LA
GACETA N° 209 DEL 28 DE
OCTUBRE DEL 2015
PODER EJECUTIVO
ACUERDOS
MINISTERIO DE COMERCIO
EXTERIOR
DOCUMENTOS VARIOS
AGRICULTURA Y GANADERÍA
EDUCACIÓN PÚBLICA
TRABAJO Y SEGURIDAD
SOCIAL
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
ACUERDOS
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
MODIFICACIONES A LOS
PROGRAMAS
SEGURIDAD PÚBLICA
BANCO DE COSTA RICA
LICITACIONES
OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES
PODER JUDICIAL
UNIVERSIDAD ESTATAL A
DISTANCIA
COLEGIOS UNIVERSITARIOS
INSTITUTO COSTARRICENSE
DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
JUNTA DE PROTECCIÓN
SOCIAL
AVISOS
MUNICIPALIDADES
ADJUDICACIONES
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
PODER JUDICIAL
UNIVERSIDAD NACIONAL
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
JUNTA DE ADMINISTRACIÓN
PORTUARIA
Y DE DESARROLLO
ECONÓMICO
DE LA VERTIENTE
ATLÁNTICA
AVISOS
MUNICIPALIDADES
REMATES
TRIBUNAL SUPREMO DE
ELECCIONES
FE DE ERRATAS
SALUD
BANCO DE COSTA RICA
UNIVERSIDAD DE COSTA
RICA
INSTITUTO COSTARRICENSE
DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
AVISOS
MUNICIPALIDADES
REGLAMENTOS
AVISOS
MUNICIPALIDADES
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD DE COSTA
RICA
INSTITUTO NACIONAL DE
FOMENTO COOPERATIVO
AUTORIDAD REGULADORA DE
LOS SERVICIOS PÚBLICOS
COMISIÓN NACIONAL DE
PRÉSTAMOS
PARA LA EDUCACIÓN
AVISOS
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE ASERRI
MUNICIPALIDAD DE MONTES
DE OCA
MUNICIPALIDAD DE EL
GUARCO
MUNICIPALIDAD DE
HEREDIA
MUNICIPALIDAD DE BELÉN
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
JUSTICIA Y PAZ
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
Nº 190-2015
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política;
artículo 25, inciso 1), 28, inciso 2) acápite b de la Ley General de la
Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8,
inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del
Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa
Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2015 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría
General de la República, y,
Considerando:
I.—Que del 07 al 08
de mayo de 2015 en la Organización Mundial de Comercio (OMC) en Ginebra-Suiza
se llevará a cabo el taller de barreras no arancelarias que afectan el comercio
de los productos de tecnologías de información, así como la reunión del Comité
ITA (Information Tecnology Agreement).
II.—Que la participación de la señora Arlina
Gómez Fernández, resulta de gran relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Arlina Gómez Fernández, portadora de la
cédula N° 01-0761-0188, funcionaria de la Dirección General de Comercio
Exterior, para participar en el taller de barreras no arancelarias que afectan
el comercio de los productos de tecnologías de información, que se llevará a
cabo del 7 al 8 de mayo de 2015, en la Organización Mundial de Comercio (OMC)
en Ginebra-Suiza, así como participar en la reunión del Comité ITA,
respectivamente. Durante su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos
específicos: 1) identificar y examinar barreras arancelarias específicas que
afectan el comercio de productos de tecnología de información; 2) identificar
posibles opciones para abordar estas barreras arancelarias con el fin de
facilitar el comercio de productos; y 3) discutir los próximos pasos con el fin
de promover el programa de trabajo del Comité en el tema de barreras no
arancelarias. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo hacia el lugar de
destino viaja a partir del 05 de mayo de 2015. A partir del 09 de mayo la
funcionaria inicia viaje personal, de forma tal que todos los gastos en que
incurra en estas fechas, serán asumidos en forma directa por la señora Arlina
Gómez Fernández. Regresa a Costa Rica hasta el 10 de mayo de 2015. Los días 09
y 10 de mayo de 2015 corresponden a fin de semana.
Artículo 2º—Los gastos de la señora Arlina
Gómez Fernández, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte y de alimentación, hospedaje y transporte
aéreo serán cubiertos por la Organización Mundial del Comercio (OMC). Los
impuestos de salida y el transporte terrestre de ambos países serán cubiertos
con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796.
Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de
documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y
reconocimiento de gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y
52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos,
dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta
que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica. Dichos gastos
serán cubiertos por COMEX por las mismas subpartidas y por el mismo programa.
También, se le autoriza para hacer escala en Madrid-España, por conexión.
Artículo 3º—Rige a partir del 05 al 10 de mayo
de 2015.
San José, a los
veintinueve días del mes de abril de dos mil quince.
Alexander Mora
Delgado, Ministro de Comercio Exterior.— 1 vez.—O.C. Nº 25986.—Solicitud Nº
19406.—(IN2015069071).
SERVICIO
NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN
DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTO
El señor Jaime Garita Arauz, número de cédula
6-102-1404, vecino de Heredia en calidad de representante legal de la compañía
Droguería Corivet S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del
siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Cefamax, fabricado por
Laboratorio Bio-Zoo S. A. de C.V., de México, con los siguientes principios
activos: cada tableta (650 mg) contiene: Cefalexina 250 mg y las siguientes
indicaciones terapéuticas: tratamiento y control de infecciones respiratorios y
urinarias, afecciones de la piel como piodermas y osteomielitis. Con base en el
Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 10 horas del día 24 de
septiembre del 2015.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(IN2015070055).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 174, asiento 1495, emitido por el Liceo San Antonio, en el año
dos mil cuatro, a nombre de Mora Guzmán César, cédula N° 1-1224-0335. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciséis días del mes de setiembre
del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015068581).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 38, título N° 167, emitido por el Liceo de Cariari, en el año
mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Chacón Chavarría Olman Orlando,
cédula N° 1-1146-0311. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los doce
días del mes de agosto del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de
la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—(IN2015068633).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 183,
asiento 14, título N° 1345, emitido por el Liceo Laboratorio Emma Gamboa, en el
año dos mil tres, a nombre de Vargas Piedra Natalia, cédula: 1-1256-0407. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticuatro días del mes de
setiembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—(IN2015068377).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del Certificado de Conclusión de Estudios de la Educación
Diversificada “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo
1, folio 13, título N° 132, emitido por el Liceo Nuevo de Limón, en el año mil
novecientos ochenta y uno, a nombre de Cindy May Reid Reid. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original y por corrección
del nombre, cuyos nombres y apellido correcto es: Cindy May Reid, pasaporte N°
441053070. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cinco
días del mes de octubre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—(IN2015068381).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
1, folio 04, título N° 13, emitido por el Colegio Sagrado Corazón de Jesús, en
el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Chinchilla Molina María del
Rocío, cédula: 3-0306-0148. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
veinticinco días del mes de setiembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—Solicitud 41490.—(IN2015068403).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
2, folio 125, asiento 27, título N° 786, emitido por el Colegio Técnico Carlos
M. L. Vicente Castro, en el año dos mil seis, a nombre de Martínez Guzmán Mario
Roberto, cédula número 6-0351-0084. Se solicita la reposición de los títulos indicados
por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, a los veintisiete días del mes de agosto del dos mil quince.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud 40543.—(IN2015068413).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
1, folio 23, título N° 254, emitido por el Colegio Científicos de Costa Rica,
en el año dos mil nueve, a nombre de Acuña Ballestero Wayner José, cédula:
1-1513-0786. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
veinticinco días del mes de setiembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—(IN2015069031).
Ante este
Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 147, titulo N° 1279,
emitido por el Conservatorio Castella, en el año dos mil cinco, a nombre de
Campos Villalobos Laura. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los 25
días del mes de mayo del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015070172).
DEPARTAMENTO
DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su Estatuto la organización social denominada: Sindicato Nacional de Médicos
Especialistas, siglas SINAME, acordada en asamblea celebrada 31 de julio del
2015. Expediente M-141. Habiéndose cumplido con lo dispuesto en el artículo 344
del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La reforma ha
sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro
visible tomo 16, folio 216, asiento 4866 del 23 de setiembre del 2015. La
reforma afecta el artículo 30 del estatuto.—Lic. Eduardo Díaz Alemán,
Jefe.—(IN2015069781).
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su Estatuto Social de la organización social denominada: Asociación de
Pensionados Exfuncionarios de la Caja Costarricense del Seguro Social, siglas:
APECCSS, acordada en asamblea celebrada el 19 de junio de 2015. Expediente
S-P120. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de
Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social se
envía un extracto de la inscripción para su publicación en el diario oficial La
Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto
lleva este registro mediante tomo: 16, folio: 217, asiento: 4870 del 5 de
octubre de 2015. La reforma afecta la totalidad de los artículos del
estatuto.—San José, 5 de octubre del 2015.—Lic. Eduardo Díaz Alemán,
Jefe.—(IN2015070014).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Fusión
N° 98693
Que Patricia Rivero Breedy, casada, cédula de
identidad 104120428 en calidad de Apoderada Especial de Cervezas Cuauhtemoc
Moctezuma S. A. de C.V., solicita a este Registro se anote la inscripción de
Fusión de C C M Propiedad Industrial Sociedad Anónima de Capital Variable por y
en Cervezas Cuauhtemoc Moctezuma S. A. de C.V., prevaleciendo ésta última,
presentada el día 11 de setiembre del 2015 bajo expediente 98693. El nuevo
nombre afecta a las siguientes marcas: 2008-0010394 Registro N° 185399 Sol Limón y Sal en clase 32 Marca Mixto. Publicar
en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de
la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de octubre del 2015.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2015069650).
Fusión
N° 98692
Que Patricia Rivero Breedy, casada, cédula de
identidad 104120428 en calidad de Apoderada Especial de Cervezas Cuauhtemoc
Moctezuma S. A. de C.V., solicita a este Registro se anote la inscripción
de Fusión de C C M Propiedad Industrial Sociedad Anónima de Capital Variable
por y en Cervezas Cuauhtemoc Moctezuma S. A. de C.V., prevaleciendo ésta
última, presentada el día 11 de setiembre de 2015 bajo expediente 98692. El
nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2007-0014080 Registro N° 184739 TECATE
LIGHT en clase 32 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial
por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978.—San José, 9 de octubre del 2015.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—1 vez.—(IN2015069651).
Cambio
de nombre N° 98690
Que Patricia Rivero Breedy, casada, cédula de
identidad 104120428 en calidad de Apoderada Especial de CCM Propiedad Industrial
Sociedad Anónima de Capital Variable, solicita a este Registro se anote la
inscripción de Cambio de Nombre de C C M I. P. S A por el de CCM Propiedad
Industrial Sociedad Anónima de Capital Variable, presentada el día 11 de
setiembre del 2015 bajo expediente 98690. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 2007-0014080 Registro N° 184739 Tecate Light en clase 32
Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de
octubre de 2015.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2015069659).
Cambio
de nombre N° 98504
Que Patricia Rivero Breedy, casada, cédula de
identidad 104120428 en calidad de Apoderada Especial de CCM Propiedad
Industrial Sociedad Anónima de Capital Variable, solicita a este Registro se
anote la inscripción de Cambio de Nombre de C C M I P S.A. por el de CCM
Propiedad Industrial Sociedad Anónima de Capital Variable, presentada el día 21
de agosto de 2015 bajo expediente 98504. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 2008-0004706 Registro N° 181890 SOL DOS en clase 32
Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad
con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de
octubre del 2015.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2015069663).
Cambio
de nombre N° 98691
Que Patricia Rivero Breedy, casada, cédula de
identidad 104120428 en calidad de Apoderada Especial de CCM Propiedad
Industrial Sociedad Anónima de Capital Variable, solicita a este Registro se
anote la inscripción de Cambio de Nombre de C C M I P. S. A., por el de CCM
Propiedad Industrial Sociedad Anónima de Capital Variable, presentada el día 11
de setiembre de 2015 bajo expediente 98691. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 2008-0010394 Registro N° 185399 Sol Limón y Sal en clase 32
Marca Mixta. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad
con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de octubre del
2015.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2015069667).
Fusión N° 98505
Que Patricia Rivero Breedy,
casada, cédula de identidad 104120428 en calidad de Apoderada Especial de
Cervezas Cuauhtemoc Moctezuma S. A. de C.V., solicita a este Registro se anote
la inscripción de Fusión de C C M Propiedad Industrial Sociedad Anónima de Capital Variable por y en Cervezas
Cuauhtemoc Moctezuma S.A. de C.V., prevaleciendo esta última, presentada el día
21 de agosto de 2015 bajo expediente 98505. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 2008-0004706 Registro N° 181890 SOL DOS en clase 32
Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad
con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de octubre
del 2015.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2015069672).
Cambio de Nombre por Fusión Nº 98939
Que Irina Arguedas Calvo,
soltera, cédula de identidad Nº 113790869, en calidad de apoderada especial de
Maxi Repuestos S.R.L, solicita a este Registro se anote la inscripción de
Cambio de Nombre de AUTOFLEX
COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica Nº
3-101-646350 por el de MAXI
REPUESTOS S.R.L, cédula jurídica Nº 3-102-449648,
presentada el día 30 de Septiembre de 2015 bajo expediente 98939. El nuevo
nombre afecta a las siguientes marcas: 1997-0003173 Registro Nº 104370 AUTO FLEX en clase 49
Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de
octubre del 2015.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—(IN2015070024).
Patentes
de Invención
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
La señora Alejandra Castro Bonilla, mayor,
abogada, cédula 1-880-194, vecina de San José, en su condición de apoderada
especial de Dow Agrosciences Llc, de E.U.A., solicita la patente de invención
denominada: CONTROL DE MALEZAS SINÉRGICO DE APLICACIONES DE
AMINOCICLOPIRACLORO Y PICLORAM. Se revelan en la presente composiciones
herbicidas que comprende una cantidad de efecto sinérgicamente herbicida de (a)
aminociclopiracloro o una de sus sales o éteres agrícolamente aceptables y (b)
picloram o una de sus sales o éteres agricolamente aceptable. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/40; A01N 43/48; A01P 13/02;
cuyos inventores son: Ovalle, Daniel, Posada, Eduardo. Prioridad: 12/12/2012 US
61/736,127; 09/12/2013 US 2013US073841. Publicación Internacional: 19/06/2014
W02014/093210. La solicitud correspondiente lleva el número 20150331 y fue
presentada a las 8:53:00 del 22 de junio del 2015. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de setiembre
del 2015.—Licda. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2015069795).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
El Registro de Propiedad Industrial, Oficina
de Patentes de Invención hace saber que por resolución de las ocho horas
treinta minutos del seis de agosto de dos mil quince, fue inscrita la patente
de invención denominada: “ANTICUERPOS ANTI-HEPCIDINA Y USOS DE LOS MISMOS”
a favor de la compañía Eli Lilly and Company, cuyos inventores son Cai Yuping
Anthony, Tang Ying, Luan Peng de nacionalidad china, Gately Dennis Patrick, He
Luhong, Swanson Bárbara Anne y Witcher Derrick Ryan de nacionalidad
estadounidense y Leung Donmienne Doen Mun de nacionalidad australiana, se le ha
otorgado el número de inscripción de patente de invención 3213, estará vigente
hasta el veintinueve de octubre de dos mil veintiocho, cuya clasificación
internacional es A61K 31/00, C07K16/00.—San José, a las quince horas quince
minutos del veintidós de setiembre del dos mil quince.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—1 vez.—(IN2015069836).
REGISTRO
DE DERECHO DE AUTOR Y CONEXOS
Rodrigo Alberto Cháves Castillo, mayor,
divorciado, técnico, cédula de identidad Nº 1-540-563, vecino de Tibás y Juan
Carlos Martínez Castrillo, mayor, casado, empleado de banco, cédula de identidad
Nº 9-075-678, vecino de Alajuela, solicitan la inscripción de los derechos
morales a su nombre, en la obra artística, en colaboración y divulgada que se
titula GRAFFITI, de la cual son autores. Los derechos patrimoniales
pertenecen a su productor el señor Rodrigo Alberto Chaves Castillo de calidades
antes mencionadas. Los derechos morales de interpretación pertenecen a los
señores Rodrigo Alberto Chávez Castillo de calidades antes mencionadas, Víctor
Alfredo Jiménez Chirino, mayor, casado, empleado institucional, cédula de
identidad Nº 1-598-951, vecino de Tres Ríos, Marco Vinicio Juárez Cerna, mayor,
casado, contabilista, cédula de identidad Nº 1-807-143, vecino de Tres Ríos,
Julio Enrique Vargas Garro, mayor, casado, dependiente, cédula de identidad Nº
1-744-061, vecino de Hatillo y Jorge Alejandro Arroyo Jiménez, mayor, casado,
empresario, cédula de identidad Nº 1-583-696, vecino de Alajuelita. La obra
consiste en tres canciones o temas musicales originales tipo rock en español,
que tratan sobre la problemática social. Publíquese por una sola vez en el
Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos
puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles
siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de
Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente Nº 8395.—Curridabat, 2 de
septiembre de 2015.—Adriana Bolaños Guido, Registradora.—1 vez.—(IN2015070069).
Saúl Alberto Morales Mora, mayor, soltero,
escultor, cédula de identidad número 6-310-491, vecino de Puntarenas, solicita
la inscripción de los derechos morales y patrimoniales a su nombre en la obra
artística, individual y divulgada que se titula MONUMENTO A OCvSA.
La obra consiste en una escultura monumental del Cacique Osa. Altura: 5.17
metros - Piedra grabo y Lutita blanca. Ancho: 25 metros. Largo: 30 metros.
Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que
terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción
solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación,
conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº
6683. Expediente Nº 8228.—Curridabat, 29 de mayo de 2015.—Licda. Adriana
Bolaños Guido, Registradora.—1 vez.—(IN2015070083).
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
AVISOS
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad; Asociación de Pequeños, Medianos
Productores de Los Ángeles de Potrero Grande de Buenos Aires, con domicilio en
la provincia de: Puntarenas-Buenos Aires, cuyos fines principales, entre otros
son los siguientes: promover la creación de servicios para el mejoramiento
social y comunal, creando o colaborando en proyectos que promuevan la
educación, cultura, recreación y de asistencia en las necesidades básicas de
los pobladores. Cuyo representante, será el presidente: Óscar Fallas Durán, con
las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento: tomo: 2015, asiento: 409135.—Dado en el Registro Nacional, a las 14
horas 20 minutos y 9 segundos, del 1 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015069074).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto
de la persona jurídica cédula 3-002-600838, denominación: Asociación Cristiana
Benéfica Caleb ACBC. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley
N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Documento Tomo: 2015 Asiento: 412059.—Dado en el Registro Nacional
a las 9 horas 24 minutos y 27 segundos, del 7 de octubre del 2015.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015069561).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para
su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Comerciantes de la
Península de Nicoya, con domicilio en la provincia de: Guanacaste-Nicoya, cuyos
fines principales, entre otros son los siguientes: Asociar con sujeción a las
leyes y a estos estatutos a quienes se dediquen a actividades comerciantes o
afines, promover y velar por el adelanto económico, social y cultural del
cantón de Nicoya y en especial a sus asociados. Cuyo representante, será el
presidente: Jhonny William Gutiérrez Molina, con las facultades que establece
el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2015 Asiento:
351738.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 36 minutos y 48 segundos,
del 17 de setiembre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2015069588).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Costarricense de
Medicina Nuclear e Imagen Molecular, con domicilio en la provincia de: Heredia,
Santo Domingo, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: agrupar
a las personas físicas y jurídicas cuyas actividades profesionales se
desenvuelven en el campo de la medicina nuclear y la imagen molecular. Cuyo
representante será el presidente: Martin Francisco Jiménez Cordero, con las facultades
que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015,
asiento. 348678, con adicional: 2015-410581.—Dado en el Registro Nacional, a
las 13 horas 29 minutos y 9 segundos del 1° de octubre del 2015.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015069677).
El Registro de Personas Jurídicas ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación de Pescadores Artesanales
de Playas del Coco, Guanacaste, con domicilio en la provincia de: Guanacaste,
Carrillo, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: luchar por el
mejoramiento de las condiciones socioeconómicas de los pescadores artesanales,
contribuyendo en facilitar estrategias de mercado del producto e impulsar
proyectos que mejoren sus condiciones y las de sus familias. Cuyo
representante, será el presidente: José Daniel Barrera Benedict, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
tomo: 2015, asiento: 166758.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 50
minutos y 24 segundos del 9 de setiembre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015069803).
El Registro de Personas Jurídicas ha recibido para
su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Mujeres Izcande Isla
Venado, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Puntarenas, cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: fomentar el turismo rural
comunitario y la pesca sostenible para el desarrollo de las asociadas, cuya
representante será la presidenta: Mariana Barrios Martínez, con las facultades
que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015,
asiento: 288715. Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 10 minutos y 55
segundos del 16 de setiembre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—(IN2015070018).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para
su inscripción el Estatuto de la entidad: Federación de Asociaciones Vida
Abundante FAVA, con domicilio en la provincia de: San José-Vázquez de Coronado,
cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: formar en principios bíblicos
a los miembros de la familia para que vivan en el hogar, la sociedad y la
iglesia, en amor, en obediencia a Dios y paz con sus semejantes. Cuyo
representante, será el presidente: Ricardo Salazar Padilla, con las facultades
que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 2015,
Asiento: 96243.—Dado en el Registro Nacional, a las 15 horas 2 minutos y 12
segundos, del 9 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—(IN2015070031).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para
su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Deportiva de Surf Costas
del Pacífico, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Garabito, cuyos
fines principales, entre otros son los siguientes: promover el deporte del surf
entre los niños y jóvenes, fortalecer los procesos fundamentales del desarrollo
de las practicas del surf, promover el desarrollo de una sana personalidad de
los practicantes del surf, promover un uso útil del tiempo libre, promover el
espíritu cívico y familiar de los practicantes del surf, lograr la coordinación
con grupos organizados de las comunidades en el área deportiva. Cuyo
representante, será el presidente: Cassio Alexandre Carvalho, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 2015,
asiento: 380298.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 57 minutos y 13
segundos, del 6 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—(IN2015070058).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para
su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula Nº
3-002-110268, denominación: Asociación Integral de Personas de la Tercera Edad
de Las Pavas. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218
del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 389976.—Dado en el Registro Nacional, a
las 8 horas 32 minutos y 7 segundos, del 14 de setiembre del 2015.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015070073).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Evangélica Asambleas de
Dios Monte de Los Olivos de Barrio El Carmen de Abrojo de Corredores, con domicilio
en la provincia de: Puntarenas-Corredores, cuyos fines principales, entre otros
son los siguientes: Promover proyectos para el desarrollo de la comunidad en el
ámbito social, cultural, religioso y educativo. Cuyo representante, será el
presidente: Dennis Cruz Torres, con las facultades que establece el estatuto.
Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la
Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 156174.—Dado en el
Registro Nacional, a las 9 horas 42 minutos y 36 segundos, del 8 de octubre del
2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2015070148).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Cristiana Iglesia Bíblica
de Ciudad Cortes, Osa, Puntarenas, con domicilio en la provincia de:
Puntarenas-Osa, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Proveer a la comunidad costarricense, instrucción cristiana, divulgar y enseñar
la Palabra de Dios que son las Sagradas Escrituras. Cuyo representante, será el
presidente: Glenn José Morales Castro, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento:
141497.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 8 minutos y 25 segundos,
del 13 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez—(IN2015070151).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Cristiana Forjadores de
Vida, con domicilio en
la provincia de San José- Pérez Zeledón, cuyos fines principales, entre otros
son los siguientes: Estudiar, divulgar y enseñar la palabra de dios, prestar
ayuda y socorro a aquellas personas que deseen aceptar a Jesucristo como Guía y
Salvador. Cuyo representante, será el presidente: William Flores Ramírez, con
las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo; 2015, asiento: 110468 con adicionales: 2015-161162.—Dado en el
Registro Nacional, a las 14 horas 58 minutos y 6 segundos, del 7 de julio del
2015.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2015070152).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad; Asociación Comunidad de Obreros Estableciendo El Reino,
con domicilio en la provincia de; San José-Vázquez de Coronado, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: Fomentar la enseñanza de las
Sagradas Escrituras, capacitar a los miembros de la comunidad. Cuyo
representante, será la presidenta: Vilma Villalobos Arias, con las facultades
que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015,
asiento: 424954.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 19 minutos y 31
segundos del 9 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez—(IN2015070173).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
NOTARIOS
PÚBLICOS SUSPENDIDOS: La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO, con oficinas
en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro,
Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, hace saber que los Notarios Públicos
que a continuación se indican, han sido SUSPENDIDOS
en el ejercicio de la función notarial.
La suspensión es por el
plazo de UN MES por presentación tardía de índices de
instrumentos públicos, para los Notarios Públicos que se enumeran a
continuación; RIGE ocho días naturales después de la publicación del presente
aviso en el Diario Oficial La Gaceta:
1-) AGUSTÍN ÁLVAREZ
ARAYA, cédula de identidad número: 1-0409-0093, carné 2503, expediente
administrativo: 15-001282-0624-NO, mediante Resolución Número 1791-2015 de las
08:50 horas del 07 de setiembre del 2015.
2-) MARCONI SALAS JIMÉNEZ, cédula de identidad
número: 2-0450-0728, carné 9835, expediente administrativo: 14-001612-0624-NO,
mediante Resolución Número 1909-2015 de las 10:30 horas del 21 de setiembre del
2015.
La suspensión es por el plazo de TRES
MESES por no
presentación de índices de instrumentos públicos, para los Notarios Públicos
que se enumeran a continuación; RIGE ocho días naturales después de la
publicación del presente aviso en el Diario Oficial La Gaceta y una vez
cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá
o permanecerá vigente durante todo el tiempo que subsista la causa o
incumplimiento:
3-)
SIRIA LORENA ALAN GAMBOA, cédula de identidad número: 1-1055-0697, carné 13129,
expediente administrativo: 15-001117-0624-NO, mediante Resolución Número
1792-2015 de las 09:54 horas del 07 de setiembre del 2015.
La suspensión es por el plazo de SEIS
MESES por no
presentación de índices de instrumentos públicos, para los Notarios Públicos
que se enumeran a continuación; RIGE ocho días naturales después de la
publicación del presente aviso en el Diario Oficial La Gaceta y una vez
cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá
o permanecerá vigente durante todo el tiempo que subsista la causa o
incumplimiento:
4-) ILDRETH VANESSA ARAYA MESÉN, cédula de
identidad número: 1-0991-0940, carné 12724, expediente administrativo:
15-001464-0624-NO, mediante Resolución Número 1965-2015 de las 08:40 horas del
25 de setiembre del 2015.
San José, 8 de octubre
del 2015.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Melvin Rojas Ugalde, Jefe.—1 vez.—O.C. N°
81.—Solicitud N° 41522.—(IN2015069662).
INSCRIPCIÓN
Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL
DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado
Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha
recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario
para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: LIANA
MELISSA SOTO MEJÍA, con cédula de identidad número 5-0376-0441,
carné número 22586. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11
del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que
afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por
escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES
siguientes a esta publicación. EXP. N° 15-001724-0624-NO.—San José, 05 de
octubre del 2015.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado-Unidad Legal
Notarial.—1 vez.—(IN2015070006).
HABILITACIÓN
DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con
oficinas en San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro,
Oficentro Sigma, edificio A, 5to.piso, HACE
SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y
HABILITACIÓN como delegatario para
ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: OVELIO
RODRÍGUEZ ROBLERO, con cédula de identidad número 1-1035-0513, carné
número 13247. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del
Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten
la conducta del (de la) solicitante,
a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los quince
(15) días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente Nº
15-001546-0624-NO.—San José, 05 de octubre del 2015.—Unidad Legal
Notarial.—Licda. Tattiana Rojas S., Abogada.—1 vez.—(IN2015070088).
SISTEMA
NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN
La Dirección Regional
del Área de Conservación Osa del Sistema Nacional de Áreas de Conservación en
cumplimiento de lo estipulado en el artículo 29 de la Ley de Biodiversidad, N°
7788 y el artículo 31 del Decreto Ejecutivo 34433-MINAE.
CONVOCA:
A las instituciones
públicas, municipalidades, organizaciones comunales y organizaciones no
gubernamentales legalmente constituidas, presentes en el territorio que
conforma el área geográfica del Área de Conservación Osa, a participar en la
asamblea ordinaria para nombrar el Consejo Regional del Área de Conservación
Osa (CORAC OSA) por celebrarse el día 22 de enero del 2016 a las 9:00 horas en
las instalaciones de la Dirección Regional del Área de Conservación Osa,
ubicada en Golfito 1 km al norte del aeródromo de Golfito. La segunda
convocatoria queda citada para esa misma fecha en los términos previstos por la
normativa vigente.
Se le previene a las instituciones y organizaciones que deseen
participar en la asamblea ordinaria que para tal efecto deben acreditar
formalmente dos representantes (un titular y un suplente). Las fórmulas de
acreditación se encuentran disponibles en la sede del Área de Conservación Osa,
sita en Golfito 1 km al norte del aeródromo de Golfito. Las fórmulas de
acreditación debidamente completadas se recibirán hasta el viernes 08 de enero
del 2016 como fecha máxima, en la Sede del Área de Conservación Osa y se deberá
presentar acompañada de:
● Copia de cédula de identidad de los
acreditados.
● Personería jurídica de la institución u
organización.
● Declaración jurada de los acreditados en que
conste que no se encuentran impedidos para ser miembros del CORAC según lo
dispuesto en el artículo 35 del Decreto Ejecutivo 34433-MINAET.
● En caso de funcionarios públicos deberán
presentar nota de designación suscrita por el superior jerárquico regional de
la institución.
● Los representantes municipales deberán ser
acreditado con el respectivo acuerdo del Concejo Municipal respectivo.
● Los representantes de las organizaciones
comunales y no gubernamentales deberán aportar el acuerdo de la Junta
Directiva.
● Señalar lugar para notificaciones.
Para mayor información comunicarse al
teléfono: 2775-2110 / 2775-1210 con la Licda. Evelyn Aguilar Méndez ext. 200 o
con la señora Patricia Gallo ext. 101, correos electrónicos
evelyn.aguilar@sinac.go.cr, patricia.gallo@sinac.go.cr
Golfito, 16 de octubre del 2015.—Lic. Ólger
Méndez Fallas, Director a. í.—1 vez.—O. C. Nº DFC-0035.—Solicitud Nº
42199.—(IN2015073122).
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRANSPORTE
Y COMERCIALIZACIÓN DE
COMBUSTIBLE
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
DGTCC-DL-334-2015.—Edicto por cambio de
titular de estación de servicio:
Se tiene por correctamente presentada la
solicitud del señor Rogelio Rodríguez Barquero, cédula de identidad número
cuatro-cero cero siete tres-cero cuatro cinco seis, actual concesionario del
servicio público de la estación de servicio con expediente ES-4-03-01-01 y la
señora Katia Rodríguez Rodríguez, cédula de identidad número 1-0705-0251, en su
condición de representante legal de la sociedad de esta plaza “Feluva Sociedad
Anónima”, cédula jurídica número 3-101-698095, para realizar el cambio de
titularidad de la prestación de servicio público de la estación de servicio
mencionada
La
estación de servicio se encuentra ubicada en la provincia de Heredia, cantón
Santo Domingo, distrito Santo Domingo, específicamente en la finca inscrita en
el Registro Nacional bajo la matrícula número 51589-000, y su propietario
registral actual es de Rogelio Rodríguez Barquero, cédula de identidad
1-0705-0251. Con el cambio solicitado, el nuevo titular de la concesión para
prestar el servicio público seria la empresa “Feluva Sociedad Anónima”, cédula
jurídica número 3-101-698095.
La solicitud
obedece a la aplicación de lo dispuesto en el artículo 77 del Decreto Ejecutivo
30131- MINAE-S- “Reglamento para la Regulación del Sistema de Almacenamiento y
Comercialización de Hidrocarburos”, y 479 del Código de Comercio, debido a que
se realizaría el cambio de titular a raíz de una compraventa del inmueble
citado.
Acerca
de dicha solicitud, se otorga un plazo de quince días a partir de la primera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta, para que aquellos acreedores
e interesados se presenten a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
dispuesto por el artículo 479 del Código de Comercio. San José, a las once
horas del veintiocho de noviembre del dos mil doce.—San José, a las diez horas
del día siete de octubre del dos mil quince.—MSc. Eduardo Bravo Ramírez,
Director General.—(IN2015069598).
DIRECCIÓN
DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Exp. Nº 16379A.—Sociedad de Usuarios Quebrada
Cataratas, solicita concesión de: 5 litros por segundo de la Quebrada
Cataratas, efectuando la captación en finca de 3-101-582775 S. A., en Tobosi,
El Guarco, Cartago, para uso abrevadero, consumo humano y riego. Coordenadas:
199.593 / 536.093, hoja Caraigres. Predios inferiores: No se indican. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de
la primera publicación.—San José, 10 de setiembre del 2014.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015066725).
Expediente Nº 11432A.—Productora Agrícola El
Común S. A., solicita concesión de: 1,5 litros por segundo de la Quebrada
Alcantarilla, efectuando la captación en finca de su propiedad en Concepción,
Atenas, Alajuela, para uso agropecuario abrevadero e industria - quebrador.
Coordenadas 216.750 / 497.300 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 30 de setiembre de 2015.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015068452).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Expediente
8604P.—Estética Médica F&A del Este S. A., solicita concesión de: 0,1 litro
por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-1518 en
finca de Corporación Lamers S. A., en Piedades, Santa Ana, San José, para uso
consumo humano - doméstico. Coordenadas 212.330 / 511.850 hoja Abra. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 07 de octubre de 2015.—Departamento de
Información.—
Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015069042).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. N° 16664A.—Pedro
Bermúdez Portillo y Juan Bermúdez, solicita concesión de: 0,05 litros por
segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Quepos, Aguirre, Puntarenas, para uso comercial embotellado.
Coordenadas 385.210/450.620 hoja Dota. Quienes se consideren lesionados deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 3 de setiembre de 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—(IN2015068703).
Exp. N° 11452A.—Sociedad de Usuarios de Agua Asentamiento Romakri, solicita concesión de: 10 litros por
segundo del Río Salto, efectuando la captación en finca de Giselle Gutiérrez
Castillo en San Mateo, San Mateo, Alajuela, para uso agropecuario riego.
Coordenadas 219.544 / 479.551 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 20 de mayo
del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2015068887).
Exp. 10623-A.—S.U.A. Llano Verde de Mogote, solicita concesión de: 1,9
litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca
de Henry Neira Sepúlveda en Mogote, Bagaces, Guanacaste, para uso
agropecuario-abrevadero-riego-granja-lechería y porquerizas. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 14 de julio del 2015.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015069077).
N° 21-2015.—San José, a las diez horas y
cincuenta y cinco minutos del veinticinco de setiembre de dos mil quince.
EL
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
De conformidad con lo dispuesto en el párrafo
segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones
y del Registro Civil, se autoriza a los funcionarios Luis Alonso Álvarez
Alfaro, portador de la cédula de identidad uno mil trescientos cuarenta y dos
cero ciento noventa; Wendy Melissa Arias Chacón, portadora de la cédula de
identidad tres cero trescientos ochenta y ocho cero cero cero dos; Ana Karolina
Delgado Arburola, portadora de la cédula de identidad uno mil ciento diecisiete
cero quinientos catorce; Cindy Jeannette Mena Morales, portadora de la cédula
de identidad uno mil ciento dos cero cuatrocientos ochenta y seis; Laura Lobo
Regidor, portadora de la cédula de identidad uno mil ciento veinte cero
cuatrocientos setenta y dos; Alicia Tatiana Villegas Orozco, portadora de la
cédula de identidad uno mil cuatrocientos veintinueve cero seiscientos
dieciséis; Asistentes Administrativo 1, y Paola Castro Galeano, portadora de la
cédula de identidad uno mil cincuenta y dos cero cuatrocientos noventa y
cuatro; Nelly Garro Marín, portadora de la cédula de identidad uno mil
cincuenta y tres cero quinientos veintisiete; Sandy Patricio Monney Guzmán,
portador de la cédula de identidad uno cero ochocientos veinte cero trescientos
sesenta y cuatro; Walter Roberto Montero Masís, portador de la cédula de
identidad uno cero seiscientos setenta y seis cero quinientos setenta y seis;
Francisco Javier Valverde Delgado, portador de la cédula de identidad uno mil
seiscientos cero novecientos trece; Karla Villalobos Coto, portadora de la
cédula de identidad uno cero novecientos setenta y tres cero cero setenta y
cinco; Asistentes Administrativo 2, todos del Departamento Civil, para que
firmen certificaciones y constancias de ese mismo Departamento, a partir de la
respectiva publicación en el Diario Oficial.—Luis Antonio Sobrado González,
Presidente.—Eugenia Zamora Chavarría, Magistrada.—Max Alberto Esquivel Faerron,
Magistrado.—Juan Antonio Casafont Odor, Magistrado.—Luz de los Ángeles Retana
Chinchilla, Magistrada.—1 vez.—O. C. N° 3400024182.—Solicitud N°
41282.—(IN2015068739).
N° 23-2015.—San José, a las once horas y
quince minutos del treinta de setiembre de dos mil quince.
EL
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
De conformidad con lo
dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del
Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a la señora
Annie Livia Salazar Sorio, portadora de la cédula de identidad número siete cero
ciento sesenta y uno cero seiscientos noventa y tres, Asistente Administrativo
2 de la Oficina Regional de Limón, para que firme certificaciones y constancias
del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario
Oficial.—Luis Antonio Sobrado González, Presidente.—Eugenia Zamora Chavarría,
Magistrada.—Juan Antonio Casafont Odor, Magistrado.—Luz de los
Ángeles Retana Chinchilla, Magistrada.—Fernando del Castillo Riggioni,
Magistrado.—1 vez.—O. C. N° 3400024182.—Solicitud N° 41283.—(IN2015068743).
N° 24-2015.—San José, a las diez horas y
cinco minutos del cinco de octubre de dos mil quince.
EL
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
De conformidad con lo
dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del
Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a los señores Lissy Dixiana Solano García,
portadora de la cédula de identidad número dos cero seiscientos sesenta y
cuatro cero doscientos setenta y seis, Asistente Administrativo 1; Eloy Johnny
Méndez Miranda, portador de la cédula de identidad número cinco cero ciento
setenta cero seiscientos doce; Paola Marcela Trujillo Araya, portadora de la
cédula de identidad seis cero trescientos treinta y tres cero cero sesenta y
nueve; Ileana María Salas Morales, portadora de la cédula de identidad dos cero
cuatrocientos noventa y uno cero seiscientos setenta y tres; y Lilliana Saborío
Blanco, portadora de la cédula de identidad
dos cero quinientos cuarenta y dos cero trescientos cuatro; Asistentes
Administrativos 2, todos de la Oficina Regional de San Carlos, para que firmen certificaciones
y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en
el Diario Oficial.—Luis Antonio Sobrado González, Presidente.—Eugenia María
Zamora Chavarría, Magistrada.—Max Alberto Esquivel Faerron, Magistrado.—Juan
Antonio Casafont Odor, Magistrado.—Luz de los Ángeles Retana Chinchilla,
Magistrada.—Fernando del Castillo Riggioni, Magistrado.—1 vez.—O. C. N°
3400024182.—Solicitud N° 41284.—(IN2015068746).
N° 25-2015.—San José, a las diez horas y
treinta minutos del cinco de octubre de dos mil quince.
EL
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
De conformidad con lo
dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del
Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a la señora
Nidia Herrera Ramírez, portadora de la cédula de identidad número siete cero
ciento veinticuatro cero setecientos cuarenta y dos, Asistente Funcional 2 de
la Oficina Regional de Pococí, para que firme certificaciones y constancias del
Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario
Oficial.—Luis Antonio Sobrado González, Presidente.—Eugenia María Zamora
Chavarría, Magistrada.—Max Alberto Esquivel Faerron, Magistrado.—Juan Antonio
Casafont Odor, Magistrado.—Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, Magistrada.—1
vez.—O. C. N° 3400024182.—Solicitud N° 41285.—(IN2015068749).
Registro
Civil-Departamento Civil
SECCIÓN
DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por, Yanneth Segura Ramírez, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: N° 526-2003.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Oficina Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas diecisiete
minutos del treinta de abril del dos mil tres. Diligencias de ocurso incoadas
en este Registro por, Yanneth Segura Ramírez, casada, cédula de identidad
número cinco-doscientos setenta y uno-ochocientos cincuenta y tres, vecina de
Sabanilla, Montes de Oca. Exp. N° 25594-2002. Resultando I.—…,
II.—Considerando:…, I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto,
rectifíquese el asiento de nacimiento de Hilary Villegas Segura, en el sentido
de que el sexo es femenino y no como aparece actualmente consignado. Publíquese
esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese. Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Licda. Ligia María González Richmond,
Jefa.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2015069567).
Se hace saber que este en diligencias de ocurso
incoadas por Geisel Mercedes Mata Conejo, se ha dictado la resolución N°
3838-2015 que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las siete horas treinta y cinco
minutos del seis de agosto del dos mil quince. Exp. N° 26547-2015. Resultando:
1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por
tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de, Geisel Mercedes Mata Conejo,
en el sentido que el nombre de la persona inscrita es Hazel Mercedes.—Lic. Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2015069599).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por, Carla Patricia Chavarría Velázquez, se ha dictado la resolución
N° 4922-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas y cinco minutos
del diecisiete de setiembre de dos mil quince. Exp. N° 16717-2015. Resultando:
1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo: Por
tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de, Yehimy Carolina González
Chavarría, en el sentido que el nombre de la madre de la persona inscrita es
Carla Patricia.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Licda.
Irene Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2015069657).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por José Antonio Artavia Aguilar, se ha dictado la resolución N°
3877-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas cincuenta minutos
del seis de agosto de dos mil quince. Exp. N° 24011-2015 Resultando 1.-...
2.-... 3.-... Considerando: I.- Hechos Probados: ... II.-Sobre el Fondo: ...
Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Valeria María Artavia
Pérez y de Josué Ángel Artavia Pérez, en el sentido que el segundo nombre y los
apellidos de la madre de las personas inscritas son Bemilda y Miranda Pérez
respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015069765).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Franklin Morera Sibaja, se ha dictado la resolución N° 3627-2015,
que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las ocho horas del tres de agosto de dos mil quince.
Exp. N° 40431-2014. Resultando 1.-... 2.-... Considerando: I.- Hechos
Probados:... II.- Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de
matrimonio de Earl George Myers no indica otro apellido con Aracelly Ester de
los Ángeles Murcia López, en el sentido que la nacionalidad del cónyuge, el
nombre, el apellido y la nacionalidad del padre y el nombre, el apellido y la
nacionalidad de la madre del mismo son estadounidense, Earl George Myers no
indica segundo apellido, estadounidense y Linda Jean Roller no indica segundo
apellido, estadounidense, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2015069982).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Petrona Lesbia Quiroz Luna, se ha dictado la resolución N°
3517-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas ocho minutos
del veinticuatro de julio de dos mil quince. Expediente N° 22546-2015.
Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el
Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Steven Arguedas
Quirós, en el sentido que el primer apellido de la madre es Quiroz.—Lic. Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2015070020).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Yelvin Yajahira Andino Sandoval, se ha dictado la resolución N°
314-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y cincuenta
minutos del veinte de enero de dos mil quince. Expediente N° 44263-2013.
Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el
fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Kendry Anai
Gudiel Andino, en el sentido que el nombre de la madre de la persona inscrita
es Yelvin Yajahira.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a.
í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015070072).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Karla Iveth Dailey Stevenson, se ha dictado
la resolución N° 2666-2015, que en lo conducente dice: Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece
horas treinta minutos del cinco de junio de dos mil quince. Expediente N°
29001-2014. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:...
II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de
Karla Iveth Dailey Stevenson en el sentido que el segundo apellido de la madre
es “Stephen”, de nacimiento y defunción de Marjorie Alejandra Dailey Stevenson
y de nacimiento de Joshan Yoel Dailey Stevenson en el sentido que el segundo
apellido de la madre es “Stephen”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial
Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015070095).
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos
de solicitud de naturalización
Karla Vanessa Largaespada Rivera, mayor,
soltera, Traductora, nicaragüense, cédula de residencia número 155815309615,
vecina de San José, Tibás, 200m oeste y 75m norte de la Municipalidad frente al
edificio del INS, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.:
131537-2014.—San José, a las 3:11 horas del 12 de setiembre del 2015.—Lic.
Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015069534).
Idania
Francisca Reyes Solís, mayor, soltera, comerciante, nicaragüense, cédula de
residencia número R155803573709, vecina de Condominios Mar y Arena 1920, Calle
Hidalgo, Jacó, Garabito, Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud para que los presenten por escrito a este registro dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente: 131872-2014. HVQ.—San José, a las 16:38 horas del 22 de setiembre
de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. i.—1 vez.—(IN2015069768).
José
Bismark Martínez Fonseca, mayor, soltero, operario, nicaragüense, cédula de
residencia número 155805476707, vecino de Puntarenas, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a
este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 132021-2014. CPB.—San José, veintisiete de
agosto de dos mil quince.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. i.—1
vez.—(IN2015069775).
Jackeline
Lissette Cano Rocha, mayor, casada, del hogar, nicaragüense, cédula de
residencia número 155806773903, vecina de Urb. Juan Rafael Mora, San Felipe,
Alajuelita, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este registro dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 132748-2014. MSU.—San José, 23
de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. i.—1
vez.—(IN2015069788).
Wendy Karina Herrero Castro, mayor, soltera,
estudiante, nicaragüense, cédula de residencia número 155803052029, vecina de
San José, Desamparados, San Rafael Arriba, de la pulpería Ciprés, 100 este, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito
a este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 131944-2014. JVP.—San José, 27 de agosto de
2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. i.—1 vez.—(IN2015069790).
Bismark García Ramos, mayor, casado, oficial de
seguridad privada, nicaragüense, cédula de residencia número 155810263722,
vecino de San José, Purral de Goicoechea, del Supermercado Económico 50 mts y
20 mts sur, casa A-7, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este registro dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
135737-2015. MSU.—San José, 23 de setiembre de 2015—Lic. Randall Marín Badilla,
Jefe a. i.—1 vez.—(IN2015069797).
Elías Daniel Sandoval Morales, mayor, soltero,
líder de producción, nicaragüense, cédula de residencia número 155804141317,
vecino de San Antonio del Tejar, central, Alajuela, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 133559-2014.—San José, a las 12:33 horas del
23 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2015070182).
Franklin Javier Barrios Barrios, mayor, casado,
peón agrícola, nicaragüense, cédula de residencia N° 155808948203, vecino de
Guácimo, Duacarí, Pueblo Nuevo, Limón, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
134561-2015.—San José, a las 12:06 horas del 23 de setiembre del 2015.—Lic.
Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015070186).
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
MODIFICACIÓN PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2015
La Dirección de
Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a partir de
esta fecha se ha publicado Modificación al Plan Anual de Adquisiciones del
Ministerio de Seguridad Pública correspondiente al siguiente programa
presupuestario 09003 SEGURIDAD
CIUDADANA el cual se encuentra a su disposición en la
dirección electrónica www.hacienda.go.cr. En el link de COMPRARED.
San José, 22 de
octubre de 2015.—Lic. Mario Umaña Mora, Director.—1 vez.—O. C. Nº
3400024040.—Solicitud Nº 42266.—(IN2015073013).
MODIFICACIÓN
PROGRAMA DE ADQUISICIONES
AÑO 2015
Descripción Fecha Fuente Monto anual
estimada financiamiento aproximado
Contratación
de servicios
profesionales
de abogados
para la
atención del cobro II Semestre BCR Inestimable
judicial
para diferentes
zonas a
nivel nacional
Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1
vez.—O. C. Nº
42410.—Solicitud Nº 42410.—(IN2015073136).
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2015BI-000067-32700
Proyecto: Programa Red Vial Cantonal-I
EJECUCIÓN
DE LOS SIGUIENTES PROYECTOS DEL PRVC-I: Mantenimiento periódico
y mejoramiento del sistema de drenaje del camino 1-13-053 de Ent RN 100 Iglesia
de Cinco Esquinas hasta RN 108 Museo de los Niños, cantón de Tibás,
mejoramiento mediante la construcción de una losa de concreto, conocida como
“whitetopping”, del camino 6-01-066 de (Ent. N. 17) Barranca-(Ent. N. 23)
CAFESA, cantón de Puntarenas.
La Dirección de
Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del 03 de
diciembre del 2015.
El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en
forma gratuita en la dirección: https:// www. hacienda.go.cr/compra red, a
partir de la presente publicación de la invitación a licitar en el Diario
Oficial La Gaceta.
San José, 22 de octubre
de 2015.—Dirección Proveeduría Institucional.—Heidy Román Ovares, Directora.—1
vez.—O. C. N° 3400025989.—Solicitud
N° 42378.—(IN2015073097).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de
Proveeduría invita a participar en los siguientes procedimientos de
contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000096-PROV
Compra e instalación de una máquina Chiller que
supla de
aire acondicionado a los Tribunales
de Justicia
de Golfito
Fecha y hora de
apertura: 18 de noviembre de 2015, a las 10:00 horas
El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la
presente publicación. Para ello, los interesados e interesadas podrán obtenerlo
a través de Internet, en la siguiente dirección:
http://poder-judicial.go.cr/proveeduria
(ingresar al botón “Invitaciones”).
________
LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000099-PROV
Trabajos Correctivos en el Edificio de los Tribunales
de Justicia
del Primer Circuito Judicial
de la Zona
Atlántica (Limón)
Fecha y hora de
apertura: 18 de noviembre de 2015, a las 11:00 horas
El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la
presente publicación. Para ello, los
interesados e interesadas podrán obtenerlo a través de Internet, en la
siguiente dirección: http://poder-judicial.go.cr/proveeduria (ingresar al botón
“Invitaciones”).
San José, 23 de octubre
del 2015.—Proceso de Adquisiciones.—MBA Yurli Argüello Araya, Jefa.—1
vez.—Solicitud N° 42394.—(IN2015073021).
LICITACIÓN ABREVIADA 2015LN-000035-PROV
Compra radios de comunicación para uso
del
Organismo de Investigación Judicial
El Departamento de Proveeduría
invita a participar en los siguientes procedimientos de contratación:
Licitación Abreviada 2015LN-000035-PROV. Compra radios de comunicación para uso
del Organismo de Investigación Judicial.
Fecha y hora de
apertura: 11 de noviembre de 2015, a las 10:00 horas
El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la
presente publicación. Para ello, los
interesados e interesadas podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente
dirección: http://poder-judicial.go.cr/proveeduria (ingresar al botón “Invitaciones”).
San José, 23 de octubre
de 2015.—Proceso de Adquisiciones.—MBA Yurli Argüello Araya, Jefa.—1
vez.—Solicitud N° 42398.—(IN2015073022).
LLAMADO A
LICITACIÓN
REPÚBLICA
DE COSTA RICA
PROYECTO
DE MEJORAMIENTO
DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
Adquisición
de Sistemas de Inteligencia de Negocios
EDU-UNED-42-LPN-B-2015LPN-000011
Préstamo
N° 8194-CR
1º—Este llamado a licitación se emite como
resultado del Aviso General de Adquisiciones que para este Proyecto publicado
en la edición N° DB Reference N° WB1717-03/14 de 26 de marzo del 2014.
2º—El
Gobierno de Costa Rica ha recibido un préstamo del Banco Internacional de
Reconstrucción y Fomento/de la Asociación Internacional de Fomento, para
financiar el costo del Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior, y se
propone utilizar parte de los fondos de este préstamo para efectuar los pagos
bajo el Contrato Adquisición de Sistema de Inteligencia de Negocios, N°
2015LPN-000011.
3º—La
Universidad Estatal a Distancia invita a los licitantes elegibles a presentar
ofertas selladas para Adquisición de Sistema de Inteligencia de Negocios.
4º—La
licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública
Nacional (LPN) establecidos en la publicación del Banco Mundial titulada
Normas: Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF, y está
abierta a todos los licitantes de países elegibles, según se definen en dichas
normas.
5º—Los
licitantes elegibles que estén interesados podrán obtener los documentos de
licitación en la dirección electrónica: jomonge@uned.ac.cr, con Licda. Johanna
Monge Ramírez, Oficina de Contratación y Suministros de la UNED.
6º—Los
requisitos de calificaciones incluyen: Cumplimiento de Especificaciones
Técnicas, Experiencia del licitante, Certificaciones de calidad establecidas en
el cartel, entre otros requisitos de admisibilidad. No se otorgará un Margen de
Preferencia a contratistas nacionales elegibles. Mayores detalles se
proporcionan en los Documentos de Licitación.
7º—Las
ofertas deberán hacerse llegar a la dirección indicada abajo a más tardar a las
10:00 horas del día 27 de noviembre del 2015. Ofertas electrónicas no serán
permitidas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Declaración de
Mantenimiento de la Oferta. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán
rechazadas. La apertura de ofertas se efectuará en presencia de los
representantes de los licitantes que deseen asistir, a la dirección indicada
abajo, a las 10:00 horas del día 27 de noviembre del 2015.
Nombre
de la Oficina: Oficina de Contratación y Suministros.
Nombre
del Funcionario: Johanna Monge Ramírez. Teléfono: 2527-2516.
Dirección:
San José, Costa Rica, Universidad Estatal a Distancia, Sede Central de la UNED,
Mercedes de Montes de Oca, de la Rotonda de la Bandera 800 metros este,
carretera hacia Sabanilla. En la Oficina de Contratación y Suministros,
Edificio A, tercer nivel. Horario de Oficina: 8:00 a.m. a 4:30 p.m.
Oficina de Contratación y Suministros.—Mag.
Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í.—1 vez.—Solicitud N° 42366.—(IN2015073020).
Llamado a
Licitación
República de Costa Rica
Proyecto de Mejoramiento de la
Educación Superior
ADQUISICION DE
MOBILIARIO ESPECIALIZADO
PARA
LABORATORIOS DE CIENCIAS
EDU-UNED-47-LPN-B-2015LPN-000018
Préstamo Nº8194-CR
1. Este llamado a licitación se emite como resultado del Aviso General
de Adquisiciones para este Proyecto publicado en la edición Nº DB Reference N°
WB1717-03/14, de 26 de marzo del 2014.
2. El Gobierno de Costa Rica ha recibido un préstamo del Banco
Internacional de Reconstrucción y Fomento/de la Asociación Internacional de
Fomento, para financiar el costo del Proyecto de Mejoramiento de la Educación
Superior, y se propone utilizar parte de los fondos de este préstamo para
efectuar los pagos bajo el Contrato: ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO
ESPECIALIZADO PARA LABORATORIOS DE CIENCIAS, N° EDU-UNED-47-LPN-B-2015LPN-000018.
3. La Universidad Estatal a Distancia invita a los licitantes
elegibles a presentar ofertas selladas para “ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO
ESPECIALIZADO PARA LABORATORIOS DE CIENCIAS”. Para esta licitación se dispone de un
contenido presupuestario de $48.700,00.
4. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de
Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la publicación del Banco
Mundial titulada Normas: Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la
AIF, y está abierta a todos los licitantes de países elegibles, según se
definen en dichas normas.
5. Los licitantes elegibles que estén interesados podrán obtener los
documentos de la licitación completos, cartel, planos constructivos y anexos,
solicitándolos a la dirección electrónica: gsibaja@uned.ac.cr , atención: Mag.
Giovanni Sibaja Fernández.
6. Los requisitos de calificaciones incluyen: Cumplimiento de
Especificaciones Técnicas, Experiencia del licitante, entre otros requisitos de
admisibilidad. No se otorgará un Margen de Preferencia a contratistas
nacionales elegibles. Mayores detalles se proporcionan en los Documentos de
Licitación.
8. Las ofertas deberán hacerse llegar a la dirección indicada abajo a
más tardar a las 10:00 horas del día 1 de diciembre del 2015. Ofertas
electrónicas no serán permitidas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas
de una Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Las ofertas que se reciban
fuera de plazo serán rechazadas. La apertura de ofertas se efectuará en
presencia de los representantes de los licitantes que deseen asistir, a la
dirección indicada abajo, a las 10:00 horas del día 1 de diciembre del 2015.
Nombre de la Oficina: Oficina de Contratación
y Suministros.
Nombre del Funcionario: Giovanni
Sibaja Fernández. Teléfono: 2527-2610.
Dirección: San José, Costa Rica,
Universidad Estatal a Distancia, Sede Central de la UNED, Mercedes de Montes de
Oca, de la Rotonda de la Bandera 800 metros este, carretera hacia Sabanilla. En
la Oficina de Contratación y Suministros, Edificio A, tercer nivel. Horario de
Oficina: 8:00 a.m. a 4:30 p.m.
Atención:
Mag. Yirlania Quesada Boniche,
Jefe a. í..
Teléfonos: (506)2224-6739 /
(506)2253-2907 / Fax: (506)2224-9759
Oficina de Contratación y Suministros.—Mag.
Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í.—1 vez.—Solicitud N° 42415.—(IN2015073226).
COLEGIO
UNIVERSITARIO DE LIMÓN
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2015LA-000009-01
Compra
de licenciamiento Microsoft
El Colegio Universitario de Limón, CUNLIMON
mediante la Proveeduría Institucional invita a todos los oferentes interesados
a participar en la Licitación Abreviada 2015LA-000009-01, compra de
licenciamiento Microsoft. El cartel podrá solicitarlo al correo electrónico
proveeduria@cunlimon.ac.cr, de lunes a viernes en el horario 8:00 a. m. a 4:00
p. m. Fecha y hora de apertura se realizará el 6 de noviembre del 2015, hasta
la 11:00 a. m.
Dudas o consultas al 2798-1349, ext. 103.
Limón,
26 de octubre el 2015.—Proveeduría-Bodega.—Félix López Franco.—1
vez.—(IN2015073175).
DIRECCIÓN
PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA
Nº 2015LA-000070-PRI
(Convocatoria)
Servicio de
control de la información y mantenimiento
preventivo de la red hidrometeorológica
del AyA
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula
jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 09:00
horas del 17 de noviembre del 2015, para contratar los servicios motivo de la
presente licitación.
Los documentos
que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del AyA sita en
el Módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA, ubicado en Pavas, previa
cancelación de ¢500,00 o en el Web www.aya.go.cr, Link Proveeduría, Expediente
Digital.
Licda. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº
6000000728.—Solicitud Nº 42365.—(IN2015073014).
LICITACIÓN ABREVIADA
Nº 2015LA-000071-PRI
Compra de
equipos y herramientas
(modalidad según demanda)
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula
jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00
horas del día 18 de noviembre del 2015, para la “Compra de equipos y
herramientas (modalidad según demanda)”
El archivo que
conforma el cartel podrá accesarse en la página www.aya.go.cr, o bien
adquirirse previo pago de ¢500,00, en la Dirección Proveeduría de AyA, sita en
el del módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA en Pavas.
Lic. Jeniffer Fernández Guillén, Dirección Proveeduría.—1 vez.—O. C. N°
6000000728.—Solicitud N° 42411.—(IN2015073103).
PROCESO DE
ADQUISICIONES
COMPRA DIRECTA Nº
2015CD-000362-01
(Invitación)
Contratación de
juegos mecánicos para actividad
del
almuerzo fraterno del INA
El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de
Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del 04
de noviembre del 2015. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones
el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5
kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA,
dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz,
Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 24246.—Solicitud Nº 42407.—(IN2015073018).
DEPARTAMENTO DE
RECURSOS MATERIALES
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2015LA-000009-PROV
(Apertura)
Contrato de
servicios de mantenimiento preventivo
y correctivo centro de datos principal
La Junta de Protección Social les invita a participar en la Licitación
Abreviada Nº 2015LA-000009-PROV por “Contrato de servicios de mantenimiento
preventivo y correctivo centro de datos principal”.
Las ofertas se
recibirán hasta las 10:00 horas del día 13 de noviembre del 2015, en el cuarto
piso, Departamento de Recursos Materiales de la Junta de Protección Social.
El cartel que
contiene las especificaciones y donde se publicarán en caso de ser necesarias,
las modificaciones o aclaraciones respectivas; se encuentra a disposición de
los interesados en nuestra página electrónica www.jps.go.cr, enlace:
contrataciones, pueden retirarlo en el Departamento de Recursos Materiales,
cuarto piso, edificio Central sin ningún costo o solicitarlo a la Licda. Ana
Lucía Camacho Zúñiga a la dirección electrónica: acamacho@jps.go.cr a partir de
esta notificación.
Lic. Jorge Baltodano Méndez.—1 vez.—O. C. Nº 19869.—Solicitud Nº
42360.—(IN2015073012).
JUNTA
DE EDUCACIÓN CENTRO EDUCATIVO
SAN RAFAEL
LICITACIÓN
PÚBLICA 01-2015
Proveedor
de alimentos para comedor escolar
Se informa a los Proveedores interesados en
participar en la Licitación Pública 01-2015, para periodo lectivo 2016.
El
cartel se puede adquirir en el Centro Educativo el día 04 de noviembre del 2015
en el horario de 2:00 a 5:00 p. m. por un costo de ¢5.000,00.
Entrega
de ofertas: 10 de noviembre del 2015, de 8:00 a 11:00 a. m. en la Secretaría de
la Dirección del Centro Educativo.
San José, Desamparados, San Rafael Arriba, 23
de octubre del 2015.—Sonia Pérez Solano, Presidenta.—1 vez.—(IN2015073105).
OPERADORA
DE PLANES DE PENSIONES S. A.
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2015LA-000007-12
Compra
de un vehículo hibrido para BCR Pensiones S. A.
Se informa a los interesados en la licitación
en referencia, que BCR Pensiones S. A., recibirá ofertas por escrito hasta las
once horas con treinta minutos (11:30 a.m.) del día 12 de noviembre del 2015,
las cuales deben ser depositadas en el buzón ubicado en la Oficina de Compras y
Pagos, en el tercer piso Oficinas Centrales del BCR, entre avenida central y
segunda, calles 4 y 6.
El
cartel de la licitación que incluye las especificaciones y condiciones
generales, estará disponible en esa misma oficina, en un horario de 8:30 a.m. a
3:30 p.m.
San José, 26 de octubre del 2015.—Oficina
Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar
Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 64891.—Solicitud Nº
42412.—(IN2015073109).
JUNTA
ADMINISTRATIVA COLEGIO TÉCNICO
PROFESIONAL DE GUATUSO
DIRECCIÓN
REGIONAL DE EDUCACIÓN ZONA NORTE
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2015 LA-CTPG 010
Equipamiento
del Departamento de Educación Física
La Junta Administrativa del CTP Guatuso
invita a participar en la Licitación abreviada N° 2015 LA-CTPG 010
“Equipamiento del Departamento de Educación Física”. El pliego cartelario
estará disponible para su entrega, máximo tres días hábiles contados a partir
de esta publicación, de forma personal en la Coordinación Técnica del CTP
Guatuso. Tel. 2464-1152 ubicado en la provincia de Alajuela, cantón Guatuso,
distrito San Rafael, 200 metros sur y 50 metros oeste del BNCR, o por correo
electrónico, en horario de 7:00 a.m. a 4:00 p.m.
Víctor Chavarría Chaves, Presidente Junta
Administrativa.—1 vez.—(IN2015073117).
JUNTA DE EDUCACIÓN ESCUELA
SONAFLUCA
LICITACIÓN
PÚBLICA ESCUELA SONAFLUCA N° 01-2015
Alimentos
para comedor escolar curso lectivo 2016 para
la Escuela Sonafluca, La Fortuna
de San Carlos
La Junta de Educación de la Escuela
Sonafluca, La Fortuna de San Carlos realiza invitación a participar como
oferente para la Licitación Pública Escuela Sonafluca N° 01-2015 para la compra
de alimentos (abarrotes, frutas, verduras, vegetales, productos lácteos y
carnes) para abastecer el comedor escolar para el curso lectivo 2016, el cartel
de licitación o pliego de condiciones y especificaciones técnicas debe ser
retirado por los interesados a partir del día hábil siguiente a la publicación
de la invitación en la dirección de la Escuela Sonafluca, ubicada en Sonafluca
de La Fortuna, San Carlos, 100 mts sur de la iglesia católica, en horario de
8:00 a. m. a 5:00 p. m., se entregarán contra firma de recibido, además de
indicarles que las ofertas deberán ser entregadas en un sobre cerrado, en la
Oficina de dirección del Centro Educativo y el sobre deberá de contener la
leyenda: “Licitación Pública Escuela Sonafluca N° 01-2015 alimentos para
Comedor Escolar Curso lectivo 2016 para la Escuela Sonafluca, La Fortuna de San
Carlos”, en otra instancia se indica que esta Junta de Educación recibirá las
ofertas por escrito hasta las 17 horas en punto del 13 de noviembre del 2015.
Sonafluca de La Fortuna, San Carlos, 26 de
octubre del 2015.—Benito Martínez Martínez, Presidente.—1 vez.—(IN2015073169).
MUNICIPALIDAD
DE UPALA
La Municipalidad de Upala invita a participar
en el siguiente proceso de contratación: Licitación Pública 2015LP-00002-01.
Contratación de persona física o jurídica por compra de una motoniveladora para
el Departamento de Unidad Técnica de Gestión Vial.
Presupuesto extraordinario N° 1, 2015.
Los detalles de la contratación los
encontrará en el cartel de Licitación, el cual podrán adquirir en la
Proveeduría de esta Municipalidad, con un valor de ¢15.000,00 (quince mil
colones netos), se podrán depositar en la cuenta 100-01-068-002438-6 del Banco
Nacional de Costa Rica, para colones costarricenses a nombre de la
Municipalidad de Upala y enviar los recibos al fax 2470-0157, extensión 213 o
al correo electrónico eshion@muniupala.go.cr.
Cualquier información adicional comunicarse al teléfono 2470-0157 Ext, 212 y
2013 (proveeduría), o al correo electrónico eshion@muniupala.go.cr
Así
mismo le recuerdo al proveedor que las ofertas se recibirán en sobre cerrado
hasta las diez horas del día viernes 20 de noviembre del 2015. En la oficina de
Proveeduría de la Municipalidad de Upala ubicada 75 metros este del parque
central en Upala centro.
Alejandro Ubau Hernández, Alcalde.—1
vez.—Solicitud N° 41992.—(IN2015073030).
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
SUBPROCESO
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
PÚBLICA 2015LN-000001 -04900
Alquiler
de equipo de cómputo
Se avisa a todos los interesados en esta
licitación, que por resolución final de readjudicación N° 2015LN-000001-04900,
de las 09:19 horas del veintitrés de octubre del dos mil quince, se adjudica de
la siguiente manera:
Oferta
N° 1: Componentes el Orbe S. A., cédula jurídica 3101111502, la línea N°
03 para el alquiler de equipo de cómputo, por un monto total de $1.011.50 (mil
once dólares con cincuenta céntimos) mensuales, para un monto total anual de
$12.138.00, al tipo de cambio del día de la apertura de las ofertas 22 de mayo
de 2015 de ¢538.55 x US$, cuyo detalle completo se encuentra en el expediente
electrónico del sistema Compra Red. Todo conforme a la oferta y condiciones
cartelarias.
Oferta N° 2: Central de Servicios PC S. A., cédula
jurídica 3101096527, las líneas Nos. 01 y 02 para el alquiler de equipo de
cómputo, por un monto total de $5.811,18 (cinco mil ochocientos once dólares
con dieciocho céntimos) mensuales, para un monto total anual de $69.734.16
(sesenta y nueve mil setecientos treinta y cuatro dólares con dieciséis
céntimos), al tipo de cambio del día de la apertura de las ofertas 22 de mayo
de 2015 de ¢538.55 x US$, cuyo detalle completo se encuentra en el expediente
electrónico de! sistema Compra Red. Todo conforme a la oferta y condiciones
cartelarias.
San José, 26 de octubre del 2015.—Elke
Céspedes Ramírez, Proveedora.—1 vez.—O.C. N° 248443.—Solicitud N°
6757.—(IN2015073215).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
Avisos de adjudicación
Se comunica a todos
los interesados en los procedimientos de contratación que se dirán, que por
acuerdos del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 94-15 del día 22 de
octubre del 2015, artículos VI, VIII, X, XI, XII, respectivamente, se dispuso
adjudicarlos de la siguiente forma:
LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000024-PROV
Contratación de servicios médicos bajo la
modalidad de hora
profesional para servidores y servidoras judiciales de los
Tribunales del II Circuito Judicial de Alajuela
A: Clemente Enrique
Centeno Madrigal, cédula física 1-384-833:
Precio: El precio se regirá por medio de la
tarifa mínima que fija el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, la
cual, actualmente se encuentra establecida en la suma de ¢42.118,02, por hora
profesional, y el precio por paciente adicional es de ¢10.529,50.
_______
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000063-PROV
Compra de CCTV tecnología IP PTZ
A: Tech Brokers S. A., cédula jurídica 3-101-496525:
Bloque N° 1: monto total adjudicado:
$325.099,32.
______
LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000088-PROV
Servicio de compromiso de licenciamiento por
volumen de
Microsoft de consumo monetario de Azure compartido para
todos los servicios y todos los lenguajes
(AzureMonetaryCommit ShrdSvr ALNG
SubsVL MVL
Commit)
A: Segacorp de CR S.
A., cédula jurídica 3-101-632069
Línea N° 1: Precio mensual: $5.684,22, precio
anual: $68.210,64.
_______
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000056-PROV
Contratación de actualización y mantenimiento de
equipos de videoconferencia
A: CR Conectividad
S. A., cédula jurídica 3-101-108469:
Línea única: monto total adjudicado:
$69.700,00.
________
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000021-PROV
Compra de municiones, según demanda
A: Electromecánica
Pablo Murillo S. A., cédula jurídica 3-101-333037
Línea N° 1: Precio Unitario ¢260,00
Línea N° 3: Precio Unitario ¢1.150,00
Línea N° 4: Precio Unitario ¢590,00
Línea N° 5: Precio Unitario ¢1.000,00
Línea N°6: Precio Unitario ¢1.800,00
Línea N° 7: Precio Unitario ¢590,00
Demás características
según pliego de condiciones
San José, 26 de
octubre del 2015.—Proceso de adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefe.—1
vez.—Solicitud Nº 42473.—(IN2015073227).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000007-SCA
Compra de equipo
de impresión con sus respectivos
consumibles (Modalidad suministro
según demanda)”
La Universidad
Nacional por medio de la Proveeduría Institucional comunica a los proveedores
que participaron en esta Contratación que mediante resolución
UNA-PI-D-RESO-01593-2015 de las diecinueve horas siete minutos del día 20 de
octubre del año dos mil quince, se dispuso adjudicar el concurso de la
siguiente manera: a la firma: por tanto se acuerda:
I. Adjudicar
la Licitación Pública 2015LN-00007-SCA por concepto de “Compra de equipo de
impresión con sus respectivos consumibles (Modalidad suministro según
demanda).” de la siguiente manera: a la firma: Oferta 3.—I.S. Productos
de Oficina Centroamérica S. A., cédula jurídica 3-101-259552. Ítem 6
estándar I - Impresora láser negro marca Kyocera Ecosys Modelo P2135dn con sus
respectivos consumibles garantía 36 meses plazo de entrega 15 días hábiles
monto unitario $320,00 (trecientos veinte dólares con 00/100). Todo conforme la
oferta presentada el pliego de condiciones.
Oferta 6.—TELERAD Telecomunicaciones
Radiodigitales S. A. cedula jurídica 3-101-049635. Ítem 4 Impresora de
inyección de tinta color para impresiones de carátulas de CD/DVD. Marca Epson
modelo L800 con sus respectivos consumibles garantía 36 meses plazo de entrega
15 días hábiles monto unitario $333,00 (Trecientos treinta y tres dólares con
00/100). Todo conforme la oferta presentada el pliego de condiciones. Ítem 5
impresora de inyección de tinta multifuncional a color con tanque marca Epson
modelo L555 con sus respectivos consumibles garantía 36 meses plazo de entrega
15 días hábiles monto unitario $276,00 (doscientos setenta y seis dólares con
00/100). Todo conforme la oferta presentada el pliego de condiciones. Ítem 8
Estándar I– Impresora láser color marca Lexmark modelo CS510de con sus
respectivos consumibles garantía 36 meses plazo de entrega 15 días hábiles
monto unitario $742,60 (Setecientos cuarenta y dos dólares con 60/100). Todo
conforme la oferta presentada el pliego de condiciones. Ítem 10 estándar
I-Equipo multifuncional láser monocromático marca Lexmark modelo MX310dn con
sus respectivos consumibles garantía 36 meses plazo de entrega 15 días hábiles
monto unitario $487.60 (cuatrocientos ochenta y siete dólares con 60/100). Todo
conforme la oferta presentada el pliego de condiciones.
Oferta 8.—Componentes El Orbe S. A., cedula
jurídica 3-101-111502. Ítem 7 Estándar II-impresora láser negro marca Hewlett
Packard modelo Laserjet entreprise 606DNE6B72A con sus respectivos consumibles
garantía 37 meses plazo de entrega 15 días hábiles monto unitario $1.209,03
(Mil doscientos nueve dólares con 03/100). Todo conforme la oferta presentada
el pliego de condiciones. Ítem 9 estándar II-impresora láser color marca
Hewlett Packard modelo color laser Jet Enterprise M651dnCZ256A con sus
respectivos consumibles garantía 37 meses plazo de entrega 15 días hábiles
monto unitario $757,97 (setecientos cincuenta y cuatro dólares con 97/100).
Todo conforme la oferta presentada EL pliego de condiciones.
Oferta 10.—Central de Servicios PC S. A.,
cédula jurídica 3-101-096527. Ítem 11 estándar II-Equipo multifuncional láser
monocromático marca Samsung modelo M4580FX con sus respectivos consumibles
garantía 36 meses plazo de entrega 15 días hábiles monto unitario $1.228,00
(mil doscientos veintiocho dólares con 00/100). Todo conforme la oferta
presentada el pliego de condiciones. Ítem 12 estándar III-Equipo multifuncional
láser monocromático marca Samsung modelo M5370LX con sus respectivos
Consumibles garantía 36 meses plazo de entrega 15 días hábiles monto unitario
$1.999,00 (Mil novecientos noventa y nueve dólares con 00/100). Todo conforme
la oferta presentada el pliego de condiciones. Ítem 13 estándar IV-Equipo
multifuncional láser a color marca Samsung modelo CLX8640ND con sus respectivos
consumibles garantía 36 meses plazo de entrega 15 días hábiles monto unitario
$2.945,00 (dos mil novecientos cuarenta y cinco dólares con 00/100). Todo
conforme la oferta presentada el pliego de condiciones. Ítem 14 estándar
V-Equipo multifuncional láser a color marca Samsung modelo CLX8640ND con sus
respectivos consumibles garantía 36 meses plazo de entrega 15 días hábiles
monto unitario $2.945,00 (dos mil novecientos cuarenta y cinco dólares con
00/100). Todo conforme la oferta presentada el pliego de condiciones.
Oferta 12.—Pectrum Multimedia S. A., cedula
jurídica 3-101-365523. Ítem 1 Estándar I- Matriz de puntos marca Epson modelo
LX 350 con sus respectivos consumibles garantía 25 meses plazo de entrega 15
días hábiles monto unitario colones ¢119.355,00 (seiscientos sesenta y tres mil
trecientos setenta y siete colones con 88/100). Todo conforme la oferta
presentada el pliego de condiciones. Ítem 2 Estándar II- Matriz de puntos marca
Epson modelo FX 890 con sus respectivos consumibles garantía 25 meses plazo de
entrega 15 días hábiles monto unitario colones ¢188.950,00 (Ciento ochenta y
ocho mil novecientos cincuenta colones con 00/100). Todo conforme la oferta
presentada el pliego de condiciones. Ítem 3 Estándar III- Matriz de puntos
marca Epson modelo DFX9000 con sus respectivos consumibles garantía 25 meses
plazo de entrega 15 días hábiles monto unitario colones ¢1.759.200,00 (Un
millón setecientos cincuenta y nueve mil doscientos colones con 00/100). Todo
conforme la oferta presentada el pliego de condiciones.
II. Comunicar a todos los interesados los
alcances de esta resolución por el mismo medio que se invitó a cotizar.
III. Una
vez adquiera firmeza el acto de adjudicación comunicar los cálculos respectivos
por concepto de las especies fiscales a cada una de las firmas según el caso,
de igual manera cada una de las firmas adjudicadas deberá de presentar la
garantía de cumplimiento indicada en el pliego de condiciones.
Heredia, 22 de
octubre del 2015.—Proveeduría Institucional.—MAP. Nelson Valerio Aguilar,
Director.—1 vez.—O. C. N° P0023276.—Solicitud N° 42409.—(IN2015073100).
HOSPITAL
SAN JUAN DE DIOS
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2015LN-000025-2102
Valganciclovir
450 mg tabletas recubiertas
A los interesados en la presente licitación
se les hace saber que la casa comercial adjudicada es Cefa Central
Farmaceutica S. A.
San José, 23 de octubre del 2015.—Subárea de
Contratación Administrativa.—MBA. Daniel Castro Vargas, Coordinador a. í.—1
vez.—(IN2015073096).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2015LN-000023-2102
SESTAMIBI
para la preparación de inyección de Tecnecio
99MTC-SESTAMIBI. Polvo
liofilizado, inyectable;
frasco ampolla
A los interesados en la presente licitación
se les hace saber que la casa comercial adjudicada Bioplus Care Sociedad
Anónima.
San José, 23 de octubre del 2015.—Subárea de
Contratación Administrativa.—MBA. Daniel Castro Vargas, Coordinador a. í.—1
vez.—(IN2015073098).
PROCESO
DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN
PÚBLICA 2015LN-000010-01
(Infructuoso)
Contratación
de abastecimiento continuo de zapatos
de seguridad de uso
institucional
La Junta Directiva del Instituto Nacional de
Aprendizaje, en sesión Nº 4710, celebrada el 15 de octubre del 2015, artículo V
tomó el siguiente acuerdo:
Declarar infructuoso el trámite de la
Licitación Pública 2015LN-000010-01 para la Contratación de abastecimiento
continuo de zapatos de seguridad de uso institucional, según demanda de cuantía
inestimada, por incumplimientos técnicos, de conformidad con el estudio técnico
realizado en el oficio NSCS-2179-2015 y el informe de recomendación
UCI-PA-2074-2015.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 24246.—Solicitud Nº
42475.—(IN2015073223).
LICITACIÓN
PÚBLICA 2014LN-000005-01
Compra
de tractores e implementos agrícolas
La Junta Directiva del Instituto Nacional de
Aprendizaje, en Sesión Nº 4711, celebrada el 19 de octubre del 2015, artículo
VIII tomó el siguiente acuerdo:
Adjudicar la Licitación Pública
2014LN-000005-01 para la compra de tractores e implementos agrícolas, según el
dictamen técnico NA-941-2015 y NMV-PGA-361-2015, en el dictamen legal
ALCA-389-2015 y el informe de recomendación UCI-PA-2256-2015, realizados por
las dependencias responsables de analizar
las ofertas; así como en los elementos de adjudicación consignados en el punto
8 del cartel, de la siguiente manera:
• Adjudicar las líneas Nº 1 y Nº 9 a la oferta
Nº 1 de la empresa Maquinaria y Tractores Ltda., por un monto de $24.200,00,
por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio razonable. Con un
plazo de entrega de 60 días hábiles.
• Adjudicar las líneas Nº 2 y Nº 13 a la
oferta Nº 2 de la empresa Craisa S. A., por un monto de $359.921,55, por
cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio razonable. Con un
plazo de entrega de 90 días hábiles.
• Adjudicar las líneas Nº 4, Nº 6, Nº 7 y Nº
10 a la oferta Nº 3 de la empresa Saturnia S. A., por un monto de
$46.490,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio
razonable. Con un plazo de entrega de 60 días hábiles.
• Adjudicar la línea Nº 12 a la oferta Nº 4 de
la empresa Tecnoagrícola S. A., por un monto de $58.800,00, por cumplir
con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio razonable. Con un plazo de
entrega de 90 días hábiles.
• Declarar infructuosas las líneas Nº 3, Nº 5,
Nº 8 y Nº 11, ya que los oferentes participantes incumplen técnicamente.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº
24246.—Solicitud Nº 42489.—(IN2015073224).
PROVEEDURÍA
ADMINISTRACIÓN PORTUARIA
LICITACIÓN PÚBLICA
Nº 2015LN-000001-01
Suministro y
puesta en marcha de dos grúas
portacontenedores post panamax sobre
rieles
para la terminal Gastón Kogan Kogan
(Puerto Moín)
Se comunica a todos los interesados en el concurso de referencia, que
nuestro Consejo de Administración en Sesión Ordinaria Nº 40-2015, artículo
III-c, celebrada el día 22 de octubre del 2015, acordó:
Luego
del análisis realizado por el Departamento Legal, La Comisión de Licitaciones,
Dirección de Ingeniería y la Gerencia Portuaria, se aprueba la adjudicación de
la Licitación Pública N° 2015LN-000001-01 promovida para la “Adquisición de 2
unidades de grúas portacontenedores Post-Panamax”, de la siguiente manera:
Adjudicatario: |
Nicaragua Machinery
Company S. A. |
Monto total
adjudicado: |
$15.984.653.84. |
Plazo de entrega: |
16 meses. |
Forma de pago: |
Carta de Crédito
pagadera de la siguiente forma: 10% contra aceptación del diseño, 30% contra
presentación del B/L, 30% contra desembarque en Puerto Moín (Gastón Kogan
Kogan), 20% contra recepción provisional, 10% contra recepción definitiva. |
Garantía
cumplimiento: |
5% sobre monto
adjudicado. |
Lic. Wálter Anderson Salomons, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº
4961.—Solicitud Nº 42371.—(IN2015073017).
JUNTA ADMINISTRATIVA COLEGIO TÉCNICO
PROFESIONAL
DE GUATUSO
LICITACIÓN ABREVIADA LA-2015-CTPG 008
Compra de equipo Tecnológico para Centros Educativos
participantes
en la Red de Innovación Educativa
Comunica a los
participantes en la “Licitación Abreviada LA-2015-CTPG 008 “Compra de equipo
Tecnológico para Centros Educativos participantes en la Red de Innovación
Educativa”. La adjudicación en firme del proceso licitatorio a la empresa Tecnología
Educativa por un monto de ¢2.916.395 exento.
Víctor Chavarría Chaves, Presidente de
Junta.—1 vez.—(IN2015073112).
REFINADORA COSTARRICENSE DE
PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2015LA-000026-02
(Notificación de declaratoria de
desierta)
Suministro
e instalación de reconectores
en planteles de RECOPE
Se informa que la Gerencia de Distribución y
Ventas de RECOPE, mediante oficio GDV-0543-2015 de fecha 21 de octubre de 2015,
indica que según lo establecido en el Informe de Contratación Nº
CBS-L-1922-2015 de la Licitación Abreviada 2015LA-000026-02, y considerando que
mediante nota 1001-109-2015 del Área de Negocio Distribución y Comercialización
del ICE de fecha del 20 de octubre de los corrientes, se señala que el
reconectador NOVA 38 con Control Form 6 de la marca Cooper Power System
cotizado por el oferente Nº 1 de Consorcio EP, cumple con las especificaciones
técnicas que para este tipo de equipos tiene establecidas el ICE, incluyendo
los puertos de comunicación solicitados, por lo que los mismos son de
aceptación plena para utilizarse en el Sistema de Distribución de Energía
Eléctrica a cargo del ICE, que genera la duda razonable en cuanto a la
evaluación integral de todos los elementos de aceptabilidad y especificación
técnica de la oferta de menor precio presentada por el Consorcio EP, conformado
por la firmas EPREM Electricidad y Potencia S. A. y Energía y Potencia Enerpot
S. A.
Lo
anterior, no da a ese Despacho certeza de que con el acto que se dicte en este
concurso, vaya a satisfacer plenamente el interés público y empresarial que se
persigue de la forma más conveniente, garantizando una adecuada administración
de los fondos públicos.
Por
tanto, considerando la oportunidad con que se recibe el oficio citado, y lo
perentorio del plazo para adjudicar, que imposibilita que dicho documento sea
de valoración por parte de la Dirección de Ingeniería y Mantenimiento, ese
Despacho declara desierto el presente proceso de contratación y autoriza
proceder con su recotización.
Se
recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio web
www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por
escasa cuantía promovidas por RECOPE.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez
Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2014000175.—Solicitud
Nº 42376.—(IN2015073187).
MUNICIPALIDAD
DE UPALA
CONTRATACIÓN
DIRECTA CONCURSADA
AUTORIZADA POR CONTRALORÍA
2015CD-00056-01
Contratación
de persona física o jurídica por la compra de un
camión recolector de residuos
sólidos y su mantenimiento
preventivo programado incluido
en el costo del equipo
Transcripción de acuerdo capítulo IV, que
corresponde al artículo cinco según Acta N° 50-2015, de sesión ordinaria
celebrada por el Concejo Municipal el día viernes dos de octubre del año dos
mil quince, el cual contiene lo siguiente:
Acuerdo definitivamente aprobado en firme
El Concejo Municipal mediante acuerdo
definitivo y en firme da su aprobación al Acta de Adjudicación y su recomendación de
contratación directa concursada autorizada por Contraloría 2015CD-00056-01, que
presenta la Comisión Interna de Adjudicación Municipal, a favor de la empresa: Técnica
Universal S. A., cédula jurídica: 3-101-442435; por un monto de hasta
¢124.900.000,00, ciento veinticuatro millones novecientos mil colones netos.
Alejandro Ubau Hernández, Alcalde.—1
vez.—Solicitud N° 41991.—(IN2015073028).
AVISO
REMATE ELECTRÓNICO Nº 2015RE-000003-85001
La Proveeduría
Institucional del Tribunal Supremo de Elecciones rematará al mejor postor, de
conformidad con lo establecido en los artículos 49 y 50 de la Ley de Contratación
Administrativa y 101 y 102 de su Reglamento, un vehículo y un generador
eléctrico, que se describen a continuación:
Línea
Nº 1 Vehículo todo terreno marca Hyundai, modelo Galloper II EXC, año 2002, 7
pasajeros, transmisión manual, tracción 4x4, combustible diésel, cilindrada
2476cc. Observaciones generales: Sin uso. Precio base: ¢1.800.000,00.
Línea
Nº 2 Generador eléctrico marca Kohler, modelo/serie 250R0ZD81, potencia 250/313
KWA/Kva, voltaje 120/208, combustible diésel. Observaciones generales: Estado
normal. Precio base: ¢ 4.400.000,00.
Se recibirán pujas a
partir de las 08:00 horas hasta las 15:00 horas del 30 de noviembre de 2015,
únicamente en forma electrónica mediante el Sistema de Compras Gubernamentales
(CompraRED). El generador y el vehículo a rematar podrán ser inspeccionados
dentro de los cinco días hábiles anteriores a la fecha del remate en horario de
8 a.m. a 4 p.m. de lunes a viernes (del 23 al 27 de noviembre de 2015), según
se detalla en el pliego de condiciones que se encuentra a disposición de los
interesados en la página web de CompraRED, http://www.hacienda.go.cr/CompraRED
o en la página Web del Tribunal Supremo de Elecciones
http://www.tse.go.cr/remates2015.htm
Licda. Lucrecia Mora
Marín, Proveedora Institucional a. í.—1 vez.—O. C. Nº 3400024182.—Solicitud Nº
42333.—(IN2015073010).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000003-63000
GOBIERNO CENTRAL
Servicio de vigilancia y seguridad
El Ministerio de
Salud a través de la Proveeduría Institucional, informa que se prorroga la
recepción de ofertas para el viernes 13 de noviembre del 2015, a las 10:00
horas.
Así mismo se informa que el cartel modificado,
se encuentra a disposición de los interesados en el Sistema de Compras
Gubernamentales COMPR@RED.
San José, 26 de
octubre del 2015.—Proveeduría Institucional.—Licda. Vanessa Arroyo Chavarría,
Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 3400024154.—Solicitud Nº
42524.—(IN2015073238).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2015LA-000045-01
(Modificación Nº 3)
Contratación
de servicios de recolección de basura y traslado
al relleno sanitario para varios
edificios del BCR
El Banco de Costa Rica informa a los
interesados en la licitación en referencia, que el cartel se ha modificado,
para lo cual debe tomar en cuenta lo siguiente:
1. En el Anexo al cartel, titulado ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO, debe
leerse de la siguiente forma:
3) Presentar un plan de manejo para los residuos que se generan,
indicando la disposición final, tanto para los residuos sólidos y especiales.
2. Se modifica la fecha de apertura para el 05 de noviembre del 2015,
a las diez horas con treinta minutos (10:30 a.m.),
Las demás condiciones se mantienen
invariables.
San José, 26 de octubre del 2015.—Oficina de
Compras y Pagos, Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 64891.—Solicitud Nº 42441.—(IN2015073116).
PROYECTO DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
EDU_UCR-60-LPN-O-
(Aclaración, modificación y prórroga)
Construcción de edificio Centro Investigación
en Neurociencias
A los interesados en
la Licitación arriba indicada se les comunica que el cartel ha sido aclarado y
modificado, dichos documentos ya están disponibles en el dropbox o bien pueden
solicitarlo a la dirección gabriela.morales@ucr.ac.cr. La fecha de recepción de
ofertas y apertura se modifica para el 30 de noviembre de 2015, en la hora ya
indicada.
Sabanilla de Montes
de Oca, a los 23 días del mes de octubre de 2015.—Gabriela Morales.—1 vez.—O.
C. Nº 128504.—Solicitud Nº 42358.—(IN2015073011).
DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2015LN-00012-PRI
(Circular Nº 2)
Compra de camiones hidrovaciadores para la
GAM
y regiones periféricos
El Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº
4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación
arriba indicada, que se prorroga el plazo para la recepción de ofertas hasta
las 10:00 horas del 16 de noviembre del 2015. Además que a partir de la
presente publicación está disponible la Circular N° 2, en la Dirección de
Proveeduría del AyA sita en el Módulo C, piso 3 del edificio Sede del AyA,
ubicado en Pavas, o en el web www.aya.go.cr, Link Proveeduría, Expediente
Digital.
Licda. Jeniffer
Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 6000000728.—Solicitud Nº 42367.—(IN2015073015).
PROCESO
ADQUISICIONES
LICITACIÓN
PÚBLICA 2015LN-000021-01
(Modificación y prórroga)
Contratación
de abastecimiento continuo
de llantas, según demanda
El Proceso de Adquisiciones del Instituto
Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en
la Licitación Pública 2015LN-000021-01, “Contratación de abastecimiento
continuo de llantas, según demanda”, que el cartel de la supramencionada
licitación se modifica de la siguiente
manera:
Pliego de condiciones generales y
administrativas
1. Se modifica el inciso 4.7, del numeral 4 información que debe
contener la oferta, de la siguiente manera:
4.7.1. El oferente podrá cotizar las llantas indicadas en el anexo 3 del
presente cartel y cumplir con lo solicitado en todas las líneas en las que
participe, siguiendo las siguientes
categorías:
A:-Automóvil, liviano, camión
B:-Agrícola-mueve tierra
C:-Montacargas
D:-Motocicletas.
Esta contratación será
adjudicada a un oferente para cada una de las categorías antes indicadas.
2. Se modifica el inciso 7.2, del numeral 7.
Forma de presentar la oferta económica, para que se lea correctamente como
se indica a continuación:
7.2. El oferente deberá estipular el costo
unitario de los materiales para las líneas que vaya a cotizar del ANEXO 3.
3. Se modifica el punto 11.12. GARANTÍA DE
CUMPLIMIENTO como se indica a continuación:
11.12. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
El
adjudicatario deberá depositar una garantía de cumplimiento que respalde la
correcta ejecución del contrato, la cual deberá ser depositada dentro de los
cinco días hábiles posteriores a la firmeza del acto de adjudicación.
En aquellos casos en que
proceda el refrendo el contratista deberá una vez aprobado, ajustar la vigencia
de la garantía de cumplimiento de forma tal que a partir de ese momento se
cubra el plazo real establecido de vigencia para esta garantía, en el Proceso
Tesorería de la Unidad Recursos Financieros de esta Sede, según los siguientes
términos:
Porcentaje:
5% del (Costo unitario cotizado por línea X Proyección de compra anual por
línea).
Monto de
garantía: Será la sumatoria del monto obtenido para todas las líneas
adjudicadas.
Vigencia:
Deberá permanecer vigente por el tiempo de duración del contrato, más 3 meses
adicionales.
Esta
garantía podrá depositarse en efectivo o conforme a cualquiera de las
modalidades contempladas en los artículos 42 y 46 bis del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa.
Cuando las
garantías se rindan mediante títulos valores, se deberán confeccionar a favor
del Instituto Nacional de Aprendizaje, preferiblemente. De lo contrario, deberán endosarse de forma
clara y legible a nombre del Instituto Nacional de Aprendizaje.
De
conformidad con el artículo 42 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa el INA no reconocerá intereses por las garantías mantenidas en
depósito. Sin embargo, los intereses que devenguen los títulos hasta el momento
en que se ejecuten pertenecen al dueño.
Tampoco el INA se hará responsable de renovar los títulos valores
depositados en sus oficinas.
Si la
cotización se hace en moneda extranjera, la garantía podrá depositarse
en esa misma moneda; o bien, en colones y se tasará de acuerdo a la
venta del tipo de cambio de referencia del Banco Central de Costa Rica
(B.C.C.R.), vigente al día de la publicación de la adjudicación.
En caso de
que el contratista solicite un reajuste al precio cotizado, y el mismo es
aprobado, deberá reajustar la garantía de cumplimiento. Esto en virtud que al verse ajustado el
precio, se considera necesario ajustar proporcionalmente la garantía ya que la
misma se torna insuficiente para cubrir
cualquier futuro incumplimiento por parte del contratista; y de este modo mantener el equilibrio económico
del contrato.
Devolución:
la devolución de la Garantía de Cumplimiento será realizada dentro de los 20
días hábiles siguientes al recibo definitivo y a satisfacción del objeto
contractual. (Artículo 45 del RLCA, inciso b).
Para las
garantías presentadas en efectivo se realizará la devolución por medio de
Transferencia electrónica en la cuenta
cliente bancaria; para tal efecto el proveedor deberá inscribirse en el
registro en la cuenta cliente de proveedores, en el Proceso de Programación y
Control de la Unidad de Compras Institucionales del INA, caso contrario se
realizará por medio de cheque, el cual deberá retirar en el Proceso de
Tesorería del INA, Sede Central la Uruca.
4. Del punto 13. Elementos de adjudicación y metodología de
comparación de ofertas, se elimina el párrafo que indica:
“Se
calificarán únicamente, las ofertas que cumplan con lo solicitado en todas las
líneas incluidas en el Anexo 3 del presente cartel.”
Debido a lo anterior, el plazo para presentar
ofertas de esta licitación se prórroga para el próximo 11 de noviembre del
2015, a las 10:00 horas.
El
resto de especificaciones y condiciones de este cartel, se mantienen
invariables.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O.C. N° 24246.—Solicitud N°
42408.—(IN2015073019).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000046-02
(Prórroga N° 2 y enmienda N° 1)
Suministro e instalación de equipo para
separador API
Les comunicamos a los
interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de
apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 12 de noviembre del
2015 a las 10:00 horas. Asimismo, la enmienda N° 1 al cartel estará disponible
a través de la página WEB www.recope.com.
Se recuerda a los proveedores y demás
interesados que a través del sitio WEB www.recope.com, se encuentran publicadas
las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.
Dirección de
Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº
2014003942.—Solicitud Nº 42370.—(IN2015073016).
MUNICIPALIDAD
DE DESAMPARADOS
UNIDAD DE
PROVEEDURÍA
La Municipalidad del cantón de Desamparados
comunica lo siguiente:
LICITACIÓN
ABREVIADA 2015LA-000020-01
(Enmienda N° 1)
Construcción
de Red de Cuido San Jerónimo, Desamparados
Se les comunica a todos los interesados en
este concurso que en la publicación del 08 de octubre del 2015 en el Diario
oficial La Gaceta por error se consignó lo siguiente:
Licitación Abreviada 2015LA-000020-01
“Construcción de Red de Cuido San Jerónimo, Desamparados.
Léase correctamente:
Licitación Pública 2015LN-000002-01
“Construcción de Red de Cuido San Jerónimo, Desamparados”
Lic. Maureen Fallas, Alcaldesa Municipal.—1
vez.—(IN2015073163).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
LICITACIÓN
ABREVIADA 2015LA-000023-01
Adquisición
de auto hormigoneras para
obras de inversión pública
La Municipalidad del Cantón Central de
Alajuela, de conformidad con las facultades concedidas en el artículo 60 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, comunica la prórroga para
la apertura de ofertas por seis (06) días hábiles más, la cual se traslada para
el 05 de noviembre del presente año a las 10:00 horas.
Los
demás términos cartelarios se mantienen invariables.
Licda. Johanna Madrigal Vindas, Proveedora
Municipal.—1 vez.—(IN2015073178).
COLEGIO
DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA
El Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa
Rica, comunica que la Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de
Costa Rica en la sesión ordinaria 2015-09-16 del 16 de setiembre del 2015,
aprobó realizar la siguiente reforma al artículo 7, incisos b y c del
“Reglamento de Normas Administrativas que Regulan el Área Social y Deportiva
del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica”, para que se lea de la
siguiente manera:
Artículo 7:
“…...b.- Los hijos del colegiado
menores de edad o los menores de 25 años, si estos últimos son solteros y
estudiantes.
Los hijos de los colegiados que superen la
edad de 25 años, casados o solteros, pueden optar por la permanencia en el uso
de las áreas sociales y deportivas, por medio de una solicitud expresa y
trámite realizado ante el Departamento de la Plataforma de Servicios y deberán
cancelar las cuotas de la membrecía por un monto de veinticinco mil colones
pagaderos de manera mensual. Si este pago no se realiza y se acumula por tres
meses, se le cancelará el derecho al carné y en su efecto al uso de las
instalaciones.
C-Si el colegiado activo
fallece, su cónyuge, conviviente e hijos menores de 25 años, continuarán con el
derecho de uso de las instalaciones, presentando el carné que los acredita como
tales y siguiendo el acatamiento de las presentes normas. Si el hijo es mayor
de 25 años el derecho otorgado automáticamente expirará....”
Dr. Edwin Manuel Alvarado Arce,
Vicepresidente.—1 vez.—(IN2015069994).
MUNICIPALIDAD DE PALMARES
Habiéndose sometido a consulta pública por un periodo de diez días
hábiles, la modificación al artículo 6 del Reglamento de Cobro de Tributos e
Incentivos por Pago Adelantado de la Municipalidad de Palmares en La Gaceta
N° 142 del jueves 23 de julio del 2015, según lo establece el artículo 43 del
Código Municipal, y al no haberse recibido objeciones contra el mismo, se
procede a publicar como definitivamente aprobado, la modificación al artículo 6
del Reglamento de Cobro de Tributos e Incentivos por Pago Adelantado de la
Municipalidad de Palmares.
Palmares, 28 de
setiembre del 2015.—Eithel Hidalgo Méndez, Secretaria del Concejo.—1
vez.—(IN2015070090).
El Concejo Municipal
de Palmares mediante acuerdo ACM-11-282-15, de la sesión ordinaria, Cap. IV.
Art. 7, celebrada el 29 de setiembre del dos mil quince, con fundamento en el
oficio DFOESD-1580 de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la
Contraloría General de la República, acuerda en forma unánime:
Aprobar el Manual de Participación Ciudadana en los Procesos de
Planificación, Presupuesto, y Rendición de Cuentas, Presupuestos Participativos
con Enfoque de Género y Accesibilidad Universal de la Municipalidad de Palmares
publicado en La Gaceta 213 del 05 de noviembre del 2014 como proyecto de
Reglamento en los términos previstos en el artículo 361 de la Ley General de
Administración Pública y artículo 43 del Código Municipal. Se concede audiencia
por un plazo de 10 días hábiles a todos los interesados. Publíquese.
Palmares, 7 de
octubre del 2015.—Eithel Hidalgo Méndez, Secretaria del Concejo.—1
vez.—(IN2015070094).
MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS
REGLAMENTO DE INCENTIVOS ECONÓMICOS PARA
ATLETAS DEL CANTÓN CENTRAL DE PUNTARENAS
CON FONDOS PROVENIENTES DE LA LEY 8461
(LEY CALDERA)
Objetivos
Generales
El objetivo del
presente reglamento es; poder direccionar conforme a derecho corresponde el
financiamiento de las obligaciones referidas a esta ley, en relación con el
desarrollo socioeconómico del Cantón Central de Puntarenas. De acuerdo a la
Reforma de los artículos 15 y 17 de la Ley 5582, Contrato de Préstamo entre el
Banco de Exportación e Importación del Japón y el Gobierno de la República de
Costa Rica, de 11 de marzo de 1974. Indicándose que por cada tonelada de carga
se establece un gravamen de cuarenta centavos de dólar en moneda de los Estados
Unidos; movimiento que se realiza en los puertos de los cantones Central y
Esparza de Puntarenas.
Objetivo Específico
Los recursos
derivados del cobro de este gravamen serán incorporados a los presupuestos de
la Municipalidad y asignados de la siguiente manera.
Un veintidós por ciento distribuido entre las
Juntas de educación, los centros de educación escolar y preescolar, los
colegios y los colegios técnicos profesionales públicos del Cantón Central de
Puntarenas.
Un cuatro (4%) a la Municipalidad del Cantón
Central de Puntarenas, para la creación de un fondo de Becas destinadas a
estudiantes de todos sus distritos, para que cursen estudios primarios,
secundarios o superiores. Para este efecto, la Municipalidad conformará una
comisión que estudie estas solicitudes.
Un cincuenta por ciento para la Municipalidad
de Puntarenas que serán destinados para lo siguiente.
Específicamente para lo que concierne este
reglamento el punto 5) y el punto 7) los cuales indican:
5) Los atletas y equipos deportivos que
representen el Cantón Central en competencias nacionales e internacionales,
para gastos operativos y de competición. Con el propósito de que se puedan
distribuir estos fondos.
7) Compra de implementos médicos, tales como
sillas de ruedas, camas hospitalarias, prótesis tanques de oxígeno y otros
equipos médicos, los cuales serán destinados a personas que demuestren su incapacidad
económica para adquirirlos; el fin de esta ayuda será el auxilio temporal.
Para lograr este
cometido, la Municipalidad conformará una Comisión Médica que estudiará las
solicitudes presentadas.
Considerando que:
El presente
Reglamento obedece a la necesidad de poder aplicar los artículos 25 y 26 de la
Ley N° 8461 con los artículos 15 y 17 de la Ley N° 5582 ya reformada, se
deberán de considerar los siguientes artículos que se refieren a los trámites y
especificaciones en general que se deberán cumplir para poder lograr la
prestación del servicio social del cual habla la Ley N° 8461.
El Concejo Municipal en sesión ordinaria N°
485, artículo 7° inciso A, del 21de setiembre de 2015, acuerda aprobar y
publicar el siguiente Reglamento a los artículos 15 y 17 de la Ley N° 5582,
Reformado por la Ley N° 8461, Ley Reguladora de la Actividad Portuaria de la
Costa del Pacífico.
CAPÍTULO I
Sobre las disposiciones generales de la
conformación del presente Reglamento
Artículo 1º—Los
beneficiarios de este fondo deberán presentar un presupuesto anual en el cual
se indiquen los costos y las competencias a las que se tiene programado
asistir. Los fondos que se asignen para el cumplimiento de los fines
establecidos en este acápite, no podrán ser superiores a un cinco por ciento
del monto readecuado por concepto del impuesto creado en el presente artículo.
Artículo 2º—El sistema de incentivo tiene como
objetivo la formación y preparación deportiva, del atleta cuya situación
socioeconómica se encuentre limitada, en consecuencia su desarrollo deportivo
se vea afectado. Asimismo, favorecer la atracción y permanencia del atleta
destacado (a), mediante el otorgamiento de incentivos económicos por
rendimiento deportivo de acuerdo a la disciplina que practica y para la cual
deberá demostrar que pertenece a los programas deportivos del Comité Cantonal
de Deportes de nuestro Cantón.
Artículo 3º—El otorgamiento de los incentivos
económicos quedará estipulado en este reglamento y bajo la dirección de una
Comisión calificadora integrada por el Concejo Municipal de la Municipalidad de
Puntarenas de conformidad con lo estipulado en este mismo reglamento.
Artículo 4º—Los costos de preparación
(entrenamiento), formarán parte de los gastos que deberá cubrir la beca
deportiva que se solicite y se definen como los gastos mensuales que se generan
en la condición de atleta y que para efectos del Comité Cantonal de Deportes de
Puntarenas consisten en: inscripciones, capacitación, material didáctico,
alojamiento, alimentación, transporte, lavandería, atención médica o primaria.
Artículo 5º—Los incentivos económicos que
otorga el presente reglamento se aplicarán únicamente a los atletas que
representen al Cantón Central de Puntarenas en las distintas disciplinas
deportivas.
CAPÍTULO II
Sobre el trámite para solicitud de becas
Artículo 6º—El
trámite para la solicitud de estas becas se iniciará respetando cada uno de los
requisitos estipulados en este reglamento, para lo cual indicamos que los
solicitantes de una beca deportiva otorgada de conformidad con la Ley N° 8461,
deberán de cumplir con los requerimientos de este reglamento siguientes
requisitos:
Ser
deportista con una práctica constante en el deporte.
Presentar
expediente con las metas y logros alcanzados dentro de las competencias o los
torneos en los que hayan participado si se tratara de equipos, o de forma
individual.
Cada solicitante ya
sea deportista que practique de forma individual o los de deportes grupales,
deberán presentar un plan para lo cual está solicitando dicha beca. Además
deberá de indicarse claramente las metas a lograr, esto a los integrantes de la
comisión encargada de estudiar y otorgar los incentivos económicos.
Artículo 7º—La Comisión encargada de valorar y
otorgar los incentivos económicos para los atletas solicitantes, será una
Comisión Municipal representada por un Regidor Municipal de cada Fracción.
Artículo 8º—De las funciones que deberá
cumplir la comisión encargada de valorar y otorgar los incentivos económicos:
a. Administrar el recurso económico asignado al
sistema de financiamiento de atletas, enmarcado estrictamente dentro del
presupuesto asignado para este fin.
b. Otorgar los incentivos
descritos en este Reglamento.
c. Analizar y proponer las
necesidades de presupuesto anual del sistema de incentivos económicos para los
atletas.
d. Definir anualmente los montos
tope que cubre el sistema de incentivos para atletas, de conformidad con el
costo de la vida y las posibilidades presupuestarias de la Ley N° 8461.
e. Definir
anualmente el número de atletas a los cuales se les otorgará el beneficio
económico debido a su participación destacada y condición socioeconómica
limitada, así como cualquier otra modalidad de incentivo que se establezca en
el futuro.
f. Analizar y proponer las
modificaciones a las políticas establecidas en el presente Reglamento.
g. Velar por el cumplimiento de
las disposiciones del presente Reglamento.
h. Resolver sobre los asuntos no
previstos en este Reglamento.
Artículo 9º—Dicha comisión sesionará ordinariamente una vez al mes y
extraordinariamente cuando lo convoque su Presidente (a).
El quórum estará constituido por la mitad más
uno de sus miembros (as).
En cualquier caso, los acuerdos serán tomados
con el voto de al menos tres de sus miembros (as), en caso de empate por
segunda vez en una votación, el (la) Presidente (a) de la Comisión ejercerá su
derecho a doble voto.
Artículo 10.—Las disposiciones de carácter
financiero que tome la Comisión deben darse dentro de los límites
presupuestarios de la Ley N° 8461.
Artículo 11.—La Ley N° 8461, mediante el
presente Reglamento, otorga los siguientes tipos de incentivos económicos:
a. Incentivos económicos por condición
socioeconómica:
• Este incentivo económico será
asignada a aquellos atletas que por su condición socioeconómica limitada se les
dificulte el poder realizar los entrenamientos y participar en las competencias
del calendario anual de la disciplina deportiva que practica, previo estudio
que justifique su condición.
b. Incentivo por excelencia deportiva:
• Dicho incentivo se asignará
al atleta cuya participación en los Eventos deportivos a través del año ha sido
destacada,
c. Incentivo por participación especial:
• Este incentivo será asignado
a aquellos atletas los cuales independientemente del resultado de su
participación hayan podido hacerle frente a adversidades y se han superado,
siendo modelos dignos de seguir.
d. Incentivo por Horas Asistente:
• Será otorgada a los atletas
cuyo compromiso con la institución los lleva a la cooperación para la formación
de nuevos valores deportivos, aportando todo su conocimiento no solo con los
promotores deportivos sino real izando proyectos de extensión y colaborando con
los del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Puntarenas.
e. Becas para funcionarios:
• Este tipo de beca tiene como
fin el poder facilitar a los funcionarios del Comité Cantonal de Deportes y
Recreación de Puntarenas, el poder tener acceso a fondos para su capacitación y
por ende el mejoramiento continuo en la calidad del servicio que presta el
Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Puntarenas, a la comunidad del
cantón central de la provincia de Puntarenas.
Los funcionarios que
resultaren seleccionados como beneficiarios con estos incentivos o becas,
estarán obligados a rendir un informe escrito y verificable de los alcances y
beneficios que percibirá el Comité Cantonal de Deportes de la Provincia de
Puntarenas por haber otorgado dicho incentivo.
Artículo 12.—Los incentivos podrán ser
otorgados por periodos máximos de seis meses, pudiendo ser renovadas previo
estudio de parte de la Comisión Asignada para tal efecto.
Artículo 13.—En el primer mes de cada
semestre, los promotores deportivos comunicarán a la Comisión de incentivos los
nombres de los(as) atletas propuestos para ser acreedores de tal beneficio,
justificando por escrito las razones de su propuesta.
Artículo 14.—Semestralmente, la Comisión
determinará el número de atletas por asignar en cada una de las diferentes
disciplinas.
Artículo 15.—Para optar a un incentivo
económico por parte de esta Ley N° 8461 en cualquiera de sus modalidades, los
candidatos deberá reunir los siguientes requisitos:
a. Actuación altamente destacada que lo distinga
en la actividad en cuanto a elevada mística, esfuerzo, preocupación, servicio
constante y representación.
b. Asistencia, puntualidad y
responsabilidad.
c. Regularidad de participación
en la disciplina deportiva a la que pertenece.
d. Cumplir con el requisito de
rendimiento deportivo en la actividad deportiva que representa.
e. Solicitud
por escrito del interesado, para ser acreedor al beneficio del otorgamiento del
incentivo, así como el aporte de los documentos que demuestren fehacientemente
su condición, y todos aquellos que el Comité Cantonal de Deportes y Recreación
de Puntarenas considere oportunos con el fin de que dicho otorgamiento del
beneficio sea dado bajo parámetros de transparencia sin dejar margen de duda o
ilegalidad.
Artículo 16.—Los
Entrenadores Deportivos en cada disciplina, propondrán semestralmente a la
Comisión asignada por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de
Puntarenas, los (as) candidatos (as) a ser beneficiarios de dicho incentivo de
acuerdo con las disposiciones establecidas en este Reglamento.
En el caso de los Comités Comunales y
Agrupaciones Deportivas del Cantón Central de Puntarenas, le corresponderá al
encargado de dichas agrupaciones deportivas la presentación de los (as)
candidatos (a) a este tipo de incentivo ante el Comité Cantonal de Deportes y
Recreación de Puntarenas.
Artículo 17.—Para optar a un incentivo
económico en cualquiera de sus modalidades, el (la) atleta deberá probar que
tuvo una participación destacada en eventos deportivos y/o recreativos.
Artículo 18.—La dependencia proponente de los
incentivo por participación especial deberá verificar que el (a) atleta
postulado (a) cumpla con todos los requisitos establecidos.
Artículo 19.—La Dirección Deportiva verificará
que los (as) atletas propuestos a este incentivo cumplan con la totalidad de
los requisitos establecidos en el presente reglamento.
Artículo 20.—La
Comisión de Incentivos Económicos para Atletas del Cantón Central de Puntarenas
podrá aprobar incentivo para cubrir gastos económicos en los que incurren los
(as) atletas por concepto de la práctica de especialidad deportiva en la que
están inscritos ante el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Puntarenas.
Anualmente el fondo económico de la Ley N°
8461 determinará el presupuesto y los montos tope que se destinarán para este
tipo de incentivos.
Artículo 21.—Para solicitar este incentivo el
(la) atleta deberá presentar a la Dirección Deportiva una solicitud por
escrito, así como cualquier documento o información que le sea solicitada, con
el fin de verificar su situación socioeconómica, además deberán respetarse las
condiciones establecidas en el Artículo 15, inciso 5, del presente reglamento.
Artículo 22.—El (la) atleta que cuente con la
asignación de este beneficio está en la obligación de participar en los eventos
y torneos que sean programados por las Federaciones correspondientes, así como
en competiciones de interés del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de
Puntarenas, a menos que medie una justificación que demuestre caso fortuito o
de fuerza mayor debidamente verificable para lo cual deberá aportar las pruebas
correspondientes.
Artículo 23.—El atleta podrá solicitar
revisión semestral de su incentivo en los primeros 15 días del sexto y doceavo
mes, siempre y cuando no demuestre cambios en su condición socioeconómica.
Artículo 24.—La Comisión Municipal deberá
realizar previsiones presupuestarias para eventuales inclusiones.
Artículo 25.—La
Comisión Municipal realizará o solicitará estudios técnicos necesarios para
verificar la condición socioeconómica y demás requisitos que debe cumplir el
solicitante, según lo establecido en el presente Reglamento y determinará el
monto y tipo de financiamiento. La comisión designada ratificará la decisión.
Artículo 26.—Para mantener los incentivos de
condición socioeconómica, el (la) atleta deberá cumplir el requisito de
asistencia, responsabilidad y rendimiento deportivo.
a. Mantener las condiciones socioeconómicas que
motivaron el otorgamiento del beneficio, específicamente para aquellos incentivos
otorgados por condición socioeconómica.
b. Suministrar información
verídica de su situación y no omitir información deliberadamente de manera que
induzca a error y a engaño a la comisión y al Comité Cantonal de Deportes y
Recreación de Puntarenas.
c. Participar en al menos el 70%
de los eventos deportivos programados por el Comité Cantonal de Deportes y
Recreación de Puntarenas.
Artículo 27.—El (la)
atleta que incurra en lo estipulado en los incisos b) del artículo 26, no será
beneficiado con este incentivo el cuál le será suspendido en caso de que goce
del mismo.
Artículo 28.—Con
la finalidad de garantizar transparencia, equidad, honestidad y justicia queda
terminantemente prohibido que ningún miembro de las familias hasta el tercer
grado de consanguinidad o afinidad, de los miembros de la Comisión, el Comité
Cantonal de Deportes y Recreación de Puntarenas, del Concejo Municipal y la
Alcaldía, sean elegidos y se les otorgue ninguno de los beneficios a los cuáles
hace mención el presente reglamento. Este artículo al igual que algunos otros
de este reglamento deberán de ser modificados y analizados para no perjudicar
atletas de altísimo rendimiento de la comunidad y que son familiares de
personas que pertenecen algunos de los entes y órganos colegiados.
Artículo 29.—Todos los beneficiarios de
cualquiera de las modalidades de becas o incentivos económicos a los que se
refiere este reglamento, quedan obligados a presentar un informe económico
detallado y con documentación verificable o Comprobable del uso que se le dio a
los fondos económicos que le fueron otorgados.
a. Los informes a los que hace referencia el
inciso anterior deben ser presentados ante la Comisión encargada de otorgar los
beneficios económicos a más tardar quince días antes de la finalización del
sexto y del décimo primer mes, con el fin de que la misma los remita a la
Comisión Municipal y al Concejo Municipal, y pueda iniciar los trámites de
posibles prórrogas u otorgamiento de becas a nuevos beneficiarios, garantizando
además una buena y correcta utilización de los recursos que le ha destinado
para el rubro de incentivos económicos.
Artículo 30.—Toda
ayuda debe ser solicitada al Concejo Municipal quién la conocerá y dará pase a
la Comisión quién evaluará y aprobará mediante dictamen brindado al Concejo
Municipal quién deberá ratificar mediante acuerdo municipal.
En conocimiento de lo
anterior,
SE ACUERDA:
Aprobar en todas sus
partes el Reglamento de incentivos económicos para Atletas del Cantón Central
de Puntarenas con fondos provenientes de la Ley N° 8461 (Ley Caldera). Votación
al acuerdo tomado este es aprobada unánime. Aplicado el artículo 45 del Código
Municipal este es definitivamente aprobado.”
Puntarenas, 14 de
octubre del 2015.—Luis Edward Rojas Barrantes, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2015069793).
MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE POCOCÍ
PROYECTO DE
REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN
DEL COBRO ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL, LA FISCA-
LIZACIÓN Y LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA
EN LA MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
El Concejo Municipal
de Pococí, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 del Código
Municipal, ordena publicar la consulta pública no vinculante del proyecto de
Reglamento para la Gestión del Cobro Administrativo y Judicial, la
Fiscalización y la Recaudación Tributaria en la Municipalidad de Pococí.
Resultando:
1º—Que el artículo
170 de la Constitución Política, así como el artículo 4 del Código Municipal
reconocen la autonomía política, administrativa y financiera de las
municipalidades.
2º—Que de conformidad con la normativa citada,
así como con fundamento en el artículo 13 inciso c) del Código Municipal, el
Concejo Municipal de la Municipalidad de Pococí, procede a reglamentar la
gestión del cobro administrativo y judicial, así como la fiscalización y la
recaudación tributaria de este Gobierno Local, en aras de que tanto el
contribuyente como la Administración Tributaria Municipal conozcan los alcances
de sus obligaciones y derechos, promoviendo una recaudación más efectiva y
justa, que contribuya a un mejor desarrollo del cantón.
3º—El Concejo Municipal, en uso de las
facultades que le otorga la Constitución Política y el Código Municipal,
acuerda emitir el siguiente Reglamento:
REGLAMENTO PARA LA
GESTIÓN DEL COBRO
ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL, LA
FISCALIZACIÓN
Y LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA EN LA
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Objetivo.
El presente Reglamento tiene por objetivo establecer las normas que regularán
la gestión cobratoria, el cobro administrativo y judicial de las obligaciones
dinerarias del periodo y de plazo vencido, que se adeuden a favor de la
Municipalidad de Pococí; así como las facultades, funciones y actividades que
en materia de fiscalización y recaudación tributaria deben ejercer las
autoridades tributarias.
Artículo 2º—Ámbito de aplicación. Este
Reglamento será de aplicación obligatoria tanto para la Administración
Tributaria Municipal como para las abogadas y abogados externos que sean
contratados por la Municipalidad de Pococí y se regulará por el siguiente marco
normativo:
a) La Constitución Política y la jurisprudencia
que sea vinculante emitida por la Sala Constitucional y la Corte Suprema de
Justicia.
b) Los tratados internacionales.
c) Las leyes sustanciales y
formales en materia tributaria y sus reglamentos.
d) Los pronunciamientos que sean
vinculantes o no vinculantes emitidos por la Procuraduría General de la
República.
e) Las
resoluciones y directrices generales emitidas por la Dirección Hacendaria
municipal y la Administración Tributaria.
f) La jurisprudencia de los
Tribunales de justicia y del Tribunal Fiscal Administrativo.
g) La costumbre y la doctrina
tributaria.
h) Disposiciones relativas a
otras ramas del derecho que sean de aplicación supletoria.
Artículo 3º—Definiciones.
Para los efectos del presente Reglamento, se entiende por:
a) Abogadas y abogados externos: Las
Licenciadas y Licenciados en Derecho que habiendo cumplido con los requisitos
exigidos por la Municipalidad y concursado para ofrecer sus servicios
profesionales a la Institución, bajo la normativa de este Reglamento, realicen
la gestión de cobro judicial respectiva para la recuperación de las
obligaciones vencidas de esta última.
b) Administración Tributaria:
Es toda aquella parte de la Administración Municipal que se encarga de
gestionar, percibir, administrar y fiscalizar los tributos municipales.
c) Cobro Administrativo:
Las acciones que se realizan administrativamente por parte del Proceso de
Cobros y/o agentes externos contratados por la Municipalidad, para efecto de
que las obligaciones vencidas y no vencidas sean canceladas por parte de los
sujetos pasivos.
d) Cobro Judicial: Las
acciones que se realicen por parte de las abogadas y abogados externos, vía
judicial, en aras de obtener la recuperación de las obligaciones vencidas
trasladadas a estos para su respectivo cobro.
e) Contribuyentes: Todas
aquellas personas respecto de las cuales se verifica el hecho generador de la
obligación tributaria, sean personas físicas o jurídicas.
f) Cuenta Integral Tributaria:
Base de datos que integra los movimientos por débitos o créditos referentes a
las obligaciones tributarias materiales a cargo de los sujetos pasivos de los
tributos administrados por la municipalidad.
g) Declaración: Todo
documento o medio que contenga información de interés para la Administración
Tributaria aportada por contribuyentes, declarantes o responsables, sea en
cumplimiento de un deber de colaboración o espontáneamente.
h) Declaración jurada:
Aporte de información, determinación o liquidación de la obligación tributaria
efectuada por los contribuyentes y responsables en los medios establecidos por
la Administración Tributaria.
i) Municipalidad: La
Municipalidad de Pococí.
j) Coordinación Hacendaria
Municipal: Es la coordinación de la Hacienda Municipal.
k) Departamento de
Administración Tributaria: Es el Departamento que coordina todos los procesos relacionados con la administración
tributaria municipal.
l) Obligaciones tributarias
municipales: Corresponderán a todas aquellas sumas en dinero adeudadas a la
Municipalidad por los contribuyentes o responsables, como consecuencia de
impuestos municipales o de administración municipal, tasas y contribuciones
especiales.
m) Obligaciones vencidas:
Las obligaciones dinerarias vencidas, o bien, créditos exigibles de plazo
vencido a favor de la Municipalidad. Obligaciones que pueden provenir tanto de
obligaciones tributarias municipales o de administración municipal, así como de
cánones, arrendamientos o cualquier crédito existente de plazo vencido a favor
de la Municipalidad.
n) Unidad de Cobro
Administrativo y Judicial: Corresponde a la instancia del Departamento de
Administración Tributaria de la Municipalidad de Pococí, encargado de la
función de gestión y recaudación de la Municipalidad.
o) Registro de contribuyentes:
Base de datos que contiene la información identificativa de los obligados
tributarios por deber formal y el detalle de sus obligaciones.
p) Reglamento: El
Reglamento para la gestión, fiscalización, cobro administrativo y judicial así
como la recaudación tributaria en la Municipalidad de Pococí.
q) Sujeto pasivo: La
persona obligada al cumplimiento de las prestaciones vencidas, sea en calidad
de contribuyente, responsable o deudor de la Municipalidad.
CAPÍTULO II
Del Departamento de Administración Tributaria
Municipal
SECCIÓN I
Aspectos Generales
Artículo 4º—Fines
de la Administración Tributaria Municipal. Corresponde al Departamento de
Administración Tributaria Municipal lograr al máximo el cumplimiento voluntario
de los deberes y obligaciones tributarias de los contribuyentes de la
Municipalidad, mediante el desarrollo de un conjunto de acciones, cuyo
propósito es la implementación y ejecución de sistemas y procedimientos eficientes
de planificación, coordinación y control. Dentro de este marco, le
corresponderá todo lo relacionado con la gestión, recaudación y fiscalización
de las obligaciones tributarias municipales o de administración municipal.
Artículo 5º—Medios para el cumplimiento de
sus funciones: El Departamento de Administración Tributaria Municipal, para
el cumplimiento de sus funciones, podrá realizar estudios estadísticos o
sectoriales sobre el comportamiento de las personas contribuyentes,
responsables o declarantes. De igual manera podrá realizar análisis técnicos,
informáticos o de cualquier otra naturaleza, siguiendo criterios de oportunidad
y conveniencia.
Artículo 6º—Identificación
del personal de la Administración Tributaria: Para el desempeño de su
labor, todo el personal de la Administración Tributaria acreditará su condición
de funcionario mediante un carné de identificación o documento idóneo que le
brinde la Municipalidad, el cual deberá ser exhibido de previo al inicio de las
actuaciones, excepto cuando se actúe en programas de fiscalización de
cumplimiento de los deberes formales y de sanción en caso de incumplimiento. En
tales casos y una vez constatado el hecho a verificar, deberá darse el
cumplimiento del deber de identificación.
Artículo 7º—Deberes del personal. El
personal del Departamento de Administración Tributaria en el cumplimiento de
sus funciones y sin desmeritar el ejercicio de su autoridad, ni del
cumplimiento de sus tareas, guardará el debido respeto a los interesados y al
público en general e informará a aquellos, tanto de sus derechos como de sus
deberes, al igual que sobre la conducta que deben seguir en sus relaciones con
la Administración Tributaria Municipal, orientándolos en el cumplimiento de sus
obligaciones.
Artículo 8º—Confidencialidad de la
información. La información respecto de las bases gravables y la
determinación de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias y
en los demás documentos en poder del Departamento de Administración Tributaria,
tendrá el carácter de información confidencial. Por consiguiente, los
funcionarios que por razón del ejercicio de sus cargos tengan conocimiento de
ella, sólo podrán utilizarla para el control, gestión, fiscalización,
resolución de los recursos, recaudación y administración de los impuestos, y
para efectos de informaciones estadísticas impersonales, bajo pena de incurrir
en las sanciones que contempla la ley.
Las abogadas y abogados externos y otros que
se contraten al amparo de lo indicado en este Reglamento, deberán de respetar
la confidencialidad de la información a la que tengan acceso en razón de los
servicios que prestarán, y estarán sujetos a las mismas sanciones que contempla
la ley para los funcionarios de la Administración Tributaria Municipal.
No obstante lo
anterior, los sujetos obligados a respetar la confidencialidad de la
documentación, deberán proporcionar tal información a los tribunales comunes y
a las demás autoridades públicas que en ejercicio de sus funciones, y conforme
a las leyes que las regulan, tengan facultad para recabarla. En estos casos,
las autoridades que requieran la información estarán igualmente obligadas a
mantener la confidencialidad, salvo que la ley disponga otra cosa.
Los bancos y demás entidades que en virtud de
la autorización para recaudar impuestos, puedan deducir, deberán guardar la más
absoluta reserva en relación con ellos y sólo los podrán utilizar para los
efectos del cumplimiento de sus obligaciones. Esta previsión se entenderá sin
perjuicio de la obligación de suministrar la información necesaria para el
control de los tributos municipales o de administración municipal, en el marco
y para los fines que contempla el presente Reglamento.
Las declaraciones tributarias municipales
podrán ser examinadas cuando se encuentren en las dependencias de la
Administración Tributaria Municipal, directamente por el contribuyente,
responsable o declarante, su representante legal o cualquier otra persona
autorizada por aquél.
Artículo 9º—Horario de actuaciones. Los
funcionarios de la Administración Tributaria Municipal ya sea en condición de
funcionarios Municipales o funcionarios de hecho contratados por la
Municipalidad, actuarán normalmente en horas y días hábiles. Sin embargo,
podrán actuar fuera de esas horas y días, cuando sea necesario para lograr el
cumplimiento de sus deberes de gestión, fiscalización o recaudación tributaria.
En estos casos no se requerirá la habilitación de horas.
Artículo 10.—Documentación de actuaciones.
En todo caso, el desarrollo de las tareas llevadas a cabo por los funcionarios
de la Administración Tributaria Municipal, deberán consignarse en un expediente
administrativo, el cual se conformará en orden cronológico, en que se obtengan
o produzcan los distintos documentos que deberán foliarse en orden secuencial,
con el fin de resguardar adecuadamente su conservación.
Artículo 11.—Notificación de las
actuaciones. Todas aquellas actuaciones de la Administración Tributaria
Municipal, que sean susceptibles de ser recurridas por el interesado, y
aquellas que incidan en forma directa en la condición del contribuyente frente
a la Administración Tributaria Municipal, deberán ser notificadas a éste de
conformidad con lo establecido en el artículo 137 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios y supletoriamente la Ley General de la
Administración Pública y la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 en lo
procedente.
Se entenderá válidamente efectuada la
notificación en cualquier momento en que el interesado, enterado por cualquier
medio de la existencia de un acto administrativo de cumplimiento a éste, o
interponga en su contra los recursos procedentes.
Cuando la Administración Tributaria Municipal
lleve a cabo programas masivos de control de obligaciones formales, su
notificación se hará mediante exhibición del oficio en que se ordenen,
determinando el lugar o área en que han de llevarse a cabo, al igual que la
lista de los funcionarios facultados al efecto, los cuales se identificarán
mediante la presentación del correspondiente carné o documento idóneo emitido por
la Municipalidad.
Los actos que resulten del cumplimiento de
tales programas serán notificados en el momento mismo de su realización y en el
lugar en que estos programas se hayan ejecutado.
Artículo 12.—Labores en el local o sede del
contribuyente. Los funcionarios de la Administración Tributaria Municipal,
cuando ejecuten sus labores en el local del contribuyente, responsable,
declarante o de terceros relacionados con éstos, deberán practicar sus
actuaciones procurando no perturbar el desarrollo normal de las actividades que
allí se cumplan.
Artículo 13.—Colaboración
a los funcionarios de la Administración Tributaria Municipal. Los
contribuyentes, responsables, declarantes y terceros deben atender a los
funcionarios de la Administración Tributaria Municipal y prestarles la mayor
colaboración en el desarrollo de su función. De acuerdo a las posibilidades,
deberán poner a disposición de dichos funcionarios los medios auxiliares
necesarios para el cumplimento de sus funciones.
Artículo 14.—Las decisiones de la
Administración Tributaria Municipal deben fundarse en los hechos probados.
La determinación de los tributos, multas o intereses, y en general toda
decisión de la Administración Tributaria Municipal deberá fundarse en los
hechos que aparezcan probados en el respectivo expediente. La idoneidad de los
medios de prueba contenidos en un expediente tributario dependerá, en primer
término, de los requisitos que para la validez de determinados actos prescriban
las leyes tributarias y comunes, o de las exigencias que tales disposiciones
establezcan en materia probatoria.
En todo caso deberá valorarse la mayor o menor
conexión que el medio de prueba tenga con el hecho a demostrar, y el valor de
convencimiento que pueda atribuírsele conforme a las reglas de la sana crítica
y el principio de la realidad económica.
Artículo 15.—Carga de la prueba. Le
corresponde a la Administración Tributaria la carga de la prueba respecto de
los hechos constitutivos de la obligación tributaria material. En el caso de
reclamos o recursos planteados ante la Administración Tributaria corresponderá
al contribuyente, responsable o declarante, según el caso, demostrar la
veracidad de lo manifestado en sus declaraciones, así como demostrar los
beneficios fiscales que pueda alegar como existentes en su favor, o cualquier
otra cuestión que pretenda contra algún criterio o acto de la Administración
Tributaria Municipal. Los contribuyentes pueden invocar como prueba documentos
expedidos por la Administración Tributaria, siempre que se identifiquen
plenamente, bastando con indicar la oficina donde se encuentren.
Artículo 16.—Plazos para resolver: Los
plazos para resolver señalados en este reglamento y en los artículos 146 y 156
del Código de Normas y Procedimientos Tributarios tendrán carácter ordenatorio
y deberán ser cumplidos por los funcionarios en la medida en que la relación
entre el volumen y complejidad de los asuntos por una parte y de los recursos
humanos y materiales por otra, así los permitan, sin perjuicio de las sanciones
y responsabilidades pecuniarias que deriven de la conducta negligente o dolosa
de algún funcionario.
Artículo 17º—Denuncias. Las denuncias
que presenten las personas físicas o jurídicas relacionadas con hechos o
situaciones que conozcan y puedan tener trascendencia para la gestión de los
tributos, serán trasladadas a las unidades correspondientes del Departamento de
Administración Tributaria Municipal, quienes programarán las actuaciones que
procedan si se considera que existen indicios de veracidad de los hechos imputados
y desconocidos para la Administración Tributaria. Podrán archivarse sin más
trámite aquellas denuncias que se fundamentan en meros juicios de valor o en
las que no se especifiquen o concreten los hechos denunciados, de modo que el
departamento al cual se trasladó la denuncia pueda juzgar respecto del
fundamento y veracidad de la denuncia.
SECCIÓN II
Funciones de la Administración Tributaria
Municipal
Artículo 18.—De la
función de gestión. La función de gestión tiene por objeto administrar las
bases de información que constituyen el censo de contribuyentes, responsables o
declarantes de los distintos tributos municipales, cuyo control ejerce la
Administración Tributaria Municipal, verificando el cumplimiento que estos
hagan de las obligaciones formales establecidas por ley. Para tal efecto, la
Administración Tributaria Municipal gozará de amplias facultades de control, en
los términos que establece este Reglamento.
Asimismo, en virtud de la función de gestión
indicada, deberán realizar tareas de divulgación en materia tributaria
municipal, al igual que resolver las consultas, reclamos por cobros debidos o
indebidos, solicitudes de prescripción, condonación de intereses y multas que
planteen los interesados. Esta función corresponde a la Unidad de Cobros de la
Municipalidad.
Artículo 19.—De la función de fiscalización.
La función de fiscalización tiene por objeto comprobar la situación tributaria
de los sujetos pasivos, con el fin de verificar el exacto cumplimiento de sus
obligaciones y deberes, propiciando la regularización correspondiente.
Le corresponde además verificar que todas las
personas contribuyentes de cualquier tributo municipal o dado bajo su
administración, cuente con el domicilio exacto debidamente registrado en la
base de datos municipal, de manera que la gestión de cobro se realice sin mayor
costo. Esta función corresponde a todas las Unidades vinculadas con el
Departamento de Administración Tributaria y otras unidades o departamentos
vinculados con el servicio al contribuyente.
Artículo 20.—De la función de recaudación.
La función de recaudación es el conjunto de actividades que realiza la
Administración Tributaria Municipal destinadas a percibir efectivamente el pago
de todas las obligaciones tributarias municipales de los contribuyentes. Esta
función será desarrollada por la Unidad de Cobros de la Municipalidad y no
involucra la responsabilidad del manejo y custodia del dinero, cuya
responsabilidad está delegada en la Tesorería Municipal.
La función recaudadora se realizará en tres
etapas sucesivas: voluntaria, administrativa y ejecutiva.
En la etapa
voluntaria, el sujeto pasivo de la obligación tributaria municipal cancelará
sus obligaciones sin necesidad de actuación alguna por parte de la Unidad de
Cobros de la Municipalidad.
En la etapa administrativa, la Unidad de
Cobros de la Municipalidad o agentes contratados por la Municipalidad para tal
fin, efectuará dos requerimientos persuasivos de pago a los sujetos pasivos
morosos.
En etapa ejecutiva, la recaudación se efectúa
coactivamente, utilizando los medios legales establecidos y recurriendo a los
órganos jurisdiccionales respectivos. Esta etapa es la que ejecutarán las
abogadas y los abogados externos u otros agentes contratados por la
Municipalidad.
Artículo 21.—Cuando una persona contribuyente
se encuentre en estado de morosidad y se haya iniciado el proceso de cobro
administrativo, ya sea con mensajería de texto, llamadas telefónicas, envíos de
fax, u otros mecanismos de notificación, deberá obligatoriamente cubrir el
costo administrativo que dicha gestión ocasionó y que será cancelado
conjuntamente con los tributos y demás recargos según la política
administrativa interna que se aplique para este acto.
El costo administrativo deberá ser determinado
por el Departamento Financiero, actualizado al menos una vez al año y publicado
en el Diario Oficial La Gaceta.
SECCIÓN III
Del Proceso de Cobros de la Municipalidad de
Pococí
SUBSECCIÓN I
Del cobro de las obligaciones tributarias
municipales
en la etapa administrativa
Artículo 22.—Organización y obligaciones de la Unidad de Cobros de la
Municipalidad. La Unidad de Cobros de la Municipalidad, estará a cargo del
departamento de Administración Tributaria que pertenece a la Hacienda
Municipal, contará con una Jefatura y demás personal requerido para el
desarrollo de sus funciones, la Jefatura se encargará de coordinar todo asunto
relacionado con la gestión cobratoria de la Municipalidad, para lo cual deberá
coordinar con las unidades pertinentes según sea el asunto.
En cumplimiento de su función de recaudación
tendrá las siguientes obligaciones:
a) Realizar las gestiones de cobro administrativo
de las cuentas atrasadas. Estas se iniciarán una vez vencido el plazo para el
pago de la obligación respectiva, y las acciones se llevarán a cabo en el
siguiente orden: llamadas telefónicas, mensajes de voz, mensajes de texto,
notificaciones directas al domicilio señalado por la persona contribuyente para
recibirlas o bien cualquier otro mecanismo de cobranza. Esta última acción
servirá de prueba cobratoria en futuros procesos.
b) Las obligaciones tributarias
municipales que tengan un atraso de hasta dos trimestres, serán notificadas dos
veces administrativamente, otorgándosele al contribuyente quince días hábiles
en ambas, para que se efectúe el pago respectivo.
Si
vencido dicho plazo, después de la última notificación no se hiciere presente
el sujeto pasivo a cancelar, se remitirá la certificación de la deuda, junto
con la documentación adicional que corresponda para efectos de proceder al
cobro judicial, tales como personería jurídica y otras que sirvieron en la
gestión administrativa a las abogadas y abogados externos, de conformidad con
lo que se indica en este Reglamento.
El
expediente original quedará en poder de la Unidad de Cobros con el fin de que
sirva como base para atender futuros recursos de las personas contribuyentes en
la vía judicial. Las notificaciones indicadas se realizarán por los medios
legales correspondientes, establecidos en el presente Reglamento, o bien, aplicando
las disposiciones en esa materia establecidas en la Ley de Notificaciones
Judiciales.
c) Ejercer las funciones de
control y fiscalización sobre la actuación que ejerzan las abogadas y los
abogados externos en la etapa ejecutiva.
d) Organizar la información y
asistencia al contribuyente, así como controlar el cumplimiento de obligaciones
materiales que se le deleguen, siempre que solamente impliquen la comprobación
abreviada o formal de la situación tributaria del sujeto pasivo.
e) Establecer, en el marco de sus
funciones, los procedimientos y directrices necesarias para facilitar a los
contribuyentes, responsables y declarantes, el cumplimiento voluntario de sus
obligaciones tributarias.
f) Rendir
informes trimestrales a la Jefatura del Departamento de Administración
Tributaria, sobre el estado de las obligaciones vencidas que se encuentran en
las etapas administrativa y judicial.
g) Realizar
los estudios correspondientes a los reclamos y solicitudes presentadas por los
contribuyentes en cuanto al cargo por tributos, respaldando sus criterios con
los pronunciamientos técnicos de las unidades o departamentos involucrados, una
vez determinada la acción a seguir, deberá remitir la solicitud de movimiento
que corresponda, debidamente firmada, respaldada, y autorizada al personal
encargado del mantenimiento y depuración de la base de datos de la
Municipalidad, para que esta proceda a generar la actualización requerida, de
todo lo anterior deberá quedar constancia tanto física como en el expediente
digital del contribuyente.
h) El personal encargado del
mantenimiento y depuración de la base de datos municipal, procederá a generar
los movimientos que se soliciten por parte de las diferentes áreas de la
Municipalidad, para ello deberá contar previamente con la boleta de solicitud
de movimiento y resolución o documento idóneo debidamente firmado por el o la
solicitante y autorizado por las Jefaturas competentes, toda la documentación
adjunta deberá ser integrada al expediente digital del contribuyente.
i) La base de datos municipal
incluyendo el cargo por tributos deberá ser respaldada al menos una vez al día,
para tal fin el departamento de Tecnología Informática deberá elaborar la
rutina electrónica que garantice dicho procedimiento.
SUBSECCIÓN II:
De los arreglos de pago
Artículo 23.—Definición. El arreglo de pago es el compromiso que
adquiere el sujeto pasivo con la Administración Tributaria Municipal, de pagar
la deuda y los periodos posteriores puestos al cobro, dentro del tiempo
concedido, el cual no podrá en ningún caso exceder de dieciocho meses plazo
para el caso de personas físicas y de doce meses plazo para personas jurídicas.
Ambos plazos se concederán únicamente durante la etapa de cobro administrativo.
La prórroga de estos plazos únicamente procederá en los casos que la Jefatura
de Administración Tributaria lo autorice.
Si el cobro ha sido trasladado a las abogadas
y abogados externos y aún no se ha presentado la demanda judicial, pero las
personas contribuyentes atienden el llamado de estos profesionales en derecho,
los plazos serán de quince y nueve meses en el mismo orden y si ya se ha
presentado la demanda en vía judicial, sin que exista sentencia condenatoria de
pago, el plazo máximo será de doce meses y seis meses en el mismo orden.
Cuando exista sentencia condenatoria de pago
emitida por los Tribunales de Justicia únicamente procederá la cancelación
total de la deuda y no habrá opción de arreglo de pago.
Artículo 24.—Condiciones para otorgar
arreglos de pago. El arreglo de pago se podrá conceder, previo el
cumplimiento de requisitos, de acuerdo con los plazos fijados en el artículo 23
de este Reglamento, si una vez evaluados estos, la Jefatura de la Unidad de
Cobros considera que se han presentado circunstancias especiales que hayan
hecho difícil la cancelación oportuna de los tributos municipales, o que, de
cancelar la totalidad de la deuda, se le pueda causar un daño a la economía del
contribuyente.
Para el caso del pago del impuesto sobre
actividades lucrativas o de expendio de bebidas con contenido alcohólico,
únicamente será viable la aceptación de arreglo de pago cuando exista
recalificación del impuesto para el periodo vigente, caso contrario deberá
actuarse apegado a lo que dispone el artículo 81 (bis) del Código Municipal.
En toda solicitud de arreglo de pago deberán
evaluarse los siguientes aspectos:
a) Capacidad económica del sujeto pasivo.
b) Motivos de la morosidad.
c) Monto adeudado.
El plazo para
resolver la solicitud será de diez días naturales y la prevención de requisitos
faltantes o de información requerida y presentada incompleta será de cinco días
naturales, ambos a partir del día siguiente de recibidos los documentos. La
prevención interrumpe el plazo de resolución final y reiniciará una vez que se
haya completado la información o requisitos requeridos. En caso de que no se
cumpla la prevención por parte del solicitante en el plazo de diez días
hábiles, se archivará la solicitud sin más trámite.
De proceder el arreglo de pago, se comunicará
a la persona contribuyente en el domicilio señalado para atender
notificaciones, el monto a cancelar mensualmente, y el plazo para la
cancelación total de la obligación vencida.
Artículo 25.—Formalización del arreglo de
pago. La formalización del arreglo de pago deberá realizarla la persona
contribuyente o quien este autorice mediante documento idóneo, el albacea en
caso de fallecimiento del primero, la persona representante legal en caso de
sociedades, o la persona interesada, en caso de que su cónyuge o compañero (a)
se encuentre como deudor o deudora y no quiera apersonarse poniendo en riesgo
el patrimonio familiar.
Dicha formalización se realizará ante la
Oficina de la Unidad de Cobros de la Municipalidad o Plataforma de Servicios,
únicas competentes para realizar esta gestión, mediante la suscripción del
documento que se tendrá para tales efectos, siempre y cuando el sujeto pasivo
haya cumplido con los requisitos que se hayan exigido para tal gestión. Dicho
documento, en conjunto con la certificación de la deuda, serán válidos para
reclamar en la vía judicial el incumplimiento de pago.
Artículo 26.—Resolución del arreglo de pago.
El convenio de arreglo de pago se dará por concluido, únicamente, ante el pago
total que realice el sujeto pasivo de la obligación vencida, o se dará por
incumplido y exigible su saldo cuando se haya retrasado treinta días naturales
en el cumplimiento de su obligación, en cuyo caso, vencido dicho plazo, se remitirá
inmediatamente el expediente a etapa judicial.
Artículo 27.—Monto mínimo para realizar
arreglo de pago. Únicamente procederán arreglos de pago cuando las
obligaciones vencidas, excluidas las correspondientes a recargos moratorios,
sean por un monto igual o mayor a la octava parte del salario base,
correspondiente a un Auxiliar Administrativo 1, de conformidad con el Decreto
de Salarios Mínimos vigente al momento de efectuarse el arreglo de pago
respectivo.
Artículo 28.—Sobre la documentación relacionada
con los arreglos de pago. Toda la documentación que haya sido requerida por
la Unidad de Cobros de la Municipalidad para la suscripción del arreglo de
pago, así como dicho documento, será agregado al expediente y debidamente
foliado, para su conservación.
SUBSECCIÓN III
Formas de extinción de la obligación
tributaria municipal
Artículo 29.—Formas
de extinción de la obligación tributaria municipal. La obligación
tributaria municipal se extingue por cualquiera de los siguientes medios:
1) Pago. Pago efectivo. El pago se hará
por alguno de los siguientes medios, con los requisitos y condiciones que para
cada uno de ellos se establecen:
a) Moneda de curso legal.
b) Tarjetas de débito o crédito.
c) Cheques certificados.
d) Transferencias electrónicas o
depósitos bancarios. En cuyo caso, el pago se aplicará hasta que el banco
acredite en la cuenta municipal el monto cancelado; y las sanciones moratorias,
se aplicarán hasta el día en que se haya realizado la transferencia o depósito.
Será obligación del administrado reportar a la Unidad de Cobros su pago.
Cuando
los pagos se efectúen mediante cheque, éstos deberán reunir, además de los
requisitos legales exigidos por la legislación mercantil, los siguientes:
a) Girarse a favor de la Municipalidad de Pococí.
b) Expresar claramente el nombre
o razón social del contribuyente o responsable cuya deuda cancela, su número de cédula y número
telefónico.
c) Certificados por el banco
donde se registra la cuenta a debitar.
La
entrega del cheque no liberará al deudor por el importe consignado sino hasta
que éste se haga efectivo. La deuda tributaria no satisfecha por la emisión de
un cheque cuyo pago se rechace, será generada nuevamente y continuará generando
los intereses y sanciones de conformidad con la ley. Tampoco se deberán otorgar
constancias o certificaciones de tributos al día que hayan sido cubiertos
mediante el pago de cheque, hasta que éste se haga efectivo.
2) Compensación.
La Unidad de Cobros de la Municipalidad compensará de oficio o a petición de
parte, los créditos tributarios firmes, líquidos y exigibles que tenga en su
favor con los de igual naturaleza del sujeto pasivo, empezando por los más
antiguos, sin importar que provengan de distintos tributos, y siempre que se
trata de obligaciones tributarias municipales.
3) Confusión. Procederá la
extinción de la obligación vencida por confusión, siempre que el sujeto activo,
como consecuencia de la transmisión de los bienes o derechos afectos al
tributo, quede colocado en la situación del deudor.
4) Condonación. Las deudas
por obligaciones tributarias municipales solo podrán ser condonadas por ley.
Las obligaciones accesorias, bien sea que se trate de intereses, recargos o
multas, podrán ser condonadas únicamente cuando se demuestre que estas tuvieron
como causa, error imputable a la administración. Para tales efectos se deberá
emitir una resolución administrativa, con las formalidades y bajo las
condiciones que establece la ley, por parte de la Jefatura de la Unidad de
Cobros en un plazo máximo de treinta días naturales, a partir de la fecha que
sea de su conocimiento, la cual deberá obligatoriamente contar con un oficio
explicativo emitido por la jefatura de la Unidad Administrativa que generó el
posible error y además, contar con la aprobación del Departamento de
Administración Tributaria.
5) Prescripción.
La prescripción es la forma de extinción de la obligación que surge como
consecuencia de la inactividad de la Unidad de Cobros de la Municipalidad, en
ejercicio de la acción cobratoria. Los plazos para que esta opere, su
interrupción y demás aspectos sustanciales se regirán conforme a la ley.
En
el caso de los tributos municipales, el plazo de prescripción es de cinco años,
de conformidad con el artículo 73 del Código Municipal, y en el caso de
tributos de administración municipal, se aplicará la prescripción que señale
cada ley. De existir omisión se deberá aplicar lo dispuesto en el artículo 51
del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
La
declaratoria de prescripción únicamente procederá a petición de parte, y podrá
otorgarse administrativamente, para lo cual, el sujeto pasivo presentará la
solicitud respectiva ante la Unidad de Cobros de la Municipalidad o en la
Plataforma de Servicios quién deberá remitirla a la Unidad de Cobros el mismo
día en que la recibe por medio de bitácora o medio idóneo de control recibido
de documentos.
La
Unidad de Cobros le dará a la solicitud recibida el trámite correspondiente,
deberá responderla en un plazo máximo de treinta días naturales. Las
obligaciones accesorias como multas, intereses y otros recargos sobre el monto
principal declarado prescrito, correrán la misma suerte.
Lo
pagado para satisfacer una obligación prescrita no es objeto de repetición.
6) Dación en pago. El
procedimiento para la extinción de la obligación tributaria municipal mediante
dación en pago, se regirá por el Decreto Ejecutivo Nº 20870-H del 27 de octubre
de 1991, publicado en “La Gaceta” Nº 234 del 6 de diciembre de 1991, que
reglamentó el artículo 4 de la Ley Nº 7218.
7) Novación. La novación como
forma de extinción de la obligación tributaria, consistirá en la transformación
o sustitución de una obligación por otra. La novación se admitirá únicamente
cuando se mejoren las garantías a favor de la Municipalidad y ello no implique
demérito de la efectividad en la recaudación.
Artículo 30.—Interrupción
de la prescripción. El curso de la prescripción se interrumpe por las
siguientes actuaciones:
a) Cuando el
sujeto pasivo se presenta, o por cualquier medio electrónico verificable, a
realizar la determinación de su tributo.
b) Cuando el deudor hace un
reconocimiento expreso de su obligación.
c) Cuando el sujeto pasivo o su
representante ha solicitado aplazamientos o fraccionamientos de pago.
d) Las notificaciones de todo
acto administrativo o judicial que se realice con el fin de ejecutar el cobro
de la deuda.
e) La interposición de peticiones
o reclamos con respecto a los servicios municipales brindados y que son objeto
de cobro.
Artículo 31.—Pago
por terceros. Subrogación. El pago efectuado voluntariamente por un tercero
extinguirá la obligación tributaria y quién pague se subrogará en el crédito,
conjuntamente con sus garantías y privilegios, más no en aquellas potestades
que se deriven de la naturaleza pública del acreedor inicial. Cuando el pago
por el tercero se produzca por un error habrá lugar a su reimputación, previa
devolución y anulación del correspondiente recibo.
Artículo 32.—Recibos de pago. Es todo
aquel documento físico, oficial de la municipalidad, emitido en la Plataforma
de servicios municipal o en las cajas de los entes recaudadores convenidos, que
demuestra que el pago de la deuda tributaria se ha llevado a cabo, sea de forma
total o parcial y deberán estar autorizados mediante el sello respectivo de
cada cajero.
De igual manera se entenderá como recibo de
pago, toda transacción realizada a través de internet que quede debidamente
acreditada en la cuenta integral tributaria de la base de datos municipal.
Artículo 33.—Imputación de pagos. Al
efectuar el pago la persona deudora y si se trata de servicios municipales e
impuesto a la propiedad de bienes inmuebles, la Administración Tributaria
deberá establecerla por orden de antigüedad de los débitos, determinados por la
fecha de vencimiento del plazo para el pago de cada uno.
Si se trata de
otros impuestos, precios o multas, el deudor podrá imputarlo a aquella o
aquellas que libremente determine, siempre por orden de antigüedad de los
débitos, determinados por la fecha de vencimiento del plazo para el pago de
cada uno. En los casos que no indique la imputación del pago, o que se realice
por depósito o transferencia bancaria, la Administración Tributaria deberá
establecerla por orden de antigüedad de los débitos, determinados por fecha la
fecha de vencimiento del plazo para el pago de cada uno.
En todos los casos, la imputación de pagos se
hará primero a las sanciones, luego a los intereses y por último a la
obligación principal. Esta regla será aplicable a todos los medios de extinción
de las obligaciones tributarias.
Artículo 34.—Devoluciones de saldo a favor.
Los sujetos pasivos que tengan saldos a favor, podrán solicitar su acreditación
o devolución dentro del término de ley.
Los saldos a favor que hubieren sido objeto de
modificación a través del proceso de determinación oficial de los impuestos no
podrán ser objeto de solicitud de compensación o devolución hasta tanto no se
resuelva definitivamente sobre su procedencia.
Presentada la
solicitud, la Unidad de Cobros de la Municipalidad procederá a determinar el
saldo a favor del contribuyente, de determinarse el mismo, se analizará si
existen otras obligaciones tributarias municipales que puedan ser objeto de
compensación, y emitirá la resolución que corresponda, declarando el saldo a favor,
la compensación que corresponda, el nuevo saldo a favor del sujeto pasivo, y
ordenará en ese mismo acto la devolución respectiva.
La acción para solicitar la acreditación o
devolución por sumas pagadas en exceso, ya sea por pagos debidos o indebidos,
prescribe transcurridos cuatro años, a partir del día siguiente a la fecha en
que se efectuó cada pago, o desde de la fecha de presentación de la declaración
jurada de la cual surgió el crédito.
En los pagos indebidos, el sujeto pasivo
tendrá derecho a un reconocimiento de un interés igual al establecido por la
municipalidad, a partir del día siguiente en que realizó el pago y hasta la
fecha de la acreditación o devolución. No procederá este reconocimiento cuando
la cancelación se haya realizado antes de la fecha prevista de vencimiento; es
decir, entre la fecha de pago y la fecha prevista para el pago no existirá
reconocimiento de intereses.
La Administración, en caso de devoluciones,
deberá proceder al pago respectivo a más tardar durante el ejercicio presupuestario
siguiente al de la fecha del reclamo del sujeto pasivo o responsables.
SUBSECCIÓN IV
Del cobro de las obligaciones tributarias
municipales
en la etapa ejecutiva
Artículo 35.—Deberes
de la Unidad de Cobros de la Municipalidad en la etapa ejecutiva. La Unidad
de Cobros de la Municipalidad deberá cumplir con lo siguiente, en la etapa
ejecutiva:
a) Determinar las obligaciones vencidas que se le
adeuden a la municipalidad, cuyo valor sea igual o mayor a la octava parte de
un salario base, entendiéndose este el correspondiente al de un Auxiliar
Administrativo1, de conformidad con el Decreto de Salarios Mínimos vigente al
momento de realizarse el cobro, las cuales serán trasladadas a las abogadas y
abogados externos para cumplir con la etapa ejecutiva. En consecuencia, las
obligaciones cuyo monto no exceda del aquí establecido, su cobro continuará
siendo responsabilidad de la Unidad de Cobros de la Municipalidad.
b) Se trasladará el expediente
respectivo para efectos de iniciar la etapa ejecutiva a las abogadas y abogados
externos, este expediente comprenderá:
1. Copia de las notificaciones de cobro
administrativo realizadas al sujeto pasivo, quedando el original de todo el
expediente en la Unidad de Cobros.
2. Certificación de la persona
nombrada como Contador o Contadora municipal que haga constar la obligación
vencida que vaya a ser remitida a cobro judicial, la cual incluirá multas e
intereses, y constituirá el título ejecutivo para el proceso judicial
respectivo, de conformidad con lo que establece el artículo 71 del Código
Municipal.
3. Informe registral del bien
inmueble que constituya la garantía de la obligación tributaria debida a la
Municipalidad, de conformidad con lo que establece el artículo 70 del Código
Municipal.
4. Calidades del sujeto pasivo y
domicilio, si se tratara de una persona jurídica, indicación de las citas de la
constitución de la sociedad, correspondiendo a la abogada o abogado externo
respectivo realizar la personería jurídica correspondiente.
5. Personería jurídica del
Alcalde.
c) Asignar
los casos de cobro judicial de conformidad con el grado de avance de casos
anteriores remitidos a cada profesional.
d) Fiscalizar la labor de las
abogadas y los abogados externos, para ello, compete a esta oficina recibir los
informes trimestrales que realicen los abogados externos de conformidad con
este Reglamento, analizarlos, y tomar las decisiones para asignar casos
futuros.
e) Solicitar a la Alcaldía previa
autorización de la Jefatura del Departamento de Administración Tributaria y/o
hacienda municipal, la aplicación de las sanciones que en este Reglamento se
establecen, a los abogados externos que incumplan con sus obligaciones.
f) Llevar
un expediente de cada uno de las abogadas y abogados externos, en el cual se
registrará toda la documentación relacionada con su contratación, los procesos
asignados, los informes que éstos presenten, y demás documentos relacionados
con su actuar, los cuales serán agregados al expediente en forma cronológica y
estarán debidamente foliados.
g) Solicitar
a la Unidad de Catastro y Valoración de la Municipalidad, el avalúo de los
bienes inmuebles que garanticen las obligaciones vencidas, siempre y cuando
esta Unidad cuente con los recursos necesarios para realizar esta labor y no se
constituya en una labor permanente, caso contrario se realizará la contratación
externa o deposito correspondiente para el peritaje judicial, esto con el fin
de cumplir con el plazo de valoración que exige la Ley de Cobro Judicial.
CAPÍTULO III
De los abogados
SECCIÓN I
Disposiciones Generales
Artículo 36.—De la
designación. Las abogadas y abogados externos serán designados en virtud de
concurso externo que realizará la Municipalidad para su contratación, en
cumplimiento de la normativa que establece la Ley de Contratación
Administrativa y su Reglamento para la contratación de este tipo de servicios.
El número de
abogadas y abogados externos a contratar dependerá de la cartera de sujetos
pasivos morosos que será remitida a la vía judicial y será determinado por la
jefatura del Departamento de Administración Tributaria, quien en conjunto con
la jefatura de la Unidad de Cobros, analizará a los participantes en el
concurso de antecedentes y realizará la evaluación respectiva, para efectos de
determinar la cantidad de profesionales que serán contratados por la
Municipalidad.
Artículo 37.—Formalización de la
contratación. Las y los oferentes elegidos firmarán un contrato con la
Municipalidad, así como cualquier otro documento que requiera la institución,
necesario para la prestación eficiente de estos servicios y para cumplir con
las normas que regulan este tipo de contratación.
Artículo 38.—No sujeción a plazo. La
contratación no estará sujeta a cumplir con un plazo determinado, sino que
dependerá del plazo que dure la tramitación del proceso judicial respectivo.
Sin embargo, corresponderá a la Unidad de Cobros, verificar mediante los
informes que los procesos judiciales estén activos, de lo contrario, se
aplicarán las sanciones que regula este reglamento contra la abogada o el
abogado externo que incumpla con esta obligación.
Artículo 39.—De las obligaciones de las
abogadas y abogados externos. Las abogadas y abogados externos contratados
por la Municipalidad para la etapa judicial, estarán obligados a:
a) Excusarse de asumir la dirección de un proceso
cuando se encuentre en alguna de las causas de impedimento, recusación o
excusa, establecidas en los artículos 49 siguientes y concordantes del Código
Procesal Civil.
b) Presentar dentro de los quince
días hábiles siguientes al recibo del expediente, el proceso judicial
respectivo ante la autoridad jurisdiccional correspondiente, y remitir dentro
del plazo de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del primer plazo
citado, copia de la demanda con la constancia de la presentación exigida. De
incumplir los plazos indicados, al presentar la copia respectiva deberá
adjuntar nota justificando los motivos por su incumplimiento.
c) Presentar entre las fechas, 2
al 10 de enero, 1 al 10 de abril, 1 al 10 de julio y 1 al 10 de octubre de cada
año, informe a la Unidad de Cobros de la Municipalidad, sobre el estado de los
procesos judiciales a su cargo.
d) Cobrar directamente al sujeto
pasivo los honorarios del proceso ejecutivo, de conformidad con la Tabla de
Honorarios que rige en el momento.
e) Asumir todos los gastos que se
presenten por la tramitación del proceso judicial asignado a su dirección. En
lo que respecta a la valoración de propiedades para el proceso de presentación
a cobro judicial, será responsabilidad de la municipalidad realizar los avalúos
o contratarlos.
f) Ante ausencias de su Oficina
por plazos mayores a tres días hábiles, deberá indicar a la Unidad de Cobros de
la Municipalidad quién será el profesional que deja responsable de los procesos
judiciales a su cargo.
g) Realizar
estudios de retenciones como mínimo cada tres meses en los procesos que estén
bajo su dirección y solicitar cuando exista sentencia firme, la orden de giro
correspondiente, a efectos de lograr el ingreso de dichos dineros a la caja
municipal.
h) Dictada la sentencia
respectiva, la abogada o abogado externo director del proceso deberá presentar
la liquidación de costas en un plazo no mayor de quince días naturales.
i) Comunicar por escrito, en un
plazo de cinco días hábiles posterior al remate, el resultado del mismo, a la
Unidad de Cobros de la Municipalidad.
Artículo 40.—Prohibiciones.
Se prohíbe a los abogados externos incurrir en lo siguiente:
a) Realizar ningún tipo de arreglo de pago con el
sujeto pasivo.
b) Solicitar por concepto de sus
honorarios profesionales una suma mayor, a la estipulada en la Tabla de
Honorarios.
c) Aceptar o realizar acciones
judiciales o administrativas contra la Municipalidad.
Artículo 41.—Terminación
del proceso judicial. Una vez que el cobro judicial haya sido iniciado solo
podrá darse por terminado con el pago total de la suma adeudada a la
Municipalidad, incluyendo las costas de procesales y personales y cualquier
otro gasto generado durante su tramitación o con ocasión del mismo, o bien, por
la formalización de un arreglo de pago según lo dicho en ese capítulo.
SECCIÓN II
Sobre el cobro de honorarios profesionales
Artículo 42.—Cobro
de honorarios profesionales. El cobro de honorarios profesionales lo hará
directamente la abogada o abogado externo director del proceso al sujeto
pasivo, en caso de que este pretenda cancelar previo a la terminación del
proceso judicial respectivo.
Dicho cobro se realizará con base en la Tabla
de Honorarios, no pudiendo ser ni mayor del ahí establecido.
La Unidad de Cobros de la Municipalidad
únicamente podrá recibir la cancelación del monto adeudado por el sujeto
pasivo, mediante la presentación de oficio, nota, factura o certificado de
depósito emitido por la abogada o el abogado externo director del proceso, de
que le han sido cancelados de conformidad los honorarios.
Asimismo, no se solicitará dar por terminado
el proceso judicial respectivo, hasta tanto la Unidad de Cobros de la
Municipalidad le indique por escrito a la abogada o abogado externo director
del proceso que se ha recibido de conformidad en las cajas municipales la
totalidad de la obligación vencida adeudada por el sujeto pasivo, sus intereses
y multas.
Artículo 43.—Condonación de honorarios.
Procederá únicamente la condonación de los honorarios profesionales cuando así
lo haya determinado la abogada o el abogado director del proceso.
Artículo 44.—Pago de honorarios por parte
de la Municipalidad. Únicamente procederá el pago de los honorarios
directamente de la Municipalidad, cuando la abogada o abogado externo resuelva
la contratación de sus servicios con la Municipalidad, o cuando esta sea
resuelta por parte de la Municipalidad, previo a haber obtenido el pago de la
obligación vencida.
Se le cancelarán los honorarios profesionales
de acuerdo a la Tabla de Honorarios vigente al momento de la presentación de la
demanda. Esta cancelación no procederá cuando la resolución del contrato sea
consecuencia de la aplicación de la sanción respectiva.
SECCIÓN III
De las Sanciones
Artículo 45.—Resolución
automática del contrato de servicios profesionales. Se resolverá
automáticamente el contrato por servicios profesionales cuando se den las
siguientes causales:
a) La abogada o abogado externo realice cualquier
acción judicial o administrativa contra la Municipalidad.
b) Cuando
se pierda un incidente o el proceso, debido al vencimiento del plazo para
aportar algún documento o recurso.
Artículo 46.—No
remisión de expedientes de cobro judicial. No se remitirán más expedientes
de cobro judicial a la abogada o abogado externo que incurra en las siguientes
causales:
a) A las abogadas o abogados que incumplan con la
obligación determinada en los incisos b) y c) del artículo 39 de este
reglamento.
b) Cuando habiendo acaecido el
remate, no comunique sobre el resultado del mismo a la Unidad de Cobros
Municipales, dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que el
mismo se efectuó.
Artículo 47.—Otras
sanciones. La Municipalidad podrá realizar los trámites administrativos y/o
judiciales respectivos contra el profesional en derecho, en aquellos casos en
que se demuestre negligencia o impericia en la tramitación judicial de las
obligaciones vencidas. Sanciones que podrán ser administrativas, disciplinarias
o indemnizatorias.
SECCIÓN IV
Resolución de la contratación de abogados
externos
Artículo 48.—Resolución
de la Contratación. Las abogadas y abogados externos que por alguna razón
personal o profesional, quieran dejar de servir a la municipalidad, deberán de
comunicar esa decisión expresamente y por escrito al Departamento de
Administración Tributaria y a la Unidad de Cobros, con treinta días naturales
de antelación, quién deberá verificar la condición de los casos asignados al
profesional y, de estar conforme, remitirá oficio a la Alcaldía Municipal dando
por aceptada la renuncia.
Artículo 49.—Obligaciones de los abogados
externos al finalizar la contratación. Al finalizar por cualquier motivo la
contratación de servicios profesionales, la abogada o abogado externo
respectivo, deberá remitir la totalidad de los expedientes judiciales a la
Unidad de Cobros de la municipalidad, con un informe del estado actual de los
mismos, y el documento respectivo de renuncia de la dirección del proceso, para
que sea presentado por la nueva abogada o abogado externo que continuará con la
dirección del mismo. La Unidad de Cobros de la municipalidad, deberá haber
remitido el expediente al nuevo director del proceso, en un plazo no mayor de
diez días hábiles.
CAPÍTULO IV
De la fiscalización y establecimiento de
tarifas
SECCIÓN I
Disposiciones Generales
Artículo 50.—Determinación
de tasas y precios públicos. Para la determinación de tasas por los
servicios municipales prestados y en concordancia con lo estipulado en el artículo
74 del Código Municipal, los estudios deberán realizarse una vez al año, entre
la segunda quincena de junio hasta la primer quincena de agosto y serán
enviados al Concejo Municipal antes del vencimiento de la segunda quincena del
mes de agosto.
El Concejo Municipal contará con un plazo de
sesenta días naturales para someterlos a estudio, consultas, correcciones y
aprobación definitiva. La fecha para su aprobación definitiva deberá darse a
más tardar el treinta y uno de octubre de cada año y la publicación en el
diario La Gaceta deberá hacerse como fecha límite el treinta de noviembre de
cada año, de manera que el cargo en la base de datos municipal para todos los
contribuyentes empiece a regir el primero de enero de cada año.
Los estudios tarifarios para determinar el
costo por servicios brindados en localización de contribuyentes, emisión de
constancias y certificaciones, estudios de pagos realizados, los precios
públicos y otros, podrán realizarse en cualquier momento y La Unidad encargada
de realizar este y actualización de las tarifas será el Departamento
Financiero.
Artículo 51.—Pago de servicios solicitados.
Todo sujeto pasivo, responsable o contribuyente, que requiera el servicio de
emisión de constancias o certificaciones de impuestos al día, así como de
estudios sobre pagos realizados en años anteriores, deberá cancelar el costo
administrativo que para cada uno de ellos haya determinado el Departamento
Financiero.
Artículo 52.—Alcance
de las actuaciones de comprobación e investigación. Las actuaciones de
comprobación e investigación podrán tener carácter total o parcial, según sea
el objetivo de la situación tributaria del sujeto pasivo. De cualquier manera,
sea la actuación total o parcial, la conclusión de las actuaciones tendrá como
efecto la conformidad definitiva de la Administración Tributaria con los
aspectos de tributos y aspectos revisados.
En ningún caso podrá el obligado tributario
pedir la revisión de lo regularizado, salvo que pruebe haber incurrido en
evidente error de hecho, utilizando para ello la vía recursiva que le asiste.
Artículo 53.—Lugar donde deben efectuarse
las actuaciones. Las actuaciones deberán desarrollarse en el lugar donde se
realizan las actividades económicas o el lugar donde esté efectivamente
centralizada la gestión administrativa y la dirección de los negocios del
sujeto pasivo objeto de la actuación fiscalizadora. Cuando por alguna razón la
fiscalización no se pueda realizar en esos lugares, se podrán desarrollar en
las oficinas de la Administración Tributaria.
Artículo 54.—Inspección de locales.
Cuando sea necesario determinar o fiscalizar la situación tributaria, los
funcionarios de la Administración Tributaria, según su competencia material,
podrán inspeccionar los locales ocupados por cualquier título por el sujeto
pasivo.
En caso de negativa o resistencia, la
Administración Tributaria, mediante resolución fundada, podrá solicitar a la
autoridad judicial autorización para el allanamiento del local, o bien,
coordinar con la Dirección General de Hacienda su participación para lograr el
propósito.
De la negativa del sujeto pasivo a permitir el
acceso a su local o locales se levantará un acta en la cual se indicará el
lugar, fecha, nombre y demás elementos de identificación del renuente, así como
cualquier otra circunstancia que resulte conveniente precisar. Dicha acta
deberá ser firmada por los funcionarios que participan en la actuación y por el
sujeto pasivo; si éste no sabe, no puede o no quiere firmar, así deberá hacerse
constar.
Artículo 55.—Iniciación de las actuaciones
fiscalizadoras, de comprobación o de investigación. Las actuaciones
fiscalizadoras deberán iniciarse mediante comunicación escrita notificada al
sujeto pasivo, en la cual se le indicará:
a) El nombre de los funcionarios encargados del
estudio.
b) Criterio o criterios por los
cuales fue seleccionado.
c) Tributos y periodos a
fiscalizar.
d) Registros y documentos que
deben tener a disposición de los funcionarios.
e) Fecha de inicio.
Las actuaciones
fiscalizadoras podrán ampliarse con respecto a los periodos e impuestos a
fiscalizar, en relación con lo comunicado originariamente al sujeto pasivo y
deberá comunicarse al sujeto pasivo los alcances concretos de tal ampliación.
Si por causas imputables a la Administración
Tributaria las actuaciones fiscalizadoras no se iniciaron efectivamente dentro
del mes siguiente a la fecha de notificación de la comunicación de inicio, se
entenderá nulo el inicio de actuación notificado y producido en lo que
corresponda. Si la Administración decidiera posteriormente realizar la
actuación fiscalizadora, deberá notificar el inicio de la actuación,
entendiéndose interrumpida a partir de la fecha de esta última notificación el
cómputo de la prescripción.
Artículo 56.—Mecanismos de seguimiento de
saldos morosos y en riesgo de prescripción por parte del Concejo y Alcaldía
Municipal. De manera trimestral, la primera semana de inicio del periodo,
el Departamento de Administración Tributaria remitirá tanto al Alcalde
Municipal el informe de control de morosidad actualizado que contenga los
siguientes datos: 1. Recuperación del pendiente de cobro a la fecha de corte.
2. Saldo de las cuentas por cobrar a la fecha de corte. 3. Emisiones puestas al
cobro. 4. Saldos en riesgos de prescripción. Dicho informe deberá ser elevado
por parte de la Alcaldía Municipal al Concejo Municipal para su debido
seguimiento.
Artículo 57.—Realización de encuestas por
parte de la Contraloría de Servicios. Dos veces al año, durante los meses
de Junio y Diciembre, la Contraloría de Servicios de la Municipalidad elaborará
y aplicará una encuesta dirigida a los contribuyentes del Cantón de Pococí, la
misma deberá aportar la información necesaria y suficiente para evaluar la
prestación y cobro de los servicios municipales, así como algún otro tema de
interés que se requiera, el resultado final deberá ser remitido al Alcalde
Municipal con copia a la Unidad de Planificación y Administración Tributaria
con el análisis de datos y las recomendaciones pertinentes por parte del
funcionario o funcionaria a cargo de dicha entidad Contralora.
CAPÍTULO V
Disposiciones finales
Artículo 56.—Derogaciones.
Este Reglamento deroga cualquier otra disposición administrativa o
reglamentaria que exista con anterioridad y se contraponga a lo aquí regulado.
Artículo 57.—Vigencia. Rige a partir de
su publicación. El Concejo Municipal de la Municipalidad del cantón de Pococí,
en su Sesión Ordinaria Nº 59 de fecha 13 de julio de 2015, acordó aprobar el
Reglamento para la Gestión y el Cobro Administrativo y Judicial, la
Fiscalización y la Recaudación Tributaria, en la Municipalidad de Pococí, de
conformidad con lo que establece el artículo 13 inciso c) del Código Municipal.
Administración
Tributaria.—Lic. Cyntia Ávila Madrigal.—
1 vez.—(IN2015070125).
VICERRECTORÍA
DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
ORI-4803-2015.—Calvo
Castillo Vilma, costarricense, cédula Nº 1 0619 0747, ha solicitado reposición
del título de Licenciada en Economía. Cualquier persona interesada en aportar
datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante
escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, al primer día del mes de octubre del año dos mil quince.—Oficina
de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—(IN2015068396).
ORI-4743-2015.—Márquez Sierra María
Alejandra, R-303-2015, residente:186200478923, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Médico Cirujano, Universidad de Carabobo, Venezuela. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre del
2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.
C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41452.—(IN2015068485)
ORI-4487-2015.—Hidalgo
Orozco Tatiana, R-302-2015, cédula 1-0771-0391, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Máster Universitario en Arqueología y Patrimonio:
Ciencia y Profesión, Universidad de Córdoba, España. La persona interesada en
aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 10 de setiembre del 2015.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº
41451.—(IN2015068487).
ORI-4738-2015.—Morales
Martínez Andrés Humberto, R-301-2015, pasaporte G09466472, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Médico Cirujano, Universidad Nacional
Autónoma de México, México. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 24 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº
41450.—(IN2015068490).
ORI-4862-2015.—Vargas
Leiva Laura, R-300-2015, cédula: 1-0596-0559, solicitó reconocimiento y equiparación del título
Máster en Educación, Universidad Estatal de Framingham, Estados Unidos. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 05 de octubre
del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge,
Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41449.—(IN2015068494).
ORI-4447-2015.—Fabbian
Oriana Magdalena, R-299-2015, Pas. Nº YA3560939, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Licenciada en Ciencias de la Educación. Orientación en:
Expertos en los Procesos de Formación, Universidad de los Estudios de
Milán-Bicocca, Italia. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 08 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
128504.—Solicitud Nº 41448.—(IN2015068496).
ORI-4458-2015.—Parkinson Valla Flor Sara,
R-298-2015, cédula 7-0145-0580, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Licenciatura en Ciencias de la Educación, Universidad de los Estudios de
Milán-Bicocca, Italia. La persona interesada en aportar información de la
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 08 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº
41447.—(IN2015068498).
ORI-4465-2015.—Ley López Alejandra,
R-297-2015, cédula 1-1174-0663, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Máster Universitario en Comunicación y Educación Audiovisual,
Universidad Internacional de Andalucía y la Universidad de Huelva, España. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 09 de
setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera
Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41445.—(IN2015068501).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
ORI-2959-2015.—Brenes
Quirós César Augusto, costarricense, 1 1329 0490. Ha solicitado reposición del
título de Bachillerato en Ciencias de la Comunicación Colectiva con
Concentración en Periodismo. Cualquier persona interesada en aportar datos
sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que
ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil quince.—Oficina de
Registro de Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—(IN2015068993).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ORI-4769-2015.—Carpio
Barrantes Karen María, R-037-2015, cédula 1-1258-0449, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Máster 2 con énfasis en Piloteo de las Políticas y
Acciones en Salud Pública, EHESP Escuela de Estudios Superiores en Salud
Pública, Francia. La persona interesada en aportar información de la
solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria, Rodrigo Facio, 28 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N°
41332.—(IN2015068845).
ORI-3910-2015.—Rojas Jama Fernando Jesús,
R-052-2010 B, pas. 0800581290, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Magíster en Desarrollo de la Inteligencia y Educación, La Pontificia
Universidad Católica del Ecuador, Ecuador. La persona interesada en aportar
información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro
de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria, Rodrigo Facio, 7 de agosto de 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N°
128504.—Solicitud N° 41333.—(IN2015068846).
ORI-4742-2015.—Lelchuk
Dybner Daniel Andrés, R-189-2015, cédula 1-1283-0167, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Especialista en Odontopediatría, Universidad de Buenos
Aires, Argentina. La persona interesada en aportar información del solicitante
podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo
Facio, 24 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José
Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41334.—(IN2015068848).
ORI-4470-2015.—Alfaro Araya Bernardo José,
R-207-2015, cédula 1-0602-0093, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Máster en Administración de
Empresas, Instituto Centroamericano de Administración de Empresas, Nicaragua.
La persona interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por
escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 9 de
setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera
Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41335.—(IN2015068851).
ORI-4583-2015.—Castaño Jaramillo María
Mercedes, R-215-2015, pasaporte AO246581, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Psicóloga, Universidad de San Buenaventura, Colombia.
La persona interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por
escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 17 de
setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41336.—(IN2015068862).
ORI-4503-2015.—Víquez
Bonilla Daniella María, R-218-2015, cédula 1-1481-0163, solicitó reconocimiento
y equiparación del Título Bachiller en Artes, Universidad de Columbia
Británica, Canadá. La persona interesada en aportar información de la solicitante
podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo
Facio, 11 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José
Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41337.—(IN2015068869).
ORI-4414-2015.—Perdomo Argüello Francisco
José, R-223-2015, cédula 8-0053-0613, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Doctor, Universidad de Salamanca, España. La persona interesada en
aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina
dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 7 de setiembre del 2015.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N°
128504.—Solicitud N° 41338.—(IN2015068871).
ORI-4349-2015.—Jiménez
Quesada Silvia Eugenia, R-224-2015, cédula N° 113070657, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Master in Business Administration,
Incae Business School, Nicaragua. La persona interesada en aportar información
de la solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los
cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria,
Rodrigo Facio, 2 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N°
128504.—Solicitud N° 41339.—(IN2015068878).
ORI-4567-2015.—Brenes
Rodríguez Julio César, R-226-2015, cédula 1-1191-0765, solicitó reconocimiento y equiparación del título
Máster In Business Administration, Incae Business School, Nicaragua. La persona
interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito
ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 16 de setiembre de
2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.
C. N° 128504.—Solicitud N° 41340.—(IN2015068881).
ORI-4546-2015.—Zúñiga
Rodríguez Ricardo Francisco, R-232-2015, cédula 1-0910-0322, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Maestría en Administración Pública,
Harvard University, Estados Unidos. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 14 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud
Nº 41341.—(IN2015068883).
ORI-3915-2015.—González
Torres Antonio, R-234-2015, céd. 602490899, solicitó reconocimiento y
equiparación del título doctor, Universidad de Salamanca, España. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 de agosto del 2015.—Oficina
de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
128504.—Solicitud Nº 41350.—(IN2015068891).
ORI-4416-2015.—Jiménez Chaves Víctor Alberto, R-260-2015, cédula
3-0371-0011, solicitó reconocimiento y equiparación del título Especialista en
Endodoncia, Universidad de Buenos Aires, Argentina. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 de setiembre del 2015.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
128504.—Solicitud Nº 41412.—(IN2015068892).
ORI-4703-2015.—Sales
García Francisco Asís, R-259-2015, pasaporte N° AA1339796, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos (Especialidad:
Transportes), Universidad Politécnica de Catalunya, España. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre del
2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge,
Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41411.—(IN2015068895).
ORI-4701-2015.—Solís
de la Paz José Pablo, R-255-2015, cédula 1-1237-0779, solicitó reconocimiento y equiparación del título
Maestría en Música, Interpretación, Herberger Institute For Design And The
Arts, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 23 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud
Nº 41410.—(IN2015068897).
ORI-4712-2015.—Cartagena
Núñez Laura Catalina, R-255-2014-B, residente temporal: 117002005024,
solicitó reconocimiento y
equiparación del título Magíster en Ciencias Sociales,
Universidad Nacional de General Sarmiento, Argentina. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de setiembre del 2015.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
128504.—Solicitud Nº 41409.—(IN2015068919).
ORI-4449-2015.—Araya Carvajal Fabio David, R-295-2015, céd. N°
401810414, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Ciencias
con Mención en Química, Universidad de Concepción, Chile. La persona interesada
en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 8 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud
Nº 41442.—(IN2015069052).
ORI-4468-2015.—Lira
Sánchez Edmundo Alberto, R-294-2015, residencia temporal: 186200330221,
solicitó reconocimiento y equiparación del título Ingeniero Mecánico,
Universidad Metropolitana, Venezuela. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 9 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud
Nº 41441.—(IN2015069054).
ORI-4736-2015.—Rojas Rapso Leonardo Enrique, R-304-2015, cédula
1-1264-0423, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster
Universitario en Energías Renovables, Universidad de León, España. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 25 de setiembre del
2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O.
C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41453.—(IN2015069058).
ORI-4744-2015.—Hernández
Guzmán Wander, R-296-2015, cédula 6-0369-0337, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de
Medicina, Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 23 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José
A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41443.—(IN2015069060).
ORI-4174-2015.—Andensor
Nedrick Bradley Salem, R-265-2015, cédula N° 702070708, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de
Medicina, Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 24 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A.
Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41413.—(IN2015069061).
ORI-4376-2015.—Jaramillo
Arango Isabel Cristina, R-246-2013 B, Res. temp. 117001975601, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Doctora Universidad de Castilla-La
Mancha, España. La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 3 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José
A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41408.—(IN2015069064).
ORI-4657-2015.—Dapena
Lavadie Alexis, R-240-2015, cédula 8-0091-0604, solicitó reconocimiento y
equiparación del título licenciado en
Educación en la Especialidad de Matemática, Instituto Superior Pedagógico
“Enrique José Varona”, Cuba. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 22 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud
Nº 41407.—(IN2015069080).
ORI-4666-2015.—Melhado Mora Carlos Arturo, R-308-2015, cédula N°
109970729, solicitó reconocimiento y equiparación del título Ingeniero Civil,
La Universidad Tecnológica de El Salvador, El Salvador. La persona interesada
en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre del 2015.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
128504.—Solicitud Nº 41459.—(IN2015069580).
ORI-4682-2015.—Pinto
Rodríguez Kedduar Enrique, R-307-2015, pasaporte: 116961464, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Ingeniero Industrial, Universidad Nacional
Experimental del Táchira, Venezuela. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud
Nº 41458.—(IN2015069584).
ORI-4488-2015.—Giulietti Ennio, R-306-2015,
pas. N° A03710337, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en
Ciencias Políticas. Sector Político-Internacional, Universidad de Estudios de
Urbino, Italia. La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes
a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 10 de
setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio
Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41456.—(IN2015069586).
ORI-4509-2015.—Fonseca Ureña Samantha,
R-305-2015, cédula 1-1268-0068, solicitó
reconocimiento y equiparación
del título Máster en Derecho y
Defensa de Causas y Resolución de Conflictos, The John Marshall Law School,
Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 11 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José
Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41455.—(IN2015069587).
ORI-4408-2015.—Meneses Rojas Esteban,
R-237-2015, cédula 3-0361-0389, solicitó
reconocimiento y equiparación
del título Doctor en Filosofía en
Ciencias de la Computación, Universidad de Illinois, Estados Unidos. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 de setiembre del
2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge,
Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41405.—(IN2015069591).
ORI-4669-2015.—Corasaniti
Vittorio, R-310-2015, pas. N° YA2980844, solicitó reconocimiento y equiparación del título
Licenciatura en Ciencias Jurídicas, Universidad de los Estudios de
Milán-Bicocca, Italia. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 23 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O.C. N°
128504.—Solicitud N° 41468.—(IN2015069633).
ORI-4672-2015.—Herrera Gómez Coral, R-309-2015,
categoría especial: 172400228403, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Doctora, Universidad Carlos
III de Madrid, España. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 23 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N°
41466.—(IN2015069637).
ORI-4608-2015.—Cascante Matamoros Monserrat,
R-236-2015, cédula 4-0185-0184, solicitó reconocimiento y equiparación del título Magíster en Ciencias, Mención
Geología, Universidad de Chile, Chile. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 18 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.— O.C. N° 128504.—Solicitud N°
41351.—(IN2015069640).
ORI-4825-2015.—Chacón Hidalgo Manuel Benito,
R-319-2015, cédula: 1-0638-0391, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Máster Universitario en Estudios Contemporáneos de América Latina,
Universidad Complutense de Madrid, España. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 01 de octubre de 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N°
41478.—(IN2015069642).
ORI-4714-2015.—Lang Rodríguez Marinella,
R-318-2015, Res. Perm. N° 119200434321, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Licenciado en Comunicación Social, Universidad de la Habana, Cuba.
La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de
setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio
Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41476.—(IN2015069644).
ORI-4822-2015.—Cruz Arroyo Eddy, R-316-2015,
cédula número 6-0346-0319, solicitó reconocimiento y equiparación del título
Magíster en Telemática y Telecomunicaciones, Universidad del Norte, Colombia.
La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 01 de octubre
de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge,
Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41474.—(IN2015069648).
ORI-4710-2015.—Viejo
Viñas Paio, R-315-2015, Pas. N° BE878046, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Licenciado en Odontología, Universidad de Santiago de Compostela,
España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de
setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio
Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41473.—(IN2015069649).
ORI-4708-2015.—Agelvis Suárez Eliana Zarahit,
R-313-2015, cédula N° 801050060, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Abogado, Universidad de Los Andes, Venezuela. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de setiembre de 2015.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director—O.C. N°
128504.—Solicitud N° 41471.—(IN2015069653).
ORI-4747-2015.—Villalobos Quesada Tatiana,
R-312-2015, cédula 1-0810-0956, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Maestra en Administración de Instituciones Educativas, Instituto
Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey Universidad Tecvirtual,
México. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 25 de
setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera
Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41470.—(IN2015069655).
ORI-4826-2015.—Fuenmayor
Mazzei Laura Virgina, R-311-2015, residente: 186200456631, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Licenciada en Contaduría Pública,
Universidad Privada Dr. Rafael Belloso Chacín, Venezuela. La persona interesada
en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 01 de octubre de 2015.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N°
128504.—Solicitud N° 41469.—(IN2015069658).
D.E. N°
1515-915-2015.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, 10 horas
del 30 de setiembre del 2015.—Declárese liquidada la Cooperativa Nacional
Autogestionaria de Abastecimiento Popular R.L. (COOPENAPO, R.L.) originalmente
inscrito mediante resolución C-915 del Departamento de Organizaciones Sociales
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión
Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse
el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho
informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de
este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación
definitiva.
Lic. Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.—O. C. Nº
35917.—Solicitud Nº 41221.—(IN2015068445). 2
v. 1
D.E. N°
1359-527-2015.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, 13 horas
del 28 de agosto del 2015.—Declárese liquidada la Cooperativa Agrícola de los
Productores de Chayote R.L. (COOPECHAYOTE R.L.) originalmente inscrita mediante
resolución C-527 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora,
designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a
las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho
informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de
este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que proceda a su cancelación
definitiva. Publíquese.
Ronald Fonseca
Vargas, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—
O. C. Nº 35911.—Solicitud Nº 40895.—(IN2015068440).
D. E. N°
1360-1044-2015.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, 13:00
horas del 28 de agosto del 2015.—Declárese liquidada la Cooperativa de
Autogestión de Vigilancia y Seguridad R.L. (COOPESERVI, R.L.) originalmente
inscrita mediante resolución C-1044 del Departamento de Organizaciones Sociales
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión
Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse
el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho
informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de
este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación
definitiva. Publíquese.
Ronald Fonseca
Vargas, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—
O. C. Nº 35912.—Solicitud Nº 40896.—(IN2015068441).
D.E. N°
1361-1124-2015.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, 13 horas
del 28 de agosto del 2015.—Declárese liquidada la Cooperativa Comercializadora
del Dulce de Caña R.L. (COOPEPEJE, R.L.) originalmente inscrita mediante
resolución C-1124 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora,
designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a
las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho
informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de
este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación
definitiva. Publíquese.
Ronald Fonseca
Vargas, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—
O. C. Nº 35913.—Solicitud Nº 40897.—(IN2015068443).
TRANSPORTE AUTOBUSES
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
La Autoridad Reguladora de los Servicios
Públicos convoca a audiencia pública para exponer la propuesta de revisión
tarifaria planteada por la empresa Autotransportes Hermanos Navarro S.A. para
ajustar las tarifas de la ruta 662 descrita como Hospital San Vito-Barrio Alborada-Barrio
Canadá-Cruce de Danto y viceversa, según se detalla:
Ruta |
Descripción |
Tarifa vigente
(¢) |
Tarifa
propuesta (¢) |
Variación absoluta (¢) |
Variación porcentual |
||
Regular |
Adulto mayor |
Regular |
Adulto mayor |
||||
662 |
HOSPITAL DE SAN VITO - BARRIO
ALBORADA - BARRIO CANADÁ - CRUCE DE DANTO |
|
|
|
|
|
|
HOSPITAL DE SANVITO-BARRIO
ALBORADA-BARRIO CAÑADA-CRUCE DE DANTO |
315 |
0 |
385 |
0 |
70 |
22,2% |
La Audiencia Pública
se llevará a cabo el día miércoles 25 de noviembre de 2015, a las 17:00
horas (5:00 p.m.) en el Salón Parroquial
de la Iglesia Católica de San Vito, ubicado contiguo a la Iglesia Católica
de San Vito, Coto Brus, Puntarenas.
Quien tenga
interés legítimo podrá presentar su posición (oposición o coadyuvancia) ►en
forma oral en la audiencia pública, (para lo cual debe presentar su
documento de identidad vigente) ►o por escrito firmado
(en este caso se debe adjuntar copia de su documento de identidad vigente): en
las oficinas de la Autoridad Reguladora en horario regular, hasta el día de
realización de la audiencia, por medio del fax 2215-6002 o del correo
electrónico (*): consejero@aresep.go.cr hasta la hora programada de inicio de
la respectiva audiencia pública.
Las oposiciones o coadyuvancias deben estar
sustentadas con las razones de hecho y derecho que se consideren pertinentes e
indicar un medio para recibir notificaciones (correo electrónico, número de
fax, apartado postal o dirección exacta).
En el caso de personas jurídicas, las
posiciones (oposición o coadyuvancia) deben ser interpuestas por medio del
representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería
jurídica vigente donde se haga constar dicha representación.
Se informa que la presente propuesta se
tramita en el expediente ET-105-2015 y se puede consultar en las
instalaciones de la ARESEP y en la siguiente dirección electrónica:
www.aresep.go.cr (Consulta de expedientes).
Asesorías e información adicional: comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2506-3359 o al
correo electrónico consejero@aresep.go.cr
(*) En el caso de que la oposición o coadyuvancia
sea enviada por medio de correo electrónico, esta debe estar suscrita mediante
firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe ser escaneado y
cumplir con todos los requisitos arriba señalados, además el tamaño de dicho
correo electrónico no puede exceder a 10,5 megabytes.
Marta Monge Marín,
Dirección General de Atención al Usuario.— 1 vez.—O. C. N° 8377.—Solicitud N°
42377.—(IN2015073092).
Ficha Técnica del Proceso |
|
Código: PR-SUS-02.02.Sub01
Versión: 01 |
|
Nombre del proceso: Registro de Solicitud de Préstamo en Línea (RESOLI) |
|
Categoría del proceso: Subproceso |
|
Entidad propietaria: Departamento de Crédito |
|
Elaborado por: EGP SUSTANTIVOS |
|
Fecha de elaboración: octubre 2014 |
|
Revisado por: Alexis Elizondo. Jefatura Sección Gestión y Análisis
de Crédito |
|
Aprobado por: Carlos Sancho Vargas. Jefatura
Departamento de Crédito |
|
Fecha de aprobación: 23-03-2015 |
|
Objetivo |
|
Dictaminar la solicitud de préstamo en línea de manera ágil y oportuna con un servicio
de calidad. |
|
Alcance |
|
Cliente, Sistema de Información, Plataforma de Servicios de Crédito. |
|
Insumos |
Proveedor (entidad y/o procesos) |
Solicitud de préstamo en línea |
Cliente |
Sobre con Documentos |
Cliente |
Productos |
Clientes (entidad y/o procesos) |
Resumen y dictamen preliminar de la solicitud de préstamo en línea |
Proceso de Análisis de Crédito |
Comunicado de recepción de Solicitud en línea |
Cliente |
Solicitud de préstamo en línea |
Proceso de Análisis de Crédito |
Otras referencias documentales |
|
Ley de Creación de CONAPE 6041. Reglamento de Crédito. Plan Anual de Gestión de Crédito. Bases de Datos de la Dirección Evaluación y Control de
Calidad del MEP. Bases de Datos del Registro Nacional. Bases de Datos del Tribunal Supremo de Elecciones. Bases de Datos del Colegio de Contadores Públicos. |
|
Términos |
|
Solicitud de préstamo: solicitud en línea y documentación Dictamen preliminar de la solicitud de préstamo en línea:
Que el sistema automáticamente le informe al cliente si su préstamo califica. |
Para ver imagen solo en La
Gaceta con formato PDF
Gabriela Solano Ramírez, Contratación
Administrativa.— 1 vez.—O. C. Nº
26918.—Solicitud Nº 41180.—(IN2015068447).
INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA
Somete a consulta
pública los siguientes proyectos de norma:
PN
INTE/ISO/IEC 38500:2015 “Gobernanza de la Tecnología
de la Información para la organización”. (Correspondencia: ISO/IEC 38500:2015).
PN INTE/ISO/IEC TS 38501:2015 “Tecnología de
la Información. Gobernanza de TI. Marco de Referencia y modelo.”.
(Correspondencia: ISO/IEC TR 38501:2014).
PN INTE/ISO/IEC TR 38502:2015 “Tecnología de
la información - Gobernanza de las TI -
Guía
de implementación”. (Correspondencia: ISO/IEC TS 38502:2015).
Se
recibirán observaciones del 02 de octubre hasta el 01 de diciembre del 2015.
PN INTE 41-01-02:2015 “Especificaciones para
Bunker C”. (Correspondencia: N.A).
Se
recibirán observaciones del 06 de octubre hasta el 05 de diciembre del 2015.
PN INTE 41-02-03:2015 “Talleres de
instalaciones y reparación de vehículos automóviles que utilizan gases licuados
del petróleo (GLP). Requisitos sobre el local, el personal, los procedimientos
de actuación y los equipos”. (Correspondencia: UNE 60635:2006).
Se
recibirán observaciones del 07 de octubre hasta el 06 de noviembre del 2015.
PN INTE 06-13-01:2015 “Artefactos sanitarios
de loza vítrea. Inodoros y orinales con o sin doble descarga. Requisitos”.
(Correspondencia: ASME A112.19.2).
Se
recibirán observaciones del 09 de octubre hasta el 08 de diciembre del 2015.
Para mayor
información, comuníquese con la Dirección de Normalización con la Ing. Susana
Picado Jiménez al teléfono 2283-4522 o al correo spicado@inteco.or.cr
Alexandra Rodríguez
Venegas, Directora de Normalización.— 1 vez.—(IN2015069082).
El Concejo de
Municipal de Aserrí en Sesión Ordinaria N° 269, celebrada el día 22 de junio
del año 2015, mediante acuerdo Nº 04-269, artículo tercero el cual fue aprobado
en forma unánime y declarado totalmente en firme por unanimidad dice
textualmente:
Se acuerda aprobar la
propuesta de la implementación de la tarifa por el servicio de hidrantes, según
lo establece la Ley de Declaratoria del Servicio de Hidrantes como Servicio
Público y reforma de Leyes Conexas N° 8641 del 11 de junio del 2008 y el
Reglamento Nº 352006-MP-MINAET del 30 de marzo del 2009; la cual fue presentada
por la Dirección de Gestión Ambiental de esta Municipalidad, Comisiónese a la
Administración Municipal, para que disponga lo necesario a efecto que se
proceda a la publicación de esa Propuesta en el Diario Oficial La Gaceta,
a la brevedad.
PLIEGO TARIFARIO PARA EL SERVICIO DE HIDRANTES
Operador |
Servicio medido (¢/m3) |
Servicio fijo (¢/mes) |
Municipalidad de Aserrí |
15 |
320 |
Lic. Leticia Castro
Moreno, Alcaldesa Municipal a. í.—
1 vez.—(IN2015070054).
Para los fines
consiguientes la Dirección de Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca
hace saber que el señor Ugalde Mora Jairo Javier, cédula 1-1043-0622, presentó
escritura pública protocolizada ante el notario Araya Vargas Enrique en la que
dice que dona la fosa 142 del Bloque C del cementerio nuevo de Sabanilla a la
señora Acosta Torres María de los Ángeles, quien acepta que quede inscrito a
nombre de ella con las obligaciones y responsabilidades que de este acto se derivan.
La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil
y penal y brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de esta publicación para
escuchar objeciones. Al contestar refiérase al Nº de oficio ADS-OF-080-15.
Sabanilla de Montes de Oca, 30 de setiembre
del 2015.—Dirección de Servicios.—Guillermo Montero Marroquín, Encargado de
Cementerios.—1 vez.—(IN2015069676).
El Concejo Municipal
de El Guarco, comunica que por acuerdo Nº 1059 definitivamente aprobado, tomado
en la sesión Nº 409-2015 celebrada el día 08 de setiembre del 2015, acuerda
trasladar la sesión ordinaria correspondiente al martes 08 de diciembre de 2015
al miércoles 09 de diciembre del 2015 a las diecisiete horas en el salón de
sesiones del Palacio Municipal.
Katherine Quirós
Coto, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2015070029).
Acuerdo tomado en
sesión ordinaria N° 438-2015 del 14-09-2015, en el Artículo V. Según oficio
SCM-1929-2015 del 21 de setiembre del 2015.
La Municipalidad
de Heredia hace saber a quién interese que en el Cementerio Central Heredia,
existe un derecho a nombre de: Gutiérrez Zamora Jorge Manuel, fallecido 11 de
octubre 2011, su esposa solicita trasladar este derecho e incluir beneficiarios,
indicándose así:
Arrendataria: |
Flora Rojas Arroyo, cédula 01-0229-0463 |
Beneficiarios: |
Jorge Arturo Gutiérrez Rojas, cédula 04-0102-0352 |
|
Ana Lorena Gutiérrez Rojas, cédula, cédula 04-0113-0978 |
|
Flora Cecilia Gutiérrez Rojas, cédula 04-0116-0033 |
|
Rafael Ángel Gutiérrez Rojas, cédula 04-0120-0896 |
|
Julio Gutiérrez Rojas, cédula 04-0126-0024 |
|
Ingrid Gutiérrez Rojas, cédula 04-0151-0406 |
Lote Nº 20 Bloque O,
medida 6 metros cuadrados, para 4 nichos, solicitud 271, recibo 89531, inscrito
en folio 18, libro 2, el cual fue adquirido el día 13 de octubre del 1986.
Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de
Cementerios con fecha del 26 de enero del 2015. Se emplaza por 30 días hábiles
a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a
la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer
valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la
petente.
Adriana Bonilla
Sequeira, Administradora de Cementerios.— 1 vez.—(IN2015069092).
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
La Municipalidad de
Belén de conformidad con las facultades que confiere a la Administración
Tributaria Municipal el párrafo tercero del artículo 17 de la Ley del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles (Ley N° 7509 del 9 de marzo de 1995, y sus reformas) y
artículo 137 inciso d), del Código de Normas y Procedimientos Tributarios (Ley
4755 del 29 de abril de 1971 y sus reformas) por desconocerse el domicilio
fiscal de los contribuyentes, es necesario notificar por este medio la
siguiente información correspondiente a los avalúos realizados por nuestra
Corporación Municipal para efectos del impuesto de bienes inmuebles de las
propiedades ubicadas en la jurisdicción del cantón de Belén que no presentaron
la declaración de bienes inmuebles.
Para ver imagen solo en La
Gaceta con formato PDF
Observaciones:
Para
el cálculo del impuesto de bienes inmuebles, se aplicara el porcentaje de
copropiedad al valor total del inmueble, según lo indicado en el Registro
Público.
En el caso de bienes inmuebles inscritos como fincas filiales en
condominio, se considera el porcentaje de condominio, para la determinación del
valor. Además se considera el porcentaje de posesión
· Para los efectos de lo que establecen los
artículos 16 y 17 de la Ley sobre Bienes Inmuebles (Ley 7509 y sus reformas),
los avalúos que se comunican por este medio se consideran notificados a partir
del tercer día hábil contado a partir de la presente publicación.
San Antonio de Belén,
Heredia, 28 de setiembre del 2015.—Horacio Alvarado Bogantes, Alcalde.—1
vez.—O. C. N° 031137.—Solicitud N° 40951.—(IN2015069577).
VARGAS PEREIRA S. A.
La entidad denominada Vargas Pereira S. A., cédula jurídica
3-101-053171, por este medio comunica y hace convocatoria pasa la asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas, que se llevará a cabo el día
veinte de noviembre del 2015, a las 17:00 horas, en la ciudad de Alajuela,
cantón central, distrito primero, costado oeste de Plaza Iglesias, casa de
habitación portones negros, según la agenda se tratará el tema de aprobación de
estados financieros, aprobación de dividendos de los periodos 2014 y 2015. Se
iniciará conforme a la ley, sino está presente la totalidad del capital social
de esta entidad a la hora supra indicada se dará inicio a la misma con el
capital social que se encuentre presente a las 17:30 horas del 20 de noviembre
del 2015.—Angelita Vargas Pereira, Representante Legal.— (IN2015072848). 2 v. 2
CONDOMINIO
HORIZONTAL RESIDENCIAL TORRE SOL
Nosotros, los condóminos del Condominio
Horizontal Residencial Torre Sol, cédula jurídica número tres-ciento
nueve-trescientos quince mil seiscientos sesenta y cuatro, propietarios y
condóminos de 4 filiales dentro de dicho condominio y por ello con más del
treinta por ciento del valor total del condominio convocamos a asamblea general
ordinaria y extraordinaria del condominio Horizontal Residencial Torre Sol a
celebrarse en primera convocatoria a las 18 horas y en segunda a las 19 horas
del 10 de noviembre de 2015, la cual se celebrará en el área del rancho de la
piscina del Condominio, sito en San Joaquín de Heredia, de Autos Los Amigos,
600 norte y 25 este. El orden del día de dicha asamblea es: 1- Nombramiento de
administrador del condominio. 2- Discusión y aprobación del presupuesto para el
año que va del 1º de noviembre del 2015 al 10 de noviembre de 2016. 3-
Establecimiento de cuota de administración y mantenimiento. 4- Aspectos de
mejoras y ornato del condominio y eventual fijación de cuota
extraordinaria.—San José, 7 de octubre del 2015.—Karla Lara Campos.—Juan Carlos
González.—Johnny Barrantes.—Geovanny García.—1 vez.—(IN2015072974).
CONDOMINIO
HORIZONTAL RESIDENCIAL EL TESORO
Condominio Horizontal Residencial El Tesoro
de Tamarindo 3-109-500300.
Agenda
Oficial de Asamblea Ordinaria de Condominio Horizontal Residencial El Tesoro.
Viernes 15 de enero del 2016 a las 9:00 a. m.
en Pangas Beach Club.
I. Registro de propietarios y verificación de los
propietarios presentes o representados por un apoderado.
II. Criterios para la votación conforme los CC&R’s
▪ Reporte de pago de las cuotas
mensuales con respecto a la elegibilidad de votación.
III. Introducción por parte de los administradores y explicación de
los procedimientos de la asamblea. Elección de presidente y secretaria para la
reunión.
IV. Reporte operacional 2015.
▪ Reporte operacional del
ingeniero de proyectos Marcelo D’Alolio y el status de trabajos realizados en
el sitio.
V. Asuntos presentados por la administración
▪ Realizar traspaso de
cuadraciclo para ponerlo a nombre de El Tesoro.
▪ Proposición de barandas de
seguridad y la seguridad de los vehículos.
▪ Presentación de nuevas cuotas
condominales y como se calculan de acuerdo a las leyes del condominio.
▪ Presentación de nueva cuota
de seguro.
VI. Presentación del presupuesto anual por el administrador.
▪ Declaración de ingresos y
gastos 2015, cuenta operacional y cuenta reserva.
▪ Presupuesto 2016
▪ Discusión y aprobación de la
cuota mensual de mantenimiento.
VII. Otros temas.
VIII. Elección del administrador 2016-2017.
IX. Fecha de reunión para el 2017.
X. Fin de la reunión.
Jill Corrales Mora.—1
vez.—Solicitud N° 41898.—(IN2015073027).
CLUB DE
PLAYA LAS GARZAS S. A.
El Club
de Playa Las Garzas S. A., cédula jurídica N° 3-101-095095, convoca a todos sus
asociados a la asamblea anual ordinaria a celebrarse el sábado 28 de noviembre
del 2015, en el Club de Playa Las Garzas S. A., en Bajamar de Garabito,
Puntarenas, a las 10:00 horas en primera convocatoria y a las 11:00 horas en
segunda convocatoria.
Agenda asamblea ordinaria.
1. Lectura y aprobación del acta de la asambleas ordinaria y
extraordinaria N° 45, celebrada el 29-11-2014 y la extraordinaria N° 46,
celebrada el 11 de julio del 2015.
2. Informe de la presidencia.
3. Informe de la tesorería.
4. Informe de la fiscalía.
5. Elección de puestos de junta directiva: presidente(a),
secretario(a) y vocal 2.
6. Mociones de los asociados. Deberán entregarse por escrito antes del
inicio de la asamblea.
Recordatorio informativo: Los estatutos de
nuestra sociedad establecen:
“Artículo 7.3- Las asambleas ordinarias y
extraordinarias podrán celebrarse en el domicilio social de la sociedad o en
cualquier otro sitio asequible a los socios. Tendrán voz y voto únicamente los
socios que se encuentren al día en sus obligaciones con la sociedad (cuotas de
mantenimiento, intereses moratorios, canon, agua, chapeas, cuotas
extraordinarias y aportes especiales que fije la asamblea)...”
Junta Directiva.—Miguel Zúñiga Céspedes,
Presidente.— 1 vez.—(IN2015073087).
COLEGIO
DE PROFESIONALES
EN SECRETARIADO DE COSTA RICA
De conformidad con el artículo 6° de la Ley
N° 5005 de creación del Colegio de Secretariado Profesional de Costa Rica y el
artículo 15 de su Reglamento Interno, se convoca a todos los miembros del
colegio a la próxima asamblea general ordinaria que se efectuará el lunes 23 de
noviembre de 2015, en la sede del colegio, ubicada en Urbanización Don Carlos,
Cinco Esquinas de Tibás, San José, del Dormicentro Tibás, 75 metros este. De
ser necesario en virtud de la expropiación del colegio se comunicará
posteriormente el nuevo lugar donde se realizará la asamblea general.
Orden
del día
I. Aprobación del acta N° 60 de la asamblea
general ordinaria efectuada el 29 de noviembre de 2014 y acta N° 61 de la
asamblea general extraordinaria realizada el 11 de abril del 2015.
II. Informe de la presidencia.
III. Informe de la tesorería.
IV. Informe de la fiscalía.
V. Aprobación del presupuesto para el periodo 2016.
VI. Elección de la junta directiva y fiscalía para el periodo 2016.
VII. Asuntos varios
a) Aumento en la cuota de colegiatura.
La primera convocatoria será a las 16:00
horas y la segunda a las 16 horas y 30 minutos. De no existir el quórum
requerido la asamblea se celebrará en segunda convocatoria con cualquier número
de miembros presentes.—Dipl. Irene Gutiérrez Porras, Presidenta.—1
vez.—(IN2015073176).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
CORNEO
CALCARIS SOCIEDAD ANÓNIMA
Marco Brenes Wesseling,
cédula de identidad número uno-ochocientos uno-novecientos veintisiete.
Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de
Corneo Calcaris Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento
uno-ciento cuarenta y tres mil setecientos sesenta y seis hago constar que se
procederá a la reposición de los libros legales Asamblea General de Socios y
Registro de Accionistas de mi representada.—San José, siete de octubre del
2015.—Marco Brenes Wesseling, Presidente.—(IN2015069528).
CENTRAL AZUCARERA TEMPISQUE S. A.
Alberto García Segura, cédula Nº 1-0423-0709, tramita por extravío, la
reposición del título definitivo de Acciones Nº 000950 B, que ampara 10
acciones comunes y nominativas con un valor facial de mil colones cada una de
la Sociedad Central Azucarera Tempisque S. A. Quienes se consideren afectados,
podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S.
A., situadas en Guardia, Liberia, Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la
Escuela Pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689
del Código de Comercio.—01 de octubre del 2015.—Alberto García
Segura.—(IN2015065384). 3 v. 2.
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
COLEGIO
DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA
COMUNICA:
La Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y
Cirujanos de Costa Rica, en la Sesión Ordinaria 2015-09-16, del 16 de setiembre
de 2015 acordó lo siguiente:
Realizar un incremento en el costo de las
certificaciones de incorporación, para que el costo total de la certificación
sea de ¢6.000,00 (seis mil colones), desglosado de la siguiente forma: ¢5.495
(cinco mil cuatrocientos noventa y cinco colones) por papelería, ¢500,00
(quinientos colones) por timbres médicos y ¢5,00 (cinco colones) por timbre de
archivo. Adicionalmente se acuerda establecer el cobro de las certificaciones
de estar al día, con un monto de ¢2.500,00 (dos mil quinientos colones)
desglosado de la siguiente forma: ¢1.995,00 (mil novecientos noventa y cinco
colones) por papelería, ¢500,00 (quinientos colones) por timbres médicos y
¢5,00 (cinco colones) por timbre de archivo.
Dr. Alvarado Arce Edwin Manuel,
Vicepresidente.—1 vez.—(IN2015069531).
LABORATORIOS
SANVAR SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Laboratorios Sanvar Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-ochenta y un mil
novecientos cincuenta y nueve, solicita la reposición del libro de Registro de
Socios N° uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición dentro
del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic.
Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—(IN2015069684).
COLEGIO
DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y
ARTES
A las
siguientes personas, se les comunica que, debido a su estado de morosidad en el
pago de sus cuotas de colegiación, se encuentran suspendidas en el ejercicio de
la profesión a partir del 23 de setiembre de 2015, según lo dispuesto en el
Reglamento General de la Ley Orgánica del Colegio N° 4770. Por lo tanto, no
está autorizada para ejercer la profesión en el área docente, administrativo
docente y técnico docente. A la vez, hace un llamado a las instituciones de la
Administración Pública, centralizada y descentralizada, y al sector privado
para que tomen las acciones necesarias en caso de contar con los servicios de
algunos de estos colegiados, a efecto de que no ejerzan ilegalmente, así como
solicitar el requisito legal de la colegiación en futuras contrataciones. De
igual forma, se insta al público en general se sirva denunciar ante la Fiscalía
del Colegio a las personas que aparecen en esta lista y que están ejerciendo la
profesión. Teléfonos: 2440-2950, 2437-8825, 2437-8829, 2437-8869; o bien al
correo: contactenos@colypro.com.
Nombre |
Cédula |
Abarca Valverde Grestel |
603360082 |
Acevedo Ruiz Eva Lucía |
601860304 |
Acuña Garro Grettel Adriana |
112530368 |
Aguilar Leal Marianella |
106850715 |
Alfaro Castillo Marcela |
110820900 |
Alfaro Hidalgo Kattia Priscila |
204690599 |
Alfaro Salgado Geiner Eduardo |
304350558 |
Alfaro Vindas Elizabeth |
112680451 |
Alonso Monroy Briyis Leydi |
800850850 |
Alvarado Cruz Rocío |
105990941 |
Alvarado Sarraga Gabriela |
113680032 |
Alvarado Vargas Guiselle |
603090902 |
Álvarez Ramírez Fernando |
107110500 |
Álvarez Rodríguez Flory |
401290021 |
Anchía Angulo Lía Mayela |
602150791 |
Araya Godínez José Antonio |
603310680 |
Araya Pérez Michael José |
503530226 |
Araya Ramírez Leonardo Fabio |
108330960 |
Araya Rojas Andreina |
206770792 |
Arce Alfaro Ana Ligia |
203460493 |
Arguedas Molina Vivian |
110620688 |
Arias Cruz Kattia Vanessa |
206140342 |
Arias Guillén Juan Carlos |
303550375 |
Badilla Canessa Gina Paola |
602790075 |
Badilla González Greidy de los Ángeles |
603530313 |
Barahona Martínez Ana Maritza |
106320163 |
Barquero Álvarez Nelson |
303980677 |
Blanco Chavarría Guiselle de los Ángeles |
205640752 |
Bonilla Delgado Leidy Milena |
112720207 |
Bonilla Elizondo Pablo Antonio |
111180329 |
Bonilla Fernández Damaris |
106900580 |
Brenes Contreras Yesenia |
205130041 |
Brenes Herrera Mireya |
104040793 |
Brenes Mora Helen |
108860215 |
Briceño Díaz Luis Fernando |
109130164 |
Calderón Gómez José Alfredo |
104191242 |
Calvo Amores Edith Cristina |
206160762 |
Cambronero Fajardo Ana Lucía |
502010616 |
Cambronero Jiménez Dinia Johana |
603460875 |
Campbell Mc Carthy Oscar |
700840669 |
Castillo Loaiza Alexander Alberto |
303220014 |
Castillo Mora Edgar Martín |
107940979 |
Castillo Quirós Ivannia Verónica |
303840704 |
Castrillo Rosales María Rosa |
502830462 |
Castro Rojas Dorita |
105420276 |
Cerdas Loría Joaquín Bernardo |
202470730 |
Cerdas Pérez Alexandra |
106070262 |
Chacón Araya German Ricardo |
104400652 |
Chacón Garita Blanca Yarlina |
109050601 |
Chavarría Cambronero Maribeth |
204700986 |
Chavarría Sánchez Ana Lucrecia |
105970999 |
Chaves Grijalba Carlos |
602090451 |
Chaves Salas Ana Lupita |
104550585 |
Chinchilla Muñoz Karen |
110340962 |
Claramunt Caso Ana Cristina |
172400087904 |
Contreras Cascante Martín |
503010243 |
Contreras Cruz Maritza |
105800516 |
Cordero Oviedo Juan Carlos |
109190983 |
Córdoba Gómez Diana Carolina |
304470012 |
Cortes Porras Marta Ruth |
601510170 |
Coto Solís Gilberth |
109560171 |
Coto Valverde Oscar |
105680414 |
Cruz Esquivel Aaron Moisés |
206860961 |
Cruz Herrera Marcela María |
106920488 |
Cubero Vargas Eva Lizeth |
112330908 |
Cuevas Calvo Carlos |
104131314 |
De Faria Campos Edison |
800770068 |
Díaz Campos María Antonieta |
104111457 |
Díaz Ducca Jenaro Alberto |
108320441 |
Díaz Rodríguez Sonia |
103150873 |
Dinarte Olmazo Luis Guillermo |
603230436 |
Dumani Saenz Kenneth |
106010982 |
Echeverría Alvarado Hilda |
900240403 |
Elliot Ruiz Wilbert |
603620934 |
Espinoza Contreras Ada Isabel |
501290830 |
Esquivel Jiménez Yesenia María |
900920161 |
Esquivel Monge Mireya |
104031216 |
Fernández Badilla Ana Cristina |
203590570 |
Fernández Delgado Bisai |
104070472 |
Fernández Fernández Miriam |
900390154 |
Flores Fuentes Jenny María |
110200537 |
Flores Hernández Over Hernan |
304290228 |
Flores Sandí Fernando |
900920084 |
Fonseca Marenco Natalia |
113440132 |
Fuentes Villalobos Sussy Mayela |
205610023 |
García Rodríguez Laura |
110970989 |
García Rubio Ada |
204220464 |
García Solano Esmeralda |
501300877 |
Gómez Mac Carthy Marisela |
301951351 |
Gómez Montero Oscar Eduardo |
503190216 |
Gómez Morales Maritza |
602380083 |
Gómez Morales Marjorie |
205900079 |
Gómez Sosa Ángela del Socorro |
206510184 |
González Brenes Luis Alberto |
111010104 |
González Vargas Ana Iris |
108050032 |
Guerrero Ponce Argerie |
501900982 |
Guevara Fernández Ingrid Geovanny |
602600067 |
Guevara Luna Melania María |
104330678 |
Gutiérrez Rodríguez Rosario |
106390876 |
Gutiérrez Talavera Hellen Graciela |
701910660 |
Guzmán Arced Natin |
502580909 |
Harley Chaves Sandra Mayela |
105630873 |
Hernández Chaves Carolina |
107320271 |
Hernández Gómez Abelardo |
104750993 |
Hernández Murillo Karina |
113930028 |
Hernández Navarro María Cecilia |
302250329 |
Hernández Vásquez Ruby Cristina |
503390310 |
Heron Edwards Kinda |
111420606 |
Herrera Rodríguez Mariano |
104040803 |
Hidalgo Calderón Ana Cecilia |
106680730 |
Hodgson Anchía María Graciela |
205020728 |
Hoffmaister Araya Karen |
111190592 |
Infante Sandí Marilyn |
109170974 |
Jara Jara Rosa Victoria |
121800026827 |
Jiménez Álvarez Jéssica Alejandra |
205740274 |
Jiménez Moya Samuel |
701590368 |
Jiménez Pilarte Cintya Magaly |
205890147 |
Jiménez Rojas Marco Vinicio |
106320853 |
Leal Hernández Randall |
502980021 |
Leal Obando Daniela |
110130231 |
Leandro Villalobos Priscila Raquel |
111930843 |
Leitón Esquivel Liana Patricia |
105250294 |
Leiva Obando Adriana |
303960145 |
López Alfaro Odily |
202770590 |
Loría Herrera María Auxiliadora |
204320934 |
Madrigal Barrantes Andrea |
110090178 |
Madrigal Campos Anargeri |
104380276 |
Madrigal Sandi Inés |
105260044 |
Manley Baeza Mauren |
105110529 |
Marín Barrantes Mauricio |
206200280 |
Marín Gutiérrez Justo José |
110030837 |
Martín Sanabria Ricardo |
205310149 |
Martínez Espinoza Lilliam |
600780790 |
Mata Rodríguez Jacqueline |
701030080 |
Matarrita Jiménez María Gabriela |
701560943 |
Mejías Vargas José Andrés |
205370875 |
Méndez Pérez Henry |
205320527 |
Meneses Obando Milagro |
303120447 |
Miranda Martínez Cindy |
701350680 |
Monge Figueroa Ana Elissa |
602940422 |
Monge Monge Ana Bettina |
104830497 |
Montero Cascante Yeimy |
115400263 |
Montero Montero Jenny María |
107370734 |
Montero Salas Natalia |
401860581 |
Mora Alpízar Laura Vanessa |
206160324 |
Mora Chavarría Andrea María |
113760929 |
Mora Jiménez María Salvadora |
205820992 |
Mora Mora Rita |
106860559 |
Mora Solano Ana Patrica |
107230889 |
Mora Vargas Ana Isabel |
104160663 |
Mora Villalobos Allan |
602950736 |
Moraga Cuendis Yahaira Antonia |
503350747 |
Morales Villanueva Jéssica |
701700097 |
Morera Vargas María Carlina |
108340831 |
Moya Carpio Glen Anthony |
107580581 |
Muñoz Cordero Maribel |
204490930 |
Murillo Jiménez Julio Cesar |
205150839 |
Murillo Pérez Tobías |
205820409 |
Naranjo Ramos Geanin Elena |
603800788 |
Naranjo Ureña Elisa María |
109220310 |
Navarro Morales José Francisco |
103490543 |
Navarro Ramírez Dunia María |
203740693 |
Núñez Canales Ana Lucrecia |
503280796 |
Oconitrillo Arpeche Angie |
113820625 |
Orozco Villalobos Yacsiry de los Ángeles |
206230739 |
Ortiz Briceño Julio César |
503450698 |
Ortíz Chavarría Elsa María |
304280151 |
Ortíz Mora Ana María |
302040681 |
Padilla Arias Marianela |
113620496 |
Padilla Centeno Hellen Pamela |
503300739 |
Palomo Palavicini Ana Cecilia |
104060934 |
Pérez Mayorga Erika |
502790689 |
Picado Ortega Lissette Mariela |
110190693 |
Picado Picado Álvaro Francisco |
107420066 |
Pineda Brittez Zulema |
160000003633 |
Prendas Madrigal Belissa |
110300541 |
Putoy Rodríguez Martha Isabel |
155804490529 |
Quesada Quesada Juan Carlos |
108250160 |
Quesada Rosales Jacqueline |
602900215 |
Quintero Castillo Clara |
159100302131 |
Quintero Sánchez Roger |
106830922 |
Ramírez Artavia Juvenal |
104590243 |
Ramírez Gómez Julieta |
103850663 |
Ramírez Sánchez Guadalupe |
108220520 |
Richards Binngham Llyd |
700440048 |
Rivas Soto María Fabiola |
502870333 |
Robleto Ruiz Mayra |
601690046 |
Rocha Cruz Miguel Ángel |
601000401 |
Rocha Gamboa Idelayan |
502280632 |
Rodríguez Araya Adriana |
603550173 |
Rodríguez Cordero Irene |
107800221 |
Rodríguez Mongrío Juan |
205640812 |
Rodríguez Salas Maureen |
502890218 |
Rodríguez Solano María Fernanda |
304270679 |
Rojas García Alejandra |
110180912 |
Rojas Hidalgo Walter |
105160195 |
Rojas Mejías Nydia |
501590384 |
Ruíz Guevara Ana Franciny |
503430958 |
Salas Arroyo Lidieth |
105020011 |
Salas González Ericka |
603120172 |
Salas Porras María del Rocío |
105130824 |
Salazar Horr Marlene |
109340662 |
Salazar Ramírez Rosa María |
109590854 |
Sánchez Arce Adriana Francine |
206030146 |
Sánchez Jiménez Verónica |
112330279 |
Sánchez Ríos Haydell Patricia |
502690142 |
Sánchez Solís Natalia Edith |
111030476 |
Serrano Muñoz Adriana |
108670753 |
Serrano Quirós Lisandro José |
303420834 |
Solano Valerín Katterinne de los Ángeles |
108820400 |
Soto Bermúdez Joaquín Alonso |
110000300 |
Soto Castro Luis Angelo |
106900273 |
Soto Delgado Luis Diego |
206760099 |
Soto Quirós Rocío |
106720459 |
Suñol Castro Clara |
600760515 |
Tenorio Chacón Orlando |
105980734 |
Torres Brenes Johanna |
303140181 |
Trejos Quirós María Nazareth |
304480778 |
Ulate Chaves Norman David |
401890497 |
Ulloa Sandi Ana Rocío |
110090005 |
Umaña Cordero José Manuel |
501850323 |
Valverde Montoya Mario |
301840991 |
Vargas Aguilar Annia Patricia |
108210116 |
Vargas Chaves German |
203360783 |
Vargas Duran Danilo |
203140234 |
Vargas Fernández Jossie Esteban |
113770441 |
Vargas González Alexander |
108750433 |
Vargas Porras Lady Kattiana |
603150452 |
Vargas Quiel Yury |
113540511 |
Vargas Vanegas Sonia |
603550708 |
Vargas Vargas Martina |
104370333 |
Venegas Badilla Suyen |
701340555 |
Venegas Muñoz Santiago |
502330599 |
Viales Zúñiga Wilmar Gerardo |
503240362 |
Vílchez Sánchez Max |
202570833 |
Villalobos Jiménez Flora |
601680653 |
Villavicencio López Azucena del Carmen |
206860131 |
Vindas Arce Rafael Alonso |
401800612 |
Vindas Jiménez Emmanuel |
304170694 |
Vindas López Bismarck |
108090653 |
Walters Calvo Hermel Ulises |
800730393 |
Williams Howlett Bernal |
700940458 |
Zamora Cortes Sussan Daniela |
603890359 |
Zamora Navarrete Karen Bisset |
503620995 |
Zamora Salas Juan Diego |
109270275 |
Zarate Rojas Jonathan Enrique |
206930303 |
Zeledón Mendoza Elvia |
104690036 |
Zúñiga Loaiza Katherine María |
402040204 |
Junta Directiva.—M.Sc.
Lilliam González Castro, Presidenta.— 1 vez.—(IN2015069808).
El suscrito notario hace constar que mediante escritura pública número
cinco cuatro otorgada a trece horas cinco minutos del veintiséis de setiembre
de dos mil quince, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de
cuotistas de la sociedad denominada Sae-A Spinning Sociedad de
Responsabilidad Limitada, titular de la cédula de persona jurídica número
tres-ciento dos-seiscientos sesenta y cuatro mil trescientos treinta y uno,
mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos sociales,
referente al capital social. Publíquese por dos veces consecutivas en el Diario
Oficial La Gaceta, de conformidad con el artículo ochenta y tres del
Código de Comercio. Es todo.—Heredia catorce octubre de dos mil quince.—Lic.
Ivannia Méndez Rodríguez, Notaria.—(IN2015069999). 2 v. 1
Por escritura Nº 363-08 otorgada en esta
notaría a las 15:00 horas del día 14 de julio del año 2015, se acordó disminuir
el capital, cambiar el domicilio de la compañía Servicios Herrerta Cascante
S.H.E.C.A. Sociedad Anónima.—Alajuela, 15 de octubre del 2015.—Lic. Óscar
Gabriel Cordero Sáenz, Notario.—(IN2015070092). 2
v. 1
JUNTA ADMINISTRADORA DEL CEMENTERIO GENERAL Y
LAS ROSAS DE ALAJUELA
En la sesión
ordinaria N° JACA-09-2015, efectuada por la Junta Administradora del Cementerio
General y Las Rosas de Alajuela, el 30 de setiembre de 2015, mediante acuerdo
directivo AD-110-2015, se aprobó que las tarifas de permisos de uso de lotes y
servicios que regirán a partir del 1° de enero de 2016 en los Cementerios
General y Las Rosas, ambos de Alajuela, serán las siguientes:
Permiso de uso P/lote sencillo ¢ 605.800,00 Permiso
de Uso P/lote doble ¢1.211.600,00
Permiso de uso P/lote c/bóveda ¢2.019.400,00 Inhumación Sencilla ¢ 106.020,00
Inhumación c/exhumación ¢ 133.280,00 Exhumación ¢ 106.020,00
Exhumación /vencimiento ¢ 106.020,00 Alquiler
de nicho ¢ 143.380,00
Alquiler de nicho especial ¢ 181.750,00 Prórroga
de alquiler de nicho ¢ 156.500,00
Permiso de construcción ¢ 26.250,00 Permiso
de reparación ¢ 16.160,00
Nuevo permiso de uso ¢ 35.000,00 Certificaciones ¢ 1.000,00
Apertura de nicho para restos:
Aéreo ¢ 15.150,00 - Nicho 1 Subterránero ¢
35.350,00 - Nicho 2 Subterráneo ¢
25.250,00
Cuota de mantenimiento:
Derecho sencillo ¢
25.000,00 Derecho
doble ¢ 40.000,00 Derecho
triple ¢ 60.000,00
Inhumación desechos anatomopatológicos ¢ 60.000,00
Se fija por atraso en
el pago anual de cuotas de mantenimiento, una comisión por mora establecida por
la Junta.
Los pagos deben realizarse en las oficinas
administrativas de la Junta, ubicadas dentro de las instalaciones del
Cementerio General de Alajuela.
Alajuela, 15 de
octubre del 2015.—Juan Manuel Castro Alfaro, Presidente.—1 vez.—(IN2015070145).
PUBLICACIÓN DE UNA
VEZ
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 14 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Cavernas del Venado W
& M Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. Ricardo
Reyes Calix, Notario.—1 vez.—CE2015005552.—(IN2015067320).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 13 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Javi
Internacional Limitada.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. Jimmy Gerardo
Solano Ulloa, Notario.—1 vez.—CE2015005535.—(IN2015067321).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 14 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Proteínas Marítimas CRC
Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. Andrea Ovares López,
Notaria.—1 vez.—CE2015005554.—(IN2015067322).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 30 minutos del 14 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad
denominada Villa Firenze Backyard Garden and BBQ Sociedad Anónima.—San
José, 14 de julio del 2015.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1
vez.—CE2015005555.—(IN2015067323).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 11 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Infoligencia Sociedad
Anónima.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. Francisco Morera Alfaro,
Notario.—1 vez.—CE2015005556.—(IN2015067324).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 14 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Couture de
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del
2015.—Lic. Jonathan Jara Castro, Notario.—1 vez.—CE2015005557.—(IN2015067325).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 13 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Consulting Panama Inc
Sociedad Anónima.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. Priscila Picado
Murillo, Notaria.—1 vez.—CE2015005558.—(IN2015067326).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 13 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Stasibevacqua Sociedad
Anónima.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. Luis Alberto Carrillo
Delgado, Notario.—1 vez.—CE2015005559.—(IN2015067327).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 14 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada R.H. Living Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. Mónica
Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—CE2015005560.—(IN2015067328).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 07 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Titov1947 Sociedad
Anónima.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. María Isabel González Rojas,
Notaria.—1 vez.—CE2015005561.—(IN2015067329).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 13 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Bes Comunicación Sociedad
de Responsabilidad Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
14 de julio del 2015.—Lic. Victoria Priscilla Villalobos Pagani, Notaria.—1
vez.—CE2015005562.—(IN2015067330).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 07 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Leonor2015 Sociedad
Anónima.—San José, 14 de julio del 2015.—Lic. María Isabel González Rojas,
Notaria.—1 vez.—CE2015005563.—(IN2015067331).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 00 minutos del 23 de Junio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Tres M Ocho Tres Cuatro
Tres Seis Tres Seis Ocho Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del
2015.—Lic. Mariana Campos Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2015005564.—(IN2015067332).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 09 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada ASC Food Service Limitada.—San
José, 15 de julio del 2015.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—CE2015005565.—(IN2015067333).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 15 minutos del 08 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Allan
Corrales Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Jorge Daniel
Moncrieffe Santana, Notario.—1 vez.—CE2015005566.—(IN2015067334).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 08 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Microlending Solutions
Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Alejandro Pignataro
Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2015005567.—(IN2015067335).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 14 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Coffea Restaurante,
Cafetería, Pastelería Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del
2015.—Lic. Ana Yesenia Navarro Montero, Notaria.—1
vez.—CE2015005568.—(IN2015067336).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 14 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Morbo Sociedad Anónima.—San
José, 15 de julio del 2015.—Lic. Jorge Enrique Monge Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2015005569.—(IN2015067337).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 02 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Bearing Fruit Costa Rica
Limitada.—San José, 15 de Julio del 2015.–Lic. José Antonio Jalet Brandt,
Notario.—1 vez.—CE2015005570.—(IN2015067338).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 14 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Magic Pizza Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Gustavo
Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—CE2015005571.—(IN2015067339).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 14 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Gedmeyen Sociedad Anónima.—San
José, 15 de julio del 2015.—Lic. Juan Carlos Chaves Mora, Notario.—1
vez.—CE2015005572.—(IN2015067340).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 08 horas 00 minutos del 15 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad
denominada Distribuidora Chuz del Pacifico Sociedad Anónima.—San José,
15 de julio del 2015.—Lic. Leonel Antonio Cruz Valverde, Notario.—1
vez.—CE2015005573.—(IN2015067341).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 15 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Rewilding Costa Rica
Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Gonzalo José Rojas
Benavides, Notario.—1 vez.—CE2015005574.—(IN2015067342).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 15 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Lusitania
Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Steven Ferris
Quesada, Notario.—1 vez.—CE2015005575.—(IN2015067343).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 01 de Junio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Desarrollo de Proyectos y
Soluciones Empresariales- Grupo Ciento Ochenta Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Ana Yesenia Navarro Montero,
Notaria.—1 vez.—CE2015005576.—(IN2015067344).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 15 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Phoenix Sportsman Dos
Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Silvia Vega Carballo,
Notaria.—1 vez.—CE2015005577.—(IN2015067345).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 30 minutos del 25 de Junio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Fitness Company (FITCO)
Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Federico Castro
Kahle, Notario.—1 vez.—CE2015005578.—(IN2015067346).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 15 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Disdemat Sociedad Anónima.—San
José, 15 de julio del 2015.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1
vez.—CE2015005579.—(IN2015067347).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 25 de Junio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Pacific Dreams Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Federico
Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2015005580.—(IN2015067348).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 13 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Bahía Azul Condominium
Playa Jaco Hoa Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Warner Porras
Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2015005581.—(IN2015067349).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 15 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Drink Depot Sociedad
Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Jorge Francisco Ross Araya,
Notario.—1 vez.—CE2015005582.—(IN2015067350).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 07 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Photostorm Sociedad
Anónima Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Magally
Herrera Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2015005583.—(IN2015067351).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 14 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Chifarpa Sociedad Anónima.—San
José, 15 de julio del 2015.—Lic. Alejandra Céspedes Elizondo, Notaria.—1
vez.—CE2015005584.—(IN2015067352).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 09 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada IDFA Uno Sociedad Anónima.—San
José, 15 de julio del 2015.—Lic. Carolina María Ulate Zarate, Notaria.—1
vez.—CE2015005585.—(IN2015067353).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 06 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Greenspot Travel Costa
Rica Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de julio del
2015.—Lic. Annette Marie Tapia Zumbado, Notaria.—1
vez.—CE2015005586.—(IN2015067354).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 30 minutos del 25 de Junio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Fitco Entrenamiento y
Salud Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Federico
Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2015005587.—(IN2015067355).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 11 horas 00 minutos del 02 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad
denominada La Casa del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de julio del 2015.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1
vez.—CE2015005588.—(IN2015067356).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 15 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Access Servicios CR MX
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic.
Mariselle Verdesia Meneses, Notaria.—1 vez.—CE2015005589.—(IN2015067357).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 13 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Homes Grupo Consultor
Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Kattia Navarro
López, Notaria.—1 vez.—CE2015005590.—(IN2015067358).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 15 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inverseg Sociedad Anónima.—San
José, 15 de julio del 2015.—Lic. Yeudi Aguirre Aguirre, Notario.—1
vez.—CE2015005591.—(IN2015067359).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 15 de junio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inverseg Sociedad Anónima
Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Yeudi Aguirre
Aguirre, Notario.—1 vez.—CE2015005591.—(IN2015067360).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Venelacteos Sociedad
Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez,
Notario.—1 vez.—CE2015005592.—(IN2015067361).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 15 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Moba Arte Culinario
Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Ricardo Vargas
Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2015005593.—(IN2015067362).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 14 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada IL Volpino Sociedad Anónima.—San
José, 15 de julio del 2015.—Lic. Nancy Vieto Hernández, Notaria.—1
vez.—CE2015005594.—(IN2015067363).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 14 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Becerril y Asociados
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic.
Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—CE2015005595.—(IN2015067364).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 13 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Prefabricados Técnicos de
Concreto Modular Guanacaste Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic.
Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2015005596.—(IN2015067365).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 02 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Productores de Palma del
Atlántico Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Gonzalo
Alberto Carrillo Delgado, Notario.—1 vez.—CE2015005598.—(IN2015067366).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 50 minutos del 15 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones P & R
Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Aldo
José Mata Morales, Notario.—1 vez.—CE2015005599.—(IN2015067367).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 09 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Guila & Asociados S.A
Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Edwin Alfredo Chacón
Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2015005600.—(IN2015067368).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 30 minutos del 15 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Propela Creativa Sociedad
Anónima.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic. Cristian Villegas Coronas,
Notario.—1 vez.—CE2015005601.—(IN2015067369).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 15 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Bodegas Universal
Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de julio del 2015.—Lic.
Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—CE2015005602.—(IN2015067370).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 22 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Fertinex Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2015.—Lic. María Yisela Quesada
León, Notaria.—1 vez.—CE2015005842.—(IN2015067371).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 22 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Maluhia Inc Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de julio del 2015.—Lic. Luis
Guillermo Marín Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2015005843.—(IN2015067372).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 21 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Número De Cédula Que
Indique El Registro Sociedad Anónima.—San José, 22 de julio del 2015.—Lic.
Grace Calderón Garita, Notaria.—1 vez.—CE2015005844.—(IN2015067373).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 10 minutos del 17 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada S&E Products Limitada.—San
José, 23 de julio del 2015.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1
vez.—CE2015005845.—(IN2015067374).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 08 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada FDE Servicios Funerarios
Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Jorge Guzmán
Calzada, Notario.—1 vez.—CE2015005846.—(IN2015067375).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 00 minutos del 17 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Quebradores Aralfa
Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. José Francisco
Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—CE2015005847.—(IN2015067376).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 04 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Asignar El Número de
Cédula Jurídica Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. José
Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—CE2015005848.—(IN2015067377).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 10 minutos del 21 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada SEC Land Sociedad Anónima
Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Jhonatan Ricardo
García Quesada, Notario.—1 vez.—CE2015005849.—(IN2015067378).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 07 horas 00 minutos del 23 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Telas
del Caribe CTDC Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic.
Giulio Sansonetti Hautala, Notario.—1 vez.—CE2015005850.—(IN2015067379).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 22 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Aventura y Pesca del
Caribe Sur Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Salvador
Gerardo Orozco Trejos, Notario.—1 vez.—CE2015005851.—(IN2015067380).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 20 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Delmontespin Sociedad
Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Sandra Moya Serrano,
Notaria.—1 vez.—CE2015005852.—(IN2015067381).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 23 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Lencería Ean Sociedad
Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Alberto Baraquiso Leitón,
Notario.—1 vez.—CE2015005853.—(IN2015067382).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 22 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Geossa Médica Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Jorge Arturo Arce
Lara, Notario.—1 vez.—CE2015005854.—(IN2015067383).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 11 de Junio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Farmaproject Sociedad
Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Yesenia María Sibaja Murillo,
Notaria.—1 vez.—CE2015005855.—(IN2015067384).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 09 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada X-Pinner Water Sociedad
Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Jockseline Zúñiga Varela,
Notaria.—1 vez.—CE2015005856.—(IN2015067385).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 09 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Guila & Asociados
Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Edwin Alfredo Chacón
Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2015005857.—(IN2015067386).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 03 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada RQL Inmobiliaria Sociedad
Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Jairo Mauricio Guzmán
Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2015005858.—(IN2015067387).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 23 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Innovación Tecnológica
RRL Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic.
Nancy Harbottle Morales, Notaria.—1 vez.—CE2015005859.—(IN2015067388).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 20 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Corporación Balance
Mandala Limitada.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Gonzalo José Rojas
Benavides, Notario.—1 vez.—CE2015005860.—(IN2015067389).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 21 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Corporation Global
Professional Group Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic.
Mario González Porras, Notario.—1 vez.—CE2015005861.—(IN2015067390).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 20 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Mayor Beval de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Magally María
Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2015005862.—(IN2015067391).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 15 minutos del 20 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada DSB de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Magally María
Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2015005863.—(IN2015067392).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 30 minutos del 20 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Mundial Eléctrico de
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Magally
María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2015005864.—(IN2015067393).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 45 minutos del 20 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Febeca de Co sta Rica
Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Magally María
Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2015005865.—(IN2015067394).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 23 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Shari’s Classic Sociedad
Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Paola Castro Montealegre,
Notaria.—1 vez.—CE2015005866.—(IN2015067395).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 23 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Taller Mecánico y
Repuestos Cedros R.P.F Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 23
de julio del 2015.—Lic. Paul Tacsan Tacsan, Notario.—1
vez.—CE2015005867.—(IN2015067396).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 23 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo del Turia Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Alejandro
Vargas Yong, Notario.—1 vez.—CE2015005868.—(IN2015067397).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 21 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Z U Sociedad
Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Eduardo Román Gómez,
Notario.—1 vez.—CE2015005869.—(IN2015067398).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 23 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Solstice Production
Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Johnny Gerardo León
Guido, Notario.—1 vez.—CE2015005870.—(IN2015067399).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 20 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Constructivas
APV Ferretera Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio
del 2015.—Lic. José Alberto Herrera Lobo, Notario.—1
vez.—CE2015005871.—(IN2015067400).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 23 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Dynamic Young Years
Limitada.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Elluany Coto Barquero,
Notaria.—1 vez.—CE2015005872.—(IN2015067401).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 22 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Restaurante Meica Comercial
Limitada.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Evelyn María Obando
Pradella, Notaria.—1 vez.—CE2015005873.—(IN2015067402).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 23 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Drift Events Limitada.—San
José, 23 de julio del 2015.—Lic. Alan Masis Angulo, Notario.—1
vez.—CE2015005874.—(IN2015067403).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 15 minutos del 16 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Fincafina Limitada.—San
José, 23 de julio del 2015.—Lic. Juan Carlos León Silva, Notario.—1
vez.—CE2015005875.—(IN2015067404).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 23 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Zona Frigo Rifica
Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Ricardo Badilla
Reyes, Notario.—1 vez.—CE2015005876.—(IN2015067405).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 17 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Asesores De Cobros
Corporativos Y Especialistas En Soluciones Administrativas Sociedad Anónima.—San
José, 23 de julio del 2015.—Lic. Brayan Antonio Alfaro Aragon, Notario.—1
vez.—CE2015005877.—(IN2015067406).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 23 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Property In
Paradise CRC-PIP Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de
julio del 2015.—Lic. Ernesto Hutt Crespo, Notario.—1
vez.—CE2015005878.—(IN2015067407).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 18 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Dulce Cascajo Sociedad
Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Edwin Ramírez Chacón,
Notario.—1 vez.—CE2015005879.—(IN2015067408).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 20 horas 00 minutos del 30 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad
denominada Fortuna Outdoors Tienda de Aventura Sociedad Anónima.—San
José, 23 de julio del 2015.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1
vez.—CE2015005880.—(IN2015067409).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 23 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Calero Management
Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Andrés Villalobos
Araya, Notario.—1 vez.—CE2015005881.—(IN2015067410).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 20 minutos del 14 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Brestot Limitada.—San
José, 23 de julio del 2015.—Lic. Marvin Alberto Céspedes Méndez, Notario.—1
vez.—CE2015005882.—(IN2015067411).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 23 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Urbina
Calderón Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Wendy
Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2015005883.—(IN2015067412).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 14 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Colombes Triport Holdings
Limitada.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Marvin Alberto Céspedes
Méndez, Notario.—1 vez.—CE2015005884.—(IN2015067413).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 16 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo Empresarial del
Caribe Ges Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de julio del
2015.—Lic. Tatiana Calvo Arias, Notaria.—1 vez.—CE2015005885.—(IN2015067414).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 10 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada GWP Kraftwagen Sociedad
Anónima.—San José, 23 de julio del 2015.—Lic. Marvin Alberto Céspedes
Méndez, Notario.—1 vez.—CE2015005886.—(IN2015067415).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 23 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Skymill Digital Sociedad Anónima.—San
José, 23 de julio del 2015.—Lic. Marvin Alberto Céspedes Méndez, Notario.—1
vez.—CE2015005887.—(IN2015067416).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 21 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Prusent Limitada.—San
José, 24 de julio del 2015.—Lic. Juan Carlos González Lavergne, Notario.—1
vez.—CE2015005888.—(IN2015067417).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 09 de julio
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Cinco en Red Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de julio del 2015.—Lic. Ingrid Noemy
Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—CE2015005889.—(IN2015067418).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Corporación Mopera Limitada.—San José, 03 de
agosto del 2015.—Lic. Guillermo Enrique Azuola Valls, Notario.—1
vez.—CE2015006200.—(IN2015067771).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 15 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada TIVY Limitada.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic.
Rolando Miguel Guardiola Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2015006201.—(IN2015067772).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 30 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Papagayo Market Center Corp Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Luis
Guillermo Marín Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2015006202.—(IN2015067773).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada A-Veintisiete Latam Sociedad Anónima.—San José,
03 de agosto del 2015.—Lic. Alex Benjamín Gen Palma, Notario.—1
vez.—CE2015006203.—(IN2015067774).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada IBP Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
03 de agosto del 2015.—Lic. Avi Maryl Levy, Notaria.—1
vez.—CE2015006204.—(IN2015067775).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Mister Taco J Y M Sociedad Anónima.—San José, 03 de
agosto del 2015.—Lic. Manuel de Jesús Zumbado Araya, Notario.—1
vez.—CE2015006205.—(IN2015067776).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 12 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Scorah Palmares Setenta y Tres Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de agosto del 2015.—Lic. Franklin
López Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2015006206.—(IN2015067777).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 17 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Proyecto Ganadero de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Hilario Agüero Chaves, Notario.—1
vez.—CE2015006207.—(IN2015067778).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Hangang Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del
2015.—Lic. Steven Ferris Quesada, Notario.—1 vez.—CE2015006208.—(IN2015067779).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 00 minutos del 02 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Soluciones Agrícolas e Industriales GZ Sociedad Anónima.
Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Pastor de Jesús
Bonilla González, Notario.—1 vez.—CE2015006209.—(IN2015067780).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 18 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Odyma Sociedad Anónima.—San José, 3 de agosto del
2015.—Lic. Josefina Apuy Ulate, Notaria.—1 vez.—CE2015006210.—(IN2015067781).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 26 de Marzo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada G F Industrial Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Jorge Antonio Fournier Estrada, Notario.—1
vez.—CE2015006211.—(IN2015067782).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Mami Pache Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San
José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Anabel Arias Pérez, Notaria.—1
vez.—CE2015006212.—(IN2015067783).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 19 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Yocoima Group Sociedad Anónima.—San José, 03 de
agosto del 2015.—Lic. Alberto Allen Chaves, Notario.—1
vez.—CE2015006213.—(IN2015067784).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Mejor Salud Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto
del 2015.—Lic. Anthony Francisco Fernández Pacheco, Notario.—1
vez.—CE2015006214.—(IN2015067785).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Carobry Limitada.—San José, 03 de agosto
del 2015.—Lic. Pablo Gazel Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2015006215.—(IN2015067786).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Medical Coating Solutions Sociedad Anónima.—San
José, 3 de agosto del 2015.—Lic. Edwin Alfredo Chacón Bolaños, Notario.—1
vez.—CE2015006216.—(IN2015067787).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 15 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Freman Automotriz Sociedad Anónima.—San José, 03 de
agosto del 2015.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1
vez.—CE2015006217.—(IN2015067788).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 50 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Grupo de Inversión Fraijanes Sociedad Anónima.—San
José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Cinthya Calderón Rodríguez, Notaria.—1
vez.—CE2015006218.—(IN2015067789).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad
denominada Enhancesol Sociedad Anónima.—San José, 3 de agosto del
2015.—Lic. Édgar Gerardo Lobo Arroyo, Notario.—1
vez.—CE2015006219.—(IN2015067790).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 30 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada El Gusto Por La Carne Sociedad Anónima.—San José, 03
de agosto del 2015.—Lic. María Jesús Tamayo Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2015006220.—(IN2015067791).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 30 minutos del 01 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Amacen Fiscal Barosa Sociedad Anónima.—San José, 03
de agosto del 2015.—Lic. Marco Antonio Rodríguez Vargas, Notario.—1
vez.—CE2015006221.—(IN2015067792).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 15 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Transportes y Servicios Agrícolas Sogo Sociedad Anónima.—San
José, 3 de agosto del 2015.—Lic. María Elieth Pacheco Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2015006222.—(IN2015067793).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Stratus Video Costa Rica Sociedad Anónima.—San José,
03 de agosto del 2015.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1
vez.—CE2015006223.—(IN2015067794).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 16 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Tecno Style Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto
del 2015.—Lic. Alexander Granados Loaiza, Notario.—1
vez.—CE2015006224.—(IN2015067795).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 30 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada El Gusto por Carnes Exclusivas DEC Osta Rica Sociedad
Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. María Jesús Tamayo Vargas,
Notaria.—1 vez.—CE2015006225.—(IN2015067796).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Grant Thornton Tax Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Edgar Alberto Díaz Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2015006226.—(IN2015067797).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 9 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada S. P. A. S. Sociedad Anónima.—San José, 3 de agosto
del 2015.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1
vez.—CE2015006227.—(IN2015067798).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 15 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Tajo Térraba Navas Limitada.—San José, 03 de agosto
del 2015.—Lic. Annia Shirley Zúñiga Méndez, Notaria.—1
vez.—CE2015006228.—(IN2015067799).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Polvo de Hornerar Sociedad Anónima.—San José, 03 de
agosto del 2015.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1
vez.—CE2015006229.—(IN2015067800).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Grupo Bint Sociedad Anónima.—San José, 3 de agosto
del 2015.—Lic. Gueneth Marjorie Williams Mullins, Notaria.—1
vez.—CE2015006230.—(IN2015067801).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Eppejan Investments Sociedad Anónima.—San José, 03 de
agosto del 2015.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1
vez.—CE2015006231.—(IN2015067802).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada ADH Importaciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1
vez.—CE2015006232.—(IN2015067803).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Toucan Nests Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1
vez.—CE2015006233.—(IN2015067804).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 03 de agosto del año
2015, se constituyó la sociedad denominada Decaro Inc Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Rafael
Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2015006234.—(IN2015067805).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Braconsa Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto
del 2015.—Lic. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1
vez.—CE2015006235.—(IN2015067806).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Urbano Bebedias J&L Sociedad Anónima.—San José,
03 de agosto del 2015.—Lic. Paúl Tacsan Tacsan, Notario.—1
vez.—CE2015006236.—(IN2015067807).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del diecisiete de setiembre del
dos mil quince, se protocolizaron los acuerdos tomados en asamblea general
extraordinaria de socios de Kinder Bilingüe San Francisco de Asís S. A.,
reformándose la cláusula primera del nombre y la cláusula segunda de la
administración.—San José, ocho de octubre de dos mil quince.—Lic. Martín José
Alvarado Alvarado, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41464.—(IN2015067814).
Mediante escritura
autorizada por mí, a las 10 horas 10 minutos del 30 de setiembre de 2015, se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas
de Especialidades Médico-Dentales Orfi Sociedad Anónima (la “Compañía”),
de esta plaza, cédula de persona jurídica número 3-101-362872; mediante la cual
se acordó reformar la cláusula del domicilio del pacto constitutivo de la
compañía.—San José, 06 de octubre de 2015.—Lic. Ricardo Alberto Güell Peña,
Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41423.—(IN2015067820).
Por escritura otorgada
ante esta notaría a las ocho horas del ocho de octubre del año en curso, se
modificaron las cláusulas segunda y sexta de los estatutos de las sociedad Company
Light to The Farero Sociedad Anónima.—San José, 8 de octubre del 2015.—Lic.
Juan Carlos Hernández Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2015067822).
Mediante escritura autorizada por mí, a las 10 horas 20 minutos del 30
de setiembre de 2015, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de Corporación Celestial del Alto Sociedad
Anónima (la “Compañía”), de esta plaza, cédula de persona jurídica número
3-101-215279; mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio del
pacto constitutivo de la compañía.—San José, 06 de octubre de 2015.—Lic.
Ricardo Alberto Güell Peña, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41422.—(IN2015067823).
Mediante escritura autorizada por mí, a las 09 horas 40 minutos del 30
de setiembre de 2015, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de Catati del Oriente Sociedad Anónima (la
“Compañía”), de esta plaza, cédula de persona jurídica número 3-101-328867;
mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio del Pacto
Constitutivo de la Compañía.—San José, 06 de octubre de 2015.—Lic. Ricardo
Alberto Güell Peña, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41421.—(IN2015067824).
Mediante escritura autorizada por mí, a las
09 horas 30 minutos del 30 de setiembre de 2015, se protocolizó acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Lizano,
Sociedad Anónima (la “Compañía”), de esta plaza, cédula de persona jurídica
número 3-101-12956; mediante la cual se acordó reformar la cláusula del
domicilio del Pacto Constitutivo de la Compañía.—San José, 06 de octubre de
2015.—Lic. Ricardo Alberto Güell Peña, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
41419.—(IN2015067828).
El suscrito notario da fe
de que en esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y seis-tres
otorgada a las diez horas del seis de julio del dos mil quince, se protocolizó
el cambio de domicilio social, la modificación del plazo social, se aumentó el
capital social y se modificó la junta directiva de Inmobiliaria Zulu
S. A., con cédula jurídica número 3-101-85219. Es todo.—Heredia, seis de
octubre del dos mil quince.—Lic. Óscar Humberto Segnini Saborío, Notario.—1 vez.—Solicitud
N° 41418.—(IN2015067832).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
11 horas del 23 de setiembre de 2015, se constituyó la sociedad denominada Molécula
Verde Sociedad Anónima, en la cual la representación judicial y
extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma,
corresponde al presidente.—Lic. Mario Alberto Marín Villalobos, Notario.—1
vez.—(IN2015067836).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
8:00 horas del 7 de octubre de 2015, la sociedad Transportes Tramvar del
Norte S. A., reforma las cláusula
primera, segunda, tercera y octava de los estatutos para que la sociedad se
denomine WWT Ingeniería Sociedad Anónima.—Lic. Mario Alberto Marín
Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2015067837).
Hoy, ante esta
notaría, protocolicé acta mediante la cual la sociedad CSS Corredora de
Seguros S. A., modificó las cláusulas quinta del capital, sexta de
la administración, sétima del inventario y de los balances de situación y
décima de la junta directiva.—San José, 07 de octubre del 2015.—Lic. Randall
Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41364.—(IN2015067846).
Por escritura otorgada al
ser las dieciséis horas treinta minutos del día treinta y uno de octubre del
dos mil catorce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la
sociedad JM Ameze Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-quinientos sesenta y siete mil seiscientos treinta y dos, se conoce de la renuncia del
presidente y se acuerda nombrar al señor Shlomi Marmelstein, se acuerda revocar
el nombramiento del agente residente y se nombra en su lugar al señor Juan Luis
Mora Cascante, se acuerda reformar la cláusula segunda del domicilio social sea
que en adelante el domicilio de la sociedad será en Malpaís, Cóbano,
Puntarenas, contiguo a la sucursal del Banco de Costa Rica, en Bufete Mora y
Asociados, se reforma la cláusula novena de la representación, sea que
corresponderé la representación judicial y extrajudicial de la sociedad al
presidente.—Malpaís, Cóbano, Puntarenas, 31
de octubre del 2014.—Lic. Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1
vez.—(IN2015067849).
Ante esta notaría se protocolizó el acta de
la sociedad Turismo Inteligente Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil tres, en donde
se reformó la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, 7 de octubre
del 2015.—Lic. Miguel Antonio Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—(IN2015067854).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince
horas y treinta minutos del 7 de octubre del 2015, protocolicé en lo literal
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Villa
Tauca Canto del Mar Lam Treinta y Seis Sociedad Anónima, en la cual se
disuelve y queda liquidada dicha sociedad.—San José, 8 de octubre del
2015.—Licda. Jimena Ramírez Meza, Notaria.—1 vez.—(IN2015067858).
Por escritura otorgada ante mí, a las
dieciséis horas del siete de octubre del dos mil quince, protocolicé en lo
literal acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Villa
Capistrano Canto del Mar Lam Siete Sociedad Anónima, en la cual se disuelve
y queda liquidada dicha sociedad.—San José, 8 de octubre del 2015.—Licda.
Jimena Ramírez Meza, Notaria.—1 vez.—(IN2015067861).
Por escritura otorgada a las diez horas del
día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Ochocientos
Sesenta y Seis S. A., en la que se disuelve dicha sociedad.—San José, 2 de
octubre del 2015.—Licda. Ana Lidiette Solís Zamora, Notaria.—1
vez.—(IN2015067864).
La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza,
notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la sociedad denominada Bazar y Tienda Vargas Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-catorce mil seiscientos cuarenta y cinco, para
realizar reforma de la cláusula cuarta del pacto constitutivo. Es
todo.—Palmares, seis de octubre del dos mil quince.—Lic. Marta Emilia Rojas
Carranza, Notaria.—1 vez.—(IN2015067866).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince
horas del siete de octubre del dos mil quince, protocolicé en lo literal acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Villa Monsefu
Canto del Mar Lam Treinta y Siete Sociedad Anónima, en la cual se disuelve
y queda liquidada dicha sociedad.—San José, 8 de octubre del 2015.—Licda.
Jimena Ramírez Meza, Notaria.—1 vez.—(IN2015067867).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 20 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Grupo Jem Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio
del 2015.—Lic. Manrique Chaves Borbón, Notario.—1
vez.—CE2015006107.—(IN2015067869).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 16 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada RB Serviworld Sociedad Anónima.—San José, 29 de
julio del 2015.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1
vez.—CE2015006108.—(IN2015067871).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 12 horas 15 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Plain Paradies Limitada.—San José, 30 de julio del
2015.—Lic. Deiver Alonso Ramírez Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2015006109.—(IN2015067872).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 19 horas 10 minutos del 20 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Grupo Santa Diabla Sociedad Anónima.—San José, 30 de
julio del 2015.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1
vez.—CE2015006110.—(IN2015067873).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada RBL Directors Sociedad Anónima.—San José, 30 de
julio del 2015.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—CE2015006111.—(IN2015067874).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Music Empire Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio
del 2015.—Lic. Annia Ross Muñoz, Notaria.—1 vez.—CE2015006112.—(IN2015067875).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 24 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Lek Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del
2015.—Lic. María Abigail Ruiz Rosales, Notaria.—1
vez.—CE2015006113.—(IN2015067876).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 11 de Mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada CA Dos Centro Aceros Centroamericana Sociedad Anónima.—San
José, 30 de julio del 2015.—Lic. Eddie Granados Valverde, Notario.—1
vez.—CE2015006114.—(IN2015067877).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Equey Trading Sociedad Anónima.—San José, 30 de
julio del 2015.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1
vez.—CE2015006115.—(IN2015067878).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 45 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Rodrigar G&R Sociedad Anónima.—San
José, 30 de julio del 2015.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1
vez.—CE2015006116.—(IN2015067879).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Eltor Investment Sociedad Anónima.—San José, 30 de
julio del 2015.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1
vez.—CE2015006117.—(IN2015067880).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 30 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Vector Litis Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio
del 2015.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1
vez.—CE2015006118.—(IN2015067881).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Marwan Holding Sociedad Anónima.—San José, 30 de
julio del 2015.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1
vez.—CE2015006119.—(IN2015067882).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Rojobal, Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 30 de julio del 2015.—Lic. Ana Rosa Soto Rivera, Notaria.—1
vez.—CE2015006120.—(IN2015067883).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 09 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada AH Construction Consulting Sociedad Anónima.—San
José, 30 de julio del 2015.—Lic. Alfonso José Mojica Mendieta, Notario.—1
vez.—CE2015006121.—(IN2015067884).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 30 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Tico To Go Limitada.—San José, 30 de julio del
2015.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1
vez.—CE2015006122.—(IN2015067885).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 17 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Distribuidora Masiga Sociedad Anónima.—San José, 30
de julio del 2015.—Lic. Rodolfo Freer Campos, Notario.—1
vez.—CE2015006123.—(IN2015067886).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Global Products Sociedad Anónima.—San José, 30 de
julio del 2015.—Lic. Edwin Ramírez Chacón, Notario.—1
vez.—CE2015006124.—(IN2015067887).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada La Upalajorma Sociedad Anónima.—San José, 30 de
julio del 2015.—Lic. María Gabriela Zeledón Ching, Notaria.—1
vez.—CE2015006125.—(IN2015067888).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Kreo Estrategias Sociedad Anónima.—San José, 30 de
julio del 2015.—Lic. Federico José Vega Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2015006126.—(IN2015067889).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Distribuidora Alje Sociedad Anónima.—San José, 30 de
julio del 2015.—Lic. Randall Esteban Salas Rojas, Notario.—1
vez.—CE2015006127.—(IN2015067890).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 00 minutos del 25 de Mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Ceviche Real Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio
del 2015.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1
vez.—CE2015006128.—(IN2015067891).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 00 minutos del 21 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Hume y Miro H y M Sociedad Anónima Sociedad
Anónima.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Orlando Calzada Miranda, Notario.—1
vez.—CE2015006129.—(IN2015067892).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Distribuidora Chacisa Sociedad Anónima.—San José, 30
de julio del 2015.—Lic. Randall Esteban Salas Rojas, Notario.—1
vez.—CE2015006130.—(IN2015067893).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Darbys In CR Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio
del 2015.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1
vez.—CE2015006131.—(IN2015067894).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Darbys In Paradise Sociedad Anónima.—San José, 30 de
julio del 2015.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1
vez.—CE2015006132.—(IN2015067895).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad
denominada Distribuidora Alje I.N.C. Sociedad Anónima.—San José, 30 de
julio del 2015.—Lic. Randall Esteban Salas Rojas, Notario.—1
vez.—CE2015006133.—(IN2015067896).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 21 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Mekiss Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del
2015.—Lic. Susana Waterhouse Soto, Notaria.—1
vez.—CE2015006134.—(IN2015067897).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 18 horas 00 minutos del 24 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Sumigraf Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio del
2015.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1
vez.—CE2015006135.—(IN2015067898).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Toy & Sol Sociedad Anónima.—San José, 30 de
julio del 2015.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1
vez.—CE2015006136.—(IN2015067899).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 16 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada S & S International Sociedad Anónima.—San José,
30 de julio del 2015.—Lic. Evelin de los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1
vez.—CE2015006137.—(IN2015067900).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 25 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Hacienda Hermanos Rosales Salas Sociedad Anónima.—San
José, 30 de julio del 2015.—Lic. Luisa Jorleny Morales Acosta, Notario.—1
vez.—CE2015006138.—(IN2015067901).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 59 minutos del 13 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Jorgensen Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Norma Quintero Ureña,
Notaria.—1 vez.—CE2015006139.—(IN2015067902).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 12 horas 20 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada La Finca de Los Árboles de Coyote Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Sergio
Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—CE2015006140.—(IN2015067903).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Coyote Enterprise Sociedad Anónima.—San José, 30 de
julio del 2015.—Lic. Olga Marta Cascante Sandoval, Notaria.—1
vez.—CE2015006141.—(IN2015067904).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 20 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Automáticamente Sociedad Anónima.—San José, 30 de
julio del 2015.—Lic. Grettel María Díaz Artavia, Notaria.—1
vez.—CE2015006142.—(IN2015067905).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 11 horas 35 minutos del 27 de julio del año
2015, se constituyó la sociedad denominada GGDIB Inc. Sociedad De
Responsabilidad Limitada.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Manuel
Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—CE2015006143.—(IN2015067906).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Mercado Verde CR Sociedad Anónima.—San José, 30 de
julio del 2015.—Lic. Gerardo Alonso Benavides Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2015006144.—(IN2015067907).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 10 minutos del 15 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Óscar Sibaja Sociedad Anónima.—San José, 30 de julio
del 2015.—Lic. Clay Harlow Neil Bodden, Notario.—1
vez.—CE2015006145.—(IN2015067908).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 13 de Abril del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Datcher Media Sociedad Anónima.—San José, 30 de
julio del 2015.—Lic. Óscar Humberto López Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2015006146.—(IN2015067909).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 16 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad
denominada Hermosa Villas Estates CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 30 de julio del 2015.—Lic. Carlos Eduardo Salgado García, Notario.—1
vez.—CE2015006147.—(IN2015067910).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Derenda Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 30 de julio del 2015.—Lic. Andrés Villalobos Araya, Notario.—1
vez.—CE2015006148.—(IN2015067911).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 17 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Applied Business Solutions A.B.S. Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 30 de julio del 2015.—Lic. Adrián
Alberto Quesada Arias, Notario.—1 vez.—CE2015006149.—(IN2015067912).
Por escritura otorgada a las nueve horas del
treinta y uno de agosto del dos mil quince, Mariela Herrera Camacho; Carlos
Andrés Soto Brenes y Jeanneth Brenes Brenes, constituyeron la Fundación
Niñas y Niños con Ectrodactilia, de plazo perpetuo y con domicilio en San
José, cuyo objeto será fortalecer el bienestar y desarrollo de la salud de los
niños y niñas con ectrodactilia.—Lic. Rodolfo Martín Rojas Araya, Notario.—1
vez.—(IN2015067915).
Por escritura otorgada ante mi notaría, se
protocolizó el acta constitutiva de la sociedad denominada Mikitaxi S. A.,
celebrada en su respectivo domicilio social y con un capital social de diez
acciones comunes y nominativas de mil colones cada una y integrada por su junta
directiva de un presidente, secretaría y tesorero.—San José, siete de octubre
del dos mil quince.—Lic. Andrés Carrillo Rosales, Notario.—1
vez.—(IN2015067927).
Ante esta notaría mediante escritura número
doscientos uno-trece otorgada a las diecisiete horas del cinco de octubre del
dos mil quince, se ha protocolizado el acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de Autos Rojas EGR Sociedad Anónima y Autos
Rojas de Grecia E.R.LR Sociedad Anónima, por el cual se acuerda la fusión
por absorción de ambas sociedades, prevaleciendo Autos Rojas de Grecia
E.R.LR Sociedad Anónima, reformándose las cláusulas quinta (capital
social), primera (razón social) y segunda (domicilio social) de su pacto
constitutivo.—Grecia, seis de octubre del dos mil quince.—Licda. Karolina
Venegas Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2015067938).
Por escritura número treinta y cinco otorgada
a las 8:00 horas del 8 de octubre del 2015, protocolicé una acta de la asamblea
general extraordinaria de la sociedad anónima O Dos Market Sociedad Anónima,
cédula jurídica: 3-101-628915, por la cual se modifica la cláusula quinta del
estatuto social aumentando el capital social en la suma de cincuenta y cinco
millones de colones.—San José, 8 de octubre del 2015.—Licda. Nancy Tattiana
Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—(IN2015067941).
Por escritura número treinta y seis otorgada
a las 9:00 horas del 8 de octubre del 2015, protocolicé una acta de la asamblea
general extraordinaria de la sociedad anónima Talevi Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número 3-101-079505, por la cual se modifica la cláusula
quinta del estatuto social aumentando el capital social en la suma de
veinticuatro mil colones.—San José, 8 de octubre del 2015.—Licda. Nancy
Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—(IN2015067944).
Por escritura 219 del tomo 2, de esta notaría
se modificaron las cláusulas segunda y sétima, del acta constitutiva de la
empresa Inversiones Eco Maracas Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número 3-101-665602. Es todo.—San José, 6 de octubre del 2015.—Licda.
Dinia Ortega Naranjo, Notaria.—1 vez.—(IN2015067945).
En mi notaría a las ocho horas del tres de
junio del dos mil quince, se reforma cláusula sexta y se nombra junta directiva
de la sociedad Losany de la Alborada Sociedad Anónima.—San José, 8 de
octubre del 2015.—Lic. Lissette Barboza Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2015067947).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00
horas del 28 de setiembre de 2015, se protocolizó acta de asamblea
extraordinaria de socios de la entidad Cuenca del Río Peje S.A., cédula
jurídica N° 3-101-478369, se aceptan renuncias y se nombra nueva junta
directiva.—Ciudad Quesada, 7 de octubre de 2015.—Lic. Ricardo Salazar Hidalgo,
Notario.—1 vez.—(IN2015067961).
Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario
con oficina en Atenas, hago constar que el veintinueve de setiembre del dos mil
quince, a las ocho horas se realizó asamblea general extraordinaria de la
sociedad Royal Ruby Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula
sexta del pacto constitutivo.—Atenas, veintinueve de setiembre del dos mil
quince.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—(IN2015067964).
Ante mí Pablo Arias González, notario con
oficina en Atenas, hago constar que el seis de octubre del dos mil quince a las
nueve horas, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Velley
Homes Corporation Sociedad Anónima, cédula jurídica numero tres-ciento
uno-cuatro cuatro ocho cuatro cinco tres, en la cual se revoca los
nombramientos del presidente, secretario, tesorero, fiscal y vocal y se
reforman las cláusulas sexta y décima del pacto constitutivo.—Atenas, 6 de
octubre del 2015.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2015067965).
Por asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la empresa denominada Seguridad e
Investigaciones Díaz Araya Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-567366,
celebrada en su domicilio en Cartago, La Unión, San Rafael, Barrio San Vicente,
del Ebais de Los Sauces, doscientos metros sur y cien metros al este, contiguo
a casa número trece, a las 13:00 horas del 3 de octubre del 2015, se tomaron
los siguientes acuerdos: Se sustituye nombramiento de tesorero y se reforman
cláusulas 2 y 7 referentes al domicilio y la administración. Acuerdos
protocolizados por escritura autorizada en La Unión, San Rafael, a las 10:00
horas del 7 de octubre del 2015, ante el notario público Carlos Luis Segura
González.—Lic. Carlos Luis Segura González, Notario.—1 vez.—(IN2015067967).
Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 8
de octubre del 2015, se reestructura el consejo de administración nombrándose
presidente y se modifica la cláusula de la administración de la entidad Bai
Mu-H Rojo Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos
setenta y cinco mil cuatrocientos nueve.—Alajuela, 8 de octubre del 2015.—Lic. Braulio
Ulises Murillo Segura, Notario.—1 vez.—(IN2015067970).
Según escritura N° 227 de las 10:00 horas del
20-08-15, tomo 4, folio 125 V del protocolo del suscrito notario, se modificó
junta directiva de Puntoficina S. A., cédula jurídica 3-101-603477. Presidenta:
Saray Núñez Fonseca, cédula N° 1-1103-173.—Lic. Joaquín Chaves Sandí,
Notario.—1 vez.—(IN2015067975).
Ante esta notaría se acordó modificar las
cláusulas octava de la representación y décima cuarta en cuanto a nombramiento
de nueva junta directiva del pacto constitutivo de la sociedad La Gallera
Morbo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-tres cinco
dos uno siete cinco. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del
seis de octubre del dos mil quince.—Lic. Eduardo Rojas Arroyo, Notario.—1
vez.—(IN2015067978).
Por escritura otorgada ante mí a las doce
horas del seis de octubre de dos mil quince, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Katchafire
Corporation de Costa Rica S.R.L., por la que se conoce, acepta y aprueba la
renuncia del tercer subgerente, se acuerda reformar la cláusula sexta de la
administración y se acuerda otorgar poder generalísimo al señor Mauricio Mora
Sánchez.—San José, seis de octubre dos mil quince.—Lic. Hans Van der Laat
Robles, Notario.—1 vez.—(IN2015067979).
Por escritura otorgada ante mí a las doce
horas del ocho de octubre de dos mil quince, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones
Losogur de Santa Ana L.S.G. S. A., por la que se acuerda destituir al
tesorero y fiscal, se hace un nuevo nombramiento. Además se acuerda reformar la
cláusula sétima de la representación y administración.—San José, ocho de
octubre dos mil quince.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1
vez.—(IN2015067980).
Por
escritura otorgada ante mí a las catorce horas del seis de octubre de dos mil
quince, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad denominada Cardiosalud S. A., por la que se acuerda
destituir al secretario, tesorero y fiscal, se acuerda modificar la cláusula de
la representación y administración y se acuerda revocar el nombramiento del
actual agente residente y en su lugar se nombra al señor Hans Van Der Laat
Robles.—San José, seis de octubre dos mil quince.—Lic. Hans Van Der Laat
Robles, Notario.—1 vez.—(IN2015067982).
Por
escritura otorgada ante este notario público a las 18:00 horas del 8 de octubre
de 2015, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de asociados de
la Asociación Deportiva Ecuestre, cédula jurídica 3-002-183704, mediante
la cual se acuerda modificar nombrar de presidente, vicepresidente, secretario,
tesorero y vocal.—Heredia, 8 de octubre de 2015.—Lic. Erick Cordero Sánchez,
Notario.—1 vez.—(IN2015067986).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 14:10 horas del 28 de agosto del
2015, se protocoliza asamblea general extraordinaria de Osho A, Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-149933, se reforma la cláusula
segunda del pacto constitutivo que corresponde al domicilio social de la
sociedad.—Licda. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—(IN2015067997).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 14:20 horas del 28 de agosto del
2015, se protocoliza asamblea general extraordinaria de Castello Giordano
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-502593, se reforma la
cláusula segunda del pacto constitutivo que corresponde al domicilio social de
la sociedad y además se reforma la cláusula tercera en la que se nombra a un
nuevo agente residente.—Licda. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1
vez.—(IN2015067999).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del 28 de agosto del
2015, se protocoliza asamblea general extraordinaria de Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Noventa y Cuatro Mil Novecientos Veintiocho Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101-694928, se reforma la cláusula segunda del pacto
constitutivo que corresponde al domicilio social de la sociedad y además se
reforma la cláusula tercera en la que se nombra a un nuevo agente
residente.—Licda. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—(IN2015068001).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 14:25 horas del 28 de agosto del
2015, se protocoliza asamblea general extraordinaria de Tres-Ciento
Uno-Cuatro Nueve Nueve Uno Cero Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica
número 3-101-499108, en la que se reforma la cláusula segunda del pacto
constitutivo que corresponde al domicilio social de la sociedad.—Licda. Gianna
Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—(IN2015068002).
David
Monge Oviedo y otro constituyen Techno Access M Y M Sociedad Anónima.
Escritura otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las quince horas del siete de
octubre del dos mil quince.—Licda. Marta Ma. Elizondo Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2015068004).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 14:15 horas del 28 de agosto del
2015, se protocoliza asamblea general extraordinaria de Roota Froota
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-222798, se reforma la cláusula
segunda del pacto constitutivo que corresponde al domicilio social de la
sociedad y además se reforma la cláusula tercera en la que se nombra a un nuevo
agente residente.—Licda. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1
vez.—(IN2015068006).
La
suscrita Jessica Alvarado Herrera, notaria pública con oficina en la ciudad de
San José, Desamparados hace constar que en fecha veintinueve de setiembre del
dos mil quince, se disolvió la empresa Bosques de Orosol Numero Nueve
Sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L., con cédula jurídica numero:
tres ciento dos setecientos mil ochocientos setenta.—San José, siete de octubre
del dos mil quince.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1
vez.—(IN2015068022).
La
suscrita Jessica Alvarado Herrera, notaria pública con oficina en la ciudad de
San José, Desamparados, hace constar que en fecha veintinueve de setiembre del
dos mil quince, se nombra como presidente de la empresa Llanos del Salitre
Filial Nueve S. A., con cédula jurídica número tres ciento uno
quinientos cincuenta y nueve mil setecientos noventa y cinco al señor Alejandro
Porras Castro, mayor de edad, ingeniero civil, portador de la cédula de
identidad número: uno-cero ochocientos setenta y seis-cero doscientos noventa,
vecino de San Francisco de Heredia, Condominio Los Sauces, casa cuatro-B.—San
José, 7 de octubre del 2015.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1
vez.—(IN2015068025).
La
suscrita Jessica Alvarado Herrera, notaria pública con oficina en la ciudad de
San José, Desamparados hace constar que en fecha veintinueve de setiembre del
dos mil quince, se modifica la representación judicial y extrajudicial
únicamente al presidente de la empresa Tres Ciento Uno Quinientos Treinta
Mil Cuatrocientos Setenta y Cinco Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta mil cuatrocientos setenta y
cinco, al señor Alejandro Porras Castro, mayor de edad, ingeniero civil,
portador de la cédula de identidad número: uno-cero ochocientos setenta y
seis-cero doscientos noventa, vecino de San Francisco de Heredia, Condominio
Los Sauces, casa Cuatro-B.—San José, siete de octubre del dos mil
quince.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2015068028).
En
esta notaría comparece: José Jorge Quesada Chinchilla, mayor, cédula
1-0495-0432, comerciante, vecino de Pérez Zeledón, San José, divorciado en su
condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de Money Transfer
Pérez Zeledón Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-178110, siendo además
el dueño de la totalidad del capital social de la sociedad citada y dice que
solicita la disolución de dicha sociedad. Es todo, firmo a las trece horas del
ocho de octubre del dos mil quince.—Lic. Rosa María Cosio Cubero, Notaria.—1
vez.—(IN2015068029).
La
suscrita Licda. Xóchitl Camacho Medina, hago constar que ante mi notaría,
mediante la escritura otorgada en Cartago a las quince horas del dos de octubre
del dos mil quince, se protocolizó la acta de asamblea genera! extraordinaria
de la sociedad Inversiones en Vehículos Automotores E Y M de Costa Rica
Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula primera
del pacto constitutivo, para que en adelante el nombre de la sociedad será Construcciones
y Asesorías Eemma Sociedad Anónima, de igual forma se modifica la cláusula
cuarta del pacto constitutivo. Es todo.—Licda. Xóchitl Camacho Medina,
Notaria.—1 vez.—(IN2015068033).
Como
consta en escritura de protocolización otorgada por el notario Álvaro Rojas
Morera, el 8 de octubre del 2015, la fundación para administrar los museos del
Banco Central de Costa Rica, nombra junta directiva.—San José, 8 de octubre del
2015.—Lic. Álvaro Rojas Morera, Notario.—1 vez.—(IN2015068041).
Por
escritura otorgada ante mí, número cuarenta y uno de las once horas treinta
minutos del dos de octubre del dos mil quince, se constituyó la sociedad
denominada Rosas Blancas Sociedad Anónima. Domiciliada en San Pablo de
Heredia, Objeto: el ejercicio del comercio en todas sus formas, la industria,
la ganadería, la agricultura y en general toda actividad lucrativa. Plazo
social: noventa y nueve años. Presidenta: Rosa María Esquivel Salas. Capital
social: un millón de colones representado por diez acciones, comunes y
nominativas de cien mil colones cada una, suscritas y pagadas.—Lic. Carlos
Manuel Chaves Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2015068046).
Por
escritura N° 66-6, otorgada a las 12:00 horas del 7 de octubre del 2015, se
protocolizaron los acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad: Proyectos Bananeros del Atlántico S. A., cédula jurídica
3-101-83508, se modifica la cláusula sétima de representación del pacto
constitutivo.—San José, 7 de octubre del 2015.—Licda. Yuliana Gaitán Ayates,
Notaria.—1 vez.—(IN2015068054).
Por escritura
otorgada ante este notario, a las nueve horas del veintinueve de setiembre de
dos mil quince, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la compañía Booking.Com Costa Rica S. A., mediante la
cual se reforma la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad, correspondiente
al domicilio de la compañía.—San José, cinco de octubre de dos mil quince.—Lic.
Roberto Leiva Pacheco, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41505.—(IN2015068057).
Que mediante escritura número 142 de las 11
horas del 6 de octubre de 2015, en el tomo 19 del protocolo del notario público
Walter Gómez Rodríguez, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de Inversiones
Mahari del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona
jurídica número 3-102-373063 y asamblea general extraordinaria de Factiban
Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número
3-102-664461; mediante la cual se fusionan Inversiones Mahari del Este
Sociedad de Responsabilidad Limitada con Factiban Sociedad de
Responsabilidad Limitada, donde prevalece esta última, por lo que de
conformidad con el artículo 222 del Código de Comercio, se otorga un plazo de
30 días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 6 de
octubre de 2015.—Lic. Walter Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2015068059).
En escritura 522-26
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
Cobres Industriales Centroamericanos Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-267695, en dicha acta se reformó la cláusula octava sobre la
representación. Teléfono 2280-2383.—San José, 30 de setiembre del 2015.—Lic.
Miguel Chacón Alvarado, Notario.
_______
El día 27 de
noviembre del año 2014, escritura número 443-25, compareció Rouben Raminfar,
mayor, de un solo apellido en razón de su nacionalidad colombiana, cédula de
residencia uno uno siete cero cero cero seis nueve cero nueve cero uno,
vicepresidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de
la sociedad Inversiones y Arrendamientos Shiraz Avenida Central S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos cincuenta y cuatro mil seiscientos setenta y uno, a
protocolizar el acta uno de asamblea extraordinaria de accionistas, en dicha
acta se procedió a la disolución y liquidación de la sociedad. Teléfono
2280-2383.—San José, 28 de noviembre del 2014.—Lic. Miguel Chacón Alvarado,
Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41496.—(IN2015068060).
Que por escritura
número treinta y ocho-seis otorgada ante esta notaría, a las diez horas del
seis de octubre del dos mil quince, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Port Containers Costa Rica Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos noventa y dos mil
quinientos veintidós, mediante la cual se modifica el domicilio social de la
compañía.—San José, ocho de octubre de dos mil quince.—Lic. José Luis Víquez
Rodríguez, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41498.—(IN2015068063).
Por
escritura otorgada por la suscrita notaría a las once con treinta minutos del
nueve de setiembre de dos mil quince, protocolicé acuerdos de asamblea de
socios de la sociedad Villa Newbury Al Sociedad Anónima, con número de
cédula jurídica 3-101-388949, donde se cambió la cláusula número novena del
pacto constitutivo, se revocaron los nombramientos existentes y se hicieron
nuevos.—Liberia, Guanacaste, siete de octubre del dos mil quince.—Licda. Maruja
Castillo Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2015068068).
Por escritura número cuatro-siete, correspondiente
a acta número uno de asamblea general extraordinaria de la sociedad Sos
Consultores Sov Sociedad Anónima, se realizó cambio de la cláusula de la
representación, renuncia y nombramiento de miembros de junta directiva.—San
José, siete de octubre del dos mil quince.—Lic. Christy Alejandra Martínez
Carvajal, Notaria.—1 vez.—(IN2015068069).
Según
escritura doscientos nueve realizada en el tomo sexto del protocolo del notario
público Lic. Christian Javier Badilla Vargas, se solicita la reposición de
libros de la sociedad Pirucho Sociedad Anónima, con cédula jurídica
número tres-ciento uno-cero tres siete siete siete nueve.—Lic. Christian Javier
Badilla Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2015068073).
Por
escritura otorgada en la ciudad de San José al ser las once horas del día doce
de mayo del año dos mil quince, se protocolizó acta de la sociedad Soluciones
Maelke Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos
dieciocho mil seiscientos siete, por medio de la cual se modifica el pacto
constitutivo.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—(IN2015068080).
Por
escritura número doscientos catorce de las ocho horas del ocho de octubre del
dos mil quince, otorgada ante la Licenciada Daniela Leitón Castillo, Center
Multiservices YJ S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos sesenta y dos mil quinientos nueve, reforma la cláusula
novena de la escritura de constitución sobre junta directiva.—Licda. Daniela
Leitón Castillo Notaria.—1 vez.—Teléfono
8702-6883.—(IN2015068084).
En
la notaría de la licenciada Lilliam Soto Hines, se protocoliza acta de asamblea
de la sociedad Yellow Car On The Beach S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y siete mil novecientos sesenta y nueve,
en la que se acordó cambiar la denominación o razón social a Consorcio de
Especialidades Jurídicas Alcesuvi Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse a Cej
Alcesuvi Sociedad Anónima. Es todo.—San José, ocho de octubre del dos mil
quince.—Licda. Lilliam Soto Hines, Notaria.—1 vez.—(IN2015068085).
Por
escritura otorgada en mi notaría el día de hoy protocolicé acta G E G Global
Education Group Sociedad Anónima, se modifica clausula octava, se revoca el
nombramiento de su actual presidente, secretaria, tesorero y fiscal.—Paso
Canoas, cinco de octubre del dos mil quince.—Licda. Ginette Miranda Porras,
Notaria.—1 vez.—(IN2015068087).
Por
escritura otorgada ante mí, se modificó la cláusula quinta, sexta y se nombró
nueva junta directiva y fiscal de TRAA Repuestos del Caribe S. A. y se
nombra nuevo administrador de la empresa.—San José, 5 de octubre del 2015.—Lic.
Arnulfo Carmona Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2015068096).
Mediante
escritura pública numero ciento veintidós-veintidós o se reformó el pacto
constitutivo de Inversiones Solorzano Vargas Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-seiscientos sesenta y siete mil cuatrocientos cinco,
en su cláusulas novena.—Licda. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1
vez.—(IN2015068097).
Mediante
protocolización de acta en escritura pública número cuarenta y tres de las
dieciocho horas del seis de octubre del dos mil quince del tomo uno del
protocolo del notario público Marvin Esteban Barrantes Reyes se modifica la
cláusula primera y séptima del pacto constitutivo de la sociedad Inversiones
Ruzicka Rodríguez Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-trescientos dieciocho mil cuatrocientos cincuenta y ocho, se
revocan los nombramientos del fiscal y tesorero realizando nuevos
nombramientos. Es todo.—San José, siete de octubre del dos mil quince.—Lic.
Marvin Esteban Barrantes Reyes, Notario.—1 vez.—(IN2015068098).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 10 de Junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Corporación Tecnotouch Sociedad Anónima.—San José,
15 de Junio del 2015.—Lic. Miguel Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—CE2015004618.—(IN2015068103).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 22 de Mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Sinos Solutions Sociedad Anónima.—San José, 15 de
Junio del 2015.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1
vez.—CE2015004619.—(IN2015068104).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 14 de Junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Tecnodes Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 15
de junio del 2015.—Lic. Santiago Gerardo Vargas Villalobos, Notario.—1
vez.—CE2015004620.—(IN2015068105).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 15 de Junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Eye Design Studio Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de Junio del 2015.—Lic. Carlos Josué Morales Fallas, Notario.—1
vez.—CE2015004621.—(IN2015068106).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 22 de Abril del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Capitales Garúas Sociedad Anónima.—San José, 15 de
Junio del 2015.—Lic. María del Carmen Garita Araya, Notaria.—1
vez.—CE2015004622.—(IN2015068107).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 12 de Junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Ibiscus del Pacífico Sociedad Anónima.—San José, 15
de junio del 2015.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1
vez.—CE2015004623.—(IN2015068108).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 15 de Junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Ecopacific Santa Teresa Limitada.—San José, 15 de
junio del 2015.—Lic. Alan Masis Angulo, Notario.—1
vez.—CE2015004624.—(IN2015068109).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 00 minutos del 05 de Junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Auriga Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de Junio del 2015.—Lic. María de Los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1
vez.—CE2015004625.—(IN2015068110).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 15 de Junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Combodice Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de junio del 2015.—Lic. Dunia Monge Torres, Notaria.—1
vez.—CE2015004626.—(IN2015068111).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 11 de Junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Industrias Heladeras D.E.E.L. Sociedad Anónima.—San
José, 15 de Junio del 2015.—Lic. Yuri Alexander Herrera Ulate, Notario.—1
vez.—CE2015004627.—(IN2015068112).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 00 horas 15 minutos del 15 de Junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Martel Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de junio del 2015.—Lic. Denise Eduviges Varela Sanchez, Notaria.—1
vez.—CE2015004628.—(IN2015068113).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 16 de Abril del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Facilities Coordination And Solutions Consultans
Sociedad Anónima.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. Óscar Arias
Valverde, Notario.—1 vez.—CE2015004629.—(IN2015068114).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 15 de Junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Percival Productions LLC Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. Eduardo Abarca Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2015004630.—(IN2015068115).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 15 de Junio del año
2015, se constituyó la sociedad denominada Arineto del Mar Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 15 de junio del 2015.—Lic. César Augusto
Mora Zahner, Notario.—1 vez.—CE2015004631.—(IN2015068116).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 13 de Junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Comercial El Triunfo SJ Sociedad Anónima.—San José,
15 de junio del 2015.—Lic. Marcela Vargas Madrigal, Notaria.—1
vez.—CE2015004632.—(IN2015068117).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 12 horas 00 minutos del 15 de Junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Casa Cactus Limitada.—San José, 15 de junio del
2015.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—CE2015004633.—(IN2015068118).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 16 horas 00 minutos del 10 de Junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Ranopadano Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de junio del 2015.—Lic. Marcela Rodríguez Chaves, Notaria.—1
vez.—CE2015004634.—(IN2015068119).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 02 horas 28 minutos del 12 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Grupo Unitaqui CR Sociedad Anónima.—San José, 15 de
junio del 2015.—Lic. José Álvaro Bonilla Rojas, Notario.—1
vez.—CE2015004635.—(IN2015068120).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría
a las 18 horas 00 minutos del 06 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada LP Club Sociedad Anónima.—San José, 15 de junio del
2015.—Lic. Carlos Enrique Cerdas Cisneros, Notario.—1
vez.—CE2015004636.—(IN2015068121).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 12 horas 00 minutos del 12 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Lazy Iguana de Villa Nueva Sociedad Anónima.—San
José, 15 de junio del 2015.—Licda. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1
vez.—CE2015004637.—(IN2015068122).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 15 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Invesiones Constructivas Shiraz Sociedad Anónima.—San
José, 15 de junio del 2015.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos,
Notario.—1 vez.—CE2015004638.—(IN2015068123).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 12 horas 00 minutos del 14 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Perdizite Sociedad Anónima.—San José, 15 de junio
del 2015.—Lic. David Raúl Matamoros Salazar, Notario.—1
vez.—CE2015004639.—(IN2015068124).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Coyunda del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de junio del 2015.—Lic. David Raúl Matamoros Salazar, Notario.—1
vez.—CE2015004640.—(IN2015068125).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 12 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Equipos para Proyectos Eppsa Sociedad Anónima.—San
José, 15 de junio del 2015.—Licda. Magally María Guadamúz García, Notaria.—1
vez.—CE2015004641.—(IN2015068126).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 16 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Litapalita Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de junio del 2015.—Licda. Marcela Rodríguez Chaves, Notaria.—1
vez.—CE2015004642.—(IN2015068127).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 16 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Tirbusderri Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 15 de junio del 2015.—Licda. Marcela Rodríguez Chaves, Notaria.—1
vez.—CE2015004643.—(IN2015068128).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 15 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Direct Energy and Consulting Sociedad Anónima.—San
José, 15 de junio del 2015.—Lic. Iván Lewin Salas, Notario.—1
vez.—CE2015004644.—(IN2015068129).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 07 horas 00 minutos del 15 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Upgrade Solutions Inc Sociedad Anónima.—San José, 15
de junio del 2015.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora, Notario.—1
vez.—CE2015004645.—(IN2015068130).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 15 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Unity Profit Plus Sociedad Anónima.—San José, 15 de
junio del 2015.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora, Notario.—1
vez.—CE2015004646.—(IN2015068131).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Brújula Producciones Sociedad Anónima.—San José, 11
de junio del 2015.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1
vez.—CE2015004527.—(IN2015068132).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría
a las 08 horas 00 minutos del 10 de Junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Gold Place Sociedad Anónima.—San José,
11 de junio del 2015.—Licda. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—CE2015004528.—(IN2015068133).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Solstan Body Art Sociedad Anónima.—San José, 11 de
junio del 2015.—Lic. Juan Daniel Acosta Gurdián, Notario.—1
vez.—CE2015004529.—(IN2015068134).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Invado Volleyball Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Hernán Cordero Baltodano,
Notario.—1 vez.—CE2015004530.—(IN2015068135).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Suarez Family Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de junio del 2015.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2015004531.—(IN2015068136).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 16 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Propyme Soporte Empresarial Sociedad Anónima.—San
José, 11 de junio del 2015.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1
vez.—CE2015004532.—(IN2015068137).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 11 de junio del año
2015, se constituyó la sociedad denominada Badlandz It Consultants Llc
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic.
Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—CE2015004533.—(IN2015068138).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Multiservicios GME de Avellanas Sociedad Anónima.—San
José, 11 de junio del 2015.—Licda. Seidy Vanessa Ibarra Lanza, Notaria.—1
vez.—CE2015004534.—(IN2015068139).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Aquarius Properties Limitada.—San José, 11 de junio
del 2015.—Licda. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2015004535.—(IN2015068140).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 10 de junio del año
2015, se constituyó la sociedad denominada RMCA International Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Juan Manuel
Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—CE2015004536.—(IN2015068141).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Latamark Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del
2015.—Licda. María Teresa Urpí Sevilla, Notaria.—1 vez.—CE2015004537.—(IN2015068142).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 16 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Playa Manzanillo R & M Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Licda. María de
los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2015004538.—(IN2015068143).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Orlinn Jensin Corp Llc Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea,
Notario.—1 vez.—CE2015004539.—(IN2015068144).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 12 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Vale y Mathy Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio
del 2015.—Licda. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1
vez.—CE2015004540.—(IN2015068145).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 30 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Instituto Internacional de Ciencias de Seguridad para la
Ciudadanía IINCISEC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de
junio del 2015.—Lic. Marco Antonio Abellán Acevedo, Notario.—1
vez.—CE2015004541.—(IN2015068146).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada BT Precios de Transferencia Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Francisco
Alonso Villalobos Brenes, Notario.—1 vez.—CE2015004542.—(IN2015068147).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 15 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Grupo N.S.M. Empresarial Sociedad Anónima.—San José,
11 de junio del 2015.—Licda. Darlyn María Caballero García, Notaria.—1
vez.—CE2015004543.—(IN2015068148).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 30 minutos del 09 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Porvenir Axis PA Sociedad Anónima.—San José, 11 de
junio del 2015.—Lic. Juan Carlos Esquivel Favareto, Notario.—1
vez.—CE2015004544.—(IN2015068149).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 17 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Sumi Solutions Sociedad Anónima.—San José, 11 de
junio del 2015.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1
vez.—CE2015004545.—(IN2015068150).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 04 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Totus Tuus María de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 11 de junio del 2015.—Licda. Karina Alvarado Ugalde, Notaria.—1
vez.—CE2015004546.—(IN2015068151).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 11 de junio del año
2015, se constituyó la sociedad denominada Yemanja de Huacas Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Fredy Alonso
Ramírez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2015004547.—(IN2015068152).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 11 de junio del año
2015, se constituyó la sociedad denominada A & D Enterprise Security
Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de junio del
2015.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2015004548.—(IN2015068153).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Skat Sistemas de Centoramérica Sociedad Anónima.—San
José, 11 de junio del 2015.—Lic. Alfredo Bolaños Morales, Notario.—1
vez.—CE2015004549.—(IN2015068154).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 16 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Motos Cartago Sociedad Anónima.—San José, 11 de
junio del 2015.—Lic. Josué Hidalgo Bolaños, Notario.—1
vez.—CE2015004550.—(IN2015068155).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 00 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Carchu del Siglo XXI Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Carlos Manuel Sánchez
Leitón, Notario.—1 vez.—CE2015004551.—(IN2015068156).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Sibü Estudio Creativo Limitada.—San José, 11 de
junio del 2015.—Lic. Jonathan Jara Castro, Notario.—1 vez.—CE2015004552.—(IN2015068157).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 12 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Blue Water Travel Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de junio del 2015.—Lic. José Andrés Masis Calvo, Notario.—1
vez.—CE2015004553.—(IN2015068158).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Ganadera Pasto Real Sociedad Anónima.—San José, 11
de junio del 2015.—Lic. Jimmy José León Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2015004554.—(IN2015068159).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 29 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Nieto Odio Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio
del 2015.—Licda. Marta Isabel Alvarado Granados, Notaria.—1
vez.—CE2015004555.—(IN2015068160).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 12 horas 00 minutos del 08 de junio del año 2015, se constituyó la sociedad
denominada Daytimco Family Corporation Sociedad Anónima.—San José, 11 de
junio del 2015.—Lic. Óscar Andrés Segura Navarro, Notario.—1
vez.—CE2015004556.—(IN2015068161).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Corporación TSL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de junio del 2015.—Lic. Marcos Osvaldo Araya Díaz, Notario.—1
vez.—CE2015004557.—(IN2015068162).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 06 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada A M Producciones Sociedad Anónima.—San José, 11 de
junio del 2015.—Licda. Vilma Cecilia Paco Morales, Notaria.—1 vez.—CE2015004558.—(IN2015068163).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 16 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Estill´s Paradise Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de junio del 2015.—Licda. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1
vez.—CE2015004559.—(IN2015068164).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Urbanizadora HJH del Este Sociedad Anónima.—San
José, 11 de junio del 2015.—Lic. Esteban José Martínez Fuentes, Notario.—1
vez.—CE2015004560.—(IN2015068165).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 11 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Unión Maderera del Pacífico Central Sociedad Anónima.—San
José, 11 de junio del 2015.—Lic. Guillermo Enrique Segura Amador, Notario.—1
vez.—CE2015004561.—(IN2015068166).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 10 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Aldana AW Inc Sociedad Anónima.—San José, 11 de
junio del 2015.—Lic. Marco Antonio Rodríguez Vargas, Notario.—1
vez.—CE2015004562.—(IN2015068167).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 03 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Eventos JR Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio
del 2015.—Licda. Vilma Cecilia Paco Morales, Notaria.—1
vez.—CE2015004563.—(IN2015068168).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 15 minutos del 09 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada HJH Inversiones del Este Sociedad Anónima.—San José,
11 de junio del 2015.—Lic. Esteban José Martínez Fuentes, Notario.—1
vez.—CE2015004564.—(IN2015068169).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada IPC Publicidad Sociedad Anónima.—San José, 11 de
junio del 2015.—Licda. Marcia Vanessa Matarrita Varela, Notaria.—1
vez.—CE2015004566.—(IN2015068170).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 18 horas 00 minutos del 09 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Justine Manteles y Mas Sociedad Anónima.—San José,
11 de junio del 2015.—Lic. Marco Antonio Sánchez Pereira, Notario.—1
vez.—CE2015004566.—(IN2015068171).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 17 horas 30 minutos del 09 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada BZ Flamingo Llc Limitada.—San José, 11 de junio del
2015.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1
vez.—CE2015004567.—(IN2015068172).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 00 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Barbastro Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Federico Batalla Esquivel,
Notario.—1 vez.—CE2015004568.—(IN2015068173).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 20 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Productos con Propósito PCP Sociedad Anónima.—San
José, 11 de junio del 2015.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1
vez.—CE2015004569.—(IN2015068174).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 22 horas 45 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Risgon Sociedad Anónima.—San José, 11 de
junio del 2015.—Licda. Magally María Guadamúz García, Notaria.—1
vez.—CE2015004570.—(IN2015068175).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 17 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Gastronómicas Tramonto Di Bella Spiaggia
Limitada.—San José, 11 de junio del 2015.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños,
Notario.—1 vez.—CE2015004571.—(IN2015068176).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 30 minutos del 11 de junio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Oficinas Inmobiliarias Ofinsa Limitada.—San José, 11
de junio del 2015.—Licda. Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1
vez.—CE2015004572.—(IN2015068177).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Patrimonio Global Sociedad Anónima.—San José, 31 de
julio del 2015.—Licda. María del Carmen Otárola Zúñiga, Notaria.—1
vez.—CE2015006154.—(IN2015068178).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 40 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Water World Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 31 de julio del 2015.—Lic. William Juárez Mendoza, Notario.—1
vez.—CE2015006155.—(IN2015068179).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada C.C.S Lounge de San Ramón Sociedad Anónima.—San
José, 31 de julio del 2015.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—1
vez.—CE2015006156.—(IN2015068180).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Maguiar Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 31 de julio del 2015.—Licda. Jessica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1
vez.—CE2015006157.—(IN2015068181).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 18 horas 15 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Soda Bar El Carmen Sociedad Anónima.—San José, 31 de
julio del 2015.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—CE2015006158.—(IN2015068182).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Inmobiliaria Nicapi Sociedad Anónima.—San José, 31
de julio del 2015.—Licda. Jessica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1
vez.—CE2015006159.—(IN2015068183).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Kami Beach Bar Sociedad Anónima.—San José, 31 de
julio del 2015.—Licda. Thais Melissa Hernández Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2015006160.—(IN2015068184).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 16 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Bobby’s Towers Sociedad Anónima.—San José, 31 de
Julio del 2015.—Lic. Edwin Alfredo Chacón Bolaños, Notario.—1
vez.—CE2015006161.—(IN2015068185).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada CR Pura Vida con Salud Sociedad Anónima.—San José,
31 de julio del 2015.—Licda. Patricia Cordero Cajiao, Notaria.—1
vez.—CE2015006162.—(IN2015068186).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 49 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada M & H Asociados Sociedad Anónima.—San José, 31
de julio del 2015.—Licda. Laureen Jinnett Leandro Castillo, Notaria.—1
vez.—CE2015006163.—(IN2015068187).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Hamco Limitada.—San José, 31 de julio del 2015.—Lic.
Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—CE2015006164.—(IN2015068188).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Rincon Properties and Developments Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 31 de julio del 2015.—Lic. Roberto José
Araya Lao, Notario.—1 vez.—CE2015006165.—(IN2015068189).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones GML Familiares de Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 31 de julio del 2015.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1
vez.—CE2015006166.—(IN2015068190).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 30 minutos del 24 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Multivisión TV Sociedad Anónima.—San José, 31 de
julio del 2015.—Licda. Catalina Moya Azucena, Notaria.—1
vez.—CE2015006167.—(IN2015068191).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Acabados y Mantenimiento Industrial C.R. Limitada.—San
José, 31 de julio del 2015.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2015006168.—(IN2015068192).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 30 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada CF Forestry Costa Rica Limitada.—San José, 31 de
julio del 2015.—Licda. Catalina Moya Azucena, Notaria.—1
vez.—CE2015006169.—(IN2015068193).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 50 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Grupo de Inversión D&M y Asociados Sociedad Anónima.—San
José, 31 de julio del 2015.—Licda. Cinthya Calderón Rodríguez, Notaria.—1
vez.—CE2015006170.—(IN2015068194).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 24 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Lek Four de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José,
31 de julio del 2015.—Licda. María Abigail Ruiz Rosales, Notario.—1
vez.—CE2015006171.—(IN2015068195).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada R Y Z Stratega Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 31 de julio del 2015.—Licda. Tannia Calderón Quesada, Notaria.—1
vez.—CE2015006172.—(IN2015068196).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Soluciones Inmobiliarias a la Medida Limitada.—San
José, 31 de julio del 2015.—Licda. Bárbara Van Nierop, Notaria.—1
vez.—CE2015006173.—(IN2015068197).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 20 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Bridgestone Investments C.R. Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 31 de julio del 2015.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez,
Notario.—1 vez.—CE2015006174.—(IN2015068198).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada P R S Nueve Nueve Siete Sociedad Anónima.—San José,
31 de julio del 2015.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1
vez.—CE2015006175.—(IN2015068199).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 30 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Wing to Wing Sociedad Anónima.—San José, 31 de julio
del 2015.—Licda. Alina Fallas Zeledón, Notaria.—1
vez.—CE2015006176.—(IN2015068200).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 12 horas 30 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Blue Castle Ventures Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 31 de julio del 2015.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez,
Notario.—1 vez.—CE2015006177.—(IN2015068201).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 49 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada M & H Abogados y Consultores Sociedad Anónima.—San
José, 31 de julio del 2015.—Licda. Laureen Jinnett Leandro Castillo, Notaria.—1
vez.—CE2015006178.—(IN2015068202).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Grupo Ochocientos Veintitrés Sociedad Anónima.—San
José, 31 de julio del 2015.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1
vez.—CE2015006179.—(IN2015068203).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Novacom Global C.A Sociedad Anónima.—San José, 31 de
julio del 2015.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1
vez.—CE2015006180.—(IN2015068204).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Grupo Squadra R Y Z Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 31 de julio del 2015.—Licda. Tannia Calderón Quesada, Notaria.—1
vez.—CE2015006181.—(IN2015068205).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada FMO y ACB Sociedad Anónima.—San José, 1° de agosto
del 2015.—Licda. Laura Priscila Carvajal Ramírez, Notaria.—1
vez.—CE2015006182.—(IN2015068206).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría
a las 10 horas 05 minutos del 05 de Agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Sabalo Quince Sociedad Anónima.—San José, 5 de
agosto del 2015.—Lic. Juan Pablo Delgado Vargas, Notario.—1
vez.—CE2015006331.—(IN2015068211).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 12 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Grupo Consultor Internacional de Servicios de Seguridad
Sociedad Anónima.—San José, 5 de agosto del 2015.—Licda. Violeta Conejo
Villalobos, Notaria.—1 vez.—CE2015006332.—(IN2015068212).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 00 minutos del 13 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Boyala Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 5 de
agosto del 2015.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—CE2015006333.—(IN2015068213).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 12 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Mundi Transfers ABC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de agosto del 2015.—Lic. Fernando José Solano Rojas, Notario.—1
vez.—CE2015006334.—(IN2015068214).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Mundi Transfers Global Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 6 de agosto del 2015.—Lic. Fernando José Solano Rojas,
Notario.—1 vez.—CE2015006335.—(IN2015068215).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Casa del Campanario Antigua Limitada.—San José, 6 de
agosto del 2015.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1
vez.—CE2015006336.—(IN2015068216).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Montañita del Rio Lindo Sociedad Anónima.—San José,
6 de agosto del 2015.—Licda. Nikohl Vargas Araya, Notaria.—1
vez.—CE2015006337.—(IN2015068217).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Tenedora de Acciones Coto Hidalgo Sociedad Anónima.—San
José, 6 de agosto del 2015.—Licda. Karol Mata Araya, Notaria.—1 vez.—CE2015006338.—(IN2015068218).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Tenedora de Acciones Coto Hidalgo Sociedad Anónima.—San
José, 6 de agosto del 2015.—Licda. Karol Mata Araya, Notaria.—1
vez.—CE2015006338.—(IN2015068218).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Mandala Pools Sociedad Anónima.—San José, 6 de agosto
del 2015.—Lic. José Humberto Alvarado Angulo, Notario.—1
vez.—CE2015006339.—(IN2015068219).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 20 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Aero Consult Interamericana ACI Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de agosto del 2015.—Lic. Randall
Chuken Vargas, Notario.—1 vez.—CE2015006340.—(IN2015068220).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada CR Photo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de agosto del 2015.—Licda. Rocío Córdoba Cambronero, Notaria.—1
vez.—CE2015006341.—(IN2015068221).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Pacífico Sol y Mar de Quepos Sociedad Anónima.—San
José, 6 de agosto del 2015.—Lic. Juan Diego Campos Bermúdez, Notario.—1
vez.—CE2015006342.—(IN2015068222).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 30 minutos del 04 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Multiventas Soluciones Sociedad Anónima—San José,
06 de agosto del 2015.—Lic. Geanina Soto Chaves, Notaria.—1
vez.—CE2015006343.—(IN2015068223).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 05 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Sardinata Sociedad Anónima—San José, 06 de agosto
del 2015.—Lic. Juan Pablo Delgado Vargas, Notario.—1
vez.—CE2015006344.—(IN2015068224).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 31 de Julio del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Costa Rica Powersports Sociedad Anónima (en
inglés), Costa Rica Deportes de Poder Sociedad Anónima (en español) Sociedad
Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado,
Notario.—1 vez.—CE2015006345.—(IN2015068225).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Sparktime PS Limitada—San José, 06 de agosto del
2015.—Lic. Silvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—CE2015006346.—(IN2015068226).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 56 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Bubishimo Bishi Sociedad Anónima—San José, 06 de
agosto del 2015.—Lic. María de la Cruz Villanea Villegas, Notaria.—1
vez.—CE2015006347.—(IN2015068227).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Costa Rica Powersports Sociedad Anónima.—San
José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1
vez.—CE2015006348.—(IN2015068228).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Vacacentro Cartaginesa Sociedad Anónima—San José,
06 de agosto del 2015.—Lic. Edwin Martin Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—CE2015006349.—(IN2015068229).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de junio del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada San Cristóbal Costa Rica Limitada—San José, 06 de
agosto del 2015.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1
vez.—CE2015006350.—(IN2015068230).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Metroinversiones Cartaginesas Sociedad Anónima—San
José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Edwin Martin Chacón Saborío, Notario.—1
vez.—CE2015006351.—(IN2015068231).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Gerblaven Sociedad Anónima—San José,
06 de agosto del 2015.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora, Notario.—1
vez.—CE2015006352.—(IN2015068232).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 30 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Ciudad Inmobiliaria J J de Alajuela Sociedad
Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Edwin Martin Chacón Saborío,
Notario.—1 vez.—CE2015006353.—(IN2015068233).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Panorámica del Este Coto Hidalgo Sociedad Anónima—San
José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Karol Mata Araya, Notaria.—1
vez.—CE2015006354.—(IN2015068234).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada American Cargo Sociedad Anónima—San José, 06 de
agosto del 2015.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1
vez.—CE2015006355.—(IN2015068235).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Barrialeñas Sociedad Anónima—San
José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—CE2015006356.—(IN2015068236).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 30 minutos del 06 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Los Pasantes de la Terminal Sociedad
Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Hoover Gonzales Garita,
Notario.—1 vez.—CE2015006357.—(IN2015068237).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de agosto del año
2015, se constituyó la sociedad denominada Cerro Nevado Illimani Sociedad De
Responsabilidad Limitada—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. José Manuel
Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—CE2015006358.—(IN2015068238).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Twahcd Vehicle Investment Sociedad de Responsabilidad
Limitada—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Gastón Sancho Cubero,
Notario.—1 vez.—CE2015006359.—(IN2015068239).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 30 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Mata Palo Las Olas Del Mar Sociedad Anónima—San
José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Nora Vanessa Chacón Jiménez, Notaria.—1
vez.—CE2015006360.—(IN2015068240).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Entrada del Eucalipto Lote Cuatro Limitada—San
José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1
vez.—CE2015006361.—(IN2015068241).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Baher Servicios Médicos Sociedad Anónima—San
José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Ramón Badilla González, Notario.—1
vez.—CE2015006362.—(IN2015068242).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada El Jardin Soda & Café BMD Sociedad
Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Juan Gerardo Acosta Mora,
Notario.—1 vez.—CE2015006363.—(IN2015068243).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Xin Li Da Ganadería Grupo (Costa Rica) Sociedad
Anónima—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Gabriel Gerardo Valenciano
Rojas, Notario.—1 vez.—CE2015006364.—(IN2015068244).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de Junio del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Jiménez y Sánchez Sociedad Anónima—San José, 06
de agosto del 2015.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1
vez.—CE2015006365.—(IN2015068245).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Pools Mandala Sociedad Anónima—San José, 06 de
agosto del 2015.—Lic. José Humberto Alvarado Angulo, Notario.—1
vez.—CE2015006366.—(IN2015068246).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 24 de Julio del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Sumi & Graf Sociedad Anónima—San José,
06 de agosto del 2015.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1
vez.—CE2015006367.—(IN2015068247).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Los Tornados Blancos Sociedad de Responsabilidad
Limitada—San José, 06 de agosto del 2015.—Lic. Priscila Picado Murillo,
Notaria.—1 vez.—CE2015006368.—(IN2015068248).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de Julio del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada FJA Logistics Sociedad Anónima—San José,
06 de agosto del 2015.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1
vez.—CE2015006369.—(IN2015068249).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 30 de Junio del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Grupo Garyba Sociedad Anónima—San José, 06 de
agosto del 2015.—Lic. Otto Geovanny Ceciliano Mora, Notario.—1
vez.—CE2015006370.—(IN2015068250).
Por
escritura otorgada en San José, a las 20:00 del 7 de octubre del 2015, la
sociedad denominada Maderas El Muelle S. A., protocolizó acuerdos
mediante los cuales reforma las cláusulas Cuarta.—Lic. Augusto Porras Anchía,
Notario.—1 vez.—(IN2015068269).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas
del diecinueve de agosto del dos mil quince, protocolice acta de asamblea
general extraordinaria de cuotitas de la sociedad Calzada Miranda Hermanos
Limitada, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula segunda de los
estatutos.—San José, tres de setiembre del dos mil quince.—Lic. Randall Vargas
Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2015068270).
Por
escritura de las 10:00 horas del 8 de octubre del año 2015, se acuerda disolver
la sociedad Right Web Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 10 de octubre del 2015.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2015068271).
Que
en la asamblea extraordinaria de la compañía Sea Urchin Fourteen S.
A., de las once horas con veinte minutos del veintitrés de mayo del año dos
mil once, en la ciudad de Tamarindo se acordó modificar la cláusula referente
al domicilio social. Es todo.—8 de octubre del 2015.—Lic. José Antonio Silva
Meneses, Notario.—1 vez.—(IN2015068280).
Urbadesarrollos S. A., se modificó la cláusula del domicilio, mediante
escritura N° 345 otorgada a las 11:00 del 6 de octubre del 2015. Notario
William Antonio Rovira Figuero en con-notariado con Rafael Ángel Morales
Soto.—San José, 6 de octubre del 2015.—Lic. Rafael Ángel Morales Soto,
Notario.—1 vez.—(IN2015068286).
En
Notaría de María del Rocío Arroyo Chaves, a las 13:30 horas de hoy, se
constituye la sociedad Inversiones Pakis S. A.. Capital suscrito
y pagado. Apoderado el presidente.—San Antonio, Belén, Heredia 1 de junio del
2015.—Licda. María del Rocío Arroyo Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2015068288).
Por
escritura otorgada en mi Notaría, a las ocho horas del nueve de octubre del año
dos mil quince; se modificó el pacto constitutivo de Figami Limitada,
cédula jurídica: tres-ciento dos-setenta y siete mil doscientos noventa y seis.
Domicilio social: Alajuela, central, Barrio San José, de la Iglesia del Barrio
San José, dos kilómetros oeste, en Instalaciones de Bloquera El Progreso.
gerente y subgerentes con facultades de representación judicial y extrajudicial
además Apoderados Generalísimos sin límite de suma y representación judicial y
extrajudicial de la sociedad.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1
vez.—(IN2015068290).
Por
escritura otorgada en mi Notaría, a las trece horas del cinco de octubre del
año dos mil quince. Por acuerdo unánime de socios se procede a disolver
totalmente Simaripatri S. A., cédula jurídica: tres-ciento
uno-seiscientos nueve mil noventa y cuatro.—Lic. José Adrián Vargas Solís,
Notario.—1 vez.—(IN2015068291).
Por
escritura otorgada en mi Notaría, a las doce horas del cinco de octubre del año
dos mil quince, se modificó el pacto constitutivo de The Golden Goddness
Three S. A.; cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos noventa y
ocho mil treinta y seis. Presidente, secretario y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma y representación judicial y
extrajudicial de la sociedad debiendo actuar conjuntamente los dos últimos.
Cambio junta directiva y fiscal.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1
vez.—(IN2015068293).
Ante
esta notaría se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Grupo Lamayo S.
A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y
tres mil doscientos cincuenta y ocho, por medio de la cual se modifica la
cláusula novena de los estatutos correspondiente a la administración y se
realizan nombramientos de junta directiva y fiscal.—Licda. Daniela Hernández
Clausen, Notaría.—1 vez.—(IN2015068296).
Por
escritura doscientos setenta y dos otorgada ante esta notaría se acuerda
disolver la sociedad anónima Las Búlgaras Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y un mil cuatrocientos
setenta y dos. Es todo.—Cóbano de Puntarenas, catorce de octubre del dos mil
catorce.—Lic. Juan Diego Chaves Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2015068302).
Por
escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó la sociedad anónima
denominada MMA Manufactura Modular Americana S. A.,
capital totalmente suscrito y pagado, domicilio social, San José, Escazú, San
Rafael, objeto el comercio, plazo 99 años.—San José, 8 de octubre del
2015.—Licda. Anabelle Porras Vargas, Notaría.—1 vez.—(IN2015068333).
Por
escritura otorgada en esta Notaría a las diez horas del seis de octubre del dos
mil quince, se constituyó la sociedad Ágape S. A..—Alajuela,
siete de octubre del dos mil quince.—Lic. Otto G. Paniagua Obando, Notario.—1
vez.—(IN2015068334).
Por
escritura de las 8:00 horas del 24 de setiembre del 2015, se protocoliza en
esta Notaría, acta de asamblea general extraordinaria de Roberto Grasse de
Costa Risa S. A., donde se modifica cláusula quinta de los
estatutos, aumentando capital social, que queda totalmente suscrito y
pagado.—San José, 8 de octubre del 2015.—Licda. Melania Chin Wo Cruz,
Notaría.—1 vez.—(IN2015068338).
Por
escritura de las 9:00 horas del 24 de setiembre del 2015, se protocoliza en
esta Notaría, acta de asamblea general extraordinaria de 3101607242 S. A.
donde se modifica cláusula cuarta de los estatutos, modificando el plazo
social.—San José, 8 de octubre del 2015.—Licda. Melania Chin Wo Cruz,
Notaria.—1 vez.—(IN2015068341).
Por
escritura del 27 de setiembre del 2015, You Are Too Late S. A., reformó
estatutos y nombró junta directiva. Por escrituras del 7 de octubre del 2015,
se constituyeron las sociedades civiles Luz de Luna Quetzaly S. C. y Luz
de Sol Tonatiuhk S. C..—San José, 7 octubre del 2015.—Lic. Marvin Céspedes
Méndez, Notario.—1 vez.—(IN2015068347).
Mediante
escritura número 287-4, folios del 178 frente al 180 vuelto, tomo 4 del
protocolo del suscrito notario, se constituye la empresa Inversiones Chamala
de San Pablo Sociedad Anónima, domicilio San José, cantón trece Tibás,
distrito quinto Colima, exactamente contiguo a la Iglesia San Bruno, edificio
color blanco hueso, pudiendo abrir sucursales y agencias o ambas dentro y fuera
del territorio nacional de Costa Rica. Capital social totalmente suscrito y
pagado. Escritura otorgada en San José, a las 17 horas del 7 de octubre del
2015.—Lic. José Wilfredo Tercero Reyes, Notario.—1 vez.—(IN2015068352).
Mediante
la escritura número 58-9, autorizada en mi Notaría al ser las 11:30 horas del
día 8 de octubre del 2015, protocolicé el acta de asamblea general de
accionistas de la sociedad Corporación Lemochi Sociedad Anónima,
domiciliada en San José, Escazú, San Rafael, Anonos, contiguo al Puente,
Apartamento número siete, en la cual se acordó por acuerdo de socios disolver
la sociedad.—San José, 8 de octubre del 2015.—Licda. Fresia María Ramos Ugarte,
Notaria.—1 vez.—(IN2015068355).
Mediante
la escritura número 57-9, autorizada en mi Notaría al ser las 11:00 horas del
día 8 de octubre del 2015, protocolicé el acta de asamblea general de
accionistas de la sociedad Inversiones LP del Este
Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Zapote, de la Rotonda de las
Garantías Sociales trescientos metros al sur y doscientos cincuenta metros al
este, en la cual se acordó por acuerdo de socios disolver la sociedad.—San
José, 8 de octubre del 2015.—Licda. Fresia María Ramos Ugarte, Notaria.—1
vez.—(IN2015068356).
Mediante
la escritura número 60-9, autorizada en mi Notaría al ser las 13:00 horas del
día 8 de octubre del 2015, protocolicé el acta de asamblea general de
accionistas de la sociedad con nuevo domicilio en San José, Curribabat, Pinares
de Aldesa diez metros al Norte, Condominios La Sierra, número dos, denominada Las
Acacias Estates Sociedad Anónima, en la cual se nombran nuevos miembros de
junta directiva, se modifica el domicilio social y la representación de la sociedad.—San
José, 8 de octubre del 2015.—Licda. Fresia María Ramos Ugarte, Notaria.—1
vez.—(IN2015068357).
Mediante
la escritura número 59-9, autorizada en mi Notaría al ser las 12:00 horas del
día 8 de octubre del 2015, protocolicé el acta de asamblea general de
accionistas de la sociedad Consorcio LM de Chinchilla Sociedad Anónima,
domiciliada en San José, Zapote, de la Rotonda de las Garantías Sociales,
trescientos metros al Sur, cien metros al este y cien metros al sur, casa
número ochenta y seis, en la cual se acordó por acuerdo de socios disolver la
sociedad.—San José, 8 de octubre del 2015.—Licda. Fresia María Ramos Ugarte,
Notaria.—1 vez.—(IN2015068358).
Mediante
escritura número setenta y tres otorgada a las dieciséis y treinta horas del
seis de octubre del dos quince, por acuerdo de socios en asamblea
extraordinaria se procede transformar la sociedad Professional Nurse Sociedad
de Responsabilidad Limitada, a Professional Nurse Sociedad Anónima.
Presidente. Hansell Sequeira Briceño, casado en segundas nupcias, Enfermero,
vecino de Limón, Rio Blanco, contiguo a Pulpería Katia, con cédula
seis-trescientos ocho cero setecientos sesenta y cinco, con facultades de
Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma. Domicilio social: Distrito primero,
cantón central, provincia de Limón, en instalaciones de antigua Nación, frente
a Sitrapequia, siete de octubre del dos mil quince.—Licda. Ofelia Rebeca Miller
Bryan, Notaría.—1 vez.—(IN2015068359).
Por
escritura otorgada ante ésta Notaría, a las ocho horas del tres de octubre del
dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios
de la sociedad Ramas del Rio Peje Sociedad Anónima. Se reforma la
cláusula segunda, del pacto constitutivo.—Naranjo, tres de octubre del dos mil
quince.—Licda. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaría.—1 vez.—(IN2015068366).
Por
escritura otorgada a las 9:00 horas del día de hoy, se protocoliza el acta de
asamblea general extraordinaria de la compañía Caja de Ande Seguros Sociedad
Agencia de Seguros Sociedad Anónima por la cual, entre otros, se reforma la
cláusula sexta de los estatutos sociales sobre la administración.—San José, 9
de octubre del 2015.—Lic. Luis Paulino Salas Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2015068371).
Mediante escritura número ochenta y tres-diecisiete, otorgada ante esta
notaría al ser siete horas treinta minutos del día nueve de octubre del dos mil
quince, por acuerdo unánime de socios se reforma cláusula del domicilio, la
admiración y se nombre nuevo presidente, secretario y fiscal de la sociedad Consultores
de Marcas Privadas CMP S. A. Presidente: Joachim Richly.—Lic. Óscar
Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41536.—(IN2015068382).
Mediante escritura
número ochenta y dos-diecisiete, otorgada ante esta notaría al ser las siete
horas veinte minutos del día nueve de octubre del dos mil quince, por acuerdo
unánime de socios se reforma cláusula del capital social de la sociedad Rajasa
de Coro S. A. Presidente: Joachim Richly.—Lic. Óscar Mario Lizano
Quesada, Notario.—1
vez.—Solicitud N° 41534.—(IN2015068383).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 1 de octubre del
2015, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la
sociedad Inmobiliaria el Rincón Sociedad Anónima. Se acuerda modificar
cláusula de administración y se renombra miembros de junta directiva. Es
todo.—San José, primero de octubre del dos mil quince.—Lic. Francisco Arturo
Arias Mena, Notario.—1 vez.—(IN2015068387).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 1 de octubre del
2015, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la
sociedad El Rincón Playa Bejuco Uno Sociedad Anónima. Se acuerda
modificar cláusula de administración y se renombra miembros de junta directiva.
Es todo.—San José, primero de octubre del dos mil quince.—Lic. Francisco Arturo
Arias Mena, Notario.—1 vez.—(IN2015068388).
Mediante escritura autorizada por mí, a las 10 horas 20 minutos del 30
de setiembre del 2015, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de Cinco Mil Veinticinco Sociedad Anónima
(la “Compañía”), de esta plaza, cédula de persona jurídica número 3-101-186847;
mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio del pacto
constitutivo de la compañía.—San José, 6 de octubre del 2015.—Lic. Ricardo
Alberto Güell Peña, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 41524.—(IN2015068391).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 5 de octubre del
año 2015, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad de esta plaza Sol de la Negra Corp. Sociedad Anónima, con
cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro cero nueve dos cuatro cinco, se nombra
nuevo presidente, secretario y tesorero, se cambia cláusula quinta de
representación del pacto social constitutivo.—Guanacaste, 5 de setiembre del
2015.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—(IN2015068392).
Por escritura
otorgada ante mí a las dieciséis horas del dos de octubre del año dos mil
quince, se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad 3-101-620460
S. A., cédula jurídica número 3-101-620460.—8 de octubre del 2015.—Lic.
Eitel Álvarez Ulate,
Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41520.—(IN2015068394).
Protocolización
del acta de sesión ordinaria de junta directiva de la compañía La Nación
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-dos mil
seiscientos cuarenta y ocho, en la cual se modifica la cláusula del capital
social. Escritura otorgada a las quince horas del ocho de octubre del dos mil
quince.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—(IN2015068395).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas
treinta minutos del ocho de octubre del año dos mil quince, se reformó la
cláusula novena del
pacto constitutivo de
la sociedad Diasovi S.
A., cédula jurídica número 3-101-574725.—8 de octubre del 2015.—Lic. Eitel
Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 41519.—(IN2015068397).
Por
escritura otorgada ante esta notaría número trescientos veintinueve, de las
dieciséis horas del ocho de octubre del dos mil quince, visible al folio ciento
cuarenta y ocho vuelto y ciento cuarenta y nueve frente se protocoliza acta
asamblea general extraordinaria de socios de Gold Sew And Fabrics Sociedad
Anónima. Se aumenta el capital social para que este sea por la suma de
ciento cincuenta millones de colones y se reforma cláusula del pacto
social.—Alajuela, 8 de octubre del 2015.—Lic. Víctor Julio Aguilar Soto,
Notario.—1 vez.—(IN2015068407).
Por
escritura número cincuenta otorgada ante esta Notaría a las quince horas
treinta minutos del día seis de octubre del dos mil quince, por acuerdo unánime
y en firme de socios se reformo la cláusula tercera del pacto constitutivo de Creta
Maritime Investments Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-684403.
Es todo.—San José, a las quince horas diez minutos del día siete de octubre del
dos mil quince.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1
vez.—(IN2015068420).
Por escritura número cuarenta y nueve otorgada
ante esta Notaría a las quince horas del día seis de octubre de dos mil quince,
por acuerdo unánime y en firme de socios se reformo la cláusula tercera del
pacto constitutivo de Cóbano Holdings Sociedad Anónima, cédula jurídica
número 3-101-698226. Es todo. San José, a las quince horas quince minutos del
día siete de octubre del dos mil quince.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain,
Notario.—1 vez.—(IN2015068422).
Por
escritura número cuarenta y ocho otorgada ante esta Notaría a las quince horas
del día seis de octubre de dos mil quince, por acuerdo unánime y en firme de
socios se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo de Bascor y
Sebastián de Cóbano Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-378427.
Es todo.—San José, a las quince horas veinte minutos del día siete de octubre
del dos mil quince.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1
vez.—(IN2015068423).
Por
escritura número cuarenta y siete otorgada ante esta Notaría a las catorce
horas cuarenta y cinco minutos del día seis de octubre del dos mil quince, por
acuerdo unánime y en firme de socios se reformo la cláusula segunda del pacto
constitutivo de Cuartel Monte y Valle Sociedad Anónima, cédula jurídica
número 3-101-118876. Es todo.—San José, a las quince horas treinta minutos del
día siete de octubre del dos mil quince.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain,
Notario.—1 vez.—(IN2015068425).
Por escritura número cincuenta y uno otorgada ante
esta Notaría a las quince horas cuarenta y cinco minutos del día seis de
octubre del dos mil quince, por acuerdo unánime y en firme de socios se reformó
la cláusula tercera del pacto constitutivo de Tres-Ciento Uno-Seiscientos
Noventa y Seis Mil Novecientos Ochenta y Dos Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-696982. Es todo.—San José, a las quince horas del día siete
de octubre del dos mil quince.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1
vez.—(IN2015068426).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las
diez horas veinticinco minutos del día ocho de octubre del dos mil quince, se
protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Farmacia Chavarría, Sociedad Anónima.
Donde se acuerda reformar la cláusula novena de los estatutos de la
Compañía.—San José, ocho de octubre del dos mil quince.—Licda. Magally María
Guadamuz García, Notaría.—1 vez.—(IN2015068437).
Por
escritura otorgada ante mí a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de
setiembre dos mil quince se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de
socios de Alfredo y Mercedes S. A. mediante la cual se reforman
las cláusulas segunda y sétima de su pacto social, y se elimina la cláusula
novena.—San José, dieciocho de setiembre del dos mil quince.—Lic. Marco Montero
González, Notario.—1 vez.—(IN2015068438).
Ante esta Notaría ha sido constituida por mCarlos
Alberto Olivares Hidaalgo y otros, la sociedad denominada B-Life Inversiones
Sociedad Anónima, que se dedicará a la comercialización de
productos.—Desamparados, 4 de setiembre del 2015.—Lic. Claudio Enrique Badilla,
Notario.—1 vez.—(IN2015068467).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas
del diecisiete de setiembre del mil quince, protocolicé acuerdos de asamblea
general extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza, Maxcentral
Sociedad Anónima en que se reforma la cláusula del capital social.—Lic.
Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—(IN2015068486).
Hoy
protocolicé acuerdos de la sociedad Distribuidora el Mundo Plástico S.
A., mediante la cual se modificó la cláusula quinta del capital social de
la sociedad.—San José, 8 de octubre del 2015.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa,
Notario.—1 vez.—(IN2015068492).
Que
la notaria Marianella Mora Barrantes, en escritura número 71 otorgada a las 10
horas 30 minutos del 6 de octubre del 2015, se constituye la sociedad
denominada Finka Cacao Uno Sociedad Anónima.—San José, 11:00 horas del 6
de octubre del 2015.—Licda. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1
vez.—(IN2015068505).
Que
la notaria Marianella Mora Barrantes, en escritura número 73 otorgada a las 16
horas del 7 de octubre del 2015, se constituye la sociedad denominada La
Funciere D’ocotal Sociedad Anónima.—San José, 17 horas 3 minutos del 7 de
octubre del 2015.—Licda. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1
vez.—(IN2015068507).
Que
la notaria Marianella Mora Barrantes, en escritura número 72 otorgada a las 15
horas del 7 de octubre del 2015, se constituye la sociedad denominada Ocotal
Exploitation Sociedad Anónima.—San José, 16 horas 33 minutos del 7 de
octubre del 2015.—Licda. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1
vez.—(IN2015068509).
Que
la notaria Marianella Mora Barrantes, en escritura número 64 otorgada a las 11
horas del 22 de setiembre del 2015, se
constituye la sociedad denominada Rochet CH Sociedad Anónima.—San José,
10 horas 20 minutos del 6 de octubre del 2015.—Licda. Marianella Mora
Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2015068511).
He
protocolizado acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Stanf de
Puerto Viejo Sociedad Anónima que contiene modificaciones en la cláusula
sexta del pacto constitutivo.—San José, 09 de octubre de 2015.—Licda. Denice
Yorleny Brown Beckford, Notaria.—1 vez.—(IN2015068512).
A
las trece horas de hoy, protocolicé acta de la empresa Meeting and Show
Company S. A. que modifica la cláusula quinta del capital, para aumentarlo
a ciento setenta y dos millones de colones.—San José, treinta de setiembre del
dos mil quince.—Lic. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—(IN2015068514).
Ante
el notario público Fernando Mena Alvarado, con oficina en Grecia centro,
Alajuela, 125 metros norte de Perimercados, se constituyó la sociedad civil: Roca
de San Carlos Sociedad Civil. El domicilio social será en Sangregado de
Venado, San Carlos, Alajuela, 2 kilómetros al este de la escuela de la
localidad, el plazo social es de 50 años a partir del 08-10-2015. Su objeto:
desarrollo de todo tipo de actividades agrícolas y lecheras. Administradores 1:
Virgilio Arturo Castro Cubero, Nº 5-209-072, 2: Sonia María Rodríguez Vargas,
Nº 2-439-082.—Grecia, 08 de octubre del 2015.—Lic. Fernando Mena Alvarado,
Notario.—1 vez.—(IN2015068518).)
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a los
señores Roberto Jorge Benavente, Norma Beatriz Romero y Jorge Orlando Bermúdez
Hidalgo, que con relación a la constitución de la Fundación Salud sin Fronteras
FSF, cédula jurídica: 3-006-315281, el Registro de Personas Jurídicas dio
apertura a un proceso de diligencia administrativa extrarregistral promovida
por los señores Francisco Javier Malca Salas y Anita Lucía Reátegui Pizarro, y
del cual que se les confiere audiencia, por un plazo de quince días hábiles
contados a partir del día siguiente al del recibido de la presente resolución,
a efecto de que dentro del plazo antes indicado, presenten los alegatos que a
los derechos de la entidad convengan. Se les previene que deben señalar lugar o
medio para atender notificaciones de este Despacho dentro del perímetro de la
ciudad de San José, si no lo hicieren, las resoluciones que se dicten se les
tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se
producirá si el medio escogido imposibilita la notificación por causas ajenas a
este Despacho, o bien, si el lugar señalado no existe, permanece cerrado, si la
dirección es imprecisa, incierta o inexistente. Todo lo anterior, de
conformidad con los artículos 92 y siguientes del Reglamento del Registro
Público (Decreto Ejecutivo número 26771-J de 18 de marzo de 1998 y sus
reformas. (Expediente RPJ-039-2015), publíquese por tres veces consecutivas en
el Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat, 14 de octubre del 2015.—Lic.
Henry Jara Solís, Coordinador General.—(IN2015070228).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SUCURSALES
REGIÓN ATLÁNTICA
SUCURSAL LIMÓN
De conformidad con lo
dispuesto en los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”.
Por ignorarse el domicilio actual de Ana Beatriz Ramírez Rodríguez, N° patronal
0-114820760-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la
Sucursal de Limón de la Dirección Regional de Sucursales Huetar Atlántica, ha
dictado el Traslado de Cargos número de caso 1502-2015-00384, que en lo que
interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se
han detectado omisiones salariales del trabajador: Arroyo Barrios Manuel
Antonio, detallado en la hoja de trabajo, folio 0011, del expediente
administrativo, por el periodo del 15 de julio del 2013 hasta el 14 de setiembre
del 2013, Total en salarios omitidos de (¢305.200,00) Trescientos cinco mil
doscientos colones con cero céntimos,
Total de cuotas obreras y patronales de la Caja (¢85.734,00), ochenta y cinco
mil setecientos treinta y cuatro colones con cero céntimos, Total de
aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador (¢15.263,00), Quince mil
doscientos sesenta y tres colones con cero céntimos. Consulta expediente: en
esta oficina situada Limón Centro 75 norte del Gimnasio Eddy Bermúdez Teléfono
2758-0266, fax 2798-7274, se encuentra a su disposición el expediente para los
efectos que dispone la ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles
contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para oír
notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja. El
mismo que para los efectos Jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de
justicia como Primer circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio
para notificaciones las resoluciones posteriores al traslado se tendrán por
notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha
de resolución. Notifíquese. Caja Costarricense de Seguro Social-Gerencia
Financiera.—Lic. Marco A. Rivera Ferrera, Jefe Área Técnica Regional, cédula
7-0103-0944, Dirección Regional de Sucursales Huetar Atlántico.
______
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 20 del “Reglamento
para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores
Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual de Susan Felipa González
Rodríguez, N° patronal 7-2810100859-001-001, se procede a notificar por medio
de edicto, que la Sucursal de Limón de la Dirección Regional de Sucursales
Huetar Atlántica, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso 1502-2014-01187,
que en lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial
efectuada, se han detectado omisiones salariales del trabajador: Dimelsa
Geraldine Mora Rojas, detallado en la hoja de trabajo, folio 0040 del
expediente administrativo, por el periodo del febrero del 2013 hasta octubre
del 2013, Total en salarios omitidos de (¢1.956.987,98) Un millón novecientos
cincuenta y seis mil novecientos ochenta y siete colones con noventa y ocho
céntimos, Total de cuotas obreras y patronales de la Caja (¢549.718,00),
Quinientos cuarenta y nueve mil setecientos dieciocho colones con cero
céntimos, Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador
(¢97.849,00), Noventa y siete mil ochocientos cuarenta y nueve colones con cero
céntimos. Consulta expediente: en esta oficina situada Limón Centro 75 norte
del Gimnasio Eddy Bermúdez Teléfono 2758-0266, fax 2798-7274, se encuentra a su
disposición el expediente para los efectos que dispone la ley. Se les confiere
un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su
publicación, para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo
establecido por la Caja. El mismo que para los efectos Jurisdiccionales ha
establecido la Corte Suprema de justicia como Primer circuito Judicial de san
José. De no indicar lugar o medio para notificaciones las resoluciones
posteriores al traslado se tendrán por notificadas con solo el transcurso de
24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese. Caja
Costarricense de Seguro Social. Gerencia Financiera.—Lic. Marco A. Rivera
Ferrera, Jefe Área Técnica Regional, cédula 7-0103-0944, Dirección Regional de
Sucursales Huetar Atlántico.
______
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 20 del “Reglamento
para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores
Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual de Walter González Zamora,
N° patronal 0-107220558-001-001, se procede a notificar por medio de edicto,
que la Sucursal de Limón de la Dirección Regional de Sucursales Huetar
Atlántica, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso 1502-2015-00389, que
en lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial
efectuada, se han detectado omisiones salariales del trabajador: Arroyo Barrios
Manuel Antonio, detallado en la hoja de trabajo, folio 0014 del expediente
administrativo, por el periodo del 11 de junio del 2012 hasta el 23 de
noviembre del 2012, Total en salarios omitidos de (¢1,688.000.00) Un millón
seiscientos ochenta y ocho mil colones con cero céntimos, Total de cuotas
obreras y patronales de la Caja (¢474.162,00), cuatrocientos setenta y cuatro
mil ciento sesenta y dos colones con cero céntimos, Total de aportaciones de la
Ley de Protección al Trabajador (¢84.402,00), Ochenta y cuatro mil
cuatrocientos dos colones con cero céntimos. Consulta expediente: en esta
oficina situada Limón Centro 75 norte del Gimnasio Eddy Bermúdez Teléfono
2758-0266, fax 2798-7274, se encuentra a su disposición el expediente para los
efectos que dispone la ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles
contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para oír
notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja. El
mismo que para los efectos Jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de
justicia como Primer circuito Judicial de san José. De no indicar lugar o medio
para notificaciones las resoluciones posteriores al traslado se tendrán por
notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha
de resolución. Notifíquese. Caja Costarricense de Seguro Social. Gerencia
Financiera.—Lic. Marco A. Rivera Ferrera, Jefe Área Técnica Regional, cédula
7-0103-0944, Dirección Regional de Sucursales Huetar Atlántico.
______
De conformidad con lo
dispuesto en los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”.
Por ignorarse el domicilio actual del patrono Pacheco López Luis Manuel, número
patronal 0-00800710459-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que
la Sucursal de Limón de la Dirección Regional de Sucursales Huetar Atlántica,
ha dictado el Traslado de Cargos número de caso 1502-2015-00535, que en lo que
interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se
han detectado omisiones salariales del trabajador detallado en hoja de trabajo,
folios 0010 y 0011 del expediente administrativo, por el periodo junio 2010 a
agosto 2010, agosto 2011 a octubre 2011, setiembre del 2012 a marzo 2013, al
trabajador Castro Navarrete Wendell número de asegurado 0-701890012. Total de
salario omitidos (¢2.470.000,00) Dos millones cuatrocientos setenta mil colones
con cero céntimos. Total de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢551.798,00.
Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador (¢216.125,00)
Doscientos dieciséis mil ciento veinticinco colones con cero céntimos. Consulta
expediente: en esta oficina situada Limón Centro 75 norte del Gimnasio Eddy
Bermúdez Teléfono 2758-0266, fax 2798-7274, se encuentra a su disposición el
expediente para los efectos que dispone la ley. Se les confiere un plazo de
diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación,
para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír
notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el
mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de
Justicia como primer Circuito Judicial de Limón. De no indicar lugar o medio
para notificaciones las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se
tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir
de la fecha de resolución. Notifíquese. Gerencia Financiera.—Lic. Marco A.
Rivera Ferrera, Jefe Área Técnica Regional.—1 vez.—Solicitud
40071.—(IN2015068416).
La suscrita
Directora Regional de la Dirección Regional de Sucursales Huetar Atlántica
CCSS, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en
el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por
publicación a los patronos y trabajadores independientes abajo indicados de
conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración
Pública. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a
normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede
administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la
vía civil como penal. El adeudado se refleja al 22, 23 de julio del 2015 y al
11, 14 de agosto del 2015 en el caso de Sucursal Limón, al 14 de mayo del 2015
en el caso de Sucursal Guápiles; pueden contemplar periodos que ya poseen
firmeza administrativa.
Sucursal de Limón:
0-00701380675-999-001, Soto Barahona Jeffry, ¢2.247.555,00,
0-00301900832-999-001, Soto Astua Gerardo Antonio, ¢1.416.926,00,
0-00700530780-999-001, Wright Davis Carlos Enrique, ¢4.252.989,00,
0-00205320942-999-001, Fuertes Peña Iliana, ¢2.779.827,00, 0-00701960887-001-001,
Benavides Díaz Janier Gabriel, ¢176.337,00, 0-00700200458-001-001, Florett
Louise Daily Lawrence, ¢261.359,00, 2-03102134607-001-001, Estructuras González
S.R.L., ¢10.969.047,00, 2-03101588905-001-001, Adriafa S. A., ¢471.923,00, 2-03101588905-002-001,
Adriafa S. A., ¢1.262.246,00, 2-03101671411-002-001, Galland Centroamerica S.
A., ¢591.348,00, 2-03101401567-001-001, Oleizu S. A., ¢1.631.471,00,
0-00107860259-001-001, Hidalgo Carmona Asdrubal, ¢283.472,00,
0-00107860259-002-001, Hidalgo Carmona Asdrubal, ¢5.101.046,00,
2-03101657324-001-001, L.P.C. Chaperal S. A., ¢11.557.100,00,
2-03101620437-001-001, Duarsol S. A., ¢13.653.334,00, 2-03101548487-002-001,
Servicios Profesionales y Mantenimiento Empresarial S. A., ¢5.641.512,00, 7-01660100703-001-001,
Hernández Galán Guillermo Virgilio, ¢1.837.767,00, 2-03101143561-001-001,
Bienes Raíces Global S. A., ¢8.935.333,00. Sucursal Guápiles:
0-00800820811-999-001, Jacquin Linero Oscar Enrique, ¢1.326.248,00,
7-00026562130-999-001, Castrillo Sevilla María C, ¢283.166,00,
0-00105710074-999-001, Mena Campos Marvin, ¢1.374.042, 0-00108530598-001-001,
Méndez Jiménez Alexander, ¢2.867.891,00, 2-03101460104-001-001, Boys S Sport De
Costa Rica S. A., ¢256.690,00, 0-00501880467-999-001, Picado Alvarado Sisney
Deyanira del Carmen, ¢744.182,00, 0-00110620714-999-001, Porras Rojas Fidel
Alberto, ¢1.681.398,00, 0-00110730644-999-001, Cordero Siles Karol Jacqueline,
¢1.634.425,00, 0-00900320126-999-001, Ramírez Salazar Rafael Ángel,
¢1.841.256,00, 0-00701550981-999-001, Vargas Rubí Gabriel Gerardo,
¢1.748.423,00, 0-00701000240-999-001, Flores Gómez Badri, ¢1.657.321,00,
0-00401560591-999-001, Cordero Madrigal Rigoberto, ¢1.583.557,00,
0-00401510565-999-001, Méndez Sancho Francisco Javier, ¢1.729.526,00, 7-00015556691-999-001,
Salinas Valencia Juan Ramiro, ¢1.581.253,00, 0-00701400076-999-001, Vallejos
Solano Luis Alberto, ¢1.690.526,00, 0-00701120448-999-001, Salazar Molinares
Rolando, ¢867.570,00, 0-00701060706-999-001, Torres Jiménez María Elena,
¢7.397.894,00, 0-00114730363-999-001, Guerrero Bermúdez Yessica Fabiola,
¢336.958,00, 0-00701210574-999-001, Quirós Chaves Eric, ¢1.629.836,00,
0-00113320677-999-001, Peña Gutiérrez Walter, ¢1.681.398,00,
7-00016452248-999-001, Selva Cruz Timoteo Antonio, ¢1.576.297,00,
0-00401530618-999-001, Rojas Hernández Edwin, ¢1.547.414,00,
0-00110380647-999-001, Rojas Montero Walter Calixto, ¢1.463.474,00,
0-00303540622-999-001, Quesada Ulloa José Martin, ¢1.453.551,00,
0-00701370807-999-001, Cartin Zúñiga Sady Ricardo, ¢1.494.933,00,
0-00800670454-999-001, Muñoz Domínguez Nubia María, ¢1.476.773,00,
2-03101574423-001-001, Lammayr S. A., ¢896.856,00, 0-00900770984-999-001, Calvo
Sojo José Manuel, ¢1.442.230,00, 0-00701590336-999-001, Bermúdez Arya Verny
Allan, ¢1.469.587,00, 0-00701640029-001-001, Ortega Camacho Carlos Luis,
¢22.844,00, 7-00018075609-001-001, Jarquín Mervin Mauricio, ¢377.324,00,
7-00018075609-999-001, Jarquín Mervin Mauricio, ¢2.507.983,00,
0-007011204410-999-001, Barrantes Garro Randal, ¢441.456,00, 0-00109410568-999-001,
Solís Vásquez Ney Ivan, ¢1.928.108,00, 7-00016463540-999-001, Zhen Noindicaotro
Jianhua, ¢1.062.847,00, 0-00701520075-999-001, Moreira Hernández Carlos Andrés,
¢1.114.227,00, 0-00107080065-999-001, Cruz Angulo Hari Alberto, ¢2.624.541,00,
0-00303270592-999-001, Romero Quirós Jorge Hugo, ¢543.409,00,
7-00027819607-999-001, Centeno Urbina Isolda Carolina, ¢3.134.702,00,
0-00700610608-999-001, Parkinson Parkinson Enrique Alberto, ¢2.353.664,00,
0-00204420981-999-001, Soto Arguedas Jesús Alberto, ¢2.962.594,00,
0-00701390462-999-001, Portuguez Martínez Karla, ¢2.797.094,00,
0-00700570772-999-001, Arrieta Ardón Luis Guillermo, ¢2.376.280,00.—Gerencia
Financiera.—Dirección Regional de Sucursales Región Atlántica.—Área Técnica
Regional.—Lic. Marco A. Rivera Ferrera, Jefe.—1 vez.—Solicitud
40073.—(IN2015068418).
SUCURSAL DE SANTO DOMINGO
De conformidad con
los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la
Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio
actual del Trabajador independiente Marcela Benavides Herrera número de
afiliado 0-00108590201-999-001, se procede a notificar por medio de edicto, que
la Sucursal de Santo Domingo ha dictado el Traslado de Cargos, número de caso
1214-2015-0648, que en lo que interesa indica: se han detectado omisiones de
ingresos por facturas de trabajador Independiente detallado en hoja de trabajo,
folio 0015 del expediente administrativo, por el período comprendido de
diciembre del 2010 a febrero del 2011, número 0-00108590201-999-001.El total de
ingresos omitidos es por la suma de (¢514.800.00. Total de cuotas como
Trabajador Independiente ¢59.203.00.Consulta expediente: en esta oficina Santo
Domingo 200 norte del Palacio Municipal, se encuentra a su disposición el
expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de
diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación,
para presentar los recursos de revocatoria y apelación correspondiente. Se le
previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la Caja, el que mismo que para los
efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como
Primer Circuito Judicial de San José. Notifíquese.—Santo Domingo de Heredia, 13
de octubre del 2015.—Licda. Ana Guadalupe Vargas Martínez, Jefa.—1
vez.—(IN2015070057).