LA GACETA N° 179 DEL 18 DE SETIEMBRE DEL 2014

 

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 38581-G

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

EDICTOS

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

SALUD

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

COMERCIO EXTERIOR

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

ACUERDOS

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

SALUD

PODER JUDICIAL

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

UNIVERSIDAD NACIONAL

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

SALUD

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

UNIVERSIDAD NACIONAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

REGLAMENTOS

AVISOS

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

MUNICIPALIDADES

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 38581-G

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

En ejercicio de las facultades establecidas en los artículos 140, incisos 8) y 20), 146 de la Constitución Política, artículos 4, 11 y 25 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública N° 6227 del 02 de mayo de 1978, artículos 8 y 12 de la Ley Sobre el Desarrollo de la Comunidad (DINADECO), Nº 3859 del 07 de abril de 1967.

Considerando:

1º—Que el artículo 5 del Decreto Ejecutivo Nº 26935-G Reglamento a la Ley Sobre el Desarrollo de la Comunidad, Ley Nº 3859, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 97 del 21 de mayo de 1998, establece la posibilidad de actualizar el pago de las dietas de los miembros del Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad vía decreto ejecutivo.

2º—Que mediante Decreto Ejecutivo N° 19750-G del 31 de mayo de 1990, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 122 de 28 de junio de 1990, se estableció el monto de las dietas de los miembros del Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad.

3º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 31020-G-H, de fecha 26 de noviembre del 2002, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 58 del 24 de marzo de 2003, se modificó el último párrafo del artículo 1° del Decreto Ejecutivo Nº 19750-G del 31 de mayo de 1990, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 122 de 28 de junio de 1990, y se actualizó el monto de las dietas de los miembros del Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad, en la suma de diecisiete mil trescientos noventa y nueve colones con nueve céntimos (¢17.399,09), con base en el índice de inflación acumulada del 2002, según datos suministrados por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio al Banco Central de Costa Rica.

4º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 35267-MG-H, de fecha 08 de enero del 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 102 del jueves 28 de mayo de 2009, se estableció el monto de las dietas, de los miembros del Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad, en la suma de treinta y siete mil trescientos setenta y uno colones con ochenta y siete céntimos (¢37.371,87), con base en el índice de inflación acumulada del 2009, según datos suministrados por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio al Banco Central de Costa Rica. Mismo que desde el año 2009 no se actualiza.

Siendo que el artículo 5° del Reglamento a la Ley Sobre Desarrollo de la Comunidad establece “…Para efectos de actualizar el pago de las dietas, la suma se indicará por decreto ejecutivo o en su defecto, los miembros del citado Consejo se asimilarán a los miembros de las juntas directivas de las instituciones autónomas y semiautónomas”.

5°—Que para actualizar la fijación del monto de las dietas que corresponde reconocer a los miembros del Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad, se hace necesario reformular y ajustar la variación del índice de precios al consumidor del año 2014 utilizando la fórmula que se describe a continuación:

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Variación del índice general de precios al consumidor:

Periodo                      Índice general de precios     Precio relativo

2014 índice 2013/2012               162.45/156.68                 ¢ 46.718,29

6º—Que con base en la indicada variación, el monto de cada sesión del Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad para el 2014, se estima en la suma de cuarenta y seis mil setecientos dieciocho colones con veintinueve céntimos (¢ 46.718,29).

7º—Que el pago de las dietas está sujeto al presupuesto de cada institución y a la asistencia a las correspondientes sesiones.  Por tanto,

Decretan:

MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 1° DEL DECRETO

EJECUTIVO N° 19750-G DEL 31 DE MAYO DE 1990

Artículo 1º—Modifíquese el párrafo último del artículo 1º del Decreto Ejecutivo Nº 19750-G del 31 de mayo de 1990 publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 122 del 28 de junio de 1990, para que en lo sucesivo se lea:

“Artículo 1º—“Se fija, en calidad de dietas que devengarán los miembros del Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad, por cada sesión celebrada en el año 2014, la suma de ¢46.718,29 (cuarenta y seis mil setecientos dieciocho colones con veintinueve céntimos).

De las sesiones celebradas en un mes  únicamente se podrá remunerar hasta un máximo de ocho, sean estas ordinarias o extraordinarias.”

Artículo 2º—El pago de las dietas a los miembros del Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad, queda sujeto al presupuesto de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, y a la asistencia de cada miembro a las sesiones, previo control establecido al efecto.

Artículo 3º—El monto correspondiente a las dietas de los miembros del Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad, deberá actualizarse en el mes de enero de cada año, en vista a  la variación del índice general de precios al consumidor, acumulado en el año inmediato anterior.

Artículo 4º—Deróguese el Decreto Ejecutivo N° 31020-G-H, del 26 de noviembre de 2002, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 58 de 24 de marzo de 2003.

Artículo 5º—Deróguese el Decreto Ejecutivo N° 35267-MG-H del 08 de enero de 2009 publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 102 del jueves 28 de mayo de 2009.

Artículo 6º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las diez horas del día seis del mes de junio de dos mil catorce.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Celso Gamboa Sánchez.—1 vez.—O.C. N° 21268.—Solicitud N° 0133.—C-61790.—(D38581 - IN2014056609).

N° 38627-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley No. 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley N° 7762, Ley General de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos de 14 de abril de 1998 y su reforma; el Decreto Ejecutivo N° 32452-H de 29 de junio de 2005 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo N° 37595-H de 18 de marzo de 2013 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que la Ley N° 7762, publicada en el Alcance No. 17 a La Gaceta N° 98 de 22 de mayo de 1998 y sus reformas, faculta al Consejo Nacional de Concesiones (CNC) para desarrollar la infraestructura nacional que sea susceptible de concesión, así como regular el cumplimiento de los respectivos contratos, tutelando el interés público a través del régimen de Concesión de Obras Públicas y de Obras con Servicios, a fin de garantizar la eficiencia en la explotación de la infraestructura.

2º—Que por medio del oficio DST-0455-2014 de 9 de mayo de 2014 y DST-OF-0521-2014 de 26 de mayo de 2014, el Secretario Técnico del Consejo Nacional de Concesiones, solicitó la ampliación del gasto presupuestario máximo de esa dependencia por un monto de ¢2.224.017.761,23 (dos mil doscientos veinticuatro millones diecisiete mil setecientos sesenta y un colones con veintitrés céntimos) para el 2014, con el fin de atender la supervisión de los proyectos de San José – Caldera y Terminal de Contenedores de Moín (TCM), así como atender el pago de adquisiciones, en su mayoría expropiaciones de terrenos en ambos proyectos. Dicha solicitud cuenta con el aval de la Junta Directiva, mediante acuerdo unánime número 6.2 artículo 6 de la Sesión Ordinaria No. 13-2014 de 10 de abril de 2014.

3º—Que corresponde ampliar por la vía del Decreto Ejecutivo, la suma de ¢2.224.017.761,23 (dos mil doscientos veinticuatro millones diecisiete mil setecientos sesenta y un colones con veintitrés céntimos) de conformidad con lo establecido en el artículo 5° del Decreto Ejecutivo No. 37595-H, publicado en el Alcance N° 54 a La Gaceta N° 57 de 21 de marzo de 2013 y sus reformas, dicho monto será financiado con recursos del Superávit Libre para cubrir egresos destinados para solventar los gastos de supervisión de los proyectos San José - Caldera y Terminal de Contenedores de Moín, así como la adquisición de terrenos (en una mayoría de los casos procesos de expropiación) para ambos proyectos.

4º—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 37595-H citado, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el año 2014, estableciéndose en el artículo 2°, el porcentaje máximo en que podría incrementarse el gasto presupuestario de las entidades públicas, ministerios y demás órganos, con respecto al del año precedente. En correspondencia con dicha disposición, el monto de gasto presupuestario máximo para el año 2014 resultante para el Consejo Nacional de Concesiones, fue establecido en la suma de ¢2.110.370.000,00 (dos mil ciento diez millones trescientos setenta mil colones exactos), el cual fue comunicado mediante el oficio STAP-0743-2013 del 16 de abril de 2013; cifra que no contempla el gasto indicado previamente en este decreto.

5º—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 32452-H, publicado en La Gaceta N° 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas, se emite el “Lineamiento para la aplicación del artículo 6 de la Ley No. 8131 de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada Financiamiento”.

6º—Que el artículo 7° del Decreto citado en el considerando anterior, dispone que los recursos de financiamiento que provienen de vigencias anteriores -superávit libre- son parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden utilizarlos en períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a la actividad ordinaria de éstas, con los cuales se atienda el interés de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales, siempre que no tengan el carácter permanente o generen una obligación que requiera financiarse a través del tiempo, como la creación de plazas para cargos fijos, o cualquier otro compromiso de la misma naturaleza.

7º—Que por lo anterior, resulta necesario ampliar el gasto presupuestario máximo fijado al Consejo Nacional de Concesiones para el año 2014, incrementándolo en la suma de ¢2.224.017.761,23 (dos mil doscientos veinticuatro millones diecisiete mil setecientos sesenta y un colones con veintitrés céntimos). Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Amplíese para el Consejo Nacional de Concesiones, el gasto presupuestario máximo para el 2014, establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 37595-H, publicado en el Alcance Digital N° 54 a La Gaceta N° 57 de 21 de marzo de 2013 y sus reformas, en la suma de ¢2.224.017.761,23 (dos mil doscientos veinticuatro millones diecisiete mil setecientos sesenta y un colones con veintitrés céntimos), para ese período.

Artículo 2º—Es responsabilidad de la Administración Activa del Consejo Nacional de Concesiones, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta N° 198 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas, así como en el Decreto Ejecutivo N° 32452-H, publicado en La Gaceta N° 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, el 13 de agosto del año 2014.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Hacienda, Helio Fallas V.—1 vez.—O.C. N° 001-2014.—Solicitud N° 5462.—C-72700.—(D38627 - IN2014058509).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

N° 058-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

En ejercicio de sus atribuciones legales señaladas en el artículo 26, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978.

Considerando

I.—Que de conformidad con el Acuerdo Ejecutivo N° 06-P del 8 de mayo de 2014, se nombró a la señora Carolina Mauri Carabaguías, cédula de identidad 1-762-145, Ministra del Deporte sin cartera y como integrante y Presidenta del Consejo Nacional del Deporte y la Recreación.

II.—Que la señora Carolina Mauri Carabaguías solicitó un permiso sin goce de salario a partir del 4 de agosto de 2014 y hasta el 8 de agosto de 2014. Por tanto;

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar un permiso sin goce de salario a la señora Carolina Mauri Carabaguías, cédula de identidad 1-762-145, Ministra del Deporte sin cartera e integrante y presidente del Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, a partir del 4 de agosto de 2014 y hasta el 8 de agosto de 2014.

Artículo 2º—Rige a partir del 4 de agosto de 2014 y hasta el 8 de agosto de 2014.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiún días del mes de julio del año dos mil catorce.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.— (IN2014056544).

Nº 062-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confieren los artículos 139 inciso 3) de la Constitución Política, artículo 39 de la Ley General de Policía Nº 7410 del 26 de mayo de 1994 y sus reformas, y artículos 238, 239, 240 y 241 del Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad Pública, Decreto Ejecutivo Nº 36366-SP y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 21 del 31 de enero del 2011.

Considerando:

1º—Que el artículo 139 inciso 3) de la Constitución Política establece como deber y atribución exclusiva de la Presidenta de la República, ejercer el mando supremo de la Fuerza Pública.

2º—Que el numeral 39 de la Ley General de Policía, establece que el Presidente de la República podrá organizar y convocar, con carácter transitorio a la Reserva de las Fuerzas de Policía, como cuerpo auxiliar extraordinario ad honorem, para atender estados de emergencia o situaciones excepcionales, así como colaborar con los cuerpos policiales adscritos al Ministerio de Seguridad Pública en la vigilancia de eventos deportivos, culturales y de seguridad ciudadana en todo el territorio nacional actuando siempre bajo la subordinación en grado inmediato del Ministro de Seguridad Pública.

3º—Que de conformidad con el numeral 238 del Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad Pública, Decreto N° 36366-SP, la Reserva de las Fuerzas de Policía dependen del Ministro de esa Cartera. De igual manera, el numeral 239 del mismo cuerpo reglamentario dispone que cuando la Reserva haya sido convocada de conformidad con lo establecido en la Ley General de Policía, tendrá en esas circunstancias y dentro de ese marco de competencias, entre otras, las siguientes funciones: coordinar con la Fuerza Pública las labores de prevención, vigilancia y protección en todo el territorio nacional, para preservar la seguridad de los habitantes, sus bienes y libertades constitucionales; cooperar con la Fuerza Pública, instituciones gubernamentales y otras entidades en casos de calamidad o desastre nacional, eventos masivos, conflagraciones y conmoción civil; velar por el cumplimiento de la normativa ambiental, ejerciendo las labores de vigilancia, protección y conservación del ambiente y denunciando ante los órganos administrativos y judiciales competentes aquellos actos y omisiones que contravengan esta normativa, y aquellas otras que se deriven del ordenamiento jurídico de conformidad con su competencia.

4º—Que el Ministro de Seguridad Pública ha solicitado al Presidente de la República, convocar a la Reserva de la Fuerza Pública a partir de las cero horas del primero de setiembre del año dos mil catorce y hasta las veinticuatro horas del treinta y uno de diciembre del año dos mil catorce, para colaborar con los cuerpos policiales durante el desarrollo de actividades propias de su competencia, en relación con los siguientes eventos: atención de posibles inundaciones por la llegada de la época lluviosa, operativos cívico-policiales, Campeonato Nacional de Fútbol Torneo de Invierno 2014, festejos en otras comunidades del país, celebraciones de la Independencia (desfile de faroles el 14 de setiembre y desfiles del 15 de setiembre), Día de las Culturas (12 de octubre), día de Brujas (31 de octubre), día de los Difuntos (02 de noviembre), fin de curso lectivo Año 2014, inicio de vacaciones, pago de aguinaldo, Teletón, Festival de la Luz, Festejos Populares de Zapote (25 al 31 de diciembre), Tope Nacional en San José, atención de emergencias a nivel nacional colaborando con organizaciones de servicio público para la atención de dichos eventos; resguardo de los recursos forestales del país, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 30494-MINAE-MOPT-SP del 05 de junio del 2002, así como reforzar las labores de vigilancia y seguridad ciudadana en todo el territorio nacional como apoyo a la labor que realiza la Fuerza Pública.

5º—Que las citadas situaciones exigen ineludiblemente el reforzamiento de las Fuerzas de Policía que ordinariamente velan por el orden y la seguridad del país. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Convocar conforme lo solicitado por el Ministro de Seguridad Pública, y con carácter transitorio a la Reserva de las Fuerzas de Policía, como cuerpo auxiliar extraordinario, con carácter ad honorem, para atender y coordinar con las autoridades de policía, las labores de vigilancia y protección de la seguridad pública, de sus ciudadanos y sus bienes, y cooperar para el mantenimiento de la tranquilidad y el orden público y con motivo del desarrollo de actividades propias de su competencia, en relación, entre otros, con los siguientes eventos: atención de posibles inundaciones por la llegada de la época lluviosa, operativos cívico-policiales, Campeonato Nacional de Fútbol Torneo de Invierno 2014, festejos en otras comunidades del país, celebraciones de la Independencia (desfile de faroles el 14 de setiembre y desfiles del 15 de setiembre), Día de las Culturas (12 de octubre), día de Brujas (31 de octubre), día de los Difuntos (02 de noviembre), fin de curso lectivo Año 2014, inicio de vacaciones, pago de aguinaldo, Teletón, Festival de la Luz, Festejos Populares de Zapote (25 al 31 de diciembre), Tope Nacional de San José, atención de emergencias a nivel nacional colaborando con organizaciones de servicio público para la atención de dichos eventos; resguardo de los recursos forestales del país, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 30494-MINAE-MOPT-SP del 05 de junio del 2002, así como reforzar las labores de vigilancia y seguridad ciudadana en todo el territorio nacional como apoyo a la labor que realiza la Fuerza Pública.

Artículo 2º—Los efectivos convocados mediante este acto quedarán subordinados al Ministro de Seguridad Pública, quien dispondrá de todo lo pertinente para tal efecto, de conformidad con la normativa jurídica vigente.

Artículo 3º—La presente convocatoria será para el período comprendido entre las cero horas del día primero de setiembre del año dos mil catorce, hasta las veinticuatro horas del día treinta y uno de diciembre del año dos mil catorce.

Artículo 4º—Rige a partir del 01 de setiembre de 2014.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las ocho horas treinta minutos del dos de julio del año dos mil catorce.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N° 20668.—Solicitud N° 0361.—C-107390.—(IN2014056438).

N° 72-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en el artículo 47 de la Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar al señor Fernando Llorca Castro, cédula de identidad 1-803-197, como Viceministro del Ministerio de Salud.

2º—Rige a partir del 18 de agosto del 2014.

Dado en San José, a las dieciocho días del mes de agosto del año dos mil catorce.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N° 22303.—Solicitud N° SP-57-P-LYD.—C-7500.—(IN2014056372).

Nº 075-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo establecido en el artículo 140, inciso 12), de la Constitución Política de la República de Costa Rica; y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que es el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Manuel Antonio González Sanz, viajará a la República de Colombia, el día 06 de agosto para participar en la Transmisión del Mando Presidencial, en la ciudad de Bogotá.

II.—Que el Gobierno de Costa Rica ha recibido invitación para asistir a las actividades protocolarias de la Transmisión del Mando Presidencial del señor Presidente Juan Manuel Santos Calderón, que se celebrará los días 06, 07 y 08 del mes de agosto de 2014, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia.

III.—Que el señor Manuel Antonio González Sanz, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, es miembro de la delegación oficial que acompañará al señor Helio Fallas Venegas, Primer Vicepresidente de la República, en las actividades protocolarias de la Transmisión del Mando Presidencial del señor Presidente Juan Manuel Santos Calderón, que se celebrará entre los días 06 y 08 de agosto del presente año. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Manuel Antonio González Sanz, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, cédula 1-720-207, para que viaje a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 06 al 08 de agosto de 2014.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de hospedaje, tiquete aéreo, viáticos, transporte interno, gastos en tránsito, llamadas internacionales e Internet y gastos de representación, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 079-Actividad Central, subpartida 1.05.03 de tiquete aéreo y subpartida 1.05.04 de viáticos en el exterior. De conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, se autoriza la suma de USD$311.00 diarios para Colombia, para un total de USD$933.00. Además, se le autoriza al señor Ministro el uso de US$1000.00 para gastos de Representación. Todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se nombra como Ministro a. í. al señor Alejandro Solano Ortiz, cédula de identidad 1-0749-0659, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto, de las 10:13 horas del día 06 de agosto a las 16:15 horas del día 08 de agosto de 2014.

Artículo 4º—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, el funcionario estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 5º—De conformidad con el artículo 5° de la Resolución N° 78-2010 del Ministerio de Hacienda, el millaje generado por motivo de este viaje será asignado al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 6º—Rige a partir de las 10:13:00 horas del día 06 de agosto y hasta las 16:15 horas del día 08 de agosto de 2014.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintinueve días del mes de julio de dos mil catorce.

Publíquese.—LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N° 22196.—Solicitud N° 5601.—C-53430.— (IN2014056480).

N° 080-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en el artículo 26 inciso b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública; los artículos 172, 173 y 174 de la Ley Nº 7739, denominada “Código de la Niñez y la Adolescencia”; y los artículos 7, 8 y 9 de los Decretos Ejecutivos Nº 33028-MTSS-MSP-MNA y Nº 37205-MP, Reglamento del Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar como miembros del Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia, a las siguientes personas:

a)  Como representante propietario del Ministerio de Educación Pública, a la Ministra de Educación Pública, señora Sonia Marta Mora Escalante, cédula de identidad 1-412-1470 y como su suplente a la Viceministra de Académica de Educación Pública, señora Alicia Vargas Porras, cédula de identidad 1-485-266.

b) Como representante propietario del Ministerio de Salud, a la Ministra de Salud señora María Elena López Núñez, cédula de identidad 1-341-135 y como su suplente a la señora Laura Isabel Chacón Echeverría, cédula de identidad 1-512-278.

c)  Como representante propietario del Ministerio de Cultura y Juventud, a la Ministra de Cultura y Juventud señora Elizabeth Fonseca Corrales, cédula de identidad 4-097-783 y como su suplente a la Viceministra de Juventud, señora Elena Quesada Serrano, cédula de identidad 1-1256-778.

d) Como representante propietario del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, al Ministro de Trabajo y Seguridad Social, señor Víctor Manuel Morales Mora, cédula de identidad 9-044-044 y como su suplente al Viceministro de Trabajo y Seguridad Social, señor Alfredo Edgardo Hasbum Camacho, cédula de identidad 7-071-486.

e)  Como representante propietario del Ministerio de Recreación y Deportes, a la Ministra del Deporte, señora Carolina Mauri Carabaguíaz, cédula de identidad 1-762-145 y como su suplente a la señora Alba Guiselle Quesada Rodríguez, cédula de identidad 2-436-573.

f)  Como representante propietario del Ministerio de Justicia y Paz, a la Ministra de Justicia y Paz, señora Cristina Ramírez Chavarría, cédula de identidad 1-795-253 y como su suplente al Viceministro de Paz, señor Víctor Manuel Barrantes Marín, cédula de identidad 6-329-391.

g)  Como representante propietario del Ministerio de Seguridad Pública, al Ministro de Seguridad Pública con recargo de la cartera de Gobernación y Policía, señor Celso Manuel Gamboa Sánchez, cédula de identidad 1-938-563 y como su suplente a la Viceministra de Unidades Especiales de Seguridad Pública, señora María Furmen Salazar Elizondo, conocida como María Fullmen Salazar Elizondo, cédula de identidad 1-442-619.

h) Como representante propietario del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, a la Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, señora Olga Marta Sánchez Oviedo, cédula de identidad 1-407-1385 y como su suplente al Viceministro de Planificación Nacional y Política Económica, señor Luis Alberto Fallas Calderón, cédula de identidad 1-466-644.

i)  Como representante propietario del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), a la Presidenta Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia, señora Ana Teresa León Sáenz, cédula de identidad 1-421-836 y como su suplente a la señora Ana Patricia Hernández Sánchez, cédula de identidad 8-075-794.

j)  Como representante propietario del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), al Presidente Ejecutivo del Instituto Mixto de Ayuda Social, señor Carlos Andrés Alvarado Quesada, cédula de identidad 1-1060-078 y como su suplente a la señora Ana Josefina Guell Durán, cédula de identidad 1-487-450.

k) Como representante propietario de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), a la Presidenta Ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, señora María del Rocío Sáenz Madrigal, cédula de identidad 9-054-537 y como su suplente a la señora Nereida Arjona Ortegón, cédula de residencia 420-000-3558.

l)  Como representante propietario del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), al Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Aprendizaje, señor Maynor Rodríguez Rodríguez, conocido como Minor Rodríguez Rodríguez, cédula de identidad 6-197-556 y como su suplente a la señora Eva Papili Santilli, cédula de identidad 6-125-081.

m)     Como representante propietario del Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), a la Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de las Mujeres, señora María Alejandra Mora Mora, cédula de identidad 1-656-530 y como su suplente a la señora María Esther Serrano Madrigal, cédula de identidad 3-252-143.

n) Como representante propietario del sector formado por las asociaciones, fundaciones u organizaciones no gubernamentales, dedicadas a la atención y asistencia de las personas menores de edad, al señor William Gerardo Castro Chavarría, cédula de identidad 1-615-219 y como su suplente a la señora Lilliana Ester Alonso Sáenz, cédula de identidad 1-592-497. Para la elección de estos miembros se valoró la terna remitida por la Unión de Instituciones Privadas de Atención a la Niñez, UNIPRIN.

o) Como representante propietario del sector formado por las asociaciones, fundaciones o cualquier otra organización no gubernamental, dedicadas a la promoción y defensa de los derechos de esta población, a la señora Xinia Cecilia Brenes Jenkins, cédula de identidad 1-422-841 y como su suplente al señor Carlos Francisco Sibaja Jiménez, cédula de identidad 1-931-036. Para la elección de estos miembros se valoró la terna remitida por la coordinadora de Organizaciones Sociales de Defensa de Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, COSECODENI.

p) Como representante propietario del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial, al señor Erick Hess Araya, cédula de identidad 1-577-209 y como su suplente a la señora María Eugenia Salas Mora, cédula de identidad 2-563-522.

q) Como representante propietario de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, al señor Harys Regidor Barboza, cédula de identidad 1-1026-585 y como su suplente a la señora Nathalie Obando Cordero, cédula de identidad 1-1265-194.

r)  Como representante propietario de la Asamblea Nacional de la Red Nacional Consultiva de Personas Jóvenes, al señor Luis Eduardo León Castro, cédula de identidad 1-1652-870 y como su suplente al señor Esteban Romero Torres, cédula de identidad 7-238-126.

s)  Como representante propietario de las Cámaras Empresariales, al señor Dirk Stammes Mussapp, cédula de identidad 1-580-100 y como su suplente al señor William Segura Zamora, cédula de identidad 1-819-888. Para la elección de estos miembros se valoró la terna remitida por la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado, UCCAEP.

t)  Como representante propietario de las organizaciones laborales, al señor Jonatán Enrique Monge Loría, cédula de identidad 1-858- 101 y como su suplente al señor Enrique Javier Arceyut Solórzano, cédula de identidad 8-067-621. Para la elección de estos miembros se valoró la terna remitida por la Confederación Unitaria Sindical, Magistral y Comunal, CUSIMA.

u) Como representante propietario del Consejo Nacional de Rectores, al señor Henning Jensen Pennington, cédula de identidad 8-041-334 y como su suplente a la señora Patricia Delvó Gutiérrez, cédula de identidad 1-534-763.

Artículo 2º—Conforme al artículo 8 del Decreto Ejecutivo Nº 37205-MP, denominado Reglamento del Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia, los representantes de instituciones públicas permanecerán en sus cargos durante el ejercicio de sus funciones.

Artículo 3º—Conforme al artículo 9 del Decreto Ejecutivo Nº 37205-MP, denominado Reglamento del Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia, los representantes de otras organizaciones permanecerán en sus cargos por un período de tres años, a partir de su designación.

Artículo 4º—Rige a partir del 25 de agosto del 2014.

Dado en la Presidencia de la República, a los veinticinco días del mes de agosto del dos mil catorce.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N° 22776.—Solicitud N° SP-60-P-LYD.—C-136140.—(IN2014056373).

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Nº 048-2014-MGP

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Con fundamento con lo dispuesto en los artículos 141 de la Constitución Política, 28 inciso 1, 2 Acápite a) de la Ley General de la Administración Pública N° 6227 del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

Que el artículo 28 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, establece que el Ministro es el órgano jerárquico superior del respectivo Ministerio y le corresponde  de manera exclusiva dirigir y coordinar todos los servicios del Ministerio.

ACUERDA:

1º—Recargar las funciones del Área de Servicios Generales a partir del 1 de setiembre del 2014, al Lic. Adolfo Arguedas Fernández, Director de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Gobernación y Policía. 

2º—Rige a partir del 1 de setiembre del 2014.

Celso Gamboa Sánchez, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. N° 20363.—Solicitud N° 0628.—C-14100.—(IN2014056675).

Nº 50-2014-MGP

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública N° 6227 del 2 de mayo de 1978, y el artículo 07 último párrafo) del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos N° R-DC-10-2012.

Considerando:

1º—Que la participación en el “IX Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna”, a realizarse en la ciudad de San Salvador, El Salvador; es de interés para el Ministerio de Gobernación y Policía, porque en ella se tratarán temas de relevancia para esta Cartera Ministerial.

2º—Que la actividad se realizará en la ciudad de San Salvador, El Salvador, los días 12 y 14 de octubre del 2014. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora: María Eugenia Barquero Paniagua, cédula de identidad Nº 401210720, Auditora del Ministerio de Gobernación y Policía, para que participe en el “IX Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna”, a realizarse en la ciudad de San Salvador, El Salvador, los días 12 y 14 de octubre del 2014.

Artículo 2º—Los gastos de la funcionaria María Eugenia Barquero Paniagua, por concepto tiquetes aéreos, gastos de alimentación, hospedaje; por impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales, así como los gastos menores serán cubiertos en su totalidad por con recursos de este Ministerio según las subpartidas 1.05.03 Transporte en el Exterior, 1.05.04  Viáticos en el Exterior, actividad Auditoría 044-02 y 1.07.01 Actividades de Capacitación; todo sujeto a liquidación y de conformidad con la tabla de gastos de viáticos al  Exterior publicada en La Gaceta N° 7 del 10 de enero del año 2012.

Artículo 3º—Durante los días que se autoriza la participación de la funcionaria en dicha actividad devengará el 100% de su salario. Los días 16 y 17 de octubre del 2014, serán tomados de vacaciones por la funcionaria y la misma cubrirá todos los gastos durante esos dos días.

Artículo 4º—Rige a partir del 11 hasta el 18 de octubre del 2014.

San José, a las trece horas del dieciocho de agosto del 2014.

Celso Gamboa Sánchez, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O.C. N° 20363.—Solicitud N° 0623.—C-36570.—(IN2014056683).

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

N° 124-PE

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, La Ley N° 8562 del 07 de diciembre del 2006, La Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

1º—Autorizar al señor José Joaquín Salazar Rojas, cédula 2-278-560, Viceministro de Agricultura y Ganadería, para que participe en la “VIII Reunión del Grupo de Trabajo (GT) 2025 de la IALCSH”, del 30 al 31 de julio de 2014 a realizarse en la Ciudad de México.

2º—Los gastos de viáticos en el exterior que comprende transporte aéreo y terrestre, alimentación, hospedaje y otros gastos menores serán cubiertos por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO).

3º—Rige a partir del 29 de julio al 01 de agosto de 2014.

Dado en el Despacho Ministerial el veintitrés de julio del dos mil catorce.

Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. N° 4169.—Solicitud N° 5151.—C-17670.—(IN2014057044).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Res. N° 000780.—Poder Ejecutivo, a las diez y cincuenta y cinco minutos del día veintiuno del mes de mayo del dos mil catorce.

Conoce las diligencias de pago de mejoras y o edificaciones a favor de José Luis Leandro Salazar, cédula de identidad 3-0250-0463, en la finca de la provincia de Limón 150119-000 a nombre del Estado en administración del Ministerio de Obras Públicas y Transportes para la ejecución del proyecto denominado: “Terminal de Contenedores de Moín

Resultando:

1º—Mediante oficio 20140613 de fecha 12 de febrero del 2014, del Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, el Ministro de esta cartera en su condición de Presidente del Consejo Directivo de CONAVI, solicitó a la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo donar dos franjas de terreno ubicadas en la finca 008283-000, de la provincia de Limón para la construcción de la Ruta Nacional número 257 que comunicará a la Terminal de Contenedores de Moín con la Ruta Nacional número 32.

2º—La Secretaría de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo (ICT), mediante oficio SJD-126-2014 del 2 de abril del 2014, comunicó a los interesados el Acuerdo de la Sesión Ordinaria número 5838, artículo 5, inciso II del 01 de abril del 2014, en el cual se generó una resolución que dispuso en lo que interesa donar dos franjas de terreno a favor del MOPT de la finca 7-8283-000 del ICT ligadas a los planos catastrados 7-1706473-2013 y 7-1616581-2012.

3º—En cumplimiento del Acuerdo tomado por la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo, la Notaría del Estado confeccionó las escrituras respectivas y los planos catastrados generaron dos nuevas fincas en la provincia de Limón, la 150119-000 y 150120-000, ambas propiedad del Estado- Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

4º—Dentro de la propiedad 150119-000 mencionada, se encuentran varias construcciones que según declaración jurada ante Notario Público que rola a folio 0034 del expediente administrativo ha construido y poseído de manera continua, pública, pacífica y notoria desde el año 2001, el señor José Luis Leandro Salazar, cédula de identidad 3-0250-0463.

5º—Mediante avalúo IJL-009B-2012 del 23 de noviembre del 2012, la empresa IJL Ingenierías Jorge Lizano & Asociados S. A. contratada por el Consejo Nacional de Concesiones, valoró las construcciones poseídas por el señor Leandro Salazar en ¢8.888.358,20 (ocho millones ochocientos ochenta y ocho mil trescientos cincuenta y ocho colones con 20/100), avalúo que fue aceptado por el interesado mediante escrito de fecha 15 de marzo del 2013 que rola a folio 42 del expediente administrativo.

Considerando:

I.—La Notaría del Estado, mediante oficio NNE-139-2010 del 4 de mayo del 2010, le indicó a la Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes que la indemnización del pago de mejoras o edificaciones por expropiación como consecuencia de la aceptación por parte del interesado, no requiere de formalización mediante escritura pública, sino de un finiquito o resolución del Poder Ejecutivo que así lo justifique.

Siendo que los dictámenes y pronunciamientos de la Procuraduría General de la República de conformidad con el artículo 2 de la Ley 6815 del 27 de setiembre de 1982 y sus reformas son de acatamiento obligatorio para la Administración Pública, se procede conforme la instrucción dada por ese Órgano asesor de la administración pública.

II.—Así mismo la Ley 7495 del 08 de junio de 1995 y sus reformas en los artículos 7 y 13 establecen que se deben escuchar a todos los terceros que justifiquen tener sobre el bien a expropiar un interés que les pueda causar un perjuicio y que deberán ser indemnizados. Así mismo, el artículo 22 del mismo cuerpo normativo establece que dentro del avalúo administrativo se deben identificar:

Inciso b) Estado y uso actual de las construcciones.

Inciso i) Cualesquiera otros elementos o derechos susceptibles de valoración de indemnización.

3º—La Dirección Jurídica del Consejo Nacional de Concesiones mediante oficio DJCNC-OF-043-2014 del 10 de marzo del 2014, contestó la consulta formulada por la Secretaría Técnica de dicho Consejo donde se solicitó un razonamiento jurídico para el pago de las mejoras o edificaciones que se encuentran en los terrenos adquiridos por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes para la construcción de la Ruta Nacional número 257 la cual fue declarada de interés público para la comunicación de la Ruta Nacional número 32 con la Terminal de Contenedores de Moín.

En dicho criterio jurídico, en la parte de las conclusiones se indicó en lo que interesa lo siguiente:

“4-  Existencia de un nexo causal (Acto Administrativo de Adquisición de Terrenos) y un agravio o daño que se provocará a los precarios u ocupantes del lugar o inmueble.

 5-   Considerando el área de terreno objeto de la donación y del número de ocupantes no propietarios ubicados en el lugar, existe con la actuación administrativa un “daño especial” (criterio cuantitativo).

 6-   Siendo consecuentes con los criterios de justicia y paz social y apelando a la “intensidad excepcional” de la lesión que se producirá en los habitantes del lugar, existe un criterio indemnizatorio especial (criterio cualitativo).

 7-   (…)

 8-   Existe en los ocupantes de los terrenos objeto de la donación, un “interés legítimo”, entendido este como; “una categoría de intereses humanos particulares protegidos por el derecho pero como consecuencia de la protección de los intereses de la comunidad. Por ello los intereses legítimos tienen mayor jerarquía que los derechos subjetivos en cuanto a la protección que para el individuo titular de los mismos, otorga el ordenamiento jurídico.”

 9-   Los intereses legítimos que ostentan los ocupantes de los terrenos objeto de la donación para la construcción de una Ruta Nacional, están garantizados por el derecho objetivo (ordenamiento jurídico positivo Constitución Política, Código Civil), pero no dan lugar a un derecho subjetivo (derecho de uso, propiedad, etc), pues no existe obligación jurídica de dar, hacer o no hacer, exigible a otra persona (Estado). Sin embargo comporta la facultad del interesado de exigir la reparación de los perjuicios provocados.

10-  Los intereses legítimos pueden vincularse a la esfera económica, personal o profesional de uno o varios individuos. Es decir, son intereses particulares que se tutelan a través de la protección del interés público. En este sentido deben de considerarse los postulados establecidos en los artículos 9, 11, 18, 33, 41, 45, 49 y 50 de la Constitución Política.

Así las cosas de conformidad con los argumentos de hecho y de derecho expuestos lo procedente es reconocer las mejoras o edificaciones realizadas en los terrenos donados por el Instituto Costarricense de Turismo al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para la construcción de la Ruta Nacional número 257 que comunicará a la Terminal de Contenedores de Moín con la Ruta Nacional número 32 y así dar complimiento a las obligaciones del Estado dentro del Contrato de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Ordenar al Consejo Nacional de Concesiones el pago de ¢8.888.358,20 (ocho millones ochocientos ochenta y ocho mil trescientos cincuenta y ocho colones con 20/100), según avalúo IJL-009B-2012 del 23 de noviembre del 2012 por concepto de las edificaciones poseídas por el señor José Luis Leandro Salazar, cédula de identidad 3-0250-0463 en la finca de la Provincia de Limón 150119-000 a nombre del Estado en administración del Ministerio de Obras Públicas y Transportes para la construcción de la Ruta Nacional número 257 que comunicará a la Terminal de Contenedores de Moín con la Ruta Nacional número 32.

2º—Se ordena la confección de un finiquito que deberá firmar el interesado a favor de la administración, con lo cual garantice que la indemnización fue cancelada en su totalidad, quedando conforme y satisfecho con el monto entregado. Así mismo, debe indicar que renuncia de manera expresa a cualquier reclamo administrativo o judicial al respecto.

3º—Publíquese.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Carlos Segnini Villalobos.—1 vez.—O. C. N° 001-2014.—Solicitud N° 5461.—C-93290.—(IN2014058515).

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

Res. Nº D.M. 231-2014.—Ministerio de Cultura y Juventud.—Despacho del Ministro a. í. San José, a las 9:28 horas del día 12 de agosto del dos mil catorce. Nombramiento del señor Gabriel Goñi Dondi, cédula de identidad Nº 1-717-354, como miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.

Resultando:

1º—Que por Ley Nº 8290 del 23 de julio del 2002, publicada en La Gaceta Nº 159 del 21 de agosto del 2002, se establece que el Teatro Nacional es un órgano del Ministerio de Cultura y Juventud, que tendrá un Consejo integrado por el Ministro o Viceministro del ramo o su representante, y por cuatro miembros de libre nombramiento del Ministro.

2º—Que el Decreto Ejecutivo Nº 31235 del 19 de marzo del 2003, reglamentó la Ley del Teatro Nacional, estableciéndose en el artículo 9 que los miembros escogidos por el Jerarca Ministerial, para integrar el Consejo Directivo del Teatro, desempeñarán sus cargos ad-honorem y serán nombrados por períodos de cuatro años, con posibilidad de reelección. En caso que se cubran vacantes por muerte, renuncia o incapacidad, los nombramientos se harán por el resto del período del miembro saliente.

Considerando:

1º—Que la señora María Bonilla Picado, cédula de identidad Nº 1-0482-0590, nombrada por Resolución Administrativa Nº D.M. 189-2014 del 23 de junio del 2014, miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional, presentó la renuncia a dicho cargo. Por tanto,

EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD, RESUELVE:

Artículo 1º—Nombrar al señor Gabriel Goñi Dondi, cédula de identidad Nº 1-717-354, miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir del 01 de agosto del 2014 y hasta el 28 de mayo del 2018.

José Alfredo Chavarría Fennell, Ministro de Cultura y Juventud a. í.—1 vez.—O. C. N° 6493.—Solicitud N° 29728.—C-19330.—(IN2014056469).

EDICTOS

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

DMR-00034-14.—San José, a las catorce horas del día seis de junio de dos mil catorce.

Se emiten las Normas para la utilización del vehículo de uso semidiscrecional del Ministerio de Comercio Exterior.

Considerando:

I.—Que la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, Ley N° 9078, del 4 de octubre de 2012, en sus numerales 237 y 238, crea e incluye dentro de la clasificación de vehículos oficiales, la categoría de los vehículos de uso semidiscrecional.

II.—Que el Ministerio de Comercio Exterior cuenta dentro de su flotilla vehicular institucional con un vehículo de uso semidiscrecional según lo establecido en la Ley precitada.

III.—Que con el fin de acatar lo dispuesto en la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, se deben emitir disposiciones que regulen la utilización del vehículo de uso semidiscrecional del Ministerio de Comercio Exterior. Por tanto,

Se emiten las siguientes:

NORMAS PARA LA UTILIZACIÓN DEL VEHÍCULO

DE USO SEMIDISCRECIONAL DEL MINISTERIO

DE COMERCIO EXTERIOR

Artículo 1º—Objeto. Las presentes normas  tienen por objeto regular la utilización que se haga del vehículo de uso semidiscrecional con el que cuenta el Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 2º—Definición y características. El vehículo de uso semidiscrecional estará destinado de forma exclusiva al servicio de la o el  Viceministro del Ministerio Comercio Exterior, con la finalidad de facilitar y mejorar el desempeño de sus funciones. Este vehículo podrá portar placas particulares y no tendrá marcas visibles que lo distingan como vehículo oficial.

Artículo 3º—Conducción. El vehículo de uso semidiscrecional sólo podrá ser conducido por la o el Viceministro de Comercio Exterior, el o la chofer institucional designado regularmente para su servicio o quien lo sustituya.

Artículo 4º—Horario de uso. El vehículo de uso semidiscrecional podrá ser utilizado en días hábiles, de lunes a viernes, en el momento que la o el Viceministro del Ministerio de Comercio Exterior requiera su servicio para el desempeño de sus funciones. Su uso en días no hábiles, sábados y domingos, feriados y de asueto, queda autorizado para atender las necesidades institucionales que así lo requieran, y en razón de la disponibilidad que por la naturaleza y funciones inherentes al cargo, debe garantizar la o el funcionario a cargo. 

Artículo 5º—Resguardo del vehículo. Cuando el vehículo no esté en uso por parte de la o el  Viceministro del Ministerio Comercio Exterior o se encuentra fuera del horario de uso establecido, se mantendrá bajo la custodia de Servicios Generales del Ministerio de Comercio Exterior. No obstante, el vehículo podrá resguardarse en un lugar distinto al establecido por Servicios Generales, cuando se presenten circunstancias que así lo justifiquen, tales como la disminución de los gastos de combustible, el pago de horas extra a choferes, el pago de transporte por desplazamientos fuera de horarios regulares a choferes, el kilometraje recorrido y el consecuente desgaste del vehículo, así como para facilitar los desplazamientos y reducir el tiempo que ellos implican. En todo caso, se deberán mantener siempre las normas de seguridad necesarias para evitar cualquier daño o pérdida del vehículo.

Artículo 6º—Recorrido. El vehículo de uso semidiscrecional podrá ser utilizado por la o el Viceministro del Ministerio Comercio Exterior para trasladarse a los lugares que requiera en razón de su cargo y con motivo de sus funciones, lo que incluye el traslado desde y hacia su residencia.

Artículo 7º—Combustible. La Institución proveerá el combustible que sea necesario para la utilización del vehículo de uso semidiscrecional en los términos descritos en el artículo anterior, a través de los medios dispuestos para ese efecto por Servicios Generales del Ministerio de Comercio Exterior. Para la compra de combustible, medios de pago, liquidación de gastos y control, regirán las normas para el control de abastecimiento de combustible vigentes en el Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 8º—Pasajeros. Cuando las necesidades institucionales así lo requieran o en casos excepcionales dicho vehículo podrá trasportar personas ajenas a la Institución, para lo cual deberá contarse con el consentimiento  de la o el Viceministro del Ministerio Comercio Exterior, al menos de forma verbal, sin perjuicio de que éste conste por escrito cuando así se estime procedente por dicho funcionario.

Artículo 9º—Remisión. Lo concerniente a los deberes y obligaciones de los usuarios y conductores del vehículo de uso semidiscrecional, prohibiciones, sanciones administrativas, y del procedimiento a seguir en casos de accidente e infracciones de tránsito, se regirá por lo dispuesto por la normativa vigente en la institución.

Artículo 10.—Vigencia. Rige a partir de su notificación.

Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. N° 20833.—Solicitud N° 4812.—C-83350.—(IN2014056624).

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 33, asiento N° 252, emitido por el Liceo de Aserrí, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Montoya Villalobos Nelson, cédula N° 1-0956-0806. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinticinco días del mes de agosto del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056082).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 10, asiento 18, título N° 75, emitido por el Instituto Educativo San Jorge, en el año dos mil trece, a nombre de Hernández Quesada Jafeth Antonio, cédula N° 6-0433-0596. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.  Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, al primer día del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056204).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 30, título N° 165, emitido por el Liceo San Miguel, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Ulloa Mora Jimmy, cédula N° 1-0965-0981. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, al primer día del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056216).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 37, título N° 991, emitido por el Colegio Santa Ana, en el año dos mil doce, a nombre de Corea Guido Scarlett Ivonne, cédula N° 5-0404-0563. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dos días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056243).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 300, título N° 2487, emitido en el año dos mil siete, y del título de Técnico Medio en la Especialidad Informática en Programación, inscrito en el tomo 1, folio 19, título N° 244, emitido en el año dos mil tres, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional Ingeniero Mario Quirós Sasso, a nombre de Rivera Segura Jorge Enrique, cédula 1-1216-0406. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dos días del mes de setiembre del dos mil catorce.— Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056371).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 150, título N° 953, emitido por el Liceo de Chacarita,  en el año dos mil ocho, a nombre de Cortés Meléndez Allan Gonzalo, cédula 6-0380-0294. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los trece días del mes de agosto del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056443).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 102, título N° 538, emitido por Colegio Nocturno de Pococí, en el año dos mil, a nombre de Quesada Vargas Geiner Adrián, cédula 7-0152-0525. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los once días del mes de noviembre del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056459).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Contabilidad, inscrito en el tomo 1, folio 70, título N° 1028, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Flores, en el año dos mil once, a nombre de Rodríguez Flores Adrián, cédula  2-0688-0573. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciocho días del mes de agosto del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056479).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 149, título N° 1286, emitido por el Colegio Salesiano Don Bosco, en el año dos mil siete, a nombre de Alvarado Vindas Eduardo, identificación 1-1362-0006. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintiocho de julio del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056517).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 105, título N° 2447, emitido por el Liceo de Heredia, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Gómez Vega Anayancy del Carmen, cédula 4-0142-0679. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dos días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056608).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 25, asiento N° 11, emitido por el Colegio Bilingüe San Judas Tadeo, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Zúñiga Pérez Juan Luis, cédula 1-0585-0580. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los tres días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056638).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 64, título N° 325, emitido por el Colegio Nocturno de Pococí, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Araya Lobo Maricela, cédula 7-0110-0303. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los tres días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056846).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del  Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 22, título N° 212, emitido por el Colegio Dr. Ricardo Moreno Cañas, en el año dos mil diez, a nombre de Jiménez Pacheco Fiorella María, cédula 2-0689-0210. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticinco días del mes de agosto del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056914).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 69, título N° 352, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe de Santa Cruz, en el año dos mil ocho, a nombre de Mason Ortiz Marva Patricia, cédula: 5-0380-0608. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los siete días del mes de abril del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056915).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 3, título N° 62, emitido por el Instituto de Alajuela, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Ugalde Cerdas Laura, cédula  2-0474-0017.  Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los tres días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056970).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 25, título N° 293, emitido por el Colegio Cindea 28 Millas, en el año dos mil trece, a nombre de Córdoba Guillén Mónica Gerian, cédula 7-0215-0682. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014057007).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 44, título N° 305, emitido por el Liceo Fernando Volio Jiménez, en el año dos mil cuatro, a nombre de Solís Calderón Angélica, cédula 1-1328-0342. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014057016).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 103, asiento 13, título Nº 718, emitido por el Colegio Nocturno de Osa, en el año dos mil trece, a nombre de Murillo Barboza Austin Lenin, cédula 1-1598-0768. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los ocho días del mes de agosto del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014057050).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 4, título Nº 24, emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Guevara Morales Sandra Vanessa, cédula 5-0271-0972. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, al primer día del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014057087).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 68, título Nº 438, emitido por el Liceo de Aserrí, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Calderón Fernández Ricardo, cédula 1-0987-0245. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cuatro días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014057235).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo II, folio 48, título Nº 81-176, emitido por el Liceo Unesco, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Quirós Zúñiga Julia, cédula 1-0663-0827. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cuatro días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014057250).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 39, título Nº 622, emitido por el Liceo Ing. Samuel Sáenz Flores, en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre de Víquez Miranda Víctor Hugo, cédula 4-0160-0717. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintidós días del mes de julio del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014057254).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 60, título N° 426, emitido por el Colegio Nocturno Pbro. Enrique Menzel, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Rodríguez Corrales Ronny, cédula 3-0351-0824. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, cuatro de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014057448).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 38, título N° 204, emitido por el Liceo de San Miguel, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Rodríguez Segura Johanna, cédula 1-1003-0237. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintiocho de abril del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014057554).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media , inscrito en el tomo 3, folio 91, título N° 1047, emitido por el Colegio Las Américas, en el año dos mil doce, a nombre de Guzmán Rojas Juan Ignacio. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Sosa Guzmán Juan Ignacio, cédula 1-1577-0707. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, ocho de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014057668).

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE

Y LA RECREACIÓN

DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA

DE LA ASOCIACIÓN BELEMITA DE NATACIÓN

Se les comunica a todos los interesados que el Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, acordó en su sesión ordinaria N° 908-2014, Acuerdo Nº 12, del 29 de mayo del 2014, autorizar la Declaratoria de Utilidad Pública a favor de la Asociación Olimpiadas Especiales con cédula jurídica Nº Tres-cero cero dos-cero nueve ocho dos nueve tres.—San José, 29 de agosto del 2014.—Lic. Heiner Ugalde Fallas, Secretario Consejo Nacional del Deporte y la Recreación.—1 vez.—(IN2014056485).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LABORALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto la organización social denominada: Cooperativa de Transportes de Carga Pesada de la Zona Sur R.L., siglas COOPETRANSUR R.L., acordada en asamblea celebrada el 9 de noviembre del 2013. 644-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo se procede a la inscripción correspondiente se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta el artículo 22 del Estatuto.—San José, 22 de agosto del 2014.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2014056893).

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto la organización social denominada: Sindicato de Policías del Gran Área Metropolitana de San José y Servidores Privados en Funciones Securitarias, Siglas SILOPOL, acordada en asamblea celebrada el 21 de junio del 2014. Expediente 915-SI. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo 16, folio 189, asiento 4816 del 2 de setiembre del 2014. La reforma afecta la totalidad de los artículos del estatuto: con la reforma al artículo 1 varía el nombre de la organización y en lo sucesivo se denominará: Sindicato Local de Policías de San José, siglas SILOPOL.—San José, 3 de setiembre del 2014.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2014056999).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción (por transformación) de la organización sindical denominada: Sindicato Agrario Puntarenense, con siglas S. A.P.U, al que se le asigna el Código 964-SI, acordada en asamblea celebrada el 22 de febrero de 2014. Habiéndose cumplido con lo disposiciones contenidas en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La organización ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro, visible al Tomo: 3, Folio: 247, Asiento: 4805 del 23 de julio de 2014. La Junta Directiva nombrada en la asamblea constitutiva celebrada el 22 de febrero de 2014, con una vigencia que va desde el 22 de febrero de 2014 al 29 de febrero de 2016; quedó conformada de la siguiente manera:

Secretario(a) general                                             María Teresa Jiménez Aguilar

Subsecretario(a) General y de Producción       Hayde Mora Mora

Secretario(a) de Actas y correspondencia         Karol Montiel Montiel

Secretario(a) de Finanzas                                     María Jeannette Jiménez Mora

Secretario(a) de Organización                            

y de la Mujer Trabajadora                                   Eduardo Ledezma Gatgens

Secretario(a) suplente                                           Manuel Francisco Gómez Córdoba

Secretario(a) suplente                                           Efraín Paniagua Zamora

San José, 24 de julio de 2014.—Registro de Organizaciones Sociales.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—Exonerado.—(IN2014056462).

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Consorcio Cooperativo para la Oferta de Productos Agropecuarios de Origen de la Región Brunca R. L., siglas: COOBRUNCA R. L., constituida en asamblea celebrada el 28 de mayo de 2014. Número de expediente código 1492-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción y se envía un extracto para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Presidente

Fredy Antonio Morera Mena

Vicepresidente

Francisco Bustamente Valderramos

Secretario

Javier Vásquez Monge

Vocal 1

José Joaquín Camacho Umaña

Vocal 2

Daniel Chávez Arias

Suplente 1

Denia García Mena

Suplente 2

Nelson Benavides Garbanzo

Gerente

José Róger Barrantes Araya

 

San José, 2 de setiembre del 2014.—Registro de Organizaciones Sociales.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa a. í.—(IN2014056650).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Propiedad industrial

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Arnoldo Bonilla Quesada, cédula de identidad 107580660, en calidad de apoderado especial de Café El Rey Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101006927 con domicilio en Curridabat detrás de los Condominios Hacienda Vieja, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

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como marca de fábrica y comercio en clase: 1 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Edulcorante. Reservas: de los colores rojo, blanco y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de agosto del 2013, según expediente Nº 2013-0007329. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de agosto del 2013.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2014008056).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad 107580660, en calidad de apoderado especial de Café El Rey Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101006927 con domicilio en Curridabat detrás de los Condominios Hacienda Vieja, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de REY CREMA PARA CAFÉ, como marca de fábrica y comercio en clase: 29 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: crema para café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de agosto del 2013, según expediente Nº 2013-0007326. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de agosto del 2013.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2014008061).

Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad 1-0758-0660, en calidad de apoderado especial de Café El Rey Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-006927, con domicilio en Curridabat detrás de los Condominios Hacienda Vieja, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

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como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: café. Reservas: de los colores anaranjado, blanco y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de agosto del 2013, según expediente Nº 2013-0006359. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de agosto del 2013.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2014008067).

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor, abogada, cédula 1-812-604, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Bayer Intellectual Property GMBH, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada DIHIDROPIRAZOLONAS SUSTITUIDAS. La presente solicitud se refiere a derivados de dihidropirazolonas de fórmula (I), a procedimientos para su preparación, a su uso para el tratamiento y/o la profilaxis de enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 401/14; cuyos inventores son Thede, Kai, Flamme, Ingo, Oehme, Felix, Erguden, Jens-Kerim, Stoll, Friederike, Schuhmacher, Joachim, Wild, Hanno, Kolkhof, Peter, Beck, Hartmut, Keldenich, Jorg, Akbaba, Metin, Jeske, Mario. Prioridad: 26/10/2066 de 10 2006 050 516; 12/06/2008 US WO/2008/067871. La solicitud correspondiente lleva el número 20140392 y fue presentada a las 09:08:00 del 21 de agosto del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de agosto del 2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014056105).

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula 1-812-604, mayor de edad, vecina de San José, apoderada especial de Conair Corporation, de E.U.A., solicita el Modelo de Utilidad denominada APARATO PARA PELUQUERÍA. Un aparato para peinar el cabello, que incluye, una primera y segunda asa adaptadas para moverse entre la posición abierta para captar el cabello y la posición cerrada adyacente al cabello. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: A45D 1/04; A45D 2/04; cuyo inventor es Anthony, Kit Lun Leung. Prioridad: 24/12/2013 US 14/140,118. La solicitud correspondiente lleva el número 20140198, y fue presentada a las 09:13:02 del 30 de abril del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de agosto del 2014.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2014056109).

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula 1-812-604, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Conair Corporation, de E.U.A., solicita el Diseño Industrial denominada

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APARATO PLANCHA DE PELO. El diseño ornamental para un aparato de plancha de cabello como se muestra y describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 28/03; cuyo inventor es Kam Fai Fung. Prioridad: 28/10/2013 US 29/471,065. La solicitud correspondiente lleva el número 20140221, y fue presentada a las 08:48:11 del 13 de mayo del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de agosto del 2014.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2014056110).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Francisco Guzmán Ortiz, abogado, mayor, vecino de San José, cédula 1-434-595, en su condición de apoderado especial de Ferrari S.P.A., de Italia, solicita el Diseño Industrial denominada

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VOLANTE Y VOLANTE DE JUGUETE PARA JUEGO ELECTRÓNICO. El presente diseño se refiere a un volante y volante para juego electrónico caracterizado por tener, un cuerpo frontal en forma de caja, operado por el conductor y una columna de dirección proyectada desde la parte posterior del cuerpo en forma de caja. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 12/16; 21/01; cuyo inventor es James Shakespare Allison. Prioridad: 22/01/2014 EM 001400428-0003; 22/01/2014 EM 111400436-0003. La solicitud correspondiente lleva el número 20140323, y fue presentada a las 09:34:08 del 04 de julio del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de agosto del 2014..—Lic. Kelly Selva Vasconcelos, Registradora.—(IIN2014056408).

El señor Francisco Guzmán Ortiz, mayor, abogado, cédula 1-434-595, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Ferrari S.P.A, de Italia, solicita el Diseño Industrial denominada

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VEHÍCULO/CARRO DE JUGUETE. El diseño ornamental para un vehículo/carro de juguete como se muestra y se describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 12/08; 21/01; cuyo inventor es James Shakespeare, Allison. Prioridad: 22/01/2014 EM 001400428; 22/01/2014 EM 001400436. La solicitud correspondiente lleva el número 20140328, y fue presentada a las 08:45:20 del 08 de julio del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de agosto del 2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014056409).

CONVOCATORIA

En el marco del Programa de Regularización del Catastro y Registro del Gobierno de Costa Rica y la Ley de Catastro Nacional y su Reglamento.

Se convoca a los propietarios y poseedores, para que se apersonen a la Exposición Pública de Resultados del Levantamiento, que se realizará en:

Provincia

Cantón

Distrito

Fecha

Dirección

San José

Puriscal

Chires

 

Mercedes Sur

Del 3 al 12 de octubre del 2014

La Gloria, salón comunal contiguo a la cruz roja.

Salón comunal contiguo a la escuela de Santa Marta

 

 

Horario de atención:

De lunes a domingo de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

(Jornada continua)

Esto con el fin de que se examinen los registros y mapas catastrales, suscriba el acta de conformidad o manifiesten su inconformidad. De no presentarse el Catastro Nacional dará los datos por correctos, según lo indica el Artículo 19 de la Ley de Catastro. Para más información comuníquese al 2202-0999 o a la página www.rnpdigital.com.

Responsable.—Lic. Alejandro Madrigal Quesada, Asesor Jurídico del Registro Inmobiliario.—1 vez.—O. C. 14-0019.—Solicitud 18804.—C-17060.—(IN2014058938).

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, por este medio informa a los representantes de las asociaciones abajo descrita que en nuestro poder se encuentran libros legalizados de su representada los cuales de acuerdo al Artículo 23 del Reglamento a la Ley de Asociaciones procederemos a incinerar:

N° cédula

Nombre

Fecha de legalización

3-002-491288

Asociación de Profesionales en Propiedad Intelectual de Costa Rica (APPI CR).

22/05/2008

3-002-328141

Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Cerritos, distrito Quepos, cantón Aguirre, provincia de Puntarenas.

2008

3-002-655091

Asociación para la Evangelización Católica del Hermano Costarricense.

20/04/2012

3-002-56074

Asociación de Futbol Aficionado ANAFA.

30/06/2012

3-002-530821

Asociación de Productores la Esperanza Norteña.

09/12/2009

3-002-635763

Asociación de Apoyo con Calidad para Migrantes Nicaragüenses.

09/12/2011

3-002-581270

Asociación de Recuperadores de Desechos Sólidos de Tirrases, Curridabat.

17/11/2009

3-002-413840

Asociación Ministerio Carita Feliz.

13/07/2009

 

Se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación a los interesados para que formulen reparos a la gestión.—25 de agosto del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—O. C. N° oc14-0019.—Solicitud N° 18931.—C-23890.—(IN2014059520).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad Asociación Folcklórica Cultural La Lalajuela (Grupo Folklórico La Lajuela), con domicilio en la provincia de: Alajuela, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: promover y fomentar el desarrollo de la danza y la cultura costarricense. Cuyo representante, será el presidente: Fernando Campos Sánchez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo 2014 asiento: 197492.—Registro Nacional, a las 10 horas 50 minutos y 26 segundos, del 26 de agosto del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014056553).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad Asociación Deportiva, Recreación y Cultura Mata de Plátano, con domicilio en la provincia de: San José, Goicoechea, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: entre otros: representar y resguardar los intereses de los asociados, cualquier medio licito a su alcance, ante los organismos reguladores, respectivos o cualquier entidad o institución. Cuyo representante, será el presidente: José Ángel Esquivel Cruz, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo 2014 asiento: 226494.—Registro Nacional, a las 10 horas 15 minutos y 30 segundos, del 2 de setiembre del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014056562).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Logia Le Sentier Cache Número Diecinueve. (Asociación Logia el Sendero Oculto Número Diecinueve), con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promulgar entre sus miembros, la fraternidad, la caridad y la verdad como principios fundamentales de la asociación. Cuyo representante será el presidente Roger Guarda, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2014, asiento: 1185118), al ser los veintisiete días del mes de agosto del dos mil catorce.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014059522).

REGISTRO NACIONAL  DE DERECHO DE AUTOR

Y DERECHOS CONEXOS

Grupo Ángelus de Costa Rica S. A. cédula jurídica 3-101-556571 en su condición de productor de la obra en colaboración, artística y publicada que se titula CANCIÓN DE MARÍA SÚPLICA PARA TIEMPOS DIFÍCILES, solicita la inscripción de la titularidad de los derechos patrimoniales. La obra es un fonograma que contiene dos canciones cristianas (letra y música) y se presenta en un disco compacto. Los derechos morales son de los coautores de la música y letra Juan Alberto Díaz Paniagua cédula de identidad 1-1172-996, Yunuen Rodríguez Laureani cédula 1-1163-196, Adriana Solera Madrigal cédula 1-1128-085, Mariela Arredondo Monturiol cédula 1-1398-337, Ricardo José Vargas del Valle cédula 1-1235-311, Vanessa Aquino Robles cédula 1-1102-528, María del Rocío del Valle Sibaja cédula 1-1096-893, Rebeca Mabel Malavassi Campos cédula 1-1249-744, Francisco José Longhi Gutiérrez cédula 1-1172-996, Diego Hernández Serrano cédula 1-1289-829, Grettel Ugalde Chacón cédula 1-954-470 y Vivian Fernández Villalobos cédula 1-1095-027. Los derechos conexos morales en las interpretaciones son de los intérpretes antes indicados excepto Vivian Fernández Villalobos. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 7876.—Curridabat, 21 de julio de 2014.—Lic. Andrés Hernández Osti, Registrador.—1 vez.—(IN2014056591).

Grupo Ángelus de Costa Rica S. A. cédula jurídica 3-101-556571 en su condición de productor de la obra individual, artística y publicada que se titula GLORIA 2005, solicita la inscripción de la titularidad de los derechos patrimoniales. La obra es un fonograma que contiene una canción cristiana (letra y música) y se presenta en un disco compacto. Los derechos morales son del autor de la música y letra Juan Alberto Díaz Paniagua, mayor, soltero, editor de videos, cédula de identidad 1-1172-996 y vecino de San José, Moravia Los Colegios. Los derechos conexos morales en las interpretaciones son de los intérpretes Yunuen Rodríguez Laureani cédula 1-1163-196, Juan Alberto Díaz Paniagua, Mariela Arredondo Monturiol cédula 1-1398-337, Alexánder Orozco Saborío cédula 2-457-841, Ricardo José Vargas del Valle cédula 1-1235-311, Vanessa Aquino Robles cédula 1-1102-528, María del Rocío del Valle Sibaja cédula 1-1096-893, Rebeca Mabel Malavassi Campos cédula 1-1249-744, Francisco José Longhi Gutiérrez cédula 1-1172-996, Diego Hernández Serrano cédula 1-1289-829, Grettel Ugalde Chacón cédula 1-954-470 y Carlos Federico Delgado Helleseter cédula 1-909-931. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 7878.—Curridabat, 16 de julio de 2014.—Lic. Andrés Hernández Osti, Registrador.—1 vez.—(IN2014056594).

Grupo Ángelus de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-556571, en su condición de productor de la obra individual, artística y publicada que se titula CONFIO EN TI, solicita la inscripción de la titularidad de los derechos patrimoniales. La obra es un fonograma que contiene una canción cristiana (letra y música) y se presenta en un disco compacto. Los derechos morales son de los autores de la música y letra Juan Alberto Díaz Paniagua cédula de identidad 1-1172-996 y Yunuen Rodríguez Laureani. cédula de identidad 1-1163-196. Los derechos conexos en interpretaciones son de los intérpretes Juan Alberto Díaz Paniagua cédula 1-1172-996, Yunuen Rodríguez Laureani cédula 1-1163-196, Mariela Arredondo Monturiol cédula 1-1398-337, Alexánder Orozco Saborío cédula 2-457-841, Ricardo José Vargas del Valle cédula 1-1235-311, Vanessa Aquino Robles cédula 1-1102-528, María del Rocío del Valle Sibaja cédula 1-1096-893, Rebeca Mabel Malavassi Campos cédula 1-1249-744, Francisco José Longni Gutiérrez cédula 1-1172-996, Diego Hernández Serrano cédula 1-1289-829, Grettel Ugalde Chacón cédula 1-954-470. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 7877.—Curridabat, 21 de julio de 2014.—Lic. Adriana Bolaños Guido, Registradora.—1 vez.—(IN2014056606).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

La Dirección Nacional de Notariado hace saber: que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial de la licenciada Yhendri Solano Chaves, cédula de identidad número 1-1060-0047, carné profesional número 21936. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. (Exp. 14-001077-0624-NO).—San José, 29 de agosto del 2014.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado Unidad Legal Notarial.—1 vez.—(IN2014056471).

COMERCIO EXTERIOR

El Ministerio de Comercio Exterior, comunica:

Convocatoria para participar en la asignación

de contingente de exportación de queso a Estados Unidos

Compromisos OMC

Año 2015

1º—El volumen disponible para el contingente es de 1.550 toneladas métricas y puede utilizarse para exportar los tipos de quesos clasificados en las siguientes fracciones arancelarias del Sistema Armonizado de los Estados Unidos: 0406.10.04, 0406.10.84, 0406.20.89, 0406.30.89 y 0406.90.95.

2º—La asignación se realizará de conformidad con Reglamento sobre la Asignación de Contingentes de Exportación de Queso a Estados Unidos que está disponible en la página del Ministerio de Comercio Exterior (http://www.comex.go.cr/tramites_servicios/contingentes.aspx). La recepción de solicitudes se abre por cinco días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la presente publicación.

3º—Las solicitudes deberán formularse por escrito, especificar el volumen de exportación solicitado, el nombre del “importador preferente” (debidamente acreditado en Estados Unidos) que el solicitante hubiese previamente seleccionado, así como la industria procesadora de queso en Costa Rica que supliría el producto.

4º—Para aplicar el contingente, el producto debe ingresar a Estados Unidos entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2015.

5º—Para mayor información sobre el tema comunicarse con Leonor Obando al teléfono 2505-4156 o al correo electrónico leonor.obando@comex.go.cr

Dirección General de Comercio Exterior.—Francisco Monge, Director General a. í.—1 vez.—O. C. N° 22072.—Solicitud N° 4818.—C-25030.—(IN2014058480).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. N° 16321A.—Brian Alan Trentham Chismar, solicita concesión de: 0,01 litros por segundo de la quebrada 1, efectuando la captación en finca de él mismo, en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas: 134.991 / 556.834, hoja Dominical. 0,04 litros por segundo de la quebrada 2, efectuando la captación en finca de él mismo, en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas: 134.660 / 556.611, hoja Dominical. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de julio del 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014056141).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. 1109A.—Wagmoro S. A., solicita concesión de: 107,46 litros por segundo del río Lagarto, efectuando la captación en finca de su propiedad en Chomes, Puntarenas, Puntarenas, para uso agropecuario riego caña dulce. Coordenadas 229.898 / 434.900 hoja Chapernal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de julio de 2014.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2014056788).

Exp. 10584A.—Runilda Arias Valverde, solicita concesión de: 0,79 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Desamparaditos, Puriscal, San José, para uso granja-acuicultura-lechería y riego. Coordenadas 206.850 / 498.650. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de julio de 2014.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2014056796).

Exp. 10767A.—Beneficiadora Monterrosa S. A., solicita concesión de: 0,49 litros por segundo del nacimiento sin nombre 5, efectuando la captación en finca de Cerro Púas MM S. A., en Naranjo, Naranjo, Alajuela, para uso consumo humano doméstico-piscina-beneficio de café-turismo-oficinas y riego. Coordenadas 234.400 / 493.900 hoja Naranjo. 0,12 litros por segundo del nacimiento sin nombre 3, efectuando la captación en finca de Cerro Púas MM S. A., en Naranjo, Naranjo, Alajuela, para uso consumo humano doméstico-piscina-beneficio de café-turismo-oficinas y riego. Coordenadas 234.300 / 493.900 hoja Naranjo. 0,32 litros por segundo del nacimiento sin nombre 4, efectuando la captación en finca de cerro Púas MM S. A., en Naranjo, Naranjo, Alajuela, para uso consumo humano doméstico-piscina-beneficio de café-turismo-oficinas y riego. Coordenadas 234.350/493.900 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de julio de 2014.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2014056810).

Exp. 3517A.—Elmer Arauz Granados, solicita concesión de: 0,10 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Potrero Grande, Buenos Aires, Puntarenas, para uso agropecuario abrevadero, consumo humano doméstico, Coordenadas 103.504/626.958 hoja Coto Brus. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de octubre de 2013.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2014056811).

Exp. 16342P.—Comercial Mil Cinco, solicita concesión de: 1,5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RG-744 en finca de el mismo en Guácima (Alajuela), Alajuela, para uso consumo humano-doméstico para autoconsumo en condominio. Coordenadas 214.690/507.550 hoja río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de agosto de 2014.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2014056814).

Exp. Nº 13890P.—Inversora Risco del Pájaro S. A., solicita concesión de: 1,5 litros por segundo de acuífero (Pozo BC-924), efectuando la captación en finca de el mismo en, San Mateo, Alajuela, para uso consumo humano-piscina doméstica y riego. Coordenadas 213.014 / 476.167 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2014057159).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. N° 16347A.—Dixon Torres Zúñiga, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Alquides Torres Fuentes en Páramo, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 375.309/490.686 hoja Savegre. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de agosto de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014057396).

Exp. N° 9668P.—Álvaro Ulate Hidalgo, solicita concesión de: 9,45 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RT-30 en finca de su propiedad en La Virgen, Sarapiquí, Heredia, para uso industria-química. Coordenadas 274.300/524.500 hoja Río Cuarto. 0,2 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RT-36 en finca de su propiedad en La Virgen, Sarapiquí, Heredia, para uso industria-química. Coordenadas 274.350/524.590 hoja Río Cuarto. 0,2 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RT-38 en finca de su propiedad en La Virgen, Sarapiquí, Heredia, para uso industria-química. Coordenadas 274.090/524.560 hoja Río Cuarto. 0,2 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RT-39 en finca de su propiedad en La Virgen, Sarapiquí, Heredia, para uso industria-química. Coordenadas 274.450/524.300 hoja Río Cuarto. 0,2 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RT-40 en finca de su propiedad en La Virgen, Sarapiquí, Heredia, para uso industria-química. Coordenadas 274.530/524.370 hoja Río Cuarto. 0,2 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RT-41 en finca de su propiedad en La Virgen, Sarapiquí, Heredia, para uso industria-química. Coordenadas 274.610/524.440 hoja Río Cuarto. 1 litro por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo artesanal en finca de su propiedad en La Virgen, Sarapiquí, Heredia, para uso industria-química. Coordenadas 274.600/524.400 hoja Río Cuarto. ,2 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RT-53 en finca de su propiedad en La Virgen, Sarapiquí, Heredia, para uso industria-química. Coordenadas 274.530/524.230 hoja Río Cuarto. 0,2 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RT-59 en finca de su propiedad en La Virgen, Sarapiquí, Heredia, para uso industria-química. Coordenadas 274.680/524.370 hoja Río Cuarto. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de octubre de 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014057546).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

ACUERDOS

N° 11-2014

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:

De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza al funcionario Gerardo Arturo Brenes Pérez, portador de la cédula de identidad número seis-cero doscientos veinticuatro-cero cuatrocientos noventa y ocho, Asistente Administrativo 2 de la Oficina Regional de Golfito, para que firme certificaciones y constancias del Departamento Civil a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial.

San José, a las doce horas y veinticinco minutos del doce de agosto de dos mil catorce.—Luis Antonio Sobrado González, Presidente.—Eugenia María Zamora Chavarría, Magistrada.—Max Alberto Esquivel Faerron, Magistrado.—1 vez.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 18416.—(IN2014057299).

N° 12-2014

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:

De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a la funcionaria Rosa Inés Quirós Gamboa, portadora de la cédula de identidad número tres-cero trescientos setenta y cinco-cero trescientos setenta y nueve, Asistente Administrativo 2 de la Oficina Regional de Turrialba, para que firme certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial.

San José, a las doce horas y treinta y cinco minutos del doce de agosto de dos mil catorce.—Luis Antonio Sobrado González, Presidente.—Eugenia María Zamora Chavarría, Magistrada.—Max Alberto Esquivel Faerron, Magistrado.—1 vez.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 18417.—(IN2014057312).

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Keyla Patricia Rizo, no indica segundo apellido, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1167-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cinco minutos del veinticuatro de abril del dos mil catorce. Exp. Nº 20966-2013. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—…; Considerando: I.—Hechos Probados. II.—Sobre el fondo...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de María Valentina Rizo Martínez... en el sentido que el primer nombre y el apellido de la madre son “Keyla” y “Rizo, no indica segundo apellido” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014056461).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ruth Elizabeth Molina, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3980-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de diciembre de dos mil trece. Ocurso Exp. Nº 19804-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Argerie Dávila Molina..., en el sentido que el apellido de la madre de la misma es “Molina, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2014056487).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Yelba Yessenia Sánchez, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2415-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas quince minutos del veinticinco de agosto del dos mil catorce. Exp. Nº 30078-2013. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados... II.—Sobre el fondo...; Por tanto: rectifíquese la razón marginal de reconocimiento y el asiento de nacimiento de Candy José Bravo Sánchez..., en el sentido que el segundo apellido del padre y el apellido de la madre... son “Díaz” y “Sánchez no indica segundo apellido” respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil  a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014056523).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Dogna Ivania Olivas Arauz, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1806-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas veinte minutos del cuatro de junio de dos mil catorce. Exp. Nº 16144-2014. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Sofía Hernández Olivas... en el sentido que el nombre de la madre... es “Dogna Ivania.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014056540)

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Deyling Raquel Pineda Castro, ha dictado una resolución que en lo conducente dice Resolución N° 2406-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta minutos del treinta y uno de julio del dos mil catorce. Exp. N° 24628-2014. Resultando: 1º—..., 2º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de Steven Daniel Morales Pineda... en el sentido que el primer nombre de la madre es “Deyling.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2014056578).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Jessenya del Carmen Aguilar Jarquín, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 4320-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cincuenta minutos del diecinueve de diciembre del dos mil trece. Exp. Nº 45211-2013. Resultando: 1º—..., 2º—…, 3º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Natalia Dayana Jarquín Aguilar... en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre... son “Jessenya del Carmen Aguilar Jarquín.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2014056582).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Carla Enrriqueta Salgado, no indica segundo apellido ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº  2379-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas treinta minutos del veintinueve de julio de dos mil catorce. Ocurso Exp. Nº 36767-2013. Resultando: 1º—..., 2º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Berny Josué Eduarte Salgado..., en el sentido que el nombre y el apellido de la madre del mismo son “Carla Enrriqueta” y “Salgado, no indica segundo apellido” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2014056593).

AVISOS

Registro Civil – Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Aviso de solicitud de naturalización

Bressia Stefanía Benel Yañez, mayor, soltera, periodista, peruana, cédula de residencia N° 160400092436, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 899-2013.—San José, veintinueve de agosto de dos mil catorce.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—(IN2014056599).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2014BI-000007-32703

Ejecución de proyectos del PRVC-I (mejoramiento de caminos) en los siguientes cantones: Barva, San Pablo,

Turrubares y San Rafael

La Dirección de Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del 20 de octubre de 2014.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita en la dirección: https://www.hacienda.go.cr/comprared, a partir de la presente publicación de la invitación a licitar en el Diario Oficial La Gaceta.

San José, 12 de setiembre de 2014.—Dirección de Proveeduría Institucional.—Heidy Román Ovares, Directora.—1 vez.—O. C. N° 3400022110.—Solicitud N° 19794.—C-12850.—(IN2014059541).

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2014BI-000006-32703

Ejecución de proyectos del PRVC-I (mejoramiento

de caminos) en el cantón de San Carlos

La Dirección de Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del 17 de octubre de 2014.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita en la dirección: https://www.hacienda.go.cr/comprared, a partir de la presente publicación de la invitación a licitar en el Diario Oficial La Gaceta.

San José, 12 de setiembre de 2014.—Dirección de Proveeduría Institucional.—Heidy Román Ovares, Directora.—1 vez.—O. C. N° 3400022110.—Solicitud N° 19795.—C-12150.—(IN2014059553).

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2014BI-000005-32703

Ejecución de proyectos del PRVC-I (mejoramiento de caminos) en los siguientes cantones: El Guarco,

Alvarado, Turrialba, León Cortés y Tarrazú

La Dirección de Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del 17 de octubre de 2014.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita en la dirección: https://www.hacienda.go.cr/comprared, a partir de la presente publicación de la invitación a licitar en el Diario Oficial La Gaceta.

San José, 12 de setiembre de 2014.—Dirección de Proveeduría Institucional.—Heidy Román Ovares, Directora.—1 vez.—O. C. N° 3400022110.—Solicitud N° 19796.—C-13070.—(IN2014059559).

SALUD

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000007-63102

Servicio de investigación de mercado a realizarse

en el territorio nacional

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Salud, recibirá propuestas para este proceso licitatorio hasta las 11:00 horas del 26 de setiembre de 2014.

Línea 1: Contratación de servicios de una empresa que realice una Investigación de Mercado, a realizarse en el territorio Nacional.

El cartel con las especificaciones técnicas y condiciones generales de dicha contratación administrativa se encuentra a disposición de los interesados en el Sistema de Compras Gubernamentales Compr@RED a partir de la presente publicación.

San José, 12 de setiembre de 2014.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 3400021308.—Solicitud Nº 19822.—C-13500.—(IN2014059565).

DIVISIÓN ADMINISTRATIVA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000008-63101

Alquiler de inmueble para albergar al Área

Rectora de Salud de Ciudad Quesada

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Salud, recibirá propuestas hasta las 11:00 horas del 26 de setiembre de 2014, para la contratación de:

Línea 1: Alquiler de inmueble para albergar al Área Rectora de Salud de Ciudad Quesada, por el período de un año prorrogable por períodos iguales hasta un máximo de 48 meses.

El cartel con las especificaciones técnicas y condiciones generales de dicha contratación administrativa se encuentra a disposición de los interesados en el Sistema de Compras Gubernamentales Compr@RED a partir de la presente publicación.

San José, 12 de setiembre de 2014.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. N° 3400022094.—Solicitud N° 19824.—(IN2014059588).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados en participar en los siguientes procedimientos:

_____

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000047-PROV

Sistema de información gerencial que cumpla con

los requerimientos necesarios para el desarrollo

de reportes operativos y reportes gerenciales

Fecha y hora de apertura: 01 de octubre del 2014, a las 10:00 horas.

______

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000055-PROV

Alquiler de local para alojar la Oficina

de Protección a Víctimas y Testigos de Liberia

Fecha y hora de apertura: 9 de octubre del 2014, a las 10:00 horas.

_____

LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000013-PROV

Compra de bolsas de diferentes tipos bajo

la modalidad de entrega según demanda

Fecha y hora de apertura: 17 de octubre del 2014, a las 10:00 horas.

______

LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000020-PROV

Compra de papel industrial, según demanda

Fecha y hora de apertura: 20 de octubre del 2014, a las 10:00 horas.

Los respectivos carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben acceder a través de Internet, en la dirección www.poder-judicial.go.cr/proveeduria o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a las siguientes direcciones: ssalasal@poder-judicial.go.cr para la Licitación Abreviada 2014LA-000047-PROV, kgutierrez@poder-judicial.go.cr para la Licitación Abreviada 2014LA-000055-PROV y jjimenezco@poder-judicial.go.cr para las licitaciones públicas. Cualquier consulta a los teléfonos 2295-3295/ 3623.

San José, 12 de setiembre de 2014.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—(IN2014059312).

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000018-BCCR

Adquisición de una solución de

capacitación virtual para el BCCR

El Departamento de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica (BCCR) recibirá ofertas, hasta las 14:00 horas del día 30 de setiembre del 2014, según reloj marcador del Departamento de Proveeduría, para la adquisición de una solución de capacitación virtual para el BCCR, según condiciones y especificaciones del cartel respectivo.

Reunión previa a recepción de ofertas: Con la finalidad de evacuar consultas en cuanto a los alcances de la contratación, se les invita a asistir a la reunión que se realizará por única vez el 25 de setiembre a las 14:00 horas, en las oficinas del Departamento de Proveeduría del BCCR.

Los interesados pueden retirar el cartel en el Departamento de Proveeduría de este Banco, edificio principal, avenida central y primera, calles 2 y 4, en el siguiente horario: de lunes a viernes de 9:15 a. m. a 4:00 p. m., en forma gratuita, o en la siguiente dirección electrónica a partir del día hábil siguiente a la fecha de su publicación: http://www.bccr.fi.cr/contrataciones/

Quienes adquieran el cartel por este último medio deberán consignar la información que se solicita al accederlo. El incumplimiento de este requisito exonera al BCCR la no comunicación de posibles Fe de Erratas y/o avisos que se puedan generar en el concurso.

San José, 16 de setiembre del 2014.—Departamento de Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—O.C. Nº 2014013531.—Solicitud 19843.—(IN2014059607).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE COSTA RICA

CONTRATO DIRECTO Nº 2014CD-014050-UP

SEGÚN EL ARTÍCULO 131 INCISO G RLCA

El Benemérito Cuerpo de Bomberos, invita a participar del Contrato Directo Nº 2014CD-014050-UP registro de elegibles para el “Mantenimiento de la flotilla de vehículos del Cuerpo de Bomberos de Costa Rica”, cuya apertura está prevista para las 10:00 horas del 17 de octubre de 2014.

Los carteles respectivos están a su disposición en nuestras oficinas, ubicadas en el segundo piso del Edificio Central del Cuerpo de Bomberos, ubicado en San José, avenida 3, calle 18, costado norte de la terminal de buses del Mercado de la “Coca-Cola”, así mismo podrán descargarlo del portal de Internet www.bomberos.go.cr o solicitarlos a la dirección de correo electrónico gfiatt@bomberos.go.cr”.

Lic. Guido Picado Jiménez, Jefe de Proveeduría.—1 vez.—(IN2014059419).

UNIVERSIDAD NACIONAL

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

SECCIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000016-SCA

Contratación para ejecución de obras institucionales

La Universidad Nacional por medio de la Proveeduría Institucional, recibirá ofertas por escrito para el concurso en mención, se realizará acto formal de apertura de las ofertas a las 14:00 horas del día 14 de octubre del 2014. Todas las ofertas que no se reciban a esa hora y fecha serán devueltas sin abrir.

Los carteles deberán ser solicitados en las instalaciones de la Proveeduría Institucional para lo que deberán de aportar un CD en blanco, ya que el cartel, las especificaciones y los planos se encuentran en formato digital.

Heredia, 12 de setiembre del 2014.—MAP. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O. C. N° p0019862.—Solicitud N° 19813.—(IN2014059579).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000005-PROV

(Apertura)

Compra, instalación, configuración y capacitación

del Sistema de Alarma contra Incendio para las

Sucursales de la Junta de Protección Social

en Puntarenas, Heredia y Pérez Zeledón

La Junta de Protección Social les invita a participar en la Licitación Abreviada 2014LA-000005-PROV por “Compra, instalación, configuración y capacitación del Sistema de Alarma contra Incendio para las Sucursales de la Junta de Protección Social en Puntarenas, Heredia y Pérez Zeledón”. Las ofertas se recibirán hasta las 10:00 horas del 7 de octubre del 2014, en el Departamento de Recursos Materiales de la Junta de Protección Social.

El cartel que contiene las especificaciones y donde se publicarán en caso de ser necesarias, las modificaciones o aclaraciones se encuentra a disposición de los interesados en nuestra página electrónica www.jps.go.cr, enlace: contrataciones, pueden retirarlo en el Departamento de Proveeduría, cuarto piso, Edificio Central sin ningún costo o solicitarlo al Sr. Jorge Baltodano Méndez a la dirección electrónica: jbaltodano@jps.go.cr a partir de esta notificación.

Departamento Recursos Materiales.—Lic. Mary Valverde Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 18667.—Solicitud N° 19806.—C-20940.—(IN2014059605).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000006-PROV

Contrato de mantenimiento motor de base de datos Sybase

sobre Solaris y sistemas operativos Windows

Server (2008, 2012) y Unix Sun Solaris

La Junta de Protección Social les invita a participar en la Licitación Abreviada 2014LA-000006-PROV por “Contrato de mantenimiento motor de base de datos Sybase sobre Solaris y sistemas operativos Windows Server (2008, 2012) y Unix Sun Solaris”. Las ofertas se recibirán hasta las 10:00 horas del día 16 de octubre del 2014, en el Departamento de Recursos Materiales de la Junta de Protección Social.

El cartel que contiene las especificaciones y donde se publicarán en caso de ser necesarias, las modificaciones o aclaraciones; se encuentra a disposición de los interesados en nuestra página electrónica www.jps.go.cr, enlace: contrataciones, pueden retirarlo en el Departamento de Proveeduría, cuarto piso, edificio central sin ningún costo o solicitarlo al Sr. Jorge Baltodano Méndez a la dirección electrónica: jbaltodano@jps.go.cr a partir de esta notificación.

Departamento Recursos Materiales.—Lic. Mary Valverde Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C. 18666.—Solicitud 19810.—(IN2014059606).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

CONTRATACIONES BID

Expresiones de interés para “Contratación de equipo

complementario que permita poner servicios en línea,

ampliando el uso ciudadano de la página web

Por este medio se les invita a presentar expresiones de interés al servicio de marras para lo cual se recibirán las mismas a más tardar en la fecha indicada en la invitación, la cual se publica en la pagina web de la municipalidad en la dirección www.escazu.go.cr donde encontrarán en la página principal los términos de la propuestas de interés que deben presentar para formar parte de la lista corta según políticas del BID, en esta misma dirección se estará presentando cualquier modificación o aviso relacionado con esta contratación.

Proceso de Proveeduría.—Cira Castro Myrie, Proveedora.—1 vez.—O. C. N° 33972.—Solicitud N° 19832.—C-13290.—(IN2014059595).

MUNICIPALIDAD DE MORAVIA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000002-01

Adquisición de un camión de volteo nuevo

de 14 m3 de capacidad volumétrica

La Proveeduría de la Municipalidad de Moravia recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del 13 de octubre del 2014, para la adquisición de un camión de volteo nuevo de 14 m3 de capacidad volumétrica, mayores especificaciones generales y técnicas podrán ser retiradas gratuitamente a partir de esta publicación en las oficinas de la Proveeduría Municipal, costado norte de la Cruz Roja, San Vicente de Moravia o solicitarlo al correo proveeduria@moravia.go.cr.

Moravia, 16 de setiembre del 2014.—Proveeduría Municipal.—Jorge Mesén Solórzano, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2014059466).

ADJUDICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000005-32600

Arrendamiento de microcomputadoras de escritorio

tipo Desktop y del tipo Workstation

Se avisa a todos los interesados en esta licitación que por resolución final de Adjudicación N° 2014-066, de las 9:04 horas del 10 de setiembre de 2014, se adjudica de la siguiente manera:

Oferta N° 2: Central de Servicios PC S. A., 3-101-096527. Posición N° 1, por un monto total de $371.142,00.

Oferta N° 3: Sistemas Convergentes S. A., 3-101-142259. Posición N° 2, por un monto total de $16.650,00.

Se les aclara a todos los interesados que la presente es solo el resumen final de la adjudicación y que la resolución se encuentra a disposición gratuitamente en el sistema CompraRed en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared de Internet.

San José, 12 de setiembre de 2014.—Dirección de Proveeduría Institucional.—Heidy Román Ovares, Directora.—1 vez.—O. C. N° 3400022633.—Solicitud N° 19804.—C-16880.—(IN2014059548).

SALUD

DIVISIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000004-63101

Alquiler de inmueble para albergar al Área Rectora

de Salud de Ciudad Quesada

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Salud, comunica que por medio de la Resolución Nº 0201-2014 del 12 de setiembre de 2014, se procedió a declarar infructuoso la Licitación Abreviada N° 2014LA-000004-63101 “Alquiler de inmueble para albergar al Área Rectora de Ciudad Quesada, por el periodo de un año prorrogable por periodos iguales hasta un máximo de 48 meses”, visible en el Sistema de Compras Gubernamentales Compr@RED.

San José, 12 de setiembre de 2014.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—O. C. N° 3400022094.—Solicitud N° 19823.—C-12020.—(IN2014059592).

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000007-01

El Banco Hipotecario de la Vivienda a través de la Gerencia General, mediante resolución motivada resolvió; declarar desierto el procedimiento de Licitación Abreviada 2013LA-000007-01 para la “Adquisición e instalación de la herramienta Web Logic Suite 11g Processor License que le permita al BANHVI contar con una arquitectura de sistemas, capaz de desarrollar las aplicaciones bajo un modelo orientado a Servicio y NCapas”.

Departamento Administrativo.—Margie Conejo Carmona, Encargada de Proveeduría.—1 vez.—(IN2014059471).

UNIVERSIDAD NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000009-SCA

Concesión de instalación pública para prestar el servicio

de la soda comedor de la Facultad de Ciencias

de la Tierra y el Mar-Campus

Omar Dengo

La Universidad Nacional por medio de la Proveeduría Institucional, comunica a los proveedores que participaron en esta contratación, que mediante Resolución Nº 01142-2014 de las once horas del 12 de setiembre del dos mil catorce, se dispuso adjudicar el concurso en mención, de la siguiente manera: Adjudicar la Licitación Pública Nº 2014LN-000009-SCA por concepto de “Concesión de instalación pública para prestar el servicio de la soda comedor de la Facultad de Ciencias de la Tierra y el Mar-Campus Omar Dengo” de la siguiente manera: a Yirliana Castro Garita, 110620652. ítem 1 “Concesión de instalación pública para prestar el servicio de la soda comedor de la Facultad de Ciencias de la Tierra y el Mar-Campus Omar Dengo” de acuerdo a los costos unitarios siguientes: plato del día ¢1.255,00, plato de desayuno ¢750,00, arroz blanco ¢175,00, frijoles negros o rojos ¢175,00, gallo pinto ¢300,00 porción de pollo empanizado asado a la plancha ¢850,00, porción de res ¢850,00, porción de pescado plancha empanizado fajitas etc., ¢850,00, porción de cerdo posta chuleta o bistec ¢850,00, arroz con pollo, arroz cantones, arroz con posta de cerdo, arroz con carne de res, arroz con atún ¢1.200,00, arroz con camarones, arroz a la marinera ¢1.500,00, chup suey con carne o con pollo o mixto ¢1.200,00, sopa negra, albondigas, verduras o pollo ¢1.100,00, pure ¢300,00, vegetales al vapor, en mantequilla salteados ¢300,00, picadillos variados ¢450,00, garbanzos con pollo o posta de cerdo ¢500,00, lentejas pollo res o cerdo ¢450,00, frijol blanco pollo res o cerdo ¢450,00, frijoles tiernos pollo res o cerdo ¢500,00, frijoles cubaces pollo res o cerdo ¢500,00, pechuga de pollo a la plancha ¢850,00, mano de piedra en salsa ¢850,00, trocitos de res con vegetales ¢850,00, tortas de carne de res ¢850,00, fajitas combinadas ¢850,00, carne mechada ¢850,00, olla de carne ¢1.500,00, cremas diversos tipos ¢1.200,00, lasagñas carne pollo salsa blanca salsa tomate ¢1.500,00, canelones carne molida pollo atún queso vegetales ¢700,00, spaghettis preparaciones variadas ¢1.200,00, ensaladas verdes ¢275,00, zapallo rellenos de carne ¢700,00, chile dulce relleno de carne ¢700,00, papa rellena con carne de res ¢1.000,00, ensaladas compuestas ¢950,00, huevos fritos/revueltos ¢600,00, natilla ¢300,00, queso ¢350,00, tortillas simples ¢150,00, tortilla con queso ¢700,00, pan ¢150,00, platanos maduros ¢350,00, hamburguesas ¢600,00, burritos ¢700,00, chalupa ¢1.000,00, empanadas queso, frijol pollo, papa, carne de res ¢300,00, emparedado de jamón ¢600,00, emparedado de queso blanco procesado ¢600,00, emparedado de carne ¢700,00, emparedado de pollo ¢700,00, emparedado de jamón y queso ¢600,00, gallos salchichón, huevo, queso, chorizo, picadillos ¢600,00, repostería dulce ¢650,00, repostería salada ¢650,00, torta de huevo ¢600,00, arepa ¢150,00, arepa con miel ¢175,00, leche ¢300,00, café negro ¢250,00, café con leche ¢300,00, te negro ¢250,00, te con leche 300,00 aguadulce ¢250,00, aguadulce con leche ¢300,00, fresco natural en agua ¢250,00, fresco natural en leche ¢300,00, chocolate ¢300,00, fruta entera temporada ¢500,00, ensalada de fruta ¢1.000,00, porción de fruta piña, melón, sandia, papaya, mango, banano, naranja entre otros ¢200,00, combo 1 dedos de pollo papas a la francesa y fresco ¢3.000,00, combo 2 hamburguesa, papas a la francesa y fresco ¢2.500,00, combo 3 hot dog papas a la francesa y fresco ¢2.500,00, combo 4 nachos y fresco ¢3.000,00, precio base mensual ¢200.000,00 (doscientos mil colones con 00/100). Todo lo anterior conforme el pliego de condiciones y la oferta presentada.

Ciudad de Heredia, 12 de setiembre del 2014.—Map. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O.C. Nº p0019862.—Solicitud Nº 19811.—C-67.270,00.—(IN2014059574).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000007-2208

Por medios de cultivo

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Vicente de Paúl, comunica a los proveedores participantes en la presente licitación, su adjudicación a las empresas:

1) Tecnodiagnóstica S. A., los ítems Nos. 1, 3, 4, 5, 6, 14 por un monto total de $21.964,80 (veintiún mil novecientos sesenta y cuatro dólares con 80/100).

2) All Medical S. A., los ítems Nos. 2, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 15 por un monto total de $24.561,36 (veinticuatro mil quinientos sesenta y un dólares con 36/100).

Heredia, 10 de setiembre del 2014.—Dirección Administrativa.—MSc. Óscar Montero Sánchez, Director.—1 vez.—(IN2014059450).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000024-PRI

Contratación de servicios profesionales en medicina

general y auxiliar en servicios médicos

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante Resolución de Adjudicación Nº SGG-2014-663 del 11 de setiembre del 2014, se adjudica la Licitación Abreviada 2014LA-000024-PRI “Contratación de servicios profesionales en medicina general y auxiliar en servicios médicos” Oferta 1: Asociación de Servicios Médicos Costarricenses (ASEMECO), Posiciones 1 y 2 por un monto de ¢27.201.602,40. Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.

Lic. Jeniffer Fernández Guillén, Dirección Proveeduría.—1 vez.—O. C. N° 5100002278.—Solicitud N° 19807.—(IN2014059444).

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000036-PRI

Compra de equipo de recirculación de lodos de perforación

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante Resolución de Adjudicación Nº SGG-2014-662 del 11 de setiembre del 2014, se adjudica la Licitación Abreviada 2014LA-000036-PRI “Compra de equipo de recirculación de lodos de perforación de la siguiente manera: Oferta Única: Yaco Ramos Castillo por un monto de $246.989,00 dólares i.v.i. Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.

Dirección Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 5100002278.—Solicitud Nº 19808.—C-12020.—(IN2014059561).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES 

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000004-10

Contratación de servicios de capacitación subsector

idiomas según demanda y cuantía inestimada

para la Unidad Regional de Cartago

La Junta Directiva del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión N° 4643-2014, celebrada el día 1 de setiembre del 2014, artículo VIII, tomó el siguiente acuerdo:

Adjudicar la Licitación Pública 2013LN-000004-10, para la “contratación de servicios de capacitación subsector idiomas según demanda y cuantía inestimada para la Unidad Regional de Cartago”, según los dictámenes técnicos NSCS-1928-2014, UCI-PCSC-248-2013, en la resolución de Contraloría General de la República R-DCA-438-2014, realizados por las dependencias responsables de analizar las ofertas, de la siguiente manera, contenido en el oficio:

    Adjudicar a la oferta N° 3, de la empresa Interchange Leader School S. A., la línea N° 1, por cumplir con los requisitos cartelarios, con un plazo de un año prorrogable año a año por tres años más, para un total de cuatro y con un precio por estudiante proporcionado en los siguientes cuadros:

    Ejecutivo(a) en Inglés para Servicios CSID2005

Módulo

Duración en horas

Costo por estudiante ¢

Inglés Básico (CSID0001)

200

¢140.000,00

Inglés Intermedio I (CSID0051)

200

¢135.000,00

Pronunciación Inglesa I (CSID0052)

60

¢39.300,00

Pronunciación Inglesa II (CSID0053)

60

¢39.300,00

Técnicas para Lectura en Inglés (CSID0054)

60

¢39.300,00

Inglés Intermedio II (CSID0015)

170

¢114.750,00

Comprensión de Lectura en Inglés (CSID0055)

60

¢40.500,00

Expresión Escrita en Inglés (CSID0056)

75

¢51.750,00

Inglés Avanzado (CSID0016)

102

¢70.380,00

 

 

Programa Inglés Conversacional para el sector Comercial CSID2007

 

Módulos

Duración en horas

Costo por estudiante ¢

Inglés Conversacional Introductorio para el Sector Comercial (CSID0002)

216

¢156.600,00

Inglés Conversacional I para el Sector Comercial (CSID0003)

216

¢151.200,00

Inglés Conversacional II para el Sector Comercial (CSID0004)

144

¢108.000,00

 

 

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 23220.—Solicitud N° 19773.—(IN2014059441).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE POÁS

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000002-ASISTA

Adquisición de un vehículo carrocería todo terreno,

categoría automóvil, tracción 4x4, con duplicación

La suscrita Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria Concejo Municipal de la Municipalidad de Poás, hago constar que: El Concejo Municipal del cantón de Poás, en su sesión ordinaria Nº 228 celebrada el 09 de setiembre del 2014, en forma definitivamente aprobado tomó el acuerdo N° 8464-09-2014, adjudicar la Licitación Abreviada 2014LA-000002-ASISTA para la “Adquisición de un vehículo carrocería todo terreno, categoría automóvil, tracción 4x4, con duplicación”, a la empresa Vehículos de Trabajo S. A., con cédula jurídica 3-101-020764, por un costo de $20.000,00 (veinte mil dólares), que se fijará en colones costarricenses al tipo de cambio correspondiente.

San Pedro de Poás, 11 de setiembre 2014.—Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2014059578).

FE DE ERRATAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000012-01

Contratación de una empresa que brinde los servicios

de monitoreo en pauta publicitaria en medio

televisivo y radial

La Proveeduría General del Banco Nacional comunica a los interesados en la Licitación Abreviada N° 2014LA-000012-01 que el día 4 de agosto del 2014 se publicó en La Gaceta N° 148 la adjudicación del proceso supracitado, no obstante, los ítemes Nos. 1 y 2 deben leerse de la siguiente manera:

Ítem N° 1 Adjudicar parcialmente el monitoreo de la red televisiva de acuerdo al siguiente detalle:

Red Televisiva Nacional:

Monitoreo Continuo Canales (24/7): 4, 6, 7, 9, 11, 13, 42.

Monitoreo en forma Alterna Canales: 2, 29, 33 y 38, para un total de cuatro muestras mensuales.

Red Televisiva por Cable:

De 6:00 a. m. a 12:00 media noche, 21 canales de AMNET (TIGO STAR) y 21 canales de CABLETICA, para un total de tres muestras mensuales de cada uno.

Nombre del oferente: IBOPE Monitor Costa Rica S. A.

Representante: Alfredo Pazymino

Precio adjudicado: ¢567.000,00 exento de impuestos.

Plazo del contrato: Un año prorrogable en forma automática por tres períodos iguales, cuatro en total.

Ítem N° 2 Adjudicar el monitoreo en medio radial de acuerdo al siguiente detalle:

Nombre del oferente: Monitoreo Tecnológico S. A.

Representante: Arnoldo Castillo Villalobos.

Precio adjudicado: ¢721.350,00 exento de impuestos.

Plazo del contrato: Un año prorrogable en forma automática por tres períodos iguales, cuatro en total.

Todo conforme lo estipulado en el cartel, las ofertas económicas y el informe técnico que consta en el expediente administrativo y que forma parte integral de la presente contratación.

Las demás condiciones de la adjudicación permanecen invariables.

La Uruca, 18 de setiembre del 2014.—Alejandra Trejos Céspedes, Proveeduría General.—1 vez.—O. C. N° 517819.—Solicitud N° 19812.—(IN2014059432).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000009-DCADM

(Prórroga N° 1)

Contratación de una empresa para que brinde servicios

de operadores de monitoreo (consumo por demanda)

Se les comunica a los interesados que se prorroga de oficio la fecha y hora para la apertura de ofertas de este concurso para el día 07 de octubre del 2014 a las 14:00 horas. Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.

San José, 16 de setiembre de 2014.—Área Gestión y Análisis de Compras.—Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2014059585).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA DE

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN NACIONAL 2014LN-000016-2104

(Aviso Nº 1)

Adquisición de reactivo para determinar procalcitonina (PCT)

Se comunica a los interesados que la fecha de apertura se mantiene para el 10 de octubre del 2014, a las 9:00 horas, asimismo pueden retirar a partir del día de hoy las respectivas modificaciones de las especificaciones técnicas en el centro de fotocopiado público del hospital México.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 12 de setiembre del 2014.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—(IN2014059409).

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000025-5101

(Aviso N° 2)

Leuprorelina acetato 11.25 mg, de depósito

Código: 1-10-38-4335

Se les informa a todos los interesados, en participar en el concurso antes mencionado; que se prorroga la fecha de apertura de ofertas a las 10 horas del día 14 de octubre del 2014; ya que está pendiente modificaciones de las cláusulas penales ingresadas en cartel, en apego a lo dispuesto por la Contraloría General de la República; dicho documento se encuentra disponible en el expediente físico del concurso.

San José, 16 de setiembre 2014.—Línea de Producción de Medicamentos.—Lic. Shirley Solano Mora, Jefa a. í.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud 1997.—C-13090.—(IN2014059523).

GERENCIA DE LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000015-05101

(Aviso 5 prórroga)

Tiras reactivas para determinación de glucosa,

en sangre capilar

A los oferentes interesados en participar en el concurso antes mencionado, se les comunica que la fecha de apertura de ofertas se prorroga para el día 8 de octubre de 2014 a las 10:00 horas, con el fin de dar publicidad al cartel unificado “Ver detalles en la plataforma electrónica Compr@Red en la dirección: https://www.hacienda.go.cr/rp/ca/ConsultaTramites.aspx

San José, dieciséis de setiembre de dos mil catorce.—Línea Producción de Reactivos y Otros.—Lic. Shirley Méndez Amador, Asistente.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud 1538.—C-12110.—(IN2014059528).

 

REGLAMENTOS

AVISOS

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas. Sesión ordinaria 24-14 del 30 de junio 2014, acuerdo en firme:

“Se acuerda 2014-24-128 a) Modificar el Artículo Duodécimo del Manual para La Contratación de Obras, Bienes, Suministros y Servicios del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, quedando de la siguiente manera: “Duodécimo: Impedimentos para contratar. No podrán contratar con el Colegio ni participar en los procesos para la adquisición y contratación de obras, bienes, suministros y servicios, las siguientes personas físicas o jurídicas: Quienes ocupen cargos en la Junta Directiva, en la Junta Administradora, los integrantes del Consejo Directivo del RAC y los Coordinadores de las Comisiones del Colegio. En estos casos la prohibición se extenderá hasta un año después de dejar el cargo, ya sea por renuncia o por vencimiento del período de elección, salvo la docencia y quienes laboren como funcionarios del Colegio de Abogados. Para estos funcionarios, la prohibición se extenderá hasta un año después de dejar el cargo. Los parientes de los funcionarios inhibidos hasta el tercer grado por consanguinidad o afinidad. Las personas jurídicas en cuyo capital social participe alguno de los funcionarios inhibidos, o ejerza en ella algún puesto de dirección o representación. Las personas jurídicas en las que los parientes de los funcionarios inhibidos, sean dueños de más de un 25% del capital social, o ejerzan cargos de dirección o representación. Las empresas que sean asesoradas por miembros de la Junta Directiva o Junta Administradora. Las prohibiciones e impedimentos que se contemplen en la Ley y Reglamento de Contratación Administrativa, así como en la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito”. Todo ello con el objetivo final y primordial de mantener la transparencia de las contrataciones que realiza la institución. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.”

Dirección Financiera.—Lic. Mayela Guillén Garro, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 9868.—Solicitud Nº 18758.—C-Crédito.—(IN2014056645).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

PROYECTO DE REFORMA PARCIAL DEL REGLAMENTO

DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL

COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y

RECREACIÓN DE SAN JOSÉ

La Comisión de Asuntos Jurídicos del Concejo Municipal de San José, recomienda al Honorable Concejo Municipal de San José:

1º—Aprobar el Proyecto de Reforma Parcial del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San José, publicado en La Gaceta 202 del veintidós de octubre de dos mil siete, para que se reforme el artículo 16 de la siguiente forma:

1- Se elimina del artículo 16 inc. e) la frase “Previa aprobación y autorización del Concejo Municipal.” quedando el citado artículo de la siguiente forma:

Artículo 16

(…)

e)  Suscribir los contratos o convenios que celebre el Comité.

(…)

2- Se incluye un inciso f) al artículo 16 que a su letra indicará:

Artículo 16

(…)

f)  Ostentará la representación judicial y extrajudicial del Comité Cantonal en calidad de apoderado general sin límite de suma, circunscrito a la personería jurídica instrumental que establece el artículo 164 del Código Municipal.

(…)

2º—Con fundamento en el artículo 43 del Código Municipal publíquese el presente Proyecto de Reglamento, sometiéndose a consulta pública no vinculante por el plazo de 10 días hábiles, luego del cual se pronunciará sobre el fondo del asunto”.

Acuerdo definitivamente aprobado, 3, Artículo IV de la Sesión Ordinaria 224, celebrada por el Concejo Municipal del Cantón Central de San José, el 12 de agosto de 2014.

San José, 25 de agosto de 2014.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O.C. 134482.—Solicitud 18736.—(IN2014056623).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-1167-2014.—Possamai Ramírez Dayersi Liz, R-61-2014, residente: 186200345727, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciado en Fisioterapia, Universidad Arturo Michelena, Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 21 de marzo de 2014.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(IN2014056820).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ORI-3402-2014.—Cruz Romero Cinthia, costarricense, cédula 1-1166-0729, ha solicitado reposición de los títulos de Bachillerato en Ciencias Médicas Doctora en Medicina y Cirugía, Licenciatura en Medicina y Cirugía y Especialista en Radiología e Imágenes Médicas. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, a los veinte días del mes de agosto del dos mil catorce.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—(IN2014056381).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ORI-2225-2014.—López Murillo María José, R-185-2014, cédula 304090751, solicitó reconocimiento y equiparación del título Especialista en Psicogerontología, Universidad Maimónides, Argentina. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 5 de junio del 2014.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 130783.—Solicitud Nº 15477.—(IN2014041831).

ORI-2308-2014.—Madrigal Hoyos Lorena, R-192-2014 A, pasaporte 055474168, solicitó reconocimiento y equiparación del título Ingeniero Químico, Universidad Simón Bolívar, Venezuela. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 11 de junio de 2014.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 130783.—Solicitud Nº 15478.—(IN2014041832).

ORI-3205-2014.—Ramírez Rescia Ana Lucía, costarricense, cédula N° 1-0359-0842. Ha solicitado reposición del título de Licenciada en microbiología y química clínica. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los cinco días del mes de agosto del dos mil catorce.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—(IN2014056468).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

VICERRECTORÍA EJECUTIVA

PROGRAMA DE RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

César Escobar Cárdenas, de nacionalidad mexicana, N° de identificación 135-415365, ha solicitado reconocimiento y equiparación del título de Licenciado en Criminología, obtenido en la Universidad de Ixtlahuaca Cui en México. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Sabanilla, 04 de setiembre, 2013.—Oficina de Registro y Administración Estudiantil.—Lic. Susana Saborío Álvarez, Jefa.—(IN2014056779).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A: Marcos Antonio Romero Moraga se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia de las trece horas del dieciséis de junio del año en curso, en la que se resuelve: I.—Dar inicio al Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa. II.—Se le ordena a, Hazel Vanessa Navarrete Mendoza en su calidad de progenitora de las personas menores de edad María Eugenia y José David ambos de apellidos Romero Navarrete, que debe someterse a la orientación, apoyo y seguimiento a la familia, que le brindará esta Institución en el tiempo y forma que se le indique. Para lo cual, se le indica que debe cooperar con la Atención Institucional, lo que implica asistir a las citas que se le brinden así como cumplimiento de las indicaciones emitidas. III.—La presente medida vence el dieciséis de setiembre del dos mil catorce, plazo dentro del cual deberá resolverse la situación de las personas menores de edad. IV.—Se ordena al área psicológica de esta oficina local realizar una investigación ampliada de los hechos, en un plazo máximo de 25 días naturales. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá interponer dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Exp. OLL-00050-2014.—Oficina Local de Grecia, 01 de agosto del 2014.—Licda. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—O. C. N° 36800.—Solicitud N° 14000071.—C-25250.—(IN2014056718).

A: Marcos Antonio Romero Moraga, se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia de las once horas del doce de agosto del año en curso, en la que se resuelve: Se pone en conocimiento de las partes por un plazo de cinco días hábiles, el informe de investigación ampliada de los hechos de fecha ocho de agosto del año en curso, elaborado por la MSc. Guiselle González Ávila, presenten sus alegatos y ofrezcan prueba. Notifíquese. Exp. OLL-00050-2014.—Oficina Local de Grecia, 12 de agosto del 2014.—Licda. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—O. C. N° 36800.—Solicitud N° 14000071.—C-8900.—(IN2014056719).

AVISOS

CONVOCATORIAS

CORPORACIÓN GIAMAPA S. A.

Corporación Giamapa S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos diez mil quinientos veinticinco, convoca a sus socios a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas que se celebrará en el domicilio social en San José , altos de Pastelería Giacomin, Los Yoses a las nueve horas del martes treinta de setiembre del dos mil catorce. De no reunirse el quórum de Ley se realizará la asamblea una hora después en virtud de segunda convocatoria, con los socios asistentes. La asamblea se convoca:

1.-     Para aprobar o no, la venta de la finca propiedad de la sociedad.

2.-     Para conocer y aprobar o desaprobar los gastos en que ha incurrido la sociedad.

3.-     Para autorizar que en el evento de que se decida la venta de la propiedad, se autorice en forma preferente, el pago de los gastos aprobados en el punto segundo anterior.

4.-     Dependiendo de lo que se decida en los puntos anteriores, disponer o no la liquidación de la sociedad y nombrar liquidador y fijar sus atribuciones.

Carlos Roberto Páez Sotela, Presidente.—(IN2014058909).

2 v. 2.

COLEGIO DE GEÓLOGOS DE COSTA RICA

El Colegio de Geólogos de Costa Rica, convoca a todos sus agremiados a la asamblea general ordinaria N° 67, el próximo viernes 10 de octubre de 2014, a las 18:30 horas; la primera convocatoria y a las 19:30 la segunda; en la sede del Colegio de Geólogos de Costa Rica, sita en B° San Cayetano, de la esquina suroeste del MOPT, 100 oeste y 125 sur, costado este del estadio de béisbol Antonio Escarré, calle 7, avenidas 24 y 26 con el siguiente orden del día:

1.  Reconocimiento a los miembros colegiados con 30 años de incorporación al Colegio de Geólogos de Costa Rica.

2.  Comprobación de quórum.

3.  Informe del presidente, tesorero y fiscal.

4.  Aprobación del presupuesto del período fiscal 2014-2015.

5.  Elección del(a) vicepresidente.

6.  Elección del(a) tesorero(a)

7.  Elección del vocal II

8.  Elección del vocal IV

9.  Brindis.

Lic. Jorge Chávez Cernas, Presidente.—Geólogo Esteban Bonilla Elizondo, Secretario.—Lic. Jorge Herrera Ocampo, Director Ejecutivo.—(IN2014059509).   2 v. 1

UNIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES
Y TRABAJADORAS

Convocatoria asamblea general ordinaria

de medio periodo viernes 3 de octubre de 2014

La Junta Directiva Nacional de la Unión Nacional de Trabajadores y Trabajadoras (UNT) convoca a todos sus afiliados y afiliadas a asamblea general ordinaria de medio periodo día viernes 3 de octubre de 2014. La primera convocatoria se realizará a las 11:00 a.m., la segunda a las 12:00 m. d. y la tercera a la 1:00 p. m. de ese día, en la Federación de Organizaciones Voluntarias FOV, ubicada en Barrio Amón, 300 metros norte de Radiográfica Costarricense.

Agenda:

1.  Registro de asistentes.

2.  Informe de la Secretaría General.

3.  Informe de la Secretaría de Finanzas.

4.  Informe de la Fiscalía.

5.  Elección del Órgano Fiscal.

6.  Elección del Tribunal Electoral.

Las personas afiliadas con interés en postular su nombre para ser electas en la Fiscalía o en el Tribunal Electoral deberán presentar su postulación por escrito en la sede del sindicato. Tendrán tiempo de hacerlo hasta las 17 horas del día viernes 26 de setiembre. Para más información, pueden llamar al teléfono 2222-6476 o escribir al correo electrónico sindicatountcr@gmail.com.—Susan Quirós Díaz, Secretaria General.—1 vez.—(IN2014059465).

SINDICATO DE TRABAJADORES DE COMEDORES

ESCOLARES Y AFINES

Primera convocatoria

El Comité Ejecutivo en su sesión del sábado 06 de setiembre de 2014, acuerda realizar la asamblea en primera convocatoria para el día 24 de octubre del 2014, a las 9:00 horas en salones de SITRACOME en avenida 6, calles 12 y 14 de la ciudad de San José, con el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1.  Apertura

2.  Comprobación del quórum.

3.  Palabras de la secretaria general  Rosario Ruiz Ruiz.

4.  Informe del Comité Ejecutivo  Rosario Ruiz Ruiz, Secretaria General

5.  Informe de Finanzas, Cecilia Mora Torres, Secretaria de Finanzas.

6.  Presupuesto 2014-2015, Cecilia Mora Torres, Secretaria de Finanzas.

7.  Reforma de estatuto.

8.  Elección de Comité Ejecutivo.

9.  Plan de Trabajo 2014-2015.

10.   Clausura.

San José, 06 de setiembre de 2014.—Rosario Ruiz Ruiz, Secretaria General.—1 vez.—(IN2014059572).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ADMINISTRACIÓN DE PLANILLAS GRANITO S. A.

Administración de Planillas Granito S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-262483, comunica de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, que a solicitud de sus propietarios, sus personeros procederán a emitir nuevos títulos accionarios, por haberse extraviado los actuales. En virtud de lo anterior, se otorga el plazo de un mes, para que cualquier interesado, poseedor o propietario del título, se presente ante la notaría pública de la Lic. Heleen Villalobos Brenes, ubicada en Avenida Escazú, Torre Starbucks, cuarto piso, oficinas de ICS Abogados, para hacer valer sus derechos, oponerse a la emisión de nuevos títulos, o dar aviso del paradero de los documentos extraviados. Es todo.—Lic. Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—(IN2014055348).

ADITEC J.C.B. S. A.

Aditec J.C.B. S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-381775, comunica de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, que a solicitud de sus propietarios, sus personeros procederán a emitir nuevos títulos accionarios, por haberse extraviado los actuales. En virtud de lo anterior, se otorga el plazo de un mes, para que cualquier interesado, poseedor o propietario del título, se presente ante la notaría pública de la Lic. Heleen Villalobos Brenes, ubicada en Avenida Escazú, Torre Starbucks, cuarto piso, oficinas de ICS Abogados, para hacer valer sus derechos, oponerse a la emisión de nuevos títulos, o dar aviso del paradero de los documentos extraviados. Es todo.—Lic. Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—(IN2014055349).

J.C.B. COSTA RICA CONSTRUCCIÓN S. A.

J.C.B. Costa Rica Construcción S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-522348, comunica de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, que a solicitud de sus propietarios, sus personeros procederán a emitir nuevos títulos accionarios, por haberse extraviado los actuales. En virtud de lo anterior, se otorga el plazo de un mes, para que cualquier interesado, poseedor o propietario del título, se presente ante la notaría pública de la Lic. Heleen Villalobos Brenes, ubicada en Avenida Escazú, Torre Starbucks, cuarto piso, oficinas de ICS Abogados, para hacer valer sus derechos, oponerse a la emisión de nuevos títulos, o dar aviso del paradero de los documentos extraviados. Es todo.—Lic. Heleen Villalobos Brenes, Notaria.—(IN2014055353).

INMOBILIARIA ENUR S. A.

El Sr. Henry Zamora Castro, con cédula identidad 9-0061-0929, solicita ante la Gerencia General, la Reposición de los Certificados de la Serie B Números 205 por 120 acciones comunes y nominativas respectivamente y por un valor nominal de ¢1.000,00 cada una, de la sociedad denominada Inmobiliaria Enur S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-124956. Se cita y emplaza a terceros interesados a hacer valer sus derechos mediante escrito dirigido a la Secretaría de la Junta Directiva, dentro del plazo improrrogable de treinta días contados a partir de la primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta de la presente reposición.—San José, 01 de setiembre de 2014.—Lorena Segura Morales, Gerente General.—(IN2014056776).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

La Junta Directiva General en su sesión Nº 26-13/14-G.E., de fecha 24 de junio de 2014, acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el acuerdo Nº 51, de la sesión Nº 14-13/14-G.E., debido a que según memorando TH-422-2014 del Departamento de Tribunales de Honor se le comunicaron los actos procesales por medio de publicaciones al TA. Carlos Ruiz Méndez (TA-6200), en el expediente N° 142-10:

“La Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión N° 14-13/14-G.E. de fecha 18 de marzo de 2014, acordó lo siguiente:

“Acuerdo N° 51:

Se conoce informe final INFIN-021-2014/142-10, remitido por el Tribunal de Honor, integrado para conocer expediente N° 142-10 de denuncia interpuesta por el Sr. Joaquín Alberto Muñoz Fonseca, Representante Legal, Inversiones Fiduciarias Guanacastecas S. A., en contra del TA. Carlos Ruiz Méndez (TA-6200).

(…)

Por lo tanto se acuerda:

a.  Se aprueba lo recomendado por el Tribunal de Honor, de imponer una sanción de tres meses de suspensión del ejercicio profesional al profesional TA. Carlos Ruiz Méndez TA-6200, en el expediente N° 142-10, de acuerdo con las sanciones establecidas en el inciso b) del artículo 21 y los artículos 33 y 45 y en concordancia con el artículo 25 del citado Código y el artículo 11, inciso c) de la Ley 4294 para el Ejercicio de la Topografía y la Agrimensura, al tener por demostrado que con su actuación infringió el Código de Ética Profesional del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, en sus artículos 1, 2, 3, 4, 9, 11 y 18.

b.  De conformidad con lo establecido el artículo 24 del Código de Ética Profesional, se le concede al TA. Carlos Ruiz Méndez TA-6200 el beneficio de la ejecución condicional de la sanción, al menos por el mismo plazo de la sanción establecida, en el caso del expediente N° 142-10 de denuncia interpuesta por el Sr. Joaquín Alberto Muñoz Fonseca, Representante Legal, Inversiones Fiduciarias Guanacastecas S. A. Dicho beneficio se dará de acuerdo con las siguientes condiciones:

   Que en la ejecución condicional de la sanción, deberá prestar el o los servicios sociales comunitarios que le encomiende la Dirección Ejecutiva del C.F.I.A., en atención al nivel de complejidad de los mismos y en estricta relación con la sanción impuesta, sin que el plazo indicado sea límite al cumplimiento del servicio social impuesto.

   Que a partir de la notificación de este acuerdo, se otorga un plazo máximo de dos semanas, para que el profesional sancionado se comunique con la Dirección Ejecutiva del C.F.I.A., para la asignación del o los proyectos correspondientes.

   Que el incumplimiento de las obligaciones y condiciones impuestas en esta resolución, implicará de oficio la revocación del beneficio concedido y la ejecución íntegra de la sanción impuesta.

   Se advierte al beneficiario que en caso que sea sancionado nuevamente por una infracción a la ética profesional, durante el disfrute de este beneficio, implicará la revocación de oficio del mismo y la aplicación íntegra de la sanción.

   Igualmente, el profesional sancionado, tiene el derecho de renunciar a este beneficio, pero deberá comunicarlo por escrito a la Dirección Ejecutiva, autenticado por un abogado. En este caso, aplicará de manera inmediata la sanción impuesta por la Junta Directiva General.

Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General, y en consecuencia, la sanción impuesta, es ejecutable de conformidad con lo establecido en el artículo 146 de la Ley General de la Administración Pública.

Que de conformidad con lo que dispone el artículo 31 del Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley N° 8508, es facultativo el agotamiento de la vía administrativa, por lo que pueden los interesados acudir a los tribunales de justicia a hacer valer sus derechos. Sin embargo, conforme lo señala el artículo 115 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 119 de 20 de junio de 2008, contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de diez días hábiles, contados a partir de la notificación a la presente resolución.

La interposición del recurso de reconsideración suspende la ejecución de la sanción, hasta que la Junta Directiva General resuelva en definitiva dicha impugnación. Esa decisión agota la vía administrativa.”

Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—O. C. Nº 542-2014.—Solicitud Nº 18772.—(IN2014056612).

La Junta Directiva General en su sesión Nº 26-13/14-G.E., de fecha 24 de junio de 2014, acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el acuerdo Nº 04, de la sesión Nº 03-12/13-G.E., debido a que según constancia del Departamento de Tribunales de Honor resultó materialmente imposible notificar por los medios indicados en la base de datos a la empresa Arkytectura Consultores S. A. (CC-04689), en el expediente N° 48-11:

“La Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión N° 03-12/13-G.E. de fecha 20 de noviembre de 2012, acordó lo siguiente:

“Acuerdo N° 04:

Informe de Instrucción de Régimen Disciplinario, oficio N° 3970-2012-DRD, en relación con el expediente N° 48-11, de denuncia de la Lic. Miriam Orozco Valerio, Auditora Interna, Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias y el C.F.I.A. contra el Ing. Ithamar Fernández Varela (IC-3054), Arkytectura Consultores S. A. (CC-04689) Araica S. A. (CC-00015), el Ing. Carlos José Bresciani Quirós (IC-2744), el Ing. José Alfredo Salazar González (IE-7937), Técnica de Redes A y M, S. A. (CC-04605), la Arq. Vanessa Campos Verdesia (A-19934) y el Ing. Mauricio Ferlini Badilla (IME-14819).

(…)

Por lo tanto se acuerda:

a.  Se aprueba lo recomendado por la Instructora de Régimen Disciplinario y en consecuencia, se ordena archivar la causa seguida al Ing. José Alfredo Salazar González, IE-7937, en el expediente N° 48-11, dado lo expuesto y aunado a lo referido por la Arq. Vanessa Campos Verdesia, A-19934, en su calidad de representante legal de la empresa Técnica de Redes A y M S. A. y de que no se encontraron situaciones adicionales en el expediente que estuviesen violentando la normativa vigente del CFIA y sus reglamentos.

     Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General. Que de conformidad con lo que dispone el artículo 31 del Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley N° 8508, es facultativo el agotamiento de la vía administrativa, por lo que pueden los interesados acudir a los tribunales de justicia a hacer valer sus derechos. Sin embargo, conforme lo señala el artículo 115 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 119 de 20 de junio de 2008, las partes podrán interponer recurso de reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en la Plataforma de Servicios o en su defecto en las sedes regionales del Colegio Federado, en el término de diez días hábiles, contados a partir de la notificación a la presente resolución.

b.  Se aprueba lo recomendado por la Instructora de Régimen Disciplinario y en consecuencia, se instaura un Tribunal de Honor al Ing. Ithamar Fernández Varela, IC-3054, al Ing. Carlos José Bresciani Quirós IC-2744, a la Arq. Vanessa Campos Verdesia, A-19934, al Ing. Mauricio Ferlini Badilla, IME-14819, a la empresa Arkytectura Consultores S. A. CC-04689, a la empresa Araica S. A., CC-00015 y a la empresa Técnica de Redes A Y M S. A. CC-04605, en el expediente N° 48-11 de denuncia interpuesta por la Licda. Miriam Orozco Valerio, Auditora Interna de la Comisión Nacional de Emergencias, con el fin de llegar a la verdad real de los hechos, según oficio N° 3970-2012-DRD.

c.  El Tribunal de Honor para las empresas y para los profesionales denunciados, estará conformado por el Ing. Luis González Espinoza, el Arq. Ricardo Fliman Wurgaft, el Ing. Jorge Rojas Soto (en calidad de suplente), del Tribunal de Honor Permanente Multidisciplinario; y por el Ing. Olman Vargas Zeledón, en su condición de Director Ejecutivo del C.F.I.A.

d.  El Tribunal de Honor podrá contar con asesoría legal para cualquier fase del procedimiento. Asimismo, se informa que el CFIA garantiza en todo momento el acceso al expediente, sus piezas y a los antecedentes que motivaron el presente acuerdo. Contra la anterior resolución cabrá el recurso de revocatoria ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de tres días contados a partir de la notificación de la resolución de instaurar el Tribunal de Honor, según se dispone en el artículo 345 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.

e.  Se autoriza al Departamento de Régimen Disciplinario para que mediante oficio, se le envíe una recomendación a la Comisión Nacional de Emergencias, indicándole que para toda contratación en la que participen empresas constructoras y/o consultoras y sus respectivos profesionales responsables, se debe exigir, además de estar registrados ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, como requisito indispensable que los mismos registren su responsabilidad sobre la ejecución de las obras contratadas; ante este Colegio Federado y ante las oficinas públicas encargadas de autorizar dichas obras. Además de contar con profesionales agremiados al CFIA por parte de la entidad para la debida fiscalización de las obras adjudicadas.

f.   Encomendar a la Asesoría Legal el análisis de un eventual ejercicio ilegal de la profesión por parte del Sr. José Rafael Vindas Arias, cédula N° 1-0686-0458, con el fin de que este Colegio Federado, interponga la querella pertinente ante la instancia judicial correspondiente, si así procediera.”

Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—O. C. Nº 541-2014.—Solicitud Nº 18771.—(IN2014056615).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

UNIVERSIDAD METROPOLITANA CASTRO CARAZO

El Departamento de Registro de la Universidad Metropolitana Castro Carazo, informa que se ha extraviado el Título de Licenciatura en Ciencias de la Educación con énfasis en docencia para ejercer la Enseñanza de Filología Clásica registrado en el control de emisiones de título tomo 3, folio 147, asiento 20257 con fecha siete de dos de noviembre del 2012, a nombre de Almitra Desueza Delgado, cédula número: uno uno cero seis uno cero uno seis cero, se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José, 22 de mayo del 2014.—Departamento de Registro.—Ing. Alejandra González López, Directora de Registro.—(IN2014057051).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

CADENAS BURGUERA SOCIEDAD ANÓNIMA

Aviso por estado final de liquidación

Cadenas Burguera Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta mil trescientos setenta y dos, detalla un extracto del estado final de la liquidación: activo: activo circulante: caja y bancos 143.212.872,69. Total del activo circulante 143.212.872,69. Total del activo 143.212.872,69. Pasivo y patrimonio: capital social 10.000. Aportes extraordinarios 19.000.000,00. Utilidad acumulado 124.202.872,49. Total patrimonio 143.212.872,69. Total pasivo y patrimonio 143.212.872,69.—17 de diciembre del 2013.—Lic. Carlos Enrique Solís Pérez, Liquidador.—1 vez.—(IN2014056568).

HORIZONTES DEL ECUADOR SOCIEDAD ANÓNIMA

Quien suscribe, David Pérez Alonso quien es mayor de edad, de un solo apellido en razón de su nacionalidad española, portador del pasaporte de su país número AA B dos cinco uno cinco siete cuatro, en su condición de  apoderado generalísimo sin límite de suma de Horizontes del Ecuador Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y ocho mil setecientos ochenta y nueve, para efectos de reposición informo el extravío del tomo uno del libro de la sociedad denominado, Registro de Socios.—San José, 01 de setiembre de 2014.—David Pérez Alonso, Apoderado.—1 vez.—(IN2014056571).

VERSANI DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA

Aviso por estado final de liquidación

Versani del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-163492, detalla un extracto del estado final de la liquidación: activo: activo circulante: caja y bancos 181.915.019,71. Total del activo circulante 181.915.019,71. Total del activo 181.915.019,71. Pasivo y patrimonio: capital social 20.000. Reserva legal: 2.478,00 aportes extraordinarios 24.300.000,00. Utilidad acumulado 157.592.541,71. Total patrimonio 181.915.019,71. Total pasivo y patrimonio 181.915.019,71.—15 de junio del 2014.—Lic. Carlos Enrique Solís Pérez, Liquidador.—1 vez.—(IN2014056574).

Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria número cinco de la sociedad Agropecuaria Jateo Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y siete mil setecientos sesenta y cinco, se modifica la cláusula cinco de la ley constitutiva, para que se lea de ahora en adelante como sigue; cláusula quinta: del capital social: el capital social de la sociedad será de noventa millones de colones, representada por noventa acciones comunes y nominativas de un millón de colones cada una íntegramente suscritas y pagadas así: treinta millones de colones, como ya indica el registro, y los restantes sesenta millones de colones, con una letra de cambio con valor facial, endosada a favor de la sociedad, lo que los socios aprueban expresamente. Dichas acciones serán firmadas por el presidente de la sociedad.—Escritura otorgada en Atenas, a las once horas, del día veintinueve de agosto del dos mil catorce.—Lic. Herberth Enrique Martínez Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2014056604).

DISTRIBUIDORA LA CRUZ S. A.

Jorge Arroyo Herra, cédula 1-0329-0291, presidente y representante legal de la sociedad domiciliada en San José, Distribuidora La Cruz S. A., cédula jurídica 3-101-033916, solicito al Registro Mercantil la Reposición del libro legal de actas de Asamblea de Socios, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro Mercantil.—29 de agosto del 2014.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2014056628).

CORPORACIÓN WEBMALL

DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

El señor Carlos Francisco Espinoza Rojas, portador de la cédula de identidad número uno-ochocientos sesenta y cinco-novecientos cuarenta y cinco, solicitó la reposición de los libros legales de la sociedad denominada Corporación Webmall de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres - ciento uno-quinientos treinta mil doscientos setenta y cuatro por extravío. Es todo.—San José, 2 de setiembre del 2014.—Carlos Francisco Espinoza Rojas.—1 vez.—(IN2014056639).

KADOCA S. A.

Informe de Liquidación de Kadoca S. A., cédula jurídica 3-101-539001

Activos                            ¢10.000,00

Pasivos                            No Hay

Cuentas Bancarias         No Hay

En vista de lo anterior, se procede a devolver el capital social a los socios, conforme su participación accionaria. Se hace constar que la sociedad Kadoca S. A., se disolvió en fecha 9 de enero de 2014.—San José, 13 de mayo del 2014.—Jorge Pacheco Arce, Liquidador.—1 vez.—(IN2014057042).

AZALEAS Y MAZANOS SOCIEDAD ANÓNIMA

Se les comunica a los miembros de la Junta Directiva y Accionistas de la sociedad Azaleas y Mazanos Sociedad Anónima; cédula jurídica N° 3-101-548738, que por motivo de extravío, se hará la reposición de los siguientes libros: Junta Directiva, Asamblea General y Registro de Accionistas.—San José, el día dos de setiembre del año 2014.—Óscar Raventós Barange, Presidente.—1 vez.—(IN2014057053).

3-101-563387 SOCIEDAD ANÓNIMA

Se les comunica a los miembros de la Junta Directiva y Accionistas de la sociedad 3-101-563387 Sociedad Anónima; cédula jurídica número 3-101-563387, que por motivo de extravío, se hará la reposición de los siguientes libros: Junta Directiva, Asamblea General y Registro de Accionistas.—San José, el día dos de setiembre del 2014.—Óscar Raventós Barange, Presidente.—1 vez.—(IN2014057054).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante mi notaría, el día de hoy, se protocolizó reforma de la cláusula quinta del pacto social de la sociedad 3-101-537861 Sociedad Anónima, disminución de capital.—Tibás, 1° de setiembre del 2014.—Lic. Giovanni Eduardo Rodríguez Solís, Notario.—(IN2014056051).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura otorgada el día 3 de junio del 2014, la sociedad Alternativas de Desarrollo Alterdes S. A., cédula jurídica 3-101-326488, modificó cláusula segunda del pacto constitutivo relativa al domicilio.—Lic. Jimmy Solano Ulloa, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 16011.—(IN2014042635).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:50 horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Fuwa S. A., mediante la cual se acordó su disolución.—Turrialba a las 9:50 horas del 14 de agosto del 2014.—Lic. Carmen Ma. Achoy Arce, Notaria.—1 vez.—(IN2014056248).

Mediante escritura número 198-6, otorgada a las 17:00 horas del 27 de agosto de 2014, se modifica la cláusula 6ª de la representación judicial y extrajudicial de la sociedad denominada, Inversiones Intelectuales Rucayca S. A., cédula jurídica 3-101-265353.—San José, 2 de setiembre del 2014.—Lic. Carlos Eduardo Gutiérrez Monge, Notario.—1 vez.—(IN2014056252).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las dieciséis horas del veintisiete de agosto del dos mil catorce, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas que consta en el acta número uno de la empresa Tres-Ciento Dos-Seiscientos Setenta y Nueve Mil Ochocientos Veintisiete Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual y por acuerdo unánime se revocaron y realizaron nuevos nombramientos en la junta de administración.—Liberia, Guanacaste, a las dieciséis horas con treinta minutos del veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca, Notario.—1 vez.—(IN2014056263).

Por escritura otorgada por el suscrito Álvaro Restrepo Muñoz, a las diecisiete horas del veinticuatro de julio del dos mil catorce, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas, acta número dos, de la compañía Tres-Ciento Dos-Seiscientos Setenta y Nueve Mil Ochocientos Doce Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos setenta y nueve mil ochocientos doce, por lo que se reforman las cláusulas sexta y sétima del pacto social.—Guanacaste, veintisiete de agosto de dos mil catorce.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.—1 vez.—(IN2014056265).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las doce horas del veintisiete de agosto del dos mil catorce, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas, que consta en el acta número uno de la empresa Tres-Ciento Dos-Seiscientos Ochenta y Dos Mil Setecientos Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual y por acuerdo unánime se autorizó aumentar el capital social, y se reformaron las cláusulas del capital social, administración, representación judicial y extrajudicial. De igual forma, se revocaron y realizaron nuevos nombramientos en la junta de administración. Es todo.—Liberia, Guanacaste, a las trece horas del veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca, Notario.—1 vez.—(IN2014056267).

Por escritura número 8 del tomo 2 de mi protocolo, otorgada las 9:00 horas del 21 de agosto del año 2014, ante el suscrito notario comparecieron los señores Stephanie Vanessa Mora Zamora y Jorge Steve Mora Zamora para constituir una sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social será determinada por el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional por medio del Decreto Ejecutivo Número 33171 publicado en La Gaceta número 114 del 14 de junio del 2006.—San José, 29 de agosto de 2014.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—(IN2014056273).

Por escritura número 15 del tomo 2 de mi protocolo, otorgada las 9:00 horas del 2 de setiembre del año 2014, ante el suscrito notario se constituye la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social será asignada de oficio por el Registro de Personas Jurídicas de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo No. 33171-J, cuya representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma será el gerente.—San José, 2 de setiembre del año 2014.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—(IN2014056274).

Por escritura número 47 del tomo 23 de mi protocolo, otorgada a las 15:00 horas del 28 de agosto del año 2014, ante el suscrito notario se constituye la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social será FRC Enterprises Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuya representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma será el gerente.—San José, 28 de agosto del año 2014.—Lic. Jorge Moisés Ulloa Maduro, Notario.—1 vez.—(IN2014056275).

Por escritura número 16 del tomo 2 de mi protocolo, otorgada las 10:00 horas del 2 de setiembre del año 2014, ante el suscrito notario se constituye la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social será asignada de oficio por el Registro de Personas Jurídicas de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo No. 33171-J, cuya representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma será el gerente.—San José, 2 de setiembre del año 2014.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—(IN2014056277).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 21 de agosto de 2014, protocolicé actas de asamblea de socios de las sociedades Aeroservicios de Operaciones y Adiestramiento Centroamericanos AEROSER S. A. y Servicios Aeronáuticos Pilot Crew-CR S. A., mediante la cual se fusionan dichas compañías sobreviviendo la última y modifica la cláusula V de los estatutos.—San José, 21 de agosto de 2014.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1 vez.—(IN2014056283).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 17 horas del 21 de agosto del 2014, se constituyó Soluciones de Servicio Oliga Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones.—Lic. María Elena Salazar Díaz, Notaria.—1 vez.—(IN2014056285).

Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, Notario Público, la empresa Inversiones Chajime S. A., solicita el cambio de razón social, domicilio social y nombra gerente y subgerente, todo en acta de asamblea extraordinaria de socios del 25 de agosto del 2014. Escritura 84 del 26 de agosto del dos mil catorce.—Palmares, 26 de agosto del 2014.—Lic. Carlos Luis Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—(IN2014056361).

Mediante asamblea extraordinaria celebrada a las catorce horas del día veintiocho de agosto del dos mil catorce, se acuerda aumentar el capital de la sociedad Central de Servicios PC S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-noventa y seis mil quinientos veintisiete, quedando el capital social en la suma de quinientos diez millones de colones.—San José, cuatro de setiembre de 2014.—Lic. Erna Elizondo Cabezas, Notaria.—1 vez.—(IN2014056721).

Por escritura otorgada en San José, a las quince horas del veintidós de agosto del dos mil catorce, ante la notaria Laura Avilés Ramírez, se acuerda la disolución de la sociedad Transtotal S. A., cédula jurídica cédula jurídica 3-101-453951. Es todo.—San José, veintidós de agosto del 2014.—Lic. Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2014056722).

Por escritura en la notaría de Walter Garita Quirós, de las veintiún horas del tres de setiembre del dos mil catorce, se reforma la cláusula sexta de la representación de la sociedad Villa Anagre S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro cero dos cuatro uno seis.—Tres de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Walter Garita Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2014056726).

Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las nueve horas del primero de setiembre del dos mil catorce, se modificó el pacto social de la sociedad denominada M-Cube Digital S. A., cédula jurídica: 3-101-487665, la cual cambia su denominación social y pasa a llamarse: Hogares Sostenibles de Costa Rica Sociedad Anónima, asimismo su nuevo domicilio es: San José, Rorhmoser, quinientos metros al norte de la Embajada de Estados Unidos.—San José, primero de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Diego A. Oviedo Alpízar, Notario.—1 vez.—(IN2014056727).

Ante esta notaría, la sociedad Compañía Aduanera Sociedad Anónima, 3-101-003621-13, se reforma clausula 6ta. sobre la administración.—San José, 2 de setiembre de 2014.—Lic. Botho Steinvorth Koberg, Notario.—1 vez.—(IN2014056729).

En esta notaría, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de NKH CR S. A., en la cual se nombra junta directiva y domicilio social. Es todo.—San José, dos de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Ana Sophia Lobo León, Notaria.—1 vez.—(IN2014056731).

Por escritura sesenta y cinco-veinticinco otorgada en esta notaría el día treinta de agosto del dos mil catorce, a las quince horas, se protocolizan acuerdos, se nombra secretario y tesorera de la sociedad denominada: Inversiones y Textiles V R Felco Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-673333.—Cartago, primero de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Belisario Antonio Solano Solano, Notario.—1 vez.—(IN2014056737).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del dos de setiembre del dos mil catorce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía: Arpac Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se modifican las cláusulas primera y segunda y se realiza nombramiento de gerente.—San José, dos de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Rolando Laclé Zúñiga, Notario.—1 vez.—(IN2014056738).

Por escritura otorgada por esta notaría, a las 16:00 horas del 3 de setiembre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad anónima Seguridad Eulen S. A., mediante la cual se modificó cláusula vigésimo segunda de los estatutos.—Lic. Jaime Andrés Rojas Fortado, Notario.—1 vez.—(IN2014056740).

Por escritura otorgada por esta notaría, a las 16:30 horas del 3 de setiembre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad anónima Eulen de Costa Rica S. A., mediante la cual se modificó cláusula vigésimo segunda de los estatutos.—Lic. Jaime Andrés Rojas Fortado, Notario.—1 vez.—(IN2014056741).

Debidamente autorizado protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de socios de Gimnasio del Zurquí Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, en cuanto domicilio social, en San José, Barrio Tournón, contiguo al periódico la República, Hotel Radisson.—San José, 2 de setiembre del 2014.—Lic. Johnny Vargas Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014056743).

Debidamente autorizado protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de socios de Gimnasio de Guayabos Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, en cuanto domicilio social, en San José, Curridabat, de la casa de Pepe Figueres, trescientos metros al norte frente al Parque de Guayabos.—San José, 2 de setiembre del 2014.—Lic. Johnny Vargas Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014056744).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del día tres de setiembre del dos mil catorce, se acordó por unanimidad de los socios que conforman el capital social la disolución de la sociedad de esta plaza denominada Consorcio Jurídico R & C Abogados Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veinte mil novecientos veinticuatro.—Lic. Luis Alberto Víquez Aragón, Notario.—1 vez.—(IN2014056746).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 25 de agosto del 2014, protocolicé acta de la empresa Servicios de Salud Jisol Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-387361, donde se acuerda su disolución.—San José, 25 de agosto del 2014.—Lic. Rolando José Mora Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2014056747).

La suscrita notaria hace constar, que mediante escritura otorgada a las diecinueve horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Bracam Pital S. A., en la cual se reforma la cláusula quinta de la misma.—San José, primero de setiembre del año dos mil catorce.—Lic. Andrea Morúa Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2014056750).

Por escritura Nº 210, otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 2 de setiembre de 2014, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Pinos de Coronado S. A., donde se reformó la cláusula de la administración y porcentaje de capital social para tomar acuerdos.—San José, 2 de setiembre de 2014.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—(IN2014056752).

Por escritura número quince otorgada ante esta notaría en conotariado con la Lic. Priscilla Ureña Duarte, a las nueve horas del dos de setiembre del dos mil catorce, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad denominada El Baúl de los Juguetes Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ochenta y cinco mil novecientos ochenta y cinco.—San José, 2 de setiembre de dos mil catorce.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2014056753).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del treinta de agosto de dos mil catorce, Carlos Darío Alvarez Arrieta y Maureen Zulay Villalobos Montero, constituyeron sociedad anónima, cuyo nombre de fantasía será el número de cédula que le asigne el Registro de Personas Jurídicas. Capital social: cincuenta mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Representación: presidenta y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 30 de agosto de 2014.—Lic. Heylen Zamora Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014056756).

Por medio de escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del 28 de agosto del 2014, ante la notaria Alejandra Echeverría Alfaro, se constituyó la sociedad Perseus Constellation Group Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Domicilio: San Ana. Capital social: ¢12.000,00. Presidente: Fernán Gallegos Echeverría.—Lic. Alejandra Echeverría Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2014056757).

Mediante escritura número ciento noventa y uno-cuatro. Se reforma  la  cláusula sexta del pacto constitutivo de Corporación B y B Costa Rica S. A.San José, cuatro de setiembre del año 2014.—Lic. Luis Diego Quesada Araya, Notario.—1 vez.—(IN2014056759).

Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se reforma la cláusula primera del pacto social de Stewqui Sociedad Anónima.—San José, 3 de setiembre de dos mil catorce.—Lic. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2014056761).

A las nueve horas treinta minutos del tres de setiembre, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad: San And Sea Coalition S. A., donde se modifican las cláusulas novena y segunda del pacto constitutivo.—San José, tres de setiembre del dos mil catorce.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2014056765).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas quince minutos del día tres de setiembre del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Paraíso Escondido S. A., en donde por acuerdo de los socios se acordó su disolución conforme lo establecido en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Es todo.—San José, tres de setiembre del año dos mil catorce.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2014056766).

Por escritura ciento sesenta y cinco, en mi notaría, se protocoliza acta de asamblea de socios de Inversiones Automotrices PZ del Este S. A., cédula jurídica: tres-uno cero uno-cuatro siete cuatro uno seis seis, mediante la cual se reforma cláusula primera cambio de razón social, a Inversiones ALF-KGM Sociedad Anónima, y segunda modifica el domicilio a Curridabat, San José, se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintiocho de agosto de dos mil catorce.—Lic. Huberth Salas Ortega, Notario.—1 vez.—(IN2014056771).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 21/8/14, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Inversiones Mijulha Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-462978. Acuerdo único: reforma total a la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San Isidro, Pérez Zeledón, 21 agosto del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2014056780).

Hago constar que mediante escritura número sesenta y tres-ciento cincuenta y siete, otorgada ante esta notaría, a las once horas del once de agosto del año dos mil catorce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Cántaro de Agua Viva Sociedad Anónima, donde se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Rohrmoser, veinte de agosto del año dos mil catorce.—Lic. Wilber Vargas Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2014056781).

Hago constar que mediante escritura número cinco-ciento cincuenta y ocho, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del dos de setiembre del año dos mil catorce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Futuro Paz y Amor de CR Sociedad Anónima, donde se modifica el plazo social.—Rohrmoser, dos de setiembre del año dos mil catorce.—Lic. Wilber Vargas Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2014056782).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad de esta plaza: La Suerte de Oro y Yo S. A. Plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución. Capital: cien mil colones. Presidente Marco Vinicio Solano Estrada.—San José, 3 de setiembre de 2014.—Lic. Francisco Quijano Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2014056783).

Por acta protocolizada en esta notaría, de la sociedad denominada tres-ciento uno-seiscientos seis mil ciento treinta y tres sociedad anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- seiscientos seis mil ciento treinta y tres; mediante escritura número doscientos doce, de las diecisiete horas del cuatro de marzo del año dos mil catorce, se reformó la cláusula primera de los estatutos, referente a la razón social de la misma, para que en adelante sea denominada La Casa de Campo del Tirra Sociedad Anónima; la cláusula segunda de los estatutos, referente al domicilio social; la cláusula tercera de los estatutos, referente al objeto, y la cláusula quinta de los estatutos, referente al capital social, y se incorpora una nueva cláusula a los estatutos, referente a la cesión de acciones.—San Juan Sur, Cartago, cuatro de marzo del año dos mil catorce.—Lic. Yirlanny Castro Navarro, Notaria.—1 vez.—(IN2014056784).

Rotayka Sociedad Anónima, modifica cláusula de administración, acepta renuncia de vicepresidente, secretario, tesorero y fiscal y hace nuevos nombramientos por el resto del plazo social.—San José, a las ocho horas del dos de setiembre de dos mil catorce.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—(IN2014056802).

A las diez horas del veinticuatro de agosto del año dos mil catorce, los socios de la sociedad Rodantes de Nascar Sociedad Anónima, en asamblea extraordinaria de socios, y por estar representado todo el capital social reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y nombran nuevo presidente y tesorero.—Lic. Jenilee Lara Rivera, Notaria.—1 vez.—(IN2014056806).

La suscrita, Dinorah González Cruz, en representación de Sociedad  U.P.S.P. Unidad Profesional  de  Seguridad Privada S. A., modifica cláusula segunda del pacto constitutivo. Es todo.— San José, cuatro de setiembre de dos mil catorce.—Lic. Hilda Marta Alpízar Castrillo, Notaria.—1 vez.—(IN2014056808).

Mediante escritura pública número ciento setenta y cinco ante la notaría del Licenciado Marco Vinicio Solano Estrada, se constituyó la compañía Emisebem Veinticuatro/Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un plazo social de cien años, a partir del día primero de setiembre del dos mil catorce. Capital social: cien mil colones. La representación legal recae sobre el gerente uno y gerente dos, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma firmando conjunta o separadamente.—San José, primero de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Marco Vinicio Solano Estrada, Notario.—1 vez.—(IN2014056823).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inverglobal S. A. Escritura otorgada en San José, a las 14:00 horas del 3 de setiembre de 2014.—Lic. Ivonne Patricia Redondo Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2014056827).

Ante María del Rocío Arroyo Chaves, a las 11:00 horas de hoy, se constituye la sociedad Grupo González Ara-Diz Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Apoderado el presidente.—San Antonio, Belén, Heredia, 3 de setiembre del 2014.—Lic. María del Rocío Arroyo Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2014056830).

Ante esta notaría, se constituyó por medio de transformación según protocolización del acta número uno del libro de la asamblea de accionistas la transformación de la sociedad anónima denominada tres-ciento uno-seis cuatro cuatro seis nueve dos, ahora denominada MMQM Sociedad Civil, por un plazo de ochenta años, con domicilio social en San José, Curridabat, del Indoor Club doscientos metros al sur y cien al oeste, casa número doscientos cincuenta y dos. Mónica Quesada Madrigal es administradora, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, correspondiéndole la administración judicial y extrajudicial de dicha sociedad. Es todo.—San José, a las diez horas del dos de setiembre de dos mil catorce.—Lic. Manuel Salvador de Trinidad Gaitán, Notario.—1 vez.—(IN2014056831).

Por escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del 4 de setiembre de 2014, la sociedad denominada Third Fenix House Sociedad Anónima S. A., protocolizó acuerdos mediante los cuales reforma la cláusula primera del pacto social.—Lic. Augusto Porras Anchía, Notario.—1 vez.—(IN2014056834).

Debidamente autorizado al efecto protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno- seiscientos sesenta y tres mil trescientos noventa y siete s. a., mediante la cual se modifican el domicilio social, la representación judicial y extrajudicial, y se nombra nuevo presidente de la junta directiva.—San José, 20 horas del 31 de agosto del 2014.—Lic. Federico Carlos Sáenz de Mendiola, Notario.—1 vez.—(IN2014056838).

En escritura número treinta y seis-diez, de las quince horas treinta minutos del día catorce de agosto del dos mil catorce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Jofer Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-treinta y siete mil novecientos veintisiete, reformando la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 29 de agosto del 2014.—Lic. Adrián Alvarenga Odio, Notario.—1 vez.—(IN2014056839).

En esta notaria se ha protocolizado acta de asamblea general de socios de Uno Nacido por Bendición Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-543519. Se reforma cláusula sétimo de pacto constitutivo. Se elige secretario de junta directiva.—Palmares, 25 de agosto del 2014.—Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—(IN2014058789).

En esta notaria se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de Dos Victores Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-543391, del 22 de agosto del 2014. Acuerdan disolverla amparados en el inciso d-), artículo 201 del Código de Comercio. Se cumple con lo dispuesto en el artículo 207 del mismo código, a efecto quienes se consideren perjudicados se opongan judicialmente.—Palmares, 25 de agosto del 2014.—Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—(IN2014058794).

En esta notaria se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de Costarican Ocean View Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-350288, del 22 de agosto del 2014. Acuerdan disolverla amparados en el inciso d-), artículo 201 del Código de Comercio. Se cumple con lo dispuesto en el artículo 207 del mismo código, a efecto quienes se consideren perjudicados se opongan judicialmente.—Palmares, 25 de agosto del 2014.—Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—(IN2014058801).

En esta notaria se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de Tres Carismáticos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-543318, del 22 de agosto del 2014. Acuerdan disolverla amparados en el inciso d-), artículo 201 del Código de Comercio. Se cumple con lo dispuesto en el artículo 207 del mismo código, a efecto quienes se consideren perjudicados se opongan judicialmente.—Palmares, 25 de agosto del 2014.—Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—(IN2014058807).

Carlos Luis Franco Aguilar, cedula N° 5-246-175 y otros; constituyen fundación cuya denominación social será Fundación Fudeshu, su domicilio será en Paquera, Puntarenas, Barrio San Josecito, 600 metros oeste de la Escuela. Así consta mediante escritura N° 178-10, visible al folio 89 frente del tomo 10 del notario Melvin Lobo Palacio con oficina abierta en Aguas Claras de Upala, 400 metros norte Entrada La Torre. Es todo.—Lic. Melvin Lobo Palacio, Notario.—1 vez.—(IN2014059532).

NOTIFICACIONES

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expediente número 361-2014.—La Dirección de Recursos Humanos. A: Coto Zamora Sergio José, cédula N° 01-690-913.

HACE SABER:

I.—Que en su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta comisión de faltas a los deberes inherentes al cargo.

II.—De la información substanciada existen elementos probatorios para imputarle los siguientes supuestos hechos:

Que en su condición de Director en el Colegio Nocturno León XIII, adscrito a la Dirección Regional de Educación San José Norte; supuestamente no se presentó a laborar los días: 05, 06, 10, 11 y 12 de junio del año 2014. Lo anterior sin dar aviso oportuno a su superior inmediato y sin aportar, dentro del término normativamente previsto, justificación posterior alguna. (Ver folios del 01 al 16 del expediente de marras).

III.—Que de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se establece en el artículos: 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b); los artículos 12 incisos c) y k) y 15 inciso b) del Reglamento de la Carrera Docente; artículos 42 incisos a) y q) y 63 del Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Educación Pública.

IV.—Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los diez días hábiles siguientes, al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones así como la correspondiente dirección de los testigos, bajo apercibimiento de que, de no hacerlo, se podrá declarar inadmisible la referida prueba.

Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto, hacerse representar por un abogado.

V.—Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Asuntos Disciplinarios de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, ubicado en el Edificio Rofas, cuarto piso frente a emergencias del Hospital San Juan de Dios, San José. Debiendo señalar medio o lugar para atender notificaciones –Ley de Notificaciones 8687-, bajo apercibimiento que en caso contrario quedará notificada de forma automática dentro de las 24 horas siguientes de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. La no presentación de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta etapa procedimental, y, la no indicación de lugar para recibir notificaciones surtirá los efectos previstos en el artículo12 de la citada ley

VI.—Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los recursos ordinarios previstos en el artículo 66 del Estatuto de Servicio Civil.

San José, 02 de julio del 2014.—Yaxinia Díaz Mendoza, Directora.—O. C. N° 21341.—Solicitud N° 3520.—C-176220.—(IN2014056380).

Expediente número 424-2014.—La Dirección de Recursos Humanos, A: Rocha Cabraca René, cédula N° 07-075-873.

HACE SABER:

I.—Que en su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta comisión de faltas a los deberes inherentes al cargo.

II.—De la información substanciada existen elementos probatorios para imputarle los siguientes supuestos hechos:

Que en su condición de Asesor Regional de Educación Indígena en la Dirección Regional de Educación de Limón, supuestamente no se presentó a laborar los días 10 y 11 de julio del año 2014. Lo anterior sin dar aviso oportuno a su superior inmediato y sin aportar dentro del término normativamente previsto, justificación posterior alguna. (Ver folios del 01 al 18 del expediente de marras).

III.—Que de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se establece en el artículos: 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b); los artículos 12 incisos c) y k) y 15 inciso b) del Reglamento de la Carrera Docente; artículos 42 incisos a) y q) y 63 del Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Educación Pública.

IV.—Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los diez días hábiles siguientes, al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones así como la correspondiente dirección de los testigos, bajo apercibimiento de que, de no hacerlo, se podrá declarar inadmisible la referida prueba.

Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto, hacerse representar por un abogado.

V.—Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Gestión Disciplinarios de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, ubicado en el Edificio Rofas, cuarto piso frente a emergencias del Hospital San Juan de Dios, San José. Debiendo señalar medio o lugar para atender notificaciones -Ley de Notificaciones 8687-, bajo apercibimiento que en caso contrario quedará notificada de forma automática dentro de las 24 horas siguientes de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. La no presentación de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta etapa procedimental, y, la no indicación de lugar para recibir notificaciones surtirá los efectos previstos en el artículo12 de la citada ley

VI.—Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los recursos ordinarios previstos en el artículo 66 del Estatuto de Servicio Civil.

San José, 04 de agosto del 2014.—Yaxinia Díaz Mendoza, Directora.—O. C. N° 21341.—Solicitud N° 3516.—C-174180.—(IN2014056386).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RMT-1251-2014 de las 9:00 horas del 11 de julio del 2014. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social Resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-925-2014, de sesión celebrada en San José a las 14:00 horas del 19 de junio del 2014, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Portuguez Ruiz Flor, cédula de identidad N° 3-113-651, a partir del día 01 de setiembre del 2013; por la suma de ciento once mil setecientos treinta y cinco colones con treinta y dos céntimos (¢111.735,32), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Víctor Morales Mora, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora Nacional.—1 vez.—(IN2014056711).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL GARABITO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El suscrito Sr. Roberto Guevara Castillo, Jefe de la Sucursal de Garabito, Caja Costarricense del Seguro Social, mediante presente edicto por tres veces consecutivas: por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajador independiente incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal.

Reyes Reyes Pedro Rafael, 0-0000016764225-999-001, períodos 09 a 12/2010, 01 a 12/2011, 01 a 12/2012, 01 a 12/2013 y 01 a 08/2014, monto ¢1.293.154. Blandón Jiménez Marcial, 0-00601010206-999-001, períodos 09 a 12/2009, 01 a 12/2010, 01 a 12/2011, 01 a 12/2012, 01 a 12/2013 y 01 a 07/2014, monto ¢1.247.389. Arce Villalobos Rafael, 0-00205050999-999-001, períodos 02 a 12/2006, 01 a 12/2007, 01 a 12/2008, 01 a 12/2009, 01 a 12/2010, 01 a 12/2011, 01 a 12/2012, 01 a 12/2013 y 01 a 08/2014, monto ¢2.430.207. Villalobos Montero Alexánder, 0-00106710145-999-001, períodos 01 a 12/2013 y 01 a 08/2014, monto: ¢244.011. Arias Villalobos Juan Carlos, 0-00111830044-999(001)-001, períodos 06 a 12/2012, 01 a 12/2013 y 01 a 08/2014; planillas 12/2013, 01, 02, 03, 04, 05, 06 y 07/2014, monto ¢2.683.956. Umaña Calvo Ulises Alberto, 0-00603340230-002-001, planillas 03, 04, 05, 06 y 07/2014, monto: ¢202.452. Best Pools & Gardens S.R.L., 2-03102555770-001-001, planillas de 01, 02, 03 y 04/2014, monto ¢165.942. Costa Rica Home Solutions S. A., 2-03101511331-002-001, planillas 11/2010, 07 y 08/2011, adicionales de 10/2010 y 10/2012, monto ¢5.476.753. Alcon Abogados S. A., 2-03101596634-001-001, planillas de 01, 02, 03, 04, 05, 06 y 07/2014 y servicio médico de 05/2014, monto ¢893.613. Promo ACE S. A., 2-03101581858-001-001, planillas 04 y 05/2014, monto ¢595.186. Bonicar MJETC S. A., 2-03101390713-001-001, planilla 05 y 06/2014, monto ¢163.279. Rusell de Jacó S. A., 2-03101673522-001-001, planilla 03, 04, 05 y 06/2014, monto ¢1.119.648. Shell Club A Ten S. A., 2-03101417531-001-001, planilla 02 y 03/2014 y servicio médico 02/2013, monto ¢1.318.254. Accesos Tecnológicos Primaflash S. A., 2-03101458185-001-001, planilla 02, 03 y 04/2014, monto ¢663,456.

01 de setiembre del 2014.—Roberto Guevara Castillo, Administrador Sucursal.—(IN2014056560).

HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Hospital San Vicente de Paúl-Dirección de Enfermería, Heredia, al ser las 10 horas del día veintidós de agosto del dos mil catorce. Una vez revisado y analizado el informe de Conclusiones del Órgano Director dentro del Procedimiento Administrativo de Responsabilidad Disciplinaria seguido por la Institución en contra de la Señorita  Julie Pauline López Ledezma, cédula de ciudadana N° 800.930.215 se procede al dictado de la Resolución Final, la cual se notifica mediante publicación por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial La Gaceta, solo la parte dispositiva, dada la imposibilidad material de notificarle en el domicilio conocido por la Administración, al no poseer represente o apoderado legal en el país. Al mismo tiempo se hace saber al interesado por la Resolución Administrativa 3220-2014 completa está disponible del folio 48 al 53 expediente Procedimiento Administrativo Disciplinario N° 08-2014 que se custodia en esta Dirección. (“I-(…), II (…), III (…), IV (...), V (…). VI (…), VII (…), VIII (…) IX (…), X(..), XI (…) XII (…) “) XIII. Por tanto: Esta Dirección, posterior al análisis del Expediente Administrativo Disciplinario N° 08-2014 y con fundamento en los hechos y el derecho anotado supra, así como la prueba previamente citada y analizada, se llega a la conclusión que el presente caso se violenta lo establecido en la Constitución Política Artículo 11, Ley General de la Administración Pública, 11, 113, 211, 213, Reglamento Interior de Trabajador de la CCSS, Artículo 48, 50, 74, 75, 76 por lo cual se Resuelve: proceder a la propuesta de despido sin responsabilidad patronal a la señorita Julie Pauline López Ledezma, lo anterior en disposición del análisis contenido en el apartado. Procédase a notificar de lo resuelto por el Órgano Decisor.—Heredia, 26 de agosto del 2014.—Dr. Isaac Ortiz Morales, Director de Enfermería.—(IN2014056452).

PUBLICACIÓN DE unA VEZ

SUCURSAL DE GUADALUPE

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Risoki S. A., número patronal 2-03101262970-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Guadalupe de la Dirección Regional Central de Sucursales de la Caja Costarricense de Seguro Social, ha dictado el traslado de cargos número de caso 1204-2014-01847, que en lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones salariales de las trabajadoras Winny Fabiola Vega Rivera número de cédula 1-1425-0961 y María Eugenia Ávalos Morales número de cédula 1-1285-0846, detallados en hoja de trabajo, folio 014 y 015 del expediente administrativo, por el período del 30 de junio al 31 de agosto 2010, Total de salarios omitidos ¢740.133,32, Total de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢165.345,78. Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador ¢42.557,66. Consulta expediente: en esta oficina Guadalupe, Goicoechea 75 m oeste de la Cruz Roja, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Segundo Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Dirección Regional Central de Sucursales, Guadalupe, 25 de agosto del 2014.—Lic. Juan Carlos Delgado Cabalceta, Jefe.—1 vez.—(IN2014056492).

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Luis Antonio Madrigal Chinchilla número patronal 0-00106220462-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Guadalupe de la Dirección Regional Central de Sucursales de la Caja Costarricense de Seguro Social, ha dictado el Informe de Inspección número 1204-01711-2014-I, que en lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones salariales del trabajador Reyes León Rolando número de cédula 113530491, detallados en hoja de trabajo, folio 009, 010, 011 del expediente administrativo, por el período de febrero del 2009, total de salarios omitidos ¢13.054,00, Total de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢2.916,26. Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador ¢750,61. Consulta expediente: en esta oficina Guadalupe, Goicoechea 75 m oeste de la Cruz Roja, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Segundo Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Dirección Regional Central de Sucursales, Guadalupe, 25 de agosto del 2014.—Lic. Juan Carlos Delgado Cabalceta, Jefe.—1 vez.—(IN2014056493).

SUCURSAL PALMAR NORTE

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Campanario Sociedad Anónima, número patronal 2-03101023846-001-001, actividad económica “Silvicultura”, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal del Seguro Social de Palmar Norte, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso 1605-2014-00222, que en lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado diferencias salariales de los trabajadores: Idalieth Gómez Jiménez, cédula de identidad 9-0106-0751, por el periodo que va entre junio 2010 hasta febrero 2014. Total de salarios ¢9.180.433,78, Total de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢2.050.909,00. Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador ¢436.060,00. Consulta expediente: en esta oficina ubicada entre calle 147 y avenida 7, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley.  Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes.  Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, al norte, hasta la Escuela Barrio Alemania, sur, hasta Bar y Restaurante la Yarda, este, hasta la antigua Planta del ICE, oeste, hasta Barrio el Estadio. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de resolución.  Notifíquese.—Palmar Norte, 19 de marzo del 2014.—Lic. Fulvio Alvarado Agüero, Jefe.—1 vez.—(IN2014057045).

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono The Leap Of The Dolphin S. A., número patronal 2-03101363025-001-001, actividad económica “Otras Actividades de Servicios NCP”, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal del Seguro Social de Palmar Norte, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso 1605-2014-00190, que en lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones salariales del trabajador: Iván Cordero Jiménez, cédula de identidad 1-1029-0057, por el periodo de abril 2012. Total de salarios ¢6.106.229,70, Total de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢1.486.262,00 Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador ¢228.984,00 Consulta expediente: en esta oficina ubicada entre calle 147 y Avenida 7, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, al norte, hasta la Escuela Barrio Alemania, sur, hasta Bar y Restaurante la Yarda; este, hasta la antigua Planta del ICE, oeste, hasta Barrio el Estadio. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Palmar Norte, 12 de agosto del 2014.—Lic. Fulvio Alvarado Agüero, Jefe.—1 vez.—(IN2014057048).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

 Y ALCANTARILLADOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ASUNTO:     Adquisición de terreno para la construcción de tanque de almacenamiento, Proyecto Buenos Aires

N° 2014-389

JUNTA DIRECTIVA

Considerando:

1º—Que el Departamento de Diseño de la UEN Programación y Control, mediante memorando SB-AID-PC-2014-793, de fecha 26 de mayo del 2014, solicitó y justificó técnicamente la adquisición de un terreno, con un área de 355,52 metros cuadrados, conforme al plano catastrado P-0881486-2006, para la construcción de un tanque de almacenamiento de Agua Potable, para el Acueducto Integrado de Buenos Aires de Puntarenas.

2º—Que la finca afectada se encuentra inscrita en el Partido de Puntarenas, del Registro Público al Sistema de Folio Real Matrícula Nº 158154-000, con un área total según registro de 355,52 metros cuadrados, propiedad de la compañía “Ganadera Sánchez Campos S. A.”, cédula de persona jurídica Nº 3-101-143866.

3º—Que el Departamento de Avalúos, mediante memorando SB-AID-PC-A-2014-008, del 18 de enero del 2014, valoró el terreno así:

...B.8. Avalúo del terreno:

El lote se encuentra localizado frente a la escuela pública de la localidad de Santa María de Brunka, en Buenos Aires de Puntarenas. La zona donde se ubica este terreno es de predominancia rural con casas de habitación de estrato social de clase media baja. Se observa la disponibilidad de servicios muy básicos como pulperías un centro educativo (escuela), el templo católico, la plaza de deportes y algunas casas de habitación, así mismo a 3 kilómetros aproximadamente al sur se localiza el poblado de Guadalajara con iguales condiciones en cuanto a servicios básicos.

El desarrollo comercial local es muy limitado, principalmente se dan los cultivos y el pastoreo de ganado para producción limitada de leche. No se observan industrias ni zonas dedicadas a la explotación de productos agrícolas ni pecuarias de gran envergadura.

En cuanto a las características de la propiedad se observa un terreno de topografía relativamente ondulada, con poca vegetación, posee dos estructuras construidas mayormente en madera en estado de franco deterioro.

Se encuentra sobre a nivel de la rasante de calle pública, sobre su colindancia norte se observa el paso de una quebrada, la cual no se indica en el respectivo plano de catastro. En la siguiente imagen se observa la fachada de una de las estructuras.

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Imagen N° 2

Fachada principal de la casa

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Imagen N°3

Vista general del terreno

La propiedad se encuentra cercada con alambre de púas, posee un frente de 28,61 metros sin obras de alcantarillado o cunetas, no se observan verjas ni elementos de seguridad. Como se indicó anteriormente el estado de las construcciones es malo, evidenciándose un marcado deterioro de las estructuras como la madera, cubiertas metálicas y pisos.

En cuanto al acceso se tipifica como una calle terciaria, en lastre en estado regular de conservación con un derecho de vía de 14 metros aproximadamente, no posee sistema de alcantarillado pluvial ni aceras, en cuanto a la calzada posee un ancho aproximado de 7 metros.

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Imagen N°4

Vista parcial de la calle pública

B.9.1 Determinación Del Valor Del Terreno:

Para la determinación del valor base de comparación se consultó a propietarios de terrenos cercanos a los poblados de Guadalajara, el Socorro y Santa María de Buenos Aires, ofertas de venta por internet y el área de valoraciones de la Municipalidad de Buenos Aires. (ver anexo N° 5)

La propiedad se enmarca en una zona de desarrollo rural sin embargo por su cercanía con centros de poblado, mantiene ciertas características que le dan valor agregado como acceso a centros educativos cercanos, comercio limitado y servicios públicos como transporte remunerado a dos kilómetros del lugar y centros de atención de salud integral.

De acuerdo a los datos obtenidos y tomando en cuenta que el terreno por sus características se enmarcan dentro del limitado sector urbano de la comunidad de Santa María se toma como base un valor promedio de acuerdo a los datos obtenidos en campo de ¢ 7 000,00 por metro cuadrado y los datos de referencia en cuanto a las características de un lote típico según el mapa de valores de la municipalidad. (fuente: mapa de zonas homogéneas del Órgano de Normalización Técnica del Ministerio de Hacienda, Municipalidad de Buenos Aires, zonas 603-09-U05 ) ver anexos N° 3 y N° 4.

Para determinar el precio justo a indemnizar se utilizó el método comparativo por factores, aplicando los siguientes: a) área, b) frente, c) regularidad, d) tipo de vía, e) pendiente, f) nivel; dando como factor general de aplicación 1,20 (ver anexo N° 6). En concordancia con lo anteriormente descrito, por criterio profesional, se estima un valor unitario homologado por metro cuadrado para el terreno de ¢ 8 400,00. Al tener el lote a expropiar un área de 355,52 m2 se fija su valor en:

VALOR DEL TERRENO (355,52 m2)= ¢ 2 986 368,00

 

B.9.2 Determinación del valor de las construcciones:

Dentro de la propiedad se localizan dos construcciones en madera, una de ellas de dos niveles. En cuanto al estado general de las mismas por lo que se pudo apreciar desde la parte externa (no se pudo realizar una inspección interna de los recintos) el estado de las obras se encuentran muy deterioradas.

El tipo de materiales que componen las obras evidente a la vista son: madera, láminas de hierro galvanizado en mal estado y pisos de concreto expuesto.

De acuerdo a lo observado se puede apreciar un abandono pues el avance de la vegetación, el estado de la madera y pisos evidencia el paso del tiempo. Así mismo se estima que la antigüedad de las estructuras es aproximadamente de 35 años o al menos así lo evidencia su mal estado de conservación.

Tomando en cuenta las observaciones anteriormente descritas se tipifica la obra utilizando el “Manual de valores base unitarios por tipología constructiva” del Órgano de Normalización Técnica (ONT) del Ministerio de Hacienda, para viviendas de madera tipo VM01 con un valor de nuevo de ¢ 185 000 / m2.

Tomando los parámetros de esta tipología y considerando una edad de las construcciones de 35 años y un estado malo de conservación se establece un factor de depreciación de 52,6 (de acuerdo a los parámetros establecidos por el ONT) dando una depreciación por edad y estado de 43,15 (ver anexo N° 7). Así mismo para determinar el Valor Actual Depreciado de las construcciones se establece los siguientes valores y fórmula de cálculo:

VA: Valor actual depreciado.

Vn: Valor nuevo para la edificación (¢ 185 000 / m2)

x: edad actual de la edificación. (35 años)

n: vida útil probable. (40 años)

E: factor de bueno. (0,5685, ver anexo N° 7)

Fórmula (1) VA= Vn * [ 1-0,5*[(x/n)+(x2/n2)]]*E

VA= ¢ 185 000 * [1-0,5*[(35/40)+(352/402)]]*0,5685

VA = ¢ 18 898,18

De acuerdo a lo anterior se estima que el área de construcción es de 180 metros cuadrados aproximadamente, por lo cual el valor total de las construcciones es de:

VALOR DE LAS CONSTRUCCIONES (180m2) = ¢ 3.401.672,40

 

C.1 POR TANTO:

Se fijan los siguientes valores:

Valor del terreno (355,52 m2)

¢ 2 986 368,00

Valor de las construcciones (180 m2)

¢ 3 401 672,40

Total de las obras

¢6.388.040,40

 

Valor en letras: Seis millones trecientos ochenta y ocho mil cuarenta colones con cuarenta céntimos...”

4º—Que el Departamento de Topografía, mediante memorando SUB-G-AID-UEN-PyC- 2014-809, de fecha 28 de mayo del 2014, indicó: “...En visita realizada el día 1/11/2013, se procedió a verificar los linderos del plano P-881486-2003 finca inscrita al Folio Real 6 158154-000 propietario registral Ganadera Sánchez Campos S. A., en dicha visita y levantamiento se pudo comprobar que el área comprendida en el derrotero del plano, es la misma que el área que existe en el terreno, por lo tanto dicho documento puede ser utilizado para formalizar la compra o traspaso del bien inmueble, además no se consignan ningún tipo de gravámenes, ni anotaciones...”.

5º—Que la adquisición señalada, es de evidente interés público, para el cumplimiento de los fines institucionales. Por tanto,

Con fundamento en el artículo 45 y 50 de la Constitución Política y la Ley Constitutiva de AyA, Ley Nº 6313 de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres, aplicable a AyA, por mandato de la Ley Nº 6622, Ley de Expropiaciones Nº 7495, se acuerda:

1º—Declarar de utilidad pública y necesidad social la adquisición de un terreno con un área de 355,52 metros cuadrados, conforme al plano catastrado P-0881486-2003, para la construcción de un Tanque de Almacenamiento de Agua Potable, para el Acueducto Integrado de Buenos Aires de Puntarenas. El terreno que se requiere se encuentra inscrito en el Partido de Puntarenas, al Sistema de Folio Real matrícula Nº 158154-000, con un área total según registro de 355,52 metros cuadrados, propiedad de la compañía “Ganadera Sánchez Campos S. A.”, cédula de persona jurídica Nº 3-101-143866.

2º—Aprobar el avalúo rendido mediante memorando SB-AID-PC-A-2014-008, de fecha 18 de enero del 2014, del Departamento de Avalúos, en la suma de ¢6.388.040,40 (Seis millones trescientos ochenta y ocho mil cuarenta colones con cuarenta céntimos).

3º—Ordenar a la Dirección Regional tomar las acciones necesarias de seguridad y protección, para evitar que la propiedad sea invadida, en virtud de la casa de habitación abandonada, que se encuentra en el inmueble, en caso de que requieran que las estructuras permanezcan en el sitio; o bien, tomar las previsiones correspondientes para su demolición, en caso de que no se necesiten las construcciones existentes.

4º—Autorizar a los apoderados del Instituto, para que realicen las Diligencias necesarias a fin de expropiar en vía administrativa o judicial, en caso de negativa del afectado a aceptar el precio fijado administrativamente o de cualquier impedimento legal que obligue a la Institución a acudir a esta vía.

5º—Autorizar a los Notarios de la Institución para que realicen las diligencias necesarias a fin de inscribir a nombre de AyA, el terreno de interés.

6º—Notificar a la compañía propietaria, por cualquier medio que establezca la ley y se le otorga un plazo de ocho días hábiles, para manifestar su conformidad o no con el precio asignado administrativamente, de conformidad con el artículo 25 de la Ley de Expropiaciones Nº 7495; en caso de no aceptación del precio fijado administrativamente o cumplido el plazo indicado sin respuesta alguna por parte del propietario, o cualquier otro impedimento, se acudirá a la vía judicial y se iniciarán las Diligencias de Avalúo por Expropiación, para proceder a la adquisición del terreno.

Notifíquese. Publíquese

Acuerdo firme.—Sesión Ordinaria N° 2014-024, de fecha 07/07/2014, artículo 5, inciso 5.10.

Junta Directiva.—Lic. Karen Naranjo Ruiz, Secretaria General.—O.C. N° 5100002278.—Solicitud N° 18285.—(IN2014056420).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE TIBÁS

“Notificación a Importadora y Exportadora Edser Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-290711, propiedad de la finca número 1-204596-000, localización 2231001001000, ubicada 50 metros oeste de la Clínica Clorito Picado, lote con basura, escombros y sin cerca. Provincia de San José, cantón de Tibás, distrito Cinco Esquinas. Si vencido el tiempo de Ley el propietario no limpia el lote y lo cerca, la Municipalidad procederá a realizar los trabajos. Con esta notificación ya publicada le damos el tiempo de ley que consta de quince días naturales, pasado el cual la Municipalidad procederá aplicando así el Reglamento de Tarifas a Cobrar por Omisiones de Deberes de los Propietarios de Bienes Inmuebles de la Municipalidad de Tibás”.—Ing. Ronald Camacho Esquivel, Coordinador de Catastro.—1 vez.—(IN2014056502).