LA GACETA N° 112 DEL 12 DE JUNIO DEL 2014
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL0
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO
TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en
las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso
2) acápite b) de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública de 2
de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley N° 8131, Ley de la Administración
Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y
sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN de 31 de
enero de 2006 y sus reformas; Ley N° 5412, Ley Orgánica del Ministerio de Salud
de 8 de noviembre de 1973 y sus reformas; Ley N° 9028, Ley General de Control del
Tabaco y sus efectos nocivos en la salud de 22 de marzo de 2012 y su reforma;
el Decreto Ejecutivo N° 32452-H de 29 de junio de 2005 y sus reformas y el
Decreto Ejecutivo N° 37595-H de 18 de marzo de 2013 y sus reformas.
Considerando:
1º—Que la Ley N° 5412,
publicada en La Gaceta N° 12 de 18 de enero de 1974 y sus reformas, creó
la Oficina de Cooperación Internacional de la Salud (OCIS), como un órgano
adscrito al Ministerio de Salud, encargado de la gestión financiera de
programas nacionales y campañas especiales de salud, que se financia con
recursos provenientes de convenios con organismos internacionales, de
contribuciones especiales de fondos asignados en el Presupuesto General de la
República o en leyes especiales.
2º—Que la Ley N°
9028, publicada en el Alcance N° 37 a La Gaceta N° 61 de 26 de marzo de
2012 y su reforma, tiene como objetivo establecer las medidas necesarias para
proteger la salud de las personas de las consecuencias sanitarias, sociales,
ambientales y económicas del consumo de tabaco y de la exposición al humo de
tabaco. Disponiendo que el Estado garantizará a los consumidores la prestación
de los servicios y tratamientos adecuados para combatir la adicción a los
productos del tabaco, mediante proyectos y programas integrales.
3º—Que por medio
del oficio número DM-0088-2014, la Ministra de Salud, solicitó la ampliación
del gasto presupuestario máximo de esa dependencia por un monto de
¢5.892.202.539,30 (cinco mil ochocientos noventa y dos millones doscientos dos
mil quinientos treinta y nueve colones con treinta céntimos) para el 2014, para
realizar dos programas relevantes para el país y el Ministerio de Salud, el
proyecto “Ley General de Control del Tabaco” y el proyecto “La iniciativa Salud
Mesoamérica 2015” donde se considera específicamente el proyecto “Prevención
del Embarazo al adolescente”.
4º—Que del monto
solicitado correspondería ampliar por la vía del Decreto Ejecutivo, la suma de
¢5.313.516.899,30 (cinco mil trescientos trece millones quinientos dieciséis
mil ochocientos noventa y nueve colones con treinta céntimos) de conformidad
con lo establecido en el artículo 5° del Decreto Ejecutivo N° 37595-H,
publicado en el Alcance N° 54 a La Gaceta N° 57 de 21 de marzo de 2013 y
sus reformas, ya que son recursos financiados con superávit específico y que se
utilizarán de conformidad con la referida Ley N° 9028 para: desarrollar e
implementar estrategias para la disminución del uso de tabaco en la población
nacional, mediante acciones de promoción de la salud que permitan educar sobre
los efectos nocivos del tabaco en la salud y las actividades masivas que
promuevan actividades físicas y estilos de vida libres de tabaco, especialmente
enfocado a los niños, niñas y adolescentes; la iniciativa Salud Mesoamérica
2015, que es un proyecto cuyos fondos provienen del Convenio Marco de
Financiamiento no reembolsable del Fondo Mesoamericano de la Salud, el cual
busca contribuir a la reducción del embarazo adolescente, apoyando el
desarrollo de un modelo intersectorial operado a través de redes locales para
la prevención del embarazo y atención a la maternidad y paternidad precoz, con
modalidades diferenciadas de atención a adolescentes, de acuerdo a sus
distintos niveles de exposición a riesgos; la construcción y remodelación de
establecimientos de CEN CINAI que fueron dañados por el terremoto de Nicoya del
5 de setiembre de 2012, además de los CINAI del Sur de Heredia y Transferencias
corrientes a órganos desconcentrados para programas públicos de salud
preventiva.
5º—Que del monto
indicado en el considerando anterior no se autoriza la suma de
¢1.690.570.000,00 (mil seiscientos noventa millones quinientos setenta mil
colones exactos), por cuanto se refieren a diversos gastos en información,
impresión, encuadernación, y otros, así como servicios de gestión y apoyo,
actividades de capacitación, útiles, materiales de oficina y cómputo, productos
de papel, cartón e impresos, textiles y vestuarios, que de lo aportado por la
entidad no se logra evidenciar la relevancia de dichas erogaciones. Por lo que el
monto restante por ¢3.622.946.899,30 (tres mil seiscientos veintidós millones
novecientos cuarenta y seis mil ochocientos noventa y nueve colones con treinta
céntimos) es el que corresponde ampliar vía Decreto Ejecutivo.
6º—Que mediante
el Decreto Ejecutivo N° 37595-H citado, se emitieron las Directrices Generales
de Política Presupuestaria para el año 2014, estableciéndose en el artículo 2°,
el porcentaje máximo en que podría incrementarse el gasto presupuestario de las
entidades públicas, ministerios y demás órganos, con respecto al del año
precedente. En correspondencia con dicha disposición, el monto de gasto
presupuestario máximo para el año 2014 resultante para la OCIS, fue establecido
en la suma de ¢1.011.325.640,00 (mil once millones trescientos veinticinco mil
seiscientos cuarenta colones exactos), el cual fue comunicado mediante el
oficio STAP-0304-2014 del 12 de marzo de 2014; cifra que no contempla el gasto
indicado previamente en este decreto.
7º—Que mediante
el Decreto Ejecutivo N° 32452-H, publicado en La Gaceta N° 130 del 6 de
julio de 2005 y sus reformas, se emite el “Lineamiento para la aplicación del
artículo 6 de la Ley N° 8131 de la Administración Financiera de la República y
Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del Sector
Público denominada Financiamiento”.
8º—Que en
relación con el superávit específico, el numeral 9° del referido Decreto
Ejecutivo N° 32452-H, posibilita la utilización de éste, para el pago de gastos
definidos en los fines establecidos en las disposiciones especiales o legales
aplicables a tales recursos.
9º—Que por lo
anterior, resulta necesario ampliar el gasto presupuestario máximo fijado a la
OCIS para el año 2014, incrementándolo en la suma de ¢3.622.946.899,30 (tres
mil seiscientos veintidós millones novecientos cuarenta y seis mil ochocientos
noventa y nueve colones con treinta céntimos). Por tanto,
Decretan:
Artículo
1º—Amplíese para la Oficina de Cooperación Internacional de la Salud (OCIS), el
gasto presupuestario máximo para el año 2014, establecido de conformidad con el
Decreto Ejecutivo N° 37595-H, publicado en el Alcance Digital N° 54 a La
Gaceta N° 57 de 21 de marzo de 2013 y sus reformas, en la suma de
¢3.622.946.899,30 (tres mil seiscientos veintidós millones novecientos cuarenta
y seis mil ochocientos noventa y nueve colones con treinta céntimos), para ese
período.
Artículo 2º—Es
responsabilidad de la administración activa de la OCIS, el cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera
de la República y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta N° 198
de 16 de octubre de 2001 y sus reformas, así como en el Decreto Ejecutivo N°
32452-H, publicado en La Gaceta N° 130 de 6 de julio de 2005 y sus
reformas.
Artículo 3º—Rige
a partir de su publicación.
Dado en la
Presidencia de la República, a los diez días del mes de abril del año dos mil
catorce.
LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Hacienda a. í, José Luis Araya
Alpízar.—1 vez.—O. C. Nº 22094.—Solicitud Nº
2779.—C-88760.—(D38342-IN2014035092).
N° DM-FP-1757-14
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en
los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y
28 aparte segundo inciso b) de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley
General de la Administración Pública”.
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al Lic. Eduardo Carvajal Obando, cédula de identidad N° 1-785-165,
funcionario del Área Rectora de la Salud de Escazú, para que asista y participe
en la actividad denominada capacitación “Fortalecimiento de la Enfermería en
relación a las buenas prácticas, acceso a la info-enfermería
y curso de formación, prescripción y TIC”, que se llevará a cabo en la ciudad
de Madrid, España, del 19 al 30 de mayo del 2014.
Artículo 2º—Los
gastos del funcionario, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje
serán cubiertos por parte del Consejo General de Enfermería España, el Colegio
de Enfermeras de Costa Rica y por recursos propios del Lic. Carvajal Obando,
por lo que no existe gasto a cargo del erario público.
Artículo
3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la
participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Para
efectos de itinerario el funcionario, estará saliendo el día 18 de mayo y
regresará el día 31 de mayo del 2014.
Artículo 5º—Rige
a partir del 18 de mayo al 31 de mayo del 2014.
Dado en el
Ministerio de Salud, San José a los nueve días del mes de mayo del dos mil
catorce.
Publíquese.—Dra. María Elena López Núñez, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 22094.—Solicitud Nº
2785.—C-26340.—(IN2014035170).
N° DM-FP-1876-14
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución
Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley Nº 6227 del 02
de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; Ley de Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2014; y
el artículo 34 del “Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para
funcionarios públicos”, emitido por la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al Dr. Francisco Gólcher Valverde, cédula
de identidad N° 1-451-961, Contralor Institucional y a la Lic. Adriana Salazar
González, cédula de identidad N° 1-1295-354, Jefa a. í. de la Unidad de Asuntos
Internacionales en Salud, para que asistan y participen en la actividad
denominada “67° Asamblea Mundial de la Salud”, que se llevará a cabo en
Ginebra, Suiza, del 19 al 24 de mayo del 2014.
Artículo 2º—Los
gastos del viaje de los funcionarios, por concepto de alimentación y hospedaje
serán financiados por presupuesto de Fideicomiso, Programa 630, Sub-Partida
1.05.04 viáticos al exterior por la suma de $2.816,36, para cada funcionario,
así mismo por concepto de taxis la suma de $100,00, para cada funcionario,
montos sujetos a la respectiva liquidación. Los tiquetes aéreos serán
financiados por Fideicomiso 872-CTAMS-BNCR, OC 08, programa 630 subpartida 1.05.03 Transporte al exterior por la suma de
$2.193.00 más los $29 impuestos de salida, para cada funcionario.
Artículo
3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la
participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su
salario.
Artículo 4º—Para
efectos de itinerario los funcionarios, estarán saliendo el día 17 de mayo y
regresarán el día 25 de mayo del 2014.
Artículo 5º—Rige
a partir del 17 de mayo al 25 de mayo del 2014.
Dado en el
Ministerio de Salud, San José a los nueve días del mes de mayo del dos mil
catorce.
Publíquese.—Dra. María Elena López Núñez, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 22094.—Solicitud Nº
2777.—C-35550.—(IN2014035180).
N° DM-FP-1884-14
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en
los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y
28 aparte segundo inciso b) de la Ley No. 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley
General de la Administración Pública”.
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la Dra. Andrea Garita Castro, cédula de identidad N° 1-910-032,
Directora de Planificación y Evaluación Estratégica de las Acciones en Salud,
para que asista y participe en la actividad denominada “Taller de Consulta para
la Formulación de la Política Regional de Salud del SICA”; que se llevará cabo
en la Ciudad de San Salvador, El Salvador, el 22 de mayo del 2014.
Artículo 2º—Los
gastos de la funcionaria, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje
serán cubiertos por la Secretaria Ejecutiva del Consejo de Ministros de Salud
de Centroamérica y República Dominicana (SE-COMISCA), por lo que no existe
gasto a cargo del erario público.
Artículo
3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la
participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su
salario.
Artículo 4º—Para
efectos de itinerario la funcionaria, estará saliendo del país el día 21 de
mayo y regresando el 23 de mayo del 2014.
Artículo 5º—Rige
a partir del 21 de mayo al 23 de mayo del 2014.
Dado en el
Ministerio de Salud, San José a los dieciséis días del mes de mayo del dos mil
catorce.
Publíquese.—Dra. María Elena López Núñez, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 22094.—Solicitud Nº
2783.—C-25450.—(IN2014035165).
N° DM-FP-1879-14
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en
los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y
28 aparte segundo inciso b) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley
General de la Administración Pública”.
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la Dra. Nydia Amador Brenes, cédula de identidad N° 1-419-741,
Jefa Unidad de Evaluación de Impacto de Acciones Estratégicas en Salud y
Responsable Programa Control de Tabaco, para que asista y participe en la
actividad denominada “Taller sobre Política Pública de Prohibición, Promoción y
Patrocinio de los Productos del Tabaco”; que se llevará cabo en Panamá, del 14
al 15 de mayo del 2014.
Artículo 2º—Los
gastos de la funcionaria, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje
serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), por lo que
no existe gasto a cargo del erario público.
Artículo
3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la
participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su
salario.
Artículo 4º—Para
efectos de itinerario la funcionaria, estará saliendo del país el día 13 de
mayo y regresando el 16 de mayo del 2014.
Artículo 5º—Rige
a partir del 13 de mayo al 16 de mayo del 2014.
Dado en el
Ministerio de Salud, San José a los nueve días del mes de mayo del dos mil
catorce.
Publíquese.—Dra. María Elena López Núñez, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 21308.—Solicitud Nº
2784.—C-24690.—(IN2014035174).
N° DM-MG-1891-14
LA MINISTRA DE SALUD
En uso de las
facultades que le confieren el artículo 5 de la Ley N° 5412 de 8 de noviembre
de 1973 y sus reformas “Ley Orgánica del Ministerio de Salud” y artículo 5 del
Decreto Ejecutivo N° 36406-S de 3 de enero del 2011 “Reglamento Orgánico del
Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud”.
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a las siguientes personas como miembros Consejo Técnico del
Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud
(INCIENSA):
a) Dra. María Esther Anchía
Angulo, cédula N° 6-146-408, Presidenta.
b) Dr. Gerardo Solano Elizondo, cédula N°
1-719-086, Vicepresidente.
c) Dra. María Ethel
Trejos Solórzano, cédula N° 4-111-109, Secretaria.
d) Lic. Jorge Araya Madrigal, cédula N° 9-056-693,
Vocal I.
e) Dra. Nidia Amador Brenes, cédula N° 1-419-741,
Vocal II.
Artículo 2º—Rige
a partir de esta fecha y hasta el ocho de mayo de dos mil dieciséis.
Dado en el
Ministerio de Salud, San José, a los nueve días del mes de mayo de dos mil
catorce.
Publíquese.—Dra. María Elena López Núñez, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 22094.—Solicitud Nº
2781.—C-19590.—(IN2014035185).
N° DM-FP-1953-14
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en
los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y
28 aparte segundo inciso b) de la Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978 “Ley General
de la Administración Pública”; Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de
la República para el ejercicio económico 2014; y el artículo 34 del “Reglamento
de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios públicos”, emitido por la
Contraloría General de la República.
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la Dra. Nydia Amador Brenes, cédula de identidad N° 1-419-741,
Jefa de la Unidad de Evaluación de Impacto de Acciones Estratégicas en Salud y
Responsable Programa Control de Tabaco, para que asista y participe en la
actividad denominada “Ceremonia del Día Mundial Sin Tabaco 2014”, que se
llevará a cabo en la Ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América, el
02 de junio del 2014.
Artículo 2º—Los
gastos del viaje de la funcionaria, por concepto de alimentación y hospedaje
serán financiados por presupuesto de Gobierno, Programa 631-02, Sub-Partida
1.05.04 viáticos al exterior por la suma de $642,72, así mismo por concepto de
taxis la suma de $100.00, montos sujetos a la respectiva liquidación. El tiquete aéreo será financiado con recursos
de la Ley N° 9028 “Ley General de Control del Tabaco y sus efectos nocivos en
la Salud”.
Artículo
3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la
participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su
salario.
Artículo 4º—Para
efectos de itinerario la funcionaria, estará saliendo el día 01 de junio y
regresará el día 03 de junio del 2014.
Artículo 5º—Rige
a partir del 1° de junio al 3 de junio del 2014.
Dado en el Ministerio
de Salud, San José a los veintisiete días del mes de mayo del dos mil catorce.
Publíquese.—Dra. María Elena López Núñez, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 21308.—Solicitud Nº
2782.—C-32915.—(IN2014035176).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE
LA COMUNIDAD
AVISO
El
Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección
Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar que la Asociación de
Desarrollo Integral de Colonia Kennedy de San Sebastián, San José. Por medio de
su representante: Alan Antonio Marín Cedeño, cédula 1-571-046, ha hecho
solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 17
para que en adelante se lea así:
Artículo
17: para que se agregue y permita la forma de elección de los miembros de junta
directiva y fiscalía a criterio de la Asamblea ya sea levantando la mano o
individual o secreta.
Dicha
reforma es visible a folio 96 del tomo III del expediente de la organización
comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la
Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación
fue aprobada mediante asamblea general extraordinaria de afiliados celebrada el
día 25 de abril del 2014. En cumplimiento de lo establecido en los artículos
17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859
“Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el
término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso, a cualquier
persona, pública o privada y en especial a la municipalidad para que formulen
los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo
por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las 11:10
horas del 4 de junio del 2014.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1
vez.—(IN2014035309).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTO
El señor Esteban
Montero Coto número de cédula 3-338-765, vecino de Cartago en calidad de
apoderado generalísimo de la compañía Inversión Monteco
de Cartago S. A., con domicilio en Cartago, solicita el registro del siguiente
medicamento veterinario del grupo 2: Conceptase®,
fabricado por Laboratorios Pharmadix Corp. S. A.C., para Agrovet Market Animal Health, Perú, con
los siguientes principios activos: Cada ml contiene: Buserelina
0.0084 mg (equivalente Buserelina 0.008 mg) y las
siguientes indicaciones terapéuticas: Tratamiento de disfunciones ováricas y
como mejorador de la tasa de concepción e índice de fecundación. Con base en el
Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en
el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 13
horas del día 22 de mayo de 2014.—Dr. Luis Zamora Chaverri,
Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2014035121).
DIVISIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este
departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 63, título N° 288, emitido por el Colegio Técnico Profesional
Valle La Estrella, en el año dos mil cuatro, a nombre de Molano Ruiz Reynel Nemesio, cédula 1-1244-0318. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, cuatro de junio del dos mil catorce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014034842).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 29, Título N° 166,
emitido por el Colegio Santa Teresa, en el año dos mil tres, a nombre de Cruz
González Felipe, cédula 1-1266-0261. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en
San José, a los veinte días del mes de mayo del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014034952).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo
1, Folio 247, Título N° 1359, emitido por Lieco
Nocturno Julián Volio Llorente, en el año dos mil ocho,
a nombre de Ugalde Rodríguez Eliseo Martín, cédula 2-0676-0422. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta. Dado en San José, a los veintiocho días del mes de octubre del dos
mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014034975).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES
SOCIALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el Señor Ministro de
Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la
reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización Social denominada:
Cooperativa de Ahorro y Crédito Refaccionario del cantón de Alfaro Ruiz R. L.,
Siglas COOPECAR R. L., L., la cual probada en asamblea celebrada el 10 de marzo
del 2013. Resolución C-207. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29
de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la ley Orgánica del Ministerio
de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto
de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
La reforma afecta los artículos 52 y 65 del Estatuto.—San
José, 20 de mayo del 2014.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2014035198).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De
conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo Seguridad
Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada:
Federación de Asociaciones Cooperativas de Servicios R.L., siglas FECOSER R.L.,
constituida en la asamblea celebrada el 16 de noviembre del 2013. Expediente
1484-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de
Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se
procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su
inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Presidente Juan José Ayala Torres
Vicepresidente Guillermo Quesada González
Secretario Aura Hernández Rojas
Vocal
1 Elsa Muñoz Cascante
Vocal
2 Óscar Murillo
Rodríguez
Vocal
3 Ricardo Murillo
Calderón
Vocal
4 Gilda González
Picado
Suplente
1 Rosaura Chacón Segura
Suplente
2 Ivannia
Zamora Vega
Gerente Eduardo Matute Alfonzo
2
de junio del 2014.—Dirección General de Asuntos
Laborales.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa a. í.—(IN2014035086).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
En sesión celebrada
en San José, a las 9:00 horas del 29 de abril del 2014, se acordó conceder
Pensión de Gracia mediante la resolución JNPA-744-2014, al señor Acuña Elizondo
Orlando, cédula de identidad 1-332-677,
vecino de San José, por un monto de ciento once mil ciento veinticuatro colones
con sesenta y un céntimos (¢111.124,61), con un rige a partir de la inclusión
en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se
haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario
correspondiente.—Lic. Héctor Acosta Jirón,
Director.—1 vez.—(IN2014035287).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Propiedad industrial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Cambio de Nombre Nº 91487
Que
Álvaro Artavia Víquez, casado, cédula de identidad
104280274, en calidad de apoderado generalísimo de Gfours
Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre de Wackenhut S. A., cédula jurídica
3-101-062907 por el de Gfours Sociedad Anónima,
presentada el día 12 de mayo de 2014 bajo expediente 91487. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 2003-0003478 Registro Nº 148037 WACKENHUT
en clase 45 marca mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—27 de mayo del 2014.—Ildreth
Araya Mesén, Registradora.—1 vez.—(IN2014034875).
Fusión Nº 89519
Que
José Antonio Muñoz Fonseca, cédula de identidad 104430939, en calidad de
apoderado especial de Corporación de Compañías Agroindustriales CCA Sociedad
Anónima, solicita a este Registro se
anote la inscripción de la fusión entre Hortifruti,
S. A., cédula jurídica 3-101-022748 con Corporación de Compañías
Agroindustriales CCA Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-085278,
prevaleciendo Corporación de Compañías Agroindustriales CCA Sociedad Anónima,
presentada el día 11 de febrero de 2014 bajo expediente 89519. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 2002-0001404 Registro Nº 169079 CAROLINA
en clase 30 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única
vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978 A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—18 de marzo de 2014.—María Leonor Hernández B., Registradora.—1
vez.—(IN2014034944).
Marcas de Ganado
Santiago
Lara Ponce, cédula de identidad 0501120952, solicita la inscripción de:
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como marca de ganado
que usará preferentemente en Guanacaste, La Cruz, Santa Elena, Cuajiniquil, 500 metros norte del Super
Compro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro dentro de los diez días hábiles contados a partir de
la publicación de este edicto. Presentada el 28 de marzo 2014. Solicitud N°
2014-634.—San José, 4 de abril del 2014.—Viviana
Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2014035003).
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Luis Diego Castro Chavarría, abogado, mayor, vecino de San
José, céd. 1-669-228, en su condición de apoderado de
Incyte Corporation, de
E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada HETEROCICLILAMINAS COMO INHIBIDORES DE PI3K.
Para ver
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La presente invención proporciona derivados de heterociclilamina
de la fórmula I: en donde las variables se definen en la presente, que modulan
la actividad de las fosfoinositida 3-quinasas (PI3Ks)
y son de utilidad en el tratamiento de enfermedades relacionadas con la
actividad de PI3Ks que incluyen, por ejemplo, trastornos inflamatorios,
trastornos con base inmune, cáncer y otras enfermedades. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 471/04; A61K 31/519; A61P
1/00; A61P 17/00; A61P 19/00; A61P 27/00; A61P 29/00; A6lP 35/00; cuyos
inventores son Li, Yun-Long, Yao,
Wenqing, Combs, Andrew, P, Yue, Eddy, W, Mei, Song, Zhu, Wenyu,
Glenn, Joseph, Maduskuie, Thomas, P., Jr, Sparks, Richard, B, Douty, Brent, He, Chunhong. La
solicitud correspondiente lleva el número 20140111, y fue presentada a las
14:07:42 del 4 de marzo del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 25 de
abril del 2014.—Lic. Kelly Selva Vasconcelos, Registradora.—(IN2014035014).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El
señor Álvaro E. Dengo Solera, cédula 1-544-035, mayor de edad, vecino de San
José, apoderado especial de Fib & Co, de Francia,
solicita la patente de invención denominada MÉTODO PARA ELABORAR LÁMINAS A PARTIR DE PSEUDOTALLO
DE BANANO Y LÁMINAS OBTENIDAS USANDO DICHO MÉTODO. Más específicamente, la invención se
refiere a un método para elaborar láminas a partir de pseudotallo
de banano, que comprende los pasos siguientes: cortar un haz de una porción
central del pseudotallo de banano. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: B27L 5/02; B27M 1/02; B27J 7/00;
B27D 1/04; cuyo(s) inventor(es) es (son) Hayot,
Vladimir, Cheminon, Nicolas.
Prioridad: 13/07/2011 FR 11 56440; 17/01/2013 // WO/2013/007803. La solicitud
correspondiente lleva el número 20140070, y fue presentada a las 10:33:11 del
12 de febrero del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 22 de mayo del 2014.—Lic. Fabián Andrade
Morales, Registrador.—(IN2014034868).
El
señor Luis Diego Castro Chavarría, ced. 1-669-228,
mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Merial Limited, de E.U.A.,
solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES PARASITICIDAS QUE COMPRENDEN UN AGENTE
ACTIVO DE ISOXAZOLINA, SUS MÉTODOS Y USOS.
Composiciones tópicas para combatir ectoparásitos y endoparásitos en animales,
que comprenden al menos un agente activo de isoxazolina
y un vehículo farmacéuticamente aceptable, opcionalmente en combinación con uno
o más agentes activos adicionales. También se proveen métodos mejorados para
erradicar, controlar y prevenir infecciones e infestaciones por parásitos en un
animal que comprende la administración de las composiciones de la invención a
un animal que lo necesita. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N
25/00; A61K 31/42; A61P 33/00; cuyos inventores son Soll,
Mark, D, Rosentel, Joseph, K, Pate, James, Shub, Natalya, Tejwani-Motwani, Monica, Belansky, Carol. Prioridad: 12/09/2011 US 61/533,308. La
solicitud correspondiente lleva el número 20140117, y fue presentada a las
14:10:10 del 10 de marzo del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 09 de
mayo del 2014.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2014034960).
El
señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, mayor de edad, vecino de
San José, apoderado especial de Agriphar S. A, de
Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada ACUOSA SUSPENSIÓN CONCENTRADA QUE COMPRENDE UN ÁCIDO
SAL DE DODECILGUANIDINA.
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La
invención se relaciona con un concentrado en suspensión que comprende,
expresado en peso con base en el peso total de la composición. Prioridad:
EP2001/064397 del 28-08-2011. Publicación Internacional: WO/2013/026889 del
28-02-2013. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 25/04; A01N
47/44; A01P 3/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Pirotte, Alan. La solicitud correspondiente lleva el número
20140118, y fue presentada a las 14:10:50 del 10 de marzo del 2014. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso Publíquese tres días consecutivos en el diario
oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 30 de abril del 2014.—Lic. Fabian Andrade
Morales, Registrador.— (IN2014034961).
El
señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula 1-669-228, vecino de
San José, en su condición de apoderado especial de Kythera
Biopharmaceuticals, Inc., de E.U.A., solicita la
Patente de Invención denominada FORMULACIONES
DE ÁCIDO DESOXICÓLICO Y SALES DEL MISMO.
La presente invención se refiere a una composición farmacéutica acuosa que
comprende desde aproximadamente 0.4% en p/v a menos de aproximadamente 2% en
p/v de una sal de ácido desoxicólico, en donde la
composición se mantiene a un pH desde aproximadamente 8.1 hasta aproximadamente
8.5 de manera que la composición es estabilizada contra la precipitación. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 9/00; cuyo(s) inventor(es) es
(son) Hodge, Robert Emil, Webster,
Jeffrey Douglas, Moriarty, Robert M. Prioridad:
23/08/2011 US2011/048806; 28/02/2013 // WO/2013/028177. La solicitud
correspondiente lleva el número 20140053, y fue presentada a las 11:50:10 del
30 de enero del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 19 de mayo del
2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014034964).
El
señor Luis Diego Castro Chavarría, abogado, mayor, vecino de San José, cédula
1-669-228, en su condición de apoderado especial de Pfizer Inc,
de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada 2-TIOPIRIMIDINONAS.
Para ver
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Inhibidores de mieloperoxidasa, composiciones farmacéuticas que contienen
los inhibidores y el uso de los inhibidores para tratar, por ejemplo,
afecciones cardiovasculares. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
C07D 239/56; A61K 31/416; A61K 31/417; A61P 9/00; C07D 401/04; C07D 401/10;
C07D 403/04; C07D 405/04; cuyo(s) inventor(es) es(son) Carpino,
Philip, Albert, Conn, Edward, Lee, Hepworth, David, Kung, Daniel, Wei-Shung,
Rocke, Benjamin, Neil, Ruggeri, Roger, Benjamin, Warmus, Joseph, Scott, Zhang, Yan,
Dow, Rober, T, Lee, Dowling,
Matthew, Scott, ORR, Suvi, Tuula,
Marjukka, Sammons, Matthew,
Forrest. Prioridad: 11/11/2011 US61/558,605;
16/05/2013 // WO 2013/068875. La solicitud correspondiente lleva el número
20140179, y fue presentada a las 14:00:23 del 22 de abril del 2014. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario
oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 13 de mayo del 2014.—Lic. Kelly Selva,
Registradora.—(IN2014034968).
PUBLICACIÓN DE unA VEZ
El Registro de
la Propiedad Industrial, Oficina de Patentes hace saber que por resolución de
las catorce horas veintidós minutos del diecinueve de febrero del dos mil catorce, fue inscrita a Patente de Invención
denominada SUSTITUTO FUNCIONAL DEL AZÚCAR, a favor de la compañía Sweetwell
N.V., domiciliada en Bélgica, cuyo inventor es: Sophie
de Baets, de nacionalidad belga; se le ha otorgado el
número de inscripción de patente de invención 3021, estará vigente hasta el
doce de agosto de dos mil veinticinco, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A21D 13/08, 2/18; A23G 1/00, 1/30, 1/32, 3/00, 3/34, 3/38, 9/04,
9/32, 9/34, 9/44, 9/52; A23L 1/03, 1/05, 1/052, 1/0528, 1/0532, 1/06, 1/08,
1/09, 1/19, 1/22, 1/236, 1/307, 1/308, 1/314, 1/318;
C13B 50/00. Exp. 8991.—San
José, a las quince horas veinticinco minutos del diecinueve de mayo del dos mil
catorce.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—1 vez.—(IN2014034914).
El
Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes hace saber que por
resolución de las doce horas cincuenta minutos del cuatro de marzo de dos mil
catorce, fue inscrita la Patente de Invención denominada INDUCCIÓN Y ESTABILIZACIÓN DE ACTIVIDAD ENZIMÁTICA
EN MICROORGANISMOS a favor de la compañía Georgia State University Research Foundation, Inc cuyos inventores son: Pierce, George, E; Drago, Gene y Ganguly, Sangeeta; todos de
nacionalidad estadounidense; se le ha otorgado el número de inscripción de
patente de invención 3025 estará vigente hasta el treinta de enero del dos mil
veintisiete, la Clasificación Internacional de Patentes versión 2014.01 es
C12N1/20, C12N11/04. Expediente N° 10263.—San José, a
las diez horas ocho minutos del cinco de mayo del dos mil catorce.—Lic. Melissa
Solís Zamora, Registradora.—1 vez.—(IN2014034971).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción la Reforma del estatuto
de la persona jurídica cédula; 3-002-624969, denominación; Asociación
Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario El Crucero Río Cuarto
de Grecia, Alajuela. Por cuanto dicha reforma cumple
con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por
quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para
que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2013 asiento:
220807. Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 46 minutos y 4 segundos,
del 23 de abril del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014034893).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Evangélica El Alto de
Guadalupe, con domicilio en la provincia de: San José, Goicoechea, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: Predicar el Evangelio del Reino de
Dios. Cuyo representante, será el presidente: Eliezer Nehemías Cifuentes Cifuentes, con las facultades que establece el estatuto.
Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la
Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento Tomo: 2014 Asiento: 105555 con adicional(es):
2014-137997.—Dado en el Registro Nacional, a las 8
horas 24 minutos y 15 segundos, del 22 de mayo del 2014.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014035011).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-599846, denominación: Asociación Centro Diurno de Lagunilla Mensajeros de
Amor. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido
por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días
hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2014 Asiento: 52209.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 27 minutos y
39 segundos, del 7 de abril del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—(IN2014035104).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción el Estatuto de la entidad: Asociaciones Ministerios Monte de Sion
de Cartago, con domicilio en la provincia de: Cartago-Cartago, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: difundir la doctrina de la fe
cristiana basada en la Biblia y el mensaje de salvación a toda persona por
medio de Jesucristo, mediante actividades y programas que diseñe la asociación
para tal fin. Cuya representante, será la presidenta: Yamileth Méndez Montero,
con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad
dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y
sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo: 2014 Asiento: 147807.—Dado en el
Registro Nacional, a las 10 horas 12 minutos y 28 segundos, del 2 de junio del
2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2014035129).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica, cédula número
3-002-605190, denominación: Asociación por el Desarrollo Humano, Manos Amigas
de Brasil de Santa Ana. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la
Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento tomo: 2013, asiento: 278427.—Dado
en el Registro Nacional, a las 10 horas 33 minutos y 9 segundos del 4 de
diciembre del 2013.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014035254).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. 16272A.—Don Jorge S. A., solicita concesión de: 0,21 litros por
segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de el mismo
en Rodríguez, Valverde Vega, Alajuela, para uso abrevadero, consumo humano y
riego. Coordenadas 233.434 / 498.478 hoja Naranjo. Predios inferiores: No se
indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de mayo de
2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2014034998).
Exp. 16270P.—Grasira S. A., solicita concesión de: 2,92 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo GM-66 en finca
de el mismo en Roxana, Pococí, Limón, para uso
consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 252.619 / 563.892 hoja
Guácimo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de mayo de
2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2014035004).
Exp. 16271P.—Grasira S. A., solicita concesión de: 1,66 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo GM-92 en finca
de el mismo en Roxana, Pococí, Limón, para uso
consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 255.323 / 565.449 hoja
Guácimo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de mayo de
2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2014035005).
Exp. 10322A.—Juan Luis y otros, Morera Pacheco solicita concesión de:
0,06 litros por segundo del nacimiento montaña, efectuando la captación en
finca de su propiedad en Desmonte, San Mateo, Alajuela, para uso consumo
humano, doméstico, abrevadero y riego. Coordenadas 219.800 / 486.250 hoja Río
Grande. 0,02 litros por segundo del nacimiento abrevadero de ganado, efectuando
la captación en finca de su propiedad en Desmonte, San Mateo, Alajuela, para
uso consumo humano doméstico, abrevadero y riego. Coordenadas 219.750 / 486.250
hoja Río Grande. 0,06 litros por segundo del nacimiento Raúl, efectuando la
captación en finca de su propiedad en Desmonte, San Mateo, Alajuela, para uso
consumo humano, doméstico, abrevadero y riego. Coordenadas 219.700 / 486.150
hoja Río Grande. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 20 de mayo de 2014.—Departamento de Información.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014035524).
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA
DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber
que en diligencias de ocurso incoadas por Heilor
Danilo Salmerón Romero, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 231-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las doce horas quince minutos del veintiuno de enero del
dos mil catorce. Exp. Nº 5582-2013. Resultando: 1°...
2°...; Considerando: I.—Hechos Probados... II.—Sobre el fondo… Por tanto: rectifíquese razón marginal de
reconocimiento practicada el doce de mayo del dos mil diez en el asiento de
nacimiento de Tíffany Natasha
Salmerón Saavedra... en el sentido que el primer nombre del padre... es “Heilor”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014034947).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Cirlis Yanoris Alvarado Blanco,
ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 869-2014.
Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las quince horas cuarenta minutos del diecisiete de
marzo de dos mil catorce. Exp. Nº 14166-2013.
Resultando 1°..., 2°..., Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Jennifer Alvarado Blanco..., en el sentido que el nombre de la
madre... es Cirlis Yanoris”
y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas,
Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014035001).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Deborah
Virginia Araya Pineda, mayor, soltera, ingeniera química, hondureña, cédula de
residencia 134000100916, vecina de San José, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 130687-2014.—San José, seis de marzo de dos mil catorce.—Lic. Ricardo
Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2014034939).
Madelyn Carolina Chávez
Flores, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia N°
155807736220, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2273-2012.—San José,
veintidós de mayo de dos mil catorce.—Germán Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2014035151).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000004-33101
Contratación de servicios de seguridad y vigilancia
para
diversas
dependencias de la Dirección General de
Educación
Vial, Ingeniería de Tránsito y
Dirección
General de la Policía de Tránsito
La Dirección de
Proveeduría Institucional del Ministerio de Obras Públicas y Transportes,
recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 14 de julio del 2014, para la
Licitación citada anteriormente.
El cartel se
encuentra a disposición gratuitamente en el sistema CompraRed,
en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared
San José, 9 de
junio del 2014.—Heidy Román
Ovares, Directora Proveeduría Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
3400022198.—Solicitud Nº 14941.—C-12980.—(IN2014036228).
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2014CD-001150-01
Compra de una destructora de documentos
para
triturar cintas de embozadoras de tarjetas
La Proveeduría
Casa Matriz del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito,
hasta el 18 de junio del 2014, a más tardar a las diez (10:00) horas, para la
“Compra de una destructora de documentos para triturar cintas de embozadoras de tarjetas”.
El pliego de
condiciones puede ser retirado en la oficina de la Proveeduría General, sin
costo alguno, situada en el edificio de la Dirección de Recursos Materiales del
Banco Nacional de Costa Rica, en La Uruca a partir
del 12 de junio de 2014.
La Uruca, 12 de junio del 2014.—Lic.
Erick Aguilar Díaz, Proveedor General.—1 vez.—O. C. Nº
516325.—Solicitud Nº 14979.—C-12630.—(IN2014036224).
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LA-000005-01
Suministro e instalación del sistema
de alarmas
contra
incendios para varias oficinas del
Banco
Nacional de Costa Rica
La
Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por
escrito a las diez horas (10:00 a. m.) del 23 de julio del 2014, para el
“suministro e instalación del sistema de alarmas contra incendios para varias
oficinas del Banco Nacional de Costa Rica”.
Las visitas al
sitio fueron programadas de la siguiente manera:
• En la oficina de Sabalito el 16 de junio del
2014 a las 2:00 p.m., con la presencia del señor José Luis Arce Sáenz de la
Oficina de Salud Ocupacional.
• En la oficina de Palmar Norte el 17 de junio
del 2014 a las 9.00 a. m., con la presencia del señor José Luis Arce Sáenz de
la Oficina de Salud Ocupacional.
• En la oficina de Frailes el 18 de junio del
2014 a las 9:00 a.m., con la presencia del señor José Luis Arce Sáenz de la
Oficina de Salud Ocupacional.
• En la oficina de Tobosi-San
Juan Sur el 18 de junio del 2014 a la 1:00 p. m., con la presencia del señor
José Luis Arce Sáenz de la Oficina de Salud Ocupacional.
• En la oficina de Bribrí
el 19 de junio del 2014 a la 1:00 p.m., con los colaboradores Manuel Trejos
Cordero de la Oficina de Salud Ocupacional.
• En la oficina de La Virgen de Sarapiquí el
20 de junio del 2014 a las 8.30 a. m., con los colaboradores Manuel Trejos
Cordero de la Oficina de Salud Ocupacional.
• En la oficina de Oreamuno
de Cartago el 23 de junio del 2014 a las 9:00 a. m., con la presencia del señor
José Luis Arce Sáenz de la Oficina de Salud Ocupacional.
• En la oficina de Orosi
el 23 de junio del 2014 a la 1:00 p.m., con la presencia del señor José Luis
Arce Sáenz de la Oficina de Salud Ocupacional.
• En la oficina de Tejar el 27 de junio del 2014
a las 11.00 a.m., con la presencia del señor José Luis Arce Sáenz de la Oficina
de Salud Ocupacional.
El
cartel puede ser retirado sin costo adicional a partir del 03 de julio del
2014, en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección
Logística de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica en la Uruca.
La
Uruca, 13 de junio del 2014.—Proveeduría
General.—Lic. Erick Aguilar Díaz.—1 vez.—O. C. N°
516325.—Solicitud N° 15021.—C-37040.—(IN2014036265).
PROVEEDURÍA Y LICITACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000004-01
Contratación para el mantenimiento
preventivo
y correctivo de
la flotilla vehicular del Banco
La
Oficina de Proveeduría y Licitaciones del Banco Crédito Agrícola de Cartago, le
comunica a los interesados en este evento que se recibirán ofertas hasta las 11:00 horas del 23 de junio de 2014
en la Oficina de Proveeduría y Licitaciones, sita en Cartago, 200 metros sur de
la Estación de Servicio Delta, en La Lima, en las instalaciones del Almacén
Fiscal y Depósito Agrícola de Cartago. El pliego de condiciones se podrá solicitar
a las siguientes direcciones electrónicas: marianela.jimenez@bancreditocr.com/rosa.leiton@bancreditocr.com.
Marianela Jiménez Solano, Ejecutiva Contratación Administrativa.—1 vez.—O. C. N° 22.—Solicitud N°
14969.—C-14250.—(IN2014036245).
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA N°
2014LN-000014-DCADM
Alquiler de local para instalar
oficina
de negocios en la
Cruz-Guanacaste
Apertura:
para las 10:00 horas del 11 de julio del 2014. Venta del cartel: oficinas
centrales, cajas en planta baja, de lunes a viernes de 8:15 a. m. a 4:00 p. m.
Retiro del cartel en el 6to piso, División de Contratación
Administrativa, costo: ¢1.500,00 (mil quinientos colones con 00/100).
San
José, 9 de junio del 2014.—Área de Gestión y Análisis
de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1
vez.—(IN2014036259).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000007-SCA
Concesion
de instalación pública para prestar el servicio
de
soda comedor del Programa Académico Regional
Interdisciplinario
Región Huetar Norte y Caribe
La Universidad
Nacional por medio de la Proveeduría Institucional invita a personas físicas o
jurídicas a participar en la contratación para la “Concesión de instalación
pública para prestar el servicio de soda comedor del Programa Académico
Regional Interdiciplinario Región Huetar
Norte y Caribe”.
Todas las ofertas
se recibirán en un sobre cerrado en las Oficinas Administrativas del Campus
Sarapiquí, ubicado en la Victoria de Sarapiquí, 2 km al oeste del cruce de
Cisneros, camino a Río Frío, Horquetas de Sarapiquí, hasta la 10:30 horas del
día 22 de julio, 2014.
Las ofertas que
se presenten de manera extemporánea no serán admisibles para una posible
adjudicación.
El pliego de
condiciones podrá ser accesado por medio de la página
web www.una.ac/proveeduria/ o vien podrá ser
solicitado a los correos electrónicos proveeduria@una.cr o fabian.mora.lopez@una.cr
Heredia, 9 de
junio del 2014.—MAP. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O. C. Nº P0019862.—Solicitud Nº
14963.—C-19990.—(IN2014036241).
HOSPITAL MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA
DE
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA
2014LA-000037-2104
Reactivo para extracción automatizada
de ácidos nucleicos
Se
comunica fecha de recepción de ofertas 26 de junio del 2014, a las 9:00 horas.
Vea
detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.
San
José, 9 de junio del 2014.—Subárea
de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—(IN2014036069).
GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN
Y COMUNICACIONES
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000002-1150
Servicios de soporte para infraestructura Microsoft
Se informa a los
interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada mencionada
anteriormente, con apertura de ofertas para el 30 de junio de 2014, a las 9:00
a.m. Valor aproximado del cartel ¢870,00. Ver mayores detalles en
http://www.ccss.sa.cr
Subárea Gestión de
Compras.—MBA. Lydia Durán Jiménez, Jefa.—1 vez.—(IN2014036154).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
COMPRA DIRECTA 2014CD-000156-2101
Compra de Sonda con Catéter Toráxico
para Drenaje
Pleural
con Válvula de Heimlich (pneumocath)
Se informa a los
interesados en la Compra Directa 2014CD-000156-2101. Compra de Sonda con
Catéter Toráxico para Drenaje Pleural con Válvula de
Heimlich (pneumocath), que la fecha máxima de
recepción de ofertas 18 de junio de 2014 a las 08:30 a.m.
El cartel se
puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢100,00. Vea
detalles en http://www.ccss.sa.cr.
9 de junio del 2014.—Subárea
de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes
Quirós.—1 vez.—(IN2014036204).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000002-PROV (Apertura)
Adquisición de un equipo industrial para
microperforación
de billetes de lotería
La Junta de Protección Social les invita a participar en la Licitación
Abreviada N° 2014LA-000002-PROV por “Adquisición de un equipo industrial para microperforación de billetes de lotería”. Las ofertas se
recibirán hasta las 10:00 horas del día 8 de julio del 2014, en el Departamento
de Recursos Materiales de la Junta de Protección Social.
El cartel que contiene las especificaciones y donde se publicarán las en
caso de ser necesarias, las modificaciones o aclaraciones; se encuentra a
disposición de los interesados en nuestra página electrónica www.jps.go.cr,
enlace: contrataciones, pueden retirarlo en el Departamento de Recursos
Materiales, cuarto piso, Edificio Central sin ningún costo o solicitarlo al
Lic. Jorge Baltodano Méndez a la dirección
electrónica: jbaltodano@jps.go.cr a partir de esta notificación.
Departamento Recursos Materiales.—Lic. Mary
Valverde Vargas, Jefa.—1
vez.—O. C. Nº 18466.—Solicitud Nº 14821.—C-17710.—(IN2014036231).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000017-02
Suministro de transformador
La Dirección de Suministros de Recope invita a
participar en la Licitación Abreviada Nº 2014LA-000017-02, para lo cual las
propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las Oficinas Centrales de Recope, edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este
del periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 3 de julio del 2014.
Se les informa a los proveedores y demás interesados que los carteles
únicamente estarán disponibles a través de la página WEB de Recope
www.recope.go.cr.
Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio
WEB www.recope.com, se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones
por escasa cuantía promovidas por RECOPE.
Ing. Norma
Álvarez Morales, Directora Dirección de Suministros.—1
vez.—O. C. Nº 2014000175.—Solicitud Nº 14936.—C-15540.—(IN2014036237).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000002-0DI00
Instalación de puentes metálicos modulares lanzables
en
la Ruta Nacional N° 245, Sección: Puerto Jiménez-Carate
Se comunica a las
empresas interesadas en participar en la licitación citada en la referencia,
que con el fin de atender varias consultas efectuadas por los potenciales
oferentes, el plazo para la recepción de ofertas queda en suspenso hasta nuevo
aviso.
San José, 10 de
junio de 2014.—Proveeduría Institucional.—MSc. Yorleny Hernández Segura,
Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2963.—Solicitud Nº 15005.—C-10400.—(IN2014036595).
PROVEEDURÍA Y LICITACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº
2014LN-000001-01
Contratación de una Agencia de
Publicidad para el Conglomerado Financiero Bancrédito
La
Oficina de Proveeduría y Licitaciones del Banco Crédito Agrícola de Cartago le
comunica a los interesados en este evento que la adjudicación del mismo ha
recaído sobre la empresa HWP Costa Rica S. A., con un costo de
intermediación de 8%.
Contratación
Administrativa.—Carmen Ma. González Brenes, Ejecutiva.—1 vez.—O.C. Nº 21.—Solicitud Nº
14948.—C-34680.—(IN2014036172).
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA N°
2014LN-000014-DCADM
Alquiler de local para instalar
Oficina
de Negocios en la
Cruz-Guanacaste
Apertura:
para las 10:00 horas del 11 de julio del 2014. Venta del cartel: oficinas
centrales, cajas en planta baja, de lunes a viernes de 8:15 a. m. a 4:00 p. m.
Retiro del cartel en el 6to piso, División de Contratación
Administrativa, costo: ¢1.500,00 (mil quinientos colones con 00/100).
9
de junio del 2014.—Área de Gestión y Análisis de
Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1
vez.—(IN2014036268).
COMPRA DIRECTA 2014CD-000047-8101
(Infructuoso)
Servicio de Análisis Ambientales
La
Dirección de Producción Industrial de la Caja Costarricense de Seguro Social,
resuelve declarar infructuoso el concurso de la Compra Directa N°
2014CD-000047-8101, para la adquisición de “Servicio de Análisis Ambientales”.
Lo anterior debido a que no se presentaron ofertas para dicho concurso. Ver
detalles http://www.ccss.sa.cr.
San
José, 9 de junio de 2014.—Dirección Producción
Industrial.—Ing. Ovidio Murillo Valerio, Director.—Ing. Felipe López Chévez, Jefe de Compras.—1 vez.—(IN2014036070).
Declaratoria de Infructuoso y adjudicación de venta
pública
VP-003-2014
La Caja Costarricense de Seguro Social, avisa a los
interesados en la Venta Pública arriba mencionada que la Dirección Financiera
Administrativa mediante resolución administrativa DFA-0791-2014 del 04 de junio
del 2014, acuerda adjudicar la Venta Pública VP-003-2014 de la siguiente forma:
Ítem |
Oferente |
Cédula |
Monto |
Forma de pago |
Ítem N° 4, Desamparados, San Rafael
Arriba |
Barrios Salas
Manuel Hernán |
9-0097-0637 |
¢28.000.000,00 |
Oferta Financiamiento
CCSS |
Ítem
N° 6, Ciudad Colón |
Solórzano Monge Daniela María |
6-0310-0557 |
¢47.500.000,00 |
Oferta
Financiamiento CCSS |
Con respecto a
los ítems N° 1, 2, 3, 5, 7 y 8 se declaran infructuosos por no haber recibido
ofertas.
La cancelación de
los respectivos ítems debe efectuarse de conformidad con los términos del
cartel y la oferta presentada.
10 de junio del
2014.—Área Administrativa.—Lic. Rebeca Watson Porta,
Jefa a. í.—1 vez.—(IN2014036266).
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000007-PRI
Estabilización de talud posterior
estación
de bombeo Puente
Mulas
El
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados cédula jurídica
4-000-042138, comunica que mediante Resolución de Adjudicación Nº SGG-2014-362
del 2 de junio del 2014, se adjudica la Licitación Abreviada 2014LA-000007-PRI
Estabilización de talud posterior estación de bombeo Puente Mulas, a la Oferta
2: Consorcio Maccaferri-Geointer de Costa Rica S.
A. por un monto de ¢184.856.913,32. Se asigna a este proyecto el monto de
¢15.000.000,00 correspondientes al Rubro 020 Trabajos por Administración. Demás
condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.—Dirección
Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 5100002278.—Solicitud Nº
14946.—C-14090.—(IN2014036180).
LICITACIÓN ABREVIADA
2014LA-000010-PRI
Adquisición equipos de bombeo,
transformador, filtro de
armónicos,
variadores y transferencia GAM
El
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados cédula jurídica
4-000-042138, comunica que mediante Resolución de Adjudicación Nº SGG-2014-363
del 2 de junio del 2014, se adjudica la Licitación Abreviada 2014LA-000010-PRI
Adquisición equipos de bombeo, transformador, filtro de armónicos, variadores y
transferencia GAM, a la Oferta Nº 1: Zebol
S. A. Posiciones 2, 3 y 9 por un monto de $78.302,78 i.v.i
Oferta Nº 4: Proyectos de Automatización Industrial S. A. Posiciones 11
y 12 por un monto de $143.300,00 i.v.i. Oferta Nº 5: Power Electric S. A. Posición 10 por un monto
de $85.943,05 i.v. i. Oferta Nº 6: Consorcio
Corporación Font S. A.-Font Servicios Electromecánicos, S. A. Posiciones 13
y 14 por un monto de $24.995,60 i.v.i. Oferta Nº 7: Alrotek de Centroamérica S. A. Posiciones 4,
5 y 6 por un monto de $49.324,50 i.v.i. Oferta Nº 8 Elvatrón S. A. Posición 15 por un monto de $40.701,62
i.v.i. Oferta Nº 12: Bombagua
S. A. Posiciones 7 y 8, por un monto de $3.522,21 i.v.i.
Se declara infructuosas la posición 1, según Artículo 30 inciso c) del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, por no contar con el
presupuesto. Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.
Dirección
Proveeduría.—Lic. Jeniffer
Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº
5100002278.—Solicitud Nº 14945.—C-25550.— (IN2014036215).
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
PROCESO PROVEEDURÍA
MODALIDAD DE ENTREGA SEGÚN DEMANDA
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2014LA-000004-01
Materiales de oficina
La Municipalidad de Escazú comunica a los
interesados en la Licitación Abreviada N° 2014LA-000004-01 que mediante Acto de
Adjudicación del día catorce de mayo de dos mil catorce, se adjudica por precio
unitario a la persona jurídica Comercializadora AT del Sur S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-237629, línea Nº 1 por la suma de ¢26.000.00; línea Nº 2 por
la suma de ¢26.000.00; línea Nº 3 por la suma de ¢26.000.00; línea Nº 4 por la
suma de ¢27.500.00; línea Nº 5 por la suma de ¢27.550.00; línea Nº 6 por la
suma de ¢27.550.00; línea Nº 7 por la suma de ¢27.550.00; línea Nº 8 por la
suma de ¢24.000.00; línea Nº 9 por la suma de ¢345.00; línea Nº 10 por la suma
de ¢475.00; línea Nº 11 por la suma de ¢475.00; línea Nº 12 por la suma de
¢475.00; línea Nº 13 por la suma de ¢475.00; línea Nº 14 por la suma de
¢1.400.00; línea Nº 15 por la suma de ¢1.250.00; línea Nº 16 por la suma de
¢2.650.00; línea Nº 17 por la suma de ¢1.100.00; línea Nº 18 por la suma de
¢14.000.00; línea Nº 19 por la suma de ¢14.000.00; línea Nº 20 por la suma de
¢14.000.00; línea Nº 21 por la suma de ¢475.00; línea Nº 22 por la suma de
¢1.400.00; línea Nº 23 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 24 por la suma de
¢6.500.00; línea Nº 25 por la suma de ¢6.500.00; línea Nº 26 por la suma de
¢6.500.00; línea Nº 27 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 28 por la suma de
¢1.400.00; línea Nº 29 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 30 por la suma de
¢1.400.00; línea Nº 31 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 32 por la suma de
¢1.400.00; línea Nº 33 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 34 por la suma de
¢1.295.00; línea Nº 35 por la suma de ¢400.00; línea Nº 36 por la suma de
¢400.00; línea Nº 37 por la suma de ¢400.00; línea Nº 38 por la suma de
¢128.000.00; línea Nº 39 por la suma de ¢128.000.00; línea Nº 40 por la suma de
¢128.000.00; línea Nº 41 por la suma de ¢84.000.00; línea Nº 42 por la suma de
¢128.000.00; línea Nº 43 por la suma de ¢128.000.00; línea Nº 44 por la suma de
¢128.000.00; línea Nº 45 por la suma de ¢84.000.00; línea Nº 46 por la suma de
¢189.000.00; línea Nº 47 por la suma de ¢189.000.00; línea Nº 48 por la suma de
¢189.000.00; línea Nº 49 por la suma de ¢124.000.00; línea Nº 50 por la suma de
¢181.000.00; línea Nº 51 por la suma de ¢181.000.00; línea Nº 52 por la suma de
¢181.000.00; línea Nº 53 por la suma de ¢138.000.00; línea Nº 54 por la suma de
¢595.00; línea Nº 55 por la suma de ¢7.600.00; línea Nº 56 por la suma de
¢2.600.00; línea Nº 57 por la suma de ¢815.00; línea Nº 58 por la suma de
¢1.150.00; línea Nº 59 por la suma de ¢245.00; línea Nº 60 por la suma de
¢245.00; línea Nº 61 por la suma de ¢590.00; línea Nº 62 por la suma de
¢610.00; línea Nº 63 por la suma de ¢95.00; línea Nº 64 por la suma de ¢550.00;
línea Nº 65 por la suma de ¢330.00; línea Nº 67 por la suma de ¢240.00; línea
Nº 68 por la suma de ¢380.00; línea Nº 69 por la suma de ¢380.00; línea Nº 70
por la suma de ¢860.00; línea Nº 71 por la suma de ¢240.00; línea Nº 72 por la
suma de ¢450.00; línea Nº 73 por la suma de ¢715.00; línea Nº 74 por la suma de
¢510.00; línea Nº 75 por la suma de ¢215.00; línea Nº 76 por la suma de
¢280.00; línea Nº 77 por la suma de ¢1.150.00; línea Nº 78 por la suma de
¢1.400.00; línea Nº 79 por la suma de ¢310.00; línea Nº 80 por la suma de
¢495.00; línea Nº 81 por la suma de ¢300.00; línea Nº 82 por la suma de
¢160.00; línea Nº 83 por la suma de ¢440.00; línea Nº 84 por la suma de
¢145.00; línea Nº 85 por la suma de ¢460.00; línea Nº 86 por la suma de ¢580.00;
línea Nº 87 por la suma de ¢4.850.00; línea Nº 88 por la suma de ¢3.300.00;
línea Nº 89 por la suma de ¢800.00; línea Nº 90 por la suma de ¢925.00; línea
Nº 92 por la suma de 1.650.00; línea Nº 93 por la suma de ¢9.975.00; línea Nº
94 por la suma de ¢460.00; línea Nº 95 por la suma de ¢75.00; línea Nº 96 por
la suma de ¢75.00; línea Nº 97 por la suma de ¢550.00; línea Nº 98 por la suma
de ¢220.00; línea Nº 99 por la suma de ¢330.00; línea Nº 100 por la suma de
¢330.00; línea Nº 101 por la suma de ¢415.00; línea Nº 102 por la suma de
¢850.00; línea Nº 103 por la suma de ¢280.00; línea Nº 104 por la suma de
¢460.00; línea Nº 105 por la suma de ¢510.00; línea Nº 6 por la suma de
¢390.00; línea Nº 107 por la suma de ¢480.00; línea Nº 108 por la suma de ¢90.00;
línea Nº 109 por la suma de ¢90.00; línea Nº 110 por la suma de ¢90.00; línea
Nº 111 por la suma de ¢120.00; línea Nº 112 por la suma de ¢120.00; línea Nº
113 por la suma de ¢120.00; línea Nº 114 por la suma de ¢48.00; línea Nº 115
por la suma de ¢3.000.00; línea Nº 116 por la suma de ¢3.000.00; línea Nº 117
por la suma de ¢3.000.00; línea Nº 118 por la suma de ¢3.000.00; línea Nº 119
por la suma de ¢3.000.00; línea Nº 120 por la suma de ¢195.00; línea Nº 121 por
la suma de ¢195.00; línea Nº 122 por la suma de ¢195.00; línea Nº 123 por la
suma de ¢195.00; línea Nº 124 por la suma de ¢195.00; línea Nº 125 por la suma
de ¢305.00; línea Nº 126 por la suma de ¢305.00; línea Nº 127 por la suma de
¢305.00; línea Nº 128 por la suma de ¢305.00; línea Nº 129 por la suma de
¢200.00; línea Nº 130 por la suma de ¢200.00; línea Nº 131 por la suma de
¢200.00; línea Nº 132 por la suma de ¢200.00; línea Nº 133 por la suma de
¢595.00; línea Nº 134 por la suma de ¢4.000.00; línea Nº 135 por la suma de
¢205.00; línea Nº 136 por la suma de ¢795.00; línea Nº 137 por la suma de
¢305.00; línea Nº 138 por la suma de ¢1.395.00; línea Nº 139 por la suma de
¢24.350.00; línea Nº 140 por la suma de ¢1.200.00; línea Nº 141 por la suma de
¢860.00; línea Nº 142 por la suma de ¢290.00; línea Nº 143 por la suma de
¢240.00; línea Nº 144 por la suma de ¢480.00; línea Nº 145 por la suma de
¢380.00; línea Nº 146 por la suma de ¢162.000.00; línea Nº 147 por la suma de
¢300.00; línea Nº 148 por la suma de ¢320.00; línea Nº 149 por la suma de ¢390.00;
línea Nº 150 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 151 por la suma de ¢560.00;
línea Nº 152 por la suma de ¢700.00; línea Nº 153 por la suma de ¢130.00; línea
Nº 154 por la suma de ¢2.200.00; línea Nº 155 por la suma de ¢180.00; línea Nº
156 por la suma de ¢1.175.00; línea Nº 157 por la suma de ¢1.600.00; línea Nº
158 por la suma de ¢2.150.00; línea Nº 159 por la suma de ¢280.00; línea Nº 160
por la suma de ¢3.850.00; línea Nº 161 por la suma de ¢340.00; línea Nº 162 por
la suma de ¢690.00; línea Nº 163 por la suma de ¢1.085.00; línea Nº 164 por la
suma de ¢1.305.00; línea Nº 165 por la suma de ¢800.00; línea Nº 166 por la
suma de ¢4.750.00; línea Nº 167 por la suma de ¢5.750.00; línea Nº 168 por la
suma de ¢520.00; línea Nº 169 por la suma de ¢800.00; línea Nº 170 por la suma
de ¢2.625.00; línea Nº 171 por la suma de ¢8.175.00; línea Nº 172 por la suma
de ¢5.450.00; línea Nº 173 por la suma de ¢3.225.00; línea Nº 174 por la suma
de ¢9.675.00; línea Nº 175 por la suma de ¢1.715.00; línea Nº 176 por la suma de
¢2.675.00; línea Nº 177 por la suma de ¢3.950.00; línea Nº 178 por la suma de
¢95.00; línea Nº 179 por la suma de ¢185.00; línea Nº 180 por la suma de
¢24.000.00; línea Nº 181 por la suma de ¢12.000.00; línea Nº 182 por la suma de
¢12.000.00; línea Nº 183 por la suma de ¢18.000.00; línea Nº 184 por la suma de
¢16.000.00; línea Nº 185 por la suma de ¢24.000.00; línea Nº 186 por la suma de
¢72.000.00; línea Nº 187 por la suma de ¢975.00; línea Nº 188 por la suma de
¢260.00; línea Nº 189 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 190 por la suma de
¢2.395.00; línea Nº 191 por la suma de ¢2.985.00; línea Nº 192 por la suma de
¢4.250.00; línea Nº 193 por la suma de ¢1.400.00; línea Nº 194 por la suma de
¢3.800.00; línea Nº 195 por la suma de ¢18.000.00; línea Nº 196 por la suma de
¢18.000.00; línea Nº 197 por la suma de ¢18.000.00; línea Nº 198 por la suma de
¢115.00; línea Nº 199 por la suma de ¢90.00; línea Nº 200 por la suma de
¢160.00; línea Nº 201 por la suma de ¢220.00; línea Nº 202 por la suma de
¢160.00; línea Nº 203 por la suma de ¢44.00; línea Nº 204 por la suma de
¢28.00; línea Nº 205 por la suma de ¢58.00; línea Nº 206 por la suma de ¢74.00;
línea Nº 207 por la suma de ¢58.00.
Este acto de adjudicación se dicta tomando en
consideración el análisis técnico aprobado por la licenciada Cira Castro Myrie, del Proceso
Proveeduría, visible a folio N° 190 del expediente en marras.
En acatamiento a lo dispuesto en el Artículo Nº 154 del Reglamento a
la Ley de Contratación Administrativa, se establece un tope máximo presupuestario
de ciento veintisiete millones cien mil colones (¢127.100.000,00) para la
adquisición de los suministros de oficina a ser ejecutados en el plazo máximo
de cuarenta y ocho (48) meses indicados en el pliego de condiciones.
Se aclara que se excluyen de análisis las ofertas presentadas por las
personas jurídica Spectrum Multimedia S. A., y Sauter Mayoreo S. A., ya que no ofertan la totalidad de las
líneas según lo indicado en los puntos Nº 24.3, Nº 24.4 y Nº 24.5 del pliego de
condiciones.
Se declaran desiertas las líneas Nº 66 y Nº 91, ya que el
requerimiento de dichos bienes se realizará por medio de compra de Caja Chica,
dado que cada vez se utilizará menos este sistema de almacenamiento.
Este acto se adopta de conformidad con el Acuerdo Municipal AC-71-13,
tomado en Sesión Ordinaria Nº 147 del dieciocho de febrero de dos mil trece en
el que se acordó emitir la Reforma al Reglamento para Definir Niveles de
Adjudicación y Autorización de Compras y Contratos de los Procedimientos de
Contratación Administrativa de la Municipalidad de Escazú, publicado en el
Diario Oficial La Gaceta Nº 56 el miércoles veinte de marzo de dos mil
trece.
Por lo cual se hace saber que de conformidad con lo estipulado en los
Artículos N° 91 y N° 92 de la Ley de Contratación Administrativa y en los
Artículos N° 185 y N° 186 el Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa, estos actos se pueden recurrir dentro del plazo de cinco (5)
días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente de su comunicación
o su debida publicación en el Diario Oficial La Gaceta, ante el Alcalde
Municipal. Comuníquese.
Proveeduría.—Cira Castro Myrie.—1 vez.—O. C. Nº 33972.—Sol. Nº 14859.—C-176390.— (IN2014036212).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
DIRECCIÓN DE
APROVISIONAMIENTO DE BIENES Y SERVICIOS
REMATE Nº 2014RE-000001-05101
Remate de acelerador lineal, marca Siemens, modelo Primus
El Área de
Adquisiciones de Bienes y Servicios comunica a los interesados que la Dirección
de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios de la CCSS, mediante Resolución Nº
DABS-01574-2014 dictó declaratoria de infructuoso del remate antes mencionado,
debido a la ausencia de ofertas, conforme con lo que establece el párrafo
tercero del artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Área de
Adquisiciones de Bienes y Servicios.—Lic. Maynor Barrantes Castro, Jefe.—1
vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 61697.—C-12410.—(IN2014036153).
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN
GENERAL
DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000001-20300
Compra de equipo de
cómputo
Se avisa a todos
los interesados en esta Licitación para la Dirección General de Migración y
Extranjería, que se suspende la fecha de apertura de las ofertas hasta tanto la
Contraloría General de la República resuelva recurso de objeción al pliego de
condiciones, presentado por la empresa Productive
Business Solutions (Costa Rica) S. A.
San José, 5 de
junio del 2014.—Gestión de Proveeduría.—MBA. Erika
García Díaz, Gestora de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº
21941.—Solicitud Nº 41489.—C-11090.—(IN2014036158).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA N°
2014LN-000006-0DI00
Obras de implementación de seguridad
vial en las Rutas
Nacionales
Nos. 252 y 2: Carretera Florencio del
Castillo,
secciones: Ruta Nacional N° 252
y Ruta Nacional
N° 2 (Intersección
Ruta
Nacional N° 252 con Ruta
Nacional
N° 2-Intersección
Ruta
Nacional N° 2 con
Ruta
Nacional
N°
219 (Taras)
Se
comunica a las empresas interesadas en participar que está disponible la
“Enmienda y Aclaraciones N° 2”, en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la rotonda de la Betania, 50
metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.
Asimismo se ha
programado una nueva fecha para la recepción de ofertas por lo tanto este
Consejo recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del 27 de junio del 2014, en las
oficinas de la Proveeduría, ubicadas de
la rotonda de la Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a
Guadalupe.
San
José, 10 de junio del 2014.—Proveeduría
Institucional.—MSc. Yorleny
Hernández Segura, Directora.—1 vez.—O. C. N° 2963.—Solicitud N°
15004.—C-18440.—(IN2014036590).
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2014LA-000002-12
(Modificación
N° 2)
Servicio de outsourcing
para el procesamiento
de información de
riesgos de BCR Pensiones
Se
informa a los interesados en la licitación en referencia, que se ha modificado
el cartel en lo siguiente: la fecha máxima para recepción de ofertas se
traslada para el 01 de julio del 2014 a las nueve horas con treinta minutos.
Las demás
condiciones del cartel se mantienen invariables.
San
José, 10 de junio del 2014.—Oficina de Compras y
Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. N°
63816.—Solicitud N° 15028.—C-9760.—(IN2014036257).
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL N°
2013LPI-0001-APITCRBM (Nota Aclaratoria N° 2)
Construcción de Edificio Residencias
Estudiantiles
Sede
Central, Cartago
A
los interesados en la Licitación arriba indicada se les comunica que se han
realizado aclaraciones al cartel las cuales ya están disponibles para
solicitarlas a las direcciones electrónicas ebonilla@itcr.ac.cr y
licitacionespmi@itcr.ac.cr. La fecha de recepción de las ofertas y apertura se
mantiene de acuerdo a lo indicado en la modificación N° 1.
Cartago,
10 de junio del 2014.—Departamento de
Aprovisionamiento.—Lic. Kattia Calderón Mora,
Directora.—1 vez.—O. C. N° 20140261.—Solicitud N°
14938.—C-11610.—(IN2014036263).
HOSPITAL SAN CARLOS
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000002-2401
Reactivos varios para uso en
Laboratorio Clínico
Se
informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Pública
2014LN-000002-2401, reactivos varios para uso en Laboratorio Clínico, que la
apertura fue reprogramada para el 25 de junio del 2014 a las 14 horas.
San
Carlos, 9 de junio del 2014.—Subárea
de Contratación Administrativa.—Lic. Raúl Vargas Ramírez, Coordinador.—1 vez.—(IN2014036063).
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN ABREVIADA
2014LA-000034-2104
(Modificación)
Adquisición de Sistema de Video Torre
para Cirugía
Urológica
Se
les comunica a los interesados que pueden retirar las modificaciones al cartel
las cuales podrán encontrar en el Servicio de Fotocopiado público, situado en
el pasillo que comunica al Banco de Sangre con el Laboratorio Clínico, planta
baja de este Hospital. Demás condiciones continúan invariables.
Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez
Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2014036067).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000012-05101
Aviso N° 2
Prórroga a la fecha de apertura de ofertas
A los oferentes
interesados en participar en el concurso antes mencionado, se les comunica
que la fecha de apertura de ofertas se
prorroga para el día 18 de julio del 2014 a las 11:00 horas, siendo que se está
a la espera del nuevo cartel unificado en donde se atienden las modificaciones
expuestas en Resolución R-DCA-358-2014 de la Contraloría General de la
Republica “Ver detalles en la plataforma electrónica Compr@Red
y en la página Web http://www.ccss.sa.cr.
San José, diez de
junio del dos mil catorce.—Línea de Reactivos y
Otros.—Lic. Andrea Vargas Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud N°
61696.—C-14270.—(IN2014036155).
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL
N°
2014LI–000001-PRI (Circular N° 3)
Etapa I, mejoras al acueducto de
Nicoya, Guanacaste
El
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA)
cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar
en la licitación arriba indicada que a partir de la presente publicación podrán
hacer retiro de la Circular N° 3, en la Dirección de Proveeduría del AyA, sita en el Módulo C, piso 3 del edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas.
Lic.
Jeniffer Fernández Guillén, Dirección Proveeduría.—1 vez.—O. C. N° 5100002278.—Solicitud N°
14942.—C-10280.—(IN2014036253).
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000016-01
Adquisición de equipo de oficina
El Instituto de
Desarrollo Rural comunica la Fe de Erratas del siguiente proceso: Licitación
Abreviada 2014LA-000016-01, “Adquisición de equipo de oficina”. A fin de realizar
una revisión al cartel del proceso y lograr con esto una mejora en la
descripción técnica de los requerimientos, la Administración ha decidido anular
el proceso de referencia para garantizar el principio de igualdad de
condiciones a todos aquellos potenciales oferentes y así lograr la satisfacción
del interés público.
San Vicente de Moravia, San José.—Área
de Contratación y Suministros.—Lic. María Morales Porras.—1
vez.—(IN2014036045).
PROCESO ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000002-01
(Modificación)
Servicio solución de red inalámbrica
por medio de servicios
administrados,
para sede central y otros sitios del INA
El
Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje informa a los
proveedores interesados en participar en la Licitación Pública
2014LN-000002-01, “Servicio solución de red inalámbrica por medio de servicios
administrados para sede central y otros sitios del INA, que el cartel de la supramencionada licitación fue modificado por lo tanto se
les solicita pasar al Proceso de Adquisiciones, Sede Central del INA, para
retirar el documento que contiene las modificaciones realizadas.
Proceso
de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz,
Encargado.—1 vez.—O. C. N° 23220.—Solicitud N°
14953.—C-15570.—(IN2014036251).
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000012-01
(Prórroga)
Compra de pantallas y proyectores
El
Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje informa a los
proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada 2014LA-000012-01,
“compra de pantallas y proyectores” que el plazo máximo para presentar ofertas
de esta licitación se prorroga para el próximo 1° de julio del 2014, a las
10:00 horas.
Proceso
de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz,
Encargado.—1 vez.—O. C. N° 23220.—Solicitud N°
14952.—C-11250.—(IN2014036270).
MUNICIPALIDAD DE
SAN JOSÉ
MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA APERTURA DE
OFERTAS
LICITACIÓN PÚBLICA N°
2014LN-000002-99999
Compra de mezcla asfáltica en
caliente,
en boca de
planta, tamaño nominal de 12.7mm,
en toneladas y
emulsión asfáltica en sitio de planta,
en litros; con
entrega según demanda por un periodo
de un adquisición
de agregados con entrega según demanda
por un periodo de
un año, prorrogable hasta por cuatro años
Se
comunica a los interesados del presente concurso, que se modifica la cláusula cartelaria: Requisitos de admisibilidad 21.8 para que se
lea correctamente:
21.8. El oferente debe contar con una planta
productora de mezcla asfáltica en caliente, que sea de su propiedad. Si el oferente
no posee planta propia, deberá obligatoriamente cumplir con las siguientes
disposiciones:
21.8.1 Las ofertas pueden ser presentadas en conjunto
entre oferente y propietario de la planta productora de mezcla asfáltica.
21.8.2 El oferente debe presentar un contrato
protocolizado con el propietario de la planta productora de mezcla asfáltica,
en el cual se garantice el compromiso de suministrar todo el material
solicitado en la oferta y el cumplimiento de la calidad del mismo, según los
requerimientos técnicos del presente cartel.
En lo demás el cartel permanece
invariable.
Además se
prorroga la apertura de las ofertas para el día viernes 27 de junio a las 10:00
a. m.
San
José 9 de junio de 2014.—Teo Dinarte
Guzmán, Jefe Dpto. de Comunicación.—1 vez.—O. C. 134482.—Solicitud
14937.—C-24550.—(IN2014036176).
MUNICIPALIDAD DE POÁS
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000001-ASISTA
Contratación para la
recolección, transporte, tratamiento
y
disposición final de los residuos sólidos ordinarios
y
de manejo especial (no tradicionales) generados
en
el Cantón de Poás
La Municipalidad
comunica que debido al recurso de objeción presentado y comunicado un día antes
de la apertura de ofertas para el proceso en referencia, el cual estaba
establecido para el día 5 de junio de 2014, y en presencia de los asistentes a
dicho acto se procedió a suspender dicha apertura, por lo que se fija nueva
fecha de apertura de ofertas que se realizará a las 10:00 horas del día lunes 7
de julio de 2014.
Ing. José Joaquín
Brenes Vega, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2014036297).
CIRCULAR
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El Banco Nacional de Costa Rica,
Oficina Principal, avisa a las siguientes personas que tienen pendiente su
retiro de bienes en Custodia por Cajitas de Seguridad abiertas por
incumplimiento de contrato:
Cajita |
Nombre |
Identificación |
Apertura |
216 |
María Luisa Calero Méndez |
6-0104-0317 |
24/10/2013 |
771 |
Fernando Campos González |
6-0039-0271 |
24/10/2013 |
1244 |
Rodolfo Acosta Jiménez |
1-0163-0763 |
24/10/2013 |
1628 |
Coop. de Ahorro y
Crédito Coopenacional |
3-004-045871-16 |
24/10/2013 |
2087 |
Leo Benjamín Lippman |
184000517327 |
20/12/2013 |
2582 |
Efraín Calderón Zamora |
1-0147-0349 |
20/12/2013 |
2264 |
German Montero Campos |
1-0532-0612 |
27/12/2013 |
67 |
Álvaro Rizo Álvarez |
6-0196-0389 |
27/01/2014 |
1306 |
Gilberto
Jesús Porras Alvarado |
1-0389-0816 |
27/01/2014 |
2471 |
Alejandro Cerdeira |
159497779 |
27/01/2014 |
6132 |
José Cucala Casco |
68119 |
27/01/2014 |
6309 |
Allen González Arias |
8-0058-0285 |
27/01/2014 |
Para
mayor información puede comunicarse a los teléfonos Nos. 2212-2698 ó 2212-2445,
Custodia de Valores, Oficina Principal del Banco Nacional de Costa Rica.
San José, 30 de mayo del 2014.—Proveeduría
General.—Lic. Eric Aguilar Díaz.—O. C. N° 516325.—Solicitud N° 14422.—(IN2014034375).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ORI-2050-2014.—Soler
Valladares Merlin Jakelin,
R-177-2014, pasaporte E015895, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Doctora en Cirugía Dental, Universidad Nacional Autónoma de Honduras,
Honduras. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 23 de
mayo del 2014.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130783.—Solicitud
N° 14364.—Crédito.—(IN2014034505).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Carlos Enrique Brenes Jiménez, cédula de
identidad Nº 1-0825-0305 ha presentado para el trámite de reconocimiento y
equiparación el diploma con el título de Master In Business Administration
obtenido en el INCAE. Cualquier persona interesada en aportar información al
respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser
presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico
de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.
Cartago, 21 de mayo del 2014.—Departamento
de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed.,
Director.—O. C. N° 20140261.—Solicitud N° 14247.—Crédito.—(IN2014034530).
El señor Ricardo Starbird
Pérez, cédula de identidad Nº 1-1028-0123 ha presentado para el trámite de
reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Doctor en Ciencias
Naturales, obtenido en la Universidad Técnica de Hamburgo. Cualquier persona
interesada en aportar información al
respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser
presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico
de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.
Cartago, 21 de mayo del 2014.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas
Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. N°
20140261.—Solicitud N° 14248.—Crédito.—(IN2014034533).
INTENDENCIA DE
ENERGÍA
RIE-029-2014.—San
José, a las 14:43 horas del 6 de junio de 2014.
Fijación del margen de transporte de combustible
limpio. Expediente ET-014-2014.
Resultando:
I.—Que el 26 de diciembre de 2011, el Comité de
Regulación, mediante resolución 696-RCR-2011, publicada en el Alcance N° 111 de
La Gaceta N° 248, fijó el margen vigente para el transporte de
combustible limpio de ¢3,7854 para la zona básica y ¢0,0989 para fuera de la
zona básica.
II.—Que el 19 de febrero de
2014 la empresa Transmuelle de San Carlos S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ocho mil doscientos setenta y
ocho, presentó solicitud formal de incremento tarifario para el margen de
transporte de combustible denominado “producto limpio”, a través de su
representante legal Mario Villalobos Arias (folios del 1 al 288).
III.—Que el 25 de febrero
de 2014, la Intendencia de Energía (IE), mediante el oficio 245-IE-2014, le
solicitó al petente el cumplimiento de requisitos de
admisibilidad de la solicitud tarifaria (folios del 289 al 290).
IV.—Que el 3 de marzo de
2014, la empresa mediante nota sin número, respondió el oficio 245-IE-2014 (folios
del 292 al 294).
V.—Que el 12 de marzo de 2014, la IE mediante oficio
0350-IE-2014, se dio la admisibilidad formal y se solicitó convocar a audiencia
pública (folios 299 y 300).
VI.—Que el 24 de marzo de
2014 se publicó la convocatoria a audiencia pública en La Gaceta N° 58
(folio 305).
VII.—Que el 26 de marzo de
2013 se publicó la convocatoria a audiencia pública en el Diario Extra y en La
Nación (folio 306).
VIII.—Que el 6 de mayo de
2014 se realizó la audiencia pública correspondiente.
IX.—Que el 9 de mayo de
2014, mediante oficio 1327-DGPU-2014, la Dirección General de Atención al
Usuario remite el acta N° 47-2014 (Etapa Bribrí-Talamanca),
donde indica que no hubo presencia de usuarios, por lo que se desprende que no
se presentaron oposiciones ni coadyuvancias (folio
323).
X.—Que el 22 de mayo de 2014, mediante oficio
1482-DGPU-2014, la Dirección General de Atención al Usuario remite el acta N°
47-2014 correspondiente al resto del país, donde indica que únicamente se
presentó una coadyuvancia por parte del señor
Reinaldo Quirós Vásquez (folio 326 al 334).
XI.—Que el 29 de mayo de
2014, la IE mediante oficio 0677-IE-2014, como parte de este proceso tarifario
y en aplicación de la metodología tarifaria seguida en esto casos, le solicitó
al Instituto Nacional de Seguros información sobre la tarifa para calcular la
prima que aplican en el seguro transporte interior combustible tanto en
modalidad abierta como cerrada.
XII.—Que el 6 de junio de
2014, mediante el oficio 0708-IE-2014 la IE emitió el informe técnico sobre la
presente gestión tarifaria y recomendó que se ajustara el margen de transporte
de combustible limpio las tarifas de los combustibles (corre agregado al
expediente).
Considerando:
I.—Que del oficio 0708-IE-2014, que sirve de base para
la presente resolución, conviene extraer lo siguiente:
[…]
III. SOLICITUD TARIFARIA PLANTEADA
La empresa Transmuelle de
San Carlos S. A., solicita un incremento para el transporte de combustible
limpio en zona básica y fuera de ella, tal y como se muestra en
la siguiente tabla:
FLETE |
ZONA BÁSICA |
FUERA DE LA ZONA BÁSICA |
Solicitado |
¢4,7121 |
¢0,1208 |
Vigente |
¢3,7854 |
¢0,0989 |
Aumento |
¢0,9267 |
¢0,0219 |
% Aumento |
24,48% |
22,18% |
Fuente: Tomado del expediente ET-014-2014 (folio 01)
IV. MODELO
TARIFARIO
La
metodología vigente validada mediante los acuerdos de Junta Directiva
transcritos en el apartado II de este informe, establece dos zonas de
recorrido; a saber: zona básica de 30 kilómetros y los recorridos fuera de zona
básica (superiores a los primeros 30 kilómetros). Para obtener la tarifa se
parte de un vehículo tipo o estructura productiva modelo según el sector de
transporte de combustible, en este caso se trata de combustible conocido como
limpio (gasolinas, diésel, keroseno y naftas), al cual se le va ajustando la
capacidad conforme la flota se va reemplazando. Los costos se establecen para
un recorrido anual, calculando un costo por kilómetro por litro transportado
con base en dos parámetros, el recorrido anual y la capacidad de transporte en
litros del vehículo. El resultado final se multiplica por dos para considerar
el recorrido del vehículo en ambos sentidos.
La
ecuación para determinar el flete de transporte por kilómetro por litro se
define de la siguiente manera:
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Donde:
F
= Flete por kilómetro por litro transportado ida y vuelta
R = Tasa
de rentabilidad
BT = Base
tarifaria (Inversión)
CT =
Costos totales tarifarios
Km =
Kilometraje promedio de recorrido anual
L =
Capacidad en litros del vehículo tipo
A
partir de F se establecen las ecuaciones de pago para cada zona de recorrido,
donde, en los primeros 30 kilómetros se reconoce un monto único de pago y fuera
de este rango un pago adicional por kilómetro recorrido.
Sobre este
resultado y para la ruta que lo tiene, se debe adicionar el porcentaje de flete
especial correspondiente.
V. ANÁLISIS DE
LA SOLICITUD TARIFARIA
A
continuación se procede a analizar cada uno de los componentes incluidos en el
cálculo del margen de comercialización de transporte de producto limpio.
1. Retribución
al capital
A
continuación se muestra el cálculo de la rentabilidad para el servicio de
transporte limpio de combustibles.
Para
obtener una tasa de rentabilidad que sirva como parámetro para esta fijación
tarifaria, la IE utilizó el modelo de valoración de activos de capital (CAPM
por sus siglas en inglés).
El CAPM
calcula la tasa de rentabilidad del capital propio y señala que los cambios en
el retorno de un activo, están relacionados con el riesgo asociado con éste.
Dichos riesgos pueden ser separados en dos grandes componentes: los
relacionados con el mercado en su conjunto (riesgo sistemático) y los derivados
de las inversiones específicas (riesgo específico). Este modelo promueve la
sostenibilidad del servicio, dado que entre otras cosas, permite garantizar un
rendimiento sobre el capital invertido que haga atractivas las inversiones en
el sector.
Para el
cálculo del costo de capital de la empresa se emplearon las siguientes
fórmulas:
rkp
= rl + β (rm – rl) + rp (modelo CAPM)
En
donde:
rkp = Costo del capital propio.
rm =Rendimiento de una cartera
diversificada de acciones.
rl = Tasa libre de riesgo.
rm – rl
= Prima de riesgo.
rp = Riesgo país.
β
= Mide la correlación entre los rendimientos de mercado y los de una inversión
específica.
Los
valores y la fuente de información de cada variable del modelo se describen a
continuación:
La tasa
libre de riesgo (rl) se obtuvo como el promedio de
los promedios mensuales de los últimos 12 meses de la tasa de interés de los
Bonos del Tesoro de los Estados Unidos de América a 10 años plazo, con corte a
mayo del 2014 (2,63%). Se utilizó como fuente de información, la dirección
electrónica: http://www.federalreserve.gov/datadownload/Build.aspx?rel=H15.
La
prima de riesgo (rm – rl)
se obtuvo de la información publicada por el Dr. Aswath
Damodaran, profesor de la Universidad de Nueva York
(EUA), en la dirección electrónica:
http://www.stern.nyu.edu/~adamodar/pc/implprem/ERPbymonth.xls. Se utilizó el
promedio aritmético de los valores disponibles dentro de los últimos doce
meses, siendo éste de 5,31% con corte a mayo del 2014.
El
riego país (rp) para el presente estudio fue de 3,3%,
siendo éste dato determinado por las calificaciones de bonos y los
diferenciales apropiadas por defecto para los diferentes países según la
página: http://pages.stern.nyu.edu/~adamodar/New_Home_Page/datafile/ctryprem.html.
El
valor de la beta (β) se obtuvo de la información publicada por el Dr. Aswath Damodaran, profesor de la
Universidad de Nueva York, USA, según la página: http://pages.stern.nyu.edu/~adamodar.
Su valor se estimó en 0,71 (beta desapalancada),
tomando como referencia la actividad de distribución de hidrocarburos.
Con la
información disponible, el costo del capital de la empresa para el servicio de
transporte limpio de combustible (modelo CAPM) es de 9,73%, como se muestra a
continuación:
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2. Parámetros
económicos
Las
proyecciones de los parámetros económicos utilizados por la IE, han sido
elaboradas tomando como referencia el diagnóstico de la situación económica
realizado por el Banco Central de Costa Rica (BCCR), en su Programa
Macroeconómico 2014-2015[1][1]
y sus respectivas revisiones, las perspectivas de la economía mundial según el
Fondo Monetario Internacional, así como, las expectativas de inflación y
variación de tipo de cambio plasmadas en las diferentes encuestas formuladas
por el BCCR.
En lo
que respecta a la proyección de la inflación externa, se tomó como base las
estimaciones realizadas por el Fondo Monetario Internacional y las estadísticas
se extraen de la página electrónica del Bureau of Labor Statistic
de los Estados Unidos de Norteamérica.
Comportamiento
macroeconómico y proyecciones según el BCCR
El
BCCR en su Programa Macroeconómico 2014-2015, estableció como objetivo de
inflación un 4% para el 2014, con un rango de tolerancia de ±1 punto porcentual
(p.p.). La proyección de inflación propuesta por el ente emisor está encaminada
en continuar gradual y ordenadamente, hacia un esquema monetario de metas de
inflación, en procura de ubicarla en el mediano plazo, en niveles similares a
los que presentan los principales socios comerciales del país (inflación
estimada en un 3%). Aun cuando existen ciertos riesgos a considerar, tales como
i) la presión en los mercados locales asociada al deterioro de las finanzas
públicas; ii) un sistema financiero vulnerable ante el mayor uso de fondos
externos para conceder crédito al sector privado, sistema aún en proceso de
mejorar el grado de solidez con las medidas aprobadas por los entes
supervisores, vigentes a partir de 2014 y iii) que la reducción del estímulo
monetario en Estados Unidos ocurra en forma no ordenada y genere restricciones
internas de liquidez que provoquen ajustes no esperados en los macro-precios;
las expectativas de la economía costarricense para el bienio 2014 y 2015 ubican
el crecimiento del PIB entre un 3,8% y 4,1% respectivamente, ya que se estima
que la demanda interna crecería entre un 3,8% y 3,9%, determinado por el aporte
del consumo privado, siendo coherente con la evolución esperada de las
industrias que producen para el mercado interno.
Además
de una demanda externa del 3,8% y 4,7% que estaría ligada a la evolución en la
producción de nuestros principales socios comerciales y de las industrias
dedicadas a la exportación, lo que supondría una recuperación en las compras de
materias primas para la manufactura, así como las destinadas al consumo final y
una moderación en el ritmo de crecimiento de las importaciones de bienes de
capital. No obstante que las condiciones previstas para el crecimiento
económico mundial favorecen la estabilidad de sus precios en los próximos dos
años, eventos no predecibles relacionados con factores climáticos o conflictos
políticos en los países productores de petróleo, pueden desestabilizar los
precios internacionales de dichos insumos, por ejemplo, se estima un precio
promedio del petróleo (crudo U.K. Brent, Dubai Fateh y West Texas Intermediate)
de US$103,84 para el 2014.
El
comportamiento de la inflación interna acumulada a marzo es de 2,04%, la
inflación interanual ha sido de 3,26%, la cual se encuentra dentro de las
expectativas de inflación pre-fijadas por el BCCR.
En lo
que respecta al tipo de cambio, según lo establece el Programa Macroeconómico
2013-2014, el BCCR mantendrá su compromiso con los parámetros de la banda
cambiaria en el corto plazo, sin que ello limite continuar con la transición gradual
y ordenada, hacia la flotación cambiaria y así cumplir uno de los
prerrequisitos en el proceso de avance hacia un esquema monetario de metas de
inflación.
De
acuerdo con lo anterior y dada la gran incertidumbre que impera en un mercado
como el cambiario, el cual responde de conformidad con la cantidad de divisas
(demanda de divisas– oferta de divisas) en la economía, inversión extranjera
directa y la especulación en el corto plazo, la IE proyectó inicialmente que la
depreciación del colón respecto al dólar sería cercana al 9,77% para el 2014
(ya que se asume que el tipo de cambio será igual al observado el último día
hábil de marzo), lo anterior basado en la teoría económica y la evidencia
empírica que señalan que la presencia de un desequilibrio fiscal, lleva a un
desequilibrio similar en la cuenta corriente de la balanza de pagos dada la
presión que el gasto público ejerce, por lo que el ensanchamiento de esta
brecha conlleva un efecto macroeconómico que puede derivar en inestabilidad
cambiaria.
Actualmente
el comportamiento del tipo de cambio ha presentado una tendencia diferente a la
presentada en años anteriores, ya que en mayo de 2013 el presidente de la
Reserva Federal de Estados Unidos declaró que, de manera condicionada a la
evolución del desempleo y de la inflación, podría iniciar el retiro del
programa de estímulo monetario, situación que si bien no se materializó en ese
momento, generó ajustes en los macroprecios
(incrementos de tasas de interés de largo plazo y en los tipos de cambio de algunas
monedas latinoamericanas).
En
términos de la actividad económica, si bien una depreciación real (efecto
traspaso parcial) incentivaría la demanda externa neta, deterioraría la
posición patrimonial de los deudores netos en moneda extranjera y su posibilidad
de consumo; este último efecto se reforzaría por las presiones al alza en las
tasas de interés locales. Estos dos últimos elementos, se estima impactarían la
demanda interna en mayor magnitud que el efecto positivo de la demanda externa,
antes indicado, lo que desacelerarían el crecimiento de la económica
costarricense y por ende, trasfiere presiones vía costos a las tarifas de los
servicios que presta la empresa del área de hidrocarburos, las cuales se pueden
traducir en incrementos tarifarios para los consumidores de combustibles.
En lo
que respecta a la inflación externa (Índice de Precios al Consumidor de los
Estados Unidos), ésta ha sido en promedio cercana al 2,08% (promedio simple de
largo plazo - últimos 5 años-). No obstante, la economía estadounidense ha
resentido los efectos de la crisis económica que arrastró la economía mundial
en los últimos años. Si bien es cierto, la inflación acumulada de los últimos
dos años (2012 y 2013) ha sido de 1,74% y 1,50% respectivamente, es de esperar
que para el 2014 según las estimaciones del Fondo Monetario Internacional
(Perspectivas de la Economía Mundial, enero del 2014), la inflación de los EEUU
se ubique cercana al 1,70%.
En el
siguiente cuadro resumen, se puede observar el comportamiento de los índices
antes mencionados y el porcentaje de depreciación del colón respecto al dólar,
siendo estos parámetros los utilizados por la IE en los respectivos estudios
tarifarios y otras acciones.
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3. Análisis tarifario
a. Parámetros del modelo
A continuación se presentan los diferentes parámetros
que se deben incluir en el modelo.
El cuadro N° 2 muestra el precio
promedio plantel de los combustibles limpios utilizado por esta intendencia, el
cual se basa en los precios vigentes al día de la audiencia pública fijados
mediante resolución RIE-016-2014, publicados en La Gaceta N° 67 del 4 de abril
de 2014. Estos precios son la base para calcular el precio promedio de ¢609,46,
el cual se detalla en el siguiente cuadro y difiere del promedio calculado por
el petente que asciende a ¢597,64, porque este último
utiliza los precios plantel, vigentes al 6 de febrero de 2014.
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El precio promedio de combustible utilizado en la
presente fijación se obtuvo como un promedio ponderado, cuyo factor de
ponderación es la cantidad de litros transportados reportados por Recope mensualmente a esta intendencia, para el 2013.
Con respecto a los parámetros de tiempos de carga y
descarga de productos, únicamente se actualiza el tiempo de carga, ya que no se
cuenta con información de la duración de la descarga del producto. Para este
caso, el dato utilizado fue proporcionado por Recope
(folios 315 al 317), de acuerdo al muestreo de los tiempos de carga en todos
los planteles durante marzo 2014. Esta medición da como resultado un tiempo promedio
de 41 minutos y 58 segundos por unidad de transporte, tal y como se observa a continuación.
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El
tiempo de carga presentado por el petente es de
01:07:05 (folio 10), que corresponde al dato utilizado por esta Autoridad
Reguladora en anteriores estudios, no obstante en esta ocasión la Intendencia
procedió a actualizarlo de conformidad con la información más reciente aportada
por Recope.
Los
tiempos de descarga, de espera en plantel y el viaje gasolinera-plantel y
viceversa, fueron tomados del estudio inmediato anterior resuelto mediante la
resolución 696-RCR-2011 del 02 de diciembre de 2011 (ET-121-2011). De la suma
de estos tiempos más el de carga actualizado, se obtiene un tiempo total de
carga y descarga de 3,19 horas, el cual a su vez equivale a 2,51 viajes por
día.
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Los
demás tiempos considerados en este cálculo (espera, viaje y descarga) coinciden
con lo presentado por el petente (folio 10).
El
parámetro de velocidad del cisterna, así como su capacidad serán los mismos que
se utilizaron en el estudio anterior, correspondientes a 40 Km/h en zona básica
y 60 km/h fuera de zona básica y la capacidad a 27 259 litros, datos que
coinciden con los del petente (folios 10 y 11)y 285
días.
La
IE determinó 714,77 viajes por año para la zona básica y 733,51 fuera de la
zona básica, por lo que el kilometraje recorrido anual, correspondiente a 42
886,25 Km y 62 429,61 Km para la zona básica y fuera de la zona básica,
respectivamente.
b. Inversión
Como
se indicó en el apartado de antecedentes, el 28 de enero de 2013, mediante
oficio 055-IE-2013, se le solicitó a la Dirección General de Transporte y
Comercialización de Combustibles del Ministerio de Ambiente y Energía la, […]
certificación de los actos administrativos vigentes, por medio de los cuales se
ha otorgado concesiones o permisos, para prestar el servicio público de
suministro de hidrocarburos en sus distintas modalidades […]. La información
solicitada es necesaria para determinar la antigüedad de la flota destinada a
prestar este servicio, con el fin de valorar de una manera más integral y
apegada al esquema operativo actual el cabezal y la cisterna que se utilizan en
la fijación del margen del transporte de combustible, sin embargo a la fecha la
información no ha sido recibida por la Intendencia de Energía.
Para
efecto del análisis de la inversión, se tomó en cuenta lo establecido en el
artículo 12 del Decreto Ejecutivo 36627-MINAET, el cual indica que las unidades
que sustituyan vehículos en uso deben contar con una antigüedad no mayor a 5
años.
Basado
en lo anterior, la Intendencia de Energía utilizó el siguiente procedimiento
para estimar la inversión:
i. Cabezal
Para
la estimación del cabezal se tomó el promedio de las 3 cotizaciones en dólares
que presentó el petente que correspondían a $139 333,
las cuales se colonizaron mediante el tipo de cambio de ¢549,55[2][2],
obteniéndose un valor promedio en colones de ¢76,57 millones, esto para un
vehículo modelo 2014. Con el fin de cumplir con la antigüedad máxima para la
sustitución de unidades de 5 años según el Decreto Ejecutivo 36627-MINAET, se
deflactó el valor de la unidad 2014, mediante la diferencia entre el índice de
precios al consumidor (IPC) promedio del 2009 y del promedio 2014 (proyectado),
lo que da como resultado el valor de la unidad de transporte de combustible
modelo 2009. Se considera esta información en razón de que no se cuenta con el
detalle de la flota que actualmente presta este servicio, a pesar de haberlo
solicitado al MINAE en reiteradas ocasiones desde el 2011, siendo la última vez
mediante oficio 479-IE-2013, del 16 de abril de 2013 y a la fecha no se ha
obtenido la respuesta. Por lo que con el fin de contar con una base de datos
que nos permita evaluar las condiciones del mercado se recomienda solicitar
esta información a los prestadores.
Se
utilizó el criterio de deflactar el valor del 2014, para llevarlo a valor del
2009, de acuerdo con lo siguiente:
• Se
considera que esta es una forma técnicamente justificada de aproximar el valor
del mercado de un bien en su año de fabricación o de introducción al mercado.
Bajo el supuesto de que el comportamiento del precio de ese bien es similar al
resto de bienes que componen la canasta del IPC.
• No
existen índices específicos para revaluar o deflactar valores de vehículos
especializados, como es el caso actual, por lo que lo más conveniente es
utilizar índices genéricos, el IPC en este caso.
• Se
utilizan índices promedios anuales pues los datos no están referidos a una
fecha específica. La variación del IPC promedio entre el 2009 y el 2014 es de
25,47% (Anexo 1).
• El
valor deflactado del cabezal al 2009 sería de ¢ 61,03 millones.
Con
estos criterios, el valor aproximado al 2014 de un vehículo modelo 2009 sería
de ¢17,44 millones y el gasto por depreciación anual asciende a ¢8,72 millones.
Se
consideró una vida útil de 7 años de conformidad con lo establecido en el anexo
2 métodos y porcentajes de depreciación del reglamento N.°18445-H,
de la Ley N.°7092 del Impuesto Sobre la Renta (Anexo 1) y se utiliza el método
de depreciación por línea recta y un valor residual de cero.
El
petente utilizó una vida útil de 15 años, sin embargo
omitió indicar la fuente de la información.
ii. Tanque
Al
igual que en el caso del cabezal, para la estimación del valor del tanque se
utilizaron las cotizaciones aportadas por el petente
que en este caso corresponden a una unidad 2013 y se deflactó dicho valor de
acuerdo a la diferencia entre el IPC promedio del 2010 el IPC promedio del 2014
(18,75%).
Las
cisternas cotizadas corresponden a modelos 2013, cabe destacar que entre las
características de las cisternas está la posibilidad técnica de llenado por
arriba y por abajo, siendo este último, uno de los métodos que empleará Recope de acuerdo a su plan de inversiones.
El
valor promedio de las cotizaciones presentadas por el petente
corresponden a $92 667 para una cisterna modelo 2013, al aplicarle el tipo de
cambio de ¢549,55, se obtiene un valor promedio de ¢50,93 millones. Se calcula
el valor de la cisterna modelo 2010 (deflactando mediante la diferencia entre
el IPC del 2010 y del 2014 promedios), aplicándole una depreciación acumulada
por línea recta de 4 años. En este caso se consideró una cisterna 2010 por la
vida útil de este activo (5 años).
El
valor del activo aproximado para la cisterna es de ¢8,58 millones y el gasto
por depreciación corresponde a ¢8,58 millones, ya que como se explicó
anteriormente estaría en su último año de vida útil. Para estos cálculos
también aplican los criterios externados en el caso del cabezal.
De
conformidad con lo establecido en el anexo 2 métodos y porcentajes de
depreciación del reglamento N.°18445-H, de la Ley
N.°7092 del Impuesto Sobre la Renta, para el tanque no se cuenta con una
descripción de activo, por lo que se utiliza la descripción “camiones
cisternas” que tiene una vida útil de 5 años (Anexo1) y se utiliza el método de
depreciación por línea recta y un valor residual de cero.
El
petente utilizó una vida útil de 15 años, sin embargo
omitió indicar la fuente de la información.
Al
igual que en el caso del cabezal, el detalle de la flota que actualmente presta
este servicio se ha solicitado en reiteradas ocasiones al MINAE desde el 2011 y
no se ha obtenido la respuesta por lo que se recomienda solicitar esta
información a los prestadores.
En
el siguiente cuadro muestra los cálculos de los dos activos descritos
anteriormente.
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iii. Extintores,
equipo de bombeo
El
valor de los extintores se toma de la información aportada por el petente según folios 178 al 181, el valor bruto promedio de
los extintores es de ¢158 200, la depreciación anual es de ¢22 600, por tanto
el valor neto de los extintores es de ¢135 600.
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Se
consideró una vida útil de 7 años de
conformidad con lo establecido en el anexo 2 métodos y porcentajes de
depreciación del reglamento N.°18445-H, de la Ley
N.°7092 del Impuesto Sobre la Renta (Anexo1) y se utiliza el método de
depreciación por línea recta. El petente utilizó una
vida útil de 15 años, sin embargo omitió indicar la fuente de la información.
En cuanto al equipo de bombeo, el petente propone un valor de ¢1 482 743 (folio 39), sin
embargo no aporta las cotizaciones que respaldan sus cálculos, no obstante para
este estudio se le reconoce el mismo monto dado en el estudio ET-121-2011, el
cual corresponde a ¢250 000 por equipo de bombeo como valor bruto. La
depreciación anual corresponde a ¢25 000 y el valor neto es de ¢225 000.
Se consideró una vida útil de 10 años de
conformidad con lo establecido en el anexo 2 métodos y porcentajes de
depreciación del reglamento N.°18445-H, de la Ley
N.°7092 del Impuesto Sobre la Renta (Anexo1) y se utiliza el método de
depreciación por línea recta. El petente utilizó una
vida útil de 5 años, sin embargo omitió indicar la fuente de la información.
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iv. Equipo administrativo
El equipo administrativo se toma de los datos
aportados por el petente en los folios 222 al 242. El
valor del equipo administrativo bruto es de ¢964 094, la depreciación anual es
de ¢156 130, por tanto su valor neto es de ¢807 965.
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La diferencia entre el dato
de esta intendencia y lo presentado por el petente,
responde a que no se consideró el costo del teléfono celular y su línea, ya que
el petente no presentó los comprobantes ni la
justificación que nos permita validar que dichos activos son necesarios para
prestar el servicio público de conformidad con lo establecido en la Ley N°
7593.
En cuanto a las vidas útiles de los activos coinciden
con las propuestas por el petente.
La inversión total estimada por la Intendencia
asciende a ¢27,18 millones y el gasto por depreciación es de ¢17,50 millones.
v. Rendimiento sobre la inversión
Se utiliza para el cálculo el resultado del
modelo de valoración de activos de capital (CAPM), que se muestra en
el apartado 1. de este informe.
El
rendimiento sobre la inversión estimado por la IE es de ¢2,64 millones,
mientras que el solicitado por el petente es ¢13,02
millones. La diferencia de ¢10,39 millones
inferior a lo solicitado se debe a las siguientes razones:
• El
porcentaje de rendimiento sobre la inversión empleada por la IE es de 9,73%,
mientras que la empresa transportista utilizó un 10,40%, esta diferencia
responde a las fechas de corte de la información utilizada por la IE.
• La
inversión estimada por la Intendencia fue inferior en ¢98,19 millones, lo cual
se detalló en el apartado anterior.
• La
vida útil del cabezal y del tanque varían respecto a las utilizadas por el petente, tema que se desarrolló en el apartado anterior.
c. Costos
anuales de operación (Anexo 2)
Para
actualizar y estimar los diferentes costos, la IE utilizó las cotizaciones
aportadas por el petente, a excepción de aquellos
costos que no fueron debidamente respaldados, en cuyo caso se tomó el dato del
estudio tarifario anterior (ET-121-2011).
Los
costos anuales de operación estimados por la IE ascienden a la suma de ¢42,98
millones en zona básica y de ¢53,31 millones fuera de zona básica y los
presentados por Transmuelle de San Carlos S. A. son
¢42,81 millones y ¢52,28 millones respectivamente (folio 46), lo que genera una
diferencia en zona básica de ¢0,17 millones superior y fuera de zona básica de
¢1,03 millones superior.
Esta
diferencia se justifica principalmente por la actualización realizada en el
tiempo de carga en Recope, que a su vez origina un
aumento en los viajes anuales y kilometraje a recorrer en ambas zonas. Todos
aquellos costos operativos que se relacionen con la cantidad de kilómetros recorridos
o viajes anuales se verán afectados.
Asimismo,
esta intendencia no reconoce el costo por mantenimiento preventivo, debido a
que existe una contradicción en la petición tarifaria, por un lado las
cotizaciones presentadas por el petente corresponden
a una unidad nueva, cuyo mantenimiento preventivo por parte de la casa matriz
cubre el primer año y por otro incluye una lista importante de gastos asociados
directamente al mantenimiento del vehículo. Esa contradicción no permite
corroborar el gasto ni que se puedan justificar ambas erogaciones, razón por la
cual se excluye el costo por mantenimiento preventivo, considerando además que
la unidad reconocida tarifariamente no es nueva.
En
cuanto al gasto por el salario del chofer, se obtuvo de la fijación del I
semestre del 2014 según el Decreto N.° 38101-MTSS y se le aplicó el porcentaje
de inflación estimado para el segundo semestre de 2014 (1,65%), con el fin de
provisionar el aumento que se pueda dar.
d. Costos
anuales de administración (Anexo 2)
Los
costos anuales de administración estimados por la IE ascienden a la suma de ¢
35,61 millones para zona básica y de ¢35,71 millones fuera de zona básica y los
presentados por Transmuelle de San Carlos S. A., son
¢26,41 millones y ¢26,49 millones respectivamente (folio 47). Los montos
reconocidos son superiores a los solicitados por la empresa en ¢9,20 millones
en zona básica y ¢9,22 millones fuera de zona básica. Esta diferencia es
producto del gasto por depreciación, el cual es mayor al estimado por el petente ya que la vida útil de los activos principales es
inferior a la propuesta.
Cabe
indicar que en cuanto a las pólizas de seguros el petente
incluye en la propuesta el reconocimiento de las coberturas F: robo y/o hurto,
H: riesgos adicionales y N: exención de
deducible, sin embargo esta intendencia considera que las coberturas F y N, no
están justificadas ni constan los comprobantes desglosados que permitan su
reconocimiento tarifario. En cuanto a la cobertura H, se considera que está
incorporada dentro de la póliza de seguro de carga, por lo que se duplicaría su
reconocimiento si se considera en forma separada, razón por la cuál es excluida
del cálculo tarifario. Caso contrario con las coberturas A Responsabilidad
civil extracontractual por lesión y/o muerte de personas, C Responsabilidad
civil extracontractual por daños a la propiedad de terceras personas las cuales
se encuentran como requisito para la operación de la unidad de transporte,
según el Decreto Ejecutivo N.° 36627-MINAET, en su capítulo III, articulo 6,
literal f, y D Colisión y/o vuelco, que son considerados tarifariamente de
conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley N.°7593.
Con
respecto a la póliza de seguro de carga, se calcula de acuerdo con la
información que consta en el estudio tarifario anterior (ET-121-2011), se
establece para la zona básica un total de ¢3,56 millones y ¢3,66 millones fuera
de zona básica.
El
salario del profesional administrativo se obtuvo de la fijación del I semestre
del 2014 según el Decreto N.° 38101-MTSS y se le aplicó el porcentaje de
inflación estimado para el segundo semestre de 2014 (1,65%), con el fin de
provisionar el aumento que se pueda dar.
En
resumen los gastos anuales totales estimados por la IE ascienden a ¢81,24
millones para zona básica y ¢91,66 millones fuera de zona básica, mientras que
los solicitados por Transmuelle de San Carlos S. A. a
¢82,27 millones en zona básica y ¢91,81 millones fuera de zona (folio 47).
e. Resumen de resultados
La
IE determinó un número de viajes por año para la zona básica de 714,77 y de
733,51 fuera de la zona básica, mientras que el petente
solicitó 633,66 viajes por año dentro de la zona básica y de 653,30 fuera de la
zona básica. Esta diferencia radica especialmente en la actualización que
realiza la IE del tiempo de carga de cisternas promedio en los planteles de Recope.
Se
mantiene la distancia origen-destino promedio de 30 Km para la zona básica y de
42,55 km fuera de la zona básica, cantidad igual a la que se determinó en el
estudio tarifario del 2011. Esa distancia se utilizó para determinar el
kilometraje recorrido por año, correspondiente a 42 886,25 Km y 62 429,61 Km
para la zona básica y fuera de la zona básica, respectivamente.
El
volumen que estima la IE que se transportará en el 2014 corresponde a la suma
de 19,48 millones de litros en la zona básica y de 19,99 millones de litros
fuera de la zona básica.
Tomando
como base los cálculos que se detallaron en los apartados anteriores, en el
cuadro siguiente la IE estimó el flete para transporte de producto limpio
dentro de la zona básica de 30 km en ¢4,1695 por litro y el flete fuera de la
zona básica en ¢0,1077 por litro, dichos resultados difieren a los del petente ya que este solicitó para la zona básica la suma
¢4,7254 por litro y fuera de la zona básica la suma de ¢0,1211 (folio 47).
De
los cálculos realizados por la intendencia y los realizados por el petente, visibles a folio 47 se obtiene lo siguiente:
Para ver
imagen solo en La Gaceta con formato
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Como se
aprecia en el cuadro anterior, la principal diferencia en los cálculos realizados
por el petente y la IE es en cuanto a la
determinación del activo fijo, que afecta tanto el gasto como la depreciación
acumulada y el rendimiento sobre la inversión.
Respecto
a la propuesta planteada, para la zona básica (primeros 30 km), el flete
obtenido por la IE es ¢4,1695 por litro, inferior en ¢0,56 al solicitado y
fuera de la zona básica es de ¢0,1077 por litro, inferior al solicitado por el petente en ¢0,01 por litro.
En
el cuadro N.°10 se puede observar que el flete vigente
para la zona básica es de ¢3,7854 por litro y el flete calculado propuesto es
de ¢4,1695 un 10,15% superior, lo cual significa un aumento de ¢0,38412 por
litro. Fuera de la zona básica el flete vigente es de ¢0,0989 y el flete
propuesto por la IE es de ¢0,1077 lo cual resulta ser superior en ¢0,00882, lo
que representa una variación del 8,92%.
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VI. FLETE
PROMEDIO
Cualquier
ajuste del flete de transporte de combustible limpio se debe trasladar al
consumidor final, por lo tanto, el ajuste propuesto en el margen de transporte
afecta el precio del combustible en estaciones de servicio.
Para
transferir el ajuste al consumidor final, se debe tener en cuenta que los
precios de los combustibles afectados son uniformes en todas las estaciones de
servicio del territorio nacional; por tanto se debe calcular un flete promedio
de transporte que se adiciona al margen de las estaciones de servicio. Lo
anterior se hace con base en un listado actualizado de clientes remitido por Recope (ver anexo 3), cumpliéndose así con el procedimiento
establecido por la Autoridad Reguladora, a petición de la Contraloría General
de la República, el cual fue aprobado mediante acuerdo de Junta Directiva,
según Artículo 8° de la sesión ordinaria N°080-98, celebrada el 8 de junio de
1998 y ratificada el 14 de junio del mismo año.
El
resultado final del análisis del presente estudio flete limpio, indica que el
flete de transporte de producto limpio debe incrementarse en 10,15% (¢0,38412)
en zona básica y de 8,92% (¢0,00882) fuera de la zona básica, con respecto al
flete vigente; se afecta el flete promedio que se incorpora en el margen de
comercialización total que se incluye en el precio del combustible que se
distribuye en estaciones de servicio, incluidas las que distribuyen
combustibles para la aviación.
Una vez
revisado el número de estaciones de servicio activas, las rutas, la fórmula del
flete por cada ruta y el volumen comprado por estación, se determinó que el
flete promedio para incorporar en el precio del combustible es de ¢7,8642. A
este flete promedio se le debe adicionar el ¢ 47,8428 por litro de margen de
comercialización para industria de estaciones de servicio, excluidas las que
distribuyen combustibles para la aviación. De manera que el margen total
promedio por litro a incluir en el precio de venta al consumidor final en
estación de servicio es de ¢ 55,7070 por litro.
Para el
caso de las estaciones que distribuyen combustibles para aviación, al margen
vigente de ¢14,8552 por litro, se le debe adicionar el incremento del flete
para la zona básica que es de ¢0,3841 por litro y con ello obtener un margen
total de ¢15,2393 por litro, que debe ser incorporado al precio del combustible
en esas estaciones de servicio.
El cuadro
siguiente, muestra los nuevos precios y el impacto absoluto y relativo sobre
los precios por litro vigentes:
El efecto
sobre el margen total promedio se detalla en el siguiente cuadro:
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En
razón de lo anterior lo procedente es variar los precios finales al consumidor,
tal y como se indica en las recomendaciones.
[…]
VIII. REQUERIMIENTOS
DE INFORMACIÓN
De
acuerdo con el análisis que antecede y las limitaciones de información
encontradas a la fecha, se considera necesario solicitar la siguiente
información:
1. Todos
los transportistas de combustible limpio (transporte limpio de producto a
estaciones de servicio) deben presentar a la Aresep,
fotocopia certificada de la siguiente información, a más tardar el 31 de julio
de 2014:
a. El
título habilitante que lo faculta para prestar el servicio público de
transporte de combustibles.
b. Declaración
jurada que indique: fecha a partir de la cual presta el servicio, el número de
placa del cabezal y cisterna con que presta el servicio público; año, marca y
serie de la cisterna.
c. La
tarjeta de circulación del cabezal, vigente.
2. Para
el próximo estudio tarifario, el petente debe
presentar:
a. Cotejar
los datos impresos versus los datos electrónicos.
b. El
detalle del cálculo de los costos e inversiones propuestos en la petición.
c. Toda
la documentación necesaria, que respalde cada uno de los rubros incluidos en la
metodología utilizada para determinar el monto del flete para el transporte de
combustible limpio.
d. Facturas
por uso del servicio de mensajería.
e. Copia
de las planillas del último año presentadas en la CCSS y certificación de estar
al día con las obligaciones patronales.
f. Copia
de las pólizas de seguros contratadas a su nombre y cotización de todas las
pólizas incluidas en la propuesta con el respectivo detalle de los componentes
del monto incorporado en la cotización.
g. Detalle
electrónico de activos fijos y el cálculo detallado de la depreciación, donde
se especifique descripción del activo, fecha de compra, vida útil registrada,
valor al costo, depreciación acumulada al costo.
h. Copia
de los comprobantes de pago de viáticos.
i. Copia
de las facturas por uso de sumidero de Recope
correspondientes al último año.
j. Copias
de facturas de viáticos, parqueos, certificaciones y cualquier otro gasto
relacionado con la tramitación de los permisos ante el ente correspondiente.
k. Copia
de las facturas de carga de extintores correspondientes al último año.
l. Copia
de las facturas por honorarios profesionales correspondientes al último año.
m. Copia
de las facturas por transporte de combustible del mes anterior a la solicitud
de fijación, las mismas podrán ser cotejadas contra los registros que tenga Recope y que les serán requeridos por esta Autoridad
Reguladora.
n. Justificar
todos y cada uno de los costos que comprenden el modelo, específicamente sobre
la relación directa que tengan con el servicio público regulado.
IX. CONCLUSIONES
De
conformidad con el análisis realizado se obtienen las siguientes conclusiones:
1. Las
proyecciones de los parámetros económicos utilizados por la IE incluye
parámetros reales a marzo de 2014. La IE utilizó el índice de precios al
consumidor IPC correspondiente al segundo semestre de 2014 (1,65%), para
actualizar los salarios. El costo del capital propio de transporte de
combustibles (modelo CAPM) es de 9,73%.
2. En
cuanto a los principales parámetros tarifarios utilizados por la IE, a excepción
del precio promedio plantel de productos, la vida útil de los activos el valor
remanente de estos y el tiempo de carga promedio en planteles de Recope, coinciden con los propuestos por la empresa.
3. Se
actualiza el tiempo de carga del combustible, de conformidad con la información
proporcionada por Recope, de acuerdo al muestreo de
los tiempos de carga en todos los planteles durante marzo 2014. Esta medición arroja un tiempo promedio de 41
minutos y 58 segundos por unidad de transporte.
4. El total de inversión estimada por la IE es de
¢27,18 millones y la inversión solicitada por la empresa de transportistas
asciende a la suma de ¢125,33 millones, una diferencia inferior de ¢98,19
millones (78,32%).
5. El rendimiento sobre la inversión estimado por la IE
es de ¢2,64 millones inferior al solicitado por el petente
que es ¢13,04 millones, una diferencia inferior de ¢10,39 millones (393%
inferior).
6. Los costos anuales de operación estimados por la IE
ascienden a la suma de ¢42,98 millones en zona básica y ¢53,31 millones fuera
de zona básica.
7. Existe una contradicción en la petición tarifaria
respecto al costo del mantenimiento preventivo.
8. Los costos anuales de administración estimados por
la IE ascienden a la suma ¢35,61 millones para zona básica y ¢35,71 millones
fuera de zona básica.
9. Los gastos totales para la industria estimados por
la IE ascienden a ¢ 81,24 millones y ¢91,66 millones para la zona básica y
fuera de zona básica respectivamente.
10. La IE estimó el flete para la zona básica de 30 km en
¢4,1695 por litro y ¢0,1077 fuera de zona básica.
11. El flete promedio para incorporar en el precio del
combustible es de ¢7,8642 y el margen total promedio por litro a incluir en el
precio de venta al consumidor final en estaciones de servicio mixtas es de ¢
55,7070 por litro.
12. El margen total por litro a incluir en el precio de
venta al consumidor final en estaciones que distribuyen combustibles para
aviación es de ¢15,2393 por litro.
[…]
II.—Que
en cuanto a las oposiciones presentadas en la audiencia pública, del estudio
técnico 0708-IE-2014, que sirve de base para la presente resolución, conviene
extraer lo siguiente:
[…]
VII POSICIONES Y OPOSICIONES
De acuerdo con el
Acta Nº 47-2014 del 9 de mayo de 2014 oficios 1327- DGPU-2014 y 1482-DGPU-2014,
folios 323 y 324, en el punto desarrollo de la Audiencia se hace referencia a
que no se presentaron usuarios en Bribrí Talamanca,
ni oposiciones en el resto del país, a la petición tarifaria realizada por la
empresa de Transmuelle de San Carlos S. A.,
únicamente se presentó una coadyuvancia por parte del
señor Reinaldo Quirós Vásquez.
En resumen el señor Quirós Vásquez indicó que la solicitud de
aumento en el margen del transportista de combustible limpio es necesaria
debido a que todos los gastos fijos se han incrementado considerablemente y no
se les puede hacer frente con la tarifa vigente. Además, señala que desde la
última fijación tarifaria, la estación de servicio ya no solicita el pedido con
la cisterna a “full”, sino que el pedido baja, lo cual afecta el ingreso del
transportista en cada viaje. Para notificaciones señala el fax 2553 4125.
Esta intendencia le agradece su participación al señor Quirós
Vásquez. […]
III.—Que
de conformidad con los resultandos y considerandos precedentes y el mérito de
los autos, lo procedente es fijar el margen para el transporte de combustible
denominado limpio, tal y como se dispone. Por tanto,
EL INTENDENTE DE
ENERGÍA,
RESUELVE:
I.—Fijar el margen para el transporte
de combustible denominado limpio: para la zona básica con una distancia
establecida en 30 km o menos en ¢4,1695 por litro y fuera de la
zona básica en ¢0,1077 por litro, el cual se debe pagar de acuerdo con la
siguiente fórmula:
Zona Básica: F = ¢ 4,1695 * L
Fuera de Zona Básica: F = ¢
4,1695 * L + ¢ 0,1077* (K-30) * L
Dónde:
F = Flete en colones
L = Cantidad transportada en litros
K = Distancia recorrida
Sobre el resultado de esta
fórmula se debe aplicar el porcentaje de reconocimiento por flete especial para
la ruta que lo tiene establecido.
II.—Fijar
el margen promedio para el transporte de combustible denominado limpio para
todo el país en ¢7,8642.
III.—Actualizar el margen
de comercialización para las estaciones de servicio que distribuyen combustibles
para aviación establecidos mediante resolución RRG-4742-2005 a ¢15,2393 por
litro, precio que incluye el transporte.
IV.—Fijar los precios de
los combustibles derivados de hidrocarburos al consumidor en estaciones de
servicio, incluyendo las que distribuyen combustible para aviación, según el
cuadro siguiente:
V.—Indicar que los precios
establecidos en la resolución RIE-026-2014 del 23 de mayo de 2014, publicada en
La Gaceta N° 101 el 28 de mayo de 2014 que no se varíen expresamente
mediante esta resolución continúan vigentes.
VI.—Establecer que los
precios rigen a partir del día siguiente a la publicación en La Gaceta.
VII.—Solicitar a las
empresas la información indicada en el numeral VIII del considerando I de esta
resolución.
VIII.—Indicar a las
empresas transportistas de combustibles “limpios” derivados de hidrocarburos
que de conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 24 de la Ley
N.°7593, se encuentran en la obligación de remitir la información requerida en
la resolución a emitir. Además, que de conformidad con lo establecido en el
artículo 38 de dicha Ley, el incumplimiento de las condiciones vinculantes
establecidas por la Autoridad Reguladora podrá ser sancionado con multas.
En cumplimiento de lo que ordenan los artículos 245
y 345 de la Ley General de la Administración Pública (L. G. A. P.) se informa
que contra esta resolución pueden interponerse los recursos ordinarios de
revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria
podrá interponerse ante el Intendente de Energía, al que corresponde resolverlo
y los de apelación y de revisión podrán interponerse ante la Junta Directiva, a
la que corresponde resolverlos.
De
conformidad con el artículo 346 de la Ley General de la Administración Pública,
los recursos de revocatoria y de apelación deberán interponerse en el plazo de
tres días hábiles contado a partir del día hábil inmediato siguiente al de la
notificación y, el extraordinario de revisión, dentro de los plazos señalados
en el artículo 354 de dicha ley.
Notifíquese y publíquese.—Juan Manuel Quesada, Intendente de Energía.—1
vez.—O. C. N° 7851-2014.—Solicitud N° 14886.—(IN2014036274).
CONVOCA A CONSULTA PÚBLICA
Se invita a los ciudadanos a presentar sus
oposiciones o coadyuvancias a la propuesta de la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos de ajuste extraordinario por la aplicación
de la “Metodología para el Ajuste Extraordinario de las Tarifas del Servicio de
Electricidad, Producto de Variaciones en el Costo de los Combustibles (CVC)
utilizados en la generación térmica para consumo nacional” para el servicio de
generación del ICE y el servicios de distribución, según se detalla.
Ajustar las tarifas de los servicios de generación y
distribución de electricidad sobre las tarifas fijadas para el III trimestre
del 2014, el cual da como resultado un aumento promedio de:
Ajustar las tarifas de los servicios
de generación y distribución de electricidad sobre las tarifas fijadas para
el III trimestre del 2014, el cual da como resultado un aumento
promedio de: |
|
EMPRESA |
AJUSTE |
ICE
GENERACIÓN |
25,78% |
DISTRIBUCIÓN |
-9,95% |
ICE |
15,57% |
CNFL, S.A |
14,55% |
JASEC |
12,02% |
ESPH, S.A |
12,01% |
COOPELESCA R.L. |
-2,75% |
COOPEGUANACASTE R.L |
8,45% |
COOPESANTOS R.L |
7,19% |
COOPEALFARO RUIZ R.L. |
10,23% |
Los cargos trimestrales que regirán en
el III trimestre del 2014 serán los siguientes: |
|
EMPRESA |
CARGO |
ICE
GENERACIÓN: |
|
T-CB, Ventas al ICE
distribución y a la CNFL, S.A. |
78,92% |
T-SD, Ventas al servicio
distribución. |
78,92% |
T-UD, Ventas a usuarios
directos. |
13,14% |
ICE
– DISTRIBUCIÓN: |
40,85% |
CNFL, S.A. |
41,22% |
EMPRESA |
CARGO |
JASEC |
37,40% |
ESPH, S.A. |
40,52% |
COOPELESCA, R.L. |
10,17% |
COOPEGUANACASTE, R.L. |
30,57% |
COOPESANTOS, R.L. |
21,68% |
COOPEALFARO RUIZ, R.L. |
33,47% |
El
plazo máximo para presentar sus oposiciones o coadyuvancias
vence el 20 de junio de 2014 a las dieciséis horas (4 p.m.).
Las oposiciones
o coadyuvancias se pueden presentar: ►en las
oficinas de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicadas en el
Edificio Turrubares del Oficentro
Multipark, Guachipelín de
Escazú, San José, ►o al fax 2215-6002, ►o por medio del correo
electrónico(1): consejero@aresep.go.cr
Las oposiciones
o coadyuvancias deben estar sustentadas con las
razones de hecho y derecho, debidamente firmadas y consignar el lugar exacto,
correo electrónico o el número de fax, para efectos de notificación por parte
de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En el caso de que la
oposición o coadyuvancia sea interpuesta por persona
física, esta deberá aportar fotocopia de su cédula; y si es interpuesta por
personas jurídicas, deberán aportar además certificación de personería vigente.
Se hace saber a
los interesados que esta consulta pública se realiza conforme a las resoluciones
RRG-7205-2007, RJD-017-2012 y RJD-128-2012 de la Autoridad Reguladora de los
Servicios Públicos.
Se informa que
la propuesta se tramita en el expediente ET-82-2014, y se puede consultar en
las instalaciones de la ARESEP y en la siguiente dirección electrónica:
www.aresep.go.cr (Audiencias y Consultas Públicas/ Expedientes de Próximas
Audiencias).
(1) En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea enviada por medio de correo electrónico,
ésta debe de estar suscrita mediante firma digital, o en su defecto, el
documento con la firma debe de ser escaneado y cumplir con todos los requisitos
arriba señalados.
Dirección
General de Atención al Usuario.—Marta Monge Marín,
Directora.—1 vez.—O. C. N° 7851-2014.—Solicitud N°
15037.—C-53620.—(IN2014036344).
ATENCIÓN VECINOS DE DESAMPARADOS
Y
SAN FRANCISCO DE DOS RÍOS
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
Para exponer la propuesta tarifaria
planteada por la empresa Autotransportes San Antonio S. A., para ajustar las
tarifas de las rutas 72, 64-61A descritas como San José-San Antonio de
Desamparados y ramales, según se detalla:
DESCRIPCIÓN RUTA 72-64-61 A: SAN JOSÉ-SAN ANTONIO DE
DESAMPARADOS Y RAMALES |
Tarifas
(en colones) |
Incremento
Regular |
||||
Vigentes |
Propuestas |
|||||
Regular |
Adulto Mayor |
Regular |
Adulto Mayor |
Absoluto
(¢) |
Porcentual |
|
San José-Tirrases
por San Francisco |
355 |
0 |
355 |
0 |
0 |
0,00% |
San José-San Francisco de Dos Ríos-La
Colina |
170 |
0 |
275 |
0 |
105 |
61,76% |
San José- San Francisco de Dos Ríos-Bº
San José |
170 |
0 |
275 |
0 |
105 |
61,76% |
San José-San Antonio-Patarra-Guatuso |
275 |
0 |
275 |
0 |
0 |
0,00% |
San José-San Antonio-San Lorenzo |
210 |
0 |
275 |
0 |
65 |
30,95% |
San José-Linda Vista X San Francisco |
275 |
0 |
275 |
0 |
0 |
0,00% |
San José-Linda Vista X Desamparados |
275 |
0 |
275 |
0 |
0 |
0,00% |
San José-San Antonio-Bº Fátima |
210 |
0 |
275 |
0 |
65 |
30,95% |
San José-San Antonio-Río
Azul-Quebradas |
275 |
0 |
275 |
0 |
0 |
0,00% |
Solicitud de ajuste basada en un rebalanceo
tarifario con el fin de alcanzar la unificación tarifaria |
La Audiencia Pública se llevará a cabo el día 9
de julio del 2014 a las 18:00 horas (6:00 p.m.), Salón Comunal de San
Antonio de Desamparados, ubicado detrás de la iglesia católica, San Antonio de
Desamparados, San José.
Quien
tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia:
en forma oral en la audiencia pública o por escrito firmado: ►en la
audiencia pública, ►o en las oficinas de la Autoridad Reguladora, en
horario regular, hasta el día de realización de la audiencia, ►o por
medio del fax 2215-6002 o del correo electrónico (*): consejero@aresep.go.cr
hasta la hora programada de inicio de la respectiva audiencia pública.
Las
oposiciones o coadyuvancias deben de estar
sustentadas con las razones de hecho y derecho, indicando un lugar exacto, o un
medio (correo electrónico, número de fax o apartado postal), para efectos de
notificación por parte de la ARESEP, y presentar documento de identificación
aceptado en el país, o copia de dicho documento si es interpuesta por escrito.
Las personas jurídicas deben interponer la oposición o coadyuvancia
por medio del representante legal de dicha entidad y aportar certificación de
personería jurídica vigente.
Se
informa que la propuesta se tramita en el expediente ET-61-2014, y se puede
consultar en las instalaciones de la ARESEP.
Información
adicional: comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2506-3200 o al
correo electrónico consejero@aresep.go.cr
(*) En
el caso de que la oposición o coadyuvancia sea
enviada por medio de correo electrónico, esta debe de
estar suscrita mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma
debe de ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados.
Dirección General de Atención al Usuario.—Marta Monge Marín, Directora.—1 vez.—O. C. N°
7851-2014.—Solicitud N° 14947.—C-48940.—(IN2014036346).
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
SECCIÓN DE ARRENDAMIENTOS
EDICTOS
Benigno
Cerdas Sánchez, mayor, casado, pensionado, costarricense, vecino de Los Ángeles
de Parrita, carretera a Playón, Pulpería Los Almendros, cédula de identidad
número 1-299-563. Con base en la ley sobre la zona marítimo terrestre N° 6043
del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo N° 784l-P del 16 de diciembre de
1977, solicita en concesión una parcela de terreno localizada en Playa
Esterillos, distrito Parrita, cantón Parrita, provincia de Puntarenas. Mide:
500,00 m2 de conformidad al plano de catastro P-1443684-2010, es
terreno para darle el uso Residencial Turístico de conformidad al Plan
Regulador aprobado. Linderos: al norte, Municipalidad de Parrita; al sur, calle
pública; al este: calle pública; y al oeste, Municipalidad de Parrita. Se
advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se
realiza sin perjuicio de que las disposiciones del plan aprobado en este sector
de playa, afecten el uso actual de la parcela, parcela ubicada entre los
mojones frente a costa, números 61 y 63 del Instituto Geográfico Nacional.
Parrita,
2 de junio del 2014.—Marvin Mora Chinchilla, Encargado
de Departamento.—1 vez.—(IN2014035128).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
JACUNA MATATA SOCIEDAD ANÓNIMA
La
empresa Jacuna Matata S.
A., cédula de persona jurídica número 3-101-159454, solicita a la Agencia
Aranjuez, del Banco de Costa Rica, la reposición del cheque de gerencia N°
90274-8, emitido el 1° de julio del 2010, cuyo beneficiario es la Unidad
Ejecutora del Programa de Regulación de Catastro y Registro 1284/OC-CR, por
haberse extraviado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 708 y 709
del Código de Comercio. Por el término de ley, se atenderán oposiciones en la
referida agencia bancaria.—San José, 4 de junio del
2014.—Jorge Alberto Hidalgo Vega, Presidente.—(IN2014035046).
BANCO PROMÉRICA DE COSTA RICA S. A.
Por
este medio Banco Promérica de Costa Rica S. A., hace
constar que Jorge Alberto Vega Castro, es el propietario del siguiente
documento: Cheque de Gerencia número 190810, a nombre de Jorge Alberto Vega
Castro, por un monto de setecientos cincuenta mil colones, de Banco Promérica de Costa Rica S. A., el cual extravió. Por lo
cual para efectos de cobro no tiene ninguna validez, y por lo que solicita su
reposición.—San José, tres de junio del dos mil
catorce.—Luis Carlos Rodríguez Acuña.—(IN2014035207).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA
De conformidad con lo estipulado por los artículos 708
y 709 del Código de Comercio, la señora Elisa María Rodríguez Vega cédula
900220588 ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de su(s)
certificado(s) CII Nº 108-305-803301328307 por $9.576,13 y cupón al vencimiento
por $84,46 y con fecha de vencimiento del 19-04-2014.—Alajuela,
4 de junio del 2014.—Rosibel Brenes Moya, Gerente del
Centro de Negocios Palmares.—(IN2014035153).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
VALDÉS ENCINA S. A.
Yo
María Antonieta Valdés Encina, cédula 800493992, odontóloga, domiciliada en Curridabat, hago constar el extravío de los libros de mi
sociedad Valdés Encina S. A., cédula jurídica número 3-101-073404, y solicita
ante el Registro Público la reposición de 6 libros (3 libros contables: diario,
mayor, inventarios y balances). Administración: Actas de Asamblea General,
Actas Órgano Directivo, Actas de Registro de Accionistas).—San
José, veintiséis de mayo del dos mil catorce.—María Antonieta Valdés Encina.—1
vez.—(IN2014035173).
CORPORACIÓN ADOLFO SOLÓRZANO
SOCIEDAD ANÓNIMA
La Entidad Corporación Adolfo Solórzano Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento
diecisiete mil quinientos setenta y uno, por extravío solicita al Registro
Mercantil del Registro Nacional efectuar la reposición de los siguientes
libros: Actas de Asamblea de Socios, Actas del Consejo de Administración y
Registro de Socios.—Lucía Rodríguez Vargas.—1
vez.—(IN2014035303).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El suscrito notario hago constar
que mediante escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del dos de junio del
dos mil catorce. Escritura número ciento tres, folio ciento diez del tomo doce,
se otorgó escritura de fecha cierta a documento de compraventa de Negocio
Comercial entre las partes Adrián Martínez Araya cédula de identidad número
tres-trescientos cincuenta y nueve-quinientos treinta y cuatro, y el señor
Freddy Céspedes Mora, cédula de identidad número tres-doscientos treinta y
seis-novecientos ochenta y cinco, Negocio Comercial denominado Ferretería
Río Pejibaye, localizado en Pejibaye de Jiménez centro, Cartago, contiguo a
Supermercado Río Pejibaye, la compraventa se hace a puerta cerrada y con todas
las existencias que están en el negocio comercial, incluye derecho de llave,
derecho de patente comercial y permiso
de Ministerio de Salud. Es conforme.—Turrialba, 03 de
junio del dos mil catorce.—Lic. Ovidio Pacheco Castro, Notario.—(IN2014034463).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Mediante escritura pública número 87-12, otorgada
ante los notarios públicos: Juan Manuel Godoy Pérez, Mario Quesada Bianchini y Rolando Clemente Laclé
Zúñiga, a las 8 horas del 26 de mayo de 2013, comparecen Abonos Agro S. A.,
con cédula de persona jurídica número 3-101-002749 (“Vendedora”) y Aceros
Abonos Agro S. A., con cédula de persona jurídica 3-101-530313
(“Compradora”), para celebrar un contrato de compraventa de establecimiento
mercantil en donde la vendedora, quien es propietaria de la división de Mayoreo
de Aceros, dedicada a la comercialización al por mayor de productos de acero,
vende a la compradora dicho establecimiento mercantil. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante esta notaría dentro del término de
quince días hábiles a partir de la primera publicación de este aviso.—San José, 28 de mayo de 2014.—Lic. Juan Manuel Godoy
Pérez, Notario.—(IN2014034121).
Mediante escritura pública
número 88-12, otorgada ante los notarios públicos: Juan Manuel Godoy Pérez,
Mario Quesada Bianchini y Rolando Clemente Laclé Zúñiga, a las 9 horas del 26 de mayo de 2013,
comparecen Abonos Agro S. A., con cédula de persona jurídica número
3-101-002749 (“Vendedora”) y Mayoreo Abonos Agro S. A., con cédula de
persona jurídica número 3-101-509513 (“Compradora”), para celebrar un contrato
de compraventa de establecimiento mercantil en donde la vendedora, quien es
propietaria de la división de Mayoreo Ferretería y Acabados, dedicada a la
comercialización a nivel mayorista de materiales y acabados para la
construcción, vende a la compradora dicho establecimiento mercantil. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante esta notaría dentro del
término de quince días hábiles a partir de la primera publicación de este
aviso.—San José, 28 de mayo de 2014.—Juan Manuel Godoy Pérez,
Notario.—(IN2014034122).
Mediante escritura pública número 89-12, otorgada
ante los notarios públicos: Juan Manuel Godoy Pérez, Mario Quesada Bianchini y Rolando Clemente Laclé
Zúñiga, a las 10 horas del 26 de mayo de 2013, comparecen Abonos Agro S. A.,
con cédula de persona jurídica número 3-101-002749 (“Vendedora”) y Corporación
Comercial e Industrial El Lagar CR S. A., con cédula jurídica número
3-101-303248 (“Compradora”), para celebrar un contrato de compraventa de
establecimiento mercantil en donde la vendedora quien es propietaria de las
tiendas al detalle ubicadas en Barrio Cuba y La Uruca,
dedicadas a la comercialización al detalle de materiales y acabados para la
construcción, vende a la Compradora dicho establecimiento mercantil. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante esta notaría dentro del
término de quince días hábiles a partir de la primera publicación de este aviso.—San José, 28 de mayo de 2014.—Lic. Juan Manuel Godoy
Pérez, Notario.—(IN2014034123).
Mediante escritura pública
número 152-17, otorgada ante los notarios públicos: Ana Carla Muñoz Villalobos,
Juan Manuel Godoy Pérez y David Arturo Campos Brenes, a las 14 horas del 06 de
noviembre de 2013, comparecen: (i) Da Noi Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-536513 (la “Compradora”) y
(ii) Princess Island Properties
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-553443 (la
“Vendedora”) y acuerdan celebrar contrato de compraventa de establecimientos
mercantiles, en donde la vendedora vende a la Compradora los Activos
Adquiridos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante esta
notaría dentro del término de quince días hábiles a partir de la primera
publicación de este aviso.—San José, 28 de mayo de
2014.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—(IN2014034125).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10
horas 00 minutos del 8 de enero del 2014, se constituyó la sociedad denominada Passions of Tambor Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 10 de enero del 2014.—Lic.
Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1
vez.—CE2014000048.—(IN2014032358).
Por escritura otorgada ante esta
notaría de las nueve horas del seis de noviembre del dos mil trece se
protocoliza acta asamblea general extraordinaria de socios de Representaciones
Gloria de Santa Ana S. A. mediante la cual se disuelve y liquida la
sociedad.—Lic. María Luisa Aragón Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014034012).
Por escritura otorgada ante esta
notaría de las nueve y treinta horas del seis de noviembre del dos mi trece se
protocoliza acta asamblea general extraordinaria de socios mediante la cual se
disuelve y liquida la sociedad Abraham Internacional Primera S. A.—Lic. María Luisa Aragón Jiménez, Notaria.—1
vez.—(IN2014034013).
Por escritura otorgada ante esta notaría de las diez
horas del seis de noviembre del dos mil trece se protocoliza acta asamblea
general extraordinaria de socios mediante la cual se disuelve y liquida la
sociedad L S Resort Collection S. A.—Lic. María Luisa Aragón Jiménez, Notaria.—1
vez.—(IN2014034014).
Por escritura otorgada ante esta notaría de las ocho
horas del diecisiete de diciembre del dos mil trece se protocoliza acta
asamblea general extraordinaria de socios mediante la cual se disuelve y
liquida la sociedad Grupo P & T Sociedad Anónima.—Lic. María Luisa
Aragón Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014034015).
Por escritura otorgada ante esta notaría de las
nueve horas del diecisiete de diciembre del dos mil trece se protocoliza acta
asamblea general extraordinaria de socios mediante la cual se disuelve y
liquida la sociedad Servicios de Mantenimiento Osorio Limitada.—Lic.
María Luisa Aragón Jiménez, Notaria.—1
vez.—(IN2014034016).
Por escritura otorgada ante esta notaria de las doce
horas del veinticuatro de marzo del dos mil catorce, los señores Rafael Emilio
Cedeño Valdivieso y Sebastiano Spoladori constituyen
la sociedad Inversiones Hiakuan S. A.
Domicilio, Quepos Aguirre Puntarenas. Capital social:
treinta y seis mil colones. Plazo; 99 años. Presidente: con facultades de
apoderado generalísimo el socio Sebastiano Spoladori.—Lic. María Luisa Aragón Jiménez, Notaria.—1
vez.—(IN2014034017).
Debidamente autorizado al efecto protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de socios de Impulsa CR Desarrollos
Empresariales S. A. mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas
tercera y octava del pacto constitutivo y se nombra nuevo presidente y
secretario.—San José, 15 horas del 30 de mayo del
2014.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1
vez.—(IN2014034019).
Debidamente autorizado al efecto protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de socios de Constructora Pro Activa S. A.
mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San
José, 16 horas del 30 de mayo del 2014.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(IN2014034020).
En escritura pública número doscientos ochenta y
tres de las nueve horas del veintiuno de mayo del dos mil catorce, se disolvió
la sociedad denominada Ganadera Cabagasa S. A.
Con cédula jurídica tres-ciento uno-cero noventa y cinco mil cuatrocientos
cuarenta y nueve.—Palmares, veintiuno de mayo del dos
mil catorce.—Lic. Vera María Sancho Vásquez, Notaria.—1
vez.—(IN2014034026).
La suscrita notaria, Daniela Madrigal Rodríguez,
hace constar que se modificó la razón social y la junta directiva de la
sociedad denominada Inversiones Muebles Martina y Gómez Sociedad Anónima,
en la ciudad de Santa Ana, el treinta de mayo del dos mil catorce.—Lic. Daniela Madrigal Rodríguez, Notaria.—1
vez.—(IN2014034029).
Por escritura número 366 de las 16:00 horas del 7 de
abril de 2014 otorgada ante esta notaría, se modifica las cláusulas 9 y 11 del
pacto constitutivo de Chaco Sociedad Anónima. Presidenta: María Felicia
Contreras Quesada.—Liberia, 26 de mayo de 2014.—Lic.
Olga Matarrita Rojas, Notaria.—1
vez.—(IN2014034032).
Por escritura número 385 de las 8:00 horas del 26 de
mayo del 2014. Se disuelve la sociedad Taller El Águila Pura Vida Sociedad
Anónima.—Liberia, 26 de mayo del 2014.—Lic. Olga Matarrita Rojas, Notaria.—1
vez.—(IN2014034033).
Por escritura otorgada ante este notario público el
día veintisiete de mayo del dos mil catorce, a las once horas, se
protocolizaron acuerdos de la sociedad denominada Costa Rica Adventures and Expeditions
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-395814, en donde
por acuerdo de los socios se acordó su disolución conforme lo establecido en el
artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Es todo.—San
José, 2 de junio del dos mil catorce.—Lic. Juan Pablo Gamboa Amador, Notario.—1 vez.—(IN2014034048).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las
dieciséis horas treinta minutos del día nueve de mayo del año dos mil catorce,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas
de la compañía Tres-Ciento Dos-Quinientos Quince Mil Seiscientos Ochenta y
Cinco Limitada, mediante la cual se acordó reformar las cláusulas segunda y
sexta del acta constitutiva.—San José, catorce de mayo
del dos mil catorce.—Lic. Luis Ricardo Garino
Granados, Notario.—1 vez.—(IN2014034050).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las
diez horas del día diecinueve de diciembre del año dos mil trece, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de las
compañías Inmobiliaria e Inversiones Yalib de
Costa Rica S. A., y Jardines del Valle Uno Azul S. A., mediante la
cual se acordó la fusión de las compañías prevaleciendo la sociedad Inmobiliaria
e Inversiones Yalib de Costa Rica S. A.—San José, seis de junio del dos mil catorce.—Lic. Cinthia
Ulloa Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2014034051).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las
trece horas treinta minutos del día dieciséis de mayo del año dos mil catorce,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas
de la compañía Tres-Ciento Dos-Seiscientos Catorce Mil Seiscientos Cincuenta
y Dos Limitada, mediante la cual se acordó reformar las cláusulas segunda y
sexta del acta constitutiva. Además se acordó adicionar una cláusula décima al
acta constitutiva.—San José, diecinueve de mayo del
dos mil catorce.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—(IN2014034052).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00
horas de hoy, se constituye la sociedad cuya razón social será asignada de
oficio por el Registro de Personas Jurídicas de conformidad con lo establecido
en el artículo segundo del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento
setenta y uno-J, publicado en La Gaceta número ciento catorce del
catorce de junio de dos mil seis, que es nombre de fantasía. La última palabra
podrá abreviarse Ltda. El capital es la suma de cien mil colones
representado por veinte cuotas o títulos nominativos de cinco mil colones cada
uno, íntegramente suscritas y pagadas por los socios mediante la emisión de dos
letras de cambio. El capital se designan gerentes con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma a los señores Juan Ernesto Rivas Navarro y
Lizbeth Navarro Picado.—San José, 16 de mayo de
2014.—Lic. Gloria Virginia Vega Chaves, Notaria.—1
vez.—(IN2014034056).
Por escritura otorgada ante mí a las diez horas del
treinta de mayo del año dos mil catorce, se protocolizó la asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Empresa Siembra de
Arroz de Calidad Sociedad Anónima, por medio de la cual se acuerda disolver
la sociedad, indicando que no tiene bienes o activo alguno, deuda o pasivo
alguno, ni operaciones ni actividades de ninguna naturaleza, por lo que se
prescinde de nombrar liquidador y demás trámites de liquidación.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1
vez.—(IN2014034063).
Por escritura otorgada a las nueve horas del
veintiocho de mayo del dos mil catorce Starena
Sociedad Anónima. Modifica las cláusulas segunda y sétima de los estatutos,
nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Es todo.—San José, dos de junio del dos mil catorce.—Lic. Lilliana García Barrantes, Notaria.—1
vez.—(IN2014034065).
Por escritura otorgada a las ocho horas treinta
minutos del veintiocho de mayo del dos mil catorce Arabian
Nights Sociedad Anónima. Modifica las cláusulas
segunda y sétima de los estatutos, nombra nueva junta directiva y fiscal. Es
todo.—San José, dos de junio del dos mil catorce.—Lic.
Lilliana García Barrantes, Notaria.—1
vez.—(IN2014034066).
Por escritura otorgada ante mí a las 15 horas del
día 26-5-2014 se protocoliza acta de asamblea de la empresa Hightrib
Investments Limitada, cédula jurídica 3-102-
382438 en donde se disuelve dicha sociedad.—Lic. Otto
Alberto Neil Bodden, Notario.—1
vez.—(IN2014034069).
Por escritura número 68 otorgada ante la suscrita
notaría a las 10:30 horas del 26 de mayo del 2014, se protocolizaron acuerdos
de asamblea general extraordinaria de socios de Cig
Ala R.O.X. S. A., en los que se reforma el domicilio social: San José,
calle veinticinco, entre avenidas central y primera, casa cincuenta y cinco N.—San José, 26 de mayo del 2014.—Lic. Manuelita Jiménez
Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2014034074).
Por escritura otorgada ante esta notaría pública el
veintiocho de mayo del dos mil catorce, a las dieciséis horas se eliminó la
cláusula décimo quinta del pacto constitutivo de la compañía APA Atención
Pediátrica Avanzada Sociedad Anónima.—San José,
veintiocho de mayo de dos mil catorce.—Lic. Silvia Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—(IN2014034080).
Se protocoliza acta de la firma de esta plaza San
Felipe Nery Sociedad Anónima, se reforman cláusulas segunda, sexta y se
nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San
José, treinta y uno de mayo del dos mil catorce.—Lic. Marco Vinicio Araya
Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2014034088).
Se protocoliza acta de la firma de esta plaza Saiko Natz Sociedad
Anónima, se reforman cláusulas segunda, sexta y se nombra junta directiva.—San José, treinta y uno de mayo del dos mil catorce.—Lic.
Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1
vez.—(IN2014034089).
Por escritura número setenta y nueve otorgada a las
10 horas del 31 de mayo del 2014, compadecen Floryana
Vargas Solano y Fidel Vargas Murillo en su condición de únicos titulares de la
totalidad de las acciones de la entidad denominada F & V Servicios Médicos
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-483407,
manifiestan su voluntad de disolver dicha sociedad anónima.—San
José, 2 de junio del 2014.—Lic. Eduardo Aráuz
Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2014034090).
Por escritura número noventa y nueve, otorgada ante
esta notaría a las ocho horas del veintinueve de mayo del dos mil catorce, se
constituyó la sociedad Property Care Central Pacific S. A.
Plazo social: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones, dividido
diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, representación
judicial: presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, se otorga poder
general a los señores Rodrigo Postolov y Erica Maritza Pérez de Savage.—San
José, dos de junio del dos mil catorce.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez,
Notario.—1 vez.—(IN2014034096).
Por escritura número seis de protocolización de
acuerdos de la sociedad Le’ Mo L Y M Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y cinco mil trescientos ochenta y
cuatro, otorgada ante mi notaría a las quince horas del veintinueve de mayo del
dos mil catorce, del tomo segundo de mi protocolo, se hacen nuevos
nombramientos de junta directiva, se modifica la razón social para que en lo
sucesivo se denomine Bolaños Mora L.R. Tita Sociedad Anónima,
pudiendo abreviarse Bolaños Mora L.R. Tita S. A.—Heredia, 2 de
junio del 2014.—Lic. Guillermo Enrique Morales Montoya, Notario.—1 vez.—(IN2014034097).
Ante esta notaría se otorgó la escritura número
doscientos treinta y cinco-dos otorgada en San José, a las nueve horas con treinta
minutos del treinta de mayo del dos mil catorce, donde la sociedad Grupo
Gastronómico de Centroamérica (GCA) Sociedad Anónima, portadora de la
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y siete mil
novecientos cinco, protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas, en la cual se acuerda disolver la sociedad y se nombra liquidador,
se comunica a todos los interesados para que a partir de los treinta días
siguientes de esta publicación procedan si a bien lo tienen de conformidad con
lo dispuesto en el artículo doscientos siete del Código de Comercio, hacer
llegar sus oposiciones en Barrio Escalante, costado norte de la Rotonda El
Farolito, ante esta notaría.—San José, dos de junio de dos mil catorce.—Lic.
Mario Hidalgo Matlock, Notario.—1
vez.—(IN2014034098).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las once
horas cuarenta y cinco minutos del dos de junio del dos mil catorce, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas
de la sociedad denominada BLP Abogados S. A., donde se acuerda modificar
la cláusula sétima del pacto social.—San José, dos de
junio del dos mil catorce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—(IN2014034102).
Por escritura otorgada a las dieciocho horas cero
minutos del once de marzo del dos mil catorce, ante este notario se constituyó
la sociedad anónima denominada Informática y Seguridad en Redes Seginf, así su número de cédula jurídica
asignado, con su aditamento, conforme con lo dispuesto en el artículo 19 del
Código de Comercio.—Lic. José David Moya Valverde, Notario.—1
vez.—(IN2014034112).
Por escritura número uno-siete, otorgada ante los
notarios públicos Paola Tatiana Rojas Segura y Rolando Laclé
Castro, a las diez horas del veintiocho de mayo de dos mil catorce, se
protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la
sociedad Fabulosos Atardeceres Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-seiscientos setenta y tres mil trescientos
siete, mediante la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos
sociales.—San José, veintiocho de mayo de dos mil catorce.—Lic. Juan Manuel
Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2014034113).
Por escritura cincuenta y cinco-siete otorgada ante
esta notaría a las trece horas del veintinueve de marzo del dos mil catorce, se
constituye la fundación denominada Fundación Red de Guardavidas de Costa
Rica.—Garabito, 1° de abril del 2014.—Lic. Jorge Julián Ortega Volio, Notario.—1
vez.—(IN2014034115).
Por escritura número dos-siete, otorgada ante los
notarios públicos Paola Tatiana Rojas Segura y Rolando Laclé
Castro, a las diez horas quince minutos del veintiocho de mayo de dos mil
catorce, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de la sociedad Fabulosos Amaneceres Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-seiscientos setenta y cuatro mil ochocientos
veintiuno, mediante la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos
sociales.—San José, veintiocho de mayo de dos mil catorce.—Lic. Juan Manuel
Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2014034116).
Por escritura de las 13:00 horas de hoy en esta
ciudad, protocolicé acta de asamblea de socios de El Cacimbo
S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 2 de junio de 2014.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1
vez.—(IN2014034129).
Por escritura número ciento treinta y seis-dos
otorgada ante el Lic. Luis Alejandro Chacón Alvarado, se modificó el pacto
constitutivo y se realizaron nuevos nombramientos de junta directiva de la
sociedad 3-101-495149.—Dos de junio del dos mil
catorce.—Lic. Luis Alejandro Chacón Alvarado, Notario.—1
vez.—(IN2014034135).
En
escritura número treinta y cuatro del tomo quinto de mi protocolo visible al
folio cuarenta y cinco frente, se reformó el pacto social de la empresa Black
Coral Business Group Sociedad Anónima, otorgada a
las diez horas del treinta de mayo del dos mil catorce.—Lic.
Cynthia Rodríguez Chacón, Notaria.—1
vez.—(IN2014034159).
Mediante escritura otorgada por la notaria
pública Mariela Solano Obando, a las 16:00 horas del día 21 de mayo del 2014,
se protocoliza asamblea general extraordinaria de la compañía Sabana Solar
Cuarenta y Dos S.R.L., donde se reforma la cláusula primera del
pacto social relativa a la denominación social.—San
José, 25 de mayo del 2014.—Lic. Mariela Solano Obando, Notaria.—1 vez.—(IN2014034160).
Ante
mí, Liana Sancho Chacón, mediante escritura número doscientos nueve-tres se
disuelve la sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Setenta y Cuatro Mil
Trescientos Treinta y Cuatro Sociedad Anónima, cuyo nombre y denominación
social son el mismo.—Ciudad Quesada, dos de mayo del
dos mil catorce.—Lic. Liana Sancho Chacón, Notaria.—1
vez.—(IN2014034162).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, Pedro Jaime De Mathueu
López, Melvin Azofeifa Vargas y Jorge Castro Arias,
disuelven la sociedad Inversiones Agroveterinarias
S. A. Escritura otorgada en San José, a las diez horas del veintinueve de
mayo del 2014.—Lic. Édgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014034174).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, Fabio Marín Espinoza, disuelve
la sociedad Fabio Alonso Marín Espinoza S. A.
Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del veintiocho de mayo del
2014.—Lic. Édgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014034176).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, Marco Vargas Salazar y Luisa Mena
Fuentes, disuelven la sociedad Mantenimiento y Servicios Marcom
V S. A. Escritura otorgada en San José, a las doce horas del catorce de
mayo del 2014.—Lic. Edgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014034178).
La
empresa Auto Repuestos Willy Número Tres Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número 3-101-619474, reforma la cláusula quinta del pacto social se
aumenta el capital social en la suma de veintitrés millones quinientos mil
colones, en diez acciones y comunes y nominativa de dos millones trescientos
cincuenta mil colones, apoderado Franklin Ruiz Sánchez.—Lic.
Carlos Eduardo solano Serrano, Notario.—1
vez.—(IN2014034184).
Por
escritura de las diez horas treinta minutos del dos de junio del año dos mil
catorce, se reforma la cláusula sétima de la sociedad Tres-Ciento
Dos-Seiscientos Setenta y Ocho Mil Seiscientos Cuarenta y Cuatro, SRL,
titular de la cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos setenta y ocho
mil seiscientos cuarenta y cuatro.—San José, dos de
junio del año dos mil catorce.—Lic. Gustavo Adolfo Tellini
Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014034186).
Mediante
escritura número ochenta y cinco, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas
del dos de junio del dos mil catorce, se reformó la cláusula del capital social
de la compañía Prodex Comercial Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos dieciocho mil
quinientos cuarenta y cinco.—San José, dos de junio del dos mil catorce.—Lic.
Ana Elena Castillo Chaves, Notaria.—1
vez.—(IN2014034188).
El
suscrito, Alejandro Campos Henao, notario público con oficina en San José, hace
constar que a las nueve horas del treinta y uno de mayo del año dos mil
catorce, ante esta notaría se reformó Nutirmar
Limitada, cédula: tres-ciento dos-ciento ochenta y cuatro mil trescientos
treinta.—San José, dieciocho horas del día dos de
junio del año dos mil catorce.—Lic. Alejandro Campos Henao, Notario.—1 vez.—(IN2014034208).
Por
medio de escritura pública otorgada ante mi notaría, se protocoliza asamblea de
socios de la sociedad Tres-Ciento Dos-Cuatrocientos Ochenta y Siete Mil
Quinientos Veintiséis Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de
personería jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y siete mil
quinientos veintiséis, en donde se acuerda modificar las cláusulas primera,
segunda y sexta, asimismo se nombra nuevo gerente, subgerente y agente
residente y se revoca poder general judicial del agente residente. Es todo.—San José, a las nueve horas con treinta minutos del día
primero de junio del año dos mil catorce.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias,
Notario.—1 vez.—(IN2014034209).
A
las nueve horas treinta minutos del día de hoy, protocolicé Acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Danari
Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos treinta y nueve mil trescientos cincuenta y nueve por medio de
la cual se modifica la cláusula de la administración y representación.
Presidente: Rolando Aguilar Rojas.—San José, tres de
junio de dos mil catorce.—Lic. Emma Zoraida Cousin
Picado, Notaria.—1 vez.—(IN2014034215).
Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a
las 8:00 horas del 26 de mayo del 2014, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Grupo Agroindustrial
Puntarenas Sociedad Anónima, en la cual se reforman las cláusulas 2da, 4ta
y 5ta, y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 26 de mayo del dos mil catorce.—Lic. Marco
Vinicio Coll Argüello, Notario.—1
vez.—(IN2014034217).
Por
escritura otorgada ante mí, el día de hoy se protocoliza acta de la compañía Dicarma Sociedad Anónima, mediante la cual se
reforman las cláusulas tercera y octava de los estatutos sociales, se nombra
junta directiva y fiscal.—San José, 29 de mayo de dos
mil catorce.—Lic. Arnoldo Soley Soler, Notario.—1 vez.—(IN2014034220).
Por
escritura número 15 de las 14 horas del 2 de junio del año 2014, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas
de sociedad Ganadera Monterrey Ltda., en la cual se reforma la cláusula
segunda del domicilio y se nombra gerente y subgerente.—Lic.
Juan Miguel Vásquez Vásquez, Notario.—1 vez.—(IN2014034238).
Protocolización
de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Hermanos
Blanco Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula novena de
la administración.—San José, treinta de mayo del dos
mil catorce.—Lic. Jorge Roberto Segnini Villalobos,
Notario.—1 vez.—(IN2014034251).
En
esta notaría se constituyó Coconut Bites
Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse como S. A. y cuya traducción
al castellano es: Bocados de Coco Sociedad Anónima, con domicilio social
en Rohrmoser, Pavas, San José. Objeto social será
tecnología, turismo, bienes raíces, publicidad, construcción, agricultura,
ganadería, comercio, industria. Un capital social de sesenta mil colones,
pagado con el aporte de tres escritorios.—San José, 2
de junio de 2014.—Lic. Alberto Ortega Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2014034254).
Por
escritura otorgada a las 9:00 horas del 2 de mayo del 2014. Se constituyó la Fundación
Pro Desarrollo Social y Ambiental.—San José, 2 de
mayo de 2014.—Lic. Alfredo Antonio López Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2014034257).
En
esta notaría al ser las nueve horas del día dieciséis de mayo del año dos mil
catorce, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria número uno,
de la sociedad denominada Súper Paica Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número tres-ciento uno-trescientos dos mil ciento nueve, mediante la
cual se reforma la cláusula sexta de administración.—Bijagua,
Upala, treinta de mayo del año 2014.—Lic. Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria.—1
vez.—(IN2014034260).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario en San Isidro de El General, a las
14:20 horas del 2 de junio del 2014, se reformó la cláusula cuarta de la
sociedad Horizons Resorts Manuel Antonio S.
A., cédula jurídica 3-101-346962.—San Isidro de El General, 2 de junio del
2014.—Lic. Jorge Enrique Infante Rojas, Notario.—1
vez.—(IN2014034262).
Por
escritura otorgada en mi notaría, a las 11:00 horas del 26 de mayo del 2014, se
constituye la sociedad con domicilio en Alajuela, denominada Disfruta Vivir
CR Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social la suma de $200,00
(doscientos dólares sin centavos) moneda de los Estados Unidos de América,
pagados en efectivo.—Alajuela, 29 de mayo del
2014.—Lic. Carlos Martínez Ocampo, Notario.—1
vez.—(IN2014034266).
Mediante
escritura autorizada por el suscrito notario, a las 10:00 horas del día 30 de
mayo del 2014, se protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Hamburg Süd Costa Rica S. A., mediante la cual se acuerda
reformar la cláusula del domicilio de los estatutos de la compañía.—San José, 02 de junio del 2014.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1
vez.—(IN2014034279).
Mediante
escritura autorizada por el suscrito notario, a las 11:30 horas del día 28 de
mayo del 2014, se protocolización de acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Improsa
Agencia de Seguros S. A., mediante la cual se acuerda reformar
completamente los estatutos del pacto constitutivo, se nombra junta directiva y
fiscal.—San José, 3 de junio del 2014.—Lic. Óscar
Villalobos Arguedas, Notario.—1 vez.—(IN2014034281).
Mediante
escritura autorizada por el suscrito notario, a las 10:30 horas del día 28 de
mayo del 2014, se protocolización de acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Improsa
Servicios Internacionales S. A., mediante la cual se acuerda
reformar completamente los estatutos del pacto constitutivo, se nombra junta
directiva y fiscal.—San José, 3 de junio del
2014.—Lic. Óscar Villalobos Arguedas, Notario.—1
vez.—(IN2014034282).
Mediante
escritura autorizada por el suscrito notario, a las 9:30 horas del día 28 de
mayo del 2014, se protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de la sociedad Improactiva
S. A., mediante la cual se acuerda reformar completamente los estatutos del
pacto constitutivo, se nombra junta directiva y fiscal.—San
José, 3 de junio del 2014.—Lic. Óscar Villalobos Arguedas, Notario.—1 vez.—(IN2014034285).
Mediante
escritura autorizada por el suscrito notario, a las 8:30 horas del día 28 de
mayo del 2014, se protocolización de acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Inmobiliaria Improsa S. A., mediante la cual se acuerda
reformar completamente los estatutos del pacto constitutivo, se nombra junta
directiva y fiscal.—San José, 3 de junio del 2014.—Lic Óscar Villalobos Arguedas, Notario.—1
vez.—(IN2014034287).
Mediante
escritura número setenta y nueve del tomo octavo del protocolo del suscrito
notario, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de Logística Comercial Reed S. A., de las diecinueve horas del
veintiocho de mayo del dos mil catorce, donde se modificó la cláusula sexta de
la administración, se revocó y nombró nuevo presidente, secretario y tesorero
de la junta directiva. Es todo.—Heredia, a las nueve
horas y diez minutos del tres de junio del dos mil catorce.—Lic. Ronny Esteban Retana Moreira, Notario.—1
vez.—(IN2014034297).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario en San Isidro de El General, a las
14:30 horas del 2 de junio del 2014, se reformó la cláusula quinta de la
sociedad Punta Ibérica S. A., cédula jurídica 3-101-419042.—San Isidro
de El General, 2 de junio del 2014.—Lic. Jorge Enrique Infante Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014034298).
El día de hoy ante esta notaría, se ha otorgado
escritura mediante la cual la compañía Gitana Guacimeña
Sociedad Anónima, Domiciliada en La Guácima de Alajuela, cédula de jurídica
número tres-ciento uno-quinientos sesenta y ocho mil seiscientos veintiséis,
aumenta el capital social.—Alajuela, veintiocho de
mayo del dos mil catorce.—Lic. Mario Alberto Morera Lara, Notario.—1 vez.—(IN2014034326).
Por escritura número ciento ocho del tomo dos de mi
protocolo ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintinueve de mayo del
dos mil catorce, los socios de la sociedad de esta plaza H.E. Star Productions
Sociedad Anónima, han acordado la disolución de dicha sociedad. Se pone en
conocimientos de los interesados para lo que corresponde. Para cualquier
oposición comunicarse a teléfono 2240-4603.—Lic.
Carlos Manuel Gómez Morales, Notario.—1
vez.—(IN2014034329).
Por escritura número sesenta y ocho visible al folio
cuarenta y cinco vuelto, del tomo treinta y dos de mi Protocolo; otorgada en
San José, a las ocho horas del catorce de mayo del dos mil catorce; se reforma
el domicilio social de la empresa Grupo de Inversiones Faran
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta y
seis mil ochocientos cincuenta y cinco, para que en adelante se lea así:
Heredia, Santo Tomás de Santo Domingo de Heredia, veinticinco metros este de la
iglesia de San Martín.—Lic. Eugenia Delgado Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2014034331).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez
horas del dos de junio del dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada S&G Solutions Sociedad Anónima, según la cual se reforma la
cláusula sétima del pacto constitutivo y se aceptan las renuncias del
presidente y secretario y se hacen nuevos nombramientos.—Lic.
María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1
vez.—(IN2014034333).
El suscrito notario hace constar, que ante su
notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad DLV
Construcciones S. A.—San
José, 20 de mayo del 2014.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2014034345).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a
las 8:00 horas del 3 de junio de 2014, Citieffe
Latinoamérica Sociedad Anónima, reforma cláusula primera del pacto social
para que en adelante la sociedad se denomine Intrinsic
Citieffe Latinoamérica Sociedad Anónima.—San
José, 3 de junio del 2014.—Lic. Carolina Gallegos Steinvorth,
Notaria.—1 vez.—(IN2014034349).
Protocolización de acta de la asamblea general
ordinaria y extraordinaria de la sociedad Servicios Rápido de Guadalupe
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta y nueve
mil setecientos sesenta y ocho y de la firma denominada, Distribuidora Calvo
y Coto Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres
ciento dos setenta mil setecientos noventa y cinco. Se modifica la cláusula del
capital social, la junta directiva la representación y el domicilia fiscal.
Ante la notaría del Licenciado Rolando Guardiola
Arroyo.—Lic. Rolando Guardiola
Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2014034350).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
11:30 horas del 27 de mayo del 2014, se protocolizó acta de Pachanguita S.
A., mediante la cual se nombra secretaria, tesorera de la junta directiva,
fiscal y se reforma la cláusula VI del acta constitutiva.—Einar
José Villavicencio López, Notario Público de Brasilito,
Santa Cruz.—Lic. Einar José Villavicencio López,
Notario.—1 vez.—(IN2014034359).
Mediante escritura pública otorgada ante esta
notaría, a las ocho horas del dos de junio del año dos mil catorce, se
protocolizó acta de la sociedad San Juanita Sociedad Anónima, mediante
la cual se modificó la cláusula que regula lo concerniente a los poderes de
representación que tienen los miembros de la junta directiva.—San
José, dos de junio del dos mil catorce.—Lic. Silvia Pacheco Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2014034361).
Ante esta notaría en San José, al ser las once horas
del tres de junio del dos mil catorce, se reforman las clausulas primera y
segunda del pacto constitutivo de la sociedad Chateu
Masar Sociedad Anónima.—San José, 3 de junio del
2014.—LL.M. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1
vez.—(IN2014034367).
En esta notaría se ha protocolizado acta número
cinco de la sociedad Hacienda Tajos Coyote Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil setecientos sesenta
y dos, mediante la cual se nombran presidente y tesorero y se modifica cláusula
décimo tercera. Es todo.—Lic. Adriana Varela Solís,
Notaria.—1 vez.—(IN2014034380).
En mi notaría, ubicada en Tilarán,
Guanacaste, setenta y cinco metros al sur de la Casa Episcopal, protocolicé
mediante escritura número ciento sesenta y uno, de las catorce horas del veinte
de mayo del dos mil catorce, el acta número cinco de asamblea general
extraordinaria de socios, de la sociedad denominada: Corporación Tutto Vita Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-ciento ochenta y un mil novecientos ochenta y cinco, acta
celebrada el cuatro de abril del dos mil catorce, a las diez horas. Se tomó el
acuerdo de disolver la sociedad. Se emplaza a todos los interesados para que en
el plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto para que comparezcan a esta notaría a hacer valer sus derechos.
Teléfono-fax: dos-veintiséis-noventa y cinco-treinta y dos-noventa y dos.—Tilarán, veintitrés de mayo del
dos mil catorce.—Lic. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1
vez.—(IN2014034382).
En mi notaria, ubicada en Tilarán,
Guanacaste, setenta y cinco metros al sur de la Casa Episcopal, protocolicé
mediante escritura número ciento sesenta y dos, de las quince horas cuarenta y
cinco minutos del veinte de mayo del dos mil catorce, el acta número uno de
asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad denominada: Tico Bikes Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos dieciocho mil seiscientos noventa y dos, acta
celebrada el cinco de marzo del dos mil catorce, a las once horas. Se tomó el
acuerdo de disolver la sociedad. Se emplaza a todos los interesados para que en
el plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto para que comparezcan a esta notaría a hacer valer sus derechos.
Teléfono-fax: dos-veintiséis-noventa y cinco-treinta y dos-noventa y dos.—Tilarán, veintitrés de mayo del
dos mil catorce.—Lic. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1
vez.—(IN2014034385).
Por escritura otorgada ante mí, bajo juramento, a
las 10:00 horas del 30 de mayo del 2014, Diego Stucchi,
pasaporte N° YA 4781044, único socio de Techno Contramarcos y Solar S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-494053, solicita al Registro Nacional la disolución de
esta sociedad, por no tener bienes, activos, pasivos, ni actividades de ninguna
naturaleza.—Nicoya, 2 de junio del 2014.—Lic. Olga
Granados Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2014034389).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a
las ocho horas del día veintiocho de mayo del año dos mil catorce, se
protocolizó acta de la sociedad denominada Poligonal Sociedad Anónima
por medio de la cual se reforman totalmente los estatutos del pacto
constitutivo y se reelige la junta directiva.—San
José, veintiocho de mayo del dos mil catorce.—Lic. Héctor Chaves Sandoval,
Notario.—1 vez.—(IN2014034390).
Según escritura otorgada en la ciudad de San José, a
las 12 horas del día 29 de abril del año 2014, se constituye la sociedad de
esta plaza denominada Agropecuaria Cuipilapa Casa
Vieja Sociedad Anónima, con acciones nominativas de un colón cada una.
Presidente: Carlo Molina Rivera.—Lic. Fabián Antonio
Segura Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2014034392).
Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 03 de
junio del 2014, se constituyó la sociedad denominadas Nanjing Changpen Co. Limitada. Plazo: 99 años. Objeto:
producción industrial, comercialización, servicio al cliente, los bienes
raíces, el turismo, el comercio, importación y exportación. Representante
legal: el gerente y el apoderado generalísimo. Capital social: doce mil colones
suscrito y pagado.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2014034393).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria celebrada a las 10:00 horas
del 15 de mayo del 2014, de la sociedad: Tres-Ciento Dos-Quinientos
Cincuenta y Seis Mil Ochocientos Dieciséis S.R.L. Se reforma la cláusula
segunda y se nombra gerente general.—San José, 3 de
junio del 2014.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1
vez.—(IN2014034394).
Por escritura número 173 del tomo 8 de mi protocolo,
otorgada las 9:00 horas del 3 de junio del año 2014, el suscrito notario
protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas número 15 de la
sociedad Makhteshim Agan
Costa Rica S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-143444,
mediante la cual se reforma la cláusula primera para cambiar la razón social a Adama
Crop Solutions ACC S. A.,
y segunda de los estatutos sociales.—San José, 3 de junio del 2014.—Lic. Julio
Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2014034395).
En esta notaría en San Ramón, a las diecisiete horas
del diez de mayo del dos mil catorce, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad denominada Alvaquiro
Sociedad Anónima. Domiciliada en San Rafael, San Ramón de Alajuela, 300 al
sur de Hogares Crea, cédula jurídica 3-101-612258, mediante la cual se modifica
la cláusula primera de los estatutos, se solicita el cambio de nombre de Alvaquiro S. A. a Repuestos Tycar S. A.—San Ramón, 17 de mayo del 2014.—Lic. José
Joaquín Arias Villalobos, Notario.—1
vez.—(IN2014034402).
Por escritura número ciento ochenta y cinco, de las
ocho horas del dos de junio del dos mil catorce, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria número cuatro de Ingeniería en Pintura
Industrial y Arquitectónica S. A., en donde se modifica la cláusula cuarta
y quinta de los estatutos.—Cartago, 2 de junio del 2014.—Lic. Alejandra Rojas
Carballo, Notaria.—1 vez.—(IN2014034404).
Que la notaria Marianella
Mora Barrantes, en escritura número 133 otorgada a las 13:00 horas del dos de
junio del 2014, se constituye la sociedad denominada Biofields
Sociedad Anónima.—San José, trece horas quince minutos del 02 de junio del
2014.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014034405).
Que la notaria Marianella
Mora Barrantes, en escritura número 135 otorgada a las 15 horas del dos de
junio del 2014, se constituye la sociedad denominada Chocolate Woodspoon Sociedad Anónima.—San José, quince horas
quince minutos del 02 de junio del 2014.—Lic. Marianella
Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014034406).
Por escritura de las 10:30 horas del día de hoy, se
protocolizó Acta de Asamblea de Cuotistas de PB-Five Night Bird
LLC, Sociedad Responsabilidad Limitada, en la que se reforma la
cláusula sétima de sus Estatutos.—Jacó,
Puntarenas, 2 de junio del 2014.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—(IN2014034408).
Que la notaria Marianella Mora Barrantes, en escritura número 134 otorgada
a las 14:00 horas del dos de junio del 2014, se constituye la sociedad
denominada Bioethical Shrimp
Sociedad Anónima.—San José, catorce horas quince minutos del 02 de junio
del 2014.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014034409).
SUBÁREA COBRO ADMINISTRATIVO A
PATRONOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La suscrita Jefe de la Subárea
de Cobro Administrativo a Patronos de la Dirección de Cobros, Oficinas
Centrales de la Caja Costarricense de Seguro Social, dada la imposibilidad de
notificar en forma personal al patrono Embajada de la República de China
(Taiwán), cédula jurídica 3005045124, se procede a efectuar la siguiente
notificación por publicación de edicto, de conformidad con los artículos 241 de
la Ley General de Administración Pública, y el Artículo 53 de la Ley
Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social. Se le informa que
adeuda a la Institución, por concepto de cuotas obreras y patronales, la suma
de ¢353.279,00 colones. Se le concede cinco días hábiles, para que se presente
a normalizar su situación de morosidad, caso contrario el adeudo quedará firme
en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial
correspondientes. El monto de la deuda contempla los intereses al día
04-06-2014. Dicha deuda comprende además del principal otros rubros que por Ley
La Caja puede cobrar como: recargos, intereses, multas, facturaciones
especiales y que serán liquidados al momento en que se haga el efectivo
pago.—Dirección de Cobros.—Área Gestión de Cobro a Patronos.—Olga Duarte
Bonilla, Jefa.—(IN2014034890).
COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El Colegio de Abogados de Costa Rica, avisa: Que
mediante resolución de la Fiscalía de las nueve horas treinta y cinco minutos
del cinco de marzo del dos mil catorce, se ordenó publicar en ejercicio de la
facultad que prevé el ordinal 246 de la Ley General de la Administración
Pública la publicación aquí dispuesta contendrá en relación: “Inicio del
Procedimiento Administrativo Disciplinario. Fiscalía del Colegio de Abogados de
Costa Rica. San José, a las quince horas veinte minutos del catorce de octubre
del dos mil trece. La Junta Directiva del Colegio de Abogados, mediante acuerdo
número 2013-32-085, dispuso trasladar el presente expediente a la Fiscalía a
efecto de iniciar procedimiento. De conformidad con las potestades que se le
otorgan a esta Fiscalía, téngase por instaurado el presente procedimiento
disciplinario en contra del licenciado Álvaro de Jesús Palma Vargas, colegiado
12759, con el fin de averiguar la verdad real de la supuesta comisión de los
hechos que constan en la denuncia adjunta, los cuales consisten en: “Se
denuncia que en mayo del 2009 el señor Zamora Zamora
contrató al denunciado para que le tramitara un proceso cobratorio el cual fue
tramitado bajo el expediente número 09-018823-1044-CJ ante el Juzgado
Especializado del I Circuito Judicial de San José, en la cual él en su calidad
de representante legal de Dispaza S. A. demandó a la
empresa International Distribution Ima Sociedad Anónima por concepto de honorarios, siendo que
el despacho mediante resolución de las diez horas cincuenta y dos minutos del
10 de noviembre del 2009, realizó una prevención y ante el incumplimiento del
agremiado respecto a la misma, mediante resolución de las ocho horas cincuenta
y cinco minutos del 29 de junio del 2010 se declaró inadmisible la demanda que
ordenó el archivo del expediente. De igual manera, contrató al agremiado en
mayo del 2010 para que interpusiera a su favor un proceso ordinario de cobro de
daños y perjuicios, para lo cual el denunciado lo redactó y él lo firmó y pagó
los timbres, sin embargo, el agremiado nunca lo presentó al despacho
respectivo, ocasionando con ello un grave perjuicio al denunciante. Que al
denunciado se le canceló la suma de ¢250.000,00. Los hechos indicados podrían
resultar contrarios a lo indicado en los artículos 10 incisos 2 y 6 de la Ley
Orgánica del Colegio de Abogados; y 14, 17, 31, 34 y 39 del Código de Deberes
Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho vigente, en relación con
el 78, 79, 82 y 83 incisos a) y e); los artículos 85 incisos a) y b) y 86 del
mismo” (…). Recursos: Contra esta resolución proceden los recursos ordinarios
de revocatoria y apelación. El primero será resuelto por el suscrito fiscal y
el segundo por la Junta Directiva de este Colegio constituida en Consejo de
Disciplina. Estos recursos se deberán interponer dentro de las veinticuatro
horas siguientes a la última comunicación a todas las partes (artículos 345 y
346 de la Ley General de la Administración Pública). El acto final que se dicte
tendrá el recurso ordinario de revocatoria y se deberá interponer ante esta
Fiscalía dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del
mismo, quedando su resolución a cargo de la Junta Directiva, todo de
conformidad con el artículo 12 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados en
relación con los artículos 345 y 346 de la Ley General de Administración
Pública. La resolución del recurso interpuesto contra el acto final dará por
agotada la vía administrativa. Oportunamente se designará hora y fecha para la
comparecencia oral y privada. Notifíquese. Licda. Cindy Solórzano Núñez,
Fiscal”. Publíquese por tres veces consecutivas en el diario oficial La
Gaceta, teniéndose por hecha la notificación a partir de la última
publicación. (Expediente administrativo 199-13).—Licda.
Vilma B. Mesén Madrigal, Fiscal.—O. C. N°
9683.—Solicitud N° 14268.—Crédito.—(IN2014034511).