LA GACETA N° 143 DEL 28 DE JULIO DEL 2014
MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y
COMERCIO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES
A LOS PROGRAMAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA SUR
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
AUTORIDAD
REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
ENTE
COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN
MUNICIPALIDAD
DE MONTES DE OCA
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO POPULAR Y
DE DESARROLLO COMUNAL
N° 008-MP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO
DE LA PRESIDENCIA
En uso de las
facultades y atribuciones que les confieren los artículos 140 y 146 de la
Constitución Política y los numerales 25, 27 inciso 1, 28 inciso 2), acápite
b), 99 y 100 de la Ley General de la Administración Pública,
Considerando:
Único: Que para
efectos de una correcta interpretación del artículo 2° de la Directriz N°
007-MP del 7 de julio del 2014, se hace necesario una aclaración respecto a ese
numeral. Por Tanto;
Se emite la
siguiente Directriz a todos los Jerarcas de los Ministerios e Instituciones
Autónomas y Semiautónomas:
Artículo 1º—La
ciudadanía puede acompañar a la Selección Nacional Mayor de Fútbol y se
garantice la continuidad de los servicios esenciales, por lo que se aclara el
artículo 2° de la Directriz N° 007-MP, en el sentido de que cada jerarca
otorgará el permiso con base en sus potestades, garantizando eso sí, los
servicios esenciales que preste cada Institución.
Artículo 2º—Rige
a partir del mediodía, del 8 de julio del 2014.
Dada en la
Presidencia de la República, a los ocho días del mes de julio del dos mil
catorce.
LUIS GUILLERMO
SOLIS RIVERA.—El Ministro de la Presidencia, Melvin
Jiménez Marín.—1 vez.—O. C. N° 22302.—Solicitud N° SP26-M-LYD.—C-15.380.—(D008-
IN2014046407).
Nº 025-PE
LA VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en el artículo 47 de la Ley General de la Administración
Pública, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2014, Ley N° 9193, el artículo 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República y el Acuerdo N° 003-MP del 9
de mayo del 2014.
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la señorita Priscila Quirós Fallas, cédula de identidad
1-1551-252, Asistente de la Segunda Vicepresidenta de la República, para que
viaje a Alemania, acompañando a la señora Ana Helena Chacón Echeverría, Segunda
Vicepresidenta de la República, quien participará en la reunión “High Level
Meeting of The Multidimensional Poverty Peer Network”, a realizarse en la
ciudad de Berlín, durante los días 7 y 8 de julio del año en curso. La salida
de la señorita Quirós Fallas será el 5 de julio y el regreso está previsto para
el 9 de julio del 2014.
Artículo 2º—Los
gastos por concepto de viáticos, impuestos, transporte, servicio de taxis
aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, llamadas oficiales
internacionales, faxes, fotocopias, impresiones y el servicio de Internet y
gastos conexos, se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la República,
Programa 021- Administración Superior, Subpartida 10503-Transporte al Exterior
y Subpartida 10504-Viáticos al Exterior.
Artículo 3º—La
funcionaria cede las millas otorgadas a la Presidencia de la República en cada
uno de los viajes realizados al exterior.
Artículo 4º—Se le
otorga la suma adelantada de ¢597.825,50 por concepto de viáticos sujetos a
liquidación.
Artículo 5º—Rige
a partir del 5 de julio del 2014 al 9 de julio del 2014.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, a los veintiséis días del mes de junio del dos mil catorce.
Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1 vez.—O. C. N° 22303.—Solicitud N°
SP-28-P-LYD.—C-33.910.—(IN2014046411).
Nº 027-PE
LA VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en el artículo 47 de la Ley General de la Administración
Pública y el Acuerdo N° 003-MP del 9 de mayo del 2014.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Emilio Arias Rodríguez, cédula de
identidad 4-172-350, Comisionado Técnico Social de la República, para que viaje
a Guatemala, con el fin de participar en el “Segundo Encuentro Anual de Euro
Social”, a realizarse en Antigua, del 7 al 10 de julio del 2014. La salida
del señor Arias Rodríguez será el 6 de julio y el regreso está previsto para el
11 de julio del 2014.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos y transporte serán cubiertos
por el Programa de Cohesión en América Latina.
Artículo 3º—Rige
del 6 de julio del 2014 y hasta el 11 de julio del 2014.
Dado en la
Presidencia de la República.—San José, a los dos días
del mes de julio del dos mil catorce.
Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1 vez.—O. C. N° 22303.—Solicitud N°
SP-29-P-LYD.—C-16.540.—(IN2014046413).
Nº 029-PE
LA VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA
De conformidad
con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2014, Ley Nº 9193, el artículo 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos,
emitido por la Contraloría General de la República, y el Acuerdo N° 003-MP del
9 de mayo del 2014.
ACUERDA:
Artículo
1º—Modificar el Artículo 2 del Acuerdo de Viaje Nº 007-PE a nombre de la
señorita Verónica Fernández Álvarez, a los Estados Unidos de América, de fecha
4 de junio del 2014, para que se lea de la siguiente manera:
“Artículo
2: Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de
taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, llamadas oficiales
internacionales, faxes, fotocopias, impresiones, servicio de Internet y gastos
conexos, se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la República, Programa
02100-Administración Superior, Subpartida 10503- Transporte al Exterior y
10504-Viáticos al Exterior. Se cancela en la II Tarifa de la tabla, según
artículo 37 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios
Públicos. En caso de que el monto adelantado por concepto de hospedaje
resultare insuficiente, se reconocerá el monto excedido pagado por la
funcionaria contra la presentación de la respectiva factura, según el artículo
35 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos”.
Artículo 2º—Los
artículos restantes se mantienen invariables.
Artículo 3º—Rige
a partir del 8 de junio y hasta el 14 de junio del 2014.
Dado en la
Presidencia de la República.—San José, a los tres días
del mes de julio del dos mil catorce.
Ana Gabriel
Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1
vez.—O. C. N° 22303.—Solicitud N° SP-30-P-LYD.—C-35.180.—(IN2014046848).
Nº 030-PE
LA VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA
De conformidad
con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2014, Ley Nº 9193, el artículo 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos,
emitido por la Contraloría General de la República, y el Acuerdo N° 003-MP del
9 de mayo del 2014.
ACUERDA:
Artículo
1º—Modificar el Artículo 3 del Acuerdo de Viaje Nº 012-PE a nombre de la
señorita Laura Arguedas Mejía, a Bolivia, de fecha 10 de junio del 2014, para
que se lea de la siguiente manera:
“Artículo
3: Se cancelan viáticos en la segunda columna de la tabla del artículo 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, según
artículo 37 del mismo reglamento. En caso de que el monto adelantado por
concepto de hospedaje resultare insuficiente, se reconocerá el monto excedido
pagado por la funcionaria contra la presentación de la respectiva factura,
según el artículo 35 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para
Funcionarios Públicos”.
Artículo 2º—Los
artículos restantes se mantienen invariables.
Artículo 3º—Rige
a partir del 13 de junio y hasta el 16 de junio del 2014.
Dado en la
Presidencia de la República.—San José, a los tres días
del mes de julio del dos mil catorce.
Ana Gabriel
Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1
vez.—O. C. N° 22303.—Solicitud N° SP-27-P-LYD.—C-28.410.—(IN2014046855).
N° 046
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con
fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la
Ley General de la Administración Pública, comunica:
Que
el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo segundo del
Acta de la sesión ordinaria número Siete, celebrada el diecisiete de junio del
dos mil catorce, tomó el acuerdo que textualmente dice: Nombrar al señor Jean
Jacques Oguilve Pérez, cédula de identidad número 9-075-105, como Director ante
la Junta Directiva del Banco Crédito Agrícola de Cartago, a partir del 17 de
junio del 2014 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 31 de
mayo del 2022.
Acuerdo
declarado firme por unanimidad.
Xinia Chacón Rodríguez, Secretaria.—1
vez.—O. C. N° 22303.—Solicitud N°
SP-31-P-LYD.—C-13.670.—(IN2014046922).
Nº 047
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con fundamento en
las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de
la Administración Pública, comunica:
Que el Consejo de
Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo tercero del Acta de la
sesión ordinaria número Siete, celebrada el diecisiete de junio del dos mil
catorce, tomó el acuerdo que textualmente dice: 1.- Tener por conocida la
renuncia presentada por el señor Carlos Alvarado Quesada, Presidente Ejecutivo
del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), con rango de Ministro de Desarrollo
Humano e Inclusión Social, al cargo de
representante del sector público, provenientes de diferentes ministerios, ante
la Junta Directiva del Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI), misma que se
hace efectiva a partir del 09 de junio del 2014, y darle las más expresivas
gracias por los valiosos servicios prestados. 2.- Nombrar en sustitución suya,
al señor Alejandro Barahona Krüger, cédula de identidad número 1-925-724, a
partir del 17 de junio del 2014, y por el resto del período legal
correspondiente, hasta el 31 de mayo del 2018.
Acuerdo declarado
firme por unanimidad.
Xinia Chacón Rodríguez, Secretaria.—1 vez.—O. C.
N° 22303.—Solicitud N° SP-31-P-LYD.—C-21.350.—(IN2014046924).
Nº 048
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con fundamento en
las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de
la Administración Pública, comunica:
Que el Consejo de
Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo cuarto del Acta de la
sesión ordinaria número Siete, celebrada el diecisiete de junio del dos mil
catorce, tomó el acuerdo que textualmente dice: Nombrar ante la Junta Directiva
del Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI), al señor Guillermo Alvarado
Herrera, cédula de identidad número 7-078-849, en su calidad de representante
de los Partidos Políticos representados ante la Asamblea Legislativa. Lo
anterior con fundamento en el memorial de 16 de junio del 2014, suscrita por
los señores Gerardo Vargas Rojas y William Alvarado Bogantes, Presidente y
Secretario General, respectivamente, del Partido Unidad Social Cristiana
(PUSC), y según terna compuesta por la persona que mediante este acto se
designa y por los señores Félix Ángel Arce Arce, cédula de identidad número
2-363-507, y Juan Carlos Chavarría Herrera, cédula de identidad número 1-709-434.
Este nombramiento rige a partir del 17 de junio del 2014 y por el resto del
período legal correspondiente, hasta el 31 de mayo del 2018.
Acuerdo declarado
firme por unanimidad.
Xinia Chacón Rodríguez, Secretaria.—1 vez.—O. C.
N° 22303.—Solicitud N° SP-31-P-LYD.—C-23.460.—(IN2014046929).
Nº 049
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con
fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la
Ley General de la Administración Pública, comunica:
Que
el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo quinto del
Acta de la sesión ordinaria número siete, celebrada el diecisiete de junio del
dos mil catorce, tomó el acuerdo que textualmente dice: “En razón de haberse
conocido la renuncia presentada por la señora Teresa Aguilar Brenes, al cargo
de Directora ante la Junta Directiva del Banco de Costa Rica (BCR), mediante el
artículo décimo segundo de la sesión ordinaria número Seis del pasado 10 de
junio del 2014, se nombra en sustitución suya, a la señora Mónica Segnini
Acosta, cédula de identidad número 1-724-047, a partir del 17 de junio del 2014
y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 31 de mayo del 2022.
Acuerdo declarado firme por unanimidad.”
Xinia
Chacón Rodríguez, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1
vez.—O. C. N° 22303.—Solicitud N° SP-31-P-LYD.—C-17290.—(IN2014046939).
Nº 050
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con
fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la
Ley General de la Administración Pública, comunica:
Que
el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo sexto del
Acta de la sesión ordinaria número Siete, celebrada el diecisiete de junio del
dos mil catorce, tomó el acuerdo que textualmente dice: “1) Tener por conocida
la renuncia presentada por la señora Ana Rodríguez Aguilera, al cargo de
Directora ante la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica, misma que
hizo efectiva a partir del 16 de junio del 2014. 2) Nombrar en sustitución suya
a la señora Roxana Morales Ramos, mayor, casada, cédula de identidad número
1-1167-990, Economista, vecina de San Rafael, Heredia, a partir del 17 de junio
del 2014 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 08 de
noviembre del 2021. 3) Enviar certificación de este acuerdo a la Asamblea
Legislativa para que, de conformidad con el artículo 17, inciso c) de la Ley
Orgánica del Banco Central de Costa Rica, se proceda a la ratificación
respectiva. Acuerdo declarado firme por unanimidad.”
Xinia
Chacón Rodríguez, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1
vez.—O. C. N° 22303.—Solicitud N° SP-31-P-LYD.—C-21200.—(IN2014046948).
Nº 053
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con
fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la
Ley General de la Administración Pública, comunica:
Que
el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo noveno del
Acta de la sesión ordinaria número siete, celebrada el diecisiete de junio del
dos mil catorce, tomó el acuerdo que textualmente dice: “En razón de haberse
conocido la renuncia presentada por la señora Maribell Madrigal Cisneros, al
cargo de Miembro Propietaria ante la Junta Directiva de la Junta de Protección
Social, (JPS), conocida mediante el artículo undécimo de la sesión ordinaria
número Seis del pasado 10 de junio del 2014, se nombra en sustitución suya, al
señor Emilio Joaquín Arias Rodríguez, cédula de identidad número 4-172-350, a
partir del 17 de junio del 2014 y por el resto del período legal
correspondiente, hasta el 07 de mayo del 2018. Acuerdo declarado firme por
unanimidad.”
Xinia
Chacón Rodríguez.—Secretaria del Concejo.—1 vez.—O. C. N°
22303.—Solicitud N° SP-31-P-LYD.—C-Crédito.—(IN2014046972).
N° 008-MP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO
DE LA PRESIDENCIA
En uso de sus
facultades constitucionales conferidas por el artículo 140 inciso 8) de la
Constitución Política y con fundamento en los artículos 4 y27 de la Ley General
de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 y en las
disposiciones de la Ley N° 4351 del 11 de julio de 1969 y su reformas y
Considerando:
1º—Que en La
Gaceta N°128 del 4 de julio del 2014, se publicó el Acuerdo 007-MP de fecha
16 de junio del 2014, mediante el cual se conoce la renuncia del señor José
Ricardo Sánchez Mena, cédula de identidad N° 3-441-176 como suplente del señor
Juan Carlos Zúñiga Rojas en la Junta Directiva Nacional del Banco Popular y de
Desarrollo Comunal.
2º—Que el
Considerando 2° del Acuerdo 007-MP contiene un error material, por lo que de
acuerdo al artículo 157 de la Ley General de la Administración en cualquier
tiempo podrá la Administración rectificar los errores materiales. Por tanto;
ACUERDAN:
Artículo 1.—Rectificar el Considerando 2° del Acuerdo 007-MP,
publicado en La Gaceta N°128 del 4 de julio del 2014, para que indique
lo siguiente:
“2º—Que
en fecha del diez de junio del dos mil catorce el señor José Ricardo Sánchez
Mena presentó su renuncia al puesto nombrado.”
Artículo 2º—Rige
a partir del dieciséis de junio del dos mil catorce.
Dado en la
Presidencia de la República.—San José, a los cuatro
días del mes de julio del dos mil catorce.
LUIS GUILLERMO
SOLIS RIVERA.—El Ministro de la Presidencia, Melvin
Jiménez Marín.—1 vez.—O. C. N° 22029.—Solicitud N°
SP14-M-LYD.—C-26.060.—(IN2014046409).
N° 041-MEIC-2014
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y
COMERCIO
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 28, inciso 2), acápite b) de la Ley
General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así
como lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico 2014, Ley N° 9193 del 29 de noviembre de
2013; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la
Administración Pública, Ley N° 6362 del 03 de setiembre de 1979; y el
Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría
General de la República, y sus reformas.
Considerando
I.—Que es de
interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, participar en la
Pasantía de intercambio de Experiencias para conocer la implementación de
sistemas de gestión de la calidad en PYMES con la Asociación Española de
Normalización y Certificación (AENOR). Que dicha actividad se realizará en
España, del día 14 al día 18 de julio de 2014.
II.—Que en el marco del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea, se estableció el Proyecto PROCALIDAD, con el
objetivo de fortalecer la competitividad de las Pymes, mediante el aumento de
la calidad y la mejora de los procesos de evaluación de la conformidad.
III.—Que dentro de las actividades
consideradas está el intercambio de experiencias para funcionarios de la
Dirección de General de Apoyo a la Pequeña y mediana Empresa del Ministerio de
Economía, Industria y Comercio, con el objeto de capacitarlos en temas que
favorecen la competitividad de las pymes para el mercado internacional, así
como, aspectos de calidad, gestión y control. Por tanto;
ACUERDA
Artículo 1°—Autorizar al señor José Antonio Arce
Brenes, portador de la cédula de identidad N° 1-873-043, funcionario de la
Dirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de
Economía, Industria y Comercio, para que participe en la Pasantía de
intercambio de Experiencias, para conocer la implementación de sistemas de
gestión de la calidad en PYMES con la Asociación Española de Normalización y
Certificación (AENOR), actividad que se llevará a cabo en España, del día 14 al
día 18 de julio de 2014.
Artículo 2°—Los gastos por concepto de transporte aéreo, transporte
local, el hospedaje y alimentación serán cubiertos por el Proyecto PROCALIDAD
de la Unión Europea. Los otros gastos que corresponden a transporte terrestre
en el país visitado, serán financiados por el Programa 219 de la Dirección
General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía,
Industria y Comercio, subpartida 1.05.04 “Viáticos en el exterior”.
Artículo 3°—Rige a partir del día 11 de julio y hasta su regreso el
día 21 de julio de 2014, devengando el funcionario el 100% de su salario.
Dado en el Ministerio de Economía Industria y
Comercio, en la ciudad de San José, a los nueve días del mes de julio del dos
mil catorce.
Welmer Ramos González, Ministro de Economía,
Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. Nº 22168.—Solicitud
Nº 111-210-017-14.—C-48370.—(IN2014046300).
N° 027-2014-MTSS
EL MINISTRO DE
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25
inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública, del 2 de
mayo de 1978 y en los artículos 7, 31, 34 y 37 concordantes del Reglamento de
Gastos de Viajes y Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General
de la República.
Considerando:
I.—Que se ha recibido invitación por parte de la Organización
Internacional del Trabajo (OIT), para participar en el evento llamado Academia
sobre Economía Social y Solidaria: Hacia el Desarrollo Inclusivo y Sostenible,
que tendrá lugar en Sao Paulo, Brasil, del 28 de julio al 1° de agosto de 2014.
II.—Que dicha actividad es de gran interés para el Gobierno de Costa
Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debido a
que tiene como objetivo principal generar una mejor comprensión del concepto de
Economía Social y Solidaria y su posible contribución al desarrollo inclusivo y
sostenible.
III.—Que la participación del Señor Harold
Villegas Román, cédula 1-862-742 responde a sus funciones como Viceministro de
Trabajo del Área Laboral. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar al señor Harold Villegas Román,
Viceministro del Área Laboral, cédula 1-862-742, para que participe en el
evento Academia sobre Economía Social y Solidaria: Hacia el Desarrollo
Inclusivo y Sostenible, que tendrá lugar en Sao Paulo, Brasil, del 28 de julio
al 1° de agosto de 2014.
Artículo 2°—Los gastos del señor Harold Villegas Román serán cubiertos
de la siguiente forma: - Por concepto de viáticos al exterior a través de la
subpartida 105.04 del Programa 729 se autoriza el 50% de la suma de US $279,00
diarios para Brasil (Doscientos setenta y nueve dólares con cero centavos), el
restante 50% será cubierto por la Organización Internacional del Trabajo; el
transporte aéreo de ida y regreso será cubierto igualmente por la OIT; y por la
subpartida 107.01 del Programa 729 se cubrirán 500 euros correspondientes a los
gastos por concepto de inscripción. Impuestos, tributos o cánones que se deba
pagar en las terminales de transportes o cualquier erogación que por concepto
de penalización deba girarse también serán cubiertos por la subpartida 105.4
del Programa 729.
Artículo 3°—Que durante los días en que se autoriza al señor Harold
Villegas Román para que participe en el evento Academia sobre Economía Social y
Solidaria: Hacia el Desarrollo Inclusivo y Sostenible, que tendrá lugar en Sao
Paulo, Brasil, del 28 de julio al 1° de agosto de 2014, devengará el 100% de su
salario.
Artículo 4°—Rige a partir del 26 de julio y hasta el 2 de agosto de
2014.
Dado en el Despacho del Señor Ministro de Trabajo y
Seguridad Social, a las doce horas del primero de julio de dos mil catorce.
Víctor Morales Mora, Ministro de Trabajo y Seguridad
Social.—1 vez.—O. C. N° 3400021358.—Solicitud N°
16435.—(IN2014045188).
N° 0167-2014
EL PRIMER
VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO
DE LA PRESIDENCIA
DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18)
y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28
párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la
Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus
reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de
1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008,
denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 180-2013 de
fecha 04 de noviembre de 2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta
N° 243 del 17 de diciembre de 2013; modificado por el informe N° 71-2014 de
fecha 23 de mayo de 2014, emitido por PROCOMER; a la empresa Congelados del
Monte S. A., cédula jurídica número 3-101-280119, se le autorizó el traslado a
la categoría establecida en el artículo 17 inciso f) de la Ley N° 7210 y sus
reformas, otorgándole los beneficios e incentivos contemplados por la citada
Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, bajo la
categoría de empresa procesadora.
II.—Que mediante documentos presentados los
días 9, 16, 20, 21, 22 y 23 de mayo de 2014, en la Gerencia de Regímenes
Especiales de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante
PROCOMER, la empresa Congelados del Monte S. A., solicitó la modificación de la
actividad y consiguientemente del valor agregado nacional (VAN).
III.—Que la instancia interna de la administración de PROCOMER, con
arreglo al acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la
sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la
empresa Congelados del Monte S. A. y con fundamento en las consideraciones
técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Regímenes
Especiales de PROCOMER N° 73-2014, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la
respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la
Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.
IV.—Que se han observado los procedimientos
de Ley. Por tanto,
ACUERDAN:
1°—Modificar el Acuerdo Ejecutivo N° 180-2013 de
fecha 04 de noviembre de 2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta
N° 243 del 17 de diciembre de 2013 y sus reformas, para que en el futuro las
cláusulas segunda y sexta se lean de la siguiente manera:
“2. La
actividad de la beneficiaria al amparo de la citada categoría consistirá en la
producción de frutas, legumbres, hortalizas, raíces y tubérculos cortados,
refrigerados y/o congelados; jugos concentrados y pasteurizados de frutas; y
cáscaras de frutas, legumbres, hortalizas, raíces y tubérculos. Dicha actividad
se encuentra dentro del siguiente sector estratégico: “ISO 14001 (14004) o
equivalente.”
“6. La beneficiaria
se obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 127 trabajadores,
a partir del 05 de diciembre de 2013, así como a realizar y mantener un nivel
mínimo total de empleo de 172 trabajadores, a más tardar el 30 de marzo de
2015. Asimismo, se obliga a mantener una inversión de al menos $2.548.671,00
(dos millones quinientos cuarenta y ocho mil seiscientos setenta y un dólares,
moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir del 05 de diciembre
de 2013, así como a realizar y mantener una inversión nueva adicional total de
al menos US $4.075.000,00 (cuatro millones setenta y cinco mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a
más tardar el 30 de marzo de 2015, de los cuales un total de US$2.500.000,00
(dos millones quinientos mil dólares, moneda de curso legal de los Estados
Unidos de América), deberán completarse a más tardar el 30 de setiembre de
2014. Por lo tanto, la beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel de
inversión total de al menos US $6.623.671,00 (seis millones seiscientos
veintitrés mil seiscientos setenta y un dólares, moneda de curso legal de los
Estados Unidos de América). Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a
mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del 98,18%.
PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de
inversión antes indicados, de conformidad con los criterios y parámetros
establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal
facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que
suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta.
Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa
en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los
niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.”
2°—En todo lo que no ha sido expresamente
modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo N° 180-2013 de
fecha 04 de noviembre de 2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta
N° 243 del 17 de diciembre de 2013 y sus reformas.
3°—Rige a partir de su notificación.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en la Presidencia de la República. San José, a
los diez días del mes de junio del año dos mil catorce.
HELIO FALLAS VENEGAS.—El
Ministro de Comercio Exterior a.í., Jhon Fonseca Ordóñez.—1
vez.—(IN2014046194).
N° 0295-2013
EL PRIMER VICEPRESIDENTE
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE
LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la
Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo
segundo, inciso b) y 157 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N°
6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del
23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de
Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N°
7638 del 30 de octubre de 1996; el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de
agosto del 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 463-2007 de fecha 12 de noviembre
del 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 3 del 4 de enero
del 2008; modificado por el Acuerdo Ejecutivo N° 360-2008 de fecha 27 de agosto
del 2008, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 201 del 17 de
octubre del 2008; por el Acuerdo Ejecutivo N° 751-2008 de fecha 28 de noviembre
del 2008, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 4 del 7 de enero
de 2009; por el Informe número 05-2009 de fecha 21 de enero de 2009, emitido
por PROCOMER; por el Acuerdo Ejecutivo N° 274-2001 de fecha 28 de julio del
2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 185 del 27 de setiembre
del 2011; por el Acuerdo Ejecutivo N° 188-2012 de fecha 29 de mayo del 2012,
publicado en el Alcance Digital número 102 al Diario Oficial La Gaceta
N° 143 del 24 de julio del 2012; y por el Acuerdo Ejecutivo N° 428-2012 de
fecha 9 de noviembre del 2012, publicado en el Diario Oficial La Gaceta
N° 42 del 28 de febrero de 2013; a la empresa Administradora Plaza Roble S. A.,
cédula jurídica número 3-101-466841, se le otorgaron los beneficios e
incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del
23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.
II.—Que mediante documentos presentados los
días 30 de abril; 1, 12 y 24 de julio; 26 de agosto y 3 de setiembre, todos del
2013, en la Gerencia de Regímenes Especiales de la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Administradora Plaza
Roble S. A., solicitó la reducción y la ampliación del área declarada
como zona franca.
III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con
arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de PROCOMER en la Sesión N°
177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa
Administradora Plaza Roble S. A., y con fundamento en las consideraciones
técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Regímenes
Especiales de PROCOMER número 93-2013 y el oficio GRE-2698 del 9 de octubre de
2013, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del
Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210 del 23 de
noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.
IV.—Que se han observado los procedimientos de
Ley. Por tanto;
ACUERDAN:
1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo N° 463-2007 de fecha 12 de noviembre
del 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 03 del 04 de enero
del 2008 y sus reformas, para que en el futuro las cláusulas segunda y octava
se lean de la siguiente manera:
“2. Declárese Zona Franca el área en la que se
desarrollará el proyecto, de conformidad con la Ley N° 7210 del 23 de noviembre
de 1990 y su Reglamento, la cual se encuentra ubicada en el distrito San
Rafael, cantón Escazú, de la provincia de San José, y que se describe de la
siguiente manera:
A) Pisos uno y
dos del edificio denominado Balcones B, el primero con una medida de 1.073,39 metros
cuadrados y ubicado en las fincas matrículas de folio real números F036866-000
y F036867-000, mientras que el segundo con una medida de 1.113,9 metros
cuadrados y ubicado en la finca matrícula de folio real número F036868-000.
B) Piso dos del
edificio denominado Las Terrazas, que posee un área de 1.410,92 metros
cuadrados y que se ubica en la finca matrícula de folio real número
F070825-000.
C) Pisos cinco y
nueve del edificio denominado Escazú Corporate Center, que poseen un área de
1.775 metros cuadrados cada uno, y que se ubican en la finca matrícula de folio
real número 71445-000.”
“8. La beneficiaria se obliga a cumplir con las
regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente y Energía
(MINAE) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y deberá presentar
ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso, los
estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la beneficiaria se
obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio ambiente que la
legislación costarricense e internacional disponga para el desarrollo
sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado por las
autoridades competentes.”
2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo
dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo N° 463-2007 de fecha 12 de noviembre del
2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 3 del 4 de enero del
2008 y sus reformas.
3º—Rige a partir de su notificación.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, a los cuatro días del mes de noviembre del dos mil trece.
ALFIO PIVA MESÉN.—El Ministro de Comercio
Exterior a. í .—Fernando Ocampo Sánchez,—1 vez.—(IN2014046707).
Resolución
Nº D.M. 150-2014.—Despacho de la Ministra. San José, a
las diez horas treinta minutos del día veintitrés de mayo del dos mil catorce.
Nombramiento del señor Inti Picado Ovares, cédula de identidad Nº 1-0861-0475,
como Director del Centro de Producción Artística y Cultural.
Resultando:
1º—Que
por Decreto Ejecutivo Nº 38002-C del 26 de setiembre del 2013, publicado en La
Gaceta Nº 220 del 14 de noviembre del 2013, se creó el Centro de Producción
Artística y Cultural (CPAC), como un programa del Ministerio de Cultura y
Juventud.
2º—Que conforme
al artículo 10 del precitado acto administrativo, dicho Centro contará con un
Director, que ocupará un cargo de confianza de libre nombramiento y remoción
del Ministro de Cultura y Juventud.
Considerando:
Único.—Que es necesaria la designación del Director del Centro de
Producción Artística y Cultural, para el correcto funcionamiento de ese
programa Ministerial. Por tanto,
LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD,
RESUELVE:
Artículo
1º—Nombrar al señor Inti Picado Ovares, cédula de identidad Nº 1-0861-0475,
Director del Centro de Producción Artística y Cultural.
Artículo
2º—Rige a partir del 9 de mayo del 2014 y hasta el 8 de mayo del 2018.
Elizabeth
Fonseca Corrales, Ministra de Cultura y Juventud.—1
vez.—O. C. N° 0006467.—Solicitud N° 29726.—C-14120.—(IN2014046053).
Resolución
Nº D.M. 166-2014.—Despacho de la Ministra. San José, a
las trece horas y cincuenta minutos del día treinta de mayo del dos mil
catorce. Nombramiento de la Junta Administrativa de la Casa de la Cultura de Puntarenas.
Resultando:
1º—Que
por Decreto Ejecutivo Nº 7467-C del 14 de setiembre de 1977, publicado en La
Gaceta Nº 182 del 27 de setiembre de ese año y sus reformas, se creó la
Casa de la Cultura de Puntarenas, estableciéndose que será regentada por una
Junta Administrativa de cinco miembros, integrada por un representante de la
Dirección Regional de Cultura de esta Cartera Ministerial, un representante del
Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven, un representante de
la Dirección Regional del Ministerio de Educación Pública, un representante de
la Municipalidad de Puntarenas y un representante de la Comunidad.
2º—Que por Ley
Nº 6256 del 28 de abril de 1978, publicada en el Alcance Nº 75 de La Gaceta
Nº 83 del 2 de mayo de ese año, se dotó de personería jurídica a la Junta
Administrativa de la Casa de la Cultura de Puntarenas.
Considerando único:
Que
por Resolución de este Despacho Nº 079-2012 de las once horas del día veinte de
abril del dos mil doce, se integró la Junta Administrativa de la Casa de la
Cultura de Puntarenas, por un período de dos años. Por tanto,
LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD,
RESUELVE:
Artículo
1º—Agradecer los servicios prestados por las señoras Daniza Lucovich Varela,
cédula de identidad Nº 6-0072-0833, Nydia Rodríguez Ramírez, cédula de
identidad Nº 2-0256-0458, representantes por su orden de la Municipalidad de
Puntarenas y de la Comunidad, en la Junta Administrativa de la Casa de la
Cultura de Puntarenas.
Artículo
2º—Reelegir como miembros de la Junta Administrativa de la Casa de la Cultura
de Puntarenas, a las siguientes personas:
- Eduardo Martínez Murillo, cédula de
identidad Nº 6-0183-0466, como representante de la Dirección Regional de
Cultura de esta Cartera Ministerial.
- Silvia
Rodríguez Vargas, cédula de identidad Nº 2-0363-0186, representante del Consejo
Nacional de la Política Pública de la Persona Joven.
- Edgar
Guardiola Aguirre, cédula de identidad N° 1-0806-0218, representante de la
Dirección Regional de Educación Pública.
Artículo
3º—Nombrar al señor Pedro García Blanco, cédula de identidad N° 6-0200-0298, y
a la señora Rosibel Cordero Piedra, cédula de identidad N° 1-0512-0189,
miembros de la Junta Administrativa de la Casa de la Cultura de Puntarenas,
representado por su orden a la Comunidad y la Municipalidad de Puntarenas.
Artículo
4º—Rige a partir del 27 de mayo del 2014 y hasta un periodo de dos años.
Elizabeth
Fonseca Corrales, Ministra de Cultura y Juventud.—1
vez.—(IN2014046027).
Resolución
Nº D.M. 172-2014.—Despacho de la Ministra. San José, a
las ocho horas treinta minutos del día dos de junio del dos catorce.
Nombramiento de la señora María del Pilar Aguilar Muñoz, cédula de identidad Nº
1-0458-0969, como miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.
Resultando:
1º—Que
por Ley Nº 8290 del 23 de julio del 2002, publicada en La Gaceta Nº 159
del 21 de agosto del 2002, se establece que el Teatro Nacional es un órgano del
Ministerio de Cultura y Juventud, que tendrá un Consejo integrado por el
Ministro o Viceministro del ramo o su representante, y por cuatro miembros de
libre nombramiento del Ministro.
2º—Que el
Decreto Ejecutivo Nº 31235 del 19 de marzo del 2003, reglamentó la Ley del
Teatro Nacional, estableciéndose en el artículo 9 que los miembros escogidos
por el Ministro, para integrar el Consejo Directivo del Teatro, desempeñarán
sus cargos ad-honorem y serán nombrados por períodos de cuatro años, con
posibilidad de reelección.
Considerando:
1º—Que por Resolución Nº 123-2012 del 4 de julio del
2012, se nombró al señor Miguel Ángel Gutiérrez Saxe, cédula de identidad Nº
3-0178-0608, miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.
2º—Que el señor Miguel Ángel Gutiérrez Saxe, cédula de identidad Nº
3-0178-0608, presentó la renuncia ante dicho Consejo, a partir del 27 de mayo
del 2014. Por tanto,
LA MINISTRA DE
CULTURA Y JUVENTUD,
RESUELVE:
Artículo 1º—Nombrar a la señora María del Pilar
Aguilar Muñoz, cédula de identidad Nº 1-0458-0969, miembro del Consejo
Directivo del Teatro Nacional.
Artículo 2º—Rige a partir del 28 de mayo del 2014 y hasta por un
período de cuatro años.
Elizabeth Fonseca Corrales, Ministra de Cultura y
Juventud.—1 vez.—O. C. N° 0006467.—Solicitud N°
29726.—C-19090.—(IN2014046056).
Resolución Nº D.M. 173-2014.—Despacho
de la Ministra. San José, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día dos
de junio del dos catorce. Nombramiento del señor Carlos Mesén Rees, cédula de
identidad Nº 1-0480-0607, como miembro del Consejo Directivo del Teatro
Nacional.
Resultando:
1º—Que por Ley Nº 8290 del 23 de julio del 2002,
publicada en La Gaceta Nº 159 del 21 de agosto del 2002, se establece
que el Teatro Nacional es un órgano del Ministerio de Cultura y Juventud, que
tendrá un Consejo integrado por el Ministro o Viceministro del ramo o su representante,
y por cuatro miembros de libre nombramiento del Ministro.
2º—Que el Decreto Ejecutivo Nº 31235 del 19 de marzo del 2003,
reglamentó la Ley del Teatro Nacional, estableciéndose en el artículo 9 que los
miembros escogidos por el Ministro, para integrar el Consejo Directivo del
Teatro, desempeñarán sus cargos ad-honorem y serán nombrados por períodos de
cuatro años, con posibilidad de reelección.
Considerando:
1º—Que por Resolución Nº 133-2010 del 29 de julio
del 2010, se nombró al señor Manuel Picado Gómez, cédula de identidad Nº
9-007-557, miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.
2º—Que el señor Manuel Picado Gómez, cédula de identidad Nº 9-007-557,
presentó la renuncia ante dicho Consejo, a partir del 28 de mayo del 2014. Por
tanto,
LA MINISTRA DE
CULTURA Y JUVENTUD,
RESUELVE:
Artículo 1º—Nombrar al señor Carlos Mesén Rees,
cédula de identidad Nº 1-0480-0607, miembro del Consejo Directivo del Teatro
Nacional.
Artículo 2º—Rige a partir del 28 de mayo del 2014 y hasta por un
período de cuatro años.
Elizabeth Fonseca Corrales, Ministra de Cultura y
Juventud.—1 vez.—O. C. N° 0006467.—Solicitud N°
29726.—C-18640.—(IN2014046065).
Resolución Nº D.M. 174-2014.—Despacho
de la Ministra. San José, a las nueve horas del día dos de junio del dos catorce.
Nombramiento del señor Alberto Cañas Escalante, cédula de identidad Nº
1-156-937, como miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.
Resultando:
1º—Que por Ley Nº 8290 del 23 de julio del 2002,
publicada en La Gaceta Nº 159 del 21 de agosto del 2002, se establece
que el Teatro Nacional es un órgano del Ministerio de Cultura y Juventud, que
tendrá un Consejo integrado por el Ministro o Viceministro del ramo o su
representante, y por cuatro miembros de libre nombramiento del Ministro.
2º—Que el Decreto Ejecutivo Nº 31235 del 19 de marzo del 2003,
reglamentó la Ley del Teatro Nacional, estableciéndose en el artículo 9 que los
miembros escogidos por el Ministro, para integrar el Consejo Directivo del
Teatro, desempeñarán sus cargos ad-honorem y serán nombrados por períodos de
cuatro años, con posibilidad de reelección.
Considerando:
1º—Que
por Resolución Nº 079-2011 del 24 de mayo del 2011, se nombró al señor Alejando
Batalla Bonilla, cédula de identidad Nº 1-525-186, miembro del Consejo
Directivo del Teatro Nacional.
2º—Que el señor
Alejando Batalla Bonilla, cédula de identidad Nº 1-525-186, presentó la
renuncia ante dicho Consejo, a partir del 28 de mayo del 2014. Por tanto,
LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD,
RESUELVE:
Artículo
1º—Nombrar al señor Alberto Cañas Escalante, cédula de identidad Nº 1-156-937,
miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.
Artículo
2º—Rige a partir del 28 de mayo del 2014 y hasta por un período de cuatro años.
Elizabeth
Fonseca Corrales, Ministra de Cultura y Juventud.—1
vez.—O. C. N° 0006467.—Solicitud N° 29726.—C-18560.—(IN2014046068).
Resolución
Nº D.M. 175-2014.—Despacho de la Ministra. San José, a
las nueve horas quince minutos del día dos de junio del dos catorce.
Nombramiento del señor Juan Manuel Barquero Vargas, cédula de identidad Nº
1-966-657, como miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.
Resultando único
Que
por Ley Nº 8290 del 23 de julio del 2002, publicada en La Gaceta Nº 159
del 21 de agosto del 2002, se establece que el Teatro Nacional es un órgano del
Ministerio de Cultura y Juventud, que tendrá un Consejo integrado por el
Ministro o Viceministro del ramo o su representante, y por cuatro miembros de
libre nombramiento del Ministro.
Considerando único
Que
es necesaria la integración del Consejo Directivo del Teatro Nacional, para el
cabal funcionamiento de este órgano del Ministerio de Cultura y Juventud. Por
tanto,
LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD,
RESUELVE:
Artículo
1º—Nombrar al señor Juan Manuel Barquero Vargas, cédula de identidad Nº
1-966-657, miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.
Artículo
2º—Rige a partir del 27 de mayo del 2014 y hasta por un período de cuatro años.
Elizabeth
Fonseca Corrales, Ministra de Cultura y Juventud.—1
vez.—O. C. N° 0006467.—Solicitud N° 29726.—C-12960.—(IN2014046072).
Resolución
Nº D.M. 189-2014.—Despacho de la Ministra. San José, a
las quince horas del día veintitrés de junio del dos catorce. Nombramiento de
la señora María Bonilla Picado, cédula de identidad Nº 1-0482-0590, como
miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.
Resultando:
1º—Que
por Ley Nº 8290 del 23 de julio del 2002, publicada en La Gaceta Nº 159
del 21 de agosto del 2002, se establece que el Teatro Nacional es un órgano del
Ministerio de Cultura y Juventud, que tendrá un Consejo integrado por el
Ministro o Viceministro del ramo o su representante, y por cuatro miembros de
libre nombramiento del Ministro.
2º—Que el
Decreto Ejecutivo Nº 31235 del 19 de marzo del 2003, reglamentó la Ley del
Teatro Nacional, estableciéndose en el artículo 9 que los miembros escogidos
por el Ministro, para integrar el Consejo Directivo del Teatro, desempeñarán
sus cargos ad-honorem y serán nombrados por períodos de cuatro años, con
posibilidad de reelección. En caso que se cubran vacantes por muerte, renuncia
o incapacidad, los nombramientos se harán por el resto del período del miembro
saliente.
Considerando:
1º—Que
por Resolución Nº 0174-2014 del 2 de junio del 2014, se nombró al señor Alberto
Cañas Escalante, cédula de identidad Nº 1-156-937, miembro del Consejo
Directivo del Teatro Nacional, a partir del 28 de mayo del 2014, por un período
de cuatro años. Por tanto,
LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD,
RESUELVE:
Artículo
1º—Nombrar a la señora María Bonilla Picado, cédula de identidad Nº
1-0482-0590, miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.
Artículo
2º—Rige a partir del 23 de junio del 2014 y hasta el 28 de mayo del 2018.
Elizabeth
Fonseca Corrales, Ministra de Cultura y Juventud.—1
vez.—O. C. N° 0006468.—Solicitud N° 29727.—C-19260.—(IN2014046049).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISO
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de
la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace
constar: Que la Asociación de Desarrollo Específica Pro Acueductos Caminos
Ornato Parques S. Multiusos de San Miguel Turrúcares. Por medio de su
representante: Leticia María Araya Alpízar, cédula 2-363-078 ha hecho solicitud
de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículos N° 7, 16, 19, 20,
21, 33 para que en adelante se lea así:
Artículo 7º—agréguese: “los afiliados mayores de 12
años”
Artículo 16.—agréguese: “elegir cada 2 años a
la Junta Directiva y al Fiscal. Estos nombramientos se harán en forma secreta e
individual, pública o por papeleta”
Artículo 19.—agréguese: “los miembros de la
Junta Directiva durarán 2 años en sus funciones y podrán ser reelectos en forma
indefinida siempre y cuando la asamblea así lo acuerde”
Artículo 20.—agréguese: “no tener relación
con ningún miembro de la Junta Directiva en cuanto a parentesco por afinidad o
consanguinidad hasta el segundo grado inclusive”
Artículo 21.—agréguese “hacer la convocatoria
para las asambleas generales (ordinarias o extraordinarias) por lo menos con 15
días de anticipación”.
Artículo 21.—agréguese “cuando las
operaciones anuales sean mayores a ¢5.000.000,00 (cinco millones de colones),
se necesita contratar a un contador público autorizado para certificar los
estados financieros”.
Artículo 33.—agréguese “la Junta Directiva de
estos comités deberá ser electa en reunión de Junta Directiva de la Asociación
de Desarrollo. Los fondos que produzcan estos grupos deberán ser depositados en
la cuenta corriente de la Asociación de Desarrollo”.
Dicha reforma es visible a folios 102 al 104 del
tomo I del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en
el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la
Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general
ordinaria de afiliados celebrada el día 28 de diciembre del 2013. En
cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la
Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza
por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso,
a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para
que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a
las 12:08 horas del día dieciocho de julio del 2014.—Departamento de
Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1
vez.—(IN2014046777).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS
EDICTOS
AE-REG-E-191/2014.—El
señor Danilo Rodríguez Pérez, cédula 2-0310-0078, en calidad de Representante
Legal de la empresa Consuagri PL S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en
la ciudad de Cartago, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial
Ultra Plus compuesto a base de Potasio y Azufre. Conforme a lo que establece la
Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664, se solicita a terceros con derecho a
oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del
término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este
edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a las 15:00 horas del 7 de julio del 2014.—Unidad Registro de Agroquímicos
y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2014046775).
AE-REG-E-190/2014.—La señora Seily Carvajal Vargas,
cédula 1-0529-0797, en calidad de Representante Legal de la empresa Orozco
Carvajal Asociados S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de
San José, solicita inscripción del Bioestimulante de nombre comercial Base XT
compuesto a base de nitrógeno, fósforo, potasio, azufre, boro, hierro, zinc y
auxinas. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº
7664, se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el
Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a las 14:15 horas del 7 de julio
del 2014.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú
Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2014046776).
AE-REG-E-189/2014.—La señora Seily Carvajal Vargas,
cédula 1-0529-0797, en calidad de representante legal de la empresa Orozco
Carvajal Asociados S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de
San José, solicita inscripción del bioestimulante de nombre comercial Elevador
48 compuesto a base de nitrógeno, fósforo, potasio, magnesio, calcio, azufre,
boro, hierro, zinc, manganeso, yodo y cobre. Conforme a lo que establece la Ley
de Protección Fitosanitaria Nº 7664, se solicita a terceros con derecho a
oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del
término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este
edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a las 14:00 horas del 7 de julio del 2014.—Unidad Registro de
Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1
vez.—(IN2014046778).
AE-REG-E-197/2014.—La señora Jeannette Tinoco Mora,
cédula 5-176-529, en calidad de representante legal de la compañía Eurosemillas
S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita
inscripción del bioestimulante de nombre comercial Trimax, compuesto a base de
trichoderma viride Q07, declarados en UFC/mL. Conforme a lo que establece la
Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664, se solicita a terceros con derecho a
oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del
término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este
edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a las 14:40 horas del 9 de julio del 2014.—Unidad Registro de
Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1
vez.—(IN2014046779).
AE-REG-E-196/2014.—La señora Jeannette Tinoco Mora,
cédula 5-176-529, en calidad de representante legal de la compañía Eurosemillas
S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción
del bioestimulante de nombre comercial Radical-B, compuesto a base de bacillus
subtilis Q11, declarados en UFC/mL. Conforme a lo que establece la Ley de
Protección Fitosanitaria Nº 7664, se solicita a terceros con derecho a oponerse
para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término
de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el
Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14:35
horas del 9 de julio del 2014.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de
Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2014046780).
AE-REG-E-188/2014.—El señor Fabio Saenz Baudrit,
cédula 1-271-658, en calidad de representante legal de la compañía Cosmoagro S.
A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita
inscripción del fertilizante de nombre comercial Radiflex, compuesto a base de
1,6% N, 1,32% P, 0,55% Ca, 0,034% Mg, 0,1% S, 0,1% Fe, 0,16% Zn, 0,05% Cu,
0,26% B, 0,03% Mn, 0,001% Mo, 0,001% Co, 4,7% carbono orgánico declarados en
peso/volumen. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº
7664, se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el
Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a las 15:45 horas del 27 de
junio del 2014.— Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing.
Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2014046788).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
AVISOS
DMV-PG-001-RE-021.—El
doctor Luis Óscar Quesada Esquivel, número de cédula 203420081, vecino de
Alajuela en calidad de representante legal de la compañía Droguería Integrales
Agropecuarios S. A., con domicilio en
Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo
4: Biodes Platinum, fabricado por Laboratorios Vallecilla y Vallecilla M y Cía
S.A.C. Carval de Colombia con los siguientes principios activos: Cada 100 ml
contiene: Glutaraldehído 6 g, amonios cuaternario lineales 9.6 g, cloruro de
benzalconio 6.4 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Desinfectante de
uso en instalaciones pecuarias. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG
“Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a
terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección,
dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial. La Gaceta.—Heredia, a las 12 horas del día 22 de mayo del
2014.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2014046007).
DMW-PG-001-RE-021.—El
señor Federico Chaverri Suárez; con número de cédula 1-0806-0534, vecino de
Alajuela en calidad de representante legal de la compañía Droguería Ecolab
S. R. L., con domicilio en Alajuela, solicita el registro del siguiente
medicamento veterinario del grupo 3: OXY-GARD M, fabricado por
Laboratorio Ecolab Inc. de Estados Unidos de América, con los siguientes
principios activos: Cada ml contiene: Peróxido de hidrógeno 0.5 %, glicerina
4.8 %, ácido láctico 1.7 %, ácido dodecilbencen sulfónico <1.0 % y las
siguientes indicaciones terapéuticas: Prevención de la mastitis mediante el
saneamiento tópico de las tetas del ganado bovino mediante la aplicación antes
y después de ordeño. Con
base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia, a las
12:00 horas del día 15 de julio del 2014.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1
vez.—(IN2014046669).
El
señor Heiner Hernández Ávila, número de cédula 1-0820-0051, vecino de Alajuela,
en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Distrivet S. A., con
domicilio en Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario
del grupo 3: Ceftobrom Farbiovet, fabricado por Laboratorio Farbiovet S. A. de
Ecuador, con los siguientes principios activos: cada 100 ml contiene:
cefalexina 2 g, ceftiofur 5 g, flunixin meglumine 1.7 g y las siguientes
indicaciones terapéuticas: tratamiento de enfermedades infecciosas
causadas por gérmenes Gram + y
Gram -, infecciones del tracto respiratorio, infecciones pódales, articulares,
genitales. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro
y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a
oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este
edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia,
a las 9 horas del día 16 de julio del
2014.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2014046810).
El
señor Heiner Hernández Ávila, número de cédula 1-0820-0051, vecino de Alajuela
en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Distrivet S. A., con
domicilio en Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: Holva Farbiovet, fabricado por Laboratorio Farbiovet
S. A. de Ecuador, con los siguientes principios activos: cada 100 ml contiene:
benzocaína 20 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Está indicado como
anestésico local tópico para el tratamiento de quemaduras, congelaciones,
abrasiones de piel y mucosas. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG
Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a
terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección,
dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las14 horas del día 15 de julio del 2014.—Dr.
Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2014046812).
REPOSICIÓN DE
TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud
de reposición del Diploma de Conclusión
de Estudios de Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad Letras,
inscrito en el tomo 1, folio 63, asiento N° 1009, emitido por el Liceo Nocturno
de Liberia, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Martínez López
Goretty María, cédula 5-0230-0727. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dos días del mes de abril del dos
mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014044952).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 138, título N° 1565,
emitido por el Liceo de Nicoya, en el año dos mil dos, a nombre de Gómez Cortés
Seleidy, cédula: 5-0335-0034. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los catorce días del mes de julio del dos mil catorce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014045479).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud
de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada,
“Rama Académica” Área de Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 18, asiento 29,
título N° 120, emitido por el Colegio Nocturno Miguel Obregón Lizano, en el año
mil novecientos setenta y cinco, a nombre de González Prado Ana Lucía, cédula
2-0306-0008. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los
veintiséis días del mes de junio del dos mil catorce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014045513).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud
de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada
“Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 62,
diploma N° 561, emitido por el Instituto Superior Julio Acosta García, en el
año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Ana Ruth Arroyo Barquero. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y
por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Ana Ruth
Herrera Arroyo, cédula 2-0360-0598. Se pública este edicto para oír oposiciones
a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a
los quince días del mes de julio del dos mil catorce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014045831).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 219, asiento N°
1562, emitido por el Instituto de Guanacaste, en el año dos mil cinco, a nombre
de Torres Medina Giddinia, cédula 5-0352-0912. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días del mes de mayo del dos mil
catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014045963).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 05, título N° 7,
emitido por el Liceo Rural Salitre, en el año dos mil diez, a nombre de Torres
Ortiz Jeison Gilberto, cédula 1-1419-0865. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinticinco días del mes de junio del dos
mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014045993).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Ante
este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 30, título N° 452,
emitido por el Colegio Nocturno de Cartago, en el año mil novecientos noventa y
tres, a nombre de Calvo Jiménez María Isabel, cédula 1-0923-0742. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, veintiséis de junio del dos mil trece.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014046146).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE segunda
VEZ
De conformidad
con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo Seguridad
Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada
Cooperativa de Artesanos y Servicios Múltiples de Matama de Limón R. L., siglas
COPEMATAMA R. L., Resolución 1487-CO, acordada en asamblea celebrada el 7 de
febrero del 2013. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley
de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo,
se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su
inscripción para su publicación en el diario Oficial La Gaceta. El
Consejo de Administración se formó de la siguiente manera:
Presidente: César
Velásquez Acuña
Vicepresidenta Cecilia Enríquez Artavia
Secretaria Kimberly
Amador Tellez
Vocal 1 Matilde
Jaén González
Vocal 2: Jenny
Lorena Patison Douglas
Suplente 1 Lilliam
Ortega Álvarez
Suplente 2 Colaria
Portuguez Morales
Gerente Lloyd
Patrick Winter Winter
24 de junio del
2014.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2014046516).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el
señor Ministro de Trabajo Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de
la reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización social denominada:
Grupo Empresarial Cooperativo de Servicios Educativos R.L., siglas GECSE R.L.,
acordada en asamblea celebrada el 27 de mayo del 2014. Expediente 1195-CO. En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la
inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su
publicación en el diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta el
artículo 33 del Estatuto.—San José, 18 de junio del
2014.—Departamento de Organizaciones Sociales.—Lic. José Joaquín Orosco
Sánchez, Jefe.—(IN2014046069).
De
conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo
Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su Estatuto la organización social denominada: Cooperativa Autogestionaria de
Transportes Turísticos Aeroportuarios R. L., siglas COOPETRANSTURA R.L.,
acordada en asamblea celebrada el 25 de noviembre del 2013. Expediente 1307-CO.
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la
inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los
artículos 11 y 59 del Estatuto.
San
José, 15 de julio del 2014.—Lic. José Joaquín Orozco
Sánchez, Jefe.—(IN2014046250).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Propiedad industrial
Cambio de Nombre
N° 91405
Que
Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado una vez, Cédula de identidad 102990846 , en calidad de apoderado especial de Koipe
Corporation, S.L.U, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio
de Nombre de Koipe Corporation, S.L por el de Koipe Corporation, S.L.U,
presentada el día 6 de mayo de 2014 bajo expediente 91405. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 1998-0003060 Registro N° 110418 CARBONELL
en clase 29 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978 18 de junio de 2014. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1
vez.—(IN2014046318).
Cambio de nombre
por fusión N° 91422
Que Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado una vez,
cédula de identidad 102990846, en calidad de apoderado especial de SOS
Corporation Alimentaria S.A., solicita a este Registro se anote la inscripción
de cambio de nombre de Koipe Corporation, S.L.U por el de SOS Corporation
Alimentaria S. A., presentada el día 6 de mayo de 2014 bajo expediente 91422.
El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1998-0003060 Registro N° 110418
CARBONELL en clase 29 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial
por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de junio del 2014.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—1 vez.—(IN2014046319).
Cambio de nombre
N° 91423
Que Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado una vez,
cédula de identidad 102990846, en calidad de apoderado especial de Deoleo S.
A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de SOS
Corporación Alimentaria S. A. por el de Deoleo S. A., presentada el día 6 de
mayo del 2014 bajo expediente 91423. El nuevo nombre afecta a las siguientes
marcas: 1998-0003060 Registro N° 110418 CARBONELL en clase 29 Marca
Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con
el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 18 de junio del 2014.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1
vez.—(IN2014046320).
Cambio de Nombre Nº 92158
Que Edgar Zurcher Gurdian, divorciado, cédula de identidad 105320390, en
calidad de apoderado especial de Immunotec Inc., solicita a este Registro, se
anote la inscripción de cambio de nombre de Immunotec Reserch Ltd. por el de
Immunotec Inc., presentada el día 23 de junio del 2014, bajo expediente 92158.
El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2003-0007969 Registro Nº 147490
IMMUNOCAL, en clase 29 marca denominativa y 2003-0007970, registro Nº 147459
IMMUNOCAL en clase 5 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial
por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 26 de junio del 2014.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—1
vez.—(IN2014046463).
Marcas de Ganado
Surica Vanessa Alfaro Smith, cédula de identidad 0111510178, solicita la
inscripción de:
Para ver imagen solo en La
Gaceta con formato PDF
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Limón, Guácimo, Pocora, La Argentina, 3 kilómetros al sur
del salón comunal del lugar . Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 8 de julio
del 2014. Solicitud N° 2014-1264.—San José, 10 de
julio del 2014.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(IN20140045488).
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La
señora Alejandra Castro Bonilla, cédula N° 1-0880-0194, mayor de edad, vecina
de San José, apoderada especial de Laboratorios Andrómaco S. A., de Chile,
solicita la Patente de Invención denominada: ANILLO VAGINAL QUE COMPRENDE
MELOXICAM Y UN AGENTE MODULADOR DE LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO, ÚTIL
COMO ANTICONCEPTIVO DE USO CONTINUO EN MUJERES. Anillo vaginal de
liberación sostenida que comprende meloxicam y un agente modulador de la
liberación del principio activo, tal como polivinilpirrolidona K-30, que libera
el principio activo por al menos 90 días, útil como anticonceptivo de uso
continuo en mujeres. El anillo vaginal comprende preferentemente 5% a 30% en
peso de meloxicam, en relación al peso total de la formulación. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61F 6/06; A61M 31/00; A61K 31/568;
A61K 9/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Chen,
Shu-Chen, Beltrán Apablaza, Marianela del Carmen. La solicitud correspondiente
lleva el número 20140302, y fue presentada a las 13:41:46 del 20 de junio del
2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Fabián
Andrade Morales, Registrador.—(IN2014045496).
La
señora Alejandra Castro Bonilla, cédula N° 1-0880-0194, mayor, abogada, vecina
de San José, en calidad de apoderada especial de Abbvie Inc., de E.U.A.,
solicita el Diseño Industrial denominada: PLANTILLA PARA ENVASE DE
MEDICAMENTOS.
Para ver imagen solo en La
Gaceta con formato PDF
Diseño
ornamental para una plantilla para envase de medicamentos como se muestra y
describe en las figuras. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños
Industriales es: 09/03; cuyo(s) inventor(es) es(son)
Guy Upchurch, John G-Finch, Lori K. Kim, Lewis H. Sita, Alexandra C.
Breban-López. Prioridad: 08/04/2013 US 29/469,111. La solicitud correspondiente
lleva el número 20140165, y fue presentada a las 14:59:15 del 7 de abril del
2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 2 de junio del 2014.—Lic. Randall
Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2014045500).
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor, abogado, vecino de
San José, en calidad de apoderado especial de Galápagos NV, de Bélgica,
solicita la Patente de Invención denominada: NOVEDOSAS
DIHIDROPIRIMIDINOISOQUINOLINONAS Y COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS DE LAS MISMAS
PARA EL TRATAMIENTO DE TRANSTORNOS INFLAMATORIOS. Un compuesto según la
fórmula I a en donde Ll y G, y R1 son según lo descrito en la presente
invención. La presente invención se refiere a compuestos novedosos según la
fórmula I que antagonizan el GPR84, un receptor acoplado a la proteína G que
está involucrado en afecciones inflamatorias y métodos para la producción de
estos compuestos novedosos. WO 2013/092791 A1. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07D 471/04; A61K 31/529; A61P 9/10; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Labéguère, Frédéric Gilbert,
Newsome, Gregory John Robert, Alvey, Luke Jonathan, Sanière, Laurent Raymond
Maurice, Fletcher, Stephen Robert. Prioridad: 22/12/2011 US 61/578,979. La
solicitud correspondiente lleva el número 20140305, y fue presentada a las
13:32:17 del 24 de junio del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 25 de
junio del 2014.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2014045622).
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor de edad, vecino de
San José, apoderado especial de Millennium Pharmaceuticals Inc, de E.U.A,
solicita la Patente de Invención denominada: COMPUESTOS PARA INHIBIR LA
PROGRESIÓN MITOTICA. La presente invención se refiere a compuestos y
métodos para el tratamiento del cáncer. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07D 487/04; A61K 31/55; A61P 35/00; cuyo(s) inventor(es) es(son)
Claiborne, Christopher, F., Sells, Todd, B., Stroud, Stephen, G. Prioridad:
16/11/2006 US 60/859,340. La solicitud correspondiente lleva el número
20140154, y fue presentada a las 13:17:54 del 4 de abril del 2014. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de junio del 2014.—Lic. Fabián Andrade
Morales, Registrador.—(IN2014045628).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, abogado, mayor,
vecino de San José, cédula N° 1-335-794, en su condición de Apoderado Especial
de Dow Agrosciences LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada
COMPOSICIÓN
HERBICIDA QUE CONTIENE CIERTOS ÁCIDOS PIRIDINA CARBOXÍLICOS Y EL ÁCIDO (2,4-
DICLOROFENOXI) ACÉTICO. Las composiciones herbicidas que contienen ácido
de 4-amino-3-cloro-6-(4-cloro-2-flúor-3-metoxifenil) piridina-2-carboxílico (I)
o un derivado del mismo y 2,4-D o un derivado del mismo. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/40; A01N 25/32; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Ovalle, Daniel, Carranza Garzon,
Nelson, M, Rojas-Calvo, Carlos, E, Paniagua, Leonardo, Reichert, Alberto,
Masters, Robert A. Prioridad: 06/12/2011 US 61/567,419;13/06/2013 // WO
2013/085988. La solicitud correspondiente lleva el número 20140262, y fue
presentada a las 13:41:20 del 02 de junio del 2014. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de junio del 2014.—Lic. Kelly Selva
Vasconcelos, Registradora.—(IN2014045631).
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, abogado, mayor, vecino de San José, cédula N°
1-335-794, en su condición de apoderado especial de Normacon 21, S.L., de
España, solicita la Patente de Invención denominada PROCEDIMIENTO DE
PRODUCCIÓN DE BIOMASA Y APARATO UTILIZADO EN DICHO PROCEDIMIENTO.
Para ver imagen solo en La
Gaceta con formato PDF
La invención se
refiere a un procedimiento para acelerar la producción de biomasa a partir de
cultivo de microalgas, utilizando para la puesta en práctica de dicho
procedimiento un reactor específicamente diseñado para el mismo, en el que se
introduce un cultivo de agua con microalgas, con nutrientes y CO2 y por cuyo
interior se hace pasar una corriente continua.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C12N 1/12; C12N 1/13; C12M 1/00; C12M 1/04; C12M 1/42; cuyo(s) inventor(es) es(son) Herms Gavaldá, Antonio. Prioridad: 21/10/2011 ES
P201131695; 12/06/2012 ES P201230915; 25/04/2013 // WO 2013/057348. La
solicitud correspondiente lleva el número 20140167, y fue presentada a las
13:16:26 del 08 de abril del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 12 de junio del 2014.—Lic. Kelly Selva
Vasconcelos, Registradora.—(IN2014045632).
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor de edad, vecino de
San José, apoderado especial de Fovea Pharmaceuticals, de Francia, solicita la
Patente de Invención denominada DERIVADOS DE ANILINA, SU PREPRACIÓN Y SU
APLICACIÓN TERAPÉUTICA.
Para ver imagen solo en La
Gaceta con formato PDF
La
presente invención se refiere a derivados de anilina, a su preparación y a su
aplicación terapéutica. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07C 217/84; cuyo(s) inventor(es)
es (son) Feutrill, John, Leriche, Caroline, Middlemiss, David. Prioridad:
16/09/2011 EP 11306170. 9; 03/02/2012 EP 12305626. 9; 04/06/2012 EP 12305626.9.
La solicitud correspondiente lleva el número 20140122, y fue presentada a las
14:12:08 del 12 de marzo del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 09 de
junio del 2014.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2014045635).
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de Contech Engineered Solutions
LLC, de E.U.A., solicita el Diseño Industrial denominada UNIDAD DE PUENTE DE
CONCRETO
Para ver imagen solo en La
Gaceta con formato PDF
diseño 1. Unidad de
puente de concreto, la cual comprende una pared superior en forma de arco y
paredes laterales en lados opuestos a la pared superior, cada lado de la pared
se extiende de manera descendente y hacia afuera a partir del extremo de la
pared superior. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es:
25/03; cuyo(s) inventor (es) es(son) Carfagno, Michael
G., Creamer, Philip A. Prioridad: 20/02/2012 US 29/413,755. La solicitud
correspondiente lleva el número 20130508, y fue presentada a las 12:33:42 del 3
de octubre del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 24 de junio del
2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014045637).
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, abogado, mayor, vecino de San José, cédula
1-335-794, en su condición de Apoderado Especial de Dow Agrosciences LLC, de
E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN HERBICIDA QUE CONTIENE ÁCIDO DE
4-AMINO-3-CLORO-6-(-4-CLORO-2-FLUOR-3-METOXIFENIL) PIRIDINA-2-CARBOXÍLICO, O
LOS DERIVADOS DEL MISMO Y FLUROXIPIR, O LOS DERIVADOS DEL MISMO.
Las composiciones herbicidas que contienen, y
los métodos para controlar la vegetación indeseable utilizando el ácido de
4-amino-3-cloro-6-(4-cloro-2-flúor-3-metoxifenil)piridina-2-carboxílico,
o un éster, amida, o sal del mismo agricolamente
aceptables y (b) fluroxipir, o un éster, amida, o una sal del mismo
agricolamente aceptables. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A01P 13/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Ovalle, Daniel, Carranza Garzon, Nelson M,
Rojas-Calvo, Carlos E, Paniagua, Leonardo, Reichert, Alberto, Masters, Robert
A. Prioridad: 06/12/2011 US 61/567, 413; 13/06/2013// WO 2013/085991. La
solicitud correspondiente lleva el número 20140263, y fue presentada a las
13:42:10 del 02 de junio del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José,
12 de junio del 2014.—Lic. Kelly Selva Vasconcelos, Registradora.—(IN2014045648).
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor, abogado, vecino de
San José, en calidad de apoderado especial de Basf SE, de Alemania, solicita la
Patente de Invención denominada COMPUESTOS DE ISOTIAZOLINA PARA COMBATIR
PLAGAS DE INVERTEBRADOS. Compuestos de isotiazolina de la fórmula I en
donde las variables son como se definen en las reivindicaciones o en la descripción,
que son útiles para combatir o controlar plagas de invertebrados, en particular
plagas de artrópodos y nemátodos y un método para producirlos. WO 2013/092943
Al. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07D 417/04; C07D 275/03; A01N 43/26; cuyo(s)
inventor(es) es (son) Bindschädler, Pascal, Von Deyn, Wolfgang, Körber,
Karsten, Kaiser, Florian, Rack, Michael, Culbertson, Deborah, L, Neese, Paul,
Braun, Franz-Josef. Prioridad: 23/12/2011 US 61/579,676. La solicitud
correspondiente lleva el número 20140276, y fue presentada a las 14:08:40 del
12 de junio del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 13 de junio del
2014.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2014045650).
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor de edad, vecino de
San José, apoderado especial de Genentech, Inc., de E.U.A., solicita la Patente
de Invención denominada MÉTODOS PARA
TRATAR EL CÁNCER POR EL USO DE ANTAGONISTAS DE UNIÓN AL EJE PD-1E INHIBIDORES
DE MEK.
Para ver imagen solo en La
Gaceta con formato PDF
La presente invención describe un tratamiento
combinado que comprende un antagonista de unión al eje PD-1 y un inhibidor de
Mek y métodos para el uso del mismo, que incluyen métodos para tratar
afecciones donde se desea una inmunogenicidad potenciada tal como el aumento de
la inmunogenicidad turnoral para el tratamiento del cáncer. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes
es: A61P 35/00; A61K 39/395; C07K
16/28; C07K 16/30; cuyo(s) inventor(es) es (son) Maecker, Heather. Prioridad:
01/08/2011 US 61/574,406. La solicitud correspondiente lleva el número
20140034, y fue presentada a las 13:22:05 del 23 de enero del 2014. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de junio del 2014.—Lic. Fabián Andrade
Morales, Registrador.—(IN2014045652).
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula N° 1-335-794, vecino de
San José, en su condición de apoderado especial de Seminis Vegetable Seeds,
Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada LA SANDÍA CON CUALIDADES DE PROCESAMIENTO MEJORADAS
(Divisional 8835). Una planta de la sandía, o una parte de la misma, que
produce un fruto maduro que tienen una pulpa ultra
consistente. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
la Clasificación Internacional de Patentes es: A01H 5/00; A01H 5/08 A01H 1/02;
cuyo(s) inventor(es) es(son) Tolla, Greg, Juarez,
Benito, Mccuistion, Fred. Prioridad: 02/07/2004 US 60/584, 964; 22/10/2004 US
10/972,190; 31/03/2005 AU 2005201372; 09/02/2006// WO2006/014463. La solicitud
correspondiente lleva el número 20140152, y fue presentada a las 13:43:00 del 3
de abril del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso Publíquese tres días consecutivos
en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 12 de junio del 2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014045655).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, abogado, mayor,
vecino de San José, cédula N° 1-335-794, en su carácter de apoderado especial
de Basf SE, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada USO DE COMPUESTOS TIPO
ESTROBILURINA PARA COMBATIR HONGOS FITOPATOGÉNICOS RESISTENTES A INHIBIDORES DE
Qo. Uso de
compuestos tipo estrobilurina de la Fórmula I, sus N-óxidos y sales para
combatir hongos fitopatogénicos que contienen una mutación en el gen
mitocondrial citocromo b que confiere resistencia a los inhibidores de Qo, y a
métodos para combatir esos hongos. También compuestos novedosos, procesos para
preparar estos compuestos, composiciones que comprenden al menos uno de estos
compuestos, aplicaciones fitosanitarias y
semillas recubiertas con al menos uno de estos compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/08; A01N 43/54; A01N 43/56;
A01N 43/653; A01N 43/713, A01N 43/76 ; A01N 43/78; A01N 43/80; A01N 43/82; A01N
43/88; cuyo(s) inventor (es) es(son) Rheinheimer, Joachim, Terteryan, Violeta,
Redlich, Stefan, Kremzow, Doris, Rosenbaum, Claudia, Rohrer, Sebastian
Georgios, Grammenos, Wassilios, Pilger, Christian, Röhl, Franz, Gewehr, Markus,
Stammler, Gerd, Montag, Jurith, Sauter, Hubert. Prioridad: 21/12/2011 EP
11195032.5; 26/10/2012 EP 12190109.4; 27/06/2013 // WO 2013/092224. La
solicitud correspondiente lleva el número 20140247, y fue presentada a las
13:42:17 del 23 de mayo del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.— San José, 11 de
junio del 2014.—Lic. Kelly Selva Vasconcelos, Registradora.—(IN2014045657).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El
señor Luis Pal Hegedus, ced. 1-558-219, mayor de edad, vecino de San José,
apoderado especial de Meiji Seika Pharma Co., Ltd., de Japón, solicita la
Patente de Invención denominada AGENTE DE CONTROL DE PLAGAS.
Para ver imagen solo en La
Gaceta con formato PDF
La
presente invención se relaciona a derivados de amina cada uno representado por
la fórmula química (I) La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 47/40; A01N 37/18; A01N 43/40; A01N 43/54; A01N
43/78; A01N 47/04; cuyos inventores son) Kagabu Shinzo, Mitomi Masaaki, Kitsuda
Shigeki, Horikoshi Ryo, Nomura Masahiro, Onozaki Yasumichi. Prioridad:
31/08/2010 JP 2010-194584. La solicitud correspondiente lleva el número 20130089,
y fue presentada a las 14:32:00 del 27 de febrero del 2013. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso.—San José, 10 de
julio del 2014.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2014045925).
El
señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula 1-669-228, vecino de
San José, en su condición de apoderado especial de St. Jude Medical Systems AB,
de Suecia, solicita la Patente de Invención denominada DISPOSITIVO DE
REDUCCIÓN ACTIVA DE INTERFERENCIA-RUIDO y un método relacionado con el
mismo. Un dispositivo de cancelación activa de ruido (2) para un dispositivo
médico el cual incluye un circuito activo, el cual tiene una primera conexión
de entrada (8), una segunda conexión de entrada (10) y una conexión de salida
(12). La segunda conexión de entrada (10) es conectada a: al menos una señal de
referencia predeterminada. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61B
5/00; A61B 5/021; A61M 25/09; cuyo inventor es Samuelsson, Magnus. Prioridad:
5/12/2011 US 61/630,097; 5/12/2011 SE 1151152-4. La solicitud correspondiente
lleva el número 20140296, y fue presentada a las 12:40:00 del 19 de junio del
2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso.—San José, 8 de
julio del 2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014045926).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula
1-669-228, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial
de Pfizer Products Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada
COMPUESTOS DE BIARIL ÉTER UREA. El objeto de la invención es un
compuesto derivado de biaril éter urea como inhibidor de la FAAH que se puede
emplear en la elaboración de formas farmacéuticas para el tratamiento de
enfermedades relacionadas como el dolor. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07D 401/10; A61K 31/444; A61P 29/02; C07D
401/12; C07D 401/14; C07D 413/12; C07D 471/04; cuyos inventores son Fay,
Lorraine, Kathleen, Johnson, Douglas, Scott, Lazerwith, Scott, Edward, Morris,
Mark, Anthony, Wang, Lijuan, Jane, Meyers, Marvin, Jay, Kesten, Suzanne, Ross,
Stiff, Cory, Michael. Prioridad: 18/10/2006 US 60/829,966; 17/8/2007 US 60/965,210. La solicitud correspondiente
lleva el número 20140313, y fue presentada a las 8:49:00 del 27 de junio del
2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso.—San José, 1° de
julio del 2014.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2014045929).
El señor Gerardo Enrique Rojas Arroyo, abogado,
mayor, vecino de San José, cédula 1-0366-0419, en su condición de apoderado
generalísimo sin límite de suma de Manpalíder S. A., de Costa Rica, solicita la
Patente de Invención denominada EXHIBIDOR DE CARTÓN EN NIVELES. Exhibidor de
cartón en niveles, con nueve piezas de cartón dispuestas para calzar entre sí:
una pieza rectangular que se convierte en una caja que servirá como primer
nivel y una de las bases del exhibidor; una pieza rectangular de cartón que se
coloca doblada en cuatro porciones iguales, dentro de la caja recién descrita,
fungiendo como separador; dos piezas delgadas de cartón, que se cruzan en forma
de “X” que servirá de soporte para el primer nivel del exhibidor; una pieza
rectangular que se coloca de manera vertical y es la otra base y respaldo
principal del exhibidor, con una parte media frontal que sobresale y se acopla
sobre la otra base del exhibidor, encajando en forma de escalera. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A47F 3/06; A47F 5/11; A47F 7/03;
A47F 5/00; A47B 47/06; cuyo inventor es Rojas Santillán, Gerardo. Prioridad: La
solicitud correspondiente lleva el número 20140271, y fue presentada a las
11:24:01 del 11 de junio del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—San José, 30 de junio del 2014.—Lic. Kelly Selva
Vasconcelos Registradora.—(IN2014046274).
La señora María de la Cruz Villanea Villegas, cédula
1 0984 0695, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de Apoderada
Especial de Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la M, de España,
solicita la Patente de Invención denominada OBJETO QUE COMPRENDE UNA REGIÓN DE
SU SUPERFICIE ADAPTADA PARA MOSTRAR UNA PLURALIDAD DE IMÁGENES. La presente
invención está dirigida a un objeto que comprende una región de su superficie
adaptada para mostrar una pluralidad de imágenes. Cada una de estas imágenes es
observable desde una dirección distinta de tal modo que al observar una de las
imágenes las otras imágenes dejan de ser observables y no interfieren en la
visualización de la imagen observada. WO 2013/072449 A1. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A44C 21/00; B21C 51/00; B23P 15/00;
cuyo inventor es Julián Zamorano de Blas. Prioridad: 18/11/2011 EP 11382355.3.
La solicitud correspondiente lleva el número 20140233, y fue presentada a las
14:22:10 del 19 de mayo del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—(IN2014046283).
PUBLICACIÓN DE
UNA VEZ
Expediente
2012-0526
Se hace saber que la licenciada Ana Catalina Monge
Rodríguez en calidad de apoderada especial de Bayer Healthcare LLC, sociedad
organizada y existente bajo las
leyes de Estados Unidos de América, solicita a este Registro se inscriba el
traspaso por cesión de Bayer Intellectual Property GMBH compañía titular de la
solicitud de la Patente de Invención denominada “Proceso para la Preparación
de 4-{4[4({[4-Cloro-3-(Trifluorometilo)-Fenilo] Amino} Carbonilo)
Amino]-3-Fluorofenoxi}-N-Metilpiridino-2-Carboxamida, sus sales y Monohidrato”,
a favor de la empresa Bayer Healthcare LLC de conformidad con el documento de traspaso por cesión así como el poder;
aportado el 25 de junio de dos mil catorce.—San José, a las nueve horas
cincuenta y nueve minutos del treinta de junio de dos mil catorce.—Lic. Kelly
Selva Vasconcelos, Registradora.—1
vez.—(IN2014046248).
El Registro de la Propiedad Industrial, Oficina de
Patentes de Invención hace saber que por resolución de las ocho horas treinta
minutos del veinticinco de abril de dos mil catorce, fue inscrita la Patente de
Invención denominada 2-AMINO-7, 8-DIHIDRO-6H-PIRIDO[4,3-D]PIRIMIDINA-5-ONAS, a
favor de la compañía NOVARTIS AG., cuyos inventores son: Machajewski Timothy
D., Shafer Cynthia M, Mcbride Christopher,
Antonios-Mccrea William, Doughan Brandon M., Levine Barry H., Xia Yi, Mckenna
Maureen, Wang X. Michael, Mendenhall Kris, Gong Baoqing, Dolan John, Tulinsky
John, Brinner Kristin, Gao Zhenhai, Poon Daniel, Xiaodong Li, Costales Abran, Rico
Alice, Brammeier Nathan, Pick Teresa, Renhowe Paul A., todos de nacionalidad
estadounidense, Zhou Yasheen, Gu Dan, de nacionalidad china y Barsanti Paul A.,
de nacionalidad británica, se le ha otorgado el número de inscripción de
patente de invención 3043, estará vigente hasta el día veintiocho de septiembre
de dos mil veintiséis, cuya Clasificación Internacional es C07D 471/00, C07D
211/00, A61K 31/00, A61P 35/00.—San José, a las ocho horas quince minutos del
veinticinco de junio del dos mil catorce.—Lic. Randall Abarca Aguilar.—1 vez.—(IN2014046256).
El Registro de la
Propiedad Industrial, Oficina de Patentes hace saber que por resolución de las
catorce horas del siete de mayo del dos mil catorce, fue inscrita la Patente de
Invención denominada REDUCCIÓN DE CÉLULAS B UTILIZANDO
MOLÉCULAS DE UNIÓN ESPECÍFICAS CD37 Y CD20, a favor de la
compañía Emergent Product Development Seattle LLC., domiciliada en Estados
Unidos, cuyos inventores son: Brady, William; Grosmaire, Laura Sue;
Hayden-Ledbetter, Martha, Susan; Ledbetter, Jefrey A; Thompson, Peter
Armstrong; Simon, Sandy, Alexander, se le ha otorgado el número de inscripción
de patente de invención 3051, estará vigente hasta el veinticinco de julio del
dos mil veintiséis, la Clasificación internacional de Patentes Octava, Revisión
2014-01 es A61K 31/00. Exp. N° 9761.—San José, a las
diez horas cincuenta y nueve minutos del veintisiete de junio del dos mil
catorce.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—1
vez.—(IN2014046438).
Se hace saber que el licenciado Edgar Zurcher Gurdian en calidad de
apoderado especial de Evonik Degussa GMBH sociedad organizada y existente bajo
las leyes de Alemania, solicita a este Registro se inscriba el traspaso por
fusión de Evonik Goldschmidt GMBH; compañía titular de la solicitud de Patente
de Invención denominada COMPOSICIONES DE
ACEITE AGROQUÍMICAS QUE COMPRENDEN ADYUVANTES ALQUIPOLISILOXANOS EN CONDICIÓN
DE SILICONA ALTA, expediente número 2011-0218, a
favor de la empresa Evonik Degussa GMBH, de conformidad con el documento de
traspaso por fusión así como el documento de poder, aportados el trece de junio
del dos mil catorce.—San José, a las diez horas cincuenta minutos del
diecisiete de junio del dos mil catorce.—Lic. Fabián Andrade Morales,
Registrador.—1 vez.—(IN2014046440).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de
Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la
persona jurídica cédula: 3-002-051232, denominación: Asociación Gnóstica de
Estudios de Antropología y Ciencias. Por cuanto dicha
reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 8/8/1939, y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2014
asiento: 177951).—Dado en el Registro Nacional, a las
12 horas 8 minutos y 52 segundos, del 3 de julio del 2014.—Lic. Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014045927).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Círculo de
Investigación de la Antropología gnóstica, con domicilio en la provincia de:
San José- San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
cultivar y difundir las enseñanzas científicas y filosóficas de la gnosis,
dedicada a la investigación antropológica, a rescatar el legado cultural y la
sabiduría oculta en las antiguas civilizaciones. Cuyo representante, será el
presidente: Francisco Jesús Bolaños Moreira, con las facultades que establece
el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y
sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por
quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2014 asiento: 91909 con
adicional: 2014-177952.—Registro Nacional, a las 8
horas 4 minutos y 5 segundos, del 9 de julio del 2014.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014045930).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la
entidad: Asociación del Adulto Mayor Espíritu Siempre Joven de Tronadora,
Tilarán, Guanacaste, con domicilio en la provincia de: Guanacaste-Tilarán,
cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: promover el bienestar
de sus asociados mediante el desarrollo de actividades sociales y culturales,
fomentar la integración del adulto mayor en el seno de su familia y de la
comunidad, cuya representante, será la presidenta: Olga Barrientos Herrera, con
las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a
la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2014. Asiento: 147065 con
adicional(es): 2014-181470.—Dado en el Registro
Nacional, a las 13 horas 21 minutos y 39 segundos, del 4 de julio del
2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2014046018).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Testigos de Jehová, con
domicilio en la provincia de: Heredia-Belén, cuyos fines principales, entre
otros son los siguientes: El Mejoramiento de la Vida Espiritual y Social de sus
Asociados. Cuyo representante, será el presidente: Clever Alvarado Salazar, con
las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo: 2014 Asiento: 159470.—Dado en el
Registro Nacional, a las 11 horas 49 minutos y 34 segundos, del 9 de junio del
2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2014046066).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Pro Vivienda Familias
Guadalupanas en Victoria, con domicilio en la provincia de: San José -
Goicoechea, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Ayudar y
Promover a la Solución Habitacional de Familias de Escasos Recursos Económicos.
Cuyo representante, será la presidenta: Johanna Vanessa Agüero Navarro, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento: Tomo: 2014 Asiento: 162107.—Dado en el
Registro Nacional, a las 9 horas 54 minutos y 32 segundos, del 3 de julio del
2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2014046084).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Corazones de
Espíritu Manos Abiertas a Dar, con domicilio en la provincia de Alajuela, cuyos
fines principales entre otros son los siguientes: Apoyar la investigación
relacionada con el desarrollo de las mujeres y mejorar la calidad de vida
humana. Corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades
de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones
establecidas en el estatuto la presidenta: Eillen Judith Elizondo Méndez. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8
de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. (Tomo: 2013 asiento 27931).—Curridabat,
veinte de marzo del año dos mil catorce.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—(IN2014046341).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Vecinos Promejoras
Urbanización Santiago Sector Este, con domicilio en la provincia de:
Heredia-San Rafael, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Promover las mejoras en infraestructura necesarias en la comunidad. Cuyo
representante, será el presidente: Miguel Ángel Salas Calvo, con las facultades
que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2014
asiento: 112358 con adicional(es): 2014-168452.—Dado
en el Registro Nacional, a las 9 horas 11 minutos y 27 segundos, del 3 de julio
del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2014046358).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la
entidad: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de
Llano Embrocado y Llano Bonito de Cangrejal de Acosta, con domicilio en la
provincia de: San José-Acosta, cuyos fines principales, entre otros son los
siguientes: Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en
buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y
reglamentos que al respecto emite el AYA. Cuyo representante, será el
presidente: John Alberto Sánchez Mora, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2014 asiento:
182056.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas
59 minutos y 59 segundos, del 15 de julio del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014046360).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Miembros
Organizados Fomentando Acciones Solidarias, con domicilio en la provincia de:
Alajuela-San Ramón, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: La
promoción y apoyo de actividades, proyectos y gestiones a nivel distrital,
cantonal provincial y nacional en pro del desarrollo integral de grupos
debidamente organizados y legalmente establecidos; cuya representante, será la
presidenta Olga Navarro Soto, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento Tomo: 2014 Asiento: 119621 con adicional(es):
2014-134032.—Curridabat, 29 de mayo del 2014.—Lic.
Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2014046442).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Féminas de
Corredores, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Entre sus fines están:
Promover el desarrollo integral de las y los asociados y sus familias, que se
ubiquen en el proyecto de vivienda de Caracol de Asofeminas; su presidenta y
representante judicial y extrajudicial, con facultades de apoderada
generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el
estatuto, lo es Sandra Yamileth Alpízar Chinchilla. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de
agosto de 1939 Ley de Asociaciones y sus reformas, y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Tomo: 2013 asiento: 248544, Adicionales: 2013-270765, 2014-7498,
2014-50188.—Curridabat, a los veintiocho días del mes
de febrero del dos mil catorce.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014046662).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto
de la persona jurídica cédula: 3-002-383718, denominación: Asociación de
Intérpretes y Ejecutantes Musicales de Costa Rica. Por cuanto
dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo: 2014 asiento: 171116.—Curridabat, 15
de julio del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014046684).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Caridad Casa
Rusa, con domicilio en la provincia de San José-San José, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: actividades de educación y
conservación de cultura rusa. Cuya representante, será la presidenta: Anna
Torganova, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de
agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Tomo 2014 asiento: 68632 con adicional: 2014-108391.—Registro Nacional, a las 10 horas 12 minutos y 13
segundos, del 14 de mayo del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014046772).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Efecto
Mariposa, con domicilio en la provincia de: San José, Escazú, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: incedir para la construcción y
aplicación de un currículo oficial en
ambiente y desarrollo sostenible en el proceso de educación integral del país.
Cuya representante, será la presidenta: Carolina Ramírez Elizondo, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley
de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos
legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo
2014 asiento: 160373.—Registro Nacional, a las 8 horas
45 minutos y 46 segundos, del 3 de julio del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014046782).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de
Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la
persona jurídica cédula: 3-002-234034, denominación: Asociación Centro
Evangelístico León de Judá. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por
la Ley N° 218 del 8/8/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. (Tomo 2014, asiento: 161719).—Dado
en el Registro Nacional, a las 12 horas 59 minutos y 6 segundos, del 20 de
junio del 2014.—Lic. Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2014046805).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la
Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-526386, denominación
Asociación Academia de Odontólogos Especialistas en la Atención de Niños y
Adolescentes; por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218
del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento Tomo: 2014 Asiento: 170292.—Curridabat,
1° de julio del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014046932).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
La
Dirección Nacional de Notariado, hace saber: Que ante este despacho se ha
recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la
función notarial de la licenciada Yamileth Reyes Álvarez, cédula de identidad
número 2-0318-0518, carné profesional número 21091. De conformidad con lo
dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan
hechos o situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que
los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta
publicación. (Exp. 14-000635-0624-NO).—San José, 11 de
julio del 2014.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—(IN2014046378).
La
Dirección Nacional de Notariado, hace saber: Que ante este Despacho se ha
recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la
función notarial del licenciado Eugenio Hernández Cordero, cédula de identidad
número 4-0132-0682, carné profesional número 21560. De conformidad con lo
dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan
hechos o situaciones que afecten la conducta del gestionante, a efecto de que
los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta
publicación. (Exp. 14-000776-0624-NO).—San José, 24 de
junio del 2014.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos,
Abogado.—1 vez.—(IN2014046953).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. 3431A.—Baldioceda Rojas Hnos., Ltda, solicita concesión de: 200 litros por segundo del Río Colorado, efectuando la captación en finca de su propiedad
en Cañas Dulces,
Liberia, Guanacaste, para uso agroindustrial, consumo humano y
riego. Coordenadas 294.600 / 371.800
hoja Ahogados. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 04 de julio del 2014.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014045024).
Exp.
16301A.—Carlos Luis Moya Zúñiga, solicita concesión
de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación
en finca de Eduardo Moya Zúñiga en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso
consumo humano-doméstico. Coordenadas 349.900 / 489.160 hoja Dominical. Predios
inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de
junio del 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2014045098).
Exp.
15446A.—Sun Ranch Ltda., solicita concesión de: 50
litros por segundo de la Quebrada Plasuela, efectuando la captación en finca de
su propiedad en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario abrevadero
agropecuario-riego. Coordenadas 284.500 / 373.250 hoja Monteverde. 100 litros
por segundo del Río Liberia 2, efectuando la captación en finca de su propiedad
en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario abrevadero
agropecuario-riego. Coordenadas 283.774 / 372.350 hoja Monteverde. 100 litros
por segundo del Río Liberia 1, efectuando la captación en finca de su propiedad
en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario abrevadero agropecuario
riego. Coordenadas 286.460 / 373.708 hoja Monteverde. Predios inferiores: no se
indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de setiembre de
2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2014045503).
Exp.
16243A.—Inmobiliaria Famari D & R S. A., solicita
concesión de: 0,52 litros por segundo del
nacimiento sin nombre 1, efectuando la captación en finca del mismo en Tilarán,
Tilarán, Guanacaste, para uso abrevadero-lechería y consumo humano. Coordenadas
266.194 / 438.759 hoja Tilarán. 0,23 litros por segundo del nacimiento sin
nombre 2, efectuando la captación en finca del mismo en Tilarán, Tilarán,
Guanacaste, para uso abrevadero-lechería y consumo humano. Coordenadas 266.071
/ 438.774 hoja Tilarán. Predios inferiores: no se indican. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 30 de abril de 2014.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014045510).
Exp.
10102P.—Comercializadora Río Arboledas S. A., solicita concesión de: 0,60
litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo
AB-2073 en finca de su propiedad en Piedades, Santa Ana, San José, para uso
consumo humano-doméstico-piscina y riego. Coordenadas 212.810 / 513.325 hoja
Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 01 de julio de
2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2014045514).
Exp.
16289A.—Municipalidad Abangares, solicita concesión
de: 50 litros por segundo del Río Aguas Claras, efectuando la captación en
finca del mismo en Las Juntas, Abangares, Guanacaste, para uso consumo
humano-poblacional. Coordenadas 252.109 / 436.772 hoja Abangares. Predios
inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de
junio de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2014045711).
Exp.:
16303A.—García Soley Limitada, solicita concesión de:
2 litros por segundo del nacimiento naciente 1, efectuando la captación en
finca del mismo en Capellades, Alvarado, Cartago, para uso consumo humano
doméstico y riego. Coordenadas 214.707 / 561.215 hoja Istarú, 2 litros por
segundo del nacimiento naciente 2, efectuando la captación en finca del mismo
en Capellades, Alvarado, Cartago, para uso consumo humano doméstico y riego.
Coordenadas 214.707 / 561.239 hoja Istarú. Predios inferiores: No se indican.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 07 de julio del 2014.—Departamento
de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—1 vez.—(IN2014046000).
Exp.: 4697A.—Municipalidad
de Upala, solicita aumento de fuente de: 30 litros por segundo del nacimiento
Los Berros, efectuando la captación en finca del mismo en Upala, Upala,
Alajuela, para uso Consumo Humano-Poblacional. Coordenadas 309.230 / 413.830
hoja Miravalles. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de junio del
2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2014046038).
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que
este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Zonia
Jiménez González conocida como Sonia Alcaraz, ha dictado una resolución que en
lo conducente dice: Resolución Nº 1752-2014.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece
horas trece minutos del dos de junio de dos mil catorce. Exp. Nº 4494-2014.
Resultando: 1º—..., 2º—. Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto:
rectifíquese el asiento de matrimonio de Israel Alcaraz De Thomas con Zonia
Orlendia Jiménez González... en el sentido que el nombre y el apellido del
padre y el nombre y el apellido de la madre del cónyuge, así como la
nacionalidad del mismo son “Eufemio Alcaraz, no indica segundo apellido”,
“Emilia De Thomas, no indica segundo apellido” y “estadounidense”,
respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial
Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014045921).
Se
hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Mario
Hernán Valladarez Zelaya, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 715-2014.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José,
a las nueve horas cuarenta minutos del cuatro de marzo del dos mil
catorce. Exp. Nº 6399-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Maikel Steven Valladares Betancurt...,
en el sentido que el primer nombre y el primer apellido del padre...,
consecuentemente el primer apellido del mismo son “Mario” y “Valladarez”
respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial
Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014045942).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas
por Karla Patricia Espinoza Areas este Registro ha dictado una resolución que
en lo conducente dice: Resolución Nº 2376-07.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José a las diez
horas cinco minutos del trece de agosto del dos mil siete. Exp. N° 24163-06.
Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—...; Considerando: I.—Hechos
probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo... Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Diana Fernanda González Espinoza... en el sentido que el segundo
apellido de la madre... es “Areas”.—Lic. Marisol
Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María
González Richmond, Jefa.—1 vez.—(IN2014045976).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marilyn
Brenes Chaves, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
Nº 1224-2012.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas tres minutos del
treinta de marzo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 51439-2011. Resultando
1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:...,
II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el
asiento de nacimiento de Marilyn Brenes Chaves...; en el sentido que el nombre
de la madre... es “Marlene”.—Lic. Luis Antonio Bolaños
Bolaños, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014045979).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marlene
Chaves Rojas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
Nº 1901-2014.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas dieciocho minutos
del doce de junio del dos mil catorce. Exp. Nº 926-2010. Resultando 1º—...,
2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.
Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de
Melissa Brenes Chaves y Luis Esteban Brenes Chaves..., en el sentido que el
nombre de la madre..., es “Marlene” y no como se consignó, asimismo se deniega
en cuanto a la otra petitoria.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2014045981).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas
por Bertha Raquel Somoza, no indica segundo apellido, este Registro ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1465-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las ocho horas cinco minutos del diecinueve de mayo del
dos mil catorce. Exp. Nº 53681-2013. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—...;
Considerando: I.—Hechos probados..., II.—Sobre el
fondo... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de José Luis
Somoza Martínez... el de Yency Tatiana Brenes Zamora... el de Olman Andrés
Somoza Martínez... en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son
“Bertha Raquel Somoza, no indica segundo apellido”, el de Jordy Josué Somoza
Martínez... y el de César Manuel Somoza Martínez... en el sentido que el primer
nombre y el apellido de la madre... son “Bertha” y “Somoza, no indica segundo
apellido” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2014045997).
Se
hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Noelia
López Jiménez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
Nº 151-2014.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas cuarenta y seis
minutos del catorce de enero del dos mil catorce. Exp. Nº 49920-2013.
Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos
probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Matías Antonio Osorio López...
en el sentido que el segundo apellido del padre... es “Mairena”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2014046046).
Se
hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Neima
del Socorro Obando, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 1485-2014.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas veintitrés
minutos del diecinueve de mayo del dos mil catorce. Exp. Nº 7068-2014.
Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquense los asientos de nacimiento de Neyma Melissa y Carlos Andrés,
ambos de apellidos Obando Suárez, en el sentido que el nombre y el apellido de
la madre son “Neima del Socorro Obando, no indica segundo apellido y
consecuentemente los apellidos de los mismos son “Obando Obando”.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046054).
Se hace saber que este Registro en diligencias de
ocurso incoadas por Rosa Elena Martínez Centeno, ha dictado una resolución que
en lo conducente dice: Resolución Nº 1965-2014.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez
horas del diecinueve de junio del dos mil catorce. Exp. 14761-2014. Resultando
1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos
probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Diana Michelle Marín Rosas..., en el sentido que los apellidos...
son “Martínez Centeno, hija de Rosa Elena Martínez Centeno, nicaragüense”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046094).
Se
hace saber, que en diligencias de ocurso incoadas por Nicolaza de Jesús
Martínez Álvarez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 0006-10.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas diez minutos
del cuatro de enero del dos mil diez. Exp. Nº 33485-09. Resultando: 1º—...,
2º—..., 3º—… Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto:
rectifíquese el asiento de nacimiento de Lester Josué Rocha Martínez..., en el
sentido que el nombre de la madre... es “Nicolaza de Jesús”.—Lic.
Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos
Luis Brenes Molina, Jefe a. í. Sección Actos Jurídicos.—1
vez.—(IN2014046247).
Se
hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Tereza
Méndez Flores, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
Nº 946-2014.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta y siete
minutos del veinticuatro de marzo de dos mil catorce. Exp. N° 46127-2013.
Resultando: 1º—..., 2º—. Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto:
rectifíquense los asientos de nacimiento de Iván Alonso y Ahslen Celeste, ambos
de apellidos Valle Méndez... en el sentido que el nombre de la madre... es
“Tereza”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor
Civil.—Lic. Carlos Luis Benes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046249).
Se
hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Francisco
Alonso Fajardo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
Nº 1697-2014.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas veinte minutos
del treinta de mayo del dos mil catorce. Exp. Nº 14196-2014. Resultando:
1º—..., 2º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Dustin Alonzo Fajardo Reyes..., en el sentido que el segundo
nombre del menor y el segundo nombre del padre del mismo es “Alonso”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos
Jurídicos.—1 vez.—(IN2014046251).
Se
hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Ana Julia
Fernández García, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 1903-2014.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas treinta y cuatro
minutos del trece de junio de dos mil catorce. Exp. Nº 19805-2014. Resultando:
1º—..., 2º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de
matrimonio de Antonio Porfirio del Carmen Hernández Quesada con Amada del
Espíritu Santo García Coto... en el sentido que el primer apellido del padre
del cónyuge y consecuentemente el primer apellido del mismo es “Fernández”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2014046263).
Se
hace saber que este Registro, en diligencias
de ocurso incoadas por Ana Rosa Téllez no indica segundo apellido, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 532-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las ocho horas del catorce de mayo del dos mil catorce.
Exp. Nº 54348-2013. Resultando: 1º—..., 2º—…, 3º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el
fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de: Hellen
Jeannette, Eylin Guiselle y José Bismark, todos de apellidos Álvarez Chavarría,
en el sentido que el apellido de la madre..,
consecuentemente el segundo apellido de los mismos son “Téllez no indica
segundo apellido y Téllez respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas,
Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2014046270).
Se
hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Ivania
Espino Reinosa, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
Nº 3044-2013.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas cuarenta minutos
del veintidós de agosto del dos mil trece. Ocurso. Exp. N° 24738-2013.
Resultando: 1º—..., 2º—…, 3º—. Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el
fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Ashley Michelle
Jiménez Espino...; en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la
madre... son “Ivania” y “Reinosa” respectivamente.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2014046296).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jessenia del
Rosario Vivas no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo
conducente dice: Resolución N° 1166-2014.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince
horas doce minutos del veintitrés de abril del dos mil catorce. Exp. N°
52254-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo..., Por tanto:
Rectifiqúense los asientos de nacimiento de Jonathan Uriel Vivas Moreno y Dilan
Alejandro Vivas Moreno..., en el sentido que el nombre y el apellido de la
madre..., son “Jessenia del Rosario Vivas no indica segundo apellido”,
consecuentemente el segundo apellido de los mismos..., es “Vivas”.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046311).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Mayra Liset Bravo Reyes,
este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
N° 1106-2014.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cuarenta y cinco
minutos del nueve de abril del dos mil catorce. Exp. N° 37615-2013. Resultando:
1º—...; 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados... II.—Sobre el fondo...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Darci Fiorella Ruiz Bravo... en el sentido que el nombre de la
madre... es “Mayra Liset”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2014046404).
Se
hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por
Margarito Oscar Danilo Sevilla Saens, ha dictado una resolución que en lo
conducente dice: Resolución Nº 3575-2013. Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas treinta minutos del
veintiuno de octubre de dos mil trece. Exp. Nº 14310-2013. Resultando 1º—...
2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el Fondo:... Por Tanto: Rectifíquense: el asiento de
matrimonio de Margarito Oscar Danilo Sevilla Sáenz con Bianey de los Ángeles
Ñamendi Ampié... en el sentido que el segundo apellido del cónyuge y el nombre
de la madre del mismo son: “Saens” y “Guadalupe”, respectivamente; y el asiento
de nacimiento de Joyce Daneyci Sevilla Ñamendi... en el sentido que el nombre y
el segundo apellido del padre... son “Margarito Oscar Danilo” y “Sáens”,
respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial
Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046640).
Se
hace saber que este Registro en diligencias
de ocurso incoadas por Keylin Obando Campos, ha dictado una resolución que en
lo conducente dice: Resolución Nº 1608-2014. Registro Civil, Departamento
Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las diez horas treinta minutos del
veintisiete de mayo de dos mil catorce. Ocurso. Exp N° 11692-2014. Resultando
1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:...,
Por Tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Keylin de los Ángeles
Obando Campos, en el sentido que el primer apellido de la madre de la persona
ahí inscrita en consecuencia el segundo apellido de la misma es “Jiménez”.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2014046648).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Lastenia Francisca
Bustamante Sandoval, este Registro ha dictado una resolución que en lo
conducente dice: Resolución Nº 1580-2014. Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas veinte minutos del
veintiséis de mayo del dos mil catorce. Exp. Nº 10309-2014. Resultando: 1º—...,
2º—...; Considerando: I.—Hechos Probados... II.—Sobre el Fondo...; Por Tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de David Josué González Bustamante..., en el sentido que el nombre
de la madre... es “Lastenia Francisca”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial
Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046689).
Se hace saber que este Registro, en diligencias de
ocurso incoadas por Marjorieth Vicenta Dávila Rojas, ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución Nº 644-2014.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece
horas cinco minutos del quince de mayo de dos mil catorce. Exp. Nº 27397-2013.
Resultando: 1º—..., 2º—. Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto:
rectifíquese el asiento de matrimonio de Alexánder Mora Solís con Marjorieth
Vicenta Dávila Suncín..., en el sentido que el nombre del padre y el nombre y
los apellidos de la madre de la cónyuge son “Lucas Vicente”, “Nicolasa del
Carmen” y “Rojas Suncín” respectivamente, consecuentemente el segundo apellido
de la cónyuge es “Rojas.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046759).
Se
hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por María Lourdes Guevara Pérez, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3952-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las catorce horas y quince minutos del cinco de
noviembre del dos mil doce. Exp. Nº 19528-2012. Resultando: 1º—..., 2º—.
Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de María del Carmen Díaz Guevara...; en el sentido que el segundo
apellido de la madre... es “Pérez” y no como se consignó.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014046792).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por, Sonia Lucía Picado Lira,
debidamente ratificadas por Hazel Dignora Guzmán Lira, este Registro ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1457-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las ocho horas cuarenta minutos del dieciséis de mayo
del dos mil catorce. Exp. Nº 8092-2013. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—...;
Considerando: I.—Hechos probados..., II.—Sobre el
fondo...; Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de, Hazel Dignora
Guzmán Lira...., y el de Yorleny Lucía Rivas Guzmán... en el sentido que el
nombre y los apellidos de la madre... son “Sonia Lucía Picado Lira”.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2014046951).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Luisa Amanda Morales Cortez, mayor, soltera, ama de
casa, nicaragüense, cédula de residencia N° 155800823926, vecina de Guanacaste,
ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
16-2013.—San José, dieciséis de julio del dos mil catorce.—Germán
Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2014045996).
Jaime Eliéser Aguilar García, mayor, soltero,
cajero, nicaragüense, cédula de residencia N° 155806777125, vecino de Alajuela,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten
por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes
a la publicación de este aviso. Exp. 1847-2012.—San
José, diecisiete de julio del dos mil catorce.—Germán Alberto Rojas Flores,
Jefe a.i.—1 vez.—(IN2014046941).
GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y
TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
PROYECTOS ESPECIALES
PLAN ANUAL DE COMPRAS
I Modificación
La
Dirección de Administración de Proyectos Especiales de la Caja Costarricense de
Seguro Social, en cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 6° de la Ley
de Contratación Administrativa y 7° de su Reglamento, hace del conocimiento, la
primera modificación al programa de adquisiciones proyectado para el período
comprendido de enero a diciembre del 2014. Se comunica que esta modificación se
puede revisar con mayor nivel de detalle en la página web: www.ccss.sa.cr.
San
José, 23 de julio del 2014.—Subárea de Gestión
Administrativa y Logística.—Licda. Ana Lorena Cruz Herrera, Jefa.—(IN2014047878).
PROVEEDURíA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000007-13402
Actualización de las plataformas de
valores
de
terrenos por zonas homogéneas (PVTZH)
La
Proveeduría Institucional del Ministerio de Hacienda recibirá ofertas
electrónicas, a través del sistema Compr@Red, hasta las 10:00 horas del día 22
de agosto del 2014, para la contratación citada de la Dirección General de
Tributación.
El cartel se
encuentra a disposición gratuitamente en el sistema CompraRed, en la dirección
www.hacienda.go.cr/comprared de Internet.
San
José, 22 de julio del 2014.—M.Sc. Marco A. Fernández
Umaña, Proveedor Institucional.—1 vez.—O.C. N° 3400020956.—Solicitud N°
17110.—(IN2014047862).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000064-01
Compra de cajeros de diferentes tipos con entregas
por
demanda para un periodo de hasta cuatro años
La Proveeduría
General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las diez
horas (10:00 a.m.) del 25 de agosto del 2014, para la “Compra de cajeros de
diferentes tipos con entregas por demanda para un periodo de hasta cuatro
años”.
El cartel puede
ser retirado sin costo adicional en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio
de la Dirección de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica en La
Uruca a partir de este momento.
La Uruca, 28 de
julio del 2014.—Proveeduría.—Ing. Douglas Noguera
Porras, Supervisor Operativo.—1 vez.—O. C. N° 516325.—Solicitud N° 17097.—(IN2014047790).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000098-5101
Irinotecan Hidrocloruro 20 mg/ml (como Sal Trihidratada).
Solución inyectable. Frasco ampolla 5 ml. código:
1-10-41-4845
Se informa a los
interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada
2014LA-000098-5101, para su venta en la fotocopiadora del Edificio Jenaro
Valverde, sita en el piso comercial Oficinas Centrales de la CCS.. Para la adquisición de:
Item único: 2175
FA Irinotecan Hidrocloruro 20 mg/ml (como Sal Trihidratada). Solución
inyectable. Frasco ampolla 5 ml. Código: 1-10-41-4845
Apertura de
ofertas: 10:00 horas del día 26 de agosto del 2014.
San José, 23 de julio del 2014.—Línea de
Producción de Medicamentos.—Lic. Joanna Quirós Alvarado, Asistente.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº
1975.—C-14390.—(IN2014047657).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000078-05101
Objeto contractual: Mascarilla
laríngea con vía esofágica para
aspiración
de cámara gástrica para peso de paciente entre
50 a 70 kg
El Área de
Adquisiciones de Bienes y Servicios de la Caja Costarricense de Seguro Social
invita a los interesados a participar en la Licitación Abreviada N°
2014LA-000078-05101 para la contratación de: Mascarilla laríngea con vía
esofágica para aspiración de cámara gástrica para peso de paciente entre 50 a
70 kg (Código CCSS 2-03-01-2208). El cartel se encuentra disponible a través de
la Plataforma de Compras Electrónicas Compr@Red, en la siguiente dirección:
https://www.hacienda.go.cr/comprared.
El cierre del
plazo para la recepción de ofertas es el 26 de agosto del 2014, a las 10:00
horas.
Lic. Andrea
Vargas Vargas, Visto Bueno.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud
Nº 1514.—C-15830.—(IN2014047658).
HOSPITAL DR. TONY FACIO CASTRO
CONTRATACIÓN DIRECTA
2014CD-000074-2601
Objeto del concurso: Adquisición de
sellador
automático
para tubos de bolsas de sangre
Fecha
apertura de ofertas: 4/agosto/2014 a las 10:00 a.m.
Los interesados
pueden adquirir el cartel en la Subárea de Contratación Administrativa del
hospital, ubicada frente a la puerta principal del Servicio de Rayos X, de 7:30
a.m. a 2:30 p.m., valor del cartel en ventanilla ¢200,00 o bien los interesados
pueden solicitarlo mediante oficio al fax 2758-0932, posterior a su cancelación
mediante depósito a la cuenta del Banco Nacional de Costa Rica Nº
100-01-000-003599-8, valor del cartel por fax ¢1.000,00.
Limón
22 de julio de 2014.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Kris Guillén Rojas, Coordinadora a. í.—1
vez.—(IN2014047821).
CONTRATACIÓN
DIRECTA 2014CD-000073-2601
Objeto del
concurso: Adquisición de carro de medicamentos.
Fecha apertura de ofertas: 4/agosto/2014 a las 11:00
a.m.
Los interesados pueden adquirir el cartel en la Subárea de
Contratación Administrativa del hospital, ubicada frente a la puerta principal
del Servicio de Rayos X, de 7:30 a.m. a 2:30 p.m., valor del cartel en
ventanilla ¢200,00 o bien los interesados pueden solicitarlo mediante oficio al
fax 2758-0932, posterior a su cancelación mediante deposito a la cuenta del
Banco Nacional de Costa Rica Nº 100-01-000-003599-8, valor del cartel por fax
¢1.000,00
Limón 22 de julio de 2014.—Subárea
de Contratación Administrativa.—Lic. Kris Guillén Rojas, Coordinadora a. í.—1 vez.—(IN2014047822).
HOSPITAL MONSEÑOR
SANABRIA
AREA GESTIÓN DE
BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
ABREVIADA 2014LA-000003-2501
Se invita a los proveedores interesados a participar
en el siguiente concurso:
Apósitos y Canister
Modalidad de entrega: según demanda.
Fecha y hora máxima para recibir ofertas: 20 de
agosto 2014 a las 10:00 a. m.
Rigen para este procedimiento, las especificaciones técnicas y
administrativas, las condiciones generales publicadas en La Gaceta
número 73 del 16 de abril 2009 con sus modificaciones publicadas en La
Gaceta 160 del 18 de agosto 2009, número 86 del 05 de mayo 2010 y número 53
del 17 de marzo 2014.
El cartel se encuentra disponible en la Subárea de Contratación
Administrativa, de lunes a viernes, en un horario de 7 a.m. a 3 p.m.
Puntarenas, 23 de julio del 2014.—Subárea
de Contratación Administrativa.—Francisco
A. Jaén Vargas.—1 vez.—(IN2014047832).
San José-Costa Rica
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL
Nº 2014LI-000004-PRI
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula
jurídica Nº 4-000-042138, comunica que hasta las 09:00 horas del día 01 de
octubre del 2014, recibirá ofertas para: “Construcción del Sistema de Redes
Secundarias del Sector Norte, Cuencas Rivera y Torres, Proyecto de Mejoramiento
Ambiental del Área Metropolitana de San José”.
Los documentos de licitación tienen un costo de $100,00 (cien dólares
con cero céntimos de los Estados Unidos de América) e incluyen la entrega de la
documentación en formato digital en un CD; los cuales podrán ser retirados en
la Proveeduría Institucional, sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del
AyA en Pavas, por los interesados:
Esta contratación será financiada con fondos provenientes del Contrato
de Préstamo Nº CR-P4 suscrito entre el Gobierno de la República de Costa Rica y
el Banco Japonés para la Cooperación Internacional (JBIC).
El AyA ha programado una reunión con las firmas interesadas, la cual tendrá
lugar a las 9:00 horas (del despacho) del día 10 de agosto del 2014, en el
Auditorio del AyA, ubicado en las oficinas centrales del AyA, Pavas. La
asistencia a la reunión aclaratoria no es obligatoria.
Dirección Proveeduría.—Lic. Iris Patricia
Fernández Barrantes.—1 vez.—O. C. N°
5100002278.—Solicitud N° 17102.—(IN2014047798).
COMPRA DIRECTA Nº
2014CD-000212-01
Contratación de servicio para la
elaboración del diseño
curricular para la enseñanza del Francés
El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de
Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 8:00 horas del 31
de julio del 2014. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el
cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca; 2.5 kilómetros
al oeste, del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Proceso de
Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 23220.—Solicitud N° 17114.—(IN2014047806).
COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS
PARA EDUCACIÓN
Invitación a participar en contrataciones
CONAPE invita a
participar en las Licitaciones Abreviadas 2014LA-000008-01: Sustitución del
Sistema Eléctrico del Edificio Central con apertura a las 10:00 a.m. del 22 de
agosto de 2014 y 2014LA-000009-01: Diseño, elaboración e implementación de la
Red local de CONAPE; incluye cableado y equipo activo, con apertura a las 11:00
a.m. del 22 de agosto de 2014. Los interesados pueden solicitar los carteles al
correo contratacionadministrativa@conape.go.cr, o los pueden acceder
directamente desde el sitio web www.conape.go.cr. Consultas telefónicas al
2527-8648.
Lic. Roger
Granados U. Jefe de la Sección Administrativa.—1
vez.—O.C. N° 25559.—Solicitud N° 17066.—(IN2014047782).
CORPORACIÓN GANADERA
LICITACIÓN PÚBLICA N°2014LN-000098-CG
Compra de vehículos 4x4 para
promotores regionales
La
Administración de la Corporación Ganadera (CORFOGA) invita a participar a
potenciales oferentes en la Licitación Pública N° 2014LN-000098-CG “Compra de
vehículos 4x4 para promotores regionales”.
Los interesados
podrán adquirir el cartel de licitación en nuestra página web www.corfoga.org o
bien, pueden solicitarlo en nuestras instalaciones ubicadas en Curridabat, de
la heladería La Pops, 100 metros sur y 75 metros oeste, con horario de lunes a
viernes de las 8:00 a.m. a las 5:00 p.m., jornada continua.
Cualquier
consulta comunicarse con Jennifer Navarro Solano, jennifer@corfoga.org,
teléfono 2225-1011.
Miguel
Loaiza Masís, Coordinador de Procesos de Apoyo.—1
vez.—(IN2014047874).
MUNICIPALIDAD DE TURRUBARES
PROVEEDURÍA MUNICIPAL
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000002-PMT
La
Municipalidad de Turrubares se complace en invitarles para que participen en la
Licitación Abreviada 2014LA-000002-PMT que llevaremos a cabo para la
adquisición de materiales para la conclusión de la losa de concreto de
pavimento rígido (superficie de ruedo losas de hormigón de concreto hidráulico)
camino 1-16-086 en San Pablo de Turrubares.
Compra de
cemento para construcción de pavimento rígido, de bajo volumen de tránsito de
la iglesia católica-La Florecilla hasta la Quebrada La Ceiba en San Pedro de
Turrubares. Camino 1-16-005.
Compra de
cemento para la construcción de pavimento hidráulico (losa de concreto) bajo
volumen, sector cuadrante iglesia San Francisco.
La Proveeduría
de la Municipalidad de Turrubares, sita costado norte de la plaza de Deportes,
recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del 5 de agosto del 2014.
La oficina
encargada de tramitar el procedimiento de contratación del objeto arriba citado
es La Proveeduría Municipal que proporcionará la información adicional
necesaria respecto a las especificaciones, documentación y trámites
relacionados. El costo del cartel de licitación es de tres mil colones y se
retira en la oficina de la Proveeduría Municipal.
San
Pablo de Turrubares, 22 de julio del 2014.—Lic. Jesús
López López, Proveedor Municipal.—1
vez.—(IN2014047863).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000003-13801
Contratación de servicio de seguridad
y vigilancia para las instalaciones de la Dirección de Tecnologías de
Información
y
Comunicación y las Instalaciones de la Dirección
General de Administración de Bienes
y
Contratación Administrativa
La
Proveeduría Institucional del Ministerio de Hacienda avisa a todos los
interesados en esta licitación que por Resolución de Adjudicación N°
DAF-RA-013-2014 de las 13:48 horas del día 22 de julio de 2014, se adjudicó de
la siguiente manera:
Oferta
N° 5.—CSE Seguridad, S. A., cédula jurídica:
N° 3-101-123858
Línea
1:
Monto
mensual adjudicado: ¢8.487.314,00, (ocho millones cuatrocientos ochenta y siete
mil trescientos catorce colones con 00/100)
Monto
anual adjudicado: ¢101.847.768,00, (ciento un millones ochocientos cuarenta y
siete mil setecientos sesenta y ocho colones con 00/100)
Línea
2:
Monto
mensual adjudicado: ¢2.117.000,00, (dos millones ciento diecisiete mil colones
con 00/100)
Monto
anual adjudicado: ¢25.404.000,00, (veinticinco millones cuatrocientos cuatro
mil colones con 00/100)
Monto
anual total adjudicado: ¢127.251.768,00, (Ciento veintisiete millones
doscientos cincuenta y un mil setecientos sesenta y ocho colones con 00/100).
Se
aclara a todos los participantes en este concurso que el presente comunicado es
solo el resumen de la Resolución de Adjudicación, misma que se encuentra
completa en el sistema CompraRed, en el expediente administrativo de la citada
licitación, en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, un día
hábil después de publicado este aviso.
San
José, 22 de julio de 2014.—M.Sc. Marco A. Fernández
Umaña, Proveedor Institucional.—1 vez.—O.C. N° 3400021953.—Solicitud N°
17086.—(IN2014047789).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000002-78300
Contrato de
entrega según demanda–suministro de útiles y materiales
de limpieza para el Sistema Penitenciario Nacional,
denominado
en el Sistema de Compras Gubernamentales compr@RED
“Compra útiles
y materiales de limpieza
para Administración Penitenciaria”
La
Proveeduría Institucional informa que de acuerdo a Resolución de Adjudicación
Nº 126-2014 de las doce horas con veintiún minutos del veintiséis de junio del
dos mil catorce, se adjudica la licitación arriba indicada de la siguiente
manera: Prolim PRLM Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-242129,
línea 03, por un monto unitario de treinta y dos mil ochocientos colones
exactos; y línea 10 por un monto unitario de seiscientos noventa colones
exactos. Corporación CEK de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-024083, línea 06, por un monto unitario de siete mil
ochocientos colones exactos. Comercializadora A T del Sur Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-237629, línea 04, por un monto unitario de nueve mil
doscientos noventa y cinco colones exactos y línea 5, por un monto unitario de
ocho mil cuatrocientos noventa y cinco colones exactos. Además se declaran
desiertas las líneas 01, 02, 07, 08, 09 y 11, de la Licitación Pública
2014LN-000002-78300 por cuanto se adquirirán por medio del Convenio Marco para
la adquisición de materiales de limpieza con criterios sustentables, Licitación
Pública 2011LN-000002-CMBYC, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115
del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Se les comunica
a los interesados que la Resolución Nº 126-2014 se encontrará en COMPRARED a partir de la
fecha de publicación en La Gaceta.
San
José, 23 de julio del 2014.—Angie Ordóñez Bogarín,
Proveedora Institucional a. í.—1 vez.—O. C. N° 17112.—Solicitud N°
17112.—C-31340.—(IN2014047831).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
Se comunica a
todos los interesados en el procedimiento de contratación indicado, que por
acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 66-14 de 22 de
julio de 2014, artículos IX y X respectivamente, se dispuso adjudicar de la
forma siguiente:
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000001-PROV
Contratación del acondicionamiento eléctrico del
edificio
de
la plaza de la Justicia (O.I.J.)
A: Proseltec Dos Mil Dos S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-477031, por un monto total de ¢523.193.004,00
—————
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000002-PROV
Contratación de servicio de vigilancia, protección y
seguridad
para
los edificios del Primer Circuito Judicial de Alajuela
A: CSE Seguridad S. A., 3-101-123858, por
un monto mensual de ¢8.801.500,00, para un gran total anual de ¢105.618.000,00.
Demás términos y
condiciones conforme al pliego de condiciones.
San José, 22 de
julio de 2014.—Proceso de Adquisiciones.—Mba. Yurli
Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—(IN2014047807).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000008-01
Compra de hasta trescientos (300) televisores con
entregas
por
demanda para un periodo de cuatro (4) años
Se comunica a los
interesados de esta Licitación Abreviada 2014LA-000008-01, que el Comité de
Licitaciones en el artículo 02 de la sesión ordinaria Nº 0715-2014, celebrada
el 21 de julio del 2014 acordó:
Adjudicar la
Licitación Abreviada N° 2014LA-000008-01 promovida para la “Compra de hasta
trescientos (300) televisores con entregas por demanda para un periodo de
cuatro (4) años”, de acuerdo al siguiente detalle:
Recomendación de
adjudicación:
Nombre del oferente: GMG
Comercial Costa Rica S. A.
Representante Luis
Fernando Corrales Muñoz
Precio cotizado por el bien/servicio Televisor LED 42” LG
42LN5700
Precio unitario: ¢389.281,61
Plazo de entrega Treinta
días hábiles
Todo conforme lo
estipulado en el cartel y las ofertas económicas y el informe técnico
DPPR-353-2014 y oficio DPPR-405-2014 que consta en el expediente administrativo
y que forma parte integral de la presente contratación.
La Uruca, 29 de
julio de 2014.—Proveeduría General.—Douglas Noguera
Porras.—1 vez.—O. C. N° 516325.—Solicitud N° 17106.—(IN2014047803).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2013LA-000006-JUDESUR
(Declaración de infructuoso)
Adquisición de planta eléctrica para
el Depósito
Libre Comercial de Golfito
En
sesión ordinaria de Junta Directiva Nº 724-2014, celebrada el 27 de junio 2014,
se tomó el siguiente acuerdo:
Acoger la
recomendación de declarar infructuoso el proceso de Licitación Abreviada Nº 2013LA-000006-JUDESUR “Adquisición
de planta eléctrica para el Depósito Libre Comercial de Golfito”, ya que aunque
las ofertas recibidas son legibles, según el criterio técnico emitido, debido a
los cambios que se van a dar en el sistema eléctrico, la planta solicitada en
el cartel no va a tener ninguna funcionalidad, lo que generaría un gasto
innecesario, afectando el interés público. Acuerdo en firme por unanimidad.
ACU-16-724-2014.
Lic.
Fresia Loáiciga Sánchez, MBA, Proveedora.—1
vez.—(IN2014047871).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000012-02
Acondicionamiento del Edificio de la Estación
de
Bomberos en Refinería
Se informa que el
concurso en referencia, fue adjudicado según oficio GRE-0251-2014 de la
Gerencia de Refinación de la empresa, con fecha del día 18 de julio del 2014,
de acuerdo con el siguiente detalle:
Oferta N°: |
Uno (1) |
Oferente: |
Consorcio Bomberos Prisa-Jiménez (Compuesto por
Representaciones Prisa Internacional S.A. - Jiménez y Chacón Constructores
S.A.) |
Representante: |
Luis
Manuel Salcedo Pérez |
Monto total: |
¢183.992.644,00 |
Descripción: |
Acondicionamiento y mejora del edificio del
Departamento de Salud, Ambiente y Seguridad de la Refinería. Demás
especificaciones conforme el cartel y la oferta respectiva. |
Forma de pago |
Mensual de acuerdo con el avance de la obra de
conformidad para RECOPE, mediante transferencia bancaria. RECOPE retendrá un diez por ciento (10%)
del monto total de la facturación de avance mensual cuando el contratista
incurra en un atraso cuyo impacto sea superior al diez por ciento (10%) del plazo total de entrega de la obra. |
Tiempo de entrega |
-Requisitos previos: cuarenta y cinco (45) días
naturales. -Ejecución de
la obra: ciento veinte (120) días
naturales. -Condiciones
climáticas adversas: Cuarenta (40)
días naturales. |
Lugar de ejecución: |
Refinería, Limón. |
Notas importantes:
1. El adjudicatario dispondrá de diez (10) días
hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la
correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del diez por ciento
(10%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de tres (3) meses
adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del
contrato, contemplando las demás disposiciones que establece la cláusula 6.2
Tomo I del cartel.
2. La ejecución contractual del presente concurso
estará supeditada a la emisión del respectivo pedido, el cual una vez
confeccionado será aprobado internamente por la Dirección Jurídica de RECOPE; a
efecto de la legalización, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley
en razón del 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el
contratista.
3. RECOPE otorgará un anticipo de hasta un 15%
del monto total adjudicado para cubrir únicamente parte de los costos directos,
según se establece en la cláusula cartelaria 5.6.1., mismo que deberá estar
respaldado por una garantía colateral según los términos del cartel.
4. Ambas empresas Consorciadas, dentro del
período de formalización del contrato deberán aportar la certificación notarial
actualizada de su personería jurídica. Asimismo deberán aportar certificación
notarial actualizada en la cual se certifique el monto del capital social, así
como la naturaleza, propiedad y distribución de las acciones que lo conforman,
con vista en el libro de Registro de Accionistas de la Sociedad, el cual deberá
estar debidamente inscrito ante la Dirección General de Tributación Directa
Se recuerda a los
proveedores y demás interesados que a través del sitio web www.recope.com se
encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía
promovidas por Recope.
Dirección de
suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1
vez.—O.C. N° 2014000175.—Solicitud N° 17095.—(IN2014047787).
MUNICIPALIDAD DE EL
GUARCO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2014LA-000004-PROV
Servicios de asfaltado en el cantón
La
Proveeduría Municipal comunica que por acuerdo unánime y definitivamente
aprobado del Concejo Municipal de este cantón, contenido en el acta Nº
322-2014, celebrada el 22 de julio de 2014, este proceso se ha adjudicado de la
siguiente manera:
A
Constructora Presbere S. A., cédula jurídica 3-101-336780, los proyectos
Nº 1 “Asfaltado en Santa Gertrudis” y Nº 3 “Asfaltado en Caragral” por un monto
total de ¢28.614,500,00;
A
Asfaltos CBZ S. A., cédula jurídica 3-101-000000, los proyectos Nº 2
“Asfaltado en Patio de Agua” y Nº 5 “Asfaltado Calle Los Fonseca, Higuito” por
un monto total de ¢9.284.020,00 y
A
Asfaltos Orosi Siglo XXI S. A., cédula jurídica 3-101-00000 el proyecto
Nº 4 “Asfaltado en Tobosi”, por un monto total de ¢ 21.239.235,00.
El
expediente se encuentra a disposición de los interesados en la Proveeduría
Municipal.
Lic.
José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.—1
vez.—(IN2014047743).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2014LA-000005-PROV
Adquisición de un vehículo todo
terreno, de alta potencia,
tipo
pick-up, doble cabina, doble tracción
y
totalmente nuevo
La
Proveeduría Municipal comunica que por acuerdo unánime y definitivamente
aprobado del Concejo Municipal de este cantón, contenido en el acta Nº
322-2014, celebrada el 22 de julio de 2014, este proceso se ha adjudicado a Purdy
Motor S.A. cédula jurídica 3-101-005744 por un monto total de US$28.950.
El
expediente se encuentra a disposición de los interesados en la Proveeduría
Municipal.
Lic.
José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.—1
vez.—(IN2014047744).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO
DE BIENES Y SERVICIOS
Comunican que:
Que en atención a los oficios
AMTC-1876-07-2014 del Área de Medicamentos y Terapéutica Clínica, se modificó
las fichas técnicas de los medicamentos abajo descritos:
Código |
Descripción
medicamento |
Observaciones |
1-10-43-3505 |
Dextrosa 5% Solución inyectable |
Versión 74801 AMTC -1535-06-2014 Rige a partir de su publicación en el diario
oficial La Gaceta |
1-10-43-3590 |
Dextrosa 2%, Cloruro de Sodio 0,35%,
Cloruro de Potasio 0,15% y Acetato de sodio 0,4082%. Solución
inyectable |
Versión 55602 AMTC-1535-06-2014 Rige a partir de su publicación en el diario
oficial La Gaceta |
1-10-43-4555
|
Cloruro de Sodio 0,9% Solución
isotónica inyectable. Bolsa libre de PVC o envase de vidrio con 500 ml |
Versión 73401 AMTC-1535-06-2014 Rige a partir de su publicación en el diario
oficial La Gaceta |
1-10-43-4575 |
Cloruro de Sodio 0,9%. Solución isotónica inyectable. Bolsa libre
de PVC o envase de vidrio con 250 ml |
Versión 74701 AMTC-1535-06-2014 Rige a partir de su publicación en el diario
oficial La Gaceta |
1-10-43-4600 |
Solución para diálisis peritoneal con
Dextrosa al 1,5%. |
Versión 51903 AMTC-1535-06-2014 Rige a partir de su publicación en el diario
oficial La Gaceta |
1-10-43-4610 |
Solución para diálisis peritoneal con
Dextrosa al 4,25% |
Versión 59504 AMTC-1535-06-2014 Rige a partir de su publicación en el diario
oficial La Gaceta |
Estas
Fichas Técnicas se encuentran disponibles en la Subárea de Investigación y
Evaluación de Insumos, ubicada en el piso 12 del edificio Laureano Echandi,
Oficinas Centrales, Caja Costarricense de Seguro Social.
Lic.
Mauricio Hernández Salas, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 1143.—Solicitud
N° 63110.—C-29620.—(IN2014047701).
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2014LA-0000005-01
(Modificación N° 1)
Compra de Sistemas de Alarma contra
incendio para
las oficinas de
Sabalito, Palmar Norte, Tobosi,
Oreamuno, Orosi, Bribrí y Virgen de
Sarapiquí
Se
comunica a los interesados en la Licitación Abreviada N° 2014LA-0000005-01, que
el Comité de Licitaciones, mediante sesión ordinaria Nº 1215-2014, en su
artículo 03, celebrada el 15 de julio del 2014 acordó aprobar la primera
modificación al cartel de cita, el cual se detalla a continuación:
En
el apartado 1.2.5.2 Estación manual se agregan los siguientes párrafos:
d) Las estaciones manual que están en área de
público debe de ir protegidas con un stopper anti niños.
e) Los
bajantes a las estaciones manuales serán en tubería EMT e irán pintadas en el
mismo color de la pared y la estación irá montada en una caja tipo intemperie.
Punto
1.4 Equipos necesarios para cada Ítem
Se
deberá leer:
Equipo de
alarma necesario para instalarse
en la agencia de TOBOSI – SAN JUAN SUR- ÍTEM N° 1
Cantidad Equipo Ubicación
22 Detectores triple tecnología Ver en planos
2 Detectores
temperatura Ver en planos
1 Panel
contra incendios Ver en
planos
5 Estaciones
manuales Ver en planos
6 Luces
con sirena Ver
en planos
2 Electro
imán Puerta
emergencia y puerta empleados
0 Anunciador
remoto Ver en planos
Equipo de
alarma necesario para instalarse
en la agencia de LA VIRGEN DE SARAPIQUÍ ÍTEM N° 2
Cantidad Equipo Ubicación
20 Detectores triple tecnología Ver en planos
3 Detectores
temperatura Ver en planos
1 Panel
contra incendios Ver en
planos
4 Estaciones
manuales Ver en planos
6 Luces
con sirena Ver
en planos
2 Electro
imán Puerta
emergencia y puerta empleados
0 Anunciador
remoto Ver en planos
Equipo de
alarma necesario para instalarse
en la agencia de FRAILES ÍTEM N° 3
Cantidad Equipo Ubicación
30 Detectores triple tecnología Ver en planos
2 Detectores
temperatura Ver en planos
1 Panel
contra incendios Ver en
planos
5 Estaciones
manuales Ver en planos
9 Luces
con sirena Ver
en planos
2 Electro
Imán Puerta
emergencia y puerta empleados
1 Anunciador
remoto Ver en planos
Equipo de
alarma necesario para instalarse
en la agencia de BRI BRI ÍTEM N° 4
Cantidad Equipo Ubicación
22 Detectores triple tecnología Ver en planos
3 Detectores
temperatura Ver en planos
1 Panel
contra incendios Ver en
planos
4 Estaciones
manuales Ver en planos
6 Luces
con sirena Ver
en planos
1 Electro
imán Puerta
emergencia
0 Anunciador
remoto Ver en planos
Equipo de
alarma necesario para instalarse
en la agencia de SABALITO ÍTEM N° 6
Cantidad Equipo Ubicación
22 Detectores triple tecnología Ver en planos
1 Detectores
temperatura Ver en planos
1 Panel
contra incendios Ver en
planos
5 Estaciones
manuales Ver en planos
6 Luces
con sirena Ver
en planos
2 Electro
Imán Puerta
emergencia y puerta empleados
0 Anunciador
remoto Ver en planos
Equipo de
alarma necesario para instalarse
en la agencia de PALMAR NORTE ÍTEM N° 7
Cantidad Equipo Ubicación
34 Detectores triple tecnología Ver en planos
1 Detectores
temperatura Ver en planos
1 Panel
contra incendios Ver en
planos
4 Estaciones
manuales Ver en planos
8 Luces
con sirena Ver
en planos
2 Electro
Imán Puerta
emergencia puerta empleados
0 Anunciador
remoto Ver en planos
Equipo de
alarma necesario para instalarse
en la agencia de OROSI ÍTEM N° 8
Cantidad Equipo Ubicación
15 Detectores triple tecnología Ver en planos
3 Detectores
temperatura Ver en planos
1 Panel
contra incendios Ver en
planos
3 Estaciones
manuales Ver en planos
5 Luces
con sirena Ver
en planos
1 Electro
Imán Puerta
emergencia
0 Anunciador
remoto Ver en planos
Equipo de
alarma necesario para instalarse
en la agencia de OREAMUNO ÍTEM N° 9
Cantidad Equipo Ubicación
29 Detectores triple tecnología Ver en planos
1 Detectores
temperatura Ver en planos
1 Panel
contra incendios Ver en
planos
Cantidad Equipo Ubicación
5 Estaciones manuales Ver en planos
8 Luces
con sirena Ver
en planos
1 Electro
Imán Puerta
Emergencia
0 Anunciador
remoto Ver en planos
Las
demás condiciones del cartel permanecen invariables.
La
Uruca, 29 de julio del 2014.—Proveeduría General.—Douglas
Noguera Porras, Supervisor Operativo.—1 vez.—O. C. N° 516325.—Solicitud N°
17103.—C-66670.—(IN2014047830).
HOSPITAL DR. RAFAEL Á. CALDERÓN
GUARDIA
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000002-2101
Por concepto de materiales de
construcción varios
Se
informa a los interesados que para la Licitación Pública 2014LN-000002-2101,
por concepto de Materiales de Construcción Varios que la fecha de la apertura
se amplia para: lunes 04 de agosto del 2014, a las 10:00 a. m.
Además, se encuentra
disponible una aclaración, la cual pueden retirar en la recepción de la Subárea
de Contratación Administrativa.
Vea detalles en
http://www.ccss.sa.cr.
San
José, 23 de julio del 2014.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í.—1
vez.—(IN2014047823).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
2014LN-000003-2101
Compra de abarrotes varios
Se
informa a los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional
2014LN-000003-2101. Compra de abarrotes varios, que:
Se realizan
aclaraciones al cartel de compra, mismas que podrán ser obtenidas en la
Administración del Hospital, sin costo alguno.
Vea detalles en
http://www.ccss.sa.cr.
San
José, 23 de julio del 2014.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a.
í.—1 vez.—(IN2014047824).
HOSPITAL WILLIAM ALLEN T.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2014LP-000001-2307
Adquisición de prótesis auditivas,
para el Hospital William
Allen T.
La
Subárea de Contratación de Bienes y Servicios del Hospital William Allen T., de
Turrialba, con autorización de la Dirección Médica y Administración, les
comunica a los interesados a participar en el siguiente concurso:
Licitación
Pública Nº 2014LP-000001-2307, por la adquisición de prótesis auditivas, para
el Hospital William Allen T. Que el plazo para la recepción de las ofertas ha
sido prorrogado hasta nuevo aviso.
Subárea
de Planificación de Bienes y Servicios.—Róyer Sánchez
Bogantes.—1 vez.—(IN2014047868).
CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACIÓN
REGLAMENTO SOBRE LA RENDICIÓN DE CAUCIONES
EN FAVOR DEL CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACIÓN
El Consejo Superior de Educación, de conformidad con lo estipulado en el
artículo 81 de la Constitución Política y en ejercicio de las atribuciones que
le confiere la Ley Nº 1362, del 8 de octubre de 1951.
Considerando:
I.—Que el artículo 13 de la Ley de la Administración Financiera de la
República y Presupuestos Públicos, Ley Nº 8131 de 18 de setiembre del 2001,
publicada en La Gaceta Nº 198 de 16 de octubre del 2001, dispone que: “sin
perjuicio de las previsiones que deba tomar la Administración, todo encargado
de recaudar custodiar o administrar fondos y valores públicos deberá rendir
garantía con cargo a su propio peculio, en favor de la Hacienda Pública o la
entidad respectiva, para asegurar el correcto cumplimiento de los deberes y
obligaciones de los funcionarios. Las leyes y los reglamentos determinarán las
clases y los montos de las garantías, así como los procedimientos aplicables a
este particular, tomando en consideración los niveles de responsabilidad, el
monto administrado y el salario del funcionario”.
II.—Que el artículo 110, inciso 1), de esa
misma Ley establece como hecho generador de responsabilidad administrativa, “El
nombramiento de un servidor con facultades de uso y disposición de recursos
públicos, que no reúna las condiciones exigidas por el ordenamiento jurídico o
los manuales y las reglamentaciones internas, o darle al servidor posesión del
cargo sin rendir previamente la caución que ordena esta ley.”
III.—Que el artículo 10 de la Ley General de Control Interno Nº 8292
establece que será responsabilidad del jerarca y de los titulares subordinados
establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno
institucional y el artículo 15 inciso b) numeral ii estipula como parte de los
deberes de tales funcionarios(as) el de documentar, mantener actualizados y
divulgar internamente tanto las políticas como los procedimientos que definan
claramente, entre otros asuntos “la protección y conservación de todos los
activos institucionales.”
IV.—Que el Manual de Normas Generales de
Control Interno de la Contraloría General de la República y las entidades y
órganos sujetos a su fiscalización, en la norma 4.20 establece la
responsabilidad de la administración de reglamentar a lo interno las clases y
los montos de las garantías, así como los procedimientos aplicables sobre el
particular.
V.—Que en atención a las directrices
emitidas por la Contraloría General de la República en resolución R-CO-10-2007
de las 13:00 horas del 19 de marzo de 2007, publicada en La Gaceta
número 64 del 30 de marzo del mismo año, para el caso del Consejo Superior de
Educación como órgano integrante de la Hacienda Pública, debe dictarse un
reglamento interno en materia de cauciones. Por tanto;
1º—Se aprueba y
se promulga el siguiente “Reglamento sobre la rendición de cauciones en favor
del Consejo Superior de Educación (CSE)”.
2º—Comuníquese
REGLAMENTO SOBRE LA RENDICIÓN DE
CAUCIONES
EN FAVOR DEL CONSEJO SUPERIOR
DE EDUCACIÓN (CSE)
Aprobado en sesión N° 14-2014, celebrada el 10 de marzo del 2014,
acuerdo Nº 03-14-2014.
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en
este Reglamento son aplicables a todos aquellos funcionarios del Consejo
Superior de Educación, que administren, recauden y custodien fondos o valores
públicos o que por la naturaleza de sus funciones y responsabilidades deban
caucionar.
Artículo 2º—Finalidad de la caución. La caución tiene como
finalidad garantizar el resarcimiento de eventuales daños y perjuicios que el
caucionante responsable, en el ejercicio de sus funciones, pueda producir al
patrimonio del Consejo, sin que ello limite la eventual responsabilidad civil.
Artículo 3º—Forma de rendir la caución. La caución se hará
mediante la suscripción con cargo al peculio del funcionario obligado a rendir
caución, de un seguro o póliza de fidelidad ante el Instituto Nacional de
Seguros, o las entidades o empresas aseguradoras autorizadas para el ejercicio
de sus funciones.
Dicha póliza será a favor del Consejo Superior de Educación, quien
ostenta la personería jurídica; y cesará por la renuncia aceptada, suspensión o
remoción del funcionario obligado a contraerla.
Artículo 4º—Del
plazo de las garantías. Las garantías se deben mantener vigentes durante
todo el tiempo que los funcionarios obligados se encuentren en sus cargos o
mientras se encuentre pendiente un procedimiento administrativo por daños y
perjuicios.
Artículo 5º—Momento
para rendir la caución. La garantía a favor del Consejo debe ser suscrita
dentro de los primeros quince días después de haber aceptado el cargo.
CAPÍTULO II
De los caucionantes
Artículo 6º—Funcionarios
obligados a rendir garantía. Deberán rendir garantía o caución todos los
funcionarios que recauden, custodien o administren fondos y valores públicos o
sus equivalentes, independientemente del número de plaza, nombre de la plaza o
nombre del cargo, ya sea que ostenten un nombramiento definido o indefinido, de
acuerdo con los siguientes niveles de responsabilidad:
a) Nivel A (gerencial)
b) Nivel B. (operativo)
Artículo 7º—Caucionantes
del nivel A. En este nivel deben rendir caución para el ejercicio de sus
cargos, durante todo el tiempo de su nombramiento, los miembros propietarios y
suplentes del Consejo Superior de Educación y el Secretario o Secretaria
General.
Artículo 8º—Caucionantes
del nivel B. En este nivel, deben rendir caución para el ejercicio de sus
cargos, los funcionarios que desempeñen alguno de los puestos o funciones que
se citan a continuación:
• Administrador de Presupuesto y tesorería.
• Administrador Proveedor y; de Bienes y
Suministros.
• Funcionarios que emitan declaración jurada
según Ley N° 8422.
Artículo 9º—De
los funcionarios interinos. Los funcionarios obligados a rendir garantía o
caución, que hayan sido nombrados en su puesto o cargo a tiempo definido en
cualquiera de sus modalidades, deberán rendir garantía para los puestos o
cargos descritos en este reglamento, desde el inicio de su nombramiento.
Artículo 10.—Simultaneidad de funciones sujetas a caución. El
funcionario de un puesto que por Decreto, Ley o disposición interna le corresponda
asumir otras funciones donde se recaude, administre o custodie fondos públicos,
deberá rendir una única caución y por el monto mayor.
Artículo 11.—Funcionarios ad-honorem. Los funcionarios o
miembros de consejo que ejerzan cargos públicos en condición ad-honorem, y que
realicen funciones de recaudación, custodia o administración de fondos públicos
deberán rendir garantía o caución, salvo disposición expresa en contrario.
Artículo 12.—Revisión del listado de funcionarios obligados a
caucionar. Una vez al año, la Secretaría General revisarán
el listado de funcionarios obligados a caucionar, para lo cual deberá de
considerar, entre otros, los siguientes aspectos:
a) La existencia, en forma separada o combinada
de las funciones y actividades de administrar, custodiar o recaudar fondos y
valores públicos.
b) La confiabilidad y eficacia del sistema de
control interno y el grado de riesgo de acuerdo con la valoración realizada por
la Administración.
c) El nivel de la responsabilidad y el monto o
bienes a cargo o administrado por el funcionario.
En caso que se
compruebe que algún funcionario que no ocupa alguno de los puestos mencionados
anteriormente, realiza una o varias de las funciones previstas en el artículo
13 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos
Públicos, deberá rendir la respectiva caución en favor del Consejo.
CAPÍTULO III
Del monto a caucionar
Artículo 13.—Cálculo y actualización de los montos de la caución.
En la fijación y actualización de los montos de las cauciones, se utilizará
como parámetro el monto equivalente al salario base mensual del “Oficinista 1”
conforme a lo establecido en el artículo 2 de la Ley Nº 7337 del 5 de mayo de
1993.
Según el nivel de
responsabilidad, el cálculo de los montos de las cauciones se hará de la
siguiente manera:
Nivel
A: Quienes
desempeñen puestos clasificados dentro del nivel A, deberán rendir una caución
equivalente a tres salarios base.
Nivel
B: Aquellos
funcionarios que desempeñen puestos clasificados dentro del nivel B, deberán
rendir una caución equivalente a uno y medio salario base.
Artículo 14.—Ajuste de la caución. El caucionante que por algún
motivo sea trasladado de un puesto a otro, que implique una nueva ubicación en
la clasificación por niveles de responsabilidad, deberá ajustar la caución
conforme a la nueva situación, para lo cual contará con un plazo máximo de
veinte días hábiles.
CAPÍTULO IV
De la administración, custodia y ejecución de las
cauciones
Artículo 15.—Competencia de la Secretaría.
a) Velar porque los funcionarios obligados rindan
la garantía correspondiente dentro de los plazos y condiciones establecidas en
el presente reglamento.
b) Revisar anualmente el listado de funcionarios
obligados a rendir garantía a favor del Consejo Superior de Educación.
c) Notificar por escrito al caucionante, con un
mínimo de quince días hábiles de anticipación, del momento en que debe renovar
o actualizar la caución. La ausencia de recordatorio no exime al caucionante de
su deber de renovación de la caución.
d) Incorporar al expediente personal, una copia
del documento de póliza rendida por el funcionario.
e) Calcular y mantener actualizados los montos
que por concepto de las garantías deben rendir los caucionantes.
f) Recibir, custodiar y verificar la efectividad
de los documentos que comprueban la presentación de garantías por parte de los
caucionantes, estableciendo para ello los controles y medidas de seguridad
pertinentes.
g) Informar al Departamento de Recursos Humanos y
al superior jerárquico, cualquier incumplimiento observado en el proceso de
caución.
h) Tomar las medidas adicionales que le
correspondan para el resarcimiento de daños y perjuicios irrogados por el
caucionante al patrimonio del Consejo, cuando la responsabilidad del caucionante
haya sido declarada conforme lo establece el ordenamiento jurídico.
i) Mantener un registro actualizado de los
caucionantes que contenga al menos: nombre, puesto, tipo de garantía, número de
póliza, grupo al que pertenece, monto desglosado de la prima, monto asegurado,
fecha de emisión y vencimiento de la garantía y estado actual en cuanto a su
vigencia.
Artículo 16.—Ejecución de la garantía.
Ejecución de la garantía. La ejecución de la garantía deberá ir precedida de un
procedimiento, de conformidad con las disposiciones de la Ley General de la
Administración Pública, en virtud del cual quede demostrada la falta del
funcionario caucionante y se ordene el resarcimiento de los daños y perjuicios
irrogados al Consejo Superior de Educación, sin perjuicio de las
responsabilidades de orden administrativo, civil o penal que correspondan. En
el transcurso del proceso de ejecución, la Administración está facultada para
acceder la información ante las instancias que tramitaron la garantía. Cuando
la garantía sea insuficiente, el Consejo valorará el caso en concreto, con el
fin de acudir a la vía ejecutiva simple a efecto de cobrar el saldo pendiente.
CAPÍTULO V
De las obligaciones del caucionante
Artículo 17.—Deberes de los caucionantes. El caucionante debe:
a) Informar a la instancia encargada de la
administración financiera de cualquier cese de funciones en el puesto, ya sea
temporal o permanente.
b) Acatar lo estipulado en el artículo 13 de la
Ley N° 8131 de Administración Financiera y Presupuestos Públicos, y en el
presente reglamento.
c) Renovar la caución cuando le corresponda.
Los funcionarios
llamados a caucionar, deberán tomar las medidas adecuadas y constantes para
controlar la exactitud de las cuentas del dinero y de los valores a su cargo,
además de aplicar las medidas establecidas por el sistema de control interno
institucional.
Así mismo si la
caución se ejecuta antes de cumplirse su periodo de vigencia, el funcionario
deberá rendir nuevamente una caución con la finalidad de que no quede ningún
periodo de tiempo sin la correspondiente protección.
CAPÍTULO VI
Sanciones
Artículo 18.—Incumplimiento en la rendición de la caución. Si el
funcionario obligado a rendir la caución, no la suscribiere, o bien no la
mantuviere vigente por el período requerido, constituirá causal para el cese en
el cargo sin responsabilidad patronal, todo conforme lo dispuesto en el
artículo 120 de la Ley de la Administración Financiera de la República y
Presupuestos Públicos, previa garantía del debido proceso.
Artículo 19.—Caución rendida por un monto inferior. Si la
caución fuere rendida por un monto inferior al establecido, la Unidad designada
según lo dispuesto en el artículo 13, del presente reglamento, comunicará al
respectivo funcionario para que en un plazo improrrogable no mayor a quince
días hábiles, proceda a rendir la caución por el monto previsto, presentando
dentro de ese plazo la documentación respectiva.
Artículo 20.—Medidas adicionales para el resarcimiento de daños y
perjuicios. La Administración deberá tomar medidas adicionales para el
eventual resarcimiento de daños y perjuicios ocasionados por el caucionante
contra el patrimonio de la Institución, cuando la responsabilidad del
funcionario haya sido probada.
Artículo 21.—Responsabilidad solidaria. El encargado del control
de las garantías o cauciones que por culpa o dolo no informe cualquier anomalía
será solidariamente responsable del perjuicio ocasionado.
CAPÍTULO VII
Disposiciones finales y transitorias
Artículo 22.—Transitorio único.—Los funcionarios que a la fecha
de entrada en vigencia de este Reglamento estén obligados a caucionar, contarán
con un plazo de un mes calendario para gestionar la caución y presentar una
copia a la dependencia competente según el presente reglamento.
Artículo 23º—Vigencia.
Rige a partir de un mes después de su publicación.
Lic. Carlos
Rodríguez González, Asesor Legal.—1
vez.—(IN2014046650).
MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
REGLAMENTO PARA REGULAR EL
FUNCIONAMIENTO Y
OPERACIÓN DEL CENTRO DE CUIDO Y
DESARROLLO
INFANTIL (CECUDI) DEL CANTÓN DE
CURRIDABAT
Por
acuerdo que consta en el artículo 1º, capítulo 5º, del acta de la sesión
ordinaria N° 218-2014, del 3 de julio de 2014, el Concejo de Curridabat,
dispuso modificar el Reglamento para regular el Funcionamiento y operación del
Centro de Cuido y Desarrollo Infantil (CECUDI) del cantón de Curridabat, como
sigue:
1) En el artículo primero, para que se modifique y
adicione, en el aspecto de Generalidades, y diga de la siguiente forma:
Generalidades
Para
los efectos de aplicación del presente reglamento, se adoptan las siguientes
definiciones:
Alcalde:
Representante legal de la Municipalidad de Curridabat, y máximo jerarca a nivel
administrativo.
CECUDI:
Centro de Cuido y Desarrollo Infantil del cantón de Curridabat.
Beneficiarios:
Niños y niñas comprendidos entre los 2 y los 6 años de edad, así como sus
padres o encargados que hagan uso de los servicios que brinda el CECUDI.
Comité del
CECUDI: Es el grupo de funcionarios(as),
regidores(as) y colaboradores(as), designados por el Alcalde, para fiscalizar
el funcionamiento del CECUDI y servir de enlace entre el Operador y la
Municipalidad.
Concejo
Municipal: Cuerpo deliberativo de la
Municipalidad, compuesto por siete regidores propietarios, síndicos y síndicas,
todos de elección popular, junto con el Alcalde
conforman el Gobierno Local del cantón de Curridabat.
Coordinación
Técnica del Centro: Persona contratada por el Operador
para fungir funciones de Director (a) del CECUDI.
IMAS:
Instituto Mixto de Ayuda Social, emisor del subsidio económico para el pago de
mensualidad de la atención de los niños y niñas en el CECUDI.
Municipalidad:
Para efectos de este reglamento se entenderá como la Municipalidad de
Curridabat específicamente.
Operador del
Centro: Persona física o jurídica escogida
mediante alguno de los procesos autorizados por la Contraloría General de la
República, y con el que la Municipalidad suscribe un contrato otorgándole la
administración de un CECUDI.
Personal:
Personas contratadas por el Operador que deben cumplir con los requisitos que
establece el presente reglamento y que se ocupan de las labores técnicas y de
servicios necesarios para la correcta operación del Centro.
Secretaría
Técnica de la Red Nacional de Cuido: Instancia
técnica responsable de promover la articulación entre los diferentes actores
públicos y privados y las diferentes actividades que se desarrollan en el país
en materia de cuido y desarrollo infantil, así como de expandir la cobertura de
los servicios. Esta Secretaría estará adscrita al Instituto Mixto de Ayuda
Social.
Tercero:
Persona debidamente autorizada conforme al presente reglamento, por el padre,
madre o encargado del menor, para efectos de ingresarlo o retirarlo del Centro.
Lactante:
De conformidad con el Reglamento de Lactancia Materna, se considerará lactante
el niño o niña hasta los doce meses cumplidos.
Para ver imagen solo en La
Gaceta con formato PDF
2) El artículo 7°, dirá:
“Artículo 7º—Horario del CEDUDI: El horario
de atención para la población beneficiada será de al menos 10 horas diarias. De
las 7 a. m. hasta las 5:00 p. m., durante los días hábiles de la semana. Cada
Centro podrá modificar dicho horario, siempre y cuando la efectividad del
servicio no se vea afectado, a consideración de la Alcaldía.”
3) El artículo 8° se adiciona al final y dirá:
“Artículo 8º—Personal del Centro: El Cetro de
Cuido estará integrado por una persona Coordinadora Técnica que deberá contar
como mínimo con el título de Licenciatura en Preescolar o carrera afín. Además,
contará con una persona profesional docente, con el grado mínimo de
bachillerato en Preescolar o carrera afín y una persona asistente con al menos
noveno año de escolaridad, por cada grupo de 25 niños o niñas. De igual forma,
contará con una persona encargada de la cocina que cuente con curso de
manipulación de alimentos.”
4) El Capítulo III, tendrá el siguiente enunciado:
“Del
total o parcial cobro de servicios”
5) Se modifica y adiciona el artículo 12°, para
que diga:
“Artículo
12.—Cuando las familias califiquen en grupo de pobreza 3 y 4, el IMAS
subsidiará un porcentaje del pago del costo de atención, reflejado en el
informe técnico social respectivo y la Municipalidad según sus posibilidades
presupuestarias financiará total o parcialmente el porcentaje restante.
Si las
condiciones económicas de la familia lo permiten, esta última asumirá un
porcentaje de este costo adicional como apoyo al pago de la Municipalidad. Este
porcentaje de pago será determinado con base en el informe social que emita la
trabajadora social de la Municipalidad.”
6) Se modifica parcialmente el artículo 14°, para
que diga:
“Artículo
14.—Forma de pago del subsidio... El pago total
o parcial del subsidio respectivamente; deberá realizarse en las cajas
municipales. El representante del menor, deberá presentar el comprobante de
pago con el sello municipal respectivo, a la Administración del Centro en
cualquier momento en que ésta se lo requiera.”
7) Se adiciona el párrafo segundo del artículo
17°, para que diga:
“Artículo
17.—De las ausencias del niño o la niña: (…) Si
el niño o niña se ausenta más de un mes y sin justificación, esto facultará a
la Municipalidad a cancelar la matrícula, previa notificación a su familia y
con el debido proceso.”
8) Se modifica el inciso e) del artículo 21°, el
cual dirá:
“Artículo
21.—Obligaciones y responsabilidades de los padres,
madres o representantes legales:(…)
e) No se entregará ningún niño o niña a ninguna,
ni a persona que no esté autorizada en la boleta que, para tal fin debe ser
llenada, o con autorización vía telefónica en caso urgente y excepcional,
previa verificación de la llamada telefónica.”
Rige
a partir de su publicación.
Curridabat,
7 de julio de 2014.—Allan Sevilla Mora, Secretario.—1
vez.—(IN2014046229).
MUNICIPALIDAD DE FLORES
Comunica:
Con
fundamento en al acuerdo 3571-2014 de la sesión 320-2014 del Consejo Municipal
del 8 de julio del 2014, se procede a publicar con fines de Consulta Pública
por el plazo de Ley las modificaciones a los artículos N° 2 inciso e, 7, 10 y
14, y el transitorio I, del Reglamento sobre Licencias de Expendio de Bebidas
con contenido Alcohólico de la Municipalidad de Flores:
•
“[...] Artículo 2°—Definiciones. Para efectos de este Reglamento, se
entenderá por:
e.
Licencias: Son las licencias de expendio de bebidas con contenido
alcohólico, según lo establece el párrafo primero del artículo 3° de la Ley N°
9047. Se considera un activo inherente a la licencia comercial para la
actividad lucrativa, expedida por la Municipalidad de Flores para el establecimiento.
La municipalidad otorgará las licencias de comercialización de bebidas con
contenido alcohólico en su cantón, de acuerdo con los siguientes parámetros:
Licencia
clase A: habilitan únicamente para la
comercialización de bebidas con contenido alcohólico, en envases cerrados para
llevar y sin que se puedan consumir dentro del establecimiento. En este tipo de
licencias la venta de bebidas con contenido alcohólico será la actividad
comercial principal del establecimiento.
Licencia clase
B: habilitan la venta de bebidas con contenido
alcohólico en envase abierto y/o cerrado para ser consumidas dentro del
establecimiento. En este tipo de licencias la venta de bebidas con contenido
alcohólico será la actividad comercial principal del establecimiento. La licencia
clase B se clasifica en:
Licencia
clase B1: cantinas, bares y tabernas sin
actividad de baile.
Licencia clase B2:
salones de baile, discotecas, clubes nocturnos y cabarés con actividad de
baile.
Licencia
clase C: habilitan únicamente la
comercialización de bebidas con contenido alcohólico al detalle, en envase
abierto, servidas y para el consumo, junto con alimentos dentro del
establecimiento. En este tipo de licencias la venta de bebidas con contenido
alcohólico será la actividad comercial secundaria del establecimiento.
Licencia clase
D: habilitan únicamente para la comercialización de
bebidas con contenido alcohólico al detalle, en envase cerrado para llevar y
sin que se pueda consumir dentro del establecimiento. En este tipo de licencias
la venta de licor será la actividad comercial secundaria del establecimiento.
Habrá dos clases de sublicencias, así:
Licencia clase
D1: minisúper
Licencia clase
D2: supermercados
Queda prohibida
la venta de bebidas alcohólicas en establecimientos que se dediquen al expendio
de abarrotes, salvo lo indicado en las licencias clase D1 y clase D2.
Licencia
clase E: la municipalidad respectiva podrá
otorgar licencias clase E a las actividades y empresas declaradas de interés
turístico por el Instituto Costarricense de Turismo (ICT), conforme a los
requisitos establecidos por esta ley, la cual habilitará únicamente para la
comercialización de bebidas con contenido alcohólico al detalle, servidas o en
envase abierto, previamente conocido y aprobado por la municipalidad respectiva:
Clase
E1: a las empresas de hospedaje
declaradas de interés turístico por el ICT.
Clase
E1 a: empresas de hospedaje con menos de
quince habitaciones.
Clase E1 b: empresas de
hospedaje con quince o más habitaciones.
Clase
E2: a las marinas y atracaderos
declarados de interés turístico por el ICT.
Clase
E3: a las empresas gastronómicas
declaradas de interés turístico por el ICT.
Clase
E4: a los centros de diversión nocturna
declarados de interés turístico por el ICT.
Clase
E5: a las actividades temáticas
declaradas de interés turístico por el ICT y que cuenten con la aprobación del
concejo municipal.
•
Artículo 7º—Determinación territorial para el otorgamiento de licencias.
Las licencias de expendio de bebidas con contenido alcohólico se otorgarán para
cada una de las poblaciones distritales, según las circunscripciones
territoriales que mediante acuerdo de mayoría calificada del total de sus
miembros determine el Concejo Municipal; todo lo anterior sobre la base de los
criterios establecidos en el artículo 3° de la Ley.
La cantidad
total de licencias clase A y B otorgadas por cantón no podrá exceder la
cantidad de una por cada trescientos habitantes. La distribución en cada uno de
los distritos se realizará de manera proporcional a la cantidad de habitantes
en cada uno de ellos.
En la
determinación del total de habitantes del cantón, se acudirá al estudio técnico
o fuente objetiva verificable que tenga disponible la Municipalidad. La
condición de habitante se circunscribirá a las personas físicas del territorio
del cantón de Flores según la definición establecida por el artículo 2° del
Reglamento del Defensor de los Habitantes, Decreto Reglamentario N° 22266 de 15
de junio de 1993.
Una vez cada
quinquenio, conforme se constate incrementos o disminuciones en el parámetro de
habitantes cantonales, podrá ajustarse la cantidad de licencias clase A y B.
•
Artículo 10.—Órgano competente de aprobar la
licencia permanente. Compete al Proceso de Patentes conocer la solicitud y
emitir un criterio técnico, para ello verificará de forma previa los
requisitos, emitiendo las recomendaciones al Órgano Colegiado, quién será el
responsable de aprobar o improbar las solicitudes de licencia para expendio de
bebidas con contenido alcohólico. Contra lo resuelto se aplicará las
disposiciones del artículo 24 del presente reglamento.
• Artículo 14.—Pago de derechos trimestrales. De conformidad con
el artículo 10 de la Ley, se establecen los siguientes derechos que deberán
pagar los patentados de forma trimestral por anticipado, según el tipo de
licencia:
a. Licencia
clase A: Los establecimientos ubicados en el distrito cabecera del cantón,
pagarán un salario base, y en los demás distritos medio salario base.
b. Licencia
clase B: Para esta licencia se seguirán los siguientes parámetros:
b.1.
Para los establecimientos de categoría B1 ubicados en el distrito cabecera del
cantón pagarán un cuarto salario base, y en los demás distritos un octavo de
salario base.
b.2. Para los
establecimientos de categoría 82 ubicados en el distrito cabecera del cantón
pagarán medio salario base, y en los demás distritos un cuarto de salario base.
c.
Licencia clase C: Los establecimientos de esta categoría ubicados en el
distrito cabecera del cantón pagarán un medio salario base, y en los demás
distritos un cuarto de salario base.
d.
Licencia clase D: Para esta licencia se seguirán los siguientes
parámetros:
d.1.
Para los establecimientos de categoría D1 ubicados en el distrito cabecera del
cantón pagarán un salario base, y en los demás distritos medio de salario base.
d.2. Para los
establecimientos de categoría D2 ubicados en el distrito cabecera del cantón
pagarán un uno y medio salario base, y en los demás distritos tres cuartos de
un salario base.
e.
Licencia clase E: Para esta licencia se seguirán los siguientes
parámetros:
e.1.
Para los establecimientos de categoría E1a ubicados en el distrito cabecera del
cantón pagarán medio salario base, y en los demás distritos un cuarto de
salario base.
e. 2. Para los
establecimientos de categoría E1b ubicados en el distrito cabecera del cantón
un salario base, y en los demás distritos medio salario base.
e.3. Para los
establecimientos de categoría E2 ubicados en el distrito cabecera del cantón
pagarán uno y medio salario base, y en los demás distritos tres cuartos de un
salario base.
e.4. Para los
establecimientos de categoría E3 ubicados en el distrito cabecera del cantón
pagarán un salario base, y en los demás distritos medio salario base.
e.5. Para los
establecimientos de categoría E4 ubicados en el distrito cabecera del cantón
pagarán uno y medio salario base, y en los demás distritos tres cuartos de un
salario base.
e.6. Para los
establecimientos de categoría E5 ubicados en el distrito cabecera del cantón
pagarán medio salario base, y en los demás distritos un cuarto de salario base.
La licencia referida podrá suspenderse por falta de pago, o bien, por
incumplimiento de los requisitos y las prohibiciones establecidos por esta ley
y su reglamento, que regulan el desarrollo de la actividad.
El
pago extemporáneo de los derechos trimestrales está sujeto a una multa del uno
por ciento (1%) por mes sobre el monto no pagado o fracción de mes hasta un
máximo de un veinte por ciento (20%), y al pago de intereses.
Estos montos
son provisionales, transitorios y excepcionales hasta tanto no se reforme la
ley de licores y responden a los parámetros establecidos en el voto N°
11499-2013 de la Sala Constitucional”
•
Transitorio I
“El
cobro de los montos establecidos en este reglamento entrarán a regir a partir
del trimestre inmediato posterior a la publicación de este Reglamento en
aquellos casos en que ya hayan clasificado su licencia o el municipio lo haya
hecho de oficio de inmediato en el momento de otorgar una licencia nueva de
licores.”
Publíquese
en el Diario Oficial La Gaceta.
Lic.
Gerardo Rojas Barrantes, Alcalde Municipal de Flores.—1
vez.—(IN2014045934).
AVISOS
A
las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de
Entidades Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d)
del artículo 4 del Reglamento sobre la distribución de utilidades por la venta
de bienes adjudicados (Artículo 1° de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10
días hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal
solicitud ante la Dirección de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa
Rica, localizada en la Uruca, frente a la Mercedes Benz y adjuntar una certificación
de un contador público autorizado sobre el estado de la obligación y el saldo
adeudado del señor José Miguel Torres Calvo, cédula número 3-0295-0263.
San José, 9 de julio del 2014.—Ing.
Douglas Noguera Porras, Proveeduría General.—O. C. N° 516325.—Solicitud N°
16471.—(IN2014045192). 2. v. 2.
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ORI-2251-2014.—Coto Araya Alejandra, costarricense, cédula N°
3-0305-0537, ha solicitado reposición del título de Profesor en Educación
Primaria. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 17 de junio
del 2014.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—(IN2014045529).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante el Colegio Universitario de Cartago se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Diplomado en Educación
Superior Parauniversitaria en la carrera de Investigación Criminal y Seguridad
Organizacional, con énfasis en Investigación Criminal, inscrito en el tomo 7,
folio 20, título número 293 y ante el Consejo Superior de Educación en el tomo
7, folio 51, título número 41847, a nombre de Ana Iveth Ortiz Villanueva. Se
solicita la reposición del título por pérdida del original. Se publica este edicto
y se oyen oposiciones a la reposición en los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Cartago, 15 de julio
del 2014.—Departamento de Registro.—Isabel Rocío Ulloa Martínez,
Jefa.—(IN2014045809).
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
Para
exponer la propuesta de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos de
“Modificación al procedimiento extraordinario de fijación del Modelo de
regulación económica del servicio público de transporte remunerado de personas
modalidad taxi”, que en resumen plantea lo siguiente:
Para ver imagen solo en La
Gaceta con formato PDF
La
Audiencia Pública se llevará a cabo el día 21 de agosto del 2014 a las 17 horas
y 15 minutos por medio del sistema de video-conferencia(*)
en los siguientes lugares: Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos,
Tribunales de Justicia ubicados en los centros de: Cartago, Ciudad Quesada,
Heredia, Liberia, Limón, Pérez Zeledón y Puntarenas; y en forma presencial en
el Salón Parroquial de Bribrí que se ubica al frente de la Escuela Líder de
Bribrí, Limón.
Quien tenga
interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia: en forma oral en
la audiencia pública o por escrito firmado: ►en la audiencia pública,
►o en las oficinas de la Autoridad Reguladora, en horario regular, hasta
el día de realización de la audiencia, ►o por medio del fax 2215-6002 o
del correo electrónico(**): consejero@aresep.go.cr
hasta la hora programada de inicio de la respectiva audiencia pública.
Las oposiciones
o coadyuvancias deben de estar sustentadas con las razones de hecho y derecho,
indicando un lugar exacto, o un medio (correo electrónico, número de fax o
apartado postal), para efectos de notificación por parte de la ARESEP, y
presentar documento de identificación aceptado en el país, o copia de dicho
documento si es interpuesta por escrito. Las personas jurídicas deben
interponer la oposición o coadyuvancia por medio del representante legal de
dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.
Se informa que
la propuesta se tramita en el expediente OT-162-2014, y se puede consultar en
las instalaciones de la ARESEP y en la siguiente dirección electrónica:
www.aresep.go.cr (Audiencias y Consultas Públicas/ Expedientes de Próximas
Audiencias).
Asesorías e
información adicional: comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono
2506-3200 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr
(*) Si por
motivo de fuerza mayor o caso fortuito la Audiencia Pública no se puede
realizar por el sistema de video-conferencia, esta se celebrará en forma
presencial en cada una de las sedes señaladas al efecto.
(**) En el caso
de que la oposición o coadyuvancia sea enviada por medio de correo electrónico,
esta debe de estar suscrita mediante firma digital, o
en su defecto, el documento con la firma debe de ser escaneado y cumplir con
todos los requisitos arriba señalados.
Dirección
General de Atención al Usuario.—Marta Monge Marín,
Directora.—1 vez.—O.C. N° 7851-2014.—Solicitud N° 17091.—(IN2014047784).
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
ATENCIÓN VECINOS DE CIUDAD QUESADA-SAN MARCOS DE
CUTRIS
Audiencia Pública
para exponer la propuesta tarifaria planteada por la empresa Transportes MCA de
Ciudad Quesada S. A., para ajustar las tarifas de la ruta 218 descrita como
Ciudad Quesada-San Marcos de Cutris, ext. Betania, según se detalla:
DESCRIPCIÓN RUTA 218: Ciudad Quesada-San Marcos de
Cutris, ext. Betania |
Tarifas (en colones) |
Incremento Absoluto (¢) |
Incremento Porcentual (%) |
|||||
Vigentes |
Propuestas |
|||||||
Regular |
Adulto Mayor |
Regular |
Adulto Mayor |
Regular |
Adulto Mayor |
Regular |
Adulto Mayor |
|
Ext
Ciudad Quesada-Betania |
1170 |
880 |
2535 |
1905 |
1365 |
1025 |
116,67 |
116,48 |
Ciudad Quesada-San Marcos de Cutris |
1050 |
525 |
2275 |
1135 |
1225 |
610 |
116,67 |
116,67 |
Ciudad
Quesada-San Pedro |
900 |
450 |
1950 |
975 |
1050 |
525 |
116,67 |
116,67 |
Ciudad
Quesada-Bellavista |
775 |
390 |
1680 |
845 |
905 |
455 |
116,77 |
116,67 |
Ciudad Quesada-San Jorge de Cutris |
745 |
375 |
1615 |
810 |
870 |
435 |
116,78 |
116 |
Ciudad
Quesada-Santa Teresa |
695 |
350 |
1505 |
760 |
810 |
410 |
116,55 |
117,14 |
Ciudad Quesada-Cruce a Santa Teresa |
630 |
315 |
1365 |
680 |
735 |
365 |
116,67 |
115,87 |
Ciudad
Quesada-Arenal |
630 |
315 |
1365 |
680 |
735 |
365 |
116,67 |
115,87 |
Ciudad
Quesada-Kooper |
555 |
0 |
1200 |
0 |
645 |
0 |
116,22 |
0 |
Ciudad
Quesada-Muelle |
520 |
0 |
1125 |
0 |
605 |
0 |
116,35 |
0 |
Ciudad
Quesada-Platanar |
390 |
0 |
845 |
0 |
455 |
0 |
116,67 |
0 |
Ciudad
Quesada-Quebrada Azul |
325 |
0 |
705 |
0 |
380 |
0 |
116,92 |
0 |
Ciudad
Quesada-Florencia |
250 |
0 |
540 |
0 |
290 |
0 |
116,00 |
0 |
La Audiencia
Pública se llevará a cabo el día lunes 25 de agosto a las 17:00 horas
(5:00 p.m.), en los siguientes lugares:
-Salón Comunal
de San Marcos de Cutris, ubicado al frente de la plaza de deportes de San
Marcos de Cutris, Cutris, San Carlos, Alajuela.
-Edificio
URCOZÓN, ubicado 50 metros oeste de la entrada a la Ciudad Deportiva de San
Carlos, Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela.
Quien tenga
interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia: en forma oral
en la audiencia pública o por escrito firmado: ►en la audiencia
pública, ►o en las oficinas
de la Autoridad Reguladora, en horario regular, hasta el día de realización de
la audiencia, ►o por medio del
fax 2215-6002 o del correo electrónico (*): consejero@aresep.go.cr hasta la
hora programada de inicio de la respectiva audiencia pública.
Las oposiciones o
coadyuvancias deben de estar sustentadas con las razones de hecho y derecho,
indicando un lugar exacto, o un medio (correo electrónico, número de fax o
apartado postal), para efectos de notificación por parte de la ARESEP, y
presentar documento de identificación aceptado en el país, o copia de dicho
documento si es interpuesta por escrito.
Las personas
jurídicas deben interponer la oposición o coadyuvancia por medio del
representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería
jurídica vigente.
Se informa que la
propuesta se tramita en el expediente ET-066-2014, y se puede consultar
en las instalaciones de la ARESEP y en la siguiente dirección electrónica:
www.aresep.go.cr (Audiencias y Consultas Públicas/ Expedientes de Próximas
Audiencias).
Asesorías e
información adicional: comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono
2506-3200 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr
(*)En el caso de
que la oposición o coadyuvancia sea enviada por medio de correo electrónico, esta debe de estar suscrita mediante firma digital, o en su
defecto, el documento con la firma debe de ser escaneado y cumplir con todos
los requisitos arriba señalados.
Dirección General
de Atención al Usuario.—Marta Monge Marín,
Directora.—1 vez.—O. C. N° 7851-2014.—Solicitud N° 17101.—(IN2014047797).
INFORMACIÓN OEC 009-2014
El
Ente Costarricense de Acreditación ECA, en cumplimiento de la obligación
establecida en el artículo 12 del Reglamento de Estructura Interna y
Funcionamiento; publicado en La Gaceta N° 94 del 19 de mayo del 2014, da
a conocer el otorgamiento y estado de las siguientes acreditaciones:
1. Área: Laboratorios de Ensayos y Calibración
OEC
acreditado contra la Norma INTE-ISO/IEC 17025:2005 Requisitos generales para la
competencia de laboratorios de ensayo y calibración.
N° de
Acreditación |
Organismo de
Evaluación de la Conformidad OEC |
Alcance de
la acreditación |
Fecha de
vigencia |
Dirección,
e-mail, teléfono y fax |
LE-007, Suspensión voluntaria parcial del alcance de
acreditación |
Centro de Investigación en Contaminación Ambiental-CICA-UCR |
Ver Alcance de Acreditación LE-007 en (www.eca.or.cr) |
Suspensión
temporal parcial del alcance para los ensayos de determinación de gases O2,
CO2, CO, SO2, NO, NO2 y NOx, en los gases de escape de una fuente fija EPA
CTM-034. 27.05.2014 1. MAR-1 Determinación de residuos de plaguicidas en
muestra de agua por cromatografía de gases utilizando extracción líquido
analito: Acefato, Captán, Clorotalonil, Forcim, Metalaxil, Metamidofos,
Monocrotofós. 2. MAR-7 Determinación de plaguicidas ácidos y neutros en agua
por extracción en fase sólida y cromatografía líquida de alta resolución
analito: Dicamba, Disulfotón, Fentión. 3. MAR- 9 Determinación de residuos
carbonatados en aguas utilizando extracción líquido y CLAR analito: 3-
cetocarbofuran. 4. MAR-24 Determinación de residuos de fenamidona por
cromatografía de gases en muestras de piña: corazón, pulpa, cáscara y fruto
completo Periodo de suspensión del
10.06.2014 al 10.12.2014 de acuerdo al Artículo 11 del Reglamento de Estructura
Interna y Funcionamiento; publicado en La Gaceta #94 del 19 de Mayo
del 2014. |
Dirección: Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, atrás de la biblioteca de salud. E-mail:calidad.cica@ucr.ac.cr;
direccion.cica@ucr.ac.cr; jaquemorac@hotmail.com; jaquemorachacon@gmail.com; secretariadireccion.cica@ucr.ac.cr Teléfono: 2511-8202 Fax: 2253-1363 |
LE-059-A02, vigente |
Instituto de Investigaciones en Salud, INISA-UCR |
Ver Alcance de Acreditación LE-059-A02, en (www.eca.or.cr) |
Ampliación a partir del 10 de
junio del 2014 y de manera
indefinida de acuerdo al Artículo 11 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento;
publicado en La Gaceta #94 del 19 de Mayo del 2014 |
Dirección: De la UNED en Sabanilla 300mts este y
125mts sureste. Contiguo a la Escuela de Enfermería. UCR E-mail: sgcinisaucr@gmail.com Teléfono: 2511-3050 / 2511-2124 Fax: 2511-5130 |
LE-060-A04, vigente |
Instituto de Investigaciones en Ingeniería LABCAL |
Ver Alcance de Acreditación LE-060-A04 en (www.eca.or.cr) |
Retiro de la acreditación el 10.06.2014 acuerdo al Artículo 11 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento;
publicado en La Gaceta #94 del |
Dirección: Diagonal a la sub-estación de la CNFL, Sabanilla, Montes de
Oca E-mail:
labcal.calidad@gmail.com Teléfono: 2511-5553 / 2511-6642 Fax:
2253-4614 |
LE-049-A03, Vigente |
Laboratorio Nacional de Aguas AyA |
Ver Alcance de Acreditación LE-049 en (www.eca.or.cr) |
Ampliación a partir del 01 de
Julio del 2014 y de manera
indefinida de acuerdo al Artículo 11 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento;
publicado en La Gaceta #94 del 19 de Mayo del 2014 |
Dirección: Cartago-La Unión-Tres Ríos: 400 m norte del edifificio
municipal E-mail:
msequeira@aya.go.cr Teléfono:
2279-5118 Fax:
2279-5973 |
LE-054-A04, Vigente |
LGC Ingeniería de Pavimentos S.A. |
Ver Alcance de Acreditación LE-054-A04 en (www.eca.or.cr) |
Ampliación a partir del 01 de
Julio del 2014 y de manera indefinida de acuerdo al Artículo 11 del
Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento; publicado en La Gaceta
#94 del 19 de Mayo del 2014 |
Dirección: Cartago-La Unión-Tres Ríos: 400 m norte del edificio
municipal E-mail:
calidadlgc@gmail.com; lgcingenieriadepavimentos@gmail.com Teléfono: 2250-7009 Fax: 2219-8035 |
LE-004-R01, vigente |
Centro de Investigación y de Servicios Químicos y Microbiológicos-
CEQIATEC |
Ver Alcance de Acreditación LE-004-R01 en (www.eca.or.cr) |
Reducción de alcance el 01.07.2014; para pruebas de esterilidad para controles
biológicos en dispositivos de control de procesos de esterilización. |
Dirección: Campus del TEC en Cartago E-mail:
lchaves@itcr.ac.cr; eromerob@itcr.ac.cr; Teléfono:
2550-2368 Fax: 2591-5147 |
LE-061, prorroga de suspensión
total del alcance |
Departamento de Aseguramiento de la Calidad (Productora La Florida
S.A.) |
Ver OEC suspendidos en (www.eca.or.cr) |
Prórroga de suspensión voluntaria total del alcance 01.07.2014 -
01.01.2015 de acuerdo al Artículo 11 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento;
publicado en La Gaceta #94 del 19 de Mayo del 2014 |
Dirección: 100 m este del puente sobre Río Segundo E-mail:
giselle.morera@Fifco.com; Teléfono:
2437-7140 / 2437-7216 Fax: 2431-0584 |
2.
Área: Organismos de Inspección
OEC
acreditados contra la Norma: INTE-ISO/IEC 17020:2012 Criterios para la
operación de varios tipos de organismos que realizan inspección
No. de
Acreditación |
Organismo de
Evaluación de la Conformidad OEC |
Alcance de la
acreditación |
Fecha de
vigencia |
Dirección,
e-mail, teléfono y fax |
OI-020-A01, C, vigente. |
Grupo Lauher, S.A. |
Ver Alcance de Acreditación OI-020-A01
(www.eca.or.cr) |
Ampliación a partir del 10 de Junio del 2014 y de manera indefinida de acuerdo al Artículo 11 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento; publicado en La
Gaceta #94 del 19 de Mayo del 2014 |
Dirección: Florencia de San Carlos, 30 mts
suroeste de la plaza de deportes, entrada a Pénjamo casa esquinera e-mail bhernandez@grupolauher.com;
behernandez@cfia.or.cr;
jcperez@grupolauher.com; Teléfono
8320-25-74 / 2475-6446 Fax
2475-6590 |
San
José, 7 julio del 2014.—Máster Maritza Madriz P.,
Gerente General.—1 vez.—(IN2014046387).
Edicto 0029-014.—Para los
fines consiguientes el Departamento de Patentes de la Municipalidad de Montes
de Oca, hace saber que, Parqueo Público Plaza Mayor cédula jurídica número
3-101-99906, ha presentado solicitud de traspaso de la Patente Comercial Nº
7355, a nombre de Parqueo Público Guadalupe S. A., cédula 3-101-146848. La
Municipalidad de Montes de Oca otorga 8 días naturales de plazo a partir de
esta publicación para presentar objeciones.
San
Pedro de Montes de Oca, 30 de junio del 2014.—Departamento
de Patentes.—Liliana Barrantes Elizondo, Jefa.—Melania Solano Coto.—1
vez.—(IN2014045946).
El
Concejo Municipal de San Carlos en su sesión ordinaria celebrada el lunes 14 de
julio del 2014, en el salón de sesiones de esta Municipalidad, mediante
artículo N° 13, inciso 10, acta N° 41, acordó: Convocar a audiencia pública el
miércoles 20 de agosto del 2014, en el Salón de Sesiones ubicado en calle
central, avenida 2, en Ciudad Quesada, a partir de las 18:00 horas, a fin de
exponer las tarifas del Servicio de Aseo de Vías, Sitios Públicos y
Mantenimiento de Parques y Ornato. Votación unánime. Acuerdo definitivamente
aprobado.—Lic. Alejandra Bustamente Segura, Secretaria
del Consejo Municipal.—1 vez.—(IN2014047642).
Por acuerdo del
Concejo Municipal de Paraíso en la Sesión Ordinaria N° 298 del 4 de marzo del
2014, artículo 02, inciso 01 se aprueba la siguiente tarifa mensual para el
Servicio de Tratamiento de Aguas Residuales en la comunidad de Llanos de Santa
Lucía, Distrito V del Cantón de Paraíso.
Categoría |
Tarifa en colones |
Domiciliar |
2.500 |
Ordinaria |
3.700 |
Proveeduría
Municipal.—Ing. Omar Chavarría Cordero, Jefe.—1
vez.—(IN2014046671).
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
Acuerdo tomado en la Sesión Ordinaria Nº 0211-2012
del
19-11-2012, en el Artículo V, Según Oficio
SCM-3043-2012 del 22-11-2012
La Municipalidad
de Heredia, hace saber a quién interese que en el Cementerio Central, existe un
derecho a nombre de la Familia Víquez Jiménez, que la conforman 12 hermanos y
la señora madre de ellos, los cuales en común acuerdo solicitan que se
actualice el arrendatario y que se nombre beneficiarios, indicándose así:
Arrendatario: Edgar Leonardo Víquez Jiménez céd. Nº 4-116-568
Beneficiarios: Ma Isabel Jiménez Carmona céd. Nº 4-049-009
Mario
Alb. Víquez Jiménez céd. Nº
4-090-049
Eduardo
Víquez Jiménez, céd. Nº
4-092-825
Ana
Cecilia Víquez Jiménez céd. Nº
4-095-573
Fernando
Víquez Jiménez céd. Nº
4-103-028
Manuel
Ant. Víquez Jiménez céd. Nº
4-103-029
Alfredo
Víquez Jiménez céd. Nº 4-106-1117
Liliana
Víquez Jiménez céd. Nº
4-110-875
Alex
Jesús Víquez Jiménez ced Nº
4-122-472
Yolanda
Víquez Jiménez ced Nº
4-130-551
Dorothy
Elaine Víquez Jiménez céd. Nº 4-137-042
Gabriel
Gdo. Víquez Jiménez céd. Nº
4-141-455
Lote Nº 03 Bloque
O, con una medida de 9 metros cuadrados, para 6 nichos, solicitud Nº 2371
recibo Nº 22759, inscrito en Folio 72 Libro 1, el cual fue adquirido el 22 de
setiembre de 1978.
El mismo se
encuentra a nombre del Familia Víquez Jiménez, datos confirmados según
constancia extendida por nuestro Departamento de Rentas y Cobranzas de fecha
12-07-2012.
Se emplaza por 30
días a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se
apersone a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Heredia, a
fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecha a
nombre de la patente
Rentas y
Cobranzas.—Lic. Hellen Bonilla Gutiérrez, Jefa.— 1 vez.—(IN2014046920).
ANTURIOS DE ALTURA BIJAGUA S. A.
De conformidad
con el artículo 170 y concordantes del Código de Comercio, se convoca a los
accionistas de Anturios de Altura Bijagua S. A., a la asamblea general
extraordinaria, que tendrá lugar en el domicilio social, en San José, Montes de
Oca, del Cristo de Sabanilla 800 metros al este y 150 metros al sur,
Residencial El Portón del Cafetal, casa número 6, a las 17:00 horas del día
jueves 18 de agosto del 2014. Agenda: Punto 1°: Informe de los Directivos;
Punto 2°: Disolución de la sociedad. De no haber quórum a la hora señalada, la
asamblea se efectuará en segunda convocatoria a las 18:00 horas del mismo día,
con cualquier número de concurrentes.—San José, 16 de
julio del 2014.—Ole Dahlerup Mengel, Presidente y socio.—1 vez.—(IN2014047659).
FRAGATA REAL S. A.
La junta directiva de Fragata Real S. A., convoca a todos los socios a
la asamblea general ordinaria y extraordinaria, que se realizará el sábado 30
de agosto del 2014, en la oficina en la ciudad de Liberia, costado este de los
Tribunales de Justicia, edificio blanco de dos plantas. Primera convocatoria a
las 9:00 a. m., segunda convocatoria a las 9:30 a. m. Agenda: Aprobación del
quórum con las acciones de cada socio. 1) Cambio de domicilio social. 2)
Nombramientos de junta directiva. 3) Informe del estado de la sociedad. 4) Autorización
al presidente para la venta de derecho de uso de suelo de un inmueble en zona
marítima. 5) Autorización para la adquisición de crédito revolutivo ante la
entidad financiera que más convenga con garantía hipotecaria. 6) Aumento de
capital social. 7) Asuntos varios. Cierre de Asamblea. Convocatoria asamblea
ordinaria y extraordinaria.—Édgar Miranda Jaén,
Presidente.—1 vez.—(IN2014047820).
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
UNIVERSIDAD
FLORENCIO DEL CASTILLO
La Universidad Florencio del Castillo, solicita
reposición del título por extravío del original de la estudiante Anny Duarte
Valverde, cédula de identidad uno-mil noventa y ocho-ochocientos ochenta y
ocho, quien opto por el título de Bachillerato en Ciencias de la Educación con
Énfasis en I y II Ciclo. Se publica este edicto para escuchar oposiciones
dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de la tercera publicación.—Cartago, al ser las ocho horas del nueve de julio del dos
mil catorce.—Rectoría.—Lic. Cristian Chinchilla Monge.—(IN2014045751).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
GOLDEN BRICK S. A.
Golden
Brick S. A. cédula de persona jurídica 3-101-403118 comunica, de conformidad
con el artículo 689 del Código de Comercio, que a solicitud de sus
propietarios, sus personeros procederán a emitir nuevos títulos accionarios,
por haberse extraviado los actuales. En virtud de lo anterior, se otorga el
plazo de un mes, para que cualquier interesado, poseedor o propietario del
título, se presente ante la notaria pública de la licenciada Heleen Villalobos
Brenes, ubicada en avenida Escazú, Torre Starbucks, cuarto piso, oficinas de
ICS Abogados, para hacer valer sus derechos, oponerse a la emisión de nuevos
títulos, o dar aviso del paradero de los documentos extraviados. Es todo.—Lic. Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—(IN2014046723).
ADITEC QUÍMICOS E INSTALACIONES S. A.
Aditec
Químicos e Instalaciones S. A. cédula de persona jurídica número 3-101-379431
comunica, de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, que a
solicitud de sus propietarios, sus personeros procederán a emitir nuevos
títulos accionarios, por haberse extraviado los actuales. En virtud de lo
anterior, se otorga el plazo de un mes, para que cualquier interesado, poseedor
o propietario del título, se presente ante la notaria pública de la licenciada
Heleen Villalobos Brenes, ubicada en avenida Escazú, Torre Starbucks, cuarto
piso, oficinas de ICS Abogados, para hacer valer sus derechos, oponerse a la
emisión de nuevos títulos, o dar aviso del paradero de los documentos
extraviados. Es todo.—Lic. Heleen Villalobos Brenes,
Notaria.—(IN2014046724).
PROPIEDADES TARANCON INC. S. A.
Propiedades
Tarancon Inc. S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-420406 comunica,
de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, que a solicitud de
sus propietarios, sus personeros procederán a emitir nuevos títulos
accionarios, por haberse extraviado los actuales. En virtud de lo anterior, se
otorga el plazo de un mes, para que cualquier interesado, poseedor o
propietario del título, se presente ante la notaria pública de la licenciada
Heleen Villalobos Brenes, ubicada en Avenida Escazú, Torre Starbucks, cuarto
piso, oficinas de ICS Abogados, para hacer valer sus derechos, oponerse a la
emisión de nuevos títulos, o dar aviso del paradero de los documentos
extraviados. Es todo.—Lic. Heleen Villalobos Brenes,
Notaria.—(IN2014046725).
PROPIEDADES BENAMARCA INC S. A.
Propiedades
Benamarca Inc. S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-420590 comunica,
de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, que a solicitud de
sus propietarios, sus personeros procederán a emitir nuevos títulos
accionarios, por haberse extraviado los actuales. En virtud de lo anterior, se
otorga el plazo de un mes, para que cualquier interesado, poseedor o
propietario del título, se presente ante la notaria pública de la licenciada
Heleen Villalobos Brenes, ubicada en avenida Escazú, Torre Starbucks, cuarto
piso, oficinas de ICS Abogados, para hacer valer sus derechos oponerse a la
emisión de nuevos títulos, o dar aviso del paradero de los documentos
extraviados. Es todo.—Lic. Heleen Villalobos Brenes,
Notaria.—(IN2014046726).
CONSTRUCTORA MELTZER S. A.
Constructora
Meltzer S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-006315 comunica, de
conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, que a solicitud de sus
propietarios, sus personeros procederán a emitir nuevos títulos accionarios,
por haberse extraviado los actuales. En virtud de lo anterior, se otorga el
plazo de un mes, para que cualquier interesado, poseedor o propietario del
título, se presente ante la notaria pública de la licenciada Heleen Villalobos
Brenes, ubicada en avenida Escazú, Torre Starbucks, cuarto piso, oficinas de
ICS Abogados, para hacer valer sus derechos, oponerse a la e s títulos, o dar
aviso del paradero de los documentos extraviados. Es todo.—Lic.
Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—(IN2014046727).
TRES-CIENTO UNO-SEISCIENTOS SESENTA Y
SEIS
MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO
SOCIEDAD ANÓNIMA
Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Sesenta y Seis Mil Setecientos Sesenta y Ocho Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-666768, solicita ante el Departamento de Propiedad
Horizontal, del Registro Nacional, la reposición del Libro uno de Actas de
Asamblea de Condóminos, del Libro uno de Actas de Junta Directiva, y del Libro
uno de Caja del Condominio denominado Condominio Horizontal Residencial de
Fincas Filiales Primarias Individualizadas La Punta, cuya cédula jurídica es
3-109-467654 y cuya finca Matriz es la finca del Partido de Guanacaste,
matrícula 2365-M-000. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición
ante el Departamento de Propiedad Horizontal, del Registro Nacional.—Lic. Warren Corrales Castillo, Notario.—(IN2014046957).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
TRANSPORTES PRIVADOS NACIONALES
TRANSPRINASA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Javier
Moisés Morote Moreno en su condición de Presidente y representante legal de la
empresa Transportes Privados Nacionales Transprinasa Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y tres mil ciento cincuenta y seis,
domiciliada en San José, parqueo Borumba, avenida tres, calles seis y ocho
solicita al Registro Público, Sección Mercantil la reposición de los libros de
socios, de Asamblea General y de Junta Directiva por extravío.—San José, quince
de julio del dos mil catorce.—Javier Moisés Morote Moreno, Presidente.—1
vez.—(IN2014045937).
COLEGIO DE PROFESIONALES EN
CRIMINOLOGÍA
DE COSTA RICA
A las siguientes personas se les
comunica por segunda vez, que según nuestros registros al 20 de junio del 2014,
se encuentran con seis o más meses de morosidad. Transcurridos 10 días hábiles
contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan publicados en el
Diario Oficial La Gaceta, de no cancelar la suma adeudada o firmar un
arreglo de pago, se iniciará el proceso administrativo o judicial según
corresponda. Al mismo tiempo se les recuerda que este trámite tiene como
consecuencia la inhabilitación para el ejercicio legal de la profesión en
cumplimiento del artículo 40 de la Ley 8831. En caso de haber regulado su
situación le solicitamos comunicarlo a nuestro colegio profesional y hacer caso
omiso a lo indicado en esta publicación.
Carné |
Nombre
completo |
Cédula |
||
0009 |
Abarca |
Elizondo |
María de los
Ángeles |
111210017 |
0979 |
Acosta |
Alvarado |
Dayanna |
205900629 |
0606 |
Aguilar |
Zúñiga |
Nicole |
113550629 |
0659 |
Alpízar |
Flores |
Ólger Eduardo |
206380321 |
1012 |
Araya |
Chacón |
Laura |
112080748 |
0517 |
Araya |
Soto |
Róger |
109210120 |
0833 |
Arrollo |
Mata |
Carolina |
206160646 |
0706 |
Ávalos |
Calderón |
Johnny Esteban |
114840268 |
0574 |
Ávila |
Méndez |
Eduardo Adolfo |
114110637 |
0579 |
Azofeifa |
Aguilar |
Huberth Gabriel |
111360258 |
0990 |
Barboza |
Madrigal |
Connie |
114490143 |
1006 |
Barquero |
Morales |
Elioth Steven |
304490883 |
0341 |
Barrantes |
Guillén |
Katherine Isabel |
401770639 |
0262 |
Benavides |
Ramírez |
Roy Alonso |
205580217 |
0672 |
Boza |
Masís |
Raúl |
111740911 |
0884 |
Brenes |
Núñez |
Kembly Francinie |
113850140 |
0040 |
Brown |
Jiménez |
Kevin Alonso |
112170571 |
0041 |
Bustamante |
López |
Diana |
111200004 |
0863 |
Bustos |
Rosales |
Alan |
503160642 |
0668 |
Byfield |
Gregory |
Willie |
700760805 |
0816 |
Calderón |
Martínez |
Karla Paola |
304510733 |
0705 |
Calero |
Brenes |
Christian |
111620130 |
0045 |
Calvo |
Gómez |
Christian Mauricio |
109360480 |
0048 |
Calvo |
Ramírez |
Hugo Efraín |
303770045 |
0615 |
Calvo |
Ramírez |
Edgar Eduardo |
107080342 |
0051 |
Camacho |
Pacheco |
José Luis |
106390851 |
0733 |
Camacho |
Rojas |
Giovanni Adolfo |
303120958 |
0784 |
Cambronero |
Castellón |
Zaida |
109360659 |
0053 |
Campos |
Blanco |
Haydee Judith |
113210022 |
0364 |
Campos |
Elizondo |
Stephanie |
112650637 |
0873 |
Campos |
Víquez |
Maricela |
401590565 |
0544 |
Campos |
Rodríguez |
Juan Manuel |
113410108 |
0754 |
Carmona |
Quesada |
Paola Yorleny |
113070055 |
0545 |
Carvajal |
Chaves |
Andrés Miguel |
113450395 |
0648 |
Castaing |
Bustillos |
Francisco |
601510782 |
1046 |
Castillo |
Gutiérrez |
Cyrieli Monserrat |
113240615 |
0057 |
Castillo |
Segura |
Óscar Josué |
111120720 |
1022 |
Castro |
Rodríguez |
Alejandro Daniel |
113850085 |
0581 |
Castro |
Solís |
Paula Marcela |
113630540 |
0703 |
Ceba |
Salazar |
Dariella
Vanessa |
111630484 |
0395 |
Chacón |
Solórzano |
Pablo
Asdrubal |
112780588 |
0235 |
Chacón |
Cortes |
Reina de los
Ángeles |
503520200 |
0408 |
Chavarría |
Salazar |
Karla Pricila |
112760414 |
0779 |
Chaves |
Argüello |
Denia
Gabriela |
701610159 |
0732 |
Cordero |
Guzmán |
Luis |
304400350 |
0069 |
Córdoba |
Cruz |
Victor Hugo |
105930252 |
1036 |
Corrales |
Venegas |
Maribell de
los Ángeles |
401760807 |
0916 |
Corrales |
Guevara |
Luis Felipe |
113410736 |
0354 |
Damazzio |
Solano |
Emilia María |
106170888 |
0493 |
Delgado |
Cárdenas |
Carlos Ramón |
106890674 |
0577 |
Demmintt |
Rojas |
Marta
Alejandra |
112560521 |
0914 |
Díaz |
Monge |
Ana Cristina |
113910709 |
0337 |
Downs |
Espinoza |
Maribel |
155807737826 |
0618 |
Duarte |
Cerdas |
Iveth |
108770005 |
1008 |
Fallas |
Mata |
Jacqueline
Mercedes |
111000872 |
0881 |
Fernández |
Barboza |
Julio César |
203830054 |
0920 |
Fernández |
Martínez |
José Luis |
602670306 |
0838 |
Fernández |
Vásquez |
Laura |
114330470 |
0769 |
Gamboa |
Arguedas |
Wendy |
110130333 |
0399 |
García |
Arias |
Edi Gerardo |
112240084 |
0310 |
García |
Marín |
Grettel |
112600319 |
0831 |
Gómez |
Bolívar |
Jandall |
603660931 |
0092 |
González |
Gómez |
Eddy |
205040142 |
1043 |
González |
Solano |
María
Fernanda |
304440282 |
0817 |
González |
Vega |
Alexander
Gerardo |
304230609 |
0189 |
Granados |
Rodríguez |
Jennifer
Alejandra |
304110216 |
0245 |
Gutiérrez |
Granados |
Gerardo
Enrique |
304430092 |
1005 |
Henao |
Ladino |
Julián David |
800930654 |
0607 |
Hernández |
Brenes |
Angie
Gabriela |
303950272 |
0338 |
Hernández |
Ramírez |
Nancy Karina |
303530785 |
0790 |
Hernández |
Rodríguez |
Carol |
109440207 |
0608 |
Hernández |
Rojas |
Rodrigo |
110440009 |
0510 |
Hines |
Cavallini |
Shalimar
Paola |
701780499 |
0855 |
Hodgson |
Ramos |
Evelyn |
110360318 |
0883 |
Hudson |
Barboza |
Nathalie
Collette |
113460660 |
0394 |
Hurtado |
Madrigal |
Mauren
Cristina |
206330638 |
0538 |
Jara |
Meoño |
Adriana
Patricia |
112160805 |
0935 |
Jara |
Ordóñez |
Ana Lorena |
107260418 |
0538 |
Jara |
Meoño |
Adriana |
112160805 |
0108 |
Jimenéz |
Guzmán |
Verny
Mauricio |
111920176 |
0834 |
Lástres |
Roque |
Carlos
Alberto |
205790547 |
0726 |
Lobo |
Montero |
Miguel Ángel |
203300297 |
0872 |
López |
Briceño |
Sara Thifanny |
113190971 |
0780 |
López |
Romero |
Ericka |
113420171 |
0427 |
López |
Ureña |
Carlos
Alberto |
304170802 |
1086 |
López |
Brenes |
Joshua
Eusebio |
701710074 |
0432 |
Luna |
Alvarado |
Gonzalo |
110670331 |
0426 |
Marín |
Sandí |
Juan Carlos |
109330572 |
1077 |
Martínez |
Gómez |
Ivannia |
304170956 |
0908 |
Martínez |
Paniagua |
Linday |
113010829 |
0617 |
Matarrita |
Ortíz |
Gabriel |
601230836 |
0948 |
Medrano |
D’elia |
Paola |
111880312 |
0915 |
Meléndez |
Rodríguez |
Juan Pablo |
304250949 |
0999 |
Membreño |
Quintanilla |
José David |
503700709 |
0126 |
Méndez |
Córdoba |
Jeremy
Antonio |
603700875 |
1001 |
Méndez |
Sanabria |
Bolivar
Antonio |
108920857 |
1066 |
Mendoza |
Cárdenas |
Eskarle |
502760398 |
0635 |
Meneses |
Ryan |
Angie de los
Ángeles |
114230143 |
0991 |
Montenegro |
Loaiza |
Pablo Jesús |
113700554 |
0861 |
Montiel |
Gómez |
Jose Antonio |
502020080 |
0258 |
Montoya |
Avendaño |
Adrián |
603330965 |
0805 |
Montoya |
Vargas |
Víctor
Alexánder |
113050719 |
0639 |
Mora |
Arrieta |
Karen
Priscilla |
113430682 |
0483 |
Mora |
Salazar |
Susan Ines |
110860024 |
0231 |
Mora |
Quesada |
Karina |
113350289 |
0417 |
Moraga |
Granados |
Paula
Carolina |
304240469 |
0647 |
Morales |
Aguilar |
Lourdes
Vanessa |
112530458 |
0636 |
Moya |
Castro |
Allan Eduardo |
110030828 |
0724 |
Muñoz |
Núñez |
Roy Alejandro |
205810359 |
0851 |
Murillo |
Mejías |
Paula
Victoria |
114200567 |
0815 |
Navarro |
Hernández |
Miguel Jesús |
113690578 |
0698 |
Núñez |
Fennell |
Marleni |
602050891 |
0891 |
Olivas |
Quirós |
Abraham Josué |
114430361 |
0866 |
Palma |
Miranda |
Juan
Francisco |
110870865 |
0932 |
Paniagua |
León |
Jennifer
María |
206130210 |
0994 |
Peñaranda |
Campos |
Katherine
Daniela |
202010817 |
0788 |
Pérez |
Rodríguez |
Jaime |
107520179 |
0800 |
Picado |
Morera |
Karen |
603670722 |
0155 |
Piedra |
Ureña |
Dayner
Gerardo |
303430089 |
1055 |
Porras |
Valverde |
Ruth Merary |
115140056 |
0809 |
Rodríguez |
Carrillo |
Steven |
603200147 |
0720 |
Rodríguez |
Espinoza |
Natalia |
401960128 |
0496 |
Rodríguez |
Jaen |
Adriana |
111150846 |
0894 |
Rodríguez |
Quirós |
Melvin |
204830617 |
0690 |
Rojas |
Borbón |
Roberto
Alonso |
503430792 |
0176 |
Rojas |
Chaves |
Luis Fernando |
110910447 |
1023 |
Román |
Campos |
Carlos
Alberto |
109790562 |
0968 |
Ruíz |
Loría |
Greivin |
205060150 |
0848 |
Ruíz |
Sandí |
Randall
Rodrigo |
109620952 |
0683 |
Ruíz |
Vega |
Melissa María |
114670722 |
0714 |
Ruíz |
Zúñiga |
Willy |
204060666 |
0961 |
Salazar |
Alfaro |
Florinela |
113430823 |
1056 |
Salmerón |
Rodríguez |
Mario Enrique |
114460583 |
0186 |
Sanabria |
Gómez |
Luis
Guillermo |
109870116 |
0835 |
Sánchez |
Reyes |
Jorge Elias |
106850844 |
0827 |
Sandoval |
Espinoza |
Hensyl
Lizandra |
800980169 |
0969 |
Segura |
Carranza |
Ana Yency |
205800848 |
0997 |
Sequeira |
Cruz |
Jennifer |
112920204 |
0499 |
Sequeira |
Soto |
Rafael Martín |
110450743 |
0814 |
Silva |
Castro |
Roberto |
502750549 |
0370 |
Solano |
Arce |
Evelyn
Johanna |
111930769 |
0445 |
Torres |
Acuña |
Luis Gerardo |
603660587 |
0275 |
Torres |
Mora |
Carlos
Eduardo |
108240559 |
1002 |
Ureña |
Castro |
María Pamela |
113700340 |
0701 |
Ureña |
Sibaja |
Gerardo |
106070832 |
1011 |
Valverde |
Mora |
Tatiana María |
113190517 |
0553 |
Vargas |
Arguedas |
Jorge Eduardo |
109980998 |
0998 |
Vargas |
Arias |
Ana Catalina |
111430273 |
0605 |
Vargas |
Mayorga |
Gioconda |
503560536 |
0775 |
Vásquez |
Chacón |
Erick Eduardo |
603370699 |
0217 |
Vásquez |
Pacheco |
Bernal
Francisco |
202760051 |
0549 |
Vega |
Araya |
Juan Ignacio |
304180428 |
0222 |
Vega |
Mata |
Lorna
Catalina |
113920883 |
0604 |
Villalobos |
Rodríguez |
Esteban
Mauricio |
111070320 |
0664 |
Villalta |
Flores |
Paola |
111910204 |
0352 |
Víquez |
Rojas |
Esteban
Gerardo |
111790628 |
1091 |
Zúñiga |
Alfaro |
Julio |
206260591 |
0796 |
Zúñiga |
Arrieta |
Rosa Cristina |
304350164 |
0978 |
Zúñiga |
Hernández |
Lyn José |
114190417 |
0523 |
Zúñiga |
Ramírez |
Evelin |
503470211 |
Lic.
Alba María Solano Chacón, Presidenta.—Lic. Zaida
Montero Jiménez, Secretaria.—1 vez.—(IN2014045948).
CALZADO DEL BARCO S. A.
INVERSIONES OXÍGENO S M C SOCIEDAD
ANÓNIMA
El
suscrito notario hace saber que ante mi notaría, situada en San José, sita en
San Rafael de Escazú, Oficentro Meridiano, tercer piso BVSQ Abogados, se han
presentado por una parte Calzado del Barco S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-ochenta y seis mil seiscientos cuarenta y nueve, representada por Daniel
del Barco Gutiérrez, cédula de identidad número uno-seiscientos
tres-ochocientos noventa y dos, y por la otra parte Inversiones Oxígeno S M C
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y
nueve mil ciento veintinueve, representada por Ho Shum Tsang, conocido como
Esteban Shum Tsang, cédula de identidad número ocho-cero sesenta y
seis-novecientos cuarenta y dos; a fin de que se dé inicio al Proceso de
Transmisión del Establecimiento Mercantil denominado Calzado del Barco. Se cita
a los interesados para que dentro del plazo de quince días, concurran a hacer
valer sus derechos ante mi Notaría.—San José, nueve de
julio del dos mil catorce.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1 vez.—(IN2014045978).
GREEN RAINBOW SOCIEDAD ANÓNIMA
La compañía Green Rainbow Sociedad Anónima, cédula
jurídica: 3-101-412476, solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional, la asignación de número de legalización por extravió de los libros
número: uno de Asamblea General, Junta Directiva y Registro de Accionistas.
Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, dentro del término de ocho días
hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 2 de junio del
2014.—Johnnatan Arce Chinchilla, Presidente.—1 vez.—(IN2014046025).
ASOCIACIÓN CÁMARA NACIONAL DE
TRANSPORTES
Yo, Maritza Hernández Castañeda, mayor, divorciada,
Licenciada en Administración de Empresas, cédula de identidad número: cinco-ciento
noventa y cinco-cero setenta y tres, vecina de Heredia, en mi calidad de
apoderada generalísima sin límite de suma de la Asociación Cámara Nacional de
Transportes, cédula jurídica 3-002-061193, solicito al Departamento de
Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros
legales: Libro de Actas de Sesiones de Junta Directiva, Libro de Asociados,
Libros Contables: Mayor, Diario, Inventarios y Balances, los cuales fueron
extraviados. Se emplaza ocho días hábiles a partir de la publicación a
cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 13 de mayo del 2014.—Maritza Hernández
Castañeda, Apoderada Generalísima.—1 vez.—(IN2014046076).
HASMAG S. A.
Yo, Ivanhoe Arce García, mayor de edad, con cédula
de identidad número 1-667-740, divorciado, contador público, vecino de
Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, presidente con facultades de
Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada Hasmag S.
A., con cédula de persona jurídica número 3-101-551583, con domicilio social en
Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, en Supermercado Luperón,
detrás del Banco Nacional, indico lo siguiente: Que los libros legales y
contables de la sociedad que represento se extraviaron, por lo que se procederá
a la reposición de los mismos. Es todo.—Guanacaste, 08
de julio del 2014.—Ivanhoe Arce García, Presidente.—1 vez.—(IN2014046098).
MIGUEL CASTRO E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Ante
esta notaría, a las catorce horas del día sábado doce de julio del año dos mil
catorce, presentes: Césaro Castro Murillo, mayor, comerciante, casado una vez,
vecino de San Rafael de Poás de Alajuela, calle El Sitio, un kilómetro de la
entrada, con cédula de identidad número uno-ochocientos ochenta y siete-ochocientos
veintiuno, quien lo hace en condición de apoderado generalísimo sin límite de
suma, de la entidad denominada Miguel Castro e Hijos Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento veintiocho mil
novecientos sesenta y ocho, de lo que el suscrito notario da fe con vista de
las citas de inscripción tomo: setecientos treinta, folio: doscientos sesenta y
nueve, asiento: trescientos ochenta y nueve. Se cumple con el artículo catorce
del Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de Libros de
Sociedades Mercantiles, indicando que por motivo de extravío, se solicita la
reposición de los libros de Actas de Asamblea, Actas de Consejo de
Administración y Actas de Accionistas de su representada. San Rafael de Poás de
Alajuela, cien metros noroeste de la iglesia católica, sábado doce de julio del
dos mil catorce.—Lic. Nelson Antonio Gómez Barrantes,
Notario.—1 vez.—(IN2014046240).
GRUPO PEÑA IBÉRICA GPI, SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Por
extravío se ha iniciado el procedimiento de reposición de libros legales, de Grupo Peña Ibérica GPI, Sociedad
de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-500995. Oposiciones
al fax número 2283-0659, dentro del término de cinco días hábiles a partir de
la publicación de este aviso. Publíquese una vez para efectos de llevar a cabo
las diligencias de reposición.—San José, 15 de julio
del 2014.—Rodolfo Peña Salas, Apoderado.—(IN2014046276).
COLEGIO DE PROFESIONALES EN
CIENCIAS ECONÓMICAS DE COSTA RICA
La
Junta Directiva comunica a los colegiados suspendidos, Instituciones del Estado
y al público en general, que se acuerda suspender del ejercicio de la profesión
por morosidad a los siguientes colegiados, según Acuerdo Nº 3, de la Sesión
Ordinaria Nº 2461-2014, celebrada el 17 de febrero de 2014, de conformidad con
los artículos 35, inciso r) y 50 inciso b) de la Ley Nº 7105. Por lo anterior, dichos colegiados se
encuentran inhabilitados para ejercer la profesión y desempeñar puestos para
los cuales se requiere estar incorporado a este Colegio; así como recibir los
beneficios de plus salarial que otorgan las Instituciones del Estado, como la
“Dedicación Exclusiva” entre otros.
Queda en firme la suspensión del ejercicio de la profesión a partir de
esta publicación.
Nº |
Carné |
Nombre |
Cuotas Pendientes |
1 |
012633 |
Abarca
Morales Efraín Alberto |
8 |
2 |
021937 |
Alfaro
Coto Randall José |
7 |
3 |
018342 |
Alpízar
Badilla Yamileth Rocío |
8 |
4 |
008584 |
Amador
Soto Luis Rodolfo |
7 |
5 |
001998 |
Arias
Valle Alexander |
9 |
6 |
012751 |
Atencio
Cordero Carlos Enrique |
8 |
7 |
001915 |
Ávila
Arias Miguel Ángel |
7 |
8 |
022890 |
Barquero
Ulloa Humberto |
9 |
9 |
002655 |
Bejarano
Valverde Alberto |
8 |
10 |
023242 |
Bojorge
Santana Junior Isaac |
7 |
11 |
012563 |
Brenes
Cervantes Ivannia |
8 |
12 |
032340 |
Brenes
Rodríguez Melissa |
8 |
13 |
007998 |
Camacho
Castro Anette María |
9 |
14 |
028690 |
Camacho
Varela Roberto |
7 |
15 |
004368 |
Casares
Odio Carlos Alban |
8 |
16 |
013704 |
Cascante
Arias Jorge |
7 |
17 |
028045 |
Cascante
Manjarres Anamelba |
8 |
18 |
004875 |
Cerdas
Bockham Ronny |
8 |
19 |
012562 |
Cerdas
Murillo Boris Alban |
9 |
20 |
023723 |
Chacón Corrales Carolina Del Carmen |
9 |
21 |
031040 |
Chinchilla
Cascante Greddy |
9 |
22 |
010487 |
Corrales
Marín Marino Alonso |
9 |
23 |
027448 |
Cortes
Rivera Eduardo Esteban |
8 |
24 |
008497 |
Delgado
Artavia Carlos Alberto |
9 |
25 |
017128 |
Di
Leoni Escalante Maurizio |
8 |
26 |
032278 |
Duran
López Mauro Alejandro |
8 |
27 |
021245 |
Espinoza
Ramírez Grace Isabel |
7 |
28 |
019566 |
Fallas
Murillo Juan Carlos |
8 |
29 |
024595 |
Fernández
Marín Catalina |
7 |
30 |
032161 |
Granados
Barrantes Nilson Luis |
8 |
31 |
023914 |
Guerrero
Rojas Mauricio |
8 |
32 |
017712 |
Hernández
Ramos Erika |
7 |
33 |
029820 |
Hidalgo
Castillo Roberto Ali |
8 |
34 |
004461 |
Jiménez
Silva Sandra María |
8 |
35 |
020968 |
Lagos
Sánchez Alexander |
7 |
36 |
028575 |
Levell
Brown Roy William |
7 |
37 |
020471 |
López
León Gerardo |
9 |
38 |
026581 |
Madrigal
Díaz Wendy Alison |
7 |
39 |
001991 |
Madrigal
Quirós Jimmy Gerardo |
8 |
40 |
024047 |
Masis
Monge Carlos Alberto |
7 |
41 |
029775 |
Mena
Hernández Viviana |
7 |
42 |
008187 |
Méndez
Rodríguez Ana Lorena |
8 |
43 |
026772 |
Miranda
Tellez Freddy Alberto |
8 |
44 |
009667 |
Montero
Solano Jessica |
9 |
45 |
015917 |
Mora
Ramírez Gina María |
7 |
46 |
024001 |
Morales
Castrillo Federico |
7 |
47 |
017767 |
Murillo
Balladares Blanca Estela |
9 |
48 |
030109 |
Paniagua
Porras Carlos Alberto |
8 |
49 |
028387 |
Piedra
Monge Marisol |
9 |
50 |
009741 |
Quesada
Suarez Gustavo Adolfo |
9 |
51 |
018972 |
Ríos
Méndez Hellen |
8 |
52 |
027502 |
Robles
On Eimer Andrés |
8 |
53 |
014904 |
Rodríguez
Arguedas Francisco Javier |
8 |
54 |
013898 |
Rodríguez de la Peña Ileana |
10 |
55 |
014289 |
Rojas
Chacón Cricia Vanessa |
7 |
56 |
017495 |
Rojas
Hernández Manrique |
9 |
57 |
024475 |
Ruiz
Díaz Claudia Rosa |
8 |
58 |
029621 |
Sánchez
Chaves Keren Alexandra |
9 |
59 |
025066 |
Steller
Alfaro Eric Alberto |
7 |
60 |
030579 |
Tosso
Campos Christian |
7 |
61 |
015605 |
Valverde
Fallas Luis Alberto |
7 |
62 |
025391 |
Vargas
Castrillo Melissa |
8 |
63 |
003060 |
Vargas
Saborío José Mario |
7 |
64 |
010286 |
Villalobos
Castro Karol Eugenia |
9 |
65 |
006429 |
Villalobos
Villalobos José Enrique |
7 |
Lic.
Javier Francisco Vega Zúñiga, Fiscal.—Bach. Cinthya
Leandro Mora, Secretaria.—MBA. Zoila Víquez Ramírez,
Directora Ejecutiva, a. í.—1 vez.—(IN2014046301).
COLEGIO DE PROFESIONALES
EN CIENCIAS ECONÓMICAS
La
Junta Directiva del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica
Comunica que en
la Sesión Nᵒ 094-2014 de la Asamblea General Ordinaria, celebrada por
este Colegio, el día viernes 27 de junio de 2014, resultó electo como
Presidente para el período 2014-2016 el Licenciado Gerardo Gutiérrez
Villafuerte. Así mismo en Sesión Ordinaria Nᵒ 2488-2014, celebrada el
lunes 30 de junio de 2014, ante la ausencia definitiva del Vicepresidente en
tanto se realiza la elección correspondiente, se designó como Vicepresidente
pro témpore al Licenciado Juan Carlos Sebiani Serrano.
Lic.
Gerardo Gutiérrez Villafuerte, Presidente, Junta Directiva.—Bach.
Cynthia Leandro Mora, Secretaria, Junta Directiva.—MBA.
Zoila Víquez Ramírez, Directora Ejecutiva a. í..—1 vez.—(IN2014046302).
SELF DEFENSE TACTICS SOCIEDAD ANÓNIMA
Al ser las 10:00
horas del 31 de mayo del 2014, mediante escritura pública número ciento
cincuenta y ocho, de la suscrita notaria Katia Vanesa Araya Ramírez, la
sociedad Self Defense Tactics Sociedad Anónima, solicita la reposición por
extravío del libro de Registro de Accionistas, del Libro de Actas de Asamblea
General de Socios y del libro del Consejo de Administración.—San
José, 31 de mayo del 2014.—Lic. Katia Vanesa Araya Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2014046306).
PROPIEDADES CURCO SOCIEDAD ANÓNIMA
Mediante
escritura número doscientos cincuenta y cinco del tomo primero del protocolo de
la notaria Yanina Jiménez Ugalde, de las diez horas del cuatro de julio del año
en curso, ambos representantes sean Miguel Curco Martínez y Ana Karina Curco
Hernández de la sociedad Propiedades Curco Sociedad Anónima, número de cédula
jurídica 3-101-580278, se solicita reposición por extravió de los libros de
Registro de Socios, Actas de Asamblea de Socios y Actas del Consejo de
Administración.—Lic. Yanina Jiménez Ugalde, Notaria.—1 vez.—(IN2014046317).
PRINCESA MARINA SOCIEDAD ANÓNIMA
El
suscrito Asdrúbal Moreira Araya, cédula: cuatro- ciento nueve- cero sesenta y
seis, actuando en mi condición de presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma de Princesa Marina Sociedad Anónima, con cédula
de persona jurídica tres - ciento uno - ciento seis mil novecientos cincuenta y
ocho, indico que por extravío, se está tramitando la reposición del libro de
registro de accionistas y de junta directiva que lleva la sociedad. Por lo que
con el fin de seguir el procedimiento de ley, se emplaza por el termino de ocho
días a cualquier interesado para que presente oposición en el domicilio social
de la empresa en Heredia-Santa Bárbara, San Juan, costado sur de la plaza de
deportes. Es todo.—Heredia, diez horas del dieciséis
de julio de dos mil catorce.—Asdrúbal Moreira Araya, Presidente.—1
vez.—(IN2014046340).
ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL
ACUEDUCTO
Y ALCANTARILLADO SANITARIO DE AGRIMAGA
DE RÍO JIMÉNEZ DE GUÁCIMO
Nosotros,
Emilce María Arguedas Madrigal, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 6-0115-0877;
en calidad de tesorera, y Gilberto Chaves Rivera, mayor, soltero en unión
libre, agricultor, cédula 1-03870877, ambos vecinos de Agrimaga de Río Jiménez
de Guácimo, en calidad de vicepresidente de la Asociación Administradora del
Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Agrimaga de Rio Jiménez de Guácimo,
cédula jurídica 3-002-618110, solicitamos al Departamento de Asociaciones del
Registro de Persona Jurídicas la reposición de los libros: Actas de Asamblea
General, Actas de Junta Directiva, Registro de Asociados todos número uno, los
cuáles fueron extraviados, se emplaza por 8 días a partir de la publicación a
cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de
Asociaciones.—Guácimo a las 15:00 horas del 5 de marzo del 2014.—Emilce María
Arguedas Madrigal, Tesorera.—Gilberto Chaves Rivera Vicepresidente.—1
vez.—(IN2014046347).
ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA-
ACUEDUCTO LA ALEGRÍA
Yo, José Ramón Quirós Otárola, cédula de identidad
número tres-doscientos sesenta y nueve-novecientos setenta y tres, en mi
calidad de presidente y representante legal de la Asociación
Administradora-Acueducto La Alegría, cédula de persona jurídica tres-cero cero
dos tres ocho cinco dos tres cuatro, solicito al Departamento de Asociaciones
del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los siguientes, libros
todos, número uno, de actas de Asamblea General, Inventario y Balance, Diario,
Mayor, los cuales, fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a
partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el
Registro de Asociaciones. Es todo.—Dieciséis de julio
del año dos mil catorce.—José Ramón Quirós Otárola, Presidente.—1
vez.—(IN2014046376).
LUNA DE SANTA ANA S. A.
El suscrito Jorge
Chavarría Sanabria, mayor, casado dos veces, empresario, vecino de Santa Ana,
de la Cruz Roja cincuenta oeste y trescientos sur, portador de la cédula de
identidad número tres-doscientos sesenta-cuatrocientos sesenta y nueve y dice
que debidamente ha percibido de la gravedad y transcendencia así como de las
penas con que se sancionan el delito de perjurio declaro bajo fe y juramente
que: es el único accionista y dueño de la totalidad del capital social de la
compañía denominada Luna de Santa Ana S. A., cédula jurídica número
3-101-465498. Que extravió el libro de Asamblea General de dicha compañía que
esta realizando la reposición del mismo. Que cita a todos los interesados por
el plazo de Ley. Es todo.—Santa Ana, 15 de julio del
2014.—Jorge Chavarría Sanabria.—1 vez.—(IN2014046500).
ASOCIACIÓN HOGAR SALVANDO AL
ALCOHÓLICO ROBERTO SOTO GATGENS
Yo
Édgar Araya Solano, cédula de identidad número 1-0360- 0739 en mi calidad de
presidente y Representante Legal de la Asociación Hogar Salvando al Alcohólico
Roberto Soto Gatgens cédula jurídica: 3-002-061546 solicito al Departamento de
Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros
contables, Diario N° 2, Mayor N° 2 e Inventarios y Balances N° 2, los cuales
fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación
a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 16 de julio del 2014.—Édgar Araya Solano,
Presidente y Representante Legal.—1 vez.—(IN2014046790).
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
A las
siguientes personas se les comunica que una vez realizada la gestión
administrativa de cobro, con corte al 31 de mayo 2014, tal como lo establece la
política POL/PRO-COB04 Gestión de Cobros, Suspensión y Levantamiento de
Suspensión, y según nuestros registros al 14 de julio 2014, aún se encuentran
morosos. Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la fecha en que
sus nombres aparezcan en esta publicación, de no cancelar la suma adeudada o
firmar un arreglo de pago, se iniciará el proceso administrativo, al mismo
tiempo se les recuerda que este trámite tiene como consecuencia la
inhabilitación para el ejercicio legal de la profesión. Si al momento de la
publicación ya realizó el pago respectivo, favor hacer caso omiso a la misma.
Nombre |
Cédula |
Aguilar Araya María Isabel |
106400181 |
Alfaro Faeth Gina Zulay |
205750940 |
Álvarez Calvo José Luis |
109790419 |
Álvarez Figueroa Jeannette Cecilia |
202800384 |
Álvarez López María Jeannethe |
122200124009 |
Amador Centeno Susana Rosa |
104111378 |
Araya Guillén Carlos |
103430121 |
Arley Fonseca Margot |
701440943 |
Arrieta Méndez María Laura |
110600242 |
Barquero Sancho Laura |
107170658 |
Barquero Villalobos Marani |
110600381 |
Barrantes Chaves Elizabeth |
900290582 |
Barrantes Ureña Eraclides |
602570889 |
Bennett Thomas Sindy May |
108180018 |
Berrocal Saborío Carolina |
109470574 |
Berrocal Sánchez Alba |
105110594 |
Blanc Masías Marcelo |
800510046 |
Blanco Montero José Bernarddo |
103120124 |
Brenes Arroyo Ileana María |
109540107 |
Burke Peterkin Jennifer |
701160854 |
Calderón Gómez María Élida |
102670731 |
Campos Zamora Xinia Amelia |
110650038 |
Carmona Vega Deniss Paola |
109890271 |
Casasa Núñez Laura |
109460164 |
Casasola Orozco Adriana |
105030580 |
Castillo Borbón Karen |
109320029 |
Chacón Masís Guillermo |
107500677 |
Chavarría Quesada María Yadit |
109310735 |
Cordero Picado Sonia |
106460336 |
Coto Solís Gilberth |
109560171 |
Cubillo Jiménez Cindy |
111090083 |
Delcore Domínguez Loredanna |
900970586 |
Delgado León Juan Oviedo |
900630669 |
Díaz Mondragón Leda María |
104021184 |
Elliot Ruiz Wilbert |
603620934 |
Espinoza Espinoza Paola |
110800855 |
Espinoza Garro Jenny |
107370929 |
Espinoza Selva Marvin de Jesús |
800650651 |
Esquivel Venegas Kattia |
108450493 |
Fallas Monge Ida Virginia |
107020585 |
Flores Flores Laxira |
155811008128 |
Gómez Barrantes Andrea de los Ángeles |
110110287 |
Gómez Cartín Jeffry |
110400908 |
Gómez Ramírez Raquel |
110040272 |
González Murillo Vivian |
503260619 |
González Pérez Olman Eduardo |
105450824 |
Herrera Zúñiga Zaida María |
104570771 |
Jiménez Zúñiga Adriana |
603620237 |
Juárez Grijalba Monserrath |
108650356 |
Leitón Gómez Marvin Alberto |
107760761 |
Mata Fernández Jorge Mario |
110100473 |
Mauricio Abad Conrado Eduardo |
160400137500 |
Méndez Zamora Kattia |
107940944 |
Molinari Vindas Gili |
110380043 |
Monge Herrera José Daniel |
104111264 |
Monge Sánchez Elizabeth |
106520314 |
Montero Jiménez Emilia María |
105500475 |
Moody Bernard Lerline Sheran |
700790881 |
Moreno Artal Edith Del Carmen |
800720981 |
Moreno Quintero Nubia Cecilia |
117001107032 |
Moya Pérez Ana Cecilia |
109040341 |
Muñante Fernández María Gabriela |
800500806 |
Murillo Fernández Mac Arturo |
105690565 |
Navarro Gómez Carlos |
110200531 |
Núñez Delgado Floribeth |
104790772 |
Ortiz Rodríguez Gabriela |
109690649 |
Oviedo Villegas Mónica |
901040606 |
Palacios Palacios Rebeca |
110960599 |
Palma Cabezas Marco Antonio |
110150999 |
Peña Matarrita Blas |
602350964 |
Peralta Valverde Adriana Patricia |
111130189 |
Pérez Carrillo Walter Mauricio |
112640629 |
Pérez Gómez Claudia María |
800690585 |
Pérez Mora Jacqueline Patricia |
110950833 |
Pérez Rodríguez Priscila de los Ángeles |
304260681 |
Portillo Pleitez Sofía Delsy |
122200130329 |
Raygada Ramos David Gabriel |
110270514 |
Rivas Mejías Sergio Javier |
155802261221 |
Rodríguez Barrantes Karina |
109700575 |
Rodríguez Madriz Rita Patricia |
107260054 |
Rubio Carmona Karen |
108410249 |
Ruiz Rodríguez Karol Cristina |
110950736 |
Salas Marchena Karla Vanessa |
401900177 |
Sanabria Carranza Evelyn |
602540019 |
Sanabria Rivera María de los Ángeles |
104240233 |
Solano Solano Marcia |
108630328 |
Stoyanova Ivanova Shinka |
71212413715 |
Trejos Chacón Kristel |
603400297 |
Ugalde Delgado Kembly Vanessa |
602840424 |
Ulloa Corrales María Alejandra |
105270321 |
Ulloa Porras Rosa María |
104920777 |
Uzaga Carrasquilla Jorge |
105220347 |
Vasconcelos González Shirley Virginia |
700920583 |
Vega Álvarez Alejandro |
103870495 |
Villalta Castañeda Ana Valeza |
105160508 |
Vindas García Viuty Yausela |
110020092 |
Yepes Garcés Ana Milena |
800680123 |
Zúñiga Rivera Kattia Elena |
110310815 |
MSc.
Lilliam González Castro, Presidenta Junta Directiva.—MSc.
Magda Rojas Saborío, Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—(IN2014046814).
EL ORIENTE DE GIBRALTAR CR
SOCIEDAD ANÓNIMA
En escritura pública número veintisiete de las quince horas del
dieciocho de Julio del dos mil catorce, se presentó Francisco González Vargas
en su calidad de Presidente, a solicitar reposición de libro de la sociedad El
Oriente de Gibraltar CR Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento
uno-trescientos sesenta y siete mil setenta y cuatro. Es todo.—San
José, veintiuno de julio del dos mil catorce.—Francisco González Vargas,
Presidente.—1 vez.—(IN2014046895).
ACADEMIA DE AVENTURA SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Alessandro
Maria Dal Bello, de un único apellido en razón de mi nacionalidad Italiana,
mayor de edad, casado una vez, Empresario, vecino de San José, San Rafael de
Escazú, Torre Bellavista del Oeste, cien metros al sur y cincuenta metros al
oeste del Centro Comercial Paco, portador de la cédula de residencia costarricense
número uno tres ocho cero cero cero cero nueve seis uno dos siete, en mi
condición de secretario, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma, de la sociedad Academia de Aventura Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos sesenta y tres mil
trescientos noventa y dos, solicito al Departamento de Personas Jurídicas del
Registro Público la reposición del Libro de Registro de Accionistas, el Libro
de Actas de Asamblea General de Socios y el Libro de Actas de Junta Directiva
de mi representada, debido al extravío de los mismos. Se emplaza por ocho días
hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír
objeciones ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público.—San José, 21 de julio del 2014.—Alessandro Maria Dal
Bello.—1 vez.—(IN2014046906).
CUORE ITALIANO SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Alessandro
María Dal Bello, de un único apellido en razón de mi nacionalidad italiana,
mayor de edad, casado una vez, Empresario, vecino de San José, San Rafael de
Escazú, Torre Bellavista del Oeste, cien metros al sur y cincuenta metros al
oeste del Centro Comercial Paco, portador de la cédula de residencia
costarricense número uno tres ocho cero cero cero cero nueve seis uno dos
siete, en mi condición de presidente, con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma, de la sociedad Cuore Italiano Sociedad Anónima, con cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos sesenta y tres mil
doscientos dieciocho, solicito al Departamento de Personas Jurídicas del
Registro Público la reposición del Libro de Registro de Accionistas, el Libro
de Actas de Asamblea General de Socios y el Libro de Actas de Junta Directiva
de mi representada, debido al extravío de los mismos. Se emplaza por ocho días
hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír
objeciones ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público.—San José, 21 de julio del 2014.—Alessandro María Dal
Bello.—1 vez.—(IN2014046908).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Por escritura
otorgada ante mí, Laura Virginia Baltodano Acuña, el día 18 de julio del 2014,
Comercializadora Farma Bienestar Sociedad Anónima, con cédula jurídica
tres-ciento uno-quinientos veintinueve mil ochocientos sesenta y ocho, vende el
establecimiento mercantil denominado Farmacia
Ballestero el cual es negocio de venta y comercialización de medicamentos
farmacéuticos ubicado en Curridabat, frente a la Sucursal BAC San José;
contiguo plaza Domus, a la sociedad Homan Consulting Sociedad Anónima, con
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta mil noventa y
ocho. Se cita a los acreedores e interesados para los efectos del artículo 479
del Código de Comercio, se presenten en el término de 15 días contados a partir
de este aviso, para hacer valer sus derechos. Actúa como depositario del precio
la Licenciada Laura Virginia Baltodano Acuña con domicilio en San José, Montes
de Oca, San Pedro, Los Yoses, Barrio Dent, doscientos cincuenta metros norte de
Grupo Q, contiguo al Hotel Jade, Bufete Alpha Legal.—Lic.
Laura Virginia Baltodano Acuña, Notaria.—1
vez.—(IN2014046868).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por
escritura otorgada a las quince horas ante esta notaría el día de catorce de
julio del año dos mil catorce, se protocoliza acta de la sociedad Agencia de
Viajes Visite Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-doscientos treinta y un mil ochocientos cincuenta y
ocho, donde se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo
referentes respectivamente al domicilio social y a la representación de la
sociedad, y se realizan nuevos nombramientos de junta directiva y fiscal.—San
José, quince de julio de dos mil catorce.—Lic. Federico Altamura Arce, Notario.—1 vez.—(IN2014045875).
Ante mi notaría al ser las 10:00 horas del 15 de
julio del 2014, mediante escritura número 307 del protocolo número 12 de la
suscrita notaria, se protocolizó acta de la firma Comercializadora Lara
Tropicals Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-593148. Mediante la
cual se acuerda reformar la cláusula primera de sus estatutos. Presidente:
Martín Lara Rodríguez, cédula N° 2-329-934.—Lic.
Viviana Villalobos Campos, Notaria.—1
vez.—(IN2014045878).
Ante esta notaria por escritura número 15 de las
13:00 horas del día 15 de julio del 2014 se protocolizó actas de asamblea
general extraordinarias de cuotista de la sociedad Tres-Ciento Uno-
Seiscientos Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta y Nueve Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Donde se procede a modificación cláusulas 2 y 6 de la
representación y se nombre nuevos gerentes.—Alajuela,
15 de julio del 2014.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1
vez.—(IN2014045879).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 09/07/2014, protocolicé acta
de asamblea de socios de Inmobiliaria TMF S. A., mediante la cual se
modifica la cláusula segunda de sus estatutos, cambiándose el domicilio social.—Lic. Guido Soto Quesada, Notario.—1
vez.—(IN2014045880).
Mediante
escritura número 253 otorgada ante esta notaría a las catorce horas del 14 de
julio del año dos mil catorce, se nombró presidente y tesorero de la sociedad Tamasol
MJD S. A.—Villarreal, catorce de julio del dos mil catorce.—Jill Corrales
Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2014045882).
Por
medio de la escritura número ciento ochenta, otorgada a las ocho horas del día
quince de julio del año dos mil catorce, ante esta notaría, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Center Red
Neck Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula segunda
del domicilio, la novena a la administración y representación se revoca el
nombramiento de los miembros de la junta directiva, del fiscal y agente
residente y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel
Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2014045883).
El
suscrito notario hace constar que protocolizó el acta número dos de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad: Hermozza
Consultores S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda
(domicilio) y sexta (administración).—San José, quince
de julio del dos mil catorce.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014045884).
Por
escritura otorgada a las 14:00 horas del 1° de julio del 2014, ante esta
notaría, se disuelve la sociedad: Credi Q Holding S. A.—San José, 14 de julio del
2014.—Msc. Frank Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—(IN2014045887).
Ante
esta notaría, al ser las diez horas del once de julio del dos mil catorce, se
protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad: Montala de Ezekiel S.
A., donde se acordó modificar la cláusula quinta del capital social donde
se acordó aumentar a ochenta y cinco millones seiscientos cuarenta y seis mil
colones representado por cien acciones de ochocientos cincuenta y seis mil
cuatrocientos sesenta colones cada una; la cláusula segunda del domicilio y
revoco poder generalísimo. Presidente: Andrew Martín Weistein.—Ciudad
Colón, quince de julio del dos mil catorce.—Lic. Stanley Mejía Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014045888).
Ante esta
notaría, al ser las nueve horas treinta minutos del once de julio del dos mil
catorce, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad: Dconstruct
Poroperties SRL, donde se acordó modificar la cláusula octava de la
administración, y se nombró nuevo subgerente. Gerente: Cameron David Smith.—Ciudad Colón, quince de julio del dos mil catorce.—Lic.
Stanley Mejía Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014045889).
En esta notaría,
se hace constar que a las 18:00 horas del día 10 de junio del 2014, se ha
reformado la junta directiva, representación y domicilio de la sociedad: Corporación
Hermanos Guzmán Zeledón S. A. Presidente: José Adrián Guzmán Zeledón.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1
vez.—(IN2014045894).
Ante
esta notaría, al ser las once horas con treinta y cinco minutos del día ocho de
julio del dos mil catorce, se protocolizó acta mediante la cual la sociedad: Inversiones
Herge del Mar S. A., por acuerdo de socios solicita disolver y liquidar la
compañía.—San José, a los quince días del mes de julio
del dos mil catorce.—Lic. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2014045899).
Que en la
asamblea extraordinaria de la compañía: Costa Verde y Celeste LLC Cinco
Limitada, de las doce horas del veintidós de agosto del dos mil doce, en la
ciudad de Tamarindo, se acordó reformar la cláusula referente a la
administración de la sociedad. Es todo.—8 de mayo del
2014.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1
vez.—(IN2014045909).
El suscrito notario Billy Latouche Ortiz, hace
constar que en esta notaría, se protocolizó la sociedad: tres-ciento
uno-quinientos ochenta y ocho mil ciento noventa sociedad anónima. Es todo.—Palmar Norte, Osa, Puntarenas, al ser las doce horas
treinta minutos del día once de julio del dos mil catorce.—Lic. Billy Latouche
Ortiz, Notario.—1 vez.—(IN2014045911).
Que en la asamblea extraordinaria de la compañía: Campo Lazo de
Potrero S. A., de las diez horas del catorce de julio del dos mil catorce,
en la ciudad de Tamarindo, se acordó reformar la cláusula referente al
domicilio de la compañía. Es todo.—14 de julio del
2014.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1
vez.—(IN2014045912).
La asamblea de socios en acta respectiva modifican
el domicilio social de su compañía: Hervaluka Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres guión ciento uno guión doscientos noventa y un mil ciento
cincuenta y dos, Residencial Quizarco, del IPEC trescientos metros al este,
cien metros norte y setenta y cinco metros al oeste, casa seis R.—Quince de julio del dos mil catorce.—Lic. Hannia Rocío
Garro Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2014045914).
En asamblea general extraordinaria de La Tres Letras del Génesis S.
A., celebrada el 27 de mayo del 2014, se realizó aumento del capital
social, suscrito y pagado por los socios.—San José, 15
de julio del 2014.—Lic. Marco Acuña Esquivel, Notario.—1
vez.—(IN2014045917).
En asamblea general ordinaria y extraordinaria de Ogilvy & Mather
Costa Rica S. A., celebrada el 20 de diciembre del 2013, se nombró nuevo
presidente y vicepresidente de junta directiva por el resto del plazo social, y
se modificó la cláusula sexta de la administración.—San
José, 3 de febrero del 2014.—Lic. Marco Acuña Esquivel, Notario.—1 vez.—(IN2014045919).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
quince horas del día 12 de julio del 2014, se modificó el pacto constitutivo de
la sociedad: Inversiones Ancast S. A., cédula jurídica N° 3-101-651110,
se nombró como nuevo tesorero al señor: Daniel Castellón Cárdenas, cédula N°
1-1144-723, y como nuevo fiscal de la sociedad al señor: Jo Kwan Angulo Chan,
cédula N° 9-024-474.—San José, 15 de julio del 2014.—Lic. Yurly Alguera
Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2014045920).
Por escritura otorgada en Alajuela a las 08: 00
horas del 14 de julio del 2014 ante la notaria Celina María González Ávila, se
reforma cláusula sexta de la representación y se nombra gerente a Maira Lizzeth
Ordóñez Fuentes por el resto del plazo social de la sociedad Green Energy
Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada y se modifica la cláusula
de la Representación.—Lic. Celina María González
Ávila, Notaria.—1 vez.—(IN2014045923).
Ante esta notaría y mediante escritura pública
número 7 de las 13:00 horas del 15 de julio del 2014, se ha disuelto la
sociedad denominada Vehidrona Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número 3-101-489857, con domicilio en la ciudad de Alajuela, Palmares,
Rincón de Zaragoza, cuatrocientos metros al noroeste de la Ermita.—Pavas, quince de julio de dos mil catorce.—Lic. Alejandra
Ramírez Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2014045924).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a las
nueve horas del dieciséis de julio del dos mil catorce, se protocoliza acta de
asamblea de la sociedad Construcorp Internacional SCI Sociedad Anónima.
Mediante la cual se modifica la cláusula quinta del capital.—San
José, dieciséis de julio del dos mil catorce.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada,
Notaria.—1 vez.—(IN2014045931).
Por escritura número 183 otorgada en mi notaría a
las 09:00 horas del 16 de julio del 2014, se reforma la cláusula de la
representación y administración, se aprueba la renuncia del presidente y se
nombra nuevo presidente y secretario, todo correspondiente a la empresa Soligrafcr
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-602320.—San José, 16 de
julio del 2014.—Lic. José Fernando Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2014045932).
El suscrito
notario René Orellana Meléndez, hace constar que se disolvió la sociedad Facumo
& Asociados Sociedad Anónima.—San José, a las
nueve horas del ocho de julio del dos mil catorce.—Lic. René Dagoberto Orellana
Meléndez, Notario.—1 vez.—(IN2014045936).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del día once de julio
del 2014 se protocoliza acta con reforma de la cláusula sétima del pacto
constitutivo y se nombra como subgerente a Mainor Rojas Valverde de Tres-Ciento
Dos-Cuatrocientos Sesenta y Nueve Mil Ochocientos Cincuenta y Seis S.R.L.—Lic.
Carlos Eduardo Rojas Castro, Notario.—1
vez.—(IN2014045939).
Por
escritura de protocolización de acta, otorgada ante esta notaría, a las 16
horas del día 15 de julio del 2014, de la empresa Plásticos Nacionales
Navideños S.A., se reformaron las siguientes cláusulas primera nombre, hoy
día Inversiones Herencias Terrenales S. A., segundo domicilio, sétimo
administración, se nombró junta directiva y fiscal.—Belén, Heredia, 15 de julio
del 2014.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2014045941).
Por
escritura número 77-55, otorgada en esta notaría a las 10:00 horas del 17 de
abril del 2013, se protocoliza el acta de asamblea extraordinaria de socios de
la sociedad denominada Centro Ecoturístico Mi Finca Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-304987, en la que se acuerda aumentar el capital social
de ¢20.000.000,00 a ¢100.000.000,00.—Lic. Juan Carlos Sing Ávila, Notario.—1 vez.—(IN2014045943).
Por
escritura número doscientos cuarenta y tres otorgada ante esta notaría, a las
quince horas del siete de julio del dos mil catorce se protocolizó acta de
sociedad San Telmo Almendro Unidad Veintinueve Limitada, cédula jurídica
tres-ciento dos-seiscientos sesenta y seis mil trescientos cuarenta y ocho en
la que se reforma cláusula sexta de la administración y hacen nombramientos de
dos gerentes.—Lic. Hazel Delgado Cascante, Notaria.—1 vez.—(IN2014045945).
Por
escritura número doscientos cuarenta y cuatro otorgada ante esta notaría, a las
once horas del trece de julio del dos mil catorce se protocolizó acta de
sociedad Corporación Los Ardones L.A.C., cédula jurídica tres-ciento
uno-trescientos noventa mil cuatrocientos
cuarenta y ocho en la que se solicita la disolución de la sociedad.—Lic.
Hazel Delgado Cascante, Notaria.—1
vez.—(IN2014045947).
Por
escritura número 130-10 de las nueve horas del 09 de julio del 2014, otorgada
ante la notaría del suscrito David Robles Rivera carné de abogado número 12146,
se reformó el pacto constitutivo de la sociedad Acrópilis Humana S.R.L.,
con cédula de persona jurídica número 3-102-641863, en lo relacionado a la
razón social, el domicilio, el objeto, se nombró gerente. Es todo.—San José, 16 de julio del dos mil catorce.—Lic. David
Robles Rivera, Notario.—1 vez.—(IN2014045950).
Por
escritura número cincuenta y ocho otorgada ante la suscrita notaria a las
diecisiete horas del quince de julio del dos mil catorce; se modifica la
cláusula octava de los Estatutos de la compañía denominada Camino a la Montaña
de Fuego R J M Sociedad Anónima.—San José, quince
de julio del dos mil catorce.—Msc. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1
vez.—(IN2014045956).
Por
escritura número ciento treinta otorgada ante el suscrito notario a las trece
horas treinta minutos del día quince de julio del dos mil catorce; se modifican
las cláusulas segunda y novena, de los Estatutos de la compañía denominada Laboratorio
Molecular Agropecuario Sociedad Anónima.—Siquirres,
15 de julio del 2014.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1
vez.—(IN2014045959).
Ante esta notaría por escritura de 8:00 horas del 11
de julio de 2014 se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Grupo
de Negocios S.A., reformándose la cláusula quinta sobre capital social.—San José, 16 de julio del 2014.—Lic. Gerardo B. Calderón
Cerdas, Notario.—1 vez.—(IN2014045960).
Por escritura número cincuenta y nueve otorgada ante
la suscrita notaria a las dieciocho horas del quince de julio del dos mil
catorce; se modifica la cláusula octava de los Estatutos de la compañía
denominada Diagnomed Sociedad Anónima.—San José, quince de julio del dos
mil catorce.—Msc. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2014045961).
Mediante escritura número noventa y ocho, del tomo
decimocuarto, otorgada por la notaria Leonora Granados Sancho, se constituyó la
sociedad Apollo Endosurgery Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.
El domicilio de la compañía estará en la provincia de San José, cantón Santa
Ana, distrito Pozos, Centro Empresarial Forum Uno, edificio C, oficina uno C
uno, Bufete Arias & Muñoz. El plazo social será de noventa y nueve años a
partir del día veinticinco de junio del dos mil catorce, y será representada
por dos Gerentes.—San José, once de julio del dos mil
catorce.—Lic. Leonora Granados Sancho, Notaria.—1
vez.—(IN2014045962).
Por escritura N° 316; del 09/07/2014, se protocolizó
acta de asamblea de Transportes Delgado S.A.; se nombra nueva junta
directiva y se cambian apoderados generales.—San José,
10 de julio del 2014.—Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2014045968).
Por escritura otorgada ante mi notaría se constituye
la sociedad Alas Abiertas Sociedad Anónima. Capital íntegramente
suscrito y pagado, se nombra junta directiva.—San
José, catorce de julio del dos mil catorce.—Lic. Alejandro Wyllins Soto,
Notario.—1 vez.—(IN2014045969).
Por escritura otorgada ante mi notaría se constituye
la sociedad Brisa del Caribe Sociedad Anónima. Capital: íntegramente
suscrito y pagado, se nombra junta directiva.—San
José, catorce de julio del dos mil catorce.—Lic. Alejandro Wyllins Soto,
Notario.—1 vez.—(IN2014045971).
Al ser las 8:00 del 16 de julio del 2014 se reforma
cláusula segunda de la 3-101-516123 Sociedad Anónima y se nombra nueva
junta directiva. Escritura otorgada en Cartago, a las ocho horas del quince de
julio del dos mil catorce.—Lic. Vera Garro Navarro,
Notaria.—1 vez.—(IN2014045975).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas
del día 14 de julio del 2014, se disuelve la sociedad denominada Inversiones
Rosemary del Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno
ciento setenta y dos mil seiscientos cuarenta y tres.—San José, Escazú, catorce
de julio del dos mil catorce.—Licda. Lucrecia Campos Delgado, Notaria.—1 vez.—(IN2014045977).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las
diecisiete horas treinta minutos del día catorce de julio del dos mil catorce,
donde se protocolizan acuerdos de asamblea general de cuotistas de la sociedad
denominada Faber Zeus Limitada. Donde se acuerda la disolución y
liquidación de la compañía.—San José, catorce de julio
del dos mil catorce.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2014045982).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las
trece horas treinta minutos del día quince de julio del dos mil catorce, donde
se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad denominada 3-101-683379 S.A. Donde se acuerda reformar la
cláusula primera, segunda y sexta de los estatutos.—San
José, quince de julio del dos mil catorce.—Licda. Magally María Guadamuz
García, Notaria.—1 vez.—(IN2014045984).
Por escritura otorgada por la suscrita notaria, a
las ocho horas del día dieciséis de julio del 2014, se protocoliza acta número
cinco de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, de Renta de
Vehículos Cuatro por Cuatro de Lujo Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número 3-101-164115, celebrada el día once de julio de dos mil
catorce, se acuerda la modificación de la cláusula primera.—San
José, 16 de julio del 2014.—Lic. Ileana Chaves López, Notaria.—1
vez.—(IN2014045986).
Por
escritura número cincuenta y cuatro, visible en el tomo trece del protocolo del
suscrito notario, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de El Gran Águila S.A., donde se acuerda aumentar el capital
social. Es todo.—San José, nueve de julio del dos mil catorce.—Lic. Alexander
Calderón Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014045995).
Por
escritura otorgada ante mí, a las diez horas del cinco de junio del dos mil
catorce, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
socios de la compañía de esta plaza, UPL Costa Rica Sociedad Anónima en
que se reforma la cláusula primera del pacto social, domicilio y se nombra
fiscal.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—(IN2014046004).
Por
escritura otorgada ante mí, a las trece horas del día quince de julio del dos
mil catorce, se constituye sociedad limitada cuya denominación social será el
número de cédula jurídica asignado por el Registro de Personas Jurídicas seguida
del aditamento Sociedad Limitada. El gerente y subgerente tienen la
representación judicial y extrajudicial.—San José,
dieciséis de julio del dos mil catorce.—Licda. Eleonora Ortiz Runnebaum,
Notaria.—1 vez.—(IN2014046005).
A
las 15:00 horas del día 26 de junio del año 2014, la totalidad de accionistas
de la sociedad BPO Centroamérica S. A., comparecieron ante esta notaría
y acordaron por unanimidad su disolución y liquidación.—San
José, 26 de junio del 2014.—Lic. José Gabriel Jerez Cerda, Notario.—1 vez.—(IN2014046006).
A
las 07:30 horas del día catorce de julio del año 2014, se protocolizó acta de
asamblea de accionistas de la sociedad Corporación Venex de Costa Rica S.A.,
cédula jurídica número: 3-101-398746, mediante la cual se reformaron las cláusulas
segunda y sétima de los estatutos.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. José
Gabriel Jerez Cerda, carné 20591.—1
vez.—(IN2014046008).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del primero de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Supepa Sociedad Anónima.—San
José, 01 de julio del 2014.—Lic. José Gabriel Jerez Cerda, Notario.—1 vez.—(IN2014046009).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del quince de julio
del año dos mil catorce, se procede a protocolizar acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa Representaciones y Servicios de
Seguridad Carrillo S.A., por medio de la cual se modifican las clausulas
primera, segunda, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Licda. Gloria
Estela Carrillo Ballestero, Notaria.—1
vez.—(IN2014046010).
Protocolización
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-
Ciento Uno-Cuatro Seis Cinco Cinco Cero Tres Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cinco mil quinientos
tres, en la cual se modifica la cláusula de la representación. Escritura
otorgada a las diez horas del quince de julio del dos mil catorce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2014046012).
Protocolización
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Cuatro Seis Tres Dos Dos Tres Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y tres mil doscientos veintitrés, en la
cual se modifica la cláusula de la representación. Escritura otorgada a las
nueve horas treinta minutos del quince de julio del dos mil catorce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2014046014).
Ante
esta notaría a las 10:00 horas del 8 de julio del año 2014, se protocolizó acta
de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Flexigrah de
Centromérica S.A. se modifica la cláusula de la administración.—San José, 8
de julio del 2014.—Lic. Wilbert Garita Mora, Notario.—1
vez.—(IN2014046023).
A las 8 horas de hoy protocolicé otorgamiento de
asamblea extraordinaria de socios de Goicoechea Carrión S.A., en la cual
se nombra nuevo presidente, secretario, tesorero fiscal y agente residente.
Presidenta: María José Carrión Callejas.—San José 15
de julio del 2014.—Licda. Giorgia Nella Tristán Orlich, Notaria.—1 vez.—(IN2014046033).
Por escrituras otorgadas ante el suscrito notario se
protocolizan actas de asambleas generales extraordinarias en donde se acuerda
la disolución y liquidación de Ambato Comercial San José Sociedad Anónima,
Inmobiliaria Alfi V Y V Sociedad Anónima y Corporación Máximo Gorki
Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del
2014.—Lic. Ricardo José Retana Chinchilla, Notario.—1
vez.—(IN2014046034).
Por escrituras otorgadas ante mí, se protocolizan
actas de asambleas generales extraordinarias de socios de las compañías Condominio
Cerro Alto S.A., Condominio Hacienda Gregal Lote Veinte HIJ S.A., Condominio
Hacienda Gregal Lote Cuarenta y Uno UWX S.A. Real Manabi S.A.,
Inversiones Alfidi A y F S.A., 3-101-567417 S.A., 3-101-567433
S.A., y Alicante Diez Padova S. A., en donde se fusionan,
prevaleciendo la última o sea Alicante Diez Padova S.A., y se reforma la
cláusula quinta del capital social.—San José, 16 de julio del 2014.—Lic.
Ricardo José Retana Chinchilla, Notario.—1
vez.—(IN2014046036).
Por escritura número ochenta y cuatro-cincuenta y
seis, correspondiente a protocolización de acta número uno de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Xisa Construcciones Sociedad Anónima,
otorgada ante el suscrito notario, a las quince horas del nueve de julio del
dos mil catorce, se reforma la cláusula segunda del domicilio y la cláusula
sétima de la Administración.—San José, nueve de julio
del dos mil catorce.—Lic. Gastón Ulett Martínez, Notario.—1
vez.—(IN2014046041).
Mediante escritura número treinta y nueve-cinco,
otorgada ante mi notaría, San José, al ser las dieciséis horas del once de
julio del dos mil catorce, se constituyó Max Surgery Sociedad Anónima.—Licda. Luisa Jorleny Morales Acosta, Notaria.—1 vez.—(IN2014046044).
Mediante escritura número dieciocho de las quince
horas del quince de julio del dos mil catorce, protocolizo acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la compañía Control Uno Sociedad
Anónima. Se nombra presidente.—San José, quince de
julio del dos mil catorce.—Lic. Luis Diego Cerdas Cisneros, Notario.—1 vez.—(IN2014046047).
Que por escritura otorgada a las 12:00 horas del 30
de junio del 2014 ante mi notaría Víctor Acuña Acuña, y Gerardo Morales Anchía,
constituyen la sociedad Telkostar MHA Limitada.—San
José 01 de julio del 2014.—Licda. Johanna Bonilla Ulloa, Notaria.—1 vez.—(IN2014046050).
Ante esta notaría se protocolizaron los acuerdos
tomados por Rosa de Las Colinas S. A., a las diez horas del catorce de
julio del dos mil catorce. Se reformó la cláusula segunda del domicilio el cual
será en Flamingo, Santa Cruz de Guanacaste y la sexta de la representación,
correspondiendo a presidente, secretario y tesorero, todos con facultades de
apoderados generalísimos, pudiendo firmar conjunta o separadamente.—Licda.
Eleonora Varela Sánchez, Notaria.—1
vez.—(IN2014046057).
Por escritura número 113-9, otorgada ante esta
notaría a las a las 16:00 horas del 12 de julio del año 2014, se protocolizó
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Calmont
International Ltda., mediante la cual se reformó la cláusula segunda de los
estatutos.—San José, 12 de julio del 2014.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano,
Carné 11433.—1 vez.—(IN2014046058).
Por escritura número 112-BIS-9, otorgada ante esta
notaría a las 15:00 horas del 12 de julio del año 2014, se protocolizó acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Surf Dogs Ltda.,
mediante la cual se reformó la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 12
de julio del 2014.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, carné 11433.—1 vez.—(IN2014046059).
Ante
esta notaría se protocolizaron los acuerdos tomados por Beatriz de Las
Colinas S. A., a las once horas con treinta minutos del catorce de julio
del dos mil catorce. Se reformó la cláusula segunda del domicilio el cual será
en Flamingo, Santa Cruz de Guanacaste y la sexta de la representación,
correspondiendo a presidente, secretario y tesorero, todos con facultades de
apoderados generalísimos, pudiendo firmar conjunta o separadamente.—Licda.
Eleonora Varela Sánchez, Notaria.—1
vez.—(IN2014046060).
Por
escritura número 111-9, otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 11 de
julio del año 2014, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de la sociedad Now CR Investments Ltda., mediante la cual se reformó la
cláusula segunda de los estatutos.—San José, 11 de
julio del 2014.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, carné 11433.—1 vez.—(IN2014046061).
Hoy
protocolicé acta de asamblea de accionistas de Rey de Flores S.A.,
mediante la cual se reforma la cláusula segunda y se nombra junta directiva y
fiscal.—San José, catorce de julio del dos mil
catorce.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1
vez.—(IN2014046064).
Por
medio de escritura número ciento ochenta y seis del Tomo sexto del protocolo de
la notaria Maricruz Sánchez Carro, se modificó la cláusula segunda y sexta del
pacto constitutivo de la sociedad Maracaibo Cedro Cinco Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número tres ciento uno-seis cero nueve uno nueve
uno.—Alajuela, catorce de julio del dos mil catorce.—Licda. Maricruz Sánchez
Carro, Notaria.—(IN2014046070).
Por
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios la sociedad denominada: Roefa
S.A., modifica la cláusula A de los Estatutos, para que en lo sucesivo se
le denomine: Agrosol de Monterrey Sociedad Anónima, el cual es nombre de
fantasía, pudiendo abreviarse en su aditamento S.A. Es todo.—San José, a las once horas, treinta minutos del día
dieciséis de julio del dos mil catorce.—Lic. Olman Yorly Soto Vanegas, Notario.—1 vez.—(IN2014046077).
El
suscrito Lic. Juan Manuel Campos Ávila, notario público de San José,
protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de compañía Contabilidad
Alyma S.A. Escritura número ciento setenta y cinco-diez. Otorgada en la
ciudad de San Pedro de Montes de Oca, a las dieciséis horas y seis minutos del
catorce de julio del dos mil catorce.—Lic. Juan Manuel
Campos Ávila, Notario.—1 vez.—(IN2014046078).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario, en la ciudad de Cañas, a las
catorce horas del siete de julio del año dos mil catorce, se protocoliza acta
de asamblea general extraordinaria de socios, de la compañía denominada Frangionay
Sociedad Anónima, de las quince horas del primero de julio del año dos mil
catorce, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y
se nombra nueva junta directiva.—Ciudad de Cañas,
siete de julio del dos mil catorce.—Lic. Luis Arnoldo Apuy Sirias, Notario.—1 vez.—(IN2014046081).
Por
escritura 301 del tomo 22 de mi protocolo se calidades del presidente y
secretario, y domicilio social de J. & M.A. Macik Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatro cero ocho tres
ocho ocho, otorgada al ser las quince horas treinta minutos del catorce de
julio del dos mil catorce.—Licda. Silvia Elena Suárez
Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014046082).
Por
escritura 300 del tomo 22 de mi protocolo se calidades del presidente y
secretario y domicilio social de Heart & Home Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatro cero ocho seis uno
ocho, otorgada al ser las quince horas del catorce de julio del dos mil catorce.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014046083).
Por escritura número ciento veintiuno otorgada ante
esta notaría, a las once horas del cuatro de julio del dos mil catorce, se
reformó las cláusulas segunda, quinta y sétima del pacto constitutivo de la
sociedad denominada Mundo Floral Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-cuarenta y ocho mil setecientos setenta y uno.—San José, 4 de julio del dos mil catorce.—Lic. Jean Pierre
Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2014046089).
Por escritura número ciento veinte otorgada ante
esta notaría, a las diez horas treinta minutos del cuatro de julio del dos mil
catorce, se reformó las cláusulas segunda, quinta y novena del pacto
constitutivo de la sociedad denominada RCG Castillo Expreso Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintitrés mil
novecientos noventa y cinco.—San José, 4 de julio del
dos mil catorce.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1
vez.—(IN2014046090).
Que por el instrumento público número trescientos
setenta y tres, del siete de julio del dos mil catorce, la sociedad anónima Muebles
Crometal Sociedad Anónima, modificó su cláusula quinta del pacto social
constitutivo, con el cual su capital social aumenta a cincuenta millones de
colones.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014046091).
Por escritura número ciento veintidós otorgada ante
esta notaría, a las once horas treinta minutos del cuatro de julio del dos mil
catorce, se reformó las cláusulas segunda, quinta y novena del pacto
constitutivo de la sociedad denominada Casa de las Magnolias Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos
cuarenta y siete mil setecientos ochenta y tres.—San
José, 4 de julio del dos mil catorce.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2014046092).
La Noche Pacífica en Puntarenas Cuarenta Sociedad
Anónima, cédula de
persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y cuatro mil
doscientos dieciocho, realiza el nombramiento de un nuevo presidente, modifica
el domicilio social y la representación judicial y extrajudicial de la
sociedad. Es todo.—Lic. Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—(IN2014046093).
Mediante escritura número ciento cincuenta y tres,
otorgada el quince de julio del dos mil catorce, a las diez horas con treinta
minutos, en el tomo segundo del protocolo del notario Kerry Orlando Ramírez
Salas, se reforma pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva en Tres-Ciento
Uno-Quinientos Seis Mil Quinientos Treinta y Dos Sociedad Anónima.—Lic. Kerry Orlando Ramírez Salas, Notario.—1 vez.—(IN2014046095).
Mediante escritura número ciento cincuenta y cuatro,
otorgada el quince de julio de dos mil catorce, a las once horas con treinta
minutos, en el tomo segundo del protocolo del notario Kerry Orlando Ramírez
Salas, se reforma pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva en Vallearriba
Adicora Once Tres A Sociedad Anónima.—Lic. Kerry
Orlando Ramírez Salas, Notario.—1 vez.—(IN2014046096).
Por escritura número 314 otorgada ante esta notaría,
a las 07 horas del 11 de julio del 2014. Se acordó disolver la sociedad Agropecuaria
La Carreta Santa Cecilia Local Tres, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-cinco siete dos siete nueve siete.—Liberia, 11 de
julio del 2014.—Lic. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1
vez.—(IN2014046097).
Por escrituras otorgadas ante la notaría de la
Licenciada Marisol Chacón Sánchez, de las catorce horas del dieciséis de junio
del año dos mil catorce, se celebró asamblea general extraordinaria de Comercializadora
Alve Sociedad Civil, cédula jurídica 3-106-679690 en la cual se reforma la
cláusula sétima de la administración en el siguiente sentido que se adiciona:
La sociedad será administrada por Luis Fernando Vega Ruiz, mayor, casado una
vez, vecino de Cartago, Barrio El Carmen cincuenta metros al este del Asilo de
la Vejez, gerente general de empresas, cédula: 1-0556-0070 y Miguel Guillermo
Alvarado Orlich, mayor, casado una vez, vecino de Cartago, Barrio el Carmen
Condominio Monte Alto, casa 26a, gerente general de despacho
contable, cédula: 1-0563-0719, quienes serán administradores con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma y firman conjunta o separadamente y
estos nombrados serán por todo el plazo social.—Lic. Marisol Chacón Sánchez,
Notaria.—1 vez.—(IN2014046100).
Ante mí, Juan Diego Arias Rojas, notario con oficina
en Atenas, hago constar que el día dieciséis de julio del dos mil catorce, a
las nueve horas se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Tres-Ciento
Uno-Seis Dos Cinco Cuatro Cero Tres Sociedad Anónima, en la cual se reforma
la cláusula quinta del pacto constitutivo, se revoca los nombramientos del
presidente, secretario, tesorero, y se nombra nueva junta directiva y
fiscal.—Atenas, dieciséis de julio del dos mil catorce.—Lic. Juan Diego Arias
Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014046102).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la
sociedad denominada Rosway Company Sociedad Anónima, domicilio: Santo
Domingo de Heredia, del cementerio, ciento veinticinco metros este, casa a mano
izquierda, Heredia; objeto: principalmente el desarrollo y ejecución de
transacciones de negocios y servicios de preparación de documentos comerciales
y empresariales; plazo: noventa y nueve años; capital: diez mil colones netos,
íntegramente suscrito y pagado; presidenta: Rosella Chacón Argüello.—San José,
16 de julio de 2014.—Lic. Marianella Arias Chacón, Notaria.—1
vez.—(IN2014046103).
Mediante escritura otorgada ante mí, a las quince
horas treinta minutos del nueve de julio de dos mil catorce, se reformó la
cláusula sexta del pacto constitutivo de la compañía Tempo Jícaro Unidad
Veinticinco Limitada, cédula de persona jurídica número tres - ciento dos -
seiscientos setenta y siete mil ciento veinticinco. Es todo.—San
José, catorce de julio de dos mil catorce.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez
Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2014046104).
Ante el notario Jorge Jiménez Ramírez, los socios de
la sociedad denominada Servicios Quirúrgicos Costacolombia Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3-101-629199, con domicilio en San José, Desamparados, Lomas
de Salitral, Porvenir, de la subestación del ICE esquina noreste, 75 metros al
norte y 50 metros al sur, acuerdan su disolución.—San
José, 15 de julio del 2014.—Lic. Jorge Jiménez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2014046113).
La empresa Grupo Masia de Costa Rica Dos Mil Doce
S.A., protocoliza acta. Se reforma la cláusula sétima de los estatutos. Se
nombra nueva junta directiva y agente residente.—San
José, 14 de julio del 2014.—Lic. José Milton Morales Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2014046115).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del
dieciséis de julio del dos mil catorce, se protocolizó la asamblea general
ordinaria y extraordinaria de la sociedad Inversiones Valle de Cristal
Sociedad Anónima, por medio de la cual se acuerda disolver la sociedad,
indicando que no tiene bienes o activo alguno, deuda o pasivo alguno, ni
operaciones ni actividades de ninguna naturaleza, por lo que se prescinde de
nombrar liquidador y demás trámites de liquidación.—Dieciséis de julio del dos
mil catorce.—Lic. Milena Valverde Mora, Notaria.—1
vez.—(IN2014046120).
Por escritura otorgada ante mí, a las 13 horas del 8
de julio del dos mil catorce, se modificó la cláusula sexta de la sociedad de
esta plaza: Corporación Choluteca Sociedad Anónima.—8
de julio del dos mil catorce.—Lic. Lilliana Larios Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2014046122).
Por escritura otorgada a las 10:00 horas de hoy,
protocolizo acta de la compañía de este domicilio, Propiedades Hexágono S.A.,
reformando cláusulas segunda, quinta y sexta del pacto social y nombrando junta
directiva y fiscal.—San José, 16 de junio de
2014.—Lic. José Rafael Echeverría Zeledón, Notario.—1
vez.—(IN2014046131).
Por escritura otorgada a las 10 horas de hoy,
protocolizo acta de la compañía de este domicilio, Grupo Mile S.A.,
reformando cláusulas segunda, quinta y sexta del pacto social y nombrando junta
directiva y fiscal.—San José, 19 de junio de 2014.—Lic.
José Rafael Echeverría Zeledón, Notario.—1
vez.—(IN2014046132).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:40 horas
del 15 de julio del 2014, se reforman las cláusulas quinta y sexta del pacto
constitutivo de la sociedad Bogarín y Monge S. A..—Ciudad Quesada, 15 de julio del
2014.—Lic. Ivannia Barboza Carvajal, Notaria.—1 vez.—(IN2014046159).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas
del 15 de julio del 2014, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad Agropecuaria Cristo Rey Sociedad Anónima y
se nombra nueva secretaria.—Ciudad Quesada, 15 de
julio del 2014.—Lic. Margarita Madrigal Jiménez, Notaria.—1
vez.—(IN2014046160).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas
del 15 de julio del 2014, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad Oro Sociedad Anónima y se nombra nueva
secretaria.—Ciudad Quesada, 16:30 horas del 15 de
julio del 2014.—Lic. Margarita Madrigal Jiménez, Notaria.—1
vez.—(IN2014046161).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:30 horas
del 15 de julio del 2014, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad Morrocollo Sociedad Anónima en la que se
nombra nueva secretaria.—Ciudad Quesada, 15 de julio
del 2014.—Lic. Margarita Madrigal Jiménez, Notaria.—1
vez.—(IN2014046162).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:30 horas
del 15 de julio del 2014, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad Transportes Agropecuaria Cristo Rey Los Chiles
Sociedad Anónima y se nombra nueva secretaria.—Ciudad
Quesada, 15 de julio del 2014.—Lic. Margarita Madrigal Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014046165).
Por escritura N° 47-4 otorgada ante esta notaría, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Avant
Capital Services S. A., donde se modifica las cláusulas segunda y sexta del
pacto constitutivo. Se nombra nuevo presidente, secretario y agente residente.—San Joaquín de Flores, 15 de julio del 2014.—Lic. Lilliam
Soto Hines, Notaria.—1 vez.—(IN2014046166).
Por escritura N° 53 del 27 de febrero del 2011,
otorgada ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Jacleo - TRRG S. A. donde se modifica
la cláusula sétima del pacto constitutivo. Se nombra nuevo presidente y agente
residente.—San Joaquín de Flores, 15 julio del
2014.—Lic. Lilliam Soto Hines, Notaria.—1
vez.—(IN2014046168).
Dariush Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres - ciento uno -
seiscientos veinticinco mil quinientos ochenta y siete, informa que: Se acuerda
disolver la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Se advierte que la compañía
no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene
operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San
José, 30 de junio del 2014.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1
vez.—(IN2014046174).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once
horas del día 16 de julio del 2014, la empresa Murfreesboro S. A.
protocolizó acuerdos en donde se modifica la cláusula del domicilio.—San José, 16 de julio del 2014.—Lic. Cristina María Mora
Granados, Notaria.—1 vez.—(IN2014046186).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once
horas quince minutos del día 16 de julio del 2014, la empresa Kulpsville S.
A. protocolizó acuerdos en donde se modifica la cláusula del domicilio.—San José, 16 de julio del 2014.—Lic. Cristina María Mora
Granados, Notaria.—1 vez.—(IN2014046187).
Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las
14:00 horas del 9 de junio de 2014, se constituyó la sociedad que se denominará
Villangel Condoadministradora VC S. A.; con domicilio en Heredia, objeto
genérico, plazo 100 años, capital social cien mil colones, suscrito mediante aporte
de bienes muebles, bajo responsabilidad del suscrito notario, cuyos apoderado
generalísimo sin límite de suma será el presidente. Se nombra presidente a
Carlos Alberto Fernández Román.—San José, 9 de junio
del 2014.—Lic. Gabriela Gómez Solera, Notaria.—1
vez.—(IN2014046191).
Se realiza la publicación de la reforma al pacto
social de la sociedad BG Trust Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-seis cuatro cinco cuatro ocho siete, cambio de
objeto.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2014046199).
El Lic. Geovanni Bonilla Goldoni comunica que ante
mi notaría en escritura 112 de 9:00 horas 7 julio 2014, se protocolizó acta
asamblea ordinaria de socios de Compañía Agrícola Arroyo Herrera S. A.,
cédula 3-101-083618 por la que se nombra nueva vicepresidenta y secretaria de
junta directiva.—Alajuela, 16 julio 2014.—Lic. Geovanni Bonilla Goldoni,
Notario.—1 vez.—(IN2014046201).
El Lic. Geovanni Bonilla Goldoni comunica que ante
mi notaría en escritura 111 de 8:00 horas 10 julio 2014, se protocolizó acta
asamblea ordinaria de socios de New Horizons Costa Rica Real Estate S. A.,
cédula 3-101-558605 por la que se nombra nueva secretaria de junta
directiva.—Alajuela, 16 julio del 2014.—Lic. Geovanni Bonilla Goldoni, Notario.—1 vez.—(IN2014046203).
Por escritura número cuarenta y nueve-doce, otorgada
ante los Notarios Alberto Sáenz Roesch, Juvenal Sánchez Zúñiga y Jorge González
Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las ocho horas veinticinco
minutos del día dieciséis de julio del año dos mil catorce, donde se modifica
el domicilio social correspondiente a la sociedad Buena Vista Thirteen - M
Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del
2014.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1
vez.—(IN2014046207).
Ante esta notaría, a las catorce del día diez de
julio del dos mil catorce, se realiza cambio en la junta directiva en relación
al tesorero y fiscal de la Asociación Cristiana Administradora de las
Asambleas de Dios Elohim Nuevo Arenal.—San José, catorce de julio del dos
mil catorce.—Lic. Óscar Alberto Pérez Murillo, Notario.—1
vez.—(IN2014046212).
Ante esta notaría, se ha protocolizado acuerdo de
disolución de la sociedad: Soluciones Técnicas ATCR Sociedad Anónima.
Escritura número seis del tomo tercero del protocolo de Rubén Gerardo Chaves
Ortiz.—San José, a los veintitrés días del mes de mayo
de dos mil catorce.—Lic. Rubén Gerardo Chaves Ortiz, Notario.—1
vez.—(IN2014046218).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
10 horas 00 minutos del 10 de julio del 2014, se constituyó la sociedad
denominada Hispánica y MP Sociedad Anónima.—San
José, 15 de julio del 2014.—Lic. Rubén Gerardo Chaves Ortiz, Notario.—1 vez.—(IN2014046219).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las nueve del dieciséis de julio del dos mil catorce, se protocolizó
asamblea general de socios de Ga Ro Leomau Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica 3-101-311304, modificándose cláusula segunda del domicilio.—San José, 16 de julio del 2014.—Lic. Tomás Esquivel
Cerdas, Notario.—1 vez.—(IN2014046231).
En asamblea general extraordinaria de la sociedad
denominada M Y V Soluciones Geotécnicas Sociedad Anónima con cédula
jurídica número tres ciento uno dos cinco ocho siete siete cuatro, que se llevó
a cabo a las once horas del veintitrés de diciembre del dos mil trece, en el
domicilio social. Se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto
constitutivo para que en lo sucesivo diga así: cláusula segunda: El domicilio
social será San José, Curridabat de la Embajada de Francia setenta y cinco
metros oeste.—Lic. Víctor Manuel Lobo Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2014046233).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De
conformidad con resolución RMT-968-2014 de
las 9:00 horas del 03 de junio del 2014, el Ministro de Trabajo y Seguridad
Social, Resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-575-2014, de
sesión celebrada en San José a las 09:00 horas del 06 de mayo del 2014, de la
Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión
de Guerra incoadas por Quirós Garro Irma Flora, cédula de identidad N°
3-128-585, a partir del día 01 de noviembre del 2011; por la suma de noventa y
siete mil quinientos trece colones con cinco céntimos (¢97.513,05), mensuales
en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se
hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa.
Notifíquese.—Sr. Víctor Morales Mora, Ministro de
Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(IN2014045987).
De conformidad con resolución RMT-977-2014 de las
9:00 horas del 02 de junio del 2014, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-570-2014, de sesión
celebrada en San José a las 09:00 horas del 06 de mayo del 2014, de la Junta de
Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra
incoadas por Mora Badilla Elia Luz, cédula de identidad N° 1-177-376, a partir
del día 01 de agosto del 2013; por la suma de ciento once mil setecientos
treinta y cinco colones con treinta y dos céntimos (¢111.735,32) mensuales en
forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se
hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa
Notifíquese.—Sr. Víctor Morales Mora, Ministro de
Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(IN2014046074).
De conformidad con resolución RMT-998-2014 de las
9:00 horas del 06 de junio del 2014, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-578-2014, de sesión
celebrada en San José a las 09:00 horas del 06 de mayo del 2014, de la Junta de
Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra
incoadas por Guillén Esquivel Dulcelina c.c. Dora, cédula de identidad
1-203-301, a partir del día 01 de noviembre del 2012; por la suma de ciento
cinco mil doscientos treinta y nueve colones con ochenta y nueve céntimos
(¢105.239,89), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que
por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la
vía administrativa. Notifíquese.—Sr. Víctor Morales
Mora, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto,
Directora.—1 vez.—(IN2014046085).
De conformidad con resolución RMT-972-2014 de las
9:00 horas del 4 de junio del 2014. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
Resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-574-2014, de sesión
celebrada en San José a las 9:00 horas del 6 de mayo del 2014, de la Junta de
Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra
incoadas por Guevara Castañeda Victoria, cédula de identidad N° 5-072-592, a
partir del día 1° de setiembre del 2013; por la suma de ciento once mil
setecientos treinta y cinco colones con treinta y tres céntimos (¢111.735.33),
mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de
vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía
administrativa. Notifíquese.—Lic. Víctor Morales Mora, Ministro de Trabajo
y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto,
Directora Nacional de Pensiones.—1
vez.—(IN2014046227).
SUCURSAL DE BUENOS AIRES
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El
suscrito Administrador de la Sucursal de la
Caja Costarricense del Seguro Social de Buenos Aires, mediante el presente
edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado,
procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los Patronos y
Trabajadores Independientes incluidos en el cuadro que se detalla de
conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración
Pública. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a
normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede
administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la
vía civil como penal. El monto adeudado se refleja a mayo 2014 y puede
contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa:
Rafael Antonio Araya Abarca 0-00106160047-001-001
¢2.471.887.00, Rojas Agüero Fainer 0-00204120041-001-001 ¢438.372.00, Rojas
Sibaja Enrique 0-00106980527-001-001, ¢293.553,00, Agropecuaria El Trapiche
Santa Elena Sociedad Anónima, 2-03101058233-002-001, ¢120.898.00, Luis Ignacio
Zamora Ulate 0-00205300422-001-002, ¢430.625,00, Guido Ulloa
7-0018408980-999-001 ¢107.114.00, Hernández Sánchez Jorge Arturo 0-00108300383-999-001
¢163.258.00. Montoya Carrillo Roy Gerardo, 0-00107630136-999-001 ¢94.888.00.
Valverde Marín Gerardo 0-00112170619-999-001¢240.041.00. Valverde Granados
Isaac Olivier, 0-00108480466-999-001¢48.641.00. Fallas Castillo Eric,0-00115420848-999-001, ¢180.698.00. Granados Ureña Ronaldo,
0-0010980309-999-001 ¢85.352.00. Santos Zapata Domingo,
0-00601360656-999-001¢351.532.00. Prado Guadamúz Johan 0-00110340003-999-001
¢96.333.00. Lezcano Fallas Pedro,0-00601470917-999-001
¢20.940.00. Beita Garro Walter, 0-00109550169-999-001, ¢131.290.00. Mainor
Umaña Muñoz, 0-00602180371-999-001 ¢188.710.00, el monto total en colones es de
¢5.844.903,00.—Gerencia Financiera.—Unidad de Gestión
de Cobro.—Lic. Mauro Chinchilla Sánchez, Administrador.—(IN2014037475).
DIRECCIÓN REGIONAL CENTRAL DE SUCUSALES
SUCURSAL SAN MARCOS DE TARRAZÚ
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El suscrito Licenciado Gilberth Hernández Hernández,
Administrador de la Sucursal de la Caja Costarricense del Seguro Social en San
Marcos de Tarrazú, mayor, casado, vecino de Paraíso de Cartago, mediante el
presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio
indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los
patronos y trabajadores independientes incluidos en el cuadro que se detalla,
de conformidad con los artículos 240 y 241 de la ley General de Administración
Pública. En el cuadro, se indica el número patronal o de trabajador
independiente, nombre de la razón social y monto de la deuda al 9 de junio del
2014. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a
normalizar su situación, caso contrario el adeudo
quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro
judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados
anteriormente ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de
aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la
deuda.
NUMERO PATRONAL O DE TRABAJADOR
INDEPENDIENTE |
RAZON SOCIAL |
MONTO ADEUDADO |
0-00104460907-999-001(998-001) |
Alvarado Chacón Alcides |
¢203,023.00 |
0-00103980276-999-001 |
Chinchilla Salas Sergio |
¢194,568.00. |
7-00017425500-999-001 |
Cruz Miranda Paulo |
¢366,124.00 |
0-00105090684-999-001 |
Madrigal Castro Marcos Arturo |
¢415,951.00 |
0-00304080259-999-001 |
Montero Duran Kenneth Johan |
¢765.071.00 |
0-00304360914-999-001 |
Mora Ureña Marco Tulio |
¢326,968.00 |
0-00105390685-001-001(999-001) |
Moreno Cerdas Bernan |
¢540.201.00 |
0-00114880265-999-001 |
Navarro Castillo Alexander Jesús |
¢250,711.00 |
0-00110400525-999-001 |
Portuguez Garro Arturo |
¢742,685.00 |
0-00304130156-999-001 |
Quirós Rodríguez José Humberto |
¢301.385.00 |
7-00017770960-999-001 |
Sánchez Gómez César |
¢435,009.00 |
7-01840102717-999-001 |
Sosa Minas Edwin Geovany |
¢283,227.00 |
0-00112360019-999-001 |
Ureña Monge Johnny |
¢489.004.00 |
2-03101483912-001-001 |
Azulgrana Orión FC Sociedad Anónima
Deportiva |
¢98,772.00 |
Lic. Gilberth Hernández Hernández, Jefe
de Sucursal.—(IN2014046710).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
ÁREA DE ASEGURAMIENTO Y FISCALIZACIÓN
DE INDUSTRIA Y COMERCIO SUBÁREA
INDUSTRIA
De
conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de trabajadores
Independientes”. Por ignorarse
el domicilio actual del
patrono Nacel Internacional
S. A., número patronal
2-03101614985-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la
Subárea de Industria de la Dirección de Inspección, ha dictado el traslado de
cargos número de caso 1239-2014-01098, que en lo que interesa indica: como
resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado
omisiones salariales de la trabajadora detallada en hoja de trabajo, folio 0030
el expediente administrativo, por el período de octubre 2011 a junio 2012, por
la trabajadora Tatiana Morales Azofeifa, cédula de identidad 1-1065-0842. Total
de salarios omitidos ¢7.182.393,75. Total de cuotas obreras y patronales de la
Caja ¢1.604.546,00. Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador
¢412.992,00 Consulta expediente: en esta oficina San José, calle 7, avenida 4,
edificio Da Vinci piso 3, se encuentra a su disposición el expediente para los
efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles
contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer
pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le
previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Primer
Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones,
las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas
con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—San José, 14 de julio del
2014.—Lic. Andrey Margot Fonseca Espinoza Jefe a. í.—1
vez.—(IN2014046786).
ÁREA DE ASEGURAMIENTO Y FISCALIZACIÓN
DE INDUSTRIA Y COMERCIO SUBÁREA
COMERCIO
De
conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”.
Por ignorarse el domicilio actual del patrono Fabián Chantre Rivera, número
patronal 0-00800890935-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que
la Subárea de Comercio de la Dirección de Inspección, ha dictado el traslado de
cargos número de caso 1240-2014-1230, que en lo que interesa indica: como
resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado omisión
salarial en el período del 15 al 28 de febrero del 2014, por la trabajadora
Yolanda Grueso Caicedo, con carné del seguro social 283-0102433. Total de
salarios omitidos (¢105.000,00, total de cuotas obreras y patronales de la Caja
¢23.458,00, total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador
¢6.038,00. Consulta expediente: en esta oficina San José, calle 7, avenida 4,
edificio Da Vinci piso 3, se encuentra a su disposición el expediente para los
efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles
contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer
pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le
previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Primer
Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones,
las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas
con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—San José, 3 de julio del
2014.—Lic. Ivannia Gutiérrez Vargas, Jefa.—1
vez.—(IN2014046787).
La
Junta Directiva Nacional, en sesión 5190 del 9 de julio del 2014 aclaró que el
acuerdo tomado en la sesión Nº 5155 celebrada el 20 de marzo del 2014 y
publicado en La Gaceta del 23 de abril del 2014, debe leerse de
la siguiente manera:
“Derogar
los artículos 8, 12 y 13 del Reglamento de Negociaciones de Pago de Operaciones
de Crédito del Banco Popular y de Desarrollo Comunal. Los restantes artículos
permanecen vigentes”.
División
Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas
García, Jefe.—1 vez.—(IN2014047836).
INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA
RICA
CONSULTA PÚBLICA:
El
Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica (INTECO), comunica: en La Gaceta
Nº 140 del 22 de julio del 2014, en la que se somete a consulta pública el
proyecto de norma PN INTE/ISO 06-07-02:2014 “Madera aserrada para uso
general. Requisitos (Correspondencia: NTC 1305). Se modifica el período
de consulta pública de 2014-07-08 a 2014-09-06 por consulta pública abreviada
de 2014-07-08 a 2014-08-07.
Toda
la demás información permanece invariable.
Para
mayor información, comuníquese con la Dirección de Normalización con la Ing.
Francesca Rappaccioli Salinas al teléfono 2283-4522 o a al correo
frappaccioli@inteco.or.cr
Mauricio
Céspedes Mirabelli, Director Ejecutivo.—1
vez.—(IN2014047826).
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
DESPACHO DEL ALCALDE
DIRECCIÓN DE SERVICIOS
A los vecinos y vecinas del cantón
comunica:
Considerando:
1º—Que
en La Gaceta Nº 226 del viernes 22 de noviembre del 2013 se publicaron las
tasas anuales por la prestación del servicio de limpieza de vías y sitios
públicos en el cantón de Montes de Oca.
2º—Que
mediante oficio DS-OF-088-14, de fecha 15 de julio del 2014, el Ing. Héctor
Bermúdez Víquez, Director de Servicios, comunica a esta Alcaldía que por un
error material en la publicación mencionada se consignó “tasas anuales”, siendo
lo correcto “tasas trimestrales”.
3º—Que
según el artículo 157 de la Ley General de Administración Pública, la
Administración en cualquier momento podrá corregir los errores materiales y
aritméticos. Por tanto,
El
Despacho del Alcalde,
ACUERDA:
1º—Corregir
la publicación de La Gaceta Nº 226 del viernes 22 de noviembre del 2013,
debiendo leerse correctamente:
Tasas trimestrales por la prestación
del servicio de limpieza de vías y sitios públicos en el cantón de Montes de
Oca:
NUEVA CLASE
TARIFARIA |
FACTOR DE
PONDERACIÓN |
COSTO DEL
SERVICIO POR M2 |
CLASE 1 |
1,0 |
¢ 4,88 |
CLASE 2 |
2,4 |
¢ 11,49 |
CLASE 3 |
3,5 |
¢ 17,26 |
CLASE 4 |
4,7 |
¢ 22,93 |
CLASE 5 |
5,6 |
¢ 27,36 |
CLASE 6 |
7,2 |
¢ 34,96 |
CLASE 7 |
8,2 |
¢ 40,21 |
Montes
de Oca, 15 de julio del 2014.—Lic. Fernando Trejos
Ballestero, Alcalde Municipal.—Ing. Héctor Bermúdez
Víquez, Director de Servicios.—1 vez.—(IN2014047808).