICH QUE TIENE UN HAZ
TRANSVERSAL Y UN MÉTODO PARA SU PRODUCCIÓN.
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
La invención se
refiere a un método para producir un panel sándwich hecho de al menos una capa
de recubrimiento (26, 28) a laminar y al menos un bloque de material de una
capa central (8, 8ʹ, 10, 10ʹ, 12, 12ʹ, 14, 14ʹ). La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: E04C 2/36; B32B
3/18; cuyo(s) inventor(es) es (son) Dietmar, Biessler. La solicitud correspondiente lleva el número
20130203, y fue presentada a las 14:10:20 del 08 de Mayo del 2013. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario
oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de Julio del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora,
Registradora.—(IN2013055647).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La señora Marianella Arias Chacón, mayor, abogada, cédula de
identidad número 1-679-960, vecina de San José, en su condición de apoderada
especial de N.V. Bekaert S. A. de Bélgica, solicita
la patente de invención denominada “FIBRA DE ACERO PARA REFORZAR HORMIGÓN O
MORTERO QUE TIENE UN EXTREMO DE ANCLAJE CON AL MENOS TRES SECCIONES RECTAS”.
Para ver imagen hacerlo en La Gaceta con firma digital
La invención es
sobre una fibra de acero para reforzar el concreto o mortero. La fibra de acero
se compone de una porción media de y una parte final de anclaje en un lado o en
los dos lados de la porción media. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes 2013.01 es E04C 5/01 cuyos inventores son Lambrechts,
Ann; Van Haeke, Martin. La solicitud correspondiente
lleva el número 2013-0291 y fue presentada a las 09:16:18 del 17 de junio de
2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 1° de agosto de 2013.—Lic. Melissa
Solís Zamora, Registradora.—(IN2013055973).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Exp. N°
9504.—El Registro de Propiedad Industrial, Oficina de Patentes de Invención
hace saber que por resolución de las ocho horas treinta minutos del veintitrés
de julio de dos mil trece, fue inscrita la Patente de Invención denominada IMIDAZOQUINOLINAS
COMO INHIBIDORES DE CINASA DE LÍPIDO a favor de la compañía Novartis AG, cuyos inventores son: Garcia-Echeverría,
Carlos de nacionalidad española, Stauffer, Frédéric de nacionalidad suiza y Furet,
Pascal de nacionalidad francesa; se le ha otorgado el número de inscripción de
patente de invención 2965 estará vigente hasta el dieciocho de mayo de dos mil
veintiséis, la Clasificación Internacional de Patentes es C07D 471/00, A61K
31/00, A61P 35/00 y A61P 29/00.—San José, a las once horas cuarenta minutos del
seis de agosto del dos mil trece.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—1 vez.—(IN2013055979).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción la reforma del nombre del estatuto de la persona
jurídica cédula 3-002-668075 entidad denominada: Asociación NPWK para la
Protección del Recurso Hídrico de Nicoya, para que de ahora en adelante se
denomine: Asociación Nicoya Península Waterkeeper.
Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939
y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado
en el Registro Nacional, a las 15 horas del 20 de agosto de 2013. Documento
tomo: 2013, asiento: 184533.—Lic. Enrique Rodríguez
Morera, Director.—1 vez.—(IN2013055949).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación
Pro Bienestar Integral de la Persona con Discapacidad y del Adulto Mayor
ADHUPAD, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales
entre otros son los siguientes: promover el bienestar integral de las personas
con discapacidad en todo el cantón de Coto Brus. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones
establecidas en el estatuto lo es el presidente: Aníbal Núñez Moya. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo
cumplido con los requisitos legales se emplaza por quince días hábiles a partir
de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. (Tomo 2013, asiento 169855 y adicional tomo: 2013,
asiento: 189989).—Curridabat, 21 de agosto del
2013.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—(IN2013055983).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
La Dirección
Nacional de Notariado comunica que ante este despacho el licenciado Joseph
Gustavo Céspedes Garita, cédula de identidad número 1-1408-0134, carné
profesional número 20989, ha presentado solicitud de inscripción y habilitación
para ejercer la actividad notarial por lo que se solicita a las personas que
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de este profesional lo
comuniquen a esta dependencia dentro del plazo de quince días hábiles
siguientes a esta publicación. (Expediente Administrativo N° 13-002836-0624-NO).—San José, Curridabat, veintidós de agosto del dos mil
trece.—Lic. Melvin Rojas Ugalde, Director Ejecutivo ad interim.—1 vez.—(IN2013055938).
La Dirección Nacional de Notariado comunica que ante este despacho la
licenciada Ana María Rivera Méndez, cédula de identidad número 3-0344-0968,
carné profesional número 18888, ha presentado solicitud de inscripción y
habilitación para ejercer la actividad notarial por lo que se solicita a las
personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de esta
profesional lo comuniquen a esta dependencia dentro del plazo de quince días
hábiles siguientes a esta publicación. (Expediente Administrativo N°
13-002593-0624-NO).—San José, Curridabat, veintitrés
de agosto del dos mil trece.—Área Trámite Legal (Asesoría Jurídica).—Lic. Jeffry Juárez Herrera, Abogado.—1
vez.—(IN2013055969).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. 14386P.—Bananera Tamesis S. A., solicita
concesión de: 10 litros por segundo del acuífero, captado mediante el pozo
número AF-93 en finca de Bananera Tamesis S. A. en
Roxana, Pococí Limón, para uso agroindustrial-cultivo
banano. Coordenadas 266.320 / 573.979 hoja agua fría. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 20 de febrero de 2013.—Jorge Bonilla Cervantes,
Director.—(IN2013054990).
Exp. 14672P.—No Mas Nieve S. A., solicita concesión de: 0,06 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo DM-43 en finca
del mismo en Cortés, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas
134.596 / 556.878 hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de julio de 2013.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador Departamento de Información.—(IN2013054995).
Exp 14823A.—Arcesquivel S.R.L., solicita
concesión de: 0,8 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la
captación en finca del mismo en Venecia, San Carlos, Alajuela, para uso
agropecuario, consumo humano, turístico y riego. Coordenadas 256.858 / 508.843
hoja Quesada. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 31 de julio de 2013.—Departamento de Información.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013055006).
Exp. 15234P.—Hotelera Los Altos S. A., solicita concesión de: 3 litros
por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RE-29 en
finca de el mismo en Cajón, Pérez Zeledón, San José, para uso turístico-hotel.
Coordenadas 146.684 / 582.530 hoja Repunta. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 27 de junio de 2013.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013055008).
Exp. Nº
10245P.—Ana Catalina Beeche Alfaro y María Fernanda Beeche Alfaro, solicitan concesión de: 0,07 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-2136 en
finca de su propiedad en Piedades, Santa Ana, San José, para uso agropecuario
abrevadero y consumo humano doméstico. Coordenadas 212.275 / 511.850 hoja ABRA.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 6 de agosto del 2013.—Departamento
de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013055121).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. 15238P.—Activos La Vida Buena S. A., solicita concesión de: 0,08
litros por segundo de Acuífero (Pozo DM-146), efectuando la captación en finca
de el mismo en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano-piscina
doméstica y riego. Coordenadas 136.101/555.849 hoja Dominical. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 30 de mayo de 2012.—José Miguel Zeledón
Calderón, Director.—(IN2013055312).
Exp. 15882P.
Bayer S. A., solicita concesión de: 2,5 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo AH-59 en finca de Bayer S. A., en
Cañas Dulces, Liberia, Guanacaste, para uso agroindustrial y consumo humano.
Coordenadas 297.745/372.272 hoja Ahogados. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de julio de 2013.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador Departamento de Información.—(IN2013055314).
Exp. 14382P.—Agroindustrial Piñas del Bosque
S. A., solicita concesión de: 3,75 litros por segundo del acuífero, efectuando
la captación por medio del pozo TA-59 en finca de el mismo en Cutris, San Carlos, Alajuela, para uso agroindustrial.
Coordenadas 281.059 / 489.411 hoja Tres Amigos. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 27 de junio de 2013.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2013055321).
Exp. 15890P.—Desarrollos Empresariales La Granja de la Tejona S. A., solicita concesión de: 2,5 litros por segundo
del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AR-19 en finca de
Desarrollo Empresariales La Granja de la Tejona S.
A., en Tilarán, Tilarán,
Guanacaste, para autoabastecimiento en condominio. Coordenadas 276.650 /
431.400 hoja Arenal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 6 de agosto de 2013.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de
Información.—(IN2013055323).
Exp. Nº 7716A.—The Sunshine Trust S. A.,
solicita concesión de: 0,50 litros por segundo de la quebrada sin nombre,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Piedades, Santa Ana, San
José, para uso Turístico Hotel. Coordenadas 209.400 / 514.300 hoja Abra. 0,50
litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca
de su propiedad Guerrero en Piedades, Santa Ana, San José, para uso Turístico
Hotel. Coordenadas 209.300 / 514.400 hoja Abra. Predios inferiores: No se
indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de agosto del
2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2013055327).
Exp. Nº 8252A.—Monterosa Estate S. A., solicita
concesión de: 0,03 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la
captación en finca de su propiedad en Naranjo, Naranjo, Alajuela, para uso
agropecuario y consumo humano doméstico. Coordenadas 235.250 / 494.000 hoja
Naranjo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 11 de febrero de 2013.—Jorge Bonilla Cervantes,
Director.—(IN2013055332).
Exp. Nº 15878A.—B
Y M Interprices S. A., solicita concesión de: 0,41
litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca
de su propiedad en San Isidro, El Guarco, Cartago,
para uso agroindustrial, consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas
197.944 / 540.431 hoja Tapantí. 0,4 litros por
segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su
propiedad en San Isidro, El Guarco, Cartago, para uso
agroindustrial, consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 197.894 /
540.180 hoja Tapantí. Predios inferiores: No se
indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de julio de
2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2013055334).
Exp. Nº 14824A.—Arcesquivel S. R. L., solicita concesión de: 0,85 litros
por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de el
mismo en Río Cuarto, Grecia, Alajuela, para uso agropecuario, consumo humano,
riego y turístico. Coordenadas 257.307 / 511.287 hoja Quesada. Predios
inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de
julio de 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2013055337).
Exp. Nº 15120P.—Federico Rodríguez Rojas, solicita concesión de: 0,55
litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo
FO-64 en finca de el mismo en Fortuna (San Carlos), San Carlos, Alajuela, para
uso turístico. Coordenadas 274.446 / 461.890 hoja Fortuna. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 27 de junio de 2013.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013055340).
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso
incoadas por Melissa de los Ángeles Kepfer González,
ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3228-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las catorce horas cuarenta minutos del cuatro de
setiembre del dos mil doce. Expediente N° 29803-2012. Resultando 1.-...,
2.-..., 3-..,. Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:...,
Por tanto: rectifíquense el asiento de nacimiento de Britany
Melissa Villalobos González... y el de Nathaly
Daniela Villalobos González, en el sentido que el nombre y los apellidos de la
madre... son “Melissa de los Ángeles Kepfer González”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013055937).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por
Raymundo Sánchez Guzmán, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución N° 1060-2011.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta minutos
del veintisiete de mayo del dos mil once. Exp. N° 8127-2011. Resultando 1.-...,
2.-..., 3.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no
Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Lizbeth Arlenny Sánchez Arias...; en el
sentido que el segundo apellido de la madre de la misma... es “Peguero”.
Asimismo, hágase constar al margen del precitado asiento de nacimiento que
actualmente la madre de la persona ahí inscrita es “costarricense” y portadora
de la cédula de identidad número “ocho-cero ochenta y nueve-trescientos setenta
y cinco”.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director
General, a. i.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013055958).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por
Carlos Achong Rojas, ha dictado una resolución que en
lo conducente dice: Resolución N° 2144-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece
horas treinta minutos del seis de junio del dos mil trece. Exp. N° 8421-2013.
Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-... Considerando: I. Hechos Probados:..., II.
Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquense; el asiento de matrimonio de
Carlos Alfonso Rojas Álvarez con Irene Patricia Chavarría Navarro..., en el
sentido que los apellidos del cónyuge son “Achong
Rojas, hijo de Carlos Eduardo Achong Aguilar y Olga
Eugenia Rojas Álvarez, costarricenses”, la razón marginal consignada mediante
sello de legitimación en el asiento de nacimiento de Fabián David Rojas
Chavarría ... y el asiento de nacimiento de Daniel Josué Rojas Chavarría..., en
el sentido que los apellidos del padre... son “Achong
Rojas”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2013055996).
Registro Civil–Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Aviso de solicitud de naturalización
Cándida Rosa
González Gómez, mayor, soltera, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia
N° 270-153820-087532, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones
del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
132370-2013.—San José, veintiuno de agosto de dos mil
trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1
vez.—(IN2013055959).
INSTITUTO SOBRE ALCOHOLISMO
Y
FARMACODEPENDENCIA
PLAN DE COMPRAS PRIMER EXTRAORDINARIO 2013
El IAFA comunica que a partir de la
presente publicación se encuentra disponible en nuestra página Web el Plan de
Compras del Segundo Presupuesto Extraordinario Institucional para el año 2013.
Los interesados podrán accederlo en la siguiente dirección electrónica:
www.iafa.go.cr
San José, 16 de agosto del 2013.—Subproceso de Adquisición de Bienes y Servicios.—Leonidas Ramírez V.—1 vez.—O. C. Nº 10158.—Solicitud Nº
616-006.—(IN2013058881).
CONSEJO NACIONAL DE LA PERSONA
ADULTA
MAYOR
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2011LN-000088-00500
Contratación de los servicios de seguridad y
vigilancia
para
el edificio alquilado por el Consejo Nacional
de
la Persona Adulta Mayor
Se les avisa a todos los interesados en
esta licitación que el CONAPAM recibirá
ofertas digitales hasta las 10:00 horas del día 04 de octubre del 2013. Los
interesados podrán descargar el cartel a través del Sistema de Compras
Gubernamentales Comprared, en la dirección
electrónica: www.hacienda.go.cr/comprared. Notifíquese.
San José, 12 de
setiembre del 2013.—Departamento Proveeduría
Institucional.—Lic. Martín Aguilar Araya, Encargado.—1
vez.—O. C. Nº 193-2013.—Solicitud Nº 64105.—C-12770.—(IN2013058725).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000006-13405 (Aviso)
Alquiler de solución completa de equipo multifuncional
La Proveeduría Institucional del
Ministerio de Hacienda recibirá únicamente ofertas electrónicas a través del
sistema Compr@Red, hasta las 10:00 horas del día 4 de
octubre del 2013, para la contratación citada anteriormente, a favor de los
Programas Policía de Control Fiscal, Dirección General de Tributación y
Dirección de Tecnología de Información y Comunicación.
El cartel se encuentra a
disposición gratuitamente en el sistema CompraRed, en
la dirección: www.hacienda.go.cr/comprared de Internet.
San José, 4 de setiembre del 2013.—M.Sc. Marco A. Fernández Umaña,
Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 17346.—Solicitud Nº
109-117-07113G.—(IN2013058886).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE INVESTIGACIÓN
Y
ENSEÑANZA EN NUTRICIÓN Y SALUD
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N°
2013LN-000002-00100
Equipo
de laboratorio
El Instituto Costarricense de
Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud, a través de la Proveeduría
Institucional, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 2 de octubre del
2013, para la compra de equipo de laboratorio.
El interesado tiene el cartel a disposición en la
Proveeduría Institucional del INCIENSA ubicada 125 metros al oeste del Servicentro Tinoco, Tres Ríos, La Unión, o en la página
oficial de comprared a partir del siguiente día hábil
de la presente publicación.
Lic. Gabriela Chavarría Richmond,
Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
23546.—Solicitud Nº 1998.—C-11060.—(IN2013058413).
INVITACIÓN A PRESENTAR EXPRESIONES DE INTERÉS
PARA
CONTRATAR SERVICIOS
Institución:
Oficina de Cooperación Internacional de la Salud de la República de Costa Rica-
Ministerio de Salud.
País: Costa
Rica.
Proyecto:
Programa Salud Mesoamérica 2015 Costa Rica.
Donación N°:
GRT/HE-13629-CR/GRT/HE-13630-CR.
Licitación N°:
SM2015-21-SBCC-CF-C1A3.
Fecha límite
para la presentación de expresiones de interés: 20 de setiembre del 2013.
La Oficina de Cooperación Internacional de la Salud de la República de
Costa Rica ha recibido un financiamiento no reembolsable del fondo
Mesoamericano de Salud, a través de la asistencia técnica y gestión del Banco
Interamericano de Desarrollo para contratar la estrategia de promoción del
aseguramiento y afiliación de adolescentes, y se propone utilizar una parte de
los fondos de la donación para cancelar estos servicios.
Resumen: Contratar una empresa que realice diagnóstico y
propuesta de estrategias para aumentar la identificación, registro, afiliación,
aseguramiento y adscripción de la población adolescente en el sistema de salud,
incluyendo medidas comunicativas y materiales hacia la población adolescente y
para los funcionarios, que permitan enfrentar dificultades administrativas que
están limitando el acceso de lo(a)s adolescentes a las redes de servicios de
salud que brinda la Caja Costarricense de Seguro Social.
Perfil de la Firma: Empresa consultora
de por lo menos dos años de constituida y por los menos tres proyectos en
análisis, adecuación, simplificación y/o desarrollo de procesos y
procedimientos de la Administración Pública.
Haber desarrollado por lo menos dos
proyectos comunicacionales dirigidos a diversos públicos.
Los servicios comprenden además los
siguientes objetivos específicos:
• Efectuar un diagnóstico de los
procedimientos que están realizando a nivel de los servicios de salud
institucionales y las barreras administrativas para afiliar y asegurar a la
población adolescente y con mayor vulnerabilidad social.
• Proponer directrices, procesos y procedimientos
que faciliten la afiliación y aseguramiento de la población adolescente y
garanticen su acceso a los servicios en todos los niveles de atención acorde
con la legislación vigente.
• Elaborar
y desarrollar estrategias comunicativas para personal de salud de los servicios
sobre las directrices, procesos y procedimientos aprobados por las autoridades
institucionales competentes.
• Elaborar y desarrollar estrategias
comunicativas para la población en general, con énfasis en la población
adolescente y con mayor vulnerabilidad social (en situación de pobreza,
migrante, indígena, entre otros), sobre los procedimientos para accesar de manera efectiva y ágil a los servicios de salud.
• Producir y reproducir material informativo y
educativo para personal de salud y la población adolescente.
Por lo
anterior, la Oficina de Cooperación Internacional de la Salud de la República
de Costa Rica invita a las firmas consultoras elegibles a expresar su interés
en prestar los servicios solicitados. Para lo cual, los interesados deberán
proporcionar información que indique que tienen calificaciones y recurso humano
para suministrar los servicios. Las cuales serán
valoradas para solicitar una propuesta técnica y económica a la firma con las
mejores calificaciones y recursos humanos y técnicos.
Las firmas serán seleccionadas
conforme a los procedimientos indicados en las Políticas para la Selección y
Contratación de Consultores financiados por el Banco Interamericano de
Desarrollo GN-2350-9, y podrán participar en ella todos los licitantes de
países de origen que sean elegibles, según se especifica en dichas políticas.
Los consultores se podrán asociar con
otras firmas o subcontratistas con el fin de mejorar sus calificaciones. A los
efectos de establecer la lista corta, la nacionalidad de la firma será la del
país en que se encuentre legalmente constituida o incorporada y en el caso de
asociación en participación, será la nacionalidad de la firma que se designe
como representante.
Los Consultores serán seleccionados en
base al método Selección Basada en Calidad y Costo (SBCC) descrito en las
Políticas de Consultoría, GN-2350-9.
Los consultores
interesados pueden obtener más información en la dirección indicada al final de
esta licitación, durante horas hábiles.
Las expresiones de interés deberán ser
recibidas por escrito en la dirección indicada a continuación (personalmente, o
por correo electrónico), a más tardar el 20 de setiembre del 2013.
Oficina
Proyecto Salud Mesoamérica 2015.
Referencia:
Expresiones de Interés-Licitación N° SM2015-21-SBCC-CF-C1A3.
Sita: Edificio
Jenaro Valverde (Anexo Caja Costarricense de Seguro Social). Avenida segunda,
calle 5, IV piso.
Teléfono: 2539-0193.
1 vez.—O. C. N° 17486.—Solicitud N°
114-600-00295.—C-76520.—(IN2013058693).
Institución:
Oficina de Cooperación Internacional de la Salud de la República de Costa
Rica-Ministerio de Salud.
País: Costa
Rica.
Proyecto:
Programa Salud Mesoamérica 2015 Costa Rica.
Donación N°:
GRT/HE-13629-CR/GRT/HE-13630-CR.
Licitación N°:
SM2015-28-SCC-C3A14.
Fecha límite
para la presentación de expresiones de interés: 20 de setiembre del 2013.
La Oficina de Cooperación
Internacional de la Salud de la República de Costa Rica ha recibido un
financiamiento no reembolsable del fondo Mesoamericano de Salud, a través de la
asistencia técnica y gestión del Banco Interamericano de Desarrollo y se
propone utilizar una parte de los fondos de la donación para cancelar estos
servicios.
Resumen: contratar una empresa que apoye técnica y
administrativamente de forma presencial, las 11 Unidades de Coordinación Local,
en las áreas donde se desarrolla el proyecto (Regiones Brunca
y Atlántica), facilitando la correcta y oportuna realización, seguimiento y
cumplimiento de las funciones y actividades en el marco del Proyecto Salud
Mesoamérica 2015. Esta contratación tiene una duración de 14 meses a partir de
la contratación de la firma consultora.
Perfil de la Firma: la empresa
consultora seleccionada para el desarrollo de esta asesoría debe contar con
experiencia acreditada en el trabajo con personas adolescentes y jóvenes, en
temas relacionadas con la salud sexual y reproductiva al menos de 5 años.
Los servicios comprenden además los
siguientes objetivos específicos:
• Facilitar, apoyar y dar seguimiento
presencial a los procesos y actividades de las UCL en la ejecución del
proyecto.
• Apoyar la gestión administrativa de la
coordinación de las UCL.
• Asesorar técnicamente dentro de su
competencia a las Coordinaciones de las UCL.
• Apoyar la coordinación de las UCL en la
comunicación y la coordinación de acciones entre las instituciones
participantes en el Proyecto, organizaciones y otros actores sociales
involucrados en el ámbito local, incluidos los promotores juveniles y
adolescentes.
Por lo anterior, la Oficina de Cooperación Internacional de la Salud
de la República de Costa Rica, invita a las firmas consultoras elegibles a
expresar su interés en prestar los servicios solicitados. Para lo cual, los
interesados deberán proporcionar información que indique que tienen calificaciones
y recurso humano para suministrar los servicios.
Las cuales
serán valoradas para solicitar una propuesta técnica y económica a la firma con
las mejores calificaciones y recursos humanos y técnicos.
Los consultores serán seleccionados
conforme a los procedimientos indicados en las Políticas para la Selección y
Contratación de Consultores financiados por el Banco Interamericano de
Desarrollo GN-2350-9, y podrán participar en ella todos los licitantes de
países de origen que sean elegibles, según se especifica en dichas políticas.
Los consultores podrán asociarse con
otras firmas o subcontratistas con el fin de mejorar sus calificaciones. A los
efectos de establecer la lista corta, la nacionalidad de la firma será la del
país en que se encuentre legalmente constituida o incorporada y en el caso de
asociación en participación, será la nacionalidad de la firma que se designe
como representante.
Los Consultores serán seleccionados en
base al método de selección calificación de consultores (SCC) descrito en las
Políticas de Consultoría, GN-2350-9.
Los consultores
interesados pueden obtener más información en la dirección indicada al final de
esta licitación, durante horas hábiles.
Las expresiones de interés deberán ser
recibidas por escrito en la dirección indicada a continuación (personalmente, o
por correo electrónico), a más tardar el 20 de setiembre, 2013.
Oficina
Proyecto Salud Mesoamérica 2015.
Dirección electrónica:
mleon@ccss.sa.cr.
Referencia:
Expresiones de Interés-Licitación N° SM2015-28-SCC-C3A14.
Sita: Edificio
Jenaro Valverde (Anexo Caja Costarricense de Seguro Social), avenida segunda,
calle 5, IV piso.
Teléfono: 2539-0193.
Vanessa Arroyo
Chavarría.—1 vez.—O. C.
N° 17486.—Solicitud N° 114-600-00289.—C-65450.—(IN2013058703).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría invita a
todos los potenciales proveedores interesados en participar en el siguiente
procedimiento:
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000045-PROV
Compra de cromatógrafo de
gases con detector de FID/FID
Fecha y hora de apertura: 19 de
setiembre del 2013, a las 10:00 horas.
El cartel se pueden obtener sin costo alguno a través
de Internet, en la dirección: htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduría/invitaciones
2013, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a
la siguiente dirección: ivalerio@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de
no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento,
deberá comunicarse tal situación a los teléfonos: 2295-3623.
San José, 9 de
setiembre del 2013.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa a. í.—1
vez.—(IN2013058690).
DIRECCIÓN REGIONAL SERVICIOS DE SALUD
REGIÓN
HUETAR NORTE
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000006-2499
Alquiler de edificio para ubicar la sede del Ebais
Cedral
- Área de Salud Ciudad Quesada
Los interesados en participar en la
Licitación Abreviada ver más detalles y corroborar información acceder la
siguiente dirección: http://www.ccss.sa.cr. Además se les informa que el cartel
con las especificaciones técnicas y demás condiciones generales y legales
correspondientes a este procedimiento de contratación, se encuentran
disponibles en la Unidad Gestión de Bienes y Servicios de la Dirección Regional
de Servicios de Salud Región Huetar Norte, la fecha y
hora límite para la recepción de las ofertas (completas y de manera integral),
será el 10 de octubre del 2013, a las 11:00 horas, y de seguido se procederá
con el acto de apertura de las ofertas en la Unidad Gestión de Bienes y
Servicios de la Dirección Regional de Servicios de Salud Región Huetar Norte, ubicada 450 metros norte del Banco Popular en
Ciudad Quesada, lugar donde también se recibirán las ofertas.
Ciudad Quesada, 05 de setiembre del 2013.—Unidad Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Vanesa Chaves
Fernández, Coordinadora Regional.—1
vez.—(IN2013058791).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS
DE
SALUD CENTRAL NORTE
LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000008-2299
Servicios profesionales de seguridad y
vigilancia
Área de Salud Palmares
Se establece
como fecha límite para la recepción de ofertas el 10 de octubre de 2013 a las 9
a. m., en esta sede regional, 200 metros norte de la Municipalidad de Santo
Domingo de Heredia. El cartel se encuentra disponible a partir de esta
publicación en la misma dirección.
San José, 06 de
setiembre del 2013.—Unidad Regional de Contratación
Administrativa.—Lic. Gerardo Soto Arguedas.—1 vez.—(IN2013058831).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000009-09
Contratación de servicios de
mantenimiento correctivo,
impresoras, proyectores, miro (PC, portátil, All in
one), scaner,
de Unidad Regional de Heredia
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional de Heredia, recibirá
ofertas por escrito para este concurso, hasta las 10:00 horas del 3 de octubre
del 2013. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones, el cual es
gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita: Heredia, 50 metros norte y 50
este de la Clínica del CCSS o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan
Altamirano Díaz Encargado.—1 vez.—O. C. 22430.—Sol.
610-00284.—(IN2013058677).
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000015-32701
Adquisición de una planta para producción
continua
de mezcla asfáltica
Se avisa a todos los interesados en esta licitación
del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que por resolución de
adjudicación N° 2013-298 de las 11:03 horas del día 03 de setiembre del 2013,
se adjudica de la siguiente manera:
Oferta N° 2: Corporación Font S. A., cédula
jurídica N° 3-101-008736, la línea N° 00001, por un monto total de
$1.326.000,00 (un millón trescientos veintiséis mil dólares), todo conforme a
la oferta y condiciones cartelarias.
Se les aclara a todos los interesados
que la presente es solo el resumen final de la adjudicación y que la resolución
se encuentra a disposición gratuitamente en el sistema CompraRed,
en la dirección: www.hacienda.go.cr/comprared de Internet.
San José, 03 de setiembre del 2013.—Heidy Román Ovares, Directora.—1
vez.—O. C. Nº 18141.—Solicitud Nº 112-300-00194.—(IN2013058887).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000027-75100
Compra de instrumentos musicales para el SINEM
La Proveeduría Institucional del
Ministerio de Cultura y Juventud avisa a todos los interesados en esta
licitación, que se dictó el acto de adjudicación el día 05 de setiembre, a las
03:29 horas.
El interesado tiene esta resolución de adjudicación a
disposición en el Sistema CompraRed, en la dirección:
https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta notificación,
o podrá obtenerla de manera electrónica en la Proveeduría Institucional del
Ministerio de Cultura y Juventud, que se encuentra ubicada en el Centro
Nacional de Cultura, avenidas 3 y 7, calles 11 y 15, frente al Parque España.
Todo de acuerdo con los términos del cartel y la
oferta.
San José, 6 de setiembre del 2013.—Lic. Jorge Rodríguez Solera, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2013058802).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO
NACIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000022-00100
Compra de 14 vehículos para el
Registro Nacional
de Costa Rica
El Departamento
de Proveeduría del Registro Nacional comunica que en sesión ordinaria celebrada
el 5 de setiembre del 2013, la Junta Administrativa acordó adjudicar la
licitación de referencia en los siguientes términos:
A favor de la
Empresa Purdy Motor S. A., único
oferente participante el cual se encuentra legal y técnicamente elegible,
habiendo obtenido una calificación de 100% en cada uno de los ítems. Se
adjudican:
Línea Uno: seis
(06) vehículos tipo pick up, doble cabina, doble tracción 4x4, para trabajo
pesado y giras en todo el territorio nacional, marca Toyota, modelo Hilux, año 2014, con un precio unitario de $44.460,00 para un
total de $266.760.00 (doscientos sesenta y seis mil setecientos sesenta
dólares).
Línea Dos: con
sustento en el Art. 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa,
se rebaja en una unidad la cantidad de vehículos a adquirir en este ítem. Por
tanto, se estaría adjudicando un (1) vehículo tipo pick up, doble cabina, doble
tracción 4x4, marca Toyota, modelo Hilux, año 2014,
con un precio unitario $34.440,00 (treinta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta
dólares).
Línea Tres: con sustento en el Art. 86
del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se aumenta en una
unidad la cantidad de vehículos a adquirir en este ítem. Por tanto, se estaría
adjudicando seis (6) vehículos tipo sedán, 4 puertas laterales, marca Toyota,
modelo Corolla, año 2014, con un precio unitario de
$24.590.00 para un total $147.540,00 (ciento cuarenta y siete mil quinientos
cuarenta dólares).
Línea Cuatro: un (01) vehículo tipo
todo terreno, 4x4, para trabajo pesado con capacidad para 07 pasajeros, marca
Toyota, modelo Prado LC, año 2014, con un precio unitario $59.220,00 (cincuenta
y nueve mil doscientos veinte dólares).
El monto total adjudicado es de
$507.960,00 (quinientos siete mil novecientos sesenta dólares).
Departamento de
Proveeduría.—Hazel Ruiz
Morales, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 13-0001.—Solicitud N°
119-783-13-0161.—C-31470.—(IN2013058668).
SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000002-00200
Concesión de servicios no esenciales
Parque Nacional Chirripó
El Sistema
Nacional de Áreas de Conservación informa a través de la Proveeduría
Institucional, que se encuentra adjudicado el trámite.
El interesado tiene la Resolución de
Adjudicación a disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita, en la
dirección https:www.hacienda.go.cr/comprared; a partir del siguiente día hábil
de la presente publicación
Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora Institucional.—l
vez.—O. C. Nº 001.—Solicitud N° 129-884-081.—(IN2013058682).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000006-ODM
Arrendamiento infraestructura para Centro
de Datos Alterno para la
Superintendencia General de Entidades Financieras
(SUGEF)
El Departamento de Proveeduría del Banco
Central de Costa Rica, informa a los interesados en esta licitación que,
mediante “Acta de declaratoria infructuoso N° 948-2013” de las 15:00 horas del
22 de agosto del 2013, se acordó declarar infructuoso el concurso por los
incumplimientos presentados por las ofertas participantes.
San José, 26 de
agosto del 2013.—Departamento de Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—RP2013145359.—(IN2013058909).
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000017-DCADM
Compra de solución de videoconferencia
La División de Contratación
Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento
de los interesados en la Licitación Abreviada N° 2013LA-000017-DCADM que la
Comisión de Licitaciones Abreviadas, mediante acta N° 324-2013 del 04 de setiembre
del 2013, resolvió adjudicar la presente licitación en los siguientes términos:
Adjudicar a: Videoconferencia S. A., cédula jurídica N° 3-101-605884.
Adquisición de software y hardware necesarios para la implementación de una
solución de video conferencia bajo un esquema integral. Monto total adjudicado:
$132.199,90 (ciento treinta y dos mil ciento noventa y nueve dólares con
90/100). Costo por hora técnico para la atención del mantenimiento correctivo
no cubierto por la garantía es de $3,44 (tres dólares con 44/100). Garantía de
cumplimiento. El adjudicatario debe de rendir la correspondiente garantía de
cumplimiento, durante los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la firmeza de la
adjudicación del concurso, por el 5% del monto total adjudicado, con una
vigencia de dos meses adicionales al plazo de vencimiento de la garantía de los
equipos. Demás condiciones y requisitos según lo plantea la División de
Contratación Administrativa del Banco Popular en informe de adjudicación N°
181-2013.
San José, 6 de setiembre del 2013.—Área de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana V. Monge
Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2013058742).
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000003-01
Venta del derecho de participación que mantiene el
BANHVI
dentro
del Fideicomiso MERCOOP - CATHAY
El Banco Hipotecario de la Vivienda a
través de la Gerencia General, mediante resolución motivada, resolvió:
Adjudicar la Licitación Pública N° 2013LN-000003-01, para la “venta del derecho
de participación que mantiene el BANHVI dentro del Fideicomiso MERCOOP -
CATHAY”, a la empresa: Consorcio de Transportes Cooperativos METROCOOP R. L.
Margoth Campos Barrantes, Directora Administrativa.—1
vez.—(IN2013058733).
DIRECCIÓN PRODUCCIÓN INDUSTRIAL
COMPRA DIRECTA 2013CD-000108-8101
(Adjudicación
de oferta)
Servicio de asesoría y análisis del
Sistema
de Inventarios del Laboratorio Óptico
Se informa a
los participantes en la Compra Directa por objeto de “Servicio de asesoría y
análisis del Sistema de Inventarios del Laboratorio Óptico, que por Resolución
Administrativa N° DPI-C-1299-09-2013 de fecha 05 de setiembre del 2013, la
Dirección de Producción Industrial adjudica el ítem único a la empresa Asociación
GS UNO de Costa Rica por un monto de ¢3.000.000,00. Ver detalle en
http://www.ccss.sa.cr
San José, 06 de
setiembre del 2013.—Unidad de Compras.—Lic. José A.
Vargas Castro, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013058814).
HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN-000001-2205
Sistemas de videoendoscopía
de alta y baja
Se informa a
los interesados que este concurso se adjudicó a la empresa Elvatron
S. A., el ítem 1 por un monto de $474.571,08 (cuatrocientos setenta y
cuatro mil quinientos setenta y un dólares estadounidenses con 08/100), ver
detalles y mayor información en: http://www.ccss.sa.cr.
Alajuela, 05 de
setiembre del 2013.—Dirección.—Dr. Francisco Pérez
Gutiérrez, Director Médico.—1 vez.—(IN2013058828).
DEPARTAMENTO DE SUMINISTROS, BIENES
Y
SERVICIOS
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2013CD000434-01
Contratación de servicios profesionales para
capacitación
en
materia de Auditor Líder de Calidad a impartirse en el
Centro
de Cultura de Derechos de la Niñez y la Adolescencia
El Patronato Nacional de la Infancia,
cédula jurídica N° 3-007-042039-35, a través del Departamento de Suministro de
Bienes y Servicios, comunica que mediante resolución N° 486-2013, declara
infructuoso el proceso de
Contratación Directa N° 2013CD-000434-01: “Contratación de servicios profesionales para
capacitación en materia de Auditor Líder de Calidad a impartirse en el Centro
de Cultura de Derechos de la Niñez y la Adolescencia”, según lo establecido en
el artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
De conformidad con lo que establece el artículo 136
del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, contra el presente
acto, se podrá interponer recursos de revocatoria, dentro de los dos días
hábiles siguientes a su publicación.
06 de setiembre del 2013.—Lic. Guiselle Zúñiga Coto,
M.B.A., Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 36560.—Solicitud
Nº 36560.—C-4640.—(IN2013058689).
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2013CD000372-01
Contratación de servicios
profesionales para capacitación en materia
de Acreditación de Planes de
Trabajo con Enfoque de Calidad:
Inducción a Normas ISO, a impartirse en el Centro de
Cultura
de Derechos de la Niñez y la
Adolescencia
El Patronato Nacional de la Infancia,
cédula jurídica N° 3-007-042039-35, a través del Departamento de Suministro de
Bienes y Servicios, comunica que mediante resolución N° 485-2013, declara
infructuoso el proceso de Contratación Directa N° 2013CD-000372-01:
“Contratación de servicios profesionales para capacitación en materia de
Acreditación de Planes de Trabajo con Enfoque de Calidad: Inducción a Normas
ISO, a impartirse en el Centro de Cultura de Derechos de la Niñez y la
Adolescencia”, según lo establecido en el artículo 86 del Reglamento a la Ley
de Contratación Administrativa.
De conformidad con lo que establece el artículo 136
del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, contra el presente
acto, se podrá interponer recursos de revocatoria, dentro de los dos días
hábiles siguientes a su publicación.
6 de setiembre del
2013.—Lic. Guiselle Zúñiga
Coto, M.B.A., Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº
36560.—Solicitud Nº 36560.—C-5300.—(IN2013058691).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000035-02
(Notificación
de declaratoria de infructuosa)
Contratación de los servicios para el traslado e
incineración de materiales contaminados en Refinería
Se informa que la Gerencia de
Refinación, mediante oficio GRE-0387-2013 de fecha 05 de setiembre del 2013, declara
infructuoso el presente concurso dado que la oferta recibida no cumple a
cabalidad con todos los requerimientos legales solicitados para esta
contratación dado que no aportó la garantía de participación solicitada en el
cartel.
Se recuerda a los proveedores y
demás interesados que a través del sitio web: www.recope.com se encuentran
publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por
RECOPE.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 000220.—Solicitud
Nº 865-00221-PROV.—(IN2013058884).
MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN000002-01
Contratación de tratamiento y
disposición final de
los desechos sólidos del cantón de
Goicoechea
Zahyra Artavia
Blanco, Secretaria del Concejo Municipal certifica: que en sesión
extraordinaria N° 18-13, celebrada el 05 de setiembre de 2013, Artículo 5°.
a- Por unanimidad y con carácter firme se aprobó
dictamen N° 64-13 de la Comisión de Gobierno y Administración.
b- Por unanimidad y con carácter firme se aprobó
el Por tanto del dictamen N° 64-13 de la Comisión de Gobierno y Administración
como a continuación se detalla:
Por tanto:
1°—La Comisión de Gobierno y Administración recomienda al honorable
Concejo Municipal, se adjudique la presente Licitación Pública N°
2013LN000002-01 titulada “Contratación de tratamiento y disposición final de
los desechos sólidos del cantón de Goicoechea a la empresa EBI Berthier S. A., por un monto de trescientos setenta y
ocho millones cuatrocientos veinte mil colones netos, anuales.
2°—Respetuosamente solicitamos la
firmeza.
Adjunto
fotocopia del dictamen N° 64-13 de la Comisión de Gobierno y Administración.
Acuerdo definitivamente aprobado.
Se remite expediente original al
Departamento de Proveeduría de la Licitación Pública N° 2013LN000002-01
titulada “Contratación de tratamiento y disposición final de los desechos
sólidos del cantón de Goicoechea a la empresa EBI Berthier
S. A.
Es todo: extiendo
la presente certificación en la ciudad de Guadalupe, a las ocho horas del seis
de setiembre de dos mil trece, a solicitud del Lic. Sahid
Salazar Castro, Director Administrativo.
Zahyra Artavia
Blanco, Departamento de Secretaría.—1
vez.—(IN2013058819).
MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000001-01
Instalación de hasta 40 contenedores de desechos
orgánicos
e
inorgánicos utilitarios para signos externos en diversos
sitios
de área pública de la Municipalidad de Curridabat
La Municipalidad de Curridabat, mediante
el Departamento de Proveeduría, informa a todos los oferentes interesados en la
Licitación Abreviada N° 2013LA-000001-01 “Instalación de hasta 40 contenedores
de desechos orgánicos e inorgánicos utilitarios para signos externos en
diversos sitios de área pública de la Municipalidad de Curridabat”, el acuerdo
dictado por el Concejo de Curridabat, según artículo único, capítulo 2°, del
acta de la sesión extraordinaria N° 081-2013, del 26 de agosto del 2013, que
literalmente dice:
20:00 Acuerdo N° 3. Concejo de Curridabat. Autorización para adjudicar Licitación
Abreviada. A las veinte horas del veintiséis de agosto del dos mil trece.
Conocida la iniciativa que se formula y sometida ésta a votación, por
unanimidad se acuerda:
Autorizar la adjudicación de la Licitación Abreviada N° 2013LA-000001-01
“Instalación de hasta 40 contenedores de desechos orgánicos e inorgánicos
utilitarios para signos externos en diversos sitios de área pública de la
Municipalidad de Curridabat”, a favor de Vallas y Gigantografías
S. A., por un monto de ¢420.000,00 mensuales, ¢20.160.000,00 aproximados,
más un pago en especie que se desglosa en un 5% del espacio publicitario útil y
¢5.000.000,00 en impresión a gran formato, a ser utilizados y consumidos por la
Administración, en cualquier momento durante cada año, cantidad ésta a
determinar conforme los precios de mercado.
20:01 Acuerdo N° 4. Concejo de Curridabat.
Declaratoria de firmeza. A las veinte horas un minuto del veintiséis de agosto
del dos mil trece. Por unanimidad, se declara definitivamente aprobado el
acuerdo precedente, de conformidad con lo que establece el artículo 45 del
Código Municipal.
Proveeduría
Municipal.—Lic. Christian González S.—1
vez.—(IN2013058761).
TEATRO NACIONAL
REMATE T.N. 001-2013
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
Remate de máquinas de coser, lavadora
y secadora de ropa
Se avisa a los interesados que
la Proveeduría Institucional del Teatro Nacional someterá a remate público un
total de 7 máquinas de coser, 1 lavadora automática y 1 secadora de ropa, todo
de conformidad con el artículo N° 49 de la Ley de Contratación Administrativa.
La descripción de los bienes es la que se detalla a continuación:
Cantidad |
Tipo |
Descripción |
Marca |
Serie |
Precio base |
1 |
Máq. de coser Overlock |
De 5 hilos |
Juki |
MO2300 |
195.000,00 |
1 |
Máq. de coser Plana |
Corriente |
Singer |
3770 |
160.000,00 |
1 |
Máq. de coser Zigzag |
Industrial |
Refrey |
430VZ |
110.000,00 |
1 |
Máq. de coser Cober |
Doble aguja |
Kansai Especial |
* |
135.000,00 |
1 |
Máq. de coser planas |
Corriente |
Juki |
DDL-5530 |
165.000,00 |
1 |
Máq. de coser planas |
Casera |
Merrylock-Singer |
* |
45.000,00 |
1 |
Máq. de coser Overlock |
Casera |
|
3451 |
50.000,00 |
1 |
Secadora |
Automática |
Wirpool |
* |
115.000,00 |
1 |
Lavadora |
Automática |
Samsung |
* |
100.000,00 |
El remate se
efectuará el miércoles 25 de setiembre de 2013, a las 10:00 horas en la bodega
de la Proveeduría Institucional, ubicada en San José, bajos de la Plaza de la
Cultura. Los interesados podrán observar los bienes en la bodega de la
Proveeduría Institucional, los días 23 y 24 de setiembre en horario de 9:00 a.
m. hasta las 12.00 m. d. Los interesados en adquirir alguno de los bienes
deberán depositar en la Proveeduría Institucional y en efectivo al momento de
la adjudicación del bien que se trate al menos un 10% del precio final
adjudicado.
Lic. Daniel
Jiménez Solís, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. N° 6001.—Solicitud N° 29692.—C-54345.—(IN2013058852).
OFICINA DE PROVEEDURÍA
Inscripción de Proveedores
En cumplimiento
con lo que establece los artículos 46 de la Ley de Contratación Administrativa
y 122 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se invita a todas
las personas físicas y jurídicas interesadas en ser consideradas en los
procesos de contratación administrativa de la Institución, a inscribirse en el
Registro de Proveedores Institucional o bien actualizar la información ya
presentada.
La guía para inscripción puede ser accesada en la página web:
http://www.aresep.go.cr/index.php/inicio/compras-institucio nales/proveedores
o a los correos electrónicos jromero@ aresep.go.cr,
fjaubert@aresep.go.cr, herreracm@aresep.go.cr o en nuestras oficinas ubicadas en San José, Guachipelín
de Escazú, 100 m norte de Construplaza, Oficentro Multipark. Cualquier
información o aclaración puede ser solicitada al teléfono 2506-3200 exts. 151, 150 ó 189.
Departamento de Proveeduría.—MBA. Merari Herrera Campos, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº
7264-2013.—Solicitud Nº 775-378.—(IN2013058671).
PROVEEDURÍA Y LICITACIONES
AVISO
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2013LN-000002-01
Contratación de un servicio de
transporte de
valores para las oficinas del Banco
Se le comunica
a los interesados que se está procediendo a realizar modificaciones y
aclaraciones al pliego de condiciones original, las cuales podrán ser retiradas
en las Oficinas de la Proveeduría y Licitaciones, ubicadas en el edificio del
Depósito Agrícola y Almacén Fiscal de Cartago, 200 metros al sur de la estación
de servicio Delta, en barrio La Lima de Cartago, o bien, solicitarlas mediante
el correo electrónico: carmen.gon
zalez@bancreditocr.com, debiendo confirmar su recepción al número de teléfono
2550-5112 ó 2550-5110.
Se amplía la fecha y hora de recepción
de ofertas hasta las 11:00 horas del día 25 de setiembre del 2013.
Lic. Carmen Ma. González Brenes, Proveeduría y Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 37.—Solicitud 915-10040.—(IN2013058685).
LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN-000008-SCA
Contratación del servicio de
transporte de personas
para servicios especiales de giras
institucionales
La Universidad
Nacional por medio de la Proveeduría Institucional recibirá indica que según la
resolución 1183-2013 del 06 de setiembre del 2013 se amplía el plazo de
recepción de ofertas hasta las 10:00 horas del 9 de octubre del 2013 para la
contratación del servicio de transporte de personas para servicios especiales
de giras institucionales.
Y que se realizará una reunión preoferta el 25 de setiembre del 2013 a las 9:00 a. m. en
las instalaciones de la Proveeduría Institucional de la UNA.
Los interesados podrán solicitar el
cartel al correo electrónico proveeduría@una.cr, o bien en la página web de la
Proveeduría Institucional www.una.ac.cr/proveeduria/
Heredia, 6 de setiembre del 2013.—Proveeduría
Institucional.—MAP. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1
vez.—O. C. N° 262-2013.—Solicitud N° 785-00045.—C-18720.—(IN2013058661).
HOSPITAL MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000049-2104
(Aviso
N° 1. Modificación a las especificaciones)
Por la adquisición de fórmula especializada a base de
caseinato de calcio, fórmula enteral a base de
L-Glutamina
con probiótico, fórmula enteral
a base de L-Glutamina
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital México,
comunica a los interesados en el presente concurso que se han realizado
modificaciones a las especificaciones técnicas, favor pasar al centro de fotocopiado
del hospital el día de hoy a retirar las mismas.
San José, 06 de setiembre del 2013.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—(IN2013058777).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000052-2104
(Aviso
N° 1. Modificación a las especificaciones)
Por la adquisición de papel higiénico
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital México,
comunica a los interesados en el presente concurso que se han realizado
modificaciones a las especificaciones técnicas, favor pasar al centro de
fotocopiado del hospital el día de hoy a retirar las mismas.
San José, 06 de setiembre del 2013.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—(IN2013058779).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000096-PRI
(Circular
N° 1)
Contratación de servicio de enlaces de la red
de
telecomunicaciones institucionales
El Instituto Costarricense de Acueductos
y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N°
4-000-042138, comunica que a partir de esta comunicación, pueden retirar en la
Proveeduría, la Circular N° 1, sita en
el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA en
Pavas, o accesarse en la página: www.aya.go.cr
Dirección de
Proveeduría.—Lic. Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2141.—Solicitud Nº
870-00223.—(IN2013058867).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA
Nº 2013LA-000008-01
Compra de equipos para audio y video
En la publicación de La Gaceta Nº 171 del 6 de setiembre del
2013, página 52 de la licitación en referencia hay un error material en
donde dice:
• Declarar infructuosa las líneas N° 1 y N° 10
por incluir con el punto 3.9 del cartel.
Lo correcto es:
• Declarar infructuosa las líneas N° 1 y N° 10
por incumplir con el punto 3.9 del cartel,
Y en donde
dice:
▪ Declarar
infructuosa la línea Nº 2 por incumplimientos técnicos.
Lo correcto es:
▪ Declarar
infructuosa la línea Nº 12 por incumplimientos técnicos.
Lo demás
permanece invariable.
Lic. Allan
Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 22430.—Sol. Nº
610-00286.—(IN2013058675).
LICITACIÓN ABREVIADA
2013LA-000047-01
(Modificación
y prórroga al plazo para presentar ofertas)
Compra de equipo de solución de
seguridad del tipo de gestión
unificada de amenazas UTM
para la red de computacional del INA
El Proceso de
Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores
interesados en participar en la Licitación Abreviada 2013LA-000047-01, Compra
de equipo de solución de seguridad del tipo de gestión unificada de amenazas
UTM para la red de computacional del INA, que el cartel de la supra mencionada
licitación se modifica de la siguiente manera:
Línea única
Especificaciones técnicas:
Se modifica la especificación 2.2.1.,
incisos F, para que se lea correctamente de la siguiente manera:
F. Que soporte al menos 6000 túneles
del tipo VPN IPSEC en modo cliente y 300 túneles del tipo SSL VPN cada uno y
ambos en el esquema de alta disponibilidad.
Debido a lo anterior, la fecha de
apertura de esta licitación se prorrogó para el próximo 18 de setiembre del
2013, a las 8:00 horas.
El resto de condiciones y
especificaciones de este cartel, permanece invariable.
Lic. Allan
Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 22430.—Sol. Nº
610-00285.—(IN2013058679).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2013LA-000039-02
(Prórroga
N° 2)
Suministro de defensas para el muelle
Les comunicamos a los interesados en
participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción
de ofertas se prorrogó para el día 20 de setiembre del 2013, a las 10:00 horas.
Se recuerda a los proveedores y
demás interesados que a través del sitio web: www.recope.com se encuentran
publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por
RECOPE.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº
000220.—Solicitud Nº 865-0220PROV.—(IN2013058877).
COLEGIO
DE ENFERMERAS DE COSTA RICA
INFORMA:
La Junta
Directiva del Colegio de Enfermeras de Costa Rica en sesión ordinaria número
del 2139 de diez de mayo del dos mil tres, de conformidad con las potestades
delegadas por ley, dentro de las cuales se atribuye la dirección, control y
vigilancia del Fondo de Mutualidad, Subsidios y Sistema de Créditos del Colegio
de Enfermeras de Costa Rica, aprueba el siguiente Reglamento para el Sistema de
Créditos del Régimen de Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de
Costa Rica, el cual en aplicación del artículo cinco del Reglamento Régimen de
Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, fue debidamente
conocido y aprobado en Asamblea Extraordinaria de Colegiados Afiliados del
treinta y uno de mayo del año dos mil trece.
REGLAMENTO PARA EL SISTEMA DE CRÉDITOS
DEL
RÉGIMEN DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS
DEL
COLEGIO DE ENFERMERAS
DE
COSTA RICA
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1°—Objeto
del presente reglamento. El presente reglamento establece las disposiciones
jurídicas y financiero-contables necesarias, para regular el Sistema de
Créditos del Fondo de Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa
Rica, fijando las políticas y estrategias precisas para ofrecer a los afiliados
y afiliadas del Fondo, una respuesta -en la medida de lo posible- a sus
problemas económicos, otorgándole créditos que le ayuden a mitigar y mejorar su
condición económico-social.
Artículo 2°—Definición de
conceptos. Para los efectos del presente reglamento, se entenderá por:
Régimen: Régimen de Mutualidad y Subsidios del
Colegio de Enfermeras de Costa Rica.
Sistema de Créditos: Sistema de Créditos del Régimen de
Mutualidad y Subsidios del Colegio de Enfermeras de Costa Rica.
Asamblea: Asamblea General Ordinaria o
Extraordinaria de afiliados y afiliadas del Régimen de Mutualidad, Subsidios y
Sistema de Créditos del Colegio de Enfermeras de Costa Rica.
Junta Directiva: Junta Directiva del Colegio de
Enfermeras de Costa Rica.
JAFOM: Junta Administradora del Fondo de Mutualidad.
Afiliado (a): Cada uno de los miembros que
conforman el Régimen de Mutualidad, Subsidios y Sistema de Créditos del Colegio
de Enfermeras de Costa Rica.
Crédito: Cantidad de dinero otorgada a los afiliados (as)
del Régimen, en calidad de arrendamiento de dinero, bajo las condiciones
establecidas por este Reglamento.
Intereses: Retribución económica o excedente
estrictamente necesario a favor del Régimen, producto del arrendamiento de
dinero otorgado al afiliado (a), para la sostenibilidad del sistema de
créditos.
Intereses Corrientes: Tasa o porcentaje que se paga normal
y puntualmente a favor del Régimen como retribución económica por el crédito
otorgado, durante la vigencia del mismo.
Intereses Moratorios: Tasa o porcentaje que se cobra
adicional y obligatoriamente al deudor, por razones de retardo en el pago
oportuno de la deuda.
Tasa Básica Pasiva: Tasa de Interés cuyo porcentaje fija
el Banco Central de Costa Rica como indicador económico, para las entidades
financieras y que se paga a quien deposita dinero mediante cualesquiera de los
instrumentos que para tal efecto existen.
Tasa Básica
Activa: Tasa de interés cuyo representada por el porcentaje que las
instituciones bancarias, de acuerdo con las condiciones de mercado y las
disposiciones del Banco Central, cobran por los diferentes tipos de servicios
de crédito a los usuarios de los mismos.
Morosidad: Retardo o incumplimiento a su debido
tiempo del pago del capital e intereses propios del crédito otorgado.
Artículo 3°—Objetivos
del Sistema de Créditos. El Sistema de Créditos del Régimen, tendrá como
objetivos principales:
a) Favorecer y fortalecer el bienestar
socio-económico de los afiliados y afiliadas mediante un sistema de créditos
razonable y adecuado a sus necesidades.
b) Establecer política
crediticias que tiendan a solventar –en la medida de lo posible- las
situaciones económicas difíciles de los afiliados y afiliadas.
c) Que la fijación de tasas de intereses
corrientes y moratorios, responda únicamente al sostenimiento
económico-financiero del mismo sistema de créditos y que de ninguna manera el
lucro represente la única y principal meta del sistema.
d) Respetar la confidencialidad y privacidad de
los datos y situación económica expuestas por los afiliados o afiliadas, en el
trámite de sus solicitudes de crédito, evitando siempre que se denigre o
exponga públicamente su realidad económica.
e) Simplificar y hacer más expeditos en la medida
de lo posible los procedimientos o trámites de las solicitudes de crédito para
la pronta atención de las necesidades económicas de los afiliados y las
afiliadas.
CAPÍTULO II
Políticas de crédito
Artículo 4°—Fondo
de inversión. De los recursos monetarios propios del Régimen de Mutualidad
y Subsidios, se podrán invertir como máximo para el presente Sistema de
Créditos, hasta un quince por ciento (15%) de sus reservas.
Artículo 5°—Informes de Reservas
Económicas: Mediante los correspondientes estudios financiero-contables, la
JAFOM cada año en el mes de mayo, rendirá un informe a la Junta Directiva del
Colegio, estableciendo la cantidad de dinero o presupuesto que se puede asignar
e invertir en el Sistema de Créditos que aquí se regula, respetando el
porcentaje mencionado en el artículo 4 anterior.
Artículo 6°—Sujetos de crédito. Serán
sujetos de crédito, todos aquellos afiliados o afiliadas del Régimen, que
cuenten con doce meses o más de incorporados como profesionales al Colegio y
que se encuentren al día en el pago de sus obligaciones.
Artículo 7°—Capacidad de pago. Para
el otorgamiento de los créditos a que se refiere este Reglamento, los afiliados
y afiliadas deberán demostrar mediante los documentos idóneos y necesarios, su
capacidad de pago, no pudiendo el monto del crédito superar el cuarenta por
ciento (40%) del nivel de endeudamiento del solicitante.
Artículo 8°—Plazos de los créditos.
Los plazos que se fijarán para la cancelación de los créditos otorgados,
serán desde los doce (12) a los treinta y seis (36) meses, para la cual se
tomará en consideración el monto aprobado y la capacidad de pago.
Artículo 9°—Tasa de intereses. Las
tasas de intereses corrientes y moratorios, serán fijadas periódicamente por la
Junta Directiva del Colegio y serán las estrictamente necesarias para el
sostenimiento financiero del Sistema de Créditos, tomando como punto de
referencia los indicadores económicos dados por el Banco Central de Costa Rica
para la Tasa Básica Pasiva y la Tasa Básica Activa, sumando o restando los
puntos porcentuales requeridos para la sostenibilidad antes dicha.
Artículo 10.—Gastos
administrativos. El Sistema de Créditos, deberá incluir a título de
“comisión” a cargo y deducible anticipadamente del crédito que se apruebe, un
porcentaje de dinero que servirá y se destinará para la atención de los gastos
administrativos del sistema.
Artículo 11.—Garantías
de los créditos. Los créditos aprobados serán garantizados mediante
cauciones fiduciarias, extendidas a favor del Colegio de Enfermeras de Costa
Rica, para lo cual se tomará en cuenta el monto del crédito y la capacidad de
pago del deudor o deudores y fiadores.
La Junta Directiva del Colegio, previa
recomendación de la JAFOM y por mayoría calificada, podrá aceptar garantías
fiduciarias, prendarias o hipotecarias de personas no afiliadas al Fondo,
siempre y cuando quede debidamente acreditada su solvencia económica y su
capacidad de pago.
Artículo 12.—Deducción
automática del salario de las cuotas del crédito. En todos aquellos casos
en que los beneficiarios de los créditos otorgados mediante este sistema, sean
asalariados, éstos deberán autorizar expresa y previamente, como parte del
trámite del crédito solicitado, al Colegio de Enfermeras de Costa Rica, para
que pueda comunicar a la entidad patronal donde labore el mismo, la deducción o
rebajo automático de su salario de las cuotas fijadas por el crédito otorgado.
Artículo 13.—Del
pago directo de las primeras cuotas del préstamo. En aquellos casos en los
cuales se autorice el rebajo o deducción automática del salario, de las cuotas
del préstamo respectivo conforme a lo dispuesto en el artículo 12 anterior, el
deudor o deudores, deberán efectuar el pago de las dos primeras cuotas pactadas,
directamente en las oficinas del Colegio, así como todas aquellas cuotas que el
sistema no le rebaje automáticamente, so pena de caer en mora.
Artículo 14.—Póliza
para cubrir saldos deudores. El Sistema contará con un convenio de póliza
de saldos deudores, el Instituto Nacional de Seguros u otros, para aquellos
casos en que el deudor o codeudor fallecieren o no pudieren hacerle frente a la
obligación, durante la vigencia del crédito otorgado. En los casos en que el
deudor, por su edad, no sea sujeto de protección por dicha póliza, el saldo del
crédito insoluto a la hora de su deceso, se rebajará del monto del beneficio
por muerte a que se refiere el artículo 16 b.1 del Reglamento del Régimen de
Mutualidad, Subsidios y Sistema de Créditos del Colegio de Enfermeras de Costa
Rica.
Artículo 15.—Pago
de especies fiscales y derechos de registro. Los afiliados o afiliadas a
quienes se les apruebe un crédito, deberán asumir el pago de las especies
fiscales o derechos de registro y honorarios de abogado o notario, que sean
necesarios para el otorgamiento y formalización de las garantías y su eventual
inscripción en el Registro Público, para lo cual el importe correspondiente
para ese pago, se deducirá del monto del préstamo, previa entrega al
beneficiario.
Artículo 16.—Sostenibilidad
del sistema. La rentabilidad o excedentes que se logren a propósito de los
créditos otorgados, deberán destinarse a la capitalización y fortalecimiento
financiero del Sistema, así como para enfrentar los gastos administrativos y
lograr la operación eficiente.
Artículo 17.—Custodia de valores, regímenes contable y jurídico. Todo
lo relativo a la custodia de valores, régimen contable, control de las
operaciones crediticias, manejo de recursos, así como los aspectos legales y
reglamentarios del sistema de crédito, estarán a cargo de la Junta Directiva
del Colegio, la cual contará con el apoyo de la JAFOM y la Unidad de Soporte
Administrativo y Financiero-Contable a que se refieren los capítulos VIII y IX
del Reglamento para el Régimen de Mutualidad, Subsidios y Sistema de Créditos
del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta número 151 del 7 de agosto del 2012, órganos que se encargarán de
rendir los informes y balances de situación periódicos que fueren necesarios
para el mejor funcionamiento y operatividad del sistema. Los títulos valores
que se emitan como garantía de los créditos otorgados, serán debidamente
resguardados o custodiados de acuerdo a las diferentes opciones que ofrezcan el
sistema Bancario Nacional y según criterio de la Junta Directiva del Colegio de
Enfermeras.
Artículo 18.—Entrega
del monto del crédito o transferencia. Todos los dineros aprobados a título
de crédito a favor de los afiliados y afiliadas, serán girados mediante
cheques, por los procedimientos ya establecidos y firmados por la Presidencia y
Tesorería de la Junta Directiva del Colegio o bien mediante transferencia
electrónica debidamente aprobada por dicha Junta. Si transcurridos cinco días
hábiles, sin que el interesado haga el retiro del correspondiente cheque del
crédito otorgado, el mismo se anulará y el afiliado o afiliada, deberá
solicitar nuevamente su confección.
Artículo 19.—Capacidad
para obligarse de los deudores y fiadores. No podrán constituirse como
deudores, codeudores o fiadores aquellos afiliados o afiliadas que ya cuenten y
tengan pendiente un crédito anterior con el Fondo o cuenten con embargos
pendientes, sea como deudores principales, codeudor o fiadores o se encuentren
en condición de pensionados o pensionadas, salvo en los casos en que con el
nuevo préstamo se pretenda refundir la obligación crediticia anterior, o la
garantía ofrecida sea lo suficientemente sólida para cubrir el crédito
solicitado.
Artículo 20.—Deber
de abstención. En aquellos casos en que el solicitante del crédito o sus
fiadores sean miembros de la Junta Directiva del Colegio o de la JAFOM, o se
trate de sus familiares hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, los
mismos deberán abstenerse de votar para aprobar o en su caso recomendar la
procedencia o no del crédito solicitado. De comprobarse la participación de
algunos de estos interesados en dicha recomendación o aprobación del crédito,
éste deberá ser revocado y denegado inmediatamente después de comprobarse dicha
participación indebida.
Artículo 21.—Montos
máximo de los créditos. Los montos máximos de los créditos que se podrán
aprobar, serán establecidos en el mes de mayo de cada año, por la Junta
Directiva del Colegio de acuerdo con las recomendaciones realizadas por la
JAFOM y con base en los estudios técnicos financiero-contables rendidos en
coordinación con la Unidad de Soporte Administrativo. Si la Junta Directiva,
omitiere realizar esta fijación de montos máximos, se entenderán como vigentes
los fijados para el año anterior.
CAPÍTULO III
De los requisitos para el crédito
Artículo 22.—Solicitud de crédito. El afiliado o afiliada,
deberán presentar por escrito su solicitud de crédito, la cual puede consistir
en llenar un formulario facilitado al efecto por el Sistema, en la cual se
indique entre otras cosas: Su nombre y calidades personales, el monto
solicitado, el tipo de garantía ofrecida, el nombre y calidades de los fiadores
en su caso, debiendo aportar todos los documentos exigidos en este reglamento.
Artículo 23.—Documentos
necesarios para el crédito. Los afiliados y afiliadas al Régimen, deberán
aportar junto con su solicitud de crédito, los siguientes documentos:
a) Copia de su cédula de identidad o cédula de
residencia en caso de extranjeros, debidamente confrontados con su original,
por parte del funcionario del Colegio que resulte designado.
b) Constancia de salario expedida por la entidad
patronal donde labora el solicitante o certificación de ingresos expedida por
un Contador Público Autorizado.
c) Copia de la orden patronal actualizada si
corresponde.
d) Copia de algún recibo correspondiente al pago
de servicios públicos donde conste la dirección del domicilio del solicitante.
e) En caso de garantía fiduciaria, aportar
constancia de salario o certificación de ingresos expedida por un Contador
Público Autorizado, de los fiadores ofrecidos.
f) En caso de garantía prendaria o hipotecaria,
aportar certificación actualizada con no menos de un mes de expedida, del
Registro Público, donde se encuentre inscrito el bien que se pretenda dar en
garantía, donde se indiquen los gravámenes y anotaciones que lo afectan.
g) Todos aquellos otros que a criterio de la
JAFOM y/o la Junta Directiva del Colegio, resulten necesarios para acreditar la
capacidad de pago tanto del deudor como de los fiadores.
Artículo 24.—Procedimiento para la aprobación o no del crédito.
a) Las solicitudes de crédito, deberán ser
presentadas en la Plataforma de Servicios del Colegio o en la oficina que
determine oportunamente la JAFOM, junto con todos los documentos a que se
refiere el artículo 23 anterior.
b) Dichas solicitudes de crédito, una vez
aportados todos los documentos enumerados en el artículo anterior, se pasarán a
conocimiento y estudio de la JAFOM, la cual tendrá un plazo de un mes, a partir
del recibo del expediente, para recomendar favorable o desfavorablemente a la
Junta Directiva del Colegio el otorgamiento
del crédito, debiendo remitir inmediatamente después tal expediente conformado
al efecto, a conocimiento de la Junta Directiva mencionada.
c) La Junta
Directiva del Colegio, en un plazo de quince días hábiles a partir del recibo
del expediente respectivo, deberá someter a votación esa solicitud, aprobando o
improbando el crédito.
e) Aprobado o
no el crédito, el expediente se remitirá a la Unidad de Soporte Administrativo
Financiero Contable, para que se proceda a formalizar el crédito o comunicar al
solicitante la denegatoria del acuerdo de la Junta Directiva del Colegio.
f) Corresponderá
al Departamento Legal del Colegio, confeccionar el “Contrato de Crédito” que
deberá suscribirse entre el deudor, codeudores, fiadores y el Colegio, así como
los títulos de garantía fiduciaria que se extiendan.
g) Cuando se trate de garantías reales tales como
prendas o hipotecas comunes o por cédulas, la Junta Directiva del Colegio,
deberán designar los notarios que se encarguen de formalizar dichos
instrumentos, acuerdo que deberá ser notificado a la JAFOM para su debido
seguimiento.
CAPÍTULO IV
De los procedimientos de adjudicación
del crédito,
cobro administrativo y judicial
Artículo 25.—Del cobro administrativo. La JAFOM someterá a
conocimiento y aprobación por parte de la Junta Directiva, los casos que por
incumplimiento contractual deban ser llevados a cobro judicial, según la
normativa vigente.
Artículo 26.—Este
Reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Junta Directiva.—Dra. Olga Marta Solano Soto,
Presidenta.—Dra. Ernestina Aguirre Vidaurre,
Secretaria.—1 vez.—(IN2013055965).
PROCESO DE PIGNORACIÓN
La División de
Pignoración (Monte Popular) del Banco Popular, avisa que a las once horas del
día 28 de setiembre del 2013, se rematarán al mejor postor las garantías de las
operaciones de crédito que tengan dos o más cuotas de atraso, o que su fecha de
cancelación esté vencida, según lo establece el Reglamento de Crédito de
Pignoración. El remate se efectuará en San José, calle primera, avenidas nueve
y once, o de Radiográfica Costarricense 250 metros al norte, oficina del Centro
de Crédito sobre Alhajas Amón. Remate N° 488.
Agencia 03
ALHAJAS
Operación Descripción Base
Remate Operación Descripción Base Remate
003-060-822773-2 LOTE ALHAJAS 10 K PS 85.5 B763 790.117,25 003-060-823357-3 LOTE ALHAJAS 10 K PS 176 B 763 1.838.634,50
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 2 2.628.751,75
003-060-822360-6 UNA CADENA 10 K PS 29 B763931 276.067,25
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1 276.067,25
Agencia 04
ALHAJAS
Operación Descripción Base
Remate Operación Descripción Base Remate
004-060-809809-2 LOTE DE ALHAJAS 769.538,40 004-060-809903-9 LOTE DE ALDHAJAS 778.860,65
004-060-811305-3 LOTE DE ALHAJAS 1.344.070,50 004-060-811743-6 LOTE DE ALHAJAS 341.855,30
004-060-811930-2 LOTE DE ALHAJAS 2.918.323,05 004-060-811957-9 LOTE DE ALHAJAS 749.225,50
004-060-812521-7 CADENA 252.367,70 004-060-812565-8 LOTE DE ALHAJAS 755.583,80
004-060-812586-9 LOTE DE ALHAJAS 1.999.917,60 004-060-812774-0 LOTE DE ALHJAS 301.616,80
004-060-813040-0 LOTE DE ALHAJAS 174.601,15 004-060-813075-2 LOTE DE ALHAJAS 298.131,00
004-060-813797-0 LOTE DE ALHAJAS 162.348,30 004-060-813977-8 LOTE ALHAJAS 91.821,00
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 14 10.938.260,75
004-060-811263-0 LOTE DE ALHAJAS 472.334,65
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1 472.334,65
Agencia 06
ALHAJAS
Operación Descripción Base
Remate Operación Descripción Base Remate
006-060-808339-4 LOTE DE ALHAJAS 194.224,75 006-060-808752-0 LOTE ALHAJAS 451.120,65
006-060-809773-3 LOTE ALHAJAS 685.000 772.355,45 006-060-809975-6 LOTE DE ALHAJAS 580.494,75
006-060-810280-0 LOTE DE ALHAJAS 1.299.061,60 006-060-810754-7 LOTE DE ALHAJAS 775.575,90
006-060-810815-1 UNA CADENA 394.677,05 006-060-810832-2 UNA PULSERA 237.323,15
006-060-810850-2 UN ANILLO 31.681,90
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 9 4.736.515,20
006-060-806913-4 LOTE ALHAJAS 295.000= 301.830,50 006-060-810759-9 UN ANILLO 401.752,55
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 2 703.583,05
Agencia 07
ALHAJAS
Operación Descripción Base
Remate Operación Descripción Base Remate
007-060-809627-2 CADENA 14 437.670,75 007-060-810282-9 LOTE DE ALHAJAS 387.422,00
007-060-810349-9 LOTE DE ALHAJAS 1.128.316,05 007-060-813449-3 LOTE DE ALHAJAS 427.832,00
007-060-813511-2 2 ANILLOS 14 42BR 213.308,65 007-060-813556-7 LOTE DE ALHAJAS 1.374.017,50
Operación Descripción Base
Remate Operación Descripción Base Remate
007-060-813806-7 ANILLOS Y PULSO 10 91.790,50 007-060-814042-6 LOTE DE ALHAJAS 306.063,10
007-060-814078-3 LOTE DE ALHAJAS 1.220.309,85 007-060-814141-4 2ANILLOS 10 77.822,25
007-060-814193-9 RELOJ 14K 149.709,35 007-060-814546-5 MONEDA 24K 644.780,30
007-060-814825-0 3AN 10 PDRA GDE 78.753,15 007-060-814847-4 LOTE DE ALHAJAS 472.222,65
007-060-814852-5 LOTE DE ALHAJAS 234.910,10 007-060-815255-8 LOTE DE ALHAJAS 221.321,70
007-060-815269-7 LOTE DE ALHAJAS 402.650,00 007-060-815276-9 ANILLO 14 BR 80PTOS 649.021,20
007-060-815361-4 3ANILLOS 10 143.160,15
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 19 8.661.081,25
Agencia 08
ALHAJAS
Operación Descripción Base
Remate Operación Descripción Base Remate
008-060-804891-0 LOTE ALHAJAS 636.197,60 008-060-805474-0 LOTE ALHAJAS 973.928,55
008-060-805785-5 LOTE ALHAJAS 516.040,85 008-060-806020-0 LOTE ALHAJAS 713.380,25
008-060-808577-9 *NO TIENE DESCRIPCION 178.838,25 008-060-809226-1 LOTE ALHAJAS 501.574,00
008-060-809290-9 LOTE DE ALHAJAS 300.838,15 008-060-809455-1 LOTE DE ALHAJAS 136.007,75
008-060-809457-9 LOTE DE ALHAJA 138.293,75
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 9 4.095.099,15
Agencia 10
ALHAJAS
Operación Descripción Base
Remate Operación Descripción Base Remate
010-060-806650-7 LOTE ALHAJAS 805.322,95 010-060-807489-0 LOTE ALHAJAS 560.831,70
010-060-808824-9 LOTE ALHAJAS 574.555,00 010-060-811593-1 LOTE ALHAJAS 488.905,35
010-060-812465-8 LOTE ALHAJAS 258.136,45 010-060-812743-0 LOTE ALHAJAS 349.166,00
010-060-813138-6 LOTE ALHAJAS 751.999,70 010-060-813143-9 LOTE ALHAJAS 148.288,10
010-060-813148-0 LOTE ALHAJAS 219.949,85 010-060-814045-7 LOTE ALHAJAS 1.354.728,95
010-060-814652-8 LOTE ALHAJAS 239.105,50 010-060-814683-3 LOTE ALHAJAS 545.544,45
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 12 6.296.534,00
010-060-813196-7 LOTE ALHAJAS 468.752,15
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1 468.752,15
Agencia 15
ALHAJAS
Operación Descripción Base
Remate Operación Descripción Base Remate
015-060-796440-1 LOTE ALHAJAS 924.027,95
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 1 924.027,95
015-060-793611-8 PULSERA 872.936,65
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1 872.936,65
AGENCIA 22
ALHAJAS
Operación Descripción Base
Remate Operación Descripción Base Remate
022-060-789121-1 LOTE ALHAJAS 493.062,25
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 1 493.062,25
022-060-788389-9 LOTE ALHAJAS 170.469,45
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1 170.469,45
Agencia 25
ALHAJAS
Operación Descripción Base
Remate Operación Descripción Base Remate
025-060-809048-0 LOTE DE ALHAJAS 2.073.075,85 025-060-810602-0 LOTE ALHAJAS 270.216,90
025-060-812416-8 CADENA 191.853,15 025-060-812695-5 LOTE ALHAJAS 181.165,65
025-060-813151-4 LOTE ALHAJAS 225.079,70 025-060-813215-1 LOTE ALHAJAS 328.044,45
025-060-814800-0 LOTE ALHAJAS 245.501,10 025-060-815696-1 LOTE ALHAJAS 328.959,05
025-060-815938-6 LOTE ALHAJAS 223.706,55 025-060-816239-6 LOTE ALHAJAS 323.270,90
025-060-816368-4 LOTE ALHAJAS 353.128,35 025-060-817294-5 PULSERA 414.673,15
025-060-817301-6 LOTE ALHAJAS 161.468,10 025-060-817778-9 CADENA C/DI 240.055,80
025-060-817955-2 LOTE ALHAJAS 1.667.876,35 025-060-817995-5 LOTE ALHAJAS 126.603,40
025-060-818072-8 LOTE ALHAJAS 1.022.397,85 025-060-819231-4 LOTE ALHAJAS 297.533,30
025-060-819326-5 LOTE ALHAJAS 1.379.958,85 025-060-819670-4 LOTE ALHAJAS 446.781,60
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 20 10.501.350,05
025-060-810754-7 LOTE ALHAJAS 694.693,25 025-060-813382-1 LOTE ALHAJAS 308.980,15
025-060-815430-0 CADENA 260.718,70 025-060-818896-8 LOTE ALHAJAS 142.116,70
025-060-819460-4 LOTE ALHAJAS 1.124.740,65
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 5 2.531.249,45
Agencia 29
ALHAJAS
Operación Descripción Base
Remate Operación Descripción Base Remate
029-060-764698-3 LOTE DE ALHAJAS BOLSA 255764 159.477,65
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 1 159.477,65
Agencia 61
ALHAJAS
Operación Descripción Base
Remate Operación Descripción Base Remate
061-060-756807-7 LOTE ADE ALHAJAS 398.964,90
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 1 398.964,90
Agencia 77
ALHAJAS
Operación Descripción Base
Remate Operación Descripción Base Remate
077-060-126317-0 ANILLO, PULSERA 200.544,65 077-060-137213-8 PULSERA 261.011,80
077-060-147718-8 ANILLO 95.307,95 077-060-150443-0 ANILLOS 105.697,55
077-060-150461-6 LT DE ALHAJAS 138.348,85 077-060-150514-7 ANILLO BRILLANTES 177.061,35
077-060-150660-8 LOTE ALHAJAS 27.0GRS 208.228,90 077-060-150902-2 LOTE ALHAJAS 94.116,20
077-060-150936-9 LOTE ALHAJAS 247.984,30 077-060-151284- LT DE ALHAJAS 461.552,15
077-060-151332-9 LT DE ALHAJAS 131.930,55 077-060-151361-5 LOTE ALHAJAS 198.213,60
077-060-152078-6 LOTE ALHAJAS 8GRS 78.995,05 077-060-152145-5 LOTE ALHAJAS 507.381,10
077-060-152748-0 LOTE ALHAJAS 8.765.644,15 077-060-152822-8 LOTE DE ALHAJAS 821.853,50
077-060-153308-0 LOTE ALHAJAS 1.836.233,40 077-060-153720-0 LT DE ALHAJAS 659.180,85
077-060-153840-9 LOTE ALHAJAS 373.643,65 077-060-153933-9 LT DE ALHAJAS 1.359.177,50
077-060-153941-4 LOTE ALHAJAS 1.194.836,75 077-060-153965-8 LOTE ALHAJAS 720.847,35
077-060-154255-1 PULSERA 258.168,20 077-060-154333-7 LOTE ALHAJAS 393.046,55
077-060-154371-2 LOTE ALHAJAS 330.875,30 077-060-154849-8 LOTE ALHAJAS 632.253,80
077-060-154865-7 PULSO 676.794,00 077-060-154917-0 LOTE ALHAJAS 600.256,65
077-060-155026-2 MANCURNILLAS 680.805,90 077-060-155093-2 LOTE ALHAJAS 1.640.729,55
077-060-155195-3 LOTE ALHAJAS 315.460,60 077-060-155310-0 LOTE ALHAJAS 3.620.950,05
077-060-155364-1 LT DE ALHAJAS 293.290,05 077-060-155439-5 LOTE ALHAJAS 651.716,05
077-060-155511-9 LOTE ALHAJAS 1.318.176,10 077-060-155848-5 LOTE DE ALHAJAS 1.371.045,60
077-060-155889-1 LOTE ALHAJAS 515.774,05 077-060-156006-8 LOTE ALHAJAS 48.6GES 393.499,00
077-060-156060-0 CORDÓN GARGAN PULSERAS 1.570.308,00 077-060-156064-7 LOTE ALHAJAS 1.801.364,15
077-060-156068-5 LOTE ALHAJAS 477.853,05 077-060-156077-4 LOTE ALHAJAS 587.721,05
077-060-156085-0 LOTE DE ALHAJAS 922.215,20 077-060-156111-0 LOTE ALHAJAS 464.777,10
077-060-156170-7 LT DE ALHAJAS 1.034.969,90 077-060-156281-5 LOTE ALHAJAS 417.179,95
077-060-156315-2 LOTE ALHAJAS 1.038.297,15 077-060-156386-9 LOTE ALHAJAS 320.950,25
077-060-156514-2 LOTE DE ALHAJAS 561.950,75 077-060-156653-3 LT DE ALHAJAS 283.914,10
077-060-156948-8 LOTE ALHAJAS 360.011,80 077-060-156995-0 LOTE ALHAJAS 485.152,35
077-060-157026-4 PULSERA 656.777,95 077-060-157074-2 LOTE ALHAJAS 37.4GRS 366.801,90
077-060-157175-0 ARGOLLAS ANILLOS 324.373,40 077-060-157203-0 LOTE ALHAJAS 923.946,55
077-060-157216-5 LOTE ALHAJAS 410.679,30 077-060-157220-2 2 COLLARES 2.142.525,15
077-060-157324-0 CADENA. PULSERA 303.737,95 077-060-157342-9 1 PULSERA 433.248,00
077-060-157421-0 LOTE ALHAJAS 703.748,05 077-060-157451-0 LT DE ALHAJAS 328.346,05
077-060-157525-1 LOTE ALHAJAS 2.108.197,50 077-060-157542-4 LT DE ALHAJAS 333.891,40
077-060-157563-5 LOTE DE ALHAJAS 725.802,15 077-060-157581-3 LOTE DE ALHAJAS 346.618,90
077-060-157589-8 LOTE DE ALHAJAS 3.967.935,80 077-060-157590-2 CADENA PULSERA 6.169.192,30
077-060-157629-0 PULSO 338.288,45 077-060-157645-0 LOTE DE ALHAJAS 612.292,65
077-060-157798-0 LOTE ALHAJAS 36.3GRS 414.814,45 077-060-157824-1 LT DE ALHAJAS 1.245.445,50
077-060-157950-7 LOTE ALHAJAS 439.569,15 077-060-157951-0 LOTE ALHAJAS 442.394,45
077-060-157992-7 LOTE DE ALHAJAS 1.706.510,35 077-060-158014-3 LOTE ALHAJAS 663.093,10
077-060-158015-9 LOTE ALHAJAS 1.373.521,80 077-060-158041-0 LOTE DE ALHAJAS 306.834,65
077-060-158104-2 LT DE ALHAJAS 1.789.448,05 077-060-158121-5 ANILLO 246.220,00
077-060-158152-9 LOTE ALHAJAS 492.154,35 077-060-158247-0 ANILLO 232.428,35
077-060-158254-0 LOTE ALHAJAS 366.704,60 077-060-158291-0 LOTE ALHAJAS 463.072,10
077-060-158338-2 LOTE DE ALHAJAS 1.153.909,75 077-060-158406-7 ANILLOS 160.295,90
077-060-158600-7 LOTE DE ALHAJAS 1.089.465,05 077-060-158616-5 LOTE ALHAJAS 27.1GRS 247.916,15
077-060-158619-8 ANILLO 120.771,75 077-060-158624-9 LT DE ALHAJAS 239.368,75
077-060-158691-9 LOTE DE ALHAJAS 447.004,90 077-060-158816-9 LOTE ALHAJAS 459.849,40
077-060-158835-0 LOTE ALHAJAS 310.911,65 077-060-158843-6 LOTE DE ALHAJAS 278.978,75
077-060-158872-0
RELOJ 769.691,75 077-060-158950-8 LT DE ALHAJAS 387.031,20
077-060-158966-6 LOTE ALHAJAS 1.281.152,55 077-060-158978-0 LOTE ALHAJAS 97.310,05
077-060-158985-0 LOTE DE ALHAJAS 1.384.060,00 077-060-158990-0 LT DE ALHAJAS 415.846,80
077-060-158993-3 CADENA 1.210.521,75 077-060-158996-6 LOTE DE ALHAJAS 206.682,70
077-060-158997-0 LT DE ALHAJAS 2.150.080,25 077-060-159006-0 LOTE ALHAJAS 19.7GRS 299.198,10
077-060-159147-9 LOTE ALHAJAS 279.963,65 077-060-159157-1 LOTE ALHAJAS 188.137,25
077-060-159170-0 LOTE ALHAJAS 482.385,95 077-060-159193-8 LOTE ALHAJAS 531.199,00
077-060-159220-4 PULSERA RELOJ 1.777.993,70 077-060-159225-6 LT DE ALHAJAS 212.551,35
Operación Descripción Base
Remate Operación Descripción Base Remate
077-060-159242-9 ANILLOS 105.439,60 077-060-159250-4 LOTE DE ALHAJAS 380.148,30
077-060-159252-1 TOTAL ALHAJAS 32.4GRS 300.624,25 077-060-159284-0 LOTE ALHAJAS 23.1GRS 263.840,70
077-060-159288-9 LOTE ALHAJAS 105.283,50 077-060-159318-8 LOTE DE ALHAJAS 2.597.130,00
077-060-159320-6 LOTE ALHAJAS 182.642,25 077-060-159321-0 LOTE DE ALHAJAS 418.295,50
077-060-159326-1 LOTE ALHAJA 36.8GRS 516.115,05 077-060-159412-2 ANILLO 225.982,50
077-060-159419-3 LOTE ALHAJAS 677.947,55 077-060-159420-8 LT DE ALHAJAS 1.414.424,15
077-060-159442-2 LOTE ALHAJAS 503.396,10 077-060-159444-1 LT DE ALHAJAS 509.812,20
077-060-159452-5 LT DE ALHAJAS 143.917,00 077-060-159453-0 LOTE ALHAJAS 286.066,75
077-060-159466-6 LT DE ALHAJAS 749.958,40 077-060-159468-5 LOTE ALHAJAS 943.354,75
077-060-159481-1 LOTE DE ALHAJAS 1.249.314,85 077-060-159490-0 LOTE DE ALHAJAS 9.324.529,25
077-060-159497-0 LT DE ALHAJAS 241.492,60 077-060-159499-9 LOTE ALHAJAS 1.3GRS 162.874,05
077-060-159511-2 LOTE DE ALHAJAS 9.480.872,75 077-060-159518-3 LOTE DE ALHAJAS 9.680.011,75
077-060-159519-7 LOTE DE ALHAJAS 5.589.923,90 077-060-159625-5 LOTE ALHAJAS 184.223,55
077-060-159639-4 LOTE DE ALHAJAS 230.670,90 077-060-159654-0 LOTE ALHAJAS 627.722,30
077-060-159677-0 LOTE DE ALHAJAS 1.634.938,25 077-060-159737-7 LOTE ALHAJAS 796.247,35
077-060-159757-4 LOTE DE ALHAJAS 293.474,10 077-060-159766-3 LOTE ALHAJAS 63.8GRS 994.653,00
077-060-159829-5 LOTE DE ALHAJAS 185.169,90 077-060-159852-4 ANILLOS 141.437,20
077-060-159949-4 LOTE ALHAJAS 382.121,65 077-060-160029-6 LOTE ALHAJAS 435.135,15
077-060-160048-0 LOTE ALHAJAS 1.183.462,25 077-060-160079-3 LOTE ALHAJAS 362.403,40
077-060-160089-6 LOTE DE ALHAJAS 513.058,70 077-060-160096-6 RELOJ 1.155.818,15
077-060-160145-9 LOTE DE ALHAJAS 378.596,20 077-060-160148-1 ANILLO BRILLANTES 131.897,10
077-060-160182-7 LOTE ANILLOS 204.432,25 077-060-160184-6 LOTE ALHAJAS 24.2GRS 540.976,65
077-060-160214-5 LOTE DE ALHAJAS 351.682,50 077-060-160238-9 LOTE ALHAJAS 824.055,10
077-060-160269-2 LOTE ALHAJAS 107.534,45 077-060-160274-5 LOTE ALHAJA 14.8GRS 201.461,10
077-060-160328-8 LT DE ALHAJAS 777.671,10 077-060-160340-0 LOTE DE ALHAJAS 1.292.766,90
077-060-160366-1 LOTE ALHAJAS 2.050.673,65 077-060-160380-3 LOTE ALHAJAS 127.880,65
077-060-160381-7 LOTE ALHAJAS 123.818,30 077-060-160394-2 LT DE ALHAJAS 109.515,10
077-060-160395-8 ANILLO 241.436,30 077-060-160410-2 PULSERA 348.703,10
077-060-160414-9 LOTE DE ALHAJAS 706.114,95 077-060-160422-2 LOTE ALHAJAS 304.260,95
077-060-160441-6 LOTE ALHAJAS 370.347,00 077-060-160449-0 LOTE ALHAJAS 92.300,15
077-060-160496-3 LT DE ALHAJAS 242.951,45 077-060-160513-9 LT DE ALHAJAS 181.706,20
077-060-160527-8 LOTE ALHAJAS 1.533.568,95 077-060-160535-3 LOTE DE ALHAJAS 370.090,05
077-060-160543-9 LOTE ALHAJAS 477.281,45 077-060-160548-0 LOTE ALHAJAS 1.990.644,15
077-060-160550-9 LOTE ALHAJAS 340.915,30 077-060-160581-2 LOTE ALHAJAS 154.832,35
077-060-160689-9 ANILLO 491.958,35 077-060-160704-3 LOTE ALHAJAS 164.369,35
077-060-160753-5 LOTE DE ALHAJAS 1.269.404,45 077-060-160758-7 ANILLO 573.115,75
077-060-160778-4 LOTE ANILLOS 186.845,75 077-060-160792-2 ANILLO BRILLANTE 73.633,00
077-060-160813-4 LT DE ALHAJAS 81.402,65 077-060-160815-3 LOTE ALHAJAS 71.500,45
077-060-160830-7 LOTE ALHAJAS 19.0GRS 179.078,00 077-060-160838-1 LOTE ALHAJAS 152.843,65
077-060-160855-6 PULSERA 244.717,80 077-060-160899-5 LOTE ALHAJAS 697.697,00
077-060-160917-2 CADENA 134.875,15 077-060-160943-6 ANILLO 347.882,90
077-060-160946-9 ANILLO 60.659,90 077-060-160991-2 LOTE DE ALHAJAS 491.772,10
077-060-161000-3 CADENA C DIJE 255.721,65 077-060-161001-7 LOTE DE ALHAJAS 242.993,25
077-060-161018-0 LOTE ALHAJAS 128.191,15 077-060-161021-2 MONEDA 713.580,25
077-060-161035-3 LOTE ALHAJAS 1.474.580,95 077-060-161057-8 ANILLO 31.295,45
077-060-161059-7 1 CADENA 357.662,00 077-060-161071-0 LOTE ALHAJA 14.9GRS 136.019,55
077-060-161073-9 LT DE ALHAJAS 533.095,15 077-060-161084-5 5 ANILLOS 77.990,40
077-060-161087-8 LOTE DE ALHAJAS 867.452,05 077-060-161100-5 ANILLO 218.152,55
077-060-161105-7 LOTE ALHAJAS 1.409.884,00 077-060-161126-6 LOTE ALHAJAS 27.1GRS 239.495,80
077-060-161149-6 ANILLO 343.716,05 077-060-161160-3 LOTE ALHAJAS 31.1GRS 532.743,15
077-060-161188-5 LOTE ALHAJAS 536.932,10 077-060-161206-2 TOTAL ALHAJAS 111.2GRS 1.238.049,50
077-060-161213-2 LOTE ALHAJAS 29.8GRS 258.325,65 077-060-161214-6 LOTE ALHAJAS 188.516,65
077-060-161216-5 LOTE ALHAJAS 643.397,15 077-060-161270-0 ANILLO 372.117,15
077-060-161308-3 LOTE ALHAJAS 10.8GRS 94.187,95 077-060-161333-0 LOTE ALHAJAS 561.561,00
077-060-161363-0 LOTE ALHAJAS 971.389,85 077-060-161364-3 LOTE ALHAJAS 114.192,25
077-060-161401-4 ANILLOS 565.714,25 077-060-161411-7 LOTE ALHAJAS 574.079,85
077-060-161429-4 LOTE ALHAJAS 17.4GRS 141.595,10 077-060-161442-0 LOTE ALHAJAS 1.386.801,60
077-060-161490-9 LOTE ALHAJAS 23.4GRS 203.507,15 077-060-161491-2 LOTE ALHAJAS 549.067,05
077-060-161496-4 LOTE ALHAJAS 918.940,60 077-060-161505-6 LOTE ALHAJAS 17.2 GRS 162.904,30
077-060-161518-1 ANILLO 39.279,10 077-060-161521-3 LOTE ALHAJAS 11.7 GRS 154.733,10
077-060-161528-4 LOTE ALHAJAS 82.434,85 077-060-161529-8 LOTE ALHAJAS 306.950,35
077-060-161542-4 LOTE ALHAJAS 199.279,10 077-060-161544-3 ANILLO, CADENA 256.216,05
077-060-161557-9 LOTE ALHAJAS 86.347,85 077-060-161573-0 MONEDAS 3.279.887,75
077-060-161611-2 PULSERA 722.695,80 077-060-161703-0 LOTE ALHAJAS 178.199,60
077-060-161754-0 MONEDAS 1.360.105,90 077-060-161790-6 1 PULSERA 1.036.072,80
077-060-161797-5 LOTE ALHAJAS 45.6GRS 383.064,00 077-060-161800-0 LT DE ALHAJAS 74.879,75
077-060-161834-4 LOTE DE ALHAJAS 344.339,25 077-060-161838-2 LOTE ALHAJAS 15.8GRS 116.622,30
077-060-161844-9 LOTE ALHAJAS 36.5GRS 451.082,65 077-060-161880-5 LOTE ALHAJAS 146.127,75
077-060-161894-4 LOTE ALHAJAS 686.252,90 077-060-161916-0 LOTE ALHAJAS 1.576.869,45
077-060-161971-8 CADENA 84.464,15 077-060-161991-3 LOTE ALHAJAS 28.2GRS 234.673,65
Operación Descripción Base
Remate Operación Descripción Base Remate
077-060-161994-6 ANILLO BRILLANTES 113.312,15 077-060-162011-0 LOTE ALHAJAS 464.624,85
077-060-162012-4 ANILLO 74.980,60 077-060-162021-3 LOTE DE ALHAJAS 1.656.054,80
077-060-162036-8 LOTE DE ALHAJAS 688.854,55 077-060-162038-7 LOTE ALHAJAS 47.3GRS 383.030,05
077-060-162039-0 LOTE DE ALHAJAS 1.829.746,60 077-060-162053-2 1ANILLO 46.075,80
077-060-162059-8 LOTE ALHAJAS 48.7GRS 414.220,50 077-060-162062-0 14.1GRS LOTE ALHAJAS 162.255,30
077-060-162064-9 LOTE ALHAJAS 51.8GRS 520.668,15 077-060-162073-0 LOTE ALHAJAS 25.6GRS 187.301,85
077-060-162079-5 1CADENA 1PULSERA 520.283,05 077-060-162088-4 LOTE DE ALHAJAS 1.022.044,60
077-060-162090-2 ANILLO 179.103,40 077-060-162091-6 LOTE DE ALHAJAS 96.411,90
077-060-162093-5 LOTE ALHAJAS 7.5GRS 60.086,20 077-060-162095-4 LOTE DE ALHAJAS 263.451,55
077-060-162103-9 LOTE ALHAJAS 324.453,95 077-060-162107-5 PULSERA 408.742,55
077-060-162111-2 LOTE ALHAJA 12.2GRS 22.391,95 077-060-162127-0 ANILLO 91.622,55
077-060-162137-3 LT DE ALHAJAS 240.390,50 077-060-162145-0 LOTE ALHAJAS 181.730,60
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 278 206.277.916,75
077-060-148083-5 LOTE DE ALHAJAS 262.613,30 077-060-156868-1 LOTE ALHAJAS 618.459,40
077-060-157015-8 LOTE ALHAJAS 2.205.977,95 077-060-157476-9 LT DE ALHAJAS 2.323.235,15
077-060-158148-3 LOTE ALHAJAS 892.362,30 077-060-158622-0 ANILLO 359.400,20
077-060-158640-0 ANILLOS 328.220,75 077-060-158718-6 LOTE DE ALHAJAS 252.018,45
077-060-159020-0 LOTE ALHAJAS 825.652,95 077-060-159364-5 LOTE ALHAJAS 28.4GRS 247.183,75
077-060-159378-8 ANILLO P. ARETES 239.724,20 077-060-160169-0 LOTE DE ALHAJAS 371.844,35
077-060-160208-0 LT. DE ALHAJAS 479.198,45 077-060-160217-8 LOTE ALHAJAS 453.237,30
077-060-160284-8 LOTE ALHAJAS 12.2GRS 162.340,80 077-060-160293-7 LOTE ALHAJAS 205.846,20
077-060-160297-3 LOTE ALHAJAS 264.246,00 077-060-160374-7 LT DE ALHAJAS 335.514,20
077-060-160558-3 LOTE ALHAJAS 223.809,30 077-060-160747-9 *NO TIENE DESCRIPCION 461.582,05
077-060-160749-8 LOTE ALHAJAS 8.8GRS 70.651,00 077-060-160919-1 LOTE DE ALHAJAS 965.884,30
077-060-161146-3 LOTE ALHAJAS 16.2GRS 120.714,45 077-060-161173-0 ANILLO 45.041,15
077-060-161425-8 LOTE ALHAJAS 273.331,60 077-060-161549-5 LOTE ALHAJAS 14.9GRS 124.476,30
077-060-161627-0 LT DE ALHAJAS 50.182,75 077-060-161632-1 LOTE ALHAJAS 224.484,90
077-060-161777-0 3 ANILLOS 36.672,30 077-060-161784-0 LOTE ALHAJAS 73.165,10
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 30 13.497.070,90
Agencia 79
ALHAJAS
Operación Descripción Base
Remate Operación Descripción Base Remate
079-060-846285-9 LOTE ALHAJAS 311.449,70
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 1 311.449,70
079-060-847288-2 LOTE ALHAJAS 202.688,90
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1 202,688.90
Agencia 85
ALHAJAS
Operación Descripción Base
Remate Operación Descripción Base Remate
085-060-853291-1 LOTE DE ALHAJAS 1.146.486,50 085-060-853801-6 LOTE DE ALHAJAS 198.183,60
085-060-853902-1 LOTE DE ALHAJAS 367.761,45 085-060-855052-0 LOTE DE ALHAJAS 2.114.798,50
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 4 3.827.230,05
085-060-854373-8 LOTE ALHAJAS 601.180,75
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1 601.180,75
Agencia 90
ALHAJAS
Operación Descripción Base
Remate Operación Descripción Base Remate
090-060-855381-2 LT ALHAJAS 381.664,35
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 1 381.664,35
Edith Ramírez
Moreira, Asistente.—1 vez.—O. C. 09-2013.—Solicitud
930-02-488.—C-1068920.—(IN2013058656).
COMPRA VENTA Y CASA DE EMPEÑO PRESTA FÁCIL
Compra Venta y
Casa de Empeño Presta Fácil saca a remate al mejor postor a llevarse a cabo en
Ciudad Neily, contiguo a antigua Boutique Americana Taz el 02 de octubre de 2013 a las 18:50 horas por el
precio que aquí se estima los siguientes bienes usados, listados según su
número de transacción, cantidad y descripción abajo especificados en su orden y
respectivamente, aceptando el oferente el estado y calidad en que se
encuentren: 13894 2 anillos ¢33.807; 14091 2 aretes ¢26.100; 12177 anillo
¢22.250; 14061 anillo ¢13.320; 14018 aro, 2 dijes, 2 cadenas, anillo, 4
pulseras ¢273.273; 11910 cadena, dije ¢22.050; 14003 esclava ¢70.840; 13656
anillo ¢14.600; 13795 cadena ¢57.887; 13440 pulsera ¢13.680; 13724 2 anillos
¢29.667; 14012 anillo ¢38.333; 11892 cadena ¢36.917; 14038 2 argollas, pulsera
¢97.933; 13652 cadena, dije ¢95.363; 12974 2 anillo, aro, 3 pulseras ¢222.333;
13522 tobillera, pulsera ¢48.180; 13998 pulsera ¢74.240; 12437 2 cadenas, 2
dijes ¢109.750; 14047 2 anillos, 2 cadenas ¢71.840; 13174 pulsera, 8 anillos
¢248.200; 7181 cadena, dije ¢116.000; 13857 cadena, dije ¢58.800; 13997 2
aretes, anillo, argolla ¢64.960; 14019 anillo ¢27.420; 11692 cadena ¢29.200;
13146 cadena, gargantilla ¢200.340; 14001 anillo ¢15.433; 14051 2 anillos,
argolla, 2 cadenas, 2 dije ¢336.000; 5785 2 anillos ¢37.787; 13968 anillo,
pulsera, argolla ¢28.380; 13978 anillo ¢18.840; 13991 2 anillos ¢24.650; 13975
anillo, cadena, arete ¢69.227; 13687 cadena ¢136.800; 13989 pulsera, cadena,
dije, anillo ¢145.333; 14058 collar, 2 aretes, 6 anillos, dije ¢167.617; 13642
anillo ¢29.957; 14049 anillo, pulsera ¢32.927; 13986 anillo ¢18.680; 12641 3
anillos ¢45.200; 9906 3 anillos ¢38.913; 12708 pulsera ¢17.440; 9344 2 anillos
¢21.187; 9513 2 anillos ¢21.280; 13007 anillo ¢27.180; 12642 anillo ¢19.587;
13693 anillo ¢13.620; 14056 anillo ¢11.893; 13074 anillo ¢11.600; 13515 3
anillos ¢41.067; 13947 anillo ¢37.333; 4868 cadena ¢36.833; 13847 anillo
¢14.767; 12326 pulsera, cadena, dije ¢88.730; 13748 cadena, dije ¢78.167; 14054
pulsera ¢74.333; 13851 2 pulseras ¢92,610; 13466 13 anillos ¢376.667; 9023
pulsera ¢45.300; 5566 cadena ¢45.100; 13654 cadena, 2 dijes, anillo, 2 aretes
¢87.600; 14063 2 argollas ¢10.360; 13069 anillo ¢21.800; 13861 cadena ¢51.333;
13860 cadena ¢51.333; 14098 anillo ¢39.060; 14097 cadena ¢117.180; 14072
cadena, 2 dijes, anillo ¢67.773; 12971 3 anillos ¢33.880; 14015 2 esclavas
¢64.260; 12576 cadena, dije ¢79,900; 13892 anillo, pulsera ¢113.713; 13131
anillo ¢36.080; 12868 cadena, dije, 3 anillos ¢103.360; 13990 anillo ¢9.340;
12812 cadena, dije, anillo ¢36.110; 14094 cadena, dije ¢116.000; 14013 anillo
¢13.770; 13053 2 anillos, 2 pulseras ¢111.973; 14076 cadena ¢73.500; 13223
anillo c/uña ¢15.267; 13020 argolla, 2 dijes, pulsera, esclava ¢82.317; 13655
olla arrocera, taladro eléct. ¢32.120; 13932 play station 2 ¢22.650; 14067 mototool ¢11.813; 13314 esmeriladora ¢26.340; 13983
caladora, esmeriladora ¢31.133; 13460 taladro ¢27.180; 11199 2 lijadoras
¢48.300; 13768 patin sierra ¢27.720; 14035 2
parlantes, planta, micrófono ¢82.867; 14074 violín ¢26.460; 13461 lijadora, cepilladora eléct., ¢52.850;
13055 máquina de coser ¢31.467; 14082 esmeriladora ¢11.653. Los bienes en
remate podrán ser cancelados antes del remate o entrar en arreglo de pago a fin
de ser excluidos del acto de remate.—Hiner Segura Aguilar.—Luis Fernando Rojas Arredondo,
apoderados Tango y Cash Asesoramiento de Inversiones S. A., céd.
jur. 3-101-313400.—1 vez.—(IN2013058837).
COMPRA VENTA Y CASA DE EMPEÑO
TANGO
Y CASH N° 3
Compra Venta y
Casa de Empeño Tango y Cash N° 3, saca a remate al mejor postor a llevarse a
cabo en Ciudad Neily, contiguo a antigua Boutique
Americana Taz el 02 de octubre de 2013 a las 18:55
horas por el precio que aquí se estima los siguientes bienes usados, listados
según su número de transacción, cantidad y descripción abajo especificados en
su orden y respectivamente, aceptando el oferente el estado y calidad en que se
encuentren: 7477 dije, cadena ¢206.733; 6596 anillo ¢20.627; 6878 esclava
¢29.733; 7444 8 anillos, 6 argollas, pulsera, tobillera ¢243.000; 7833 anillo
¢16.317; 7601 5 anillos, pulsera ¢296.000; 7865 pulsera ¢50.983; 7818 cadena,
esclava ¢65.707; 7805 3 anillos ¢42.000; 6743 esclava ¢180.810; 7578 5 anillos,
5 argollas, dije, cadena ¢126.650; 5313 cadena, dije, 2 anillos ¢206.080; 7482
dije, anillo, gargantilla ¢121.403; 7724 4 argollas, esclava, 11 dijes
¢110.367; 7845 anillo, dije ¢141.440; 7870 anillo, pulsera ¢120.627; 7731
gargantilla, pulsera ¢345.400; 7748 anillo ¢24.800; 7760 cadena, esclava, 2
anillos, dije ¢99.667; 7759 anillo ¢46.000; 7269 anillo ¢25.727; 7855 pulsera
c/anillo, anillo, cadena, dije ¢133.163; 7852 cadena, dije ¢94.080; 7528 anillo
¢32.200; 7808 cadena ¢585.000; 5727 pulsera ¢20.393; 7251 3 dijes ¢15.267; 6880
cadena, anillo, 2 dijes ¢170.200; 7183 3 anillos ¢58.400; 7012 esclava, dije
¢29.600; 6910 3 anillos ¢86.350; 7802 anillo ¢30.067; 7797 pulsera ¢76.840;
7553 2 cadenas, 2 dijes ¢314.080; 7170 cadena ¢88.000; 7741 cadena, dije
¢107.410; 7730 anillo ¢20.410; 7632 2 anillos ¢34.960; 6777 pulsera ¢65.380;
7809 anillo, dije ¢31.500; 7727 esclava ¢28.380; 7794 gargantilla ¢117.780;
7735 7 piecitas ¢12.507; 7763 pulsera, anillo ¢65.933; 7742 gargantilla
¢281.757; 7876 4 argollas, 2 pulseras, dije ¢101.267; 7705 cadena, 2 pulseras,
3 anillos ¢379.100; 7324 pulsera ¢79.667; 7850 argolla, esclava, dije, 3
cadenas ¢154.350; 7717 anillo ¢39.667; 7363 3 anillos ¢53.493; 7859 anillo, 2
dijes ¢23.413; 7124 2 cadenas, 2 pulseras, 2 anillos, 5 aretes ¢299.333; 7765
cadena ¢96.600; 7825 esmeriladora ¢19.283; 7744 máquina d/coser ¢38.833; 7798
taladro ¢18.040; 7596 esmeriladora ¢22.250; 7746 ds
lite c/cargador nint. ¢31.067; 7460 compu c/cargador ¢59.333; 7878 bicicleta ¢17.360; 7803
cepillo eléctrico ¢30.067; 7329 tv c/control ¢17.800; 7815 máquina d/soldar
¢52.267; 7783 taladro ¢15.167; 7767 sierra circular ¢22.950; 6936 motosierra
¢93.000; 7864 compu d/escritorio ¢72.833; 6940
guitarra y amplificador ¢43.500; 7835 compu
c/cargador ¢59.200; 7726 taladro ¢15.767; 7682 tonzadora
¢60.267; 6247 compu c/cargador ¢76.833; 7773
esmeriladora ¢22.850; 7817 taladro ¢29.867; 7867 compu
c/cargador ¢72.833; 7872 pantalla lcd c/control
¢87.000; 7749 compu c/cargador ¢93.000; 7747 psp c/cargador ¢31.000; 6688 bicicleta ¢83.233; 5348
taladro ¢58.533; 7846 sierra circular ¢22.100; 7839 refrigeradora ¢118.133;
7463 kaladora ¢17.800; 7844 taladro, esmeriladora
¢51.683. Los bienes en remate podrán ser cancelados antes del remate o entrar
en arreglo de pago a fin de ser excluidos del acto de remate.—Hiner Segura Aguilar.—Luis Fernando Rojas Arredondo,
apoderados Tango y Cash Asesoramiento de Inversiones S. A., céd.
jur. 3-101-313400.—1 vez.—(IN2013058839).
COMPRA VENTA Y CASA DE EMPEÑO
TANGO
Y CASH N° 1
Compra Venta y
Casa de Empeño Tango y Cash N° 1, saca a remate al mejor postor a llevarse a
cabo en Ciudad Neily contiguo a antigua Boutique
Americana Taz el 02 de octubre de 2013 a las 18:40
horas por el precio que aquí se estima los siguientes bienes usados, listados
según su número de transacción, cantidad y descripción abajo especificados en
su orden y respectivamente, aceptando el oferente el estado y calidad en que se
encuentren: 26652 2 argollas, cadena ¢42.653; 26250 pulsera ¢67.650; 26692
gargantilla ¢148.333; 26681 cadena, dije ¢66.000; 26502 anillo ¢15.700; 25961
pulsera c/ anillo ¢49.940; 26313 gargantilla, cadena, 7 anillos, 2 aretes, dije
¢229.500; 26396 5 cadenas, 5 anillos, 2 dijes ¢469.000; 26508 anillo ¢23.413;
26172 4 anillos ¢90.933; 25806 anillo ¢14.500; 24362 pulsera ¢45.800; 26280 2
anillos ¢55.183; 26610 2 anillos ¢21.900; 25046 esclava, dije, anillo ¢65.800;
25585 2 anillos, pulsera ¢25.783; 26663 cadena, anillo ¢121.333; 24751 2
anillos, 4 argollas, pulsera, gargantilla, dije ¢165.733; 26408 2 pulseras,
anillo ¢122.080; 26606 anillo ¢7.833; 19924 cadena ¢31.867; 25775 2 anillos,
pulsera ¢51.800; 25581 cadena, dije ¢91.000; 24798 pulsera ¢46.900; 26451
cadena, 1 argolla, 2 chispas ¢63.700; 25896 pulsera, anillo ¢117.067; 24409
anillo ¢101.200; 22332 2 anillos ¢24.533; 24102 anillo ¢34.267; 25665 2
argollas, anillo ¢43.600; 23851 2 anillos ¢40.860; 25502 anillo, collar
¢58.933; 26012 anillo ¢58.533; 26212 cadena, dije ¢191.250; 21560 pulsera,
cadena, dije ¢104.880; 26251 3 anillos, pulsera ¢48.000; 26665 caña de pescar
¢37.750; 26724 computadora portátil ¢72.667; 26716 sander
¢29.200; 26490 computadora portátil ¢103.367; 26655 tronzadora ¢22.800; 26696
taladro ¢29.600; 26574 esmeriladora ¢17,960; 26695 caladora ¢17.760; 26527
computadora portátil ¢92.800; 26727 lijadora ¢11.600; 26670 computadora mini
portátil ¢37.667; 26477 equipo de sonido ¢40.140; 26736 computadora portátil
¢72.333. Los bienes en remate podrán ser cancelados antes del remate o entrar
en arreglo de pago a fin de ser excluidos del acto de remate.—Hiner Segura Aguilar, Luis Fernando Rojas Arredondo,
apoderados Tango y Cash Asesoramiento de Inversiones S. A., céd.
jur. 3-101-313400.—1 vez.—(IN2013058842).
COMPRA VENTA Y CASA DE EMPEÑO
TANGO
Y CASH N° 4
Compra Venta y
Casa de Empeño Tango y Cash N° 4, saca a remate al mejor postor a llevarse a
cabo en Ciudad Neily, contiguo a antigua Boutique
Americana Taz el 02 de octubre de 2013 a las 19:00
horas por el precio que aquí se estima los siguientes bienes usados, listados
según su número de transacción, cantidad y descripción abajo especificados en
su orden y respectivamente, aceptando el oferente el estado y calidad en que se
encuentren: 7582 anillos ¢41.253; 1554 7 pedazos oro, cadena, 2 aretes, pulsera
¢149.667; 783 pulsera ¢170.133; 1579 cadena c/dije ¢79.380; 1604 3 anillos
¢123.250; 1429 cadena c/dije, anillo ¢107.640; 1273 2 argollas, anillo ¢16.060;
1497 anillo ¢14.130; 1565 anillo ¢26.760; 1279 cadena, dije ¢43.600; 1425
anillo ¢29.267; 1420 dije, anillo ¢27.867; 1426 anillo ¢38.047; 804 2 anillos
¢45.500; 1610 cadena c/dije ¢57.867; 1248 anillo ¢31.290; 1521 anillo ¢46.200;
1176 anillo ¢46.600; 1397 2 anillos ¢61.227; 1243 cadena ¢528.950; 1399 Play Station N° 2 ¢22.400; 1607 equipo sonido, proyector
¢101.267; 1490 tostador de pan, licuadora ¢9.480; 1439 Xbox 360 ¢46.500; 1597
Motosierra ¢50.983; 1600 Reloj ¢8.720; 1587 lijadora ¢14.700; 617 lijadora
¢36.250; 616 taladro ¢36.250; 614 martilladora ¢50.750; 615 cierra circular
¢36.250; 1506 computadora portátil ¢43.600; 925 Patín sierra, caladora ¢41.167;
1269 cortadora cerámica ¢39.083; 1594 taladro, patín sierra, router, cortadora ¢87.400; 1517 taladro ¢7.733; 1577
máquina de soldar ¢59.067; 1468 2 computadoras portátiles ¢150.667; 1550
máquina de soldar, taladro ¢52.733; 1347 máquina de coser ¢22.050; 1385 patín
sierra cable ¢37.833; 1444 esmeriladora ¢23.000; 1528 esmeriladora, taladro
¢30.600; 1560 esmeriladora ¢17.840; 1100 cepillo eléctrico ¢22.950; 1104
bicicleta d motor ¢68.700; 1548 equipo sonido ¢60.267; 1541 patín sierra,
cepillo eléctrico ¢45.600; 1512 Play Station N° 2
¢23.250; 1514 televisor 21’ ¢31.000; 1453 máquina de coser ¢40.667. Los bienes
en remate podrán ser cancelados antes del remate o entrar en arreglo de pago a
fin de ser excluidos del acto de remate.—Hiner Segura Aguilar, Luis Fernando Rojas Arredondo,
apoderados Tango y Cash Asesoramiento de Inversiones S. A., céd.
jur. 3-101-313400.—1 vez.—(IN2013058844).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ORI-2819-2013.—González Soto Lorena, R-229-2013, de nacionalidad
costarricense, cédula de identidad: 1-0560-0831, ha solicitado reconocimiento y
equiparación del diploma de Maestra en Desarrollo Humano, Instituto Tecnológico
y de Estudios Superiores de Occidente, México. Cualquier persona interesada en
aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante
escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria, Rodrigo Facio, 17 de julio del 2013.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud
N° 780-00320R.—(IN2013055476).
ORI-2991-2013.—Valverde Espinoza Víctor
Julio, R-230-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad:
4-0195-0568, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de
Maestría en Energía Renovable y Eficiencia Energética, Instituto Politécnico de
Bragança, Portugal. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y
costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado
ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio,
29 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera
Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00327R.—(IN2013055477).
ORI-2752-2013.—Naranjo Aguirre Alba Cecilia,
R-166-2013, de nacionalidad venezolana, pasaporte: 057856944, ha solicitado
reconocimiento y equiparación del diploma de Licenciada en Contaduría Pública,
Universidad Rafael Urdaneta, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar
datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito
que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria, Rodrigo Facio, 15 de julio de 2013.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud
N° 780-00302R.—(IN2013055478).
ORI-1932-2013.—Mende
Andreas Johannes, R-172-2013, de nacionalidad alemán, pasaporte número
C4CZ236Y9, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Doctor en
Ciencias Naturales (Dr.rer.nat.), Universidad de
Stuttgart, Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y
costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria,
Rodrigo Facio, 22 de mayo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N°
780-00307R.—(IN2013055479).
ORI-2738-2013.—Villegas Mena Óscar Ricardo,
R-181-2013, de nacionalidad nicaragüense, pasaporte: C01397578, ha solicitado
reconocimiento y equiparación del diploma de Licenciatura en Educación
Primaria, Universidad Adventista de Nicaragua, Nicaragua. Cualquier persona
interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá
hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de
los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 12 de julio del
2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00301R.—(IN2013055480).
ORI-2732-2013.—Alfaro Castellón Russelt Alberto, R-182-2013, de nacionalidad nicaragüense,
pasaporte: C0860674, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de
Licenciado en Educación Primaria, Universidad Adventista de Nicaragua,
Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y
costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria,
Rodrigo Facio, 12 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N°
780-00308R.—(IN2013055481).
ORI-2755-2013.—Marino Piñero Florencia,
R-185-2013, de nacionalidad venezolana, pasaporte: 044907019, ha solicitado
reconocimiento y equiparación del diploma de Licenciada en Educación, Mención
Preescolar, Universidad Católica Andrés Bello, Venezuela. Cualquier persona
interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá
hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de
los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 15 de julio de
2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00330R.—(IN2013055482).
ORI-2818-2013.—Boshoff
Constant Laubscher,
R-188-2013, de nacionalidad estadounidense, residente inversionista:
184000377401, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Doctor
en Quiropráctica, Universidad Quiropráctica Lincoln, Estados Unidos. Cualquier
persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante
podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina
dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 17 de julio del
2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00303R.—(IN2013055483).
ORI-2875-2013.—Fonseca Escalante Elizabeth, R-192-2013, de
nacionalidad costarricense, cédula de identidad: 1-1110-0255, ha solicitado
reconocimiento y equiparación del diploma de Especialidad en Cirugía
Cardiovascular y Cirugía de Anomalías Congénitas Cardiacas, Universidad de
Heidelberg, Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida
y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria,
Rodrigo Facio, 19 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N°
780-00309R.—(IN2013055484).
ORI-2838-2013.—Lozada Alvarado Betty Stefany, R-196-2013, de nacionalidad colombiana, cédula de
residencia: 117001742435, ha solicitado reconocimiento y equiparación del
diploma de Bacterióloga y Laboratorista Clínico, Universidad Industrial de
Santander, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y
costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria,
Rodrigo Facio, 18 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N°
780-00304R.—(IN2013055485).
ORI-2835-2013.—Strachan
Walkes Robert Kenneth, R-200-2013, de nacionalidad costarricense,
cédula de identidad: 1-0316-0412, ha solicitado reconocimiento y
equiparación del diploma de Doctor en Filosofía, en Sicología,
Universidad de Utah, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar
datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito
que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria, Rodrigo Facio, 18 de julio del 2013.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud
N° 780-00310R.—(IN2013055486).
ORI-2987-2013.—Gavarrete
Villaverde María Elena, R-203-2013-A, de nacionalidad costarricense, cédula de
identidad: 4-0165-0970, ha solicitado
reconocimiento y equiparación
del diploma de Doctora,
Universidad de Granada, España. Cualquier persona interesada en aportar datos
de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha
de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes
a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria, Rodrigo Facio, 29 de julio de 2013.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud
N° 780-00331R.—(IN2013055487).
ORI-2739-2013.—Oviedo Quirós Jorge Francisco,
R-208-2013 C, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad número
110210079, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Diplomado
Quirúrgico Rotésico en Implantología
Básica para el Odontólogo General, Universidad de Valparaíso, Chile. Cualquier
persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante
podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina
dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 12 de julio del
2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00305R.—(IN2013055488).
ORI-2933-2013.—Bermúdez Pellegrín
Roberto, R-209-2013, de nacionalidad chileno, pasaporte: 19.230.964-6, ha
solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Médico Cirujano,
Universidad de Chile, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de
la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de
ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria,
Rodrigo Facio, 23 de julio de 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N°
780-00311R.—(IN2013055489).
ORI-2632-2013.—Díaz Romero Paz Ricardo
Fernando Vladimir, R-212-2013, de nacionalidad mexicana, pasaporte: G02669172,
ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Médico Cirujano,
Universidad Mayor de San Andrés, Bolivia. Cualquier persona interesada en
aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante
escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria, Rodrigo Facio, 11 de julio de 2013.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud
N° 780-00306R.—(IN2013055490).
ORI-2966-2013.—Palencia Bolaños Daniela,
R-213-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad: 1-1271-342, ha
solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Profesional
Especialista en Implantología Buco Máxilo Facial, Universidad de Chile, Chile. Cualquier
persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante
podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina
dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 24 de junio del
2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00312R.—(IN2013055491).
ORI-2633-2013.—Vélez Camargo Yadira Edilma,
R-216-2013, de nacionalidad colombiana, residente temporal: 117001774907, ha
solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Licenciado en Educación
Física y Deporte, Escuela Internacional de Educación Física y Deporte, Cuba.
Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la
solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta
Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 5 de julio
del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00315R.—(IN2013055492).
ORI-2947-2013.—Noguera González Danny, R-217-2013, de nacionalidad
costarricense, cédula de identidad N° 6-0323-0452, ha solicitado reconocimiento
y equiparación del diploma de Maestro en Endodoncia, Universidad Autónoma de
San Luis Potosí, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la
vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 24 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N°
780-00322R.—(IN2013055493).
ORI-2822-2013.—Brenes Valverde Adrián Alonso, R-220-2013, de nacionalidad
costarricense, cédula de identidad N° 1-1178-0602, ha solicitado reconocimiento
y equiparación del diploma de Especialista en Cirugía Maxilofacial, Pontificia
Universidad Javeriana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos
de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha
de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes
a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 17 de julio del 2013.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud
N° 780-00316R.—(IN2013055494).
ORI-3000-2013.—Pereira Queiroz Christiano, R-221-2013, de nacionalidad brasileño,
pasaporte N° FF745227, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma
de Ingeniero Civil, Universidad Católica de Salvador, Brasil. Cualquier persona
interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá
hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de
los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 29 de julio del
2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00298R.—(IN2013055495).
ORI-2779-2013.—Echandi Pacheco Rodolfo, R-222-2013, de nacionalidad
costarricense, cédula de identidad N° 1-0766-0580, ha solicitado reconocimiento
y equiparación del diploma de Maestría en Docencia e Innovación Educativa,
Universidad Tecnológica de México, México. Cualquier persona interesada en
aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante
escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 16 de julio del 2013.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud
N° 780-00323R.—(IN2013055496).
ORI-2823-2013.—Conejo Rodríguez Elian Gerardo,
R-223-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 2-0513-0212,
ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Doctorado
Especialidad Geofísica, Universidad de Paris VII, Francia. Cualquier persona
interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá
hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de
los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 17 de julio del
2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00317R.—(IN2013055497).
ORI-2740-2013.—Arauz Chavarría Alonso José, R-224-2013, de nacionalidad
costarricense, cédula de identidad N° 1-1126-0421, ha solicitado reconocimiento
y equiparación del diploma de Especialista en Ortodoncia, Fundación
Universitaria San Martín, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar
datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito
que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 12 de julio del 2013.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud
N° 780-00324R.—(IN2013055498).
ORI-2742-2013.—Rodríguez Pérez Carlos Enrique, R-225-2013, de
nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 501760011, ha solicitado
reconocimiento y equiparación del diploma de Agrónomo y Técnico Veterinario,
Escuela Internacional de Agricultura y Ganadería, Nicaragua. Cualquier persona
interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá
hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de
los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de julio del
2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O.
C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00318R.—(IN2013055499).
ORI-2820-2013.—Hernández Artavia Sofía,
R-226-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 3-0352-0224,
ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Especialidad en
Periodoncia, Universidad Autónoma de Guadalajara, México. Cualquier persona
interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá
hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de
los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 17 de julio del
2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00325R.—(IN2013055500).
ORI-2971-2013.—Gavarrete Villaverde María
Elena, R-203-2013-B, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad N°
4-0165-0970, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Máster
Universitario en Didáctica de la Matemática, Universidad de Granada, España. Cualquier
persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante,
podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina
dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de julio del
2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00313R.—(IN2013055501).
ORI-2780-2013.—Fernández Otárola Mauricio, R-228-2013, de nacionalidad
costarricense, cédula de identidad N° 1-1068-0205, ha solicitado reconocimiento
y equiparación del diploma de Doctor en Ecología, Universidad Estatal de Campinas, Brasil. Cualquier persona interesada en aportar
datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito
que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 16 de julio del 2013.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud
N° 780-00319R.—(IN2013055502).
ORI-3011-2013.—Herrera Núñez Jacqueline María, R-231-2013, de
nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 1-1262-0575, ha solicitado
reconocimiento y equiparación del diploma de Máster Universitario en Química
Inorgánica Molecular, Universidad de Alcalá, España. Cualquier persona
interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá
hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de
los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 30 de julio del
2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00314R.—(IN2013055503).
ORI-2744-2013.—Villalón Fonseca Ricardo, R-232-2013, de nacionalidad
costarricense, cédula de identidad N° 1-0699-00375, ha solicitado
reconocimiento y equiparación del diploma de Doctor en Filosofía. Ciencias de
la Computación, Universidad of New México, Estados Unidos. Cualquier persona
interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá
hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de
los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de julio del
2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00328R.—(IN2013055504).
ORI-2824-2013.—Rojas
González Alejandra María, R-233-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de
identidad N° 1-0875-0955, ha solicitado reconocimiento y equiparación del
diploma de Doctorado en Filosofía en Ingeniería Civil, Universidad de Puerto
Rico, Puerto Rico. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y
costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 17 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N°
780-00321R.—(IN2013055505).
ORI-2882-2013.—Echeverría Fernández Esteban, R-235-2013, de nacionalidad
costarricense, cédula de identidad N° 1-1391-0954, ha solicitado reconocimiento
y equiparación del diploma de Bachiller en Ciencias en Ingeniería Mecánica,
Universidad de Maryland, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en
aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante
escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 19 de julio del 2013.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud
N° 780-00329R.—(IN2013055506).
ORI-2995-2013.—Lizano Barrantes Catalina María, R-236-2013, de
nacionalidad costarricense, cédula de identidad N° 1-1097-0649, ha solicitado
reconocimiento y equiparación del diploma de Máster Universitario en Atención
Farmacéutica Europharmnes, Universidad de Granada,
España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres
del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante
esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 29
de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera
Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00300R.—(IN2013055507).
ORI-3022-2013.—Millán Carvajal Sandra Rocío, R-237-2013, de nacionalidad
costarricense, cédula de identidad N° 8-0106-0655, ha solicitado reconocimiento
y equiparación del diploma de Contador Público, Universidad Libre, Colombia.
Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del
solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta
Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 30 de julio
del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N° 780-00332R.—(IN2013055508).
ORI-2999-2013.—Alemán López Felipe Alexander, R-240-2013, de nacionalidad
salvadoreño, pasaporte N° 003273709, ha solicitado reconocimiento y
equiparación del diploma de Licenciado en Enfermería, Universidad Doctor Andrés
Bello, El Salvador. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y
costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 29 de julio del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 0123941.—Solicitud N°
780-00299R.—(IN2013055509).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
ORI-3023-2013.—Esquivel Dobles Carolina,
R-241-2013, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad: 1-1228-0439, ha
solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Magister en Ciencias
Biológicas. Área: Biología, Universidad de los Andes, Colombia. Cualquier
persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante,
podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina
dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 30 días del mes
de julio del 2013.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N°
0123941.—Solicitud Nº 780-00333R.—(IN2013055510).
Transcribo
acuerdo de la Corporación Municipal de Buenos Aires de sesión extraordinaria
11-2013, celebrada el 20 de agosto del año en curso, que en letra dice:
Se acuerda: aprobar estudio de tasas a
aplicarse a partir del I trimestre del 2014, conforme se detalla:
Servicio
recolección de basura |
Tarifa ¢ |
Residencial |
7.625,00 |
Mixto |
18.410,00 |
Comercial 1 |
24.010,00 |
Comercial 2 |
34.015,00 |
Institucional 1 |
20.010,00 |
Institucional 2 |
40.020,00 |
Mantenimiento de parques
(Según valor de la propiedad) |
40,00 |
Aseo de vías (Metro Lineal) |
428,00 |
Acuerdo unánime
y definitivamente aprobado.
Buenos Aires
miércoles, 28 de agosto de 2013.—Lic. Albán Serrano
Siles, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2013055926).
ASOCIACIÓN DE PESCADORES DE PAQUERA (APEP)
Yo Israel
Peralta Peralta, cédula de identidad 6-069-906, en mi
calidad de presidente y representante legal de la Asociación de Pescadores de Paquera (APEP), cédula jurídica número 3-002-129468,
solicito al Departamento de Asociaciones de Registro de Personas Jurídicas la
reposición del libro uno de Actas de Asambleas de la Junta Directiva el cual
fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a
cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—29 de agosto del 2013.—Israel Peralta Peralta,
Presidente y Representante Legal.—1 vez.—(IN2013055993).
En escritura
pública N° 58-4, de las 15:00 horas del 27 de agosto del 2013, protocolicé acta
de asamblea general de socios de Centro Ejecutivo Tournón
Local Siete S. A., cédula jurídica 3-101-187341, en la que se modifican las
clausulas segunda del domicilio y cuarta de la administración; se acepta la
renuncia y se nombra junta directiva y fiscal.—San
José, 27 de agosto del 2013.—Lic. Adriana Calvo Fernández, Notaria.—1 vez.—(IN2013056044).
En escritura
pública número 57-4, de las 14:00 horas del 27 de agosto de 2013, protocolicé
acta de asamblea general de socios de Centro Ejecutivo Tournón
Local Seis S. A., cédula jurídica 3-101-187340, en la que se modifican las
cláusulas segunda del domicilio y cuarta de la administración; se acepta la
renuncia y se nombra junta directiva y fiscal.—San
José, 27 de agosto del 2013.—Lic. Adriana Calvo Fernández, Notaria.—1 vez.—(IN2013056045).
Por medio de
escritura número 8-207 otorgada a las 9:00 horas del día 8 de agosto del año
2013, se protocolizó acta de la sociedad Prhoresa
Costa Rica S. A., por medio de la cual se modificó la cláusula undécima del
pacto constitutivo. Es todo.—San José 8 de agosto del
2013.—Lic. Roberto Echeverría Alfaro, Notario.—1
vez.—(IN2013056047).
En escritura
pública número 56-4, de las 13:00 horas del 27 de agosto de 2013, protocolicé
acta de asamblea general de socios de Centro Ejecutivo Tournón
Local Cuatro S. A., cédula jurídica 3-101-186890, en la que se modifican
las clausulas segunda del domicilio y cuarta de la administración; se acepta la
renuncia y se nombra junta directiva y fiscal.—San
José, 27 de agosto del 2013.—Lic. Adriana Calvo Fernández, Notaria.—1 vez.—(IN2013056048).
Por medio de
escritura número 247-7 otorgada a las 12:00 horas del día 5 de agosto del año
2013, se protocolizó acta de la sociedad SF Costa Rica Hotelera de
Guanacaste S. A., por medio de la cual se modificó la cláusula undécima del
pacto constitutivo y se modifica poder general judicial. Es todo.—San José 5 de agosto del 2013.—Lic. Karen Rokbrand Fernández, Notario.—1
vez.—(IN2013056049).
Mediante
escritura número sesenta y tres-cuatro, de las trece horas del veintiséis de
agosto del dos mil trece; se reforma la cláusula, segunda del domicilio y
octava de la administración de la sociedad Valores Mundo CR S A.—San
José, 26 de agosto del 2013.—Lic. Diorella Ugalde
Maxwell, Notaria.—1 vez.—(IN2013056051).
El suscrito notario
hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las once horas del dos de
abril de dos mil trece, se constituyó la sociedad denominada Virtualexa Sociedad Anónima; la cual tiene
como domicilio social San José, Santa Ana, Lindora,
Centro Empresarial Vía Lindora, tercer piso, oficinas
de Advice Legal Studio-ALS y cuyo capital social es
la suma de cien mil colones exactos. Es todo.—San
José, dos de abril del dos mil trece.—Lic. Mauricio Bonilla Robert, Notario.—1 vez.—(IN2013056052).
Se hace saber: Que
en mi notaría a las veinte horas del veintiocho de agosto del dos mil trece, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones DGSM Sociedad Anónima,
siendo su domicilio social en provincia: San José, barrio Escalante de la
iglesia Santa Teresita, doscientos metros al este y cien metros al sur, con un
capital social de ocho mil colones.—San José, 29 de
agosto del 2013.—Lic. Carla Amador Gómez, Notaria.—1
vez.—(IN2013056054).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del veintisiete de agosto del
dos mil trece, se reforman las cláusulas primera, segunda, quinta y sétima del
pacto social y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Transportes Transvarsa A Y M Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-cuatrocientos diez mil ochocientos tres.—San
José, veintisiete de agosto del dos mil trece.—Lic. Marco Antonio Vargas
Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2013056056).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del veintisiete de agosto del
dos mil trece, se reforman las cláusulas primera, segunda, y sétima del pacto
social y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Inmobiliaria Marnes B Y B Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-seiscientos treinta y nueve mil ochocientos cincuenta y ocho.—San José, veintisiete de agosto del dos mil trece.—Lic.
Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1
vez.—(IN2013056058).
Luis Fernando
Aguilar Oses; colegiado siete mil doscientos setenta y ocho, notario público
domiciliado en San José deja constancia: Que mediante escritura numero: Noventa
y ocho-cinco; visible al folio: sesenta y nueve frente; del tomo: cinco,
otorgada a las trece horas treinta minutos del día veintinueve de agosto de dos
mil trece, de su protocolo se: Nombro nueva junta directiva y se reformo la cláusula
segunda del pacto constitutivo, de la sociedad denominada Villa Sol de
Encanto Sociedad Anónima cédula de persona jurídica número; tres-ciento
uno-ciento setenta y ocho mil doscientos dos; mediante acuerdo unánime de la
totalidad de los socios de dicha sociedad.—San José, veintinueve de agosto del
dos mil trece.—Lic. Luis Fernando Aguilar Oses, Notario.—1
vez.—(IN2013056062).
Por escritura
otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Fhirma
Sociedad Anónima, mediante la cual, se modifica la totalidad del pacto
constitutivo así como su junta directiva, fiscal y agente residente.—San José,
veintisiete de agosto del año dos mil trece.—Lic. Max Doninelli
Peralta, Notario.—1 vez.—(IN2013056064).
Por escritura
otorgada el día 22 de agosto del 2013, ante mí se modificó la cláusula novena
de los estatutos de la sociedad Aire Coral Azul S. A. cédula
3-101-402168—San José, 22 de agosto del 2013.—Lic. Manuel Barboza Arce, Notario.—1 vez.—(IN2013056068).
Por escritura
otorgada ante mí a las 15:00 horas del 8 de agosto de 2013 protocolicé acta de
asamblea extraordinaria de Inversiones Xicoyan
Plateado DLP S. A. por la que se disuelve la sociedad.—San
José, 29 de agosto del 2013.—Lic. Kenneth Maynard Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2013056078).
Por escritura
otorgada ante mí a las 14:00 horas del 4 de enero del 2013 se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de socios de Los Ejes de Mi Carreta S. A.
por la cual se cambia la junta directiva y el fiscal y se reforma la
cláusula de la administración.—San José, 4 de enero
del 2013.—Lic. Kenneth Maynard Fernández, Notario.—1
vez.—(IN2013056080).
Ante esta
notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de Inversiones Makler Manhathan
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veintisiete
mil novecientos sesenta y tres, donde se disolvió la sociedad.—San José,
veintiséis de agosto del dos mil trece.—Firma ilegible, Notario.—1 vez.—(IN2013056083).
Por escritura
pública número ciento veintidós otorgada ante mí a las veinte horas del
veintitrés de agosto del dos mil trece, se constituyó la sociedad ODC Quimiconstrucción de Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Ariana Azofeifa Vaglio, Notaria.—1
vez.—(IN2013056089).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del veintidós de agosto del
dos mil trece, se constituyó Pos Costa Rica S. A. Capital social: diez
mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años
a partir de su constitución. Presidente y secretario: Apoderados generalísimos
sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San
José, veintidós de agosto del dos mil trece.—Lic. Leonardo Ugalde Cajiao, Notario.—1
vez.—(IN2013056094).
Ante mi Kattia Bermúdez Montenegro, notaria
pública, en escritura pública número veintiuno, se protocoliza acta de asamblea
de la sociedad denominara Gocon S. A.
Se modifican las clausulas “novena” se nombra como presidenta a Ana Cecilia
Conejo González.—Lic. Kattia
Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—(IN2013056100).
Por escritura
otorgada en mi notaria el día 23 de agosto del 2013, se constituyó Nieuwkoop Costa Rica, domicilio: San José.
Objeto: Comercio, importación y exportación de plantas. Apoderado generalísimo:
Hendrikus Nieuwkoop.—San José, 23 de agosto del 2013.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1
vez.—RP2013145180.—(IN2013056106).
Por escritura
otorgada ante mí a las nueve horas con diez minutos del día de hoy, se
constituyó Tdirector S. A. Capital
social: sesenta mil colones.—San José, veintidós de agosto del dos mil
trece.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1
vez.—RP2013145179.—(IN2013056107).
Por escritura
otorgada ante este notario público de las doce horas del veintidós de agosto del
año dos mil trece, se constituyó la compañía Lizano Pacheco S. R. L.
Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Se nombran dos
gerentes: Apoderados generalísimos sin límite de suma.—San
José, veintidós de agosto del año dos mil trece.—Lic. Rodrigo Cordero Campos,
Notario.—1 vez.—RP2013145182.—(IN2013056109).
Mediante
escritura otorgada por el suscrito notario Andrés Villalobos Araya a las 12:00
horas del día 22 de agosto del 2013 protocolicé acuerdos de socios de la
sociedad denominada Vista del Valle Doce K S. A. donde se acordó
modificar la cláusula de la administración de la sociedad.—San José, 23 de
agosto del 2013.—Lic. Andrés Villalobos Araya, Notario.—1
vez.—RP2013145184.—(IN2013056110).
Mediante
escritura otorgada por el suscrito notario Andrés Villalobos Araya a las 12:30
horas del día 22 de agosto del 2013 protocolicé acuerdos de socios de la
sociedad denominada Vista del Valle Once J S. A. donde se acordó
modificar la cláusula de la administración de la sociedad.—San José, 23 de
agosto del 2013.—Lic. Andrés Villalobos Araya, Notario.—1
vez.—RP2013145185.—(IN2013056111).
Por escritura
otorgada a las doce horas, del día hoy, se constituyó la sociedad denominada Amaliseyah Sociedad Anónima.—Heredia,
15 de julio del 2013.—Lic. Rafael Alberto Gamboa Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2013145188.—(IN2013056112).
En esta notaría
mediante escritura número ciento sesenta y cinco protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la compañía Super
Barato Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula quinta
del pacto constitutivo. Hugo Orozco Vargas, Presidente.—Turrialba,
26 de agosto del 2013.—Lic. Manuelita Meza Zúñiga, Notaria.—1
vez.—RP2013145178.—(IN2013056113).
Se constituye
sociedad denominada Capoeria Abolicao MMA Costa Rica Limitada, con domicilio en San
Pedro de Montes de Oca, frente a Muñoz y Nanne, por
el plazo de noventa y nueve años. Capital social de diez mil colones; gerente y
subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. En escritura
otorgada a las dieciocho horas del veintiuno de agosto de dos mil trece, ante
el licenciado Jesuá de Montserrat Solís Hernández.—Lic. Jesuá de Montserrat Solís
Hernández, Notario.—1
vez.—RP2013145186.—(IN2013056116).
La suscrita
notaría hace constar que en mi notaría, mediante escritura número cincuenta y
cuatro del veintidós de junio del dos mil trece, se reforman las cláusulas
primera, segunda, sétima; así como la junta directiva de la compañía Inversiones
Jajo Sociedad Anónima.—San José, veinticinco de
agosto del dos mil trece.—Lic. Carolina Quirós Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2013145187.—(IN2013056117).
Mediante
escritura número 358 del tomo 17 del notario Arturo Méndez Jiménez, código
9302, del 26 de julio del 2013, se disuelve y des-inscribe la sociedad Mireguis de Coto Brus
Limitada, cédula jurídica 3-102-649894.—San Vito
de Coto Brus, Puntarenas, 19 de agosto del 2013.—Lic.
Arturo Méndez Jiménez, Notario.—RP2013145192.—(IN2013056118).
Ante ésta
notaría pública se procede a la constitución de la sociedad anónima, con nombre
de Fantasía R R Zamora Industrial Sociedad Anónima,
con domicilio social en Ciudad Cortés de Osa, Puntarenas, cien metros oeste de
la iglesia Asambleas de Dios.—Ciudad Cortés Osa,
Puntarenas, 16 de agosto del 2013.—Lic. Mayra Argüello Alguera, Notaria.—RP2013145193.—(IN2013056119).
Ante esta
notaría, por escritura pública número 124, visible a folio 79 frente del tomo
II, a las 17:00 horas del 13 de agosto del 2013, se protocolizó acta número 4
de asamblea general extraordinaria de socios de Proseltec
Dos Mil Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-477031, según la cual
se modificó el capital de la sociedad. Pdte. Wilfor
Alain Sánchez Pérez.—Lic. Marco Vinicio Alfaro
Rodríguez, Notario.—RP2013145194.—(IN2013056120).
Ante esta
notaría a las 9:00 horas del día 27 de agosto del 2013 se constituye Garage Burger and Grill Yoses
Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Capital totalmente suscrito y
pagado. Presidente y secretario, apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 27 de agosto del 2013.—Lic. Manuel Fernando Anrango Bonilla, Notario.—RP2013145195.—(IN2013056121).
Por escritura
otorgada en San José, a las ocho horas del veintisiete de agosto del dos mil
trece, se constituyó ante esta notaría Desarrollo de Talento Ejecutivo de
Centroamérica S. A., Rafael Abreu Briceño, Presidente.—San
José, 27 de agosto del 2013.—Lic. Geovanny Retana Madriz, Notario.—RP2013145196.—(IN2013056122).
Mediante
escritura número ciento diecinueve otorgada ante esta notaría a las quince
horas con treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil trece, se
modificó la cláusula segunda del pacto social de la sociedad Bodybuilding.Com
S. R. L., sociedad debidamente inscrita bajo la cédula de persona jurídica
número tres-ciento dos-seiscientos diecinueve mil seiscientos doce.—San José, veintisiete de agosto de dos mil trece.—Lic.
Leonora Granados Sancho, Notaria.—RP2013145197.—(IN2013056123).
Ante esta
notaría se protocoliza acta de asamblea de socios de Inversiones
Internacionales Veinticinco de Marzo S. R. L., cédula jurídica número
3-102-281543 en que se modifican estatutos.—San José,
27 de agosto del 2013.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—RP2013145200.—(IN2013056124).
Esta notaría
protocolizó acta de asamblea general de Comercializadora del Trópico
Caribeño Cotrosa S. A., mediante la cual se aumenta capital social a ciento
veinte millones de colones.—San José, catorce de
agosto del dos mil trece.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—RP2013145202.—(IN2013056125).
Por escritura
otorgada en esta ciudad el día de hoy, se reformó la cláusula segunda del pacto
social concerniente al domicilio de tres-ciento uno-quinientos treinta y
tres mil sesenta sociedad anónima y se hizo nombramiento de junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil trece.—Msc. Andrea Quesada Méndez,
Notaria.—RP2013145201.—(IN2013056126).
Por escritura
otorgada en esta ciudad el día de hoy, se reformó la cláusula segunda del pacto
social concerniente al domicilio de tres-ciento uno-quinientos treinta y dos
mil novecientos cincuenta y cinco sociedad anónima y se hizo nombramiento
de junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del
dos mil trece.—Msc. Andrea Quesada Méndez,
Notaria.—RP2013145203.—(IN2013056127).
Por escritura
otorgada en esta ciudad el día de hoy, se reformó la cláusula segunda del pacto
social concerniente al domicilio de tres-ciento uno-quinientos treinta y un
mil cuatrocientos noventa y nueve sociedad anónima y se hizo nombramiento
de junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del
dos mil trece.—Msc. Andrea Quesada Méndez,
Notaria.—RP2013145204.—(IN2013056128).
Por escritura
otorgada en esta ciudad el día de hoy, se reformó la cláusula segunda del pacto
social concerniente al domicilio de tres-ciento uno-quinientos treinta y dos
mil novecientos cuarenta y tres sociedad anónima y se hizo nombramiento de
junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del
dos mil trece.—Msc. Andrea Quesada Méndez,
Notaria.—RP2013145205.—(IN2013056129).
Por escritura
otorgada en esta ciudad el día de hoy, se reformó la cláusula segunda del pacto
social concerniente al domicilio de tres-ciento uno-quinientos treinta y
tres mil cincuenta y seis sociedad anónima y se hizo nombramiento de junta
directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil
trece.—Msc. Andrea Quesada Méndez,
Notaria.—RP2013145207.—(IN2013056130).
Por escritura
otorgada en esta ciudad el día de hoy, se reformó la cláusula segunda del pacto
social concerniente al domicilio de tres-ciento uno-quinientos treinta y
tres mil seiscientos seis sociedad anónima y se hizo nombramiento de junta
directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil
trece.—Msc. Andrea Quesada Méndez,
Notaria.—RP2013145208.—(IN2013056131).
Autotransportes
Rosol Ltda. titular de la cédula jurídica número
tres-ciento dos-sesenta y siete mil ochenta y dos, solicita la reposición del
Libro de Registro de Cuotistas, por motivo de
pérdida, en lugar y fecha no precisas.—San José, 27 de agosto del 2013.—Lic.
Carlos Eduardo. Herrera Mora, Notario.—RP2013145209.—(IN2013056132).
Escritura
otorgada: a las 10:00 horas del 27 de agosto dos mil trece se constituyó Floribezza S. A. Domicilio: Cantón. San Jise centro de San José.—San José,
27 de agosto del 2013.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1
vez.—RP2013145206.—(IN2013056133).
Por escritura
número: Veintiséis-seis, otorgada en San José, a las nueve horas quince minutos
del veintiocho de agosto del dos mil trece, se constituyó: Asamblea general
extraordinaria de la sociedad Pehoms S. A.
Se reforma la cláusula sétima, en cuanto a la representación judicial y
extrajudicial de la compañía, se nombra nueva junta directiva de la sociedad,
capital suscrito y cancelado, presidente y vicepresidente, apoderados
generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente, efectuada ante
la notaria: Giovanna Ajun Murillo.—San José, 28 de
agosto del 2013.—Lic. Giovanna Ajun Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2013145224.—(IN2013056134).
Que ante mi
notaría se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas número cino de la compañía Grupo
Capital San José Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cinco ocho cinco siete tres tres. Se
sustituye presidente. Firmo en la ciudad de San José veinticinco de julio del
dos mil trece.—Lic. Hellen
María Araya Jacome, Notaria.—1
vez.—RP2013145233.—(IN2013056135).
Ante mi Ana del
Carmen Morales Mora, notaria pública, con oficina en
Golfito, se modificó la junta directiva de la sociedad denominada Finca Yoga
Sociedad Anónima, cédula tres-uno cero uno-seis dos ocho cero seis cuatro,
nombrándose como tesorero a José Francisco Bejarano Contreras, cédula seis-cero
tres nueve cinco-cero cuatro ocho cero. Es todo.—Golfito,
veinticinco de junio del dos mil trece.—Lic. Ana del Carmen Morales Mora,
Notaria.—1 vez.—RP2013145234.—(IN2013056136).
Hernán Mauricio
Villalobos Salas, cédula dos-cuatro nueve siete-cinco tres ocho y Kattia Salas Carvajal, cédula dos-cuatro nueve cinco-cero
cero tres, constituyen sociedad anónima, la denominación social es Ganadera
Hermanos Villalobos Sociedad Anónima, ante notario público Edwin Mauricio
Rojas Quirós. Es todo.—Pital
de San Carlos, veintisiete de agosto del año dos trece.—Lic. Edwin Mauricio
Rojas Quirós, Notario.—1
vez.—RP2013145237.—(IN2013056137).
Por escritura
otorgada ante mí, el cien por ciento del capital social acordó disolver y
liquidar la sociedad denominada Pyxis Cinco
Cero Seis S. A., con cédula jurídica N° 3-101-638866 en acuerdo con el
transitorio II de la Ley 9024, artículo 201, inciso d), del Código de Comercio
y en el apartado VI de la Directriz 002-2012 del Registro de Personas Jurídicas.—San José, 28 de noviembre del 2012.—Lic. Juan Carlos
Montes de Oca Vargas, Notario.—1
vez.—RP2013145320.—(IN2013056163).
Por escritura
otorgada ante mí, el cien por ciento del capital social acordó disolver y
liquidar la Sociedad denominada Sliphawk Corporation S. A., con cédula jurídica N° 3-101-638866,
en acuerdo con el transitorio II de la Ley 9024, artículo 201 inciso d) del
Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz 002-2012 del Registro de
Personas Jurídicas.—San José, 28 de noviembre,
2012.—Lic. Juan Carlos Montes de Oca Vargas, Notario.—1
vez.—RP2013145321.—(IN2013056164).
Por escritura
otorgada ante mí, el cien por ciento del capital social acordó disolver y
liquidar la sociedad denominada Pacific
Park F.Z.C.R. S. A., con cédula jurídica N° 3-101-527043 en acuerdo con el
transitorio II de la Ley 9024, Artículo 201 inciso d) del Código de Comercio y
en el apartado VI de la Directriz 002-2012 del Registro de Personas Jurídicas.—San José, 28 de noviembre del 2012.—Lic. Juan Carlos
Montes de Oca Vargas, Notario.—1
vez.—RP2013145323.—(IN2013056165).
El suscrito,
Alejandro Campos Henao, notario público con oficina en San José, Curridabat,
diagonal al Indoor Club, hace constar que a las
veinte horas del día veintidós de agosto del año dos mil trece, ante esta
notaría se reformaron los estatutos de: Bio
Procesos S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y
seis mil quinientos noventa y uno.—San José, a las
veinte horas del día veintitrés de agosto del año dos mil trece.—Lic. Alejandro
Campos Henao, Notario.—1
vez.—RP2013145327.—(IN2013056166).
Mediante escritura otorgada el día 21 de agosto del año 2013 a las
09:00 horas, se acuerda modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo de
la sociedad Arctic Global Bax Ltda.—San José, 26 de agosto del 2013.—Lic. Dan
Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1
vez.—RP2013145332.—(IN2013056223).
Por escritura número ciento setenta y seis del diecinueve de agosto
del dos mil trece, se protocolizo en lo conducente ante esta notaría, acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Tres Ciento
Uno Seiscientos Veintidós Mil Novecientos Veintitrés Sociedad Anónima,
mediante la cual se modificó la cláusula quinta del domicilio social y se
nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Lothar Arturo Volio Volkmer, Notario.—1
vez.—RP2013145333.—(IN2013056224).
Mediante escritura número setenta y nueve otorgada ante esta notaría,
a las dieciséis horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil
trece, se constituyó la sociedad Natokarlo
Sociedad Anónima, capital social íntegramente suscrito y pagado.—San José, 26 de agosto de 2013.—Lic. Gabriela Mora
Aguilar, Notaria.—1 vez.—RP2013145334.—(IN2013056225).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 22 de
agosto del 2013, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la sociedad Zenon
Tropical Sociedad Anónima. Se reformó cláusula del domicilio de los
estatutos sociales.—San Ramón de Tres Ríos, 22 de
agosto del 2013.—Lic. Fernanda Linner de Silva,
Notaria.—1 vez.—RP2013145337.—(IN2013056225).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 19 de
agosto del 2013, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la empresa Comercial Águila Internacional S. A., mediante
la cual se reforman de la cláusula segunda a la octava, la décima y decima
primera, se reorganiza y nombra nueva junta directiva, fiscal y agente
residente. Presidente: Steven Craig Wroe.—Lic. Jorge Fallas Aguilar, Notario.—1
vez.—RP2013145340.—(IN2013056227).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy a las diez
horas se constituyó la empresa CRI Comunicación Relación Interacción de
Costa Rica Limitada. Domicilio: San José; Plazo: 99 años.—San
José, veintiséis de agosto del dos mil trece.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—RP2013145341.—(IN2013056228).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del
catorce de agosto del dos mil trece, se constituyó la empresa con número de
cédula que indique el registro S. A., con capital social de dieciocho millones
setenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y siete colones, corresponde a su
presidente la representación judicial y extrajudicial de dicha compañía. Es
todo.—San José, dieciséis de agosto del dos mil
trece.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1 vez.—RP2013145343.—(IN2013056229).
Por escritura de las ocho horas de hoy protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de socios de Ganadería Mantova
S. A., de catorce horas de ayer, en la que se acordó reformar los estatutos
en su cláusula siete, para que diga que la administración estará a cargo de una
junta directiva, compuesta de presidente, secretario, y tesorero, el presidente
con poder generalísimo sin límite de suma, pudiendo individualmente vender,
pignorar, hipotecar, enajenar, suscribir opciones y disponer de los bienes de
la sociedad sin ninguna restricción conforme a dicho poder. Podrá además
otorgar cualquier tipo de poder con la facultad de revocarlo.—San
José, agosto veintidós del dos mil trece.—Lic. Fernando Chacón Vargas, Notario.—1 vez.—RP2013145348.—(IN2013056230).
Que en escritura tres del tomo quinto se protocolizó cambio de secretario
de la sociedad: Inmobiliaria M y S Los Lagos S.A.—Lic.
Andrés Aguilar Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2013145349.—(IN2013056231).
Por escritura número veintiséis, se constituyó Movie
& Click S. A., con un capital social de doce
mil colones, capital suscrito y pagado.—San José,
trece de agosto de dos mil trece.—Lic. Milena Pacheco Revilla, Notaria.—1 vez.—RP2013145353.—(IN2013056232).
El suscrito notario Carlos Manuel Gómez Morales, carné dieciséis mil
setecientos ochenta y cuatro, hace del conocimiento que ante esta notaría, al
folio 31 frente del tomo segundo del protocolo, se constituyó al ser las ocho
horas del veintisiete de agosto del año dos mil trece en la ciudad de San José,
San Juan de Tibás, la sociedad de esta plaza Entertainment
Hollywood Corporation Sociedad Anónima siendo su
traducción Entretenimientos Hollywood
Corporación, la cual se puede abreviar así Entertainment
Hollywood Corporation S. A., para cualquier
oposición comunicarse a los teléfonos 2240-4603 o 7104-7227 de esta notaría.—Lic.
Carlos Manuel Gómez Morales, Notario.—1
vez.—RP2013145354.—(IN2013056233).
Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan
acuerdos de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad Asados CR S.A., mediante la cual se modifica el pacto
constitutivo, junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, veintisiete
de agosto del año dos mil trece.—Lic. Alejandro Bettoni
Traube, Notario.—1
vez.—RP2013145355.—(IN2013056234).
Mediante escritura pública doscientos setenta, otorgada en mi Notaría
a las diecisiete horas del diecinueve de agosto del dos mil trece, se reformó
la cláusula sexta del acta constitutiva y se procedió a nombrar nuevo tesorero
de la sociedad Propiedades Matarrita Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veinticinco mil
doscientos noventa y nueve. Licenciado Marco O. Vargas Vargas,
abogado y notario público, Guadalupe de Goicoechea, del Banco Nacional de Costa
Rica veinticinco metros al este, a los veintiséis días de agosto del dos mil
trece.—Lic. Marco O. Vargas Vargas,
Notario.—1 vez.—RP2013145357.—(IN2013056235).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad Refugio
de Montaña Roja Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse
su aditamento como Ltda.—23 de agosto de
2013.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1
vez.—RP2013145358.—(IN2013056236).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad RJS Ventures of New Costa Rica LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse su aditamento como Ltda.—23 de agosto de 2013.—Lic. Fernando Montero López Notario.—1 vez.—RP2013145356.—(IN2013056237).
Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Meridianos Terratel S.
A., cédula jurídica tres- ciento uno-seiscientos cincuenta y cuatro mil
trescientos dos, mediante la cual se reforman las cláusulas del nombre-
primera, del domicilio- segunda, del objeto- tercera, del plazo social -
cuarta, el capital social- quinto, las acciones - sexto, quórum - octava, lugar
donde se celebren las asambleas y su convocatoria-sétima, forma en que se
llevaran las actas - novena, votación y competencia de la asamblea de
accionistas - décima, validez de los acuerdos de la asamblea de accionistas - décima
primera, de la administración- décima segunda, de la periodicidad de las
sesiones de junta directiva- décima tercera, de la convocatoria de las sesiones
de junta directiva- décima cuarta, quórum de asistencia y votación para
sesiones de junta directiva- décima quinta, de las competencias de la junta
directiva- décima sexta, de los derechos de votación- décima sétima, vacantes-
décima octava, de la vigilancia de la compañía- décima novena, inventarios y
balances y distribución de utilidades-vigésima, fondo de reserva legal-
vigésima primera, liquidación- vigésima segunda. Escritura otorgada a las diez
horas del veintisiete de agosto del dos mil trece.—Lic.
Marvin Segura Montero, Notario.—1
vez.—RP2013145364.—(IN2013056238).
Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Once Mil Trescientos
Setenta Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos
once mil trescientos setenta, mediante la cual se acuerda modificar las
cláusulas del domicilio, de la representación. Escritura otorgada a las doce
horas treinta minutos del veintisiete de agosto del dos mil trece.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1
vez.—RP2013145365.—(IN2013056239).
La suscrita Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, notaria
pública con oficina abierta en Palmares de Alajuela, protocolicé acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada: Tres-Ciento
Uno-Quinientos Veintitrés Mil Trescientos Nueve Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres- ciento uno- quinientos veintitrés mil trescientos nueve, para
realizar nuevo nombramiento de presidente y tesorero en junta directiva. Es
todo.—Palmares, veintiséis de agosto del año dos mil
trece.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1
vez.—RP201345369.—(IN2013056240).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 22 de mayo de 2013, se constituyó Francine
Mercadeo E.I.R.L.—Lic. Eugenio Fco.
Ortiz Álvarez, Notario.—1
vez.—RP2013145378.—(IN2013056242).
Mediante escritura número treinta y cuatro otorgada ante mi notaría, a
las dieciocho y treinta horas del diecinueve de agosto del dos mil trece, se
constituyó la compañía Transportes Keijo Limitada,
cuyo plazo social es de noventa y nueve años, capital social doscientos mil
colones; gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma.—Grecia, 28 de agosto 2013.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1
vez.—RP2013145377.—(IN2013056243).
Mediante escritura número treinta y cuatro otorgada ante mi notaría a
las dieciocho y treinta horas del diecinueve de agosto del dos mil trece, se
constituyó la compañía Corporación Valison
Limitada, cuyo plazo social es de noventa y nueve años, capital social
doscientos mil colones; gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos
sin límite de suma.—Grecia, 28 de agosto 2013.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1
vez.—RP2013145379.—(IN2013056244).
Por escritura número cinco-ocho, otorgada ante esta notaría, a las
siete horas del catorce de agosto, se protocolizó la asamblea general
extraordinaria de socios en la que se nombra nuevos gerentes y se modifica la
cláusula sexta del pacto social constitutivo, tramitada con la boleta de
seguridad del suscrito notario 213648, serie Q, de la sociedad denominada Saumyjos Limitada, entidad con número de
cédula jurídica 3-102-263970.—Heredia, 14 de agosto
del 2013.—Lic. Juan Carlos Fernández Valdelomar,
Notario.—1 vez.—RP2013145380.—(IN2013056245).
Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Nete Servicios Múltiples S. A., cédula
3-101-294828, se acuerda reformar la cláusula octava y se nombra presidente y
tesorero.—San José, 27 de agosto 2013.—Lic. Mario
Alberto Piña Líos, Notario.—1
vez.—RP2013145383.—(IN2013056246).
Por escritura de las 10:00 horas del 16 de agosto del año 2013, la
compañía Marianas del Oeste S. A., cédula jurídica número 3-101-554192,
reforma cláusulas en cuanto al capital social, el domicilio, y la
representación.—Lic. Marvin Alfaro Chacón, Notario.—1 vez.—RP2013145389.—(IN2013056247).
Por escritura de las 9:00 horas del 16 de agosto del año 2013 la
compañía Cacerolas S. A., cédula
de persona jurídica número 3-101-573679,
reforma las cláusulas primera: nombre, segunda: domicilio social, quinta:
capital social. Nuevo nombre Leafhold
Sociedad Anónima, en español: Folder.—Lic. Marvin
Alfaro Chacón, Notario.—1
vez.—RP2013145391.—(IN2013056248).
Por escritura otorgada ante este notario público el día veintisiete de
agosto de dos mil trece, a las nueve horas, se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Inversiones Dos Mil
Cincuenta y Dos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres -
uno cero uno - dos uno siete dos cinco nueve, donde se acuerda la disolución de
la sociedad.—Heredia, veintisiete de agosto de
2013.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1
vez.—RP201314392.—(IN2013056249).
Por escritura otorgada ante este notario público el día veintisiete de
agosto de dos mil trece, a las nueve horas veinte minutos, se protocolizó acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Servicios
Compartidos de la Mano Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres - uno cero uno -cinco cinco seis cero
nueve cinco, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—Heredia,
veintisiete de agosto de 2013.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—RP2013145393.—(IN2013056250).
La suscrita Licenciada Marilyn Bedoya Esquivel, notaria
pública hago constar que mediante escritura número cuatrocientos seis, iniciada
en el folio ciento ochenta y nueve frente del tomo octavo de mi protocolo, a
las diecisiete horas del veintitrés de Agosto del año dos mil trece, se
constituyó la Sociedad Anónima denominada Pollos Pepitos de Costa Rica
Sociedad Anónima, cuyo presidente y secretario tienen la representación
judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin
limitación de suma.—Turrúcares, 27 de agosto del
2013.—Lic. Marilyn Bedoya Esquivel, Notaria.—1
vez.—RP2013145397.—(IN2013056251).
Por escritura número ochenta y nueve - cuarenta y ocho, otorgada ante
los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Alberto Sáenz Roesch
y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del
primero a las catorce y treinta horas del veintiséis de agosto del dos mil
trece, se acuerda modificar las cláusulas segunda y octava del pacto
constitutivo de la sociedad correspondiente al domicilio social y nombramiento
de un gerente de la sociedad Valle Espectacular de Talamanca Limitada.—San
José, 26 de agosto del 2013.—Lic. Jorge González Roesch,
Conotario.—1
vez.—RP2013145395.—(IN2013056252).
Ante el notario público Efraín Marín Madrigal con oficina en Escazú,
mediante escritura otorgada a las trece horas del catorce de agosto del año dos
mil trece, se constituyó la sociedad de esta plaza Boes
Internacional Sociedad Anónima.—Escazú, a las dieciséis horas del
veintitrés de agosto del año dos mil trece.—Efraín Marín Madrigal, Notario.—1
vez.—RP2013145398.—(IN2013056253).
Por escritura número 140-5, otorgada a las 14:00 horas del 26 de
agosto del 2013, otorgada ante esta notaría, constituyen la sociedad denominada
Inversiones El Cacique NS Sociedad Anónima, domiciliada en Cartago,
Tejar de El Guarco, de la esquina sureste del Templo
Católico doscientos cincuenta metros este.—Lic. Vanessa Pacheco Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2013145400.—(IN2013056254).
Por escritura otorgada a las nueve horas del diecinueve de agosto del
dos mil trece, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo de la
sociedad denominada Las Nubes Macarthur INC
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno- cuatrocientos
diez mil trescientos noventa y tres, domiciliada en: Heredia, contiguo al Banco
Banex.—San José, veintiuno de agosto del dos mil
trece.—Lic. Gerardo Calderón, Notario.—1
vez.—RP2013145405.—(IN2013056255).
Por escritura número ciento noventa y siete otorgada a las nueve horas
del veintisiete de agosto del dos mil trece, se modificaron los estatutos de la
sociedad: Las Nubes Harrisburgh Laggon Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-
ciento uno- cuatrocientos cuarenta mil cuatrocientos sesenta y uno.—San José, veintiocho de agosto del dos mil trece.—Lic.
Gerardo Calderón, Notario.—1
vez.—RP2013145407.—(IN2013056256).
Por escritura número 76 del tomo 8 de mi protocolo, otorgada a las
15:00 horas del 27 de agosto del año 2013, el suscrito notario protocolizó la
asamblea de cuotistas número cuatro de la sociedad Pozkell Ltda., con cédula jurídica
3-102-82366, mediante la cual se reformó la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 28 de agosto del año 2013.—Lic. Julio Enrique
Zelaya Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2013145410.—(IN2013056257).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del
veintitrés de agosto del dos mil trece, se modifica cláusula octava de la
sociedad NW Consulting Services
S.R.L.—Ciudad
Quesada, 23 de agosto del 2013.—Lic. Eduardo Arroyo Boirivant,
Notario.—1 vez.—RP2013145415.—(IN2013056258).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:30 horas del 6
de junio del 2013, se protocolizó acta de 3-101-637828 S. A., mediante
la cual se nombra nueva junta directiva, y se reforma la cláusula VI del acta
constitutiva.—Playa Brasilito.—Lic.
Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—RP201314526.—(IN2013056259).
Por escritura de las 10:00 horas del 28 de agosto del 2013, se
protocoliza acta dos de asamblea general de socios, para reformar cláusulas:
cuarta, sétima y domicilio de: Inversiones Cashi
S.A.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2013145428.—(IN2013056260).
Por escritura número 184-3, otorgada ante esta notaría a las 13:00
horas del 08 de Agosto del 2013, se constituye la sociedad Grupo Hadiz S. A., con nuevo domicilio en San José, Barrio
González Laman, cien metros al oeste de la Bomba Uno, frente a la Agencia del
Banco Nacional de Costa Rica.—San José, 27 de agosto 2013.—Lic. Alexander Soto
Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2013145431.—(IN2013056261).
Por escritura número ciento cincuenta y tres de las ocho horas del día
doce de agosto del dos mil trece, se protocolizó el acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de la sociedad Inmobiliaria Centroamérica
Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la totalidad del pacto
constitutivo de la sociedad.—San José, doce de agosto
del dos mil trece.—Lic. Silvia Marcela Chaves Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2013145508.—(IN2013056289).
Por escritura número ciento cincuenta y cuatro de las nueve horas del
día doce de agosto del dos mil trece, se protocolizó el acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Construcciones Balboa
Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la totalidad del pacto
constitutivo de la sociedad.—San José, doce de agosto
del dos mil trece.—Lic. Silvia Marcela Chaves Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2013145509.—(IN2013056290).
En mi notaría al ser las 15 horas del 21 de agosto del año 2013, se
constituyó No Alergias Sociedad Anónima.—Lic. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1
vez.—RP2013145510.—(IN2013056291).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintisiete de
agosto del dos mil trece, se protocolizan acuerdos de las asambleas generales
extraordinarias de accionistas de Alpa
Inmobiliaria Latina Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Trece
Mil Seiscientos Diecisiete Sociedad Anónima y Sea Spirit
White RCT Sociedad Anónima, mediante las cuales se fusionan por absorción,
desapareciendo la primera y segunda y permaneciendo la tercera, la cual asumirá
todos los activos y pasivos derechos y obligaciones e ingresos y gastos de las
sociedades absorbidas. Se reforma la cláusula quinta de la sociedad sea Spirit White RCT S. A.—Santo
Domingo de Heredia, 27 de agosto del 2013.—Lic. Gloriana
Arias Mora, Notaria.—1
vez.—RP2013145512.—(IN2013056292).
En esta notaría, mediante escritura número 132-18 del tomo dieciocho
del protocolo del suscrito notario, de las 10:30 horas del 28 de agosto del
2013, se constituyó la sociedad Serenety Farm of Cahuita Limitada, que
en español se leerá Finca Serenidad de Cahuita
Limitada, capital social suscrito y pagado, domicilio en Limón, plazo
social 99 años.—San José, 28 de agosto del 2013.—Lic.
Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1
vez.—RP2013145513.—(IN2013056293).
El día veintinueve de mayo del dos mil trece, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Liley Castillo S. A., cédula jurídica
3-101-535711, en la que se reforman las cláusulas tercera y sexta del pacto
constitutivo.—San José, 5 de agosto del 2013.—Lic.
Alexis Robles Villalobos, Notario.—1
vez.—RP2013145515.—(IN2013056294).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, al ser 12 horas del
día 8 de julio del 2013, se reforma el domicilio social, cambia la cláusula de
la administración y se nombra junta directiva de Cañón de Cobre S. A.—San
José, 22 de agosto del 2013.—Lic. Alfredo Fournier Beeche, Notario.—1
vez.—RP2013145516.—(IN2013056295).
En esta notaría, al ser las 15:30 horas del 17 de agosto del 2013, se
constituyó la sociedad denominada Multiservicios
del Pacífico JBM Sociedad Anónima. Presidente: Johnnys
Bismark (nombre) Murillo (apellido). —Naranjo, 26 de agosto de 2013.—Lic. Emilia María Pacheco Morera, Notaria.—1 vez.—RP2013145518.—(IN2013056296).
Por escritura 94 de las 16:00 horas del día 26-08-2013 ante esta
notaría, se protocoliza acta de la compañía Fire
Star Inc. of Costa Rica S. A., por la cual se
modifica cláusula segunda del domicilio; se revocan nombramientos de la junta
directiva a saber: presidente y secretario, tesorero y fiscal; y se nombra
nuevo agente residente.—San José, 26 de agosto del
2013.—Lic. Marcos Osvaldo Araya Días, Notario.—1
vez.—RP2013145521.—(IN2013056297).
He protocolizado acta número siete de Proyectos Electromecánicos
Obando Sociedad Anónima, donde se acuerda modificar la cláusula segunda del
pacto constitutivo y nombramiento de presidente, tesorero y fiscal.—San José veintiuno de agosto de dos mil trece.—Lic.
Rolando Alfredo Corella Cruz, Notario.—1
vez.—RP2013145527.—(IN2013056298).
He protocolizado acta número siete de Proyectos Electromecánicos
Obando Sociedad Anónima, donde se acuerda modificar la cláusula segunda del
pacto constitutivo y nombramiento de presidente, tesorero y fiscal.—San José veintiuno de agosto de dos mil trece.—Lic.
Rolando Alfredo Corella Cruz, Notario.—1
vez.—RP2013145528.—(IN2013056299).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Bisutería
Creativa de Las Flores Sociedad Anónima, cuya presidenta es la señora Kristiane Feoli Martínez.—San José, veintisiete de agosto de dos mil trece.—Lic.
Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1
vez.—RP2013145329.—(IN2013056300).
La suscrita notaria hago constar, que en el tomo tres del protocolo de
la suscrita se están haciendo cambios en el acta constitutiva la compañía: Bodeguita
Tica S. A. Es todo.—Santa Ana, 22 de agosto de
2013.—Lic. Catherine Mora Chavarría, Notaria.—1
vez.—(IN2013056405).
Mediante escritura pública número ciento quince otorgada a las 13:00
horas del ocho de agosto del dos mil trece, ante el notario Luis Adrián Alfaro
Ramírez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
compañía Plásticos Chelys S. A.—Grecia, veintidós de agosto dos mil trece.—Lic. Luis
Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2013056410).
Ante el notario público Carlos Eduardo Rojas Rojas
mediante escritura noventa y ocho del tomo primero de las ocho horas del
veintisiete de agosto de dos mil trece Fabio Moreira Ramírez actuando con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Inmobiliaria
Guaraní S. A., otorgo escritura pública con el fin de tramitar la
reposición del libro Registro de Accionistas, libro de Actas de Asamblea
General, libro de Actas de Asamblea de Junta Directiva de su representada.
Cualquier comunicación se atenderá a la dirección Heredia, San Juan de Santa
Bárbara al costado norte de la iglesia en las instalaciones de la empresa.—Heredia, a las ocho horas y cinco minutos del veintisiete
de agosto de dos mil trece.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas,
Notario.—1 vez.—(IN2013056414).
Por escritura número ciento cuarenta y nueve otorgada ante esta
notaría a las doce horas del veintidós de agosto del dos mil trece, por
comparecer los únicos titulares de la totalidad de las acciones que conforman
el capital social de la sociedad denominada Daraya
Soluciones Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica
tres-ciento dos-quinientos ochenta y dos mil trescientos setenta y cinco,
acordaron por unanimidad disolver la sociedad.—Heredia, veintidós de agosto del
dos mil trece.—Lic. Fabio Arias Soto, Notario.—1
vez.—(IN2013056417).
Mediante escritura otorgada ante mí, a las trece horas del veintiocho
de agosto del dos mil trece, se reforma la cláusula sexta del pacto
constitutivo de la sociedad Metrópolis Babilónica Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y ocho
mil cincuenta.—San José, veintiocho de agosto del dos mil trece.—Lic. Fabiana
Gutiérrez León-Páez, Notaria.—1 vez.—(IN2013056421).
Por escritura otorgada en esta notaría de San José, de las quince
horas del dieciséis de agosto dos mil trece, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de socios de Gracedom
S. A. por la cual se reforma cláusulas tercera y sexta, y se nombran
presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—San
José, dieciséis de agosto del dos mil trece.—Lic. Nancy Vieto
Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2013056425).
Por escritura pública número 54, otorgada en mi notaría a las 11:00
horas, del día 19 de agosto del 2013, procedí a protocolizar acta número 2 de
asamblea general extraordinaria de cuotistas de Ballad of The Sea LLC
Limitada. Se nombra nuevo gerente.—Lic. Lourdes
Líos Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2013056426).
Ante esta notaría, se ha modificado la cláusula primera del pacto
constitutivo de Osk Jim
Pal Caribe S. A., cédula jurídica número 3-101-231283, la cual establece
que se denominará Salt Water Chocolate S.W.C.
Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse las dos
últimas palabras como S. A., escritura de las 8 horas del 27 agosto del
2013. Presidente: Timothy Daniel Groth,
estadounidense, pasaporte 499365172.—Lic. Óscar Mora
Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2013056430).
Ante esta notaría a las diecisiete horas del veintinueve de agosto del
dos mil trece, se procedió a protocolizar asamblea general extraordinaria de
socios de la empresa Pequeños Patitos Verdes Sociedad Anónima, por medio
de la cual se modifica la cláusula primera, cláusula segunda del pacto social
de constitución. Se hace nuevo nombramiento en el puesto de presidente de la
junta directiva.—Lic. Silvia Patricia Cordero Castro,
Notaria.—1 vez.—(IN2013056431).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del ocho de
agosto del año dos mil trece, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Mendcor Mc Sociedad Anónima. Presidente: Marcos
Antonio Méndez Arias, cédula uno-quinientos cuarenta y nueve-cuatrocientos
sesenta y dos.—Barva, 22 de
agosto de 2013.—Lic. Guillermo Montero Solera, Notario.—1
vez.—(IN2013056432).
El día de hoy ante esta notaría, se protocolizó actas de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de Tres-Ciento Uno-Seiscientos
Treinta Mil Ochocientos Treinta y Nueve S. A., Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Treinta Mil Ochocientos Cuarenta S. A., y Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Treinta Mil Ochocientos Cuarenta y Uno S. A., en las que se
modifican las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, veintinueve de agosto del dos mil trece.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—(IN2013056433).
Por escritura número doscientos treinta del tomo cinco del protocolo
del suscrito notario, otorgada a las 8:00 horas del catorce de agosto del 2013,
protocolicé acta de asamblea general de Maxilofacial Asociados S. A.,
reforma las cláusulas primera y sexta, nombramientos de directiva y fiscal.—San
José, catorce de agosto del dos mil trece.—Lic. Luis Antonio Salazar Villalobos,
Notario.—1 vez.—(IN2013056462).
Ante esta notaría, en escritura número 116-7, con fecha del 29 de
agosto del 2013 a las 12:00 horas, se ha protocolizado acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa: Grupo Consolidado CK del Sur Inc.
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
veintitrés mil quinientos cuarenta y cinco, en la que se reforma la cláusula
segunda de la sociedad. Es todo.—San José 29 de agosto
del 2013.—Lic. Alexánder Chacón Barquero, Notario.—1 vez.—(IN2013056470).
Por asamblea extraordinaria de socios de la firma Compañía de
Propiedades COPROSA Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio a las 19
horas del 24 de junio del 2013, se modificaron las cláusulas del domicilio,
administración y representación.—Cartago, 29 de agosto
del 2013.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1
vez.—(IN2013056471).
Por escritura otorgada ante el notario: Eric Quesada Arce, a las 14:
horas del 28 de agosto del 2013, se constituyó la empresa NG-WU Aserrí Sociedad de Responsabilidad Limitada,
domiciliada en La Unión, Cartago, representante con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma, Jian Hao Wu, gerente.—29 de agosto del 2013.—Lic. Eric Quesada Arce,
Notario.—1 vez.—(IN2013056472).
Al ser las dieciocho horas del día veintiséis de agosto de dos mil
trece en mi notaría, se constituyó la empresa de esta plaza Arquitectura de
Interiores Sociedad Anónima.—San José, veintisiete
de agosto de dos mil trece.—Lic. Bernald Vargas
Montero, Notario.—1 vez.—(IN2013056473).
Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago
constar que el día veintitrés de agosto del dos mil trece, a las nueve horas,
se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad: Mira Dos Teau Sociedad Anónima, en la cual se revoca el
nombramiento del secretario y se reforma la cláusula octava del pacto
constitutivo.—Atenas, veintitrés de agosto del dos mil
trece.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1
vez.—(IN2013056474).
Por escritura número veinticinco-nueve otorgada ante esta notaría en
San José, a las quince horas del veintiocho de agosto de dos mil trece, se
constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social
será Snap Technology Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—Lic. Adrián Alvarenga Odio, Notario.—1
vez.—(IN2013056477).
Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas,
hago constar que el día veintidós de agosto del dos mil trece, a las quince
horas y treinta minutos en la ciudad de Atenas, se protocolizó la asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad: Atenas Juanda
Limitada. En la cual se revoca el nombramiento del gerente y subgerente, y
se reforma las cláusulas quinta y primera del pacto constitutivo la cual
modifica la denominación social de la sociedad por la siguiente: Grupo Sokas Limitada.—Atenas,
veintitrés de agosto del dos mil trece.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2013056479).
Mediante escritura autorizada por mí a las 15.00 horas del 28 de
agosto de 2013, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Rojmar del General Sociedad
Anónima, en la que se reforma la cláusula tercera de los estatutos.—Ciudad Quesada, 28 de agosto de 2013.—Lic. Raúl Hidalgo
Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2013056480).
Mediante escritura N° 21, otorgada ante el notario Jorge Federico Baldioceda Baltodano, a las 09:00
horas del 20 de agosto del 2013, se modificaron las cláusulas segunda, quinta y
sexta del pacto social, y se hicieron nuevos nombramientos para los cargos de
presidente, tesorero, fiscal y agente residente de la sociedad: Océanos Once
S. A., cédula jurídica N° 3-101-182115.—San José,
21 de agosto del 2013.—Lic. Jorge Federico Baldioceda
Baltodano, Notario.—1
vez.—(IN2013056481).
Por escritura otorgada ante este notario, a las catorce horas treinta
minutos del veintiocho de agosto del dos mil trece, se protocolizó el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Corporación
BL Ciento Veintitrés de Santa Ana Sociedad Anónima, mediante la cual se
reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social y se adiciona la
cláusula décima sexta.—San José, veintiocho de agosto
del dos mil trece.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1
vez.—(IN2013056482).
Por escritura número ciento diez, del día veintidós de agosto del año
dos mil trece, ante esta notaría se nombra nueva junta directiva y fiscal de la
asociación denominada Asociación Deportiva Municipal Guarco,
cédula jurídica número tres-cero cero dos-trescientos sesenta mil quinientos
noventa y siete.—Cartago, veintinueve de agosto del dos mil trece.—Lic. Esteban
Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—(IN2013056488).
Por escritura número ciento nueve, del día veintiuno de agosto del año
dos mil trece, ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Contrataciones
Civiles Valvi Sociedad Anónima, capital social:
diez mil colones exactos.—Cartago, veintinueve de agosto del dos mil
trece.—Lic. Esteban Martínez Fuentes, Notario.—1
vez.—(IN2013056489).
Por escritura número ciento doce, del día veintiséis de agosto del año
dos mil trece, ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Tecnologías
Infinitas de América Sociedad Anónima, capital social: quinientos mil
colones exactos.—Cartago, veintinueve de agosto del dos mil trece.—Lic. Esteban
Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—(IN2013056490).
Por escritura
número 88-24 de las 12:00 horas del 26 de agosto del 2013, se protocoliza acta
de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Cosmos
Suministros de Costa Rica Sociedad Anónima. Se modifican las cláusulas
primera, sétima y se nombra nueva junta directiva.—Lic.
Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—(IN2013056492).Por escritura otorgada ante los
notarios públicos Fernando Fallas Amador y Gioconda Barquero Gardela, se modificó la cláusula tercera del objeto de la
sociedad anónima denominada Inversiones R Y S Sociedad Anónima.—San
José, 31 de julio del 2013.—Lic. Fernando Fallas Amador, Notario.—1 vez.—(IN2013056494).
Por escritura otorgada el día de hoy, se constituyó la sociedad Bienes
JF de San Francisco S. A. con capital social de cien mil colones.
Presidente y secretario apoderados generalísimos sin limitación de suma.
Domicilio San Juan de Tibás.—San José, veintinueve de
agosto de dos mil trece.—Lic. Xinia Alfaro Mena,
Notaria.—1 vez.—(IN2013056495).
Ante esta notaría, a las siete horas del ocho de agosto del dos mil
trece, se constituyó la sociedad Grupo GMM Diamante S. A., plazo social
noventa y nueve años, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma, domiciliada en San Francisco de Dos Ríos.—San José.—Lic. Víctor
Smith Hare, Notario.—1 vez.—(IN2013056496).
Por escritura otorgada el día de hoy, se protocolizó acta de la
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa Zorba
El Budha S. A., mediante la cual se reforma pacto
social en la cláusula del capital social.—San José,
veintiocho de agosto de dos mil trece.—Lic. Xinia
Alfaro Mena, Notaria.—1 vez.—(IN2013056497).
Por escritura pública número: ciento treinta y ocho, otorgada ante mí
a las quince horas con treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil
trece, se constituyó la sociedad ATV Ride Limitada.—Lic.
Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2013056498).
DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad
con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las
Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”. Por ignorarse el
domicilio actual del patrono Hermanos Arias Campos S. A., número patronal
2-0310153752-001-001, se procede a notificar por medio de edicto que el
servicio de inspección de la Sucursal de Cañas, ha dictado el traslado de
cargos número de caso 1407-2012-236, que en lo que interesa indica: como
resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado
omisiones salariales de los trabajadores detallados en hoja de trabajo, folio
0042 del expediente administrativo por el período del 1° de enero de 1990 al 31
de diciembre del 1998, por el trabajador Moisés Salas Cambronero,
número de identificación 500710932. Total de salarios omitidos ¢3.547.662,
total de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢780.486. Total de aportaciones
de la Ley de Protección al Trabajador ¢110.818 Consulta expediente en esta
oficina Cañas, del antiguo Mercado Municipal, 100 metros sur y 50 metros este,
se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la
Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto
día siguiente de su publicación para ofrecer pruebas de descargo y para hacer
las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o
medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido
por la Caja el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la
Corte Suprema de Justicia para el cantón de Cañas. De no indicar lugar o medio
para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se
tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de
la fecha de resolución. Notifíquese.
De conformidad con los artículos 10 y
20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales
y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del
patrono Marco Aurelio Solís Alfaro, número patronal 0-000203820685-002-001, se
procede a notificar por medio de edicto, que el servicio de inspección de la de
la Sucursal de Cañas, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso
1407-2012-123, que en lo que interesa indica: como resultado material de la
revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones salariales de los
trabajadores detallados en hoja de trabajo, folio 0008 del expediente administrativo,
por el periodo del 1° al 31 de marzo del 2012, por el trabajador Luis Esteban
Núñez Villegas, número de identificación 503540305. Total de salarios omitidos
¢266.659, Total de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢59.572. Total de
aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador ¢15.333. Consulta
expediente: en esta oficina Cañas, del antiguo mercado municipal, 100 metros
sur y 50 metros este, se encuentra a su disposición el expediente para los
efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles
contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer
pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le
previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro
administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia para el cantón de
Cañas. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones
posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el
transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Cañas, 28 de agosto del 2013.—Dirección Regional de
Sucursales Chorotega, Sucursal de Cañas.—Lic. Manuel Antonio Rodríguez Mora, Jefe.—(IN2013055955).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
Se notifica a
la casa comercial Inmunolab Costa Rica S.A., cédula
jurídica 3-101-224803, que este despacho emitió resolución final A-1770-2013 de
las diez horas del dieciséis de agosto del dos mil trece, correspondiente a
Procedimiento de Contratación Irregular dentro del concurso 20 10CD-000079-2102
“Reactivo para la Determinación de Catecolaminas y Metanefinas”,
misma que concluyera en lo conducente: “Por tanto (...) 1) Téngase por
contratación irregular la factura N° 0042859 del 28 de agosto del 2012 que
fuera cancelada al proveedor Inmunolab Costa Rica S.
A., de la cual debió rebajarse la cantidad de $2.200,00 dólares moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América. 2) Establecer a favor de la institución
la suma de $2.200.00 (Dos mil doscientos dólares, moneda de curso legal de los
Estados Unidos de América); misma que deberá depositar la firma Inmunolab Costa Rica S.A., en la siguiente cuenta:
“100-01-000-003599-8 del Banco Nacional de Costa Rica. Cliente: CCSS Seguro de
Enfermedad y Maternidad” dentro del plazo de tres días siguientes a la firmeza
de la presente resolución caso contrario se procederá a gestionar el respectivo
cobro en vía judicial”.—Dirección Administrativa y
Financiera.—MSc. Sandra Ruiz Abril, Directora a. í.—1
vez.—(IN2013055930).