LA GACETA N° 39 DEL 25 DE FEBRERO DEL 2014

PODER EJECUTIVO.. 1

DECRETOS  2

Nº 38175-JP  2

ACUERDOS  2

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA   2

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA   5

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ   5

RESOLUCIONES  6

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA   6

DOCUMENTOS VARIOS. 13

GOBERNACIÓN Y POLICÍA   13

HACIENDA   14

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES  14

EDUCACIÓN PÚBLICA   15

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL   17

JUSTICIA Y PAZ   18

AMBIENTE Y ENERGÍA   24

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. 26

EDICTOS  26

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.. 34

PROGRAMA DE ADQUISICIONES  34

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA   34

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL   34

MUNICIPALIDADES  35

LICITACIONES  37

PODER JUDICIAL   37

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL   37

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS  38

Y ALCANTARILLADOS  38

MUNICIPALIDADES  38

ADJUDICACIONES  39

HACIENDA   39

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE   39

JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA SUR   40

DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS  40

VARIACIÓN DE PARÁMETROS  41

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL   41

REGISTRO DE PROVEEDORES  41

MUNICIPALIDADES  41

FE DE ERRATAS  41

HACIENDA   41

JUSTICIA Y PAZ   41

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL   42

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL   42

REGLAMENTOS. 42

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN   42

AVISOS  43

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS. 46

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA   46

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL   47

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA   47

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN   47

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA   49

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS  49

ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN   50

RÉGIMEN MUNICIPAL.. 50

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA   51

CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO   51

DE COLORADO DE ABANGARES  51

AVISOS. 51

CONVOCATORIAS  51

AVISOS  51

NOTIFICACIONES. 85

HACIENDA   85

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL   86

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL   87

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 38175-JP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 18) y 146 de la Constitución Política, en el artículo 32 de la Ley de Asociaciones y en los artículos 27 y siguientes del Reglamento a la Ley de Asociaciones número 29496-J, publicado en La Gaceta número 96 del 21 de mayo del 2001.

Considerando;

I.—Que el artículo 32 de la Ley de Asociaciones número 218 de 08-08-39 y sus reformas, confiere al Poder Ejecutivo la potestad de declarar de Utilidad Pública a las Asociaciones simples, federadas o confederadas, cuyo desarrollo y actividades sean particularmente útiles para los intereses del Estado, y que por ello contribuyan a solventar una necesidad social.

II.—Que la Asociación Edunámica de Costa Rica, cédula de persona jurídica número: 3-002-439573, se inscribió en el Registro de Asociaciones del Registro Público desde el día 4 de mayo de 2006, bajo el tomo Nº 562, asiento 4353.

III.—Que los fines que persigue la Asociación, según el artículo tres de sus estatutos, son: “… Artículo 3: La Asociación tendrá como objetivo general: Contribuir con el desarrollo integral de los habitantes de Costa Rica, llevando como principio central la construcción de una educación de calidad, basada en los valores de solidaridad, participación y cooperación frente a las necesidades de las y los estudiantes. Para esto, la Asociación tendrá como fines: a) Favorecer el ascenso de clase social logrado por medio de educación, b) Fortalecer valores democráticos de medio ambiente y justicia social y c) Desarrollar el compromiso de responsabilidad social en la familia y la sociedad. (…)”.

IV.—Que tales fines solventan una necesidad social de primer orden, por lo cual merecen el apoyo del Estado Costarricense. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Declárese de Utilidad Pública para los intereses del Estado la Asociación Edunámica de Costa Rica, cédula de persona jurídica número: 3-002-439573.

Artículo 2º—Es deber de la Asociación rendir anualmente un informe de gestión ante el Ministerio de Justicia y Paz, de conformidad con lo indicado en el artículo 32 del Reglamento a la Ley de Asociaciones.

Artículo 3º—Una vez publicado este decreto, los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Asociaciones del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las ocho horas del trece de diciembre de dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. Nº 20733.—Solicitud Nº 119-780-206-OM.—C-29570.—(D38175 - IN2014010371).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 1088-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las facultades que le confiere el artículo 26 de la Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo 002-P, del 11 de mayo del 2010, se  nombró  al  señor  Roy  Barboza Sequeira, cédula de identidad 1-620-656, Viceministro de Vivienda y Asentamientos Humanos.

II.—Que el señor Roy Barboza Sequeira, Viceministro de Vivienda y Asentamientos Humanos del Ministerio de Vivienda, presenta su renuncia al cargo de Viceministro, a partir del 01 de enero del 2014. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Conocer la renuncia del señor Roy Barboza Sequeira, cédula de identidad 1-620-656, Viceministro de Vivienda y Asentamientos Humanos del Ministerio de Vivienda, a partir del 01 de enero del 2014.

Artículo 2º—Este acuerdo rige a partir del 1° de enero del 2014.

Dado en la Presidencia de la República a los veintidós días del mes de enero del dos mil catorce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 20392.—Solicitud Nº 3155.—C-16830.—(IN2014010158).

Nº 1095-P.—9 de enero del 2014

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo que establecen los artículos 139 inciso 1) de la Constitución Política; y 47 inciso 3 de la Ley General de la Administración Pública y el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que Costa Rica aspira a alcanzar mayores niveles de desarrollo y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) es una herramienta adecuada para apoyarnos y guiarnos en ese proceso, ya que está orientada a promover las mejores políticas públicas para mejorar la calidad de vida de las personas. El país impulsa gestiones a diferentes niveles para acercarse a esta organización, con miras a llegar a formar parte de ella, ya que esto permitiría aprender de las experiencias de los países con los más altos estándares y niveles de desarrollo, y concedería acceso a las mejores políticas públicas para fortalecer la seguridad jurídica y la confiabilidad en el país, el crecimiento económico, la atracción de inversión, el mejoramiento de la competitividad y la productividad, y la modernización del Estado. El 20, 21 y 27 de enero se han programado varias reuniones en París, Francia, para impulsar este objetivo estratégico incluyendo encuentros de alto nivel con autoridades de países miembros de la OCDE y la Secretaría General de dicha organización, una sesión especial del Consejo de Desarrollo a la que se ha cursado invitación a la Ministra, y una sesión de trabajo para la coordinación previa necesaria el 19 de enero de 2014.

2º—Que Costa Rica también procura mantenerse a la vanguardia en el conocimiento de las tendencias económicas mundiales actuales, para con ello poder impulsar de la mejor manera el avance y cumplimiento de las metas de su agenda de política comercial. Con su misión de contribuir al mejoramiento de las condiciones globales, el Foro Económico Mundial reúne cada año a líderes mundiales del ámbito político, empresarial, intelectual y de otras ramas para analizar, debatir e intercambiar ideas sobre posibles soluciones o medidas que se podrían adoptar para atender los problemas más apremiantes que enfrenta el mundo en la actualidad. Los intercambios resultantes de estas reuniones contribuyen a moldear las agendas globales, regionales e industriales en múltiples temáticas. Este año, el tema central de la discusión “Transformación del mundo: consecuencias para la sociedad, la política y los negocios” explorará desde distintas perspectivas, mediante el mapeo de las principales transformaciones que están cambiando al mundo, formas en que las naciones pueden responder más efectivamente a los retos actuales y emergentes que impone el dinámico entorno global. En su condición de Presidente del Consejo de la Agenda Global sobre Comercio Internacional e Inversión Extranjera Directa, perteneciente a esta agrupación, la Ministra ha sido invitada a participar en esta reunión, que tendrá lugar del 22 al 25 de enero en Davos, Suiza. Al margen del foro, también ha sido invitada por el Ministro de Comercio de Suiza a una reunión informal de Ministros responsables de asuntos ante la Organización Mundial del Comercio, el 25 de enero en la misma ciudad.

3º—Que la presencia de la señora Anabel González Campabadal, Ministra de Comercio Exterior en todos estos encuentros, resulta de la mayor importancia para impulsar objetivos de la agenda de política comercial y de inversión del país.

ACUERDA:

Artículo I.—Designar a la señora Anabel González Campabadal, Ministra de Comercio Exterior, portadora de la cédula de identidad número 1-615-367 para que viaje en Delegación Oficial a París-Francia y a Davos, Suiza, partiendo a las 17:45 horas del 17 de enero y regresando a las 16:05 horas del 28 de enero de 2014, ello con el objeto de participar en las siguientes actividades: del 19 al 21 y el 27 de enero, en París-Francia para promover los objetivos de la agenda de comercio e inversión costarricense orientados a reforzar el interés de continuar profundizando y mejorando su participación en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) -en una etapa preparatoria crucial para iniciar un proceso formal de adhesión en 2015-, fortaleciendo la alianza con los países miembros y la Secretaría de la organización, y el conocimiento que en su seno se tiene de experiencias exitosas con las que Costa Rica puede contribuir a su trabajo. Durante su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos: 1) informar a la Secretaría General y a los representantes de países miembros claves de la OCDE sobre los avances del plan de acción que el país ha adoptado con miras a recibir una invitación formal para adherirse en 2015; 2) reafirmar el compromiso del Gobierno de la República de avanzar en las acciones programadas para preparar el camino hacia la adhesión y buscar el continuo apoyo de la Secretaría y países miembros claves a dichos esfuerzos; 3) atender la invitación cursada para participar como conferencista en la quinta sesión anual del Consejo sobre Desarrollo de la OCDE, “Cadenas globales de valor (CGVs), comercio y transformación de la producción: oportunidades y retos para países en desarrollo”, compartiendo la experiencia de Costa Rica en la participación en CGVs y cómo el país fomenta el constante escalamiento y sofisticación de sus esquemas productivos para procurar una mayor integración a estos procesos. Del 22 al 25 de enero, en Davos, Suiza, para participar activamente en la reunión anual 2014 del Foro Económico Mundial, posicionando a Costa Rica como un país que ha sido exitoso en su proceso de inserción a la economía mundial y ofreciendo la visión del país de cara a la agenda venidera en los próximos años. Durante su estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) participar como panelista en la sesión “Transformación de la globalización”, donde se discutirá sobre las reformas regulatorias adoptadas por los países post-crisis, el surgimiento del regionalismo y el imperativo de la sostenibilidad; 2) participar como moderadora en la sesión “Aprovechando las oportunidades comerciales en América Latina”, donde se analizarán temas como la necesidad de incrementar la competitividad y la diversificación económica, cómo la revitalización de las negociaciones comerciales multilaterales puede contribuir a los prospectos económicos de la región y cómo se pueden afrontar los retos y aprovechar las oportunidades de integrarse en cadenas globales de valor cada vez más sofisticadas; 3) en calidad de Presidenta del Consejo de la Agenda Global sobre Comercio Internacional e Inversión Extranjera Directa, trabajar con otros miembros de la agrupación en el desarrollo de la estrategia de divulgación que se empleará para dar a conocer el informe de resultados de las deliberaciones de este grupo en 2014; 4) aprovechar la presencia de representantes de alto nivel de países miembros de la OCDE para seguir promoviendo el interés de Costa Rica de convertirse en miembro de dicha organización y; 5) aprovechar la presencia de representantes de países miembros de la Alianza del Pacífico para seguir promoviendo el interés de Costa Rica de avanzar en el proceso para integrarse como miembro pleno a esta iniciativa. El 18 de enero permanecerá unas horas adicionales en el punto de conexión en Madrid, España, por cuenta personal, para viajar en un vuelo más tarde hacia París, Francia y atender las reuniones de coordinación previa programadas para el 19 de enero. Los días 18, 19, 25 y 26 de enero corresponde a fines de semana.

Artículo II.—Los gastos de viaje de la señora Ministra por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del programa 792; el adelanto por ese concepto asciende a $4.620, 88 (cuatro mil seiscientos veinte dólares con 88 centavos), sujeto a liquidación. El transporte aéreo de ida y de regreso será cubierto con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como para que se le aplique diferencia de hospedaje, en el evento de que proceda, pago de gastos de representación ocasionales en el exterior y reconocimiento de gastos conexos por compra de material bibliográfico, según los artículos 41, 48 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos. Se le autoriza para hacer escala en Madrid, España y en Zúrich, Suiza, por conexión. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 17 de enero y regresa a Costa Rica el 28 de enero 2014. Por consideraciones climatológicas, los organizadores del Foro Económico Mundial trasladarán a la Ministra de Zúrich a Davos y de vuelta a Zúrich, vía terrestre, el 22 de enero a primera hora de la mañana y el 25 de enero al finalizar las reuniones después del mediodía, respectivamente.

Artículo III.—En tanto dure la ausencia se nombra como Ministro a. í. al señor Fernando Ocampo Sánchez, Viceministro de Comercio Exterior, a partir de las 17:45 horas del 17 de enero y hasta las 16:05 horas del 28 de enero de 2014.

Artículo IV.—Rige desde las 17:45 horas del 17 de enero y hasta las 16:05 horas del 28 de enero de 2014.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los nueve días del mes de enero de dos mil catorce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 20833.—Solicitud Nº 64491.—C-160360.—(IN2014010166).

Nº 1101-P.—24 de enero del 2014

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo que establecen los artículos 139 inciso 1) de la Constitución Política; y 47 inciso 3 de la Ley General de la Administración Pública y el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2011-2014 “María Teresa Obregón Zamora”, la Administración Chinchilla Miranda asumió el compromiso de incrementar el flujo de inversión extranjera directa (IED) hacia Costa Rica, por considerar que la manera en que empresas de capital extranjero se vinculan con la economía nacional es un aspecto de gran importancia en la dinámica económica que contribuye a generar empleos directos y a aportar capital y beneficios asociados al incremento de la eficiencia y el conocimiento.

2º—Que hasta la fecha, se ha avanzado satisfactoriamente en el cumplimiento de la meta establecida para el final del período de gobierno, de US$9.000 millones de IED acumulada.

3º—Que estos resultados son producto de un esfuerzo estrechamente coordinado con la Coalición de Iniciativas para el Desarrollo (CINDE), orientado tanto a atraer nuevas inversiones como a mantener las existentes y a fomentar la reinversión de compañías que han escogido a Costa Rica como destino para hacer sus negocios.

ACUERDA:

Artículo I.—Designar a la señora Anabel González Campabadal, Ministra de Comercio Exterior, portadora de la cédula de identidad número 1-615-367 para que viaje en Delegación Oficial a Portland, Oregon, Estados Unidos de América, partiendo a las 09:35 horas del 29 de enero y regresando a las 20:35 horas del 31 de enero de 2014, con el objeto de estrechar alianzas con círculos empresariales con miras a fortalecer la posición de Costa Rica como destino de inversión. Durante su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos: 1) dialogar sobre las ventajas de Costa Rica como destino de inversión extranjera directa y sobre las acciones impulsadas para mantener un clima de negocios apto para el desarrollo y; 2) explorar oportunidades para atraer más inversión, generar más empleo y facilitar la transferencia de conocimiento.

Artículo II.—Los gastos de viaje de la señora Ministra por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del programa 792; el adelanto por ese concepto asciende a $802,24 (ochocientos dos dólares con 24 centavos), sujeto a liquidación. El transporte aéreo de ida y de regreso será cubierto con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como para que se le aplique diferencia de hospedaje, en el evento de que proceda, pago de gastos de representación ocasionales en el exterior y reconocimiento de gastos conexos por compra de material bibliográfico, según los artículos 41, 48 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos. Se le autoriza para hacer escala en Dallas, Estados Unidos de América, por conexión. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 29 de enero y regresa a Costa Rica hasta el 31 de enero 2014.

Artículo III.—En tanto dure la ausencia se nombra como Ministro a. í. al señor Fernando Ocampo Sánchez, Viceministro de Comercio Exterior, a partir de las 09:35 horas del 29 de enero y hasta las 20:35 horas del 31 de enero de 2014.

Artículo IV.—Rige desde las 09:35 horas del 29 de enero y hasta las 20:35 horas del 31 de enero de 2014.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil catorce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 20833.—Solicitud Nº 64574.—C-68040.—(IN2014010167).

Nº 1104-P.—17 de enero del 2014

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo que establece el artículo 26 inciso b) de la Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo 1º—Modificar los artículos I, II, III y IV del Acuerdo N° 1040-P, de fecha 7 de octubre de 2013, para que se lean de la siguiente manera:

Artículo I:

Designar a la señora Anabel González Campabadal, Ministra de Comercio Exterior, portadora de la cédula de identidad número 1-615-367 para que viaje en Delegación Oficial a Bali, Indonesia, partiendo a las 07:55 horas del 29 de noviembre y regresando a las 14:25 horas del 7 de diciembre de 2013, encabezando la delegación oficial que representará a Costa Rica en la Novena Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio, liderando la defensa de los intereses comerciales del país en este foro multilateral. Durante su estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) participar como Miembro de la Conferencia Ministerial de la OMC en la discusión de los temas pendientes de acuerdo de la Agenda de Doha para el Desarrollo incluidos en el paquete para Bali: facilitación del comercio, agricultura y temas de desarrollo; 2) reforzar el papel activo de Costa Rica como miembro de la OMC, contribuyendo con la discusión, análisis y reflexión de los temas que sean de interés para el desarrollo económico, comercial y social de Costa Rica; 3) fortalecer las conversaciones entre los miembros de acuerdos plurilaterales de la OMC en los que Costa Rica tiene activa participación, como el Acuerdo sobre Tecnologías de la Información (ITA), el Acuerdo sobre Comercio Internacional de Servicios (TISA) y el Acuerdo sobre Facilitación de Comercio; 4) participar en reuniones de los grupos de trabajo y alianzas de los que Costa Rica forma parte, promoviendo el alcance de consensos en los temas de mayor interés para el país y; 5) participar en reuniones bilaterales con delegaciones de países miembros con los que existen temas de interés para Costa Rica, y discutir los pasos futuros en la agenda comercial y de inversión. Los días 30 de noviembre, 1, 7 y 8 de diciembre corresponden a fin de semana.

Artículo II:

Los gastos de viaje de la señora Ministra por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, de alimentación y hospedaje serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del programa 792; a saber $902,76 (novecientos dos dólares con 76 /100 centavos. El transporte aéreo de ida y de regreso será cubierto con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como para que se le aplique diferencia de hospedaje, en el evento de que proceda, pago de gastos de representación ocasionales en el exterior y reconocimiento de gastos conexos por compra de material bibliográfico, según los artículos 41, 48 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 29 de noviembre y regresa a Costa Rica el 07 de diciembre de 2013.

Artículo III:

En tanto dure la ausencia se le encarga la cartera Ministerial al señor Luis Liberman Ginsburg, Segundo Vicepresidente de la República, a partir de las 07:55 horas del 29 de noviembre y hasta las 14:25 horas del 07 de diciembre de 2013.

Artículo IV:

Rige desde las 07:55 horas del 29 de noviembre y hasta las 14:25 horas del 7 de diciembre de dos mil trece.

Artículo 2º—En lo no expresamente modificado el resto del Acuerdo N° 1040-P, de fecha 7 de octubre de 2013 se mantiene igual.

Artículo 3º—Rige desde las 07:55 horas del 29 de noviembre y hasta las 14:25 horas del 7 de diciembre de dos mil trece.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los diecisiete días del mes de enero de dos mil catorce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 20833.—Solicitud Nº 2303.—C-70140.—(IN2014010146).

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Nº 081-MP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 27 y de la Ley General de la Administración Pública y el Reglamento Autónomo de Organización y Servicio de la Presidencia de la República y del Ministerio de la Presidencia.

ACUERDAN:

Artículo 1°—Dejar sin efecto el Acuerdo 047-MP de fecha 16 de abril del 2012, mediante el cual se nombra a la señora Damaris Aida Rojas Elizondo, mayor, soltera, vecina de Guadalupe, portadora de la cédula de identidad número: dos-doscientos sesenta y cinco-cero noventa y nueve, como Asesora Ad honorem del Sr. Ministro de Comunicación y Enlace Interinstitucional.

Artículo 2°—Rige a partir del quince de enero del dos mil catorce.

Dado en la Presidencia de la República a los quince días del mes de enero del dos mil catorce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 21153.—Solicitud Nº SP015-M-LYD.—C-15100.—(IN2014010139).

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

Nº 200-JP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Acoger la renuncia de la señora Tatiana Facio Fernández, cédula de identidad número 1-0370-0960, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación CEPPA, cédula jurídica Nº 3-006-123909 y dejar sin efecto el acuerdo número 276-MP del 8 de octubre de 1993.

Artículo 2º—Nombrar a la señora Vilma Valverde Jiménez, cédula de identidad número 1-0323-0045, como representante del Poder Ejecutivo FUNDACION CEPPA, cédula jurídica Nº 3-006-123909, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 3º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, el día cuatro de diciembre del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. Nº 21658.—Solicitud Nº 119-780-208-OM.—C-23290.—(IN2014010374).

Nº 201-JP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor José Ángel Vargas Solís, cédula de identidad número 1-0677-0913, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Geovanni Vásquez Vega, cédula jurídica Nº 3-006-292996, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, el día cuatro de diciembre del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. Nº 21658.—Solicitud Nº 119-780-209-OM.—C-18905.—(IN2014010376).

Nº 202-JP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Ezequiel Gerardo Salas Chaves, cédula de identidad número 2-0618-0754, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Axelia, cédula jurídica Nº 3-006-664103, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, el día cuatro de diciembre del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Justicia y Paz, Ana Isabel Garita Vílchez.—1 vez.—O. C. Nº 21658.—Solicitud Nº 119-780-210-OM.—C-18750.—(IN2014010381).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

R-01-2014-MINAE.—Poder Ejecutivo.—San José a las siete horas con quince minutos del seis de enero del dos mil catorce. Se conoce recomendación dictada por la Dirección de Geología y Minas, mediante oficio DGM-RNM-609-2013, referente a la solicitud de explotación minera aurífera de minado subterráneo, a nombre de la Cooperativa de Productores de Oro y servicios Múltiples de Abangares R.L. (COOPEORO R.L.), cédula de persona jurídica número 3-004-421442. Expediente Minero N° 2718.

Resultando:

I.—Que la Licenciada Yasmín Herrera Mahomar, actuando en su condición de apoderada especial de la Cooperativa de Productores de Oro y Servicios Múltiples de Abangares R.L., (COOPEORO R.L), con cédula de persona jurídica tres-cero cero cuatro-cuatrocientos veintiún mil cuatrocientos cuarenta y dos, presentó solicitud de Concesión de Explotación Minera Aurífera de Minado Subterráneo, ubicada en el Distrito Segundo, La Sierra; Cantón Sétimo, Abangares; Provincia Cinco de Guanacaste; tramitado bajo el expediente temporal 98T-2008, el cual una vez formalizado se le asignó el expediente administrativo 2718, con las siguientes características:

Localización Geográfica:

Sito en: Boston, Distrito: 02 Sierra, Cantón: 07 Abangares, Provincia: 05 Guanacaste.

Hoja Cartográfica:

Hoja Juntas, escala 1:50.000 del I.G.N.

Ubicación Cartográfica:

Entre coordenadas generales: 254250-255500 Norte, 435000-436000 Este.

Área Solicitada:

125 ha 0000.00 m2, según consta en plano aportado al folio 39.

Derrotero: Coordenadas del vértice Nº 1 255500 Norte, 435000 Este.

 

LÍNEA

AZIMUT

DISTANCIA (m)

1–2

180°00.0’

1250.00

2–3

090°00.0’

1000.00

3–4

000°00.0’

1250.00

4–1

270°00.0’

1000.00

 

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 8 de enero del 2010, área y derrotero aportados el 9 de diciembre del 2010.

II.—Que según Memorándum DGM / CMRPC – 45 / 2010 de fecha cuatro de mayo de dos mil diez, suscrito por la Lic. Sirzabel Ruiz Barrantes, Coordinadora Minera Región Pacífico Central a esa fecha, el plazo recomendado es por 25 años.

III.—Que al revisar y convalidar el Proyecto de Explotación Aurífero, en el memorándum supra citado, DGM / CMRPC – 45 / 2010, la Lic. Sirzabel Ruiz Barrantes indica lo siguiente:

“Información general

El área del proyecto se localiza en la provincia de Guanacaste, cantón, Abangares, distrito La Sierra. En la hoja topográfica Juntas entre las coordenadas 254.250 – 255.500 N / 435 – 436 E, el área es de 1,25 km2, el geólogo regente del proyecto es Emilio Garro.

Este proyecto es del grupo de mineros artesanales organizados como cooperativa Coopeoro R. L. la modalidad de explotación es de minado subterráneo simultáneo con labores de exploración, el área ya ha sido trabajada y hay algunos viejos túneles que actualmente se encuentran en explotación y otros en estado de abandono.

Entre los objetivos del proyecto se incluyen:

Acondicionar la infraestructura minera ya existente. Explorar las mineralizaciones de las vetas con dirección norte hacia el área de la concesión.

Valorar las reservas de las cuñas de materiales no explotados.

Analizar la continuidad de las mineralizaciones hacia el área a concesionar ya que la superficie está cubierta por coladas de lavas más recientes, lo que dificulta valorar la mineralización en superficie y las dimensiones de las vetas.

El geólogo Emilio Garro señala entre las ventajas del proyecto que:

El área de interés pertenece a una región de gran tradición minera en el Distrito de la Sierra.

El área tiene mineralizaciones auríferas con valores ya conocidos y que son explotados artesanalmente mediante métodos rudimentarios.

Hay caminos de acceso que facilitan la exploración y explotación a largo plazo.

Hay túneles y excavaciones de gran magnitud que permitirían una extracción más rápida y efectiva con menor impacto.

El proyecto puede reactivar la economía, la creación de empleos incentivando el desarrollo en la región.

La cooperativa tiene una estructura administrativa formal que le permitirá administrar de forma adecuada el proyecto.

Geología local:

El área solicitada se localiza en el flanco derecho de la cuenca del río Boston que a su vez es parte de la cuenca del río Abangares en las estribaciones de la cordillera de Tilarán.

Los materiales aflorantes corresponden a la “Formación o Grupo Aguacate” esta contiene mineralizaciones auríferas entre ellas las vetas del sector de Tres Hermanos, El Recio, San Martín, Boston y Gongolona. En términos generales la Formación Aguacate encuentra afectada por el Intrusivo de Guacimal.

Las rocas del Grupo Aguacate se han dividido en dos unidades:

“Aguacate 1”

Correspondiente a coladas basálticas y andesíticas, brechas de flujo, brechas tobáceas, tobas, rocas de lapilli y algunos sedimentos volcanoclásticos.

Las coladas de lavas son amigdaloides y muy brechosas, los clastos basálticos y andesíticos son de grano fino con calcita, clorita, pirita y hematita los basaltos contienen fenocristales de plagioclasas clinopiroxenos y óxidos de hierro dentro de una matriz desvitrificada de grano fino y algunos fenocristales de olivino.

La unidad está cortada por intrusiones de riolita que llegaron a la superficie quizá por extrusiones. Algunas áreas están afectadas por la alteración hidrotermal, las rocas están propilitizadas y contienen calcita, clorita, epidota, albita, actinolita, pirita y zeolitas, también se pueden encontrar interestratificaciones delgadas de lutitas y areniscas.

“Aguacate 2”

Las rocas de esta unidad están mejor preservadas y contenido de ortopiroxenos es muy bajo, esta “unidad” está conformado por piroclastos y domos volcánicos e incluyen coladas de basalto, andesitas, dacitas, brechas, tobas y rocas sedimentarias volcanoclásticas.

Intrusivo Guacimal:

El intrusivo tiene una extensión regional e intruye a la unidad “Aguacate 2”, sobreyaciendo discordantemente a las rocas volcánicas de la Formación Monteverde. El intrusivo está compuesto por una serie de rocas pudiendo distinguir entre ellas monzonita, adamellita, gabro y granodioritas.

Intrusión riolítica:

Los cuerpos de riolita sobreyacen a las rocas del Grupo de Aguacate, de color blanco o crema, masivos brechosos localmente con textura esferolítica, con abundante cristales de cuarzo, plagioclasas y poca biotita. Estos cuerpos juntos con el desarrollo de sistemas asociados a la alteración hidrotermal han jugado un papel muy importante en la formación de los yacimientos auríferos.

Formación Monteverde:

Conforman una planicie extensa a lo largo de la cresta de la Cordillera de Tilarán sus características son similares en textura y mineralogía a la unidad “Aguacate 2”

Domos andesíticos – dacíticos y rocas Piroclásticas:

En los alrededores del área del proyecto se localizan algunos domos de andesitas – dacitas, la presencia de afloramientos angostos y alargados de brechas con paredones muy verticales podría indicar erupciones fisurales abortadas.

Estructuras geológicas:

Las lavas andesíticas de la formación Aguacate son los materiales que afloran en la base del área solicitada, conforman los materiales alterados hidrotermalmente donde se alojan las mineralizaciones de oro. Estas mineralizaciones presentan un patrón estructural de vetas compuestas por dos sectores separados entre si:

En el sector oeste Tres Hermanos, El Recio, Cuatro Vientos.

El alineamiento con dirección NE que constituye el sector de la Sierra, Boston y Gongolona.

El patrón estructural seccionado que separa las áreas podría explicarse por la acción de una falla de desplazamiento de rumbo después del emplazamiento de la mineralización. La orientación del sistema de fallas se caracteriza por el alineamiento de los ríos Boston y Gongolona. En las cercanías del área de interés la alteración hidrotermal ha producido mineralizaciones de oro diseminado tipo enjambre de vetillas de cuarzo aurífero (veta fortuna).

El área solicitada en su mayoría está cubierta por lavas de la Formación Monteverde, pero suponen que algunas de las vetas que afloran en el sur lleguen hasta el área de interés.

En cuanto a la caracterización geotécnica del área no presenta desarrollo de suelos profundos ya que los afloramientos son rocosos de tipo volcánico, en los túneles existentes los materiales que esperan encontrar son brechas y lavas andesíticas como roca de caja, brechas y lavas andesíticas como material posiblemente mineralizado con oro.

Investigación realizada:

La investigación se orientó a determinar la posible estructura del yacimiento, estudiando el contorno del área, los afloramientos expuestos a lo largo del flanco este de la cuenca del río Boston.

Estudiar los afloramientos expuestos con los túneles más cercanos en el área sur fuera de la concesión; para inferir la posible estructura del yacimiento.

Levantamiento con GPS de algunos sitios de alteración hidrotermal existentes.

Reservas:

En este caso detallan que las reservas no se pueden estimar por las características del área solicitada, una vez que se obtenga la concesión y al iniciar los trabajos que permitan acceder hasta el límite sur del área se podrán estimar en los desbancos antiguos, la continuidad de las vetas y sus posibles ramificaciones hacia el norte.

Programa de explotación

Modelo del yacimiento

Consiste en un yacimiento que puede clasificarse como un “depósito de vetas epitermales tipo sado”: son vetas de cuarzo aurífero bien desarrolladas, vetas en stockword, brechas mineralizadas asociadas con vulcanismo félsico en áreas de fallas regionales. Con una composición de sulfuros simples a complejos; oro, electrum, plata y cobre. Las mineralizaciones tipo vetillas está bien desarrollada en una zonación y vertical de ambiente de volcanismo basalto – riolita – y calco alcalino.

En cuanto a la relación entre el estéril y el mineral anotan que no pueden determinarlo con certeza hasta iniciar las labores ya que depende del ancho de la veta o si hay deslizamientos en el túnel.

Metodología de explotación:

La extracción a realizar es el de escalonamiento por realce, abriendo galerías o chimeneas a intervalos de 10 metros sobre los túneles de acceso; para comunicarlas en forma de subnivel, con pendientes hacia el centro de los 10 metros de separación con el propósito de que el material desbancado se deslice hacia alguna de las chimeneas.

El diseño geométrico utilizado en las explotaciones mineras en Abangares es utilizando túneles cada 30 metros en sentido vertical en dirección a la veta madre y numerados como niveles 1...etc.

Manejo de las aguas:

Este se hará a lo largo de los túneles de acceso con un gradiente apropiado para drenar las aguas hacia el exterior.

Diseño de los túneles:

En cuanto al diseño de los túneles y accesos laterales que se requiera hacer, anotan que se deberán considerar criterios como: Las características estructurales de las formaciones geológicas, la presencia de discontinuidades marcadas por fallas o diaclasas, los contactos entre las formaciones, las zonas de alteración de las rocas y suelos.

Las dimensiones de los túneles de acceso, cruceros o galerías tienen una gradiente máxima de 0.5 % para canalizar las aguas en un costado del túnel. El ancho de los túneles es de 2 metros por 2,30 metros de altura para poder introducir algún equipo neumático.

Las chimeneas deben ser de 5 metros de altura por 1,50 metros de ancho y 1,75 metros de largo, las chimeneas dobles (para mineral, paso de personas y tuberías) deben tener como mínimo 2 metros de ancho por 3 metros de largo. Los subniveles o interconexiones entre las chimeneas deben tener 2 metros de altura y 1,20 metros de ancho o el ancho de la veta explotable en ese punto.

Consecuentemente se detallan los datos referente a las dimensiones de los desbancos, niveles de explotación, el tipo de madera a utilizar en los túneles (níspero, guachipilín, quebracho, manú negro, o maderas con las mismas características de estos), las mancuernas de soporte, requintas y chimeneas.

Metodología de explotación:

Iniciarán las labores ingresando por el túnel existente Las Gemelas, deberán limpiarlo porque están llenos de material por derrumbes internos y así mismo valorar la profundidad del tope a fin de continuar o tomar otras alternativas.

Entre las labores de mitigación ambiental proponen el mantener en buen estado los caminos de acceso incluyendo los drenajes y alcantarillas. Buen manejo de los escombros sólidos incluyendo la recuperación de escombreras, vigilancia de las condiciones del túnel en cuanto a ventilación, equipo de seguridad, iluminación y el manejo adecuado de los explosivos.

Con relación a las voladuras el geólogo detalla que necesitarán explosivos la perforación la harán con equipo neumático manual, barras 1 – 1,5” de diámetro, cuando el proyecto esté en ejecución, las características de las rocas según el patrón de fracturación en las galerías indicarán la forma de realizar las voladuras y obtener el mejor rendimiento de los explosivos.

Equipo en la obra:

El equipo propuesto para utilizar en la obra corresponde a:

1 vehículo 4 X 4 tipo pick up

1 compresor de lata presión 750 cfm

perforadoras d emano con pie neumático

Equipo vario Herramientas, taller, oficina etc.

Proceso metalúrgico:

En un futuro inmediato no tienen previsto la tenencia de una planta de proceso.

Mineralogía y caracterización de la mena:

En el distrito minero de Abangares se reconocen tres fases de mineralización:

Cuarzo masivo con piritas finamente diseminadas e inexistentes, con valores auríferos generalmente bajos.

Relleno por medio de vetillas de cuarzo grisáceo de la roca encajante, brechosa por fracturación excesiva. Piritas amarillas rellenando intersticios y ocasionalmente granos de galena y esfalerita, con buenos valores auríferos.

Fase no relacionada con la primera ni con la segunda e implica ocurrencias irregulares de estibnita en agujas radiales en cavidades abiertas de la roca.

La dureza del material aurífero está ligado al origen de este, hay una gran variedad de materiales mineralizados, desde materiales arcillosos hasta cuarzos masivos y sanos que hacen necesaria la tenencia de un sistema de quebradores y cribas.

Método de tratamiento alternativo:

Detallan que de momento no contarán con una planta industrial de procesamiento del material aurífero, por lo que trabajarán con la metodología de amalgamación con mercurio, como lo hacen en la actualidad.

Mediante el siguiente diagrama muestran la secuencia del procesamiento actual y a futuro.

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

El geólogo detalla que actualmente los mineros procesan y extraen el oro con la metodología artesanal de amalgama con mercurio con una recuperación de un 60 %. La calidad del producto obtenido con la amalgamación varía entre 14 – 16 quilates, cuando el oro es de 14 quilates la pureza de este es de 58,3 %, si es de 18 quilates la pureza es de un 76 %.

Con relación a los estudios geotécnicos del sitio no los hicieron porque por ahora no dispondrán de una planta, los harán una vez que se disponga de un sitio adecuado para desarrollar la actividad industrial.

No realizaron los estudios geotécnicos estudio de calidad del sitio porque de momento no dispondrán de una planta.

Otra Información:

Información contable:

La información contable incluye los costos salariales, de inversión y los costos de operación proyectados y Balance de situación final de COOPERORO R. L. Esta Certificación está refrendada por Lic. Salvador Mejía Ortiz C.P.A.

Información en formato digital.

Comentario:

En principio el sistema de beneficiamiento es mediante la recuperación por amalgama con mercurio y un sistema de rastras utilizando. COOPERO R. L. tiene proyectado la reubicación de las rastras de sus afiliados a un lote fuera de los centros poblacionales.

Conclusiones:

Se acepta la información presentada correspondiente al proyecto de explotación y no queda sujeta a la comprobación de campo ya que en fecha 23 de abril del año 2010, en compañía del Geólogo Emilio Garro Rojas y de Don Alfredo Guzmán.

En el campo pude verificar parte los materiales de la Formación Monteverde que cubren el área de interés y la posible zona de ingreso al viejo túnel por el sector sur para seguir la mineralización de la veta Las Gemelas.

El plazo puede darse por 25 años.”

IV.—Que los materiales a explotar, según memorándum DGM / CMRPC – 45 / 2010, son materiales aflorantes que corresponden a la “Formación o Grupo Aguacate”, ésta contiene mineralizaciones auríferas, entre ellas las vetas del sector de Tres Hermanos, El Recio, San Martín, Boston y Gongolona.

V.—Que el acceso a la concesión es a través de camino público que comunica a las localidades de Boston y Gongolona, conforme lo detalla la hoja cartográfica aportada.

VI.—Que en relación al volumen de extracción, refiere Lic. Sirzabel Ruiz Barrantes, en el Memorándum DGM / CMRPC – 45 / 2010 lo siguiente: “(…) En este caso detallan que las reservas no se pueden estimar por las características del área solicitada, una vez que se obtenga la concesión y al iniciar los trabajos que permitan acceder hasta el límite sur del área se podrán estimar en los desbancos antiguos, la continuidad de las vetas y sus posibles ramificaciones hacia el norte (…).”

Asimismo, la Lic. Sirzabel emite las siguientes recomendaciones:

“3)  El concesionario queda obligado a presentar cada año un informe de labores conteniendo al menos la siguiente información.

(…)

5) Valoración de las vetas de interés como es el caso de la Veta Las Gemelas, habilitación de viejos túneles que actualmente no están habilitados.

6) Explicación del avance real y el programado según las etapas del desarrollo del proyecto.

7) Mapa de ubicación de bloques de reservas y el inicio de la explotación en cada bloque, así como el avance en éstos. Reservas extraídas durante el periodo y las disponibles al final del mismo.

8) Con base en el avance de la obra deberá indicar las reservas probadas en el área de interés.

9) Explicación detallada del método de extracción y el sistema de beneficiamiento utilizado y la recuperación obtenida.

10)  Reporte de la producción y ventas certificadas por un C. P. A. (…).”

VII.—Que la Lic. Sirzabel Ruiz Barrantes, en el memorándum DGM / CMRPC – 45 / 2010 citado, emite las siguientes recomendaciones:

El concesionario está obligado a cumplir con todos los compromisos adquiridos en el Proyecto de Explotación aprobado por la D. G. M.

El concesionario está obligado a cumplir con todos los compromisos adquiridos en el E. I. A.

El concesionario queda obligado a presentar cada año un informe de labores conteniendo al menos la siguiente información:

Mapa geológico y perfiles a escala 1:2000 desde el inicio de labores, debe incluir levantamiento geológicos de los frentes de explotación en los túneles y/o superficie, avance de la exploración y evaluación de las reservas en el área.

Valoración de las vetas de interés como es el caso de la Veta Las Gemelas, habilitación de viejos túneles que actualmente no están habilitados.

Explicación del avance real y el programado según las etapas del desarrollo del proyecto.

Mapa de ubicación de bloques de reservas y el inicio de la explotación en cada bloque, así como el avance en éstos. Reservas extraídas durante el periodo y las disponibles al final del mismo.

Con base en el avance de la obra deberá indicar las reservas probadas en el área de interés.

Explicación detallada del método de extracción y el sistema de beneficiamiento utilizado y la recuperación obtenida.

Reporte de la producción y ventas certificadas por un C. P. A.

Costo de operación y beneficio durante el periodo certificadas por un C. P. A.

Equipo y maquinaria utilizada, debe ser la autorizada según el proyecto de explotación aprobado por la DGM y el E. I. A. aprobado por la SETENA., de requerir cambio del equipo deberá con la autorización de la DGM y de la SETENA.

Listado del personal que realiza las operaciones en la mina y las rastras.

Copia de la pago de la planilla de la C. C. S. S.

Copia del pago de los impuestos municipales y de la renta.

Labores de recuperación realizadas y las propuestas para el siguiente periodo.

Resumen de la aplicación de las normas de seguridad laboral según el Reglamento de Higiene y Salud Ocupacional.

 En la obra deberá contar con la Bitácora geológica, en esta el geólogo a cargo del proyecto deberá anotar el avance de la obra y las recomendaciones dadas al encargado de campo.

El concesionario queda obligado a cumplir con el artículo 33 de la Ley Forestal.

Geólogos (as) de la Dirección de Geología y Minas visitarán la obra para darle seguimiento al proyecto al menos una vez al mes.”

VIII.—Que mediante resolución Nº 2831-2009-SETENA de las ocho horas treinta minutos del dos de diciembre de dos mil nueve, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental aprobó el Estudio de Impacto Ambiental.

IX.—Que mediante certificación No. 412-OT-ACA-T-2009 de las ocho horas del cuatro de noviembre de dos mil nueve, la MSc. María Elena Mora Madrigal, Directora del Área de Conservación Arenal Tempisque y el Lic. Carlos Alberto González Rojas, Encargado Patrimonio Natural del Estado, de la citada Área de Conservación señaló lo siguiente:

“Efectuado el estudio en las hojas cartográficas respectivas del mapa básico de Costa Rica escala 1:50.000, se ha determinado con base en la ubicación consignada en el croquis hoja tipográfica entre las coordenadas N 254250 -255550 y E 435000 – 436000, de la hoja tipográfica Juntas, dicha cuadrícula se ubica dentro de la zona protectora Cuenca Río Abangares, creada según Decreto Ejecutivo N° 24569-MIRENEM, del 25 de agosto de 1995. Lo anterior de conformidad con la Ley Forestal 7575 del 16 de abril de 1996 y su Reglamento Decreto Ejecutivo N° 25721-MINAE del 23 de enero de 1997.”

X.—Que la jefe del Registro Nacional Minero, de la Dirección de Geología y Minas remitió el oficio DGM-RNM-17-2011, de fecha once de enero de dos mil once, al Departamento de Patrimonio Á Natural del Estado del Área de Conservación Arenal Tempisque, del Sistema Nacional de Áreas de Conservación; en el cual le solicitó que se manifestaran respecto a la certificación No. 412-OT-ACA-T-2009, de las ocho horas del cuatro de noviembre de dos mil nueve, en la cual se consignó que el área solicitada se ubica dentro de la “Zona Protectora Cuenca Río Abangares”.

XI.—Que mediante oficio ACAT-DT-009-2011, de fecha veinticuatro de enero de dos mil once, el Ing. Alexánder León Campos, Director Técnico del Área de Conservación Arenal Tempisque-ACAT, como respuesta a la solicitud indicada en el Resultando anterior, refiere que, antes de emitir otro pronunciamiento, debe conocer si esta solicitud cuenta ya con el Estudio de Impacto Ambiental, y si el mismo contiene el criterio de ACAT o por el contrario se omitió dicha consulta por parte de SETENA.

XII.—Que mediante oficio DGM-RNM-551-2011 del seis de julio de dos mil once, la Lic. Cynthia Cavallini Chinchilla, Jefe en esa época del Registro Nacional Minero (DGM), solicitó al Ing. Eduardo Murillo Marchena, en su condición de Coordinador del Departamento de Evaluación Ambiental, de la Secretaría Técnica nacional Ambiental (SETENA), que informara si como parte de la evaluación ambiental del proyecto Concesión Coopeoro R.L., se realizó la consulta al Área de Conservación Arenal Tempisque.

XIII.—Mediante oficio DEA-2480-2011 SETENA del cinco de agosto de dos mil once, el Ing. Eduardo Murillo Marchena, Coordinador del Departamento de Evaluación Ambiental, SETENA, indicó que:

“(…) esta Secretaría no realizó la consulta al Área de Conservación Arenal Tempisque, debido a que el desarrollador del proyecto Concesión Coopeoro R.L., entrego una copia del instrumento Estudio de Impacto Ambiental al Área de Conservación Arenal Tempisque Monteverde, en fecha 07 de octubre de 2009, de esta manera, el Área de Conservación Arenal Tempisque tuvo conocimiento y pudo pronunciarse en referencia al proyecto durante la etapa de evaluación ambiental, motivo por el cual esta Secretaría consideró innecesario realizar la consulta al Área de Conservación Tempisque Arenal.”

XIV.—Que mediante oficio ACAT-SCM-289-2011, de fecha ocho de noviembre de dos mil once, la señora Celedonia Cañas Monteverde, funcionaria de la Subregión Cañas Monteverde, del Área de Conservación Arenal Tempisque, del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, emitió un informe de la visita realizada a la propiedad, de conformidad con lo solicitado por la jefe del Registro Nacional Minero de la Dirección de Geología y Minas; lo anterior a fin de corroborar si pudiese darse un problema de índole ambiental a la hora de llevarse a cabo las labores.

Al respecto, dicta las siguientes recomendaciones, que deberá acatar la COOPERATIVA DE PRODUCTORES DE ORO Y SERVICIOS MÚLTIPLES DE ABANGARES R.L. –COOPEORO R.L.:

“Sería importante que se le indique a la empresa desarrolladora la importancia de tomar las medidas pertinentes en cuanto a la no alteración del área del bosque y de pendientes fuertes en el sitio.

Igualmente vigilancia en cuanto al posible derrame de agua proveniente del depósito de lamas, esto por la pendiente de dicho terreno, y una posible contaminación al Río Boston.

Tomando en consideración que se requiere de (sic) que la actividad minera se haga de forma correcta y ordenada consideramos que el sitio donde se pretende desarrollar dicho proyecto no se daría una alteración ambiental tan evidente como si existiesen otros casos, aparte no son terrenos muy frágiles contrario son terrenos bien compactados y de fácil acceso al sitio en mención y aparte aislados de centros de población, esto siempre y cuando se siga la recomendaciones anteriormente citados (sic)”.

XV.—Que mediante oficio DST-126-11, de fecha treinta y uno de mayo de dos mil once, el Ingeniero Agrónomo Renato Jiménez Zúñiga, en su condición de Jefe del Departamento de Servicios Técnicos del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria (INTA), indicó que:

“(…) de autorizarse por la Dirección de Geología y Minas de MINAET, una concesión para la extracción de oro, no se estará causando pérdida alguna de capacidad productiva de los suelos del cantón de Abangares, ya que como se ha demostrado en la investigación aportada, el valor agronómico y productivo de los suelos incluidos en este inmueble, es muy limitado, y las importantes de la clase VIII encontrada disminuyen totalmente las posibilidades para el desarrollo de proyectos de producción agrícola comercial en este inmueble.

Finalmente, esta no oposición se otorga sin perjuicio a lo estipulado en otras leyes ambientales conexas, como la ley 7575-Ley Forestal y la ley 7554-Ley Orgánica del Ambiente; y la Ley General de Salud.”

XVI.—Que publicados los edictos en el Diario Oficial La Gaceta, tal y como lo dispone el artículo 80 del Código de Minería y transcurrido el plazo señalado por el artículo 81 de dicho Código, se presentó oposición contra la presente solicitud a nombre de la Cooperativa de Productores de Oro y Servicios Múltiples de Abangares R.L. (COOPEORO R.L.).

XVII.—Que la oposición al otorgamiento de la concesión minera tramitada bajo el expediente administrativo N° 2718, la presentó el señor Carlos Muñoz Álvarez, en su condición de Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad MCC Mining Co Sociedad Anónima, el día dieciséis de julio de dos mil doce. En su escrito, alega que mediante Sesión Extraordinaria número 31-2007 celebrada el diecinueve de diciembre del dos mil siete, la Municipalidad de Abangares acuerda oponerse a cualquier solicitud futura para la obtención de una concesión para la explotación minera que se ubique en la Zona Protectora Abangares y, de otorgarse, que tomarían las acciones tendientes para impedirlo. Asimismo, argumenta que la Setena otorga la viabilidad ambiental hasta por una hectárea de área a concesionar, mientras que la Dirección de Geología pretende otorgar ciento veinticinco hectáreas. Por último, arguye que debe adecuarse la garantía ambiental, caso contrario se estaría desprotegiendo el ambiente.

XVIII.—El catorce de agosto de dos mil doce, el señor Roy Campos Sánchez, en su condición de Presidente, con facultades de apoderado de la Cooperativa de Productores de Oro y Servicios Múltiples de Abangares R.L. -COOPEORO R.L.-, presentó un escrito solicitando formalmente que se rechazara la oposición planteada, con base en los siguientes motivos: la oposición se presentó de forma extemporánea; no existe fundamentación técnica; el acuerdo de la Municipalidad de Abangares data del dos mil siete y no consta oposición por parte de dicha entidad para otorgar la concesión en trámite; la oposición al monto de garantía ambiental no es causal y no existe legitimación al respecto.

XIX.—Que mediante Resolución N° 29 de las ocho horas cincuenta minutos del veintinueve de enero de dos mil trece, la Dirección de Geología y Minas, procedió a resolver la oposición planteada por el señor Carlos Muñoz Álvarez, en su condición de Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad MCC Mining Co Sociedad Anónima, contra la solicitud tramitada en el expediente temporal N° 2718, a nombre de Cooperativa de Productores de Oro y Servicios Múltiples de Abangares R.L. (COOPEORO R.L.) resolviendo lo siguiente:

“…se rechaza por extemporánea la oposición interpuesta, toda vez que la segunda publicación del Edicto se realizó en La Gaceta N°122, el 25 de junio del 2012; por lo que el plazo se venció el 13 de julio del 2012 y el escrito de oposición se presentó el 16 de julio del año en curso, en forma totalmente extemporánea, por lo que el derecho de oposición se encuentra precluido… la oposición se debe rechazar por falta de legitimación ad causam ya que no se tiene una relación directa con el trámite de la concesión que lo afecte directamente y falta de legitimación “ad procesum”, por cuanto no se puede tener como parte ya que no se demuestra una afectación directa…”

XX.—Que el señor Carlos Muñoz Álvarez, en su condición de Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad MCC Mining Co Sociedad AnónimA, presentó recurso de revocatoria con apelación subsidiaria, contra la resolución N° 29 de las ocho horas cincuenta minutos del veintinueve de enero de dos mil trece de la Dirección de Geología y Minas, argumentando básicamente que el incidente de oposición no fue presentado en forma extemporánea; y que sí existe un interés legítimo; que la Dirección de Geología y Minas debía haberle comunicado a la Municipalidad que se pronunciara; violación al principio de igualdad y legalidad; las hectáreas solicitadas no corresponden a la hectárea sobre la cual le ha sido otorgada viabilidad ambiental ante la SETENA.

XXI.—Que mediante Resolución N° 232 de las ocho horas veinte minutos del catorce de mayo de dos mil trece, la Dirección de Geología y Minas, rechazó el recurso de revocatoria presentado por el señor Carlos Muñoz Álvarez, en su condición de Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad MCC Mining Co Sociedad Anónima, contra la resolución N° 29 de las ocho horas cincuenta minutos del veintinueve de enero de dos mil trece, y mantiene en todos sus extremos la resolución recurrida; por haberse interpuesto el recurso de apelación se emplaza a la parte recurrente para que comparezca ante el superior en grado para que proceda a sustanciar la apelación incoada.

XXII.—Que mediante escrito presentado el veintiuno de mayo de dos mil trece, el señor Carlos Muñoz Álvarez, en su condición de Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad MCC Mining Co Sociedad Anónima, se apersonó a sustentar recurso de apelación contra la resolución N° 232 de las ocho horas veinte minutos del catorce de mayo de dos mil trece.

XXIII.—Que el día primero de agosto del dos mi trece, el señor Alfredo Guzmán Ramírez, en su condición de Gerente de la Cooperativa de Productores de Oro y Servicios Múltiples de Abangares R.L. (COOPEORO R.L.), presentó escrito, dirigido al Ministro de Ambiente, Energía, exponiendo sus razones por las cuales requieren obtener la concesión, básicamente indicando que la minería artesanal es una fuente de trabajo muy necesaria en la zona para brindar sustento a las familias de la región.

XXIV.—Mediante Resolución R-490-2013-MINAE, de las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día diecisiete de octubre del dos mil trece, se declaró sin lugar el recurso de apelación presentado por el señor Carlos Muñoz Álvarez, en su condición de Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad MCC Mining Co Sociedad Anónima, contra la resolución N° 29 de las ocho horas cincuenta minutos del veintinueve de enero del 2013, de la Dirección de Geología y Minas y correspondiente al expediente 2718.

XXV.—Que al haberse declarado sin lugar la oposición interpuesta por motivo de la publicación de los edictos en el Diario Oficial La Gaceta, tal y como lo dispone el artículo 80 del Código de Minería y transcurrido el plazo señalado por el artículo 81 de dicho Código, lo procedente es que se emita la respectiva recomendación de otorgamiento ante el Poder Ejecutivo de la concesión tramitada bajo el número de expediente N° 2718 a nombre de la Cooperativa de Productores de Oro y Servicios Múltiples de Abangares R.L. (COOPEORO R.L).

Considerando:

1º—Que con fundamento en el artículo primero del Código de Minería, el Estado tiene el dominio absoluto, inalienable e imprescriptible de todos los recursos minerales existentes en el país, teniendo la potestad el Poder Ejecutivo de otorgar concesiones para el reconocimiento, exploración, y explotación de los recursos mineros, sin que se afecte de algún modo el dominio estatal sobre esos bienes.

El Ministerio de Ambiente y Energía, es el órgano rector del Poder Ejecutivo en materia minera, para realizar sus funciones, Ministerio que cuenta con la Dirección de Geología y Minas, como ente encargado de tramitar las solicitudes de concesión. La resolución de otorgamiento de la concesión es dictada por la Presidenta de la República y el Ministro de Ambiente y Energía, previo análisis técnico-legal y recomendación de la Dirección de Geología y Minas acerca de su procedencia. Al respecto el artículo 6 incisos 7 y 8 del Reglamento 29300 en cuanto a las funciones de la Dirección de Geología y Minas, dispone:

“…7. Remitir la respectiva resolución de recomendación de otorgamiento del permiso o de la concesión al Ministro del Ambiente y Energía cuando así proceda.

8. Recomendar al Poder Ejecutivo las prórrogas, suspensiones de labores, traspasos de derechos o cancelaciones, cuando procedan…”

2º—Que el artículo 89 del Código de Minería establece que la resolución de otorgamiento será dictada por el Poder Ejecutivo y por su parte el artículo 38 del Reglamento al Código de Minería Nº 29300, dispone lo siguiente:

“Artículo 38.—De la recomendación. Cumplidos todos los requisitos la DGM y observando los plazos establecidos en el artículo 80 del Código, mediante oficio, remitirá la recomendación al Ministro del Ambiente y Energía, indicando si de acuerdo al mérito de los autos procede el otorgamiento del permiso de exploración minera o de concesión de explotación. La resolución de otorgamiento será dictada por el Presidente de la República y el Ministro del Ambiente y Energía…”

3º—Que al haberse cumplido con los requisitos necesarios para obtener la Concesión de Explotación Minera Aurífera de Minado Subterráneo, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 38 del Reglamento al Código de Minería, lo procedente es, que esta Dirección de Geología y Minas recomiende al Ministro de Ambiente y Energía, para que, conjuntamente con la Presidenta de la República, dicte la resolución de otorgamiento de la Concesión de Explotación Minera Aurífera de Minado Subterráneo, a favor de la Cooperativa de Productores de Oro y Servicios Múltiples de Abangares R.L. (COOPEORO R.L.), con cédula de persona jurídica tres-cero cero cuatro-cuatrocientos veintiún mil cuatrocientos cuarenta y dos.

4º—Que la Cooperativa de Productores de Oro y Servicios Múltiples de Abangares R.L. (COOPEORO R.L.), como entidad concesionaria del expediente Nº 2718, deberá cumplir, durante la ejecución de las labores de explotación, con cada una de las recomendaciones técnicas señaladas por la Lic. Sirzabel Ruiz Barrantes, entonces Coordinadora Minera de la Región Pacífico Central, mediante memorándum DGM/CMRP-45-2010 y las recomendaciones indicadas por la señora Celedonia Cañas Monteverde, de la Subregión Cañas Monteverde, Área de Conservación Arenal Tempisque, Sistema Nacional de Áreas de Conservación, en el oficio ACAT-SCM-289-2011; así como cualquier otra recomendación que le gire esta Dirección de Geología y Minas.

5º—Que la empresa concesionaria queda sujeto al cumplimiento de obligaciones y al disfrute de derechos, señalados en los artículos 33 y 34 del Código de Minería y en los artículos 41 y 69 del Reglamento Nº 29300. Por tanto,

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

RESUELVEN:

1º—Con fundamento en lo dispuesto en los considerandos de la presente resolución, otorgar a favor de la Cooperativa de Productores de Oro y Servicios Múltiples de Abangares R.L. –COOPEORO R.L.-, con cédula de persona jurídica tres-cero cero cuatro-cuatrocientos veintiún mil cuatrocientos cuarenta y dos, Concesión de Explotación Minera Aurífera de Minado Subterráneo, ubicada en Boston, Distrito: 02 Sierra, Cantón: 07 Abangares, Provincia: 05 Guanacaste, por un plazo de 25 años.

2º—Con respecto al volumen de extracción, la empresa concesionaria deberá de respetar lo señalado por la Lic. Sirzabel Ruiz Barrantes, mediante memorándum DGM / CMRPC – 45 / 2010, el cual dispone lo siguiente: “(…) En este caso detallan que las reservas no se pueden estimar por las características del área solicitada, una vez que se obtenga la concesión y al iniciar los trabajos que permitan acceder hasta el límite sur del área se podrán estimar en los desbancos antiguos, la continuidad de las vetas y sus posibles ramificaciones hacia el norte (…).”

Asimismo, deberá de acatar las siguientes recomendaciones técnicas:

“3)  El concesionario queda obligado a presentar cada año un informe de labores conteniendo al menos la siguiente información.

(…)

5) Valoración de las vetas de interés como es el caso de la Veta Las Gemelas, habilitación de viejos túneles que actualmente no están habilitados.

6) Explicación del avance real y el programado según las etapas del desarrollo del proyecto.

7) Mapa de ubicación de bloques de reservas y el inicio de la explotación en cada bloque, así como el avance en éstos. Reservas extraídas durante el periodo y las disponibles al final del mismo.

8) Con base en el avance de la obra deberá indicar las reservas probadas en el área de interés.

9) Explicación detallada del método de extracción y el sistema de beneficiamiento utilizado y la recuperación obtenida.

10)  Reporte de la producción y ventas certificadas por un C. P. A. (…).”

3º—Las labores de explotación se deberán ejecutar de acuerdo con las recomendaciones emitidas mediante oficio ACAT-SCM-289-2011 del ocho de noviembre de dos mil once, suscrito por la señora Celedonia Cañas Monteverde, de la Subregión Cañas Monteverde, Área de Conservación Arenal Tempisque, Sistema Nacional de Áreas de Conservación, descritas en el considerando DÉCIMO CUARTO; así como las recomendaciones indicadas en el memorándum DGM/CMRP-45-2010, a saber:

El concesionario está obligado a cumplir con todos los compromisos adquiridos en el Proyecto de Explotación aprobado por la D. G. M.

El concesionario está obligado a cumplir con todos los compromisos adquiridos en el E. I. A.

El concesionario queda obligado a presentar cada año un informe de labores conteniendo al menos la siguiente información:

Mapa geológico y perfiles a escala 1:2000 desde el inicio de labores, debe incluir levantamiento geológicos de los frentes de explotación en los túneles y/o superficie, avance de la exploración y evaluación de las reservas en el área.

Valoración de las vetas de interés como es el caso de la Veta Las Gemelas, habilitación de viejos túneles que actualmente no están habilitados.

Explicación del avance real y el programado según las etapas del desarrollo del proyecto.

Mapa de ubicación de bloques de reservas y el inicio de la explotación en cada bloque, así como el avance en éstos. Reservas extraídas durante el periodo y las disponibles al final del mismo.

Con base en el avance de la obra deberá indicar las reservas probadas en el área de interés.

Explicación detallada del método de extracción y el sistema de beneficiamiento utilizado y la recuperación obtenida.

Reporte de la producción y ventas certificadas por un C. P. A.

Costo de operación y beneficio durante el periodo certificadas por un C. P. A.

Equipo y maquinaria utilizada, debe ser la autorizada según el proyecto de explotación aprobado por la DGM y el E. I. A. aprobado por la SETENA., de requerir cambio del equipo deberá con la autorización de la DGM y de la SETENA.

Listado del personal que realiza las operaciones en la mina y las rastras.

Copia de la pago de la planilla de la C. C. S. S.

 Copia del pago de los impuestos municipales y de la renta.

Labores de recuperación realizadas y las propuestas para el siguiente periodo.

 Resumen de la aplicación de las normas de seguridad laboral según el Reglamento de Higiene y Salud Ocupacional.

En la obra deberá contar con la Bitácora geológica, en esta el geólogo a cargo del proyecto deberá anotar el avance de la obra y las recomendaciones dadas al encargado de campo.

El concesionario queda obligado a cumplir con el artículo 33 de la Ley Forestal.

Geólogos (as) de la Dirección de Geología y Minas visitarán la obra para darle seguimiento al proyecto al menos una vez al mes.”

4º—Las labores de explotación se deberán ejecutar de acuerdo con el proyecto de explotación aurífero previamente aprobado y cumpliendo las recomendaciones que al efecto señaló la Secretaría Técnica Nacional Ambiental.

5º—Que el concesionario queda sujeto al pago de las obligaciones que la legislación impone y a acatar las directrices que en cualquier momento le gire la Dirección de Geología y Minas y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, (SETENA).

6º—Contra la presente resolución pueden interponerse los recursos ordinarios que se establecen en los Artículos 342 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, en los plazos ahí indicados.

7º—Notifíquese. Para notificar la presente resolución, al señor Alfredo Guzmán Ramírez, al fax número 2200-0739, tal y como consta a folio 99 del expediente N° 2718.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Ambiente y Energía, René Castro Salazar.—1 vez.—(IN2014010184).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISOS

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: que la Asociación de Desarrollo Integral de la Independiente, El Brasil, Alajuela. Por medio de su representante: José Ángel Castro Reyes, cédula 203440557 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 13:04 horas del día 24/01/2014.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa Departamento de Registro.—1 vez.—(IN2014004765).

JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL

Modificación al Tarifario sobre el Costo de las Publicaciones

2014

Tipo de Cliente

Precio en colones del Carácter Contado

Particulares

16

 

 

 

 

Tipo de Cliente

Precio en colones del Carácter Crédito

Gobierno

17

 

 

 

 

Instituciones en general y particulares

Precios para el Patronato Nacional de la Infancia PANI

Mapas-Imágenes-Documentos complejos

Mapas-Imágenes-Documentos complejos

Tamaños

Precio en colones

Descripción

Precio en colones

Página completa (8 1/2 x 11)

152.700,00

Carácter Contado y Crédito

4,40

1/2 Página

76.350,00

Página Completa para Cuadros, Imágenes y Mapas

112.000,00

1/4 Página

38.175,00

1/2 Página

56.000,00

1/8 Página

19.087,50

1/4 Página

28.000,00

1/16 Página

9.544,00

1/8 Página

14.000,00

1/32 Página

4.772,00

1/16 Página

7.000,00

Para el cobro de Marcas este será para el tamaño estandar que se utilizará + los caracteres del texto

1/32 Página

3.500,00

 

San José, 24 de febrero del 2014.—Jorge Luis Vargas Espinoza, Director Ejecutivo.—1 vez.—C-Exento.—(IN2014011558).

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

AVISOS

Que de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, adicionado por el artículo 2 de la Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria, Nº 9069 de 10 de setiembre de 2012, se concede a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos, un plazo de diez días hábiles contados a partir de la primera publicación del presente aviso, con el objeto de que expongan su parecer respecto del proyecto de resolución de alcance general denominada HERRAMIENTA DE ANALISIS MULTIFUNCIONAL PROGRAMADO Y OBJETIVO “AMPO”. Las observaciones sobre la resolución en referencia, deberán expresarse por escrito y dirigirlas a la Dirección de Tributación Internacional y Técnica Tributaria de la Dirección General de Tributación, sita en el cuarto piso del edificio del Ministerio de Hacienda, San José. Para los efectos indicados, el citado proyecto de decreto se encuentra disponible en el sitio web http://dgt.hacienda.go.cr, en la sección “Proyectos”.—San José, a las 10 horas del 04 de febrero de 2014.—Carlos Vargas Durán, Director General.—O. C. N° 3400020956.—Solicitud N° 8480.—C-41530.—(IN2014008162).                                                       2 v. 2.

Que de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, adicionado por el artículo 2° de la Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria, N° 9069 de 10 de setiembre de 2012, se concede a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos, un plazo de diez días hábiles contados a partir de la primera publicación del presente aviso, con el objeto de que expongan su parecer respecto del proyecto de resolución general denominado: “Determinación del Crédito Fiscal del Impuesto General Sobre las Ventas para la Adquisición de Vehículos que son Objeto de Aplicación del Margen de Valor Agregado”. Las observaciones sobre el proyecto de resolución general en referencia, deberán expresarse por escrito y dirigirlas a la Dirección de Tributación Internacional y Técnica Tributaria de la Dirección General de Tributación, sita en el cuarto piso del edificio del Ministerio de Hacienda, San José. Para los efectos indicados, el citado proyecto de resolución general se encuentra disponible en el sitio web http://dgt.hacienda.go.cr, en la sección “Proyectos”.—San José, a las doce horas con cincuenta minutos del diecisiete de enero de dos mil catorce.—Carlos Luis Vargas Durán, Director General.—O. C. Nº 3400020956.—Solicitud Nº 7978.—C-47410.—(IN2014004996).    2 v. 1.

Que de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, adicionado por el artículo 2 de la Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria, Nº 9069 de 10 de setiembre de 2012, se concede a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos, un plazo de diez días hábiles contados a partir de la primera publicación del presente aviso, con el objeto de que expongan su parecer respecto del proyecto de resolución general denominado “RESOLUCIÓN SOBRE EL IMPUESTO GENERAL SOBRE LAS VENTAS, EN LOS SERVICIOS TELEFÓNICOS PRESTADOS EN LA MODALIDAD DE PREPAGO, COMERCIALIZADOS MEDIANTE LA VENTA DE TARJETAS TELEFÓNICAS, DE PINES, DE TIEMPO AIRE Y SIMILARES”. Las observaciones sobre el proyecto de resolución general en referencia, deberán expresarse por escrito y dirigirlas a la Dirección de Tributación Internacional y Técnica Tributaria de la Dirección General de Tributación, sita en el cuarto piso del edificio del Ministerio de Hacienda, San José. Para los efectos indicados, el citado proyecto de resolución general se encuentra disponible en el sitio web http://dgt.hacienda.go.cr, en la sección “Proyectos”.—San José, a las doce horas con cincuenta minutos del diecisiete de enero de dos mil catorce.—Carlos Vargas Durán, Director General.—OC 3400020956.—Sol.. 7605.—(IN2014004990).              2 v. 1

Que de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, adicionado por el artículo 2 de la Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria, Nº 9069 de 10 de setiembre de 2012, se concede a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos, un plazo de diez días hábiles contados a partir de la primera publicación del presente aviso, con el objeto de que expongan su parecer respecto del proyecto de resolución de alcance general denominada “OBLIGATORIEDAD PARA LOS GRANDES CONTRIBUYENTES Y GRANDES EMPRESAS TERRITORIALES EN LA LLEVANZA DE LOS REGISTROS ELECTRÓNICOS DE COMPRAS Y VENTAS DE MERCANCÍAS, ASÍ COMO DE SERVICIOS PRESTADOS”. Las observaciones sobre la resolución en referencia, deberán expresarse por escrito y dirigirlas a la Dirección de Tributación Internacional y Técnica Tributaria de la Dirección General de Tributación, sita en el cuarto piso del edificio del Ministerio de Hacienda, San José. Para los efectos indicados, el citado proyecto de decreto se encuentra disponible en el sitio web http://dgt.hacienda.go.cr, en la sección “Proyectos”.—San José, a las 10:40 horas del 13 de agosto de 2013.—Carlos Vargas Durán, Director General.—(IN2014005056).    2 v. 1

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Nº 031-2013.—San José, 21 de octubre de 2013.—Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, a los siguientes funcionarios:

Nombre

Cédula N°

Puesto

Clase Puesto

Noguera Retana Yamil

01-0446-0605

503623

Trabajador calificado de Servicio Civil 2

Salazar Vargas Jorge Humberto

01-1359-0261

008977

Profesional de Servicio Civil 1-A

Sotela Montero Laura

01-0673-0407

500021

Profesional de Servicio Civil 1-B

 

Artículo 2º—Rige a partir del 01 de julio del 2013.

Publíquese.—Ing. Cristian Vargas Calvo, Director Ejecutivo a. í.—Licda. Yorleny Hernández Segura, MSc. Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. N° 2963.—Solicitud N° 8138.—(IN2014005704).

N° 030-2013.—San José, 23 de setiembre de 2013.—Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, a la siguiente funcionaria:

Nombre

Cédula N°

Puesto

Clase Puesto

Alfaro Padilla Ana Ruth

01-0995-0092

029490

Oficinista de Servicio Civil 1

 

Artículo 2º—Rige a partir del 01 de julio del 2013.

Publíquese.—Ing. Cristian Vargas Calvo, Director Ejecutivo a. í.—Licda. Yorleny Hernández Segura, MSc. Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. N° 2963.—Solicitud N° 8137.—(IN2014005705).

Nº 032-2013.—San José, 21 de octubre de 2013.—Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, a la siguiente funcionaria:

 

Nombre

Cédula N°

Puesto

Clase Puesto

Mora Salazar Shirley

01-1180-0350

095837

Oficinista de Servicio Civil 2

 

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de julio del 2013.

Publíquese.—Ing. Cristian Vargas Calvo, Director Ejecutivo a. í.—Licda. Yorleny Hernández Segura, MSc. Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. N° 2963.—Solicitud N° 8140.—(IN2014005709).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDADAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 19, título 45, emitido por Colegio Nacional Virtual Marco Tulio Salazar, en el año dos mil trece, a nombre de Céspedes Fonseca José Ignacio, cédula 2-0721-0239. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los trece días del mes de enero del dos mil catorce.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2014003939).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del  Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 07, título N° 24, ambos títulos fueron emitidos por el CINDEA San Carlos, en el año mil novecientos noventa, a nombre de Aguilar Cubillo Adita, cédula 2-0384-0772. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los quince días del mes de enero del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014003968).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 191, asiento N° 2749, y del Título de Técnico Medio en Electrónica Industrial, inscrito en el tomo 3, folio 33, asiento N° 6335, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Vocacional de Artes y Oficios de Cartago Diurno, en el año dos mil cinco, a nombre de Mora Serrano Alejandro Antonio, cédula 1-1318-0223. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiocho días del mes de noviembre del dos mil trece.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2014004024).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 51, título N° 682, emitido por Colegio Claretiano, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Solano Marín Eduardo, cédula 1-0993-0668. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro días del mes de noviembre del dos mil trece.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2014004054).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 97, título 1077, emitido por Liceo de Poás, en el año dos mil uno, a nombre de Obando Hernández Everton, cédula 7-0154-0907. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de enero del 2014.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014004341).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 40, título N° 174, emitido por Colegio Ing. Alejandro Quesada Ramírez, en el año dos mil cinco, a nombre de Solano Sandí María José, cédula 1-1334-0720. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los nueve días del mes de enero del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014004397).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 57, título 1349, emitido por Liceo de San Carlos, en el año dos mil uno, a nombre de Vega Arias Yohnny Steven, cédula 2-0567-0238. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiún días del mes de enero del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014004409).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 133, asiento N° 2038, extendido en el año dos mil uno y del Título de Técnico Medio en Secretariado Comercial, inscrito en el tomo 2, folio 286, asiento N° 5433, extendido en el año dos mil, ambos fueron emitidos por el Colegio Vocacional de Artes y Oficios de Cartago, a nombre de Briceño Vivas Ester del Socorro, cédula 1-1155-0416. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los quince días del mes de mayo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014006742).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 52, título N° 136, emitido por el Colegio Técnico Industrial de Puerto Jiménez, en el año dos mil cinco, a nombre de Samudio Mesén Candy Marcela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los ocho días del mes de octubre del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2014007066).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 81, asiento N° 104, emitido por el Centro Educativo Graymar, en el año dos mil diez, a nombre de Vaglio Loáiciga Alison Loani. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los trece días del mes de febrero del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014007304).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 089, título N° 702, emitido por el Liceo San Antonio Desamparados, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Madrigal Suárez Luis Daniel. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintinueve días del mes de enero del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—Msc. Guisela Céspedes Lobo, Jefa.—(IN2014007358).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 69, título N° 1746 emitido por Colegio del Sagrado Corazón de Jesús de Cartago, en el año dos mil tres, a nombre de Avendaño Corrales Natalia Andrea. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Portuguez Corrales Natalia Andrea, cédula 1-2056-0753. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días del mes de enero del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014004451).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 7, asiento N° 63, emitido por el Liceo Dr. Vicente Lachner Sandoval, en el año mil novecientos setenta y tres, a nombre de Arias Jiménez Carlos Alberto, cédula N° 2-0331-0684. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiún días del mes de agosto del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014004546).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 31, título N° 419, emitido por Liceo de Heredia, en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de Trujillo Sisfontes Sergio Eduardo, cédula 4-0158-0898. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinte días del mes de enero del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014004749).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 25, título 278, emitido por Colegio Humanístico Costarricense, en el año dos mil diez, a nombre de González Villalobos Joseline, cédula 6-0413-0022. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticinco días del mes de enero del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014004782).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el tomo 02, folio 105, asiento N° 2018 y del Título de Técnico Medio en Secretariado, inscrito en el tomo 01, folio 281, asiento N° 1781, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Heredia, en el año mil novecientos ochenta y dos, a nombre de Guzmán López María Versalles, cédula 5-0217-0744. Se solicita la reposición del título indicado por perdida del título original  Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciséis días del mes de enero del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014004798).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 258, título 2958, emitido por Liceo Ing. Samuel Sáenz Flores, en el año dos mil siete, a nombre de Blanco Vargas Frank, cédula 4-0198-0075. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticinco días del mes de enero del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014004799).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 18, título N° 137, emitido por Cindea de Cóbano, en el año dos mil diez, a nombre de López Espinoza Róger Andrés, cédula 6-0386-0513. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cinco días del mes de noviembre del dos mil trece.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefe Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2014004857).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en la Rama Académica Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 27, título N° 613, emitido por el Colegio Gregorio José Ramírez, en el año mil novecientos ochenta y dos, a nombre de Salas Parra Álvaro Enrique, cédula 2-0397-0984. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 2 de diciembre del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014005327).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 148, título 578, emitido por Colegio Técnico Profesional de Pacayas, en el año dos mil siete, a nombre de Méndez Brenes Kenneth, cédula 3-0401-0160. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de enero del 2014.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014005388).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 2, asiento N° 15, emitido por Liceo Rural Pacayitas, en el año dos mil cinco, a nombre de Araya Quirós José Andrés, cédula 3-0421-0108. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de enero del 2014.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014005433).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada Sindicato de Trabajadores Técnicos del Instituto de Desarrollo Agrario, siglas: SITEIDA, acordada en asamblea celebrada el día 13 de junio de 2013. Expediente S-T145. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 16, folio: 172, asiento: 4778 del 10 de enero de 2014. La reforma afecta los artículos 1, 2, 3 y 6 del Estatuto. Con la reforma al artículo 1 varía del nombre de la organización y en adelante se denominará Sindicato de Trabajadores Técnicos del Instituto de Desarrollo Rural, siglas SITRAINDER.—10 de enero del 2014.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2014006694).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señora Marianella Arias Chacón, cédula N° 1-679-960, mayor de edad, vecina de San José, apoderada especial de Pearl Therapeutics Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: COMPOSICIONES, MÉTODOS Y SITEMAS PARA ADMINISTRACIÓN/SUMINISTRO RESPIRATORIO DE DOS O MÁS AGENTES ACTIVOS. Se proporcionan composiciones, métodos y sistemas para la administración pulmonar o nasal de dos o más agentes activos a través de un inhalador de dosis medida. En una forma de realización, las composiciones incluyen un medio de suspensión, partículas de agente activo, y partículas en suspensión, en la que las partículas de agente activo y partículas de suspensión forman una co-suspensión en el medio de suspensión. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es A01N 25/00, cuyo(s) inventor(es) es (son) Vehring, Reinhard, Hartman, Michael Steven, Lechuga-Ballesteros, David, Smith, Adrián Edward, Joshi, Vidya B., Dwivedi, Sarvajna Kumar. La solicitud correspondiente lleva el número 20130589, y fue presentada a las 11:32:00 del 13 de noviembre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de enero del 2014.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2014005650).

La señora Marianella Arias Chacón, mayor, abogada, cédula de identidad N° 1-679-960, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Lightlab Imaging Inc., de los Estados Unidos, solicita la Patente de Invención denominada: SISTEMAS Y MÉTODOS BASADOS EN TOMOGRAFÍA DE COHERENCIA ÓPTICA Y PRESIÓN.

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En parte, la invención se refiere a métodos, aparatos, y sistemas adecuados para la determinación de una reserva de flujo fraccional (RFF) y variaciones de modificaciones de la misma. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes 2011.01 es A61B 5/0215, cuyos inventores son Petroff, Christopher; Schmitt, Joseph. La solicitud correspondiente lleva el número 2013-0639, y fue presentada a las 09:07:20 del 6 de diciembre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de enero del 2013.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014005653).

La señora Marianella Arias Chacón, cédula N° 1-679-960, mayor, abogada, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de CIS Pharma AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada: SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE SEGURIDAD DE CEFUROXIMA. La presente invención se refiere a sistemas de administración de seguridad para la administración intracameral de una dosis adecuada de cefuroxima después de una cirugía de catarata u otra cirugía ocular. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es A61K 9/00, cuyo(s) inventor(es) es (son) Schaefer, Rolf. La solicitud correspondiente lleva el número 20130434, y fue presentada a las 09:13:20 del 3 de setiembre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de enero del 2014.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2014005656).

La señora Marianella Arias Chacón, cédula N° 1-679-960, mayor de edad, vecina de San José, apoderada especial de Titano S.R.L., de Italia, solicita la Patente de Invención denominada: MÉTODO PARA OPTIMIZAR MOTORES DE COMBUSTIÓN.

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Un método para tratar la mezcla de aire-combustible para la alimentación a cualquier motor de combustión interna, caracterizado por las siguientes etapas de magnetización. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es F02M 27/04, cuyo(s) inventor (es) es (son) Bove, Fabrizio, Bove, Alessandro. La solicitud correspondiente lleva el número 20130567, y fue presentada a las 08:59:12 del 4 de noviembre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de enero del 2014.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2014005660).

La señora Marianella Arias Chacón, cédula N° 1-679-960, mayor, abogada, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Randall, Wayne, de E.U.A., Bevier, Jonathan, de E.U.A., Racoosin, Jeff, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: DISPOSITIVO Y MÉTODO PROTECTOR DE PALÉ.

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Un protector de palé formado unitariamente como una pieza de plástico moldeada refuerza un palé de madera. Su placa frontal es clavada o atornillada a la parte frontal y opcionalmente a la cara posterior y a las caras laterales del palé. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es B65D 19/38, cuyo(s) inventor (es) es (son) Randall, Wayne, Bevier, Jonathan, Racoosin, Jeff. La solicitud correspondiente lleva el número 20130566, y fue presentada a las 08:58:38 del 4 de noviembre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de enero del 2014.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2014005662).

El señor Ernesto Gutiérrez Blanco, cédula 1-848-886, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de SCA Hygiene Products AB, de Suecia, solicita la patente de invención denominada SURTIDOR.

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Se proporciona una caja surtidora (200; 300) que tiene una forma rectangular modificada con paredes de extremo en forma de hojas (236, 237; 336, 337) y paredes principales curvadas parcialmente (250, 25; 350, 351) que pueden formar mitades configuradas simétricamente o no simétricamente de la caja surtidora (200; 300). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B65D 83/08; A47K 10/42; cuyos inventores son: Sporre Thorburn, Annie, Becherer, Thorsten. La solicitud correspondiente lleva el número 20130540 y fue presentada a las 07:52:11 del 22 de octubre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de diciembre del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2014006269).

La señora Aisha Acuña Navarro, cédula 1-1054-0893, mayor, abogada, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Boryung Pharmaceutical Co., Ltd., de Rep. de Corea, solicita la Patente de Invención denominada: COMPOSICIÓN FARMACÉUTICA ANTIHIPERTENSIVA. La presente invención proporciona una composición farmacéutica antihipertensiva que contiene fimasartan, una sal farmacéuticamente aceptable del mismo, un solvato del mismo o un hidrato del mismo como un bloqueador del receptor de angiotensina II; y amlodipina, un isómero de la misma, una sal farmacéuticamente aceptable de la misma, un solvato de la misma o un hidrato de la misma como bloqueador del canal de calcio. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es A61K 31/41, cuyos inventores son Kim, Seung Ho, Kim, Ji Han, Yu, Kyung Sang, Jang, In Jin, Shin, Sang Goo, Yoon, Seo Hyun, Cho, Joo Youn, Kim, Tae Eun, Yi, So Jeong, Paik, Soo Heui, Chi, Yong Ha, Lee, Joo Han, Nam, Kyung Wan, Kim, Je Hak. La solicitud correspondiente lleva el número 20130526 y fue presentada a las 12:48:00 del 10 de octubre de 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de enero de 2014.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2014006409).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, céd. 1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Laboratorios Senosiain S. A. de C. V., de México, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN FARMACÉUTICA PARA USO EN INFLAMACIÓN Y DOLOR. La presente invención se refiere a una combinación y composición farmacéutica y particularmente a una combinación de un analgésico y un antiinflamatorio seleccionado de ketorolaco y meloxicam o piroxicam, y vehículos o excipientes farmacéuticamente aceptables. También se refiere a un proceso de fabricación de una composición farmacéutica y al uso de dicha composición para elaborar un medicamento útil para tratar los padecimientos de dolor e inflamación. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/407; A61K 31/541; A61P 29/00; cuyos inventores son García Salgado López, Enrique Raúl, Senosiain Pelaez, Juan Pablo. La solicitud correspondiente lleva el número 20130687, y fue presentada a las 09:13:20 del 20 de diciembre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de enero del 2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014006859).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, céd. 1-669-228, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Array Biopharma INC., de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS DE PIRROLIDINIL UREA Y PIRROLIDINIL TIOUREA COMO INHIBIDORES DE CINASA TRKA.

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Compuestos de Fórmula I: o estereoisómeros, tautómeros o, sales o solvatos o profármacos farmacéuticamente aceptables de los mismos, donde Rl, R2, Ra, Rb, Rc, Rd, X, Y, B y el Anillo C son tal como se definen en la presente, y donde el resto Y-B y el resto NH-C(=X)-NH están en la configuración trans, son inhibidores de cinasa TrkA y son útiles en el tratamiento de enfermedades que se pueden tratar con un inhibidor de cinasa TrkA tal como dolor, cáncer, inflamación, enfermedades neurodegenerativas y determinadas enfermedades infecciosas.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,  la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 401/14; A61K 31/415; A61K 31/416; A61K 31/417; A61K 31/419; C07D 403/12; C07D 403/14; C07D 405/14; C07D 409/14; cuyos inventores son Allen, Shelley, Andrews, Steven, W., Blake, James, F., Condroski, Kevin, R., HAAS, Julia, Huang, Lily, Jiang, Yutong, Kercher, Timothy, Kolakowski, Gabrielle R., SEO, Jeongbeob. La solicitud correspondiente lleva el número 20130646, y fue presentada a las 10:46:40 del 11 de diciembre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de diciembre del 2013.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2014006887).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, céd. 1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Isis Pharmaceuticals INC., de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada MODULACIÓN DE LA EXPRESIÓN DEL VIRUS DE LA HEPATITIS B (VHB). Se describen en la presente compuestos antisentido y métodos para disminuir la expresión de ARNm, ADN y de proteína del VHB. Dichos métodos, compuestos y composiciones son útiles para tratar, prevenir o aliviar las enfermedades, trastornos o afecciones relacionadas con el VHB.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: C07H 21/02; cuyos inventores son Swayze, Eric, E., Freier, Susan, M., Mccaleb, Michael, L. La solicitud correspondiente lleva el número 20130551, y fue presentada a las 11:10:08 del 28 de octubre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de enero del 2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014006891).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, céd. 1-669-228, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Geosynfuels LLC, de E. U. A., solicita la patente de invención denominada APARATO Y PROCESO PARA LA PRODUCCIÓN DE UN PRODUCTO DE CÉLULAS ENCAPSULADAS. Se describe un proceso para la producción de un producto celular encapsulado, el proceso comprende los pasos de concentrar las células a partir de un medio de propagación utilizando un sistema de filtración por flujo tangencial. El mezclado de las células concentradas con un medio de encapsulamiento para formar una mezcla de encapsulamiento celular. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: C12M 1/00; cuyos inventores son Beckler Andersen, Lisa, Evans IV, John, H., Singer, Christine, A. La solicitud correspondiente lleva el número 20130456, y fue presentada a las 13:59:10 del 10 de setiembre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de enero del 2014.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2014006892).

El señor Luis Pal Hegedus, céd. 1-558-219, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Georgia State University Research Foundation INC., de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada INDUCCIÓN Y ESTABILIZACIÓN DE ACTIVIDAD ENZIMÁTICA EN MICROORGANISMO. La presente invención trata sobre métodos para inducir una actividad deseada en enzimas o en los microorganismos capaces de producir las enzimas. Adicionalmente la invención trata sobre métodos para estabilizar la actividad en los microorganismos. En las incorporaciones específicas, la invención provee métodos para inducir y estabilizar la actividad de la nitrilo hidratasa, la actividad de la amidasa y la actividad de la asparaginasa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: C12N 1/20; C12N 11/04; cuyos inventores son Pierce, George, E., Drago, Gene, Ganguly, Sangeeta. La solicitud correspondiente lleva el número 20130660, y fue presentada a las 11:07:10 del 13 de diciembre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de diciembre del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2014006893).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, céd. 1-669-228, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Francisco Ruette, de Brasil, solicita la Patente de Invención denominada PROCESO PARA LA OBTENCIÓN DE UNA BEBIDA ENRIQUECIDA CON VITAMINAS Y FIBRAS AÑADIDA DE SABOR DE FRUTAS Y BEBIDA DERIVADA DE ESTE PROCESO. Nuevo procedimiento para la obtención de bebida enriquecida con vitaminas y fibras añadida de sabor de frutas y bebida que resulta de este proceso, que es un proceso innovador que resulta en una bebida que proporciona una nueva mejora en la calidad de vida. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A23L 2/02; A23L 1/308; cuyos inventores son Francisco Ruette. La solicitud correspondiente lleva el número 20130477, y fue presentada a las 11:07:05 del 24 de setiembre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de diciembre del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2014006895).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula número 1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Smart Trike MNF PTE LTD., de Israel, solicita la Patente de Invención denominada VEHÍCULO MANIOBRABLE EN FORMA DUAL.

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Un triciclo puede ser susceptible de operarse entre un primer modo de operación que puede manejarse por un piloto del triciclo, y un segundo modo de operación que puede manejarse por un individuo que empuja el triciclo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es B62K 9/02, B62K 21/24, cuyo inventor es Yoram Baron. La solicitud correspondiente lleva el número 2013-0554, y fue presentada a las 9:51:11 del 29 de octubre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de enero del 2014.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(IN2014006924).

El señor Mauricio Bonilla Robert, cédula 1-903-770, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Palanisamy, Krishna Moorthy, de Malasia, solicita la patente de invención denominada OPTIMIZAR LA UTILIZACIÓN DE ENERGÍA RENOVABLE DE RECURSOS DE BIOMASA EN LA INDUSTRIA DE ACEITE DE PALMA. La invención proporciona un arreglo para la operación del sistema de energía de una planta de extracción de aceite de palma crudo y el método de la misma. El arreglo para el funcionamiento del sistema de energía de la extracción de aceite de palma crudo alcanza el objetivo de una mayor eficiencia de utilización de la energía mediante el uso de una fuente de calor a una temperatura baja que ofrece en el punto de operación de diseño del sistema de energía que proporciona energía térmica para el proceso de extracción del aceite de palma. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C11B 1/16; cuyos inventores son Palanisamy, Krishna Moorthy. La solicitud correspondiente lleva el número 20130383, y fue presentada a las 14:06:13 del 07 de agosto del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de enero del 2014.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2014007145).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

Se hace saber a terceros e interesados que por no encontrarse el folio 392 del tomo 147 de la Sección de Mercantil de este Registro, en el cual consta el asiento 371 que presumiblemente es Constitución de la sociedad Afimec Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-026847 de conformidad con lo establecido por el reglamento para salvar la inscripción de tomos en el Registro Público, que es Decreto Ejecutivo número 16236-J, del 2 de mayo de 1985, este departamento ha iniciado los trámites pertinentes con el fin de llevar a cabo la reposición del asiento relacionado. Por lo anterior y en cumplimiento del artículo 8 del citado reglamento, se confiere un plazo de 5 días hábiles contados a partir de la fecha de la presente publicación, con el fin de que terceros e interesados hagan valer su derecho y objeciones ante esta oficina.—Curridabat, 08 de enero del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—OC 14-0019.—Sol. 7181.—(IN2014004901).

Se hace saber a terceros e interesados que por no encontrarse el folio 6 del tomo 141 de la Sección de Mercantil de este Registro, en el cual consta el asiento 5 que presumiblemente es Constitución de la sociedad Pupusería El Canasto Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-026847 de conformidad con lo establecido por el reglamento para salvar la inscripción de tomos en el Registro Público, que es Decreto Ejecutivo número 16236-J, del 2 de mayo de 1985, este departamento ha iniciado los trámites pertinentes con el fin de llevar a cabo la reposición del asiento relacionado. Por lo anterior y en cumplimiento del artículo 8 del citado reglamento, se confiere un plazo de 5 días hábiles contados a partir de la fecha de la presente publicación, con el fin de que terceros e interesados hagan valer su derecho y objeciones ante esta oficina.—Curridabat, 22 de enero del 2014.—Licda. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Subdirectora.—1 vez.—O. C. N° 14-0019.—Solicitud N° 7905.—(IN2014005612).

REGISTRO INMOBILIARIO

Se hace saber a Wilfredo Ubeda González con cédula de identidad 8-075-857, en representación de Inversiones Ubegón de Paso Canoas Sociedad Anónima con cédula jurídica 3-101-486122, a Hilaria Castillo Castillo con cédula de identidad número 6-106-1092, a Davis Norman Barrios Castillo con cédula de identidad 6-275-946; asimismo, a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales: I.—Que el Registro Inmobiliario ordenó la apertura de diligencias administrativas por resolución de las nueve horas diez minutos del ocho de agosto del año dos mil trece, tendientes a la investigación de una supuesta duplicidad que involucra las fincas del partido de Puntarenas matrículas 190088 y 190091, las cuales publicitan el mismo plano catastrado número SJ-1581401-2012. II.—Que mediante la resolución de las diez horas del veintidós de enero del año dos mil catorce, se les confiere audiencia hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la publicación del presente Edicto, término dentro del cual deben presentar los alegatos que a sus derechos convengan. Se les previene que dentro de Este término deben señalar un número de fax donde oír futuras notificaciones de éste despacho, conforme a los artículos 22 y 26 del Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, que es Decreto Ejecutivo N° 35509-J, en concordancia con los artículos 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales Ley Nº 8687, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme al artículo 27 del Reglamento de cita y al artículo 11 de la Ley Nº 8687. (Expediente 2013-2170-RIM).—Curridabat, 22 de enero de 2014.—Lic. Stephanie Torijano Peraza, Asesora Jurídica Registral.—1 vez.—O. C. N° 001914.—Solicitud N° 8167.—(IN2014005638).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

La Dirección Nacional de Notariado, hace saber que: mediante resolución de las 11 horas 48 minutos del 06 de noviembre del 2013, dictada en Proceso Disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-000951-0624-NO, se dispuso dejar sin efecto la suspensión para el ejercicio del notariado, que mediante la resolución 2235-2013 dictada a las 08 horas 15 minutos del 24 de setiembre del 2013 se le había impuesto  al  notario  público Rodrigo Julián Mora Cortés, cédula 6-0149-0238 carné 11450. Rige a partir de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.”

La Dirección Nacional de Notariado, hace saber que: Mediante resolución 3183-2013 de las 09 horas 24 minutos del 21 de noviembre del 2013, dictada en Proceso Disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-001742-0624-NO, se dispuso dejar sin efecto la suspensión para el ejercicio del notariado, que mediante la resolución 2165-2013 dictada a las 11 horas 24 minutos del 16 de setiembre del 2013 se le había impuesto al Notario Público Wilberth Francisco Lobo Rojas, cédula 9-0075-0304 carné 15725. Rige a partir de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo”.

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La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 2744-2013 de las 08 horas 56 minutos del 28 de octubre del 2013, dictada en proceso disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-000531-0624-NO, se dispuso imponerle a la Notaria Pública Aida Patricia Ulloa Guerrero, cédula 1-0952-0636, carné 14127, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por cuatro meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

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La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 2766-2013 de las 08 horas 20 minutos del 29 de octubre del 2013, dictada en Proceso Disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-000532-0624-NO, se dispuso imponerle al Notario Público Romano Salazar Gigli, cédula 1-0689-0806, carné 6587, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por dieciséis meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

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La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 2433-2013 de las 13 horas 22 minutos del 03 de octubre del 2013, dictada en Proceso Disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-000601-0624-NO, se dispuso imponerle a la Notaria Pública Ana Cristina Guevara Zeledón, cédula 1-0883-0969, carné 8280, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por cincuenta y cuatro meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

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La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 2812-2013 de las 11 horas 25 minutos del 31 de octubre del 2013, dictada en Proceso Disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-000610-0624-NO, se dispuso imponerle a la Notaria Pública Jéssica Andrea Martínez Castro, cédula 1-0906-0407, carné 7056, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por siete meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 3227-2013 de las 13 horas 30 minutos del 25 de noviembre del 2013, dictada en Proceso Disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-001561-0624-NO, se dispuso imponerle al Notario Público Ernesto Ortiz Mora, cédula 1-0206-0078, carné 10635, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por nueve meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

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La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 3281-2013 de las 10 horas 27 minutos del 27 de noviembre del 2013, dictada en Proceso Disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-001693-0624-NO, se dispuso imponerle al Notario Público Raúl Alberto Espinoza Castro, cédula 5-0236-0632, carné 9906, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por cinco meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

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La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 3279-2013 de las 09 horas 25 minutos del 28 de noviembre del 2013, dictada en proceso disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-001702-0624-NO, se dispuso imponerle al Notario Público Luis Fernando Vargas Chacón, cédula 1-0869-0043, carné 11212, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por veintiún meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

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La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 3277-2013 de las 08 horas 25 minutos del 28 de noviembre del 2013, dictada en Proceso Disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-001713-0624-NO, se dispuso imponerle al Notario Público José María Carmona Fernández, cédula 6-0087-0174, carné 13093, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por nueve meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

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La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 2560-2013 de las 14 horas 18 minutos del 11 de octubre del 2013, dictada en proceso disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-000300-0624-NO, se dispuso  imponerle  a  la  Notaria  Pública  Xiani  Li Ruiz, cédula 7-0073-0929, carné 10089, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por ciento ocho meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 2713-2013 de las 14 horas 39 minutos del 23 de octubre del 2013, dictada en Proceso Disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-000411-0624-NO, se dispuso imponerle a la Notaria Pública Yesenia María Rojas Castro, cédula 6-0263-0751, carné 8758, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por noventa y siete meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

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La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 2560-2013 de las 14 horas 18 minutos del 11 de octubre del 2013, dictada en Proceso Disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-000300-0624-NO, se dispuso  imponerle  a  la  Notaria  Pública  Xiani  Li  Ruiz, cédula 7-0073-0929, carné 10089, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por ciento ocho meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

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La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 2753-2013 de las 13 horas 54 minutos del 28 de octubre del 2013, dictada en Proceso Disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-000442-0624-NO, se dispuso  imponerle al notario público Zulma Ruiz Pizarro, cédula 6-0135-0360, carné 9496, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por noventa y cuatro meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

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La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 2748-2013 de las 10 horas 42 minutos del 28 de octubre del 2013, dictada en Proceso Disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-000452-0624-NO, se dispuso imponerle a la Notaria Pública Maribelle Alfaro Jiménez, cédula 2-0448-0437, carné 8872, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por cuatro meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

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La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 2902-2013 de las 08 horas 18 minutos del 06 de noviembre del 2013, dictada en Proceso Disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-000573-0624-NO, se dispuso imponerle al Notario Público Elmer Antonio Marchena Alfaro, cédula 1-0849-0148, carné 10818, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por setenta y dos meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). RIGE ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 2918-2013 de las 13 horas 37 minutos del 06 de noviembre del 2013, dictada en Proceso Disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-000473-0624-NO, se dispuso imponerle al Notario Público Álvaro Calvo Robles, cédula 3-0154-0347, carné 1223, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por cinco meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

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La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 2895-2013 de las 11 horas 19 minutos del 05 de noviembre del 2013, dictada en proceso disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-000972-0624-NO, se dispuso imponerle a la Notaria Pública Heidy Cunningham Lucas, cédula 1-0422-0870, carné 2894, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por diecinueve meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

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La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 2615-2013 de las 08 horas 20 minutos del 17 de octubre del 2013, dictada en Proceso Disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-000391-0624-NO, se dispuso imponerle a la Notaria Pública Mileidy Jiménez Zamora, cédula 6-0127-0987, carné 9501, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por sesenta y seis meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

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La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 2619-2013 de las 09 horas 32 minutos del 17 de octubre del 2013, dictada en Proceso Disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-000343-0624-NO, se dispuso imponerle al Notario Público Raúl Rivera Bonilla, cédula 1-0706-0553, carné 6989, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por ciento ocho meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

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La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 3298-2013 de las 09 horas 26 minutos del 29 de noviembre del 2013, dictada en Proceso Disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-001482-0624-NO, se dispuso imponerle a la Notaria Pública Nelly Elizabeth Jiménez Rodríguez, cédula 6-0195-0001, carné 13074, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por nueve meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 3300-2013 de las 09 horas 43 minutos del 29 de noviembre del 2013, dictada en Proceso Disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-001502-0624-NO, se dispuso imponerle a la Notaria Pública Jackeline Elizabeth Velásquez García, cédula 1-1028-0600, carné 14555, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por tres meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

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La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 3258-2013 de las 11 horas 06 minutos del 27 de noviembre del 2013, dictada en proceso disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-001602-0624-NO, se dispuso imponerle al Notario Público Arturo Hidalgo Jiménez, cédula 3-0237-0116, carné 18199, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por veintiún meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

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La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 3264-2013 de las 13 horas 35 minutos del 27 de noviembre del 2013, dictada en Proceso Disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-001620-0624-NO, se dispuso imponerle al Notario Público Olman Orlando Valverde Cerdas, cédula 3-212-0330, carné 2803, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por seis meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

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La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 3269-2013 de las 14 horas 33 minutos del 27 de noviembre del 2013, dictada en Proceso Disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-001630-0624-NO, se dispuso imponerle al Notario Público Federico Antonio Flores Varela, cédula 9-0048-0378, carné 4457, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por veintiún meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

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La Dirección Nacional de Notariado, de conformidad con lo que dispone el artículo 161 del Código Notarial, hace saber que: Mediante resolución 3230-2013 de las 14 horas 23 minutos del 25 de noviembre del 2013, dictada en proceso disciplinario por no presentación de índices, expediente 13-001593-0624-NO, se dispuso imponerle al Notario Público Eduardo Jiménez García, cédula 5-0136-1149, carné 15923, la suspensión en el ejercicio de la función notarial por siete meses; cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá hasta que desaparezca la causa que dio origen a la misma (Artículo 148 Código Notarial). Rige ocho días naturales después de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.

Lic. Melvin Rojas Ugalde, Director Ejecutivo (ad ínterim).—1 vez.—O. C. N° 2014-0034.—Solicitud N° 7840.—(IN2014005011).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUAS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. N° 16100A.—Efraín Salmerón Ureña, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Corralillo, Cartago, Cartago, para uso consumo humano. Coordenadas 196.602/531.234 hoja Caraigres. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de enero de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014004189).

Exp. N° 16079A.—Rosario Development Corporation S. A., solicita concesión de: 7,89 litros por segundo del nacimiento La Estrella, efectuando la captación en finca de el mismo en Rosario (Naranjo), Naranjo, Alajuela, para uso autoconsumo consumo humano en condominio. Coordenadas 225.280/493.669 hoja Naranjo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de enero de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014004201).

Exp. N° 15553P.—Mayra Rosa Alfaro Soto, solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo TP-54 en finca de su propiedad en Santa Cruz, León Cortés, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 181.837/539.226 hoja Tapantí. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de octubre de 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014004208).

Exp. N° 16007A.—Bellalin S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de El Raisero S. A. en San Antonio, Escazú, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 210.800/518.100 hoja Salitral. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de octubre de 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014004221).

Exp. N° 7846A.—Lucaro S. A., solicita concesión de: 0,09 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Quebradilla, Cartago, Cartago, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 200.300 / 533.000 hoja Pejibaye. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de enero del 2014.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2014004293).

Exp. N° 10856P.—Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar, solicita concesión de: 0,17 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CHP-102 en finca de su propiedad en Chomes, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico en oficinas. Coordenadas 227.450 / 435.550 hoja Chapernal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de enero del 2014.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2014004353).

Exp. 15984A.—Gerardina Abarca Jiménez, solicita concesión de: 0,15 litros por segundo de la Quebrada La Joya, efectuando la captación en finca de Dinorah Milena Delgado Ureña en Salitral, Santa Ana, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 208.100 / 516.850 hoja Abra. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 06 de enero del 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014004371).

Exp. 16089A.—Gilberth, Fallas Espinoza solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de el mismo en Desamparaditos, Puriscal, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 206.699 / 497.099 hoja río Grande. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 08 de enero del 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014004379).

Exp. 16103P.—My Private Beach Property Holdings, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo GA-281 en finca de Lonely Property Holdings SRL en Nosara, Nicoya, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico-piscina y agropecuario-riego. Coordenadas 213.438 / 355.026 hoja Garza. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de enero del 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014004398).

Exp. 14906P.—Lonely People Property Holdings SRL, solicita concesión de: 0,54 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo GA-281 en finca del mismo en Nosara, Nicoya, Guanacaste, para uso consumo humano y riego. Coordenadas 213.438 / 355.026 hoja Garza. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de enero del 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014004404).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. N° 15994A.—Jn Bet El Mayta S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tobosi, El Guarco, Cartago, para uso consumo humano. Coordenadas: 200.500 / 534.550, hoja Caraigres. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de octubre del 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014004237).

Exp. N° 16071A.—Inversiones Inmobiliarias Rorice S. A., solicita concesión de: 1,5 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Mata de Plátano, Goicoechea, San José, para uso industria-embotellado para la venta. Coordenadas: 215.071 / 534.724, hoja Abra. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de diciembre del 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014004248).

Exp. N° 10166A.—Mercedes Barquero Gonzáles, solicita concesión de: 1,3 litros por segundo de la quebrada Llano Grande, efectuando la captación en finca de Hilda Maroto Leitón, en San Nicolás, Cartago, Cartago, para uso agropecuario-riego-hortaliza. Coordenadas: 212.650 / 545.520, hoja Istarù. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de diciembre del 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014004253).

Exp. N° 8001A.—Abel y Lucinia, Otoya Porras y Carvajal Camacho, solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Instituto de Desarrollo Agrario, en Palmira, Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario riego flores. Coordenadas: 243.800 / 496.500, hoja Quesada. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de enero del 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014004265).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. N° 16093A.—Rodrigo y Nuria, Víquez González y Hernández Sibaja, solicita concesión de: 0,02 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de JMM de San Ramón S. A., en Piedades Norte, San Ramón, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas: 235.600 / 478.200, hoja Miramar. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de enero del 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014004561).

Exp. 16086A.—Luis Guillermo Alfaro González, solicita concesión de: 0,02 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de JMM de San Ramón S. A., en Piedades Norte, San Ramón, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas: 235.600 / 478.200, hoja Miramar. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de enero del 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014004566).

Exp. N° 6323P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A., solicita concesión de: 1,9 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RB-92, en finca de su propiedad en Limón, Limón, Limón, para uso industria-fabricación de caja de cartón. Coordenadas: 218.400 / 640.350, hoja Río Banano. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de enero del 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014004619).

Exp. 16117A.—Wiurca Pinturas S. A., solicita concesión de: 0,025 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Johnny Naranjo Abarca y Jovita Cisneros Arroyo en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico, coordenadas 349.885/489.225 hoja Dominical. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de enero de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014004653).

Exp. 9985A.—Fernando Rojas Bolaños, solicita concesión de: 0,03 litros por segundo de la naciente sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Platanares, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano - doméstico. Coordenadas 350.250 / 501,300 hoja repunta. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de enero de 2014.— Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014004834).

Exp. 16134P.—Banco Crédito Agrícola de Cartago, solicita concesión de: 1,26 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo VI-08 en finca de el mismo en Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico y turístico-restaurante-hotel. Coordenadas 253.950 / 334.800 hoja Villarreal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de enero del 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014005432).

Exp. N° 7547A.—Hacienda Las Lajas S. A., solicita concesión de: 0,10 litros por segundo del nacimiento María Lajas, efectuando la captación en finca de su propiedad en Puraba, Santa Bárbara, Heredia, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 230.000 / 521.750 hoja Barva. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de agosto del 2013.—Departamento de Información.— Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014005525).

Exp. 5829P.—HB Fuller Centroamérica S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RG-242 en finca de su propiedad en San José (Alajuela), Alajuela, Alajuela, para uso industria. Coordenadas 219.800 / 507.350 hoja río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de enero de 2014.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información, Dirección.—(IN2014005624)

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Expediente N° 5717-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas y cuarenta minutos del trece de marzo de dos mil trece. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento del menor Bryan Daniel Jirón Lezama, que lleva el número seiscientos treinta y cuatro, folio trescientos diecisiete, tomo mil seiscientos ochenta de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Brayam Antonio Cerón Lezama, en el asiento número quinientos setenta y cuatro, folio doscientos ochenta y siete, tomo mil seiscientos sesenta y seis de la provincia de San José, Sección de Nacimientos. Conforme lo señalan los artículos 64 y 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación a los señores Danilo Rigoberto Jirón Suazo y Jaime Antonio Cerón González y a la señora Magda Margarita Lezama Avilés, con el propósito que se pronuncien en relación con la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7525.—(IN2014004202).

Exp. N° 24952-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas veintisiete minutos del diecisiete de abril de dos mil trece. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de William Francis Leitón Rojas, que lleva el número ochocientos veintitrés, folio cuatrocientos doce, tomo ciento cincuenta y nueve de la provincia de Puntarenas, Sección de Nacimientos por aparecer inscrito como William Francis Rojas Rojas, en el asiento número setecientos ochenta y siete, folio trescientos noventa y cuatro, tomo cero cuarenta y seis del Partido Especial, Sección de Nacimientos y de rectificación del precitado asiento de nacimiento en el sentido que los apellidos de la persona ahí inscrita son “Leitón Tomé, hija de Arturo Leitón Sibaja y Emilce Tomé Rojas, costarricenses” y no como se consignaron. Conforme lo señalan los artículos 64 y 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor Arturo Leitón Sibaja, con el propósito que se pronuncie en relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7462.—(IN2014004206).

Exp. N° 3944-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas dieciocho minutos del veintiuno de febrero de dos mil trece. Proceso Administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Zoila Rosa Ríos Murillo, que lleva el número cuatrocientos veintinueve, folio doscientos quince, tomo ciento sesenta y dos, de la provincia de Heredia, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrita como Zoila Rosa Murillo Salazar, en el asiento número ciento treinta y dos, folio cero sesenta y seis, tomo cero setenta y seis, del Partido Especial, Sección de Nacimientos y rectificación del precitado asiento de nacimiento, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Faustino Ríos Quirós y Teresa Murillo Salazar, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. Se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a la señora Zoila Rosa Ríos Murillo o Zoila Rosa Murillo Salazar, y al señor Faustino Ríos Quirós con el propósito que se pronuncie con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O.C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7293.—(IN2014004210).

Exp. N° 17371-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas y veinte minutos del trece de marzo de dos mil trece. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Adelaida Flora Ugalde Salazar, que lleva el número setecientos cincuenta y cinco, folio trescientos setenta y ocho, tomo cero ochenta y tres del Partido Especial, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrita como Adelaida Flora González Salazar, en el asiento número ochocientos seis, folio cuatrocientos tres, tomo cero noventa y dos del Partido Especial, Sección de Nacimientos y de rectificación del precitado asiento de nacimiento; en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Juan José Ugalde Villalobos, no indica nacionalidad y Amelia Salazar Salazar, costarricense” y no como se consignó. Conforme lo señalan los artículos 64 y 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación a la señora Adelaida Flora Ugalde Salazar o Adelaida Flora González Salazar, a los señores Eulogio González López y Juan José Ugalde Villalobos, con el propósito que se pronuncien en relación con estas diligencias. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7459.—(IN2014004217).

Exp. N° 10153-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas y quince minutos del veinticuatro de abril de dos mil trece. Proceso administrativo de cancelación del asiento de matrimonio de Carlos Andrés Plata Jaimes con Elena Isabel Noguera Barrios, celebrado el nueve de setiembre de dos mil cinco, que lleva el número doscientos noventa y cinco, folio ciento cuarenta y ocho, tomo cuatrocientos sesenta y ocho de la provincia de San José, Sección de Matrimonios, por cuanto aparece pendiente de inscripción el certificado de matrimonio número doscientos veinticuatro mil ochocientos seis de Guadalupe de Jesús Reyes Santana con Elena Isabel Noguera Barrios, celebrado el treinta y uno de agosto de dos mil tres. Conforme lo señalan los artículos 64 y 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese el edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación a los señores Carlos Andrés Plata Jaimes, Guadalupe de Jesús Reyes Santana y a la señora Elena Isabel Noguera Barrios, con el propósito que se pronuncien en relación con este proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7299.—(IN2014004222).

Exp. N° 16982-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas y quince minutos del siete de febrero de dos mil trece. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Adela de los Ángeles Sancho Jiménez, que lleva el número setecientos veintinueve, folio trescientos sesenta y cinco, del tomo ciento noventa y ocho de la provincia de Puntarenas, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrita como Dunia de los Ángeles Hinrichs Jiménez, en el asiento número cuatrocientos setenta y cinco, folio doscientos treinta y ocho, del tomo cero ochenta y nueve del Partido Especial, Sección de Nacimientos y rectificación del precitado asiento de nacimiento; en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Saúl Sancho Masís y Yadira Jiménez Núñez, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a los señores Saúl Sancho Masís, Guillermo Hinrichs Vásquez y a la señora Adela de los Ángeles Sancho Jiménez o Dunia de los Ángeles Hinrichs Jiménez con el propósito que se pronuncien en relación con la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í..—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7531.—(IN2014004227).

Exp. N° 50082-2010.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas diez minutos del dieciocho de junio del dos mil trece. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Cristchian Abdul Gómez Ramírez, que lleva el número ciento ochenta y seis, folio cero noventa y tres, tomo trescientos cuarenta y cinco de la provincia de Puntarenas, Sección Nacimientos, por aparecer inscrito como Cristhian Abdul Ramírez Acevedo, en el asiento número trescientos setenta y dos, folio ciento ochenta y seis, tomo cuatrocientos sesenta y uno, de la provincia de Puntarenas, Sección de Nacimientos. Conforme lo señalan los artículos 64 y 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se confiere audiencia dentro del término de ocho días al señor Juan Gómez Lezcano, con el propósito que se pronuncien en relación a este proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas, para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í..—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7537.—(IN2014004231).

Exp. N° 28598-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas treinta y tres minutos del veintidós de febrero de dos mil trece. Proceso administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Wilbert Espinoza Hernández, que lleva el número setecientos treinta y uno, folio trescientos sesenta y seis, tomo trescientos veintiocho, de la provincia de Puntarenas, Sección Nacimientos, por aparecer inscrito como Wilber Trejos Hernández, en el asiento número ciento noventa y cuatro, folio noventa y siete, tomo ciento cinco, del Partido Especial, Sección de Nacimientos y de rectificación del precitado asiento de nacimiento, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Santos Espinoza Peña y Silvia del Carmen Hernández Cajina, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, se ordena publicar tres veces este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación en el mismo Diario a los señores Wilbert Espinoza Hernández o Wilber Trejos Hernández, Santos Espinoza Peña y Mesías Trejos Calderón, con el propósito que se pronuncien en relación a este proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7327.—(IN2014004234).

Exp. N° 36867-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas del catorce de marzo de dos mil trece. Proceso administrativo de cancelación de los asientos de nacimiento de Ramón Cerdas Arcia, que lleva el número trescientos ochenta, folio ciento noventa, tomo quinientos dieciocho de la provincia de Alajuela, Sección de Nacimientos y de Román Cortés Cerdas, que lleva el número ochocientos cuarenta y cuatro, folio cuatrocientos veintidós, tomo quinientos treinta y ocho de la provincia de Alajuela, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Román Cerdas Arcia, en el asiento número novecientos cincuenta y uno, folio cuatrocientos setenta y seis, tomo quinientos treinta de la provincia de Alajuela, Sección de Nacimientos; asimismo, rectificación del precitado asiento de nacimiento; en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Rafael Cortés Zapata, nicaragüense y Petrona Cerdas Arcia, costarricense” y no como se consignó. Conforme lo señalan los artículos 64 y 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese el edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación a los señores Ramón Cerdas Arcia o Román Cortés Cerdas o Román Cerdas Arcia, con el propósito que se pronuncie en relación con el presente proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—O. C. Nº 3400020562.—Solicitud Nº 7340.—(IN2014004287).

Exp. N° 31208-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas del veintisiete de febrero del dos mil trece. Proceso Administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Juan Rafael Mena Adanis, que lleva el número quinientos ochenta y cuatro, folio doscientos noventa y dos, tomo ciento treinta y tres, de la provincia de Puntarenas, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Juan Luis de los Ángeles Adanis Hernández, en el asiento número ciento cincuenta, folio cero setenta y cinco, tomo ciento treinta y tres, de la provincia de Puntarenas, Sección de Nacimientos y de rectificación del precitado asiento, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “José Ángel Mena Abarca y Herminia Adanis Hernández, costarricenses”. Conforme lo establece el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a Juan Rafael Mena Adanis o Juan Luis de los Ángeles Adanis Hernández, y a José Ángel Mena Abarca con el propósito que se pronuncien con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í..—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—O. C. Nº 3400020562.—Solicitud Nº 7469.—(IN2014004290).

Exp. N° 13890-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del veintisiete de febrero del dos mil trece. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Geissel Marlene Serrano Serrano, que lleva el número trescientos tres, folio ciento cincuenta y dos, tomo mil quinientos nueve de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrita como Geisel Marlene Vargas Serrano, en el asiento número seiscientos ochenta y tres, folio trescientos cuarenta y dos, tomo mil trescientos ochenta y uno de la provincia de San José, Sección de Nacimientos; y rectificación del precitado asiento de nacimiento; en el sentido que los apellidos de la persona ahí inscrita son “Serrano Serrano, hijo de Luis Alberto Serrano Pérez, no indica nacionalidad y Teresa Serrano Cascante, costarricense” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a la señora Geisel Marlene Vargas Serrano o Geissel Marlene Serrano Serrano, a los señores Carlos Alfredo Vargas Bermúdez y Luis Alberto Serrano Pérez, con el propósito que se pronuncien en relación con la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í..—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—O. C. Nº 3400020562.—Solicitud Nº 7308.—(IN2014004292).

Exp. Nº 24059-2002.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas del doce de abril del dos mil trece. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Manuel Gerardo Quesada Campos, que lleva el número seiscientos veintiocho, folio trescientos catorce, tomo trescientos cuarenta y siete, de la provincia de Alajuela, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Manuel Eduardo Campos Ugalde, en el asiento número seiscientos ochenta y uno, folio trescientos cuarenta y uno, tomo trescientos cuarenta y ocho, de la provincia de Alajuela, Sección de Nacimientos y de rectificación del precitado asiento de nacimiento en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Carlos Quesada Cabezas y Leila Campos Ugalde, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a los señores Carlos Quesada Cabezas y Manuel Gerardo Quesada Campos o Manuel Eduardo Campos Ugalde. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—O. C. Nº 3400020562.—Solicitud Nº 7314.—(IN2014004294).

Exp. N° 24958-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diecisiete horas veintidós minutos del veinticuatro de abril del dos mil trece. Proceso Administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Guillermo Eligio Gerardo Rodríguez Cordero, que lleva el número seiscientos cuarenta y seis, folio trescientos veintitrés, tomo trescientos sesenta, de la provincia de Alajuela, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Guillermo Eligio de San Gerardo Hernández Cordero, en el asiento número quinientos sesenta y cinco, folio doscientos ochenta y tres, tomo cuatrocientos cincuenta y siete, de la provincia de Alajuela, Sección de Nacimientos y de rectificación del anterior asiento de nacimiento en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Elpidio Rodríguez Vega y Elieth Cordero Elizondo, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala los artículos 64 y 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, practíquense las respectivas anotaciones marginales de advertencia en los asientos de nacimiento indicados y publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor Guillermo Hernández Cordero u Guillermo Eligio Gerardo Rodríguez Cordero y al señor Rafael Ángel Hernández Camacho, con el propósito que se pronuncie con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora. Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—O. C. Nº 3400020562.—Solicitud Nº 7320.—(IN2014004296).

Exp. N° 3838-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas del veinte de febrero del dos mil trece. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Freddy Alberto Leiva Rojas, que lleva el número cuatrocientos sesenta, folio doscientos treinta, tomo quinientos cincuenta y uno de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Freddy Alberto Rojas Umaña, en el asiento número setecientos cuarenta y dos, folio trescientos setenta y uno, tomo cincuenta y seis del Partido Especial, Sección de Nacimientos y rectificación del precitado asiento de nacimiento; en el sentido que los apellidos de la persona ahí inscrita son “Leiva Rojas, hijo de Quintín Leiva Romero y Zoila Rojas Umaña, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese el edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a los señores Freddy Alberto Leiva Rojas o Freddy Alberto Rojas Umaña y a Quintín Leiva Romero, con el propósito que se pronuncien en relación con la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í..—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—O. C. Nº 3400020562.—Solicitud Nº 7291.—(IN2014004297).

Exp. N° 36911-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y quince minutos del veintidós de febrero de dos mil trece. Proceso administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Henry Jesús Sosa Marín, que lleva el número setecientos noventa, folio trescientos noventa y cinco, tomo mil siete de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, por cuanto aparece inscrito como Henry Jesús Chacón Marín en el asiento número setecientos cincuenta, folio trescientos setenta y cinco, tomo mil setenta y uno de la provincia de San José, Sección de Nacimientos; asimismo, rectificar el precitado asiento; en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Fernando Sosa Arguedas y Roxana Marín Campos, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo establece el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil; publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor Henry Jesús Sosa Marín o Henry Jesús Chacón Marín y a los señores Fernando Sosa Arguedas y Fernando Jesús Chacón Cordero, con el propósito que se pronuncien en relación con el presente proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—O. C. Nº 3400020562.—Solicitud Nº 7534.—(IN2014004299).

Exp. N° 24418-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y treinta minutos del once de marzo de dos mil trece. Proceso administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Gladys Lidia Soto Villalobos, que lleva el número quinientos treinta y siete, folio doscientos sesenta y nueve, tomo cero setenta y siete del Partido Especial, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrita como Gladys Lidia Martínez Villalobos, en el asiento número novecientos diecisiete, folio cuatrocientos cincuenta y nueve, tomo ciento noventa de la provincia de Guanacaste, Sección de Nacimientos; asimismo, rectificar el precitado asiento de nacimiento; en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Bonifacio Soto Chavarría y Rosalba Villalobos Morales, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señalan los artículos 64 y 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil; se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación a la señora Gladys Lidia Soto Villalobos o Gladys Lidia Martínez Villalobos, a los señores Pascual Martínez Soto y Bonifacio Soto Chavarría, con el propósito que se pronuncien en relación con el presente proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—O. C. Nº 3400020562.—Solicitud Nº 7317.—(IN2014004300).

Exp. N° 21937-2010.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas del veinte de febrero de dos mil trece. Proceso administrativo de cancelación del asiento de matrimonio de Éliecer Francisco Acuña Vargas con Yésica Guadalupe Miuler Rivera, celebrado el tres de abril de dos mil diez, que lleva el número cero treinta y dos, folio cero dieciséis, tomo doscientos veinte de la provincia de Alajuela, Sección de Matrimonios, por cuanto aparece pendiente de inscripción el certificado de matrimonio número ciento veintiocho mil ochocientos doce de Eliécer Acuña Vargas con Amalia Quesada Vásquez, celebrado el dieciséis de octubre de dos mil cuatro. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese el edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación en el mismo Diario al señor Eliécer Francisco Acuña Vargas o Eliécer Acuña Vargas y a las señoras Amalia Quesada Vásquez y Yésica Guadalupe Miuler Rivera, con el propósito que se pronuncien en relación con este proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina. Jefe Sección Actos Jurídicos.—O. C. Nº 3400020562.—Solicitud Nº 7461.—(IN2014004302).

Exp. N° 45307-2009.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil trece. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Elizabeth Solano Murcia, que lleva el número doscientos sesenta y siete, folio ciento treinta y cuatro, tomo ciento uno, del Partido Especial, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrita como Elieth Ortiz Murcia, en el asiento número novecientos cuarenta y uno, folio cuatrocientos setenta y uno, tomo trescientos cincuenta, de la provincia de Cartago, Sección de Nacimientos, así como; la cancelación del asiento de nacimiento de Raquel Aguilar Solano, que lleva el número ciento cincuenta y dos, folio cero setenta y seis, tomo doscientos veintiuno, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrita como Raquel Aguilar Ortiz, en el asiento número doscientos setenta y nueve, folio ciento cuarenta, tomo doscientos veinte, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos y del asiento de nacimiento de Deveura Aguilar Solano, que lleva el número setecientos veintiocho, folio trescientos sesenta y cuatro, tomo doscientos treinta y uno, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrita como Adriana Aguilar Ortiz, en el asiento número cuatrocientos quince, folio doscientos ocho, tomo doscientos treinta y siete, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos. Conforme lo señalan los artículos 64 y 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a las señoras Elizabeth Solano Murcia o Elieth Ortiz Murcia, Raquel Aguilar Solano o Raquel Aguilar Ortiz y a Deveura Aguilar Solano o Adriana Aguilar Ortiz, con el propósito que se pronuncien en relación con las presentes gestiones. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—O. C. Nº 3400020562.—Solicitud Nº 7344.—(IN2014004303).

Exp. N° 28498-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas y treinta minutos del once de marzo del dos mil trece. Procedimiento administrativo de cancelación de los asientos de matrimonio de Crisanto Godoy Herrera con Blanca Isabel Jarquín Arcia, celebrado el diez de noviembre de mil novecientos ochenta y siete, que lleva el número seiscientos sesenta y uno, folio trescientos treinta y uno, tomo doscientos noventa de la provincia de San José, Sección de Matrimonios y el matrimonio de Crisanto Godoy Herrera con Juana del Carmen Velásquez Sánchez, celebrado el quince de diciembre de dos mil once, que lleva el número ochocientos ochenta y ocho, folio cuatrocientos cuarenta y cuatro, tomo quinientos treinta de la provincia de San José, Sección de Matrimonios, por aparecer pendiente de inscripción el certificado de matrimonio de Crisanto Godoy Herrera con Mirna del Socorro Rodríguez no indica otro apellido, celebrado el ocho de agosto de mil novecientos setenta. Conforme lo señalan los artículos 64 y 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación al señor Crisanto Godoy Herrera y a las señoras Mirna del Socorro Rodríguez no indica otro apellido, Juana del Carmen Velásquez Sánchez y Blanca Isabel Jarquín Arcia, con el propósito que se pronuncien en relación con las presentes gestiones. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—O. C. Nº 3400020562.—Solicitud Nº 7326.—(IN2014004305).

Exp. N° 31832-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y quince minutos del quince de febrero del dos mil trece, Proceso administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de María Eugenia Zúñiga Aguilar, que lleva el número quinientos cuatro, folio doscientos cincuenta y dos, tomo doscientos treinta y cinco de la provincia de Guanacaste, Sección de Nacimientos, por cuanto aparece inscrita como María Eugenia Aguilar Rosales, en el asiento número novecientos dieciséis, folio cuatrocientos cincuenta y ocho, tomo cero noventa y tres del Partido Especial, Sección de Nacimientos; asimismo, rectificar el precitado asiento; en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “José Ángel Zúñiga Zúñiga y Rita Emilia Aguilar Rosales, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo establece el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a las señoras María Eugenia Zúñiga Aguilar o María Eugenia Aguilar Rosales y al señor José Ángel Zúñiga Zúñiga, con el propósito que se pronuncien en relación con el presente proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—O. C. Nº 3400020562.—Solicitud Nº 7332.—(IN2014004352).

Exp. N° 24962-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de febrero de dos mil trece. Proceso administrativo de cancelación de asiento de nacimiento de Wilfredo Sequeira Hernández, que lleva el número cuatrocientos veinte, folio doscientos diez, tomo ciento sesenta y siete de la provincia de Guanacaste, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Wilber Hernández Carrillo, en el asiento número setecientos treinta y nueve, folio trescientos setenta, tomo ciento sesenta y siete de la provincia de Guanacaste, Sección de Nacimientos y de rectificación del precitado asiento de nacimiento; en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Justo Sequeira Sequeira y Aurea Hernández Carrillo, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil; se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a los señores Wilfredo Sequeira Hernández o Wilber Hernández Carrillo y Justo Sequeira Sequeira, con el propósito que se pronuncien en relación con la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7466.—Crédito.—(IN2014004355).

Exp. N° 17332-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de marzo de dos mil trece. Proceso administrativo de cancelación de asiento de nacimiento de Nancy Mayela Vargas Herra, que lleva el número setecientos cincuenta y dos, folio trescientos setenta y seis, tomo novecientos sesenta y ocho de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrita como Mayela Fernández Herra, en el asiento número setecientos veinte, folio trescientos sesenta, tomo quinientos veintiuno de la provincia de Alajuela, Sección de Nacimientos y de rectificación del precitado asiento de nacimiento; en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Carlos Luis Vargas Jiménez y Alejandrina Herra Delgado, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señalan los artículos 64 y 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación a la señora Nancy Mayela Vargas Herra o Mayela Fernández Herra, a los señores Hernán Fernández Fernández y Carlos Luis Vargas Jiménez, con el propósito que se pronuncien en relación con la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7309.—Crédito.—(IN2014004358).

Exp. N° 13376-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil. Sección Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas del veintiocho de febrero del dos mil trece. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Betzy Yuriella Gómez Murillo, que lleva el número quinientos ochenta y uno, folio doscientos noventa y uno, tomo trescientos ochenta y tres de la provincia de Guanacaste, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrita como Betsy Yuriela Ortiz Murillo, en el asiento número novecientos setenta y cinco, folio cuatrocientos ochenta y ocho, tomo trescientos cuarenta y ocho de la provincia de Guanacaste, Sección de Nacimientos, y rectificación del precitado asiento de nacimiento; en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Juan Gómez Álvarez y Zeneida Murillo Mora, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación a la señora Betsy Yuriela Ortiz Murillo o Betzy Yuriella Gómez Murillo y a los señores Juan Gómez Álvarez y Hernán Ortiz Díaz, con el propósito que se pronuncien en relación con la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7303.—Crédito.—(IN2014004361).

Exp. N° 13560-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas y quince minutos del doce de febrero de dos mil tres. Proceso administrativo de cancelación del asiento de matrimonio de Edwin Joel Nieves Pacheco con Marcela Chacón Pereira, celebrado el veintitrés de mayo del dos mil siete, que lleva el número doscientos veintiuno, folio ciento once, tomo cuatrocientos ochenta y nueve de la provincia de San José, Sección de Matrimonios, por aparecer en proceso de inscripción certificado de declaración de matrimonio civil número trescientos sesenta y nueve mil doscientos treinta de Óscar Alberto Sánchez Restrepo con Marcela Chacón Pereira, celebrado el diecisiete de octubre del dos mil seis. Conforme lo establece el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación en el mismo Diario al señor Edwin Joel Nieves Pacheco, al señor Óscar Alberto Sánchez Restrepo y a la señora Marcela Chacón Pereira, con el propósito que se pronuncien en relación con el presente proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7529.—Crédito.—(IN2014004367).

Exp. N° 3855-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas diecisiete minutos del veintisiete de febrero de dos mil trece. Proceso administrativo de cancelación de asiento de nacimiento de Johnny Dany Rojas Zapata, que lleva el número novecientos sesenta y dos, folio cuatrocientos ochenta y uno, tomo trescientos tres, de la provincia de Puntarenas, Sección Nacimientos, por aparecer inscrito como John Danny Zapata Zapata, en el asiento número doscientos veintitrés, folio ciento doce, tomo trescientos cuatro, de la provincia de Puntarenas, Sección de Nacimientos y de rectificación del anterior asiento de nacimiento, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Carlos Luis Rojas Badilla y Zeneida Zapata Zapata, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación al señor John Danny Zapata Zapata o Johnny Dany Rojas Zapata y al señor Carlos Luis Rojas Badilla, con el propósito de que se pronuncie en relación a este proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7292.—Crédito.—(IN2014004373).

Exp. N° 36924-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas del ocho de marzo de dos mil trece. Proceso administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Luz Marleny de la Trinidad Borbón Cascante, que lleva el número mil, folio quinientos, tomo ciento sesenta, de la provincia de Puntarenas, Sección de Nacimientos, por cuanto aparece inscrita como Luz Marina Cascante Bermúdez en el asiento número quinientos dos, folio doscientos cincuenta y uno, tomo cero ochenta y nueve, del Partido Especial, Sección de Nacimientos, asimismo rectificar el precitado asiento en el sentido que los apellidos la persona ahí inscrita son “Borbón Cascante hija de Delfín Borbón Borbón y Prudencia Cascante Bermúdez, costarricenses” y no como se consignaron. Conforme lo establece el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil; se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a la señora Luz Marina Cascante Bermúdez o Luz Marleny de la Trinidad Borbón Cascante y al señor Delfín Borbón Borbón, con el propósito que se pronuncien con relación al presente proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7535.—Crédito.—(IN2014004391).

Exp. N° 31819-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas y cinco minutos del veintiuno de febrero de dos mil trece. Proceso administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Wayne Brandon Squires Benavides, que lleva el número ciento cuatro, folio cero cincuenta y dos, tomo mil ciento setenta y siete de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, por cuanto aparece inscrito como Wayne Brandon Foster Benavides en el asiento número novecientos noventa y ocho, folio cuatrocientos noventa y nueve, tomo mil cuatrocientos sesenta y uno de la provincia de San José, Sección de Nacimientos; asimismo, rectificar el precitado asiento; en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Wayne K. Squires, no indica segundo apellido, estadounidense y Sonia Benavides Bolaños, costarricense” y no como se consignó. Conforme lo establece el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese el edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor Wayne Brandon Squires Benavides o Wayne Brandon Foster Benavides, a los señores Wayne K. Squires, no indica segundo apellido y Douglas Neil Foster no indica segundo apellido, con el propósito que se pronuncien en relación con el presente proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7329.—Crédito.—(IN2014004393).

Exp. N° 32755-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas y veinticinco minutos del veintiuno de febrero del dos mil trece. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de matrimonio de Jianyi Zhen Li conocido como Luis Zhen Li con Jinchang Feng no indica otro apellido, celebrado el doce de julio dos mil seis, que lleva el número seiscientos sesenta y uno, folio trescientos treinta y uno, tomo cuatrocientos setenta y siete de la provincia de San José, Sección de Matrimonios, por aparecer inscrito matrimonio de Jianyi Zhen no indica otro apellido con Josefina Ho Mo, celebrado el catorce de febrero del dos mil, en el asiento quinientos cincuenta y seis, folio doscientos setenta y ocho, tomo cero setenta y seis de la provincia de Heredia, Sección de Matrimonios. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese el edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a los señores Jianyi Zhen Li conocido como Luis Zhen Li o Jianyi Zhen no indica otro apellido y a las señoras Jinchang Feng no indica otro apellido y Josefina Ho Mo, con el propósito que se pronuncien en relación con la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7334.—Crédito.—(IN2014004396).

Exp. N° 42428-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas veinte minutos del dieciocho de diciembre del dos mil trece. Diligencias de ocurso presentadas ante este Registro Civil por Asdrúbal Badilla Román, mayor, casado, conserje, pasaporte número C uno cuatro cinco cero cero cero uno, vecino de Santiago, Puriscal, San José; tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha de nacimiento... es “treinta y uno de agosto de mil novecientos cincuenta y cinco”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—(IN2014006520).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. N° 17364-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y quince minutos del veintiuno de febrero del dos mil trece. Proceso administrativo de cancelación de asiento de nacimiento de Marcial Augusto de la Trinidad Ramírez Salas, que lleva el número: cero sesenta y seis, folio: cero treinta y tres, tomo: seiscientos uno, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos y el asiento de nacimiento de Eduardo Antonio de la Trinidad Ramírez Salas, que lleva el número: seiscientos cuarenta y nueve, folio: trescientos veinticinco, tomo: seiscientos treinta y tres, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Eduardo de la Trinidad Salas González, en el asiento número: seiscientos veinte, folio: trescientos diez, tomo: setecientos sesenta, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos; asimismo, rectificación del precitado asiento de nacimiento; en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Daniel Ramírez Chaves y Blanca Rosa Salas González, costarricenses”, y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese el edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación a los señores Marcial Augusto de la Trinidad Ramírez Salas, Eduardo Antonio de la Trinidad Ramírez Salas o Eduardo de la Trinidad Salas González, con el propósito que se pronuncie en relación con la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7310.—(IN2014004238).

Exp. N° 38523-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cuatro minutos del dieciséis de mayo del dos mil trece. Proceso administrativo de cancelación del asiento de matrimonio de Jeffrey Salas Jiménez con Anna Gael Hernández Díaz, celebrado el veinte de junio del dos mil nueve, que lleva el número: ochocientos cuarenta y seis, folio: cuatrocientos veintitrés, tomo: ciento treinta y ocho, de la provincia de Cartago, Sección de Matrimonios, por aparecer inscrito matrimonio de Jefrey de la Trinidad Salas Jiménez con Noemy Cecilia Coto Quesada, celebrado el ocho de noviembre de mil novecientos sesenta y nueve, en el asiento: número ochocientos treinta y tres, folio: cuatrocientos diecinueve, tomo: cero cincuenta y tres, de la provincia de Cartago, Sección de Matrimonios. Conforme lo señalan los artículos 64 y 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor Jefrey de la Trinidad Salas Jiménez o Jeffrey Salas Jiménez y a las señoras Noemy Cecilia Coto Quesada y Anna Gael Hernández Díaz, con el propósito que se pronuncien con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora. Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7342.—(IN2014004242).

Exp. N° 24394-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas y quince minutos del veintiuno de febrero del dos mil trece. Proceso administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Carlos Luis León Calderón, que lleva el número: quinientos catorce, folio: doscientos cincuenta y siete, tomo: ciento ochenta y tres, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Carlos Luis Rivera Calderón, en el asiento número: doscientos noventa y cinco, folio: ciento cuarenta y ocho, tomo: ciento ochenta y ocho, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos y de rectificación del precitado asiento de nacimiento; en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “José Ramón León Carvajal y Patricia Calderón Trejos, costarricenses”, y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese el edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia dentro del término de ocho días, a partir de la primera publicación al señor Carlos Luis Rivera Calderón o Carlos Luis León Calderón, a los señores José Ramón León Carvajal y Marvin Rivera Bello, con el propósito que se pronuncien en relación con este proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7316.—(IN2014004247).

Exp. N° 13359-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas veintitrés minutos del cuatro de marzo del dos mil trece. Proceso administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de María Fernanda Rodríguez López, que lleva el número: seiscientos veintiséis, folio: trescientos trece, tomo: mil doscientos cuarenta y cuatro, de la provincia de San José, Sección Nacimientos, por aparecer inscrita como María Fernanda Sánchez López, en el asiento número: ochocientos setenta, folio: cuatrocientos treinta y cinco, tomo: mil cuatrocientos cuarenta y tres, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos y de rectificación del anterior asiento de nacimiento, en el sentido que los apellidos de la persona ahí inscrita son “Rodríguez López, hija de Jorge Ricardo Rodríguez Jiménez y Verania López Aguilar, costarricenses”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se confiere audiencia dentro del término de ocho días, a partir de la primera publicación a la señora María Fernanda Rodríguez López o María Fernanda Sánchez López y a los señores Jorge Ricardo Rodríguez Jiménez y Eliécer Sánchez Ramírez, con el propósito que se pronuncie en relación a este proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas, para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7528.—(IN2014004249).

Exp. N° 1109-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de febrero del dos mil trece. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de María de los Ángeles Chavarría Molina que lleva el número: doscientos cuarenta y seis, folio: ciento veintitrés, tomo: doscientos doce, de la provincia de Guanacaste, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrita como María de los Ángeles Molina Molina, en el asiento número: seiscientos dieciocho, folio: trescientos nueve, tomo: doscientos setenta y seis, de la provincia de Guanacaste, Sección de Nacimientos y rectificación del precitado asiento de nacimiento; en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Clemente Chavarría Chévez y Mirtha María Molina Molina, costarricenses”, y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a la señora María de los Ángeles Chavarría Molina o María de los Ángeles Molina Molina y al señor Clemente Chavarría Chévez, con el propósito que se pronuncien en relación con la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7523.—(IN2014004260).

Exp. N° 41267-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y cuarenta minutos del veinte de febrero del dos mil trece. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de matrimonio de Rafael Gilberto Artavia Artavia con Daisy Aguilar Solís, celebrado el primero de julio de mil novecientos setenta y tres, que lleva el número: cuatrocientos diecinueve, folio: doscientos once, tomo: cero treinta y cinco, de la provincia de Puntarenas, Sección de Matrimonios, por aparecer inscrito matrimonio de Gilberto Artavia Artavia con Carmen del Socorro Murillo Aguilar, celebrado el veinte de agosto de mil novecientos cincuenta y cinco, que lleva el número: setecientos veintiséis, folio: trescientos setenta y nueve, tomo: cero cincuenta, de la provincia de Alajuela, Sección de Matrimonios. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor Rafael Gilberto Artavia Artavia o Gilberto Artavia Artavia y a la señora Daisy Aguilar Solís, con el propósito que se pronuncien en relación con la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7536.—(IN2014004264).

Exp. N° 31830-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del quince de febrero del dos mil trece. Proceso administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Emelda Marín Vargas, que lleva el número: trescientos setenta y tres, folio: ciento ochenta y siete, tomo: ciento seis, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos, por cuanto aparece inscrita como Melba Vargas Vargas en el asiento: trescientos veintiséis, folio: ciento sesenta y tres, tomo: ciento dos, del Partido Especial, Sección de Nacimientos; asimismo, rectificar el precitado asiento; en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Dionisio Marín Marín y Reinalda Vargas Vargas, costarricenses”, y no como se consignó. Conforme lo establece el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a la señora Emelda Marín Vargas o Melba Vargas Vargas y al señor Dionisio Marín Marín, con el propósito que se pronuncien en relación con el presente proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7330.—(IN2014004267).

Exp. N° 17375-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y treinta minutos del catorce de marzo del dos mil trece. Proceso administrativo de cancelación de asiento de nacimiento de Sandra Arley Quirós Contreras, que lleva el número: seiscientos veintiocho, folio: trescientos catorce, tomo: cero setenta y siete de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrita como Sandra Harley Denis Contreras, en el asiento número: doscientos ocho, folio: ciento cuatro, tomo: cero setenta y ocho, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos y de rectificación del precitado asiento de nacimiento; en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Julio José Antonio Quirós Arias y Carmen Contreras Madrigal, costarricenses”, y no como se consignó. Conforme lo señalan los artículos 64 y 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación a la señora Sandra Arley Quirós Contreras o Sandra Harley Denis Contreras y al señor Julio Antonio Quirós Arias, con el propósito que se pronuncien en relación con la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7311.—(IN2014004270).

Exp. N° 13464-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas y treinta minutos del catorce de febrero del dos mil trece. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Víctor Manuel Esquivel Vargas, que lleva el número: novecientos cincuenta y tres, folio: cuatrocientos setenta y siete, tomo: novecientos noventa, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Víctor Manuel del Rosario Cascante Vargas, en el asiento número: cero cuarenta y siete, folio: cero veinticuatro, tomo: quinientos ochenta y dos, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos y rectificación del precitado asiento de nacimiento, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Apódemio Esquivel Azofeifa y Caridad Vargas Vargas, costarricenses”, y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor Víctor Manuel Esquivel Vargas o Víctor Manuel del Rosario Cascante Vargas, con el propósito que se pronuncie en relación con la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7305.—(IN2014004271).

Exp. N° 19529-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas del veintiuno de febrero del dos mil trece. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de matrimonio de Norlan José López Matamoros con Edna Caulin Aguanza, celebrado el dieciocho de febrero del dos mil siete, que lleva el número: cuatrocientos treinta y cuatro, folio: doscientos diecisiete, tomo: cuatrocientos ochenta y cinco, de la provincia de San José, Sección de Matrimonios, por aparecer pendiente de inscripción el certificado de declaración de matrimonio número: doscientos cuarenta mil novecientos setenta y siete de Manuel de Jesús Retana Seas con Edna Caulin Aguansa, celebrado el diecinueve de setiembre del dos mil tres. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese el edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación a los señores Norlan José López Matamoros y Manuel de Jesús Retana Seas y a la señora Edna Caulin Aguanza o Edna Caulin Aguansa, con el propósito que se pronuncien en relación con las presentes gestiones. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7460.—(IN2014004275).

Exp. N° 13392-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas del dieciocho de febrero del dos mil trece. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Milton Sebastián de la Trinidad Bonilla Hernández, que lleva el número: doscientos ochenta y dos, folio: ciento cuarenta y uno, tomo: ciento veinticuatro, de la provincia de Heredia, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Milton Sebastián de la Trinidad Hernández Zumbado, en el asiento número: seiscientos treinta y siete, folio: trescientos diecinueve, tomo: ciento veinticuatro, de la provincia de Heredia, Sección de Nacimientos y rectificación del precitado asiento de nacimiento; en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Tarcisio Bonilla Garita y Zoraida Hernández Zumbado, costarricenses”, y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese el edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor Milton Sebastián de la Trinidad Bonilla Hernández o Milton Sebastián de la Trinidad Hernández Zumbado y al señor Tarcisio Bonilla Garita, con el propósito que se pronuncien en relación con la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7304.—(IN2014004278).

Exp. N° 33701-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas del once de marzo del dos mil trece. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de matrimonio de Bryan Gerardo Rodríguez Castillo con Inirida Trujillo Devia, celebrado el ocho de setiembre del dos mil tres, que lleva el número: cuatrocientos setenta, folio: doscientos treinta y cinco, tomo: cuatrocientos cuarenta y cinco, de la provincia de San José, Sección de Matrimonios, por aparecer pendiente de inscripción el matrimonio de Arturo Mora Vargas con Inirida Trujillo Devia, celebrado el dieciséis de julio del dos mil tres, según certificado número: doscientos veintiocho mil doscientos setenta y siete. Conforme lo señalan los artículos 64 y 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación a los señores Arturo Mora Vargas y Bryan Gerardo Rodríguez Castillo y a la señora Inirida Trujillo Devia, con el propósito que se pronuncien en relación con la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7533.—(IN2014004279).

Exp. N° 5992-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas y treinta minutos del trece de febrero del dos mil trece. Proceso administrativo de cancelación del asiento de matrimonio de James Earle Harvey no indica otro apellido con Luz Delia González Aguilar, que lleva el número: setecientos noventa y uno, folio: trescientos noventa y seis, tomo: setenta y siete, de la provincia de Heredia, Sección de Matrimonios, por cuanto el señor James Earle Harvey Bridges, contrajo matrimonio anteriormente con la señora María Eugenia Martínez Rojas; el cual se encuentra inscrito en el asiento número: seiscientos setenta, folio: trescientos treinta y cinco, tomo: doscientos ochenta y seis, de la provincia de San José, Sección de Matrimonios. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación en el mismo Diario al señor James Earle Harvey no indica otro apellido o James Earle Harvey Bridges y a la señora Luz Delia González Aguilar, con el propósito que se pronuncien en relación con este proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7527.—(IN2014004284).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. N° 13473-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas veinte minutos del seis de marzo del dos mil trece. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Yerner Ríos Rivera, que lleva el número: doscientos dieciocho, folio: ciento nueve, tomo: ciento sesenta y cuatro, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Elmer Rivera Ruiz, en el asiento número: novecientos cincuenta y tres, folio: cuatrocientos setenta y siete, tomo: ciento sesenta y seis, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos y rectificación del precitado asiento en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Nicomedes Ríos Zamora y Victoria Rivera Ruiz, costarricenses”, y no como se consignó. Conforme lo señalan los artículos 64 y 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a los señores Nicomedes Ríos Zamora y Elmer Rivera Ruiz o Yerner Ríos Rivera, con el propósito que se pronuncien con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 7306.—(IN2014004604).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES

Comunicado al público en general y a proveedores de bienes y servicios

La Superintendencia de Pensiones (SUPEN), en cumplimiento del inciso g, artículo 5 de la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos así como del Artículo 7 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, informa al público en general y a los proveedores de bienes y servicios que, el Presupuesto Ordinario 2014 de la Superintendencia de Pensiones y el Programa de Adquisiciones de la Superintendencia de Pensiones, se encuentra publicado en su página Web en la dirección www.supen.fi.cr en la sección “Quiénes somos”.

Área de Comunicación y Servicios.—José Ezequiel Arias González, Jefe.—1 vez.—(IN2014011220).

COMUNICADO AL PÚBLICO EN GENERAL Y A PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS

El Banco Central de Costa Rica, en cumplimiento del inciso g, artículo 5 de la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos así como del artículo 7 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, informa al público en general y a los proveedores de bienes y servicios que el Presupuesto Ordinario del Banco Central de Costa Rica del 2014 y el Programa de Adquisiciones del Banco Central de Costa Rica, se encuentra publicado en la página Web en la dirección http://www.bccr.fi.cr/presupuesto/ en la sección “Presupuesto y Modificaciones”.

Departamento Contabilidad de la Gestión.—Carolina Villalobos Hidalgo, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2014013532.—Solicitud Nº 8126.—C-Crédito.—(IN2014005343).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. MAX TERÁN VALLS

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

SUBÁREA DE PLANIFICACIÓN Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES PROYECTADO 2014

En cumplimiento de lo estipulado en el artículo 6° de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7° del Reglamento a esa misma Ley, el Área de Gestión de Bienes y Servicios-Subárea de Planificación y Contratación Administrativa del Hospital Dr. Max Terán Valls de Quepos, comunica que el Programa de Adquisiciones Proyectado 2014, se encuentra a disposición de los interesados en el sitio Web de la Caja Costarricense de Seguro Social: www.ccss.sa.cr, apartado de Planes de Compra.

Quepos, 20 de febrero del 2014.—Lic. Ana Lissette Acuña Vargas, Jefa a. í.—Lic. Alexander Corrales Zúñiga, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2014011208).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

Código

Programa de adquisiciones 2014

Total general

 

1.325.203.301,65

1

SERVICIOS

897.723.746,88

1.01.01

Alquiler de edificios, locales y terrenos

35.443.049,13

1.01.02

Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario

11.130.000,00

1.01.03

Alquiler de equipo de cómputo

1.006.245,45

1.01.99

Otros alquileres

500.000,00

1.03.07

Servicios de transferencia electrónica de información

1.200.000,00

1.04.01

Servicios médicos y de laboratorio

5.434.812,00

1.04.02

Servicios jurídicos

3.100.000,00

1.04.03

Servicios de ingeniería

15.020.000,00

1.04.04

Servicios en ciencias económicas y sociales

7.200.000,00

1.04.05

Servicios de desarrollo de sistemas informáticos

10.000.000,00

1.04.06

Servicios generales

158.758.013,04

1.04.99

Otros servicios de gestión y apoyo

171.946.491,26

1.05.01

Transporte dentro del país

300.000,00

1.05.02

Viáticos dentro del país

400.000,00

1.05.03

Transporte en el exterior

1.600.000,00

1.05.04

Viáticos en el exterior

1.500.000,00

1.07.01

Actividades de capacitación

23.435.136,00

1.07.02

Actividades protocolarias y sociales

5.300.000,00

1.08.01

Mantenimiento de edificios y locales

2.500.000,00

1.08.03

Mantenimiento de instalaciones y otras obras

1.000.000,00

1.08.04

Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo de producción

15.900.000,00

1.08.05

Mantenimiento y reparación de equipo de transporte

74.500.000,00

1.08.06

Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación

2.850.000,00

1.08.07

Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina

3.950.000,00

1.08.08

Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas de información

4.050.000,00

1.08.99

Mantenimiento y reparación de otros equipos

4.700.000,00

1.99.99

Otros servicios no especificados

335.000.000,00

 

 

 

2

MATERIALES Y SUMINISTROS

291.527.531,19

2.01.01

Combustibles y lubricantes

78.928.077,15

2.01.02

Productos farmacéuticos y medicinales

954.278,00

2.01.03

Productos veterinarios

500.000,00

2.01.04

Tintas, pinturas y diluyentes

14.100.000,00

2.01.99

Otros productos químicos

5.700.000,00

2.02.01

Productos pecuarios y otras especies

500.000,00

2.02.02

Productos agroforestales

2.000.000,00

2.02.03

Alimentos y bebidas

3.467.500,00

2.03.01

Materiales y productos metálicos

7.700.000,00

2.03.02

Materiales y productos minerales y asfálticos

26.411.968,59

2.03.03

Madera y sus derivados

3.000.000,00

2.03.04

Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo

3.700.000,00

2.03.05

Materiales y productos de vidrio

3.350.000,00

2.03.06

Materiales y productos de plástico

7.950.000,00

2.03.99

Otros materiales y productos de uso en la construcción

2.750.000,00

2.04.01

Herramientas e instrumentos

8.025.000,00

2.04.02

Repuestos y accesorios

42.500.000,00

2.99.01

Útiles y materiales de oficina y cómputo

5.601.700,00

2.99.02

Útiles y materiales médico, hospitalario y de investigación

581.900,00

2.99.03

Productos de papel, cartón e impresos

10.684.320,00

2.99.04

Textiles y vestuario

18.005.630,00

2.99.05

Útiles y materiales de limpieza

17.399.333,60

2.99.06

Útiles y materiales de resguardo y seguridad

24.811.663,00

2.99.07

Útiles y materiales de cocina y comedor

100.000,00

2.99.99

Otros útiles, materiales y suministros

2.806.160,85

 

 

 

5

BIENES DURADEROS

135.952.023,58

5.01.01

Maquinaria y equipo para la producción

3.905.254,88

5.01.03

Equipo de comunicación

1.500.000,00

5.01.04

Equipo y mobiliario de oficina

1.100.000,00

5.01.05

Equipo y programas de cómputo

1.700.000,00

5.01.06

Equipo sanitario, de laboratorio e investigación

445.000,00

5.01.99

Maquinaria y equipo diverso

5.371.493,46

5.02.01

Edificios

50.000.000,00

5.02.02

Vías de comunicación terrestre

70.930.275,24

5.99.03

Bienes intangibles

1.000.000,00

 

Lic. Christian González S., Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN20140011165).

MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN

PLAN DE ADQUISICIONES PERIODO 2014

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y en el artículo 7 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, la Municipalidad de San Ramón, hace de conocimiento público en general, que el programa de adquisiciones para el período 2014, se encuentra disponible en la página web de la Institución, en la siguiente dirección: www.sanramon.go.cr siguiendo los enlaces: Servicios en Línea-Tramitología-Formularios-Proveeduría-Plan de Adquisiciones 2014.

Harvey Rodríguez Ramírez, Proveedor Municipal a. í.—1 vez.—(IN20140011265).

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO

DEPARTAMENTO CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

INFORMACIÓN DEL PROGRAMA ANUAL

DE COMPRAS AÑO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos N° 6 de la Ley de Contratación Administrativa y N° 7 de su Reglamento, se informa a los interesados, que ya se encuentra disponible en la página Web Institucional el detalle del Programa Anual de Compras proyectado para el período enero a diciembre del 2014.

Las modificaciones que se hagan durante el año a este programa, serán divulgadas en la página institucional en la dirección electrónica http://www.guacimo.go.cr, link de proveeduría.

Guácimo, 21 de enero del 2014.—Zilenia Venegas Vargas, Proveedora Municipal.—Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2014011295).

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados en participar en el siguiente procedimiento:

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000097-PROV

Compra de Rack

Fecha y hora de apertura: 26 de marzo de 2014, a las 10:00 horas.

El cartel se puede obtener sin costo alguno a través de internet en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduría/invitaciones 2013, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la siguiente dirección: kmoralesq@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3623.

San José, 21 de febrero del 2014.—Lic. Wilbert Kidd Alvarado, Jefe.—1 vez.—(IN2014011141).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA

LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000001-4402

Adquisición de sistema de angiografía cielítico y readecuación

del Servicio de Hemodinamia del Hospital

Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia

Apertura ofertas: a las 10:00 horas, del 26 de marzo de 2014, en el piso 12, del edificio Jenaro Valverde Bonilla (anexo), San José, avenida cuarta, calles 5 y 7.

Visita al sitio: se realizará a las 9:00 horas, del 3 de marzo de 2014, en la Dirección Médica del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia.

Para obtener el cartel, deben presentarse en las oficinas de la Dirección de Arquitectura e Ingeniería, ubicadas en el piso 12, del edificio Jenaro Valverde Bonilla (anexo), San José, avenida cuarta, calles 5 y 7, de lunes a jueves de 07:00 a.m. a 04:30 y viernes de 7:00 a.m. a 3:30 p.m. Favor traer un dvd.

San José, 21 de febrero de 2014.—Subárea Gestión Administrativa y Logística.—Lic. Ana Lorena Cruz Herrera, Jefa.—1 vez.—Solicitud Nº 9343.—C-16270.—(IN2014011372).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2014LN-000004-PRI

(Convocatoria)

Contratación de ejecución de órdenes de suspensión

y reconexión de servicios de agua potable

en la Gran Área Metropolitana

(Modalidad: entrega según demanda)

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del 27 de marzo del 2014, para la “Contratación de ejecución de órdenes de suspensión y reconexión de servicios de agua potable en la Gran Área Metropolitana”.

Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del AyA sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00 o en el Web www.aya.go.cr, Link Proveeduría, Expediente Digital.

Dirección de Proveeduría.—Lic. Iris Patricia Fernández Barrantes.—1 vez.—O. C. N° 5100002278.—Solicitud N° 9329.—C-15810.—(IN2014011174).

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2014LN-000005-PRI

(Convocatoria)

Compra de grúas instaladas en camión para

las regiones periféricas GAM y SAID

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del 25 de abril del 2014, para la “Compra de grúas instaladas en camión para las regiones periféricas GAM y SAID”, los documentos que conforman el cartel, podrán descargarse en la dirección electrónica www.aya.go.cr o bien retirarse en la Proveeduría del AyA, sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA, ubicado en Pavas, el mismo tendrá un costo de ¢500,00.

Dirección de Proveeduría.—Lic. Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. N° 5100002278.—Solicitud N° 9341.—C-13960.—(IN2014011252).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000001-01

Construcción de red de cuido en Urbanización

La Capri, San Miguel Desamparados

La Municipalidad de Desamparados, invita a todos los posibles oferentes, para que presenten sus ofertas. El cartel de licitación se pone a disposición de los interesados en la Unidad de Proveeduría, ubicada en la segunda planta del Palacio Municipal de Desamparados, frente al Parque Centenario.

La apertura de ofertas se hará 15 días hábiles  posteriores al día después de la publicación, al ser las 10 horas.

El costo del cartel es de ¢2.000 (dos mil colones) que deberán ser cancelados en la Plataforma de Servicios.

Desamparados, 24 de febrero del 2014.—Unidad de Proveeduría.—Lic. Iliana Zamora Araya, Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2014011353).

MUNICIPALIDAD DE MORAVIA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000001-01

Contratación de servicios profesionales de tres abogados

para cobro judicial de tributos adeudados a la Municipalidad de Moravia

La Proveeduría de la Municipalidad de Moravia, recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 20 de marzo del 2014, para la contratación de servicios profesionales de tres abogados para cobro judicial de tributos adeudados a la Municipalidad, mayores especificaciones generales y técnicas podrán ser retiradas gratuitamente a partir de esta publicación, en las oficinas de la Proveeduría Municipal, costado norte de la Cruz Roja, San Vicente de Moravia, en la página WEB www.moravia.go.cr o solicitarlo al correo proveeduría@moravia.go.cr.

 Moravia, 21 de febrero del 2014.—Jorge Mesén Solórzano, Proveedor Institucional.—1vez.—(IN2014011178).

MUNICIPALIDAD DE ATENAS

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

COMPRA DIRECTA 2014CD-0000013-01

Contratación de empresa para la operación del CECUDI del distrito Central de Atenas

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados en participar en el siguiente procedimiento:

Compra Directa 2014CD-0000013-01. Contratación de empresa para la operación del CECUDI del distrito Central de Atenas.

Fecha y hora de apertura: 13 de marzo del 2014, a las 10:00 horas.

El cartel se puede obtener de forma personal en el Departamento de Proveeduría o solicitando el archivo digital al correo electrónico proveeduria@atenasmuni.go.cr.

Departamento de Proveeduría.—Lic. Alejandro Chaves Suárez.—1 vez.—(IN2014011200).

MUNICIPALIDAD DE OROTINA

LICITACIÓN ABREVIADA NÚMERO 2014LA-000001-01

Contratación de los servicios de recolección y transporte de los desechos sólidos a recolectar en el cantón de Orotina

La Municipalidad de Orotina, invita a participar en este concurso. Para tal efecto se recibirán ofertas originales en la Proveeduría Municipal hasta las 9:00 horas del quinto día hábil posterior a la publicación en el periódico oficial La Gaceta. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones en la Proveeduría Institucional o solicitarlo vía correo electrónico.

El cartel de la licitación incluye las especificaciones técnicas y logística a seguir, además, las condiciones generales y contactos para consultas técnicas. El Edificio Municipal se localiza en el costado suroeste del parque central de Orotina, teléfono 2428 9884, Ext. 139 y correo electrónico proveeduría@muniorotina.go.cr.

Orotina, 20 de febrero del 2014.—Lic. Jeffry Miranda Mena, Proveedor Institucional.—1vez.—(IN2014011148).

MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA

LICITACION PÚBLICA 2014LA-000001-01

Contratación para el tratamiento y disposición final de 11000 toneladas

de desechos sólidos recolectados en el cantón de Santo Domingo de Heredia

La Proveeduría de la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia, invita a los interesados a participar en este concurso  para el cual se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día 24 de marzo del 2014. El pliego cartelario se podrá obtener gratuitamente en la siguiente dirección electrónica www.santodomingo.go.cr o solicitarlo a la siguiente dirección electrónica ralfaro@munisantodomingo.go.cr.

Santo Domingo, 21 de febrero del 2014.—Rocío Alfaro Salazar, Proveeduría.—1vez.—(IN2014011190).

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000004-01

Contratación de servicios especiales en la Unidad Técnica

de Gestión Vial en Consultoría y Asesoría como Geólogo

Minero y Consultoría y Regencia Ambiental

El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Guácimo, informa a los interesados en participar de este concurso que recibirá ofertas en sobre cerrado, hasta las diez horas (10:00 a. m.) del día 04 de marzo del 2014, las cuales deben hacerse llegar a la oficina de Proveeduría de la Municipalidad. El cartel de la contratación, lo pueden adquirir en la oficina de Proveeduría, de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 3:30 p. m. o bien solicitarlo al correo electrónico proveeduria@guacimo.go.cr.

Zilenia Venegas Vargas, Proveedora.—Gerardo Fuentes Gonzales, Alcalde.—1 vez.—(IN2014011290).

ADJUDICACIONES

HACIENDA

PROYECTO LIMÓN-CIUDAD PUERTO

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° LPN-000005-UCP-2013

(Aviso de adjudicación)

Rehabilitación Campos Deportivos, sede Limón

El Proyecto Limón Ciudad Puerto, Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP), resuelve: De conformidad con los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución y la normativa del Banco Mundial, se procede a adjudicar en la Licitación Pública Nacional N° LPN-000005-UCP-2013 al Ing. Constancio Umaña Arroyo, el lote I por un monto de ¢56.022.952,70 (cincuenta y seis millones veintidós mil novecientos cincuenta y dos colones con setenta céntimos); el lote II por un monto de ¢56.991.300,30 (cincuenta y seis millones novecientos noventa y un mil trescientos colones con treinta céntimos); el lote III por un monto de ¢60.297.636,30 (sesenta millones doscientos noventa y siete mil seiscientos treinta y seis colones con treinta céntimos); el lote IV por un monto de ¢144.357.785,00 (ciento cuarenta y cuatro millones trescientos cincuenta y siete mil setecientos ochenta y cinco colones cero céntimos), y el lote V por un monto de ¢133.453.320,00 (ciento treinta y tres millones cuatrocientos cincuenta y tres mil trescientos veinte colones con cero céntimos) respectivamente, para un total de ¢451.122.994,30 (cuatrocientos cincuenta y un millones ciento veintidós mil novecientos noventa y cuatro colones con treinta céntimos). Notifíquese.

Victoria León Wong, Directora Ejecutiva.—1 vez.—O. C. N° 0177-2014.—Solicitud N° 60920.—C-24020.—(IN2014011347).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN-000005-10

Contratación de servicios de capacitación y formación

profesional en el subsector idiomas según

demanda y cuantía inestimada para la

Unión de Tres Ríos de Cartago

La Junta Directiva del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión N° 4615, del día 17 de febrero del 2014, artículo VI, tomó el siguiente acuerdo de conformidad con los criterios técnicos jurídicos, administrativos y la recomendación de la Comisión de Licitaciones:

Adjudicar la Licitación Pública 2013LN-000005-10, para la contratación de servicios de capacitación subsector idiomas según demanda y cuantía inestimada para La Unión de Tres Ríos, según el dictamen técnico NSCS-3031-2013, y el dictamen legal URC-AL-105-2013, realizados por las dependencias responsables de analizar las ofertas; así como en los elementos de adjudicación del cartel, de la siguiente manera:

Adjudicar al oferente N° 1 de la empresa Consultoría en Servicios  Tecnológicos  CONSERTEC  S. A. la línea N° 1, por cumplir con los requisitos cartelarios, con un plazo de un año prorrogable año a año por tres años más para un total de cuatro y con un precio por estudiante proporcionado en el siguiente cuadro:

Ejecutivo(a) en Inglés para Servicios CSID2005

Módulo

Duración en horas

Costo por estudiante ¢

Inglés Básico (CSID0001)

200

¢175,000.00

Inglés Intermedio I (CSID0051)

200

¢170,000.00

Pronunciación Inglesa I (CSID0052)

60

¢51,000.00

Pronunciación Inglesa II (CSID0053)

60

¢51,000.00

Técnicas para Lectura en Inglés (CSID0054)

60

¢51,000.00

Inglés Intermedio II (CSID0015)

170

¢144,500.00

Comprensión de Lectura en Inglés (CSID0055)

60

¢51,000.00

Expresión Escrita en Inglés (CSID0056)

75

¢63,750.00

Inglés Avanzado (CSID0016)

102

¢86,700.00

 

Sub-total

¢843,950.00

 

Programa Ingles Conversacional para el sector Comercial CSID2007

Módulos

Duración en horas

Costo por estudiante ¢

Inglés Conversacional Introductorio para el Sector Comercial (CSID0002)

216

¢183,600.00

Inglés Conversacional I para el Sector Comercial (CSID0003)

216

¢181,440.00

Inglés Conversacional II para el Sector Comercial (CSID0004)

144

¢122,400.00

 

Sub-total

¢487,440.00

 

Total

¢1,331,390.00

 

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—O. C. Nº 23220—Solicitud Nº 9348.—C-40100.—(IN2014011338).

JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA SUR

DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000002

Contratación de servicios de mantenimiento de las

instalaciones, zonas verdes y jardinería de JUDESUR

En sesión ordinaria de junta directiva N° 705-2014, celebrada el 7 de febrero de 2014, se conoció recomendación de adjudicación donde se acordó lo siguiente:

Adjudicar la Licitación Pública N° 2013LN-000002-JUDESUR “Contratación de servicios de mantenimiento de las instalaciones, zonas verdes y jardinería de JUDESUR”, a la empresa Multinegocios Internacionales América S. A. (MUTIASA), por un monto total anual de ¢129.826.892,28 (ciento veintinueve millones ochocientos veintiséis mil ochocientos noventa y dos colones con 28/100), correspondientes a las líneas 1 y 2 del cartel de la Licitación Pública. Acuerdo en firme por unanimidad. ACU-07-705-2014.

Lic. Héctor Portillo Morales, Area de Proveeduría.—1 vez.—Solicitud N° 9344.—C-13470.—(IN2014011373).

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS

COMUNICAN QUE:

Que en atención a los oficios AMTC-0280-02-2014 del Área de Medicamentos y Terapéutica Clínica y SIEI-108-2014 de la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, se modificó las fichas técnicas de los medicamentos abajo descritos:

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN MEDICAMENTO

OBSERVACIONES

1-10-38-4335

Acetato de leuprorelina 11.25 mg de depósito. Polvo liofilizado en forma de microesferas liofilizadas para reconstituir a suspensión inyectable. Jeringa prellenada con dos cámaras.

Versión 75600 Rige a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta

 

Estas Fichas Técnicas se encuentran disponibles en la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, ubicada en el piso 12 del edificio Laureano Echandi, Oficinas Centrales, Caja Costarricense de Seguro Social.

San José, 11 de febrero del 2014.—Área Planificación de Bienes y Servicios.—Subárea Registro Institucional de Proveedores.—Ing. Cindy María Madrigal Jiménez, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1143.—Solicitud Nº 2493.—C-17000.—(IN2014011157).

REGISTRO DE PROVEEDORES

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

Invitación a formar parte del Registro de Proveedores

De conformidad con el artículo 108 de la Ley de Contratación Administrativa y los artículos 116 y 118 del Reglamento a esta Ley, se invita a personas físicas y jurídicas a integrar o actualizar el Registro de Proveedores de esta Institución. Los proveedores que ya se encuentren inscritos solamente deberán informar mediante nota si ha variado la situación declarada. El formulario de inscripción lo pueden obtener en la siguiente página Web www.desamparados.go.cr

Desamparados, 21 de enero del 2014.—Unidad Proveeduría.—Lic. Iliana Zamora Araya, Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2014011351).

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO

DEPARTAMENTO CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO DE PROVEEDORES

Se invita a los proveedores a actualizar sus datos y a incorporarse al registro de proveedores.

Ver formulario de inscripción y mayor información sobre la actualización de datos en el Registro de Proveedores en la dirección electrónica http://www.guacimo.go.cr

Guácimo, 21 de enero del 2014.—Zilenia Venegas Vargas, Proveedora Municipal.—Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2014011294).

FE DE ERRATAS

HACIENDA

PROYECTO LIMÓN-CIUDAD PUERTO

REPÚBLICA DE COSTA RICA

UNIDAD DE COORDINACIÓN PROYECTO

LIMÓN CIUDAD PUERTO

PRÉSTAMO N° 7498-CR

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° LPN-000001-UCP-2014

Adquisición de un sistema informático para la administración

de los ingresos, egresos, control y seguimiento de actas

y recursos humanos de la Municipalidad de Limón

La Unidad Coordinadora del Proyecto Limón Ciudad Puerto, comunica la Enmienda N° 1 al cartel de la Licitación Pública Nacional N° LPN-000001-UCP-2014, “Adquisición de un sistema informático para la administración de los ingresos, egresos, control y seguimiento de actas y recursos humanos de la Municipalidad de Limón”.

El texto de la enmienda podrá verse en la siguiente página web: www.limonciudadpuerto.go.cr

Más información disponible a los correos electrónicos: rblanco@plcp.go.cr; ecastro@plcp.go.cr

Victoria León Wong, Directora Ejecutiva.—1 vez.—O. C. N° 0178-2014.—Solicitud N° 60919.—C-10600.—(IN2014011344).

JUSTICIA Y PAZ

PATRONATO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES

Y ADQUISICIÓN DE BIENES

LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000001-99999

Construcción de cuatro módulos de baja contención y obras

complementarias en el CAI La Reforma y un módulo de

baja contención y obras complementarias en el

CAI Pococí mediante el Sistema Constructivo

de Arcos Modulares Galvalume Plus

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Justicia y Paz comunica a todos los interesados que se ha dejado sin efecto la presente licitación, en razón de encontrarse en trámite una contratación directa autorizada por la Contraloría General de la República, de conformidad con el artículo 2 bis, inciso c de la Ley de Contratación Administrativa, bajo el número 2014CD-000011-99999, y que pretende la contratación del mismo objeto contractual, según publicación en La Gaceta N° 37 del viernes 21 de febrero del 2014.

El cartel de la contratación 2014CD-000011-99999 ya está a disposición en el Sistema de Compras Gubernamentales CompraRed en la dirección https://www.hacienda.go.cr/rp/ca/InformacionTramite.aspx?TRAMIDEN=2014CD-000011-99999&TITUTRAM=1414, como en la Proveeduría Institucional del Ministerio de Justicia y Paz, ubicada 75 metros al norte de la Clínica Bíblica, frente a la Escuela Marcelino García Flamenco (calle primera avenidas 12 y 14).

San José, 21 de febrero del 2014.—Proveeduría Institucional.—Rolando Arturo Chinchilla Masís.—1 vez.—O. C. Nº 3400020731.—Solicitud Nº 9355.—C-25000.—(IN2014011374).

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000022-UTN

(Declaratoria de insubsistencia)

Equipo de medición para laboratorios y ciencias básicas

En la publicación de La Gaceta N° 35 del 19 de febrero de 2014, página 53 de la licitación en referencia hay un error material, en donde dice:

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000024-UTN

Y lo correcto es:

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000022-UTN

Todo lo demás permanece invariable.

Lic. Miguel Ángel González Matamoros, Director.—1  vez.—Solicitud 9229.—C-8420.—(IN2014011289).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL WILLIAM ALLEN T.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000001

Adquisición de reactivos del coagulación automatizado

La Oficina de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital William Allen T.

(Artículos 170 y 171 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa).

Se comunica a todos los potenciales oferentes de la Licitación Abreviada Nº 2014LA-000001 por la adquisición de Reactivos del Coagulación Automatizado, publicada en el Diario Oficial La Gaceta, N° 30 del 12 de febrero de 2014, que se encuentran disponibles modificaciones y aclaraciones al cartel en la Oficina de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital William Allen T.

Se amplía el plazo de recepción de ofertas para el día: 12 de marzo del 2014.

Hora de recepción y apertura de las ofertas: 10:00 horas.

Las demás condiciones del cartel se mantienen invariables.

Turrialba, 19 de febrero de 2014.—Bach. Royer Sánchez Bogantes, Subárea de Planificación.—1 vez.—Solicitud N° 9270.—C-13580.—(IN2014011359).

REGLAMENTOS

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

ÁREA SERVICIOS GENERALES Y COMPRAS

Comunica que mediante acuerdo de Junta Directiva del CNP N° 38673 sesión N° 2886 (Ord.) Art. 4 de fecha 20-11-2013, se acuerda lo siguiente:

Modificaciones al Reglamento Interno para la Organización, Operación y Mantenimiento del Sistema de Control Interno del Consejo Nacional de Producción

Artículo 10.—Responsabilidades

De Planificación

Como Dependencia especializada asesora de la Presidencia Ejecutiva le corresponde:

Artículo 12.—Conformación de la CANCI.

La CANCI estará integrada por el Gerente General (o el Subgerente General, en su ausencia), el Director(a) Financiero, el Director(a) Administrativo, Subgerente FANAL, Director(a) de Centro de Negocios Agroalimentarios y el Director(a) de Planificación quien fungirá como coordinador(a) de este equipo staff.

Artículo 19.

b.  Un representante de las siguientes dependencias: Administración Superior, Dirección Administrativa, Dirección Financiera, Subgerencia de Desarrollo Agropecuario, Contraloría de Servicios, la Dirección de Centros de Negocios y FANAL.

c.  El representante del Área de Tecnología de Sistemas de Información, fungirá como asesor de la UTCI y será convocado a las reuniones que esta Unidad Técnica considere necesaria.

d.  El coordinador de la UTCI podrá solicitar a la Gerencia General (o Subgerencia General) la colaboración de funcionarios de cualquiera de las dependencias institucionales, cuando sus aportes se consideren necesarios.

Artículo 22.—Sesiones de la UTCI.

Las sesiones de la UTCI serán presididas por el (la) Coordinador(a) y deberán realizarse al menos una reunión al mes.

Las convocatorias serán redactadas, firmadas y remitidas por el (la) secretario(a) de la UTCI en conjunto con el (la) Coordinador(a) de la UTCI.

Artículo 29.—Resultados de la autoevaluación.

Planificación elaborará un informe sobre los resultados obtenidos en la autoevaluación del SCII a nivel institucional y el SEVRI, el que deberá incluir un análisis estadístico, las conclusiones que se derivaron del análisis de estos resultados y las recomendaciones que se consideren pertinentes. Dicho documento deberá ser remitido a la CANCI para su análisis y aprobación. Una vez aprobado por la CANCI, el Gerente General (o Subgerente General en su ausencia) deberá remitir este informe para su aprobación por la junta directiva.

Licda. Ingrid González Echeverría, Coordinadora de Área.—1 vez.—O. C. Nº 01-2014.—Solicitud Nº 8122.—C-Crédito.—(IN2014005342).

AVISOS

COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

El Colegio de Contadores Privados de Costa Rica mediante asamblea general ordinaria 10-2014 celebrada el 19 de enero del 2014, aprobó el siguiente Reglamento para el Fondo de Ayuda y Socorro Mutuo.

FONDO DE AYUDA Y SOCORRO MUTUO (FASMU)

CAPÍTULO I

De la constitución

Artículo 1º—Se crea el Fondo de Ayuda y Socorro Mutuo, que para efectos del presente Reglamento se denomina el FASMU, para los miembros activos del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, que en adelante se dirá el Colegio. Su administración corresponderá a un Consejo de Administración, que en adelante se dirá el Consejo, cuyos deberes y atribuciones se detallan en este Reglamento. Los afiliados al FASMU, se denominarán mutualistas.

Artículo 2º—Podrán ser mutualistas todos los colegiados incorporados activos que así lo soliciten y que cumplan con lo que establece el artículo 6° de este reglamento.

CAPÍTULO II

De los fines

Artículo 3º—El Fondo de Ayuda y Socorro Mutuo, tendrá los siguientes fines:

a.     Otorgar un auxilio económico básico a los beneficiarios que hubiere designado el mutualista que fallezca. A falta de beneficiarios designados se procederá conforme lo indique el código civil en lo conducente, a quienes resulten herederos. Si alguno(s) de los beneficiarios designados falleciera(n) con anterioridad o simultáneamente con el mutualista, el derecho al beneficio finado acrecerá proporcionalmente según designación previa a favor de los sobrevivientes.

b.    Otorgar un adelanto económico a los mutualistas que se encuentren en una enfermedad en fase terminal cuya expectativa de vida sea de seis meses o menos.

c.     Otorgar ayuda económica ante la ocurrencia de un incendio casual, en la residencia habitual del mutualista.

d.    Otorgar un adelanto en vida del beneficio que les correspondiere, a los mutualistas mayores de sesenta y cinco años de edad y con veinte años ininterrumpidamente o más de pertenecer al FASMU.

CAPÍTULO III

De los recursos económicos

(Así corregido el título anterior mediante Fe de Erratas

publicada en La Gaceta N° 109 del 7 de junio del 2010)

Artículo 4º—Los recursos económicos del FASMU estarán constituidos por:

a.     El aporte mensual de los mutualistas, cuyo monto se incluirá en los recibos oficiales del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, Dicho aporte se determinará de acuerdo al estudio actuarial que se realice al efecto. Se solicitará a la Asamblea de Mutualistas aumentar la cuota del FASMU, de acuerdo a los resultados del mismo.

b.    El producto que se obtenga de la inversión de sus reservas.

c.     Las donaciones o subvenciones que reciba.

d.    Cualquier otra renta o ingreso que pudiera producirse en su favor.

Artículo 5º—El monto de la cuota mensual que deben cancelar los mutualistas será aprobada por la Asamblea General de Mutualistas de acuerdo con los resultados del estudio actuarial que se realice para tal fin.

Artículo 6º—Para garantizar el sostenimiento financiero del FASMU la cuota variará según la edad de ingreso al mismo, de la siguiente forma:

-      45 años o menos: cuota básica vigente.

-      más de 45 años y un día a 50 años cumplidos: cuota básica vigente más el 50% de la misma.

-      más de 50 años y un día a 55 años cumplidos: cuota básica vigente más el 75% de la misma.

-      más de 55 años y un día a 60 años: cuota básica vigente más el 100% de la misma.

-      más de 60 años y un día a 65 años: cuota básica vigente más el 150% de la misma.

-      más de 65 años y un día a 70 años: cuota básica vigente más el 200% de la misma.

-      de 70 años y un día en adelante: cuota básica vigente más el 300% de la misma.

CAPÍTULO IV

De la Asamblea General y el Consejo de Administración

SECCIÓN I

De la Asamblea General

Artículo 7º—La asamblea General de Mutualistas debe reunirse ordinariamente el tercer domingo de enero de cada año. La Junta Directiva del Colegio de conformidad con lo estipulado en la Ley N° 1269 y sus reglamentos tiene la facultad para convocar las Asambleas de mutualistas sea estas ordinarias o extraordinarias cuando las circunstancias referentes al FASMU así lo requieran.

SECCIÓN II

Del Consejo de Administración

Artículo 8º—

a.     El FASMU es un ente adscrito a la Junta Directiva del Colegio y su dirección estará a cargo de un Consejo de Administración, compuesto por seis Directores: Presidente, Secretario, Tesorero, tres Vocales y un Fiscal con voz pero sin voto; quienes deberán ser mutualistas activos.

b.    Los Vocales suplirán temporalmente, a los demás miembros, excepto al Fiscal, cuando éstos por razones de fuerza mayor, deban ausentarse del Consejo, por un plazo que no podrá exceder a los tres meses calendario.

c.     La elección de Directores del Consejo de Administración, se llevará a cabo en Asamblea General de Mutualistas, que se celebrará según lo dispuesto en el artículo 5º de este Reglamento.

d.    En caso de renuncia de dos o más miembros del Consejo de Administración, la Junta Directiva del Colegio convocará a Asamblea Extraordinaria en el momento que considere oportuno para la elección de estos miembros.

Artículo 9º—Los miembros del Consejo de Administración, ejercerán sus funciones por un período de dos años, contados a partir de su elección y se renuevan parcialmente de la siguiente manera: El Presidente, el Secretario y el Fiscal, en los años pares. El Tesorero, y los vocales uno, dos y tres, en los años impares. Todos los miembros podrán ser reelectos.

Artículo 10.—

a.     El Consejo sesionará ordinariamente dos veces al mes y en forma extraordinaria cuando las circunstancias así lo requieran, previa autorización de la Junta Directiva de Colegio CPCR.

b.    Las sesiones extraordinarias serán convocadas por el Presidente en ejercicio.

c.     Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de los directores, en caso de empate el Presidente está facultado para decidir aplicando el criterio de voto doble.

d.    Cuando se presenten la renuncia de dos o más Directores, la Junta Directiva del Colegio está facultada para nombrar los sustitutos que estarán en ejercicio del cargo, hasta tanto se realice la asamblea para la elección de los titulares.

Artículo 11.—Por cada sesión a la que asistan los Directores del Consejo, devengarán el 75% (setenta y cinco por ciento) de la dieta que reciben los Directores de la Junta Directiva del Colegio.

Las dietas se pagarán con base a la lista de asistencia, en la cual cada director debe firmar e indicar la hora de ingreso a la sesión. Después de 30 minutos de iniciada la sesión el Director no podrá sesionar y no devengará dieta.

Artículo 12.—No podrán formar parte del Consejo de Administración del FASMU, los siguientes mutualistas:

1-    Los miembros de Junta Directiva del CCPCR.

2-    Quienes sean parientes entre sí, por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado inclusive.

3-    Los mutualistas que estén morosos o atrasados en el pago de sus cuotas

Artículo 13.—Son deberes y atribuciones del Consejo de Administración:

a-    Tomar los acuerdos pertinentes de conformidad con las potestades conferidas en este Reglamento.

b-    Aplicar medidas para la sana administración y operación del FASMU.

c-    Presentar un informe anual de labores de Presidencia, Tesorería y Fiscalía, a la Junta Directiva para su conocimiento y este sea presentado a la asamblea general, para su aprobación.

d-    Atender consultas, sobre asuntos del FASMU.

e-    Analizar los estados financieros y los informes de ejecución presupuestaria del FASMU y generar las observaciones que pudieran presentarse a la Junta Directiva del Colegio o a la Administración.

f-     Mantener un archivo con las actas de cada sesión, debidamente firmadas por el Presidente y el Secretario del Consejo de Administración.

g-    Aprobar y autorizar las órdenes de pago, correspondientes a los beneficios económicos aprobados. Remitirlos a la administración, firmadas por el presidente y tesorero, en este documento debe hacerse constar, el número del acta de la sesión en la que fueron aprobadas por el Consejo.

h-    Desarrollar las acciones pertinentes, en conjunto con la Tesorería de Junta Directiva y la Administración, para el correcto manejo de los fondos y los excedentes generados de la operación del FASMU, en las mejores condiciones de riesgo y rentabilidad.

i-     Establecer procedimientos de control, verificación y seguimiento de las inclusiones y exclusiones, de la nómina de mutualistas, para lo cual deberá de recibir mensualmente un informe de parte de la Administración, con la información pertinente.

j-     Sugerir modificaciones al Reglamento del FASMU, para ser conocidas y resueltas en asamblea de mutualistas.

k-    Toda otra facultad intrínseca a su condición como órgano rector del FASMU.

CAPÍTULO V

Del Régimen de Auxilios

SECCIÓN I

Auxilio Básico por Defunción del Mutualista

Artículo 14.—El auxilio por defunción que corresponda a los beneficiarios del mutualista será igual a un porcentaje del monto del auxilio básico vigente a la fecha del deceso, menos los beneficios otorgados por adelantos al mutualista, de conformidad con el presente Reglamento y lo que determinen los estudios actuariales.

Artículo 15.—El auxilio básico será propuesto por el Consejo de Administración del FASMU, previo estudio actuarial, a la asamblea de Mutualistas, la que en última instancia los analizará, los rechazará o aprobará, ésta asamblea será la única que podrá acordar modificaciones al auxilio básico máximo, el cual estará determinado por los siguientes porcentajes, según los periodos de cotización correspondientes:

a.     Dos coma cinco por ciento (2,5%) del auxilio básico cuando el aporte al FASMU sea de una a seis cuotas mensuales.

b.    Cinco por ciento (5%) del auxilio básico cuando el aporte al FASMU sea de siete y hasta doce cuotas mensuales.

c.     Quince por ciento (15%) del auxilio básico cuando el aporte al FASMU sea de trece y hasta veinticuatro cuotas mensuales.

d.    Treinta por ciento (30%) del auxilio básico cuando el aporte al FASMU sea de veinticinco y hasta treinta y seis cuotas mensuales.

e.     Cincuenta por ciento (50%) del auxilio básico cuando el aporte al FASMU sea de treinta y siete cuotas y hasta cuarenta y ocho cuotas mensuales.

f.     Setenta y cinco por ciento (75%) del auxilio básico cuando el aporte al FASMU sea de cuarenta y nueve y hasta sesenta cuotas mensuales.

g.     Ciento por ciento (100%) del auxilio básico cuando el aporte al FASMU sea de sesenta y un cuotas mensuales o más.

Artículo 16.—Todo reclamo por inconformidad de los mutualistas o beneficiarios de estos, sobre una resolución del FASMU deberá presentarse ante la Junta Directiva del Colegio, en un plazo no mayor de tres días hábiles después de recibida la notificación de la resolución, esta tendrá facultad para resolver en alzada, previa consulta al FASMU y con el sustento jurídico pertinente o técnico respectivo.

El plazo para reclamar la indemnización por defunción del mutualista es de diez años contados a partir de la fecha real del suceso.

Artículo 17.—Aquellos Mutualistas que hayan sido separados del Fondo por morosidad o renuncia y que deseen reingresar al mismo deberán cancelar todas las cuotas dejadas de pagar desde su separación hasta la fecha de reingreso, así como las multas, intereses y gastos administrativos que la junta directiva del Colegio establezca.

SECCIÓN II

Artículo 18.—En caso de fallecimientos múltiples originados por una catástrofe o por un hecho, fortuito, el total de beneficios que se giren no podrá ser mayor al cincuenta por ciento de las reservas del FASMU. Cuando por el número de fallecimientos múltiples los beneficios que se deban girar superen el 50% de la reserva, el monto de cada uno de los beneficios se obtendrá mediante prorrateo.

(Así corregido el artículo anterior mediante Fe de Erratas publicada en La Gaceta N° 109 del 7 de junio del 2010).

Artículo 19.—Para hacer efectivo el beneficio, se deben presentar los siguientes documentos ante el Consejo de Administración:

a.     Carta de solicitud firmada por los beneficiarios.

b.    Certificación de defunción extendida por el Registro Civil o autoridad competente.

c.     Fotocopia de la cédula de identidad de los beneficiarios, por ambos lados y de cada uno de los beneficiarios que estén a derecho. Para su verificación deberán mostrarse las cédulas originales.

d.    Recibo debidamente cancelado del aporte al FASMU correspondiente al mes previo a la defunción del mutualista, o constancia expedida por la Administración del histórico de sus aportes del FASMU.

SECCIÓN III

Adelanto en Vida por Enfermedad en Fase Terminal

Artículo 20.—Cuando se presente un caso de una enfermedad en fase terminal, debidamente certificada por una autoridad competente, se otorgará un adelanto equivalente a 25% del auxilio básico que le correspondería al mutualista de conformidad con el artículo tres, el cual se hará efectivo mediante un solo pago. Este adelanto se deducirá del monto que se gire al fallecer el mutualista.

Artículo 21.—Para el estudio y la aprobación del adelanto el mutualista deberá:

1.    Estar al día con los aportes al FASMU.

2.    Presentar la solicitud respectiva.

3.    Presentar certificación médica donde se indique la naturaleza de la enfermedad, diagnóstico y evolución.

Artículo 22.—El mutualista mayor de sesenta y cinco años y 20 años de pertenecer al FASMU, tendrá derecho, por una sola vez, a un adelanto en vida equivalente a un monto del 5 % del beneficio por defunción. Dicho adelanto será deducido del monto que se gire al fallecer el mutualista. Si el beneficio por defunción aumenta, posterior a que se haya recibido el adelanto en vida, el mutualista tendrá derecho a solicitar la diferencia correspondiente a dicho incremento.

Artículo 23.—Para hacer efectivo el cobro del beneficio del adelanto en vida, el mutualista, a partir del momento en que alcance la edad indicada, y el plazo de pertenecer al FASMU deberá presentar la solicitud respectiva en el formulario oficial que le facilitará el FASMU acompañada de la fotocopia de la cedula de identidad, Certificación de Nacimiento emitida por el Registro Civil y encontrarse al día con los aportes al FASMU.

SECCIÓN IV

Auxilio por incendio

Artículo 24.—Cuando un incendio destruya al menos el 75% (setenta y cinco por ciento) de la residencia habitual del mutualista, el FASMU otorgará una ayuda económica igual a la que se paga por el beneficio por fallecimiento del mutualista, que esté vigente en el momento del suceso. Esta suma se pagará por una única vez.

(Así corregido el artículo anterior mediante Fe de Erratas publicada en La Gaceta N° 109 del 7 de junio del 2010).

Artículo 25.—El beneficio por incendio estará determinado por los períodos de cotización y los porcentajes correspondientes, aplicados al monto base.

Artículo 26.—En caso de incendios múltiples los montos de los beneficios que se giren acumulativamente, no podrán ser mayores al 50% de la reserva para incendio, cuando el número de siniestros provoquen que el monto de los beneficios a otorgar supere el 50% de la reserva citada, estos se obtendrán mediante prorrateo:

a.     De hasta doce cuotas mensuales, recibirá el 20%.

b.    De trece a treinta y seis cuotas mensuales, recibirá el 30%.

c.     De treinta y siete a sesenta cuotas mensuales, recibirá el 50%.

d.    De sesenta y un cuotas mensuales en adelante, recibirá el 100%.

En ningún caso, se tomarán en cuenta los aportes pagados por adelantado para determinar el derecho a este beneficio económico.

Artículo 27.—Cuando en la residencia siniestrada habiten dos o más colegiados mutualistas, el monto se pagará a cada uno de los afectados, según tabla porcentual.

Artículo 28.—Para cubrir la indemnización por incendio se creará un fondo, mediante un aporte mensual por parte de cada mutualista. Si la reserva indica que el monto disponible supera las necesidades para el otorgamiento de este beneficio, con base en una baja siniestralidad, el excedente pasará a formar parte de la reserva general del FASMU.

Artículo 29.—El reclamo del beneficio por incendio casual debe tramitarse dentro de los quince días naturales siguientes al suceso, utilizando el formulario oficial que para tal efecto facilitará la administración del FASMU.

Una vez recibida la solicitud con toda la documentación requerida, el Consejo de Administración la estudiará y resolverá en los próximos quince días hábiles, excepto que, para ratificar la información y comprobar los hechos, el FASMU deba nombrar un perito calificado, para efectos de que emita un informe de los hechos y realice el respectivo avalúo de los daños ocurridos. Los honorarios serán deducidos del beneficio por otorgar, como parte de los gastos, en que se debe incurrir para hacerlo efectivo. El mutualista debe estar al día con los aportes del FASMU, para recibir este beneficio.

CAPÍTULO VI

Aspectos Generales

Artículo 30.—El producto neto anual del FASMU pasará a engrosar su patrimonio para su fortalecimiento financiero, con miras a mejorar las condiciones de factibilidad en el otorgamiento posterior de nuevos o mayores beneficios, previo estudio actuarial que deberá realizarse preferiblemente cada dos años.

Artículo 31.—La documentación relativa a la designación de beneficiarios es confidencial y solo puede ser consultada por el mutualista, o la persona a quien éste autorice debe de presentar nota autenticada por un notario público. Al fallecer el mutualista, esta se suministrará a los beneficiarios designados, o por orden judicial a un tercero.

Cuando uno o varios de los beneficiarios designados sean menores de edad, su representante legal deberá obtener la autorización respectiva del Juez de Familia, en unas Diligencias de utilidad y necesidad, que se tramitarán conforme con el inciso 10) del artículo 432 del Código Procesal Civil, donde a solicitud del juzgado se depositara la parte que corresponde a cada menor. Para efectos de que se cumpla fielmente el mandamiento expreso de los mutualistas, la designación del o los beneficiarios se consignará en el formulario correspondiente, con los siguientes datos: nombres y apellidos completos, número de cédula de identidad, parentesco o afinidad, para la oportuna identificación de los interesados, y el monto o porcentaje del auxilio básico por girar a cada uno de ellos.

En caso de que no existan beneficiarios designados, se procederá conforme lo indique el Código Civil en lo conducente.

Artículo 32.—Es procedente la actualización de beneficiarios en la fórmula oficial vigente, debidamente firmada por el mutualista la cual será, verificada por la administración del FASMU.

En ausencia de este trámite, se mantendrán como legítimos los establecidos en los comprobantes originales, sin que esta situación implique responsabilidad alguna para la Administración del FASMU.

Artículo 33.—Todo mutualista debe nombrar uno o más beneficiarios, preferiblemente mayores de edad, que serán quienes recibirán la indemnización en caso de que ocurra su muerte. Para efectos de que se cumpla fielmente el mandamiento expreso de los mutualistas, la designación del o los beneficiarios se deben consignar en el formulario correspondiente y de la manera más explícita posible, los siguientes datos: nombre y apellidos completos, número de cédula, parentesco o afinidad y el monto o porcentaje del auxilio económico por girar a cada uno de ellos.

Artículo 34.—Bajo ninguna razón, concepto o circunstancia, pueden destinarse los dineros del FASMU, a otros fines que no sean los previstos en este Reglamento.

Los recursos provenientes de los aportes de los mutualistas serán depositados por la administración del colegio a más tardar el último día del mes siguiente de la recaudación. Su custodia será responsabilidad de la administración del Colegio y estarán colocados títulos valores a plazo emitidos por entidades del Estado, de manera que se garanticen los mejores rendimientos en beneficio del fondo.

En el caso de que el colegio requiera utilizar parte de los recursos captados en el financiamiento de obras de infraestructura, estará en el deber de reconocer y pagar a las arcas del FASMU una tasa de interés no menor a la establecida por el Banco Central de Costa Rica para los títulos a seis meses plazo. El reintegro de estos fondos debe hacerse en un plazo no mayor de seis meses y no podrán ser utilizados para gastos operativos o contractuales.

Artículo 35.—En caso de atraso reiterado por parte de la Administración en el reintegro del dinero recaudado par concepto de cuotas del FASMU, el Consejo tendrá facultad para exigir su pronto reintegro utilizando los mecanismos que estime conveniente, incluyendo la convocatoria a una asamblea para ese fin expreso.

Artículo 36.—El FASMU deberá cubrir los costos de los gastos reales necesarios para su normal operación.

Artículo 37.—El atraso en el pago de la cuota del FASMU, por seis meses o más consecutivos, faculta a la administración de este fondo para no otorgar los beneficios estipulados en este Reglamento.

Artículo 38.—En el caso de que al mutualista se le exima el pago parcialmente de su colegiatura este está en la obligación de continuar pagando los aportes mensuales y consecutivos del Fondo de Ayuda y Socorro Mutuo, no existe exoneración de los aportes mensuales y consecutivos del FASMU.

Artículo 39.—Todo mutualista debe cubrir los aportes del FASMU con obligatoriedad cuando se ausente del país o se encuentre con permiso autorizado por el Colegio.

******

Aprobado en sesión extraordinaria N° 3617-2014, celebrada por la Junta Directiva el 17 de enero del 2014 y en asamblea general ordinaria N° 10-2014 para Colegiados Mutualistas del Fondo de Ayuda y Socorro Mutuo (FASMU).

San José, 24 de enero del 2014.—CPI. José Antonio Corrales Chacón, Presidente.—CPI. Edwin Antonio Fallas Hidalgo, Primer Secretario.—Lic. Fabián Arce Soto, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2014004517).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

Comisiones por Gestión de Cobro de Operaciones
de Crédito

CAPÍTULO II: Servicios de crédito

2.17 Gastos Administrativos por Operaciones atrasadas.

Para operaciones atrasadas una tarifa de 2% sobre el monto, con un mínimo de $20.00 o su equivalente al tipo de cambio vigente.

La Uruca, 28 de enero del 2014.—Lic. Douglas Noguera Porras, Proveeduría General.—1 vez.—O. C. N° 516325.—Solicitud N° 8184.—(IN2014005697).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal Sucursal de Puntarenas, hace del conocimiento del público en general, que el señor González Aguilar Ronald, cédula 06-0102-1446 en calidad de Liquidador de Inversiones Porteñas El Malecón S. A., cédula jurídica 3-101-183171, ha solicitado, por motivo de extravío, reposición del certificado de ahorro a plazo número 1610046021077663 por un monto de ¢15.581.250,00 (quince millones quinientos ochenta y uno mil doscientos cincuenta colones netos) y cupones de intereses número 048, por un monto de ¢ 188.273,40, con vencimientos el día 7 de marzo del 2010, lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.—Centro de Servicios Financieros de Puntarenas.—Lic. Gerald Zárate Olmazo, Gerente.—(IN2014007501).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

OFICINA DE REGISTRO E INFORMACIÓN

EDICTO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-270-2014.—Jiménez Bolaños Frezie María, costarricense, cédula 5-0192-0228. Ha solicitado reposición del título de especialista en derecho público. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los treinta días del mes de enero del año dos mil catorce.—MBA José Rivera Monge, Director.—(IN2014006968).

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES

Señores

Junta Directiva

Consejo Nacional de Producción (CNP)

Informe sobre los estados financieros

Hemos auditado el estado de situación financiera del Consejo Nacional de Producción (CNP) al 31de diciembre 2012, los estados de resultados integrales, de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo para el año terminado en esa fecha, así como un resumen de políticas contables importantes y otras notas aclaratorias.

Responsabilidad de la administración por los estados financieros

La administración es responsable de la preparación y presentación razonable de estos estados financieros de acuerdo con la base contable que se señala en el nota 2. Esta responsabilidad incluye: diseñar, implementar y mantener el control interno relevante a la preparación y presentación razonable de los estados financieros que estén libres de representaciones erróneas de importancia relativa, ya sea debidas a fraude o error; seleccionando y aplicando políticas contables apropiadas, y haciendo estimaciones contables que sean razonables en las circunstancias.

Responsabilidad del auditor

Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre estos estados financieros con base en nuestra auditoria. Excepto por lo que se indica en los párrafos de las bases para la opinión calificada, efectuamos nuestra auditoría de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y el Manual de Normas Generales de Auditoría para el Sector Público dictadas por la Contraloría General de la República de Costa Rica. Dichas normas requieren que cumplamos con requisitos éticos así como que planeemos y desempeñemos la auditoría para obtener seguridad razonable sobre si los estados financieros están libres de representación errónea de importancia relativa.

Una auditoría implica desempeñar procedimientos para obtener evidencia de auditoría sobre los montos y revelaciones en los estados financieros. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluyendo la evaluación de los riesgos de representación errónea de importancia relativa de los estados financieros, ya sea debida a fraude o error. Al hacer esas evaluaciones del riesgo, el auditor considera el control interno relevante a la preparación y presentación razonable de los estados financieros por la entidad, para diseñar los procedimientos de auditoría que sean apropiados en las circunstancias. Una auditoria también incluye la propiedad de las políticas contables usadas y lo razonable de las estimaciones contables hechas por la administración, así como evaluar la presentación general de los estados financieros.

Creemos que la evidencia de auditoría que hemos obtenido es suficiente y apropiada para proporcionar una base para nuestra opinión de auditoría.

Bases para la opinión calificada

Fuimos contratados como auditores del Consejo Nacional de Producción (CNP) hasta el 10 de mayo del 2013; por lo tanto, respecto a la cuenta de existencias en inventario, cuyo saldo asciende a un monto de ¢2.578.755 miles de colones, no nos fue posible observar la toma física que se realizó en el periodo 2012. Por lo anterior, no pudimos quedar satisfechos, a través de métodos alternativos de revisión permitidos por las Normas Internacionales de Auditoría, sobre los procedimientos utilizados y las cantidades de inventario existentes al 31 de diciembre de 2012, que se asientan en el Estado de Situación Financiera a esa fecha. Adicionalmente, como resultado de estos asuntos, tampoco pudimos determinar si habría sido necesario algún ajuste en los inventarios registrados o no registrados; o bien si los ajustes o revelaciones realizados por la Administración con corte al 31 de diciembre del 2012, reflejan apropiadamente el efecto económico y control de la toma física que practicaron sin nuestra observancia.

Durante el periodo 2011 el Consejo Nacional de Producción (CNP) revaluó varias propiedades con base en avalúos hechos por la Administración Tributaria; sin embargo, por falta de tiempo y recursos no logró abarcar la totalidad de las propiedades con el fin de tenerlas todas contabilizadas a su valor razonable, según lo requerido por las normas contables.

El Consejo Nacional de Producción (CNP) no cuenta con un estudio que justifique bajo el principio de prudencia, el mantener una provisión por concepto de Prestaciones Sociales (nota 23) por ¢6.355.826 miles y de ¢5.627.522 miles al 31 de diciembre de 2012 y 2011, respectivamente, por lo que se desconoce si esta provisión está sub o sobreestimada, dado el aporte realizado por el Gobierno para este propósito.

Opinión

En nuestra opinión, excepto por lo indicado en los párrafos anteriores sobre las bases para la opinión calificada, los estados financieros adjuntos presentan de forma razonable, en todos los aspectos significativos, la situación financiera del Consejo Nacional de Producción, al 31 de diciembre del 2012, los resultados en sus operaciones, los cambios en el patrimonio y los flujos de efectivo por el periodo terminado en esa fecha, de conformidad con las bases contables descritas en la nota 2.

Otros Asuntos

Los estados financieros al y por el periodo terminado el 31 de diciembre del 2011 fueron auditados por otros contadores públicos, quienes con fecha 15 de mayo de 2012, emitieron un informe con opinión con bases para una opinión calificada.

Este informe es para conocimiento del Consejo Nacional de Producción (CNP) y la Contraloría General de la República de Costa Rica. Esta restricción no pretende limitar la distribución del informe, el cual es un asunto de interés público.

DESPACHO CARVAJAL & COLEGIADOS

CONTADORES PÚBLICOS AUTORIZADOS

Lic. Gerardo Montero Martínez

Contador Público Autorizado N° 1649

Póliza de Fidelidad Nº 0116 FIG 7

Vence el 30 de setiembre del 2013

San José, Costa Rica, 4 de julio del 2013

“Exento del timbre de Ley número 6663 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, por disposición del artículo 8.”

CONSEJO NACIONAL DE LA PRODUCCIÓN (CNP)

(San José, Costa Rica)

ESTADOS DE SITUACIÓN FINANCIERA

Al 31 de diciembre del 2012 y 2011

(Expresados en miles de colones)

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

CONSEJO NACIONAL DE LA PRODUCCIÓN (CNP)

(San José, Costa Rica)

ESTADOS DE SITUACIÓN FINANCIERA

Al 31 de diciembre del 2012 y 2011

(Expresados en miles de colones)

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

CONSEJO NACIONAL DE LA PRODUCCIÓN (CNP)

(San José, Costa Rica)

ESTADOS DE RESULTADOS INTEGRAL

Por los periodos terminados el 31 de diciembre del 2012 y 2011

(Expresados en miles de colones)

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

CONSEJO NACIONAL DE LA PRODUCCIÓN (CNP)

(San José, Costa Rica)

ESTADOS DE FLUJOS DE EFECTIVO

Por los periodos terminados el 31 de diciembre del 2012 y 2011

(Expresados en miles de colones)

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

CONSEJO NACIONAL DE LA PRODUCCIÓN (CNP)

(San José, Costa Rica)

ESTADOS DE FLUJOS DE EFECTIVO

Por los periodos terminados el 31 de diciembre del 2012 y 2011

(Expresado en miles de colones)

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

CONSEJO NACIONAL DE LA PRODUCCIÓN (CNP)

(San José, Costa Rica)

ESTADOS DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO

Por los periodos terminados el 31 de diciembre del 2012 y 2011

(Expresados en millones de colones)

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

Las notas adjuntas son parte integral de los estados financieros.

Según lo solicitado oficio DIRFIN-513-2013.

Área Servicios Generales y Compras.—Lic. Ingrid González Echeverría, Coordinadora Área.—1 vez.—O. C. Nº 01-2014.—Solicitud Nº 8121.—C-Crédito.—(IN2014005524).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se les comunica a los señores Cinthia Mejia Vargas y Gonzalo Ángulo Yepes, la resolución de las quince horas del veintisiete de enero del dos mil catorce, en la que resuelve declaratoria de adoptabilidad administrativa en beneficio de la persona menor de edad Mia Valeska Angulo Mejía. Notifíquese lo anterior a la interesada, de conformidad con la Ley de Notificaciones vigente. En contra de la presente resolución procede los recursos de revocatoria ante el mismo órgano que emitió la resolución y recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, presentando verbalmente o escrito entre los siguientes tres días hábiles siguientes de esta notificación. Los recurso podrá presentarse ante el mismo órgano que dictó la resolución. La interposición  del  recurso  no suspende  la ejecución de lo aquí resuelto. Deben señalar lugar o medio para el recibo de notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina. En caso de que el lugar señalado fuese incierto o no existiere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas, igual efecto se producirá si el medio electrónico informado no fuese eficaz en su transmisión Expediente Administrativo N° 113-00155-13.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Kryssia Abigail Miranda Hurtado, Representante Legal.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº 1312.—C-18005.—(IN2014007583).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Patronato Nacional de la Infancia. Oficina local de Pérez Zeledón. A quien interese. Se le avisa al señor, Joseph Rojas Fernández, número de cédula 113170227, mayor de edad, costarricense, domicilio desconocido, que en esta Oficina Local se tramita el expediente administrativo número OLPZ-00003-2014, correspondiente al inicio del proceso especial de protección y medida de abrigo temporal de las quince horas del veintiuno de enero del dos mil catorce, dictado a favor de la persona menor de edad Joseph Rojas Mora en el Albergue Posada del Niño. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: En contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones, de lo contrario, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas.  Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las  cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta oficina local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José Barrio Lujan antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Expediente N° OLPZ-00003-2014.—Oficina Local de Pérez Zeledón.—Lic. Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 36800.—Solicitud Nº 1325.—(IN2014008720).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA

ATENCIÓN VECINOS DE CARTAGO, EL GUARCO, DESAMPARADOS Y ALREDEDORES

Audiencia pública para exponer la propuesta de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos para ajustar las tarifas de las rutas 327, 337, 370 y 373 descritas respectivamente como: Cartago-El Empalme-Madre Selva y viceversa; Cartago-Frailes-Santa Cruz de León Cortés y viceversa; Cartago-Casa Mata-San Cristóbal Norte-Llano de los Ángeles y viceversa; y Cartago-La Lucha y viceversa, según se detalla:

Ruta

Descripción

Tarifas (en colones)

Incremento

Vigentes

Propuestas

Regular

Adulto Mayor

Regular

Adulto Mayor

Absoluto (¢)

Porcentual %

 

Estudio Integral rutas 327-337-370-373

 

 

 

 

 

 

327

Cartago-Madre Selva

1.330

665

1.825

915

495

37,22%

Cartago-Empalme

1.095

550

1.295

650

200

18,26%

Cartago-Casa Mata

925

0

800

0

-125

-13,51%

337

Cartago-Frailes-Bustamante

1.025

515

1.575

790

550

53,66%

Cartago-Santa Cruz-San Antonio

915

460

1.400

700

485

53,01%

Cartago-Casa Mata

ND (1)

ND (1)

800

0

800

NA

370

Cartago-Llano Los Ángeles

630

315

1.120

560

490

77,78%

Cartago-San Cristóbal

555

0

900

0

345

62,16%

Cartago-Casa Mata

405

0

800

0

395

97,53%

373

Cartago-La Lucha

270

135

1.225

615

955

353,70%

Cartago-Entrada A La Lucha

240

120

1.120

560

880

366,67%

Cartago-Casa Mata

ND (2)

ND (2)

800

0

800

NA

NOTAS:

ND (1): No existe tarifa actual. Se propone fraccionar la tarifa de la ruta 337 en ese punto para evitar distorsiones tarifarias y competencia desleal por corredor común.

ND (2): No existe tarifa actual. Se propone fraccionar la tarifa de la ruta 373 en ese punto para evitar distorsiones tarifarias y competencia desleal por corredor común.

 

Las Audiencias Públicas se llevarán a cabo a las 18:00 horas (6:00 p. m.) en los siguientes días y lugares:

    Jueves 27 de marzo de 2014: Salón Comunal de Frailes, ubicado 100 metros oeste del Templo de Frailes, Desamparados, San José, y en el Salón Comunal de Santa Cruz de León Cortés, ubicado al costado este de la cancha de deportes, Santa Cruz, León Cortés, San José.

    Viernes 28 de marzo de 2014: Gimnasio de la Escuela Félix Mata Valle, ubicado al costado norte del Templo Católico del Llano Los Ángeles, Corralillo, Cartago.

    Lunes 31 de marzo de 2014: Salón Parroquial de Cañón, ubicado detrás del Templo Católico de Cañón del Guarco, Cartago, y en el Gimnasio de la Escuela Entrada La Lucha, ubicado a un costado del cementerio de Cristo Rey, San Cristóbal, Desamparados, San José.

Quien tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia: en forma oral en la audiencia pública o por escrito firmado: en la audiencia pública o en las oficinas de la Autoridad Reguladora, en horario regular, hasta el día de realización de la audienciao por medio del fax 2215-6002 o del correo electrónico (*): consejero@aresep.go.cr hasta la hora programada de inicio de la respectiva audiencia pública.

Las oposiciones o coadyuvancias deben de estar sustentadas con las razones de hecho y derecho, indicando un lugar exacto, o un medio (correo electrónico, número de fax o apartado postal), para efectos de notificación por parte de la ARESEP, y presentar documento de identificación aceptado en el país, o copia de dicho documento si es interpuesta por escrito. Las personas jurídicas deben interponer la oposición o coadyuvancia por medio del representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

Se informa que la propuesta se tramita en el expediente ET-213-2012 y se puede consultar en las instalaciones de la ARESEP y en la dirección electrónica: www.aresep.go.cr (Audiencias y Consultas Públicas/ Expedientes de Próximas Audiencias).

Asesorías e información adicional: comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2506-3200 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr.

(*)En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea enviada por medio de correo electrónico, esta debe de estar suscrita mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe de ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados.

Luis Fernando Chavarría Alfaro, Dirección General de Atención al Usuario.—1 vez.—O. C. N° 7851-2014.—Solicitud N° 9291.—C-121230.—(IN2014011124).

ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN

INFORMACIÓN OEC  004-2014

El Ente Costarricense de Acreditación ECA, en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 12 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento, Decreto Ejecutivo número 35522 y sus modificaciones – MICIT, da a conocer el otorgamiento y estado  de las siguientes acreditaciones:

1.  Área: Laboratorios de Ensayos y Calibración

OEC acreditado contra la Norma INTE-ISO/IEC 17025:2005 Requisitos generales para la competencia de laboratorios de ensayo y calibración.

Nº de Acreditación

Organismo de Evaluación de la Conformidad OEC

Alcance de la acreditación

Fecha de vigencia

Dirección, e-mail, teléfono y fax

LC-082-A01

Vigente

Servicios Electrónicos Azocar Limitada

Ver alcance de Acreditación de calibración

LC-082 (Ver alcance de acreditación en www.eca.or.cr)

Ampliación a partir del: 11 de febrero del 2014 de manera indefinida, de acuerdo al Artículo 11 del Decreto Ejecutivo 35522 y sus modificaciones

Dirección: San José, Cinco Esquinas de Tibás, diagonal a la clínica Clorito Picado.

Email: gobregon@azocarcr.com

Teléfono: 2222-0000 ext:111

Fax: 2222-0180

LE-112 Vigente

Laboratorio Microtec S. A.

Ver alcance de Acreditación de Ensayos No. LE-112 (Ver alcance de acreditación en www.eca.or.cr)

Otorgamiento inicial a partir de: 11 de febrero del 2014 de manera indefinida, de acuerdo al Artículo 11 del Decreto Ejecutivo 35522 y sus modificaciones

Dirección: 200 m oeste Embajada Americana, Pavas, San José, Costa Rica

Email: calidad@labmicrotec.com josegene@labmicrotec.com

Teléfono: 2296-5107/8845-2121

Fax: 2296-5113

 

 

San José, 18 de febrero del 2014.—Máster Maritza Madriz Picado, Gerente General.—1 vez.—(IN2014011224).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

Mediante el artículo primero, inciso 2) del capítulo cuarto, de la sesión ordinaria N° 03-2014, del martes 21 de enero del 2014, se aprobó el cambio de fechas para las sesiones ordinarias, para que se manden a publicar en el Diario Oficial La Gaceta:

1.  Lunes 14 abril (santo) del 2014, a las dieciocho horas, en edificio de la Casa de la Cultura, segundo piso, salón de sesiones.

2.  Lunes 22 diciembre y lunes 29 de diciembre del 2014, a las dieciocho horas, en edificio de la Casa de la Cultura, segundo piso, salón de sesiones.

Lic. Roberto Thompson Chacón, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2014007470).

CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO

DE COLORADO DE ABANGARES

El Concejo Municipal de Distrito de Colorado de Abangares. Comunica que en acta ordinaria N° 02-2013, capítulo IV, artículo 3°; celebrada el trece de enero del año dos mil catorce, acordó por unanimidad y definitivamente, lo siguiente:

“El Concejo Municipal de Distrito de Colorado se adhiere a la publicación del documento Manual de Valores de Base Unitarios por Tipología Constructiva, publicado en el Alcance Digital N° 22 del Diario Oficial La Gaceta N° 23 del viernes 1° de febrero del 2013, por el Órgano de Normalización Técnica del Ministerio de Hacienda”.

Colorado de Abangares, 14 de enero del 2014.—Georgina Ortiz Isaba, Intendente Municipal.—1 vez.—(IN2014007390).

AVISOS

CONVOCATORIAS

CLASOLIME DE SAN JOSÉ S. A.

Se convoca a los socios de la sociedad: Clasolime de San José S. A., cédula jurídica N° 3-101-199307, a una asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios que se celebrará en el “Bufete Céspedes R.”, en San José, Zapote, 100 metros oeste y 125 norte de las instalaciones de Radio Columbia, a las ocho horas del día tres de abril del dos mil catorce, para conocer de los puntos indicados en el artículo 155 del Código de Comercio y, de carácter extraordinario, sobre la modificación de la cláusula segunda de los estatutos sociales, sobre el domicilio de la sociedad. Si a la hora indicada no hubiera quórum, la asamblea se celebrará en el mismo lugar, una hora después, para lo que también se convoca a los socios.—San José, 15 de febrero del 2014.—Firma ilegible.—1 vez.—(IN2014011376).

AGROINDUSTRIAL SANTA CLARA S. A.

Se convoca a los socios de la sociedad: Agroindustrial Santa Clara S. A., cédula jurídica N° 3-101-074867, a una asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios que se celebrará en el “Bufete Céspedes R.”, en San José, Zapote, 100 metros oeste y 125 norte de las instalaciones de Radio Columbia, a las ocho horas del día veinticinco de marzo del dos mil catorce, para conocer de los puntos indicados en el artículo 155 del Código de Comercio y, de carácter extraordinario, sobre la modificación de la cláusula segunda de los estatutos sociales, sobre el domicilio de la sociedad, y eliminar la cláusula décimo tercera, sobre el agente residente. Si a la hora indicada no hubiera quórum, la asamblea se celebrará en el mismo lugar, una hora después, para lo que también se convoca a los socios.—San José, 15 de febrero del 2014.—Firma ilegible.—1 vez.—(IN2014011378).

CONSTRUCTORA LA FORTUNA S. A.

Se convoca a los socios de la sociedad: Constructora La Fortuna S. A., cédula jurídica N° 3-101-076007, a una asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios que se celebrará en el “Bufete Céspedes R.”, en San José, Zapote, 100 metros oeste y 125 norte de las instalaciones de Radio Columbia, a las diez horas del día veinticinco de marzo del dos mil catorce, para conocer de los puntos indicados en el artículo 155 del Código de Comercio y, de carácter extraordinario, sobre la modificación de la cláusula segunda de los estatutos sociales, en cuanto al domicilio de la sociedad, y eliminar la cláusula décimo tercera, sobre el agente residente. Si a la hora indicada no hubiera quórum, la asamblea se celebrará en el mismo lugar, una hora después, para lo que también se convoca a los socios.—San José, 15 de febrero del 2014.—Firma ilegible.—1 vez.—(IN2014011379).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Yo, John Medina Herrera, cédula N° 106280408, solicito la reposición por causa de extravío, del giro internacional 25686 del Bank of América, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, oficina del Mall San Pedro, el 6 de enero del 2014 a favor de American Express, por el monto de $1.450 moneda de Estados Unidos de Norteamérica. Se publica este anuncio por tres veces para oír reclamos de terceros por el término de quince días.—San José, a las 12:00 horas del 29 de enero del 2014.—John Medina Herrera.—(IN2014005788).

HOLCIM (COSTA RICA) S. A.

María de los Ángeles Córdoba Zúñiga, cédula de identidad número 3-0164-0651 albacea de la sucesión de Raúl Dittel Marín, solicita la reposición de los títulos N° 875, serie A por 44,748 acciones; N° 2882, serie A por 13,424 acciones de Holcim (Costa Rica) S. A. (antes Industria Nacional de Cemento S. A.) los cuales fueron extraviados. Si hubiese alguna persona interesada en que no se haga esta reposición favor hacerlo saber en las oficinas del emisor en los treinta días siguientes a esta.—María de los Ángeles Córdoba Zúñiga.—(IN2014006333).

COSTA RICA COUNTRY CLUB S. A.

Para efectos de reposición, yo, Bernardo Kopper Rojas, cédula número 2-189-148, en mi condición propietario de la Acción N° 959 del Costa Rica Country Club S. A., cédula jurídica número 3-101-002477, hago constar que he solicitado la reposición de dicha acción y su respectivo título de capital, por haberse extraviado los mismos. Por el término de ley las oposiciones podrán dirigirse al Costa Rica Country Club S. A., Departamento de Secretaría de Junta Directiva, en San Rafael de Escazú y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 22 de enero de 2014.—Bernardo Kopper Rojas.—(IN2014006441).

UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA

DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Por este medio me permito solicitarles se realicen las tres publicaciones que indica la ley con respecto al extravío del título en el grado y carrera de Maestría en Administración de Empresas, obtenidos por Horacio Hidalgo Carballo, cédula de identidad número dos cero cuatro seis cinco cero dos seis cero, inscrito en el tomo: 6, folio: 338, asiento: 7732, con fecha del 15 de abril de 2005. Se expide la presente solicitud del (la) interesado(a) y para efectos de solicitud de reposición, a los veintidós días del mes de enero de dos mil catorce.—Departamento de Registro.—Johanna Villalobos Barquero, Directora.—(IN2014006641).

UNIVERSIDAD LATINA

Ante el CONESUP, se ha presentado la solicitud de reposición de Título de Bachillerato en Administración de Negocios con Énfasis en Mercadeo emitido por la Universidad Interamericana de Costa Rica bajo el tomo: II folio: 132 número: 4093, e inscrito en el CONESUP bajo tomo: 43, folio: 360, número: 12321 el 14 de diciembre del año 2009, a nombre de José Alberto Ramírez Serrano, cédula número  4-0183-0347. Se solicita la reposición de título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para escuchar oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 3 de febrero de 2014.—Departamento de Registro.—Alexander Arias Jiménez.—(IN2014006699).

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE COSTA RICA

Ante el registro de la Universidad Católica de Costa Rica, se ha presentado la solicitud de reposición del título de Doctorado en Ciencias de la Educación, emitido el 28 de noviembre de 2008, en la Sede San José, registrado en la Universidad bajo el tomo 1, folio 248, número 5432 y registrado en el Conesup en el tomo 66, folio 08 y número 5393 a nombre de Celia Patricia Ureña Castrillo, con cédula de identidad número 1-0720-0149. Se solicita la reposición por haberse extraviado el original. Se extiende la presente, exclusivamente, para la publicación de los tres edictos en el Diario Oficial La Gaceta, a fin de oír oposiciones hasta por 15 días de la última publicación, a solicitud del interesado(a) en la ciudad de Moravia.—Moravia, a los veintinueve días del mes de enero del año dos mil catorce.—Departamento de Registro y Admisiones.—Lic. Magdalena Noguera Navarrete, Directora.—(IN2014006910).

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA

Por medio de la presente la Universidad Latina de Costa Rica certifica que ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición del título de Maestría en Ciencias de la Educación con énfasis en Administración Educativa, emitido por la Universidad Latina de Costa Rica a nombre de Celia Ureña Castrillo, cédula N° 1-720-149, inscrito en el Libro de la Universidad en el tomo III, folio 40, asiento 8769. Se solicita la reposición, por motivo que el estudiante extravió el original del título. Se publica éste edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar de la fecha.—San José, 13 de enero del 2014.—Pablo Gutiérrez Rodríguez, Director de Registro.—(IN2014006914).

UNIVERSIDAD ADVENTISTA DE CENTRO AMÉRICA

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Adventista de Centro América se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachillerato en Ciencias de la Educación con Énfasis en I y II Ciclos de la Educación General Básica, inscrito bajo el tomo I, folio 13, asiento 157 de esta Universidad y el tomo II, folio 11, asiento 165 del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), emitido  a los once días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa, a nombre de Doris Mayela Víquez Loría, cédula de identidad N° 2-0443-0598. Se solicita la reposición del título indicado anteriormente, por haberse extraviado el original del mismo. Se pública este edicto para oír oposición a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—Alajuela, Costa Rica, a los veintitrés días  del mes  de enero del año dos mil catorce.—Cecilia Espinosa, Directora de Registro y Admisiones.—(IN2014007288).

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Adventista de Centro América se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachillerato en Administración de Empresas con Énfasis en Contabilidad, inscrito bajo el tomo I, folio 43, asiento 701 de esta Universidad y el tomo II, folio 37, asiento 630 del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), emitido a los doce días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Saúl Andrés Ortiz Colindres, Pasaporte Hondureño N° C909242. Se solicita la reposición del título indicado anteriormente, por haberse extraviado el original del mismo. Se pública este edicto para oír oposición a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—Alajuela, Costa Rica, a los veinte días  del mes  de enero del año dos mil catorce.—Cecilia Espinosa, Directora de Registro y Admisiones.—(IN2014007293).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Por  acuerdo  suscrito el día 31 de diciembre del 2013, entre 3-101-641271 S. A. (la  compradora); Frutas  Tropicales Venecia S. A., cédula jurídica N° 3-101-083291; Industria Cartonera Inca S. A., cédula jurídica N° 3-101-111335, y Banacol de Costa Rica S. A. (las vendedoras), se acordó que las vendedoras le venderían a la compradora las fincas agrícolas inscritas en el Registro Público, partido de Alajuela, matrículas de Folio Real Nos. 186278-000; 233960-000; 358732-000; 160339-000; 150902-000; 136964-000; 405035-000; 265442-000; 174111-000; 262876-000; 268149-000; 283112-000; 137178-000; 395327-000; 394078-000; 390298-000; 266335-000; 274854-000; 409725-000; 418037-000. Dicha compraventa incluye muebles, equipo, inventario, cultivo de piña y demás elementos que se encuentran en las fincas. De conformidad con el artículo 479 del Código de Comercio, se confieren los quince días a partir de la primera publicación exigidos por ley.—San José, 10 de enero del 2014.—Lic. Fernando Solano Rojas, Notario.—(IN2014006215).

UNIVERSIDAD FLORENCIO DEL CASTILLO

Universidad Florencio del Castillo, solicita reposición del título por extravío del original del estudiante Fabián Bustamante Dittel, cédula de identidad tres-trescientos ochenta y seis-ochocientos sesenta y cuatro, quien opto por el título de Bachillerato en la enseñanza de las ciencias naturales. Se publica este edicto para escuchar oposiciones dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de la tercera publicación.—Cartago, al ser las ocho horas del cuatro de febrero del dos mil catorce.—Lic. Cristian Chinchilla Monge, Rector.—(IN2014007158).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío de las bitácoras relacionadas con los siguientes números de contratos y profesional a cargo: Arq. Jorge Isaac Matamoros Hernández, A-9788, OC-610344; Arq. Randall Matamoros Brenes, A-10059, OC-583285; Ing. Hernán Alfaro Ramírez, ICO-18929, OC-615152; Ing. Henry Araya Araya, IC-22158, OC-626361; Arq. Álvaro Barrenechea Troyo, A-2759, OC-609846; Ing. William Mora Hernández, IC-3006, OC-605679; Arq. Oscar Azofeifa Mata, A-10794, OC-597576; Ing. Jorge Villareal Jiménez, IC-14331, OC-609615; Arq. Manuel Loría Vargas, A-3070, OC-614677; Ing. Andrea Aguilar Brenes, ICO-17468, OC-613852; Arq. Francisco Conejo Muñoz, A-10534, OC-619422; Ing. Luis Guillermo Arguedas Delgado, IC-4322, OC-554545, OC-620548; Ing. Harold Céspedes Cortés, IC-10903, OC-569929; Arq. Angie Venegas J., A-17618, OC-609330; Arq. Alfredo Acosta Gómez, A-3776, OC-616885; Ing. Víctor Meza Calderón, IC-14712, OC-582996; Arq. Luis Fernando Núñez Morales, A-5395, OC-619572; Ing. Millie Zamora Gutiérrez, IC-4725, OC-616562; Ing. Alonso Ruiz Guevara, IC-20085, OC-600056; Ing. José Rodolfo Chinchilla Guillén, IC-7054, OC-605611; Ing. Miguel Cruz Azofeifa, IC-2266, OC-603909; Ing. Gilberto Rodríguez Vargas, ICO-10032, OC-565847; Ing. Alejandro José Azofeifa Ramírez, IC-8038, OC-528536-EX; Arq. Diego Morales Montero, A-8119, OC-600533; Arq. Iván Bogantes Blanco, A-8989, OA-574230; Ing. Juan José Pérez Castro, ICO-8175, OC-608766; Arq. Johanny Aguirre Meza, A-23892, OC-594980; Arq. Luis Manfred Venegas Brenes, A-16459, OC-631671; Ing. Hermes Cruz Briceño, ICO-4628, OC-623363; Ing. Allan Granados Castillo, ICO-19258, OC-625256; Arq. Andrea Gómez Barrantes, A-18807, OC-627294; Ing. Alberto Castillo Castro, IC-2578, OC-612279; Ing. Antonio Merayo Calderón, IC-4220, OC-616756, OC-554603, OC-615125, OC-537916; Ing. Francisco Araya Mora, ICO-6707, OC-633143; Ing. Rafael Cañas Ruiz, IC-0958, OC-607268; Ing. Teresita Calvo Quesada, IC-3129, OC-624637; Ing. Luis Álvarez Villalobos, IC-8023, OC-614801; Arq. Alfredo Acosta Gómez, A-3776, OC-616885; Ing. Minor Rodríguez Rojas, ICO-4563, OC-595490; Ing. Humberto Espinoza Murillo, IC-4095, OC-544914, Ing. Iván Sanabria Aguilar, ICO-14254, OC-554401; Ing. Alejandro Alfaro Acuña, IC-20968, OC-629200.—San José, 3 de febrero del 2014.—Departamento de Trámite de Proyectos.—Ing. Freddy Bolaños Céspedes.—O. C. Nº 061-2014.—Solicitud Nº 1351.—C-121040.—(IN2014007450).

UNIVERSIDAD HISPANOAMERICANA

Ante la Dirección de Registro de la Universidad Hispanoamericana se ha presentado la solicitud de reposición de título de Licenciatura en la Enseñanza de I y II Ciclos de la Educación General Básica, inscrito en el tomo II, folio 46, número 2431, del registro de emisión de títulos de esta Universidad y en el tomo IV, folio 132, N° 2458, del Consejo Nacional de Enseñanza Universitaria Privada (CONESUP), a nombre de Yorleny Sánchez Rodríguez. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 31 de enero del 2011.—Lic. Mónica Chinchilla Valverde, Directora de Registro.—(IN2014007465).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

PARADISE CLUBE SOCIEDAD ANÓNIMA

El señor Scott David Pralinski como presidente de la sociedad Paradise Clube Sociedad Anónima solicita al Registro la reposición de libros de Actas de Asamblea General de Socios, Actas de Junta Directiva y Registro de Socios, por escritura otorgada en Cartago a las ocho horas del tres de febrero del dos mil catorce. Lo anterior en virtud del extravío de los mismos.—Lic. Allan Garro Navarro, Notario.—1 vez.—(IN2014006819).

INMOBILIARIA ELMARSU SOCIEDAD ANÓNIMA

Por escritura de las once horas del veintinueve de enero del dos mil catorce, visible al folio ciento veintitrés vuelto del tomo primero del protocolo de la notaria pública Marcela Murillo Quirós, la empresa Inmobiliaria Elmarsu Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y tres mil trescientos veintiocho, inicia el trámite de reposición de sus libros de Registro de Accionistas, Actas de Asamblea de Accionistas y Actas de Junta Directica por motivo de pérdida.—San José, treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Marcela Murillo Quirós, Notaria.—1 vez.—(IN2014006936).

3-102-648474 SOCIEDAD

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Quien suscribe, Marcos Padilla García, con cédula Nº 9-0038-0723, en condición de gerente general con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de 3-102-648474 sociedad de responsabilidad limitada, acuerda la reposición de los libros de asamblea de cuotistas y registro de cuotistas del tomo número uno de la sociedad.—Marcos Padilla García, Gerente General.—San Antonio de Belén, Heredia, 27 enero del 2014.—1 vez.—(IN2014007335).

TECNOMECÁNICA ARO SOCIEDAD ANÓNIMA

Tecnomecánica Aro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y cuatro mil doscientos trece, avisa del extravío de sus libros legales, y solicita ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, la reposición de los siguientes libros: (Actas Consejo de Administración, Actas de Asambleas de Socios y Registro de Socios todos correspondientes al número 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición al respecto, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Miguel Alberto Rojas Flores, Presidente.—1 vez.—(IN2014007396).

ASOCIACIÓN PARA EL BIENESTAR

Y AMPARO DE LOS ANIMALES (ABAA)

Se pone en conocimiento de las instituciones públicas, la empresa privada y público en general, la integración de la junta directiva de la Asociación para el Bienestar y Amparo de los Animales y de las filiales activas, que fungirá durante el período del 1° de febrero de 2014 al 31 de enero de 2015, elegida de conformidad con lo que establecen los Estatutos, en asamblea general ordinaria N° I-2014, celebrada el 11 de enero del 2014.

Presidente:                    Juan Carlos Peralta Víquez

Vicepresidente:            Shirley Rojas Uba

Secretaria:                     Patricia Abadía Rodríguez

Tesorero:                       Justin Clifford Denyer Salazar

Vocal Primera:              Paulina Reyes Sequeira

Vocal Segunda:            Gabriela Piedra Maroto

Vocal Tercera:              Adriana Barrantes Umaña

Fiscal:                            Evaristo Amador Amador

Filial Cartago pro Bienestar Animal (CBA)

Presidenta:                    Marlene Campos Hernández

Secretaria:                     Shirley Rojas Uba

Tesorera:                       Gabriela Piedra Maroto

Vocal Primera:              Jeffrey Villalobos Chávez

Vocal Segundo:            Jean Carlos Rojas Uba

Fiscal:                            Adriana Uba Granados

Filial Red Padrinos de Anímales - Purple Paws (RPA):

Presidenta:                    Adriana Chacón Mata

Vicepresidente:            Adriana Barrantes Umaña

Secretaria:                     Pamela María Mainieri Maynard

Tesorero:                       Maylin Campos Villalobos

Fiscal:                            Wendy Bolandi Barquero

Adicionalmente se comunica el nombramiento de: Vocero: Silvian Hogg García.

San José, 17 de enero del 2014.—Juan Carlos Peralta Víquez,  Presidente.—1 vez.—(IN2014007420).

CENTRO VACACIONAL BANCOSTA S. A.

Centro Vacacional Bancosta S. A., hace constar que revisado el libro de accionistas, aparece como socia María Luisa Jiménez Miranda, cédula, 4-126-396 con la acción N° 973, que se reporta como extraviada, por lo que solicita su reposición.—San José, 5 de febrero del 2014.—Ángela Sánchez Arroyo, cédula 5-099-522, Tesorera.—1 vez.—(IN2014007428).

TECNO S Y S SOLUCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

Tecno S y S Soluciones Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seis seis tres cuatro siete siete, comunica la reposición de los libros de asambleas generales y extraordinarias. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Msc. Alfredo Sánchez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014007433).

FEDERACIÓN COSTARRICENSE DE ATLETISMO

Yo, Roberto Verdesia Solano, mayor, casado una vez, empresario, vecino de San José, Santa Ana, portador de la cédula de identidad número: uno-quinientos veintiséis-cero setenta y cuatro. Presidente y representante legal de la Federación Costarricense de Atletismo, cédula jurídica número tres-cero cero dos-cero ocho cuatro ocho cero nueve, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicos la reposición de los libros de Inventarios y Balances, Mayor, Diario Registro de Asociados, los cuales fueron extraviados, se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones. Es todo.—Roberto Verdesia Solano, Presidente y Representante Legal.—1 vez.—(IN2014007445).

ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO

Y ALCANTARILLADO SANITARIO DE CONCEPCIÓN

Y LOS NEGRITOS DE AGUA ZARCAS DE

SAN CARLOS DE ALAJUELA

El suscrito Abel Enrique Retana Cabezas, mayor, casado una vez, lechero, vecino de Concepción de Agua Zarcas, ochocientos metros al noroeste de la escuela, San Carlos, con cédula de identidad dos-cuatrocientos sesenta y uno-trescientos setenta y uno; en mi condición de presidente con facultades suficientes para este acto de la Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Concepción y Los Negritos de Agua Zarcas de San Carlos de Alajuela, con cédula jurídica número tres-cero cero dos-quinientos sesenta y seis mil ochocientos sesenta y seis; domiciliada en el salón comunal de Concepción, frente a la Escuela Concepción, San Carlos, Alajuela, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros de Inventarios y Balances, y Actas de Juntas Directiva, todos el número uno, de la Asociación a la que represento, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Ciudad Quesada, treinta de enero del dos mil catorce.—Abel Enrique Retana Cabezas, Presidente.—1 vez.—(IN2014007449).

AUTO WEST LIMITADA

Auto West Limitada, cédula de persona jurídica Nº 3-102-630191, solicita ante el Registro Nacional, por motivo de perdida, la reposición del libro de Registro de Socios número uno. Es todo.—San José, 5 de febrero del 2014.—Ciprian Mircea Mihut, Apoderado.—Lic. Augusto José Rojas Trejos, Notario.—1 vez.—(IN2014007455).

CAMASIO S. A.,

El suscrito, Antonio Carrillo Angulo, cédula de identidad número 1-145-1386, en mi condición de secretario en ausencia del presidente con facultades suficientes de la empresa Camasio S. A., con cédula jurídica número 3-101-126780; solicito la reposición del Libro de Asamblea de Socios número 1, el cual fue extraviado.—San José, 4 de febrero del 2014.—Dr. Antonio Carrillo Angulo, Secretario.—1 vez.—(IN2014007500).

HUMEDAL DE RAMSAR S. A.

El suscrito, Hans Fredrik (nombres) Hellberg (apellido), sin segundo apellido en razón de su nacionalidad sueca, mayor de edad, casado una vez, técnico, domiciliado en Stockholm, Suecia, portador del pasaporte de su país número uno dos siete seis seis seis dos ocho, en su condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Humedal de Ramsar S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos un mil ciento diez, para efectos de reposición, informa del extravío del tomo uno de los libros de Actas de Asamblea General de Socios, Actas del Consejo de Administración, Registro de Socios.—San José, quince de enero del dos mil catorce.—Hans Fredrik Hellberg, Presidente.—1 vez.—(IN2014007578).

PATRULLA ÁGUILA INVERSIONES S. A.

La suscrita, Zulay (nombre) Hellberg (apellido), sin segundo apellido en razón de su nacionalidad sueca, mayor de edad, casada en segundas nupcias, traductora, domiciliada en Brunkebergstorg nueve, diez mil trescientos veintisiete, Stockholm, Suecia, portadora del pasaporte de su país número cuatro cinco siete tres nueve nueve nueve cero, en su condición de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de Patrulla Águila Inversiones S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y seis mil, para efectos de reposición, informa del extravío del tomo uno de los libros de Actas de Asamblea General de Socios, Actas del Consejo de Administración, Registro de Socios.—San José, quince de enero del dos mil catorce.—Zulay Hellberg, Presidenta.—1 vez.—(IN2014007584).

SEMILLA DE LA VIDA S. A.

La suscrita, Zulay (nombre) Hellberg (apellido), sin segundo apellido en razón de su nacionalidad sueca, mayor de edad, casada en segundas nupcias, traductora, domiciliada en Brunkebergstorg nueve, diez mil trescientos veintisiete, Stockholm, Suecia, portadora del pasaporte de su país número cuatro cinco siete tres nueve nueve nueve cero, en su condición de Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de Semilla de la Vida S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos tres mil cuatrocientos treinta y seis, para efectos de reposición, informa del extravío del tomo uno de los libros de Actas de Asamblea General de Socios, Actas del Consejo de Administración, Registro de Socios.—San José, quince de enero del dos mil catorce.—Zulay Hellberg, Presidenta.—1 vez.—(IN2014007590).

ARISTOBULO DEL VALLE S. A.

La suscrita, Zulay (nombre) Hellberg (apellido), sin segundo apellido en razón de su nacionalidad sueca, mayor de edad, casada en segundas nupcias, traductora, domiciliada en Brunkebergstorg nueve, diez mil trescientos veintisiete, Stockholm, Suecia, portadora del pasaporte de su país número cuatro cinco siete tres nueve nueve nueve cero, en su condición de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de Aristobulo del Valle S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos tres mil trescientos sesenta y seis, para efectos de reposición, informa del extravío del tomo uno de los libros de Actas de Asamblea General de Socios, Actas del Consejo de Administración, Registro de Socios.—San José, quince de enero del dos mil catorce.—Zulay Hellberg, Presidenta.—1 vez.—(IN2014007596).

TRECE PORTALES S. A.

La suscrita, Zulay (nombre) Hellberg (apellido), sin segundo apellido en razón de su nacionalidad sueca, mayor de edad, casada en segundas nupcias, traductora, domiciliada en Brunkebergstorg nueve, diez mil trescientos veintisiete, Stockholm, Suecia, portadora del pasaporte de su país número cuatro cinco siete tres nueve nueve nueve cero, en su condición de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de Trece Portales S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos treinta y siete mil ochocientos ochenta y cinco, para efectos de reposición, informa del extravío del tomo uno de los libros de Actas de Asamblea General de Socios, Actas del Consejo de Administración, Registro de Socios.—San José, quince de enero del dos mil catorce.—Zulay Hellberg, Presidenta.—1 vez.—(IN2014007601).

3-101-476858 S. A.

3-101-476858 S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos cincuenta y ocho, con domicilio en la ciudad de San José, Sabana Sur de la Librería Universal 600 metros sur y 175 metros oeste, solicita ante el Registro Nacional, la reposición por motivo de extravío de los siguientes libros: tomo primero del libro de Actas de Asamblea General de Socios. Álvaro Gómez Rodríguez. Presidente.—San José, 6 de febrero de 2014.—Lic. Álvaro Gómez Rodríguez, Presidente.—1 vez.—(IN2014007629).

AGENCIA DE COBROS Y NOTIFICACIONES S. A.

Jorge Luis Cordero Rojas, apoderado generalísimo sin límite de suma de Agencia de Cobros y Notificaciones S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento noventa y nueve mil ciento noventa y seis, domiciliada en Heredia, Residencial Claretiano, número treinta y uno-O, hace constar que por extravío del Libro de actas de Asamblea General de accionistas, se ha solicitado su reposición. Es todo.—Heredia, cuatro de febrero de dos mil catorce.—Lic. Jorge Luis Cordero Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014007704).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Por escritura N° 107-15, del tomo número 15 de mi protocolo, otorgada a las 08:00 horas del 28 de enero del 2014, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad: Totadora El Dorado S. A., mediante la cual se reformó la cláusula cuarta del pacto social disminuyendo el mismo.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—(IN2014005889).

ESKIATHOS DE GRECIA SOCIEDAD ANÓNIMA

Mediante escritura N° 192, otorgada a las ocho horas del 5 de noviembre del 2013, en el tomo 7 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se reforma la cláusula quinta del pacto social de la sociedad denominada: Eskiathos de Grecia Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica N° 3-101-274927.—San José, 6 de noviembre del 2013.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—(IN2014007845).                                                                       2 v. 1.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 09:00 horas del 16 de diciembre del 2013, se protocolizó el acta número 21 de asamblea general extraordinaria de socios de: Club de Veteranos La Fortuna S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 16 de diciembre del 2013.—Lic. Manuel Francisco Jones Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2014004417).

Por escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 08:00 horas del 16 de diciembre del 2013, se protocolizó el acta número 35 de asamblea general extraordinaria de socios de Nayara Hotels S. A., en la cual se reforma la cláusula octava de los estatutos.—San José, 16 de diciembre del 2013.—Lic. Manuel Francisco Jones Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2014004603).

Realty Society Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres seis cero dos nueve uno, comunica que modificó las cláusulas primera, segunda y sexta del acta constitutiva, y nombró nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Belén, veintitrés de enero del dos mil catorce.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—(IN2014004606).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas treinta minutos, protocolicé acta de sociedad de disolución de la sociedad denominada: Tres-Ciento Uno-Seiscientos Veinte Mil Doscientos Cuarenta y Seis Sociedad Anónima.—Pérez Zeledón, seis de diciembre del dos mil trece.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—(IN2014004611).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas, protocolicé acta de sociedad de disolución de la sociedad denominada: Grupo Mont - Real PZ Sur Sociedad Anónima.—Pérez Zeledón, diecinueve de enero del dos mil catorce.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—(IN2014004617).

Por escritura de las 13:30 horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de Cesti Green Forest Limitada, en la que se reforman la cláusula segunda y la cláusula novena de sus estatutos.—Jacó, Puntarenas, 22 de enero del 2014.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—(IN2014004626).

Por escritura de las 14:00 horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de Central Pacific Condo Real Estate Limitada, en la que se reforman la cláusula segunda y la cláusula novena de sus estatutos.—Jacó, Puntarenas, 22 de enero del 2014.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—(IN2014004636).

Por escrituras otorgadas en esta notaría, a las dieciocho horas y a las dieciocho horas treinta minutos, ambas del veintisiete de setiembre del dos mil trece, se protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria de la sociedad Importadora América S. A., en las cuales se reformó la cláusula quinta del capital social y se aumentó el capital social.—San José, 18 de  noviembre del 2013.—Lic. Mario Alberto Sánchez Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2014004658).

Por escritura otorgada en San José, a las diez horas treinta minutos del catorce de enero del dos mil catorce, ante mi notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones La Ruibalera S. A., se modifican las cláusulas primera, segunda, tercer y sétima, se nombran presidente, secretario y tesorero.—Lic. Edwin Bogantes Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2014004667).

Ante esta notaría por escritura número 99 otorgada a las 11:00 horas del 16-01-2014, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la empresa de esta plaza denominada Condominio Vivendis Cedro Plateado XVIII S. A., se modifica cláusula segunda y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Alajuela, a las 14:00 del 21-01-2014.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—(IN2014004735).

Ante esta notaría por escritura número 100 otorgada a las 11:10 horas del 16-01-2014, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la empresa de esta plaza denominada Condominio Vivendis Nogal Negro XV S. A., se modifica cláusula segunda y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Alajuela, a las 14:10 del 21-01-2014.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—(IN2014004741).

Por escritura número 61-20, de las 10:00 horas del 19-12-2013, se disolvió la entidad Suplidora Total J y F del Norte Sociedad Anónima.—San José, 21/01/2014.—Lic. Marco Vinicio Retana Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014004744).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diez horas del trece de diciembre del dos mil trece; protocolizo acta de la sociedad Pueblo del Río Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, veinte de enero del dos mil catorce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—(IN2014004748).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy se constituyó Gresfield International Investments (GF.II) S. A.—San Pablo de Heredia, 22 de enero del 2014.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—(IN2014004750).

Mediante escritura ochenta y cuatro de las nueve horas y quince minutos del veintidós de enero del dos mil catorce se disuelve la sociedad Tres Ríos Lote Dieciocho Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres - ciento uno - ciento cuarenta y cuatro mil setecientos treinta y seis. Es todo.—Tres Ríos Coronado, Osa, Puntarenas, veintidós de enero del año 2014.—Lic. Vilma Acuña Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2014004784).

Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad denominada: Almacenes El Colono Sociedad Anónima.—Guápiles de Pococí, veintidós de enero del 2014.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—(IN2014004788).

Por escritura número 355 del tomo quinto, otorgada ante esta notaría a las 8:56 horas del 9 de enero de 2014, se protocoliza en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de socios de Seguridad Condominal S.C. S. A., cédula jurídica N° 3-101-664418. Se nombra presidente.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014004794).

Hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria del 22 de enero del dos mil catorce de Spinemed CR Sociedad Anónima, en donde se procedió a reformar cláusula primera cambio de razón social a Innomédica Sociedad Anónima y sexta.—San José, 24 de enero de 2014.—Lic. Marco Fallas del Valle, Notario.—1 vez.—(IN2014004795).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría con fecha 24 de enero del presente año se disolvieron las sociedades Best Maids S. A., cédula jurídica 3-101-634282 y CR Maids S. A., cédula jurídica 3-101-637522.—San José, 24 de enero del 2014.—Lic. Mario Alberto Valverde Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2014004949).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas quince minutos del veinticuatro de enero del año dos mil catorce, se disolvió la sociedad 3-101-605510 S. A.—Tilarán, 24 de enero del 2014.—Lic. Eitel Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—(IN2014004956).

ALANCA S. A., cédula jurídica número 3-101-553900, acuerda la disolución de la sociedad de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio y se prescinde del nombramiento de liquidador conforme se establece en el acta constitutiva, por no existir activos ni pasivos que liquidar.—Cartago, 27 de enero del 2014.—Lic. Alejandra Rojas Carballo, Notaria.—1 vez.—Sol. 8127.— (IN2014005417).

Por escritura otorgada en mi notaría, al ser las dieciséis horas con treinta minutos del veinte de enero del dos mil catorce, se disolvió la sociedad: La Bendición Real del Ocho de Noviembre de Mil Novecientos Treinta Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos tres mil doscientos cuatro, domiciliada en Cedral, Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, doscientos metros al este de la iglesia católica; de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Ciudad Quesada, San Carlos, veinte de enero del dos mil catorce.—Lic. Víctor Emilio Rojas Hidalgo, Notario.—1 vez.—Sol. 7695.— (IN2014005455).

Que por escritura número 122, visible a folio 147 frente modificó la cláusula sexta, de la empresa Young Life Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada, empresa inscrita en el Registro Mercantil bajo la cédula jurídica tres-uno cero dos-seis siete seis siete seis cero. Visible al tomo 22 del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas. Teléfono 2771-5855.—Uvita de Osa, a las 9:00 horas del 24 de enero del 2014.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Solo. 8003.—(IN2014005459).

Por haberse otorgado ante mi notario la escritura número treinta y tres diecisiete horas del veinticuatro de enero del dos mil catorce, en la que se procede a protocolizar el acta número tres de la sociedad Macaf Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social Alajuela, Alajuela, San Josecito de Cutris, un kilómetro al este del Restaurante Rancho de Lenny, celebrada a las quince horas del dieciocho de diciembre del dos mil trece, en la que se procede a reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo y a nombrar nueva Junta Directiva.—San José, 24 de enero del 2014.—Lic. Christian Gómez Monge, Notario.—1 vez.—Sol. 8547.—(IN2014005506).

Por haberse otorgado ante mi notario la escritura número treinta y cuatro de las diecisiete horas con diez minutos del veinticuatro de enero del dos mil catorce, en la que se procede a protocolizar el acta número dos: asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Servicio Técnico Especializado Diesel Motriz Setedmo Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social, San Rafae,l San Josecito cien metros al oeste de y ciento cincuenta metros al norte de la iglesia, celebrada a las quince horas del quince de diciembre del dos mil trece, en la que se procede a reformar la cláusula sétima del pacto constitutivo y a nombrar nueva junta directiva.—San José, veinticuatro de enero del 2014.—Lic. Christian Gómez Monge, Notario.—1 vez.—Sol. 8152.—(IN2014005513).

Por haberse otorgado ante mi notaria la escritura número treinta y cinco de las diecisiete horas con treinta minutos del veinticuatro de enero del dos mil catorce, en la que se protocoliza el acta uno, asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Familiares Ocho Mil Doscientos Diez Sociedad Anónima, cédula jurídica 3 101 530429 celebrada en su domicilio social a las nueve horas del dieciséis de diciembre del dos mil trece, en la que se acuerda disolver la mencionada plaza.—San José, 28 de enero del 2014.—Lic. Christian Gómez Monge, Notario.—1 vez.—Sol. 8162.—(IN2014005530).

Ante el Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, se reforman las cláusulas segunda y sexta, del pacto constitutivo de la sociedad Sunworld Properties Sociedad Anónima, cedula jurídica: tres-ciento uno-quinientos dieciocho mil ciento veintiocho.—Lic. Juan Carlos Sánchez Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2014005841).

A las quince horas treinta minutos del día de hoy el señor Fernando Tristán Trelles, como propietario de la totalidad del capital social disuelve la sociedad Daniesteba Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cincuenta y nueve mil seiscientos treinta y cinco.—San José, 29 de enero del 2014.—Lic. María Del Milagro Chaves Desanti, Notaria.—1 vez.—(IN2014006271).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Alneve S. A., mediante la cual se acordó su disolución.—Turrialba, veintiocho de enero del dos mil catorce.—Lic. Roberto Casasola Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2014006278).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas treinta minutos del veinticuatro de enero del dos mil catorce, se constituyó Valpan Costa Rica MVM Sociedad Anónima. Domiciliada en Cartago, Turrialba, Ciudadela Debravo, casa cincuenta A. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: totalmente suscrito y pagado con bienes muebles y en dinero en efectivo. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma con la representación judicial y extrajudicial.—Turrialba, 24 de enero del 2014.—Lic. Alejandro Mata Vega, Notario.—1 vez.—(IN2014006279).

Ante esta notaría al ser las ocho horas del treinta de enero del dos mil catorce, se ha protocolizado el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Amja Sociedad Anónima, donde se hace la disolución de dicha sociedad. Dado en esta capital el treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Lic. Jorge Fco. González Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2014006330).

A las ocho horas del veintidós de enero del dos mil catorce, protocolicé el acta de Fortuna Nahualth S. A., donde se acepta la renuncia del presidente, secretario y tesorero y se nombra en ese mismo orden a Lisbeth Barahona Arias, Lissette Barahona Arias y Paola Vanesa Barahona Castillo.—San José, treinta de enero del dos mil catorce.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2014006332).

Por medio de escritura pública otorgada ante mi notaría, se protocoliza asamblea de socios de la sociedad El Santuario de Nosara S.N. S. A., con cédula tres-ciento uno-quinientos cincuenta mil trescientos once, en donde se acuerda disolver la sociedad. Asimismo por medio de escritura pública otorgada ante mi notaría se protocoliza asamblea de socios de la sociedad ACC Wonderland Pacific Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de personería jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y siete mil novecientos ochenta y seis en donde se acuerda modificar cláusula sexta y se nombra gerente. Es todo.—San José, a las siete horas del treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—(IN2014006336).

Ante esta notaría escritura 115-3, la totalidad de socios de la sociedad denominada Maguimu e Hijos Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-489994, acordó la disolución y liquidación de la citada sociedad prescindiendo del trámite correspondiente de adjudicación por no haber pasivos ni activos.—San José, 24 de enero del 2014.—Lic. Saddy Guzmán Obando, Notaria.—1 vez.—(IN2014006337).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de PCR Propiedades de Costa Rica S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos nueve mil seiscientos sesenta, se modifica el domicilio a San José, Santa Ana, Parque Empresarial Forum Uno, Edificio C, primer piso, oficina tres, República de Costa Rica.—San José, 25 de enero de 2014.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1 vez.—(IN2014006338).

Por escritura otorgada a las 13:00 horas del 20 de enero de 2014 ante mi notaría se protocolizó en lo conducente el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Safiro de Playas del Coco S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-216.363, por la cual se reformó la cláusula segunda del pacto social.—San José, 20 de enero de 2014.—Lic. Eduardo Medina Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2014006340).

Por escritura otorgada ante mí a las 16:00 horas del 30 de enero de 2014, Signalis de Centroamérica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-584263, acordó por unanimidad de socios de conformidad con la Ley N° 9024 del “Impuesto a las Personas Jurídicas”, artículo 14 y Transitorio II; artículo 129 de la Ley 7.764, Código Notarial y la Directriz del Registro Nacional D.R.P.J. 003-2012 y artículo 207 del Código de Comercio su liquidación y disolución.—San José, 31 de enero de 2014.—Lic. Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1 vez.—(IN2014006342).

Por escritura 302 Bis de las 17:22 horas del 30-01-2014 en esta notaría se procedió con la protocolización de acta número 2 de la sociedad Cuna de Líderes S. A., por la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio, cláusula sétima de la administración, representación judicial y extrajudicial su presidente, y nombramientos de presidente, secretario y tesorero.—San José, Santa Ana, 30 de enero del 2014.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—(IN2014006343).

Por escritura de las diez horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Alveho Sociedad Anónima, en el que se nombra secretaria, se reforma cláusula quinta y décima del pacto constitutivo.—San José, treinta de enero del dos mil catorce.—Lic. Damaris Angulo Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2014006344).

Por escritura de las doce horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Industrias Asdequim Sociedad Anónima, en el que se nombra secretaria, tesorera y fiscal.—San José, treinta de enero del dos mil catorce.—Lic. Damaris Angulo Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2014006345).

Por escritura otorgada a las 16 horas del 29 de enero de 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de N.M.C. Puerta Lainta Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-600718, se modifica el domicilio social y la cláusula de administración y representación, revocatoria y nombramiento de secretario y tesorero.—Lic. Bárbara Nechbi Durán Avilés, Notaria.—1 vez.—(IN2014006346).

Por escritura otorgada a las 19 horas del 20 de enero de 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Barbmore S.A., cédula jurídica: 3-101-621672, se modifican las cláusulas: 2a, 3a, 5a, 7a, 9a del pacto social, revocatoria y nombramiento de directores.—Lic. Bárbara Nechbi Durán Avilés, Notaria.—1 vez.—(IN2014006347).

Por escritura otorgada ante mí se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Generación Alfa S. A., se acordó modificar el domicilio de la sociedad. Es todo.—San José, 30 de enero del 2014.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2014006350).

Por escritura otorgada ante mí se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Burgos Cañas S. A., se acordó modificar la cláusula del plazo social del pacto constitutivo para que sea de cincuenta años a partir de la constitución. Es todo.—San José, 30 de enero del 2014.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2014006351).

Mediante escritura número ciento ochenta otorgada ante el Licenciado Christian Javier Badilla Vargas, a las diecisiete horas del treinta de enero del dos mil catorce, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio de la República de Costa Rica la sociedad Mora Cortes y Madrigal Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica N° tres-ciento uno-tres dos dos tres dos nueve.—San José, 31 de enero del 2013.—Lic. Christian Javier Badilla Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014006353).

Por escritura 135-06 del tomo 06 de la suscrita notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en San Isidro de El General de Pérez Zeledón a las 15:00 horas del 29 de enero el 2014, protocolicé acta en la cual se disuelve la siguiente sociedad costarricense: The General Trust Company S. R. L., con cédula jurídica tres-ciento dos-seiscientos ocho mil cero setenta y seis.—San Isidro de El General, 30 de enero del 2013.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—(IN2014006360).

Por escritura otorgada por mí el diecisiete de enero del dos mil catorce, a las ocho horas se protocolizó el acta de la sociedad denominada Condominio Vistas de Nunciatura Estenos Número Ochenta y Nueve S. A., mediante las cuales se modifican las cláusulas segunda (domicilio) y sétima (representación) de su pacto social.—San José, veintiocho de enero de dos mil catorce.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2014006362).

Ante esta notaría se otorgó escritura de nombramientos de secretario al ser nueve horas del diecisiete de diciembre del dos mil trece de la compañía Inversiones Comozu S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-dos cero dos nueve siete tres. Es todo.—San José, treinta de enero del dos mil catorce.—Lic. Jannyn Chacón Solís, Notaria.—1 vez.—(IN2014006371).

Jorge Jiménez Garita, Alejandro Morales Siverio, constituyen la sociedad anónima Distribuidores Agropecuarios DIAGRO C.R. Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, capital cien mil colones suscrito y pagado. Presidente Alejandro Morales Martínez, con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, escritura otorgada en San José, a las diez horas del 22 de octubre del 2013.—San José, 14 de enero 2014.—Lic. Marvin Roldán Granados, Notario.—1 vez.—(IN2014006375).

El Suscrito Arturo Montero Flores, notario público con oficina en San Juan La Unión, Cartago, tel. 22786996, hace del conocimiento a quien interese que ante mí se ha presentado Nury Ballestero Agüero, cédula número 1-0737-0129 a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de socios de Contrastes Vivos de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-188363, la cual modifica cláusulas sexta y décimo quinta del pacto social, nombramiento nueva junta directiva y propiedad acciones.—San José, 31 de enero del 2014.—Lic. Arturo Montero Flores, Notario.—1 vez.—(IN2014006387).

Se hace saber que por escritura pública N° 197-5, otorgada ante esta notaría en Cartago, a las 10:00 horas del 29 de enero de 2014, visible al folio 115 vuelto del tomo 5 del protocolo del suscrito notario, se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la plaza denominada: Corporación Musical Mariachi Los Ángeles Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-615506, en la que se reforma la cláusula octava de los estatutos y se designan nuevos nombramientos de junta directiva y de fiscalía.—Cartago, 30 de enero de 2014.—Lic. Óscar Eduardo Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—(IN2014006389).

El suscrito notario Askenaz Javier Calvo Marcos, hace constar que en fecha 13-01-2014 al ser las 11 horas se celebró asamblea general extraordinaria de Alnus Consultoría Ambiental S. A., cédula jurídica número 3-101-499334 y bajo el acta número dos por mayoría del capital social y acciones se acordó remover al presidente y al tesorero, misma que se protocolizó en esta notaría al ser las 12 horas del 22-03-2013. Es todo.—San José, 13 de enero de 2014.—Lic. Askenaz Javier Calvo Marcos, Notario.—1 vez.—(IN2014006391).

Ante esta notaría se constituyó por un plazo social de noventa y nueve años, MLC Care Center Sociedad Anónima, con domicilio social en Cartago, Tres Ríos, trescientos metros sur del cementerio local. Los comparecientes Manfred Williams Mowse y Mariel Laitano Cano, el primero quien funge como secretario y la segunda como presidenta de la junta directiva, quien es la que ostenta la administración de la sociedad, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad la tendrá la presidenta y el secretario quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, a las quince horas del veintiocho de enero de dos mil catorce.—Lic. Arvid Bokenfohr Solís, Notario.—1 vez.—(IN2014006392).

A las quince y treinta horas del veintiocho de noviembre de dos mil trece, ante esta notaría se modifica el domicilio social de la entidad Pallobre S. A. Nuevo domicilio: San José, desmadrados, seiscientos oeste de la Clínica Marcial Fallas.—Lic. Alejandra Alfaro Céspedes, Notaria.—1 vez.—(IN2014006405).

Por escritura otorgada en San José a las quince horas de hoy protocolicé actas de Fiduciaria del Norte S. A., Spazio Tres Verde III S. A. y Sociedad Anónima Zeta Tres WMB, mediante la cual se fusionan, quedando como sociedad supérstite Fiduciaria del Norte S. A.—San José, 28 de diciembre de 2013.—Lic. Zaida Rojas Cortés, Notaria.—1 vez.—(IN2014006410).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 9:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Exmago de Altura S. A. Capital social suscrito y pagado mediante la suscripción de 2 letras de cambio.—San José, 12 de diciembre del 2013.—Lic. Alfonso J. Jiménez Meza, Notario.—1 vez.—(IN2014006415).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 17:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Servimédicos de Anestesia Limitada. Capital social íntegramente suscrito y pagado por los socios, mediante el aporte de bienes muebles.—San José, 30 de enero del 2014.—Lic. Alfonso J. Jiménez Meza, Notario.—1 vez.—(IN2014006416).

Ante esta notaría mediante escritura diecinueve, otorgada a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de enero del dos mil catorce, en la cual la sociedad Hewlett-Packard Centroamérica CAC Limitada, modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, se mantiene el nombramiento de gerente de Juan Martín Barrero Lozano, se nombra como segundo gerente al señor Freddy Pompilio Pabón Duque y se revoca poder generalísimo sin límite de suma al señor Paúl Esteban Sánchez Barquero.—San José, 30 de enero de 2014.—Lic. Andrea Sáenz Mederas, Notaria.—1 vez.—(IN2014006418).

Ante esta notaría mediante escritura dieciocho, otorgada a las catorce horas del veintinueve de enero del dos mil catorce, en la cual la sociedad Hewlett-Packard Costa Rica Limitada, modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, se mantiene el nombramiento de gerente de Juan Martín Barrero Lozano, se nombra como segundo gerente al señor Freddy Pompilio Pabón Duque y se revoca poder generalísimo sin límite de suma al señor Paúl Esteban Sánchez Barquero.—San José, 30 de enero de 2014.—Lic. Andrea Sáenz Mederas, Notaria.—1 vez.—(IN2014006421).

Ante este notario se protocolizó la asamblea de accionista de la sociedad Lomas Treinta S. A., en San José a las dieciséis horas y treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil catorce, en la cual se da la modificación de la cláusula quinta de los estatutos sociales, acordando la modificación del plazo social de la empresa.—San José, veintiocho de enero del dos mil catorce.—Lic. Sharon Erzsébeth Mariaca Carpio, Notaria.—1 vez.—(IN2014006440).

Pame Sociedad Anónima cambia junta directiva. Escritura otorgada en San José, a las 9 horas del 31 de enero del 2014.—Lic. Laura Ramírez Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2014006443).

Que en mi notaría se protocolizó el acta número tres de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Alejandro Boul S.A., dónde se modificaron las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo e hizo nombramiento de parte de la junta directiva.—Puntarenas, 29 de enero de 2014.—Lic. Sandra Alvarado Mondol c.c. Mondol Zumbado, Notaria.—1 vez.—(IN2014006445).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 1° de agosto de 2013, se modifica la cláusula del plazo social de la sociedad Sueños de Baronesa Noventa y Nueve Sociedad Anónima, para que en adelante se lea: la sociedad Sueños de Baronesa Noventa y Nueve Sociedad Anónima, tendrá un plazo social hasta el quince de agosto de dos mil trece.—San José, 28 de enero de dos mil catorce.—Lic. Pedro Dávila Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2014006446).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 1° de agosto de 2013, se modifica la cláusula del plazo social de la sociedad Erriuga y Sajor S. A., para que en adelante se lea: la sociedad Erriuga y Sajor S. A., tendrá un plazo social hasta el quince de agosto de dos mil trece.—San José, 28 de enero de 2014.—Lic. Pedro Dávila Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2014006448).

Hoy protocolicé acuerdos de la sociedad Tamaringua Tour S.A., mediante la cual se nombra como liquidadora a la señora Yesmary Vanessa Jiménez Fallas a fin de traspasar tres bienes muebles que se encuentran a nombre de la compañía.—San José, 13 de enero de 2013.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—1 vez.—(IN2014006452).

Ante esta notaría se protocolizó el acta de la sociedad León y Parra Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y nueve mil cuatrocientos tres, en donde se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo y se nombra junta directiva.—San José, 31 de enero del 2014.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—(IN2014006464).

A las 14:00 horas de hoy protocolicé acta de Agro Transportes Olmahlo S. A., por la cual se reforma la cláusula sétima del pacto social y se nombran vicepresidente, tesorero y fiscal.—Heredia, 30 de enero de 2014.—Lic. Ana Lorena Gutiérrez Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2014006473).

Ante esta notaría por escritura N° doscientos treinta y cinco, a las nueve horas del treinta de enero del dos mil catorce, se ha constituido la sociedad civil Jemely, con capital social de cincuenta mil colones.—Puriscal, a las catorce horas quince minutos del 30 de enero del 2014.—Lic. Marlene Lobo Ávila, Notaria.—1 vez.—(IN2014006475).

Por escritura otorgada el día de hoy se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Colegio de Loyola de Santo Domingo de Heredia C.L.S.D. S. A., se modifican cláusulas quinta, undécima, se nombra nuevos miembros de junta directiva y agente residente.—Guadalupe, 10 de enero del 2014.—Lic. Mario Alberto Sandoval Pineda, Notario.—1 vez.—(IN2014006487).

Mediante escritura número ciento ochenta y ocho otorgada a las nueve horas del diez de enero de dos catorce, por acuerdo de socios se disuelve la sociedad Janell Sociedad Anónima. Presidenta Nelly Jean Curling Rodríguez, mayor, divorciada, con cédula uno-trescientos cuarenta y seis-ciento noventa, domiciliado en San José, Barrio Luján, de los antiguos mercaditos de Plaza González Víquez, doscientos metros este y veinticinco al sur, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando en forma individual. Domicilio social: cantón y distrito centro de San José, Barrio Luján, de los antiguos mercaditos de Plaza González Víquez, doscientos metros este y veinticinco al sur.—San José, diez de enero de dos mil catorce.—Lic. Roberto Gourzong Cerdas, Notario.—1 vez.—(IN2014006490).

Por escritura número dieciséis se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Servicios Especiales de Ingeniería Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-037174, se reforma el artículo segundo de los estatutos constitutivos.—Liberia, 27 de enero del 2014.—Lic. Aída María Montiel Héctor, Notaria.—1 vez.—(IN2014006491).

Por escritura de las doce horas del treinta de enero de dos mil catorce, los señores Haidar Nasrallajh, Hassan Abdallah Fakih Saleh y Vixsa Madrigal Sirias, constituyeron la entidad denominada Leona’s Secret Int Sociedad de Responsabilidad Limitada, domiciliada en la ciudad de San José Centro, setenta y cinco metros al este de la esquina sureste de la Iglesia la Merced, siendo su capital la suma de diez mil colones representado por diez cuotas de mil colones cada una íntegramente suscritas y pagadas por los socios fundadores así. Haidar suscribe y paga una cuota, Hassan suscribe y paga ocho cuotas y Vixsa suscribe y paga una cuota. La sociedad tendrá como objeto principal la venta y comercialización de ropa.—San José, 30 de enero del 2014.—Lic. Carlos Alberto Wolfe Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2014006493).

Se disuelve la sociedad denominada: Transportes Roca J R Y A S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-088653 de presentación del tomo 532, asiento 4192, por asamblea de socios de las 18 horas del 18 de diciembre del 2013 y protocolizada en escritura pública número setenta y cinco del tomo dos ante el notario público Jorge Eduardo Villegas Rojas, a las 22 horas del 29 de enero del 2014. Liquidador Carlos Francisco Víquez Ramírez, cédula 4-102-295. Están concluidas las operaciones sociales y comerciales.—Lic. José Eduardo Villegas Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014006498).

Se disuelve la sociedad denominada: Actividades Comerciales y empresariales de Desarrollo ACOEMDE S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-561614 de presentación del tomo 2009, asiento 0002445, por asamblea de socios de las 18 horas del 7 de agosto del 2013 y protocolizada en escritura pública número cincuenta y seis del tomo dos ante el notario público Jorge Eduardo Villegas Rojas, a las 17 horas del 22 de agosto del 2013. Liquidador Manuel López Fonseca, cédula 1-544-388. Están concluidas las operaciones sociales y comerciales.—Lic. José Eduardo Villegas Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014006499).

Que por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del veintinueve de enero del dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Mirette Discovery Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—San José, treinta de enero del dos mil catorce.—Lic. Norman Leslie de Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—(IN2014006500).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas del 13 de enero de 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad Jabiru Ciconia Sociedad Anónima, por medio de la cual se acordó modificar la cláusula segunda del domicilio y aceptar la renuncia de los miembros de la junta directiva, fiscal y hacer los nuevos nombramientos.—San José, 29 de enero de 2014.—Lic. José Francisco Protti Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2014006501).

Por escritura autorizada a las dieciséis horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Comercial Digital Sociedad Anónima, en que se aumenta el capital social, modificándose en ese sentido la cláusula quinta de sus estatutos.—San José, treinta de enero del dos mil catorce.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—(IN2014006504).

Por escritura autorizada a las quince horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Agora Digital Sociedad Anónima, en que se aumenta el capital social, modificándose en ese sentido la cláusula quinta de sus estatutos.—San José, treinta de enero del dos mil catorce.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—(IN2014006505).

En escritura número ciento cincuenta y siete otorgada ante mi notaría, a las catorce y treinta horas del veintisiete de enero del dos mil catorce, se acordó la disolución de la compañía Carhua de Grecia C Y H Limitada, cédula jurídica 3-102-387503.—Grecia, 29 de enero del 2014.—Lic. Carol Murillo Araya, Notaria.—1 vez.—(IN2014006525).

Por escritura número ciento cuarenta y uno, otorgada ante esta notaría a las trece horas del veintiocho de enero del dos mil catorce, se reforman las cláusulas primera y novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada Parw Z Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-535439. Primera: la sociedad se denominará Discorsa Automotriz Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras con las letras S. A. y siendo nombre de fantasía. Noveno: la representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá al presidente y secretario, quienes tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Es todo.—San José, veintiocho de enero del dos mil catorce.—Lic. Sandra Moya Serrano, Notaria.—1 vez.—(IN2014006526).

Ante el notario público Ronny Esteban Retana Moreira, mediante escritura tres del tomo octavo del protocolo otorgada a las once horas del treinta y uno de enero del dos mil catorce, se disolvió la sociedad de esta plaza Advance Realtors Sociedad Anónima.—Heredia, a las once horas y cinco minutos del treinta y uno de enero de dos mil catorce.—Lic. Ronny Esteban Retana Moreira, Notario.—1 vez.—(IN2014006527).

Por escritura otorgada ante mí la sociedad El Jardín de la Polis Paradisiaco Número Trece S. A., reforma las siguientes cláusulas: clausula primera para que en adelante la sociedad se denomine Grupo Gihard S. A., clausulas segunda y sétima del pacto constitutivo, se nombra agente residente y nombramiento de presidente y secretario.—San José, veintinueve de octubre del dos mil trece.—Lic. Carlos Espinoza Arceyut, Notario.—1 vez.—(IN2014006528).

Por escritura otorgada ante mí, la sociedad El Jardín de la Polis Violeta Número Doce Sociedad Anónima, reforman cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, treinta de enero del dos mil catorce.—Lic. Carlos Espinoza Arceyut, Notario.—1 vez.—(IN2014006529).

Mediante escritura número 184-3 otorgada ante esta misma notaria a las 15:00 horas del 29 de enero del 2014, se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad denominada Maceteros Custom Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-672685.—San José, 29 de enero del 2014.—Lic. Maricruz Villasuso Morales, Notaria.—1 vez.—(IN2014006530).

Por escritura ciento setenta y uno, otorgada el veintiocho de enero del dos mil catorce, a las trece horas se protocolizó el acta uno de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa: Metula Seguridad Inc S. A., disolviéndose la empresa.—San José, veintiocho de enero del dos mil catorce.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(IN2014006535).

Por escritura número ciento cincuenta y cinco se nombra nuevo presidente de la sociedad denominada Tokko Mak CM Sociedad Anónima.—San José, treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—(IN2014006543).

Por escritura número ciento cincuenta y cinco se nombra nuevo presidente de la sociedad denominada Inmako Sociedad Anónima.—San José, treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—(IN2014006544).

Por escritura número ciento cincuenta y cinco se nombra nuevo presidente de la sociedad denominada Agarista Sociedad Anónima.—San José, treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—(IN2014006545).

Se hace constar que mediante escritura número 64 otorgada a las 9:30 horas del 24/01/14, por la notaria Alejandra Montiel Quirós, se protocoliza el acta número 2 de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Inversiones Setenta y Cinco Trece Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-594 947, mediante la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad.—San José, 27 de enero del 2014.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—(IN2014006547).

Por escritura número ciento cincuenta y cinco se nombra nuevo Presidente de la sociedad denominada Alta Dirección Sociedad Anónima.—San José, treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—(IN2014006549).

Mediante escritura número ciento once otorgada ante mí, a las quince horas del veintidós de enero del dos mil catorce, se disolvió la sociedad Tecno-Viento Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos cincuenta mil doscientos sesenta.—San José, veintidós de enero del dos mil catorce.—Lic. Diego Pacheco Guerrero, Notario.—1 vez.—(IN2014006550).

Por escritura número dos otorgada ante mi notaría, se modificaron las siguientes cláusulas: segunda y octava y los cargos de secretario y tesorero de la junta directiva, así como el cargo de fiscal el treinta de enero del dos mil catorce de la sociedad cuya denominación social es su cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos setenta mil setecientos ochenta y ocho S.A.—San José, 31 de enero del 2014.—Lic. Marvin Alfredo Solano Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2014006551).

Por escritura otorgada ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Saint Felicien Sociedad Anónima, se reforman cláusulas primera, segunda y novena de los estatutos.—San José, 31 de enero del 2014.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2014006553).

Por escritura número veintiocho-trece ante el notario Juan Manuel Godoy Pérez, se modifican las cláusula cuarta y sexta del pacto constitutivo de la sociedad Lodging Partner Services Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número 3-102-776372, a las nueve horas del veintiocho de enero de dos mil catorce.—San José, veintinueve de enero de dos mil catorce.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2014006554).

Por escritura numero ciento dieciséis-ocho, se hacen nombramientos de junta directiva de la entidad El Carnival Cruise Une S. A., domiciliada San José, Barrio Dent, edificio Etienne, apartamento número seis, cuya presidenta es la señora Maura Catalina Berrios Montero.—San José, 12 de agosto del 2013.—Lic. Aída Araya Cascante, Notaria.—1 vez.—(IN2014006597).

Por escritura numero ciento quince-ocho, se hacen nombramientos de junta directiva de la entidad El Lince Ártico S.A., domiciliada San José, Los Yoses, diagonal a Agencia Subarú, edificio Etienne, oficina número seis cuyo presidente es la señora Maura Catalina Barrios Montero.—San José, 12 de agosto del 2013.—Lic. Aida Araya Cascante, Notaria.—1 vez.—(IN2014006598).

Astrid Binns Rodríguez, notaria pública, domiciliado en Turrialba, aviso por medio de escritura número setenta y cuatro, otorgada a las quince horas del treinta de enero del dos mil catorce, visible a folios cuarenta y dos frente y vuelto del tomo veintinueve del protocolo de la suscrito notaria, se nombre nuevo gerente de la sociedad Transportes Mora y Rojas S.R.L.—Turrialba, treinta de enero del dos mil catorce.—Lic. Astrid Binns Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2014006601).

Por escritura otorgada a las diez horas cincuenta minutos del diecinueve de noviembre del dos mil trece, ante esta notaría se aumenta el capital social de la sociedad anónima Alimentos Calle Calle S. A.—San José, treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—(IN2014006608).

Por escritura de las once horas del primero de febrero del dos mil catorce ante la notaria Alejandra Auxiliadora Chavarría Vargas, en escritura número ciento cuarenta y tres, se constituye la sociedad Tera Ingenieros S. A., con un capital social de 120 mil colones, representado por 12 acciones comunes y nominativas de 10 mil colones cada una, domiciliada en Moravia.—Heredia, 1° de febrero del 2014.—Lic. Alejandra Auxiliadora Chavarría Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2014006610).

Por escritura otorgada a las once horas del diecinueve de noviembre del dos mil trece, ante esta notaría se aumenta el capital social de la sociedad anónima: Inversiones y Valores Metropolitanos S. A.—San José, treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—(IN2014006611).

Por escritura otorgada el 23 de enero del 2014, ante esta notaría se constituye M.I.H. Entertainment Sociedad Civil de Actividades Profesionales y se designa administrador con suficientes facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintitrés de enero del dos mil catorce.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—(IN2014006612).

Por escritura otorgada el treinta de enero del dos mil catorce, ante esta notaría se constituye la sociedad Todo Coaching TC Sociedad Civil de Actividades Profesionales, se designa administradores con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, treinta de enero del dos mil catorce.—Dr. Femando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—(IN2014006613).

Por escritura otorgada a las ocho horas del veinte de enero del dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Bazar y Cerrajería París Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-ochenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y ocho, en la cual se realiza la modificación del domicilio social, siendo el nuevo domicilio, sita en la ciudad de Cartago, avenidas dos y cuatro, calle uno.—Cartago, 31 de enero del 2014.—Lic. Luciana Acevedo Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2014006617).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas del 9 de enero del 2014, se constituyó la sociedad denominada Shop.Com Market Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social de ¢500.000 suscrito y pagado por medio de letras de cambio.—San José, 31 de enero del 2014.—Lic. Jorge González Roesch, Notario.—1 vez.—(IN2014006618).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del veintinueve de enero del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Academia de Enseñanza de Idiomas Wales S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos trece mil quinientos diez, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo 201 del Código de Comercio.—Lic. Marcela Vargas Madrigal, Notaria.—1 vez.—(IN2014006621).

Por escritura otorgada a las diez horas y treinta minutos del trece de diciembre del dos mil trece, se constituyó la sociedad Eka-Dex International Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo: 99 años. Capital social: 10.000,00. Gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Marcela Vargas Madrigal, Notaria.—1 vez.—(IN2014006623).

Ante mi notaría, sita en Purral Abajo, Guadalupe, Goicoechea, comparecieron los socios de Blight Nutriservicios S.A., cédula jurídica 3-101-662790, solicitando la disolución de dicha sociedad. Se avisa a los interesados para los fines pertinentes.—31 de enero  del 2014.—Lic. Edgar Gerardo Ardón Retana, Notario.—1 vez.—(IN2014006624).

Por escritura otorgada ante esta notaría se protocolizan actas de asamblea general extraordinaria de socios de las sociedades Axcesso Compu-Line Sociedad Anónima y El Sol de Alfajime Sociedad Anónima, en la cual se procede a fusionar por absorción ambas compañías prevaleciendo la última de ellas, se reforma cláusula quinta de los estatutos del capital social. Es todo.—San José, 31 de enero del 2014.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2014006630).

Por este medio y para los efectos establecidos en el artículo 44 punto III inciso d) del Decreto Ejecutivo 34739-COMEX-H y sus reformas, Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, la empresa denominada Fondo de Inversión de Desarrollo Inmobiliaria Improsa, cédula jurídica número 3-110-482823, anuncia su intención de sustituir el Régimen de Zonas Francas otorgado a la empresa denominada Desarrolladora Multipark Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-386961.—3 de febrero del 2014.—Lic. José Alonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2014006631).

Que por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del día veinte de enero del año dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías Translotar S. A., y La Tejona S. A., mediante la cual se acordó la fusión de las compañías prevaleciendo la sociedad La Tejona S. A.—San José, veintidós de enero del año dos mil catorce.—Lic. Cinthia Ulloa Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2014006632).

Que por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del día veintinueve de enero del año dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-ciento uno-quinientos veinticinco mil setecientos diez S. A., mediante la cual se acordó la reforma de la cláusula segunda del pacto social.—San José, treinta y uno de enero del año dos mil catorce.—Lic. Cinthia Ulloa Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2014006636).

Que por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas con treinta minutos del día veintinueve de enero del año dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Ice N Easy S. A., mediante la cual se acordó la reforma de las cláusulas segunda y sexta del pacto social.—San José, treinta y uno de enero del año dos mil catorce.—Lic. Cinthia Ulloa Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2014006637).

Que por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del día veintinueve de enero del año dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Nuestro Sueño La Casa Con Amigos S. A., mediante la cual se acordó la reforma de las clausulas segunda y sexta del pacto social.—San José, treinta y uno de enero del año dos mil catorce.—Lic. Cinthia Ulloa Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2014006638).

Por escritura número doscientos treinta y seis otorgada ante esta notaría a las once horas del veintiséis de enero del dos mil catorce se protocolizó acta de sociedad Agencia de Viajes Havanatur S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento noventa mil cincuenta en la que se solicita la disolución de la sociedad.—Lic. Hazel Delgado Cascante, Notaria.—1 vez.—(IN2014006649).

Por escritura otorgada hoy en esta ciudad a las 14:30 horas, ante el suscrito notario, se protocolizó acta de la Asociación Loyola, en la cual se reformaron las clausulas décima tercera y decima cuarta, de los estatutos y se nombró junta directiva.—San José, 24 de enero de 2014.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—(IN2014006651).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía Tres-ciento dos-seiscientos setenta y siete mil novecientos treinta S.R.L., cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos setenta y siete mil novecientos treinta, mediante la cual se reforma la cláusula primera. Escritura otorgada a las nueve horas del tres de febrero de dos mil catorce.—Lic. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—(IN2014006654).

El suscrito notario Geovanny Víquez Arley, al ser las 18 horas 20 minutos del día 23 de enero 2014, constituí certificación número 313, por medio de la cual y por error material, se indica que Annette Rojas Fernández, cédula de identidad N° 1-643-899, es apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad Ninoval Inversiones Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica, 3-101-472460, cuando lo real y correcto es que dicho poder se revocó el 2 de octubre de 2013, bajo el tomo 2013, asiento 251999. Es todo.—San José, 31 de enero del 2014.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—(IN2014006655).

Ante la suscrita notaría se protocolizó acta de disolución de sociedad denominada El Buho Bilingüe Sociedad Anónima, otorgada a las quince horas del treinta de enero del año dos mil catorce.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2014006657).

Ante la suscrita notaria se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Los Crossfiter y un Ingeniero Sociedad Anónima, otorgada a las diez horas del veintinueve de enero del año dos mil catorce.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014006658).

Por escritura número ciento cuarenta, visible en el tomo décimo del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Sic Simja Irm S. A., donde se reforman las cláusulas sexta y segunda del pacto constitutivo, se crea la cláusula décimo primera, y se nombra nuevo presidente. Es todo.—San José, enero treinta de dos mil catorce.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014006663).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del día veintisiete de junio del dos mil doce, por acuerdo de socios de la sociedad Asesoría Berba Sociedad Anónima, por la cual se acuerda liquidar y disolver la sociedad. La suscrita notaria da fe que el presente edicto es una copia fiel del original.—San José, 2 de febrero del 2014.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2014006665).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad, a las 13:00 horas del 29 de noviembre del 2013, se constituyó la sociedad TV Web Rosen Ceke S.R.L. Capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, 3 febrero del 2014.—Lic. Eduardo Con Sanchún, Notario.—1 vez.—(IN2014006668).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad, a las 13:00 horas del 3 de diciembre del 2013, se constituyó la sociedad Guilin Ceke Communication Equipment Company S. R. L, Capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, 3 febrero del 2014.—Lic. Eduardo Con Sanchún, Notario.—1 vez.—(IN2014006670).

Por escrituras otorgadas ante mí a las 12:00 horas del 12/12/2013 y 9:00 horas del 24/01/2014, protocolicé actas de asambleas de socios mediante las cuales se fusionan por absorción las sociedades Black Panther Group S. A., Turtle Diamond S. A., Bracmar S. A., Diversiones Maval Dev S. A. y Comercializadora e Inversiones Juka S. A. prevaleciendo la primera, la cual aumenta su capital social proporcionalmente y también nombra nuevo presidente.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2014006672).

Por escritura otorgada ante mí a las 15:00 horas del 26/12/2013, protocolicé actas de asambleas de socios mediante las cuales se fusionan por absorción las sociedades Vidi Sectio Óptima S. A. y Z Can Limitada prevaleciendo la segunda, la cual aumenta su capital social.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2014006673).

Meeting And Show Company Masco Sociedad Anónima, 3-101-195133 domiciliada en San José, mediante acta de asamblea general de las 22:00 horas del 28 de enero del 2014, acuerda: Nombrar a Marco Herrera Carvajal, como apoderado generalísimo sin límite de suma, con restricciones.—Lic. Wilma Charpentier Morales, Notaria.—1 vez.—(IN2014006675).

Por escritura otorgada por mí, el día 19 de diciembre del 2013, a las 9:00 horas, se protocolizó el acta de la sociedad denominada El Valle del Soncle S. A. mediante la cual se modifica la totalidad de su pacto social y se transforma en sociedad civil.—San José, 31 de enero del 2014.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2014006676).

Mediante escritura N° 95 otorgada en esta notaría a las 19:00 horas del día 19 de diciembre del 2013 se protocolizó acuerdo que se fusiona por absorción las sociedades de esta plaza denominadas Compañía Comercial Ouro Verde Sociedad Anónima, Comercializados Diecisiete de Marzo RVA Sociedad Anónima, Comercializadora Dieciséis de Junio Sociedad Anónima, Asesoría & Consultoría Varpri Sociedad Anónima y Faro del Oeste Sociedad Anónima.—San José, 31 de enero del 2014.—Lic. Gloriana Vicarioli Guier, Notaria.—1 vez.—(IN2014006680).

Mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Dialogue Marketing (Costa Rica) Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seis cuatro nueve dos uno cinco, celebrada en su domicilio social ubicado en Heredia, Barreal, dentro de la Zona Franca Diursa Inmobiliaria de Costa Rica, a las catorce horas del día treinta y uno de diciembre del año dos mil trece y protocolizada mediante escritura pública número trece-uno, ante la notaria pública Vivian Gazel Cortés, se procede a modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo, correspondiente “a los Administradores”.—San José, tres de febrero de dos mil catorce.—Lic. Vivian Gazel Cortés, Notaria.—1 vez.—(IN2014006695).

Por escritura otorgada en San José, a las catorce horas del treinta y uno de enero del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de socios de la empresa Terratec S. A., en donde se modifica la cláusula segunda del domicilio, la cláusula sexta de la representación, y novena de las asambleas y se nombra nueva junta directiva y agente residente.—San José, treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—(IN2014006697).

Por escritura otorgada a las veinte horas del treinta de enero, del dos mil catorce, por acuerdo de socios se determina disolver la sociedad denominada Repuestos Fiallo Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y cinco mil treinta y dos.—Cartago, treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Lic. Luis Gerardo Cerdas Navarro, Notario.—1 vez.—(IN2014006705).

El día 21 de junio del 2012 he protocolizado el acta número tres, de Villa Analcima FG de Valencia S. A., en la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 3 de febrero del 2014.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1 vez.—(IN2014006707).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas de hoy. Los señores Jon Henry Berkland y Laura Bonilla Chaves, constituyeron la compañía domiciliada en San José, Escazú, denominada Berkland Capital B. K. Sociedad Anónima.—San José, 31 de enero del año 2014.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2014006712).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó acta de la empresa Autel Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula primera de los estatutos sociales en cuanto a la razón social debiéndose leer Casa Avi-Gar Sociedad Anónima, revocatoria y nombramiento de nuevos directores y reforma de la cláusula décimo séptima de los estatutos en cuanto a la representación. Escritura otorgada en San José a las catorce horas del día dieciséis de enero del año dos mil catorce.—Lic. Silvia Zamora Zamora, Notaria.—1 vez.—(IN2014006717).

La sociedad denominada Nyumba Latina Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos seis mil novecientos dieciséis, acuerda disolver dicha sociedad. Escritura otorgada a las 9:00 horas del 3 de febrero de 2014.—Lic. Grace María Sánchez Granados, Notaria.—1 vez.—(IN2014006718).

La sociedad denominada Sunafun. S. A modifica nombre a Llanos Mar & Fer S. A. y modifica su domicilio social a Cartago. Llano Grande, doscientos metros al norte de la capilla Santísima Trinidad. Escritura otorgada en San José a las 9:15 horas del 3 de febrero de 2014.—Lic. Grace María Sánchez Granados, Notaria.—1 vez.—(IN2014006719).

Que la compañía Sala de Acabados Sociedad Anónima, cédula: 3-101-512620, ha cambiado su nombre por Importaciones Barrantes & Suárez Sociedad Anónima, además ha cambiado su domicilio. Oposiciones al fax 2685-4147.—Nicoya, veintiuno de enero del dos mil catorce.—Licda. Jenny María Ramos González, Notaria.—1 vez.—(IN2014006724).

Mediante escritura de las 15:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de socios de la compañía denominada Sol, Luna y Estrellas Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-220716. Se reforman varías cláusulas del pacto social y de designan nuevos miembros de junta directiva.—San José, 30 de enero del 2014.—Lic. Felipe Martínez Obando, Notario.—1 vez.—(IN2014006728).

He protocolizado acta número cinco de Agencia de Viajes Vaglio Tours Sociedad Anónima, donde se acuerda modificar la cláusula segunda y novena del pacto constitutivo y nombramiento de presidente y secretario.—San José treinta y uno de enero de dos mil catorce.—Lic. Rolando Alfredo Corella Cruz, Notario.—1 vez.—(IN2014006729).

Mediante escritura pública número veintiocho-doce, otorgada a las doce horas del tres de febrero del dos mil catorce, protocolizo los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Greca R.M. S. A. cédula jurídica número: tres-ciento uno-cero veintitrés mil ochocientos veinticuatro, procediendo a modificar el domicilio social, la representación legal y aumentar el capital social.—San José, tres de febrero del dos mil catorce.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—(IN2014006730).

Por escritura número 142-27, otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del 24 de enero del 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Los Condes de Casal S. A. cédula jurídica número 3-101-321254, en la cual renuncia el presidente y el fiscal y se nombran nuevos y se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, 24 de enero del 2014.—Lic. Jorge Mario Marín Barquero, Notario.—1 vez.—(IN2014006731).

Por escritura otorgada ante mí, en el día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones A y R Acapulco S. A. reforma de estatutos. Río Claro, veintidós de enero del dos mil catorce.—Lic. Elvia González Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2014006734).

Ante el suscrito notario los señores: Byron Cano Castillo y Enrique Cano Chaves, transformaron 2 sociedades anónimas, BYR Leo S. A y Asesoría e Investigación Cano S. A. Escritura otorgada en San José, a las trece horas del dieciocho de diciembre del 2013. Es todo.—San José, 21 de enero del 2014.—Lic. Enrique Cano Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2014007736).

Por escritura número cincuenta otorgada a las 20 horas del 29 de enero del 2014, se protocolizó, acta de asamblea extraordinaria de socios de la entidad denominada Inversiones Agrarias Moras del Cerro Sociedad Anónima cédula jurídica número 3-101-283001. Por acuerdo de socios se ha convenido disuelve la sociedad anónima.—San José 31 de enero del 2014.—Lic. Eduardo Arauz Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2014006751).

Ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea de socios de Proyecto Dos Mil Diez-Cuatro del Oeste S. A., titular de la cédula de persona jurídica tres-ciento uno-quinientos noventa y cinco mil seiscientos sesenta y seis en que se modifican estatutos. San José, febrero tres de dos mil catorce.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1 vez.—(IN2014006752).

Servicios Bananeros Tok, protocoliza acta reformando, la administración y se nombra nueva junta directiva, mediante escritura Nº 297, otorgada el día de hoy, ante las notarias Amalia Ocampo Leal y María del Rocío Arroyo Chaves.—San José, 3 de febrero del 2014.—Lic. María del Rocío Arroyo Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2014006753).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 17:00 del 30 de enero de 2014, se protocoliza acta de asamblea de Transacciones Cantillana Sociedad de Responsabilidad Limitada, donde se modifica cláusula segunda y sexta y se nombra nuevos gerentes: Richard Wilson, Esther Alvarado Mena, Susan Diane Wachter, Dónald Jay Wachter.—San José, 30 de enero de 2014.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—(IN2014006754).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día treinta de enero del dos mil catorce a las ocho horas, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Tres-Ciento Uno-Cinco Seis Nueve Uno Siete Nueve Sociedad Anónima, en la cual se revoca el nombramiento de presidente y secretaria y se refirma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, treinta de enero del dos mil catorce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—(IN2014006759).

La suscrita notaria, Dinia Matamoros Espinoza, mediante escritura de las nueve horas del veintinueve de enero del dos mil catorce, protocolizó acta de asamblea general de socios mediante la cual se modifican estatutos, se cambia el nombre, se nombra junta directiva y se aumentó el capital social de la sociedad denominada Crrel Holding Group Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cinco mil quinientos sesenta y cinco, para que se llame ahora: Intervideo Costa Rica Sociedad Anónima. Nuevo capital social: cien mil colones. Presidente: Nicolás Federico Sgroi.—San José, 30 de enero del 2014.—Lic. Dinia Matamoros Espinoza, Notaria.—1 vez.—(IN2014006761).

Ante mí, Sara Vargas Elizondo, notaria pública con oficina en Atenas, comparecieron la totalidad de los titulares de las acciones que conforman el capital social de la sociedad, Ugalde y Miranda Sociedad Anónima cédula jurídica número: tres-ciento uno-nueve ocho siete ocho ocho y en forma unánime mediante escritura número: treinta y nueve, otorgada en la ciudad de Atenas a las dieciséis horas del día treinta de enero del dos mil catorce, escritura visible al folio diecinueve frente del tomo cuatro del protocolo de la suscrita notaria y por unanimidad se acordó disolver la indicada sociedad.—Atenas, treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Lic. Sara Vargas Elizondo, Notaria.—1 vez.—(IN2014006762).

En la notaría de Nury María López Marchena; Belarmino Enríquez, de un solo apellido por su nacionalidad estadounidense y Julio Enríquez Pérez, constituyeron sociedad anónima denominada Plusmedia CR S. A. con un capital social de ¢100.000,00 representado por cien acciones, comunes y nominativas, su domicilio será en La Garita trescientos sur de la Fiesta del Maíz apartamentos Castilla, número doce.—San Pedro, 16 de enero del 2014.—Lic. Nury María López Marchena, Notaria.—1 vez.—(IN2014006765).

Los señores accionistas de la sociedad Esvi A y E de San Juan Sociedad Anónima titular de la cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatro tres uno dos cero nueve, acuerdan disolver y desinscribir dicha sociedad en el Registro Mercantil.—Lic. Víctor Julio Herrera Bolaños, Notario.—1 vez.—(IN2014006788).

Por escritura número: 252-9, otorgada ante mí María Elena Solís Sauma, a las 14:00 horas del 31 de enero del 2014, la sociedad Inversiones Fuentes Sauma Sociedad Anónima, reforma el pacto social en la cláusula sexta y nombra junta directiva.—Florencia, San Carlos, Alajuela, 31 de enero del 2014.—Lic. María Elena Solís Sauma, Notaria.—1 vez.—(IN2014006789).

Por escritura autorizada por mí, hoy a las doce horas, protocolicé en lo conducente el acta número veintidós de la asamblea general extraordinaria de socios de Guido Arroyo R & Compañía Sociedad Anónima, por la que se modifica la cláusula quinta de la escritura constitutiva, variando la cantidad de acciones y su valor nominal, se nombra nuevo tesorero de la junta directiva y fiscal de la sociedad y además se revoca poder general sin límite de suma otorgado a José Eduardo Arroyo Quirós.—Ciudad Quesada, veintidós de enero de dos mil catorce.—Lic. Édgar Francisco Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014006790).

Por escritura pública número doscientos catorce, otorgada en mi notaría, a las dieciséis horas del diecinueve de diciembre del dos mil trece, se disolvió la entidad Café Studio Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y nueve mil ciento sesenta y cuatro, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Nacional al tomo quinientos setenta y ocho, asiento quince mil cero ochenta y cinco.—Lic. Ramón Badilla González, Notario.—1 vez.—(IN2014006799).

Por escritura otorgada ante esta notaría, Nick (nombre) Matyn (apellido) y Bart Juul Rik (nombres) Hodister (apellido) disuelven la sociedad denominada Tres-Uno Cero Uno-Seis Dos Cuatro Cuatro Tres Nueve Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-seis dos cuatro cuatro tres nueve. Escritura otorgada en San José, a las catorce horas del veinte de enero del dos mil catorce.—Lic. Alonso José Pacheco Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2014006821).

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font se protocolizó la disolución de la empresa Susurro Los Cipreses Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno tres seis nueve tres cinco ocho.—San José, veinticuatro de enero del 2014.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—(IN2014006822).

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font se protocolizó la fusión de la empresa Chávez y Prestinary Sociedad Anónima con la Compañía Inmobiliaria Najas N H V Sociedad Anónima, prevaleciendo esta última se modifica el capital social de la empresa.—San José, treinta de enero del dos mil catorce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—(IN2014006823).

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font se protocolizó la disolución de la empresa Embotelladora Nacional Triple A Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres ciento uno cero cuarenta y un mil ciento noventa.—San José, treinta de enero del dos mil catorce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—(IN2014006825).

Mediante escritura pública número ciento cinco otorgada el día tres de febrero de dos mil catorce, se protocoliza acta de la sociedad Bella Cana S.R.L con cédula jurídica tres-ciento dos-seiscientos setenta y un mil novecientos setenta y cuatro, donde se acuerda reformar el domicilio correspondiente a la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2014006844).

La suscrita notaria pública Alejandra Arias Madrigal, doy fe que el día veintisiete de enero del dos mil catorce, se reformó la junta directiva de la sociedad Autos Famrro de la Rivera Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco uno seis tres siete cinco. Firmo en Heredia al ser las diecisiete horas del tres de febrero del dos mil catorce.—María Alejandra Arias Madrigal, Notaria.—1 vez.—(IN2014006848).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del día de hoy, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la compañía El Eléctrico Ferretero Sociedad Anónima, por la cual, entre otros, se reforma la cláusula de la administración.—San José, treinta de enero del 2014.—Lic. Luis Paulino Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014006852).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 17:30 del día 3 de febrero del año 2014, se protocoliza acta de asamblea de cuotistas de sociedad Telyman Centroamérica S.R.L., mediante la cual se reformó la cláusula novena del pacto social de la sociedad.—Alajuela, 3 de febrero de 2014.—Lic. Jorge Luis Sibaja Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2014006865).

Por escritura número catorce otorgada ante la suscrita notaria, a las once horas y treinta minutos del tres de febrero del dos mil catorce; se modificó la cláusula segunda de los estatutos de la compañía denominada Consolidadores Internacionales J & T S.R.L.—San José, tres de febrero del dos mil catorce.—MSc. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2014006866).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 17:00 horas del día 3 de febrero del año 2014, se protocoliza acta de asamblea de cuotistas de sociedad IMI Ingeniería de Montajes e Instalaciones S.R.L., mediante la cual se reformó la cláusula sexta del pacto social de la sociedad.—Alajuela, 3 de febrero de 2014.—Lic. Jorge Luis Sibaja Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2014006867).

Por escritura número ocho otorgada ante la suscrita notaria, a las veintinueve de enero del dos mil catorce; se modifica la cláusula quinta de los estatutos de la compañía denominada Asismedic & Compañía Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de enero del dos mil catorce.—MSc. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2014006868).

Por escritura número doce otorgada ante la suscrita notaria, a las once horas del tres de febrero del dos mil catorce; se modificó las cláusulas segunda y novena de los estatutos de la compañía denominada Saludcoop Coordinadora Para La Salud S. A.—San José, tres de febrero del dos mil catorce.—MSc. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2014006869).

Por escritura número trece otorgada ante la suscrita notaria, a las once horas y veinte minutos del tres de febrero del dos mil catorce; se modificó las cláusulas segunda y novena de los estatutos de la compañía denominada Coordinadora Médica Vital Asistencial COOMEVA S. A.—San José, tres de febrero del dos mil catorce.—MSc. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2014006871).

Por escritura número once otorgada ante la suscrita notaria, a las diez horas y treinta minutos del tres de febrero del dos mil catorce; se modificó las cláusulas segunda de los estatutos de la compañía denominada Safelynk Sociedad Anónima.—San José, tres de febrero del dos mil catorce.—MSc. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2014006872).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las once horas hoy se protocolizaron acuerdos de asamblea general de accionistas de Corporación Apolo Dos Mil S. A., reformando estatutos y reestructurando junta directiva.—San José, tres de febrero del dos mil catorce.—Lic. Juan Antonio Mora Doninelli, Notario.—1 vez.—(IN2014006873).

Mediante escritura número sesenta y cuatro-cuatro otorgada ante mí, en la ciudad de San José, las diecisiete horas del día veintinueve de enero dos mil catorce, se modifica la cláusula octava y se realiza un nombramiento de junta directiva todo de los estatutos sociales de la compañía América Dental Sociedad Anónima. Es todo.—San José, cuatro de febrero del dos mil catorce.—Lic. Bernarda Cerdas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2014006875).

E1 suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las once horas del treinta y uno de enero de dos mil catorce, se disolvió y liquidó la sociedad, denominada Asesores Odalisa Sociedad Anónima. Es todo.—San José, treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2014006879).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del treinta y uno de enero de dos mil catorce, se disolvió y liquidó la sociedad denominada New World Rebirth Sociedad Anónima. Es todo.—San José, treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Lic. Roberto Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—(IN2014006880).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento ocho, otorgada a las doce horas del día treinta y uno de enero del año dos mil catorce, se modifican las cláusulas tercera y sexta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Blazestar Sociedad Anónima. Presidenta y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente Ericka Paola Soto Jiménez, presidenta y Rodolfo Madrigal Saborío, tesorero.—San José treinta y uno de enero del año dos mil catorce.—Lic. César Gerardo Azofeifa Anchía, Notario.—1 vez.—(IN2014006885).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 22:00 horas del 31 de enero del 2014, protocolicé acta número 1 de asamblea general extraordinaria de accionistas de Produxit Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—San José, 3 de febrero del 2012.—Lic. Ana Lorena Mendoza Carrera, Notaria.—1 vez.—(IN2014006886).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 22:00 horas 15 minutos del 31 de enero del 2014, protocolicé acta número 1 de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Ximas de Las Brumas Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—San José, 3 de febrero del 2012.—Lic. Ana Lorena Mendoza Carrera, Notaria.—1 vez.—(IN2014006888).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 22:00 horas 30 minutos del 31 de enero del 2014, protocolicé acta número 1 de asamblea general extraordinaria de accionistas de Asesores Médicos Romu Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—San José, 3 de febrero del 2012.—Lic. Ana Lorena Mendoza Carrera, Notaria.—1 vez.—(IN2014006890).

En escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del tres de febrero de dos mil catorce accionistas de Ambientes y Diseños K & N S. A. acuerdan disolución de sociedad. Presidente Niv Benyehuda.—Lic. Marco Vinicio Solano Gómez, Notario.—1 vez.—(IN2014006900).

Por escritura otorgada ante esta notaría, once horas del treinta y uno de enero del año dos mil catorce, se protocoliza acta de la empresa Empresariales del Sena Sociedad Anónima, cédula jurídica número; tres-ciento uno-doscientos diecisiete mil ciento ochenta y cinco, en la cual se acuerda disolver dicha sociedad y se convoca a los interesados para que hagan valer sus derechos dentro de los treinta días siguientes a la presente publicación de conformidad con lo que establece el artículo doscientos siete del Código de Comercio.—San José, tres de febrero del año dos mil catorce.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014006901).

Por escritura otorgada ante esta notaría, quince horas del treinta y uno de enero del año dos mil catorce, se protocoliza acta de la empresa Variante Yugoslava D E F Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos veintidós mil trescientos veintiocho, en la cual se acuerda disolver dicha sociedad y se convoca a los interesados para que hagan valer sus derechos dentro de los treinta días siguientes a la presente publicación de conformidad con lo que establece el artículo doscientos siete del Código de Comercio.—San José, tres de febrero del año dos mil catorce.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014006902).

Por escritura otorgada ante esta notaría, trece horas del treinta y uno de enero del año dos mil catorce, se protocoliza acta de la empresa Variante Panno G H I Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos veintidós mil ciento cuarenta y ocho, en la cual se acuerda disolver dicha sociedad y se convoca a los interesados para que hagan valer sus derechos dentro de los treinta días siguientes a la presente publicación de conformidad con lo que establece el artículo doscientos siete del Código de Comercio.—San José, tres de febrero del año dos mil catorce.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014006904).

Por escritura otorgada ante esta notaría, diecisiete horas del treinta y uno de enero del año dos mil catorce, se protocoliza acta de la empresa Inversiones Pelikanísimo de Heredia Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y siete mil cuatrocientos setenta y cuatro, en la cual se acuerda disolver dicha sociedad y se convoca a los interesados para que hagan valer sus derechos dentro de los treinta días siguientes a la presente publicación de conformidad con lo que establece el artículo doscientos siete del Código de Comercio.—San José, tres de febrero del año dos mil catorce.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014006905).

Por escritura otorgada ante esta notaría, diez horas del treinta y uno de enero del año dos mil catorce, se protocoliza acta de la empresa Variante Rubinstein O P Q Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos veintitrés mil cuarenta y uno, en la cual se acuerda disolver dicha sociedad y se convoca a los interesados para que hagan valer sus derechos dentro de los treinta días siguientes a la presente publicación de conformidad con lo que establece el artículo doscientos siete del Código de Comercio.—San José, tres de febrero del año dos mil catorce.—Lic. Roy Alberto Castro Astúa, Notario.—1 vez.—(IN2014006906).

Ante mí, la empresa Casa Alaska Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y tres mil quinientos veintinueve, mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria celebrada al ser las diecisiete horas del veintiocho de enero del dos mil catorce, por unanimidad se acordó disolver la presente compañía por no tener bienes inscritos a su nombre.—San José, treinta de enero del año dos mil catorce.—Lic. Jorge Enrique Hernández Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2014006907).

Por escritura otorgada el día veinticuatro de junio del dos mil trece, ante la suscrita notaria, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Veranda Condo Investments Limitada, mediante los cuales, se disuelve la sociedad.—San José, treinta de enero del dos mil catorce.—Mónica Romero Piedra, Notaria.—1 vez.—(IN2014006913).

Por este medio el suscrito notario hace constar, que a las once horas treinta minutos del día trece de enero del dos mil catorce, mediante escritura número ciento ochenta y cinco-tres otorgada en el tomo tercero de mi protocolo, se protocolizaron acuerdos de asamblea de socios de la sociedad Ninfa Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cero siete seis ocho tres cuatro, en los que se modifica la cláusula sexta de su pacto constitutivo, cambiando la forma de administración.—Puerto Viejo, veintinueve de enero del dos mil catorce.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—(IN2014006917).

Por este medio el suscrito notario, hace constar que a las dieciséis horas del día veintinueve de enero del dos mil catorce, mediante escritura número doscientos once-tres otorgada en el tomo tercero de mi protocolo, se protocolizaron acuerdos de asamblea de socios de la sociedad Shep’s Shack PV Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-seis cinco siete cero siete seis, en los que se modifica la cláusula novena de su pacto constitutivo, cambiando la forma de administración.—Puerto Viejo, veintinueve de enero del dos mil catorce.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—(IN2014006918).

Hoy ante esta notaría, protocolicé acta mediante la cual la sociedad 3-101-545521 Sociedad Anónima, modificó la cláusula sexta de la administración.—San José, 3 de febrero del 2014.— Anabelle López Delgado, Notaria.—1 vez.—(IN2014006921).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, en la ciudad de Esparza, a las 9:00 horas del 29 de enero de 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Transportes Lian de Costa Rica S. A., por medio de la cual se aumentó el capital social, se reformó el domicilio, nombramientos y los estatutos de la junta directiva del pacto constitutivo.—Esparza 31 de enero del 2014.—Lic. Virginia Vindas Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2014006922).

Por instrumento público número 67-5 autorizado, las 14:00 horas de hoy, ante esta notaría se protocolizó los acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria accionistas de Cosworth Holding Inc S. A., modificación de cláusula cuarta y quinta y cambio de junta directiva.—San José, 31 de enero de 2014.—Luis Eduardo Sibaja Guillén, Notario.—1 vez.—(IN2014006930).

Por escritura otorgada a las 7 horas y quince minutos de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Tecni-Muebles S. A., donde se reforma cláusula novena de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—San José, treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Lic. Edgar Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2014006932).

Por escritura otorgada a las 7 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Soluciones Mobiliarias S. A., donde se reforma cláusula novena de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—San José, treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Lic. Edgar Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2014006933).

Por escritura otorgada a las 7 horas y 55 minutos de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Accesorios Decorativos S. A., donde se reforma cláusula novena de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—San José, treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Lic. Edgar Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2014006934).

Por escritura otorgada a las 7 horas y 45 minutos de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Muebles Altorreal S. A., donde se reforma cláusula novena de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—San José, treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Lic. Edgar Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2014006937).

Por escritura otorgada a las 8 horas y 15 minutos de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Acabados Decorativos S. A., donde se reforma cláusula novena de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—San José, treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Lic. Edgar Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2014006938).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del treinta y uno de enero de dos mil catorce, se acordó disolver la sociedad Ghekiere Investments P.G. Sociedad de Responsabilidad Limitada, de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José, 3 de febrero de 2014.—Dr. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1 vez.—(IN2014006940).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas quince minutos del treinta y uno de enero de dos mil catorce, se acordó disolver la sociedad Belgium P.G. Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada, de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José, 3 de febrero de 2014.—Dr. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1 vez.—(IN2014006943).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de enero de dos mil catorce, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Mystical Green Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada, y se nombró Gerente.—San José, 3 de febrero de 2014.—Dr. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1 vez.—(IN2014006944).

Ante esta notaría, por medio de escritura pública número 32-V, otorgada en Guanacaste a las 16:00 horas del 30 de enero del año 2014, se protocolizó el acta número seis de la sociedad denominada Choracel (Tres B) S. A., en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: segundo: se acuerda la disolución de la sociedad.—Guanacaste, 30 de enero del 2014.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2014006946).

Ciento cuarenta y seis: otorgada ante la notaria Gladys Rozo Quevedo, a las catorce horas del veintiocho de enero del dos mil catorce, asamblea extraordinaria de socios Tropicor Sociedad Anónima 1-101-600057 cambio de junta directiva: secretario Víctor Fauricio Montero Miranda, mayor, casado una vez, empresario, identificado con la cédula de identidad número uno cero seiscientos ochenta y nueve cero cero cero uno, vecino de Tres Ríos, La Unión, casa número dos. Tesorera Glenda Lorena Alvarado Canossa, mayor, casada una vez, comerciante, identificada con la cédula de identidad número uno-mil doscientos doce-cero doscientos diez, de suma, conforme al artículo mil doscientos cincuenta y tres. Es todo.—Dada en San José, el día veintinueve de enero del dos mil catorce.—Lic. Gladys Rozo Quevedo, Notaria.—1 vez.—(IN2014006956).

Por escritura pública número: ochenta y nueve, otorgada ante nosotros a las diez horas con cuarenta y cinco minutos del cuatro de febrero del dos mil catorce, se constituyó la sociedad Sixtorium Business Corp Sociedad Responsabilidad Limitada.—Héctor Manuel Fallas Vargas y Alfredo Núñez Gamboa, Notarios.—1 vez.—(IN2014006957).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Grupo de Consultoría y Construcción Ventura S. A.—El 3 de febrero 2014.—Lic. Max Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014006958).

Por escritura pública número: ochenta y ocho, otorgada ante nosotros, a las diez horas con treinta minutos del cuatro de febrero del dos mil catorce, se constituyó la sociedad Netsurf Media Sociedad Responsabilidad Limitada.—Héctor Manuel Fallas Vargas y Alfredo Núñez Gamboa, Notarios.—1 vez.—(IN2014006959).

Ante esta notaría modifico el pacto constitutivo de la sociedad Grupo Uno Líder S. A. Sociedad con cédula jurídica 3 101 549548.—Lic. Max Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014006960).

Por escritura pública número: ochenta y seis, otorgada ante mí, a las quince horas con treinta minutos del tres de febrero del dos mil catorce, se acordó disolver la sociedad Los Rascacielos De New York RNY Sociedad Anónima.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014006961).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las once horas del día cuatro de febrero del año dos mil catorce, de la sociedad Vean el Horizonte Siete Suprema Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seis uno cero nueve dos siete, se modifica la cláusula primera del acta constitutiva.—San José, nueve de enero del año dos mil catorce.—Lic. Ramiro José Alvarado Larios, Notario.—1 vez.—(IN2014006969).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se reformaron las cláusulas segunda y cuarta del pacto constitutivo de Distribuidora Ramitino S. A.—Alajuela, tres de febrero del dos mil catorce.—Marco Tulio Araya Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014006980).

Por escritura otorgada, a las 16:00 horas del día 12 de diciembre del 2013, ante la notaría del licenciado Stefan Ali Chaves Boulanger. Se reforma la cláusula segunda, se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad denominada Flia Serafini Sociedad Anónima.—San José, 12 de diciembre del 2013.—Lic. Stefan Ali Chaves Boulanger, Notario.—1 vez.—(IN2014006982).

Por escritura de las ocho horas del día veintinueve de enero del dos mil catorce, se reformó la cláusula novena y se realizó cambio tesorero de la sociedad anónima Renta de Carros Atlántico S. A.—San José, veintinueve de enero del dos mil catorce.—Lic. Stefan Ali Chaves Boulanger, Notario.—1 vez.—(IN2014006983).

Por escritura número ciento cuatro-diez, otorgada ante notaria Wendy Robles Lizano, se modifican y se nombra nuevo secretario Mario Gerardo Arias Marín, cédula: 1-650-304, y tesorero: Yonder Emanuel Arias Blanco, cédula 1-1490-0029, de la empresa Inversiones Jucari Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-599216.—Pérez Zeledón, 4 de febrero del 2014.—Lic. Wendy Robles Lizano, Notaria.—1 vez.—(IN2014006984).

En esta notaría, al ser las once horas del veinticuatro de enero del año dos mil catorce, se protocolizó el acta del pacto constitutivo de Master Temp Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.—Pérez Zeledón, veintiocho de enero del año dos mil catorce.—Lic. David Salazar Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014006985).

Al ser las diez horas, del tres de febrero del dos mil catorce se protocoliza el acta del cambio de directiva de la sociedad Raflojotu GBS Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-seiscientos veinticuatro mil trescientos cincuenta y nueve.—Pérez Zeledón, tres febrero dos mil trece.—Lic. Yanory Jiménez Figueroa, Notaria.—1 vez.—(IN2014006986).

Por instrumento público otorgado ante esta notaría, a las dieciséis horas con treinta minutos del día veintinueve de enero de dos mil catorce, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Setenta y Tres Mil Setecientos Ochenta y Siete Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos setenta y tres mil setecientos ochenta y siete, en la que se modificó la cláusula primera (denominación social), cláusula tercera (del objeto), cláusula quinta bis (de la transferencia de acciones), cláusula sétima (del ejercicio económico y los inventarios y balances), cláusula octava (de las asambleas de accionistas), cláusula novena (de las resoluciones de las asambleas de accionistas), cláusula décima (de la administración), cláusula décima primera (de las atribuciones de la junta directiva) del pacto social.—San José, cuatro de febrero de dos mil catorce.—Lic. Carlos Francisco Camacho González, Notario.—1 vez.—(IN2014006987).

Mediante asamblea general ordinaria, celebrada al ser las 18:00 horas del 20 de enero del 2014, se reformó la junta directiva de la Ultimate Systems Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-554044, nombrándose nuevo como presidente a Carlos Lara Cascante, secretaria a Silvia Rodríguez Murillo, tesorera a Isabel Cascante Ugalde, fiscal a Rolando Calvo Arrieta. Presidente ostenta con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, también se acordó cambio de nombre de la empresa a Parqueos Herediano S. A.—San José, 4 de febrero del dos mil catorce.—Lic. Marjorie Morales Acosta, Notaria.—1 vez.—(IN2014007012).

En escritura pública otorgada ante mí, veinte de enero del año dos mil catorce, se constituyó la sociedad H J M K S. A. Domiciliada en Guanacaste, Nicoya, Nosara, exactamente Proyecto Americano Lote K ciento uno, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, es Henry Johnathan Mills Khight, pasaporte Británico número dos uno cero nueve cinco siete cinco nueve dos. Así mismo hago constar el capital social fue pagado en parte con el aporte de bienes muebles.—Cartago, veinte de enero del año dos mil catorce.—Lic. Rodolfo Camacho Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014007014).

En escritura pública otorgada ante mí, veinte de enero del año dos mil catorce, se constituyó la sociedad Dragón Surf Coaching S. A. Domiciliada en Guanacaste, Nicoya, Nosara, exactamente en doscientos metros este de la Oficina Pelican Pool, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, es Oliver James Davies, pasaporte Británico número dos cero seis cero cuatro tres tres cinco ocho. Así mismo hago constar el capital social fue pagado en parte con el aporte de bienes muebles.—Cartago, veinte de enero del año dos mil catorce.—Lic. Rodolfo Camacho Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014007017).

En escritura pública otorgada ante mí, el día veintiuno de enero del año dos mil catorce, se constituyó la sociedad que llevará por nombre la cédula jurídica según Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis, domiciliada en la provincia de Cartago, cantón La Unión, distrito San Ramón, exactamente frente al Colegio Marian Baker, cuyo presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, son respectivamente Mauricio Villalobos Jiménez e Ivannia Patricia Solís Ramírez. Así mismo hago constatar que el capital social fue pagado en parte con aporte de bienes muebles.—Cartago, dieciséis de enero del año dos mil catorce.—Lic. Rodolfo Camacho Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014007018).

En escritura pública otorgada ante mí, veinte de enero del año dos mil catorce, se constituyó la sociedad Beese Knees Surf Coaching S. A. Domiciliada en Guanacaste, Nicoya, Nosara, exactamente Proyecto Americano Lote K ciento uno, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, es Ross Beese, pasaporte Británico ocho cero uno uno ocho cinco nueve uno dos. Así mismo hago constar el capital social fue pagado en parte con el aporte de bienes muebles.—Cartago, veinte de enero del año dos mil catorce.—Lic. Rodolfo Camacho Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014007019).

En escritura pública otorgada ante mí, veinte de enero del año dos mil catorce, se constituyó la sociedad Ginger Ninja Surf School S. A. Domiciliada en Guanacaste, Nicoya, Nosara, exactamente en Esperanza, Villas de Esperanza, lote veintiuno, frente a Supermercado Dos Lorenas, cuya presidenta con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, es Jessica E. Carnes, pasaporte de los Estados Unidos de Norte América número cuatro cuatro tres cuatro nueve cuatro ocho dos cinco. Así mismo hago constar el capital social fue pagado en parte con el aporte de bienes muebles.—Cartago, veinte de enero del año dos mil catorce.—Lic. Rodolfo Camacho Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014007021).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del treinta de enero del dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad denominada 3-102-670669, con cédula de persona jurídica número 3-102-670669, en la cual se modificó la cláusula número sexta del pacto constitutivo, en cuanto se le otorga facultades sin límite al apoderado generalísimo.—San José, once treinta horas del cuatro del febrero del dos mil catorce.—Juan Gregorio Roscio Etchart, Notario.—1 vez.—(IN2014007023).

Por escritura número 68-148, otorgada ante el notario Jorge Luis Quesada Hidalgo, a las 13:00 horas del 30 de enero del año 2014, se reforma estatuto en la sociedad denominada Autotransportes La Loma S. A.—Dr. Jorge Luis Quesada Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2014007040).

A las nueve horas, del cuatro de febrero del dos mil catorce compareció ante esta notaría Milena Porras Méndez, en sus condición de dueña de la totalidad de las acciones que componen la totalidad del capital social de la compañía de esta plaza Asesores y Operadores Hoteleros Rodolfo M y R Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y cinco mil novecientos cincuenta y nueve a disolver la sociedad anónima.—San José, cuatro de febrero del dos mil catorce.—Lic. Alejandro Wyllins Soto, Notario.—1 vez.—(IN2014007041).

Por escritura número 69-148, otorgada ante el notario Jorge Luis Quesada Hidalgo, a las 13:30 horas del 30 de enero del año 2014, se reforma estatuto en la sociedad denominada Maquinaria Agroindustrial La Loma S. A.—Dr. Jorge Luis Quesada Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2014007042).

Mediante escritura autorizada por el suscrito notario, a las 11:00 horas, del día 3 de febrero del 2014, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Soluciones y Señalización Viales SOVIALSA S. A., mediante la cual se acordó reformar en su totalidad los estatutos sociales de la compañía.—San José, 3 de febrero del 2014.—Lic. Pamela Mora Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2014007045).

Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las 11:00 horas del día 29 de enero del 2014, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad 3-101-515571 S. A., mediante la cual se acordó reformar la cláusula décimo novena de los estatutos sociales de la compañía y se reorganiza la junta directiva.—San José, 29 de enero del 2014.—Lic. Pamela Mora Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2014007046).

Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las 11:30 horas del día 29 de enero del 2014, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad El Cacique Comercial del Sur, S. A., mediante la cual se acuerda modificar la cláusula sexta de los estatutos sociales de la compañía.—San José, 29 de enero del 2014.—Lic. Pamela Mora Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2014007047).

Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las 10:30 horas del día 29 de enero del 2014, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Condado del Parque Novecientos Uno-A S. A., mediante la cual se acordó la modificación de las cláusulas primera y decima de los estatutos sociales de la compañía.—San José, 29 de enero del 2014.—Lic. Pamela Mora Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2014007048).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el treinta y uno de enero del dos mil catorce, se constituyó la sociedad denominada Constructora Bartolomé de Costa Rica C.B. Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Lic. Sergio Gamboa Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014007054).

Por escritura número 203 del tomo número 6 de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las 12:30 horas del 8 de marzo del 2012, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general de accionistas de la sociedad Residencial Las Lapas S. A., mediante los cuales se reformó la cláusula octava del pacto social y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Sebastián Jiménez Monge, Notario.—1 vez.—(IN2014007059).

Ante esta notaría, se procede la protocolización de reforma de estatutos de la sociedad Lialda Consultores y Asesores Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-349161.—San José, 31 de enero del 2014.—Lic. Oscar Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—(IN2014007077).

La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las once horas del veintiocho de diciembre del dos mil cinco, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Inversiones de Seguridad Global S. A., titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-sesenta y siete treinta diecisiete, mediante la cual se reformó la cláusula segunda de los estatutos, correspondiente al domicilio, y la conformación de la junta directiva. Es todo.—Cartago, veintiocho de enero del año dos mil catorce.—Lic. Carolina Gutiérrez Marín, Notaria.—1 vez.—(IN2014007082).

Se comunica que en esta notaría, se protocolizó la fusión de las sociedades anónimas Alianza Técnica ATEC S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-tres cinco tres tres cuatro seis L Y B Inversiones Inmobiliarias S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-tres cinco dos ocho uno ocho.; V Y E Servicios Generales de Costa Rica S. A., con cédula jurídica número: tres-ciento uno-tres cinco dos cero cinco cinco; y SEMI Sociedad Anónima, mediante absorción de la cuarta, con relación a la primera, segunda y tercera, dándose por consiguiente un aumento en el capital social en SEMI S. A. con cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cincuenta y nueve mil quinientos cuarenta y ocho el cual modifica la cláusula quinta, para un capital social de ciento veinte millones de colones exactos. Es todo.—Cartago, treinta y uno de enero del año dos mil catorce.—Lic. Carlos Enrique Leiva Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014007083).

Ante eta notaría se protocolizó el acta de inclusión de la dirección exacta de la sociedad Cafetalera del Norte Sociedad Anónima, con la cédula de personería jurídica número: tres-ciento uno-noventa mil ochocientos ocho, la cual modifica la cláusula con relación a su domicilio social. Para que se lea la misma en Cartago, Barrio San Blas cien metros este y cien metros norte de la escuela. Es Todo.—Cartago, treinta y uno de enero del año dos mil catorce.—Lic. Carlos Enrique Leiva Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014007084).

Por escritura otorgada ante las notarias Dinia Matamoros Espinoza y Mariela Briceño Nelson, a las ocho horas del veintiocho de enero del dos mil catorce, se solicita la protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Inversiones República Elíptica Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad.—San José, cuatro de febrero del dos mil catorce.—Lic. Mariela Briceño Nelson, Notaria.—1 vez.—(IN2014007089).

Por acuerdo de socios se disuelve la sociedad de esta plaza Internacional Origromo Yaice de Garabito Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-trescientos treinta y ocho mil cuatrocientos veintitrés a partir del treinta de enero del año dos mil catorce.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—(IN2014007090).

Por escritura otorgada ante el notario Roberto Calderón Solano, notario público con oficina en Turrialba, se protocoliza acta de reforma de la cláusula quinta y cláusula novena de la sociedad mercantil Agroindustrial Humberto y Lola de Turrialba Sociedad Anónima. Se nombra vicepresidente al señor Eduardo Bolaños Ramírez.—Turrialba, treinta de enero del dos mil catorce.—Lic. Roberto Calderón Solano, Notario.—1 vez.—(IN2014007092).

Yo, Allan Artavia Solís, notario público con oficina abierta en San José, hago constar que mediante la escritura número 146 del tomo 2, otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 30 de enero del dos mil catorce, se constituyó la sociedad anónima Empresa de Pintura y Acabados Spacecolor Sociedad Anónima, cuyo presidente será Delmar Ramírez Taylor, mayor, costarricense, casado una vez, comerciante, con cédula de identidad uno-cero novecientos ochenta-cero ciento cuarenta y uno, vecino de Hatillo centro, del Rancho Guanacaste, trescientos metros este, casa noventa y seis, capital social: diez mil colones. Plazo 99 años.—San José, 30 de enero del dos mil catorce.—Lic. Allan Artavia Solís, Notario.—1 vez.—(IN2014007093).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 9:00 horas del día 27 de enero del año 2014 se disuelve la sociedad Anónima de este plaza, con la denominación: Vargas Abdallah S. A. Sirva el presente aviso para los efectos del artículo 207 del Código de Comercio.—Turrialba, veintisiete de enero del año dos mil catorce.—Lic. Martín Vargas Coto, Notario.—1 vez.—(IN2014007094).

Por escritura otorgada ante el notario Roberto Calderón Solano, notario público con oficina en Turrialba se protocoliza acta de reforma de la cláusula quinta de la sociedad mercantil Compañía Agrícola Don Chale de Turrialba Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva: presidente: Rodolfo Bolaños Ramírez; vicepresidenta: Ana Victoria Bolaños Ramírez; secretario: Óscar Humberto Bolaños Ramírez; tesorero: Eduardo Bolaños Ramírez.—Turrialba, treinta de enero del año dos mil catorce.—Lic. Roberto Calderón Solano, Notario.—1 vez.—(IN2014007095).

Por escritura otorgada ante el notario Roberto Calderón Solano, notario público con oficina en Turrialba, se protocoliza acta de reforma de la cláusula quinta y cláusula novena de la sociedad mercantil Hebora Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva: presidente: Oscar Humberto Bolaños Ramírez; vicepresidente: Rodolfo Bolaños Ramírez; secretaria: Ana Victoria Bolaños Ramírez, tesorero: Álvaro Bolaños Ramírez.—Turrialba, treinta de enero del año dos mil catorce.—Lic. Roberto Calderón Solano, Notario.—1 vez.—(IN2014007099).

Ante esta notaría se constituyó, a las dieciséis horas quince minutos del diecinueve de noviembre de dos mil trece, la sociedad denominada Kiamau Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado.—San Vito, diecinueve de noviembre dedos mil trece.—Lic. Mario Araya Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2014007102).

Yo la suscrita notaria pública Xinia Arias Naranjo, hago constar y doy fe que ante esta notaría, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de las siguientes sociedades anónimas: Earth Wind And Fire S. A.; Oasis In The Middle Of The Forest S. A., ambas con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaia.—Ciudad Cortes, Osa, Puntarenas, veintisiete de enero de dos mil catorce.—Lic. Xinia Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—(IN2014007104).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inmobiliaria Moin Sociedad Anónima, en que se acuerda reformar cláusula segunda y quinta de los estatutos.—San José, 4 de febrero, 2014.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2014007107).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Grupo Plaza Termimni Sociedad Anónima, en que se acuerda reformar cláusula quinta de los estatutos.—San José, 4 de febrero, 2014.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2014007109).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Grupo TLA Sociedad Anónima, en que se acuerda reformar cláusula quinta de los estatutos.—San José, 4 de febrero, 2014.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2014007110).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Continex International Networks Sociedad Anónima, en que se acuerda reformar cláusula segunda y quinta de los estatutos.—San José, 4 de febrero, 2014.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2014007112).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Comercializadora Americana COAMESA Sociedad Anónima, en que se acuerda reformar cláusula segunda y quinta de los estatutos.—San José, 4 de febrero, 2014.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2014007114).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Cuna de Sueños Sociedad Anónima, en que se acuerda reformar cláusula cuarta de los estatutos.—San José, 4 de febrero, 2014.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2014007119).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Red Punto Com Technologies Sociedad Anónima, en que se acuerda reformar cláusula quinta de los estatutos.—San José, 4 de febrero, 2014.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2014007120).

Por escritura otorgada ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Tres Ciento Uno Seiscientos Sesenta y Un Mil Quinientos Cincuenta y Nueve Sociedad Anónima, en que se acuerda reformar cláusula quinta de los estatutos.—San José, 4 de febrero, 2014.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2014007121).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inmobiliaria F. Products Sociedad Anónima, en que se acuerda reformar cláusula quinta de los estatutos.—San José, 4 de febrero, 2014.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2014007122).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del treinta de enero del dos mil catorce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la entidad denominada Servicios Profesionales de Mano de Obra Sepromo S. A., domicilio Heredia, San Francisco, Urbanización Los Itabos casa número sesenta y seis. Acuerdo I..... Acuerdo II. Se revoca el nombramiento del secretario se hace nuevo nombramiento. Acuerdo III. Se modifica la cláusula sexta del pacto social, corresponde al presidente y al secretario la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjuntamente o por separado.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—(IN2014007127).

Mediante escritura pública número setenta y dos-cuatro, otorgada en San José ante esta notaría, a las trece horas con treinta minutos del tres de febrero de dos mil catorce, se modificó el pacto social de 3-102-675766 Limitada, reformando la cláusula sétima: de la administración, creando la cláusula décimo segunda del agente residente, y se nombraron dos gerentes y agente residente.—San José, cuatro de febrero de dos mil catorce.—Lic. Fabiola Soler Bonilla, Notaria.—1 vez.—(IN2014007133).

Por escritura pública de las nueve horas del tres de febrero del dos mil catorce, otorgada ante el notario público Jorge Federico Baldioceda Baltodano, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Solo Cable MPA CR S. A. Se modifica la cláusula sexta de la representación y se nombra secretario, tesorero y agente residente. Es todo.—San José, cuatro de febrero del dos mil catorce.—Lic. Jorge Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2014007136).

El día veinte de diciembre de dos mil trece, en mi notaría se protocolizó acta de asamblea general de accionistas acordando la disolución de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Seiscientos Sesenta Y Cinco Mil Seiscientos Diecinueve Sociedad Anónima.—Miramar, ocho horas del cuatro de febrero 2014.—Lic. Rogelio Flores Agüero, Notario.—1 vez.—(IN2014007139).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del cuatro de febrero del dos mil catorce, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo referente al domicilio de la entidad Exportaciones Donatella Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y siete mil trescientos treinta, tendrá su domicilio en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, doscientos cincuenta metros al norte de la Estación de Servicio Delta.—Cuatro Esquinas de Pital, San Carlos, cuatro de febrero del dos mil catorce.—Lic. Edwin Mauricio Rojas Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2014007140).

Por escritura otorgada hoy a las ocho horas, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad anteriormente denominada Oco Biomedical Latinoamérica Sociedad Anónima, la que se cambió su razón social a Laboratorio Dental Biomedical Sociedad Anónima, y mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas primera del nombre y segunda del domicilio. Firmo en la ciudad de San José, el día cuatro del mes de febrero del dos mil catorce.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2014007143).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Servicios Privados FW de La Zona Sur Sociedad Anónima. Cuyo capital social es la suma de cien mil colones netos.—San José, 6 de enero del 2014.—Lic. Wendy Mayela Mora Garro, Notaria.—1 vez.—(IN2014007153).

Por escritura número dieciocho-cuatro, otorgada a las 11:00 horas del 3 de febrero del 2014, se protocoliza acta de asamblea general de compañía Eurofarmacéutica S. A.—Lic. Mario Cisneros Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2014007154).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:30 horas del 28 de enero del 2014, protocolicé acta de la sociedad Minntica S. A., acta de las 12:00 horas del 1º de noviembre del 2013 mediante la cual se nombra nuevo presidente y se modifica la cláusula segunda de los estatutos.—Lic. Rolando González Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2014007155).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 29 de enero del 2014, protocolicé acta de 3-102-671908 limitada de las 13:00 horas del 24 de enero del 2014, mediante la cual se reformó la cláusula.—Lic. Flory Gabriela Arrieta Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2014007156).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 28 de enero del 2014, protocolicé acta de la sociedad Minntica Internacional S. A., acta de las 10:00 horas del 1º de noviembre del 2013 mediante la cual se nombra nuevo presidente, se modifica la cláusula segunda de los estatutos y se revoca poder generalísimo sin límite de suma.—Lic. Rolando González Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2014007157).

Ante esta notaría, se modifica el pacto social junta directiva y domicilio social de la sociedad Cristóbal Colón Import Export Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos setenta y un mil ochocientos ochenta y tres. Es todo.—San José, cuatro de febrero del dos mil catorce.—Lic. Ana Priscilla Sánchez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2014007159).

Ante mí se constituyó Jukagura Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—San José, 1º de febrero del 2014.—Lic. José Ramón Sibaja Montero, Notario.—1 vez.—(IN2014007162).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 3 de febrero del 2014, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de los socios de El Águila de La Fuente JD S. A., donde se nombra nueva secretaría y tesorera.—San José, 4 de febrero del 2014.—Lic. Emilia Sancho Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2014007169).

Por escritura número ciento dos-once, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las ocho horas y treinta minutos del tres de febrero del dos mil catorce, se modifica y se aumenta cláusula del capital social correspondiente a la sociedad Tres-ciento uno-quinientos siete mil novecientos dos S. A.—San José, 3 de febrero del 2014.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2014007170).

Por escritura número ciento tres-once, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las nueve horas del tres de febrero del 2014, se acuerda modificar la cláusula de la junta directiva correspondiente a la sociedad Festus Century Corporation S. A.—San José, 3 de febrero del 2014.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2014007171).

Por escritura número ciento cuatro-once, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las nueve horas, treinta minutos del tres de febrero del 2014, se acuerda modificar la cláusula de la junta directiva correspondiente a la sociedad Compañía Soneto Analítico S. A.—San José, 3 de febrero del 2014.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2014007172).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Pinares BRS Abogados Sociedad Civil. Capital social: novecientos mil colones.—San José, doce de noviembre del dos mil trece.—Lic. Álvaro Vladimir Moya Blanco, Notario.—1 vez.—(IN2014007175).

Ante esta co-notaría, a las 14:00 horas del día de hoy, se constituyó Asesorías en Automatización de Centroamérica S. R.L. Plazo social: 100 años. Domicilio: San Francisco de Heredia. Capital social: íntegramente suscrito y pagado mediante aporte de bienes muebles. Representación: gerente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 27 de enero del 2014.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014007187).

Ante esta co-notaría, a las 10:00 horas del día de hoy, se constituyó Familia Jiménez S. A. Plazo social: 100 años. Domicilio: Santa Teresa de Escazú. Capital social: íntegramente suscrito y pagado, mediante aporte de bienes muebles. Representación: presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, 3 de febrero del 2014.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014007188).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Druan Limitada. Plazo: cien años a partir de la constitución. Capital social: doce mil colones suscritos y pagados, mediante letras de cambio. Administración: dos gerentes, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Es todo.—San José, cuatro de febrero del dos mil catorce.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2014007192).

Por escritura otorgada ante mí, se acordó fusionar las empresas: (i) Tierra Sol y Luna Limitada y (ii) Carro Sol y Luna Limitada para formar una sola entidad jurídica prevaleciendo la empresa Tierra Sol y Luna Limitada. Es todo.—San José, 4 de febrero del 2014.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2014007193).

Ante esta notaría, por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del quince de enero del dos mil catorce Corporación Pérez Delgado y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos dos mil ciento sesenta y nueve, acordó la disolución de la sociedad.—Lic. Carlos Eduardo Solano Serrano, Notario.—1 vez.—(IN2014007198).

Mediante escritura otorgada ante la notaria Maricela Alpízar Chacón, se reformó la cláusula de representación de la sociedad Color Rush TFPA S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos setenta mil ciento ochenta y ocho.—San José, cuatro de febrero del dos mil catorce.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2014007212).

Por escritura Nº 39-10, otorgada a las 12:00 horas del 15 de enero del 2014, ante esta notaria Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Marbella Cinco A Limitada, en donde se acuerda la fusión con la sociedad Terracotas en Guardia Sociedad Anónima prevaleciendo Marbella Cinco A Limitada, y se acuerda reformar la cláusula quinta de los estatutos.—Puntarenas, 15 de enero del 2014.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—(IN2014007217).

Por escritura a las trece horas del cuatro de febrero del dos mil catorce, otorgada ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de socios de la compañía Sociedad de Proyectos La Merced Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiún mil trescientos veintiséis, se reforma la cláusula del capital social para que en adelante se lea: “del capital social: la sociedad tendrá un capital social de quince millones de colones representado por cien acciones comunes y nominativas de ciento cincuenta mil colones cada una, totalmente suscrito y pagado por los socios. Los certificados de acción serán firmados por el presidente de la junta directiva”.—San José, nueve de enero del dos mil catorce.—Lic. Lilliana Hernández Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2014007218).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-ciento dos-seiscientos setenta y tres mil setecientos cinco S.R.L. Mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto social para que en adelante se denomine Alianza de Capitales Sociedad de Responsabilidad Limitada. Escritura otorgada a las quince horas del cuatro de febrero del dos mil catorce.—Lic. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—(IN2014007221).

Por escritura otorgada en mi notaría, al ser las trece horas del veinticuatro de enero del dos mil catorce, modifica cláusula y se nombra secretaria de la sociedad Tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro mil ciento ochenta y dos Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, San Carlos, veinticuatro de enero del dos mil catorce.—Lic. Antonio Marín Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014007225).

Por escritura otorgada hoy, ante mí a las diez horas Caja de Ande Sociedad Agencia de Seguros S. A. protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en que consta reforma a la cláusula de la administración, sexta del pacto social.—San José, treinta de enero del dos mil catorce.—Lic. Jorge Alpízar Barquero, Notario.—1 vez.—(IN2014007237).

Por escritura de las 8:00 horas del 4 de febrero del 2014, otorgada ante esta notaría pública, se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo, referente a la razón social, la cláusula segunda referente al domicilio social y la cláusula novena referente a la representación de la sociedad Tres-ciento uno-quinientos noventa y cuatro mil doscientos sesenta y cuatro Sociedad Anónima.—San José, 4 de febrero del 2014.—Lic. Benjamín Gutiérrez Contreras, Notario.—1 vez.—(IN2014007241).

Ante esta notaría, al ser las nueve horas del primero de febrero del dos mil catorce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Servicentro Bagaces Sociedad Anónima. Se modificaron las cláusulas primera, séptima y se nombra junta directiva. Presidente: Mario Hernán Arrieta Torres.—San José, primero de febrero del dos mil catorce.—Lic. Víctor Julio  Rivas Tinoco, Notario.—1 vez.—(IN2014007242).

Mediante escritura número veintidós, otorgada a las quince horas del tres de febrero del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria de accionistas de la sociedad BN Sociedad Corredora de Seguros Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y cuatro mil seiscientos uno, mediante la cual se reeligen los siguientes miembros de la junta directiva: Vicepresidente: Jennifer Morsink Schaefer. Secretario: Javier Gerardo Ulloa Castro. Tesorero: Juan Carlos Corrales Salas. Vocal: Andrea Isabel Vindas Lara, todos por un período de dos años.—San José, cinco de febrero del dos mil catorce.—Lic. Jessica Borbón Guevara, Notaria.—1 vez.—(IN2014007244).

Ante el licenciado Marvin Ramírez Víquez, el día 27 de enero del 2014, se procede a modificar la razón social de la sociedad Autorrepuestos Caribe de San Antonio Sociedad Sociedad Anónima.—27 de enero de 2014.—Lic. Marvin Ramírez Víquez, Notario.—1 vez.—(IN2014007245).

Mediante escritura número veintiuno, otorgada a las once horas con cuarenta y cinco minutos del treinta de enero del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria de accionistas de la sociedad BN Sociedad Administradora de Fondos de Inversión Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y siete mil novecientos dieciocho, mediante la cual se reeligen los siguientes miembros de la junta directiva: Presidente: Janina Del Vecchio Ugalde. Vicepresidente: Luis Enrique Pal Hegedüs. Secretario: Javier Gerardo Ulloa Castro. Tesorero: Juan Carlos Corrales Salas. Vocal: Numa Rodrigo Estrada Zúñiga, todos por un período de dos años.—San José, cinco de febrero del dos mil catorce.—Lic. Jessica Borbón Guevara, Notaria.—1 vez.—(IN2014007247).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de la entidad Tres-ciento uno-seiscientos setenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y nueve Sociedad Anónima, a las doce horas del veintidós de enero del dos mil catorce. Escritura número ciento setenta, protocolo uno.—San José, tres de febrero del dos mil catorce.—Lic. Brenda Mena Bermúdez, Notaria.—1 vez.—(IN2014007248).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de la entidad Oxen Films Sociedad Anónima, a las dieciséis horas del treinta y uno de enero del dos mil catorce. Escritura número ciento setenta y cuatro, protocolo uno.—San José, tres de febrero del dos mil catorce.—Lic. Brenda Mena Bermúdez, Notaria.—1 vez.—(IN2014007249).

Por escritura otorgada al ser las 11:30 horas, del tres de febrero del dos mil catorce, se constituye sociedad Bocana de San Antonio XX S.R.L. Gerente: José Raúl Portillo Valle. Es todo.—San José, tres de febrero del dos mil catorce.—Lic. Lilliam Solano Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2014007251).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea de socios de la sociedad Sociedad Agencia de Seguros Z & C S. A., y se modifican las cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Vladimir Mora Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2014007252).

La suscrita notaria hace constar que ante mi notaría, escritura número sesenta y nueve tomo diecinueve se disolvió la sociedad Desarrollos Vaso de Casa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-448174.—Puntarenas, 30 de enero del 2014.—Lic. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2014007253).

La suscrita notaria, hace constar que en su notaría se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la empresa denominada Distribuidora Ocampo Y & A Sociedad Anónima, aumentando su capital a la suma de cuarenta millones de colones.—Lic. Rossannette Naranjo Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2014007254).

Por escritura otorgada a las 13:00 horas del día 17 de enero de 2014 ante mi notaría, se protocolizó en lo conducente el acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Edudimar S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-218.462, por la cual se reformó la cláusula primera y se acepta el cargo de agente residente.—San José, 17 de enero del 2014.—Lic. Esteban Calvo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014007255).

Ante esta notaría se protocoliza Asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y cinco mil ciento cincuenta y siete Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-645157, que modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, la representación de la sociedad. Es todo.—San José, 5 de febrero del 2014.—Lic. Manuela Tanchella Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2014007262).

Mediante escritura número veintiséis, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintidós de enero del dos mil catorce, se disuelve la sociedad constituye la compañía Asesores Profesionales Gómez y Fernández Limitada.—San José, 4 de febrero del 2014.—Lic. Fiorella Bulgarelli González, Notaria.—1 vez.—(IN2014007268).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Industrias Unidas Sociedad Anónima, en la que se reforman las cláusulas cuarta y segunda, relativas al plazo y al domicilio de los estatutos. A la vez se nombran presidente, secretaria, tesorero y fiscal de la junta directiva. Escritura Nº 120 de las 15:00 horas del cuatro de febrero del dos mil catorce.—San José, 4 de febrero del 2014.—Lic. Claudio Hernández Guerrero, Notario.—1 vez.—(IN2014007276).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del dieciocho de octubre del dos mil trece, se constituyó la sociedad Transportes Catmaye AG Sociedad Anónima. Capital: cien mil colones.—San José, veintisiete de enero del dos mil catorce.—Lic. Susana Patricia Chaves Sell, Notaria.—1 vez.—(IN2014007278).

Ante esta notaría, el día diecisiete de enero del dos mil catorce, Linda Pamela Zúñiga Castillo y Pablo Escalante Zeledón, constituyen la sociedad Ángel Rouse de Responsabilidad Limitada. Con un capital de diez mil colones. San José, cinco de febrero del dos mil catorce, bajo mí responsabilidad indico que el capital social de la empresa se pagó con dos bienes muebles que son: una computadora personal, marca Compac, color negro, modelo Presario Cq cinco seis, y con una impresora multifuncional, color negra, marca HP, modelo Inkadvantege dos cinco uno cinco a favor de la sociedad.—San José, cinco de febrero del dos mil catorce.—Lic. Erick Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—(IN2014007279).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 3 de febrero del 2014, se reforma la cláusula sexta del pacto social de la compañía 3 101 666 009 S.A.—San José, tres de febrero del dos mil catorce.—Lic. José Luis Torres R., Notario.—1 vez.—(IN2014007280).

En esta notaría se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Ebenezer Sociedad Anónima, persona jurídica con cédula tres-ciento uno-doscientos noventa y ocho mil seiscientos ochenta y dos, con domicilio en Palmares, Alajuela doscientos cincuenta metros sur de la UNED. Se ha tomado acuerdo de proceder a la disolución de la sociedad a partir del día treinta y uno de diciembre del año dos mil trece, al amparo de lo establecido en el inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio. Se brindan treinta días a partir de la publicación de este edicto a efecto cualquier interesado proceda oponerse judicialmente a la disolución.—Palmares, cuatro de febrero del dos mil catorce.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—(IN2014007281).

La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Inversiones Tecnológicas Betta Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y cuatro mil ciento treinta y ocho, para realizar nombramiento de tesorera en junta directiva. Es todo.—Palmares, cinco de febrero del dos mil catorce.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—(IN2014007284).

Por escritura número doscientos cincuenta, otorgada en mi notaría en la ciudad de Puntarenas, a las 15:00 horas del 12 de diciembre del 2013, protocolizo actas de modificación de estatutos aumentado el capital social a trescientos mil colones, de Josenri Sociedad Anónima, de domicilio en el centro de la ciudad de Puntarenas.—Lic. Ladislao Wilber Calderón Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2014007294).

Por escritura número doscientos sesenta y uno, otorgada en mí notaría en la ciudad de Puntarenas, a las 10:00 horas del 10 de enero del 2014, Rodrigo Segnini Aguilar y Marta Rosa Ruiz Quirós, constituyen Producciones Apropecuarias Ramar Sociedad Anónima, de domicilio en La Palma de Abangares. Capital social: un millón de colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de cien mil colones cada una. Presidente: Rodrigo Segnini Aguilar.—Lic. Ladislao Wilber Calderón Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2014007295).

Por escritura numero ciento cincuenta y cuatro-tres, otorgada a las 15:00 horas del 4 febrero del 2014, se protocoliza acta número uno de la asamblea general de cuotistas de la sociedad mercantil Sociedad Administradora Condominios Providencia Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-seiscientos sesenta y cuatro mil ochocientos sesenta y ocho, se nombra como nuevo gerente a Federico Zamora Meléndez; a partir del 4 de febrero del 2014; todas mediante acuerdo de cuotistas.—San José, 4 de febrero del 2014.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—(IN2014007297).

Mediante acuerdo de socios ante esta notaría, a las 11 horas, 30 minutos del 23 de enero del 2014, se acordó disolver la sociedad Servicios Alimanterios Recomi Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y seis mil quinientos veintiséis.—Barva, 24 de enero del 2014.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—(IN2014007298).

Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios, otorgada ante esta notaría, a las 17 horas, 15 minutos del 15 de enero del 2014, se hace nombramiento de secretario de junta directiva, se modifica representación y se cambia razón social de la sociedad denominada Tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil doscientos sesenta y uno Sociedad Anónima, la cual de ahora en adelante se denominará Bendiciones de Noviembre Sociedad Anónima.—Barva, 3 de febrero del 2014.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—(IN2014007299).

Mediante escritura otorgada el día de hoy en mí notaría, se reforma la cláusula primera del pacto social de 3-102-656526, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de febrero del 2014.—Lic. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2014007306).

Por escritura número cincuenta y ocho, otorgada ante la notaria pública Dixy Vargas Brenes, a las catorce horas del veintitrés de enero del dos mil catorce, procedo a protocolizar el acta extraordinaria de la sociedad denominada Villa Hematites Ke De Valencia Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula cuarta de la escritura constitución.—Alajuela, 4 de febrero del 2014.—Lic. Dixy Vargas Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2014007310).

Ante esta notaría se protocolizaron los acuerdos tomados por Corporación MCJCDS de Brasilito S. A., a las once horas con veinte minutos del día veintiocho de enero del dos mil catorce. Se reformó la cláusula sexta, el presidente y tesorero serán los apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2014007316).

Ante esta notaría se protocolizaron los acuerdos tomados por Corporación Febras S. A. a las catorce horas el veintiuno de nueve de enero del dos mil catorce. Se reformó la cláusula sétima, el presidente y secretario, serán los apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2014007317).

Por escritura número setenta y cuatro, otorgada a las diez horas, treinta minutos del cinco febrero del dos mil catorce, ante el notario público Daniel Eduardo Muñoz Herrera, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Fibras Ópticas COM REC Sociedad Anónima, donde se acuerda disolver y liquidar la sociedad.—San José, cinco de febrero del dos mil catorce.—Lic. Daniel Eduardo Muñoz Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2014007318).

Por escritura otorgada a las nueve horas, del cinco de febrero del dos mil catorce, ante el notario Daniel Eduardo Muñoz Herrera, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la Seguridad del Agro Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar la cláusula segunda del domicilio y novena de administración.—San José, cinco de febrero del dos mil catorce.—Lic. Daniel Eduardo Muñoz Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2014007319).

Al ser las trece horas del veinte de diciembre del dos mil trece, procedo a protocolizar el acta general de asamblea general extraordinaria de Comercial Vargas Rodríguez Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y un mil ciento catorce, en la cual se reforma la cláusula primera: de la denominación social; segunda: del domicilio; sétima: de la administración.—Liberia, veinte de diciembre del dos mil trece.—Lic. Seidy Vanessa Ibarra Lanza, Notaria.—1 vez.—(IN2014007321).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas de hoy, protocolicé acta de la sociedad Compu Center S. A., por la cual se disuelve la sociedad.—San José, 26 de enero del 2014.—Lic. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—(IN2014007331).

Por escritura otorgada a las 16:00 horas de hoy, ante mí los señores Roberto Leiva Madrigal y Marco Antonio González Murillo constituyeron Café Lago Ibis S. A. Domicilio: provincia de San José, cantón Santa Ana, distrito Santa Ana. Plazo: 99 años a partir de su constitución. Capital: cien mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una, pagadas por los socios a través de letras de cambio suscritas y firmadas por ellos a favor de la sociedad con fecha de vencimiento 31 de enero del 2014. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando separadamente. Se otorga poder general sin límite de suma a Roberto Leiva Madrigal y a Marco Antonio González Murillo, separadamente.—San José, 30 de enero del 2014.—Lic. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—(IN2014007332).

Por escritura número ciento setenta y tres, otorgada ante este notario a las trece horas del treinta de enero del dos mil catorce, se protocolizó acta dos de asamblea general extraordinaria de socios de AVP BO Trece S. A. Mediante la cual se reforman las cláusulas primera y quinta y se nombra presidente y secretario.—San José, 31 de enero del 2014.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(IN2014007333).

Por escritura número ciento setenta y cuatro, otorgada ante este notario a las catorce horas del treinta de enero del dos mil catorce, se protocolizó acta siete de asamblea general extraordinaria de socios de Pacific Tours & Travel S. A. Mediante la cual se reforma la cláusula quinta y se nombra presidente y tesorero.—San José, 31 de enero del 2014.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(IN2014007334).

Por escritura número ciento setenta y dos, otorgada ante este notario a las diez horas del treinta de enero del dos mil catorce, se protocolizó acta dos de asamblea general extraordinaria de socios de AVP Bo Catorce S. A. Mediante la cual se reforman las cláusulas primera y quinta y se nombra presidente y secretario.—San José, treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(IN2014007336).

Por escritura número doscientos dieciséis, otorgada a las diecisiete horas del treinta de enero del dos mil catorce, se disolvió la compañía Off The Grid Systems Sociedad Anónima.—Lic. Sául González Vargas y Lic. Verny Valerio Hernández, Notarios.—1 vez.—(IN2014007338).

Debidamente autorizados al efecto protocolizamos acta de asamblea de accionistas de la sociedad Cobra Internacional S. A. Mediante la cual se acuerda modificar el domicilio social, la administración y la representación y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, a las 13:00 horas del 25 de setiembre del 2013.—Lic. Oscar Enrique Rodríguez Cascante y Lic. Manuel Giménez Costillo, Notarios.—1 vez.—(IN2014007339).

Debidamente autorizado al efecto protocolizo acta de asamblea de accionistas de la sociedad Inversiones Decadebo S. A. Mediante la cual se nombra nuevo secretario de la junta directiva y fiscal, se confiere poder generalísimo sin límite de suma, y se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, a las 10 horas, 10 minutos del 23 de enero del 2014.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(IN2014007340).

Ante esta notaría por medio de la escritura número ochenta y siete, de las diez horas, treinta minutos del día tres de febrero del dos mil catorce, protocolicé el acta número treinta y tres de asamblea general extraordinaria de socios de Hacienda Paigres Sociedad Anónima, se modifica la cláusula tercera del pacto social.—Alajuela, cinco de febrero del dos mil catorce.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2014007353).

Por otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 21 de enero del 2014 se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Desarrollo Vive Tibas DVT Sociedad Anónima. Se reformó cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, 21 de enero del 2014.—Lic. Rosa María Jiménez Morúa, Notaria.—1 vez.—(IN2014007356).

Mediante escritura Nº 105-5, otorgada ante el notario Guillermo Solórzano Marín, a las 10:45 horas del 29 de enero del 2014, se protocolizó el acta de asamblea de general de la sociedad Inversiones La Manguera Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y cinco mil ciento veintinueve, se acuerda modificar las cláusulas segunda del domicilio, y octava de la administración del pacto social.—San José, 5 de febrero del 2014.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—(IN2014007360).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, se acuerda modificar la cláusula del objeto de Ricopan S. A.—San José, 5 de febrero del 2014.—Lic. Lorna Truque Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2014007366).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, se acuerda modificar la cláusula del objeto de Luna Distrito Cuatro S. A.—San José, 5 de febrero del 2014.—Lic. Lorna Truque Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2014007368).

Yo, Evelyn Alvarado Martínez, cédula uno-setecientos treinta y cuatro-quinientos setenta y ocho, presidenta y apoderada de la Asociación Cristiana La Gran Comisión, cédula jurídica tres-cero cero dos-seiscientos cincuenta y ocho mil doscientos treinta y nueve, reforma artículo primero y modifica su nombre a Asociación La Gran Comisión y cuarto de objetivos, quinto de fines, sexto de recursos, octavo filiación.—Turrialba, cuatro de enero del dos mil catorce.—Lic. Clarita María Solano Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2014007377).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del trece de enero del dos mil catorce, se protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades de Palmares de Alajuela, denominadas Haciendas de La Ribera Cinco Tinaja Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y tres mil seiscientos doce, y Triple J de Palmares Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y dos mil ocho, en las cuales se acordó fusionarse por absorción, prevaleciendo Triple J de Palmares Sociedad Anónima, realizándose en esta las modificaciones al pacto constitutivo correspondientes para dicha fusión.—Lic. Lilliana Fernández Urpí, Notaria.—1 vez.—(IN2014007392).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 16 de enero del 2014, se protocolizó acta asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Love Me Two Times S. A. Mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social referida al domicilio social y la administración de la sociedad.—San José, 29 de enero del 2014.—Lic. Andrés Calvo Herra, Notario.—1 vez.—(IN2014007395).

Tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y ocho mil setecientos diez S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y ocho mil setecientos-diez, por escritura número ciento setenta y tres-cinco, otorgada ante esta notaría el día seis de enero del dos mil catorce, acuerdan la disolución de la sociedad de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio y de conformidad con la Directriz Registral D.R.P.J. cero cero tres-dos mil doce, se prescinde del nombramiento del liquidador en razón de que la sociedad precitada no tiene bienes, activos o pasivos algunos que liquidar.—San José, treinta y uno de enero del dos mil catorce.—Lic. Steven Ferris Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2014007401).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las quince horas, quince minutos del día de hoy, se modifica la cláusula segunda del domicilio del pacto constitutivo de la sociedad Robert Activos S. A.—San José, tres de febrero del dos mil catorce.—Lic. Rafaela Solano Granados, Notaria.—1 vez.—(IN2014007407).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las quince horas, cincuenta minutos del día de hoy, se modifica la cláusula segunda del domicilio del pacto constitutivo de la sociedad Reintro de Costa Rica S. A.—San José, tres de febrero del dos mil catorce.—Lic. Rafaela Solano Granados, Notaria.—1 vez.—(IN2014007409).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las quince horas, treinta minutos horas del día de hoy, se modifica la cláusula segunda del domicilio del pacto constitutivo de la sociedad Inversiones Ropin S. A.—San José, tres de febrero del dos mil catorce.—Lic. Rafaela Solano Granados, Notaria.—1 vez.—(IN2014007412).

Por escritura número treinta y cinco-trece, otorgada ante los notarios públicos Juan Manuel Godoy Pérez y Rolando Laclé Castro, a las dieciocho horas del día tres de febrero del dos mil catorce, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Saborstudio Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos sesenta y tres mil cuatrocientos treinta y siete; mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San José, cuatro de febrero del dos mil catorce.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2014007414).

Por escritura otorgada ante este notario, a las quince horas del cuatro de febrero del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía H-Eighteen LLC Limitada. Mediante la cual se reforman las cláusulas quinta, octava y décima del pacto social.—San José, cuatro de febrero del dos mil catorce.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—(IN2014007415).

Ante mí notaría, se procede a protocolizar acta de la asamblea ordinaria y extraordinaria número seis, celebrada por la sociedad Latitud Diez Servicios Integrados Sociedad Anónima. Por medio de la que se nombra junta directiva y se modifican los cláusulas de la sociedad.—Tres Ríos, cinco de febrero del dos mil catorce.—Lic. Carlos Eduardo Vargas Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2014007416).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintisiete de enero del dos mil catorce, Walter Gerardo Calderón Arguedas, cédula de identidad uno-ochocientos dos-trescientos cincuenta y siete, y Sussy Mayela Calderón Arguedas, cédula de identidad tres-trescientos setenta y dos-setecientos setenta y cinco, constituyen Walkalar NLG Sociedad Anónima. Representación: presidente y tesorero. Capital social: cien mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una, canceladas de la siguiente manera: nueve acciones mediante aporte de un inmueble, y una acción mediante la suscripción de una letra de cambio.—San José, tres de febrero del dos mil catorce.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2014007435).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas, diez minutos del veinticuatro de enero del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades denominadas: a) GNE Corp. S. A., titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos doce mil trescientos sesenta y cuatro y b) Automatización Industrial de Centroamérica S. A., titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-ciento noventa y siete  mil ciento quince, en la cual se acordó la fusión por absorción de las sociedades, teniendo como resultado el cese de las personalidad jurídica de Automatización Industrial de Centroamérica S. A. y prevaleciendo GNE Corp. S. A. a consecuencia de la fusión se acuerda reformar la cláusula quinta de los estatutos sociales de GNE Corp. S. A. referente al capital social. Es todo.—San José, cinco de febrero del dos mil catorce.—Lic. María Gabriela Miranda Urbina, Notaria.—1 vez.—(IN2014007437).

La sociedad 3-101-604354 S. A. solicita el cambio de razón social, en el futuro se llamará Servicios Técnicos Greco Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, 24 de enero del 2014.—Lic. Orlando Arguedas Molina, Notario.—1 vez.—(IN2014007441).

Ante esta notaría, se otorgó la escritura número ciento veintitrés-diecisiete, de las doce horas del cuatro de febrero del dos mil catorce, visible a los folios setenta y cinco vuelto, y setenta y seis frente y vuelto, del protocolo tomo diecisiete del suscrito, en la que se llevó a cabo la protocolización del acta en la que los accionistas de la sociedad Carasol de Venecia Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y siete mil novecientos veintidós, conviene en revocar cargos y nombrar nuevos miembros de la junta directa.—Alajuela, San Carlos, Venecia, 5 de febrero del 2014.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—(IN2014007442).

Yo, Trycia Saborío Barrios, notaría pública de Escazú, mediante escritura pública se reforma el pacto constitucional de la sociedad Lemajuro Corporation S. A., además se disolvieron las sociedades Regale Emociones Sociedad Anónima y Home Made Sociedad Anónima.—Escazú, 31 de enero del 2014.—Lic. Trycia Saborío Barrios, Notaria.—1 vez.—(IN2014007448).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del día 4 de febrero del 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Galati Land Partners Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la representación social y se cambia la junta directiva.—San José, 4 de febrero del 2014.—Lic. Augusto José Rojas Trejos, Notario.—1 vez.—(IN2014007452).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las catorce horas de hoy, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Florida Ice and Farm Company S. A., mediante la cual se aumenta el capital social reformándose la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, 4 de febrero del 2014.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—1 vez.—(IN2014007458).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las catorce horas de hoy, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Florida Ice and Farm Company S. A., mediante la cual se disminuye el capital social reformándose la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, 4 de febrero del 2014.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—1 vez.—(IN2014007460).

Ante este notario, se ha protocolizado la disolución de la sociedad Computer Tecnology and Services Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de enero del 2014.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2014007462).

Ante este notario, se ha protocolizado la reforma de estatutos de la sociedad Wheels and Adventures Corp Sociedad Anónima, para la cláusula quinta: aumento de capital, la cláusula segunda del domicilio y sexta la representación.—San José, 25 de enero del 2014.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2014007463).

Ante esta notaría, al ser las dieciocho horas del nueve de noviembre del dos mil trece, se constituyó la sociedad Inversiones Garzón Arias Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado.—San José, 13 de enero del 2014.—Lic. Lourdes Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—(IN2014007469).

Ante esta notaría, al ser las diez horas del trece de diciembre del dos mil trece, se constituyó la sociedad Inversiones Shanti Gaitán Garzón Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y pagado.—San José, 13 de diciembre del 2013.—Lic. Lourdes Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—(IN2014007471).

Mediante escritura de las diez horas, treinta minutos del veintinueve de enero del dos mil catorce, otorgada ante esta notaría, se modifica la cláusula del domicilio y se realizan nuevos nombramientos de junta directiva de la sociedad denominada Tres-ciento uno-seiscientos cuarenta mil setecientos cuatro S. A.—Liberia, 29 de enero del 2014.—Lic. Ana María Rivas Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2014007473).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las catorce horas, treinta minutos del cinco de febrero del dos mil catorce, se modificaron las cláusula segunda y octava del pacto constitutivo de Finca Bonanza Nosara S. A., cédula tres-ciento uno-cinco siete ocho ocho ocho seis.—San José, cinco de febrero del dos mil catorce.—Lic. Heike Kulzer Homann, Notario.—1 vez.—(IN2014007475).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del cinco de febrero del dos mil catorce, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de Administradora SICR S. A., cédula tres-ciento dos-cuatro uno cinco uno seis siete.—San José, cinco de febrero del dos mil catorce.—Lic. Heike Kulzer Homann, Notario.—1 vez.—(IN2014007476).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las trece horas, treinta minutos del cinco de febrero del dos mil catorce, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de Structured Investments SICR S. A., cédula tres-ciento uno-tres cinco ocho nueve uno dos.—San José, cinco de febrero del dos mil catorce.—Lic. Heike Kulzer Homann, Notario.—1 vez.—(IN2014007477).

Por escritura número trescientos doce de esta notaría, se reformó pacto constitutivo de la sociedad denominada Construcciones Guacamaya S. A.—San José, cinco de febrero del dos mil catorce.—Lic. Carolina Mora Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2014007478).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Mitsumotores Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres - ciento uno -sesenta y siete mil setecientos cincuenta y cinco, mediante la cual se modifica la cláusula de administración, se revoca nombramiento del agente residente y se cambia la junta directiva. Es todo.—San José, cinco de febrero de dos mil catorce.—Lic. Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2014007479).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones SA & SA Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres -ciento uno -sesenta y siete mil cuatrocientos noventa y siete, mediante la cual se modifica la cláusula de administración, y se nombra el vicepresidente. Es todo.—San José, cinco de febrero de dos mil catorce.—Lic. Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2014007480).

Por escritura otorgada el día de hoy, ante el suscrito notario, se protocoliza acta de asamblea general de la empresa LynCorp, Sociedad Anónima; mediante la cual se nombra nueva junta directiva y se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo la administración.—San José, quince de enero del dos mil catorce.—Lic. Ulises Albero Obregón Alemán, Notario.—1 vez.—(IN2014007482).

El suscrito notario público comunica que ante esta notaría se reformó la cláusula segunda y novena del pacto social de Inversiones  Mil Novecientos Cuarenta y Ocho S. A.,  mediante escritura número 203, visible al folio 144 vuelto, del tomo 26 del protocolo del suscrito notario.—San José, 15 de enero del 2014.—Lic. Arnoldo Solano Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014007483).

El suscrito notario público comunica que ante esta reformó la cláusula sétima de la sociedad Apartamento Tres B S. A. mediante escritura número 213, visible al folio 152 vuelto del tomo 26 del protocolo del suscrito notario.—San José, 29 de enero del 2014.—Lic. Arnoldo Solano Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014007484).

Por escritura otorgada ante mí, se reforma la cláusula tercera del Pacto Constitutivo de la sociedad Zeta Diecinueve Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- seiscientos veinticuatro mil setecientos ocho.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, cuatro de febrero el dos mil catorce.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014007488).

Por escritura otorgada a las ocho horas del día de hoy, se constituye la sociedad GFS Sitios S. A., cuyo capital social es la suma de cien mil colones y se encuentra suscrito y pagado por medio de mobiliario de oficina en aporte definitivo al patrimonio de la misma.—San José, cinco de febrero del dos mil catorce.—Lic. Lázaro Natan Broitman Feinzilber, Notario.—1 vez.—(IN2014007489).

Por escritura otorgada ante mí, se reforma la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad Merick de la Roca Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- seiscientos veintiséis mil trescientos ochenta y ocho.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, cuatro de febrero el dos mil catorce.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014007490).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 5 de febrero del 2014, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de la Asociación Iglesia Cristiana China, cédula jurídica número 3-002-177713, donde se modifica el artículo segundo del acta constitutiva. Es todo.—San José, 6 de enero del 2014.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notario.—1 vez.—(IN2014007492).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas con treinta minutos del veintinueve de enero del dos mil catorce, se modificó la cláusula quinta de la administración de la sociedad Exportagri Natural Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- seiscientos quince mil ochocientos cuatro.—Ciudad Quesada, veintinueve de enero dos mil catorce.—Lic. José Francisco Bolaños Montero, Notario.—1 vez.—(IN2014007494).

La suscrita notaria hace constar que el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad Arboleda Asoleada Sociedad Anónima, en la cual se reforma cláusula segunda.—San Rafael de Heredia, veintiuno de enero del dos mil catorce.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—(IN2014007495).

Por escritura número 43 otorgada ante el suscrito notario a las 8:00 horas del día 26 de Junio del 2012, se modifica la cláusula novena, de Senderos del Caribe Azul Sociedad Anónima.—Siquirres, 5 de enero del 2014.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2014007498).

Feeling Comercial Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-283717 inscrita el Registro Mercantil, al tomo 485 asiento 8969 acuerda mediante acta de asamblea general de accionistas de las 10:00 horas del 13 de enero 2013, disolver la sociedad anteriormente citada.—Lic. Wilma Charpentier Morales, Notaria.—1 vez.—(IN2014007502).

En escritura autorizada por el suscrito notario a las once horas del día veintinueve de enero de dos mil catorce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria Selva y Mar Ciento Cincuenta y Dos Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula del pacto social referente a la administración de la sociedad.—San José, veintinueve de enero de dos mil catorce.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—(IN2014007503).

En escritura autorizada por el suscrito notario a las diez horas del día veintinueve de enero de dos mil catorce se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de accionistas de Bocato di Cardenale Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula del pacto social referente a la administración de la sociedad.—San José, veintinueve de enero de dos mil catorce.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—(IN2014007504).

En escritura autorizada por el suscrito notario, a las nueve horas del día veintinueve de enero de dos mil catorce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de El Cripi Blanco de la Hoja Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula del pacto social referente a la administración de la sociedad.—San José, veintinueve de enero de dos mil catorce.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—(IN2014007505).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del treinta de enero dos mil catorce se modifica cláusula cuarta de la sociedad Tropicales Med K S. A..—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—(IN2014007525).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del treinta y uno de enero dos mil catorce se modifica cláusula cuarta de la sociedad Importaciones Medicam IM S. A..—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—(IN2014007526).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del treinta y uno de enero dos mil catorce se modifica cláusula cuarta de la sociedad M Fields Distrito S. A..—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—(IN2014007528).

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario público Carlos Gutiérrez Font se modificó la cláusula de la junta directiva de la empresa Inversiones Rame R.M.S. Sociedad  Anónima, cédula jurídica tres ciento uno doscientos dieciocho mil ochocientos noventa y tres.—San José, seis de febrero del año dos mil catorce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—(IN2014007529).

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario público Carlos Gutiérrez Font, se modificó la cláusula de la junta directiva de la empresa Desarrollos Frademesa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno trescientos noventa mil ochocientos diecisiete.—San José, seis de febrero del año dos mil catorce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—(IN2014007530).

Por escritura otorgada en Alajuela a las 8:00 horas del 30 de enero del 2014 ante la notaria Celina María González Ávila, se nombra junta directiva de la sociedad Electrónica M P Sociedad Anónima.—Lic. Celina María González Ávila, Notaria.—1 vez.—(IN2014007535).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del día 04 de febrero del 2014, la empresa Promotora LB Proyectos Inmobiliarios Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en donde se reforma la cláusula del capital social.—Heredia, 5 de febrero de 2014.—Lic. Ana Mercedes Sancho Rubí, Notaria.—1 vez.—(IN2014007538).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:30 horas del día 5 de febrero del 2014, la empresa Canopy Vista Tamarindo Bay Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en donde se reforma la cláusula del capital social.—Heredia, 5 de febrero de 2014.—Lic. Ana Mercedes Sancho Rubí, Notaria.—1 vez.—(IN2014007540).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:30 horas del día 30 de enero del 2014, la empresa Tres-Ciento Uno-Seiscientos Doce Mil Ciento Cuatro Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en donde se reforma la cláusula del capital social.—San José, 5 de febrero de 2014.—Lic. Charlotte Brom Núñez, Notario.—1 vez.—(IN2014007542).

Hoy en esta notaría sé protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Charles Savany Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101-240542, que acuerda la disolución de la empresa.—San José, dieciséis  de enero del dos mil catorce.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2014007546).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de enero del dos mil catorce, se disolvió la sociedad denominada Filomax Productos de Filo y Corte Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatro ocho ocho dos siete uno.—Alajuela, veintidós de enero del dos mil catorce.—Lic. Lennin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2014007547).

Ante mi notaría se protocolizó acta número cinco, por la cual se acuerda aumentar el capital social de la sociedad Tecun Primero Sociedad Anónima, socios en un cincuenta por ciento cada uno: Julio Alberto Fernández Amón y George David Soriano.—Heredia, tres de febrero del dos mil catorce.—Lic. Ana Lía Cabezas Sibaja, Notaria.—1 vez.—(IN2014007556).

En escritura 96 otorgada a las 10:00 horas del 5 de febrero del 2014, protocolicé asamblea de Cambio Labs SRL, se reforma cláusula de representación, se nombra nuevo gerente y se reforma el nombre a Techiso SRL.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2014007557).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 28 de enero del 2014, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Setenta y Siete Mil Novecientos Cuarenta y Ocho Sociedad Anónima. Se acuerda revoca poder generalísimo y se modifica cláusula primera denominación social. Es todo.—San José, veintiocho de enero del dos mil catorce.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—(IN2014007562).

Hoy he protocolizado acuerdos de la sociedad Brickell Dos S. A., se nombra directiva y modifican clausulas 2 y 6.—San José, 3 febrero del 2014.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—(IN2014007564).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil catorce, se acuerda reformar el capital social de la sociedad Vehículos Internacionales Veinsa S. A., cédula jurídica tres ciento uno -veinticinco mil cuatrocientos dieciséis.—San José, tres de febrero del dos mil catorce.—Lic. Carolina Quirós Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014007565).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario N° 212, se protocolizó asamblea de socios de la sociedad Cocoa Investment Sociedad Anónima, con la cédula jurídica número tres ciento uno tres mil novecientos noventa y cinco mil setecientos sesenta y siete. Se reforma la cláusula sexta del pacto social y se cambia junta directiva.—San José, 6 febrero del 2014.—Lic. Róger Rosales, Notario.—1 vez.—(IN2014007566).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, N° 201 de las 11:00 horas del día 4 de diciembre del 2013; se protocolizó asamblea de socios de la sociedad Walco Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula quinta del pacto social y se aumenta el capital social.—San José, 5 de diciembre del 2013.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—(IN2014007567).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario, N°205 de las 16:00 horas del día 4 de diciembre del 2013; se protocolizó asamblea de socios de la sociedad Coinversiones Corporativas. Sociedad anónima. Se reforma la cláusula quinta del pacto social y se aumenta el capital social.—San José, 5 de diciembre del 2013.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—(IN2014007568).

Vinos Europeos S. A., reforma clausula sexta y cambia junta directiva, escritura protocolizada ante notaria Gabriela Rodríguez Méndez, a las doce horas con treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil once.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—(IN2014007569).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, N° 206 de las 17:00 horas del día 4 de diciembre del 2013; se protocolizó asamblea de socios de la sociedad Castro y Zúñiga Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula quinta del pacto social y se aumenta el capital social.—San José, 5 de diciembre del 2013.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—(IN2014007570).

Esalca del Este S. A., acuerda disolución de empresa, mediante acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas, escritura protocolizada ante notaria Gabriela Rodríguez Méndez, al ser las diez horas del dieciocho de enero del dos mil catorce.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notario.—1 vez.—(IN2014007571).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 10:00 horas del 6 de febrero del 2014, protocolizo acta de asamblea extraordinaria de socios Food Supplies FP Limitada, mediante la cual se disuelve la sociedad.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2014007575).

Por escritura otorgada ante mí se acordó modificar el nombre de la sociedad Uriyami Limitada para que en lo sucesivo se lea: Urijijami Limitada, pudiendo abreviarse la última palabra por las iniciales Ltda. Es todo.—San José, 5 de febrero del año dos mil catorce.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2014007577).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas treinta minutos del veintitrés de enero del dos mil catorce, Elisa María y Mario Alberto, ambos Agüero Chinchilla, rectifican el nombre de la sociedad, Sociedad Civil Lote Cuatro María Auxiliadora, para que se denomine Lote Cuatro María Auxiliadora GHI Sociedad Civil. Es todo.—San José, doce horas treinta minutos del veintitrés de enero del dos mil catorce.—Lic. Álvaro Eladio Barboza Mena, Notario.—1 vez.—(IN2014007581).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas quince minutos del veintitrés de enero del dos mil catorce, Elisa María y Mario Alberto, ambos Agüero Chinchilla, rectifican el nombre de la sociedad, Sociedad Civil Lote Tres María Auxiliadora, para que se denomine Lote Tres María Auxiliadora DEF Sociedad Civil. Es todo.—San José, doce horas quince minutos del veintitrés de enero del dos mil catorce.—Lic. Álvaro Eladio Barboza Mena, Notario.—1 vez.—(IN2014007587).

Ante mi notaría, a las 11:00 horas del 5 de febrero de 2014, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de Repuestos Industriales Ramírez Sociedad Anónima, se modifica junta directiva.—San José, 5 de febrero de 2014.—Lic. Germán Obando Mena, Notario.—1 vez.—(IN2014007591).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintitrés de enero del dos mil catorce, Elisa María y Mario Alberto, ambos Agüero Chinchilla, rectifican el nombre de la sociedad, Sociedad Civil Lote Dos María Auxiliadora, para que se denomine Lote Dos María Auxiliadora ABC Sociedad Civil. Es todo.—San José, doce horas del veintitrés de enero del dos mil catorce.—Lic. Álvaro Eladio Barboza Mena, Notario.—1 vez.—(IN2014007592).

La Sociedad Ecotrópicos de Centroamérica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-531164, se acordó por acta ordinaria y extraordinaria la disolución, por acuerdo de todos los socios. Es todo.—Moravia, 4 de febrero del 2014.—Lic. Ileana Palma Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2014007615).

Por escritura numero doscientos trece otorgada el día veintinueve de enero del dos mil catorce, ante esta Notaría, se acuerda disolver la sociedad Auto C Cinco Europeo GS Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de enero del dos mil catorce.—Lic. Eddie Granados Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2014007623).

Por escritura otorgada a las once horas con treinta minutos del once de octubre del año dos mil trece, protocolicé de acta de Willy F. A. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y dos mil quinientos cuarenta, en la que se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo del domicilio.—Ciudad Quesada, cinco de febrero del dos mil catorce.—Lic. Jorge Arturo Hidalgo Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2014007624).

Por escritura otorgada a las trece horas del veintinueve de enero del año dos mil catorce, protocolicé de acta de Alana M CH Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y tres mil seis, en la que se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo del domicilio.—Ciudad Quesada, veintinueve de enero del dos mil catorce.—Lic. Jorge Arturo Hidalgo Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2014007625).

Por escrituras otorgadas el día 5 y 6 de febrero dos mil catorce, ante esta notaría, se reforman estatutos de las sociedades Anónimas: A) Negocios Gastronómicos Argentinos M & M Sociedad Anónima, B) Importadora Y Distribuidora Mayorista El Bodegón QG Sociedad Anónima.—San José, seis de febrero del dos mil catorce.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—(IN2014007626).

Por escritura otorgada a las ocho horas del diecinueve de diciembre del dos mil trece, protocolicé de acta de acuerdo de disolución de la sociedad Computadores y Accesorios Hidalgo Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento doce mil setenta y tres.—Ciudad Quesada, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Arturo Hidalgo Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2014007627).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las quince horas con treinta minutos del día cinco de febrero del año dos mil catorce, se modificó el nombramiento de los miembros de la junta directiva de la sociedad Propiedades Minekota Inc. Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno-doscientos noventa y dos mil noventa y ocho.—San Pedro de Montes de Oca, a las nueve horas del de febrero del 2014.—Lic. Juan Guillermo Tovar González, Notario.—1 vez.—(IN2014007628).

Por escritura pública número noventa y cinco-ocho, otorgada a las trece horas del día catorce de diciembre del dos mil trece, se solicitó la disolución de la sociedad denominada Cable Wisan Sociedad Anónima, domiciliada en la ciudad de Los Lagos de Heredia, cien metros norte de Pali, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cinco seis ocho cinco seis nueve.—Heredia, 20 de enero del dos mil catorce.—Lic. Yelba Rojas Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2014007631).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas del día 15 de noviembre de 2013, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Sestri Azul S. A., capital social totalmente suscrito y pagado. Presidenta: Natalia Mendiola Gurdián.—San José, 5 de febrero del 2014.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—(IN2014007632).

Mediante escritura pública N° 283 del tomo 21 del notario José Ramón Chaves Castillo, se aumenta el capital social a la suma de sesenta millones de colones de la sociedad de responsabilidad limitada Canales y drenajes del Caribe.—Guápiles, 10 de enero del 2014.—Luis Francisco Sánchez Moreira, Representante Legal.—1 vez.—(IN2014007641).

Ante esta notaria pública, se protocoliza reforma de pacto de constitución de Interphone S. A..—San José, 6 de febrero 2014.—Lic. Lidia Rivera Camacho, Notaria.—1 vez.—(IN2014007643).

Los señores Eduardo José Jara Díaz, mayor, médico, quien dice ser soltero, portador de la cédula de identidad número- cinco- tres uno tres- cuatro tres dos, Edenia Elizaberth Díaz Carrillo, mayor, Licenciada en Enfermería, quien dice ser casada una vez, portadora de la cédula de identidad número- Cinco- uno cuatro ocho- dos tres cinco, Álvaro Eduardo Jara Campos, mayor, comerciante, quien dice ser casado una vez, portador de la cédula de identidad número dos- dos uno seis- tres seis seis, todos vecinos de Costado norte de la Iglesia de Nicoya Guanacaste, según escritura número-sesenta y cuatro, que por este medio manifiestan su voluntad de disolver las siguientes sociedades por acuerdo de socios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz cero cero dos-dos mil doce del Registro de Personas Jurídica, y que son los únicos titulares de la Totalidad de Acciones que conforman el capital social de las sociedades Anónimas, Jaragui domiciliadas en costado norte de la Iglesia Nueva Nicoya Guanacaste Sociedad que se encuentra debidamente inscritas en el Registro de Personas Jurídicas, bajo la cédula de persona jurídica número tres- uno cero uno- cinco cinco nueve dos tres ocho. Se advierte que la compañía no tiene ningún bien o activo, ni deudas o pasivos, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza y treinta minutos del cinco de febrero del dos mil catorce.—Nicoya diez horas.—Lic. Gerardo Atán Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2014007650).

Los señores, Jorge Arturo Arias Campos, mayor, quien dice ser casado una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad número cuatro cero nueve cero-cero cinco nueve, vecino de cien este de la Iglesia Evangélica Barrio los Ángeles de Nicoya Guanacaste, en calidad de presidente, y Ronald Arias Fajardo, mayor, quien dice ser casado una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad número cinco- dos ocho dos-tres dos dos, vecino de contiguo a la Guardia Rural de Jicaral de Puntarenas en calidad de secretario, ambos con la representación judicial y extrajudicial, Ana Wandy Matarrita Mora, mayor, quien dice ser casada una vez, comerciante, portadora de la cédula de identidad número uno-ocho nueve cuatro-tres cinco cero, vecina de contiguo a la Guardia Rural de Jicaral de Puntarenas, en calidad de tesorera, y Emilia María Rodríguez Pérez, mayor, quien dice ser casada una vez, Comerciante, portadora de la cédula de identidad número- Cinco- uno cuatro cero- uno cuatro siete cero, vecina de Cien Este de la Iglesia Evangélica Barrio los Ángeles de Nicoya Guanacaste, en calidad de Fiscal, y dicen: Que entendidos de las penas con las cuales la Ley Castiga el perjurio y Bajo la Fe de Juramento declaran: que son los únicos titulares de la Totalidad de acciones que conforman el capital social de la sociedad, domiciliada en Cien Este de la Iglesia Evangélica Barrio los Ángeles de Nicoya Guanacaste, Distribuidora Los Ángeles Yama Jicaral J.A.C Sociedad Anónima, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Personas Jurídicas, bajo la cédula de persona jurídica número Tres- uno cero uno- cuatro ocho ocho tres cinco cero. Según escritura número sesenta y cinco, manifiestan su voluntad de disolver la siguiente sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz cero cero dos-dos mil doce del Registro de Personas Jurídica. Se advierte que la compañía no tiene ningún bien o activo, ni deudas o pasivos, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—Nicoya diez horas y treinta minutos del cinco de febrero del dos mil catorce.—Lic. Gerardo Atán Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2014007651).

Los señores Luciano Giuseppe Pasquale, nombre, Cimichella. Apellido, mayor, pensionado, quien dice ser casado dos veces, de un solo apellido por su nacionalidad Suiza, portador del pasaporte de su pais número- F- cero uno tres tres cinco cinco nueve, vecino de cuatrocientos oeste y doscientos norte de la iglesia de Sámara de Nicoya Guanacaste, y Juanita Cimichella, mayor, Administradora del hogar, quien dice ser en la actualidad cada dos veces, de un solo apellido por su nacionalidad Suiza, portadora del pasaporte de su país número- F-uno tres cuatro nueve ocho nueve seis, vecina de cuatrocientos Oeste y Doscientos Norte de la Iglesia de Sámara de Nicoya Guanacaste, según escritura número- Sesenta y dos, que por este medio manifiestan su voluntad de disolver la Sociedad Anónima Chiara Luna, por acuerdo de socios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz cero cero dos-dos mil doce del Registro de Personas Jurídica, y que son los únicos titulares de la Totalidad de Acciones que conforman el capital social de la Sociedad Anónima Chiara Luna domiciliadas en Playa Sámara de Nicoya Guanacaste sociedad que se encuentra debidamente inscritas en el Registro de Personas Jurídicas, bajo la cédula de persona jurídica número- Tres- uno cero uno- cuatro siete cuatro nueve siete tres. Se advierte que las compañías no tienen ningún bien o activo, ni deudas o pasivos, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—Nicoya Trece horas y Cincuenta minutos del Cinco de Febrero del dos mil catorce.—Lic. Gerardo Atán Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2014007652).

En mi notaría por escritura otorgada en la ciudad de Santa Ana a las 8:00 horas del 22 de enero del 2014, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de G & G Cargo Logistics Sociedad Anónima. Se acuerda liquidación y disolución de la sociedad.—Santa Ana, 22 de enero del 2014.—Lic. Miguel Armando Villegas Arce, Notario.—1 vez.—(IN2014007657).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 20 de diciembre del 2013, se protocoliza  acta de  la compañía Asesores de Viajes Guirochi Sociedad Anónima, por la que se acuerda disolver la sociedad.—San José, 20 de diciembre del 2013.—Lic. Rolando Laclé Castro, Notario.—1 vez.—(IN2014007677).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 17 de enero del 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Punto Y Seguido S. A., mediante la cual, se revoca el cargo de tesorero y se nombra a la señora María del Consuelo González López, misma que tendrá facultades de apoderada general hasta por la suma de cinco millones de colones, por el resto del plazo social. Es todo.—San José, 6 de febrero del 2014.—Lic. Ana Margarita Araujo Gallegos, Notaria.—1 vez.—(IN2014007686).

Por escritura pública número: ciento siete, otorgada ante mí a las once horas del seis de febrero del dos mil catorce, se acordó disolver la sociedad White Quartz Securities Sociedad Anónima.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014007689).

Por escritura pública número: noventa, otorgada ante mí a las ocho horas del cinco de febrero del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Adriatic Trading Corporation S. A., por medio de la cual se transformó en una sociedad de responsabilidad limitada denominada Adriatic Trading Corporation S.R.L..—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014007691).

Por escritura pública número: noventa y uno, otorgada ante mí a las nueve horas del cinco de febrero del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Green Point Corporation G.P S. A., por medio de la cual se transformó en una sociedad de responsabilidad limitada denominada Green Point Corporation G.P, SRL.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014007693).

Por escritura pública número: noventa y dos, otorgada ante mí a las diez horas del cinco de febrero del dos mil catorce, se protocolizó el Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la sociedad Galaxy Media Services S. A., por medio de la cual se transformó en una sociedad de responsabilidad limitada denominada Galaxy Media Services S.R.L..—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014007695).

Por escritura pública número: noventa y tres, otorgada ante mí a las once horas del cinco de febrero del dos mil catorce, se protocolizó el Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la sociedad Innovation Media Services S. A., por medio de la cual se transformó en una sociedad de responsabilidad limitada denominada Innovation Media Services S.R.L..—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014007696).

Por escritura número 221 de las 8:00 horas del 3 de enero de 2014, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Ecologica Properties Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-532573, celebrada en su domicilio social, en la que se nombra como nuevo presidente de la junta directiva al señor Alphonsius  Josephus (nombres) Van Der Bom (apellido).—Firmo en Grecia, 3 de enero del 2014.—Lic. Óscar Salas Porras, Notario.—1 vez.—(IN2014007705).

Mediante escritura ante mí otorgada en San José, a las catorce horas treinta minutos del treinta de enero del dos mil catorce se constituyó Grupo Comercial ABS S. A. Una socia en pago de su acción aportó una olla de presión.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—(IN2014007708).

En mi notaría, mediante escritura número ciento dieciocho-diez, de las ocho horas del cinco de noviembre de dos mil trece, se constituyó la sociedad denominada: Soluciones Modernas de Seguridad A y M del Sur Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado; presidente y vice-presidente, representantes legales, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pueden actuar conjunta o separadamente; domicilio social: El Guarco de Cartago, costado sur del cementerio, segundo piso.—San Isidro de Pérez Zeledón, enero treinta de dos mil catorce.—Lic. Alban Gamez Rivera, Notario.—1 vez.—(IN2014007709).

Por acuerdo tomado por la unanimidad de socios, por asamblea general extraordinaria de Bienes Rofa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cinco mil doscientos treinta y siete, celebrada en mi notaría a las quince horas y diez minutos del diez de enero del presente año, se acordó la disolución de la compañía de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. No existiendo operaciones ni actividades, ni bienes o activos ni deudas o pasivos, se prescindió del nombramiento de liquidador y de los trámites de liquidación.—Lic. Luis Fernando Moya Mata, Notario.—1 vez.—(IN2014007711).

Por escritura pública número: ciento dos, otorgada ante mí a las veinte horas del cinco de febrero del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Trinity Media Corporation T.M, S. A., por medio de la cual se transformó en una sociedad de responsabilidad limitada denominada Trinity Media Corporation T.M S.R.L..—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014007712).

Por escritura pública número: ciento tres, otorgada ante mí a las veintiún horas del cinco de febrero del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Vista Consulting Services Corporation, S. A., por medio de la cual se transformó en una sociedad de responsabilidad limitada denominada Vista Consulting Services Corporation S.R.L..—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014007714).

Por escritura pública número: ciento uno, otorgada ante mí a las diecinueve horas del cinco de febrero del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Software New Solutions SS S. A., por medio de la cual se transformó en una sociedad de responsabilidad limitada denominada Software New Solutions SS S.R.L..—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014007715).

Por escritura pública número: noventa y nueve, otorgada ante mí a las diecisiete horas del cinco de febrero del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Pistón Trading Corporation P.T.C, S. A., por medio de la cual se transformó en una sociedad de responsabilidad limitada denominada Pistón Trading Corporation P.T.C, S.R.L..—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014007716).

Por escritura pública número: cien, otorgada ante mí a las dieciocho horas del cinco de febrero del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Satélite Group Solutions S.G.S, S. A., por medio de la cual se transformó en una sociedad de responsabilidad limitada denominada Satélite Group Solutions S.G.S S.R.L..—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014007718).

Ante nosotros Henry Alonso Víquez Arias; y; Pablo Arias González notarios públicos con oficina en Atenas se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Frio Ingeniería Equipment Limitada, a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil catorce. El gerente uno y gerente dos tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma la totalidad del capital social será mil doscientos colones exactos.—Atenas, cinco de febrero del dos mil catorce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—(IN2014007724).

Mediante escritura otorgada por esta notaría a las diecinueve horas del 4 de febrero de 2014, se modificó la cláusula de domicilio social de Marana del Este Trece S. A. Presidente: Luis Rodolfo Calderón Mata.—San José, 5 de febrero del 2014.—Lic. José Pablo Mata Ferreto, Notario.—1 vez.—(IN2014007725).

Por escritura pública número: noventa y ocho, otorgada ante mí a las dieciséis horas del cinco de febrero del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Pexa Consulting Group S. A., por medio de la cual se transformó en una sociedad de responsabilidad limitada denominada Pexa Consulting Group S.R.L..—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014007729).

Por escritura pública número: noventa y siete, otorgada ante mí a las quince horas del cinco de febrero del dos mil catorce, se protocolizó el Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la sociedad Novelty Enterprises N.E. S. A. por medio de la cual se transformó en una sociedad de responsabilidad limitada denominada Novelty Enterprises N.E..—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014007730).

Por escritura pública número: noventa y seis, otorgada ante mí a las catorce horas del cinco de febrero del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Northern Gate Solutions S. A., por medio de la cual se transformó en una sociedad de responsabilidad limitada denominada Northern Gate Solutions S.R.L..—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014007733).

Por escritura pública número: noventa y cinco, otorgada ante mí a las trece horas del cinco de febrero del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Marmara Trading Corporation S. A., por medio de la cual se transformó en una sociedad de responsabilidad limitada denominada Marmara Trading Corporation S.R.L..—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014007734).

Por escritura pública número: noventa y cuatro, otorgada ante mí a las doce horas del cinco de febrero del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Leading Design Solutions L.D.S S.A., por medio de la cual se transformó en una sociedad de responsabilidad limitada denominada Leading Design Solutions L.D.S S.R.L..—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014007735).

Ante mí, Víctor Armando Rodríguez Vado, notario público de Alajuela mediante escritura número ciento cincuenta y cuatro, del tomo sétimo de mi protocolo se modificaron las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada Inmobiliaria Hugentobler S. A..—Alajuela seis de febrero de dos mil catorce.—Lic. Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—(IN2014007738).

NOTIFICACIONES

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE ALAJUELA

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE COBRO ADMINISTRATIVO

ATAR 02-268-2013.—Por desconocerse el domicilio actual y habiéndose agotado las formas de localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 137 y 169 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto los saldos deudores de los contribuyentes o responsables que a continuación se indican:

Requerimiento N°

Contribuyente

Cédula

Impuesto

Documento

Período

Monto (*)

1911001811555

AUTOS BERHANS S. A.

3101237016

TEC

1261038177411

12/2012

9.000,00

1911001811555

AUTOS BERHANS S. A.

3101237016

SANCIÓN

9222000510046

12/2003

306.000,00

1911001822843

GITANOS INTERNACIONAL S. A.

3101120626

VENTAS

1043019020102

11/2010

64.188,00

1911001822843

GITANOS INTERNACIONAL S. A.

3101120626

RENTA

9090000368556

12/2010

1.162.972,00

1911001822843

GITANOS INTERNACIONAL S. A.

3101120626

TEC

1261033470882

12/2009

9.000,00

1911001822843

GITANOS INTERNACIONAL S. A.

3101120626

TEC

1261035635553

12/2010

9.000,00

1911001815694

AF CONSTRUCCIÓN S. A.

3101502732

RENTA

1012261391084

12/2011

2.228.260,00

1911001815694

AF CONSTRUCCIÓN S. A.

3101502732

TEC

1261033587922

12/2009

6.000,00

1911001815694

AF CONSTRUCCIÓN S. A.

3101502732

TEC

1261035447637

12/2010

750,00

1911001815694

AF CONSTRUCCIÓN S. A.

3101502732

TEC

1261037218524

12/2011

750,00

 

(*) Devenga intereses y recargos de ley.

Se concede un plazo de quince días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que los contribuyentes arriba indicados cancelen la deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a la Oficina de Cobros Judiciales para el trámite correspondiente. Publíquese.—Lic. Carlos Vargas Durán, Director General.—Lic. Freddy Jiménez Cubero, Gerente Tributario.—1 vez.—O. C. N° 3400020956.—Solicitud N° 7259.—(IN2014004592).

COBRO ADMINISTRATIVO

ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE CARTAGO

N° RATC-034-2014.—Por desconocerse el domicilio fiscal actual y habiéndose agotado las formas de localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 137 y 192 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto los saldos deudores del contribuyente que a continuación indican:

N° de requerimiento

Contribuyente

Cédula

Impuesto

Documento

Periodo

Monto (*)

1911001828951

Corporación Electrónica Visión Quest Sociedad Anónima

310165454733

Ventas

Ventas

Ventas

1044010765822

1044012454082

1044013091177

04/2013

06/2013

07/2013

Total

797.999.57

1,111.611.78

2,358.993.00

4,268.604.35

03115-2013

Requerimiento de cierre de negocio

Corporación Electrónica Visión Quest Sociedad Anónima

310165454733

Ventas

Ventas

Ventas

1044010765822

1044012454082

1044013091177

04/2013

06/2013

07/2013

Total

797.999.57

1,111.611.78

2,358.993.00

4,268.604.35

1911001840072

Cewtec S. A.

310146174123

Ventas

Ventas

Renta

Tec

Tec

Tec

Tec

1043021906744

1044012840507

1012261751715

1261033585025

1261034776635

1261037350501

1261038235834

07/2011

07/2013

12/2011

12/2009

12/2010

12/2011

12/2012

80.312.00

1.640.965.00

256.87

9.000.00

9.000.00

9.000.00

9.000.00

1911001838155

Torysan S. A.

310125299801

Ventas

Ventas

Ventas

Ventas

1044010835515

1044011627854

1044012562022

1044013367004

04/2013

05/2013

06/2013

07/2013

14.102.00

370.669.00

108.273.00

346.330.00

 

(*) Más los recargos de ley.

Se concede un plazo de quince días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que el contribuyente arriba indicado cancele la deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a la Oficina de Cobros Judiciales para el trámite correspondiente. Publíquese.

Lic. Carlos Vargas Durán, Director General.—M. B. A. Marta I. Quirós Garita, Gerente Tributario.—1 vez.—O. C. Nº 3400020956.—Solicitud Nº 7981.—C-Crédito.—(IN2014005485).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Res. N° 268-2013.—San José, al ser las diez horas del once de diciembre del dos mil trece. Diligencias de inscripción de la fusión por absorción de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Orotina R. L. con las siglas COOPEOROTINA R. L., con la Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada R. L., siglas COOCIQUE R. L.

Resultando:

1º—Que  la  Cooperativa  de  Ahorro  y  Crédito de Orotina R. L. con las siglas COOPEOROTINA R. L. se constituyó el día 21 de noviembre de 1965 , inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro bajo el tomo: 7, folio: 426, asiento: 280, expediente N° C-129, Código 82-CO, inscrita el 25 de abril de 1966.

2º—Que la Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada R. L., siglas COOCIQUE R. L. se constituyó el día 11 de abril de 1965, inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro bajo, expediente N° C-103, Código 69-CO, inscrita el 24 de agosto de 1965.

3º—Que el día 28 de julio del 2013, la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Orotina R. L. con las siglas COOPEOROTINA R. L. realizó asamblea extraordinaria de delegados en la que acordaron fusionarse con la Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada R. L., siglas COOCIQUE R. L.,  y trasladar los activos y las operaciones de Coopeorotina R. L. a Coocique R.L.

4º—Que el día 10 de agosto del 2013, Coocique R. L. celebró asamblea Extraordinaria de delegados, en la que ratificó el acuerdo de fusión con Coopeorotina R. L.

5º—Que mediante oficio C.N.S. 1076/04, del 3 de diciembre del 2013; el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, otorgó la aprobación de la fusión por absorción de Coopeorotina R. L. con Coocique R. L.

Considerando:

I.—Que mediante oficio SUGEF-2859-201308173 del 14 de noviembre del 2013, la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), dió el dictamen favorable de la fusión por absorción de Coopeorotina R.L. con Coocique R. L.

II.—Que en vista de la autorización de la fusión por absorción de Coopeorotina R. L. con Coocique R. L., por parte de la Sugef y el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero; en la que se otorgó la aprobación de la fusión por absorción de Coopeorotina R. L. con Coocique R.L., en la que prevalece Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada R. L., siglas COOCIQUE R. L.

III.—Que de conformidad con la legislación vigente,  en caso de acordarse una fusión  de dos o más cooperativas por el sistema de “fusión por absorción”, procede cancelar el asiento de  inscripción en el Departamento  de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la cooperativa absorbida. Que dicha legislación señala además que se debe mantener la inscripción de la cooperativa que conserva el nombre en la fusión.

IV.—Que las organizaciones cooperativas supra citadas realizaron los actos de fusión correspondiente ajustados a derecho.

V.—Que la organización que prevalece, es la Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada R. L., siglas COOCIQUE R. L. Por tanto:

Que una vez analizada la documentación, se concluye que, los acuerdos de la fusión por absorción tomados por las asambleas de las organizaciones cooperativas Coopeorotina R. L. y Coocique R. L., se enmarca dentro del ordenamiento jurídico existente y conforme la Ley N° 4179 del 22 de agosto de 1968 y sus reformas; así como lo dispuesto en la Ley de Regulación de la Actividad de Intermediación Financiera de las Organizaciones Cooperativas (Ley 7391), por lo que procede a derecho declarar disuelta y ordenar la cancelación del asiento de inscripción por fusión por absorción de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Orotina R. L. con las siglas COOPEOROTINA R. L.., mediante nota marginal en el tomo correspondiente; asimismo se señala que prevalece la organización Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada R. L., siglas COOCIQUE R. L.

Notifíquese.—Departamento de Organizaciones Sociales.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2014007372).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN INICIAL 0001-2014

EXPEDIENTE 2009CD-000241-2101

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La Dirección Administrativa Financiera de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública en virtud de que materialmente resultó imposible localizar a la empresa: Inmunolab Costa Rica S. A., cédula jurídica N° 3-101-224803, en San José, Zapote, Barrio Córdoba, de Autos Bohío cincuenta metros al oeste y por ignorarse su actual domicilio, se procede en esta vía, comunicar que mediante resolución N° 0001-2014, del 13 de enero del 2014, se inicia el procedimiento administrativo ordinario para la resolución contractual, sanción de apercibimiento y cobro de daños y perjuicios, con base en artículo 99 inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 308 1(a) siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, para la Compra Directa N° 2009CD-000241-2101, por Reactivo para determinar dengue, código 288740571, por no cumplir con las obligaciones pactadas en el contrato N° 905 la cual se encuentra visible a folios 000059 al 000065 del expediente de incumplimiento. Por lo que se convoca a la celebración de la comparecencia oral y privada el día miércoles 11 de marzo del 2014, a las 10:00 a. m., en la oficina de la Jefatura del Área de Gestión de Bienes y Servicios. Se comunica que contra la presente resolución cabe recurso de revocatoria y apelación dentro de tres días hábiles, a partir del recibo de la presente, de conformidad con los artículos 344, 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, los mismos deben presentarse en la Dirección Administrativa Financiera del Hospital Rafael Ángel Calderón Guardia, San José. Notifíquese.—San José, 28 de enero del 2014.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Marco Segura Quesada, Director Administrativo Financiero.—(IN2014005633).

DIRECCIÓN REGIONAL CENTRAL DE SUCURSALES

SUCURSAL SANTA ELENA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La suscrita Lic. María Isabel Piedra Arias, Administradora de la Sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social en Santa Elena, mayor, soltera, vecina de Guadalupe de Cartago, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los Patronos y Trabajadores Independientes incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. En el cuadro, se indica el número patronal, nombre de la razón social y monto de la deuda al 22 de enero del 2014. La institución le concede cinco días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados anteriormente ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.

Número trabajador

independiente y patrono

Razón social

Monto

adeudado ¢

0-00104540330-999-001

Román Venegas José Froilán

233.564,00

0-00900400452-999-001

Araya Solano Edwin Gerardo

602.988,00

0-00107520874-999-001

Sandoval Cordero Carlos Alberto

1.226.325,00

0-00301850161-999-001

Cedeño Olivares Edwin Santiago

1.101.964,00

0-00701680646-001-001

Araya Vargas Yenny Patricia

37.363,00

 

Lic. María Isabel Piedra Arias, Jefa.—(IN2014005686).