LA GACETA N° 112 DEL 12 DE JUNIO DEL 2014

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 38342-H

ACUERDOS

MINISTERIO DE SALUD

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

UNIVERSIDAD NACIONAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

AVISOS

ADJUDICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

MUNICIPALIDADES

REMATES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL0

FE DE ERRATAS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

BANCO DE COSTA RICA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

AVISOS

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 38342-H

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; Ley N° 5412, Ley Orgánica del Ministerio de Salud de 8 de noviembre de 1973 y sus reformas; Ley N° 9028, Ley General de Control del Tabaco y sus efectos nocivos en la salud de 22 de marzo de 2012 y su reforma; el Decreto Ejecutivo N° 32452-H de 29 de junio de 2005 y sus reformas y el Decreto Ejecutivo N° 37595-H de 18 de marzo de 2013 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que la Ley N° 5412, publicada en La Gaceta N° 12 de 18 de enero de 1974 y sus reformas, creó la Oficina de Cooperación Internacional de la Salud (OCIS), como un órgano adscrito al Ministerio de Salud, encargado de la gestión financiera de programas nacionales y campañas especiales de salud, que se financia con recursos provenientes de convenios con organismos internacionales, de contribuciones especiales de fondos asignados en el Presupuesto General de la República o en leyes especiales.

2º—Que la Ley N° 9028, publicada en el Alcance N° 37 a La Gaceta N° 61 de 26 de marzo de 2012 y su reforma, tiene como objetivo establecer las medidas necesarias para proteger la salud de las personas de las consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicas del consumo de tabaco y de la exposición al humo de tabaco. Disponiendo que el Estado garantizará a los consumidores la prestación de los servicios y tratamientos adecuados para combatir la adicción a los productos del tabaco, mediante proyectos y programas integrales.

3º—Que por medio del oficio número DM-0088-2014, la Ministra de Salud, solicitó la ampliación del gasto presupuestario máximo de esa dependencia por un monto de ¢5.892.202.539,30 (cinco mil ochocientos noventa y dos millones doscientos dos mil quinientos treinta y nueve colones con treinta céntimos) para el 2014, para realizar dos programas relevantes para el país y el Ministerio de Salud, el proyecto “Ley General de Control del Tabaco” y el proyecto “La iniciativa Salud Mesoamérica 2015” donde se considera específicamente el proyecto “Prevención del Embarazo al adolescente”.

4º—Que del monto solicitado correspondería ampliar por la vía del Decreto Ejecutivo, la suma de ¢5.313.516.899,30 (cinco mil trescientos trece millones quinientos dieciséis mil ochocientos noventa y nueve colones con treinta céntimos) de conformidad con lo establecido en el artículo 5° del Decreto Ejecutivo N° 37595-H, publicado en el Alcance N° 54 a La Gaceta N° 57 de 21 de marzo de 2013 y sus reformas, ya que son recursos financiados con superávit específico y que se utilizarán de conformidad con la referida Ley N° 9028 para: desarrollar e implementar estrategias para la disminución del uso de tabaco en la población nacional, mediante acciones de promoción de la salud que permitan educar sobre los efectos nocivos del tabaco en la salud y las actividades masivas que promuevan actividades físicas y estilos de vida libres de tabaco, especialmente enfocado a los niños, niñas y adolescentes; la iniciativa Salud Mesoamérica 2015, que es un proyecto cuyos fondos provienen del Convenio Marco de Financiamiento no reembolsable del Fondo Mesoamericano de la Salud, el cual busca contribuir a la reducción del embarazo adolescente, apoyando el desarrollo de un modelo intersectorial operado a través de redes locales para la prevención del embarazo y atención a la maternidad y paternidad precoz, con modalidades diferenciadas de atención a adolescentes, de acuerdo a sus distintos niveles de exposición a riesgos; la construcción y remodelación de establecimientos de CEN CINAI que fueron dañados por el terremoto de Nicoya del 5 de setiembre de 2012, además de los CINAI del Sur de Heredia y Transferencias corrientes a órganos desconcentrados para programas públicos de salud preventiva.

5º—Que del monto indicado en el considerando anterior no se autoriza la suma de ¢1.690.570.000,00 (mil seiscientos noventa millones quinientos setenta mil colones exactos), por cuanto se refieren a diversos gastos en información, impresión, encuadernación, y otros, así como servicios de gestión y apoyo, actividades de capacitación, útiles, materiales de oficina y cómputo, productos de papel, cartón e impresos, textiles y vestuarios, que de lo aportado por la entidad no se logra evidenciar la relevancia de dichas erogaciones. Por lo que el monto restante por ¢3.622.946.899,30 (tres mil seiscientos veintidós millones novecientos cuarenta y seis mil ochocientos noventa y nueve colones con treinta céntimos) es el que corresponde ampliar vía Decreto Ejecutivo.

6º—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 37595-H citado, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el año 2014, estableciéndose en el artículo 2°, el porcentaje máximo en que podría incrementarse el gasto presupuestario de las entidades públicas, ministerios y demás órganos, con respecto al del año precedente. En correspondencia con dicha disposición, el monto de gasto presupuestario máximo para el año 2014 resultante para la OCIS, fue establecido en la suma de ¢1.011.325.640,00 (mil once millones trescientos veinticinco mil seiscientos cuarenta colones exactos), el cual fue comunicado mediante el oficio STAP-0304-2014 del 12 de marzo de 2014; cifra que no contempla el gasto indicado previamente en este decreto.

7º—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 32452-H, publicado en La Gaceta N° 130 del 6 de julio de 2005 y sus reformas, se emite el “Lineamiento para la aplicación del artículo 6 de la Ley N° 8131 de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada Financiamiento”.

8º—Que en relación con el superávit específico, el numeral 9° del referido Decreto Ejecutivo N° 32452-H, posibilita la utilización de éste, para el pago de gastos definidos en los fines establecidos en las disposiciones especiales o legales aplicables a tales recursos.

9º—Que por lo anterior, resulta necesario ampliar el gasto presupuestario máximo fijado a la OCIS para el año 2014, incrementándolo en la suma de ¢3.622.946.899,30 (tres mil seiscientos veintidós millones novecientos cuarenta y seis mil ochocientos noventa y nueve colones con treinta céntimos). Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Amplíese para la Oficina de Cooperación Internacional de la Salud (OCIS), el gasto presupuestario máximo para el año 2014, establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 37595-H, publicado en el Alcance Digital N° 54 a La Gaceta N° 57 de 21 de marzo de 2013 y sus reformas, en la suma de ¢3.622.946.899,30 (tres mil seiscientos veintidós millones novecientos cuarenta y seis mil ochocientos noventa y nueve colones con treinta céntimos), para ese período.

Artículo 2º—Es responsabilidad de la administración activa de la OCIS, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta N° 198 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas, así como en el Decreto Ejecutivo N° 32452-H, publicado en La Gaceta N° 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los diez días del mes de abril del año dos mil catorce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Hacienda a. í, José Luis Araya Alpízar.—1 vez.—O. C. Nº 22094.—Solicitud Nº 2779.—C-88760.—(D38342-IN2014035092).

ACUERDOS

MINISTERIO DE SALUD

N° DM-FP-1757-14

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al Lic. Eduardo Carvajal Obando, cédula de identidad N° 1-785-165, funcionario del Área Rectora de la Salud de Escazú, para que asista y participe en la actividad denominada capacitación “Fortalecimiento de la Enfermería en relación a las buenas prácticas, acceso a la info-enfermería y curso de formación, prescripción y TIC”, que se llevará a cabo en la ciudad de Madrid, España, del 19 al 30 de mayo del 2014.

Artículo 2º—Los gastos del funcionario, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por parte del Consejo General de Enfermería España, el Colegio de Enfermeras de Costa Rica y por recursos propios del Lic. Carvajal Obando, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario el funcionario, estará saliendo el día 18 de mayo y regresará el día 31 de mayo del 2014.

Artículo 5º—Rige a partir del 18 de mayo al 31 de mayo del 2014.

Dado en el Ministerio de Salud, San José a los nueve días del mes de mayo del dos mil catorce.

Publíquese.—Dra. María Elena López Núñez, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 22094.—Solicitud Nº 2785.—C-26340.—(IN2014035170).

N° DM-FP-1876-14

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2014; y el artículo 34 del “Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios públicos”, emitido por la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al Dr. Francisco Gólcher Valverde, cédula de identidad N° 1-451-961, Contralor Institucional y a la Lic. Adriana Salazar González, cédula de identidad N° 1-1295-354, Jefa a. í. de la Unidad de Asuntos Internacionales en Salud, para que asistan y participen en la actividad denominada “67° Asamblea Mundial de la Salud”, que se llevará a cabo en Ginebra, Suiza, del 19 al 24 de mayo del 2014.

Artículo 2º—Los gastos del viaje de los funcionarios, por concepto de alimentación y hospedaje serán financiados por presupuesto de Fideicomiso, Programa 630, Sub-Partida 1.05.04 viáticos al exterior por la suma de $2.816,36, para cada funcionario, así mismo por concepto de taxis la suma de $100,00, para cada funcionario, montos sujetos a la respectiva liquidación. Los tiquetes aéreos serán financiados por Fideicomiso 872-CTAMS-BNCR, OC 08, programa 630 subpartida 1.05.03 Transporte al exterior por la suma de $2.193.00 más los $29 impuestos de salida, para cada funcionario.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario los funcionarios, estarán saliendo el día 17 de mayo y regresarán el día 25 de mayo del 2014.

Artículo 5º—Rige a partir del 17 de mayo al 25 de mayo del 2014.

Dado en el Ministerio de Salud, San José a los nueve días del mes de mayo del dos mil catorce.

Publíquese.—Dra. María Elena López Núñez, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 22094.—Solicitud Nº 2777.—C-35550.—(IN2014035180).

N° DM-FP-1884-14

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley No. 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la Dra. Andrea Garita Castro, cédula de identidad N° 1-910-032, Directora de Planificación y Evaluación Estratégica de las Acciones en Salud, para que asista y participe en la actividad denominada “Taller de Consulta para la Formulación de la Política Regional de Salud del SICA”; que se llevará cabo en la Ciudad de San Salvador, El Salvador, el 22 de mayo del 2014.

Artículo 2º—Los gastos de la funcionaria, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Secretaria Ejecutiva del Consejo de Ministros de Salud de Centroamérica y República Dominicana (SE-COMISCA), por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario la funcionaria, estará saliendo del país el día 21 de mayo y regresando el 23 de mayo del 2014.

Artículo 5º—Rige a partir del 21 de mayo al 23 de mayo del 2014.

Dado en el Ministerio de Salud, San José a los dieciséis días del mes de mayo del dos mil catorce.

Publíquese.—Dra. María Elena López Núñez, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 22094.—Solicitud Nº 2783.—C-25450.—(IN2014035165).

N° DM-FP-1879-14

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la Dra. Nydia Amador Brenes, cédula de identidad N° 1-419-741, Jefa Unidad de Evaluación de Impacto de Acciones Estratégicas en Salud y Responsable Programa Control de Tabaco, para que asista y participe en la actividad denominada “Taller sobre Política Pública de Prohibición, Promoción y Patrocinio de los Productos del Tabaco”; que se llevará cabo en Panamá, del 14 al 15 de mayo del 2014.

Artículo 2º—Los gastos de la funcionaria, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario la funcionaria, estará saliendo del país el día 13 de mayo y regresando el 16 de mayo del 2014.

Artículo 5º—Rige a partir del 13 de mayo al 16 de mayo del 2014.

Dado en el Ministerio de Salud, San José a los nueve días del mes de mayo del dos mil catorce.

Publíquese.—Dra. María Elena López Núñez, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 21308.—Solicitud Nº 2784.—C-24690.—(IN2014035174).

N° DM-MG-1891-14

LA MINISTRA DE SALUD

En uso de las facultades que le confieren el artículo 5 de la Ley N° 5412 de 8 de noviembre de 1973 y sus reformas “Ley Orgánica del Ministerio de Salud” y artículo 5 del Decreto Ejecutivo N° 36406-S de 3 de enero del 2011 “Reglamento Orgánico del Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud”.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a las siguientes personas como miembros Consejo Técnico del Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (INCIENSA):

a)  Dra. María Esther Anchía Angulo, cédula N° 6-146-408, Presidenta.

b) Dr. Gerardo Solano Elizondo, cédula N° 1-719-086, Vicepresidente.

c)  Dra. María Ethel Trejos Solórzano, cédula N° 4-111-109, Secretaria.

d) Lic. Jorge Araya Madrigal, cédula N° 9-056-693, Vocal I.

e)  Dra. Nidia Amador Brenes, cédula N° 1-419-741, Vocal II.

Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha y hasta el ocho de mayo de dos mil dieciséis.

Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los nueve días del mes de mayo de dos mil catorce.

Publíquese.—Dra. María Elena López Núñez, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 22094.—Solicitud Nº 2781.—C-19590.—(IN2014035185).

N° DM-FP-1953-14

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2014; y el artículo 34 del “Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios públicos”, emitido por la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la Dra. Nydia Amador Brenes, cédula de identidad N° 1-419-741, Jefa de la Unidad de Evaluación de Impacto de Acciones Estratégicas en Salud y Responsable Programa Control de Tabaco, para que asista y participe en la actividad denominada “Ceremonia del Día Mundial Sin Tabaco 2014”, que se llevará a cabo en la Ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América, el 02 de junio del 2014.

Artículo 2º—Los gastos del viaje de la funcionaria, por concepto de alimentación y hospedaje serán financiados por presupuesto de Gobierno, Programa 631-02, Sub-Partida 1.05.04 viáticos al exterior por la suma de $642,72, así mismo por concepto de taxis la suma de $100.00, montos sujetos a la respectiva liquidación.  El tiquete aéreo será financiado con recursos de la Ley N° 9028 “Ley General de Control del Tabaco y sus efectos nocivos en la Salud”.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario la funcionaria, estará saliendo el día 01 de junio y regresará el día 03 de junio del 2014.

Artículo 5º—Rige a partir del 1° de junio al 3 de junio del 2014.

Dado en el Ministerio de Salud, San José a los veintisiete días del mes de mayo del dos mil catorce.

Publíquese.—Dra. María Elena López Núñez, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 21308.—Solicitud Nº 2782.—C-32915.—(IN2014035176).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISO

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar que la Asociación de Desarrollo Integral de Colonia Kennedy de San Sebastián, San José. Por medio de su representante: Alan Antonio Marín Cedeño, cédula 1-571-046, ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 17 para que en adelante se lea así:

Artículo 17: para que se agregue y permita la forma de elección de los miembros de junta directiva y fiscalía a criterio de la Asamblea ya sea levantando la mano o individual o secreta.

Dicha reforma es visible a folio 96 del tomo III del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general extraordinaria de afiliados celebrada el día 25 de abril del 2014. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la municipalidad para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las 11:10 horas del 4 de junio del 2014.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2014035309).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

EDICTO

El señor Esteban Montero Coto número de cédula 3-338-765, vecino de Cartago en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Inversión Monteco de Cartago S. A., con domicilio en Cartago, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 2: Conceptase®, fabricado por Laboratorios Pharmadix Corp. S. A.C., para Agrovet Market Animal Health, Perú, con los siguientes principios activos: Cada ml contiene: Buserelina 0.0084 mg (equivalente Buserelina 0.008 mg) y las siguientes indicaciones terapéuticas: Tratamiento de disfunciones ováricas y como mejorador de la tasa de concepción e índice de fecundación. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 13 horas del día 22 de mayo de 2014.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2014035121).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIVISIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 63, título N° 288, emitido por el Colegio Técnico Profesional Valle La Estrella, en el año dos mil cuatro, a nombre de Molano Ruiz Reynel Nemesio, cédula 1-1244-0318. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, cuatro de junio del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014034842).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 29, Título N° 166, emitido por el Colegio Santa Teresa, en el año dos mil tres, a nombre de Cruz González Felipe, cédula 1-1266-0261. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los veinte días del mes de mayo del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014034952).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 247, Título N° 1359, emitido por Lieco Nocturno Julián Volio Llorente, en el año dos mil ocho, a nombre de Ugalde Rodríguez Eliseo Martín, cédula 2-0676-0422. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los veintiocho días del mes de octubre del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014034975).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización Social denominada: Cooperativa de Ahorro y Crédito Refaccionario del cantón de Alfaro Ruiz R. L., Siglas COOPECAR R. L., L., la cual probada en asamblea celebrada el 10 de marzo del 2013. Resolución C-207. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 52 y 65 del Estatuto.—San José, 20 de mayo del 2014.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2014035198).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Federación de Asociaciones Cooperativas de Servicios R.L., siglas FECOSER R.L., constituida en la asamblea celebrada el 16 de noviembre del 2013. Expediente 1484-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Presidente                 Juan José Ayala Torres

Vicepresidente        Guillermo Quesada González

Secretario                 Aura Hernández Rojas

Vocal 1                     Elsa Muñoz Cascante

Vocal 2                     Óscar Murillo Rodríguez

Vocal 3                     Ricardo Murillo Calderón

Vocal 4                     Gilda González Picado

Suplente 1                Rosaura Chacón Segura

Suplente 2                Ivannia Zamora Vega

Gerente                     Eduardo Matute Alfonzo

2 de junio del 2014.—Dirección General de Asuntos Laborales.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa a. í.—(IN2014035086).

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

En sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 29 de abril del 2014, se acordó conceder Pensión de Gracia mediante la resolución JNPA-744-2014, al señor Acuña Elizondo Orlando, cédula de identidad 1-332-677, vecino de San José, por un monto de ciento once mil ciento veinticuatro colones con sesenta y un céntimos (¢111.124,61), con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Lic. Héctor Acosta Jirón, Director.—1 vez.—(IN2014035287).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Propiedad industrial

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Cambio de Nombre Nº 91487

Que Álvaro Artavia Víquez, casado, cédula de identidad 104280274, en calidad de apoderado generalísimo de Gfours Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Wackenhut S. A., cédula jurídica 3-101-062907 por el de Gfours Sociedad Anónima, presentada el día 12 de mayo de 2014 bajo expediente 91487. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2003-0003478 Registro Nº 148037 WACKENHUT en clase 45 marca mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—27 de mayo del 2014.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—1 vez.—(IN2014034875).

Fusión Nº 89519

Que José Antonio Muñoz Fonseca, cédula de identidad 104430939, en calidad de apoderado especial de Corporación de Compañías Agroindustriales CCA Sociedad Anónima, solicita a este  Registro se anote la inscripción de la fusión entre Hortifruti, S. A., cédula jurídica 3-101-022748 con Corporación de Compañías Agroindustriales CCA Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-085278, prevaleciendo Corporación de Compañías Agroindustriales CCA Sociedad Anónima, presentada el día 11 de febrero de 2014 bajo expediente 89519. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2002-0001404 Registro Nº 169079 CAROLINA en clase 30 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978 A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—18 de marzo de 2014.—María Leonor Hernández B., Registradora.—1 vez.—(IN2014034944).

Marcas de Ganado

Santiago Lara Ponce, cédula de identidad 0501120952, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste, La Cruz, Santa Elena, Cuajiniquil, 500 metros norte del Super Compro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 28 de marzo 2014. Solicitud N° 2014-634.—San José, 4 de abril del 2014.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2014035003).

Patentes de Invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Luis Diego Castro Chavarría, abogado, mayor, vecino de San José, céd. 1-669-228, en su condición de apoderado de Incyte Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada HETEROCICLILAMINAS COMO INHIBIDORES DE PI3K.

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La presente invención proporciona derivados de heterociclilamina de la fórmula I: en donde las variables se definen en la presente, que modulan la actividad de las fosfoinositida 3-quinasas (PI3Ks) y son de utilidad en el tratamiento de enfermedades relacionadas con la actividad de PI3Ks que incluyen, por ejemplo, trastornos inflamatorios, trastornos con base inmune, cáncer y otras enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 471/04; A61K 31/519; A61P 1/00; A61P 17/00; A61P 19/00; A61P 27/00; A61P 29/00; A6lP 35/00; cuyos inventores son Li, Yun-Long, Yao, Wenqing, Combs, Andrew, P, Yue, Eddy, W, Mei, Song, Zhu, Wenyu, Glenn, Joseph, Maduskuie, Thomas, P., Jr, Sparks, Richard, B, Douty, Brent, He, Chunhong. La solicitud correspondiente lleva el número 20140111, y fue presentada a las 14:07:42 del 4 de marzo del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de abril del 2014.—Lic. Kelly Selva Vasconcelos, Registradora.—(IN2014035014).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Álvaro E. Dengo Solera, cédula 1-544-035, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Fib & Co, de Francia, solicita la patente de invención denominada MÉTODO PARA ELABORAR LÁMINAS A PARTIR DE PSEUDOTALLO DE BANANO Y LÁMINAS OBTENIDAS USANDO DICHO MÉTODO. Más específicamente, la invención se refiere a un método para elaborar láminas a partir de pseudotallo de banano, que comprende los pasos siguientes: cortar un haz de una porción central del pseudotallo de banano. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B27L 5/02; B27M 1/02; B27J 7/00; B27D 1/04; cuyo(s) inventor(es) es (son) Hayot, Vladimir, Cheminon, Nicolas. Prioridad: 13/07/2011 FR 11 56440; 17/01/2013 // WO/2013/007803. La solicitud correspondiente lleva el número 20140070, y fue presentada a las 10:33:11 del 12 de febrero del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de mayo del 2014.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2014034868).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, ced. 1-669-228, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Merial Limited, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES PARASITICIDAS QUE COMPRENDEN UN AGENTE ACTIVO DE ISOXAZOLINA, SUS MÉTODOS Y USOS. Composiciones tópicas para combatir ectoparásitos y endoparásitos en animales, que comprenden al menos un agente activo de isoxazolina y un vehículo farmacéuticamente aceptable, opcionalmente en combinación con uno o más agentes activos adicionales. También se proveen métodos mejorados para erradicar, controlar y prevenir infecciones e infestaciones por parásitos en un animal que comprende la administración de las composiciones de la invención a un animal que lo necesita. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 25/00; A61K 31/42; A61P 33/00; cuyos inventores son Soll, Mark, D, Rosentel, Joseph, K, Pate, James, Shub, Natalya, Tejwani-Motwani, Monica, Belansky, Carol. Prioridad: 12/09/2011 US 61/533,308. La solicitud correspondiente lleva el número 20140117, y fue presentada a las 14:10:10 del 10 de marzo del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 09 de mayo del 2014.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2014034960).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Agriphar S. A, de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada ACUOSA SUSPENSIÓN CONCENTRADA QUE COMPRENDE UN ÁCIDO SAL DE DODECILGUANIDINA.

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La invención se relaciona con un concentrado en suspensión que comprende, expresado en peso con base en el peso total de la composición. Prioridad: EP2001/064397 del 28-08-2011. Publicación Internacional: WO/2013/026889 del 28-02-2013. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 25/04; A01N 47/44; A01P 3/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Pirotte, Alan. La solicitud correspondiente lleva el número 20140118, y fue presentada a las 14:10:50 del 10 de marzo del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de abril del 2014.—Lic. Fabian Andrade Morales, Registrador.— (IN2014034961).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula 1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Kythera Biopharmaceuticals, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada FORMULACIONES DE ÁCIDO DESOXICÓLICO Y SALES DEL MISMO. La presente invención se refiere a una composición farmacéutica acuosa que comprende desde aproximadamente 0.4% en p/v a menos de aproximadamente 2% en p/v de una sal de ácido desoxicólico, en donde la composición se mantiene a un pH desde aproximadamente 8.1 hasta aproximadamente 8.5 de manera que la composición es estabilizada contra la precipitación. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 9/00; cuyo(s) inventor(es) es (son) Hodge, Robert Emil, Webster, Jeffrey Douglas, Moriarty, Robert M. Prioridad: 23/08/2011 US2011/048806; 28/02/2013 // WO/2013/028177. La solicitud correspondiente lleva el número 20140053, y fue presentada a las 11:50:10 del 30 de enero del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de mayo del 2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014034964).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, abogado, mayor, vecino de San José, cédula 1-669-228, en su condición de apoderado especial de Pfizer Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada 2-TIOPIRIMIDINONAS.

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Inhibidores de mieloperoxidasa, composiciones farmacéuticas que contienen los inhibidores y el uso de los inhibidores para tratar, por ejemplo, afecciones cardiovasculares. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 239/56; A61K 31/416; A61K 31/417; A61P 9/00; C07D 401/04; C07D 401/10; C07D 403/04; C07D 405/04; cuyo(s) inventor(es) es(son) Carpino, Philip, Albert, Conn, Edward, Lee, Hepworth, David, Kung, Daniel, Wei-Shung, Rocke, Benjamin, Neil, Ruggeri, Roger, Benjamin, Warmus, Joseph, Scott, Zhang, Yan, Dow, Rober, T, Lee, Dowling, Matthew, Scott, ORR, Suvi, Tuula, Marjukka, Sammons, Matthew, Forrest. Prioridad: 11/11/2011 US61/558,605; 16/05/2013 // WO 2013/068875. La solicitud correspondiente lleva el número 20140179, y fue presentada a las 14:00:23 del 22 de abril del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 13 de mayo del 2014.—Lic. Kelly Selva, Registradora.—(IN2014034968).

PUBLICACIÓN DE unA VEZ

El Registro de la Propiedad Industrial, Oficina de Patentes hace saber que por resolución de las catorce horas veintidós minutos del diecinueve de febrero del dos mil catorce, fue inscrita a Patente de Invención denominada SUSTITUTO FUNCIONAL DEL AZÚCAR, a favor de la compañía Sweetwell N.V., domiciliada en Bélgica, cuyo inventor es: Sophie de Baets, de nacionalidad belga; se le ha otorgado el número de inscripción de patente de invención 3021, estará vigente hasta el doce de agosto de dos mil veinticinco, la Clasificación Internacional de Patentes es: A21D 13/08, 2/18; A23G 1/00, 1/30, 1/32, 3/00, 3/34, 3/38, 9/04, 9/32, 9/34, 9/44, 9/52; A23L 1/03, 1/05, 1/052, 1/0528, 1/0532, 1/06, 1/08, 1/09, 1/19, 1/22, 1/236, 1/307, 1/308, 1/314, 1/318; C13B 50/00. Exp. 8991.—San José, a las quince horas veinticinco minutos del diecinueve de mayo del dos mil catorce.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—1 vez.—(IN2014034914).

El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes hace saber que por resolución de las doce horas cincuenta minutos del cuatro de marzo de dos mil catorce, fue inscrita la Patente de Invención denominada INDUCCIÓN Y ESTABILIZACIÓN DE ACTIVIDAD ENZIMÁTICA EN MICROORGANISMOS a favor de la compañía Georgia State University Research Foundation, Inc cuyos inventores son: Pierce, George, E; Drago, Gene y Ganguly, Sangeeta; todos de nacionalidad estadounidense; se le ha otorgado el número de inscripción de patente de invención 3025 estará vigente hasta el treinta de enero del dos mil veintisiete, la Clasificación Internacional de Patentes versión 2014.01 es C12N1/20, C12N11/04. Expediente N° 10263.—San José, a las diez horas ocho minutos del cinco de mayo del dos mil catorce.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—1 vez.—(IN2014034971).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula; 3-002-624969, denominación; Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario El Crucero Río Cuarto de Grecia, Alajuela. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2013 asiento: 220807. Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 46 minutos y 4 segundos, del 23 de abril del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014034893).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Evangélica El Alto de Guadalupe, con domicilio en la provincia de: San José, Goicoechea, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Predicar el Evangelio del Reino de Dios. Cuyo representante, será el presidente: Eliezer Nehemías Cifuentes Cifuentes, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2014 Asiento: 105555 con adicional(es): 2014-137997.—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 24 minutos y 15 segundos, del 22 de mayo del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014035011).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-599846, denominación: Asociación Centro Diurno de Lagunilla Mensajeros de Amor. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2014 Asiento: 52209.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 27 minutos y 39 segundos, del 7 de abril del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014035104).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociaciones Ministerios Monte de Sion de Cartago, con domicilio en la provincia de: Cartago-Cartago, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: difundir la doctrina de la fe cristiana basada en la Biblia y el mensaje de salvación a toda persona por medio de Jesucristo, mediante actividades y programas que diseñe la asociación para tal fin. Cuya representante, será la presidenta: Yamileth Méndez Montero, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2014 Asiento: 147807.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 12 minutos y 28 segundos, del 2 de junio del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014035129).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica, cédula número 3-002-605190, denominación: Asociación por el Desarrollo Humano, Manos Amigas de Brasil de Santa Ana. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2013, asiento: 278427.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 33 minutos y 9 segundos del 4 de diciembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014035254).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. 16272A.—Don Jorge S. A., solicita concesión de: 0,21 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de el mismo en Rodríguez, Valverde Vega, Alajuela, para uso abrevadero, consumo humano y riego. Coordenadas 233.434 / 498.478 hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de mayo de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014034998).

Exp. 16270P.—Grasira S. A., solicita concesión de: 2,92 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo GM-66 en finca de el mismo en Roxana, Pococí, Limón, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 252.619 / 563.892 hoja Guácimo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de mayo de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014035004).

Exp. 16271P.—Grasira S. A., solicita concesión de: 1,66 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo GM-92 en finca de el mismo en Roxana, Pococí, Limón, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 255.323 / 565.449 hoja Guácimo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de mayo de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014035005).

Exp. 10322A.—Juan Luis y otros, Morera Pacheco solicita concesión de: 0,06 litros por segundo del nacimiento montaña, efectuando la captación en finca de su propiedad en Desmonte, San Mateo, Alajuela, para uso consumo humano, doméstico, abrevadero y riego. Coordenadas 219.800 / 486.250 hoja Río Grande. 0,02 litros por segundo del nacimiento abrevadero de ganado, efectuando la captación en finca de su propiedad en Desmonte, San Mateo, Alajuela, para uso consumo humano doméstico, abrevadero y riego. Coordenadas 219.750 / 486.250 hoja Río Grande. 0,06 litros por segundo del nacimiento Raúl, efectuando la captación en finca de su propiedad en Desmonte, San Mateo, Alajuela, para uso consumo humano, doméstico, abrevadero y riego. Coordenadas 219.700 / 486.150 hoja Río Grande. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de mayo de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014035524).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Heilor Danilo Salmerón Romero, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 231-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas quince minutos del veintiuno de enero del dos mil catorce. Exp. Nº 5582-2013. Resultando: 1°... 2°...; Considerando: I.—Hechos Probados... II.—Sobre el fondo… Por tanto: rectifíquese razón marginal de reconocimiento practicada el doce de mayo del dos mil diez en el asiento de nacimiento de Tíffany Natasha Salmerón Saavedra... en el sentido que el primer nombre del padre... es “Heilor”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014034947).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Cirlis Yanoris Alvarado Blanco, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 869-2014. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas cuarenta minutos del diecisiete de marzo de dos mil catorce. Exp. Nº 14166-2013. Resultando 1°..., 2°..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Jennifer Alvarado Blanco..., en el sentido que el nombre de la madre... es Cirlis Yanoris” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014035001).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Deborah Virginia Araya Pineda, mayor, soltera, ingeniera química, hondureña, cédula de residencia 134000100916, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 130687-2014.—San José, seis de marzo de dos mil catorce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2014034939).

Madelyn Carolina Chávez Flores, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia N° 155807736220, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2273-2012.—San José, veintidós de mayo de dos mil catorce.—Germán Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2014035151).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000004-33101

Contratación de servicios de seguridad y vigilancia para

diversas dependencias de la Dirección General de

Educación Vial, Ingeniería de Tránsito y

Dirección General de la Policía de Tránsito

La Dirección de Proveeduría Institucional del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 14 de julio del 2014, para la Licitación citada anteriormente.

El cartel se encuentra a disposición gratuitamente en el sistema CompraRed, en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared

San José, 9 de junio del 2014.—Heidy Román Ovares, Directora Proveeduría Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 3400022198.—Solicitud Nº 14941.—C-12980.—(IN2014036228).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2014CD-001150-01

Compra de una destructora de documentos

para triturar cintas de embozadoras de tarjetas

La Proveeduría Casa Matriz del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, hasta el 18 de junio del 2014, a más tardar a las diez (10:00) horas, para la “Compra de una destructora de documentos para triturar cintas de embozadoras de tarjetas”.

El pliego de condiciones puede ser retirado en la oficina de la Proveeduría General, sin costo alguno, situada en el edificio de la Dirección de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica, en La Uruca a partir del 12 de junio de 2014.

La Uruca, 12 de junio del 2014.—Lic. Erick Aguilar Díaz, Proveedor General.—1 vez.—O. C. Nº 516325.—Solicitud Nº 14979.—C-12630.—(IN2014036224).

LICITACIÓN PÚBLICA 2014LA-000005-01

Suministro e instalación del sistema de alarmas

contra incendios para varias oficinas del

Banco Nacional de Costa Rica

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito a las diez horas (10:00 a. m.) del 23 de julio del 2014, para el “suministro e instalación del sistema de alarmas contra incendios para varias oficinas del Banco Nacional de Costa Rica”.

Las visitas al sitio fueron programadas de la siguiente manera:

    En la oficina de Sabalito el 16 de junio del 2014 a las 2:00 p.m., con la presencia del señor José Luis Arce Sáenz de la Oficina de Salud Ocupacional.

    En la oficina de Palmar Norte el 17 de junio del 2014 a las 9.00 a. m., con la presencia del señor José Luis Arce Sáenz de la Oficina de Salud Ocupacional.

    En la oficina de Frailes el 18 de junio del 2014 a las 9:00 a.m., con la presencia del señor José Luis Arce Sáenz de la Oficina de Salud Ocupacional.

    En la oficina de Tobosi-San Juan Sur el 18 de junio del 2014 a la 1:00 p. m., con la presencia del señor José Luis Arce Sáenz de la Oficina de Salud Ocupacional.

    En la oficina de Bribrí el 19 de junio del 2014 a la 1:00 p.m., con los colaboradores Manuel Trejos Cordero de la Oficina de Salud Ocupacional.

    En la oficina de La Virgen de Sarapiquí el 20 de junio del 2014 a las 8.30 a. m., con los colaboradores Manuel Trejos Cordero de la Oficina de Salud Ocupacional.

    En la oficina de Oreamuno de Cartago el 23 de junio del 2014 a las 9:00 a. m., con la presencia del señor José Luis Arce Sáenz de la Oficina de Salud Ocupacional.

    En la oficina de Orosi el 23 de junio del 2014 a la 1:00 p.m., con la presencia del señor José Luis Arce Sáenz de la Oficina de Salud Ocupacional.

    En la oficina de Tejar el 27 de junio del 2014 a las 11.00 a.m., con la presencia del señor José Luis Arce Sáenz de la Oficina de Salud Ocupacional.

El cartel puede ser retirado sin costo adicional a partir del 03 de julio del 2014, en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección Logística de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica en la Uruca.

La Uruca, 13 de junio del 2014.—Proveeduría General.—Lic. Erick Aguilar Díaz.—1 vez.—O. C. N° 516325.—Solicitud N° 15021.—C-37040.—(IN2014036265).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

PROVEEDURÍA Y LICITACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000004-01

Contratación para el mantenimiento preventivo

y correctivo de la flotilla vehicular del Banco

La Oficina de Proveeduría y Licitaciones del Banco Crédito Agrícola de Cartago, le comunica a los interesados en este evento que se recibirán ofertas hasta las 11:00 horas del 23 de junio de 2014 en la Oficina de Proveeduría y Licitaciones, sita en Cartago, 200 metros sur de la Estación de Servicio Delta, en La Lima, en las instalaciones del Almacén Fiscal y Depósito Agrícola de Cartago. El pliego de condiciones se podrá solicitar a las siguientes direcciones electrónicas: marianela.jimenez@bancreditocr.com/rosa.leiton@bancreditocr.com.

Marianela Jiménez Solano, Ejecutiva Contratación Administrativa.—1 vez.—O. C. N° 22.—Solicitud N° 14969.—C-14250.—(IN2014036245).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000014-DCADM

Alquiler de local para instalar oficina

de negocios en la Cruz-Guanacaste

Apertura: para las 10:00 horas del 11 de julio del 2014. Venta del cartel: oficinas centrales, cajas en planta baja, de lunes a viernes de 8:15 a. m. a 4:00 p. m. Retiro del cartel en el 6to piso, División de Contratación Administrativa, costo: ¢1.500,00 (mil quinientos colones con 00/100).

San José, 9 de junio del 2014.—Área de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2014036259).

UNIVERSIDAD NACIONAL

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000007-SCA

Concesion de instalación pública para prestar el servicio

de soda comedor del Programa Académico Regional

Interdisciplinario Región Huetar Norte y Caribe

La Universidad Nacional por medio de la Proveeduría Institucional invita a personas físicas o jurídicas a participar en la contratación para la “Concesión de instalación pública para prestar el servicio de soda comedor del Programa Académico Regional Interdiciplinario Región Huetar Norte y Caribe”.

Todas las ofertas se recibirán en un sobre cerrado en las Oficinas Administrativas del Campus Sarapiquí, ubicado en la Victoria de Sarapiquí, 2 km al oeste del cruce de Cisneros, camino a Río Frío, Horquetas de Sarapiquí, hasta la 10:30 horas del día 22 de julio, 2014.

Las ofertas que se presenten de manera extemporánea no serán admisibles para una posible adjudicación.

El pliego de condiciones podrá ser accesado por medio de la página web www.una.ac/proveeduria/ o vien podrá ser solicitado a los correos electrónicos proveeduria@una.cr o fabian.mora.lopez@una.cr

Heredia, 9 de junio del 2014.—MAP. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O. C. Nº P0019862.—Solicitud Nº 14963.—C-19990.—(IN2014036241).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA

DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000037-2104

Reactivo para extracción automatizada de ácidos nucleicos

Se comunica fecha de recepción de ofertas 26 de junio del 2014, a las 9:00 horas.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 9 de junio del 2014.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—(IN2014036069).

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN

Y COMUNICACIONES

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000002-1150

Servicios de soporte para infraestructura Microsoft

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada mencionada anteriormente, con apertura de ofertas para el 30 de junio de 2014, a las 9:00 a.m. Valor aproximado del cartel ¢870,00. Ver mayores detalles en http://www.ccss.sa.cr

Subárea Gestión de Compras.—MBA. Lydia Durán Jiménez, Jefa.—1 vez.—(IN2014036154).

HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA

COMPRA DIRECTA 2014CD-000156-2101

Compra de Sonda con Catéter Toráxico para Drenaje

Pleural con Válvula de Heimlich (pneumocath)

Se informa a los interesados en la Compra Directa 2014CD-000156-2101. Compra de Sonda con Catéter Toráxico para Drenaje Pleural con Válvula de Heimlich (pneumocath), que la fecha máxima de recepción de ofertas 18 de junio de 2014 a las 08:30 a.m.

El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢100,00. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

9 de junio del 2014.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós.—1 vez.—(IN2014036204).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000002-PROV (Apertura)

Adquisición de un equipo industrial para

microperforación de billetes de lotería

La Junta de Protección Social les invita a participar en la Licitación Abreviada N° 2014LA-000002-PROV por “Adquisición de un equipo industrial para microperforación de billetes de lotería”. Las ofertas se recibirán hasta las 10:00 horas del día 8 de julio del 2014, en el Departamento de Recursos Materiales de la Junta de Protección Social.

El cartel que contiene las especificaciones y donde se publicarán las en caso de ser necesarias, las modificaciones o aclaraciones; se encuentra a disposición de los interesados en nuestra página electrónica www.jps.go.cr, enlace: contrataciones, pueden retirarlo en el Departamento de Recursos Materiales, cuarto piso, Edificio Central sin ningún costo o solicitarlo al Lic. Jorge Baltodano Méndez a la dirección electrónica: jbaltodano@jps.go.cr a partir de esta notificación.

Departamento Recursos Materiales.—Lic. Mary Valverde Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 18466.—Solicitud Nº 14821.—C-17710.—(IN2014036231).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000017-02

Suministro de transformador

La Dirección de Suministros de Recope invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2014LA-000017-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las Oficinas Centrales de Recope, edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 3 de julio del 2014.

Se les informa a los proveedores y demás interesados que los carteles únicamente estarán disponibles a través de la página WEB de Recope www.recope.go.cr.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio WEB www.recope.com, se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.

Ing. Norma Álvarez Morales, Directora Dirección de Suministros.—1 vez.—O. C. Nº 2014000175.—Solicitud Nº 14936.—C-15540.—(IN2014036237).

ADJUDICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000002-0DI00

Instalación de puentes metálicos modulares lanzables

en la Ruta Nacional N° 245, Sección: Puerto Jiménez-Carate

Se comunica a las empresas interesadas en participar en la licitación citada en la referencia, que con el fin de atender varias consultas efectuadas por los potenciales oferentes, el plazo para la recepción de ofertas queda en suspenso hasta nuevo aviso.

San José, 10 de junio de 2014.—Proveeduría Institucional.—MSc. Yorleny Hernández Segura, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2963.—Solicitud Nº 15005.—C-10400.—(IN2014036595).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

PROVEEDURÍA Y LICITACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2014LN-000001-01

Contratación de una Agencia de Publicidad para el Conglomerado Financiero Bancrédito

La Oficina de Proveeduría y Licitaciones del Banco Crédito Agrícola de Cartago le comunica a los interesados en este evento que la adjudicación del mismo ha recaído sobre la empresa HWP Costa Rica S. A., con un costo de intermediación de 8%.

Contratación Administrativa.—Carmen Ma. González Brenes, Ejecutiva.—1 vez.—O.C. Nº 21.—Solicitud Nº 14948.—C-34680.—(IN2014036172).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000014-DCADM

Alquiler de local para instalar Oficina

de Negocios en la Cruz-Guanacaste

Apertura: para las 10:00 horas del 11 de julio del 2014. Venta del cartel: oficinas centrales, cajas en planta baja, de lunes a viernes de 8:15 a. m. a 4:00 p. m. Retiro del cartel en el 6to piso, División de Contratación Administrativa, costo: ¢1.500,00 (mil quinientos colones con 00/100).

9 de junio del 2014.—Área de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2014036268).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

COMPRA DIRECTA 2014CD-000047-8101 (Infructuoso)

Servicio de Análisis Ambientales

La Dirección de Producción Industrial de la Caja Costarricense de Seguro Social, resuelve declarar infructuoso el concurso de la Compra Directa N° 2014CD-000047-8101, para la adquisición de “Servicio de Análisis Ambientales”. Lo anterior debido a que no se presentaron ofertas para dicho concurso. Ver detalles http://www.ccss.sa.cr.

San José, 9 de junio de 2014.—Dirección Producción Industrial.—Ing. Ovidio Murillo Valerio, Director.—Ing. Felipe López Chévez, Jefe de Compras.—1 vez.—(IN2014036070).

Declaratoria de Infructuoso y adjudicación de venta pública

VP-003-2014

La Caja Costarricense de Seguro Social, avisa a los interesados en la Venta Pública arriba mencionada que la Dirección Financiera Administrativa mediante resolución administrativa DFA-0791-2014 del 04 de junio del 2014, acuerda adjudicar la Venta Pública VP-003-2014 de la siguiente forma:

Ítem

Oferente

Cédula

Monto

Forma de pago

Ítem N° 4, Desamparados, San Rafael Arriba

Barrios Salas Manuel Hernán

9-0097-0637

¢28.000.000,00

Oferta

Financiamiento CCSS

Ítem N° 6,

Ciudad Colón

Solórzano Monge Daniela María

6-0310-0557

¢47.500.000,00

Oferta Financiamiento CCSS

 

Con respecto a los ítems N° 1, 2, 3, 5, 7 y 8 se declaran infructuosos por no haber recibido ofertas.

La cancelación de los respectivos ítems debe efectuarse de conformidad con los términos del cartel y la oferta presentada.

10 de junio del 2014.—Área Administrativa.—Lic. Rebeca Watson Porta, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2014036266).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000007-PRI

Estabilización de talud posterior estación

de bombeo Puente Mulas

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante Resolución de Adjudicación Nº SGG-2014-362 del 2 de junio del 2014, se adjudica la Licitación Abreviada 2014LA-000007-PRI Estabilización de talud posterior estación de bombeo Puente Mulas, a la Oferta 2: Consorcio Maccaferri-Geointer de Costa Rica S. A. por un monto de ¢184.856.913,32. Se asigna a este proyecto el monto de ¢15.000.000,00 correspondientes al Rubro 020 Trabajos por Administración. Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.—Dirección Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 5100002278.—Solicitud Nº 14946.—C-14090.—(IN2014036180).

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000010-PRI

Adquisición equipos de bombeo, transformador, filtro de

armónicos, variadores y transferencia GAM

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante Resolución de Adjudicación Nº SGG-2014-363 del 2 de junio del 2014, se adjudica la Licitación Abreviada 2014LA-000010-PRI Adquisición equipos de bombeo, transformador, filtro de armónicos, variadores y transferencia GAM, a la Oferta Nº 1: Zebol S. A. Posiciones 2, 3 y 9 por un monto de $78.302,78 i.v.i Oferta Nº 4: Proyectos de Automatización Industrial S. A. Posiciones 11 y 12 por un monto de $143.300,00 i.v.i. Oferta Nº 5: Power Electric S. A. Posición 10 por un monto de $85.943,05 i.v. i. Oferta Nº 6: Consorcio Corporación Font S. A.-Font Servicios Electromecánicos, S. A. Posiciones 13 y 14 por un monto de $24.995,60 i.v.i. Oferta Nº 7: Alrotek de Centroamérica S. A. Posiciones 4, 5 y 6 por un monto de $49.324,50 i.v.i. Oferta Nº 8 Elvatrón S. A. Posición 15 por un monto de $40.701,62 i.v.i. Oferta Nº 12: Bombagua S. A. Posiciones 7 y 8, por un monto de $3.522,21 i.v.i. Se declara infructuosas la posición 1, según Artículo 30 inciso c) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, por no contar con el presupuesto. Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.

Dirección Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 5100002278.—Solicitud Nº 14945.—C-25550.— (IN2014036215).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

PROCESO PROVEEDURÍA

MODALIDAD DE ENTREGA SEGÚN DEMANDA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000004-01

Materiales de oficina

La Municipalidad de Escazú comunica a los interesados en la Licitación Abreviada N° 2014LA-000004-01 que mediante Acto de Adjudicación del día catorce de mayo de dos mil catorce, se adjudica por precio unitario a la persona jurídica Comercializadora AT del Sur S. A., cédula jurídica Nº 3-101-237629, línea Nº 1 por la suma de ¢26.000.00; línea Nº 2 por la suma de ¢26.000.00; línea Nº 3 por la suma de ¢26.000.00; línea Nº 4 por la suma de ¢27.500.00; línea Nº 5 por la suma de ¢27.550.00; línea Nº 6 por la suma de ¢27.550.00; línea Nº 7 por la suma de ¢27.550.00; línea Nº 8 por la suma de ¢24.000.00; línea Nº 9 por la suma de ¢345.00; línea Nº 10 por la suma de ¢475.00; línea Nº 11 por la suma de ¢475.00; línea Nº 12 por la suma de ¢475.00; línea Nº 13 por la suma de ¢475.00; línea Nº 14 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 15 por la suma de ¢1.250.00; línea Nº 16 por la suma de ¢2.650.00; línea Nº 17 por la suma de ¢1.100.00; línea Nº 18 por la suma de ¢14.000.00; línea Nº 19 por la suma de ¢14.000.00; línea Nº 20 por la suma de ¢14.000.00; línea Nº 21 por la suma de ¢475.00; línea Nº 22 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 23 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 24 por la suma de ¢6.500.00; línea Nº 25 por la suma de ¢6.500.00; línea Nº 26 por la suma de ¢6.500.00; línea Nº 27 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 28 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 29 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 30 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 31 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 32 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 33 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 34 por la suma de ¢1.295.00; línea Nº 35 por la suma de ¢400.00; línea Nº 36 por la suma de ¢400.00; línea Nº 37 por la suma de ¢400.00; línea Nº 38 por la suma de ¢128.000.00; línea Nº 39 por la suma de ¢128.000.00; línea Nº 40 por la suma de ¢128.000.00; línea Nº 41 por la suma de ¢84.000.00; línea Nº 42 por la suma de ¢128.000.00; línea Nº 43 por la suma de ¢128.000.00; línea Nº 44 por la suma de ¢128.000.00; línea Nº 45 por la suma de ¢84.000.00; línea Nº 46 por la suma de ¢189.000.00; línea Nº 47 por la suma de ¢189.000.00; línea Nº 48 por la suma de ¢189.000.00; línea Nº 49 por la suma de ¢124.000.00; línea Nº 50 por la suma de ¢181.000.00; línea Nº 51 por la suma de ¢181.000.00; línea Nº 52 por la suma de ¢181.000.00; línea Nº 53 por la suma de ¢138.000.00; línea Nº 54 por la suma de ¢595.00; línea Nº 55 por la suma de ¢7.600.00; línea Nº 56 por la suma de ¢2.600.00; línea Nº 57 por la suma de ¢815.00; línea Nº 58 por la suma de ¢1.150.00; línea Nº 59 por la suma de ¢245.00; línea Nº 60 por la suma de ¢245.00; línea Nº 61 por la suma de ¢590.00; línea Nº 62 por la suma de ¢610.00; línea Nº 63 por la suma de ¢95.00; línea Nº 64 por la suma de ¢550.00; línea Nº 65 por la suma de ¢330.00; línea Nº 67 por la suma de ¢240.00; línea Nº 68 por la suma de ¢380.00; línea Nº 69 por la suma de ¢380.00; línea Nº 70 por la suma de ¢860.00; línea Nº 71 por la suma de ¢240.00; línea Nº 72 por la suma de ¢450.00; línea Nº 73 por la suma de ¢715.00; línea Nº 74 por la suma de ¢510.00; línea Nº 75 por la suma de ¢215.00; línea Nº 76 por la suma de ¢280.00; línea Nº 77 por la suma de ¢1.150.00; línea Nº 78 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 79 por la suma de ¢310.00; línea Nº 80 por la suma de ¢495.00; línea Nº 81 por la suma de ¢300.00; línea Nº 82 por la suma de ¢160.00; línea Nº 83 por la suma de ¢440.00; línea Nº 84 por la suma de ¢145.00; línea Nº 85 por la suma de ¢460.00; línea Nº 86 por la suma de ¢580.00; línea Nº 87 por la suma de ¢4.850.00; línea Nº 88 por la suma de ¢3.300.00; línea Nº 89 por la suma de ¢800.00; línea Nº 90 por la suma de ¢925.00; línea Nº 92 por la suma de 1.650.00; línea Nº 93 por la suma de ¢9.975.00; línea Nº 94 por la suma de ¢460.00; línea Nº 95 por la suma de ¢75.00; línea Nº 96 por la suma de ¢75.00; línea Nº 97 por la suma de ¢550.00; línea Nº 98 por la suma de ¢220.00; línea Nº 99 por la suma de ¢330.00; línea Nº 100 por la suma de ¢330.00; línea Nº 101 por la suma de ¢415.00; línea Nº 102 por la suma de ¢850.00; línea Nº 103 por la suma de ¢280.00; línea Nº 104 por la suma de ¢460.00; línea Nº 105 por la suma de ¢510.00; línea Nº 6 por la suma de ¢390.00; línea Nº 107 por la suma de ¢480.00; línea Nº 108 por la suma de ¢90.00; línea Nº 109 por la suma de ¢90.00; línea Nº 110 por la suma de ¢90.00; línea Nº 111 por la suma de ¢120.00; línea Nº 112 por la suma de ¢120.00; línea Nº 113 por la suma de ¢120.00; línea Nº 114 por la suma de ¢48.00; línea Nº 115 por la suma de ¢3.000.00; línea Nº 116 por la suma de ¢3.000.00; línea Nº 117 por la suma de ¢3.000.00; línea Nº 118 por la suma de ¢3.000.00; línea Nº 119 por la suma de ¢3.000.00; línea Nº 120 por la suma de ¢195.00; línea Nº 121 por la suma de ¢195.00; línea Nº 122 por la suma de ¢195.00; línea Nº 123 por la suma de ¢195.00; línea Nº 124 por la suma de ¢195.00; línea Nº 125 por la suma de ¢305.00; línea Nº 126 por la suma de ¢305.00; línea Nº 127 por la suma de ¢305.00; línea Nº 128 por la suma de ¢305.00; línea Nº 129 por la suma de ¢200.00; línea Nº 130 por la suma de ¢200.00; línea Nº 131 por la suma de ¢200.00; línea Nº 132 por la suma de ¢200.00; línea Nº 133 por la suma de ¢595.00; línea Nº 134 por la suma de ¢4.000.00; línea Nº 135 por la suma de ¢205.00; línea Nº 136 por la suma de ¢795.00; línea Nº 137 por la suma de ¢305.00; línea Nº 138 por la suma de ¢1.395.00; línea Nº 139 por la suma de ¢24.350.00; línea Nº 140 por la suma de ¢1.200.00; línea Nº 141 por la suma de ¢860.00; línea Nº 142 por la suma de ¢290.00; línea Nº 143 por la suma de ¢240.00; línea Nº 144 por la suma de ¢480.00; línea Nº 145 por la suma de ¢380.00; línea Nº 146 por la suma de ¢162.000.00; línea Nº 147 por la suma de ¢300.00; línea Nº 148 por la suma de ¢320.00; línea Nº 149 por la suma de ¢390.00; línea Nº 150 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 151 por la suma de ¢560.00; línea Nº 152 por la suma de ¢700.00; línea Nº 153 por la suma de ¢130.00; línea Nº 154 por la suma de ¢2.200.00; línea Nº 155 por la suma de ¢180.00; línea Nº 156 por la suma de ¢1.175.00; línea Nº 157 por la suma de ¢1.600.00; línea Nº 158 por la suma de ¢2.150.00; línea Nº 159 por la suma de ¢280.00; línea Nº 160 por la suma de ¢3.850.00; línea Nº 161 por la suma de ¢340.00; línea Nº 162 por la suma de ¢690.00; línea Nº 163 por la suma de ¢1.085.00; línea Nº 164 por la suma de ¢1.305.00; línea Nº 165 por la suma de ¢800.00; línea Nº 166 por la suma de ¢4.750.00; línea Nº 167 por la suma de ¢5.750.00; línea Nº 168 por la suma de ¢520.00; línea Nº 169 por la suma de ¢800.00; línea Nº 170 por la suma de ¢2.625.00; línea Nº 171 por la suma de ¢8.175.00; línea Nº 172 por la suma de ¢5.450.00; línea Nº 173 por la suma de ¢3.225.00; línea Nº 174 por la suma de ¢9.675.00; línea Nº 175 por la suma de ¢1.715.00; línea Nº 176 por la suma de ¢2.675.00; línea Nº 177 por la suma de ¢3.950.00; línea Nº 178 por la suma de ¢95.00; línea Nº 179 por la suma de ¢185.00; línea Nº 180 por la suma de ¢24.000.00; línea Nº 181 por la suma de ¢12.000.00; línea Nº 182 por la suma de ¢12.000.00; línea Nº 183 por la suma de ¢18.000.00; línea Nº 184 por la suma de ¢16.000.00; línea Nº 185 por la suma de ¢24.000.00; línea Nº 186 por la suma de ¢72.000.00; línea Nº 187 por la suma de ¢975.00; línea Nº 188 por la suma de ¢260.00; línea Nº 189 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 190 por la suma de ¢2.395.00; línea Nº 191 por la suma de ¢2.985.00; línea Nº 192 por la suma de ¢4.250.00; línea Nº 193 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 194 por la suma de ¢3.800.00; línea Nº 195 por la suma de ¢18.000.00; línea Nº 196 por la suma de ¢18.000.00; línea Nº 197 por la suma de ¢18.000.00; línea Nº 198 por la suma de ¢115.00; línea Nº 199 por la suma de ¢90.00; línea Nº 200 por la suma de ¢160.00; línea Nº 201 por la suma de ¢220.00; línea Nº 202 por la suma de ¢160.00; línea Nº 203 por la suma de ¢44.00; línea Nº 204 por la suma de ¢28.00; línea Nº 205 por la suma de ¢58.00; línea Nº 206 por la suma de ¢74.00; línea Nº 207 por la suma de ¢58.00.

Este acto de adjudicación se dicta tomando en consideración el análisis técnico aprobado por la licenciada Cira Castro Myrie, del Proceso Proveeduría, visible a folio N° 190 del expediente en marras.

En acatamiento a lo dispuesto en el Artículo Nº 154 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se establece un tope máximo presupuestario de ciento veintisiete millones cien mil colones (¢127.100.000,00) para la adquisición de los suministros de oficina a ser ejecutados en el plazo máximo de cuarenta y ocho (48) meses indicados en el pliego de condiciones.

Se aclara que se excluyen de análisis las ofertas presentadas por las personas jurídica Spectrum Multimedia S. A., y Sauter Mayoreo S. A., ya que no ofertan la totalidad de las líneas según lo indicado en los puntos Nº 24.3, Nº 24.4 y Nº 24.5 del pliego de condiciones.

Se declaran desiertas las líneas Nº 66 y Nº 91, ya que el requerimiento de dichos bienes se realizará por medio de compra de Caja Chica, dado que cada vez se utilizará menos este sistema de almacenamiento.

Este acto se adopta de conformidad con el Acuerdo Municipal AC-71-13, tomado en Sesión Ordinaria Nº 147 del dieciocho de febrero de dos mil trece en el que se acordó emitir la Reforma al Reglamento para Definir Niveles de Adjudicación y Autorización de Compras y Contratos de los Procedimientos de Contratación Administrativa de la Municipalidad de Escazú, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 56 el miércoles veinte de marzo de dos mil trece.

Por lo cual se hace saber que de conformidad con lo estipulado en los Artículos N° 91 y N° 92 de la Ley de Contratación Administrativa y en los Artículos N° 185 y N° 186 el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, estos actos se pueden recurrir dentro del plazo de cinco (5) días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente de su comunicación o su debida publicación en el Diario Oficial La Gaceta, ante el Alcalde Municipal. Comuníquese.

Proveeduría.—Cira Castro Myrie.—1 vez.—O. C. Nº 33972.—Sol. Nº 14859.—C-176390.— (IN2014036212).

REMATES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL0

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO DE BIENES Y SERVICIOS

REMATE Nº 2014RE-000001-05101

Remate de acelerador lineal, marca Siemens, modelo Primus

El Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios comunica a los interesados que la Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios de la CCSS, mediante Resolución Nº DABS-01574-2014 dictó declaratoria de infructuoso del remate antes mencionado, debido a la ausencia de ofertas, conforme con lo que establece el párrafo tercero del artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios.—Lic. Maynor Barrantes Castro, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 61697.—C-12410.—(IN2014036153).

FE DE ERRATAS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN

GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000001-20300

Compra de equipo de cómputo

Se avisa a todos los interesados en esta Licitación para la Dirección General de Migración y Extranjería, que se suspende la fecha de apertura de las ofertas hasta tanto la Contraloría General de la República resuelva recurso de objeción al pliego de condiciones, presentado por la empresa Productive Business Solutions (Costa Rica) S. A.

San José, 5 de junio del 2014.—Gestión de Proveeduría.—MBA. Erika García Díaz, Gestora de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 21941.—Solicitud Nº 41489.—C-11090.—(IN2014036158).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000006-0DI00

Obras de implementación de seguridad vial en las Rutas

Nacionales Nos. 252 y 2: Carretera Florencio del

Castillo, secciones: Ruta Nacional N° 252

y Ruta Nacional N° 2 (Intersección

Ruta Nacional N° 252 con Ruta

Nacional N° 2-Intersección

Ruta Nacional N° 2 con

Ruta Nacional

N° 219 (Taras)

Se comunica a las empresas interesadas en participar que está disponible la “Enmienda y Aclaraciones N° 2”, en las oficinas de la Proveeduría,  ubicadas de la rotonda de la Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

Asimismo se ha programado una nueva fecha para la recepción de ofertas por lo tanto este Consejo recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del 27 de junio del 2014, en las oficinas de la Proveeduría,  ubicadas de la rotonda de la Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

San José, 10 de junio del 2014.—Proveeduría Institucional.—MSc. Yorleny Hernández Segura, Directora.—1 vez.—O. C. N° 2963.—Solicitud N° 15004.—C-18440.—(IN2014036590).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000002-12

(Modificación N° 2)

Servicio de outsourcing para el procesamiento

de información de riesgos de BCR Pensiones

Se informa a los interesados en la licitación en referencia, que se ha modificado el cartel en lo siguiente: la fecha máxima para recepción de ofertas se traslada para el 01 de julio del 2014 a las nueve horas con treinta minutos.

Las demás condiciones del cartel se mantienen invariables.

San José, 10 de junio del 2014.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. N° 63816.—Solicitud N° 15028.—C-9760.—(IN2014036257).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL N° 2013LPI-0001-APITCRBM (Nota Aclaratoria N° 2)

Construcción de Edificio Residencias Estudiantiles

Sede Central, Cartago

A los interesados en la Licitación arriba indicada se les comunica que se han realizado aclaraciones al cartel las cuales ya están disponibles para solicitarlas a las direcciones electrónicas ebonilla@itcr.ac.cr y licitacionespmi@itcr.ac.cr. La fecha de recepción de las ofertas y apertura se mantiene de acuerdo a lo indicado en la modificación N° 1.

Cartago, 10 de junio del 2014.—Departamento de Aprovisionamiento.—Lic. Kattia Calderón Mora, Directora.—1 vez.—O. C. N° 20140261.—Solicitud N° 14938.—C-11610.—(IN2014036263).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN CARLOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000002-2401

Reactivos varios para uso en Laboratorio Clínico

Se informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Pública 2014LN-000002-2401, reactivos varios para uso en Laboratorio Clínico, que la apertura fue reprogramada para el 25 de junio del 2014 a las 14 horas.

San Carlos, 9 de junio del 2014.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Raúl Vargas Ramírez, Coordinador.—1 vez.—(IN2014036063).

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000034-2104

(Modificación)

Adquisición de Sistema de Video Torre

para Cirugía Urológica

Se les comunica a los interesados que pueden retirar las modificaciones al cartel las cuales podrán encontrar en el Servicio de Fotocopiado público, situado en el pasillo que comunica al Banco de Sangre con el Laboratorio Clínico, planta baja de este Hospital. Demás condiciones continúan invariables.

Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2014036067).

GERENCIA DE LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000012-05101

Aviso N° 2

Prórroga a la fecha de apertura de ofertas

A los oferentes interesados en participar en el concurso antes mencionado, se les comunica que  la fecha de apertura de ofertas se prorroga para el día 18 de julio del 2014 a las 11:00 horas, siendo que se está a la espera del nuevo cartel unificado en donde se atienden las modificaciones expuestas en Resolución R-DCA-358-2014 de la Contraloría General de la Republica “Ver detalles en la plataforma electrónica Compr@Red y en la página Web http://www.ccss.sa.cr.

San José, diez de junio del dos mil catorce.—Línea de Reactivos y Otros.—Lic. Andrea Vargas Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud N° 61696.—C-14270.—(IN2014036155).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

N° 2014LI–000001-PRI (Circular N° 3)

Etapa I, mejoras al acueducto de Nicoya, Guanacaste

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada que a partir de la presente publicación podrán hacer retiro de la Circular N° 3, en la Dirección de Proveeduría del AyA, sita en el Módulo C, piso 3 del edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas.

Lic. Jeniffer Fernández Guillén, Dirección Proveeduría.—1 vez.—O. C. N° 5100002278.—Solicitud N° 14942.—C-10280.—(IN2014036253).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000016-01

Adquisición de equipo de oficina

El Instituto de Desarrollo Rural comunica la Fe de Erratas del siguiente proceso: Licitación Abreviada 2014LA-000016-01, “Adquisición de equipo de oficina”. A fin de realizar una revisión al cartel del proceso y lograr con esto una mejora en la descripción técnica de los requerimientos, la Administración ha decidido anular el proceso de referencia para garantizar el principio de igualdad de condiciones a todos aquellos potenciales oferentes y así lograr la satisfacción del interés público.

San Vicente de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Lic. María Morales Porras.—1 vez.—(IN2014036045).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO ADQUISICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000002-01 (Modificación)

Servicio solución de red inalámbrica por medio de servicios

administrados, para sede central y otros sitios del INA

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Pública 2014LN-000002-01, “Servicio solución de red inalámbrica por medio de servicios administrados para sede central y otros sitios del INA, que el cartel de la supramencionada licitación fue modificado por lo tanto se les solicita pasar al Proceso de Adquisiciones, Sede Central del INA, para retirar el documento que contiene las modificaciones realizadas.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 23220.—Solicitud N° 14953.—C-15570.—(IN2014036251).

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000012-01 (Prórroga)

Compra de pantallas y proyectores

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada 2014LA-000012-01, “compra de pantallas y proyectores” que el plazo máximo para presentar ofertas de esta licitación se prorroga para el próximo 1° de julio del 2014, a las 10:00 horas.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 23220.—Solicitud N° 14952.—C-11250.—(IN2014036270).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA APERTURA DE OFERTAS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000002-99999

Compra de mezcla asfáltica en caliente,

en boca de planta, tamaño nominal de 12.7mm,

en toneladas y emulsión asfáltica en sitio de planta,

en litros; con entrega según demanda por un periodo

de un adquisición de agregados con entrega según demanda

por un periodo de un año, prorrogable hasta por cuatro años

Se comunica a los interesados del presente concurso, que se modifica la cláusula cartelaria: Requisitos de admisibilidad 21.8 para que se lea correctamente:

21.8.    El oferente debe contar con una planta productora de mezcla asfáltica en caliente, que sea de su propiedad. Si el oferente no posee planta propia, deberá obligatoriamente cumplir con las siguientes disposiciones:

21.8.1  Las ofertas pueden ser presentadas en conjunto entre oferente y propietario de la planta productora de mezcla asfáltica.

21.8.2  El oferente debe presentar un contrato protocolizado con el propietario de la planta productora de mezcla asfáltica, en el cual se garantice el compromiso de suministrar todo el material solicitado en la oferta y el cumplimiento de la calidad del mismo, según los requerimientos técnicos del presente cartel.

En lo demás el cartel permanece invariable.

Además se prorroga la apertura de las ofertas para el día viernes 27 de junio a las 10:00 a. m.

San José 9 de junio de 2014.—Teo Dinarte Guzmán, Jefe Dpto. de Comunicación.—1 vez.—O. C. 134482.—Solicitud 14937.—C-24550.—(IN2014036176).

MUNICIPALIDAD DE POÁS

LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000001-ASISTA

Contratación para la recolección, transporte, tratamiento

y disposición final de los residuos sólidos ordinarios

y de manejo especial (no tradicionales) generados

en el Cantón de Poás

La Municipalidad comunica que debido al recurso de objeción presentado y comunicado un día antes de la apertura de ofertas para el proceso en referencia, el cual estaba establecido para el día 5 de junio de 2014, y en presencia de los asistentes a dicho acto se procedió a suspender dicha apertura, por lo que se fija nueva fecha de apertura de ofertas que se realizará a las 10:00 horas del día lunes 7 de julio de 2014.

Ing. José Joaquín Brenes Vega, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2014036297).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

CIRCULAR

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El Banco Nacional de Costa Rica, Oficina Principal, avisa a las siguientes personas que tienen pendiente su retiro de bienes en Custodia por Cajitas de Seguridad abiertas por incumplimiento de contrato:

Cajita

Nombre

Identificación

Apertura

216

María Luisa Calero Méndez

6-0104-0317

24/10/2013

771

Fernando Campos González

6-0039-0271

24/10/2013

1244

Rodolfo Acosta Jiménez

1-0163-0763

24/10/2013

1628

Coop. de Ahorro y Crédito Coopenacional

3-004-045871-16

24/10/2013

2087

Leo Benjamín Lippman

184000517327

20/12/2013

2582

Efraín Calderón Zamora

1-0147-0349

20/12/2013

2264

German Montero Campos

1-0532-0612

27/12/2013

67

Álvaro Rizo Álvarez

6-0196-0389

27/01/2014

1306

Gilberto Jesús Porras Alvarado

1-0389-0816

27/01/2014

2471

Alejandro Cerdeira

159497779

27/01/2014

6132

José Cucala Casco

68119

27/01/2014

6309

Allen González Arias

8-0058-0285

27/01/2014

 

Para mayor información puede comunicarse a los teléfonos Nos. 2212-2698 ó 2212-2445, Custodia de Valores, Oficina Principal del Banco Nacional de Costa Rica.

San José, 30 de mayo del 2014.—Proveeduría General.—Lic. Eric Aguilar Díaz.—O. C. N° 516325.—Solicitud N° 14422.—(IN2014034375).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-2050-2014.—Soler Valladares Merlin Jakelin, R-177-2014, pasaporte E015895, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctora en Cirugía Dental, Universidad Nacional Autónoma de Honduras, Honduras. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 23 de mayo del 2014.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130783.—Solicitud N° 14364.—Crédito.—(IN2014034505).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Carlos Enrique Brenes Jiménez, cédula de identidad Nº 1-0825-0305 ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Master In Business Administration obtenido en el INCAE. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 21 de mayo del 2014.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. N° 20140261.—Solicitud N° 14247.—Crédito.—(IN2014034530).

El señor Ricardo Starbird Pérez, cédula de identidad Nº 1-1028-0123 ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Doctor en Ciencias Naturales, obtenido en la Universidad Técnica de Hamburgo. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 21 de mayo del 2014.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. N° 20140261.—Solicitud N° 14248.—Crédito.—(IN2014034533).

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

INTENDENCIA DE ENERGÍA

RIE-029-2014.—San José, a las 14:43 horas del 6 de junio de 2014.

Fijación del margen de transporte de combustible limpio. Expediente ET-014-2014.

Resultando:

I.—Que el 26 de diciembre de 2011, el Comité de Regulación, mediante resolución 696-RCR-2011, publicada en el Alcance N° 111 de La Gaceta N° 248, fijó el margen vigente para el transporte de combustible limpio de ¢3,7854 para la zona básica y ¢0,0989 para fuera de la zona básica.

II.—Que el 19 de febrero de 2014 la empresa Transmuelle de San Carlos S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ocho mil doscientos setenta y ocho, presentó solicitud formal de incremento tarifario para el margen de transporte de combustible denominado “producto limpio”, a través de su representante legal Mario Villalobos Arias (folios del 1 al 288).

III.—Que el 25 de febrero de 2014, la Intendencia de Energía (IE), mediante el oficio 245-IE-2014, le solicitó al petente el cumplimiento de requisitos de admisibilidad de la solicitud tarifaria (folios del 289 al 290).

IV.—Que el 3 de marzo de 2014, la empresa mediante nota sin número, respondió el oficio 245-IE-2014 (folios del 292 al 294).

V.—Que el 12 de marzo de 2014, la IE mediante oficio 0350-IE-2014, se dio la admisibilidad formal y se solicitó convocar a audiencia pública (folios 299 y 300).

VI.—Que el 24 de marzo de 2014 se publicó la convocatoria a audiencia pública en La Gaceta N° 58 (folio 305).

VII.—Que el 26 de marzo de 2013 se publicó la convocatoria a audiencia pública en el Diario Extra y en La Nación (folio 306).

VIII.—Que el 6 de mayo de 2014 se realizó la audiencia pública correspondiente.

IX.—Que el 9 de mayo de 2014, mediante oficio 1327-DGPU-2014, la Dirección General de Atención al Usuario remite el acta N° 47-2014 (Etapa Bribrí-Talamanca), donde indica que no hubo presencia de usuarios, por lo que se desprende que no se presentaron oposiciones ni coadyuvancias (folio 323).

X.—Que el 22 de mayo de 2014, mediante oficio 1482-DGPU-2014, la Dirección General de Atención al Usuario remite el acta N° 47-2014 correspondiente al resto del país, donde indica que únicamente se presentó una coadyuvancia por parte del señor Reinaldo Quirós Vásquez (folio 326 al 334).

XI.—Que el 29 de mayo de 2014, la IE mediante oficio 0677-IE-2014, como parte de este proceso tarifario y en aplicación de la metodología tarifaria seguida en esto casos, le solicitó al Instituto Nacional de Seguros información sobre la tarifa para calcular la prima que aplican en el seguro transporte interior combustible tanto en modalidad abierta como cerrada.

XII.—Que el 6 de junio de 2014, mediante el oficio 0708-IE-2014 la IE emitió el informe técnico sobre la presente gestión tarifaria y recomendó que se ajustara el margen de transporte de combustible limpio las tarifas de los combustibles (corre agregado al expediente).

Considerando:

I.—Que del oficio 0708-IE-2014, que sirve de base para la presente resolución, conviene extraer lo siguiente:

[…]

III.              SOLICITUD TARIFARIA PLANTEADA

     La empresa Transmuelle de San Carlos S. A., solicita un incremento para el transporte de combustible limpio en zona básica y fuera de ella, tal y como se muestra en la siguiente tabla:

FLETE

ZONA BÁSICA

FUERA DE LA ZONA

BÁSICA

Solicitado

¢4,7121

¢0,1208

Vigente

¢3,7854

¢0,0989

Aumento

¢0,9267

¢0,0219

% Aumento

24,48%

22,18%

 

Fuente: Tomado del expediente ET-014-2014 (folio 01)

IV.               MODELO TARIFARIO

     La metodología vigente validada mediante los acuerdos de Junta Directiva transcritos en el apartado II de este informe, establece dos zonas de recorrido; a saber: zona básica de 30 kilómetros y los recorridos fuera de zona básica (superiores a los primeros 30 kilómetros). Para obtener la tarifa se parte de un vehículo tipo o estructura productiva modelo según el sector de transporte de combustible, en este caso se trata de combustible conocido como limpio (gasolinas, diésel, keroseno y naftas), al cual se le va ajustando la capacidad conforme la flota se va reemplazando. Los costos se establecen para un recorrido anual, calculando un costo por kilómetro por litro transportado con base en dos parámetros, el recorrido anual y la capacidad de transporte en litros del vehículo. El resultado final se multiplica por dos para considerar el recorrido del vehículo en ambos sentidos.

     La ecuación para determinar el flete de transporte por kilómetro por litro se define de la siguiente manera:

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     Donde:

     F = Flete por kilómetro por litro transportado ida y vuelta

     R = Tasa de rentabilidad

     BT = Base tarifaria (Inversión)

     CT = Costos totales tarifarios

     Km = Kilometraje promedio de recorrido anual

     L = Capacidad en litros del vehículo tipo

     A partir de F se establecen las ecuaciones de pago para cada zona de recorrido, donde, en los primeros 30 kilómetros se reconoce un monto único de pago y fuera de este rango un pago adicional por kilómetro recorrido.

     Sobre este resultado y para la ruta que lo tiene, se debe adicionar el porcentaje de flete especial correspondiente.

V. ANÁLISIS DE LA SOLICITUD TARIFARIA

     A continuación se procede a analizar cada uno de los componentes incluidos en el cálculo del margen de comercialización de transporte de producto limpio.

1.    Retribución al capital

        A continuación se muestra el cálculo de la rentabilidad para el servicio de transporte limpio de combustibles.

        Para obtener una tasa de rentabilidad que sirva como parámetro para esta fijación tarifaria, la IE utilizó el modelo de valoración de activos de capital (CAPM por sus siglas en inglés).

        El CAPM calcula la tasa de rentabilidad del capital propio y señala que los cambios en el retorno de un activo, están relacionados con el riesgo asociado con éste. Dichos riesgos pueden ser separados en dos grandes componentes: los relacionados con el mercado en su conjunto (riesgo sistemático) y los derivados de las inversiones específicas (riesgo específico). Este modelo promueve la sostenibilidad del servicio, dado que entre otras cosas, permite garantizar un rendimiento sobre el capital invertido que haga atractivas las inversiones en el sector.

        Para el cálculo del costo de capital de la empresa se emplearon las siguientes fórmulas:

rkp = rl + β (rmrl) + rp      (modelo CAPM)

        En donde:

        rkp = Costo del capital propio.

        rm =Rendimiento de una cartera diversificada de acciones.

        rl = Tasa libre de riesgo.

        rmrl = Prima de riesgo.

        rp = Riesgo país.

        β = Mide la correlación entre los rendimientos de mercado y los de una inversión específica.

        Los valores y la fuente de información de cada variable del modelo se describen a continuación:

        La tasa libre de riesgo (rl) se obtuvo como el promedio de los promedios mensuales de los últimos 12 meses de la tasa de interés de los Bonos del Tesoro de los Estados Unidos de América a 10 años plazo, con corte a mayo del 2014 (2,63%). Se utilizó como fuente de información, la dirección electrónica: http://www.federalreserve.gov/datadownload/Build.aspx?rel=H15.

        La prima de riesgo (rmrl) se obtuvo de la información publicada por el Dr. Aswath Damodaran, profesor de la Universidad de Nueva York (EUA), en la dirección electrónica: http://www.stern.nyu.edu/~adamodar/pc/implprem/ERPbymonth.xls. Se utilizó el promedio aritmético de los valores disponibles dentro de los últimos doce meses, siendo éste de 5,31% con corte a mayo del 2014.

        El riego país (rp) para el presente estudio fue de 3,3%, siendo éste dato determinado por las calificaciones de bonos y los diferenciales apropiadas por defecto para los diferentes países según la página: http://pages.stern.nyu.edu/~adamodar/New_Home_Page/datafile/ctryprem.html.

        El valor de la beta (β) se obtuvo de la información publicada por el Dr. Aswath Damodaran, profesor de la Universidad de Nueva York, USA, según la página: http://pages.stern.nyu.edu/~adamodar. Su valor se estimó en 0,71 (beta desapalancada), tomando como referencia la actividad de distribución de hidrocarburos.

        Con la información disponible, el costo del capital de la empresa para el servicio de transporte limpio de combustible (modelo CAPM) es de 9,73%, como se muestra a continuación:

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2.    Parámetros económicos

        Las proyecciones de los parámetros económicos utilizados por la IE, han sido elaboradas tomando como referencia el diagnóstico de la situación económica realizado por el Banco Central de Costa Rica (BCCR), en su Programa Macroeconómico 2014-2015[1][1] y sus respectivas revisiones, las perspectivas de la economía mundial según el Fondo Monetario Internacional, así como, las expectativas de inflación y variación de tipo de cambio plasmadas en las diferentes encuestas formuladas por el BCCR.

        En lo que respecta a la proyección de la inflación externa, se tomó como base las estimaciones realizadas por el Fondo Monetario Internacional y las estadísticas se extraen de la página electrónica del Bureau of Labor Statistic de los Estados Unidos de Norteamérica.

        Comportamiento macroeconómico y proyecciones según el BCCR

        El BCCR en su Programa Macroeconómico 2014-2015, estableció como objetivo de inflación un 4% para el 2014, con un rango de tolerancia de ±1 punto porcentual (p.p.). La proyección de inflación propuesta por el ente emisor está encaminada en continuar gradual y ordenadamente, hacia un esquema monetario de metas de inflación, en procura de ubicarla en el mediano plazo, en niveles similares a los que presentan los principales socios comerciales del país (inflación estimada en un 3%). Aun cuando existen ciertos riesgos a considerar, tales como i) la presión en los mercados locales asociada al deterioro de las finanzas públicas; ii) un sistema financiero vulnerable ante el mayor uso de fondos externos para conceder crédito al sector privado, sistema aún en proceso de mejorar el grado de solidez con las medidas aprobadas por los entes supervisores, vigentes a partir de 2014 y iii) que la reducción del estímulo monetario en Estados Unidos ocurra en forma no ordenada y genere restricciones internas de liquidez que provoquen ajustes no esperados en los macro-precios; las expectativas de la economía costarricense para el bienio 2014 y 2015 ubican el crecimiento del PIB entre un 3,8% y 4,1% respectivamente, ya que se estima que la demanda interna crecería entre un 3,8% y 3,9%, determinado por el aporte del consumo privado, siendo coherente con la evolución esperada de las industrias que producen para el mercado interno.

        Además de una demanda externa del 3,8% y 4,7% que estaría ligada a la evolución en la producción de nuestros principales socios comerciales y de las industrias dedicadas a la exportación, lo que supondría una recuperación en las compras de materias primas para la manufactura, así como las destinadas al consumo final y una moderación en el ritmo de crecimiento de las importaciones de bienes de capital. No obstante que las condiciones previstas para el crecimiento económico mundial favorecen la estabilidad de sus precios en los próximos dos años, eventos no predecibles relacionados con factores climáticos o conflictos políticos en los países productores de petróleo, pueden desestabilizar los precios internacionales de dichos insumos, por ejemplo, se estima un precio promedio del petróleo (crudo U.K. Brent, Dubai Fateh y West Texas Intermediate) de US$103,84 para el 2014.

        El comportamiento de la inflación interna acumulada a marzo es de 2,04%, la inflación interanual ha sido de 3,26%, la cual se encuentra dentro de las expectativas de inflación pre-fijadas por el BCCR.

        En lo que respecta al tipo de cambio, según lo establece el Programa Macroeconómico 2013-2014, el BCCR mantendrá su compromiso con los parámetros de la banda cambiaria en el corto plazo, sin que ello limite continuar con la transición gradual y ordenada, hacia la flotación cambiaria y así cumplir uno de los prerrequisitos en el proceso de avance hacia un esquema monetario de metas de inflación.

        De acuerdo con lo anterior y dada la gran incertidumbre que impera en un mercado como el cambiario, el cual responde de conformidad con la cantidad de divisas (demanda de divisas– oferta de divisas) en la economía, inversión extranjera directa y la especulación en el corto plazo, la IE proyectó inicialmente que la depreciación del colón respecto al dólar sería cercana al 9,77% para el 2014 (ya que se asume que el tipo de cambio será igual al observado el último día hábil de marzo), lo anterior basado en la teoría económica y la evidencia empírica que señalan que la presencia de un desequilibrio fiscal, lleva a un desequilibrio similar en la cuenta corriente de la balanza de pagos dada la presión que el gasto público ejerce, por lo que el ensanchamiento de esta brecha conlleva un efecto macroeconómico que puede derivar en inestabilidad cambiaria.

        Actualmente el comportamiento del tipo de cambio ha presentado una tendencia diferente a la presentada en años anteriores, ya que en mayo de 2013 el presidente de la Reserva Federal de Estados Unidos declaró que, de manera condicionada a la evolución del desempleo y de la inflación, podría iniciar el retiro del programa de estímulo monetario, situación que si bien no se materializó en ese momento, generó ajustes en los macroprecios (incrementos de tasas de interés de largo plazo y en los tipos de cambio de algunas monedas latinoamericanas).

        En términos de la actividad económica, si bien una depreciación real (efecto traspaso parcial) incentivaría la demanda externa neta, deterioraría la posición patrimonial de los deudores netos en moneda extranjera y su posibilidad de consumo; este último efecto se reforzaría por las presiones al alza en las tasas de interés locales. Estos dos últimos elementos, se estima impactarían la demanda interna en mayor magnitud que el efecto positivo de la demanda externa, antes indicado, lo que desacelerarían el crecimiento de la económica costarricense y por ende, trasfiere presiones vía costos a las tarifas de los servicios que presta la empresa del área de hidrocarburos, las cuales se pueden traducir en incrementos tarifarios para los consumidores de combustibles.

        En lo que respecta a la inflación externa (Índice de Precios al Consumidor de los Estados Unidos), ésta ha sido en promedio cercana al 2,08% (promedio simple de largo plazo - últimos 5 años-). No obstante, la economía estadounidense ha resentido los efectos de la crisis económica que arrastró la economía mundial en los últimos años. Si bien es cierto, la inflación acumulada de los últimos dos años (2012 y 2013) ha sido de 1,74% y 1,50% respectivamente, es de esperar que para el 2014 según las estimaciones del Fondo Monetario Internacional (Perspectivas de la Economía Mundial, enero del 2014), la inflación de los EEUU se ubique cercana al 1,70%.

        En el siguiente cuadro resumen, se puede observar el comportamiento de los índices antes mencionados y el porcentaje de depreciación del colón respecto al dólar, siendo estos parámetros los utilizados por la IE en los respectivos estudios tarifarios y otras acciones.

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3.    Análisis tarifario

a.         Parámetros del modelo

             A continuación se presentan los diferentes parámetros que se deben incluir en el modelo.

             El cuadro N° 2 muestra el precio promedio plantel de los combustibles limpios utilizado por esta intendencia, el cual se basa en los precios vigentes al día de la audiencia pública fijados mediante resolución RIE-016-2014, publicados en La Gaceta N° 67 del 4 de abril de 2014. Estos precios son la base para calcular el precio promedio de ¢609,46, el cual se detalla en el siguiente cuadro y difiere del promedio calculado por el petente que asciende a ¢597,64, porque este último utiliza los precios plantel, vigentes al 6 de febrero de 2014.

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             El precio promedio de combustible utilizado en la presente fijación se obtuvo como un promedio ponderado, cuyo factor de ponderación es la cantidad de litros transportados reportados por Recope mensualmente a esta intendencia, para el 2013.

             Con respecto a los parámetros de tiempos de carga y descarga de productos, únicamente se actualiza el tiempo de carga, ya que no se cuenta con información de la duración de la descarga del producto. Para este caso, el dato utilizado fue proporcionado por Recope (folios 315 al 317), de acuerdo al muestreo de los tiempos de carga en todos los planteles durante marzo 2014. Esta medición da como resultado un tiempo promedio de 41 minutos y 58 segundos por unidad de transporte, tal y como se observa a continuación.

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             El tiempo de carga presentado por el petente es de 01:07:05 (folio 10), que corresponde al dato utilizado por esta Autoridad Reguladora en anteriores estudios, no obstante en esta ocasión la Intendencia procedió a actualizarlo de conformidad con la información más reciente aportada por Recope.

             Los tiempos de descarga, de espera en plantel y el viaje gasolinera-plantel y viceversa, fueron tomados del estudio inmediato anterior resuelto mediante la resolución 696-RCR-2011 del 02 de diciembre de 2011 (ET-121-2011). De la suma de estos tiempos más el de carga actualizado, se obtiene un tiempo total de carga y descarga de 3,19 horas, el cual a su vez equivale a 2,51 viajes por día.

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             Los demás tiempos considerados en este cálculo (espera, viaje y descarga) coinciden con lo presentado por el petente (folio 10).

             El parámetro de velocidad del cisterna, así como su capacidad serán los mismos que se utilizaron en el estudio anterior, correspondientes a 40 Km/h en zona básica y 60 km/h fuera de zona básica y la capacidad a 27 259 litros, datos que coinciden con los del petente (folios 10 y 11)y 285 días.

             La IE determinó 714,77 viajes por año para la zona básica y 733,51 fuera de la zona básica, por lo que el kilometraje recorrido anual, correspondiente a 42 886,25 Km y 62 429,61 Km para la zona básica y fuera de la zona básica, respectivamente.

b.         Inversión

             Como se indicó en el apartado de antecedentes, el 28 de enero de 2013, mediante oficio 055-IE-2013, se le solicitó a la Dirección General de Transporte y Comercialización de Combustibles del Ministerio de Ambiente y Energía la, […] certificación de los actos administrativos vigentes, por medio de los cuales se ha otorgado concesiones o permisos, para prestar el servicio público de suministro de hidrocarburos en sus distintas modalidades […]. La información solicitada es necesaria para determinar la antigüedad de la flota destinada a prestar este servicio, con el fin de valorar de una manera más integral y apegada al esquema operativo actual el cabezal y la cisterna que se utilizan en la fijación del margen del transporte de combustible, sin embargo a la fecha la información no ha sido recibida por la Intendencia de Energía.

             Para efecto del análisis de la inversión, se tomó en cuenta lo establecido en el artículo 12 del Decreto Ejecutivo 36627-MINAET, el cual indica que las unidades que sustituyan vehículos en uso deben contar con una antigüedad no mayor a 5 años.

             Basado en lo anterior, la Intendencia de Energía utilizó el siguiente procedimiento para estimar la inversión:

i.                  Cabezal

                    Para la estimación del cabezal se tomó el promedio de las 3 cotizaciones en dólares que presentó el petente que correspondían a $139 333, las cuales se colonizaron mediante el tipo de cambio de ¢549,55[2][2], obteniéndose un valor promedio en colones de ¢76,57 millones, esto para un vehículo modelo 2014. Con el fin de cumplir con la antigüedad máxima para la sustitución de unidades de 5 años según el Decreto Ejecutivo 36627-MINAET, se deflactó el valor de la unidad 2014, mediante la diferencia entre el índice de precios al consumidor (IPC) promedio del 2009 y del promedio 2014 (proyectado), lo que da como resultado el valor de la unidad de transporte de combustible modelo 2009. Se considera esta información en razón de que no se cuenta con el detalle de la flota que actualmente presta este servicio, a pesar de haberlo solicitado al MINAE en reiteradas ocasiones desde el 2011, siendo la última vez mediante oficio 479-IE-2013, del 16 de abril de 2013 y a la fecha no se ha obtenido la respuesta. Por lo que con el fin de contar con una base de datos que nos permita evaluar las condiciones del mercado se recomienda solicitar esta información a los prestadores.

                    Se utilizó el criterio de deflactar el valor del 2014, para llevarlo a valor del 2009, de acuerdo con lo siguiente:

                        Se considera que esta es una forma técnicamente justificada de aproximar el valor del mercado de un bien en su año de fabricación o de introducción al mercado. Bajo el supuesto de que el comportamiento del precio de ese bien es similar al resto de bienes que componen la canasta del IPC.

                        No existen índices específicos para revaluar o deflactar valores de vehículos especializados, como es el caso actual, por lo que lo más conveniente es utilizar índices genéricos, el IPC en este caso.

                        Se utilizan índices promedios anuales pues los datos no están referidos a una fecha específica. La variación del IPC promedio entre el 2009 y el 2014 es de 25,47% (Anexo 1).

                        El valor deflactado del cabezal al 2009 sería de ¢ 61,03 millones.

                    Con estos criterios, el valor aproximado al 2014 de un vehículo modelo 2009 sería de ¢17,44 millones y el gasto por depreciación anual asciende a ¢8,72 millones.

                    Se consideró una vida útil de 7 años de conformidad con lo establecido en el anexo 2 métodos y porcentajes de depreciación del reglamento N18445-H, de la Ley N.°7092 del Impuesto Sobre la Renta (Anexo 1) y se utiliza el método de depreciación por línea recta y un valor residual de cero.

                    El petente utilizó una vida útil de 15 años, sin embargo omitió indicar la fuente de la información.

ii.                 Tanque

                    Al igual que en el caso del cabezal, para la estimación del valor del tanque se utilizaron las cotizaciones aportadas por el petente que en este caso corresponden a una unidad 2013 y se deflactó dicho valor de acuerdo a la diferencia entre el IPC promedio del 2010 el IPC promedio del 2014 (18,75%).

                    Las cisternas cotizadas corresponden a modelos 2013, cabe destacar que entre las características de las cisternas está la posibilidad técnica de llenado por arriba y por abajo, siendo este último, uno de los métodos que empleará Recope de acuerdo a su plan de inversiones.

                    El valor promedio de las cotizaciones presentadas por el petente corresponden a $92 667 para una cisterna modelo 2013, al aplicarle el tipo de cambio de ¢549,55, se obtiene un valor promedio de ¢50,93 millones. Se calcula el valor de la cisterna modelo 2010 (deflactando mediante la diferencia entre el IPC del 2010 y del 2014 promedios), aplicándole una depreciación acumulada por línea recta de 4 años. En este caso se consideró una cisterna 2010 por la vida útil de este activo (5 años).

                    El valor del activo aproximado para la cisterna es de ¢8,58 millones y el gasto por depreciación corresponde a ¢8,58 millones, ya que como se explicó anteriormente estaría en su último año de vida útil. Para estos cálculos también aplican los criterios externados en el caso del cabezal.

                    De conformidad con lo establecido en el anexo 2 métodos y porcentajes de depreciación del reglamento N18445-H, de la Ley N.°7092 del Impuesto Sobre la Renta, para el tanque no se cuenta con una descripción de activo, por lo que se utiliza la descripción “camiones cisternas” que tiene una vida útil de 5 años (Anexo1) y se utiliza el método de depreciación por línea recta y un valor residual de cero.

                    El petente utilizó una vida útil de 15 años, sin embargo omitió indicar la fuente de la información.

                    Al igual que en el caso del cabezal, el detalle de la flota que actualmente presta este servicio se ha solicitado en reiteradas ocasiones al MINAE desde el 2011 y no se ha obtenido la respuesta por lo que se recomienda solicitar esta información a los prestadores.

                    En el siguiente cuadro muestra los cálculos de los dos activos descritos anteriormente.

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iii.               Extintores, equipo de bombeo

                    El valor de los extintores se toma de la información aportada por el petente según folios 178 al 181, el valor bruto promedio de los extintores es de ¢158 200, la depreciación anual es de ¢22 600, por tanto el valor neto de los extintores es de ¢135 600.

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                    Se consideró una vida útil de 7 años de conformidad con lo establecido en el anexo 2 métodos y porcentajes de depreciación del reglamento N18445-H, de la Ley N.°7092 del Impuesto Sobre la Renta (Anexo1) y se utiliza el método de depreciación por línea recta. El petente utilizó una vida útil de 15 años, sin embargo omitió indicar la fuente de la información.

                    En cuanto al equipo de bombeo, el petente propone un valor de ¢1 482 743 (folio 39), sin embargo no aporta las cotizaciones que respaldan sus cálculos, no obstante para este estudio se le reconoce el mismo monto dado en el estudio ET-121-2011, el cual corresponde a ¢250 000 por equipo de bombeo como valor bruto. La depreciación anual corresponde a ¢25 000 y el valor neto es de ¢225 000.

                    Se consideró una vida útil de 10 años de conformidad con lo establecido en el anexo 2 métodos y porcentajes de depreciación del reglamento N18445-H, de la Ley N.°7092 del Impuesto Sobre la Renta (Anexo1) y se utiliza el método de depreciación por línea recta. El petente utilizó una vida útil de 5 años, sin embargo omitió indicar la fuente de la información.

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iv.                Equipo administrativo

                    El equipo administrativo se toma de los datos aportados por el petente en los folios 222 al 242. El valor del equipo administrativo bruto es de ¢964 094, la depreciación anual es de ¢156 130, por tanto su valor neto es de ¢807 965.

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                    La diferencia entre el dato de esta intendencia y lo presentado por el petente, responde a que no se consideró el costo del teléfono celular y su línea, ya que el petente no presentó los comprobantes ni la justificación que nos permita validar que dichos activos son necesarios para prestar el servicio público de conformidad con lo establecido en la Ley N° 7593.

                    En cuanto a las vidas útiles de los activos coinciden con las propuestas por el petente.

                    La inversión total estimada por la Intendencia asciende a ¢27,18 millones y el gasto por depreciación es de ¢17,50 millones.

v.                 Rendimiento sobre la inversión

                    Se utiliza para el cálculo el resultado del modelo de valoración de activos de capital (CAPM), que se muestra en el apartado 1. de este informe.

                    El rendimiento sobre la inversión estimado por la IE es de ¢2,64 millones, mientras que el solicitado por el petente es ¢13,02 millones. La diferencia de ¢10,39  millones inferior a lo solicitado se debe a las siguientes razones:

                        El porcentaje de rendimiento sobre la inversión empleada por la IE es de 9,73%, mientras que la empresa transportista utilizó un 10,40%, esta diferencia responde a las fechas de corte de la información utilizada por la IE.

                        La inversión estimada por la Intendencia fue inferior en ¢98,19 millones, lo cual se detalló en el apartado anterior.

                        La vida útil del cabezal y del tanque varían respecto a las utilizadas por el petente, tema que se desarrolló en el apartado anterior.

c.          Costos anuales de operación (Anexo 2)

             Para actualizar y estimar los diferentes costos, la IE utilizó las cotizaciones aportadas por el petente, a excepción de aquellos costos que no fueron debidamente respaldados, en cuyo caso se tomó el dato del estudio tarifario anterior (ET-121-2011).

             Los costos anuales de operación estimados por la IE ascienden a la suma de ¢42,98 millones en zona básica y de ¢53,31 millones fuera de zona básica y los presentados por Transmuelle de San Carlos S. A. son ¢42,81 millones y ¢52,28 millones respectivamente (folio 46), lo que genera una diferencia en zona básica de ¢0,17 millones superior y fuera de zona básica de ¢1,03 millones superior.

             Esta diferencia se justifica principalmente por la actualización realizada en el tiempo de carga en Recope, que a su vez origina un aumento en los viajes anuales y kilometraje a recorrer en ambas zonas. Todos aquellos costos operativos que se relacionen con la cantidad de kilómetros recorridos o viajes anuales se verán afectados.

             Asimismo, esta intendencia no reconoce el costo por mantenimiento preventivo, debido a que existe una contradicción en la petición tarifaria, por un lado las cotizaciones presentadas por el petente corresponden a una unidad nueva, cuyo mantenimiento preventivo por parte de la casa matriz cubre el primer año y por otro incluye una lista importante de gastos asociados directamente al mantenimiento del vehículo. Esa contradicción no permite corroborar el gasto ni que se puedan justificar ambas erogaciones, razón por la cual se excluye el costo por mantenimiento preventivo, considerando además que la unidad reconocida tarifariamente no es nueva.

             En cuanto al gasto por el salario del chofer, se obtuvo de la fijación del I semestre del 2014 según el Decreto N.° 38101-MTSS y se le aplicó el porcentaje de inflación estimado para el segundo semestre de 2014 (1,65%), con el fin de provisionar el aumento que se pueda dar.

d.         Costos anuales de administración (Anexo 2)

             Los costos anuales de administración estimados por la IE ascienden a la suma de ¢ 35,61 millones para zona básica y de ¢35,71 millones fuera de zona básica y los presentados por Transmuelle de San Carlos S. A., son ¢26,41 millones y ¢26,49 millones respectivamente (folio 47). Los montos reconocidos son superiores a los solicitados por la empresa en ¢9,20 millones en zona básica y ¢9,22 millones fuera de zona básica. Esta diferencia es producto del gasto por depreciación, el cual es mayor al estimado por el petente ya que la vida útil de los activos principales es inferior a la propuesta.

             Cabe indicar que en cuanto a las pólizas de seguros el petente incluye en la propuesta el reconocimiento de las coberturas F: robo y/o hurto, H: riesgos adicionales y N: exención de deducible, sin embargo esta intendencia considera que las coberturas F y N, no están justificadas ni constan los comprobantes desglosados que permitan su reconocimiento tarifario. En cuanto a la cobertura H, se considera que está incorporada dentro de la póliza de seguro de carga, por lo que se duplicaría su reconocimiento si se considera en forma separada, razón por la cuál es excluida del cálculo tarifario. Caso contrario con las coberturas A Responsabilidad civil extracontractual por lesión y/o muerte de personas, C Responsabilidad civil extracontractual por daños a la propiedad de terceras personas las cuales se encuentran como requisito para la operación de la unidad de transporte, según el Decreto Ejecutivo N.° 36627-MINAET, en su capítulo III, articulo 6, literal f, y D Colisión y/o vuelco, que son considerados tarifariamente de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley N.°7593.

             Con respecto a la póliza de seguro de carga, se calcula de acuerdo con la información que consta en el estudio tarifario anterior (ET-121-2011), se establece para la zona básica un total de ¢3,56 millones y ¢3,66 millones fuera de zona básica.

             El salario del profesional administrativo se obtuvo de la fijación del I semestre del 2014 según el Decreto N.° 38101-MTSS y se le aplicó el porcentaje de inflación estimado para el segundo semestre de 2014 (1,65%), con el fin de provisionar el aumento que se pueda dar.

             En resumen los gastos anuales totales estimados por la IE ascienden a ¢81,24 millones para zona básica y ¢91,66 millones fuera de zona básica, mientras que los solicitados por Transmuelle de San Carlos S. A. a ¢82,27 millones en zona básica y ¢91,81 millones fuera de zona (folio 47).

e.          Resumen de resultados

             La IE determinó un número de viajes por año para la zona básica de 714,77 y de 733,51 fuera de la zona básica, mientras que el petente solicitó 633,66 viajes por año dentro de la zona básica y de 653,30 fuera de la zona básica. Esta diferencia radica especialmente en la actualización que realiza la IE del tiempo de carga de cisternas promedio en los planteles de Recope.

             Se mantiene la distancia origen-destino promedio de 30 Km para la zona básica y de 42,55 km fuera de la zona básica, cantidad igual a la que se determinó en el estudio tarifario del 2011. Esa distancia se utilizó para determinar el kilometraje recorrido por año, correspondiente a 42 886,25 Km y 62 429,61 Km para la zona básica y fuera de la zona básica, respectivamente.

             El volumen que estima la IE que se transportará en el 2014 corresponde a la suma de 19,48 millones de litros en la zona básica y de 19,99 millones de litros fuera de la zona básica.

             Tomando como base los cálculos que se detallaron en los apartados anteriores, en el cuadro siguiente la IE estimó el flete para transporte de producto limpio dentro de la zona básica de 30 km en ¢4,1695 por litro y el flete fuera de la zona básica en ¢0,1077 por litro, dichos resultados difieren a los del petente ya que este solicitó para la zona básica la suma ¢4,7254 por litro y fuera de la zona básica la suma de ¢0,1211 (folio 47).

             De los cálculos realizados por la intendencia y los realizados por el petente, visibles a folio 47 se obtiene lo siguiente:

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             Como se aprecia en el cuadro anterior, la principal diferencia en los cálculos realizados por el petente y la IE es en cuanto a la determinación del activo fijo, que afecta tanto el gasto como la depreciación acumulada y el rendimiento sobre la inversión.

             Respecto a la propuesta planteada, para la zona básica (primeros 30 km), el flete obtenido por la IE es ¢4,1695 por litro, inferior en ¢0,56 al solicitado y fuera de la zona básica es de ¢0,1077 por litro, inferior al solicitado por el petente en ¢0,01 por litro.

             En el cuadro N10 se puede observar que el flete vigente para la zona básica es de ¢3,7854 por litro y el flete calculado propuesto es de ¢4,1695 un 10,15% superior, lo cual significa un aumento de ¢0,38412 por litro. Fuera de la zona básica el flete vigente es de ¢0,0989 y el flete propuesto por la IE es de ¢0,1077 lo cual resulta ser superior en ¢0,00882, lo que representa una variación del 8,92%.

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VI.               FLETE PROMEDIO

     Cualquier ajuste del flete de transporte de combustible limpio se debe trasladar al consumidor final, por lo tanto, el ajuste propuesto en el margen de transporte afecta el precio del combustible en estaciones de servicio.

     Para transferir el ajuste al consumidor final, se debe tener en cuenta que los precios de los combustibles afectados son uniformes en todas las estaciones de servicio del territorio nacional; por tanto se debe calcular un flete promedio de transporte que se adiciona al margen de las estaciones de servicio. Lo anterior se hace con base en un listado actualizado de clientes remitido por Recope (ver anexo 3), cumpliéndose así con el procedimiento establecido por la Autoridad Reguladora, a petición de la Contraloría General de la República, el cual fue aprobado mediante acuerdo de Junta Directiva, según Artículo 8° de la sesión ordinaria N°080-98, celebrada el 8 de junio de 1998 y ratificada el 14 de junio del mismo año.

     El resultado final del análisis del presente estudio flete limpio, indica que el flete de transporte de producto limpio debe incrementarse en 10,15% (¢0,38412) en zona básica y de 8,92% (¢0,00882) fuera de la zona básica, con respecto al flete vigente; se afecta el flete promedio que se incorpora en el margen de comercialización total que se incluye en el precio del combustible que se distribuye en estaciones de servicio, incluidas las que distribuyen combustibles para la aviación.

     Una vez revisado el número de estaciones de servicio activas, las rutas, la fórmula del flete por cada ruta y el volumen comprado por estación, se determinó que el flete promedio para incorporar en el precio del combustible es de ¢7,8642. A este flete promedio se le debe adicionar el ¢ 47,8428 por litro de margen de comercialización para industria de estaciones de servicio, excluidas las que distribuyen combustibles para la aviación. De manera que el margen total promedio por litro a incluir en el precio de venta al consumidor final en estación de servicio es de ¢ 55,7070 por litro.

     Para el caso de las estaciones que distribuyen combustibles para aviación, al margen vigente de ¢14,8552 por litro, se le debe adicionar el incremento del flete para la zona básica que es de ¢0,3841 por litro y con ello obtener un margen total de ¢15,2393 por litro, que debe ser incorporado al precio del combustible en esas estaciones de servicio.

     El cuadro siguiente, muestra los nuevos precios y el impacto absoluto y relativo sobre los precios por litro vigentes:

     El efecto sobre el margen total promedio se detalla en el siguiente cuadro:

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     En razón de lo anterior lo procedente es variar los precios finales al consumidor, tal y como se indica en las recomendaciones.

     […]

VIII.    REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN

             De acuerdo con el análisis que antecede y las limitaciones de información encontradas a la fecha, se considera necesario solicitar la siguiente información:

1.                 Todos los transportistas de combustible limpio (transporte limpio de producto a estaciones de servicio) deben presentar a la Aresep, fotocopia certificada de la siguiente información, a más tardar el 31 de julio de 2014:

a.                      El título habilitante que lo faculta para prestar el servicio público de transporte de combustibles.

b.                      Declaración jurada que indique: fecha a partir de la cual presta el servicio, el número de placa del cabezal y cisterna con que presta el servicio público; año, marca y serie de la cisterna.

c.                      La tarjeta de circulación del cabezal, vigente.

2.                 Para el próximo estudio tarifario, el petente debe presentar:

a.                      Cotejar los datos impresos versus los datos electrónicos.

b.                      El detalle del cálculo de los costos e inversiones propuestos en la petición.

c.                      Toda la documentación necesaria, que respalde cada uno de los rubros incluidos en la metodología utilizada para determinar el monto del flete para el transporte de combustible limpio.

d.                      Facturas por uso del servicio de mensajería.

e.                      Copia de las planillas del último año presentadas en la CCSS y certificación de estar al día con las obligaciones patronales.

f.                       Copia de las pólizas de seguros contratadas a su nombre y cotización de todas las pólizas incluidas en la propuesta con el respectivo detalle de los componentes del monto incorporado en la cotización.

g.                      Detalle electrónico de activos fijos y el cálculo detallado de la depreciación, donde se especifique descripción del activo, fecha de compra, vida útil registrada, valor al costo, depreciación acumulada al costo.

h.                      Copia de los comprobantes de pago de viáticos.

i.                       Copia de las facturas por uso de sumidero de Recope correspondientes al último año.

j.                       Copias de facturas de viáticos, parqueos, certificaciones y cualquier otro gasto relacionado con la tramitación de los permisos ante el ente correspondiente.

k.                      Copia de las facturas de carga de extintores correspondientes al último año.

l.                       Copia de las facturas por honorarios profesionales correspondientes al último año.

m.                     Copia de las facturas por transporte de combustible del mes anterior a la solicitud de fijación, las mismas podrán ser cotejadas contra los registros que tenga Recope y que les serán requeridos por esta Autoridad Reguladora.

n.                      Justificar todos y cada uno de los costos que comprenden el modelo, específicamente sobre la relación directa que tengan con el servicio público regulado.

IX.       CONCLUSIONES

             De conformidad con el análisis realizado se obtienen las siguientes conclusiones:

1.                 Las proyecciones de los parámetros económicos utilizados por la IE incluye parámetros reales a marzo de 2014. La IE utilizó el índice de precios al consumidor IPC correspondiente al segundo semestre de 2014 (1,65%), para actualizar los salarios. El costo del capital propio de transporte de combustibles (modelo CAPM) es de 9,73%.

2.                 En cuanto a los principales parámetros tarifarios utilizados por la IE, a excepción del precio promedio plantel de productos, la vida útil de los activos el valor remanente de estos y el tiempo de carga promedio en planteles de Recope, coinciden con los propuestos por la empresa.

3.                 Se actualiza el tiempo de carga del combustible, de conformidad con la información proporcionada por Recope, de acuerdo al muestreo de los tiempos de carga en todos los planteles durante marzo 2014. Esta medición arroja un tiempo promedio de 41 minutos y 58 segundos por unidad de transporte.

4.                 El total de inversión estimada por la IE es de ¢27,18 millones y la inversión solicitada por la empresa de transportistas asciende a la suma de ¢125,33 millones, una diferencia inferior de ¢98,19 millones (78,32%).

5.                 El rendimiento sobre la inversión estimado por la IE es de ¢2,64 millones inferior al solicitado por el petente que es ¢13,04 millones, una diferencia inferior de ¢10,39 millones (393% inferior).

6.                 Los costos anuales de operación estimados por la IE ascienden a la suma de ¢42,98 millones en zona básica y ¢53,31 millones fuera de zona básica.

7.                 Existe una contradicción en la petición tarifaria respecto al costo del mantenimiento preventivo.

8.                 Los costos anuales de administración estimados por la IE ascienden a la suma ¢35,61 millones para zona básica y ¢35,71 millones fuera de zona básica.

9.                 Los gastos totales para la industria estimados por la IE ascienden a ¢ 81,24 millones y ¢91,66 millones para la zona básica y fuera de zona básica respectivamente.

10.               La IE estimó el flete para la zona básica de 30 km en ¢4,1695 por litro y ¢0,1077 fuera de zona básica.

11.               El flete promedio para incorporar en el precio del combustible es de ¢7,8642 y el margen total promedio por litro a incluir en el precio de venta al consumidor final en estaciones de servicio mixtas es de ¢ 55,7070 por litro.

12.               El margen total por litro a incluir en el precio de venta al consumidor final en estaciones que distribuyen combustibles para aviación es de ¢15,2393 por litro.

     […]

II.—Que en cuanto a las oposiciones presentadas en la audiencia pública, del estudio técnico 0708-IE-2014, que sirve de base para la presente resolución, conviene extraer lo siguiente:

[…]

VII              POSICIONES Y OPOSICIONES

     De acuerdo con el Acta Nº 47-2014 del 9 de mayo de 2014 oficios 1327- DGPU-2014 y 1482-DGPU-2014, folios 323 y 324, en el punto desarrollo de la Audiencia se hace referencia a que no se presentaron usuarios en Bribrí Talamanca, ni oposiciones en el resto del país, a la petición tarifaria realizada por la empresa de Transmuelle de San Carlos S. A., únicamente se presentó una coadyuvancia por parte del señor Reinaldo Quirós Vásquez.

     En resumen el señor Quirós Vásquez indicó que la solicitud de aumento en el margen del transportista de combustible limpio es necesaria debido a que todos los gastos fijos se han incrementado considerablemente y no se les puede hacer frente con la tarifa vigente. Además, señala que desde la última fijación tarifaria, la estación de servicio ya no solicita el pedido con la cisterna a “full”, sino que el pedido baja, lo cual afecta el ingreso del transportista en cada viaje. Para notificaciones señala el fax 2553 4125.

     Esta intendencia le agradece su participación al señor Quirós Vásquez. […]

III.—Que de conformidad con los resultandos y considerandos precedentes y el mérito de los autos, lo procedente es fijar el margen para el transporte de combustible denominado limpio, tal y como se dispone. Por tanto,

EL INTENDENTE DE ENERGÍA,

RESUELVE:

I.—Fijar el margen para el transporte de combustible denominado limpio: para la zona básica con una distancia establecida en 30 km o menos en ¢4,1695 por litro y fuera de la zona básica en ¢0,1077 por litro, el cual se debe pagar de acuerdo con la siguiente fórmula:

Zona Básica: F = ¢ 4,1695 * L

Fuera de Zona Básica: F = ¢ 4,1695 * L + ¢ 0,1077* (K-30) * L

Dónde:

F = Flete en colones

L = Cantidad transportada en litros

K = Distancia recorrida

Sobre el resultado de esta fórmula se debe aplicar el porcentaje de reconocimiento por flete especial para la ruta que lo tiene establecido.

II.—Fijar el margen promedio para el transporte de combustible denominado limpio para todo el país en ¢7,8642.

III.—Actualizar el margen de comercialización para las estaciones de servicio que distribuyen combustibles para aviación establecidos mediante resolución RRG-4742-2005 a ¢15,2393 por litro, precio que incluye el transporte.

IV.—Fijar los precios de los combustibles derivados de hidrocarburos al consumidor en estaciones de servicio, incluyendo las que distribuyen combustible para aviación, según el cuadro siguiente:

 

V.—Indicar que los precios establecidos en la resolución RIE-026-2014 del 23 de mayo de 2014, publicada en La Gaceta N° 101 el 28 de mayo de 2014 que no se varíen expresamente mediante esta resolución continúan vigentes.

VI.—Establecer que los precios rigen a partir del día siguiente a la publicación en La Gaceta.

VII.—Solicitar a las empresas la información indicada en el numeral VIII del considerando I de esta resolución.

VIII.—Indicar a las empresas transportistas de combustibles “limpios” derivados de hidrocarburos que de conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 24 de la Ley N.°7593, se encuentran en la obligación de remitir la información requerida en la resolución a emitir. Además, que de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de dicha Ley, el incumplimiento de las condiciones vinculantes establecidas por la Autoridad Reguladora podrá ser sancionado con multas.

En cumplimiento de lo que ordenan los artículos 245 y 345 de la Ley General de la Administración Pública (L. G. A. P.) se informa que contra esta resolución pueden interponerse los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante el Intendente de Energía, al que corresponde resolverlo y los de apelación y de revisión podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos.

De conformidad con el artículo 346 de la Ley General de la Administración Pública, los recursos de revocatoria y de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días hábiles contado a partir del día hábil inmediato siguiente al de la notificación y, el extraordinario de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de dicha ley.

Notifíquese y publíquese.—Juan Manuel Quesada, Intendente de Energía.—1 vez.—O. C. N° 7851-2014.—Solicitud N° 14886.—(IN2014036274).

CONVOCA A CONSULTA PÚBLICA

Se invita a los ciudadanos a presentar sus oposiciones o coadyuvancias a la propuesta de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos de ajuste extraordinario por la aplicación de la “Metodología para el Ajuste Extraordinario de las Tarifas del Servicio de Electricidad, Producto de Variaciones en el Costo de los Combustibles (CVC) utilizados en la generación térmica para consumo nacional” para el servicio de generación del ICE y el servicios de distribución, según se detalla.

Ajustar las tarifas de los servicios de generación y distribución de electricidad sobre las tarifas fijadas para el III trimestre del 2014, el cual da como resultado un aumento promedio de:

Ajustar las tarifas de los servicios de generación y distribución de electricidad sobre las tarifas fijadas para el III trimestre del 2014, el cual da como resultado un aumento promedio de:

EMPRESA

AJUSTE

ICE GENERACIÓN

25,78%

DISTRIBUCIÓN

-9,95%

   ICE

15,57%

   CNFL, S.A

14,55%

   JASEC

12,02%

   ESPH, S.A

12,01%

   COOPELESCA R.L.

-2,75%

   COOPEGUANACASTE R.L

8,45%

   COOPESANTOS R.L

7,19%

   COOPEALFARO RUIZ R.L.

10,23%

Los cargos trimestrales que regirán en el III trimestre del 2014 serán los siguientes:

EMPRESA

CARGO

ICE GENERACIÓN:

 

   T-CB, Ventas al ICE distribución y a la CNFL, S.A.

78,92%

   T-SD, Ventas al servicio distribución.

78,92%

   T-UD, Ventas a usuarios directos.

13,14%

ICE – DISTRIBUCIÓN:

40,85%

   CNFL, S.A.

41,22%

EMPRESA

CARGO

   JASEC

37,40%

   ESPH, S.A.

40,52%

   COOPELESCA, R.L.

10,17%

   COOPEGUANACASTE, R.L.

30,57%

   COOPESANTOS, R.L.

21,68%

   COOPEALFARO RUIZ, R.L.

33,47%

 

El plazo máximo para presentar sus oposiciones o coadyuvancias vence el 20 de junio de 2014 a las dieciséis horas (4 p.m.).

Las oposiciones o coadyuvancias se pueden presentar: ►en las oficinas de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicadas en el Edificio Turrubares del Oficentro Multipark, Guachipelín de Escazú, San José, ►o al fax 2215-6002, ►o por medio del correo electrónico(1): consejero@aresep.go.cr

Las oposiciones o coadyuvancias deben estar sustentadas con las razones de hecho y derecho, debidamente firmadas y consignar el lugar exacto, correo electrónico o el número de fax, para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea interpuesta por persona física, esta deberá aportar fotocopia de su cédula; y si es interpuesta por personas jurídicas, deberán aportar además certificación de personería vigente.

Se hace saber a los interesados que esta consulta pública se realiza conforme a las resoluciones RRG-7205-2007, RJD-017-2012 y RJD-128-2012 de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.

Se informa que la propuesta se tramita en el expediente ET-82-2014, y se puede consultar en las instalaciones de la ARESEP y en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr (Audiencias y Consultas Públicas/ Expedientes de Próximas Audiencias).

(1)  En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea enviada por medio de correo electrónico, ésta debe de estar suscrita mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe de ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados.

Dirección General de Atención al Usuario.—Marta Monge Marín, Directora.—1 vez.—O. C. N° 7851-2014.—Solicitud N° 15037.—C-53620.—(IN2014036344).

ATENCIÓN VECINOS DE DESAMPARADOS

Y SAN FRANCISCO DE DOS RÍOS

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA

Para exponer la propuesta tarifaria planteada por la empresa Autotransportes San Antonio S. A., para ajustar las tarifas de las rutas 72, 64-61A descritas como San José-San Antonio de Desamparados y ramales, según se detalla:

DESCRIPCIÓN RUTA  72-64-61 A: SAN JOSÉ-SAN ANTONIO DE DESAMPARADOS Y RAMALES

Tarifas (en colones)

Incremento Regular

Vigentes

Propuestas

Regular

Adulto

Mayor

Regular

Adulto

Mayor

Absoluto (¢)

Porcentual

San José-Tirrases por San Francisco

355

0

355

0

0

0,00%

San José-San Francisco de Dos Ríos-La Colina

170

0

275

0

105

61,76%

San José- San Francisco de Dos Ríos-Bº San José

170

0

275

0

105

61,76%

San José-San Antonio-Patarra-Guatuso

275

0

275

0

0

0,00%

San José-San Antonio-San Lorenzo

210

0

275

0

65

30,95%

San José-Linda Vista X San Francisco

275

0

275

0

0

0,00%

San José-Linda Vista X Desamparados

275

0

275

0

0

0,00%

San José-San Antonio-Bº Fátima

210

0

275

0

65

30,95%

San José-San Antonio-Río Azul-Quebradas

275

0

275

0

0

0,00%

Solicitud de ajuste basada en un rebalanceo tarifario con el fin de alcanzar la unificación tarifaria

 

La Audiencia Pública se llevará a cabo el día 9 de julio del 2014 a las 18:00 horas (6:00 p.m.), Salón Comunal de San Antonio de Desamparados, ubicado detrás de la iglesia católica, San Antonio de Desamparados, San José.

Quien tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia: en forma oral en la audiencia pública o por escrito firmado: ►en la audiencia pública, ►o en las oficinas de la Autoridad Reguladora, en horario regular, hasta el día de realización de la audiencia, ►o por medio del fax 2215-6002 o del correo electrónico (*): consejero@aresep.go.cr hasta la hora programada de inicio de la respectiva audiencia pública.

Las oposiciones o coadyuvancias deben de estar sustentadas con las razones de hecho y derecho, indicando un lugar exacto, o un medio (correo electrónico, número de fax o apartado postal), para efectos de notificación por parte de la ARESEP, y presentar documento de identificación aceptado en el país, o copia de dicho documento si es interpuesta por escrito. Las personas jurídicas deben interponer la oposición o coadyuvancia por medio del representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

Se informa que la propuesta se tramita en el expediente ET-61-2014, y se puede consultar en las instalaciones de la ARESEP.

Información adicional: comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2506-3200 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr

(*)               En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea enviada por medio de correo electrónico, esta debe de estar suscrita mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe de ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados.

Dirección General de Atención al Usuario.—Marta Monge Marín, Directora.—1 vez.—O. C. N° 7851-2014.—Solicitud N° 14947.—C-48940.—(IN2014036346).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

SECCIÓN DE ARRENDAMIENTOS

EDICTOS

Benigno Cerdas Sánchez, mayor, casado, pensionado, costarricense, vecino de Los Ángeles de Parrita, carretera a Playón, Pulpería Los Almendros, cédula de identidad número 1-299-563. Con base en la ley sobre la zona marítimo terrestre N° 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo N° 784l-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno localizada en Playa Esterillos, distrito Parrita, cantón Parrita, provincia de Puntarenas. Mide: 500,00 m2 de conformidad al plano de catastro P-1443684-2010, es terreno para darle el uso Residencial Turístico de conformidad al Plan Regulador aprobado. Linderos: al norte, Municipalidad de Parrita; al sur, calle pública; al este: calle pública; y al oeste, Municipalidad de Parrita. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que las disposiciones del plan aprobado en este sector de playa, afecten el uso actual de la parcela, parcela ubicada entre los mojones frente a costa, números 61 y 63 del Instituto Geográfico Nacional.

Parrita, 2 de junio del 2014.—Marvin Mora Chinchilla, Encargado de Departamento.—1 vez.—(IN2014035128).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

JACUNA MATATA SOCIEDAD ANÓNIMA

La empresa Jacuna Matata S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-159454, solicita a la Agencia Aranjuez, del Banco de Costa Rica, la reposición del cheque de gerencia N° 90274-8, emitido el 1° de julio del 2010, cuyo beneficiario es la Unidad Ejecutora del Programa de Regulación de Catastro y Registro 1284/OC-CR, por haberse extraviado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio. Por el término de ley, se atenderán oposiciones en la referida agencia bancaria.—San José, 4 de junio del 2014.—Jorge Alberto Hidalgo Vega, Presidente.—(IN2014035046).

BANCO PROMÉRICA DE COSTA RICA S. A.

Por este medio Banco Promérica de Costa Rica S. A., hace constar que Jorge Alberto Vega Castro, es el propietario del siguiente documento: Cheque de Gerencia número 190810, a nombre de Jorge Alberto Vega Castro, por un monto de setecientos cincuenta mil colones, de Banco Promérica de Costa Rica S. A., el cual extravió. Por lo cual para efectos de cobro no tiene ninguna validez, y por lo que solicita su reposición.—San José, tres de junio del dos mil catorce.—Luis Carlos Rodríguez Acuña.—(IN2014035207).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora Elisa María Rodríguez Vega cédula 900220588 ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de su(s) certificado(s) CII Nº 108-305-803301328307 por $9.576,13 y cupón al vencimiento por $84,46 y con fecha de vencimiento del 19-04-2014.—Alajuela, 4 de junio del 2014.—Rosibel Brenes Moya, Gerente del Centro de Negocios Palmares.—(IN2014035153).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

VALDÉS ENCINA S. A.

Yo María Antonieta Valdés Encina, cédula 800493992, odontóloga, domiciliada en Curridabat, hago constar el extravío de los libros de mi sociedad Valdés Encina S. A., cédula jurídica número 3-101-073404, y solicita ante el Registro Público la reposición de 6 libros (3 libros contables: diario, mayor, inventarios y balances). Administración: Actas de Asamblea General, Actas Órgano Directivo, Actas de Registro de Accionistas).—San José, veintiséis de mayo del dos mil catorce.—María Antonieta Valdés Encina.—1 vez.—(IN2014035173).

CORPORACIÓN ADOLFO SOLÓRZANO

SOCIEDAD ANÓNIMA

La Entidad Corporación Adolfo Solórzano Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento diecisiete mil quinientos setenta y uno, por extravío solicita al Registro Mercantil del Registro Nacional efectuar la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea de Socios, Actas del Consejo de Administración y Registro de Socios.—Lucía Rodríguez Vargas.—1 vez.—(IN2014035303).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El suscrito notario hago constar que mediante escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del dos de junio del dos mil catorce. Escritura número ciento tres, folio ciento diez del tomo doce, se otorgó escritura de fecha cierta a documento de compraventa de Negocio Comercial entre las partes Adrián Martínez Araya cédula de identidad número tres-trescientos cincuenta y nueve-quinientos treinta y cuatro, y el señor Freddy Céspedes Mora, cédula de identidad número tres-doscientos treinta y seis-novecientos ochenta y cinco, Negocio Comercial denominado Ferretería Río Pejibaye, localizado en Pejibaye de Jiménez centro, Cartago, contiguo a Supermercado Río Pejibaye, la compraventa se hace a puerta cerrada y con todas las existencias que están en el negocio comercial, incluye derecho de llave, derecho de patente comercial  y permiso de Ministerio de Salud. Es conforme.—Turrialba, 03 de junio del dos mil catorce.—Lic. Ovidio Pacheco Castro, Notario.—(IN2014034463).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Mediante escritura pública número 87-12, otorgada ante los notarios públicos: Juan Manuel Godoy Pérez, Mario Quesada Bianchini y Rolando Clemente Laclé Zúñiga, a las 8 horas del 26 de mayo de 2013, comparecen Abonos Agro S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-002749 (“Vendedora”) y Aceros Abonos Agro S. A., con cédula de persona jurídica 3-101-530313 (“Compradora”), para celebrar un contrato de compraventa de establecimiento mercantil en donde la vendedora, quien es propietaria de la división de Mayoreo de Aceros, dedicada a la comercialización al por mayor de productos de acero, vende a la compradora dicho establecimiento mercantil. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante esta notaría dentro del término de quince días hábiles a partir de la primera publicación de este aviso.—San José, 28 de mayo de 2014.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—(IN2014034121).

Mediante escritura pública número 88-12, otorgada ante los notarios públicos: Juan Manuel Godoy Pérez, Mario Quesada Bianchini y Rolando Clemente Laclé Zúñiga, a las 9 horas del 26 de mayo de 2013, comparecen Abonos Agro S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-002749 (“Vendedora”) y Mayoreo Abonos Agro S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-509513 (“Compradora”), para celebrar un contrato de compraventa de establecimiento mercantil en donde la vendedora, quien es propietaria de la división de Mayoreo Ferretería y Acabados, dedicada a la comercialización a nivel mayorista de materiales y acabados para la construcción, vende a la compradora dicho establecimiento mercantil. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante esta notaría dentro del término de quince días hábiles a partir de la primera publicación de este aviso.—San José, 28 de mayo de 2014.—Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—(IN2014034122).

Mediante escritura pública número 89-12, otorgada ante los notarios públicos: Juan Manuel Godoy Pérez, Mario Quesada Bianchini y Rolando Clemente Laclé Zúñiga, a las 10 horas del 26 de mayo de 2013, comparecen Abonos Agro S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-002749 (“Vendedora”) y Corporación Comercial e Industrial El Lagar CR S. A., con cédula jurídica número 3-101-303248 (“Compradora”), para celebrar un contrato de compraventa de establecimiento mercantil en donde la vendedora quien es propietaria de las tiendas al detalle ubicadas en Barrio Cuba y La Uruca, dedicadas a la comercialización al detalle de materiales y acabados para la construcción, vende a la Compradora dicho establecimiento mercantil. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante esta notaría dentro del término de quince días hábiles a partir de la primera publicación de este aviso.—San José, 28 de mayo de 2014.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—(IN2014034123).

Mediante escritura pública número 152-17, otorgada ante los notarios públicos: Ana Carla Muñoz Villalobos, Juan Manuel Godoy Pérez y David Arturo Campos Brenes, a las 14 horas del 06 de noviembre de 2013, comparecen: (i) Da Noi Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-536513 (la “Compradora”) y (ii) Princess Island Properties Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-553443 (la “Vendedora”) y acuerdan celebrar contrato de compraventa de establecimientos mercantiles, en donde la vendedora vende a la Compradora los Activos Adquiridos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante esta notaría dentro del término de quince días hábiles a partir de la primera publicación de este aviso.—San José, 28 de mayo de 2014.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—(IN2014034125).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 8 de enero del 2014, se constituyó la sociedad denominada Passions of Tambor Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de enero del 2014.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2014000048.—(IN2014032358).

Por escritura otorgada ante esta notaría de las nueve horas del seis de noviembre del dos mil trece se protocoliza acta asamblea general extraordinaria de socios de Representaciones Gloria de Santa Ana S. A. mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—Lic. María Luisa Aragón Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014034012).

Por escritura otorgada ante esta notaría de las nueve y treinta horas del seis de noviembre del dos mi trece se protocoliza acta asamblea general extraordinaria de socios mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad Abraham Internacional Primera S. A.—Lic. María Luisa Aragón Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014034013).

Por escritura otorgada ante esta notaría de las diez horas del seis de noviembre del dos mil trece se protocoliza acta asamblea general extraordinaria de socios mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad L S Resort Collection S. A.—Lic. María Luisa Aragón Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014034014).

Por escritura otorgada ante esta notaría de las ocho horas del diecisiete de diciembre del dos mil trece se protocoliza acta asamblea general extraordinaria de socios mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad Grupo P & T Sociedad Anónima.—Lic. María Luisa Aragón Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014034015).

Por escritura otorgada ante esta notaría de las nueve horas del diecisiete de diciembre del dos mil trece se protocoliza acta asamblea general extraordinaria de socios mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad Servicios de Mantenimiento Osorio Limitada.—Lic. María Luisa Aragón Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014034016).

Por escritura otorgada ante esta notaria de las doce horas del veinticuatro de marzo del dos mil catorce, los señores Rafael Emilio Cedeño Valdivieso y Sebastiano Spoladori constituyen la sociedad Inversiones Hiakuan S. A. Domicilio, Quepos Aguirre Puntarenas. Capital social: treinta y seis mil colones. Plazo; 99 años. Presidente: con facultades de apoderado generalísimo el socio Sebastiano Spoladori.—Lic. María Luisa Aragón Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014034017).

Debidamente autorizado al efecto protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Impulsa CR Desarrollos Empresariales S. A. mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas tercera y octava del pacto constitutivo y se nombra nuevo presidente y secretario.—San José, 15 horas del 30 de mayo del 2014.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(IN2014034019).

Debidamente autorizado al efecto protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Constructora Pro Activa S. A. mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 16 horas del 30 de mayo del 2014.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(IN2014034020).

En escritura pública número doscientos ochenta y tres de las nueve horas del veintiuno de mayo del dos mil catorce, se disolvió la sociedad denominada Ganadera Cabagasa S. A. Con cédula jurídica tres-ciento uno-cero noventa y cinco mil cuatrocientos cuarenta y nueve.—Palmares, veintiuno de mayo del dos mil catorce.—Lic. Vera María Sancho Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2014034026).

La suscrita notaria, Daniela Madrigal Rodríguez, hace constar que se modificó la razón social y la junta directiva de la sociedad denominada Inversiones Muebles Martina y Gómez Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana, el treinta de mayo del dos mil catorce.—Lic. Daniela Madrigal Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2014034029).

Por escritura número 366 de las 16:00 horas del 7 de abril de 2014 otorgada ante esta notaría, se modifica las cláusulas 9 y 11 del pacto constitutivo de Chaco Sociedad Anónima. Presidenta: María Felicia Contreras Quesada.—Liberia, 26 de mayo de 2014.—Lic. Olga Matarrita Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2014034032).

Por escritura número 385 de las 8:00 horas del 26 de mayo del 2014. Se disuelve la sociedad Taller El Águila Pura Vida Sociedad Anónima.—Liberia, 26 de mayo del 2014.—Lic. Olga Matarrita Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2014034033).

Por escritura otorgada ante este notario público el día veintisiete de mayo del dos mil catorce, a las once horas, se protocolizaron acuerdos de la sociedad denominada Costa Rica Adventures and Expeditions Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-395814, en donde por acuerdo de los socios se acordó su disolución conforme lo establecido en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Es todo.—San José, 2 de junio del dos mil catorce.—Lic. Juan Pablo Gamboa Amador, Notario.—1 vez.—(IN2014034048).

Que por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas treinta minutos del día nueve de mayo del año dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía Tres-Ciento Dos-Quinientos Quince Mil Seiscientos Ochenta y Cinco Limitada, mediante la cual se acordó reformar las cláusulas segunda y sexta del acta constitutiva.—San José, catorce de mayo del dos mil catorce.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—(IN2014034050).

Que por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del día diecinueve de diciembre del año dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías Inmobiliaria e Inversiones Yalib de Costa Rica S. A., y Jardines del Valle Uno Azul S. A., mediante la cual se acordó la fusión de las compañías prevaleciendo la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Yalib de Costa Rica S. A.—San José, seis de junio del dos mil catorce.—Lic. Cinthia Ulloa Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2014034051).

Que por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas treinta minutos del día dieciséis de mayo del año dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía Tres-Ciento Dos-Seiscientos Catorce Mil Seiscientos Cincuenta y Dos Limitada, mediante la cual se acordó reformar las cláusulas segunda y sexta del acta constitutiva. Además se acordó adicionar una cláusula décima al acta constitutiva.—San José, diecinueve de mayo del dos mil catorce.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—(IN2014034052).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas de hoy, se constituye la sociedad cuya razón social será asignada de oficio por el Registro de Personas Jurídicas de conformidad con lo establecido en el artículo segundo del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio de dos mil seis, que es nombre de fantasía. La última palabra podrá abreviarse Ltda. El capital es la suma de cien mil colones representado por veinte cuotas o títulos nominativos de cinco mil colones cada uno, íntegramente suscritas y pagadas por los socios mediante la emisión de dos letras de cambio. El capital se designan gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma a los señores Juan Ernesto Rivas Navarro y Lizbeth Navarro Picado.—San José, 16 de mayo de 2014.—Lic. Gloria Virginia Vega Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2014034056).

Por escritura otorgada ante mí a las diez horas del treinta de mayo del año dos mil catorce, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Empresa Siembra de Arroz de Calidad Sociedad Anónima, por medio de la cual se acuerda disolver la sociedad, indicando que no tiene bienes o activo alguno, deuda o pasivo alguno, ni operaciones ni actividades de ninguna naturaleza, por lo que se prescinde de nombrar liquidador y demás trámites de liquidación.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(IN2014034063).

Por escritura otorgada a las nueve horas del veintiocho de mayo del dos mil catorce Starena Sociedad Anónima. Modifica las cláusulas segunda y sétima de los estatutos, nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Es todo.—San José, dos de junio del dos mil catorce.—Lic. Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014034065).

Por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del veintiocho de mayo del dos mil catorce Arabian Nights Sociedad Anónima. Modifica las cláusulas segunda y sétima de los estatutos, nombra nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, dos de junio del dos mil catorce.—Lic. Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014034066).

Por escritura otorgada ante mí a las 15 horas del día 26-5-2014 se protocoliza acta de asamblea de la empresa Hightrib Investments Limitada, cédula jurídica 3-102- 382438 en donde se disuelve dicha sociedad.—Lic. Otto Alberto Neil Bodden, Notario.—1 vez.—(IN2014034069).

Por escritura número 68 otorgada ante la suscrita notaría a las 10:30 horas del 26 de mayo del 2014, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Cig Ala R.O.X. S. A., en los que se reforma el domicilio social: San José, calle veinticinco, entre avenidas central y primera, casa cincuenta y cinco N.—San José, 26 de mayo del 2014.—Lic. Manuelita Jiménez Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2014034074).

Por escritura otorgada ante esta notaría pública el veintiocho de mayo del dos mil catorce, a las dieciséis horas se eliminó la cláusula décimo quinta del pacto constitutivo de la compañía APA Atención Pediátrica Avanzada Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de mayo de dos mil catorce.—Lic. Silvia Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—(IN2014034080).

Se protocoliza acta de la firma de esta plaza San Felipe Nery Sociedad Anónima, se reforman cláusulas segunda, sexta y se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, treinta y uno de mayo del dos mil catorce.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2014034088).

Se protocoliza acta de la firma de esta plaza Saiko Natz Sociedad Anónima, se reforman cláusulas segunda, sexta y se nombra junta directiva.—San José, treinta y uno de mayo del dos mil catorce.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2014034089).

Por escritura número setenta y nueve otorgada a las 10 horas del 31 de mayo del 2014, compadecen Floryana Vargas Solano y Fidel Vargas Murillo en su condición de únicos titulares de la totalidad de las acciones de la entidad denominada F & V Servicios  Médicos  Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-483407, manifiestan su voluntad de disolver dicha sociedad anónima.—San José, 2 de junio del 2014.—Lic. Eduardo Aráuz Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2014034090).

Por escritura número noventa y nueve, otorgada ante esta notaría a las ocho horas del veintinueve de mayo del dos mil catorce, se constituyó la sociedad Property Care Central Pacific S. A. Plazo social: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones, dividido diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, representación judicial: presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, se otorga poder general a los señores Rodrigo Postolov y Erica Maritza Pérez de Savage.—San José, dos de junio del dos mil catorce.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014034096).

Por escritura número seis de protocolización de acuerdos de la sociedad Le’ Mo L Y M Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y cinco mil trescientos ochenta y cuatro, otorgada ante mi notaría a las quince horas del veintinueve de mayo del dos mil catorce, del tomo segundo de mi protocolo, se hacen nuevos nombramientos de junta directiva, se modifica la razón social para que en lo sucesivo se denomine Bolaños Mora L.R. Tita Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Bolaños Mora L.R. Tita S. A.—Heredia, 2 de junio del 2014.—Lic. Guillermo Enrique Morales Montoya, Notario.—1 vez.—(IN2014034097).

Ante esta notaría se otorgó la escritura número doscientos treinta y cinco-dos otorgada en San José, a las nueve horas con treinta minutos del treinta de mayo del dos mil catorce, donde la sociedad Grupo Gastronómico de Centroamérica (GCA) Sociedad Anónima, portadora de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y siete mil novecientos cinco, protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, en la cual se acuerda disolver la sociedad y se nombra liquidador, se comunica a todos los interesados para que a partir de los treinta días siguientes de esta publicación procedan si a bien lo tienen de conformidad con lo dispuesto en el artículo doscientos siete del Código de Comercio, hacer llegar sus oposiciones en Barrio Escalante, costado norte de la Rotonda El Farolito, ante esta notaría.—San José, dos de junio de dos mil catorce.—Lic. Mario Hidalgo Matlock, Notario.—1 vez.—(IN2014034098).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las once horas cuarenta y cinco minutos del dos de junio del dos mil catorce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada BLP Abogados S. A., donde se acuerda modificar la cláusula sétima del pacto social.—San José, dos de junio del dos mil catorce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2014034102).

Por escritura otorgada a las dieciocho horas cero minutos del once de marzo del dos mil catorce, ante este notario se constituyó la sociedad anónima denominada Informática y Seguridad en Redes Seginf, así su número de cédula jurídica asignado, con su aditamento, conforme con lo dispuesto en el artículo 19 del Código de Comercio.—Lic. José David Moya Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2014034112).

Por escritura número uno-siete, otorgada ante los notarios públicos Paola Tatiana Rojas Segura y Rolando Laclé Castro, a las diez horas del veintiocho de mayo de dos mil catorce, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Fabulosos Atardeceres Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos setenta y tres mil trescientos siete, mediante la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, veintiocho de mayo de dos mil catorce.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2014034113).

Por escritura cincuenta y cinco-siete otorgada ante esta notaría a las trece horas del veintinueve de marzo del dos mil catorce, se constituye la fundación denominada Fundación Red de Guardavidas de Costa Rica.—Garabito, 1° de abril del 2014.—Lic. Jorge Julián Ortega Volio, Notario.—1 vez.—(IN2014034115).

Por escritura número dos-siete, otorgada ante los notarios públicos Paola Tatiana Rojas Segura y Rolando Laclé Castro, a las diez horas quince minutos del veintiocho de mayo de dos mil catorce, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Fabulosos Amaneceres Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos setenta y cuatro mil ochocientos veintiuno, mediante la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, veintiocho de mayo de dos mil catorce.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2014034116).

Por escritura de las 13:00 horas de hoy en esta ciudad, protocolicé acta de asamblea de socios de El Cacimbo S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 2 de junio de 2014.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—(IN2014034129).

Por escritura número ciento treinta y seis-dos otorgada ante el Lic. Luis Alejandro Chacón Alvarado, se modificó el pacto constitutivo y se realizaron nuevos nombramientos de junta directiva de la sociedad 3-101-495149.—Dos de junio del dos mil catorce.—Lic. Luis Alejandro Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2014034135).

En escritura número treinta y cuatro del tomo quinto de mi protocolo visible al folio cuarenta y cinco frente, se reformó el pacto social de la empresa Black Coral Business Group Sociedad Anónima, otorgada a las diez horas del treinta de mayo del dos mil catorce.—Lic. Cynthia Rodríguez Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2014034159).

Mediante escritura otorgada por la notaria pública Mariela Solano Obando, a las 16:00 horas del día 21 de mayo del 2014, se protocoliza asamblea general extraordinaria de la compañía Sabana Solar Cuarenta y Dos S.R.L., donde se reforma la cláusula primera del pacto social relativa a la denominación social.—San José, 25 de mayo del 2014.—Lic. Mariela Solano Obando, Notaria.—1 vez.—(IN2014034160).

Ante mí, Liana Sancho Chacón, mediante escritura número doscientos nueve-tres se disuelve la sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Setenta y Cuatro Mil Trescientos Treinta y Cuatro Sociedad Anónima, cuyo nombre y denominación social son el mismo.—Ciudad Quesada, dos de mayo del dos mil catorce.—Lic. Liana Sancho Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2014034162).

Por escritura otorgada ante esta notaría, Pedro Jaime De Mathueu López, Melvin Azofeifa Vargas y Jorge Castro Arias, disuelven la sociedad Inversiones Agroveterinarias S. A. Escritura otorgada en San José, a las diez horas del veintinueve de mayo del 2014.—Lic. Édgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014034174).

Por escritura otorgada ante esta notaría, Fabio Marín Espinoza,  disuelve  la  sociedad  Fabio Alonso Marín Espinoza S. A. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del veintiocho de mayo del 2014.—Lic. Édgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014034176).

Por escritura otorgada ante esta notaría, Marco Vargas Salazar y Luisa Mena Fuentes, disuelven la sociedad Mantenimiento y Servicios Marcom V S. A. Escritura otorgada en San José, a las doce horas del catorce de mayo del 2014.—Lic. Edgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014034178).

La empresa Auto Repuestos Willy Número Tres Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-619474, reforma la cláusula quinta del pacto social se aumenta el capital social en la suma de veintitrés millones quinientos mil colones, en diez acciones y comunes y nominativa de dos millones trescientos cincuenta mil colones, apoderado Franklin Ruiz Sánchez.—Lic. Carlos Eduardo solano Serrano, Notario.—1 vez.—(IN2014034184).

Por escritura de las diez horas treinta minutos del dos de junio del año dos mil catorce, se reforma la cláusula sétima de la sociedad Tres-Ciento Dos-Seiscientos Setenta y Ocho Mil Seiscientos Cuarenta y Cuatro, SRL, titular de la cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos setenta y ocho mil seiscientos cuarenta y cuatro.—San José, dos de junio del año dos mil catorce.—Lic. Gustavo Adolfo Tellini Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014034186).

Mediante escritura número ochenta y cinco, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del dos de junio del dos mil catorce, se reformó la cláusula del capital social de la compañía Prodex Comercial Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos dieciocho mil quinientos cuarenta y cinco.—San José, dos de junio del dos mil catorce.—Lic. Ana Elena Castillo Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2014034188).

El suscrito, Alejandro Campos Henao, notario público con oficina en San José, hace constar que a las nueve horas del treinta y uno de mayo del año dos mil catorce, ante esta notaría se reformó Nutirmar Limitada, cédula: tres-ciento dos-ciento ochenta y cuatro mil trescientos treinta.—San José, dieciocho horas del día dos de junio del año dos mil catorce.—Lic. Alejandro Campos Henao, Notario.—1 vez.—(IN2014034208).

Por medio de escritura pública otorgada ante mi notaría, se protocoliza asamblea de socios de la sociedad Tres-Ciento Dos-Cuatrocientos Ochenta y Siete Mil Quinientos Veintiséis Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de personería jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos veintiséis, en donde se acuerda modificar las cláusulas primera, segunda y sexta, asimismo se nombra nuevo gerente, subgerente y agente residente y se revoca poder general judicial del agente residente. Es todo.—San José, a las nueve horas con treinta minutos del día primero de junio del año dos mil catorce.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—(IN2014034209).

A las nueve horas treinta minutos del día de hoy, protocolicé Acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Danari Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y nueve mil trescientos cincuenta y nueve por medio de la cual se modifica la cláusula de la administración y representación. Presidente: Rolando Aguilar Rojas.—San José, tres de junio de dos mil catorce.—Lic. Emma Zoraida Cousin Picado, Notaria.—1 vez.—(IN2014034215).

Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las 8:00 horas del 26 de mayo del 2014, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Grupo Agroindustrial Puntarenas Sociedad Anónima, en la cual se reforman las cláusulas 2da, 4ta y 5ta, y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 26 de mayo del dos mil catorce.—Lic. Marco Vinicio Coll Argüello, Notario.—1 vez.—(IN2014034217).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy se protocoliza acta de la compañía Dicarma Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas tercera y octava de los estatutos sociales, se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 29 de mayo de dos mil catorce.—Lic. Arnoldo Soley Soler, Notario.—1 vez.—(IN2014034220).

Por escritura número 15 de las 14 horas del 2 de junio del año 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de sociedad Ganadera Monterrey Ltda., en la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio y se nombra gerente y subgerente.—Lic. Juan Miguel Vásquez Vásquez, Notario.—1 vez.—(IN2014034238).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Hermanos Blanco Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula novena de la administración.—San José, treinta de mayo del dos mil catorce.—Lic. Jorge Roberto Segnini Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2014034251).

En esta notaría se constituyó Coconut Bites Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse como S. A. y cuya traducción al castellano es: Bocados de Coco Sociedad Anónima, con domicilio social en Rohrmoser, Pavas, San José. Objeto social será tecnología, turismo, bienes raíces, publicidad, construcción, agricultura, ganadería, comercio, industria. Un capital social de sesenta mil colones, pagado con el aporte de tres escritorios.—San José, 2 de junio de 2014.—Lic. Alberto Ortega Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014034254).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 2 de mayo del 2014. Se constituyó la Fundación Pro Desarrollo Social y Ambiental.—San José, 2 de mayo de 2014.—Lic. Alfredo Antonio López Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014034257).

En esta notaría al ser las nueve horas del día dieciséis de mayo del año dos mil catorce, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria número uno, de la sociedad denominada Súper Paica Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos dos mil ciento nueve, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de administración.—Bijagua, Upala, treinta de mayo del año 2014.—Lic. Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2014034260).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San Isidro de El General, a las 14:20 horas del 2 de junio del 2014, se reformó la cláusula cuarta de la sociedad Horizons Resorts Manuel Antonio S. A., cédula jurídica 3-101-346962.—San Isidro de El General, 2 de junio del 2014.—Lic. Jorge Enrique Infante Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014034262).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 11:00 horas del 26 de mayo del 2014, se constituye la sociedad con domicilio en Alajuela, denominada Disfruta Vivir CR Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social la suma de $200,00 (doscientos dólares sin centavos) moneda de los Estados Unidos de América, pagados en efectivo.—Alajuela, 29 de mayo del 2014.—Lic. Carlos Martínez Ocampo, Notario.—1 vez.—(IN2014034266).

Mediante escritura autorizada por el suscrito notario, a las 10:00 horas del día 30 de mayo del 2014, se protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Hamburg Süd Costa Rica S. A., mediante la cual se acuerda reformar la cláusula del domicilio de los estatutos de la compañía.—San José, 02 de junio del 2014.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—(IN2014034279).

Mediante escritura autorizada por el suscrito notario, a las 11:30 horas del día 28 de mayo del 2014, se protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Improsa Agencia de Seguros S. A., mediante la cual se acuerda reformar completamente los estatutos del pacto constitutivo, se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 3 de junio del 2014.—Lic. Óscar Villalobos Arguedas, Notario.—1 vez.—(IN2014034281).

Mediante escritura autorizada por el suscrito notario, a las 10:30 horas del día 28 de mayo del 2014, se protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Improsa Servicios Internacionales S. A., mediante la cual se acuerda reformar completamente los estatutos del pacto constitutivo, se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 3 de junio del 2014.—Lic. Óscar Villalobos Arguedas, Notario.—1 vez.—(IN2014034282).

Mediante escritura autorizada por el suscrito notario, a las 9:30 horas del día 28 de mayo del 2014, se protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Improactiva S. A., mediante la cual se acuerda reformar completamente los estatutos del pacto constitutivo, se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 3 de junio del 2014.—Lic. Óscar Villalobos Arguedas, Notario.—1 vez.—(IN2014034285).

Mediante escritura autorizada por el suscrito notario, a las 8:30 horas del día 28 de mayo del 2014, se protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Inmobiliaria Improsa S. A., mediante la cual se acuerda reformar completamente los estatutos del pacto constitutivo, se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 3 de junio del 2014.—Lic Óscar Villalobos Arguedas, Notario.—1 vez.—(IN2014034287).

Mediante escritura número setenta y nueve del tomo octavo del protocolo del suscrito notario, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Logística Comercial Reed S. A., de las diecinueve horas del veintiocho de mayo del dos mil catorce, donde se modificó la cláusula sexta de la administración, se revocó y nombró nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva. Es todo.—Heredia, a las nueve horas y diez minutos del tres de junio del dos mil catorce.—Lic. Ronny Esteban Retana Moreira, Notario.—1 vez.—(IN2014034297).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San Isidro de El General, a las 14:30 horas del 2 de junio del 2014, se reformó la cláusula quinta de la sociedad Punta Ibérica S. A., cédula jurídica 3-101-419042.—San Isidro de El General, 2 de junio del 2014.—Lic. Jorge Enrique Infante Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014034298).

El día de hoy ante esta notaría, se ha otorgado escritura mediante la cual la compañía Gitana Guacimeña Sociedad Anónima, Domiciliada en La Guácima de Alajuela, cédula de jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y ocho mil seiscientos veintiséis, aumenta el capital social.—Alajuela, veintiocho de mayo del dos mil catorce.—Lic. Mario Alberto Morera Lara, Notario.—1 vez.—(IN2014034326).

Por escritura número ciento ocho del tomo dos de mi protocolo ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintinueve de mayo del dos mil catorce, los socios de la sociedad de esta plaza H.E. Star Productions Sociedad Anónima, han acordado la disolución de dicha sociedad. Se pone en conocimientos de los interesados para lo que corresponde. Para cualquier oposición comunicarse a teléfono 2240-4603.—Lic. Carlos Manuel Gómez Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014034329).

Por escritura número sesenta y ocho visible al folio cuarenta y cinco vuelto, del tomo treinta y dos de mi Protocolo; otorgada en San José, a las ocho horas del catorce de mayo del dos mil catorce; se reforma el domicilio social de la empresa Grupo de Inversiones Faran Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta y seis mil ochocientos cincuenta y cinco, para que en adelante se lea así: Heredia, Santo Tomás de Santo Domingo de Heredia, veinticinco metros este de la iglesia de San Martín.—Lic. Eugenia Delgado Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2014034331).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del dos de junio del dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada S&G Solutions Sociedad Anónima, según la cual se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo y se aceptan las renuncias del presidente y secretario y se hacen nuevos nombramientos.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2014034333).

El suscrito notario hace constar, que ante su notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad DLV Construcciones S. A.San José, 20 de mayo del 2014.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2014034345).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 8:00 horas del 3 de junio de 2014, Citieffe Latinoamérica Sociedad Anónima, reforma cláusula primera del pacto social para que en adelante la sociedad se denomine Intrinsic Citieffe Latinoamérica Sociedad Anónima.—San José, 3 de junio del 2014.—Lic. Carolina Gallegos Steinvorth, Notaria.—1 vez.—(IN2014034349).

Protocolización de acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Servicios Rápido de Guadalupe Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta y nueve mil setecientos sesenta y ocho y de la firma denominada, Distribuidora Calvo y Coto Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres ciento dos setenta mil setecientos noventa y cinco. Se modifica la cláusula del capital social, la junta directiva la representación y el domicilia fiscal. Ante la notaría del Licenciado Rolando Guardiola Arroyo.—Lic. Rolando Guardiola Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2014034350).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del 27 de mayo del 2014, se protocolizó acta de Pachanguita S. A., mediante la cual se nombra secretaria, tesorera de la junta directiva, fiscal y se reforma la cláusula VI del acta constitutiva.—Einar José Villavicencio López, Notario Público de Brasilito, Santa Cruz.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—(IN2014034359).

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del dos de junio del año dos mil catorce, se protocolizó acta de la sociedad San Juanita Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula que regula lo concerniente a los poderes de representación que tienen los miembros de la junta directiva.—San José, dos de junio del dos mil catorce.—Lic. Silvia Pacheco Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2014034361).

Ante esta notaría en San José, al ser las once horas del tres de junio del dos mil catorce, se reforman las clausulas primera y segunda del pacto constitutivo de la sociedad Chateu Masar Sociedad Anónima.—San José, 3 de junio del 2014.—LL.M. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2014034367).

En esta notaría se ha protocolizado acta número cinco de la sociedad Hacienda Tajos Coyote Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil setecientos sesenta y dos, mediante la cual se nombran presidente y tesorero y se modifica cláusula décimo tercera. Es todo.—Lic. Adriana Varela Solís, Notaria.—1 vez.—(IN2014034380).

En mi notaría, ubicada en Tilarán, Guanacaste, setenta y cinco metros al sur de la Casa Episcopal, protocolicé mediante escritura número ciento sesenta y uno, de las catorce horas del veinte de mayo del dos mil catorce, el acta número cinco de asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad denominada: Corporación Tutto Vita Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y un mil novecientos ochenta y cinco, acta celebrada el cuatro de abril del dos mil catorce, a las diez horas. Se tomó el acuerdo de disolver la sociedad. Se emplaza a todos los interesados para que en el plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto para que comparezcan a esta notaría a hacer valer sus derechos. Teléfono-fax: dos-veintiséis-noventa y cinco-treinta y dos-noventa y dos.—Tilarán, veintitrés de mayo del dos mil catorce.—Lic. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1 vez.—(IN2014034382).

En mi notaria, ubicada en Tilarán, Guanacaste, setenta y cinco metros al sur de la Casa Episcopal, protocolicé mediante escritura número ciento sesenta y dos, de las quince horas cuarenta y cinco minutos del veinte de mayo del dos mil catorce, el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad denominada: Tico Bikes Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos dieciocho mil seiscientos noventa y dos, acta celebrada el cinco de marzo del dos mil catorce, a las once horas. Se tomó el acuerdo de disolver la sociedad. Se emplaza a todos los interesados para que en el plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto para que comparezcan a esta notaría a hacer valer sus derechos. Teléfono-fax: dos-veintiséis-noventa y cinco-treinta y dos-noventa y dos.—Tilarán, veintitrés de mayo del dos mil catorce.—Lic. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1 vez.—(IN2014034385).

Por escritura otorgada ante mí, bajo juramento, a las 10:00 horas del 30 de mayo del 2014, Diego Stucchi, pasaporte N° YA 4781044, único socio de Techno Contramarcos y Solar S. A., cédula jurídica N° 3-101-494053, solicita al Registro Nacional la disolución de esta sociedad, por no tener bienes, activos, pasivos, ni actividades de ninguna naturaleza.—Nicoya, 2 de junio del 2014.—Lic. Olga Granados Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2014034389).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas del día veintiocho de mayo del año dos mil catorce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Poligonal Sociedad Anónima por medio de la cual se reforman totalmente los estatutos del pacto constitutivo y se reelige la junta directiva.—San José, veintiocho de mayo del dos mil catorce.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—(IN2014034390).

Según escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 12 horas del día 29 de abril del año 2014, se constituye la sociedad de esta plaza denominada Agropecuaria Cuipilapa Casa Vieja Sociedad Anónima, con acciones nominativas de un colón cada una. Presidente: Carlo Molina Rivera.—Lic. Fabián Antonio Segura Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2014034392).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 03 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominadas Nanjing Changpen Co. Limitada. Plazo: 99 años. Objeto: producción industrial, comercialización, servicio al cliente, los bienes raíces, el turismo, el comercio, importación y exportación. Representante legal: el gerente y el apoderado generalísimo. Capital social: doce mil colones suscrito y pagado.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2014034393).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria celebrada a las 10:00 horas del 15 de mayo del 2014, de la sociedad: Tres-Ciento Dos-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Ochocientos Dieciséis S.R.L. Se reforma la cláusula segunda y se nombra gerente general.—San José, 3 de junio del 2014.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—(IN2014034394).

Por escritura número 173 del tomo 8 de mi protocolo, otorgada las 9:00 horas del 3 de junio del año 2014, el suscrito notario protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas número 15 de la sociedad Makhteshim Agan Costa Rica S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-143444, mediante la cual se reforma la cláusula primera para cambiar la razón social a Adama Crop Solutions ACC S. A., y segunda de los estatutos sociales.—San José, 3 de junio del 2014.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014034395).

En esta notaría en San Ramón, a las diecisiete horas del diez de mayo del dos mil catorce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Alvaquiro Sociedad Anónima. Domiciliada en San Rafael, San Ramón de Alajuela, 300 al sur de Hogares Crea, cédula jurídica 3-101-612258, mediante la cual se modifica la cláusula primera de los estatutos, se solicita el cambio de nombre de Alvaquiro S. A. a Repuestos Tycar S. A.—San Ramón, 17 de mayo del 2014.—Lic. José Joaquín Arias Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2014034402).

Por escritura número ciento ochenta y cinco, de las ocho horas del dos de junio del dos mil catorce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria número cuatro de Ingeniería en Pintura Industrial y Arquitectónica S. A., en donde se modifica la cláusula cuarta y quinta de los estatutos.—Cartago, 2 de junio del 2014.—Lic. Alejandra Rojas Carballo, Notaria.—1 vez.—(IN2014034404).

Que la notaria Marianella Mora Barrantes, en escritura número 133 otorgada a las 13:00 horas del dos de junio del 2014, se constituye la sociedad denominada Biofields Sociedad Anónima.—San José, trece horas quince minutos del 02 de junio del 2014.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014034405).

Que la notaria Marianella Mora Barrantes, en escritura número 135 otorgada a las 15 horas del dos de junio del 2014, se constituye la sociedad denominada Chocolate Woodspoon Sociedad Anónima.—San José, quince horas quince minutos del 02 de junio del 2014.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014034406).

Por escritura de las 10:30 horas del día de hoy, se protocolizó Acta de Asamblea de Cuotistas de PB-Five Night Bird LLC, Sociedad Responsabilidad Limitada, en la que se reforma la cláusula sétima de sus Estatutos.—Jacó, Puntarenas, 2 de junio del 2014.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—(IN2014034408).

Que la notaria Marianella Mora Barrantes, en escritura número 134 otorgada a las 14:00 horas del dos de junio del 2014, se constituye la sociedad denominada Bioethical Shrimp Sociedad Anónima.—San José, catorce horas quince minutos del 02 de junio del 2014.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014034409).

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUBÁREA COBRO ADMINISTRATIVO A PATRONOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La suscrita Jefe de la Subárea de Cobro Administrativo a Patronos de la Dirección de Cobros, Oficinas Centrales de la Caja Costarricense de Seguro Social, dada la imposibilidad de notificar en forma personal al patrono Embajada de la República de China (Taiwán), cédula jurídica 3005045124, se procede a efectuar la siguiente notificación por publicación de edicto, de conformidad con los artículos 241 de la Ley General de Administración Pública, y el Artículo 53 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social. Se le informa que adeuda a la Institución, por concepto de cuotas obreras y patronales, la suma de ¢353.279,00 colones. Se le concede cinco días hábiles, para que se presente a normalizar su situación de morosidad, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial correspondientes. El monto de la deuda contempla los intereses al día 04-06-2014. Dicha deuda comprende además del principal otros rubros que por Ley La Caja puede cobrar como: recargos, intereses, multas, facturaciones especiales y que serán liquidados al momento en que se haga el efectivo pago.—Dirección de Cobros.—Área Gestión de Cobro a Patronos.—Olga Duarte Bonilla, Jefa.—(IN2014034890).

AVISOS

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El Colegio de Abogados de Costa Rica, avisa: Que mediante resolución de la Fiscalía de las nueve horas treinta y cinco minutos del cinco de marzo del dos mil catorce, se ordenó publicar en ejercicio de la facultad que prevé el ordinal 246 de la Ley General de la Administración Pública la publicación aquí dispuesta contendrá en relación: “Inicio del Procedimiento Administrativo Disciplinario. Fiscalía del Colegio de Abogados de Costa Rica. San José, a las quince horas veinte minutos del catorce de octubre del dos mil trece. La Junta Directiva del Colegio de Abogados, mediante acuerdo número 2013-32-085, dispuso trasladar el presente expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. De conformidad con las potestades que se le otorgan a esta Fiscalía, téngase por instaurado el presente procedimiento disciplinario en contra del licenciado Álvaro de Jesús Palma Vargas, colegiado 12759, con el fin de averiguar la verdad real de la supuesta comisión de los hechos que constan en la denuncia adjunta, los cuales consisten en: “Se denuncia que en mayo del 2009 el señor Zamora Zamora contrató al denunciado para que le tramitara un proceso cobratorio el cual fue tramitado bajo el expediente número 09-018823-1044-CJ ante el Juzgado Especializado del I Circuito Judicial de San José, en la cual él en su calidad de representante legal de Dispaza S. A. demandó a la empresa International Distribution Ima Sociedad Anónima por concepto de honorarios, siendo que el despacho mediante resolución de las diez horas cincuenta y dos minutos del 10 de noviembre del 2009, realizó una prevención y ante el incumplimiento del agremiado respecto a la misma, mediante resolución de las ocho horas cincuenta y cinco minutos del 29 de junio del 2010 se declaró inadmisible la demanda que ordenó el archivo del expediente. De igual manera, contrató al agremiado en mayo del 2010 para que interpusiera a su favor un proceso ordinario de cobro de daños y perjuicios, para lo cual el denunciado lo redactó y él lo firmó y pagó los timbres, sin embargo, el agremiado nunca lo presentó al despacho respectivo, ocasionando con ello un grave perjuicio al denunciante. Que al denunciado se le canceló la suma de ¢250.000,00. Los hechos indicados podrían resultar contrarios a lo indicado en los artículos 10 incisos 2 y 6 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados; y 14, 17, 31, 34 y 39 del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho vigente, en relación con el 78, 79, 82 y 83 incisos a) y e); los artículos 85 incisos a) y b) y 86 del mismo” (…). Recursos: Contra esta resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria y apelación. El primero será resuelto por el suscrito fiscal y el segundo por la Junta Directiva de este Colegio constituida en Consejo de Disciplina. Estos recursos se deberán interponer dentro de las veinticuatro horas siguientes a la última comunicación a todas las partes (artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública). El acto final que se dicte tendrá el recurso ordinario de revocatoria y se deberá interponer ante esta Fiscalía dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del mismo, quedando su resolución a cargo de la Junta Directiva, todo de conformidad con el artículo 12 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados en relación con los artículos 345 y 346 de la Ley General de Administración Pública. La resolución del recurso interpuesto contra el acto final dará por agotada la vía administrativa. Oportunamente se designará hora y fecha para la comparecencia oral y privada. Notifíquese. Licda. Cindy Solórzano Núñez, Fiscal”. Publíquese por tres veces consecutivas en el diario oficial La Gaceta, teniéndose por hecha la notificación a partir de la última publicación. (Expediente administrativo 199-13).—Licda. Vilma B. Mesén Madrigal, Fiscal.—O. C. N° 9683.—Solicitud N° 14268.—Crédito.—(IN2014034511).

 

 

 

 



[1]           [1] Programa Macroeconómico, periodo 2014-2015. Aprobado por la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en el artículo 4 de la sesión 5633-2014 del 29 de enero de 2014. www.bccr.fi.cr.

[2]           [2] Tipo de cambio de venta promedio anual del 2014 según el BCCR y proyectado.