LA GACETA N° 220 DEL 14 DE NOVIEMBRE DEL 2014
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
UNIVERSIDAD ESTATAL A
DISTANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORIA MUNICIPAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
Nº
0010-2014 SE-RE
LA
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140,
inciso 12, y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; el
artículo 5 y 19 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y el
artículo 44 y 45, inciso b, del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de
la República,
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 0273-2012
SE-RE, del 20 de noviembre del 2012, se nombró a la señora Adriana Solano
Laclé, cédula de identidad 1-0889-0158, en el cargo de Ministra Consejera y
Cónsul en la Embajada de Costa Rica en Singapur, a partir del 1° de diciembre
del año 2012.
II.—El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
considera pertinente aceptar la solicitud de rotación de la señora Adriana
Solano Laclé, a partir del 01 de junio del 2014. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar
a la funcionaria de carrera diplomática, la señora Adriana Solano Laclé, cédula
de identidad 1-0889-0158, en el cargo de Ministra Consejera y Cónsul en la
Embajada de Costa Rica en Singapur, a ocupar un puesto en el Servicio Interno
del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a partir del 01 de junio de
2014.
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de junio del 2014.
Dado en la Presidencia de la
República, al quinto día del mes de febrero de dos mil catorce.
LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Enrique Castillo
Barrantes.—1 vez.— O. C. N° 22950.—Solicitud N° 5113.—C-25570.—(IN2014075132).
Nº
0014-14 SE
LA
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo 140,
incisos 8) y 12), y el artículo 146 de la Constitución Política de la República
de Costa Rica y en el artículo 28, párrafos 1) y 2), inciso a) de la Ley
General de la Administración Pública,
Considerando:
I.—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo
Nº 0150-2013 SE-RE del 31 de julio de 2013, se nombró a la funcionaria de
carrera diplomática Estela Blanco Solís, cédula 1-0521-0945 en el cargo de
Ministra Consejera, Representante Permanente Alterna ante los Organismos de las
Naciones Unidas en Roma, Italia.
II.—Que es necesario modificar
el cargo diplomático señalado en el artículo primero del Acuerdo Ejecutivo Nº
0150-2013 SE-RE del 31 de julio de 2013, toda vez que el cargo de la señora
Blanco Solís es el de Ministro Consejero, ante la Santa Sede y Representante
Alterna ante los Organismos de Naciones Unidas en Roma, Italia. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo
1º—Modificar el artículo primero del Acuerdo Ejecutivo Nº 0150-2013 SE-RE del
31 de julio de 2013, para que en adelante se lea:
“Artículo 1º—Rotar a la funcionaria de
carrera diplomática, la señora Estela Blanco Solís, cédula 1-0521-0945, de su
cargo en el Servicio Interno al cargo de Ministro Consejero, ante la Santa Sede
y Representante Alterna ante los Organismos de Naciones Unidas en Roma, Italia,
a partir del 15 de agosto del 2013.”
Artículo 2º—Rige a partir del 15
agosto de 2013.
Dado en la Presidencia de la
República, a los catorce días del mes de febrero de dos mil catorce.
LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í., Luis Fernando
Salazar Alvarado.—1 vez.— O. C. N° 22950.—Solicitud N°
5113.—C-29520.—(IN2014075135).
Nº
0025-2014-SE-RE
LA
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos
140, inciso 12, y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica
y los artículos 18 y 19 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y el
artículo 41 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Considerando:
I.—Que mediante el Concurso para el Servicio Exterior
de la República, número CCSE-0030-14 del 31 de enero de 2014, se sacó a
concurso la plaza de Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa
Rica en Singapur.
II.—Que
el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto acoge la recomendación de la
Comisión Calificadora del Servicio Exterior emitida mediante Oficio Nº
CCSE-0049-2014 del 27 de febrero de 2014, referente a la asignación del cargo
de Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en Singapur,
al señor Alfonso Enrique Murillo Fallas, cédula de identidad número
4-0128-0435, funcionario de carrera diplomática. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar al funcionario de carrera
diplomática, al señor Alfonso Enrique Murillo Fallas, cédula de identidad
número 4-0128-0435, de su cargo en el Servicio Interno al cargo de Consejero
con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en Singapur, a partir del
01 de junio de 2014.
Artículo 2º—La persona designada en este cargo debe
asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que
deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del
Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo
3º—Rige a partir del 01 de junio de 2014.
Dado en la Presidencia de la República, el dieciocho
de marzo del dos mil catorce.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Enrique Castillo Barrantes.—1 vez.—
O. C. N° 22950.—Solicitud N° 5113.—C-31910.—(IN2014075136).
N°
0027-2014-SE-RE
LA
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad
con los artículos 140, inciso 12, y 146 de la Constitución Política de la
República de Costa Rica y los artículos 18 y 19 del Estatuto del Servicio
Exterior de la República y el artículo 41 del Reglamento al Estatuto del
Servicio Exterior de la República.
Considerando:
I.—Que mediante el Concurso para el
Servicio Exterior de la República, Número CCSE-0030-14 del 31 de enero de 2014,
se sacó a concurso la plaza de Ministro Consejero con funciones consulares en
la Embajada de Costa Rica en Chile.
II.—Que el señor Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto acoge la recomendación de la Comisión
Calificadora del Servicio Exterior emitida mediante Oficio Nº CCSE-0041-2014
del 20 de febrero de 2014, referente a la asignación del cargo de Ministro
Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en Chile, a la
señora Ana Elena Pinto Lizano, cédula de identidad número 1-1018-0648,
funcionaria de carrera diplomática. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Trasladar
a la funcionaria de carrera diplomática, la señora Ana Elena Pinto Lizano,
cédula de identidad número 1-1018-0648, de su cargo de Ministro Consejero en la
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
al cargo de Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa
Rica en Chile, a partir del 1º de mayo de 2014.
Artículo 2º—La persona
designada en este cargo debe asumir funciones en un plazo máximo de 60 días
naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva,
ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir del 1º de mayo de 2014.
Dado en la Presidencia de la
República, el diecinueve de marzo del dos mil catorce.
LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Enrique Castillo
Barrantes.—1 vez.— O. C. N° 22950.—Solicitud N° 5113.—C-33530.—(IN2014075137).
N°
0028-2014 SE-RE
LA
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos
140, inciso 12, y 146 de la Constitución Política de la República de Costa
Rica; el artículo 19 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y el
artículo 44 y 45, inciso b, del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de
la República,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar a la
funcionaria de carrera diplomática, señora Flora Leah Venegas Corrales, cédula
1-939-366, del cargo de Cónsul en el Consulado de Costa Rica en David, Panamá,
para ocupar un puesto en el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo
2º—Rige a partir del 30 de abril del 2014.
Dado en la Presidencia de la República, a los veinte
días del mes de marzo de dos mil catorce.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Enrique Castillo Barrantes.—1 vez.—
O. C. N° 22950.—Solicitud N° 5113.—C-16070.—(IN2014075139).
Res. N° 1552-2014-MEP.—San José, a las once horas
con veintiséis minutos del cinco de junio del dos mil catorce.
Se conoce solicitud formulada
por la señora Ofelia Badilla Solís, mayor, religiosa, cédula de identidad N°
1-0173-0783, en su condición de representante legal de la Asociación Hogar del
Inmaculado Corazón de María, con número de cédula jurídica 3-002-581432, y
encargada del Centro Educativo Asociación Hogar del Inmaculado Corazón de
María, de conformidad con lo que establece el Decreto N° 24017-MEP,
(Reglamento sobre Centros Docentes Privados, del nueve de febrero del año mil
novecientos noventa y cinco), para la oficialización, reconocimiento,
equiparación, certificación y acreditación de los niveles de Ciclo Materno
Infantil Interactivo II y Ciclo de Transición (Educación Preescolar) en el
Centro Educativo denominado Asociación Hogar del Inmaculado Corazón de María).
Resultando:
I.—Que mediante escrito del día 10 de
marzo del 2014, la señora Ofelia Badilla Solís, presentó formal solicitud para
la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación
de los niveles de Ciclo Materno Infantil Interactivo II y Ciclo de Transición
(Educación Preescolar), impartidos en el Centro Educativo Asociación Hogar del
Inmaculado Corazón de María, situado en la provincia de San José, en el cantón
de Alajuelita, distrito San Felipe, 600 metros al norte de Riteve. (Vista a
folio 124 del expediente administrativo).
II.—Que la señora Ofelia Badilla Solís, de calidades
citadas, mediante solicitud N° 2014-0001613, promovió ante el Registro Público
de la Propiedad Industrial del Registro Nacional de la República de Costa Rica,
la inscripción de marca de servicios del Centro Educativo Asociación Hogar
del Inmaculado Corazón de María, quedando inscrita a partir del veintisiete
de mayo del dos mil catorce, con registro N° 236034, para proteger un
establecimiento comercial, dedicado a educación y cuido de niños. (Folio 136
del expediente administrativo).
III.—La Dirección Regional de Educación de San José
Central, mediante oficio DRSJ-DSAF-0144-2014, de fecha 19 de marzo del 2014,
emite informe de Visita de Inspección, efectuado en el Centro Educativo
denominado Asociación Hogar del Inmaculado Corazón de María, indicando que
cumple positivamente con los requerimientos establecidos. Todo ello, de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 7° del Decreto Ejecutivo N°
24017-MEP (Reglamento sobre Centros Docentes Privados). (Folio 97).
IV.—El Departamento de
Investigación y Desarrollo de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento
Educativo, del Ministerio de Educación Pública, mediante oficio
DIEE-DID-052-2014 del 18 de febrero del 2014, indica: “…Para que proceda
según corresponda, hago de su conocimiento que las INSTALACIONES FÍSICAS del
Centro Educativo Asociación Hogar Inmaculado Corazón de María; fueron aprobadas
el presente día, ya que las mismas cumplen con lo indicado en los planos
presentados a esta Dirección y aprobados según oficios: DIEE-DID-022-14 de
fecha 23 de enero del 2014 y con los requisitos estipulados por el Código
Urbano (Decreto Ley de Construcciones del INVU) y la Ley N° 7600”. (Folio
99 del expediente administrativo).
V.—El Departamento de Centros Docentes Privados,
realizó el estudio de la documentación presentada que corresponde al Plan de
Estudios, Programas, Calendario Escolar, distribución Horaria Semanal, Normas
de Evaluación del Aprendizaje y Normas de Promoción, Nómina de Autoridades
Docentes Institucionales y Nómina de Personal Docente y mediante oficio
DEP-443-03-14, del 21 de marzo del 2014, remitió a la Dirección de Asuntos
Jurídicos del Ministerio de Educación Pública la solicitud, para el
procedimiento correspondiente de oficialización, reconocimiento, equiparación,
certificación y acreditación de los niveles de Ciclo Materno Infantil
Interactivo II y Ciclo de Transición (Educación Preescolar), impartidos en el
Centro Educativo Asociación Hogar del Inmaculado Corazón de María, indicando
que la solicitud cumple con los requisitos establecidos en los artículos 5° y
6° del Decreto N° 24017-MEP, (Reglamento sobre Centros Docentes Privados, del
nueve de febrero del año mil novecientos noventa y cinco). (Folios 126 al 134
del expediente administrativo).
Considerando
único:
La solicitud presentada por la señora
Ofelia Badilla Solís, en su condición de representante legal, de la Asociación
Hogar del Inmaculado Corazón de María, con número de cédula jurídica
3-002-581432, para la oficialización, reconocimiento, equiparación,
certificación y acreditación de Ciclo Materno Infantil Interactivo II y Ciclo
de Transición (Educación Preescolar), impartidos en el Centro Educativo
denominado Asociación Hogar del Inmaculado Corazón de María, fue
revisada por la Dirección Regional de Educación de San José Central, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo siete del Decreto N° 24017-MEP,
(Reglamento sobre Centros Docentes Privados, del nueve de febrero del año mil
novecientos noventa y cinco), determinándose que cumple con los requisitos que
exige dicha norma.
Por otra parte, el Departamento de Investigación y
Desarrollo de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del
Ministerio de Educación Pública, realizó la inspección ocular de las
instalaciones físicas del Centro Educativo denominado Asociación Hogar del
Inmaculado Corazón de María, indicando que las mismas fueron aprobadas por
cumplir con los requisitos exigidos.
Consta también en el expediente administrativo
iniciado al efecto, que el Departamento de Centros Docentes Privados, de
conformidad con el artículo ocho del Decreto N° 24017-MEP, (Reglamento sobre
Centros Docentes Privados, del nueve de febrero del año mil novecientos noventa
y cinco), realizó los estudios técnicos pertinentes, determinándose que la
solicitud cumple con todos los requisitos que exige dicho cuerpo normativo.
Que la documentación aportada
para el trámite correspondiente a la oficialización, reconocimiento,
equiparación, certificación y acreditación de los niveles de Ciclo Materno
Infantil Interactivo II y Ciclo de Transición (Educación Preescolar),
impartidos en el Centro Educativo denominado Asociación Hogar del Inmaculado
Corazón de María, fue revisada por la Dirección de Asuntos Jurídicos,
determinándose que se realiza conforme a derecho. Por tanto,
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA
DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en las consideraciones
y citas normativas que anteceden;
RESUELVEN:
1º—Que los estudios que se realicen en
el Centro Educativo denominado Asociación Hogar del Inmaculado Corazón de
María, situado en la provincia de San José, en el cantón de Alajuelita,
distrito San Felipe, 600 metros al norte de RITEVE, tendrán correspondencia con
los niveles del Ciclo Materno Infantil Interactivo II y Ciclo de Transición
(Educación Preescolar).
2º—En consecuencia, dicho Centro de Enseñanza podrá
emitir el Certificado de Asistencia al Ciclo Materno Infantil (Grupo
Interactivo II) de la Educación Preescolar, Asistencia al Ciclo de Transición
de la Educación Preescolar.
3º—La solicitante está en la obligación de mantener
actualizado el expediente, aportando todos aquellos documentos y
certificaciones sujetos a plazo, durante la vigencia de la oficialización,
equiparación, certificación y acreditación de los estudios por parte del estado
costarricense.
4º—Rige a partir del curso
lectivo correspondiente al año dos mil catorce. Publíquese la presente resolución
en el Diario Oficial La Gaceta, así como en la página web del Ministerio
de Educación Pública.
Notifíquese.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La
Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O. C. N°
20609.—Solicitud N° 1132.—C-89330.—(IN2014077773).
Res. N° 1221-2014-MEP.—San José, a las
ocho horas con treinta y un minutos del veinte de mayo del dos mil catorce.
Se conoce solicitud formulada por la señora Leyla
Mayela Montero Guzmán, cédula de identidad número dos-cero trescientos noventa
y cuatro-cero cero cuarenta y cinco, en su condición personal de propietaria y
representante legal del Centro Educativo denominado Centro Educativo Naranjo,
de conformidad con la resolución N° 018-06 C.P.-MEP de las doce horas treinta
minutos del veintitrés de mayo del dos mil seis, para que se realice el cambio
de nombre de ese Centro Educativo por el de Centro Educativo Naranjo
Bilingüe, el que cuenta con oficialización, equiparación, certificación y
acreditación de los estudios impartidos en Preescolar (Ciclo Materno Infantil,
Grupo Interactivo II y Ciclo de Transición), I y II Ciclos de la Educación
General Básica, mediante la resolución N° 018-06 C.P.-MEP de las doce horas
treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil seis.
Resultando:
I.—Que mediante escrito de fecha 20 de
marzo del 2014, la señora Leyla Mayela Montero Guzmán, de calidades citadas, en
su condición personal de propietaria y representante legal del Centro Educativo
denominado Centro Educativo Naranjo, presenta formal solicitud de cambio
de nombre del Centro Educativo Naranjo, por el de Centro Educativo
Naranjo Bilingüe. (Ver folio 10 del expediente administrativo).
II.—Que la señora Leyla Mayela Montero Guzmán, de
calidades dichas, en su condición personal de propietaria y representante legal
del Centro Educativo Naranjo, mediante solicitud número dos mil
diez-cero cero cero cuatro cinco ocho dos, promovió ante el Registro Público de
la Propiedad Industrial del Registro Nacional de la República de Costa Rica, la
inscripción de marca de servicios Centro Educativo Naranjo Bilingüe,
quedando inscrita a partir del veintiséis de octubre del dos mil diez, con
registro número doscientos cuatro mil setecientos treinta y nueve, para
proteger en clase 49 un establecimiento comercial dedicado a prestar servicios
educativos de preescolar, primaria y secundaria realizados en forma bilingüe.
(Ver folio 08 del expediente administrativo).
III.—El Departamento de Centros Docentes Privados
realizó el estudio de la documentación relativa a la existencia de la
aprobación y reconocimiento por parte del Poder Ejecutivo de los estudios en
los niveles de Preescolar (Ciclo Materno Infantil, Grupo Interactivo II y Ciclo
de Transición), I y II Ciclos de la Educación General Básica, así como la
verificación del cumplimiento de requisitos y mediante oficio N°
DECDOP-683-04-14 del diez de abril del dos mil catorce, informa a la Dirección
de Asuntos Jurídicos, del Ministerio de Educación Pública, que dicha
institución tiene aprobados y reconocidos los estudios en los niveles de
Preescolar (Ciclo Materno Infantil, Grupo Interactivo II y Ciclo de
Transición), I y II Ciclos de la Educación General Básica mediante la
resolución N° 018-06-C.P.-MEP, de las doce horas y treinta minutos del
veintitrés de mayo del dos mil seis y remite la solicitud de cambio de nombre
del Centro Educativo, realizada por la señora Leyla Mayela Montero Guzmán, en
su condición personal de propietaria y representante legal de Centro Educativo
denominado Centro Educativo Naranjo. (Ver folios 12, 13 y 14, del
expediente administrativo).
IV.—La Dirección de Asuntos Jurídicos de este
Ministerio, realizó el estudio del expediente en el que se tramitó la gestión
tendente a obtener el cambio de nombre de Centro Educativo Naranjo,
determinando con base en éste, que dicha gestión es conforme con el
ordenamiento jurídico.
Considerando
único:
La solicitud presentada por la señora
Leyla Mayela Montero Guzmán, en su condición personal de propietaria y
representante legal del Centro Educativo denominado Centro Educativo Naranjo,
para que se cambie el nombre de esta institución educativa por el de Centro
Educativo Naranjo Bilingüe, fue revisada por la Dirección del Departamento
de Centros Docentes Privados, determinándose que cumple con los requisitos que
exige el cuerpo normativo atinente.
A su vez, la Dirección de Asuntos Jurídicos, después
de haber realizado la revisión y análisis de las actuaciones contenidas en el
expediente administrativo en que se tramitó la solicitud, determinó que en el
procedimiento se han cumplido todos los requisitos formales y legales exigidos
por el ordenamiento, por lo que procede acoger favorablemente la solicitud.
Consecuentemente el Centro Educativo Naranjo
Bilingüe, ostentará las obligaciones y derechos que se le fueran otorgados con el
nombre de Centro Educativo Naranjo, según resolución N° 018-06-C.P-MEP, de las
doce horas y treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil seis, y cuya
ubicación es en la provincia de Alajuela, cantón Naranjo, distrito Naranjo,
contiguo a las instalaciones del AyA, Dulce Nombre. Por tanto,
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA
DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en las consideraciones
y citas normativas que anteceden;
RESUELVEN:
1º—Aprobar el cambio de nombre
solicitado por la señora Leyla Mayela Montero Guzmán, representante legal del Centro
Educativo Naranjo, para que en adelante se le denomine Centro Educativo
Naranjo Bilingüe.
2º—En consecuencia, dicho Centro de Enseñanza
mantendrá las mismas obligaciones y derechos que se le otorgaran mediante la
resolución N° 018-06-C.P-MEP de las doce horas y treinta minutos del veintitrés
de mayo del dos mil seis.
3º—El solicitante está en la obligación de mantener
actualizado el expediente aportando todos aquellos documentos y certificaciones
sujetos a plazo, durante la vigencia de la oficialización, equiparación,
certificación y acreditación de los estudios por parte del estado
costarricense.
4º—Rige a partir del curso lectivo correspondiente
al año dos mil catorce.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La
Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O. C. N°
20609.—Solicitud N° 1133.—C-69340.—(IN2014077774).
Res. N° 1216-2014-MEP.—San José, a las
diez horas con treinta minutos del diecinueve de mayo del dos mil catorce.
Se conoce solicitud formulada
por las señoras Mariela Barquero Rivera, mayor, educadora, cédula de identidad
N° 1-907-233, y Natalia Barquero Rivera, mayor, educadora, cédula de identidad
N° 1-1014-0237, ambas en su condición de presidente y secretaria respectivamente
del Centro Educativo Bilingüe San Ángel S. A., con número de cédula
jurídica 3-101-439560, de conformidad con lo que establece el Decreto N°
24017-MEP, (Reglamento sobre Centros Docentes Privados, del nueve de febrero
del año mil novecientos noventa y cinco), para la oficialización,
reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación de los niveles de I
y II Ciclo de la Educación General Básica impartidos en el Centro Educativo
denominado Centro Educativo Bilingüe San Ángel S. A.
Resultando:
I.—Que mediante escrito del día 3 de
diciembre del 2013, las señoras Mariela Barquero Rivera y Natalia Barquero
Rivera, presentaron formal solicitud para la oficialización, reconocimiento,
equiparación, certificación y acreditación de los niveles de I y II Ciclo de la
Educación General Básica, impartidos en el Centro Educativo denominado Centro
Educativo Bilingüe San Ángel S. A., situado en la provincia de San José, en
el cantón de Guadalupe, distrito El Alto de Guadalupe, del Colegio Madre del
Divino Pastor 100 metros este, 200 metros norte y 125 metros oeste. (Vista a
folio 125 del expediente administrativo).
II.—Que las señoras Mariela Barquero Rivera y
Natalia Barquero Rivera, de calidades citadas, mediante solicitud N°
2012-0008328, promovió ante el Registro Público de la Propiedad Industrial del
Registro Nacional de la República de Costa Rica, la inscripción de marca de
servicios Centro Educativo Bilingüe San Ángel S. A., quedando inscrita a
partir del dieciocho de enero de dos mil trece, con registro N° 224562, para
proteger un establecimiento comercial, dedicado a servicios a Educación
Prescolar, Primaria y Secundaria. (Folios 209 y 210 del Expediente
Administrativo).
III.—La Dirección Regional de Educación de San José
Norte, mediante el oficio DRSJN-D-146-2014, dirigido al Departamento de Centros
Docentes Privados, constató los aspectos relativos a las instalaciones físicas,
equipo y mobiliario del Centro Educativo denominado Centro Educativo
Bilingüe San Ángel S. A. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 7° del Decreto Ejecutivo N° 24017-MEP (Reglamento sobre Centros
Docentes Privados). (Folios 197 al 204 del expediente administrativo).
IV.—El Departamento de Investigación y Desarrollo de
la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo, del Ministerio de
Educación Pública, mediante oficio DIEE-DID-120-2013 del 8 de mayo del 2013,
indica: “…Para que proceda según corresponda, hago de su conocimiento que
las INSTALACIONES FÍSICAS del Centro Educativo Centro Educativo Bilingüe San Ángel
S. A.; fueron aprobadas el presente día, ya que las mismas cumplen con lo
indicado en los planos presentados a esta Dirección y aprobados según oficios:
DIEE-DID-0121-2013 de fecha 8 de mayo del 2013 y con los requisitos estipulados
por el Código Urbano (Decreto Ley de Construcciones del INVU) y la Ley N° 7600”.
Posteriormente, mediante el oficio DIEE DID-365-2013, el Departamento de cita
rectificó el plano de catastro del Centro Educativo San Ángel, modificando los
datos señalados en los oficios DIEE-DID-0121-2013 y DIEE DID 0120-2013.
V.—El Departamento de Centros
Docentes Privados, realizó el estudio de la documentación presentada que
corresponde al Plan de Estudios, Programas, Calendario Escolar, distribución
Horaria Semanal, Normas de Evaluación del Aprendizaje y Normas de Promoción,
Nómina de Autoridades Docentes Institucionales y Nómina de Personal Docente y
mediante oficio DEP-0663-04-14, del 2 de abril del 2014, remitió a la Dirección
de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación Pública la solicitud, para el
procedimiento correspondiente de oficialización, reconocimiento, equiparación,
certificación y acreditación de los niveles de I y II Ciclo de la Educación
General Básica impartidos en el Centro Educativo denominado Centro Educativo
Bilingüe San Ángel S. A., indicando que la solicitud cumple con los
requisitos establecidos en los artículos 5° y 6° del Decreto N° 24017-MEP,
(Reglamento sobre Centros Docentes Privados, del nueve de febrero del año mil
novecientos noventa y cinco). (Ver folio 205 del expediente administrativo).
Considerando
único:
La solicitud presentada por las
señoras Mariela Barquero Rivera y Natalia Barquero Rivera, de calidades
citadas, en su condición de apoderadas generalísimas sin límite de suma, Centro
Educativo Bilingüe San Ángel S. A., con número de cédula jurídica
3-101-439560, para la oficialización, reconocimiento, equiparación,
certificación y acreditación de I y II Ciclo de Educación General Básica,
impartidos en el Centro Educativo denominado Centro Educativo Bilingüe San
Ángel S. A., fue revisada por la Dirección Regional de Educación de San
José-Norte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo siete del Decreto N°
24017-MEP, (Reglamento sobre Centros Docentes Privados, del nueve de febrero
del año mil novecientos noventa y cinco), determinándose que cumple con los
requisitos que exige dicha norma.
Por otra parte, el Departamento de Investigación y
Desarrollo de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del
Ministerio de Educación Pública, realizó la inspección ocular de las
instalaciones físicas del Centro Educativo denominado Centro Educativo
Bilingüe San Ángel S. A., indicando que las mismas fueron aprobadas por
cumplir con los requisitos exigidos.
Consta también en el expediente administrativo
iniciado al efecto, que el Departamento de Centros Docentes Privados, de
conformidad con el artículo ocho del Decreto N° 24017-MEP, (Reglamento sobre
Centros Docentes Privados, del nueve de febrero del año mil novecientos noventa
y cinco), realizó los estudios técnicos pertinentes, determinándose que la
solicitud cumple con todos los requisitos que exige dicho cuerpo normativo.
Que la documentación aportada para el trámite
correspondiente a la oficialización, reconocimiento, equiparación,
certificación y acreditación de los niveles de I y II Ciclo de la Educación
General Básica, impartidos en el Centro Educativo denominado Centro
Educativo Bilingüe San Ángel S. A., fue revisada por la Dirección de
Asuntos Jurídicos, determinándose que se realiza conforme a derecho. Por
tanto,
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA
DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en las consideraciones
y citas normativas que anteceden;
RESUELVEN:
1º—Que los Estudios que se realicen en
el Centro Educativo denominado Centro Educativo Bilingüe San Ángel S. A.,
situado en la provincia de San José, en el cantón de Guadalupe, distrito El
Alto de Guadalupe, del Colegio Madre del Divino Pastor 100 metros este, 200
metros norte y 125 metros oeste, tendrán correspondencia con los niveles de I y
II Ciclo de la Educación General Básica.
2º—En consecuencia, dicho Centro de Enseñanza podrá
emitir el Certificado de Conclusión de Estudios de los niveles de I y II Ciclo
de Educación General Básica, los cuales se equiparan con los del Sistema
Educativo Estatal.
3º—El solicitante está en la obligación de mantener
actualizado el expediente, aportando todos aquellos documentos y
certificaciones sujetos a plazo, durante la vigencia de la oficialización,
equiparación, certificación y acreditación de los estudios por parte del estado
costarricense.
4º—Rige a partir del curso
lectivo correspondiente al año dos mil catorce. Publíquese la presente
resolución en el Diario Oficial La Gaceta, así como en la página web del
Ministerio de Educación Pública.
Notifíquese.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La
Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O. C. N°
20609.—Solicitud N° 1138.—C-91945.—(IN2014077775).
Res. N° 2022-2014-MEP.—San José, a las
catorce horas con cincuenta y dos minutos del treinta de julio del dos mil
catorce.
Se conoce solicitud formulada
por la señora Elizabeth Connell Burke, mayor, de nacionalidad venezolana,
pasaporte N° 045376364, en su condición de apoderada generalísima sin límite de
suma de Connell Academy S. A., con número de cédula jurídica 3-101-652236, de
conformidad con lo que establece el Decreto N° 24017-MEP, (Reglamento sobre
Centros Docentes Privados, del nueve de febrero del año mil novecientos noventa
y cinco), para la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y
acreditación de los Niveles de Preescolar, I y II Ciclo de la Educación General
Básica, impartidos en el Centro Educativo denominado Connell Academy.
Resultando:
I.—Que mediante
escrito del día 5 de febrero del 2014, la señora Elizabeth Connell Burke, de
calidades citadas, en su condición de apoderada generalísima sin límite de suma
de Connell Academy S. A., presentó formal solicitud para la oficialización,
reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación de los niveles de
Preescolar, I y II Ciclo de la Educación General Básica, impartidos en el
Centro Educativo Connell Academy, situado en la provincia de San José, en el
cantón de San Ana, distrito Piedades, de la bodega de ABOPAC 200 metros sur.
(Vista a folio 97 del expediente administrativo).
II.—Que la señora Elizabeth Connell Burke, de
calidades citadas, mediante solicitud N° 2012-0000883, promovió ante el
Registro Público de la Propiedad Industrial del Registro Nacional de la
República de Costa Rica, la inscripción de marca de servicios Connell
Academy, quedando inscrita a partir del veintiocho de junio del dos mil
doce, con registro número dos uno nueve tres cero dos, para proteger un
establecimiento comercial, dedicado a servicios de formación. (Folio 88 del
expediente administrativo).
III.—El Departamento de
Investigación y Desarrollo de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento
Educativo, del Ministerio de Educación Pública, mediante oficio DIEE-DID-0415-2013
del 20 de diciembre del 2013, indica: “…Para que proceda según corresponda,
hago de su conocimiento que las INSTALACIONES FÍSICAS del Centro Educativo
Connell Academy; fueron aprobadas el presente día, ya que las mismas cumplen
con lo indicado en los planos presentados a esta Dirección y aprobados según
oficios: DIEE-DID-0113-2013 de fecha 29 de abril del 2013 y con los requisitos
estipulados por el Código Urbano (Decreto Ley de Construcciones del INVU) y la
Ley N° 7600”. (Folio 81 del expediente administrativo).
IV.—El Departamento de Centros
Docentes Privados, realizó el estudio de la documentación presentada que
corresponde al Plan de Estudios, Programas, Calendario Escolar, distribución
Horaria Semanal, Normas de Evaluación del Aprendizaje y Normas de Promoción,
Nómina de Autoridades Docentes Institucionales y Nómina de Personal Docente y
mediante oficio DEP-263-03-14, del 17 de marzo del 2014, remitió a la Dirección
de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación Pública la solicitud, para el
procedimiento correspondiente de oficialización, reconocimiento, equiparación,
certificación y acreditación de los niveles del Nivel de Preescolar, I y II
Ciclo de la Educación General Básica, indicando que la solicitud cumple con los
requisitos establecidos en los artículos 5 y 6 del Decreto N° 24017-MEP,
(Reglamento sobre Centros Docentes Privados, del nueve de febrero del año mil
novecientos noventa y cinco). (Folio 106 del expediente administrativo).
Considerando
único:
La solicitud
presentada por la señora Elizabeth Connell Burke, de calidades citadas, en su
condición de apoderada generalísima sin límite de suma, de Connell Academy S.
A., con número de cédula jurídica 3-101-652236, para la oficialización,
reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación de los Niveles de
Preescolar, I y II Ciclo de la Educación General Básica, impartidos en el
Centro Educativo denominado Connell Academy, fue revisada por la Dirección
Regional de Educación de San José Oeste, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo siete del Decreto N° 24017-MEP, (Reglamento sobre Centros Docentes
Privados, del nueve de febrero del año mil novecientos noventa y cinco),
determinándose que cumple con los requisitos que exige dicha norma.
Por otra parte, el Departamento
de Investigación y Desarrollo de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento
Educativo del Ministerio de Educación Pública, realizó la inspección ocular de
las instalaciones físicas del Centro Educativo denominado Connell Academy,
indicando que las mismas fueron aprobadas por cumplir con los requisitos
exigidos.
Consta también en el expediente administrativo
iniciado al efecto, que el Departamento de Centros Docentes Privados, de
conformidad con el artículo ocho del Decreto N° 24017-MEP, (Reglamento sobre
Centros Docentes Privados, del nueve de febrero del año mil novecientos noventa
y cinco), realizó los estudios técnicos pertinentes, determinándose que la
solicitud cumple con todos los requisitos que exige dicho cuerpo normativo.
Que la documentación aportada
para el trámite correspondiente a la oficialización, reconocimiento,
equiparación, certificación y acreditación de los Niveles de Preescolar, I y II
Ciclo de la Educación General Básica, impartidos en el Centro Educativo
denominado Connell Academy, fue revisada por la Dirección de Asuntos Jurídicos,
determinándose que se realiza conforme a derecho. Por tanto,
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA
DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en las consideraciones
y citas normativas que anteceden;
RESUELVEN:
1º—Que los estudios que se realicen en
el Centro Educativo denominado Connell Academy, situado en la provincia de San
José, en el cantón de Santa Ana, distrito Piedades, de la bodega de ABOPAC 200
sur, tendrán correspondencia con los Niveles de Preescolar, I y II Ciclo de la
Educación General Básica.
2º—En consecuencia, dicho Centro de Enseñanza podrá
emitir el Certificado de Asistencia al Ciclo Materno Infantil (GRUPO
Interactivo II) de la Educación Preescolar, Asistencia al Ciclo de Transición
de la Educación Preescolar y Conclusión de Estudios de los niveles de I y II
Ciclo de Educación General Básica, los cuales se equiparan con los del Sistema
Educativo Estatal.
3º—El solicitante está en la obligación de mantener
actualizado el expediente, aportando todos aquellos documentos y
certificaciones sujetos a plazo, durante la vigencia de la oficialización,
equiparación, certificación y acreditación de los estudios por parte del estado
costarricense.
4º—Rige a partir del curso
lectivo correspondiente al año dos mil catorce. Publíquese la presente
resolución en el Diario Oficial La Gaceta, así como en la página web del
Ministerio de Educación Pública.
Notifíquese.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La
Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O. C. N°
20609.—Solicitud N° 1134.—C-80890.—(IN2014077771).
Res. Nº 2048-2014-MEP.—San José, a las
once horas con veintiocho minutos del cuatro de agosto del dos mil catorce.
Se conoce solicitud formulada
por la señora Marjorie Cubero Cubero, mayor, administradora, cédula de
identidad número 2-0373-0149, en su condición de Propietaria del Centro
Educativo ST. Johns Christian School, de conformidad con lo que establece el
Decreto N° 24017-MEP, (Reglamento sobre Centros Docentes Privados, del nueve de
febrero del año mil novecientos noventa y cinco), para la oficialización,
reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación de los niveles de
Preescolar, (Materno Infantil, Grupo Interactivo II y Transición) y los niveles
de I y II Ciclo de la Educación General Básica, impartidos en el Centro
Educativo ST. Johns Christian School.
Resultando:
I.—Que mediante escrito del día 07 de
julio del año 2013, la señora Marjorie Cubero Cubero, presentó formal solicitud
para la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y
acreditación de los niveles de Preescolar, (Materno Infantil, Grupo Interactivo
II y Transición) y los niveles de I y II Ciclo de la Educación General Básica,
impartidos en el Centro Educativo ST. Johns Christian School, situado en la
provincia de Alajuela, en el Cantón de San Ramón, Distrito San Rafael, 600
metros al sur de la Sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social. (Vista
a folios 1 y 2 del Expediente Administrativo).
II.—Que la señora Marjorie Cubero Cubero, de calidades
citadas, mediante solicitud número 2013-0003523, promovió ante el Registro
Público de la Propiedad Industrial del Registro Nacional de la República de
Costa Rica, la inscripción de Marca de Servicios ST. Johns Christian School,
quedando inscrita a partir del tres de diciembre del dos mil trece, con
Registro Nº 231813, para proteger un establecimiento comercial, dedicado a
Institución de primaria y preescolar, bilingüe, ubicado en San Rafael, San
Ramón, Alajuela. (Folio 120 del Expediente Administrativo).
III.—Que el señor Carlos
Eduardo Cruz Steller, Asesor Legal de la Dirección Regional de Educación de
Occidente, mediante el oficio DREO-AL-008-2014, rinde informe al Director
Regional de Occidente, indicando que constató los aspectos relativos a las instalaciones
físicas, equipo y mobiliario del Centro Educativo ST. Johns Christian School.
Todo ello, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7 del Decreto
Ejecutivo 24017-MEP (Reglamento sobre Centros Docentes Privados).
(Folios 7 al 8 del Expediente Administrativo).
IV—El Departamento de
Investigación y Desarrollo de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento
Educativo, del Ministerio de Educación Pública, mediante oficio
DIEE-DEI-0188-2014 de fecha 29 de mayo del 2014, hace del conocimiento del
Director de Centros Docentes Privados la Aprobación de la Infraestructura
Física del Centro Educativo ST. Johns Christian School, de conformidad con el
oficio DIEE-DEI-0167-2014, el cual textualmente indica: “…Para que proceda
según corresponda, hago de su conocimiento que las Instalaciones Físicas del
Centro Saint Johns Cristian School; fueron analizadas el presente día, ya que
las mismas fueron concluidas en concordancia con los planos presentados a esa
Dirección según oficio: DIEE-DID-0195-2013 de fecha 30 de julio del 2013 y
cumplen con lo estipulados en la Ley y Reglamento de Construcciones N° 833
reforma N°7029 del 23 de abril de 1986, Ley 7600 del 29 de mayo de 1996 y demás
normativa conexa”.
V.—El Departamento de Centros
Docentes Privados, realizó el estudio de la documentación presentada que
corresponde al Plan de Estudios, Programas, Calendario Escolar, distribución
Horaria Semanal, Normas de Evaluación del Aprendizaje y Normas de Promoción,
Nómina de Autoridades Docentes Institucionales y Nómina de Personal Docente y
mediante oficio DEP-AT-14-07-14, del 02 de abril de 2014, remitió a la
Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación Pública la
solicitud, para el procedimiento correspondiente de oficialización,
reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación de los niveles de
Educación Preescolar (Materno Infantil, Grupo Interactivo II y Transición) y
los niveles de I y II Ciclo de la Educación General Básica impartidos en el
Centro Educativo ST Johns Christian School, indicando que la solicitud cumple
con los requisitos establecidos en los artículos 5 y 6 del Decreto Nº
24017-MEP, (Reglamento sobre Centros Docentes Privados, del nueve de febrero
del año mil novecientos noventa y cinco). (Ver folio del Expediente Administrativo).
Considerando
Único
La solicitud
presentada por la señora Marjorie Cubero Cubero, de calidades citadas, en su
condición de Propietaria, del Centro Educativo ST. Johns Christian School, para
la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación
de Educación Preescolar (Materno Infantil, Grupo Interactivo II y Transición) y
los niveles de I y II Ciclo de la Educación General Básica, impartidos en el
Centro Educativo ST. Johns Christian School, fue revisada por la Dirección
Regional de Educación de Occidente, San Ramón, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo siete del Decreto Nº 24017-MEP, (Reglamento sobre Centros
Docentes Privados, del nueve de febrero del año mil novecientos noventa y
cinco), determinándose que cumple con los requisitos que exige dicha norma.
Por otra parte, el Departamento de Investigación y
Desarrollo de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del
Ministerio de Educación Pública, realizó la inspección ocular de las
instalaciones físicas del Centro Educativo ST. Johns Christian School,
indicando que las mismas fueron aprobadas por cumplir con los requisitos
exigidos.
Consta también en el expediente administrativo
iniciado al efecto, que el Departamento de Centros Docentes Privados, de conformidad
con el artículo ocho del Decreto Nº 24017-MEP, (Reglamento sobre Centros
Docentes Privados, del nueve de febrero del año mil novecientos noventa y
cinco), realizó los estudios técnicos pertinentes, determinándose que la
solicitud cumple con todos los requisitos que exige dicho cuerpo normativo.
Que la documentación aportada para el trámite
correspondiente a la oficialización, reconocimiento, equiparación,
certificación y acreditación de los niveles de Educación Preescolar (Materno
Infantil, Grupo Interactivo II y Transición) y los niveles de I y II Ciclo de
la Educación General Básica, impartidos en el Centro Educativo ST. Johns
Christian School, fue revisada por la Dirección de Asuntos Jurídicos,
determinándose que se realiza conforme a derecho. Por tanto,
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA
DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en las consideraciones
y citas normativas que anteceden;
RESUELVEN:
1º—Que los Estudios que se realicen en
el Centro Educativo ST. Johns Christian School, situado en la Provincia de
Alajuela, en el cantón de San Ramón, distrito San Rafael, 600 metros al sur de
la sucursal de la Caja Costarricense del Seguro Social, propiedad de la señora
Marjorie Cubero Cubero cédula de identidad número 2-0373-0149, tendrán
correspondencia con los niveles de Educación Preescolar (Materno Infantil,
Grupo Interactivo II y Transición) y los niveles de I y II Ciclo de la
Educación General Básica.
2º—En consecuencia, dicho Centro de Enseñanza podrá
emitir el Certificado de Asistencia al Ciclo Materno Infantil (Grupo
Interactivo II) de la Educación Preescolar, Asistencia al Ciclo de Transición
de la Educación Preescolar, y Certificado de Conclusión de Estudios de los
niveles de I y II Ciclo de Educación General Básica, los cuales se equiparan con
los del Sistema Educativo Estatal.
3º—La solicitante está en la obligación de mantener
actualizado el expediente, aportando todos aquellos documentos y
certificaciones sujetos a plazo, durante la vigencia de la oficialización,
equiparación, certificación y acreditación de los estudios por parte del estado
costarricense.
4º—Rige a partir del curso
lectivo correspondiente al año dos mil catorce. Publíquese la presente
Resolución en el Diario Oficial La Gaceta, así como en la página Web del
Ministerio de Educación Pública.
Notifíquese.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La
Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O. C. N°
20609.—Solicitud N° 1135.—C-95880.—(IN2014077770).
Res. Nº 2366-2014-MEP.—San José, a las
doce horas con dieciséis minutos del cuatro de setiembre del dos mil catorce.
Se conoce solicitud formulada por el señor Arturo
Piedra Delgado, mayor, casado una vez, arquitecto, vecino de San José,
Alajuelita, San Josecito, calle El Alto, doscientos metros al oeste de la
entrada principal, portador de la cédula de identidad número uno-mil doscientos
seis-quinientos treinta y nueve, en su condición de apoderado generalísimo sin
límite de suma de “Love At Work International Christian School Sociedad
Anónima”, con número de cédula jurídica 3-101-674312, de conformidad con lo que
establece el Decreto Ejecutivo N° 24017-MEP (Reglamento sobre Centros Docentes
Privados, del nueve de febrero del año mil novecientos noventa y cinco), para
la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación
de la oferta educativa en los niveles del I, II Ciclos de la Educación General
Básica, impartidos en el Centro Educativo denominado Love At Work International
Christian School S. A.
Resultando:
I.—Que mediante escrito del día 11 de
agosto del año 2014, Arturo Piedra Delgado, de calidades dichas, en su
condición de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma de “Love At Work
International Christian School Sociedad Anónima”, presentó formal solicitud
para la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y
acreditación de los niveles I y II de la Educación General Básica, impartidos
en el Centro Educativo denominado “Love At Work International Christian School
Sociedad Anónima”, situado en la provincia uno San José, cantón décimo
Alajuelita, distrito primero Alajuelita, del costado sur del parque doscientos
cincuenta metros al este, Dirección Regional de Educación San José-Central,
Circuito Escolar 06. (Vista a folios 174 y 175 del tomo I del Expediente
Administrativo).
II.—Que el señor Arturo Piedra Delgado, de calidades
dichas, solicitó se denomine el centro educativo con el mismo nombre de la
razón social “Love At Work International Christian School Sociedad Anónima”,
por lo que no se presenta ante el Registro Público de la Propiedad Industrial
del Registro Nacional de la República de Costa Rica, la inscripción del Nombre
Comercial del Centro Educativo “Love At Work International Christian School
Sociedad Anónima”. (Folios 181 y 182 del tomo I del Expediente Administrativo).
III.—La Dirección de Educación
Privada, Departamento de Análisis Técnico, emite informe de Visita de
Inspección Ocular, de fecha 18 de agosto del 2014, efectuado en el Centro
Educativo denominado “Love At Work International Christian School Sociedad
Anónima”, en cumplimiento a lo estipulado en el artículo 7 del Decreto
número 24017, del Reglamento sobre Centros Privados, que estipula la
obligatoriedad de realizar la inspección ocular en que se constaten los
aspectos relativos a las instalaciones físicas, equipo y mobiliario de los
Centros Docentes Privados, manifestando en las consideraciones generales lo
siguiente: “1- Se considera que el centro educativo cumple con las normas de
aseo, orden y seguridad. 2- Que las aulas y espacios educativos reúnen las
condiciones necesarias para la realización de los diferentes procesos
educativos. 3- Se valora la existencia de recursos audiovisuales y
tecnológicos. 4- Se considera pertinente en virtud de lo observado continuar
con el proceso de acreditación.” (Folio 176 del tomo I del Expediente
Administrativo).
IV.—El Departamento de Investigación y Desarrollo de
la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo, del Ministerio de
Educación Pública, mediante oficio DIEE-DEI-0219-2014 del 15 de julio del 2014,
indica: “Para que proceda según corresponda, hago de su conocimiento que las
Instalaciones Físicas del Centro Educativo “Love At Work International
Christian School Sociedad Anónima”; fueron analizadas el presente día, ya
que las mismas fueron concluidas en concordancia con los planos presentados a
esta Dirección según oficio: DIEE-DEI-019-2014 con fecha 22 de enero del 2014 y
con lo estipulado en la Ley y Reglamento de Construcciones Nº833 reforma Nº
7029 del 23 de abril de 1986, Ley 7600 del 29 de mayo de 1996 y demás normativa
conexa”. (Folio 141 del tomo I del Expediente Administrativo).
V.—La Dirección de Educación
Privada, realizó el estudio de la documentación presentada que corresponde al
Plan de Estudios, Programas, Calendario Escolar, Distribución Horaria Semanal,
Normas de Evaluación del Aprendizaje y Normas de Promoción, Nómina de
Autoridades Docentes Institucionales y Nómina de Personal Docente y mediante
oficio DEP-AT-59-08-14, del 18 de agosto del 2014, remitió a la Dirección de
Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación Pública la solicitud, para el procedimiento
correspondiente de oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación
y acreditación de los Niveles I y II Ciclos de la Educación General Básica,
impartidos en el Centro Educativo denominado “Love At Work International
Christian School Sociedad Anónima”, indicando que la solicitud cumple con los
requisitos establecidos en los artículos 5 y 6 del Decreto Nº 24017-MEP
(Reglamento sobre Centros Docentes Privados, del nueve de febrero del año mil
novecientos noventa y cinco). (Folio 186 del tomo I del Expediente
Administrativo).
Considerando
Único
La solicitud
presentada por el señor Arturo Piedra Delgado, de calidades dichas, en su
condición de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma de “Love At Work
International Christian School Sociedad Anónima”, con número de cédula jurídica
3-101-674312, para la oficialización, reconocimiento, equiparación,
certificación y acreditación de la oferta educativa en los niveles del I, II
Ciclos de la Educación General Básica, impartidos en el Centro Educativo
denominado “Love At Work International Christian School S. A.”, fue revisada
por la Dirección Regional de Educación San José Central, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo siete del Decreto Nº 24017-MEP, (Reglamento sobre
Centros Docentes Privados, del nueve de febrero del año mil novecientos noventa
y cinco), determinándose que cumple con los requisitos que exige dicha norma.
Por otra parte, el Departamento de Investigación y
Desarrollo de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del
Ministerio de Educación Pública, realizó la inspección ocular de las
instalaciones físicas del Centro Educativo denominado Love At Work
International Christian School S. A., indicando que las mismas fueron aprobadas
por cumplir con los requisitos exigidos.
Consta también en el expediente administrativo
iniciado al efecto, que la Dirección de Educación Privada, Departamento de
Análisis Técnico, de conformidad con el artículo ocho del Decreto Nº 24017-MEP,
(Reglamento sobre Centros Docentes Privados, del nueve de febrero del año mil
novecientos noventa y cinco), realizó los estudios técnicos pertinentes,
determinándose que la solicitud cumple con todos los requisitos que exige dicho
cuerpo normativo.
Que la documentación aportada para el trámite
correspondiente a la oficialización, reconocimiento, equiparación,
certificación y acreditación de la Oferta Educativa en los niveles I y II
Ciclos de la Educación General Básica, impartidos en el Centro Educativo
denominado “Love At Work International Christian School Sociedad Anónima”, fue
revisada por la Dirección de Asuntos Jurídicos, determinándose que se realiza
conforme a derecho. Por tanto,
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA
DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en las consideraciones
y citas normativas que anteceden;
RESUELVEN:
1º—Que los Estudios que se realicen en
el Centro Educativo denominado “Love At Work International Christian School
Sociedad Anónima”, situado en la Provincia Uno San José, Cantón Décimo
Alajuelita, Distrito Primero Alajuelita, del costado sur del parque doscientos
cincuenta metros al este, Dirección Regional de Educación San José-Central,
Circuito Escolar 06, tendrán correspondencia con la oferta educativa en los
niveles I y II Ciclos de la Educación General Básica.
2º—En consecuencia, dicho Centro de Enseñanza podrá
emitir el Certificado de Conclusión de Estudios del nivel II Ciclo de la
Educación General Básica, el cual se equipara con los del Sistema Educativo
Estatal.
3º—El solicitante está en la obligación de mantener
actualizado el expediente, aportando todos aquellos documentos y
certificaciones sujetos a plazo, durante la vigencia de la oficialización,
equiparación, certificación y acreditación de los estudios por parte del estado
costarricense.
4º—Rige a partir del curso
lectivo correspondiente al año dos mil catorce. Publíquese la presente
Resolución en el Diario Oficial La Gaceta, así como en la página Web del
Ministerio de Educación Pública.
Notifíquese.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La
Ministra de Educación Pública a. í., Alicia Eugenia Vargas Porras.—1 vez.—O. C.
N° 20609.—Solicitud N° 1136.—C-102840.—(IN2014077769).
Res. Nº
2563-MEP-2014.—San José, a las catorce horas cuarenta y tres minutos del
veinticinco de setiembre de dos mil catorce.
Se conoce solicitud formulada por la señora Mónica
Morales Castro, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número
uno-cero nueve cinco seis-cero cero tres nueve, vecina de la Provincia de San
José, Desamparados, San Rafael Arriba, del Restaurante el Boyero, 125 metros norte,
en su condición personal de propietaria y Representante Legal del Centro de
Estimulación Temprana Osito Panda, de conformidad con lo que establece el
Decreto Nº 24017-MEP, (Reglamento sobre Centros Docentes Privados, del nueve de
febrero de mil novecientos noventa y cinco), para el reconocimiento y
equiparación, del nivel de Prescolar, impartido en el Centro Educativo
denominado Centro de Estimulación Temprana Osito Panda, ubicado en la provincia
de San José, Desamparados, San Rafael Arriba, del Restaurante el Boyero, 125 m
norte, Región Educativa de Desamparados, Circuito Escolar 02.
Resultando:
I.—Que mediante escrito de fecha 06 de
junio de 2014, la señora Mónica Morales Castro, de calidades citadas, en su
condición personal de Propietaria y Representante Legal del Centro de
Estimulación Temprana Osito Panda, presentó formal solicitud de reconocimiento
y equiparación del nivel de Prescolar del Centro Educativo denominado Centro de
Estimulación Temprana Osito Panda, situado en la provincia de San José,
Desamparados, San Rafael Arriba, del Restaurante el Boyero, 125 m norte, Región
Educativa de Desamparados, Circuito Escolar 02.
II.—Que la señora Mónica
Morales Castro, de calidades citadas, mediante solicitud número dos mil once -
cero cero once trece ocho, promovió ante el Registro Público de la Propiedad
Industrial, del Registro Nacional de la República de Costa Rica, la inscripción
de Marca de Servicios titulada “Centro de Estimulación Temprana Osito Panda”, quedando
inscrita a partir del día veinticuatro de febrero de dos mil doce, con Registro
Nº dos uno seis dos ocho uno, para proteger en clase 49, un establecimiento
comercial dedicado a kínder materno infantil-prescolar y escuela primaria.
(Folio 048 del Expediente Administrativo).
III.—La Dirección Regional de Educación de
Desamparados, emitió oficio DAP-0372-2013, suscrito por el Jefe de Asesoría
Pedagógica de la Dirección Regional Educativa de Desamparados; en el que se
indica lo siguiente: “(…) Luego de realizada la inspección ocular, que
confirmo “realicé oportunamente” el día viernes 04 de octubre del 2013, a las
10:00am., efectivamente y con los estudios previos realizados por la Dirección
de Infraestructura y Equipamiento Educativo DIEE, se cuenta con el espacio
físico de una aula amplia, clara en perfecto estado, cuenta con servicio
sanitario dentro del aula, iluminación y ventilación suficiente en buen estado
y puerta principal de acceso sumamente amplia, con medida aproximada de 6 por 7
metros cuadrados (…)” (Ver folio 039 del Expediente Administrativo).
IV.—El Departamento de Investigación y Desarrollo de
la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo, del Ministerio de
Educación Pública, mediante oficio DIEE-DID-0255-2013 del 06 de setiembre del
2013, indica “(…) Para que proceda según corresponda, hago de su
conocimiento que las Instalaciones Físicas del Centro Educativo Centro de
Estimulación Temprana Osito Panda, fueron probadas el presente día, que las
mismas cumplen con lo indicado en los planos presentados a esta Dirección y
aprobados según oficio: DIEE- DID- 0145-2013-2013 con fecha 24 de mayo del 2013
y con los requisitos estipulados por el Código Urbano y Ley 7600. Nota:
Cualquier modificación a la infraestructura física de esta institución deberá
ser previamente visada por la Dirección de Infraestructura y Equipamiento
Educativo, de lo contrario la presente acreditación será nula.” (Ver folio
42 del Expediente Administrativo).
V.—El Departamento de Centros
Docentes Privados, realizó el estudio de la documentación presentada que
corresponde al Plan de Estudios, Programas, Calendario Escolar, distribución
Horaria Semanal, Normas de Evaluación del Aprendizaje y Normas de Promoción,
Nómina de Autoridades Docentes Institucionales y Nómina de Personal Docente y
mediante oficio DEP-979-06-14, del 12 de junio de 2014, remitió a la Dirección
de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación Pública la solicitud, para el
procedimiento correspondiente de reconocimiento y equiparación del nivel de
Prescolar en el Centro de Estimulación Temprana Osito Panda, indicando que la
solicitud cumple con los requisitos establecidos en los artículos 5 y 6 del
Decreto Nº 24017-MEP, (Reglamento sobre Centros Docentes Privados, del nueve de
febrero del año mil novecientos noventa y cinco) (Folio 075 del Expediente
Administrativo).
Considerando
único
La solicitud
presentada por la señora Mónica Morales Castro, de calidades citadas, actuando
en su condición personal de Propietaria y Representante Legal del Centro de
Estimulación Temprana Osito Panda, para el reconocimiento y equiparación del
nivel de Prescolar en el Centro de Estimulación Temprana Osito Panda fue
revisada por la Dirección Regional de Educación de Desamparados, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo siete del Decreto Nº 24017-MEP, (Reglamento
sobre Centros Docentes Privados, del nueve de febrero del año mil novecientos
noventa y cinco), determinándose que cumple con los requisitos que exige dicha
norma.
Por otra parte, el Departamento de Investigación y
Desarrollo de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del
Ministerio de Educación Pública, realizó la inspección ocular de las
instalaciones físicas del Centro Educativo denominado Centro de Estimulación
Temprana Osito Panda, indicando que las mismas fueron aprobadas por cumplir con
los requisitos exigidos.
Consta también en el expediente administrativo
iniciado al efecto, que el Departamento de Centros Docentes Privados, de
conformidad con el artículo ocho del Decreto Nº 24017-MEP, (Reglamento sobre
Centros Docentes Privados, del nueve de febrero del año mil novecientos noventa
y cinco), realizó los estudios técnicos pertinentes, determinándose que la
solicitud cumple con todos los requisitos que exige dicho cuerpo normativo.
Que la documentación aportada para el trámite
correspondiente al reconocimiento y equiparación del nivel de Prescolar en el
Centro de Estimulación Temprana Osito Panda, fue revisada por la Dirección de
Asuntos Jurídicos, determinándose que se realiza conforme a derecho. Por
tanto,
LA
SEGUNDA VICEPRESIDENTA EN EJERCICIO
DE LA
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA
DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en las consideraciones
y citas normativas que anteceden;
RESUELVEN:
1º—Que los Estudios que se realicen en
el Centro Educativo denominado Centro de Estimulación Temprana Osito Panda,
situado en la provincia de San José, Desamparados, San Rafael Arriba, del
Restaurante el Boyero, 125 m norte, Región Educativa de Desamparados, tendrán
correspondencia con el nivel de preescolar.
2º—El solicitante está en la obligación de mantener
actualizado el expediente, aportando todos aquellos documentos y
certificaciones sujetos a plazo, durante la vigencia de la oficialización,
equiparación, certificación y acreditación de los estudios por parte del estado
costarricense.
3º—Rige a partir del curso
lectivo correspondiente al año dos mil catorce. Publíquese la presente
Resolución en el Diario Oficial La Gaceta, así como en la página Web del
Ministerio de Educación Pública.
Notifíquese.
ANA HELENA CHACÓN ECHEVERRÍA.—La
Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O. C. N°
20609.—Solicitud N° 1137.—C-88800.—(IN2014077768).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE DESARROLLO
DE
LA COMUNIDAD
AVISOS
El Registro
Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Dirección Legal y de
Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Específica Construcción
Mantenimiento de Salón Comunal, Playground y Cancha de Multiuso de las
Comunidades Kamakiri, Cocorí y Lomas en San Gerónimo de Desamparados. Por medio
de su representante: Manuel Elizondo Badilla, cédula N° 104760805, ha hecho
solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido
en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el
término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a
cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que
formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a
las 14:41 horas del día 30 de octubre del 2014.—Departamento de Registro.—Lic.
Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2014074532).
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de
la Comunidad del Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación
de Desarrollo Integral de Bajo Las Bonitas de Platanares, Pérez Zeledón. Por
medio de su representante: Rafael Martínez Hidalgo, cédula 103550710 ha hecho
solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido
en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el
término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a
cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que
formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a
las 11:37 horas del día 03/11/2014.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel
Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2014074553).
El Registro
Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y
de Registro hace constar que la Asociación de Desarrollo Específica para el
Mejoramiento de Caminos de Barrio La Minilla de Acosta, San José. Por medio de
su representante: Ivannia María Aguilar García, cédula 109750775 ha hecho
solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido
en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término
de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier
persona pública o privada y en especial a la municipalidad para que formulen
los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite manifestándolo
por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 12:55
horas del 3 de noviembre del 2014.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel
Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2014074639).
SERVICIO
NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN
DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTO
La señora
Antonieta Campos Bogantes, con número de cédula 2-405-625, vecina de Alajuela,
en calidad de representante legal de la compañía Oficina Tramitadora de
Registros Corporación de Registros Sanitarios Internacionales M&C, con
domicilio en Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: Comfortis 90 mg, fabricado por Laboratorio Abb Vie
Inc., Estados Unidos Americanos, con los siguientes principios activos: cada
tableta de 168.76 mg contiene: Spinosad 90 mg, y las siguientes indicaciones
terapéuticas: para la prevención y tratamiento de infestaciones de pulgas
(Ctenocephalides felis). Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG
“Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a
terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección,
dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente
de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia,
a las 11:00 horas del día 30 de octubre del 2014.—Dr. Luis Zamora Chaverri,
Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2014074509).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta
Dirección ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 66, título N° 322, emitido por el
Instituto Latinoamericano de Psicología y Pedagogía Alternativas, en el año dos
mil seis, a nombre de Polini Bastida Adrián, cédula 7-0169-0166. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los catorce días del mes de octubre del dos mil
catorce.—Félix Barrantes Ureña, Director.—(IN2014073591).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 97, título N° 475, emitido por el Colegio
Técnico Profesional de la Fortuna de San Carlos, en el año dos mil dos, a
nombre de Araya Solano Óscar Vinicio, cédula 2-0611-0602. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los veinticuatro días del mes de setiembre del dos mil
catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014073601).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 18, título N° 467, emitido por el Colegio
Nocturno de Río Frío con Sección Diurna, en el año dos mil cuatro, a nombre de
Carranza Núñez Xinia, cédula 5-0358-0666. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los veinticuatro días del mes de setiembre del dos mil
catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014073626).
Ante esta Dirección ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 125, asiento 7, título N° 2157, emitido por el Colegio Madre
del Divino Pastor, en el año dos mil diez, a nombre de Flores Hidalgo Alina,
cédula 1-1471-0278. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días
del mes de octubre del dos mil catorce.—Félix Barrantes Ureña,
Director.—(IN2014073647).
Ante esta Dirección ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 267, asiento N° 1891, emitido por el Liceo de Aserrí, en el
año dos mil siete, a nombre de Fallas Abarca Luis Diego, cédula número
1-1414-0543. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintinueve días del mes
de octubre del dos mil catorce.—Félix Barrantes Ureña,
Director.—(IN2014073683).
Ante esta Dirección ha presentado la
solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 62, título N° 235,
emitido por el Liceo Nocturno de
Esparza, en el año mil novecientos
noventa y ocho, a nombre de Viviana
Cambronero Mosquera. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original y corrección del
nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Bibiana Cambronero Mosquera,
cédula 6-0279-0266. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los
veintisiete días del mes de octubre del dos mil catorce.—Félix Barrantes Ureña,
Director.—(IN2014073772).
Ante esta Dirección ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 3, título N° 1, emitido por el Sistema Educativo Santa Fe
Pacific, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Alpízar Madrigal
Alex Fabián, cédula 2-0565-0971. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los
veintiocho días del mes de octubre del dos mil catorce.—Gestión y Evaluación de
la Calidad.—Félix Barrantes Ureña, Director.—(IN2014074150).
Ante esta
Dirección ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica”, Modalidad de Ciencias y
Letras, inscrito en el tomo 1, folio 26,
título N° 364, emitido por el
Colegio Nuestra Señora-Desamparados, en el año mil novecientos setenta y
nueve, a nombre de Da Costa Matamoros
Anette Roxana, cédula 7-0077-0054. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, a los veintitrés días del mes de octubre del dos
mil catorce.—Gestión y Evaluación de la Calidad.—Félix Barrantes Ureña,
Director.—(IN2014074167).
Ante esta
dirección ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 152, título N° 1037, emitido por
el Liceo de Aserrí, en el año dos mil
dos, a nombre de Cascante Leandro Luis
Diego, cédula 1-1191-0970. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los veintinueve días del mes de octubre del dos
mil catorce.—Gestión y Evaluación de la Calidad.—Félix Barrantes Ureña,
Director.—(IN2014074187).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 15, título N° 321,
emitido en el año dos mil once, y del Título de Técnico Medio en la
Especialidad de Contabilidad y Finanzas, inscrito en el tomo I, folio 50,
título N° 260, emitido en el año dos mil doce, ambos títulos fueron extendidos
por el Colegio Técnico Profesional de Pital, a nombre de Sandoval Gutiérrez
Yeraldin del Socorro. Se solicita la reposición de los títulos indicados por
corrección del apellido, cuyos nombres y apellidos correcto son: Sandoval
Yeraldin del Socorro. Se pública este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, al primer día del mes de
setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014074191).
Ante esta
Dirección ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 93, título N° 1477, emitido por
el Liceo de Ciudad Neily, en el año dos mil nueve, a nombre de Rugama López Bryan, cédula 6-0394-0670.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta y un días del mes de octubre
del dos mil catorce.—Gestión y Evaluación de la Calidad.—Félix Barrantes Ureña,
Director.—(IN2014074212).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 11, título N° 1322, emitido por el Liceo El Roble, en el año
dos mil doce, a nombre de Canales Leitón Bryan, cédula 1-1620-0314. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La
Gaceta.—San José, a los veintinueve días del mes de octubre del dos mil
catorce.—Félix Barrantes Ureña, Director.—(IN2014073850).
Ante esta Dirección ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 114, título N° 0924, emitido por el Liceo de Moravia, en el
año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Gabriela Castro Navarro. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y
cambio de apellido, cuyo nombre y apellidos correctos son: Gabriela Faba
Navarro, cédula 1-1157-0540. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, a los veintinueve
días del mes de octubre del dos mil catorce.—Félix Barrantes Ureña,
Director.—(IN2014073900).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 100, título N° 889,
emitido en el año dos mil once y del Título de Técnico Medio en Ejecutivo para
Centros de Servicio, inscrito en el tomo 1, folio 58, título N° 794, emitido en
el año dos mil diez, ambos títulos fueron otorgados por el Colegio Técnico
Profesional de Flores, a nombre de Barrantes Peraza Yorsuan Alberto, cédula
1-1515-0459. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de
los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, a los veintiocho
días del mes de mayo del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica
y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014074034).
Ante esta Dirección ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 20, título N° 162, emitido por el Liceo Carrillos de Poás, en
el año dos mil cinco, a nombre de Sánchez Herrera Jeremy Antonio, cédula
1-1255-0002. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiocho días
del mes de octubre del dos mil catorce.—Félix Barrantes Ureña,
Director.—(IN2014074348).
Ante esta Dirección ha presentado la
solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 3, folio 13, título N° 1199,
emitido por el Liceo San Miguel, en el año dos mil ocho, a nombre de Jerson
Jaffet Vargas Chinchilla. Se solicita la reposición del título indicado por
cambio de apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Jerson Jaffet
Ureña Vargas, cédula 1-1293-0333. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a
los veintitrés días del mes de octubre del dos mil catorce.—Félix Barrantes
Ureña, Director.—(IN2014074749).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante este
departamento he presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 113, título N° 1572, emitido
por el Liceo Académico de Puriscal, en el año dos mil dos, a nombre de Mesén
Espinoza Carlos José, cédula 1-1235-0798. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los once días del mes de noviembre del dos mil
catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Liliam Mora
Aguilar, Jefa.—(IN2014077259).
DEPARTAMENTO
DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la autorización
extendida por el señor Ministro de Trabajo Seguridad Social, se ha procedido a
la inscripción de la organización social denominada Cooperativa de Servicios
Múltiples de Innovación en Servicios y Bienes R.L., siglas COOPEINNOVA R.L.,
acordada en asamblea celebrada el 24 de agosto del 2014. Resolución 1501-CO. En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la
inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su
publicación en el diario Oficial La Gaceta. El Consejo de Administración
se formó de la siguiente manera:
Presidente: Maikol Cruz Chacón
Vicepresidente: Alejandro Calvo Castillo
Secretario: José Daniel Estrada Sánchez
Vocal 1: Cindy Solís Rodríguez
Vocal 2: Nelson Valerio Aguilar
Suplente 1: María Rosibel Ruiz Fuentes
Suplente 2: Roy Céspedes Rojas
Gerente: María Julia Ruiz Fuentes
San José, 24 de octubre del 2014.—1
vez.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2014074386).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Propiedad
industrial
Cambio
de Nombre N° 93392
Que Aarón
Montero Sequeira, casado una vez, cédula
de identidad 109080006, en calidad de apoderado especial de Triple-S Blue Inc.,
solicita a este registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Atlantic
Southern Insurance Company, por el de Triple-S Blue Inc., presentada el 29
de setiembre de 2014 bajo expediente 93392. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 2014-0005768 TRIPLE-S en clase 36 Marca Mixto.
Publicar en La Gaceta Oficial por única vez de conformidad con el
artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de octubre del 2014.—Rolando
Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2014074857).
Cambio
de Nombre N° 92352
Que María Gabriela Bodden Cordero,
casada, cédula de identidad 701180461, en calidad de apoderado especial de
Deborah Group B.V., solicita a este registro se anote la inscripción de cambio
de nombre de Deborah Cosmetics B. V. por el de Deborah Group B.V., presentada
el 8 de julio de 2014, bajo expediente 92352. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 1993-0004373 Registro N° 85489 DEBORAH en clase 3
marca mixto y 1993-0004374 Registro N° 85731 DEBBY en clase 3 Marca
Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez de conformidad
con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de setiembre
del 2014.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—1 vez.—(IN2014074860).
Patentes de invención
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
EL señor Luis Diego Castro
Chavarría, mayor, abogado, céd 1-669-228, vecino de San José, en su condición
de apoderado especial de Zoetis LLC, de E.U.A., solicita la Patente de
Invención denominada VACUNA DE COMBINACIÓN CONTRA MYCOPLASMA HYOPNEUMONIAE.
La presente invención proporciona una composición inmunogénica multivalente que
incluye una porción soluble de una preparación de células enteras de Mycoplasma
hyopneumoniae (M.hyo), un antígeno del circovirus porcino de tipo 2 (PCV2), en
la que la porción soluble de la preparación de M.hyo está sustancialmente libre
de (i) IgG y (ii) inmunocomplejos compuestos por antígeno unido a
inmunoglobulina. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/02;
A61K 39/12; A61K 39/295; cuyos inventores son Galvin, Jeffrey E, Nitzel,
Gregory P, Garrett, John Keith, Kulawik, James R. II, Ricker, Tracy L, Smutzer,
Megan Marie. Prioridad: 04/04/2012 US 61/620,165; 10/10/2013 // WO/2013/152081.
La solicitud correspondiente lleva el número 20140436, y fue presentada a las
14:22:37 del 22 de setiembre del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de octubre del
2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014073698).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado,
céd 1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de
Zoetis LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada VACUNA DE
COMBINACION CONTRA PCV/MYCOPLASMA HYOPNEUMONIAE /SRRP. La presente
invención proporciona una composición inmunogénica trivalente que incluye una
porción soluble de una preparación de células enteras de Mycoplasma
hyopneumoniae (M.hyo), un antígeno del circovirus porcino de tipo 2 (PCV2) y un
antígeno del virus del SRRP, en la que la porción soluble de la preparación de
M.hyo está sustancialmente libre de (i) IgG y (ii) inmunocomplejos compuestos
por antígeno unido a inmunoglobulina. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A61K 39/02; A61K 39/12; A61K 39/295; cuyos inventores son Nitzel,
Gregory P, Galvin, Jeffrey E, Garrett, John Keith, Kulawik, James R. II,
Ricker, Tracy L, Smutzer, Megan Marie. Prioridad: 04/04/2012 US 61/620,189. La
solicitud correspondiente lleva el número 20140438, y fue presentada a las
14:23:40 del 22 de setiembre del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de octubre del
2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014073706).
La señora María del Milagro
Chaves Desanti, cédula 1-626-794, mayor, abogada, vecina de San José, en
calidad de apoderada especial de LTS Lohmann Therapie-Systeme AG, de Alemania,
solicita la Patente de Invención denominada Sistema de Administración
Transdérmica. La invención se refiere a sistema terapéutico transdérmico para
la administración transdérmica de buprenorfina, que comprende una estructura de
capa auto-adhesiva que contiene buprenorfina. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A6lK 9/70; A61K
31/485; A61P 25/04; cuyos inventores son Hille, Thomas, Wauer, Gabriel,
Smith, Kevin John, Mundin, Qillian Elizabeth, Johnson, Helen Elizabeth,
Prioridad: 12/12/2011 US 61/569,609. La solicitud correspondiente lleva el
número 20140321, y fue presentada a las 09:05:16 del 04 de julio del 2014.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso.—San José, 08 de octubre del 2014. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—Lic. Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—(IN2014074278).
El señor Jorge Tristán Trelles, cédula 1-392-470,
mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de Apoderado Especial de Eli
Lilly And Company, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada
Anticuerpos Anti-Baff-Antil-IL-17 Biespecíficos. Se proporcionan anticuerpos biespecíficos
que específicamente enlazan el Factor de Activación de células B de la Familia
TNF (BAFF) e Interleucina-17A (IL-17) y se caracterizan porque tienen alta
afinidad y fuertes propiedades neutralizantes tanto a BAFF como IL-17. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/24; C07K 16/46; C07K 16/28; cuyos
inventores son Allan, Barrett, Benschop, Robert Jan, Lu, Jirong. Prioridad:
20/04/2012 US 61/636.302/25/02/2013 US 61/768.747. La solicitud correspondiente
lleva el número 20140466, y fue presentada a las 10:22:23 del 06 de octubre del
2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 08 de octubre del 2014.—Lic. Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—(IN2014074280).
La señora María de la Cruz Villanea
Villegas, cédula 1-0984-0695, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de
apoderada especial de Agios Pharmaceuticals Inc, de E.U.A., solicita la patente
de invención denominada COMPUESTOS TERAPÉUTICAMENTE ACTIVOS Y SUS MÉTODOS DE
USO. Se proporcionan compuestos útiles para tratar cáncer y métodos para
tratar cáncer que comprende administrarle a un sujeto que lo necesita un
compuesto que se describe en la presente. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional
de Patentes es: C07D 251/18; C07D 251/26; cuyos inventores son: Cianchetta,
Giovanni, Delabarre, Byron, Popovici-Muller, Janeta, Salituro, Francesco G,
Saunders, Jeffrey O, Travins, Jeremy, Yan, Shunqi, Guo, Tao, Zhang, Li.
Prioridad: 06/01/2012 US 61/584,214. La solicitud correspondiente lleva el
número 20140377 y fue presentada a las 12:05:00 del 8 de agosto del 2014.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 23 de octubre del 2014.—Lic. Randall Abarca Vargas,
Registrador.—(IN2014074406).
La señora María
de la Cruz Villanea Villegas, mayor, abogada, cédula 1-0984-0695, vecina de San
José, en su condición de apoderada especial de Agios Pharmaceuticals Inc., de
E.U.A., solicita la patente de invención denominada: COMPUESTOS
TERAPÉUTICAMENTE ACTIVOS Y SUS MÉTODOS DE USO. Se proporcionan métodos para
tratar un cáncer caracterizado por la presencia de un alelo mutante de IDH1/2
que comprenden administrar a un individuo que lo necesita un compuesto descrito
en la presente. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07C 237/22;
A61K 31/16; A61K 31/38; A61K 31/40; A61K 31/41; A61K 31/495; A61K 35/00, cuyos
inventores son Lemieux, Rene M., Popovici-Muller, Janeta, Travins, Jeremy, Cai,
Zhenwei, Cui, Dawei, Zhou, Ding. Prioridad: 19/01/2012 CN 2013/070601;
25/07/2013 // WO2013/107291. La solicitud correspondiente lleva el número
20140388 y fue presentada a las 14:38:51 del 18 de agosto del 2014. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario
oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 23 de octubre del 2014.—Lic. Melissa Solís Zamora,
Registradora.—(IN2014074408).
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
Civiles
AVISOS
Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Descanso
Eterno con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Aguirre, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: Mantener en buen estado de ornato
y conservación las parcelas, mausoleos, tumbas y demás sitios particulares del
cementerio de Damas de Quepos. Cuyo representante, será el presidente: Juan
Alvarado Corrales, con las facultades, que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento tomo: 2014, asiento: 195104.—Dado en el
Registro Nacional, a las 10 horas 28 minutos y 30 segundos, del 23 de octubre
del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—O.C. N° 126865.—
(IN2014074468).
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el
estatuto de la entidad denominada: Asociación de Productores Los Aguirre, San
Ramón de Bagaces, Guanacaste, con domicilio en la provincia de Guanacaste.
Cuyos fines entre otros serán los siguientes: educar a la población en el
desarrollo de actividades agropecuarias en armonía con el medio ambiente. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto, lo es la presidenta: Gabriela Rodríguez Salguera. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a
partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Tomo: 2013, asiento: 177698.—Curridabat, doce de
setiembre del dos mil trece.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director a.
í.—1 vez.—(IN2014074521).
Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de
Agricultores Unidos de Tucurrique, con domicilio en la provincia de:
Cartago-Cartago, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Dar a
los asociados con terrenos aptos para la agricultura todo el apoyo para que
saquen provecho de dichos terrenos. Cuyo representante, será el presidente:
Manuel Antonio Ramírez Calderón, con las facultades que establece el estatuto.
Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la
Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento Tomo: 2014 Asiento: 220720. Dado en el
Registro Nacional, a las 9 horas 10 minutos y 14 segundos, del 14 de octubre
del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014074584).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Cívica
Nicoyana, con domicilio en la provincia de: Guanacaste-Nicoya, cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: contribuir al desarrollo del cantón
de Nicoya. Cuyo representante será el presidente: Luis Ángel Fonseca Rojas, con
las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus
reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2014, asiento: 182901, con adicional: 2014-244279. Dado en el
Registro Nacional, a las 12 horas 2 minutos y 32 segundos del 29 de octubre del
2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014074630).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula; 3-002-674485, denominación: Asociación Adulto Mayor el Mayor Amor de
Artola. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del
08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2014, asiento: 270293. Dado en el Registro Nacional, a
las 10 horas 53 minutos y 10 segundos del 15 de octubre del 2014.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014074641).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
Habilitación de
notario (a) público (a). La Dirección Nacional de Notariado con oficinas en
Curridabat, diagonal al Colegio de Ingenieros y Arquitectos, Edificio Galerías
del Este, hace saber: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
inscripción y habilitación como delegatario para ser y ejercer la función
pública estatal del notariado, por parte de: Marisol Pereira Hernández, con
cédula de identidad N° 1-1003-0211, carné de abogado N° 21796. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante,
a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los quince
(15) días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente N°
14-001401-0624-NO.—San José, 30 de octubre del 2014.—Unidad Legal
Notarial.—Lic. Anaida Cambronero Anchía, Abogada.—1 vez.—(IN2014076220).
Habilitación de
notario (a) público (a). La Dirección Nacional de Notariado con oficinas en
Curridabat, diagonal al Colegio de Ingenieros y Arquitectos, Edificio Galerías
del Este, hace saber: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
inscripción y habilitación como delegatario para ser y ejercer la función
pública estatal del notariado, por parte de: Esteban Hernández Álvarez, cédula
de identidad N° 4-0199-0768, carné profesional N° 21775. De conformidad con lo
dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan
hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto
de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los quince (15)
días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente N° 14-001455-0624-NO.—San
José, 4 de noviembre del 2014.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Jeffry Juárez
Herrera, Abogado.—1 vez.—(IN2014076266).
Habilitación de
notario (a) público (a). La Dirección Nacional de Notariado con oficinas en
Curridabat, diagonal al Colegio de Ingenieros y Arquitectos, Edificio Galerías
del Este, hace saber: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
inscripción y habilitación como delegatario para ser y ejercer la función
pública estatal del notariado, por parte de: Ivannia Martínez Navarro, con
cédula de identidad N° 1-1414-0775, carné N° 22015. De conformidad con lo
dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan
hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que
lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los quince (15) días
hábiles siguientes a esta publicación. Expediente N° 14-001422-0624-NO.—San
José, 26 de mayo del 2014.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias
Villalobos, Abogado.—1 vez.—(IN2014076400).
DIRECCIÓN
DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Exp. 5253A.—Lirio Carvajal Barrantes y
Flor Ramírez Esquivel, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del
nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Emilio Gonzelez Vásquez
en Piedades Sur, San Ramón, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico.
Coordenadas 233.800 / 476.600 hoja Miramar. Predios inferiores: No se indican.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 15 de octubre de 2014.—Departamento
de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014073638).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Exp. N°
11106A.—Plantas y Flores Ornamentales Cabh S.A., solicita concesión de: 0,76
litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca
de Rafael Sanabria Aguilar en Llano Grande, Cartago, Cartago, para uso consumo
humano, doméstico y riego. Coordenadas 213.800 / 543.750 hoja Istarú. Predios
inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de
julio de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2014074014).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Exp. 10981A.—Los Urales S. A.,
solicita concesión de: 1,77 litros por segundo del Río La Unión, efectuando la
captación en finca de el mismo en San Pedro (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, San
José, para uso abrevadero y riego. Coordenadas 140,240 / 586,765 hoja Repunta.
Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 1° de setiembre de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—(IN2014063304).
Exp. 14237P.—Leonamar Germanio Treinta
y Dos S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo de acuífero (pozo
TS-88), efectuando la captación en finca de Condominio Residencial Las Lapas en
Tárcoles, Garabito, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico
autoabastecimiento en condominio. Coordenadas 188.740 / 465.935 hoja Tárcoles.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 17 de mayo de 2012.—José Miguel
Zeledón Calderón, Director.—(IN2014063326).
Registro
Civil-Departamento Civil
SECCIÓN
DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que
en diligencias de ocurso incoadas por Raquel Esther Aguilar Alvarado, este
Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
2913-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las diez horas del tres de setiembre del dos mil catorce. Exp. Nº
27777-2014. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:...,
II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de
Fanny Rebeca Pacheco Alvarado... en el sentido que el nombre y los apellidos de
la madre... consecuentemente el segundo apellido de la misma son “Raquel Esther
Aguilar Alvarado” y “Aguilar” respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños
Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2014074538).
Se hace saber que este Registro en diligencias de
ocurso incoadas por Maribel Silva Cisnero, ha dictado una resolución que en lo
conducente dice: Resolución Nº 3081-2014.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas quince minutos
del diez de setiembre de dos mil catorce. Ocurso. Exp. N° 21891-2014.
Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:...,
II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de
Kevin Alejandro Silva Cisneros, en el sentido que el segundo apellido de la
madre de la persona ahí inscrita, consecuentemente el segundo apellido del
mismo es “Cisnero”, el asiento de nacimiento de Dayana Paola Ureña Silvas, en
el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita,
consecuentemente el segundo apellido de la misma son “Silva Cisnero” y “Silva”
respectivamente y el asiento de nacimiento de Kendal Steven Silvas Cisnero, en
el sentido que el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita,
consecuentemente el primer apellido del mismo es “Silva”.—Lic. Luis Antonio
Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2014074557).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas
por Dayane Marizela Betanco Meléndez, este Registro ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución Nº 2840-2014.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez
horas cincuenta minutos del primero de setiembre del dos mil catorce. Exp. Nº
21425-2014. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de
nacimiento de Cristhian Alexander y Randall Isaac, ambos de apellidos Aguilera
Betanco... en el sentido que el nombre de la madre... es “Dayane
Marizela”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014074560).
Se hace saber que
este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Jahaira del Socorro
Manzanárez Lumbi, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución N° 1375-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las trece horas dieciocho minutos del doce de mayo de
dos mil catorce. Exp. N° 10097-2014. Resultando 1.-... 2.-...Considerando: I.-
Hechos Probados:... II.- Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento
de nacimiento de Yeilyn Stacy Manzanares Lumbi... en el sentido que el nombre y
el primer apellido de la madre son “Jahaira del Socorro” y “Manzanárez”,
respectivamente y en consecuencia el primer apellido de la persona ahí inscrita
es “Manzanárez”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a.
í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014074603).
Se hace saber que
este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Carla Patricia Lira
Sequeira, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N°
2681-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las doce horas veinte minutos del veintidós de agosto de dos mil
catorce. Exp. N° 31133-2013. Resultando 1.... 2.-... Considerando: I.- Hechos
Probados:... II.-Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Cristhian Daniel Lira Sequeira... en el sentido que el nombre de
la madre del mismo es “Carla Patricia”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños,
Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2014074644).
Se hace saber que este Registro Civil en
diligencias de ocurso incoadas por Flor María Marín Durán, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1008-2014.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho
horas treinta minutos del veintiocho de marzo del dos mil catorce. Exp. N°
53158-2013. Resultando 1.-..., 2.-... Considerando: I.- Hechos Probados:...,
II.- Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de
Yordin Adrián Fallas Marín... en el sentido que el primer nombre... es
“Jordy”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014074646).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Martina Yesenia Vindel Rodríguez, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2996-2014.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho
horas cinco minutos del ocho de setiembre de dos mil catorce. Ocurso. Exp. N°
14043-2014. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I. Hechos
Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Katherine Lisette Mindel Rodríguez, en el sentido que el nombre y
el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita, consecuentemente el
primer apellido de la misma son “Martina Yesenia”, “Vindel” y “Vindel”
respectivamente, el asiento de nacimiento de José Alberto Romero Vindell, en el
sentido que el primer nombre y el primer apellido de la madre de la persona ahí
inscrita, consecuentemente el segundo apellido del mismo son “Martina”,
“Vindel” y “Vindel” respectivamente, el asiento de nacimiento de Gerald Fabián
Romero Vindell, en el sentido que el primer nombre y el primer apellido de la
madre de la persona ahí inscrita, consecuentemente el segundo apellido del
mismo son “Martina Yesenia”, “Vindel” y “Vindel” respectivamente, el asiento de
nacimiento de Jefferson Daniel Vindel Rodríguez y el asiento de nacimiento de
Joselyn Mariela Vindel Rodríguez, en el sentido que el nombre de la madre... es
“Martina Yesenia”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a.
í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014074649).
Registro
Civil-Departamento Civil
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos
de solicitud de naturalización
Édgar Augusto Moreno Echeverri, mayor,
soltero, servicios profesionales, colombiano, cédula de residencia N°
117000967315, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud para que los presenten por escrito a este registro dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Exp.912-2012.—San José, 20 de octubre de 2014.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores
Jefe a. í.—1 vez.—(IN2014074585).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2014LA-000030-BCCR
Servicio
de lavandería de prendas varias según demanda
El Departamento
de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica (BCCR) le invita a participar en
la Licitación Abreviada N° 2014LA-000030-BCCR, servicio de lavandería de
prendas varias según demanda, se recibirán ofertas por escrito en original
impreso, junto con una copia idéntica al original en sobre cerrado
identificado, hasta las 10:00 horas del 24 de noviembre del 2014, según reloj
marcador del Departamento de Proveeduría, ubicado en el primer piso del
edificio Principal del BCCR, Avenidas Central y primera, calles 2 y 4.
Reunión previa a recepción de ofertas: a los
interesados en participar en esta contratación, se les invita a asistir a la
reunión que se realizará por única vez el 18 de noviembre del 2014 a las 14:00
horas, en las oficinas del Departamento de Proveeduría. Dicha reunión estará
dirigida por la funcionaria Olga Delgado S., Encargada General de la
Contratación, con la finalidad de evacuar consultas en cuanto a los alcances de
la contratación.
Los interesados pueden retirar el cartel en el
Departamento de Proveeduría de este Banco, edificio principal, avenida central
y primera, calles 2 y 4, en el siguiente horario: de lunes a viernes de 9:15 a.
m., a 4:00 p. m., en forma gratuita, o en la siguiente dirección electrónica a
partir del día hábil siguiente a la fecha de su publicación:
http://www.bccr.fi.cr/contrataciones/.
Quienes adquieran el cartel por este último medio
deberán consignar la información que se solicita al accederlo. El
incumplimiento de este requisito exonera al BCCR la no comunicación de posibles
Fe de Erratas y/o avisos que se puedan generar en el concurso.
San José, 10 de noviembre del
2014.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—O. C. N° 2014013531.—Solicitud N°
22870.—C-30210.—(IN2014077362).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2014LA-000017-99999
Compra
de montacargas
La Universidad Estatal a Distancia
(UNED), requiere la compra de un montacargas de 2.5 toneladas para el
equipamiento del Almacén General de la UNED.
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá
ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 8 de diciembre del 2014.
Los interesados tienen el cartel a disposición vía
internet, en forma gratuita, en el sistema de Compr@Red, en la página WEB del Ministerio
de Hacienda, a partir de esta fecha. También pueden obtenerlo en la Oficina de
Contratación y Suministros, previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones con cero
céntimos), en las cajas de la Oficina de Tesorería, Sede Central de la UNED,
sita 800 metros este de la Rotonda de la Bandera, carretera a Sabanilla, Montes
de Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos, 2253-2907, 2224-6739 y
2234-3236 ext. 3271.
Sabanilla, 12 de noviembre del
2014.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche,
Jefa.—1 vez.—Solicitud N° 22886.—(IN2014077333).
ÁREA
DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
ABREVIADA 2014LA-000144-05101
Mepivacaina
clorhidrato al 3% (30 mg/ml). Solución
inyectable.
Sin preservantes. Cartuchos de vidrio con
1.8 ml. No contiene vasoconstrictores, sin
bisulfito
de sodio. Código: 1-10-19-4172
Se informa a los
interesados que está disponible en la Plataforma electrónica Compra Red el
cartel de la Licitación Abreviada 2014LA-000144-05101, para la adquisición de:
Ítem único: 90000 AM Mepivacaina clorhidrato al 3% (30 mg/ml). Solución
inyectable. Sin preservantes. Cartuchos de vidrio con 1.8 ml. No contiene
vasoconstrictores, sin bisulfito de sodio. Código: 1-10-19-4172
Apertura de ofertas: a las
09:00 horas del 12 de diciembre 2014.
San José, 12 de
noviembre del 2014.—Línea de Producción de Medicamentos.—Licda. Joanna Quirós
Alvarado, Jefa a. í.—1 vez.—O. C. N° 2112.—Solicitud N°
61094.—C-15150.—(IN2014077377).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2014LA-000146-05101
Cloruro
de sodio 0,9% (9 mg / ml) solución isotónica
inyectable.
Bolsa libre de PVC o envase de vidrio
con
500 ml. Solución estéril isotónica,
Apirogénica,
transparente, incolora
Código:
1-10-43-4555
Se informa a los interesados que está
disponible en la Plataforma electrónica Compra Red el cartel de la Licitación
Abreviada 2014LA-000146-05101, para la adquisición de: Ítem Único: 15600 UD
Cloruro de sodio 0,9% (9 mg / ml) solución isotónica inyectable. Bolsa libre de
PVC o envase de vidrio con 500 ml. Solución estéril isotónica, Apirogénica,
transparente, incolora. Código: 1-10-43-4555.
Apertura de ofertas: a las
11:00 horas del 12 de diciembre 2014.
San José, 12 de
noviembre del 2014.—Línea de Producción de Medicamentos.—Licda. Joanna Quirós
Alvarado Jefa a í.—1 vez.—O. C. N° 2112.—Solicitud N°
61093.—C-15370.—(IN2014077379).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2014LA-000145-05101
Epirubicina
clorhidrato 50 mg. Polvo liofilizado inyectable.
FCO
- AMP de 25 ml, a 37 ml, con o sin diluente
adjunto
y con o sin preservante o epirubicina
clorhidrato
2 mg/ml. Código: 1-10-41-4950
Se informa a los
interesados que está disponible en la Plataforma electrónica Compra Red el
cartel de la Licitación Abreviada 2014LA-000145-05101, para la adquisición de:
Ítem Único: 16740 FA Epirubicina clorhidrato 50 mg. Polvo liofilizado
inyectable. FCO - AMP de 25 ml, a 37 ml, con o sin diluente adjunto y con o sin
preservante o epirubicina clorhidrato 2 mg/ml Código: 1-10-41-4950
Apertura de ofertas: a las
10:00 horas del 12 de diciembre 2014.
San José, 12 de
noviembre del 2014.—Línea de Producción de Medicamentos.—Licda. Joanna Quirós
Alvarado Jefa a. í.—1 vez.—O. C. N° 2112.—Solicitud N°
61092.—C-15270.—(IN2014077380).
HOSPITAL
DR. TONY FACIO CASTRO
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2014LA-000013-2601
Objeto
del concurso: Suministro de pan y repostería,
bajo
la modalidad de entrega según demanda
Fecha apertura de ofertas: miércoles
26 de noviembre del 2014, a las 01:00 p. m.
Los interesados pueden adquirir
el cartel en la Subárea de Contratación Administrativa del Hospital, ubicada
frente a la puerta principal del Servicio de Rayos X, de 07:30 a. m. a 02:30 p.
m., valor del cartel en ventanilla ¢440,00 o bien los interesados pueden
solicitarlo mediante oficio al fax: 2758-0932, posterior a su cancelación
mediante depósito a la cuenta del Banco Nacional de Costa Rica N°
100-01-000-003599-8, valor del cartel por fax: ¢2.200,00.
Limón, 11 de
noviembre del 2014.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Kris Guillén
Rojas, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2014077491).
DIRECCIÓN
REGIONAL DE SUCURSALES BRUNCA
UNIDAD
PROGRAMÁTICA 1601
CONTRATACIÓN
DIRECTA N° 2014CD-000006-1601
Llantas
para vehículo institucional
de la Dirección
Regional de Sucursales Brunca-CCSS
Comunico a todos los interesados,
que se encuentra disponible el cartel de la contratación anteriormente
mencionada, el cual podrá obtener mediante la Subárea de Gestión Administrativa
y Logística de la Dirección Regional Sucursales Brunca, cita en Pérez Zeledón,
San Isidro de El General, costado sur del Mercado Municipal, Plaza Villa
Herrera o mediante planteamiento escrito al facsímil 2772 4485, este último con
indicación del número de fax al que se debe enviar cartel, así como número de
teléfono de la empresa o persona solicitante. La apertura de ofertas se
realizará al ser las 10:30 horas del 21 de noviembre del 2014. Mayores detalles
en http://www.ccss.sa.cr
Pérez Zeledón, San Isidro de El
General, 11 de noviembre del 2014.—Subárea Gestión Administrativa y
Logística.—Lic. Luis Alberto Agüero Cordero, Director Regional.—1
vez.—(IN2014077567).
CONTRATACIÓN
DIRECTA N° 2014CD-000007-1601
Útiles
y materiales de limpieza para la Dirección Regional
y Sucursales de
la Región Brunca-CCSS
Comunico a todos los interesados,
que se encuentra disponible el cartel de la contratación anteriormente
mencionada, el cual podrá obtener mediante la Subárea de Gestión Administrativa
y Logística de la Dirección Regional Sucursales Brunca, cita en Pérez Zeledón,
San Isidro de El General, costado sur del Mercado Municipal, Plaza Villa
Herrera o mediante planteamiento escrito al facsímil 2772 4485, este último con
indicación del número de fax al que se debe enviar cartel, así como número de
teléfono de la empresa o persona solicitante. La apertura de ofertas se
realizará al ser las 13:30 horas del 21 de noviembre del 2014. Mayores detalles
en http://www.ccss.sa.cr
Pérez Zeledón, San Isidro de El
General, 11 de noviembre del 2014.—Subárea Gestión Administrativa y
Logística.—Lic. Luis Alberto Agüero Cordero, Director Regional.—1
vez.—(IN2014077573).
PROCESO
DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2014LA-000023-02
Servicios
de mantenimiento correctivo
para
Centrales Telefónicas, Fax y Teléfonos
de
la Unidad Regional Central Oriental,
según
demanda, con cuantía estimada
El Proceso de Adquisiciones de la
Unidad Regional Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje estará
recibiendo ofertas por escrito hasta las 12:00 horas del 09 de diciembre del
2014. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es
gratuito, en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central
Oriental, ubicado de Pizza Hut Paseo Colón, 250 metros al sur contiguo a la
iglesia San Juan Bosco, edificio Don Bosco, Primer Nivel, o bien ver la página
web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. N° 23220.—Solicitud
N° 22941.—C-68540.—(IN2014077618).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2014LA-000031-01
Compra
de impresora
El Proceso de Adquisiciones de la Sede
Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por
escrito hasta las 08:00 horas del 01 de diciembre del 2014. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de
Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o
bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N°
23220.—Solicitud N° 22948.—C-13090.—(IN2014077631).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2014LA-000021-02
Servicios
de mantenimiento correctivo
para
impresoras, proyectores, computadoras
(portátil,
PC, all in one) y escáner para la
Unidad
Regional Central Oriental,
según
demanda, con
cuantía
estimada
El Proceso de Adquisiciones de la
Unidad Regional Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje estará
recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 09 de diciembre del
2014. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es
gratuito, en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central
Oriental, ubicado de Pizza Hut Paseo Colón, 250 metros al sur contiguo a la
iglesia San Juan Bosco, edificio Don Bosco, primer nivel, o bien ver la página
web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. N° 23220.—Solicitud
N° 22947.—C-17970.—(IN2014077634).
COMPRA
DIRECTA Nº 2014CD-000397-01
Servicio
de apoyo para la elaboración
de
ensayo y memoria de los
50
años del INA
El Proceso de Adquisiciones de la Sede
Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por
escrito hasta las 08:00 horas del 24 de noviembre del 2014. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de
Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o
bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N°
23220.—Solicitud N° 22945.—C-14010.—(IN2014077635).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2014LA-000022-02
Servicios
de mantenimiento correctivo
para
fotocopiadoras de la Unidad
Regional
Central Oriental,
según demanda,
con
cuantía estimada
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional
Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo
ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del 09 de diciembre del 2014. Los
interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el
Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental, ubicado de
Pizza Hut Paseo Colón, 250 metros al sur contiguo a la iglesia San Juan Bosco,
edificio Don Bosco, primer nivel, o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. N° 23220.—Solicitud N° 22944.—C-16780.—(IN2014077636).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2014LA-000027-02
Suministro
de conjuntos válvula-actuador
La Dirección de
Suministros de Recope invita a participar en la Licitación Abreviada N°
2014LA-000027-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo
piso de las Oficinas Centrales de Recope, Edificio Hernán Garrón, sita en
Urbanización Tournón Norte San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La
República, hasta las 10:00 horas del día 04 de diciembre del 2014.
Se les informa a los proveedores
y demás interesados que los carteles únicamente estarán disponibles a través de
la página WEB de Recope www.recope.go.cr.
Se recuerda a los proveedores y
demás interesados que a través del sitio WEB www.recope.com, se encuentran
publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por
RECOPE.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma
Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. N° 2014000175.—Solicitud N°
22843.—C-15860.—(IN2014077368).
DIRECCIÓN
DE PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2014LN-000002-55500
Arrendamiento
de equipo de cómputo según demanda
La
Dirección de Proveeduría Institucional del Ministerio de Educación Pública informa,
que mediante resolución N° 317-2014 de las 14:00 horas del 10 de noviembre del
2014, se resuelve adjudicar la licitación arriba indicada de la siguiente
manera:
Línea |
Cantidad adjudicada |
Descripción del bien adjudicado |
Valor unitario adjudicado |
Adjudicatario |
1 |
1 |
Microcomputadoras portátiles Hewlett
Packard Probook 640 G1 |
$42,93 |
Componentes El Orbe S. A. |
2 |
1 |
Microcomputadoras portátiles Hewlett
Packard 650 G1 |
$30,49 |
|
3 |
1 |
Microcomputadoras de escritorio
Hewlett Packard Prodesk 600 G1 |
$29,91 |
|
4 |
1 |
Microcomputadoras de escritorio
Hewlett Packard Prodesk 600 G1 |
$31,91 |
|
5 |
1 |
Micro-computadoras Workstation Hewlett
Packard Workstation Z420 |
$72,36 |
|
6 |
1 |
Microcomputadoras Workstation Hewlett
Packard Workstation Z420 |
$69,05 |
Todo lo anterior, conforme a los
términos establecidos en el cartel y las ofertas presentadas en este proceso.
Los interesados podrán visualizar la resolución de
adjudicación en el Sistema Compr@RED2.0 de Internet a partir de esta fecha en
la dirección: www.hacienda.go.cr/comprared
San José, 10 de noviembre del
2014.—Lic. Rosario Segura Sibaja, Directora.—1 vez.—O. C. N° 21341.—Solicitud
N° 3627.—C-22420.—(IN2014077517).
MUSEO
CALDERÓN GUARDIA
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2014LN-000008-75103
Mejoramiento
del edificio del Museo Calderón Guardia
La Proveeduría Institucional del
Ministerio de Cultura y Juventud avisa a todos los interesados en esta
licitación, que se dictó el acto de adjudicación el día 11 de noviembre, a las
03:40 horas.
El interesado tiene esta
resolución de adjudicación a disposición en el Sistema CompraRed, en la
dirección: https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta
notificación, o podrá obtenerla en la Proveeduría Institucional del Ministerio
de Cultura y Juventud, que se encuentra en la antigua Fanal, frente al Parque
España.
Todo de acuerdo con los términos del cartel y la
oferta.
San José, agosto del 2014.—Luis Rafael
Núñez Bohórquez, Director General.—1 vez.—(IN2014077446).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL ARCHIVO NACIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA INTERNACIONAL
N°
2014LI-000103-00100
Compra
e instalación de estantería móvil
para
uso en Archivo Histórico
La Proveeduría Institucional del
Archivo Nacional comunica a los interesados que el resultado del concurso
descrito ha resultado infructuoso. La información del trámite se encuentra
disponible a través del sistema Comprared en la siguiente dirección
electrónica: https://www.hacienda.go.cr/comprared.
San José, 11 de noviembre del
2014.—Lic. Elías Vega Morales, MBA., Proveedor Institucional.—1
vez.—(IN2014077447).
GERENCIA
DE LOGÍSTICA
ÁREA
DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
PÚBLICA 2014LN-000032-05101
Venda
elástica de 10 cms ± 1 mm
Se informa a todos los interesados que
el Ítem único de este concurso se adjudicó a la empresa Elástica Surquí S. A.,
por un monto total de $216.960,00 (doscientos dieciséis mil novecientos sesenta
dólares).
San José, once de noviembre del 2014.—Andrea
Vargas Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C 2112.—Solicitud 61091.—C-7790.—
(IN2014077374).
PROCESO
DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN
ABREVIADA 2014LA-000027-01
Compra
de Switch de 24 Puertos
para
Montaje Rack sin Poe
El Proceso de Adquisiciones de la Sede
Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, en acta 412-2014, artículo
único, recomienda adjudicar la contratación con base en el dictamen técnico y
elementos de adjudicación de la siguiente manera:
a. Adjudicar
la Licitación Abreviada N° 2014LA-000027-01, Compra de Switch de 24 Puertos
para Montaje Rack sin Poe, en los siguientes términos:
b. Adjudicar
la línea 1, a la oferta 6 presentada por Tecnova Soluciones S. A., por
un monto de $26.926,80 por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un
precio razonable y con un plazo de entrega de 15 días hábiles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N°
23220.—Solicitud N° 22940.—C-16560.—(IN2014077601).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2014LA-000016-01
Compra
de muebles y artículos de madera
con
elementos de metal para Centros de
Formación
y Administrativos
La Comisión Local Central de
Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión Nº 27-2014, del
día 07 de noviembre del 2014, artículo III, tomó el siguiente acuerdo:
a. Adjudicar
la Licitación Abreviada 2014LA-000016-01 para la compra de muebles y artículos
de madera con elementos de metal para Centros de Formación y Administrativos,
según el dictamen técnico NTM-PGA-330-2014, en el dictamen legal ALCA-596-2014,
realizados por las dependencias responsables de analizar las ofertas; así como
en los elementos de adjudicación consignados en el punto 8 del cartel, de la
siguiente manera:
• Adjudicar
la línea Nº 1, Nº 2 y Nº 3 a la oferta Nº 1 de la empresa Muebles ABC Mil
Novecientos Cincuenta SRL., por un monto de ¢1.735.126,00, por cumplir con
lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio razonable. Con un plazo de
entrega de 30 días hábiles.
• Adjudicar la línea Nº 5 (base), y Nº 6 a la
oferta Nº 3 de la empresa Basic Seats Limitada, por un monto de
¢8.422.000,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio
razonable. Con un plazo de entrega de 30 días hábiles.
• Adjudicar la línea Nº 10 a la oferta Nº 4 de
la empresa Mobi-Centro Ltda, por un monto de ¢420.000,00, por cumplir
con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio razonable. Con un plazo de
entrega de 15 días hábiles.
• Adjudicar la línea Nº 11 y Nº 12 a la oferta
Nº 7 de la empresa Muebles Crometal S. A., por un monto de
¢2.770.000,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio
razonable. Con un plazo de entrega de 30 días hábiles (línea Nº 11) y 15 días
hábiles (línea Nº 12).
• Adjudicar la línea Nº 4, Nº 7, Nº 8 y Nº 9 a
la oferta Nº 10 de la empresa Amoblamientos Fantini S. A., por un monto
de ¢3.526.440,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio
razonable. Con un plazo de entrega de 30 días hábiles (líneas Nº 4, Nº 7, Nº
8), en el caso de la línea Nº 9 el plazo de entrega es de 20 días hábiles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N°
23220.—Solicitud N° 22938.—C-39800.—(IN2014077605).
COMPRA
DIRECTA 2014CD-000130-09
Contratación
de servicios de alquiler de instalaciones,
seguridad
y vigilancia, limpieza, instalación de stand,
sonido,
mobiliario, iluminación, estructuras
y
alimentación para realizar Feria Pymes
INA
de Heredia
El Proceso de Adquisiciones de la
Unidad Regional de Heredia en acta 087-2014, artículo II, de fecha 11 de
noviembre del 2014, acordó:
De conformidad con el informe de recomendación
URHE-PA-1128-2014, el estudio técnico URHE-899-2014, se recomienda para el
trámite de “Contratación de servicios de alquiler de instalaciones, seguridad y
vigilancia, limpieza, instalación de stand, sonido, mobiliario, iluminación,
estructuras y alimentación para realizar Feria Pymes INA de Heredia”
2014CD-000130-09 lo siguiente:
Declarar infructuoso el trámite por
incumplimientos técnicos, al no ajustarse el oferente a elementos esenciales
del concurso, como lo estipula el artículo 86 del Reglamento de la Ley de
Contratación Administrativa.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic.
Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 23220.—Solicitud N°
22936.—C-63600.—(IN2014077610).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2014LA-000019-01
Compra
de servicios de instalación de la Red de Datos
en
edificio de la USU en la Sede Central INA, Uruca
La Comisión Local Central de
Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión Nº 27-2014, del
día 07 de noviembre del 2014, artículo IV, tomó el siguiente acuerdo:
a) Adjudicar
la Licitación Abreviada 2014LA-000019-01 para la compra de servicios de instalación
de la Red de Datos en edificio de la USU en la Sede Central INA, Uruca, según
el dictamen técnico USST-ADQ-428-2014, en el dictamen legal ALCA-607-2014,
realizados por las dependencias responsables de analizar las ofertas; así como
en los elementos de adjudicación consignados en el punto 8 del cartel, de la
siguiente manera:
• Adjudicar la línea Nº 1 a la oferta Nº 2 de
la empresa Integracom de Centroamérica S. A., por un monto de
$90.926,16, por cumplir con lo estipulado en el cartel, y ofrecer un precio
razonable. Con un plazo de entrega de 30 días hábiles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N°
23220.—Solicitud N° 22943.—C-21350.—(IN2014077622).
LICITACIÓN
PÚBLICA 2014LN-000002-01
(Notificación
dejar sin efecto)
Servicio
solución de red inalámbrica por medio de servicios
administrados,
para sede central y otros sitios del INA
El Proceso de Adquisiciones del
Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en
participar en la Licitación Pública 2014LN-000002-01, “Servicio solución de red
inalámbrica por medio de servicios administrados, para sede central y otros
sitios del INA”, que conforme a lo indicado la comunicación del acuerdo de
Junta Directiva Nº 384-2014-JD se deja sin efecto de forma inmediata el trámite
de la licitación supracitada, en virtud del interés público superior de buscar
integralidad de los proyectos INA-Virtual y el proyecto de Red Inalámbrica.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N°
23220.—Solicitud N° 22950.—C-17340.—(IN2014077633).
REMATE
Nº 01-2014
18
VEHICULOS
1. El Instituto
de Fomento y Asesoría Municipal IFAM, comunica que el 09 de diciembre de 2014 a
las 10:00 horas en la Sala de Capacitación Leonardo Amador de las oficinas
centrales del IFAM, ubicadas en la Urbanización Los Colegios Moravia en
edificio IFAM. avenida 6, calle 39 a, número 80, San José Moravia, San Vicente
(De las antiguas instalaciones del Colegio Lincoln 200 oeste, 100 sur y 200
oeste), se realizará el remate de 18 vehículos propiedad del IFAM.
2. El
precio base de cada vehículo es el establecido en el avalúo AV-ADM. Nº ATSJO-AVA131-2014
realizado por el Área de Valoraciones Administrativas de la Dirección General
de la Tributación Directa.
3. Previo
al remate los interesados podrán ver los bienes a rematar los días 25, 26 y 27
de noviembre de 2014, en el horario de 9:00 a las 15:00 horas, en el parqueo de
empleados del IFAM, para ello deberá coordinarse cita con el Lic. Luis Romero
Barquero al teléfono 2507-1064.
4. El
adjudicatario deberá cancelar en concepto de garantía de cumplimiento, el
equivalente al 10% del monto del avalúo de cada uno de los bienes adjudicados.
Para cancelar el monto de los bienes adquiridos, el adjudicatario dispondrá de
tres días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación. Posteriormente al pago
se formalizará en escritura pública.
5. Una
vez confeccionada la escritura pública, el adjudicatario se deberá retirar los
vehículos adquiridos, en un período no mayor de 5 días hábiles contados a
partir de la entrega de la escritura, en un horario de 8:00 a las 15:00 horas.
6. Si el adjudicatario no efectuara la cancelación
total del precio, la Administración declarará de inmediato insubsistente la
adjudicación y perseguirá el incumplimiento por los daños y perjuicios
irrogados y demás responsabilidades en que hubiere incurrido, sin perjuicio de
la pérdida de la garantía de cumplimiento indicada, a favor de la
Administración.
7. En
el momento de constatarse la falta de cancelación, se adjudicará el bien al
segundo mejor postor, si este manifiesta su anuencia, y se le conferirá un
plazo de tres días hábiles para que cancele la totalidad del precio.
8. Concluido
el remate, se suscribirá un acta dando fe de los bienes rematados, de los
adjudicados, del precio respectivo, del nombre, número de cédula de identidad y
demás datos de los adjudicatarios y de las incidencias relevantes del acto.
9. Cualquier
condición no contemplada en la presente publicación, se regirá de conformidad
con las disposiciones pertinentes que señala la Ley de Contratación
Administrativa y su reglamento.
10. Para
cualquier información adicional, dirigirse a la Sección de Proveeduría del
IFAM, Tel. 2507-1110.
ANEXO N° 1
AVALUO
ADMINISTRATIVO AV-ADM. N° AV-ADM. N° ATSJO-AVA131-2014
DETALLE DE 18 VEHÍCULOS
Ítem |
Placa |
Marca |
Estilo |
Año |
Tipo |
Motor |
Chasis |
Capacidad |
Situación Tributaria |
avalúo (en
colones) |
observaciones |
1 |
59-222 |
Toyota |
Tercel DLX |
2000 |
manual, delantera.4X2 |
SE-1398566 |
EL530392522 |
5 Personas |
Tiene pago derechos de Aduana |
2.400.000,00 |
Presenta rayones comunes por el uso diario, como en parachoques
delantero lado izquierdo, rayón alargado en la puerta trasera derecha, golpe
en guardafangos delantero izquierdo. Leves piquetes en la tapa del
motor. EXTRAS O ELEMENTOS: Radio casette, ventilador, botaguas. |
2 |
59-223 |
Toyota |
Tercel DLX |
2000 |
Manual, delantera.4X2 |
SE-1399097 |
EL530392642 |
5 Personas |
Tiene pago derechos de Aduana |
2.500.000,00 |
Presenta rayones comunes por el uso diario, “camanances” o pequeños
hundimientos y piquetes en la tapa del motor.
EXTRAS O ELEMENTOS:
Radio casette, ventilador, botaguas |
3 |
59-224 |
Toyota |
Tercel DLX |
2000 |
manual, delantera.4X2 |
SE-1401364 |
EL530393398 |
5 Personas |
Tiene pago derechos de Aduana |
2.400.000,00 |
Presenta rayones comunes por el uso diario, “camanances” en las 2
puertas traseras y en la tapa del motor, además piquetes en la misma. EXTRAS O ELEMENTOS: Radio casette,
ventilador, botaguas. |
4 |
59-225 |
Toyota |
Tercel DLX |
2000 |
manual, delantera.4X2 |
SE-1401345 |
EL530393427 |
5 Personas |
Tiene pago derechos de Aduana |
2.500.000,00 |
Presenta rayones comunes por el uso diario, además
piquetes en la tapa del motor, un golpe en la puerta trasera izquierda. ESTRAS O
ELEMENTOS: Radio casette, ventilador,
botaguas. |
5 |
59-226 |
Toyota |
Hilux DLX |
2000 |
Trasera, manual |
3L4773435 |
LN1660029005 |
6 Personas |
Tiene pago derechos de Aduana |
4.500.000,00 |
El vehículo tiene fuertes rayones en la cabina al
lado izquierdo detrás de la puerta,2 hundimientos en el techo,a demás leves
rayones comunes debido a su uso, el parachoques trasero está golpeado y le
falta algunos cobertores. EXTRAS: Rueda libre, estribos, radio, cobertor de
batea, botaguas. |
6 |
59-227 |
Toyota |
Hilux DLX |
2000 |
Trasera, manual |
3L4773949 |
LN1660029002 |
6 Personas |
Tiene pago derechos de Aduana |
5.000.000,00 |
El vehículo tiene rayones comunes por el uso diario,
falta la tapita del tanque de combustible, raspón y golpes fuertes en
parachoques delantero, tiene piquetes en la puerta trasera izquierda, hay
desprendimiento del brillo de pintura en la tapa del motor, techo y batea. EXTRAS:
Rueda libre, estribos, radio, cobertor
de batea, botaguas. |
7 |
59-228 |
Toyota |
Hilux DLX |
2000 |
Trasera, manual |
3L4806438 |
LN1660031658 |
5 Personas |
Tiene pago derechos de Aduana |
4.800.000,00 |
El vehículo tiene rayones comunes debido a su uso,
hundimiento en el techo, piquetes en la tapa del motor, rayones fuertes en el
guardafangos trasero derecho. EXTRAS: Rueda
libre, estribos, radio, cobertor de batea, botaguas. |
8 |
59-230 |
Toyota |
Tercel DLX |
2000 |
manual, delantera.4X2 |
SE-1387001 |
EL530388689 |
5 Personas |
Tiene pago derechos de Aduana |
2.300.000,00 |
Presenta rayones comunes por el uso diario, un golpe
en el parachoques delantero, la tapa del motor está muy manchada, tiene un
golpe leve en el estribo derecho y en el guardafangos delantero derecho,
además, piquetes en la tapa del motor. EXTRAS O ELEMENTOS: Sistema de aire
acondicionado, vidrios eléctricos, radio
casette, ventilador, botaguas. |
9 |
59-231 |
Toyota |
Tercel DLX |
2000 |
Manua, delantera.4X2 |
SE-1386019 |
EL5303888331 |
5 Personas |
Tiene pago derechos de Aduana |
2.200.000,00 |
Presenta rayones
comunes por el uso diario, desajuste del parachoques delantero, golpe
en guardafangos delantero derecho y muy opaco, golpe y piquetes en la tapa
del motor,” camanances “en la puerta trasera izquierda y la derecha. EXTRAS O
ELEMENTOS: Radio casette, aire acondicionado, botaguas. |
10 |
59-232 |
Toyota |
Corolla Tercel |
1993 |
manual, delantera.4X2 |
2E-2541700 |
EL400019597 |
5 Personas |
Debe derechos de
Aduana |
1.100.000,00 |
Este vehículo es carburado, presenta rayones comunes
por el uso diario, falta emblema trasero,”camanances “en la puerta trasera
derecha en la puerta delantera. EXTRAS O ELEMENTOS: Radio casette, aire acondicionado, botaguas. |
11 |
59-234 |
Toyota |
Hilux DLX |
1999 |
Trasera manual |
3L4732433 |
LN1660025613 |
5 Personas |
Debe derechos de Aduana |
4.700.000,00 |
Presenta vario rayones debido al uso, tiene un
“camanance” en la tapa del motor, y piquetes, los empaques de las puertas
esta malos, tiene corrosión en las manijas de la compuerta, el direccional
delantero derecho está mal sujeto. EXTRAS Rueda libre, estribos , radio
casette, acondicionador de aire, duralainer o cobertor de batea. |
12 |
59-236 |
Toyota |
Hilux DLX |
2000 |
Trasera manual |
3L4806133 |
LN1660031641 |
5 Personas |
Tiene pago derechos de Aduana |
4.400.000,00 |
Presenta vario rayones debido al uso, tiene perdida
del brillo de la pintura, se nota desprendimiento de la misma, tiene un golpe
en el parachoques trasero lado izquierdo, falta de emblemas de las puertas,
corrosión en manijas, golpe o hundimiento en la puerta trasera izquierda, el
stop izquierdo está quebrado, tiene un golpe fuerte en el extremo izquierdo
de la batea, además se quebró el reflector. EXTRAS: Rueda libre, estribos,
radio de caratula, ventilador, botaguas, duralainer o cobertor de batea. |
13 |
59-238 |
Toyota |
Hilux 2.8D |
2000 |
Trasera manual |
3L4805504 |
LN1660031587 |
5 Personas |
Tiene pago derechos de Aduana |
5.000.000,00 |
Presenta varios rayones comunes por el uso, el
parachoques trasero esta muy golpeado, el parachoques delantero tiene golpes
y tiene 2 piquetes grandes en el padabrisas delantero, un golpe en la
compuerta, desprendimiento de la pintura en la tapa del motor. EXTRAS: Tiene
acondicionador de aire, sistema eléctrico de vidrios, rueda libre, cobertor
de batea, polarozado de vidrios, muy leve, radio malo, aros de aleación. |
14 |
59-239 |
Nissan |
Frontera |
2000 |
Trasera manual |
QD32079634 |
JNICJUD22Z0008903 |
5 Personas |
Tiene pago derechos de Aduana |
3.150.000,00 |
Tiene rayones comunes por el uso, el parachoques
delantero esta golpeadoya que el “mataburros” tiene alógenos los cuales lo
golpea, el techo presenta hundimientos o golpes. EXTRAS: Tiene aire acondicionado, defensa o “mataburros” con alógenos
integrados, rueda libre, cobertor de
batea o duralainer, y una protección de tubos para la cabina y batea. |
15 |
790359 |
Land Rover |
Freelander |
2000 |
manual Trasera |
18K4FJ79960289 |
Sallnaba8ya551741 |
5 Personas |
Tiene pago derechos de Aduana |
3.200.000,00 |
Presenta leves rayones comunes por el uso. EXTRAS: Tiene cerradura
Multilock, radio, sistema de aire acondicionado, vidrios eléctricos, espejos
eléctricos, cierre central, bolsas de aire, protector de focos y señales,
limpiaparabrisas trasero. |
16 |
360460 |
Toyota |
Tercel DLX |
2000 |
manual delantera 4X2 |
SE-1400976 |
EL530393260 |
5 Personas |
Tiene pago derechos de Aduana |
2.600.000,00 |
Presenta rayones comunes por el uso diario, golpe en
guardafango delantero. EXTRAS O ELEMENTOS: Radio casette, aire acondicionado,
cierre central, vidrios eléctricos aros de aleación y botaguas. |
17 |
466836 |
B.M.W |
540 IA |
2002 |
Automática |
51952681 |
WBADN81072BX60527 |
5 Personas |
Tiene pago derechos de Aduana |
5.600.000,00 |
Hace 2 meses tuvo un accidente del cual presenta un
golpe fuerte en la tapa del motor y la parrilla que afecto el abanico, no se
puede abrir. EXTRAS: Vidrios blindados y tintados, frenos ABS, aros de lujo,
aire acondicionado, mando eléctrico de sensores para ajustar asientos
delanteros. |
18 |
59-241 |
Toyota |
Four Runner |
2003 |
Trasera automática |
VZN180197533 |
JT3GN86R510197533 |
5 Personas |
Tiene pago derechos de Aduana |
5.000.000,00 |
Presenta varios rayones comunes por el uso, tiene un
fuerte golpe en la compuerta lado izquierdo, el stop derecho está quebrado
debido a un golpe que afecto también la compuerta del lado derecho, tiene
golpes o hundimientos en el techo, tiene el direccional delantero izquierdo
quebrado, la pintura del parachoques delantero esta agrietada o con brote,
tiene abolladuras en la parte lateral del techo lado derecho atras. Extras: Tiene
acondicionador de aire, sistema eléctrico de vidrios, cierre central,
espejos, vidrios, además limpiapadabrisas trasero y radio CD. |
NOTA: De acuerdo con la información suministrada por Lic. Luis Romero Barquero, Jefe de la
Sección de Servicios Generales del IFAM, para los vehículos que deben
derechos de Aduana, los porcentajes por ese concepto dependen del año de
fabricación del vehículo los porcentajes son los siguientes: 7 Años o más: 79.03%; 6-4 Años: 63.29% y 3 Años o menos: 52.29% |
Moravia, 11 de noviembre 2014.—Lic.
Laura Obando Villegas, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(IN2014077437).
GERENCIA
LOGÍSTICA
SUBÁREA REGISTRO INSTITUCIONAL DE PROVEEDORES
COMUNICAN
QUE:
En consideración con lo acordado por
el Comité Central de Farmacoterapia, según consta en CCF-4325-10-14; se les
informa a todos los proveedores de medicamentos que está solicitando
autorizaciones al Ministerio de Salud; para aplicar lo estipulado en el
artículo 117 de la Ley General de Salud, su obligación de realizar el respectivo
registro ante el Ente Rector en Salud del país (Ministerio de Salud de Costa
Rica).
San José, 06 de
noviembre del 2014.—Área Planificación de Bienes y Servicios.—Ing. Cindy María Madrigal
Jiménez, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 2112.—Solicitud N° 61087.—C-10560.—(IN2014077383).
Invita a todas aquellas personas físicas o empresas
interesadas en formar parte de los patrocinadores del evento Olimpiadas
Técnicas INA 2015, para que participen a la sesión informativa sobre beneficios
y necesidades que requiere solventar la Institución.
Día 27 de noviembre 2015.
Hora: 9:30 a.m.
Lugar: Auditorio Alfonso Wilches, Sede
Central del INA, frente al Parque de Diversiones.
Para información adicional: 2210-6664 correo
mbrenesjimenez@ina.ac.cr con Maylen Brenes/ José Roberto Chaves
jchaveszamora@ina.ac.cr
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 23220.—Solicitud N°
22829.—C-12270.—(IN2014077431).
MUNICIPALIDAD
DE SAN JOSÉ
LICITACIÓN
ABREVIADA 2014LA-000031-99999
Transmisión
de las corridas de toros en el
Redondel
de Zapote período 2014-2015
Se comunica a los interesados del
presente concurso que por acuerdo 9, artículo IV, de la sesión ordinaria 236,
celebrada por la Corporación Municipal del Cantón Central de San José, el 4 de
noviembre del 2014, se adjudica la licitación de referencia según el siguiente
detalle:
Consorcio Repretel-Teletica
Transmisión
de las corridas de toros en el “Redondel de Zapote” período 2014-2015.
|
Plazo de ejecución |
Forma de pago |
Monto adjudicado |
Consorcio Repretel-Teletica. |
Del 25 de diciembre del 2014 al 4 de enero 2015. |
Indicada en el cartel. |
Precio efectivo: ¢85.000.000,00. Aporte en cuñas (30s):
¢43.050.000,00. |
San José, 11 de noviembre de 2014.—Departamento de
Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 134482.—Solicitud N°
22882.—C-14520.—(IN2014077356).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2014LN-000025-PROV
(Prórroga N° 1)
Arrendamiento
de microcomputadoras
El Departamento de Proveeduría
comunica que en vista del recurso de objeción al cartel que se presentó ante la
Contraloría General de la República, se prorroga la fecha para la recepción y
apertura de ofertas para el 11 de diciembre de 2014.
San José, 11 de noviembre de
2014.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1
vez.—Solicitud N° 22859.—(IN2014077312).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2014LA-000026-01
(Aclaración N° 1)
Compra
e instalación de cuarenta y tres (43) cerraduras
electrónicas para
puertas de lobbys en cajeros
automáticos del Banco Nacional
La Proveeduría General del Banco Nacional comunica a
los interesados en la Licitación Abreviada N° 2014LA000026-01 lo siguiente:
Cláusula C. Condiciones especiales, punto 6. Examen
previo del sitio y documentos, se aclara:
La visita al sitio se realizará el martes 18 de
noviembre, en forma secuencial, iniciando en la Agencia del Banco Nacional en
avenida 10, a las 9:30 am, posteriormente se visitará la Agencia del BNCR
ubicada en Guadalupe a las 11:00 am y se culminará en La Agencia de Heredia
(114) a la 2:00 pm.
El contacto para dicha visita será el
Ing. Óscar Cascante Delgado, de la Dirección de Seguridad, Tel: (506) 2212-2000
Extensión 4007.
Las demás condiciones del cartel permanecen
invariables.
La Uruca, 17 de noviembre del 2014.—Ing. Douglas
Noguera Porras, Proveeduría General.—1 vez.—O. C.
N° 517819.—Solicitud N° 22921.—C-17220.—(IN2014077552).
DIVISIÓN
FÁBRICA NACIONAL DE LICORES
SECCIÓN
PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
ABREVIADA 2014LA-000012-PV
Tapas
de metal
La Fábrica Nacional de Licores, por
medio de su Proveeduría comunica que se han introducido modificaciones al
cartel del concurso: Licitación Abreviada 2014LA-000012-PV, promovido para la
compra de tapas de metal, en el siguiente apartado:
TAPAS 28 mm
GUARO
CACIQUE 28 mm
Tapa Pilfer Proof 28 mm x 17 mm
Color: serán 2
colores que se definirán una vez adjudicada la oferta con impresión en alto
relieve o litografiadas.
TAPA DORADA 28 mm
Tapa Pilfer Proof 28 mm x 17 mm
Color: Dorada con
impresión en negro
TAPA PLATEADA 28 mm
Tapa Pilfer Proof 28 mm x 17 mm
Color: plateado con impresión en negro
Las demás condiciones permanecen
invariables.
La nueva versión del cartel está disponible en las
oficinas de la Proveeduría o en la página institucional www.fanal.co.cr.
Grecia, 10 de noviembre del
2014.—Departamento Administrativo.—MBA. Francisco Merino Carmona,
Coordinador de Área.—1
vez.—(IN2014077323).
PROCESO
ADQUISICIONES
LICITACIÓN
ABREVIADA 2014LA-0000013-03
(Modificación)
Contratación
servicio de análisis de agua en la ciudad
Tecnológica
Mario Echandi Jiménez
El Proceso de Adquisiciones de la
Unidad Regional Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje comunica
modificaciones del punto 9.15 del Cartel el cual debe leerse correctamente:
9.15 Multa.
El atraso en la
entrega del servicio dará lugar a una sanción económica del 1% por día hábil
que se aplicará con base en el costo total de la factura por concepto de la
visita realizada. El plazo máximo de
atraso se establece en veinticinco (25) días hábiles y luego de vencido ese
plazo, se procederá a anular la orden de compra o contrato respectivo, sin
perjuicio de las sanciones que pueda acarrear el incumplimiento.
Dicha multa se
aplicará hasta un máximo de un 25% del monto de la visita o del monto de
servicio, según lo dispuesto en el artículo 712 del Código Civil.
Para la aplicación de esta condición cartelaria el INA aplicará el
procedimiento sumario de la Ley General de la Administración Pública, para cuya
tramitación se designa como órgano director del procedimiento al encargado del
Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del INA,
quien será el encargado de comunicarle al contratista el monto de la multa y
garantizarle el derecho de defensa.
Cumplido el
procedimiento sumario, el monto de la multa será comunicado por el órgano
decisor (Jefa de la Unidad Regional Central Occidental) al contratista, quien
podrá depositar el monto respectivo o autorizar a que se deduzca de la factura
pendiente de pago o de la garantía de cumplimiento. En caso de que el
contratista no se manifieste, el monto se deducirá de la factura pendiente de
pago.
Proceso Adquisiciones, Unidad Regional
Occidental.—Ing. Fabián Zúñiga.—Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 23220.—Solicitud N°
22934.—C-34940.—(IN2014077612).
VICERRECTORIA
DE VIDA ESTUDIANTIL
OFICINA
DE REGISTRO E INFORMACIÓN
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ORI-4255-2014.—Ramírez Vega Ana
Catalina, R-344-2014, cédula de identidad 110700188, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Magíster en Psicología con Mención en Psicología
Comunitaria, Universidad de Chile, Chile. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 14 de octubre de 2014.—M.B.A. José Rivera Monge,
Director.—(IN2014077149).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Con fundamento en
el Decreto Ejecutivo N° 21384-S en su artículo 15, Reglamento para la
Administración de los Cementerios de la Junta de Protección Social de San José,
publicado en La Gaceta N° 143 del 28 de julio de 1992, así como oficio
AJ-1143 de la Licda. Mercia Estrada Zúñiga, Abogada Asesoría Jurídica con fecha
15 de octubre del 2014 y la declaración jurada rendida ante el notario público
Lic. Francisco Hernán Villalobos, la Gerencia General representada por el Lic.
Milton Vargas Mora, cédula N° 1-0544-0499, mayor, casado, vecino de San José,
autoriza acogiendo el criterio Legal el traspaso del derecho de arriendo del
Cementerio General, mausoleo 4, cuadro letra B, lado oeste, inscrito al tomo
14, folio 263 a los señores Ruhal Román Barrientos Saborío, cédula N° 1-420-466
y Orlando Barrientos Saborío, cédula N° 1-0420-0468. Si en el plazo de quince
días a partir de la publicación del aviso no hay oposición se autoriza a la
Administración de Camposantos para que comunique a los interesados lo resuelto.
San José, 21 de
octubre de 2014.—Lic. Freddy Ramos Corea, Jefe Administrador Camposantos.—OCN
126879RP.— C-56420.—(IN2014074361).
JUNTA
DE EDUCACIÓN DEL CENTRO
EDUCATIVO
EL LLANO
Se hace
conocimiento que la Junta de Educación del Centro Educativo El Llano, cédula
Jurídica 3-008-07563 ha solicitado a la Procuraduría General de la República,
la inscripción registral del bien inmueble no inscrito, ubicado en la provincia
de Guanacaste, cantón Santa Cruz, distrito Tempate, terreno donde se localiza
el Centro Educativo El Llano, el cual colinda por el norte: Hermenegildo
Gutiérrez Jaén, por el sur: Temporalidades de la Iglesia Católica, por el este:
Marcos Gil Arauz Bran y por el oeste: calle pública y con un área de: 883.55mt2,
según plano catastrado número: G363308-79, dicha inscripción se realiza según
el artículo 27 de la Ley 5060, Ley General de Caminos Públicos. La Junta de
Educación o Administrativa ha mantenido la posesión en dicho inmueble por más
de diez años, en forma quieta, pública, pacifica, sin interrupción, de buena fe
y a título de dueña. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se
pretende inscribir deberá hacerlo saber en el plazo de un mes a partir de la
publicación del presente edicto en la Dirección de Infraestructura y
Equipamiento Educativo (DIEE) del Ministerio de Educación Pública (MEP) o bien
a la Procuraduría General de la República, Notaría del Estado en la cual se
están realizando las presentes diligencias.
San José, 20 de octubre de 2014.—Eny
Patricia Bran Díaz, Presidenta.—1 vez.—(IN2014074627).
Municipalidad de Alajuela.—Alcaldía
Municipal, al ser las once horas del veinticinco de setiembre del dos mil
catorce.
En atención a la normativa aplicable, Ley del
Impuesto Sobre Bienes Inmuebles artículo 12, inciso c), Reglamento a Ley N°
7509, artículos 19, 24, oficio N° DONT-126-2011, en los casos de
modificación administrativa por valoración individual o valoración general, la
Administración Tributaria debe tomar como referencia los valores base en las
Plataformas de Valores de Terrenos y el Manual de Valores Base Unitarios de
Construcciones e Instalaciones por Tipología Constructiva, previamente
publicados y siguiendo las normas del Órgano (…) Los valores base de terreno,
el Manual de Valores Base Unitarios de Construcciones e Instalaciones por
Tipología Constructiva, los factores de corrección y las tablas de
depreciación, serán los correspondientes a la última publicación en el Diario
Oficial La Gaceta y en un diario de circulación nacional. Dichas
publicaciones estarán a cargo de las municipalidades, de conformidad con el
artículo 12 de la Ley. De acuerdo con la jurisprudencia judicial (resolución N°
1073-2010 emitida por el Tribunal Contencioso Administrativo Sección Tercera
del 18 de marzo del 2010, y la resolución N° 2011-003075 emitida por la Sala
Constitucional de la Corte Suprema de Justicia del 9 de marzo del 2011), se
considera que “… la determinación del uso de las plataformas es asunto
librado a la competencia de la Administración Tributaria, de la cual es el
Alcalde el jerarca administrativo. El Órgano de Normalización Técnica del
Ministerio de Hacienda considera que “… estamos frente a un conjunto de
competencias legales asignadas específicamente al órgano administrativo
municipal a cargo de la percepción y fiscalización de los tributos, donde el
actuar del alcalde como jerarca del órgano administrativo municipal la
estableció el legislador en forma soberana y lo reafirma la sentencia N°
1073-2010 del Tribunal Contencioso Administrativo Sección Tercera y análisis
concomitante de la citada resolución N° 2011-003075 de 9 de marzo del 2011, de
la Sala Constitucional. Es dable indicar que le corresponde a dicho órgano
administrativo (entiéndase Alcaldía), ejercer las acciones correspondientes
para aplicar cuando la norma así lo indique, en el territorio de su
competencia, las herramientas de valoración de bienes inmuebles proporcionadas
por el Órgano de Normalización Técnica” (destacado no es del original).
Conforme con lo indicado por la Dirección del Órgano de Normalización Técnica,
con fundamento en las resoluciones de cita y la normativa aplicable, es
atribución y corresponde a la Alcaldía Municipal determinar la aplicación de
las herramientas de valoración de bienes inmuebles proporcionadas por el ONT,
sea: las Plataformas de Valores de Terreno por Zonas Homogéneas de Terreno y el
Manual de Valores Base Unitarios por Tipología Constructiva. Consecuentemente
el suscrito Lic. Roberto Thompson Chacón, en mi condición de Alcalde
Municipal de Alajuela:
1- Acuerda aprobar la Modificación de la
Plataforma de Valores de Terreno por Zonas Homogéneas, del cantón de Alajuela
ubicada en los distritos: 07 Sabanilla, específicamente la zona Z01-07-R09
Colina del Poás y 09 Río Segundo Z01-09-U23 Condominio Terrum, lo
cual resulta de aplicación obligatoria según la Ley N° 7509 y con base en el
artículo 8, Capítulo XII, dictado por el Concejo Municipal en sesión ordinaria
N° 24-2010, celebrada a las 18:02 horas del 15 de junio del 2010, Plataforma de
Valores de Terreno publicada en La Gaceta N° 137 del 15 de julio del
2010.
2- Se ordena la publicación de esta resolución
en el Diario Oficial La Gaceta y en un periódico de circulación
nacional, para proceder con su ejecución y proceder con la aplicación de los
nuevos valores de terrenos en los proceso de recepción de declaraciones y
valoración.
Lic. Roberto H. Thompson Chacón,
Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2014074516).
Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
NOTA: Los Mapas
de Valores de Terrenos por Zonas Homogéneas que dieron origen a estas Matrices
se encuentran en la Oficina de Bienes Inmuebles de la Municipalidad de
Alajuela.
La Municipalidad
del cantón de Alajuela, aprobó la actualización de las tarifas correspondientes
a los siguientes servicios:
I. Mantenimiento
de parques, según artículo N° 1,
capítulo VIII de la sesión ordinaria N° 42-2014 del 21 de octubre del 2014.
Servicio mantenimiento de parques |
|
Tarifa trimestral (¢/metro de frente de propiedad) |
|
Categoría Básica |
369,21 |
II. Limpieza de vías públicas, según
artículo N° 2, capítulo VIII de la sesión ordinaria N° 42-2014 del 21 de
octubre del 2014.
Servicio limpieza de vías públicas |
|
Tarifa mensual (¢/metro de frente de propiedad servido) |
|
Categoría Básica |
309 |
Tarifa 1 |
772 |
Estas actualizaciones tarifarias
entrarán a regir treinta días después de su publicación.
Lic. Roberto H. Thompson Chacón,
Alcalde.—1 vez.—(IN2014074520).
ELMEC
SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a los
accionistas de la sociedad Elmec Sociedad Anónima, a asamblea ordinaria y
extraordinaria de accionistas a ser celebrada en primera convocatoria a las 15
horas del día 22 de diciembre del 2014 y en segunda de ser el caso a las 16
horas de la misma fecha en las oficinas de la empresa 200 mts. norte de Agencia
del Banco de Costa Rica, Plazoleta en San Antonio de Desamparados. En esta
asamblea se conocerá: Discusión y aprobación de los resultados del ejercicio
anual terminado el 30 de setiembre de 2014. Acordar distribución de dividendos
modificación del pacto constitutivo sobre convocatoria a asambleas. Propuesta y
discusión de asuntos varios.—Rodolfo Sequeira Jenkins, Presidente.—1
vez.—(IN2014077351).
ROCK AND ROLL SPORT
FISHING SOCIEDAD ANÓNIMA
Se cita y emplaza a todos los
accionistas y apoderados con autorización expresa y debidamente acreditados
para la celebración en primera convocatoria de la asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa Rock And Roll Sport Fishing Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número 3-101-507120 a celebrarse en el Bufete Mora
Zahner & Gutiérrez a las ocho horas del ocho de diciembre del dos mil
catorce; en caso de no completar el quórum de Ley, se estará celebrando segunda
convocatoria una hora después, y el quórum se alcanzará con cualquier número de
asistentes presentes. La asamblea conocerá únicamente la reforma a la Junta
Directiva. Es todo.—Jacó, 12 de noviembre del 2014.—César Augusto Mora
Zahner.—1 vez.—Solicitud N° 22906.—(IN2014077492).
LOS
REYES POLO CLUB
Se convoca a asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de Los Reyes Polo Club S. A., cédula
3-101-079231, a celebrarse en su domicilio en La Guácima, Alajuela, 200 metros
al oeste y 100 metros al norte de la entrada a Ciudad Hacienda Los Reyes, a las
18:00 horas del 08 de diciembre de 2014; de no reunirse el quórum de ley, se
celebrará en segunda convocatoria, una hora después, a efectos de conocer la
siguiente agenda: 1) Verificación del quórum y de la publicación de la
convocatoria. 2) Presentación y aprobación de Estados Financieros. 3)
Presentación y aprobación de Informe del Presidente. 4) Propuesta de aprobación
del presupuesto para el período 2015. 5) Propuesta de modificación del
Reglamento Interno (artículos 5, 6, 7, 9 y 13). 6) Elección de Junta Directiva.
7) Asuntos varios.—Daniel Lacayo Abreu, Presidente.—1 vez.—(IN2014077583).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
SOCIEDAD
CLUB DE PLAYA BAJA MAR S. A.
Yo, Ángel Tobías Loría Salazar, cédula de identidad
2-234-463, por este medio aviso que por habérseme extraviado la acción común
número 04 emitida a mi favor por la Sociedad Club de Playa Baja Mar S. A.,
cédula jurídica 3-101-091550-03, de la que soy su actual tenedor, solicitaré la
reposición de la misma a la sociedad emisora, luego de cumplido el mes
siguiente a la tercera y última publicación de este aviso, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 689 del Código de Comercio.—San José, octubre 28 de
2014.—Tobías Loría Salazar.—(IN2014074311).
COLEGIO
DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS,
FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
A las siguientes personas se les
comunica que, según nuestros registros al mes de setiembre 2014, se encuentran
morosos. Si realizó el pago respectivo favor ignorar esta publicación, la cual
se realiza conforme con el artículo 981 del Código de Comercio.
Nombre |
Cédula |
Esquivel Segura Laura Nataly |
110270470 |
Goyenaga Calvo Guiselle María |
105920076 |
Monge Bermúdez Rosa Noemy |
104270212 |
Salazar Alvarado Jorge Antonio |
401180397 |
Salazar Ugalde Marjorie |
107160202 |
Solís Barrantes Sylvia Marcela |
107170984 |
Vieto Salazar Karol Viviana |
108470471 |
Junta Directiva.—MSc. Lilliam González Castro, Presidenta.—MSc. Magda
Rojas Saborío, Secretaria.— (IN2014070320). 2 v 2 .
Alt.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
BALCONES ABSIDE
A.S.M.D.A DOS SOCIEDAD ANÓNIMA
El suscrito Gabriel
Badilla Segura, cédula: uno-mil doscientos diez-cero quinientos cincuenta y
uno, como presidenta de la sociedad Balcones Abside A.S.M.D.A Dos Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y dos mil
seiscientos diecinueve, hace constar que se le extraviaron los libros de actas
legales de dicha empresa. Otorga así el plazo legal para cualquier reclamo.
Señala para su escucha quince metros este de los Tribunales de Justicia,
oficina Lic. Alfredo Esteban Cortés Vílchez o bien ante el Registro Nacional.
Heredia cuatro de octubre de dos mil catorce.—Lic. Alfredo Esteban Cortes
Vílchez, Notario.—1 vez.—(IN2014074547).
COLEGIO
DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS,
FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
A
las siguientes personas se les comunica que debido a su estado de morosidad en
el pago de sus cuotas de colegiación, se encuentran suspendidas en el ejercicio
de la profesión a partir del 22 de setiembre de 2014, según lo dispuesto en el
Reglamento General de la Ley Orgánica del Colegio N° 4770. Por lo tanto no está
autorizada para ejercer la profesión en el área docente, administrativo docente
y técnico docente. A la vez hace un llamado a las instituciones de la
Administración Pública, centralizada y descentralizada y al sector privado para
que tomen las acciones necesarias en caso de contar con los servicios de
algunos de estos colegiados a efecto de que no ejerzan ilegalmente, así como
solicitar el requisito legal de la colegiación en futuras contrataciones. De
igual forma se insta al público en general se sirva denunciar ante la Fiscalía
del Colegio a las personas que aparecen en esta lista y que están ejerciendo la
profesión. Teléfonos: 2440-2950, 2437-8825, 2437-8829, 2437-8869; o bien al
correo: contactenos@colypro.com
Nombre |
Cédula |
Barr Dixon Cleony |
700540235 |
Blanco Argüello Elky Tatiana |
206020400 |
Bogantes García Karla Patricia |
205360732 |
Bonilla Montero Brenda |
205360450 |
Castillo Rojas Alisen Jesús |
206250846 |
Garrido Ramírez Maura |
206350995 |
Jarquín Jarquín Jacqueline |
206000935 |
Jiménez Jiménez David |
603960414 |
Morales Araya Luis Edgardo |
205910099 |
Núñez Arce Sara Emilia |
206200021 |
Obando Sánchez Carolina |
503280662 |
Oconor López Juan José |
503380511 |
Pérez Vargas Kenneth Mauricio |
205550399 |
Picado Canales Carlos Eligió |
503220228 |
Rodríguez Carranza Seidy Teresa |
205790214 |
Ruíz Rodríguez Thais |
503350568 |
Trigero Ortiz Susana |
503440794 |
Vargas Martínez Jostin Breyner |
503410450 |
Villalobos González Mindry María |
206270205 |
Víquez Jiménez Rodrigo |
700330785 |
Junta
Directiva.—M.Sc. Lilliam González Castro Presidenta.—M.Sc. Magda Rojas Saborío,
Secretaria.—1 vez.—(IN2014074640).
DUL
CAÑERA S. A.
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince
horas del veinticinco de agosto de dos mil catorce se solicita la reposición
del libro de Registro de Accionistas, Asamblea de Socios y Asambleas de Junta
Directiva, de la sociedad Dul Cañera S. A.—San José, veintiuno de marzo del dos
mil catorce.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(IN2014074801).
INVERSIONES
INMOBILIARIOS ALTOS DE JABONCILLOS VERDE ESMERALDA UNO A SOCIEDAD ANÓNIMA
Se
hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez
Font, se declararon como perdidos lo libros legales de la empresa Inversiones
Inmobiliarios Altos de Jaboncillos Verde Esmeralda Uno A Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y un mil
quinientos ochenta y dos, razón por la cual se le solicita al Registro Público
la reposición de los mismos.—San José, cuatro de noviembre del dos mil
catorce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—(IN2014074989).
INVERSIONES
INMOBILIARIOS ALTOS
DE JABONCILLOS
ÁRBOL PLATEADO
NÚMERO
CINCO SOCIEDAD ANÓNIMA
Se
hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez
Font, se declararon como perdidos lo libros legales de la empresa Inversiones
Inmobiliarios Altos de Jaboncillos Árbol Plateado Número Cinco Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica tres ciento uno seiscientos cincuenta
seiscientos sesenta y siete, razón por la cual se le solicita al Registro
Público la reposición de los mismos.—San José, cuatro de noviembre del dos mil
catorce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—(IN2014074994).
LANDY
AGUILAR S. A.
Landy Aguilar S. A., cédula
3-101-365633, por medio de escritura número 386 autorizada en esta notaría a
las 8:00 del 30 de octubre del 2014, se solicitó la reposición de libros de
Actas de Registro de Socios, Actas de Asambleas de Socios y Actas Consejo de
Administración número uno, por perdida.—Lic. Gabriela Acevedo Rivera,
Notaria.—1 vez.—(IN2014075047).
J
& P WATERFORD PROPERTIES S. A.
Por escritura otorgada hoy, ante mí, a las 15:00
horas, Janice Andrea Vowles-Clunie, solicita la reposición de los libros de:
Asambleas, Registro de Accionistas y Actas de Junta Directiva de J & P
Waterford Properties S. A., por extravío de los mismos.—San Ramón, 31 de
octubre del 2014.—Lic. Mario Eduardo Salazar Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2014075204).
MARTISAN
SOCIEDAD ANÓNIMA
Martisan Sociedad Anónima, cédula
jurídica: N° 3-101-223.795, solicita ante el Registro Nacional; la reposición
por extravío, de los libros siguientes: Actas de Asamblea de socios, actas de
junta directiva y registro de socios, número uno los tres; tres en
total.—Carlos Eduardo Sanabria Solano, Notario.—1 vez.—(IN2014075612).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
En escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce
horas del tres de noviembre del dos mil catorce, Erial BQ Sociedad Anónima,
reduce capital social.—Lic. Marco Vinicio Solano Gómez,
Notario.—(IN2014075076).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Ante esta notaría, en La Tigra de San
Carlos, en escritura pública número: doscientos diecinueve-dieciocho, Promotora
de Plantas Ornamentales Promoplant Sociedad Anónima, nombró nueva junta
directiva y fiscal modificó cláusulas administrativas.—La Tigra de San Carlos,
al ser las quince horas del veintitrés de octubre de dos mil catorce.—Lic.
Silvia Arias Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2014073300).
Por escritura otorgada ante mí, a las
diecisiete horas del veintisiete de octubre de dos mil catorce, se protocoliza
acta de asamblea extraordinaria de socios de Kevin’s Gourmet Kitchen,
mediante la cual se modifica cláusula del pacto constitutivo.—Ciudad Quesada,
27 de octubre del 2014.—Lic. David Rogelio Jiménez Zamora, Notario.—1
vez.—(IN2014073301).
Mediante escritura pública número
tres, del tomo cuarto, otorgada el veinticuatro de octubre de dos mil catorce
en esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general de socios accionistas
de Goblinsa S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-099334 en la
cual se reforman las cláusulas segunda (del domicilio) y sétima (de la
representación) del pacto constitutivo. Se revoca y se nombra nueva junta
directiva y fiscal.—San José, 24 de octubre del 2014.—Lic. Christian Eduardo
Obando Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014073302).
El suscrito notario, Rafael Alberto
López Campos, oficina en Atenas; costado este, del Templo Católico, hago
constar que por instrumento público número ciento diez, iniciado a folio
noventa y tres frente del tomo treinta y seis de mi protocolo, otorgado en
Atenas, a las diez horas del quince de octubre del dos mil catorce, se disolvió
la sociedad Fincas Morazán Sociedad Anónima. Se cita a interesados y
acreedores para efectos de ley.—Atenas, veintisiete de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Rafael Alberto López Campos, Notario.—1 vez.—(IN2014073305).
Por escritura N° 166 otorgada a las
8:00 horas del día 24 de octubre del 2014, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de la empresa L L Ornamentales de la Montaña Sociedad
Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal,
Notario.—1 vez.—(IN2014073309).
Por escritura N° 165 otorgada a las
14:00 horas del día 22 de octubre del 2014, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de la empresa Orcafé Sociedad Anónima, donde se
modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2014073310).
Por escritura número doscientos
sesenta y tres otorgada ante esta notaría, a las ocho horas y treinta minutos
del veintisiete de octubre del dos mil catorce, se aumenta el capital social de
la sociedad Inversiones Fumero Patiño Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-23744.—San José veintisiete del dos mil catorce.—Lic. Carlos Ureña
Zúñiga, Notario.—1 vez.—(IN2014073313).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas
celebrada por Estancia Don Ulises S. A., en la que se aumenta el capital
social modificándose en consecuencia la cláusula quinta de los estatutos.—San
Ramón, 30 de setiembre del 2014.—Lic. Oki Emilio Rojas Chacón, Notario.—1
vez.—(IN2014073316).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas
celebrada por Subasta Ganadera Montecillos de Upala S. A., en la que se
aumenta el capital social modificándose en consecuencia la cláusula quinta de
los estatutos.—San Ramón, 30 de setiembre de 2014.—Lic. Oki Emilio Rojas
Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2014073318).
Por escritura número ciento noventa y
dos de las 10:00 horas del día 27 de octubre del 2014. Se aumentó el capital
social de la sociedad denominada: Canopy Vista Los Sueños S. A., en la suma
de trescientos millones de colones.—Paraíso, veintisiete de octubre del
2014.—Lic. Harold Chaves Ramos, Notario.—1 vez.—(IN2014073320).
Por escritura número 194 de las 15:00
horas del día 27 de octubre del 2014. Se modificaron los estatutos de la sociedad
denominada: Costa Rica Aborigen y Actóctona Cartago Sociedad Anónima.—Paraíso,
veintiocho de octubre del 2014.—Lic. Harold Chaves Ramos, Notario.—1
vez.—(IN2014073321).
La suscrita notaria Jennifer Vargas
López, hace constar que en escritura número ochenta y dos del tomo tercero de
mi protocolo, otorgada al ser las nueve horas del veintisiete de octubre de dos
mil catorce, se modificó el nombramiento de junta directiva, realizándose el
cambio del presidente, secretario, domicilio y nombre de fantasía de la
sociedad Altos de Santa Ana Trescientos Seis S. A. a Proyectos de
Jacó S. A. cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos ocho mil ochocientos
noventa y cuatro. Es todo.—Garabito, al ser las nueve horas del veintisiete de
octubre de dos mil catorce.—Lic.
Jennifer Vargas López, Notaria.—1 vez.—(IN2014073327).
Por escritura pública número ciento
veintitrés de las 12:30 horas del 28 de octubre de 2014, protocolicé acuerdos
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Grupo
Bresco Ltda., en la que se modifica la cláusula de domicilio, la cláusula
de la administración, y se nombra nuevo gerente.—Lic. Erika Mishelle Gómez
Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2014073328).
El suscrito notario hace constar, que
ante su notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de las
sociedades Brightstar Costa Rica Limitada y Autos Viko de Tibás S.
A.—San José, 27 de octubre del 2014.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca,
Notario.—1 vez.—(IN2014073335).
Mediante escritura número 100 del tomo
1 del protocolo del notario Alexander Vargas Sanabria, de las 10:00 horas del
28 de octubre 2014, se modificó la cláusula quinta, aumentándose el capital
social, se modificó la cláusula octava: De la representación, y se nombró
secretaria de junta directiva de la sociedad Cañaveral Chipewa Sociedad
Anónima 3-101-312005.—Alajuela, 28 de octubre de 2014.—Lic. Alexander
Vargas Sanabria, Notario.—1 vez.—(IN2014073337).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaria a las 10 horas del 20 de octubre del 2014, protocolicé acta de
asamblea general de Dyantes Q R Sociedad Anónima, por medio de la cual
se modifican las clausulas: 1, 2 y 6 y se nombra nueva junta directiva y
fiscal.—Lic. José Ángel Llibre Romero, Notario.—1 vez.—(IN2014073339).
Por escritura pública otorgada ante mi
notaría a las 10:00 horas del 28 de julio del 2014 los señores: Róger Augusto
Brown Stamp cédula 7-0046-0160 y María Dolores Banda Bernal, cédula 8-0104-0274
constituyeron la sociedad Brown Banda Sociedad Anónima: Domicilio: San
Francisco de Dos Ríos, San José, capital ¢12.000.00 Plazo 99 años. Objeto el
comercio en general.—Lic. José Manuel Llibre Romero, Notario.—1
vez.—(IN2014073341).
El suscrito notario, hace constar que
mediante escritura de las quince horas treinta minutos del veinte de octubre en
curso, número sesenta y tres-sesenta y siete, otorgada por el suscrito notario,
se acordó la disolución de la sociedad Retelny y Compañía Costa Rica S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-setenta y tres mil cuatrocientos treinta
y uno.—San José, 20 de octubre del 2014.—Lic. Danilo Chaverri Soto, Notario.—1
vez.—(IN2014073348).
Por escritura otorgada ante mí, a las
17:00 horas del 28 de octubre del 2014, se acordó la disolución de la sociedad Arrendamientos
Tamarindo L.F.D. S. A. No quedan activos ni pasivos por liquidar.—Ciudad
Quesada, 28 de octubre del 2014.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1
vez.—(IN2014073353).
Ante esta notaría mediante escritura
número ciento cuarenta y uno de mi tomo treinta, se protocolizó acta de la
sociedad Psicología Efectiva S. A..—Santa Ana, veinticuatro de octubre
del dos mil catorce.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1
vez.—(IN2014073356).
Mediante escritura número 227-6,
otorgada a las 16 horas del 22 de octubre de 2014 se modificó las cláusulas:
Primera la del nombre por Finca María del Mar de Caldera S. A., y la
segunda del domicilio San Miguel, Desamparados, frente escuela de Honduras.—San
José 28 de octubre del 2014.—Lic. Carlos Eduardo Gutiérrez Monge, Notario.—1
vez.—(IN2014073359).
Por escritura de las 10:45 horas del 27 de
octubre del año 2014, se acuerda disolver la sociedad Tres-Ciento
Dos-Seiscientos Setenta Mil Ciento Cinco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 27 de octubre de 2014.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1
vez.—(IN2014073360).
Mediante escritura número 229-6,
otorgada a las 17:00 horas del 28 de octubre de 2014 se acuerda la disolución
de la sociedad denominada Nuka S. A., cédula jurídica número:
3-101-122645. Domicilio: Heredia, 29 de octubre del 2014.—Lic. Carlos Eduardo Gutiérrez
Monge, Notario.—1 vez.—(IN2014073361).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del
veintidós de octubre del dos mil catorce, se constituyó la sociedad: La
Compañía Alemana de Reforestación Upala Limitada. Capital social:
totalmente suscrito y pagado mediante letras de cambio. Se otorga poder
general.—Cartago, La Unión, veintisiete de octubre del dos mil catorce.—Lic.
Andre Wells Downey, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 2014022029.—(IN2014073363).
\Por escritura de las 12:30 horas del
24 de octubre del año 2014, se acuerda disolver la sociedad Tres-Ciento Dos-
Seicientos Sesenta y Nueve Mil Quinientos Nueve Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 27 de octubre del 2014.—Lic. Manuel Antonio Porras
Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014073364).
El día de hoy protocolicé actas de
asambleas generales extraordinarias de cuotistas de las compañías RS CR Properties
Inc Ltda y BWP- Thirty One Adventure LLC SRL, mediante las
cuales se acuerda la fusión de las Compañías prevaleciendo la primera.—Escazú,
28 de octubre del 2014.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
2014022087.— (IN2014073365).
Por escritura otorgada a las doce
horas del veintiocho de octubre de dos mil catorce, ante mi notaría se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Caribbean
Best Sociedad Anónima en la que se reformó la cláusula de la administración
y se renueva su plazo y el de su fiscal, de igual forma se cambia el domicilio
de la sociedad.—San José, veintiocho de octubre de dos mil catorce.—Lic. Luis
Vargas Ferrandino, Notario.—1 vez.—(IN2014073367).
La Asociación Administradora del
Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Caimitalito y Portal de Belén, Belén de
Nosarita, Nicoya, Guanacaste, cédula jurídica: 3-002-660839, mediante
asamblea general ordinaria ha hecho nuevos nombramiento de junta directiva por
un período que va del treinta de abril de dos mil catorce al treinta de
setiembre de dos mil dieciséis.—Nicoya, veintidós de octubre de dos mil
catorce.—Lic. Jenny María Ramos González, Notaria.—1 vez.—Solicitud N°
2014022084.—(IN2014073368).
Protocolización de acuerdos de la
asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Condominio Hacienda El
Gregal Lote Cuarenta y Nueve EDC S. A. Por medio de la cual se reforma la
cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, veintisiete de octubre del
dos mil catorce.—Lic. Anna Lía Volio Elbrecht, Notaria.—1 vez.—(IN2014073370).
Protocolización de acuerdos de la
asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía 3-101-563387 Sociedad
Anónima por medio de la cual se reforma la cláusula octava del pacto
constitutivo.—San José, veintisiete de octubre del dos mil catorce.—Lic. Anna
Lía Volio Elbrecht, Notaria.—1 vez.—(IN2014073371).
Protocolización de acuerdos de la
asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Azaleas y Manzanos S.
A. por medio de la cual se reforma la cláusula octava del pacto
constitutivo.—San José, veintisiete de octubre del dos mil catorce.—Lic. Anna
Lía Volio Elbrecht, Notaria.—1 vez.—(IN2014073372).
Por escritura otorgada, a las diez
horas del veintiocho de octubre del dos mil catorce, ante esta notaría, se
constituye la sociedad The Hidalgo Group Sociedad Civil, se designa
administradora con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, San
José, once horas del veintiocho de octubre del dos mil catorce.—Dr. Fernando
Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—(IN2014073376).
Por escritura de las ocho horas del
veintidós de octubre en curso, número sesenta y cuatro-sesenta y siete,
otorgada por el suscrito notario, se protocolizó el acta de asamblea
extraordinaria de socios de la sociedad Compañía Asesora de Negocios,
cédula jurídica número tres-ciento uno-dieciocho mil setecientos setenta y
ocho, se modifican las cláusulas primera y quinta del pacto constitutivo de la
sociedad. Teléfono 2221-5939.—San José, 22 de octubre de 2014.—Lic. Danilo
Chaverri Soto, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 2014022011.—(IN2014073377).
Por escritura ciento tres, otorgada
ante esta notaría, el veintitrés de octubre del dos mil catorce, a las diez
horas se protocolizó el acta número dos de asamblea de socios de la empresa Gosport
Inc S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas primera y quinta de
los estatutos sociales y se nombra nuevo presidente de la junta directiva.—San
José veintitrés de octubre del dos mil catorce.—Lic. Marco Rodríguez Vargas,
Notario.—1 vez.—(IN2014073378).
A las ocho horas del veintisiete de
octubre del dos mil catorce, protocolicé el
acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Luqorp
Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de octubre del dos mil catorce.—Lic.
Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
2014022080.—(IN2014073379).
Por medio de escritura otorgada ante
mi notaría, de las doce horas del veintiocho de octubre del año dos mil
catorce, se protocoliza acta de asamblea de socios de la sociedad denominada Four
PL Sociedad Anónima, por la cual se modifica la cláusula del domicilio, la
de administración y se nombra fiscal y agente residente.—Lic. Gabriela Garita
Navarro, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 2014022066.—(IN2014073380).
Por escritura otorgada ante el notario
César Augusto Mora Zahner, a las 15:00 horas del 27 de octubre del dos mil
catorce, se protocolizó acta de la
sociedad Hard Rock Resort And Casino S. A., cédula jurídica
3-101-462060, modificando su cláusula primera y reformando su administración.
Es todo.—Jacó, 27 de octubre del 2014.—Lic. César Augusto Mora Zahner,
Notario.—1 vez.—Solicitud N° 2014022016.—(IN2014073381).
Ante esta notaría, mediante escritura
número doscientos treinta y dos de las nueve horas del veintiocho de octubre de
dos mil catorce, se protocoliza asamblea de accionistas de la sociedad Base
de Datos BD Consultores S. A., mediante la cual se modifica la razón
social de la entidad a BD Consultores S. A.—San José, veintiocho
de octubre de dos mil catorce.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1
vez.—Solicitud N° 2014022050.—(IN2014073382).
El suscrito notario, Rafael Alberto
López Campos, Oficina en Atenas, costado este del templo católico, hago constar
que por instrumento público números ciento doce, iniciado a folio noventa y
cuatro vuelto y ciento trece, iniciado a folio noventa y cinco vuelto, del tomo
treinta y seis de mi protocolo, otorgados en Atenas, a las diez y once horas
del veintisiete de octubre del dos mil catorce, respectivamente se fusionaron
las sociedades L A & AR Destinatario Automovilístico Sociedad Anónima y
S A I LA & AR Consultoría Inlimitada Sociedad Anónima,
prevaleciendo la última y se nombra junta directiva. Se cita a interesados y
acreedores para efectos de ley.—Atenas, veintisiete de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Rafael Alberto López Campos, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
22015.—(IN2014073416).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las ocho horas del veintiocho de octubre del dos mil catorce se
modificó la cláusula segunda correspondiente al plazo social de la sociedad Grupo
Ocho Zona Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-quinientos siete mil doscientos doce.—Ciudad Quesada, veintiocho de octubre
del dos mil catorce.—Lic. José Francisco Bolaños Montero, Notario.—1
vez.—(IN2014073419).
Mediante escritura número ocho, del
tomo veintiuno de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Magic Shoe Box CR
S.A., en español Caja Mágica de Zapatos C.R. S. A., cédula de
persona jurídica número tres - ciento uno - seiscientos veintinueve mil
doscientos setenta, en la cual se acuerda liquidar y disolver dicha
sociedad.—Lic. Aurelia Vargas Segura, Notaria.—1 vez.—(IN2014073420).
Ante esta notaria por escritura número
33 otorgada a 08:15 horas del 28-10-2014, se protocolizó asamblea general
extraordinaria de la empresa de esta plaza denominada Condominio Madroño de
Grecia VI S. A. Se modifica clausula segunda y se nombra nueva junta
directiva y fiscal.—Alajuela, a las 09:00 del 28-10-2014.—Lic. Melba Pastor
Pacheco, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 2014022043.—(IN2014073422).
Ante esta notaria por escritura número
32 otorgada a 08:10 horas del 28-10-2014, se protocolizó asamblea general
extraordinaria de la empresa de esta plaza denominada Condominio Vivendis
Alnecina XIX S. A. Se modifican las clausulas segunda, sétima y se nombra
nueva junta directiva y fiscal.—Alajuela, a las 09:00 del 28-10-2014.—Lic.
Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 2014022037.—(IN2014073424).
Por escritura
otorgada ante mí, a las doce horas treinta minutos del día veintiocho de
octubre del año dos mil catorce, se protocolizó en lo conducente el acta de
asamblea de la sociedad denominada Aritenoides Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número 3-101-570033, y se procede a modificar los
representantes de la sociedad: presidente: Álvaro Enrique Brilla Ferrer;
vicepresidente: Tania Morera Martinelli.—Lic. Juan Gregorio Roscio Etchart,
Notario.—1 vez.—(IN2014073425).
Por escritura
otorgada ante mí, a las doce horas del día veintiocho de octubre del año dos
mil catorce, se protocolizó en lo conducente el acta de asamblea de la sociedad
denominada Servicios Contorno Celeste Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número 3-101-203730, y se procede a modificar los
representantes y fiscal de la sociedad: presidente: Rodrigo Contreras Mora,
secretario: Ronald Mora Barquero, tesorero: Pablo Monge Villalobos, fiscal:
Mariano Campos Salas.—Lic. Juan Gregorio Roscio Etchart, Notario.—1
vez.—(IN2014073426).
Ante esta notaría
por escritura número 31 otorgada a 08:05 horas del 28-10-2014, se protocolizó
asamblea general extraordinaria de la empresa de esta plaza denominada Condominio
Vivendis Gonero de la Sidra X S. A. Se modifica las cláusulas segunda,
sétima y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Alajuela, a las 09:00 del
28-10-2014.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—Solicitud N°
2014022036.—(IN2014073427).
Mediante
escritura de las doce horas del veintidós de octubre del año dos mil catorce,
protocolicé acta del libro de actas de la sociedad Ubersa de San Francisco
S. A., en la que se reforman las cláusulas segunda y quinta, aumentando el
capital social a trescientos mil colones y se reorganiza la junta directiva de
la sociedad.—Guadalupe, veinticuatro de octubre del año dos mil catorce.—Lic.
Miguel Ángel Alfaro Muñoz, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
2014022073.—(IN2014073429).
Por escritura
otorgada a las doce horas del veintiocho de octubre del dos mil catorce, ante
el notario Andrés Elliot Sule, se protocoliza acuerdo de asamblea ordinaria y
extraordinaria de socios de Inversiones Alparji Sociedad Anónima en la
que se solicita la disolución de la sociedad.—San José, veintiocho de octubre
del dos mil catorce.—Lic. Andrés Elliot Sule, Notario.—1 vez.—(IN2014073430).
Por escritura
otorgada a las doce horas treinta minutos del veintiocho de octubre del dos mil
catorce, ante el notario Andrés Elliot Sule, se protocoliza acuerdo de asamblea
ordinaria y extraordinaria de socios de Grupo Inversiones Arji Sociedad
Anónima en la que se solicita la disolución de la sociedad.—San José,
veintiocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Andrés Elliot Sule, Notario.—1
vez.—(IN2014073431).
La notaria María
Isabel González Rojas protocoliza acta Clops Comercial Sociedad Anónima,
3-101-222762, reforma junta directica
revoca poder.—San José, 29 de octubre del 2014.—Lic. María Isabel
González Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2014073432).
Ante esta
notaría, se inicia reforma de junta directiva, domicilio y denominación social
de la plaza G Luz Led Latinoamericana S. A., cédula jurídica
3-101-621937; según acta que consta en el libro respectivo.—Lic. Lauren Leandro
Castillo, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 2014022028.—(IN2014073433).
Por escritura
otorgada a las doce horas quince minutos del veintiocho de octubre del dos mil
catorce, ante el notario Édgar Alberto Arroyo Quesada, se protocoliza acuerdo
de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de Tres - Ciento Dos -
Seiscientos Sesenta Mil Trescientos Setenta Sociedad de Responsabilidad
Limitada, en la que se solicita la disolución de la sociedad.—San José,
veintiocho de octubre del dos mil catorce.—Édgar Alberto Arroyo Quesada,
Notario.—1 vez.—(IN2014073435).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las doce horas del veintisiete de octubre de dos mil catorce, se
modificó el estatuto social y se nombra junta directiva de la sociedad Montaña
del Este M.E.G.D. S. A.—Dr. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1
vez.—(IN2014073439).
Por escritura otorgada a las doce
horas del veintiocho de octubre del dos mil catorce, ante el notario Édgar
Alberto Arroyo Quesada, se protocoliza acuerdo de asamblea ordinaria y
extraordinaria de socios de Tres-Ciento Dos-Seiscientos Sesenta Mil
Trescientos Sesenta y Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la que
se solicita la disolución de la sociedad.—San José, veintiocho de octubre del
dos mil catorce.—Lic. Édgar Alberto Arroyo Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2014073440).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las once horas del veintisiete de octubre de dos mil catorce, se
modificó el pacto constitutivo y se nombra junta directiva de la sociedad Le
Colibrí Rouge des Tropiques S.A.—Dr. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1
vez.—(IN2014073442).
En esta notaría se protocoliza el acta
de modificación de la cláusula quinta de la sociedad denominada Los
Sobresalientes Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de
octubre del 2014.—Lic. Marianela Angulo
Tam, Notaria.—1 vez.—(IN2014073443).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las diez horas del veintisiete de octubre del dos mil catorce, se
modifica el pacto constitutivo y se nombra junta directiva de la sociedad Lourine
de Cahuita S.A.—Dr. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1
vez.—(IN2014073445).
En esta notaría se protocoliza el acta
de modificación de la cláusula quinta de la sociedad denominada C.L.M.W.
Elegancia y Talento Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de
octubre del 2014.—Lic. Marianela Angulo Tam, Notaria.—1 vez.—(IN2014073446).
Yo, Ana Lourdes Gólcher González,
notaria pública con oficina abierta en San José, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad Consultora y Constructora de Proyectos
y Diseños de Costa Rica (COPRODE) Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-
ciento uno-seiscientos cincuenta y ocho mil seiscientos ochenta y dos, donde se
modifica la cláusula tercera y se nombra nueva junta directiva. Escritura
otorgada a las once horas del veinticuatro de octubre del dos mil catorce. San
José, veintiocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Ana Lourdes Gólcher
González, Notaria.—1 vez.—(IN2014073450).
Ante esta notaría se protocolizó actas de
asamblea extraordinaria de socios de Costa Rica Health Care Corporation S.A.,
donde se modifica la cláusula tercera del pacto constitutivo. Así consta en
escritura otorgada en Esparza a las veinte horas del veintiséis de octubre de
dos mil catorce ante la notaria Lizeth Genoveva León Gómez.—Esparza, 26 de octubre
de 2014.—Lic. Lizeth Genoveva León Gómez, Notaria.—1 vez.—(IN2014073451).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las doce horas del día veintisiete de setiembre del dos mil catorce,
se conoce renuncia del secretario de Inversiones Chaves de Parrita S. A.,
domiciliada en Puntarenas, Parrita, cédula jurídica tres-cinco uno-quinientos
treinta y dos mil doscientos ochenta y ocho y se designa como nueva secretaria
a Iris Rojas Calderón, mayor, soltera, digitadora, vecina de Puntarenas, Osa,
Venecia, cédula seis-trescientos veintiocho-cuatrocientos treinta y ocho.—San
José, 27 de setiembre del 2014.—Lic. Mario Alberto Sandoval Pineda, Notario.—1
vez.—(IN2014073453).
A las diez horas del veinte de octubre
del dos mil catorce, protocolicé el acta de asamblea general de socios de la
sociedad Inmobiliaria Market Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de
octubre del dos mil catorce.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1
vez.—Solicitud N° 2014022094.—(IN2014073461).
Por escritura
otorgada por el suscrito notario, a las 8:00 horas del 24 de octubre del 2014,
se fusionó Industrias Químicas Internacionales S. A., con Compañía de
Inversiones Mesa Nacional S. A., subsistiendo la segunda.—Lic. Olman
Aguilar Castro, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 22027.—(IN2014073465).
Que al ser las
nueve horas del diez de setiembre del dos mil catorce, la totalidad del capital
accionario de la sociedad Sol Nacarado Sociedad Anónima, inscrita en el
Registro Mercantil bajo la cédula jurídica número tres-ciento uno-dos cuatro
cinco seis cuatro cinco, acuerdan disolver y liquidar la sociedad dicha, de
conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio,
bajo la notaría de Leonardo Crespi Zorino, escritura número noventa y cinco
visible al folio cero treinta y nueve vuelto del tomo diecinueve.—San José, 24
de octubre del dos mil catorce.—Lic. Leonardo Crespi Zorino, Notario.—1
vez.—Solicitud N° 2014022026.—(IN2014073468).
Corporación
Loucel Ramírez Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-dos cero seis ocho siete ocho, comunica que acordó disolver esta sociedad
de acuerdo al artículo doscientos uno inc. d) del Código de Comercio.—Belén,
veintisiete de octubre del dos mil catorce.—Lic. Flor María Delgado Zumbado,
Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 2014022020.—(IN2014073498).
Que al ser las
diez horas del diez de setiembre del dos mil catorce, la totalidad del capital
accionario de la sociedad Inversiones Motagua Sociedad Anónima, inscrita
en el Registro Mercantil bajo la cédula jurídica número tres-ciento uno-dos
cuatro cinco seis tres nueve, acuerdan disolver y liquidar la sociedad dicha de
conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio,
bajo la notaría de Leonardo Crespi Zorino. Escritura número noventa y seis
visible al folio cero treinta y nueve vuelto y cero cuarenta frente del tomo
diecinueve.—San José, 24 de octubre del dos mil catorce.—Lic. Leonardo Crespi
Zorino, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 22025.—(IN2014073472).
Por escritura
otorgada ante mí, a las trece horas del catorce de octubre del año dos mil
catorce, se protocolizó el acta de asamblea general de la sociedad Vanilla
Light Publiproducciones S. A., mediante la cual se reforma la cláusula
primera referente al nombre, el nuevo nombre será Corporación Gestionadora
de Créditos de SJ Sociedad Anónima.—Lic. Krissia Alejandra Saborío Marín,
Notaria.—1 vez.—(IN2014073473).
Que al ser las
ocho horas del diez de setiembre del dos mil catorce, la totalidad del capital
accionario de la sociedad Desarrollos Mazatenango Sociedad Anónima,
cedula jurídica tres-ciento uno-dos cuatro cinco seis dos cinco, acuerdan
disolver y liquidar la sociedad dicha de conformidad con el artículo doscientos
uno inciso d) del Código de Comercio, bajo la notaría de Leonardo Crespi
Zorino, Escritura número noventa y cuatro visible al folio cero treinta y nueve
frente del tomo diecinueve.—San José, 24 de octubre del dos mil catorce.—Lic.
Leonardo Crespi Zorino, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 22024.—(IN2014073474).
Por escritura número
treinta y dos del tomo primero de mí protocolo, otorgada a las trece horas del
ocho de octubre del dos mil doce, se constituyó la sociedad Thompson Coffee
Company Limitada. El capital social de dicha compañía es de diez mil
colones, y está compuesto por cien cuotas de cien colones cada una, las cuales
fueron pagadas mediante letra de cambio y el aporte de un teléfono celular
Iphone cuatro S, por partes iguales.—San José, veintinueve de octubre del dos
mil catorce.—Lic. Bernardo Mata Soto, Notario.—1 vez.—(IN2014073475).
Por escritura
número noventa y cuatro del tomo primero de mi protocolo, otorgada a las
dieciocho horas del siete de octubre de dos mil catorce, se constituyó la
sociedad Laboratorio de Diseño Mecánico LDM Limitada. El capital social
de dicha compañía es de diez mil colones, y está compuesto por cien cuotas de
cien colones cada una, las cuales fueron pagadas de la siguiente forma:
mediante letra de cambio una cuota, y con el aporte de un teléfono celular
Iphone cuatro S las restantes.—San José, veintinueve de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Bernardo Mata Soto, Notario.—1 vez.—(IN2014073476).
Que por escritura número 43, visible a
folio 42 vuelto se acordó disolver la empresa denominada MMX Vandalay
Enterprises Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula
jurídica 3-102-612580. Visible en el tomo 24 del protocolo del suscrito notario
público, el motivo de este edicto es la disolución de la empresa
indicada.—Uvita de Osa, a las 12:00 horas del 27 de octubre del 2014.—Lic.
Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 22023.—(IN2014073478).
Que por escritura número 42, visible a
folio 42 frente se acordó disolver la empresa Dakolum Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-209559. Visible en el tomo 24 del Protocolo del suscrito
notario público, el motivo de este edicto es la disolución de la empresa
indicada.—Uvita de Osa, a las 12:00 horas del 27 de octubre del 2014.—Lic.
Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 22022.—(IN2014073481).
Por escritura número 225 del tomo 07
del protocolo del suscrito notario, se constituyó la sociedad civil Familia
Esquivel López J.S.M. Sociedad Civil.—Heredia, 29 de octubre del 2014.—Lic.
Lindbergh Arrieta Zárate, Notario.—1 vez.—(IN2014073485).
Por escritura, otorgada a las 10:30
horas del día 28 de octubre del presente año, se protocoliza acta de asamblea
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Servicios Diversos
MA. Ser M Y S de Montealto S. A., mediante la cual se reforman las
cláusulas segunda, sétima y se nombra junta directiva y fiscal.—San José,
veintiocho de octubre del año dos mil catorce.—Lic. Betzabeth Miller Barquero;
Notaria.—1 vez.—(IN2014073488).
Por escritura, otorgada a las 10:45
horas del día 27 de octubre del presente año, se protocoliza acta de asamblea
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Inmobiliaria Saru
S. A. mediante la cual se reforma la cláusula de la administración y se
nombra junta directiva.—San José, veintisiete de octubre del año dos mil
catorce.—Lic. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2014073490).
Por escritura, otorgada a las 12:00
horas del día 28 de octubre del presente año, se protocoliza acta de asamblea
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Reflexión de Luz S.
A. mediante la cual se reforma la cláusula de administración y se nombra
junta directiva.—San José, veintiocho de octubre del año dos mil catorce.—Lic.
Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2014073491).
Hoy protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Imagen, Sonido, Confort Sociedad
Anónima, en la que se modificó la cláusula cuarta del pacto
constitutivo.—San José, 23 de octubre
del 2014.—Lic. Édgar Cervantes Gamboa Notario.—1 vez.—(IN2014073493).
Por escritura número cuatro otorgada a
las quince horas cuarenta minutos del veintiocho de octubre de dos mil catorce,
ante el notario público Daniel Eduardo Muñoz Herrera, se protocolizan acuerdos
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Constructora
Bechtel Edica Sociedad de Responsabilidad Limitada, donde se acuerda la
disolución de la sociedad, y se designa a Sergio García Mejía como liquidador
de la compañía.—San José, veintinueve de octubre de dos mil catorce.—Lic.
Daniel Eduardo Muñoz Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2014073502).
En mi notaría, por escritura pública
número cuarenta y cuatro, de las trece horas del veintitrés de octubre del dos
mil catorce, se reforma la cláusula
primera del pacto social de Nexus Electrónica C y O Sociedad Anónima.—San
José, veintitrés de octubre del dos mil catorce.—Lic. Patricia Vanolli
Alvarado, Notaria.—1 vez.—(IN2014073518).
Por escritura otorgada ante esta
notaría en San José, a las doce horas del veintiocho de octubre del dos mil
catorce, se revoca el cargo de secretario y se modifica la cláusula sétima, de
la sociedad Tres Ciento Uno-Seis Seis Cinco Uno Tres Ocho Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número tres-ciento uno- seis seis cinco uno tres ocho.—San
José, veintiocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Gabriela Corrales Fallas,
Notaria.—1 vez.—(IN2014073526).
Los señores Ariel y Daniel ambos Rojas
Rodríguez, en calidad de socios cuotistas fundadores solicitan la disolución de
la entidad Tecnologías R y R Hermanos Limitada, domiciliada en San Francisco
de Heredia.—San José, 24 de octubre del 2014.—Lic. Carlos Alberto Wolfe
Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2014073531).
Por escritura de las dieciséis horas
del veintiocho de octubre de dos mil catorce, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la entidad Inversiones El Taita Sociedad
Anónima, mediante la cual se revocó el nombramiento del secretario, se
nombró otro en su lugar y se nombró nuevo tesorero.—San José, 28 de octubre del
2014.—Lic. Carlos Alberto Wolfe Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2014073533).
Por escritura de las trece horas del
veintisiete de octubre de dos mil catorce, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la entidad Industrias Borbón Valverde de San
José Sociedad Anónima, mediante la cual se revocaron nombramientos de junta
directiva y Fiscalía, nombrándose nuevos miembros en dichos cargos,
reformándose la cláusula décimo primera del pacto constitutivo.—San José, 27 de
octubre del 2014.—Lic. Carlos Alberto Wolfe Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2014073534).
Ante esta notaría a las dieciocho
horas treinta minutos del veintisiete de octubre del año dos mil catorce, se
procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Cosmetochen
S. A., por medio de la cual se solicita en forma expresa la disolución y
liquidación de la mencionada compañía.—Lic. Gloria E. Carrillo Ballestero,
Notaria.—1 vez.—(IN2014073535).
Ante el notario público Martín Álvarez
Zamora, carné veintiún mil ciento veinticuatro; mediante escritura número cincuenta
y cuatro; otorgada a las nueve horas del quince de octubre del dos mil catorce;
se reformó la cláusula sexta del acta constitutiva de la sociedad denominada Loinsa
Logística Integrada Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento
uno-cuatro dos cero cinco uno seis; quedando la representación de apoderados
generalísimos de la siguiente manera. La secretaria podrá actuar de forma
independiente, el presidente estará limitado a actuar de forma conjunta con la
secretaria. A los siguientes actos, no podrá vender, donar, enajenar ni
comprometer el patrimonio de la sociedad de forma unilateral, que sea mayor a
un millón de colones, de ser superior a esa suma deberá obtener autorización
escrita, específica, de la junta directiva, solo podrá actuar de forma
independiente conforme a ley, en el caso de fallecimiento de la secretaria o
que esta sea declarada incapaz de actuar médicamente. Es todo.—Alajuela a las
catorce horas del veintiocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Martín
Álvarez Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2014073539).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria escritura número 261 del tomo 22 otorgada a las 16 horas del
21 de octubre del 2014, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria
de socios de la sociedad de esta plaza D.A. Médica de Costa Rica S. A.,
mediante la cual se modifica la cláusula quinta del pacto social y se aumenta
el capital social de la sociedad.—Lic. Cecilia Ivette Villalobos Soto,
Notaria.—1 vez.—(IN2014073549).
Por escritura número 258 del tomo 22
del protocolo de la suscrita notaria otorgada a las 9 horas del 16 de octubre
del 2014, se liquida la sociedad de esta plaza Antonio, Teresa y sus Diez
Hijos Arroyo Álvarez de Villa Bonita de Alajuela S. A.—Lic. Cecilia Ivette
Villalobos Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2014073551).
Por escritura número treinta y
seis-diecinueve, otorgada ante la notaria Laura Patricia Alvarado Peñaranda, de
las catorce horas con treinta minutos del día veintiocho de octubre del año dos
mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la Corporación
Industrial Hermanas Vílchez Alvarado Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica 3-101-219951, por medio de la cual se nombra nueva junta directiva y
fiscal.—Ciudad de Heredia, 28 de octubre del año 2014.—Lic. Laura Patricia
Alvarado Peñaranda, Notaria.—1 vez.—(IN2014073554).
Se modifica ante esta notaría la
cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Koolmovil Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica tres - ciento uno - seiscientos
cuarenta y nueve mil trescientos setenta y tres.—San José, doce horas del
veintiocho de octubre de dos mil catorce.—Lic. Manuel Antonio Ballesteros
Ortega, Notario.—1 vez.—(IN2014073565).
Mediante escritura número veintinueve
del tomo veinticuatro del suscrito notario, se constituyó Inversiones A.R.H.
del Caribe Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, con domicilio
social en Limón, Matina, Batán, cincuenta metros suroeste de la plaza de fútbol
de Ramal siete, con un capital empresarial de diez mil colones y corresponde al
gerente Andrés Rodríguez Hyman, cédula de identidad dos-cero cinco seis cinco-
cero cero nueve seis, la representación judicial y extrajudicial con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, 19 de octubre de
2014.—Lic. Orlando Rodríguez Arguedas, Notario.—1 vez.—(IN2014073569).
Por escritura otorgada en mi notaría a
las dieciocho horas diez minutos del día
treinta de setiembre del año dos mil catorce, la sociedad Total Focus
Cosmetics Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- seis siete
siete cinco cero cinco, se modifica claúsula tercera del acta constitutiva.—San
José, veintiocho de octubre del año dos mil catorce.—Lic. Ramiro José Alvarado
Larios, Notario.—1 vez.—(IN2014073577).
Por escritura otorgada el día de hoy
ante mí se constituyó Mi Clínica Fisioterapia y Rehabilitación Sociedad
Anónima.—Heredia, 25 de octubre del 2014.—Lic. Mario Benavides Rubí
Notario.—1 vez.—(IN2014073583).
En asamblea general extraordinaria de
socios de la compañía Comtecswiss Centro América Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos setenta y un mil trescientos
cuarenta y seis, se reformó el pacto constitutivo en su cláusula primera
referente a su cambio de nombre. Notaría Lic. Mario Benavides Rubí. Es
todo.—Heredia, veinticinco de octubre del dos mil catorce.—Lic. Mario Benavides
Rubí, Notario.—1 vez.—(IN2014073586).
Por escritura ante mí, de las 11:00
horas del 13 de octubre del 2014, se constituyó la sociedad denominada Concejales
de Investigación Económica CIE Prim S.A., presidente: Jorge Eduardo Vásquez
Vásquez. Capital social dos mil cuatrocientos dólares.—San José, 29 de octubre
del 2014.—Lic. Mauricio José Molina Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2014073588).
Por escritura otorgada ante mí, en
Cartago, hoy a las 13:00 horas, protocolicé acta de sesión de la junta
administrativa de la Fundación Abrazos Para Todos reformando la cláusula
octava de sus estatutos, para que se lea así: claúsula octava: De la Junta
Administrativa. La administración y dirección de la Fundación estará a cargo de
la junta administrativa integrada por cinco miembros así: presidente,
secretario, tesorero, vocal uno y vocal dos, los que serán designados en la
sesión de instalación de junta administrativa, cargos que serán ocupados por
los tres directores nombrados y por los miembros nombrados por el Poder
Ejecutivo y la Municipalidad de Cartago. Dichos miembros durarán en sus
funciones dos años a partir de la constitución de dicha fundación pudiendo ser
reelectos. Modificándose el inicio de la cláusula en sus tres primeras líneas.
Se mantiene Invariable dicha cláusula a partir de: “Además ostentarán el cargo
en la junta administrativa,” en adelante y hasta el final de la
cláusula.—Cartago, 27 de octubre del 2014.—Lic. Luis Guillermo Ramírez Víquez,
Notario.—1 vez.—(IN2014073592).
La suscrita notaria hace constar que
hoy a las diez horas, protocolicé actas de tres asambleas de socios del Taller
Mecánico Chaves Limitada, por las que se reformaron las cláusulas cuarta,
segunda y sexta de los estatutos constitutivos, se ceden cuotas sociales y se
nombra gerente a Carmen María Chaves Cabalceta.—San Isidro de Vázquez de
Coronado, 01 de setiembre del 2014.—Licda. Yamilette Calderón Cerdas,
Notaria.—1 vez.—(IN2014073593).
Ante la notaria, Hellen Cordero Mora,
se protocoliza acta número uno de asamblea extraordinaria de socios de Verificadores
de Equipo Satelital Sociedad Anónima, el día veintitrés de octubre del dos
mil catorce, en la cual se hacen nuevos nombramientos en la junta directiva. Es
todo.—Heredia, veintitrés de octubre del dos mil catorce.—Licda. Hellen Cordero
Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2014073603).
Ante esta notaría, al ser las nueve
horas cuarenta minutos del veintinueve de octubre del dos mil catorce, se
tramita en sede notarial la disolución de la siguiente sociedad anónima Sistema
DDE Seguridad Sesea S. A., bajo los expedientes 001-2014, con cédula
3-101-447963.—Alajuela, al ser diez horas del día veintinueve de octubre del
dos mil catorce.—Lic. Vinicio Villegas Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2014073621).
Ante esta notaría al ser las nueve
horas veinte minutos del veintinueve de octubre del dos mil catorce, se
modificó la representación y junta directiva de la sociedad Inversiones
Shumager N.S cédula jurídica tres-ciento uno-seis ocho seis seis
cinco cinco.—Alajuela, al ser las nueve horas treinta minutos del día
veintinueve de octubre del dos mil catorce.—Lic. Vinicio Villegas Arroyo,
Notario.—1 vez.—(IN2014073622).
Ante mí notaría, se constituyó la
sociedad que llevará como nombre el número de cédula asignado, domiciliada en
Guanacaste, Santa Cruz, Tempate, El Llano, de la Bomba Oasis doscientos metros
al este y ciento cincuenta metros al norte. El capital social será ciento
veinte mil colones, representadas por doce acciones comunes y nominativas de
diez mil colones cada una, las cuales se pagaron mediante seis cerdos, un juego
de cuchillos y tres sacos de alimentos para cerdos.—Liberia, veintisiete de
octubre del dos mil catorce.—Licda. Daly Mariel González Castro, Notaria.—1
vez.—(IN2014073633).
Ante mí notaría, se constituyó la
sociedad que llevará como nombre Vigilancias Completas y Monitoreos
Especiales del Sur S.A. domiciliada en Guanacaste, Liberia, barrio Nazareth
de la escuela quinientos metros al oeste. El capital social será cien mil
colones, representadas por diez acciones comunes y nominativas de diez mil
colones cada una, las cuales se pagaron mediante un escritorio y un mueble de
oficina.—Liberia, veintisiete de octubre del dos mil catorce.—Licda. Daly
Mariel González Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2014073635).
Mediante acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Aguijor S. A., cédula
jurídica 3-101-376755 del veinte de noviembre del dos mil trece, se acordó
disolver la misma por lo que através de este edicto se cita y emplaza a todos
los interesados para que realicen las oposiciones y hagan valer los derechos
que consideren pertinentes, publíquese.—Liberia, quince de octubre del dos mil
catorce.—Licda. Daly Mariel González Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2014073636).
Por escritura número doscientos
noventa y siete otorgada ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima
según el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J,
del catorce de junio del año dos mil seis, capital social es la suma de cien
dólares. Presidente: Derek Chester Férguson.—Alajuela, veintinueve de octubre
del año dos mil catorce.—Licda. Nidia Isabel Sibaja Blanco, Notaria.—1
vez.—(IN2014073637).
Por escritura otorgada ante mí, en San
José, a las 18:00 horas del 28 de octubre del 2014, se constituyó Soluciones
Tecnológicas Compuservice S.A., domicilio: San José. Plazo 99 años.
Representación: presidente y secretario, con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—San José, 28 de octubre del 2014.—Lic. Carlos
Mauricio Vargas Caravaca, Notario.—1 vez.—(IN2014073640).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintinueve de octubre del dos
mil catorce. Se protocoliza el acta de asamblea de Sport City Trescientos
Sesenta Grados Sociedad Anónima. Se reforma claúsula primera y sétima y se
nombra junta directiva.—San José, veintinueve de octubre del dos mil
catorce.—Licda. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—(IN2014073641).
Yo Hazel Rojas Rojas, notaria pública
con oficina en San Antonio de Belén, al ser diez horas cuarenta minutos del día
veintinueve de octubre del dos mil catorce, protocolicé el acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de B & P Fluid Control Sociedad
Anónima, en la cual se reformó la cláusula octava de los estatutos de la
sociedad. Es todo.—Belén, al ser doce horas veinte minutos del día veintinueve
de octubre del dos mil catorce.—Licda. Hazel Rojas Rojas, Notaria.—1
vez.—(IN2014073642).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las quince horas cuarenta minutos del día veintiocho de octubre del
dos mil catorce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general
extraordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inmobiliaria
Piedras Blancas Sociedad Anónima. Donde se acuerda reformar la cláusula
referente al domicilio y representación.—San José, veintiocho de octubre del
dos mil catorce.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—(IN2014073657).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las quince horas veinticinco minutos del día veintiocho de octubre del
dos mil catorce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general
extraordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Grupo
G Latinoamericano Sociedad Anónima. Donde se acuerda reformar la cláusula
referente al domicilio y representación.—San José, veintiocho de octubre del
dos mil catorce.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—(IN2014073658).
Por escritura otorgada ante este
notario, a las quince horas del veintisiete de octubre del dos mil catorce, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía
Auxis Costa Rica Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula
segunda del pacto constitutivo de la sociedad, sobre el domicilio.—San José,
veintinueve de octubre del dos mil catorce.—Lic. Roberto Leiva Pacheco,
Notario.—1 vez.—Solicitud N° 22130.—(IN2014073662).
Por escritura otorgada en esta notaría
a las diecisiete horas del día veintidós de octubre del año dos mil catorce,
protocolicé acuerdos de la sociedad denominada J.Y. Villa Thirteen Sociedad
Anónima, mediante el cual se reforman las cláusulas segunda y octava del
pacto social.—San José, 17 horas del 22 de octubre del año dos mil
catorce.—Lic. Giselle Pacheco Saborío, Notaria.—1 vez.—(IN2014073670).
Por escritura otorgada en esta notaría a las
diecisiete horas treinta minutos del día
veintidós de octubre del año dos mil catorce, protocolicé acuerdos de la
sociedad denominada J.Y. Villa Two Sociedad Anónima, mediante el
cual se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto social.—San José,
veintidós de octubre del año dos mil catorce.—Licda. Giselle Pacheco Saborío,
Notaria.—1 vez.—(IN2014073671).
Por escritura otorgada en esta notaría a las dieciocho
horas treinta minutos del día veintidós de octubre del año dos mil catorce,
protocolicé acuerdos de la sociedad denominada Beachview Flamingo Sociedad
Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto
social.—San José, veintidós de octubre del año dos mil catorce.—Licda. Giselle
Pacheco Saborío, Notaria.—1 vez.—(IN2014073673).
Por escritura otorgada en esta notaría
a las dieciséis horas y quince minutos del día veintidós de octubre del año dos
mil catorce, protocolicé acuerdos de la sociedad denominada J.Y. Villa
Twelve Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda
y octava del pacto social.—San José, veintidós de octubre del año dos mil
catorce.—Licda. Giselle Pacheco Saborío, Notaria.—1 vez.—(IN2014073675).
Por escritura
otorgada ante mi notaría a las 9:00 horas del 23 de octubre pasado, se reforma la
cláusula quinta del pacto social constitutivo de la compañía Camje S.
A. Se aumenta el capital social.—Lic. Jorge Luis Fonseca Fonseca,
Notario.—1 vez.— Solicitud N° 22138.—(IN2014073678).
Ante esta notaría,
al ser las trece horas con treinta minutos del día veintisiete de octubre de
dos mil catorce, se otorgó escritura mediante la cual se protocolizó la reforma
de la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Madagascar del
Sur Sociedad Anónima.—San José, a los veintinueve días del mes de octubre
de dos mil catorce.—Lic. Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—Solicitud
N° 22140.—(IN2014073681).
Por escritura
otorgada ante la suscrita notaria en Guanacaste, a las 12:00 horas del 29 de
octubre de 2014, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la compañía Jupiter Flamingo Dos S. A., donde por
decisión unánime de los socios se reformaron las cláusulas del domicilio y de
la administración; se revocaron los nombramientos de presidente, secretario y
tesorero, nombrándose nuevos y se nombró al vicepresidente.—Lic. Kennia
Guerrero Ruiz, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 22142.—(IN2014073685).
Arturo Agüero
Chaves, casado una vez, cédula 1-513-827, vecino de Guadalupe, Goicoechea, San
José, reunidos en asamblea general extraordinaria, al ser las 11:00 a.m. del 30
de julio 2014, estando la totalidad del capital social, se reforma la cláusula
N° 1, para que en adelante en vez de Dixeltron S. A., se lea ProLED de Costa
Rica Sociedad Anónima.—Tres Ríos, 21 de octubre del 2014.—Licda. Ester Azalea
Sibaja González, Notaria.—1 vez.—(IN2014073687).
Por escritura
número cincuenta y nueve otorgada ante esta notaría en conotariado con el Lic.
Jean Fierre Pino Sbravatti, a las diez horas treinta minutos del veintidós de
octubre del dos mil catorce, se modificó la cláusula novena del pacto
constitutivo de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cincuenta
y Tres Mil Cuatrocientos Tres Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos tres.—San
José, 22 de octubre del 2014.—Licda. Priscilla Ureña Duarte, Notaria.—1
vez.—(IN2014073703).
A las 15:00 horas
del jueves 23 de octubre del 2014, la sociedad Importaciones Chaves Peralta
Sociedad Anónima modificó la cláusula novena de los estatutos y se nombró
nuevo vicepresidente de la junta directiva, se comisionó al notario Alexander
Quesada Venegas para protocolizar el acta.—Lic. Alexander Quesada Venegas,
Notario.—1 vez.—(IN2014073731).
Asamblea
extraordinaria de accionistas de la sociedad Plagovi Sicues Sociedad Anónima,
cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatro tres cero cinco seis cinco, celebrada
en su domicilio social. Se modifica las cláusulas sétima y segunda del pacto
constitutivo. Se acepta renuncia del
vicepresidente y se nombra de nuevo.—San José, a las once horas del siete de
octubre del año dos mil catorce.—Licda. Jenillee Lara Rivera, Notaria.—1
vez.—(IN2014073732).
Por escritura de
las 18:00 horas del 27 de octubre del 2014, ante la suscrita se disolvió Inversiones
Bifoma Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años, capital
social 1 000 000 colones presidente: Alexander Fonseca Vargas.—San José, 29 de
octubre del 2014.—Licda. María Marta Badilla Córdoba, Notaria.—1 vez.—(IN2014073733).
Hoy protocolicé
acta de asamblea de socios de 3-101-670034 S. A., donde se nombró nueva
junta directiva y se reformó la cláusula segunda.—San José, 29 de octubre del
2014.—Licda. Kattia Alvarado Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2014073735).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las 13:00 horas del día 29 de octubre del 2014, la
empresa Finca La Palma Dos Haramosh Limitada, protocolizó acuerdos en
donde modifica la cláusula cuarta del plazo social de los estatutos.—San José,
30 de octubre del 2014.—Lic. Alberto Pauly Sáenz, Notario.—1
vez.—(IN2014073740).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 14:00 horas del día 29 de octubre del 2014, la empresa Juwi
Solar Centro América y El Caribe Limitada, protocolizó acuerdos en donde
modifica la cláusula cuarta del plazo social de los estatutos.—San José, 30 de
octubre del 2014.—Lic. Alberto Pauly Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2014073741).
Ante mí, Roberto Vargas Mora, notario
público, se liquidó la empresa Inversiones Faveri Hermanos Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-533578, con domicilio en Palmares, Alajuela. Todo
mediante escritura de liquidación de las ocho horas del día veinticuatro de
octubre del dos mil catorce firmada por quienes corresponde.—Palmares, 29 de
noviembre del 2012.—Lic. Roberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014073745).
Por escritura otorgada ante el
suscrito se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de 3-101-454304
S. A., cédula jurídica número 3-101-454304; se nombra junta directiva.—San
José, 29 de octubre de 2014.—Lic. William Chaves Villalta, Notario.—1
vez.—(IN2014073746).
Ante mí, Denia Vázquez Pacheco notaria pública en
escritura número trescientos dos se protocolizó el acta de la compañía O.A.Y.J.C
Araya Calvo Sociedad Anónima; cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos treinta y cinco mil setecientos cuarenta y uno, donde se
acuerda disolver y liquidar dicha sociedad.—Fortuna, San Carlos, veinte de
octubre del dos mil catorce.—Licda. Denia Vázquez Pacheco, Notaria.—1
vez.—(IN2014073747).
Por escritura otorgada ante el suscrito se protocolizó
acta de asamblea extraordinaria de socios de Corebases S. A., cédula
jurídica número 3-101-683145; se nombra presidente.—San José, 29 de octubre del
2014.—Lic. William Chaves Villalta, Notario.—1 vez.—(IN2014073748).
Por escritura otorgada ante el suscrito se protocolizó
acta de asamblea extraordinaria de socios de Eseybe Internacional S. A.,
cédula jurídica número 3-101-139166, se nombra presidente.—San José, 29 de
octubre del 2014.—Lic. William Chaves Villalta, Notario.—1 vez.—(IN2014073749).
En esta notaría Adrián Sandoval Bermúdez y Egides
Gómez Umaña, constituyen Comercializadora La Piedad SB S. A. Capital
suscrito y pagado totalmente.—San José, 27 de octubre del 2014.—Lic. William
Chaves Villalta, Notario.—1 vez.—(IN2014073750).
Hoy protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la compañía 3-101-566696 S. A. Mediante
la cual se reforma la cláusula 2 y nuevos nombramientos.—Filadelfia, 22 de
julio del 2014.—Lic. Luis Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2014073757).
Por escritura número 326-7 otorgada en esta notaría a
las 14:00 horas del día 29 de octubre del año 2014, se realiza cambio de junta
directiva de la compañía Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cincuenta y Un Mil Ochocientos
Treinta y Dos Sociedad Anónima.—Alajuela, 29 de octubre del año 2014.—Lic.
Óscar Gabriel Cordero Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2014073759).
En esta notaría se protocoliza el acta de modificación
de la cláusula novena sobre la representación de la sociedad denominada Inversiones
Jianmeng Sociedad Anónima.—San José, 27 de octubre del 2014.—Licda.
Marianela Angulo Tam, Notaria.—1 vez.—(IN2014073766).
Que por escritura número 54, del tomo
11, de esta notaria, Sociedad Kuo Ching Importaciones Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3-101-307107, nombró tesorero al señor Han -apellido- Cheng
Lin -nombre- cédula de residencia 11580007624, y como secretaria a la señora
Han Kuo -apellidos- Hsiu Hsiang -nombre- cédula de residencia:
115800019009.—San José, 22 octubre del 2014.—Lic. Roberto Umaña Balser,
Notario.—1 vez.—Sol. 21929.—(IN2014073771).
Por escritura otorgada a las nueve horas del día once
de setiembre del dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea
extraordinaria de socios de la sociedad denominada Clean NS Sociedad de
Responsabilidad Limitada, en la cual se hace nuevo nombramiento de gerente
y se reforma las cláusulas primera y octava del pacto social denominándose la
sociedad como Stainless CR Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Cartago,
28 de octubre del dos mil catorce.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1
vez.—(IN2014073774).
A los efectos del artículo doscientos
siete del Código de Comercio, se avisa que por acuerdo firme de la asamblea
general extraordinaria de la sociedad Norma Delgadillo e Hijas Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos siete mil veintinueve,
celebrada el día veintinueve de octubre del dos mil catorce, a las ocho horas
se acordó por unanimidad la disolución de dicha sociedad, de conformidad con el
artículo doscientos uno inciso d).—San José, 30 de octubre del 2014.—Lic.
Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—Sol. 22167.— (IN2014073775).
En la protocolización del acta de la asamblea general
de la empresa Instacredit Sociedad Anónima, por unanimidad se acuerda:
Realizar aumento de capital social, el mismo se encuentra debidamente suscrito
y pagado.—San José, treinta de octubre del año dos mil catorce.—Lic. Cristian
Guillermo Soto Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014073779).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve
horas del ocho de octubre del dos mil catorce, se reformó el pacto constitutivo
en su cláusula sexta y se procedió al nombramiento de nueva junta directiva de
la sociedad Inversiones Tagar S. A. cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-setenta y dos mil ciento dieciséis.—San José, doce de octubre
del año dos mil catorce.—Licda. Yorleny Murillo Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2014073784).
Por escritura número sesenta-siete del tomo siete de
mi protocolo, otorgada el día catorce de octubre del dos mil catorce, ante la
suscrita notaria, se reforman estatutos y se nombra nueva junta directiva de la
sociedad de esta plaza denominada Tres Horizontes Sociedad Anónima.—San
José, diecisiete de octubre del dos mil catorce.—Licda. Susana Chaves Sell,
Notaria.—1 vez.—(IN2014073785).
Por escritura pública número 260, otorgada ante mi
notaría, se constituyó sociedad anónima que se denominará por medio de número
de cédula jurídica, plazo noventa y nueve años, capital social: diez mil colones
exactos. Presidente: Jorge Alejandro Valverde Méndez.—San José, 29 de octubre
del 2014.—Lic. Greivin Ureña Fuentes, Notario.—1 vez.—(IN2014073786).
Por escritura número ciento diecisiete-siete del tomo
siete de mi protocolo, otorgada el día treinta y uno de enero de dos mil
catorce, ante la suscrita notaria se reforman estatutos y se nombra nuevo
tesorero de la junta directiva y fiscal de la sociedad de esta plaza denominada
La Alhambra Oporto Nogal Sociedad Anónima.—San José, trece de octubre
del dos mil catorce.—Licda. Susana Chaves Sell, Notaria.—1 vez.—(IN2014073787).
Mediante escrituras de las 15:00 horas del día de hoy,
protocolicé acta de asamblea extraordinaria de socios de la compañía denominada
B.E.S.T. Interamericana Sociedad Anónima. Se modifican cláusulas del
pacto social.—San José, 23 de octubre del 2014.—Lic. Luis Felipe Martínez
Obando, Notario.—1 vez.—(IN2014073788).
Por escritura 172-8, realizada en notaría de José
Antonio Umanzor Rodríguez, ubicada en San José centro, av.16, c.3, correo
electrónico lic_umanzor@hotmail.com, se constituyó sociedad Estructuras
Metálicas del Sol G & R Sociedad Anónima, capital social ¢900.000 con
60 acciones de ¢15.000 cada una. Domicilio: Cartago, Concepción de Tres Ríos,
de la plaza de fútbol 175 norte. Presidente: Jairo Ruiz Pichardo, nicaragüense
cédula residencia 155809638608.—Lic. José Antonio Umanzor Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2014073792).
Inversiones
Flormarro de Florencia Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-487681,
solicita disolución de empresa. Escritura otorgada ante la notaria Grace
Murillo Sánchez, al ser las 9:00 horas del 27 de octubre del 2014.—Ciudad
Quesada, 30 de octubre del 2014.—Licda. Grace Murillo Sánchez, Notaria.—1
vez.—(IN2014073793).
Por escritura número 20, visible a folio 10 vuelto y
11 frente del tomo uno del protocolo de la notaria Carol Ocampo Ramírez,
otorgada a las 14:00 horas de 27 de octubre del 2014, se protocoliza acta de
asamblea de socios de fecha 14 de octubre del 2014, con la cual en pleno
disuelven la sociedad Autorepuestos Aramo Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-263487.—Licda. Carol Ocampo Ramírez, Notaria.—1
vez.—(IN2014073794).
En esta notaría mediante escritura pública número:
137-28 otorgada en San Isidro de Heredia a las 17:30 horas del 28 de octubre
del 2014, se aprobó disolver y cancelar en su inscripción la sociedad
denominada Saco de Café Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número: 3-101-199263. En esta notaría mediante escritura pública número:
139-28, otorgada en San Isidro de Heredia a las 10:00 horas del 29 de octubre
del 2014, se aprobó disolver y cancelar en su inscripción la sociedad
denominada Equico Limitada, con cédula de persona jurídica número:
3-102-165856.—Lic. Iván Villalobos Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2014073810).
En esta notaría mediante escritura pública número:
138-28 otorgada en San Isidro de Heredia a las 18:00 horas del 28 de octubre
del 2014, se derogó la cláusula 14 y se reformaron las cláusulas 2 y 6 del acta
constitutiva de la sociedad JLP Logística de Carga Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número: 3-101-399813.—Lic. Iván Villalobos Ramírez,
Notario.—1 vez.—(IN2014073811).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez
horas, del día veintitrés de octubre del año dos mil catorce, se protocolizan
acuerdos de asamblea, de la sociedad Corporación Megadock Sociedad Anónima.—Lic.
Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2014073813).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve
horas, del día veintitrés de octubre del año dos mil catorce, se protocolizan
acuerdos de asamblea, de la sociedad Tecnospa Internacional Sociedad Anónima.—Lic.
Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2014073816).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho
horas del día veintitrés de octubre del año dos mil catorce, se protocolizan
acuerdos de asamblea, de la sociedad Carmonijin Sociedad Anónima.—Lic.
Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2014073817).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho
horas del día veintitrés de octubre del año dos mil catorce, se protocolizan
acuerdos de asambleas, de las sociedades Parody River PAR Sociedad Anónima
e Invhersa Sociedad Anónima, en la que se acuerda la fusión de estas
empresas, prevaleciendo la segunda.—San José, veintitrés de octubre del año dos
mil catorce.—Lic. Johnny Vargas Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014073818).
Por escritura otorgada a las 15:00
horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea de cuotistas de la
sociedad denominada Cool Havana Nights Limitada, mediante la cual se
acuerda declarar disuelta la sociedad.—Puntarenas, Garabito, 27 de octubre del
2014.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.— Sol. 22186.—(IN2014073823).
Se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas del B C Danzón del Cielo Sociedad Anónima, se
nombra nueva junta directiva. Presidenta Elizabet Fournier Montealegre.
Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las doce horas del veinticuatro
de octubre del dos mil catorce.—Licda. Zaida María Rojas Cortés, Notaria.—1
vez.—(IN2014073825).
En mi Notaria por escritura número
ciento uno, otorgada en San José a las dieciocho horas del veintinueve de
octubre del año dos mil catorce, del tomo doce, se constituyó la Sociedad
Anónima denominada: TP Consulting Costa Rica S. A., domiciliada en San
José, presidente, secretario y tesorero únicos apoderados generalísimos sin
límite de suma. Capital social cien mil colones.—San José, a las dieciocho
horas del veintinueve de octubre del año dos mil catorce.—Lic. Alejandro Vargas
Carazo, Notario.—1 vez.—Sol. 22165.—(IN2014073829).
Por escritura otorgada ante mí, al ser
las 11 horas del 2 de setiembre de 2014,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Consorcio Publicitario y Afines Sociedad Anónima, cédula
jurídica: 3-101-317045, donde: Se revoca el nombramiento del secretario,
tesorero de la junta directiva, además del fiscal y agente residente, proceden
a nombran nuevos. Se reforman las cláusulas: 2, 6, del pacto constitutivo.—San
José, al ser las 9 horas del 30 de agosto de 2014.—Lic. Gustavo Argüello
Hidalgo, Notario.—1 vez.—Sol. 22171.—(IN2014073833).
Por escritura otorgada en San José, a las nueve horas
del treinta de octubre del dos mil catorce, ante mi notaría, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de socios de las sociedades Residencias
Málaga El Roble S. A. y Rock Constructions and Development S. A., se
modifica cláusula aumentado capital, se fusionan ambas sociedades.—Lic.
Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1 vez.—(IN2014073834).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13:30 horas del 21 de octubre del 2014, se modifica las
clausulas primera, segunda, y octava, se elimina la décima, y se nombra nuevo
presidente y tesorero de la sociedad Puntayita S. A.—Lic. Dewin Brenes
Fernández, Notario.—1 vez.—Sol. 22164.—(IN2014073835).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las
8:00 horas del 30 de octubre del 2014, se constituye la sociedad Centro
Educativo San Agustín-Sarapiquí S. A.—Lic. Ricardo Morera Briceño,
Notario.—1 vez.—(IN2014073836).
Las señoras, Eugenia Herminia Rivera
Rivera, Paola Valerín Vargas y Grettel Vargas Rivera, vienen a disolver la
sociedad anónima Rivalva Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno quinientos treinta y cinco mil cincuenta y ocho. A las ocho horas del diez
de octubre del dos mil catorce.—Lic. Luis Miguel Ortega Meléndez, Notario.—1
vez.—(IN2014073837).
Por escritura otorgada ante mí, a las
trece horas cinco minutos del veintiuno de octubre del dos mil catorce, se
acuerda disolver y liquidar la sociedad Grupo CEGE S. A.—San José,
veintiuno de octubre del dos mil catorce.—Lic. Dewin Brenes Fernández,
Notario.—1 vez.—Solicitud N° 22163.—(IN2014073838).
Por escritura otorgada ante mí, a las
trece horas del veintiuno de octubre del dos mil catorce, se acuerda disolver y
liquidar la sociedad Alfombraz DF SRL.—San José, veintiuno de octubre
del 2014.—Lic. Dewin Brenes Fernández, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
22161.—(IN2014073840).
Ante esta notaría, mediante escritura pública N° 150
otorgada a las 8:45 horas del 30 de octubre del 2014, se modificaron las
cláusulas segunda y sexta; y se eliminó la décimo segunda del pacto
constitutivo de la sociedad Casa de Sol Escazú Limitada, cédula jurídica
número 3-102-139550.—San José, 30 de octubre del 2014.—Licda. Ericka Montoya
Martínez, Notaria.—1 vez.—(IN2014073842).
Ante esta notaría, mediante escritura
pública N° 148 otorgada a las 9:00 horas del 29 de octubre del 2014, se
modificaron las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de la
sociedad Business and Advertising on Line Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica número 3-102-280936.—San José, 29 de octubre del
2014.—Licda. Ericka Montoya Martínez, Notaria.—1 vez.—(IN2014073844).
Por escritura otorgada ante mí, a las
catorce horas del veintinueve de octubre del dos mil catorce, se protocolizan
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad Carnes Pepe Sociedad Anónima, donde se reforman las cláusulas segunda,
quinta, sétima y novena del pacto social, se nombra tesorero y fiscal.—San
José, veintinueve de octubre del dos mil catorce.—Lic. Ligia María González
Leiva, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 22155.—(IN2014073847).
Que por escritura otorgada ante mí, se
aumentó el capital social de la compañía Lima Holdings Limitada, cédula
jurídica tres-ciento dos-seiscientos setenta y dos mil ciento setenta y seis.
Escritura de las once horas del veintisiete de octubre del dos mil catorce.—San
José, 28 de octubre del 2014.—Lic. Andrea Karolina Rojas Mora, Notaria.—1
vez.—Solicitud N° 22061.—(IN2014073848).
En mi notaría a las 9:30 horas del 29 de octubre del
2014, se constituyó la sociedad Silencio del Corazón S. A.;
Domicilio: San Marcos de Cutris de San Carlos; Capital social: un millón de
colones; representación, corresponde al presidente y secretario de la junta
directiva con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Ciudad
Quesada, 29 de octubre del 2014.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1
vez.—(IN2014073874).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas
del día veinticuatro de octubre del dos mil catorce, protocolicé en lo
conducente acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad The
Views Paradise Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la cual se aumentó
el capital social, el domicilio social y la administración.—San José,
veintiocho de octubre del dos mil catorce.—Licda. Jimena Ramírez Meza,
Notaria.—1 vez.—(IN2014073879).
Por escritura número trece-seis, correspondiente a
acta número uno de asamblea general extraordinaria de la sociedad Imagen
Modular Sociedad Anónima, se realiza modificación de la cláusula novena de
la administración, se nombra nuevo tesorero y secretario.—San José, treinta de
octubre del dos mil catorce.—Licda. Christy Alejandra Martínez Carvajal,
Notaria.—1 vez.—(IN2014073881).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas
del día veintinueve de octubre del dos mil catorce, protocolicé en lo literal
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Fuerza
Natural Limitada, en la cual se modificó la razón social, el domicilio
social y la administración.—San José, veintinueve de octubre del dos mil
catorce.—Licda. Jimena Ramírez Meza, Notaria.—1 vez.—(IN2014073882).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del
19 de setiembre del 2014, protocolicé asamblea extraordinaria de accionistas de
la sociedad Corporación Farfran S. A., se reforman las cláusulas
segunda y sétima del pacto constitutivo y se nombra junta directiva y
fiscal.—Lic. Ruhal Barrientos Saborío. Notario.—1 vez.—(IN2014073884).
Ante esta notaría, actuando en conotariado con la
notaria Grace María Sánchez Granados a solicitud de los otorgantes, Lilliana
María Mora Vargas e Ylse María Salazar Zelaya constituyeron la sociedad Babel
Language Services BLS Sociedad de Responsabilidad Limitada, traducido al
idioma español como Servicios Lingüísticos Babel BLS Sociedad de
Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse como BLS SRL, con un capital
social de doscientos mil colones y plazo social de noventa y nueve años. Con
dos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de
suma.—San José, veintinueve de octubre del dos mil catorce.—Licda. Lorena María
Fernández Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2014073893).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría
a las diez horas del diez de octubre del año dos mil catorce, se protocolizó
acta de la sociedad Máster LEX Sociedad Anónima, con cédula jurídica
número tres-ciento uno-doscientos setenta y dos mil novecientos veintiséis
mediante la cual se modificaron las cláusulas que regula lo concerniente al
plazo de nombramiento de los directores, así como el lugar de realización de
las asambleas de socios y de junta directiva.—San José, catorce de octubre del
dos mil catorce.—Licda. Silvia Pacheco Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2014073899).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las 8:00
horas del día 27 de octubre del 2014, se protocolizó acta de Inmobiliaria de
Tuscania Roble Sabana Sociedad Anónima, mediante la cual se
reforma la cláusula octava de la administración.—Licda. Melissa Villalobos
Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(IN2014073901).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las 9:00
horas del día 27 de octubre del 2014, se protocolizó acta de Inmobiliaria de
Tuscania Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula octava
de la administración.—Licda. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1
vez.—(IN2014073902).
Ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria, de la sociedad Teldata Inc Sociedad
Anónima cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta
y dos mil seiscientos dieciséis, donde se modifica cláusulas del pacto
constitutivo.—Heredia, veintinueve de octubre del dos mil catorce.—Licda. María
Lourdes Delgado Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014073916).
La empresa Hermanos Chaves González y Sucesores S.
A. cédula tres-ciento uno-trescientos quince mil trescientos setenta y
cuatro cambia su razón social por Control Natural de Plagas CNP S. A.—San
José, veintinueve de octubre del dos mil catorce.—Licda. Hellen Carolina Aburto
Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2014073921).
Por escritura otorgada en mi
notaría, al ser las diez horas del veintiocho de octubre del dos mil catorce;
se protocolizaron actas de asambleas generales extraordinarias de accionistas
de las sociedades: Fejice Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-trescientos diez mil ochocientos cuarenta y cinco; y Varkell
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-doscientos cinco mil ciento ochenta y uno. En las cuales acordaron
fusionarse prevaleciendo la sociedad Varkell Sociedad Anónima. Se
acuerda aumentar el capital social de la sociedad prevaleciente; se modifican
las cláusulas segunda y quinta de la escritura constitutiva; y se nombran
miembros de junta directiva y fiscal.—Ciudad Quesada, veintiocho de octubre del
dos mil catorce.—Lic. Antonio Marín Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014073925).
Yo, Sebastián David Vargas Roldán, hago constar que el
día de hoy he protocolizado en mi notaría, acta de asamblea de accionistas de
la sociedad Joyana Feliz Sociedad Anónima, donde se modifica el pacto
constitutivo. Es todo.—San José, 30 de octubre del 2014.—Lic. Sebastián David
Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—(IN2014073933).
Por escritura número ciento setenta y dos del tomo
tres del protocolo de la suscrita notaria y otorgada a las ocho horas treinta
minutos del día veintinueve de octubre del año dos mil catorce, se reformó la
cláusula primera del nombre y la cláusula segunda del domicilio de Rodríguez
y Vinocour Sociedad Anónima.—San José, 29 de octubre del 2014.—Licda. Ana
Marcela García Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2014073945).
Que en esta notoría, se ha constituido la sociedad de
esta plaza Motos Almar S. A. Capital social veinte dólares netos.
Es todo. Firmo en San José, a las doce horas quince minutos del día jueves
treinta de octubre del año dos mil catorce.—Lic. Andrés Durán López, Notario.—1
vez.—(IN2014073947).
Por escritura número 235-6, otorgada a las 17:00 horas
del 29 de octubre del 2014, se protocolizó el acuerdo de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Distribuidora Metrópoli Cartago
R.N. S. A., cédula 3-101-663106. Se procede a modificar la junta
directiva y representación.—Limón, 29 de octubre del 2014.—Lic. Francisco
Morales Ayales, Notario.—1 vez.—(IN2014073949).
Por escritura otorgada ante mí, a
las dieciocho horas del veintiocho de octubre del dos mil catorce, se
protocolizó la disolución de la sociedad Lil Internacional Sociedad Anónima,
y a las dieciocho horas treinta minutos del veintiocho de octubre del dos mil
catorce, se protocolizó la disolución de la sociedad Eventos de Calidad S.
A., todo de conformidad con el artículo doscientos uno, inc. d) del Código
de Comercio.—San José, 29 de octubre del 2014.—Licda. Déborah Feinzaig Mintz,
Notaria.—1 vez.—(IN2014073950).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 15 horas, del día 29 de octubre del 2014, se constituyó la
empresa denominada Inversiones DA MA NI Dos Mil Quince S. A.,
domiciliada en San Antonio de Belén, Heredia, Barrio San Isidro, de taller
Fonseca y Vásquez cien metros al norte, capital social trescientos mil colones,
mediante aporte de bienes inmuebles, presidente Rafael Ángel Rodríguez
Madrigal, cédula 4-121-188.—Belén, Heredia, 29 de octubre del 2014.—Lic. Daniel
Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014073951).
Por escritura 214 del tomo 08,
otorgada a las 11:00 horas del 29 de octubre del 2014, he protocolizado acta de
disolución de la sociedad Agroservicios Rivas y Solano Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número:
3-102-190742.—Guápiles, 29 de octubre del 2014.—Licda. Teresita Chaves
Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2014073962).
Por escritura 194 del tomo 08,
otorgada a las 10:00 horas del 3 de octubre del 2014, se constituyó asamblea de
socios de la sociedad Encadenamiento Empresarial Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número: 3-101-623569.—Guápiles, 29 de octubre del
2014.—Licda. Teresita Chaves Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2014073963).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las ocho horas del treinta de octubre del dos mil catorce, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Sistemas de
Seguridad Cote Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos noventa y nueve mil setecientos sesenta y cuatro, en la que se
acuerda la disolución de la misma. Es todo.—Heredia, treinta de octubre del dos
mil catorce.—Lic. Marianela Jiménez Valerio, Notaria.—1 vez.—(IN2014073965).
Mediante acta de asamblea
extraordinaria de accionistas de la sociedad Maggie & Alina
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-quinientos cuarenta y dos mil seiscientos cincuenta y uno, celebrada en su
domicilio social ubicado en San Juanillo, Santa Cruz, Guanacaste, antes del Río
Nosara, casa a mano derecha color rojo y blanco, a las nuevo horas del primero
de julio del año dos mil catorce, y protocolizada mediante escritura pública
número setenta y ocho, ante la notaria pública Manuela Guillén Salazar, se
procede a modificar la cláusula novena del pacto constitutivo, correspondiente
a representación.—San José, diecisiete de setiembre dos mil catorce.—Licda.
Manuela Guillén Salazar, Notaria.—1 vez.—(IN2014073966).
Mediante protocolización de acta
de asamblea general extraordinaria de socios otorgada ante esta notaría, a las
10 horas del 23 de octubre del año 2014, se hacen nombramientos de presidente y
tesorero de la junta directiva, de la sociedad denominada Si Mi Amor
Sociedad Anónima.—Barva, 23 de octubre del 2014.—Lic. Isaac Montero Solera,
Notario.—1 vez.—(IN2014073968).
Mediante protocolización de acta
de asamblea general extraordinaria de socios otorgada ante esta notaría, a las
10 horas 30 minutos del 23 de octubre del año 2014, se modifica la junta
directiva, se hacen nombramientos de junta directiva, se modifica la
representación, se modifica el domicilio social, de la sociedad denominada Residencia
Cangemi Sociedad Anónima.—Barva, 23 de octubre del 2014.—Lic. Isaac Montero
Solera, Notario.—1 vez.—(IN2014073969).
Por escritura otorgada en mi
notaría a las 17:00 horas del 28 de octubre del 2014 se disolvió y liquidó la
sociedad Panorama Regina S. A.—San Juan de Tibás, 29 de octubre
del 2014.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—(IN2014073971).
Por escritura otorgada en mi
notaría a las 16:00 horas del 28 de octubre del 2014 se disolvió y liquidó la
sociedad La Bella Bohenia S. A.—San Juan de Tibás, 29 de octubre
del 2014.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—(IN2014073972).
Por escritura otorgada en mI
notaría a las 9:00 horas del 30 de octubre del 2014, se constituyó la sociedad La
Melipona Jopi S. A.—San Juan de Tibás, 30 de octubre del 2014.—Lic.
José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—(IN2014073975).
Mediante escritura otorgada ante
esta misma notaría a las 15:00 horas del día 28 de octubre del 2014.
Protocolice el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Cerrajería Servi Llaves Sociedad Anónima, mediante la cual se
acuerda disolver la presente sociedad ante la Sección Mercantil del Registro
Público por su inactividad.—San José, 30 de octubre del 2014.—Lic. Vinicio
Rojas Arias, Notario.—1 vez.—(IN2014073979).
El suscrito Maykool Acuña Ugalde,
notario público con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las 10:00 horas
del día 20 de octubre del 2014, se ha realizado la disolución de la sociedad Tres-Ciento
Uno-Quinientos Setenta y Dos Mil Novecientos Noventa y Siete S.A.,
presidente Cristian Andrés Butman Sandí.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1
vez.—(IN2014073988).
El suscrito Maykool Acuña Ugalde,
notario público con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las 10:00 horas
del día 28 de octubre del 2014, se ha realizado la disolución de la sociedad Soluciones
Tecnológicas I.U.S.T.U.S S.A., presidente Andrés Segura
Castillo.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—(IN2014073990).
El suscrito Arturo Montero
Flores, notario público con oficina en San Juan La Unión Cartago, tel.
2278-6996 hace del conocimiento a quien interese, y pueda ser afectado, que a
su oficina se presentó Elías Jesús Calderón Quirós, cédula 3-0128-776,
apoderado generalísimo sin límite de suma de Rovicsa S. A., cédula
jurídica 3-101-093856, para protocolizar acta que aumenta capital social de la
sociedad en 35 millones de colones, lo cual modifica cláusula quinta del pacto
constitutivo.—San José, 30 de octubre del 2014.—Lic. Arturo Montero Flores,
Notario.—1 vez.—(IN2014073992).
Por escritura ochenta y siete
otorgada ante esta notaría de las ocho horas del día veintinueve de octubre de
año dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Scafell Sociedad Anónima. Se reforman
las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y se nombran secretaria y
tesorera.—Licda. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2014073996).
Ante esta notaría se constituyó
la sociedad anónima Obikus Sociedad Anónima. Presidente Gustavo Otárola
Rojas. Escritura número cuarenta y seis otorgada en San José, a las quince
horas y treinta minutos del veintiocho de octubre del dos mil catorce.—Lic.
Julio López Esquivel, Notario.—1 vez.—(IN2014074002).
Ante mí, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Natural Pilar
Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó el capital social, y se
modificó la cláusula cuarta del capital. Escritura otorgada en San José a las
trece horas, del veintidós de octubre del dos mil catorce.—Licda. Lilliam Boza
Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2014074003).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 8:00 horas del 13 octubre del 2014, se protocoliza acta de
asamblea de Orgánica Nutrición Inteligente PCL S. A., cédula de persona
jurídica número 3-101-264611, en la cual se reforma la cláusula novena del
pacto constitutivo: De la administración, se revoca todos los nombramientos de
la junta directiva y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 27 de octubre del
2014.—Lic. Bernal Navarro Segura, Notario.—1 vez.—(IN2014074006).
Ante mí, Álvaro Barboza Orozco,
notario público con oficina abierta en San José, escritura otorgada a las 18
horas del 29 del 10 de 2014 se constituyó la sociedad denominada Gonuma
Sociedad Anónima, presidente: Jorge González Umaña. capital social
totalmente suscrito y pagado, domicilio social: San José, cantón central,
barrio Córdoba, residencial El Trébol, avenida treinta y ocho entre avenida
treinta y siete y treinta y seis bis.—29 de octubre del 2014.—Lic. Álvaro
Barboza Orozco, Notario.—1 vez.—(IN2014074012).
Por asamblea general extraordinaria de socios,
protocolizada en esta notaría hoy a las 15:00 horas, de la compañía de esta
plaza denominada Tecnología y Acabados Dos S. A., en la que se
reforman estatutos.—San José, 29 de octubre del 2014.—Lic. Adolfo Rojas Breedy,
Notario.—1 vez.—(IN2014074021).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del
veintinueve de octubre del dos mil catorce, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones el Cuminate
Sociedad Anónima, con número de cédula de persona jurídica tres-ciento
uno-doscientos veintiún mil seiscientos, de las ocho horas del día trece de
octubre del dos mil catorce, mediante la cual se reforma la cláusula quinta de
los estatutos aumentando el capital social.—Lic. Hernán Cordero Maduro,
Notario.—1 vez.—(IN2014074025).
Por escritura otorgada ante mí, a las
ocho horas veinte minutos del veintinueve de octubre del dos mil catorce,
protocolicé Acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Inversiones Stewer Sociedad Anónima, con número de cédula de
persona jurídica tres-ciento uno-veinticuatro mil cuatrocientos cuarenta y
ocho, de las ocho horas del día trece de octubre del dos mil catorce, mediante
la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos aumentando el capital
social.—Lic. Hernán Cordero Maduro, Notario.—1 vez.—(IN2014074027).
Por escritura 241 de las 20:00 horas
del 29 de octubre del 2014, otorgada ante el notario José Virgilio Porras
Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general de la sociedad Seguridad
Joma MYG S. A., cédula jurídica 3-101-278143 en la cual se reformó el pacto
social y se nombró junta directiva.—San José, 30 de octubre del 2014.—Lic. José
Virgilio Porras Zúñiga, Notario.—1 vez.—(IN2014074036).
Ante esta notaría se está liquidando
la sociedad denominada 3-101-599772 Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número 3-101-599772, se nombra liquidador al señor Carlos Manuel
Sanabria López, cédula de identidad uno-cero seiscientos sesenta y tres-cero
seiscientos treinta y ocho.—San José, 30 de octubre de 2014.—Lic. German
Salazar Santamaría, Notario.—1 vez.—(IN2014074038).
El suscrito notario público hago constar que el día de
hoy, protocolicé acta de asamblea de
socios de Distribuidora Lesevi S. A., cédula jurídica 3-101-681876, en
la que se reforma las cláusulas segunda y sexta de los estatutos constitutivos.
Es todo.—San José, 29 de octubre del 2014.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe,
Notario.—1 vez.—Solicitud N° 22137.—(IN2014074039).
Mediante escritura número cinco
otorgada ante la suscrita notaria a las 16:30 horas del 21 de octubre del 2014,
se protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad Port Vila S. A.,
cédula 3-101-293915, mediante la cual se acuerda disolverla. De conformidad con
el Código de Comercio, dentro del plazo de treinta días a partir de esta
publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e
intereses en la presente disolución.—San José, 21 de octubre del 2014.—Lic.
Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—(IN2014074040).
Mediante escritura número cuatro
otorgada ante la suscrita notaria a las 16:00 horas del 21 de octubre del 2014,
se protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad Vista Mar Bahía
Paraíso S. A., cédula 3-101-392547, mediante la cual se acuerda
disolverla. De conformidad con el Código de Comercio, dentro del plazo de 30
días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer
sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, 21 de octubre del
2014.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—(IN2014074041).
Mediante
escritura número 69-9, otorgada ante la notaria Laura Granera Alonso, a las
13:00 horas del 17 de octubre del 2014, se acordó la disolución de la sociedad Distribuciones
RP Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-232431. Dentro
del plazo de treinta días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier
interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente
disolución.—San José, 30 de octubre del 2014.—Lic. Laura Granera Alonso,
Notaria.—1 vez.—(IN2014074042).
Ante esta notaria
por escritura N° 34, otorgada a las 8:00 horas del 30-10-2014, se protocolizó
asamblea general extraordinaria de la empresa de esta plaza denominada Representación
Comerciales Ludi RCL S. A., se modifica clausula sétima y se nombra nueva
junta directiva y fiscal.—Alajuela, a las 9:00 horas del 30 de octubre del
2014.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—Solicitud N°
22190.—(IN2014074043).
Por escritura
número 23-7 otorgada ante esta notaría, a las 9 horas 30 minutos del 8 de
octubre del 2014, se constituye la sociedad Inversiones Erdasa Limitada
nombre de fantasía, modificando así el nombre inicial.—San José, 30 de octubre
2014.—Lic. Cecilia Herrera Echeverri, Notaria.—1 vez.—(IN2014074046).
Ante esta notaría
a las quince horas del quince de agosto del dos mil catorce, presentes: Gilbert
Chaves Rojas, mayor, comerciante, casado una vez, vecino de San Rafael de Poás de Alajuela, con
cédula de identidad número dos-trescientos setenta y cuatro-novecientos
ochenta, quien lo hace en condición de apoderado generalísimo sin límite de
suma de la entidad denominada Industrias CHA-RRO-ANG Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta mil
noventa y ocho, de lo que el suscrito notario da fe con vista de las citas de
inscripción tomo: quinientos sesenta y nueve, asiento: ocho dos nueve cuatro
cinco, se cumple con el artículo diecinueve del Código de Comercio, indicando
que hay una variación en el pacto social de la sociedad, con una modificación
en el número de acciones. San Rafael de Poás de Alajuela, cien metros noroeste
de la Iglesia Católica.—Quince de agosto del dos mil catorce.—Lic. Nelson
Antonio Gómez Barrantes. NAGB. Sede Notarial.—1 vez.—Solicitud N°
22196.—(IN2014074050).
Marines Property
Management Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento
uno-trescientos setenta y siete mil cuatrocientos setenta y cuatro, hace el
nombramiento de un nuevo presidente, secretario, agente residente y fiscal, por
el resto del plazo social., modifica la representación legal y su domicilio
social. Es todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—(IN2014074052).
El suscrito Lic.
Johanny Esquivel Hidalgo, abogado y notario, carné número: 9257 hace constar
que mediante escritura número 300 del protocolo 13, otorgada a las 10:00 horas
del 21 de octubre del 2014, ante esta notaría se modifica el acta constitutiva
de la sociedad denominada King Distribution CR S. A., en la cual se
cambia el nombre y el domicilio de la sociedad; la que de ahora en adelante se
llamará Usa Homes Design S. A.—Monterrey de San Carlos, Alajuela,
21 de octubre del 2014.—Lic. Johanny Esquivel Hidalgo, Notario.—1
vez.—(IN2014074055).
Ante esta
notaria, se ha solicitado la disolución y liquidación de la sociedad Nósara
de Zafiro Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro tres
siete ocho cuatro tres.—Nicoya, dieciséis de octubre del dos mil catorce.—Lic.
César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Sol. 22211.—(IN2014074078).
Por escritura
otorgada ante el suscrito notario, a las diez horas de hoy protocolicé acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Florida
Bebidas y Alimentos S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sexta de
los estatutos.—San José, 30 de octubre de 2014.—Lic. Arnoldo López Echandi,
Notario.—1 vez.—(IN2014074082).
Ante esta
notaría, se ha solicitado la disolución y liquidación de la sociedad Bonanza
Farm HHTW Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres seis
cuatro dos dos tres.—Nicoya, dieciséis de octubre del dos mil catorce.—Lic.
César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Sol. 22212.—(IN2014074085).
La sociedad Zamora Murillo de Belén
S. A. protocoliza acuerdos de asamblea de socios.—Belén, Heredia, veintidós
de octubre del dos mil catorce.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1
vez.—(IN2014074087).
La sociedad Servicios Zamora
Murillo S. A., protocoliza acuerdos de asamblea de socios.—Belén, Heredia,
veintidós de octubre del dos mil catorce.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea,
Notario.—1 vez.—(IN2014074090).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, en San José, a las 17 horas del 29 de octubre de 2014 se constituyó la
sociedad Sajurin y Pijibay Limitada.—Lic. Ana María Faeth Mena,
Notaria.—1 vez.—(IN2014074092).
Por escritura número ciento
veintiuno-ocho, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del treinta de
octubre del dos mil catorce, se disolvió la sociedad denominada Promotora
Atilan Sociedad Anónima, entidad con número de cédula jurídica tres-ciento
uno-doscientos ocho mil ochocientos cincuenta y dos, inscrita en la Sección
Mercantil del Registro Nacional bajo la citada cédula jurídica, no habiendo
activos ni pasivos que distribuir entre los socios.—San José, treinta de
octubre del dos mil catorce.—Lic. Juan Carlos Fernández Valdelomar, Notario.—1
vez.—(IN2014074094).
Por escritura otorgada ante esta
notaria a las 10:45 horas del día 30 de octubre del 2014, la empresa VLP
Azure Three C Limitada, protocolizó acuerdos en donde modifica la cláusula
novena de los estatutos.—Heredia, 31 de octubre de 2014.—Lic. Ana Mercedes
Sancho Rubí, Notaria.—1 vez.—(IN2014074098).
Por escritura otorgada a las trece
horas del veintiocho de octubre del dos mil catorce, ante el notario Andrés
Elliot Sule, se protocoliza acuerdo de asamblea ordinaria y extraordinaria de
socios de GS Gourmet Selections Sociedad Anónima en la que se solicita
la disolución de la sociedad.—San José, veintiocho de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Andrés Elliot Sule, Notario.—1 vez.—(IN2014074110).
Ante esta notaría, se ha solicitado la
disolución y liquidación de la sociedad Hotel Expedition Company Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos siete cero tres tres
siete.—Nicoya, dieciséis de octubre del dos mil catorce.—Lic. César Jiménez
Fajardo, Notario.—1 vez.—Sol. 22215.—(IN2014074115).
Por acuerdo de asamblea general
extraordinaria de socios de Cantera Mármoles y Más Sociedad Anónima, con
cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cinco mil seiscientos
veintinueve, protocolizado mediante escritura número setenta y tres de las
catorce horas del veintinueve de octubre de dos mil catorce por el suscrito
notario, se acuerda disolver la sociedad tal y como lo establece el artículo
doscientos uno inciso d del Código de Comercio. Se nombra liquidador al señor
Gustavo Antonio París Pacheco, cédula número uno-setecientos ochenta y
uno-quinientos setenta y seis.—San José, veintinueve de octubre de dos mil
catorce.—Lic. Manuel Enrique Lizano Pacheco, Notario.—1 vez.—(IN2014074136).
Mediante escritura número ochenta y
ocho-catorce, otorgada ante esta notaría, al ser las once horas quince minutos
del veintidós de octubre del año dos mil catorce, se llevó a cabo la disolución
de la empresa Pepe Jara S. A., cédula jurídica número: tres-ciento
uno-cuatrocientos veintinueve mil ochocientos treinta y dos, presidente Jorge
Adolfo Jara Ortiz.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintidós de
octubre del año dos mil catorce.—Lic. Silvia Castro Quesada, Notaria.—1
vez.—(IN2014074139).
El suscrito notario hace constar que
por escrituras otorgadas ante mí los días dieciséis y treinta y uno del
presente mes, fue constituida la sociedad denominada Servicios Metrológicos
Patmos B & T Sociedad Anónima con un capital de ochenta mil colones,
por el plazo social de cien años, domiciliada en Moravia, San José,
designándose como presidente a Jorge Ballar González, teniendo todos los
integrantes de la junta directiva la representación judicial de la empresa y
son apoderados generalísimos sin límite de suma.—Calle Blancos, Goicoechea, San
José, treinta y uno de octubre del dos mil catorce.—Lic. Marcos Antonio Gómez
Méndez, Notario.—1 vez.—(IN2014074140).
Manuel Guevara Torres, cédula
1-734-216, Kattya Alvarado Brenes, cédula 1-865-463, constituyen Desarrollos
e Inversiones Kajuma Sociedad Anónima. Escritura 296, tomo 15, de las 12
horas 30 minutos del 31 de octubre del 2014.—Lic. Rubén Ramírez Quirós, Notario.—1
vez.—(IN2014074144).
Nosotros Trycia
Saborío Barrios y Yesenia Arce Gómez, notarios públicos de Escazú, San José,
mediante escritura pública protocolizamos el acta número uno de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la compañía Secomo FM Sociedad
Anónima, y el acta número dos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la compañía Condominios CR Treinta y Tres Guagua Sociedad
Anónima, y el acta número seis de asamblea general extraordinario de
accionistas de la compañía Inversiones Kamuk del Pacífico A Y F Sociedad
Anónima, en las cuales los socios acordaron la fusión por absorción de
ambas compañías. Que de conformidad con la fusión indicada, la compañía que
prevalecerá es Inversiones Kamuk del Pacífico A Y F Sociedad Anónima cesando
la compañía Condominios CR Treinta y Tres Guagua Sociedad Anónima. Se
acuerda aumentar al capital social de la compañía prevaleciente. Es
todo.—Escazú, 30 de octubre del 2014.—Lic. Yesenia Arce Gómez, Notaria.—1
vez.—(IN2014074148).
Por escritura otorgada ante mí, se
protocolizaron acuerdos de las asambleas generales extraordinarias de
accionistas de las siguientes sociedades: i) Punto de Recreación DFA S. A.;
ii) Vallearriba Altagracia de Orituco Once Cinco B S. A.; iii) Vallearriba
Sotano Cartago P Cinco S. A.; y iv) Top Celular S.A. Se acordó la
fusión por absorción de las cuatro sociedades, prevaleciendo Top Celular S.
A. y se transformó esta empresa en una sociedad de responsabilidad
limitada, por lo que se reformaron todas sus cláusulas. Es todo.—San José, 29
de octubre de 2014.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1
vez.—(IN2014074151).
Mediante escritura otorgada a las ocho
horas del día quince de octubre del dos mil catorce, ante esta notaría, se
protocoliza acta de la asamblea general de la sociedad Tres-Uno Cero
Uno-Seis Ocho Uno Ocho Seis Siete Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-uno cero uno-seis ocho uno ocho seis siete, en la que se cambia la
denominación social por Dabro Sociedad Anónima, se sustituyen los
directores de la junta directiva y cambia su domicilio social.—San José,
treinta de octubre del dos mil catorce.—Lic. Lucila de Pedro Fernández,
Notaria.—1 vez.—(IN2014074152).
Mediante escritura otorgada a las ocho
horas y cincuenta minutos del veintinueve de octubre del dos mil catorce, ante
esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de la
sociedad The YBF Interprises Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-uno cero uno-cuatro uno cinco uno cinco ocho, mediante la cual se modifica
el pacto social.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil catorce.—Lic.
Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2014074153).
Mediante escritura número ciento sesenta-cuatro,
otorgada a las catorce horas cuarenta minutos del día treinta de octubre de dos
mil catorce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad
3-102-677029 Ltda., mediante la cual se modificó la cláusula segunda del
domicilio.—San José, treinta de octubre de dos mil catorce.—Lic. Gueneth
Marjorie Williams Mullins, Notario.—1 vez.—(IN2014074156)
Mediante escritura número ciento sesenta-cuatro,
otorgada a las catorce horas cuarenta minutos del día treinta de octubre de dos
mil catorce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad
3-102-677029 Ltda., mediante la cual se modificó la cláusula segunda del
domicilio.—San José, treinta de octubre de dos mil catorce.—Lic. Gueneth
Marjorie Williams Mullins, Notario.—1 vez.—(IN2014074156)Por escritura otorgada hoy ante mí,
protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas
celebrada por Subasta Ganadera El Progreso S. A., en la que se
aumenta el capital social modificándose en consecuencia la cláusula quinta de
los estatutos.—San Ramón, 30 de setiembre de 2014.—Lic. Oki Emilio Rojas
Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2014074157).
Ante la notaría del licenciado Randall
Elías Madriz Granados se constituyó la sociedad denominada Breymon
Inducciones Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial de
la sociedad corresponderá al presidente y a al vicepresidente con facultades de
apoderados generalísimos, que su capital es de naturaleza mixta, estando
constituido por títulos valores y bienes muebles no inscribibles, plazo social
de noventa y nueve años. Es todo.—Cartago, treinta de octubre de dos mil
catorce.—Lic. Randall Elías Madriz Granados, Notario.—1 vez.—(IN2014074164).
Ante la notaría del licenciado Randall
Elías Madriz Granados se constituyó la sociedad denominada Trac CR Inc.
Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad
corresponderá al presidente y a la secretaría con facultades de apoderado
generalísimo, que su capital es de naturaleza mixta, estando constituido por
títulos valores y bienes muebles no inscribibles, plazo social de noventa y
nueve años. Es todo.—Cartago, treinta y uno de octubre de dos mil catorce.—Lic.
Randall Elías Madriz Granados, Notario.—1 vez.—(IN2014074165).
Por escritura otorgada hoy en mi
notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad Suplident S. A., por la cual se reforma la cláusula del
nombre.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil catorce.—Lic. Luis
Casafont Terán, Notario.—1 vez.—(IN2014074174).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las 17:00 horas del 21 de agosto de 2014, se protocoliza acta de la
sociedad Inversiones Arrendamar S. A., según la cual se reforma cláusula
sétima del pacto constitutivo.—San José, 21 de agosto de 2014.—Licda. Ingrid
Gutiérrez Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2014074192).
Por escritura
otorgada a las ocho horas de hoy,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Setenta y Siete Mil Novecientos Cuarenta y Ocho Sociedad
Anónima, cédula jurídica igual a numeración del nombre, donde se acuerda su
disolución. Se cita personas interesadas a efecto que establezcan las
reclamaciones que tuvieren, en el plazo de ley ante esta notaría. San José, San
Pedro de Montes de Oca, Barrio Dent cincuenta metros al sur del Consejo
Monetario Centroamericano en el Boulevar.—San José, 31 de octubre del
2014.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—Sol.
22254.—(IN2014074217).
Por escritura 070-56 del tomo 56 del
protocolo del notario público Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a
las 13:00 horas del 30 de octubre del 2014, la sociedad costarricense Fincas
Sacabotas S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - doscientos noventa y
dos mil ciento treinta y ocho. Modifica sus estatutos y se transforma de S.
A. a SRL.—San Isidro de El General, treinta de octubre del
2014.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Sol. 22264.—(IN2014074220).
Por escritura otorgada ante mí, a las
dieciséis horas del veintiocho de octubre del año dos mil catorce, se protocolizó
el acta de asamblea general de la sociedad Castillo y Gutiérrez S. A.,
mediante la cual se reforma la cláusula primera, referentes al nombre,
domicilio; se hacen nombramientos de presidente, tesorero y secretaria. El
nuevo nombre será Compañía Lucre P Sociedad Anónima.—Lic. Krissia
Alejandra Saborío Marín, Notaria.—1 vez.—(IN2014074221).
Disolución de sociedad 3-101-643263
S. A., cédula jurídica 3-101-643263, según escritura 124-4, otorgada a las
18 horas del 30 de octubre de 2014, iniciada al folio 53 vuelto del tomo IV del
protocolo de la notaria Marianela Fonseca Rivera, en co-notariado con Evelin
Sandoval Sandoval.—San José, 30 de octubre de 2014.—Lic. Evelin Sandoval
Sandoval, Notaria.—1 vez.—Sol. 22243.—(IN2014074223).
En esta notaría al ser las 12 horas
del 27 de octubre del 2014, se nombró nuevo gerente de la sociedad Boqueron
Bonito Limitada a Michael Gougeon.—Playas del Coco, Guanacaste, 27 de
octubre del 2014.—Lic. Jacqueline Eras Martínez, Notaria.—1 vez.—Sol.
22241.—(IN2014074226).
Por
escritura otorgada en San José,
ante esta notaría, de las
dieciséis horas del dieciséis de octubre del dos mil catorce,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Villa
Isa Lei S. A. por la que se modifica la cláusula sétima de la
administración y se nombró nuevo tesorero y vocal.—San José, treinta de octubre
del dos mil catorce.—Lic. Nancy Vieto Hernández, Notaria.—1 vez.—Sol.
22234.—(IN2014074229).
Por
escritura otorgada en San José, ante esta notaría, de las quince horas
del dieciséis de octubre del dos mil catorce, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de La Joya Corona de Manzanillo S. A.
por la que se modifica la cláusula sétima de la administración y se nombró
nuevo tesorero y vocal.—San José, treinta de octubre del dos mil catorce.—Lic.
Nancy Vieto Hernández, Notaria.—1 vez.—Sol. 22228.—(IN2014074232).
Que por escritura número 54, visible a
folio 52 vuelto, se acordó disolver la empresa Ant Hill Corporation Sociedad
de Responsabilidad Limitada, empresa inscrita en el Registro Mercantil bajo
la cédula jurídica 3-102-628870. Visible en el tomo 24 del protocolo del
suscrito notario público, el motivo de este edicto es la disolución de la
empresa indicada.—Uvita de Osa, a las 12:00 horas del 30 de octubre del
2014.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Sol. 22224.—(IN2014074234).
Ante esta notaría se procede a la
liquidación de las sociedades Blue Armor Invest S. A. y Eureka de
Europa S. A., de conformidad con artículo doscientos uno, inciso d) del
Código de Comercio y el apartado sexto de la directriz cero cero dos-dos mil
doce del Registro de Personas Jurídicas, con sus respectivas modificaciones y
ampliaciones.—San José, nueve de octubre del dos mil catorce.—Lic. Román
Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(IN2014074242).
El día de hoy ante esta notaría se
constituyó la sociedad Salamandra Ales & Spirits Sociedad Anónima,
con un plazo social de cien años y un capital social de cien mil colones
exactos.—San José, veintiocho de octubre del dos mil catorce.—Lic. Germán Vega
Avendaño, Notario.—1 vez.—(IN2014074244).
Por escritura 134, autorizada a las
trece horas del 30 de octubre del 2014, se protocolizó acta N° 2 de asamblea
general extraordinaria de Residencia Turística Silueta del Cardumen Sociedad
de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica 3-102-460363,
por la cual se modifican las cláusulas sexta y segunda del pacto social.—San
José, 30 de octubre del 2014.—Licda. María Milagro Chaves Desanti, Notaria.—1
vez.—(IN2014074249).
Por escritura 133, autorizada a las 12
horas del 30 de octubre del 2014, se protocolizó acta N° 2 de asamblea general
extraordinaria de Residencia Turística Manta Rayada Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica 3-102-460362; por
la cual se modifican las cláusulas sexta y segunda del pacto social.—San José,
30 de octubre del 2014.—Licda. María Milagro Chaves Desanti, Notaria.—1
vez.—(IN2014074251).
Mediante escritura otorgada a las 15
horas 0 minutos del 30 de octubre del 2014, se constituye la sociedad Centro
de Servicio S&S Santa Ana S. A., capital social veinte dólares
estadounidenses suscrito y pagado.—2 de noviembre del 2014.—Licda. Elisa María
Herrera Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2014074259).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria, a las 17:00 horas del
31 de octubre del 2014, se acordó disolver la sociedad denominada Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Cuarenta y un Mil Doscientos Cuarenta y Siete S. A.—Ciudad
Quesada, 31 de octubre del 2014.—Licda. Isabel Cristina Córdoba Hidalgo, Notaria.—1
vez.—Solicitud N° 22286.—(IN2014074260).
A las 10:00 y 12:00 horas del día de
hoy protocolicé en mi Notaria actas de asambleas de socios de las compañías Comercializadora
Artículos Pinguino S. A. y 3-102-490247 Ltda., respectivamente. Se
acuerda disolverlas.—San José, 23 de octubre del 2014.—Lic. Édgar Nassar Guier,
Notario.—1 vez.—Solicitud N° 22284.—(IN2014074264).
Por escritura otorgada a las 16:15
horas de hoy, se protocolizaron acuerdos de Villacec del Este S. A.,
mediante los cuales se reformó la cláusula cuarta.—San José, 24 de setiembre
del 2014.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
22281.—(IN2014074268).
Por escritura otorgada a las 15:35
horas de hoy, se protocolizaron acuerdos de Parque Rei y Rub Tres S. A.,
mediante los cuales se reformó la cláusula quinta.—San José, 24 de setiembre
del 2014.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
22280.—(IN2014074270).
Por escrituras otorgadas ante mí, a
las 8 y 9 horas de hoy, se disolvieron y liquidaron Pétalos S. A. y Chicago
Pneumatic S.A.—San José, 1° de noviembre del 2014.—Lic. Eugenio Fco.
Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—(IN2014074271).
Por escritura otorgada ante mi notaría
a las trece horas del veintitrés de setiembre del dos mil catorce, protocolicé
el acta de la Fundación para el Bienestar Amadeus de Costa Rica,
mediante la cual solicitan su constitución como fundación sin fines de
lucro.—San José, 9 de octubre del 2014..—Licda. Michelle Aguilar Bustamante,
Notaria.—1 vez.—(IN2014074272).
Por escritura otorgada a las 15:30
horas de hoy, se protocolizaron acuerdos de Parque RR y Tres Veces Cuatro S.
A., mediante los cuales se reformó la cláusula quinta.—San José, 24 de
setiembre del 2014.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—Solicitud
N° 22279.—(IN2014074273).
Por escritura otorgada a las 15:45
horas de hoy, se protocolizaron acuerdos de Parque RE y RU Dos S. A.,
mediante los cuales se reformó la cláusula quinta.—San José, 24 de setiembre
del 2014.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
22278.—(IN2014074275).
Por escritura otorgada a las 15:40
horas de hoy, se protocolizaron acuerdos de Parque RE y R Uno S. A.,
mediante los cuales se reformó la cláusula quinta.—San José, 24 de setiembre
del 2014.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
22277.—(IN2014074277).
La suscrita notaria hace constar que
protocolicé el acta número uno de asamblea general de ordinaria y
extraordinaria de accionistas de Nova Solar Sociedad Anónima, mediante
la cual se reformó la cláusula sétima (de la administración) y se nombró junta
directiva y fiscal.—San José, 18 de octubre de 2014.—Licda. Isis Ulloa Ocampo,
Notaria.—1 vez.—(IN2014074279).
Por escritura otorgada a las 16:10
horas de hoy, se protocolizaron acuerdos de Inmobiliaria Josefina S. A.,
mediante los cuales se reformó la cláusula cuarta.—San José, 24 de setiembre
del 2014.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
22276.—(IN2014074282).
Ante esta conotaría, a las 10 horas
del 8 de agosto del 2014, se protocolizaron acuerdos de Vidorra S. A.,
donde se nombró nuevo presidente y tesorero.—San José, 31 de octubre del
2014.—Lic. Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014074284).
Ante mí, Rafael Ángel Salazar Fonseca, notario con oficina en Barva de
Heredia, la sociedad Textiles J & S Internacional Sociedad Anónima,
ha acordado su disolución.—Barva de Heredia, 22 de octubre del 2014.—Lic.
Rafael Ángel Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2014074285).
Por escritura otorgada a las 15:25
horas de hoy, se protocolizaron acuerdos de Comercial El Barrealito Ocho S.
A., mediante los cuales se reformó la cláusula quinta.—San José, 24 de
setiembre del 2014.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—Solicitud
N° 22275.—(IN2014074287).
Por escritura número 26 del tomo 2 de
mi protocolo, otorgada las 16 horas y 30 minutos del 01 de octubre del 2014, el
suscrito notario protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas número 18 de la sociedad SPA Corobicí S. A., con cédula de
persona jurídica número 3-101-086206, mediante la cual se reforman las
cláusulas primera y sexta de los estatutos sociales.—San José, 3 de noviembre
del 2014.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—(IN2014074288).
Mediante escritura de las diez horas
del 27 de octubre del 2014, protocolicé acuerdos de la sociedad Viajes del
Poás Sociedad Anónima, por medio de los cuales se modificó la cláusula
sétima del pacto constitutivo relativa a la administración y se nombra nueva
junta directiva.—San José, 29 de octubre del 2014.—Licda. Sandra García
González, Notaria.—1 vez.—(IN2014074290).
Por escritura otorgada a las 15:20
horas de hoy, se protocolizaron acuerdos de Bodega El Barrealito Seis S. A.,
mediante los cuales se reformó la cláusula quinta.—San José, 24 de setiembre
del 2014.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
22274.—(IN2014074295).
En mi notaría a las diecinueve horas
del treinta de octubre del dos mil catorce, se protocolizó el acta de asamblea
de accionistas de la sociedad Capitales Hansford Uno Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco dos siete dos cero dos, en la cual
se modifica la cláusula dos del pacto constitutivo y se nombra junta
directiva.—San José, treinta de octubre del dos mil catorce.—Lic. María del
Rocío Quirós Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2014074298).
Por escritura otorgada a las 15:15
horas de hoy, se protocolizaron acuerdos de Bodega El Barrealito Cinco S. A.,
mediante los cuales se reformó la cláusula quinta.—San José, 24 de setiembre
del 2014.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
22273.—(IN2014074299).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las ocho horas del seis de octubre del dos mil catorce, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Distribuciones
Verticales M & J Sociedad Anónima, en que se modifica la cláusula
tercera del plazo social en que se disminuye plazo social.—Limón, 31 de octubre
del 2014.—Lic. Luis Fernando Torres Rueda, Notario.—1 vez.—(IN2014074303).
Se reforma cláusula segunda del
domicilio el cual será: San Juan de La Unión, provincia de Cartago, Concepción
de Tres Ríos, Residencial Monserrat, casa número seis-J, se nombra nueva junta
directiva y fiscal.—San José, veintiocho de octubre del dos mil catorce.—Licda.
Wendy Patricia Meneses Orozco, Notaria.—1 vez.—(IN2014074313).
Los suscritos Jhonnatan Barboza León y
Yazmín Young Delgado notifican que han constituido la entidad Aldacafe S. A.,
domiciliada en San José, Goicoechea, con un capital de diez mil colones,
sociedad constituida en San José.—1° de noviembre de 2014.—Lic. Edgar Montero
Mejía, Notario.—1 vez.—(IN2014074314).
Los suscritos Marcos Céspedes
Madrigal, Virginia Acosta Herrera y Marco, Juan y Gustavo, los tres Céspedes
Acosta, que han constituido la entidad Inmobiliaria Calle Roble Sabana S.A.,
domiciliada en San José, Santa Ana, con un capital de diez mil colones,
sociedad constituida en San José.—1° de noviembre de 2014.—Lic. Edgar Montero
Mejía, Notario.—1 vez.—(IN2014074317).
Por escritura de las 10:00 horas del
25 de octubre del 2014, en mi notaría se protocolizó acta dos de asamblea de
socios de Ersabo Corporación S. A., se modifican cláusulas segunda y
octava de los estatutos en cuanto a domicilio social y representación
respectivamente.—San José, 25 de octubre de 2014.—Lic. Franklin Gerardo Murillo
Vega, Notario.—1 vez.—(IN2014074319).
Por medio de escritura otorgada en San
Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas del veintitrés de octubre del dos mil
catorce, se protocolizó el acta número dos, acta de la asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa denominada: Familia Calchin de Pérez
Zeledón Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sexta
del pacto social, se deja sin efecto la cláusula octava y se sustituye la
misma, se revocan nombramientos de agente residente y fiscal y se nombra
fiscal. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintitrés de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Fabián Jiménez Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2014074320).
Que por escritura de las doce horas
del veinticuatro de octubre del dos mil catorce ante el notario José Eduardo
Quesada Loria, la sociedad anónima Cadajo, aumentó sus acciones y su
capital social en la suma de cien mil colones por lo que su capital social
actual será de doscientos mil colones y se aumentó el número de acciones de
diez a veinte por el mismo valor de diez mil colones cada acción y se nombró
nuevo fiscal y tesorero.—Lic. José Eduardo Guevara Loria, Notario.—1
vez.—(IN2014074322).
Ante esta notaría se modificó la
cláusula segunda del domicilio social de la sociedad Elements SPA Sociedad
Anónima, el cual será en San José, Curridabat, frente al costado norte de
Plaza Cristal, Edificio Jurex.—Heredia, a las ocho horas del treinta de octubre
del dos mil catorce.—Licda. Iliana Cruz Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2014074323).
Por escritura N° 290 otorgada en
Alajuela, a las 13:00 horas del 26 de agosto del 2014, ante las notarias
Carlota Guier Oreamuno y Fiorella Romero López, se modificó la cláusula 1 del
pacto constitutivo de la empresa tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y
siete mil ochocientos cincuenta y seis, cuya razón social será Martenas
Sociedad Anónima.—Alajuela, a las 8:30 minutos del 31 de octubre del
2014.—Licda. Fiorella Romero López, Notaria.—1 vez.—(IN2014074326).
Protocolización del acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Cassia
Corporación Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-ciento sesenta y ocho mil novecientos cincuenta y nueve, mediante la cual
se reforma de manera integral el pacto social. Escritura otorgada a las catorce
horas treinta minutos del veintisiete de octubre del dos mil catorce.—Licda.
Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—(IN2014074327).
Protocolización del acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Desarrollos
Comerciales Géminis Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-trescientos setenta y tres mil novecientos uno, mediante la
cual se reforma de manera integral el pacto social. Escritura otorgada a las
diecisiete horas treinta minutos del veintisiete de octubre del dos mil
catorce.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—(IN2014074329).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Corporación
Verde Esmeralda Profundo Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos trece mil cuatrocientos ochenta y cuatro, en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las nueve horas
treinta minutos del treinta de octubre del dos mil doce.—Licda. Cinzia Víquez
Renda, Notaria.—1 vez.—(IN2014074333).
Por escritura otorgada en San José, a
las diez horas del treinta de octubre del dos mil catorce, ante mi notaría se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de las sociedades
Constructora F & G Indeena S. A., se modifica cláusula sétima, se
nombra secretaría y tesorero.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1
vez.—(IN2014074334).
Por escritura N°
doscientos cincuenta y tres, otorgada a las doce horas del treinta de octubre
del dos mil catorce, visible al folio ciento cuarenta y cinco frente y vuelto
del tomo segundo del protocolo del notario Luis Álvaro Castro Sandí, se
protocolizó acta de asamblea general la sociedad tres-ciento dos-quinientos
setenta y seis mil seiscientos cuarenta y seis
S.R.L., cédula de persona jurídica tres-ciento dos-quinientos
setenta y seis mil seiscientos cuarenta y seis, domiciliada en San Pablo de
Heredia, del Mall Paseo de las Flores, quinientos metros al este, donde se
cambia junta directiva. Gerente Francisco Pineda Gutiérrez, cédula ocho-cero
cincuenta y siete-cuatrocientos cuarenta y nueve.—San José, 31 de octubre del
2014.—Lic. Luis Álvaro Castro Sandí, Notario.—1 vez.—(IN2014074335).
Por escritura
número ciento veintiséis-uno, otorgada a las once horas del diecisiete de
octubre del año dos mil catorce, ante la notaria pública Zaida Granados Gamboa,
se reforma la cláusula sexta del estatuto de Compañía Desarrollo Agrícola
del Valle del General Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-ochenta mil ciento ochenta y cuatro.—San Isidro de Pérez Zeledón, treinta y
uno de octubre del dos mil catorce.—Lic. Zaida Granados Gamboa, Notaria.—1
vez.—Solicitud N° 22252.—(IN2014074336).
Por escritura
otorgada a las 15:10 horas de hoy, se protocolizaron acuerdos de Bodega El
Barrealito Cuatro S. A., mediante los cuales se reformó la cláusula
quinta.—San José, 24 de setiembre del 2014.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados,
Notario.—1 vez.—Solicitud N° 22251.—(IN2014074343).
Ante la notaria
Yenny Sandí Romero se reforma la cláusula de la junta directiva donde se cambia
al presidente siendo de ahora en adelante Guillermo Navarro Carranza, mayor,
casado una vez, agricultor, cédula de identidad tres-ciento noventa y
nueve-cero veintitrés, vecino de Pérez Zeledón, Barrio Boston, doscientos
metros este de la Ferretería Boston, manteniendo las mismas facultades
indicadas en el pacto constitutivo de Automotores Montaldo Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y un mil ochocientos treinta
y siete. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintidós de octubre del dos mil
catorce.—Licda. María Jesús Espinoza Garro, Notaria.—1 vez.—Solicitud N°
21918.—(IN2014074357).
Que en esta
notaría se ha constituido mediante escritura número ciento veintiséis del tomo
trece de mi protocolo la sociedad civil regulada por el Código Civil,
denominada Protectores de Vida y
Salud. Es todo.—San José, a las doce horas quince minutos del treinta y uno
de octubre del dos mil catorce.—Lic. Andrés Durán López, Notario.—1
vez.—(IN2014074358).
Mediante la
escritura número 152-8, autorizada en mi notaría al ser las 8:00 horas del 03
de noviembre del 2014, protocolicé las asambleas generales extraordinaria de
socios de la fusión por absorción de las sociedades Alimentos Fríos y
Congelados Al-Fryco Sociedad Anónima, Productores de Monteverde Sociedad
Anónima, Quesos de Calidad Holanda Sociedad Anónima y Corporación
de Empresas Monteverde Sociedad Anónima, prevaleciendo la última sociedad,
la cual no aumentó su capital social.—San José, 3 de noviembre del 2014.—Lic.
Fresia Ma. Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—(IN2014074359).
Que en esta
notoría se ha constituido mediante escritura número ciento veintiséis del tomo
trece de mi protocolo, la sociedad civil regulada por el Código Civil,
denominada Educar Jugando. Es todo.—San José, a las doce horas quince
minutos del treinta y uno de octubre del dos mil catorce.—Lic. Andrés Durán
López, Notario.—1 vez.—(IN2014074360).
Ante la notaria
Yenny Sandí Romero, se reforma la cláusula de la junta directiva donde se
cambia al presidente siendo ahora en adelante Luis Marín Miranda, mayor, casado
una vez, comerciante, cédula seis-trescientos treinta y uno-doscientos setenta
y nueve, vecino de ochocientos metros sur y trescientos metros oeste de Escuela
Laboratorio, manteniendo las mismas facultades indicadas en el pacto
constitutivo de Red y Comunicaciones REYCOM del Sur Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos sesenta y nueve mil cuatrocientos
cincuenta y dos.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintidós de octubre del dos mil
catorce.—Licda. María Jesús Espinoza Garro, Notaria.—1 vez.—Solicitud N°
21917.—(IN2014074362).
Por escritura
otorgada ante la notaria Lilia María Coghi Corrales, a las 18:00 horas del 30
de octubre del 2014, los señores: Carlos Alberto López Camacho y Johnny Alberto
Moncada Ordóñez, constituyeron Muebles Shalom Sociedad Anónima,
domiciliada Zapote, San José.—San José, 30 de octubre del 2014.—Licda. Lilia
María Coghi Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2014074363).
Ante esta notaría
por escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del treinta de
octubre del dos mil catorce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de
cuotistas de la sociedad denominada 3-102-686303 SRL, donde se acuerda
modificar las cláusulas primera y novena de los estatutos.—San José, treinta de
octubre del dos mil catorce.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—(IN2014074370).
Ante esta notaría
por escritura otorgada a las quince horas cuarenta y cinco minutos del treinta
de octubre del dos mil catorce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de
cuotistas de la sociedad denominada 3-102-686305 SRL, donde se acuerda
modificar las cláusulas primera y novena de los estatutos.—San José, treinta de
octubre del dos mil catorce.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—(IN2014074376).
Mediante
escritura 114 otorgada ante este notario a las catorce horas del dos del dos
mil catorce, se modifica la cláusula quinta de la sociedad Ayahuaska Sasaga
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula tres-ciento dos-seis ocho
siete cero cinco uno, aumentando el capital social a la suma de doce mil
colones, se modifica la cláusula octava de la administración nombrándose un
gerente más recayendo dicho nombramiento en José Ignacio Porras Alonso, cédula
uno uno dos dos siete cero nueve nueve dos. Es todo.—Heredia, dos de noviembre
del dos mil catorce.—Lic. Ricardo Alfonso Estrada Murillo, Notario.—1
vez.—(IN2014074378).
Mediante
escritura 122 otorgada ante este notario a las 15 horas del 30 de octubre del
2014, se modifican las cláusulas primera y sexta del pacto constitutivo, se
nombra nueva junta directiva y agente residente en la sociedad 3-101-499213
ahora Karuna Azul S. A., cédula jurídica número 3-101-499213. Es todo.—Guanacaste,
30 de octubre del 2014.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1
vez.—(IN2014074385).
Mediante
escritura 113 otorgada ante este notario a las 8 horas del 10 de octubre del
2014, se modifica las cláusulas: segunda y octava del pacto constitutivo, se
nombra nueva junta directiva y agente residente en la sociedad Corporación
Lobo de Jacó S. A., cédula jurídica número 3-101-599800. Es
todo.—Guanacaste, 11 de octubre del 2014.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez,
Notario.—1 vez.—(IN2014074387).
Que mediante
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Coast of
the Purple Queen Properties Sociedad Anónima, celebrada en Heredia,
Mercedes, del Liceo Samuel Sáenz Flores, cien metros al sur y veinticinco al
oeste, a las 8:00 horas del 26 de marzo del 2008, se acordó modificar la
cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 3 de noviembre de 2014.—Lic.
Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2014074390).
Ante la notaría
del Licenciado Róger Antonio Sancho Rodríguez, mediante escritura número
258-23, visible al folio 194 frente del tomo vigésimo tercero del protocolo del
notario público Róger Antonio Sancho Rodríguez, otorgada a las 20 horas del 2
de noviembre del 2014, se protocolizan acuerdos de asamblea general
extraordinaria de la empresa denominada Nisroc Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforma la cláusula tercera de sus estatutos.—Santo Domingo
de Heredia, 3 de octubre del 2014.—Lic. Róger Antonio Sancho Rodríguez,
Notario.—1 vez.—(IN2014074397).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las ocho horas del treinta y uno de octubre dos mil catorce, se
protocoliza acta de la sociedad Gold Door of Guanacaste Sociedad
Anónima, se destituye junta directiva y se nombra nueva junta.—San José, 31
de octubre del 2014.—Lic. Juan Carlos Vega Montoya, Notario.—1
vez.—(IN2014074398).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las ocho horas del treinta y uno de octubre del dos mil catorce, se
protocoliza acta de la sociedad Servicentros Chorotega Sociedad Anónima,
se disminuye junta directiva y se nombra nueva junta.—San José, treinta y uno
de octubre del dos mil catorce.—Lic. Juan Carlos Vega Montoya, Notario.—1
vez.—(IN2014074399).
Por escritura de esta notaría, hoy se
ha protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Freno
Seguro del Oeste F S O S. A., se nombra presidente, secretario y tesorero,
se modifican cláusulas sexta: asambleas, sétima: junta directiva.—San José,
tres de noviembre del dos mil catorce.—Lic. Gerardo Sibaja Álvarez, Notario.—1
vez.—(IN2014074400).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Inversiones
Mavamap de Escazú Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos cuarenta y cuatro mil ochenta y cuatro, en la cual se acuerda
disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso D)
del Código de Comercio. Escritura otorgada a las nueve horas del treinta de
octubre del dos mil catorce.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1
vez.—(IN2014074401).
Por escritura otorgada a las 15:00
horas del 29 de octubre de 2014, ante esta notaría se protocolizó acta asamblea
general extraordinaria de accionistas de KR24 Management Group S. A.,
mediante la cual se reformó la cláusula quinta del capital social del pacto
social.—San José, 30 de octubre de 2014.—Licda. Fabiola Sáenz Quesada,
Notaria.—1 vez.—(IN2014074402).
Protocolización del acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Corporación
Setenta y Dos-Setenta y Cinco Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-ciento cincuenta y cuatro mil trescientos sesenta y dos,
mediante la cual se reforma de manera integral el pacto social. Escritura
otorgada a las quince horas del veintisiete de octubre del dos mil
catorce.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—(IN2014074412).
Ante esta notaría por medio de la
escritura 356-15, se protocolizó el acta N° 1 de la asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad denominada Sol del Mar de Quepos
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-101- 665553, en la cual se realiza
cambio de junta directiva, cambio de presidente y secretaria.—Ciudad de Quepos,
21 de octubre del 2014.—Lic. Steven Alvarado Bellido, Notario.—1
vez.—(IN2014074413).
La suscrita Licda. Netzy Yanina Soto
Rojas, notaria pública de San José, protocolizó asamblea general extraordinaria
de socios de la sociedad Calzado Red Shoes de C.R. Sociedad Anónima.
Escritura número veinticuatro, otorgada en San José, a las veinte horas del
veintidós de octubre del dos mil catorce.—Licda. Netzy Yanina Soto Rojas,
Notaria.—1 vez.—(IN2014074416).
Por escritura otorgada ante mí, a las
diecisiete horas del dos de noviembre del dos catorce, se nombró nueva junta
directiva de la sociedad Cubic World Limitada, cédula de persona
jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos veintiséis mil
ochocientos.—Licda. Florita Vásquez Calderón, Notaria.—1 vez.—(IN2014074417).
La suscrita Licda. Netzy Yanina Soto
Rojas, notaria pública de San José, protocolizó asamblea general extraordinaria
de socios de la sociedad Calzado Red Shoes de C.R. Sociedad Anónima.
Escritura número veinticuatro, otorgada en San José, a las veinte horas del
veintidós de octubre del dos mil catorce.—Licda. Florita Yanina Vásquez
Calderón, Notaria.—1 vez.—(IN20140074420).
Por escritura otorgada ante mi notaría
a las diez horas del treinta de octubre del dos mil catorce, se constituyó la
compañía denominada: Servicios Médicos Alvarenga Sociedad Anónima,
domiciliada en San José. Luciano Borges Alvarenga, presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, capital social totalmente suscrito y
pagado. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 31 de octubre del 2014.—Licda.
Denia Isabel Morera Flores, Notaria.—1 vez.—(IN2014074422).
Protocolización del acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Vamm
de Escazú Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento
noventa y seis mil sesenta, mediante la cual se reforma de manera integral del
pacto social. Escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del
veintisiete de octubre del dos mil catorce.—Licda. Cinzia Víquez Renda,
Notaria.—1 vez.—(IN2014074424).
Por escritura otorgada en San José, a
las 8 horas del 27 de octubre del 2014, se modifica la cláusula de la
representación de Servicios Integrados de Salud Cemilan Sociedad Anónima.—Lic.
Carlos Fallas Corrales, Notario.—1 vez.—(IN2014074427).
Protocolización del acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Onahama
del Norte Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos quince mil setecientos tres, mediante la cual se reforma de
manera integral el pacto social. Escritura otorgada a las quince horas treinta
minutos del veintisiete de octubre del dos mil catorce.—Licda. Cinzia Víquez
Renda, Notaria.—1 vez.—(IN2014074429).
Protocolización del acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Vía
Caprese Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-doscientos cuarenta y nueve mil ochocientos trece, mediante la cual se
reforma de manera integral el pacto social. Escritura otorgada a las dieciséis
horas del veintisiete de octubre del dos mil catorce.—Licda. Cinzia Víquez
Renda, Notaria.—1 vez.—(IN2014074434).
La suscrita notaria hace constar que
la sociedad Alpízar y Alpízar Sociedad Anónima, cédula tres-ciento
uno-ochenta y ocho mil setecientos cincuenta y cuatro, está en proceso de
disolución.—San Rafael de Guatuso, treinta de octubre del dos mil
catorce.—Licda. Lolita Arias Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2014074435).
La suscrita notaria hace constar que
la sociedad Familia López Alpízar J.D.M. Sociedad Anónima, cédula
tres-ciento uno-quinientos cinco mil cuarenta y nueve, está en proceso de
disolución.—San Rafael de Guatuso, treinta de octubre del dos mil
catorce.—Licda. Lolita Arias Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2014074439).
Protocolización del acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza tres-ciento
uno-quinientos cuarenta y cuatro mil quinientos sociedad anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cuatro mil
quinientos, mediante la cual se reforma de manera integral el pacto social.
Escritura otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del veintisiete de
octubre del dos mil catorce.—Lic. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1
vez.—(IN2014074440).
Hoy protocolicé los acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-uno cero uno-cinco
cero dos cuatro cuatro dos sociedad anónima, cédula de persona jurídica
número tres-uno cero uno-cinco cero dos cuatro cuatro dos, mediante la cual se
modificaron las cláusulas referentes al nombre de la compañía, el domicilio
social y la representación, se revocó el nombramiento de toda la junta
directiva designándose una nueva, y se eliminó la cláusula del agente
residente, por medio de escritura otorgada en la ciudad de Heredia, a las
quince horas del treinta y uno de octubre del dos mil catorce por el notario
público Mauricio González Crespo.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1
vez.—(IN2014074443).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaría a las 13:00 horas del 17 de octubre del 2014, se modifica la
cláusula segunda de la sociedad denominada Inversiones Malakar Sociedad
Anónima.—San José, 20 de octubre del 2014.—Licda. Alejandra Grandoso
Lemoine, Notaria.—1 vez.—(IN2014074444).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaría, a las 14:50 horas del 17 de octubre del 2014, se modifica la
cláusula segunda de la sociedad denominada Mango Deslizadores y Patines
Sociedad Anónima, cédula jurídica número: 3 101 230776.—San José, 20 de octubre
del 2014.—Lic. Alejandra Grandoso Lemoine, Notaria.—1 vez.—(IN2014074445).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaría, a las 13:00 horas del 17 de octubre del 2014, se modifica la
cláusula segunda de la sociedad denominada Inversiones Malakar Sociedad
Anónima.—San José, 20 de octubre del 2014.—Lic. Alejandra Grandoso Lemoine,
Notaria.—1 vez.—(IN2014074448).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaría, a las 14:40 horas del 17 de octubre del 2014, se modifica la
cláusula segunda de la sociedad denominada Mango Girls Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3101329429.—San José, 20 de octubre del 2014.—Lic.
Alejandra Grandoso Lemoine, Notaria.—1 vez.—(IN2014074450).
Ante esta notaría, a las 15:00 horas
del 28 de octubre del 2014, se protocolizó acta de asamblea general de
accionistas de Paracorp Protection Shield S. A., mediante la cual se
acordó reformar las cláusulas Nº 2 y Nº 6 del pacto constitutivo.—San José, 28
de octubre de 2014.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2014074453).
Por escritura otorgada en esta
notaría, el día veintiuno de octubre del año dos mil catorce, la sociedad de
este domicilio Diecisiete y Veinte S. A., protocoliza acta, reformando
la cláusula décimo quinta de los estatutos, en cuanto a la junta directiva, se
nombra presidenta a Eugenia López Hernández, tesorera a Ana Isabel López
Hernández, secretario Daniel Villalobos López y fiscal Benjamín Chaverri
López.—San José, treinta de octubre del dos mil catorce.—Lic. Jorge Mario
Piedra Arias, Notario.—1 vez.—(IN2014074455).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaría, a las 15:05 horas del 17 de octubre del 2014, se modifica la
cláusula segunda de la sociedad denominada Pacífico Lírico Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3101305257.—San José, 20 de octubre del 2014.—Lic.
Alejandra Grandoso Lemoine, Notaria.—1 vez.—(IN2014074457).
Por escritura número trescientos
setenta y seis-ocho de las nueve horas del tres de noviembre del dos mil
catorce, se reforma la sociedad Compuservicios S. A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y tres mil novecientos dos.—Lic.
Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2014074472).
A las 8:00 horas del día 31 de octubre
del 2014, se protocolizó acta de la sociedad denominada Eurogama S. A.,
mediante la cual se aumentó el capital social de la compañía, reformándose la
cláusula quinta del capital social.—San José, 31 de octubre del 2014.—Lic.
Allan Guerrero Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014074492).
Ante la notaria Rosa Elena Segura
Ruiz, carne 9384, se protocoliza acta a las 9:00 horas del 3 noviembre del 2014
de la sociedad denominada 3-102-609412 Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica número 3-102-609412, donde se reforman las clausulas segunda y
sexta del acta constitutiva y se nombra gerente y subgerente.—Lic. Rosa Elena
Segura Ruiz, Notaria.—1 vez.—(IN2014074497).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaría, a las 16:15 horas del 17 de octubre del 2014, se modifica la
cláusula segunda de la sociedad denominada Grupo Gala Blanco Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3101377313.—San José, 20 de octubre del
2014.—Lic. Alejandra Grandoso Lemoine, Notaria.—1 vez.—(IN2014074523).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaría, a las 15:45 horas del 17 de octubre del 2014, se modifica la
cláusula segunda de la sociedad denominada Grupo Master Surf Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3101644077.—San José, 20 de octubre del
2014.—Lic. Alejandra Grandoso Lemoine, Notaria.—1 vez.—(IN2014074526).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaría, a las 14:30 horas del 17 de octubre del 2014, se modifica la
cláusula segunda de la sociedad denominada Hijo Noble Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3101370025.—San José, 20 de octubre del 2014.—Lic.
Alejandra Grandoso Lemoine, Notaria.—1 vez.—(IN2014074527).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaría, a las 16:10 horas del 17 de octubre del 2014, se modifica la
cláusula segunda de la sociedad denominada Importación de Artículos
Acuáticos y Deportivos Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3
101111823.—San José, 20 de octubre del 2014.—Lic. Alejandra Grandoso Lemoine,
Notaria.—1 vez.—(IN2014074528).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaría, a las 14:00 horas del 17 de octubre del 2014, se modifica la cláusula
segunda de la sociedad denominada Inversiones de Alabastrón Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3 101 364794.—San José, 20 de octubre del 2014.—Lic.
Alejandra Grandoso Lemoine, Notaria.—1 vez.—(IN2014074530).
Ante la notaría, de Elena Murillo Agüero,
la sociedad tres-ciento uno-quinientos treinta y dos mil novecientos sesenta
y nueve Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos
treinta y dos mil novecientos sesenta y nueve, mediante protocolización de
acta, en escritura número setenta y ocho, visible al folio veintisiete vuelto y
veintiocho frente del tomo cinco, mediante la cual se hace nuevo nombramiento
de junta directiva. Escritura otorgada a las nueve horas del tres de noviembre
del dos mil catorce.—Lic. Elena Murillo Agüero, Notaria.—1 vez.—(IN2014074533).
Balcones Abside A.S.M.D.A Dos Sociedad
Anónima, reforma la
cláusula sétima para que en adelante se lea así: Será administrada por una
junta directiva formada por tres miembros socios o no, que serán presidente,
secretario y tesorero, correspondiéndole al presidente, secretario y tesorero
la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia cuatro de octubre del dos
mil catorce.—Lic. Alfredo Esteban Cortés Vílchez, Notario.—1
vez.—(IN2014074544).
Inversiones Tierras del Castillo S. A., cédula jurídica 3-101-559881,
modifican las clausulas primera, segunda y quinta del pacto social, se modifica
a) Su denominación social a Tubos y Perfiles S. A., b) Domicilio social
de la sociedad, c) La estructura de la junta directiva se nombra nuevo
presidente y secretario por todo el resto del plazo social. Es todo.—Alajuela,
2 de noviembre del 2014.—Lic. Ana Marcela Carrillo Moreno, Notaria.—1
vez.—(IN2014074550).
Por escritura ciento sesenta y uno, de
las 8:00 horas del día 20 de octubre del 2014, protocolicé aumento de capital
social y se nombra nuevo vocal por el resto del plazo de representaciones
comerciales Hebei Metals & Minerals Latin America Sociedad Anónima.—Lic.
Ana Marcela Carrillo Moreno, Notaria.—1 vez.—(IN2014074551).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaría, a las 16:00 horas del 17 de octubre del 2014, se modifica la
cláusula segunda de la sociedad denominada Three Little Birds Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3101405662.—San José, 20 de octubre del 2014.—Lic.
Alejandra Grandoso Lemoine, Notaria.—1 vez.—(IN2014074559).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaría, a las 16:19 horas del 17 de octubre del 2014, se modifica la
cláusula segunda de la sociedad denominada 3 101 477705 S. A., cédula
número 3 101477705.—San José, 20 de octubre del 2014.—Lic. Alejandra Grandoso
Lemoine, Notaria.—1 vez.—(IN2014074561).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaria, a las 15:40 horas del 17 de octubre del 2014, se modifica la
cláusula segunda de la sociedad denominada Beneficios Divinos Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3 101305763.—San José, 20 de octubre del
2014.—Lic. Alejandra Grandoso Lemoine, Notaria.—1 vez.—(IN2014074562).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaría, a las 15:00 horas del 17 de octubre del 2014, se modifica la
cláusula segunda de la sociedad denominada Candlelight in Paris Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3101327651.—San José, 20 de octubre del 2014.—Lic.
Alejandra Grandoso Lemoine, Notaria.—1 vez.—(IN2014074564).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaria, a las 15:20 horas del 17 de octubre del 2014, se modifica la
cláusula segunda de la sociedad denominada Corusa de Alajuela Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3 101142166.—San José, 20 de octubre del 2014.—Lic.
Alejandra Grandoso Lemoine, Notaria.—1 vez.—(IN2014074566).
Ante este notaría, mediante escritura
número ciento noventa y dos de las ocho horas del dieciséis de setiembre del
dos mil catorce, se acordó modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo
de la sociedad Daluma Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-cero cuarenta y ocho mil ciento noventa y seis, para que en adelante se lea
que el domicilio es en San José, en Granadilla de Curridabat del Taller Wabe
doscientos cincuenta este mano derecha casa color blanca con franja azul,
estilo típica. Es todo.—San José, veintinueve de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Magda González Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2014074571).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaría, a las 15:30 horas del 17 de octubre del 2014, se modifica la
cláusula segunda de la sociedad denominada Siete Talentos Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3 101375907.—San José, 20 de octubre del 2014.—Lic.
Alejandra Grandoso Lemoine, Notaria.—1 vez.—(IN2014074574).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaría, a las 16:00 horas del 17 de octubre del 2014, se modifica la
cláusula segunda de la sociedad denominada Tienda de Artículos Acuáticos
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 310198882.—San José, 20 de octubre
del 2014.—Lic. Alejandra Grandoso Lemoine, Notaria.—1 vez.—(IN2014074575).
Mediante escritura otorgada ante mí a
las diecisiete horas con treinta minutos del día veintidós de setiembre del año
dos mil catorce se constituyó la compañía denominada Centrolac Costa Rica
Sociedad Anónima. Es todo.—San José, tres de noviembre del dos mil
catorce.—Lic. Roberto Facio Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2014074580).
Por escritura número doscientos
once-siete del treinta y uno de octubre del 2014, se reformó la cláusula quinta
del capital social, ante esta notaría, de Soluciones Esotéricas Sociedad
Anónima.—San José, 3 de noviembre del 2014.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni,
Notario.—1 vez.—(IN2014074586).
Por escritura número doscientos
nueve-siete del treinta y uno de octubre del 2014, se reformó la cláusula
quinta del capital social, ante esta notaría, de Agrofrio Sociedad Anónima.—San
José, 3 de noviembre del 2014.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1
vez.—(IN2014074588).
Por escritura autorizada en San José,
a las 8:00 horas de hoy, por el suscrito notario, se protocolizó acta de la
sociedad de San José, Grupo de Inversiones Monte Rosa Sociedad Anónima,
por la que se modifica cláusula 2 del pacto social.—San José, 3 de noviembre
del 2014.—Lic. Luis Alberto Sáenz Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2014074589).
Mediante escritura pública número
ciento cuarenta y siete-nueve, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas
del día tres de noviembre de dos mil catorce, se modifica la cláusula quinta
del capital social de la compañía Neo Seguridad S. A., capital social
debidamente suscrito y pagado.—San José, 3 de noviembre de 2014.—Lic. María
Montero Álvarez, Notaria.—1 vez.—(IN2014074592).
He protocolizado acta de asamblea
extraordinaria de accionistas de V & A BEAUTY Sociedad Anónima, que
contiene modificación de la cláusula primera y que se modifica la junta
directiva y del fiscal.—San José, 3 de noviembre de 2014.—Lic. Denice Yorleny
Brown Beckford, Notaria.—1 vez.—(IN2014074595).
Que por escritura otorgada ante esta
notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de tres ciento uno quinientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y
siete Sociedad Anónima Los socios acuerdan por ser una sociedad inactiva y
no tener pasivos ni activos disolver la sociedad y liquidarla en su
totalidad.—San José, tres de noviembre del dos mil catorce.—Lic. Marianella
Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2014074609).
Que por escritura otorgada ante esta
notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de Grupo Comercial Marmig Sociedad Anónima. Los socios acuerdan aumentar
el capital social a doce millones de colones.—San José, tres de noviembre del
dos mil catorce.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1
vez.—(IN2014074614).
Ante esta notaría, mediante escritura
otorgada a las quince horas del 24 de octubre de 2014, se protocoliza el
acuerdo de la disolución de la sociedad Paradise Sunset Hills S. A.,
según lo dispuesto por el artículo 207 del Código de Comercio. Cualquier
interesado puede presentar sus oposiciones en mi notaría, ubicada en San Pedro,
Los Yoses, calle treinta y cinco, avenida catorce, Grupo Jurídico
Especializado.—Lic. Ana Gabriela Peña Valle, Notaria.—1 vez.—(IN2014074619).
Ante esta notaría, mediante escritura
otorgada a las catorce horas, del 24 de octubre de 2014, se protocoliza el
acuerdo de la disolución de la sociedad DDT Technologies S. A., según lo
dispuesto por el artículo 207 del Código de Comercio. Cualquier interesado
puede presentar sus oposiciones en mi notaría, ubicada en San Pedro, Los Yoses,
calle treinta y cinco, avenida catorce, Grupo Jurídico Especializado.—Lic. Ana
Gabriela Peña Valle, Notaria.—1 vez.—(IN2014074620).
Por escritura número 231 Bis-10 de las
ocho horas del 31 de octubre del 2014, otorgada ante la notaría, del suscrito
David Robles Rivera carné de Abogado número 12146, se reformó la cláusula
segunda del pacto constitutivo de la sociedad Total Automotriz del Atlántico
S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-462882, fijando el
domicilio social en Limón, Limón, costado suroeste, del Estadio Juan Gobán. Es
todo.—San José, 31 de octubre del dos mil catorce.—Lic. David Robles Rivera,
Notario.—1 vez.—(IN2014074624).
Por escritura otorgada el día de hoy,
se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad de esta plaza Gutmon Salud Sociedad Anónima S. A.,
por medio de los cuales se hace nombramiento de tesorero.—San José, 27 de
agosto del 2014.—Lic. Carolina Blanco Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2014074628).
Por escritura número trescientos
veinticuatro, de las siete horas del tres de noviembre del dos mil catorce
autorizada en esta notaría, se protocolizó acta y se reformó la sociedad
anónima denominada Six Powers Digital S. A., modificándose la cláusula
del domicilio, la de representación, y se nombró nueva junta directiva, fiscal
y agente residente.—Alajuela, tres de noviembre del dos mil catorce.—Lic.
Yokastta Pla Bedoya, Notaria.—1 vez.—(IN2014074629).
Por escritura número ciento
ocho-cuarenta y nueve, otorgada ante los Notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Jorge
González Roesch y Alberto Sáenz Roesch; actuando en el protocolo del primero a
las doce horas cuarenta y cinco minutos del día treinta y uno de octubre del
dos mil catorce, se acuerda modificar la administración, revocar nombramiento
actual del Secretario, correspondiente a la sociedad Casas Autosuficientes
del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 31 de octubre del 2014.—Lic. Jorge
González Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2014074632).
Por escritura pública número ciento
sesenta y cuatro otorgada ante esta notaría, en San José a las once horas del
veintiocho de octubre de dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad denominada Cre Cero Setenta y Tres
Auila de Ayres S. A., mediante la cual se reforma cláusula Segunda. Es
todo.—Lic. Roberto José Araya Lao, Notario.—1 vez.—(IN2014074633).
Protocolización del acta de la
asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Corporación
Rocafort Sociedad Anónima, en la cual se acuerda modificar la cláusula
novena y al tesorero de la sociedad. Escritura otorgada en San José, al ser
dieciséis horas del día treinta de octubre de dos mi catorce, ante el notario
Roberto Romero Mora.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014074636).
Mediante escritura otorgada el 1 de
noviembre del 2014, ante esta notaría, se constituye la empresa Asesores de
Ventas al Estado GGM S. A.—San José, 3 de noviembre del 2014.—Lic. Manuela
Guillen Salazar, Notaria.—1 vez.—(IN2014074642).
Por escritura número cuatrocientos
tres, otorgada ante mi notaría al ser las once horas cuarenta minutos del día
veintinueve de octubre del dos mil catorce, se disuelve la sociedad de esta
plaza denominada Rodolfo y Marina Vargas Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y cuatro mil novecientos
veintiséis.—Lic. Sandra Isabel González Pinto, Notaria.—1 vez.—(IN2014074648).
Por escritura número doscientos
cincuenta y cinco; otorgada en Belén, al ser nueve horas cincuenta minutos del
día treinta y uno de octubre del dos mil catorce, ante la Lic. Hazel Rojas
Rojas, notaría pública, se protocolizó acta de asamblea general donde se acordó
disolver la Sociedad Hermanas González Pérez Sociedad Anónima. Es todo,
al ser diez horas cuarenta minutos del día treinta y uno de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Hazel Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2014074652).
Por escritura número 10, otorgada en
esta notaría, a las 11:00 horas del 3 de noviembre del 2014, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Animación y
Sonido Mercury Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-323964, en la
que se acuerda la disolución y liquidación de la misma.—San José, 3 de
noviembre del 2014.—Lic. Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1
vez.—(IN2014074658).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diez horas del veintiocho de octubre del dos mil catorce, se
modifica el pacto constitutivo y se nombra junta directiva de la sociedad tres
ciento uno seis cuatro cuatro dos cuatro nueve S. A.—Lic. Sergio Artavia
Barrantes, Notario.—1 vez.—(IN2014074663).
Por escritura otorgada ante ésta
notaría, a las dieciséis horas del veintiocho de octubre de dos mil catorce, se
modificó el pacto constitutivo de la sociedad Coliamarillo Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—Lic. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1
vez.—(IN2014074666).
Ante esta notaría se constituyó
sociedad Corporación Turística Alfa S. A. Capital social suscrito y
pagado. Duración noventa y nueve años, presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Olga Marta Morice Muñoz, Notaria.—1 vez.—(IN2014074671).
Por medio de escritura otorgada ante
mi notaría, a las once horas del veintinueve de octubre del dos mil catorce, se
protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad denominada Importadora
de Turrialba Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuarenta y
un mil cuatrocientos treinta y nueve, por la cual se revocaron nombramientos de
su junta directiva y se modificó el domicilio social de la misma. Es todo.—Lic.
Pedro José Beirute Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014074675).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las once horas del día treinta y uno de octubre de dos mil catorce,
la sociedad Servicios Logísticos Chiquita Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica número tres, ciento dos-doscientos dos mil
ochocientos ocho, reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo con
relación al domicilio social.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Esteban Agüero Guier, Notario.—1 vez.—(IN2014074692).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las 11:00 horas del día 23 de octubre del dos mil catorce, se
protocolizó acta de Desarrollos Inmobiliarios Tribilín Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforman las cláusulas segunda del domicilio y octava de la
administración, además se nombra nueva junta directiva y Fiscal.—Lic. Luis A.
Aguilar Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2014074698).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las 10:00 horas del día 23 de octubre del dos mil catorce, se
protocolizó acta de Inmobiliaria Provenza Sociedad Anónima, mediante la
cual se reforman las cláusulas segunda del domicilio y octava de la
administración, además se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Luis A.
Aguilar Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2014074700).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las 10:30 horas del día 23 de octubre del dos mil catorce, se
protocolizó acta de Fasting Berg Properties Sociedad Anónima, mediante
la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio, además se nombra nuevo
presidente.—Lic. Luis A. Aguilar Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2014074702).
Al ser las ocho horas del veintinueve
de octubre del dos mil catorce, se protocolizó ante esta notaría acta de
asamblea extraordinaria de socios de la Asociación de Comercializadores de
Llantas, mediante la cual se modifican las cláusulas, primera, tercera,
octava y décimo quinta del pacto social.—San José, 31 de octubre del 2014.—Lic.
Ivannia Esquivel Carrillo, Notaria.—1 vez.—(IN2014074712).
Ante esta notaría se realizó escritura
de disolución de sociedad Despacho de Auditorías, Edgar Espinoza y Asociados,
cédula jurídica tres ciento ocho doscientos noventa y un mil doscientos dos,
con fecha la misma veintinueve de agosto del dos mil catorce.—Heredia, uno de
setiembre del dos mil catorce.—Lic. Juan Bautista Moya Fernández, Notario.—1
vez.—(IN2014074713).
Ante el suscrito notario, de paso por
San Rafael de Alajuela y al ser las veinte horas, del día veintisiete de
octubre de dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general número dos,
de Maersa Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintisiete de octubre
del dos mil catorce.—Lic. Mauricio Alonso Arias Castro, Notario.—1
vez.—(IN2014074716).
Por escritura número 182 otorgada ante
esta notaría a las 16 horas del 31 de octubre del 2014, se protocolizó acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de La Pichurrita S. A., en
donde se modificó la cláusula del domicilio y se removió el agente
residente.—San José, 31 de octubre del 2014.—Lic. Juan Antonio Mainieri Acuña,
Notario.—1 vez.—(IN2014074728).
Mediante escritura ante mí otorgada en
San José, a las once horas del seis de octubre del dos mil catorce constituí la
sociedad Inversiones Palasar S. A. El aporte se pagó con bienes
muebles.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—(IN2014074738).
Mediante escritura ante mi otorgada el
primero de noviembre del dos mil catorce constituí la sociedad Transnacional
Mandala S. A. El capital social se pagó mediante aporte de bienes, no en
efectivo.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—(IN2014074740).
Mediante escritura ante mi otorgada en
San José a las doce horas del seis de octubre del dos mil catorce constituí la
sociedad Marítima Azizi S. A. El aporte se pagó con bienes muebles.—Lic.
Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—(IN2014074741).
Mediante escritura ante mí otorgada en
San José a las nueve horas del veinticinco de octubre del dos mil catorce
constituí Inversiones Da - Cruz S. A. El capital suscrito se pagó en
bienes.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—(IN2014074744).
Ante mí, a las trece horas del
veinticinco de octubre del año dos mil catorce, en asamblea general de socios
de Inversiones Doña Gloria Sociedad Anónima, se reformaron las cláusulas
del pacto social: B- sobre el domicilio y G- sobre la administración. Además,
se nombró nueva junta directiva.—Heredia, veintisiete de octubre del dos mil
catorce.—Licda. Gabriela Miranda Chavarría, Notaria.—1 vez.—Solicitud N°
22240.—(IN2014074751).
Mediante, acta número uno, se realiza
asamblea general ordinaria del Acueducto y Alcantarillado, Sanitario, La
Alegría, Guabata, Mascota, Guaira, distrito de Orosi, cantón
Paraíso, de la provincia de Cartago, cédula jurídica-tres-cero cero dos
tres ocho cinco dos tres cuatro. Tomo-quinientos treinta y nueve-asiento-seis
mil setecientos veintidós. Se nombra nueva junta directiva. Es todo.—Cartago, 3
de noviembre del 2014.—Lic. José Alberto Navarro Mena, Notario.—1
vez.—(IN2014074755).
Por escrituras de: a) 8:00 horas del
29 de octubre del 2014 protocolicé acta de Corporación Regalos y Mas S. A.
donde se acuerda la disolución de la sociedad b) 11:00 horas del 2 de abril del
2014 todo el capital social de la sociedad Jahuel S. A.
compareció a disolver la sociedad S. A. c) 11:00 horas del 27 de octubre del
2014 el presidente de Biomass Costa Rica Internacional S. A. sustituye
su poder generalísimo sin límite de suma, reservándose el ejercicio del
mismo.—Lic. Patricia Araya Serrano, Notaria.—1 vez.—(IN2014074759).
En esta notaría, mediante escritura
número 244-18, del tomo 18 del protocolo del suscrito notario, de las 11:00
horas del 30 de octubre del 2014 se modifica la cláusula segunda, del objeto,
de la sociedad Ultrasonografía S. A., cédula jurídica número
3-101-053883 para poder otorgar fianzas.—San José, 3 de noviembre del 2014.—Lic.
Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2014074785).
El suscrito notario hago constar, que
en el tomo, veintitrés del protocolo del suscrito se está modificando el acta
constitutiva de la sociedad Respuestos Cabrera & Co S. A., y Documentos
Rápidos S. A. Es todo.—Santa Ana, 31 de octubre del 2014.—Lic. Dagoberto
Madrigal Mesén, Notario.—1 vez.—(IN2014074787).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las ocho horas del tres de noviembre dos mil catorce se modifica la
cláusula de administración CTVS Comercializadora de Televisión Satelital S.
A.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—(IN2014074790).
En la notaría de Luis Marino Castillo
López, carné tres seis cero siete, en escritura cuatrocientos uno del tomo
veintiuno de las ocho horas del día treinta de octubre del dos mil catorce se
procedió a la disolución de Bosque de Santo Domingo S. A., cédula
jurídica tres-cierto uno-cero nueve nueve cero cuatro seis.—Lic. Luis Marino
Castillo López, Notario.—1 vez.—(IN2014074791).
En la notaría de
Luis Marino Castillo López, carné tres seis cero siete, en escritura
cuatrocientos dos del tomo veintiuno de las ocho y treinta horas del día
treinta de octubre del dos mil catorce se procedió a la disolución de Bosque
de Sámara S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero nueve nueve uno cero
dos.—Lic. Luis Marino Castillo López, Notario.—1 vez.—(IN2014074794).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del treinta de octubre
del año en curso, se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios de tres-ciento
uno-seis cinco cero dos dos nueve S. A. Se modifican cláusulas segunda,
sétima del pacto social y se hacen nuevos nombramientos de junta directiva y
fiscal.—San José, treinta de octubre del dos mil catorce.—Lic. Johanny Retana
Madriz, Notario.—1 vez.—(IN2014074797).
Ante mi Carlos
Fernández Vásquez, notario público, la empresa Industrias Cristel F Y B
Limitada, solicita el aumento de capital social de sesenta a cien millones
de colones, todo en acta de asamblea extraordinaria de socios del 25 de octubre
del 2014. Escritura 192 del 28 de octubre del dos mil catorce.—Palmares, 28 de
octubre del 2014.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1
vez.—(IN2014074799).
Por escritura
otorgada ante esta notaría en San José, a las 15:00 horas del 29 octubre de
2014, se reformó cambio domicilio social y se hizo nuevo nombramiento de junta
directiva de Bahi S. A.—Lic. Ana María Faeth Mena, Notaria.—1
vez.—(IN2014074803).
En asamblea
extraordinaria de Moma Dos Mil Catorce, cédula jurídica: tres-ciento
uno-seiscientos ochenta y tres mil sesenta y dos. Celebrada a las quince horas
del 20 de octubre del dos mil 2014. Se cambia al secretario, y se modifica la
cláusula primera del pacto constitutivo.—San José 31 de octubre del 2014.—Lic.
Francisco Stewart Satchuell, Notario.—1 vez.—(IN2014074805).
Ante esta
notaría, mediante escritura otorgada a las 15:00 horas del 30 de octubre del
2014 se constituye la sociedad DCSD Data Center Servicios y
Desarrollos Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía pudiendo abreviarse
las dos últimas palabras como S. A.—San José, 3 de noviembre del 2014.—Lic.
Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—(IN2014074808).
En asamblea
extraordinaria de Sistemas de Seguridad Cinco Cero Seis Protection S. A.,
cédula jurídica: tres-ciento uno-seiscientos ochenta y dos mil seiscientos
cincuenta y ocho. Celebrada a las diecisiete horas del 20 de octubre del 2014.
Se cambia presidente y vicepresidente, y se modifican las cláusulas primera y
sétima del pacto constitutivo.—San José 31 de octubre del 2014.—Lic. Francisco
Stewart Satchuell, Notario.—1 vez.—(IN2014074809).
Por escritura
otorgada hoy ante mí a las ocho horas del tres de noviembre del año dos mil
catorce, se nombran nuevos directivos y fiscal, además se reforma la cláusula
octava del pacto constitutivo de Cedeño y González Sociedad Anónima.—Ciudad
Quesada 3 de noviembre del 2014.—Lic. Luis Ángel González Villalobos,
Notario.—1 vez.—(IN2014074818).
Por escritura
número; trescientos setenta y tres-dos otorgada ante el suscrito notario a las
once horas con dieciséis minutos del día primero de noviembre del dos mil
catorce, se constituyó la sociedad denominada Tec Soluciones D.A.R.
Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y
pago.—Ciudad Quesada, tres de noviembre del dos mil catorce.—Lic. Óscar Luis
Carranza Araya, Notario.—1 vez.—(IN2014074820).
Por escritura
otorgada en mi notaría a las diez horas del día diez de octubre de dos mil
catorce se constituyó la sociedad denominada Inversiones Medalla Milagrosa
del Este A.G. S. A. Josefina Gómez Solís.—San José, tres de noviembre de
dos mil catorce.—Lic. Víctor Smith Hare, Notario.—1 vez.—(IN2014074830).
A las dieciocho
horas del día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la sociedad Astorgas de Dresden Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos dos mil seiscientos
veintisiete, en la que se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto
constitutivo.—San José, 3 de noviembre del 2014.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers,
Notario.—1 vez.—(IN2014074858).
Ante esta notaría en escritura número
siete-cincuenta y dos, a las trece horas treinta minutos del treinta y uno de
octubre del dos mil catorce, se protocoliza asamblea de socios de Newham
Street Corporation Limitada, en la que se modifican las cláusulas segunda,
sexta del pacto constitutivo y se hace nombramiento de gerente general.—San
José, treinta y uno de octubre del dos mil catorce.—Lic. Ariel Ramírez
Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2014074863).
Ante mi notaría se constituyó el día
de hoy la compañía denominada, ¡Spine Medical Sociedad Anónima.
Capital social: mil doscientos colones, cuyo aporte se hace mediante bienes
muebles, sean estos una carpeta de cuero con un valor de seiscientos colones y
un bolígrafo con un valor de seiscientos colones. Plazo: cien años. A las 13:00
horas del treinta de octubre del dos mil catorce. Libero a la Imprenta Nacional
de toda responsabilidad.—Lic. Miguel Córdoba Retana, Notario.—1 vez.—(IN2014074864).
Ante esta notaría el día treinta de
octubre del dos mil catorce, Wilson Javier Quiceno Arango y Andrés Felipe
Quiceno Castaño, constituyen la sociedad Bristol City Corporation Limitada
con un capital social de cien mil colones.—San José, treinta de octubre del dos
mil catorce.—Lic. Erick Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—(IN2014074868).
En escritura pública 121, de las 8:00
horas del 9 de setiembre del 2014, protocolicé acta de disolución de la
sociedad denominada Centro Cristiano Luz de Esperanza de Tilarán Sociedad
Anónima, domiciliada en barrio Lomas del Carmen frente al teléfono público,
Tilarán, Guanacaste, bajo la cédula de personería jurídica
tres-ciento-uno-seiscientos treinta y cuatro mil ciento uno.—Tilarán,
Guanacaste.—Lic. Julio Alberto Corrales Campos, Notario.—1 vez.—(IN2014074911).
Mediante escritura ciento cincuenta y
nueve del tomo ocho de mi protocolo a las nueve horas del cuatro de noviembre
del año dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de
accionistas donde se revocó y nombró nueva junta directiva y fiscal, se
modificó el domicilio social a San José, Uruca, ciento veinticinco metros al
suroeste del puente Juan Pablo Segundo, edificio Mariana, primer piso, y se
reformó la cláusula de la representación y la administración, de la empresa Isthmus
de Costa Rica S. A. Es todo.—Heredia nueve horas y cinco minutos del cuatro
de noviembre del año dos mil catorce.—Lic. Ronny Esteban Retana Moreira,
Notario.—1 vez.—(IN2014074916).
A las diez horas del veintitrés de octubre
protocolicé acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Inmobiliaria
XDC Vipo S. A. donde se modifica la cláusula del domicilio del pacto
constitutivo.—San José, veintitrés de octubre del año dos mil catorce.—Lic.
José Alberto Schroeder L., Notario.—1 vez.—(IN2014074932).
Por escritura otorgada ante la notaria
Vilma María Guevara Mora, a las quince horas del dieciséis de octubre del dos
mil catorce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de
la firma Comercializadora de Maderas Bedoya García S. A., cédula de
persona jurídica tres-ciento uno-trescientos nueve mil ochocientos dos, en la
que se acordó: cambio de miembros de junta directiva.—San José, 16 de octubre
del 2014.—Lic. Vilma María Guevara Mora, Notaría.—1 vez.—(IN2014074934).
A las nueve horas treinta minutos del
veintitrés de octubre protocolicé acta de asamblea extraordinaria de
accionistas de la sociedad Centro de Iluminación de Centro América S. A. donde
se modifica la cláusula del domicilio del pacto constitutivo.—San José,
veintitrés de octubre del año dos mil catorce.—Lic. José Alberto Schroeder L.,
Notario.—1 vez.—(IN2014074935).
La suscrita
notaria pública Catherine Vanessa Mora Chavarría, da fe que a las doce horas del
día veintitrés de octubre del año dos mil catorce, se modificó la junta
directiva ante esta notaría la empresa Somos Cuatro Sociedad Anónima,
por lo que solicito se publique el respectivo edicto de ley.—San José, 31 de
octubre del 2014.—Lic. Katherine Mora Chavarría, Notaria.—1
vez.—(IN2014074939).
Por escritura
número 174-7, otorgada ante la notaria Ana Patricia Alfaro Acuña, a las 10:30
horas del 3 de noviembre del año 2014, se reforma estatuto de la sociedad Agropecuaria
Fradas S. A.—Lic. Ana Patricia Alfaro Acuña, Notaria.—1
vez.—(IN2014074943).
Ante esta
notaría, se otorgó escritura número ciento catorce del día quince de junio del
dos mil doce, se disolvió la sociedad Herramientas Informáticas Muller
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
treinta y nueve mil ciento cincuenta y ocho. La sociedad no tiene activos que
repartir ni pasivos.—Heredia, 20 de enero del 2014.—Lic. Luis Fernando Vargas
Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014074954).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintiocho de octubre del dos
mil catorce, se procede a protocolizar la asamblea general y extraordinaria de
la denominada Burger Shack Sociedad de Responsabilidad Limitada, con
cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatro cinco uno tres cuatro
cero; modificaciones: Domicilio social. Es todo.—Treinta de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—(IN2014074956).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las once horas y veinte minutos del veintiocho de
octubre del dos mil catorce, se procede a protocolizar la asamblea general y
extraordinaria de la denominada MR SUB Sociedad de Responsabilidad
Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-dos ocho
cinco seis siete cinco; modificaciones: Domicilio social. Es todo.— Treinta de
octubre del dos mil catorce.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1
vez.—(IN2014074957).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las doce horas y diez minutos del veintiocho de
octubre del dos mil catorce, se procede a protocolizar la asamblea general y
extraordinaria de la denominada Hamburguer Science Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-dos nueve ocho dos ocho uno;
modificaciones: Domicilio social. Es todo.—Treinta de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—(IN2014074959).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las trece horas y cincuenta minutos del
veintiocho de octubre del dos mil catorce, se procede a protocolizar la
asamblea general y extraordinaria de la denominada B.B.Q. Boy
Sociedad Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatro cinco cero dos nueve uno; modificaciones: Disolución. Es
todo.—Treinta de octubre del dos mil catorce.—Lic. Gerardo Enrique Chaves
Cordero, Notario.—1 vez.—(IN2014074961).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veintiocho de octubre del dos
mil catorce, se procede a protocolizar asamblea general y extraordinaria de la
denominada Food Court La Uruca Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-dos cinco seis tres ocho dos; modificaciones:
Domicilio social. Es todo.—Treinta de octubre del dos mil catorce.—Lic. Gerardo
Enrique Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—(IN2014074963).
Por escritura
otorgada en La Aurora de Heredia en conotariado con el notario Luis Fernando
Fallas Marín, a las 14:30 horas del día de hoy, se liquidó la empresa
denominada C R Ingeniería Dos Mil Sociedad Anónima.—San José, 3
de noviembre del 2014.—Lic. Edgardo Flores Albertazzi, Notario.—1
vez.—(IN2014074982).
A las dieciocho
horas del veintisiete de octubre del dos mil catorce, mediante escritura número
doscientos treinta visible al folio ciento sesenta y ocho vuelto del tomo cuatro
del protocolo del notario licenciado Luis Guillermo Álvarez Rodríguez; se
constituyó la sociedad denominada Jireh Soluciones S. A.;
presidenta Fernanda Campos Rojas, capital social cien mil colones.—Grecia, 30
de octubre del 2014.—Lic. Luis Guillermo Álvarez Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2014074983).
Por escritura
número 345, folio 146 frente del tomo 37 y otorgada a las 10:00 horas del 8 de
octubre del 2014, ante el notario licenciado Luis Salazar Jara, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de socios mediante la cual se disuelve
la sociedad: Dirojas Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-quinientos setenta y cuatro mil ochocientos setenta y tres.
Quien se considere afectado deberá de expresar por escrito su oposición en el
domicilio de la empresa o al fax 2416-4171.—San José, 3 de noviembre del
2014.—Lic. Luis Salazar Jara, Notario.—1 vez.—(IN2014074984).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las trece horas y treinta minutos del veintiocho
de octubre del dos mil catorce, se procede a protocolizar la asamblea general y
extraordinaria de la denominada Atkinson Holdin Sociedad Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-tres tres siete nueve seis
uno; modificaciones: Disolución. Es todo.—Treinta de octubre del dos mil.—Lic.
Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—(IN2014074992).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las trece horas y quince minutos del veintiocho
de octubre del dos mil catorce, se procede a protocolizar la asamblea general y
extraordinaria de la denominada Monte A R A R A T Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-dos dos siete dos uno cinco;
modificaciones: Domicilio social. Es todo.—Treinta de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—(IN2014074995).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las once horas y diez minutos del veintidós de
octubre del dos mil catorce, se procede a protocolizar la asamblea general y
extraordinaria de la denominada Hamburger Factory Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-dos tres cero cinco cinco
dos; modificaciones: Domicilio social. Es todo.—Treinta de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—(IN2014074996).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las trece horas y cuarenta minutos del veintiocho
de octubre del dos mil catorce, se procede a protocolizar la asamblea general y
extraordinaria de la denominada Burger Pit Sociedad Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatro cinco dos cero cinco dos;
modificaciones: Disolución. Es todo.—Treinta de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—(IN2014074998).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintiuno de octubre del dos
mil catorce, se procede a protocolizar la asamblea general y extraordinaria de
la denominada The Burger Boy Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-dos nueve cinco nueve ocho uno; modificaciones:
Domicilio social. Es todo.—Treinta de octubre del dos mil catorce.—Lic. Gerardo
Enrique Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—(IN2014075002).
Por escritura
número 63 de las 9:00 horas del 20 de octubre de 2014, de otorgada ante este
notario público, se modifica la cláusula segunda del pacto social y se revoca
el nombramiento del actual secretario de Desarrollos Regency Sociedad
Anónima.—San José, 30 de octubre del 2014.—Lic. Natan Wager Vainer,
Notario.—1 vez.—(IN2014075004).
Por escritura
otorgada por el suscrito notario Adrián Lizano Pacheco a las 16:00 horas del
día 21 de octubre del 2014, protocolicé acuerdos de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad denominada Infeve del Este S. A.,
en la cual se reforma la cláusula de administración y representación de la
sociedad.—San José, 21 de octubre del 2014.—Lic. Adrián Lizano Pacheco,
Notario.—1 vez.—(IN2014075005).
Por escritura
otorgada por el suscrito notario Adrián Lizano Pacheco a las 16:30 horas del
día 21 de octubre del 2014, protocolicé acuerdos de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad denominada Global Mortgage Solutions
S. A., en la cual se reforma la cláusula del capital social de la
sociedad.—San José, 21 de octubre del 2014.—Lic. Adrián Lizano Pacheco,
Notario.—1 vez.—(IN2014075007).
Por escritura
otorgada a las trece horas del tres de noviembre del presente año, ante la
suscrita notaria, se acuerda disolver la sociedad Cuadrilla Azul Multiservicios
Sociedad Anónima.—San José, cuatro de noviembre de dos mil catorce.—Lic.
Carmen Soto Montero, Notaria.—1 vez.—(IN2014075025).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintiocho de octubre del dos
mil catorce, se procede a protocolizar la asamblea general y extraordinaria de
la denominada Burger N Things Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-tres cuatro siete tres cinco cuatro; modificaciones: Domicilio social. Es
todo.—Treinta de octubre del dos mil catorce.—Lic. Gerardo Enrique Chaves
Cordero, Notario.—1 vez.—(IN2014075042).
Mediante
escritura número 34 del tomo 21 del protocolo del suscrito notario, se
protocolizó el acta de asamblea número uno de Business Partnerships Ventures
International S. A., que modificó la cláusula de la representación así:
Corresponderá al presidente la representación judicial y extrajudicial con
facultad de apoderado generalísimo limitado a la suma de diez mil dólares
norteamericanos o su equivalente en colones.—Liberia, Guanacaste, 3 de
noviembre del 2014.—Lic. Gerardo Marín Esquivel, Notario.—1
vez.—(IN2014075045).
Se hace constar
que mediante escritura número 15 otorgada a las 16:00 horas del 30 de octubre
del año dos mil catorce por la notaria Carla Baltodano Estrada, se protocolizan
las actas de Asambleas de Socios de las sociedades Triarii T.G. S.R.L.,
cédula jurídica 3-102-626182, Sagum T.G. S.R.L., cédula jurídica
3-102-626199 y Caligae T.G. S.R.L., cédula jurídica 3-102-626104,
mediante las cuales se acuerda la fusión por absorción, de dichas sociedades y
una vez ejecutada la misma, prevalecerá Triarii T.G. S.R.L., cédula
jurídica 3-102-626182. Como consecuencia de la fusión, Triarii T.G. S.R.L.,
asumirá de pleno derecho todos los derechos, reales o personales, así como las
obligaciones de las otras dos sociedades absorbidas y conservará su personería
jurídica.—San José, 31 de octubre del 2014.—Lic. Carla Baltodano Estrada,
Notaria.—1 vez.—(IN2014075049).
Mediante
escritura otorgada ante el suscrito notario a las nueve horas de hoy, se
constituye Nueva Nicoya Cero Cinco Sociedad Civil. Domicilio: Liberia,
objeto: Bienes raíces en general. Capital social cien millones de
colones.—Liberia, treinta y uno de octubre del dos mil catorce.—Lic. Carlos
Chaves Araya, Notario.—1 vez.—(IN2014075050).
La sociedad
denominada Inversiones Marquito San Miguel Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y seis mil cuatrocientos setenta y
dos, revoca nombramiento de la anterior secretaria de la junta directiva y
nombra nueva secretaria y reforma cláusula sexta del pacto social.—La Fila de
Desamparados, veintidós de octubre del dos mil catorce.—Lic. Gerardo Ignacio
Valverde Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2014075065).
Por escritura
número dos, otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José a las dieciséis
horas del dos de setiembre del dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de Tecnocamiones S. A., cédula jurídica
tres-ciento uno-doscientos sesenta y nueve mil novecientos treinta y tres,
celebrada en su domicilio social, en la cual se acuerda aumentar el capital
social.—San José, 3 de noviembre del 2014.—Lic. Dora María Fernández Rojas,
Notaria.—1 vez.—(IN2014075070).
Por escritura
número doscientos cincuenta y cinco otorgada ante esta notaría a las doce horas
del veintinueve de octubre del dos mil catorce, se protocolizó acta de sociedad
Nisado Clador del Oeste S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-quinientos diez mil seiscientos noventa y nueve, en la que renuncia fiscal
y se nombra nuevo.—Lic. Hazel Delgado Cascante, Notaria.—1 vez.—(IN2014075072).
Por escritura
número sesenta y nueve del tomo veintidós de mi protocolo de las ocho horas del
treinta y uno de octubre del dos mil catorce, se nombra junta directiva y
reforma la cláusula segunda del acta constitutiva de Totue RW Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cincuenta y tres mil
ciento ochenta y cuatro.—San José, a las horas del nueve del tres de noviembre
del dos mil catorce.—Lic. Vanessa de Paúl Castro Mora, Notaria.—1
vez.—(IN2014075073).
Que en esta
notaría pública, se constituyó la sociedad anónima denominada: Edoalba
Sociedad Anónima, con los siguientes socios: Eduardo Antonio Monge Sojo,
cédula de identidad N° 104410072; Alba Ventura Turcios conocida como Alba
Concepción Monge, cédula de identidad N° 800780986, y Edward Monge Ventura,
cédula de identidad N° 110640729. Presidente: Eduardo Monge Sojo, con
representación judicial y extrajudicial, apoderado generalísimo sin límite de
suma. Tesorera: Alba Ventura Turcios conocida como Alba Concepción Monge.
Secretario: Edward Monge Ventura.—San José, 4 de octubre del 2014.—Lic. Manuel
Alberto Vargas Umanzor, Notario.—1 vez.—(IN2014075086).
Por escritura
número noventa de las doce horas del día treinta de octubre del dos mil
catorce, se procede a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria
número dos de la sociedad: Alimentos Martins Dos Mil Catorce Sociedad
Anónima, que refiere modificación a la cláusula sétima, del pacto
constitutivo de la sociedad. Es todo.—San José, a los treinta y un días del mes
de octubre del dos mil catorce.—Lic. Yashir Daniel Wabe Arroyo, Notario.—1
vez.—(IN2014075087).
Por escritura
otorgada ante mi notaría en San José, de las trece horas del primero de
noviembre del dos mil catorce, se constituye sociedad: AC & CB
Consulting Sociedad Anónima. Presidente: Andrés Steven Camacho Brenes. Es
todo.—San José, 1° de noviembre del 2014.—Lic. Francisco José Rivera Gómez,
Notario.—1 vez.—(IN2014075090).
Se comunica a los
interesados que según acta número uno, celebrada el veintisiete de setiembre
del dos mil catorce, de A G S Asistencia Global de Seguridad y Salud S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos ochenta y cinco mil ciento
dieciocho, se reformó la cláusula cuarta de los estatutos en cuanto al
objeto.—Lic. Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—(IN2014075092).
Por escritura
otorgada hoy ante mí, protocolicé acta de la asamblea general extraordinaria de
accionistas de la entidad denominada: Residencial Llorente Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforma la cláusula segunda de su pacto constitutivo y se
designan miembros de la junta directiva.—San José, 4 de noviembre del
2014.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2014075094).
Mediante
protocolización de asamblea con escritura número sesenta y dos, otorgada a las
quince horas del dieciocho de octubre del dos mil catorce, se protocolizó la
asamblea general extraordinaria de accionistas de Excel Consultores de Costa
Rica S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
setenta y ocho mil cuatrocientos uno, en la cual se acordó reformar totalmente
la cláusula décima del pacto constitutivo de la compañía, referente a la
administración.—San José, cuatro de noviembre del dos mil catorce.—Lic.
Alejandra María Arguedas Ortega, Notaria.—1 vez.—(IN2014075097).
Por escritura de
las once horas y treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil
catorce, Arlene de los Ángeles Elizondo Segura y Olga Marta de los Ángeles
Segura Salazar, constituyen: Eliro S. A. Objeto: prestación de servicios
de consultoría, el comercio en general, industria, turismo, etc. Capital:
suscrito y pagado. Presidenta: Arlene de los Ángeles Elizondo Segura.—Lic. William
Alberto Calvo Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2014075106).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Notificación por
publicación. La Dirección Nacional de Notariado, con oficinas en Curridabat,
Diagonal al Colegio de Ingenieros y Arquitectos, Edificio Galerías del Este, de
conformidad con el artículo 140 del Código Notarial, en cumplimiento de los
acuerdos del Consejo Superior Notarial números 2013-003-005 y 2013-011-006, y
por así haberse ordenado en EXPEDIENTE administrativo
número 12-000486-0624-NO, se hace saber y Notifica al Notario Público Allan
René Flores Moya, cédula de identidad número 1-0688-0769, carné número 4620, el
acto inicial o resolución de traslado cuyo texto literalmente se transcribe a
continuación mediante la cual se dispone el inicio o apertura del procedimiento
administrativo en su contra para INHABILITACIÓN O CESE FORZOSO por FALTA O PÉRDIDA DE REQUISITOS legales para ser y ejercer
como delegatario del Estado la función pública notarial. Dirección Nacional de
Notariado. San José, Curridabat, a las once horas con cincuenta y nueve minutos
del veinticuatro de abril del dos mil catorce. Conoce esta Dirección, en lo sucesivo “la DNN”, del
procedimiento administrativo NO sancionatorio, para la INHABILITACIÓN O CESE FORZOSO, y concomitante MEDIDA CAUTELAR, por sobrevenir impedimento o causa legal
impeditiva para ser y ejercer como Notario Público la función pública notarial
oportunamente delegada por el Estado.
Este procedimiento se inicia por sobrevenir morosidad en el pago del Fondo de
Garantía Notarial, y se tramita contra quien en
lo sucesivo “la parte accionada”, identificada en el encabezamiento de esta
resolución.
Resultando:
1º—Que este ente
rector, fiscalizador y regulador de la función pública notarial, en ejercicio
de la potestad de imperio y oficiosa que legalmente le asiste, procede a dar
trámite a este procedimiento administrativo, No disciplinario, contra la parte
accionada, para la averiguación de la verdad real sobre la existencia de
impedimento o causa legal impeditiva por pérdida de requisitos para ser y
ejercer la función pública notarial delegada por el Estado, concretamente por sobrevenir a la parte accionada la causa
antes indicada.
2º—Que la CARGA DE LA PRUEBA sobre la solvencia en el pago al día y por
mensualidades adelantadas en el Fondo de Garantía Notarial, corresponde al
Notario Público (Artículo 111, Lineamientos para el Ejercicio y Control del
Servicio Notarial).
3º—Que esta Administración
Pública Activa posee autorización legal y constitucional para dictar MEDIDAS CAUTELARES administrativas ante causam o ad causam,
particularmente la inhabilitación cautelar para el ejercicio de la función
pública notarial. Así consta y se desprende del texto y contexto de los
artículos 101 y siguientes de los Lineamientos para el Ejercicio y Control del
Servicio Notarial; los artículos 16, 66, 146, 219, 226 y 229 párrafo segundo de
la Ley General de la Administración Pública; los artículos 46 párrafo segundo,
y 163 párrafo segundo del Código Notarial; artículos 241 y 242 del Código
Procesal Civil; el Dictamen de la Procuraduría General de la República
C-138-2010; los Votos de la Sala Constitucional números 10290-2004, 7190-1994-,
9820-2007, 8874-2008 y 53-2009; y el Acuerdo del Consejo Superior Notarial
número 2012-003-014 del 08 de febrero del 2012.
4º—En los procedimientos se
observan las prescripciones de Ley y no se aprecian nulidades o vicios que
afecten, condicionen o limiten el dictado de esta resolución.
Considerando:
HECHOS PROBADOS
1º—Que de acuerdo
con el Registro Nacional de Notarios, la parte accionada registra MOROSIDAD EN EL PAGO DEL FONDO DE GARANTÍA NOTARIAL por omisión de cumplir su obligación
funcional de pagarlo por mensualidades
adelantadas. Según la información suministrada por la entidad autorizada,
BN-VITAL del Banco Nacional de Costa Rica, la parte accionada registra en
DEBERLE a dicho Fondo al día de hoy la cantidad de CIENTO SETENTA Y
TRES CUOTAS (FOLIO 11).
2º—Que consta en el Registro
Nacional de Notarios que la parte accionada se encuentra inscrita como
delegataria para el ejercicio de la función pública notarial, es decir, como
Notario Público (FOLIOS 1).
3º—Que consta en el mismo
Registro Nacional de Notarios, en relación con la consulta realizada al sistema
INDEX del Archivo Notarial del Archivo Nacional, a la parte accionada se le
autorizó y entregó con carácter de depositaria
el correspondiente tomo de PROTOCOLO (Folios 1).
HECHOS NO PROBADOS
Ninguno de relevancia
en esta etapa procesal para el dictado de esta resolución; además de que la
parte accionada se encuentre al día en el pago del Fondo de Garantía Notarial.
ANÁLISIS DE FONDO
I.—El notariado o
función notarial es una función pública del Estado costarricense; que el Estado
delega en las personas quienes
cumplen con los requisitos y trámites legales establecidos al respecto.
II.—El Estado costarricense,
personificado en la Dirección Nacional de Notariado, atendiendo a la naturaleza
jurídica y ámbito de su competencia según lo dispuesto por el artículo 21 de la
Ley Nº 7764 o Código Notarial, tiene la rectoría y competencia administrativa
exclusiva para regular y fiscalizar a todos los Notarios Públicos activos. El
Estado puede delegar y mantener autorizado el ejercicio y desempeño de la
función pública notarial, si constata que
los delegatarios cumplen todos los requisitos y trámites legales al efecto.
III.—La inhabilitación o cese
forzoso dispuestos por la relación de los artículos 4 inciso g), 140 y 148 del
Código Notarial, decretados por la Dirección Nacional de Notariado, no
constituye una sanción sino que es la consecuencia por la pérdida o la ausencia de alguno de los requisitos o condiciones
para ser o ejercer como Notario Público o bien por hallarse en presencia de
cualquiera de los impedimentos enumerados por el artículo 4 ibídem. La pérdida
de la vigencia de la función notarial constituye una inhabilitación temporal
para este ejercicio profesional, y deviene generada por el estado impeditivo
que en determinado momento le sobreviene al Notario inscrito. La cesación en la
función pública notaria que decreta el Estado es corolario de la potestad de imperio ejercida respecto de las
potestades públicas delegadas; la función notarial es una potestad pública
del Estado que éste delega en particulares que cumplan con los requisitos y
trámites para ser y merecer el privilegio de ser sus delegatarios.
IV.—Entonces, cuando el Notario
Público se encuentra en morosidad con el Fondo de Garantía Notarial, esta
circunstancia genera un impedimento sobreviniente para ser y ejercer la función
pública notarial y por ende hace que el Notario sea acreedor de la fatídica
consecuencia de la inhabilitación o cese forzoso en la función pública
notarial, potestad de imperio y obligación legal que ineludiblemente posee y
debe ejercer este órgano contralor y fiscalizador de la función notarial. Ante
tales circunstancias el Notario Público se encontrará indefectiblemente en una
condición tal que no puede ni debe continuar activo como delegatario de la
función pública Estatal.
V.—Derivado de la potestad de
imperio del Estado (Dirección Nacional de Notariado), la rectoría,
fiscalización, control y constatación
de los requisitos para ser y ejercer la función pública notarial, es irrenunciable, imprescriptible e
intransmisible por lo que permanece y se prolonga durante todo el tiempo en
que el Estado mantenga inscrito como delegatario de la función pública notarial
al Notario Público (Artículo 66 de la Ley General de la Administración
Pública).
VI.—El conocimiento sobre el
acaecimiento de una causa impeditiva por parte del Notario Público, determina
la noticia que confiere a esta Dirección la potestad para iniciar el proceso
tendiente a determinar la pertinencia de inhabilitar o cesar forzosamente al
notario que la sufre, pues ser Abogado inscrito y activo constituye uno de los
requisitos fundamentales para que el Estado pueda mantener a una persona como delegatario de la función pública
Estatal del notariado.
VII) EL FONDO DE GARANTÍA NOTARIAL conforma una de
tantas obligaciones funcionales del Notario a cumplir para poder ser y ejercer
la función notarial. Constituye una garantía que debe rendir y mantener quien
solicite la delegación de la función pública notarial (Artículos 4 inciso g) y
9 del Código Notarial). El Notario Público DEBE pagar y mantener
cubierto el Fondo de Garantía Notarial por mensualidades adelantadas (Artículo
112, Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial). Una sola
cuota pendiente de pago constituye al Notario en MORA y por
consiguiente con impedimento legal para ser y ejercer función notarial
(Artículo 121, Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial).
VIII.—CARGA DE LA PRUEBA. Que de conformidad con el artículo 111 de los
Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial, la carga de la prueba de encontrarse al día
en el pago por mensualidades adelantadas en el Fondo de Garantía Notarial
corresponde al Notario Público.
IX.—En todo este contexto la
normativa notarial vigente, en lo que interesa, establece -lo destacado es
suplido-:
Artículo 4,
Código Notarial.
“(...) Están
impedidos para ser notarios públicos: (...)
g) Quienes no estén al día en el pago de las
cuotas del Fondo de garantía de los notarios públicos, creado en esta ley.”
Artículo 148, Código Notarial.
“(...)
Suspensiones o cesaciones sujetas al cumplimiento de condiciones o deberes.
Si la suspensión
o cesación en el cargo se decretare por algún motivo que afecte los requisitos
o las condiciones para ejercer el notariado, por incumplimiento de deberes o
por haber sido suspendido como abogado, la medida se mantendrá durante todo el
tiempo que subsista la causa o el incumplimiento.”
Finalmente los
artículos 112 y 121 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control del
Servicio Notarial, emitidos por la Dirección Nacional de Notariado en el
ejercicio de la potestad reglamentaria
que le asiste en materia notarial (Sala Constitucional, VOTO Nº 9564-2006), publicados en el Alcance Nº 93 de La Gaceta Nº
97, del 22 de mayo del 2013, estipulan -lo destacado es suplido-:
“Artículo 112.
Efectos de la morosidad. El pago de la cuota mensual deberá realizarse
anticipadamente al mes en que se va a ejercer la función notarial, (...). Si el
notario habilitado se atrasare en el pago de una o más cuotas del fondo, deberá
abstenerse de realizar actuaciones notariales - protocolares o
extraprotocolares - a fin de no emitir actuaciones desprovistas de garantía,
que eventualmente puedan afectar a los usuarios y en consecuencia la fe pública
notarial. Asimismo, la Dirección Nacional de Notariado deberá iniciar contra el
notario moroso, el procedimiento administrativo especial de inhabilitación para
lo cual se le notificará en la dirección electrónica o fax señalado al efecto,
(...). Se considerará también en mora, al notario respecto del cual haya sido
ejecutado el Fondo para resarcir daños y perjuicios en virtud de sentencia
judicial firme, mientras no reintegre el monto que hubiere sido pagado por el
Fondo.”
“Artículo 121.
Plazo para cumplimiento. La omisión en el pago del Fondo de Garantía Notarial
constituye un impedimento para ejercer función notarial; por ello no es objeto
de transacción, dispensas, pagos diferidos, tolerancias, ni semejantes. El pago
debe realizarse por mensualidades adelantadas. La omisión de pago de una sola
cuota ya es suficiente para configurar la causa legal de impedimento para
ejercer función notarial y causal a su vez para apertura de cese forzoso en la
función notarial.”
X).—Esta entidad
rectora, contralora y fiscalizadora de la función pública notarial, estima
contrario al interés público superior que debe privar en esa potestad Estatal
delegada, el hecho un notario o delegatario se beneficie del sistema y de los
tiempos que dura un procedimiento para continuar
activo y ejerciendo función notarial hasta que recaiga el Acto Final
mediante el cual el Estado le inhabilite formalmente como notario, habiendo
sobrevenido la pérdida de requisitos para ser y ejercer función notarial. Que
para cuando el Acto Final se llegare a dictar podría haberse extinguido la
causa impeditiva, y por consiguiente hacer ilusorios los resultados y ejecución
del Acto Final. Que al Estado costarricense como titular de la función pública
notarial la cual delega en los notarios, en ejercicio de la potestad de
imperio, le corresponde determinar, conforme a la ley, las condiciones de modo,
tiempo y lugar para el ejercicio de la función notarial. Que el deber de
garantía es consustancial con la
función notarial y resulta incoherente e impropio que quien no se encuentre al
día en el pago del Fondo de Garantía Notarial continúe activo como Notario
Público ejerciendo la función pública notarial, lo que en gran medida lesiona el interés público de cada
usuario del servicio notarial y la seguridad jurídica de la colectividad.
XI.—Que ante tales
circunstancias con serias e importantes implicaciones deontológicas notariales,
y al amparo de la legislación, doctrina y jurisprudencia que rigen la materia,
hacen que resulte imperativo legal y de interés público la aplicación de las medidas
cautelares como mecanismo instrumental urgente y preventivo de seguridad
jurídica y protección de la colectividad, para este caso particular y respecto
de todos aquellos Notarios Públicos que en ejercicio de la función
pública notarial hayan presuntamente
cometido actos ilícitos, contrarios a la fe pública, o que estén en una
situación de hecho, que eventualmente los inhabilitaría para el ejercicio del
notariado.
XII.—Finalmente, el
ordenamiento jurídico notarial vigente, en los artículos 51 y 55 del Código
Notarial, y en el artículo 92 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control
del Servicio Notarial -vigentes desde el 5 de junio del 2013-, disponen que el
Estado es propietario del tomo de PROTOCOLO que la DNN le
autoriza y entrega al Notario Público con carácter de DEPOSITARIO, y como tal depositario el Notario DEBE devolverlo al Estado -Archivo Notarial del Archivo Nacional- cuando se
encuentre suspendido o inhabilitado o cesado como Notario Público. Por
tanto,
De conformidad
con lo expuestos y fundamentos legales indicados, lo procedente es dar Inicio a
este procedimiento administrativo No sancionatorio, y dictar las MEDIDAS CAUTELARES que se indicarán. Por consiguiente:
1) INICIO. Se decreta el
inicio del procedimiento administrativo para INHABILITACIÓN O
CESE FORZOSO contra la parte accionada, con la finalidad de constatar y confirmar
los impedimentos o causas legales impeditivas para el ejercicio de la función
notarial, reprochados en la relación de hechos probados, y por ende decretar
oportunamente su inhabilitación.
2) PRUEBAS. Se hace saber a
la parte accionada, que esta Administración activa ha conformado un expediente
en el que consta la prueba de cargo que sirve a este traslado, el cual se
encuentra a su disposición en las instalaciones de la Dirección Nacional de
Notariado, sita en San José, Curridabat, diagonal al Colegio de Ingenieros y
Arquitectos, Edificio Galerías del Este, Primer Piso, en el que constan las
probanzas sobre los hechos y circunstancias antes endilgados.
3) MEDIDAS
CAUTELARES. Contra la parte accionada y por un PLAZO de SEIS MESES a partir de la fecha de su notificación de esta
resolución, se decretan las siguientes MEDIDAS
CAUTELARES:
a) Inhabilitación inmediata para ejercer la
función pública notarial.
b) No autorización de nuevo tomo
de Protocolo.
Las medidas
cautelares se tendrán por prorrogadas automáticamente por otro plazo igual, si
al vencer el plazo estipulado esta Dirección no ha dictado expresamente su
levantamiento. Como toda medida cautelar ésta es de carácter instrumental y
provisional para garantizar la efectividad del Acto Final, como consecuencia de
haberle sobrevenido a la parte accionada causas
impeditivas incompatibles con el ser y ejercer del notariado. La medida
cautelar se decreta y ordena con base en la normativa anteriormente enunciada y
considerando su naturaleza provisional y precautoria, cuyo propósito como el de
toda medida de esta naturaleza, es garantizar el objeto de cualquier proceso
actual (ad causam) o eventual (ante causam), y la efectividad y eficacia de la
resolución administrativa final, sin cuya ordenación y ejecución inmediata
resultarían ilusorios aquellos resultados. Se ADVIERTE que la medida
cautelar se ejecutará de inmediato en la forma que se ha dispuesto, aunque esta resolución fuera recurrida,
de conformidad con la potestad conferida a esta Dirección Ejecutiva por el
artículo 148 de la Ley General de la Administración Pública y por el artículo
102 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial.
4) DEPÓSITO DEL
PROTOCOLO. Por imperativo legal, se ordena a la parte accionada, en caso de que aún lo tenga consigo, DEBE proceder a DEPOSITAR en el Archivo Notarial del Archivo Nacional el
tomo de PROTOCOLO, que con carácter de DEPOSITARIO, en su
oportunidad le fue autorizado y entregado por parte del Estado. Para cumplir
esta obligación legal funcional se le concede un plazo de cinco días hábiles a
partir de la firmeza de esta resolución; la omisión de cumplimiento facultará a
la DNN para testimoniar piezas para ante el Ministerio Público por del delito
de desobediencia tipificado en el artículo 314 del Código Penal.
5) AUDIENCIA. Se confiere
audiencia a la parte accionada identificada en el encabezamiento de esta
resolución, por el PLAZO de OCHO DÍAS HÁBILES a partir del día
siguiente de la notificación de este traslado, para que haga uso de su derecho
de defensa y presente por escrito los descargos legales que estime pertinentes
y ofrezca la prueba que disponga en abono a esa defensa.
6) MEDIO PARA
NOTIFICACIONES. Se apercibe a la parte accionada que deberá señalar fax o correo electrónico para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, de ser
equívoco el señalamiento o tratarse incierto, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas automáticamente
con el trascurso de VEINTICUATRO HORAS de dictadas.
Igual e idéntica consecuencia se producirá cuando la notificación no se pueda
efectuar en el medio hubiera señalado, de conformidad con los numerales 11, 34,
36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En caso de señalar un fax, el
mismo debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos por
fax.
7) RECURSOS. Se informa a la
parte accionada que en contra de esta resolución son oponibles, dentro de los
cinco días hábiles posteriores a la notificación, los recursos de revocatoria;
y el de apelación en subsidio únicamente en cuanto a la medida cautelar
dictada. Ambos deberán interponerse en la forma y términos que estipula el
artículo 24 BIS del Código Notarial. El primero será resuelto por esta
Dirección, el segundo por el Consejo Superior Notarial.
8) REGISTRO DE
NOTARIOS. Tome nota y proceda el Registro Nacional de Notarios a inscribir la MEDIDA CAUTELAR, INMEDIATAMENTE después de NOTIFICADA esta resolución a la parte accionada.
9) NOTIFÍQUESE: Según consta en
el Registro Nacional de Notarios, notifíquesele al notario accionado en: No
constando en el Registro Nacional de Notarios correo electrónico ni fax
registrado por el (la) notario(a), de conformidad con el artículo 241, inciso
2) de la Ley General de Administración Pública, notifíquesele por medio de
edicto que se publicará tres veces consecutivas en el diario oficial La
Gaceta. Expídase el edicto.
Curridabat, 30 de
octubre del 2014.—M.Sc. Guillermo Sandí Baltodano, Director Ejecutivo.—Unidad
Legal Notarial.—Lic. Melvin Rojas Ugalde, Abogado.—O. C. N°
2014-0034.—Solicitud N° 22301.—Crédito.—(IN2014074693).
DIRECCIÓN
DE INSPECCIÓN
De conformidad con el artículo 20 del
Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes, por ignorarse domicilio actual del patrono:
Instituto Metropolitano de Idiomas IMEI S. A., número patronal
2-3101630665-001-001, la Subárea de Servicios de Transporte notifica traslado
de cargos 1235-2014-2208, por eventuales omisiones y/o diferencias salariales
por un monto de ¢1.548.533,00 cuotas obrero patronales. Consulta expediente en
San José, C. 7 Av. 4 Edif. Da Vinci piso 2. Se le confiere diez días hábiles a
partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de
descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar
lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo
establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de
San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por
notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—San José, 21 de octubre del 2014.—Efraím Artavia S.,
Jefe.—1 vez.—(IN2014074506).
De conformidad con el artículo 20 del
Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes, por ignorarse domicilio actual del patrono:
Asociación Latin American Sea Turtles, número patronal 2-3002495589-001-001, la
Subárea de Servicios de Transporte notifica traslado de cargos 1235-2014-01250,
por eventuales omisiones por un monto de ¢804.240,00 cuotas obrero patronales.
Consulta expediente en San José, C. 7 Av. 4 Edif. Da Vinci piso 2. Se le
confiere diez días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación,
para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes.
Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro
administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito
Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán
por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—San José, 14 de octubre del 2014.—Efraím Artavia S.,
Jefe.—1 vez.—(IN2014074514).
De conformidad con el artículo 20 del
Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono
Empresarial Moderna S. A. número patronal 2 03101108703-001-001, la Subárea
Servicios de Transporte notifica Traslado de Cargos 1235-2014-02498 por
eventuales omisiones salariales por un monto de ¢2.022.440,00 cuotas obrero
patronales. Consulta expediente en San José C.7 Av. 4 Edif. Da Vinci piso 2. Se
le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su
publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del
Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores
se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la
fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 24 de octubre del 2014.— Efraín
Artavia Sánchez, Jefe.—1 vez.—(IN2014074565).
De conformidad con el artículo 20 del
Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono Óptica
Sing Desamparados S. A. número patronal 2 03101112023-001-001, la Subárea
Servicios de Transporte notifica Traslado de Cargos 1235-2014-00467 por
eventuales omisiones salariales por un monto de ¢6.727.635,00 cuotas obrero
patronales. Consulta expediente en San José C.7 Av. 4 Edif. Da Vinci piso 2. Se
le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su
publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del
Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones
posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a
partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 9 de octubre del
2014.—Efraín Artavia Sánchez, Jefe.—1 vez.—(IN2014074567).
De conformidad con el artículo 20 del
Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono
Proveedora de Personal MVC S. A., número patronal 2-03101328840-001-001, la
Subárea Servicios Financieros notifica Traslado de Cargos 1236-2014-02293 por
eventuales omisiones salariales por un monto de ¢1.623.234,00 en cuotas obrero
patronales. Consulta expediente en San José C.7 Av. 4 Edif. Da Vinci piso 2. Se
le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su
publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del
Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones
posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a
partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 30 de setiembre del
2014.—Lic. Mayela Azofeifa Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2014074569).
De conformidad con el artículo 20 del
Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono
Seguridad Brima S. A. número patronal 2-3101384424-001-001, la Subárea de
Servicios Financieros notifica Traslado de Cargos 1236-2014-2408, por
eventuales omisiones salariales, por un monto de ¢117.286,00 cuotas obrero
patronales. Consulta expediente en San José C.7 Av. 4 Edif. Da Vinci piso 2. Se
le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su
publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del
Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones
posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a
partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 29 de octubre del
2014.—Lic. Mayela Azofeifa Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2014074570).
De conformidad con el artículo 20 del
Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono
Inversiones Villar Mora VIMO S. A. número patronal 2-3101509022-001-001, la
Subárea de Servicios de Transporte notifica Traslado de Cargos 1236-2014-2402,
por eventuales omisiones salariales, por un monto de ¢95.617,00 cuotas obrero
patronales. Consulta expediente en San José C.7 Av. 4 Edif. Da Vinci piso 2. Se
le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su
publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del
Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones
posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a
partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 21 de octubre del
2014.—Lic. Mayela Azofeifa Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2014074572).
En La Gaceta Nº 207 del 28 de octubre del 2014,
se publicó el Reglamento General de Crédito del Banco Popular y de Desarrollo
Comunal, el cual contiene un error:
Donde dice:
**TABLA Nº 4
BANCA
DE PERSONAS
NIVELES
MÁXIMOS DE APROBACIÓN
(Centros
de los Servicios Financieros, Sucursales, Oficinas
Periféricas,
Ventanillas* y Banca Fácil)
Monto |
Nivel resolutivo |
Integración del nivel resolutivo y comités |
Hasta $20.000 |
Unipersonal |
Un Asesor de Servicios Financieros o
superior. |
|
|
Los Asesores de Servicios Financieros
únicamente podrán autorizar créditos personales instrumentados con pagaré o
créditos back to back. |
Hasta $30.000 |
Bipersonal I |
Un Asesor de Servicios Financieros y
un Técnico en Servicios y Operaciones Bancarias 1 o un Ejecutivo de Negocios
1 o superiores. |
|
|
De no existir consenso entre los dos
miembros, la solicitud de crédito deberá ser elevada al nivel resolutivo
superior inmediato. |
Hasta $50.000 |
Bipersonal II |
• Un Técnico en Servicios y
Operaciones Bancarias 1 o un Ejecutivo de Negocios 1 y • Un Ejecutivo Bancario Administrativo
1 o un Ejecutivo de Negocios 2 o Supervisor de turno o Jefe de agencia. Los anteriores funcionarios pueden ser
sustituidos por funcionarios con categorías superiores que posean perfiles de
aprobación de créditos. En el caso específico de la División del Centro
Nacional de Tarjetas aprobará un Técnico en Servicios y Operaciones Bancarias
2 y un Ejecutivo de Negocios 1. De no existir consenso entre los dos
miembros, la solicitud de crédito deberá ser elevada al nivel resolutivo
superior inmediato. |
Hasta $50.000 |
Unipersonal Gerencial |
El Gerente de Centro de Servicios
Financieros o Sucursal o Ejecutivo Bancario Administrativo III en ausencia
del primero. En el caso específico de la División del Centro Nacional de
Tarjetas aprobará el Jefe de Tarjetas. |
Hasta $125.000 |
Comité Operativo |
• Un Gerente del Centro de Servicios
Financieros o Sucursal, o Ejecutivo Bancario Administrativo III en ausencia
del primero. Dos Ejecutivos Bancarios Administrativo 1 o
Ejecutivos de Negocios 2 o superiores. Los anteriores funcionarios serán
designados por el Gerente del Centro de Servicios Financieros o Sucursal, por
un plazo de un año prorrogable indefinidamente. Para suplir sus ausencias temporales,
esa Gerencia designará tres suplentes, quienes deberán satisfacer los mismos
requisitos de los titulares, fungirán por un año prorrogable indefinidamente
y ejercerán la titularidad alternativamente según el orden en que fueren
designados. En el caso específico la División del
Centro Nacional de Tarjetas aprobará el Jefe de Tarjetas en lugar del Gerente
del Centro de Servicios Financieros. |
Hasta $175.000 |
Junta de Crédito
Local |
Junta de Crédito Local. |
|
|
Tres funcionarios que deberán cumplir
al menos con el siguiente perfil: Ejecutivos Bancarios Administrativos
3, Jefes de Agencia o Coordinadores de Crédito. Los anteriores funcionarios serán
designados por la Gerencia General Corporativa, por un plazo de un año
prorrogable indefinidamente. Para suplir sus ausencias temporales,
esa Gerencia designará tres suplentes, quienes deberán satisfacer los mismos
requisitos de los titulares, fungirán por un año prorrogable indefinidamente
y ejercerán la titularidad alternativamente según el orden en que fueren
designados. |
Debe decir
TABLA
Nº 4
BANCA
DE PERSONAS
NIVELES
MÁXIMOS DE APROBACIÓN
(Centros
de los Servicios Financieros, Sucursales, Oficinas
Periféricas,
Ventanillas* y Banca Fácil)
Monto |
Nivel resolutivo |
Integración del nivel resolutivo y comités |
Hasta $20.000 |
Unipersonal |
Un Asesor de Servicios Financieros o
superior. |
|
|
Los Asesores de Servicios Financieros
únicamente podrán autorizar créditos personales instrumentados con pagaré o
créditos back to back. |
Hasta $30.000 |
Bipersonal I |
Un Asesor de Servicios Financieros y
un Técnico en Servicios y Operaciones Bancarias 1 o un Ejecutivo de Negocios
1 o superiores. |
|
|
De no existir consenso entre los dos
miembros, la solicitud de crédito deberá ser elevada al nivel resolutivo
superior inmediato. |
Hasta $50.000 |
Bipersonal II |
• Un Técnico en Servicios y
Operaciones Bancarias 1 o un Ejecutivo de Negocios 1 y • Un Ejecutivo Bancario Administrativo 1 o un Ejecutivo de Negocios 2
o Supervisor de turno o Jefe de agencia. Los anteriores
funcionarios pueden ser sustituidos por funcionarios con categorías
superiores que posean perfiles de aprobación de créditos. En el caso
específico de la División del Centro Nacional de Tarjetas aprobará un Técnico
en Servicios y Operaciones Bancarias 2 y un Ejecutivo de Negocios 1. De no existir consenso entre los dos
miembros, la solicitud de crédito deberá ser elevada al nivel resolutivo
superior inmediato. |
Hasta $50.000 |
Unipersonal Gerencial |
El Gerente de Centro de Servicios
Financieros o Sucursal o Ejecutivo Bancario Administrativo III en ausencia
del primero. En el caso específico de la División del Centro Nacional de
Tarjetas aprobará el Jefe de Tarjetas. |
Hasta $125.000 |
Comité Operativo |
• Un Gerente del Centro de Servicios
Financieros o Sucursal, o Ejecutivo Bancario Administrativo III en ausencia
del primero. • Dos Ejecutivos Bancarios
Administrativo 1 o Ejecutivos de Negocios 2 o superiores. Los anteriores funcionarios serán
designados por el Gerente del Centro de Servicios Financieros o Sucursal, por
un plazo de un año prorrogable indefinidamente. Para suplir sus
ausencias temporales, esa Gerencia designará tres suplentes, quienes deberán
satisfacer los mismos requisitos de los titulares, fungirán por un año
prorrogable indefinidamente y ejercerán la titularidad alternativamente según
el orden en que fueren designados. En el caso específico la División del
Centro Nacional de Tarjetas aprobará el Jefe de Tarjetas en lugar del Gerente
del Centro de Servicios Financieros. |
Hasta $175.000 |
Junta de Crédito
Local |
Junta de Crédito Local. |
Hasta $500.000 |
Comité Permanente |
Tres funcionarios que deberán cumplir
al menos con el siguiente perfil: Ejecutivos Bancarios Administrativos
3, Jefes de Agencia o Coordinadores de Crédito. Los anteriores funcionarios serán
designados por la Gerencia General Corporativa, por un plazo de un año
prorrogable indefinidamente. Para suplir sus ausencias temporales,
esa Gerencia designará tres suplentes, quienes deberán satisfacer los mismos
requisitos de los titulares, fungirán por un año prorrogable indefinidamente
y ejercerán la titularidad alternativamente según el orden en que fueren
designados. |
Vigencia: Rige a partir de su
publicación en Diario Oficial La Gaceta.
San José, 28 de octubre del 2014.—Lic. Ana Victoria
Monge Bolaños, Jefa Área Gestión y Análisis de Compras.—1 vez.—(IN2014077257).