LA GACETA N° 179 DEL 18 DE SETIEMBRE DEL 2014
MINISTERIO
DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
MINISTERIO
DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
MINISTERIO
DE CULTURA Y JUVENTUD
MINISTERIO
DE COMERCIO EXTERIOR
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
BANCO
HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD
ESTATAL A DISTANCIA
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,
En ejercicio de las facultades
establecidas en los artículos 140, incisos 8) y 20), 146 de la Constitución
Política, artículos 4, 11 y 25 inciso 1) de la Ley General de la Administración
Pública N° 6227 del 02 de mayo de 1978, artículos 8 y 12 de la Ley Sobre el
Desarrollo de la Comunidad (DINADECO), Nº 3859 del 07 de abril de 1967.
Considerando:
1º—Que el artículo 5 del Decreto
Ejecutivo Nº 26935-G Reglamento a la Ley Sobre el Desarrollo de la Comunidad,
Ley Nº 3859, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 97 del 21 de
mayo de 1998, establece la posibilidad de actualizar el pago de las dietas de
los miembros del Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad vía decreto
ejecutivo.
2º—Que mediante Decreto Ejecutivo N° 19750-G del 31
de mayo de 1990, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 122 de 28
de junio de 1990, se estableció el monto de las dietas de los miembros del
Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad.
3º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 31020-G-H, de
fecha 26 de noviembre del 2002, publicado en el Diario Oficial La Gaceta
Nº 58 del 24 de marzo de 2003, se modificó el último párrafo del artículo 1°
del Decreto Ejecutivo Nº 19750-G del 31 de mayo de 1990, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta Nº 122 de 28 de junio de 1990, y se actualizó el monto
de las dietas de los miembros del Consejo Nacional de Desarrollo de la
Comunidad, en la suma de diecisiete mil trescientos noventa y nueve colones con
nueve céntimos (¢17.399,09), con base en el índice de inflación acumulada del
2002, según datos suministrados por el Ministerio de Economía, Industria y
Comercio al Banco Central de Costa Rica.
4º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 35267-MG-H, de
fecha 08 de enero del 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº
102 del jueves 28 de mayo de 2009, se estableció el monto de las dietas, de los
miembros del Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad, en la suma de
treinta y siete mil trescientos setenta y uno colones con ochenta y siete
céntimos (¢37.371,87), con base en el índice de inflación acumulada del 2009,
según datos suministrados por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio
al Banco Central de Costa Rica. Mismo que desde el año 2009 no se actualiza.
Siendo que el artículo 5° del Reglamento a la Ley
Sobre Desarrollo de la Comunidad establece “…Para efectos de actualizar el pago
de las dietas, la suma se indicará por decreto ejecutivo o en su defecto, los
miembros del citado Consejo se asimilarán a los miembros de las juntas
directivas de las instituciones autónomas y semiautónomas”.
5°—Que para actualizar la fijación del monto de las
dietas que corresponde reconocer a los miembros del Consejo Nacional de
Desarrollo de la Comunidad, se hace necesario reformular y ajustar la variación
del índice de precios al consumidor del año 2014 utilizando la fórmula que se
describe a continuación:
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Variación
del índice general de precios al consumidor:
Periodo Índice
general de precios Precio relativo
2014 índice 2013/2012 162.45/156.68 ¢
46.718,29
6º—Que con base en la indicada
variación, el monto de cada sesión del Consejo Nacional de Desarrollo de la
Comunidad para el 2014, se estima en la suma de cuarenta y seis mil setecientos
dieciocho colones con veintinueve céntimos (¢ 46.718,29).
7º—Que el pago de las dietas está sujeto al
presupuesto de cada institución y a la asistencia a las correspondientes
sesiones. Por tanto,
Decretan:
MODIFICACIÓN
DEL ARTÍCULO 1° DEL DECRETO
EJECUTIVO
N° 19750-G DEL 31 DE MAYO DE 1990
Artículo 1º—Modifíquese el párrafo
último del artículo 1º del Decreto Ejecutivo Nº 19750-G del 31 de mayo de 1990
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 122 del 28 de junio de 1990,
para que en lo sucesivo se lea:
“Artículo 1º—“Se fija, en calidad de
dietas que devengarán los miembros del Consejo Nacional de Desarrollo de la
Comunidad, por cada sesión celebrada en el año 2014, la suma de ¢46.718,29
(cuarenta y seis mil setecientos dieciocho colones con veintinueve céntimos).
De las sesiones celebradas en un
mes únicamente se podrá remunerar hasta
un máximo de ocho, sean estas ordinarias o extraordinarias.”
Artículo 2º—El pago de las dietas a
los miembros del Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad, queda sujeto
al presupuesto de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, y a la
asistencia de cada miembro a las sesiones, previo control establecido al
efecto.
Artículo 3º—El monto correspondiente a las dietas de
los miembros del Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad, deberá
actualizarse en el mes de enero de cada año, en vista a la variación del índice general de precios al
consumidor, acumulado en el año inmediato anterior.
Artículo 4º—Deróguese el Decreto Ejecutivo N°
31020-G-H, del 26 de noviembre de 2002, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 58 de 24 de marzo de 2003.
Artículo 5º—Deróguese el Decreto Ejecutivo N°
35267-MG-H del 08 de enero de 2009 publicado en el Diario Oficial La Gaceta
N° 102 del jueves 28 de mayo de 2009.
Artículo 6º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las diez horas del día seis del mes de junio
de dos mil catorce.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública,
Celso Gamboa Sánchez.—1 vez.—O.C. N° 21268.—Solicitud N° 0133.—C-61790.—(D38581
- IN2014056609).
N°
38627-H
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que
les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución
Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de
la Ley No. 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978
y sus reformas; la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la
República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su
Reglamento, el Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y
sus reformas; la Ley N° 7762, Ley General de Concesión de Obras Públicas con
Servicios Públicos de 14 de abril de 1998 y su reforma; el Decreto Ejecutivo N°
32452-H de 29 de junio de 2005 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo N°
37595-H de 18 de marzo de 2013 y sus reformas.
Considerando:
1º—Que la Ley N° 7762, publicada en el
Alcance No. 17 a La Gaceta N° 98 de 22 de mayo de 1998 y sus reformas,
faculta al Consejo Nacional de Concesiones (CNC) para desarrollar la
infraestructura nacional que sea susceptible de concesión, así como regular el
cumplimiento de los respectivos contratos, tutelando el interés público a
través del régimen de Concesión de Obras Públicas y de Obras con Servicios, a
fin de garantizar la eficiencia en la explotación de la infraestructura.
2º—Que por medio del oficio DST-0455-2014 de 9 de
mayo de 2014 y DST-OF-0521-2014 de 26 de mayo de 2014, el Secretario Técnico
del Consejo Nacional de Concesiones, solicitó la ampliación del gasto
presupuestario máximo de esa dependencia por un monto de ¢2.224.017.761,23 (dos
mil doscientos veinticuatro millones diecisiete mil setecientos sesenta y un
colones con veintitrés céntimos) para el 2014, con el fin de atender la
supervisión de los proyectos de San José – Caldera y Terminal de Contenedores
de Moín (TCM), así como atender el pago de
adquisiciones, en su mayoría expropiaciones de terrenos en ambos proyectos.
Dicha solicitud cuenta con el aval de la Junta Directiva, mediante acuerdo
unánime número 6.2 artículo 6 de la Sesión Ordinaria No. 13-2014 de 10 de abril
de 2014.
3º—Que corresponde ampliar por la vía del Decreto
Ejecutivo, la suma de ¢2.224.017.761,23 (dos mil doscientos veinticuatro
millones diecisiete mil setecientos sesenta y un colones con veintitrés
céntimos) de conformidad con lo establecido en el artículo 5° del Decreto
Ejecutivo No. 37595-H, publicado en el Alcance N° 54 a La Gaceta N° 57
de 21 de marzo de 2013 y sus reformas, dicho monto será financiado con recursos
del Superávit Libre para cubrir egresos destinados para solventar los gastos de
supervisión de los proyectos San José - Caldera y Terminal de Contenedores de Moín, así como la adquisición de terrenos (en una mayoría
de los casos procesos de expropiación) para ambos proyectos.
4º—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 37595-H
citado, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria para
el año 2014, estableciéndose en el artículo 2°, el porcentaje máximo en que
podría incrementarse el gasto presupuestario de las entidades públicas,
ministerios y demás órganos, con respecto al del año precedente. En correspondencia
con dicha disposición, el monto de gasto presupuestario máximo para el año 2014
resultante para el Consejo Nacional de Concesiones, fue establecido en la suma
de ¢2.110.370.000,00 (dos mil ciento diez millones trescientos setenta mil
colones exactos), el cual fue comunicado mediante el oficio STAP-0743-2013 del
16 de abril de 2013; cifra que no contempla el gasto indicado previamente en
este decreto.
5º—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 32452-H,
publicado en La Gaceta N° 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas, se
emite el “Lineamiento para la aplicación del artículo 6 de la Ley No. 8131 de
la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la
regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada
Financiamiento”.
6º—Que el artículo 7° del Decreto citado en el
considerando anterior, dispone que los recursos de financiamiento que provienen
de vigencias anteriores -superávit libre- son parte del patrimonio de los
órganos y las entidades y pueden utilizarlos en períodos subsiguientes para
financiar gastos que se refieran a la actividad ordinaria de éstas, con los
cuales se atienda el interés de la colectividad, el servicio público y los
fines institucionales, siempre que no tengan el carácter permanente o generen
una obligación que requiera financiarse a través del tiempo, como la creación
de plazas para cargos fijos, o cualquier otro compromiso de la misma
naturaleza.
7º—Que por lo anterior, resulta necesario ampliar el
gasto presupuestario máximo fijado al Consejo Nacional de Concesiones para el
año 2014, incrementándolo en la suma de ¢2.224.017.761,23 (dos mil doscientos
veinticuatro millones diecisiete mil setecientos sesenta y un colones con
veintitrés céntimos). Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Amplíese para el Consejo Nacional
de Concesiones, el gasto presupuestario máximo para el 2014, establecido de
conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 37595-H, publicado en el Alcance
Digital N° 54 a La Gaceta N° 57 de 21 de marzo de 2013 y sus reformas,
en la suma de ¢2.224.017.761,23 (dos mil doscientos veinticuatro millones
diecisiete mil setecientos sesenta y un colones con veintitrés céntimos), para
ese período.
Artículo 2º—Es responsabilidad de la Administración
Activa del Consejo Nacional de Concesiones, el cumplimiento de lo dispuesto en
el artículo 6 de la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la
República y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta N° 198 de 16
de octubre de 2001 y sus reformas, así como en el Decreto Ejecutivo N° 32452-H,
publicado en La Gaceta N° 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República, el 13 de agosto del año 2014.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El
Ministro de Hacienda, Helio Fallas V.—1 vez.—O.C. N° 001-2014.—Solicitud N°
5462.—C-72700.—(D38627 - IN2014058509).
N° 058-P
EL PRESIDENTE DE
LA REPÚBLICA
En ejercicio de sus atribuciones
legales señaladas en el artículo 26, inciso b) de la Ley General de la
Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978.
Considerando
I.—Que de conformidad con el Acuerdo Ejecutivo N° 06-P
del 8 de mayo de 2014, se nombró a la señora Carolina Mauri
Carabaguías, cédula de identidad 1-762-145, Ministra
del Deporte sin cartera y como integrante y Presidenta del Consejo Nacional del
Deporte y la Recreación.
II.—Que
la señora Carolina Mauri Carabaguías
solicitó un permiso sin goce de salario a partir del 4 de agosto de 2014 y
hasta el 8 de agosto de 2014. Por tanto;
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar un permiso sin goce de salario a la señora Carolina Mauri Carabaguías, cédula de
identidad 1-762-145, Ministra del Deporte sin cartera e integrante y presidente
del Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, a partir del 4 de agosto de
2014 y hasta el 8 de agosto de 2014.
Artículo 2º—Rige a partir del 4
de agosto de 2014 y hasta el 8 de agosto de 2014.
Dado en la
Presidencia de la República.—San José, a los veintiún
días del mes de julio del año dos mil catorce.
LUIS GUILLERMO
SOLÍS RIVERA.—1 vez.— (IN2014056544).
Nº 062-P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
En uso de las
facultades que le confieren los artículos 139 inciso 3) de la Constitución
Política, artículo 39 de la Ley General de Policía Nº 7410 del 26 de mayo de
1994 y sus reformas, y artículos 238, 239, 240 y 241 del Reglamento de
Organización del Ministerio de Seguridad Pública, Decreto Ejecutivo Nº 36366-SP
y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 21 del 31 de enero del 2011.
Considerando:
1º—Que el
artículo 139 inciso 3) de la Constitución Política establece como deber y
atribución exclusiva de la Presidenta de la República, ejercer el mando supremo
de la Fuerza Pública.
2º—Que el numeral 39 de la Ley
General de Policía, establece que el Presidente de la República podrá organizar
y convocar, con carácter transitorio a la Reserva de las Fuerzas de Policía,
como cuerpo auxiliar extraordinario ad honorem, para atender estados de
emergencia o situaciones excepcionales, así como colaborar con los cuerpos
policiales adscritos al Ministerio de Seguridad Pública en la vigilancia de
eventos deportivos, culturales y de seguridad ciudadana en todo el territorio
nacional actuando siempre bajo la subordinación en grado inmediato del Ministro
de Seguridad Pública.
3º—Que de conformidad con el
numeral 238 del Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad Pública,
Decreto N° 36366-SP, la Reserva de las Fuerzas de Policía dependen del Ministro
de esa Cartera. De igual manera, el numeral 239 del mismo cuerpo reglamentario
dispone que cuando la Reserva haya sido convocada de conformidad con lo
establecido en la Ley General de Policía, tendrá en esas circunstancias y
dentro de ese marco de competencias, entre otras, las siguientes funciones:
coordinar con la Fuerza Pública las labores de prevención, vigilancia y
protección en todo el territorio nacional, para preservar la seguridad de los
habitantes, sus bienes y libertades constitucionales; cooperar con la Fuerza
Pública, instituciones gubernamentales y otras entidades en casos de calamidad
o desastre nacional, eventos masivos, conflagraciones y conmoción civil; velar
por el cumplimiento de la normativa ambiental, ejerciendo las labores de
vigilancia, protección y conservación del ambiente y denunciando ante los
órganos administrativos y judiciales competentes aquellos actos y omisiones que
contravengan esta normativa, y aquellas otras que se deriven del ordenamiento
jurídico de conformidad con su competencia.
4º—Que el Ministro de Seguridad
Pública ha solicitado al Presidente de la República, convocar a la Reserva de
la Fuerza Pública a partir de las cero horas del primero de setiembre del año
dos mil catorce y hasta las veinticuatro horas del treinta y uno de diciembre
del año dos mil catorce, para colaborar con los cuerpos policiales durante el
desarrollo de actividades propias de su competencia, en relación con los
siguientes eventos: atención de posibles inundaciones por la llegada de la
época lluviosa, operativos cívico-policiales, Campeonato Nacional de Fútbol
Torneo de Invierno 2014, festejos en otras comunidades del país, celebraciones
de la Independencia (desfile de faroles el 14 de setiembre y desfiles del 15 de
setiembre), Día de las Culturas (12 de octubre), día de Brujas (31 de octubre),
día de los Difuntos (02 de noviembre), fin de curso lectivo Año 2014, inicio de
vacaciones, pago de aguinaldo, Teletón, Festival de la Luz, Festejos Populares
de Zapote (25 al 31 de diciembre), Tope Nacional en San José, atención de
emergencias a nivel nacional colaborando con organizaciones de servicio público
para la atención de dichos eventos; resguardo de los recursos forestales del
país, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N°
30494-MINAE-MOPT-SP del 05 de junio del 2002, así como reforzar las labores de
vigilancia y seguridad ciudadana en todo el territorio nacional como apoyo a la
labor que realiza la Fuerza Pública.
5º—Que las citadas situaciones exigen
ineludiblemente el reforzamiento de las Fuerzas de Policía que ordinariamente
velan por el orden y la seguridad del país. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Convocar conforme lo
solicitado por el Ministro de Seguridad Pública, y con carácter transitorio a
la Reserva de las Fuerzas de Policía, como cuerpo auxiliar extraordinario, con
carácter ad honorem, para atender y coordinar con las autoridades de policía,
las labores de vigilancia y protección de la seguridad pública, de sus
ciudadanos y sus bienes, y cooperar para el mantenimiento de la tranquilidad y
el orden público y con motivo del desarrollo de actividades propias de su
competencia, en relación, entre otros, con los siguientes eventos: atención de
posibles inundaciones por la llegada de la época lluviosa, operativos
cívico-policiales, Campeonato Nacional de Fútbol Torneo de Invierno 2014,
festejos en otras comunidades del país, celebraciones de la Independencia
(desfile de faroles el 14 de setiembre y desfiles del 15 de setiembre), Día de
las Culturas (12 de octubre), día de Brujas (31 de octubre), día de los
Difuntos (02 de noviembre), fin de curso lectivo Año 2014, inicio de
vacaciones, pago de aguinaldo, Teletón, Festival de la Luz, Festejos Populares
de Zapote (25 al 31 de diciembre), Tope Nacional de San José, atención de
emergencias a nivel nacional colaborando con organizaciones de servicio público
para la atención de dichos eventos; resguardo de los recursos forestales del
país, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N°
30494-MINAE-MOPT-SP del 05 de junio del 2002, así como reforzar las labores de
vigilancia y seguridad ciudadana en todo el territorio nacional como apoyo a la
labor que realiza la Fuerza Pública.
Artículo 2º—Los efectivos convocados mediante este
acto quedarán subordinados al Ministro de Seguridad Pública, quien dispondrá de
todo lo pertinente para tal efecto, de conformidad con la normativa jurídica
vigente.
Artículo 3º—La presente convocatoria será para el
período comprendido entre las cero horas del día primero de setiembre del año
dos mil catorce, hasta las veinticuatro horas del día treinta y uno de
diciembre del año dos mil catorce.
Artículo 4º—Rige a partir del 01 de setiembre de
2014.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las ocho horas treinta minutos del dos de
julio del año dos mil catorce.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C.
N° 20668.—Solicitud N°
0361.—C-107390.—(IN2014056438).
N°
72-P
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en el artículo 47 de la
Ley General de la Administración Pública.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar al señor Fernando Llorca Castro, cédula de identidad 1-803-197, como
Viceministro del Ministerio de Salud.
2º—Rige a partir del 18 de agosto del 2014.
Dado en San José, a las dieciocho días
del mes de agosto del año dos mil catorce.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C.
N° 22303.—Solicitud N°
SP-57-P-LYD.—C-7500.—(IN2014056372).
Nº
075-P
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
De conformidad con lo establecido en
el artículo 140, inciso 12), de la Constitución Política de la República de
Costa Rica; y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos.
Considerando:
I.—Que es el señor Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto, Manuel Antonio González Sanz, viajará a la República de
Colombia, el día 06 de agosto para participar en la Transmisión del Mando
Presidencial, en la ciudad de Bogotá.
II.—Que el Gobierno de
Costa Rica ha recibido invitación para asistir a las actividades protocolarias
de la Transmisión del Mando Presidencial del señor Presidente Juan Manuel Santos
Calderón, que se celebrará los días 06, 07 y 08 del mes de agosto de 2014, en
la ciudad de Bogotá, República de Colombia.
III.—Que el señor Manuel
Antonio González Sanz, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, es miembro de
la delegación oficial que acompañará al señor Helio Fallas Venegas, Primer
Vicepresidente de la República, en las actividades protocolarias de la
Transmisión del Mando Presidencial del señor Presidente Juan Manuel Santos
Calderón, que se celebrará entre los días 06 y 08 de agosto del presente año. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Manuel
Antonio González Sanz, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, cédula
1-720-207, para que viaje a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 06
al 08 de agosto de 2014.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de hospedaje,
tiquete aéreo, viáticos, transporte interno, gastos en tránsito, llamadas
internacionales e Internet y gastos de representación, corren por cuenta del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 079-Actividad Central, subpartida 1.05.03 de tiquete aéreo y subpartida
1.05.04 de viáticos en el exterior. De conformidad con el artículo 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, se
autoriza la suma de USD$311.00 diarios para Colombia, para un total de
USD$933.00. Además, se le autoriza al señor Ministro el uso de US$1000.00 para
gastos de Representación. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, se nombra como Ministro a. í. al señor
Alejandro Solano Ortiz, cédula de identidad 1-0749-0659, Viceministro de
Relaciones Exteriores y Culto, de las 10:13 horas del día 06 de agosto a las
16:15 horas del día 08 de agosto de 2014.
Artículo 4º—De acuerdo con el artículo 47 del
Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, el
funcionario estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en
dólares.
Artículo 5º—De conformidad con el artículo 5° de la
Resolución N° 78-2010 del Ministerio de Hacienda, el millaje
generado por motivo de este viaje será asignado al Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo 6º—Rige a partir de las 10:13:00 horas del
día 06 de agosto y hasta las 16:15 horas del día 08 de agosto de 2014.
Dado en la Presidencia de la
República, a los veintinueve días del mes de julio de dos mil catorce.
Publíquese.—LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N°
22196.—Solicitud N° 5601.—C-53430.— (IN2014056480).
N°
080-P
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en el artículo 26
inciso b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública; los
artículos 172, 173 y 174 de la Ley Nº 7739, denominada “Código de la Niñez y la
Adolescencia”; y los artículos 7, 8 y 9 de los Decretos Ejecutivos Nº 33028-MTSS-MSP-MNA
y Nº 37205-MP, Reglamento del Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar como miembros del
Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia, a las siguientes personas:
a) Como
representante propietario del Ministerio de Educación Pública, a la Ministra de
Educación Pública, señora Sonia Marta Mora Escalante, cédula de identidad
1-412-1470 y como su suplente a la Viceministra de Académica de Educación
Pública, señora Alicia Vargas Porras, cédula de identidad 1-485-266.
b) Como representante propietario del Ministerio
de Salud, a la Ministra de Salud señora María Elena López Núñez, cédula de
identidad 1-341-135 y como su suplente a la señora Laura Isabel Chacón
Echeverría, cédula de identidad 1-512-278.
c) Como representante propietario del Ministerio
de Cultura y Juventud, a la Ministra de Cultura y Juventud señora Elizabeth
Fonseca Corrales, cédula de identidad 4-097-783 y como su suplente a la
Viceministra de Juventud, señora Elena Quesada Serrano, cédula de identidad
1-1256-778.
d) Como representante propietario del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social, al Ministro de Trabajo y Seguridad Social, señor
Víctor Manuel Morales Mora, cédula de identidad 9-044-044 y como su suplente al
Viceministro de Trabajo y Seguridad Social, señor Alfredo Edgardo Hasbum Camacho, cédula de identidad 7-071-486.
e) Como representante propietario del Ministerio
de Recreación y Deportes, a la Ministra del Deporte, señora Carolina Mauri Carabaguíaz, cédula de
identidad 1-762-145 y como su suplente a la señora
Alba Guiselle Quesada Rodríguez, cédula de identidad
2-436-573.
f) Como representante propietario del Ministerio
de Justicia y Paz, a la Ministra de Justicia y Paz, señora Cristina Ramírez
Chavarría, cédula de identidad 1-795-253 y como su suplente al Viceministro de
Paz, señor Víctor Manuel Barrantes Marín, cédula de identidad 6-329-391.
g) Como representante propietario del Ministerio
de Seguridad Pública, al Ministro de Seguridad Pública con recargo de la
cartera de Gobernación y Policía, señor Celso Manuel Gamboa Sánchez, cédula de
identidad 1-938-563 y como su suplente a la Viceministra de Unidades Especiales
de Seguridad Pública, señora María Furmen Salazar
Elizondo, conocida como María Fullmen Salazar
Elizondo, cédula de identidad 1-442-619.
h) Como representante propietario del Ministerio
de Planificación Nacional y Política Económica, a la Ministra de Planificación
Nacional y Política Económica, señora Olga Marta Sánchez Oviedo, cédula de
identidad 1-407-1385 y como su suplente al Viceministro de Planificación
Nacional y Política Económica, señor Luis Alberto Fallas Calderón, cédula de
identidad 1-466-644.
i) Como representante propietario del Patronato
Nacional de la Infancia (PANI), a la Presidenta Ejecutiva del Patronato
Nacional de la Infancia, señora Ana Teresa León Sáenz, cédula de identidad
1-421-836 y como su suplente a la señora Ana Patricia Hernández Sánchez, cédula
de identidad 8-075-794.
j) Como representante propietario del Instituto
Mixto de Ayuda Social (IMAS), al Presidente Ejecutivo del Instituto Mixto de
Ayuda Social, señor Carlos Andrés Alvarado Quesada, cédula de identidad
1-1060-078 y como su suplente a la señora Ana Josefina Guell
Durán, cédula de identidad 1-487-450.
k) Como representante propietario de la Caja
Costarricense de Seguro Social (CCSS), a la Presidenta Ejecutiva de la Caja
Costarricense de Seguro Social, señora María del Rocío Sáenz Madrigal, cédula
de identidad 9-054-537 y como su suplente a la señora Nereida Arjona Ortegón,
cédula de residencia 420-000-3558.
l) Como representante propietario del Instituto
Nacional de Aprendizaje (INA), al Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional
de Aprendizaje, señor Maynor Rodríguez Rodríguez, conocido como Minor
Rodríguez Rodríguez, cédula de identidad 6-197-556 y
como su suplente a la señora Eva Papili Santilli, cédula de identidad 6-125-081.
m) Como representante
propietario del Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), a la Presidenta
Ejecutiva del Instituto Nacional de las Mujeres, señora María Alejandra Mora Mora, cédula de identidad 1-656-530 y como su suplente a la
señora María Esther Serrano Madrigal, cédula de identidad 3-252-143.
n) Como representante propietario
del sector formado por las asociaciones, fundaciones u organizaciones no
gubernamentales, dedicadas a la atención y asistencia de las personas menores
de edad, al señor William Gerardo Castro Chavarría, cédula de identidad
1-615-219 y como su suplente a la señora Lilliana
Ester Alonso Sáenz, cédula de identidad 1-592-497. Para la elección de estos
miembros se valoró la terna remitida por la Unión de Instituciones Privadas de
Atención a la Niñez, UNIPRIN.
o) Como representante propietario
del sector formado por las asociaciones, fundaciones o cualquier otra
organización no gubernamental, dedicadas a la promoción y defensa de los
derechos de esta población, a la señora Xinia Cecilia
Brenes Jenkins, cédula de identidad 1-422-841 y como su suplente al señor
Carlos Francisco Sibaja Jiménez, cédula de identidad
1-931-036. Para la elección de estos miembros se valoró la terna remitida por
la coordinadora de Organizaciones Sociales de Defensa de Derechos de los Niños,
Niñas y Adolescentes, COSECODENI.
p) Como representante propietario
del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial, al señor Erick Hess Araya, cédula de identidad 1-577-209 y como su
suplente a la señora María Eugenia Salas Mora, cédula de identidad 2-563-522.
q) Como representante propietario
de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, al señor Harys Regidor Barboza, cédula de identidad 1-1026-585 y
como su suplente a la señora Nathalie Obando Cordero,
cédula de identidad 1-1265-194.
r) Como representante
propietario de la Asamblea Nacional de la Red Nacional Consultiva de Personas
Jóvenes, al señor Luis Eduardo León Castro, cédula de identidad 1-1652-870 y
como su suplente al señor Esteban Romero Torres, cédula de identidad 7-238-126.
s) Como representante
propietario de las Cámaras Empresariales, al señor Dirk
Stammes Mussapp, cédula de
identidad 1-580-100 y como su suplente al señor William Segura Zamora, cédula
de identidad 1-819-888. Para la elección de estos miembros se valoró la terna
remitida por la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector
Empresarial Privado, UCCAEP.
t) Como representante
propietario de las organizaciones laborales, al señor Jonatán Enrique Monge Loría, cédula de identidad 1-858- 101 y como su suplente al
señor Enrique Javier Arceyut Solórzano, cédula de
identidad 8-067-621. Para la elección de estos miembros se valoró la terna
remitida por la Confederación Unitaria Sindical, Magistral y Comunal, CUSIMA.
u) Como representante propietario
del Consejo Nacional de Rectores, al señor Henning
Jensen Pennington, cédula de identidad 8-041-334 y como
su suplente a la señora Patricia Delvó Gutiérrez,
cédula de identidad 1-534-763.
Artículo
2º—Conforme al artículo 8 del Decreto Ejecutivo Nº 37205-MP, denominado
Reglamento del Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia, los
representantes de instituciones públicas permanecerán en sus cargos durante el
ejercicio de sus funciones.
Artículo 3º—Conforme al
artículo 9 del Decreto Ejecutivo Nº 37205-MP, denominado Reglamento del Consejo
Nacional de la Niñez y la Adolescencia, los representantes de otras
organizaciones permanecerán en sus cargos por un período de tres años, a partir
de su designación.
Artículo 4º—Rige a partir del
25 de agosto del 2014.
Dado en la
Presidencia de la República, a los veinticinco días del mes de agosto del dos
mil catorce.
LUIS GUILLERMO
SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N° 22776.—Solicitud
N° SP-60-P-LYD.—C-136140.—(IN2014056373).
Nº 048-2014-MGP
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento
con lo dispuesto en los artículos 141 de la Constitución Política, 28 inciso 1,
2 Acápite a) de la Ley General de la Administración Pública N° 6227 del 2 de
mayo de 1978.
Considerando:
Que el artículo
28 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, establece que el
Ministro es el órgano jerárquico superior del respectivo Ministerio y le
corresponde de manera exclusiva dirigir
y coordinar todos los servicios del Ministerio.
ACUERDA:
1º—Recargar las
funciones del Área de Servicios Generales a partir del 1 de setiembre del 2014,
al Lic. Adolfo Arguedas Fernández, Director de la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Gobernación y Policía.
2º—Rige a partir del 1 de
setiembre del 2014.
Celso Gamboa
Sánchez, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. N° 20363.—Solicitud N°
0628.—C-14100.—(IN2014056675).
Nº 50-2014-MGP
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en
lo dispuesto en el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración
Pública N° 6227 del 2 de mayo de 1978, y el artículo 07 último párrafo) del
Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos N°
R-DC-10-2012.
Considerando:
1º—Que la
participación en el “IX Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna”, a
realizarse en la ciudad de San Salvador, El Salvador; es de interés para el
Ministerio de Gobernación y Policía, porque en ella se tratarán temas de
relevancia para esta Cartera Ministerial.
2º—Que la actividad se
realizará en la ciudad de San Salvador, El Salvador, los días 12 y 14 de
octubre del 2014. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la señora: María Eugenia Barquero Paniagua, cédula de identidad
Nº 401210720, Auditora del Ministerio de Gobernación y Policía, para que
participe en el “IX Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna”, a
realizarse en la ciudad de San Salvador, El Salvador, los días 12 y 14 de
octubre del 2014.
Artículo 2º—Los gastos de la
funcionaria María Eugenia Barquero Paniagua, por concepto tiquetes aéreos,
gastos de alimentación, hospedaje; por impuestos, tributos o cánones que se
deban pagar en las terminales, así como los gastos menores serán cubiertos en
su totalidad por con recursos de este Ministerio según las subpartidas
1.05.03 Transporte en el Exterior, 1.05.04
Viáticos en el Exterior, actividad Auditoría 044-02 y 1.07.01
Actividades de Capacitación; todo sujeto a liquidación y de conformidad con la
tabla de gastos de viáticos al Exterior
publicada en La Gaceta N° 7 del 10 de enero del año 2012.
Artículo 3º—Durante los días
que se autoriza la participación de la funcionaria en dicha actividad devengará
el 100% de su salario. Los días 16 y 17 de octubre del 2014, serán tomados de
vacaciones por la funcionaria y la misma cubrirá todos los gastos durante esos
dos días.
Artículo 4º—Rige a partir del
11 hasta el 18 de octubre del 2014.
San José, a las
trece horas del dieciocho de agosto del 2014.
Celso Gamboa
Sánchez, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O.C. N° 20363.—Solicitud N°
0623.—C-36570.—(IN2014056683).
N° 124-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad con lo que
establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, La
Ley N° 8562 del 07 de diciembre del 2006, La Ley N° 6227 del 02 de mayo de
1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento
de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
1º—Autorizar al señor José
Joaquín Salazar Rojas, cédula 2-278-560, Viceministro de Agricultura y
Ganadería, para que participe en la “VIII Reunión del Grupo de Trabajo (GT)
2025 de la IALCSH”, del 30 al 31 de julio de 2014 a realizarse en la Ciudad de
México.
2º—Los gastos de viáticos en el exterior que comprende
transporte aéreo y terrestre, alimentación, hospedaje y otros gastos menores
serán cubiertos por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura
y la Alimentación (FAO).
3º—Rige a partir del 29 de julio al 01 de agosto de
2014.
Dado en el Despacho Ministerial
el veintitrés de julio del dos mil catorce.
Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. N° 4169.—Solicitud N°
5151.—C-17670.—(IN2014057044).
Res. N° 000780.—Poder Ejecutivo, a las diez y cincuenta y cinco minutos
del día veintiuno del mes de mayo del dos mil catorce.
Conoce las diligencias de pago
de mejoras y o edificaciones a favor de José Luis Leandro Salazar, cédula de
identidad 3-0250-0463, en la finca de la provincia de Limón 150119-000 a nombre
del Estado en administración del Ministerio de Obras Públicas y Transportes
para la ejecución del proyecto denominado: “Terminal de Contenedores de Moín”
Resultando:
1º—Mediante
oficio 20140613 de fecha 12 de febrero del 2014, del Despacho del Ministro de
Obras Públicas y Transportes, el Ministro de esta cartera en su condición de
Presidente del Consejo Directivo de CONAVI, solicitó a la Junta Directiva del
Instituto Costarricense de Turismo donar dos franjas de terreno ubicadas en la
finca 008283-000, de la provincia de Limón para la construcción de la Ruta
Nacional número 257 que comunicará a la Terminal de Contenedores de Moín con la Ruta Nacional número 32.
2º—La Secretaría de la Junta
Directiva del Instituto Costarricense de Turismo (ICT), mediante oficio SJD-126-2014
del 2 de abril del 2014, comunicó a los interesados el Acuerdo de la Sesión
Ordinaria número 5838, artículo 5, inciso II del 01 de abril del 2014, en el
cual se generó una resolución que dispuso en lo que interesa donar dos franjas
de terreno a favor del MOPT de la finca 7-8283-000 del ICT ligadas a los planos
catastrados 7-1706473-2013 y 7-1616581-2012.
3º—En cumplimiento del Acuerdo
tomado por la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo, la
Notaría del Estado confeccionó las escrituras respectivas y los planos
catastrados generaron dos nuevas fincas en la provincia de Limón, la 150119-000
y 150120-000, ambas propiedad del Estado- Ministerio de Obras Públicas y
Transportes.
4º—Dentro de la propiedad
150119-000 mencionada, se encuentran varias construcciones que según
declaración jurada ante Notario Público que rola a folio 0034 del expediente
administrativo ha construido y poseído de manera continua, pública, pacífica y
notoria desde el año 2001, el señor José Luis Leandro Salazar, cédula de
identidad 3-0250-0463.
5º—Mediante avalúo
IJL-009B-2012 del 23 de noviembre del 2012, la empresa IJL Ingenierías Jorge
Lizano & Asociados S. A. contratada por el Consejo Nacional de Concesiones,
valoró las construcciones poseídas por el señor Leandro Salazar en
¢8.888.358,20 (ocho millones ochocientos ochenta y ocho mil trescientos
cincuenta y ocho colones con 20/100), avalúo que fue aceptado por el interesado
mediante escrito de fecha 15 de marzo del 2013 que rola a folio 42 del
expediente administrativo.
Considerando:
I.—La Notaría del Estado, mediante oficio NNE-139-2010
del 4 de mayo del 2010, le indicó a la Dirección de Asesoría Jurídica del
Ministerio de Obras Públicas y Transportes que la indemnización del pago de
mejoras o edificaciones por expropiación como consecuencia de la aceptación por
parte del interesado, no requiere de formalización mediante escritura pública,
sino de un finiquito o resolución del Poder Ejecutivo que así lo justifique.
Siendo que los dictámenes y
pronunciamientos de la Procuraduría General de la República de conformidad con
el artículo 2 de la Ley 6815 del 27 de setiembre de 1982 y sus reformas son de
acatamiento obligatorio para la Administración Pública, se procede conforme la
instrucción dada por ese Órgano asesor de la administración pública.
II.—Así mismo la Ley 7495 del
08 de junio de 1995 y sus reformas en los artículos 7 y 13 establecen que se
deben escuchar a todos los terceros que justifiquen tener sobre el bien a
expropiar un interés que les pueda causar un perjuicio y que deberán ser
indemnizados. Así mismo, el artículo 22 del mismo cuerpo normativo establece
que dentro del avalúo administrativo se deben identificar:
Inciso b) Estado
y uso actual de las construcciones.
Inciso i) Cualesquiera otros elementos o derechos susceptibles de
valoración de indemnización.
3º—La Dirección
Jurídica del Consejo Nacional de Concesiones mediante oficio DJCNC-OF-043-2014
del 10 de marzo del 2014, contestó la consulta formulada por la Secretaría
Técnica de dicho Consejo donde se solicitó un razonamiento jurídico para el
pago de las mejoras o edificaciones que se encuentran en los terrenos
adquiridos por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes para la
construcción de la Ruta Nacional número 257 la cual fue declarada de interés
público para la comunicación de la Ruta Nacional número 32 con la Terminal de
Contenedores de Moín.
En dicho criterio jurídico, en
la parte de las conclusiones se indicó en lo que interesa lo siguiente:
“4- Existencia de un nexo causal (Acto Administrativo
de Adquisición de Terrenos) y un agravio o daño que se provocará a los
precarios u ocupantes del lugar o inmueble.
5- Considerando el área de terreno objeto de la donación y del número
de ocupantes no propietarios ubicados en el lugar, existe con la actuación
administrativa un “daño especial” (criterio cuantitativo).
6- Siendo consecuentes con los criterios de justicia y paz social y
apelando a la “intensidad excepcional” de la lesión que se producirá en los
habitantes del lugar, existe un criterio indemnizatorio especial (criterio
cualitativo).
7- (…)
8- Existe en los ocupantes de los terrenos objeto de la donación, un
“interés legítimo”, entendido este como; “una categoría de intereses humanos
particulares protegidos por el derecho pero como consecuencia de la protección
de los intereses de la comunidad. Por ello los intereses legítimos tienen mayor
jerarquía que los derechos subjetivos en cuanto a la protección que para el
individuo titular de los mismos, otorga el ordenamiento jurídico.”
9- Los intereses legítimos que ostentan los ocupantes de los terrenos
objeto de la donación para la construcción de una Ruta Nacional, están
garantizados por el derecho objetivo (ordenamiento jurídico positivo
Constitución Política, Código Civil), pero no dan lugar a un derecho subjetivo
(derecho de uso, propiedad, etc), pues no existe
obligación jurídica de dar, hacer o no hacer, exigible a otra persona (Estado).
Sin embargo comporta la facultad del interesado de exigir la reparación de los
perjuicios provocados.
10- Los intereses legítimos
pueden vincularse a la esfera económica, personal o profesional de uno o varios
individuos. Es decir, son intereses particulares que se tutelan a través de la
protección del interés público. En este sentido deben de considerarse los
postulados establecidos en los artículos 9, 11, 18, 33, 41, 45, 49 y 50 de la
Constitución Política.
Así las cosas de
conformidad con los argumentos de hecho y de derecho expuestos lo procedente es
reconocer las mejoras o edificaciones realizadas en los terrenos donados por el
Instituto Costarricense de Turismo al Ministerio de Obras Públicas y
Transportes para la construcción de la Ruta Nacional número 257 que comunicará
a la Terminal de Contenedores de Moín con la Ruta
Nacional número 32 y así dar complimiento a las obligaciones del Estado dentro
del Contrato de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos. Por
tanto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVEN:
1º—Ordenar al
Consejo Nacional de Concesiones el pago de ¢8.888.358,20 (ocho millones
ochocientos ochenta y ocho mil trescientos cincuenta y ocho colones con
20/100), según avalúo IJL-009B-2012 del 23 de noviembre del 2012 por concepto
de las edificaciones poseídas por el señor José Luis Leandro Salazar, cédula de
identidad 3-0250-0463 en la finca de la Provincia de Limón 150119-000 a nombre
del Estado en administración del Ministerio de Obras Públicas y Transportes
para la construcción de la Ruta Nacional número 257 que comunicará a la
Terminal de Contenedores de Moín con la Ruta Nacional
número 32.
2º—Se ordena la confección de
un finiquito que deberá firmar el interesado a favor de la administración, con
lo cual garantice que la indemnización fue cancelada en su totalidad, quedando
conforme y satisfecho con el monto entregado. Así mismo, debe indicar que
renuncia de manera expresa a cualquier reclamo administrativo o judicial al
respecto.
3º—Publíquese.
LUIS GUILLERMO
SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Obras Públicas y
Transportes, Carlos Segnini Villalobos.—1 vez.—O. C.
N° 001-2014.—Solicitud N° 5461.—C-93290.—(IN2014058515).
Res. Nº D.M. 231-2014.—Ministerio de Cultura y Juventud.—Despacho del Ministro a.
í. San José, a las 9:28 horas del día 12 de agosto del dos mil catorce.
Nombramiento del señor Gabriel Goñi Dondi, cédula de identidad Nº 1-717-354, como miembro del
Consejo Directivo del Teatro Nacional.
Resultando:
1º—Que por Ley Nº 8290 del 23 de
julio del 2002, publicada en La Gaceta Nº 159 del 21 de agosto del 2002,
se establece que el Teatro Nacional es un órgano del Ministerio de Cultura y
Juventud, que tendrá un Consejo integrado por el Ministro o Viceministro del
ramo o su representante, y por cuatro miembros de libre nombramiento del
Ministro.
2º—Que el Decreto Ejecutivo Nº 31235 del 19 de marzo
del 2003, reglamentó la Ley del Teatro Nacional, estableciéndose en el artículo
9 que los miembros escogidos por el Jerarca Ministerial, para integrar el
Consejo Directivo del Teatro, desempeñarán sus cargos ad-honorem y serán
nombrados por períodos de cuatro años, con posibilidad de reelección. En caso
que se cubran vacantes por muerte, renuncia o incapacidad, los nombramientos se
harán por el resto del período del miembro saliente.
Considerando:
1º—Que la señora María Bonilla
Picado, cédula de identidad Nº 1-0482-0590, nombrada por Resolución
Administrativa Nº D.M. 189-2014 del 23 de junio del 2014, miembro del Consejo
Directivo del Teatro Nacional, presentó la renuncia a dicho cargo. Por tanto,
EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD, RESUELVE:
Artículo 1º—Nombrar al señor
Gabriel Goñi Dondi, cédula
de identidad Nº 1-717-354, miembro del Consejo Directivo del Teatro Nacional.
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de agosto del 2014 y
hasta el 28 de mayo del 2018.
José Alfredo Chavarría Fennell, Ministro de Cultura y Juventud a. í.—1 vez.—O. C. N° 6493.—Solicitud N°
29728.—C-19330.—(IN2014056469).
DMR-00034-14.—San José, a las catorce horas del día seis de junio de dos
mil catorce.
Se emiten las Normas para la
utilización del vehículo de uso semidiscrecional del
Ministerio de Comercio Exterior.
Considerando:
I.—Que la Ley de
Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, Ley N° 9078, del 4 de
octubre de 2012, en sus numerales 237 y 238, crea e incluye dentro de la
clasificación de vehículos oficiales, la categoría de los vehículos de uso semidiscrecional.
II.—Que
el Ministerio de Comercio Exterior cuenta dentro de su flotilla vehicular
institucional con un vehículo de uso semidiscrecional
según lo establecido en la Ley precitada.
III.—Que
con el fin de acatar lo dispuesto en la Ley de Tránsito por Vías Públicas
Terrestres y Seguridad Vial, se deben emitir disposiciones que regulen la
utilización del vehículo de uso semidiscrecional del
Ministerio de Comercio Exterior. Por tanto,
Se emiten las
siguientes:
NORMAS PARA LA UTILIZACIÓN DEL VEHÍCULO
DE USO SEMIDISCRECIONAL DEL MINISTERIO
DE COMERCIO EXTERIOR
Artículo 1º—Objeto.
Las presentes normas tienen por objeto
regular la utilización que se haga del vehículo de uso semidiscrecional
con el que cuenta el Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 2º—Definición y
características. El vehículo de uso semidiscrecional
estará destinado de forma exclusiva al servicio de la o el Viceministro del Ministerio Comercio
Exterior, con la finalidad de facilitar y mejorar el desempeño de sus
funciones. Este vehículo podrá portar placas particulares y no tendrá marcas
visibles que lo distingan como vehículo oficial.
Artículo 3º—Conducción.
El vehículo de uso semidiscrecional sólo podrá ser
conducido por la o el Viceministro de Comercio Exterior, el o la chofer
institucional designado regularmente para su servicio o quien lo sustituya.
Artículo 4º—Horario de uso.
El vehículo de uso semidiscrecional podrá ser
utilizado en días hábiles, de lunes a viernes, en el momento que la o el
Viceministro del Ministerio de Comercio Exterior requiera su servicio para el
desempeño de sus funciones. Su uso en días no hábiles, sábados y domingos,
feriados y de asueto, queda autorizado para atender las necesidades
institucionales que así lo requieran, y en razón de la disponibilidad que por
la naturaleza y funciones inherentes al cargo, debe garantizar la o el
funcionario a cargo.
Artículo 5º—Resguardo del
vehículo. Cuando el vehículo no esté en uso por parte de la o el Viceministro del Ministerio Comercio Exterior
o se encuentra fuera del horario de uso establecido, se mantendrá bajo la
custodia de Servicios Generales del Ministerio de Comercio Exterior. No
obstante, el vehículo podrá resguardarse en un lugar distinto al establecido
por Servicios Generales, cuando se presenten circunstancias que así lo
justifiquen, tales como la disminución de los gastos de combustible, el pago de
horas extra a choferes, el pago de transporte por desplazamientos fuera de
horarios regulares a choferes, el kilometraje recorrido y el consecuente
desgaste del vehículo, así como para facilitar los desplazamientos y reducir el
tiempo que ellos implican. En todo caso, se deberán mantener siempre las normas
de seguridad necesarias para evitar cualquier daño o pérdida del vehículo.
Artículo 6º—Recorrido.
El vehículo de uso semidiscrecional podrá ser
utilizado por la o el Viceministro del Ministerio Comercio Exterior para
trasladarse a los lugares que requiera en razón de su cargo y con motivo de sus
funciones, lo que incluye el traslado desde y hacia su residencia.
Artículo 7º—Combustible.
La Institución proveerá el combustible que sea necesario para la utilización
del vehículo de uso semidiscrecional en los términos
descritos en el artículo anterior, a través de los medios dispuestos para ese
efecto por Servicios Generales del Ministerio de Comercio Exterior. Para la
compra de combustible, medios de pago, liquidación de gastos y control, regirán
las normas para el control de abastecimiento de combustible vigentes en el
Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 8º—Pasajeros.
Cuando las necesidades institucionales así lo requieran o en casos
excepcionales dicho vehículo podrá trasportar personas ajenas a la Institución,
para lo cual deberá contarse con el consentimiento de la o el Viceministro del Ministerio
Comercio Exterior, al menos de forma verbal, sin perjuicio de que éste conste
por escrito cuando así se estime procedente por dicho funcionario.
Artículo 9º—Remisión. Lo
concerniente a los deberes y obligaciones de los usuarios y conductores del
vehículo de uso semidiscrecional, prohibiciones,
sanciones administrativas, y del procedimiento a seguir en casos de accidente e
infracciones de tránsito, se regirá por lo dispuesto por la normativa vigente
en la institución.
Artículo 10.—Vigencia.
Rige a partir de su notificación.
Alexander Mora
Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C.
N° 20833.—Solicitud N° 4812.—C-83350.—(IN2014056624).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
LA CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 33, asiento N° 252,
emitido por el Liceo de Aserrí, en el año mil
novecientos noventa y cuatro, a nombre de Montoya Villalobos Nelson, cédula N°
1-0956-0806. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los
veinticinco días del mes de agosto del dos mil catorce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056082).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 10, asiento 18,
título N° 75, emitido por el Instituto Educativo San Jorge, en el año dos mil
trece, a nombre de Hernández Quesada Jafeth Antonio,
cédula N° 6-0433-0596. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, al primer día del mes de
setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056204).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 30, título N° 165, emitido por
el Liceo San Miguel, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de
Ulloa Mora Jimmy, cédula N° 1-0965-0981. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, al primer día del mes de setiembre del dos mil
catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056216).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 37, título N° 991, emitido por el Colegio
Santa Ana, en el año dos mil doce, a nombre de Corea Guido Scarlett
Ivonne, cédula N° 5-0404-0563. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los dos días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056243).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 300, título N° 2487,
emitido en el año dos mil siete, y del título de Técnico Medio en la
Especialidad Informática en Programación, inscrito en el tomo 1, folio 19,
título N° 244, emitido en el año dos mil tres, ambos títulos fueron emitidos
por el Colegio Técnico Profesional Ingeniero Mario Quirós Sasso,
a nombre de Rivera Segura Jorge Enrique, cédula 1-1216-0406. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los dos días del mes de setiembre del dos mil
catorce.— Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056371).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 150, título N° 953,
emitido por el Liceo de Chacarita, en el año dos mil ocho, a nombre de Cortés
Meléndez Allan Gonzalo, cédula 6-0380-0294. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los trece días del mes de agosto del dos mil catorce.—Departamento
de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056443).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 102, título N° 538,
emitido por Colegio Nocturno de Pococí, en el año dos
mil, a nombre de Quesada Vargas Geiner Adrián, cédula
7-0152-0525. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los once días del
mes de noviembre del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056459).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Técnico Medio en la
Especialidad de Contabilidad, inscrito en el tomo 1, folio 70, título N° 1028,
emitido por el Colegio Técnico Profesional de Flores, en el año dos mil once, a
nombre de Rodríguez Flores Adrián, cédula
2-0688-0573. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
dieciocho días del mes de agosto del dos mil catorce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056479).
Ante este
departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 149, título N° 1286,
emitido por el Colegio Salesiano Don Bosco, en el año dos mil siete, a nombre
de Alvarado Vindas Eduardo, identificación
1-1362-0006. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintiocho de julio del dos
mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056517).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
la Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras,
inscrito en el tomo 1, folio 105, título N° 2447, emitido por el Liceo de
Heredia, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Gómez Vega Anayancy del Carmen, cédula 4-0142-0679. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los dos días del mes de
setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—M.Ed. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056608).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Ciencias y
Letras, inscrito en el tomo 1, folio 25, asiento N° 11, emitido por el Colegio
Bilingüe San Judas Tadeo, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Zúñiga
Pérez Juan Luis, cédula 1-0585-0580. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los tres días del mes de setiembre del dos mil
catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056638).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 64, título N° 325,
emitido por el Colegio Nocturno de Pococí, en el año
mil novecientos noventa y siete, a nombre de Araya Lobo Maricela, cédula
7-0110-0303. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San
José, a los tres días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056846).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media,
inscrito en el tomo 1, folio 22, título N° 212, emitido por el Colegio Dr.
Ricardo Moreno Cañas, en el año dos mil diez, a nombre de Jiménez Pacheco Fiorella
María, cédula 2-0689-0210. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
veinticinco días del mes de agosto del dos mil catorce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056914).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 69, título N° 352,
emitido por el Liceo Experimental Bilingüe de Santa Cruz, en el año dos mil
ocho, a nombre de Mason Ortiz Marva Patricia, cédula:
5-0380-0608. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San
José, a los siete días del mes de abril del dos mil catorce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056915).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 3, título N° 62, emitido por
el Instituto de Alajuela, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de
Ugalde Cerdas Laura, cédula 2-0474-0017. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a
los tres días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014056970).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 25, título N° 293, emitido por el Colegio Cindea 28 Millas, en el año dos mil trece, a nombre de
Córdoba Guillén Mónica Gerian, cédula 7-0215-0682. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro días del mes de setiembre del
dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014057007).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 44, título N° 305, emitido por el Liceo
Fernando Volio Jiménez, en el año dos mil cuatro, a
nombre de Solís Calderón Angélica, cédula 1-1328-0342. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro días del mes de setiembre del dos
mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014057016).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 103, asiento 13,
título Nº 718, emitido por el Colegio Nocturno de Osa, en el año dos mil trece,
a nombre de Murillo Barboza Austin Lenin, cédula 1-1598-0768. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los ocho días del mes de
agosto del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—Med. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014057050).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 4, título Nº 24,
emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez, en el año mil novecientos
ochenta y ocho, a nombre de Guevara Morales Sandra Vanessa, cédula 5-0271-0972.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, al primer día del
mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—Med. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014057087).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 68, título Nº 438,
emitido por el Liceo de Aserrí, en el año mil
novecientos noventa y siete, a nombre de Calderón Fernández Ricardo, cédula
1-0987-0245. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los
cuatro días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014057235).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad
de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo II, folio 48, título Nº 81-176,
emitido por el Liceo Unesco, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre
de Quirós Zúñiga Julia, cédula 1-0663-0827. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cuatro días del mes de setiembre del dos
mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014057250).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 39, título Nº 622,
emitido por el Liceo Ing. Samuel Sáenz Flores, en el año mil novecientos
noventa y tres, a nombre de Víquez Miranda Víctor Hugo, cédula 4-0160-0717. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, a los veintidós días del
mes de julio del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—Med. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014057254).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 60, título N° 426,
emitido por el Colegio Nocturno Pbro. Enrique Menzel,
en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Rodríguez Corrales Ronny, cédula 3-0351-0824. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, cuatro de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014057448).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 38, título N° 204,
emitido por el Liceo de San Miguel, en el año mil novecientos noventa y seis, a
nombre de Rodríguez Segura Johanna, cédula 1-1003-0237. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, veintiocho de abril del dos mil catorce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014057554).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media , inscrito en el tomo 3, folio 91, título N° 1047, emitido por el Colegio
Las Américas, en el año dos mil doce, a nombre de Guzmán Rojas Juan Ignacio. Se
solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyos
nombres y apellidos correctos son: Sosa Guzmán Juan Ignacio, cédula 1-1577-0707.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, ocho de setiembre del dos mil
catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014057668).
INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE
Y LA RECREACIÓN
DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA
DE LA ASOCIACIÓN BELEMITA DE NATACIÓN
Se les comunica a todos los
interesados que el Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, acordó en su
sesión ordinaria N° 908-2014, Acuerdo Nº 12, del 29 de mayo del 2014, autorizar
la Declaratoria de Utilidad Pública a favor de la Asociación Olimpiadas
Especiales con cédula jurídica Nº Tres-cero cero dos-cero nueve ocho dos nueve
tres.—San José, 29 de agosto del 2014.—Lic. Heiner Ugalde Fallas, Secretario Consejo Nacional del
Deporte y la Recreación.—1 vez.—(IN2014056485).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LABORALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad
con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo Seguridad Social
se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su
estatuto la organización social denominada: Cooperativa de Transportes de Carga
Pesada de la Zona Sur R.L., siglas COOPETRANSUR R.L., acordada en asamblea
celebrada el 9 de noviembre del 2013. 644-CO. En cumplimiento con lo dispuesto
en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley
Orgánica del Ministerio de Trabajo se procede a la inscripción correspondiente
se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial
La Gaceta. La reforma afecta el artículo 22 del Estatuto.—San José, 22 de agosto del 2014.—Lic. José Joaquín Orozco
Sánchez, Jefe.—(IN2014056893).
De conformidad
con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad
Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó
introducir a su estatuto la organización social denominada: Sindicato de
Policías del Gran Área Metropolitana de San José y Servidores Privados en
Funciones Securitarias, Siglas SILOPOL, acordada en
asamblea celebrada el 21 de junio del 2014. Expediente 915-SI. En cumplimiento
con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley
Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de
la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La
reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este
Registro mediante tomo 16, folio 189, asiento 4816 del 2 de setiembre del 2014.
La reforma afecta la totalidad de los artículos del estatuto: con la reforma al
artículo 1 varía el nombre de la organización y en lo sucesivo se denominará:
Sindicato Local de Policías de San José, siglas SILOPOL.—San
José, 3 de setiembre del 2014.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2014056999).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad
con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad
Social, este Registro ha procedido a la inscripción (por transformación) de la
organización sindical denominada: Sindicato Agrario Puntarenense, con siglas S.
A.P.U, al que se le asigna el Código 964-SI, acordada en asamblea celebrada el
22 de febrero de 2014. Habiéndose cumplido con lo disposiciones contenidas en
el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La
organización ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva
este Registro, visible al Tomo: 3, Folio: 247, Asiento: 4805 del 23 de julio de
2014. La Junta Directiva nombrada en la asamblea constitutiva celebrada el 22
de febrero de 2014, con una vigencia que va desde el 22 de febrero de 2014 al
29 de febrero de 2016; quedó conformada de la siguiente manera:
Secretario(a) general María
Teresa Jiménez Aguilar
Subsecretario(a) General y de
Producción Hayde
Mora Mora
Secretario(a) de Actas y
correspondencia Karol Montiel Montiel
Secretario(a) de Finanzas María
Jeannette Jiménez Mora
Secretario(a) de Organización
y de la Mujer Trabajadora Eduardo
Ledezma Gatgens
Secretario(a) suplente Manuel
Francisco Gómez Córdoba
Secretario(a) suplente Efraín
Paniagua Zamora
San José, 24 de
julio de 2014.—Registro de Organizaciones
Sociales.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—Exonerado.—(IN2014056462).
De conformidad con la autorización extendida por el
señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción
de la organización social denominada: Consorcio Cooperativo para la Oferta de
Productos Agropecuarios de Origen de la Región Brunca
R. L., siglas: COOBRUNCA R. L., constituida en asamblea celebrada el 28 de mayo
de 2014. Número de expediente código 1492-CO. En cumplimiento con lo dispuesto
en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley
Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción y se envía un extracto
para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Presidente |
Fredy Antonio Morera Mena |
Vicepresidente |
Francisco Bustamente Valderramos |
Secretario |
Javier
Vásquez Monge |
Vocal 1 |
José Joaquín
Camacho Umaña |
Vocal 2 |
Daniel Chávez
Arias |
Suplente 1 |
Denia García
Mena |
Suplente 2 |
Nelson
Benavides Garbanzo |
Gerente |
José Róger Barrantes Araya |
San José, 2 de
setiembre del 2014.—Registro de Organizaciones
Sociales.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa a. í.—(IN2014056650).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Propiedad industrial
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Arnoldo Bonilla Quesada, cédula de identidad
107580660, en calidad de apoderado especial de Café El Rey Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101006927 con domicilio en Curridabat
detrás de los Condominios Hacienda Vieja, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de:
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como marca de fábrica y comercio en clase: 1
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Edulcorante. Reservas:
de los colores rojo, blanco y amarillo. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 26 de agosto del 2013, según expediente Nº 2013-0007329. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 29 de agosto del 2013.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—(IN2014008056).
Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad
107580660, en calidad de apoderado especial de Café El Rey Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3101006927 con domicilio en Curridabat
detrás de los Condominios Hacienda Vieja, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de REY CREMA PARA CAFÉ, como marca de fábrica y comercio en
clase: 29 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: crema para
café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de agosto del 2013,
según expediente Nº 2013-0007326. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de agosto del
2013.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2014008061).
Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad
1-0758-0660, en calidad de apoderado especial de Café El Rey Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-006927, con domicilio en Curridabat
detrás de los Condominios Hacienda Vieja, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de:
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como marca de fábrica y comercio en
clase: 30 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: café.
Reservas: de los colores anaranjado, blanco y verde. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 26 de agosto del 2013, según expediente Nº
2013-0006359. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de agosto del
2013.—María Leonor Hernández B., Registradora.—(IN2014008067).
Patentes
de invención
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor,
abogada, cédula 1-812-604, vecina de San José, en su condición de apoderada
especial de Bayer Intellectual Property
GMBH, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada DIHIDROPIRAZOLONAS
SUSTITUIDAS. La presente solicitud se refiere a derivados de dihidropirazolonas
de fórmula (I), a procedimientos para su preparación, a su uso para el
tratamiento y/o la profilaxis de enfermedades. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07D 401/14; cuyos inventores son Thede, Kai, Flamme,
Ingo, Oehme, Felix, Erguden, Jens-Kerim, Stoll, Friederike, Schuhmacher, Joachim, Wild, Hanno, Kolkhof, Peter, Beck, Hartmut, Keldenich, Jorg, Akbaba, Metin, Jeske, Mario. Prioridad: 26/10/2066 de 10 2006 050 516;
12/06/2008 US WO/2008/067871. La solicitud correspondiente lleva el número
20140392 y fue presentada a las 09:08:00 del 21 de agosto del 2014. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José,
22 de agosto del 2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014056105).
La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula
1-812-604, mayor de edad, vecina de San José, apoderada especial de Conair Corporation, de E.U.A.,
solicita el Modelo de Utilidad denominada APARATO PARA PELUQUERÍA. Un aparato para peinar el cabello, que incluye, una
primera y segunda asa adaptadas para moverse entre la posición abierta para
captar el cabello y la posición cerrada adyacente al cabello. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: A45D 1/04; A45D 2/04;
cuyo inventor es Anthony, Kit Lun Leung. Prioridad:
24/12/2013 US 14/140,118. La solicitud correspondiente lleva el número
20140198, y fue presentada a las 09:13:02 del 30 de abril del 2014. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario
oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de agosto del 2014.—Lic. Fabián Andrade
Morales, Registrador.—(IN2014056109).
La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula
1-812-604, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial
de Conair Corporation, de
E.U.A., solicita el Diseño Industrial denominada
Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
APARATO PLANCHA DE PELO. El diseño ornamental para un aparato de plancha de
cabello como se muestra y describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños
Industriales es: 28/03; cuyo inventor es Kam Fai Fung. Prioridad: 28/10/2013
US 29/471,065. La solicitud correspondiente lleva el número 20140221, y fue
presentada a las 08:48:11 del 13 de mayo del 2014. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 18 de agosto del 2014.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2014056110).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
El señor Francisco Guzmán Ortiz,
abogado, mayor, vecino de San José, cédula 1-434-595, en su condición de
apoderado especial de Ferrari S.P.A., de Italia, solicita el Diseño Industrial
denominada
Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
VOLANTE Y
VOLANTE DE JUGUETE PARA JUEGO ELECTRÓNICO. El presente diseño se refiere a un
volante y volante para juego electrónico caracterizado por tener, un cuerpo
frontal en forma de caja, operado por el conductor y una columna de dirección
proyectada desde la parte posterior del cuerpo en forma de caja. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 12/16; 21/01; cuyo inventor es James Shakespare
Allison. Prioridad: 22/01/2014 EM 001400428-0003; 22/01/2014 EM 111400436-0003.
La solicitud correspondiente lleva el número 20140323, y fue presentada a las
09:34:08 del 04 de julio del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 14
de agosto del 2014..—Lic. Kelly Selva Vasconcelos, Registradora.—(IIN2014056408).
El señor Francisco Guzmán Ortiz, mayor, abogado, cédula 1-434-595, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de Ferrari S.P.A, de Italia,
solicita el Diseño Industrial denominada
Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
VEHÍCULO/CARRO DE JUGUETE. El diseño
ornamental para un vehículo/carro de juguete como se muestra y se describe. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 12/08; 21/01; cuyo
inventor es James Shakespeare, Allison. Prioridad: 22/01/2014 EM 001400428;
22/01/2014 EM 001400436. La solicitud correspondiente lleva el número 20140328,
y fue presentada a las 08:45:20 del 08 de julio del 2014. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 14 de agosto del 2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014056409).
CONVOCATORIA
En el marco del
Programa de Regularización del Catastro y Registro del Gobierno de Costa Rica y
la Ley de Catastro Nacional y su Reglamento.
Se convoca a los
propietarios y poseedores, para que se apersonen a la Exposición Pública de
Resultados del Levantamiento, que se realizará en:
Provincia |
Cantón |
Distrito |
Fecha |
Dirección |
San José |
Puriscal |
Chires Mercedes Sur |
Del 3 al 12 de octubre del 2014 |
La Gloria, salón comunal contiguo a la cruz roja. Salón comunal contiguo a la escuela de Santa Marta |
|
Horario de atención:
De lunes a domingo de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
(Jornada continua)
Esto con el fin de
que se examinen los registros y mapas catastrales, suscriba el acta de
conformidad o manifiesten su inconformidad. De no presentarse el Catastro
Nacional dará los datos por correctos, según lo indica el Artículo 19 de la Ley
de Catastro. Para más información comuníquese al 2202-0999 o a la página
www.rnpdigital.com.
Responsable.—Lic. Alejandro Madrigal Quesada, Asesor Jurídico del
Registro Inmobiliario.—1 vez.—O. C. 14-0019.—Solicitud
18804.—C-17060.—(IN2014058938).
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de
Asociaciones, por este medio informa a los representantes de las asociaciones
abajo descrita que en nuestro poder se encuentran libros legalizados de su
representada los cuales de acuerdo al Artículo 23 del Reglamento a la Ley de
Asociaciones
procederemos a incinerar:
N° cédula |
Nombre |
Fecha de legalización |
3-002-491288 |
Asociación de Profesionales en Propiedad
Intelectual de Costa Rica (APPI CR). |
22/05/2008 |
3-002-328141 |
Asociación Administradora del Acueducto y
Alcantarillado Sanitario de Cerritos, distrito Quepos,
cantón Aguirre, provincia de Puntarenas. |
2008 |
3-002-655091 |
Asociación para la Evangelización Católica del
Hermano Costarricense. |
20/04/2012 |
3-002-56074 |
Asociación de Futbol Aficionado ANAFA. |
30/06/2012 |
3-002-530821 |
Asociación de Productores la Esperanza Norteña. |
09/12/2009 |
3-002-635763 |
Asociación de Apoyo con Calidad para Migrantes
Nicaragüenses. |
09/12/2011 |
3-002-581270 |
Asociación de Recuperadores de Desechos Sólidos de
Tirrases, Curridabat. |
17/11/2009 |
3-002-413840 |
Asociación Ministerio Carita Feliz. |
13/07/2009 |
Se emplaza por
quince días hábiles a partir de la publicación a los interesados para que
formulen reparos a la gestión.—25 de agosto del
2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—O. C. N° oc14-0019.—Solicitud N° 18931.—C-23890.—(IN2014059520).
REGISTRO DE
PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
AVISOS
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción el
estatuto de la entidad Asociación Folcklórica
Cultural La Lalajuela (Grupo Folklórico La Lajuela), con domicilio en la provincia de: Alajuela, cuyos
fines principales, entre otros son los siguientes: promover y fomentar el
desarrollo de la danza y la cultura costarricense. Cuyo representante, será el
presidente: Fernando Campos Sánchez, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y sus reformas. Se
emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo
2014 asiento: 197492.—Registro Nacional, a las 10
horas 50 minutos y 26 segundos, del 26 de agosto del 2014.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014056553).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción el
estatuto de la entidad Asociación Deportiva, Recreación y Cultura Mata de
Plátano, con domicilio en la provincia de: San José, Goicoechea, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: entre otros: representar y
resguardar los intereses de los asociados, cualquier medio licito a su alcance,
ante los organismos reguladores, respectivos o cualquier entidad o institución.
Cuyo representante, será el presidente: José Ángel Esquivel Cruz, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y sus
reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo 2014 asiento: 226494.—Registro
Nacional, a las 10 horas 15 minutos y 30 segundos, del 2 de setiembre del
2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2014056562).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Logia Le Sentier Cache Número Diecinueve. (Asociación Logia el
Sendero Oculto Número Diecinueve), con domicilio en la provincia de San José,
cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promulgar entre sus
miembros, la fraternidad, la caridad y la verdad como principios fundamentales
de la asociación. Cuyo representante será el presidente Roger Guarda, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas.
Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2014,
asiento: 1185118), al ser los veintisiete días del mes de agosto del dos mil catorce.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014059522).
REGISTRO
NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR
Y
DERECHOS CONEXOS
Grupo Ángelus de Costa Rica S. A.
cédula jurídica 3-101-556571 en su condición de productor de la obra en
colaboración, artística y publicada que se titula CANCIÓN DE
MARÍA SÚPLICA PARA TIEMPOS DIFÍCILES, solicita la inscripción de la
titularidad de los derechos patrimoniales. La obra es un fonograma que contiene
dos canciones cristianas (letra y música) y se presenta en un disco compacto.
Los derechos morales son de los coautores de la música y letra Juan Alberto
Díaz Paniagua cédula de identidad 1-1172-996, Yunuen
Rodríguez Laureani cédula 1-1163-196, Adriana Solera
Madrigal cédula 1-1128-085, Mariela Arredondo Monturiol
cédula 1-1398-337, Ricardo José Vargas del Valle cédula 1-1235-311, Vanessa
Aquino Robles cédula 1-1102-528, María del Rocío del Valle Sibaja
cédula 1-1096-893, Rebeca Mabel Malavassi Campos
cédula 1-1249-744, Francisco José Longhi Gutiérrez
cédula 1-1172-996, Diego Hernández Serrano cédula 1-1289-829, Grettel Ugalde Chacón cédula 1-954-470 y Vivian Fernández
Villalobos cédula 1-1095-027. Los derechos conexos morales en las
interpretaciones son de los intérpretes antes indicados excepto Vivian
Fernández Villalobos. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La
Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la
inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta
publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos
Conexos Nº 6683. Expediente 7876.—Curridabat,
21 de julio de 2014.—Lic. Andrés Hernández Osti,
Registrador.—1 vez.—(IN2014056591).
Grupo Ángelus de Costa Rica S. A.
cédula jurídica 3-101-556571 en su condición de productor de la obra
individual, artística y publicada que se titula GLORIA 2005, solicita la inscripción de la
titularidad de los derechos patrimoniales. La obra es un fonograma que contiene
una canción cristiana (letra y música) y se presenta en un disco compacto. Los
derechos morales son del autor de la música y letra Juan Alberto Díaz Paniagua,
mayor, soltero, editor de videos, cédula de identidad 1-1172-996 y vecino de
San José, Moravia Los Colegios. Los derechos conexos morales en las
interpretaciones son de los intérpretes Yunuen
Rodríguez Laureani cédula 1-1163-196, Juan Alberto
Díaz Paniagua, Mariela Arredondo Monturiol cédula
1-1398-337, Alexánder Orozco Saborío cédula
2-457-841, Ricardo José Vargas del Valle cédula 1-1235-311, Vanessa Aquino
Robles cédula 1-1102-528, María del Rocío del Valle Sibaja
cédula 1-1096-893, Rebeca Mabel Malavassi Campos
cédula 1-1249-744, Francisco José Longhi Gutiérrez
cédula 1-1172-996, Diego Hernández Serrano cédula 1-1289-829, Grettel Ugalde Chacón cédula 1-954-470 y Carlos Federico Delgado
Helleseter cédula 1-909-931. Publíquese por una sola
vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean
tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30
días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley
de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 7878.—Curridabat, 16 de julio de
2014.—Lic. Andrés Hernández Osti, Registrador.—1 vez.—(IN2014056594).
Grupo Ángelus de
Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-556571, en su condición de
productor de la obra individual, artística y publicada que se titula CONFIO EN TI, solicita la inscripción de la titularidad de los
derechos patrimoniales. La obra es un fonograma que contiene una canción
cristiana (letra y música) y se presenta en un disco compacto. Los derechos
morales son de los autores de la música y letra Juan Alberto Díaz Paniagua
cédula de identidad 1-1172-996 y Yunuen Rodríguez Laureani. cédula de identidad
1-1163-196. Los derechos conexos en interpretaciones son de los intérpretes
Juan Alberto Díaz Paniagua cédula 1-1172-996, Yunuen
Rodríguez Laureani cédula 1-1163-196, Mariela
Arredondo Monturiol cédula 1-1398-337, Alexánder Orozco Saborío cédula 2-457-841, Ricardo José
Vargas del Valle cédula 1-1235-311, Vanessa Aquino Robles cédula 1-1102-528,
María del Rocío del Valle Sibaja cédula 1-1096-893,
Rebeca Mabel Malavassi Campos cédula 1-1249-744,
Francisco José Longni Gutiérrez cédula 1-1172-996,
Diego Hernández Serrano cédula 1-1289-829, Grettel
Ugalde Chacón cédula 1-954-470. Publíquese por una sola vez en el Diario
Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan
oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a
esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y
Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 7877.—Curridabat, 21 de julio de 2014.—Lic. Adriana Bolaños
Guido, Registradora.—1 vez.—(IN2014056606).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
La Dirección Nacional de Notariado
hace saber: que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y
habilitación para el ejercicio de la función notarial de la licenciada Yhendri Solano Chaves, cédula de identidad número
1-1060-0047, carné profesional número 21936. De conformidad con lo dispuesto
por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o
situaciones que afecten la conducta de la gestionante,
a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días
siguientes a esta publicación. (Exp. 14-001077-0624-NO).—San José, 29 de agosto del 2014.—Lic. Ricardo Edo. Arias
Villalobos, Abogado Unidad Legal Notarial.—1
vez.—(IN2014056471).
El Ministerio de
Comercio Exterior, comunica:
Convocatoria
para participar en la asignación
de contingente de exportación de queso a Estados Unidos
Compromisos
OMC
Año
2015
1º—El
volumen disponible para el contingente es de 1.550 toneladas métricas y puede
utilizarse para exportar los tipos de quesos clasificados en las siguientes
fracciones arancelarias del Sistema Armonizado de los Estados Unidos:
0406.10.04, 0406.10.84, 0406.20.89, 0406.30.89 y 0406.90.95.
2º—La
asignación se realizará de conformidad con Reglamento sobre la Asignación de
Contingentes de Exportación de Queso a Estados Unidos que está disponible en la
página del Ministerio de Comercio Exterior (http://www.comex.go.cr/tramites_servicios/contingentes.aspx).
La recepción de solicitudes se abre por cinco días hábiles, contados a partir
del día hábil siguiente a la presente publicación.
3º—Las
solicitudes deberán formularse por escrito, especificar el volumen de
exportación solicitado, el nombre del “importador preferente” (debidamente
acreditado en Estados Unidos) que el solicitante hubiese previamente
seleccionado, así como la industria procesadora de queso en Costa Rica que
supliría el producto.
4º—Para
aplicar el contingente, el producto debe ingresar a Estados Unidos entre el 1º
de enero y el 31 de diciembre de 2015.
5º—Para
mayor información sobre el tema comunicarse con Leonor Obando al teléfono
2505-4156 o al correo electrónico leonor.obando@comex.go.cr
Dirección General de Comercio Exterior.—Francisco Monge, Director General a. í.—1 vez.—O. C. N°
22072.—Solicitud N° 4818.—C-25030.—(IN2014058480).
DIRECCIÓN
DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Exp. N° 16321A.—Brian
Alan Trentham Chismar,
solicita concesión de: 0,01 litros por segundo de la quebrada 1, efectuando la
captación en finca de él mismo, en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso
consumo humano-doméstico. Coordenadas: 134.991 / 556.834, hoja Dominical. 0,04
litros por segundo de la quebrada 2, efectuando la captación en finca de él
mismo, en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico.
Coordenadas: 134.660 / 556.611, hoja Dominical. Predios inferiores: no se
indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de julio del
2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014056141).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. 1109A.—Wagmoro S. A., solicita concesión de: 107,46 litros por segundo del río Lagarto, efectuando
la captación en finca de su propiedad en Chomes,
Puntarenas, Puntarenas, para uso agropecuario riego caña dulce. Coordenadas
229.898 / 434.900 hoja Chapernal. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 18 de julio de
2014.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de
Información.—(IN2014056788).
Exp. 10584A.—Runilda Arias Valverde, solicita concesión de: 0,79 litros
por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Desamparaditos, Puriscal, San José, para
uso granja-acuicultura-lechería y riego. Coordenadas 206.850 / 498.650. Predios
inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 17 de julio de 2014.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de
Información.—(IN2014056796).
Exp. 10767A.—Beneficiadora
Monterrosa S. A., solicita concesión de: 0,49 litros por segundo del nacimiento
sin nombre 5, efectuando la captación en finca de Cerro Púas MM S. A., en
Naranjo, Naranjo, Alajuela, para uso consumo humano doméstico-piscina-beneficio
de café-turismo-oficinas y riego. Coordenadas 234.400 / 493.900 hoja Naranjo.
0,12 litros por segundo del nacimiento sin nombre 3, efectuando la captación en
finca de Cerro Púas MM S. A., en Naranjo, Naranjo, Alajuela, para uso consumo
humano doméstico-piscina-beneficio de café-turismo-oficinas y riego.
Coordenadas 234.300 / 493.900 hoja Naranjo. 0,32 litros por segundo del
nacimiento sin nombre 4, efectuando la captación en finca de cerro Púas MM S.
A., en Naranjo, Naranjo, Alajuela, para uso consumo humano
doméstico-piscina-beneficio de café-turismo-oficinas y riego. Coordenadas
234.350/493.900 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de julio de 2014.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador Departamento de Información.—(IN2014056810).
Exp. 3517A.—Elmer Arauz Granados,
solicita concesión de: 0,10 litros por segundo del nacimiento sin nombre,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Potrero Grande, Buenos
Aires, Puntarenas, para uso agropecuario abrevadero, consumo humano doméstico,
Coordenadas 103.504/626.958 hoja Coto Brus. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de
la primera publicación.—San José, 18 de octubre de
2013.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de
Información.—(IN2014056811).
Exp. 16342P.—Comercial
Mil Cinco, solicita concesión de: 1,5 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo RG-744 en finca de el mismo en
Guácima (Alajuela), Alajuela, para uso consumo humano-doméstico para
autoconsumo en condominio. Coordenadas 214.690/507.550 hoja río Grande. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de
la primera publicación.—San José, 18 de agosto de
2014.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de
Información.—(IN2014056814).
Exp. Nº 13890P.—Inversora
Risco del Pájaro S. A., solicita concesión de: 1,5 litros por segundo de acuífero
(Pozo BC-924), efectuando la captación en finca de el mismo en, San Mateo,
Alajuela, para uso consumo humano-piscina doméstica y riego. Coordenadas
213.014 / 476.167 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 8 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón,
Director.—(IN2014057159).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. N° 16347A.—Dixon Torres
Zúñiga, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin
nombre, efectuando la captación en finca de Alquides
Torres Fuentes en Páramo, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano.
Coordenadas 375.309/490.686 hoja Savegre. Quienes se
consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 20 de agosto de 2014.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014057396).
Exp. N° 9668P.—Álvaro Ulate Hidalgo, solicita concesión de: 9,45 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RT-30 en finca
de su propiedad en La Virgen, Sarapiquí, Heredia, para uso industria-química.
Coordenadas 274.300/524.500 hoja Río Cuarto. 0,2 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RT-36 en finca de su
propiedad en La Virgen, Sarapiquí, Heredia, para uso industria-química.
Coordenadas 274.350/524.590 hoja Río Cuarto. 0,2 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RT-38 en finca de su
propiedad en La Virgen, Sarapiquí, Heredia, para uso industria-química.
Coordenadas 274.090/524.560 hoja Río Cuarto. 0,2 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RT-39 en finca de su
propiedad en La Virgen, Sarapiquí, Heredia, para uso industria-química.
Coordenadas 274.450/524.300 hoja Río Cuarto. 0,2 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RT-40 en finca de su
propiedad en La Virgen, Sarapiquí, Heredia, para uso industria-química.
Coordenadas 274.530/524.370 hoja Río Cuarto. 0,2 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RT-41 en finca de su
propiedad en La Virgen, Sarapiquí, Heredia, para uso industria-química.
Coordenadas 274.610/524.440 hoja Río Cuarto. 1 litro por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo artesanal en finca de su propiedad
en La Virgen, Sarapiquí, Heredia, para uso industria-química.
Coordenadas 274.600/524.400 hoja Río Cuarto. ,2 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RT-53 en finca de su
propiedad en La Virgen, Sarapiquí, Heredia, para uso industria-química.
Coordenadas 274.530/524.230 hoja Río Cuarto. 0,2 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RT-59 en finca de su
propiedad en La Virgen, Sarapiquí, Heredia, para uso industria-química.
Coordenadas 274.680/524.370 hoja Río Cuarto. Quienes se consideren lesionados
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 22 de octubre de 2013.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014057546).
N° 11-2014
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
De conformidad con
lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del
Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza al funcionario
Gerardo Arturo Brenes Pérez, portador de la cédula de identidad número
seis-cero doscientos veinticuatro-cero cuatrocientos noventa y ocho, Asistente
Administrativo 2 de la Oficina Regional de Golfito, para que firme
certificaciones y constancias del Departamento Civil a partir de la respectiva
publicación en el Diario Oficial.
San José, a las
doce horas y veinticinco minutos del doce de agosto de dos mil catorce.—Luis Antonio Sobrado González, Presidente.—Eugenia María
Zamora Chavarría, Magistrada.—Max Alberto Esquivel Faerron,
Magistrado.—1 vez.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 18416.—(IN2014057299).
N° 12-2014
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
De conformidad con
lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del
Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a la
funcionaria Rosa Inés Quirós Gamboa, portadora de la cédula de identidad número
tres-cero trescientos setenta y cinco-cero trescientos setenta y nueve,
Asistente Administrativo 2 de la Oficina Regional de Turrialba, para que firme
certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva
publicación en el Diario Oficial.
San José, a las
doce horas y treinta y cinco minutos del doce de agosto de dos mil catorce.—Luis Antonio Sobrado González, Presidente.—Eugenia María
Zamora Chavarría, Magistrada.—Max Alberto Esquivel Faerron,
Magistrado.—1 vez.—O. C. N° 3400020562.—Solicitud N° 18417.—(IN2014057312).
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que
en diligencias de ocurso incoadas por Keyla Patricia Rizo, no indica segundo
apellido, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 1167-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las ocho horas cinco minutos del veinticuatro de abril
del dos mil catorce. Exp. Nº 20966-2013. Resultando:
1º—... 2º—... 3º—…; Considerando: I.—Hechos Probados.
II.—Sobre el fondo...; Por tanto: rectifíquese el
asiento de nacimiento de María Valentina Rizo Martínez... en el sentido que el
primer nombre y el apellido de la madre son “Keyla” y “Rizo, no indica segundo
apellido” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2014056461).
Se hace saber que
este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ruth Elizabeth Molina, no
indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 3980-2013.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cuarenta y cinco
minutos del veintitrés de diciembre de dos mil trece. Ocurso Exp. Nº 19804-2013. Resultando 1º—..., 2º—...,
Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el
fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Argerie Dávila Molina..., en el sentido que el apellido de
la madre de la misma es “Molina, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Gerardo
Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2014056487).
Se hace saber que en diligencias
de ocurso incoadas por Yelba Yessenia
Sánchez, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 2415-2014.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas quince minutos
del veinticinco de agosto del dos mil catorce. Exp.
Nº 30078-2013. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos
Probados... II.—Sobre el fondo...; Por tanto:
rectifíquese la razón marginal de reconocimiento y el asiento de nacimiento de
Candy José Bravo Sánchez..., en el sentido que el segundo apellido del padre y
el apellido de la madre... son “Díaz” y “Sánchez no indica segundo apellido”
respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños,
Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2014056523).
Se hace saber que
este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Dogna
Ivania Olivas Arauz, ha dictado una resolución que en
lo conducente dice: Resolución Nº 1806-2014.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince
horas veinte minutos del cuatro de junio de dos mil catorce. Exp. Nº 16144-2014. Resultando 1º—... 2º—... Considerando:
I.—Hechos Probados:... II.—Sobre
el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Sofía
Hernández Olivas... en el sentido que el nombre de la madre... es “Dogna Ivania”.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014056540)
Se hace saber que este Registro,
en diligencias de ocurso incoadas por Deyling Raquel Pineda
Castro, ha dictado una resolución que en lo conducente dice Resolución N°
2406-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las nueve horas cuarenta minutos del treinta y uno de julio del dos mil
catorce. Exp. N° 24628-2014. Resultando: 1º—..., 2º—.
Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de
Steven Daniel Morales Pineda... en el sentido que el primer nombre de la madre
es “Deyling”.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina Jefe Sección Actos Jurídicos.—1
vez.—(IN2014056578).
Se hace saber que este Registro,
en diligencias de ocurso incoadas por Jessenya del Carmen Aguilar Jarquín,
este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
Nº 4320-2013.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cincuenta minutos
del diecinueve de diciembre del dos mil trece. Exp.
Nº 45211-2013. Resultando: 1º—..., 2º—…, 3º—. Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por tanto:
rectifíquese el asiento de nacimiento de Natalia Dayana
Jarquín Aguilar... en el sentido que el nombre y los
apellidos de la madre... son “Jessenya del Carmen
Aguilar Jarquín”.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina Jefe Sección Actos Jurídicos.—1
vez.—(IN2014056582).
Se hace saber que este Registro,
en diligencias de ocurso incoadas por Carla Enrriqueta Salgado, no indica segundo apellido ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2379-2014.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince
horas treinta minutos del veintinueve de julio de dos mil catorce. Ocurso Exp. Nº 36767-2013. Resultando: 1º—..., 2º—. Considerando:
I.—Hechos probados:... II.—Sobre
el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Berny Josué Eduarte Salgado...,
en el sentido que el nombre y el apellido de la madre del mismo son “Carla Enrriqueta” y “Salgado, no indica segundo apellido” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos
Jurídicos.—1 vez.—(IN2014056593).
Registro Civil – Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Aviso de solicitud de naturalización
Bressia Stefanía Benel Yañez, mayor, soltera,
periodista, peruana, cédula de residencia N° 160400092436, vecina de San José,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten
por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes
a la publicación de este aviso. Exp. 899-2013.—San José, veintinueve de agosto de dos mil catorce.—Lic.
Germán Alberto Rojas Flores, Jefe.—1
vez.—(IN2014056599).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2014BI-000007-32703
Ejecución de proyectos del PRVC-I (mejoramiento de
caminos) en los siguientes cantones: Barva, San
Pablo,
Turrubares y San Rafael
La Dirección de
Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del 20 de
octubre de 2014.
El interesado tiene el cartel a
disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita
en la dirección: https://www.hacienda.go.cr/comprared,
a partir de la presente publicación de la invitación a licitar en el Diario
Oficial La Gaceta.
San José, 12 de
setiembre de 2014.—Dirección de Proveeduría Institucional.—Heidy Román Ovares, Directora.—1 vez.—O. C. N°
3400022110.—Solicitud N° 19794.—C-12850.—(IN2014059541).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2014BI-000006-32703
Ejecución de proyectos del PRVC-I (mejoramiento
de caminos) en el
cantón de San Carlos
La Dirección de
Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del 17 de
octubre de 2014.
El interesado tiene el cartel a
disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita
en la dirección: https://www.hacienda.go.cr/comprared,
a partir de la presente publicación de la invitación a licitar en el Diario
Oficial La Gaceta.
San José, 12 de
setiembre de 2014.—Dirección de Proveeduría
Institucional.—Heidy Román Ovares, Directora.—1
vez.—O. C. N° 3400022110.—Solicitud N° 19795.—C-12150.—(IN2014059553).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2014BI-000005-32703
Ejecución de proyectos del PRVC-I (mejoramiento de
caminos) en los siguientes cantones: El Guarco,
Alvarado, Turrialba, León Cortés y Tarrazú
La Dirección de
Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del 17 de
octubre de 2014.
El interesado tiene el cartel a
disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita
en la dirección: https://www.hacienda.go.cr/comprared,
a partir de la presente publicación de la invitación a licitar en el Diario
Oficial La Gaceta.
San José, 12 de
setiembre de 2014.—Dirección de Proveeduría
Institucional.—Heidy Román Ovares, Directora.—1
vez.—O. C. N° 3400022110.—Solicitud N° 19796.—C-13070.—(IN2014059559).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000007-63102
Servicio de investigación de mercado a
realizarse
en el territorio nacional
La Proveeduría Institucional del
Ministerio de Salud, recibirá propuestas para este proceso licitatorio hasta
las 11:00 horas del 26 de setiembre de 2014.
Línea 1: Contratación de servicios de una empresa que
realice una Investigación de Mercado, a realizarse en el territorio Nacional.
El cartel con las especificaciones técnicas y
condiciones generales de dicha contratación administrativa se encuentra a
disposición de los interesados en el Sistema de Compras Gubernamentales Compr@RED a partir de la presente publicación.
San José, 12 de setiembre de 2014.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría,
Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
3400021308.—Solicitud Nº 19822.—C-13500.—(IN2014059565).
DIVISIÓN ADMINISTRATIVA
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000008-63101
Alquiler de inmueble
para albergar al Área
Rectora de Salud de Ciudad Quesada
La Proveeduría
Institucional del Ministerio de Salud, recibirá propuestas hasta las 11:00
horas del 26 de setiembre de 2014, para la contratación de:
Línea 1: Alquiler de inmueble para albergar al Área
Rectora de Salud de Ciudad Quesada, por el período de un año prorrogable por
períodos iguales hasta un máximo de 48 meses.
El cartel con las
especificaciones técnicas y condiciones generales de dicha contratación
administrativa se encuentra a disposición de los interesados en el Sistema de
Compras Gubernamentales Compr@RED a partir de la
presente publicación.
San José, 12 de
setiembre de 2014.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría,
Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. N°
3400022094.—Solicitud N° 19824.—(IN2014059588).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento
de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados en
participar en los siguientes procedimientos:
_____
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000047-PROV
Sistema de información gerencial que cumpla con
los requerimientos
necesarios para el desarrollo
de reportes
operativos y reportes gerenciales
Fecha y hora de
apertura: 01 de octubre del 2014, a las 10:00 horas.
______
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000055-PROV
Alquiler de local para alojar la Oficina
de Protección a
Víctimas y Testigos de Liberia
Fecha y hora de
apertura: 9 de octubre del 2014, a las 10:00 horas.
_____
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000013-PROV
Compra de bolsas de diferentes tipos bajo
la modalidad de
entrega según demanda
Fecha y hora de
apertura: 17 de octubre del 2014, a las 10:00 horas.
______
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000020-PROV
Compra de papel industrial, según demanda
Fecha y hora de
apertura: 20 de octubre del 2014, a las 10:00 horas.
Los respectivos
carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente
publicación. Para ello, los interesados deben acceder a través de Internet, en
la dirección www.poder-judicial.go.cr/proveeduria o solicitar el envío del
correspondiente archivo por correo electrónico a las siguientes direcciones:
ssalasal@poder-judicial.go.cr para la Licitación Abreviada 2014LA-000047-PROV,
kgutierrez@poder-judicial.go.cr para la Licitación Abreviada 2014LA-000055-PROV
y jjimenezco@poder-judicial.go.cr para las licitaciones públicas. Cualquier
consulta a los teléfonos 2295-3295/ 3623.
San José, 12 de
setiembre de 2014.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1
vez.—(IN2014059312).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000018-BCCR
Adquisición de una solución de
capacitación virtual para el
BCCR
El Departamento
de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica (BCCR) recibirá ofertas, hasta
las 14:00 horas del día 30 de setiembre del 2014, según reloj marcador del
Departamento de Proveeduría, para la adquisición de una solución de
capacitación virtual para el BCCR, según condiciones y especificaciones del
cartel respectivo.
Reunión previa a recepción de
ofertas: Con la finalidad de evacuar consultas en cuanto a los alcances de la
contratación, se les invita a asistir a la reunión que se realizará por única
vez el 25 de setiembre a las 14:00 horas, en las oficinas del Departamento de
Proveeduría del BCCR.
Los interesados pueden retirar
el cartel en el Departamento de Proveeduría de este Banco, edificio principal,
avenida central y primera, calles 2 y 4, en el siguiente horario: de lunes a
viernes de 9:15 a. m. a 4:00 p. m., en forma gratuita, o en la siguiente
dirección electrónica a partir del día hábil siguiente a la fecha de su
publicación: http://www.bccr.fi.cr/contrataciones/
Quienes adquieran el cartel por
este último medio deberán consignar la información que se solicita al
accederlo. El incumplimiento de este requisito exonera al BCCR la no
comunicación de posibles Fe de Erratas y/o avisos que se puedan generar en el
concurso.
San José, 16 de
setiembre del 2014.—Departamento de
Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—O.C.
Nº 2014013531.—Solicitud 19843.—(IN2014059607).
BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS
DE COSTA RICA
CONTRATO DIRECTO Nº 2014CD-014050-UP
SEGÚN EL ARTÍCULO 131 INCISO G RLCA
El Benemérito
Cuerpo de Bomberos, invita a participar del Contrato Directo Nº
2014CD-014050-UP registro de elegibles para el “Mantenimiento de la flotilla de
vehículos del Cuerpo de Bomberos de Costa Rica”, cuya apertura está prevista
para las 10:00 horas del 17 de octubre de 2014.
Los carteles respectivos están
a su disposición en nuestras oficinas, ubicadas en el
segundo piso del Edificio Central del Cuerpo de Bomberos, ubicado en San José,
avenida 3, calle 18, costado norte de la terminal de buses del Mercado de la
“Coca-Cola”, así mismo podrán descargarlo del portal de Internet
www.bomberos.go.cr o solicitarlos a la dirección de correo
electrónico gfiatt@bomberos.go.cr”.
Lic. Guido Picado
Jiménez, Jefe de Proveeduría.—1 vez.—(IN2014059419).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
SECCIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000016-SCA
Contratación para ejecución de obras
institucionales
La Universidad Nacional por medio de la
Proveeduría Institucional, recibirá ofertas por escrito para el concurso en
mención, se realizará acto formal de apertura de las ofertas a las 14:00 horas
del día 14 de octubre del 2014. Todas las ofertas que no se reciban a esa hora
y fecha serán devueltas sin abrir.
Los carteles deberán ser solicitados en las
instalaciones de la Proveeduría Institucional para lo que deberán de aportar un
CD en blanco, ya que el cartel, las especificaciones y los planos se encuentran
en formato digital.
Heredia, 12 de setiembre del 2014.—MAP. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1
vez.—O. C. N° p0019862.—Solicitud N° 19813.—(IN2014059579).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000005-PROV
(Apertura)
Compra, instalación, configuración y capacitación
del Sistema de Alarma
contra Incendio para las
Sucursales de la Junta de Protección Social
en Puntarenas,
Heredia y Pérez Zeledón
La Junta de
Protección Social les invita a participar en la Licitación Abreviada
2014LA-000005-PROV por “Compra, instalación, configuración y capacitación del
Sistema de Alarma contra Incendio para las Sucursales de la Junta de Protección
Social en Puntarenas, Heredia y Pérez Zeledón”. Las ofertas se recibirán hasta
las 10:00 horas del 7 de octubre del 2014, en el Departamento de Recursos
Materiales de la Junta de Protección Social.
El cartel que contiene las
especificaciones y donde se publicarán en caso de ser necesarias, las
modificaciones o aclaraciones se encuentra a disposición de los interesados en
nuestra página electrónica www.jps.go.cr, enlace: contrataciones, pueden
retirarlo en el Departamento de Proveeduría, cuarto piso, Edificio Central sin
ningún costo o solicitarlo al Sr. Jorge Baltodano
Méndez a la dirección electrónica: jbaltodano@jps.go.cr a partir de esta
notificación.
Departamento
Recursos Materiales.—Lic. Mary Valverde Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 18667.—Solicitud N°
19806.—C-20940.—(IN2014059605).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000006-PROV
Contrato de mantenimiento motor de base de datos Sybase
sobre Solaris y
sistemas operativos Windows
Server (2008, 2012) y Unix Sun
Solaris
La Junta de
Protección Social les invita a participar en la Licitación Abreviada
2014LA-000006-PROV por “Contrato de mantenimiento motor de base de datos Sybase sobre Solaris y sistemas operativos Windows Server
(2008, 2012) y Unix Sun Solaris”. Las ofertas se
recibirán hasta las 10:00 horas del día 16 de octubre del 2014, en el
Departamento de Recursos Materiales de la Junta de Protección Social.
El cartel que contiene las
especificaciones y donde se publicarán en caso de ser necesarias, las
modificaciones o aclaraciones; se encuentra a disposición de los interesados en
nuestra página electrónica www.jps.go.cr, enlace: contrataciones, pueden
retirarlo en el Departamento de Proveeduría, cuarto piso, edificio central sin
ningún costo o solicitarlo al Sr. Jorge Baltodano
Méndez a la dirección electrónica: jbaltodano@jps.go.cr a partir de esta
notificación.
Departamento
Recursos Materiales.—Lic. Mary Valverde Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C. 18666.—Solicitud 19810.—(IN2014059606).
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
CONTRATACIONES BID
Expresiones de interés para “Contratación de equipo
complementario que permita poner
servicios en línea,
ampliando el uso ciudadano
de la página web
Por este medio se
les invita a presentar expresiones de interés al servicio de marras para lo
cual se recibirán las mismas a más tardar en la fecha indicada en la
invitación, la cual se publica en la pagina web de la
municipalidad en la dirección www.escazu.go.cr donde encontrarán en la página
principal los términos de la propuestas de interés que deben presentar para
formar parte de la lista corta según políticas del BID, en esta misma dirección
se estará presentando cualquier modificación o aviso relacionado con esta
contratación.
Proceso de Proveeduría.—Cira Castro Myrie,
Proveedora.—1 vez.—O. C. N° 33972.—Solicitud N°
19832.—C-13290.—(IN2014059595).
MUNICIPALIDAD DE MORAVIA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000002-01
Adquisición de un camión de volteo nuevo
de 14 m3
de capacidad volumétrica
La Proveeduría de
la Municipalidad de Moravia recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del 13 de
octubre del 2014, para la adquisición de un camión de volteo nuevo de 14 m3
de capacidad volumétrica, mayores especificaciones generales y técnicas podrán
ser retiradas gratuitamente a partir de esta publicación en las oficinas de la
Proveeduría Municipal, costado norte de la Cruz Roja, San Vicente de Moravia o
solicitarlo al correo proveeduria@moravia.go.cr.
Moravia, 16 de
setiembre del 2014.—Proveeduría Municipal.—Jorge Mesén
Solórzano, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2014059466).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000005-32600
Arrendamiento de microcomputadoras de escritorio
tipo Desktop y del
tipo Workstation
Se avisa a todos
los interesados en esta licitación que por resolución final de Adjudicación N°
2014-066, de las 9:04 horas del 10 de setiembre de 2014, se adjudica de la
siguiente manera:
Oferta N° 2: Central
de Servicios PC S. A., 3-101-096527. Posición N° 1, por un monto total de
$371.142,00.
Oferta N° 3: Sistemas
Convergentes S. A., 3-101-142259. Posición N° 2, por un monto total de
$16.650,00.
Se les aclara a
todos los interesados que la presente es solo el resumen final de la
adjudicación y que la resolución se encuentra a disposición gratuitamente en el
sistema CompraRed en la dirección
www.hacienda.go.cr/comprared de Internet.
San José, 12 de
setiembre de 2014.—Dirección de Proveeduría
Institucional.—Heidy Román Ovares, Directora.—1
vez.—O. C. N° 3400022633.—Solicitud N° 19804.—C-16880.—(IN2014059548).
DIVISIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000004-63101
Alquiler de inmueble para albergar al Área Rectora
de Salud de Ciudad
Quesada
La Proveeduría
Institucional del Ministerio de Salud, comunica que por medio de la Resolución
Nº 0201-2014 del 12 de setiembre de 2014, se procedió a declarar infructuoso la
Licitación Abreviada N° 2014LA-000004-63101 “Alquiler de inmueble para albergar
al Área Rectora de Ciudad Quesada, por el periodo de un año prorrogable por
periodos iguales hasta un máximo de 48 meses”, visible en el Sistema de Compras
Gubernamentales Compr@RED.
San José, 12 de
setiembre de 2014.—Proveeduría Institucional.—Lic.
Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—O. C. N°
3400022094.—Solicitud N° 19823.—C-12020.—(IN2014059592).
LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000007-01
El Banco
Hipotecario de la Vivienda a través de la Gerencia General, mediante resolución
motivada resolvió; declarar desierto el procedimiento de Licitación Abreviada
2013LA-000007-01 para la “Adquisición e instalación de la herramienta Web Logic Suite 11g Processor License que le permita al BANHVI contar con una arquitectura
de sistemas, capaz de desarrollar las aplicaciones bajo un modelo orientado a
Servicio y NCapas”.
Departamento
Administrativo.—Margie
Conejo Carmona, Encargada de Proveeduría.—1 vez.—(IN2014059471).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000009-SCA
Concesión de instalación pública para prestar el
servicio
de la soda comedor
de la Facultad de Ciencias
de la Tierra y el
Mar-Campus
Omar Dengo
La Universidad
Nacional por medio de la Proveeduría Institucional, comunica a los proveedores
que participaron en esta contratación, que mediante Resolución Nº 01142-2014 de
las once horas del 12 de setiembre del dos mil catorce, se dispuso adjudicar el
concurso en mención, de la siguiente manera: Adjudicar la Licitación Pública Nº
2014LN-000009-SCA por concepto de “Concesión de instalación pública para
prestar el servicio de la soda comedor de la Facultad de Ciencias de la Tierra
y el Mar-Campus Omar Dengo” de la siguiente manera: a Yirliana
Castro Garita, 110620652. ítem 1 “Concesión de instalación pública para
prestar el servicio de la soda comedor de la Facultad de Ciencias de la Tierra
y el Mar-Campus Omar Dengo” de acuerdo a los costos unitarios siguientes: plato
del día ¢1.255,00, plato de desayuno ¢750,00, arroz blanco ¢175,00, frijoles
negros o rojos ¢175,00, gallo pinto ¢300,00 porción de pollo empanizado asado a
la plancha ¢850,00, porción de res ¢850,00, porción de pescado plancha
empanizado fajitas etc., ¢850,00, porción de cerdo posta chuleta o bistec
¢850,00, arroz con pollo, arroz cantones, arroz con posta de cerdo, arroz con
carne de res, arroz con atún ¢1.200,00, arroz con camarones, arroz a la
marinera ¢1.500,00, chup suey
con carne o con pollo o mixto ¢1.200,00, sopa negra, albondigas,
verduras o pollo ¢1.100,00, pure ¢300,00, vegetales
al vapor, en mantequilla salteados ¢300,00, picadillos variados ¢450,00,
garbanzos con pollo o posta de cerdo ¢500,00, lentejas pollo res o cerdo
¢450,00, frijol blanco pollo res o cerdo ¢450,00, frijoles tiernos pollo res o
cerdo ¢500,00, frijoles cubaces pollo res o cerdo
¢500,00, pechuga de pollo a la plancha ¢850,00, mano de piedra en salsa
¢850,00, trocitos de res con vegetales ¢850,00, tortas de carne de res ¢850,00,
fajitas combinadas ¢850,00, carne mechada ¢850,00, olla de carne ¢1.500,00,
cremas diversos tipos ¢1.200,00, lasagñas carne pollo
salsa blanca salsa tomate ¢1.500,00, canelones carne molida pollo atún queso
vegetales ¢700,00, spaghettis preparaciones variadas
¢1.200,00, ensaladas verdes ¢275,00, zapallo rellenos de carne ¢700,00, chile
dulce relleno de carne ¢700,00, papa rellena con carne de res ¢1.000,00,
ensaladas compuestas ¢950,00, huevos fritos/revueltos ¢600,00, natilla ¢300,00,
queso ¢350,00, tortillas simples ¢150,00, tortilla con queso ¢700,00, pan
¢150,00, platanos maduros ¢350,00, hamburguesas
¢600,00, burritos ¢700,00, chalupa ¢1.000,00, empanadas queso, frijol pollo,
papa, carne de res ¢300,00, emparedado de jamón ¢600,00, emparedado de queso
blanco procesado ¢600,00, emparedado de carne ¢700,00, emparedado de pollo
¢700,00, emparedado de jamón y queso ¢600,00, gallos salchichón, huevo, queso,
chorizo, picadillos ¢600,00, repostería dulce ¢650,00, repostería salada
¢650,00, torta de huevo ¢600,00, arepa ¢150,00, arepa con miel ¢175,00, leche
¢300,00, café negro ¢250,00, café con leche ¢300,00, te negro ¢250,00, te con
leche 300,00 aguadulce ¢250,00, aguadulce con leche ¢300,00, fresco natural en
agua ¢250,00, fresco natural en leche ¢300,00, chocolate ¢300,00, fruta entera
temporada ¢500,00, ensalada de fruta ¢1.000,00, porción de fruta piña, melón, sandia, papaya, mango, banano, naranja entre otros ¢200,00,
combo 1 dedos de pollo papas a la francesa y fresco ¢3.000,00, combo 2
hamburguesa, papas a la francesa y fresco ¢2.500,00, combo 3 hot dog papas a la francesa y
fresco ¢2.500,00, combo 4 nachos y fresco ¢3.000,00, precio base mensual
¢200.000,00 (doscientos mil colones con 00/100). Todo lo anterior conforme el
pliego de condiciones y la oferta presentada.
Ciudad de Heredia,
12 de setiembre del 2014.—Map.
Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O.C. Nº
p0019862.—Solicitud Nº 19811.—C-67.270,00.—(IN2014059574).
HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000007-2208
Por medios de cultivo
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San
Vicente de Paúl, comunica a los proveedores participantes en la presente
licitación, su adjudicación a las empresas:
1) Tecnodiagnóstica
S. A., los ítems Nos. 1, 3, 4, 5, 6, 14 por un monto total de $21.964,80
(veintiún mil novecientos sesenta y cuatro dólares con 80/100).
2) All
Medical S. A., los ítems Nos. 2, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 15 por un monto
total de $24.561,36 (veinticuatro mil quinientos sesenta y un dólares con
36/100).
Heredia, 10 de
setiembre del 2014.—Dirección Administrativa.—MSc. Óscar Montero Sánchez, Director.—1
vez.—(IN2014059450).
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000024-PRI
Contratación de servicios profesionales en medicina
general y auxiliar en servicios médicos
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados cédula jurídica 4-000-042138, comunica que
mediante Resolución de Adjudicación Nº SGG-2014-663 del 11 de setiembre del
2014, se adjudica la Licitación Abreviada 2014LA-000024-PRI “Contratación de
servicios profesionales en medicina general y auxiliar en servicios médicos”
Oferta 1: Asociación de Servicios Médicos Costarricenses (ASEMECO),
Posiciones 1 y 2 por un monto de ¢27.201.602,40. Demás condiciones de acuerdo
al cartel y la oferta respectiva.
Lic. Jeniffer
Fernández Guillén, Dirección Proveeduría.—1 vez.—O. C.
N° 5100002278.—Solicitud N° 19807.—(IN2014059444).
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000036-PRI
Compra de equipo de recirculación de lodos de perforación
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados cédula jurídica 4-000-042138, comunica que
mediante Resolución de Adjudicación Nº SGG-2014-662 del 11 de setiembre del
2014, se adjudica la Licitación Abreviada 2014LA-000036-PRI “Compra de equipo
de recirculación de lodos de perforación de la siguiente manera: Oferta Única: Yaco
Ramos Castillo por un monto de $246.989,00 dólares i.v.i.
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.
Dirección Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 5100002278.—Solicitud Nº
19808.—C-12020.—(IN2014059561).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000004-10
Contratación de servicios de capacitación subsector
idiomas según demanda y
cuantía inestimada
para la Unidad
Regional de Cartago
La Junta Directiva
del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión N° 4643-2014, celebrada el día
1 de setiembre del 2014, artículo VIII, tomó el siguiente acuerdo:
Adjudicar la
Licitación Pública 2013LN-000004-10, para la “contratación de servicios de
capacitación subsector idiomas según demanda y cuantía inestimada para la
Unidad Regional de Cartago”, según los dictámenes técnicos NSCS-1928-2014,
UCI-PCSC-248-2013, en la resolución de Contraloría General de la República
R-DCA-438-2014, realizados por las dependencias responsables de analizar las
ofertas, de la siguiente manera, contenido en el oficio:
• Adjudicar a la oferta N° 3, de la empresa Interchange Leader School
S. A., la línea N° 1, por cumplir con los requisitos cartelarios,
con un plazo de un año prorrogable año a año por tres años más, para un total
de cuatro y con un precio por estudiante proporcionado en los siguientes
cuadros:
• Ejecutivo(a) en Inglés para Servicios
CSID2005
Módulo |
Duración en horas |
Costo por estudiante ¢ |
Inglés Básico (CSID0001) |
200 |
¢140.000,00 |
Inglés Intermedio I (CSID0051) |
200 |
¢135.000,00 |
Pronunciación Inglesa I
(CSID0052) |
60 |
¢39.300,00 |
Pronunciación Inglesa II
(CSID0053) |
60 |
¢39.300,00 |
Técnicas para Lectura en Inglés (CSID0054) |
60 |
¢39.300,00 |
Inglés Intermedio II
(CSID0015) |
170 |
¢114.750,00 |
Comprensión de Lectura en Inglés (CSID0055) |
60 |
¢40.500,00 |
Expresión Escrita en Inglés (CSID0056) |
75 |
¢51.750,00 |
Inglés Avanzado (CSID0016) |
102 |
¢70.380,00 |
Programa Inglés Conversacional
para el sector Comercial CSID2007
Módulos |
Duración en horas |
Costo por estudiante
¢ |
Inglés
Conversacional Introductorio para el Sector Comercial (CSID0002) |
216 |
¢156.600,00 |
Inglés Conversacional I para el Sector Comercial
(CSID0003) |
216 |
¢151.200,00 |
Inglés Conversacional II para el Sector Comercial
(CSID0004) |
144 |
¢108.000,00 |
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 23220.—Solicitud N° 19773.—(IN2014059441).
MUNICIPALIDAD DE POÁS
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000002-ASISTA
Adquisición de un vehículo carrocería todo
terreno,
categoría automóvil, tracción 4x4, con duplicación
La suscrita Roxana Chinchilla
Fallas, Secretaria Concejo Municipal de la Municipalidad de Poás,
hago constar que: El Concejo Municipal del cantón de Poás,
en su sesión ordinaria Nº 228 celebrada el 09 de setiembre del 2014, en forma
definitivamente aprobado tomó el acuerdo N° 8464-09-2014, adjudicar la
Licitación Abreviada 2014LA-000002-ASISTA para la “Adquisición de un vehículo
carrocería todo terreno, categoría automóvil, tracción 4x4, con duplicación”, a
la empresa Vehículos de Trabajo S. A., con cédula jurídica 3-101-020764,
por un costo de $20.000,00 (veinte mil dólares), que se fijará en colones
costarricenses al tipo de cambio correspondiente.
San Pedro de Poás,
11 de setiembre 2014.—Roxana Chinchilla Fallas,
Secretaria Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2014059578).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000012-01
Contratación de una empresa que brinde los servicios
de monitoreo en
pauta publicitaria en medio
televisivo y radial
La Proveeduría
General del Banco Nacional comunica a los interesados en la Licitación
Abreviada N° 2014LA-000012-01 que el día 4 de agosto del 2014 se publicó en La
Gaceta N° 148 la adjudicación del proceso supracitado,
no obstante, los ítemes Nos. 1 y 2 deben leerse
de la siguiente manera:
Ítem N° 1
Adjudicar parcialmente el monitoreo de la red televisiva de acuerdo al
siguiente detalle:
Red Televisiva
Nacional:
Monitoreo Continuo Canales
(24/7): 4, 6, 7, 9, 11, 13, 42.
Monitoreo en forma Alterna
Canales: 2, 29, 33 y 38, para un total de cuatro muestras mensuales.
Red Televisiva por
Cable:
De 6:00 a. m. a 12:00 media
noche, 21 canales de AMNET (TIGO STAR) y 21 canales de CABLETICA, para un total
de tres muestras mensuales de cada uno.
Nombre del
oferente: IBOPE Monitor Costa Rica S. A.
Representante: Alfredo Pazymino
Precio adjudicado:
¢567.000,00 exento de impuestos.
Plazo del contrato: Un año
prorrogable en forma automática por tres períodos iguales, cuatro en total.
Ítem N° 2
Adjudicar el monitoreo en medio radial de acuerdo al siguiente detalle:
Nombre del
oferente: Monitoreo Tecnológico S. A.
Representante: Arnoldo Castillo
Villalobos.
Precio adjudicado:
¢721.350,00 exento de impuestos.
Plazo del contrato: Un año
prorrogable en forma automática por tres períodos iguales, cuatro en total.
Todo conforme lo
estipulado en el cartel, las ofertas económicas y el informe técnico que consta
en el expediente administrativo y que forma parte integral de la presente
contratación.
Las demás
condiciones de la adjudicación permanecen invariables.
La Uruca, 18 de setiembre del 2014.—Alejandra
Trejos Céspedes, Proveeduría General.—1 vez.—O. C. N° 517819.—Solicitud N°
19812.—(IN2014059432).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000009-DCADM
(Prórroga N° 1)
Contratación de una empresa
para que brinde servicios
de operadores de
monitoreo (consumo por demanda)
Se les comunica a
los interesados que se prorroga de oficio la fecha y hora para la apertura de
ofertas de este concurso para el día 07 de octubre del 2014 a las 14:00 horas.
Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.
San José, 16 de
setiembre de 2014.—Área Gestión y Análisis de
Compras.—Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1
vez.—(IN2014059585).
HOSPITAL MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA DE
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN NACIONAL 2014LN-000016-2104
(Aviso Nº 1)
Adquisición de reactivo para determinar procalcitonina (PCT)
Se comunica a los
interesados que la fecha de apertura se mantiene para el 10 de octubre del
2014, a las 9:00 horas, asimismo pueden retirar a partir del día de hoy las
respectivas modificaciones de las especificaciones técnicas en el centro de
fotocopiado público del hospital México.
Vea detalles y mayor información
en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 12 de
setiembre del 2014.—Subárea
de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—(IN2014059409).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000025-5101
(Aviso N° 2)
Leuprorelina acetato 11.25 mg,
de depósito
Código: 1-10-38-4335
Se les informa a
todos los interesados, en participar en el concurso antes mencionado; que se
prorroga la fecha de apertura de ofertas a las 10 horas del día 14 de octubre
del 2014; ya que está pendiente modificaciones de las cláusulas penales
ingresadas en cartel, en apego a lo dispuesto por la Contraloría General de la
República; dicho documento se encuentra disponible en el expediente físico del
concurso.
San José, 16 de
setiembre 2014.—Línea de Producción de
Medicamentos.—Lic. Shirley Solano Mora, Jefa a. í.—1
vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud 1997.—C-13090.—(IN2014059523).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000015-05101
(Aviso 5 prórroga)
Tiras reactivas para determinación de glucosa,
en sangre capilar
A los oferentes
interesados en participar en el concurso antes mencionado, se les comunica que
la fecha de apertura de ofertas se prorroga para el día 8 de octubre de 2014 a
las 10:00 horas, con el fin de dar publicidad al cartel unificado “Ver detalles
en la plataforma electrónica Compr@Red en la
dirección: https://www.hacienda.go.cr/rp/ca/ConsultaTramites.aspx
San José,
dieciséis de setiembre de dos mil catorce.—Línea
Producción de Reactivos y Otros.—Lic. Shirley Méndez Amador, Asistente.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud
1538.—C-12110.—(IN2014059528).
COLEGIO
DE ABOGADOS DE COSTA RICA
DEPARTAMENTO DE
PROVEEDURÍA
Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas.
Sesión ordinaria 24-14 del 30 de junio 2014, acuerdo en firme:
“Se acuerda 2014-24-128 a) Modificar el Artículo
Duodécimo del Manual para La Contratación de Obras, Bienes, Suministros y
Servicios del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, quedando de la
siguiente manera: “Duodécimo: Impedimentos para contratar. No podrán contratar
con el Colegio ni participar en los procesos para la adquisición y contratación
de obras, bienes, suministros y servicios, las siguientes personas físicas o
jurídicas: Quienes ocupen cargos en la Junta Directiva, en la Junta
Administradora, los integrantes del Consejo Directivo del RAC y los
Coordinadores de las Comisiones del Colegio. En estos casos la prohibición se
extenderá hasta un año después de dejar el cargo, ya sea por renuncia o por
vencimiento del período de elección, salvo la docencia y quienes laboren como
funcionarios del Colegio de Abogados. Para estos funcionarios, la prohibición
se extenderá hasta un año después de dejar el cargo. Los parientes de los
funcionarios inhibidos hasta el tercer grado por consanguinidad o afinidad. Las
personas jurídicas en cuyo capital social participe
alguno de los funcionarios inhibidos, o ejerza en ella algún puesto de
dirección o representación. Las personas jurídicas en las que los parientes de
los funcionarios inhibidos, sean dueños de más de un 25% del capital social, o
ejerzan cargos de dirección o representación. Las empresas que sean asesoradas
por miembros de la Junta Directiva o Junta Administradora. Las prohibiciones e
impedimentos que se contemplen en la Ley y Reglamento de Contratación
Administrativa, así como en la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento
Ilícito”. Todo ello con el objetivo final y primordial de mantener la
transparencia de las contrataciones que realiza la institución. Rige a partir
de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.”
Dirección Financiera.—Lic. Mayela Guillén Garro, Jefa.—1
vez.—O. C. Nº 9868.—Solicitud Nº 18758.—C-Crédito.—(IN2014056645).
MUNICIPALIDAD
DE SAN
JOSÉ
PROYECTO
DE REFORMA PARCIAL DEL REGLAMENTO
DE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL
COMITÉ
CANTONAL DE DEPORTES Y
RECREACIÓN
DE SAN JOSÉ
La Comisión de Asuntos Jurídicos del
Concejo Municipal de San José, recomienda al Honorable Concejo Municipal de San
José:
1º—Aprobar el Proyecto de Reforma
Parcial del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Comité Cantonal de
Deportes y Recreación de San José, publicado en La Gaceta 202 del
veintidós de octubre de dos mil siete, para que se reforme el artículo 16 de la
siguiente forma:
1- Se
elimina del artículo 16 inc. e) la frase “Previa aprobación y autorización del
Concejo Municipal.” quedando el citado artículo de la siguiente forma:
Artículo 16
(…)
e) Suscribir
los contratos o convenios que celebre el Comité.
(…)
2- Se
incluye un inciso f) al artículo 16 que a su letra indicará:
Artículo 16
(…)
f) Ostentará
la representación judicial y extrajudicial del Comité Cantonal en calidad de
apoderado general sin límite de suma, circunscrito a la personería jurídica
instrumental que establece el artículo 164 del Código Municipal.
(…)
2º—Con fundamento en el artículo 43
del Código Municipal publíquese el presente Proyecto de Reglamento,
sometiéndose a consulta pública no vinculante por el plazo de 10 días hábiles,
luego del cual se pronunciará sobre el fondo del asunto”.
Acuerdo definitivamente aprobado, 3, Artículo IV de
la Sesión Ordinaria 224, celebrada por el Concejo Municipal del Cantón Central
de San José, el 12 de agosto de 2014.
San José, 25 de agosto de 2014.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte
Guzmán, Jefa.—1 vez.—O.C. 134482.—Solicitud 18736.—(IN2014056623).
VICERRECTORÍA DE
VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
ORI-1167-2014.—Possamai Ramírez Dayersi Liz,
R-61-2014, residente: 186200345727, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Licenciado en Fisioterapia, Universidad Arturo Michelena, Venezuela. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 21 de marzo
de 2014.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge,
Director.—(IN2014056820).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ORI-3402-2014.—Cruz Romero Cinthia, costarricense, cédula 1-1166-0729, ha solicitado reposición
de los títulos de Bachillerato en Ciencias Médicas Doctora en Medicina y
Cirugía, Licenciatura en Medicina y Cirugía y Especialista en Radiología e
Imágenes Médicas. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria,
Rodrigo Facio, a los veinte días del mes de agosto del dos mil catorce.—Oficina
de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—(IN2014056381).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ORI-2225-2014.—López Murillo
María José, R-185-2014, cédula 304090751, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Especialista en Psicogerontología,
Universidad Maimónides, Argentina. La persona
interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 5 de junio del 2014.—Oficina
de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
130783.—Solicitud Nº 15477.—(IN2014041831).
ORI-2308-2014.—Madrigal Hoyos
Lorena, R-192-2014 A, pasaporte 055474168, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Ingeniero Químico, Universidad Simón Bolívar, Venezuela. La persona
interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 11 de junio de 2014.—Oficina
de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
130783.—Solicitud Nº 15478.—(IN2014041832).
ORI-3205-2014.—Ramírez Rescia Ana Lucía, costarricense, cédula N° 1-0359-0842. Ha
solicitado reposición del título de Licenciada en microbiología y química
clínica. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
“Rodrigo Facio”, a los cinco días del mes de agosto del dos mil
catorce.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—(IN2014056468).
VICERRECTORÍA
EJECUTIVA
PROGRAMA DE
RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
César Escobar Cárdenas, de nacionalidad mexicana, N°
de identificación 135-415365, ha solicitado reconocimiento y equiparación del
título de Licenciado en Criminología, obtenido en la Universidad de Ixtlahuaca
Cui en México. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Sabanilla,
04 de setiembre, 2013.—Oficina de Registro y Administración Estudiantil.—Lic.
Susana Saborío Álvarez, Jefa.—(IN2014056779).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A: Marcos Antonio Romero Moraga
se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina
Local de Grecia de las trece horas del dieciséis de junio del año en curso, en
la que se resuelve: I.—Dar inicio al Proceso Especial
de Protección en Sede Administrativa. II.—Se le ordena a, Hazel
Vanessa Navarrete Mendoza en su calidad de progenitora de las personas menores
de edad María Eugenia y José David ambos de apellidos Romero Navarrete, que
debe someterse a la orientación, apoyo y seguimiento a la familia, que le
brindará esta Institución en el tiempo y forma que se le indique. Para lo cual,
se le indica que debe cooperar con la Atención Institucional, lo que implica
asistir a las citas que se le brinden así como cumplimiento de las indicaciones
emitidas. III.—La presente medida vence el dieciséis de setiembre del dos
mil catorce, plazo dentro del cual deberá resolverse la situación de las
personas menores de edad. IV.—Se ordena al área
psicológica de esta oficina local realizar una investigación ampliada de los
hechos, en un plazo máximo de 25 días naturales. En contra de lo ordenado se
podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la
institución; se podrá interponer dentro de las 48 horas siguientes a su
notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde
recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo
facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer,
o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las
resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Exp. OLL-00050-2014.—Oficina Local
de Grecia, 01 de agosto del 2014.—Licda. Carmen Lidia Durán Víquez,
Representante Legal.—O. C. N° 36800.—Solicitud N°
14000071.—C-25250.—(IN2014056718).
A: Marcos Antonio
Romero Moraga, se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la
Infancia, Oficina Local de Grecia de las once horas del doce de agosto del año
en curso, en la que se resuelve: Se pone en conocimiento de las partes por un
plazo de cinco días hábiles, el informe de investigación ampliada de los hechos
de fecha ocho de agosto del año en curso, elaborado por la MSc.
Guiselle González Ávila, presenten sus alegatos y
ofrezcan prueba. Notifíquese. Exp. OLL-00050-2014.—Oficina Local de Grecia, 12 de agosto del 2014.—Licda.
Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—O. C.
N° 36800.—Solicitud N° 14000071.—C-8900.—(IN2014056719).
CORPORACIÓN
GIAMAPA S. A.
Corporación Giamapa S. A.,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos diez mil
quinientos veinticinco, convoca a sus socios a la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas que se celebrará en el domicilio social en San
José , altos de Pastelería Giacomin, Los Yoses a las nueve horas del martes treinta de setiembre del
dos mil catorce. De no reunirse el quórum de Ley se realizará la asamblea una
hora después en virtud de segunda convocatoria, con los socios asistentes. La
asamblea se convoca:
1.- Para
aprobar o no, la venta de la finca propiedad de la sociedad.
2.- Para conocer y aprobar o desaprobar los
gastos en que ha incurrido la sociedad.
3.- Para autorizar que en el evento de que se
decida la venta de la propiedad, se autorice en forma preferente, el pago de
los gastos aprobados en el punto segundo anterior.
4.- Dependiendo de lo que se decida en los
puntos anteriores, disponer o no la liquidación de la sociedad y nombrar
liquidador y fijar sus atribuciones.
Carlos Roberto Páez Sotela,
Presidente.—(IN2014058909).
2 v. 2.
COLEGIO
DE GEÓLOGOS DE COSTA RICA
El Colegio de
Geólogos de Costa Rica, convoca a todos sus agremiados a la asamblea general
ordinaria N° 67, el próximo viernes 10 de octubre de 2014, a las 18:30 horas;
la primera convocatoria y a las 19:30 la segunda; en la sede del Colegio de
Geólogos de Costa Rica, sita en B° San Cayetano, de la esquina suroeste del
MOPT, 100 oeste y 125 sur, costado este del estadio de béisbol Antonio Escarré, calle 7, avenidas 24 y 26 con el siguiente orden
del día:
1. Reconocimiento
a los miembros colegiados con 30 años de incorporación al Colegio de Geólogos
de Costa Rica.
2. Comprobación de quórum.
3. Informe del presidente, tesorero y fiscal.
4. Aprobación del presupuesto del período fiscal
2014-2015.
5. Elección del(a) vicepresidente.
6. Elección del(a) tesorero(a)
7. Elección del vocal II
8. Elección del vocal IV
9. Brindis.
Lic. Jorge
Chávez Cernas, Presidente.—Geólogo Esteban Bonilla
Elizondo, Secretario.—Lic. Jorge Herrera Ocampo, Director Ejecutivo.—(IN2014059509). 2
v. 1
UNIÓN
NACIONAL DE TRABAJADORES
Y TRABAJADORAS
Convocatoria
asamblea general ordinaria
de medio periodo viernes 3 de octubre de
2014
La Junta Directiva Nacional de la
Unión Nacional de Trabajadores y Trabajadoras (UNT) convoca a todos sus
afiliados y afiliadas a asamblea general ordinaria de medio periodo día viernes
3 de octubre de 2014. La primera convocatoria se realizará a las 11:00 a.m., la
segunda a las 12:00 m. d. y la tercera a la 1:00 p. m. de ese día, en la
Federación de Organizaciones Voluntarias FOV, ubicada en Barrio Amón, 300
metros norte de Radiográfica Costarricense.
Agenda:
1. Registro
de asistentes.
2. Informe de la Secretaría General.
3. Informe de la Secretaría de Finanzas.
4. Informe de la Fiscalía.
5. Elección del Órgano Fiscal.
6. Elección del Tribunal Electoral.
Las personas afiliadas con interés en
postular su nombre para ser electas en la Fiscalía o en el Tribunal Electoral
deberán presentar su postulación por escrito en la sede del sindicato. Tendrán
tiempo de hacerlo hasta las 17 horas del día viernes 26 de setiembre. Para más
información, pueden llamar al teléfono 2222-6476 o escribir al correo
electrónico sindicatountcr@gmail.com.—Susan Quirós
Díaz, Secretaria General.—1 vez.—(IN2014059465).
SINDICATO DE
TRABAJADORES DE COMEDORES
ESCOLARES Y
AFINES
Primera
convocatoria
El Comité Ejecutivo en su sesión del sábado 06 de
setiembre de 2014, acuerda realizar la asamblea en primera convocatoria para el
día 24 de octubre del 2014, a las 9:00 horas en salones de SITRACOME en avenida
6, calles 12 y 14 de la ciudad de San José, con el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1. Apertura
2. Comprobación del quórum.
3. Palabras de la secretaria general Rosario Ruiz Ruiz.
4. Informe del Comité Ejecutivo Rosario Ruiz Ruiz,
Secretaria General
5. Informe de Finanzas, Cecilia Mora Torres,
Secretaria de Finanzas.
6. Presupuesto 2014-2015, Cecilia Mora Torres,
Secretaria de Finanzas.
7. Reforma de estatuto.
8. Elección de Comité Ejecutivo.
9. Plan de Trabajo 2014-2015.
10. Clausura.
San José, 06 de setiembre de 2014.—Rosario
Ruiz Ruiz, Secretaria General.—1 vez.—(IN2014059572).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ADMINISTRACIÓN DE
PLANILLAS GRANITO S. A.
Administración de Planillas Granito S. A., cédula de
persona jurídica Nº 3-101-262483, comunica de conformidad con el artículo 689
del Código de Comercio, que a solicitud de sus propietarios, sus personeros
procederán a emitir nuevos títulos accionarios, por haberse extraviado los
actuales. En virtud de lo anterior, se otorga el plazo de un mes, para que
cualquier interesado, poseedor o propietario del título, se presente ante la
notaría pública de la Lic. Heleen Villalobos Brenes, ubicada en Avenida Escazú,
Torre Starbucks, cuarto piso, oficinas de ICS Abogados, para hacer valer sus
derechos, oponerse a la emisión de nuevos títulos, o dar aviso del paradero de
los documentos extraviados. Es todo.—Lic. Heleen
Villalobos Brenes, Notaria.—(IN2014055348).
ADITEC J.C.B. S.
A.
Aditec J.C.B. S. A., cédula de persona jurídica Nº
3-101-381775, comunica de conformidad con el artículo 689 del Código de
Comercio, que a solicitud de sus propietarios, sus personeros procederán a
emitir nuevos títulos accionarios, por haberse extraviado los actuales. En
virtud de lo anterior, se otorga el plazo de un mes, para que cualquier
interesado, poseedor o propietario del título, se presente ante la notaría
pública de la Lic. Heleen Villalobos Brenes, ubicada en Avenida Escazú, Torre
Starbucks, cuarto piso, oficinas de ICS Abogados, para hacer valer sus
derechos, oponerse a la emisión de nuevos títulos, o dar aviso del paradero de
los documentos extraviados. Es todo.—Lic. Heleen
Villalobos Brenes, Notaria.—(IN2014055349).
J.C.B. COSTA RICA
CONSTRUCCIÓN S. A.
J.C.B. Costa Rica Construcción S. A., cédula de
persona jurídica Nº 3-101-522348, comunica de conformidad con el artículo 689
del Código de Comercio, que a solicitud de sus propietarios, sus personeros procederán
a emitir nuevos títulos accionarios, por haberse extraviado los actuales. En
virtud de lo anterior, se otorga el plazo de un mes, para que cualquier
interesado, poseedor o propietario del título, se presente ante la notaría
pública de la Lic. Heleen Villalobos Brenes, ubicada en Avenida Escazú, Torre
Starbucks, cuarto piso, oficinas de ICS Abogados, para hacer valer sus
derechos, oponerse a la emisión de nuevos títulos, o dar aviso del paradero de
los documentos extraviados. Es todo.—Lic. Heleen Villalobos
Brenes, Notaria.—(IN2014055353).
INMOBILIARIA ENUR
S. A.
El Sr. Henry Zamora Castro, con cédula identidad
9-0061-0929, solicita ante la Gerencia
General, la Reposición de los Certificados de la Serie B Números 205 por 120
acciones comunes y nominativas respectivamente y por un valor nominal de
¢1.000,00 cada una, de la sociedad denominada Inmobiliaria Enur
S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-124956. Se cita y emplaza a
terceros interesados a hacer valer sus derechos mediante escrito dirigido a la
Secretaría de la Junta Directiva, dentro del plazo improrrogable de treinta
días contados a partir de la primera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta de la presente reposición.—San José, 01 de setiembre de 2014.—Lorena
Segura Morales, Gerente General.—(IN2014056776).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
COLEGIO FEDERADO
DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS
DE COSTA RICA
La Junta Directiva General en su
sesión Nº 26-13/14-G.E., de fecha 24 de junio de 2014, acordó autorizar a la
Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el
acuerdo Nº 51, de la sesión Nº 14-13/14-G.E., debido a que según memorando
TH-422-2014 del Departamento de Tribunales de Honor se le comunicaron los actos
procesales por medio de publicaciones al TA. Carlos Ruiz Méndez (TA-6200), en
el expediente N° 142-10:
“La Junta
Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su
sesión N° 14-13/14-G.E. de fecha 18 de marzo de 2014, acordó lo siguiente:
“Acuerdo N° 51:
Se conoce informe final
INFIN-021-2014/142-10, remitido por el Tribunal de Honor, integrado para
conocer expediente N° 142-10 de denuncia interpuesta por el Sr. Joaquín Alberto
Muñoz Fonseca, Representante Legal, Inversiones Fiduciarias Guanacastecas S.
A., en contra del TA. Carlos Ruiz Méndez (TA-6200).
(…)
Por lo tanto se
acuerda:
a. Se aprueba lo recomendado por el Tribunal de
Honor, de imponer una sanción de tres meses de suspensión del ejercicio
profesional al profesional TA. Carlos Ruiz Méndez TA-6200, en el expediente N°
142-10, de acuerdo con las sanciones establecidas en el inciso b) del artículo
21 y los artículos 33 y 45 y en concordancia con el artículo 25 del citado
Código y el artículo 11, inciso c) de la Ley 4294 para el Ejercicio de la
Topografía y la Agrimensura, al tener por demostrado que con su actuación
infringió el Código de Ética Profesional del Colegio Federado de Ingenieros y
de Arquitectos de Costa Rica, en sus artículos 1, 2, 3, 4, 9, 11 y 18.
b. De conformidad con lo establecido
el artículo 24 del Código de Ética Profesional, se le concede al TA. Carlos
Ruiz Méndez TA-6200 el beneficio de la ejecución condicional de la sanción, al
menos por el mismo plazo de la sanción establecida, en el caso del expediente
N° 142-10 de denuncia interpuesta por el Sr. Joaquín Alberto Muñoz Fonseca,
Representante Legal, Inversiones Fiduciarias Guanacastecas S. A. Dicho
beneficio se dará de acuerdo con las siguientes condiciones:
● Que en la ejecución condicional de la
sanción, deberá prestar el o los servicios sociales comunitarios que le
encomiende la Dirección Ejecutiva del C.F.I.A., en atención al nivel de
complejidad de los mismos y en estricta relación con la sanción impuesta, sin
que el plazo indicado sea límite al cumplimiento del servicio social impuesto.
● Que a partir de la
notificación de este acuerdo, se otorga un plazo máximo de dos semanas, para
que el profesional sancionado se comunique con la Dirección Ejecutiva del
C.F.I.A., para la asignación del o los proyectos correspondientes.
● Que el incumplimiento
de las obligaciones y condiciones impuestas en esta resolución, implicará de
oficio la revocación del beneficio concedido y la ejecución íntegra de la
sanción impuesta.
● Se advierte al
beneficiario que en caso que sea sancionado nuevamente por una infracción a la
ética profesional, durante el disfrute de este beneficio, implicará la
revocación de oficio del mismo y la aplicación íntegra de la sanción.
● Igualmente, el
profesional sancionado, tiene el derecho de renunciar a este beneficio, pero
deberá comunicarlo por escrito a la Dirección Ejecutiva, autenticado por un
abogado. En este caso, aplicará de manera inmediata la sanción impuesta por la
Junta Directiva General.
Este es un
acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento
Interior General, y en consecuencia, la sanción impuesta, es ejecutable de
conformidad con lo establecido en el artículo 146 de la Ley General de la
Administración Pública.
Que de conformidad con lo que
dispone el artículo 31 del Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley N°
8508, es facultativo el agotamiento de la vía administrativa, por lo que pueden
los interesados acudir a los tribunales de justicia a hacer valer sus derechos.
Sin embargo, conforme lo señala el artículo 115 del Reglamento del
Procedimiento Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 119 de 20 de
junio de 2008, contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración
ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de
diez días hábiles, contados a partir de la notificación a la presente
resolución.
La interposición del recurso de
reconsideración suspende la ejecución de la sanción, hasta que la Junta
Directiva General resuelva en definitiva dicha impugnación. Esa decisión agota
la vía administrativa.”
Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—O.
C.
Nº 542-2014.—Solicitud Nº 18772.—(IN2014056612).
La
Junta Directiva General en su sesión Nº 26-13/14-G.E., de fecha 24 de junio de
2014, acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario
Oficial La Gaceta el acuerdo Nº 04, de la sesión Nº 03-12/13-G.E.,
debido a que según constancia del Departamento de Tribunales de Honor resultó
materialmente imposible notificar por los medios indicados en la base de datos
a la empresa Arkytectura Consultores S. A.
(CC-04689), en el expediente N° 48-11:
“La Junta Directiva General del Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión N° 03-12/13-G.E. de fecha 20 de
noviembre de 2012, acordó lo siguiente:
“Acuerdo N° 04:
Informe de Instrucción de Régimen Disciplinario,
oficio N° 3970-2012-DRD, en relación con el expediente N° 48-11, de denuncia de
la Lic. Miriam Orozco Valerio, Auditora Interna, Comisión Nacional de
Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias y el C.F.I.A. contra el Ing. Ithamar Fernández Varela (IC-3054), Arkytectura
Consultores S. A. (CC-04689) Araica S. A. (CC-00015),
el Ing. Carlos José Bresciani Quirós (IC-2744), el
Ing. José Alfredo Salazar González (IE-7937), Técnica de Redes A y M, S. A.
(CC-04605), la Arq. Vanessa Campos Verdesia (A-19934)
y el Ing. Mauricio Ferlini Badilla (IME-14819).
(…)
Por lo tanto se acuerda:
a. Se
aprueba lo recomendado por la Instructora de Régimen Disciplinario y en
consecuencia, se ordena archivar la causa seguida al Ing. José Alfredo Salazar
González, IE-7937, en el expediente N° 48-11, dado lo expuesto y aunado a lo
referido por la Arq. Vanessa Campos Verdesia,
A-19934, en su calidad de representante legal de la empresa Técnica de Redes A
y M S. A. y de que no se encontraron situaciones adicionales en el expediente
que estuviesen violentando la normativa vigente del CFIA y sus reglamentos.
Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto
por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General. Que de conformidad
con lo que dispone el artículo 31 del Código Procesal Contencioso
Administrativo, Ley N° 8508, es facultativo el agotamiento de la vía
administrativa, por lo que pueden los interesados acudir a los tribunales de
justicia a hacer valer sus derechos. Sin embargo, conforme lo señala el
artículo 115 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario del Colegio
Federado de Ingenieros y de Arquitectos, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta N° 119 de 20 de junio de 2008, las partes podrán interponer recurso de
reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en
la Plataforma de Servicios o en su defecto en las sedes regionales del Colegio
Federado, en el término de diez días hábiles, contados a partir de la
notificación a la presente resolución.
b. Se aprueba lo recomendado por la Instructora
de Régimen Disciplinario y en consecuencia, se instaura un Tribunal de Honor al
Ing. Ithamar Fernández Varela, IC-3054, al Ing.
Carlos José Bresciani Quirós IC-2744, a la Arq.
Vanessa Campos Verdesia, A-19934, al Ing. Mauricio Ferlini Badilla, IME-14819, a la empresa Arkytectura Consultores S. A. CC-04689, a la empresa Araica S. A., CC-00015 y a la empresa Técnica de Redes A Y
M S. A. CC-04605, en el expediente N° 48-11 de denuncia interpuesta por la
Licda. Miriam Orozco Valerio, Auditora Interna de la Comisión Nacional de
Emergencias, con el fin de llegar a la verdad real de los hechos, según oficio
N° 3970-2012-DRD.
c. El Tribunal de Honor para las empresas y para
los profesionales denunciados, estará conformado por el Ing. Luis González
Espinoza, el Arq. Ricardo Fliman Wurgaft,
el Ing. Jorge Rojas Soto (en calidad de suplente), del Tribunal de Honor
Permanente Multidisciplinario; y por el Ing. Olman
Vargas Zeledón, en su condición de Director Ejecutivo del C.F.I.A.
d. El Tribunal de Honor podrá contar con asesoría
legal para cualquier fase del procedimiento. Asimismo, se informa que el CFIA
garantiza en todo momento el acceso al expediente, sus piezas y a los
antecedentes que motivaron el presente acuerdo. Contra la anterior resolución
cabrá el recurso de revocatoria ante la Junta Directiva General, el cual deberá
plantearse en el término de tres días contados a partir de la notificación de
la resolución de instaurar el Tribunal de Honor, según se dispone en el
artículo 345 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.
e. Se autoriza al Departamento de Régimen
Disciplinario para que mediante oficio, se le envíe una recomendación a la
Comisión Nacional de Emergencias, indicándole que para toda contratación en la
que participen empresas constructoras y/o consultoras y sus respectivos
profesionales responsables, se debe exigir, además de estar registrados ante el
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, como requisito indispensable
que los mismos registren su responsabilidad sobre la ejecución de las obras
contratadas; ante este Colegio Federado y ante las oficinas públicas encargadas
de autorizar dichas obras. Además de contar con profesionales agremiados al
CFIA por parte de la entidad para la debida fiscalización de las obras
adjudicadas.
f. Encomendar a la Asesoría Legal el análisis de
un eventual ejercicio ilegal de la profesión por parte del Sr. José Rafael Vindas Arias, cédula N° 1-0686-0458, con el fin de que este
Colegio Federado, interponga la querella pertinente ante la instancia judicial
correspondiente, si así procediera.”
Ing. Olman
Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—O. C. Nº 541-2014.—Solicitud Nº
18771.—(IN2014056615).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
UNIVERSIDAD
METROPOLITANA CASTRO CARAZO
El Departamento de Registro de la
Universidad Metropolitana Castro Carazo,
informa que se ha extraviado el Título de Licenciatura en Ciencias de la
Educación con énfasis en docencia para ejercer la Enseñanza de Filología
Clásica registrado en el control de emisiones de título tomo 3, folio 147,
asiento 20257 con fecha siete de dos de noviembre del 2012, a nombre de Almitra Desueza Delgado, cédula
número: uno uno cero seis uno cero uno seis cero, se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San
José, 22 de mayo del 2014.—Departamento de Registro.—Ing. Alejandra González
López, Directora de Registro.—(IN2014057051).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
CADENAS
BURGUERA SOCIEDAD ANÓNIMA
Aviso
por estado final de liquidación
Cadenas Burguera Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-doscientos sesenta mil trescientos setenta y dos, detalla un
extracto del estado final de la liquidación: activo: activo circulante: caja y
bancos 143.212.872,69. Total del activo circulante 143.212.872,69. Total del
activo 143.212.872,69. Pasivo y patrimonio: capital social 10.000. Aportes
extraordinarios 19.000.000,00. Utilidad acumulado 124.202.872,49. Total
patrimonio 143.212.872,69. Total pasivo y patrimonio 143.212.872,69.—17 de diciembre del 2013.—Lic. Carlos Enrique Solís Pérez,
Liquidador.—1 vez.—(IN2014056568).
HORIZONTES
DEL ECUADOR SOCIEDAD ANÓNIMA
Quien suscribe, David Pérez Alonso
quien es mayor de edad, de un solo apellido en razón de su nacionalidad
española, portador del pasaporte de su país número AA B dos cinco uno cinco
siete cuatro, en su condición de
apoderado generalísimo sin límite de suma de Horizontes del Ecuador
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos ochenta y ocho mil setecientos ochenta y nueve, para efectos
de reposición informo el extravío del tomo uno del libro de la sociedad
denominado, Registro de Socios.—San José, 01 de setiembre de 2014.—David Pérez
Alonso, Apoderado.—1 vez.—(IN2014056571).
VERSANI
DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA
Aviso
por estado final de liquidación
Versani del Este Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-163492, detalla un extracto del estado final de la
liquidación: activo: activo circulante: caja y bancos 181.915.019,71. Total del
activo circulante 181.915.019,71. Total del activo 181.915.019,71. Pasivo y
patrimonio: capital social 20.000. Reserva legal: 2.478,00 aportes
extraordinarios 24.300.000,00. Utilidad acumulado 157.592.541,71. Total
patrimonio 181.915.019,71. Total pasivo y patrimonio 181.915.019,71.—15 de junio del 2014.—Lic. Carlos Enrique Solís Pérez,
Liquidador.—1 vez.—(IN2014056574).
Protocolización del acta de la
asamblea general extraordinaria número cinco de la sociedad Agropecuaria
Jateo Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-doscientos noventa y siete mil setecientos sesenta y cinco, se modifica la
cláusula cinco de la ley constitutiva, para que se lea de ahora en adelante
como sigue; cláusula quinta: del capital social: el capital social de la
sociedad será de noventa millones de colones, representada por noventa acciones
comunes y nominativas de un millón de colones cada una íntegramente suscritas y
pagadas así: treinta millones de colones, como ya indica el registro, y los
restantes sesenta millones de colones, con una letra de cambio con valor
facial, endosada a favor de la sociedad, lo que los socios aprueban
expresamente. Dichas acciones serán firmadas por el presidente de la sociedad.—Escritura otorgada en Atenas, a las once horas, del día
veintinueve de agosto del dos mil catorce.—Lic. Herberth
Enrique Martínez Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2014056604).
DISTRIBUIDORA
LA CRUZ S. A.
Jorge Arroyo Herra,
cédula 1-0329-0291, presidente y representante legal de la sociedad domiciliada
en San José, Distribuidora La Cruz S. A., cédula jurídica 3-101-033916,
solicito al Registro Mercantil la Reposición del libro legal de actas de
Asamblea de Socios, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a
partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el
Registro Mercantil.—29 de agosto del 2014.—Lic. Arturo
Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2014056628).
CORPORACIÓN
WEBMALL
DE
COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
El señor Carlos Francisco Espinoza
Rojas, portador de la cédula de identidad número uno-ochocientos sesenta y cinco-novecientos
cuarenta y cinco, solicitó la reposición de los libros legales de la sociedad
denominada Corporación Webmall de Costa Rica Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número tres - ciento uno-quinientos treinta mil
doscientos setenta y cuatro por extravío. Es todo.—San
José, 2 de setiembre del 2014.—Carlos Francisco Espinoza Rojas.—1
vez.—(IN2014056639).
KADOCA
S. A.
Informe de Liquidación de Kadoca S. A., cédula jurídica 3-101-539001
Activos ¢10.000,00
Pasivos No Hay
Cuentas
Bancarias No Hay
En vista de lo anterior, se procede a
devolver el capital social a los socios, conforme su participación accionaria.
Se hace constar que la sociedad Kadoca S. A., se
disolvió en fecha 9 de enero de 2014.—San José, 13 de mayo del 2014.—Jorge
Pacheco Arce, Liquidador.—1 vez.—(IN2014057042).
AZALEAS
Y MAZANOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Se les comunica a
los miembros de la Junta Directiva y Accionistas de la sociedad Azaleas y Mazanos Sociedad Anónima; cédula jurídica N° 3-101-548738,
que por motivo de extravío, se hará la reposición de los siguientes libros:
Junta Directiva, Asamblea General y Registro de Accionistas.—San
José, el día dos de setiembre del año 2014.—Óscar Raventós Barange,
Presidente.—1 vez.—(IN2014057053).
3-101-563387 SOCIEDAD ANÓNIMA
Se les comunica a los
miembros de la Junta Directiva y Accionistas de la sociedad 3-101-563387
Sociedad Anónima; cédula jurídica número 3-101-563387, que por motivo de
extravío, se hará la reposición de los siguientes libros: Junta Directiva,
Asamblea General y Registro de Accionistas.—San José, el día dos de setiembre
del 2014.—Óscar Raventós Barange, Presidente.—1
vez.—(IN2014057054).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante mi notaría, el día de hoy, se protocolizó
reforma de la cláusula quinta del pacto social de la sociedad 3-101-537861
Sociedad Anónima, disminución de capital.—Tibás,
1° de setiembre del 2014.—Lic. Giovanni Eduardo Rodríguez Solís, Notario.—(IN2014056051).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por
escritura otorgada el día 3 de junio del 2014, la sociedad Alternativas de
Desarrollo Alterdes S. A., cédula jurídica
3-101-326488, modificó cláusula segunda del pacto constitutivo relativa al
domicilio.—Lic. Jimmy Solano Ulloa, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 16011.—(IN2014042635).
Por escritura otorgada ante mí, a las
9:50 horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Fuwa S. A., mediante la cual se acordó su
disolución.—Turrialba a las 9:50 horas del 14 de
agosto del 2014.—Lic. Carmen Ma. Achoy Arce, Notaria.—1 vez.—(IN2014056248).
Mediante escritura número 198-6, otorgada
a las 17:00 horas del 27 de agosto de 2014, se modifica la cláusula 6ª de la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad denominada, Inversiones
Intelectuales Rucayca S. A., cédula jurídica
3-101-265353.—San José, 2 de setiembre del 2014.—Lic.
Carlos Eduardo Gutiérrez Monge, Notario.—1
vez.—(IN2014056252).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las dieciséis horas del veintisiete de agosto del dos mil catorce,
protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas
que consta en el acta número uno de la empresa Tres-Ciento Dos-Seiscientos
Setenta y Nueve Mil Ochocientos Veintisiete Sociedad de Responsabilidad
Limitada, mediante la cual y por acuerdo unánime se revocaron y realizaron
nuevos nombramientos en la junta de administración.—Liberia, Guanacaste, a las
dieciséis horas con treinta minutos del veintisiete de agosto del dos mil
catorce.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca, Notario.—1
vez.—(IN2014056263).
Por escritura otorgada por el suscrito
Álvaro Restrepo Muñoz, a las diecisiete horas del veinticuatro de julio del dos
mil catorce, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de cuotistas, acta número dos, de la
compañía Tres-Ciento Dos-Seiscientos Setenta y Nueve Mil Ochocientos Doce
Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento dos-seiscientos setenta y nueve mil ochocientos doce, por lo que se
reforman las cláusulas sexta y sétima del pacto social.—Guanacaste, veintisiete
de agosto de dos mil catorce.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.—1 vez.—(IN2014056265).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las doce horas del veintisiete de agosto del dos mil catorce,
protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas,
que consta en el acta número uno de la empresa Tres-Ciento Dos-Seiscientos
Ochenta y Dos Mil Setecientos Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada,
mediante la cual y por acuerdo unánime se autorizó aumentar el capital social,
y se reformaron las cláusulas del capital social, administración,
representación judicial y extrajudicial. De igual forma, se revocaron y
realizaron nuevos nombramientos en la junta de administración. Es todo.—Liberia, Guanacaste, a las trece horas del veintisiete de
agosto del dos mil catorce.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca, Notario.—1 vez.—(IN2014056267).
Por escritura número 8 del tomo 2 de
mi protocolo, otorgada las 9:00 horas del 21 de agosto del año 2014, ante el
suscrito notario comparecieron los señores Stephanie Vanessa Mora Zamora y
Jorge Steve Mora Zamora para constituir una sociedad de responsabilidad
limitada cuya razón social será determinada por el Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional por medio del Decreto Ejecutivo Número 33171
publicado en La Gaceta número 114 del 14 de junio del 2006.—San José, 29
de agosto de 2014.—Lic. Federico Castro Kahle,
Notario.—1 vez.—(IN2014056273).
Por escritura número 15 del tomo 2 de
mi protocolo, otorgada las 9:00 horas del 2 de setiembre del año 2014, ante el
suscrito notario se constituye la sociedad de responsabilidad limitada cuya
razón social será asignada de oficio por el Registro de Personas Jurídicas de
conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo No. 33171-J, cuya
representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma será el gerente.—San José, 2 de setiembre del
año 2014.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—(IN2014056274).
Por escritura número 47 del tomo 23 de
mi protocolo, otorgada a las 15:00 horas del 28 de agosto del año 2014, ante el
suscrito notario se constituye la sociedad de responsabilidad limitada cuya
razón social será FRC Enterprises Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cuya representación judicial y extrajudicial con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma será el gerente.—San José, 28 de agosto del año 2014.—Lic. Jorge Moisés
Ulloa Maduro, Notario.—1 vez.—(IN2014056275).
Por escritura número 16 del tomo 2 de
mi protocolo, otorgada las 10:00 horas del 2 de setiembre del año 2014, ante el
suscrito notario se constituye la sociedad de responsabilidad limitada cuya
razón social será asignada de oficio por el Registro de Personas Jurídicas de
conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo No. 33171-J, cuya
representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma será el gerente.—San José, 2 de setiembre del
año 2014.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—(IN2014056277).
Por escritura otorgada a las 15:00
horas del 21 de agosto de 2014, protocolicé actas de asamblea de socios de las
sociedades Aeroservicios de Operaciones y
Adiestramiento Centroamericanos AEROSER S. A. y Servicios Aeronáuticos Pilot Crew-CR S. A., mediante
la cual se fusionan dichas compañías sobreviviendo la última y modifica la cláusula
V de los estatutos.—San José, 21 de agosto de
2014.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1
vez.—(IN2014056283).
Por escritura otorgada en mi notaría a
las 17 horas del 21 de agosto del 2014, se constituyó Soluciones de Servicio
Oliga Sociedad Anónima. Capital social: cien mil
colones.—Lic. María Elena Salazar Díaz, Notaria.—1 vez.—(IN2014056285).
Ante mí, Carlos Fernández Vásquez,
Notario Público, la empresa Inversiones Chajime S.
A., solicita el cambio de razón social, domicilio social y nombra gerente y
subgerente, todo en acta de asamblea extraordinaria de socios del 25 de agosto
del 2014. Escritura 84 del 26 de agosto del dos mil catorce.—Palmares,
26 de agosto del 2014.—Lic. Carlos Luis Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—(IN2014056361).
Mediante asamblea extraordinaria
celebrada a las catorce horas del día veintiocho de agosto del dos mil catorce,
se acuerda aumentar el capital de la sociedad Central de Servicios PC S. A.,
cédula jurídica tres-ciento uno-noventa y seis mil quinientos veintisiete,
quedando el capital social en la suma de quinientos diez millones de colones.—San José, cuatro de setiembre de 2014.—Lic. Erna Elizondo Cabezas, Notaria.—1
vez.—(IN2014056721).
Por escritura
otorgada en San José, a las quince horas del veintidós de agosto del dos mil
catorce, ante la notaria Laura Avilés Ramírez, se acuerda la disolución de la
sociedad Transtotal S. A., cédula
jurídica cédula jurídica 3-101-453951. Es todo.—San
José, veintidós de agosto del 2014.—Lic. Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2014056722).
Por escritura en
la notaría de Walter Garita Quirós, de las veintiún horas del tres de setiembre
del dos mil catorce, se reforma la cláusula sexta de la representación de la
sociedad Villa Anagre S. A., cédula jurídica
tres-uno cero uno-cuatro cero dos cuatro uno seis.—Tres de setiembre del dos
mil catorce.—Lic. Walter Garita Quirós, Notario.—1
vez.—(IN2014056726).
Ante esta notaría,
mediante escritura otorgada a las nueve horas del primero de setiembre del dos
mil catorce, se modificó el pacto social de la sociedad denominada M-Cube
Digital S. A., cédula jurídica: 3-101-487665, la cual cambia su
denominación social y pasa a llamarse: Hogares Sostenibles de Costa Rica
Sociedad Anónima, asimismo su nuevo domicilio es: San José, Rorhmoser, quinientos metros al norte de la Embajada de
Estados Unidos.—San José, primero de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Diego
A. Oviedo Alpízar, Notario.—1
vez.—(IN2014056727).
Ante esta
notaría, la sociedad Compañía Aduanera Sociedad Anónima, 3-101-003621-13,
se reforma clausula 6ta. sobre la
administración.—San José, 2 de setiembre de 2014.—Lic. Botho
Steinvorth Koberg, Notario.—1 vez.—(IN2014056729).
En esta notaría,
se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de NKH CR S. A.,
en la cual se nombra junta directiva y domicilio social. Es todo.—San José, dos de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Ana Sophia Lobo León, Notaria.—1
vez.—(IN2014056731).
Por escritura
sesenta y cinco-veinticinco otorgada en esta notaría el día treinta de agosto
del dos mil catorce, a las quince horas, se protocolizan acuerdos, se nombra
secretario y tesorera de la sociedad denominada: Inversiones y Textiles V R Felco Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-673333.—Cartago, primero de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Belisario
Antonio Solano Solano, Notario.—1
vez.—(IN2014056737).
Mediante
escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del dos de setiembre del dos
mil catorce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía: Arpac
Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se modifican las
cláusulas primera y segunda y se realiza nombramiento de gerente.—San José, dos
de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Rolando Laclé
Zúñiga, Notario.—1 vez.—(IN2014056738).
Por escritura
otorgada por esta notaría, a las 16:00 horas del 3 de setiembre del 2014, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
anónima Seguridad Eulen S. A., mediante la
cual se modificó cláusula vigésimo segunda de los estatutos.—Lic.
Jaime Andrés Rojas Fortado, Notario.—1
vez.—(IN2014056740).
Por escritura
otorgada por esta notaría, a las 16:30 horas del 3 de setiembre del 2014, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
anónima Eulen de Costa Rica S. A.,
mediante la cual se modificó cláusula vigésimo segunda de los estatutos.—Lic.
Jaime Andrés Rojas Fortado, Notario.—1
vez.—(IN2014056741).
Debidamente
autorizado protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria
de socios de Gimnasio del Zurquí Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, en
cuanto domicilio social, en San José, Barrio Tournón,
contiguo al periódico la República, Hotel Radisson.—San
José, 2 de setiembre del 2014.—Lic. Johnny Vargas Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014056743).
Debidamente
autorizado protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria
de socios de Gimnasio de Guayabos Sociedad Anónima, mediante la cual se
reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, en cuanto domicilio social,
en San José, Curridabat, de la casa de Pepe Figueres,
trescientos metros al norte frente al Parque de Guayabos.—San
José, 2 de setiembre del 2014.—Lic. Johnny Vargas Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014056744).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del día tres de
setiembre del dos mil catorce, se acordó por unanimidad de los socios que
conforman el capital social la disolución de la sociedad de esta plaza
denominada Consorcio Jurídico R & C Abogados Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veinte mil novecientos
veinticuatro.—Lic. Luis Alberto Víquez Aragón, Notario.—1
vez.—(IN2014056746).
Por escritura
otorgada a las 15:00 horas del 25 de agosto del 2014, protocolicé acta de la
empresa Servicios de Salud Jisol Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica 3-101-387361, donde se acuerda su disolución.—San José, 25 de agosto del 2014.—Lic. Rolando José Mora
Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2014056747).
La suscrita notaria hace constar,
que mediante escritura otorgada a las diecinueve horas del día de hoy, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Bracam Pital S. A.,
en la cual se reforma la cláusula quinta de la misma.—San
José, primero de setiembre del año dos mil catorce.—Lic. Andrea Morúa Vega, Notaria.—1
vez.—(IN2014056750).
Por escritura Nº
210, otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 2 de setiembre de 2014, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Pinos de Coronado
S. A., donde se reformó la cláusula de la administración y porcentaje de
capital social para tomar acuerdos.—San José, 2 de
setiembre de 2014.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1
vez.—(IN2014056752).
Por escritura
número quince otorgada ante esta notaría en conotariado
con la Lic. Priscilla Ureña Duarte, a las nueve horas del dos de setiembre del
dos mil catorce, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la
sociedad denominada El Baúl de los Juguetes Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-ochenta y cinco mil novecientos ochenta
y cinco.—San José, 2 de setiembre de dos mil
catorce.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2014056753).
Por escritura
otorgada ante mí, a las trece horas del treinta de agosto de dos mil catorce,
Carlos Darío Alvarez Arrieta y Maureen
Zulay Villalobos Montero, constituyeron sociedad
anónima, cuyo nombre de fantasía será el número de cédula que le asigne el
Registro de Personas Jurídicas. Capital social: cincuenta mil colones. Plazo
social: noventa y nueve años. Representación: presidenta y secretario con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Ciudad
Quesada, 30 de agosto de 2014.—Lic. Heylen Zamora
Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014056756).
Por medio de
escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del 28 de agosto del 2014,
ante la notaria Alejandra Echeverría Alfaro, se constituyó la sociedad Perseus Constellation Group Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Domicilio: San
Ana. Capital social: ¢12.000,00. Presidente: Fernán Gallegos Echeverría.—Lic. Alejandra Echeverría Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2014056757).
Mediante
escritura número ciento noventa y uno-cuatro. Se reforma la
cláusula sexta del pacto constitutivo de Corporación B y B Costa Rica
S. A.—San
José, cuatro de setiembre del año 2014.—Lic. Luis Diego Quesada Araya, Notario.—1 vez.—(IN2014056759).
Mediante escritura
otorgada el día de hoy en mi notaría, se reforma la cláusula primera del pacto
social de Stewqui Sociedad Anónima.—San José, 3 de setiembre de dos mil catorce.—Lic. Ana
Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2014056761).
A las nueve horas
treinta minutos del tres de setiembre, protocolicé acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad: San And Sea Coalition S. A., donde se modifican las cláusulas
novena y segunda del pacto constitutivo.—San José, tres de setiembre del dos
mil catorce.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—(IN2014056765).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las nueve horas quince minutos del día tres de
setiembre del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad
Paraíso Escondido S. A., en donde por acuerdo de los socios se acordó su
disolución conforme lo establecido en el artículo 201, inciso d) del Código de
Comercio. Es todo.—San José, tres de setiembre del año
dos mil catorce.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—(IN2014056766).
Por escritura
ciento sesenta y cinco, en mi notaría, se protocoliza acta de asamblea de
socios de Inversiones Automotrices PZ del Este S. A., cédula jurídica:
tres-uno cero uno-cuatro siete cuatro uno seis seis,
mediante la cual se reforma cláusula primera cambio de razón social, a Inversiones
ALF-KGM Sociedad Anónima, y segunda modifica el domicilio a Curridabat, San José, se nombra nueva junta directiva y
fiscal.—San José, veintiocho de agosto de dos mil
catorce.—Lic. Huberth Salas Ortega, Notario.—1 vez.—(IN2014056771).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 21/8/14, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Inversiones Mijulha Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula
jurídica 3-102-462978. Acuerdo único: reforma total a la cláusula quinta del
pacto constitutivo.—San Isidro, Pérez Zeledón, 21
agosto del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1
vez.—(IN2014056780).
Hago constar que
mediante escritura número sesenta y tres-ciento cincuenta y siete, otorgada
ante esta notaría, a las once horas del once de agosto del año dos mil catorce,
se protocolizó acta de la sociedad denominada Cántaro de Agua Viva Sociedad
Anónima, donde se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Rohrmoser, veinte de agosto del año dos mil catorce.—Lic. Wilber Vargas Brenes, Notario.—1
vez.—(IN2014056781).
Hago constar que
mediante escritura número cinco-ciento cincuenta y ocho, otorgada ante esta
notaría, a las nueve horas del dos de setiembre del año dos mil catorce, se
protocolizó acta de la sociedad denominada Futuro Paz y Amor de CR Sociedad
Anónima, donde se modifica el plazo social.—Rohrmoser,
dos de setiembre del año dos mil catorce.—Lic. Wilber
Vargas Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2014056782).
Por escritura
otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad de esta
plaza: La Suerte de Oro y Yo S. A. Plazo: noventa y nueve años a partir
de su constitución. Capital: cien mil colones. Presidente Marco Vinicio Solano
Estrada.—San José, 3 de setiembre de 2014.—Lic.
Francisco Quijano Quirós, Notario.—1
vez.—(IN2014056783).
Por acta
protocolizada en esta notaría, de la sociedad denominada tres-ciento
uno-seiscientos seis mil ciento treinta y tres sociedad anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno- seiscientos seis mil ciento treinta y tres;
mediante escritura número doscientos doce, de las diecisiete horas del cuatro
de marzo del año dos mil catorce, se reformó la cláusula primera de los
estatutos, referente a la razón social de la misma, para que en adelante sea
denominada La Casa de Campo del Tirra Sociedad
Anónima; la cláusula segunda de los estatutos, referente al domicilio
social; la cláusula tercera de los estatutos, referente al objeto, y la
cláusula quinta de los estatutos, referente al capital social, y se incorpora
una nueva cláusula a los estatutos, referente a la cesión de acciones.—San Juan
Sur, Cartago, cuatro de marzo del año dos mil catorce.—Lic. Yirlanny
Castro Navarro, Notaria.—1 vez.—(IN2014056784).
Rotayka Sociedad Anónima, modifica
cláusula de administración, acepta renuncia de vicepresidente, secretario,
tesorero y fiscal y hace nuevos nombramientos por el resto del plazo social.—San José, a las ocho horas del dos de setiembre de dos mil
catorce.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1
vez.—(IN2014056802).
A las diez horas
del veinticuatro de agosto del año dos mil catorce, los socios de la sociedad Rodantes
de Nascar Sociedad Anónima, en asamblea
extraordinaria de socios, y por estar representado todo el capital social
reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y nombran nuevo
presidente y tesorero.—Lic. Jenilee
Lara Rivera, Notaria.—1 vez.—(IN2014056806).
La suscrita,
Dinorah González Cruz, en representación de Sociedad U.P.S.P. Unidad Profesional de
Seguridad Privada S. A., modifica cláusula segunda del pacto
constitutivo. Es todo.— San José, cuatro de setiembre
de dos mil catorce.—Lic. Hilda Marta Alpízar
Castrillo, Notaria.—1 vez.—(IN2014056808).
Mediante
escritura pública número ciento setenta y cinco ante la notaría del Licenciado
Marco Vinicio Solano Estrada, se constituyó la compañía Emisebem
Veinticuatro/Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un plazo
social de cien años, a partir del día primero de setiembre del dos mil catorce.
Capital social: cien mil colones. La representación legal recae sobre el
gerente uno y gerente dos, con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma firmando conjunta o separadamente.—San
José, primero de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Marco Vinicio Solano
Estrada, Notario.—1 vez.—(IN2014056823).
Protocolización
de acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inverglobal
S. A. Escritura otorgada en San José, a las 14:00 horas del 3 de setiembre
de 2014.—Lic. Ivonne Patricia Redondo Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2014056827).
Ante María del
Rocío Arroyo Chaves, a las 11:00 horas de hoy, se constituye la sociedad Grupo
González Ara-Diz Sociedad Anónima. Capital
suscrito y pagado. Apoderado el presidente.—San Antonio,
Belén, Heredia, 3 de setiembre del 2014.—Lic. María del Rocío Arroyo Chaves,
Notaria.—1 vez.—(IN2014056830).
Ante esta
notaría, se constituyó por medio de transformación según protocolización del
acta número uno del libro de la asamblea de accionistas la transformación de la
sociedad anónima denominada tres-ciento uno-seis cuatro cuatro
seis nueve dos, ahora denominada MMQM Sociedad Civil, por un plazo
de ochenta años, con domicilio social en San José, Curridabat,
del Indoor Club doscientos metros al sur y cien al
oeste, casa número doscientos cincuenta y dos. Mónica Quesada Madrigal es
administradora, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma,
correspondiéndole la administración judicial y extrajudicial de dicha sociedad.
Es todo.—San José, a las diez horas del dos de
setiembre de dos mil catorce.—Lic. Manuel Salvador de Trinidad Gaitán, Notario.—1 vez.—(IN2014056831).
Por escritura
otorgada en San José, a las 8:00 horas del 4 de setiembre de 2014, la sociedad
denominada Third Fenix
House Sociedad Anónima S. A., protocolizó
acuerdos mediante los cuales reforma la cláusula primera del pacto social.—Lic. Augusto Porras Anchía,
Notario.—1 vez.—(IN2014056834).
Debidamente
autorizado al efecto protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de tres-ciento uno- seiscientos sesenta y tres mil trescientos
noventa y siete s. a., mediante la cual se modifican el domicilio social,
la representación judicial y extrajudicial, y se nombra nuevo presidente de la
junta directiva.—San José, 20 horas del 31 de agosto
del 2014.—Lic. Federico Carlos Sáenz de Mendiola, Notario.—1
vez.—(IN2014056838).
En escritura
número treinta y seis-diez, de las quince horas treinta minutos del día catorce
de agosto del dos mil catorce, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Jofer Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-treinta y
siete mil novecientos veintisiete, reformando la cláusula cuarta del pacto
constitutivo de la sociedad.—San José, 29 de agosto
del 2014.—Lic. Adrián Alvarenga Odio, Notario.—1
vez.—(IN2014056839).
En esta notaria
se ha protocolizado acta de asamblea general de socios de Uno Nacido por
Bendición Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-543519. Se
reforma cláusula sétimo de pacto constitutivo. Se elige secretario de junta
directiva.—Palmares, 25 de agosto del 2014.—Albino
Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—(IN2014058789).
En esta notaria
se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de Dos Victores Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-543391, del 22 de agosto del 2014. Acuerdan disolverla amparados
en el inciso d-), artículo 201 del Código de Comercio. Se cumple con lo
dispuesto en el artículo 207 del mismo código, a efecto quienes se consideren
perjudicados se opongan judicialmente.—Palmares, 25 de
agosto del 2014.—Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—(IN2014058794).
En esta notaria
se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de Costarican Ocean View
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-350288, del 22 de agosto
del 2014. Acuerdan disolverla amparados en el inciso d-), artículo 201 del
Código de Comercio. Se cumple con lo dispuesto en el artículo 207 del mismo
código, a efecto quienes se consideren perjudicados se opongan judicialmente.—Palmares, 25 de agosto del 2014.—Albino Solórzano Vega,
Notario.—1 vez.—(IN2014058801).
En esta notaria
se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de Tres
Carismáticos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-543318,
del 22 de agosto del 2014. Acuerdan disolverla amparados en el inciso d-),
artículo 201 del Código de Comercio. Se cumple con lo dispuesto en el artículo
207 del mismo código, a efecto quienes se consideren perjudicados se opongan
judicialmente.—Palmares, 25 de agosto del 2014.—Albino
Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—(IN2014058807).
Carlos Luis
Franco Aguilar, cedula N° 5-246-175 y otros; constituyen fundación cuya
denominación social será Fundación Fudeshu, su
domicilio será en Paquera, Puntarenas, Barrio San
Josecito, 600 metros oeste de la Escuela. Así consta mediante escritura N°
178-10, visible al folio 89 frente del tomo 10 del
notario Melvin Lobo Palacio con oficina abierta en Aguas Claras de Upala, 400 metros norte Entrada La Torre. Es todo.—Lic. Melvin Lobo Palacio, Notario.—1
vez.—(IN2014059532).
DIRECCIÓN
DE RECURSOS HUMANOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Expediente número 361-2014.—La Dirección de Recursos Humanos. A: Coto Zamora Sergio
José, cédula N° 01-690-913.
HACE
SABER:
I.—Que en su nombre se ha iniciado la
instrucción de un expediente disciplinario, de conformidad con el procedimiento
establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta
comisión de faltas a los deberes inherentes al cargo.
II.—De la información
substanciada existen elementos probatorios para imputarle los siguientes
supuestos hechos:
Que en su condición de Director en el
Colegio Nocturno León XIII, adscrito a la Dirección Regional de Educación San
José Norte; supuestamente no se presentó a laborar los días: 05, 06, 10, 11 y
12 de junio del año 2014. Lo anterior sin dar aviso oportuno a su superior
inmediato y sin aportar, dentro del término normativamente previsto,
justificación posterior alguna. (Ver folios del 01 al 16 del expediente de
marras).
III.—Que de ser cierto el hecho que se
le atribuye, usted incurriría en faltas graves o de alguna gravedad, según las
obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se establece en el artículos: 57
incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículo 81 inciso g) del
Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b); los artículos 12 incisos c) y
k) y 15 inciso b) del Reglamento de la Carrera Docente; artículos 42 incisos a)
y q) y 63 del Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Educación
Pública.
IV.—Que se le emplaza para que ejerza su derecho de
defensa dentro de los diez días hábiles siguientes, al recibo de la presente
notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de
Servicio Civil y ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren
testimoniales, indicará los hechos sobre los que versarán las respectivas
deposiciones así como la correspondiente dirección de los testigos, bajo
apercibimiento de que, de no hacerlo, se podrá declarar inadmisible la referida
prueba.
Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa
puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto, hacerse
representar por un abogado.
V.—Que la defensa deberá formularse por
escrito ante el Departamento de Asuntos Disciplinarios de la Dirección de
Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, ubicado en el Edificio Rofas, cuarto piso frente a emergencias del Hospital San
Juan de Dios, San José. Debiendo señalar medio o lugar para atender
notificaciones –Ley de Notificaciones 8687-, bajo apercibimiento que en caso
contrario quedará notificada de forma automática dentro de las 24 horas
siguientes de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales.
La no presentación de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese
derecho en esta etapa procedimental, y, la no indicación de lugar para recibir
notificaciones surtirá los efectos previstos en el artículo12 de la citada ley
VI.—Que contra este
traslado de cargos se pueden interponer los recursos ordinarios previstos en el
artículo 66 del Estatuto de Servicio Civil.
San José, 02 de julio del 2014.—Yaxinia Díaz Mendoza,
Directora.—O. C. N° 21341.—Solicitud N° 3520.—C-176220.—(IN2014056380).
Expediente número 424-2014.—La Dirección de Recursos Humanos, A: Rocha Cabraca René, cédula N° 07-075-873.
HACE
SABER:
I.—Que en su nombre se ha iniciado la
instrucción de un expediente disciplinario, de conformidad con el procedimiento
establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta
comisión de faltas a los deberes inherentes al cargo.
II.—De la información
substanciada existen elementos probatorios para imputarle los siguientes
supuestos hechos:
Que en su condición de Asesor Regional
de Educación Indígena en la Dirección Regional de Educación de Limón,
supuestamente no se presentó a laborar los días 10 y 11 de julio del año 2014.
Lo anterior sin dar aviso oportuno a su superior inmediato y sin aportar dentro
del término normativamente previsto, justificación posterior alguna. (Ver
folios del 01 al 18 del expediente de marras).
III.—Que de ser cierto el hecho que se
le atribuye, usted incurriría en faltas graves o de alguna gravedad, según las
obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se establece en el artículos: 57
incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículo 81 inciso g) del
Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b); los artículos 12 incisos c) y
k) y 15 inciso b) del Reglamento de la Carrera Docente; artículos 42 incisos a)
y q) y 63 del Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Educación
Pública.
IV.—Que se le emplaza para que ejerza su derecho de
defensa dentro de los diez días hábiles siguientes, al recibo de la presente
notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de
Servicio Civil y ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren
testimoniales, indicará los hechos sobre los que versarán las respectivas
deposiciones así como la correspondiente dirección de los testigos, bajo
apercibimiento de que, de no hacerlo, se podrá declarar inadmisible la referida
prueba.
Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa
puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto, hacerse
representar por un abogado.
V.—Que la defensa deberá formularse por
escrito ante el Departamento de Gestión Disciplinarios de la Dirección de
Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, ubicado en el Edificio Rofas, cuarto piso frente a emergencias del Hospital San
Juan de Dios, San José. Debiendo señalar medio o lugar para atender
notificaciones -Ley de Notificaciones 8687-, bajo apercibimiento que en caso
contrario quedará notificada de forma automática dentro de las 24 horas
siguientes de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. La no presentación de la defensa hará presumir la renuncia al
ejercicio de ese derecho en esta etapa procedimental, y, la no indicación de
lugar para recibir notificaciones surtirá los efectos previstos en el artículo12
de la citada ley
VI.—Que contra este
traslado de cargos se pueden interponer los recursos ordinarios previstos en el
artículo 66 del Estatuto de Servicio Civil.
San José, 04 de agosto del 2014.—Yaxinia Díaz Mendoza,
Directora.—O. C. N° 21341.—Solicitud N° 3516.—C-174180.—(IN2014056386).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad
con resolución RMT-1251-2014 de las 9:00 horas del 11 de julio del 2014. El
Ministro de Trabajo y Seguridad Social Resuelve: Impartir aprobación final a la
resolución JPIGTA-925-2014, de sesión celebrada en San José a las 14:00 horas
del 19 de junio del 2014, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra.
Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Portuguez
Ruiz Flor, cédula de identidad N° 3-113-651, a partir del día 01 de setiembre
del 2013; por la suma de ciento once mil setecientos treinta y cinco colones
con treinta y dos céntimos (¢111.735,32), mensuales en forma vitalicia, sin
perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la
fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Víctor Morales Mora, Ministro de Trabajo y Seguridad
Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora Nacional.—1
vez.—(IN2014056711).
SUCURSAL
GARABITO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
El suscrito Sr. Roberto Guevara
Castillo, Jefe de la Sucursal de Garabito, Caja Costarricense del Seguro
Social, mediante presente edicto por tres veces consecutivas: por no haber sido
posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente
notificación por publicación a los patronos y trabajador independiente
incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y
241 de la Ley General de Administración Pública. La institución le concede 5
días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario
el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones
de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal.
Reyes Reyes Pedro Rafael, 0-0000016764225-999-001, períodos 09
a 12/2010, 01 a 12/2011, 01 a 12/2012, 01 a 12/2013 y 01 a 08/2014, monto
¢1.293.154. Blandón Jiménez Marcial, 0-00601010206-999-001, períodos 09
a 12/2009, 01 a 12/2010, 01 a 12/2011, 01 a 12/2012, 01 a 12/2013 y 01 a
07/2014, monto ¢1.247.389. Arce Villalobos Rafael,
0-00205050999-999-001, períodos 02 a 12/2006, 01 a 12/2007, 01 a 12/2008, 01 a
12/2009, 01 a 12/2010, 01 a 12/2011, 01 a 12/2012, 01 a 12/2013 y 01 a 08/2014,
monto ¢2.430.207. Villalobos Montero Alexánder,
0-00106710145-999-001, períodos 01 a 12/2013 y 01 a 08/2014, monto: ¢244.011. Arias
Villalobos Juan Carlos, 0-00111830044-999(001)-001, períodos 06 a 12/2012,
01 a 12/2013 y 01 a 08/2014; planillas 12/2013, 01, 02, 03, 04, 05, 06 y
07/2014, monto ¢2.683.956. Umaña Calvo Ulises Alberto,
0-00603340230-002-001, planillas 03, 04, 05, 06 y 07/2014, monto: ¢202.452. Best Pools & Gardens
S.R.L., 2-03102555770-001-001, planillas de 01, 02, 03 y 04/2014, monto
¢165.942. Costa Rica Home Solutions S. A.,
2-03101511331-002-001, planillas 11/2010, 07 y 08/2011, adicionales de 10/2010
y 10/2012, monto ¢5.476.753. Alcon Abogados
S. A., 2-03101596634-001-001, planillas de 01, 02, 03, 04, 05, 06 y
07/2014 y servicio médico de 05/2014, monto ¢893.613. Promo
ACE S. A., 2-03101581858-001-001, planillas 04 y 05/2014, monto
¢595.186. Bonicar MJETC S. A.,
2-03101390713-001-001, planilla 05 y 06/2014, monto ¢163.279. Rusell de Jacó
S. A., 2-03101673522-001-001, planilla 03, 04, 05 y 06/2014, monto
¢1.119.648. Shell Club A Ten S. A.,
2-03101417531-001-001, planilla 02 y 03/2014 y servicio médico 02/2013, monto
¢1.318.254. Accesos Tecnológicos Primaflash S.
A., 2-03101458185-001-001, planilla 02, 03 y 04/2014, monto ¢663,456.
01 de setiembre del 2014.—Roberto Guevara Castillo, Administrador
Sucursal.—(IN2014056560).
HOSPITAL SAN
VICENTE DE PAÚL
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Hospital San Vicente de Paúl-Dirección de Enfermería,
Heredia, al ser las 10 horas del día veintidós de agosto del dos mil catorce.
Una vez revisado y analizado el informe de Conclusiones del Órgano Director
dentro del Procedimiento Administrativo de Responsabilidad Disciplinaria
seguido por la Institución en contra de la Señorita Julie Pauline López Ledezma, cédula de
ciudadana N° 800.930.215 se procede al dictado de la Resolución Final, la cual
se notifica mediante publicación por tres veces consecutivas, en el Diario
Oficial La Gaceta, solo la parte dispositiva, dada la imposibilidad
material de notificarle en el domicilio conocido por la Administración, al no
poseer represente o apoderado legal en el país. Al mismo tiempo se hace saber
al interesado por la Resolución Administrativa 3220-2014 completa está
disponible del folio 48 al 53 expediente Procedimiento Administrativo
Disciplinario N° 08-2014 que se custodia en esta Dirección. (“I-(…), II (…), III (…), IV (...), V (…). VI (…), VII (…), VIII
(…) IX (…), X(..), XI (…) XII (…) “) XIII. Por tanto: Esta Dirección, posterior
al análisis del Expediente Administrativo Disciplinario N° 08-2014 y con
fundamento en los hechos y el derecho anotado supra, así como la prueba
previamente citada y analizada, se llega a la conclusión que el presente caso
se violenta lo establecido en la Constitución Política Artículo 11, Ley General
de la Administración Pública, 11, 113, 211, 213, Reglamento Interior de
Trabajador de la CCSS, Artículo 48, 50, 74, 75, 76 por lo cual se Resuelve:
proceder a la propuesta de despido sin responsabilidad patronal a la señorita Julie Pauline López Ledezma, lo anterior en disposición del análisis contenido
en el apartado. Procédase a notificar de lo resuelto por el Órgano Decisor.—Heredia, 26 de agosto del 2014.—Dr. Isaac Ortiz Morales,
Director de Enfermería.—(IN2014056452).
PUBLICACIÓN DE unA VEZ
SUCURSAL DE
GUADALUPE
De conformidad con los artículos 10 y 20 del
“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Risoki S. A., número patronal 2-03101262970-001-001, se
procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Guadalupe de la
Dirección Regional Central de Sucursales de la Caja Costarricense de Seguro
Social, ha dictado el traslado de cargos número de caso 1204-2014-01847, que en
lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial
efectuada, se han detectado omisiones salariales de las trabajadoras Winny Fabiola Vega Rivera número de cédula 1-1425-0961 y
María Eugenia Ávalos Morales número de cédula 1-1285-0846, detallados en hoja
de trabajo, folio 014 y 015 del expediente administrativo, por el período del
30 de junio al 31 de agosto 2010, Total de salarios omitidos ¢740.133,32, Total
de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢165.345,78. Total de aportaciones de la Ley de Protección al
Trabajador ¢42.557,66. Consulta expediente: en esta oficina Guadalupe,
Goicoechea 75 m oeste de la Cruz Roja, se encuentra a su disposición el
expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez
días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para
ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes.
Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro
del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los
efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como
Segundo Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para
notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se
tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de
la fecha de resolución. Notifíquese.—Dirección
Regional Central de Sucursales, Guadalupe, 25 de agosto del 2014.—Lic. Juan
Carlos Delgado Cabalceta, Jefe.—1
vez.—(IN2014056492).
De conformidad con los artículos 10 y 20 del
“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de
trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono
Luis Antonio Madrigal Chinchilla número patronal 0-00106220462-001-001, se
procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Guadalupe de la
Dirección Regional Central de Sucursales de la Caja Costarricense de Seguro
Social, ha dictado el Informe de Inspección número 1204-01711-2014-I, que en lo
que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada,
se han detectado omisiones salariales del trabajador Reyes León Rolando número
de cédula 113530491, detallados en hoja de trabajo, folio 009, 010, 011 del
expediente administrativo, por el período de febrero del 2009, total de
salarios omitidos ¢13.054,00, Total de cuotas obreras y patronales de la Caja
¢2.916,26. Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador ¢750,61.
Consulta expediente: en esta oficina Guadalupe, Goicoechea 75 m oeste de la
Cruz Roja, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que
dispone la Ley. Se les confiere un plazo de
diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación,
para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír
notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el
mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de
Justicia como Segundo Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o
medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos
se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir
de la fecha de resolución. Notifíquese.—Dirección
Regional Central de Sucursales, Guadalupe, 25 de agosto del 2014.—Lic. Juan
Carlos Delgado Cabalceta, Jefe.—1
vez.—(IN2014056493).
SUCURSAL
PALMAR NORTE
De conformidad con los artículos 10 y
20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales
y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del
patrono Campanario Sociedad Anónima, número patronal 2-03101023846-001-001,
actividad económica “Silvicultura”, se procede a notificar por medio de edicto,
que la Sucursal del Seguro Social de Palmar Norte, ha dictado el Traslado de
Cargos número de caso 1605-2014-00222, que en lo que interesa indica: como
resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado
diferencias salariales de los trabajadores: Idalieth
Gómez Jiménez, cédula de identidad 9-0106-0751, por el periodo que va entre
junio 2010 hasta febrero 2014. Total de salarios ¢9.180.433,78, Total de cuotas
obreras y patronales de la Caja ¢2.050.909,00. Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador ¢436.060,00.
Consulta expediente: en esta oficina ubicada entre calle 147 y avenida 7, se
encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la
Ley. Se les confiere un plazo de diez
días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para
ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se le previene que debe
señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro
administrativo establecido por la Caja, al norte, hasta la Escuela Barrio
Alemania, sur, hasta Bar y Restaurante la Yarda, este, hasta la antigua Planta
del ICE, oeste, hasta Barrio el Estadio. De no indicar lugar o medio para
notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se
tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de
la fecha de resolución. Notifíquese.—Palmar Norte, 19 de marzo del 2014.—Lic. Fulvio Alvarado Agüero, Jefe.—1
vez.—(IN2014057045).
De conformidad con los artículos 10 y
20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales
y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del
patrono The Leap Of The Dolphin S. A., número
patronal 2-03101363025-001-001, actividad económica “Otras Actividades de
Servicios NCP”, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal del
Seguro Social de Palmar Norte, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso
1605-2014-00190, que en lo que interesa indica: como resultado material de la
revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones salariales del
trabajador: Iván Cordero Jiménez, cédula de identidad 1-1029-0057, por el
periodo de abril 2012. Total de salarios ¢6.106.229,70, Total de cuotas obreras
y patronales de la Caja ¢1.486.262,00 Total de aportaciones de la Ley de
Protección al Trabajador ¢228.984,00 Consulta expediente: en esta oficina
ubicada entre calle 147 y Avenida 7, se encuentra a su disposición el
expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de
diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación,
para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír
notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, al
norte, hasta la Escuela Barrio Alemania, sur, hasta Bar y Restaurante la Yarda;
este, hasta la antigua Planta del ICE, oeste, hasta Barrio el Estadio. De no indicar
lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de
Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a
partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Palmar
Norte, 12 de agosto del 2014.—Lic. Fulvio Alvarado
Agüero, Jefe.—1 vez.—(IN2014057048).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
ASUNTO: Adquisición de terreno para la construcción de tanque de
almacenamiento, Proyecto Buenos Aires
N°
2014-389
JUNTA
DIRECTIVA
Considerando:
1º—Que el Departamento de Diseño de la
UEN Programación y Control, mediante memorando SB-AID-PC-2014-793, de fecha 26
de mayo del 2014, solicitó y justificó técnicamente la adquisición de un
terreno, con un área de 355,52 metros cuadrados, conforme al plano catastrado
P-0881486-2006, para la construcción de un tanque de almacenamiento de Agua
Potable, para el Acueducto Integrado de Buenos Aires de Puntarenas.
2º—Que la finca afectada se encuentra inscrita en el
Partido de Puntarenas, del Registro Público al Sistema de Folio Real Matrícula
Nº 158154-000, con un área total según registro de 355,52 metros cuadrados,
propiedad de la compañía “Ganadera Sánchez Campos S. A.”, cédula de persona
jurídica Nº 3-101-143866.
3º—Que el Departamento de Avalúos, mediante
memorando SB-AID-PC-A-2014-008, del 18 de enero del 2014, valoró el terreno
así:
“...B.8. Avalúo del terreno:
El lote se encuentra localizado frente
a la escuela pública de la localidad de Santa María de Brunka,
en Buenos Aires de Puntarenas. La zona donde se ubica este terreno es de
predominancia rural con casas de habitación de estrato social de clase media
baja. Se observa la disponibilidad de servicios muy básicos como pulperías un
centro educativo (escuela), el templo católico, la plaza de deportes y algunas
casas de habitación, así mismo a 3 kilómetros aproximadamente al sur se
localiza el poblado de Guadalajara con iguales condiciones en cuanto a
servicios básicos.
El desarrollo comercial local es muy
limitado, principalmente se dan los cultivos y el pastoreo de ganado para
producción limitada de leche. No se observan industrias ni zonas dedicadas a la
explotación de productos agrícolas ni pecuarias de gran envergadura.
En cuanto a las características de la
propiedad se observa un terreno de topografía relativamente ondulada, con poca
vegetación, posee dos estructuras construidas mayormente en madera en estado de
franco deterioro.
Se encuentra sobre a nivel de la
rasante de calle pública, sobre su colindancia norte se observa el paso de una
quebrada, la cual no se indica en el respectivo plano de catastro. En la
siguiente imagen se observa la fachada de una de las estructuras.
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Imagen
N° 2
Fachada
principal de la casa
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Imagen
N°3
Vista
general del terreno
La propiedad se encuentra cercada con
alambre de púas, posee un frente de 28,61 metros sin obras de alcantarillado o
cunetas, no se observan verjas ni elementos de seguridad. Como se indicó
anteriormente el estado de las construcciones es malo, evidenciándose un
marcado deterioro de las estructuras como la madera, cubiertas metálicas y
pisos.
En cuanto al acceso se tipifica como
una calle terciaria, en lastre en estado regular de conservación con un derecho
de vía de 14 metros aproximadamente, no posee sistema de alcantarillado pluvial
ni aceras, en cuanto a la calzada posee un ancho aproximado de 7 metros.
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Imagen
N°4
Vista
parcial de la calle pública
B.9.1 Determinación Del Valor Del
Terreno:
Para la determinación del valor base
de comparación se consultó a propietarios de terrenos cercanos a los poblados
de Guadalajara, el Socorro y Santa María de Buenos Aires, ofertas de venta por
internet y el área de valoraciones de la Municipalidad de Buenos Aires. (ver anexo N° 5)
La propiedad se enmarca en una zona de
desarrollo rural sin embargo por su cercanía con centros de poblado, mantiene
ciertas características que le dan valor agregado como acceso a centros
educativos cercanos, comercio limitado y servicios públicos como transporte
remunerado a dos kilómetros del lugar y centros de atención de salud integral.
De acuerdo a los datos obtenidos y
tomando en cuenta que el terreno por sus características se enmarcan dentro del
limitado sector urbano de la comunidad de Santa María se toma como base un
valor promedio de acuerdo a los datos obtenidos en campo de ¢ 7 000,00 por
metro cuadrado y los datos de referencia en cuanto a las características de un
lote típico según el mapa de valores de la municipalidad. (fuente:
mapa de zonas homogéneas del Órgano de Normalización Técnica del Ministerio de
Hacienda, Municipalidad de Buenos Aires, zonas 603-09-U05 ) ver anexos N° 3 y
N° 4.
Para determinar el precio justo a
indemnizar se utilizó el método comparativo por factores, aplicando los
siguientes: a) área, b) frente, c) regularidad, d) tipo de vía, e) pendiente,
f) nivel; dando como factor general de aplicación 1,20 (ver anexo N° 6). En
concordancia con lo anteriormente descrito, por criterio profesional, se estima
un valor unitario homologado por metro cuadrado para el terreno de ¢ 8 400,00.
Al tener el lote a expropiar un área de 355,52 m2 se fija su valor
en:
VALOR DEL TERRENO (355,52 m2)= ¢ 2 986
368,00 |
B.9.2 Determinación del valor de las
construcciones:
Dentro de la propiedad se localizan
dos construcciones en madera, una de ellas de dos niveles. En cuanto al estado
general de las mismas por lo que se pudo apreciar desde la parte externa (no se
pudo realizar una inspección interna de los recintos) el estado de las obras se
encuentran muy deterioradas.
El tipo de materiales que componen las obras evidente a la vista son: madera, láminas de hierro
galvanizado en mal estado y pisos de concreto expuesto.
De acuerdo a lo observado se puede
apreciar un abandono pues el avance de la vegetación, el estado de la madera y
pisos evidencia el paso del tiempo. Así mismo se estima que la antigüedad de
las estructuras es aproximadamente de 35 años o al menos así lo evidencia su
mal estado de conservación.
Tomando en cuenta las observaciones
anteriormente descritas se tipifica la obra utilizando el “Manual de valores
base unitarios por tipología constructiva” del Órgano de Normalización Técnica
(ONT) del Ministerio de Hacienda, para viviendas de madera tipo VM01 con un valor
de nuevo de ¢ 185 000 / m2.
Tomando los parámetros de esta
tipología y considerando una edad de las construcciones de 35 años y un estado
malo de conservación se establece un factor de depreciación de 52,6 (de acuerdo
a los parámetros establecidos por el ONT) dando una depreciación por edad y
estado de 43,15 (ver anexo N° 7). Así mismo para determinar el Valor Actual
Depreciado de las construcciones se establece los siguientes valores y fórmula
de cálculo:
VA: Valor actual depreciado.
Vn: Valor nuevo para la edificación (¢
185 000 / m2)
x: edad actual de la edificación. (35
años)
n: vida útil probable. (40 años)
E: factor de bueno. (0,5685, ver anexo
N° 7)
Fórmula (1) VA= Vn
* [ 1-0,5*[(x/n)+(x2/n2)]]*E
VA= ¢ 185 000 * [1-0,5*[(35/40)+(352/402)]]*0,5685
VA = ¢ 18 898,18
De acuerdo a lo anterior se estima que
el área de construcción es de 180 metros cuadrados aproximadamente, por lo cual
el valor total de las construcciones es de:
VALOR DE LAS CONSTRUCCIONES (180m2) = ¢
3.401.672,40 |
C.1 POR TANTO:
Se fijan los siguientes valores:
Valor del terreno (355,52 m2) |
¢ 2 986 368,00 |
Valor de las construcciones (180 m2) |
¢ 3 401 672,40 |
Total de las obras |
¢6.388.040,40 |
Valor en letras: Seis millones
trecientos ochenta y ocho mil cuarenta colones con cuarenta céntimos...”
4º—Que el Departamento de Topografía,
mediante memorando SUB-G-AID-UEN-PyC- 2014-809, de
fecha 28 de mayo del 2014, indicó: “...En visita realizada el día 1/11/2013,
se procedió a verificar los linderos del plano P-881486-2003 finca inscrita al
Folio Real 6 158154-000 propietario registral Ganadera Sánchez Campos S. A., en
dicha visita y levantamiento se pudo comprobar que el área comprendida en el
derrotero del plano, es la misma que el área que existe en el terreno, por lo
tanto dicho documento puede ser utilizado para formalizar la compra o traspaso
del bien inmueble, además no se consignan ningún tipo de gravámenes, ni
anotaciones...”.
5º—Que la adquisición
señalada, es de evidente interés público, para el cumplimiento de los fines
institucionales. Por tanto,
Con fundamento en
el artículo 45 y 50 de la Constitución Política y la Ley Constitutiva de AyA, Ley Nº 6313 de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución
de Servidumbres, aplicable a AyA, por mandato de la
Ley Nº 6622, Ley de Expropiaciones Nº 7495, se acuerda:
1º—Declarar de
utilidad pública y necesidad social la adquisición de un terreno con un área de
355,52 metros cuadrados, conforme al plano catastrado P-0881486-2003, para la
construcción de un Tanque de Almacenamiento de Agua Potable, para el Acueducto
Integrado de Buenos Aires de Puntarenas. El terreno que se requiere se
encuentra inscrito en el Partido de Puntarenas, al Sistema de Folio Real
matrícula Nº 158154-000, con un área total según registro de 355,52 metros
cuadrados, propiedad de la compañía “Ganadera Sánchez Campos S. A.”, cédula de
persona jurídica Nº 3-101-143866.
2º—Aprobar el avalúo rendido
mediante memorando SB-AID-PC-A-2014-008, de fecha 18 de enero del 2014, del
Departamento de Avalúos, en la suma de ¢6.388.040,40 (Seis millones trescientos
ochenta y ocho mil cuarenta colones con cuarenta céntimos).
3º—Ordenar a la Dirección
Regional tomar las acciones necesarias de seguridad y protección, para evitar
que la propiedad sea invadida, en virtud de la casa de habitación abandonada,
que se encuentra en el inmueble, en caso de que requieran que las estructuras
permanezcan en el sitio; o bien, tomar las previsiones correspondientes para su
demolición, en caso de que no se necesiten las construcciones existentes.
4º—Autorizar a los apoderados
del Instituto, para que realicen las Diligencias necesarias a fin de expropiar
en vía administrativa o judicial, en caso de negativa del afectado a aceptar el
precio fijado administrativamente o de cualquier impedimento legal que obligue
a la Institución a acudir a esta vía.
5º—Autorizar a los Notarios de
la Institución para que realicen las diligencias necesarias a fin de inscribir
a nombre de AyA, el terreno de interés.
6º—Notificar a la compañía
propietaria, por cualquier medio que establezca la ley y se le otorga un plazo
de ocho días hábiles, para manifestar su conformidad o no con el precio
asignado administrativamente, de conformidad con el artículo 25 de la Ley de
Expropiaciones Nº 7495; en caso de no aceptación del precio fijado
administrativamente o cumplido el plazo indicado sin respuesta alguna por parte
del propietario, o cualquier otro impedimento, se acudirá a la vía judicial y
se iniciarán las Diligencias de Avalúo por Expropiación, para proceder a la
adquisición del terreno.
Notifíquese. Publíquese
Acuerdo firme.—Sesión
Ordinaria N° 2014-024, de fecha 07/07/2014, artículo 5, inciso 5.10.
Junta Directiva.—Lic. Karen Naranjo Ruiz, Secretaria General.—O.C. N° 5100002278.—Solicitud N° 18285.—(IN2014056420).
MUNICIPALIDAD
DE TIBÁS
“Notificación a Importadora y Exportadora Edser Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-290711, propiedad de la finca número 1-204596-000, localización
2231001001000, ubicada 50 metros oeste de la Clínica Clorito Picado, lote con
basura, escombros y sin cerca. Provincia de San José, cantón de Tibás, distrito
Cinco Esquinas. Si vencido el tiempo de Ley el propietario no limpia el lote y
lo cerca, la Municipalidad procederá a realizar los trabajos. Con esta
notificación ya publicada le damos el tiempo de ley que consta de quince días
naturales, pasado el cual la Municipalidad procederá aplicando así el
Reglamento de Tarifas a Cobrar por Omisiones de Deberes de los Propietarios de
Bienes Inmuebles de la Municipalidad de Tibás”.—Ing. Ronald Camacho Esquivel, Coordinador
de Catastro.—1 vez.—(IN2014056502).