LA GACETA N° 205 DEL 24 DE OCTUBRE DEL 2014

PODER LEGISLATIVO

PROYECTOS

Expediente 17.305

EDICTOS

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

PODER JUDICIAL

RESEÑAS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

RESOLUCIONES

EDICTOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

SALUD

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AVISOS

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS

DEL PACÍFICO

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AVISOS

MUNICIPALIDADES

REGISTRO DE PROVEEDORES

PODER JUDICIAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

REGLAMENTOS

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES

DEL MAGISTERIO NACIONAL

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA Y ACUICULTURA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

AVISOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

MUNICIPALIDAD DE ATENAS

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

MUNICIPALIDADES

FE ERRATAS

PODER EJECUTIVO

PODER LEGISLATIVO

PROYECTOS

Texto sustitutivo

Expediente 17.305

LEY PARA LA PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

CAPÍTULO I

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1.-  Objetivo

El objetivo de la presente Ley es promover  y asegurar a las personas con discapacidad el goce pleno del derecho a la autonomía personal.

Para lograr este objetivo se establece la figura del garante para la igualdad jurídica de las personas con discapacidad, y para potenciar esa autonomía se establece la figura de la asistencia personal humana.

ARTÍCULO 2.-  Definiciones

Para los efectos de esta ley se entenderá como:

a)  Discapacidad: Concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con discapacidad y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás personas.

b) Personas con discapacidad: Incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.

c)  Paradigma de abordaje de la discapacidad desde los derechos humanos: El nuevo modelo de abordaje de la discapacidad regulado en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que se centra en la dignidad intrínseca del ser humano, valorando las diferencias. La persona con discapacidad es sujeto de derechos y no objeto de sobre protección y/o lástima.

d) Derecho a la autonomía personal: Derecho de todas las personas con discapacidad a vivir de manera independiente, controlando, afrontando, tomando y ejecutando sus propias decisiones en los ámbitos, público y privado.

Implica el respeto a los derechos patrimoniales de todas las personas con discapacidad, por lo que se garantiza su derecho a ser propietarios, heredar bienes, controlar sus propios asuntos económicos, tener acceso a préstamos bancarios, hipotecarios y cualquier otra modalidad de crédito financiero, además de la garantía estatal de que no serán privados de sus bienes.

Igualmente la autonomía personal trae consigo el respeto a los derechos sexuales, reproductivos y de salud sexual de las personas con discapacidad, como también del ejercicio de los derechos civiles, electorales, entre otros.

El derecho a la autonomía personal involucra el acceso de la figura del facilitador para el ejercicio de la capacidad de actuar, a la asistencia personal humana y/o a los productos de apoyo que requieran para el ejercicio de este derecho, además del respeto y promoción a la autodeterminación, autoexpresión, así como de las capacidades y habilidades de todas las personas con discapacidad.

Todo lo anterior, de acuerdo con sus preferencias, intereses y condiciones individuales y particulares.

e)  Productos de apoyo: Dispositivos, equipo, instrumentos, tecnología, software, entre otros productos diseñados o disponibles en el mercado para propiciar la autonomía personal de las personas con discapacidad.

f)  Actividades básicas de la vida diaria: Acciones elementales y cotidianas de la persona, que le permiten desenvolverse con un mínimo de autonomía e independencia, entre ellas: cuidado personal, actividades domésticas, alimentación, movilidad física esencial, reconocimiento de personas y objetos, facultad de orientación, aptitudes, habilidades y capacidades para comprender y ejecutar tareas, administración del dinero, consumo de medicamentos, traslado a centros de estudio, laborales, salud, recreativos, religiosos, entre otros.

g)  Familiar de la persona con discapacidad: Toda persona con relaciones de consanguinidad hasta el tercer grado, así como aquellas personas que con la persona con discapacidad mantengan vínculos de afectividad estables, mediante la convivencia, siempre y cuando le brinde apoyo y protección.

h) Salvaguardias: Mecanismos o garantías adecuadas y efectivas establecidas por el Estado costarricense, en el ordenamiento jurídico para asegurar el ejercicio pleno y en igualdad de condiciones con los demás, de la capacidad de actuar y del derecho a la ciudadanía de todas las personas con discapacidad.

Las salvaguardias mitigan que las personas con discapacidad sufran de abusos, de conformidad a los derechos humanos, y/o de influencias indebidas, en detrimento de su calidad de vida.

El diseño e implementación de las salvaguardias debe fundamentarse en el respeto a los derechos, voluntad, preferencias e intereses de la persona con discapacidad, además de ser proporcionales y adaptadas a las circunstancias de cada persona, aplicarse en el plazo más corto posible y estar sujetas a exámenes periódicos, por parte de autoridad competente, independiente, objetiva e imparcial.

i)  Derechos sexuales: Derecho de todas las personas a reconocerse y que le reconozcan como seres sexuados, a explorar y disfrutar placenteramente de la sexualidad sin fines reproductivos, a manifestar libremente su orientación sexual y además a tener acceso a información accesible sobre el funcionamiento de los sistemas reproductivos humanos, servicios de salud sexual para atender y evitar infecciones y enfermedades de transmisión sexual y acceso a métodos de planificación seguros y asequibles.

j)  Derechos reproductivos: Derecho de todas las personas a disponer de información y medios accesibles, seguros y asequibles para tomar la decisión sobre procrear hijos e hijas, el número de ellos y el espacio entre uno y otro, así como el acceso a servicios de salud reproductivos de alta calidad e integrales. En el caso de las mujeres este derecho implica el acceso a servicios de salud reproductivos seguros, durante los periodos de gestación, parto, posparto y lactancia.  Además de recibir información accesible al respecto.

k) Discriminación por motivos de discapacidad: significa toda distinción, exclusión o restricción basada en una discapacidad, antecedente de discapacidad, consecuencia de discapacidad anterior o percepción de una discapacidad presente o pasada, que tenga el efecto o propósito de impedir o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por parte de las personas con discapacidad, de sus derechos humanos y libertades fundamentales.

l)  Canasta básica normativa: Descripción del conjunto de necesidades de vivienda, educación, vestido, servicios públicos y alimentarios, que requiere como mínimo una persona para satisfacer sus necesidades básicas, de acuerdo al ingreso per cápita establecido por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos más reciente.

ll)    Canasta derivada de la discapacidad: Descripción del conjunto de una serie de productos, servicios y bienes vitales, de uso individual, para la atención de la persona con discapacidad. La canasta derivada de la discapacidad está basada en las necesidades específicas que se generan a partir de la presencia de una o más deficiencias en una persona.

ñ) Condición de pobreza: se consideran que están en condición de pobreza las personas con discapacidad que no cuentan con los recursos propios para subsidiar sus gastos, incluidos los costos de asistencia personal y los gastos derivados directamente la discapacidad. Aun cuando en la familia existan recursos, estos no se considerarán si la persona con discapacidad, no tiene acceso a los mismos, previo estudio social y económico.

o) Asistencia  Personal Humana: Persona sin discapacidad y mayor de 18 años que brinda servicios de  asistencia personal remunerados, a las personas con discapacidad. Capacitado para desarrollar las tareas de asistencia directa y personal.

p) Garante para la igualdad jurídica de las personas con discapacidad: Persona que administra los bienes de una persona con discapacidad que no es capaz de hacerlo por sí mismo y que asegura el goce pleno del derecho a la autonomía personal.

q) Vida Independiente: Es un principio filosófico de vida que propicia que las Personas con Discapacidad, asuman el control de su destino, tomen decisiones concernientes a sus vidas y promueva el ejercicio legítimo y necesario de la autonomía y la determinación como derechos fundamentales; implica asumir las responsabilidades que sus decisiones conlleven, y el derecho a ser parte activa dentro de la comunidad que la persona elija, sin importar el grado de discapacidad que presente y sin importar si para lograr esta autonomía requiere del apoyo  de asistencia personal.

ARTÍCULO 3.-  Principios generales

Los principios generales que fundamentan la aplicación de la presente ley son:

a)  El respeto de la dignidad inherente, la autonomía personal, y la libertad de tomar las propias decisiones.

b) La no discriminación.

c)  La participación e inclusión plena y efectiva en la sociedad.

d) El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad.

e)  La accesibilidad.

f)  Armonización del ordenamiento jurídico costarricense con Ley Nº 7600, Ley N° 8661, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y demás normativa que en mayor medida garantiza los derechos de la población con discapacidad.

ARTÍCULO 4.-  Responsabilidades del Estado

El Estado se compromete para cumplir con el objetivo de la presente Ley a:

a)   Garantizar el acceso a la figura del facilitador para el ejercicio de la capacidad de actuar y/o a la asistencia personal humana, a todas aquellas personas que por su condición de discapacidad, para el ejercicio pleno del derecho a la autonomía personal, requieren de dichos apoyos.

b)  Establecer medidas efectivas para garantizar a la población con discapacidad la participación en los procesos de toma de decisiones.

c)   Garantizar el diseño, establecimiento e implementación de salvaguardias, de conformidad con lo fijado en el artículo 2, inciso h) de la presente Ley, que aseguren el ejercicio del derecho a la autonomía personal de las personas con discapacidad.

d)  Facilitar los medios de resolución de conflictos que surjan relacionados con el ejercicio de la autonomía personal de las personas con discapacidad, de conformidad con la Ley de Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social, Ley Nº 7727.

CAPÍTULO II

DE LA IGUALDAD JURÍDICA DE LAS PERSONAS

CON DISCAPACIDAD Y DE LA SALVAGUARDIA

ARTÍCULO 5.-      Igualdad jurídica de las personas con discapacidad

Todas las personas con discapacidad, gozan plenamente de igualdad jurídica, lo que implica:

1)  El reconocimiento a su personalidad jurídica, su capacidad jurídica y su capacidad de actuar.”

2)  La titularidad y el legítimo ejercicio de todos sus derechos y atención de sus propios intereses.

3)  El ejercicio de la patria potestad, la cual no podrá perderse por razones basadas meramente en la condición de discapacidad de la persona.

Para garantizar el ejercicio seguro y efectivo de los derechos y obligaciones de las persona con discapacidad intelectual, mental y psicosocial, en un marco de respeto a su voluntad y preferencias, sin que haya conflicto de intereses ni influencia indebida, se establece la salvaguardia para la igualdad jurídica de las personas con discapacidad, que será proporcionada y adaptada a la circunstancia de la persona. Este procedimiento se tramitará de conformidad a lo establecido en la presente Ley y en el Código Procesal Civil.

ARTÍCULO 6.-      Salvaguardia

La persona que el juez o jueza designe para ejercer la salvaguardia, se denominará garante para la igualdad jurídica de las personas con discapacidad.

ARTÍCULO 7.-      Competencia y Procedimiento de la Salvaguardia

Los jueces o juezas de Familia serán los y las competentes para conocer y tramitar las solicitudes de salvaguardia.

Para la determinación de la competencia por territorio se seguirán las reglas establecidas en el artículo 30 del Código Procesal Civil.

El procedimiento establecido en la presente Ley se rige por el principio de gratuidad.

ARTÍCULO 8.-      Solicitud de la salvaguardia

La gestión de solicitud de la salvaguardia así como la revisión de la misma, podrá ser verbal o escrita y no requerirá autenticación, si el solicitante las presentara personalmente.

ARTÍCULO 9.-      Legitimación para solicitar la salvaguardia

Están legitimados para solicitar la salvaguardia:

1)  La propia persona con discapacidad intelectual, mental y psicosocial.

2)  Los familiares, de conformidad con el artículo 2, inciso g) de la presente Ley.

3)  A falta de familiares, según lo establecido en el artículo 2, inciso g) de la presente Ley, estarán legitimadas la institución u organización gubernamental que le brinde servicios, apoyos y/o prestaciones sociales a la persona para la cual se solicita la salvaguardia.

ARTÍCULO 10.- Revisión de la Salvaguardia

La salvaguardia, de oficio, estará sujeta a revisión por parte del juez o la jueza, cada 5 años; o, a solicitud de parte en cualquier momento, estando legitimadas para este acto las mismas personas físicas y jurídicas señaladas en el artículo anterior.

ARTÍCULO 11.-  Valoración de la Salvaguardia

El juez o jueza deberá valorar en primera instancia y con prioridad, la designación de la salvaguardia hecha por la persona con discapacidad.

Cuando en virtud de una limitación funcional, la persona con discapacidad intelectual, mental o psicosocial, se le imposibilite o limite indicar la persona de su preferencia, el juez o jueza valorara como opción para que ejerzan la salvaguardia a los familiares de la persona con discapacidad, según lo establecido en el artículo 2, inciso h) de la presente Ley.

En todos los casos, el juez o jueza deberá garantizar que la persona que ejerza la salvaguardia, es la idónea, moral y éticamente demostrado, para garantizar el ejercicio seguro y efectivo de los derechos y obligaciones de las persona con discapacidad intelectual, mental y psicosocial.

Este procedimiento se tramitará de conformidad a lo establecido en la presente Ley y en el Código Procesal Civil.    

ARTÍCULO 12.-     Obligaciones de la Salvaguardia

La persona que ejerza la salvaguardia, tendrá para con la persona con discapacidad intelectual, mental y psicosocial, las siguientes obligaciones:

1) Asistirla en la toma de decisiones, en el ámbito legal, financiero y patrimonial, de manera proporcional y adaptada a la condición de la persona a la que asiste.

2) Apoyarle para la protección y promoción de todos sus derechos, especialmente el derecho de la persona con discapacidad con edad de contraer matrimonio, a casarse y fundar una familia, sobre la base del consentimiento libre y pleno de los futuros conyugues; el derecho de decidir libremente y de manera responsable el número de hijos que quieran tener y el tiempo que debe transcurrir entre un nacimiento y otro y a tener acceso a información y educación sobre reproducción y planificación adecuada para su edad.

3) Garantizar que la persona con discapacidad mantendrá su derecho a la fertilidad, salvo que la esterilización sea necesario e imprescindible para la preservación de su vida o integridad física.

4) Garantizar y respetar los derechos de las Personas con Discapacidad, en el ejercicio de sus funciones la voluntad, las preferencias y capacidades.

5) Brindar la asistencia adecuada a la persona con discapacidad para el desempeño de sus responsabilidades en la crianza de sus hijos y apoyarle en las gestiones necesarias para solicitar el apoyo estatal para estos fines, cuando lo requiera.

6) No ejercer ningún tipo de presión, coerción, violencia ni influencia indebida en la persona con discapacidad.

7) No actuar, sin considerar los derechos, la voluntad y capacidades de las personas con discapacidad.

8) No brindar consentimiento informado, en sustitución de la persona con discapacidad, salvo que este sea necesario e imprescindible para la preservación de su vida o integridad física.

9) No permitir que la persona con discapacidad sea sometida a tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes.

10)  No permitir que la persona con discapacidad sea sometida a experimentos médicos o científicos, sin que para este último caso, la persona con discapacidad haya brindado su consentimiento libre e informado.

11)  Proteger la privacidad de la información personal y relativa a la salud y rehabilitación de la persona con discapacidad.

CAPÍTULO III

DE LA ASISTENCIA PERSONAL HUMANA

ARTÍCULO 13.-Finalidad de la asistencia personal humana

Tiene la finalidad de contribuir con el ejercicio del derecho a la autonomía personal de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con los demás.

ARTÍCULO 14.-  Plan individual de apoyo

El plan individual de apoyo determina el tipo de apoyo que la persona con discapacidad requiere para la realización de las actividades básicas de la vida diaria, así como la intensidad y el número de horas al día en el que precisa el mismo.

Para la determinación del apoyo, su intensidad y cantidad de horas a brindarse, el plan individual será elaborado con la participación activa y efectiva de la persona con discapacidad, si lo requiere con ayuda de su familia, para que este contemple realmente los requerimientos de apoyos derivados de la condición de discapacidad y principalmente de sus preferencias.

ARTÍCULO 15.-  Carácter selectivo de la asistencia personal humana

Para los efectos de esta Ley, las personas con discapacidad que podrán optar por la asistencia personal humana, son únicamente aquellas que para ejercer su derecho a la autonomía personal, requieren de la asistencia personal humana en la realización de las actividades básicas de la vida diaria y que no cuenten con los recursos económicos suficientes para sufragar dicho apoyo.

Para esto la Caja Costarricense de Seguro Social certificará la condición de la persona con discapacidad.

ARTÍCULO 16.-  Situación económica de la persona solicitante de la asistencia personal humana

Se determinará que la persona con discapacidad solicitante de la asistencia personal humana, no cuenta con recursos económicos para sufragar la misma, aplicando la canasta derivada de la discapacidad, la canasta básica normativa a la situación de vida de la persona y el concepto de pobreza establecido en el artículo 2 de la presente Ley.

CAPÍTULO IV

PROGRAMA PARA LA PROMOCIÓN DE LA

AUTONOMÍA PERSONAL DE LAS PERSONAS

 CON DISCAPACIDAD

ARTÍCULO 17.-  Creación del programa para la promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad

Se crea el programa para la promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad, que estará a cargo del departamento de autonomía personal y vida independiente del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial. (CNREE)

ARTÍCULO 18.- Facultades del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE)

Se faculta al Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE) para:

1) Contratar al recurso humano, para lo cual podrá emplear un porcentaje no mayor al 20% de los recursos totales establecidos en el artículo 19 de la presente Ley.

2) Determinar la estructura organizativa necesaria para llevar a cabo dicho programa.

ARTÍCULO 19.-  Objetivo del programa para la promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad

El objetivo principal es la promoción, a nivel nacional, de la asistencia personal humana.

ARTÍCULO 20.- Financiamiento del programa para la promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad

Para el financiamiento del programa para la promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad, el departamento contará con los siguientes recursos:

1) Los recursos establecidos en el artículo 8 inciso u) de la Ley N° 8718.

2) Al menos un 0.1 % de los recursos del Fodesaf.

3) Al menos un 0.5% de los recursos asignados al Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE) en el inciso f) de la Ley N° 7972.

ARTÍCULO 21.- Funciones del programa para la promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad

Funciones del departamento de autonomía personal y vida independiente:

a)  Recibir, aprobar o denegar las solicitudes para optar por la asistencia personal.

b) Determinar si la persona califica o no como receptora de la asistencia personal humana.

c)  Elaborar, con la participación activa y efectiva de la persona con discapacidad receptora de la asistencia personal humana o de su familiar, el plan individual de apoyo.

d) Dictar los procedimientos y técnicas para la determinación objetiva y real de los tipos de apoyos que requiere la persona con discapacidad en la realización de las ABVD y la duración al día de éstos.

e)   Revisar, a instancia de parte o de oficio, el plan individual de apoyo.

f)  Suspender, total o parcialmente, la asistencia personal a la persona con discapacidad, cuando incumplen las disposiciones contenidas en los artículos 21, 22, 23 y 24 de la presente Ley.

g)  Formar y capacitar a las personas que se desempeñan como asistentes personales.

h) Contar con un registro de las personas que fungen como asistentes personales.

i)  Suscribir un contrato de servicios profesionales de asistencia con las personas que funjan como asistentes personales para la ejecución del plan individual de apoyo.

j)  Fiscalizar que las personas que funjan como asistentes personales cumplan con las obligaciones establecidas en el plan individual de apoyo, así como en el contrato de servicios profesionales suscrito.

k) Las demás que se establezcan vía Reglamento.

ARTÍCULO 22.- Sobre el contrato de servicios de asistencia familiar con las personas que funjan como asistentes personales.

La persona que se desempeñe como asistente personal deberá suscribir un contrato de servicios con el Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE) para la ejecución del plan individual de apoyo, cuyo plazo máximo de duración será de un año, y que podrá ser renovado en caso de que el Departamento de Autonomía Personal y Vida Independiente determine la necesidad de la persona beneficiaria de continuar recibiendo los servicios de  asistencia personal humana para la realización de las actividades de la vida diaria.

El contrato de servicios suscrito no generará relación laboral entre la persona asistente y el Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE) ya que el asistente no se encuentra sometido a una relación de subordinación ni a un horario.

ARTÍCULO 23.- Derechos de las Personas que solicitan y de las receptoras de la asistencia personal humana

a)  Solicitar por sí mismos, la asistencia personal humana.

b) Ejercer plenamente y en igualdad de condiciones con los demás, el derecho a la autonomía personal, así como de cualquier otro derecho establecido en esta ley y en el ordenamiento jurídico globalmente considerado.

c)  El reconocimiento como sujetos de derecho y no objetos de sobreprotección y/o asistencialismo.

d) Solicitar y acceder a la asistencia personal humana, sin ningún tipo de presión, coerción o violencia.

e)  Recibir, en términos comprensibles y accesibles, información completa y continuada, relacionada con la asistencia personal, así como sobre las razones de hecho y de derecho por los que eventualmente no se le otorgue o suspenda este apoyo.

f)  Confidencialidad de sus datos.

g)  Solicitar que se revise el acto que deniega la solicitud de asistencia personal.

ARTÍCULO 24.- Obligaciones de las personas que solicitan y de las receptoras de la asistencia personal humana

a)  Suministrar la información que el programa para la promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad requiera.

b) No agredir física, patrimonial, sexual, emocional a la persona que le brinde la asistencia personal.

c)  No emplear el apoyo del asistente personal para fines o actividades diferentes a los autorizados en esta ley.

d) Las demás que el Reglamento de esta Ley establezca.

ARTÍCULO 25.- Derechos del familiar o responsable de las personas con discapacidad que solicitan y de las receptoras de la asistencia personal humana

a)  Solicitar la asistencia personal para su familiar, siempre y cuando éste por su propia condición de discapacidad, se le dificulte o imposibilite realizarlo por sí mismo.

b) Recibir, en términos comprensibles y accesibles, información completa y continuada, relacionada con la asistencia personal humana, así como sobre las razones de hecho y de derecho por los que eventualmente no se le otorgue o suspenda este apoyo a su familiar.

c)  Las demás que el Reglamento de esta Ley determine.

ARTÍCULO 26.- Obligaciones del familiar o responsable de las personas que solicitan y de las receptoras de la asistencia personal

a)  Promover y respetar el ejercicio pleno y en igualdad de condiciones con los demás, del derecho a la autonomía personal de sus familiares con discapacidad, por lo que están en la obligación de apoyarlos en el trámite de solicitud de la asistencia personal, cuando éste por su propia condición de discapacidad, se le dificulte o imposibilite realizarlo por sí mismo.

b) No agredir física, patrimonial, sexual, emocional ni de ninguna manera a su familiar con discapacidad y/o a la persona brinda la asistencia personal.

c)  No imponer por medio de la presión, coacción o cualquier tipo de violencia, la asistencia personal a su familiar con discapacidad.

d) No emplear el apoyo del asistente personal para fines o actividades diferentes a los autorizados.

e)  Las demás que el Reglamento de esta Ley determine.

CAPÍTULO V

REFORMAS Y DEROGATORIAS

SECCIÓN I: Código Procesal Civil

ARTÍCULO 27.-               Deróguese los artículos 867, 868, 869, 870 que conforman la sección segunda: “curatela”, del Capítulo V, del título segundo, del libro cuarto del Código Procesal Civil.

ARTÍCULO 28.- Refórmese el artículo 819 del Código Procesal Civil, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 819.- Casos que comprende.

Se sujetarán al procedimiento establecido para la actividad judicial no contenciosa los siguientes casos:

1) El depósito de personas.

2) Oposiciones al matrimonio.

3) Divorcio y separación por mutuo consentimiento.

4) Salvaguardia para la igualdad jurídica de las personas con discapacidad.

5) Tutela.

6) Ausencia y muerte presunta.

7) Enajenación, hipoteca o prenda de bienes de menores o de personas declaradas en estado de interdicción.

8) Extinción del usufructo, uso, habitación y servidumbre, salvo, en cuanto a ésta que se trate de la resolución del derecho de constituyente.

9) Deslinde y amojonamiento.

10)  Pago por consignación.

11)  Informaciones para perpetua memoria.

12)  Sucesiones.

13)  Cualesquiera otras que expresamente indique la ley.

ARTÍCULO 29.- Refórmese el capítulo IV: “insania”, del título segundo, del libro cuarto, del Código Procesal Civil, para que se lea de la siguiente manera:

Capítulo IV: Salvaguardia para la igualdad jurídica de las personas con discapacidad.

ARTÍCULO 30.- Refórmese el artículo 847 del Código Procesal Civil, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 847.- Escrito Inicial

La solitud deberá reunir los siguientes requisitos:

1) El nombre y calidades de la persona con discapacidad intelectual, mental o psicosocial, solicitante.

2) En el supuesto de que la solicitud no la realice la propia persona con discapacidad intelectual, mental o psicosocial, el o la solicitante indicará: su nombre y calidades, así como las de la persona para la que solicita la salvaguardia; y el parentesco o relación que lo vincula con dicha persona.

3) Las razones que motivan de hecho y derecho la solicitud, lo que incluye la descripción de los bienes muebles e inmuebles propiedad de la persona que solicita o para la que se solicita la salvaguardia.

4) Un dictamen médico emitido por la Caja Costarricense del Seguro Social o por el médico especialista tratante que acredite la condición de discapacidad intelectual, mental o psicosocial de la persona que solicita o para la que se solicita la salvaguardia.

ARTÍCULO 31.-     Refórmese el artículo 848 del Código Procesal Civil, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 848.-         Trámite.

Una vez recibido la solicitud, el juez o jueza procederá con el siguiente trámite:

1) Designará un curador procesal, como salvaguardia para la persona con discapacidad intelectual, mental y psicosocial durante el proceso, quien deberá brindar apoyo, orientación y asesoría legal a la personas con discapacidad, independientemente de quien haya solicitado la salvaguardia para el ejercicio de la capacidad de actuar.

Este curador procesal de ninguna manera sustituirá a la persona con discapacidad intelectual, mental o psicosocial, quien por el contrario mantendrá un papel activo, efectivo y protagónico durante todo el proceso.

Cuando en virtud de una limitación funcional, a la persona se le imposibilite apersonarse al proceso, el curador procesal estará en  la obligación de garantizar imparcial y objetivamente que en la designación de la salvaguardia se respeten las disposiciones de la presente Ley.

2) Ordenará que el Departamento de Medicina Legal del Organismo de Investigación Judicial emita un dictamen integral de la condición de la persona con discapacidad intelectual, mental y psicosocial, el cual deberá contemplar los siguientes aspectos:

2.1)   Diagnóstico de la condición física, mental, intelectual, psicosocial y sensorial de la persona con discapacidad para la que se solicita la salvaguardia.

2.2)   El carácter de temporal o permanente de la condición diagnosticada.

2.3)   Las habilidades, capacidad y aptitudes de la persona con discapacidad para la que se solicita la salvaguardia, en cuanto a la toma de decisiones, en el ámbito legal, social, patrimonial, personal y financiero.

El dictamen deberá rendirse en un plazo no mayor de un mes, para lo cual se tomarán las medidas que fueren necesarias.

3) Requerirá informe de trabajo social sobre la situación de la persona con discapacidad, así como de la persona que se propone para ejercer la salvaguardia.

4) Tomando en consideración la condición de la persona con discapacidad, fijará fecha, hora y lugar para un encuentro inicial con esta. Del resultado de la entrevista levantará un acta.

ARTÍCULO 32.-  Deróguese el artículos 849, del Capítulo IV, del Código Procesal Civil.

ARTÍCULO 33.-  Refórmese el artículo 850 del Código Procesal Civil, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 850.-          Salvaguardia provisional.

En el supuesto de que la persona que solicita o a la que se le solicita la salvaguardia sea propietario de bienes muebles o inmuebles, el juez o la jueza, en cualquier estado del procedimiento, podrá nombrar una salvaguardia provisional, para que durante el proceso apoye provisionalmente a la persona con discapacidad en el ejercicio de sus derechos patrimoniales.

ARTÍCULO 34.- Refórmese el artículo 851 del Código Procesal Civil, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 851.-         Establecimiento de la salvaguardia

De conformidad con lo establecido en la Ley de Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad, el juez o jueza, previo análisis de:

1) Dictamen médico presentado por la parte solicitante.

2) Dictamen del Departamento de Medicina Legal del Organismo de Investigación Judicial.

3) El informe de trabajo social.

4) La entrevista con la persona con discapacidad.

Resolverá si la persona solicitante o a la que se le solicita la salvaguardia requiere de esta y determinará la proporción o medida en la que requiere este apoyo.

Si resuelve con lugar la solicitud, designará a una persona que fungirá como garante de la igualdad jurídica de la persona con discapacidad, con lo que cesará la salvaguardia provisional.

El establecimiento de esta salvaguardia se comunicará al Registro Público de la Propiedad, para su respectiva anotación en los bienes muebles e inmuebles presentes o futuros, propiedad de la persona con discapacidad.

ARTÍCULO 35.-  Refórmese el artículo 852 del Código Procesal Civil, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 852.-         Costas procesales.

Por la naturaleza del proceso, no se declarará especial condenatoria en costas procesales, salvo que se compruebe que la solicitud fue realizada sin motivo o con mala fe.

ARTÍCULO 36.-               Deróguese el artículo 853, del Capítulo IV, del Código Procesal Civil.

SECCIÓN II: Código de Familia

ARTÍCULO 37.-               Refórmese el artículo 230 del Código de Familia, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 230: Para garantizar el ejercicio seguro y efectivo de los derechos y obligaciones de las persona con discapacidad intelectual, mental y psicosocial, en un marco de respeto a su voluntad y preferencias, sin que haya conflicto de intereses ni influencia indebida, se establece la salvaguardia para la igualdad jurídica de las personas con discapacidad, que será proporcionada y adaptada a la circunstancia de la persona. Este procedimiento se tramitará de conformidad a lo establecido en la Ley para la Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad y en el Código Procesal Civil.

ARTÍCULO 38.-  Deróguese los artículos 231, 232, 233, 234, 235, 236, 237, 238, 239, 240, 241, que conforman el titulo sexto, capítulo 1 del Código de Familia.

CAPÍTULO V

DISPOCIONES FINALES

ARTÍCULO 39.-

El Poder Ejecutivo reglamentará esta Ley. La falta de reglamento no impedirá su aplicación.

ARTÍCULO 40.-

La presente Ley es de orden público.

ARTÍCULO 41.-

Esta Ley rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

CAPÍTULO VI

DISPOCIONES TRANSITORIAS

Transitorio I.-   Toda norma del ordenamiento jurídico costarricense globalmente considerado, que se oponga o contradiga, total o parcialmente, lo dispuesta en la presente Ley, perderá toda vigencia a partir de la entrada en vigencia de esta Ley.

Transitorio II.-  Quien sea curador o curadora de una persona con discapacidad, pasará de inmediato a ser su asistente para el ejercicio de la capacidad de actuar, en el marco de lo que señala esta ley; en estos casos el juez o jueza de familia de la jurisdicción que corresponda, deberán realizar una revisión de oficio de estas salvaguardias en un período no mayor a dos años.

En un período de doce meses, el Registro Civil del Tribunal Supremo de Elecciones procederá a incorporar a las personas que se encuentren se encuentren en estado de interdicción en virtud de una declaratoria de insania, dentro del padrón electoral.

En un período de doce meses, el Registro correspondiente, procederá a inscribir a nombre de la persona con discapacidad los bienes que se encentren registrados a nombre del curador o curadora de las personas con discapacidad que se encuentren en estado de interdicción en virtud de una declaratoria de insania.

Carmen Quesada Santamaría, Marcela Guerrero Campos, Diputadas; Óscar López, Ronny Monge Salas, Humberto Vargas Corrales, Diputados.

1 vez.—O. C. Nº 24007.—Solicitud Nº 20791.—C-Crédito.—(IN2014065550).

EDICTOS

ASAMBLEA LEGISLATIVA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

La Dirección Ejecutiva de la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica comunica al señor Jorge Alberto Angulo Mora, cédula de identidad número 1-532-729, que según reporte del Departamento Financiero, aparecen tres ausencias suyas sin justificar durante el pasado mes de abril, lo que representa la suma de ¢169.659,15 (ciento sesenta y nueve mil seiscientos cincuenta y nueve colones con quince céntimos).

En virtud de que a la fecha no se tiene registro sobre el reintegro de dicha suma, se le previene gestionarlo ante la Tesorería de esa dependencia.

San José, 22 de setiembre del 2014.—Antonio Ayales Esna, Director Ejecutivo.—O. C. N° 24059.—Solicitud N° 20166.—Crédito.—(IN2014062093).     3  v 2. Alt.

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

N° 045-MOPT

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1, 28 inciso 1, acápite b) de la Ley General de la Administración Pública o Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 9019 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2012 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Como respuesta al informe de la Contraloría (Informe DFOE-PO-IF-12-2010), los ingenieros de esta Dirección han incluido dentro de las actividades de trabajo la labor de facilitadores con el fin de dar capacitación a Directores Regionales del MOPT, en las diferentes temáticas de puentes.

II.—Con el fin de realizar el levantamiento del inventario e inspección de puentes a través del Sistema de Administración de Estructuras de Puentes (SAEP). Es necesario que se realice dicho levantamiento de manera correcta y completa, y la Dirección de Puentes es la encargada de brindar los lineamientos técnicos a Municipalidades Conavi, Lanamme, TEC entre otras instituciones. Así como de realizar la labor de Administrador de Puentes del SAEP en revisar y analizar las listas de priorización y costo de reparación que genera el Sistema. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1°—Designar al Ingeniero, Antonio Romero Castro, cédula 1-947-894, funcionario de la Dirección de Puentes del MOPT; para que participe en el Curso de Entrenamiento “BRIDGE INSPECTION TRAINING”, a realizarse en Las Cruces Nuevo México, Estados Unidos, a partir del 12 al 23 de mayo del 2013.

Artículo 2°—Los gastos de alimentación y hospedaje durante los días del 11 al 24 de mayo de 2014 serán cubiertos con recursos del MOPT en el Programa 32701 “Mejoramiento y Conservación de la Red Vial”, subpartida 10504, por un monto de $4.326 dólares americanos, lo cual incluye los gastos de alimentación y hospedaje, taxis (Aeropuerto-hotel y viceversa).

Por la sub partida 10503, Programa 32701 “Mejoramiento y Conservación de la Red Vial”, se reconocerá el pago del boleto Aéreo y otros cargos por una suma máxima de $1.100.00 dólares americanos.

Cargar los gastos de inscripción del funcionario al Curso de entrenamiento por un monto total de $1500,00 dólares estadounidenses, a la subpartida 1.07.01 del programa 32701.

Artículo 3°—Que durante los días en que se autoriza la participación del Ing. Antonio Romero Castro en el Curso de Entrenamiento “BRIDGE INSPECTION TRAINING”, a realizarse en Las Cruces Nuevo México, Estados Unidos a partir del 12 al 23 de mayo del 2014 devengará el 100% de su salario.

Artículo 4°—Rige a partir del 12 al 23 de mayo del 2014 inclusive.

Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los 03 días del mes  de abril del año 2014.

PhD Pedro Castro Fernández, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 3400022055.—Solicitud N° 19180.—(IN2014065170).

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

N° 126-2014

LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, el artículo 02 de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Paz, Ley N° 6739 de 28 de abril de 1982, así como lo dispuesto en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2014, Ley N° 9193 5 de diciembre del 2013.

Considerando:

1º—Que mediante oficio PGR-141-2014 del 19 de agosto del 2014, suscrito por la señora Ana Lorena Brenes Esquivel, Procuradora General, le concede autorización al Lic. Gilberth Calderón Alvarado, cédula N° 1-0506-0548, Procurador Director del Área de la Ética, para que participe en calidad de Expositor en la 5ta Conferencia de la Red de Puntos Globales Focales, organizada por la Sub Dirección Anti Corrupción y de Delitos Financieros de Interpol y la Iniciativa para la Recuperación de Activos Robados (StAR) a realizarse en Viena, Austria, los días 9 al 10 de setiembre del 2014.

2º—Que el tema de la conferencia es Enfoques Integrados y Proactivos para la Recuperación de Activos, siendo de interés para el Ministerio de Justicia y Paz la participación del señor Calderón Alvarado como Expositor, así como en las discusiones sobre este tema, ya que las mismas se centrarán en los aspectos operativos involucrados en la recuperación de activos, según lo señalado en el Capítulo V de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC).

3º—Que la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción se encuentra ratificada por Costa Rica mediante la Ley de la República N° 8557 del 29 de noviembre del 2006.

4º—Que por Decreto Ejecutivo N° 33681 del 6 de marzo del 2007, se designa a la Procuraduría de la Ética Pública como la Autoridad Central para canalizar la asistencia mutua y la cooperación técnica, previstas en el marco de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Gilberth Calderón Alvarado, cédula N° 1-0506-0548, funcionario de la Procuraduría de la Ética Pública, para que participe como Expositor en la 5ta Conferencia de la Red de Puntos Globales Focales, organizada por la Sub Dirección Anti Corrupción y de Delitos Financiaros de Interpol y la Iniciativa para la Recuperación de Activos Robados (StAR) a realizarse en Viena, Austria, los días 9 al 10 de setiembre del 2014.

Artículo 2º—Los gastos del señor Gilberth Calderón Alvarado por concepto de viáticos en el exterior y gastos de transporte aéreo, serán cubiertos por el ente organizador.

Artículo 3º—Que durante los días del 7 al 11 de setiembre del 2014, en que se autoriza la participación y traslado del funcionario Gilberth Calderón Alvarado en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 7 al 11 de setiembre del 2014.

Dado en el Ministerio de Justicia y Paz, el día 3 de setiembre del 2014.

Cristina Ramírez Chavarría, Ministra de Justicia y Paz.—1 vez.—O. C. N° 22548.—Solicitud N° 0836.—C-51270.—(IN2014066690).

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 18, título N° 154, emitido por el CINDEA Bribrí, en el año dos mil siete, a nombre de Nixon Yovanny Zeledón Muñoz. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y cambio de apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Nixon Yovanny Díaz Zeledón cédula 7-0141-0174. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintinueve días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063340).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 149, asiento 13, título N° 1041, y del título de Técnico Medio en la Especialidad Contabilidad y Finanzas, inscrito en el tomo 2, folio 48, asiento 14, título N° 1620, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Puriscal, en el año dos mil siete, a nombre de Calderón Jiménez Andrey Alberto, cédula 1-1402-0375. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticinco días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063343).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 5, título N° 49, emitido por el Colegio Humanístico Costarricense,  en el año dos mil siete, a nombre de Chaves Marchena Jessica Tatiana, cédula 6-0387-0985. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintinueve días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063358).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 62, título N° 818, emitido por el Sistema Educativo Saint Clare, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Carballo Gómez Andrea, cédula 1-1014-0541. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciocho días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063684).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 4, folio 173, título N° 955, emitido por el Colegio de Bagaces, en el año dos mil trece, a nombre de Vásquez Bolaños Kevin Darío, cédula 2-0720-0956. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticinco días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063698).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada de Adultos, “Área de Ciencias”, inscrito en el Tomo V, Folio 120, Título N° 938, emitido por el Colegio Nocturno Pbro. Enrique Menzel, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Herberth García Muñoz. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por corrección del nombre, cuyo nombre y apellido correcto es: Gebert García Muñoz, cédula 3-0277-0632. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063720).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 94, Título N° 764, emitido por el Liceo Diurno de Ciudad Colón, en el año dos mil tres, a nombre de Morales Núñez Mariela Idalie, cédula 1-1289-0925. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063767).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 183, Título N° 936, emitido por el Liceo Fernando Volio Jiménez, en el año dos mil once, a nombre de Delgado Carranza Priscila Michelle, cédula 1-1557-0694. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticuatro días del mes de setiembre del dos mil catorce.— Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063942).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 17, título N° 238, emitido por el Colegio Humboldt, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Sosa Soto Christian, cédula 2-0497-0147. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, veinticinco de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014064200).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio 80, título N° 2396, emitido por el Colegio Bilingüe de Palmares, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Rojas Suarez Kattia Marlene, cédula 5-0256-0619. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, once de agosto del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014064222).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 307, Título N° 2995, emitido por el Colegio de Naranjo, en el año dos mil nueve, a nombre de Porras Arrieta Luis Fernando, cédula 2-0705-0361. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los veinte días del mes de agosto del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014064975).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 36, Asiento 16, Título N° 582, emitido por el Colegio Nocturno de Río Frío con Sección Diurna, en el año dos mil seis, a nombre de González Molina Yana Raquel, cédula 4-0233-0553. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los dieciséis días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014065029).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 45, Asiento 35, Título N° 338, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Acosta, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Sequeira Meza Andrea, cédula 1-1074-0908. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los veintinueve días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014065030).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 6, asiento 21, emitido por el Liceo de Miramar, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Alán Flores Hellen Ester, cédula 6-0248-0644. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciséis días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014065656).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 295, título N° 775, emitido por el Liceo de Nicoya, en el año dos mil nueve, a nombre de Téllez Téllez Rosmery Alejandra, cédula 6-0404-0420. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, 01 de setiembre del 2014.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014065094).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 67, asiento 25, título N° 234, emitido por el Cindea-Puerto Jiménez, en el año dos mil doce, a nombre de Murillo Zúñiga Angie Melissa, cédula 1-1621-0445. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, treinta de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014065095).

Ante esta dirección ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 126, asiento N° 883, emitido por el Liceo Julio Fonseca Gutiérrez, en el año dos mil diez, a nombre de Gómez Lawson Aldemir, cédula 1-1503-0945. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, dos de octubre del dos mil catorce.—Félix Barrantes Ureña, Director Gestión y Evaluación de la Calidad.—(IN2014065143).

Ante este dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 73, título N° 1452, emitido por el Liceo de Heredia, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Vargas Cambronero Natividad, cédula 4-0130-0468. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, 01 de octubre del 2014.—Félix Barrantes Ureña, Director Gestión y Evaluación de la Calidad.—(IN2014065202).

Ante esta dirección ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 58, título N° 223, emitido por el Liceo Antonio Obando Chan, en el año dos mil siete, a nombre de Araya Castillo Durstin Gerardo, cédula 1-1451-0651. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los tres días del mes de octubre del dos mil catorce.—Gestión y Evaluación de la Calidad.—Félix Barrantes Ureña, Director.—(IN2014065693).

Ante esta dirección ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio 91, diploma N° 1383, emitido por el Liceo de Costa Rica, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Churnside Martínez Dextor Randall, cédula 1-0616-0705. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los tres días del mes de octubre del dos mil catorce.—Gestión y Evaluación de la Calidad.—Félix Barrantes Ureña, Director.—(IN2014065703).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 194, título Nº 1204, emitido por el Liceo de Escazú, en el año dos mil dos, a nombre de Vega Solís Jonathan, cédula 1-1184-0605. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dos días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014066058).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 10, título Nº 6063 y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Contabilidad y Finanzas, inscrito en el tomo 2, folio 437, Título Nº 11014, emitido por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria, en el año dos mil seis, a nombre de Rojas Chinchilla Claudia Vanessa, cédula 1-1294-0047. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinticinco días del mes de abril del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014066101).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 185, título Nº 1770, emitido por el Instituto de Educación Dr. Clodomiro Picado Twight, en el año dos mil dos, a nombre de Delgado Araya Enmanuel, cédula 3-0394-0372. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los seis días del mes de octubre del dos mil catorce.—Gestión y Evaluación de la Calidad.—Félix Barrantes Ureña, Director.—(IN2014066140).

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DE INVESTIGACIÓN

Y ENSEÑANZA EN NUTRICIÓN Y SALUD

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COSTARRICENSE

DE INVESTIGACIÓN Y ENSEÑANZA EN NUTRICIÓN

Y SALUD (INCIENSA)

Con fundamento en lo que establecen el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y el artículo 12, inciso a) del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombramiento en propiedad de Rafael Alonso Cedeño Molina, cédula de identidad N° 1-1313-0848, en el puesto 402377 clasificado como Profesional de Servicio Civil 2, código 512. Rige a partir del 01 de setiembre del 2014.

Tres Ríos, 29 de setiembre del 2014.—Dra. Lissette Navas Alvarado, Directora General.—1 vez.—O. C. Nº 23806.—Solicitud Nº 20861.—(IN2014065957).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

El señor Cristian Calderón Cartín, mayor, abogado, cédula 1-800-402, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Ranbaxy Laboratories Limited, de India, solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE LA METALPROTEINASA MATRIZ. El presente invento se relaciona con ácidos carboxílicos sustituidos mediante B-hidroxi y amino, que actúan como inhibidores de la metaloproteasa matriz, ácidos carboxílicos B-hidroxi diastereoméricamente puros, procesos correspondientes para la síntesis de composiciones farmacéuticas que contienen los compuestos del presente invento. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 209/48; C07D 401/06; A61K 31/403/A61P 29/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Sattigeri, Viswajanani J, Palle, Venkata P, Khera, Manoj Kumar, Reddy, Ranadheer, Towari, Manoj Kumar, Soni, Ajay, Rauf, Abdul Rehnian Abdul, Joseph, Sony, Musib, Arpita, Dastidar, Sunanda G, Srivastava, Punit Kumar. Prioridad: 22/08/2006 In 1880/DEL/2006; 28/02/2008 // WO2008/023336. La solicitud correspondiente lleva el número 20140412, y fue presentada a las 12:22:00 del 08 de setiembre del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 09 de setiembre del 2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014066122).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones Civiles

avisos

Se hace saber a terceros e interesados que por no encontrarse el folio 8 del tomo 93 de la Sección de Mercantil de este Registro, en el cual consta el asiento 8 que presumiblemente es constitución de la sociedad Comp Cafetalera Tilarán Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-014551 de conformidad con lo establecido por el reglamento para salvar la inscripción de tomos en el Registro Público, que es Decreto Ejecutivo número 16236-J, del 2 de mayo de 1985, este departamento ha iniciado los trámites pertinentes con el fin de llevar a cabo la reposición del asiento relacionado. Por lo anterior y en cumplimiento del artículo 8 del citado reglamento se confiere un plazo de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de la presente publicación con el fin de que terceros e interesados hagan valer su derechos y objeciones ante esta oficina.—Curridabat, 22 de setiembre del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—O. C. N° OC14-0019.—Solicitud N° 20278.—(IN2014065466).

Se hace saber a terceros e interesados que por no encontrarse el folio 106 del tomo 136 de la Sección de Mercantil de este registro en el cual consta el asiento 75 que presumiblemente es constitución de la sociedad Hacienda Ganadera Chianina Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-24100 de conformidad con lo establecido por el reglamento para salvar la inscripción de tomos en el Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 16236-J del 2 de mayo de 1985, este departamento ha iniciado los trámites pertinentes con el fin de llevar a cabo la reposición del asiento relacionado. Por lo anterior y en cumplimiento del artículo 8 del citado reglamento se confiere un plazo de 5 días hábiles contados a partir de la fecha de la presente publicación con el fin de que terceros e interesados hagan valer su derecho y objeciones ante esta oficina.—Curridabat, 01 de octubre del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—O. C. N° OC14-0019.—Solicitud N° 20782.—(IN2014066669).

Se hace saber a terceros e interesados que por no encontrarse el folio 429 del tomo 136 de la Sección de Mercantil de este registro en el cual consta el asiento 329 que presumiblemente es constitución de la sociedad Cuatro Soles Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-024346 de conformidad con lo establecido por el reglamento para salvar la inscripción de tomos en el Registro Público que es Decreto Ejecutivo N° 16236-J del 2 de mayo de 1985, este departamento ha iniciado los trámites pertinentes con el fin de llevar a cabo la reposición del asiento relacionado. Por lo anterior y en cumplimiento del artículo 8 del citado reglamento, se confiere un plazo de 5 días hábiles contados a partir de la fecha de la presente publicación con el fin de que terceros e interesados hagan valer su derecho y objeciones ante esta oficina.—Curridabat, 22 de  setiembre del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—O. C. N° OC14-0019.—Solicitud N° 20785.—(IN2014066673).

Se hace saber a terceros e interesados que por no encontrarse el folio 99 del tomo 131 de la Sección de Mercantil de este registro en el cual consta el asiento 84 que presumiblemente es constitución de la sociedad Naybo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-022703 de conformidad con lo establecido por el reglamento para salvar la inscripción de tomos en el Registro Público que es Decreto Ejecutivo N° 16236-J del 2 de mayo de 1985, este departamento ha iniciado los trámites pertinentes con el fin de llevar a cabo la reposición del asiento relacionado. Por lo anterior y en cumplimiento del artículo 8 del citado reglamento, se confiere un plazo de 5 días hábiles contados a partir de la fecha de la presente publicación con el fin de que terceros e interesados hagan valer su derecho y objeciones ante esta oficina.—Curridabat, 02 de octubre del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—O. C. N° OC14-0019.—Solicitud N° 20786.—(IN2014066675).

Se hace saber a terceros e interesados que por no encontrarse el folio 87 del tomo 131 de la Sección de Mercantil de este registro, en el cual consta el asiento 74 que presumiblemente es constitución de la sociedad Rudoga Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-3-101-022693 de conformidad con lo establecido por el reglamento para salvar la inscripción de tomos en el Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 16236-J del 2 de mayo de 1985, este departamento ha iniciado los trámites pertinentes con el fin de llevar a cabo la reposición del asiento relacionado. Por lo anterior y en cumplimiento del artículo 8 del citado reglamento, se confiere un plazo de 5 días hábiles contados a partir de la fecha de la presente publicación con el fin de que terceros e interesados hagan valer su derecho y objeciones ante esta oficina.—Curridabat, 06 de octubre del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—O. C. N° OC14-0019.—Solicitud N° 20909.—(IN2014066676).

PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN DEL CATASTRO

CONVOCATORIA

En el marco del Programa de Regularización del Catastro y Registro del Gobierno de Costa Rica, y la Ley de Catastro Nacional y su Reglamento.

Se convoca a los propietarios y poseedores, para que se apersonen a la Exposición Pública de Resultados del Levantamiento, que se realizará en:

 

Provincia

Cantón

Distrito

Fecha

Dirección

Limón

Pococí

Cariari

Del 14 al 23 de noviembre del 2014

Escuela Líder Campo Kennedy, Cariari centro.

Provincia

Cantón

Distrito

Fecha

Dirección

Limón

Pococí

Rita

Del 14 al 23 de noviembre del 2014

Salón Parroquial de la Iglesia Católica de La Rita, frente a la Plaza de Fútbol de La Rita

Provincia

Cantón

Distrito

Fecha

Dirección

Limón

Limón

Rio Blanco

Del 14 al 23 de noviembre del 2014

Salón Comunal de la Asociación de Desarrollo Río Blanco, 3 kilómetros del Centro de Liverpool, Camino a las Brisas.

 

Horario de atención: De lunes a domingo de 8:00 a. m, a 4:30 p. m. (jornada continua).

Esto con el fin de que se examinen los registros y mapas, catastrales, suscriba el acta de conformidad  o manifiesten su inconformidad.  De no presentarse el Catastro Nacional dará los datos por correctos, según lo indica el artículo 19 de la Ley de Catastro. Para más información comuníquese al 2202-0999 o a la página www.rnpdigital.com.—José Joaquín Oviedo, Coordinador Verificación Catastral, Registro Inmobiliario.—1 vez.—(IN2014072054).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. N° 5205P.—Inversiones Ana María S. A., solicita concesión de: 0,4 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-1196 en finca de su propiedad en San Rafael, Escazú, San José, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riego. Coordenadas 212.350/519.800 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de agosto de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014065038).

Exp. N° 16385P.—El Carao de la Palma S. A., solicita concesión de: 20 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BE-256 en finca de el mismo en Belén, Carrillo, Guanacaste, para uso embotellado para la venta y riego. Coordenadas 268.900 / 365.050 hoja Belén. 10 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BE-58 en finca de el mismo en Belén, Carrillo, Guanacaste, para uso embotellado para la venta y riego. Coordenadas 268.800 / 365.040 hoja Belén. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de setiembre de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014065140).

Exp. N° 11378P.—Transuca S. A., solicita concesión de: 0,04 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BA-764 en finca de su propiedad en San Pedro (Santa Bárbara), Santa Bárbara, Heredia, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 223.600 / 518.160 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de setiembre de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014065210).

Exp. Nº 7053A.—3-101-664741 S. A., solicita concesión de 0,1 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Antonio, Escazú, San José, para uso consumo humano, abrevadero y turístico. Coordenadas 207.300 / 521.500 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de julio de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014066124).

Exp. Nº 16373A.—Jardín Sin Tiempo S.A, solicita concesión de 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de el mismo en Rivas, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano-doméstico y turístico-hotel-restaurante. Coordenadas 160.075 / 582.569 hoja San Isidro. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de setiembre del 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014066132).

Exp. Nº 3465P.—La Nación S. A., solicita concesión de: 0,76 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo sin número 3, en finca de su propiedad en San Juan (Tibás), Tibás, San José, para uso consumo humano e industria comunicación colectiva. Coordenadas 215.610 / 527.980 hoja Garza. 0,76 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo sin número 2, en finca de su propiedad en San Juan (Tibás), Tibás, San José, para uso consumo humano-industria comunicación colectiva. Coordenadas 215,570 / 528,025 hoja Garza; 0,76 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo sin número 3, en finca de su propiedad en San Juan (Tibás), Tibás, San José, para uso consumo humano-industria comunicación colectiva. Coordenadas 215.550 / 527.990 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de setiembre de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014066133).

Exp. Nº 10376A.—Corporación Comercial Santa Marta Limitada, solicita concesión de 0,08 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jesús (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso riego. Coordenadas 214.100 / 491.800 hoja Río Grande. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de setiembre de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas. Coordinador.—(IN2014066159).

PODER JUDICIAL

RESEÑAS

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO:  Acción de inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

Que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 14-000248-0007-CO, promovida por Luis Gerardo Fallas Acosta, en calidad de Defensor Adjunto de los Habitantes contra de los artículos 2 inciso 45), 81, 82 y 149 de la Ley N° 9078 denominada Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, se ha dictado el voto número 2014008481 de las dieciséis horas y uno minutos del once de junio del dos mil catorce, que literalmente dice:

Por tanto: «Se declara con lugar la acción. En consecuencia por ser contrarias a la Constitución Política, se anulan: a) la palabra “obligatoriamente” contenida en el texto del inciso 45) del artículo 2); b) el texto completo del artículo 81; c) el párrafo final del artículo 82, que dice: “Toda persona que solicite la emisión del permiso o de la licencia de conducir por primera vez, o su renovación, brindará una dirección electrónica para recibir notificaciones; caso contrario, el Cosevi asignará una DEV al conductor.” De igual forma, se anula también el texto del artículo 149, con excepción de su párrafo tercero en cuanto recoge obligaciones para las personas jurídicas dueñas de vehículos, no relacionadas directamente con el objeto de esta acción. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se dimensionan los efectos de este pronunciamiento en el sentido de que esta declaratoria no afecta la validez y eficacia de las infracciones que hayan adquirido firmeza en sede administrativa y judicial. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, Reséñese este pronunciamiento en el diario oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de las normas anuladas, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Reséñese este pronunciamiento en el diario oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese.»

San José, 17 de setiembre del 2014.

                                                                Gerardo Madriz Piedra

1 vez.—(IN2014066479)                                    Secretario

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

RESOLUCIONES

N.° 3509-M-2014.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San  José, a las trece horas cincuenta minutos del diecinueve de setiembre de dos mil catorce.

Diligencias de cancelación de credenciales de regidor suplente que ostenta el señor Manuel Vargas Rojas en el Concejo Municipal de Montes de Oro, provincia Puntarenas. (Exp. N° 170-Z-2014).

Resultando:

1°—Por oficio N° 41-SM-2014 del 4 de abril de 2014, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 9 de mayo de ese año, la señora Juanita Villalobos Arguedas, Secretaria del Concejo Municipal de Montes de Oro, informó que ese órgano, en sesión ordinaria N° 13-14 -celebrada el 31 de marzo de 2014-, conoció la renuncia del señor Manuel Vargas Rojas a su cargo de regidor suplente de ese cantón. De la misma manera, la señora Villalobos Arguedas remitió copia certificada de la respectiva carta de dimisión (folios 5 a 7).

2°—En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

Redacta la Magistrada Zamora Chavarría; y,

Considerando:

I.—Hechos probados. De relevancia para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a) que el señor Manuel Vargas Rojas fue electo regidor suplente de la Municipalidad de Montes de Oro, provincia Puntarenas (resolución de este Tribunal N° 2058-M-2010 de las 9:00 horas del 25 de marzo de 2010, folios 10 a 17); b) que el señor Vargas Rojas fue propuesto, en su momento, por el partido Unidad Social Cristiana (folios 9 y 15 vuelto); c) que en sesión ordinaria N° 13-14 -celebrada el 31 de marzo de 2014-, el Concejo Municipal de Montes de Oro conoció la renuncia formulada por el señor Vargas Rojas a su cargo de regidor suplente (folio 5); d) que la señora Ivette del Carmen García Hernández es la candidata a regidora suplente por el partido Unidad Social Cristiana que no resultó electa ni ha sido designada por este Tribunal para desempeñar el cargo de edil (folios 9 y 18); e) que la señora García Hernández resultó electa como concejal propietaria del distrito Miramar, cantón Montes de Oro, provincia Puntarenas, en las elecciones municipales de diciembre de 2010, siendo postulada en su momento por el partido Acción Ciudadana (folios 22 a 26); y, f) que el candidato que sigue en la nómina de regidores suplentes del partido Unidad Social Cristiana -en la posición inmediata siguiente a la señora García Hernández, por el citado cantón- que no resultó electo ni ha sido designado por este Colegiado para desempeñar una regiduría, es el señor German Espinoza Vargas, cédula de identidad n.° 6-0073-0108 (folios 9, 18 y 27).

II.—Sobre la renuncia presentada. El artículo 171 de la Constitución Política dispone que los regidores municipales “desempeñan sus cargos obligatoriamente”, obligatoriedad que debe entenderse referida al debido cumplimiento de las responsabilidades propias del cargo mientras se ostente la investidura, pero no a la imposibilidad de renunciar a él cuando circunstancias personales o de otro orden así lo indiquen. La renuncia a cualquier cargo público, incluyendo los de elección popular, es inherente a la libertad como valor constitucional de que gozan todas las personas, pues constituye un derecho fundamental reconocido en el artículo 20 de la Constitución Política. En ese sentido, la mayoría de este Tribunal es del criterio que la renuncia formulada por un regidor, en los términos establecidos en el inciso c) del artículo 24 del Código Municipal, constituye causal para la cancelación de la credencial que, en ese carácter, ostenta.

De no aceptarse la posibilidad de la renuncia pura y simple se atentaría contra un derecho fundamental: la libertad, previsto no solo en la Constitución Política sino también en los instrumentos jurídicos internacionales de derechos humanos de los que es parte el Estado Costarricense, siendo una de sus manifestaciones el poder optar por mantenerse o no en determinado cargo. Igualmente, en caso de no accederse a la posibilidad de una renuncia voluntaria, se induciría al regidor a incurrir en una causal sancionatoria, como podría ser el abandono de sesiones, con evidente lesión a los intereses de la Corporación Municipal.

Por ello, al haberse acreditado que el señor Manuel Vargas Rojas, en su condición de regidor suplente de la Municipalidad de Montes de Oro, renunció voluntariamente a su cargo y que su dimisión fue conocida por el Concejo Municipal de ese cantón, lo procedente es cancelar su credencial y suplir la vacante conforme corresponda.

III.—Sobre la sustitución del señor Vargas Rojas. Al cancelarse la credencial del señor Manuel Vargas Rojas se produce una vacante, de entre los regidores suplente del citado concejo municipal, que es necesario suplir según las reglas que determinaron la elección. El artículo 208, párrafo segundo del Código Electoral regula la sustitución de diputados, regidores o concejales de distrito ante circunstancias de fallecimiento, renuncia o incapacidad de éstos para ejercer el cargo y establece que el Tribunal Supremo de Elecciones “dispondrá la sustitución llamando a ejercer el cargo, por el resto del período constitucional, a quien en la misma lista obtuvo más votos o a quien siga en la misma lista, según corresponda”. En consecuencia este Colegiado sustituirá, a los regidores suplentes que deban cesar en sus funciones, con los candidatos de la misma naturaleza que sigan en la lista del partido político del funcionario cesante, que no hayan resultado electos ni hayan sido designados para desempeñar el cargo.

En el presente asunto se ha tenido por demostrado que la candidata que se encuentra en la situación descrita es la señora Ivette del Carmen García Hernández; sin embargo, según los precedentes jurisprudenciales de esta Magistratura Electoral, se entiende que ha dejado de militar en el partido Unidad Social Cristiana –agrupación a la que pertenece la plaza vacante– pues fue postulada con posterioridad a la elección de regidores de febrero de 2010, por el partido Acción Ciudadana, como candidata a concejal propietaria del distrito Miramar, cantón Montes de Oro, provincia Puntarenas, e incluso resultó electa en ese cargo.

En concreto, esta Magistratura Electoral, en un caso similar al que ahora se conoce, consideró:

“Aunque el señor […] se postuló para las elecciones nacionales de febrero de 2010 en representación del PUSC para ocupar el cargo de regidor propietario de Cañas, no resultó electo; y no fue sino meses después, con motivo de las elecciones municipales de diciembre de 2010, cuando propuso su nombre–en el pleno ejercicio de la autonomía de la voluntad–, por el PAC, para ocupar el cargo de síndico propietario del distrito Cañas, proceso en el que resultó electo y, por tanto, declarado como tal por este Tribunal. La jurisprudencia electoral ha afirmado que “(…) al amparo del principio de autonomía de la voluntad, el derecho de asociación política supone la posibilidad de afiliarse o desafiliarse de una agrupación partidaria y asociarse a otra; ello se demuestra cuando se realizan actos que reflejan, de manera inequívoca, su decisión de desligarse de aquélla y afiliarse a otra, que es precisamente lo que ocurrió en este caso.” (resolución N.° 6380-E3-2010).

El Tribunal entiende que la postulación del señor […], en el marco de un proceso electoral posterior, a una candidatura por el PAC –al punto de llegar a resultar electo como síndico propietario–, demuestra actos concretos de filiación y una militancia directa y evidente a esa nueva agrupación política y supone, en el eventual caso de que no hubiera dimitido expresamente, la renuncia tácita e inmediata a sus intereses partidarios y electivos en el PUSC. Por ello, resulta innecesario prevenirle que indique cuál de los dos cargos desea desempeñar –regidor propietario o síndico propietario–, sino que lo procedente es reponer la vacante que deja la señora […] prescindiendo de la consideración del señor […] y optando por el candidato que sigue en la nómina y que no ha sido nombrado por este Tribunal.” (Resolución N° 0556-M-2014 de las 12:10 horas del 17 de febrero de 2014).

De acuerdo con la regla fijada en el precedente parcialmente transcrito, corresponde llenar la vacante producida por la dimisión del señor Vargas Rojas, sin tomar en consideración a la señora García Hernández.

Por ello, al haberse acreditado que el señor German Espinoza Vargas, cédula de identidad N.° 6-0073-0108, es el candidato que sigue en la nómina de regidores suplentes del partido Unidad Social Cristiana -en la posición inmediata siguiente a la señora García Hernández, por el citado cantón- que no resultó electo ni ha sido designado por este Colegiado para desempeñar una regiduría, se le designa como edil suplente de la Municipalidad de Montes de Oro. La presente designación rige desde su juramentación y hasta el 30 de abril de 2016. Por tanto:

Se cancela la credencial de regidor suplente de la Municipalidad de Montes de Oro, provincia Puntarenas, que ostenta el señor Manuel Vargas Rojas. En su lugar se designa al señor German Espinoza Vargas, cédula de identidad N.° 6-0073-0108. La presente designación rige a partir de la juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis. El Magistrado Sobrado González pone nota. Notifíquese a los señores Vargas Rojas y Espinoza Vargas, y al Concejo Municipal de Montes de Oro. Publíquese en el Diario Oficial.—Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora Chavarría.—Max Alberto Esquivel Faerron.

NOTA SEPARADA DEL MAGISTRADO

SOBRADO GONZÁLEZ

En innumerables ocasiones he señalado que, en mi criterio, el Código Municipal solo autoriza a cancelar las credenciales del regidor que renuncia a su cargo cuando tal renuncia se base en motivos excepcionales que razonablemente eximan al interesado o interesada del cumplimiento de su deber constitucional, previamente valorados por el respectivo concejo municipal. Únicamente de esa manera es posible conciliar la obligatoriedad del cargo, impuesta constitucionalmente (artículo 171), con el principio de que nadie está obligado a lo imposible.

En el caso en examen, conviene indicar que, desde la resolución N° 2158-E-2007 de las 10:15 horas del 28 de agosto de 2007, este Tribunal –con la actual integración de sus miembros propietarios– de forma unánime acogió la postura del suscrito Magistrado en punto a que la residencia efectiva en el cantón donde se sirve el cargo es un requisito que debe mantener durante todo el mandato, y su variación constituye una causal de cancelación de la respectiva credencial.

Precisamente, en ese precedente se favoreció el siguiente razonamiento:

“El anterior Código Municipal era claro al respecto, al establecer como condición de elegibilidad al cargo de regidor el ser vecino del cantón en que se ha de servir el cargo, siendo motivo de pérdida de credencial el carecer o perder tal condición (art. 23.c, 25.a y 27.c). El Código vigente, por su parte, sustituyó tal requisito por el de encontrarse “inscrito electoralmente, por lo menos con dos años de anterioridad, en el cantón en que han de servir el cargo” (art. 22.c). Para no demeritar el carácter democrático y representativo del gobierno municipal, ha de interpretarse que dicha inscripción electoral -dato formal- debe ir acompañada por la residencia efectiva en el cantón respectivo –elemento fáctico-, la cual debe mantenerse durante todo el período de nombramiento, puesto que el no contar o perder este último requisito, excluiría de pleno derecho la condición de munícipe y, por ende, los correspondientes derechos políticos en la órbita local.

De ahí resulta forzoso concluir que es motivo para cancelar las credenciales de los regidores el que éstos dejen de ser vecinos del cantón correspondiente (…)”.

Dado que justamente la renuncia del señor Vargas Rojas invoca la circunstancia de no ser más vecino del cantón de Montes de Oro, su caso se ampara en un motivo que más bien lo obliga a dejar su cargo de regidor; razón por la cual debe aceptarse su renuncia, concurriendo entonces el suscrito Magistrado con su voto para la cancelación de sus credenciales y la respectiva sustitución. Luis Antonio Sobrado González.—1 vez.—(IN2014065035).

Nº 3418-M-2014.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las once horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de setiembre de dos mil catorce. Expediente 438-DC-2014.

Cancelación de credenciales de la señora Dobelys Ruiz Rodríguez, regidora propietaria del Concejo Municipal de Corredores, provincia Puntarenas, por contravenir presuntamente lo dispuesto en el artículo 24 inciso b) del Código Municipal.

Resultando:

1º—Por Nº SG-611-2013 del 7 de noviembre de 2013, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 15 de esos mismos mes y año, la señora Kembly Noel Carazo, Secretaria a. í. del Concejo Municipal de Corredores, puso en conocimiento el acuerdo Nº 7, adoptado por ese órgano en la sesión ordinaria Nº 44 –celebrada el 1 de noviembre de 2013–, en el que se disponía solicitar a esta Autoridad Electoral la cancelación de la credencial de regidora propietaria de ese cantón que ostenta la señora Dobelys Ruiz Rodríguez por, presuntamente, haberse ausentado injustificadamente por más de dos meses a las sesiones de ese concejo (folio 1).

2º—Este Tribunal, por auto de las 8:15 horas del 20 de noviembre de 2013, previno a la Secretaría Municipal de Corredores para que, entre otros, certificara las fechas exactas de las sesiones ordinarias y extraordinarias en las que, supuestamente, había estado ausente la señora Ruiz Rodríguez (folio 4).

3º—La Secretaría del Concejo Municipal de Corredores, en oficio Nº SG-651-2013 del 20 de noviembre de 2013, cumplió con lo prevenido según el resultando anterior (folio 8).

4º—Este Colegiado, por auto de las 10:30 horas del 26 de noviembre del 2013, otorgó audiencia a la señora Ruiz Rodríguez a fin de que justificara sus ausencias o bien manifestara lo que considerara más conveniente a sus intereses (folio 9).

5º—En auto de las 11:55 horas del 2 de enero del 2014, el Magistrado Instructor previno al señor Ignacio Carrillo Pérez quien, además de ser concejal propietario del distrito Canoas, cantón Corredores, provincia Puntarenas, era el candidato que seguía en la nómina de regidores propietarios del partido Liberación Nacional -que no resultó electo ni ha sido designado para desempeñar ese cargo- para que indicara por cuál de los cargos optaría, en caso de ser procedente la cancelación de credenciales de la señora Ruiz Rodríguez (folio 24).

6º—La señora Dobelys Ruiz Rodríguez, por nota del 6 de enero del 2014, estableció las razones por las que había dejado de asistir a las sesiones del Concejo Municipal de Corredores (folio 27).

7º—Entendiendo que la respuesta de la señora Ruiz Rodríguez se trataba de una oposición al proceso de cancelación de credenciales incoado en su contra, este Tribunal, por auto de las 11:50 horas del 12 de mayo del 2014, remitió las diligencias a la Inspección Electoral para que se procediera según el artículo 258 del Código Electoral (folio 28).

8º—La señora Mary Anne Mannix Arnold, Inspectora Electoral, luego de realizar pesquisas preliminares en las que se solicitó a la señora Ruiz Rodríguez aclarar el contenido de su nota del 6 de enero del 2014, solicitó a esta Autoridad Electoral reconsiderar su decisión de ordenar la apertura del procedimiento previsto en el citado numeral 258, toda vez que la interesada había decidido no continuar en su cargo de regidora propietaria (folios 35 a 37).

9º—Esta Magistratura Electoral, por resolución Nº 5225-E6-2013 de las 13:55 horas del 29 de noviembre de 2013, dispuso inhabilitar al señor Ignacio Carrillo Pérez, por el lapso de dos años, para el ejercicio de cargos públicos (folios 38 a 43).

10.—La Presidencia de este Órgano Constitucional, por resolución de las 15:20 horas del 30 de junio del 2014, dispuso returnar el presente asunto a la Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría (folio 51).

11.—En auto de las 13:05 horas del 5 de setiembre del 2014, la Magistrada Instructora previno a la señora Xinia Marta Contreras Mendoza quien, además de ser Alcaldesa Municipal de Corredores, provincia Puntarenas, era la candidata que seguía en la nómina de regidores propietarios del partido Liberación Nacional -que no resultó electa ni ha sido designada para desempeñar ese cargo, en virtud de la imposibilidad del señor Carrillo Pérez para asumir la regiduría- para que indicara por cuál de los cargos optaría, en caso de ser procedente la cancelación de credenciales de la señora Ruiz Rodríguez (folio 54).

12.—La señora Xinia Marta Contreras Mendoza, por oficio Nº AM-001052-2014, informó que su deseo era continuar desempeñando el cargo de Alcaldesa de Corredores (folio 56).

13.—En el proceso se han observado las prescripciones legales.

Redacta la Magistrada Zamora Chavarría; y,

Considerando:

I.—Cuestión previa. El artículo 258 del Código Electoral establece que solo será necesario iniciar un procedimiento administrativo cuando el funcionario municipal de elección popular –cuya credencial se insta a cancelar por ausencias– se haya opuesto al procedimiento.

La oposición que refiere el Código Electoral debe leerse como una manifestación del interesado de permanecer en el cargo, supuesto distinto al que aquí se conoce ya que, en el caso concreto, este Tribunal entiende que no hay contención puesto que, si bien –en un primer momento– asumió que la señora Ruiz Rodríguez deseaba continuar en su cargo, lo cierto es que en la aclaración realizada ante la Inspección Electoral se denota que su deseo, por razones laborales y de estudio, es no continuar sirviendo el puesto de edil.

De esa suerte, este Colegiado, en atención al principio de economía procesal, considera oportuno seguir conociendo la presente gestión como cancelación de credenciales por ausencias sin oposición, en los términos de la frase final del artículo 258 del Código Electoral y como, acertadamente, recomienda la Inspección Electoral en su solicitud de reconsideración.

II.—Hechos probados. Como tales y de relevancia para la resolución del presente asunto, se tienen los siguientes: a) que la señora Dobelys Ruiz Rodríguez C.C. Dovely Ruiz Rodríguez, fue electa regidora propietaria del cantón Corredores, provincia Puntarenas, según lo dispuesto por este Tribunal en resolución n.º 2058-E11-2010 de las 9:00 horas del 25 de marzo del 2010 (folios 13 a 20); b) que la señora Ruiz Rodríguez fue postulada en su momento por el partido Liberación Nacional (véase nómina de candidatos a folio 21); c) que la señora Ruiz Rodríguez no se presentó a sesiones del Concejo Municipal de Corredores desde el 9 de setiembre y hasta el 19 de noviembre, ambos de 2013 (folio 8); d) que la señora Ruiz Rodríguez fue debidamente notificada del proceso de cancelación de credenciales en su contra y se apersonó al procedimiento sin oponerse al mismo (folios 12, 27 y 34); e) que este Tribunal inhabilitó al señor Ignacio Carrillo Pérez para desempeñar cargos públicos por dos años en sentencia Nº 5225-E6-2013 de las 13:55 horas del 29 de noviembre de 2013 (folios 38 a 50); f) que, prescindiendo del señor Carillo Pérez, la candidata que sigue en la nómina de regidores propietarios del partido Liberación Nacional que no resultó electa, ni ha sido designada por este Tribunal para desempeñar el cargo, es la señora Xinia Marta Contreras Mendoza quien es, además, la Alcaldesa de Corredores y, de manera expresa, indicó que su deseo era continuar ejerciendo ese cargo y no asumir el de edil (folios 53 y 56); y, g) que el candidato que sigue en la nómina de regidores propietarios del partido Liberación Nacional que no resultó electo, ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar el cargo –ante la imposibilidad del señor Carrillo Pérez y la determinación de la señora Contreras Mendoza de no asumir la regiduría–, es el señor Victorio Manuel Vega Naranjo c.c. Víctor Vega Naranjo, cédula de identidad Nº 5-0108-0156 (folios 21 y 57).

III.—Sobre el fondo. El Código Municipal, en el inciso b) artículo 24 en relación con el numeral 28 de ese mismo cuerpo normativo, dispone que es causal de pérdida de la credencial de regidor propietario la ausencia injustificada a las sesiones del concejo por más de dos meses.

En cuanto a lo comunicado por el Concejo Municipal de Corredores y considerando el elenco de hechos que se han tenido por acreditados, se desprende que la señora Dobelys Ruiz Rodríguez se ha ausentado injustificadamente, por más de dos meses, de las sesiones de ese órgano deliberativo, siendo lo procedente cancelar la credencial de regidora propietaria que ostenta, como en efecto se ordena.

IV.—Sobre la sustitución. Al cancelarse la credencial de la señora Ruiz Rodríguez, se produce una vacante entre los regidores propietarios de la citada Municipalidad que es necesario suplir, según lo que establece el artículo 208 del Código Electoral, con el candidato de la misma naturaleza (regidor propietario) que siga en la lista del partido Liberación Nacional, que no haya resultado electo ni haya sido designado para desempeñar el cargo.

En presente asunto, al haberse acreditado que existe una inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos en contra del señor Ignacio Carrillo Pérez y que la señora Xinia Marta Contreras Méndez expresamente ha indicado que su deseo es permanecer en el cargo de Alcaldesa Municipal que actualmente ostenta, lo procedente es designar como regidor propietario de la Municipalidad de Corredores al restante candidato no electo de esa agrupación política, sea al señor Victorio Manuel Vega Naranjo C.C. Víctor Vega Naranjo, cédula de identidad Nº 5-0108-0156. Esta designación rige a partir de su juramentación y hasta el 30 de abril del 2016. Por tanto;

Se cancela la credencial de regidora propietaria de la Municipalidad de Corredores, provincia Puntarenas, que ostenta la señora Dobelys Ruiz Rodríguez c.c. Dovely Ruiz Rodríguez. En su lugar, se designa al señor Victorio Manuel Vega Naranjo c.c. Víctor Vega Naranjo, cédula N.º 5-0108-0156. La presente designación rige a partir de la juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis. Contra lo resuelto cabe interponer recurso de reconsideración dentro de los tres días hábiles contados a partir del día siguiente a la comunicación del fallo. Notifíquese a la señora Ruiz Rodríguez. Firme esta resolución se le notificará, además, al señor Vega Naranjo y al Concejo Municipal de Corredores, y se publicará en el Diario Oficial.—Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora Chavarría.—Max Alberto Esquivel Faerron.—1 vez.—Exonerado.— (IN2014066351).

Nº 3592-M-2014.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las catorce horas cincuenta y cinco minutos del veintitrés de setiembre de dos mil catorce. Expediente 266-Z-2014.

Diligencias de cancelación de credenciales de los señores Ester Miranda Martínez y Filander Gerardo Soto Arce, por su orden concejales propietaria y suplente, del distrito San Rafael, cantón Guatuso, provincia Alajuela.

Resultando:

1º—Por oficio del 8 de agosto del 2014, la señora Ana Lía Espinoza Sequeira, Secretaria del Concejo Municipal de Guatuso, comunicó el acuerdo adoptado por ese concejo en el artículo 3°, inciso 1), de la sesión ordinaria n.° 30-14, celebrada el 29 de julio de 2014, en el que se dispuso poner en conocimiento de esta Autoridad Electoral el deceso de los señores Ester Miranda Martínez y Filander Gerardo Soto Arce, concejal propietaria y concejal suplente –respectivamente– del distrito San Rafael (folio 2).

2º—En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

Redacta la Magistrada Zamora Chavarría; y,

Considerando:

I.—Hechos probados. De interés para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a) que la señora Ester Miranda Martínez, cédula de identidad N.° 5-0203-0899, fue electa como concejal propietaria del distrito San Rafael, cantón Guatuso, provincia Alajuela (ver resolución N.° 0489-E11-2011, folios 4 a 9); b) que el señor Filander Gerardo Soto Arce, cédula de identidad N.° 2-0312-0308, fue electo concejal suplente del citado distrito San Rafael (folios 4 a 9); c) que los señores Miranda Martínez y Soto Arce fueron propuestos, en su momento, por el partido Liberación Nacional (PLN) (folio 3 vuelto); d) que la señora Miranda Martínez falleció el 27 de enero de 2014 (folio 11); e) que el señor Soto Arce murió el 9 de octubre de 2013 (folio 12); f) que el candidato a concejal propietario, por el partido Liberación Nacional, del citado distrito que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar el cargo, es el señor Donald Cubero Martínez, cédula de identidad N.° 5-0295-0138 (folios 3 vuelto, 10 y 15); y, g) que la candidata a concejal suplente, por la citada agrupación, del distrito San Rafael que no resultó electa ni ha sido designada por este Tribunal para desempeñar el cargo, es la señora Maureen Castro Ríos, cédula de identidad N.° 6-0304-0410 (folios 3 vuelto, 10 y 13).

II.—Sobre el deceso de los señores Miranda Martínez y Soto Arce. En virtud de que en autos se encuentra acreditado que la señora Ester Miranda Martínez, concejal propietaria de San Rafael, falleció el 27 de enero de 2014; y que el señor Filander Gerardo Soto Arce, concejal propietario de ese mismo distrito, murió el 9 de octubre de 2013, lo procedente es, ante sus decesos, cancelar sus respectivas credenciales, como en efecto se dispone.

III.—Sobre la sustitución de la señora Miranda Martínez. Al cancelarse la credencial de la señora Ester Miranda Martínez se produce -de entre los concejales propietarios del partido Liberación Nacional en el Concejo de Distrito de San Rafael- una vacante que es necesario suplir conforme lo establece el párrafo segundo del artículo 208 del Código Electoral, sea: “…llamando a ejercer el cargo, por el resto del período constitucional, a quien (…) siga en la misma lista, según corresponda”.

Por ello, al haberse acreditado que el candidato que sigue en la nómina de esa agrupación política, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar el cargo es el señor Donald Cubero Martínez, cédula de identidad N.° 5-0295-0138, se le designa como concejal propietario del distrito San Rafael, cantón Guatuso, provincia Alajuela. La presente designación lo será por el período que va desde su juramentación hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis.

IV.—Sobre la sustitución del señor Soto Arce. En cuanto a la sustitución del señor Filander Gerardo Soto Arce, cuyo deceso ha provocado la vacante de un puesto de concejal suplente que pertenece al partido Liberación Nacional, es necesario, también, proceder según el numeral 208 antes referido; sin embargo, por la naturaleza del puesto, debe acudirse a la lista de concejales suplentes.

En el presente asunto, al haberse acreditado que la candidata que sigue en la nómina del citado partido político, que no resultó electa ni ha sido designada por este Tribunal para desempeñar el cargo es la señora Maureen Castro Ríos, cédula de identidad N.° 6-0304-0410, se le designa como concejal suplente del distrito San Rafael, cantón Guatuso, provincia Alajuela. La presente designación lo será por el período que va desde su juramentación hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis. Por tanto;

Se cancelan las credenciales de concejal propietaria y concejal suplente que ostentaban, respectivamente, los señores Ester Miranda Martínez y Filander Gerardo Soto Arce. En sus lugares, se designa a los señores Donald Cubero Martínez, cédula de identidad N.° 5-0295-0138, como concejal propietario, y a la señora Maureen Castro Ríos, cédula de identidad N.° 6-0304-0410, como concejal suplente, ambos del distrito San Rafael, cantón Guatuso, provincia Alajuela. Estas designaciones rigen a partir de la juramentación y hasta el 30 de abril del 2016. Notifíquese a los señores Cubero Martínez y Castro Ríos, al Concejo Municipal de Guatuso y al Concejo de Distrito de San Rafael. Publíquese en el Diario Oficial.—Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora Chavarría.—Max Alberto Esquivel Faerron.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014066358).

EDICTOS

Registro Civil -Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Juan Gabriel Escorcia no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2946-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las dieciséis horas nueve minutos del cuatro de setiembre del dos mil catorce. Expediente N° 24074-2014. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Gadiel Eliep Escorcia López… en el sentido que el nombre del padre de la persona ahí inscrita es “Juan Gabriel”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014066688).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

SALUD

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

OFICINA DE COOPERACIÓN

INTERNACIONAL DE LA SALUD

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000005-UPIMS

Tanques sépticos, interceptores de grasa e inodoros

La Oficina de Cooperación Internacional de la Salud a través de la Proveeduría Institucional del Ministerio de Salud, recibirá propuestas hasta las 14:00 horas del 17 de noviembre de 2014, para la compra de:

Línea 1: Mil seiscientos quince (1615) tanques sépticos.

Línea 2: Mil seiscientos quince (1615) interceptores de grasa.

Línea 3: Mil seiscientos quince (1615) inodoros económicos.

El cartel con las especificaciones técnicas y condiciones generales de dicha contratación administrativa podrán retirarse por parte de los interesados sin costo alguno a partir de la presente publicación en la Proveeduría Institucional de ese ministerio, sita tercer piso del edificio sur del Ministerio de Salud, ubicado en calle 16, avenidas 6 y 8. Horario de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. (jornada continua).

San José, 21 de octubre de 2014.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—O. C. N° 3400022094.—Solicitud N° 21772.—C-18730.—(IN2014072094).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000011-UPIMS

Contratación servicio dibujo de planos

La Proveeduría Institucional, por medio del presupuesto de la Consejo Técnico de Asistencia Médico Social con fondos del Fideicomiso 872, recibirá propuestas hasta las 14:00 horas del 04 de noviembre de 2014, para la contratación del servicio de dibujo de planos.

El cartel con las especificaciones técnicas y condiciones generales de dicha contratación administrativa podrán retirarse por parte de los interesados sin costo alguno a partir de la presente publicación en la Proveeduría Institucional de ese Ministerio, sita tercer piso del edificio sur del Ministerio de Salud, ubicado en calle 16, avenidas 6 y 8.

San José, 21 de octubre de 2014.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—O. C. N° 3400022094.—Solicitud N° 21773.—C-14310.—(IN2014072096).

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000020-UTN

Equipo para laboratorios 2

La Proveeduría Institucional de la Universidad Técnica Nacional recibirá ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del 7 de noviembre del 2014, para la compra de libros. El cartel y las posibles aclaraciones se encuentran disponibles en la página web: www.utn.ac.cr>contratacion administrativa>licitaciones abreviadas.

Para consultas con Lidia Pérez al correo lperez@utn.ac.cr, copia a vcascante(g),utn.ac.cr y/o al fax 2430-3496.

22 de octubre del 2014.—Dirección de Proveeduría Institucional.—Lic. Miguel A. González Matamoros Director.—1 vez.—(IN2014072190).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2014LN-000082-01

Compra e instalación de unidades de potencia ininterrumpible

(UPS) de 10 kva monofásicas paralelables y (UPS) de 10,

20 y 30 kva trifásicas modulares, con entregas por

demanda para un periodo fijo de cuatro (4)

años, para oficinas del Banco Nacional

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica recibirá ofertas por escrito a las diez horas (10:00 a. m.) del 21 de noviembre del 2014, para la “Compra e instalación de unidades de potencia ininterrumpible (UPS) de 10 kva monofásicas paralelables y (UPS) de 10, 20 y 30 kva trifásicas modulares, con entregas por demanda para un periodo fijo de cuatro (4) años, para oficinas del Banco Nacional”.

El cartel puede ser retirado sin costo adicional a partir de este momento en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Logística Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca.

La Uruca, 24 de octubre del 2014.—Alejandra Trejos Céspedes, Proveeduría General.—1 vez.—O. C. N° 517819.—Solicitud N° 21803.—C-17830.—(IN2014072098).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000026-DCADM

Alquiler de local para instalar Oficina

de Negocios en Pérez Zeledón

Apertura para las 10:00 horas del 17 de noviembre  del 2014. Venta del cartel: Oficinas Centrales, de lunes a viernes de 8:15 a. m. a 4:00 p. m. Retiro del cartel en el 6to piso, División de Contratación Administrativa, costo: ¢1.500,00 (mil quinientos colones con 00/100).

San José, 21 de octubre del 2014.—Área de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2014072212).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS DE SALUD

REGIÓN BRUNCA

LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000004-2799

Servicio de seguridad y vigilancia

La Dirección Regional Servicios de Salud Región Brunca, comunica que se encuentra a disposición de los interesados, el cartel para la Licitación Pública 2014LN-000004-2799, para la compra del servicio de seguridad y vigilancia de los Ebais del Área de Salud de Golfito, las sedes de Área de Golfito y Buenos Aires y del Hospital Manuel Mora Valverde de Golfito; para mayor información ingresar al Link:

http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2799&tipo=LN de la página.

La apertura será el próximo 17 de noviembre del 2014 al ser las 10:00 horas.

San Isidro de Pérez Zeledón, 21 de octubre del  2014.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Jean Pierre Garbanzo Duarte, Coordinador.—1 vez.—(IN2014072038).

HOSPITAL MÉXICO

ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA DE

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN NACIONAL 2014LN-000020-2104

Adquisición de marcadores tumorales y anticuerpos

contra toxoplasma, citomegalovirus, treponema

pallidum, rubeola y hepatitis A

Se comunica a los interesados en participar que la fecha máxima de recepción de ofertas es el 13 de noviembre de 2014, a las 9:00 horas.

San José, 20 de octubre del 2014.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2014072228).

LICITACIÓN NACIONAL Nº 2014LN-000019-2104

Tarjetas o cassette varios

Se comunica a los interesados en participar que la fecha máxima de recepción de ofertas es el día 13 de noviembre del 2014, a las 10:00 horas.

San José, 20 de octubre del 2014.—Administración-Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2014072235).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000077-2104

Papel higiénico

Se comunica a los interesados en participar que la fecha máxima de recepción de ofertas es el día 14 de noviembre del 2014, a las 8:30 horas.

San José, 21 de octubre del 2014.—Administración-Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2014072240).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000085-2104

Fórmula enteral para pacientes con intolerancia a la glucosa

Se comunica a los interesados en participar que la fecha máxima de recepción de ofertas es el día 14 de noviembre del 2014, a las 11:30 horas.

San José, 21 de octubre del 2014.—Administración-Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2014072241).

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000082-2104

Por la adquisición de  “asas para polipectomía

y sistema de introducción de Stent Biliar (Pigtail)

Se comunica a los interesados en participar que la fecha máxima de recepción de ofertas es el día 14 de noviembre de 2014, a las 9:30 horas.

21 de octubre del 2014.—Administración-Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2014072242).

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000084-2104

Por la adquisición de  “bosentan 125 mg”

Se comunica a los interesados en participar que la fecha máxima de recepción de ofertas es el día 14 de noviembre de 2014, a las 10:30 horas.

21 de octubre del 2014.—Administración-Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2014072244).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

COMPRA DIRECTA Nº 2014CD-000161-07

Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo del

equipo de enderezado  y pintura del Centro

de Formación Profesional de Puntarenas

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del 30 de octubre de 2014. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones, sita Barranca Puntarenas, 200 metros al norte de entrada principal de INOLASA, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 23220.—Solicitud N° 21746.—(IN2014072017).

AVISOS

COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000003-UL-CAB

Servicio profesional para impartir curso de formación

y certificación de mediadores y conciliadores

El Departamento Proveeduría del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, recibirá ofertas escritas para el suministro en plaza, hasta las 10:00 horas del 18 de noviembre 2014, con todo gasto pago e impuestos incluidos, al concurso citado. El pliego de condiciones se encuentra disponible en la dirección electrónica: http://www.abogados.or.cr

San José, 20 de octubre del 2014.—Dirección Financiera.—Lic. Mayela Guillén Garro, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 9987.—Solicitud N° 21719.—(IN2014072015).

JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA LOS ÁNGELES

DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN SAN JOSÉ NORTE

CIRCUITO 02 GOICOECHEA ESTE

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 01-2015

La Junta de Educación de la Escuela los Ángeles, ubicada en la provincia de San José, cantón de Goicoechea, distrito Ipís, 400 este del Cruce Ipís, Coronado, sobre la carretera a Ipís, contiguo a la Iglesia Católica de los Ángeles, edificio esquinero, color papaya; abre a concurso la Contratación Directa No. 01-2015 para los siguientes servicios:

                 Contratación de tesorero-contador, servicios profesionales.

Retiro y recepción de ofertas: sede de la escuela Los Ángeles.

Plazo para presentar ofertas: 11-11-2014 al 25-11-2014.

Valor del cartel: ¢1000 (mil colones).

Vigencia de la oferta: mínimo 30 días hábiles a partir de su presentación.

                 Contratación de Proveedor para compra de alimentos para el comedor escolar.

Retiro y recepción de ofertas: sede de la escuela Los Ángeles.

Plazo para presentar ofertas. 11-11-2014 al 25-11-2014.

Valor del cartel: ¢1000 (mil colones).

Vigencia de la oferta: mínimo 30 días hábiles a partir de su presentación.

                 Contratación concesionario de soda escolar.

Retiro y recepción de ofertas: sede de la escuela Los Ángeles.

Plazo para presentar ofertas: 11-11-2014 al 25-11-2014.

Valor del cartel: ¢1000 (mil colones).

Vigencia de la oferta: mínimo 30 días hábiles a partir de su presentación.

              Contratación servicio de cocinera para el comedor escolar.

Retiro y recepción de ofertas: sede de la escuela Los Ángeles.

Plazo para presentar ofertas: 11-11-2014 al 25-11-2014.

Valor del cartel: ¢1000 (mil colones).

Vigencia de la oferta: mínimo 30 días hábiles a partir de su presentación.

MSc. Xiomara Cabalceta Peña, Directora de Escuela.—Yamileth Vaglio Torres, Presidenta Junta de Educación.—1 vez.—(IN2014072169).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ALVARADO

LICITACIÓN ABREVIADA N°2014LA-000007-M29

Compra  de tanques de concreto para almacenamiento

de agua potable en el cantón de Alvarado

En la Municipalidad de Alvarado, ubicada en Pacayas, Cartago, se recibirán ofertas hasta las 10:00 a. m. del 03 de noviembre  del 2014, para adquirir tanques de concreto, según condiciones y especificaciones que se encuentran en el cartel disponible en las oficinas de la Municipalidad, mediante acuerdo tomado en sesión ordinaria N° 232 del 6 de octubre del 2014.

Felipe Martínez Brenes, Alcalde Municipal.—1 vez.— (IN2014072115).

MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN CENTRAL DE LIMÓN

LICITACIÓN ABREVIADA N°2014LA-000032-01PM

Alquiler de iluminación temática navideña con pasacalles, árbol temático y banderines

La Unidad de Bienes y Servicios de la Municipalidad del Cantón Central de Limón invita a las personas físicas y jurídicas a participar en la Licitación Abreviada N° 2014LA-000032-01PM, para el “Alquiler de iluminación temática navideña con pasacalles, árbol temático y banderines”.

Las ofertas se recibirán en este departamento hasta las 13:00 horas del 5 de noviembre del 2014 de acuerdo a la hora que indique el reloj de la Unidad de Bienes y Servicios.

El cartel con las especificaciones técnicas y condiciones legales estaría a disposición de los interesados en las oficinas de la unidad de Bienes y Servicios de la Municipalidad del Cantón central de Limón, el cual podrá ser solicitado físicamente en horario de 8:00 a 3:30, podrán también los interesados solicitarlo al correo electrónico proveeduriamunilimon@hotmail.com., consultas al teléfono: 2758 0219 y 2758 0134, ext. 105.

Octubre del 2014.—Departamento de Bienes y Servicios.— Celia Mena Rojas, Jefa.—1 vez.—(IN2014072045).

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Se comunica a todos los interesados en los procedimientos de contratación que se dirán, que por acuerdos del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 91-14 del día 16 de octubre del año en curso, artículos VI, VIII, IX, respectivamente, se dispuso adjudicarlos de la siguiente forma:

LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000016-PROV

Contratación de servicios de fotocopiado y escaneo

de documentos, para los despachos judiciales

y usuarios en el edificio de los Tribunales

de Justicia de Puntarenas

A: Inversiones Karl del Este S. A., cédula jurídica 3-101-298364, según los términos pactados en el pliego de condiciones.

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000037-PROV

Compra de microscopio de comparación

A: Capris S. A., cédula jurídica 3-101-005113.

Línea N° 1.

Monto total adjudicado en esta licitación $81.900,00.

Demás características según pliego de condiciones.

__________

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000048-PROV

Compra de licencias de software

A: Componentes El Orbe S. A., cédula jurídica 3-101-111502.

Línea N° 2.

Monto total adjudicado a esta empresa $4.208,00.

A: Teleservicios Digitales JBM S. A., cédula jurídica 3-101-393719-

Línea N° 3

Monto total adjudicado a esta empresa $20.000,00.

La línea N° 1 se recomienda declarar infructuosa.

Demás características según pliego de condiciones.

San José, 21 de octubre de 2014.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurly Argüello Araya, Jefa.—1 vez.— (IN2014072103).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000002-85002

Contratación de servicio de vigilancia y seguridad

para la Sede Central del Tribunal Supremo de Elecciones

La Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones comunica, que en el artículo tercero inciso A) de la reunión ordinaria N° 28-2014, realizada el 17 de octubre del dos mil catorce y comunicado en oficio N° CDIR-117-2014, el Consejo de Directores del Tribunal Supremo de Elecciones dispuso adjudicar el concurso de referencia a la empresa Corporación Celulares y Más de la Cruz S. A., cédula jurídica 3-101-424172, por un monto mensual de ¢5.899.500,00 (cinco millones ochocientos noventa y nueve mil quinientos colones), monto total anual ¢70.794.000,00 (setenta millones setecientos noventa y cuatro mil colones) con una vigencia de un año y podrá prorrogarse en forma automática por períodos iguales, hasta un máximo de cuatro (4) años tal y como se detalla en el oficio en mención. El documento que resuelve la adjudicación puede ser consultado en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr/comprared del citado trámite.

Proveeduría.—Lic. Allan Herrera Herrera, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 3400020562.—Solicitud Nº 21738.—C-23240.—(IN2014072057).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS

DEL PACÍFICO

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000009-01

Mantenimiento preventivo y correctivo de boyas

del sistema de balizamiento del INCOP

El Departamento de Proveeduría del INCOP comunica que la Licitación Abreviada 2014LA-000009-01 por “Mantenimiento preventivo y correctivo de boyas del sistema de balizamiento del INCOP” fue adjudicada a la oferta presentada por la empresa Náutica JJ S. A., por un monto de ¢15.575.000,00 (quince millones quinientos setenta y cinco colones netos), siendo el mantenimiento por una única vez. Se excluye del mantenimiento las boyas 2, 3 y 8 ubicadas en Caldera y la 9 ubicada en Puntarenas.

Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O. C. N° 27291.—Solicitud N° 21806.—C-12100.—(IN2014072127).

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

PROVEEDURÍA AUXILIAR SEDE GUANACASTE

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000003-UTN04

Adquisición de un vehículo pick up

La Proveeduría Auxiliar (Sede Guanacaste) de la Universidad Técnica Nacional, Institucional informa a todos los interesados en el presente concurso que el mismo fue adjudicado por el Consejo de Sede en la sesión extraordinaria N° 008-2014 del 9 de octubre del 2014; mediante Acuerdo N° 03, de la siguiente manera:

Purdy Motor S. A., cédula jurídica 3-101-005744.

Línea 1: vehículo pick up (incluye kit de aros, mantenimiento preventivo de 40.000km y snorkel), monto total $24.700,00 (veinticuatro mil setecientos dólares).

Tiempo de entrega: 8 días hábiles.

Todo lo demás de acuerdo al cartel, especificaciones técnicas, aclaraciones y la oferta.

22 de octubre del 2014.—Dirección de Proveeduría Institucional.—Lic. Miguel A. González Matamoros, Director.—1 vez.—(IN2014072192).

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000002-UTN04

Adquisición de alimento para animales

La Proveeduría Auxiliar (Sede Guanacaste) de la Universidad Técnica Nacional, Institucional informa a todos los interesados en el presente concurso que el mismo fue adjudicado por el Consejo de Sede en la sesión extraordinaria N° 008-2014 del 9 de octubre del 2014; mediante Acuerdo N° 04, de la siguiente manera:

Agroinsumos Tecnoplant de Cañas TC S. A., cédula jurídica 3-101-606594.

Línea 7: alimento concentrado para res, monto ¢154.550,00 (ciento cincuenta y cuatro mil quinientos cincuenta colones).

Línea 8: alimento concentrado para ternero, monto ¢39.795,00 (treinta y nueve mil setecientos noventa y cinco colones).

Línea 9: alimento concentrado para equinos, monto ¢27.500,00 (veintisiete mil quinientos colones).

Las líneas 1, 2, 3, 4, 5 y 6 se declaran infructuosas.

Tiempo de entrega: inmediata.

Todo lo demás de acuerdo al cartel, especificaciones técnicas, aclaraciones y la oferta.

22 de octubre del 2014.—Dirección de Proveeduría Institucional.—Lic. Miguel A. González Matamoros, Director.—1 vez.—(IN2014072194).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD CENTRAL NORTE

ÁREA DE SALUD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000009-2299

Servicios profesionales de registros médicos

y estadísticas de salud

Se procede a comunicar la adjudicación de la siguiente licitación efectuada por la Dirección de esta Sede Regional según el Modelo de Distribución de Competencias en Contratación Administrativa y Facultades de Adjudicación de la CCSS.

Ítem: 1 (único), se adjudica al consorcio: Asesoría y Capacitación Empresarial S. A. & Seguridad Alfa S. A., por un monto total anual de ¢21.137.848,84 (veintiún millones ciento treinta y siete mil ochocientos cuarenta y ocho colones con ochenta y cuatro céntimos).

Dicho expediente se encontrará en esta sede regional, ubicada 200 metros norte de la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia.

Unidad Regional de Contratación Administrativa.—Lic. Carlos Gómez Cruz.—1 vez.—(IN2014072111).

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000073-2104

Sorafenib 200 mg

Empresas adjudicadas: Bayer S. A.

Vea detalles y mayor información en http:// www.ccss.sa.cr

San José, 17 de octubre del 2014.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez C., Jefatura.—1 vez.—(IN2014072230).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000046-2104

Acero inoxidable multifilamento,

poliéster, polidioxanona

Empresas adjudicadas: Medicald S. A., Kendall Innovadores en Cuidados al Paciente S. A., Allmedical S. A., y Panamedical de Costa Rica S. A.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr

San José, 17 de octubre del 2014.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez C., Jefatura.—1 vez.—(IN2014072231).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000057-2104

Conexiones para bombas de infusión transparentes

y conexiones para bombas de infusión set radio opaco

Empresas adjudicadas: CEFA Central Farmacéutica S. A.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr

San José, 17 de octubre del 2014.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez C., Jefatura.—1 vez.—(IN2014072232).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000051-2104

Aztreonam 1 gramo

Empresas adjudicadas: Ecopharmed S. A.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr

San José, 17 de octubre del 2014.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez C., Jefatura.—1 vez.—(IN2014072233).

LICITACIÓN NACIONAL Nº 2014LN-000006-2104

Reactivos de la coagulación sanguínea

Empresas adjudicadas: Biocientífica Internacional S. DE R. L.

Vea detalles y mayor información en http:// www.ccss.sa.cr

San José, 17 de octubre del 2014.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez C., Jefatura.—1 vez.—(IN2014072234).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000063-2104

Algasidasa Beta 35 mg

Empresas adjudicadas: CEFA Central Farmacéutica S. A.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr

San José, 17 de octubre del 2014.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez C., Jefatura.—1 vez.—(IN2014072238).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000064-2104

Caspofungina 70 mg

Empresas adjudicadas: CEFA Central Farmacéutica S. A.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr

San José, 17 de octubre del 2014.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez C., Jefatura.—1 vez.—(IN2014072239).

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000072-2104

Por la adquisición de “Tocilizumab 80 mg y 200 mg”

Empresas adjudicadas: CEFA Central Farmacéutica S. A.

Vea detalles y mayor información en http:// www.ccss.sa.cr

17 de octubre del 2014.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez C., Jefatura.—1 vez.—(IN2014072245).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000043-02

Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino

La Amistad, Región Central, Subregión Grecia

El Instituto de Desarrollo Rural comunica la adjudicación del siguiente proceso de contratación: Licitación Abreviada 2014LA-000043-02 “Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino La Amistad, Región Central, Subregión Grecia.

Adjudicar a favor de la oferta presentada por la empresa Rigoberto Rivera López y Hermanos S. A., cédula jurídica 3-101-052942, la cual obtuvo un total de 95.88 puntos. El precio total a pagar es la suma de ¢24.650.500,00 (veinticuatro millones seiscientos cincuenta mil colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 45 días naturales días naturales, según oficio PE-1754-2014 del 21 de octubre del 2014.

San Vicente de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Lic. Karen Valverde Soto.—1 vez.—(IN2014072066).

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000024-01

Semillas, plantulas, insumos químicos, equipo, productos plásticos y madera para el establecimiento de módulos de producción diversificada en la Oficina Subregional de Turrialba para cultivos de chile dulce, mandarina criolla,

pasto, pejibaye, tomate, maíz, frijol, maracuyá y plátano

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 9036 de Transformación IDA-INDER, artículos 26 y 30 y el oficio PE-1754-2014 del 21 de octubre 2014, se comunica la adjudicación del siguiente proceso: Licitación Abreviada 2014LA-000024-01 “semillas, plantulas, insumos químicos, equipo, productos plásticos y madera para el establecimiento de módulos de producción diversificada en la Oficina Subregional de Turrialba para cultivos de chile dulce, mandarina criolla, pasto, pejibaye, tomate, maíz, frijol, maracuyá y plátano”, a la oferta N° 01, presentada por Agroveterinaria El Colono S. A., cédula jurídica 3-101-339561, por un monto total de ¢34.190.802,56 (treinta y cuatro millones ciento noventa mil ochocientos dos colones con cincuenta y seis céntimos). La coordinación y fiscalización durante la ejecución del objeto de este proceso licitatorio, estará a cargo de la Oficina Subregional de Turrialba, en lo que respecta a la ejecución presupuestaria la coordinación y fiscalización estará a cargo del Área de Seguridad Alimentaria en calidad de Unidad Solicitante del proceso licitatorio.

Lic. Karen Valverde Soto, Proveedora Institucional.—1 vez.—(IN2014072072).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000005-08

Contratación de los servicios de mantenimiento preventivo

y correctivo para equipos de aire acondicionado de la sede Regional Brunca y Centros de Formación Adscritos

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, del Instituto Nacional de Aprendizaje, comunica el acuerdo de adjudicación tomado por la Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, según artículo II, inciso “a” del acta N° 77, celebrada el día 20 de octubre de 2014.

a.            Se acuerda adjudicar la Licitación Abreviada 2014LA-000005-08 denominada “Contratación de los Servicios de Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos de Aire Acondicionado de la Sede Regional Brunca y Centros de Formación Adscritos.” de la siguiente manera: Oferta N° 3 Servicios de Logística Segura S. A., las líneas, N° 1 mantenimiento preventivo y correctivo de los aires acondicionados del CFP Río Claro, costo visita cuatrimestral ¢378.000,00, costo anual ¢1.134.000,00; línea N° 2 mantenimiento preventivo y correctivo de los aires acondicionados de la Unidad Regional Brunca y el CRP San Isidro, costo de visita cuatrimestral ¢1.080.000,00; costo anual ¢3.240.000,00; costo total anual del servicio ¢4.374.000,00, plazo de entrega 15 días hábiles. Periodicidad de las visitas para ambas líneas: cada cuatro meses. Período del contrato un año, prorrogable año a año hasta por cuatro años más, para un total de cinco años.       

Acuerdo tomado de conformidad con el estudio legal ALCA-629-2014, estudio técnico del Núcleo Sector Eléctrico NE-PGA-527-2014, así como la razonabilidad del precio dada en el estudio técnico, el cartel administrativo, metodología de comparación de ofertas y el informe de recomendación RB-PA-JCA-160-2014.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O.C. N° 23220.—Solicitud N° 21748.—(IN2014072001).

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000024-01

Contratar servicios de pintura total del edificio de Archivo Institucional y parcial del edificio de Auditoría

y Recursos Humanos e Informática

El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, en acta 374-2014, artículo único, recomienda adjudicar la contratación con base en el dictamen técnico y elementos de adjudicación de la siguiente manera:

a.            Adjudicar la Licitación Abreviada N° 2014LA-000024-01, Contratar servicios de pintura total del edificio de Archivo Institucional y parcial del edificio de Auditoría y Recursos Humanos e Informática, en los siguientes términos:

              Adjudicar la línea 1, a la oferta 4 presentada por M.R. Pintores S. A., por un monto de ¢12.760.000,00 por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio razonable y con un plazo de entrega de 55 días hábiles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 23220.—Solicitud N° 21751.—(IN2014072010).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000010-03

Contratación Servicios de Mantenimiento de los Equipos

de Gas, Vapor y Electromecánicos de las Plantas

Didácticas del Centro de Desarrollo Tecnológico

de Industria Alimentaria en la Ciudad

Tecnológica Mario Echandi Jiménez

El Ing. Fabián Zúñiga Vargas, Encargado del Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje, en la sesión ordinaria 055-2014, celebrada el día 14 de octubre del 2014, artículo I, tomó el siguiente acuerdo:

Declarar infructuoso el trámite de la Licitación Abreviada Nº 2014LA-000010-03, Contratación Servicios de Mantenimiento de los Equipos de Gas, Vapor y Electromecánicos de las Plantas Didácticas del Centro de Desarrollo Tecnológico de Industria Alimentaria en la Ciudad Tecnológica Mario Echandi Jiménez, de acuerdo con lo indicado en estudio técnico NSIA-PGA-387-2014, estudio legal URCOC-AL-93-2014 y estudio administrativo URCOC-PS-J-103-2014, debido a que ninguno de los dos oferentes participantes cumple con lo solicitado en las especificaciones técnicas requeridas en el cartel de licitación, por lo tanto no se recomienda y con respecto a la razonabilidad del precio no se hace referencia ya que no hay recomendación técnica sobre este trámite.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 23220.—Solicitud Nº 21753.—C-24400.—(IN2014072077).

UNIDAD REGIONAL PACÍFICO CENTRAL

COMPRA DIRECTA Nº 2014CD-000139-07

Servicio de organización de eventos especiales y protocolarios,

torneo de pesca deportiva responsable

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa el resultado de la compra directa en referencia:

Acuerdo del Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central, que consta en el acta Nº 151-2014, de fecha 15-10-2014, según el siguiente detalle:

Se adjudica la línea única al oferente Grupo Gastronómico La Herradura S. A., cédula jurídica 3-101454323, por un monto de cinco millones cuarenta y nueve mil doscientos sesenta y ocho colones con sesenta y dos céntimos (¢5.049.268,62).

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 23220.—Solicitud Nº 21754.—C-16520.—(IN2014072080).

AVISOS

COMITÉ OLÍMPICO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA ICON-LA2014-004

Compra de equipo y accesorios para gimnasio

El Comité Olímpico Nacional mediante acta 18-10-2014, celebrada el 20 de octubre del 2014, según artículo 2, inciso 2.4; en sesión ordinaria del Comité Ejecutivo del CON:

a.            Adjudicar la Licitación Abreviada ICON-LA2014-004 para la “Compra de equipo y accesorios para gimnasio” a Fitness Equipment S. A., cédula jurídica 3-101-671280, de la siguiente manera:

               CUADRO DE ADJUDICACIÓN

               -según dictamen técnico-

 

Equipo Cardio /Accesorios Gimnasios

 

 

Descripción

Total $

Líneas

4

Banda 770T , 5 HP, 0 a 15%, Veloc 20 Kph

28.142,40

Línea 1

3

Total Arc Trainer  900 watts, 0 a 20 % Inclinación

22.426,80

Línea 2

3

Spinning BLADE

5.266,80

Línea 3

1

Máquina Smith con barra ajustable 3D

3.960,00

Línea 4

1

Máquina flexión de pierna sentada RLD Start

4.483,60

Línea 5

1

Máquina flexión de pierna pronada RLD Start

4.483,60

Línea 6

1

Press de banca plano

968,00

Línea 10

1

Press de banca inclinado

1.100,00

Línea 11

2

Squad Press ( Prensa meter discos)

7.004,80

Línea 7

1

Soleos ( Seated Calf)

1.707,75

Línea 8

1

Big Iron 9’ combo rack

5.759,10

Línea 9

2

Plataformas maderas con hule

6.390,00

Línea 12

2

Adjustable Dumbbell Bench (banca reforzada)

2.322,00

Línea 12

10

Ivanko discos 5 Kgrs color negro (entrenamiento )

1.350,00

Línea 13

10

Ivanko discos 10 Kgrs Color negro (entrenamiento)

1.080,00

 

10

Ivanko discos 15 Kgrs color amarillo

1.620,00

 

8

Ivanko discos 20 Kgrs color azul

1.440,00

 

8

Ivanko discos 25 Kgrs color rojo

1.764,00

 

5

Fitball 55 cm ( bolas estabilizadoras)

202,50

Línea 14

5

Fitball 65 cm ( bolas estabilizadoras)

247,50

 

8

First Place Elite Medicine Ball 6 lbs

619,20

Línea 15

6

First place elite medicine ball 10 lbs

637,20

 

6

First place elite medicine ball 20 lbs

1.053,00

 

1

10’ Ultraslide slide board

1.096,20

Línea 19

1

Extra botas recubiertas, única talla para deslizarse

 40,50

Línea 16

1

Slideboard polish 16 onz  

21,60

 

4

Trineos ( sled dawg elite )

1.738,37

Línea 17

3

ABC Ladder  ( escalera 30’ )

509,98

Línea 18

10

Bullet belt deluxe partner pack

2.025,00

 

10

Original texas power bar 45 lbs 28 mm

6.282,00

Línea 20

10

Barra Olímpica en Alumino 6’, 15 lbs , 28 mm

3.015,00

Línea 21

1

Set de 23 pares mancuernas Durabell rack 3 niveles

6.975,00

Línea 22

10

Pares de 5 lbs Durabell mancuernas

270,00

Línea 23

10

Pares de 10 lbs Durabell mancuernas

540,00

 

10

Liga verde

144,00

Línea 24

10

Liga roja    

162,00

 

8

Liga Azul

144,00

 

8

Liga morada 

158,40

 

5

Liga negra

108,00

 

10

BOSU

2.160,00

Línea 25

20

Colchonetas de piso para ejercicios varios

756,00

Línea 26

10

Kettlebells 10 lbs   

221,22

Línea 27

5

Kettlebells 25 lbs   

276,44

 

5

Kettlebells 50 lbs   

552,92

 

5

Ligas Body Bars 50-120 lbs

249,89

Línea 28

3

Ligas Body Bars 25-80 lbs

86,40

 

1

Rollo liga 25 pies roja 14 lbs    

36,00

Línea 29

1

Rollo liga 25 pies azul 16 lbs

39,60

 

2

Pionner LEATHER weight belts  small

142,79

Línea 30

3

Pionner LEATHER weight belts  medium

214,19

 

10

RIP:60 Suspensión Trainer

1.575,00

Línea 31

12

Rollos de piso de hule Negro para alto tránsito 208 M2

7.020,00

Línea 32

 

 

7.500,00

 

 

 

148.088,73

 

 

 

b.            El plazo de entrega será de 45 días posteriores a la entrega de la orden de compra esto por razones de importaciones de materiales.

c.            La garantía de las máquinas cardiovasculares será de: 10 años en estructura, 5 años en partes, 1 año faja, tabla y mantenimiento; las maquinas biomecánicas será de: 10 años estructuras, 2 años en partes, 1 año en mantenimiento y 120 días en viniles de asientos, agarraderas, cables y fajas; los accesorios será de: 1 año contra defectos de fábrica.

A su vez la empresa se compromete a tener disponible durante 3 a 5 años la existencia oportuna de las partes y repuestos originales genuinos de fábrica en el país; como también soporte en el servicio de mantenimiento durante 10 años después de comprado el equipo.

Todo acorde al cartel y la oferta.

Henry Núñez Nájera, Presidente Comité Olímpico Nacional de Costa Rica.—1 vez.—(IN2014071975).

LICITACIÓN ABREVIADA ICON-LA2014-003

Compra de uniformes de presentación

El Comité Olímpico Nacional mediante acta 18-10-2014, celebrada el 20 de octubre del 2014, según artículo 2, inciso 2.3; en sesión ordinaria del Comité Ejecutivo del CON:

a.            Adjudicar la Licitación Abreviada ICON-LA2014-003 para la “Compra de Uniformes de Presentación” a Industrias Doyco, cédula jurídica 3-101-010473-11, de la siguiente manera:

CUADRO DE ADJUDICACIÓN

-según dictamen técnico-

Línea

Descripción

Cantidad

Total

1

Camisa con manga corta para hombre de cuello redondo

1.800

23.775.000,00

2

Camisa con manga corta para mujer de cuello redondo

255

7.231.375,00

3

Pantalonetas

1.336

19.688.000,00

4

Lycras 3/4 para hacer ejercicio para mujer

200

5.580.000,00

5

Jackets para hombre con franjas blancas, con zipper y cuello tipo tortuga

300

11.257.500,00

6

Jackets para mujer con franjas, con zipper y cuello tipo tortuga

200

7.565.000,00

7

Buzos completos, negros con franjas blancas

108

5.057.100,00

8

Gorras para entrenar

500

3.750.000,00

9

Pantalón para mujer casual para presentación con ajuste en la cintura

90

2.178.000,00

10

Pantalón para hombre tipo buzo para presentación

331

4.635.000,00

11

Zapato deportivo para hombre tipo tenis con cordones al frente

306

12.761.000,00

12

Zapato deportivo para mujer tipo tenis con cordones al frente

220

7.590.000,00

13

Mochilas de espalda estándar

500

11.150.000,00

14

Maletas con ruedas

30

2.097.000,00

15

Medias estándar bajas

500

4.550.000,00

 

 

 

 

 

 

Total

128.864.975,00

 

 

Descuento

9.922.834,08

 

 

Monto adjudicar

118.945.140,93

 

b.            El plazo de entrega será de 5 días naturales para los productos que requieren serigrafía y 10 días para los productos que no; para cada línea rige desde la entrega de la orden de compra emitida por el CON.

c.            La garantía de las prendas es de 3 meses.

Todo acorde al cartel y la oferta.

Henry Núñez Nájera, Presidente Comité Olímpico Nacional de Costa Rica.—1 vez.—(IN2014071977).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ZARCERO

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000002-OPMZ

Demarcación vial del cantón de Zarcero

El Concejo Municipal de Zarcero, acuerda en sesión ordinaria número cuarenta y uno, celebrada el 13 de octubre del 2014, adjudicar por dictamen de la Comisión de Asuntos Jurídicos Licitación Abreviada 2014LA-000002-OPMZ, “Demarcación vial del cantón de Zarcero” a la empresa: Ticoseñales S. A., cédula jurídica N° 3-101-337292, por un monto total de ¢15.235.750,00 (quince millones doscientos treinta y cinco mil setecientos cincuenta colones netos).

Zarcero, 21 de octubre del 2014.—Vanessa Salazar Huertas, Proveeduría Municipal.—1 vez.—(IN2014072119).

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000003-OPMZ

Compra de materiales para Asentamiento San Rafael

El Concejo Municipal de Zarcero, en sesión ordinaria número cuarenta y uno celebrada el 13 de octubre del 2014, acuerda adjudicar por dictamen de la Comisión de Asuntos Jurídicos la Licitación Abreviada 2014LA-000003-OPMZ “Compra de materiales para Asentamiento San Rafael”. Por líneas a las empresas: Constructora Albosa S. A., cédula jurídica N° 3-101-063942, la línea N° 1 “1100 m3 piedra subbase”, por un monto total de ¢12.283.337,00 (doce millones doscientos ochenta y tres mil trescientos treinta y siete colones netos); Rodríguez y Villalobos S.R.L., cédula jurídica N° 3-102-009195, la línea N° 2 “1.600 m3 piedra base” por un monto de ¢18.400.000,00 (dieciocho millones cuatrocientos mil colones netos) y la línea N° 3 “275 m3 piedra cuarta, por un monto total de ¢3.987.500,00 (tres millones novecientos ochenta y siete mil quinientos colones netos), la línea N° 5 “50 m3 polvo de piedra”, por un monto total de ¢750.000,00 (setecientos cincuenta mil colones netos); Agregados H & M S. A., cédula jurídica N° 3-101-314088, la línea N° 4 “100 m3 piedra quinta”, por un monto total de ¢1.383.400,00 (un millón trescientos ochenta y tres mil cuatrocientos colones netos); Grupos Orosi S. A., cédula jurídica N° 3-101-316814, la línea N° 6 “48 m3 arena corriente”, por un monto total de ¢720.000,00 (setecientos veinte mil colones netos).

Zarcero, 21 de octubre del 2014.—Vanessa Salazar Huertas, Proveeduría Municipal.—1 vez.—(IN2014072122).

REGISTRO DE PROVEEDORES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Res. N° 426-VEC-2014.—Departamento de Proveeduría, Poder Judicial.—San José, a las nueve horas con veintidós minutos del nueve de octubre del dos mil catorce. A toda la Administración Pública se hace saber que la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, mediante la resolución en firme N° 2580-2014 de las once horas con veinte minutos del veintiuno de julio del dos mil catorce; con fundamento en el artículo 100 inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa, dispuso inhabilitar por el período de dos años a la empresa Promatco Centroamericana S. A., cédula jurídica N° 3-101-160697, para establecer contrataciones con el Poder Judicial en general, toda vez que el atraso en su entrega es una conducta reincidente de la contratista, en impermeabilización de losas según fue adjudicado en la Contratación Directa N° 887-2011, sanción que se comunicó tanto a la contratista infractora como a la Contraloría General de la República. Publíquese por única vez en el Diario Oficial.

Wilbert Kidd Alvarado, Proveedor Judicial.—1 vez.—(IN2014072008).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. TONY FACIO CASTRO

Notificación de la sanción de apercibimiento

El Área Gestión de Bienes y Servicios de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Constitución Política, artículos 99 inciso a de la Ley de Contratación Administrativa y artículos 215 y 217 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, comunica la firmeza de la sanción por apercibimiento a la empresa Servicios Técnicos en Calderas Plantas Eléctricas MAMOPE S. A., N° de proveedor 13954, cédula jurídica N° 3-101-097903, Código 0-03-15-0060, por concepto de mantenimiento preventivo y correctivo a 02 Plantas Eléctricas, según Resolución Administrativa Final N° 059 de las nueve horas con cincuenta y siete minutos del veintinueve de mayo de dos mil catorce, suscrita por el MSc. Alexis Vargas Matamoros, Director Administrativo Financiero del H.T.F.C., vista en el Expediente de Procedimiento de Sanción N° AGBS-003-2601-2014.

Limón, 16 de octubre del 2014.—Área de Gestión Bienes y Servicios.—Lic. Kris Guillén Rojas, Jefa.—1 vez.—(IN2014072188).

FE DE ERRATAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000025-5101

(Aviso N° 4)

Leuprorelina acetato 11.25 mg, de depósito.

Código: 1-10-38-4335

Se les informa a todos los interesados, en participar en el concurso antes mencionado; que se prorroga la fecha de apertura de ofertas a las 10 horas del día 06 de noviembre del 2014; ya que está pendiente modificaciones de las cláusulas penales ingresadas en cartel, en apego a lo dispuesto por la Contraloría General de la Republica; dicho documento se encuentra disponible en el expediente físico del concurso.

San José, 22 de octubre 2014.—Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios.—Licda. Shirley Solano Mora, Jefa a. í de Línea de Producción de Medicamentos.—1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud N° 1942.—C-13090.—(IN2014072011).

HOSPITAL DR. MAX TERÁN VALLS

ÁREA DE GESTIÓN BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000004-2308

Objeto contractual: Adquisición de pruebas especiales para

 laboratorio clínico, por entregas según demanda.

Se les aclara a los interesados en participar en el presente concurso, que en cuanto al punto 2.14.1 del apartado de especificaciones técnicas del cartel, deberá leerse: El equipo debe ser automatizado y con las siguientes dimensiones: profundidad o ancho máximo un metro y 10 centímetros, largo máximo de un metro y 30 centímetros, y alto máximo de un metro y 10 centímetros.

Subárea de Planificación y Contratación Administrativa.—Licda. Ana Lisette Acuña Vargas, Coordinadora.—1 vez.—(IN2014072032).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000062-PRI

(Circular Nº 2)

Servicio de suspensión y reconexión de servicios

agua potable en la cantonal de Pérez Zeledón

(modalidad entrega según demanda)

A todos los interesados en participar en la presente licitación, se les comunica que mediante esta circular, se aplica la siguiente modificación y aclaración al pliego cartelario. Modificación al cartel: Todos  los  diámetros  de  los  accesorios  a usar serán de 12.7 mm, por lo que se eliminan todos los diámetros de accesorios de 19 y 25 mm que aparecen los términos de referencia. Aclaración: Se aclara que los términos de referencia concluyen con el artículo 32 (Obligaciones del Contratista). El artículo 60 (Riesgos del Contratista) se debe considerar dentro de ese mismo artículo 32, por cuanto corresponde al artículo 60 de la Ley 6727, Riesgos de Trabajo. Las demás condiciones del cartel, permanecen invariables.

Direcció de Proveeduría.—Lic. Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 5100002278.—Solicitud Nº 21749.—C-17460.—(IN2014072071).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2014LN-000003-01

Compra de terrenos para construcción de oficinas

territoriales en Paquera, Turrialba y Coto Brus

El Instituto de Desarrollo Rural comunica la modificación N° 1 al cartel de la Licitación Pública Nacional 2014LN-000003-01 “Compra de terrenos para construcción de oficinas territoriales en Paquera, Turrialba y Coto Brus”.

Se elimina el punto 10,1.8 del cartel. El resto de las condiciones se mantienen invariables. Puede consultarse el cartel modificado en la página web institucional a partir de la presente publicación.

Vicente de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Lic. Karen Valverde Soto, Proveedora Institucional.—1 vez.—(IN2014072061).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000005-10

Contratación de servicios de mantenimiento de zonas verdes

y jardinería con criterios ambientales  para las instalaciones

del Centro Nacional Especializado Los Santos  y Centro

Nacional Especializado en Agricultura Orgánica

Se aclara que en el acta N° 11-2014, artículo III, del día 9 de octubre del 2014, a las 15:30 horas, se consignó lo siguiente:

“El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional de Cartago”, debiendo leerse correctamente: “… La Comisión Local Regional de Adquisiciones…”

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 23220.—Solicitud N° 21750.—(IN2014072004).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000065-01

Compra de proyectores, retroproyectores y pantallas

En La Gaceta Nº 198 del miércoles 15 de octubre del 2014, salió la adjudicación de la Licitación Abreviada en referencia la cual hay un error involuntario en el título de la Licitación en donde dice:

Licitación Abreviada Nº 2014LA-000065-01 la cual debe leerse correctamente Licitación Abreviada Nº 2013LA-000065-01

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 23220.—Solicitud Nº 21752.—C-11510.—(IN2014072076).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2014LN-000004-01

Diseño y Planos, Especificaciones Técnicas y Construcción

de PTAR Residencial Belén, II Etapa

Con respecto a la Licitación Pública Nacional Nº 2014LN-000004-01, denominada “Diseño y Planos, Especificaciones Técnicas y Construcción de PTAR Residencial Belén, II Etapa”, La Unidad de Bienes y Servicios hace la siguiente modificación al cartel según preguntas hechas en la fecha de la visita y prorroga del mismo. La II etapa se requiere elevada? Ustedes hacen y proponen el diseño. En esta pregunta olvidé decir que una de las razones de que los elementos sean tan altos es evitar en lo posible que los malos olores y a veces las espumas afecten a la población. Esto debe de ser considerado en el diseño. Que tipo de tecnología de aireación se requiere? Ustedes son los que proponen. Creo que aquí se debe contestar que la tecnología a utilizar debe ser la misma que existe o muy similar. En este caso pueden cotizar con la misma tecnología y con otra a escoger por ellos. La empresa deberá cambiar los transformadores en caso de que sea necesario? Este trabajo debe hacerse en coordinación con la CNFL que fueron quienes los colocaron en convenio Interinstitucional con la Municipalidad. En esta pregunta debe decirse que les toca a ellos los cambios de transformadores y cableado. Una vez concluido el ítem de diseño y planos de II etapa de la Planta de Tratamiento, se debe entregar un juego de planos a la Municipalidad de Belén para el supervisor de obras. Por lo tanto se debe dar fecha exacta para esta entrega y se comunica a los interesados en participar en la referida Licitación, que la fecha de apertura de ofertas, se prorrogará para las 10:00 a.m. del 3 de noviembre del 2014.—San Antonio de Belén, Heredia, 21 de octubre del 2014.—Lic. Marcos Porras Quesada, Coordinador.—1 vez.—O. C. Nº 029835.—Solicitud Nº 21757.—C-30060.—(IN2014072089).

REGLAMENTOS

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES

DEL MAGISTERIO NACIONAL

REGLAMENTO GENERAL PARA EL COBRO DE CUOTAS

OBRERO-PATRONALES A LAS INSTITUCIONES COTIZANTES

AL RÉGIMEN DE CAPITALIZACIÓN COLECTIVA

La Junta Directiva de esta Junta de Pensiones en su Sesión Ordinaria N° 104-2014 del 24 de setiembre de 2014, aprobó la modificación a los artículos N° 29, 48, 50 y 51 de este Reglamento, el cual debe leerse de la siguiente manera:

Artículo 29.—De los plazos

Las instituciones que presentan una mora de uno a sesenta días naturales, se ubicarán en categoría A (Riesgo Normal). Las gestiones de cobro son: De uno a treinta días naturales, envío de mensajes de texto, mensajes por IVR, correos electrónicos o llamadas telefónicas a los Centros Educativos. De treinta y un días y hasta sesenta días naturales, el envío del primer aviso de cobro administrativo.

De sesenta y un días a noventa días naturales, se ubicará en categoría B (Riesgo  Circunstancial) y les corresponderá el  envío del  segundo aviso de cobro administrativo.

Si el patrono no acatare la prevención señalada en los párrafos anteriores y transcurrido el  plazo de noventa y un días (categoría C o Riesgo Alto), se procederá a notificar a las instituciones cotizantes de acuerdo con el procedimiento dispuesto en el capítulo tercero de este Reglamento.

Si producto de la notificación el patrono concreta un arreglo de pago, se suspenderá el proceso de cobro judicial.

CAPÍTULO SÉTIMO

De los arreglos de pago

Artículo 48.—De la formalización de los arreglos de pago

Corresponde al Departamento Financiero Contable realizar las gestiones necesarias para la formalización de los arreglos de pago. Una vez aprobado el arreglo de pago, el documento deberá ser suscrito en un plazo máximo de quince días hábiles, de lo contrario el mismo quedará rechazado y se continuará con el proceso de cobro administrativo o judicial según corresponda.

Artículo 50.—De los montos y plazos para formalizar un arreglo de pago:

a.            Cuando la deuda alcance un rango hasta de ¢4.541.420,00, el saldo deberá ser cancelado en un plazo no mayor a los 18 meses, podrá ser autorizado por el jefe del Departamento Financiero Contable.

b.            Para los arreglos de pago entre ¢4.541.421,00 y ¢11.353.548,00, las instituciones deben cancelar el saldo en un plazo no mayor a veinticuatro meses. Estos serán autorizados por el Director Ejecutivo.

c.            Los arreglos de pago mayores a ¢11.353.548,00, deben cancelar el saldo en un plazo no mayor a treinta y seis meses. Estos serán autorizados por la Junta Directiva.

Los montos o topes para definir los arreglos de pago serán modificados por la Dirección Ejecutiva anualmente, tomando como referencia el índice de precios al consumidor y se informará a la Junta Directiva.

El Centro Educativo debe cancelar el pago de honorarios o costas legales si las hubiere y proceder a la suscripción de un documento en el que se formaliza el arreglo de pago, el cual detallará todas las condiciones del pacto y debe ser firmado por el representante legal del Centro Educativo.

A las instituciones que incumplan un arreglo de pago, se procederá según lo indicado en el artículo 51. Cuando una institución se encuentre amparada a un proceso de pago y solicite refundir la deuda, por situaciones imprevistas y fuera de su alcance deberá demostrar mediante los documentos que así disponga a la Junta de Pensiones para que esta analice la solicitud.

Los plazos para la cancelación de la deuda solo podrán ser modificados por indicación de la Dirección Ejecutiva. La solicitud de la institución deberá estar debidamente motivada y razonada vía escrita.

Artículo 51.—Del incumplimiento del arreglo de pago

Si una institución incumpliera con el arreglo de pago pactado, se deberá actuar conforme a lo estipulado en el Manual de Procedimientos “Procedimiento para el pago y registro de planillas, arreglo de pago, transgresiones y procesos derivados de la aplicación del Reglamento General para el cobro de cuotas Obrero Patronales”.

No se podrá formalizar un nuevo arreglo de pago si existe morosidad en arreglos de pago vigentes.

Departamento Financiero Contable.—Kattia M. Rojas Leiva, Jefa.—1 vez.—(IN2014065572).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

DEROGATORIA REGLAMENTO DEL FESTIVAL DE LA LUZ

El Concejo Municipal, acordó derogar el Reglamento del Festival de la Luz, publicado en La Gaceta N° 75, del miércoles 19 de abril de 2006, y en su lugar deberán someterse la organización y el manejo de dicho evento, a todos los procedimientos, normas, disposiciones generales, reglamentos y leyes de control interno, contratación administrativa, manejo presupuestario, de panificación que rigen en el quehacer municipal; por constituir el Festival de la Luz un proyecto ordinario de la Municipalidad de San José, que se encuentra debidamente contenido en su presupuesto y su operativo anual. En lo relativo a los patrocinios, los mismos se regularán según lo establece la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, en el caso de las tarimas, su instalación deberá contar con el visto bueno del señor Alcalde y el Coordinador General del Festival de la Luz, no permitiéndose el permiso a grupos de funcionarios municipales. Los recursos necesarios deben presupuestarse en la Sección de Protocolo y Relaciones Internacionales. En relación al Pasacalle se deben seguir los mismos procedimientos establecidos para el Festival de la Luz, incluyéndose su presupuesto en el Departamento de Cultura y la temática del mismo será definida por la Jefatura de esta Dependencia y de la Sección de Protocolo y Relaciones Internacionales”.

Acuerdo definitivamente aprobado. 2, artículo IV, de la sesión ordinaria 22, celebrada por el Concejo Municipal del Cantón Central de San José, el 28 de setiembre del 2010.

San José, 2 de octubre del 2014.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 134482.—Solicitud Nº 20781.—C-Crédito.—(IN2014065508).

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

GRECIA GOBIERNO LOCAL

Alcaldía Municipal de Grecia

AVISO

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Grecia, mediante acuerdo SEC-4394-2014, artículo III, inciso 14), sub inciso b), acta 303, acordó: Aprobar la reforma al Reglamento de Becas Actual. Asimismo se traslada a la Administración para su publicación en La Gaceta. Acuerdo aprobado por unanimidad.

REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO

DE BECAS DE LA MUNICIPALIDAD DE GRECIA

La Municipalidad de Grecia, en ejercicio de las facultades que le confieren la Constitución Política en los artículos 169, y 170, y el Código Municipal en sus artículos 4° y 13 incisos c) y m), emite el presente Reglamento para el Otorgamiento de Becas a los estudiantes en el Programa de Educación Pública en Primero, Segundo, Tercero, y Cuarto Ciclo de Enseñanza General Básica, en universidades, becas de funcionarios Municipales y también públicas.

Artículo 1º—Acatamiento imperativo. Este Reglamento es de imperativo acatamiento de becas en el trámite y otorgamiento de becas que realice esta Municipalidad. Los integrantes del Concejo Municipal, de la Comisión Becas, y todo servidor municipal, que incumpla lo dispuesto en el presente Reglamento incurrirán en responsabilidad laboral, civil o penal, según sea el caso.

Artículo 2º—De la Comisión de Becas. El Concejo Municipal designará una Comisión de Becas, procurando dar participación a todas las fracciones representadas en el Concejo.

Esta Comisión será la encargada de valorar las solicitudes de beca, en difuntiva, conforme al artículo 4°, inciso ( ) que es el de recomendación de los Consejos de Distrito, directores, etc. Los miembros de esta Comisión podrán ser removidos por el Concejo, cuando se cuente con evidencia que compruebe incumplimiento de sus funciones. El Concejo deberá reponer a la persona destituida, a más tardar en la próxima sesión ordinaria. De igual forma se procederá cuando medie renuncia de uno de sus miembros. Esta Comisión celebrará sesiones ordinarias una vez al mes, y de todo lo acordado se levantará un acta en un libro que al efecto suministrará, y custodiará la Secretaría Municipal. El presidente o secretario de la Comisión podrá convocar a sesiones extraordinarias, siempre que para ello medie un lapso de por lo menos tres días hábiles. Para sesionar válidamente se requiere la presencia de la mitad más uno de sus miembros. La Comisión cada seis meses, rendirá un informe general al Concejo.

Artículo 3º—Del monto del beneficio, y forma de distribución de formularios. Cada año, el Concejo Municipal determinará el rubro que para este concepto se incorporará en el Presupuesto Municipal. La Comisión de Becas en su primera reunión anual, acordará el monto del beneficio para ese año, y la forma en que se distribuirá los formularios, procurando dar cobertura a estudiantes de todo el cantón. De los acuerdos tomados se presentará un informe para aprobación del Concejo Municipal.

Artículo 4º—Requisitos para ser optante a una beca municipal. A toda solicitud de beca municipal deberá adjuntarse:

a)       Declaración jurada, de quien ejerza la patria potestad en caso de menores de edad, o del solicitante en caso de mayores de edad, de que no recibe otras ayudas económicas con el mismo fin.

b)      Constancia de que es vecino del cantón de Grecia.

c)       Original y copia de la orden patronal, del encargado del estudiante, o en su defecto algún documento que demuestre en forma fehaciente los ingresos de esa persona.

d)      Original y copia del certificado del resultado académico del periodo lectivo anterior, en caso de estudiantes de segundo ingreso.

e)       Constancia emitida por el centro educativo correspondiente donde se establezca que es estudiante activo para el periodo de que se trate.

f)       Señalar lugar para recibir notificaciones. Si el lugar señalado fuere impreciso o incierto las resoluciones que se dicten con relación al beneficio solicitado, se tendrán por firmes con el solo transcurso de veinticuatro horas.

g)       Constancia de estar al día en el pago de los servicios municipales.

h)      Certificación de que a la fecha no se ha recibido beca de ninguna Institución Pública o Privada.

i)       Los formularios se entregaran a los Síndicos (as), quienes a la vez se reunirán con su Consejo de Distrito, Juntas de Desarrollo, así como directores o docentes para la escogencia de los becados.

En todo caso los miembros de la Comisión tomarán en consideración la situación socioeconómica del optante, para lo cual podrán ordenar los estudios sociales que estimen convenientes. Para mantener la beca una vez otorgada, el beneficiario deberá mantener en su récord como nota mínima la que se establezca para aprobar el curso.

Artículo 5º—Informes al Concejo Municipal. La Comisión de Becas a más tardar en el mes de marzo de cada año, hará llegar al Concejo un informe que contenga los nombres de los seleccionados para el beneficio, adjuntando una propuesta de los recomendados que integrarán la lista de espera. El informe no es vinculante para el Concejo, pero éste deberá resolver en definitiva sobre los beneficiarios a más tardar en la sesión siguiente a su presentación.

Artículo 6º—Responsabilidades de los departamentos municipales. Corresponde a la persona que tenga a su cargo la Dirección Administrativa, gestionar que la planilla de becas se encuentre lista el primero de cada mes; y al encargado de la Tesorería Municipal realizar las gestiones para el que becado pueda disponer del monto de su beca, a más tardar el quinto día hábil de cada mes así como informar en forma trimestral al Concejo Municipal, si existen estudiantes en la condición expuesta en el inciso g) de artículo 7° de este Reglamento.

Artículo 7º—Causales para la cancelación del beneficio. A los beneficiarios de una beca municipal, se les podrá cancelar el beneficio, cuando incurran en cualquiera de las causales que se citan:

a)       Dejar de residir en el cantón de Grecia.

b)      Renuncia expresa, por escrito y con letra legible, además de la copia de la cédula de identidad.

c)       No obtener el rendimiento académico mínimo establecido en el artículo 4° del presente Reglamento.

d)      Disfrutar de una mejora en la condición económica, que a criterio de la Comisión de Becas, justifique la cancelación del beneficio.

e)       Que se demuestre que la convivencia y comportamiento social, debe de estar sustentándose con valores morales.

f)       Negarse a colaborar en campañas cívicas, a solicitud de la Municipalidad de Grecia.

g)       Dejar de retirar, sin causa justificada más de dos mensualidades correspondientes al beneficio.

h)      Dejar de ser estudiante activo.

i)       La beca le puede retirar padre, madre o encargado debidamente identificados.

j)       La beca la pueden disfrutar alumnos de primaria, secundaria, así como niños cubiertos por la Ley N° 7600.

Artículo 8º—Trámite para la cancelación del beneficio. Cuando la Comisión de Becas, por cualquier medio tenga conocimiento de que un beneficiario ha incurrido en una causal para la cancelación del beneficio, inmediatamente ordenará la apertura de un expediente. Se formularán los cargos, de los cuales se dará traslado al beneficiario, estableciendo un plazo no mayor de ocho días naturales para su descargo. Transcurrido ese plazo la Comisión analizará lo actuado, y deberá emitir dentro de los tres días hábiles siguientes la resolución final, que notificará al interesado. Inconforme con esa resolución el interesado contará con tres días hábiles para interponer recurso de revocatoria con apelación en subsidio ante el Concejo, ofreciendo de una vez la prueba que estime conveniente. Cuando la revocatoria sea declarada sin lugar, el Concejo Municipal, conocerá en alzada del recurso interpuesto, y en la sesión ordinaria siguiente, resolverá en definitiva lo que corresponda.

Artículo 9º—Obligación de cumplir lo preceptuado en este Reglamento. Aquel funcionario municipal, que incumpla lo dispuesto en este Reglamento será sujeto de un Procedimiento Administrativo, de conformidad con la legislación vigente, a efecto de determinar su responsabilidad y posibles sanciones.

Artículo 10.—Obligación de los beneficiarios. Todo beneficiario de una beca municipal, deberá asistir a las convocatorias que para tratar cualquier asunto relacionado con su beca, le formule la Comisión de Becas, o el Concejo Municipal. Para estos efectos toda notificación deberá realizarse por lo menos con tres días de anticipación, mediante nota, recibida por un mayor de edad en el domicilio indicado para notificaciones en el inciso f) del artículo 4° del presente Reglamento.

Artículo 11.—El becado debe de presentar a la Comisión cada trimestre su nota de calificaciones y certificación del Director, que está asistiendo al Centro Educativo.

Derogatorias

Este Reglamento deroga cualquier otra disposición reglamentaria anterior en el mismo sentido.

Se acuerda: Aprobar el Reglamento para el Otorgamiento de Becas de la Municipalidad de Grecia, así mismo se autoriza al Alcalde para la respectiva publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Acuerdo aprobado por unanimidad.

Lic. Adrián Barquero Saborío, Alcalde Municipal.—1 vez.—O. C. N° 41890.—Solicitud N° 5905.—C-153160.—(IN2014066686).

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Proyecto de Modificación Parcial del Reglamento para la Administración de Cementerios de la Municipalidad de Heredia aprobada en la sesión ordinaria N° 343-2014, para consulta pública no vinculante de diez días hábiles; celebrada el 21 de julio de 2014, según Artículo V, Correspondencia, Punto 9. Modificación Reglamento de Administración de Cementerios. Se modifican los artículos 22 y 23 de este para que en lo sucesivo se lean así:

Artículo 22.—Topografía del cementerio: Se contemplará lo establecido en el artículo 19 del Reglamento General de Cementerios.

Artículo 23.—De los nichos: Se construirán de acuerdo con las siguientes especificaciones:

a.            Todo cementerio dispondrá de una o más estructuras (módulos), con nichos construidos de material impermeable.

b.            Nichos de dos y cuatro derechos: Se establece el siguiente diseño para las construcciones de un nicho sobre el nivel de la acera y uno subterráneo:

Para ver imágenes solo en La Gaceta con formato PDF

 

De acuerdo con los croquis anteriores, las especificaciones técnicas por cumplir son:

b.1.         Los nichos se deben construir de 1.20m de ancho por 2.50m de largo.

b.2.         Las paredes de cada nicho serán en bloques de concreto de 0.12mX0.20mX0.40m. Se construirá placa corrida de 0.40mX0.20m y se instalara 4 varillas #3 y ganchos #2 @0.20m en concreto de 210Kg/cm2.

b.3.         En los espacios que quedan entre cada placa que son de 0.30mX1.60m se colocara una cama de lastre compactado al 95% del Proctor Estándar de 0.20m de espesor.

b.4.         En caso de que hayan nichos subterráneos se construirán en block de 0.15mX0.20mX0.40m y tendrán varilla #3 @0.20m como refuerzo vertical y varilla #3@20 como refuerzo horizontal. Todas las celdas que posean varillan se rellenaran con concreto de 175Kg/cm2.

b.5.         Se colará una viga corona de 0.15mX0.10m, la cual tendrá 2 varillas #2 y gancho #2 se el concreto será de 210Kg/cm2.

b.6.         Se colará una sobre losa de 0.90mX0.10m, con varilla #3 @0.20 ambas direcciones en concreto de 210Kg/cm2.

b.7.         Sobre esta losa se construirán los nichos externos, los cuales tendrán una altura máxima de 0.70m y se construirán en block de 0.12mX0.20mX0.40m y tendrán varilla #3 @0.60m como refuerzo vertical y varilla #3@40 como refuerzo horizontal. Todas las celdas que posean varillas se rellenarán con concreto de 175Kg/cm2.

b.8.         Se colará una viga corona de 0.12mX0.10m, la cual tendrá 2 varillas #2 y gancho #2 se el concreto será de 210Kg/cm2.

b.9.         Se colará una sobre losa de 0.96mX0.10m, con varilla #3 @0.20 ambas direcciones en concreto de 210Kg/cm2. Esta losa tendrá la función de cubierta del nicho, por lo que tendrá una pendiente del 1% hacia el frente del nicho.

b.10.Las tapas de los nichos se debe construir en ladrillos de barro y se lujará y se le dará el acabado final, el cual consiste en aplicar dos manos de revestimiento para exteriores y dos manos de pintura de aceite color blanco.

b.11.Tanto el nicho subterráneo como el nicho externo se lujarán las paredes, internamente como externamente y al nicho externo se le aplicará dos manos de revestimiento para exteriores y dos manos de pintura de aceite color blanco.

Previo a que se autorice la construcción de nichos en los Cementerios del Cantón Central de Heredia, la Administración de Cementerios verificará que la Ingeniería Municipal o en su defecto la Dirección de Inversión Pública, haya verificado el cumplimiento de los requisitos aquí descritos. En caso de incumplirse con las especificaciones constructivas antes mencionadas, no se permitirá la construcción de los nichos hasta que se cuente con el visto bueno de la Ingeniería Municipal. Si en fecha posterior a la publicación de esta reforma reglamentaria se determinara que se incumplió con las especificaciones constructivas antes mencionadas, la Municipalidad aplicará la normativa contenida en el numeral 93 de la Ley de Construcciones, N° 833 del 4 de noviembre de 1949.

Heredia, 29 de setiembre del 2014.—Lic. Enio Vargas Arrieta.—1 vez.—O. C. N° 56416.—Solicitud N° 20621.—(IN2014065472).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

OFICINA DE SABANILLA 173

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Yo Anabel Rivera Rivera, cédula de identidad N° 1-0566-0128, solicitante del certificado de depósito a plazo, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, oficina de 173 Sabanilla que se detalla a continuación:

     C.D.P                             Monto ¢        Emisión     Vencimiento

400-01-173-001044-4         594.098,87       10-12-2009       10-06-2010

     Cupón               Monto ¢                 Emisión                 Vencimiento

         1                18.446,77               10-12-2009                 10-06-2010

Título emitido a la orden a una tasa de interés del 6.75%. Solicito reposición de este documento por causa de extravío. Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros por el término de quince días.

San José, 7 de octubre del 2014.—Anabel Rivera Rivera.—(IN2014066612).

Yo Anabel Rivera Rivera, cédula de identidad N° 1-0566-0128, solicitante del certificado de depósito a plazo, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, oficina de 173 Sabanilla que se detalla a continuación:

     C.D.P                               Monto ¢            Emisión       Vencimiento

400-01-173-001029-0       1.230.946,82     18-11-2009       18-05-2010

     Cupón                 Monto                  Emisión                 Vencimiento

         1                   46.431,31             18-11-2009                 18-05-2010

Título emitido a la orden a una tasa de interés del 8.20%. Solicito reposición de este documento por causa de extravío. Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros por el término de quince días.

San José, 7 de octubre del 2014.—Anabel Rivera Rivera.—(IN2014066615).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

A las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del Reglamento sobre la distribución de utilidades por la venta de bienes adjudicados (Artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días hábiles deberán presentar a través de sus representantes legales formal solicitud ante la Dirección de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en la Uruca, frente a la Mercedes Benz y adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de la obligación y el saldo adeudado de Corporación Arenas de Cristal F.W.A.M. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-432492 y señora Virginia Barboza Rojas, cédula 1-0578-0025.

Viernes, 03 de setiembre del 2014.—Lic. John Agüero Bonilla, Proveeduría General.—1 vez.—O. C. N° 517819.—Solicitud N° 20973.—(IN2014066542).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORIA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-3661-2014.—Matute Agüero Gabriela Hibet, R-302-2014, pasaporte 035244703, solicitó reconocimiento y equiparación del título Ingeniero Electricista, Universidad Simón Bolívar, Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 4 de setiembre del 2014.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 130833.—Solicitud N° 20167.—(IN2014062582).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La señora Elsy del Carmen Laucho Contreras, pasaporte N° AAE647728 ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de arquitecta, obtenido en Universidad del Zulia. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 23 de setiembre del 2014.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. N° 20140261.—Solicitud N° 20690.—(IN2014065474).

La señora Ana Carolina Venegas Pereira, cédula de identidad N° 1-1216-0419, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Licenciada en Arquitectura, obtenido en Pontificia Universidad Católica de  Chile. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 23 de setiembre del 2014.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. N° 20140261.—Solicitud N° 20694.—(IN2014065477).

El señor Roberto Jenkins Tanzi cédula de identificación N° 1 1419 0557, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Bachelor of Architecture, obtenido en Pratt Institute. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 19 de setiembre del 2014.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. Nº 20140261.—Solicitud Nº 20695.— (IN2014065490).

El señor José Carlos Rodríguez Zea, cédula de Residencia N° 132000191514 ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Ingeniero Industrial con el Grado de Licenciado obtenido en La Universidad del Valle de Guatemala. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago. 17 de setiembre del 2014.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. Nº 20140261.—Solicitud Nº 20729.— (IN2014065493).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

A Juan Carlos Mancilla Córdoba, se le comunica la resolución de las trece horas del veinticinco de setiembre del dos mil catorce, que ordenó: I) Dar inicio al Proceso Especial de Protección en sede administrativa. II) Se ordena el abrigo temporal de las personas menores de edad Jordan Francisco Mancilla Chamorro, Brandon Geanfred Chamorro Ledezma y Dorian Valeria Chamorro Ledezma en un albergue del Patronato Nacional de la Infancia de acuerdo a sus necesidades permaneciendo en el Albergue de Barrio San José en Alajuela. El plazo de la presente medida de protección es por seis meses y su fecha de vencimiento es el veinticinco de marzo del dos mil quince. III) En cuanto a la interrelación familiar se dispone que la presente medida no limita el contacto de los padres con las personas menores de edad, dichas visitas se realizarán conforme con lo estipule el reglamento que rige los albergues de la institución y/o en su lugar las disposiciones al respecto que establezcan los (as) profesionales del Equipo Interdisciplinario de Albergues de la Dirección Regional de Alajuela. IV) Se le advierte a las señoras María Isabel Chamorro Ledezma y Shirley Mayela Ledezma Méndez, su deber de integrarse a un grupo de crecimiento personal de educación a padres de los que imparte Trabajo Social de la Clínica Marcial Rodríguez y lo Trabajo Social del Hospital San Rafael y/o la Oficina Municipal de la Mujer en Atenas y/o grupo a fin de su comunidad, debiendo de aportar informes periódicos de avance a esta oficina. V) Se le advierte a las señoras María Isabel Chamorro Ledezma y a la señora Shirley Mayela Ledezma Méndez que deben someterse a la orientación, apoyo y seguimiento a la familia, que le brindará esta institución en el tiempo y forma que se les indique. Para lo cual se les indica que deben cooperar con la atención institucional lo que implica asistir a las citas que se le brinden así como cumplimiento de las indicaciones emitidas. VI) Se le designa a la Lic. Isela Chavarría Salazar, Trabajadora Social de la Oficina Local de Alajuela para que realice investigación ampliada de los hechos y rinda informe dentro del plazo de veinticinco días naturales. VII) Se les otorga a los progenitores María Isabel Chamorro Ledezma y Juan Carlos Mancilla Córdoba el plazo de cinco días hábiles dentro del cual podrán ofrecer la prueba de descargo pertinente. VIII) Comuníquese esta resolución al Juzgado de Familia del I Circuito Judicial de Alajuela, a la Fiscalía de Atenas y al Departamento de Acreditación de esta Institución. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente N° OLA-00537-2014.—Oficina Local de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N° 36800.—Solicitud N° 14000085.—C-58060.—(IN2014066636).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA Y ACUICULTURA

AJDIP/318-2014.—Puntarenas, a los cinco días del mes de setiembre del dos mil catorce.

Considerando:

1º—Presentado el por parte de la MBA. Betty Valverde Cordero, Jefe del Departamento Financiero, la propuesta del cuadro de Tarifas para el año 2015, misma que fue elaborada por la Dirección General Administrativa, considerando para su establecimiento, un aumento general del 6%, de conformidad con el índice de inflación señalado por el Banco Central de Costa Rica, para el presente período.

2º—Que por su parte, consideran los Sres. Directores necesario la aprobación de la propuesta presentada, dado que la misma recoge la solicitud expresa de ésta Junta Directiva de un incremento porcentual del 6%.

3º—Que dada la necesidad de minimizar el impacto al sector pesquero y acuícola, de manera tal que le permita a éstos sectores alcanzar el desarrollo económico suficiente que le permita enfrentar los desafíos que la sociedad demanda, tendientes a convertirse en motores del desarrollo social y económico nacional, la Junta Directiva, conciente en la responsabilidad que, como Autoridad Ejecutora de la Ley de Pesca y Acuicultura, le corresponde, en sintonía con la tutela del recurso pesquero y acuícola y la posibilidad del acceso sustentable sobre ese recurso, con fundamento en la metodología aplicada para la elaboración de la propuesta presentada para las tarifas del próximo ejercicio económico del año 2015. Por tanto,

ACUERDA:

1º—Dar por conocido y recibida la presentación del cuadro tarifario para el año 2015 con sus Notas Explicativas, presentado por la MBA. Betty Valverde Cordero, mediante oficio DF-063-09-2014, mismo que se acoge y aprueba en los siguientes términos y condiciones:

 

CONCEPTO

Unidad

de medida

Moneda

TARIFA

2015

 

BIENES ACUÍCOLAS

1

Alevín de carpa Coi hasta 10,0 gramos

semilla

colones

562,00

2

Reproductor de tilapia cualquier tipo, hasta 10,0 gramos

reproductor

colones

3.300,00

3

Alevín tilapia monosexo (machos) hasta 10,0 gramos. Excepto tilapia roja

alevín

colones

46,00

4

Alevin de tilapia, monosexo (machos) de 10,1 a 40 gramos. Excepto tilapia roja

alevín

colones

130,00

5

Tilapia esvicerada

kilo

colones

3.400,00

6

Almeja gigante hasta 150,0 gramos

semilla

colones

320,00

7

Alevines de guapote hasta 10,0 gramos

alevín

colones

240,00

8

Alevines de trucha Arco Iris de 2,0 a 3,5 cm

alevín

colones

46,00

9

Trucha Arco Iris esvicerada

kilo

colones

5.500,00

10

Autorización de proyectos acuícolas (hasta 10000 metros cuadrados)

metro

cuadrado

colones

Costos fijos (A) = ¢14,300.00

Porcentaje por derecho cultivo (B) = 0.15%

Costo m2 por derecho cultivo (A*B) = ¢21.50

TARIFA= A + (A*B) * m2 de espejo de agua

11

Autorización de proyectos acuícolas (más de una hectárea)

metro

cuadrado

colones

Costos fijos (A) = ¢14,300.00

Costo autor.primera hectárea (B)= ¢215,000.00

TARIFA= B + A * cada hectárea o fracción adicional de espejo de agua

12

Autorización de proyectos acuícolas (jaulas flotantes en aguas marinas o continentales)

metro cúbico

colones

Costos fijos (A) = ¢14,300

Porcentaje por derecho cultivo

(B) = 0.15%

Costo m3 por derecho cultivo (A*B) = ¢21.50

TARIFA= A + (A*B) * m3

 

LICENCIA PARA PESCA COMERCIAL (por año o por trámite)

13

Licencia Pesca Comercial Pequeña Escala

licencia

colones

23.700,00

14

Licencia Pesca Comercial Mediana Escala

licencia

colones

71.000,00

15

Licencia Pesca Comercial Avanzada

licencia

colones

260.800,00

16

Licencia Pesca Comercial Semiindustrial-Camaronero

licencia

colones

293.200,00

17

Licencia Pesca Comercial Semiindustrial-Sardinero

licencia

colones

293.200,00

18

Licencia Pesca Comercial Pequeña Escala- embarcación inactiva

licencia inactiva

colones

11.900,00

19

Licencia Pesca Comercial Mediana Escala- embarcación inactiva

licencia inactiva

colones

31.500,00

20

Licencia Pesca Comercial Avanzada o semiindustrial- embarcación inactiva

licencia inactiva

colones

78.700,00

21

Licencia Extracción de Moluscos (con embarcación)

licencia

colones

15.300,00

22

Licencia Pesca Subacuática comercial (con embarcación)

licencia

colones

23.700,00

23

Duplicado de licencia de pesca o autorización

duplicado

colones

8.000,00

24

Licencia pesca de atún, embarcación Nacional

licencia

colones

424.200,00

25

Emisión y prórroga, licencia pesca de atún, embarcación extranjera

licencia

colones

424.200,00

 

LICENCIA PARA EMBARCACION DEPORTIVA O TURISTICA, NACIONAL

O EXTRANJERA, MARINA O CONTINENTAL

(por año o por trámite)

26

Embarcación nacional de menos de 10,0 metros de eslora

licencia

dólares

400,00

27

Embarcación nacional de 10,01 a 15,0 metros de eslora

licencia

dólares

690,00

28

Embarcación nacional de 15,01 a 20,0 metros de eslora

licencia

dólares

1.035,00

29

Embarcación nacional de más de 20,0 metros de eslora

licencia

dólares

1.340,00

30

Embarcación extranjera, toda eslora (por 3 meses)

licencia

dólares

400,00

 

LICENCIA PARA EMBARCACION NACIONAL DEDICADA

A LA OBSERVACION DE CETACEOS

(por año o por trámite)

31

Embarcación nacional dedicada a la observación de cetáceos

licencia

dólares

370

 

AUTORIZACIONES POR SERVICIOS AL SECTOR PESQUERO

(por año o por trámite incluyendo las prórrogas, cuando correspondan)

32

Autorización sustitución por importación, para embarcaciones que se importen

autorización

colones

17.600,00

33

Autorización de sustitución por construcción, adquisición o ampliación de embarcación

autorización

colones

17.600,00

34

Autorización por sustitución de motor

autorización

colones

9.400,00

35

Autorización por traspaso

autorización

colones

17.600,00

36

Autorización por exoneración de insumos pesqueros y acuícolas

autorización

colones

3.400,00

37

Autorización trasbordo de productos pesqueros, de una a otra embarcación pesquera

autorización

colones

9.700,00

 

AUTORIZACION PARA COMERCIALIZACION, INDUSTRIALIZACION, PROCESAMIENTO,

TRANSPORTE, EXPORTACION E IMPORTACION DE PRODUCTOS PESQUEROS

(Por Año / Por Trámite)

38

Autorización Comercialización Puesto de Recibo

autorización

colones

23.600,00

39

Autorización centro de acopio huevos tortuga

autorización

colones

56.200,00

40

Autorización comercialización huevos de tortuga (persona física)

autorización

colones

23.700,00

41

Autorización Comercialización Pescaderías / Personal

autorización

colones

70.300,00

42

Autorización Planta Industrial y/o Procesadora

autorización

colones

131.600,00

43

Autorización Transporte productos pesqueros (vehículo tipo pick up según tarjeta de matrícula del Registro Público)

autorización

colones

40.600,00

44

Autorización Transporte productos pesqueros (vehículos tipo camión, hasta 5 toneladas según carga útil de acuerdo con tarjeta de especificaciones de pesos y dimensiones del MOPT)

autorización

colones

59.500,00

45

Autorización Transporte productos pesqueros (vehículos tipo camión, más de 5 toneladas según carga útil de acuerdo con tarjeta de especificaciones de pesos y dimensiones del MOPT)

autorización

colones

93.600,00

46

Autorización Exportación de Productos Pesqueros (por cada exportación)

autorización

colones

22.400,00

47

Autorización Importación de Productos Pesqueros (por cada importación)

autorización

colones

28.400,00

48

Boleta o Guía para el transporte de productos pesqueros (por mes)

autorización

colones

6.900,00

49

Autorización Extracción de Moluscos (sin embarcación)

licencia

colones

9.100,00

50

Autorización Pesca Subacuática comercial (sin embarcación)

licencia

colones

23.700,00

 

COMBUSTIBLE A PRECIO PREFERENCIAL

51

Orden de Compra de Combustible (individual o consolidado)

orden

colones

2.600,00

52

Litro de combustible autorizado

litro

colones

5,00

 

INSPECCION EMBARCACION NACIONAL O EXTRANJERA

 

Inspección descarga de embarcación extranjera

 

 

 

53

Por hora o fracción (horario ordinario)

por hora

dólares

65,00

54

Por hora o fracción (horario extraordinario)

por hora

dólares

75,00

 

Inspección descarga de embarcación nacional

 

 

 

55

Por primera hora o fracción (horario ordinario)

primera hora o fracción

colones

10.000,00

56

Por hora o fracción adicional (horario ordinario)

por hora

colones

3.800,00

57

Por primera hora o fracción (horario extraordinario)

primera hora o fracción

colones

11.900,00

58

Por hora o fracción adicional (horario extraordinario)

por hora

colones

5.600,00

 

Otras inspecciones en horario ordinario:

 

 

 

59

Inspección a centro de acopio para comercialización de huevos de tortuga

por hora

colones

10.000,00

 

CARNE DE IDENTIFICACION DE PESCA COMERCIAL

(Por año / Por trámite)

60

Capitán, Tripulante o ayudante, todo tipo embarcación (nacional o residente)

carné

colones

5.000,00

61

Pesca Subacuática o extracción manual, comercial (nacional o residente)

carné

colones

5.000,00

 

CARNE DE IDENTIFICACION DE PESCA DEPORTIVA O TURISTICA,

CONTINENTAL O MARINA (Por año / Por trámite)

62

Nacional, Residente o Extranjero que practica pesca continental o marina desde embarcación (8 días)

carné

dólares

15,00

63

Nacional, Residente o Extranjero que practica pesca continental o marina desde embarcación (un mes)

carné

dólares

25,00

64

Nacional, Residente o Extranjero que practica pesca continental o marina desde embarcación (un año)

carné

dólares

50,00

65

Nacional, Residente o Extranjero que practica pesca subacuática continental o marina (un año)

carné

dólares

50,00

66

Capitán, tripulante o ayudante, embarcación pesca deportiva o turística, continental o marina (un año)

carné

dólares

15,00

 

CARNE DE IDENTIFICACION PARA OBSERVACION DE CETACEOS

(Por año / Por trámite)

67

Nacional, Residente o Extranjero que realiza observación de cetáceos (por año)

carné

colones

30,00

68

Nacional, Residente o Extranjero para realiza observación de cetáceos (por día)

carné

dólares

5,00

69

Capitán, tripulante o ayudante, embarcación observación cetáceos (un año)

carné

dólares

15,00

 

DOCUMENTOS INFORMATIVOS Y OTROS

70

Información Técnica (por hora profesional invertida en la preparación de la información solicitada)

por hora profesional

colones

19.200,00

71

Constancia Asuntos Varios

por constancia

colones

4.500,00

72

Certificación atún Dolphin Safe

por certificación

colones

55.100,00

73

Certificación (otros tipos)

por certificación

colones

8.800,00

74

Fotocopias

por hoja

colones

30,00

 

SERVICIOS DE TRANSPORTE

75

Estadía y descarga de embarcaciones de pesca comercial nacional, no turística ni deportiva

(tarifa*metro eslora*hora o fracción)+ costo advo.

colones

(¢45.00*metro eslora*hora o fracción)+ 7500

76

Estadía y descarga de embarcaciones de pesca comercial extranjera

(tarifa*metro eslora*hora o fracción)+costo advo.

dólares

($0.45*metro eslora*hora o fracción)+ 7500

77

Estadía de embarcaciones de pesca comercial nacional, no turística ni deportiva para avituallamiento (hielo y diesel con Coopeinpesa R.L.)

(tarifa*metro eslora*hora o fracción)+ costo advo.

colones

(¢45.00 *metro eslora*hora o fracción)+ 3750

78

Suministro de Agua Potable

(tarifa ARESEP para agua * m3) +costo advo.

colones

(tarifa establecida por ARESEP para agua según m3 * m3) + ¢7500.00

79

Utilización del muelle para yates y embarcaciones de pesca deportiva o placer

metro eslora * hora

colones

¢560.00 * metro eslora * hora

80

Estadía embarcación con fines científicos, investigación, didácticos y de fomento

metro eslora * hora

colones

¢280.00 * metro eslora * hora

81

Estadía embarcación nacional o extranjera comercial, con fines distintos a descarga de productos pesqueros o avituallamiento

metro eslora * hora

colones

¢280.00 * metro eslora * hora

82

Movilización para carga de vehículos

por entrada

colones

700,00

 

Notas explicativas:

1.       Para efecto del cobro de las licencias de pesca comercial a embarcaciones, deberá tenerse en cuenta la clasificación dispuesta en el artículo 43 de la Ley N° 8436 Ley de Pesca y Acuicultura, así como la autonomía autorizada por el MOPT.

2.       En cuanto a los carné para capitanes, tripulantes y ayudantes de embarcaciones de pesca deportiva o turística o de observación de cetáceos, estos serán anuales. Para su otorgamiento deberán presentar copia del documento de identificación y una fotografía tamaño pasaporte. A los capitanes extranjeros en condición de turistas, les estará prohibido el ejercicio como tal en embarcaciones de pesca turística de bandera nacional.

3.       En el caso del pago de las licencias de pesca comercial de embarcaciones inactivas, el pago indicado será el único que deba realizarse anualmente para mantener la vigencia de la inactividad y si el permisionario decide reactivar o activar la embarcación para la realización de las faenas de pesca, estando en curso una de las inactividades, deberá abonarse del monto de la inactividad cancelado, el porcentaje correspondiente al tiempo transcurrido, y pagarse la diferencia del costo de la licencia de operación de la embarcación en el período anual respectivo.

4.       Los permisionarios o armadores físicos a nombre de quienes estén otorgadas las licencias de pesca comercial, no estarán obligados a cancelar el rubro correspondiente por concepto del carné establecido en el artículo 44 de la Ley N°8436 Ley de Pesca y Acuicultura, en razón de tenerse por acreditada su condición en la licencia de pesca correspondiente, sin embargo, la institución deberá emitirlo sin costo alguno.

5.       Los interesados, las empresas operadoras de tours o las asociaciones, podrán adquirir de manera previa y planificada, la cantidad de carné que consideren conveniente mantener a disposición de sus clientes y en el entendido de que dichos carné INCOPESCA los otorgará con fecha de emisión al día en que son adquiridos y con fecha de vencimiento según el plazo de vigencia seleccionado. Cumplido el plazo de vencimiento sin que hubiesen sido utilizados por los usuarios, estos caducarán de pleno derecho sin que puedan ser revalidados.

6.       No se cobrará el monto de la emisión por carné de identificación de pesca comercial y pesca deportiva o turística continental o marina en los casos de solicitantes, permisionarios o autorizados que sean costarricenses mayores de 65 años, debidamente verificado contra su cédula de identidad o certificación de nacimiento.

7.       En aquellos servicios relacionados con inspecciones por descarga de productos hidrobiológicos, estadía en muelle o movilización de carga en vehículos, se aplicará el término fracción de la siguiente manera:

a.            Cuando el tiempo de permanencia de la embarcación o vehículo es igual o menor a treinta minutos (30 min o menos), se cobrará el equivalente a 30 minutos.

b.            Si el tiempo de permanencia de la embarcación o vehículo es mayor a treinta minutos o igual a 60 minutos (31 min o 60 min), se cobrará el equivalente a 1 hora.

c.            Para permanencias mayores a una hora y fracción, se aplicarán los conceptos indicados en los puntos a) y b) anteriores.

d.            En el caso de las inspecciones por descarga de productos hidrobiológicos, cualquier fracción después de la primera hora se cobrará como media fracción, sea en horario ordinario o extraordinario.

8.       Para las inspecciones la tarifa ordinaria corresponde a las realizadas dentro del horario ordinario de trabajo del Instituto, sea de las 08:00 a. m. a las 04:00 p. m. La tarifa extraordinaria corresponde a las inspecciones realizadas de 04:01 p. m. a 07:59 a. m. así como las efectuadas en días feriados, sábados, domingos o asuetos.

9.       En el caso de las inspecciones por descarga de producto hidrobiológico, que comprendan camarón, sardina, tiburón, vela, espada y atún, que se realicen en el Muelle Público de la Terminal Multiservicios Pesqueros del Barrio El Carmen, Puntarenas o en cualquier otro muelle, centro de acopio o puesto de recibo privados, debidamente autorizados por el INCOPESCA y el SENASA, la institución procederá de la siguiente manera:

          En horario ordinario:

a.            Aquellas embarcaciones pertenecientes a la flota nacional mediana escala y avanzada, que desembarquen tiburón, serán objeto del cobro total de las horas que conlleve la inspección.

b.            Las embarcaciones pertenecientes a la flota nacional mediana escala y avanzada que no desembarquen tiburón, serán objeto del cobro de las primera hora de inspección.

c.            En tratándose de la flota nacional semiindustrial sardinera, se cobrará las dos primeras horas de inspección por descarga, periodo durante el cual, los funcionarios del INCOPESCA procederán a tomar la muestra respectiva para determinar la longitud total promedio de la sardina capturada, de conformidad con el acuerdo AJDIP/215-98.

d.            En relación con la flota nacional semiindustrial camaronera de orilla y de profundidad, se cobrarán las dos primeras horas de inspección por descarga, periodo durante el cual, los funcionarios del INCOPESCA procederán a tomar la muestra respectiva para determinar el peso mínimo promedio de captura del camarón blanco, pinky, Fidel; camello, camellito y langostino chileno (chicharra) de conformidad con el artículo 48 del Reglamento a la Ley N° 8436, así como la composición de la fauna de acompañamiento, según el Decreto Ejecutivo N° 18795-MAG del 9 de enero de 1989.

e.            Las embarcaciones pertenecientes a la flota extranjera no atunera, serán objeto del cobro total de las horas que conlleve la inspección, independientemente de los grupos comerciales o las especies que desembarque.

f.             Se exceptúa de la solicitud, inspección y del cobro a las embarcaciones pertenecientes a la flota artesanal en pequeña escala.

          En horario extraordinario:

a.            Todas las inspecciones por descarga serán cobradas, independientemente de la flota, los grupos comerciales o especies que desembarque.

10.     En tratándose de la flota atunera extranjera, sea en horario ordinario o extraordinario, se cobrarán las dos primeras horas de descarga, periodo durante el cual los funcionarios del INCOPESCA procederán a solicitar de manera aleatoria la descarga de determinadas bodegas, a efecto de determinar, de conformidad con el artículo 58 de la Ley 8436, la no existencia de productos hidrobiológicos diferentes al atún. De igual manera, se cobrará las últimas dos horas de descarga a efecto de verificar que las bodegas estén completamente vacías.

11.     En aquellos casos en que a solicitud del interesado, el INCOPESCA ha realizado las gestiones para la designación del inspector y este se hiciera presente en el lugar, hora y fecha establecidos, y el interesado decide posponer la descarga, se cobrará una hora de inspección, según sea en horario ordinario o extraordinario. Una vez reprogramada la inspección que fue suspendida, se reiniciará como si se tratase de una nueva inspección, razón por la que se cobrará nuevamente el costo de la primera hora y siguientes, sea ordinaria o extraordinaria según corresponda.

12.     En relación con la estadía de las embarcaciones con fines científicos, de investigación, didácticos y de fomento, mediante acuerdo razonado y justificado, la Junta Directiva podrá eximir el cobro, en aquellos casos en que exista un fin de beneficio público al país o a la institución.

13.     En el caso de la estadía de las embarcaciones nacionales o extranjeras comerciales para fines distintos a la descarga de productos pesqueros o avituallamiento, previo a la autorización correspondiente, la institución debe valorar la naturaleza propia del tipo de actividades que se requieren realizar, a fin de determinar posibles efectos negativos sobre los ecosistemas o sobre la actividad de descarga de productos hidrobiológicos que se realicen o se vayan a realizar en el área destinada para ese propósito, de manera que se asegure la inocuidad.

14.     Toda inspección deberá ser cancelada previamente o a más tardar el día hábil siguiente a que es realizada por los funcionarios del Instituto, sea mediante depósito bancario o transferencia electrónica a una de las cuentas bancarias de INCOPESCA o mediante el pago directo en una de las oficinas del instituto. Si el pago se realiza por depósito o transferencia, el usuario deberá entregar copia del respectivo comprobante bancario a la oficina más cercana. La institución no está autorizada para conceder crédito por este servicio, por lo tanto, al usuario que no atienda la disposición establecida se le suspenderán todos los servicios que brinda el INCOPESCA y deberá pagar intereses diarios a la tasa básica pasiva establecida por el Banco Central.

15.     El usuario del servicio de agua, servicio de estadía y muellaje y otros servicios que brinde la institución en la Terminal Pesquera, deberá cancelarlos antes de desatracar la embarcación o a más tardar 30 días naturales posteriores a recibir los servicios, siempre y cuando cuente con crédito autorizado previamente por el INCOPESCA. En caso de no contar con crédito autorizado, deberá pagar los servicios antes de desatracar la embarcación. Al usuario que no atienda estas disposiciones se le suspenderán todos los servicios y deberá pagar adicionalmente los intereses diarios a la tasa básica pasiva establecida por el Banco Central.

16.     Los vehículos que ingresen a cargar y descargar productos cancelarán las horas de permanencia antes de salir del área delimitada de muelle.

17.     Las licencias, permisos, autorizaciones y todo tipo de servicio que no sean pagado en el periodo correspondiente, deberán ser canceladas con el monto de la tarifa anual que corresponda a cada año adeudado, más un 10% por cada año de atraso, traído a valor presente hasta el día de pago, por concepto de multa por el atraso.

18.     El dinero recaudado por las tarifas cobradas será depositado e ingresado en las cuentas bancarias que el INCOPESCA tenga en los bancos del Sistema Bancario Nacional. De igual manera, los usuarios podrán pagar el importe por las tarifas mediante medios electrónicos (transferencia, datafono, página web).

19.     Las tarifas establecidas estarán sujetas a revisión y ajuste cuando ello fuere procedente, por parte del INCOPESCA.

20.     Se autoriza a las diversas dependencias institucionales la emisión de carnés para la práctica de la pesca deportiva desde tierra sin ningún costo para quien lo solicite. Igualmente deberá identificarse en dicho documento, que el mismo únicamente autoriza la práctica de la pesca deportiva desde tierra, careciendo de total validez para el ejercicio de ésta actividad a bordo de una embarcación.

21.     Tratándose de Universidades e Investigadores, la obtención de información y copias de datos estadísticos sobre el comportamiento, disponibilidad y aprovechamiento de la biomasa pesquera serán de carácter gratuito, en el tanto y cuanto se presente solicitud expresa por parte del interesado; en la que se manifieste su compromiso de presentar al INCOPESCA el resultado parcial y/o final de los estudios realizados con sustento a la información suministrada por el Departamento de Estadísticas Pesqueras del INCOPESCA.

2º—Acuerdo firme.

Pbro. Gustavo Meneses Castro, PhD, Presidente Ejecutivo.—Secretaría Técnica de Junta Directiva.—Lic. Guillermo Ramírez Gätjens, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 14-0167.—Solicitud N° 63436.—C-382620.—(IN2014066679).

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

AVISO

El Instituto Nacional de Estadística y Censos avisa que el Índice de Precios al Consumidor (IPC), Base Julio 2006 correspondiente a setiembre del 2014 es de 171,054 el cual muestra una variación porcentual mensual de -0,14 y una variación porcentual acumulada del primero de octubre del 2013 al treinta de setiembre del 2014 (12 meses) de 5,20.

Esta oficialización se hace con base en estudios realizados en el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

San José, 02 de octubre de 2014.—Elizabeth Solano Salazar, Subgerente.—1 vez.—O. C. N° 4076.—Solicitud N° 20820.—(IN2014066544).

avisos

CONSEJO NACIONAL DE LA ASOCIACIÓN
CRUZ ROJA COSTARRICENSE

Por disposición del Consejo Nacional de la Asociación Cruz Roja Costarricense mediante acuerdo firme III-4 de la sesión ordinaria número 18/2014, celebrada el 26 de setiembre del 2014, se convoca a los asociados activos a la asamblea general extraordinaria 05-2014, a realizarse el domingo 23 de noviembre del 2014, en el auditorio Miguel Blanco Quirós, ubicado en el primer piso del edificio principal del Organismo de Investigación Judicial, avenidas seis y ocho, calles diecisiete y diecinueve, Barrio González Laman, San José. Se celebrará la asamblea general extraordinaria 05-2014, en primera convocatoria a las 7:00 horas en el caso de no completarse el quórum estatutario a la hora señalada se celebrará la asamblea válidamente en segunda convocatoria con la asistencia de un mínimo de cincuenta asociados presentes una hora después, de conformidad con lo señalado en los artículos veintisiete incisos a), veintiocho y veintinueve del Estatuto de la Asociación Cruz Roja Costarricense. Dicha convocatoria se realiza con la siguiente agenda:

   Informe de la fiscalía general sobre el caso NAVSAT

   Continuación reforma integral de estatuto de la asociación Cruz Roja Costarricense.

Publíquese.

San José, 21 de octubre del 2014.— Miguel Carmona Jiménez, Presidente.—Dra. Viviana Elliot Foulds, Subsecretaria General.—1 vez.—(IN2014072223).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

RESOLUCIÓN ALCALDÍA-6846-2014

Sandra García Pérez, Alcaldesa Municipal del Cantón Central de San José, con fundamento en la Ley de la Administración Pública, capítulo tercero, sección tercera, de la delegación, numerales del 89 al 92 y numeral 17 inciso b) del Código Municipal.

Resuelve:

Delegar en el señor Rafael Arias Fallas, cédula de identidad 203380201, funcionario del Despacho de la Alcaldesa, las siguientes funciones:

Tramitar, resolver, suscribir asuntos de la Sección de Transportes, incluyendo las autorizaciones de uso de vehículos, de igual manera todos los asuntos provenientes de la Sección de Contraloría de Servicios.

Esta resolución amplía la Resolución ALCALDÍA-1803-2014, en cuanto a las delegaciones otorgadas al señor Arias Fallas.

En todo momento el aquí delegado, deberá actuar en acatamiento al Principio de Legalidad que rige el quehacer de la Administración Pública y en protección y satisfacción del interés público en sus decisiones. La presente delegación se realiza sin detrimento de que la suscrita pueda abocarse en cualquier momento a resolver alguno de los asuntos aquí delegados.

Se emite la presente Resolución en la ciudad de San José, a las doce horas quince minutos del día primero de octubre del año dos mil catorce. Rige a partir de esta fecha.

San José, 6 de octubre del 2014.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 134482—Solicitud Nº 20860.—(IN2014065958).

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

GRECIA GOBIERNO LOCAL

Alcaldía Municipal de Grecia

AVISO

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Grecia, mediante acuerdo SEC-4985-2014, artículo IV, inciso 4), sub inciso c), acta 341, acordó:

Declarar de interés público la expropiación de tres mil quinientos metros cuadrados de la finca inscrita ante el Registro Público bajo la matrícula 137582, describiéndose la finca a segregar y expropiar así: Propietario: Kopper Peralta Limitada. Naturaleza: construir. Colindancia: norte, Kopper Peralta Limitada; sur, Álvarez Paniagua Limitada, Irhalka Yolany González Arce, Iriana Yuliany Arce Salazar, Deyma Salazar Núñez y Benedicto Zamora Zamora; este, Kopper Peralta Limitada; oeste, Kopper Peralta Limitada. Plano catastrado: sin asignar por el momento de conformidad con lo dispuesto en el numeral 71 del Reglamento a la Ley de Catastro Nacional, Decreto N° 343331. Medida: tres mil quinientos metros cuadrados. Notifíquese al presentante de la sociedad Kopper Peralta Limitada y publíquese en el Diario Oficial La Gaceta, según dispone el artículo 18 de la Ley de Expropiaciones. Acuerdo aprobado por mayoría”.

Lic. Adrián Barquero Saborío, Alcalde Municipal.—1 vez.—O. C. N° 41890.—Solicitud N° 5905.—C-19960.—(IN2014066684).

MUNICIPALIDAD DE ATENAS

El Concejo Municipal de Atenas en la sesión ordinaria N° 270 celebrada por el Concejo Municipal de Atenas el 22 de julio del 2013, tomó el siguiente acuerdo:

Se acuerda: establecer como monto de pago inicial para la formalización de un arreglo de pago un monto mínimo del 30% de la deuda con la Municipalidad.

Excepciones. Se excluyen de toda posibilidad de arreglo de pago, aquellos conceptos restringidos por ley o reglamento especial como patentes, espectáculos públicos, timbres proparques nacionales, construcciones, derechos de cementerio. Los sujetos pasivos que registren estos conceptos deberán cancelar o tener al día los mismos para calificar a un arreglo de pago.

Lic. Alejandro Chaves Suárez.—1 vez.—(IN2014066552).

El Concejo Municipal en la sesión ordinaria N° 371 celebrada el 25 de agosto del 2014, aprueba la actualización de la tarifa del servicio de recolección de desechos sólidos.

Quedando la nueva tarifa residencial en un monto de ¢8.717,995 por unidad habitacional y la comercial en un monto de ¢21.794,86 por local comercial.

Rige a partir de su publicación.

Atenas, 29 de agosto de 2014.—Lic. Alejandro Chaves Suárez.—1 vez.—(IN2014066559).

AVISOS

CONVOCATORIAS

GRUPO LOS VEINTE DE POCOCÍ SOCIEDAD ANÓNIMA

Convocatoria asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Grupo Los Veinte de Pococí Sociedad Anónima.

De conformidad en lo que dispone el artículo 160 inciso b) del Código de Comercio, se convoca a todos los socios a asamblea general ordinaria y extraordinaria a celebrarse en la ciudad de Suerre de Jiménez de Pococí a las nueve horas en el Club Los Veinte, del próximo día veintinueve de noviembre del dos mil catorce, donde se conocerá la siguiente agenda:

1)           Nombramiento de nueva Junta Directiva y Fiscal.

2)           Acordar y/o improbar la venta total y/o parcial y / con segregación de lotes en cabeza de su dueño de la finca de Limón matrícula de folio real número: tres mil setecientos ochenta y ocho-cero cero cero.

3)           Aprobar y/o improbar el informe del tesorero respecto a las cuotas de mantenimiento efectuadas por los socios y acordar el cobro de la morosidad.

4)           Modificar y corregir el primer apellido del socio Edgar Pana, quien en el Registro de Personas Jurídicas se encuentra como Edgar Parra, así como modificar la cláusula del domicilio de la sociedad para actualizarlo en su domicilio exacto en El Club Los Veinte de Pococí de Suerre de Jiménez de Pococí de la provincia de Limón.

5) Aprobar y/o improbar el establecimiento de una cuota de mantenimiento en la suma de treinta mil colones mensuales, así como para que los socios endosen su acción correspondiente de la Compañía, como garantía de pago y de buena fe, a fin que exista un compromiso y el contenido presupuestario para poder enfrentar los costos mensuales como salarios al peón encargado de la finca así como para el pago de electricidad, agua y para los gastos varios para la manutención de la finca.

Guápiles de Pococí, 26 de setiembre del 2014.—Carlos Madrigal Moreira, Socio.—Óscar Rodríguez Moya, Socio.—1 vez.—(IN2014071980).

EUCARRET S. A.

Eucarret S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-028429, que se celebrará el 17 de diciembre del 2014, en primera convocatoria a las 9 horas y en segunda convocatoria a las 10 horas, en San José, San Pedro de Montes de Oca, 250 metros al oeste de Taco Bell, Condominio Cristal Plaza, Apartamento B-l, para discutir los siguientes asuntos: orden del día: 1) Verificación del quórum; 2) Nombramiento de presidente y secretario ad-hoc de la asamblea; 3) Conocer, discutir, aceptar o rechazar los Estados Financieros y Estados de Balance de los períodos fiscales 2012-2013 y 2013-2014;  4) Conocer, discutir, aceptar o rechazar realizar una distribución de dividendos; 5) Modificación de la cláusula segunda del domicilio social del Pacto Constitutivo; 6) Conocer, discutir, aceptar o rechazar la propuesta de distribuir acciones en compañía Holcim a los socios en su condición personal; 7) Modificación de todos los nombramientos de junta directiva y fiscal; y, 8) Autorizar a los notarios públicos a elección de los accionistas a protocolizar los acuerdos alcanzados. En primera convocatoria se debe contar con quienes legalmente representen al menos tres cuartas partes de las acciones con derecho a voto. Si no se logra reunir el quórum en la primera convocatoria, en segunda convocatoria, sea una hora después, habrá quórum con cualquiera que sea el número de acciones representadas.—San José, veintiuno de octubre del dos mil catorce.—Patricia Núñez Retana, Presidenta.—1 vez.—(IN2014072030).

INDUSTRIAS FRANK S. A.

Se convoca a asamblea general ordinaria de socios de la empresa Industrias Frank S. A., que se celebrará en el domicilio social, a las 16 horas del día 21 de noviembre del 2014, en que se conocerá el informe de inventario y balance de la sociedad correspondiente al último periodo fiscal. De no haber quórum a la hora indicada, se procederá una hora después.—Franklin Chaves Montero, Presidente.—1 vez.—(IN2014072082).

PRODUCTOS PLÁSTICOS SIRENA S. A.

Se convoca a asamblea general ordinaria de socios de la empresa Productos Plásticos Sirena S. A., que se celebrará en el domicilio social, a las 16 horas del día 21 de noviembre del 2014, en que se conocerá el informe de inventario y balance de la sociedad correspondiente al último período fiscal. De no haber quórum a la hora indicada, se procederá una hora después.—Franklin Chaves Montero, Presidente.—1 vez.—(IN2014072085).

INVERSIONES MOGA S. A.

Se convoca a los socios de la sociedad Inversiones Moga S. A., cédula jurídica 3-101-080.841, a una asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios que se celebrará en el domicilio social de la sociedad, en San Isidro de Coronado, costado norte de la Iglesia, a las 10:00 horas del día 11 de noviembre del año dos mil catorce, para conocer de los siguientes asuntos, de carácter ordinario: a) Revisión de estados financieros al 15 de agosto de 2014, b) De la Rendición de cuentas; y demás indicados en el artículo 155 del Código de Comercio. De carácter extraordinario, sobre: a) Fijación para el aumento de capital social de la sociedad, b) Garantía de respaldo para el aporte de capital, c) Plazos, sanciones y multas a los socios incumplientes. Si a la hora indicada no hubiera quórum, la asamblea se celebrará en el mismo lugar, una hora después, para lo que también se convoca a los socios.—San José, 19 de octubre del 2014.—Roxana Rojas Lobo, Presidente.—Lic. Arturo Monge Corrales, Notario.—1 vez.—(IN2014072114).

CONVOCATORIA DE ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA- EXTRAORDINARIA DE GRANELES Y CONCENTRADOS DEL PACÍFICO S. A.

El suscrito Presidente de la Junta Directiva de Graneles y Concentrados del Pacífico S. A., cédula jurídica N° 3-101-613211, señor Luis Gonzaga Vásquez Sancho, convoca a la asamblea ordinaria-extraordinaria de socios a realizarse el miércoles 26 de noviembre del 2014 en las instalaciones de Gracopa S. A., ubicadas en San Joaquín de Barranca, Puntarenas, a las 10:00 de la mañana.

ORDEN DEL DÍA:

10:00 AM. Primer convocatoria, llamado a lista y verificación del Quórum. En caso de no existir el quórum necesario se procederá a convocar en segunda convocatoria una hora después, precediéndose a celebrar la Asamblea con la totalidad de los socios presentes, por lo que los acuerdos se tomarán por votación de mayoría simple o cuando se dé consenso de unanimidad.

10:15 AM. Lectura, discusión y aprobación del Orden del Día.

10:30 AM.  Agenda de asuntos a tratar:

-              Presentación del desarrollo del Proyecto Graneles y Concentrados del Pacífico S. A. Exposición de la inversión realizada y avance de las obras.

-              Presentación de los Estados Financieros al 30 de Setiembre del 2014.

-              Informe del Fiscal

-              Otros a tratar.

3:30 PM. Ratificación de acuerdos.

22 de octubre del 2014.—Lisbeth Tenorio Espinoza, Jefe Administrativo y Contable.—1 vez.—(IN2014072178).

CENTRO DE BUCEO PACIFIC COAST
SOCIEDAD ANÓNIMA

Convocatoria de asamblea general extraordinaria de la sociedad Centro de Buceo Pacific Coast Sociedad Anónima. Miguel Domingo Martí Palanca, presidente de la junta directiva de la sociedad convoca a la totalidad de los socios de la sociedad indicada a la asamblea general extraordinaria a realizarse en su domicilio social a las ocho modificar cláusula quinta sobre el capital social con el fin de aumentarlo por el aporte de los socios que deseen hacerlo y nombramientos de puestos de junta directiva. De no encontrarse la totalidad del quórum requerido se convocará por segunda vez una hora después con la cantidad de socios presentes. Es todo.—San José, 20 de octubre del 2014.—Lic. Franklin Fernández Torrentes, Notario.—1 vez.—(IN2014072181).

INVERSIONES DE PLAYA TIZIANA
SOCIEDAD ANÓNIMA

Convocatoria de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones de Playa Tiziana Sociedad Anónima. Miguel Domingo Martí Palanca, Presidente de la Junta Directiva de la sociedad convoca a la totalidad de los socios de la sociedad indicada a la asamblea general extraordinaria a realizarse en su domicilio social a las ocho horas del quince de noviembre del dos mil catorce, donde se conocerán los siguientes puntos: Modificar cláusula cuarta sobre el capital social con el fin de aumentarlo por el aporte de los socios que deseen hacerlo y nombramientos de puestos de Junta Directiva. De no encontrarse la totalidad del quórum requerido se convocará por segunda vez una hora después con la cantidad de socios presentes. Es todo.—San José, 20 de octubre del 2014.—Lic. Franklin Fernández Torrentes, Notario.—1 vez.—(IN2014072182).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

CONDOMINIO HORIZONTAL VERTICAL COMERCIAL

PLAZA COMERCIAL VEREDA REAL

Por haberse extraviado los libros todos número uno de Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea de Condóminos y Caja del Condominio Horizontal Vertical Comercial Plaza Comercial Vereda Real, cédula jurídica N° tres-ciento nueve-cuatrocientos sesenta y un mil trescientos sesenta y uno, se ha iniciado el trámite de su reposición por lo que se emplaza a cualquier interesado para que formule reparos a la reposición en trámite ante el Registro Nacional, Sección Propiedad en Condominio.—Heredia, veintinueve de agosto del dos mil catorce.—Lic. Yorleny Murillo Vargas, Notaria.—(IN2014066443).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

INMOBILIARIA HOYO SIETE DE HERRADURA S. A.

Inmobiliaria Hoyo Siete de Herradura S. A., cédula jurídica 3-101-315810, por este medio informamos al público en general, la pérdida del libro Actas de Asamblea número uno. Se otorga un plazo de ocho días hábiles a partir de la publicación, para escuchar oposiciones antes de proceder a la reposición de dicho libro, en San José, edificio Torre La Sabana, quinto piso, oficina Pacheco, Odio y Alfaro.—San José, 30 de setiembre del 2014.—Lic. Tomás Pozuelo Arce, Presidente.—1 vez.—(IN2014066682).

REPUESTOS USADOS GUANACASTE M.W

 SOCIEDAD ANÓNIMA

El suscrito Manuel Vargas Mora, notario público, hago constar que mediante escritura sesenta del tomo cinco de mi protocolo, se solicitó la reposición de libros Acta de Asambleas Generales, Registro de Socios y Acta de Junta Directiva de la sociedad Repuestos Usados Guanacaste M.W Sociedad Anónima.—Nicoya, treinta de setiembre de dos mil catorce.—Lic. Manuel Vargas Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014066957).

MALINCHE K.A.L.H SOCIEDAD ANÓNIMA

Federico Zúñiga Hassan, cédula de residencia número uno cinco nueve uno cero cero cero cinco seis uno dos nueve, en su condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Malinche K.A.L.H Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-573389, solicita la reposición de los libros legales Registro de Socios y Actas de Asamblea de Socios, y Actas de Junta Directiva, los cuales fueron sustraídos del domicilio social de la empresa.—San José, 30 de setiembre del 2014.—Lic. Federico Zúñiga Hassan, Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo.—1 vez.—(IN2014067011).

SOCIEDAD COSTARRICENSE DE ESTUDIOS

EN PSIQUIATRÍA

A las quince horas del da veintiséis de setiembre del dos mil catorce, protocolicé solicitud de reposición de libros por extravío de la Sociedad Costarricense de Estudios en Psiquiatría, cédula jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos veintinueve quinientos setenta y uno. Presidente, Oscar Julio Méndez Blanca.—San José, siete de octubre de dos mil catorce.—Lic. Ingread Fournier Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2014067154).

Yo, José Andrés Masís Calvo, protocolicé acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Trece Mil Trescientos Tres Sociedad Anónima de cédula de persona jurídica tres-ciento uno-seiscientos trece mil trescientos tres; en la que se acuerda, modificar la cláusula del capital social. Es todo.—San José, primero de agosto del dos mil catorce.—Lic. José Andrés Masís Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2014062109).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del once de setiembre del dos mil catorce, se modifica la cláusula primera de la razón social de la sociedad para que en adelante se lea: Arteacr Sociedad Anónima.—San José, 2 de octubre del 2014.—Lic. Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2014065146).

El suscrito notario hace constar que ante mí se protocolizaron las siguientes asambleas generales extraordinarias: acta número dos: asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad M G Consultores Económicos y Financieros del Oeste Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y dos mil doscientos treinta y seis, acta número dos: asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Tres-Ciento Dos-Seiscientos Setenta y Cinco Mil Setecientos Setenta y Nueve Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos setenta y cinco mil setecientos setenta y nueve y acta número uno: asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Tres-Ciento Dos-Seiscientos Veinticinco Mil Cuarenta y Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos veinticinco mil cuarenta y cuatro, en donde se acuerda la fusión por absorción de dichas sociedades, prevaleciendo Tres-Ciento Dos-Seiscientos Veinticinco Mil Cuarenta y Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, treinta de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Adrián Alvarenga Odio, Notario.—1 vez.—(IN2014065473).

Por escritura otorgada en conotaría con el Lic. Arturo Pacheco Murillo, actuando en su protocolo el día de hoy, se constituye sociedad anónima sin nombre. Domicilio: Curridabat. Capital social: suscrito y pagado.  Plazo: noventa y nueve años.  Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 30 de setiembre del 2014.—Lic. Carlos Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2014065480).

Por escritura 054-56 del tomo 56 del protocolo del notario público Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a las 16:00 horas del 2 de octubre del 2014, protocolicé acta, en la cual se disuelve la sociedad costarricense Playa Hermosa Sun and Sand S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos siete mil trescientos catorce.—San Isidro de El General, dos de octubre del 2014.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014065498).

Por escritura pública número setenta y tres, otorgada el tres de octubre de dos mil catorce ante esta notaria, se protocoliza acta de asamblea de la compañía Alkymia Technical Solutions S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-594405 y se reformaron las cláusulas segunda del domicilio y octava de la administración del pacto constitutivo; se revoca el nombramiento del secretario y tesorero y se hacen nuevos nombramientos.—Heredia, 3 de octubre del 2014.—Lic. Marcela Abellán Rosado, Notaria.—1 vez.—(IN2014065588).

Por escritura número ciento cuarenta y tres-siete, otorgada ante el notario Carlos Corrales Azuola, a las ocho horas treinta minutos del tres de octubre del año dos mil catorce, se acuerda modificar el domicilio social, la administración, la representación y se acuerda revocar nombramientos actuales de gerente dos y agente residente correspondiente a la sociedad Coca de Quepos Ltda.—San José, 3 de octubre del 2014.—Lic. Carlos Corrales Azuola, Conotario.—1 vez.—(IN2014065596).

Ante esta notaría pública al ser las doce horas del día tres de octubre del año dos mil catorce, se otorgó escritura pública número uno, que es protocolización de acta de asamblea general extraordinaria para reformar las cláusulas segunda del domicilio social, quinta del capital social, sexta de la administración y décimo cuarta de los estatutos de la sociedad Suplidora de Equipos Sociedad Anónima.—Lic. Sergio José Solano Montenegro, Notario.—1 vez.—(IN2014065670).

Por escritura otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, a las 14:00 horas del 6 de octubre de 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de 3-101-577958 S. A., cédula jurídica 3-101-577958, en la cual se modificó la cláusula sexta de los estatutos relativa a la representación.—San José, 6 de octubre de 2014.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—(IN2014066680).

Por escritura otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, a las 15:00 horas del 6 de octubre de 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de 3-101-670581 S. A., cédula jurídica 3-101-670581, en la cual se modificó la cláusula sexta de los estatutos relativa a la representación.—San José, 6 de octubre de 2014.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—(IN2014066692).

Por escritura doscientos setenta y uno-cuatro, del Notario Marco Antonio Leiva Díaz y en conotariado con Kendall David Ruiz Jiménez, de las diez horas cinco minutos del dos de octubre del dos mil catorce, protocolizamos acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Blackberry &Cross Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó clausula segunda del pacto constitutivo referente al domicilio social, el cual será en; San José, Goicoechea, Calle Blancos, costado sur del Hotel-Hospital La Católica, en Oficentro Centauro, también se acordó cambio de fiscal y agente residente. Es todo.—San José, a las once horas treinta y tres minutos del tres de octubre de dos mil catorce.—Lic. Marco Antonio Leiva Díaz, Notario.—1 vez.—(IN2014066698).

Antonio Vargas Vargas y otros constituyen Anvarcor Uvita Sociedad Anónima. Presidente Roy Francisco Vargas Corrales. Plazo cien años. Capital dieciocho millones de colones. Domicilio Bahía Ballena de Osa de Puntarenas. Objeto: Turismo, ganadería, agricultura y comercio en general. Escritura otorgada ante el notario Fernando Sancho Villalta en Bahía Ballena de Osa de Puntarenas, a las dieciséis horas del quince de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Fernando Sancho Villalta, Notario.—1 vez.—(IN2014066861).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó acta de la empresa Equipos de Salud Ocupacional S. A., en donde se reforma la cláusula sétima de los estatutos sociales. Escritura otorgada en San José a las trece horas del día seis de octubre del dos mil catorce.—Lic. Rogelio Fernández Sagot y Lic. William Fernández Sagot, Notarios.—1 vez.—(IN2014066865).

Ante la suscrita notaría pública, Xinia María Ulloa Solano, los socios de la sociedad Constructora y Consultora Gutiérrez y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-267099 protocolizan acta mediante la cual se reformó el aumento de capital, que pasó de doscientos mil colones exactos hacer de cinco millones de colones exactos.—Lic. Xinia María Ulloa Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2014066868).

Ante esta notaría, a las quince horas del veintidós de julio del dos mil catorce, Cristian Gerardo Orlich López, Zeidy María López Mora, modifican estatutos de sociedad anónima denominada Inversiones Criorlo del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos diecinueve mil seiscientos setenta y ocho, con domicilio en San Ramón de Alajuela, modificación de la siguiente forma: Se modifica junta directiva se nombra nuevo presidente y nuevo tesorero, se traspasan acciones del antiguo presidente a la nueva presidente.—Lic. José Alberto Zúñiga López, Notario.—1 vez.—(IN2014066869).

Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, notaria pública con oficina abierta en San José, se reformó cláusula quinta de la sociedad denominada Macropol Centroamérica y el Caribe S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-cinco nueve ocho dos uno seis, el día seis de octubre del dos mil catorce. San José. Es todo.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2014066871).

Mediante escritura número 59 otorgada ante mi Notaría a las 10 horas 40 minutos del 7 de octubre del 2014, fue constituida Group Mama Lulu Sociedad Anónima. Capital social cien dólares. Plazo social: 100 años a partir del 7 de octubre del 2014. Notarios Públicos: Roxana Molestina Gaviria y Artmando Ayala Wolter.—San José 7 de octubre del 2014.—Lic. Roxana Molestina Gaviria, Notaria.—1 vez.—(IN2014066872).

Por escritura número sesenta y cinco otorgada ante la suscrita Notaría a las once horas del siete de octubre del dos mil catorce; se modifica la cláusula primera de los estatutos de la compañía denominada Medicina Vital Empresarial VM Sociedad Anónima.—San José, siete de octubre del dos mil catorce.—Msc. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2014066887).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las dieciocho horas del siete de octubre del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Moda y Complementos Costa Rica Sociedad Anónima, en la cual se modificó la cláusula segunda.—San José, siete de octubre de dos mil catorce.—Lic. Marco Antonio Abellán Acevedo, Notario.—1 vez.—(IN2014066891).

Por escritora número 217 otorgada ante el suscrito Notario a las 10:00 horas del día 18 de setiembre del 2014, se solicita modificó la cláusula segunda, del estatuto de la sociedad Lubaco Herediana Limitada.—Siquirres, 18 de setiembre del 2014.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2014066893).

Por escritura número 218 otorgada ante el suscrito Notario a las 9:30 horas del día 18 de setiembre del 2014, se solicita modificó la cláusula segunda, del estatuto de la sociedad SBL Baden Limitada.—Siquirres, 18 de setiembre del 2014.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2014066894).

Por escritura número 217 otorgada ante el suscrito notario a las 9:00 horas del día 18 de setiembre del 2014, se solicita modificó la cláusula segunda, del estatuto de la sociedad Bender Limitada.—Siquirres, 18 de setiembre del 2014.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2014066895).

Por escrituras otorgadas por la suscrita notaría a las 8:00 horas del 17 de febrero y a las 11 horas del 18 de agosto, ambas del 2014, se protocolizaron actas de asambleas generales extraordinarias de la Sociedad Agrícola San Antonio Sociedad Anónima en que se reformó su pacto social. Se prorrogó el plazo social.—San José, 1 de setiembre del 2014.—Lic. Aymará Fernández Madrid, Notaria.—1 vez.—(IN2014066901).

Por escritura que otorgó la suscrita notaria a las diecisiete horas treinta minutos día dos de setiembre en curso, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Las Hermanas Sánchez de Alajuelita Sociedad Anónima, en que se disuelve y liquida la sociedad.—San José, siete de setiembre del año dos mil catorce.—Lic. Aymará Fernández Madrid, Notaria.—1 vez.—(IN2014066902).

Al ser las ocho horas del cinco de octubre del año dos mil catorce. Ganadera Veintiuno de Agosto de Mil Novecientos Setenta y Nueve Ramaza va Sociedad Anónima; cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y tres mil doscientos ochenta y dos, domiciliada en Marsella de Venecia, un kilómetro al sureste de la escuela; San Carlos; modifica cláusula de representación del pacto social constitutivo. Es todo.—Lic. Luz Marina Chaves Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2014066905).

Ante la suscrita notaria pública Emilia Ulloa Corrales, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria número cuatro de la sociedad denominada Ganadería Pizarro & J.V.O Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-143348, ahora Ficus Trails Sociedad Anónima, la cual en lo conducente indica, que se reforma el estatuto en sus cláusulas primera y quinta, y se conoce la renuncia de la totalidad de los miembros de la junta directiva. Juan José Van Mierlo Santamaría, Thais Santamaría Hidalgo, presidente y secretaria.—Abangares, 6 de octubre del 2014.—Lic. Emilia Ulloa Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2014066906).

Por escritura otorgada en mi notaría en esta ciudad, a las ocho horas del veintidós de setiembre del dos mil catorce, se protocolizó acta de la sociedad Empresa de Servicio Micro-Óptica Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra nueva junta directiva y fiscal y se modifica la cláusula segunda del domicilio social.—Lic. Enrique Araya Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014066907).

Ante la suscrita notaria pública Emilia Ulloa Corrales, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria número tres, de la sociedad Forestales Carmel Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-089848, la cual en lo conducente indica, que se reforma el estatuto en su cláusula quinta, y se conoce la renuncia de la totalidad de los miembros de la junta directiva. Thais Santamaría Hidalgo, Laura Van Mierlo Santamaría, presidente y secretaria.—Abangares, 6 de octubre del 2014.—Lic. Emilia Ulloa Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2014066909).

Por escritura otorgada ante el notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número 3 del tomo 16, de las 8 horas del día 6 del mes de octubre del año 2014, se protocoliza la asamblea de socios de la sociedad denominada Tecnología, Acceso y Seguridad Tas S. A. donde se modifica la administración y se otorga poder generalísimo.—San José, 6 de octubre del año 2014.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—(IN2014066911).

Por medio de escrituras públicas otorgadas ante mi Notaría, se protocoliza asamblea de socios de la sociedad Marbella Surf Inn Limitada, cédula número tres-ciento dos-seiscientos tres mil doscientos cuarenta, se acuerda modificar cláusulas segunda y sexta y se nombra gerente, subgerente y agente residente, asimismo se protocoliza asamblea de socios de la sociedad El Juglar de Marbella Limitada, cédula número tres-ciento dos-quinientos veintiocho mil cuatrocientos cuarenta y tres, se acuerda modificar cláusula sexta y se nombra gerente, subgerente y agente residente. Es todo.—San José, a las siete horas del día siete de octubre del dos mil catorce.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—(IN2014066912).

Por escritura número ciento tres, de las diez horas treinta minutos del día tres de octubre del dos mil catorce, ante esta notaría, se disolvió la sociedad Voyage Under Water Limitada cédula jurídica tres guión ciento dos guión trescientos setenta y siete mil noventa y tres.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014066914).

Por escritura número ciento dos, de las diez horas del día tres de octubre de dos mil catorce, ante esta notaría, se disolvió la sociedad Toucan Alley Sociedad Anónima, cédula jurídica tres guión ciento uno guión trescientos treinta y ocho mil setecientos noventa.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014066915).

Por escritura número cien, de las nueve horas del día tres de octubre del dos mil catorce, ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residencias Lomas del Mar Sociedad de Responsabilidad Limitada, céduda jurídica tres guión ciento dos guión cuatrocientos veintitrés mil seiscientos noventa y dos.—San José, tres de octubre del dos mil catorce.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014066916).

Se informa que la sociedad denominada Inversiones Oro Platinium J A M C Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatro tres cuatro siete cuatro dos. domicilio en Escazú, modificó sus acciones en diez acciones de mil colones cada una para los representantes legales, cinco acciones para cada uno y se modificaron sus nombramientos presidenta, Vera Violeta Flores Flores, uno-cuatrocientos sesenta y uno-trescientos uno, la señora Julia María Borge Flores uno-once cincuenta y cuatro-novecientos siete, secretaria, el señor Minor Castro Vega, cédula de identidad número uno-novecientos veinticinco-setecientos sesenta y uno, el cargo de tesorero, la señora Ángela Bitinia Flores Flores, portadora de la cédula de identidad número uno-quinientos sesenta y cuatro doscientos cuarenta y cinco, el cargo de fiscal, dichos acuerdos fueron tomados por su representante legal y sus directivos. Firma presidente y secretario.—San José, veinticuatro de setiembre dos mil catorce.—Lic. María Esther Flores Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2014066917).

Por escritura autorizada en esta notaría la firma Inversiones San Francisco de San José S. A. modifica la cláusula sétima de los estatutos, relativa a la administración.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Guillermo Barrantes Vega, Notario.—1 vez.—(IN2014066918).

Por escritura autorizada en esta notaría la firma Proveedores de Equipo S. A. modifica la cláusula quinta de los estatutos, relativa a la administración.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Guillermo Barrantes Vega, Notario.—1 vez.—(IN2014066919).

Por escritura número ciento uno, de las nueve horas treinta minutos del día tres de octubre de dos mil catorce, ante esta notaría, se disolvió la sociedad The Amethyst Pearl of Costa Linda LLC Limitada, cédula jurídica tres guión ciento dos guión quinientos ochenta y un mil doscientos once.—San José, tres de octubre del dos mil catorce.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014066920).

En esta notaría se constituyó Inversiones Donato Sociedad Anónima, regida por el Código de Comercio, con domicilio social en San Rafael Abajo de Desamparados. Objeto social será tecnología, turismo, bienes raíces, publicidad, construcción, agricultura, ganadería, comercio, industria. Un capital social de ciento veinte mil colones, pagado con el aporte de cuatro escritorios.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Alberto Ortega Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014066921).

Se informa que la sociedad denominada Alimentos Sushi Yo MB Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seis uno tres seis uno cero, modificó su domicilio el cual será en su nuevo domicilio en Escazú, de la Violeta doscientos metros al norte, también modificó sus acciones en aumento por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una y se modificaron sus nombramientos por las siguientes personas presidente el señor Adrián Hernández Fumero portador de la cédula de residencia número uno uno nueve dos cero cero tres uno dos cero dos dos, el señor Pedro Ríos Mora, portador de la cédula de identidad número uno once noventa y dos trescientos dieciséis, vicepresidente, el señor Lázaro Ramón Martínez Jiménez, portador de la cédula de identidad número uno-trece veinticinco-ciento sesenta y uno, tesorero, el señor Huber Antonio Bustamante Pérez, cédula uno-doce veintiséis-trescientos noventa y tres, comerciante, secretario, dichos acuerdos fueron tomados por su representante legal y sus directivos. Pirma presidente.—San José, veinticuatro de setiembre dos mil catorce.—Lic. María Esther Flores Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2014066922).

Por escritura número ciento cuatro, de las once horas del día tres de octubre del dos mil catorce, ante esta notaría, se disolvió la sociedad Written in the Stars Investments Limitada, cédula jurídica tres guión ciento dos guión cuatrocientos nueve mil novecientos cincuenta y siete.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014066923).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del día siete del mes de octubre del año dos mil catorce, se nombró nueva junta directiva de la sociedad Empresa Mabolima del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y un mil setecientos treinta y ocho.—Lic. Florita Vásquez Calderón, Notaria.—1 vez.—(IN2014066928).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del mes de octubre del año dos mil catorce, se nombró nueva junta directiva de la sociedad Inversiones Walmar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta mil sesenta y uno.—Lic. Florita Vásquez Calderón, Notaria.—1 vez.—(IN2014066931).

Mediante escritura número 013-12, otorgada el día 29 de setiembre del 2014, ante el suscrito notario se protocolizó el acta uno de la sociedad Caicedo & Quintero S.R.L, donde se modifica la cláusula tercera del pacto constitutivo, donde se modifica el plazo social de la compañía. Es todo.—San José, seis de octubre del dos mil catorce.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—(IN2014066941).

Ante esta notaría, a las 14:00 horas del 06 de octubre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general de cuotistas de Inversiones Cadalay (ICCR) Ltda., mediante la cual se aumentó el capital social y se reformó la cláusula N° 4 del pacto constitutivo.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2014066943).

Ante esta Notaría, a las 9:00 horas del 01 de octubre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de MK Retail Operation S. A., mediante la cual se reformó la cláusula N° 4 del pacto constitutivo.—San José, 3 de octubre del 2014.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2014066945).

El día de hoy ante esta notaría se ha otorgado escritura mediante la cual la compañía Isyoland Sociedad Anónima, domiciliada en La Guácima de Alajuela, cédula de jurídica número tres-ciento uno-ciento veintinueve mil ciento cinco, se modifica cláusula dos del domicilio, cinco del capital social, se hacen nombramientos de junta directiva y se modifica cláusula siete de la administración.—Alajuela, treinta de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Mario Alberto Morera Lara, Notario.—1 vez.—(IN2014066947).

Por escritura número cinco otorgada ante los Notarios Públicos Mauricio Mata Monge y Andrea Ovares López, al ser las doce horas del seis de octubre de dos mil catorce, se constituye la sociedad de responsabilidad limitada denominada: Helado de Maracuyá Limitada, con un capital social suscrito y pagado doce mil colones, y se nombra gerente.—San José, 6 de octubre del 2014.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—(IN2014066951).

Por escritura número ciento seis, de las doce horas del día tres de octubre del dos mil catorce, ante esta notaría, se disolvió la sociedad Desarrollos Lomas del Mar DLM Sociedad Anónima, cédula jurídica tres guión ciento uno guión trescientos cincuenta y cuatro mil seiscientos nueve.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014066953).

Por escritura número ciento cinco, de las once horas treinta minutos del día tres de octubre del dos mil catorce, ante esta notaría, se disolvió la sociedad Yellow Finn Tuna Sociedad Anónima, cédula jurídica tres guión ciento uno guión trescientos treinta y ocho mil quinientos setenta y nueve.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014066955).

Por escritura número ciento ocho, de las trece horas del día tres de octubre del dos mil catorce, ante esta notaría, se disolvió la sociedad Land of Enchantment Sociedad Anónima, cédula jurídica tres guión ciento uno guión veinticinco mil cuatrocientos sesenta.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014066958).

Por escritura número ciento siete, de las doce horas treinta minutos del día tres de octubre de dos mil catorce, ante esta notaría, se disolvió la sociedad Inversiones y Afines Valladolid Sociedad Anónima, cédula jurídica tres guión ciento uno guión trescientos ocho mil setecientos cincuenta y nueve.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014066959).

Por escritura otorgada ante mí, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Kadawi de Orotina S. A. Se modifica cláusula octava del pacto social. William Umaña Vega, presidente.—Orotina, a las 14:00 horas del 3 de agosto del 2004.—Lic. Johan Castillo Umaña, Notario.—1 vez.—(IN2014066962).

Protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Shayne Mrazek Global S. A. Se modifica la cláusula sétima del pacto social.—San José, 6 de octubre del 2014.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—(IN2014066965).

Por escritura otorgada número dieciocho-cuatro del siete de octubre del dos mil catorce, que se encuentra en el tomo cuarto de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Tres-Uno Cero Uno-Seis Tres Tres Cuatro Seis Tres Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-seis tres tres cuatro seis tres, donde se acuerda la modificación de: la cláusula primera: nombre, la cláusula tercera: Objeto, la cláusula sétima: De las reuniones de junta directiva, la cláusula octava: Asamblea general de accionistas, todas del pacto constitutivo de la compañía. Además, al pacto constitutivo se le agrega la cláusula décima sexta: Agente residente.—San José, siete de octubre del dos mil catorce.—Lic. Silvia Chacón Bolaños, Notaria.—1 vez.—(IN2014066967).

Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las 16:00 horas del día 6 de octubre del 2014, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Mapfre I Seguros Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda aumentar el capital social y reformar la cláusulas quinta de los estatutos sociales de la compañía.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2014066969).

Por escritura pública número 137-10, otorgada por la suscrita notaria a las 11:30 horas del día 10 de agosto del año 2014, se acuerda disolver la empresa denominada: Comité de Ahorro y Préstamo para el Desarrollo Sostenible de Cedral COCEDRAL Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-213714 con base en el inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio. Es todo.—Lic. Yesenia Villalobos Leitón, Notaria.—1 vez.—(IN2014066976).

Por escritura pública número 163-10, otorgada por la suscrita notaria a las 16:55 horas del día 24 de setiembre del año 2014, se acuerda disolver la empresa denominada: Investment For The Future World Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-658440 con base en el inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio. Es todo.—Lic. Yesenia Villalobos Leitón, Notaria.—1 vez.—(IN2014066979).

Por escritura pública número 162-10, otorgada por la suscrita notaria a las 16:35 horas del día 24 de setiembre del año 2014, se acuerda disolver la empresa denominada: Expo Business International Empresa Individual de Responsabilidad Limitada con cédula jurídica número 3-105-671360 con base en el inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio. Es todo.—Lic. Yesenia Villalobos Leitón, Notaria.—1 vez.—(IN2014066980).

Por escritura otorgada ante esta notaría se modifica las cláusulas novena y décimo quinta de los estatutos de Inversiones Edu Internacional S. A. y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Manuel Rey González, Notario.—1 vez.—(IN2014066983).

Por escritura otorgada el día de hoy en esta notaría se constituyó Deymir Costa Rica SC. Capital totalmente suscrito y pagado. Dos administradores representantes legales.—San José, 01 de agosto del 2014.—Lic. Marilyn James Pinnock, Notaria.—1 vez.—(IN2014067010).

Por escritura ciento veinte otorgada a las catorce horas del ocho de setiembre del dos mil catorce, el notario Fabián Azofeifa Arce, se protocoliza acta número ocho del libro de actas número uno de la sociedad Grupo Te Ha Na Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-uno nueve uno cero cero nueves mediante el cual se modifica la cláusula sexta y se nombran nuevos gerentes.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Fabián Azofeifa Arce, Notario.—1 vez.—(IN2014067016).

Del Sur Internacional de Motores Sociedad Anónima, reforma cláusula tercera constitutiva, escritura protocolizada a las siete horas del primero de octubre del dos mil catorce en San José, ante notaria Gabriela Rodríguez Méndez. Fax 2257-4255.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—(IN2014067027).

Mediante escritura otorgada a las nueve horas del seis de octubre del dos mil catorce, ante esta notaría, se protocoliza Acta de la Asamblea General Extraordinaria de la Asociacon Pro Vivienda Santa Lucia, cédula jurídica número tres-cero cero dos-tres cuatro ocho cero seis ocho, mediante la cual se modifica el pacto social.—San José, seis de octubre del dos mil catorce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2014067028).

Por escritura de las 8:30 horas del 23 de setiembre del 2014, otorgada ante esta notaría pública se modifica la cláusula octava referente a la administración de la sociedad Lte Dos Aleksola Sociedad Anónima.—San José, 3 de octubre del 2014.—Lic. Eslava Hernández Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014067029).

Ante esta notaría, a las 14:00 horas del 7 de octubre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Inversiones Ciento Once S. A. Se modifica parcialmente el pacto constitutivo, se modifica el nombre a Encaspi Third- Party Logistics Sociedad Anónima, mediante la escritura número 96-04, tomo 4 del protocolo de la Lic. Laura Daniela Fernández Mora.—Cartago, 7 de octubre del 2014.—Lic. Laura Daniela Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2014067035).

Ante esta notaría, a las 16:30 horas del 17 de setiembre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios celebrada por Inversiones Kaizen de San Mateo L & M S. A. Se modifica parcialmente el pacto constitutivo, se modifica el nombre a Grupo IP Precisión Sociedad Anónima, mediante la escritura número 61-04, tomo 4 del protocolo de la Lic. Laura Daniela Fernández Mora.—Cartago, 7 de octubre del 2014.—Lic. Laura Daniela Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2014067039).

Por escritura número 61 otorgada en San José ante la Notaria Raquel Núñez González a las 16:00 horas del 26 de agosto del año 2014, se constituyó la sociedad Condominio Carpe Diem en Playa Garabito S. A. con un capital social de cien mil colones. Presidente: Jaime Arango Zuluaga.—San José, 27 de agosto del año 2014.—Lic. Raquel Núñez González, Notaria.—1 vez.—(IN2014067041).

El suscrito Notario, hago saber mediante escritura número ciento treinta y dos, de las doce horas del veintisiete de agosto del dos mil catorce, se protocolizó acta de la sociedad denominada El Mundo de Solo Camarón Sociedad Anónima, acta que tiene como objeto modificar la cláusula sexta en la cual, la representación recaerá en el presidente y secretario, ambos facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar de forma conjunta o separadamente.—Lic. Mariano Núñez Olivares, Notario.—1 vez.—(IN2014067042).

Ante mí, se constituyó la empresa: Inmobiliaria Hernández Siles de Escazú Sociedad Anónima, el capital social se paga mediante el aporte de una finca.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2014067059).

Por escritura número 1, otorgada en esta Notaría, a las 9:30 horas del 7 de octubre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Cueros Vélez Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-269428, en la que se modificó la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—(IN2014067061).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, Pedro Jaime De Mathueu López, y otros, disuelven la sociedad Pollasa S. A. Escritura otorgada en San José a las diez horas del tres de setiembre del 2014.—Lic. Edgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014067062).

Inversiones Myoredo S. A. Modifica los siguientes estatutos de la convención: primer que cambia razón social, segunda modifica el domicilio y sétima en el sentido que el presidente y vicepresidente tendrán poder generalísimo sin límite de suma. Presidente y secretario.—Bagaces, dos de octubre del dos mil catorce.—Lic. Guisella Lara Camacho, Notaria.—1 vez.—(IN2014067066).

Por escritura otorgada en esta notaría a las diecisiete horas del siete de octubre del dos mil catorce, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la empresa denominada Bruno y Alvarado Sociedad Anónima referente al capital social aumentando el mismo a veintisiete millones quinientos mil colones, una vez. El suscrito Notario da fe que este digital es copia fiel del original. Teléfono 8371-3909.—San José, siete de octubre de dos mil catorce.—Lic. Hernán Alexis Pérez Sanabria, Notario.—1 vez.—(IN2014067070).

Por medio de escritura otorgada por el suscrito notario a las nueve horas treinta minutos del día de hoy, se protocolizó la disolución de la sociedad denominada Ser-Pro Caparot Ltda.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Álvaro Castillo Castro, Notario.—1 vez.—(IN2014067073).

La suscrita notaria, doy fe que en mi notaría procedí a realizar la protocolización del cambio de junta directiva de H Y H Ingenieros Sociedad Anónima, Es todo.—Guácimo al ser las diez horas y diez minutos del veinte de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Betzert Espinoza Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2014067077).

Por escritura otorgada en mi Notaría, a las 10:00 horas del día de hoy, se modificó la cláusula octava de los estatutos sociales de Mercedes ML-Trescientos Cincuenta y Cuatro-Cero Seis Limitada.—San José, 4 de octubre del 2014.—Lic. Manuel E. Badilla Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2014067078).

Por escritura pública 153-3, otorgada ante mi Notaría, a las 8:30 horas de 8 de octubre del 2014, se modificó la cláusula segunda de Soporte Logístico EVJ Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-575997. Se reforma de junta directiva secretario y tesorero, presidenta: Eida Vargas Jiménez.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Saddy Guzmán Obando, Notaria.—1 vez.—(IN2014067081).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Wille S. A. Escritura otorgada en San José, a las 12:10 horas del 13 de agosto del 2014.—Lic. Imelda Arias del Cid, Notaria.—1 vez.—(IN2014067093).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Yacana Trading S. A. Escritura otorgada en San José, a las 12:10 horas del 13 de agosto del 2014.—Lic. Imelda Arias del Cid, Notaria.—1 vez.—(IN2014067095).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Shoestring World Traveller Community S. A., escritura otorgada en San José, a las 10:44 horas del 8 de octubre del 2014.—Lic. Imelda Arias del Cid, Notaria.—1 vez.—(IN2014067096).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Consultécnica Ric-Mar S. A. Escritura otorgada en San José, a las 12: 25 horas del 13 de agosto del 2014.—Lic. Imelda Arias del Cid, Notaria.—1 vez.—(IN2014067098).

Por escritura número trece otorgada por el suscrito notario a las catorce horas treinta minutos del dos de octubre del dos mil catorce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Haras Coronado Limitada, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—San José, 2 de octubre del 2014.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—(IN2014067100).

Por escritura número doce otorgada por el suscrito notario a las catorce horas del dos de octubre del dos mil catorce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Cuatro Amigos Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio, clausula cuarta del plazo, cláusula quinta del capital social y cláusula catorce de la representación del pacto constitutivo.—San José, dos de octubre del dos mil catorce.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—(IN2014067101).

Que por escritura otorgada a las 10:00 horas de hoy, la entidad Massimo Corp Sociedad Anónima, persona con cédula jurídica número 3-101-651540, formó clausulas 2, 6, de acta constitutiva y se nombró junta directiva y fiscal.—Heredia, 7 de octubre del 2014.—Lic. José Leonel Sáenz Batalla, Notario.—1 vez.—(IN2014067105).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del día 16 de setiembre del 2014, se constituyó Franquicias Sencha S. A., presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: cien mil colones.—San José, 17 de setiembre del 2014.—Lic. Catalina Pujol Rueda, Notaria.—1 vez.—(IN2014067109).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas quince minutos del seis de octubre del dos mil catorce, se acordó la disolución de la sociedad Coralie Sociedad de Responsabilidad Limitada, de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercia.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1 vez.—(IN2014067111).

Mediante acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad The Caribbean Pearl Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula jurídica 3-102-405512, y protocolizada mediante escritura número noventa y cinco-uno, de las 13:30 horas del 7 de octubre del 2014, visible a folio cincuenta y uno frente, del tomo primero de mi Protocolo, acuerdan su liquidación y disolución.—Tres Ríos, 7 de octubre del 2014.—Lic. Jaime Orlando Arias Petgrave, Notario.—1 vez.—(IN2014067112).

Por escritura número cuarenta y cuatro otorgada ante esta notaría, en conotariado con el Lic. Jean Fierre Pino Sbravatti, a las diecisiete horas treinta minutos del tres de octubre del dos mil catorce, se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo la sociedad denominada Filial Sesenta y Nueve Los Astilleros Fuerte Ventura Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y nueve mil novecientos diecisiete.—San José, 3 de octubre del 2014.—Lic. Priscilla Ureña Duarte, Notaria.—1 vez.—(IN2014067113).

Mediante acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Sky Kitchens Bathrooms and Cabinets Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-485591, y protocolizada mediante escritura número noventa y seis-uno, de las 12:05 horas del 7 de octubre del 2014, visible a folio cincuenta y dos frente del tomo primero de mi protocolo, acuerdan su liquidación y disolución.—Tres Ríos, 7 de octubre del 2014.—Lic. Jaime Orlando Arias Petgrave, Notario.—1 vez.—(IN2014067114).

Por escritura 130, otorgada a las 8:00 horas el 8 de setiembre del 2014, se protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Centralamerica Accounting and Financial Services S. A., mediante la cual se transformó la empresa de sociedad anónima en sociedad limitada y se nombró nuevos gerentes y agente residente.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014067115).

El suscrito notario hace constar que en mi notaría, mediante escritura ciento dos del ocho de octubre del dos mil catorce, se constituyó Oficinas Móviles de Costa Rica P Y M Sociedad Civil, por los socios Camilo Felipe Perilla Bernal y Jaime Andrés Morales Ibarra. Capital social: cien mil colones. Plazo social: Noventa y nueve años.—San José 8 de octubre del 2014.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—(IN2014067119).

Yo, Juan Carlos Radulovich Quijano, notario público debidamente autorizado, protocolice una asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Comercial Aldey S. A., por la cual se solicita la disolución de la misma de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio, la sociedad no cuenta con activos o pasivos.—Guápiles, siete de octubre del dos mil catorce.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—(IN2014067120).

Por escritura pública otorgada por el notario Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, mediante escritura número ciento diez, otorgada a las catorce horas del dos de octubre del dos mil catorce, visible al folio sesenta y uno vuelto, del tomo sesenta y nueve de mi protocolo, se protocolizó acta número uno de la sociedad denominada Herencias del Norte S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cinco mil noventa y dos, donde se acordó la disolución de la presente sociedad.—Grecia, siete de octubre del dos mil catorce.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—(IN2014067123).

Mediante escritura número ciento veintinueve, otorgada a las once horas del ocho de octubre de dos mil catorce se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de Costa Esterillos Estates Estramonio Ciento Setenta y Uno Sociedad Anónima; donde se reforma la cláusula sobre la administración y se nombra presidente.—San José, ocho de noviembre de dos mil catorce.—Lic. Natalia María González Bogarín, Notaria.—1 vez.—(IN2014067134).

Por escritura número diecisiete otorgada a las dieciséis horas del siete de octubre de dos mil catorce, visible en el tomo cuarto de mi protocolo, protocolicé un acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Band of Brothers S. A., con cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-tres dos uno nueve ocho ocho, donde se acuerda la reforma de la cláusula segunda del domicilio del pacto constitutivo de la compañía.—San José, siete de octubre de dos mil catorce.—Lic. Silvia Chacón Bolaños, Notaria.—1 vez.—(IN2014067148).

A las quince horas del da seis de octubre del dos mil catorce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Interdesa Componentes Tecnológicos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y cinco mil novecientos noventa y tres, por medio de la cual se reforman las cláusulas del pacto constitutivo, del domicilio, de la administración de la sociedad, y se nombra nueva junta directiva presidente Esteban Carballo Ortiz.—San José, seis de octubre de dos mil catorce.—Lic. Ingread Fournier Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2014067152).

Mediante escritura ante mi otorgada en San José, a las catorce horas del seis de octubre del dos mil catorce se constituyó Cacell Costa Rica S. A. Presidente José Gregorio Acosta Pérez.—Lic. Danito Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—(IN2014067153).

Mediante escritura número doscientos, del tomo décimo cuarto del protocolo de la notaria Leonora Granados Sancho, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Aika Forest Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos sesenta y ocho mil doscientos treinta y tres, en donde se acuerda la reforma de la cláusula quinta del capital social.—San José, ocho de octubre de dos mil catorce.—Lic. Leonora Granados Sancho, Notaria.—1 vez.—(IN2014067157).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 9:00 horas del 7 de octubre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Thai Sam Jeon Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—(IN2014067159).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 7 de octubre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Industrial Coico Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—(IN2014067161).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 3 de octubre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía C Y C Importadora y Exportadora Sociedad Anónima, en donde se disuelve la sociedad anónima.—San José, 6 octubre del 2014.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—(IN2014067165

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 3 de octubre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Meiryonch Primaveral Importadora y Exportadora Sociedad Anónima, en donde se disuelve la sociedad anónima.—San José, 6 octubre del 2014.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—(IN2014067167).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 3 de octubre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía C Y Z Importadora y Exportadora Sociedad Anónima, en donde se disuelve la sociedad anónima.—San José, 6 octubre del 2014.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—(IN2014067169).

Mediante escritura número ciento cuarenta y tres-cuatro otorgada ante mi notaría, en la ciudad de San José, las once horas del día siete de octubre dos mil catorce se modifica la cláusula ocho del pacto constitutivo de la compañía Aeroyate Sociedad Anónima. Es todo.—San José, ocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Bernarda Cerdas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2014067173).

Por escritura Nº 138 otorgada a las 9:00 horas del día 7 de octubre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Econocaribe Consolidadora Tica Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2014067174).

Por escritura Nº 139 otorgada a las 9:30 horas del día 7 de octubre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Desarrollo Aduanero Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2014067176).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría se constituyó la sociedad de esta plaza denominada N S Centroamérica Sociedad Anónima, capital íntegramente suscrito y pagado, plazo noventa y nueve años, domicilio San José. Presidente y secretario como apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, catorce horas del ocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Raúl Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—(IN2014067185).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 00 minutos del 17 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Secure Wrap C.R. C.A. Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1 vez.—CE2014003866.—(IN2014067269).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 16 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Mazal Bait Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1 vez.—CE2014003867.—(IN2014067270).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 18 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada River Plant Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Randall Esteban Salas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2014003868.—(IN2014067271).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 18 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Tajo El Tejar Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Carlos Alberto Guardia Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2014003869.—(IN2014067272).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 00 minutos del 18 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Austriaca Sociedad Anónima. San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—CE2014003870.—(IN2014067273).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 13 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Hospital Veterinario San Antonio Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1 vez.—CE2014003871.—(IN2014067274).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 18 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Water of Pacific Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—CE2014003872.—(IN2014067275).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 16 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Corporación Inmobiliaria de Costa Rica Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Rita Waldina Arce Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2014003873.—(IN2014067276).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 13 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Hospital San Antonio de Abad Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1 vez.—CE2014003874.—(IN2014067277).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 13 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Benji El Ángel Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1 vez.—CE2014003875.—(IN2014067278).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 17 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Tableros de Occidente Sociedad Anónima. San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—CE2014003876.—(IN2014067279).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 18 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Thorell & Johansson Limitada.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Sergio Jiménez Odio, Notario.—1 vez.—CE2014003877.—(IN2014067280).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 13 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Aszmag Media Limitada.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—CE2014003878.—(IN2014067281).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 18 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Integra Electric Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Pamela Quesada Venegas, Notario.—1 vez.—CE2014003879.—(IN2014067282).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 00 minutos del 29 de mayo del 2014, se constituyó la sociedad denominada Construcora Camgar Sociedad A Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Víctor Julio Cortes Salas, Notario.—1 vez.—CE2014003880.—(IN2014067283).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 22 de mayo del 2014, se constituyó la sociedad denominada Guanacaste Global Inventive Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Robin Bonilla Monge, Notario.—1 vez.—CE2014003881.—(IN2014067284).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 24 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Los Marcelos Llc Limitada.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—CE2014004023.—(IN2014067285).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 20 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Essential Corredora de Seguros Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2014004024.—(IN2014067286).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 19 de mayo del 2014, se constituyó la sociedad denominada AK Consulting.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Karla Evelyn Chaves Mejía.—1 vez.—CE2014003882.— (IN2014067287).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 7 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Remodelaciones y Servicios Abinac Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Erika Montano Vega, Notario.—1 vez.—CE2014003883.—(IN2014067288).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 8 horas 00 minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Residencias Poro Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Douglas Mora Umaña, Notario.—1 vez.—CE2014003884.—(IN2014067289).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 3 de abril del 2014, se constituyó la sociedad denominada I.R.M. Asesores Agencia Aduanal S. A. Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Oscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—CE2014003885.—(IN2014067290).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 40 minutos del 18 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Xochilt LH Limitada.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Wainer Gonzalez Arguedas, Notario.—1 vez.—CE2014003886.—(IN2014067291).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 13 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Hospital Familia Animal Mana Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1 vez.—CE2014003887.—(IN2014067292).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 13 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Hospital Huellitas de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1 vez.—CE2014003888.—(IN2014067293).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 13 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Cerros de Artesia Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—CE2014003889.—(IN2014067294).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 35 minutos del 18 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora JK Rodrigez Sibaja Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Marlon Gerardo Gómez Pizarro, Notario.—1 vez.—CE2014003890.—(IN2014067295).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 19 de mayo del 2014, se constituyó la sociedad denominada AK Consulting Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Karla Evelyn Chaves Mejía, Notario.—1 vez.—CE2014003891.—(IN2014067296).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 10 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Palais Tropical Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Marco Vinicio Campos Araya, Notario.—1 vez.—CE2014003892.—(IN2014067297).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 7 horas 30 minutos del 18 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Govilla Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Erasmo Enrique Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2014003893.—(IN2014067298).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 9 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Mangueras Mundiales de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Hernán Alexis Perez Sanabria, Notario.—1 vez.—CE2014003894.—(IN2014067299).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 5 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Agropecuaria Fenada Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Berenice Retana Ureña, Notaria.—1 vez.—CE2014003895.—(IN2014067300).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Kalimero de Potrero Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Ricardo José Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—CE2014003896.—(IN2014067301).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 23 de abril del 2014, se constituyó la sociedad denominada Instituto Infotech Academy Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Mariella Vargas Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2014003897.—(IN2014067302).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 17 de Junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Travel Protection System Responsabilidad Limitada. San José, 19 de Junio del 2014.–Lic. Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1 vez.—CE2014003898.—(IN2014067303).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 25 de enero del 2014, se constituyó la sociedad denominada R&S Movil Xpress Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Daisy María Pla Moreno, Notario.—1 vez.—CE2014003899.—(IN2014067304).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 00 minutos del 13 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Merlin Embedded Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2014003900.—(IN2014067305).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 16 de mayo del 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Valladares y Bolívar Valbo Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Jorge Luis Arias Hernández, Notario.—1 vez.—CE2014003901.—(IN2014067306).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 8 horas 00 minutos del 16 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Apache del Norte Limitada Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. María de Los Ángeles González Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2014003902.—(IN2014067307).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 16 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada El Mago Outlet Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. German Enrique Salazar Santamaria, Notario.—1 vez.—CE2014003903.—(IN2014067308).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 16 minutos del 16 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada El Mago de San José Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. German Enrique Salazar Santamaria, Notario.—1 vez.—CE2014003904.—(IN2014067309).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 16 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Ecobatt Limitada.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. María José Vicente Ureña, Notario.—1 vez.—CE2014003905.—(IN2014067310).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 00 minutos del 19 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Dupras Limitada.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. María José Vicente Ureña, Notario.—1 vez.—CE2014003906.—(IN2014067311).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 50 minutos del 17 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora de Carne Los Naranjo Limitada.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notario.—1 vez.—CE2014003907.—(IN2014067312).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 7 horas 30 minutos del 18 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Gomevilla Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Erasmo Enrique Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2014003908.—(IN2014067313).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 19 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Dinámica Llantas Distribuidora Nacional Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2014003909.—(IN2014067314).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada A Whole Company AWC Limitada.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2014003910.—(IN2014067315).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 12 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Quantico La Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Carlos Manuel Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—1 vez.—CE2014003911.—(IN2014067316).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Mahar Supply Costa Rica Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Adrián Alvarenga Odio, Notario.—1 vez.—CE2014003912.—(IN2014067317).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Comercial Edumara Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Eugenia María Jara Morúa, Notaria.—1 vez.—CE2014003913.—(IN2014067318).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Sahara y Layali Alcham Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Netzy Yanina Soto Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2014003914.—(IN2014067319).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 30 minutos del 19 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Tico Xavi Ciento Uno Limitada.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. María José Chaves Cavallini, Notaria.—1 vez.—CE2014003915.—(IN2014067320).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Argento Suministros Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—CE2014003916.—(IN2014067321).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 21 de mayo del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Asosalag Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Roberto José Araya Lao, Notario.—1 vez.—1 vez.—CE2014003917.—(IN2014067322).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Cristimar Limitada.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Manuelita Jiménez Esquivel, Notaria.—1 vez.—CE2014003918.—(IN2014067323).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Representaciones Internacionales de las Misiones Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Olga Margarita Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—CE2014003919.—(IN2014067324).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Remodelaciones y Servicios Abinac Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Erika Montano Vega, Notaria.—1 vez.—CE2014003920.—(IN2014067325).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Constructora Jomac Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. German Jerry Campos Monge, Notario.—1 vez.—CE2014003921.—(IN2014067326).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada International Cleaning Services ICS Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Giulio Sansonetti Hautala, Notario.—1 vez.—CE2014003923.—(IN2014067327).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Granja Avícola Abejonal Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Lenin Mendiola Varela, Notario.—1 vez.—CE2014003924.—(IN2014067328).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 17 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Vistas de Turrúcares Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2014003925.—(IN2014067329).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Strawbridge Casa del Sol Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—CE2014003926.—(IN2014067330).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 40 minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada IT’S My Life Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Norman Leslie De Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—CE2014003927.—(IN2014067331).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 08 de abril del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Transportes J J Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Javier Hernán Desanti Henderson, Notario.—1 vez.—CE2014003928.—(IN2014067332).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Minicup del Oeste Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—CE2014003929.—(IN2014067333).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 06 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada White Sands Costa Rica Real Estate Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—CE2014003930.—(IN2014067334).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 10 de mayo del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Koriled Limitada.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Óscar Alberto Salas Porras, Notario.—1 vez.—CE2014003931.—(IN2014067335).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada B.N.S. Benesol Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Soren Araya Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2014003932.—(IN2014067336).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Vecinos de Monte Redondo Limitada Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Carlos Corrales Azuola, Notario.—1 vez.—CE2014003933.—(IN2014067337).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 19 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Multimetales Latinoamericanos Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Lorena María Palma Arce, Notaria.—1 vez.—CE2014003934.—(IN2014067338).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 09 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Ache Logistic del Este Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Lorena María Palma Arce, Notaria.—1 vez.—CE2014003935.—(IN2014067339).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Concretos Caribeños Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Grace Marie Robinson Arias, Notaria.—1 vez.—CE2014003936.—(IN2014067340).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 35 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Alpha Investment Partners Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. German Enrique Salazar Santamaría, Notario.—1 vez.—CE2014003937.—(IN2014067341).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Green House Costa Rica Limitada.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—CE2014003938.—(IN2014067342).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Fusión Euroamericana Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. German Enrique Salazar Santamaría, Notario.—1 vez.—CE2014003939.—(IN2014067343).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora de Vestuario Centroamericana Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—CE2014003940.—(IN2014067344).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada 2GET Services Sociedad Anónima.—San José, 21 de junio del 2014.—Lic. Gregorio Alberto Avendaño Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2014003941.—(IN2014067345).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Farmix Group Sociedad Anónima.—San José, 22 de junio del 2014.—Lic. Paola Sáenz Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2014003942.—(IN2014067346).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 13 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Nuevos Horizontes Propiedades Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Adriana Chin Wo Astúa, Notaria.—1 vez.—CE2014003943.—(IN2014067347).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada The Baked Alaskans LLC Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—CE2014003944.—(IN2014067348).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 20 minutos del 18 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Colinas del Sol al Atardecer en Jacó Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2014003945.—(IN2014067349).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada The AK Dreamers LLC Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—CE2014003946.—(IN2014067350).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada S.R.K. Kairos de América Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014003947.—(IN2014067351).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Tenedora Univer De LBZS Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014003948.—(IN2014067352).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Geometry Global Costa Rica Agencia de Publicidad Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. María Lupita Quintero Nassar, Notaria.—1 vez.—CE2014003949.—(IN2014067353).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Loyauto Distribution Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Marco Antonio Fallas Del Valle, Notario.—1 vez.—CE2014003950.—(IN2014067354).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Constructora JES Quattro Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. German Jerry Campos Monge, Notario.—1 vez.—CE2014003951.—(IN2014067355).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 06 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Reiki Equilibrio Integral Limitada Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Alonso Jesús Chaves Fernández, Notario.—1 vez.—CE2014003952.—(IN2014067356).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Payment Solutions Global PSG Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—CE2014003953.—(IN2014067357).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Correduría de Bienes Raíces Dupras Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—CE2014003954.—(IN2014067358).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Cementos del Sur & Asociados Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2014003955.—(IN2014067359).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 10 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Montes de Oro Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Adrián Javier Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2014003956.—(IN2014067360).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 40 minutos del 19 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Zamora Villegas Electromecánica Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Raquel Verónica Piedra Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2014003957.—(IN2014067361).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 10 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Montes de Oro Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Adrián Javier Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2014003959.—(IN2014067362).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Nucleotech Pharma N.P. Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Paola Sáenz Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2014003960.—(IN2014067363).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Austriatica Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—CE2014003961.—(IN2014067364).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ocho Ocho Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Ignacio Herrero Knohr, Notario.—1 vez.—CE2014003962.—(IN2014067365).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 17 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Pacífico Lounge Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Silvia Arias Ulate, Notaria.—1 vez.—CE2014003963.—(IN2014067366).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Surf Rica Nosara Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2014003964.—(IN2014067367).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 19 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Constructora San Simón Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—CE2014003965.—(IN2014067368).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 23 horas 00 minutos del 01 de abril del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Soluciones en Construcción Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Geraldine Marie Gene Barrios, Notaria.—1 vez.—CE2014003966.—(IN2014067369).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 01 minutos del 11 de febrero del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Seasa Sociedad de Servicios a la Empresa Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—CE2014003967.—(IN2014067370).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 06 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Logística Coritrans Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2014003968.—(IN2014067371).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Munpe Digital Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—CE2014003969.—(IN2014067372).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Tostaditos del Sur Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—CE2014003970.—(IN2014067373).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 13 de diciembre del año 2013, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jadi del Oeste Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2014003971.—(IN2014067374).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Dulian Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Jenny María Vargas Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2014003973.—(IN2014067375).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 21 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Ticofood LQ de Centro América Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Marcos Osvaldo Araya Díaz, Notario.—1 vez.—CE2014003974.—(IN2014067376).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Page Surfboards Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Jorge Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2014003975.—(IN2014067377).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Baivaraban Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—CE2014003976.—(IN2014067378).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Jabalí Montuno Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2014003977.—(IN2014067379).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Classic Lighting Distribution Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—CE2014003979.—(IN2014067380).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Dulian de Carambola Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Jenny María Vargas Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2014003980.—(IN2014067381).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Duarve Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—CE2014003981.—(IN2014067382).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Harbour International de Costa Rica Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Jimmy Gerardo Solano Ulloa, Notario.—1 vez.—CE2014003982.—(IN2014067383).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Costaeuro Dos Mil Catorce Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Roberto José Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—CE2014003983.—(IN2014067384).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Green Shelter de Costa Rica Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—CE2014003984.—(IN2014067385).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Cometa de Luz Siete Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Ricardo José Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—CE2014003985.—(IN2014067386).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de mayo del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Guzmán Montero e Hijos Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1 vez.—CE2014003986.—(IN2014067387).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de marzo del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Seguridad y Vigilancia J & J del Guarco Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Adrián Tames Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2014003987.—(IN2014067388).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada AMDJJ Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Santiago Eduardo Arguedas Pitti, Notario.—1 vez.—CE2014003988.—(IN2014067389).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Gasotica Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—CE2014003989.—(IN2014067390).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada MBE Flagship Store Lindora Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Manuel Antonio Vílchez Campos, Notario.—1 vez.—CE2014003990.—(IN2014067391).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada R&G Logística Inc Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—CE2014003991.—(IN2014067392).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada O.B. Dos-Get Services Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Gregorio Alberto Avendaño Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2014003992.—(IN2014067393).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 02 de abril del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Celium Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1 vez.—CE2014003993.—(IN2014067394).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Mis Tíos de Francia Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1 vez.—CE2014003994.—(IN2014067395).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 02 de abril del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Elixor Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1 vez.—CE2014003995.—(IN2014067396).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 29 de enero del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Alvarado Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2014003996.—(IN2014067397).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Cementerio Acemo MR Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Carlos Corrales Azuola, Notario.—1 vez.—CE2014003998.—(IN2014067398).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada D.W.D. Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—CE2014003999.—(IN2014067399).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Rosa Peregrina Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Ángela María Garro Contreras, Notaria.—1 vez.—CE201400400.—(IN2014067400).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Ninafagama Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—CE2014004001.—(IN2014067401).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada VAU Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Tricya Vanessa Saborío Barrios, Notaria.—1 vez.—CE2014004002.—(IN2014067402).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 24 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Finca Río Nuevo San Isidro Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Paola Andrea Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—CE2014004003.—(IN2014067403).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada La Tilichería Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2014004004.—(IN2014067404).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Honneste Vivere Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—CE2014004005.—(IN2014067405).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Shoruk Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Lilliam Soto Hines, Notaria.—1 vez.—CE2014004006.—(IN2014067406).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Logistic Control CR Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Rodrigo José Aguilar Moya, Notario.—1 vez.—CE2014004007.—(IN2014067407).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 21 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Servicios Empresariales Carmesi Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Lilliam Soto Hines, Notaria.—1 vez.—CE2014004008.—(IN2014067408).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Transchiles Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1 vez.—CE2014004009.—(IN2014067409).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 20 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Lenin & Macarthur Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Gricel Campos Mejías, Notaria.—1 vez.—CE2014004010.—(IN2014067410).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 13 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Amgova Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Orlando Chaves Quesada, Notario.—1 vez.—CE2014004011.—(IN2014067411).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Corporación Financiera del Pacífico Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—CE2014004012.—(IN2014067412).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 9 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Aragesa Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—CE2014004013.—(IN2014067413).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 24 de mayo del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Corporación Malikov Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Yorleni Díaz Berrocal, Notaria.—1 vez.—CE2014004014.—(IN2014067414).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 16 de Junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Corporación Inmobiliaria CRC de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Rita Waldina Arce Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2014004015.—(IN2014067415).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 04 de Junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Ocho Maes del Tercer Tiempo Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Carmen Adriana Álvarez Castro, Notaria.—1 vez.—CE2014004016.—(IN2014067416).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 18 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Ingeniería Magna Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Pamela Quesada Venegas, Notaria.—1 vez.—CE2014004017.—(IN2014067417).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada T.A. Lovell Real Estate Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2014004018.—(IN2014067418).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inverseis U.N.I Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014004019.—(IN2014067419).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 8 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Valle Verde Unidad Nueve Limitada.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—CE2014004021.—(IN2014067420).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Hec Her de Santa Cruz Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. María Gabriela Morales Peralta, Notaria.—1 vez.—CE2014004022.—(IN2014067421).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios V & M Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. William de los Ángeles Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—CE2014004025.—(IN2014067422).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Ferrymead Incorporated Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014004026.—(IN2014067423).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Covert Vehicles Limitada.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2014004027.—(IN2014067424).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada M&M Customer Held Corporation Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2014004028.—(IN2014067425).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Sol Secreto Propiedades Limitada.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2014004029.—(IN2014067426).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Corporación Nya Diecisiete de Santa Ana Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Carmen De María Castro Kahle, Notaria.—1 vez.—CE2014004030.—(IN2014067427).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Andialur Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Joaquín Antonio Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—CE2014004031.—(IN2014067428).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Venice ART Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Bernal Ernesto Fuentes Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014004032.—(IN2014067429).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Dconstruct Properties Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Stanley Mejía Mora, Notario.—1 vez.—CE2014004033.—(IN2014067430).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Adetec P & C Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Anthony Francisco Fernández Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2014004034.—(IN2014067431).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Game Shop Limitada.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Daisy María Pla Moreno, Notario.—1 vez.—CE2014004035.—(IN2014067432).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Consultores Puertas de la Muerte Limitada.—San José, 26 de junio del 2014.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—CE2014004036.—(IN2014067433).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Kapu-Cam Limitada.—San José, 26 de junio del 2014.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2014004037.—(IN2014067434).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 30 minutos del 25 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Finca Los Ángeles de Las Nubes del Silencio Norte Sociedad Anónima.—San José, 26 de junio del 2014.—Lic. Sharon Ferris Macaya, Notaria.—1 vez.—CE2014004038.—(IN2014067435).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 24 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Spiritech Limitada.—San José, 26 de junio del 2014.—Lic. Carolina Gallegos Steinvorth, Notario.—1 vez.—CE2014004039.—(IN2014067436).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo de Consultoría AS Sociedad Anónima.—San José, 26 de junio del 2014.—Lic. Juan Manuel Barquero Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014004040.—(IN2014067437).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Corporación del Pacífico CRM Sociedad Anónima.—San José, 26 de junio del 2014.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—CE2014004041.—(IN2014067438).

Mediante escritura otorgada el 26 de setiembre del 2014, ante esta notaría, se constituye la fundación denominada Fundación Albergue de Animales de Nosara.—San José, 6 de octubre del 2014.—Lic. Manuela Guillen Salazar, Notaria.—1 vez.—(IN2014067439).

Mediante escritura otorgada el 2 de octubre del 2014, ante esta notaría, se modifica la cláusula primera del pacto social de la sociedad denominada Guardianes Gigantes de La Metrópoli S. A. para en adelante denominarse GGM Soluciones Financieras S. A.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Manuela Guillen Salazar, Notaria.—1 vez.—(IN2014067440).

Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se protocolizo acta de la compañía denominada Corporación Grupo La California GLC S. A. mediante la cual se cambia su administración y se nombra nuevo presidente.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Douglas Castro Peña, Notario.—1 vez.—(IN2014067443).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del ocho de octubre del dos mil catorce, que es asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Corporación Fiñana Sociedad Anónima, se acuerda disolver esta sociedad. Es todo.—San José, once horas ocho de octubre dos mil catorce.—Lic. Ernesto Gutiérrez Blanco, Notario.—1 vez.—(IN2014067451).

Por escritura otorgada San José, a las once horas treinta minutos del ocho de octubre de dos mil catorce, ante el notario, Edgar Alberto Arroyo Quesada, se modifica la cláusula de representación en la sociedad Propiedades Trafalgar Sociedad Anónima.—San José, ocho de octubre de dos mil catorce.—Lic. Edgar Alberto Arroyo Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2014067468).

Por escritura otorgada San José, a las once horas quince minutos del ocho de octubre de dos mil catorce, ante el notario Edgar Alberto Arroyo Quesada, se modifica la cláusula de representación en la sociedad Fiduciaria Brunca Sociedad Anónima.—San José, ocho de octubre de dos mil catorce.—Lic. Edgar Alberto Arroyo Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2014067470).

Ante mí, Gustavo Adolfo Fernández Badilla, notario público, con oficina en San José, se reformó el pacto constitutivo de Grupo Edfigu S. A. en escritura: 257, visible a folio: 122, frente tomo VIII de mi protocolo, a las 19:00 horas del 24 de setiembre del 2014.—San José, 8:00 horas del 30 de setiembre del 2014.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2014067479).

Ante mí, Gustavo Adolfo Fernández Badilla, notario público, con oficina en San José, se reformó el pacto constitutivo de Proyecta M P M Mil S. A. en escritura: 274 visible a folio: 130 vuelto tomo VIH de mi protocolo, a las 8:00 horas del 8 de octubre del 2014.—San José, 8:00 horas del 9 de octubre del 2014.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2014067481).

Ante mí, Gustavo Adolfo Fernández Badilla, notario público, con oficina en San José, se reformó el pacto constitutivo de Verticales del Cariari S. A., en escritura 254, visible a folio 122, frente tomo VIII de mi protocolo, a las 15:00 horas del 23 de setiembre del 2014.—San José, 8:00 horas del 30 de setiembre del 2014.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2014067483).

Ante mí, Gustavo Adolfo Fernández Badilla, notario público, con oficina en San José, se reformó el pacto constitutivo de Las Hullas de Plata S. A. en escritura: 258, visible a folio: 123, vuelto tomo: VIII de mi protocolo, a las 18:00 horas del 25 de setiembre del 2014.—San José, 8:00 horas del 30 de setiembre del 2014.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2014067484).

Ante mí, Gustavo Adolfo Fernández Badilla, notario público, con oficina en San José, se reformó el pacto constitutivo de Corporación de Porteo Transkoca S. A. en escritura: 254 tomo VIII de mi protocolo, visible al folio 121, vuelto, a las 14:00 horas del 23 de setiembre del 2014.—San José, 8:00 horas del 30 de setiembre del 2014.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2014067485).

Ante mí, Gustavo Adolfo Fernández Badilla, notario público, con oficina en San José, se reformó el pacto constitutivo de Inversiones Eymi del Oeste Ltda., en escritura: 235, visible a folio 112 frente tomo VIII de mi protocolo, a las 8:00 horas del 4 de setiembre del 2014.—San José, 8:00 horas del 30 de setiembre del 2014.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2014067487).

Ante mi notaría el día seis de octubre del dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Palmares Tres y Griega Limitada, donde se reforma la cláusula VI del Pacto Constitutivo. Es todo. Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario de San José, teléfono 2257-1533.—San José, 6 de octubre del 2014.— Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario,—1 vez.—(IN2014067490).

Por escritura 167-9 otorgada ante el suscrito notario a las 10 horas del 2 de octubre del 2014, Programas de Esperanza S. A., protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, reformando estatutos del pacto social de la compañía y nombrando nuevos miembros de la junta directiva y fiscal.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Oscar Guillermo Barrantes Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2014067494).

Mediante escritura número sesenta y ocho-catorce, otorgada ante esta notaría, al ser las trece horas y quince minutos del siete de octubre del dos mil catorce, se nombró nueva junta directiva de la empresa Corpracion Cariblanco de Osa S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos noventa y ocho mil trescientos setenta y tres. Presidenta María Rosa c.c. Rocío Rojas Alfaro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, nueve de octubre del 2014.—Lic. Silvia Castro Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2014067500).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 11:00 horas del día 3 de octubre del 2014, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad de esta plaza D.R.P. Torano S.R.L., por la que se varía el domicilio, se nombra nuevo subgerente y se elimina al agente residente.—San José, 3 de octubre del 2014.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2014067501).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 15 horas del día 7 de octubre del 2014, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Forestales Bonitos Dos Mil Siete S. A., por la que se disuelve la misma.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2014067502).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 16:00 horas del día 7 de octubre del 2014, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Accionistas de la sociedad de esta plaza Forestales Hermosos Dos Mil Nueve S. A., por la que se disuelve la misma.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2014067505).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 14:00 horas del día 7 de octubre del 2014, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Axxiojn Shoes S. A., por la que se varían cláusulas y se nombra junta directiva.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2014067506).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta de la sociedad Florymar Tica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-treinta y cuatro mil trescientos ochenta, en donde se reformaron las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—(IN2014067508).

Ante esta notaría, por escritura de 11:00 horas del 14 de setiembre del 2014 se constituyó la sociedad Tecni Servicios de Fontanería G & S S. A. Presidenta Kattia L. Gómez Vargas. Capital social: ¢50.000,00. Plazo 99 años.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Gerardo B. Calderón Cerdas, Notario.—1 vez.—(IN2014067509).

Por escritura treinta y dos, otorgada ante mí, Roy Faustino Jiménez Rodríguez, carné nueve mil ciento veintiséis en San José, al ser nueve horas treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil catorce, protocolice en acta cuatro de Valley of Dreams Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos tres mil seiscientos. Se modifica la cláusula X y se revoca el nombramiento de la tesorera y se nombra nueva.—Ciudad Neily, al ser diecisiete horas del día diecisiete de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Roy Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014067513).

Por escritura treinta y dos, otorgada ante mí, Roy Faustino Jiménez Rodríguez, carné nueve mil ciento veintiséis en San José, al ser diez horas del veintidós de agosto del dos mil catorce, protocolicé en acta dos de tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y cinco mil novecientos cuarenta y dos Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula X y se revoca el nombramiento de la tesorera y se nombra nueva.—Ciudad Neily, al ser dieciséis horas del diecisiete de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Roy Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014067515).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del 7 de octubre del 2014, se protocolizó acta que aprueba el cambio de domicilio social de la sociedad anónima Marmota S. A., por acuerdo tomado entre los socios, de lo cual esta notaría, da fe.—Alajuela, 7 de octubre del 2014.—Lic. Mariela Paniagua Camacho, Notaria.—1 vez.—(IN2014067516).

Por escritura número sesenta y cuatro otorgada a las trece horas del tres de octubre de dos mil catorce, ante la notaría pública, Catalina María Aguilar Hernández, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad KPMG Asesoría Fiscal Sociedad Anónima, donde se acuerda reforma la cláusula quinta de administración y se nombra vocal tres de la junta directiva por el resto del plazo social.—San José, ocho de octubre de dos mil catorce.—Lic. Catalina María Aguilar Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2014067517).

Por escritura número sesenta y cinco otorgada a las catorce horas del tres de octubre de dos mil catorce, ante la notaría pública, Catalina María Aguilar Hernández, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad KPMG Sociedad Anónima, donde se acuerda reforma la cláusula sexta de administración y se nombra vocal tres de la junta directiva por el resto del plazo social.—San José, ocho de octubre de dos mil catorce.—Lic. Catalina María Aguilar Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2014067519).

Por escritura número sesenta y tres otorgada a las doce horas del tres de octubre de dos mil catorce, ante la notaría pública, Catalina María Aguilar Hernández, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad KPMG Accounting Advisory Services Sociedad Anónima, donde se acuerda reforma la cláusula sexta de administración y se nombra vocal uno y dos de la junta directiva.—San José, ocho de octubre de dos mil catorce.—Lic. Catalina María Aguilar Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2014067520).

Ante esta notaria por medio de escritura pública número 222-I, otorgada en San José, a las 8:30 horas del 8 de octubre del 2014, se protocolizó en lo conducente el acta número tres de la empresa Rincón de Costa Brava Catorce S. A., tomándose los siguientes acuerdos: Acuerdo Primero: Revocatoria de cargo presidente, secretario y tesorero de junta directiva y fiscalía, acuerdo segundo nombramientos por el resto del plazo social presidenta Rosa María Carrión Conejo, secretaria Lisa Yarhi Carrión, tesorero Moisés Yarhi Choueka y fiscal Ruth Yarhi Carrión.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Grettel María Pérez Arce, Notaria.—1 vez.—(IN2014067521).

Por escritura otorgada a las ocho horas del ocho de octubre del dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad Olsagi Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil ochocientos siete.—Heredia, ocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Alexa Rodríguez Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2014067522).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas del siete de octubre del dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Brenno Importaciones Sociedad Anónima. Se modifican las cláusulas quinta y novena de los estatutos y se hacen nombramientos.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Alexis Gómez Guillén, Notario.—1 vez.—(IN2014067524).

La sociedad Ll LA LO S. A. protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios.—Belén, Heredia, tres de octubre del dos mil catorce.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—(IN2014067525).

Por escritura número trescientos cincuenta-diez, de las trece y treinta horas del dieciocho de setiembre del dos mil catorce. Primero: Se procede a modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad La Palmera de Guatuso Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero cincuenta y nueve mil quinientos veintiséis-veintiuno. Segundo: Se acuerda modificar la cláusula novena. Tercero: Se procede a nombrar en el cargo de presidente al señor óscar Guillermo Zamora Sirias; mayor, casado una vez, ganadero, con cédula de identidad número cinco-doscientos dieciséis-seiscientos veinticuatro, vecino de Tilarán Guanacaste La Ciudadela Juan Veintitrés, del templo católico cincuenta metros al este, quien acepta el cargo y entra en posesión del mismo en este acto. Cuarto: Se le otorga Poder Generalísimo sin límite de suma de conformidad al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, al señor José Antonio Zamora Sirias, mayor, casado una vez, ganadero, con cédula de identidad cinco-doscientos cuarenta y cinco-quinientos sesenta y cinco, vecino de San Rafael de Guatuso, Alajuela costado sur de la Cruz Roja, quien podrá sustituir su poder en todo o en parte y revocar el mismo. Que los nombramientos son por todo el resto del plazo social de la sociedad.—Lic. Mario Cortes Parrales, Notario.—1 vez.—(IN2014067531).

Por escritura otorgada a las quince horas del día ocho de octubre del dos mil catorce, ante este notario, se constituye la sociedad Green Build INV Sociedad Civil, se designa administradores con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando separadamente.—San José, nueve de octubre del dos mil catorce.—Dr. Femando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—(IN2014067534).

Por escritura otorgada a las quince horas cuarenta minutos del día ocho de octubre del dos mil catorce, ante esta notaria, se constituye la sociedad Green Transport INV Sociedad Civil, se designa administradores con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando separadamente.—San José, nueve de octubre del dos mil catorce.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—(IN2014067535).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 16:30 horas y 17:00 horas, del 2 de octubre del 2014, se protocolizaron las actas de asamblea general de cuotistas de Volda Ltda. y Ruislip Ltda., mediante las cuales se reformaron las cláusulas Nº 2 y Nº 6 de los pactos constitutivos.—San José, 3 de octubre del 2014.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2014067540).

Ante esta notaría, a las 9:00 horas del 7 de octubre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de Speratum CR S. A., mediante la cual se aumentó el capital social y se reformó la cláusula Nº4 del pacto constitutivo.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2014067541).

Ante esta notaría, a las 10:00 horas del 25 de setiembre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de Esfuerzo Proactivo S. A., mediante la cual se decretó la disolución de la sociedad.—San José, 3 de octubre del 2014.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2014067543).

Mediante escritura número 152 otorgada ante el notario Guillermo Solórzano Marín, a las 12:00 horas del 8 de octubre del 2014, se protocolizó el acta de asamblea de general de la sociedad Hidroeléctrica Aguas Zarcas Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento diecisiete mil seiscientos veintidós, se acuerda modificar la cláusula de la administración. Domicilo, Fiscal y Agente Residente.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—(IN2014067544).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas de 8 de octubre del 2014, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Plantaciones de Naranja del Norte S. A., en la cual se modifican las cláusulas octava y décima primera del pacto social.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Miguel Antonio Elizondo Soto, Notario.—1 vez.—(IN2014067546).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:30 horas de 1º de octubre del 2014, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Productora de Cítricos S. A., en la cual se modifican las cláusulas sexta y sétima del pacto social.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Miguel Antonio Elizondo Soto, Notario.—1 vez.—(IN2014067548).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:45 horas de 1º de octubre del 2014, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Finca Caipira S. A., en la cual se modifican las cláusulas octava y décima primera del pacto social.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Miguel Antonio Elizondo, Notario.—1 vez.—(IN2014067550).

La suscrita notaría pública, hace constar que el día de hoy protocolice actas de asambleas de socios de las sociedades Compañía Inversionista Fapa S. A., en la que se reforma la cláusula sétima de los estatutos constitutivos de la sociedad, y Transportes Antepa S. A., Rastafá de Limón S. A., Inversiones Clanfait S. A., Corporación Anjor F P S. A., en las que se reforma la cláusula quinta de los estatutos constitutivos de cada sociedad.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Elizabeth Saxe Ivankovich, Notaria.—1 vez.—(IN2014067555).

Mediante acta constitutiva de las veinte horas del día seis de octubre del dos mil catorce, se constituyó la asociación Asociación Vida Sana de Pérez Zeledón.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del día siete de octubre del dos mil catorce.—Lic. Cinthya Bustos Cordero, Notaria.—1 vez.—(IN2014067557).

Se procede a cambiar la razón social de la sociedad Hermanos Chaves González y Sucesores S. A., por Control Natural de Plagas Biológica S. A. Es todo.—San José, ocho horas del ocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Hellen Carolina Aburto Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2014067558).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintinueve de setiembre del dos mil catorce, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Desarrolladores Inmobiliarios Cuatro D S. A., donde se reforma la cláusula sétima.—San José, 29 setiembre del 2014.—Lic. Eleonora Ortiz Runnebaum, Notaria.—1 vez.—(IN2014067559).

Se procede a disolver la sociedad Marjimol S. A. cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos un mil novecientos treinta y uno.—San José, nueve horas del nueve de octubre del dos mil catorce.—Lic. Hellen Carolina Aburto Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2014067560).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas y diez minutos del veintinueve de setiembre del dos mil catorce, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Finanzas Corporativas GBA S. A., donde se reforma la cláusula sexta.—San José, 29 setiembre del 2014.—Lic. Eleonora Ortiz Runnebaum, Notaria.—1 vez.—(IN2014067561).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas y veinte minutos del primero de octubre del dos mil catorce, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Servicios Corporativos GBA S. A., donde se reforma la cláusula sétima.—San José, 1º octubre del 2014.—Lic. Eleonora Ortiz Runnebaum, Notaria.—1 vez.—(IN2014067562).

Ante esta notaría se procedió a modificar clausula I de la sociedad denominada Vaguillos S. A., con cédula jurídica que exhibe el número 3-101-142237. Es todo.—San José, siete de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Sintique León González, Notaria.—1 vez.—(IN2014067565).

Ante esta notaría se procedió a modificar clausula dos de la sociedad denominada Desarrollos e Inversiones Zamora S. A., con cédula jurídica que exhibe el número 3-101-625681. Es todo.—San José, siete de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Sintique León González, Notaria.—1 vez.—(IN2014067566).

Ante esta notaría se procedió a realizar cambio de junta directiva de la sociedad Corporación Inmobiliaria Zar Internacional S. A., con cédula jurídica que exhibe el número 3-101-481551, cuyo nuevo presidente es el señor Cristian Zamora Sequiera. Es todo.—San José, nueve de octubre del dos mil catorce.—Lic. Sintique León González, Notaria.—1 vez.—(IN2014067569).

Ante esta notaría se procedió a realizar cambio de junta directiva de la sociedad denominada Guachipelin Alfa S. A., con cédula jurídica que exhibe el número 3-101-381108, cuyo nueva presidente es el señora Jennifer Hernández Cerdas. Es todo.—San José, siete de octubre del dos mil catorce .—Lic. Sintique León González, Notaria.—1 vez.—(IN2014067573).

Por escritura otorgada en mi notaría, hoy a las 12:00 horas se protocolizó en lo conducente el acta número 41, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Representaciones Cosmos S. A., cédula jurídica 3-101-035.709, mediante la cual se reforma el pacto constitutivo en cuanto a la administración, se nombra nueva junta directiva y fiscal por el resto del plazo social y se revocan poderes.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—(IN2014067577).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas del día ocho de octubre del dos mil catorce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de fundadores de la Fundación Unidas Para Crecer, donde se acuerda modificar la cláusula primera de los estatutos.—San José, ocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—(IN2014067578).

Por escritura otorgada en mi notaría, hoy a las 13:00 horas se protocolizó en lo conducente el acta número 88, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Servicios Centroamericanos S. A., cédula jurídica 3-101-005.862, mediante la cual se reforma el pacto constitutivo en cuanto al domicilio, la administración, se nombra nueva junta directiva por el resto del plazo social y se revoca poder generalísimo.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—(IN2014067579).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas del día ocho de octubre del dos mil catorce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada 3-101-685729 S. A., donde  Se acuerda modificar las cláusulas primera y sexta de los estatutos.—San José, ocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—(IN2014067583).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del día ocho de octubre del dos mil catorce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Ecoclean Bio CR S. A., donde se acuerda modificar de la cláusula sexta a la cláusula décima de los estatutos.—San José, ocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—(IN2014067585).

A las trece horas quince minutos del primero de octubre del dos mil catorce, protocolicé el acta de asamblea general de socios de asamblea general de socios de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cinco novecientos treinta y nueve sociedad anónima.—San José, ocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—(IN2014067592).

Por escritura otorgada ante esta notaría protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Momarc Company Sociedad Anónima. Se reforma la administración y se nombra presidente y secretario.—San José, dieciocho de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—(IN2014067594).

A las trece horas treinta minutos del primero de octubre del dos mil catorce, protocolicé el acta de asamblea general de socios de la sociedad Comercial Horizontes Curridabat Sociedad Anónima.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—(IN2014067596).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos veintiuno de las trece horas del diez de setiembre de dos mil catorce, se protocoliza acta de asamblea general de socios de la sociedades Visch & Cubero Construcciones S. A., mediante la cual se modifica la razón social a Costa Holanda S. A.—San José, uno de octubre de dos mil catorce.—Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2014067599).

A las trece horas del primero de octubre del dos mil catorce, protocolicé el acta de asamblea general de socios de la sociedad Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Sesenta y Cinco Novecientos Setenta y Seis Sociedad Anónima.—San José, ocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masis, Notario.—1 vez.—(IN2014067600).

A las diecisiete horas del primero de octubre del dos mil catorce, protocolicé el acta de asamblea general de socios de la sociedad Rodibe Sociedad Anónima.—San José, ocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—(IN2014067602).

Mediante escritura número: ciento cuarenta y uno-dos del tomo dos de mi protocolo se protocoliza asamblea general extraordinaria de la sociedad Compañía Financiera Comercial Sociedad Anónima. Se modifica cláusula cuarta relativa al plazo social.—Eduardo Jiménez Araya, Notario.—1 vez.—(IN2014067603).

A las dieciséis horas treinta minutos del primero de octubre del dos mil catorce, protocolicé el acta de asamblea general de socios de la sociedad Registro Cinco Sociedad Anónima.—San José, ocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—(IN2014067605).

Por escritura número treinta y uno-dos mil catorce otorgada a las dieciséis horas del ocho de octubre del 2014, por acuerdo de socios se solicita al Registro Nacional, Sección Personas Jurídicas, la disolución de la sociedad denominada por su número 3-101-561779 Sociedad Anónima, por comparecencia directa de los socios Carlos Adrián Jamieson Sandoval conocido como Carlos Adrián Jamienson Sandoval y Marta Sánchez Monge, únicos titulares de la totalidad de acciones que conforman el capital social.—Puerto Limón, 8 de octubre del 2014.—Lic. Raúl Orlando Méndez Contreras, Notario.—1 vez.—(IN2014067606).

Mediante escritura número ciento treinta de fecha ocho de octubre del dos mil catorce se protocolizó el acta de asamblea de accionistas de la sociedad Artesanías Monge Loaiza S. A., en la cual se acuerda modificar la cláusula del plazo social.—Calle Blancos de Goicoechea, ocho horas y treinta minutos del nueve de octubre del dos mil catorce.—Lic. María Yorlene Obregón Zamora, Notaria.—1 vez.—(IN2014067613).

Hoy César Borge Alvarado y Carolina Brenes Quesada han constituido una sociedad denominada Movilidad Urbana S. A. Capital $1200 dólares. Domicilio: Curridabat, San José.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—(IN2014067618).

Por escritura de las 20:00 horas del 30 de setiembre del 2014, protocolicé actas de asambleas generales de: Jiménez y Araya S. A. y Oficina Comercializadora Oficomer S. A., donde la segunda absorbe por fusión a la primera. Cédulas: 3-101-096954 y 3-101-111535.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2014067626).

Por escritura de las 11:00 horas del 19 de setiembre del 2014, se reforma el capital social de la sociedad: Tecnogas del Aire S. A. cédula número: 3-101-505803.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2014067629).

Al ser las ocho horas quince minutos del nueve de octubre de dos mil catorce, escritura número ciento veintidós, visible a folio ciento noventa y nueve frente, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad denominara Puntarenas Ocean Mall Sociedad Anónima se modifica la cláusula sétima y se nombra como presidente al señor Fausto Arnoldo Ramos Carballo.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—(IN2014067634).

Al ser las 10 horas del primero de octubre de 2014, escritura número 90, visible a folio 170 vuelto, ante el notario Ángel Edmundo Solano Calderón, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad denominada Inversiones Capannori Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Lic. Ángel Edmundo Solano Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2014067635).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las once horas con treinta minutos del nueve de octubre del dos mil catorce, protocolicé asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Alquiler de Equipo para la Construcción Alco Sociedad Anónima, en la cual se reforma las cláusulas primera, sexta y sétima del pacto constitutivo.—San José, nueve de octubre del dos mil catorce.—Lic. Cristina Montero González, Notaria.—1 vez.—(IN2014067642).

Ante esta notaría en asamblea general extraordinaria se disolvió la sociedad denominada Novedades Freddy Royo Sucesores Sociedad Anónima.—Turrialba, cuatro de octubre del dos mil catorce.—Lic. Guillermo Brenes Cambronero, Notario.—1 vez.—(IN2014067650).

Al ser las diez horas treinta minutos del día nueve de octubre de dos mil catorce, se reformó pacto social de la empresa Inversiones Carpio Monge Sociedad Anónima.—San José, nueve de octubre de dos mil catorce.—Lic. Bernald Vargas Montero, Notario, teléfono 2280-6707.—1 vez.—(IN2014067659).

Por escritura ochenta y ocho, del ocho de octubre del dos mil catorce, a las ocho horas, se protocolizó acta tres de la asamblea general de CTM Treinta y Cinco S. A., se acordó disolver y liquidar la empresa.—San José, ocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014067660).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos veintiséis de las nueve horas del nueve de octubre del dos mil catorce, visible al folio ciento once vuelto del tomo dieciocho de mi protocolo, se revoca y se nombra nuevo presidente y secretario en la compañía Latin Impor S. A., y se reforma la cláusula de administración de la sociedad. Presidente: Gilmar Orellana Romero.—Nueve de octubre del dos mil catorce.—Lic. Juan Carlos Campos Salas, Notario.—1 vez.—(IN2014067663).

Mediante escritura pública número ciento cincuenta y seis, otorgada ante el notario público Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, en la ciudad de Santa Cruz, Guanacaste; ciento setenta y cinco metros al sur de la Municipalidad; a las once horas del día dos de octubre del año dos mil catorce, se protocolizó acta mediante la cual se modifica la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad Tamarindo Amapola Sociedad Anónima.—Santa Cruz, Guanacaste; ocho de octubre del año dos mil catorce.—Lic. Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2014067665).

En esta notaría se tramita en escritura ciento nueve - sétimo del ocho de octubre del dos mil catorce, se constituye la sociedad Variedades Aromas Luna Sociedad Anónima.—Ocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Nelson Ramírez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2014067666).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notario público en San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del día ocho de octubre del año en curso, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Tres-Ciento Dos-Seiscientos Ochenta y Siete Mil Doscientos Noventa Sociedad fe Responsabilidad Limitada, por medio de la cual se acuerda modificar la cláusula primera del pacto social.—San Isidro de Pérez Zeledón, ocho de octubre del año dos mil catorce.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—(IN2014067667).

Por escritura de once horas, en la ciudad de San José, protocolicé acta de asamblea de socios de Condominio CR Cuarenta y Ocho Monada Limitada, cédula jurídica número 3-102-317105, en la cual se reforma la cláusula del domicilio.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Fabiola Soler Bonilla, Notaria.—1 vez.—(IN2014067668).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 15:00 horas del 30 de setiembre de 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Grupo de Inversiones Chapple Blondet S.R.L., en la que se acuerda fusionar dicha sociedad con Casa Chapple Blondet Dos S.R.L. prevaleciendo la primera, y se modificaron las cláusulas tercera y quinta de los estatutos, se cambia el capital y el domicilio.—San José, 30 de setiembre de 2014.—Lic. Roberto José Araya Lao, Notario.—1 vez.—(IN2014067670).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 13:00 horas del 30 de setiembre de 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Casa Chapple Blondet Dos S.R.L., en la que se acuerda fusionar dicha sociedad con Grupo de Inversiones Chapple Blondet S.R.L. prevaleciendo esta última.—San José, 30 de setiembre del 2014.—Lic. Roberto José Araya Lao, Notario.—1 vez.—(IN2014067699).

Por escritura otorgada ante mí notaría a las 19:00 horas del día 23 de julio del 2014, se fusionaron las sociedades Jeloba de Desamparados Sociedad Anónima y Jersan JS de Nosara Sociedad de Responsabilidad Limitada, prevaleciendo ésta última.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—(IN2014067702).

Que los notarios Federico José Jiménez Solano y Marianella Mora Barrantes, actuando en el protocolo del primero, en escritura número 100 otorgada a las 10 horas del 8 de octubre del 2014, otorgan escritura constituyendo la sociedad denominada La Foncière D’artal Sociedad Anónima.—San José, 8 horas 30 minutos del 9 de octubre 2014.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014067709).

Por escritura otorgada a las 15:30 horas de hoy, Industrias Monte Cefer S. A., reforma la cláusula sétima de sus estatutos (Administración).—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Rodrigo Blanco Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2014067710).

En escritura otorgada a las 11:00 horas del 26 de agosto del 2014 se protocoliza el acta de Agencia de Viajes Fiesta Resort S.A., donde se modifican las cláusulas primera, del nombre de la sociedad, que en adelante será Scmolu de Costa Rica S. A., y sétima, de la representación.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Carlos Guardia Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2014067712).

Por escritura pública 66-18, otorgada ante mi notaría, a las 15 horas del 5 de octubre del 2014, se protocolizó acta de Propiedad de Ensueños bajo las Estrellas S. A., y se modifican algunos estatutos.—San José, 5 de octubre del 2014.—Lic. Ricardo Villalobos González, Notario.—1 vez.—(IN2014067715).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 9:00 del 9 de octubre de 2013, se protocoliza la asamblea de acta de asamblea general ordinaria de la Asociación para el Movimiento de Agricultura Orgánica del Pacifico Central (MAO-PAC), se nombre nueva junta directiva y fiscal.—San José, 9 de octubre de 2014.—Lic. Andrea Ovares López, Notario.—1 vez.—(IN2014067726).

Por escritura número sesenta y seis- cuatro, a las diez horas del 21 de setiembre del 2014, se disuelve la sociedad Corporación Moviaco MSS S. A., cédula jurídica 3-101-426169.—Cartago, 24 de setiembre del 2014.—Lic. Felicia Calvo Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2014067728).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en fecha siete de octubre del dos mil catorce, se disolvió la sociedad denominada: Corporación Fendy K.L.M. Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y seis mil trescientos noventa.—San Ramón, 7 de octubre del 2014.—Lic. Alfredo Cordero Cordero, Notario.—1 vez.—(IN2014067729).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 13:00 horas del 6 de octubre del 2014, se protocolizó acta N° 1 de la sociedad: Condominio Hacienda El Cocoy Seis Campo Grande S. A., en la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic. Francisco Hernán Barth Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2014067731).

Por escritura otorgada en mi notaría, se constituyó: Mor Sol Export S. A. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo: Alexander Mora Delgado.—Lic. Hugo Retana Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2014067732).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 01 horas 01 minutos del 21 de abril del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Nova Innova Sociedad Anónima.—San José, 01 de julio del 2014.—Lic. Gina María Matarrita Díaz, Notaria.—1 vez.—CE2014004178.—(IN2014067738).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Wiselife Investments Sociedad Anónima.—San José, 01 de julio del 2014.—Lic. Ricardo Alberto Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—CE2014004179.—(IN2014067739).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 30 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Makele del Norte Sociedad Anónima.—San José, 01 de julio del 2014.—Lic. Ballardo Avalos Sequeira, Notario.—1 vez.—CE2014004180.—(IN2014067740).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 01 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada English For Live Sociedad Anónima.—San José, 01 de julio del 2014.—Lic. Ballardo Avalos Sequeira, Notario.—1 vez.—CE2014004181.—(IN2014067741).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Taurunum Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1 vez.—CE2014004182.—(IN2014067742).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 01 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Nelutani Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1 vez.—CE2014004183.—(IN2014067743).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria PAT Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Floria María Arias Chaves, Notaria.—1 vez.—CE2014004184.—(IN2014067744).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 30 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Rojoco Pococí Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Christian Javier Badilla Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014004185.—(IN2014067745).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Lake Properties CRLP Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Norman Leslie De Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—CE2014004186.—(IN2014067746).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada BFA División Agrícola Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Mariela Hernández Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2014004187.—(IN2014067747).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Datacorp Adba Soluciones Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Diego José Mata Morales, Notario.—1 vez.—CE2014004188.—(IN2014067748).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada A.R.K.C. Harcco de América Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014004189.—(IN2014067749).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 30 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Arrendamar Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Ingrid Gutiérrez Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2014004190.—(IN2014067750).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Five Faces Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2014004191.—(IN2014067751).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada BRP Jewel Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Jonatan Fabian Valverde Piedra, Notario.—1 vez.—CE2014004192.—(IN2014067752).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Josaumarod Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Marco Antonio Fallas Del Valle, Notario.—1 vez.—CE2014004193.—(IN2014067753).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de marzo del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Corporación de Servicios TMI Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Andrea Gallegos Acuña, Notaria.—1 vez.—CE2014004194.—(IN2014067754).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Kinisi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Walter Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2014004195.—(IN2014067755).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Z Y Z de Paraíso Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Alex Benjamín Gen Palma, Notario.—1 vez.—CE2014004196.—(IN2014067756).

 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada El Lago de Baudy Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. German Ortiz Castro, Notario.—1 vez.—CE2014004197.—(IN2014067757).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Lykke Trading Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014004198.—(IN2014067758).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 30 de junio del año 2013, se constituyó la sociedad denominada Administración de Follajes WVC Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Roberto Carlo Castillo Araya, Notario.—1 vez.—CE2014004199.—(IN2014067759).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45 minutos del 01 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Shunyata S Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández, Notario.—1 vez.—CE2014004200.—(IN2014067760).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Speak Tech Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Ángela María Garro Contreras, Notaria.—1 vez.—CE2014004201.—(IN2014067761).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Concreto Lavado Doninelli Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1 vez.—CE2014004202.—(IN2014067762).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Mundo de Movimientos Kinisi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Walter Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2014004203.—(IN2014067763).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada El Caminador de Perros CR Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Juan Antonio Mainieri Acuña, Notario.—1 vez.—CE2014004204.—(IN2014067764).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Valjimenez Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Juan Antonio Mainieri Acuña, Notario.—1 vez.—CE2014004205.—(IN2014067765).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Vivere Militaire EST Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—CE2014004206.—(IN2014067766).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Norgafa Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Carlos Enrique Anglada Soler, Notario.—1 vez.—CE2014004207.—(IN2014067767).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Dan Veintiuno Jo Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Tricya Vanessa Saborío Barrios, Notaria.—1 vez.—CE2014004208.—(IN2014067768).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 20 minutos del 25 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Global Consulting Solutions GCS Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Carmen De María Castro Kahle, Notaria.—1 vez.—CE2014004209.—(IN2014067769).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Five Stars Eventos de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Carmen De María Castro Kahle, Notaria.—1 vez.—CE2014004210.—(IN2014067770).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Camposanto La Piedad Coronado Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Jimmy Gerardo Solano Ulloa, Notario.—1 vez.—CE2014004211.—(IN2014067771).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Danridge Inc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Óscar Gerardo Mora Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014004212.—(IN2014067772).

Por medio de escritura otorgada a las 11:30 horas del día 9 de octubre del 2014, se protocolizó acta de la sociedad: CR-Credit S. A., por medio de la cual se cambia junta directiva y fiscal, y se cambia el pacto social.—Lic. Alejandra Echeverría Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2014067773).

Por escritura otorgada ante mí hoy, se constituyó: CSOF Casa Sueños de Olas de Felicidad Limitada, palabras de fantasía, pudiendo abreviarse su aditamento “Ltda.”. Domicilio: provincia: San José, cantón: Montes de Oca, distrito: Sabanilla, Residencial Los Rosales de la entrada cien metros norte, cien metros este y ciento veinticinco metros sur. Plazo social: cien años a partir del día de hoy. Gerente, apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 3 de octubre del 2014.—Lic. Sergio Sánchez Bagnarello, Notario.—1 vez.—(IN2014067774).

Barestra Sociedad Anónima, se resuelve modificar las cláusulas primera, segunda, sexta del pacto constitutivo, del nombre, domicilio y la administración. Escritura N° 10-154, visible al folio sesenta y seis, del tomo diez del notario Henry Manuel Palomo Palavicini. Escritura de las 09:00 horas del 1° de octubre del 2014.—San José, 9 de octubre del 2014.—Lic. Henry Manuel Palomo Palavicini, Notario.—1 vez.—(IN2014067775).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 20:00 horas del veintiséis de setiembre del dos mil catorce, se protocoliza acta de la sociedad: Cordialsa Costa Rica Sociedad Anónima, cancelando asientos.—Lic. Ana María Rodríguez Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(IN2014067793).

Ante mi notaría, a las doce horas del día ocho de octubre del dos mil catorce, se ha protocolizado el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad: Tres-Ciento Uno-Seiscientos Treinta Mil Ochocientos Doce Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta mil ochocientos doce, donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto social, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Santiago Vargas Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2014067809).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Comunicaciones Inteligentes Victoralia Dos Mil Catorce Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Gerardo Francisco Quesada Monge, Notario.—1 vez.—CE2014004213.—(IN2014067813).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 04 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Servicios Industriales PMJ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Luis Alberto Peña Cordero, Notario.—1 vez.—CE2014004214.—(IN2014067814).

 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Prestigious Games Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Ana Gabriela Ávila Morúa, Notaria.—1 vez.—CE2014004215.—(IN2014067815).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Unlimited Smiles Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Guillermo Francisco Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—CE2014004216.—(IN2014067816).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Dinastavy Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Ana Gabriela Ávila Morúa, Notaria.—1 vez.—CE2014004217.—(IN2014067817).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada New Online Entretainment Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Ana Gabriela Ávila Morúa, Notaria.—1 vez.—CE2014004218.—(IN2014067818).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de mayo del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Latinoamericana Immobile Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Rodrigo José Cervantes Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2014004219.—(IN2014067819).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Usaven AT Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Daniel Eduardo Muñoz Herrera, Notario.—1 vez.—CE2014004220.—(IN2014067820).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 50 minutos del 30 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Wikot Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2014004221.—(IN2014067821).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Plaiades Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Marco Vinicio Campos Araya, Notario.—1 vez.—CE2014004222.—(IN2014067822).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Poligrafía & Soluciones Investigativas C.R. Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Dora María Fernández Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2014004223.—(IN2014067823).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Rango Creativo R.C. Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Gloria Leandro Vega, Notaria.—1 vez.—CE2014004224.—(IN2014067824).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada H & V Consultores Informáticos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Carolina María Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—CE2014004225.—(IN2014067825).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Servicios Ecológicos de Baterías Ecobat Limitada.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—CE2014004226.—(IN2014067826).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Carrometro Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. German José Víquez Zamora, Notario.—1 vez.—CE2014004227.—(IN2014067827).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Smith And Minch Adventures Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Gaston Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—CE2014004228.—(IN2014067828).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada D.N.K. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—CE2014004229.—(IN2014067829).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Mecomor Treinta y Tres Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. María Gabriela Araya Morera, Notaria.—1 vez.—CE2014004230.—(IN2014067830).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Powell Ridge-Britco Ltd Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014004231.—(IN2014067831).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 27 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Automóvil Otra Vida Ltd Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014004232.—(IN2014067832).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Powell Ridge Britco Ltd Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014004233.—(IN2014067833).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Soico Limitada.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Mario Alonso Arias Agüero, Notario.—1 vez.—CE2014004234.—(IN2014067834).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Green Growth Management GGM Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Miguel Antonio Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—CE2014004235.—(IN2014067835).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 50 minutos del 30 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Wikot Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2014004236.—(IN2014067836).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 26 de abril del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Mondel Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—CE2014004237.—(IN2014067837).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 01 de abril del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Corporación Cárnica del Sur Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—CE2014004238.—(IN2014067838).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Poligrafía & Soluciones Investigativas CR Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Dora María Fernández Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2014004239.—(IN2014067839).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Kerberos Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Edgar Alberto Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2014004240.—(IN2014067840).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 40 minutos del 03 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada J Resources Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Jorge González Roesch, Notario.—1 vez.—CE2014004241.—(IN2014067841).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Societe Esmeralda del Pacífico Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—CE2014004242.—(IN2014067842).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Gasotica de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—CE2014004243.—(IN2014067843).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 6 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Vehículos Médicos Utim Sociedad Anónima.—San José, 8 de julio del 2014.—Lic. Marco Antonio Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014004304.—(IN2014067987).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 20 minutos del 7 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Stmltm Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de julio del 2014.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2014004305.—(IN2014067988).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 00 minutos del 7 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Las Casas del Cerro G. K. Sociedad Anónima.—San José, 8 de julio del 2014.—Lic. Erasmo Enrique Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2014004306.—(IN2014067989).

 Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 00 minutos del 1° de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Valencia Beauty Center Sociedad Anónima.—San José, 8 de julio del 2014.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—CE2014004307.—(IN2014067990).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 30 minutos del 7 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Zumo de Occidente Sociedad Anónima.—San José, 8 de julio del 2014.—Lic. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—CE2014004308.—(IN2014067991).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 00 minutos del 16 de agosto del año 2012, se constituyó la sociedad denominada Refugio Romelia Earth Habitat Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 8 de julio del 2014.—Lic. Álvaro Barrantes Redondo, Notario.—1 vez.—CE2014004309.—(IN2014067992).

 Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 30 minutos del 1° de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Lomen Sociedad Anónima.—San José, 8 de julio del 2014.—Lic. Reynaldo Arias Mora, Notario.—1 vez.—CE2014004310.—(IN2014067993).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 00 minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Pro Capital Consultores Sociedad Anónima.—San José, 8 de julio del 2014.—Lic. Roberto José Araya Lao, Notario.—1 vez.—CE2014004311.—(IN2014064994).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 12 horas 00 minutos del 6 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Bio Vida Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Olger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—CE2014004370.—(IN2014067995).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 2 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Sistemas de Accesos y Puertas Integrados Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Larissa Seravalli Saurez, Notaria.—1 vez.—CE2014004371.—(IN2014067996).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 8 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Almonte Properties Incorporated Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—CE2014004372.—(IN2014067997).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 30 minutos del 9 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y Construcciones de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. José Luis Víquez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2014004373.—(IN2014067998).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 38 minutos del 9 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Eco-Mulch Internacional Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Ronny Jiménez Porras, Notario.—1 vez.—CE2014004374.—(IN2014067999).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada BBR Capital Master Brokers Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Ricardo Alberto Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—CE2014004375.—(IN2014068000).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 3 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada PIÚ Gusto L D S F Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Mariana Campos Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2014004376.—(IN2014068001).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 8 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada solicitan que la misma sea asignada de Oficio por el Registro de Personas Jurídicas Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Rebeca González Monge, Notaria.—1 vez.—CE2014004377.—(IN2014068002).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 48 minutos del 7 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Creativas Darsol Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Natalia Sarmiento Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2014004378.—(IN2014068003).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 4 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Cervecería La Troja Artesanal Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Angela María Garro Contreras, Notaria.—1 vez.—CE2014004379.—(IN2014068004).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 30 minutos del 8 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Calytica del Pacífico E & S Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Nathalie Elizondo Montero, Notaria.—1 vez.—CE2014004380.—(IN2014068005).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Marte Visual Effects VFX Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Arvid Bokenfohr Solís, Notario.—1 vez.—CE2014004381.—(IN2014068006).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 20 horas 00 minutos del 9 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada C J Bongo Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2014004382.—(IN2014068007).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 38 minutos del 9 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Eco Mulch Internacional Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Ronny Jiménez Porras, Notario.—1 vez.—CE2014004383.—(IN2014068008).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Mancha Manchita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—CE2014004384.—(IN2014068009).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Cozade Ingenierías Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014004385.—(IN2014068010).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 7 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Corzobia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Cynthia Wo Ching Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2014004386.—(IN2014068011).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada PFW Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014004387.—(IN2014068012).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 30 minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Promotilika Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014004388.—(IN2014068013).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 06 horas 00 minutos del 9 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Shiloaj Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.–Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1 vez.— CE2014004389.—(IN2014068014).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 9 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Fast RM Carrocería y Pintura Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—CE2014004390.—(IN2014068015).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 12 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Zamora y Martínez C K del Valle Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Silvia Arias Vásquez, Notaria.—1 vez.—CE2014004391.—(IN2014068016).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 7 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Quantico Investments Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. José Alfredo Campos Salas, Notario.—1 vez.—CE2014004392.—(IN2014068017).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 45 minutos del 1° de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Spazio MCC Soluciones Corporativas Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Giovanni Valentín Cavallini Barquero, Notario.—1 vez.—CE2014004393.—(IN2014068018).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 30 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Multiopciones La Huella de Oro Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2014004394.—(IN2014068019).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Dambruma Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Fressia Lilliana Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—CE2014004395.—(IN2014068020).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 19 horas 00 minutos del 15 de marzo del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Makcr Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. José Anibal Cascante Soto, Notario.—1 vez.— CE2014004396.—(IN2014068021).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Chempolymers Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Vilma del Carmen Cordero Benavides, Notaria.—1 vez.—CE2014004397.—(IN2014068022).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 9 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada S & A Distribution Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2014004398.—(IN2014068023).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 30 minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Lauranika Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2014004399.—(IN2014068024).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Los Loros Sobre Ojochal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2014004400.—(IN2014068025).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Imagine Productions Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. German Enrique Salazar Santamaría, Notario.—1 vez.—CE2014004401.—(IN2014068026).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 30 minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Tonyscar Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Evelin de los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2014004402.—(IN2014068027).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 30 minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Panaderías Yodi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic. Miriam Alejandra Soto Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2014004403.—(IN2014068028).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 30 minutos del 9 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y Construcciones Silni de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic. José Luis Víquez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2014004404.—(IN2014068029).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Goudenmunten Limitada.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic. Ana Mercedes Sancho Rubí, Notaria.—1 vez.—CE2014004405.—(IN2014068030).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones La Península Verde Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic. Vanessa Solano Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2014004406.—(IN2014068031).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 30 minutos del 9 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Ananta Shanti Limitada.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2014004407.—(IN2014068032).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 00 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Autotransportes Bolsón Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic. Vanessa Solano Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2014004408.—(IN2014068033).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 00 minutos del 11 de enero del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Metro Café Corp Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic. Rubén Naranjo Brenes, Notario.—1 vez.—CE2014004409.—(IN2014068034).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 10 minutos del 18 de mayo del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Elever Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic. Edvin Antonio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2014004410.—(IN2014068035).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Asesorías Einversiones Los Amigos L.A. Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—CE2014004411.—(IN2014068036).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Enviromental Parners de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic. Tamara Montecinos Ahumada, Notaria.—1 vez.—CE2014004412.—(IN2014068037).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Necsa SA Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic. Dagoberto Madrigal Mesén, Notario.—1 vez.—CE2014004413.—(IN2014068038).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 18 horas 00 minutos del 2 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Campo Santo Santa Barbara Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—CE2014004414.—(IN2014068039).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada G.E.A. Desarrollos Inmobiliarios Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2014.—Lic. Ballardo Avalos Sequeira, Notario.—1 vez.—CE2014004415.—(IN2014068040).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Gerardo Acuña & Asociados Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Ballardo Avalos Sequeira, Notario.—1 vez.—CE2014004416.—(IN2014068041).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Inmobiliarias EAR Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Eddy José Pérez Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2014004417.—(IN2014068042).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 00 minutos del 9 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada El Arz de Descanso Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notario.—1 vez.—CE2014004418.—(IN2014068043).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Transportes Álvarez Rodríguez Jennysa Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2014004419.—(IN2014068044).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 3 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Corporación Hebreos Once Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Laura Francini Chacón Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2014004420.—(IN2014068045).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Renova Marydave Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Carlos Manuel Sánchez González, Notario.—1 vez.—CE2014004421.—(IN2014068046).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Imagine Producciones Y Eventos Especiales Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. German Enrique Salazar Santamaría, Notario.—1 vez.—CE2014004422.—(IN2014068047).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Angulo Canales A & C Limitada. .—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—CE2014004423.—(IN2014068048).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Playa Potrero Azul Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Vanessa Solano Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2014004424.—(IN2014068049).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 30 minutos del 1 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Las Palmeras del Nor-Oriente Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Pamela Andrea Cerdas Cerdas, Notario.—1 vez.—CE2014004425.—(IN2014068050).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Intelact Empresa de Seguridad y Monitoreo Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Edwin Bogantes Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2014004426.—(IN2014068051).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 2 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Hogar Geriatrico Amatista Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Marilyn Elena Bedoya Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2014004427.—(IN2014068052).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Crazy Jack`S Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Xinia Eudette Gómez Montiel, Notario.—1 vez.—CE2014004428.—(IN2014068053).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Esenxial Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2014004429.—(IN2014068054).

 Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 12 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Corporativo Empresarial Shalom Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2014004430.—(IN2014068055).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Earmyl de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Eddy José Pérez Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2014004431.—(IN2014068056).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 00 minutos del 9 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Protección Vital S. A. Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Gladys Giselle Tapia Masis, Notario.—1 vez.—CE2014004432.—(IN2014068057).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 8 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Bodog Entertainment Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2014004433.—(IN2014068058).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Gaz-O-Tica de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—CE2014004434.—(IN2014068059).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 15 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Continental Networks del Valle Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Cynthia Granados Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2014004435.—(IN2014068060).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 3 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Olgas Vista Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—CE2014004436.—(IN2014068061).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 12 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Herramientas Vikingo Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2014004437.—(IN2014068062).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Exeo Corporation Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2014004438.—(IN2014068063).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 30 minutos del 14 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Play And Health de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Andrea Hutt Fernández, Notario.—1 vez.—CE2014004439.—(IN2014068064).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Mueblería y Maderas j.j. Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Carlos Alpizar Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2014004440.—(IN2014068065).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Conexiones Redfo Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Bergman Alonso Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—CE2014004441.—(IN2014068066).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Investissement Mobilier Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Fabiola Sáenz Quesada, Notario.—1 vez.—CE2014004442.—(IN2014068067).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Mancha Guapita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Alan Masis Angulo, Notario.—1 vez.—CE2014004443.—(IN2014068068).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 30 minutos del 26 de mayo del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Honeybee Pasteles Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Marcela Padilla Valverde, Notario.—1 vez.—CE2014004444.—(IN2014068069).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 00 minutos del 2 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mu-Lo Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—CE2014004445.—(IN2014068070).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 9 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Aviva Medicina Prepagada Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notario.—1 vez.—CE2014004446.—(IN2014068071).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Solvo Corporation Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2014004447.—(IN2014068072).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Cookie Cinco Cero Seis Power Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2014004448.—(IN2014068073).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 7 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Gruposfa Asesoría Financiera y Administrativa Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Jorge Arturo Pacheco Oreamuno, Notario.—1 vez.—CE2014004449.—(IN2014068074).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Solution Assets Corporation Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014004450.—(IN2014068075).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Knowledge Consulting Network Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Maricruz Villasuso Morales, Notaria.—1 vez.—CE2014004451.—(IN2014068076).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 00 minutos del 27 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Servicios Misceláneos y Mantenimiento de Inmuebles Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—CE2014004452.—(IN2014068077).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 30 minutos del 14 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Pacoli Taganga Siete Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—CE2014004453.—(IN2014068078).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 00 horas 30 minutos del 26 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Technohidro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Ligia María Bermúdez Barquero, Notaria.—1 vez.—CE2014004454.—(IN2014068079).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Pacoli Chambacu Ocho Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—CE2014004455.—(IN2014068080).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 00 minutos del 2 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mu Lo Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—CE2014004456.—(IN2014068081).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 25 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Chica Tica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Soren Araya Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2014004457.—(IN2014068082).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 00 horas 00 minutos del 17 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada J.G. Nailmart Sociedad Anonima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Adrián Javier Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2014004458.—(IN2014068083).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 30 minutos del 11 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Agroservicios Carranza Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Jockseline Zúñiga Varela, Notaria.—1 vez.—CE2014004459.—(IN2014068084).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Monterrey NDA Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2014004460.—(IN2014068085).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada V.B. Management Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Omar Jalil Ayales Adén, Notario.—1 vez.—CE2014004654.—(IN2014068680).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 22 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Tranquilo Paraíso Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—CE2014004655.—(IN2014068681).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 18 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Ciudadanos Taiwaneses Residentes en Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—CE2014004656.—(IN2014068682).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 21 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Carranza de Palmares Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—CE2014004657.—(IN2014068683).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 21 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Estructuras Metálicas J Y H del Este Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Marta Cedeño Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2014004658.—(IN2014068684).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 21 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Ferretería Carranza Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—CE2014004659.—(IN2014068685).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 9 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones C B J C Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2014004660.—(IN2014068686).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Tradelex LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2014004661.—(IN2014068687).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 15 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Mixie Products C.R. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—CE2014004662.—(IN2014068688).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 22 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada J&S Construcción y Consultoría Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—CE2014004663.—(IN2014068689).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 1° de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Compañía Constructora y Desarrolladora C. C. D. Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2014004664.—(IN2014068690).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Guiones Construcciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—CE2014004665.—(IN2014068691).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 20 minutos del 18 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Oasis de la Jungla Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—CE2014004666.—(IN2014068692).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada KCBIKINIS Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Sergio Mena Díaz, Notario.—1 vez.—CE2014004667.—(IN2014068693).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 10 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Cardaga Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Juan Ernesto Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—CE2014004668.—(IN2014068694).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Servicios Litográficos J M Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—CE2014004669.—(IN2014068695).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 21 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Inversor Nevado Colorado Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Eduardo Castro Salas, Notario.—1 vez.—CE2014004670.—(IN2014068696).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Internacionales Ofizona Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Josué Hidalgo Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2014004671.—(IN2014068697).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Harmony Wood Shop Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Roberto Leiva Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2014004672.—(IN2014068698).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Gaia Organic Farms Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Sergio José Guido Villegas, Notario.—1 vez.—CE2014004673.—(IN2014068832).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Raleza S&M del Molino Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Xochitl Camacho Medina, Notario.—1 vez.—CE2014004674.—(IN2014068833).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Colmoda Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Luis Antonio Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—CE2014004675.—(IN2014068834).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 9 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada LMV Technologies Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Karol Cristina Guzmán Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2014004676.—(IN2014068835).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de julio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Consulex Servicios Especializados en Notariado Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Francisco Enrique Fonseca Monge, Notario.—1 vez.—CE2014004677.—(IN2014068836).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Mascotas Saludables Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.–Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—CE2014004678.—(IN2014068837).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 22 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Consulex Internacional Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.–Lic. Francisco Enrique Fonseca Monge, Notario.—1 vez.—CE2014004679.—(IN2014068838).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada LCA Crcondo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.–Lic. Juan Manuel Cordero Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2014004680.—(IN2014068839).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Prancing Pony Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.–Lic. Eitel Eduardo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—CE2014004681.—(IN2014068840).

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se hace saber a María José Figueres Sáenz, Zahyra Sáenz Vargas, Arturo Sáenz Vargas, Sergio Antonio Castro Figueres, Johan Antonio Figueres Surroca, Julián Castro Figueres y el licenciado José Eugenio Garrón Soto, todos con relación a la sociedad denominada: Blanco y Negro Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-16811, que el Registro de Personas Jurídicas dio apertura a un proceso de diligencia administrativa de oficio por irregularidades en la reposición de libros de la entidad y de la consecuente inscripción de un acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria, protocolizada y que ocupó las citas al tomo 2012, asiento 75751 y del cual que se les confiere audiencia por un plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al del recibido de la presente resolución a efecto de que dentro del plazo antes indicado presenten los alegatos que a los derechos de la entidad convenga. Se les previene que en el acto de notificarles la represente resolución o dentro del tercer día deben señalar lugar o medio para atender notificaciones de este despacho dentro del perímetro de la ciudad de San José, así como lugar o medio para atender notificaciones ante el Tribunal Registral Administrativo, dentro de su perímetro en Montelimar, Goicoechea, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen las resoluciones que se dicten se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilita la notificación por causas ajenas a este despacho o bien si el lugar señalado no existe, permanece cerrado si la dirección es imprecisa, incierta o inexistente. Todo lo anterior de conformidad con los artículos 92 y siguientes del Reglamento del Registro Público, Decreto Ejecutivo número 26771-J y sus reformas, con los artículos 25 y 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual N° 8039 y con los artículos 2 y 19 del Reglamento Operativo del Tribunal Registral Administrativo, Decreto Ejecutivo número 35456-J. (Expediente RPJ-0012-2014), publíquese por tres veces consecutivas en el diario oficial La Gaceta.—Curridabat, 29 de setiembre del 2014.—Lic. Kattia Vanessa Vega Ramírez, Asesora Jurídica.—O. C. N° OC14-0019.—Solicitud N° 20572.—(IN2014065471).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

REGISTRO INMOBILIARIO

Se hace saber al señor  Arturo Zúñiga Ross, cédula 9-0005-802, en su condición de apoderado de Condominios Flor del Este Uno Treinta y Cuatro Celeste Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-326321, propietaria registral de la finca del partido de San José 564732, al señor Ole Dahlerup Mengel, cédula de residencia 720174221000, en calidad de deudor en documento  bajos las citas  tomo 521, asiento 4798 de la finca del partido de San José 564731, a la señora Mercedes Cordero Fallas, en su condición de apoderada de Inversiones Paitilla Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-223717, propietaria registral de la finca de San José 564731, asimismo a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, que por desconocerse  su domicilio exacto. I.- Que el Registro Inmobiliario ordenó la Apertura de Diligencias Administrativas bajo el expediente 2011-1619-rim y por resolución de las 09:00 horas del 22 de diciembre  del  2011, se consignó advertencia administrativa sobre la finca de San José 564731, 564732 y sobre los planos catastrados SJ-971729-2005, SJ-971836-2005. II.- Que mediante resolución de las 09:00 horas  del 22 de enero   del 2012,  se confirió audiencia a las partes, siendo que fueron  devueltos los sobres certificados de Correos de Costa Rica  RR032161809CR,  RR032161812CR,  RR032161830CR  dirigidos a estas personas con la indicación “desconocido”,   con el fin  de cumplir con el Debido Proceso y  por resolución de  las 11:00 horas  del 31 de marzo del año 2014, se autorizó la publicación por única vez para conferirle audiencia a las personas indicadas, contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el diario oficial  La Gaceta; a efecto de que dentro del dicho término presente los alegatos que a sus derechos convenga y se les previene que dentro de este término deben señalar número de fax, medio electrónico, o casa u oficina, donde oír futuras notificaciones de este despacho, conforme a los artículos 22 y 26 del Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario que es Decreto Ejecutivo N° 35509-J, en concordancia con los artículos 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales Ley N° 8687, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere conforme al artículo 27 del Reglamento de cita y al artículo 11 de la Ley N° 8687. (Exp.2011-1619-RIM).—Curridabat, 31 de marzo del 2014.—Lic. Ruth Espinoza Miranda, Asesora Jurídica.—1 vez.—O. C. N° OC14-0019.—Solicitud N° 20551.—(IN2014065470).

Se hace saber a la señora Lehidy Yorleny Ramírez Araya, mayor, divorciada, cédula número 2-511-190, en su condición de propietaria registral del inmueble inscrito en el Partido de Alajuela matrícula de folio real número 348288; que en este Registro se iniciaron Diligencias de Gestión Administrativa según nota presentada ante la Dirección del Registro Inmobiliario, por el Registrador N° 363 del Grupo 4, Lic. Ronald Cerdas Alvarado, mediante la cual indica lo siguiente: “… existe un error registral en cuanto al plazo de vencimiento de las limitaciones del IDA… ”. Y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las once y treinta horas del once de Setiembre del dos mil catorce, se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia a la persona mencionada, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convenga, y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar facsímil o correo electrónico, conforme el artículo 26 del Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, que es Decreto Ejecutivo N° 35509-J, del 13 de setiembre, publicado en La Gaceta N° 198, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público N° 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 vigente a esta fecha, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia Exp. 2012-515-RIM).—Curridabat, 11 de setiembre del 2014.—Lic. Ólger Gerardo Camareno Angulo, Asesor Jurídico.—1 vez.—O. C. Nº OC14-0019.—Solicitud Nº 19711.—C-Crédito.—(IN2014065561).

Se hace saber  a: Trino Agüero Garro, portador de la cédula de identidad 1-468-455, en su condición de apoderado generalísimo de la sociedad Eregu Jade Lila S. A., cédula de persona jurídica 3-101-326599, en su condición de titular de la finca de Limón, 99243, así como parte interesada en las Demandas Ordinarias que pesan sobre las fincas de Heredia, 99243, 163118 y 231737, con citas de inscripción 55-14392, 56720903, 553-16909, 572-55311, 577-7457, 800-178611, Carlos González, portado de la cédula de identidad 3-363-996, en su condición de titular de la finca de Heredia, 163118, así como parte interesada en las Demandas Ordinarias que pesan sobre las fincas de Heredia, 99243, 163118 y 231737, inscritas con citas 553-16909, 577-7457, 800-178611, Eladio Agüero Alfaro, portador de la cédula de identidad 1-454-546, como parte interesada en las demandas ordinarias que pesan sobre las fincas de Heredia, 99243 y 163118, inscritas con citas 555-14392, 572-55311, que en este Registro se ventila Diligencias Administrativas bajo expediente 2014-1020-RIM. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 10:00 horas del 22 de mayo del año 2014, se autorizó la publicación por una vez de un edicto para conferirle audiencia a la sociedad mencionada en la persona de su representante, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar medio, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 22 y 26 del Reglamento Organizacional del Registro Inmobiliario, Decreto Ejecutivo N° 35509-J; bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 22 y 26 del Reglamento de la materia y 11 de la  Ley N° 8687 (que es Ley de Notificaciones Judiciales). Notifíquese. (Ref. Exp. N° 2014-1020-RIM, Registro Inmobiliario).—Curridabat, 2 de octubre del 2014.—Lic. Joe Herrera Carvajal, Asesor Jurídico.—1 vez.—O. C. Nº OC14-0019.—Solicitud Nº 20737.—C-Crédito.—(IN2014065565).

Se hace saber a Marco Montealegre Escalante, cédula de identidad 1-0779-0654, en su calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Agrícola la Garroba S. A., cédula jurídica 3-101-034981, en su condición de titular registral de los planos catastrados A-1021674-2005 y A-702556-1987 y a Francisco Medrano Avellán, cédula de identidad 5-0139-0488, en su calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Grupo Hipotecario de Valoresela S. A., en su condición de arrendatario de la finca del Partido de Alajuela 151988, inscrito bajo las citas del diario tomo 453, asiento 12722, que en este registro se iniciaron diligencias administrativas de oficio para investigar un posible traslape de los planos A-1021674-2005, A-1304478-2008, A-1303948-2008, A-702556-1987, A-14919-1973 que describe la finca 2-151988 y A-38281-1960 que describe la finca 2-176317. En virtud de lo informado esta Asesoría mediante resolución de las 14:00 horas del 20/08/2011, ordenó consignar advertencia administrativa sobre los planos catastrados A-1021674-2005, A-1304478-2008 y A-1303948-2008, ampliada mediante resolución de las 14:00 horas del 23/06/2014 en la cual se ordena consignar Advertencia Administrativa sobre las fincas 2-151988 y 2-176317 y sobre los planos A-702556-1987, A-14919-1973 y A-38281-1960 y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 11:45 horas del 30/09/2014, se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el diario oficial La Gaceta a efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convenga y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia debe señalar facsímil o en su defecto casa u oficina dentro de la ciudad de San José donde oír notificaciones, conforme los artículos 93, 94 y 98 del Decreto Ejecutivo 26771 que es el Reglamento del Registro Público, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso incierto o ya no existiere conforme al artículo 20 y de la Ley 3883 Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público y el artículo 11 de la Ley 8687 Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. (Referencia Expediente. 2011-0804-RIM).—Curridabat, 30 de setiembre del 2014.—Lic. Gabriela Montoya Dobles, Asesora Jurídica.—1 vez.—O. C. N° OC14-0019.—Solicitud N° 20797.—(IN2014066685).

Se hace saber a Crisia Lucía Segura Mora; cédula de identidad 1-1022-0349, en su condición de titular registral de la finca del Partido de San José 589332, que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de oficio, para investigar un posible traslape de los planos catastrados SJ-1099793-2006 finca 1-598618 con los planos SJ-1170887-2007 y SJ-1266438-2008 que describen las fincas 1-589332 y 1-273176 respectivamente y del plano SJ-931137-1990 finca 451541 con el plano SJ-1092405-2006 que describe la finca 1-255023. En virtud de lo informado esta Asesoría mediante resolución de las 10:00 horas del 21/06/2013, la cual se amplió mediante resolución de las 10:00 horas del 15/07/2014, ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre las fincas del Partido de San José 451541, 598618, 255023, 589332 y 273176 y sobre los planos catastrados SJ-931137-1990, SJ-1092405-2006, SJ-1099793-2006, SJ-1170887-2007 y SJ-1266438-2008 y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 10:51 horas del 30/09/2014, se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convenga, y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar facsímil o en su defecto casa u oficina dentro de la ciudad de San José donde oír notificaciones, conforme los artículos 93, 94 y 98 del Decreto Ejecutivo 26771 que es el Reglamento del Registro Público, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme al artículo 20 y de la Ley 3883 Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público y el artículo 11 de la Ley 8687 Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. (Referencia Exp. Nº 2013-1396-RIM).—Curridabat, 30 de setiembre del 2014.—Lic. Gabriela Montoya Dobles, Asesora Jurídica.—1 vez.—O. C. Nº OC14-0019.—Solicitud Nº 20798.—(IN2014065976).

Se hace saber a Manuel Emilio Montero Anderson, cédula de identidad 1-0500-0541, en su calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Plaza Lanstrasse S. A., cédula jurídica 3-101-478041 en su condición de fideicomitente de la finca del Partido de San José 586651 y a Sergio Aurelio de Los Ángeles Jiménez Jiménez, cédula de identidad 1-0644-0846, en su condición de propietario registral de la finca del Partido de San José 102658, que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de oficio, para investigar un posible traslape total de las fincas del Partido de San José 586651 y 102658. En virtud de lo informado esta Asesoría mediante resolución de las 08:36 horas del 10/04/2014, ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre las fincas del Partido de San José 586651 y 102658 y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 13:30 horas del 30/09/2014, se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convenga, y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar facsímil o en su defecto casa u oficina dentro de la ciudad de San José donde oír notificaciones, conforme los artículos 93, 94 y 98 del Decreto Ejecutivo 26771 que es el Reglamento del Registro Público, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme al artículo 20 y de la Ley 3883 Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público y el artículo 11 de la Ley 8687 Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. (Referencia Exp. Nº 2009-0612-RIM).—Curridabat, 30 de setiembre del 2014.—Lic. Gabriela Montoya Dobles, Asesora Jurídica.—1 vez.—O. C. Nº OC14-0019.—Solicitud Nº 20801.—(IN2014066010).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Secretaría Municipal de la Municipalidad de Escazú, a las diez horas del primero de octubre del dos mil catorce. No habiendo sido posible notificar a la persona jurídica Metrópoli Real de Escazú Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-333391, en el domicilio societario que consta en el Registro Nacional. Se hace saber a: Saul Wigoda Taitelbaum, cédula de identidad 1-0549-0197, en su condición de presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad Metrópoli Real de Escazú Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-333391, que a través del acuerdo AC-228-14 del Concejo Municipal de Escazú, se ha declarado de interés público el inmueble matricula de folio real, San José 593411-000, notifíquese por medio de edicto los siguientes textos: les comunico el acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de Escazú en la Sesión Ordinaria 223, Acta 335 del 04 de agosto del 2014, que indica lo siguiente:

Considerandos:

1             Que el contar con una propiedad donde se pueda habilitar para los vecinos de Bajo Anonos el programa de nutrición de la población materno-infantil y el adecuado desarrollo de la niñez que vive en condiciones de pobreza y/o riesgo social, ya sea por medio de un CENCINAI o RED DE CUIDO. Es una de las metas de este Gobierno Local de Escazú.

2             Que según acuerdo AC-171-02-10 a la Ministra de Salud Licda. María Luisa Ávila se le había solicitado la pronta habilitación de un CENC CINAI o CEN cerca de los vecinos del Bajo Anonos, siendo que a la fecha el servicio no se ha reactivado.

3             Que según acuerdo AC-396-09 se declaró de prioridad cantonal la localización de una propiedad apta para la ubicación del CEN.

4             Que de acuerdo al uso de suelo US-1063-2014 emitido por el proceso de Desarrollo Territorial para la utilización de la propiedad según plano catastrado número SJ-1250967-2008 para la construcción de un Centro de atención integral infantil el uso es conforme.

5. Que de acuerdo al oficio PDT-1583-14 del proceso de desarrollo territorial se trasladó el avaluó PDT-1582-14 realizado a la propiedad SJ-125967-2008 donde se determina un valor de ¢111.309.200,00.

6.            Que en el segundo presupuesto extraordinario 2014 se incluyeron recursos para realizar la compra y expropiación por parte de esta Municipalidad del inmueble en el sector de Barrio los Anonos.

Acuerdo AC-228-14: “Se acuerda: con dispensa de trámite de comisión: Con fundamento en las disposiciones de los artículos 11 y169 de la Constitución Política; 11, 12 y 13 de la Ley General de la Administración Pública; los artículos 13 incisos a) y e), 17 inciso d), l) y n) del Código Municipal y 1º, 18, 19, 20, siguientes y concordantes de la Ley de Expropiaciones número 7495 del 3 de mayo de 1995, reformada por Ley No. 7757 del 10 de marzo de 1998 y siguiendo las recomendaciones contenidas AL-1099 -2014 suscrito por el alcalde municipal Arnoldo Barahona y la vicealcaldesa Luisiana Toledo, oficio PDT-1583-14, las cuales hace suyas este Concejo y las toma como fundamento de esta decisión, acuerda: PRIMERO: se declara de interés público para su expropiación el inmueble inscrito en el Registro Público, Partido de San José, con matrícula de folio real número 593411-000, plano catastro 11250967-2008 con área de 1.696,90m2 que es propiedad actualmente de la empresa denominada: “Metrópoli Real de Escazú S. A.”, con cédula jurídica 3-101-333391, de la provincia de San José, Cantón Escazú, distrito San Rafael que colinda al norte can Calle Publica, al sur con Carlos Saborío, Jirasa, Ángela Hohmarster, al este con Santa Bárbara S. A. y al oeste con calle pública, por las siguientes razones que lo justifican: a).-Que en la zona del Bajo de Los Anonos habita una gran cantidad de población que vive en situación de hacinamiento y precariedad. b) Que desde el año 2010 el servicio del CEN CINAI para los vecinos y vecinas del Bajo Anonos fue suspendido sin que a la fecha se haya resuelto. c).-Que en la actualidad esta población no cuenta con el servicio de un Centro de atención Integral Infantil ya sea CENCINAI o Centro Diurno para niños y niñas CECUDI. d) Que la población que habita en el Bajo Anonos son aproximadamente 600 familias, las cuales cuenta por lo menos un menor de edad. e) Que los vecinos y vecinas de Bajo Anonos no cuenta con un Centro de atención Integral Infantil (CENCINAI o CECUDI), ni con áreas recreativas en zona segura ni salón comunal. SEGUNDO: dicho inmueble se destinará a la construcción de un CENCINAI o CECUDI y áreas recreativas-deportivas. TERCERO: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley de 41 Expropiaciones vigente, se solicita al Registro Público de la Propiedad Inmueble, se sirva efectuar la anotación provisional respectiva, sobre el inmueble anteriormente mencionado, inscrito en el Registro Público, Partido de San José, con matrícula de folio real número 593411-000, plano catastro 11250967-2008 con área de 1.696,90 m2 que es propiedad actualmente de la empresa denominada: “Metrópoli Real de Escazú S. A.”, con cedula jurídica 3-101-333391, de la provincia de San José, cantón Escazú, distrito San Rafael. CUARTO: publíquese este acuerdo en el diario oficial La Gaceta, para todos los efectos legales pertinentes. Notifíquese este acuerdo al señor representante legal de la sociedad dueña del inmueble: “Metrópoli Real de Escazú S. A.” Notifíquese este acuerdo al señor Alcalde Municipal en su despacho, para lo de su cargo”. Declarado definitivamente aprobado.

Asimismo se le informa que dichos documentos se encuentran en esta Secretaría Municipal a su entera disposición. Publíquese por tres veces consecutivas.—Secretaría Municipal.—Ana Parrini Degl Saavedra, Secretaria.—O. C. N° 33972.—Solicitud N° 20670.—(IN2014065204).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

MACROPROCESO INGENIERÍA Y OBRAS

PROCESO DESARROLLO TERRITORIAL

El Macroproceso de Ingeniería y Obras, Proceso de Desarrollo Territorial mediante notificación por edicto por primera vez comunica: De conformidad con el artículo 13 de la Ley de Notificaciones Judiciales y el artículo Nº. 241 de la Ley General de la Administración Pública, se procede con el siguiente comunicado a las personas que se detalla, se notifica por edicto por primera vez.

De conformidad con el artículo 93 de la Ley de Construcciones, se concede un primer plazo improrrogable de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente comunicación, para que se tramite la licencia de construcción que corresponde a la consolidación de una vivienda de dos niveles desarrollada sin licencia en el predio identificado con el plano de catastro Nº SJ-77786-1992 y la matrícula Nº 1-129307 derechos según listado, adjunto, so pena de que en caso de incumplimiento, este Municipio estará facultado para proceder con la comunicación de los artículos 94 y siguientes del mismo cuerpo normativo.

 

De conformidad con el artículo Nº 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales y para posibles escritos, consultas o gestiones de cualquier tipo de parte de cualquiera de los notificados, deberá consignarse lugar o medio para atender notificaciones obligatoriamente.—Lic. Ana Parrini Degl Saavedra, Secretaria Municipal.—1 vez.—O. C. Nº 33972.—Solicitud Nº 20770.—(IN2014065925).

El Macroproceso de Ingeniería y Obras, Proceso de Desarrollo Territorial mediante notificación por edicto por segunda vez comunica: De conformidad con el artículo 13 de la Ley de Notificaciones Judiciales y el artículo Nº 241 de la Ley General de la Administración Pública, se procede con el siguiente comunicado a las personas que se detalla, según notificación por edicto de segunda vez.

De conformidad con el artículo 93 de la Ley de Construcciones, se concede un primer plazo improrrogable de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente comunicación, para que se tramite la licencia de construcción que corresponde a la consolidación de dos módulos de viviendas desarrolladas sin licencia en el predio identificado con el plano de catastro Nº SJ-278146-1977 y la matrícula Nº 1-010390 derechos según listado, adjunto, so pena de que en caso de incumplimiento, este Municipio estará facultado para proceder con la comunicación de los artículos 94 y siguientes del mismo cuerpo normativo.

 

De conformidad con el artículo Nº 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales y para posibles escritos, consultas o gestiones de cualquier tipo de parte de cualquiera de los Notificados, deberá consignarse lugar o medio para atender notificaciones obligatoriamente.—Lic. Ana Parrini Degl Saavedra, Secretaria Municipal.—1 vez.—O. C. Nº 33972.—Solicitud Nº 20772.—(IN2014065964).

El Macroproceso de Ingeniería y Obras, Proceso de Desarrollo Territorial mediante notificación por edicto por tercera vez comunica: De conformidad con el artículo 13 de la Ley de Notificaciones Judiciales y el artículo Nº 241 de la Ley General de la Administración Pública, se procede con el siguiente comunicado a las personas que se detalla.

De conformidad con el artículo 93 de la Ley de Construcciones, se concede un primer plazo improrrogable de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente comunicación, para que se tramite la licencia de construcción que corresponde a la casa de habitación desarrollada sin licencia en el predio identificado con el plano de catastro Nº SJ-961748-1991 y la matrícula Nº 1-030845 derechos según listado, adjunto, so pena de que en caso de incumplimiento, este Municipio estará facultado para proceder con la comunicación de los artículos 94 y siguientes del mismo cuerpo normativo.

 

De conformidad con el artículo Nº 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales y para posibles escritos, consultas o gestiones de cualquier tipo de parte de cualquiera de los Notificados, deberá consignarse lugar o medio para atender notificaciones obligatoriamente.—Lic. Ana Parrini Degl Saavedra, Secretaria Municipal.—1 vez.—O. C. Nº 33972.—Solicitud Nº 20771.—(IN2014065967).

El Macroproceso de Ingeniería y Obras, Proceso de Desarrollo Territorial mediante notificación por edicto por segunda vez comunica: De conformidad con el artículo 13 de la Ley de Notificaciones Judiciales y el artículo Nº 241 de la Ley General de la Administración Pública, se procede con el siguiente comunicado a las personas que se detalla.

De conformidad con el artículo 93 de la Ley de Construcciones, se concede un primer plazo improrrogable de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente comunicación, para que se tramite la licencia de construcción que corresponde a la construcción de dos viviendas una de un nivel y otra de dos niveles desarrolladas sin licencia en el predio identificado con el plano de catastro Nº SJ-387129-1980 y la matrícula Nº 1-027643 derechos según listado, adjunto, so pena de que en caso de incumplimiento, este Municipio estará facultado para proceder con la comunicación de los artículos 94 y siguientes del mismo cuerpo normativo.

 

De conformidad con el artículo Nº 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales y para posibles escritos, consultas o gestiones de cualquier tipo de parte de cualquiera de los Notificados, deberá consignarse lugar o medio para atender notificaciones obligatoriamente.—Lic. Ana Parrini Degl Saavedra, Secretaria Municipal.—1 vez.—O. C. Nº 33972.—Solicitud Nº 20773.—(IN2014065971).

MUNICIPALIDAD DE ATENAS

UNIDAD DE GESTIÓN TRIBUTARIA

La Municipalidad de Atenas, en virtud de que no se tiene registrado un domicilio fiscal donde notificar la actuación de la Administración o bien porque no se encontró a nadie en el lugar, procede a notificar por este medio los avalúos realizados a los propietarios de los bienes inmuebles que a continuación se indican:

Apellidos y nombre o razón social

N° de cédula

N° de finca

N° de avalúo

Valor terreno

Valor construcción

Valor total

Inversiones Benavides Asociados S. A.

3-101- 440808

420172

177-2013-420172

107.432.832

0.00

107.432.832

Inversiones Benavides Asociados S. A.

3-101-440808

420174

180-2013-420174

16.573.024

0.00

16.573.024

Inversiones Benavides Asociados S. A.

3-101-446808

420174

179-2013-427621

16.582.959

0.00

16.582.959

Paul Bleijenberg

742128111446

342460

168-2013-342460

45.250.717

0.00

45.250.717

Aida Lorena Herrera Valverde

1-0525-0326

405934

175-2013-405934-002

15.148.570

500.697

15.649.268

Juan Carlos Díaz Chaves

1-0492-0593

405934

175-2013-405934-001

15.148.570

500.697

16.649.268

3-101-600825 S. A.

3-101-600825

389731

169-2013-389731

41.996.809

4.731.991

46.728.801

MarceLopez de Costa Rica

3-101-260255

351657

172-2013-351657

30.930.017

0.00

30.930.017

Paysage D’Hiver S. A.

3-101-536507

445626

074-2013-445626

64.644.210

0.00

64.644.210

Ericka María Arias Cordero

1-0985-0327

413976

028-2013-413976

36.166.500

0.00

36.166.500

Inmobiliaria Ravipohe GMBH S. A.

3-101-401793

409321

006-2013-409321

14.976.150

0.00

14.976.150

Inmobiliaria Ravipohe GMBH S. A.

3-101-401793

409322

007-2013-409322

33.011.835

0.00

33.011.835

Espace de Bonheur S. A.

3-101-405967

414653

049-2013-414653

39.766.536

0.00

39.766.536

Alfalaval dos mil S. A.

3-101-460505

441776

001-2013-441776

42.951.480

0.00

42.951.480

3-101-520438 S. A.

3-101-520438

435957

191-2013-435957

26.229.632

0.00

26.229.632

3-101-520442 S. A.

3-101-520438

435961

195-2013-435961

26.030.400

0.00

26.030.400

Altagracia Chavarría Villegas

2-0276-1452

435959

193-2013-435959-003

13.144.944

726.229

13.871.173

3-101-520441 S. A.

3-101-520441

535960

194-2013-535960

26.215.128

0.00

26.215.128

Rosibel Chavarría Villegas

2-0335-0868

435959

193-2013-435959-004

13.144.944

726.229

13.871.173

3-101-520437 S. A.

3-101-520437

435956

190-2013-435956

28.717.248

0.00

28.717.248

3-101-520436 S. A.

3-101-520436

435955

189-2013-435955

28.515.168

0.00

28.515.168

Eddy Andrés Chaves Alvarado

1-1107-0887

435949

184-2013-435949

25.481.520

0.00

25.481.520

Olayma Car S. A.

3-101-467589

247449

182-2013-247449

24.202.464

0.00

24.202.464

Spring Landing S. A.

3-101-312280

354292

225-2013-354292

59.194.863

0.00

59.194.863

Mario Alberto Bohorquez

1-5337-7709

141208

220-2013-141208-001

39.649.297

0.00

39.649.297

Sandra Lilliana Reyes

1-5894-6042

141208

220-2013-141208-002

39.649.297

0.00

39.649.297

Valhalla Propiedades S. A.

3-101-590949

489304

224-2013-489304

83.025.019

0.00

83.025.019

Escarlen María Ray

134892174

354583

217-2013-354283-002

39.633.746

0.00

39.633.746

John Michael Ray

205475708

354283

217-2013-354283-001

39.633.746

0.00

39.633.746

Kevin Franklin Woodard

054928864

354285

218-2013-354285

90.104.414

0.00

90.104.414

Ronald Gustavo Carvajal Coto

1-0528-0658

354286

219-2013-354286-001

49.687.034

0.00

49.687.034

Julie Carvajal

27238679

354586

219-2013-354286-002

49.687.034

0.00

49.687.034

Fosfobox Atenas Ltda

3-102-577750

294217

128-2013-294217

114.500.232

82.703.796

197.203.796

3-101-552379 S. A.

3-101-552379

348931

105-2013-348931

67.770.297

165.749.119

233.519.416

Rhizomes Curcuma S. A.

3-101-465013

448456

231.2013-448456

97.421.940

0.00

97.421.940

Villa Cala de Atenas Siete S. A.

3-101-435961

405146

232-2013-405146

52.537.989

0.00

52.537.989

Bronze Bamana S. A.

3-101-435157

428682

240-2013-428682

41.967.569

346.721

42.314.290

Calathea Barlemaxii S. A.

3-101-437583

428684

242-2013-428684

95.456.982

791.955

96.248.938

Hacienda Proteas S. A.

3-101-450527

426586

254-2013-426586

52.955.296

777.527

53.732.824

Cheyenne CR. Investment Holdings Ltda

3-102-483784

449326

255-2013-449326

40.675.770

40.675.770

 

Miscanthus S. A.

3-101-437591

428692

250-2013-428692

103.777.181

1.004.273

104.781.455

Las ilusiones de Arboles del Amanecer S. A.

3-101-441047

428689

200-2013-428689

81.431.536

0.00

81.431.536

Hacienda Heliconia S. A.

3-101-459510

426593

214-2013-426593

72.303.624

0.00

72.303.624

Hacienda Kalanchoe S. A.

3-101-458885

427033

213-2013-427033

81.270.514

0.00

81.270.514

Royal Ruby S. A.

3-101-435606

428700

211-2013-428700

74.353.206

0.00

74.353.206

Bromiliad S. A.

3-101-450517

427023

205-2013-427023

49.413.142

0.00

49.413.142

Hacienda Gladiolas

3-101-450867

426594

201-2013-426594

82.858.812

0.00

82.858.812

Vista Atenas Cicuenta y Siete S. A

3-101-165747

294214

159-2013-294214

325.922.685

0.00

325.922.685

Las Llaves del Paraíso S. A.

3-101-551369

420382

155-2013-420382

40.908.735

0.00

40.908.735

La Vela Alta Ltda

3-102-577789

402334

163-2013-402334

53.467.128

0.00

53.467.128

Valclusa Varenas S.A

3-101-204420

384673

157-2013-384673

78.744.015

0.00

78.744.015

Inversiones Benavides Garita Asociados S. A.

3-101-440808

420173

178-2013-420173

38.492.105

0.00

38.492.105

Vista Atenas Sesenta y Cuatro S. A.

3-101-166685

294221

132-2013-294221

255.606.224

0.00

255.606.224

Vista Atenas Treinta y Dos S. A.

3-101-165589

294199

115-2013-294199

161.218.255

0.00

161.218.255

Vista Atenas Cincuenta y Seis S. A.

3-101-165746

294213

124-2013-294213

89.425.326

0.00

89.425.326

Inversiones Radima S. A.

3-101-186253

294252

141-2013-294252

63.879.786

0.00

63.879.786

Sociedad Usuarios de Aguas Vista Atenas

3-107-316007

294168

095-2013-294168

22.802.292

0.00

22.802.292

Corporación Nani S. A.

3-101-153917

294179

103-2013-294179

66.881.637

0.00

66.881.637

Vista Atenas Sesenta y Cinco S.A

3-101-165962

351544

113-2013-351544

129.854.584

0.00

129.854.584

Representaciones Turísticas Mundiales RTM S. A.

3-101-058695

294249

136-2013-294249

56.678.400

0.00

56.678.400

Fantaisies Du Sud S. A.

3-101-522401

446463

078-2013-446463

45.614.874

141.603.820

187.218.695

Dina Arali Loaciga Palma

6-0295-0286

456467

291-2013-456467

12.727.616

21.302.190

34.029.806

Gersan Raimundo de Jesús Alvarado Chaves

2-0376-0055

216697

302-2013-216697

11.787.192

22.950.816

34.738.008

La Aguacatala Treinta S. A.

3-101-322813

422972

170-2013-422972

32.140.750

94.732.478

126.873.229

Gert Holscher

C3JGMTJ2L

426595

202-2013-426595

55.129.211

0.00

55.129.211

Inversiones LJS de Jacó S.A.

3-101-267710

294176

156-2013-294176

56.560.050

45.240.120

101.800.170

Alfaval Dos mil S. A.

3-101-460505

415292

046-2013-415292

58.951.322

159.650.935

218.602.258

La Bonne Paix S. A.

3-101-404766

417507

043-2013-417507

65.043.638

136.410.440

201.454.079

Jorge Antonio Ureña Bogantes

3-0277-1266

294265

148-2013-294265

43.659.405

0.00

43.659.405

3-101-520433 S. A.

3-101-520433

435952

187-2013-435952

25.608.240

62.241.790

87.850.030

Banco Crédito Agrícola de Cartago

4-000-001128

294210

123-2013-294210

70.523.902

358.650.355

429.174.257

Gabriela Barrantes Jiménez

1-0875-0344

444136

301-2013-444136

71.752.598

0.00

71.752.598

Juan Enrique Salazar Guerrero

2-0469-0511

453177

300-2013-453177

39.253.677

0.00

39.253.677

Juan Enrique Salazar Guerrero

2-0469-0511

453043

299-2013-453043

88.585.693

115.871.897

204.457.590

Scotiabank de CR S. A

3-101-046536

448930

235-448930

97.667.235

134.769.301

232.436.537

Management y Escrow Legal BSG S. A.

3-101-567350

426582

249-2013-426582

96.533.837

56.957.856

153.491.693

Dora Elia Gutiérrez

208524291

405140-001

259-2013-405140-001

65.676.992

135.265.184

100.471.088

Alexandro Gutiérrez

208516923

405140-002

259-2013-405140-002

65.676.992

135.265.184

100.471.088

Luisa María Rodríguez Sandoval

2-0277-0559

206762

226-2013-206762

68.836.778

66.343.317

135.180.095

Thomas Patrick Retreat S.A.

3-101-485247

390143

139-2013-390143

28.065.937

32.843.244

60.909.181

Philippe Jean Pierre Grau

04CH64999

294204

120-2013-294204

175.947.307

78.411.781

254.359.089

Pájaro de Fuero S. A.

3-101-433829

420848

244-2013-420848

45.766.038

87.445.901

133.211.939

RR y GG Treinta y Tres Ltda

3-102-575400

294200

116-2013-294200

178.601.641

0.00

178.601.641

Vista Atenas Treinta y Cuatro S. A.

3-101-165591

294201

117-2013-294201

218.429.939

240.828.238

459.258.178

Magic Mountains of Monkeys S. A.

3-101-388212

354991

161-2013-354991

48.829.680

134.416.382

183.246.062

 

Lo anterior en cumplimiento del artículo 137, inciso d, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, así como la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles y su Reglamento, Ley 7509.

Los propietarios dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del tercer día hábil de la presente publicación para presentar formal recurso de revocatoria ante la Oficina de Valoración de esta Municipalidad. Asimismo se les hace saber que deben señalar un lugar para futuras notificaciones, caso contrario, las resoluciones que recaigan quedan en firme, 24 horas después de dictadas.

Publíquese.

Atenas, setiembre del 2014.—Lic. Alejandro Chaves Suárez, Proveedor.—Ing. Jorge Cordero Fernández, Oficina de Valoración.—1 vez.—(IN2014066586).

FE ERRATAS

PODER EJECUTIVO

En El Alcance Digital Nº 58 a La Gaceta  N° 202 del 21 de octubre del 2014, se publicó el Decreto Ejecutivo N° 38578-MOPT; el mismo salió de la siguiente forma:

“Artículo 2: Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República a los_____ días del mes de ______ del dos mil catorce”

Siendo lo correcto así:

“Artículo 2: Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República a los 25  días del mes de  06 del dos mil catorce”

Todo lo demás queda igual.

La Uruca, San José, octubre del 2014.— Jorge Vargas Espinoza, Director General de la Imprenta Nacional.—1 vez.—(IN2014072257).