LA GACETA N° 205 DEL 24 DE OCTUBRE DEL 2014
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA Y
ACUICULTURA
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y
CENSOS
Texto
sustitutivo
LEY
PARA LA PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
CAPÍTULO
I
DE LAS
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- Objetivo
El objetivo de la presente Ley es promover y asegurar a las personas con discapacidad el
goce pleno del derecho a la autonomía personal.
Para
lograr este objetivo se establece la figura del garante para la igualdad
jurídica de las personas con discapacidad, y para potenciar esa autonomía se
establece la figura de la asistencia personal humana.
ARTÍCULO 2.- Definiciones
Para los efectos de esta ley se entenderá como:
a) Discapacidad:
Concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con
discapacidad y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su
participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con
las demás personas.
b) Personas
con discapacidad: Incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas,
mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con
diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la
sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.
c) Paradigma
de abordaje de la discapacidad desde los derechos humanos: El nuevo modelo de
abordaje de la discapacidad regulado en la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad, que se centra en la dignidad intrínseca del ser
humano, valorando las diferencias. La persona con discapacidad es sujeto de
derechos y no objeto de sobre protección y/o lástima.
d) Derecho
a la autonomía personal: Derecho de todas las personas con discapacidad a vivir
de manera independiente, controlando, afrontando, tomando y ejecutando sus
propias decisiones en los ámbitos, público y privado.
Implica el respeto a los derechos
patrimoniales de todas las personas con discapacidad, por lo que se garantiza
su derecho a ser propietarios, heredar bienes, controlar sus propios asuntos
económicos, tener acceso a préstamos bancarios, hipotecarios y cualquier otra
modalidad de crédito financiero, además de la garantía estatal de que no serán
privados de sus bienes.
Igualmente la autonomía personal trae
consigo el respeto a los derechos sexuales, reproductivos y de salud sexual de
las personas con discapacidad, como también del ejercicio de los derechos
civiles, electorales, entre otros.
El derecho a la autonomía personal
involucra el acceso de la figura del facilitador para el ejercicio de la
capacidad de actuar, a la asistencia personal humana y/o a los productos de
apoyo que requieran para el ejercicio de este derecho, además del respeto y
promoción a la autodeterminación, autoexpresión, así como de las capacidades y
habilidades de todas las personas con discapacidad.
Todo lo anterior, de acuerdo con sus
preferencias, intereses y condiciones individuales y particulares.
e) Productos
de apoyo: Dispositivos, equipo, instrumentos, tecnología, software, entre otros
productos diseñados o disponibles en el mercado para propiciar la autonomía
personal de las personas con discapacidad.
f) Actividades
básicas de la vida diaria: Acciones elementales y cotidianas de la persona, que
le permiten desenvolverse con un mínimo de autonomía e independencia, entre
ellas: cuidado personal, actividades domésticas, alimentación, movilidad física
esencial, reconocimiento de personas y objetos, facultad de orientación,
aptitudes, habilidades y capacidades para comprender y ejecutar tareas, administración
del dinero, consumo de medicamentos, traslado a centros de estudio, laborales,
salud, recreativos, religiosos, entre otros.
g) Familiar
de la persona con discapacidad: Toda persona con relaciones de consanguinidad
hasta el tercer grado, así como aquellas personas que con la persona con
discapacidad mantengan vínculos de afectividad estables, mediante la
convivencia, siempre y cuando le brinde apoyo y protección.
h) Salvaguardias:
Mecanismos o garantías adecuadas y efectivas establecidas por el Estado
costarricense, en el ordenamiento jurídico para asegurar el ejercicio pleno y
en igualdad de condiciones con los demás, de la capacidad de actuar y del
derecho a la ciudadanía de todas las personas con discapacidad.
Las salvaguardias mitigan que las personas
con discapacidad sufran de abusos, de conformidad a los derechos humanos, y/o
de influencias indebidas, en detrimento de su calidad de vida.
El diseño e implementación de las
salvaguardias debe fundamentarse en el respeto a los derechos, voluntad, preferencias
e intereses de la persona con discapacidad, además de ser proporcionales y
adaptadas a las circunstancias de cada persona, aplicarse en el plazo más corto
posible y estar sujetas a exámenes periódicos, por parte de autoridad
competente, independiente, objetiva e imparcial.
i) Derechos sexuales: Derecho de todas las
personas a reconocerse y que le reconozcan como seres sexuados, a explorar y
disfrutar placenteramente de la sexualidad sin fines reproductivos, a
manifestar libremente su orientación sexual y además a tener acceso a
información accesible sobre el funcionamiento de los sistemas reproductivos
humanos, servicios de salud sexual para atender y evitar infecciones y
enfermedades de transmisión sexual y acceso a métodos de planificación seguros
y asequibles.
j) Derechos reproductivos: Derecho de todas las
personas a disponer de información y medios accesibles, seguros y asequibles
para tomar la decisión sobre procrear hijos e hijas, el número de ellos y el
espacio entre uno y otro, así como el acceso a servicios de salud reproductivos
de alta calidad e integrales. En el caso de las mujeres este derecho implica el
acceso a servicios de salud reproductivos seguros, durante los periodos de
gestación, parto, posparto y lactancia.
Además de recibir información accesible al respecto.
k) Discriminación por motivos de discapacidad:
significa toda distinción, exclusión o restricción basada en una discapacidad,
antecedente de discapacidad, consecuencia de discapacidad anterior o percepción
de una discapacidad presente o pasada, que tenga el efecto o propósito de
impedir o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por parte de las personas
con discapacidad, de sus derechos humanos y libertades fundamentales.
l) Canasta básica normativa: Descripción del conjunto
de necesidades de vivienda, educación, vestido, servicios públicos y
alimentarios, que requiere como mínimo una persona para satisfacer sus
necesidades básicas, de acuerdo al ingreso per cápita establecido por el
Instituto Nacional de Estadísticas y Censos más reciente.
ll) Canasta derivada de la discapacidad:
Descripción del conjunto de una serie de productos, servicios y bienes vitales,
de uso individual, para la atención de la persona con discapacidad. La canasta
derivada de la discapacidad está basada en las necesidades específicas que se
generan a partir de la presencia de una o más deficiencias en una persona.
ñ) Condición de pobreza: se consideran que están
en condición de pobreza las personas con discapacidad que no cuentan con los
recursos propios para subsidiar sus gastos, incluidos los costos de asistencia
personal y los gastos derivados directamente la discapacidad. Aun cuando en la
familia existan recursos, estos no se considerarán si la persona con
discapacidad, no tiene acceso a los mismos, previo estudio social y económico.
o) Asistencia
Personal Humana: Persona sin discapacidad y mayor de 18 años que brinda
servicios de asistencia personal
remunerados, a las personas con discapacidad. Capacitado para desarrollar las
tareas de asistencia directa y personal.
p) Garante para la igualdad jurídica de las
personas con discapacidad: Persona que administra los bienes de una persona con
discapacidad que no es capaz de hacerlo por sí mismo y que asegura el goce
pleno del derecho a la autonomía personal.
q) Vida Independiente: Es un principio filosófico
de vida que propicia que las Personas con Discapacidad, asuman el control de su
destino, tomen decisiones concernientes a sus vidas y promueva el ejercicio
legítimo y necesario de la autonomía y la determinación como derechos
fundamentales; implica asumir las responsabilidades que sus decisiones
conlleven, y el derecho a ser parte activa dentro de la comunidad que la
persona elija, sin importar el grado de discapacidad que presente y sin
importar si para lograr esta autonomía requiere del apoyo de asistencia personal.
ARTÍCULO 3.- Principios generales
Los principios generales que
fundamentan la aplicación de la presente ley son:
a) El respeto de la dignidad inherente, la autonomía personal, y la
libertad de tomar las propias decisiones.
b) La no discriminación.
c) La participación e inclusión plena y efectiva
en la sociedad.
d) El respeto por la diferencia y la aceptación de
las personas con discapacidad como parte de la diversidad.
e) La accesibilidad.
f) Armonización del ordenamiento jurídico
costarricense con Ley Nº 7600, Ley N° 8661, la Convención sobre los Derechos de
las Personas con Discapacidad, y demás normativa que en mayor medida garantiza
los derechos de la población con discapacidad.
ARTÍCULO 4.- Responsabilidades
del Estado
El Estado se compromete para cumplir con el objetivo
de la presente Ley a:
a) Garantizar el acceso a la figura del facilitador para el ejercicio
de la capacidad de actuar y/o a la asistencia personal humana, a todas aquellas
personas que por su condición de discapacidad, para el ejercicio pleno del
derecho a la autonomía personal, requieren de dichos apoyos.
b) Establecer medidas efectivas para garantizar a
la población con discapacidad la participación en los procesos de toma de
decisiones.
c) Garantizar el diseño, establecimiento e
implementación de salvaguardias, de conformidad con lo fijado en el artículo 2,
inciso h) de la presente Ley, que aseguren el ejercicio del derecho a la
autonomía personal de las personas con discapacidad.
d) Facilitar los medios de resolución de
conflictos que surjan relacionados con el ejercicio de la autonomía personal de
las personas con discapacidad, de conformidad con la Ley de Resolución Alterna
de Conflictos y Promoción de la Paz Social, Ley Nº 7727.
CAPÍTULO II
DE LA IGUALDAD JURÍDICA DE LAS PERSONAS
CON DISCAPACIDAD Y DE LA SALVAGUARDIA
ARTÍCULO 5.- Igualdad jurídica de las personas con
discapacidad
Todas las personas con
discapacidad, gozan plenamente de igualdad jurídica, lo que implica:
1) El reconocimiento a su personalidad jurídica, su capacidad jurídica
y su capacidad de actuar.”
2) La titularidad y el legítimo ejercicio de
todos sus derechos y atención de sus propios intereses.
3) El ejercicio de la patria potestad, la cual no
podrá perderse por razones basadas meramente en la condición de discapacidad de
la persona.
Para garantizar el ejercicio
seguro y efectivo de los derechos y obligaciones de las persona con
discapacidad intelectual, mental y psicosocial, en un marco de respeto a su
voluntad y preferencias, sin que haya conflicto de intereses ni influencia
indebida, se establece la salvaguardia para la igualdad jurídica de las
personas con discapacidad, que será proporcionada y adaptada a la circunstancia
de la persona. Este procedimiento se tramitará de conformidad a lo establecido
en la presente Ley y en el Código Procesal Civil.
ARTÍCULO 6.- Salvaguardia
La persona que el juez o jueza
designe para ejercer la salvaguardia, se denominará garante para la igualdad
jurídica de las personas con discapacidad.
ARTÍCULO 7.- Competencia y Procedimiento de la
Salvaguardia
Los jueces o juezas de Familia
serán los y las competentes para conocer y tramitar las solicitudes de
salvaguardia.
Para la determinación de la competencia por territorio
se seguirán las reglas establecidas en el artículo 30 del Código Procesal
Civil.
El procedimiento establecido en la presente Ley se
rige por el principio de gratuidad.
ARTÍCULO 8.- Solicitud de la salvaguardia
La gestión de solicitud de la salvaguardia así como la
revisión de la misma, podrá ser verbal o escrita y no requerirá autenticación,
si el solicitante las presentara personalmente.
ARTÍCULO 9.- Legitimación para solicitar la
salvaguardia
Están legitimados para solicitar
la salvaguardia:
1) La propia persona con discapacidad intelectual, mental y
psicosocial.
2) Los familiares, de conformidad con el artículo
2, inciso g) de la presente Ley.
3) A falta de familiares, según lo establecido en
el artículo 2, inciso g) de la presente Ley, estarán legitimadas la institución
u organización gubernamental que le brinde servicios, apoyos y/o prestaciones
sociales a la persona para la cual se solicita la salvaguardia.
ARTÍCULO 10.- Revisión de la Salvaguardia
La salvaguardia, de oficio, estará sujeta a revisión
por parte del juez o la jueza, cada 5 años; o, a solicitud de parte en
cualquier momento, estando legitimadas para este acto las mismas personas
físicas y jurídicas señaladas en el artículo anterior.
ARTÍCULO 11.- Valoración de la Salvaguardia
El juez o jueza deberá valorar en primera instancia y
con prioridad, la designación de la salvaguardia
hecha por la persona con discapacidad.
Cuando en virtud de una limitación funcional, la
persona con discapacidad intelectual, mental o psicosocial, se le imposibilite
o limite indicar la persona de su preferencia, el juez o jueza valorara como
opción para que ejerzan la salvaguardia a los familiares de la persona con
discapacidad, según lo establecido en el artículo 2, inciso h) de la presente
Ley.
En todos los casos, el juez o jueza deberá garantizar
que la persona que ejerza la salvaguardia, es la idónea, moral y éticamente
demostrado, para garantizar el ejercicio seguro y efectivo de los derechos y
obligaciones de las persona con discapacidad intelectual, mental y psicosocial.
Este procedimiento se tramitará de conformidad a lo
establecido en la presente Ley y en el Código Procesal Civil.
ARTÍCULO 12.- Obligaciones de
la Salvaguardia
La persona que ejerza la
salvaguardia, tendrá para con la persona con discapacidad intelectual, mental y
psicosocial, las siguientes obligaciones:
1) Asistirla en la toma de decisiones, en el ámbito legal, financiero y
patrimonial, de manera proporcional y adaptada a la condición de la persona a
la que asiste.
2) Apoyarle para la protección y promoción de
todos sus derechos, especialmente el derecho de la persona con discapacidad con
edad de contraer matrimonio, a casarse y fundar una familia, sobre la base del
consentimiento libre y pleno de los futuros conyugues; el derecho de decidir
libremente y de manera responsable el número de hijos que quieran tener y el
tiempo que debe transcurrir entre un nacimiento y otro y a tener acceso a
información y educación sobre reproducción y planificación adecuada para su
edad.
3) Garantizar que la persona con discapacidad
mantendrá su derecho a la fertilidad, salvo que la esterilización sea necesario
e imprescindible para la preservación de su vida o integridad física.
4) Garantizar y respetar los derechos de las
Personas con Discapacidad, en el ejercicio de sus funciones la voluntad, las
preferencias y capacidades.
5) Brindar la asistencia adecuada a la persona con
discapacidad para el desempeño de sus responsabilidades en la crianza de sus
hijos y apoyarle en las gestiones necesarias para solicitar el apoyo estatal
para estos fines, cuando lo requiera.
6) No ejercer ningún tipo de presión, coerción,
violencia ni influencia indebida en la persona con discapacidad.
7) No actuar, sin considerar los derechos, la
voluntad y capacidades de las personas con discapacidad.
8) No brindar consentimiento informado, en
sustitución de la persona con discapacidad, salvo que este sea necesario e
imprescindible para la preservación de su vida o integridad física.
9) No permitir que la persona con discapacidad sea
sometida a tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes.
10) No permitir que la persona con discapacidad
sea sometida a experimentos médicos o científicos, sin que para este último
caso, la persona con discapacidad haya brindado su consentimiento libre e
informado.
11) Proteger la privacidad de la información
personal y relativa a la salud y rehabilitación de la persona con discapacidad.
CAPÍTULO III
DE LA ASISTENCIA PERSONAL HUMANA
ARTÍCULO 13.-Finalidad de la
asistencia personal humana
Tiene la finalidad de contribuir
con el ejercicio del derecho a la autonomía personal de las personas con
discapacidad, en igualdad de condiciones con los demás.
ARTÍCULO 14.- Plan individual de apoyo
El plan individual de apoyo
determina el tipo de apoyo que la persona con discapacidad requiere para la
realización de las actividades básicas de la vida diaria, así como la
intensidad y el número de horas al día en el que precisa el mismo.
Para la determinación del apoyo, su intensidad y
cantidad de horas a brindarse, el plan individual será elaborado con la
participación activa y efectiva de la persona con discapacidad, si lo requiere
con ayuda de su familia, para que este contemple realmente los requerimientos
de apoyos derivados de la condición de discapacidad y principalmente de sus
preferencias.
ARTÍCULO 15.- Carácter selectivo
de la asistencia personal humana
Para los efectos de esta Ley, las
personas con discapacidad que podrán optar por la asistencia personal humana,
son únicamente aquellas que para ejercer su derecho a la autonomía personal,
requieren de la asistencia personal humana en la realización de las actividades
básicas de la vida diaria y que no cuenten con los recursos económicos
suficientes para sufragar dicho apoyo.
Para esto la Caja Costarricense
de Seguro Social certificará la condición de la persona con discapacidad.
ARTÍCULO 16.- Situación económica
de la persona solicitante de la asistencia personal humana
Se determinará que la persona con
discapacidad solicitante de la asistencia personal humana, no cuenta con
recursos económicos para sufragar la misma, aplicando la canasta derivada de la
discapacidad, la canasta básica normativa a la situación de vida de la persona
y el concepto de pobreza establecido en el artículo 2 de la presente Ley.
CAPÍTULO IV
PROGRAMA PARA LA PROMOCIÓN DE LA
AUTONOMÍA PERSONAL DE LAS PERSONAS
CON DISCAPACIDAD
ARTÍCULO 17.- Creación del
programa para la promoción de la autonomía personal de las personas con
discapacidad
Se crea el programa para la
promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad, que estará
a cargo del departamento de autonomía personal y vida independiente del Consejo
Nacional de Rehabilitación y Educación Especial. (CNREE)
ARTÍCULO 18.- Facultades del
Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE)
Se faculta al Consejo Nacional de Rehabilitación y
Educación Especial (CNREE) para:
1) Contratar al recurso humano, para lo cual podrá emplear un
porcentaje no mayor al 20% de los recursos totales establecidos en el artículo
19 de la presente Ley.
2) Determinar la estructura organizativa necesaria
para llevar a cabo dicho programa.
ARTÍCULO 19.- Objetivo del
programa para la promoción de la autonomía personal de las personas con
discapacidad
El objetivo principal es la
promoción, a nivel nacional, de la asistencia personal humana.
ARTÍCULO 20.- Financiamiento del
programa para la promoción de la autonomía personal de las personas con
discapacidad
Para el financiamiento del
programa para la promoción de la autonomía personal de las personas con
discapacidad, el departamento contará con los siguientes recursos:
1) Los recursos establecidos en el artículo 8 inciso u) de la Ley N°
8718.
2) Al menos un 0.1 % de los recursos del Fodesaf.
3) Al menos un 0.5% de los recursos asignados al
Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE) en el inciso f)
de la Ley N° 7972.
ARTÍCULO 21.- Funciones del
programa para la promoción de la autonomía personal de las personas con
discapacidad
Funciones del departamento de
autonomía personal y vida independiente:
a) Recibir, aprobar o denegar las solicitudes para optar por la
asistencia personal.
b) Determinar si la persona califica o no como
receptora de la asistencia personal humana.
c) Elaborar,
con la participación activa y efectiva de la persona con discapacidad receptora
de la asistencia personal humana o de su familiar, el plan individual de apoyo.
d) Dictar
los procedimientos y técnicas para la determinación objetiva y real de los
tipos de apoyos que requiere la persona con discapacidad en la realización de
las ABVD y la duración al día de éstos.
e) Revisar, a instancia de parte o de oficio, el
plan individual de apoyo.
f) Suspender,
total o parcialmente, la asistencia personal a la persona con discapacidad,
cuando incumplen las disposiciones contenidas en los artículos 21, 22, 23 y 24
de la presente Ley.
g) Formar
y capacitar a las personas que se desempeñan como asistentes personales.
h) Contar
con un registro de las personas que fungen como asistentes personales.
i) Suscribir
un contrato de servicios profesionales de asistencia con las personas que funjan
como asistentes personales para la ejecución del plan individual de apoyo.
j) Fiscalizar
que las personas que funjan como asistentes personales cumplan con las
obligaciones establecidas en el plan individual de apoyo, así como en el
contrato de servicios profesionales suscrito.
k) Las
demás que se establezcan vía Reglamento.
ARTÍCULO 22.- Sobre el contrato de servicios de
asistencia familiar con las personas que funjan como asistentes personales.
La persona que se desempeñe como asistente personal
deberá suscribir un contrato de servicios con el Consejo Nacional de
Rehabilitación y Educación Especial (CNREE) para la ejecución del plan
individual de apoyo, cuyo plazo máximo de duración será de un año, y que podrá
ser renovado en caso de que el Departamento de Autonomía Personal y Vida
Independiente determine la necesidad de la persona beneficiaria de continuar
recibiendo los servicios de asistencia
personal humana para la realización de las actividades de la vida diaria.
El
contrato de servicios suscrito no generará relación laboral entre la persona
asistente y el Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE)
ya que el asistente no se encuentra sometido a una relación de subordinación ni
a un horario.
ARTÍCULO 23.- Derechos de las Personas que solicitan y
de las receptoras de la asistencia personal humana
a) Solicitar por
sí mismos, la asistencia personal humana.
b) Ejercer
plenamente y en igualdad de condiciones con los demás, el derecho a la
autonomía personal, así como de cualquier otro derecho establecido en esta ley
y en el ordenamiento jurídico globalmente considerado.
c) El
reconocimiento como sujetos de derecho y no objetos de sobreprotección y/o
asistencialismo.
d) Solicitar
y acceder a la asistencia personal humana, sin ningún tipo de presión, coerción
o violencia.
e) Recibir,
en términos comprensibles y accesibles, información completa y continuada,
relacionada con la asistencia personal, así como sobre las razones de hecho y
de derecho por los que eventualmente no se le otorgue o suspenda este apoyo.
f) Confidencialidad
de sus datos.
g) Solicitar
que se revise el acto que deniega la solicitud de asistencia personal.
ARTÍCULO 24.- Obligaciones de las personas que
solicitan y de las receptoras de la asistencia personal humana
a) Suministrar
la información que el programa para la promoción de la autonomía personal de
las personas con discapacidad requiera.
b) No
agredir física, patrimonial, sexual, emocional a la persona que le brinde la
asistencia personal.
c) No
emplear el apoyo del asistente personal para fines o actividades diferentes a
los autorizados en esta ley.
d) Las
demás que el Reglamento de esta Ley establezca.
ARTÍCULO 25.- Derechos del familiar o responsable de
las personas con discapacidad que solicitan y de las receptoras de la
asistencia personal humana
a) Solicitar la
asistencia personal para su familiar, siempre y cuando éste por su propia
condición de discapacidad, se le dificulte o imposibilite realizarlo por sí
mismo.
b) Recibir, en términos comprensibles y accesibles, información
completa y continuada, relacionada con la asistencia personal humana, así como
sobre las razones de hecho y de derecho por los que eventualmente no se le
otorgue o suspenda este apoyo a su familiar.
c) Las demás que el Reglamento de esta Ley determine.
ARTÍCULO 26.- Obligaciones del
familiar o responsable de las personas que solicitan y de las receptoras de la
asistencia personal
a) Promover y respetar el ejercicio pleno y en igualdad de condiciones
con los demás, del derecho a la autonomía personal de sus familiares con
discapacidad, por lo que están en la obligación de apoyarlos en el trámite de
solicitud de la asistencia personal, cuando éste por su propia condición de
discapacidad, se le dificulte o imposibilite realizarlo por sí mismo.
b) No agredir física, patrimonial, sexual,
emocional ni de ninguna manera a su familiar con discapacidad y/o a la persona
brinda la asistencia personal.
c) No imponer por medio de la presión, coacción o
cualquier tipo de violencia, la asistencia personal a su familiar con
discapacidad.
d) No emplear el apoyo del asistente personal para
fines o actividades diferentes a los autorizados.
e) Las demás que el Reglamento de esta Ley
determine.
CAPÍTULO V
REFORMAS Y DEROGATORIAS
SECCIÓN I: Código Procesal Civil
ARTÍCULO 27.- Deróguese los artículos 867, 868,
869, 870 que conforman la sección segunda: “curatela”, del Capítulo V,
del título segundo, del libro cuarto del Código Procesal Civil.
ARTÍCULO 28.- Refórmese el
artículo 819 del Código Procesal Civil, para que se lea de la siguiente manera:
Artículo 819.- Casos que
comprende.
Se sujetarán al procedimiento
establecido para la actividad judicial no contenciosa los siguientes casos:
1) El depósito de personas.
2) Oposiciones al matrimonio.
3) Divorcio y separación por mutuo consentimiento.
4) Salvaguardia para la igualdad jurídica de las
personas con discapacidad.
5) Tutela.
6) Ausencia y muerte presunta.
7) Enajenación, hipoteca o prenda de bienes de
menores o de personas declaradas en estado de interdicción.
8) Extinción del usufructo, uso, habitación y
servidumbre, salvo, en cuanto a ésta que se trate de la resolución del derecho
de constituyente.
9) Deslinde y amojonamiento.
10) Pago por consignación.
11) Informaciones para perpetua memoria.
12) Sucesiones.
13) Cualesquiera otras que expresamente indique la
ley.
ARTÍCULO 29.- Refórmese el
capítulo IV: “insania”, del título segundo, del libro cuarto, del Código
Procesal Civil, para que se lea de la siguiente manera:
Capítulo IV: Salvaguardia para la
igualdad jurídica de las personas con discapacidad.
ARTÍCULO 30.- Refórmese el
artículo 847 del Código Procesal Civil, para que se lea de la siguiente manera:
Artículo 847.- Escrito Inicial
La solitud deberá reunir los siguientes requisitos:
1) El nombre y calidades de la persona con discapacidad intelectual,
mental o psicosocial, solicitante.
2) En el supuesto de que la solicitud no la
realice la propia persona con discapacidad intelectual, mental o psicosocial,
el o la solicitante indicará: su nombre y calidades, así como las de la persona
para la que solicita la salvaguardia; y el parentesco o relación que lo vincula
con dicha persona.
3) Las razones que motivan de hecho y derecho la
solicitud, lo que incluye la descripción de los bienes muebles e inmuebles
propiedad de la persona que solicita o para la que se solicita la salvaguardia.
4) Un dictamen médico emitido por la Caja
Costarricense del Seguro Social o por el médico especialista tratante que
acredite la condición de discapacidad intelectual, mental o psicosocial de la
persona que solicita o para la que se solicita la salvaguardia.
ARTÍCULO 31.- Refórmese el artículo 848 del Código
Procesal Civil, para que se lea de la siguiente manera:
Artículo 848.- Trámite.
Una vez recibido la solicitud, el
juez o jueza procederá con el siguiente trámite:
1) Designará un curador procesal, como salvaguardia para la persona con
discapacidad intelectual, mental y psicosocial durante el proceso, quien deberá
brindar apoyo, orientación y asesoría legal a la personas con discapacidad,
independientemente de quien haya solicitado la salvaguardia para el ejercicio
de la capacidad de actuar.
Este curador
procesal de ninguna manera sustituirá a la persona con discapacidad
intelectual, mental o psicosocial, quien por el contrario mantendrá un papel
activo, efectivo y protagónico durante todo el proceso.
Cuando en virtud de
una limitación funcional, a la persona se le imposibilite apersonarse al
proceso, el curador procesal estará en
la obligación de garantizar imparcial y objetivamente que en la
designación de la salvaguardia se respeten las disposiciones de la presente
Ley.
2) Ordenará que el Departamento de Medicina Legal del Organismo de
Investigación Judicial emita un dictamen integral de la condición de la persona
con discapacidad intelectual, mental y psicosocial, el cual deberá contemplar
los siguientes aspectos:
2.1) Diagnóstico de la condición
física, mental, intelectual, psicosocial y sensorial de la persona con
discapacidad para la que se solicita la salvaguardia.
2.2) El carácter de temporal o
permanente de la condición diagnosticada.
2.3) Las habilidades, capacidad y
aptitudes de la persona con discapacidad para la que se solicita la
salvaguardia, en cuanto a la toma de decisiones, en el ámbito legal, social,
patrimonial, personal y financiero.
El dictamen deberá
rendirse en un plazo no mayor de un mes, para lo cual se tomarán las medidas
que fueren necesarias.
3) Requerirá informe de trabajo social sobre la
situación de la persona con discapacidad, así como de la persona que se propone
para ejercer la salvaguardia.
4) Tomando en consideración la condición de la
persona con discapacidad, fijará fecha, hora y lugar para un encuentro inicial
con esta. Del resultado de la entrevista levantará un acta.
ARTÍCULO 32.- Deróguese el
artículos 849, del Capítulo IV, del Código Procesal Civil.
ARTÍCULO 33.- Refórmese el
artículo 850 del Código Procesal Civil, para que se lea de la siguiente manera:
Artículo 850.- Salvaguardia provisional.
En el supuesto de
que la persona que solicita o a la que se le solicita la salvaguardia sea
propietario de bienes muebles o inmuebles, el juez o la jueza, en cualquier
estado del procedimiento, podrá nombrar una salvaguardia provisional, para que durante
el proceso apoye provisionalmente a la persona con discapacidad en el ejercicio
de sus derechos patrimoniales.
ARTÍCULO 34.- Refórmese el
artículo 851 del Código Procesal Civil, para que se lea de la siguiente manera:
Artículo 851.- Establecimiento de la salvaguardia
De conformidad con lo establecido
en la Ley de Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con
Discapacidad, el juez o jueza, previo análisis de:
1) Dictamen médico presentado por la parte solicitante.
2) Dictamen del Departamento de Medicina Legal del
Organismo de Investigación Judicial.
3) El informe de trabajo social.
4) La entrevista con la persona con discapacidad.
Resolverá si la persona solicitante o a la que se le
solicita la salvaguardia requiere de esta y determinará la proporción o medida
en la que requiere este apoyo.
Si
resuelve con lugar la solicitud, designará a una persona que fungirá como
garante de la igualdad jurídica de la persona con discapacidad, con lo que
cesará la salvaguardia provisional.
El
establecimiento de esta salvaguardia se comunicará al Registro Público de la
Propiedad, para su respectiva anotación en los bienes muebles e inmuebles
presentes o futuros, propiedad de la persona con discapacidad.
ARTÍCULO 35.- Refórmese el artículo 852 del Código Procesal
Civil, para que se lea de la siguiente manera:
Artículo 852.- Costas
procesales.
Por la naturaleza del proceso, no se declarará
especial condenatoria en costas procesales, salvo que se compruebe que la
solicitud fue realizada sin motivo o con mala fe.
ARTÍCULO 36.- Deróguese el artículo 853, del
Capítulo IV, del Código Procesal Civil.
SECCIÓN
II: Código de Familia
ARTÍCULO 37.- Refórmese
el artículo 230 del Código de Familia, para que se lea de la siguiente manera:
Artículo 230:
Para garantizar el ejercicio seguro y efectivo de los derechos y obligaciones
de las persona con discapacidad intelectual, mental y psicosocial, en un marco
de respeto a su voluntad y preferencias, sin que haya conflicto de intereses ni
influencia indebida, se establece la salvaguardia para la igualdad jurídica de
las personas con discapacidad, que será proporcionada y adaptada a la
circunstancia de la persona. Este procedimiento se tramitará de conformidad a
lo establecido en la Ley para la Promoción de la Autonomía Personal de las
Personas con Discapacidad y en el Código Procesal Civil.
ARTÍCULO 38.- Deróguese los artículos 231, 232, 233, 234,
235, 236, 237, 238, 239, 240, 241, que conforman el titulo sexto, capítulo 1
del Código de Familia.
CAPÍTULO
V
DISPOCIONES
FINALES
ARTÍCULO 39.-
El Poder Ejecutivo reglamentará esta Ley. La falta de
reglamento no impedirá su aplicación.
ARTÍCULO 40.-
La
presente Ley es de orden público.
ARTÍCULO 41.-
Esta Ley rige a partir de su publicación en el Diario
Oficial.
CAPÍTULO
VI
DISPOCIONES
TRANSITORIAS
Transitorio I.- Toda
norma del ordenamiento jurídico costarricense
globalmente considerado, que se oponga o contradiga, total o parcialmente, lo
dispuesta en la presente Ley, perderá toda vigencia a partir de la entrada en vigencia
de esta Ley.
Transitorio II.- Quien sea curador o curadora de una persona
con discapacidad, pasará de inmediato a ser su asistente para el ejercicio de
la capacidad de actuar, en el marco de lo que señala esta ley; en estos casos
el juez o jueza de familia de la jurisdicción que corresponda, deberán realizar
una revisión de oficio de estas salvaguardias en un período no mayor a dos
años.
En
un período de doce meses, el Registro Civil del Tribunal Supremo de Elecciones
procederá a incorporar a las personas que se encuentren se encuentren en estado
de interdicción en virtud de una declaratoria de insania, dentro del padrón
electoral.
En
un período de doce meses, el Registro correspondiente, procederá a inscribir a
nombre de la persona con discapacidad los bienes que se encentren registrados a
nombre del curador o curadora de las personas con discapacidad que se
encuentren en estado de interdicción en virtud de una declaratoria de insania.
Carmen Quesada Santamaría, Marcela Guerrero Campos,
Diputadas; Óscar López, Ronny Monge Salas, Humberto Vargas Corrales, Diputados.
1 vez.—O. C. Nº 24007.—Solicitud Nº
20791.—C-Crédito.—(IN2014065550).
ASAMBLEA LEGISLATIVA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
La Dirección Ejecutiva de la Asamblea
Legislativa de la República de Costa Rica comunica al señor Jorge Alberto
Angulo Mora, cédula de identidad número 1-532-729, que según reporte del
Departamento Financiero, aparecen tres ausencias suyas sin justificar durante
el pasado mes de abril, lo que representa la suma de ¢169.659,15 (ciento
sesenta y nueve mil seiscientos cincuenta y nueve colones con quince céntimos).
En virtud de que a la fecha no se tiene registro
sobre el reintegro de dicha suma, se le previene gestionarlo ante la Tesorería
de esa dependencia.
San José, 22 de
setiembre del 2014.—Antonio Ayales Esna, Director Ejecutivo.—O. C. N°
24059.—Solicitud N° 20166.—Crédito.—(IN2014062093). 3 v 2. Alt.
N°
045-MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en
lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1, 28 inciso 1, acápite b) de la Ley General de la
Administración Pública o Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto
en la Ley N° 9019 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del año 2012 y el artículo 34 del
Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
I.—Como respuesta
al informe de la Contraloría (Informe DFOE-PO-IF-12-2010), los ingenieros de
esta Dirección han incluido dentro de las actividades de trabajo la labor de
facilitadores con el fin de dar capacitación a Directores Regionales del MOPT,
en las diferentes temáticas de puentes.
II.—Con el fin de realizar el
levantamiento del inventario e inspección de puentes a través del Sistema de
Administración de Estructuras de Puentes (SAEP). Es necesario que se realice
dicho levantamiento de manera correcta y completa, y la Dirección de Puentes es
la encargada de brindar los lineamientos técnicos a Municipalidades Conavi,
Lanamme, TEC entre otras instituciones. Así como de realizar la labor de
Administrador de Puentes del SAEP en revisar y analizar las listas de priorización
y costo de reparación que genera el Sistema. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo
1°—Designar al Ingeniero, Antonio Romero Castro, cédula 1-947-894, funcionario
de la Dirección de Puentes del MOPT; para que participe en el Curso de
Entrenamiento “BRIDGE INSPECTION TRAINING”, a realizarse en Las Cruces Nuevo
México, Estados Unidos, a partir del 12 al 23 de mayo del 2013.
Artículo 2°—Los gastos de
alimentación y hospedaje durante los días del 11 al 24 de mayo de 2014 serán
cubiertos con recursos del MOPT en el Programa 32701 “Mejoramiento y
Conservación de la Red Vial”, subpartida 10504, por un monto de $4.326 dólares
americanos, lo cual incluye los gastos de alimentación y hospedaje, taxis
(Aeropuerto-hotel y viceversa).
Por la sub partida 10503,
Programa 32701 “Mejoramiento y Conservación de la Red Vial”, se reconocerá el
pago del boleto Aéreo y otros cargos por una suma máxima de $1.100.00 dólares
americanos.
Cargar los gastos de
inscripción del funcionario al Curso de entrenamiento por un monto total de
$1500,00 dólares estadounidenses, a la subpartida 1.07.01 del programa 32701.
Artículo 3°—Que durante los
días en que se autoriza la participación del Ing. Antonio Romero Castro en el
Curso de Entrenamiento “BRIDGE INSPECTION TRAINING”, a realizarse en Las Cruces
Nuevo México, Estados Unidos a partir del 12 al 23 de mayo del 2014 devengará
el 100% de su salario.
Artículo 4°—Rige a partir del
12 al 23 de mayo del 2014 inclusive.
Dado en el
Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los 03 días del mes de abril del año 2014.
PhD Pedro Castro
Fernández, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N°
3400022055.—Solicitud N° 19180.—(IN2014065170).
N° 126-2014
LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
Con fundamento en
lo dispuesto en el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, el artículo 02 de la Ley Orgánica
del Ministerio de Justicia y Paz, Ley N° 6739 de 28 de abril de 1982, así como
lo dispuesto en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2014, Ley N° 9193 5 de diciembre del
2013.
Considerando:
1º—Que mediante oficio PGR-141-2014
del 19 de agosto del 2014, suscrito por la señora Ana Lorena Brenes Esquivel,
Procuradora General, le concede autorización al Lic. Gilberth Calderón
Alvarado, cédula N° 1-0506-0548, Procurador Director del Área de la Ética, para
que participe en calidad de Expositor en la 5ta Conferencia de la Red de Puntos
Globales Focales, organizada por la Sub Dirección Anti Corrupción y de Delitos
Financieros de Interpol y la Iniciativa para la Recuperación de Activos Robados
(StAR) a realizarse en Viena, Austria, los días 9 al 10 de setiembre del 2014.
2º—Que el tema de la conferencia es Enfoques
Integrados y Proactivos para la Recuperación de Activos, siendo de interés para
el Ministerio de Justicia y Paz la participación del señor Calderón Alvarado
como Expositor, así como en las discusiones sobre este tema, ya que las mismas
se centrarán en los aspectos operativos involucrados en la recuperación de
activos, según lo señalado en el Capítulo V de la Convención de Naciones Unidas
contra la Corrupción (CNUCC).
3º—Que la Convención de las Naciones Unidas contra
la Corrupción se encuentra ratificada por Costa Rica mediante la Ley de la
República N° 8557 del 29 de noviembre del 2006.
4º—Que por Decreto Ejecutivo N° 33681 del 6 de marzo
del 2007, se designa a la Procuraduría de la Ética Pública como la Autoridad
Central para canalizar la asistencia mutua y la cooperación técnica, previstas
en el marco de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Gilberth
Calderón Alvarado, cédula N° 1-0506-0548, funcionario de la Procuraduría de la
Ética Pública, para que participe como Expositor en la 5ta Conferencia de la
Red de Puntos Globales Focales, organizada por la Sub Dirección Anti Corrupción
y de Delitos Financiaros de Interpol y la Iniciativa para la Recuperación de Activos
Robados (StAR) a realizarse en Viena, Austria, los días 9 al 10 de setiembre
del 2014.
Artículo 2º—Los gastos del señor Gilberth Calderón
Alvarado por concepto de viáticos en el exterior y gastos de transporte aéreo,
serán cubiertos por el ente organizador.
Artículo 3º—Que durante los días del 7 al 11 de
setiembre del 2014, en que se autoriza la participación y traslado del
funcionario Gilberth Calderón Alvarado en la actividad, devengará el 100% de su
salario.
Artículo 4º—Rige del 7 al 11 de setiembre del 2014.
Dado en el Ministerio de Justicia y
Paz, el día 3 de setiembre del 2014.
Cristina Ramírez Chavarría, Ministra
de Justicia y Paz.—1 vez.—O. C. N°
22548.—Solicitud N° 0836.—C-51270.—(IN2014066690).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 18, título N° 154, emitido por el CINDEA
Bribrí, en el año dos mil siete, a nombre de Nixon Yovanny Zeledón Muñoz. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y
cambio de apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Nixon Yovanny
Díaz Zeledón cédula 7-0141-0174. Se pública este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a
los veintinueve días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Jefa.—(IN2014063340).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 149, asiento 13,
título N° 1041, y del título de Técnico Medio en la Especialidad Contabilidad y
Finanzas, inscrito en el tomo 2, folio 48, asiento 14, título N° 1620, ambos
títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Puriscal, en el
año dos mil siete, a nombre de Calderón Jiménez Andrey Alberto, cédula
1-1402-0375. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticinco días
del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica
y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063343).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 5, título N° 49,
emitido por el Colegio Humanístico Costarricense, en el año dos mil siete, a nombre de Chaves
Marchena Jessica Tatiana, cédula 6-0387-0985. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los veintinueve días del mes de setiembre del dos mil
catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063358).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 62, título N° 818, emitido por el Sistema
Educativo Saint Clare, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de
Carballo Gómez Andrea, cédula 1-1014-0541. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los dieciocho días del mes de setiembre del dos mil
catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063684).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 4, folio 173, título N° 955, emitido por el Colegio
de Bagaces, en el año dos mil trece, a nombre de Vásquez Bolaños Kevin Darío,
cédula 2-0720-0956. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
veinticinco días del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Jefa.—(IN2014063698).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
la Educación Diversificada de Adultos, “Área de Ciencias”, inscrito en el Tomo
V, Folio 120, Título N° 938, emitido por el Colegio Nocturno Pbro. Enrique
Menzel, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Herberth García
Muñoz. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original y por corrección del nombre, cuyo nombre y apellido correcto es:
Gebert García Muñoz, cédula 3-0277-0632. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los treinta días del mes de setiembre del dos mil
catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063720).
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 94, Título N° 764,
emitido por el Liceo Diurno de Ciudad Colón, en el año dos mil tres, a nombre
de Morales Núñez Mariela Idalie, cédula 1-1289-0925. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, a los treinta días del mes de setiembre del dos mil
catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063767).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 183, Título N° 936,
emitido por el Liceo Fernando Volio Jiménez, en el año dos mil once, a nombre
de Delgado Carranza Priscila Michelle, cédula 1-1557-0694. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los veinticuatro días del mes de setiembre del
dos mil catorce.— Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014063942).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 17, título N° 238, emitido por el Colegio
Humboldt, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Sosa Soto
Christian, cédula 2-0497-0147. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José,
veinticinco de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014064200).
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del
Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el
tomo 1, folio 80, título N° 2396, emitido por el Colegio Bilingüe de Palmares,
en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Rojas Suarez Kattia
Marlene, cédula 5-0256-0619. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, once de agosto del
dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014064222).
Ante este
departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 307, Título N° 2995,
emitido por el Colegio de Naranjo, en el año dos mil nueve, a nombre de Porras
Arrieta Luis Fernando, cédula 2-0705-0361. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en
San José, a los veinte días del mes de agosto del dos mil catorce.—Departamento
de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Jefa.—(IN2014064975).
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media,
inscrito en el Tomo 2, Folio 36, Asiento 16, Título N° 582, emitido por el
Colegio Nocturno de Río Frío con Sección Diurna, en el año dos mil seis, a
nombre de González Molina Yana Raquel, cédula 4-0233-0553. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta. Dado en San José, a los dieciséis días del mes de setiembre del dos
mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014065029).
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 45, Asiento 35, Título N° 338, emitido por
el Colegio Técnico Profesional de Acosta, en el año mil novecientos noventa y
ocho, a nombre de Sequeira Meza Andrea, cédula 1-1074-0908. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta. Dado en San José, a los veintinueve días del mes de setiembre del
dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014065030).
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 6, asiento 21, emitido por el Liceo de
Miramar, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Alán Flores
Hellen Ester, cédula 6-0248-0644. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San
José, a los dieciséis días del mes de setiembre del dos mil
catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014065656).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 295, título N° 775, emitido por el Liceo de
Nicoya, en el año dos mil nueve, a nombre de Téllez Téllez Rosmery Alejandra,
cédula 6-0404-0420. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, 01 de setiembre
del 2014.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014065094).
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 67, asiento 25, título N° 234, emitido por
el Cindea-Puerto Jiménez, en el año dos mil doce, a nombre de Murillo Zúñiga
Angie Melissa, cédula 1-1621-0445. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, treinta de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014065095).
Ante esta dirección ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo II, folio 126, asiento N° 883, emitido por el Liceo Julio Fonseca
Gutiérrez, en el año dos mil diez, a nombre de Gómez Lawson Aldemir, cédula
1-1503-0945. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el diario oficial La Gaceta.—San José, dos de octubre del dos mil
catorce.—Félix Barrantes Ureña, Director Gestión y Evaluación de la
Calidad.—(IN2014065143).
Ante este dirección se ha presentado
la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 1, folio 73, título N° 1452, emitido por el Liceo de Heredia, en el
año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Vargas Cambronero Natividad,
cédula 4-0130-0468. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, 01 de octubre del
2014.—Félix Barrantes Ureña, Director Gestión y Evaluación de la
Calidad.—(IN2014065202).
Ante esta dirección ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 58, título N° 223, emitido por el Liceo Antonio Obando Chan,
en el año dos mil siete, a nombre de Araya Castillo Durstin Gerardo, cédula
1-1451-0651. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los tres días
del mes de octubre del dos mil catorce.—Gestión y Evaluación de la
Calidad.—Félix Barrantes Ureña, Director.—(IN2014065693).
Ante esta dirección ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio 91, diploma N° 1383, emitido por el
Liceo de Costa Rica, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de
Churnside Martínez Dextor Randall, cédula 1-0616-0705. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, a los tres días del mes de octubre del dos mil catorce.—Gestión y
Evaluación de la Calidad.—Félix Barrantes Ureña, Director.—(IN2014065703).
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 194, título Nº 1204, emitido por el Liceo
de Escazú, en el año dos mil dos, a nombre de Vega Solís Jonathan, cédula
1-1184-0605. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dos días del mes de
setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014066058).
Ante este
departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 10, título Nº 6063 y
del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Contabilidad y Finanzas,
inscrito en el tomo 2, folio 437, Título Nº 11014, emitido por el Colegio
Vocacional Monseñor Sanabria, en el año dos mil seis, a nombre de Rojas
Chinchilla Claudia Vanessa, cédula 1-1294-0047. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los veinticinco días del mes de abril del dos mil catorce.—Departamento
de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014066101).
Ante este
departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 185, título Nº 1770,
emitido por el Instituto de Educación Dr. Clodomiro Picado Twight, en el año
dos mil dos, a nombre de Delgado Araya Enmanuel, cédula 3-0394-0372. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, a los seis días del mes de octubre del dos mil
catorce.—Gestión y Evaluación de la Calidad.—Félix Barrantes Ureña,
Director.—(IN2014066140).
SALUD
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE INVESTIGACIÓN
Y
ENSEÑANZA EN NUTRICIÓN Y SALUD
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COSTARRICENSE
DE INVESTIGACIÓN Y ENSEÑANZA EN NUTRICIÓN
Y SALUD (INCIENSA)
Con fundamento en lo que establecen el
artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y el artículo 12, inciso a)
del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombramiento en propiedad
de Rafael Alonso Cedeño Molina, cédula de identidad N° 1-1313-0848, en el
puesto 402377 clasificado como Profesional de Servicio Civil 2, código 512.
Rige a partir del 01 de setiembre del 2014.
Tres Ríos, 29 de setiembre del
2014.—Dra. Lissette Navas Alvarado, Directora General.—1 vez.—O. C. Nº
23806.—Solicitud Nº 20861.—(IN2014065957).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
El señor Cristian Calderón Cartín,
mayor, abogado, cédula 1-800-402, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de Ranbaxy Laboratories Limited, de India, solicita la
Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE LA METALPROTEINASA MATRIZ. El presente invento se relaciona con
ácidos carboxílicos sustituidos mediante B-hidroxi y amino, que actúan como
inhibidores de la metaloproteasa matriz,
ácidos carboxílicos B-hidroxi diastereoméricamente puros, procesos
correspondientes para la síntesis de composiciones farmacéuticas que contienen
los compuestos del presente invento. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: C07D 209/48; C07D 401/06; A61K 31/403/A61P 29/00; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Sattigeri, Viswajanani J, Palle, Venkata P, Khera, Manoj
Kumar, Reddy, Ranadheer, Towari, Manoj Kumar, Soni, Ajay, Rauf, Abdul Rehnian
Abdul, Joseph, Sony, Musib, Arpita, Dastidar, Sunanda G, Srivastava, Punit
Kumar. Prioridad: 22/08/2006 In 1880/DEL/2006; 28/02/2008 // WO2008/023336. La
solicitud correspondiente lleva el número 20140412, y fue presentada a
las 12:22:00 del 08 de setiembre del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 09 de setiembre del
2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014066122).
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
Civiles
avisos
Se
hace saber a terceros e interesados que por no encontrarse el folio 8 del tomo
93 de la Sección de Mercantil de este Registro, en el cual consta el asiento 8
que presumiblemente es constitución de la sociedad Comp Cafetalera Tilarán
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-014551 de conformidad con lo
establecido por el reglamento para salvar la inscripción de tomos en el
Registro Público, que es Decreto Ejecutivo número 16236-J, del 2 de mayo de
1985, este departamento ha iniciado los trámites pertinentes con el fin de
llevar a cabo la reposición del asiento relacionado. Por lo anterior y en
cumplimiento del artículo 8 del citado reglamento se confiere un plazo de cinco
días hábiles contados a partir de la fecha de la presente publicación con el
fin de que terceros e interesados hagan valer su derechos y objeciones ante
esta oficina.—Curridabat, 22 de setiembre del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—O. C. N° OC14-0019.—Solicitud N° 20278.—(IN2014065466).
Se hace saber a terceros e interesados que por no encontrarse el folio
106 del tomo 136 de la Sección de Mercantil de este registro en el cual consta
el asiento 75 que presumiblemente es constitución de la sociedad Hacienda
Ganadera Chianina Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-24100 de conformidad
con lo establecido por el reglamento para salvar la inscripción de tomos en el
Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 16236-J del 2 de mayo de 1985,
este departamento ha iniciado los trámites pertinentes con el fin de llevar a
cabo la reposición del asiento relacionado. Por lo anterior y en cumplimiento
del artículo 8 del citado reglamento se confiere un plazo de 5 días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente publicación con el fin de que
terceros e interesados hagan valer su derecho y objeciones ante esta
oficina.—Curridabat, 01 de octubre del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—O. C. N° OC14-0019.—Solicitud N° 20782.—(IN2014066669).
Se hace saber a
terceros e interesados que por no encontrarse el folio 429 del tomo 136 de la
Sección de Mercantil de este registro en el cual consta el asiento 329 que
presumiblemente es constitución de la sociedad Cuatro Soles Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-024346 de conformidad con lo establecido por el
reglamento para salvar la inscripción de tomos en el Registro Público que es
Decreto Ejecutivo N° 16236-J del 2 de mayo de 1985, este departamento ha
iniciado los trámites pertinentes con el fin de llevar a cabo la reposición del
asiento relacionado. Por lo anterior y en cumplimiento del artículo 8 del
citado reglamento, se confiere un plazo de 5 días hábiles contados a partir de
la fecha de la presente publicación con el fin de que terceros e interesados
hagan valer su derecho y objeciones ante esta oficina.—Curridabat, 22 de setiembre del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—O. C. N° OC14-0019.—Solicitud N°
20785.—(IN2014066673).
Se hace saber a
terceros e interesados que por no encontrarse el folio 99 del tomo 131 de la
Sección de Mercantil de este registro en el cual consta el asiento 84 que
presumiblemente es constitución de la sociedad Naybo Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-022703 de conformidad con lo establecido por el reglamento para
salvar la inscripción de tomos en el Registro Público que es Decreto Ejecutivo
N° 16236-J del 2 de mayo de 1985, este departamento ha iniciado los trámites
pertinentes con el fin de llevar a cabo la reposición del asiento relacionado.
Por lo anterior y en cumplimiento del artículo 8 del citado reglamento, se
confiere un plazo de 5 días hábiles contados a partir de la fecha de la
presente publicación con el fin de que terceros e interesados hagan valer su
derecho y objeciones ante esta oficina.—Curridabat, 02 de octubre del
2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—O. C. N°
OC14-0019.—Solicitud N° 20786.—(IN2014066675).
Se hace saber a terceros e interesados que por no encontrarse el folio
87 del tomo 131 de la Sección de Mercantil de este registro, en el cual consta
el asiento 74 que presumiblemente es constitución de la sociedad Rudoga
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-3-101-022693 de conformidad con lo
establecido por el reglamento para salvar la inscripción de tomos en el
Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° 16236-J del 2 de mayo de 1985,
este departamento ha iniciado los trámites pertinentes con el fin de llevar a
cabo la reposición del asiento relacionado. Por lo anterior y en cumplimiento
del artículo 8 del citado reglamento, se confiere un plazo de 5 días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente publicación con el fin de que
terceros e interesados hagan valer su derecho y objeciones ante esta
oficina.—Curridabat, 06 de octubre del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—O. C. N° OC14-0019.—Solicitud N° 20909.—(IN2014066676).
PROGRAMA
DE REGULARIZACIÓN DEL CATASTRO
CONVOCATORIA
En el marco del Programa de
Regularización del Catastro y Registro del Gobierno de Costa Rica, y la Ley de
Catastro Nacional y su Reglamento.
Se convoca a los propietarios y
poseedores, para que se apersonen a la Exposición Pública de Resultados del
Levantamiento, que se realizará en:
Provincia |
Cantón |
Distrito |
Fecha |
Dirección |
Limón |
Pococí |
Cariari |
Del 14 al 23
de noviembre del 2014 |
Escuela Líder Campo Kennedy, Cariari centro. |
Provincia |
Cantón |
Distrito |
Fecha |
Dirección |
Limón |
Pococí |
Rita |
Del 14 al 23
de noviembre del 2014 |
Salón Parroquial de la Iglesia Católica de La Rita, frente a la
Plaza de Fútbol de La Rita |
Provincia |
Cantón |
Distrito |
Fecha |
Dirección |
Limón |
Limón |
Rio Blanco
|
Del 14 al 23
de noviembre del 2014 |
Salón Comunal de la Asociación de Desarrollo Río Blanco, 3 kilómetros
del Centro de Liverpool, Camino a las Brisas. |
Horario de atención: De lunes a
domingo de 8:00 a. m, a 4:30 p. m. (jornada continua).
Esto con el fin de que se examinen los
registros y mapas, catastrales, suscriba el acta de conformidad o manifiesten su inconformidad. De no presentarse el Catastro Nacional dará
los datos por correctos, según lo indica el artículo 19 de la Ley de Catastro.
Para más información comuníquese al 2202-0999 o a la página
www.rnpdigital.com.—José Joaquín Oviedo, Coordinador Verificación Catastral,
Registro Inmobiliario.—1 vez.—(IN2014072054).
DIRECCIÓN
DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Exp. N° 5205P.—Inversiones Ana María
S. A., solicita concesión de: 0,4 litros por segundo del acuífero, efectuando
la captación por medio del pozo AB-1196 en finca de su propiedad en San Rafael,
Escazú, San José, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riego.
Coordenadas 212.350/519.800 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 27 de agosto de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—(IN2014065038).
Exp. N°
16385P.—El Carao de la Palma S. A., solicita concesión de: 20 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BE-256 en
finca de el mismo en Belén, Carrillo, Guanacaste, para uso embotellado para la
venta y riego. Coordenadas 268.900 / 365.050 hoja Belén. 10 litros por segundo
del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BE-58 en finca de el
mismo en Belén, Carrillo, Guanacaste, para uso embotellado para la venta y
riego. Coordenadas 268.800 / 365.040 hoja Belén. Quienes se consideren
lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 23 de setiembre de 2014.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014065140).
Exp. N°
11378P.—Transuca S. A., solicita concesión de: 0,04 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BA-764 en finca de su
propiedad en San Pedro (Santa Bárbara), Santa Bárbara, Heredia, para uso
consumo humano-doméstico. Coordenadas 223.600 / 518.160 hoja Barva. Quienes se
consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 16 de setiembre de 2014.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014065210).
Exp. Nº 7053A.—3-101-664741 S. A., solicita concesión de 0,1 litro por
segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su
propiedad en San Antonio, Escazú, San José, para uso consumo humano, abrevadero
y turístico. Coordenadas 207.300 / 521.500 hoja Abra. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 29 de julio de 2014.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014066124).
Exp. Nº
16373A.—Jardín Sin Tiempo S.A, solicita concesión de 0,05 litros por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de el mismo en
Rivas, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano-doméstico y turístico-hotel-restaurante.
Coordenadas 160.075 / 582.569 hoja San Isidro. Predios inferiores: No se
indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de setiembre del
2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2014066132).
Exp. Nº 3465P.—La Nación S. A., solicita concesión de: 0,76 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo sin número 3,
en finca de su propiedad en San Juan (Tibás), Tibás, San José, para uso consumo
humano e industria comunicación colectiva. Coordenadas 215.610 / 527.980 hoja
Garza. 0,76 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio
del pozo sin número 2, en finca de su propiedad en San Juan (Tibás), Tibás, San
José, para uso consumo humano-industria comunicación colectiva. Coordenadas
215,570 / 528,025 hoja Garza; 0,76 litros por segundo del acuífero, efectuando
la captación por medio del pozo sin número 3, en finca de su propiedad en San
Juan (Tibás), Tibás, San José, para uso consumo humano-industria comunicación
colectiva. Coordenadas 215.550 / 527.990 hoja Abra. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 3 de setiembre de 2014.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014066133).
Exp. Nº
10376A.—Corporación Comercial Santa Marta Limitada, solicita concesión de 0,08
litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca
de su propiedad en Jesús (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso riego.
Coordenadas 214.100 / 491.800 hoja Río Grande. Predios inferiores: No se
indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de setiembre de
2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas.
Coordinador.—(IN2014066159).
SALA
CONSTITUCIONAL
ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad.
A
LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE
SABER:
Que en la acción de inconstitucionalidad que se
tramita con el número 14-000248-0007-CO, promovida por Luis Gerardo Fallas
Acosta, en calidad de Defensor Adjunto de los Habitantes contra de los
artículos 2 inciso 45), 81, 82 y 149 de la Ley N° 9078 denominada Ley de
Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, se ha dictado el voto
número 2014008481 de las dieciséis horas y uno minutos del once de junio del
dos mil catorce, que literalmente dice:
Por tanto: «Se declara con lugar la
acción. En consecuencia por ser contrarias a la Constitución Política, se
anulan: a) la palabra “obligatoriamente” contenida en el texto del inciso 45)
del artículo 2); b) el texto completo del artículo 81; c) el párrafo final del
artículo 82, que dice: “Toda persona que solicite la emisión del permiso o de
la licencia de conducir por primera vez, o su renovación, brindará una
dirección electrónica para recibir notificaciones; caso contrario, el Cosevi
asignará una DEV al conductor.” De igual forma, se anula también el texto del
artículo 149, con excepción de su párrafo tercero en cuanto recoge obligaciones
para las personas jurídicas dueñas de vehículos, no relacionadas directamente
con el objeto de esta acción. De conformidad con lo dispuesto por el artículo
91 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se dimensionan los efectos de
este pronunciamiento en el sentido de que esta declaratoria no afecta la
validez y eficacia de las infracciones que hayan adquirido firmeza en sede
administrativa y judicial. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes
Legislativo, Ejecutivo y Judicial, Reséñese este pronunciamiento en el diario
oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial.
Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia
de las normas anuladas, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe.
Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y
Judicial. Reséñese este pronunciamiento en el diario oficial La Gaceta y
publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese.»
San José, 17 de setiembre del 2014.
Gerardo
Madriz Piedra
1
vez.—(IN2014066479) Secretario
N.° 3509-M-2014.—Tribunal Supremo de
Elecciones.—San José, a las trece horas
cincuenta minutos del diecinueve de setiembre de dos mil catorce.
Diligencias de cancelación de
credenciales de regidor suplente que ostenta el señor Manuel Vargas Rojas en el
Concejo Municipal de Montes de Oro, provincia Puntarenas. (Exp. N° 170-Z-2014).
Resultando:
1°—Por oficio N° 41-SM-2014 del 4 de
abril de 2014, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 9 de mayo de ese
año, la señora Juanita Villalobos Arguedas, Secretaria del Concejo Municipal de
Montes de Oro, informó que ese órgano, en sesión ordinaria N° 13-14 -celebrada
el 31 de marzo de 2014-, conoció la renuncia del señor Manuel Vargas Rojas a su
cargo de regidor suplente de ese cantón. De la misma manera, la señora
Villalobos Arguedas remitió copia certificada de la respectiva carta de
dimisión (folios 5 a 7).
2°—En el procedimiento se han
observado las prescripciones de ley.
Redacta la Magistrada Zamora
Chavarría; y,
Considerando:
I.—Hechos probados. De
relevancia para la resolución del presente asunto se tienen, como debidamente
acreditados, los siguientes: a) que el señor Manuel Vargas Rojas fue electo
regidor suplente de la Municipalidad de Montes de Oro, provincia Puntarenas
(resolución de este Tribunal N° 2058-M-2010 de las 9:00 horas del 25 de marzo
de 2010, folios 10 a 17); b) que el señor Vargas Rojas fue propuesto, en su
momento, por el partido Unidad Social Cristiana (folios 9 y 15 vuelto); c) que
en sesión ordinaria N° 13-14 -celebrada el 31 de marzo de 2014-, el Concejo
Municipal de Montes de Oro conoció la renuncia formulada por el señor Vargas
Rojas a su cargo de regidor suplente (folio 5); d) que la señora Ivette del
Carmen García Hernández es la candidata a regidora suplente por el partido
Unidad Social Cristiana que no resultó electa ni ha sido designada por este
Tribunal para desempeñar el cargo de edil (folios 9 y 18); e) que la señora
García Hernández resultó electa como concejal propietaria del distrito Miramar,
cantón Montes de Oro, provincia Puntarenas, en las elecciones municipales de
diciembre de 2010, siendo postulada en su momento por el partido Acción
Ciudadana (folios 22 a 26); y, f) que el candidato que sigue en la nómina de
regidores suplentes del partido Unidad Social Cristiana -en la posición
inmediata siguiente a la señora García Hernández, por el citado cantón- que no
resultó electo ni ha sido designado por este Colegiado para desempeñar una
regiduría, es el señor German Espinoza Vargas, cédula de identidad n.°
6-0073-0108 (folios 9, 18 y 27).
II.—Sobre la renuncia presentada.
El artículo 171 de la Constitución Política dispone que los regidores
municipales “desempeñan sus cargos obligatoriamente”, obligatoriedad que
debe entenderse referida al debido cumplimiento de las responsabilidades
propias del cargo mientras se ostente la investidura, pero no a la
imposibilidad de renunciar a él cuando circunstancias personales o de otro
orden así lo indiquen. La renuncia a cualquier cargo público, incluyendo los de
elección popular, es inherente a la libertad como valor constitucional de que
gozan todas las personas, pues constituye un derecho fundamental reconocido en
el artículo 20 de la Constitución Política. En ese sentido, la mayoría de este
Tribunal es del criterio que la renuncia formulada por un regidor, en los
términos establecidos en el inciso c) del artículo 24 del Código Municipal,
constituye causal para la cancelación de la credencial que, en ese carácter,
ostenta.
De no aceptarse la posibilidad de la
renuncia pura y simple se atentaría contra un derecho fundamental: la libertad,
previsto no solo en la Constitución Política sino también en los instrumentos
jurídicos internacionales de derechos humanos de los que es parte el Estado
Costarricense, siendo una de sus manifestaciones el poder optar por mantenerse
o no en determinado cargo. Igualmente, en caso de no accederse a la posibilidad
de una renuncia voluntaria, se induciría al regidor a incurrir en una causal
sancionatoria, como podría ser el abandono de sesiones, con evidente lesión a
los intereses de la Corporación Municipal.
Por ello, al haberse acreditado que el
señor Manuel Vargas Rojas, en su condición de regidor suplente de la
Municipalidad de Montes de Oro, renunció voluntariamente a su cargo y que su
dimisión fue conocida por el Concejo Municipal de ese cantón, lo procedente es
cancelar su credencial y suplir la vacante conforme corresponda.
III.—Sobre la sustitución del señor
Vargas Rojas. Al cancelarse la credencial del señor Manuel Vargas Rojas se
produce una vacante, de entre los regidores suplente del citado concejo
municipal, que es necesario suplir según las reglas que determinaron la
elección. El artículo 208, párrafo segundo del Código Electoral regula la
sustitución de diputados, regidores o concejales de distrito ante
circunstancias de fallecimiento, renuncia o incapacidad de éstos para ejercer
el cargo y establece que el Tribunal Supremo de Elecciones “dispondrá la
sustitución llamando a ejercer el cargo, por el resto del período
constitucional, a quien en la misma lista obtuvo más votos o a quien siga en la misma lista, según
corresponda”. En consecuencia este Colegiado sustituirá, a los
regidores suplentes que deban cesar en sus funciones, con los candidatos de la
misma naturaleza que sigan en la lista del partido político del funcionario
cesante, que no hayan resultado electos ni hayan sido designados para
desempeñar el cargo.
En el presente asunto se ha tenido por
demostrado que la candidata que se encuentra en la situación descrita es la
señora Ivette del Carmen García Hernández; sin embargo, según los precedentes
jurisprudenciales de esta Magistratura Electoral, se entiende que ha dejado de
militar en el partido Unidad Social Cristiana –agrupación a la que pertenece la
plaza vacante– pues fue postulada con posterioridad a la elección de regidores
de febrero de 2010, por el partido Acción Ciudadana, como candidata a concejal
propietaria del distrito Miramar, cantón Montes de Oro, provincia Puntarenas, e
incluso resultó electa en ese cargo.
En concreto, esta Magistratura
Electoral, en un caso similar al que ahora se conoce, consideró:
“Aunque el señor […] se postuló para
las elecciones nacionales de febrero de 2010 en representación del PUSC para
ocupar el cargo de regidor propietario de Cañas, no resultó electo; y no fue
sino meses después, con motivo de las elecciones municipales de diciembre de
2010, cuando propuso su nombre–en el pleno ejercicio de la autonomía de la
voluntad–, por el PAC, para ocupar el cargo de síndico propietario del distrito
Cañas, proceso en el que resultó electo y,
por tanto, declarado como tal por este Tribunal. La jurisprudencia electoral ha
afirmado que “(…) al amparo del principio de autonomía de la voluntad, el
derecho de asociación política supone la posibilidad de afiliarse o
desafiliarse de una agrupación partidaria y asociarse a otra; ello se demuestra
cuando se realizan actos que reflejan, de manera inequívoca, su decisión de
desligarse de aquélla y afiliarse a otra, que es precisamente lo que ocurrió en
este caso.” (resolución N.° 6380-E3-2010).
El Tribunal
entiende que la postulación del señor […], en el marco de un proceso electoral
posterior, a una candidatura por el PAC –al punto de llegar a resultar electo
como síndico propietario–, demuestra actos concretos de filiación y una
militancia directa y evidente a esa nueva agrupación política y supone, en el
eventual caso de que no hubiera dimitido expresamente, la renuncia tácita e
inmediata a sus intereses partidarios y electivos en el PUSC. Por ello, resulta
innecesario prevenirle que indique cuál de los dos cargos desea desempeñar
–regidor propietario o síndico propietario–, sino que lo procedente es reponer
la vacante que deja la señora […] prescindiendo de la consideración del señor
[…] y optando por el candidato que sigue en la nómina y que no ha sido nombrado
por este Tribunal.” (Resolución N° 0556-M-2014 de las 12:10 horas del 17
de febrero de 2014).
De acuerdo con la
regla fijada en el precedente parcialmente transcrito, corresponde llenar la
vacante producida por la dimisión del señor Vargas Rojas, sin tomar en
consideración a la señora García Hernández.
Por ello, al
haberse acreditado que el señor German Espinoza Vargas, cédula de identidad N.°
6-0073-0108, es el candidato que sigue en la nómina de regidores suplentes del
partido Unidad Social Cristiana -en la posición inmediata siguiente a la señora
García Hernández, por el citado cantón- que no resultó electo ni ha sido
designado por este Colegiado para desempeñar una regiduría, se le designa como
edil suplente de la Municipalidad de Montes de Oro. La presente designación
rige desde su juramentación y hasta el 30 de abril de 2016. Por tanto:
Se cancela la
credencial de regidor suplente de la Municipalidad de Montes de Oro, provincia
Puntarenas, que ostenta el señor Manuel Vargas Rojas. En su lugar se designa al
señor German Espinoza Vargas, cédula de identidad N.° 6-0073-0108. La presente
designación rige a partir de la juramentación y hasta el treinta de abril de
dos mil dieciséis. El Magistrado Sobrado González pone nota. Notifíquese a los
señores Vargas Rojas y Espinoza Vargas, y al Concejo Municipal de Montes de
Oro. Publíquese en el Diario Oficial.—Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia
María Zamora Chavarría.—Max Alberto Esquivel Faerron.
NOTA SEPARADA DEL MAGISTRADO
SOBRADO GONZÁLEZ
En innumerables
ocasiones he señalado que, en mi criterio, el Código Municipal solo autoriza a
cancelar las credenciales del regidor que renuncia a su cargo cuando tal
renuncia se base en motivos excepcionales que razonablemente eximan al
interesado o interesada del cumplimiento de su deber constitucional,
previamente valorados por el respectivo concejo municipal. Únicamente de esa
manera es posible conciliar la obligatoriedad del cargo, impuesta
constitucionalmente (artículo 171), con el principio de que nadie está obligado
a lo imposible.
En el caso en
examen, conviene indicar que, desde la resolución N° 2158-E-2007 de las 10:15
horas del 28 de agosto de 2007, este Tribunal –con la actual integración de sus
miembros propietarios– de forma unánime acogió la postura del suscrito
Magistrado en punto a que la residencia efectiva en el cantón donde se sirve el
cargo es un requisito que debe mantener durante todo el mandato, y su variación
constituye una causal de cancelación de la respectiva credencial.
Precisamente, en
ese precedente se favoreció el siguiente razonamiento:
“El anterior
Código Municipal era claro al respecto, al establecer como condición de
elegibilidad al cargo de regidor el ser vecino del cantón en que se ha de
servir el cargo, siendo motivo de pérdida de credencial el carecer o perder tal
condición (art. 23.c, 25.a y 27.c). El Código vigente, por su parte, sustituyó
tal requisito por el de encontrarse “inscrito electoralmente, por lo menos con
dos años de anterioridad, en el cantón en que han de servir el cargo” (art.
22.c). Para no demeritar el carácter democrático y representativo del gobierno
municipal, ha de interpretarse que dicha inscripción electoral -dato formal-
debe ir acompañada por la residencia efectiva en el cantón respectivo –elemento
fáctico-, la cual debe mantenerse durante todo el período de nombramiento,
puesto que el no contar o perder este último requisito, excluiría de pleno
derecho la condición de munícipe y, por ende, los correspondientes derechos
políticos en la órbita local.
De ahí resulta
forzoso concluir que es motivo para cancelar las credenciales de los regidores
el que éstos dejen de ser vecinos del cantón correspondiente (…)”.
Dado que justamente la renuncia del
señor Vargas Rojas invoca la circunstancia de no ser más vecino del cantón de
Montes de Oro, su caso se ampara en un motivo que más bien lo obliga a dejar su
cargo de regidor; razón por la cual debe aceptarse su renuncia, concurriendo
entonces el suscrito Magistrado con su voto para la cancelación de sus
credenciales y la respectiva sustitución. Luis Antonio Sobrado González.—1
vez.—(IN2014065035).
Nº
3418-M-2014.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las once horas
cuarenta y cinco minutos del diecisiete de setiembre de dos mil catorce.
Expediente 438-DC-2014.
Cancelación de credenciales de la
señora Dobelys Ruiz Rodríguez, regidora propietaria del Concejo Municipal de
Corredores, provincia Puntarenas, por contravenir presuntamente lo dispuesto en
el artículo 24 inciso b) del Código Municipal.
Resultando:
1º—Por Nº SG-611-2013 del 7 de noviembre
de 2013, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 15 de esos mismos mes y
año, la señora Kembly Noel Carazo, Secretaria a. í. del Concejo Municipal de
Corredores, puso en conocimiento el acuerdo Nº 7, adoptado por ese órgano en la
sesión ordinaria Nº 44 –celebrada el 1 de noviembre de 2013–, en el que se
disponía solicitar a esta Autoridad Electoral la cancelación de la credencial
de regidora propietaria de ese cantón que ostenta la señora Dobelys Ruiz
Rodríguez por, presuntamente, haberse ausentado injustificadamente por más de
dos meses a las sesiones de ese concejo (folio 1).
2º—Este Tribunal, por auto de las 8:15
horas del 20 de noviembre de 2013, previno a la Secretaría Municipal de
Corredores para que, entre otros, certificara las fechas exactas de las
sesiones ordinarias y extraordinarias en las que, supuestamente, había estado
ausente la señora Ruiz Rodríguez (folio 4).
3º—La Secretaría del Concejo Municipal
de Corredores, en oficio Nº SG-651-2013 del 20 de noviembre de 2013, cumplió con
lo prevenido según el resultando anterior (folio 8).
4º—Este Colegiado, por auto de las
10:30 horas del 26 de noviembre del 2013, otorgó audiencia a la señora Ruiz
Rodríguez a fin de que justificara sus ausencias o bien manifestara lo que
considerara más conveniente a sus intereses (folio 9).
5º—En auto de las 11:55 horas del 2 de
enero del 2014, el Magistrado Instructor previno al señor Ignacio Carrillo
Pérez quien, además de ser concejal propietario del distrito Canoas, cantón
Corredores, provincia Puntarenas, era el candidato que seguía en la nómina de
regidores propietarios del partido Liberación Nacional -que no resultó electo
ni ha sido designado para desempeñar ese cargo- para que indicara por cuál de
los cargos optaría, en caso de ser procedente la cancelación de credenciales de
la señora Ruiz Rodríguez (folio 24).
6º—La señora Dobelys Ruiz Rodríguez,
por nota del 6 de enero del 2014, estableció las razones por las que había
dejado de asistir a las sesiones del Concejo Municipal de Corredores (folio
27).
7º—Entendiendo que la respuesta de la
señora Ruiz Rodríguez se trataba de una oposición al proceso de cancelación de
credenciales incoado en su contra, este Tribunal, por auto de las 11:50 horas
del 12 de mayo del 2014, remitió las diligencias a la Inspección Electoral para
que se procediera según el artículo 258 del Código Electoral (folio 28).
8º—La señora Mary Anne Mannix Arnold,
Inspectora Electoral, luego de realizar pesquisas preliminares en las que se
solicitó a la señora Ruiz Rodríguez aclarar el contenido de su nota del 6 de
enero del 2014, solicitó a esta Autoridad Electoral reconsiderar su decisión de
ordenar la apertura del procedimiento previsto en el citado numeral 258, toda
vez que la interesada había decidido no continuar en su cargo de regidora
propietaria (folios 35 a 37).
9º—Esta Magistratura Electoral, por
resolución Nº 5225-E6-2013 de las 13:55 horas del 29 de noviembre de 2013,
dispuso inhabilitar al señor Ignacio Carrillo Pérez, por el lapso de dos años,
para el ejercicio de cargos públicos (folios 38 a 43).
10.—La Presidencia de este Órgano
Constitucional, por resolución de las 15:20 horas del 30 de junio del 2014,
dispuso returnar el presente asunto a la Magistrada Eugenia María Zamora
Chavarría (folio 51).
11.—En auto de las 13:05 horas del 5
de setiembre del 2014, la Magistrada Instructora previno a la señora Xinia
Marta Contreras Mendoza quien, además de ser Alcaldesa Municipal de Corredores,
provincia Puntarenas, era la candidata que seguía en la nómina de regidores
propietarios del partido Liberación Nacional -que no resultó electa ni ha sido
designada para desempeñar ese cargo, en virtud de la imposibilidad del señor
Carrillo Pérez para asumir la regiduría- para que indicara por cuál de los
cargos optaría, en caso de ser procedente la cancelación de credenciales de la
señora Ruiz Rodríguez (folio 54).
12.—La señora Xinia Marta Contreras
Mendoza, por oficio Nº AM-001052-2014, informó que su deseo era continuar
desempeñando el cargo de Alcaldesa de Corredores (folio 56).
13.—En el proceso se han observado las
prescripciones legales.
Redacta la Magistrada Zamora
Chavarría; y,
Considerando:
I.—Cuestión previa. El artículo
258 del Código Electoral establece que solo será necesario iniciar un
procedimiento administrativo cuando el funcionario municipal de elección
popular –cuya credencial se insta a cancelar por ausencias– se haya opuesto al
procedimiento.
La oposición que refiere el Código
Electoral debe leerse como una manifestación del interesado de permanecer en el
cargo, supuesto distinto al que aquí se conoce ya que, en el caso concreto,
este Tribunal entiende que no hay contención puesto que, si bien –en un primer momento– asumió que la señora Ruiz
Rodríguez deseaba continuar en su cargo, lo cierto es que en la aclaración
realizada ante la Inspección Electoral se denota que su deseo, por razones
laborales y de estudio, es no continuar sirviendo el puesto de edil.
De esa suerte,
este Colegiado, en atención al principio de economía procesal, considera
oportuno seguir conociendo la presente gestión como cancelación de credenciales
por ausencias sin oposición, en los términos de la frase final del artículo 258
del Código Electoral y como, acertadamente, recomienda la Inspección Electoral
en su solicitud de reconsideración.
II.—Hechos
probados. Como tales y de relevancia para la resolución del presente
asunto, se tienen los siguientes: a) que la señora Dobelys Ruiz Rodríguez C.C.
Dovely Ruiz Rodríguez, fue electa regidora propietaria del cantón Corredores,
provincia Puntarenas, según lo dispuesto por este Tribunal en resolución n.º
2058-E11-2010 de las 9:00 horas del 25 de marzo del 2010 (folios 13 a 20); b)
que la señora Ruiz Rodríguez fue postulada en su momento por el partido
Liberación Nacional (véase nómina de candidatos a folio 21); c) que la señora
Ruiz Rodríguez no se presentó a sesiones del Concejo Municipal de Corredores
desde el 9 de setiembre y hasta el 19 de noviembre, ambos de 2013 (folio 8); d)
que la señora Ruiz Rodríguez fue debidamente notificada del proceso de
cancelación de credenciales en su contra y se apersonó al procedimiento sin
oponerse al mismo (folios 12, 27 y 34); e) que este Tribunal inhabilitó al
señor Ignacio Carrillo Pérez para desempeñar cargos públicos por dos años en
sentencia Nº 5225-E6-2013 de las 13:55 horas del 29 de noviembre de 2013
(folios 38 a 50); f) que, prescindiendo del señor Carillo Pérez, la candidata
que sigue en la nómina de regidores propietarios del partido Liberación Nacional
que no resultó electa, ni ha sido designada por este Tribunal para desempeñar
el cargo, es la señora Xinia Marta Contreras Mendoza quien es, además, la
Alcaldesa de Corredores y, de manera expresa, indicó que su deseo era continuar
ejerciendo ese cargo y no asumir el de edil (folios 53 y 56); y, g) que el
candidato que sigue en la nómina de regidores propietarios del partido
Liberación Nacional que no resultó electo, ni ha sido designado por este
Tribunal para desempeñar el cargo –ante la imposibilidad del señor Carrillo
Pérez y la determinación de la señora Contreras Mendoza de no asumir la
regiduría–, es el señor Victorio Manuel Vega Naranjo c.c. Víctor Vega Naranjo,
cédula de identidad Nº 5-0108-0156 (folios 21 y 57).
III.—Sobre el
fondo. El Código Municipal, en el inciso b) artículo 24 en relación con el
numeral 28 de ese mismo cuerpo normativo, dispone que es causal de pérdida de
la credencial de regidor propietario la ausencia injustificada a las sesiones
del concejo por más de dos meses.
En cuanto a lo
comunicado por el Concejo Municipal de Corredores y considerando el elenco de
hechos que se han tenido por acreditados, se desprende que la señora Dobelys
Ruiz Rodríguez se ha ausentado injustificadamente, por más de dos meses, de las
sesiones de ese órgano deliberativo, siendo lo procedente cancelar la
credencial de regidora propietaria que ostenta, como en efecto se ordena.
IV.—Sobre la
sustitución. Al cancelarse la credencial de la señora Ruiz Rodríguez, se
produce una vacante entre los regidores propietarios de la citada Municipalidad
que es necesario suplir, según lo que establece el artículo 208 del Código
Electoral, con el candidato de la misma naturaleza (regidor propietario) que
siga en la lista del partido Liberación Nacional, que no haya resultado electo
ni haya sido designado para desempeñar el cargo.
En presente
asunto, al haberse acreditado que existe una inhabilitación para el ejercicio
de cargos públicos en contra del señor Ignacio Carrillo Pérez y que la señora
Xinia Marta Contreras Méndez expresamente ha indicado que su deseo es
permanecer en el cargo de Alcaldesa Municipal que actualmente ostenta, lo
procedente es designar como regidor propietario de la Municipalidad de
Corredores al restante candidato no electo de esa agrupación política, sea al
señor Victorio Manuel Vega Naranjo C.C. Víctor Vega Naranjo, cédula de
identidad Nº 5-0108-0156. Esta designación rige a partir de su juramentación y
hasta el 30 de abril del 2016. Por tanto;
Se cancela la
credencial de regidora propietaria de la Municipalidad de Corredores, provincia
Puntarenas, que ostenta la señora Dobelys Ruiz Rodríguez c.c. Dovely Ruiz
Rodríguez. En su lugar, se designa al señor Victorio Manuel Vega Naranjo c.c.
Víctor Vega Naranjo, cédula N.º 5-0108-0156. La presente designación rige a
partir de la juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis.
Contra lo resuelto cabe interponer recurso de reconsideración dentro de los
tres días hábiles contados a partir del día siguiente a la comunicación del
fallo. Notifíquese a la señora Ruiz Rodríguez. Firme esta resolución se le
notificará, además, al señor Vega Naranjo y al Concejo Municipal de Corredores,
y se publicará en el Diario Oficial.—Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia
María Zamora Chavarría.—Max Alberto Esquivel Faerron.—1 vez.—Exonerado.—
(IN2014066351).
Nº
3592-M-2014.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las catorce horas
cincuenta y cinco minutos del veintitrés de setiembre de dos mil catorce.
Expediente 266-Z-2014.
Diligencias de cancelación de
credenciales de los señores Ester Miranda Martínez y Filander Gerardo Soto
Arce, por su orden concejales propietaria y suplente, del distrito San Rafael,
cantón Guatuso, provincia Alajuela.
Resultando:
1º—Por oficio del 8 de agosto del
2014, la señora Ana Lía Espinoza Sequeira, Secretaria del Concejo Municipal de
Guatuso, comunicó el acuerdo adoptado por ese concejo en el artículo 3°, inciso
1), de la sesión ordinaria n.° 30-14, celebrada el 29 de julio de 2014, en el
que se dispuso poner en conocimiento de esta Autoridad Electoral el deceso de
los señores Ester Miranda Martínez y Filander Gerardo Soto Arce, concejal
propietaria y concejal suplente –respectivamente– del distrito San Rafael
(folio 2).
2º—En el procedimiento se han
observado las prescripciones de ley.
Redacta la Magistrada Zamora
Chavarría; y,
Considerando:
I.—Hechos
probados. De interés para la resolución del presente asunto se tienen, como
debidamente acreditados, los siguientes: a) que la señora Ester Miranda
Martínez, cédula de identidad N.° 5-0203-0899, fue electa como concejal
propietaria del distrito San Rafael, cantón Guatuso, provincia Alajuela (ver
resolución N.° 0489-E11-2011, folios 4 a 9); b) que el señor Filander Gerardo
Soto Arce, cédula de identidad N.° 2-0312-0308, fue electo concejal suplente
del citado distrito San Rafael (folios 4 a 9); c) que los señores Miranda
Martínez y Soto Arce fueron propuestos, en su momento, por el partido
Liberación Nacional (PLN) (folio 3 vuelto); d) que la señora Miranda Martínez
falleció el 27 de enero de 2014 (folio 11); e) que el señor Soto Arce murió el
9 de octubre de 2013 (folio 12); f) que el candidato a concejal propietario,
por el partido Liberación Nacional, del citado distrito que no resultó electo
ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar el cargo, es el señor
Donald Cubero Martínez, cédula de identidad N.° 5-0295-0138 (folios 3 vuelto,
10 y 15); y, g) que la candidata a concejal suplente, por la citada agrupación,
del distrito San Rafael que no resultó electa ni ha sido designada por este
Tribunal para desempeñar el cargo, es la señora Maureen Castro Ríos, cédula de
identidad N.° 6-0304-0410 (folios 3 vuelto, 10 y 13).
II.—Sobre el
deceso de los señores Miranda Martínez y Soto Arce. En virtud de que en
autos se encuentra acreditado que la señora Ester Miranda Martínez, concejal
propietaria de San Rafael, falleció el 27 de enero de 2014; y que el señor
Filander Gerardo Soto Arce, concejal propietario de ese mismo distrito, murió
el 9 de octubre de 2013, lo procedente es, ante sus decesos, cancelar sus
respectivas credenciales, como en efecto se dispone.
III.—Sobre la
sustitución de la señora Miranda Martínez. Al cancelarse la credencial de
la señora Ester Miranda Martínez se produce -de entre los concejales
propietarios del partido Liberación Nacional en el Concejo de Distrito de San
Rafael- una vacante que es necesario suplir conforme lo establece el párrafo
segundo del artículo 208 del Código Electoral, sea: “…llamando a ejercer el
cargo, por el resto del período constitucional, a quien (…) siga en la misma
lista, según corresponda”.
Por ello, al
haberse acreditado que el candidato que sigue en la nómina de esa agrupación
política, que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para
desempeñar el cargo es el señor Donald Cubero Martínez, cédula de identidad N.°
5-0295-0138, se le designa como concejal propietario del distrito San Rafael,
cantón Guatuso, provincia Alajuela. La presente designación lo será por el
período que va desde su juramentación hasta el treinta de abril de dos mil
dieciséis.
IV.—Sobre la
sustitución del señor Soto Arce. En cuanto a la sustitución del señor
Filander Gerardo Soto Arce, cuyo deceso ha provocado la vacante de un puesto de
concejal suplente que pertenece al partido Liberación Nacional, es necesario,
también, proceder según el numeral 208 antes referido; sin embargo, por la
naturaleza del puesto, debe acudirse a la lista de concejales suplentes.
En el presente asunto, al haberse acreditado que la candidata que
sigue en la nómina del citado partido político, que no resultó electa ni ha
sido designada por este Tribunal para desempeñar el cargo es la señora Maureen
Castro Ríos, cédula de identidad N.° 6-0304-0410, se le designa como concejal
suplente del distrito San Rafael, cantón Guatuso, provincia Alajuela. La
presente designación lo será por el período que va desde su juramentación hasta
el treinta de abril de dos mil dieciséis. Por tanto;
Se cancelan las
credenciales de concejal propietaria y concejal suplente que ostentaban, respectivamente,
los señores Ester Miranda Martínez y Filander Gerardo Soto Arce. En sus
lugares, se designa a los señores Donald Cubero Martínez, cédula de identidad
N.° 5-0295-0138, como concejal propietario, y a la señora Maureen Castro Ríos,
cédula de identidad N.° 6-0304-0410, como concejal suplente, ambos del distrito
San Rafael, cantón Guatuso, provincia Alajuela. Estas designaciones rigen a
partir de la juramentación y hasta el 30 de abril del 2016. Notifíquese a los
señores Cubero Martínez y Castro Ríos, al Concejo Municipal de Guatuso y al
Concejo de Distrito de San Rafael. Publíquese en el Diario
Oficial.—Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora Chavarría.—Max
Alberto Esquivel Faerron.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014066358).
Registro Civil -Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que
este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Juan Gabriel Escorcia
no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución N° 2946-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las dieciséis horas nueve minutos del cuatro de
setiembre del dos mil catorce. Expediente N° 24074-2014. Resultando: 1º—…,
2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Gadiel Eliep Escorcia López… en el
sentido que el nombre del padre de la persona ahí inscrita es “Juan
Gabriel”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014066688).
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
OFICINA
DE COOPERACIÓN
INTERNACIONAL
DE LA SALUD
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2014LN-000005-UPIMS
Tanques
sépticos, interceptores de grasa e inodoros
La Oficina de Cooperación
Internacional de la Salud a través de la Proveeduría Institucional del
Ministerio de Salud, recibirá propuestas hasta las 14:00 horas del 17 de
noviembre de 2014, para la compra de:
Línea 1: Mil seiscientos quince (1615)
tanques sépticos.
Línea 2: Mil seiscientos quince (1615)
interceptores de grasa.
Línea 3: Mil seiscientos quince (1615)
inodoros económicos.
El cartel con las especificaciones
técnicas y condiciones generales de dicha contratación administrativa podrán
retirarse por parte de los interesados sin costo alguno a partir de la presente
publicación en la Proveeduría Institucional de ese ministerio, sita tercer piso
del edificio sur del Ministerio de Salud, ubicado en calle 16, avenidas 6 y 8.
Horario de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. (jornada continua).
San José, 21 de octubre de
2014.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1
vez.—O. C. N° 3400022094.—Solicitud N° 21772.—C-18730.—(IN2014072094).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2014LA-000011-UPIMS
Contratación
servicio dibujo de planos
La Proveeduría Institucional, por
medio del presupuesto de la Consejo Técnico de Asistencia Médico Social con
fondos del Fideicomiso 872, recibirá propuestas hasta las 14:00 horas del 04 de
noviembre de 2014, para la contratación del servicio de dibujo de planos.
El cartel con las especificaciones
técnicas y condiciones generales de dicha contratación administrativa podrán
retirarse por parte de los interesados sin costo alguno a partir de la presente
publicación en la Proveeduría Institucional de ese Ministerio, sita tercer piso
del edificio sur del Ministerio de Salud, ubicado en calle 16, avenidas 6 y 8.
San José, 21 de octubre de
2014.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1
vez.—O. C. N° 3400022094.—Solicitud N° 21773.—C-14310.—(IN2014072096).
LICITACIÓN
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Equipo
para laboratorios 2
La Proveeduría Institucional de la
Universidad Técnica Nacional recibirá ofertas por escrito hasta las 11:00 horas
del 7 de noviembre del 2014, para la compra de libros. El cartel y las posibles
aclaraciones se encuentran disponibles en la página web:
www.utn.ac.cr>contratacion administrativa>licitaciones abreviadas.
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correo lperez@utn.ac.cr, copia a vcascante(g),utn.ac.cr y/o al fax 2430-3496.
22 de octubre del 2014.—Dirección de
Proveeduría Institucional.—Lic. Miguel A. González Matamoros Director.—1
vez.—(IN2014072190).
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e instalación de unidades de potencia ininterrumpible
(UPS)
de 10 kva monofásicas paralelables y (UPS) de 10,
20
y 30 kva trifásicas modulares, con entregas por
demanda
para un periodo fijo de cuatro (4)
años,
para oficinas del Banco Nacional
La Proveeduría General del Banco
Nacional de Costa Rica recibirá ofertas por escrito a las diez horas (10:00 a.
m.) del 21 de noviembre del 2014, para la “Compra e instalación de unidades de
potencia ininterrumpible (UPS) de 10 kva monofásicas paralelables y (UPS) de
10, 20 y 30 kva trifásicas modulares, con entregas por demanda para un periodo
fijo de cuatro (4) años, para oficinas del Banco Nacional”.
El cartel puede ser retirado sin costo
adicional a partir de este momento en la Oficina de Proveeduría, situada en el
edificio de la Dirección de Logística Recursos Materiales del Banco Nacional de
Costa Rica en La Uruca.
La Uruca, 24 de octubre del
2014.—Alejandra Trejos Céspedes, Proveeduría General.—1 vez.—O. C. N°
517819.—Solicitud N° 21803.—C-17830.—(IN2014072098).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2014LN-000026-DCADM
Alquiler
de local para instalar Oficina
de
Negocios en Pérez Zeledón
Apertura para las 10:00 horas del 17
de noviembre del 2014. Venta del cartel:
Oficinas Centrales, de lunes a viernes de 8:15 a. m. a 4:00 p. m. Retiro del
cartel en el 6to piso, División de Contratación Administrativa,
costo: ¢1.500,00 (mil quinientos colones con 00/100).
San José, 21 de octubre del 2014.—Área
de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1
vez.—(IN2014072212).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS DE SALUD
REGIÓN BRUNCA
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000004-2799
Servicio de seguridad y vigilancia
La Dirección
Regional Servicios de Salud Región Brunca, comunica que se encuentra a
disposición de los interesados, el cartel para la Licitación Pública
2014LN-000004-2799, para la compra del servicio de seguridad y vigilancia de
los Ebais del Área de Salud de Golfito, las sedes de Área de Golfito y Buenos
Aires y del Hospital Manuel Mora Valverde de Golfito; para mayor información
ingresar al Link:
http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2799&tipo=LN de la página.
La apertura será
el próximo 17 de noviembre del 2014 al ser las 10:00 horas.
San Isidro de
Pérez Zeledón, 21 de octubre del
2014.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Jean Pierre Garbanzo
Duarte, Coordinador.—1 vez.—(IN2014072038).
HOSPITAL MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA DE
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN NACIONAL 2014LN-000020-2104
Adquisición de marcadores tumorales y anticuerpos
contra toxoplasma, citomegalovirus, treponema
pallidum, rubeola y hepatitis A
Se comunica a los
interesados en participar que la fecha máxima de recepción de ofertas es el 13
de noviembre de 2014, a las 9:00 horas.
San José, 20 de
octubre del 2014.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez
Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2014072228).
LICITACIÓN NACIONAL Nº 2014LN-000019-2104
Tarjetas o cassette varios
Se comunica a los
interesados en participar que la fecha máxima de recepción de ofertas es el día
13 de noviembre del 2014, a las 10:00 horas.
San José, 20 de
octubre del 2014.—Administración-Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2014072235).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000077-2104
Papel higiénico
Se comunica a los
interesados en participar que la fecha máxima de recepción de ofertas es el día
14 de noviembre del 2014, a las 8:30 horas.
San José, 21 de
octubre del 2014.—Administración-Subárea de Contratación Administrativa.—Lic.
Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2014072240).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000085-2104
Fórmula enteral para pacientes con intolerancia a la
glucosa
Se comunica a los
interesados en participar que la fecha máxima de recepción de ofertas es el día
14 de noviembre del 2014, a las 11:30 horas.
San José, 21 de
octubre del 2014.—Administración-Subárea de Contratación Administrativa.—Lic.
Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2014072241).
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000082-2104
Por la adquisición de “asas para polipectomía
y sistema de introducción de Stent Biliar (Pigtail)
Se comunica a los
interesados en participar que la fecha máxima de recepción de ofertas es el día
14 de noviembre de 2014, a las 9:30 horas.
21 de octubre del
2014.—Administración-Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen
Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2014072242).
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000084-2104
Por la adquisición de “bosentan 125 mg”
Se comunica a los
interesados en participar que la fecha máxima de recepción de ofertas es el día
14 de noviembre de 2014, a las 10:30 horas.
21 de octubre del
2014.—Administración-Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen
Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2014072244).
PROCESO DE ADQUISICIONES
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metros al norte de entrada principal de INOLASA, o bien ver la página web del
INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N°
23220.—Solicitud N° 21746.—(IN2014072017).
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LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000003-UL-CAB
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formación
y certificación de mediadores y conciliadores
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Proveeduría del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, recibirá ofertas
escritas para el suministro en plaza, hasta las 10:00 horas del 18 de noviembre
2014, con todo gasto pago e impuestos incluidos, al concurso citado. El pliego
de condiciones se encuentra disponible en la dirección electrónica:
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San José, 20 de
octubre del 2014.—Dirección Financiera.—Lic. Mayela Guillén Garro, Jefa.—1
vez.—O. C. N° 9987.—Solicitud N° 21719.—(IN2014072015).
JUNTA
DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA LOS ÁNGELES
DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN SAN JOSÉ NORTE
CIRCUITO 02 GOICOECHEA ESTE
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 01-2015
La Junta de
Educación de la Escuela los Ángeles, ubicada en la provincia de San José,
cantón de Goicoechea, distrito Ipís, 400 este del Cruce Ipís, Coronado, sobre
la carretera a Ipís, contiguo a la Iglesia Católica de los Ángeles, edificio
esquinero, color papaya; abre a concurso la Contratación Directa No. 01-2015
para los siguientes servicios:
● Contratación de
tesorero-contador, servicios profesionales.
Retiro y
recepción de ofertas: sede de la escuela Los Ángeles.
Plazo para
presentar ofertas: 11-11-2014 al 25-11-2014.
Valor del cartel:
¢1000 (mil colones).
Vigencia de la
oferta: mínimo 30 días hábiles a partir de su presentación.
● Contratación de
Proveedor para compra de alimentos para el comedor escolar.
Retiro y
recepción de ofertas: sede de la escuela Los Ángeles.
Plazo para presentar
ofertas. 11-11-2014 al 25-11-2014.
Valor del cartel:
¢1000 (mil colones).
Vigencia de la
oferta: mínimo 30 días hábiles a partir de su presentación.
● Contratación
concesionario de soda escolar.
Retiro y
recepción de ofertas: sede de la escuela Los Ángeles.
Plazo para
presentar ofertas: 11-11-2014 al 25-11-2014.
Valor del cartel:
¢1000 (mil colones).
Vigencia de la
oferta: mínimo 30 días hábiles a partir de su presentación.
• Contratación
servicio de cocinera para el comedor escolar.
Retiro y recepción de ofertas: sede de
la escuela Los Ángeles.
Plazo para presentar ofertas:
11-11-2014 al 25-11-2014.
Valor del cartel: ¢1000 (mil colones).
Vigencia de la oferta: mínimo 30 días
hábiles a partir de su presentación.
MSc. Xiomara Cabalceta Peña, Directora
de Escuela.—Yamileth Vaglio Torres, Presidenta Junta de Educación.—1
vez.—(IN2014072169).
MUNICIPALIDAD
DE ALVARADO
LICITACIÓN
ABREVIADA N°2014LA-000007-M29
Compra de tanques de concreto para almacenamiento
de
agua potable en el cantón de Alvarado
En la Municipalidad de Alvarado,
ubicada en Pacayas, Cartago, se recibirán ofertas hasta las 10:00 a. m. del 03
de noviembre del 2014, para adquirir
tanques de concreto, según condiciones y especificaciones que se encuentran en
el cartel disponible en las oficinas de la Municipalidad, mediante acuerdo
tomado en sesión ordinaria N° 232 del 6 de octubre del 2014.
Felipe Martínez Brenes, Alcalde
Municipal.—1 vez.— (IN2014072115).
MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN
CENTRAL DE LIMÓN
LICITACIÓN
ABREVIADA N°2014LA-000032-01PM
Alquiler
de iluminación temática navideña con pasacalles, árbol temático y banderines
La Unidad de Bienes y Servicios de la
Municipalidad del Cantón Central de Limón invita a las personas físicas y
jurídicas a participar en la Licitación Abreviada N° 2014LA-000032-01PM, para
el “Alquiler de iluminación temática navideña con pasacalles, árbol temático y
banderines”.
Las ofertas se recibirán en este
departamento hasta las 13:00 horas del 5 de noviembre del 2014 de acuerdo a la
hora que indique el reloj de la Unidad de Bienes y Servicios.
El cartel con las especificaciones
técnicas y condiciones legales estaría a disposición de los interesados en las
oficinas de la unidad de Bienes y Servicios de la Municipalidad del Cantón
central de Limón, el cual podrá ser solicitado físicamente en horario de 8:00 a
3:30, podrán también los interesados solicitarlo al correo electrónico
proveeduriamunilimon@hotmail.com., consultas al teléfono: 2758 0219 y 2758
0134, ext. 105.
Octubre del 2014.—Departamento de
Bienes y Servicios.— Celia Mena Rojas, Jefa.—1 vez.—(IN2014072045).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
Se comunica a todos los interesados en
los procedimientos de contratación que se dirán, que por acuerdos del Consejo
Superior del Poder Judicial en sesión 91-14 del día 16 de octubre del año en
curso, artículos VI, VIII, IX, respectivamente, se dispuso adjudicarlos de la
siguiente forma:
LICITACIÓN
PÚBLICA 2014LN-000016-PROV
Contratación
de servicios de fotocopiado y escaneo
de
documentos, para los despachos judiciales
y
usuarios en el edificio de los Tribunales
de
Justicia de Puntarenas
A: Inversiones Karl del Este S. A.,
cédula jurídica 3-101-298364, según los términos pactados en el pliego de
condiciones.
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000037-PROV
Compra de microscopio de comparación
A: Capris S.
A., cédula jurídica 3-101-005113.
Línea N° 1.
Monto total
adjudicado en esta licitación $81.900,00.
Demás
características según pliego de condiciones.
__________
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000048-PROV
Compra de licencias de software
A: Componentes
El Orbe S. A., cédula jurídica 3-101-111502.
Línea N° 2.
Monto total adjudicado a esta empresa $4.208,00.
A: Teleservicios
Digitales JBM S. A., cédula jurídica 3-101-393719-
Línea N° 3
Monto total
adjudicado a esta empresa $20.000,00.
La línea N° 1 se
recomienda declarar infructuosa.
Demás
características según pliego de condiciones.
San José, 21 de
octubre de 2014.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurly Argüello Araya, Jefa.—1
vez.— (IN2014072103).
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000002-85002
Contratación de servicio de vigilancia y seguridad
para la Sede Central del Tribunal Supremo de
Elecciones
La Proveeduría
del Tribunal Supremo de Elecciones comunica, que en el artículo tercero inciso
A) de la reunión ordinaria N° 28-2014, realizada el 17 de octubre del dos mil
catorce y comunicado en oficio N° CDIR-117-2014, el Consejo de Directores del
Tribunal Supremo de Elecciones dispuso adjudicar el concurso de referencia a la
empresa Corporación Celulares y Más de la Cruz S. A., cédula jurídica
3-101-424172, por un monto mensual de ¢5.899.500,00 (cinco millones ochocientos
noventa y nueve mil quinientos colones), monto total anual ¢70.794.000,00
(setenta millones setecientos noventa y cuatro mil colones) con una vigencia de
un año y podrá prorrogarse en forma automática por períodos iguales, hasta un
máximo de cuatro (4) años tal y como se detalla en el oficio en mención. El
documento que resuelve la adjudicación puede ser consultado en la dirección
electrónica www.hacienda.go.cr/comprared del citado trámite.
Proveeduría.—Lic.
Allan Herrera Herrera, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
3400020562.—Solicitud Nº 21738.—C-23240.—(IN2014072057).
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000009-01
Mantenimiento preventivo y correctivo de boyas
del sistema de balizamiento del INCOP
El Departamento
de Proveeduría del INCOP comunica que la Licitación Abreviada 2014LA-000009-01
por “Mantenimiento preventivo y correctivo de boyas del sistema de balizamiento
del INCOP” fue adjudicada a la oferta presentada por la empresa Náutica JJ
S. A., por un monto de ¢15.575.000,00 (quince millones quinientos setenta y
cinco colones netos), siendo el mantenimiento por una única vez. Se excluye del
mantenimiento las boyas 2, 3 y 8 ubicadas en Caldera y la 9 ubicada en Puntarenas.
Mba. Juan Ariel
Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O. C. N° 27291.—Solicitud N° 21806.—C-12100.—(IN2014072127).
PROVEEDURÍA
AUXILIAR SEDE GUANACASTE
LICITACIÓN
ABREVIADA 2014LA-000003-UTN04
Adquisición
de un vehículo pick up
La Proveeduría Auxiliar (Sede
Guanacaste) de la Universidad Técnica Nacional, Institucional informa a todos
los interesados en el presente concurso que el mismo fue adjudicado por el
Consejo de Sede en la sesión extraordinaria N° 008-2014 del 9 de octubre del
2014; mediante Acuerdo N° 03, de la siguiente manera:
Purdy Motor S. A., cédula jurídica 3-101-005744.
Línea 1: vehículo pick up (incluye kit
de aros, mantenimiento preventivo de 40.000km y snorkel), monto total
$24.700,00 (veinticuatro mil setecientos dólares).
Tiempo de entrega: 8 días hábiles.
Todo lo demás de acuerdo al cartel,
especificaciones técnicas, aclaraciones y la oferta.
22 de octubre del 2014.—Dirección de
Proveeduría Institucional.—Lic. Miguel A. González Matamoros, Director.—1
vez.—(IN2014072192).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2014LA-000002-UTN04
Adquisición
de alimento para animales
La Proveeduría Auxiliar (Sede
Guanacaste) de la Universidad Técnica Nacional, Institucional informa a todos
los interesados en el presente concurso que el mismo fue adjudicado por el
Consejo de Sede en la sesión extraordinaria N° 008-2014 del 9 de octubre del
2014; mediante Acuerdo N° 04, de la siguiente manera:
Agroinsumos Tecnoplant de Cañas TC S.
A., cédula jurídica
3-101-606594.
Línea 7: alimento concentrado para
res, monto ¢154.550,00 (ciento cincuenta y cuatro mil quinientos cincuenta
colones).
Línea 8: alimento concentrado para
ternero, monto ¢39.795,00 (treinta y nueve mil setecientos noventa y cinco
colones).
Línea 9: alimento concentrado para
equinos, monto ¢27.500,00 (veintisiete mil quinientos colones).
Las líneas 1, 2, 3, 4, 5 y 6 se
declaran infructuosas.
Tiempo de entrega: inmediata.
Todo lo demás de acuerdo al cartel,
especificaciones técnicas, aclaraciones y la oferta.
22 de octubre del 2014.—Dirección de
Proveeduría Institucional.—Lic. Miguel A. González Matamoros, Director.—1
vez.—(IN2014072194).
DIRECCIÓN
REGIONAL DE SERVICIOS
DE SALUD
CENTRAL NORTE
ÁREA
DE SALUD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
LICITACIÓN
ABREVIADA 2014LA-000009-2299
Servicios
profesionales de registros médicos
y
estadísticas de salud
Se procede a comunicar la adjudicación
de la siguiente licitación efectuada por la Dirección de esta Sede Regional
según el Modelo de Distribución de Competencias en Contratación Administrativa
y Facultades de Adjudicación de la CCSS.
Ítem: 1 (único), se adjudica al
consorcio: Asesoría y Capacitación Empresarial S. A. & Seguridad
Alfa S. A., por un monto total anual de ¢21.137.848,84 (veintiún millones
ciento treinta y siete mil ochocientos cuarenta y ocho colones con ochenta y
cuatro céntimos).
Dicho expediente se encontrará en esta
sede regional, ubicada 200 metros norte de la Municipalidad de Santo Domingo de
Heredia.
Unidad Regional de Contratación
Administrativa.—Lic. Carlos Gómez Cruz.—1 vez.—(IN2014072111).
HOSPITAL
MÉXICO
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2014LA-000073-2104
Sorafenib
200 mg
Empresas adjudicadas: Bayer S. A.
Vea detalles y mayor información en
http:// www.ccss.sa.cr
San José, 17 de octubre del
2014.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez C.,
Jefatura.—1 vez.—(IN2014072230).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000046-2104
Acero inoxidable multifilamento,
poliéster, polidioxanona
Empresas
adjudicadas: Medicald S. A., Kendall Innovadores en Cuidados al
Paciente S. A., Allmedical S. A., y Panamedical de Costa Rica S.
A.
Vea detalles y
mayor información en http://www.ccss.sa.cr
San José, 17 de
octubre del 2014.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez
C., Jefatura.—1 vez.—(IN2014072231).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000057-2104
Conexiones para bombas de infusión transparentes
y conexiones para bombas de infusión set radio opaco
Empresas
adjudicadas: CEFA Central Farmacéutica S. A.
Vea detalles y
mayor información en http://www.ccss.sa.cr
San José, 17 de
octubre del 2014.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez
C., Jefatura.—1 vez.—(IN2014072232).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000051-2104
Aztreonam 1 gramo
Empresas
adjudicadas: Ecopharmed S. A.
Vea detalles y
mayor información en http://www.ccss.sa.cr
San José, 17 de
octubre del 2014.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez
C., Jefatura.—1 vez.—(IN2014072233).
LICITACIÓN NACIONAL Nº 2014LN-000006-2104
Reactivos de la coagulación sanguínea
Empresas
adjudicadas: Biocientífica Internacional S. DE R. L.
Vea detalles y
mayor información en http:// www.ccss.sa.cr
San José, 17 de
octubre del 2014.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez
C., Jefatura.—1 vez.—(IN2014072234).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000063-2104
Algasidasa Beta 35 mg
Empresas
adjudicadas: CEFA Central Farmacéutica S. A.
Vea detalles y
mayor información en http://www.ccss.sa.cr
San José, 17 de
octubre del 2014.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez
C., Jefatura.—1 vez.—(IN2014072238).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000064-2104
Caspofungina 70 mg
Empresas
adjudicadas: CEFA Central Farmacéutica S. A.
Vea detalles y
mayor información en http://www.ccss.sa.cr
San José, 17 de
octubre del 2014.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez
C., Jefatura.—1 vez.—(IN2014072239).
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000072-2104
Por la adquisición de “Tocilizumab 80 mg y 200 mg”
Empresas
adjudicadas: CEFA Central Farmacéutica S. A.
Vea detalles y
mayor información en http:// www.ccss.sa.cr
17 de octubre del
2014.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez C.,
Jefatura.—1 vez.—(IN2014072245).
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000043-02
Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino
La Amistad, Región Central, Subregión Grecia
El Instituto de
Desarrollo Rural comunica la adjudicación del siguiente proceso de
contratación: Licitación Abreviada 2014LA-000043-02 “Construcción de caminos en
el Asentamiento Campesino La Amistad, Región Central, Subregión Grecia.
Adjudicar a favor
de la oferta presentada por la empresa Rigoberto Rivera López y Hermanos S.
A., cédula jurídica 3-101-052942, la cual obtuvo un total de 95.88 puntos.
El precio total a pagar es la suma de ¢24.650.500,00 (veinticuatro millones
seiscientos cincuenta mil colones con 00/100), con un plazo de ejecución total
de 45 días naturales días naturales, según oficio PE-1754-2014 del 21 de
octubre del 2014.
San Vicente de
Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Lic. Karen Valverde
Soto.—1 vez.—(IN2014072066).
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000024-01
Semillas, plantulas, insumos químicos, equipo,
productos plásticos y madera para el establecimiento de módulos de producción
diversificada en la Oficina Subregional de Turrialba para cultivos de chile
dulce, mandarina criolla,
pasto, pejibaye, tomate, maíz, frijol, maracuyá y
plátano
De conformidad
con lo establecido en la Ley N° 9036 de Transformación IDA-INDER, artículos 26
y 30 y el oficio PE-1754-2014 del 21 de octubre 2014, se comunica la
adjudicación del siguiente proceso: Licitación Abreviada 2014LA-000024-01
“semillas, plantulas, insumos químicos, equipo, productos plásticos y madera
para el establecimiento de módulos de producción diversificada en la Oficina
Subregional de Turrialba para cultivos de chile dulce, mandarina criolla,
pasto, pejibaye, tomate, maíz, frijol, maracuyá y plátano”, a la oferta N° 01,
presentada por Agroveterinaria El Colono S. A., cédula jurídica
3-101-339561, por un monto total de ¢34.190.802,56 (treinta y cuatro millones
ciento noventa mil ochocientos dos colones con cincuenta y seis céntimos). La
coordinación y fiscalización durante la ejecución del objeto de este proceso
licitatorio, estará a cargo de la Oficina Subregional de Turrialba, en lo que
respecta a la ejecución presupuestaria la coordinación y fiscalización estará a
cargo del Área de Seguridad Alimentaria en calidad de Unidad Solicitante del
proceso licitatorio.
Lic. Karen
Valverde Soto, Proveedora Institucional.—1 vez.—(IN2014072072).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000005-08
Contratación de los servicios de mantenimiento
preventivo
y correctivo para equipos de aire acondicionado de
la sede Regional Brunca y Centros de Formación Adscritos
El Proceso de
Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, del Instituto Nacional de
Aprendizaje, comunica el acuerdo de adjudicación tomado por la Comisión Local
Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, según artículo II,
inciso “a” del acta N° 77, celebrada el día 20 de octubre de 2014.
a. Se acuerda adjudicar la Licitación
Abreviada 2014LA-000005-08 denominada “Contratación de los Servicios de
Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos de Aire Acondicionado de la
Sede Regional Brunca y Centros de Formación Adscritos.” de la siguiente manera:
Oferta N° 3 Servicios de Logística Segura S. A., las líneas, N° 1
mantenimiento preventivo y correctivo de los aires acondicionados del CFP Río
Claro, costo visita cuatrimestral ¢378.000,00, costo anual ¢1.134.000,00; línea
N° 2 mantenimiento preventivo y correctivo de los aires acondicionados de la
Unidad Regional Brunca y el CRP San Isidro, costo de visita cuatrimestral
¢1.080.000,00; costo anual ¢3.240.000,00; costo total anual del servicio
¢4.374.000,00, plazo de entrega 15 días hábiles. Periodicidad de las visitas
para ambas líneas: cada cuatro meses. Período del contrato un año, prorrogable
año a año hasta por cuatro años más, para un total de cinco años.
Acuerdo tomado de
conformidad con el estudio legal ALCA-629-2014, estudio técnico del Núcleo
Sector Eléctrico NE-PGA-527-2014, así como la razonabilidad del precio dada en
el estudio técnico, el cartel administrativo, metodología de comparación de
ofertas y el informe de recomendación RB-PA-JCA-160-2014.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O.C. N°
23220.—Solicitud N° 21748.—(IN2014072001).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2014LA-000024-01
Contratar
servicios de pintura total del edificio de Archivo Institucional y parcial del
edificio de Auditoría
y
Recursos Humanos e Informática
El Proceso de Adquisiciones de la Sede
Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, en acta 374-2014, artículo
único, recomienda adjudicar la contratación con base en el dictamen técnico y
elementos de adjudicación de la siguiente manera:
a. Adjudicar
la Licitación Abreviada N° 2014LA-000024-01, Contratar servicios de pintura
total del edificio de Archivo Institucional y parcial del edificio de Auditoría
y Recursos Humanos e Informática, en los siguientes términos:
• Adjudicar
la línea 1, a la oferta 4 presentada por M.R. Pintores S. A., por un
monto de ¢12.760.000,00 por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un
precio razonable y con un plazo de entrega de 55 días hábiles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N°
23220.—Solicitud N° 21751.—(IN2014072010).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2014LA-000010-03
Contratación
Servicios de Mantenimiento de los Equipos
de
Gas, Vapor y Electromecánicos de las Plantas
Didácticas
del Centro de Desarrollo Tecnológico
de
Industria Alimentaria en la Ciudad
Tecnológica
Mario Echandi Jiménez
El Ing. Fabián Zúñiga Vargas,
Encargado del Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental
del Instituto Nacional de Aprendizaje, en la sesión ordinaria 055-2014,
celebrada el día 14 de octubre del 2014, artículo I, tomó el siguiente acuerdo:
Declarar infructuoso el trámite de la
Licitación Abreviada Nº 2014LA-000010-03, Contratación Servicios de
Mantenimiento de los Equipos de Gas, Vapor y Electromecánicos de las Plantas
Didácticas del Centro de Desarrollo Tecnológico de Industria Alimentaria en la
Ciudad Tecnológica Mario Echandi Jiménez, de acuerdo con lo indicado en estudio
técnico NSIA-PGA-387-2014, estudio legal URCOC-AL-93-2014 y estudio
administrativo URCOC-PS-J-103-2014, debido a que ninguno de los dos oferentes
participantes cumple con lo solicitado en las especificaciones técnicas
requeridas en el cartel de licitación, por lo tanto no se recomienda y con
respecto a la razonabilidad del precio no se hace referencia ya que no hay
recomendación técnica sobre este trámite.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 23220.—Solicitud Nº
21753.—C-24400.—(IN2014072077).
UNIDAD
REGIONAL PACÍFICO CENTRAL
COMPRA
DIRECTA Nº 2014CD-000139-07
Servicio
de organización de eventos especiales y protocolarios,
torneo
de pesca deportiva responsable
El Proceso de Adquisiciones de la
Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa
el resultado de la compra directa en referencia:
Acuerdo del Proceso de Adquisiciones
de la Unidad Regional Pacífico Central, que consta en el acta Nº 151-2014, de
fecha 15-10-2014, según el siguiente detalle:
Se adjudica la línea única al oferente
Grupo Gastronómico La Herradura S. A., cédula jurídica
3-101454323, por un monto de cinco millones cuarenta y nueve mil doscientos
sesenta y ocho colones con sesenta y dos céntimos (¢5.049.268,62).
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº
23220.—Solicitud Nº 21754.—C-16520.—(IN2014072080).
COMITÉ
OLÍMPICO NACIONAL DE COSTA RICA
LICITACIÓN
ABREVIADA ICON-LA2014-004
Compra
de equipo y accesorios para gimnasio
El Comité Olímpico Nacional mediante acta 18-10-2014,
celebrada el 20 de octubre del 2014, según artículo 2, inciso 2.4; en sesión
ordinaria del Comité Ejecutivo del CON:
a. Adjudicar
la Licitación Abreviada ICON-LA2014-004 para la “Compra de equipo y accesorios
para gimnasio” a Fitness Equipment S. A., cédula jurídica
3-101-671280, de la siguiente manera:
CUADRO DE ADJUDICACIÓN
-según dictamen técnico-
|
Equipo Cardio
/Accesorios Gimnasios |
|
|
N° |
Descripción |
Total $ |
Líneas |
4 |
Banda 770T ,
5 HP, 0 a 15%, Veloc 20 Kph |
28.142,40 |
Línea 1 |
3 |
Total Arc Trainer 900 watts, 0 a 20 % Inclinación |
22.426,80 |
Línea 2 |
3 |
Spinning
BLADE |
5.266,80 |
Línea 3 |
1 |
Máquina Smith
con barra ajustable 3D |
3.960,00 |
Línea 4 |
1 |
Máquina
flexión de pierna sentada RLD Start |
4.483,60 |
Línea 5 |
1 |
Máquina
flexión de pierna pronada RLD Start |
4.483,60 |
Línea 6 |
1 |
Press de
banca plano |
968,00 |
Línea 10 |
1 |
Press de
banca inclinado |
1.100,00 |
Línea 11 |
2 |
Squad Press (
Prensa meter discos) |
7.004,80 |
Línea 7 |
1 |
Soleos (
Seated Calf) |
1.707,75 |
Línea 8 |
1 |
Big Iron 9’ combo rack |
5.759,10 |
Línea 9 |
2 |
Plataformas
maderas con hule |
6.390,00 |
Línea 12 |
2 |
Adjustable Dumbbell Bench (banca reforzada) |
2.322,00 |
Línea 12 |
10 |
Ivanko discos 5 Kgrs color negro (entrenamiento ) |
1.350,00 |
Línea 13 |
10 |
Ivanko discos 10 Kgrs Color negro (entrenamiento) |
1.080,00 |
|
10 |
Ivanko discos
15 Kgrs color amarillo |
1.620,00 |
|
8 |
Ivanko discos
20 Kgrs color azul |
1.440,00 |
|
8 |
Ivanko discos
25 Kgrs color rojo |
1.764,00 |
|
5 |
Fitball 55 cm
( bolas estabilizadoras) |
202,50 |
Línea 14 |
5 |
Fitball 65 cm
( bolas estabilizadoras) |
247,50 |
|
8 |
First Place Elite Medicine Ball 6 lbs |
619,20 |
Línea 15 |
6 |
First place elite medicine ball 10 lbs |
637,20 |
|
6 |
First place elite medicine ball 20 lbs |
1.053,00 |
|
1 |
10’
Ultraslide slide board |
1.096,20 |
Línea 19 |
1 |
Extra botas
recubiertas, única talla para deslizarse |
40,50 |
Línea 16 |
1 |
Slideboard
polish 16 onz |
21,60 |
|
4 |
Trineos (
sled dawg elite ) |
1.738,37 |
Línea 17 |
3 |
ABC
Ladder ( escalera 30’ ) |
509,98 |
Línea 18 |
10 |
Bullet belt deluxe partner pack |
2.025,00 |
|
10 |
Original texas power bar 45 lbs 28 mm |
6.282,00 |
Línea 20 |
10 |
Barra
Olímpica en Alumino 6’, 15 lbs , 28 mm |
3.015,00 |
Línea 21 |
1 |
Set de 23
pares mancuernas Durabell rack 3 niveles |
6.975,00 |
Línea 22 |
10 |
Pares de 5
lbs Durabell mancuernas |
270,00 |
Línea 23 |
10 |
Pares de 10
lbs Durabell mancuernas |
540,00 |
|
10 |
Liga verde |
144,00 |
Línea 24 |
10 |
Liga
roja |
162,00 |
|
8 |
Liga Azul |
144,00 |
|
8 |
Liga
morada |
158,40 |
|
5 |
Liga negra |
108,00 |
|
10 |
BOSU |
2.160,00 |
Línea 25 |
20 |
Colchonetas
de piso para ejercicios varios |
756,00 |
Línea 26 |
10 |
Kettlebells
10 lbs |
221,22 |
Línea 27 |
5 |
Kettlebells
25 lbs |
276,44 |
|
5 |
Kettlebells
50 lbs |
552,92 |
|
5 |
Ligas Body
Bars 50-120 lbs |
249,89 |
Línea 28 |
3 |
Ligas Body
Bars 25-80 lbs |
86,40 |
|
1 |
Rollo liga 25
pies roja 14 lbs |
36,00 |
Línea 29 |
1 |
Rollo liga 25
pies azul 16 lbs |
39,60 |
|
2 |
Pionner LEATHER weight belts small |
142,79 |
Línea 30 |
3 |
Pionner LEATHER weight belts medium |
214,19 |
|
10 |
RIP:60
Suspensión Trainer |
1.575,00 |
Línea 31 |
12 |
Rollos de
piso de hule Negro para alto tránsito 208 M2 |
7.020,00 |
Línea 32 |
|
|
7.500,00 |
|
|
|
148.088,73 |
|
b. El
plazo de entrega será de 45 días posteriores a la entrega de la orden de compra
esto por razones de importaciones de materiales.
c. La
garantía de las máquinas cardiovasculares será de: 10 años en estructura, 5
años en partes, 1 año faja, tabla y mantenimiento; las maquinas biomecánicas
será de: 10 años estructuras, 2 años en partes, 1 año en mantenimiento y 120
días en viniles de asientos, agarraderas, cables y fajas; los accesorios será
de: 1 año contra defectos de fábrica.
A su vez la empresa se compromete a tener disponible
durante 3 a 5 años la existencia oportuna de las partes y repuestos originales
genuinos de fábrica en el país; como también soporte en el servicio de
mantenimiento durante 10 años después de comprado el equipo.
Todo acorde al cartel y la oferta.
Henry Núñez Nájera, Presidente Comité Olímpico
Nacional de Costa Rica.—1 vez.—(IN2014071975).
LICITACIÓN
ABREVIADA ICON-LA2014-003
Compra
de uniformes de presentación
El Comité Olímpico Nacional mediante
acta 18-10-2014, celebrada el 20 de octubre del 2014, según artículo 2, inciso
2.3; en sesión ordinaria del Comité Ejecutivo del CON:
a. Adjudicar
la Licitación Abreviada ICON-LA2014-003 para la “Compra de Uniformes de
Presentación” a Industrias Doyco, cédula jurídica 3-101-010473-11, de la
siguiente manera:
CUADRO
DE ADJUDICACIÓN
-según
dictamen técnico-
Línea |
Descripción |
Cantidad |
Total |
1 |
Camisa con
manga corta para hombre de cuello redondo |
1.800 |
23.775.000,00 |
2 |
Camisa con
manga corta para mujer de cuello redondo |
255 |
7.231.375,00 |
3 |
Pantalonetas |
1.336 |
19.688.000,00 |
4 |
Lycras 3/4
para hacer ejercicio para mujer |
200 |
5.580.000,00 |
5 |
Jackets para
hombre con franjas blancas, con zipper y cuello tipo tortuga |
300 |
11.257.500,00 |
6 |
Jackets para
mujer con franjas, con zipper y cuello tipo tortuga |
200 |
7.565.000,00 |
7 |
Buzos
completos, negros con franjas blancas |
108 |
5.057.100,00 |
8 |
Gorras para
entrenar |
500 |
3.750.000,00 |
9 |
Pantalón para
mujer casual para presentación con ajuste en la cintura |
90 |
2.178.000,00 |
10 |
Pantalón para
hombre tipo buzo para presentación |
331 |
4.635.000,00 |
11 |
Zapato
deportivo para hombre tipo tenis con cordones al frente |
306 |
12.761.000,00 |
12 |
Zapato
deportivo para mujer tipo tenis con cordones al frente |
220 |
7.590.000,00 |
13 |
Mochilas de
espalda estándar |
500 |
11.150.000,00 |
14 |
Maletas con
ruedas |
30 |
2.097.000,00 |
15 |
Medias estándar
bajas |
500 |
4.550.000,00 |
|
|
|
|
|
|
Total |
128.864.975,00 |
|
|
Descuento |
9.922.834,08 |
|
|
Monto adjudicar |
118.945.140,93 |
b. El
plazo de entrega será de 5 días naturales para los productos que requieren
serigrafía y 10 días para los productos que no; para cada línea rige desde la
entrega de la orden de compra emitida por el CON.
c. La
garantía de las prendas es de 3 meses.
Todo acorde al cartel y la oferta.
Henry Núñez Nájera, Presidente Comité
Olímpico Nacional de Costa Rica.—1 vez.—(IN2014071977).
MUNICIPALIDAD
DE ZARCERO
LICITACIÓN
ABREVIADA 2014LA-000002-OPMZ
Demarcación
vial del cantón de Zarcero
El Concejo Municipal de Zarcero,
acuerda en sesión ordinaria número cuarenta y uno, celebrada el 13 de octubre
del 2014, adjudicar por dictamen de la Comisión de Asuntos Jurídicos Licitación
Abreviada 2014LA-000002-OPMZ, “Demarcación vial del cantón de Zarcero” a la
empresa: Ticoseñales S. A., cédula jurídica N° 3-101-337292, por un
monto total de ¢15.235.750,00 (quince millones doscientos treinta y cinco mil
setecientos cincuenta colones netos).
Zarcero, 21 de octubre del
2014.—Vanessa Salazar Huertas, Proveeduría Municipal.—1 vez.—(IN2014072119).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2014LA-000003-OPMZ
Compra
de materiales para Asentamiento San Rafael
El Concejo Municipal de Zarcero, en
sesión ordinaria número cuarenta y uno celebrada el 13 de octubre del 2014,
acuerda adjudicar por dictamen de la Comisión de Asuntos Jurídicos la
Licitación Abreviada 2014LA-000003-OPMZ “Compra de materiales para Asentamiento
San Rafael”. Por líneas a las empresas: Constructora Albosa S. A., cédula
jurídica N° 3-101-063942, la línea N° 1 “1100 m3 piedra
subbase”, por un monto total de ¢12.283.337,00 (doce millones doscientos
ochenta y tres mil trescientos treinta y siete colones netos); Rodríguez y
Villalobos S.R.L., cédula jurídica N° 3-102-009195, la línea N° 2 “1.600 m3
piedra base” por un monto de ¢18.400.000,00 (dieciocho millones cuatrocientos
mil colones netos) y la línea N° 3 “275 m3 piedra cuarta, por un
monto total de ¢3.987.500,00 (tres millones novecientos ochenta y siete mil
quinientos colones netos), la línea N° 5 “50 m3 polvo de piedra”,
por un monto total de ¢750.000,00 (setecientos cincuenta mil colones netos); Agregados
H & M S. A., cédula jurídica N° 3-101-314088, la línea N° 4 “100 m3
piedra quinta”, por un monto total de ¢1.383.400,00 (un millón trescientos
ochenta y tres mil cuatrocientos colones netos); Grupos Orosi S. A., cédula
jurídica N° 3-101-316814, la línea N° 6 “48 m3 arena corriente”,
por un monto total de ¢720.000,00 (setecientos veinte mil colones netos).
Zarcero, 21 de octubre del
2014.—Vanessa Salazar Huertas, Proveeduría Municipal.—1 vez.—(IN2014072122).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
Res. N° 426-VEC-2014.—Departamento de
Proveeduría, Poder Judicial.—San José, a las nueve horas con veintidós minutos
del nueve de octubre del dos mil catorce. A toda la Administración Pública se
hace saber que la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, mediante la
resolución en firme N° 2580-2014 de las once horas con veinte minutos del
veintiuno de julio del dos mil catorce; con fundamento en el artículo 100
inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa, dispuso inhabilitar por el
período de dos años a la empresa Promatco Centroamericana S. A., cédula
jurídica N° 3-101-160697, para establecer contrataciones con el Poder Judicial
en general, toda vez que el atraso en su
entrega es una conducta reincidente de la contratista, en impermeabilización de
losas según fue adjudicado en la Contratación Directa N° 887-2011, sanción que
se comunicó tanto a la contratista infractora como a la Contraloría General de
la República. Publíquese por única vez en el Diario Oficial.
Wilbert Kidd
Alvarado, Proveedor Judicial.—1 vez.—(IN2014072008).
HOSPITAL
DR. TONY FACIO CASTRO
Notificación
de la sanción de apercibimiento
El Área Gestión de Bienes y Servicios
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Constitución Política,
artículos 99 inciso a de la Ley de Contratación Administrativa y artículos 215
y 217 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, comunica la firmeza
de la sanción por apercibimiento a la empresa Servicios Técnicos en Calderas
Plantas Eléctricas MAMOPE S. A., N° de proveedor 13954, cédula jurídica N°
3-101-097903, Código 0-03-15-0060, por concepto de mantenimiento preventivo y
correctivo a 02 Plantas Eléctricas, según Resolución Administrativa Final N°
059 de las nueve horas con cincuenta y siete minutos del veintinueve de mayo de
dos mil catorce, suscrita por el MSc. Alexis Vargas Matamoros, Director
Administrativo Financiero del H.T.F.C., vista en el Expediente de Procedimiento
de Sanción N° AGBS-003-2601-2014.
Limón, 16 de octubre del 2014.—Área de
Gestión Bienes y Servicios.—Lic. Kris Guillén Rojas, Jefa.—1
vez.—(IN2014072188).
ÁREA
DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
PÚBLICA 2014LN-000025-5101
(Aviso N° 4)
Leuprorelina
acetato 11.25 mg, de depósito.
Código:
1-10-38-4335
Se les informa a todos los interesados, en participar
en el concurso antes mencionado; que se prorroga la fecha de apertura de
ofertas a las 10 horas del día 06 de noviembre del 2014; ya que está pendiente
modificaciones de las cláusulas penales ingresadas en cartel, en apego a lo
dispuesto por la Contraloría General de la Republica; dicho documento se
encuentra disponible en el expediente físico del concurso.
San José, 22 de octubre 2014.—Área de Adquisiciones de
Bienes y Servicios.—Licda. Shirley Solano Mora, Jefa a. í de Línea de
Producción de Medicamentos.—1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud
N° 1942.—C-13090.—(IN2014072011).
HOSPITAL
DR. MAX TERÁN VALLS
ÁREA DE GESTIÓN BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000004-2308
Objeto contractual: Adquisición de pruebas
especiales para
laboratorio
clínico, por entregas según demanda.
Se les aclara a
los interesados en participar en el presente concurso, que en cuanto al punto
2.14.1 del apartado de especificaciones técnicas del cartel, deberá leerse:
El equipo debe ser automatizado y con las siguientes dimensiones: profundidad o
ancho máximo un metro y 10 centímetros, largo máximo de un metro y 30
centímetros, y alto máximo de un metro y 10 centímetros.
Subárea de
Planificación y Contratación Administrativa.—Licda. Ana Lisette Acuña Vargas,
Coordinadora.—1 vez.—(IN2014072032).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000062-PRI
(Circular Nº 2)
Servicio de suspensión y reconexión de servicios
agua potable en la cantonal de Pérez Zeledón
(modalidad entrega según demanda)
A todos los
interesados en participar en la presente licitación, se les comunica que
mediante esta circular, se aplica la siguiente modificación y aclaración al
pliego cartelario. Modificación al cartel: Todos los
diámetros de los
accesorios a usar serán de 12.7
mm, por lo que se eliminan todos los diámetros de accesorios de 19 y 25 mm que
aparecen los términos de referencia. Aclaración: Se aclara que los términos de
referencia concluyen con el artículo 32 (Obligaciones del Contratista). El
artículo 60 (Riesgos del Contratista) se debe considerar dentro de ese mismo
artículo 32, por cuanto corresponde al artículo 60 de la Ley 6727, Riesgos de
Trabajo. Las demás condiciones del cartel, permanecen invariables.
Direcció de
Proveeduría.—Lic. Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº
5100002278.—Solicitud Nº 21749.—C-17460.—(IN2014072071).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2014LN-000003-01
Compra de terrenos para construcción de oficinas
territoriales en Paquera, Turrialba y Coto Brus
El Instituto de
Desarrollo Rural comunica la modificación N° 1 al cartel de la Licitación
Pública Nacional 2014LN-000003-01 “Compra de terrenos para construcción de
oficinas territoriales en Paquera, Turrialba y Coto Brus”.
Se elimina el
punto 10,1.8 del cartel. El resto de las condiciones se mantienen invariables.
Puede consultarse el cartel modificado en la página web institucional a partir
de la presente publicación.
Vicente de
Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Lic. Karen Valverde
Soto, Proveedora Institucional.—1 vez.—(IN2014072061).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000005-10
Contratación de servicios de mantenimiento de zonas
verdes
y jardinería con criterios ambientales para las instalaciones
del Centro Nacional Especializado Los Santos y Centro
Nacional Especializado en Agricultura Orgánica
Se aclara que en
el acta N° 11-2014, artículo III, del día 9 de octubre del 2014, a las 15:30
horas, se consignó lo siguiente:
“El Proceso de
Adquisiciones de la Unidad Regional de Cartago”, debiendo leerse
correctamente: “… La Comisión Local Regional de Adquisiciones…”
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N°
23220.—Solicitud N° 21750.—(IN2014072004).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2013LA-000065-01
Compra
de proyectores, retroproyectores y pantallas
En La Gaceta Nº 198 del
miércoles 15 de octubre del 2014, salió la adjudicación de la Licitación
Abreviada en referencia la cual hay un error involuntario en el título de la
Licitación en donde dice:
Licitación Abreviada Nº
2014LA-000065-01 la cual debe leerse correctamente Licitación Abreviada Nº
2013LA-000065-01
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº
23220.—Solicitud Nº 21752.—C-11510.—(IN2014072076).
MUNICIPALIDAD
DE BELÉN
UNIDAD
DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL Nº 2014LN-000004-01
Diseño
y Planos, Especificaciones Técnicas y Construcción
de
PTAR Residencial Belén, II Etapa
Con respecto a la Licitación Pública
Nacional Nº 2014LN-000004-01, denominada “Diseño y Planos, Especificaciones
Técnicas y Construcción de PTAR Residencial Belén, II Etapa”, La Unidad de
Bienes y Servicios hace la siguiente modificación al cartel según preguntas
hechas en la fecha de la visita y prorroga del mismo. La II etapa se requiere
elevada? Ustedes hacen y proponen el diseño. En esta pregunta olvidé decir que
una de las razones de que los elementos sean tan altos es evitar en lo posible
que los malos olores y a veces las espumas afecten a la población. Esto debe de
ser considerado en el diseño. Que tipo de tecnología de aireación se requiere?
Ustedes son los que proponen. Creo que aquí se debe contestar que la tecnología
a utilizar debe ser la misma que existe o muy similar. En este caso pueden
cotizar con la misma tecnología y con otra a escoger por ellos. La empresa
deberá cambiar los transformadores en caso de que sea necesario? Este trabajo
debe hacerse en coordinación con la CNFL que fueron quienes los colocaron en
convenio Interinstitucional con la
Municipalidad. En esta pregunta debe decirse que les toca a ellos los cambios
de transformadores y cableado. Una vez concluido el ítem de diseño y planos de
II etapa de la Planta de Tratamiento, se debe entregar un juego de planos a la
Municipalidad de Belén para el supervisor de obras. Por lo tanto se debe dar
fecha exacta para esta entrega y se comunica a los interesados en participar en
la referida Licitación, que la fecha de apertura de ofertas, se prorrogará para
las 10:00 a.m. del 3 de noviembre del 2014.—San Antonio de Belén, Heredia, 21
de octubre del 2014.—Lic. Marcos Porras Quesada, Coordinador.—1 vez.—O. C. Nº
029835.—Solicitud Nº 21757.—C-30060.—(IN2014072089).
REGLAMENTO
GENERAL PARA EL COBRO DE CUOTAS
OBRERO-PATRONALES
A LAS INSTITUCIONES COTIZANTES
AL
RÉGIMEN DE CAPITALIZACIÓN COLECTIVA
La Junta Directiva de esta Junta de Pensiones en su
Sesión Ordinaria N° 104-2014 del 24 de setiembre de 2014, aprobó la
modificación a los artículos N° 29, 48, 50 y 51 de este Reglamento, el cual
debe leerse de la siguiente manera:
Artículo 29.—De los plazos
Las instituciones que presentan una mora de uno a
sesenta días naturales, se ubicarán en categoría A (Riesgo Normal). Las
gestiones de cobro son: De uno a treinta días naturales, envío de mensajes de
texto, mensajes por IVR, correos electrónicos o llamadas telefónicas a los
Centros Educativos. De treinta y un días y hasta sesenta días naturales, el
envío del primer aviso de cobro administrativo.
De sesenta y un días a noventa días naturales, se
ubicará en categoría B (Riesgo
Circunstancial) y les corresponderá el
envío del segundo aviso de cobro
administrativo.
Si el patrono no acatare la prevención señalada en los
párrafos anteriores y transcurrido el
plazo de noventa y un días (categoría C o Riesgo Alto), se procederá a
notificar a las instituciones cotizantes de acuerdo con el procedimiento
dispuesto en el capítulo tercero de este Reglamento.
Si producto de la notificación el patrono concreta un
arreglo de pago, se suspenderá el proceso de cobro judicial.
CAPÍTULO
SÉTIMO
De los arreglos
de pago
Artículo 48.—De la formalización de los arreglos de
pago
Corresponde al Departamento Financiero Contable
realizar las gestiones necesarias para la formalización de los arreglos de
pago. Una vez aprobado el arreglo de pago, el documento deberá ser suscrito en
un plazo máximo de quince días hábiles, de lo contrario el mismo quedará rechazado
y se continuará con el proceso de cobro administrativo o judicial según
corresponda.
Artículo 50.—De los montos y plazos para formalizar
un arreglo de pago:
a. Cuando
la deuda alcance un rango hasta de ¢4.541.420,00, el saldo deberá ser cancelado
en un plazo no mayor a los 18 meses, podrá ser autorizado por el jefe del
Departamento Financiero Contable.
b. Para
los arreglos de pago entre ¢4.541.421,00 y ¢11.353.548,00, las instituciones
deben cancelar el saldo en un plazo no mayor a veinticuatro meses. Estos serán
autorizados por el Director Ejecutivo.
c. Los
arreglos de pago mayores a ¢11.353.548,00, deben cancelar el saldo en un plazo
no mayor a treinta y seis meses. Estos serán autorizados por la Junta
Directiva.
Los montos o topes para definir los arreglos de pago
serán modificados por la Dirección Ejecutiva anualmente, tomando como
referencia el índice de precios al consumidor y se informará a la Junta
Directiva.
El Centro Educativo debe cancelar el pago de
honorarios o costas legales si las hubiere y proceder a la suscripción de un
documento en el que se formaliza el arreglo de pago, el cual detallará todas
las condiciones del pacto y debe ser firmado por el representante legal del
Centro Educativo.
A las instituciones que incumplan un arreglo de pago,
se procederá según lo indicado en el artículo 51. Cuando una institución se
encuentre amparada a un proceso de pago y solicite refundir la deuda, por
situaciones imprevistas y fuera de su alcance deberá demostrar mediante los
documentos que así disponga a la Junta de Pensiones para que esta analice la
solicitud.
Los plazos para la cancelación de la deuda solo podrán
ser modificados por indicación de la Dirección Ejecutiva. La solicitud de la
institución deberá estar debidamente motivada y razonada vía escrita.
Artículo 51.—Del incumplimiento del arreglo de pago
Si una institución incumpliera con el arreglo de pago
pactado, se deberá actuar conforme a lo estipulado en el Manual de
Procedimientos “Procedimiento para el pago y registro de planillas, arreglo de
pago, transgresiones y procesos derivados de la aplicación del Reglamento
General para el cobro de cuotas Obrero Patronales”.
No se podrá formalizar un nuevo arreglo de pago si
existe morosidad en arreglos de pago vigentes.
Departamento Financiero Contable.—Kattia M. Rojas
Leiva, Jefa.—1 vez.—(IN2014065572).
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
DEROGATORIA
REGLAMENTO DEL FESTIVAL DE LA LUZ
El Concejo Municipal, acordó derogar el Reglamento del
Festival de la Luz, publicado en La Gaceta N° 75, del miércoles 19 de
abril de 2006, y en su lugar deberán someterse la organización y el manejo de
dicho evento, a todos los procedimientos, normas, disposiciones generales,
reglamentos y leyes de control interno, contratación administrativa, manejo
presupuestario, de panificación que rigen en el quehacer municipal; por
constituir el Festival de la Luz un proyecto ordinario de la Municipalidad de
San José, que se encuentra debidamente contenido en su presupuesto y su
operativo anual. En lo relativo a los patrocinios, los mismos se regularán
según lo establece la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, en el
caso de las tarimas, su instalación deberá contar con el visto bueno del señor
Alcalde y el Coordinador General del Festival de la Luz, no permitiéndose el
permiso a grupos de funcionarios municipales. Los recursos necesarios deben
presupuestarse en la Sección de Protocolo y Relaciones Internacionales. En
relación al Pasacalle se deben seguir los mismos procedimientos establecidos
para el Festival de la Luz, incluyéndose su presupuesto en el Departamento de
Cultura y la temática del mismo será definida por la Jefatura de esta
Dependencia y de la Sección de Protocolo y Relaciones Internacionales”.
Acuerdo definitivamente aprobado. 2, artículo IV, de
la sesión ordinaria 22, celebrada por el Concejo Municipal del Cantón Central
de San José, el 28 de setiembre del 2010.
San José, 2 de octubre del 2014.—Departamento de
Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 134482.—Solicitud Nº
20781.—C-Crédito.—(IN2014065508).
MUNICIPALIDAD DE GRECIA
GRECIA
GOBIERNO LOCAL
Alcaldía
Municipal de Grecia
AVISO
El Concejo Municipal de la
Municipalidad de Grecia, mediante acuerdo SEC-4394-2014, artículo III, inciso
14), sub inciso b), acta 303, acordó: Aprobar la reforma al Reglamento de Becas
Actual. Asimismo se traslada a la Administración para su publicación en La
Gaceta. Acuerdo aprobado por unanimidad.
REGLAMENTO
PARA EL OTORGAMIENTO
DE BECAS DE LA
MUNICIPALIDAD DE GRECIA
La Municipalidad de Grecia, en
ejercicio de las facultades que le confieren la Constitución Política en los
artículos 169, y 170, y el Código Municipal en sus artículos 4° y 13 incisos c)
y m), emite el presente Reglamento para el Otorgamiento de Becas a los
estudiantes en el Programa de Educación Pública en Primero, Segundo, Tercero, y
Cuarto Ciclo de Enseñanza General Básica, en universidades, becas de
funcionarios Municipales y también públicas.
Artículo 1º—Acatamiento imperativo.
Este Reglamento es de imperativo acatamiento de becas en el trámite y
otorgamiento de becas que realice esta Municipalidad. Los integrantes del
Concejo Municipal, de la Comisión Becas, y todo servidor municipal, que
incumpla lo dispuesto en el presente Reglamento incurrirán en responsabilidad
laboral, civil o penal, según sea el caso.
Artículo 2º—De la Comisión de Becas.
El Concejo Municipal designará una Comisión de Becas, procurando dar
participación a todas las fracciones representadas en el Concejo.
Esta Comisión será la encargada de
valorar las solicitudes de beca, en difuntiva, conforme al artículo 4°, inciso
( ) que es el de recomendación de los Consejos de Distrito, directores, etc.
Los miembros de esta Comisión podrán ser removidos por el Concejo, cuando se
cuente con evidencia que compruebe incumplimiento de sus funciones. El Concejo
deberá reponer a la persona destituida, a más tardar en la próxima sesión
ordinaria. De igual forma se procederá cuando medie renuncia de uno de sus
miembros. Esta Comisión celebrará sesiones ordinarias una vez al mes, y de todo
lo acordado se levantará un acta en un libro que al efecto suministrará, y
custodiará la Secretaría Municipal. El presidente o secretario de la Comisión
podrá convocar a sesiones extraordinarias, siempre que para ello medie un lapso
de por lo menos tres días hábiles. Para sesionar válidamente se requiere la
presencia de la mitad más uno de sus miembros. La Comisión cada seis meses,
rendirá un informe general al Concejo.
Artículo 3º—Del monto del
beneficio, y forma de distribución de formularios. Cada año, el Concejo
Municipal determinará el rubro que para este concepto se incorporará en el
Presupuesto Municipal. La Comisión de Becas en su primera reunión anual,
acordará el monto del beneficio para ese año, y la forma en que se distribuirá
los formularios, procurando dar cobertura a estudiantes de todo el cantón. De
los acuerdos tomados se presentará un informe para aprobación del Concejo
Municipal.
Artículo 4º—Requisitos para ser
optante a una beca municipal. A toda solicitud de beca municipal deberá
adjuntarse:
a) Declaración jurada, de quien ejerza la
patria potestad en caso de menores de edad, o del solicitante en caso de
mayores de edad, de que no recibe otras ayudas económicas con el mismo fin.
b) Constancia
de que es vecino del cantón de Grecia.
c) Original
y copia de la orden patronal, del encargado del estudiante, o en su defecto
algún documento que demuestre en forma fehaciente los ingresos de esa persona.
d) Original
y copia del certificado del resultado académico del periodo lectivo anterior,
en caso de estudiantes de segundo ingreso.
e) Constancia
emitida por el centro educativo correspondiente donde se establezca que es
estudiante activo para el periodo de que se trate.
f) Señalar
lugar para recibir notificaciones. Si el lugar señalado fuere impreciso o
incierto las resoluciones que se dicten con relación al beneficio solicitado,
se tendrán por firmes con el solo transcurso de veinticuatro horas.
g) Constancia
de estar al día en el pago de los servicios municipales.
h) Certificación
de que a la fecha no se ha recibido beca de ninguna Institución Pública o
Privada.
i) Los
formularios se entregaran a los Síndicos (as), quienes a la vez se reunirán con
su Consejo de Distrito, Juntas de Desarrollo, así como directores o docentes
para la escogencia de los becados.
En todo caso los miembros de la
Comisión tomarán en consideración la situación socioeconómica del optante, para
lo cual podrán ordenar los estudios sociales que estimen convenientes. Para
mantener la beca una vez otorgada, el beneficiario deberá mantener en su récord
como nota mínima la que se establezca para aprobar el curso.
Artículo 5º—Informes al Concejo
Municipal. La Comisión de Becas a más tardar en el mes de marzo de cada
año, hará llegar al Concejo un informe que contenga los nombres de los
seleccionados para el beneficio, adjuntando una propuesta de los recomendados
que integrarán la lista de espera. El informe no es vinculante para el Concejo,
pero éste deberá resolver en definitiva sobre los beneficiarios a más tardar en
la sesión siguiente a su presentación.
Artículo 6º—Responsabilidades de
los departamentos municipales. Corresponde a la persona que tenga a su
cargo la Dirección Administrativa, gestionar que la planilla de becas se
encuentre lista el primero de cada mes; y al encargado de la Tesorería
Municipal realizar las gestiones para el que becado pueda disponer del monto de
su beca, a más tardar el quinto día hábil de cada mes así como informar en
forma trimestral al Concejo Municipal, si existen estudiantes en la condición
expuesta en el inciso g) de artículo 7° de este Reglamento.
Artículo 7º—Causales para la
cancelación del beneficio. A los beneficiarios de una beca municipal, se
les podrá cancelar el beneficio, cuando incurran en cualquiera de las causales
que se citan:
a) Dejar de residir en el cantón de Grecia.
b) Renuncia
expresa, por escrito y con letra legible, además de la copia de la cédula de
identidad.
c) No
obtener el rendimiento académico mínimo establecido en el artículo 4° del
presente Reglamento.
d) Disfrutar
de una mejora en la condición económica, que a criterio de la Comisión de
Becas, justifique la cancelación del beneficio.
e) Que
se demuestre que la convivencia y comportamiento social, debe de estar
sustentándose con valores morales.
f) Negarse
a colaborar en campañas cívicas, a solicitud de la Municipalidad de Grecia.
g) Dejar
de retirar, sin causa justificada más de dos mensualidades correspondientes al
beneficio.
h) Dejar
de ser estudiante activo.
i) La
beca le puede retirar padre, madre o encargado debidamente identificados.
j) La
beca la pueden disfrutar alumnos de primaria, secundaria, así como niños
cubiertos por la Ley N° 7600.
Artículo 8º—Trámite
para la cancelación del beneficio. Cuando la Comisión de Becas, por
cualquier medio tenga conocimiento de que un beneficiario ha incurrido en una
causal para la cancelación del beneficio, inmediatamente ordenará la apertura
de un expediente. Se formularán los cargos, de los cuales se dará traslado al
beneficiario, estableciendo un plazo no mayor de ocho días naturales para su
descargo. Transcurrido ese plazo la Comisión analizará lo actuado, y deberá
emitir dentro de los tres días hábiles siguientes la resolución final, que
notificará al interesado. Inconforme con esa resolución el interesado contará
con tres días hábiles para interponer recurso de revocatoria con apelación en
subsidio ante el Concejo, ofreciendo de una vez la prueba que estime
conveniente. Cuando la revocatoria sea declarada sin lugar, el Concejo Municipal,
conocerá en alzada del recurso interpuesto, y en la sesión ordinaria siguiente,
resolverá en definitiva lo que corresponda.
Artículo 9º—Obligación de cumplir
lo preceptuado en este Reglamento. Aquel funcionario municipal, que
incumpla lo dispuesto en este Reglamento será sujeto de un Procedimiento
Administrativo, de conformidad con la legislación vigente, a efecto de
determinar su responsabilidad y posibles sanciones.
Artículo 10.—Obligación de los
beneficiarios. Todo beneficiario de una beca municipal, deberá asistir a
las convocatorias que para tratar cualquier asunto relacionado con su beca, le
formule la Comisión de Becas, o el Concejo Municipal. Para estos efectos toda
notificación deberá realizarse por lo menos con tres días de anticipación, mediante
nota, recibida por un mayor de edad en el domicilio indicado para
notificaciones en el inciso f) del artículo 4° del presente Reglamento.
Artículo 11.—El becado debe de
presentar a la Comisión cada trimestre su nota de calificaciones y
certificación del Director, que está asistiendo al Centro Educativo.
Derogatorias
Este Reglamento deroga cualquier otra
disposición reglamentaria anterior en el mismo sentido.
Se acuerda: Aprobar el Reglamento para
el Otorgamiento de Becas de la Municipalidad de Grecia, así mismo se autoriza
al Alcalde para la respectiva publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Acuerdo aprobado por unanimidad.
Lic. Adrián
Barquero Saborío, Alcalde Municipal.—1 vez.—O. C. N° 41890.—Solicitud N° 5905.—C-153160.—(IN2014066686).
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
Proyecto de Modificación Parcial del
Reglamento para la Administración de Cementerios de la Municipalidad de Heredia
aprobada en la sesión ordinaria N° 343-2014, para consulta pública no
vinculante de diez días hábiles; celebrada el 21 de julio de 2014, según
Artículo V, Correspondencia, Punto 9. Modificación Reglamento de Administración
de Cementerios. Se modifican los artículos 22 y 23 de este para que en lo
sucesivo se lean así:
Artículo 22.—Topografía del cementerio:
Se contemplará lo establecido en el artículo 19 del Reglamento General de
Cementerios.
Artículo 23.—De los nichos: Se
construirán de acuerdo con las siguientes especificaciones:
a. Todo
cementerio dispondrá de una o más estructuras (módulos), con nichos construidos
de material impermeable.
b. Nichos
de dos y cuatro derechos: Se establece el siguiente diseño para las
construcciones de un nicho sobre el nivel de la acera y uno subterráneo:
Para ver imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
De acuerdo con los croquis anteriores,
las especificaciones técnicas por cumplir son:
b.1. Los
nichos se deben construir de 1.20m de ancho por 2.50m de largo.
b.2. Las
paredes de cada nicho serán en bloques de concreto de 0.12mX0.20mX0.40m. Se
construirá placa corrida de 0.40mX0.20m y se instalara 4 varillas #3 y ganchos
#2 @0.20m en concreto de 210Kg/cm2.
b.3. En
los espacios que quedan entre cada placa que son de 0.30mX1.60m se colocara una
cama de lastre compactado al 95% del Proctor Estándar de 0.20m de espesor.
b.4. En
caso de que hayan nichos subterráneos se construirán en block de
0.15mX0.20mX0.40m y tendrán varilla #3 @0.20m como refuerzo vertical y varilla
#3@20 como refuerzo horizontal. Todas las celdas que posean varillan se
rellenaran con concreto de 175Kg/cm2.
b.5. Se
colará una viga corona de 0.15mX0.10m, la cual tendrá 2 varillas #2 y gancho #2
se el concreto será de 210Kg/cm2.
b.6. Se
colará una sobre losa de 0.90mX0.10m, con varilla #3 @0.20 ambas direcciones en
concreto de 210Kg/cm2.
b.7. Sobre
esta losa se construirán los nichos externos, los cuales tendrán una altura
máxima de 0.70m y se construirán en block de 0.12mX0.20mX0.40m y tendrán
varilla #3 @0.60m como refuerzo vertical y varilla #3@40 como refuerzo
horizontal. Todas las celdas que posean varillas se rellenarán con concreto de
175Kg/cm2.
b.8. Se
colará una viga corona de 0.12mX0.10m, la cual tendrá 2 varillas #2 y gancho #2
se el concreto será de 210Kg/cm2.
b.9. Se
colará una sobre losa de 0.96mX0.10m, con varilla #3 @0.20 ambas direcciones en
concreto de 210Kg/cm2. Esta losa tendrá la función de cubierta del nicho, por
lo que tendrá una pendiente del 1% hacia el frente del nicho.
b.10.Las tapas de los nichos se debe
construir en ladrillos de barro y se lujará y se le dará el acabado final, el
cual consiste en aplicar dos manos de revestimiento para exteriores y dos manos
de pintura de aceite color blanco.
b.11.Tanto el nicho subterráneo como
el nicho externo se lujarán las paredes, internamente como externamente y al
nicho externo se le aplicará dos manos de revestimiento para exteriores y dos
manos de pintura de aceite color blanco.
Previo a que se autorice la
construcción de nichos en los Cementerios del Cantón Central de Heredia, la
Administración de Cementerios verificará que la Ingeniería Municipal o en su
defecto la Dirección de Inversión Pública, haya verificado el cumplimiento de
los requisitos aquí descritos. En caso de incumplirse con las especificaciones
constructivas antes mencionadas, no se permitirá la construcción de los nichos
hasta que se cuente con el visto bueno de la Ingeniería Municipal. Si en fecha
posterior a la publicación de esta reforma reglamentaria se determinara que se
incumplió con las especificaciones constructivas antes mencionadas, la
Municipalidad aplicará la normativa contenida en el numeral 93 de la Ley de Construcciones,
N° 833 del 4 de noviembre de 1949.
Heredia, 29 de
setiembre del 2014.—Lic. Enio Vargas Arrieta.—1 vez.—O. C. N° 56416.—Solicitud N°
20621.—(IN2014065472).
OFICINA DE SABANILLA 173
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Yo Anabel Rivera
Rivera, cédula de identidad N° 1-0566-0128, solicitante del certificado de
depósito a plazo, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, oficina de 173
Sabanilla que se detalla a continuación:
C.D.P Monto
¢ Emisión Vencimiento
400-01-173-001044-4 594.098,87 10-12-2009 10-06-2010
Cupón Monto ¢ Emisión Vencimiento
1 18.446,77 10-12-2009 10-06-2010
Título emitido a
la orden a una tasa de interés del 6.75%. Solicito reposición de este documento
por causa de extravío. Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para
oír reclamos de terceros por el término de quince días.
San José, 7 de
octubre del 2014.—Anabel Rivera Rivera.—(IN2014066612).
Yo Anabel Rivera Rivera, cédula de identidad N° 1-0566-0128,
solicitante del certificado de depósito a plazo, emitido por el Banco Nacional
de Costa Rica, oficina de 173 Sabanilla que se detalla a continuación:
C.D.P Monto ¢ Emisión Vencimiento
400-01-173-001029-0 1.230.946,82 18-11-2009 18-05-2010
Cupón Monto Emisión Vencimiento
1 46.431,31 18-11-2009 18-05-2010
Título emitido a la orden a una tasa
de interés del 8.20%. Solicito reposición de este documento por causa de
extravío. Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos
de terceros por el término de quince días.
San José, 7 de octubre del
2014.—Anabel Rivera Rivera.—(IN2014066615).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
A las entidades
acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades
Financieras que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del
artículo 4 del Reglamento sobre la distribución de utilidades por la venta de
bienes adjudicados (Artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días
hábiles deberán presentar a través de sus representantes legales formal
solicitud ante la Dirección de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa
Rica, localizada en la Uruca, frente a la Mercedes Benz y adjuntar una
certificación de un contador público autorizado sobre el estado de la obligación
y el saldo adeudado de Corporación Arenas de Cristal F.W.A.M. Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-432492 y señora Virginia Barboza Rojas, cédula
1-0578-0025.
Viernes, 03 de
setiembre del 2014.—Lic. John Agüero Bonilla, Proveeduría General.—1 vez.—O. C.
N° 517819.—Solicitud N° 20973.—(IN2014066542).
VICERRECTORIA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ORI-3661-2014.—Matute
Agüero Gabriela Hibet, R-302-2014, pasaporte 035244703, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Ingeniero Electricista, Universidad Simón Bolívar,
Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 4 de
setiembre del 2014.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera
Monge, Director.—O.C. N° 130833.—Solicitud N° 20167.—(IN2014062582).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La señora Elsy
del Carmen Laucho Contreras, pasaporte N° AAE647728 ha presentado para el
trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de
arquitecta, obtenido en Universidad del Zulia. Cualquier persona interesada en
aportar información al respecto de este trámite podrá hacerlo mediante un
escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del
Instituto Tecnológico de Costa Rica dentro de los quince días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago, 23 de
setiembre del 2014.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas
Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. N° 20140261.—Solicitud N°
20690.—(IN2014065474).
La señora Ana Carolina Venegas Pereira, cédula de identidad N°
1-1216-0419, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el
diploma con el título de Licenciada en Arquitectura, obtenido en Pontificia
Universidad Católica de Chile. Cualquier
persona interesada en aportar información al respecto de este trámite podrá
hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de
Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica dentro de los
quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago, 23 de
setiembre del 2014.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas
Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. N° 20140261.—Solicitud N°
20694.—(IN2014065477).
El señor Roberto
Jenkins Tanzi cédula de identificación N° 1 1419 0557, ha presentado para el
trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Bachelor
of Architecture, obtenido en Pratt Institute. Cualquier persona interesada en
aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un
escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del
Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago, 19 de setiembre del
2014.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez,
M.Ed., Director.—O. C. Nº 20140261.—Solicitud Nº 20695.— (IN2014065490).
El señor José Carlos Rodríguez Zea,
cédula de Residencia N° 132000191514 ha presentado para el trámite de
reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Ingeniero Industrial
con el Grado de Licenciado obtenido en La Universidad del Valle de Guatemala.
Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este
trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el
Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica,
dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago. 17 de setiembre del
2014.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez,
M.Ed., Director.—O. C. Nº 20140261.—Solicitud Nº 20729.— (IN2014065493).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
A Juan Carlos
Mancilla Córdoba, se le comunica la resolución de las trece horas del
veinticinco de setiembre del dos mil catorce, que ordenó: I) Dar inicio al
Proceso Especial de Protección en sede administrativa. II) Se ordena el abrigo
temporal de las personas menores de edad Jordan Francisco Mancilla Chamorro,
Brandon Geanfred Chamorro Ledezma y Dorian Valeria Chamorro Ledezma en un albergue
del Patronato Nacional de la Infancia de acuerdo a sus necesidades
permaneciendo en el Albergue de Barrio San José en Alajuela. El plazo de la
presente medida de protección es por seis meses y su fecha de vencimiento es el
veinticinco de marzo del dos mil quince. III) En cuanto a la interrelación
familiar se dispone que la presente medida no limita el contacto de los padres
con las personas menores de edad, dichas visitas se realizarán conforme con lo
estipule el reglamento que rige los albergues de la institución y/o en su lugar
las disposiciones al respecto que establezcan los (as) profesionales del Equipo
Interdisciplinario de Albergues de la Dirección Regional de Alajuela. IV) Se le
advierte a las señoras María Isabel Chamorro Ledezma y Shirley Mayela Ledezma
Méndez, su deber de integrarse a un grupo de crecimiento personal de educación
a padres de los que imparte Trabajo Social de la Clínica Marcial Rodríguez y lo
Trabajo Social del Hospital San Rafael y/o la Oficina Municipal de la Mujer en
Atenas y/o grupo a fin de su comunidad, debiendo de aportar informes periódicos
de avance a esta oficina. V) Se le advierte a las señoras María Isabel Chamorro
Ledezma y a la señora Shirley Mayela Ledezma Méndez que deben someterse a la
orientación, apoyo y seguimiento a la familia, que le brindará esta institución
en el tiempo y forma que se les indique. Para lo cual se les indica que deben
cooperar con la atención institucional lo que implica asistir a las citas que
se le brinden así como cumplimiento de las indicaciones emitidas. VI) Se le
designa a la Lic. Isela Chavarría Salazar, Trabajadora Social de la Oficina
Local de Alajuela para que realice investigación ampliada de los hechos y rinda
informe dentro del plazo de veinticinco días naturales. VII) Se les otorga a
los progenitores María Isabel Chamorro Ledezma y Juan Carlos Mancilla Córdoba
el plazo de cinco días hábiles dentro del cual podrán ofrecer la prueba de
descargo pertinente. VIII) Comuníquese esta resolución al Juzgado de Familia
del I Circuito Judicial de Alajuela, a la Fiscalía de Atenas y al Departamento
de Acreditación de esta Institución. Notifíquese la anterior resolución a las
partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además que contra la
presente resolución procede el recurso ordinario de apelación que deberán
interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes el de
recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución en
el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en
inadmisible. Expediente N° OLA-00537-2014.—Oficina Local de Alajuela.—Lic.
Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N°
36800.—Solicitud N° 14000085.—C-58060.—(IN2014066636).
AJDIP/318-2014.—Puntarenas, a los
cinco días del mes de setiembre del dos mil catorce.
Considerando:
1º—Presentado el por parte de la MBA.
Betty Valverde Cordero, Jefe del Departamento Financiero, la propuesta del
cuadro de Tarifas para el año 2015, misma que fue elaborada por la Dirección
General Administrativa, considerando para su establecimiento, un aumento
general del 6%, de conformidad con el índice de inflación señalado por el Banco
Central de Costa Rica, para el presente período.
2º—Que por su parte, consideran los
Sres. Directores necesario la aprobación de la propuesta presentada, dado que
la misma recoge la solicitud expresa de ésta Junta Directiva de un incremento
porcentual del 6%.
3º—Que dada la necesidad de minimizar
el impacto al sector pesquero y acuícola, de manera tal que le permita a éstos
sectores alcanzar el desarrollo económico suficiente que le permita enfrentar
los desafíos que la sociedad demanda, tendientes a convertirse en motores del
desarrollo social y económico nacional, la Junta Directiva, conciente en la
responsabilidad que, como Autoridad Ejecutora de la Ley de Pesca y Acuicultura,
le corresponde, en sintonía con la tutela del recurso pesquero y acuícola y la
posibilidad del acceso sustentable sobre ese recurso, con fundamento en la
metodología aplicada para la elaboración de la propuesta presentada para las tarifas
del próximo ejercicio económico del año 2015. Por tanto,
ACUERDA:
1º—Dar por conocido y recibida la
presentación del cuadro tarifario para el año 2015 con sus Notas Explicativas,
presentado por la MBA. Betty Valverde Cordero, mediante oficio DF-063-09-2014,
mismo que se acoge y aprueba en los siguientes términos y condiciones:
|
CONCEPTO |
Unidad de medida |
Moneda |
TARIFA 2015 |
|
BIENES ACUÍCOLAS |
|||
1 |
Alevín de carpa Coi hasta 10,0
gramos |
semilla |
colones |
562,00 |
2 |
Reproductor de tilapia cualquier
tipo, hasta 10,0 gramos |
reproductor |
colones |
3.300,00 |
3 |
Alevín tilapia monosexo (machos)
hasta 10,0 gramos. Excepto tilapia roja |
alevín |
colones |
46,00 |
4 |
Alevin de tilapia, monosexo (machos)
de 10,1 a 40 gramos. Excepto tilapia roja |
alevín |
colones |
130,00 |
5 |
Tilapia esvicerada |
kilo |
colones |
3.400,00 |
6 |
Almeja gigante hasta 150,0 gramos |
semilla |
colones |
320,00 |
7 |
Alevines de guapote hasta 10,0 gramos |
alevín |
colones |
240,00 |
8 |
Alevines de trucha Arco Iris de 2,0 a 3,5 cm |
alevín |
colones |
46,00 |
9 |
Trucha Arco Iris esvicerada |
kilo |
colones |
5.500,00 |
10 |
Autorización de proyectos acuícolas (hasta 10000 metros cuadrados) |
metro cuadrado |
colones |
Costos fijos (A) = ¢14,300.00 Porcentaje por derecho cultivo (B) =
0.15% Costo m2 por derecho
cultivo (A*B) = ¢21.50 TARIFA= A + (A*B) * m2 de
espejo de agua |
11 |
Autorización de proyectos acuícolas (más de una hectárea) |
metro cuadrado |
colones |
Costos fijos (A) = ¢14,300.00 Costo autor.primera hectárea (B)=
¢215,000.00 TARIFA= B + A * cada hectárea o
fracción adicional de espejo de agua |
12 |
Autorización de proyectos acuícolas (jaulas flotantes en aguas
marinas o continentales) |
metro cúbico |
colones |
Costos fijos (A) = ¢14,300 Porcentaje por derecho cultivo (B) = 0.15% Costo m3 por derecho
cultivo (A*B) = ¢21.50 TARIFA= A + (A*B) * m3 |
|
LICENCIA PARA PESCA COMERCIAL (por año o por trámite) |
|||
13 |
Licencia Pesca Comercial Pequeña Escala |
licencia |
colones |
23.700,00 |
14 |
Licencia Pesca Comercial Mediana Escala |
licencia |
colones |
71.000,00 |
15 |
Licencia Pesca Comercial Avanzada |
licencia |
colones |
260.800,00 |
16 |
Licencia Pesca Comercial Semiindustrial-Camaronero |
licencia |
colones |
293.200,00 |
17 |
Licencia Pesca Comercial Semiindustrial-Sardinero |
licencia |
colones |
293.200,00 |
18 |
Licencia Pesca Comercial Pequeña Escala- embarcación inactiva |
licencia inactiva |
colones |
11.900,00 |
19 |
Licencia Pesca Comercial Mediana Escala- embarcación inactiva |
licencia inactiva |
colones |
31.500,00 |
20 |
Licencia Pesca Comercial Avanzada o semiindustrial- embarcación
inactiva |
licencia inactiva |
colones |
78.700,00 |
21 |
Licencia Extracción de Moluscos (con embarcación) |
licencia |
colones |
15.300,00 |
22 |
Licencia Pesca Subacuática comercial (con embarcación) |
licencia |
colones |
23.700,00 |
23 |
Duplicado de licencia de pesca o autorización |
duplicado |
colones |
8.000,00 |
24 |
Licencia pesca de atún, embarcación Nacional |
licencia |
colones |
424.200,00 |
25 |
Emisión y prórroga, licencia pesca de atún, embarcación extranjera |
licencia |
colones |
424.200,00 |
|
LICENCIA PARA EMBARCACION DEPORTIVA O TURISTICA, NACIONAL O EXTRANJERA, MARINA O CONTINENTAL (por año o por trámite) |
|||
26 |
Embarcación nacional de menos de 10,0 metros de eslora |
licencia |
dólares |
400,00 |
27 |
Embarcación nacional de 10,01 a 15,0 metros de eslora |
licencia |
dólares |
690,00 |
28 |
Embarcación nacional de 15,01 a 20,0 metros de eslora |
licencia |
dólares |
1.035,00 |
29 |
Embarcación nacional de más de 20,0 metros de eslora |
licencia |
dólares |
1.340,00 |
30 |
Embarcación extranjera, toda eslora (por 3 meses) |
licencia |
dólares |
400,00 |
|
LICENCIA PARA EMBARCACION NACIONAL DEDICADA A LA OBSERVACION DE CETACEOS (por año o por trámite) |
|||
31 |
Embarcación nacional dedicada a la
observación de cetáceos |
licencia |
dólares |
370 |
|
AUTORIZACIONES POR SERVICIOS AL SECTOR PESQUERO (por año o por trámite incluyendo las prórrogas, cuando
correspondan) |
|||
32 |
Autorización sustitución por
importación, para embarcaciones que se importen |
autorización |
colones |
17.600,00 |
33 |
Autorización de sustitución por
construcción, adquisición o ampliación de embarcación |
autorización |
colones |
17.600,00 |
34 |
Autorización por sustitución de
motor |
autorización |
colones |
9.400,00 |
35 |
Autorización por traspaso |
autorización |
colones |
17.600,00 |
36 |
Autorización por exoneración de
insumos pesqueros y acuícolas |
autorización |
colones |
3.400,00 |
37 |
Autorización trasbordo de productos
pesqueros, de una a otra embarcación pesquera |
autorización |
colones |
9.700,00 |
|
AUTORIZACION PARA COMERCIALIZACION, INDUSTRIALIZACION,
PROCESAMIENTO, TRANSPORTE, EXPORTACION E IMPORTACION DE PRODUCTOS PESQUEROS (Por Año / Por Trámite) |
|||
38 |
Autorización Comercialización Puesto
de Recibo |
autorización |
colones |
23.600,00 |
39 |
Autorización centro de acopio huevos
tortuga |
autorización |
colones |
56.200,00 |
40 |
Autorización comercialización huevos
de tortuga (persona física) |
autorización |
colones |
23.700,00 |
41 |
Autorización Comercialización Pescaderías / Personal |
autorización |
colones |
70.300,00 |
42 |
Autorización Planta Industrial y/o
Procesadora |
autorización |
colones |
131.600,00 |
43 |
Autorización Transporte productos
pesqueros (vehículo tipo pick up según tarjeta de matrícula del Registro
Público) |
autorización |
colones |
40.600,00 |
44 |
Autorización Transporte productos
pesqueros (vehículos tipo camión, hasta 5 toneladas según carga útil de
acuerdo con tarjeta de especificaciones de pesos y dimensiones del MOPT) |
autorización |
colones |
59.500,00 |
45 |
Autorización Transporte productos
pesqueros (vehículos tipo camión, más de 5 toneladas según carga útil de
acuerdo con tarjeta de especificaciones de pesos y dimensiones del MOPT) |
autorización |
colones |
93.600,00 |
46 |
Autorización Exportación de
Productos Pesqueros (por cada exportación) |
autorización |
colones |
22.400,00 |
47 |
Autorización Importación de
Productos Pesqueros (por cada importación) |
autorización |
colones |
28.400,00 |
48 |
Boleta o Guía para el transporte de
productos pesqueros (por mes) |
autorización |
colones |
6.900,00 |
49 |
Autorización Extracción de Moluscos (sin embarcación) |
licencia |
colones |
9.100,00 |
50 |
Autorización Pesca Subacuática comercial (sin embarcación) |
licencia |
colones |
23.700,00 |
|
COMBUSTIBLE A PRECIO PREFERENCIAL |
|||
51 |
Orden de Compra de Combustible
(individual o consolidado) |
orden |
colones |
2.600,00 |
52 |
Litro de combustible autorizado |
litro |
colones |
5,00 |
|
INSPECCION EMBARCACION NACIONAL O EXTRANJERA |
|||
|
Inspección descarga de embarcación
extranjera |
|
|
|
53 |
Por hora o fracción (horario
ordinario) |
por hora |
dólares |
65,00 |
54 |
Por hora o fracción (horario extraordinario) |
por hora |
dólares |
75,00 |
|
Inspección descarga de embarcación nacional |
|
|
|
55 |
Por primera hora o fracción (horario ordinario) |
primera hora o fracción |
colones |
10.000,00 |
56 |
Por hora o fracción adicional (horario ordinario) |
por hora |
colones |
3.800,00 |
57 |
Por primera hora o fracción (horario extraordinario) |
primera hora o fracción |
colones |
11.900,00 |
58 |
Por hora o fracción adicional (horario extraordinario) |
por hora |
colones |
5.600,00 |
|
Otras inspecciones en horario ordinario: |
|
|
|
59 |
Inspección a centro de acopio para comercialización de huevos de
tortuga |
por hora |
colones |
10.000,00 |
|
CARNE DE IDENTIFICACION DE PESCA COMERCIAL (Por año / Por trámite) |
|||
60 |
Capitán, Tripulante o ayudante, todo tipo embarcación (nacional o
residente) |
carné |
colones |
5.000,00 |
61 |
Pesca Subacuática o extracción manual, comercial (nacional o
residente) |
carné |
colones |
5.000,00 |
|
CARNE DE IDENTIFICACION DE PESCA DEPORTIVA O TURISTICA, CONTINENTAL O MARINA (Por año / Por trámite) |
|||
62 |
Nacional, Residente o Extranjero que practica pesca continental o
marina desde embarcación (8 días) |
carné |
dólares |
15,00 |
63 |
Nacional, Residente o Extranjero que practica pesca continental o
marina desde embarcación (un mes) |
carné |
dólares |
25,00 |
64 |
Nacional, Residente o Extranjero que practica pesca continental o
marina desde embarcación (un año) |
carné |
dólares |
50,00 |
65 |
Nacional, Residente o Extranjero que practica pesca subacuática
continental o marina (un año) |
carné |
dólares |
50,00 |
66 |
Capitán, tripulante o ayudante, embarcación pesca deportiva o
turística, continental o marina (un año) |
carné |
dólares |
15,00 |
|
CARNE DE IDENTIFICACION PARA OBSERVACION DE CETACEOS (Por año / Por trámite) |
|||
67 |
Nacional, Residente o Extranjero que realiza observación de cetáceos
(por año) |
carné |
colones |
30,00 |
68 |
Nacional, Residente o Extranjero para realiza observación de cetáceos
(por día) |
carné |
dólares |
5,00 |
69 |
Capitán, tripulante o ayudante, embarcación observación cetáceos (un
año) |
carné |
dólares |
15,00 |
|
DOCUMENTOS INFORMATIVOS Y OTROS |
|||
70 |
Información Técnica (por hora profesional invertida en la
preparación de la información solicitada) |
por hora profesional |
colones |
19.200,00 |
71 |
Constancia Asuntos Varios |
por constancia |
colones |
4.500,00 |
72 |
Certificación atún Dolphin Safe |
por certificación |
colones |
55.100,00 |
73 |
Certificación (otros tipos) |
por certificación |
colones |
8.800,00 |
74 |
Fotocopias |
por hoja |
colones |
30,00 |
|
SERVICIOS DE TRANSPORTE |
|||
75 |
Estadía y descarga de embarcaciones
de pesca comercial nacional, no turística ni deportiva |
(tarifa*metro eslora*hora o fracción)+ costo advo. |
colones |
(¢45.00*metro eslora*hora o fracción)+ 7500 |
76 |
Estadía y descarga de embarcaciones
de pesca comercial extranjera |
(tarifa*metro eslora*hora o fracción)+costo advo. |
dólares |
($0.45*metro eslora*hora o fracción)+ 7500 |
77 |
Estadía de embarcaciones de pesca
comercial nacional, no turística ni deportiva para avituallamiento (hielo y
diesel con Coopeinpesa R.L.) |
(tarifa*metro eslora*hora o fracción)+ costo advo. |
colones |
(¢45.00 *metro eslora*hora o fracción)+ 3750 |
78 |
Suministro de Agua Potable |
(tarifa ARESEP para agua * m3) +costo advo. |
colones |
(tarifa establecida por ARESEP para
agua según m3 * m3) + ¢7500.00 |
79 |
Utilización del muelle para yates y
embarcaciones de pesca deportiva o placer |
metro eslora * hora |
colones |
¢560.00 * metro eslora * hora |
80 |
Estadía embarcación con fines
científicos, investigación, didácticos y de fomento |
metro eslora * hora |
colones |
¢280.00 * metro eslora * hora |
81 |
Estadía embarcación nacional o
extranjera comercial, con fines distintos a descarga de productos pesqueros o
avituallamiento |
metro eslora * hora |
colones |
¢280.00 * metro eslora * hora |
82 |
Movilización para carga de vehículos |
por entrada |
colones |
700,00 |
Notas explicativas:
1. Para efecto del cobro de las licencias de
pesca comercial a embarcaciones, deberá tenerse en cuenta la clasificación
dispuesta en el artículo 43 de la Ley N° 8436 Ley de Pesca y Acuicultura, así
como la autonomía autorizada por el MOPT.
2. En
cuanto a los carné para capitanes, tripulantes y ayudantes de embarcaciones de
pesca deportiva o turística o de observación de cetáceos, estos serán anuales.
Para su otorgamiento deberán presentar copia del documento de identificación y
una fotografía tamaño pasaporte. A los capitanes extranjeros en condición de
turistas, les estará prohibido el ejercicio como tal en embarcaciones de pesca
turística de bandera nacional.
3. En el caso del pago de las licencias de pesca
comercial de embarcaciones inactivas, el pago indicado será el único que deba
realizarse anualmente para mantener la vigencia de la inactividad y si el
permisionario decide reactivar o activar la embarcación para la realización de
las faenas de pesca, estando en curso una de las inactividades, deberá abonarse
del monto de la inactividad cancelado, el porcentaje correspondiente al tiempo
transcurrido, y pagarse la diferencia del costo de la licencia de operación de
la embarcación en el período anual respectivo.
4. Los
permisionarios o armadores físicos a nombre de quienes estén otorgadas las
licencias de pesca comercial, no estarán obligados a cancelar el rubro
correspondiente por concepto del carné establecido en el artículo 44 de la Ley
N°8436 Ley de Pesca y Acuicultura, en razón de tenerse por acreditada su
condición en la licencia de pesca correspondiente, sin embargo, la institución
deberá emitirlo sin costo alguno.
5. Los
interesados, las empresas operadoras de tours o las asociaciones, podrán
adquirir de manera previa y planificada, la cantidad de carné que consideren
conveniente mantener a disposición de sus clientes y en el entendido de que
dichos carné INCOPESCA los otorgará con fecha de emisión al día en que son
adquiridos y con fecha de vencimiento según el plazo de vigencia seleccionado.
Cumplido el plazo de vencimiento sin que hubiesen sido utilizados por los
usuarios, estos caducarán de pleno derecho sin que puedan ser revalidados.
6. No
se cobrará el monto de la emisión por carné de identificación de pesca
comercial y pesca deportiva o turística continental o marina en los casos de
solicitantes, permisionarios o autorizados que sean costarricenses mayores de
65 años, debidamente verificado contra su cédula de identidad o certificación
de nacimiento.
7. En
aquellos servicios relacionados con inspecciones por descarga de productos
hidrobiológicos, estadía en muelle o movilización de carga en vehículos, se
aplicará el término fracción de la siguiente manera:
a. Cuando el tiempo de permanencia de
la embarcación o vehículo es igual o menor a treinta minutos (30 min o menos),
se cobrará el equivalente a 30 minutos.
b. Si
el tiempo de permanencia de la embarcación o vehículo es mayor a treinta
minutos o igual a 60 minutos (31 min o 60 min), se cobrará el equivalente a 1
hora.
c. Para
permanencias mayores a una hora y fracción, se aplicarán los conceptos
indicados en los puntos a) y b) anteriores.
d. En
el caso de las inspecciones por descarga de productos hidrobiológicos,
cualquier fracción después de la primera hora se cobrará como media fracción,
sea en horario ordinario o extraordinario.
8. Para las inspecciones la tarifa ordinaria
corresponde a las realizadas dentro del horario ordinario de trabajo del
Instituto, sea de las 08:00 a. m. a las 04:00 p. m. La tarifa extraordinaria
corresponde a las inspecciones realizadas de 04:01 p. m. a 07:59 a. m. así como
las efectuadas en días feriados, sábados, domingos o asuetos.
9. En
el caso de las inspecciones por descarga de producto hidrobiológico, que
comprendan camarón, sardina, tiburón, vela, espada y atún, que se realicen en
el Muelle Público de la Terminal Multiservicios Pesqueros del Barrio El Carmen,
Puntarenas o en cualquier otro muelle, centro de acopio o puesto de recibo
privados, debidamente autorizados por el INCOPESCA y el SENASA, la institución
procederá de la siguiente manera:
En horario ordinario:
a. Aquellas embarcaciones
pertenecientes a la flota nacional mediana escala y avanzada, que desembarquen
tiburón, serán objeto del cobro total de las horas que conlleve la inspección.
b. Las
embarcaciones pertenecientes a la flota nacional mediana escala y avanzada que
no desembarquen tiburón, serán objeto del cobro de las primera hora de
inspección.
c. En
tratándose de la flota nacional semiindustrial sardinera, se cobrará las dos
primeras horas de inspección por descarga, periodo durante el cual, los
funcionarios del INCOPESCA procederán a tomar la muestra respectiva para
determinar la longitud total promedio de la sardina capturada, de conformidad
con el acuerdo AJDIP/215-98.
d. En
relación con la flota nacional semiindustrial camaronera de orilla y de
profundidad, se cobrarán las dos primeras horas de inspección por descarga,
periodo durante el cual, los funcionarios del INCOPESCA procederán a tomar la
muestra respectiva para determinar el peso mínimo promedio de captura del camarón blanco, pinky, Fidel; camello, camellito
y langostino chileno (chicharra) de conformidad con el artículo 48 del
Reglamento a la Ley N° 8436, así como la composición de la fauna de
acompañamiento, según el Decreto Ejecutivo N° 18795-MAG del 9 de enero de 1989.
e. Las embarcaciones pertenecientes a
la flota extranjera no atunera, serán objeto del cobro total de las horas que
conlleve la inspección, independientemente de los grupos comerciales o las
especies que desembarque.
f. Se exceptúa de la solicitud,
inspección y del cobro a las embarcaciones pertenecientes a la flota artesanal
en pequeña escala.
En horario
extraordinario:
a. Todas las
inspecciones por descarga serán cobradas, independientemente de la flota, los
grupos comerciales o especies que desembarque.
10. En tratándose de la flota
atunera extranjera, sea en horario ordinario o extraordinario, se cobrarán las
dos primeras horas de descarga, periodo durante el cual los funcionarios del
INCOPESCA procederán a solicitar de manera aleatoria la descarga de
determinadas bodegas, a efecto de determinar, de conformidad con el artículo 58
de la Ley 8436, la no existencia de productos hidrobiológicos diferentes al
atún. De igual manera, se cobrará las últimas dos horas de descarga a efecto de
verificar que las bodegas estén completamente vacías.
11. En aquellos casos en que a solicitud del
interesado, el INCOPESCA ha realizado las gestiones para la designación del
inspector y este se hiciera presente en el lugar, hora y fecha establecidos, y
el interesado decide posponer la descarga, se cobrará una hora de inspección,
según sea en horario ordinario o extraordinario. Una vez reprogramada la
inspección que fue suspendida, se reiniciará como si se tratase de una nueva
inspección, razón por la que se cobrará nuevamente el costo de la primera hora
y siguientes, sea ordinaria o extraordinaria según corresponda.
12. En relación con la estadía de las
embarcaciones con fines científicos, de investigación, didácticos y de fomento,
mediante acuerdo razonado y justificado, la Junta Directiva podrá eximir el
cobro, en aquellos casos en que exista un fin de beneficio público al país o a
la institución.
13. En el caso de la estadía de las
embarcaciones nacionales o extranjeras comerciales para fines distintos a la
descarga de productos pesqueros o avituallamiento, previo a la autorización
correspondiente, la institución debe valorar la naturaleza propia del tipo de
actividades que se requieren realizar, a fin de determinar posibles efectos
negativos sobre los ecosistemas o sobre la actividad de descarga de productos
hidrobiológicos que se realicen o se vayan a realizar en el área destinada para
ese propósito, de manera que se asegure la inocuidad.
14. Toda inspección deberá ser cancelada
previamente o a más tardar el día hábil siguiente a que es realizada por los
funcionarios del Instituto, sea mediante depósito bancario o transferencia
electrónica a una de las cuentas bancarias de INCOPESCA o mediante el pago
directo en una de las oficinas del instituto. Si el pago se realiza por
depósito o transferencia, el usuario deberá entregar copia del respectivo
comprobante bancario a la oficina más cercana. La institución no está
autorizada para conceder crédito por este servicio, por lo tanto, al usuario
que no atienda la disposición establecida se le suspenderán todos los servicios
que brinda el INCOPESCA y deberá pagar intereses diarios a la tasa básica
pasiva establecida por el Banco Central.
15. El usuario del servicio de agua, servicio
de estadía y muellaje y otros servicios que brinde la institución en la
Terminal Pesquera, deberá cancelarlos antes de desatracar la embarcación o a
más tardar 30 días naturales posteriores a recibir los servicios, siempre y
cuando cuente con crédito autorizado previamente por el INCOPESCA. En caso de
no contar con crédito autorizado, deberá pagar los servicios antes de
desatracar la embarcación. Al usuario que no atienda estas disposiciones se le
suspenderán todos los servicios y deberá pagar adicionalmente los intereses
diarios a la tasa básica pasiva establecida por el Banco Central.
16. Los
vehículos que ingresen a cargar y descargar productos cancelarán las horas de
permanencia antes de salir del área delimitada de muelle.
17. Las
licencias, permisos, autorizaciones y todo tipo de servicio que no sean pagado
en el periodo correspondiente, deberán ser canceladas con el monto de la tarifa
anual que corresponda a cada año adeudado, más un 10% por cada año de atraso,
traído a valor presente hasta el día de pago, por concepto de multa por el
atraso.
18. El
dinero recaudado por las tarifas cobradas será depositado e ingresado en las
cuentas bancarias que el INCOPESCA tenga en los bancos del Sistema Bancario
Nacional. De igual manera, los usuarios podrán pagar el importe por las tarifas
mediante medios electrónicos (transferencia, datafono, página web).
19. Las
tarifas establecidas estarán sujetas a revisión y ajuste cuando ello fuere
procedente, por parte del INCOPESCA.
20. Se
autoriza a las diversas dependencias institucionales la emisión de carnés para
la práctica de la pesca deportiva desde tierra sin ningún costo para quien lo
solicite. Igualmente deberá identificarse en dicho documento, que el mismo
únicamente autoriza la práctica de la pesca deportiva desde tierra, careciendo
de total validez para el ejercicio de ésta actividad a bordo de una embarcación.
21. Tratándose
de Universidades e Investigadores, la obtención de información y copias de
datos estadísticos sobre el comportamiento, disponibilidad y aprovechamiento de
la biomasa pesquera serán de carácter gratuito, en el tanto y cuanto se
presente solicitud expresa por parte del interesado; en la que se manifieste su
compromiso de presentar al INCOPESCA el resultado parcial y/o final de los
estudios realizados con sustento a la información suministrada por el
Departamento de Estadísticas Pesqueras del INCOPESCA.
2º—Acuerdo firme.
Pbro. Gustavo Meneses Castro, PhD,
Presidente Ejecutivo.—Secretaría Técnica de Junta Directiva.—Lic. Guillermo
Ramírez Gätjens, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 14-0167.—Solicitud N°
63436.—C-382620.—(IN2014066679).
AVISO
El Instituto Nacional de Estadística y
Censos avisa que el Índice de Precios al Consumidor (IPC), Base Julio 2006
correspondiente a setiembre del 2014 es de 171,054 el cual muestra una
variación porcentual mensual de -0,14 y una variación porcentual acumulada del
primero de octubre del 2013 al treinta de setiembre del 2014 (12 meses) de
5,20.
Esta oficialización se hace con base
en estudios realizados en el Instituto Nacional de Estadística y Censos.
San José, 02 de octubre de
2014.—Elizabeth Solano Salazar, Subgerente.—1 vez.—O. C. N° 4076.—Solicitud N°
20820.—(IN2014066544).
CONSEJO
NACIONAL DE LA ASOCIACIÓN
CRUZ ROJA COSTARRICENSE
Por disposición del Consejo Nacional de la Asociación
Cruz Roja Costarricense mediante acuerdo firme III-4 de la sesión ordinaria
número 18/2014, celebrada el 26 de setiembre del 2014, se convoca a los
asociados activos a la asamblea general extraordinaria 05-2014, a realizarse el
domingo 23 de noviembre del 2014, en el auditorio Miguel Blanco Quirós, ubicado
en el primer piso del edificio principal del Organismo de Investigación
Judicial, avenidas seis y ocho, calles diecisiete y diecinueve, Barrio González
Laman, San José. Se celebrará la asamblea general extraordinaria 05-2014, en
primera convocatoria a las 7:00 horas en el caso de no completarse el quórum
estatutario a la hora señalada se celebrará la asamblea válidamente en segunda
convocatoria con la asistencia de un mínimo de cincuenta asociados presentes
una hora después, de conformidad con lo señalado en los artículos veintisiete
incisos a), veintiocho y veintinueve del Estatuto de la Asociación Cruz Roja
Costarricense. Dicha convocatoria se realiza con la siguiente agenda:
Informe de la
fiscalía general sobre el caso NAVSAT
Continuación
reforma integral de estatuto de la asociación Cruz Roja Costarricense.
Publíquese.
San José, 21 de octubre del 2014.— Miguel Carmona
Jiménez, Presidente.—Dra. Viviana Elliot Foulds, Subsecretaria General.—1
vez.—(IN2014072223).
RESOLUCIÓN
ALCALDÍA-6846-2014
Sandra García Pérez, Alcaldesa
Municipal del Cantón Central de San José, con fundamento en la Ley de la
Administración Pública, capítulo tercero, sección tercera, de la delegación,
numerales del 89 al 92 y numeral 17 inciso b) del Código Municipal.
Resuelve:
Delegar en el señor Rafael Arias
Fallas, cédula de identidad 203380201, funcionario del Despacho de la
Alcaldesa, las siguientes funciones:
Tramitar, resolver, suscribir asuntos
de la Sección de Transportes, incluyendo las autorizaciones de uso de
vehículos, de igual manera todos los asuntos provenientes de la Sección de
Contraloría de Servicios.
Esta resolución amplía la Resolución
ALCALDÍA-1803-2014, en cuanto a las delegaciones otorgadas al señor Arias
Fallas.
En todo momento el aquí delegado,
deberá actuar en acatamiento al Principio de Legalidad que rige el quehacer de
la Administración Pública y en protección y satisfacción del interés público en
sus decisiones. La presente delegación se realiza sin detrimento de que la
suscrita pueda abocarse en cualquier momento a resolver alguno de los asuntos
aquí delegados.
Se emite la presente Resolución en la
ciudad de San José, a las doce horas quince minutos del día primero de octubre
del año dos mil catorce. Rige a partir de esta fecha.
San José, 6 de octubre del
2014.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº
134482—Solicitud Nº 20860.—(IN2014065958).
GRECIA
GOBIERNO LOCAL
Alcaldía
Municipal de Grecia
AVISO
El Concejo Municipal de la
Municipalidad de Grecia, mediante acuerdo SEC-4985-2014, artículo IV, inciso
4), sub inciso c), acta 341, acordó:
Declarar de interés público la
expropiación de tres mil quinientos metros cuadrados de la finca inscrita ante
el Registro Público bajo la matrícula 137582, describiéndose la finca a
segregar y expropiar así: Propietario: Kopper Peralta Limitada. Naturaleza:
construir. Colindancia: norte, Kopper Peralta Limitada; sur, Álvarez Paniagua
Limitada, Irhalka Yolany González Arce, Iriana Yuliany Arce Salazar, Deyma
Salazar Núñez y Benedicto Zamora Zamora; este, Kopper Peralta Limitada; oeste,
Kopper Peralta Limitada. Plano catastrado: sin asignar por el momento de
conformidad con lo dispuesto en el numeral 71 del Reglamento a la Ley de
Catastro Nacional, Decreto N° 343331. Medida: tres mil quinientos metros
cuadrados. Notifíquese al presentante de la sociedad Kopper Peralta Limitada y
publíquese en el Diario Oficial La Gaceta, según dispone el artículo 18
de la Ley de Expropiaciones. Acuerdo aprobado por mayoría”.
Lic. Adrián
Barquero Saborío, Alcalde Municipal.—1 vez.—O. C. N° 41890.—Solicitud N° 5905.—C-19960.—(IN2014066684).
El Concejo Municipal de Atenas en la
sesión ordinaria N° 270 celebrada por el Concejo Municipal de Atenas el 22 de
julio del 2013, tomó el siguiente acuerdo:
Se acuerda: establecer como monto de
pago inicial para la formalización de un arreglo de pago un monto mínimo del
30% de la deuda con la Municipalidad.
Excepciones. Se excluyen de toda
posibilidad de arreglo de pago, aquellos conceptos restringidos por ley o
reglamento especial como patentes, espectáculos públicos, timbres proparques
nacionales, construcciones, derechos de cementerio. Los sujetos pasivos que
registren estos conceptos deberán cancelar o tener al día los mismos para
calificar a un arreglo de pago.
Lic. Alejandro Chaves Suárez.—1
vez.—(IN2014066552).
El Concejo
Municipal en la sesión ordinaria N° 371 celebrada el 25 de agosto del 2014,
aprueba la actualización de la tarifa del servicio de recolección de desechos
sólidos.
Quedando la nueva tarifa residencial
en un monto de ¢8.717,995 por unidad habitacional y la comercial en un monto de
¢21.794,86 por local comercial.
Rige a partir de su publicación.
Atenas, 29 de agosto de 2014.—Lic.
Alejandro Chaves Suárez.—1 vez.—(IN2014066559).
GRUPO
LOS VEINTE DE POCOCÍ SOCIEDAD ANÓNIMA
Convocatoria asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de Grupo Los Veinte de Pococí Sociedad Anónima.
De conformidad en lo que dispone el artículo 160
inciso b) del Código de Comercio, se convoca a todos los socios a asamblea
general ordinaria y extraordinaria a celebrarse en la ciudad de Suerre de
Jiménez de Pococí a las nueve horas en el Club Los Veinte, del próximo día
veintinueve de noviembre del dos mil catorce, donde se conocerá la siguiente
agenda:
1) Nombramiento
de nueva Junta Directiva y Fiscal.
2) Acordar
y/o improbar la venta total y/o parcial y / con segregación de lotes en cabeza
de su dueño de la finca de Limón matrícula de folio real número: tres mil
setecientos ochenta y ocho-cero cero cero.
3) Aprobar
y/o improbar el informe del tesorero respecto a las cuotas de mantenimiento
efectuadas por los socios y acordar el cobro de la morosidad.
4) Modificar
y corregir el primer apellido del socio Edgar Pana, quien en el Registro de
Personas Jurídicas se encuentra como Edgar Parra, así como modificar la
cláusula del domicilio de la sociedad para actualizarlo en su domicilio exacto
en El Club Los Veinte de Pococí de Suerre de Jiménez de Pococí de la provincia
de Limón.
5) Aprobar y/o improbar el establecimiento de una
cuota de mantenimiento en la suma de treinta mil colones mensuales, así como
para que los socios endosen su acción correspondiente de la Compañía, como
garantía de pago y de buena fe, a fin que exista un compromiso y el contenido
presupuestario para poder enfrentar los costos mensuales como salarios al peón
encargado de la finca así como para el pago de electricidad, agua y para los
gastos varios para la manutención de la finca.
Guápiles de Pococí, 26 de setiembre del 2014.—Carlos
Madrigal Moreira, Socio.—Óscar Rodríguez Moya, Socio.—1 vez.—(IN2014071980).
EUCARRET
S. A.
Eucarret S. A., cédula de persona
jurídica número 3-101-028429, que se celebrará el 17 de diciembre del 2014, en
primera convocatoria a las 9 horas y en segunda convocatoria a las 10 horas, en
San José, San Pedro de Montes de Oca, 250 metros al oeste de Taco Bell,
Condominio Cristal Plaza, Apartamento B-l, para discutir los siguientes
asuntos: orden del día: 1) Verificación del quórum; 2) Nombramiento de
presidente y secretario ad-hoc de la asamblea; 3) Conocer, discutir, aceptar o
rechazar los Estados Financieros y Estados de Balance de los períodos fiscales
2012-2013 y 2013-2014; 4) Conocer,
discutir, aceptar o rechazar realizar una distribución de dividendos; 5)
Modificación de la cláusula segunda del domicilio social del Pacto
Constitutivo; 6) Conocer, discutir, aceptar o rechazar la propuesta de
distribuir acciones en compañía Holcim a los socios en su condición personal;
7) Modificación de todos los nombramientos de junta directiva y fiscal; y, 8)
Autorizar a los notarios públicos a elección de los accionistas a protocolizar
los acuerdos alcanzados. En primera convocatoria se debe contar con quienes
legalmente representen al menos tres cuartas partes de las acciones con derecho
a voto. Si no se logra reunir el quórum en la primera convocatoria, en segunda
convocatoria, sea una hora después, habrá quórum con cualquiera que sea el
número de acciones representadas.—San José, veintiuno de octubre del dos mil
catorce.—Patricia Núñez Retana, Presidenta.—1 vez.—(IN2014072030).
INDUSTRIAS
FRANK S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria de socios de
la empresa Industrias Frank S. A., que se celebrará en el domicilio social, a
las 16 horas del día 21 de noviembre del 2014, en que se conocerá el informe de
inventario y balance de la sociedad correspondiente al último periodo fiscal.
De no haber quórum a la hora indicada, se procederá una hora después.—Franklin
Chaves Montero, Presidente.—1 vez.—(IN2014072082).
PRODUCTOS
PLÁSTICOS SIRENA S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria de socios de
la empresa Productos Plásticos Sirena S. A., que se celebrará en el domicilio
social, a las 16 horas del día 21 de noviembre del 2014, en que se conocerá el
informe de inventario y balance de la sociedad correspondiente al último
período fiscal. De no haber quórum a la hora indicada, se procederá una hora
después.—Franklin Chaves Montero, Presidente.—1 vez.—(IN2014072085).
INVERSIONES
MOGA S. A.
Se convoca a los socios de la sociedad Inversiones
Moga S. A., cédula jurídica 3-101-080.841, a una asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios que se celebrará en el domicilio social de la
sociedad, en San Isidro de Coronado, costado norte de la Iglesia, a las 10:00
horas del día 11 de noviembre del año dos mil catorce, para conocer de los
siguientes asuntos, de carácter ordinario: a) Revisión de estados financieros
al 15 de agosto de 2014, b) De la Rendición de cuentas; y demás indicados en el
artículo 155 del Código de Comercio. De carácter extraordinario, sobre: a)
Fijación para el aumento de capital social de la sociedad, b) Garantía de
respaldo para el aporte de capital, c) Plazos, sanciones y multas a los socios
incumplientes. Si a la hora indicada no hubiera quórum, la asamblea se
celebrará en el mismo lugar, una hora después, para lo que también se convoca a
los socios.—San José, 19 de octubre del 2014.—Roxana Rojas Lobo,
Presidente.—Lic. Arturo Monge Corrales, Notario.—1 vez.—(IN2014072114).
CONVOCATORIA
DE ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA- EXTRAORDINARIA DE GRANELES Y CONCENTRADOS DEL
PACÍFICO S. A.
El suscrito Presidente de la Junta Directiva de Graneles
y Concentrados del Pacífico S. A., cédula jurídica N° 3-101-613211, señor Luis
Gonzaga Vásquez Sancho, convoca a la asamblea ordinaria-extraordinaria de
socios a realizarse el miércoles 26 de noviembre del 2014 en las instalaciones
de Gracopa S. A., ubicadas en San Joaquín de Barranca, Puntarenas, a las 10:00
de la mañana.
ORDEN
DEL DÍA:
10:00 AM. Primer convocatoria,
llamado a lista y verificación del Quórum. En caso de no existir el quórum
necesario se procederá a convocar en segunda convocatoria una hora después,
precediéndose a celebrar la Asamblea con la totalidad de los socios presentes,
por lo que los acuerdos se tomarán por votación de mayoría simple o cuando se
dé consenso de unanimidad.
10:15 AM. Lectura, discusión y aprobación del Orden
del Día.
10:30 AM.
Agenda de asuntos a tratar:
- Presentación
del desarrollo del Proyecto Graneles y Concentrados del Pacífico S. A.
Exposición de la inversión realizada y avance de las obras.
- Presentación
de los Estados Financieros al 30 de Setiembre del 2014.
- Informe
del Fiscal
- Otros
a tratar.
3:30 PM. Ratificación de acuerdos.
22 de octubre del 2014.—Lisbeth Tenorio Espinoza, Jefe
Administrativo y Contable.—1 vez.—(IN2014072178).
CENTRO
DE BUCEO PACIFIC COAST
SOCIEDAD ANÓNIMA
Convocatoria de asamblea general extraordinaria de la
sociedad Centro de Buceo Pacific Coast Sociedad Anónima. Miguel Domingo Martí
Palanca, presidente de la junta directiva de la sociedad convoca a la totalidad
de los socios de la sociedad indicada a la asamblea general extraordinaria a
realizarse en su domicilio social a las ocho modificar cláusula quinta sobre el
capital social con el fin de aumentarlo por el aporte de los socios que deseen
hacerlo y nombramientos de puestos de junta directiva. De no encontrarse la
totalidad del quórum requerido se convocará por segunda vez una hora después
con la cantidad de socios presentes. Es todo.—San José, 20 de octubre del
2014.—Lic. Franklin Fernández Torrentes, Notario.—1 vez.—(IN2014072181).
INVERSIONES
DE PLAYA TIZIANA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Convocatoria de asamblea general extraordinaria de la
sociedad Inversiones de Playa Tiziana Sociedad Anónima. Miguel Domingo Martí
Palanca, Presidente de la Junta Directiva de la sociedad convoca a la totalidad
de los socios de la sociedad indicada a la asamblea general extraordinaria a
realizarse en su domicilio social a las ocho horas del quince de noviembre del
dos mil catorce, donde se conocerán los siguientes puntos: Modificar cláusula
cuarta sobre el capital social con el fin de aumentarlo por el aporte de los
socios que deseen hacerlo y nombramientos de puestos de Junta Directiva. De no
encontrarse la totalidad del quórum requerido se convocará por segunda vez una
hora después con la cantidad de socios presentes. Es todo.—San José, 20 de
octubre del 2014.—Lic. Franklin Fernández Torrentes, Notario.—1
vez.—(IN2014072182).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
CONDOMINIO
HORIZONTAL VERTICAL COMERCIAL
PLAZA COMERCIAL
VEREDA REAL
Por haberse
extraviado los libros todos número uno de Actas de Junta Directiva, Actas de
Asamblea de Condóminos y Caja del Condominio Horizontal Vertical Comercial
Plaza Comercial Vereda Real, cédula jurídica N° tres-ciento nueve-cuatrocientos
sesenta y un mil trescientos sesenta y uno, se ha iniciado el trámite de su
reposición por lo que se emplaza a cualquier interesado para que formule
reparos a la reposición en trámite ante el Registro Nacional, Sección Propiedad
en Condominio.—Heredia, veintinueve de agosto del dos mil catorce.—Lic. Yorleny
Murillo Vargas, Notaria.—(IN2014066443).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
INMOBILIARIA HOYO
SIETE DE HERRADURA S. A.
Inmobiliaria Hoyo Siete de Herradura S. A., cédula
jurídica 3-101-315810, por este medio informamos al público en general, la
pérdida del libro Actas de Asamblea número uno. Se otorga un plazo de ocho días
hábiles a partir de la publicación, para escuchar oposiciones antes de proceder
a la reposición de dicho libro, en San José, edificio Torre La Sabana, quinto piso,
oficina Pacheco, Odio y Alfaro.—San José, 30 de setiembre del 2014.—Lic. Tomás
Pozuelo Arce, Presidente.—1 vez.—(IN2014066682).
REPUESTOS
USADOS GUANACASTE M.W
SOCIEDAD ANÓNIMA
El suscrito Manuel Vargas Mora, notario público, hago
constar que mediante escritura sesenta del tomo cinco de mi protocolo, se
solicitó la reposición de libros Acta de Asambleas Generales, Registro de
Socios y Acta de Junta Directiva de la sociedad Repuestos Usados Guanacaste M.W
Sociedad Anónima.—Nicoya, treinta de setiembre de dos mil catorce.—Lic. Manuel
Vargas Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014066957).
MALINCHE K.A.L.H
SOCIEDAD ANÓNIMA
Federico Zúñiga Hassan, cédula de residencia número
uno cinco nueve uno cero cero cero cinco seis uno dos nueve, en su condición de
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la
sociedad Malinche K.A.L.H Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número 3-101-573389, solicita la reposición de los libros legales Registro de
Socios y Actas de Asamblea de Socios, y Actas de Junta Directiva, los cuales
fueron sustraídos del domicilio social de la empresa.—San José, 30 de setiembre
del 2014.—Lic. Federico Zúñiga Hassan, Presidente con facultades de Apoderado
Generalísimo.—1 vez.—(IN2014067011).
SOCIEDAD
COSTARRICENSE DE ESTUDIOS
EN PSIQUIATRÍA
A las quince horas del da veintiséis
de setiembre del dos mil catorce, protocolicé solicitud de reposición de libros
por extravío de la Sociedad Costarricense de Estudios en Psiquiatría, cédula
jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos veintinueve quinientos setenta y
uno. Presidente, Oscar Julio Méndez Blanca.—San José, siete de octubre de dos
mil catorce.—Lic. Ingread Fournier Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2014067154).
Yo, José Andrés
Masís Calvo, protocolicé acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de la
sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Trece Mil Trescientos Tres Sociedad
Anónima de cédula de persona jurídica tres-ciento uno-seiscientos trece mil
trescientos tres; en la que se acuerda, modificar la cláusula del capital
social. Es todo.—San José, primero de agosto del dos mil catorce.—Lic. José
Andrés Masís Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2014062109).
Por escritura
otorgada ante mí, a las once horas del once de setiembre del dos mil catorce,
se modifica la cláusula primera de la razón social de la sociedad para que en
adelante se lea: Arteacr Sociedad Anónima.—San José, 2 de octubre del
2014.—Lic. Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2014065146).
El suscrito notario hace constar que ante mí se protocolizaron las
siguientes asambleas generales extraordinarias: acta número dos: asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad M G Consultores
Económicos y Financieros del Oeste Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y dos mil doscientos
treinta y seis, acta número dos: asamblea general extraordinaria de cuotistas
de la sociedad Tres-Ciento Dos-Seiscientos Setenta y Cinco Mil Setecientos
Setenta y Nueve Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona
jurídica número tres-ciento dos-seiscientos setenta y cinco mil setecientos
setenta y nueve y acta número uno: asamblea general extraordinaria de cuotistas
de la sociedad Tres-Ciento Dos-Seiscientos Veinticinco Mil Cuarenta y Cuatro
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número
tres-ciento dos-seiscientos veinticinco mil cuarenta y cuatro, en donde se
acuerda la fusión por absorción de dichas sociedades, prevaleciendo Tres-Ciento
Dos-Seiscientos Veinticinco Mil Cuarenta y Cuatro Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, treinta de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Adrián
Alvarenga Odio, Notario.—1 vez.—(IN2014065473).
Por escritura
otorgada en conotaría con el Lic. Arturo Pacheco Murillo, actuando en su
protocolo el día de hoy, se constituye sociedad anónima sin nombre. Domicilio:
Curridabat. Capital social: suscrito y pagado.
Plazo: noventa y nueve años.
Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—San José, 30 de setiembre del 2014.—Lic. Carlos Pacheco Murillo,
Notario.—1 vez.—(IN2014065480).
Por escritura
054-56 del tomo 56 del protocolo del notario público Casimiro Vargas Mora,
otorgada en esta ciudad a las 16:00 horas del 2 de octubre del 2014,
protocolicé acta, en la cual se disuelve la sociedad costarricense Playa
Hermosa Sun and Sand S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos siete mil trescientos catorce.—San Isidro de El General, dos
de octubre del 2014.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014065498).
Por escritura
pública número setenta y tres, otorgada el tres de octubre de dos mil catorce
ante esta notaria, se protocoliza acta de asamblea de la compañía Alkymia
Technical Solutions S. A., cédula de persona jurídica número
3-101-594405 y se reformaron las cláusulas segunda del domicilio y octava de la
administración del pacto constitutivo; se revoca el nombramiento del secretario
y tesorero y se hacen nuevos nombramientos.—Heredia, 3 de octubre del
2014.—Lic. Marcela Abellán Rosado, Notaria.—1 vez.—(IN2014065588).
Por escritura
número ciento cuarenta y tres-siete, otorgada ante el notario Carlos Corrales
Azuola, a las ocho horas treinta minutos del tres de octubre del año dos mil
catorce, se acuerda modificar el domicilio social, la administración, la
representación y se acuerda revocar nombramientos actuales de gerente dos y
agente residente correspondiente a la sociedad Coca de Quepos Ltda.—San
José, 3 de octubre del 2014.—Lic. Carlos Corrales Azuola, Conotario.—1
vez.—(IN2014065596).
Ante esta
notaría pública al ser las doce horas del día tres de octubre del año dos mil
catorce, se otorgó escritura pública número uno, que es protocolización de acta
de asamblea general extraordinaria para reformar las cláusulas segunda del
domicilio social, quinta del capital social, sexta de la administración y
décimo cuarta de los estatutos de la sociedad Suplidora de Equipos
Sociedad Anónima.—Lic. Sergio José Solano Montenegro, Notario.—1
vez.—(IN2014065670).
Por escritura
otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, a las 14:00 horas del 6 de
octubre de 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de 3-101-577958
S. A., cédula jurídica 3-101-577958, en la cual se modificó la cláusula
sexta de los estatutos relativa a la representación.—San José, 6 de octubre de
2014.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—(IN2014066680).
Por escritura
otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, a las 15:00 horas del 6 de
octubre de 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de 3-101-670581
S. A., cédula jurídica 3-101-670581, en la cual se modificó la cláusula
sexta de los estatutos relativa a la representación.—San José, 6 de octubre de
2014.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—(IN2014066692).
Por escritura
doscientos setenta y uno-cuatro, del Notario Marco Antonio Leiva Díaz y en
conotariado con Kendall David Ruiz Jiménez, de las diez horas cinco minutos del
dos de octubre del dos mil catorce, protocolizamos acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Blackberry &Cross Sociedad Anónima,
mediante la cual se modificó clausula segunda del pacto constitutivo referente
al domicilio social, el cual será en; San José, Goicoechea, Calle Blancos,
costado sur del Hotel-Hospital La Católica, en Oficentro Centauro, también se
acordó cambio de fiscal y agente residente. Es todo.—San José, a las once horas
treinta y tres minutos del tres de octubre de dos mil catorce.—Lic. Marco
Antonio Leiva Díaz, Notario.—1 vez.—(IN2014066698).
Antonio Vargas
Vargas y otros constituyen Anvarcor Uvita Sociedad Anónima. Presidente
Roy Francisco Vargas Corrales. Plazo cien años. Capital dieciocho millones de
colones. Domicilio Bahía Ballena de Osa de Puntarenas. Objeto: Turismo,
ganadería, agricultura y comercio en general. Escritura otorgada ante el
notario Fernando Sancho Villalta en Bahía Ballena de Osa de Puntarenas, a las
dieciséis horas del quince de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Fernando
Sancho Villalta, Notario.—1 vez.—(IN2014066861).
Por escritura
otorgada hoy ante mí, se protocolizó acta de la empresa Equipos de Salud
Ocupacional S. A., en donde se reforma la cláusula sétima de los
estatutos sociales. Escritura otorgada en San José a las trece horas del día
seis de octubre del dos mil catorce.—Lic. Rogelio Fernández Sagot y Lic.
William Fernández Sagot, Notarios.—1 vez.—(IN2014066865).
Ante la
suscrita notaría pública, Xinia María Ulloa Solano, los socios de la sociedad Constructora
y Consultora Gutiérrez y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-267099 protocolizan acta mediante la cual se reformó el aumento de
capital, que pasó de doscientos mil colones exactos hacer de cinco millones de
colones exactos.—Lic. Xinia María Ulloa Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2014066868).
Ante esta
notaría, a las quince horas del veintidós de julio del dos mil catorce,
Cristian Gerardo Orlich López, Zeidy María López Mora, modifican estatutos de
sociedad anónima denominada Inversiones Criorlo del Norte Sociedad Anónima,
cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos diecinueve mil seiscientos
setenta y ocho, con domicilio en San Ramón de Alajuela, modificación de la
siguiente forma: Se modifica junta directiva se nombra nuevo presidente y nuevo
tesorero, se traspasan acciones del antiguo presidente a la nueva
presidente.—Lic. José Alberto Zúñiga López, Notario.—1 vez.—(IN2014066869).
Ante mí,
Tatiana Rodríguez Arroyo, notaria pública con oficina abierta en San José, se
reformó cláusula quinta de la sociedad denominada Macropol Centroamérica y
el Caribe S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-cinco nueve ocho dos
uno seis, el día seis de octubre del dos mil catorce. San José. Es todo.—Lic.
Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2014066871).
Mediante
escritura número 59 otorgada ante mi Notaría a las 10 horas 40 minutos del 7 de
octubre del 2014, fue constituida Group Mama Lulu Sociedad Anónima.
Capital social cien dólares. Plazo social: 100 años a partir del 7 de octubre
del 2014. Notarios Públicos: Roxana Molestina Gaviria y Artmando Ayala
Wolter.—San José 7 de octubre del 2014.—Lic. Roxana Molestina Gaviria,
Notaria.—1 vez.—(IN2014066872).
Por escritura
número sesenta y cinco otorgada ante la suscrita Notaría a las once horas del
siete de octubre del dos mil catorce; se modifica la cláusula primera de los
estatutos de la compañía denominada Medicina Vital Empresarial VM Sociedad
Anónima.—San José, siete de octubre del dos mil catorce.—Msc. Jennifer
Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2014066887).
Por escritura
otorgada ante esta Notaría a las dieciocho horas del siete de octubre del dos
mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Moda y Complementos Costa Rica Sociedad Anónima, en la
cual se modificó la cláusula segunda.—San José, siete de octubre de dos mil
catorce.—Lic. Marco Antonio Abellán Acevedo, Notario.—1 vez.—(IN2014066891).
Por escritora
número 217 otorgada ante el suscrito Notario a las 10:00 horas del día 18 de
setiembre del 2014, se solicita modificó la cláusula segunda, del estatuto de
la sociedad Lubaco Herediana Limitada.—Siquirres, 18 de setiembre del
2014.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2014066893).
Por escritura
número 218 otorgada ante el suscrito Notario a las 9:30 horas del día 18 de
setiembre del 2014, se solicita modificó la cláusula segunda, del estatuto de
la sociedad SBL Baden Limitada.—Siquirres, 18 de setiembre del
2014.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2014066894).
Por escritura
número 217 otorgada ante el suscrito notario a las 9:00 horas del día 18 de
setiembre del 2014, se solicita modificó la cláusula segunda, del estatuto de
la sociedad Bender Limitada.—Siquirres, 18 de setiembre del 2014.—Lic.
Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2014066895).
Por escrituras
otorgadas por la suscrita notaría a las 8:00 horas del 17 de febrero y a las 11
horas del 18 de agosto, ambas del 2014, se protocolizaron actas de asambleas
generales extraordinarias de la Sociedad Agrícola San Antonio Sociedad
Anónima en que se reformó su pacto social. Se prorrogó el plazo social.—San
José, 1 de setiembre del 2014.—Lic. Aymará Fernández Madrid, Notaria.—1
vez.—(IN2014066901).
Por escritura
que otorgó la suscrita notaria a las diecisiete horas treinta minutos día dos
de setiembre en curso, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de la sociedad denominada Las Hermanas Sánchez de Alajuelita Sociedad
Anónima, en que se disuelve y liquida la sociedad.—San José, siete de
setiembre del año dos mil catorce.—Lic. Aymará Fernández Madrid, Notaria.—1
vez.—(IN2014066902).
Al ser las ocho
horas del cinco de octubre del año dos mil catorce. Ganadera Veintiuno de
Agosto de Mil Novecientos Setenta y Nueve Ramaza va Sociedad Anónima;
cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y tres mil
doscientos ochenta y dos, domiciliada en Marsella de Venecia, un kilómetro al
sureste de la escuela; San Carlos; modifica cláusula de representación del
pacto social constitutivo. Es todo.—Lic. Luz Marina Chaves Rojas, Notaria.—1
vez.—(IN2014066905).
Ante la
suscrita notaria pública Emilia Ulloa Corrales, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria número cuatro de la sociedad denominada Ganadería
Pizarro & J.V.O Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número 3-101-143348, ahora Ficus Trails Sociedad Anónima, la
cual en lo conducente indica, que se reforma el estatuto en sus cláusulas
primera y quinta, y se conoce la renuncia de la totalidad de los miembros de la
junta directiva. Juan José Van Mierlo Santamaría, Thais Santamaría Hidalgo,
presidente y secretaria.—Abangares, 6 de octubre del 2014.—Lic. Emilia Ulloa
Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2014066906).
Por escritura
otorgada en mi notaría en esta ciudad, a las ocho horas del veintidós de
setiembre del dos mil catorce, se protocolizó acta de la sociedad Empresa de
Servicio Micro-Óptica Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra nueva
junta directiva y fiscal y se modifica la cláusula segunda del domicilio
social.—Lic. Enrique Araya Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014066907).
Ante la
suscrita notaria pública Emilia Ulloa Corrales, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria número tres, de la sociedad Forestales Carmel
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-089848, la
cual en lo conducente indica, que se reforma el estatuto en su cláusula quinta,
y se conoce la renuncia de la totalidad de los miembros de la junta directiva.
Thais Santamaría Hidalgo, Laura Van Mierlo Santamaría, presidente y
secretaria.—Abangares, 6 de octubre del 2014.—Lic. Emilia Ulloa Corrales,
Notaria.—1 vez.—(IN2014066909).
Por escritura
otorgada ante el notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número 3 del tomo
16, de las 8 horas del día 6 del mes de octubre del año 2014, se protocoliza la
asamblea de socios de la sociedad denominada Tecnología, Acceso y Seguridad
Tas S. A. donde se modifica la administración y se otorga poder
generalísimo.—San José, 6 de octubre del año 2014.—Lic. Óscar Luis Trejos
Antillón, Notario.—1 vez.—(IN2014066911).
Por medio de
escrituras públicas otorgadas ante mi Notaría, se protocoliza asamblea de
socios de la sociedad Marbella Surf Inn Limitada, cédula número
tres-ciento dos-seiscientos tres mil doscientos cuarenta, se acuerda modificar
cláusulas segunda y sexta y se nombra gerente, subgerente y agente residente,
asimismo se protocoliza asamblea de socios de la sociedad El Juglar de
Marbella Limitada, cédula número tres-ciento dos-quinientos veintiocho mil
cuatrocientos cuarenta y tres, se acuerda modificar cláusula sexta y se nombra
gerente, subgerente y agente residente. Es todo.—San José, a las siete horas
del día siete de octubre del dos mil catorce.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias,
Notario.—1 vez.—(IN2014066912).
Por escritura
número ciento tres, de las diez horas treinta minutos del día tres de octubre
del dos mil catorce, ante esta notaría, se disolvió la sociedad Voyage Under
Water Limitada cédula jurídica tres guión ciento dos guión trescientos
setenta y siete mil noventa y tres.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1
vez.—(IN2014066914).
Por escritura
número ciento dos, de las diez horas del día tres de octubre de dos mil
catorce, ante esta notaría, se disolvió la sociedad Toucan Alley Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres guión ciento uno guión trescientos treinta y
ocho mil setecientos noventa.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1
vez.—(IN2014066915).
Por escritura
número cien, de las nueve horas del día tres de octubre del dos mil catorce,
ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residencias Lomas del Mar
Sociedad de Responsabilidad Limitada, céduda jurídica tres guión ciento dos
guión cuatrocientos veintitrés mil seiscientos noventa y dos.—San José, tres de
octubre del dos mil catorce.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1
vez.—(IN2014066916).
Se informa que
la sociedad denominada Inversiones Oro Platinium J A M C Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatro tres cuatro siete
cuatro dos. domicilio en Escazú, modificó sus acciones en diez acciones de mil
colones cada una para los representantes legales, cinco acciones para cada uno
y se modificaron sus nombramientos presidenta, Vera Violeta Flores Flores,
uno-cuatrocientos sesenta y uno-trescientos uno, la señora Julia María Borge
Flores uno-once cincuenta y cuatro-novecientos siete, secretaria, el señor
Minor Castro Vega, cédula de identidad número uno-novecientos
veinticinco-setecientos sesenta y uno, el cargo de tesorero, la señora Ángela
Bitinia Flores Flores, portadora de la cédula de identidad número uno-quinientos
sesenta y cuatro doscientos cuarenta y cinco, el cargo de fiscal, dichos
acuerdos fueron tomados por su representante legal y sus directivos. Firma
presidente y secretario.—San José, veinticuatro de setiembre dos mil
catorce.—Lic. María Esther Flores Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2014066917).
Por escritura
autorizada en esta notaría la firma Inversiones San Francisco de San José S.
A. modifica la cláusula sétima de los estatutos, relativa a la
administración.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Guillermo Barrantes Vega,
Notario.—1 vez.—(IN2014066918).
Por escritura
autorizada en esta notaría la firma Proveedores de Equipo S. A. modifica
la cláusula quinta de los estatutos, relativa a la administración.—San José, 7
de octubre del 2014.—Lic. Guillermo Barrantes Vega, Notario.—1
vez.—(IN2014066919).
Por escritura
número ciento uno, de las nueve horas treinta minutos del día tres de octubre
de dos mil catorce, ante esta notaría, se disolvió la sociedad The Amethyst
Pearl of Costa Linda LLC Limitada, cédula jurídica tres guión ciento dos
guión quinientos ochenta y un mil doscientos once.—San José, tres de octubre
del dos mil catorce.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1
vez.—(IN2014066920).
En esta notaría
se constituyó Inversiones Donato Sociedad Anónima, regida por el Código
de Comercio, con domicilio social en San Rafael Abajo de Desamparados. Objeto
social será tecnología, turismo, bienes raíces, publicidad, construcción,
agricultura, ganadería, comercio, industria. Un capital social de ciento veinte
mil colones, pagado con el aporte de cuatro escritorios.—San José, 8 de octubre
del 2014.—Lic. Alberto Ortega Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014066921).
Se informa que
la sociedad denominada Alimentos Sushi Yo MB Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seis uno tres seis uno cero,
modificó su domicilio el cual será en su nuevo domicilio en Escazú, de la
Violeta doscientos metros al norte, también modificó sus acciones en aumento
por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una y se
modificaron sus nombramientos por las siguientes personas presidente el señor
Adrián Hernández Fumero portador de la cédula de residencia número uno uno
nueve dos cero cero tres uno dos cero dos dos, el señor Pedro Ríos Mora, portador
de la cédula de identidad número uno once noventa y dos trescientos dieciséis,
vicepresidente, el señor Lázaro Ramón Martínez Jiménez, portador de la cédula
de identidad número uno-trece veinticinco-ciento sesenta y uno, tesorero, el
señor Huber Antonio Bustamante Pérez, cédula uno-doce veintiséis-trescientos
noventa y tres, comerciante, secretario, dichos acuerdos fueron tomados por su
representante legal y sus directivos. Pirma presidente.—San José, veinticuatro
de setiembre dos mil catorce.—Lic. María Esther Flores Quesada, Notaria.—1
vez.—(IN2014066922).
Por escritura
número ciento cuatro, de las once horas del día tres de octubre del dos mil
catorce, ante esta notaría, se disolvió la sociedad Written in the Stars
Investments Limitada, cédula jurídica tres guión ciento dos guión
cuatrocientos nueve mil novecientos cincuenta y siete.—Lic. Andrés Montejo
Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014066923).
Por escritura
otorgada ante mí, a las doce horas del día siete del mes de octubre del año dos
mil catorce, se nombró nueva junta directiva de la sociedad Empresa Mabolima
del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos noventa y un mil setecientos treinta y ocho.—Lic. Florita
Vásquez Calderón, Notaria.—1 vez.—(IN2014066928).
Por escritura
otorgada ante mí, a las trece horas del mes de octubre del año dos mil catorce,
se nombró nueva junta directiva de la sociedad Inversiones Walmar Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta mil
sesenta y uno.—Lic. Florita Vásquez Calderón, Notaria.—1 vez.—(IN2014066931).
Mediante
escritura número 013-12, otorgada el día 29 de setiembre del 2014, ante el
suscrito notario se protocolizó el acta uno de la sociedad Caicedo &
Quintero S.R.L, donde se modifica la cláusula tercera del pacto
constitutivo, donde se modifica el plazo social de la compañía. Es todo.—San
José, seis de octubre del dos mil catorce.—Lic. Abraham Stern Feterman,
Notario.—1 vez.—(IN2014066941).
Ante esta
notaría, a las 14:00 horas del 06 de octubre del 2014, se protocolizó acta de
asamblea general de cuotistas de Inversiones Cadalay (ICCR) Ltda.,
mediante la cual se aumentó el capital social y se reformó la cláusula N° 4 del
pacto constitutivo.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Dan Alberto Hidalgo
Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2014066943).
Ante esta
Notaría, a las 9:00 horas del 01 de octubre del 2014, se protocolizó acta de
asamblea general de accionistas de MK Retail Operation S. A.,
mediante la cual se reformó la cláusula N° 4 del pacto constitutivo.—San José,
3 de octubre del 2014.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1
vez.—(IN2014066945).
El día de hoy
ante esta notaría se ha otorgado escritura mediante la cual la compañía Isyoland
Sociedad Anónima, domiciliada en La Guácima de Alajuela, cédula de jurídica
número tres-ciento uno-ciento veintinueve mil ciento cinco, se modifica
cláusula dos del domicilio, cinco del capital social, se hacen nombramientos de
junta directiva y se modifica cláusula siete de la administración.—Alajuela,
treinta de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Mario Alberto Morera Lara,
Notario.—1 vez.—(IN2014066947).
Por escritura
número cinco otorgada ante los Notarios Públicos Mauricio Mata Monge y Andrea
Ovares López, al ser las doce horas del seis de octubre de dos mil catorce, se
constituye la sociedad de responsabilidad limitada denominada: Helado de
Maracuyá Limitada, con un capital social suscrito y pagado doce mil
colones, y se nombra gerente.—San José, 6 de octubre del 2014.—Lic. Mauricio
Mata Monge, Notario.—1 vez.—(IN2014066951).
Por escritura
número ciento seis, de las doce horas del día tres de octubre del dos mil
catorce, ante esta notaría, se disolvió la sociedad Desarrollos Lomas del
Mar DLM Sociedad Anónima, cédula jurídica tres guión ciento uno guión
trescientos cincuenta y cuatro mil seiscientos nueve.—Lic. Andrés Montejo
Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014066953).
Por escritura
número ciento cinco, de las once horas treinta minutos del día tres de octubre
del dos mil catorce, ante esta notaría, se disolvió la sociedad Yellow Finn
Tuna Sociedad Anónima, cédula jurídica tres guión ciento uno guión
trescientos treinta y ocho mil quinientos setenta y nueve.—Lic. Andrés Montejo
Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014066955).
Por escritura
número ciento ocho, de las trece horas del día tres de octubre del dos mil
catorce, ante esta notaría, se disolvió la sociedad Land of Enchantment
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres guión ciento uno guión veinticinco
mil cuatrocientos sesenta.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1
vez.—(IN2014066958).
Por escritura
número ciento siete, de las doce horas treinta minutos del día tres de octubre
de dos mil catorce, ante esta notaría, se disolvió la sociedad Inversiones y
Afines Valladolid Sociedad Anónima, cédula jurídica tres guión ciento uno
guión trescientos ocho mil setecientos cincuenta y nueve.—Lic. Andrés Montejo
Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014066959).
Por escritura
otorgada ante mí, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Kadawi
de Orotina S. A. Se modifica cláusula octava del pacto social. William
Umaña Vega, presidente.—Orotina, a las 14:00 horas del 3 de agosto del
2004.—Lic. Johan Castillo Umaña, Notario.—1 vez.—(IN2014066962).
Protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Shayne Mrazek
Global S. A. Se modifica la cláusula sétima del pacto social.—San
José, 6 de octubre del 2014.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1
vez.—(IN2014066965).
Por escritura
otorgada número dieciocho-cuatro del siete de octubre del dos mil catorce, que
se encuentra en el tomo cuarto de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Tres-Uno Cero Uno-Seis
Tres Tres Cuatro Seis Tres Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres-uno cero uno-seis tres tres cuatro seis tres, donde se acuerda la
modificación de: la cláusula primera: nombre, la cláusula tercera: Objeto, la
cláusula sétima: De las reuniones de junta directiva, la cláusula octava:
Asamblea general de accionistas, todas del pacto constitutivo de la compañía.
Además, al pacto constitutivo se le agrega la cláusula décima sexta: Agente
residente.—San José, siete de octubre del dos mil catorce.—Lic. Silvia Chacón
Bolaños, Notaria.—1 vez.—(IN2014066967).
Mediante
escritura autorizada por la suscrita notaria, a las 16:00 horas del día 6 de
octubre del 2014, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de
la sociedad Mapfre I Seguros Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la
cual se acuerda aumentar el capital social y reformar la cláusulas quinta de
los estatutos sociales de la compañía.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic.
Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2014066969).
Por escritura
pública número 137-10, otorgada por la suscrita notaria a las 11:30 horas del
día 10 de agosto del año 2014, se acuerda disolver la empresa denominada: Comité
de Ahorro y Préstamo para el Desarrollo Sostenible de Cedral COCEDRAL Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
3-101-213714 con base en el inciso d) del artículo doscientos uno del Código de
Comercio. Es todo.—Lic. Yesenia Villalobos Leitón, Notaria.—1
vez.—(IN2014066976).
Por escritura
pública número 163-10, otorgada por la suscrita notaria a las 16:55 horas del
día 24 de setiembre del año 2014, se acuerda disolver la empresa denominada: Investment
For The Future World Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
3-101-658440 con base en el inciso d) del artículo doscientos uno del Código de
Comercio. Es todo.—Lic. Yesenia Villalobos Leitón, Notaria.—1
vez.—(IN2014066979).
Por escritura
pública número 162-10, otorgada por la suscrita notaria a las 16:35 horas del
día 24 de setiembre del año 2014, se acuerda disolver la empresa denominada: Expo
Business International Empresa Individual de Responsabilidad Limitada con
cédula jurídica número 3-105-671360 con base en el inciso d) del artículo
doscientos uno del Código de Comercio. Es todo.—Lic. Yesenia Villalobos Leitón,
Notaria.—1 vez.—(IN2014066980).
Por escritura
otorgada ante esta notaría se modifica las cláusulas novena y décimo quinta de
los estatutos de Inversiones Edu Internacional S. A. y se hacen
nuevos nombramientos.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Manuel Rey
González, Notario.—1 vez.—(IN2014066983).
Por escritura
otorgada el día de hoy en esta notaría se constituyó Deymir Costa Rica SC.
Capital totalmente suscrito y pagado. Dos administradores representantes
legales.—San José, 01 de agosto del 2014.—Lic. Marilyn James Pinnock,
Notaria.—1 vez.—(IN2014067010).
Por escritura
ciento veinte otorgada a las catorce horas del ocho de setiembre del dos mil
catorce, el notario Fabián Azofeifa Arce, se protocoliza acta número ocho del
libro de actas número uno de la sociedad Grupo Te Ha Na Limitada, cédula
jurídica tres-ciento dos-uno nueve uno cero cero nueves mediante el cual se
modifica la cláusula sexta y se nombran nuevos gerentes.—San José, 8 de octubre
del 2014.—Lic. Fabián Azofeifa Arce, Notario.—1 vez.—(IN2014067016).
Del Sur
Internacional de Motores Sociedad Anónima, reforma cláusula tercera constitutiva, escritura
protocolizada a las siete horas del primero de octubre del dos mil catorce en
San José, ante notaria Gabriela Rodríguez Méndez. Fax 2257-4255.—Lic. Gabriela
Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—(IN2014067027).
Mediante escritura
otorgada a las nueve horas del seis de octubre del dos mil catorce, ante esta
notaría, se protocoliza Acta de la Asamblea General Extraordinaria de la Asociacon
Pro Vivienda Santa Lucia, cédula jurídica número tres-cero cero dos-tres
cuatro ocho cero seis ocho, mediante la cual se modifica el pacto social.—San
José, seis de octubre del dos mil catorce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez,
Notario.—1 vez.—(IN2014067028).
Por escritura
de las 8:30 horas del 23 de setiembre del 2014, otorgada ante esta notaría
pública se modifica la cláusula octava referente a la administración de la
sociedad Lte Dos Aleksola Sociedad Anónima.—San José, 3 de octubre del
2014.—Lic. Eslava Hernández Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014067029).
Ante esta
notaría, a las 14:00 horas del 7 de octubre del 2014, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Inversiones
Ciento Once S. A. Se modifica parcialmente el pacto constitutivo, se
modifica el nombre a Encaspi Third- Party Logistics Sociedad Anónima,
mediante la escritura número 96-04, tomo 4 del protocolo de la Lic. Laura
Daniela Fernández Mora.—Cartago, 7 de octubre del 2014.—Lic. Laura Daniela
Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2014067035).
Ante esta
notaría, a las 16:30 horas del 17 de setiembre del 2014, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios celebrada por Inversiones Kaizen
de San Mateo L & M S. A. Se modifica parcialmente el pacto
constitutivo, se modifica el nombre a Grupo IP Precisión Sociedad Anónima,
mediante la escritura número 61-04, tomo 4 del protocolo de la Lic. Laura
Daniela Fernández Mora.—Cartago, 7 de octubre del 2014.—Lic. Laura Daniela
Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2014067039).
Por escritura
número 61 otorgada en San José ante la Notaria Raquel Núñez González a las
16:00 horas del 26 de agosto del año 2014, se constituyó la sociedad Condominio
Carpe Diem en Playa Garabito S. A. con un capital social de cien mil
colones. Presidente: Jaime Arango Zuluaga.—San José, 27 de agosto del año
2014.—Lic. Raquel Núñez González, Notaria.—1 vez.—(IN2014067041).
El suscrito Notario, hago saber mediante escritura número ciento
treinta y dos, de las doce horas del veintisiete de agosto del dos mil catorce,
se protocolizó acta de la sociedad denominada El Mundo de Solo Camarón
Sociedad Anónima, acta que tiene como objeto modificar la cláusula sexta en
la cual, la representación recaerá en el presidente y secretario, ambos
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar de
forma conjunta o separadamente.—Lic. Mariano Núñez Olivares, Notario.—1
vez.—(IN2014067042).
Ante mí, se constituyó la empresa: Inmobiliaria Hernández Siles de
Escazú Sociedad Anónima, el capital social se paga mediante el aporte de
una finca.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Eugenia María Rojas Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—(IN2014067059).
Por escritura número 1, otorgada en esta Notaría, a las 9:30 horas del
7 de octubre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de socios de la compañía Cueros Vélez Sociedad Anónima, cédula jurídica
número 3-101-269428, en la que se modificó la cláusula primera del pacto
constitutivo.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Carmen María Bergueiro
Pereira, Notaria.—1 vez.—(IN2014067061).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, Pedro Jaime De Mathueu
López, y otros, disuelven la sociedad Pollasa S. A. Escritura
otorgada en San José a las diez horas del tres de setiembre del 2014.—Lic.
Edgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014067062).
Inversiones Myoredo S. A. Modifica los siguientes estatutos de
la convención: primer que cambia razón social, segunda modifica el domicilio y
sétima en el sentido que el presidente y vicepresidente tendrán poder
generalísimo sin límite de suma. Presidente y secretario.—Bagaces, dos de octubre
del dos mil catorce.—Lic. Guisella Lara Camacho, Notaria.—1
vez.—(IN2014067066).
Por escritura otorgada en esta notaría a las diecisiete horas del
siete de octubre del dos mil catorce, se modificó la cláusula quinta del pacto
constitutivo de la empresa denominada Bruno y Alvarado Sociedad Anónima
referente al capital social aumentando el mismo a veintisiete millones
quinientos mil colones, una vez. El suscrito Notario da fe que este digital es
copia fiel del original. Teléfono 8371-3909.—San José, siete de octubre de dos
mil catorce.—Lic. Hernán Alexis Pérez Sanabria, Notario.—1 vez.—(IN2014067070).
Por medio de escritura otorgada por el suscrito notario a las nueve
horas treinta minutos del día de hoy, se protocolizó la disolución de la
sociedad denominada Ser-Pro Caparot Ltda.—San José, 7 de octubre
del 2014.—Lic. Álvaro Castillo Castro, Notario.—1 vez.—(IN2014067073).
La suscrita notaria, doy fe que en mi notaría procedí a realizar la
protocolización del cambio de junta directiva de H Y H Ingenieros
Sociedad Anónima, Es todo.—Guácimo al ser las diez horas y diez minutos del
veinte de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Betzert Espinoza Cruz, Notaria.—1
vez.—(IN2014067077).
Por escritura otorgada en mi Notaría, a las 10:00 horas del día de
hoy, se modificó la cláusula octava de los estatutos sociales de Mercedes
ML-Trescientos Cincuenta y Cuatro-Cero Seis Limitada.—San José, 4 de
octubre del 2014.—Lic. Manuel E. Badilla Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2014067078).
Por escritura pública 153-3, otorgada ante mi Notaría, a las 8:30
horas de 8 de octubre del 2014, se modificó la cláusula segunda de Soporte
Logístico EVJ Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-575997. Se reforma de
junta directiva secretario y tesorero, presidenta: Eida Vargas Jiménez.—San
José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Saddy Guzmán Obando, Notaria.—1
vez.—(IN2014067081).
Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad Wille S. A. Escritura otorgada en San José, a las
12:10 horas del 13 de agosto del 2014.—Lic. Imelda Arias del Cid, Notaria.—1
vez.—(IN2014067093).
Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad Yacana Trading S. A. Escritura otorgada en San José,
a las 12:10 horas del 13 de agosto del 2014.—Lic. Imelda Arias del Cid,
Notaria.—1 vez.—(IN2014067095).
Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad Shoestring World Traveller Community S. A., escritura
otorgada en San José, a las 10:44 horas del 8 de octubre del 2014.—Lic. Imelda
Arias del Cid, Notaria.—1 vez.—(IN2014067096).
Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad Consultécnica Ric-Mar S. A. Escritura otorgada en San José,
a las 12: 25 horas del 13 de agosto del 2014.—Lic. Imelda Arias del Cid,
Notaria.—1 vez.—(IN2014067098).
Por escritura número trece otorgada por el suscrito notario a las
catorce horas treinta minutos del dos de octubre del dos mil catorce se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Haras Coronado Limitada, mediante la cual se acordó
la disolución de la sociedad.—San José, 2 de octubre del 2014.—Lic. Jorge
Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—(IN2014067100).
Por escritura número doce otorgada por el suscrito notario a las
catorce horas del dos de octubre del dos mil catorce se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Cuatro
Amigos Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda
del domicilio, clausula cuarta del plazo, cláusula quinta del capital social y
cláusula catorce de la representación del pacto constitutivo.—San José, dos de
octubre del dos mil catorce.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1
vez.—(IN2014067101).
Que por escritura otorgada a las 10:00 horas de hoy, la entidad Massimo
Corp Sociedad Anónima, persona con cédula jurídica número 3-101-651540,
formó clausulas 2, 6, de acta constitutiva y se nombró junta directiva y
fiscal.—Heredia, 7 de octubre del 2014.—Lic. José Leonel Sáenz Batalla,
Notario.—1 vez.—(IN2014067105).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del día 16 de setiembre del
2014, se constituyó Franquicias Sencha S. A., presidente y tesorero, con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: cien
mil colones.—San José, 17 de setiembre del 2014.—Lic. Catalina Pujol Rueda,
Notaria.—1 vez.—(IN2014067109).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas
quince minutos del seis de octubre del dos mil catorce, se acordó la disolución
de la sociedad Coralie Sociedad de Responsabilidad Limitada, de
conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercia.—San José, 7
de octubre del 2014.—Lic. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1
vez.—(IN2014067111).
Mediante acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios
de la sociedad The Caribbean Pearl Sociedad de Responsabilidad Limitada
cédula jurídica 3-102-405512, y protocolizada mediante escritura número noventa
y cinco-uno, de las 13:30 horas del 7 de octubre del 2014, visible a folio
cincuenta y uno frente, del tomo primero de mi Protocolo, acuerdan su
liquidación y disolución.—Tres Ríos, 7 de octubre del 2014.—Lic. Jaime Orlando
Arias Petgrave, Notario.—1 vez.—(IN2014067112).
Por escritura número cuarenta y cuatro otorgada ante esta notaría, en
conotariado con el Lic. Jean Fierre Pino Sbravatti, a las diecisiete horas
treinta minutos del tres de octubre del dos mil catorce, se modificó la
cláusula novena del pacto constitutivo la sociedad denominada Filial Sesenta
y Nueve Los Astilleros Fuerte Ventura Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y nueve mil novecientos
diecisiete.—San José, 3 de octubre del 2014.—Lic. Priscilla Ureña Duarte,
Notaria.—1 vez.—(IN2014067113).
Mediante acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios
de la sociedad Sky Kitchens Bathrooms and Cabinets Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-485591, y protocolizada
mediante escritura número noventa y seis-uno, de las 12:05 horas del 7 de
octubre del 2014, visible a folio cincuenta y dos frente del tomo primero de mi
protocolo, acuerdan su liquidación y disolución.—Tres Ríos, 7 de octubre del
2014.—Lic. Jaime Orlando Arias Petgrave, Notario.—1 vez.—(IN2014067114).
Por escritura
130, otorgada a las 8:00 horas el 8 de setiembre del 2014, se protocolizo acta
de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Centralamerica
Accounting and Financial Services S. A., mediante la cual se transformó la
empresa de sociedad anónima en sociedad limitada y se nombró nuevos gerentes y
agente residente.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Eugenio Hernández
Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014067115).
El suscrito
notario hace constar que en mi notaría, mediante escritura ciento dos del ocho
de octubre del dos mil catorce, se constituyó Oficinas Móviles de Costa Rica
P Y M Sociedad Civil, por los socios Camilo Felipe Perilla Bernal y Jaime
Andrés Morales Ibarra. Capital social: cien mil colones. Plazo social: Noventa
y nueve años.—San José 8 de octubre del 2014.—Lic. Gastón Sancho Cubero,
Notario.—1 vez.—(IN2014067119).
Yo, Juan Carlos
Radulovich Quijano, notario público debidamente autorizado, protocolice una
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Comercial Aldey S.
A., por la cual se solicita la disolución de la misma de conformidad con el
artículo doscientos uno del Código de Comercio, la sociedad no cuenta con
activos o pasivos.—Guápiles, siete de octubre del dos mil catorce.—Lic. Juan
Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—(IN2014067120).
Por escritura
pública otorgada por el notario Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, mediante
escritura número ciento diez, otorgada a las catorce horas del dos de octubre
del dos mil catorce, visible al folio sesenta y uno vuelto, del tomo sesenta y
nueve de mi protocolo, se protocolizó acta número uno de la sociedad denominada
Herencias del Norte S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos
setenta y cinco mil noventa y dos, donde se acordó la disolución de la presente
sociedad.—Grecia, siete de octubre del dos mil catorce.—Lic. Alfonso Gerardo
Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—(IN2014067123).
Mediante
escritura número ciento veintinueve, otorgada a las once horas del ocho de
octubre de dos mil catorce se protocolizó acta de asamblea general de
accionistas de Costa Esterillos Estates Estramonio Ciento Setenta y Uno
Sociedad Anónima; donde se reforma la cláusula sobre la administración y se
nombra presidente.—San José, ocho de noviembre de dos mil catorce.—Lic. Natalia
María González Bogarín, Notaria.—1 vez.—(IN2014067134).
Por escritura
número diecisiete otorgada a las dieciséis horas del siete de octubre de dos
mil catorce, visible en el tomo cuarto de mi protocolo, protocolicé un acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Band of
Brothers S. A., con cédula de persona jurídica número tres-uno cero
uno-tres dos uno nueve ocho ocho, donde se acuerda la reforma de la cláusula
segunda del domicilio del pacto constitutivo de la compañía.—San José, siete de
octubre de dos mil catorce.—Lic. Silvia Chacón Bolaños, Notaria.—1
vez.—(IN2014067148).
A las quince
horas del da seis de octubre del dos mil catorce, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Interdesa Componentes Tecnológicos
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
noventa y cinco mil novecientos noventa y tres, por medio de la cual se
reforman las cláusulas del pacto constitutivo, del domicilio, de la
administración de la sociedad, y se nombra nueva junta directiva presidente
Esteban Carballo Ortiz.—San José, seis de octubre de dos mil catorce.—Lic.
Ingread Fournier Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2014067152).
Mediante
escritura ante mi otorgada en San José, a las catorce horas del seis de octubre
del dos mil catorce se constituyó Cacell Costa Rica S. A. Presidente
José Gregorio Acosta Pérez.—Lic. Danito Loaiza Bolandi, Notario.—1
vez.—(IN2014067153).
Mediante escritura número doscientos, del tomo décimo cuarto del
protocolo de la notaria Leonora Granados Sancho, se protocolizó el acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad Aika Forest Limitada, con
cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos sesenta y ocho mil
doscientos treinta y tres, en donde se acuerda la reforma de la cláusula quinta
del capital social.—San José, ocho de octubre de dos mil catorce.—Lic. Leonora
Granados Sancho, Notaria.—1 vez.—(IN2014067157).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 9:00 horas del 7 de
octubre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la compañía Thai Sam Jeon Sociedad Anónima,
en donde se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, 8 de
octubre del 2014.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—(IN2014067159).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 7 de
octubre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la compañía Industrial Coico Sociedad Anónima,
en donde se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, 8 de
octubre del 2014.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—(IN2014067161).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 3 de
octubre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la compañía C Y C Importadora y Exportadora
Sociedad Anónima, en donde se disuelve la sociedad anónima.—San José, 6
octubre del 2014.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—(IN2014067165
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 3 de
octubre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la compañía Meiryonch Primaveral Importadora y
Exportadora Sociedad Anónima, en donde se disuelve la sociedad anónima.—San
José, 6 octubre del 2014.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1
vez.—(IN2014067167).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 3 de octubre
del 2014, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
socios de la compañía C Y Z Importadora y Exportadora Sociedad Anónima,
en donde se disuelve la sociedad anónima.—San José, 6 octubre del 2014.—Lic.
Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—(IN2014067169).
Mediante escritura número ciento cuarenta y tres-cuatro otorgada ante
mi notaría, en la ciudad de San José, las once horas del día siete de octubre
dos mil catorce se modifica la cláusula ocho del pacto constitutivo de la
compañía Aeroyate Sociedad Anónima. Es todo.—San José, ocho de octubre
del dos mil catorce.—Lic. Bernarda Cerdas Rodríguez, Notaria.—1
vez.—(IN2014067173).
Por escritura Nº 138 otorgada a las 9:00 horas del día 7 de octubre
del 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Econocaribe
Consolidadora Tica Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic.
Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2014067174).
Por escritura Nº 139 otorgada a las 9:30 horas del día 7 de octubre
del 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Desarrollo
Aduanero Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo
Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2014067176).
Por escritura otorgada hoy ante esta notaría se constituyó la sociedad
de esta plaza denominada N S Centroamérica Sociedad Anónima, capital
íntegramente suscrito y pagado, plazo noventa y nueve años, domicilio San José.
Presidente y secretario como apoderados generalísimos sin límite de suma.—San
José, catorce horas del ocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Raúl Álvarez
Muñoz, Notario.—1 vez.—(IN2014067185).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 00 minutos
del 17 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Secure Wrap
C.R. C.A. Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic.
Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1 vez.—CE2014003866.—(IN2014067269).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30
minutos del 16 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Mazal
Bait Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Alejandra
Baudrit Freer, Notaria.—1 vez.—CE2014003867.—(IN2014067270).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00
minutos del 18 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada River
Plant Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Randall
Esteban Salas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2014003868.—(IN2014067271).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00
minutos del 18 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Tajo
El Tejar Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Carlos
Alberto Guardia Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2014003869.—(IN2014067272).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 00 minutos
del 18 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Austriaca
Sociedad Anónima. San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Luis Fernando Castro
Gómez, Notario.—1 vez.—CE2014003870.—(IN2014067273).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00
minutos del 13 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Hospital
Veterinario San Antonio Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2014.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1
vez.—CE2014003871.—(IN2014067274).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00
minutos del 18 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Water
of Pacific Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic.
Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—CE2014003872.—(IN2014067275).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00
minutos del 16 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Corporación
Inmobiliaria de Costa Rica Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2014.—Lic. Rita Waldina Arce Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2014003873.—(IN2014067276).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00
minutos del 13 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Hospital
San Antonio de Abad Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San
José, 18 de junio del 2014.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1
vez.—CE2014003874.—(IN2014067277).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00
minutos del 13 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Benji
El Ángel Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 18 de
junio del 2014.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1
vez.—CE2014003875.—(IN2014067278).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00
minutos del 17 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Tableros
de Occidente Sociedad Anónima. San José, 18 de junio del 2014.—Lic.
Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—CE2014003876.—(IN2014067279).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00
minutos del 18 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Thorell
& Johansson Limitada.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Sergio
Jiménez Odio, Notario.—1 vez.—CE2014003877.—(IN2014067280).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00
minutos del 13 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Aszmag
Media Limitada.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Abraham Stern
Feterman, Notario.—1 vez.—CE2014003878.—(IN2014067281).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 18 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Integra Electric Sociedad
Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Pamela Quesada Venegas,
Notario.—1 vez.—CE2014003879.—(IN2014067282).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 00 minutos del 29 de mayo
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Construcora Camgar Sociedad A
Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Víctor Julio
Cortes Salas, Notario.—1 vez.—CE2014003880.—(IN2014067283).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 22 de mayo
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Guanacaste Global Inventive
Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Robin Bonilla Monge,
Notario.—1 vez.—CE2014003881.—(IN2014067284).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 24 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Los Marcelos Llc Limitada.—San
José, 25 de junio del 2014.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1
vez.—CE2014004023.—(IN2014067285).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 20 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Essential Corredora de Seguros
Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del
2014.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—CE2014004024.—(IN2014067286).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 19 de mayo
del 2014, se constituyó la sociedad denominada AK Consulting.—San José,
18 de junio del 2014.—Lic. Karla Evelyn Chaves Mejía.—1 vez.—CE2014003882.—
(IN2014067287).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 7 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Remodelaciones y Servicios
Abinac Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2014.—Lic. Erika Montano
Vega, Notario.—1 vez.—CE2014003883.—(IN2014067288).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 8 horas 00 minutos del 11 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Residencias Poro Sociedad
Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Douglas Mora Umaña,
Notario.—1 vez.—CE2014003884.—(IN2014067289).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 3 de abril del 2014,
se constituyó la sociedad denominada I.R.M. Asesores Agencia Aduanal S. A.
Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Oscar Enrique
Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—CE2014003885.—(IN2014067290).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 40 minutos del 18 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Xochilt LH Limitada.—San
José, 19 de junio del 2014.—Lic. Wainer Gonzalez Arguedas, Notario.—1
vez.—CE2014003886.—(IN2014067291).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 13 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Hospital Familia Animal Mana
Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. William Charpentier
Morales, Notario.—1 vez.—CE2014003887.—(IN2014067292).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 13 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Hospital Huellitas de Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. William
Charpentier Morales, Notario.—1 vez.—CE2014003888.—(IN2014067293).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00
minutos del 13 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Cerros
de Artesia Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic.
Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1
vez.—CE2014003889.—(IN2014067294).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 35 minutos
del 18 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora
JK Rodrigez Sibaja Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del
2014.—Lic. Marlon Gerardo Gómez Pizarro, Notario.—1
vez.—CE2014003890.—(IN2014067295).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30
minutos del 19 de mayo del 2014, se constituyó la sociedad denominada AK
Consulting Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del
2014.—Lic. Karla Evelyn Chaves Mejía, Notario.—1 vez.—CE2014003891.—(IN2014067296).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00
minutos del 10 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Palais
Tropical Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Marco
Vinicio Campos Araya, Notario.—1 vez.—CE2014003892.—(IN2014067297).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 7 horas 30 minutos
del 18 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Govilla
Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Erasmo Enrique Rojas
Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2014003893.—(IN2014067298).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00
minutos del 9 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Mangueras
Mundiales de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del
2014.—Lic. Hernán Alexis Perez Sanabria, Notario.—1
vez.—CE2014003894.—(IN2014067299).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00
minutos del 5 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Agropecuaria
Fenada Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic.
Berenice Retana Ureña, Notaria.—1 vez.—CE2014003895.—(IN2014067300).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00
minutos del 11 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Kalimero
de Potrero Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del
2014.—Lic. Ricardo José Cañas Escoto, Notario.—1
vez.—CE2014003896.—(IN2014067301).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30
minutos del 23 de abril del 2014, se constituyó la sociedad denominada Instituto
Infotech Academy Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic.
Mariella Vargas Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2014003897.—(IN2014067302).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 00
minutos del 17 de Junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Travel
Protection System Responsabilidad Limitada. San José, 19 de Junio del
2014.–Lic. Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1
vez.—CE2014003898.—(IN2014067303).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00
minutos del 25 de enero del 2014, se constituyó la sociedad denominada R&S
Movil Xpress Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic.
Daisy María Pla Moreno, Notario.—1 vez.—CE2014003899.—(IN2014067304).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 00 minutos
del 13 de junio del 2014, se constituyó la sociedad denominada Merlin
Embedded Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio
del 2014.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2014003900.—(IN2014067305).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00
minutos del 16 de mayo del 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Valladares y Bolívar Valbo Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio
del 2014.—Lic. Jorge Luis Arias Hernández, Notario.—1
vez.—CE2014003901.—(IN2014067306).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 8 horas 00 minutos del 16 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Apache del Norte
Limitada Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic.
María de Los Ángeles González Hidalgo, Notario.—1
vez.—CE2014003902.—(IN2014067307).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 16 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada El Mago Outlet Sociedad
Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. German Enrique Salazar
Santamaria, Notario.—1 vez.—CE2014003903.—(IN2014067308).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 16 minutos del 16 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada El Mago de San José Sociedad
Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. German Enrique Salazar
Santamaria, Notario.—1 vez.—CE2014003904.—(IN2014067309).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 16 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Ecobatt Limitada.—San
José, 19 de junio del 2014.—Lic. María José Vicente Ureña, Notario.—1
vez.—CE2014003905.—(IN2014067310).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 00 minutos del 19 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Dupras Limitada.—San
José, 19 de junio del 2014.—Lic. María José Vicente Ureña, Notario.—1
vez.—CE2014003906.—(IN2014067311).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 50 minutos del 17 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora de Carne
Los Naranjo Limitada.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Ana Patricia
Vargas Jara, Notario.—1 vez.—CE2014003907.—(IN2014067312).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 7 horas 30 minutos del 18 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Gomevilla Sociedad
Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Erasmo Enrique Rojas
Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2014003908.—(IN2014067313).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 19 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Dinámica Llantas
Distribuidora Nacional Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del
2014.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2014003909.—(IN2014067314).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada A Whole Company AWC
Limitada.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Fernando Alonso Castro
Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2014003910.—(IN2014067315).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 12 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Quantico La Sociedad
Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Carlos Manuel Madrigal Mora,
Notario.—1 vez.—1 vez.—CE2014003911.—(IN2014067316).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Mahar Supply Costa Rica
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Adrián
Alvarenga Odio, Notario.—1 vez.—CE2014003912.—(IN2014067317).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de mayo
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Comercial
Edumara Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Eugenia
María Jara Morúa, Notaria.—1 vez.—CE2014003913.—(IN2014067318).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Sahara y Layali Alcham
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Netzy Yanina
Soto Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2014003914.—(IN2014067319).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 30 minutos del 19 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Tico Xavi Ciento Uno Limitada.—San
José, 19 de junio del 2014.—Lic. María José Chaves Cavallini, Notaria.—1
vez.—CE2014003915.—(IN2014067320).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Argento Suministros
Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Marelyn
Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—CE2014003916.—(IN2014067321).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 21 de mayo
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Asosalag
Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. Roberto José Araya
Lao, Notario.—1 vez.—1 vez.—CE2014003917.—(IN2014067322).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Cristimar Limitada.—San
José, 19 de junio del 2014.—Lic. Manuelita Jiménez Esquivel, Notaria.—1
vez.—CE2014003918.—(IN2014067323).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 19 de mayo
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Representaciones
Internacionales de las Misiones Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del
2014.—Lic. Olga Margarita Alfaro Salas, Notaria.—1
vez.—CE2014003919.—(IN2014067324).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Remodelaciones y
Servicios Abinac Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic.
Erika Montano Vega, Notaria.—1 vez.—CE2014003920.—(IN2014067325).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Constructora Jomac
Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2014.—Lic. German Jerry Campos
Monge, Notario.—1 vez.—CE2014003921.—(IN2014067326).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada International Cleaning
Services ICS Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Giulio
Sansonetti Hautala, Notario.—1 vez.—CE2014003923.—(IN2014067327).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 16 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Granja Avícola Abejonal
Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Lenin Mendiola
Varela, Notario.—1 vez.—CE2014003924.—(IN2014067328).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 17 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Vistas de Turrúcares
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Ricardo
Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2014003925.—(IN2014067329).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Strawbridge Casa del Sol
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Mario
Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—CE2014003926.—(IN2014067330).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 40 minutos del 20 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada IT’S My Life
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic.
Norman Leslie De Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—CE2014003927.—(IN2014067331).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 08 de abril
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Transportes J J Sociedad
Anónima.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Javier Hernán Desanti
Henderson, Notario.—1 vez.—CE2014003928.—(IN2014067332).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Minicup del Oeste
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic.
Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—CE2014003929.—(IN2014067333).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 06 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada White Sands Costa Rica
Real Estate Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic.
Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—CE2014003930.—(IN2014067334).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 10 de mayo
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Koriled Limitada.—San
José, 20 de junio del 2014.—Lic. Óscar Alberto Salas Porras, Notario.—1
vez.—CE2014003931.—(IN2014067335).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada B.N.S. Benesol Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Soren Araya Madrigal,
Notario.—1 vez.—CE2014003932.—(IN2014067336).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Vecinos de Monte Redondo
Limitada Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic.
Carlos Corrales Azuola, Notario.—1 vez.—CE2014003933.—(IN2014067337).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 19 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Multimetales
Latinoamericanos Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio del
2014.—Lic. Lorena María Palma Arce, Notaria.—1
vez.—CE2014003934.—(IN2014067338).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 09 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Ache Logistic del Este
Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Lorena María Palma
Arce, Notaria.—1 vez.—CE2014003935.—(IN2014067339).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Concretos Caribeños
Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Grace Marie Robinson
Arias, Notaria.—1 vez.—CE2014003936.—(IN2014067340).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 35 minutos del 16 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Alpha Investment Partners
Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. German Enrique
Salazar Santamaría, Notario.—1 vez.—CE2014003937.—(IN2014067341).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Green House Costa Rica
Limitada.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. Floribeth Gómez Cubero,
Notaria.—1 vez.—CE2014003938.—(IN2014067342).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Fusión Euroamericana
Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio del 2014.—Lic. German Enrique
Salazar Santamaría, Notario.—1 vez.—CE2014003939.—(IN2014067343).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora de
Vestuario Centroamericana Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio
del 2014.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1
vez.—CE2014003940.—(IN2014067344).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada 2GET Services Sociedad
Anónima.—San José, 21 de junio del 2014.—Lic. Gregorio Alberto Avendaño
Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2014003941.—(IN2014067345).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de mayo
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Farmix Group Sociedad
Anónima.—San José, 22 de junio del 2014.—Lic. Paola Sáenz Alfaro,
Notaria.—1 vez.—CE2014003942.—(IN2014067346).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 13 de junio del año
2014, se constituyó la sociedad denominada Nuevos Horizontes Propiedades
Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Adriana Chin Wo
Astúa, Notaria.—1 vez.—CE2014003943.—(IN2014067347).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada The Baked Alaskans LLC
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Alfredo
Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—CE2014003944.—(IN2014067348).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 20 minutos del 18 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Colinas del Sol al
Atardecer en Jacó Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic.
Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2014003945.—(IN2014067349).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada The AK Dreamers LLC
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Alfredo
Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—CE2014003946.—(IN2014067350).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada S.R.K. Kairos de
América Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Rebeca
Maiggretth Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014003947.—(IN2014067351).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Tenedora Univer De LBZS
Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth
Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014003948.—(IN2014067352).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de junio del año
2014, se constituyó la sociedad denominada Geometry Global Costa Rica
Agencia de Publicidad Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de
junio del 2014.—Lic. María Lupita Quintero Nassar, Notaria.—1
vez.—CE2014003949.—(IN2014067353).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 20 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Loyauto Distribution
Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Marco Antonio Fallas
Del Valle, Notario.—1 vez.—CE2014003950.—(IN2014067354).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Constructora JES Quattro
Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. German Jerry Campos
Monge, Notario.—1 vez.—CE2014003951.—(IN2014067355).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 06 horas 00 minutos del 23 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Reiki Equilibrio Integral
Limitada Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic.
Alonso Jesús Chaves Fernández, Notario.—1 vez.—CE2014003952.—(IN2014067356).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Payment Solutions Global
PSG Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del
2014.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1
vez.—CE2014003953.—(IN2014067357).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Correduría de Bienes
Raíces Dupras Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. María José
Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—CE2014003954.—(IN2014067358).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Cementos del Sur &
Asociados Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Fernando Alonso
Castro Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2014003955.—(IN2014067359).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 10 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Montes de Oro
Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Adrián Javier
Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2014003956.—(IN2014067360).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 40 minutos del 19 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Zamora Villegas
Electromecánica Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic.
Raquel Verónica Piedra Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2014003957.—(IN2014067361).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 10 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Montes de Oro
Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Adrián Javier
Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2014003959.—(IN2014067362).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de mayo
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Nucleotech Pharma N.P.
Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Paola Sáenz Alfaro,
Notaria.—1 vez.—CE2014003960.—(IN2014067363).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Austriatica Sociedad
Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez,
Notario.—1 vez.—CE2014003961.—(IN2014067364).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 05 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ocho Ocho
Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Ignacio Herrero Knohr,
Notario.—1 vez.—CE2014003962.—(IN2014067365).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 17 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Pacífico Lounge Sociedad
Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Silvia Arias Ulate, Notaria.—1
vez.—CE2014003963.—(IN2014067366).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Surf
Rica Nosara Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. José Alberto
Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2014003964.—(IN2014067367).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30
minutos del 19 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Constructora
San Simón Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Adolfo
Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—CE2014003965.—(IN2014067368).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 23 horas 00
minutos del 01 de abril del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Soluciones
en Construcción Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic.
Geraldine Marie Gene Barrios, Notaria.—1 vez.—CE2014003966.—(IN2014067369).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 01
minutos del 11 de febrero del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Seasa
Sociedad de Servicios a la Empresa Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio
del 2014.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1
vez.—CE2014003967.—(IN2014067370).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 06 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Logística
Coritrans Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Luis
Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2014003968.—(IN2014067371).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Munpe
Digital Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Luis
Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—CE2014003969.—(IN2014067372).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Tostaditos
del Sur Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Juan Luis
Artavia Mata, Notario.—1 vez.—CE2014003970.—(IN2014067373).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 13 de diciembre del año 2013, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Jadi del Oeste Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Arturo Barzuna
Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2014003971.—(IN2014067374).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Dulian
Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Jenny María Vargas
Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2014003973.—(IN2014067375).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 21 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Ticofood
LQ de Centro América Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic.
Marcos Osvaldo Araya Díaz, Notario.—1 vez.—CE2014003974.—(IN2014067376).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Page
Surfboards Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Jorge Federico
Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2014003975.—(IN2014067377).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Baivaraban
Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Floribeth Gómez Cubero,
Notaria.—1 vez.—CE2014003976.—(IN2014067378).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00
minutos del 10 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Jabalí
Montuno Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Miguel
Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2014003977.—(IN2014067379).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Classic Lighting
Distribution Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic.
César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—CE2014003979.—(IN2014067380).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de junio del año
2014, se constituyó la sociedad denominada Dulian de Carambola Sociedad
Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Jenny María Vargas Quesada,
Notaria.—1 vez.—CE2014003980.—(IN2014067381).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Duarve Sociedad Anónima.—San
José, 23 de junio del 2014.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1
vez.—CE2014003981.—(IN2014067382).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 23 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Harbour International de
Costa Rica Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Jimmy Gerardo
Solano Ulloa, Notario.—1 vez.—CE2014003982.—(IN2014067383).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Costaeuro Dos Mil Catorce
Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Roberto José
Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—CE2014003983.—(IN2014067384).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Green Shelter de Costa
Rica Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Floribeth Gómez Cubero,
Notaria.—1 vez.—CE2014003984.—(IN2014067385).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 23 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Cometa de Luz Siete
Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Ricardo José Cañas Escoto,
Notario.—1 vez.—CE2014003985.—(IN2014067386).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de mayo
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Guzmán Montero e Hijos
Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Orlando
Gustavo Araya Amador, Notario.—1 vez.—CE2014003986.—(IN2014067387).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de marzo
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Seguridad y Vigilancia J
& J del Guarco Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic.
Adrián Tames Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2014003987.—(IN2014067388).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada AMDJJ Sociedad Anónima.—San
José, 23 de junio del 2014.—Lic. Santiago Eduardo Arguedas Pitti, Notario.—1
vez.—CE2014003988.—(IN2014067389).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 23 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Gasotica Sociedad
Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Eduardo Román Gómez,
Notario.—1 vez.—CE2014003989.—(IN2014067390).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 23 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada MBE Flagship Store
Lindora Sociedad Anónima.—San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Manuel
Antonio Vílchez Campos, Notario.—1 vez.—CE2014003990.—(IN2014067391).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00
minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada R&G
Logística Inc Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de junio del
2014.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1
vez.—CE2014003991.—(IN2014067392).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada O.B.
Dos-Get Services Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic.
Gregorio Alberto Avendaño Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2014003992.—(IN2014067393).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 02 de abril del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Celium
Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Ismene Arroyo Marín,
Notario.—1 vez.—CE2014003993.—(IN2014067394).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 17 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Mis Tíos
de Francia Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic.
Ismene Arroyo Marín, Notario.—1 vez.—CE2014003994.—(IN2014067395).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30
minutos del 02 de abril del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Elixor
Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Ismene Arroyo Marín,
Notario.—1 vez.—CE2014003995.—(IN2014067396).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00
minutos del 29 de enero del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios
Alvarado Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Irene
Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2014003996.—(IN2014067397).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 20 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Cementerio
Acemo MR Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic.
Carlos Corrales Azuola, Notario.—1 vez.—CE2014003998.—(IN2014067398).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada D.W.D.
Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Maricruz Sánchez
Carro, Notaria.—1 vez.—CE2014003999.—(IN2014067399).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00
minutos del 19 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Rosa
Peregrina Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Ángela
María Garro Contreras, Notaria.—1 vez.—CE201400400.—(IN2014067400).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 24 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Ninafagama
Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Fernando Jiménez
Mora, Notario.—1 vez.—CE2014004001.—(IN2014067401).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30
minutos del 16 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada VAU
Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Tricya Vanessa
Saborío Barrios, Notaria.—1 vez.—CE2014004002.—(IN2014067402).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30
minutos del 24 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Finca
Río Nuevo San Isidro Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic.
Paola Andrea Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—CE2014004003.—(IN2014067403).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00
minutos del 23 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada La
Tilichería Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Magally
María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2014004004.—(IN2014067404).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Honneste Vivere
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Sebastián
David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—CE2014004005.—(IN2014067405).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Shoruk
Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Lilliam Soto Hines,
Notaria.—1 vez.—CE2014004006.—(IN2014067406).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Logistic Control CR
Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Rodrigo José Aguilar
Moya, Notario.—1 vez.—CE2014004007.—(IN2014067407).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 21 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Servicios Empresariales
Carmesi Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Lilliam Soto
Hines, Notaria.—1 vez.—CE2014004008.—(IN2014067408).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Transchiles Sociedad
Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Marlon Fernando Arce Blanco,
Notario.—1 vez.—CE2014004009.—(IN2014067409).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 20 minutos del 16 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Lenin & Macarthur
Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Gricel Campos
Mejías, Notaria.—1 vez.—CE2014004010.—(IN2014067410).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 13 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Amgova Sociedad Anónima.—San
José, 24 de junio del 2014.—Lic. Orlando Chaves Quesada, Notario.—1
vez.—CE2014004011.—(IN2014067411).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Corporación Financiera
del Pacífico Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Laura
Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—CE2014004012.—(IN2014067412).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 9 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Aragesa Sociedad Anónima.—San
José, 24 de junio del 2014.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1
vez.—CE2014004013.—(IN2014067413).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 24 de mayo
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Corporación Malikov
Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic. Yorleni Díaz
Berrocal, Notaria.—1 vez.—CE2014004014.—(IN2014067414).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 16 de Junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Corporación Inmobiliaria
CRC de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 24 de junio del 2014.—Lic.
Rita Waldina Arce Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2014004015.—(IN2014067415).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 04 de Junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Ocho Maes del Tercer
Tiempo Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Carmen
Adriana Álvarez Castro, Notaria.—1 vez.—CE2014004016.—(IN2014067416).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 18 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Ingeniería Magna Sociedad
Anónima.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Pamela Quesada Venegas,
Notaria.—1 vez.—CE2014004017.—(IN2014067417).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 25 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada T.A. Lovell Real Estate
Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Álvaro
Restrepo Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2014004018.—(IN2014067418).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 11 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inverseis U.N.I Sociedad
Anónima.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega
Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014004019.—(IN2014067419).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 8 horas 00 minutos del 25 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Valle Verde Unidad Nueve
Limitada.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. José Manuel Arias González,
Notario.—1 vez.—CE2014004021.—(IN2014067420).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 24 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Hec Her de
Santa Cruz Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. María
Gabriela Morales Peralta, Notaria.—1 vez.—CE2014004022.—(IN2014067421).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 24 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios V & M
Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. William de
los Ángeles Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—CE2014004025.—(IN2014067422).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 24 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Ferrymead Incorporated
Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth
Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014004026.—(IN2014067423).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 25 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Covert Vehicles Limitada.—San
José, 25 de junio del 2014.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—CE2014004027.—(IN2014067424).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada M&M Customer Held
Corporation Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Maykool
Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—CE2014004028.—(IN2014067425).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 23 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Sol Secreto Propiedades
Limitada.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. José Alberto Schroeder
Leiva, Notario.—1 vez.—CE2014004029.—(IN2014067426).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 23 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Corporación Nya
Diecisiete de Santa Ana Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del
2014.—Lic. Carmen De María Castro Kahle, Notaria.—1
vez.—CE2014004030.—(IN2014067427).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Andialur Sociedad Anónima.—San
José, 25 de junio del 2014.—Lic. Joaquín Antonio Bolaños Alpízar, Notario.—1
vez.—CE2014004031.—(IN2014067428).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 24 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Venice ART
Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Bernal Ernesto Fuentes
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014004032.—(IN2014067429).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 24 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Dconstruct Properties
Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Stanley
Mejía Mora, Notario.—1 vez.—CE2014004033.—(IN2014067430).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 23 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Adetec P &
C Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2014.—Lic. Anthony Francisco
Fernández Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2014004034.—(IN2014067431).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Game Shop Limitada.—San
José, 25 de junio del 2014.—Lic. Daisy María Pla Moreno, Notario.—1
vez.—CE2014004035.—(IN2014067432).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 15 minutos del 23 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Consultores Puertas de la
Muerte Limitada.—San José, 26 de junio del 2014.—Lic. Pablo Arias González,
Notario.—1 vez.—CE2014004036.—(IN2014067433).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Kapu-Cam Limitada.—San
José, 26 de junio del 2014.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2014004037.—(IN2014067434).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 30 minutos del 25 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Finca Los Ángeles de Las
Nubes del Silencio Norte Sociedad Anónima.—San José, 26 de junio del
2014.—Lic. Sharon Ferris Macaya, Notaria.—1 vez.—CE2014004038.—(IN2014067435).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 24 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Spiritech Limitada.—San
José, 26 de junio del 2014.—Lic. Carolina Gallegos Steinvorth, Notario.—1
vez.—CE2014004039.—(IN2014067436).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 11 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo de Consultoría AS
Sociedad Anónima.—San José, 26 de junio del 2014.—Lic. Juan Manuel Barquero
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014004040.—(IN2014067437).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 23 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Corporación del Pacífico
CRM Sociedad Anónima.—San José, 26 de junio del 2014.—Lic. Laura Granera
Alonso, Notaria.—1 vez.—CE2014004041.—(IN2014067438).
Mediante
escritura otorgada el 26 de setiembre del 2014, ante esta notaría, se
constituye la fundación denominada Fundación Albergue de Animales de Nosara.—San
José, 6 de octubre del 2014.—Lic. Manuela Guillen Salazar, Notaria.—1
vez.—(IN2014067439).
Mediante
escritura otorgada el 2 de octubre del 2014, ante esta notaría, se modifica la
cláusula primera del pacto social de la sociedad denominada Guardianes Gigantes
de La Metrópoli S. A. para en adelante denominarse GGM Soluciones
Financieras S. A.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Manuela Guillen
Salazar, Notaria.—1 vez.—(IN2014067440).
Mediante
escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se protocolizo acta de la
compañía denominada Corporación Grupo La California GLC S. A. mediante
la cual se cambia su administración y se nombra nuevo presidente.—San José, 8
de octubre del 2014.—Lic. Douglas Castro Peña, Notario.—1 vez.—(IN2014067443).
Por escritura otorgada
ante mí, a las nueve horas del ocho de octubre del dos mil catorce, que es
asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Corporación
Fiñana Sociedad Anónima, se acuerda disolver esta sociedad. Es todo.—San
José, once horas ocho de octubre dos mil catorce.—Lic. Ernesto Gutiérrez
Blanco, Notario.—1 vez.—(IN2014067451).
Por escritura
otorgada San José, a las once horas treinta minutos del ocho de octubre de dos
mil catorce, ante el notario, Edgar Alberto Arroyo Quesada, se modifica la
cláusula de representación en la sociedad Propiedades Trafalgar Sociedad
Anónima.—San José, ocho de octubre de dos mil catorce.—Lic. Edgar Alberto
Arroyo Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2014067468).
Por escritura
otorgada San José, a las once horas quince minutos del ocho de octubre de dos
mil catorce, ante el notario Edgar Alberto Arroyo Quesada, se modifica la
cláusula de representación en la sociedad Fiduciaria Brunca Sociedad Anónima.—San
José, ocho de octubre de dos mil catorce.—Lic. Edgar Alberto Arroyo Quesada,
Notario.—1 vez.—(IN2014067470).
Ante mí,
Gustavo Adolfo Fernández Badilla, notario público, con oficina en San José, se
reformó el pacto constitutivo de Grupo Edfigu S. A. en escritura: 257,
visible a folio: 122, frente tomo VIII de mi protocolo, a las 19:00 horas del
24 de setiembre del 2014.—San José, 8:00 horas del 30 de setiembre del
2014.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2014067479).
Ante mí, Gustavo
Adolfo Fernández Badilla, notario público, con oficina en San José, se reformó
el pacto constitutivo de Proyecta M P M Mil S. A. en escritura: 274
visible a folio: 130 vuelto tomo VIH de mi protocolo, a las 8:00 horas del 8 de
octubre del 2014.—San José, 8:00 horas del 9 de octubre del 2014.—Lic. Gustavo
Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2014067481).
Ante mí,
Gustavo Adolfo Fernández Badilla, notario público, con oficina en San José, se
reformó el pacto constitutivo de Verticales del Cariari S. A., en
escritura 254, visible a folio 122, frente tomo VIII de mi protocolo, a las
15:00 horas del 23 de setiembre del 2014.—San José, 8:00 horas del 30 de
setiembre del 2014.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1
vez.—(IN2014067483).
Ante mí,
Gustavo Adolfo Fernández Badilla, notario público, con oficina en San José, se
reformó el pacto constitutivo de Las Hullas de Plata S. A. en escritura:
258, visible a folio: 123, vuelto tomo: VIII de mi protocolo, a las 18:00 horas
del 25 de setiembre del 2014.—San José, 8:00 horas del 30 de setiembre del
2014.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2014067484).
Ante mí,
Gustavo Adolfo Fernández Badilla, notario público, con oficina en San José, se
reformó el pacto constitutivo de Corporación de Porteo Transkoca S. A.
en escritura: 254 tomo VIII de mi protocolo, visible al folio 121, vuelto, a
las 14:00 horas del 23 de setiembre del 2014.—San José, 8:00 horas del 30 de
setiembre del 2014.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1
vez.—(IN2014067485).
Ante mí,
Gustavo Adolfo Fernández Badilla, notario público, con oficina en San José, se
reformó el pacto constitutivo de Inversiones Eymi del Oeste Ltda., en
escritura: 235, visible a folio 112 frente tomo VIII de mi protocolo, a las
8:00 horas del 4 de setiembre del 2014.—San José, 8:00 horas del 30 de
setiembre del 2014.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1
vez.—(IN2014067487).
Ante mi notaría
el día seis de octubre del dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la compañía Palmares Tres y Griega
Limitada, donde se reforma la cláusula VI del Pacto Constitutivo. Es todo.
Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario de San José, teléfono 2257-1533.—San José,
6 de octubre del 2014.— Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario,—1
vez.—(IN2014067490).
Por escritura
167-9 otorgada ante el suscrito notario a las 10 horas del 2 de octubre del
2014, Programas de Esperanza S. A., protocoliza acuerdos de asamblea
general extraordinaria de accionistas, reformando estatutos del pacto social de
la compañía y nombrando nuevos miembros de la junta directiva y fiscal.—San
José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Oscar Guillermo Barrantes Chacón, Notario.—1
vez.—(IN2014067494).
Mediante
escritura número sesenta y ocho-catorce, otorgada ante esta notaría, al ser las
trece horas y quince minutos del siete de octubre del dos mil catorce, se
nombró nueva junta directiva de la empresa Corpracion Cariblanco de Osa S.
A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos noventa y ocho mil
trescientos setenta y tres. Presidenta María Rosa c.c. Rocío Rojas Alfaro.—San
Isidro de El General, Pérez Zeledón, nueve de octubre del 2014.—Lic. Silvia
Castro Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2014067500).
Por escritura
otorgada ante el suscrito notario a las 11:00 horas del día 3 de octubre del
2014, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la
sociedad de esta plaza D.R.P. Torano S.R.L., por la que se varía el
domicilio, se nombra nuevo subgerente y se elimina al agente residente.—San
José, 3 de octubre del 2014.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1
vez.—(IN2014067501).
Por escritura
otorgada ante el suscrito notario a las 15 horas del día 7 de octubre del 2014,
se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad de esta plaza Forestales Bonitos Dos Mil Siete S. A., por la
que se disuelve la misma.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Giancarlo
Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2014067502).
Por escritura
otorgada ante el suscrito notario a las 16:00 horas del día 7 de octubre del
2014, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Accionistas de
la sociedad de esta plaza Forestales Hermosos Dos Mil Nueve S. A., por
la que se disuelve la misma.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Giancarlo
Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2014067505).
Por escritura
otorgada ante el suscrito notario a las 14:00 horas del día 7 de octubre del
2014, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad de esta plaza Axxiojn Shoes S. A., por la que se varían
cláusulas y se nombra junta directiva.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic.
Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2014067506).
Ante esta
notaría, se protocolizó el acta de la sociedad Florymar Tica Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-treinta y
cuatro mil trescientos ochenta, en donde se reformaron las cláusulas segunda y
sétima del pacto constitutivo.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Eduardo
Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—(IN2014067508).
Ante esta
notaría, por escritura de 11:00 horas del 14 de setiembre del 2014 se
constituyó la sociedad Tecni Servicios de Fontanería G & S S. A.
Presidenta Kattia L. Gómez Vargas. Capital social: ¢50.000,00. Plazo 99
años.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Gerardo B. Calderón Cerdas,
Notario.—1 vez.—(IN2014067509).
Por escritura
treinta y dos, otorgada ante mí, Roy Faustino Jiménez Rodríguez, carné nueve
mil ciento veintiséis en San José, al ser nueve horas treinta minutos del
veintidós de agosto del dos mil catorce, protocolice en acta cuatro de Valley
of Dreams Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos
tres mil seiscientos. Se modifica la cláusula X y se revoca el nombramiento de
la tesorera y se nombra nueva.—Ciudad Neily, al ser diecisiete horas del día
diecisiete de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Roy Faustino Jiménez
Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014067513).
Por escritura
treinta y dos, otorgada ante mí, Roy Faustino Jiménez Rodríguez, carné nueve
mil ciento veintiséis en San José, al ser diez horas del veintidós de agosto
del dos mil catorce, protocolicé en acta dos de tres-ciento uno-seiscientos
cuarenta y cinco mil novecientos cuarenta y dos Sociedad Anónima. Se
modifica la cláusula X y se revoca el nombramiento de la tesorera y se nombra
nueva.—Ciudad Neily, al ser dieciséis horas del diecisiete de setiembre del dos
mil catorce.—Lic. Roy Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2014067515).
Por escritura
pública otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del 7 de octubre del
2014, se protocolizó acta que aprueba el cambio de domicilio social de la
sociedad anónima Marmota S. A., por acuerdo tomado entre los socios, de
lo cual esta notaría, da fe.—Alajuela, 7 de octubre del 2014.—Lic. Mariela
Paniagua Camacho, Notaria.—1 vez.—(IN2014067516).
Por escritura
número sesenta y cuatro otorgada a las trece horas del tres de octubre de dos
mil catorce, ante la notaría pública, Catalina María Aguilar Hernández, se
protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad KPMG Asesoría Fiscal Sociedad Anónima, donde
se acuerda reforma la cláusula quinta de administración y se nombra vocal tres
de la junta directiva por el resto del plazo social.—San José, ocho de octubre
de dos mil catorce.—Lic. Catalina María Aguilar Hernández, Notaria.—1
vez.—(IN2014067517).
Por escritura
número sesenta y cinco otorgada a las catorce horas del tres de octubre de dos
mil catorce, ante la notaría pública, Catalina María Aguilar Hernández, se
protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad KPMG Sociedad Anónima, donde se acuerda
reforma la cláusula sexta de administración y se nombra vocal tres de la junta
directiva por el resto del plazo social.—San José, ocho de octubre de dos mil
catorce.—Lic. Catalina María Aguilar Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2014067519).
Por escritura
número sesenta y tres otorgada a las doce horas del tres de octubre de dos mil catorce,
ante la notaría pública, Catalina María Aguilar Hernández, se protocolizan
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad KPMG Accounting Advisory Services Sociedad Anónima, donde se
acuerda reforma la cláusula sexta de administración y se nombra vocal uno y dos
de la junta directiva.—San José, ocho de octubre de dos mil catorce.—Lic.
Catalina María Aguilar Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2014067520).
Ante esta
notaria por medio de escritura pública número 222-I, otorgada en San José, a
las 8:30 horas del 8 de octubre del 2014, se protocolizó en lo conducente el
acta número tres de la empresa Rincón de Costa Brava Catorce S. A.,
tomándose los siguientes acuerdos: Acuerdo Primero: Revocatoria de cargo
presidente, secretario y tesorero de junta directiva y fiscalía, acuerdo
segundo nombramientos por el resto del plazo social presidenta Rosa María
Carrión Conejo, secretaria Lisa Yarhi Carrión, tesorero Moisés Yarhi Choueka y
fiscal Ruth Yarhi Carrión.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Grettel María
Pérez Arce, Notaria.—1 vez.—(IN2014067521).
Por escritura
otorgada a las ocho horas del ocho de octubre del dos mil catorce, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la que se acuerda la
disolución y liquidación de la sociedad Olsagi Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil ochocientos siete.—Heredia,
ocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Alexa Rodríguez Salas, Notaria.—1
vez.—(IN2014067522).
Por escritura
otorgada hoy ante mí, a las ocho horas del siete de octubre del dos mil
catorce, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad Brenno Importaciones Sociedad Anónima. Se
modifican las cláusulas quinta y novena de los estatutos y se hacen
nombramientos.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Alexis Gómez Guillén,
Notario.—1 vez.—(IN2014067524).
La sociedad Ll
LA LO S. A. protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios.—Belén, Heredia, tres de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—(IN2014067525).
Por escritura
número trescientos cincuenta-diez, de las trece y treinta horas del dieciocho
de setiembre del dos mil catorce. Primero: Se procede a modificar la cláusula
segunda del pacto constitutivo de la sociedad La Palmera de Guatuso Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero cincuenta y nueve mil
quinientos veintiséis-veintiuno. Segundo: Se acuerda modificar la cláusula
novena. Tercero: Se procede a nombrar en el cargo de presidente al señor óscar
Guillermo Zamora Sirias; mayor, casado una vez, ganadero, con cédula de
identidad número cinco-doscientos dieciséis-seiscientos veinticuatro, vecino de
Tilarán Guanacaste La Ciudadela Juan Veintitrés, del templo católico cincuenta
metros al este, quien acepta el cargo y entra en posesión del mismo en este
acto. Cuarto: Se le otorga Poder Generalísimo sin límite de suma de conformidad
al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, al señor José
Antonio Zamora Sirias, mayor, casado una vez, ganadero, con cédula de identidad
cinco-doscientos cuarenta y cinco-quinientos sesenta y cinco, vecino de San
Rafael de Guatuso, Alajuela costado sur de la Cruz Roja, quien podrá sustituir
su poder en todo o en parte y revocar el mismo. Que los nombramientos son por
todo el resto del plazo social de la sociedad.—Lic. Mario Cortes Parrales,
Notario.—1 vez.—(IN2014067531).
Por escritura
otorgada a las quince horas del día ocho de octubre del dos mil catorce, ante
este notario, se constituye la sociedad Green Build INV Sociedad Civil,
se designa administradores con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma actuando separadamente.—San José, nueve de octubre del dos mil
catorce.—Dr. Femando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—(IN2014067534).
Por escritura
otorgada a las quince horas cuarenta minutos del día ocho de octubre del dos
mil catorce, ante esta notaria, se constituye la sociedad Green Transport
INV Sociedad Civil, se designa administradores con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma actuando separadamente.—San José, nueve de
octubre del dos mil catorce.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1
vez.—(IN2014067535).
Mediante
escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 16:30 horas y 17:00 horas, del 2
de octubre del 2014, se protocolizaron las actas de asamblea general de
cuotistas de Volda Ltda. y Ruislip Ltda., mediante las cuales se
reformaron las cláusulas Nº 2 y Nº 6 de los pactos constitutivos.—San José, 3
de octubre del 2014.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1
vez.—(IN2014067540).
Ante esta
notaría, a las 9:00 horas del 7 de octubre del 2014, se protocolizó acta de
asamblea general de accionistas de Speratum CR S. A., mediante la cual
se aumentó el capital social y se reformó la cláusula Nº4 del pacto
constitutivo.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Dan Alberto Hidalgo
Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2014067541).
Ante esta
notaría, a las 10:00 horas del 25 de setiembre del 2014, se protocolizó acta de
asamblea general de accionistas de Esfuerzo Proactivo S. A., mediante la
cual se decretó la disolución de la sociedad.—San José, 3 de octubre del
2014.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2014067543).
Mediante
escritura número 152 otorgada ante el notario Guillermo Solórzano Marín, a las
12:00 horas del 8 de octubre del 2014, se protocolizó el acta de asamblea de
general de la sociedad Hidroeléctrica Aguas Zarcas Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento diecisiete mil
seiscientos veintidós, se acuerda modificar la cláusula de la administración.
Domicilo, Fiscal y Agente Residente.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic.
Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—(IN2014067544).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas de 8 de octubre del 2014, se
protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de Plantaciones de Naranja del Norte S. A., en la cual se
modifican las cláusulas octava y décima primera del pacto social.—San José, 8
de octubre del 2014.—Lic. Miguel Antonio Elizondo Soto, Notario.—1
vez.—(IN2014067546).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las 12:30 horas de 1º de octubre del 2014, se
protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de Productora de Cítricos S. A., en la cual se modifican las
cláusulas sexta y sétima del pacto social.—San José, 8 de octubre del
2014.—Lic. Miguel Antonio Elizondo Soto, Notario.—1 vez.—(IN2014067548).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las 12:45 horas de 1º de octubre del 2014, se
protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de Finca Caipira S. A., en la cual se modifican las
cláusulas octava y décima primera del pacto social.—San José, 8 de octubre del
2014.—Lic. Miguel Antonio Elizondo, Notario.—1 vez.—(IN2014067550).
La suscrita
notaría pública, hace constar que el día de hoy protocolice actas de asambleas
de socios de las sociedades Compañía Inversionista Fapa S. A., en la que
se reforma la cláusula sétima de los estatutos constitutivos de la sociedad, y Transportes
Antepa S. A., Rastafá de Limón S. A., Inversiones Clanfait S. A.,
Corporación Anjor F P S. A., en las que se reforma la cláusula quinta de
los estatutos constitutivos de cada sociedad.—San José, 8 de octubre del
2014.—Lic. Elizabeth Saxe Ivankovich, Notaria.—1 vez.—(IN2014067555).
Mediante acta
constitutiva de las veinte horas del día seis de octubre del dos mil catorce,
se constituyó la asociación Asociación Vida Sana de Pérez Zeledón.—San
Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del día siete de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Cinthya Bustos Cordero, Notaria.—1 vez.—(IN2014067557).
Se procede a
cambiar la razón social de la sociedad Hermanos Chaves González y Sucesores
S. A., por Control Natural de Plagas Biológica S. A. Es todo.—San
José, ocho horas del ocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Hellen Carolina
Aburto Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2014067558).
Por escritura
otorgada ante mí, a las diez horas del veintinueve de setiembre del dos mil
catorce, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Desarrolladores
Inmobiliarios Cuatro D S. A., donde se reforma la cláusula
sétima.—San José, 29 setiembre del 2014.—Lic. Eleonora Ortiz Runnebaum,
Notaria.—1 vez.—(IN2014067559).
Se procede a
disolver la sociedad Marjimol S. A. cédula jurídica tres-ciento
uno-trescientos un mil novecientos treinta y uno.—San José, nueve horas del
nueve de octubre del dos mil catorce.—Lic. Hellen Carolina Aburto Castillo,
Notaria.—1 vez.—(IN2014067560).
Por escritura
otorgada ante mí, a las diez horas y diez minutos del veintinueve de setiembre
del dos mil catorce, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios
de Finanzas Corporativas GBA S. A., donde se reforma la cláusula sexta.—San
José, 29 setiembre del 2014.—Lic. Eleonora Ortiz Runnebaum, Notaria.—1
vez.—(IN2014067561).
Por escritura
otorgada ante mí, a las trece horas y veinte minutos del primero de octubre del
dos mil catorce, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Servicios
Corporativos GBA S. A., donde se reforma la cláusula sétima.—San
José, 1º octubre del 2014.—Lic. Eleonora Ortiz Runnebaum, Notaria.—1
vez.—(IN2014067562).
Ante esta notaría se procedió a modificar clausula I de la sociedad
denominada Vaguillos S. A., con cédula jurídica que exhibe el número
3-101-142237. Es todo.—San José, siete de setiembre del dos mil catorce.—Lic.
Sintique León González, Notaria.—1 vez.—(IN2014067565).
Ante esta notaría se procedió a modificar clausula dos de la sociedad
denominada Desarrollos e Inversiones Zamora S. A., con cédula jurídica
que exhibe el número 3-101-625681. Es todo.—San José, siete de setiembre del
dos mil catorce.—Lic. Sintique León González, Notaria.—1 vez.—(IN2014067566).
Ante esta notaría se procedió a realizar cambio de junta directiva de
la sociedad Corporación Inmobiliaria Zar Internacional S. A., con cédula
jurídica que exhibe el número 3-101-481551, cuyo nuevo presidente es el señor
Cristian Zamora Sequiera. Es todo.—San José, nueve de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Sintique León González, Notaria.—1 vez.—(IN2014067569).
Ante esta notaría se procedió a realizar cambio de junta directiva de
la sociedad denominada Guachipelin Alfa S. A., con cédula jurídica que
exhibe el número 3-101-381108, cuyo nueva presidente es el señora Jennifer
Hernández Cerdas. Es todo.—San José, siete de octubre del dos mil catorce
.—Lic. Sintique León González, Notaria.—1 vez.—(IN2014067573).
Por escritura otorgada en mi notaría, hoy a las 12:00 horas se
protocolizó en lo conducente el acta número 41, correspondiente a asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Representaciones
Cosmos S. A., cédula jurídica 3-101-035.709, mediante la cual se reforma el
pacto constitutivo en cuanto a la administración, se nombra nueva junta
directiva y fiscal por el resto del plazo social y se revocan poderes.—San
José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1
vez.—(IN2014067577).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas del día
ocho de octubre del dos mil catorce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea
de fundadores de la Fundación Unidas Para Crecer, donde se acuerda
modificar la cláusula primera de los estatutos.—San José, ocho de octubre del
dos mil catorce.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—(IN2014067578).
Por escritura otorgada en mi notaría, hoy a las 13:00 horas se
protocolizó en lo conducente el acta número 88, correspondiente a asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Servicios
Centroamericanos S. A., cédula jurídica 3-101-005.862, mediante la cual se
reforma el pacto constitutivo en cuanto al domicilio, la administración, se
nombra nueva junta directiva por el resto del plazo social y se revoca poder
generalísimo.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Álvaro Corrales Solís,
Notario.—1 vez.—(IN2014067579).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas del día
ocho de octubre del dos mil catorce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad denominada 3-101-685729 S.
A., donde Se acuerda modificar las
cláusulas primera y sexta de los estatutos.—San José, ocho de octubre del dos
mil catorce.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—(IN2014067583).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas treinta
minutos del día ocho de octubre del dos mil catorce, donde se protocolizan
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Ecoclean Bio CR S. A., donde se acuerda modificar de
la cláusula sexta a la cláusula décima de los estatutos.—San José, ocho de
octubre del dos mil catorce.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1
vez.—(IN2014067585).
A las trece horas quince minutos del primero de octubre del dos mil
catorce, protocolicé el acta de asamblea general de socios de asamblea general
de socios de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cinco novecientos
treinta y nueve sociedad anónima.—San José, ocho de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—(IN2014067592).
Por escritura
otorgada ante esta notaría protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la sociedad Momarc Company Sociedad Anónima.
Se reforma la administración y se nombra presidente y secretario.—San José,
dieciocho de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez,
Notaria.—1 vez.—(IN2014067594).
A las trece
horas treinta minutos del primero de octubre del dos mil catorce, protocolicé
el acta de asamblea general de socios de la sociedad Comercial Horizontes
Curridabat Sociedad Anónima.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Carlos
Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—(IN2014067596).
Ante esta
notaría, mediante escritura número doscientos veintiuno de las trece horas del
diez de setiembre de dos mil catorce, se protocoliza acta de asamblea general
de socios de la sociedades Visch & Cubero Construcciones S. A.,
mediante la cual se modifica la razón social a Costa Holanda S. A.—San José,
uno de octubre de dos mil catorce.—Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1
vez.—(IN2014067599).
A las trece
horas del primero de octubre del dos mil catorce, protocolicé el acta de
asamblea general de socios de la sociedad Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos
Sesenta y Cinco Novecientos Setenta y Seis Sociedad Anónima.—San José, ocho
de octubre del dos mil catorce.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masis, Notario.—1
vez.—(IN2014067600).
A las
diecisiete horas del primero de octubre del dos mil catorce, protocolicé el
acta de asamblea general de socios de la sociedad Rodibe Sociedad Anónima.—San
José, ocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís,
Notario.—1 vez.—(IN2014067602).
Mediante
escritura número: ciento cuarenta y uno-dos del tomo dos de mi protocolo se
protocoliza asamblea general extraordinaria de la sociedad Compañía
Financiera Comercial Sociedad Anónima. Se modifica cláusula cuarta relativa
al plazo social.—Eduardo Jiménez Araya, Notario.—1 vez.—(IN2014067603).
A las dieciséis
horas treinta minutos del primero de octubre del dos mil catorce, protocolicé
el acta de asamblea general de socios de la sociedad Registro Cinco Sociedad
Anónima.—San José, ocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Carlos Luis
Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—(IN2014067605).
Por escritura
número treinta y uno-dos mil catorce otorgada a las dieciséis horas del ocho de
octubre del 2014, por acuerdo de socios se solicita al Registro Nacional, Sección
Personas Jurídicas, la disolución de la sociedad denominada por su número 3-101-561779
Sociedad Anónima, por comparecencia directa de los socios Carlos Adrián
Jamieson Sandoval conocido como Carlos Adrián Jamienson Sandoval y Marta
Sánchez Monge, únicos titulares de la totalidad de acciones que conforman el
capital social.—Puerto Limón, 8 de octubre del 2014.—Lic. Raúl Orlando Méndez
Contreras, Notario.—1 vez.—(IN2014067606).
Mediante
escritura número ciento treinta de fecha ocho de octubre del dos mil catorce se
protocolizó el acta de asamblea de accionistas de la sociedad Artesanías
Monge Loaiza S. A., en la cual se acuerda modificar la cláusula del plazo
social.—Calle Blancos de Goicoechea, ocho horas y treinta minutos del nueve de
octubre del dos mil catorce.—Lic. María Yorlene Obregón Zamora, Notaria.—1
vez.—(IN2014067613).
Hoy César Borge
Alvarado y Carolina Brenes Quesada han constituido una sociedad denominada Movilidad
Urbana S. A. Capital $1200 dólares. Domicilio: Curridabat, San
José.—San José, 7 de octubre del 2014.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1
vez.—(IN2014067618).
Por escritura
de las 20:00 horas del 30 de setiembre del 2014, protocolicé actas de asambleas
generales de: Jiménez y Araya S. A. y Oficina Comercializadora
Oficomer S. A., donde la segunda absorbe por fusión a la primera. Cédulas:
3-101-096954 y 3-101-111535.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1
vez.—(IN2014067626).
Por escritura de las 11:00 horas del 19 de setiembre del 2014, se
reforma el capital social de la sociedad: Tecnogas del Aire
S. A. cédula número: 3-101-505803.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez,
Notario.—1 vez.—(IN2014067629).
Al ser las ocho horas quince minutos del nueve de octubre de dos mil
catorce, escritura número ciento veintidós, visible a folio ciento noventa y
nueve frente, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro, se protocoliza acta
de asamblea de la sociedad denominara Puntarenas Ocean Mall Sociedad
Anónima se modifica la cláusula sétima y se nombra como presidente al señor
Fausto Arnoldo Ramos Carballo.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1
vez.—(IN2014067634).
Al ser las 10 horas del primero de octubre de 2014, escritura número
90, visible a folio 170 vuelto, ante el notario Ángel Edmundo Solano Calderón,
se protocoliza acta de asamblea de la sociedad denominada Inversiones
Capannori Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula sétima del pacto
constitutivo.—Lic. Ángel Edmundo Solano Calderón, Notario.—1
vez.—(IN2014067635).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a las once horas con treinta
minutos del nueve de octubre del dos mil catorce, protocolicé asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Alquiler de Equipo
para la Construcción Alco Sociedad Anónima, en la cual se
reforma las cláusulas primera, sexta y sétima del pacto constitutivo.—San José,
nueve de octubre del dos mil catorce.—Lic. Cristina Montero González,
Notaria.—1 vez.—(IN2014067642).
Ante esta notaría en asamblea general extraordinaria se disolvió la
sociedad denominada Novedades Freddy Royo Sucesores Sociedad Anónima.—Turrialba,
cuatro de octubre del dos mil catorce.—Lic. Guillermo Brenes Cambronero,
Notario.—1 vez.—(IN2014067650).
Al ser las diez horas treinta minutos del día nueve de octubre de dos
mil catorce, se reformó pacto social de la empresa Inversiones Carpio Monge
Sociedad Anónima.—San José, nueve de octubre de dos mil catorce.—Lic.
Bernald Vargas Montero, Notario, teléfono 2280-6707.—1 vez.—(IN2014067659).
Por escritura ochenta y ocho, del ocho de octubre del dos mil catorce,
a las ocho horas, se protocolizó acta tres de la asamblea general de CTM
Treinta y Cinco S. A., se acordó disolver y liquidar la empresa.—San José,
ocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2014067660).
Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos veintiséis de
las nueve horas del nueve de octubre del dos mil catorce, visible al folio
ciento once vuelto del tomo dieciocho de mi protocolo, se revoca y se nombra
nuevo presidente y secretario en la compañía Latin Impor S. A., y se
reforma la cláusula de administración de la sociedad. Presidente: Gilmar
Orellana Romero.—Nueve de octubre del dos mil catorce.—Lic. Juan Carlos Campos
Salas, Notario.—1 vez.—(IN2014067663).
Mediante escritura pública número ciento cincuenta y seis, otorgada
ante el notario público Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, en la ciudad de Santa
Cruz, Guanacaste; ciento setenta y cinco metros al sur de la Municipalidad; a
las once horas del día dos de octubre del año dos mil catorce, se protocolizó
acta mediante la cual se modifica la cláusula tercera del pacto constitutivo de
la sociedad Tamarindo Amapola Sociedad Anónima.—Santa Cruz, Guanacaste;
ocho de octubre del año dos mil catorce.—Lic. Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—(IN2014067665).
En esta notaría se tramita en escritura ciento nueve - sétimo del ocho
de octubre del dos mil catorce, se constituye la sociedad Variedades Aromas
Luna Sociedad Anónima.—Ocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Nelson
Ramírez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2014067666).
Por medio de
escritura otorgada ante la suscrita notario público en San Isidro de Pérez
Zeledón, a las ocho horas del día ocho de octubre del año en curso, se
protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Tres-Ciento
Dos-Seiscientos Ochenta y Siete Mil Doscientos Noventa Sociedad fe
Responsabilidad Limitada, por medio de la cual se acuerda modificar la
cláusula primera del pacto social.—San Isidro de Pérez Zeledón, ocho de octubre
del año dos mil catorce.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1
vez.—(IN2014067667).
Por escritura
de once horas, en la ciudad de San José, protocolicé acta de asamblea de socios
de Condominio CR Cuarenta y Ocho Monada Limitada, cédula jurídica número
3-102-317105, en la cual se reforma la cláusula del domicilio.—San José, 8 de
octubre del 2014.—Lic. Fabiola Soler Bonilla, Notaria.—1 vez.—(IN2014067668).
Por escritura
otorgada ante el suscrito notario a las 15:00 horas del 30 de setiembre de
2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Grupo
de Inversiones Chapple Blondet S.R.L., en la que se acuerda fusionar dicha
sociedad con Casa Chapple Blondet Dos S.R.L. prevaleciendo la primera, y
se modificaron las cláusulas tercera y quinta de los estatutos, se cambia el
capital y el domicilio.—San José, 30 de setiembre de 2014.—Lic. Roberto José
Araya Lao, Notario.—1 vez.—(IN2014067670).
Por escritura
otorgada ante el suscrito notario a las 13:00 horas del 30 de setiembre de
2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Casa
Chapple Blondet Dos S.R.L., en la que se acuerda fusionar dicha sociedad
con Grupo de Inversiones Chapple Blondet S.R.L. prevaleciendo esta
última.—San José, 30 de setiembre del 2014.—Lic. Roberto José Araya Lao,
Notario.—1 vez.—(IN2014067699).
Por escritura
otorgada ante mí notaría a las 19:00 horas del día 23 de julio del 2014, se
fusionaron las sociedades Jeloba de Desamparados Sociedad Anónima y
Jersan JS de Nosara Sociedad de Responsabilidad Limitada, prevaleciendo
ésta última.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1
vez.—(IN2014067702).
Que los
notarios Federico José Jiménez Solano y Marianella Mora Barrantes, actuando en
el protocolo del primero, en escritura número 100 otorgada a las 10 horas del 8
de octubre del 2014, otorgan escritura constituyendo la sociedad denominada La
Foncière D’artal Sociedad Anónima.—San José, 8 horas 30 minutos del 9 de
octubre 2014.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014067709).
Por escritura
otorgada a las 15:30 horas de hoy, Industrias Monte Cefer S. A., reforma
la cláusula sétima de sus estatutos (Administración).—San José, 7 de octubre
del 2014.—Lic. Rodrigo Blanco Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2014067710).
En escritura
otorgada a las 11:00 horas del 26 de agosto del 2014 se protocoliza el acta de Agencia
de Viajes Fiesta Resort S.A., donde se modifican las cláusulas primera, del
nombre de la sociedad, que en adelante será Scmolu de Costa Rica S. A.,
y sétima, de la representación.—San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Carlos
Guardia Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2014067712).
Por escritura
pública 66-18, otorgada ante mi notaría, a las 15 horas del 5 de octubre del
2014, se protocolizó acta de Propiedad de Ensueños bajo las Estrellas S. A.,
y se modifican algunos estatutos.—San José, 5 de octubre del 2014.—Lic. Ricardo
Villalobos González, Notario.—1 vez.—(IN2014067715).
Por escritura
otorgada ante esta notaría al ser las 9:00 del 9 de octubre de 2013, se
protocoliza la asamblea de acta de asamblea general ordinaria de la Asociación
para el Movimiento de Agricultura Orgánica del Pacifico Central (MAO-PAC),
se nombre nueva junta directiva y fiscal.—San José, 9 de octubre de 2014.—Lic.
Andrea Ovares López, Notario.—1 vez.—(IN2014067726).
Por escritura
número sesenta y seis- cuatro, a las diez horas del 21 de setiembre del 2014,
se disuelve la sociedad Corporación Moviaco MSS S. A., cédula jurídica
3-101-426169.—Cartago, 24 de setiembre del 2014.—Lic. Felicia Calvo Hidalgo,
Notaria.—1 vez.—(IN2014067728).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, en fecha siete de octubre del dos mil catorce, se
disolvió la sociedad denominada: Corporación Fendy K.L.M. Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y seis
mil trescientos noventa.—San Ramón, 7 de octubre del 2014.—Lic. Alfredo Cordero
Cordero, Notario.—1 vez.—(IN2014067729).
Por escritura
otorgada ante el suscrito notario, a las 13:00 horas del 6 de octubre del 2014,
se protocolizó acta N° 1 de la sociedad: Condominio Hacienda El Cocoy Seis
Campo Grande S. A., en la cual se reforma la cláusula segunda del pacto
constitutivo, se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic.
Francisco Hernán Barth Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2014067731).
Por escritura
otorgada en mi notaría, se constituyó: Mor Sol Export S. A. Presidente,
con facultades de apoderado generalísimo: Alexander Mora Delgado.—Lic. Hugo
Retana Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2014067732).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 01 horas 01 minutos del 21 de abril
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Nova Innova Sociedad
Anónima.—San José, 01 de julio del 2014.—Lic. Gina María Matarrita Díaz,
Notaria.—1 vez.—CE2014004178.—(IN2014067738).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 01 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Wiselife Investments
Sociedad Anónima.—San José, 01 de julio del 2014.—Lic. Ricardo Alberto
Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—CE2014004179.—(IN2014067739).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 30 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Makele del
Norte Sociedad Anónima.—San José, 01 de julio del 2014.—Lic. Ballardo
Avalos Sequeira, Notario.—1 vez.—CE2014004180.—(IN2014067740).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 01 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada English For Live Sociedad
Anónima.—San José, 01 de julio del 2014.—Lic. Ballardo Avalos Sequeira,
Notario.—1 vez.—CE2014004181.—(IN2014067741).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Taurunum Limitada.—San
José, 02 de julio del 2014.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1
vez.—CE2014004182.—(IN2014067742).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 01 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Nelutani Limitada.—San
José, 02 de julio del 2014.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1
vez.—CE2014004183.—(IN2014067743).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria PAT Sociedad
Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Floria María Arias Chaves,
Notaria.—1 vez.—CE2014004184.—(IN2014067744).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 30 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Rojoco Pococí Sociedad
Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Christian Javier Badilla
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014004185.—(IN2014067745).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Lake
Properties CRLP Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic.
Norman Leslie De Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—CE2014004186.—(IN2014067746).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 01 de julio del año
2014, se constituyó la sociedad denominada BFA División Agrícola Sociedad
Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Mariela Hernández Brenes,
Notaria.—1 vez.—CE2014004187.—(IN2014067747).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 02 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Datacorp Adba Soluciones
Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Diego José Mata
Morales, Notario.—1 vez.—CE2014004188.—(IN2014067748).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada A.R.K.C. Harcco de
América Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Rebeca
Maiggretth Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014004189.—(IN2014067749).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 30 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Arrendamar
Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Ingrid Gutiérrez
Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2014004190.—(IN2014067750).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 02 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Five Faces Limitada.—San
José, 02 de julio del 2014.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—CE2014004191.—(IN2014067751).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada BRP Jewel Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Jonatan
Fabian Valverde Piedra, Notario.—1 vez.—CE2014004192.—(IN2014067752).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Josaumarod Sociedad
Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Marco Antonio Fallas Del
Valle, Notario.—1 vez.—CE2014004193.—(IN2014067753).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de marzo
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Corporación de Servicios
TMI Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Andrea Gallegos
Acuña, Notaria.—1 vez.—CE2014004194.—(IN2014067754).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Kinisi Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Walter
Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2014004195.—(IN2014067755).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 02 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Z Y Z de
Paraíso Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Alex
Benjamín Gen Palma, Notario.—1 vez.—CE2014004196.—(IN2014067756).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 21 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada El Lago de Baudy Sociedad Anónima.—San José, 02 de
julio del 2014.—Lic. German Ortiz Castro, Notario.—1
vez.—CE2014004197.—(IN2014067757).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Lykke
Trading Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Rebeca
Maiggretth Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014004198.—(IN2014067758).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15
minutos del 30 de junio del año 2013, se constituyó la sociedad denominada Administración
de Follajes WVC Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic.
Roberto Carlo Castillo Araya, Notario.—1 vez.—CE2014004199.—(IN2014067759).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45
minutos del 01 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Shunyata
S Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández,
Notario.—1 vez.—CE2014004200.—(IN2014067760).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 25 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Speak
Tech Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Ángela María
Garro Contreras, Notaria.—1 vez.—CE2014004201.—(IN2014067761).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 27 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Concreto
Lavado Doninelli Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic.
Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1
vez.—CE2014004202.—(IN2014067762).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Mundo
de Movimientos Kinisi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de
julio del 2014.—Lic. Walter Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2014004203.—(IN2014067763).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00
minutos del 09 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada El
Caminador de Perros CR Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del
2014.—Lic. Juan Antonio Mainieri Acuña, Notario.—1
vez.—CE2014004204.—(IN2014067764).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00
minutos del 05 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Valjimenez
Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Juan Antonio
Mainieri Acuña, Notario.—1 vez.—CE2014004205.—(IN2014067765).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Vivere
Militaire EST Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio
del 2014.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1
vez.—CE2014004206.—(IN2014067766).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Norgafa
Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Carlos Enrique Anglada
Soler, Notario.—1 vez.—CE2014004207.—(IN2014067767).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 01 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Dan
Veintiuno Jo Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Tricya Vanessa
Saborío Barrios, Notaria.—1 vez.—CE2014004208.—(IN2014067768).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 20
minutos del 25 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Global
Consulting Solutions GCS Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02
de julio del 2014.—Lic. Carmen De María Castro Kahle, Notaria.—1
vez.—CE2014004209.—(IN2014067769).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Five Stars Eventos de
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del
2014.—Lic. Carmen De María Castro Kahle, Notaria.—1
vez.—CE2014004210.—(IN2014067770).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Camposanto La Piedad
Coronado Sociedad Anónima.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Jimmy
Gerardo Solano Ulloa, Notario.—1 vez.—CE2014004211.—(IN2014067771).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 26 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Danridge Inc Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 02 de julio del 2014.—Lic. Óscar
Gerardo Mora Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014004212.—(IN2014067772).
Por medio de
escritura otorgada a las 11:30 horas del día 9 de octubre del 2014, se
protocolizó acta de la sociedad: CR-Credit S. A., por medio de la cual
se cambia junta directiva y fiscal, y se cambia el pacto social.—Lic. Alejandra
Echeverría Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2014067773).
Por escritura
otorgada ante mí hoy, se constituyó: CSOF Casa Sueños de Olas de Felicidad
Limitada, palabras de fantasía, pudiendo abreviarse su aditamento “Ltda.”.
Domicilio: provincia: San José, cantón: Montes de Oca, distrito: Sabanilla,
Residencial Los Rosales de la entrada cien metros norte, cien metros este y
ciento veinticinco metros sur. Plazo social: cien años a partir del día de hoy.
Gerente, apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 3 de octubre del
2014.—Lic. Sergio Sánchez Bagnarello, Notario.—1 vez.—(IN2014067774).
Barestra
Sociedad Anónima,
se resuelve modificar las cláusulas primera, segunda, sexta del pacto
constitutivo, del nombre, domicilio y la administración. Escritura N° 10-154,
visible al folio sesenta y seis, del tomo diez del notario Henry Manuel Palomo
Palavicini. Escritura de las 09:00 horas del 1° de octubre del 2014.—San José,
9 de octubre del 2014.—Lic. Henry Manuel Palomo Palavicini, Notario.—1
vez.—(IN2014067775).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las 20:00 horas del veintiséis de setiembre del
dos mil catorce, se protocoliza acta de la sociedad: Cordialsa Costa Rica
Sociedad Anónima, cancelando asientos.—Lic. Ana María Rodríguez Chinchilla,
Notaria.—1 vez.—(IN2014067793).
Ante mi
notaría, a las doce horas del día ocho de octubre del dos mil catorce, se ha
protocolizado el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad: Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Treinta Mil Ochocientos Doce Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta mil ochocientos doce, donde
se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto social, y se nombra nueva
junta directiva y fiscal.—Lic. Santiago Vargas Villalobos, Notario.—1
vez.—(IN2014067809).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Servicios de
Comunicaciones Inteligentes Victoralia Dos Mil Catorce Sociedad Anónima.—San
José, 03 de julio del 2014.—Lic. Gerardo Francisco Quesada Monge, Notario.—1
vez.—CE2014004213.—(IN2014067813).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 04 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Servicios Industriales
PMJ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de julio del
2014.—Lic. Luis Alberto Peña Cordero, Notario.—1
vez.—CE2014004214.—(IN2014067814).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 01 de julio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Prestigious Games Sociedad Anónima.—San José, 03 de
julio del 2014.—Lic. Ana Gabriela Ávila Morúa, Notaria.—1
vez.—CE2014004215.—(IN2014067815).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Unlimited Smiles Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Guillermo
Francisco Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—CE2014004216.—(IN2014067816).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Dinastavy Sociedad
Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Ana Gabriela Ávila Morúa,
Notaria.—1 vez.—CE2014004217.—(IN2014067817).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada New Online Entretainment
Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Ana Gabriela Ávila
Morúa, Notaria.—1 vez.—CE2014004218.—(IN2014067818).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de mayo
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Latinoamericana Immobile
Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Rodrigo José
Cervantes Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2014004219.—(IN2014067819).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 02 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Usaven AT Sociedad
Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Daniel Eduardo Muñoz Herrera,
Notario.—1 vez.—CE2014004220.—(IN2014067820).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 50 minutos del 30 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Wikot Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Ricardo
Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2014004221.—(IN2014067821).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 20 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Plaiades Sociedad Anónima.—San
José, 03 de julio del 2014.—Lic. Marco Vinicio Campos Araya, Notario.—1
vez.—CE2014004222.—(IN2014067822).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Poligrafía &
Soluciones Investigativas C.R. Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del
2014.—Lic. Dora María Fernández Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2014004223.—(IN2014067823).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 02 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Rango Creativo R.C.
Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Gloria Leandro Vega,
Notaria.—1 vez.—CE2014004224.—(IN2014067824).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada H & V Consultores
Informáticos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de julio
del 2014.—Lic. Carolina María Ulate Zárate, Notaria.—1
vez.—CE2014004225.—(IN2014067825).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Servicios Ecológicos de
Baterías Ecobat Limitada.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. María José
Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—CE2014004226.—(IN2014067826).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 03 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Carrometro
Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. German José Víquez
Zamora, Notario.—1 vez.—CE2014004227.—(IN2014067827).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 26 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Smith
And Minch Adventures Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de
julio del 2014.—Lic. Gaston Sancho Cubero, Notario.—1
vez.—CE2014004228.—(IN2014067828).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30
minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada D.N.K.
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic.
Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—CE2014004229.—(IN2014067829).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 02 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Mecomor
Treinta y Tres Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. María
Gabriela Araya Morera, Notaria.—1 vez.—CE2014004230.—(IN2014067830).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 27 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Powell
Ridge-Britco Ltd Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de
julio del 2014.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1
vez.—CE2014004231.—(IN2014067831).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 27 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Automóvil
Otra Vida Ltd Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de julio
del 2014.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1
vez.—CE2014004232.—(IN2014067832).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 27 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Powell
Ridge Britco Ltd Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de
julio del 2014.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1
vez.—CE2014004233.—(IN2014067833).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00
minutos del 03 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Soico
Limitada.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Mario Alonso Arias Agüero,
Notario.—1 vez.—CE2014004234.—(IN2014067834).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 10 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Green
Growth Management GGM Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del
2014.—Lic. Miguel Antonio Maklouf Coto, Notario.—1
vez.—CE2014004235.—(IN2014067835).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 50
minutos del 30 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Wikot
Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de julio
del 2014.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1
vez.—CE2014004236.—(IN2014067836).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 26 de abril del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Mondel
Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Francisco Orlando
Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—CE2014004237.—(IN2014067837).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00
minutos del 01 de abril del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Corporación
Cárnica del Sur Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic.
Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—CE2014004238.—(IN2014067838).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Poligrafía &
Soluciones Investigativas CR Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del
2014.—Lic. Dora María Fernández Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2014004239.—(IN2014067839).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Kerberos
Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Edgar Alberto Díaz
Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2014004240.—(IN2014067840).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 40 minutos del 03 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada J Resources Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Jorge
González Roesch, Notario.—1 vez.—CE2014004241.—(IN2014067841).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Societe Esmeralda del
Pacífico Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Marianella
Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—CE2014004242.—(IN2014067842).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 23 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Gasotica de Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 03 de julio del 2014.—Lic. Eduardo Román
Gómez, Notario.—1 vez.—CE2014004243.—(IN2014067843).
Mediante escritura
otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 6 de junio del año
2014, se constituyó la sociedad denominada Vehículos Médicos Utim Sociedad
Anónima.—San José, 8 de julio del 2014.—Lic. Marco Antonio Rodríguez
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014004304.—(IN2014067987).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 20 minutos del 7 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Stmltm Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de julio del 2014.—Lic. Jefte David
Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2014004305.—(IN2014067988).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 00 minutos del 7 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Las Casas del Cerro G.
K. Sociedad Anónima.—San José, 8 de julio del 2014.—Lic. Erasmo
Enrique Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2014004306.—(IN2014067989).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría
a las 9 horas 00 minutos del 1° de julio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Valencia Beauty Center Sociedad Anónima.—San José, 8
de julio del 2014.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1
vez.—CE2014004307.—(IN2014067990).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 30 minutos del 7 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Zumo de Occidente
Sociedad Anónima.—San José, 8 de julio del 2014.—Lic. Carolina Muñoz Solís,
Notaria.—1 vez.—CE2014004308.—(IN2014067991).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 00 minutos del 16 de agosto
del año 2012, se constituyó la sociedad denominada Refugio Romelia Earth
Habitat Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 8 de julio del 2014.—Lic.
Álvaro Barrantes Redondo, Notario.—1 vez.—CE2014004309.—(IN2014067992).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría
a las 16 horas 30 minutos del 1° de julio del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Multiservicios Lomen Sociedad Anónima.—San José, 8
de julio del 2014.—Lic. Reynaldo Arias Mora, Notario.—1 vez.—CE2014004310.—(IN2014067993).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 00 minutos
del 16 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Pro
Capital Consultores Sociedad Anónima.—San José, 8 de julio del 2014.—Lic.
Roberto José Araya Lao, Notario.—1 vez.—CE2014004311.—(IN2014064994).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 12 horas 00
minutos del 6 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Bio
Vida Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Olger Gerardo
Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—CE2014004370.—(IN2014067995).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00
minutos del 2 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Sistemas
de Accesos y Puertas Integrados Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del
2014.—Lic. Larissa Seravalli Saurez, Notaria.—1
vez.—CE2014004371.—(IN2014067996).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00
minutos del 8 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Almonte
Properties Incorporated Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del
2014.—Lic. Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1
vez.—CE2014004372.—(IN2014067997).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 30
minutos del 9 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
y Construcciones de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de julio del 2014.—Lic. José Luis Víquez Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2014004373.—(IN2014067998).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 38
minutos del 9 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Eco-Mulch
Internacional Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Ronny
Jiménez Porras, Notario.—1 vez.—CE2014004374.—(IN2014067999).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 00
minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada BBR
Capital Master Brokers Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del
2014.—Lic. Ricardo Alberto Ugarte Mora, Notario.—1
vez.—CE2014004375.—(IN2014068000).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00
minutos del 3 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada PIÚ
Gusto L D S F Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic.
Mariana Campos Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2014004376.—(IN2014068001).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 00
minutos del 8 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada
solicitan que la misma sea asignada de Oficio por el Registro de
Personas Jurídicas Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del
2014.—Lic. Rebeca González Monge, Notaria.—1 vez.—CE2014004377.—(IN2014068002).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 48
minutos del 7 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Soluciones
Creativas Darsol Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic.
Natalia Sarmiento Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2014004378.—(IN2014068003).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00
minutos del 4 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Cervecería
La Troja Artesanal Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic.
Angela María Garro Contreras, Notaria.—1 vez.—CE2014004379.—(IN2014068004).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 30 minutos
del 8 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Calytica
del Pacífico E & S Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10
de julio del 2014.—Lic. Nathalie Elizondo Montero, Notaria.—1
vez.—CE2014004380.—(IN2014068005).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00
minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Marte
Visual Effects VFX Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic.
Arvid Bokenfohr Solís, Notario.—1 vez.—CE2014004381.—(IN2014068006).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 20 horas 00
minutos del 9 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada C
J Bongo Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Marco
Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2014004382.—(IN2014068007).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 38
minutos del 9 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Eco
Mulch Internacional Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del
2014.—Lic. Ronny Jiménez Porras, Notario.—1 vez.—CE2014004383.—(IN2014068008).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00
minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Mancha
Manchita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del
2014.—Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—CE2014004384.—(IN2014068009).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 00 minutos
del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Cozade
Ingenierías Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Adriana
Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014004385.—(IN2014068010).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00
minutos del 7 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Corzobia
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic.
Cynthia Wo Ching Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2014004386.—(IN2014068011).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 00
minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada PFW
Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del
2014.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014004387.—(IN2014068012).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 30 minutos
del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Promotilika
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic.
Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2014004388.—(IN2014068013).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 06 horas 00
minutos del 9 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria
Shiloaj Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.–Lic. Ronald Soto
Arias, Notario.—1 vez.— CE2014004389.—(IN2014068014).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00
minutos del 9 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Fast
RM Carrocería y Pintura Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del
2014.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—CE2014004390.—(IN2014068015).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 12 horas 00
minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Zamora y Martínez C K del Valle Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del
2014.—Lic. Silvia Arias Vásquez, Notaria.—1 vez.—CE2014004391.—(IN2014068016).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos
del 7 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Quantico
Investments Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10
de julio del 2014.—Lic. José Alfredo Campos Salas, Notario.—1
vez.—CE2014004392.—(IN2014068017).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 45 minutos del 1° de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Spazio MCC Soluciones
Corporativas Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic.
Giovanni Valentín Cavallini Barquero, Notario.—1
vez.—CE2014004393.—(IN2014068018).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 30 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Multiopciones La Huella
de Oro Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Armando
Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2014004394.—(IN2014068019).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 10 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Dambruma
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic.
Fressia Lilliana Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—CE2014004395.—(IN2014068020).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 19 horas 00 minutos del 15 de marzo
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Makcr Sociedad Anónima.—San
José, 10 de julio del 2014.—Lic. José Anibal Cascante Soto, Notario.—1 vez.—
CE2014004396.—(IN2014068021).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 23 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Chempolymers Sociedad
Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Vilma del Carmen Cordero
Benavides, Notaria.—1 vez.—CE2014004397.—(IN2014068022).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 9 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada S & A Distribution
Company Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del
2014.—Lic. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2014004398.—(IN2014068023).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 30 minutos del 10 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Lauranika Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. Jefte David
Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2014004399.—(IN2014068024).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 10 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Los Loros Sobre Ojochal
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic.
Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2014004400.—(IN2014068025).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Imagine Productions
Sociedad Anónima.—San José, 10 de julio del 2014.—Lic. German Enrique
Salazar Santamaría, Notario.—1 vez.—CE2014004401.—(IN2014068026).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 30 minutos del 10 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Tonyscar Sociedad Anónima.—San
José, 10 de julio del 2014.—Lic. Evelin de los Ángeles Sandoval Sandoval,
Notaria.—1 vez.—CE2014004402.—(IN2014068027).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 30 minutos del 10 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Panaderías Yodi Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic. Miriam
Alejandra Soto Aguilar, Notaria.—1 vez.—CE2014004403.—(IN2014068028).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 30 minutos del 9 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y
Construcciones Silni de Costa Rica Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de julio del 2014.—Lic. José Luis Víquez Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2014004404.—(IN2014068029).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00
minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Goudenmunten
Limitada.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic. Ana Mercedes Sancho Rubí,
Notaria.—1 vez.—CE2014004405.—(IN2014068030).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00
minutos del 11 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
La Península Verde Sociedad Anónima.—San
José, 11 de julio del 2014.—Lic. Vanessa Solano Zúñiga, Notaria.—1
vez.—CE2014004406.—(IN2014068031).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 30 minutos
del 9 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Ananta
Shanti Limitada.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic. José Alberto
Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2014004407.—(IN2014068032).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 00 horas 00
minutos del 11 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Autotransportes
Bolsón Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic. Vanessa
Solano Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2014004408.—(IN2014068033).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 00 minutos
del 11 de enero del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Metro
Café Corp Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic. Rubén
Naranjo Brenes, Notario.—1 vez.—CE2014004409.—(IN2014068034).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 10
minutos del 18 de mayo del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Elever
Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic. Edvin
Antonio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2014004410.—(IN2014068035).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00
minutos del 11 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Asesorías
Einversiones Los Amigos L.A. Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del
2014.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—CE2014004411.—(IN2014068036).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00
minutos del 11 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Enviromental
Parners de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del
2014.—Lic. Tamara Montecinos Ahumada, Notaria.—1
vez.—CE2014004412.—(IN2014068037).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00
minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Necsa
SA Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic. Dagoberto
Madrigal Mesén, Notario.—1 vez.—CE2014004413.—(IN2014068038).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 18 horas 00
minutos del 2 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Campo
Santo Santa Barbara Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2014.—Lic.
Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—CE2014004414.—(IN2014068039).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 00
minutos del 11 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada G.E.A.
Desarrollos Inmobiliarios Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del
2014.—Lic. Ballardo Avalos Sequeira, Notario.—1
vez.—CE2014004415.—(IN2014068040).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00
minutos del 11 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Gerardo
Acuña & Asociados Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio
del 2014.—Lic. Ballardo Avalos Sequeira, Notario.—1
vez.—CE2014004416.—(IN2014068041).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 11 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Inmobiliarias
EAR Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Eddy José Pérez
Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2014004417.—(IN2014068042).
Mediante escritura
otorgada ante esta Notaría a las 13 horas 00 minutos del 9 de julio del año
2014, se constituyó la sociedad denominada El Arz de Descanso Limitada.—San
José, 14 de julio del 2014.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notario.—1
vez.—CE2014004418.—(IN2014068043).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 10 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Transportes Álvarez
Rodríguez Jennysa Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic.
Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2014004419.—(IN2014068044).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 3 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Corporación Hebreos Once
Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Laura Francini
Chacón Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2014004420.—(IN2014068045).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 12 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Renova Marydave Sociedad
Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Carlos Manuel Sánchez
González, Notario.—1 vez.—CE2014004421.—(IN2014068046).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Imagine Producciones Y
Eventos Especiales Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic.
German Enrique Salazar Santamaría, Notario.—1
vez.—CE2014004422.—(IN2014068047).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 00 minutos del 10 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Angulo Canales
A & C Limitada. .—San José, 14 de julio del 2014.—Lic.
Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—CE2014004423.—(IN2014068048).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 11 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Playa Potrero
Azul Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Vanessa Solano
Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2014004424.—(IN2014068049).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 30 minutos del 1 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Las Palmeras
del Nor-Oriente Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Pamela
Andrea Cerdas Cerdas, Notario.—1 vez.—CE2014004425.—(IN2014068050).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 10 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Intelact Empresa de
Seguridad y Monitoreo Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio
del 2014.—Lic. Edwin Bogantes Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2014004426.—(IN2014068051).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 2 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Hogar Geriatrico Amatista
Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Marilyn Elena Bedoya
Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2014004427.—(IN2014068052).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 00 minutos del 14 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Crazy Jack`S Sociedad
Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Xinia Eudette Gómez Montiel,
Notario.—1 vez.—CE2014004428.—(IN2014068053).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 00 minutos del 14 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Esenxial Sociedad Anónima.—San
José, 14 de julio del 2014.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1
vez.—CE2014004429.—(IN2014068054).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría
a las 12 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2014, se constituyó la
sociedad denominada Corporativo Empresarial Shalom Sociedad Anónima.—San
José, 14 de julio del 2014.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2014004430.—(IN2014068055).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 00 minutos del 11 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Earmyl de
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Eddy José
Pérez Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2014004431.—(IN2014068056).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 00 minutos del 9 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Protección Vital
S. A. Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic.
Gladys Giselle Tapia Masis, Notario.—1 vez.—CE2014004432.—(IN2014068057).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 8 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Bodog Entertainment Group
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic.
Carlos Eduardo Quesada Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2014004433.—(IN2014068058).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 23 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Gaz-O-Tica de Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Eduardo Román
Gómez, Notario.—1 vez.—CE2014004434.—(IN2014068059).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 15 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Continental Networks del
Valle Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Cynthia
Granados Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2014004435.—(IN2014068060).
Mediante escritura
otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 3 de julio del año
2014, se constituyó la sociedad denominada Olgas Vista Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Paul Oporta
Romero, Notario.—1 vez.—CE2014004436.—(IN2014068061).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 12 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Herramientas Vikingo
Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2014004437.—(IN2014068062).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 00 minutos del 14 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Exeo Corporation Sociedad
Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Rebeca Maiggretth Ortega
Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2014004438.—(IN2014068063).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 30 minutos del 14 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Play And Health de
Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Andrea
Hutt Fernández, Notario.—1 vez.—CE2014004439.—(IN2014068064).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 17 horas 00 minutos del 10 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Mueblería y Maderas j.j.
Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del
2014.—Lic. Carlos Alpizar Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2014004440.—(IN2014068065).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos
del 14 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Conexiones
Redfo Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del
2014.—Lic. Bergman Alonso Rodríguez Astorga, Notario.—1
vez.—CE2014004441.—(IN2014068066).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00
minutos del 11 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Investissement
Mobilier Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Fabiola
Sáenz Quesada, Notario.—1 vez.—CE2014004442.—(IN2014068067).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00
minutos del 10 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Mancha
Guapita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del
2014.—Lic. Alan Masis Angulo, Notario.—1 vez.—CE2014004443.—(IN2014068068).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 30
minutos del 26 de mayo del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Honeybee
Pasteles Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Marcela
Padilla Valverde, Notario.—1 vez.—CE2014004444.—(IN2014068069).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 00 minutos
del 2 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Mu-Lo Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Federico Arias
Chacón, Notario.—1 vez.—CE2014004445.—(IN2014068070).
Mediante escritura
otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 00 minutos del 9 de julio del año
2014, se constituyó la sociedad denominada Aviva Medicina Prepagada Sociedad
De Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Alejandra
Baudrit Freer, Notario.—1 vez.—CE2014004446.—(IN2014068071).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 00 minutos
del 14 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Solvo
Corporation Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Rebeca
Maiggretth Ortega Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2014004447.—(IN2014068072).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00
minutos del 11 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Cookie
Cinco Cero Seis Power Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Rebeca
Maiggretth Ortega Muñoz, Notario.—1 vez.—CE2014004448.—(IN2014068073).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00
minutos del 7 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Gruposfa
Asesoría Financiera y Administrativa Sociedad Anónima.—San José, 14 de
julio del 2014.—Lic. Jorge Arturo Pacheco Oreamuno, Notario.—1 vez.—CE2014004449.—(IN2014068074).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00
minutos del 14 de julio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Solution
Assets Corporation Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Rebeca
Maiggretth Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2014004450.—(IN2014068075).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00
minutos del 25 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Knowledge
Consulting Network Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 14 de julio del 2014.—Lic. Maricruz Villasuso Morales, Notaria.—1
vez.—CE2014004451.—(IN2014068076).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 00 minutos
del 27 de junio del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Misceláneos y Mantenimiento de Inmuebles Sociedad Anónima.—San José, 14 de
julio del 2014.—Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1
vez.—CE2014004452.—(IN2014068077).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 30 minutos del 14 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Pacoli Taganga Siete
Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Gastón Sancho
Cubero, Notario.—1 vez.—CE2014004453.—(IN2014068078).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 00 horas 30 minutos del 26 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Technohidro Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Ligia María
Bermúdez Barquero, Notaria.—1 vez.—CE2014004454.—(IN2014068079).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 14 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Pacoli Chambacu Ocho
Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Gastón Sancho
Cubero, Notario.—1 vez.—CE2014004455.—(IN2014068080).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 9 horas 00 minutos del 2 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mu Lo
Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Federico Arias
Chacón, Notario.—1 vez.—CE2014004456.—(IN2014068081).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00 minutos del 25 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Chica Tica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Soren Araya
Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2014004457.—(IN2014068082).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 00 horas 00 minutos del 17 de junio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada J.G. Nailmart
Sociedad Anonima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Adrián Javier
Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2014004458.—(IN2014068083).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 30 minutos del 11 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Agroservicios Carranza
Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Jockseline Zúñiga
Varela, Notaria.—1 vez.—CE2014004459.—(IN2014068084).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas 00 minutos del 14 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Monterrey NDA Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Fernán
Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2014004460.—(IN2014068085).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada V.B. Management Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Omar Jalil
Ayales Adén, Notario.—1 vez.—CE2014004654.—(IN2014068680).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 22 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Tranquilo Paraíso Limitada.—San
José, 22 de julio del 2014.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1
vez.—CE2014004655.—(IN2014068681).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 18 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Ciudadanos Taiwaneses
Residentes en Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic.
Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—CE2014004656.—(IN2014068682).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 21 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Carranza de Palmares Sociedad
Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Albino Solórzano Vega,
Notario.—1 vez.—CE2014004657.—(IN2014068683).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 21 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Estructuras Metálicas J Y H
del Este Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Marta
Cedeño Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2014004658.—(IN2014068684).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 21 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Ferretería Carranza Sociedad
Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Albino Solórzano Vega,
Notario.—1 vez.—CE2014004659.—(IN2014068685).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 9 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones C B J C Sociedad
Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo,
Notario.—1 vez.—CE2014004660.—(IN2014068686).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Tradelex LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Fernán
Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2014004661.—(IN2014068687).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 15 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Mixie Products C.R. Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Mario
Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—CE2014004662.—(IN2014068688).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 22 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada J&S Construcción y
Consultoría Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Juan
Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—CE2014004663.—(IN2014068689).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 1° de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Compañía Constructora y
Desarrolladora C. C. D. Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del
2014.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1
vez.—CE2014004664.—(IN2014068690).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Guiones Construcciones
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic.
Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—CE2014004665.—(IN2014068691).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 20 minutos del 18 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Oasis de la Jungla Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Mario
Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—CE2014004666.—(IN2014068692).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada KCBIKINIS Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Sergio Mena
Díaz, Notario.—1 vez.—CE2014004667.—(IN2014068693).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 10 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Cardaga Sociedad Anónima.—San
José, 22 de julio del 2014.—Lic. Juan Ernesto Martínez Fuentes, Notario.—1
vez.—CE2014004668.—(IN2014068694).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Servicios Litográficos
J M Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Carlos Lizano
Lépiz, Notario.—1 vez.—CE2014004669.—(IN2014068695).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 21 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Inversor Nevado
Colorado Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Eduardo
Castro Salas, Notario.—1 vez.—CE2014004670.—(IN2014068696).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Internacionales
Ofizona Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Josué
Hidalgo Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2014004671.—(IN2014068697).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 10 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Harmony Wood Shop Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Roberto
Leiva Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2014004672.—(IN2014068698).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Gaia Organic Farms Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Sergio
José Guido Villegas, Notario.—1 vez.—CE2014004673.—(IN2014068832).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Raleza S&M
del Molino Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Xochitl
Camacho Medina, Notario.—1 vez.—CE2014004674.—(IN2014068833).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Colmoda Sociedad Anónima.—San
José, 22 de julio del 2014.—Lic. Luis Antonio Álvarez Chaves, Notario.—1
vez.—CE2014004675.—(IN2014068834).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 9 de junio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada LMV Technologies
Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.—Lic. Karol
Cristina Guzmán Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2014004676.—(IN2014068835).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de julio
del 2014, se constituyó la sociedad denominada Consulex Servicios
Especializados en Notariado Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del
2014.—Lic. Francisco Enrique Fonseca Monge, Notario.—1
vez.—CE2014004677.—(IN2014068836).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 21 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Mascotas Saludables
Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.–Lic. Juan Manuel Ramírez
Villanea, Notario.—1 vez.—CE2014004678.—(IN2014068837).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 22 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Consulex Internacional
Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2014.–Lic. Francisco Enrique
Fonseca Monge, Notario.—1 vez.—CE2014004679.—(IN2014068838).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada LCA Crcondo Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.–Lic. Juan Manuel
Cordero Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2014004680.—(IN2014068839).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de julio
del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Prancing Pony Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2014.–Lic. Eitel
Eduardo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—CE2014004681.—(IN2014068840).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a María José Figueres
Sáenz, Zahyra Sáenz Vargas, Arturo Sáenz Vargas, Sergio Antonio Castro
Figueres, Johan Antonio Figueres Surroca, Julián Castro Figueres y el
licenciado José Eugenio Garrón Soto, todos con relación a la sociedad
denominada: Blanco y Negro Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-16811, que el
Registro de Personas Jurídicas dio apertura a un proceso de diligencia
administrativa de oficio por irregularidades en la reposición de libros de la
entidad y de la consecuente inscripción de un acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria, protocolizada y que ocupó las citas al tomo 2012,
asiento 75751 y del cual que se les confiere audiencia por un plazo de quince
días hábiles contados a partir del día siguiente al del recibido de la presente
resolución a efecto de que dentro del plazo antes indicado presenten los
alegatos que a los derechos de la entidad convenga. Se les previene que en el
acto de notificarles la represente resolución o dentro del tercer día deben
señalar lugar o medio para atender notificaciones de este despacho dentro del
perímetro de la ciudad de San José, así como lugar o medio para atender
notificaciones ante el Tribunal Registral Administrativo, dentro de su
perímetro en Montelimar, Goicoechea, bajo el apercibimiento de que si no lo
hacen las resoluciones que se dicten se le tendrán por notificadas veinticuatro
horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido
imposibilita la notificación por causas ajenas a este despacho o bien si el
lugar señalado no existe, permanece cerrado si la dirección es imprecisa,
incierta o inexistente. Todo lo anterior de conformidad con los artículos 92 y
siguientes del Reglamento del Registro Público, Decreto Ejecutivo número
26771-J y sus reformas, con los artículos 25 y 26 de la Ley de Procedimientos
de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual N° 8039 y con los
artículos 2 y 19 del Reglamento Operativo del Tribunal Registral
Administrativo, Decreto Ejecutivo número 35456-J. (Expediente RPJ-0012-2014),
publíquese por tres veces consecutivas en el diario oficial La Gaceta.—Curridabat,
29 de setiembre del 2014.—Lic. Kattia Vanessa Vega Ramírez, Asesora
Jurídica.—O. C. N° OC14-0019.—Solicitud N° 20572.—(IN2014065471).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
REGISTRO
INMOBILIARIO
Se hace saber al señor Arturo Zúñiga Ross, cédula 9-0005-802, en su
condición de apoderado de Condominios Flor del Este Uno Treinta y Cuatro
Celeste Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-326321, propietaria registral
de la finca del partido de San José 564732, al señor Ole Dahlerup Mengel,
cédula de residencia 720174221000, en calidad de deudor en documento bajos las citas tomo 521, asiento 4798 de la finca del
partido de San José 564731, a la señora Mercedes Cordero Fallas, en su
condición de apoderada de Inversiones Paitilla Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-223717, propietaria registral de la finca de San José 564731,
asimismo a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus
representantes legales, que por desconocerse
su domicilio exacto. I.- Que el Registro Inmobiliario ordenó la Apertura
de Diligencias Administrativas bajo el expediente 2011-1619-rim y por
resolución de las 09:00 horas del 22 de diciembre del
2011, se consignó advertencia administrativa sobre la finca de San José
564731, 564732 y sobre los planos catastrados SJ-971729-2005, SJ-971836-2005.
II.- Que mediante resolución de las 09:00 horas
del 22 de enero del 2012, se confirió audiencia a las partes, siendo
que fueron devueltos los sobres
certificados de Correos de Costa Rica
RR032161809CR, RR032161812CR, RR032161830CR
dirigidos a estas personas con la indicación “desconocido”, con el fin
de cumplir con el Debido Proceso y
por resolución de las 11:00
horas del 31 de marzo del año 2014, se
autorizó la publicación por única vez para conferirle audiencia a las personas
indicadas, contados a partir del día siguiente de la última publicación del
edicto en el diario oficial La Gaceta;
a efecto de que dentro del dicho término presente los alegatos que a sus
derechos convenga y se les previene que dentro de este término deben señalar
número de fax, medio electrónico, o casa u oficina, donde oír futuras
notificaciones de este despacho, conforme a los artículos 22 y 26 del
Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario que es Decreto Ejecutivo
N° 35509-J, en concordancia con los artículos 19 y 34 de la Ley de
Notificaciones Judiciales Ley N° 8687, bajo apercibimiento que de no cumplir
con lo anterior las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de
dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso,
incierto o ya no existiere conforme al artículo 27 del Reglamento de cita y al
artículo 11 de la Ley N° 8687. (Exp.2011-1619-RIM).—Curridabat, 31 de marzo del
2014.—Lic. Ruth Espinoza Miranda, Asesora Jurídica.—1 vez.—O. C. N°
OC14-0019.—Solicitud N° 20551.—(IN2014065470).
Se hace saber a
la señora Lehidy Yorleny Ramírez Araya, mayor, divorciada, cédula número
2-511-190, en su condición de propietaria registral del inmueble inscrito en el
Partido de Alajuela matrícula de folio real número 348288; que en este Registro
se iniciaron Diligencias de Gestión Administrativa según nota presentada ante
la Dirección del Registro Inmobiliario, por el Registrador N° 363 del Grupo 4,
Lic. Ronald Cerdas Alvarado, mediante la cual indica lo siguiente: “… existe un
error registral en cuanto al plazo de vencimiento de las limitaciones del IDA…
”. Y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido
proceso, por resolución de las once y treinta horas del once de Setiembre del
dos mil catorce, se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para
conferirle audiencia a la persona mencionada, por el término de quince días
contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario
Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presente los
alegatos que a sus derechos convenga, y se le previene que dentro del término
establecido para la audiencia, debe señalar facsímil o correo electrónico,
conforme el artículo 26 del Reglamento de Organización del Registro
Inmobiliario, que es Decreto Ejecutivo N° 35509-J, del 13 de setiembre,
publicado en La Gaceta N° 198, bajo apercibimiento, que de no cumplir
con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas
después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere
impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la
Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público N° 3883 de 30 de
mayo de 1967 y sus reformas, el artículo 11 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 vigente a esta fecha, en correlación con el artículo 185 del
Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia Exp. 2012-515-RIM).—Curridabat,
11 de setiembre del 2014.—Lic. Ólger Gerardo Camareno Angulo, Asesor
Jurídico.—1 vez.—O. C. Nº OC14-0019.—Solicitud Nº
19711.—C-Crédito.—(IN2014065561).
Se hace
saber a: Trino Agüero Garro, portador de
la cédula de identidad 1-468-455, en su condición de apoderado generalísimo de
la sociedad Eregu Jade Lila S. A., cédula de persona jurídica 3-101-326599, en
su condición de titular de la finca de Limón, 99243, así como parte interesada
en las Demandas Ordinarias que pesan sobre las fincas de Heredia, 99243, 163118
y 231737, con citas de inscripción 55-14392, 56720903, 553-16909, 572-55311,
577-7457, 800-178611, Carlos González, portado de la cédula de identidad
3-363-996, en su condición de titular de la finca de Heredia, 163118, así como
parte interesada en las Demandas Ordinarias que pesan sobre las fincas de Heredia,
99243, 163118 y 231737, inscritas con citas 553-16909, 577-7457, 800-178611,
Eladio Agüero Alfaro, portador de la cédula de identidad 1-454-546, como parte
interesada en las demandas ordinarias que pesan sobre las fincas de Heredia,
99243 y 163118, inscritas con citas 555-14392, 572-55311, que en este Registro
se ventila Diligencias Administrativas bajo expediente 2014-1020-RIM. Con el
objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por
resolución de las 10:00 horas del 22 de mayo del año 2014, se autorizó la
publicación por una vez de un edicto para conferirle audiencia a la sociedad
mencionada en la persona de su representante, por el término de quince días
contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el
Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término
presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Y se le previene que dentro
del término establecido para la audiencia, debe señalar medio, donde oír
futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos
22 y 26 del Reglamento Organizacional del Registro
Inmobiliario, Decreto Ejecutivo N° 35509-J; bajo apercibimiento de que, de no
cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro
horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado
fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 22 y 26
del Reglamento de la materia y 11 de la
Ley N° 8687 (que es Ley de Notificaciones Judiciales).
Notifíquese. (Ref. Exp. N° 2014-1020-RIM, Registro Inmobiliario).—Curridabat, 2
de octubre del 2014.—Lic. Joe Herrera Carvajal, Asesor Jurídico.—1 vez.—O. C.
Nº OC14-0019.—Solicitud Nº 20737.—C-Crédito.—(IN2014065565).
Se hace saber a
Marco Montealegre Escalante, cédula de identidad 1-0779-0654, en su calidad de
apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Agrícola la Garroba S.
A., cédula jurídica 3-101-034981, en su condición de titular registral de los
planos catastrados A-1021674-2005 y A-702556-1987 y a Francisco Medrano
Avellán, cédula de identidad 5-0139-0488, en su calidad de apoderado
generalísimo sin límite de suma de la sociedad Grupo Hipotecario de Valoresela
S. A., en su condición de arrendatario de la finca del Partido de Alajuela
151988, inscrito bajo las citas del diario tomo 453, asiento 12722, que en este
registro se iniciaron diligencias administrativas de oficio para investigar un
posible traslape de los planos A-1021674-2005, A-1304478-2008, A-1303948-2008,
A-702556-1987, A-14919-1973 que describe la finca 2-151988 y A-38281-1960 que
describe la finca 2-176317. En virtud de lo informado esta Asesoría mediante
resolución de las 14:00 horas del 20/08/2011, ordenó consignar advertencia
administrativa sobre los planos catastrados A-1021674-2005, A-1304478-2008 y
A-1303948-2008, ampliada mediante resolución de las 14:00 horas del 23/06/2014
en la cual se ordena consignar Advertencia Administrativa sobre las fincas
2-151988 y 2-176317 y sobre los planos A-702556-1987, A-14919-1973 y
A-38281-1960 y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del
debido proceso, por resolución de las 11:45 horas del 30/09/2014, se autorizó
la publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia a las
personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día
siguiente de la publicación del edicto en el diario oficial La Gaceta a
efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos
convenga y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia
debe señalar facsímil o en su defecto casa u oficina dentro de la ciudad de San
José donde oír notificaciones, conforme los artículos 93, 94 y 98 del Decreto
Ejecutivo 26771 que es el Reglamento del Registro Público, bajo apercibimiento
que de no cumplir con lo anterior las resoluciones se tendrán por notificadas
veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el
lugar señalado fuere impreciso incierto o ya no existiere conforme al artículo
20 y de la Ley 3883 Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público
y el artículo 11 de la Ley 8687 Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese.
(Referencia Expediente. 2011-0804-RIM).—Curridabat, 30 de setiembre del
2014.—Lic. Gabriela Montoya Dobles, Asesora Jurídica.—1 vez.—O. C. N°
OC14-0019.—Solicitud N° 20797.—(IN2014066685).
Se hace saber a
Crisia Lucía Segura Mora; cédula de identidad 1-1022-0349, en su condición de
titular registral de la finca del Partido de San José 589332, que en este Registro
se iniciaron Diligencias Administrativas de oficio, para investigar un posible
traslape de los planos catastrados SJ-1099793-2006 finca 1-598618 con los
planos SJ-1170887-2007 y SJ-1266438-2008 que describen las fincas 1-589332 y
1-273176 respectivamente y del plano SJ-931137-1990 finca 451541 con el plano
SJ-1092405-2006 que describe la finca 1-255023. En virtud de lo informado esta
Asesoría mediante resolución de las 10:00 horas del 21/06/2013, la cual se
amplió mediante resolución de las 10:00 horas del 15/07/2014, ordenó consignar
Advertencia Administrativa sobre las fincas del Partido de San José 451541,
598618, 255023, 589332 y 273176 y sobre los planos catastrados SJ-931137-1990,
SJ-1092405-2006, SJ-1099793-2006, SJ-1170887-2007 y SJ-1266438-2008 y con el
objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por
resolución de las 10:51 horas del 30/09/2014, se autorizó la publicación por
una única vez de un edicto para conferirle audiencia a las personas
mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día siguiente
de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de
que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convenga, y se le previene que dentro del término establecido
para la audiencia, debe señalar facsímil o en su defecto casa u oficina dentro
de la ciudad de San José donde oír notificaciones, conforme los artículos 93,
94 y 98 del Decreto Ejecutivo 26771 que es el Reglamento del Registro Público,
bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se
tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual
consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya
no existiere, conforme al artículo 20 y de la Ley 3883 Ley Sobre
Inscripción de Documentos en el Registro Público y el artículo 11 de la Ley
8687 Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. (Referencia Exp. Nº
2013-1396-RIM).—Curridabat, 30 de setiembre del 2014.—Lic. Gabriela Montoya
Dobles, Asesora Jurídica.—1 vez.—O. C. Nº OC14-0019.—Solicitud Nº
20798.—(IN2014065976).
Se hace saber a
Manuel Emilio Montero Anderson, cédula de identidad 1-0500-0541, en su calidad
de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Plaza Lanstrasse S.
A., cédula jurídica 3-101-478041 en su condición de fideicomitente de la finca
del Partido de San José 586651 y a Sergio Aurelio de Los Ángeles Jiménez
Jiménez, cédula de identidad 1-0644-0846, en su condición de propietario
registral de la finca del Partido de San José 102658, que en este Registro se
iniciaron Diligencias Administrativas de oficio, para investigar un posible
traslape total de las fincas del Partido de San José 586651 y 102658. En virtud
de lo informado esta Asesoría mediante resolución de las 08:36 horas del
10/04/2014, ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre las fincas del
Partido de San José 586651 y 102658 y con el objeto de cumplir con el principio
constitucional del debido proceso, por resolución de las 13:30 horas del
30/09/2014, se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para
conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día
siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a
efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos
convenga, y se le previene que dentro del término establecido para la
audiencia, debe señalar facsímil o en su defecto casa u oficina dentro de la
ciudad de San José donde oír notificaciones, conforme los artículos 93, 94 y 98
del Decreto Ejecutivo 26771 que es el Reglamento del Registro Público, bajo
apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán
por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se
producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no
existiere, conforme al artículo 20 y de la Ley 3883 Ley Sobre Inscripción de
Documentos en el Registro Público y el artículo 11 de la Ley 8687 Ley de
Notificaciones Judiciales. Notifíquese. (Referencia Exp. Nº
2009-0612-RIM).—Curridabat, 30 de setiembre del 2014.—Lic. Gabriela Montoya
Dobles, Asesora Jurídica.—1 vez.—O. C. Nº OC14-0019.—Solicitud Nº
20801.—(IN2014066010).
MUNICIPALIDAD
DE ESCAZÚ
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Secretaría Municipal de la
Municipalidad de Escazú, a las diez horas del primero de octubre del dos mil
catorce. No habiendo sido posible notificar a la persona jurídica Metrópoli
Real de Escazú Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-333391, en el
domicilio societario que consta en el Registro Nacional. Se hace saber a: Saul
Wigoda Taitelbaum, cédula de identidad 1-0549-0197, en su condición de
presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad
Metrópoli Real de Escazú Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
3-101-333391, que a través del acuerdo AC-228-14 del Concejo Municipal de
Escazú, se ha declarado de interés público el inmueble matricula de folio real,
San José 593411-000, notifíquese por medio de edicto los siguientes textos: les
comunico el acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de Escazú en la Sesión
Ordinaria 223, Acta 335 del 04 de agosto del 2014, que indica lo siguiente:
Considerandos:
1 Que
el contar con una propiedad donde se pueda habilitar para los vecinos de Bajo
Anonos el programa de nutrición de la población materno-infantil y el adecuado
desarrollo de la niñez que vive en condiciones de pobreza y/o riesgo social, ya
sea por medio de un CENCINAI o RED DE CUIDO. Es una de las metas de este
Gobierno Local de Escazú.
2 Que
según acuerdo AC-171-02-10 a la Ministra de Salud Licda. María Luisa Ávila se
le había solicitado la pronta habilitación de un CENC CINAI o CEN cerca de los
vecinos del Bajo Anonos, siendo que a la fecha el servicio no se ha reactivado.
3 Que
según acuerdo AC-396-09 se declaró de prioridad cantonal la localización de una
propiedad apta para la ubicación del CEN.
4 Que
de acuerdo al uso de suelo US-1063-2014 emitido por el proceso de Desarrollo
Territorial para la utilización de la propiedad según plano catastrado número
SJ-1250967-2008 para la construcción de un Centro de atención integral infantil
el uso es conforme.
5. Que de acuerdo al oficio
PDT-1583-14 del proceso de desarrollo territorial se trasladó el avaluó
PDT-1582-14 realizado a la propiedad SJ-125967-2008 donde se determina un valor
de ¢111.309.200,00.
6. Que
en el segundo presupuesto extraordinario 2014 se incluyeron recursos para
realizar la compra y expropiación por parte de esta Municipalidad del inmueble
en el sector de Barrio los Anonos.
Acuerdo
AC-228-14: “Se acuerda: con dispensa de trámite de
comisión: Con fundamento en las disposiciones de los artículos 11 y169 de la
Constitución Política; 11, 12 y 13 de la Ley General de la Administración
Pública; los artículos 13 incisos a) y e), 17 inciso d), l) y n) del Código
Municipal y 1º, 18, 19, 20, siguientes y concordantes de la Ley de
Expropiaciones número 7495 del 3 de mayo de 1995, reformada por Ley No. 7757
del 10 de marzo de 1998 y siguiendo las recomendaciones contenidas AL-1099
-2014 suscrito por el alcalde municipal Arnoldo Barahona y la vicealcaldesa
Luisiana Toledo, oficio PDT-1583-14, las cuales hace suyas este Concejo y las
toma como fundamento de esta decisión, acuerda: PRIMERO: se declara de interés
público para su expropiación el inmueble inscrito en el Registro Público,
Partido de San José, con matrícula de folio real número 593411-000, plano
catastro 11250967-2008 con área de 1.696,90m2 que es propiedad
actualmente de la empresa denominada: “Metrópoli Real de Escazú S. A.”, con
cédula jurídica 3-101-333391, de la provincia de San José, Cantón Escazú,
distrito San Rafael que colinda al norte can Calle Publica, al sur con Carlos
Saborío, Jirasa, Ángela Hohmarster, al este con Santa Bárbara S. A. y al oeste
con calle pública, por las siguientes razones que lo justifican: a).-Que en la
zona del Bajo de Los Anonos habita una gran cantidad de población que vive en
situación de hacinamiento y precariedad. b) Que desde el año 2010 el servicio
del CEN CINAI para los vecinos y vecinas del Bajo Anonos fue suspendido sin que
a la fecha se haya resuelto. c).-Que en la actualidad esta población no cuenta
con el servicio de un Centro de atención Integral Infantil ya sea CENCINAI o
Centro Diurno para niños y niñas CECUDI. d) Que la población que habita en el
Bajo Anonos son aproximadamente 600 familias, las cuales cuenta por lo menos un
menor de edad. e) Que los vecinos y vecinas de Bajo Anonos no cuenta con un Centro
de atención Integral Infantil (CENCINAI o CECUDI), ni con áreas recreativas en
zona segura ni salón comunal. SEGUNDO: dicho inmueble se destinará a la
construcción de un CENCINAI o CECUDI y áreas recreativas-deportivas. TERCERO:
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley de 41
Expropiaciones vigente, se solicita al Registro Público de la Propiedad
Inmueble, se sirva efectuar la anotación provisional respectiva, sobre el
inmueble anteriormente mencionado, inscrito en el Registro Público, Partido de
San José, con matrícula de folio real número 593411-000, plano catastro
11250967-2008 con área de 1.696,90 m2 que es propiedad actualmente
de la empresa denominada: “Metrópoli Real de Escazú S. A.”, con cedula jurídica
3-101-333391, de la provincia de San José, cantón Escazú, distrito San Rafael.
CUARTO: publíquese este acuerdo en el diario oficial La Gaceta, para
todos los efectos legales pertinentes. Notifíquese este acuerdo al señor
representante legal de la sociedad dueña del inmueble: “Metrópoli Real de
Escazú S. A.” Notifíquese este acuerdo al señor Alcalde Municipal en su
despacho, para lo de su cargo”. Declarado definitivamente aprobado.
Asimismo se le
informa que dichos documentos se encuentran en esta Secretaría Municipal a su
entera disposición. Publíquese por tres veces consecutivas.—Secretaría
Municipal.—Ana Parrini Degl Saavedra, Secretaria.—O. C. N° 33972.—Solicitud N°
20670.—(IN2014065204).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
MACROPROCESO
INGENIERÍA Y OBRAS
PROCESO
DESARROLLO TERRITORIAL
El Macroproceso de Ingeniería y Obras,
Proceso de Desarrollo Territorial mediante notificación por edicto por primera
vez comunica: De conformidad con el artículo 13 de la Ley de Notificaciones
Judiciales y el artículo Nº. 241 de la Ley General de la Administración
Pública, se procede con el siguiente comunicado a las personas que se detalla,
se notifica por edicto por primera vez.
De conformidad con el artículo 93 de
la Ley de Construcciones, se concede un primer plazo improrrogable de 30 días
hábiles contados a partir del día siguiente de la presente comunicación, para
que se tramite la licencia de construcción que corresponde a la consolidación
de una vivienda de dos niveles desarrollada sin licencia en el predio
identificado con el plano de catastro Nº SJ-77786-1992 y la matrícula Nº
1-129307 derechos según listado, adjunto, so pena de que en caso de
incumplimiento, este Municipio estará facultado para proceder con la
comunicación de los artículos 94 y siguientes del mismo cuerpo normativo.
De conformidad con el artículo Nº 11
de la Ley de Notificaciones Judiciales y para posibles escritos, consultas o
gestiones de cualquier tipo de parte de cualquiera de los notificados, deberá
consignarse lugar o medio para atender notificaciones obligatoriamente.—Lic. Ana
Parrini Degl Saavedra, Secretaria Municipal.—1 vez.—O. C. Nº 33972.—Solicitud Nº 20770.—(IN2014065925).
El Macroproceso
de Ingeniería y Obras, Proceso de Desarrollo Territorial mediante notificación
por edicto por segunda vez comunica: De conformidad con el artículo 13
de la Ley de Notificaciones Judiciales y el artículo Nº 241 de la Ley General
de la Administración Pública, se procede con el siguiente comunicado a las
personas que se detalla, según notificación por edicto de segunda vez.
De conformidad con el artículo 93 de
la Ley de Construcciones, se concede un primer plazo improrrogable de 30 días
hábiles contados a partir del día siguiente de la presente comunicación, para
que se tramite la licencia de construcción que corresponde a la consolidación
de dos módulos de viviendas desarrolladas sin licencia en el predio
identificado con el plano de catastro Nº SJ-278146-1977 y la matrícula Nº
1-010390 derechos según listado, adjunto, so pena de que en caso de
incumplimiento, este Municipio estará facultado para proceder con la
comunicación de los artículos 94 y siguientes del mismo cuerpo normativo.
De conformidad con el artículo Nº 11
de la Ley de Notificaciones Judiciales y para posibles escritos, consultas o
gestiones de cualquier tipo de parte de cualquiera de los Notificados, deberá
consignarse lugar o medio para atender notificaciones obligatoriamente.—Lic.
Ana Parrini Degl Saavedra, Secretaria Municipal.—1 vez.—O. C. Nº 33972.—Solicitud Nº 20772.—(IN2014065964).
El Macroproceso
de Ingeniería y Obras, Proceso de Desarrollo Territorial mediante notificación
por edicto por tercera vez comunica: De conformidad con el artículo 13
de la Ley de Notificaciones Judiciales y el artículo Nº 241 de la Ley General
de la Administración Pública, se procede con el siguiente comunicado a las
personas que se detalla.
De conformidad con el artículo 93 de
la Ley de Construcciones, se concede un primer plazo improrrogable de 30 días
hábiles contados a partir del día siguiente de la presente comunicación, para
que se tramite la licencia de construcción que corresponde a la casa de
habitación desarrollada sin licencia en el predio identificado con el plano de
catastro Nº SJ-961748-1991 y la matrícula Nº 1-030845 derechos según listado,
adjunto, so pena de que en caso de incumplimiento, este Municipio estará
facultado para proceder con la comunicación de los artículos 94 y siguientes
del mismo cuerpo normativo.
De conformidad con el artículo Nº 11
de la Ley de Notificaciones Judiciales y para posibles escritos, consultas o
gestiones de cualquier tipo de parte de cualquiera de los Notificados, deberá
consignarse lugar o medio para atender notificaciones obligatoriamente.—Lic.
Ana Parrini Degl Saavedra, Secretaria Municipal.—1 vez.—O. C. Nº
33972.—Solicitud Nº 20771.—(IN2014065967).
El Macroproceso
de Ingeniería y Obras, Proceso de Desarrollo Territorial mediante notificación
por edicto por segunda vez comunica: De conformidad con el artículo 13
de la Ley de Notificaciones Judiciales y el artículo Nº 241 de la Ley General
de la Administración Pública, se procede con el siguiente comunicado a las
personas que se detalla.
De conformidad con el artículo 93 de
la Ley de Construcciones, se concede un primer plazo improrrogable de 30 días
hábiles contados a partir del día siguiente de la presente comunicación, para
que se tramite la licencia de construcción que corresponde a la construcción de
dos viviendas una de un nivel y otra de dos niveles desarrolladas sin licencia
en el predio identificado con el plano de catastro Nº SJ-387129-1980 y la
matrícula Nº 1-027643 derechos según listado, adjunto, so pena de que en caso
de incumplimiento, este Municipio estará facultado para proceder con la
comunicación de los artículos 94 y siguientes del mismo cuerpo normativo.
De conformidad con el artículo Nº 11
de la Ley de Notificaciones Judiciales y para posibles escritos, consultas o
gestiones de cualquier tipo de parte de cualquiera de los Notificados, deberá
consignarse lugar o medio para atender notificaciones obligatoriamente.—Lic.
Ana Parrini Degl Saavedra, Secretaria Municipal.—1 vez.—O. C. Nº
33972.—Solicitud Nº 20773.—(IN2014065971).
MUNICIPALIDAD DE ATENAS
UNIDAD
DE GESTIÓN TRIBUTARIA
La Municipalidad de Atenas, en virtud de que no se
tiene registrado un domicilio fiscal donde notificar la actuación de la
Administración o bien porque no se encontró a nadie en el lugar, procede a
notificar por este medio los avalúos realizados a los propietarios de los bienes
inmuebles que a continuación se indican:
Apellidos y nombre o razón social |
N°
de cédula |
N°
de finca |
N°
de avalúo |
Valor
terreno |
Valor
construcción |
Valor
total |
Inversiones Benavides Asociados S. A. |
3-101- 440808 |
420172 |
177-2013-420172 |
107.432.832 |
0.00 |
107.432.832 |
Inversiones Benavides Asociados S. A. |
3-101-440808 |
420174 |
180-2013-420174 |
16.573.024 |
0.00 |
16.573.024 |
Inversiones Benavides Asociados S. A. |
3-101-446808 |
420174 |
179-2013-427621 |
16.582.959 |
0.00 |
16.582.959 |
Paul Bleijenberg |
742128111446 |
342460 |
168-2013-342460 |
45.250.717 |
0.00 |
45.250.717 |
Aida Lorena Herrera Valverde |
1-0525-0326 |
405934 |
175-2013-405934-002 |
15.148.570 |
500.697 |
15.649.268 |
Juan Carlos Díaz Chaves |
1-0492-0593 |
405934 |
175-2013-405934-001 |
15.148.570 |
500.697 |
16.649.268 |
3-101-600825 S. A. |
3-101-600825 |
389731 |
169-2013-389731 |
41.996.809 |
4.731.991 |
46.728.801 |
MarceLopez de Costa Rica |
3-101-260255 |
351657 |
172-2013-351657 |
30.930.017 |
0.00 |
30.930.017 |
Paysage D’Hiver S. A. |
3-101-536507 |
445626 |
074-2013-445626 |
64.644.210 |
0.00 |
64.644.210 |
Ericka María Arias Cordero |
1-0985-0327 |
413976 |
028-2013-413976 |
36.166.500 |
0.00 |
36.166.500 |
Inmobiliaria Ravipohe GMBH S. A. |
3-101-401793 |
409321 |
006-2013-409321 |
14.976.150 |
0.00 |
14.976.150 |
Inmobiliaria Ravipohe GMBH S. A. |
3-101-401793 |
409322 |
007-2013-409322 |
33.011.835 |
0.00 |
33.011.835 |
Espace de Bonheur S. A. |
3-101-405967 |
414653 |
049-2013-414653 |
39.766.536 |
0.00 |
39.766.536 |
Alfalaval dos mil S. A. |
3-101-460505 |
441776 |
001-2013-441776 |
42.951.480 |
0.00 |
42.951.480 |
3-101-520438 S. A. |
3-101-520438 |
435957 |
191-2013-435957 |
26.229.632 |
0.00 |
26.229.632 |
3-101-520442 S. A. |
3-101-520438 |
435961 |
195-2013-435961 |
26.030.400 |
0.00 |
26.030.400 |
Altagracia Chavarría Villegas |
2-0276-1452 |
435959 |
193-2013-435959-003 |
13.144.944 |
726.229 |
13.871.173 |
3-101-520441 S. A. |
3-101-520441 |
535960 |
194-2013-535960 |
26.215.128 |
0.00 |
26.215.128 |
Rosibel Chavarría Villegas |
2-0335-0868 |
435959 |
193-2013-435959-004 |
13.144.944 |
726.229 |
13.871.173 |
3-101-520437 S. A. |
3-101-520437 |
435956 |
190-2013-435956 |
28.717.248 |
0.00 |
28.717.248 |
3-101-520436 S. A. |
3-101-520436 |
435955 |
189-2013-435955 |
28.515.168 |
0.00 |
28.515.168 |
Eddy Andrés Chaves Alvarado |
1-1107-0887 |
435949 |
184-2013-435949 |
25.481.520 |
0.00 |
25.481.520 |
Olayma Car S. A. |
3-101-467589 |
247449 |
182-2013-247449 |
24.202.464 |
0.00 |
24.202.464 |
Spring Landing S. A. |
3-101-312280 |
354292 |
225-2013-354292 |
59.194.863 |
0.00 |
59.194.863 |
Mario Alberto Bohorquez |
1-5337-7709 |
141208 |
220-2013-141208-001 |
39.649.297 |
0.00 |
39.649.297 |
Sandra Lilliana Reyes |
1-5894-6042 |
141208 |
220-2013-141208-002 |
39.649.297 |
0.00 |
39.649.297 |
Valhalla Propiedades S. A. |
3-101-590949 |
489304 |
224-2013-489304 |
83.025.019 |
0.00 |
83.025.019 |
Escarlen María Ray |
134892174 |
354583 |
217-2013-354283-002 |
39.633.746 |
0.00 |
39.633.746 |
John Michael Ray |
205475708 |
354283 |
217-2013-354283-001 |
39.633.746 |
0.00 |
39.633.746 |
Kevin Franklin Woodard |
054928864 |
354285 |
218-2013-354285 |
90.104.414 |
0.00 |
90.104.414 |
Ronald Gustavo Carvajal Coto |
1-0528-0658 |
354286 |
219-2013-354286-001 |
49.687.034 |
0.00 |
49.687.034 |
Julie Carvajal |
27238679 |
354586 |
219-2013-354286-002 |
49.687.034 |
0.00 |
49.687.034 |
Fosfobox Atenas Ltda |
3-102-577750 |
294217 |
128-2013-294217 |
114.500.232 |
82.703.796 |
197.203.796 |
3-101-552379 S. A. |
3-101-552379 |
348931 |
105-2013-348931 |
67.770.297 |
165.749.119 |
233.519.416 |
Rhizomes Curcuma S. A. |
3-101-465013 |
448456 |
231.2013-448456 |
97.421.940 |
0.00 |
97.421.940 |
Villa Cala de Atenas Siete S. A. |
3-101-435961 |
405146 |
232-2013-405146 |
52.537.989 |
0.00 |
52.537.989 |
Bronze Bamana S. A. |
3-101-435157 |
428682 |
240-2013-428682 |
41.967.569 |
346.721 |
42.314.290 |
Calathea Barlemaxii S. A. |
3-101-437583 |
428684 |
242-2013-428684 |
95.456.982 |
791.955 |
96.248.938 |
Hacienda Proteas S. A. |
3-101-450527 |
426586 |
254-2013-426586 |
52.955.296 |
777.527 |
53.732.824 |
Cheyenne CR. Investment Holdings Ltda |
3-102-483784 |
449326 |
255-2013-449326 |
40.675.770 |
40.675.770 |
|
Miscanthus S. A. |
3-101-437591 |
428692 |
250-2013-428692 |
103.777.181 |
1.004.273 |
104.781.455 |
Las ilusiones de Arboles del Amanecer
S. A. |
3-101-441047 |
428689 |
200-2013-428689 |
81.431.536 |
0.00 |
81.431.536 |
Hacienda Heliconia S. A. |
3-101-459510 |
426593 |
214-2013-426593 |
72.303.624 |
0.00 |
72.303.624 |
Hacienda Kalanchoe S. A. |
3-101-458885 |
427033 |
213-2013-427033 |
81.270.514 |
0.00 |
81.270.514 |
Royal Ruby S. A. |
3-101-435606 |
428700 |
211-2013-428700 |
74.353.206 |
0.00 |
74.353.206 |
Bromiliad S. A. |
3-101-450517 |
427023 |
205-2013-427023 |
49.413.142 |
0.00 |
49.413.142 |
Hacienda Gladiolas |
3-101-450867 |
426594 |
201-2013-426594 |
82.858.812 |
0.00 |
82.858.812 |
Vista Atenas Cicuenta y Siete S. A |
3-101-165747 |
294214 |
159-2013-294214 |
325.922.685 |
0.00 |
325.922.685 |
Las Llaves del Paraíso S. A. |
3-101-551369 |
420382 |
155-2013-420382 |
40.908.735 |
0.00 |
40.908.735 |
La Vela Alta Ltda |
3-102-577789 |
402334 |
163-2013-402334 |
53.467.128 |
0.00 |
53.467.128 |
Valclusa Varenas S.A |
3-101-204420 |
384673 |
157-2013-384673 |
78.744.015 |
0.00 |
78.744.015 |
Inversiones Benavides Garita Asociados
S. A. |
3-101-440808 |
420173 |
178-2013-420173 |
38.492.105 |
0.00 |
38.492.105 |
Vista Atenas Sesenta y Cuatro S. A. |
3-101-166685 |
294221 |
132-2013-294221 |
255.606.224 |
0.00 |
255.606.224 |
Vista Atenas Treinta y Dos S. A. |
3-101-165589 |
294199 |
115-2013-294199 |
161.218.255 |
0.00 |
161.218.255 |
Vista Atenas Cincuenta y Seis S. A. |
3-101-165746 |
294213 |
124-2013-294213 |
89.425.326 |
0.00 |
89.425.326 |
Inversiones Radima S. A. |
3-101-186253 |
294252 |
141-2013-294252 |
63.879.786 |
0.00 |
63.879.786 |
Sociedad Usuarios de Aguas Vista
Atenas |
3-107-316007 |
294168 |
095-2013-294168 |
22.802.292 |
0.00 |
22.802.292 |
Corporación Nani S. A. |
3-101-153917 |
294179 |
103-2013-294179 |
66.881.637 |
0.00 |
66.881.637 |
Vista Atenas Sesenta y Cinco S.A |
3-101-165962 |
351544 |
113-2013-351544 |
129.854.584 |
0.00 |
129.854.584 |
Representaciones Turísticas Mundiales
RTM S. A. |
3-101-058695 |
294249 |
136-2013-294249 |
56.678.400 |
0.00 |
56.678.400 |
Fantaisies Du Sud S. A. |
3-101-522401 |
446463 |
078-2013-446463 |
45.614.874 |
141.603.820 |
187.218.695 |
Dina Arali Loaciga Palma |
6-0295-0286 |
456467 |
291-2013-456467 |
12.727.616 |
21.302.190 |
34.029.806 |
Gersan Raimundo de Jesús Alvarado
Chaves |
2-0376-0055 |
216697 |
302-2013-216697 |
11.787.192 |
22.950.816 |
34.738.008 |
La Aguacatala Treinta S. A. |
3-101-322813 |
422972 |
170-2013-422972 |
32.140.750 |
94.732.478 |
126.873.229 |
Gert Holscher |
C3JGMTJ2L |
426595 |
202-2013-426595 |
55.129.211 |
0.00 |
55.129.211 |
Inversiones LJS de Jacó S.A. |
3-101-267710 |
294176 |
156-2013-294176 |
56.560.050 |
45.240.120 |
101.800.170 |
Alfaval Dos mil S. A. |
3-101-460505 |
415292 |
046-2013-415292 |
58.951.322 |
159.650.935 |
218.602.258 |
La Bonne Paix S. A. |
3-101-404766 |
417507 |
043-2013-417507 |
65.043.638 |
136.410.440 |
201.454.079 |
Jorge Antonio Ureña Bogantes |
3-0277-1266 |
294265 |
148-2013-294265 |
43.659.405 |
0.00 |
43.659.405 |
3-101-520433 S. A. |
3-101-520433 |
435952 |
187-2013-435952 |
25.608.240 |
62.241.790 |
87.850.030 |
Banco Crédito Agrícola de Cartago |
4-000-001128 |
294210 |
123-2013-294210 |
70.523.902 |
358.650.355 |
429.174.257 |
Gabriela Barrantes Jiménez |
1-0875-0344 |
444136 |
301-2013-444136 |
71.752.598 |
0.00 |
71.752.598 |
Juan Enrique Salazar Guerrero |
2-0469-0511 |
453177 |
300-2013-453177 |
39.253.677 |
0.00 |
39.253.677 |
Juan Enrique Salazar Guerrero |
2-0469-0511 |
453043 |
299-2013-453043 |
88.585.693 |
115.871.897 |
204.457.590 |
Scotiabank de CR S. A |
3-101-046536 |
448930 |
235-448930 |
97.667.235 |
134.769.301 |
232.436.537 |
Management y Escrow Legal BSG S. A. |
3-101-567350 |
426582 |
249-2013-426582 |
96.533.837 |
56.957.856 |
153.491.693 |
Dora Elia Gutiérrez |
208524291 |
405140-001 |
259-2013-405140-001 |
65.676.992 |
135.265.184 |
100.471.088 |
Alexandro Gutiérrez |
208516923 |
405140-002 |
259-2013-405140-002 |
65.676.992 |
135.265.184 |
100.471.088 |
Luisa María Rodríguez Sandoval |
2-0277-0559 |
206762 |
226-2013-206762 |
68.836.778 |
66.343.317 |
135.180.095 |
Thomas Patrick Retreat S.A. |
3-101-485247 |
390143 |
139-2013-390143 |
28.065.937 |
32.843.244 |
60.909.181 |
Philippe Jean Pierre Grau |
04CH64999 |
294204 |
120-2013-294204 |
175.947.307 |
78.411.781 |
254.359.089 |
Pájaro de Fuero S. A. |
3-101-433829 |
420848 |
244-2013-420848 |
45.766.038 |
87.445.901 |
133.211.939 |
RR y GG Treinta y Tres Ltda |
3-102-575400 |
294200 |
116-2013-294200 |
178.601.641 |
0.00 |
178.601.641 |
Vista Atenas Treinta y Cuatro S. A. |
3-101-165591 |
294201 |
117-2013-294201 |
218.429.939 |
240.828.238 |
459.258.178 |
Magic Mountains of Monkeys S. A. |
3-101-388212 |
354991 |
161-2013-354991 |
48.829.680 |
134.416.382 |
183.246.062 |
Lo anterior en cumplimiento del
artículo 137, inciso d, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y la
Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, así como
la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles y su Reglamento, Ley 7509.
Los propietarios dispondrán de un
plazo de quince días hábiles, contados a partir del tercer día hábil de la
presente publicación para presentar formal recurso de revocatoria ante la
Oficina de Valoración de esta Municipalidad. Asimismo se les hace saber que
deben señalar un lugar para futuras notificaciones, caso contrario, las
resoluciones que recaigan quedan en firme, 24 horas después de dictadas.
Publíquese.
Atenas, setiembre
del 2014.—Lic. Alejandro Chaves Suárez, Proveedor.—Ing. Jorge Cordero
Fernández, Oficina de Valoración.—1 vez.—(IN2014066586).
En El Alcance Digital Nº 58 a La
Gaceta N° 202 del 21 de octubre del
2014, se publicó el Decreto Ejecutivo N° 38578-MOPT; el mismo salió de la
siguiente forma:
“Artículo 2: Rige a partir de su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la
Presidencia de la República a los_____ días
del mes de ______ del dos mil catorce”
Siendo lo correcto así:
“Artículo 2: Rige a partir de su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la
Presidencia de la República a los 25
días del mes de 06 del dos mil
catorce”
Todo lo demás queda igual.
La Uruca, San José, octubre del 2014.—
Jorge Vargas Espinoza, Director General de la Imprenta Nacional.—1
vez.—(IN2014072257).