LA GACETA N° 25 DEL 05 DE FEBRERO DEL 2015

 

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

N° 38027- MAG

N° 38759-MINAE

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DOCUMENTOS VARIOS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

LICITACIONES

JUSTICIA Y PAZ

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA

Y DE DESARROLLO ECONÓMICO

DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

ADJUDICACIONES

AGRICULTURA Y GANADERÍA

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MUNICIPALIDADES

REMATES

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS

DEL PACÍFICO

AVISOS

REGISTRO DE PROVEEDORES

BANCO DE COSTA RICA

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

PODER  JUDICIAL

BANCO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

MUNICIPALIDADES

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

REMATES

HACIENDA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS  PÚBLICOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

HACIENDA

JUSTICIA Y PAZ

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

 

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

N° 38027- MAG

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

En ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 6°, 50, 140 incisos 3), 8), 18), 20) y 146 de la Constitución Política; la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, la Ley de Creación del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura Nº 7384 del 16 de marzo de 1994, la Ley de Pesca y Acuicultura, Nº 8436 del 1° de marzo del 2005, el Convenio de las Naciones Unidas del Derecho del Mar, aprobada por Ley Nº 7291 y ratificado el 3 de agosto de 1992, la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), aprobado por Ley Nº 5605 del 30 de octubre de 1974, la Ley Nº 8712, Convención para el Fortalecimiento de la Comisión Interamericana del Atún Tropical, publicada en La Gaceta N° 64 del 1° de abril del 2009 y el Decreto Ejecutivo Nº 27919-MAG del 16 de diciembre de 1998 que establece la aplicación oficial del Código de Conducta para Pesca Responsable, aprobado por la FAO.

Considerando:

I.—Que las medidas de ordenación de la pesca deben fomentar el mantenimiento de la calidad, la diversidad y disponibilidad de los recursos pesqueros en cantidad suficiente para las generaciones presentes y futuras, en el contexto de la seguridad alimentaria, el alivio de la pobreza y el desarrollo sostenible.

II.—Que la problemática de la captura y aprovechamiento de los tiburones, ligada a la comercialización de sus aletas a nivel mundial han tenido un impacto global sobre el estado de las poblaciones de este recurso pesquero.

III.—Que el Estado de Costa Rica ha adoptado El Código de Conducta para la Pesca Responsable aprobado por la FAO en especial las normas relativas a la pesca incidental y a la reducción de los descartes atendiendo las Directrices Internacionales para la Conservación del Tiburón establecidas en el Plan de Acción Internacional para la Conservación y Ordenación de los Tiburones y para ello ha implementado el Plan de Acción Nacional para la Conservación de los Tiburones.

IV.—Que el tiburón martillo ha sido incluido en el Apéndice III para Costa Rica de la Convención Internacional Para el Comercio de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).

V.—Que la Comisión Interamericana de Atún Tropical (CIAT) de la cual Costa Rica es Parte, mediante resolución C-11-10 acordó medidas para la conservación de tiburones punta blanca oceánico (Carcharhinus longimanus), como medida precautoria de esta especie de interés comercial en todo el Océano Pacífico Oriental Tropical (OPO), para asegurar su conservacion prohibiendo durante la vigencia de esa resolución su retención a bordo, descarga, almacenamiento, transbordo, venta u ofrecimiento de venta como producto de las pesquerías abarcadas por la Convención de Antigua, siendo pertinente asegurar el cumplimiento de esa resolución al considerar que el recurso indicado si bien está presente en la Zona Económica Exclusiva nacional, por su naturaleza está presente en todo el OPO y las medidas de conservación nacional deben asociarse a las propias vigentes en el área de la Convención de Antigua.

VI.—Que el tiburón punta blanca oceánico fue incluido en el Apéndice II de CITES en marzo del 2013.

VII.—El tiburón sedoso o gris (Carcharhinus falciformis) representa un componente importante en la composición de la captura de tiburón de las embarcaciones palangreras que operan en el Océano Pacífico.

VIII.—Que los análisis preliminares relativos a la biomasa de las manta rayas (Manta sp) motivan la adopción de medidas de naturaleza precautoria para asegurar la conservación de largo plazo de estas especies de interés comerical y el incremento de su biomasa.

IX.—Que las especies tienen tallas de primera madurez específicas y que por tanto el regular las capturas con base en esta información biológica, se constituye en una medida de manejo y de ordenamiento importante para las pesquerías de tiburones en el país, que permita la conservación y el aprovechamiento sostenible del recurso tiburón.

X.—Que debido a la selectividad de los artes de pesca y a la variabilidad de tallas y pesos de los tiburones capturados, se presenta una desviación en las tallas de captura de estas especies con respecto a las tallas de primera madurez determinadas, lo que conlleva a establecer rangos de tolerancia en cuanto los desembarques de tiburones que se hayan capturado por debajo de la talla de primera madurez y que no haya podido regresarse al mar con vida.

XI.—Que la junta directiva del INCOPESCA, mediante Acuerdo AJDIP/105-2013 determinó las Tablas de Primera Madurez para las especies objeto de captura por la flota pesquera nacional así como las reglas de implementación de esa normativa, para asegurar su cumplimiento efectivo en un contexto gradual y técnicamente ajustado al objetivo de protección de los recursos de interés pesquero. Por tanto,

Decretan:

ESTABLECIMIENTO DE TALLAS DE PRIMERA MADUREZ

PARA LA CAPTURA Y COMERCIALIZACIÓN DE

ELASMOBRANQUIOS (TIBURONES Y RAYAS)

EN COSTA RICA

Artículo 1º—Definiciones.

a.  Talla de Primera Madurez (TPM): es el tamaño mínimo de reproducción, al que ha llegado el cincuenta por ciento de la población de una especie y el cual le permite la reproducción de los especímenes, al menos una vez en su vida.

b.  Longitud Total (LT): medida longitudinal de la distancia entre la punta del hocico del tiburón hasta la punta del lóbulo superior de la cola.

c.  Longitud Dorsoprecaudal (LD): medida longitudinal de la distancia entre la base del origen de la primera aleta dorsal hasta la foseta precaudal.

d.  Longitud Interdorsal (LID): medida longitudinal de la distancia entre la inserción de la aleta dorsal y el origen de la segunda aleta dorsal.

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

Artículo 2º—Tabla de Tallas de Primera Madurez de Tiburones. Se declara como estrategia de aprovechamiento del tiburón, la utilización de los especímenes cuya longitud sea igual o superior a la talla de primera madurez. Se establece como norma de aprovechamiento la presente tabla de Tallas de Primera Madurez (TPM) y los niveles de tolerancia en ella descritos.

Al llegar a puerto, sólo se permitirá la descarga, comercialización y consecuente aprovechamiento de tiburones provenientes de embarcaciones de captura o de transporte desde la zona de pesca, cuya talla se encuentre en el nivel igual o superior a la talla de primera madurez descrita, o dentro de los rangos de tolerancia establecidos en la siguiente tabla a partir de la cantidad de especímenes de tiburón capturado, contabilizado al momento de cada descarga total de cada embarcación de captura.

Especie

Nombre común

TPM

Criterio Lt 50%

Porcentaje de tolerancia (%)

permitido inferior a TPM

Plazo máximo de implementación

(en meses)

Carcharhinus falciformis

Tiburón sedoso o gris

80 cm

Longitud Dorso Precaudal

25

24

Galeocerdo cuvier

Tiburón tigre

250 cm Longitud total

20

24

Carcharhinus limbatus

Tiburón punta negra

120 cm Longitud total

20

24

Prionace glauca

Tiburón azul

46 cm

Longitud interdorsal

20

24

Alopias pelagicus

Tiburón zorro pelágico

260 cm

Longitud total

20

24

Alopias superciliosus

Tiburón zorro ojón

154 cm

Longitud total

20

24

Sphyrna lewini

Tiburón martillo

46 cm

Longitud dorso precaudal

30

24

Mustelus henlei

Tiburón mamón

43 cm longitud total

10

24

 

Artículo 3º—Actualización de estudios e implementación progresiva. De conformidad con el artículo 44 del Decreto N° 36782-MINAET-MAG-MOPT-TUR-SP-S-MTSS, Reglamento a la Ley de Pesca y Acuicultura. El INCOPESCA deberá mantener actualizados los estudios técnicos necesarios para asegurar que la presente norma de aprovechamiento sustentada en la TPM impulse la protección de las poblaciones de tiburones en el contexto del aprovechamiento sostenible. El cumplimiento de las disposiciones sobre TPM deberá ser efectivo dentro del plazo máximo de implementación indicado en la tabla contenida en el artículo 2 de este Decreto, de conformidad con la entrada en vigencia del Acuerdo de Junta Directiva de INCOPESCA AJDIP/105-2013.

Artículo 4º—Prohibición precautoria de aprovechamiento de Rayas. Como medida precautoria y hasta tanto no existan estudios que demuestren que la mortalidad por pesca no arriesgue la sostenibilidad de estos recursos, no se permite la captura, poseer, almacenar, transportar, comercializar, industrializar, retención abordo, ni desembarcar las siguientes rayas: Manta raya (Manta sp), la raya diabla (Mobula sp), y la raya látigo (Dasyatis longa). En el caso de la captura incidental de las citadas especies, estas deben ser liberadas causándoles el menor daño posible y devueltas al medio acuático.

Artículo 5º—Prohibición precautoria de aprovechamiento de Tiburón punta blanca oceánico (Carcharhinus longimanus). Durante la vigencia de la resolución adoptada por la Comisión Interamericana del Atún Tropical C-11-10, y hasta tanto no existan estudios que demuestren que la mortalidad por pesca no arriesgue la sostenibilidad de estos recursos, no se permite la retención a bordo, descarga, almacenamiento, transbordo, venta u ofrecimiento de venta como producto de las pesquerías abarcadas por la Convención de Antigua, de Tiburón punta blanca oceánico (Carcharhinus longimanus).

Artículo 6º—Vigencia. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República.—A los diecinueve días del mes de noviembre del año 2013.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Agricultura y Ganadería, Gloria Abraham Peralta.—1 vez.—(D38027-IN2015004589).

N° 38759-MINAE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

Con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18), 20) y 146 de la Constitución Política y los artículos 4, 11, 25, inciso 1) y 28 de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que la Fundación Pro Energías Renovables (FUPER), cédula jurídica 3-006-661199 organiza “SW!CH 2014”, la cual consiste en una feria que busca mostrar y potenciar el poder de las ideas para salvar el mundo mediante proyectos de conservación ambiental y producción sostenible de nuestro país, buscando acercar al público masivo a las energías renovables, facilitar su uso, y crear conciencia, interviniendo anualmente diferentes facetas de la sociedad.

2º—Que este año la “SW!CH 2014” se llevará a cabo los días 5, 6 y 7 de diciembre de 2014, en la Antigua Aduana, en la ciudad de San José, Costa Rica.

3º—Que el Estado Costarricense tiene interés en la realización de las actividades que contempla dicha Feria, que tienden hacia la promoción y educación sobre el uso de energías renovables como factor esencial para el desarrollo sostenible del país.  Por tanto,

Decretan:

DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO DE LA FERIA

NACIONAL “SW!CH 2014”

Artículo 1º—Se declara de interés público la “Feria Nacional SW!CH 2014”, que se realizará los días 5, 6 y 7 de diciembre de 2014, en la Antigua Aduana, en la ciudad de San José, Costa Rica.

Artículo 2º—Las instituciones nacionales, públicas y privadas, así como demás organizaciones y empresas, brindarán en la medida de sus posibilidades y dentro del marco jurídico respectivo, la colaboración y facilidades que estén a su alcance, para la realización de la Feria, sin menoscabo de las funciones propias.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los trece días de noviembre del dos mil catorce.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Ambiente y Energía, Edgar E. Gutiérrez Espeleta.—1 vez.—(D38759 - IN2015004853).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

N° 001513.—San José, a las catorce horas y cincuenta y cinco minutos del día veinticuatro del mes de octubre del dos mil catorce.

Conoce este Despacho diligencias de modificación de declaratoria de “interés o utilidad pública”, contenida en  la Resolución Administrativa N° 885 del 4 de junio del 2014, publicada en La Gaceta N° 142 del 24 de julio del 2014, para la ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-La Abundancia”.

Resultando:

1º—Que en La Gaceta N° 142 del 24 de julio del 2014, se publicó la Resolución Administrativa N° 885 del 4 de junio del 2014, mediante la cual el Ministerio de Obras Públicas y Transportes determinó conforme las disposiciones de la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, “declarar de utilidad pública” y adquirir dos áreas de terreno a saber: 465,00 metros cuadrados, según plano catastrado N° A-1559550-2012 y 32.904,00 metros cuadrados, según plano catastrado N° A-1559548-2012, del inmueble propiedad de Alba Isabel Villalobos Méndez, cédula N° 2-484-920, e inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real N° 2-12146-001-002-003-004-005-006-007-009-010-012-014-015-016, ubicado en el distrito 10 Volio, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-La Abundancia.”

2º—Que de los antecedentes que constan en el Expediente Administrativo N° 28.866, se observa que se omitió los nombres de los demás condueños del inmueble a expropiar, por lo que es necesario proceder a la modificación de la declaratoria de interés público contenida en la Resolución Administrativa N° 885 del 4 de junio del 2014, señalada en el resultando anterior.

Considerando:

I.—Que la Ley General de la Administración Pública en su numeral 157, establece que en cualquier tiempo podrá la Administración rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos.

Así las cosas, acaecida la declaratoria de interés público, si se detectare que en dicho acto se omitió indicar los nombres de los demás condueños del inmueble a expropiar, debe la Administración proceder a efectuar la modificación pertinente, con el fin de que las diligencias de expropiación se realicen en contra de los propietarios registrales del inmueble que requiere para el ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-La Abundancia”, a saber: Adrián Ulate Valverde, cédula N° 2-149-360, Eugenio Gabino Ulate Valverde, cédula N° 2-220-638, Alba Isabel Villalobos Méndez, cédula N° 2-484-920, José Ángel Villalobos Argüello, cédula N° 2-218-365, Carmen  Cecilia Villalobos Méndez, cédula  N° 2-427-688, y las sucesiones de Froilana Saborío Ugalde, Ramón Francisco Saborío Ugalde, Ignacio Mora Vargas e Yudith Cordero Matamoros, sin abrir juicios sucesorios.

En razón de lo expuesto, se procede a emitir la presente resolución, determinándose:

Por tanto:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Modificar la declaratoria de “interés o utilidad  pública”, contenida en la Resolución Administrativa N° 885 del 4 de junio del 2014, publicada en La Gaceta N° 142 del 24 de julio del 2014, a efecto de que las diligencias de expropiación sean realizadas en contra de los propietarios registrales del inmueble requerido para la ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-La Abundancia”, a saber: Adrián Ulate Valverde, cédula N° 2-149-360, Eugenio Gabino Ulate Valverde, cédula N° 2-220-638, Alba Isabel Villalobos Méndez, cédula N° 2-484-920, José Ángel Villalobos Argüello, cédula N° 2-218-365, Carmen Cecilia Villalobos Méndez, cédula N° 2-427-688, y las sucesiones de Froilana Saborío Ugalde, Ramón Francisco Saborío Ugalde, Ignacio Mora Vargas e Yudith Cordero Matamoros, sin abrir juicios sucesorios.

2º—En lo restante se mantiene vigente la referida Resolución Administrativa N° 885 del 4 de junio del 2014, publicada en La Gaceta N° 142 del 24 de julio del 2014.

3º—Rige a partir de su publicación.

Notifíquese y publíquese.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes a. í., Mauricio González Quesada.—1 vez.—O. C. Nº 3747.—Solicitud Nº 60688.—C-49650.—(IN2015005247).

N° 001549.—San José, a las diez horas y veinte minutos del día siete del mes de noviembre del dos mil catorce.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón – La Abundancia”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° DABI 2014-1379 del 31 de octubre del 2014, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula N° 341874-000, cuya naturaleza es terreno dividido en dos porciones de pastos con una casa, situado en el distrito 03 Buenavista, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela, con una medida de 198.520,54 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: Norte, con El Estado; al sur, con El Estado, Urbano y Amadeo Rodríguez Céspedes; al este, con El Estado, Ana Vilma Rodríguez Jiménez, sucesión de Vicente Aguilar Abarca, Urbano Rodríguez Céspedes y El Estado, y al oeste, con El Estado, calle pública.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 11.965,00 metros cuadrados según plano catastrado N° 2-1762730-2014 que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno dividido en dos porciones de pastos con una casa, distrito 03 Buenavista, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° 2-1762730-2014. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-La Abundancia”.

3º—Constan en el expediente administrativo N° 28.899 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano Catastrado N° 2-1762730-2014, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de terreno de 11.965,00 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula N° 341874-000.

b)  Naturaleza: terreno dividido en dos porciones de pastos con una casa.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 03 Buenavista, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° 2-1762730-2014.

d)  Propiedad: Ganadera Tatimar S. A., cédula Jurídica N° 3-101-240302, representada por Ana Vilma Rodríguez Jiménez, cédula N° 2-467-453.

e)  De dicho inmueble se necesita un área de terreno equivalente a 11.965,00 metros cuadrados según plano catastrado N° 2-1762730-2014, para la construcción del proyecto denominado “Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-La Abundancia”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula N° 341874-000, situado en el distrito 03 Buenavista, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela y propiedad de Ganadera Tatimar, S.A., cédula jurídica N° 3-101-240302, representada por Ana Vilma Rodríguez Jiménez, cédula de identidad N° 2-467-453, un área de terreno equivalente a 11.965,00 metros cuadrados según plano catastrado N° 2-1762730-2014, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-La Abundancia.”

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que  por esta  Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Carlos Segnini Villalobos.—1 vez.—O. C. Nº 3747.—Solicitud Nº 60689.—C-81890.—(IN2015007717).

DOCUMENTOS VARIOS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EL CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO

INFORMA A LOS CONCESIONARIOS Y PERMISIONARIOS  DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO, REMUNERADO
DE PERSONAS, CLASE RUTA REGULAR

Que mediante Art. 5.4 de la Sesión Ordinaria 03-2015, mismo que se encuentra disponible en el sitio Web www.ctp.go.cr, se acordó que deben de cumplir con la entrega de la información contenida en las barras de sus unidades, en la forma y momento que así lo requieran los funcionarios de este Consejo de Transporte Público.—Lic. Mario Zárate Sánchez, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 002371.—Solicitud Nº 3133.—C-8980.—(IN2015007865).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Dirección ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Letras, inscrito en el Tomo 1, Folio 217, Título N° 1461, emitido por el Liceo de Costa Rica Nocturno, en el año dos mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Álvaro Castro Mathieu, cédula 1-0672-0411. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los nueve días del mes de enero del dos mil quince.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015003494).

Ante este Departamento he presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 81, título N° 781, emitido por el Liceo Monseñor Rubén Odio Herrera, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Ramírez Sánchez Silvia, cédula 1-1032-0800. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro días del mes de diciembre del dos mil catorce.—Departamento Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Liliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015003514).

Ante este Departamento he presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 4, Folio 122, Título N° 759, emitido por el Colegio de Bagaces, en el año dos mil nueve, a nombre de Vásquez González Priscilla Andrea, cédula 5-0390-0196. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticinco días del mes de noviembre del dos mil catorce.—Departamento Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Liliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015003702).

Ante este departamento he presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 18, asiento N° 30, emitido por el Unidad Pedagógica Colegio República de  México, en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Acevedo Cabezas María Laura, cédula 8-0047-0260. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 1° de diciembre del 2014.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015004082).

Ante este Departamento he presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 36, título N° 184, emitido por el Liceo  Deportivo de Grecia, en el año dos mil trece, a nombre de Alfaro Hidalgo Steven Alberto, cédula 1-1630-0399. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de diciembre del 2014.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015004087).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta dirección ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 36, título N° 4175, emitido por el Instituto de Alajuela, en el año dos mil once, a nombre de Molina Mina Abigail Alexandra, cédula 8-0098-0158. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinte días del mes de enero del dos mil quince.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015004490).

Ante esta dirección ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 50, título N° 329, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Hojancha, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Espinoza Pérez Henry Felixis, cédula 5-0314-0728. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diez días del mes de octubre del dos mil catorce.—Gestión y Evaluación de la Calidad.—Félix Barrantes Ureña, Director.—(IN2015004558).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Marcas de Ganado

Solicitud N° 2014-2277.—Carlos Gerardo Solano Ramírez, cédula de identidad N° 0304090186, solicita la inscripción de:

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

como marca de ganado, que usará preferentemente en Cartago, Turrialba, Central, Turrialba, Centro El Recreo, fincas: Doña Nuria y San Martín. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 18 de diciembre del 2014. Según el expediente N° 2014-2277.—San José, 19 de diciembre del 2014.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(IN2015003991).

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Aaron Montero Sequeira, mayor, abogado, céd número 1-908-006, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Bayer New Zealand Limited, de Nueva Zelandia, solicita la Patente de Invención denominada FORMULACIONES ANTIBIÓTICAS INYECTABLES Y SUS MÉTODOS DE USO.

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

La invención se refiere a una composición que incluye penetamato (PNT) o un equivalente farmacéutico del mismo; y al menos un vehículo oleoso. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/43; A61K 9/10; A61K 47/14; A61K 31/04; cuyos inventores son Fadil Al Alawi, Olaf Bork, Ian George Tucker, Rohit Jain, Karthigeyan Nanjan. Prioridad: 16/07/2013 NZ 2013/000123; 17/07/2012 NZ 601299; 06/05/2013 NZ 610175; 23/01/2014 // WO2014/014363. La solicitud correspondiente lleva el número 20140550, y fue presentada a las 08:37:44 del 02 de diciembre del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de enero del 2015.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2015003961).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, ced. 1-812-604, mayor de edad, vecina de San José, apoderada especial de Bayer Animalhealth GMBH, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS Y TRATAMIENTO DE MASTITIS. La presente invención se refiere a una composición farmacéutica y a procedimientos de tratamiento y/o prevención de mastitis en mamíferos no humanos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/665 A61K 31/453 A61K 31/47 A61K 31/545 A61P 15/14; A61P 31/04; cuyos inventores son: Froyman, Robrecht, Wetzstein, Heinz-Georg, Fraatz, Kristine, Wiehl, Wolfgang. Prioridad: 29/06/2012 US 61/666,312. La solicitud correspondiente lleva el número 20140594, y fue presentada a las 8:34:32 del 19 de diciembre del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de enero del 2015.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2015004355).

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor, abogada, céd 1-812-604, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Bayer Pharma Aktiengesellschaft de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada FORMAS DE ADMINISTRACIÓN FARMACÉUTICAS QUE COMPRENDEN 5-CLORO-N-({(5S)-2-OXO-3-[4-(3-OXO-4-MORFOLINIL) FENIL]-1,3-OXAZOLIDIN-5-IL}METIL)-2-TIOFENCARBOXAMIDA. La presente invención se refiere a formas de administración farmacéuticas administrables por vía oral sólidas que comprenden 5-cloro-N-({(5S)-2-oxo-3-[4-(3-oxo-4-morfolinil)fenil]-1,3-oxazolidin-5-il}-metil)-2-tiofencarboxamida (rivaroxabán, compuesto activo (I)). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 9/00; A61K 31/00; A61K 9/24; cuyos inventores son: Benke, Klaus, Neumann, Heike, Mück, Wolfgang. Prioridad: 03/07/2012 EP 12174797.6; 09/01/2014 // WO2014/005934. La solicitud correspondiente lleva el número 20150001, y fue presentada a las 14:11:10 del 5 de enero del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de enero del 2015.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2015004357).

Marianella Arias Chacón, cédula 1-679-960, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Medincell, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada SUMINISTRO DE FÁRMACO BIODEGRADABLE PARA LAS COMPOSICIONES HIDROFÓBICAS. Se describen las composiciones de suministro de fármaco biodegradable que comprenden un copolímero tribloque que contiene un poliéster y un polietilenglicol y un copolímero dibloque que contiene un poliéster y un polietilenglicol con extremos protegidos, así como por lo menos un principio farmacéuticamente activo o un principio hidrofóbico activo como acetato de medroxiprogesterona, levonorgestrel, ciclosporina, progesterona o bupivacaína. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 47/34; A61K 31/445; A61K 31/565; A61K 31/57; A61K 38/13; cuyos inventores son: Gaudriault, Georges, Roberge, Christophe. Prioridad: 27/06/2012 US 61/665, 192; 03/01/2014 //WO2014/001904. La solicitud correspondiente lleva el número 20140581, y fue presentada a las 11:42:29 del 16 de diciembre del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de enero del 2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—Sol. 26375.—(IN2015004464).

Marianella Arias Chacón, céd. 1-679-960, mayor de edad, vecina de San José, apoderada especial de ST. Jude Medical, Cardiology Division, Inc., de E.U.A., solicita la patente de Invención denominada SISTEMA PARA ASISTIR EN LA LIBERACIÓN DE UNA ENDOPRÓTESIS PLEGABLE DE UN DISPOSITIVO DE COLOCACIÓN.

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

Un dispositivo de suministro para un dispositivo médico implantable que tiene un elemento de retención en un extremo del mismo puede incluir un eje (24) que se extiende en una dirección longitudinal y que define un eje longitudinal. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61F 2/24; cuyos inventores son Glazier, Valerie J, Thomas, Ralph J, LE, Khoi A. Prioridad: 29/06/2012 US 61/666,209; 08/03/2013 US 13/790,819. La solicitud correspondiente lleva el número 20150009, y fue presentada a las 14:55:00 del 9 de enero del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de enero del 2015.—Fabián Andrade Morales, Registrador.—Sol. 26373.—(IN2015004465).

Marianella Arias Chacón, cédula 1-679-960, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Hengelhoef Concrete Joints Manufacturing NV, de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada JUNTA ESTRUCTURAL.

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

La presente invención se refiere a una junta de expansión para llenar un vacío de expansión entre dos piezas de losas de concreto que se usan en la construcción de pisos, especialmente en la fabricación de pisos de concreto, como por ejemplo en pisos industriales. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: E01C 11/08; E01C 11/14; cuyos inventores son Meuwissen, Dirk, Klingeleers, Albert, Charles. Prioridad: 27/02/2012 GB 1203314.8; 28/08/2012 GB 1215277.3; 08/11/2012 GB 1220095.2; 06/09/2013 //WO2013/127812. La solicitud correspondiente lleva el número 20140393, y fue presentada a las 11:42:09 del 21 de agosto del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de enero del 2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—Solicitud N° 26372.—(IN2015004468).

Marianella Arias Chacón, mayor, cédula 1-679-960, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Polichem S. A., de Luxemburgo, solicita la Patente de Invención denominada (R) -Nifuratel y Síntesis de (R) - Nifuratel. Se divulgan (R)-nifuratel

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

 junto con su uso como bactericida y agente bacteriostático, así como las composiciones farmacéuticas que lo contienen; sorpresivamente se ha descubierto que (R)-nifuratel posee un mejor perfil antimicrobiano que cualquiera de los dos, el racemato de nifuratel o el (S)-nifuratel. Se divulga asimismo un nuevo procedimiento para la síntesis de los dos, el (R)-nifuratel y el (S)-nifuratel. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 413/12; A61K 31/422;A61P 33/00; A61P 31/00; cuyos inventores son Gagliardi, Stefania, Consonni, Alessandra, Mailland, Federico, Bulgheroni, Anna. Prioridad: 11/05/2012 ES 12167640.7;14/11/2013 // WO2013/167295. La solicitud correspondiente lleva el número 20140505, y fue presentada a las 10:59:00 del 03 de noviembre del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de diciembre del 2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Sol. 26141.—(IN2015004470).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Agropecuaria La Lechuza de San Juan de Santa Cruz, Guanacaste, Asentamiento Pamela, con domicilio en la provincia de: Guanacaste-Santa Cruz, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: La promoción, el apoyo, el estímulo o la práctica de agricultura y la ganadería o ambas actividades en conjunto. Cuyo representante, será el presidente: Jairo Elías Ramírez Contreras, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2014, asiento: 53833 con adicional(es): 2014-152706.—Curridabat, 3 de junio del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2015004460).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Cristiana Oleo Santo de Unción y Poder de Dios, con domicilio en la provincia de: Alajuela-Atenas, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover y divulgar la fe y el amor de nuestro Señor Jesucristo a través de las enseñanzas de las Sagradas Escrituras. Cuyo representante, será el presidente: Gerardo Iván Rodríguez Barrantes, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2014, asiento: 253657 con adicional(es): 2014-285230/2014-309644.—Curridabat, 17 de noviembre del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2015004516).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

Habilitación de Notario(a) Público(a). La Dirección Nacional de Notariado con oficinas en San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, edificio A, 5to. piso, hace saber: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del Notariado, por parte de: José Gerardo Barahona Vargas, con cédula de identidad N° 1-1221-0254, carné N° 22409. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a esta publicación. Exp. N° 15-000049-0624-NO.—San José, 15 de enero del 2015.—Lic. Marjorie Mejías Orozco, Abogado-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—(IN2015004496).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. Nº 28579-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas del cuatro de diciembre del dos mil doce. Diligencias de ocurso presentadas ante la Oficina Regional de este Registro Civil en Siquirres por Pilar Arias Sánchez, cédula de identidad número uno-trescientos veintitrés trescientos veinte, tendentes a la cancelación del asiento de matrimonio de Enrique Montero Valverde con Aramilda Vargas Carrillo, celebrado el doce de diciembre de mil novecientos noventa y ocho..., por aparecer inscrito el matrimonio de Pilar Arias Sánchez con Araminta Vargas Carrillo, celebrado el ocho de mayo de mil novecientos sesenta y seis. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor Enrique Montero Valverde y a la señora Araminta Vargas Carrillo o Aramilda Vargas Carrillo, con el propósito que se pronuncien con relación a las presentes gestiones. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Sección Actos Jurídicos.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400024182.—Solicitud N° 26446.—C-74510.—(IN2015004379).

Exp. Nº 49613-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas diez minutos del dieciocho de diciembre de dos mil catorce. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Alex Manuel Alfaro Morales, que lleva el número novecientos veintiséis, folio cuatrocientos sesenta y tres, tomo ciento veintinueve, del Partido Especial, Sección de Nacimientos. Conforme lo señalan los artículos 64 y el 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a los señores Juan José Alfaro Chacón, Alex Manuel Alfaro Morales y a la señora Yalila Morales Calderón, con el propósito que se pronuncien con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. N° 3400024182.—Solicitud N° 26448.—C-63550.—(IN2015004382).

PUBLICACIÓN DE unA VEZ

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por María Isabel Valverde Hernández, se ha dictado una resolución N° 0185-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y cuarenta minutos del trece de enero de dos mil quince. Exp. N° 51771-2014. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:... Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de María Isabel Valverde Hernández, en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de la persona inscrita son Martha Ruiz Hernández.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015004459).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por María Cecilia Delgado Alvarado, ha dictado la resolución N° 4206-2014, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas diez minutos del catorce de noviembre de dos mil catorce. Exp. N° 37554-2014 Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto, rectifíquense los asientos de nacimiento de Dora Graciela del Carmen Delgado Murillo y de defunción de Dora Graciela Delgado Murillo, en el sentido que el segundo apellido de la madre de las personas inscritas es Alvarado.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015004471).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Inés Herminia Mondragón Mondragón, se ha dictado la resolución N° 4711-2014, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cincuenta y cuatro minutos del veintiocho de noviembre de dos mil catorce. Exp. N° 48313-2014. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto, rectifíquese el asiento de matrimonio de Eduardo Robert Cruz Ramírez con Inés Herminia Mondragón no indica, en el sentido que los apellidos de la cónyuge son Mondragón Mondragón, hija de Cecilio Mondragón Soriano y Ernestina Mondragón, no indica segundo apellido, así como la edad de la misma al momento de la celebración del acontecimiento es veintitrés años.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015004479).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Juana Herrera Quezada, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2052-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil once. Exp. N° 28244-2011. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Breyling Samir Moreno Herrera..., en el sentido que el segundo apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Quezada”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015004482).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yurizan del Carmen Guerrero, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1703-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta y dos minutos del veintidós de octubre del dos mil nueve. Exp. N° 23774-09. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto, rectifíquense los asientos de nacimiento de Rosmey Adolfo Tablada Guerrero..., el de Ray Alexander Myrie Guerrero... y el Roydell Enrique Myrie Guerrero..., en el sentido que el nombre y el apellido de la madre de las personas ahí inscritas son “Yurizan del Carmen Guerrero, no indica segundo apellido”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015004485).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Adelina Castillo, ha dictado la resolución N° 4259-2014, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas siete minutos del diecisiete de noviembre de dos mil catorce. Exp. N° 1484-2014. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de María Celeste López Gutiérrez, en el sentido que el apellido de la madre es Castillo, no indica segundo apellido.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015004519).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Jéssica Patricia González Guevara, ha dictado la resolución N° 3608-2014, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cuarenta minutos del veintiuno de octubre de dos mil catorce. Exp. N° 34107-2014. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Stephanie Patricia Guevara González, en el sentido que los apellidos, la nacionalidad y el número de la cédula de identidad la madre son González Guevara, costarricense y uno mil ciento sesenta y dos-novecientos sesenta y seis, respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015004527).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por María Luisa Canales, no indica segundo apellido, se ha dictado la resolución N° 4957-2014, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y treinta y dos minutos del dieciocho de diciembre de dos mil catorce. Exp. N° 33082-2014. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto, rectifíquese el asiento de naturalización de Dominga Antonia Obando Canales, en el sentido que el apellido de la madre de la persona inscrita es Canales, no indica segundo apellido.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015004540).

AVISOS

DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO ELECTORAL

Y FINANCIAMIENTO DE PARTIDOS POLÍTICOS

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 62 del Código Electoral, se hace saber: Que el señor Christian Rojas Sánchez, cédula de identidad número uno-ochocientos veintiocho- setecientos treinta y cinco, en su condición de Presidente del Comité Ejecutivo del partido Progreso Comunal Desamparadeño, en escrito presentado el veintiséis de setiembre dos mil catorce, ha solicitado la inscripción de dicho partido a escala cantonal por el cantón de Desamparados provincia de San José, agregando para esos efectos: protocolización de las actas de la asamblea constitutiva y asamblea superior conteniendo el Estatuto que incluye el programa doctrinal y la divisa que será: “…Naranja, Blanco y Naranja en tres franjas horizontales y de igual ancho. El color naranja estará en la franja superior e inferior y el Blanco en la franja del centro; con letras en mayúscula y tipografía: Bernard MT Condensend, se encuentra escrito: Progreso Comunal Desamparadeño con color negro en el centro de la bandera, el pantone de la letra es Cyan (Cian) es un cero por ciento, Magenta (Magenta) es un cero por ciento, Yelow (amarillo) es un cero por ciento y Black (negro) es cien por ciento. El Pantone del color naranja de la divisa es: Cyan (Cian) es un cero por ciento, Magenta (Magenta) es un ochenta y seis por ciento, Yelow (amarillo) es un noventa y cinco por ciento y Black (negro) es cero por ciento. El pantone del color blanco es: Cyan (Cian) es un cero por ciento, Magenta (Magenta) es un cero por ciento, Yelow (amarillo) es un cero por ciento y Black (negro) es cero por ciento.(…)” Previniese a quienes sean interesados para que dentro del término de quince días naturales contados a partir de la última publicación de este aviso, que se hará durante cinco días, hagan las objeciones que estimen pertinentes. Expediente N° 153-2014.—San José, quince de enero de dos mil quince.—Gerardo Abarca Guzmán, Director General a. í.—Solicitud N° 26234.—(IN2015003903).       5 v. 2.

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

Plan de Adquisiciones 2015

Con fundamento en lo que establece el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7 de su Reglamento,  se comunica a todos los interesados el Plan de Adquisiciones para el período 2015 del Patronato Nacional de la Infancia.

Código

Nombre de la cuenta

Monto aprobado en colones

Período de inicio

 

1.03.01

Información

40.063.460,47

II Semestre

1.03.02

Publicidad y Propaganda

527.188.122,21

II Semestre

1.03.03

Impresión y Encuadernación

173.968.757,57

II Semestre

1.03.04

Transporte de Bienes

21.922.449,27

II Semestre

 

1.04.01

Servicios Médicos y de Laboratorio

48.238.692,09

II Semestre

1.04.02

Servicios Jurídicos

1.200.000,00

II Semestre

1.04.03

Servicios de Ingeniería

313.325.422,33

II Semestre

1.04.04

Servicios en Ciencias Económicas y Sociales

1.387.050.000,00

II Semestre

1.04.05

Servicio de Desarrollo de Sistemas Informáticos

75.000.000,00

II Semestre

1.04.06

Servicios Generales

1.051.775.533,46

II Semestre

1.04.99

Otros Servicios de Gestión y Apoyo

792.650.277,26

II Semestre

 

1.07.01

Actividades de Capacitación

119.583.077,71

II Semestre

1.07.02

Actividades Protocolarias y Sociales

988.444.083,63

II Semestre

1.08.01

Mantenimiento de Edificios y Locales

659.289.549,14

II Semestre

1.08.03

Mantenimiento de Instalaciones

3.700.000,00

II Semestre

1.08.05

Mantenimiento y Reparación de Equipos de Transportes

136.661.907,05

II Semestre

1.08.06

Mantenimiento y Reparación de Equipos de Comunicación

11.865.820,24

II Semestre

1.08.07

Mantenimiento y Reparación de Equipos y Mobiliario de Oficina

34.383.651,18

II Semestre

1.08.08

Mantenimiento y Reparación de Equipo de Cómputo y Sistemas de Información

82.190.000,00

II Semestre

1.08.99

Mantenimiento y Reparación de Otros Equipos

22.321.730,24

II Semestre

1.99.99

Otros Servicios no Especificados

9.825.785,00

II Semestre

 

2.01.01

Combustibles y Lubricantes

212.708.172,24

II Semestre

2.01.02

Productos Farmacéuticos y Medicinales

78.385.299,57

II Semestre

2.01.04

Tintas, Pinturas y Diluyentes

124.599.986,11

II Semestre

2.01.99

Otros Productos Químicos

10.936.720,24

II Semestre

 

2.02.03

Alimentos y Bebidas

512.083.994,74

II Semestre

2.03.01

Materiales y Productos Metálicos

3.606.476,84

II Semestre

2.03.02

Materiales y Productos Minerales y Asfálticos

2.210.738,42

II Semestre

2.03.03

Madera y sus Derivados

2.355.738,42

II Semestre

2.03.04

Materiales y Productos Eléctricos, Telefónicos y de Cómputo

14.429.019,97

II Semestre

2.03.05

Materiales y Productos de Vidrio

3.493.038,14

II Semestre

2.03.06

Materiales y Productos Plásticos

3.898.607,63

II Semestre

2.03.99

Otros Materiales y productos de Uso en Construcción

4.348.607,63

II Semestre

 

2.04.01

Herramientas e Instrumentos

11.584.346,05

II Semestre

2.04.02

Repuestos y Accesorios

60.029.381,41

II Semestre

2.99.01

Útiles y Materiales de Oficina y Cómputo

158.768.572,12

II Semestre

2.99.02

Útiles y Materiales Médicos, Hospitalarios e Investigación

7.390.190,71

II Semestre

2.99.03

Productos de Papel, Cartón e Impresos

380.951.495,65

II Semestre

2.99.04

Textiles y Vestuario

404.239.518,98

II Semestre

2.99.05

Útiles y Materiales de Limpieza

81.631.525,64

II Semestre

2.99.06

Útiles y Materiales de Resguardo y Seguridad

3.473.692,09

II Semestre

2.99.07

Útiles y Materiales de Cocina y Comedor

37.162.302,35

II Semestre

2.99.99

Otros Útiles, Materiales y Suministros.

314.528.985,40

II Semestre

 

5.01.02

Equipo de Transporte

80.000.000,00

II Semestre

5.01.03

Equipo de Comunicación

149.268.446,58

II Semestre

5.01.04

Equipo y Mobiliario de Oficina

248.268.065,17

II Semestre

5.01.05

Equipo y Programas de Cómputo

273.550.000,00

II Semestre

5.01.06

Equipo Sanitario de Laboratorio e Investigación

1.159.346,05

II Semestre

5.01.07

Equipo y Mobiliario Educacional, Deportivo y Recreativo

53.150.653,95

II Semestre

5.01.99

Maquinaria y Equipo Diverso

133.590.367,52

II Semestre

 

5.02.01

Edificios

41.121.567,70

II Semestre

5.02.07

Instalaciones

3.000.000,00

II Semestre

 

Departamento Suministros, Bienes y Servicios y Proveedoras Institucional.—Licda. Guiselle Zúñiga Coto, M.B.A., Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 00038034.—Solicitud Nº 15000007.—C-17020.—(IN2015007737).

LICITACIONES

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA

Contratación de servicios de albañilería, carpintería,

fontanería y electricidad para el Registro Nacional

El Departamento de Proveeduría del Registro Nacional comunica que se recibirán ofertas para la licitación de referencia, hasta las 08:00 horas del día 6 de marzo  del 2015, a través del Sistema Unificado Electrónico de Compras Públicas (MER-LINK).

Además se informa que todos los actos relacionados con esta contratación, serán publicitados a través de dicho sistema y no del Diario Oficial La Gaceta.

Hazel Mayela Ruiz Morales.—1 vez.—O. C. N° OC15-0058.—Solicitud N° 27054.—C-10.180.—(IN2015007499).

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000001-78300

(Invitación a concursar)

Contrato de entrega según demanda: suministro

de espumas de uretano para uso de la población

privada de libertad de los centros penales

del Sistema Penitenciario Nacional

La Proveeduría Institucional  del Ministerio de Justicia y Paz, ubicada 75 metros al norte de la Clínica Bíblica, frente a la Escuela Marcelino García Flamenco (calle primera, avenidas 12 y 14), comunica a todos los interesados en la presente licitación que se tramitará exclusivamente a través de medios electrónicos, que la hora y fecha de apertura de ofertas -exclusivamente  digitales- será a las 10:00:00 a. m. del 27 de febrero del 2015.

El cartel estará a disposición en el Sistema de Compras Gubernamentales Compr@Red a partir de esta fecha, en la dirección: https://www.hacienda.go.cr/rp/ca/InformacionTramite.aspx?TRAMIDEN=2015LN-000001-78300&TITUTRAM=1414 sitio al cual deberán también dirigirse todas las aclaraciones.

San José, 2 de febrero del 2015.—Lic. Verny Alexander Rodríguez Martínez, Proveedor Institucional a. í.—1 vez.—O. C. N° 3400020967.—Solicitud N° 27076.—C-18.680.—(IN2015007510).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL EN SALUD DE SIQUIRRES

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000001-2631

Contratación de servicios por terceros de ambulancia

privada para el traslado de pacientes a los diferentes

centros hospitalarios

Se le informa a los interesados que se encuentra disponible el cartel para la Licitación Abreviada 2015LA-000001-2631 por concepto de “Contratación de servicios por terceros de ambulancia privada para el traslado de pacientes a los diferentes centros hospitalarios”. Apertura de ofertas a las 11:00 horas del día 6 de marzo de 2015.

El cartel de compra se puede adquirir en la Unidad de Contratación Administrativa del C.A.I.S. de Siquirres, sita en Siquirres, del cruce de San Rafael 1 km oeste y 500 m sur. Consultas al teléfono 2713-3700 ext. 2165, Fax 2713-3701.

Siquirres, 29 de enero del 2015.—Lic. Zimri Campos Quesada, Administradora.—1 vez.—(IN2015007460).

HOSPITAL DR. RAFAEL Á. CALDERÓN GUARDIA

El Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, invita a todos los interesados en participar en el siguiente concurso: Licitación Abreviada:

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000004-2101

Lenalidomida 25 MG Cápsulas

Cuya apertura se efectuará el día 16 de febrero del 2015, al ser 10:00, a.m.

El Cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, ubicada 100 metros oeste del Instituto Meteorológico Nacional o 100 metros oeste de la entrada del Servicio de Admisión costado noroeste del Hospital.

Valor del cartel: ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 3 de febrero del 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. David Sánchez Valverde.—1 vez.—(IN2015007465).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000001-08

Proyectores interactivos y de imágenes multimedia

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, del instituto Nacional de Aprendizaje, invita a los interesados en participar en esta licitación, que se recibirán ofertas de conformidad con los términos  cartelarios, hasta las 09:00 horas del 27-02-2015, en las oficinas del Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, sita 250 metros al sur del Supermercado Coopeagri RL, en Barrio Villa Ligia, distrito  Daniel Flores, cantón Pérez Zeledón.

El cartel es gratuito y está a disposición en las oficinas indicadas o en la siguiente dirección electrónica: http://infoweb.ina.ac/ConsultaCarteles/

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 23930.—Solicitud Nº 27135.—C-14350.—(IN2015007603).

COMPRA DIRECTA 2015CD-000016-08

Materiales para tapicería de muebles de madera

y sillones para automóviles

El Proceso de Adquisiciones  de la Unidad Regional Brunca, del instituto Nacional de Aprendizaje, invita a los interesados en participar en esta licitación, se recibirán ofertas de conformidad con los términos cartelarios, hasta las 10:00 horas del 13-02-2015, en las oficinas del Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, sita 250 metros al sur del Supermercado Coopeagri RL, en Barrio Villa Ligia, distrito Daniel Flores, cantón Pérez Zeledón.

El cartel es gratuito y está a disposición en las oficinas indicadas o en la siguiente dirección electrónica: http://infoweb.ina.ac/ConsultaCarteles/

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 23930.—Solicitud Nº 27136.—C-14590.—(IN2015007604).

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000004-08

Vehículos automotores para uso didáctico

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, del instituto Nacional de Aprendizaje,  invita a los interesados en participar en esta licitación, se recibirán ofertas de conformidad con los términos cartelarios, hasta las 13:00 horas del 27-02-2015, en las oficinas del Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, sita 250 metros al sur del Supermercado Coopeagri RL, en Barrio Villa Ligia, distrito Daniel Flores, cantón Pérez Zeledón.

El cartel es gratuito y está a disposición en las oficinas indicadas o en la siguiente dirección electrónica: http://infoweb.ina.ac/ConsultaCarteles/

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 23930.—Solicitud Nº 27137.—C-14130.—(IN2015007605).

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA

Y DE DESARROLLO ECONÓMICO

DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

PROVEEDURÍA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000001-01

(Invitación)

Suministro y puesta en marcha de dos grúas portacontenedores

Post Panamax sobre rieles para la terminal Gaston Kogan

Kogan (Puerto Moín)

Fecha y hora de  apertura: 20 de marzo del 2015, a las 10:00 horas.

Se realizará una visita al sitio en el puerto Gaston Kogan Kogan (Moín), el día viernes 20 de febrero del 2015, a las 10:00 horas.

Esta visita será coordinada por el Ing. Luis Vargas Araya, Director de Ingeniería, teléfono: 2799-01-50.

El cartel con las respectivas condiciones y los respectivos planos, está disponible en versión digital en el sitio web de JAPDEVA. En la Proveeduría Portuaria en Limón, sita: 150 metros oeste de la Municipalidad de Limón, sobre el boulevard y en las Oficinas Administrativas en San José, ubicadas 200 metros sur y 25 oeste de la Gran Terminal de Buses del Caribe, se podrá obtener copia impresa previa cancelación de la suma de ¢10.000,00.

Lic. Walter Anderson Salomons, Proveedor Admón. Portuaria.—1 vez.—O. C. N° 4767.—Solicitud N° 27069.—C-19.140.—(IN2015007508).

ADJUDICACIONES

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000002-10000

Contratación del servicio de mantenimiento preventivo

y correctivo de vehículos, de las Oficinas Centrales

y Regionales del SENASA

La Proveeduría Institucional informa  que según Resolución de Adjudicación 002-2015, del 3 de febrero del 2015,  esta licitación se adjudica de la siguiente forma:

Adjudicatario

Líneas adjudicadas

Monto total

Auto Transportes Baco Hermanos S. A.

1, 2, 3, 5 y 7

¢8.367.500,00

Miguel Ángel Acevedo Ugarte

10

¢1.798.000,00

Transportes La Negra S. A.

4

¢1.823.100,00

 

Así mismo, se declaran infructuosas las líneas 6, 8 y 9.

Los interesados tienen a disposición el expediente electrónico de la licitación, en el Sistema Comprared en la página https://www.hacienda.go.cr/comprared

San José, 3 de febrero del 2015.—Proveeduría.—Mba. José Luis Meneses Guevara, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 002-2015.—Solicitud Nº 0539.—C-14860.—(IN2015007602).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000011-UADQ

(Resolución de adjudicación N° UADQ 042-2015)

Concesión temporal de un local para la prestación de

servicios de alimentación en la Facultad de Educación

A: Concesionario: Graciela Vargas Paniagua, cédula de identidad N° 2-359-297

Canon mensual: ¢540.000,00

Monto anual: ¢5.400.000,00

Orden de inicio: La Oficina de Servicios  Generales, determinará la fecha de inicio en coordinación con la Dirección de la Facultad de Educación, previo acuerdo con el contratista.

Vigencia del contrato: La contratación que se realizará de la licitación en referencia es por un año. Dicho contrato podrá prorrogarse anualmente por un período similar, hasta un máximo de 4 años, previo acuerdo entre las partes, por escrito, un mes antes del vencimiento del período contratado o de sus prórrogas; y una vez aprobado el nuevo canon mensual por parte de la Administración

Precios establecidos para los  servicios prestados:

Tipo  de servicio

Precio

Desayuno

¢1.250,00

Almuerzo

¢1.500,00

Merienda

¢1.200,00

 

Para los meses no lectivos, es decir, julio, diciembre, enero y febrero, el contratista deberá pagar únicamente el 50% del valor mensual de la contratación.

Monto anual: ¢5.400.000,00

Sabanilla de Montes de Oca, 2 de febrero del 2015.—Departamento de Adquisiciones.—MBA. Vanessa Jaubert P., Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 130859.—Solicitud Nº 27046.—C-22710.—(IN2015007586).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000068-2104

Por la adquisición de: instrumental para realizar nefrolitotomías percutáneas

Empresa adjudicada: Multiservicios Electromédicos S. A.

San José, 3 de febrero del 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez C., Jefa.—1 vez.—(IN2015007563).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000014-01

Contratación de servicios para construcción

de primera etapa Skate Park Turrialba

La Proveeduría Municipal comunica en referencia a la Licitación Abreviada N° 2014LA-000014-01, por “Contratación de servicios para construcción de primera etapa Skate Park Turrialba”, el acto de adjudicación de la licitación en mención con base al acuerdo SM-028-2015 tomado en sesión ordinaria N° 248-2015, celebrada el 27/01/2015, bajo art. II, inciso 2, punto 1 se adjudica a la empresa: Construir EYM Compañía Constructora S. A., por un monto de ¢20.000.000,00.

Turrialba, 30 de enero de 2015.—MBA. Ronald Bolaños Calvo, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2015007515).

REMATES

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS

DEL PACÍFICO

REMATE PÚBLICO N° 4-2014

Venta de vehículo marca Nissan estilo Microbús Urvan

El Departamento de  Proveeduría del INCOP, debidamente autorizado por la Junta Directiva de este Instituto mediante acuerdo N° 2 tomado en la sesión N° 3923 celebrada el 17 de diciembre de 2014, avisa que el día 24 de febrero del 2015 a las 10:00 horas, en la Sala de Junta Directiva del INCOP en Puerto Caldera, se realizará el remate para la venta del Vehículo Marca Nissan, estilo Microbús Urvan, placa 104-59 con las siguientes características:

Estilo: Microbús Urvan

Modelo: 2005

Capacidad: 15 pasajeros

Combustible: Diesel

El precio base es de ¢6.250.000,00 (seis millones doscientos cincuenta mil colones), conforme avalúo efectuado por la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda.

Se indica que el vehículo a rematar no posee gravámenes.

El vehículo a rematar puede ser examinado por los potenciales oferentes en el Parqueo Administrativo del INCOP, ubicado en Puerto Caldera, a partir de la publicación de la presente invitación, de 8 am a 3:30 pm.

El cartel con las condiciones generales para participar se podrá retirar en las oficinas de Proveeduría del INCOP en Puerto Caldera. El cartel respectivo puede descargarlo en la dirección electrónica http://www.incop.go.cr/proveeduria.php?p=109 o solicitarlo a los correos electrónicos amadrigal@incop.go.cr o bien al correo jbravo@incop.go.cr a partir de la publicación de este aviso.

Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.— 1 vez.—O. C. Nº 27830.—Solicitud Nº 27134.—C-25990.—(IN2015007599).

AVISOS

BN VITAL OPC S. A.

REMATE 2015RE-000001-BNV01UCA

Remate de dos motocicletas

El departamento de Proveeduría de la Operadora de Pensiones BN VITAL OPC S.A. le invita a participar en el remate de dos motocicletas, el día 20 de febrero, a las 10:00 horas, en el edificio de la Operadora ubicado entre   Avenida Primera Calle O piso 6 Sala de Sesiones. Para obtener las bases del remate y condiciones deberá enviar un correo electrónico a las siguientes direcciones electrónicas tvarelgo@bncr.fi.cr y eaugaldeg@bncr.fi.cr, no se venden carteles, ni se facilitan fotocopias.

San José, 29 de enero del 2015.—Proveeduría Institucional.—–Licda. Tatiana Varela González.—1 vez.—O. C. Nº 15231-2015.—Solicitud Nº 8803.—C-11400.—(IN2015007432).

REGISTRO DE PROVEEDORES

BANCO DE COSTA RICA

Con el fin de mantener actualizado el Registro de Proveedores de la Institución, se comunica a todos los potenciales oferentes físicos  y jurídicos que deben completar el formulario de inscripción.

Dicho formulario debe ser retirado en la Oficina de Compras y Pagos. Sita, tercer piso del Edificio Central entre avenida central y segunda y calles 4 y 6.

Los proveedores que se encuentren inscritos desde hace más de un año, deberán renovar la documentación, no obstante, si la información presentada al Banco no ha variado, así podrán indicarlo mediante documento suscrito por el proveedor o su representante legal.

Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. N° 27091.—Solicitud N° 27091.—C-12380.—(IN2015007518).

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000018-0CV00

Mantenimiento periódico y rehabilitación del pavimento

de la Red Vial Nacional Pavimentada

Se comunica a las empresas interesadas en participar en la licitación en referencia, que debido a la presentación de recursos de objeción en contra de la enmienda N° 1 al  cartel; el plazo para la recepción de ofertas queda en suspenso hasta nuevo aviso.

San José, 3 de febrero de 2015.—Proveeduría Institucional.—MSc. Yorleny Hernández Segura, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 3747.—Solicitud Nº 27127.—C-10030.—(IN2015007598).

PODER  JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000025-PROV

(Modificación N° 3)

Arrendamiento de microcomputadoras

El Departamento de  Proveeduría comunica que existen modificaciones al pliego de condiciones indicado, el mismo con las modificaciones está disponible a partir de esta publicación y podrá ser consultado a través de Internet, en la dirección: www.poder-judicial.go.cr/proveeduría, link “Invitaciones”.

La fecha de recepción y apertura de ofertas se mantiene para el 27 de febrero de 2015.

San José,  2 de febrero de 2015.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—Solicitud Nº 27077.—C-10510.—(IN2015007550).

BANCO DE COSTA RICA

OFICINA DE COMPRAS Y PAGOS

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000001-01

(Modificación N° 1)

Contratación de 2.000 horas para desarrollo evolutivo,

para los sistemas Centro Gestor de Pagos (CGP)

y Web Corporativo

Se informa a los interesados en la licitación en referencia, que se ha modificado el cartel en lo siguiente:

La fecha máxima para recepción  de ofertas se traslada para el 17 de febrero del 2015, a las 14 horas con 30 minutos (02:30 p. m.).

Además en el Anexo N° 1 “Especificaciones Técnicas Mínimas” se debe incluir y modificar lo siguiente:

a)    Agregar un nuevo punto el 1.2.1.7 “Contar con conocimientos en el mantenimiento de sistemas de integración de transferencias interbancarias por medio del Sistema de Pagos Interbancarios (SINPE), para cumplir con lo anterior se deben presentar al menos 3 declaraciones juradas de clientes en donde realizara mantenimientos de estos sistemas durante al menos cinco años.”

        Modificaciones al cartel:

b)    El punto 1.2.1.4, indica lo siguiente “Un año de experiencia en los conceptos del sistema interbancarios de pagos (SINPE)”.

        La modificación del punto 1.2.1.4., queda de la siguiente manera:

        “Cinco años de experiencia en los conceptos del sistema interbancarios de pagos (SINPE)”.

c)     El punto 3.2.4., indica lo siguiente: “Al menos una (1) certificación Microsoft Certified Technology Specialist (MCTS) en Visual Studio”.

        La modificación del punto 3.2.4., queda de la siguiente manera:

        “Al menos una (1) certificación oficial de Microsoft en tecnología .net para el frame work 3.5 o superior”.

        Para los puntos anteriores se justifica la experiencia y certificación solicitada de la siguiente manera:

        Dado que dichos sistemas son considerados críticos y con el fin de minimizar los riesgos en los tiempos de análisis, desarrollo e implementación de los requerimientos solicitados por el Banco bajo las mejores prácticas, teniendo en cuenta que por medio de estas aplicaciones se tramitan transferencias electrónicas que en caso de un mal funcionamiento el Banco podría tener pérdidas financieras y de imagen, por lo anterior se hace necesario que el oferente debe contar con la experiencia necesaria en proyectos donde haya utilizado las diferentes plataformas y herramientas sobre las cuales esta implementado los sistemas CGP y Web Corporativo, así conocimiento de la plataforma SINPE.

Las demás condiciones del cartel se mantienen invariables.

San José, 2 de febrero del 2015.—Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar Solórzano.—1 vez.—O. C. N° 64891.—Solicitud N° 27063.—C-42.500.—(IN2015007502).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. ENRIQUE BALTODANO BRICEÑO

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000001-2502

Se informa a los interesados que se realizaron modificaciones al cartel de la Licitación Pública 2015LN-000001-2502, por compra regional según demanda de pruebas especiales (hormonas, marcadores tumorales, medicamentos y otros) ver detalle en: http:/www.ccss.sa.cr, nueva fecha de apertura 23/02/2015 a las 14 horas. Subárea de Contratación Administrativa. Lic. Reina Martínez Guadamuz, Coordinadora a. í.

Liberia, 03 de febrero del 2015.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Cecilia Baltodano Tijerino, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2015007422).

HOSPITAL MONSEÑOR SANABRIA

ÁREA GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000001-2501

(Prórroga N° 1)

Reactivos químicos para Laboratorio Clínico

(Hormonas, marcadores tumorales e infecciosas)

(Modalidad de entrega según demanda)

Se informa a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el procedimiento arriba indicado, que por motivo de recurso de objeción al cartel, la fecha de apertura se prorroga para el 4 de marzo 2015 a la 1:00 p. m.

Puntarenas, 2 de febrero de 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Francisco A. Jaén Vargas.—1 vez.—(IN2015007425).

GERENCIA DE LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000007-05101

(Prorroga a la fecha de apertura de ofertas)

Espaciador para adulto, uso de inhalador de dosis medida

A los oferentes interesados en participar en el concurso antes mencionado, se les comunica que la fecha de apertura de ofertas se prorroga para el día 26 de febrero del 2015 a las 11:00 horas, siendo que fueron presentados recursos de objeción al cartel, que se encuentra pendientes de resolución por parte de la Contraloría General de la República, y conforme el artículo 172 del Reglamento de la Contratación Administrativa cuentan con 10 días para resolver.

San José, tres de enero del dos quince.—Subárea de Reactivos y Otros.—Lic. Andrea Vargas Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C. 1142.—Sol. 6175.—C-13380.—(IN2015007447).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

OFICINA SUBREGIONAL DE LA VIRGEN

ASESORÍA LEGAL

Se informa que por error en la publicación de Las Gacetas números 212 del 4 de noviembre de 2014; 213  del 5 de noviembre de 2014 y 214 del 6 de noviembre de dos mil catorce, en el edicto de la resolución de apertura del proceso de revocatoria de adjudicación y nulidad de título número DRH-AJ-NUL-014-14, se consignó el número de cédula de la señora María Elena Ocampo Chaverri, como 2-0422-0526, siendo que el correcto es 2-0471-0554. Publíquese 1 vez en el Diario Oficial La Gaceta.

Puerto Viejo de Sarapiquí, 29 de enero del 2015.—Órgano Director.—Licda. Linnet Marcella Sanabria Burgos.—1 vez.—(IN2015006997).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000001-01

Construcción y mejoras del parque

de los Ángeles en Heredia centro

La  Municipalidad del cantón central de Heredia informa a todos los interesados en el proceso de contratación antes mencionado que en la publicación de La Gaceta N° 12 del día 19 de enero del 2015 sobre la adjudicación, se indicó que el acuerdo fue tomado en la sesión ordinario N° 382-2014 del día lunes 22 de diciembre del 2014; siendo lo correcto en la sesión ordinaria N° 380-2014 del día lunes 22 de diciembre del 2014.

Heredia, 3 de febrero del 2015.—Lic. Enio Vargas Arrieta, Firma Responsable.—1 vez.—O. C. N° 57370.—Solicitud N° 27113.—C-13110.—(IN2015007523).

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA

Para los efectos legales correspondientes, el Concejo Municipal de Santa Ana, comunica: que en la sesión ordinaria N° 241, celebrada el 16 de diciembre de 2014, ratificó el siguiente reglamento por no haber recaído ninguna consulta:

Reglamento de Organización, Funcionamiento y Ética de La Casa de Justicia de Santa Ana, aprobado en la sesión ordinaria N° 219, celebrada el 15 de julio de 2014, y publicado para su consulta en La Gaceta N° 231 del 1° de setiembre de 2014.

Santa Ana, 20 de enero del 2015.—Nazzira Hernández Madrigal, Secretaria a. í.—1 vez.—(IN2015004453).

MUNICIPALIDAD DE LIBERIA

REGLAMENTO PARA EL COBRO DE TARIFAS POR LAS

OMISIONES A LOS DEBERES  DE LAS PERSONAS

PROPIETARIAS DE INMUEBLES LOCALIZADOS

EN EL CANTÓN DE LIBERIA, GUANACASTE,

COSTA RICA

Disposiciones generales

El Concejo Municipal del Cantón de Liberia, con sustento en lo establecido en los artículos 169 y 170, de la Constitución Política, artículos 4º, inciso a), 13, inciso c), 43, 68, 73, 75, 76, 76 bis 76, ter del Código Municipal, Ley Nº 7794, del 30 de abril de 1998 y en uso de sus atribuciones, dicta el presente Proyecto de Reglamento para el Cobro de Tarifas por las Omisiones a los Deberes de las Personas Propietarias de Inmuebles Localizados en el Cantón de Liberia, el cual se regirá por las siguientes disposiciones:

CAPÍTULO I

Del objetivo y las definiciones

Artículo 1º—Objetivo. El objetivo de este Reglamento es establecer el procedimiento para la imposición y cobro de multas por incumplimiento de lo dispuesto en los artículos 75, 76, 76 bis y 76 ter del Código Municipal. Asimismo el procedimiento para el cobro por la ejecución sustitutiva de las obras y servicios realizados por la Municipalidad.

Artículo 2º—De las definiciones. Para efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

a.  Concejo Municipal del Cantón de Liberia: Concejo Municipal.

b.  Municipalidad del Cantón de Liberia: la Municipalidad.

c.  Cantón de Liberia: Cantón.

d.  Limpieza de lotes: Consiste en el mantenimiento de lotes públicos y privados en lo que respecta a chapea y eliminación de escombros, además de la transferencia de dichos escombros al lugar de depósito.

e.  Construcción y restauración de aceras: Consiste en la realización de trabajos generales en las vías peatonales, de acuerdo a lo que establezca y recomiende la Municipalidad (cordón de caño, sub-base y capa superior de las aceras).

f.   Construcción de cercas: Es la instalación de cercas de diferentes materiales en predios públicos y privados, cuando estos lo ameriten, según los criterios que al efecto establezca la unidad de Planificación Urbana y Control Constructivo. .

g.  Limpieza de escombros en vías públicas: Son los trabajos de mantenimiento de las vías públicas, eliminación de elementos que impidan el libre paso de peatones, vehículos o la visibilidad (en aceras deberá existir como mínimo 1,5 m libre para el tránsito peatonal, según lo dispuesto en el Plan Regulador).

h.  Instalación de canoas y bajantes frente a vía pública: Es la construcción de canoas y bajantes, en edificios privados que carezcan de estos elementos.

i.   Costo efectivo: La suma del costo de los materiales, la mano de obra, el uso de equipo y suministros, más un diez por ciento de utilidad; esto último de conformidad con el artículo 74, del Código Municipal.

Artículo 3º—Son deberes de las personas propietarias de los inmuebles ubicados en el cantón, o de quienes aparezcan como titulares de la cuenta en servicios urbanos; los siguientes:

a.  Limpiar la vegetación a orillas de las vías públicas y recortar la que perjudique o dificulte el paso de las personas.

b.  Construir cercas y limpiar los lotes sin construir, así como aquellos con viviendas deshabitadas o en estado ruinoso o de demolición.

c.  Remover de las aceras y vías públicas los objetos abandonados.

d.  Construir aceras y darles mantenimiento.

e.  No obstaculizar el paso por las aceras con gradas de acceso a las viviendas, retenes, cadenas, rótulos, materiales de construcción o artefactos de seguridad en entradas de garajes.

f.   Instalar bajantes y canoas para recoger las aguas pluviales de las edificaciones, cuyas paredes colinden inmediatamente con la vía pública.

g.  Ejecutar las obras de conservación de las fachadas de casas o edificios visibles desde la vía pública cuando, por motivo de interés turístico, arqueológico o histórico, el municipio lo exija.

h.  Garantizar adecuadamente la seguridad, la limpieza y el mantenimiento de propiedades cuando se afecten las vías y propiedades públicas o a terceros en relación con ellas.

Artículo 4º—Se entenderá por omisiones a los deberes de las personas propietarias de bienes inmuebles los siguientes:

a.  Cuando la persona propietaria de un bien inmueble no limpie la vegetación a orillas de las vías públicas y cuando no recorte la que perjudique o dificulte el paso de las personas.

b.  Cuando la persona propietaria de un bien inmueble no construya las cercas ni limpie los lotes sin construir.

c.  Cuando la persona propietaria no remueva de las cercas y vías públicas ubicadas frente a sus propiedades, los objetos que él haya abandonado.

d.  Cuando la persona propietaria no construya la acera frente a su inmueble o cuando no le dé mantenimiento a la misma.

e.  Cuando la persona propietaria obstaculice el paso por las aceras con gradas de acceso a las viviendas, retenes, cadenas, rótulos, materiales de construcción o artefactos de seguridad en entradas de garajes.

f.   Cuando la persona propietaria no instale bajantes o canoas para recoger las aguas pluviales de las edificaciones ubicadas en su inmueble, cuyas paredes externas colinden inmediatamente con la vía pública, excepto los bienes declarados Patrimonio Arquitectónico.

g.  Cuando la persona propietaria no ejecute las obras de conservación de las fachadas de casas o edificios visibles desde la vía pública cuando, por motivo de interés turístico, arqueológico o histórico, el municipio lo exija.

h.  Cuando la persona propietaria no garantice adecuadamente la seguridad, la limpieza y el mantenimiento de sus propiedades cuando éstas afecten las vías y propiedades públicas o a terceros en relación con ellas.

Artículo 5º—Del Sujeto Pasivo: El sujeto pasivo para los efectos de este Reglamento, es toda aquella persona física o jurídica, que sea propietaria o poseedora por cualquier título, de un bien inmueble o que aparezca como titular de servicios urbanos en el sistema de cobro municipal y que esté por tal condición obligada al cumplimiento de los deberes que el Código Municipal contempla en el artículo 75 y que este Reglamento señala en el artículo 2.

CAPÍTULO II

Del procedimiento para la imposición

de las multas por omisión

Artículo 6º—La Municipalidad cobrará las multas cuando se incumpla con las obligaciones señaladas en el artículo 75, en forma trimestral y en el mismo recibo en el que se cobran los tributos municipales.

Artículo 7º—Corresponderá a la unidad de Inspección determinar en el campo, la omisión de los deberes de las personas propietarias o poseedoras de bienes inmuebles que señala el artículo 75, del Código Municipal.

Una vez que se determina la omisión a esos deberes, la unidad de Inspección deberá verificar quién es la persona propietaria del inmueble donde se dan esas omisiones y cursará una notificación, otorgándole un plazo que oscilará entre tres y treinta días hábiles para que cumpla con su deber e informando, que de demostrarse que transcurrido el plazo otorgado no atendió la solicitud, la Municipalidad de Liberia aplicará la multa correspondiente, cada trimestre, hasta su efectivo cumplimiento, o bien, la Municipalidad realizará la obra, cobrándole los costos posteriormente.

Artículo 8º—Transcurrido el plazo señalado en la notificación, la unidad de Inspección verificará su cumplimiento y en caso de persistir la omisión, remitirá un informe a su jefatura, para que solicite el cargo de la multa a la unidad de Catastro y Valoraciones y una solicitud a la Coordinación de Desarrollo y Control Urbano para que la obra sea incorporada a su plan de trabajo.

Artículo 9º—Una vez aplicada la multa en el sistema de cómputo, esta se reflejará en el sistema de cobros de la Municipalidad, junto con los tributos municipales que trimestralmente deba cancelar la persona propietaria, hasta tanto este no cumpla con el deber. Una vez que este cumpla con su deber, la persona propietaria debe comunicarlo por escrito a la coordinación de Administración Tributaria.

CAPÍTULO III

Del procedimiento para el cobro por obras

realizadas por la Municipalidad

Artículo 10.—Una vez que la Municipalidad haya realizado la obra o servicio, esta procederá al cobro de su costo, dentro de los treinta días hábiles siguientes a la finalización de la misma y en caso de servicios continuos, a partir de su inicio. Concluida la obra la Coordinación de Desarrollo y Control Urbano deberá comunicar a la coordinación de Administración Tributaria, el detalle del costo de la obra, a efectos de notificar a la persona propietaria el mismo.

Artículo 11.—La notificación del costo de la obra que se entrega a la persona propietaria, deberá contener:

a.  El monto total del costo efectivo.

b.  El lugar o cuenta bancaria en que podrá ser cancelado.

c.  La prevención que de no cumplir con el pago en el tiempo establecido, deberá cancelar por concepto de multa, un cincuenta por ciento del valor de la obra o servicio.

d.  La advertencia de que pasados los ocho días, la Municipalidad podrá cobrar judicialmente el costo, sin más trámite.

e.  La advertencia de que, además de la multa, deberá cancelar los intereses moratorios correspondientes.

f.   En el caso de obras, se adjuntará una certificación municipal en la que se haga constar el monto a que asciende la obra construida.

Artículo 12.—En la determinación del costo efectivo, la Municipalidad tomará como base el gasto real que tenga la realización de las obras y servicios que señala el artículo 75 del Código Municipal y este Reglamento en el artículo 3, los que se demostrarán con base en la liquidación presupuestaria de cada período fiscal, que estará sustentada en los costos reales, brindados por la unidad encargada de prestar esos servicios o de realizar las obras.

Artículo 13.—Corresponde al Concejo Municipal, de conformidad con lo establecido en los artículos 4°, inciso d), 13, inciso b), 68 y 76 del Código Municipal, la aprobación de estas tarifas, las que entrarán en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Es obligación del Concejo Municipal hacer una revisión y actualización anual de estas tarifas, con base en los estudios técnicos y de costos que le presente la Alcaldía.

CAPÍTULO IV

De la realización de obras y servicios

Artículo 14.—Aceras en mal estado. Conforme lo establecen los artículos 75 y 76, del Código Municipal, se procederá a notificar a las personas propietarias de los inmuebles respecto de la obligación de la construcción de la acera y mantenimiento en buen estado de la misma.

Se considerarán aceras en mal estado, aquellas que tengan huecos, repello levantado, grietas superiores a cinco milímetros, tapas de cajas de registro y albañales en mal estado, diferencias de niveles, entradas a garajes sin cumplir con las normas del Plan Regulador de Liberia, La ley de Construcciones y el Reglamento para la Obtención de Permisos de Construcción de la Municipalidad de Liberia, el cordón de caño resquebrajado o demolido, aceras construidas con material diferente al señalado en este Reglamento.

Artículo 15.—En la construcción de aceras se usará únicamente el concreto, chorreado o prefabricado, con acabado antideslizante; o los materiales que recomiende este municipio por medio del Subproceso de Planificación Urbana y Control Constructivo. Toda acera cuyo deterioro supere una tercera parte de la totalidad, deberá reconstruirse totalmente.

Artículo 16.—La pendiente en el sentido transversal de la acera, tendrá como máximo el 2%. En los casos en que se requiera construir rampas de acceso vehicular al predio, se deberá construir según lo establece el Plan Regulador de Liberia, La ley de Construcciones y el Reglamento para la Obtención de Permisos de Construcción de la Municipalidad de Liberia.

Artículo 17.—En las esquinas de cuadra, deberá construirse las rampas para discapacitados, adaptándose a los niveles entre acera-calle, de tal forma que permita la continuidad y fluidez de los recorridos urbanos exigidos por la Ley Nº 7600.

Artículo 18.—El valor del metro cuadrado de construcción de aceras, se actualizará en el mes de enero de cada año, previo estudio del Subproceso de Planificación Urbana y Control Constructivo, fijándose luego el precio por el Concejo Municipal, el cual será publicado en La Gaceta. Para efectos de este año dos mil catorce se fijará en quince mil por metro cuadrado de construcción, de acuerdo con información del Colegio Federado de ingenieros y Arquitectos.

Artículo 19.—Limpieza y cercado de predios. De conformidad con el Plan Regulador Municipal y la Ley de Planificación Urbana, las personas físicas o jurídicas, propietarias o poseedoras, por cualquier título, de bienes inmuebles, deberán cercarlos y mantenerlos limpios de maleza, objetos, deshechos o materiales contaminantes.

Artículo 20.—Cuando en un lote exista una edificación ruinosa y/o inhabitable que arriesgue la vida, el patrimonio o la integridad física de terceros, o cuyo estado de abandono favorezca la comisión de actos delictivos, la Municipalidad podrá formular la denuncia correspondiente ante las autoridades de salud, con el fin de que giren orden sanitaria de demolición; a efecto de que esta sea realizada por la persona propietaria o en su defecto por la Municipalidad, trasladándole los correspondientes gastos en que incurra la municipalidad la sujeto pasivo.

Artículo 21.—El valor que la Municipalidad cobrará al propietario, cuando haya procedido a realizar la obra o el servicio, será el costo efectivo del mismo, más un diez por ciento de utilidad.

Artículo 22.—En la construcción de cercas en todo el cantón deberá considerarse lo establecido en el Plan Regulador de Liberia, La ley de Construcciones y el Reglamento para la Obtención de Permisos de Construcción de la Municipalidad de Liberia.

CAPÍTULO V

Del descargo de las multas

Artículo 23.—Procederá el descargo de la multa impuesta en los siguientes casos:

a.  Ausencia de notificación o inconsistencia en la misma.

b.  Error de ubicación de la propiedad (se impone la multa sobre otro inmueble).

c.  Verificación en el campo, del cumplimiento de la obligación dentro del plazo concedido.

d.  Presentación de declaración jurada protocolizada por notario público, indicando la fecha en que se realizó la obra y verificación en el campo, del cumplimiento.

e.  Presentación de certificación de contador público autorizado indicando la fecha en que incurrió en los gastos para la ejecución de la obra y verificando en el campo el cumplimiento.

f.   Presentación por parte de la persona titular, de facturas timbradas a su nombre, generadas por la ejecución de la obra y verificación en el campo, del cumplimiento.

Artículo 24.—De conformidad con lo establecido en el artículo 43, del Código Municipal, este Reglamento se somete a consulta pública por un plazo de diez días hábiles. Los interesados en hacer oposiciones al mismo, deberán dirigir sus planteamientos por escrito, en memorial razonado, ante el Despacho del Alcalde Municipal, ubicado en Liberia.

Artículo 25.—Este Reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Aprobado por el Concejo Municipal por acuerdo artículo segundo, capítulo segundo, de la sesión ordinaria Nº 47-2014, celebrada el 24 de noviembre del 2014.

Luis Gerardo Castañeda Díaz, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2015004480).

REMATES

HACIENDA

SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS

Detalle de mercancías que se rematarán en subasta pública en forma individual en las  instalaciones de la Aduana de Caldera, Puntarenas, a las10 horas del día 16 del mes de febrero del 2015 y que de conformidad con la Ley Nº 7557 y 8373 (Ley General de Aduanas), de 8 de noviembre de 1995 y 5 de setiembre del 2003, las mismas se encuentran en estado de abandono en el Almacén Fiscal del Pacífico ALFIPAC, Código A-159 y Depositario Aduanero y Logístico del Pacífico A211, Puerto Caldera, Esparza, Puntarenas.

BOLETAS DE REMATE AÑO 2014

Boletas de remate de mercancías año 2014

Boleta Nº 47-2014 Consignatario: Abonos Agro. Descripción de la mercancía: 12 cajas de artículos sanitarios (loza sanitaria). Peso total. 336 kilos. Precio base: ¢90.361.77. Ubicación: Depositario Aduanero y Logístico del Pacífico, Código A-211.

Boleta Nº 48-2014 Consignatario: Importadora El Tesoro. Descripción de la mercancía: 36 cajas de cerámica 300 x 200 mm, con 25 unidades por caja, en mal estado. Peso total. 1095 kilos. Precio base: ¢180.949.77. Ubicación: Depositario Aduanero y Logístico del Pacífico, Código A-211.

Boleta Nº 49-2014 Consignatario: Importadora El Tesoro. Descripción de la mercancía: 36 cajas de cerámica 300 x 200 mm, con 25 unidades por caja en mal estado. Peso total. 1078 kilos. Precio base: ¢180.949.77. Ubicación: Depositario Aduanero y Logístico del Pacífico, Código A-211.

Boleta Nº 50-A-2014 Consignatario: Randy Keil. Descripción de la mercancía: 1 sofa eléctrico reclinable para masajes, 1 lijadora marca DEWALT, 1 caja de herramientas metálicas, 1 escalera de aluminio y 1 alfombra para piso. Peso total. 316.50 kilos. Precio base: ¢15.791.50. Ubicación: Almacén Fiscal del Pacífico (ALFIPAC), Código A-159.

Boleta Nº 50-B-2014 Consignatario: Randy Keil. Descripción de la mercancía: 1 sofa de madera, 1 mesa plástica, 1 mesa de mecate, 1 silla de tela con soporte de metal y 1 mueble de madera. Peso total. 316.50 kilos. Precio base: ¢15.334.80. Ubicación: Almacén Fiscal del Pacífico (ALFIPAC), Código A-159.

Boleta Nº 51-2014 Consignatario: Randy Keil. Descripción de la mercancía: 40 estantes metálicos y 7 bultos con bolsas de regalo de papel. Peso total. 697 kilos. Precio base: ¢90.011.49. Ubicación: Almacén Fiscal del Pacífico (ALFIPAC), Código A-159.

Boleta Nº 52-2014 Consignatario: Lázaro Feinsilber S. A. Descripción de la mercancía: 59 rollos de tela no tejida. Peso total. 173.50 kilos. Precio base: ¢69.914.46. Ubicación: Almacén Fiscal del Pacífico (ALFIPAC), Código A-159.

Boleta Nº 53-2014 Consignatario: Trading Blue Mountain Sociedad. Descripción de la mercancía: 107 bultos de papel higiénico. Peso total. 697 kilos. Precio base: ¢10.362.72. Ubicación: Almacén Fiscal del Pacífico (ALFIPAC), Código A-159.

Boleta Nº 54-2014 Consignatario: Detalle Cerámico el Rey. Descripción de la mercancía: 4 bultos de piso porcelana Polished Porcelain 600 x 600 mm. Peso total. 112 kilos. Precio base: ¢9.029.66. Ubicación: Almacén Fiscal del Pacífico (ALFIPAC), Código A-159.

Boleta Nº 55-2014 Consignatario: O Connell Heather Susan. Descripción de la mercancía: 1 lámpara de mesa. Peso total. 3 kilos. Precio base: ¢1.948.85. Ubicación: Almacén Fiscal del Pacífico (ALFIPAC), Código A-159.

Boleta Nº 56-2014 Consignatario: Grupo Pampa CR C Sociedad. Descripción de la mercancía: 190 cajas conteniendo 6 unidades c/ de vino tinto de 1 litro, PAUL MASOON 12.5 % vol, 80 cajas de Champagne Cooks 750 ml, conteniendo 12 unidades c/u, 11.5 % vol. Peso total. 3720 kilos. Precio base: ¢2.296.398.05. Ubicación: Almacén Fiscal del Pacífico (ALFIPAC), Código A-159.

Se les informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no está incluido en la base por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con los respectivos Depositarios Aduaneros.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular con las excepciones establecidas en el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas N° 7557 del 8 de noviembre de 1995. Reformada mediante Ley Nº 8373 del 5 de setiembre del 2003.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la adjudicación de las mercancías. Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.

Las mercancías podrán ser inspeccionadas dentro del plazo de tres días previos a la realización del remate.

Para mayor información consultar al Depositario Aduanero donde se encuentren las mercancías o a la Sección de Depósitos de la Aduana de Caldera.

A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias Gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.

Msc. Yonder Alvarado Zúñiga, Aduana de Caldera.—1 vez.—O. C. N° 3400024313.—Solicitud N° 27082.—C-87960.—(IN2015007514).

Detalle de mercancías que se rematarán en pública subasta en forma individual en Aduana La anexión, a las 9:00 horas del día 19 del mes de febrero del 2015,  en las instalaciones del depositario aduanero; Almacenes del Pacífico Ha Alpha S. A. Código A222, sita 1 km este de la entrada al Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós, Liberia Guanacaste. Que de conformidad con la Ley General de Aduanas Ley N° 7557, del 8 de noviembre de 1995, reformada mediante Ley N° 8373 del 5 de setiembre de 2003, las mismas se encuentran en estado de abandono.

Las mercancías aquí descritas se subastarán en forma individual

ANEX-DT-SP-001-01-2014. Consignatario Josep James Black, Pasaporte N° 711568085 Descripción de mercancía: vehículo usado, marca Ford, año 2004, Modelo: F250 XLT Súper Duty, Vin: 1FTNW21P44EB01093, todo terreno , tracción 4x4, color blanco, manual, Diesel, semifull, 5600cc. Precio base: ¢5.270.967,50 (Cinco millones doscientos setenta mil novecientos sesenta y siete colones con cincuenta céntimos)

ANEX-DT-SP-002-01-2015. Consignatario: Green Chaad Lynn, Pasaporte: 211004208 Descripción de mercancía: Vehículo usado, marca Chevrolet, modelo Astro Van, año 2004, VIN: 1GNDM19X94B113877, 4X2, gasolina, automático, semifull, 4300cc. Precio base: ¢2.922.660,60 (Dos millones novecientos veintidós mil seiscientos sesenta con sesenta céntimos).

ANEX-DT-SP-003-01-2015. Consignatario: Raymond Steve Ebertowski, Pasaporte: 486794393. Descripción de mercancía: Vehículo usado, marca: Wolkswagen, modelo: Beette, año 1971, VIN: 1112865665, 4X2, estándar, color amarillo, manual, gasolina, 1600cc.Precio base178,122.35 (Ciento setenta y ocho mil, ciento veintidós).

ANEX-DT-SP-004-01-2015. Consignatario: Estes Dustin Wayne, Pasaporte: 446158686. Descripción de mercancía: Vehículo usado, marca: Toyota, año: 195, modelo: 4Runner SR5, VIN: JT3VN39W658077741, 4X4, semifull, color negro, automático, gasolina, 3000cc.Precio base: ¢1.417.708,50 (Un millón cuatrocientos diecisiete mil setecientos ocho con cincuenta céntimos.

ANEX-DT-SP-005-01-2015.Consignatario: Petrovic Kosta Keith, Pasaporte: JQ479744. Descripción de mercancía: Vehículo usado, marca: Jeep, modelo: Wrangler, año: 1997, Vin: 1J4FY19S0YP426258, 4x4, estándar, color rojo, manual, gasolina, 4000cc. Precio base: ¢1.108.720,75 (Un millón ciento ocho mil setecientos veinte con setenta y cinco céntimos.

ANEX-DT-SP-006-01-2015. Consignatario: Luis Fernández, Pasaporte: 047139909 Descripción de mercancía: vehículo usado, marca: Toyota, año: 2000, modelo: Tacoma Prerunner SR5, Vin: 4TASM92N7YZ652689, 4x2, extra cabina, color: blanco automático, 2700cc. Precio base: ¢2.431.915,35 (Dos millones cuatrocientos treinta y un mil novecientos quince con treinta y cinco céntimos.

ANEX-DT-SP-007-01-2015. Consignatario: René Puerto Ineztroza. Pasaporte: E183430. Descripción de mercancía: vehículo usado, marca: Mitsubishi, año: 2001, modelo: Galant, Vin: 4A3AA36G61E222065, 4x2, estándar, color verde, automático, gasolina, 2400cc.Precio base: ¢1.446.679,00 (Un millón cuatrocientos cuarenta y seis mil seiscientos setenta y nueve.

ANEX-DT-SP-008-01-2015. Consignatario: Gustavo Alonso Araya Zúñiga, Cédula: 206020296. Descripción de mercancía: Vehículo usado, carrocería: Motocicleta, marca: KTM, modelo: EXC 450, año:2005, Vin: VBKEXM4055M301767, color naranja. Precio base: ¢711.347,35 (Setecientos once mil trescientos cuarenta y siete con treinta y cinco céntimos.

ANEX-DT-SP-009-01-2015. Consignatario: Rodolfo Murillo, Pasaporte: 426450472 Descripción de mercancía: Vehículo usado, carrocería: cuadraciclo, marca: Yamaha, año: 2004, color blanco, 4x2, 450cc. Precio base:

Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no está incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo Depositario Aduanero.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular con las excepciones establecidas en el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas N° 7557, del 8 de noviembre de 1995, reformado mediante la Ley N° 8373 del 5 de setiembre del 2003.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la adjudicación de las mercancías. Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.

Las mercancías podrán ser inspeccionadas dentro del plazo de tres días previos a la realización del remate.

Para mayor información, consultar al Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y al departamento técnico de Aduana La Anexión.

A los interesados en las mercancías que necesitan permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismo en el momento de la subasta.

Lic. Rafael Bonilla Vindas, Director General de Aduanas.—1 vez.—O. C. N° 3400024313.—Solicitud N° 26917.—C-90.590.—(IN2015007530).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PROCESO DE PIGNORACIÓN

El Área de Pignoración (Monte Popular) del Banco Popular, avisa que a las once horas del día 28 de Febrero de 2015, se rematarán al mejor postor las garantías de las operaciones de crédito que tengan dos o más cuotas de atraso, o que su fecha de cancelación esté vencida, según lo establece el Reglamento  de Crédito de Pignoración. El remate se efectuará en San José, calle primera, avenidas nueve y once, o de Radiográfica Costarricense 250 metros al norte, oficina del Centro de Crédito sobre Alhajas Amón. Remate N° 505.

AGENCIA 03

ALHAJAS

Operación                      Descripción                                       Base Remate           Operación                 Descripción                                    Base Remate

003-060-823850-5      LOTE DE ALHAJAS

                                    10 K PS 39.9 B                                          365,197.45

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER  REMATE: 1                              365,197.45

AGENCIA 04

ALHAJAS

Operación                      Descripción                                       Base Remate           Operación                 Descripción                                    Base Remate

004-060-813027-2      LOTE DE ALHAJAS                                 343,112.00     004-060-813230-0     LOTE DE ALHAJAS                             439,174.90

004-060-813418-2      LOTE DE ALHAJAS                                 202,462.85     004-060-813423-3     LOTE ALHAJAS

                                                                             C/ BRILLANTES                     202,425.25

004-060-814043-4      LOTE DE ALHAJAS                              1,198,013.05     004-060-814082-1     LOTE DE ALHAJAS                             599,924.10

004-060-814083-7      LOTE DE ALHAJAS                                 313,742.95     004-060-814609-0     LOTE DE ALHAJAS                             901,133.00

004-060-815004-6      LOTE DE ALHAJAS                                 369,775.50     004-060-815796-8     LOTE DE ALHAJAS                             288,166.65

004-060-815846-4      LOTE DE ALHAJAS                                   74,640.20     004-060-815856-7     LOTE DE ALHAJAS                          2,249,295.10

004-060-815909-6      UN ANILLO                                                47,855.00     004-060-816090-9     LOTE DE ALHAJAS               AT         182,086.75

004-060-816125-0      LOTE DE ALHAJAS                    AT           90,717.95     004-060-816181-1     UNA CADENA Y 2 DIJES       AT           51,568.70

004-060-816199-9      LOTE DE ALHAJAS                    AT         206,911.25     004-060-816728-5     2 PULSERAS                           AT         206,800.35

004-060-816964-3      LOTE DE ALHAJAS                    AT         312,844.75

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 19                          8,280,650.30

AGENCIA 06

ALHAJAS

Operación                      Descripción                                       Base Remate           Operación                 Descripción                                    Base Remate

006-060-810402-5      LOTE DE ALHAJAS                            1,206,219.200     06-060-811849-9       LOTE DE ALHAJAS                             210,551.65

006-060-811880-3      LOTE DE ALHAJAS                                 267,949.50     006-060-812224-8     LOTE DE ALHAJAS                             456,019.30

006-060-813127-0      UNA CADENA                            AT         503,392.65     006-060-813286-8     UNA CADENA                        AT         169,465.05

006-060-813837-7      LOTE DE ALHAJAS                    AT         158,317.85     006-060-813934-6     LOTE DE ALHAJAS               AT         343,395.80

006-060-814331-1      LOTE DE ALHAJAS                    AT         160,018.80     006-060-814696-0     LOTE DE ALHAJAS               AT         818,357.90

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER  REMATE: 10                         4,293,687.70

AGENCIA 07

ALHAJAS

Operación                      Descripción                                       Base Remate           Operación                 Descripción                                    Base Remate

007-060-814744-0      ANILLO 3BR                                             341,234.00     007-060-815970-8     LOTE DE ALHAJAS                             262,255.50

007-060-816418-2      LOTE DE ALHAJAS                                 500,983.45     007-060-816717-4     CADENA 14                                          170,406.15

007-060-816989-0      LOTE DE ALHAJAS                                   83,218.85     007-060-817793-4     LOTE DE ALHAJAS                             175,383.95

007-060-819097-8      CADENA DIJE 14                        AT         286,868.00     007-060-819332-1     CADENA 14                            AT      1,064,158.40

007-060-819527-6      LOTE DE ALHAJAS                    AT         102,805.45     007-060-819727-0     2 ANILLOS 10                        AT           45,071.50

007-060-819741-1      LOTE DE ALHAJAS                    AT         647,355.00     007-060-820698-5     ANILLO 18 5BR                      AT         131,244.50

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER  REMATE: 12                         3,810,984.75

AGENCIA 08

ALHAJAS

Operación                      Descripción                                       Base Remate           Operación                 Descripción                                    Base Remate

008-060-811202-6      LOTE DE ALHAJAS                                 523,321.05     008-060-812286-0     LOTE DE ALHAJAS                             845,835.95

008-060-812675-3      LOTE DE ALHAJAS                    AT      1,088,056.85     008-060-813066-0     LOTE DE ALHAJAS               AT         141,099.40

008-060-813743-7      1 CADENA (1DJ)                         AT           44,568.90     008-060-813962-0     LOTE DE ALHAJAS               AT         125,459.25

008-060-814027-2      LOTE DE ALHAJAS                    AT         144,122.45     008-060-815142-0     LOTE DE ALHAJAS               AT         111,880.50

008-060-815211-9      LOTE DE ALHAJAS                    AT         205,159.60

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 9                            3,229,503.95

AGENCIA 10

ALHAJAS

Operación                      Descripción                                       Base Remate           Operación                 Descripción                                    Base Remate

010-060-807489-0      LOTE ALHAJAS                                       519,246.25     010-060-809451-8     LOTE ALHAJAS                                   578,934.55

010-060-813704-2      LOTE ALHAJAS                                    3,798,124.95     010-060-817495-2     LOTE ALHAJAS                                   421,705.10

010-060-817702-7      LOTE ALHAJAS                                       162,896.75     010-060-818664-3     LOTE ALHAJAS                                   106,960.30

010-060-820964-9      LOTE ALHAJAS                          AT           79,673.95     010-060-822231-3     LOTE ALHAJAS                     AT         225,805.25

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 8                            5,893,347.10

010-060-807067-7      LOTE ALHAJAS                                       357,488.70

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1                           357,488.70

AGENCIA 14

ALHAJAS

Operación                      Descripción                                       Base Remate           Operación                 Descripción                                    Base Remate

014-060-796994-0      LOTE ALAHAJAS                                 1,338,785.15     014-060-798697-0     LOTE ALAHAJAS                   AT         496,837.45

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 2                            1,835,622.60

AGENCIA 15

ALHAJAS

Operación                      Descripción                                       Base Remate           Operación                 Descripción                                    Base Remate

015-060-798959-5      CAD S/DJ                                     AT         121,967.40

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER  REMATE: 1                              121,967.40

AGENCIA 22

ALHAJAS

Operación                      Descripción                                       Base Remate           Operación                 Descripción                                    Base Remate

022-060-793523-1      2 ANILLOS                                  AT         446,603.55

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 1                               446,603.55

AGENCIA 25

ALHAJAS

Operación                      Descripción                                       Base Remate           Operación                 Descripción                                    Base Remate

025-060-812638-8      LOTE ALHAJAS                                       325,682.70     025-060-815750-5     ANILLOS C/ BRILLANTES                  666,287.05

025-060-815987-8      LOTE ALHAJAS                                       437,846.55     025-060-816879-3     LOTE ALHAJAS                                   365,643.50

025-060-817832-9      LOTE ALHAJAS                                       178,373.65     025-060-818038-0     LOTE ALHAJAS                                   310,252.65

025-060-819115-5      LOTE ALHAJAS                                       158,659.40     025-060-819326-5     LOTE ALHAJAS                                1,356,953.45

025-060-820270-4      LOTE ALHAJAS                                         76,426.90     025-060-820745-7     LOTE ALHAJAS                                   222,678.00

025-060-822284-5      LOTE ALHAJAS                                       195,017.30     025-060-822618-0     LOTE ALHAJAS                                   484,804.45

025-060-822988-8      LOTE ALHAJAS                                       172,640.30     025-060-823441-4     ANILLOS                                AT         297,896.00

025-060-823509-0      LOTE ALHAJAS                          AT         145,054.80     025-060-823962-4     LOTE ALHAJAS                     AT         165,203.65

025-060-824117-5      LOTE ALHAJAS                          AT         278,087.80     025-060-824353-5     CADENA                                 AT         204,592.30

025-060-824408-3      LOTE ALHAJAS                          AT         250,164.10     025-060-824533-3     LOTE ALHAJAS                     AT         255,170.30

025-060-824621-3      LOTE ALHAJAS                          AT         243,028.55     025-060-825073-8     LOTE ALHAJAS                     AT         582,727.25

025-060-825117-6      LOTE ALHAJAS                          AT         329,562.55     025-060-825219-7     LOTE ALHAJAS                     AT      2,844,425.00

025-060-825851-8      CADENA                                     AT         618,052.25

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 25                        11,165,230.45

025-060-816368-4      LOTE ALHAJAS                                       316,868.85     025-060-823160-0     LOTE ALHAJAS                                   239,194.45

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 2                           556,063.30

AGENCIA 77

ALHAJAS

Operación                      Descripción                                       Base Remate           Operación                 Descripción                                    Base Remate

077-060-153372-5      LOTE DE ALHAJAS                              2,217,144.15     077-060-153374-4     LOTE DE ALHAJAS                          2,967,222.90

077-060-153873-1      LOTE ALHAJAS                                    1,749,414.00     077-060-154345-0     LOTE ALHAJAS                                1,491,155.10

077-060-156060-0      CORDON GARGAN PULSERAS            1,498,506.75     077-060-156592-9     LOTE DE ALHAJAS                             531,372.15

077-060-156890-7      LOTE ALHAJAS                                    1,419,178.30     077-060-156893-0     LOTE ALHAJAS                                1,294,307.70

077-060-157026-4      PULSERA                                                  611,884.20     077-060-157645-0     LOTE DE ALHAJAS                             573,757.20

077-060-157992-7      LOTE DE ALHAJAS                              1,703,928.45     077-060-158105-8     LOTE ALHAJAS                                   536,226.85

077-060-158183-4      LOTE ALHAJAS 66.5GRS                        523,340.60     077-060-158213-3     LOTE ALHAJAS                                1,298,262.55

077-060-158305-1      LOTE ALHAJAS 147.5GRS                   1,479,354.85     077-060-158591-7     LOTE DE ALHAJAS                          1,143,338.90

077-060-158610-0      LOTE DE ALHAJAS                                 629,098.95     077-060-158674-6     RELOJ DICE ROLEX                         1,170,051.15

077-060-158755-6      LOTE ALHAJAS                                       470,284.65     077-060-158771-5     LOTE ALHAJAS                                1,240,789.55

077-060-158806-6      LOTE ALHAJAS                                       199,761.65     077-060-158816-9     LOTE ALHAJAS                                   430,859.50

077-060-158853-9      LT DE ALHAJAS                                   2,231,017.80     077-060-158934-       LT DE ALHAJAS                                  530,084.75

077-060-158946-0      LOTE ALHAJAS                                    5,267,909.40     077-060-158970-5     LOTE ALHAJAS                                   285,390.30

077-060-158985-0      LOTE DE ALHAJAS                              1,383,814.50     077-060-158992-8     CADENA                                               244,988.10

077-060-159006-0      LOTE ALHAJAS 19.7GRS                        281,879.25     077-060-159013-0     LT DE ALHAJAS                                  517,234.55

077-060-159014-4      LOTE ALHAJAS                                       349,201.20     077-060-159031-7     LOTE ALHAJAS                                   317,904.70

077-060-159059-9      LOTE ALHAJAS                                       178,661.95     077-060-159068-8     LOTE ALHAJAS                                   377,840.35

077-060-159071-1      LOTE ALHAJAS                                    1,215,954.15     077-060-159081-4     LOTE ALHAJAS                                   678,463.60

077-060-159138-0      CADENA                                                   730,437.40     077-060-159145-1     LT DE ALHAJAS                                  454,655.75

077-060-159192-2      LOTE ALHAJAS 22.7GRS                        242,542.00     077-060-159218-6     LOTE ALHAJAS                                   112,252.65

077-060-159318-8      LOTE DE ALHAJAS                              2,554,613.85     077-060-159321-0     LOTE DE ALHAJAS                             406,659.70

077-060-159323-9      PULSERA                                                  325,345.70     077-060-159420-       LT DE ALHAJAS                               1,373,376.10

077-060-159430-0      BRAZALETE                                             232,072.00     077-060-159494-7     LOTE ALHAJAS                                6,583,425.45

077-060-159650-3      LOTE ALHAJAS                                       227,500.80     077-060-159661-0     LOTE ALHAJAS                                   418,955.65

077-060-159721-9      LOTE ALHAJAS                                       236,527.10     077-060-159884-3     LOTE ALHAJAS                                3,437,954.80

077-060-159891-3      LOTE ALHAJAS                                       202,757.20     077-060-159919-4     LOTE ALHAJAS                                1,343,895.60

077-060-159929-7      LOTE ALHAJAS                                       708,044.45     077-060-159943-9     LOTE ALHAJAS                                   298,897.40

077-060-160089-6      LOTE DE ALHAJAS                                 496,043.10     077-060-160136-8     LOTE ALHAJAS                                   519,886.20

077-060-160182-7      LOTE ANILLOS                                        192,866.15     077-060-160227-0     LOTE ALHAJAS                                2,651,609.70

077-060-160252-9      LOETE ALHAJAS 27.1G                          294,141.40     077-060-160274-5     LOTE ALHAJA 14.8GRS                      182,352.20

077-060-160282-9      LOTE ALHAJAS                                       323,449.90     077-060-160293-7     LOTE ALHAJAS                                   208,192.00

077-060-160332-3      LOTE ALHAJAS                                       417,781.65     077-060-160404-6     LOTE DE ALHAJAS                             389,568.25

077-060-160466-3      LOTE ALHAJAS 33.1GRS                        293,671.15     077-060-160500-3     LOTE ALHAJAS                                   365,966.30

077-060-160510-6      CADENA, RELOJ                                      356,096.80     077-060-160518-0     LOTE ALHAJAS                                   673,958.45

077-060-160587-8      LOTE ALHAJAS                                    1,257,932.10     077-060-160603-8     LOTE ALHAJAS 71.7GRS                    590,293.90

077-060-160623-3      LOTE ALHAJAS                                       122,919.65     077-060-160683-3     LOTE ALHAJAS                                1,848,195.15

077-060-160817-0      LOTE ALHAJAS                                       530,817.20     077-060-160824-0     LOTE ALHAJAS                                   764,271.10

077-060-160844-8      LOTE DE ALHAJAS                                 485,745.85     077-060-160883-7     LOTE ALHAJAS                                   167,918.60

077-060-161047-5      ANILLOS                                                  166,872.60     077-060-161062-9     LOTE ALHAJAS 30.2GRS                    268,956.30

077-060-161128-5      LOTE ALHAJAS                                       296,437.10     077-060-161149-6     ANILLO                                                328,091.90

077-060-161208-1      LOTE ALHAJAS                                    4,185,022.00     077-060-161219-8     LOTE ALHAJAS 14.4GRS                    142,515.50

077-060-161484-2      ANILLOS                                                  115,294.60     077-060-161500-4     PULSERA                                              564,466.65

077-060-161540-7      LOTE ALHAJAS                                       181,928.55     077-060-161543-0     LOTE ALHAJAS 42.7GRS                    411,321.40

077-060-161545-9      LOTE ALHAJAS                                       438,155.75     077-060-161601-0     LOTE ALHAJAS                                  897,748.95

077-060-161603-9      LOTE ALHAJAS                                       437,530.35     077-060-161682-9     LOTE ALHAJAS                                  190,840.80

077-060-161735-8      ANILLO                                                    259,500.20     077-060-161785-5     LOTE DE ALHAJAS                             287,491.50

077-060-161842-0      PULSERA                                                  628,616.25     077-060-161863-0     LOTE ALHAJAS                                   239,391.00

077-060-161865-0      LOTE ALHAJAS                                       599,446.50     077-060-161895-0     LOTE DE ALHAJAS                             531,345.15

077-060-161996-5      TOTAL ALHAJAS 71.2GRS                      566,405.70     077-060-162032-0     LOTE DE ALHAJAS                          4,595,291.95

077-060-162099-0      CADENA                                                   367,751.75     077-060-162120-1     ANILLO PULSERA                               394,825.75

077-060-162132-1      LOTE ALHAJAS 53.2GRS                        418,759.70     077-060-162135-6     LOTE ALHAJAS                                   463,236.70

077-060-162137-3      LT DE ALHAJAS                                      221,195.35     077-060-162148-3     LOTE ALHAJAS                                   972,238.95

077-060-162164-0      8 ANILLOS                                               137,465.15     077-060-162189-0     LOTE ALHAJAS                                   243,050.70

077-060-162194-0      LOTE DE ALHAJAS                                 111,405.55     077-060-162220-3     LOTE DE ALHAJAS                          4,154,058.55

077-060-162340-2      LOTE ALHAJAS 99.1GRS                        738,828.85     077-060-162385-7     LOTE ALAHAJAS 17.7GRS                 104,556.80

077-060-162386-0      LOTE ALHAJAS 14.3GRS                        137,574.75     077-060-162392-5     LOTE ALHAJAS                                   540,943.60

077-060-162509-3      LOTE DE ALHAJAS                                 797,645.10     077-060-162563-6     LOTE ALHAJAS                                   340,535.60

077-060-162667-4      LOTE ALHAJAS 54.1GRS                        371,840.90     077-060-162679-8     PULSERA                                              634,743.30

077-060-162760-7      CADE. C RELOJ                                        770,985.05     077-060-162764-3     PULSERA                                              938,783.30

077-060-162814-0      LOTE ALHAJAS                                    1,404,015.00     077-060-162824-2     LOTE ALHAJA 21.4GRS                      276,946.35

077-060-162825         8 ANILLO                                                 166,059.85     077-060-162963-3     LOTE ALHAJAS                                   416,838.15

077-060-163014-4      LOTE ALHAJAS 22.3GRS                        168,949.80     077-060-163037-2     LOTE ALHAJA 64.5GRS                      699,621.00

077-060-163038-8      LOTE ALHAJAS 63.90GRS                      727,904.50     077-060-163047-7     LOTE ALHAJAS                                  321,345.20

077-060-163075-0      LOTE DE ALHAJAS                                 452,945.95     077-060-163092-0     LOTE DE ALHAJAS                             628,728.05

077-060-163094-0      LT DE ALHAJAS                                      507,937.35     077-060-163123-5     2 ANILLOS                                           333,402.25

077-060-163134-1      LOTE DE ALHAJAS                              1,750,675.70     077-060-163200-9     LOTE ALHAJAS                                   124,742.35

077-060-163210-1      MONEDAS                                                269,235.15     077-060-163301-4     LOTE ALHAJAS                                   585,544.75

077-060-163302-8      LOTE ALHAJAS                                    1,111,039.05     077-060-163319-1     LOTE DE ALHAJAS                          3,087,759.10

077-060-163348-8      LOTE DE ALHAJAS                              2,537,803.60     077-060-163352-3     LOTE DE ALHAJASS                           393,150.55

077-060-163626-9      LOTE DE ALHAJAS                                 617,088.45     077-060-163642-8     LOTE ALHAJAS 33.1GRS                    244,516.00

077-060-163652-0      LOTE ALHAJAS                                    1,366,279.30     077-060-163663-9     LOTE ALHAJAS                                   313,607.90

077-060-163672-8      LOTE DE ALHAJAS                                 886,881.25     077-060-163685-5     LOTE ALHAJAS 22.1GRS                    152,840.20

077-060-163687-2      LOTE ALHAJAS                                       265,985.90     077-060-163688-8     LOTE ALHAJAS                                  477,296.75

077-060-163704-6      LOTE ALHAJAS 103.9GRS                      918,511.00     077-060-163711-6     LOTE DE ALHAJAS                          2,030,914.30

077-060-163814-0      LT DE ALHAJAS                                      204,836.30     077-060-163835-1     LOTE ALHAJAS 19.0GRS                    221,556.45

077-060-163884-3      LT DE ALHAJAS                                      729,897.05     077-060-163903-6     LOTE ALHAJAS                                   575,474.80

077-060-163923-1      LOTE ALHAJAS 40.6GRS                        309,138.00     077-060-163935-3     LOTE ALHAJAS                                1,092,078.60

077-060-164138-0      LOTE ALHAJAS                                         89,886.60     077-060-164152-0     LOTE ALHAJAS                                   353,734.50

077-060-164168-0      LOTE ALHAJAS                                       105,567.30     077-060-164203-2     LOTE ALHAJAS                                   552,609.90

077-060-164218-7      LOTE ALHAJAS 41.5GRS                        302,987.85     077-060-164232-5     LOTE ALHAJAS                                   258,891.00

077-060-164277-1      LOTE ALHAJAS                                       242,833.80     077-060-164299-6     LT DE ALHAJAS                                  221,684.95

077-060-164325-9      LOTE DE ALHAJAS                                 230,272.00     077-060-164330-0     LOTE ALHAJAS 22.4GRS                    156,375.50

077-060-164334-6      LOTE DE ALHAJAS                                 591,568.80     077-060-164346-0     3ANILLOS                                            116,140.20

077-060-164419-4      LOTE ALHAJAS                                       103,535.35     077-060-164443-9     CADENA                                               147,559.40

077-060-164445-8      LOTE ALHAJAS                                      889,428.10     077-060-164448-0     LOTE ALHAJAS                                   281,947.15

077-060-164465-3      LOTE DE ALHAJAS                              1,216,172.65     077-060-164478-0     LOTE DE ALHAJAS                             739,759.75

077-060-164492-9      LOTE DE ALHAJAS                              1,136,514.85     077-060-164497-0     LOTE ALHAJAS                                   330,827.00

077-060-164503-0      CADENA C DIJE, PULSERAS                   206,617.00     077-060-164525-4     LOTE ALHAJAS                                3,899,819.65

077-060-164527-1      CADENA                                                   304,359.15     077-060-164547-9     LOTE ALHAJAS                                   493,451.60

077-060-164555-4      LOTE ALHAJAS                                    1,620,402.25     077-060-164571-3     LOTE ALHAJS 68.9GRS                       618,837.45

077-060-164597-4      LOTE ALHAJAS                          AT           80,876.35     077-060-164598-0     CADENA                                 AT         219,574.20

077-060-164702-8      2ANILLOS                                   AT         108,689.75     077-060-164705-2     LOTE ALHAJAS                     AT         175,595.75

077-060-164768-3      LT DE ALHAJAS                         AT           67,551.55     077-060-164779-1     LOTE ALHAJAS                     AT         348,162.45

077-060-164780-6      LT DE ALHAJAS                         AT         307,270.90     077-060-164784-2     LOTE DE ALHAJAS               AT         192,838.50

077-060-164796-4      LOTE DE ALHAJAS                    AT         134,942.85     077-060-164808-7     LOTE ALHAJAS 49.7GRS      AT         776,185.80

077-060-164821-1      LOTE ALHAJAS                          AT         857,754.55     077-060-164857-7     LOTE ALHAJAS                     AT         291,585.70

077-060-164864-7      LOTE ALHAJAS                          AT      2,351,214.55     077-060-164865-2     LOTE DE ALHAJAS               AT         273,410.20

077-060-164868-5      LT DE ALHAJAS                         AT         351,232.90     077-060-164871-9     LOTE ALHAJAS                     AT         987,211.15

077-060-164872-2      LOTE ALHAJAS                          AT      1,121,830.85     077-060-164873-8     LOTE ALHAJAS                     AT      1,121,830.85

077-060-164894-7      1 ANILLO                                    AT           66,037.15     077-060-164919-5     LOTE ALHAJAS                     AT         578,463.20

077-060-164959-8      LOTE ALHAJAS                          AT         115,299.95     077-060-164961-6     LOTE ALHAJAS 44.3GRS      AT         380,489.75

077-060-165003-0      LT DE ALHAJAS                         AT         434,091.65     077-060-165034-1     LOTE ALHAJAS                     AT      1,617,926.10

077-060-165035-7      LOTE ALHAJAS 33.3GRS           AT         274,171.15     077-060-165036-0     LOTE ALHAJAS 48.8GRS      AT         342,713.90

077-060-165043-2      LT DE ALHAJAS                         AT      1,024,626.75     077-060-165050-2     LT DE ALHAJAS                    AT        312,276.40

077-060-165076-5      LOTE ALHAJAS 7.2GRS             AT           58,705.15     077-060-165078-4     LOTE ALHAJAS 9.9GRS        AT           81,284.15

077-060-165089-0      LT DE ALHAJAS                         AT      1,233,335.15     077-060-165095-7     LOTE ALHAJAS 62.4GRS      AT         820,125.80

077-060-165100-9      LT DE ALHAJAS                         AT         880,619.50     077-060-165102-6     LOTE ALHAJAS                     AT      1,276,239.90

077-060-165103-1      LOTE ALHAJAS                          AT      1,625,868.55     077-060-165107-8     LT DE ALHAJAS                    AT         204,044.65

077-060-165112-9      LOTE ALHAJAS                          AT         162,055.65     077-060-165118-6     2 ANILLOS                             AT           41,323.40

077-060-165120-4      ANILLO                                       AT         353,449.40     077-060-165131-0     LOTE ALHAJAS                     AT         167,044.50

077-060-165134-3      LOTE ALHAJAS 97.6GRS           AT         816,713.85     077-060-165136-2     LOTE ALHAJAS 30.5GRS      AT         370,055.55

077-060-165137-6      LOTE ALHAJAS                          AT         180,571.15     077-060-165138-1     LOTE ALHAJAS                     AT         554,761.95

077-060-165157-3      ANILLO BRILLANTES               AT         188,974.95     077-060-165177-0     LOTE DE ALHAJAS               AT         845,743.35

077-060-165201-4      LOTE DE ALHAJAS                    AT         641,078.15     077-060-165211-7     LT DE ALHAJAS                    AT         989,868.65

077-060-165214-0      LOTE ALHAJAS                          AT         161,161.20     077-060-165220-6     3ANILLOS                              AT         154,013.65

077-060-165267-8      LOTE ALHAJAS                          AT         673,527.60     077-060-165299-7     LOTE DE ALHAJAS               AT         527,750.90

077-060-165306-8      LOTE ALHAJA 14.4GRS             AT         116,054.20     077-060-165324-4     LOTE ALHAJAS                     AT         665,030.70

077-060-165328-2      LOTE ALHAJAS                          AT         583,801.10     077-060-165371-9     LOTE ALHAJAS                     AT         567,311.55

077-060-165380-8      ANILLO BRILLANTES               AT           52,428.40     077-060-165381-1     2ANILLOS                              AT           55,042.85

077-060-165390-0      LOTE DE ALHAJAS                    AT         146,551.40     077-060-165395-2     LOTE ALHAJAS 14.1GRS      AT         118,413.55

077-060-165403-7      1 PULSERA                                 AT         108,812.80     077-060-165413-0     LT DE ALHAJAS                    AT         678,350.75

077-060-165416-2      1 ANILLO                                    AT           70,925.70     077-060-165418-1     LOTE ALHAJAS                     AT         300,558.00

077-060-165461-6      LOTE ALHAJAS                          AT           75,536.80     077-060-165466-8     LOTE ALHAJAS 31.2GRS      AT         389,927.25

077-060-165483-2      LOTE ALHAJAS                          AT         536,209.30     077-060-165488-4     LOTE ALHAJAS 49.4GRS      AT      1,678,738.05

077-060-165517-0      LOTE ALHAJAS                          AT           61,153.35     077-060-165519-9     LOTE ALHAJAS 6.3GRS        AT           49,412.75

077-060-165525-5      LOTE DE ALHAJAS                    AT         123,930.90     077-060-165528-8     LOTE ALHAJAS                     AT           94,464.55

077-060-165537-5      LOTE DE ALHAJAS                    AT           89,960.50     077-060-165545-2     LOTE ALHAJAS                     AT         694,448.50

077-060-165564-2      LOTE ALHAJAS 6.7GRS             AT           53,917.20     077-060-165566-1     LOTE ALHAJAS                     AT      1,458,530.35

077-060-165572-8      LOTE ALHAJAS                          AT         149,931.85     077-060-165600-0     LOTE ALHAJAS                     AT         840,730.20

077-060-165618-7      LOTE ALHAJAS                          AT           62,520.80     077-060-165621-9     LOTE ALHAJAS                     AT         229,928.30

077-060-165623-8      LOTE ALHAJAS                          AT         280,727.90     077-060-165625-7     LOTE ALHAJAS 20.9GRS      AT         171,649.10

077-060-165635-0      LOTE ALHAJAS 34.5GRS           AT         274,591.95     077-060-165671-6     LOTE ALHAJAS 12.4GRS      AT           96,476.85

077-060-165677-1      LT DE ALHAJAS                        AT        180,682.20     077-060-165684-1     ANILLO                                  AT         118,841.70

077-060-165695-0      1 GARGANTILLA                       GG      1,316,790.95     077-060-165702-9     LT DE ALHAJAS                    AT      1,456,312.85

077-060-165703-4      LOTE ALHAJAS                          AT      1,816,263.45     077-060-165707-0     LOTE ALHAJAS 92.5GRS      AT      1,066,500.65

077-060-165727-6      LOTE ALHAJAS                          AT         192,525.85     077-060-165736-5     LOTE ALHAJAS                     AT         934,302.75

077-060-165778-9      LOTE DE ALHAJAS                    AT         756,407.95     077-060-165801-7     LOTE ALHAJAS                     AT         155,275.60

077-060-165813-9      LOTE ALHAJAS                          AT         266,110.70     077-060-165816-1     LOTE ALHAJAS                     AT         253,722.35

077-060-165825-0      LT DE ALHAJAS                         AT         578,609.10     077-060-165835-3     LOTE ALHAJA 10.6GRS        AT         156,506.70

077-060-165855-0      ANILLOS                                     AT         105,296.05     077-060-165883-1     ANILLOS RELOJES                AT      1,971,688.00

077-060-165888-3      LOTE DE ALHAJAS                    AT         393,782.10     077-060-165897-0     2 ANILLOS                             AT           89,425.35

077-060-165898-6      ANILLO                                       AT         584,044.40     077-060-165903-8     LOTE DE ALHAJAS               AT      1,124,522.35

077-060-165911-1 5   ANILLOS                                     AT           63,816.50     077-060-165917-7     ANILLO                                  AT           99,008.20

077-060-165918-2      LT DE ALHAJAS                         AT         275,337.05     077-060-165925-2     CADENA PULSERA                AT      5,374,460.75

077-060-165935-5      ANILLOS, CADE. DIJE               AT         218,566.15     077-060-165948-2 CADENA                                     AT         209,677.00

077-060-165952-8      LT DE ALHAJAS                         AT         931,540.50     077-060-165963-6     LOTE DE ALHAJAS               AT         618,279.05

077-060-165964-0      LOTE ALHAJAS                          AT         266,815.35     077-060-165968-8     LOTE ALHAJAS                     AT         255,398.25

077-060-165970-8      LOTE DE ALHAJAS                    AT         947,145.75     077-060-165976-3     LOTE ALHAJAS                     AT      1,221,603.75

077-060-165982-8      LT DE ALHAJAS                         AT         645,781.05     077-060-165997-2     LOTE ALHAJAS                     AT         452,610.70

077-060-165998-8      LT DE ALHAJAS                         AT         592,971.70     077-060-166027-2     1 ANILLO                               AT         128,118.95

077-060-166034-2      LT DE ALHAJAS                         AT         170,256.65     077-060-166046-6     ANILLO, PIZ. PF                     AT         171,724.05

077-060-166065-8      LOTE ALHAJAS                          AT         261,502.35     077-060-166109-8     LOTE ALHAJAS                     AT         131,878.55

077-060-166138-2      LOTE ALHAJAS                          AT         126,778.90     077-060-166161-1     ARGOLLAS, CADENA DIJES        AT           64,973.30

077-060-166163-0      ANILLOS                                     AT           76,371.95     077-060-166168-2     LOTE ALHAJAS                     AT         180,960.00

077-060-166169-6      ANILLO                                       AT           76,655.15     077-060-166177-1     LOTE ALHAJAS                     AT         254,197.75

077-060-166184-1      LOTE DE ALHAJAS                    AT         207,647.05     077-060-166233-2     LT DE ALHAJAS                    AT        142,701.45

077-060-166235-1      LOTE ALHAJAS                          AT         716,972.50     077-060-166254-3     LOTE ALHAJAS                     AT         767,902.45

077-060-166264-6      ANILLO                                       AT         154,794.85     077-060-166267-9     LOTE ALHAJAS                     AT         107,910.60

077-060-166269-8      LOTE DE ALHAJAS                    AT         325,585.15     077-060-166271-8     CADENAS DIJES                    AT        586,890.40

077-060-166278-9      1 ANILLO                                    AT         206,398.10     077-060-166279-2     LOTE ALHAJAS                     AT         606,343.10

077-060-166280-7      LT DE ALHAJAS                         AT         221,378.25     077-060-166289-5     LT DE ALHAJAS                    AT         208,668.65

077-060-166335-3      LT DE ALHAJAS                         AT      2,013,767.90     077-060-166342-3     CADENA                                 AT         167,567.25

077-060-166353-1      PULSERAS                                  AT         544,484.40     077-060-166373-9     LOTE ALHAJAS                     AT         654,270.90

077-060-166386-4      LT DE ALHAJAS                         AT         155,067.85     077-060-166388-3     LOTE ALHAJAS                     AT         466,644.80

077-060-166406-0      LOTE ALHAJAS                          AT           52,052.05     077-060-166414-4     LOTE ALHAJAS                     AT         856,189.00

077-060-166429-9      ANILLOS                                     AT           80,738.55     077-060-166435-5     LOTE ALHAJAS                     AT         126,783.95

077-060-166437-2      LOTE ALHAJAS                          AT      1,801,112.20     077-060-166440-8     CADENA 2 DIJES PULSERA  AT         133,464.50

077-060-166454-7      LOTE ALHAJAS                          AT         219,182.55     077-060-166462-0     LOTE ALHAJAS                     AT         557,398.15

077-060-166473-0      LOTE DE ALHAJAS                    AT         602,592.45     077-060-166498-8     1RELOJ                                   AT         121,314.25

077-060-166500-9      LOTE DE ALHAJAS 10                            329,281.45     077-060-166508-3     CADENAS PULSERAS            AT           89,514.95

077-060-166522-1      LT DE ALHAJAS                         AT         937,913.20     077-060-166525-6     LT DE ALHAJAS                    AT         122,088.20

077-060-166528-9      LOTE DE ALHAJAS                    AT         421,080.35     077-060-166533-0     LOTE ALHAJAS                     AT         250,729.80

077-060-166535-9      LOTE ALHAJAS                          AT      1,104,179.35     077-060-166549-0     LOTE ALHAJAS                     AT           68,510.75

077-060-166550-4      PULSERA                                    AT         154,009.15     077-060-166552-1     LOTE ALHAJAS                     AT         459,728.95

077-060-166558-9      LOTE ALHAJAS                          AT         567,765.20

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER  REMATE: 349                   226,282,505.00

077-060-160300-8      PULSERA                                               1,114,521.35     077-060-160372-8     ANILLOS BRILLANTES                      223,254.20

077-060-163838-4      LOTE ALHAJAS                                         62,411.95     077-060-164799-7     LOTE ALHAJAS 131.0GRS    AT      1,709,574.60

077-060-165108-3      LOTE ALHAJAS                          AT         324,588.50     077-060-165178-6 1  CADENA 1PULSERA              AT         601,433.40

077-060-165359-6      LOTE ALHAJAS                          AT         724,598.20     077-060-165428-4     LOTE ALHAJAS 47.1GRS      AT         485,469.75

077-060-165732-7      LOTE ALHAJS 10.7GRS             AT         250,529.30     077-060-165742-1     PULSERA                                AT         333,082.00

077-060-165766-5      LOTE ALHAJAS 24.5GRS           AT         181,383.50     077-060-165775-6     LOTE ALHAJA 7.7GRS.         AT           58,884.65

077-060-165809-1      PULSERA                                    AT         345,803.75     077-060-165822-6     TOTAL ALHAJAS 7.3GRS      AT         302,787.70

077-060-165832-9      ANILLO                                       AT           35,915.00     077-060-165838-6     LOTE ALHAJAS 29.2GRS      AT         350,823.70

077-060-165875-8      LOTE ALHAJAS 21.6GRS           AT         167,176.85

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE  17                      7,272,238.40

AGENCIA 79

ALHAJAS

Operación                      Descripción                                       Base Remate           Operación                 Descripción                                    Base Remate

079-060-846429-9      LOTE ALHAJAS                                       774,725.25     079-060-847042-9     LOTE ALHAJAS                                   121,144.10

079-060-847085-6      LOTE ALHAJAS                                       111,677.20     079-060-847900-7     LOTE ALHAJAS                                1,962,036.10

079-060-847914-6      LOTE ALHAJAS                                       346,285.10     079-060-848097-7     LOTE ALHAJAS                                  626,445.40

079-060-848206-9      LOTE ALHAJAS                                       562,946.80     079-060-848954-0     LOTE ALHAJAS                     AT         264,874.60

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 8                            4,770,134.55

AGENCIA 85

Operación                      Descripción                                       Base Remate           Operación                 Descripción                                    Base Remate

085-060-855052-0 LOTE DE  ALHAJAS                               2,056,062.85    085-060-855444-4   LOTE DE ALHAJAS                              281,292.40

085-060-856661-3      LOTE DE ALHAJAS                    AT         239,645.15

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 3                            2,577,000.40

AGENCIA 90

ALHAJAS

Operación                      Descripción                                       Base Remate           Operación                 Descripción                                    Base Remate

090-060-857694-7      LT ALHAJAS                                            530,355.70     090-060-857707-3     LT ALHAJAS                                          66,553.15

090-060-858075-5      LOTE ALHAJAS                          AT         239,381.30     090-060-858185-0     LT ALHAJAS                          AT         137,454.75

090-060-858300-6      LT ALHAJAS                               AT         175,505.60     090-060-858397-3     LT ALHAJAS                          AT         361,570.25

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER  REMATE: 6                           1,510,820.75

Greivin Fernández Hernández, Técnico en Servicios y Operaciones Bancarias.—1 vez.—O. C. Nº 02-2015.—Solicitud Nº 27039.—C-626840.—(IN2015007546).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

AVISO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señora Yesenia Urtecho Sandoval cédula 06-0266-0659, ha solicitado la reposición de los siguientes documentos los cuales fueron extraviados. Certificado de depósito a plazo Nº 502-300-5029054 por la suma de ¢8.900.000,00 (ocho millones novecientos mil colones 00/100), el cual venció el día 23 de diciembre del 2014. Cupón de interés 1006570 por la suma de ¢278.391,82 (doscientos setenta y ocho mil trescientos noventa y un colones con 82/100), todos los documentos anteriores a nombre de Yesenia Urtecho Sandoval cédula 06-0266-0659. Dichos documentos fueron emitidos por el Banco Crédito Agrícola de Cartago. Lo anterior para dar cumplimiento con lo que estipula nuestro Código de Comercio Artículos 708 y 709. Transcurrido el término de quince días a partir de la última publicación, se repondrá dicho Título Valor.—Cartago, 5 de enero del 2015.—Eliette Granados Ortiz, Plataforma de Servicios.—(IN2015003856).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ORI-84-2015.—Barboza Elizondo Miguel Ángel, costarricense, 1 1152 0030. Ha solicitado reposición de los títulos de Licenciatura en Medicina y Cirugía y Especialista en Neurología. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los doce días del mes de enero del año dos mil quince.—MBA José Rivera Monge, Director.—(IN2015003992).

ORI-5144-2014.—López Alezard Evelyn Georgina, R-413-2014, residente 186200361017, solicitó reconocimiento y equiparación del título LicenciadA en Administración Comercial, Universidad Católica Andrés Bello, Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 10 de diciembre del 2014.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 130859.—Solicitud Nº 26062.—C-25300.—(IN2015004573).

ORI-5310-2014.—Angulo Medrano Amparo Guadalupe, R-81-2012-B, cédula 9-0106-0516, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciada Química Farmacéutica, Universidad “Jean Jacques Rousseau”, Nicaragua. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 18 de diciembre de 2014.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 130859.—Solicitud Nº 26205.—C-36260.—(IN2015004576).

ORI-5160-2014.—Boza Gaitán César Antonio, R-400-2014, pasaporte c01750063, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Medicina y Cirugía, Universidad Americana, Nicaragua. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 11 de diciembre del 2014.—Mba. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 130859.—Solicitud Nº 26208.—C-35090.—(IN2015004582).

ORI-5181-2014.—García Zertuche Alejandra, R-425-2014, residente 148400063109, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciada en Derecho, Universidad Mexicana, México. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 11 de diciembre del 2014.—Mba. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 130859.—Solicitud Nº 26213.—C-34630.—(IN2015004583).

ORI-5237-2014.—Mc Gregor Sanabria Juan Gabriel, R-417-2014, cédula 1 1248 0782, solicitó reconocimiento y equiparación del título Magíster en Geomática, Universidad de Santiago de Chile, Chile. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 15 de diciembre del 2014.—Mba. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 130859.—Solicitud Nº 26216.—C-34680.—(IN2015004585).

ORI-5188-2014.—Noguera Salgado Norman, R-421-2014, cédula N° 111420631, solicitó reconocimiento y equiparación del título Maestría en Ciencias en Matemática Pura, Universidad de Puerto Rico, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 11 de diciembre del 2014.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N° 26218.—C-35.800.—(IN2015004586).

ORI-5195-2014.—Pazos Ruiz Andreina, R-371-2014-B, pasaporte N° 097750228, solicitó reconocimiento y equiparación del título Especialista en Periodoncia, Pontificia Universidad Javeriana, Colombia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de diciembre del 2014.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N° 26220.—C-35.340.—(IN2015004587).

ORI-5061-2014.—Retana Alvarado Camilo José, R-401-2014, cédula N° 111900679, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Filosofía, Universidad Nacional de la Plata, Argentina. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 4 de diciembre del 2014.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N° 26221.—C-35.090.—(IN2015004588).

ORI-5241-2014.—Salas Hidalgo María Elvira, R-390-2014, cédula N° 2-0459-0522, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctora por la Universidad Complutense de Madrid, Universidad Complutense de Madrid, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 15 de diciembre del 2014.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N° 26223.—C-36.570.—(IN2015004592).

ORI-5520-2014.—Sepúlveda Muñoz Francisco Javier, R-428-2014, pasaporte N° AAD336483, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciado en Derecho, Universidad Málaga, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 18 de diciembre del 2014.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N° 26224.—C-34.830.—(IN2015004594).

ORI-5236-2014.—Serrano García Manuel Antonio, R-427-2014, cédula N° 1-0863-0677, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster en Administración de Negocios, Nova Southeastern University, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de diciembre del 2014.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N° 26225.—C-35.650.—(IN2015004595).

ORI-5212-2014.—Trejos Rodríguez Tatiana, R-416-2014, cédula N° 108780881, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctorado en Filosofía en Química, Universidad Internacional de La Florida, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de diciembre del 2014.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N° 26227.—C-36.260.—(IN2015004596).

ORI-5111-2014.—Turner Kylan Sara, R-398-2014, pasaporte N° 485455465, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctorado en Filosofía, Universidad de Pittsburgh, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 9 de diciembre del 2014.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N° 26228.—C-34.880.—(IN2015004597).

ORI-5235-2014.—Waisleder Goldberg Andrés Mehir, R-420-2014, cédula N° 1-0891-0265, solicitó reconocimiento y equiparación del título Maestría en Administración de Negocios, Universidad de Derby, Inglaterra. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de diciembre del 2014.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N° 26229.—C-35.090.—(IN2015004598).

ORI-5306-2014.—Barrantes Espinoza David, R-424-2014, cédula N° 1-1027-0307, solicitó reconocimiento y equiparación del título Médico Cirujano, Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla, México. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 18 de diciembre del 2014.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N° 26223.—C-35.600.—(IN2015004599).

ORI-4794-2014.—Trejos Rodríguez Tatiana, R-416-2014-B, cédula N° 108780881, solicitó reconocimiento y equiparación de la Maestría de Ciencias en Ciencias Forenses, Universidad Internacional de La Florida, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de diciembre del 2014.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N° 26450.—C-36.210.—(IN2015004600).

ORI-5244-2014.—Tello Sucre Carolina, R-423-2014, residente N° 186200045208, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciado en Idiomas Modernos, Universidad Metropolitana, Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 15 de diciembre del 2014.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130859.—Solicitud N° 26453.—C-34.680.—(IN2015004601).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

VICERRECTORÍA EJECUTIVA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Viviana Berrocal Carvajal, costarricense, cédula 1-578-821, ha solicitado reconocimiento y equiparación del título de Doctorado en Educación, de Nova Southeastern University de Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Sabanilla, 15 de enero del 2015.—Lic. Susana Saborío Álvarez, Jefa.—(IN2015004334).

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS  PÚBLICOS

INTENDENCIA DE ENERGÍA

RIE-011-2015.—A las 09:40 horas del 2 de febrero de 2015.

Variación de precios de los combustibles que expende RECOPE por actualización del impuesto único. Expediente ET-007-2015.

Resultando:

I.—Que el 5 de enero de 2015, mediante Decreto Ejecutivo N° 38836-H, publicado en La Gaceta N° 21 del 30 de enero de 2015, el Ministerio de Hacienda, en cumplimiento de lo que establece la Ley N° 8114  de Simplificación y Eficiencia Tributarias, del 4 de julio de 2001, publicada en Alcance N° 53 a La Gaceta N° 131 del 9 de julio de 2001, actualizó los montos del impuesto único por tipo de combustible.

II.—Que el 23 de enero de 2015, mediante la resolución RIE-009-2015, publicada en La Gaceta N° 18 el 27 de enero de 2015, fijó los precios vigentes de los combustibles.

III.—Que de conformidad con lo establecido en el inciso b) del artículo 3° de la Ley N° 8114 de Simplificación y Eficiencia Tributarias, corresponde a la Autoridad Reguladora establecer el precio de los combustibles en el plazo máximo de dos días hábiles, por actualización del impuesto único a los combustibles.

IV.—Que el 2 de febrero de 2015, mediante el oficio 0170-IE-2015, la Intendencia de Energía, emitió el respectivo estudio técnico sobre la presente gestión tarifaria.

V.—Que en los plazos y procedimientos se han observado las prescripciones de ley.

Considerando:

I.—Que del estudio 0170-IE-2015, que sirve de base para la presente resolución, conviene extraer lo siguiente:

[…]

I.        ANTECEDENTES

1.     El 5 de enero de 2015, mediante Decreto Ejecutivo N° 38836-H, publicado en La Gaceta N° 21 del 30 de enero de 2015, el Ministerio de Hacienda, en cumplimiento de lo que establece la Ley N° 8114 de Simplificación y Eficiencia Tributarias, del 4 de julio de 2001, publicada en Alcance N° 53 a La Gaceta N° 131 del 9 de julio de 2001, actualizó los montos del impuesto único por tipo de combustible.

2.     El 23 de enero de 2015, mediante la resolución RIE-009-2015, publicada en La Gaceta N° 18 el 27 de enero de 2015, fijó los precios vigentes de los combustibles.

3.     De conformidad con lo establecido en el inciso b) del artículo 3° de la Ley N° 8114 de Simplificación y Eficiencia Tributarias, corresponde a la Autoridad Reguladora establecer el precio de los combustibles en el plazo máximo de dos días hábiles, por actualización del impuesto único a los combustibles.

II.      ANÁLISIS DEL AJUSTE TARIFARIO

           Con base en el Decreto N° 38836-H, la Intendencia de Energía procedió a realizar la modificación de los precios de los combustibles que expende la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. (Recope) en sus planteles y, como consecuencia, en los precios al consumidor final de distribuidores con y sin punto fijo de venta, así como el gas licuado del petróleo -LPG- en su cadena de distribución.

           Según se indica en el decreto citado, el impuesto único a los combustibles vigentes se debe ajustar en un -0,16%, por la variación en la inflación para el período comprendido entre los meses de setiembre a diciembre de 2014 -la Ley N° 8114 establece como límite máximo un ajuste del 3,00%, aun cuando la inflación del período sea superior a este porcentaje-.

           Un comparativo entre el impuesto por litro que se aplica actualmente y los nuevos montos fijados por el Ministerio de Hacienda, se presenta en el siguiente cuadro:

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

           De acuerdo con lo anterior, los precios al consumidor final de la gasolina superior, la gasolina plus, diésel 0,005% S, diésel 0,50% S, keroseno, Av-gas y Jet A-1 general se verán afectados en planteles de Recope, distribuidores sin punto fijo de venta y estaciones de servicio. Los demás productos no variarían puesto que el monto del impuesto propuesto no cambia con respecto al vigente.

III.     CONCLUSIONES

1.     Los montos del impuesto único a los combustibles que se aplican actualmente se ajustaron en -0,16% según el Decreto N° 38836-H.

2.     El ajuste final en los precios de la gasolina superior, la gasolina plus, diésel 0,005% S, diésel 0,50% S, keroseno, Av-gas y Jet A-1 general que expende Recope en plantel de abasto, se debe a la actualización de los montos del impuesto único a los combustibles, según lo establecido en la Ley N° 8114.

3.     El ajuste del impuesto único por tipo de combustible; ocasiona modificación en los precios al consumidor final.

[…]

II.—Que de conformidad con los resultandos, considerandos precedentes y el mérito de los autos, lo procedente es ajustar los precios de los combustibles, tal y como se dispone. Por tanto,

EL INTENDENTE DE ENERGÍA,

RESUELVE:

I.—Fijar los precios de los combustibles derivados de los hidrocarburos, que vende la Refinadora Costarricense de Petróleo, S. A., según el siguiente detalle:

a.     Precios en planteles de abastecimiento:

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

        Precios a la flota pesquera nacional no deportiva exonerado del impuesto único a los combustibles:

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

b.     Precios en estación de servicio con punto fijo -consumidor final-:

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

c.     Precios para distribuidor sin punto fijo -consumidor final-:

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

d.     Precios del gas licuado del petróleo -LPG- al consumidor final mezcla 70-30:

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

e.     Precios del gas licuado del petróleo -LPG- rico en propano al consumidor final:

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

II.—Una vez que exista la obligación por parte de Recope de suministrar el diésel 15 (15ppm) en lugar del diésel 50 (0,005% S), el precio del mismo será el siguiente y el cual se actualizará en cada fijación tarifaria:

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

III.—Indicar que los precios establecidos en la resolución RIE-009-2015 del 23 de enero de 2015, publicada en el La Gaceta N° 21 el 27 de enero de 2015 que no se varíen expresamente mediante esta resolución continúan vigentes.

IV.—Establecer que los precios rigen a partir del día siguiente a su publicación en La Gaceta.

En cumplimiento de lo que ordenan los artículos 245 y 345 de la Ley General de la Administración Pública (L. G. A. P.) se informa que contra esta resolución pueden interponerse los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante el Intendente de Energía, al que corresponde resolverlo y los de apelación y de revisión podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos.

De conformidad con el artículo 346 de la Ley General de la Administración Pública, los recursos de revocatoria y de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días hábiles contado a partir del día hábil inmediato siguiente al de la notificación y, el extraordinario de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de dicha ley.

Publíquese y notifíquese.—Juan Manuel Quesada, Intendente de Energía.—1 vez.—O. C. N° 8377-2015.—Solicitud N° 27043.—C-244.100.—(IN2015007495).

ENERGÍA GAS LICUADO DE PETRÓLEO

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA

Audiencia Pública para exponer la siguiente propuesta planteada por la empresa Gas Nacional Zeta S.A, para incrementar el margen de comercialización para envasadores de GLP, según se detalla:

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

La Audiencia Pública se llevará a cabo el día martes 3 de marzo del 2015 a las 17 y 15 minutos por medio del sistema de videoconferencia (*) en los  siguientes lugares: Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Tribunales de Justicia ubicados en los centros de: Cartago, Ciudad Quesada, Heredia, Liberia, Limón, Pérez Zeledón y Puntarenas; y en forma presencial en el Salón Parroquial de Bribri que se ubica al frente de la Escuela Líder de Bribri, Limón.

Quien tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia: en forma oral en la audiencia pública (para lo cual debe presentar un documento de identidad vigente) o por escrito firmado: ►en la audiencia pública, ►o en las oficinas de la Autoridad Reguladora, en horario regular, hasta el día de realización de la audiencia, ►o por medio del fax 2215-6002 o del correo electrónico (**): consejero@aresep.go.cr hasta la hora programada de inicio de la respectiva audiencia pública.

Las oposiciones o coadyuvancias deben estar sustentadas con las razones de hecho y derecho, indicando un lugar exacto, o un medio (correo electrónico, número de fax o apartado postal), para efectos de notificación por parte de la ARESEP, y presentar documento de identificación aceptado en el país, o copia de dicho documento si es interpuesta por escrito.

Las personas jurídicas deben interponer la oposición o coadyuvancia por medio del representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

Se informa que la propuesta se tramita en el expediente ET-173-2014, y se puede consultar en las instalaciones de la ARESEP y en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr (Expedientes).

Asesorías e información adicional: comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2506-3359 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr

(*)Si por motivo de fuerza mayor o caso fortuito la audiencia pública no se puede realizar por el sistema de videoconferencia, ésta se celebrará en forma presencial en cada una de las sedes señaladas al efecto.

(**) En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea enviada por medio de correo electrónico, esta debe estar suscrita mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados.

Marta Monge Marín Dirección General de Atención al Usuario.—1 vez.—O. C. Nº 8377-2015.—Solicitud Nº 27006.—(IN2015007589).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

EDICTO

Acuerdo tomado en sesión ordinaria N° 371-2014 del 17 de noviembre del 2014, en el artículo V., según oficio SCM-2483-2014 del 20 de noviembre del 2014. La Municipalidad de Heredia hace saber a quien interese que en el Cementerio Central, existe un derecho a nombre de: Harry Bonilla Salas, fallecido el 16 de enero de 1979, sus hijos desean traspasar el derecho e incluir beneficiarios, indicándose así:

Arrendatario:        Damaris Bonilla Cordero, cédula 4-0100-0900

Beneficiarios:       Gerardo Bonilla Cordero, cédula 4-0090-0919

                                Briance Bonilla Cordero, cédula 4-0096-0362

                                Ricardo Bonilla Cordero, cédula 4-0106-0556

                                Bernal Bonilla Cordero, cédula 4-0110-0433

                                Henry Bonilla Cordero, cédula 4-0117-0868

                                Harry Bonilla Cordero, cédula 4-0093-0589

Lote N° 26 bloque D, con una medida de 6 metros cuadrados, para 4 nichos, solicitud N° 869-079, recibo 707-K y 268, inscrito en folio 28-30 libro 1, el cual fue adquirido en dos compras con fecha 24 de octubre de 1951 y 8 de setiembre de 1953. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios el día 3 de febrero del 2014. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Adriana Bonilla Sequeira, Administradora de Cementerios.— 1 vez.—(IN2015004458).

AVISOS

CONVOCATORIAS

ASOCIACIÓN DE MOTOCICLISMO RECREATIVO

Se convoca a los asociados de la  Asociación de Motociclismo Recreativo (ACOMORE) a la asamblea general ordinaria que se celebrará el día 24 de febrero del 2015,  a las 17:30 horas en primera convocatoria y a las 20:00 horas en segunda convocatoria con el número de asociados presentes. La Asamblea se celebrará en la casa de habitación del Señor Juan Manuel Madriz Fonseca, sita en San Francisco de Dos Ríos, 50 metros oeste, de Súper Mercado Megasuper. La agenda será la siguiente:

Establecimiento del Quórum

Lectura de la Agenda

Informes de

Presidente

Tesorero

Fiscalía

Aprobación de la Administración Período 2014-2015.

Nombramiento de Junta Directiva y Fiscalía para el período 2015-2017.

Mociones de los Asambleístas

Refrigerio

A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 8901-2010, en cuanto a garantizar la paridad de género en la junta directiva y la fiscalía de la asociación, se promueve la participación de mujeres en las nóminas, postulaciones e integración de dichos órganos.

Saniosa, 27 de enero del 2015.—Gerardo Hernández Quirós, Secretario.—Lic. José Carlos Quesada Camacho.— 1 vez.—(IN2015007423).

ASOCIACIÓN DE BIENESTAR SOCIAL

DE LA CIUDAD DE ESCAZÚ

Se convoca a  asamblea general ordinaria y extraordinaria de asociados, a celebrarse en la Biblioteca de Escazú, frente a la Cruz Roja, a las 18:30 horas del 5 de marzo del 2015. Si no hubiere quórum, se celebrará en segunda convocatoria a las 19:00 horas, en el mismo lugar, con cualquier número de asociados presentes.—Escazú, 20 de enero del 2015.—Flora Brenes Castro, Presidenta.—1 vez.—(IN2015007441).

ASOCIACIÓN DE TRANSPORTISTAS

DEL SECTOR ENERGÉTICO

Los suscritos Reinaldo  Quirós Vásquez, en mi condición de Presidente y María del Pilar Rojas Rojas, Secretaria convocan a los socios a la Asamblea General Ordinaria de ATRANSE, cédula jurídica número 3-002-291045, a celebrarse el día veintiocho de febrero del dos mil quince, en la Sala de Eventos Sasoma, dirección exacta 2 km. al este del peaje a Cartago Autopista Florencio del Castillo, se desvía a mano derecha sobre la calle paralela, edificio color terracota de dos pisos. Hora cuatro en primera convocatoria. En caso de no existir quórum necesario  se hará una segunda convocatoria una hora después para la que fue citada la primera. La agenda a tratar tiene como puntos: 1) Informe de la junta directiva. 2) Estado actual del transporte de combustible. 3) Situación estudio tarifario. 4) Elección de junta directiva y fiscal para el período febrero 2015-febrero 2017. 4) Asuntos varios.—Cartago dos de febrero del dos mil quince.—Sr. Reinaldo Quirós Vásquez, Presidente.—1 vez.—(IN2015007558).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.

Para los efectos del artículo 689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

Certificado Nº                        Acciones                       Serie

007049                                     400                                 J

Nombre del accionista: Sandoval Rony Virginia

Folio número 5328.

12 de enero del 2015.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2015003737).

Para los efectos del artículo 689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

Certificado Nº                        Acciones                       Serie

005298                                     800                                 J

Nombre del accionista: Bertrand Ortega Luz A.

Folio número 4376.

12 de enero del 2015.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2015003739).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

UNIVERSIDAD INTERNACIONAL SAN ISIDRO LABRADOR

La Universidad Internacional San Isidro Labrador, comunica que los títulos de Magister en Administración Educativa y Licenciatura en Ciencias de la Educación con Énfasis en Administración Educativa del señor Henry Felixis Espinoza Pérez, cédula de identidad número 5-0314-0728, se extraviaron, por lo cual, la Universidad está tramitando la reposición de los mismos. Cualquier interesado comunicarse a la Universidad Internacional San Isidro Labrador.

San Isidro de El General, 20 de setiembre del 2014.—Mba. Olga Montero Ceciliano, Rectora.—(IN2015004162).

CAMPOSANTO TRINIDAD-PARACITO

La Comisión Administradora del Cementerio Trinidad-Paracito, comunica que las tarifas que regirán durante el año 2015, serán las siguientes:

1.  Cuota de mantenimiento:

A)    Para derechos sencillos:             ¢ 6.750 Trimestrales

B)    Para derechos dobles:                 ¢ 8.750 Trimestrales

2.  Sepelios y exhumación de restos:

A)    En bóveda (aéreo):                     ¢  20.000 Por evento

B)    En bóveda (subterráneo):          ¢  33.000 Por evento

C)    Apertura de osario                       ¢  14.000 Por evento

D)    Exhumación tierra                      ¢  60.000 Por evento

E)    Nichos de alquiler                        ¢ 250.000 Por evento

F)    Traslado restos osario gral.        ¢   30.000 Por evento

3.  Adquisición de derechos: (precio de contado)

A)    Para fosas sencillas:                    ¢ 300.000

B)    Para fosas dobles:                       ¢ 600.000

4.  Renovación de derechos

A)    Para fosas sencillas:                    ¢ 30.000

B)    Para fosas dobles:                       ¢ 60.000

Dagoberto López Rodríguez, Presidente Comisión Administradora.—(IN2015004108).              2 v. 2.

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

INMOBILIARIA ENUR S. A.

Inmobiliaria Enur S. A., cédula jurídica número 3-101-124956, hace del conocimiento público que, de conformidad con los artículos 689 y 690 del Código de Comercio, por motivo de extravío, las siguientes personas han solicitado la reposición de los siguientes certificados de acciones: (i) Ricardo Bonilla Steinvorth cédula 1-0441-0823, Nº 7505, 7622, 7865 representativos de 8, 10 y 10 acciones, (ii) Humberto Camacho Valverde, cédula 3-0122-0962, certificados Nº 1995 y 2014, cada uno representativo de 10 acciones, (iii) Andrea Carvajal Segura cédula 1-0914-0506, certificado Nº 1124 representativo de 20 acciones, (iv) Hernán Varela Herrera cédula 7-0087-0158, certificado Nº 2833 representativo de 36 acciones (v) Jennifer Clarke Steele, cédula 1-0525-0306, certificados Nº 8056, 8365, 8670, 8702, 8809, 8815, 8839, 8867, 8887, 9196, 9277, 9316, 9531, 9858, 10194, 10553, 10580, 10609 representativos de 56, 1, 3, 1, 3, 2, 3, 5, 1, 2, 2, 4, 1, 4, 2, 2, 2, 4 acciones respectivamente, (vi) Alberto Orozco Canossa, cédula 1-0522-0378, certificados Nº 8186, 8280, 8608, 8942 representativos de 136, 3, 2, 2 acciones respectivamente, (vii) David Thompson Clarke, cédula 1-1453-0889 certificados Nº 8054, 8310, 8458, 8482, 8969, 9321, 10186 representativos de 18, 1, 10, 3, 1, 3, 1 acciones respectivamente, (viii) Ricardo Thompson Thompson cédula 9-0046-0326, certificado Nº 9315 representativo de 2 acciones, (ix) María Cecilia Vargas Navarro, cédula 1-0470-0839, certificado Nº 70 representativo de 100 acciones, (x) Mauricio Campos Brenes cédula 7-0080-0180, certificados Nº 2596, 2722, 2935 y 3303 representativos de 4,4, 5 y 5 acciones respectivamente, (xi) Melania Dittel Córdoba, cédula 3-0334-0700, certificado Nº 964 representativo de 60 acciones, (xii) Eduardo Jiménez Mora, cédula 1-0310-0654, certificado Nº 9856 representativo de 10 acciones; (xiii) Ana María Grau Vargas, cédula 1-0791-0119, certificado Nº 7540 representativo de 4 acciones; (xiv) Gabriel Guardia Uribe, cédula 1-1330-0259, certificado Nº 3287 representativo de 20 acciones; (xv) Marco Vinicio Jiménez Matamoros, cédula 1-0768-0575, certificado Nº 8144 representativo de 4 acciones; (xvi) Victoria León Chaves, cédula 1-0406-1327, certificados Nº 298 y 2208 representativos de 80 y 1 acciones; (xvii) R I G S. A., cédula 3-101-093091, certificado Nº 427 representativo de 400 acciones; todas de Inmobiliaria Enur S. A. Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un (1) mes, contado a partir de la última publicación de este aviso, manifieste su oposición por escrito dirigida a: Inmobiliaria Enur S. A., en San José, Santa Ana, Uruca, Radial Santa Ana-Belén, Condominio de Oficinas Fórum Seis, edificio Cuestamoras, tercer piso. Transcurrido el plazo indicado sin que se reciba oposición, se procederá con la emisión correspondiente.—San José. 21 de enero del 2015.—Lorena Segura Morales, Representante Legal.—(IN2015004964).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

CONDOMINIO HACIENDA EL COCOY SIETE

CANALEJAS SOCIEDAD ANÓNIMA

Condominio Hacienda El Cocoy Siete Canalejas Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-298512, solicita al Registro de Personas Jurídicas la reposición del tomo primero de los libros Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de Accionistas.—San José, 15 de enero del 2015.—Sonia Monge Bastos, Secretaria con facultades de Apoderada Generalísima sin límite de suma.—1 vez.—(IN2015004101).

AL FINAL DE LA SENDA SOCIEDAD

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Por escritura número ciento cuarenta y nueve otorgada a las diez horas del quince de enero del dos mil quince, la suscrita notaria pública protocoliza el acta de reposición de libros de la empresa denominada Al Final de la Senda Sociedad de Responsabilidad Limitada, en virtud del extravío del libro Registro de Cuotistas y Actas de Asamblea de Cuotistas.—Dominical de Osa, quince de enero del dos mil quince.—Lic. Nidia Graciela Garita Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2015004278).

COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA

COMUNICA:

La junta de Gobierno en la sesión ordinaria 2014-12-17 celebrada el 17 de diciembre del 2014, acordó y aprobó de conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 37717-S “Reglamento de Maestrías y Doctorados Académicos en las Áreas de la Ciencias Módicas, publicado en La Gaceta N° 111 del martes 11 de junio del 2013, incluir en la lista oficial del Colegio de Médicos y Cirujanos la siguiente maestría:

1.  Incluir la Maestría en Valoración Médica de Incapacidades y Daño Corporal para la Protección Social en la lista oficial reconocida por el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.

2.  Establecer de carácter obligatorio para los médicos que soliciten la inscripción en la Maestría en Valoración Médica de Incapacidades y Daño Corporal para la Protección Social, el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en el Reglamento de Maestrías y Doctorados Académicos en Áreas de las Ciencias Médicas y demás legislación relacionada vigente.

3.  Reconocer como sinónimos de esta maestría los siguientes términos:

Maestría en Valoración Médica del Daño Corporal

Maestría en Medicina Evaluadora y Peritaje Médico

Maestría en Valoración del Daño Corporal

Maestría en Evaluación del Daño Corporal

Maestría en Valoración del Daño Personal y Medicina

del Seguro

Maestría en Valoración de la Incapacidad Laboral,

del Daño Corporal y

Medicina del seguro.

Dr. Marino Ramírez Carranza, Presidente.—1 vez.—(IN2015004463).

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES

EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

A las siguientes personas, se les comunica que, debido a su estado de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación, se encuentran suspendidas en el ejercicio de la profesión a partir del 15 de diciembre de 2014, según lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Colegio N° 4770. Por lo tanto, no está autorizada para ejercer la profesión en el área docente, administrativo docente y técnico docente. A la vez, hace un llamado a las instituciones de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, y al sector privado para que tomen las acciones necesarias en caso de contar con los servicios de algunos de estos colegiados, a efecto de que no ejerzan ilegalmente, así como solicitar el requisito legal de la colegiación en futuras contrataciones. De igual forma, se insta al público en general se sirva denunciar ante la Fiscalía del Colegio a las personas que aparecen en esta lista y que están ejerciendo la profesión. Teléfonos: 2440-2950, 2437-8825, 2437-8829, 2437-8869; o bien al correo: contactenos@colypro.com.

Nombre

Cédula

Abarca Jiménez Rafael Ángel

113210433

Alarcón Fonseca Victoria

203820939

Alpízar Quesada Hellen Melissa

113400368

Araya Morera Kimberly

206550103

Arce Alvarado Cinthya

112160618

Arias Hidalgo Denis

110150114

Arroyo Acosta Lourdes Judith

204110834

Barahona Martínez Ana Maritza

106320163

Barrientos Méndez Cesar

109370468

Benavides Gamboa Juan Bautista

103320567

Blanco Fernández María Isabel

107680641

Blanco Lizano Kattia Raquel

108030167

Bolaños Morales Edgardo

303750384

Bolaños Murillo Iris Cecilia

202921020

Bonilla Elizondo Alicia

004RE000166601999

Brenes Montero Carla Gabriela

111200934

Cambronero Arguedas Javier Francisco

204060127

Chacón Araya German Ricardo

104400652

Chavarría Richmond Mauricio Alberto

112930576

Chaverri Fonseca Eugenia

103160272

Chen Quesada Evelyn

106510290

Coto González Minor Vinicio

109720793

Cruz Herrera Marcela María

106920488

Díaz Ramírez Laura Mariela

503100253

Durán Andrade Jean Carlos

112810393

Durán Monge Olga María

108120511

Espinoza Álvarez Luis Diego

109820932

Fallas Rodríguez Ligia Elena

203440441

Figueroa Chaves Óscar

112720154

Gamboa Arce Elisa María

203810336

García Rubio Ada

204220464

González Castro Kathya

107220053

Gross Martínez Rina Isabel

800880753

Guardia Ramírez Maritza

105540251

Gutiérrez Arroyo Krisley

112710898

Hernández Moreira Elizabeth María

113900447

Huertas Solano Patricia María

105460265

Jiménez Alfaro Sheila Natalia

111180543

Jiménez Araya Ricky

107120533

Jiménez Herrera María Yesenia

108810250

Jiménez Vega Cindy María

111170839

León Sáenz Ana Teresa

104210836

Loria Cordero Julio Antonio

105700365

Mainieri Barrantes Rodolfo

102870518

Marín Bravo Marilyn Teresita

114420120

Marín Portugués Liseth Johana

114590125

Marín Quesada María Isabel

203960777

Martínez Badilla Bernarda

104960480

Monge Bolaños Gerardo

203060877

Montejo Merino Athenia

103000290

Montero Chacón Hazel

111860104

Mora Sibaja Adrián

109250836

Muñoz Alvarado Lynnett de los Ángeles

106400334

Odio Mata Ana Virginia

106940530

Oramas Rodríguez Oscar

315175726004

Ortiz Cruz Shiara Vanessa

108990533

Oviedo Arauz Patricia

104550285

Pérez Álvarez Natalie

112700143

Pérez Hernández Maritza

109940288

Porras Martínez Marco Vinicio

106840623

Ramírez Córdoba Andrey Esteban

110590415

Ramírez Obando Carlos

106620096

Retana Acuña Olga Marta

104330567

Rigioni Coto María Carlina

203710759

Rojas Morales Mauren Patricia

901110037

Román Villalobos Silvia

112030142

Salazar Jiménez María Geaninna

206210021

Sancho Valerín Carolina

111550612

Sequeira Fonseca Jenny

109910284

Sibaja Vargas Kattia

109440807

Solano Solano María Gabriela

304480128

Soto Chacón Alejandra

204870252

Soto Valerio Flory

201430904

Torres Valverde David

110790359

Tosatti Franza Alexandro Andrés

104580024

Ugalde Boniche Maureen

108480258

Ugalde Quesada Deby Eliney

114420971

Umaña Campos Franklin Arturo

113060090

Vega Castro Marilyn

203780168

Vega Moreira Stephanie Patricia

113370637

Vélez Salas Dennis

108990897

Verzola Zumbado Fiorella

105940415

Vindas Morera Cinthya Margot

111620234

Zúñiga Monge Marlen

105130669

 

M.Sc. Lilliam González Castro, Presidenta Junta Directiva.— 1 vez.—(IN2015004505).

A las siguientes personas, se les comunica que, debido a su estado de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación, se encuentran suspendidas en el ejercicio de la profesión a partir del 05 de diciembre de 2014, según lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Colegio N° 4770. Por lo tanto, no está autorizada para ejercer la profesión en el área docente, administrativo docente y técnico docente. A la vez, hace un llamado a las instituciones de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, y al sector privado para que tomen las acciones necesarias en caso de contar con los servicios de algunos de estos colegiados, a efecto de que no ejerzan ilegalmente, así como solicitar el requisito legal de la colegiación en futuras contrataciones. De igual forma, se insta al público en general se sirva denunciar ante la Fiscalía del Colegio a las personas que aparecen en esta lista y que están ejerciendo la profesión. Teléfonos: 2440-2950, 2437-8825, 2437-8829, 2437-8869; o bien al correo: contactenos@colypro.com.

Nombre

Cédula

Angulo Moya Auxiliadora

502900952

Azofeifa Valverde Carol Cristina

108900915

Barrantes Sosa Elizabeth

602710618

Brenes Martínez Arelis

304190999

Caravaca Delgado Mauren Arlina

503460552

Caravaca Villegas Ana Patricia

503260484

Cordero Ortíz Criseida María

602600059

Dinarte Velásquez Lisette

602040420

Espinoza Sibaja Yesenia

503750583

Marín Núñez Laura

304010616

Mena Rosales Haydelina

503300122

Montero Peña Maryflor

503350228

Montoya Segura Adriana María

111020702

Mora Fernández Alfredo

303930639

Mora Mora Ivannia María

401780065

Olivas Retana Saray

602580190

Ovares Barquero Sandra

401230012

Oviedo Ugalde Norberto

401630693

Parra Solís Daisy María

106900226

Pereira Torres Paulo David

303800502

Rivera Sánchez Jenny Patricia

601870444

Rodríguez Campos Ricardo

401020347

Salas Brenes Ricardo

303350288

Solís Villalobos Lindsay Guismy

111260004

Soto Estrada Tatiana

303860372

Valverde Alfaro María Fernanda

206610691

Vega Ureña Óscar

303510720

Villalta Salazar Luis Fernando

400950128

 

M.Sc. Lilliam González Castro, Presidenta Junta Directiva.— 1 vez.—(IN2015004508).

VICHRISAN CORP SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Vivian María Ungar Borbón, cédula nueve-cero setenta y uno-ciento doce, en calidad de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma Vichrisan Corp Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos doce mil seiscientos setenta y nueve, solicita ante el Registro Público en el Registro de Personas Jurídicas, la reposición por extravío de los siguientes libros: Registro de Accionistas, Junta Directiva y de Asamblea de General de Socios, números uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro Público de San José, en el Registro de Personas Jurídicas dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, veintiuno de enero del dos mil quince.—Vivian María Ungar Borbón, Presidenta.—1 vez.—(IN2015004543).

P & D MASTER DEVELOPMENTS S. A.

Mediante solicitud autenticada por el suscrito notario, el señor David D Byker en representación de P & D Master Developments S. A., con cédula jurídica 3-101-398445 hace saber del extravío de los libros legales de la compañía, por lo que solicita al Registro Público la reposición de los mismos.—San José, 19 de enero del 2015.—Lic. Alejandro Matamoros Bolaños, Notario.—1 vez.—(IN2015004559).

Mercedes Gómez Salazar, con cédula de identidad número: uno-seiscientos siete-setecientos treinta y ocho, Ana Isabel Gómez Salazar, mayor, divorciada, con cédula de identidad número: uno-cuatrocientos dieciocho-cuatrocientos cuarenta y seis, María Teresa Gómez Salazar, mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad número: uno-cuatrocientos cuarenta y cinco-quinientos sesenta y ocho, Rafael Antonio Gómez Salazar, mayor, casado una vez, comerciante, con cédula de identidad número: uno-cuatrocientos setenta y ocho-cero cuarenta y siete, Aurora Gómez Salazar, mayor, soltera, ama de casa, con cédula de identidad número: uno-quinientos treinta y dos-ciento cuarenta y tres, Víctor Manuel Gómez Salazar, mayor, casado una vez, comerciante, con cédula de identidad número: uno-quinientos sesenta y cinco-trescientos cincuenta y uno, Gerardo Alberto Gómez Salazar, mayor, casado una vez, operario, con cédula de identidad número: uno-setecientos cuatro-ochocientos setenta y cuatro y Carmen Maritza Gómez Salazar, mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad número: uno-setecientos ochenta y siete-seiscientos sesenta y siete, todos vecinos de Alajuelita, comparece ante la Municipalidad de Alajuelita, manifiestan que: Siendo herederos universales, de quien en vida se llamó Isaac Gómez Gamboa, mayor, casado, comerciante, con cédula de identidad número: uno-ciento cuarenta y siete-ochocientos noventa y siete, solicitamos se nos adjudique la fosa de cementerio, ubicada en el bloque número tres-uno, parte nueva, derecho: cuatro, el cual se encuentra en arriendo al señor Gómez Gamboa. Así mismo manifestamos todos los firmantes que, nombramos como representante a la señora: Mercedes Gómez Salazar, para que realice los trámites necesarios, en el momento oportuno.—Lic. Jeannette Lizano Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2015004846).

CORPORATION SEATU SOCIEDAD ANÓNIMA

Corporation Seatu Sociedad Anónima, con la cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos veintiséis mil setenta y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: tomos primeros de los libros de Registro de Socios, libro de Actas de Asamblea de Socios y el libro de Actas del Consejo de Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Limón, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Dowglas Leiva Díaz, Notario.—1 vez.—(IN2015004855).

REPUESTOS CINCO ESQUINAS SOCIEDAD ANÓNIMA

Por extravío se ha iniciado el procedimiento de reposición del libro de Registro de Accionistas, de la compañía Repuestos Cinco Esquinas Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-137551. Oposiciones al fax número 2283-0659, dentro del término de cinco días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Publíquese una vez para efectos de llevar a cabo las diligencias que corresponden para reposición de libro.—San José, 22 de enero del 2015.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2015004856).

DOS HERMANOS CRECIENDO SOCIEDAD ANÓNIMA

La suscrita notaria solicita publicación del edicto para reposición de libros de la empresa: Dos Hermanos Creciendo Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-275178, en razón de que los mismos fueron extraviados.—Santa Bárbara de Heredia, 05 de enero del 2015.—Licda. Karen María Fonseca Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2015004959).

A Y C Consultores y Asesorías Carpe Diem Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-uno cero uno-tres tres siete dos siete uno, hace saber que procede a disolver la sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Quien se considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en el término de ley.—San José, dieciséis de diciembre del dos mil catorce.—Lic. Xinia Karina Briones Briones, Notaria.—1 vez.—(IN2015003436).

Que por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del quince de enero del dos mil quince, se acordó disolver las sociedades Inversiones Bella Guanacaste Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Empresa Individual de Responsabilidad Limitada Inversiones Loma Bonita de Cartago, y Karf XXI Sociedad Anónima.—San José, 15 de enero del 2015.—Lic. Johanna Bonilla Ulloa, Notaria.—1 vez.—(IN2015003457)

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del catorce de enero de dos mil quince, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Laboratorio Albeitar del Este Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos sesenta y seis mil ochocientos veintitrés, en la cual se realizó una modificación integral de los estatutos. Es todo.—San José, dieciséis de enero de dos mil quince.—Lic. Mauricio Bonilla Robert, Notario.—1 vez.—(IN2015003464).

El suscrito notario Sergio Mena Díaz hace constar que al tomo dos, ciento veintitrés, folio ochenta y uno vuelto de su protocolo se constituyó Asociación de la Construcción de Nosara. Es todo.—Diecinueve de enero de dos mil quince.—Lic. Sergio Mena Díaz, Notario.—1 vez.—(IN2015003467).

El suscrito notario hace constar y da fe que: mediante escritura pública número 6 otorgada ante mí, a las 17:00 del 15 de enero de 2015, se modificó la cláusula 2 del pacto constitutivo de la sociedad Yeerick Mini de Alajuela S. A. Es todo.—San José, 15 de enero de 2015.—Lic. Mauricio Lara Ramos, Notario.—1 vez.—(IN2015003468).

En escritura pública otorgada ante mí el día once de diciembre dos mil quince, la sociedad Inversiones Givasa Limitada se acuerda disolver la sociedad de acuerdo al artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. La sociedad no tiene actualmente con ningún activo por liquidar ni pasivos por pagar, por lo que se prescinde del trámite de liquidador y su nombramiento así como el resto del trámite excepto el edicto.—Lic. Anaclara Vargas Rodríguez.—1 vez.—Solicitud N° 26245.—(IN2015003482).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 7:00 horas del día de hoy, la sociedad Filial Uno Actinolita Fuerte Ventura S. A., modifica la cláusula novena de sus estatutos y reorganiza su Junta Directiva.—San José, 19 de enero del 2015.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—(IN2015003496).

Se protocolizó en mi notaría acta de asamblea general de la sociedad Centro de Educación Integral Inteligencia en Acción CEIA Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y dos mil seiscientos treinta y uno.—San José, doce de enero del dos mil quince.—Lic. Yamileth Pérez Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2015003498).

Se protocolizó en mi notaría acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Servicios de Información Telefónica Sociedad Anónima Laboral, con cédula jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y nueve mil seiscientos cincuenta.—San José, once de enero del dos mil quince.—Lic. Yamileth Pérez Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2015003499).

En escritura 31 otorgada a las 12 horas del 14 enero del 2015, Ismael Gerardo Badilla Fernández y María Gabriela Jiménez Fernández, constituyen SRL. sin nombre.—Lic. José Manuel Marvin Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2015003505).

En escritura 36 otorgada a las 17 horas del 14 enero del 2015, Ismael Gerardo Badilla Fernández y María Gabriela Jiménez Fernández, constituyen SRL. sin nombre.—Lic. José Manuel Marvin Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2015003506).

En escritura 355 otorgada a las 10 horas del 7 enero del 2015, protocolicé asamblea de 3-101-535908 S. A., se reforma clausula 7.—Lic. Marvin Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2015003508).

En escritura 456 otorgada, a las 15 horas del 29 de setiembre del 2014, se constituye la sociedad HIJK de Magallanes S. A.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2015003509).

En escritura 318 otorgada, a las 11 horas del 2 de diciembre del 2014, protocolicé asamblea para disolver la sociedad Quiwuste S. A.—Lic. Marvin Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2015003510).

Por escritura de las nueve horas del diez de marzo del año dos mil catorce otorgada ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de socios de la compañía Inversiones Anjosa I.O.R Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil doscientos dieciocho, en la cual se acuerda disolver dicha sociedad.—San José, seis de diciembre del dos mil catorce.—Lic. Lilliana Hernández Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2015003511).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 8 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Cozza Properties In Costa Rica CPCR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José 12 de noviembre del 2014.—Lic. Sergio José Guido Villegas, Notario.—1 vez.—CE2014007813.—(IN2015003519).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Estratégico de Soluciones CR Sociedad Anónima.—San José 12 de noviembre del 2014.—Lic. Darlyn María Caballero García, Notaria.—1 vez.—CE2014007814.—(IN2015003520).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Monte TAI Sociedad Anónima.—San José 12 de noviembre del 2014.—Lic. Darlyn María Caballero García, Notaria.—1 vez.—CE2014007815.—(IN2015003521).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo Gastronómico Famha Sociedad Anónima.—San José 13 de noviembre del 2014.—Lic. Alejandra Mateo Fernández, Notario.—1 vez.—CE2014007816.—(IN2015003522).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Pura Vida Showtimes Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de noviembre del 2014.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2014007817.—(IN2015003523).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada El Encantador de Libros Limitada.—San José 13 de noviembre del 2014.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—CE2014007818.—(IN2015003524).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 11 de noviembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada City Moda Sociedad Anónima.—San José 13 de noviembre del 2014.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2014007819.—(IN2015003525).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 7 de noviembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada La Tierra de Dios de Cinco Niños Sociedad Anónima.—San José 13 de noviembre del 2014.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2014007820.—(IN2015003526).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 11 de noviembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada A.A.S.P. Agencia Americana de Seguridad Privada Sociedad Anónima.—San José 13 de noviembre del 2014.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—CE2014007821.—(IN2015003527).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 12 de noviembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Inversiones C.C. Caribe Sur Limitada.—San José 13 de noviembre del 2014.—Lic. Carlos Alberto Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2014007822.—(IN2015003528).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Violeta Fotos Sociedad Anónima.—San José 13 de noviembre del 2014.—Lic. Ricardo León Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—CE2014007823.—(IN2015003529).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Grupo de Inversiones Auto Motriz Luna del Sur Sociedad Anónima.—San José 13 de noviembre del 2014.—Lic. Gerardo Francisco Quesada Monge, Notario.—1 vez.—CE2014007824.—(IN2015003530).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 11 de noviembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada West Group C.R.S. Sociedad Anónima.—San José 13 de noviembre del 2014.—Lic. Tricya Vanessa Saborío Barrios, Notaria.—1 vez.—CE2014007825.—(IN2015003531).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Little Miracle Healer Limitada.—San José, 13 de noviembre del 2014.—Lic. Álvaro Enrique Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—CE2014007826.—(IN2015003532).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 30 de octubre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Valle de la Luz U.F. Limitada.—San José 13 de noviembre del 2014.—Lic. Tricya Vanessa Saborío Barrios, Notario.—1 vez.—CE2014007827.—(IN2015003533).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada AGR Garage Limitada.—San José 13 de noviembre del 2014.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—CE2014007828.—(IN2015003534).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada EL Brotario Limitada.—San José 13 de noviembre del 2014.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—CE2014007829.—(IN2015003535).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2014, se constituyó la sociedad denominada Caribe Producciones y Seguridad Sociedad Anónima.—San José 13 de noviembre del 2014.—Lic. Ana Laura González Cubero, Notaria.—1 vez.—CE2014007830.—(IN2015003536).

NOTIFICACIONES

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE ALAJUELA

Notificación de Cobro Administrativo

ATAR-02-013-2015.—Por desconocerse el domicilio actual y habiéndose agotado las formas de localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 137 y 192 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto los saldos deudores de los contribuyentes o responsables que a continuación se indican:

(*) Devenga intereses y recargos de ley.

Se concede un plazo de quince días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que los contribuyentes arriba indicados cancelen la deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a la Oficina de Cobros Judiciales para el trámite correspondiente. Publíquese.—Lic. Carlos Vargas Durán, Director General.—Lic. Freddy Jiménez Cubero, Gerente Tributario.—1 vez.—O. C. Nº 3400023907.—Solicitud Nº 26351.—C-19230.—(IN2015004483).

ATAR-02-010-2015.—Por desconocerse el domicilio actual y habiéndose agotado las formas de localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 137 y 192 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto los saldos deudores de los contribuyentes o responsables que a continuación se indican:

(*) Devenga intereses y recargos de ley.

Se concede un plazo de quince días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que los contribuyentes arriba indicados cancelen la deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a la Oficina de Cobros Judiciales para el trámite correspondiente. Publíquese.—Lic. Carlos Vargas Durán, Director General.—Lic. Freddy Jiménez Cubero, Gerente Tributario.—1 vez.—O. C. Nº 3400023907.—Solicitud Nº 26353.—C-57820.—(IN2015004484).

ATAR-02-004-2015.—Por desconocerse el domicilio actual y habiéndose agotado las formas de localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 137 y 192 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto los saldos deudores de los contribuyentes o responsables que a continuación se indican:

(*) Devenga intereses y recargos de ley.

Se concede un plazo de quince días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que los contribuyentes arriba indicados cancelen la deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a la Oficina de Cobros Judiciales para el trámite correspondiente. Publíquese.—Lic. Carlos Vargas Durán, Director General.—Lic. Freddy Jiménez Cubero, Gerente Tributario.—1 vez.—O. C. Nº 3400023907.—Solicitud Nº 26355.—C-122710.—(IN2015004486).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Documento admitido traslado al titular

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ref: 30/2014/22780.—Carlos Corrales Azuola, Representante Legal de American Products Company Inc.—Marianella Arias Chacón apoderada de ABAC-ARIA Compressa S.P.A.—Documento: Cancelación por falta de uso (ABAC-ARIA Compressa S.P.A).—Nº y fecha: Anotación/2-92025 de 16/06/2014.—Expediente: 2005-0009651.—Registro Nº 168391 APC en clase 7 Marca Mixto

Registro de La Propiedad Industrial, a las 11:47:32 del 18 de Junio de 2014.—Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por Marianella Arias Chacón, en calidad de apoderada especial de ABAC-ARIA Compressa S.P.A., contra el Registro del signo distintivo APC(diseño), Registro Nº 168391, el cual protege y distingue: Filtros de aire, alternadores, headers (roncadores), fajas para motores, aparatos convertidores para motores de combustión interna, fajas para abanicos de motores, abanicos para motores, filtros para limpiar el enfriamiento de aire para motores, filtros para máquinas y motores, economizadores de combustible para motores, inyectores para motores, bombas para lubricantes, herramientas para máquinas, moldes para máquinas, máquinas moldeadoras, máquinas para pintar, pistones para motores, bombas para motores; bobinas, reguladores, anillos de pistón, barras conectaras todos para máquinas y motores; transmisiones para máquinas; máquinas para decorado y desbastado; ruedas para máquinas; muflas y puntas o finales para muflas, en clase 7 internacional, propiedad de American Products Company Inc. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, tomar en cuenta que es el titular del signo a quien le corresponde demostrar con prueba contundente el uso del signo, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3, y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Tomás Montenegro Montenegro, Asesor Jurídico.—(IN2015004323).

Resolución acoge cancelación

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ref.: 30/2014/28428.—Basf SE C/ KELCO.ApS.—Documento: Cancelación por falta de uso (BASF SE solicita cancelación e).—N° y fecha: Anotación/2-92185 de 25/06/2014.—Expediente: 1900-6874001 Registro Nº 68740 Keltrol en clase 1 Marca Denominativa.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 11:56:09 del 1° de agosto del 2014. Conoce este Registro, la Solicitud de Nulidad presentada por el Lic. Víctor Vargas Valenzuela, como apoderado de BASF SE, contra el registro 68740 de la marca de fábrica “KELTROL”, que protege y distingue “productos químicos para ser utilizados en la fabricación de productos alimenticios y bebidas, productos químicos destinados a la industria, la ciencia la fotografía, la agricultura, la horticultura, la silvicultura; resinas artificiales en estado bruto, materias plásticas en estado bruto, abonos para la tierra, composiciones extintoras, preparaciones para el temple y soldadura de metales, productos químicos destinados a conservar los alimentos, materias curtientes, adhesivos (pegamentos) destinados a la industria”, en clase 1 internacional, cuyo propietario es cp Kelco ApS. Conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de Cancelación por falta de uso, al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes (se le recuerda que mediante voto Nº 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, el Tribunal Registral Administrativo estableció que, en los procesos de cancelación por falta de uso, la carga de la prueba de uso corresponde al titular del signo distintivo), para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Se le advierte al titular del signo, que las pruebas que aporte deben ser presentadas en documento original o copia certificada (haciéndose acompañar la traducción necesaria y la legalización o apostillado correspondiente, según sea el caso), lo anterior conforme al artículo 294 de la Ley General de Administración Pública. Se advierte al titular que, de incumplir con lo requerido, no será tomada en cuenta la prueba que no cumpla con dichas formalidades, al momento de resolver la solicitud presentada. Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—(IN2015004726).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL HEREDIA

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Quality Trades S. A. número patronal 3-101-429938, se procede a notificar por medio de edicto, que el Área de Inspección de la Sucursal de Heredia, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso 1212-2014-04910, que en lo que interesa indica: como resultado material de la investigación, se le imputa la presunta omisión de los trabajadores Azofeifa Arias Karol y Miranda Otárola María en las planillas de los meses de marzo y abril 2011, las remuneraciones presuntamente omitidas en los reportes de la Caja, ascenderían a un total de salarios de ¢720.000.00 lo que representa en cuotas obrero patronales en los Regímenes de Salud e Invalidez, Vejez y Muerte la suma de ¢160.848.00 más ¢41.400.00 correspondiente a la Ley de Protección al Trabajador. No se incluye el monto por concepto de intereses ni cargas por otras instituciones. Consulta expediente: en esta oficina, Heredia, 200 norte 50 oeste del Palacio de los Deportes, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido los Tribunales de Heredia. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Heredia, 16 de enero del 2015.—Lic. Miguel Vargas Rojas, Jefe.—1 vez.—(IN2015004645).

AVISOS

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Colegio de Abogados de Costa Rica avisa, que mediante resolución de la Fiscalía de las catorce horas del dos de octubre del dos mil catorce, se ordenó publicar en ejercicio de la facultad que prevé el ordinal 246 de la Ley General de la Administración Pública la publicación aquí dispuesta contendrá en relación: “Inicio del Procedimiento administrativo disciplinario. Fiscalía del Colegio de Abogados de Costa Rica. San José, a las quince horas quince minutos del veintiocho de febrero del dos mil trece. La Junta Directiva del Colegio de Abogados, mediante acuerdo número 2013-05-032, dispuso trasladar el presente expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. De conformidad con las potestades que se le otorgan a esta Fiscalía, téngase por instaurado el presente procedimiento disciplinario en contra del licenciado Luis Fernando Rodríguez Apízar, colegiado 4641, con el fin de averiguar la verdad real de la supuesta comisión de los hechos que constan en la denuncia adjunta, los cuales consisten en: “Denuncia la señora Salas Alpízar que inicios del mes de noviembre del año 2010 se presentó a la oficina del denunciado y le expuso su caso acerca unos asuntos legales relacionados con dineros y propiedades en la que estaban involucradas la madre y hermana de la denunciante quienes eran su apoderada generalísima ya que ella residía en Japón. Que en el mismo mes de noviembre del 2010, después de explicársele el caso al denunciado, la denunciante le canceló al denunciado la suma de ¢1.000.000,00 por honorarios profesionales. Que en el mismo mes de noviembre el denunciado le hizo creer a la denunciante que tenía conocimientos especializados en derecho civil y penal, siendo que en ese mismo mes de noviembre el agremiado presentó en condición de apoderado especial judicial de la denunciante, una denuncia penal ante la Fiscalía de Alajuela por el delito de fraude de simulación en contra de Alice Marjorie Salas Alpízar y Gerardo Murillo Fuentes tramitado bajo el expediente Nº 10-009238-305-PE, sin embargo, dicha querella no contenía los requisitos establecidos en el artículo 303 del Código Procesal Penal dictándose el sobreseimiento definitivo por parte del Tribunal Penal, siendo que el denunciado abandonó la dirección legal del proceso ya que tampoco asistió a la audiencia preliminar señalada para las nueve horas y treinta minutos del 05 de junio del 2012, aun conociendo que el Ministerio Público estaba solicitando el sobreseimiento definitivo. De igual forma, el día 10 de enero del 2010, el denunciado presentó ante el Juzgado Civil de Alajuela, un proceso ordinario a favor de la señora Salas Alpízar tramitado bajo el expediente número 11-000004-638-CI, proceso en el cual el Juzgado declaró la deserción del mismo, condenando a la denunciante al pago de las costas personales y procesales. De igual manera, el día 10 de enero del 2011 el denunciado presentó una querella y acción civil resarcitoria en contra de Alice Marina Alpízar Miranda y Óscar Venegas tramitado bajo el expediente número 11-000121-305-PE ante la Fiscalía de Alajuela, a pesar de que los hechos redactados por él en la denuncia no encuadraban dentro de delito alguno, siendo que el Juzgado Penal de Alajuela dictó un sobreseimiento definitivo argumentando atipicidad y antijuricidad de la conducta denunciada. Los hechos denunciado podrían ser contrarios a lo estipulado en los artículos 10 inciso 6) de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados; y 13, 14, 16, 17, 19, 31, 32, 33 y 39, del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho vigente, en relación con el 78, 79, y 82, 83 incisos a) y e); los artículos 85 incisos a) y b) y 86 del mismo” (...). Recursos: Contra esta resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria y apelación. El primero será resuelto por el suscrito fiscal y el segundo por la Junta Directiva de este Colegio constituida en Consejo de Disciplina. Estos recursos se deberán interponer dentro de las veinticuatro horas siguientes a la última comunicación a todas las partes (artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública). El acto final que se dicte tendrá el recurso ordinario de revocatoria y se deberá interponer ante esta Fiscalía dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del mismo, quedando su resolución a cargo de la Junta Directiva, todo de conformidad con el artículo 12 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados en relación con los artículos 345 y 346 de la Ley General de Administración Pública. La resolución del recurso interpuesto contra el acto final dará por agotada la vía administrativa. Oportunamente se designará hora y fecha para la comparecencia oral y privada. Notifíquese. Licda. Cindy Solórzano Núñez, Fiscal”. Publíquese por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta, teniéndose por hecha la notificación a partir de la última publicación. (Expediente administrativo 398-12).—Licda. Vilma B. Mesén Madrigal, Fiscal.—O. C. N° 10125.—Solicitud N° 26261.—C-253780.—(IN2015004294).

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y ARQUITECTOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Que en ejercicio de la facultad que prevé el ordinal 21 del Reglamento del Proceso Disciplinario del CFIA, en concordancia con la Ley General de la Administración Pública, se dispuso publicar lo siguiente: Oficio N° 3858-2014-DRD. El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica y el Departamento de Régimen Disciplinario en fecha 21 de agosto, 2014, inicia una investigación previa, por queja interpuesta por el señor Howard Coblentz Barrantes, en contra del TA. Pedro López Cascante, cédula 5-0102-0065, TA-9585, por presunta falta a la ética por incumplimiento contractual, en relación con irregularidades presentadas en el desarrollo del proyecto de topografía, planos y catastro de la finca inscrita en el folio real 8163 de la provincia de Puntarenas, y la actualización del plano catastrado 6-10630-1943, propiedad del denunciante, la cual se tramita bajo el expediente N° 184-14. En virtud de lo anterior se le concede el plazo de cinco 5 días hábiles contados a partir de esta publicación, para que si a bien lo tiene, manifieste por escrito lo de su interés sobre la investigación preliminar que aquí se tramita. Asimismo, se indica que la no comparecencia en el plazo conferido, no impedirá la continuación de la etapa preliminar, con el fin de dilucidar la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional. El alcance del procedimiento administrativo de instrucción o investigación previa, únicamente conlleva a dirimir la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional de este Colegio Federado y no podrá dilucidar conflictos de orden patrimonial, los que sí podrán ventilarse en el Centro de Resolución de Conflictos o bien ante la autoridad judicial competente. A efecto de lo anterior, proceda a señalar medio para atender notificaciones, mismo que deberá permanecer habilitado para esos efectos, ya que en caso contrario se tendrá por notificado con solo el transcurso de 24 horas después de emitido el oficio. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y fotocopiada en este departamento en días y horas hábiles a costa del interesado. Notifíquese.—Departamento de Régimen Disciplinario.—Arq. Carlos Murillo Gómez, Jefe.—O. C. N° 031-2015.—Solicitud N° 26253.—C-135610.—(IN2015004297).