LA GACETA N° 211 DEL 30 DE OCTUBRE
DEL 2015
PODER EJECUTIVO
DECRETOS
Nº 39240-MOPT
N° 39252-S
Nº 39272-H
ACUERDOS
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
DOCUMENTOS
VARIOS
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
EDUCACIÓN PÚBLICA
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
AVISOS
ADJUDICACIONES
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
AGRICULTURA Y GANADERÍA
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
PODER JUDICIAL
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS
RIEGO Y AVENAMIENTO
AVISOS
MUNICIPALIDADES
VARIACIÓN
DE PARÁMETROS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
FE DE
ERRATAS
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS
DEL PACÍFICO
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
MUNICIPALIDADES
REGLAMENTOS
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
MUNICIPALIDADES
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
BANCO CENTRAL DE COSTA RICA
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
PATRONATO NACIONAL DE LA
INFANCIA
AVISOS
RÉGIMEN
MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ
MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
EDUCACIÓN PÚBLICA
JUSTICIA Y PAZ
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
SOCIAL
FE DE
ERRATAS
AVISOS
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
En
ejercicio de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3) y
18) y 146 de la Constitución Política, y los artículos 25, inciso 1), 27,
inciso 1) y 28, inciso 2), acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la
Administración Pública del 2 de mayo de 1978; y los artículos 3 y 4 de la Ley
Nº 9283, publicada en el Alcance Digital N° 67 de La Gaceta N° 219, del
13 de noviembre de 2014.
Considerando:
I.—Que
por Ley Nº 9283 publicada en el Alcance Digital N° 67 de La Gaceta N°
219, del 13 de noviembre de 2014, fueron aprobados los Contratos de Préstamo N°
3071/OC-CR y N° 3072/CH-CR, suscritos por la República de Costa Rica y el Banco
Interamericano de Desarrollo, para el financiamiento del Programa de
Infraestructura de Transporte (PIT).
II.—Que el artículo 3
de la citada Ley Nº 9283, dispone que con el propósito de hacer más eficiente y
efectivo el proceso de toma de decisiones en la ejecución del PIT, el
Ministerio de Obras Públicas y Transportes, en su condición de Organismo
Ejecutor del Programa, designará un Comité de Administración y Supervisión, que
será el encargado de adoptar las decisiones requeridas para la ejecución del
programa. Indica también ese artículo que el Organismo Ejecutor conformará una
Unidad Asesora para que asesore al comité antes mencionado acerca de los
documentos e informes que le presente la unidad ejecutora del Programa y en la
supervisión de las labores de ésta, en cuanto a que sean consistentes con los
requerimientos del comité, con los objetivos del Programa y que contengan toda
la información necesaria para la toma de decisiones. Se establece además en ese
mismo numeral que las reglas para la conformación y el funcionamiento de este
comité y de su unidad coordinadora serán desarrollados mediante Decreto
Ejecutivo.
III.—Que el artículo
4° de la citada Ley Nº 9283, dispone que para garantizar el cumplimiento de los
objetivos y plazos del PIT establecidos en los Contratos de Préstamo referidos,
así como en el Manual de Operaciones del Programa que el Organismo Ejecutor
defina con el BID, se requiere el accionar eficiente y efectivo de los
funcionarios públicos del Prestatario y del Organismo Ejecutor, por lo que en
consecuencia, dichos funcionarios deberán cumplir los plazos de ejecución
establecidos en los documentos y herramientas de gestión previstas en los
respectivos Contratos de Préstamo, siendo que el no cumplimiento de esos plazos
generará responsabilidad administrativa y civil para los funcionarios, según
corresponda, de conformidad con el régimen de sanciones previsto en la Ley de
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y en la Ley
General de Control Interno, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría
General en materia sancionadora, según lo dispuesto en la Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República.
IV.—Que en vista de lo
anterior, se debe emitir una reglamentación que establezca las reglas para la
conformación y el funcionamiento del comité y de la unidad asesora antes
señalados. Por tanto,
Decretan:
Reglamento
de Operación del Comité de Administración
y Supervisión (CAS) para la
Ejecución del Programa
de Infraestructura de
Transporte (PIT)
Artículo
1º—Definiciones. Para los efectos de la interpretación y de la
aplicación de este Reglamento, deberán considerarse las siguientes
definiciones:
a) BID:
Es el Banco Interamericano de Desarrollo.
b) CAS:
Es el Comité de Administración y Supervisión, que en los Contratos de Préstamo
está referido como el Comité de Aprobaciones y Supervisión.
c) CG:
Coordinador General de la Unidad Ejecutora del Programa. Profesional designado
por el Gestor para que se encargue de la coordinación de todas las actividades
y tareas que se realicen en la UEP, así como de la ejecución de algunas de
ellas.
d) Contrato
de Fideicomiso: Es el contrato que suscriba el Organismo Ejecutor con una
Entidad Financiera del Sistema Bancario Nacional, para que se encargue de la
administración y manejo de los fondos provenientes de los Contratos de Préstamo
y de cualquier otra fuente de financiamiento que el OE disponga para la
ejecución del Programa.
e) Contrato
de Gestión: Es el contrato que suscribe el Organismo Ejecutor con la
Empresa Gerenciadora (EG), para que se encargue de la Gestión Técnica del
Programa.
f) Contratos
de préstamo: Son los Contratos de Préstamo N° 3071/OC-CR y N° 3072/CH-CR,
suscritos por la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de
Desarrollo (BID), para el financiamiento del Programa de Infraestructura de
Transporte (PIT)
g) Fiduciario:
Corresponde a la Entidad Financiera del Sistema Bancario Nacional de Costa
Rica, que suscribe el Contrato de Fideicomiso de Gestión Financiera con el OE.
h) Gestión
del programa: Corresponde a la gestión administrativa, legal y técnica del
Programa.
i) Gestor:
Corresponde a la Empresa Gerenciadora contratada por el OE para que se haga
cargo de la Gestión del Programa, conforme el mecanismo de ejecución previsto
en el artículo 3° de la Ley.
j) Herramientas
de Gestión y Monitoreo: Es el conjunto de herramientas -y los productos que
surgen de su aplicación- que debe elaborar e implementar la UEP conforme los
lineamientos establecidos por el Banco, para realizar la planificación, la
ejecución, la supervisión, el seguimiento, control y monitoreo del Programa,
que incluye: PEP-UEP, POA/PF, PA, PGR, PMR, Flujograma de Adquisiciones.
k) Informe
de seguimiento: Corresponde al informe que debe presentar la UEP, con la
periodicidad que le establezca el CAS, utilizando los formatos definidos por el
Banco, como parte de las Herramientas de Gestión y Monitoreo. Este informe se
constituirá en el instrumento básico que utilizarán el CAS y el Banco para el
seguimiento y monitoreo del desarrollo del Programa. Incluye los informes que
requiera el Banco para las Reuniones de Monitoreo (PMR, RPR y cualquier otra
que el Banco disponga)
l) Ley:
Corresponde a la Ley Nº 9283 publicada en el alcance digital N° 67 de La
Gaceta N° 219, del 13 de noviembre de 2014, donde fueron aprobados los
Contratos de Préstamo N° 3071/OC-CR y N° 3072/CH-CR, suscritos por la República
de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo.
m) MANOP:
Es el Manual de Operaciones del Programa que el OE acuerde con el BID, que
formará parte integral del Contrato de Gestión y el Contrato de Fideicomiso.
n) MOPT:
Es el Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
o) OE:
Es el Organismo Ejecutor del Programa de Infraestructura de Transporte (PIT),
que de conformidad con el artículo de 3 de la Ley, corresponde al Ministerio de
Obras Públicas y Transportes.
p) PA:
Es el Plan de Adquisiciones del Programa, que forma parte de las Herramientas
de Gestión y Monitoreo del Programa y que el Organismo Ejecutor debe acordar
con el BID.
q) PEP-UEP:
Es el Plan de Ejecución del Programa desarrollado por la Unidad Ejecutora del
Programa, que forma parte de las Herramientas de Gestión y Monitoreo del
Programa y que el Organismo Ejecutor debe acordar con el BID.
r) PF:
Es el Plan Financiero, que forma parte de las Herramientas de Gestión y
Monitoreo del Programa y que el Organismo Ejecutor debe acordar con el BID.
s) PGRP:
Es el Plan de Gestión de Riesgos y Problemas, que forma parte de las
Herramientas de Gestión y Monitoreo del Programa y que el Organismo Ejecutor
debe acordar con el BID.
t) PIT
o Programa: Se refieren al Programa de Infraestructura de Transporte (PIT),
cuyo financiamiento externo fue aprobado mediante la Ley.
u) PMR:
Reporte del monitoreo del Programa (por sus siglas en inglés).
v) POA:
Es el Plan Operativo Anual, que forma parte de las Herramientas de Gestión y
Monitoreo del Programa y que el Organismo Ejecutor debe acordar con el BID.
w) Reuniones
de monitoreo: Reunión establecida como parte del proceso de control,
monitoreo y seguimiento del Programa que utiliza las Herramientas de Gestión y
Monitoreo para esos propósitos. Incluye la Reunión Semestral de Preparación
para Avanzada, la Reunión de Avanzada y la RPR.
x) RPR:
Reunión de Revisión por Resultados. Corresponde a la reunión que realiza
semestralmente la Gerencia de la Vicepresidencia de Países del Banco encargada
de Centroamérica, Panamá, México y República Dominicana (CID) del Banco durante
las misiones efectuadas a los países, en la que se discuten temas de carácter
gerencial (cuando sea necesario) y se toman decisiones de alto nivel en
relación a los programas en ejecución de la cartera que lo requiera.
y) UA:
Es la Unidad Asesora que deberá conformar el Organismo Ejecutor del Programa,
según se estipula en el artículo de 3° de la Ley, para que asesore al CAS
acerca de los documentos e informes que le presente la UEP y en lo relativo a
la supervisión, de manera que se verifique que sean consistentes con los
requerimientos del comité, con los objetivos del Programa y que contengan toda
la información necesaria para la toma de decisiones.
z) UEP:
Es la Unidad Ejecutora del Programa que deberá constituir el Gestor
seleccionado por el Organismo Ejecutor, según lo dispuesto en el artículo 3 de
la Ley, la que se encargará de realizar todas las actuaciones preparatorias que
serán la base técnica, financiera y legal para el dictado de los actos que
competen al Organismo Ejecutor del Programa.
Artículo
2º—Alcance. El presente reglamento tiene por objeto establecer las
reglas generales para la conformación y el funcionamiento del CAS y de su UA,
que sean designados por el OE específicamente para la ejecución del PIT de
conformidad con los Contratos de Préstamo y demás condiciones aprobadas en la
Ley.
Artículo 3º—Objetivos
del CAS. El CAS representará al OE en todos los actos relacionados con la
ejecución del Programa definidos en la Ley y los Contratos de Préstamo y tendrá
los siguientes objetivos generales:
a) Definir
la guía estratégica para la ejecución del Programa.
b) Supervisar
y verificar que el Fiduciario y el Gestor cumplan con las obligaciones
establecidas en los respectivos contratos que suscriban con el OE para la
gestión del Programa.
c) Agilizar
y facilitar la coordinación directa entre el OE, el Fiduciario, el Gestor y el
BID.
d) Velar
por el efectivo cumplimiento de los Contratos de Préstamo, con base en las
Herramientas de Gestión y Monitoreo que elabore la UEP, que incluyen el
PEP-UEP, el POA, el PF, el PA y el PGRP.
Artículo
4º—Integración. El OE, por medio del Ministro de Obras Públicas y
Transportes, asignará tres miembros titulares para integrar el CAS, así como a
un miembro suplente para cada uno, de conformidad con el inciso (ii) de las
Condiciones Previas Especiales al primer desembolso, establecidas en la Cláusula
3.02 de los Contratos de Préstamo.
Los miembros titulares
participarán en las decisiones del CAS con voz y voto. Los miembros suplentes
ocuparán el lugar de los miembros titulares en su ausencia.
Los funcionarios que
el OE designe para la integración del CAS deberán tener suficiente autoridad y
capacidad para garantizar el efectivo cumplimiento de las funciones y objetivos
del comité.
El OE debe remitir al
BID los nombres de los miembros titulares del CAS y sus respectivos suplentes,
así como ejemplares auténticos de sus respectivas firmas, de conformidad con el
literal (b) de las Condiciones Previas Generales al primer desembolso,
establecidas en el Artículo 4.01 de las Normas Generales del Contrato de
Préstamo.
El OE, por medio del
Ministro de Obras Públicas y Transportes, podrá sustituir de manera permanente
a los miembros titulares y suplentes del CAS, en cuyo caso deberá remitir al
BID los nombres de los nuevos miembros y ejemplares auténticos de sus firmas.
Artículo 5º—Funciones
del CAS. El CAS tendrá las siguientes funciones, sin perjuicio de las
dispuestas en los Contratos de Préstamo y las que se establezcan en el Contrato
de Fideicomiso, el Contrato de Gestión y en el MANOP:
a) Aprobar
los planes de inversión y asignaciones presupuestarias, preparados conforme al
PEP-UEP, el POA/PF, el PA, el MANOP y la legislación correspondiente, así como
verificar su cumplimiento.
b) Aprobar,
dentro de los plazos máximos establecidos en el Artículo 11 del presente
reglamento, las Herramientas de Gestión y Monitoreo que debe elaborar el Gestor
a través de la UEP, así como cualquier cambio que sea necesario introducir en
esas herramientas durante la ejecución del Programa.
c) Aprobar,
dentro de los plazos máximos establecidos en el Artículo 11 del presente
reglamento, los documentos e informes requeridos para la obtención de la
elegibilidad de los proyectos que se vayan a ejecutar dentro del Programa, así
como los que sean necesarios para llevar a cabo los procesos de adquisiciones y
los contratos para la ejecución de los proyectos.
d) Evaluar,
con la periodicidad establecida en el Contrato de Gestión respectivo, la labor
realizada por el Gestor, por intermedio de la UEP, a fin de verificar el
cumplimiento de las obligaciones y deberes encomendados a éste y advertir sobre
aquellos aspectos o problemas que podrían poner en riesgo el cumplimiento de
los plazos establecidos para la obtención de los distintos productos requeridos
para la ejecución del Programa, según los indicadores de alcance, calidad,
costo y tiempo, definidos en la programación contenida en el PEP-UEP y en el
PA.
e) Evaluar,
con la periodicidad establecida en el Contrato de Fideicomiso respectivo, la
labor realizada por el Fiduciario, a fin de verificar el cumplimiento de las
obligaciones y deberes encomendados a éste y advertir sobre aquellos aspectos o
problemas que podrían poner en riesgo el cumplimiento de los plazos
establecidos para la obtención de los distintos productos requeridos para la
ejecución del Programa.
f) Requerir
al Gestor la sustitución de cualquier integrante de la UEP cuando se haya
determinado que ha incumplido con las obligaciones y responsabilidades
asignadas en el Contrato de Gestión, que impliquen atrasos en la programación
establecida en el PEP-UEP.
g) Aprobar
los Informes de Seguimiento y cualquier otro documento elaborados por el Gestor
por medio de la UEP, requerido para las Reuniones de Monitoreo del Programa.
h) Participar
en las Reuniones de Monitoreo del Programa que sean convocadas por el BID.
i) Aprobar
los informes elaborados por el Fiduciario y/o el Gestor, según corresponda,
para atender las solicitudes de información efectuadas por las Autoridades de
Gobierno o instancias competentes.
j) Propiciar
la coordinación con las entidades correspondientes que permita el cumplimiento
de las obligaciones socio-ambientales de los proyectos que forman parte del
Programa.
k) Verificar
la correcta gestión financiera del Programa por parte del Fiduciario.
l) Aplicar
los incentivos y multas derivados de los contratos suscritos directamente por
el OE.
m) Solicitar
al OE, en un plazo máximo de tres días hábiles, a partir de la conformación del
CAS, la designación del encargado de emitir la aprobación interna de los
documentos contractuales de bienes, obras, servicios y consultorías, de
conformidad con las disposiciones del Reglamento sobre el Refrendo de las
Contrataciones de la Administración Pública, emitido por la Contraloría General
de la República. El plazo máximo que tendrá el OE para designar al encargado de
las aprobaciones internas es de tres días hábiles, a partir de que reciba la
solicitud del CAS. Por otro lado, el plazo que tendrá el encargado del OE para
emitir las aprobaciones internas no debe exceder los cinco días hábiles. Esto
solo en caso de los contratos que sean suscritos por el OE.
n) Tramitar
ante el OE la firma de los contratos de bienes, obras, servicios y
consultorías, así como de las adendas, cuando sean suscritos por el
representante del OE. El responsable de firmar los contratos contará con un
plazo máximo de tres días hábiles, a partir del requerimiento realizado por el
CAS.
o) Aprobar
las órdenes de servicio, órdenes de modificación, adendas y finiquitos
relacionados con los contratos de bienes, obras, servicios y consultorías del
Programa.
Estas
funciones deberán ser desarrolladas conforme a los procedimientos definidos en
el Contrato de Fideicomiso, el Contrato de Gestión y el MANOP y dentro de los
plazos máximos establecidos en el Artículo 11 del presente Reglamento.
El CAS girará las
instrucciones, observaciones y recomendaciones que sean requeridas a los
consultores o contratistas por intermedio del Gestor.
Artículo 6º—Presidencia.
En el mismo acto de designación del CAS referido en el párrafo primero del
artículo 4° de este Reglamento, el OE definirá al responsable de presidir el
CAS, lo que implica la coordinación de las reuniones que realice este comité.
En caso de ausencia,
el Presidente del CAS designará al miembro que ejercerá sus funciones
temporalmente. Si por cualquier razón el Presidente no hace dicha designación,
al inicio de la reunión respectiva los miembros que en ese momento integren el
CAS elegirán al que ocupará temporalmente la Presidencia.
El Presidente deberá
cumplir las siguientes funciones:
a) Realizar
las convocatorias a las reuniones del CAS.
b) Elaborar
la agenda de trabajo de las reuniones.
c) Dirigir
las reuniones.
d) Proponer
acuerdos y velar por su cumplimiento.
e) Rubricar
las actas que se origen en relación con los acuerdos adoptados por el CAS.
Artículo
7º—Unidad Asesora. El CAS estará apoyado por una Unidad Asesora, que
tendrá como objetivo fundamental asesorar al CAS acerca de los documentos e
informes que le presente el Gestor y el Fiduciario por intermedio de la UEP, de
manera que se verifique que sean consistentes con los requerimientos del
comité, con los objetivos del Programa y que contengan toda la información
necesaria para la toma de decisiones por parte del CAS. Asimismo apoyará al CAS
en lo relativo a la supervisión de toda la ejecución del Programa.
La UA estará
conformada por funcionarios y/o consultores designados por el OE. Los
profesionales designados deberán tener conocimiento y experiencia en la materia
del Programa. El OE, por medio del Ministro de Obras Públicas y Transportes,
designará al miembro de la UA que actuará como su Director.
La UA tendrá las
siguientes funciones, sin perjuicio de las dispuestas en los Contratos de
Préstamo y las que se establezcan en el Contrato de Gestión y en el MANOP:
a) Revisar
los planes de inversión y asignaciones presupuestarias elaborados por la UEP,
conforme al PEP-UEP, el POA/PF y el PA, y recomendar al CAS la aprobación de
los mismos para el trámite de autorización del OE y el Ministerio de Hacienda,
así como apoyar en la gestión que realice el CAS para la obtención de las
aprobaciones de parte de las entidades correspondientes y en la verificación de
su cumplimiento.
b) Revisar
las Herramientas de Gestión y Monitoreo que elabore la UEP, que incluyen el
PEP-UEP, el PA, el POA/PF y el PGRP, así como cualquier cambio que sea
necesario introducir en estas herramientas durante la ejecución del Programa, y
recomendar al CAS lo que corresponda.
c) Revisar
los documentos e informes elaborados por el Gestor, por medio de la UEP, que
sean requeridos para la obtención de la elegibilidad de los proyectos, para
llevar a cabo los procesos de adquisiciones y los contratos para la ejecución
de los proyectos, y recomendar al CAS lo que corresponda.
d) Apoyar
al CAS en la supervisión de las labores realizadas por el Fiduciario y el
Gestor, por intermedio de la UEP, a efecto de verificar el cumplimiento de las
obligaciones y deberes encomendados a éstos en los respectivos contratos, e
informar al CAS aquellos aspectos o problemas que podrían poner en riesgo el
cumplimiento de los plazos establecidos para la obtención de los distintos
productos requeridos para la ejecución del Programa, con base en los
indicadores de alcance, calidad, costo y tiempo, definidos en la programación
contenida en el PEP-UEP y en el PA.
e) Informar
al CAS los incumplimientos detectados en la supervisión de las labores de la
UEP, en cuanto a la entrega de los informes y/o las obligaciones y
responsabilidades asignadas en el Contrato de Gestión, que impliquen atrasos en
la programación establecida en el PEP-UEP, y recomendar al CAS, cuando sea
necesario requerirle al Gestor la sustitución de cualquier integrante de la
UEP.
f) Revisar
y recomendar al CAS, cuando corresponda, la aprobación de los Informes de
Seguimiento y cualquier otro documento o informe elaborado por la UEP,
requerido para las Reuniones de Monitoreo del Programa.
g) Participar
en las reuniones de monitoreo del Programa que sean convocadas por el BID,
cuando el CAS así lo disponga.
h) Apoyar
al CAS en la elaboración de los informes que este comité debe entregar en forma
periódica al OE y a las autoridades superiores del Gobierno, sobre los avances
logrados en la ejecución del Programa, los problemas encontrados, las acciones
preventivas para evitar que se sigan presentando y las acciones correctivas
para resolverlos. Esta tarea la realizará con base en los informes que presente
el Gestor a través de la UEP.
i) Revisar
los informes elaborados por el Fiduciario y el Gestor para atender las
solicitudes de información efectuadas por las Autoridades de Gobierno o
instancias competentes.
j) Apoyar
al CAS en la coordinación que deba realizar este comité ante las entidades
correspondientes, en lo relativo al cumplimiento de las obligaciones
socio-ambientales de los proyectos que forman parte del Programa.
k) Apoyar
al CAS en la supervisión requerida para asegurar la correcta gestión financiera
del Programa por parte del Fiduciario.
l) Apoyar
y recomendar al CAS en lo relativo a la aplicación de los incentivos que el OE
deba reconocerle al Gestor, de conformidad con lo dispuesto en el Contrato de
Gestión.
m) Apoyar
y recomendar al CAS en los procesos de aplicación de multas derivados de los
contratos suscritos directamente por el OE.
n) Apoyar
al CAS en las gestiones que deba realizar para la obtención de las aprobaciones
internas de los documentos contractuales de bienes, obras, servicios y
consultorías.
o) Apoyar
al CAS en los trámites que este comité deba realizar ante el OE para la
obtención de la firma de los contratos de bienes, obras, servicios y
consultorías, así como de las adendas, cuando sean suscritos por el
representante del OE.
p) Revisar
y recomendar al CAS, cuando corresponda, la aprobación de las órdenes de
servicio, órdenes de modificación, adendas y finiquitos relacionados con los
contratos de bienes, obras, servicios y consultorías del Programa.
q) Elaborar
las minutas y las actas que resulten de las reuniones que realice el CAS
conforme lo dispuesto en el presente reglamento, así como llevar el control y
seguimiento de los acuerdos adoptados por el CAS y rendir informes sobre su
cumplimiento.
r) Cualquier
otra función que le haya asignado el CAS.
Estas
funciones deberán ser desarrolladas de acuerdo con los procedimientos
establecidos en el Contrato de Fideicomiso, el Contrato de Gestión y los
procedimientos establecidos en el MANOP, para lo cual la UA deberá garantizar
el cumplimiento de los plazos máximos definidos en el Artículo 11 del presente
Reglamento.
Artículo 8º—De las
reuniones del CAS. El CAS sesionará cuando el Presidente haga la
convocatoria respectiva, ya sea por su iniciativa o a instancia de cualquiera
de los otros miembros.
El Director de la UA,
el CG y los miembros suplentes asistirán a las reuniones del CAS con voz pero
sin voto, por lo que su ausencia no impedirá que se lleven a cabo las reuniones
ni que se adopten los acuerdos pertinentes.
Las reuniones del CAS
se regirán por la agenda que proponga su Presidente, la que puede ser ampliada
a solicitud de los otros miembros.
De cada reunión se
elaborará una minuta, que deberá ser firmada por todos los asistentes, en la
que se consignará los temas discutidos y todos los acuerdos alcanzados.
El CAS podrá definir
los mecanismos de reunión que permitan el cumplimiento de su responsabilidad y
la no afectación del Programa, mediante el uso de tecnologías de información y
comunicación.
Artículo 9º—De los
acuerdos. Los acuerdos del CAS se adoptarán por mayoría de sus miembros y
deberán ser consignados en la minuta referida en el artículo anterior.
Adicionalmente, cada acuerdo será consignado en un acta individual para su
correspondiente tramitación ante el Banco, según los procedimientos
establecidos en el MANOP.
El Director de la UA
llevará un cuadro actualizado del control de los acuerdos, dará seguimiento a
su cumplimiento e informará al CAS acerca del estado en que se encuentra cada
una de las aprobaciones emitidas por el CAS.
Una vez el CAS haya
tomado las decisiones y los acuerdos respectivos, el CG de la UEP, por encargo
del CAS, será el responsable de tramitar, en forma digital, ante el BID las
solicitudes de elegibilidad, de No Objeción, de justificaciones de gastos, de
desembolsos y toda otra solicitud que esté relacionada con el Programa, para lo
cual debe adjuntar a dicha solicitud copia del acta donde quede constancia del
acuerdo de aprobación emitido por el CAS, la que debe estar debidamente firmada
por su Presidente.
Artículo 10.—De las
comunicaciones. Todas las comunicaciones que se den entre el CAS, el
Fiduciario, el Gestor y el Banco deberán cumplir con los procedimientos que se
establezcan en el Contrato de Fideicomiso, el Contrato de Gestión y en el
MANOP.
Artículo 11.—Plazos
máximos que debe cumplir el CAS y la UA para la aprobación de los documentos e
informes que elabore la UEP.
ENTREGABLES QUE DEBE
PROPORCIONAR LA UEP |
Plazo máximo de aprobación
para la UA (días hábiles) |
Plazo máximo de aprobación
para el CAS (días hábiles) |
Actividades relacionadas con
la CGR |
||
Informes solicitados por la CGR relacionados con las
objeciones a las Solicitudes de Propuestas y/o Documentos de Licitación
publicados. |
El establecido por la CGR |
|
Informes para resolver gestiones recursivas
relativas a las adjudicaciones de los contratos de bienes, obras, servicios y
consultorías. |
||
Actividades de definición
estratégica o de ejecución no regular |
||
Informes de evaluación y calificación de las
propuestas técnicas para los contratos de consultoría. |
5 |
6 |
Informes de recomendación de adjudicación de los
contratos de bienes, obras, servicios y consultorías. |
||
Contratos de bienes, obras, servicios y consultorías,
incluyendo aquellos que sean conexos. |
||
Sistema de controles internos contables y
administrativos que implementará la UEP en el Programa. |
||
Programación de las contrataciones propuestas por la
UEP para la elaboración de los estudios técnicos especializados, requeridos
para cumplir los requisitos de elegibilidad y para la elaboración de los
pliegos de licitación de los proyectos. |
||
Órdenes de Servicio, Órdenes de Modificación y
adendas, que deben ser aprobadas cuando se varían elementos esenciales de los
contratos. |
||
Planes de inversión y asignaciones presupuestarias. |
||
Términos de referencia para la contratación de la
firma que auditará anualmente los estados financieros del Programa. |
||
Actividades de índole técnica
y alta complejidad |
||
Diseños finales de los Proyectos. |
15 |
6 |
Finiquitos de los contratos de bienes, obras,
servicios y consultorías suscritos con cargo al Programa. |
||
Avalúos y pagos de indemnizaciones a los
propietarios de los terrenos adquiridos o expropiados para la ejecución de
los Proyectos. |
||
|
|
|
Actividades de contratación
de índole repetitiva basadas en documentos estándares |
||
Llamados a las muestras de interés y Listas Cortas
de las empresas consultoras que participarán en los concursos de consultoría
promovidos por la UEP. |
3 |
6 |
Solicitudes de Propuestas elaboradas para la
contratación de las consultorías requeridas para la ejecución del Programa. |
||
Enmiendas a las Solicitudes de Propuestas y/o
Documentos de Licitación publicados. |
||
Documentos de Licitación para la contratación de los
bienes, obras y servicios conexos, relacionados con los Productos del
Programa. |
||
Respuestas a las consultas que realicen los
oferentes en relación a las Solicitudes de Propuestas y/o Documentos de Licitación
publicados. |
5 |
6 |
Informes sobre incumplimiento por parte de los
Contratistas, requeridos para iniciar procedimiento de aplicación de
sanciones o multas. |
5 |
6 |
Recomendaciones sobre autorizaciones para la
aprobación de beneficios tributarios a los Contratistas. |
5 |
6 |
Estimaciones Mensuales de Obra y Estimaciones
Descriptivas de Obra, necesarias para tramitar los pagos que correspondan a
los Consultores y Contratistas contratados con cargo al Programa. |
5 |
6 |
Informes de gestión y otras
actividades programadas para realizarse regularmente |
||
Herramientas de Gestión y Monitoreo del Programa |
3 |
6 |
Informes de Seguimiento del Programa descritos en el
Contrato de Gestión y el MANOP. |
||
Informes de resultados de los estados financieros
auditados (EFAs), elaborados por la firma auditora. |
||
Informes de divulgación de los logros del Programa y
otros, requeridos por el CAS y/o otras instituciones relacionadas con la
ejecución del Programa. |
||
Informes periódicos relativos al cumplimiento de los
compromisos ambientales adquiridos por el OE, que se deben remitir a SETENA,
según los instrumentos de gestión medioambiental de cada Proyecto. |
||
Estudios e informes técnicos requeridos para
solicitar al Banco la elegibilidad de los proyectos que se financiarán y
ejecutarán con cargo al Programa. |
||
Documentos e instrumentos que se deben presentar
ante la SETENA para la obtención de la viabilidad ambiental y la aprobación
de los Planes de Gestión Ambiental y Social (PGAS) de los proyectos. |
||
Información que requiera la SETENA para otorgar las
autorizaciones correspondientes. |
||
Solicitudes de desembolso que se deben tramitar ante
el Banco. |
||
Justificaciones de gastos que deben presentarse al
Banco. |
Todos los plazos máximos establecidos en el cuadro anterior corren a
partir de la recepción del documento o informe en el caso de la UA y a partir
de su conocimiento en sesión por parte del CAS. A los documentos o trámites que
no hayan sido incluidos en esta lista se les asignará un plazo máximo de
aprobación de cinco días hábiles para la UA y de seis días hábiles para el CAS.
Artículo 12.—Responsabilidad
por el cumplimiento de plazos. Los acuerdos de aprobación que adopte el CAS
deberán cumplir con los plazos máximos definidos en el Contrato de Fideicomiso,
el Contrato de Gestión y las Herramientas de Gestión y Monitoreo, plazos que
incluyen el tiempo que requiera la UA para la revisión de los documentos e
informes.
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 4 de la Ley, para garantizar el cumplimiento de los
objetivos y plazos del PIT, establecidos en los Contratos de Préstamo aprobados
en dicha Ley, así como en el MANOP, se requiere el accionar eficiente y
efectivo de los funcionarios públicos del OE, especialmente de aquellos que
integren el CAS y la UA según lo dispuesto en este Reglamento. En consecuencia,
dichos funcionarios deberán cumplir los procedimientos definidos en el Contrato
de Gestión y el MANOP, así como en los documentos y Herramientas de Gestión y
Monitoreo que se definan en el MANOP, y los plazos de ejecución establecidos en
el artículo 11 de este Reglamento, siendo que, el no cumplimiento de esos
plazos, generará responsabilidad administrativa y civil para los funcionarios,
según corresponda, de conformidad con el régimen de sanciones previsto en la
Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y en
la Ley General de Control Interno, sin perjuicio de las atribuciones de la
Contraloría General en materia sancionadora, según lo dispuesto en la Ley
Orgánica de la Contraloría General de la República.
Artículo 13.—Vigencia:
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado
en La Presidencia de la República.—San José, a los 7 días, del mes de agosto
del año dos mil quince.
Publíquese.—LUIS
GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Carlos
Segnini Villalobos.—1 vez.—O. C. N° 24446.—Solicitud N° 17538.—(D39240 -
IN2015071823).
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE SALUD
En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos
3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28
inciso 2), acápite b) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de
la Administración Pública”; la Ley N° 5395 del 30 de octubre de 1973 “Ley
General de Salud”; la Ley N° 8220 del 4 de marzo del 2002 y su reforma “Ley de
protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos”;
el Decreto Ejecutivo N° 34482-S del 3 de marzo del 2008 “Reglamento para el
registro, clasificación, importación y control de equipo y material biomédico”;
el Decreto Ejecutivo N° 35031-COMEX-S-MEIC del 25 de julio del 2008 mediante el
cual se publica la resolución N° 231-2008 (COMIECO-L): Aprobación de Reglamentos
Técnicos Centroamericanos N° RTCA 71.03.49:08, RTCA 71.01.35:06, RTCA
71.03.36:07, RTCA 71.03.45:07 sobre Productos Cosméticos; el Decreto Ejecutivo
N° 34490 del 9 de enero del 2008 mediante el cual se publica la resolución N°
216-2007 (COMIECO-XLVII): Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.01.31:07
Alimentos Procesados. Procedimiento para Otorgar el Registro Sanitario y la
Inscripción Sanitaria; Decreto N° 34887-COMEX-S-MEIC del 25 de julio del 2008
mediante el cual se publica la resolución N° 230-2008 (COMIECO-L): Reglamento
Técnico Centroamericano RTCA 71.03.37:07 Productos Higiénicos. Registro e
Inscripción Sanitaria de Productos Higiénicos, Reglamento Técnico
Centroamericano RTCA 71.03.38:07 Productos Higiénicos. Etiquetado de Productos
Higiénicos; y el Reconocimiento del Registro o Inscripción Sanitaria de
Productos Higiénicos.
Considerando:
I.—Que en ejercicio de las funciones de protección de la salud de la
población y garantía del bienestar de los ciudadanos, compete al Ministerio de
Salud el registro de medicamentos, alimentos, cosméticos, equipo y material
biomédico, y recursos naturales industrializados y con cualidades medicinales,
productos químicos peligrosos, productos de higiene y plaguicidas de uso
doméstico así como la emisión del certificado de libre venta para estos
productos manufacturados en nuestro país, sin que por ello se obstaculicen
innecesariamente las condiciones de competitividad económica del país.
II.—Que
el Ministerio de Salud, con el soporte técnico de la Secretaría Técnica de
Gobierno Digital, ha implementado el portal denominado “Regístrelo”, así creado
mediante Decreto Ejecutivo N° 37988-S del 3 de octubre del 2013, publicado en La
Gaceta N° 203 del 22 de octubre del 2013, reformado por Decreto Ejecutivo
N° 38409-S del 9 de abril de 2014, publicado en La Gaceta N° 94 del 19
de mayo del 2014. Este Reglamento permite efectuar en línea los trámites de
inscripción, cambios post registro, renovación, uso de registro y
reconocimiento de los medicamentos, alimentos, cosméticos, equipo y material
biomédico y productos naturales medicinales de uso humano, así como la emisión
del certificado de libre venta para productos de interés sanitario fabricados
en Costa Rica. Igualmente estableció plazos a la Administración para la resolución
de los trámites de registros de productos de interés sanitario.
III.—Que
en beneficio de los intereses del usuario del servicio que brinda el portal
Regístrelo, se hace necesario que el mismo opere durante las 24 horas del día,
los 7 días de la semana, los 365 día del año, es decir, bajo un régimen
24/7/365. Además, el requisito previsto en el artículo 10 del Reglamento de
cita debe ser optativo para el usuario.
IV.—Por
lo anterior, se considerado necesario y oportuno reformar los artículos 10 y 34
del Reglamento para el funcionamiento y la utilización del portal “Regístrelo”.
Por tanto,
DECRETAN:
REFORMAS
A LOS ARTÍCULOS 10 Y 34
DEL REGLAMENTO PARA EL
FUNCIONAMIENTO
Y LA UTILIZACIÓN DEL PORTAL
“REGÍSTRELO”
Artículo 1°—Refórmense los artículos 10 y 34 al Decreto Ejecutivo N°
37988-S del 3 de octubre del 2013, publicado en La Gaceta N° 203 del 22
de octubre del 2013, reformado por Decreto Ejecutivo N° 38409-S del 9 de abril
de 2014, publicado en La Gaceta N° 94 del 19 de mayo del 2014
“Reglamento para el funcionamiento y la utilización del portal “Regístrelo”,
para que en lo sucesivo se lean así:
“Artículo 10.- Incorporación de documentos
que no están disponibles en formato electrónico o que no cuentan con firma
digital certificada. Los documentos que requieren consularización o
apostillado como requisito para el registro de producto de interés sanitario,
deben adjuntarse a los formularios electrónicos disponibles en el portal
“Regístrelo”. Los mismos deben ser acompañados de una certificación extendida por
un Notario Público quien la suscribirá con firma digital, dando fe que son
copia fiel y exacta de los documentos originales, o presentar sus originales
ante la Plataforma de Servicios en oficinas centrales del Ministerio de Salud,
en un plazo no mayor de tres días contados a partir del ingreso del trámite en
el sistema, para su verificación. Dichos documentos serán devueltos a su
propietario una vez verificada su autenticidad.
En un trámite nuevo de registro
de un producto de interés sanitario, no será necesario presentar los documentos
vigentes que consten en el sistema Regístrelo, bastará con indicar donde se
ubican dichos documentos o el número de registro del producto donde están
ubicados. Tampoco será solicitado documento alguno que emita el Ministerio de
Salud.
Toda la documentación que se
adjunte a los formularios electrónicos disponibles en el portal “Regístrelo”
debe ser presentada en idioma castellano/español, los documentos oficiales
escritos en idioma distinto, deben presentarse con su respectiva traducción
oficial.
Todo documento oficial para
efectos del trámite de registro ante el Ministerio de Salud, en los casos en
los que no se indique su fecha de vigencia, ésta será de dos (2) años a partir
de la fecha de emisión.”
[…]
“Artículo 34.-Plazos máximos de resolución
de trámites del registro sanitario de productos de interés sanitario. La
evaluación y resolución de las solicitudes de inscripción, renovación de
registro, cambio post registro y otros, de los productos de interés sanitario,
las realizará el Ministerio de Salud de acuerdo a la categoría de producto y
trámite en los plazos siguientes:
34.1 Medicamentos.
34.1.1 Registro de medicamentos
multiorigen. Para las solicitudes de registro de medicamentos multiorigen,
el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta noventa y nueve (99) días hábiles
contados a partir de la fecha de recibo de la solicitud, para aprobarla y
emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.
34.1.2 Renovación de
registros de Medicamentos.
34.1.2.1 Renovaciones de registros sin
cambios (declaración jurada). Para las solicitudes de renovaciones de
registros con declaración jurada en las que se indique que no hay cambios en el
producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta quince (15) días hábiles
a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el
registro sanitario o bien para rechazarla.
34.1.2.2 Renovaciones de
registros con cambios. Para las solicitudes de renovaciones de registros
con cambios en el productos que no requieren de evaluación de estudios
clínicos, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta cuarenta y cuatro (44)
días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla
y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla. Para renovaciones con
cambios que requieren de evaluación de estudios clínicos, el Ministerio
dispondrá de un plazo de hasta ochenta y ocho (88) días hábiles a partir de
recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro
sanitario o bien para rechazarla.
Para la realización del trámite
de renovación el solicitante deberá tomar en consideración que una vez vencido
el registro sanitario, no podrá comercializarse el producto.
34.1.3 Registro de productos innovadores
de síntesis química, inscripción y renovación de productos biológicos,
inscripción o renovación de medicamentos de síntesis química que deban
presentar requisito de equivalencia terapéutica. El Ministerio dispondrá de
un plazo de hasta ocho (8) meses a partir de recibida la solicitud correspondiente,
para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.
34.1.4 Cambios posteriores al
registro de medicamentos.
34.1.4.1 Cambios posteriores al registro
(notificación). Para las solicitudes de cambios post registro que sean de
notificación el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta veintidós (22) días
hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla o
rechazarla.
34.1.4.2 Cambios posteriores
al registro (evaluación). Para las solicitudes de cambios post registro que
requieren evaluación, con excepción de aquellos que requieren evaluación de
estudios clínicos, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta sesenta y seis
(66) días hábiles a partir de recibida la solicitud, para aprobarla o
rechazarla.
34.1.4.3 Cambios posteriores
al registro (evaluación de estudios clínicos). Para las solicitudes de
cambios post registro que requieren evaluación de estudios clínicos, el
Ministerio dispondrá de un plazo de hasta ochenta y ocho (88) días hábiles a
partir de recibida la solicitud, para aprobarla o rechazarla.
34.2 Equipo y Material Biomédico (EMB).
34.2.1 Registro de EMB.
34.2.1.1 EMB de Odontología. Para las
solicitudes de registros de EMB de odontología, el Ministerio dispondrá de un
plazo de hasta cuarenta y cuatro (44) días hábiles a partir de recibida la
solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien
para rechazarla.
34.2.1.2 EMB de
Microbiología. Para las solicitudes de registros de EMB de microbiología,
el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta noventa y nueve (99) días hábiles
a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el
registro sanitario o bien para rechazarla.
34.2.1.3 EMB de Medicina.
Para las solicitudes de registros de EMB de medicina, el Ministerio dispondrá
de un plazo de hasta noventa y nueve (99) días hábiles a partir de recibida la
solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien
para rechazarla.
34.2.2 Renovaciones de registros de EMB.
34.2.2.1 Renovaciones de registros de EMB
sin cambios (declaración jurada).
a) EMB
de Odontología. Para las solicitudes de renovaciones de registros de EMB de
Odontología con declaración jurada voluntaria de que no hay cambios en el
producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta quince (15) días hábiles
a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el
registro sanitario o bien para rechazarla.
b) EMB de Microbiología. Para las solicitudes de renovaciones de
registros de EMB de Microbiología con declaración jurada voluntaria de que no
hay cambios en el producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta quince
(15) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para
aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.
c) EMB de Medicina. Para las solicitudes de renovaciones de
registros de EMB de Medicina con declaración jurada voluntaria de que no hay
cambios en el producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta quince
(15) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para
aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.
34.2.2.2 Renovaciones de registros de EMB
con cambios.
a) EMB
de Odontología. Para las solicitudes de renovaciones de registros de EMB de
Odontología con cambios en el producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de
hasta veintidós (22) días hábiles partir de recibida la solicitud
correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para
rechazarla.
b) EMB de Microbiología. Para las solicitudes de renovaciones de
registros de EMB de Microbiología con cambios en el producto, el Ministerio
dispondrá de un plazo de hasta cuarenta y cuatro (44) días hábiles a partir de
recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro
sanitario o bien para rechazarla.
c) EMB de Medicina. Para las solicitudes de renovaciones de
registros de EMB de Medicina con cambios en el producto, el Ministerio
dispondrá de un plazo de hasta sesenta y seis (66) días hábiles a partir de
recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro
sanitario o bien para rechazarla.
34.2.4 Cambios posteriores al registro.
34.2.4.1 Cambios posteriores al registro
(notificación). Para las solicitudes de cambios post registro de EMB con
notificación, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta veintidós (22) días
hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y
emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.
34.2.4.2 Cambios posteriores
al registro (evaluación). Para las solicitudes de cambios post registro de
EMB que requieran evaluación, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta
cuarenta y cuatro (44) días hábiles a partir de recibida la solicitud
correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para
rechazarla.
34.3 Productos químicos, productos de
higiene y plaguicidas domésticos.
34.3.1 Registro, renovación y cambios post
registro de productos químicos peligrosos, productos de higiene y plaguicidas
domésticos. Para las solicitudes de inscripción, renovación de registro,
cambio post registro y otros, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta
quince (15) días hábiles para emitir el registro sanitario o para rechazarlo.
34.4 Alimentos.
34.4.1 Registro.
34.4.1.1 Alimentos regulares. Para las
solicitudes de inscripción de alimentos regulares, el Ministerio dispondrá de
un plazo de hasta veintidós (22) días hábiles a partir de recibida la solicitud
correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para
rechazarla.
34.4.1.2 Suplementos de
dieta, regímenes especiales, fórmulas para lactantes, fórmulas de continuación.
Para las solicitudes inscripción de suplementos de dieta, regímenes especiales,
fórmulas para lactantes, fórmulas de continuación el Ministerio dispondrá de un
plazo de hasta cuarenta y cuatro (44) días hábiles a partir de recibida la
solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien
para rechazarla. 34.4.2 Renovación de registros.
34.4.2. Renovaciones de registros de
Alimentos.
34.4.2.1 Renovaciones de registros sin
cambios: Para las solicitudes de renovaciones de registros de alimentos con
declaración jurada voluntaria en la que se indique que no hay cambios en el
producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta quince (15) días hábiles
a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el
registro sanitario o bien para rechazarla.
34.4.2.2 Renovaciones de
registros con cambios.
34.4.2.2.1 Renovaciones de registros de
alimentos regulares con cambios. Para las solicitudes de renovaciones de
registros de alimentos regulares con cambios en el producto, el Ministerio
dispondrá de un plazo de hasta veintidós (22) días hábiles a partir de recibida
la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o
bien para rechazarla.
34.4.2.2.2 Renovaciones de
registros de suplementos de dieta, regímenes especiales, fórmulas para
lactantes, fórmulas de continuación. Para las solicitudes de renovaciones
de registros de suplementos de dieta, regímenes especiales, fórmulas para
lactantes, fórmulas de continuación con cambios en el producto, el Ministerio
dispondrá de un plazo de hasta cuarenta y cuatro (44) días hábiles a partir de
recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro
sanitario o bien para rechazarla.
34.4.3 Cambios posteriores al registro.
Para las solicitudes cambios post registros el Ministerio dispondrá de un plazo
de hasta veintidós (22) días hábiles a partir de recibida la solicitud
correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para
rechazarla.
34.4.4 Notificación de
Materias Primas. Para las notificaciones de materias primas, el Ministerio
dispondrá de un plazo de hasta quince (15) días hábiles a partir de recibida la
solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien
para rechazarla.
34.4.5 Usos de Registro
(inscripción sanitaria). Para las solicitudes de usos de registro, el
Ministerio dispondrá de un plazo de hasta quince (15) días hábiles a partir de
recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro
sanitario o bien para rechazarla.
34.4.6 Reconocimiento de
Registros. Para las solicitudes de reconocimiento de registros, el
Ministerio dispondrá de un plazo de hasta un (1) día hábil a partir de recibida
la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o
bien para rechazarla.
34.5 Cosméticos.
34.5.1 Registro. Para las solicitudes
de inscripción de cosméticos, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta
veintidós (22) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente,
para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.
34.5.2 Renovación del registro
de Cosméticos.
34.5.2.1 Renovaciones de registros sin
cambios (declaración jurada). Para las solicitudes de renovaciones de
registros de cosméticos con declaración jurada en la que se indique que no hay
cambios en el producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta quince
(15) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para
aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.
34.5.2.2 Renovaciones de
registros con cambios. Para las solicitudes de renovaciones de registros de
cosméticos con cambios en el producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de
hasta veintidós (22) días hábiles a partir de recibida la solicitud
correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para
rechazarla.
34.5.3 Cambio posteriores al registro.
Para las solicitudes de cambios post registro el Ministerio dispondrá de un
plazo de hasta veintidós (22) días hábiles a partir de recibida la solicitud
correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para
rechazarla.
34.5.4 Reconocimiento de
Registros. Para la solicitudes de reconocimiento de registros, el
Ministerio dispondrá de un plazo de hasta cuatro (4) días hábiles a partir de
recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro
sanitario o bien para rechazarla.
34.6 Productos naturales medicinales.
34.6.1 Registro. Para inscripción de
Productos Naturales el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta ochenta y ocho
(88) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para
aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.
34.6.2 Renovación del
registro de Productos Naturales Medicinales.
34.6.2.1 Renovaciones de registros sin
cambios (declaración jurada). Para las solicitudes de renovaciones de registros
de productos naturales con declaración jurada de que no hay cambios en el
producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta quince (15) días hábiles
a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el
registro sanitario o bien para rechazarla.
34.6.2.2 Renovaciones de
registros con cambios. Para las solicitudes de renovación de productos
naturales con cambios en el producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de
hasta veintidós (22) días hábiles a partir de recibida la solicitud
correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para
rechazarla.
34.6.3 Cambio posteriores al registro.
Para las solicitudes de cambios post registro el Ministerio dispondrá de un
plazo de hasta veintidós (22) días hábiles a partir de recibida la solicitud
correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para
rechazarla.”
Artículo 2°—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diez días del
mes de agosto del dos mil quince.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Salud, Dr. Fernando Llorca
Castro.—1 vez.—O. C. N° 26115.—Solicitud N° 7805.—(D39252 - IN2015071028).
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
En ejercicio de las atribuciones establecidas en los artículos 140,
incisos 8) y 18), y 146 de la Constitución Política, 25 inciso 1), 27 inciso
1), y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley número 6227 de fecha 2 de mayo de 1978,
denominada “Ley General de Administración Pública”, la Ley número 8114 de fecha
4 de julio de 2001, denominada “Ley de Simplificación y Eficiencia
Tributarias”, y el Decreto Ejecutivo número 29643-H de fecha 10 de julio de
2001, denominado “Reglamento a la Ley de Simplificación y Eficiencia
Tributarias”.
Considerando:
1º—Que el artículo 1° de la Ley número 8114 de fecha 4 de julio de
2001, denominada “Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias”, publicada en
el Alcance número 53 a La Gaceta número 131 de fecha 9 de julio de 2001,
crea un impuesto único por tipo de combustible, tanto de producción nacional
como importado, determinando el monto del impuesto en colones por cada litro
según el tipo de combustible.
2º—Que
el artículo 3 de la Ley número 8114 citada, dispone que a partir de su
vigencia, el Ministerio de Hacienda deberá actualizar trimestralmente el monto
de este impuesto único, conforme con la variación del índice de precios al
consumidor que determina el Instituto Nacional de Estadística y Censos, y que
este ajuste no podrá ser superior al 3%. Asimismo, que la referida
actualización deberá comunicarse mediante Decreto Ejecutivo.
3º—Que
el artículo 3 del Decreto Ejecutivo número 29643-H, “Reglamento a la Ley de
Simplificación y Eficiencia Tributarias”, publicado en La Gaceta número
138 de fecha 18 de julio de 2001, establece con respecto a la actualización de
este impuesto único, que el monto resultante será redondeado a los veinticinco
céntimos (¢0,25) más próximos.
4º—Que
mediante Decreto Ejecutivo número 39091-H del 3 de julio de 2015, publicado en La
Gaceta número 147 de fecha 30 de julio de 2015, se actualizó el impuesto
único por tipo de combustible tanto para la producción nacional como para el
importado a partir del primero de agosto de 2015.
5º—Que
los niveles del índice de precios al consumidor a los meses de junio de 2015 y
setiembre de 2015, corresponden a 100,000 y 99,221 generándose una variación
entre ambos meses de menos cero coma setenta y ocho por ciento (-0,78%).
6º—Que
según la variación del índice de precios al consumidor, corresponde ajustar el
impuesto único por tipo de combustible, tanto de producción nacional como
importado, en menos cero coma setenta y ocho por ciento (-0,78%).
7º—Que
por existir en el presente caso, razones -de interés público y de urgencia- que
obligan a la publicación del decreto antes del 1° de noviembre del dos mil
quince; no corresponde aplicar la disposición del artículo 174 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios, que obliga a la Administración a dar
audiencia por 10 días a las entidades representativas de intereses de carácter
general o corporativo o de intereses difusos. Lo anterior, por cuanto podría
verse afectada la publicación en el tiempo que corresponde legalmente, y por
ende el cobro del impuesto, en virtud de que la redacción, revisión y
aprobación del decreto inicia a partir de la determinación del índice de
precios al consumidor del mes de setiembre del 2015, que el Instituto Nacional
de Estadística y Censos realiza en los primeros días de octubre de 2015, razón
por la cual con fundamento en el artículo citado, se prescinde de la
publicación en el Diario Oficial de la convocatoria respectiva.
8º—Que
mediante Resolución número DGT-R-12-2014 de las quince horas del 13 de marzo de
2014, publicada en el Diario Oficial La Gaceta número 129 el 07 de julio
de 2014, la Dirección General de Tributación trasladó a la Dirección General de
Hacienda, la función de actualización del impuesto único por tipo de
combustible. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Actualízase el monto del impuesto único por tipo de
combustible, tanto de producción nacional como importado, establecido en el
artículo 1° de la Ley número 8114 de fecha 4 de julio de 2001, denominada “Ley
de Simplificación y Eficiencia Tributarias”, publicada en el Alcance número 53
a La Gaceta número 131 del 9 de julio de 2001, mediante un ajuste del
menos cero coma setenta y ocho por ciento (-0,78%), según se detalla a
continuación:
Tipo de combustible por litro Impuesto en colones (¢)
Gasolina regular 233,50
Gasolina súper 244,50
Diésel 138,25
Asfalto 47,00
Emulsión asfáltica 35,25
Búnker 22,75
LPG 47,00
Jet Fuel A1 139,75
Av Gas 233,50
Queroseno 66,75
Diésel pesado (Gasóleo) 45,50
Nafta pesada 33,50
Nafta liviana 33,50
Artículo 2º—Deróguese el Decreto Ejecutivo N° 39091-H de fecha 3 de
julio de 2015, publicado en La Gaceta número 147 de fecha 30 de julio de
2015, a partir de la vigencia del presente decreto.
Artículo
3º—Rige a partir del primero de noviembre de dos mil quince.
Dado en la Presidencia de la República, a los catorce días del mes de
octubre de dos mil quince.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Hacienda, Helio Fallas
V.—1 vez.—O. C. Nº
24185.—Solicitud Nº 8905.—(D39272 - IN2015073971).
N° 125-PE
LA
VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política.
Considerando:
I.—Que la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas
(CICAD) de la Organización de los Estados Americanos (OEA) invita a un
funcionario a participar como expositor en el “Quincuagésimo Sexto Periodo
Ordinario de Sesiones de la CICAD”.
II.—Que
la señora Eugenia Mata Chavarría, Jefa de Reducción de la Demanda del Instituto
Costarricense sobre Drogas presentará el tema “Fortalecimiento del Sistema
Nacional de Tratamiento con la Participación de la Sociedad Civil” en el marco
del foro de Salud Pública. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar a la señora Eugenia Mata Chavarría, cédula número
uno-seiscientos veintinueve-seiscientos treinta y nueve, funcionaria del
Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que participe como expositora
en el “Quincuagésimo Sexto Periodo Ordinario de Sesiones de la CICAD”, el cual
se realizará en la ciudad de Guatemala, Guatemala, del 19 al 21 de noviembre de
2014. La salida de esta funcionaria se efectuará el día 18 y su regreso será el
22 de noviembre de 2014.
Artículo
2°—Los gastos de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la
CICAD. La funcionaria devengará el cien por ciento de su salario, durante la
estadía fuera del territorio nacional, que corre del 18 al 22 de noviembre de
2014.
Artículo
3°—Rige a partir del 18 y hasta el 22 de noviembre de dos mil catorce.
Dado en la Presidencia de la República, a los catorce días del mes de
noviembre del año dos mil catorce.
Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1 vez.—O.
C. N° 11.—Solicitud N° 2134.—(IN2015071276).
N° 127-PE
LA
VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política.
Considerando:
I.—Que la Secretaría General del Sistema de Integración
Centroamericana (SG-SICA), en relación al Proyecto: Profesionalización y
Tecnificación de las Policías e Instancias Vinculadas a la Seguridad y la Justicia en el Nivel Nacional y
Regional/DB1, de la Estrategia de Seguridad de Centroamérica, financiado por la
Unión Europea y coordinada por la Secretaría General del SICA a través de su
Dirección de Seguridad Democrática invitan a la jefe de la Unidad de Control y
Fiscalización de Precursores a participar como expositora en la celebración de
la acción formativa fiscal Regional: “Técnicas para el tratamiento de la escena
del crimen en los delitos de narcotráfico y lavado de activos de trascendencia
regional”, quien expondrá el tema: “Técnicas de investigación del tráfico de
precursores, aspectos operativos”.
II.—Que
el objetivo de esta actividad es desarrollar conocimientos y competencias
teóricas y prácticas en los fiscales para el abordaje de la criminalidad
organizada relacionados al narcotráfico, lavado de activos y actividades
conexas en aquellos delitos que puedan tener trascendencia regional, ello con
el fin de fortalecer las estrategias investigativas orientadas al adecuado
manejo de la escena del delito y la recolección de los elementos de prueba requeridos
para lograr la eficacia en el proceso. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar a la señora Emilia Ramírez Alfaro, cédula número
cuatro-ciento treinta y cuatro-cero sesenta y dos, funcionaria del Instituto
Costarricense sobre Drogas (ICD), para que participe como expositora en la
celebración de la Acción Formativa Fiscal Regional: “Técnicas para el
Tratamiento de la Escena del Crimen en los Delitos de Narcotráfico y Lavado de
Activos de Trascendencia Regional”, quien expondrá el tema: “Técnicas de
Investigación del Tráfico de Precursores, Aspectos Operativos”, el cual se
realizará en Santo Domingo, República Dominicana, el 12 de diciembre de
2014. La salida de esta funcionaria se
efectuará el día 11 y su regreso será el 13 de diciembre de 2014.
Artículo
2°—Los gastos de boleto aéreo, transporte local, alimentación y hospedaje serán
cubiertos por (SG-SICA). La funcionaria
devengará el cien por ciento de su salario, durante la estadía fuera del
territorio nacional, que corre del 11 al 13 de diciembre de 2014.
Artículo
3°—Rige a partir del 11 y hasta el 13 de diciembre de dos mil catorce.
Dado en la Presidencia de la República, a los veintiséis días del mes
de noviembre del año dos mil catorce.
Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1 vez.—O.
C. N° 11.—Solicitud N° 2134.—(IN2015071280).
N° 143-PE
LA
VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política,
artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos de la Contraloría General de la República.
Considerando:
I.—Que la Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD) de la República de
Paraguay invita a un funcionario a brindar asistencia técnica en el “Consejo
Nacional de Drogas, en los Protocolos de Investigación de Cárceles a Población
Femenina, y en el de Atención a Adolescentes Mujeres Consumidoras de
Cocaína”. Luego pasará a la “Conferencia
Biregional: Cuatro Años Trabajando Juntos en el Marco de la Cooperación entre
América Latina y la Unión Europea en Políticas sobre Drogas (COPOLAD)”.
II.—Que
el SENAD actualmente está adecuando las líneas de acción en el área de
Reducción de la Demanda de Drogas, sobre todo atendiendo la situación local
instalada y emergente de la problemática relacionada al diagnóstico en diferentes
poblaciones y fortalecer los ámbitos del tratamiento. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar a la señora Eugenia Mata Chavarría, cédula número
uno-seiscientos veintinueve-seiscientos treinta y nueve, funcionaria del
Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que brinde asistencia técnica
en el “Consejo Nacional de Drogas, en los Protocolos de Investigación de
Cárceles a Población Femenina, y en el de Atención a Adolescentes Mujeres
Consumidoras de Cocaína”, la cual se realizará en la ciudad de Asunción,
República de Paraguay, del 4 al 7 de febrero de 2015. Luego en la “Conferencia
Biregional: Cuatro Años Trabajando Juntos en el Marco de la Cooperación entre
América Latina y la Unión Europea en Políticas sobre Drogas (COPOLAD)”, la cual
se efectuará en la ciudad de Montevideo, Uruguay, del 9 al 12 de febrero de
2015. La salida de esta funcionaria se
efectuará el 3 y su regreso será el 13 de febrero de 2015.
Artículo
2°—Con respecto a la primera reunión, el SENAD cubrirá los costos de alojamiento,
traslado terrestre y manutención; COPOLAD cubrirá el transporte aéreo Costa
Rica-Uruguay y viceversa. Como esta reunión es en Paraguay, el ICD pagará el
transporte aéreo de Montevideo-Asunción-Montevideo. Posteriormente, para la segunda reunión el
ICD pagará el tiquete aéreo de Uruguay-Paraguay y viceversa. COPOLAD cubrirá la alimentación y el
hospedaje del 9 y 10 de febrero; el ICD costeará lo correspondiente a la comida
y el alojamiento del 11 y 12 de febrero.
La funcionaria devengará el cien por ciento de su salario, durante la
estadía fuera del territorio nacional, que corre del 3 al 13 de febrero de
2015.
Artículo
3°—Rige a partir del 3 y hasta el 13 de febrero de dos mil quince.
Dado en la Presidencia de la República, a los diecinueve días del mes
de enero del año dos mil quince.
Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1 vez.—O.
C. N° 11.—Solicitud N° 2134.—(IN2015071277).
N° 149-PE
LA
VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política.
Considerando:
I.—Que el Proyecto PERZ23, Proyecto de Fortalecimiento de la
Intendencia Nacional de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados (SUNAT) invita a
una funcionaria a participar como expositora en el “Taller de Capacitación
para el Área de Registro de la Intendencia”.
II.—Que
algunos temas que desarrollará la presentadora son: la estrategia y el
procedimiento para captar a los usuarios u operadores a registrarse, los
requisitos que debe cumplir un usuario para registrarse y la metodología para
determinar o prevenir qué volumen de insumos utilizaría un usuario que va a
registrarse. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar a la señora Emilia Ramírez Alfaro, cédula número
cuatro-ciento treinta y cuatro-cero sesenta y dos, funcionaria del Instituto
Costarricense sobre Drogas (ICD), para que participe como expositora en el “Taller
de Capacitación para el Área de Registro de la Intendencia”, el cual se
realizará en la ciudad de Lima, Perú, el 26 de febrero de 2015. La salida de
esta funcionaria se efectuará el día 24 y su regreso será el 28 de febrero de
2015.
Artículo
2°—Los gastos de transporte aéreo, alimentación y hospedaje serán cubiertos por
el Proyecto PERZ23. La funcionaria devengará el cien por ciento de su salario,
durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 24 al 28 de
febrero de 2015.
Artículo
3°—Rige a partir del 24 y hasta el 28 de febrero de dos mil quince.
Dado en la Presidencia de la República, a los dos días del mes de
febrero del año dos mil quince.
Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1 vez.—O.
C. N° 11.—Solicitud N° 2134.—(IN2015071281).
N° 167-PE
LA
VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política.
Considerando:
1. Que la Comisión Interamericana
para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) y el Programa Iberoamericano de
Formación Técnica Especializada (PIFTE), que se lleva a cabo en la Agencia
Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) invitan a un
funcionario a participar en el “Taller Marco de Referencia para el Desarrollo
de Políticas Públicas de Salud Pública en Materia de Drogas”.
II.—Que
esta actividad tiene como finalidad generar una posición consensuada, respecto
al enfoque de Salud Pública en la atención del fenómeno del consumo de drogas
en los países de las Américas, y está dirigida a profesionales con amplia
experiencia en el ámbito de las políticas públicas en materia de drogas y salud
pública. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar a la señora Eugenia Mata Chavarría, cédula número
uno-seiscientos veintinueve-seiscientos treinta y nueve, funcionaria del
Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que participe en el “Taller
Marco de Referencia para el Desarrollo de Políticas Públicas de Salud Pública
en Materia de Drogas”, el cual se realizará en la ciudad de Antigua, República
de Guatemala, del 2 al 5 de marzo de 2015. La salida de esta funcionaria se
efectuará el 1° y su regreso será el 6 de marzo de 2015.
Artículo
2°—Los gastos de transporte aéreo, alimentación y hospedaje serán cubiertos por
los auspiciadores. La funcionaria devengará el cien por ciento de su salario,
durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 1° al 6 de
marzo de 2015.
Artículo
3°—Rige a partir del 1° y hasta el 6 de marzo de dos mil quince.
Dado en la Presidencia de la República, a los veinticinco días del mes
de febrero del año dos mil quince.
Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1 vez.—O.
C. N° 11.—Solicitud N° 2134.—(IN2015071278).
N° 175-PE
LA
VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política.
Considerando:
I.—Que la Secretaría Ejecutiva del Grupo de Acción Financiera de
Latinoamérica (GAFILAT) invita a un funcionario a participar en la “Reunión
Estratégica de Coordinadores Nacionales”. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar al señor Román Chavarría Campos, cédula número
uno-ochocientos sesenta-cuatrocientos dos, funcionario del Instituto
Costarricense sobre Drogas (ICD), para que participe en la “Reunión Estratégica
de Coordinadores Nacionales”, la cual se realizará en las islas Galápagos,
Ecuador, del 16 al 17 de abril de 2015. La salida de este funcionario se
efectuará el día 14 y su regreso será el 18 de abril de 2015.
Artículo
2°—Los gastos de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la
Delegación de Ecuador. El funcionario devengará el cien por ciento de su
salario, durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 14 al
18 de abril de 2015.
Artículo
3°—Rige a partir del 14 y hasta el 18 de abril de dos mil quince.
Dado en la Presidencia de la República, a los dieciséis días del mes
de marzo del año dos mil quince.
Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1 vez.—O.
C. N° 11.—Solicitud N° 2134.—(IN2015071284).
N° 197-PE
LA
VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política.
Considerando:
I.—Que la Secretaría Ejecutiva Adjunta de la Comisión Interamericana
para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) de la Organización de los Estados
Americanos invita a un funcionario para que participe en el “Quincuagésimo
Séptimo Período Ordinario de Sesiones de la CICAD”.
II.—Que
se solicita la valiosa participación en la presentación del Informe Hemisférico
del Mecanismo de Evaluación Multilateral (MEM) en calidad de Coordinadora
Adjunta del Grupo de Expertos Gubernamentales (GEG). Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar a la señora Emilia Ramírez Alfaro, cédula número
cuatro-ciento treinta y cuatro-cero sesenta y dos, funcionaria del Instituto
Costarricense sobre Drogas (ICD), para que participe en el “Quincuagésimo
Séptimo Período Ordinario de Sesiones de la CICAD”, en la presentación del
Informe Hemisférico del Mecanismo de Evaluación Multilateral (MEM) en calidad
de Coordinadora Adjunta del Grupo de Expertos Gubernamentales (GEG), la cual se
realizará en la ciudad de Washington D.C., de Los Estados Unidos de América,
del 29 al 30 de abril de 2015. La salida de esta funcionaria se efectuará el
día 28 y su regreso será el 1 mayo de 2015.
Artículo
2°—Los gastos de transporte aéreo, alimentación y hospedaje serán cubiertos por
el auspiciador. La funcionaria devengará el cien por ciento de su salario,
durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 28 de abril al
1° de mayo de 2015.
Artículo
3°—Rige a partir del 28 de abril y hasta el 1 de mayo de dos mil quince.
Dado en la Presidencia de la República, a los catorce días del mes de
abril del año dos mil quince.
Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1 vez.—O.
C. N° 11.—Solicitud N° 2134.—(IN2015071282).
N°
084-MOPT
EL MINISTRO
DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en la Ley N° 6227, Ley General de la
Administración Pública, Ley N° 9289 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario
de la República para el Ejercicio Económico del año 2015 y el artículo 34 del
Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
I.—Que la Organización Hidrográfica Internacional (OHI) y la Comisión
Mesoamericana y del Caribe de Hidrografía (MACHC), tienen programado realizar
el “Taller de Trabajo en Aspectos Técnicos de Limitación Marítima, Líneas Base
y Extensión de la Plataforma Continental”, evento que se realizará del 10 al 14
de Agosto del 2015 en Ciudad de Paramaribo, Surinam.
II.—Que
en el marco de cooperación técnica que existe entre Costa Rica y la
Organización Hidrográfica Internacional, que busca entre otras cosas, el
fortalecimiento del Sector Marítimo en aspectos hidrográficos, se ha nominado
al funcionario, Ing. Miguel Alejandro Artavia Pérez, Ingeniero de la Dirección
de Infraestructura de la División Marítimo Portuaria del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes (MOPT).
III.—Que
para Costa Rica reviste de gran importancia la participación del Ing. Artavia
Pérez, con el objetivo de contar con mayores elementos de entendimiento en la
debida implementación de requerimientos y principios técnicos de la
delimitación de marítima. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1°—Autorizar al Ing. Miguel Alejandro Artavia Pérez, portador
de la cédula de identidad N° 4-0190-0179, funcionario de la Dirección de
Infraestructura de la División Marítimo Portuaria, para que participe en el
“Taller de Trabajo en Aspectos Técnicos de Limitación Marítima, Líneas Base y
Extensión de la Plataforma Continental”.
Artículo
2°—Los gastos de transporte aéreo, hospedaje y alimentación, serán cubiertos
por la Organización Hidrográfica Internacional (OHI), por lo que no se requiere
pago alguno a cargo del presupuesto de este Ministerio por esos conceptos.
Artículo
3°—Se le reconocerá gastos por concepto de transporte aeropuerto-hotel y
viceversa al funcionario en mención, con un monto de $80, de la sub-partida
1.05.04 del MOPT, del programa presupuestario 32800 “Puertos y Regulación
Marítima”, área 01, actividad 04.
Artículo
4°—Que durante los días en que se autoriza la ausencia del funcionario Artavia
Pérez, devengará el 100% de su salario.
Artículo
5°—Rige a partir del 09 al 15 de agosto del 2015.
Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a
los 22 días del mes de Julio del 2015.
Lic. Carlos Segnini Villalobos, Ministro de Obras Públicas y
Transportes.—1 vez.—O. C. N° 24660.—Solicitud N° 17536.—(IN2015071266).
N° 89
El MINISTRO DE OBRAS
PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20 y 146 de la
Constitución Política, artículos 25, inciso 1, 28 inciso 1, acápite b) de la
Ley General de la Administración Pública o Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.
Así como lo dispuesto en la Ley N° 9289 Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario
de la República para el Ejercicio Económico del año 2015 y el artículo 34 del
Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que
es de interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes el Seminario
Internacional de Presupuesto Público, en el cual se abordarán temas muy
relevantes en la Administración Pública aplicables a las funciones que ejerce
el funcionario.
2º—Que la
participación del funcionario Francisco Molina Salas, será de provecho para la
Dirección Financiera así como para el resto de la Institución, en el tanto se
abordarán dos temas generales como lo son: “Tienen validez los principios
presupuestarios clásicos frente a la dinámica y velocidad de los hechos
económicos, políticos, sociales y tecnológicos actuales? Propuestas”;
“Distribución del Ingreso: Avances en América Latina, situación y perspectivas.
Papel de las políticas públicas. Se desarrollarán conferencias magistrales
tales como: ¿Es posible enfrentar las políticas económicas del siglo XXI con
las teorías del siglo XX? “Causas que dificultan compatibilizar el Planeamiento
de las políticas públicas y los presupuestos públicos” “Causas y consecuencias
de la expresión”. “El presupuesto es una ficción” “Acciones para combatirlas”. Los
instrumentos presupuestarios de la Unión Europea. Efectividad y cumplimiento
para resolver los problemas de la desigualdad de los países miembros. Además
del desarrollo de paneles de trabajo en temas definidos como lo son: “Si los
instrumentos de Planeamiento y Presupuesto Público no están suficientemente
desarrollados, cómo formular las políticas y gestionar su aprobación, ejecución
y evaluación” “¿Las competencias presupuestarias de los Poderes del Estado
están adecuadamente distribuidas para facilitar la objetividad, la eficiencia,
la eficacia, la efectividad y la transparencia?” Temas que son de suma
importancia en el contexto de la realidad actual a la cual se está sujeto y los
cambios que se nos avecinan en las políticas públicas y su entorno; y para lo
cual la capacitación en los mismos es de total trascendencia en un mejor
desempeño del cargo debido a la atinencia que se presenta en el ejercicio de
sus funciones.
3º—Que mediante el
oficio DVA-DCD-2015-1906 de fecha 23 de julio del 2015 de la Dirección de
Capacitación y Desarrollo de este Ministerio; dicha Dirección emite dictamen
técnico realizado por el Departamento de Investigación y Programación donde se
aprueba la participación del Licenciado Francisco Molina Salas en el citado
Seminario, avalando los contenidos temáticos y la importancia del evento para
las labores profesionales que realiza el Licenciado Molina Salas, Director
Financiero de la Institución; según lo estipulado en la actividad denominada
Visto bueno para actividades de capacitación previo a la elaboración del
Acuerdo de Viaje. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al Licenciado Francisco Molina Salas, cédula Nº 1-716-870 Director
Financiero de este Ministerio, para que participe en el XLII Seminario
Internacional de Presupuesto Público, mismo que se llevará a cabo del 06 al 09
de octubre del 2015, en la ciudad de Buenos Aires - Argentina.
Artículo 2º—Los gastos
de alimentación y hospedaje del funcionario Molina Salas durante los días del
04 al 10 de octubre del 2015 serán cubiertos con recursos del MOPT en el
programa 326-05-03 y en la subpartida 10504, por un monto de $ 1.900.00 dólares
americanos, lo cual incluye los gastos de alimentación, hospedaje, taxis
(Aeropuerto-hotel y viceversa). Los gastos de inscripción al evento serán de $
500.00 dólares americanos y serán cargados a la subpartida 1.05.04 del programa
presupuestario 326-05-03.
Por la subpartida
10503, transporte al exterior, se reconocerá para el funcionario el boleto
Aéreo y otros cargos por una suma máxima de $ 1.300.00 dólares americanos.
Artículo 3º—El
funcionario debe ceder al Ministerio de Obras Públicas y Transportes la
totalidad del millaje producto de este viaje al exterior.
Artículo 4º—Que
durante los días hábiles laborales del 05 al 09 de octubre del año 2015, en que
se autoriza la participación del funcionario Francisco Molina Salas en la
actividad denominada XLII Seminario Internacional de Presupuesto Público, en la
ciudad de Buenos Aires - Argentina, devengará el 100% de su salario.
Artículo 5º—Rige a partir
del 04 de octubre y hasta su regreso el día 10 de octubre del 2015.
Dado
en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes a los 31 días del mes de julio
del año 2015.
Carlos
Segnini Villalobos, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O.C. Nº 24446.—Solicitud
Nº 17523.—(IN2015070800).
N°
098-MOPT
EL
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en la Ley N° 6227, Ley General de la
Administración Pública, Ley N° 9289 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario
de la República para el Ejercicio Económico del año 2015 y el artículo 34 del
Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
I.—Que la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM),
tiene previsto realizar la “LXXXVII Reunión Ordinaria del Directorio de la
COCATRAM a realizarse el día 28 de agosto del 2015, en la Ciudad de San
Salvador, República de El Salvador.
II.—Que
en el marco de cooperación técnica que existe entre Costa Rica y la COCATRAM,
que busca entre otras cosas, el fortalecimiento del Sector Marítimo Regional y
su relación con el SICA, se ha nominado al funcionario Lic. Luis Fernando
Coronado Salazar, en su calidad de Director General de la División Marítimo
Portuaria, y en su calidad de Representante Alterno al Directorio de la
Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM).
III.—Que
para Costa Rica reviste de gran importancia la participación del funcionario
Coronado Salazar, con el objetivo de tratar temas tales como: Normas Técnicas de
Control Interno CFR-SICA, Informe sobre el cumplimiento POA 2015, Informe
Financiero y el Informe sobre el Transporte Marítimo de Corta Distancia (TMCD).
Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1°—Autorizar al Licenciado Luis Fernando Coronado Salazar,
portador de la cédula de identidad N° 5-172-409, en su calidad de Director
General de la División Marítimo Portuaria, y Representante Alterno al
Directorio de la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM),
para que participe en la “LXXXVII Reunión Ordinaria del Directorio de la
COCATRAM, a realizarse el día 28 de agosto del 2015, en la Ciudad de San
Salvador, República de El Salvador.
Artículo
2°—Los gastos de transporte aéreo, hospedaje y alimentación, serán cubiertos
por la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM), por lo que
no se requiere pago alguno a cargo del presupuesto de este Ministerio por esos
conceptos.
Artículo
3°—Que durante los días en que se autoriza la ausencia del funcionario Coronado
Salazar, devengará el 100% de su salario.
Artículo
4°—Rige a partir del 27 al 29 de agosto del 2015.
Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a
los 17 días del mes de agosto del 2015.
Lic. Carlos Segnini Villalobos, Ministro de Obras Públicas y
Transportes.—1 vez.—O. C. N° 24660.—Solicitud N° 17535.—(IN2015071262).
N° 099-MOPT
EL
MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en Artículo 28 inciso 1 de la Ley N°
6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, así como
lo dispuesto en la Ley N° 8691 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario
de la República, la Ley N° 6362 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y
Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
I.—Que Costa Rica junto con la República Popular de China han suscrito
en el marco de relaciones diplomáticas el Convenio de Cooperación Económica y
Técnica entre el gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la
República de China.
II.—Que
la Embajada de la República Popular de China, a través de la Oficina del
Consejero Económico y Comercial invita a la realización del “Seminario para
servidores públicos de administración pública de Costa Rica”, organizado por la
Academia Nacional de gobernación China a realizarse en la República Popular de
China.
III.—Que
la Ley de Planificación Nacional N° 5525, establece el funcionamiento de las
unidades encargadas de generar los procesos de prognosis organizacional y
programación de actividades en búsqueda del alineamiento con el Sistema
Nacional de Planificación.
IV.—Que
la participación del Ingeniero Christopher Cortés Zúñiga, es de vital
importancia para Costa Rica, en función de los retos y necesidades de optimizar
los procesos de planificación, los sistemas de gestión del servicio público,
generación de políticas públicas y de la gestión institucional. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1°—Designar al Ing. Christopher Cortés Zúñiga, cédula
1-1236-0781, funcionario del Despacho del Ministro para que participe en el
Seminario para servidores públicos de administración pública de Costa Rica en
las fechas comprendidas entre el 25 de Agosto al 18 de Setiembre del 2015 en la
ciudad de Beijing, China.
Artículo
2°—Los gastos por concepto de boletos aéreos, hospedaje, seguro de accidente
personal y alimentación y traslado terrestre del funcionario Christopher Cortés
Zúñiga, serán cubiertos con recursos del Ministerio de Comercio de la República
Popular de China (MOFCOM).
Artículo
3°—Que durante los días del 25 de Agosto al 18 de Setiembre del presente año en
que se autoriza la ausencia del Ingeniero Christopher Cortés Zúñiga, devengará
el 100% de su salario.
Artículo
5°—Rige a partir del 25 de Agosto al 18 de Setiembre del 2015 inclusive.
Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los dieciocho
días del mes de agosto del 2015.
Carlos Segnini Villalobos, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1
vez.—O. C. N° 24446.—Solicitud N° 17537.—(IN2015071269).
N° 108-MOPT
Con
fundamento en lo dispuesto en la Ley Nº 9193 del Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2014 y al
artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y Transportes de la Contraloría
General de la República.
Considerando:
1º—Que
la Embajada Británica ha extendido invitación al Ministerio de Obras Públicas y
Transportes para el Seminario Taller Regional: Iniciativas de Transparencia en
el Sector de la Construcción (CoST), cuyo objetivo es facilitar los elementos
esenciales de CoST como una herramienta base, cuyos indicadores podrían
aumentar la transparencia y la rendición de cuentas de los proyectos de
construcción financiados con fondos públicos. El mismo se efectuará en Lima,
Perú los días 22 y 23 de octubre del 2015.
2º—Que la iniciativa
CoST busca mejorar el valor del dinero que se invierte en la infraestructura
pública, la cual podría valorarse su aplicación en nuestro país. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al Ing. Mauricio González Quesada, Viceministro de Reformas y
Proyectos, cédula de identidad número 1-1055-0152, para que viaje a Lima, Perú,
del 21 al 25 de octubre del año en curso.
Artículo 2º—Los gastos
de transporte aéreo, hospedaje, costo del curso, alimentación y transporte
local serán cubiertos por el Gobierno Británico.
Artículo 4º—Que
durante los días que se autoriza la participación del Ing. Mauricio González
Quesada en dicho evento devengará el 100% de su salario.
Artículo 5º—Rige a
partir del 21 al 25 de octubre del año 2015.
Dado
en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a los 08 días del
mes de setiembre del año 2015.
Carlos
Segnini Villalobos, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O.C. Nº
24446.—Solicitud Nº 17520.—(IN2015070802).
Nº 121-MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS
PUBLICAS Y TRANSPORTES
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la
Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 1) acápite b) de la
Ley General de la Administración Pública o Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978;
así como lo dispuesto en la Ley N° 9289 Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2015 y el
artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de
la República.
Considerando:
1º—Que
es de interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes el “XVII
Congreso de la Federación Internacional de Antiguos Alumnos Iberoamericanos
Egresados del INAP de España”, en el cual se abordarán temas muy relevantes en
la Administración Pública aplicables a las funciones que ejerce el funcionario.
2º—Que la
participación del funcionario Orlando Cervantes Benavides, será de provecho
para la División Administrativa así como para el resto de la Institución, en el
tanto se abordarán un tema general, como es “Las políticas públicas como
instrumentos de gestión para el fortalecimiento y desarrollo de la
Administración Pública y se abordarán temas relacionados con la formulación de
políticas públicas, la calidad del gasto público, los desafíos del medio
ambiente y la transparencia y participación ciudadana”. Temas que son de suma
importancia en el contexto de la realidad actual a la cual se está sujeto y los
cambios que se avecinan en las políticas públicas y su entorno, para lo cual la
capacitación en los mismos es de total trascendencia en un mejor desempeño del
cargo debido a la atinencia que se presenta en el ejercicio de sus funciones.
3º—Que mediante el
oficio DVA-DCD-2015-2390 de fecha 19 de agosto de 2015 de la Dirección de
Capacitación y Desarrollo de este Ministerio, se emite dictamen técnico realizado
por el Departamento de Investigación y Programación donde se aprueba la
participación del Master Orlando Cervantes Benavides en el citado Congreso,
avalando los contenidos temáticos y la importancia del evento para las labores
profesionales que realiza el Master Cervantes Benavides, Director General de la
División Administrativa, según lo estipulado en la actividad denominada “Visto
Bueno para actividades de capacitación previo a la elaboración del Acuerdo de
Viaje”. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo
1º—Designar al Master Orlando Cervantes Benavides, cédula Nº 0013440304,
funcionario de la División Administrativa del MOPT, para que participe en la el
“XVII Congreso de la Federación Internacional de Antiguos Alumnos
Iberoamericanos Egresados del INAP de España”, que se llevará a cabo del 12 al
16 de octubre de 2015, en Ciudad de la Antigua, Guatemala.
Artículo 2º—Los gastos
de alimentación y hospedaje del funcionario Cervantes Benavides durante los
días del 12 al 16 de octubre de 2015 serán cubiertos con recursos del MOPT en
el Programa Presupuestario 326-05-01: en la subpartida 10504-Viáticos en el
exterior por un monto de $1.394,00 dólares americanos, lo cual incluye gastos
de alimentación, hospedaje, taxis (Aeropuerto-hotel y viceversa) y los gastos de
inscripción al evento ($150,00 dólares americanos). Por la subpartida
10503-Transporte en el exterior por un monto de $600,00 dólares americanos, se
reconocerá para el funcionario el boleto aéreo y otros cargos por una suma
máxima de $600,00 dólares americanos.
Artículo 3º—El
funcionario debe ceder al Ministerio de Obras Públicas y Transportes la
totalidad del millaje producto de este viaje al exterior.
Artículo 4º—Que
durante los días en que se autoriza la participación del Master Orlando
Cervantes Benavides a la actividad denominada “XVII Congreso de la Federación
Internacional de Antiguos Alumnos Iberoamericanos Egresados del INAP de
España”, que se llevará a cabo del 12 al 16 de octubre de 2015, en Cuidad de la
Antigua, Guatemala., devengará el 100% de su salario.
Artículo 5º—Rige a
partir del 11 al 16 de octubre de 2015 inclusive.
Dado
en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes a los 29 días del mes de
setiembre del año 2015.
Carlos
Segnini Villalobos, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O.C. Nº
24446.—Solicitud Nº 17524.—(IN2015070805).
N°
DM-MG-4684-15
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE SALUD
En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos
1) y 20) y 146 de la Constitución Política; 28 aparte segundo, inciso b) de la
Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; y
2° de la Ley N° 3695 del 22 de junio de 1966 “Ley de Creación del Patronato
Nacional de Rehabilitación”.
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° DM-MG-1121-15 del 5 de enero del
2015, publicado en La Gaceta N° 55 del 19 de marzo del 2015, se designa
la Junta Directiva del Patronato Nacional de Rehabilitación (PANARE).
II.—Que
mediante oficio de fecha 17 de julio del 2015, suscrito por la señora Carmen
María Fonseca Arce, cédula 1-0557-0980, presenta formal renuncia como
Vicepresidenta de la Junta Directiva del Patronato Nacional de Rehabilitación
(PANARE), misma que es aceptada.
III.—Que
mediante oficio de fecha 08 de julio del 2015, suscrito por la señora Laura
Tatiana Calvo Viales, cédula 1-1191-0722, presenta formal renuncia como
Secretaria de la Junta Directiva del Patronato Nacional de Rehabilitación
(PANARE), misma que es aceptada.
IV.—Que
la señora María Alejandra Arias Guido, cédula N° 2-0524-0699, ocupa el cargo de
Tesorera de la Junta Directiva del Patronato Nacional de Rehabilitación
(PANARE), según Acuerdo Ejecutivo N° DM-MG-1121-15 del 5 de enero del 2015,
publicado en La Gaceta N° 55 del 19 de marzo del 2015. Sin embargo se
considera oportuno y necesario, en vista de la renuncia de la señora Laura
Tatiana Calvo Viales, cédula N° 1-1191-0722, a su cargo de Secretaria de la
Junta Directiva del Patronato Nacional de Rehabilitación (PANARE), designar a
la señora María Alejandra Arias Guido, en este cargo.
V.—Que
en razón de las anteriores consideraciones, se hace oportuno y necesario
reformar el Acuerdo Ejecutivo N° DM-MG-1121-15 del 5 de enero del 2015,
publicado en La Gaceta N° 55 del 19 de marzo del 2015, y proceder a una
nueva designación a fin de incorporar a los nuevos miembros. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1°—Modificar el artículo 1. del Acuerdo Ejecutivo N°
DM-MG-1121-15 del 5 de enero del 2015, publicado en La Gaceta N° 55 del
19 de marzo del 2015, en el que se designa la Junta Directiva del Patronato
Nacional de Rehabilitación (PANARE), para que se lea de la siguiente manera:
• Mario
Alberto Rivera Lizano, cédula N° 1-0467-0383, como presidente.
• Madeline Matarrita Castrillo, cédula N° 5-0252-0995, como
vicepresidenta.
• María Alejandra Arias Guido, cédula N° 2-0524-0699, como
secretaria.
• Omer Alberto Morales Román, cédula N° 1-0747-0255, como tesorero.
• Wendy Patricia Barrantes Jiménez, cédula N° 5-0277-0499, como
vocal I.
• América Zeledón Carrillo, cédula N° 1-1007-0107, como vocal II.
• Mariana Camacho Cordero, cédula N° 1-1442-0443, como vocal III.
Artículo 2°—Rige a partir del 17 de setiembre del 2015 al 07 de mayo
del 2018.
Dado en la Presidencia de la República. San José, diecisiete de
setiembre del dos mil quince.
Publíquese.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Salud, Dr. Fernando Llorca
Castro.—1 vez.—O. C. N° 26115.—Solicitud N° 7803.—(IN2015071243).
N°
DM-YR-4839-15
EL
MINISTRO DE SALUD
Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la
Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 párrafo segundo inciso b) de la “Ley
General de la Administración Pública” Nº 6227 del 02 de mayo de 1978.
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar al MAF Erick Rodríguez Steller, cédula de identidad
N° 2-447-493, funcionario de la Dirección de Protección al Ambiente Humano para
que asista y participe en la actividad denominada “C7-RAF-0.044 5th Session of
the Nuclear Law Institute” que se llevará cabo en la Ciudad de Viena, Austria
del 26 de setiembre al 09 de octubre del 2015.
Artículo
2°—Los gastos del funcionario por concepto de transporte, alimentación y
hospedaje serán cubiertos por la OIEA, por lo que no existe gasto a cargo del
erario público.
Artículo
3°—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la
participación del funcionario en la actividad, éste devengará el 100% de su
salario.
Artículo
4°—Para efectos de itinerario el funcionario estará saliendo del país el día 26
de setiembre y regresará el 10 de octubre del 2015.
Artículo
5°—Rige a partir del 26 de setiembre al 10 de octubre del 2015.
Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los veinticinco días del
mes de setiembre del dos mil quince.
Publíquese.
Dr. Fernando Llorca Castro, Ministro de Salud.—1 vez.—O.C. N°
26115.—Solicitud N° 7802.—(IN2015071248).
N°
DM-YR-4840-15
EL
MINISTRO DE SALUD
Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la
Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 párrafo segundo inciso b) de la Ley
N°. 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”.
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar a la MSC. Rosa María Vargas Alvarado, cédula de
identidad N° 1-454-750, funcionaria de la Unidad de Seguimiento de Indicadores
de Salud, para que asista y participe en la actividad denominada “Taller sobre
Sistemas de Vigilancia en el Intento de Suicidio” que se llevará cabo en la
ciudad de Ginebra, Suiza, del 29 al 30 de setiembre del 2015.
Artículo
2°—Los gastos de la funcionaria, por concepto de transporte, alimentación
y hospedaje serán cubiertos por la
Organización Panamericana de la Salud (OPS), por lo que no existe gasto a cargo
del erario público.
Artículo
3°—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la
participación de la funcionaria en la actividad, ésta devengarán el 100% de su
salario.
Artículo
4°—Para efectos de itinerario la funcionaria, estará saliendo del país el día
27 de setiembre y regresará el 02 de octubre del 2015.
Artículo
5°—Rige a partir del 27 de setiembre al 02 de octubre del 2015.
Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los veinticinco días del
mes de setiembre del dos mil quince.
Publíquese.
Dr. Fernando Llorca Castro, Ministro de Salud.—1 vez.—O.C. N°
26115.—Solicitud N° 7802.—(IN2015071250).
Nº DM-RM-4873-2015
EL MINISTRO DE SALUD
Con
fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política;
25 párrafo 1, y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley N° 6227 del 02 de mayo de
1978 “Ley General de la Administración Pública”.
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la Dra. Virginia Murillo Murillo, cédula de identidad Nº
2-293-863, Viceministra de Promoción de la Salud, para que asista y participe
en la “Segunda Reunión de la Conferencia sobre Población y Desarrollo de
América Latina y el Caribe”, que tendrá lugar en Ciudad de México, México los
días 06 al 09 de octubre del 2015.
Artículo 2º—Los gastos
de la Viceministra de Promoción de la Salud por concepto de alimentación,
hospedaje y traslados terrestres, serán cubiertos por el Área de Cooperación
Internacional-ACI del Ministerio de Planificación Nacional y Política
Económica.
Artículo 3º—Rige del
06 de octubre al 10 de octubre de 2015.
Dado
en el Ministerio de Salud. San José a los dos días del mes de octubre del dos
mil quince.
Publíquese.
Dr.
Fernando Llorca Castro, Ministro de Salud.—1 vez.—O.C. Nº 26115.—Solicitud Nº
7804.—(IN2015070826).
Res.
N° 2936-2015-MEP.—Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada
(CONESUP) al ser las trece horas con cuarenta y tres minutos del ocho de
setiembre de dos mil quince.
En ejercicio de las
atribuciones contenidas en los artículos 1º y 2º de la Ley Nº 6693 del 27 de
noviembre de 1981 y en los artículos 2º, 3º, 4º, y 5º del Reglamento General
del CONESUP Nº 29631-MEP del 18 de junio de 2001, se resuelve lo siguiente:
Resultando:
1º—El
3 de agosto de 2015, la señora Olga Marta Sánchez Oviedo en calidad de Ministra
de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), mediante oficio
DM-438-15 (consecutivo 1559-15) comunica que el señor Jorge Ortega Vindas,
cédula de identidad 1-1090-0948 fue designado como representante alterno de ese
Ministerio desde el 29 de julio de 2015 hasta el 29 de julio de 2017.
2º—El 19 de agosto de
2015, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 11 de la Constitución
Política, 1° y 2° de la Ley de Creación del Consejo Nacional de Enseñanza
Superior Universitaria Privada (CONESUP), N° 6693 del 27 de noviembre de 1981,
se procedió a juramentar al licenciado Jorge Ortega Vindas, cédula de identidad
1-1090-0948, lo cual fue debidamente consignado en el acta de juramentación
correspondiente, por un periodo de dos años, el cual rige desde el 29 de julio
del 2015 hasta el 29 de julio del 2017.
Considerando:
I.—Que
el artículo 2° de la Ley de Creación del Consejo Nacional de Enseñanza Superior
Universitaria Privada (CONESUP), N° 6693 del 27 de noviembre de 1981, señala: Artículo
2.- El Ministerio de Educación Pública, mediante acta, juramentará a los
representantes y les dará posesión en sus cargos. Para la integración del
Consejo, requerirá a las entidades con derecho a ello, el nombramiento de sus
representantes, cuando éste proceda. Si dentro del plazo de un mes, contado a
partir de la comunicación respectiva, no se le hubiere comunicado el
nombramiento, el Ministerio lo hará de oficio.
El Consejo, en su
primera sesión, elegirá, de entre sus miembros, un vicepresidente, quien
suplirá al presidente durante sus ausencias temporales.
II.—Que el artículo 3°
del Reglamento General del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria
Privada (CONESUP), Decreto Ejecutivo 29631, del 18 de junio de 2001 indica: “Artículo
3º—El CONESUP tendrá la integración que determina el artículo 1° de su Ley
Constitutiva y sus miembros deberán necesariamente cumplir con los requisitos
ahí señalados. La designación de los miembros de las entidades y dependencias
con derecho a representación se hará conforme a los procedimientos internos que
al efecto tengan éstas, excepto el representante del conjunto de todas las
universidades privadas que se hará conforme a lo dispuesto en el artículo
siguiente.”
III.—Que de
conformidad con lo razonado en el oficio LYD-5828/07-2012-L de fecha 10 de
julio de 2012 así emitido por la Dirección de Leyes y Decretos, debe
interpretarse que de las normas transcritas anteriormente, se desprenden dos
trámites específicos para el nombramiento de los representantes de las
instituciones con derecho a ello ante el CONESUP. El primero de ellos es la designación
de los miembros conforme los procedimientos internos que al efecto tenga cada
entidad y dependencia (artículo 3 del Decreto Ejecutivo 29631), y el segundo,
la juramentación de los representantes y puesta en posesión del cargo que hará
el Ministerio de Educación Pública (artículo 2° de la Ley 6693), todo lo cual
según se manifiesta en los resultandos 1 y 2 de la presente resolución, ya fue
realizado, siendo lo procedente tener por debidamente nombrado al Lic. Jorge
Ortega Vindas, cédula de identidad 1-1090-0948, como Representante alterno del
Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), ante el
Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), por el
plazo legal correspondiente de dos años, contabilizados a partir del 29 de
julio de 2015 hasta el 29 de julio de 2017.
Por tanto:
Considérese
formal y válidamente nombrado al Lic. Jorge Ortega Vindas, cédula de identidad
1-1090-0948, como Representante alterno del Ministerio de Planificación
Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), ante el Consejo Nacional de Enseñanza
Superior Universitaria Privada (CONESUP), por el plazo legal correspondiente de
dos años, contabilizados a partir del 29 de julio de 2015 hasta el 29 de julio
de 2017.
Publíquese.—Dra.
Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública y Presidenta del
Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada.—1 vez.—O. C. N°
23603.—Solicitud N° 8715.—(IN2015071208).
Res. Nº 245 —San José, a las dieciséis horas del día veinte del mes de
octubre del año dos mil quince.
Diligencias
de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación en
relación con el derecho comercial actividad Parqueo Público que se desarrolla
en el terreno a expropiar propiedad inscrita en el Registro Público de la
Propiedad Inmueble Folio Real 01-00009600-000, necesario para la construcción
del proyecto denominado “Cinemateca Nacional”.
Resultando:
1º—Que mediante oficio Nº CCPC-503-2015 del día 12 de agosto de 2015,
suscrito por el señor Fernando Rodríguez, Director General del Centro
Costarricense de Producción Cinematográfica, y conforme a las sugerencias y
observaciones transmitidas de forma oral por el señor William Monge, Director
del Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural del
Ministerio de Cultura y Juventud y el señor William Miranda, funcionario del
Centro Costarricense de Producción Cinematográfica, se solicita autorización al
Consejo Nacional de Cinematografía para el inicio de trámite de adquisición del
derecho comercial que se encuentra arrendado sobre el inmueble inscrito en el
Registro Público de la Propiedad Inmueble Folio Real 01-00009600-000, sito en
el cantón Central de San José, distrito El Carmen, con una medida de
cuatrocientos setenta y seis metros con setenta y seis decímetros cuadrados,
según plano catastrado Nº SJ-0009928-1975, para la construcción del Proyecto
“Cinemateca Nacional”. Asimismo se solicita autorizar el trámite ante la señora
Ministra de Cultura y Juventud, para la declaratoria de interés público y el
mandamiento provisional de anotación.
2º—Que
en Sesión Extraordinaria número veintitrés, celebrada el trece de agosto del
año dos mil quince a las catorce horas en el Despacho del Sr. Viceministro de
Cultura, el Consejo Nacional de Cinematografía conoce del oficio Nº
CCPC-503-2015 del día 12 de agosto de 2015, en el que se solicita autorización
de inicio de trámite para adquirir la propiedad y su derecho comercial para la
construcción del proyecto “Cinemateca Nacional”. Con base en lo anterior, el
Consejo Nacional de Cinematografía acuerda por unanimidad lo siguiente: “Acuerdo
Nº 2: Resuelve, con el fin del garantizar el derecho constitucional a la
cultura y la conservación del patrimonio arquitectónico y con el fin de
garantizar un servicio público más eficiente y seguro, autorizar el inicio del
trámite de adquisición del inmueble que se describirá, hasta su inscripción
definitiva a nombre del Centro Costarricense de Producción Cinematográfica, así
como tramitar oportunamente la declaratoria de interés público y el mandamiento
provisional de anotación de la propiedad inscrita en el Registro Público de la
Propiedad. Partido de San José. Matrícula de Folio Real Nº 9600-000, sito en el
Cantón Central de San José, distrito: El Carmen. Mide: cuatrocientos setenta y
seis metros con setenta y seis decímetros cuadrados, según Plano Catastrado Nº
SJ-0009928-75. La adquisición se hará de conformidad con lo estipulado en la
Ley de Expropiaciones Nº 9286 y por el monto que determine en su oportunidad el
avalúo que realizará el Ministerio de Hacienda. Todo conforme a la
justificación y demás datos que constan en expediente y que este Consejo
aprueba en el acto. Acuerdo Firme.”
3º—Que
en Sesión Extraordinaria número treinta, celebrada el quince de octubre del año
dos mil quince a las catorce horas en el Centro Costarricense de Producción
Cinematográfica, el Consejo Nacional de Cinematografía acuerda por unanimidad
lo siguiente: “Acuerdo Nº 5: Resuelve, con el fin del garantizar el
derecho constitucional a la cultura y la conservación del patrimonio
arquitectónico y con el fin de garantizar un servicio público más eficiente y
seguro, adicionar el Acuerdo Nº 2 de Sesión Extraordinaria número veintitrés,
celebrada el trece de agosto del año dos mil quince a las catorce horas, en el
sentido de autorizar el inicio del trámite de adquisición también del derecho
comercial que se encuentra arrendado, así como tramitar oportunamente la
declaratoria de interés público y el mandamiento provisional de anotación,
sobre el inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad. Partido de
San José. Matrícula de Folio Real Nº 9600-000, sito en el Cantón Central de San
José, distrito: El Carmen. Mide: cuatrocientos setenta y seis metros con
setenta y seis decímetros cuadrados, según Plano Catastrado Nº SJ-0009928-75.
La adquisición se hará de conformidad con lo estipulado en la Ley de
Expropiaciones Nº 9286 y por el monto que determine en su oportunidad el avalúo
que realizará el Ministerio de Hacienda. Todo conforme a la justificación y
demás datos que constan en expediente y que este Consejo aprueba en el acto.
Acuerdo Firme.”
4º—Que
mediante oficio ACP-106-2015 del día 09 de octubre de 2015, la Contadora del
Centro de Producción Cinematográfica certifica que en el presupuesto del año
2015 programa presupuestario Administración Central, en la subpartida 5.03.01
terrenos, se reserva la suma de ¢402.000.000,00 para efectuar la adquisición
del parqueo que colinda con el Teatro Variedades.
5º—Que
mediante oficio Nº CCPC 696-2015 del día 16 de octubre de 2015, remitido por la
Dirección del Centro Costarricense de Producción Cinematográfica, se solicitó
que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de
declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación
que a tales fines prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 9286 del 11 de
noviembre de 2014, en relación con el derecho comercial que se encuentra
arrendado sobre el inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad
Inmueble Folio Real 01-00009600-000, cuya naturaleza se encuentra registrada
como solar con una casa, situado en el Distrito 01 (El Carmen), Cantón 01
(Central) de la provincia de San José, con una medida de 476,76 metros
cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la
Propiedad son: norte, con calle; al sur, con herederos de Manuel Carazo; al
este, con Gordiano Morales, y al oeste, con herederos de Manuel Carazo.
6º—Del
referido inmueble es de impostergable adquisición el derecho comercial que se
encuentra arrendado por el área total del terreno, equivalente a cuatrocientos
setenta y seis metros con setenta y seis decímetros cuadrados, que presenta las
siguientes características: Naturaleza registral: solar con una casa, situado
en el distrito primero (El Carmen), cantón primero (San José) de la provincia
de San José. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° SJ-0009928-1975.
Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto “Cinemateca
Nacional”.
7º—Constan
en el expediente administrativo número 02-2015 a que se refiere este acto
resolutivo los siguientes documentos:
a) Plano
Catastrado Nº SJ-0009928-75, mediante el cual se establece que el área total de
la propiedad es de 476,76 metros cuadrados.
b) Certificación sobre la inscripción de la propiedad.
c) Información básica sobre el arrendatario del derecho comercial,
Inversiones Angulo Betancur Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-366450,
incluida personería jurídica.
8º—En razón de lo anterior, y por constituir de interés público la
presente declaratoria, al requerirse de la citada propiedad el derecho
comercial, que se encuentra arrendado, para la construcción y posterior
operación del proyecto “Cinemateca Nacional”, estando en el expediente
administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley que Crea el
Centro Costarricense de Producción Cinematográfica, Nº 6158 de 25 de noviembre
de 1977 y su reforma, el Centro se encuentra legalmente facultado para llevar a
cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia.
La Ley
de Expropiaciones, Nº 9286 de 11 de noviembre de 2014, establece en sus artículos
2, 18, 19 y 20 que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para
el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá
proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés
público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento
provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.
De
conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo
prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política y los
artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública,
procede declarar de interés público dicho derecho comercial, que se encuentra
arrendado sobre la propiedad que a continuación se describe:
a) Inscripción
en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula Nº
SJ-00009600-000.
b) Naturaleza registral: solar con una casa.
c) Ubicación: situado en el distrito 01 El Carmen, cantón 01 Central
de San José de la provincia de San José. Linderos, lo indicado en el plano
catastrado SJ-0009928-1975.
d) Propiedad: Matilde Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-025527.
e) Arrendatario: Inversiones Angulo Betancur Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-366450.
f) Dicha propiedad presenta un área total de 476,76 metros cuadrados
según plano catastrado Nº SJ-0009928-75.
Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de
Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en
el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicha propiedad necesaria
para la construcción del proyecto en referencia.
Procedan
las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del
procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la
Ley Nº 9286, artículo 21 y concordantes. Por tanto,
LA
MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD,
RESUELVE:
1º—Declarar de interés público el derecho comercial que se encuentra
arrendado sobre la propiedad inscrita en el Registro Público de la Propiedad al
Sistema de Folio Real Nº SJ-00009600-000, cuya naturaleza registral es solar
con una casa, situada en el distrito 01 (El Carmen), cantón 01 (Central) de la
provincia de San José y propiedad de Matilde Sociedad Anónima, cédula jurídica
Nº 3-101-025527, con una medida de 476,76 metros cuadrados según plano
catastrado Nº SJ-0009928-75, necesaria para la construcción del proyecto
“Cinemateca Nacional”.
2º—Ordénese
mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad
sobre la propiedad que por esta Resolución se ha establecido como necesaria
para la construcción del proyecto “Cinemateca Nacional” y conforme a lo
prescrito por la Ley Nº 9286.
3º—Procedan
las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento
establecido al efecto para la adquisición de dicho derecho comercial, con
especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a la Ley de
Expropiaciones.
Notifíquese y publíquese.
Sylvie Durán Salvatierra, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C.
Nº 0180.—Solicitud Nº 6312.—(IN2015072970).
DIRECCIÓN GENERAL DE
SERVICIO CIVIL
TRIBUNAL DE SERVICIO
CIVIL
Se
informa que en el artículo siete de la sesión N° 11191, celebrada por los Miembros
del Tribunal de Servicio Civil a las diecinueve horas del tres de setiembre de
dos mil quince, se acuerda: “Delegar la firma del Presidente del Tribunal de
Servicio Civil en el señor Omar Jiménez Camareno, Actuario de este Tribunal,
para que en adelante firme los siguientes documentos: Facturas, Reservas de
Recursos, Órdenes de Inicio, Autorización de Tarjetas de Combustible, Cambio de
Parámetros de Consumo de Combustible, Pago de Viáticos dentro y fuera del país.
Solicitudes de Caja Chica, Anteproyecto de Presupuesto, Presupuesto
Extraordinario, Rebajo de Presupuesto, Traslado de Partidas Presupuestarias,
Autorización de Pago de Dietas, Informes de Evaluación Presupuestaria Semestral
y Anual, Informes de Salario, Trámites para publicaciones en La Gaceta u
otros diarios de circulación nacional, entre otros, relacionados con la gestión
administrativa diaria del Tribunal.—Licda. Gabriela Víquez Guido, Secretaria
Administrativa.—1 vez.—O. C. N° 242881.—Solicitud N° 04.—(IN2015071203).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 183, asiento 14, título
N° 1345, emitido por el Liceo Laboratorio Emma Gamboa, en el año dos mil tres,
a nombre de Vargas Piedra Natalia, cédula: 1-1256-0407. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, a los veinticuatro días del mes de setiembre del dos mil
quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015068377).
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Certificado de
Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad
Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 13, título N° 132, emitido por
el Liceo Nuevo de Limón, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de
Cindy May Reid Reid. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original y por corrección del nombre, cuyos nombres y apellido
correcto es: Cindy May Reid, pasaporte N° 441053070. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, a los cinco días del mes de octubre del dos mil quince.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015068381).
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 04, título N° 13,
emitido por el Colegio Sagrado Corazón de Jesús, en el año mil novecientos
ochenta y ocho, a nombre de Chinchilla Molina María del Rocío, cédula:
3-0306-0148. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticinco días
del mes de setiembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—Solicitud 41490.—(IN2015068403).
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 125, asiento 27,
título N° 786, emitido por el Colegio Técnico Carlos M. L. Vicente Castro, en el
año dos mil seis, a nombre de Martínez Guzmán Mario Roberto, cédula número
6-0351-0084. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de
los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a
los veintisiete días del mes de agosto del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—Solicitud 40543.—(IN2015068413).
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 23, título N° 254,
emitido por el Colegio Científicos de Costa Rica, en el año dos mil nueve, a
nombre de Acuña Ballestero Wayner José, cédula: 1-1513-0786. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, a los veinticinco días del mes de setiembre del dos mil
quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015069031).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 147,
titulo N° 1279, emitido por el Conservatorio Castella, en el año dos mil cinco,
a nombre de Campos Villalobos Laura. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los 25 días del mes de mayo del 2010.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015070172).
DEPARTAMENTO
DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de
Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la
reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización social denominada:
Sindicato Nacional de Médicos Especialistas, siglas SINAME, acordada en
asamblea celebrada 31 de julio del 2015. Expediente M-141. Habiéndose cumplido
con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley
Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la
inscripción correspondiente. La reforma ha sido inscrita en los libros de
registro que al efecto lleva este Registro visible tomo 16, folio 216, asiento
4866 del 23 de setiembre del 2015. La reforma afecta el artículo 30 del
estatuto.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—(IN2015069781).
De conformidad con la autorización extendida
por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido
a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la
organización social denominada: Asociación de Pensionados Exfuncionarios de la
Caja Costarricense del Seguro Social, siglas: APECCSS, acordada en asamblea
celebrada el 19 de junio de 2015. Expediente S-P120. En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social se envía un extracto de la inscripción
para su publicación en el diario oficial La Gaceta. La reforma ha sido
inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este registro mediante
tomo: 16, folio: 217, asiento: 4870 del 5 de octubre de 2015. La reforma afecta
la totalidad de los artículos del estatuto.—San José, 5 de octubre del
2015.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—(IN2015070014).
PUBLICACIÓN DE unA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de
Trabajo Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización
social denominada Cooperativa de Servicios Múltiples de Boca Tapada, Pital,
siglas COOPEAGROTOUR R.L., acordada en asamblea celebrada el 13 de diciembre
del 2013. Resolución 1527-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo
29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un
extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.
El
Consejo de Administración se formó de la siguiente manera:
Presidenta: Mayela Vargas Arce
Vicepresidente: Belicio Quesada Víquez
Secretario: William
Vargas Jiménez
Vocal 1: Máximo
Solano Martínez
Vocal 2: Salvador
López Rivera
Suplente 1: María
Elizabeth Pérez Araya
Suplente 2: Juan
Carlos Chacón Vargas
Gerente: Gabriela Vanessa López Gómez
San José, 23 de setiembre del 2015.—Lic. Eduardo Díaz Alemán Jefe.—1
vez.—(IN2015071136).
De conformidad con resolución RMT-1671-2015
de las 14:00 horas del 20 de julio del 2015, el Ministro de Trabajo y Seguridad
Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-1492-2015,
de sesión celebrada en San José a las 14:00 horas del 30 de junio del 2015, de
la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de
pensión de guerra incoadas por Ruiz Pérez Pilar, cédula de identidad N°
5-051-915, a partir del día 01 de julio del 2014; por la suma de ciento
diecisiete mil ochocientos sesenta y seis colones con cuarenta y seis céntimos
(¢117.866,46), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que
por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la
vía administrativa Notifíquese.—Sr. Víctor Morales Mora, Ministro de Trabajo y
Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(IN2015071495).
JUNTA ADMINISTRATIVA
DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL
Propiedad Industrial
Para ver imágenes
solo en La Gaceta con formato PDF
Cambio
de Nombre N° 97564
Que Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 1-0908-0006, en
calidad de apoderado especial de Laboratorios Indas S.A.U., solicita a este
registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Laboratorios Indas S.
A., domiciliado en Camino de las Huertas, 2, Edificio Indas, 28223 Pozuelo de
Alarcón, Madrid, España, por el de Laboratorios Indas S.A.U., domiciliado en
Pozuelo de Alarcón, (Madrid) en C° Cerro de los Gamos, N° 1, Edif. 3, planta 3a,
España, presentada el 24 de junio de 2015, bajo expediente 97564. El nuevo
nombre afecta a las siguientes marcas: 2002-0003272 Registro N° 153668 INDASFORM
en clase 16 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única
vez de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 22 de setiembre del 2015.—Adriana Broutin Espinoza,
Registradora.—1 vez.—(IN2015070870).
Patentes
de Invención
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
La señora Alejandra Castro Bonilla, mayor, abogada, cédula 1-880-194,
vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Dow Agrosciences
Llc, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada: CONTROL DE
MALEZAS SINÉRGICO DE APLICACIONES DE AMINOCICLOPIRACLORO Y PICLORAM. Se
revelan en la presente composiciones herbicidas que comprende una cantidad de
efecto sinérgicamente herbicida de (a) aminociclopiracloro o una de sus sales o
éteres agrícolamente aceptables y (b) picloram o una de sus sales o éteres
agricolamente aceptable. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N
43/40; A01N 43/48; A01P 13/02; cuyos inventores son: Ovalle, Daniel, Posada,
Eduardo. Prioridad: 12/12/2012 US 61/736,127; 09/12/2013 US 2013US073841.
Publicación Internacional: 19/06/2014 W02014/093210. La solicitud
correspondiente lleva el número 20150331 y fue presentada a las 8:53:00 del 22
de junio del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 30 de setiembre del 2015.—Licda. Melissa Solís
Zamora, Registradora.—(IN2015069795).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor de edad,
vecino de San José, apoderado especial de Koninklijke Philips N.V, de Países
Bajos, solicita el Diseño Industrial denominada CHUPETE.
Para ver imagen solo
en La Gaceta con formato PDF
Se revela un aparato de chupete. El aparato
incluye una tetina en forma levemente ovalada, acoplado a esta tetina se
observa una base la cual se acopla a la tetina, con una forma ovalada,
levemente achatada en forma curva en la zona central. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Diseños Industriales es: 24/04; cuyo inventor es Elodie Jeanne
Claudine Thomas. Prioridad: 22/10/2014 EM 002561803. La solicitud
correspondiente lleva el número 20150201, y fue presentada a las 14:01:00 del
17 de abril del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 2 de julio del 2015.—Lic. Daniel Marenco
Bolaños, Registrador.—(IN2015070504).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N°
1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Savira
Pharmaceuticals GMBH, de Austria, F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, European
Molecular Biology Laboratory, de Alemania, solicita la Patente de Invención
denominada DERIVADOS DE PIRIMIDINONA Y SU USO EN EL TRATAMIENTO, MEJORA O
PREVENCIÓN DE UNA ENFERMEDAD VIRAL.
Para ver imagen solo
en La Gaceta con formato PDF
La presente invención hace
referencia a un compuesto que tiene la fórmula general (I), La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 487/04; A61K 31/519; A61P
31/12; cuyos inventores son Wolkerstorfer, Andrea, Szolar, Oliver, Handler,
Norbert, Buschmann, Helmut, Cusack, Stephen, Smith, Mark, So, Sung-Sau, Hawley,
Ronald Charles, Sidduri, Achyutharao, Zhang, Zhuming. Prioridad: 08/01/2013 US
61/750,017; 07/01/2014 WO2014EP050165. Publicación Internacional: 17/07/2014
WO2014/108406. La solicitud correspondiente lleva el número 20150337, y fue
presentada a las 13:47:00 del 25 de junio del 2015. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—Lic. Fabián Andrade Morales,
Registrador.—(IN2015070506).
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, vecino de San
José, apodero especial de Genentech, Inc, de E.U.A., solicita la Patente de
Invención denominada COMPOSICIONES Y MÉTODOS PARA EL DIAGNÓSTICO Y
TRATAMIENTO DEL CÁNCER HEPÁTICO. La presente invención hace referencia a
métodos para tratar el cáncer de hígado con un inhibidor de la señalización
Notch. También se proveen composiciones y métodos para el tratamiento de
cánceres de hígado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07K 16/28; A61P 35/00; A61K 39/00; cuyo(s)
inventor(es) es(son) French, Dorothy, Huntzicker, Erik, Siebel, Christian W.
Prioridad: 15/03/2013 US 61/789, 475/13/03/2014 WO 2014US026588. Publicación
Internacional: 25/09/2014 W02014/151866. La solicitud correspondiente lleva el
número 20150483, y fue presentada a las 13:44:44 del 11 de setiembre del 2015.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 7 de octubre del 2015.—Lic. Fabián Andrade Morales,
Registrador.—(IN2015070508).
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, céd 1-335-794, vecino de San
José, en su condición de apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de
Suiza, solicita la Patente de Invención denominada NUEVOS DERIVADOS DE
PURINA. La invención se refiere a un compuesto de la fórmula (I): en la que
A y de Rl a R4 tienen los significados definidos en la descripción y en las
reivindicaciones. El compuesto de la fórmula (I) puede utilizarse como medicamento. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: C07D 473/16; C07D 473/18; C07D 473/34; C07D 519/00; A61K 31/52;
A61P 3/00; A61P 1/00; A61P 9/00; A61P 25/00; A61P 29/00; cuyo(s) inventor(es)
es (son) Bendels, Stefanie, Grether, Uwe, Kimbara, Atsushi, Nettekoven,
Matthias, Roever, Stephan, Rogers-Evans, Mark, Schulz-Gasch, Tanja. Prioridad:
02/05/2013 EP 13166293.4;28/04/2014 WO 2014EP058545. Publicación Internacional:
06/11/2014 WO2014/177490. La solicitud correspondiente lleva el número
20150511, y fue presentada a las 14:34:00 del 29 de setiembre del 2015.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 1 de octubre del 2015.—Licda. Melissa Solís Zamora,
Registradora.—(IN2015070509).
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San
José, en calidad de apoderado especial de Sumitomo Chemical Company, Limited,
de Japón, solicita la Patente de Invención denominada PROCESO PARA PRODUCIR
COMPUESTO DE PIRIDAZINONA Y PRODUCCIÓN DE SUS INTERMEDIARIOS. La presente
invención se refiere a un proceso para producir un compuesto de la fórmula (1)
en donde X representa un átomo de hidrógeno, etc., e Y representa un átomo de
hidrógeno, etc., que comprende la etapa 1 de reacción de un compuesto de la
fórmula (2) y un compuesto de la fórmula (3) en presencia de un ácido de Lewis
en donde R representa un átomo de hidrógeno, etc., para obtener un aducto, y la
etapa 2 de reacción del aducto obtenido en la etapa 1 e hidrazina para obtener
el compuesto de la fórmula. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 237/14; B01J 27/135; C07C
51/353; C07C 59/90; C07D 307/60; C07B 61/00; cuyo(s) inventor(es) es (son)
Nakae, Yasuyuki, Manabe, Akio, Miyamoto, Takashi. Prioridad: 21/02/2013 JP
2013-031766; 18/02/2014 WO 2014JP054251. Publicación Internacional: 28/08/2014
WO2014/129612. La solicitud correspondiente lleva el número 20150387, y fue
presentada a las 14:14:00 del 22 de julio del 2015. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de agosto del
2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2015070512).
El
señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, vecino de San
José Janssen Pharmaceutica NV, de Bélgica, solicita la Patente de Invención
denominada BENZOIMIDAZOL-2-YL PYRIMIDINE MODULATORS OF THE HISTAMINE H4
RECEPTOR.
Para ver imagen solo
en La Gaceta con formato PDF
Benzoimidazol-2-il pirimidinas, métodos de purificación para las
mismas, y composiciones farmacéuticas y métodos para el tratamiento de estados
de enfermedad, trastornos, y afecciones mediados por la actividad del receptor
H4, que incluyen alergia, asma, enfermedades autoinmunitarias y prurito. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 31/497 A61K 31/506; C07D 401/14; cuyo(s)
inventor(es) es (son) Hickey, Magali, B, Horns, Stefan, Lochner, Susanne,
Conza, Matteo; Prioridad: 06/03/2013 US
61/773,706; 11/03/2013 US 61/776,260; 14/03/2013 US 61/784,909 06/03/2014 WO
2014US021130. Publicación Internacional: 12/09/2014 WO2014/138368. La solicitud
correspondiente lleva el número 20150435, y fue presentada a las 13:56:01 del
24 de agosto del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 7 de octubre del 2015.—Lic. Fabián Andrade
Morales, Registrador.—(IN2015070515).
La
señora Milagro Chávez Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, vecina de
San José, en calidad de apoderada especial de Ramírez Magaña, Enrique, de
E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: SISTEMA DE ASIENTOS DE
SALA DE CINE CON ASIENTOS RECLINABLES Y SEPARADOR DE CONFORT. Un sistema de
asientos para mayor comodidad y conveniencia del usuario mientras se maximiza
la utilización del espacio del piso del auditorio. El sistema de asientos se
compone de dos componentes modulares: (1) un conjunto de 5 asientos de cine
reclinables y (2) un separador de confort. El conjunto de asientos de cine
reclinables se compone de una superficie de asiento, respaldo reclinable,
reposabrazos y una base de soporte. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A47C 1/12; cuyo(s) inventor(es) es(son) Ramírez Magaña, Enrique.
Prioridad: 31/01/2013 US 61/759.120; 27/01/2014 US 14/164.992; 28/01/2014 WO
2014IB000633. Publicación internacional: 07/08/2014 WO2014/118638. La solicitud
correspondiente lleva el número 20150404, y fue presentada a las 10:53:33 del
06 de agosto del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 21 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—(IN2015070581).
La
señora Milagro Chávez Desanti, mayor, abogada, cédula Nº 1-626-794, vecina de
San José, en su condición de apoderada especial de Ramírez Magaña Enrique, de
México, solicita la Patente de Invención denominada: SALA DE CINE DE
MÚLTIPLES NIVELES Y UNA SOLA PANTALLA TENIENDO SECCIONES DE CLASES DE SERVICIO
SEPARADAS. Una sala de cine de múltiples niveles con servicio de clase
mixta que permite a los diferentes clientes que asisten a la misma película
experimentar diferentes niveles de servicio en función de la cantidad que
desean pagar. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: E04H 3/30;
cuyo(s) inventor(es) es(son) Ramírez Magaña, Enrique. Prioridad: 15/03/2013 US
61/793.455; 12/03/2014 WO 2014IB059693. Publicación internacional: 18/09/2014
WO2014/141102. La solicitud correspondiente lleva el número 20150403, y fue
presentada a las 10:52:12 del 06 de agosto del 2015. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de setiembre
del 2015.—Licda. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2015070583).
PUBLICACIÓN
DE primera VEZ
El señor Francisco
José Guzmán Ortiz, cédula 1-434-595, mayor de edad, vecino de San José,
apoderado especial de Channell Commercial Corporation, de E.U.A., solicita la
Patente de Invención denominada EMSAMBLAJE DE CONVERSIÓN DE COMPARTIMIENTO POR NIVELES. Un ensamble de conversión de compartimiento
por niveles adaptado para convertir un alojamiento de pedestal del suelo. La
base del alojamiento de pedestal transporta un enchufe montado de manera
removible a un brazo oscilante en el compartimento por niveles. El brazo
oscilante retiene el ensamble de pedestal en una posición almacenada en la
instalación por niveles, que contiene cableado para conexiones de servicio. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: G02B 6/44; H02G 3/18; cuyos
inventores son Burke, Edward J. Prioridad: 15/01/2013 US 61/752906; 14/03/2013
US 13/827594; 08/01/2014 WO 2014US010747. Publicación Internacional: 24/07/2014
W02014/113256. La solicitud correspondiente lleva el número 20150374, y fue
presentada a las 08:57:00 del 14 de julio del 2015. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de setiembre
del 2015.—Lic. Daniel Marenco Bolaños, Registrador.—(IN2015070542).
El
señor Francisco Guzmán Ortiz, cédula 1-434-595, mayor, abogado, vecino de San
José, en calidad de apoderado especial de Guala Pack S.P.A, de Italia, solicita
el Diseño Industrial denominada BOLSA.
Para ver imagen solo
en La Gaceta con formato PDF
El diseño ornamental para una bolsa tal cual se muestra y
describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 09/05;
cuyos inventores son Basson, Alexandre. Prioridad: 26/01/2015 IT BS20150000004.
La solicitud correspondiente lleva el número 20150384, y fue presentada a las
08:30:00 del 22 de julio del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 08 de octubre del 2015.—Lic.
Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2015070544).
La
señor(a)(ita) María de La Cruz Villanea Villegas, cédula 1-0984-0695, mayor de
edad, vecina de San José, Apoderada Especial de Amgen Inc., de E.U.A., solicita
la Patente de Invención denominada PROTEÍNAS DE UNIÓN AL ANTÍGENO BCMA.
Para ver imagen solo
en La Gaceta con formato PDF
La presente invención se refiere a proteínas de unión al antígeno
BCMA (Antígeno de maduración de células B), tales como anticuerpos, secuencias
de polinucleótidos que codifican dichas proteínas de unión al antígeno y
composiciones y métodos para diagnosticar y tratar enfermedades. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/28; A61K 39/00; A61K 47/48;
A61P 35/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Armitage, Richard J, Blake, Michelle,
Fanslow, III, William C, O’neill, Jason Charles, Kannan, Gunasekaran, XU,
Jiangchun, Tometsko, Mark Edward, Wang, Zhulun, Sudom, Athena. Prioridad:
07/12/2012 US 61/734, 757; 01/02/2013 US 61/759,702; 08/03/2013 US 61/775, 125;
05/12/2013 WO 2013US073382. Publicación Internacional: 12/06/2014
W02014/089335. La solicitud correspondiente lleva el número 20150351, y fue
presentada a las 10:55:30 del 07 de julio del 2015. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 08 de octubre del
2015.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2015071184).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
El Registro de Propiedad Industrial, Oficina de Patentes de Invención
hace saber que por resolución de las ocho horas treinta minutos del seis de
julio de dos mil quince fue inscrita la patente de invención denominada “NUEVOS
INHIBIDORES DE SEH Y SU USO”, a favor de la compañía Glaxosmithkline LLC.7,
cuyos inventores son Ding Yun de nacionalidad china, Thalji Reema K. y Marino
Joseph Paul Jr., de nacionalidad estadounidense, se le ha otorgado el número de
inscripción de patente de invención 3214, estará vigente hasta el diez de
octubre de dos mil veintiocho, cuya clasificación internacional es A01N 43/66,
A61K 31/53.—San José, a las catorce horas cincuenta minutos del veintiocho de
setiembre del dos mil quince.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—1
vez.—(IN2015071086).
El Registro de Propiedad Industrial, Oficina
de Patentes de Invención hace saber que por resolución de las ocho horas
treinta minutos del catorce de julio de dos mil quince, fue inscrita la patente
de invención denominada: “COMPUESTOS MODULARES DE SIRTUINA” a favor de
la compañía Sirtris Pharmaceuticals Inc., cuyos inventores son Bemis Jean,
Disch Jeremy S., Jirousek Michael, Lunsmann Walter Joseph, Ng. Pui Yee, Vu Chi
B; todos de nacionalidad estadounidense, se le ha otorgado el número de
inscripción de patente de invención 3215, estará vigente hasta el veinte de
junio de dos mil veintiocho, cuya clasificación internacional es C07D 513/04,
A61K 31/429, A61P 3/10.—San José, a las catorce horas cincuenta y cinco minutos
del veintiocho de setiembre del dos mil quince.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—1 vez.—(IN2015071089).
REGISTRO
DE DERECHOS DE AUTOR Y CONEXOS
AVISOS
Sarita Giberstein Kukielka, mayor de edad, viuda de primer matrimonio,
Licda. en Filosofía, portadora de la cédula de identidad 1-232-860, vecina de
Sabana Norte, San José; Yanina Rovinski Giberstein, mayor de edad, soltera,
Máster en Comunicación, portadora la cédula de identidad 1-524-480, vecina de
Sabana Norte, San José; Leonor Rovinski Giberstein, mayor de edad, divorciada
de segundo matrimonio, Profesora de Matemáticas, portadora de la cédula de
identidad 1-651-405, vecina de Sabana Norte, San José, y Benjamín Rovinski
Giberstein, mayor de edad, casado una vez, Doctor en Biología Molecular,
portador de la cédula de identidad 1-473-213, vecino de Toronto, Canadá, en su
condición de herederos únicos y universales en el Proceso Sucesorio Notarial
Extrajudicial de quien en vida fuera don Samuel Rovinski Gruszko, autor de la
Obra Literaria titulada EL MARTIRIO DEL PASTOR, solicitan la inscripción a su
nombre de la Cesión de todos los Derechos Patrimoniales como conclusión de
dicho Proceso Sucesorio Extrajudicial, resolución de las 11:00 horas del 06 de
octubre de 2015, de conformidad con los artículos 89 y 94 de la Ley de Derechos
de Autor y Derechos Conexos 6683 y los artículos 36 y 44 de su Reglamento. El
número de ISBN es 9977300224. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La
Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la
inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta
publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos
Conexos Nº 6683. Expediente 8388.—Curridabat, 9 de octubre del 2015.—Lic.
Carmen V. Valverde Chacón, Registrador.—1 vez.—(IN2015071183).
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
AVISOS
El Registro de Personas Jurídicas ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad: Asociación de Vecinos de Residencial Ayarco Este, con
domicilio en la provincia de: Cartago, La Unión, cuyos fines principales entre
otros son los siguientes: Velar por seguridad y bienestar del Residencial
Ayarco Este. Cuyo representante será la presidenta: Sara Jacqueline Valverde
Madrigal, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del
08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 348963.—Dado en el Registro Nacional, a
las 10 horas 14 minutos y 6 segundos del 7 de octubre del 2015.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015071051).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIO (A)
PÚBLICO (A). La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San Pedro de Montes de Oca,
costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to
piso. HACE SABER: Que ante este
Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: KATHERINE
VANESSA RUIZ GALLO, cédula de identidad número 7-0193-0086, carné
profesional 22770. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11
del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que
afecten la conducta del (de la)
solicitante a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro
de los quince (15) días hábiles siguientes a esta publicación.
EXPEDIENTE N° 15-001715-0624-NO.—San Pedro, 9 de octubre del 2015.—MSc. Jeffry
Juárez Herrera, Abogado-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—(IN2015070994).
HABILITACIÓN DE NOTARIA PÚBLICA. La DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste
del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
HABILITACIÓN como delegatario para
ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: NATHALIE
PAOLA BRICEÑO BUSTOS, con cédula de identidad número 5-0360-0768,
carné número 22517. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11
del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que
afecten la conducta de la
solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro
de los QUINCE (15) DÍAS HAÁBILES siguientes a esta publicación.
Expediente Nº 15-001483-0624-NO.—San José, 07 de setiembre del 2015.—Unidad
Legal Notarial.—Licda. Amalia Zeledón Lostalo, Abogada.—1 vez.—(IN2015071518).
FONDO NACIONAL DE
FINANCIAMIENTO FORESTAL
EDICTOS
Ante
la Oficina Regional San José Occidental del Fondo Nacional de Financiamiento
Forestal (FONAFIFO) se han presentado solicitudes de ingreso al Pago de
Servicios Ambientales sobre inmuebles sin inscribir en el Registro Nacional y
sobre los que a sus poseedores se les pagaría por los Servicios Ambientales
brindados por el bosque existente en dichos inmuebles; según el siguiente
detalle:
Solicitud |
Solicitante |
Ubicación geográfica |
N° de plano |
Área bajo PSA |
SJ01020915 |
María Gabriela
Fernández Gómes |
Caserío: La Legua Distrito: La Virgen Cantón: Sarapiquí Provincia:
Heredia |
H-708572-1988 |
20.1 HAS |
SJ01020915 |
María Gabriela
Fernández Gómes |
Caserío: Colonia Virgen del Socorro Distrito: Varablanca Cantón: Heredia Provincia:
Heredia |
H-559626-1999 |
26.5 HAS |
SJ01021515 |
Juan Jiménez Soto |
Caserío: En Cabeceras de Aranjuecito Distrito: Acapulco Cantón:
Puntarenas Provincia:
Puntarenas |
P-910077-2004 |
36.5 HAS |
SJ01024615 |
Roy Canet Zamora |
Caserío: En La Tigra Distrito: Ángeles Cantón: San Ramón Provincia: Alajuela |
A-771547-2002 |
128.4 |
De conformidad con el Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo N°
25721 MINAE y sus reformas, se concede un plazo de 10 días hábiles posteriores
a la segunda publicación de éste edicto, para oír oposiciones. Toda oposición
debe ser fundada y formularse por escrito ante la Oficina Regional de San José
Occidental y deberá acompañar los argumentos y pruebas en que se fundamente la
oposición.
El
expediente con la ubicación, plano catastrado y otros, podrán consultarse en la
Oficina Regional de San José Oriental, sita, San Vicente de Moravia, del
antiguo Colegio Lincoln, 200 oeste, 100 metros sur, 200 metros oeste, contiguo
a la Sinfónica Nacional, edificio Ifam, primer piso, y en horario de 7:00 a. m.
a 3:00 p. m.
Lic. Wilma Angulo Mora, Jefa, Unidad de Proveeduría
y Servicios Generales.—O. C. N° 392.—Solicitud N° 18755.—(IN2015071214). 2
v. 2.
Ante la Oficina Regional Caribe Norte del Fondo Nacional de
Financiamiento Forestal (FONAFIFO) se han presentado solicitudes de ingreso al
Pago de Servicios Ambientales sobre inmuebles sin inscribir en el Registro
Nacional y sobre los que a sus poseedores se les pagaría por los servicios
ambientales brindados por el bosque existente en dichos inmuebles según el
siguiente detalle:
Solicitante |
N° presolicitud |
Ubicación administrativa |
N° Plano |
Área Bajo PSA |
Audeli Flores
Céspedes |
CN01025215 |
Limón/Pococí/Colorado/Caño Sirena |
L-203049-1994 |
70 |
De conformidad con el Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo N°
25721-Minae y sus reformas, se concede un plazo de 10 días hábiles posteriores
a la segunda publicación de éste edicto, para oír oposiciones. Toda oposición
debe ser fundada y formularse por escrito ante la Oficina Regional y deberá
acompañar los argumentos y pruebas en que se fundamente la oposición.
El
expediente con la ubicación, plano catastrado y otros, podrán consultarse en la
Oficina Regional, sita en Puerto Viejo de Sarapiquí, en el cruce la Y Griega,
edificio de color amarillo, en horario de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.
Licda. Wilma Angulo Mora, Jefa, Unidad de
Proveeduría y Servicios Generales.—O. C. N° 391.—Solicitud N°
18754.—(IN2015071217). 2
v. 1.
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRANSPORTE
Y COMERCIALIZACIÓN DE
COMBUSTIBLE
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
DGTCC-DL-334-2015.—Edicto por cambio de titular de estación de
servicio:
Se tiene por correctamente presentada la solicitud del señor Rogelio
Rodríguez Barquero, cédula de identidad número cuatro-cero cero siete tres-cero
cuatro cinco seis, actual concesionario del servicio público de la estación de
servicio con expediente ES-4-03-01-01 y la señora Katia Rodríguez Rodríguez,
cédula de identidad número 1-0705-0251, en su condición de representante legal
de la sociedad de esta plaza “Feluva Sociedad Anónima”, cédula jurídica número
3-101-698095, para realizar el cambio de titularidad de la prestación de
servicio público de la estación de servicio mencionada
La
estación de servicio se encuentra ubicada en la provincia de Heredia, cantón
Santo Domingo, distrito Santo Domingo, específicamente en la finca inscrita en
el Registro Nacional bajo la matrícula número 51589-000, y su propietario
registral actual es de Rogelio Rodríguez Barquero, cédula de identidad
1-0705-0251. Con el cambio solicitado, el nuevo titular de la concesión para
prestar el servicio público seria la empresa “Feluva Sociedad Anónima”, cédula
jurídica número 3-101-698095.
La
solicitud obedece a la aplicación de lo dispuesto en el artículo 77 del Decreto
Ejecutivo 30131- MINAE-S- “Reglamento para la Regulación del Sistema de
Almacenamiento y Comercialización de Hidrocarburos”, y 479 del Código de
Comercio, debido a que se realizaría el cambio de titular a raíz de una
compraventa del inmueble citado.
Acerca
de dicha solicitud, se otorga un plazo de quince días a partir de la primera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta, para que aquellos acreedores
e interesados se presenten a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
dispuesto por el artículo 479 del Código de Comercio. San José, a las once
horas del veintiocho de noviembre del dos mil doce.—San José, a las diez horas
del día siete de octubre del dos mil quince.—MSc. Eduardo Bravo Ramírez,
Director General.—(IN2015069598).
DIRECCIÓN
DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Exp. N° 16664A.—Pedro Bermúdez Portillo y Juan Bermúdez, solicita
concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la
captación en finca de su propiedad en Quepos, Aguirre, Puntarenas, para uso
comercial embotellado. Coordenadas 385.210/450.620 hoja Dota. Quienes se
consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 3 de setiembre de 2015.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015068703).
Exp. N° 11452A.—Sociedad de Usuarios de Agua Asentamiento Romakri, solicita
concesión de: 10 litros por segundo del Río Salto, efectuando la captación en
finca de Giselle Gutiérrez Castillo en San Mateo, San Mateo, Alajuela, para uso
agropecuario riego. Coordenadas 219.544 / 479.551 hoja Barranca. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 20 de mayo del 2015.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015068887).
Exp. 10623-A.—S.U.A. Llano Verde de Mogote, solicita concesión de: 1,9
litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca
de Henry Neira Sepúlveda en Mogote, Bagaces, Guanacaste, para uso
agropecuario-abrevadero-riego-granja-lechería y porquerizas. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 14 de julio del 2015.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015069077).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 16671A.—Esplendor de La Luna S. A., solicita concesión de: 1.5
litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca
de La Sombra de La Luna S. A. en Peñas Blancas, San Ramón, Alajuela, para uso
agropecuario, consumo humano doméstico, agropecuario riego. Coordenadas 263.025
/ 470.446 hoja Fortuna. Predios inferiores: José Francisco González. A Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de
la primera publicación.—San José, 9 de setiembre de 2015.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—Solicitud N°
40795.—(IN2015064720).
Exp. 16235P.—Banco Crédito Agrícola de
Cartago, solicita concesión de: 6,3 litros por segundo del acuífero, efectuando
la captación por medio del pozo IS-966 en finca de su propiedad en San Rafael,
Oreamuno, Cartago, para autoabastecimiento en condominio y riego. Coordenadas
205.533 / 548.190 hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 25 de setiembre de 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas. Coordinador.—(IN2015064801).
Registro
Civil-Departamento Civil
SECCIÓN
DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Víctor Sánchez
Arias, conocido como Víctor Sánchez Garita, se ha dictado la resolución N°
5402-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas del nueve de
octubre de dos mil quince. Exp. N° 41733-2015. Resultando 1.-... 2.-...
Considerando: I.- Hechos Probados:... II.-Sobre el Fondo:... Por tanto:
rectifíquese el asiento de nacimiento de Víctor Rafael Sánchez Arias, en el
sentido que el nombre los apellidos y el número de cédula de identidad de la
madre son Dominga de la Trinidad Arias Garita y 1-0260-0423,
respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015070871).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Daysse Alaniz Díaz, se ha
dictado la resolución N° 2434-2015, que en lo conducente dice: Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince
horas cuarenta minutos del veintiséis de mayo de dos mil quince. Exp. N°
16647-2015. Resultando 1.-... 2.-... Considerando: I.- Hechos Probados:... II.-
Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Josué
Noel Fonseca Alaniz, en el sentido que el nombre de la madre de la persona
inscrita es Daysse.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a.
í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015070980).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Reyna Elizabeth Gómez
Roja, se ha dictado la resolución N° 3521-2015, que en lo conducente dice:
Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las
catorce horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de julio de dos mil
quince. Exp. N° 22841-2015. Resultando 1.-... 2... Considerando: I.- Hechos Probados:...
II.- Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de
Yadira Jeannetthe Cano Gómez, en el sentido que el nombre y el segundo apellido
de la madre son Reyna Elizabeth y Roja, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2015070991).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Yerling Lisseth Taleno
Miranda, se ha dictado la resolución N° 4407-2015, que en lo conducente dice:
Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las
once horas treinta y ocho minutos del veinte de agosto de dos mil quince. Exp.
N° 27815-2015. Resultando: 1.-... 2.-... Considerando: I.-Hechos Probados:...
II.- Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de
Keidy del Mar Somoza Taleno, en el sentido que el nombre de la madre de la
persona inscrita es Yerling Lisseth.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2015071009).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Ligia Liveth Carmona de
Carmona, se ha dictado la resolución N° 2079-2015, que en lo conducente dice:
Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las
catorce horas cuarenta minutos del trece de mayo de dos mil quince. Exp. N°
16372-2013. Resultando 1.-... 2-…. Considerando: I.-Hechos Probados:... II.-
Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Álvaro
de Jesús Carmona Carmona, en el sentido que el nombre y los apellidos de la
madre de la persona inscrita son Ligia Liveth Carmona Lumbi.—Lic. Luis Antonio
Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2015071022).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Ubania del Socorro Guevara
Granados, se ha dictado la resolución N° 2187-2015, que en lo conducente dice:
Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las
nueve horas trece minutos del dieciocho de mayo de dos mil quince. Exp. N°
11935-2015. Resultando 1.-... 2.-... Considerando: I.- Hechos Probados:... II.-
Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Berny
Stuar Alonso Guevara y de Kisha Esther Guevara Granados en el sentido que el
nombre de la madre de las personas inscritas es Ubania del Socorro.—Lic. Luis
Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015071112).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por, Magdalena Castro no
indica segundo apellido, se ha dictado la resolución N° 4041-2015, que en lo
conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las doce horas y cincuenta y nueve minutos del diez de
agosto del dos mil quince. Exp. N° 22193-2014. Resultando: 1º—..., 2º—...
Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de, Yendri Patricia Escobar Castro, en el
sentido que el apellido de la madre es Castro no indica segundo apellido.—Lic.
Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015071134).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Raquel
Reyna López, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
1381-2011. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San
José, a las nueve horas nueve minutos del siete de julio del dos mil once.
Ocurso. Exp N° 12777-2011. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando:
I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...,
Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Nataly Sofía Rueda
Reina...; en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre de la
persona ahí inscrita son “María Raquel” y “Reyna”, respectivamente.—Lic. Óscar
Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2015071418).
Se hace
saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Orbelina
del Rosario Tórrez Lanzas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 041-2014. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las trece horas quince minutos del seis de enero del dos
mil catorce. Exp. Nº 35144-2013. Resultando: 1º—..., 2.-... Considerando:
I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el
asiento de nacimiento de Justin Isaac Chavarría Torres, en el sentido que el
nombre y el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita,
consecuentemente el segundo apellido del mismo son “Orbelina del Rosario”,
“Tórrez” y “Tórrez” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor
Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015071497).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Aracelys del
Socorro Centeno Gómez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 875-2013. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos
Jurídicos.— San José, a las ocho horas dos minutos del cuatro de marzo del dos
mil trece. Ocurso. Exp N° 46714-2012. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando:
I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el
asiento de nacimiento de José Francisco Salmerón Centeno, en el sentido que el
nombre y el segundo apellido de la madre... son “Aracelys del Socorro” y
“Gómez” respectivamente y el asiento de nacimiento de Maudiel Antonio Salmerón
Centeno, en el sentido que el nombre de la madre... es “Aracelys del
Socorro”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015071507).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Xiomara del Carmen Torrez
no indica segundo apellido, se ha dictado la resolución N° 3975-2015, que en lo
conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las dieciséis horas veinte minutos del siete de agosto
de dos mil quince. Exp. N° 17051-2014. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—...,
Considerando: I.—Hechos probados…, II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Elmer Andrés Maltez Torres, en el
sentido que el nombre y el apellido de la madre de la persona inscrita son
Xiomara del Carmen Torrez no indica segundo apellido.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2015071508).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por, Silvia Haydee Hernández
Jarquín se ha dictado la resolución N° 4471-2015, que en lo conducente dice:
Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las
quince horas quince minutos del veinticuatro de agosto de dos mil quince. Exp.
N° 27747-2015. Resultando: 1º—..., 2º—…, Considerando: I.—Hechos probados:...
II.—Sobre el fondo: Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de
Cristian Hernández Jarquín en el sentido que el nombre de la madre de la
persona inscrita es “Silvia Haydee”.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Licda. Irene
Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2015071521).
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos
de solicitud de naturalización
Denis Antonio Franco Chavarría, mayor, soltero, agente de ventas,
nicaragüense, cédula de residencia N° 155807666329, vecino de Guanacaste, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por
escrito a este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 133221-2013.—San José, 29 de junio de
2015.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015070985).
Enmanuel
De Jesús Arauz Cáceres, mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, cédula de
residencia número 155810824609, vecino de la Uruca, La Peregrina, del salón
comunal, 100 mts sur y 50 mts oeste, casa color blanco, verjas negras N° 359,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten
por escrito a este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes
a la publicación de este aviso. Exp. 135787-2015.—San José, a las 10:31 horas
del 24 de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2015070986).
Tatiana
Guadalupe Bermúdez Rivera, mayor, casada, miscelánea, nicaragüense, cédula de
residencia número 155817131213, vecina de Pavas, costado sur de la Plaza Santa
Fe, 100 oeste y 25 sur, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud para que los presenten por escrito a este registro dentro del término
de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
135730-2015.—San José, a las 16:53 horas del 23 de setiembre de 2015.—Lic.
Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015070989).
Hugo
Esteban Cano Pavón, mayor, soltero, misceláneo, nicaragüense, cédula de
residencia número 155806190831, vecino de Villas Esperanza, Pavas, San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a
este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 132649-2014.—San José, a las 11:31 horas del 23
de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla Jefe a. í.—1
vez.—(IN2015071001).
Ana
Xochilt Guillén González, mayor, soltero, diseñadora gráfica, salvadoreña,
cédula de residencia número 122200298004, vecina de Lomas de Ayarco,
Curridabat, San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud para que los presenten por escrito a este registro dentro del término
de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
134638-2015.—San José, a las 12:06 horas del 23 de setiembre de 2015.—Lic.
Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015071014).
Edgar
Ospina Calderón, mayor, casado, ingeniero industrial, colombiano, cédula de
residencia número 117000879313, vecino de Curridabat, San José, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a
este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 133634-2014.—San José, a las 13:46 horas del 23
de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2015071026).
Luz
Marina Perilla Álvarez, mayor, casada, Técnica en Sistemas, colombiana, cédula
de residencia número R 11700914334, vecina de San José, Curridabat, Condominio
La Estancia, apartamento seiscientos treinta y uno, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a
este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 135289-2015.—San José, diecinueve de octubre de
dos mil quince.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2015071030).
Judith
Massiell Bonilla Quedo, mayor, soltera, no indica, nicaragüense, cédula de
residencia número 155811659005, vecina de Súper Mercado Araya 700 este casa 3,
portón madera, playa Garza, Nicoya, Guanacaste, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp.: 136048-2015.—San José, a las 10:31 horas del
24 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Marín Badilla Jefe a. í.—1
vez.—(IN2015071115).
Freddy
José Suárez López, mayor, soltero, panadero, nicaragüense, cédula de residencia
número R155805141602, vecino de San José, Tibás, Cuatro Reinas detrás de
Metalco Urb. quinta etapa casa Nº 29E, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.—Exp.:
132103-2014.—San José, a las 12:04 horas del 16 de setiembre del 2015.—Lic.
Randall Marín Badilla Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015071180).
Mario
Arturo Moran Mezquita, mayor, casado, ingeniero, salvadoreño, carné misión
internacional número 522220955924, vecino de San José, San Rafael de Escazú,
200 norte 75 oeste del Restaurante Villa Rey, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 132171-2014.—San José, a las 1:23 horas del
19 de octubre del 2015.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2015071195).
Dayvin Humberto Pérez Castillo, mayor;
casado, bodeguero, nicaragüense, cédula de residencia número 155810579110,
vecino de San José, La Uruca, de las oficinas centrales de Pinturas Sur 125 metros,
casa mano izquierda, portón azul, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
135746-2015.—San José, a las 16:52 horas del 23 de setiembre del 2015.—Lic.
Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015071525).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2015LN-000005-85001
Contratación
de servicios de vigilancia y seguridad para las
siguientes sedes regionales:
Corredores, San Ramón, Atenas,
Golfito, Guatuso, Jicaral,
Sarapiquí, Liberia, Nicoya,
Osa, Santa Cruz, Siquirres y
Talamanca y en la
sede central en el Área de
Servicios
Internos del TSE
La Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones, recibirá ofertas
electrónicas con firma digital presentadas mediante el sistema CompraRED 2.0
hasta las 10:00 horas del día 20 de noviembre de 2015 para la citada
licitación. Los interesados en este concurso tienen el cartel a su disposición
en forma gratuita, en la página web del Ministerio de Hacienda,
www.hacienda.go.cr link CompraRED; o en la página Web del Tribunal Supremo de
Elecciones www.tse.go.cr, link “Tribunal Supremo de Elecciones/El TSE en la Red
Interinstitucional de Transparencia/Adquisiciones/Licitaciones Públicas/2015”,
o podrán obtenerlo en la Proveeduría, sita: Barrio La California, Avenidas
Central y Primera, calle 23, edificio Thor, diagonal al Cine Magaly. Apdo.
2163-1000. San José, Costa Rica - Teléfono: 2287-5625 - Fax: 2287-5805 E-mail:
provtse@tse.go.cr, para lo cual deberá aportar un dispositivo de almacenamiento
masivo (llave maya). No se suministrarán ejemplares impresos.
Licda. Lucrecia María Mora Marín, Proveedora Institucional a. í.—1
vez.—O. C. N° 3400024182.—Solicitud N° 42635.—(IN2015073613).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2015LA-000018-99999
Compra
de equipo de cómputo
La Universidad Estatal a Distancia requiere adquirir equipo de
cómputo, con el objetivo de suplir las necesidades de equipamiento de las
diferentes dependencias de la Universidad Estatal a Distancia.
La
Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta las
10:00 horas del 20 de noviembre del 2015.
Los
interesados tienen el Cartel a disposición vía internet, en forma gratuita, en
el sistema de Compr@Red, en la página web del Ministerio de Hacienda, a partir
de esta fecha. También pueden obtenerlo en la Oficina de Contratación y
Suministros, previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones con cero céntimos), en
las cajas de la Oficina de Tesorería, Sede Central de la UNED, sita, 800 metros
este de la Rotonda de la Bandera, carretera a Sabanilla, Montes de Oca. Se
atenderán consultas a los teléfonos: 2234-3236, ext. 3272 o 2253-2907 y
2224-6739.
Sabanilla, 28 de octubre del 2015.—Oficina de Contratación y
Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í.—1 vez.—Solicitud N°
42654.—(IN2015073807).
HOSPITAL
DR. TONY FACIO CASTRO
CONTRATACIÓN
DIRECTA 2015CD-000128-2601
Objeto
contractual: reactivos para la determinación
de niveles de vitamina B12,
niveles de ácido
fólico, ferritina y carbamazepina
Fecha apertura de ofertas: martes 3 de noviembre de 2015, a las 10:00
a. m.
Los
interesados pueden adquirir el cartel en la Subárea de Contratación
Administrativa del hospital, ubicada frente a la puerta principal del Servicio
de Rayos X, de 7:30 a. m. a 2:30 p. m., valor del cartel en ventanilla ¢220,00
o bien los interesados pueden solicitarlo mediante oficio al fax 2758-0932,
posterior a su cancelación mediante depósito a la cuenta del Banco Nacional de
Costa Rica N° 100-01-000-003599-8, valor del cartel por fax ¢1.100,00.
Limón, 26 de octubre de 2015.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Kris Guillén Rojas, Coordinadora a. í.—1
vez.—(IN2015073943).
El Instituto de Desarrollo Rural, comunica la apertura del siguiente
proceso:
Nº
2015-CT-000009-DNA
Adquisición
de inmuebles para proyecto “Establecimiento
de 20 hectáreas de cacao (Teobroma
cacao) con seguridad
alimentaria, con aras a la
reforestación y turismo”
Pueblo Nuevo, Guácimo
Lugar, fecha y hora de recepción de ofertas: Oficina Subregional del
INDER en Siquirres, ubicadas contiguo a las oficinas del Ministerio de
Agricultura y Ganadería, frente a Servicentro Nº 1, Siquirres Centro. Viernes
13 de noviembre del 2015, a las 11:00 horas.
El
pliego de condiciones de esta adquisición estará a disposición de los
interesados, sin costo alguno, a partir de su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta, en la Dirección Nacional Agraria, ubicadas en San Vicente de
Moravia, 100 metros oeste, 100 metros sur y 250 metros oeste de la entrada
principal del Centro Comercial Plaza Lincoln, en horario de 08:00 a. m. a 16:15
p. m., de lunes a viernes. Asimismo puede descargarse de la página web del
INDER: www.inder.go.cr, Apartado Compra de Fincas o solicitarlo por correo
electrónico a: smesen@inder.go.cr o mhidalgo@inder.go.cr. Para consultas favor
dirigirse al teléfono: 2247-7453 o 2768-8472.
Santiago Mesén Madrigal, Director Nacional Agrario.—1
vez.—(IN2015073797).
El Instituto de Desarrollo Rural, comunica la
apertura del siguiente proceso:
Nº
2015-CT-0000010-DNA
Adquisición
de inmuebles para proyecto “Producción
hortícola y huevos de gallina de
manera integral
para la inserción laboral de
personas con
discapacidad Camino al Futuro”
Naranjo-Alajuela
Lugar, fecha y hora de recepción de ofertas: Oficina Subregional del
INDER en Grecia, ubicada contiguo a las oficinas del Ministerio de Agricultura
y Ganadería, 600 metros al sureste y 125 metros al este de la Bomba Alvarado y
Molina en Grecia Centro. Viernes 13 de noviembre del 2015, a las 10:00 horas.
El
pliego de condiciones de esta adquisición estará a disposición de los
interesados, sin costo alguno, a partir de su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta, en la Dirección Nacional Agraria, ubicadas en San Vicente de
Moravia, 100 metros oeste, 100 metros sur y 250 metros oeste de la entrada
principal del Centro Comercial Plaza Lincoln, en horario de 08:00 a. m. a 16:15
p. m., de lunes a viernes. Asimismo puede descargarse de la página web del
INDER: www.inder.go.cr, Apartado Compra de Fincas o solicitarlo por correo
electrónico a: smesen@inder.go.cr o mhidalgo@inder.go.cr. Para consultas favor
dirigirse al teléfono: 2247-7453 o 2494-7024.
Santiago Mesén Madrigal, Director Nacional Agrario.—1
vez.—(IN2015073800).
JUNTA
DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA DE EXCELENCIA RAFAEL VARGAS QUIRÓS
CONTRATACIÓN
PÚBLICA Nº 01-2015
(Invitación)
Suministro de productos
alimenticios para el
comedor escolar durante el curso
lectivo 2016
La Junta de Educación de la Escuela de Excelencia Rafael Vargas
Quirós, invita a participar en la Contratación Pública Nº 01-2015, para el
“Suministro de productos alimenticios para el comedor escolar durante el curso
lectivo 2016”, según lo acordado en el acta Nº 262 acuerdo del 28 de octubre
del 2015.
La
invitación está enfocada a proveedores que se dediquen a la actividad de
distribución de productos alimenticios cárnicos, lácteos, frutas, verduras,
legumbres y abarrotes; según demanda.
Esta
contratación será financiada mediante la transferencia directa del programa
PANEA a la cuenta de la Junta, el monto aproximado de la contratación es de
¢24.890.824.
Dicho
cartel podrá ser retirado en un plazo de 15 días hábiles posterior a su
publicación (solo en las Licitaciones Públicas lo ideal es indicar la fecha
exacta, solo en caso de no saber cuándo sale publicado poner la leyenda en
negrita, no puede ser menos de 15 días, art. 94 LGAP) indicar el lugar,
fecha(s) y horas (ej.: 08:00 a. m. a 03:00 p. m) donde se van a entregar las
ofertas.
El
cartel de licitación de la Escuela de Excelencia Rafael Vargas Quirós se
entregará en la institución los días 05 y 06 de noviembre, de 07:00 a. m. a
12:00 m. d.
María Eduviges Vargas Alpízar, Presidenta.—1 vez.—(IN2015073940).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2015LA-000006-99999
Servicios
médicos
La Junta Administrativa de la Imprenta Nacional, en sesión ordinaria
N° 33 del 21 de octubre del 2015, tomó el acuerdo firme N° 6509-10-2015, de
declarar infructuosa esta Licitación, por cuanto ninguno de los dos oferentes
cumplieron con los aspectos técnicos solicitados en el pliego de condiciones.
Todo conforme con el cartel y las ofertas
presentadas.
La Uruca, San José, octubre del 2015.—Carlos Alberto Rodríguez Pérez,
Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2015073795).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2015LA-000007-99999
Compra
de equipo de producción
La Junta Administrativa de la Imprenta Nacional, en sesión
ordinaria N° 33 del 21 de octubre del
2015, tomó el acuerdo firme N° 6510-10-2015, de adjudicar a:
Para ver imágenes
solo en La Gaceta con formato PDF
Forma de pago: 30 días
Y
mediante acuerdo firme N° 6511-10-2015, declarar infructuosas las líneas 1, 3 y
4.
Todo
conforme con el cartel y las ofertas presentadas.
La Uruca, San José, octubre del 2015.—Carlos Alberto Rodríguez Pérez,
Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2015073801).
SERVICIO
NACIONAL DE SALUD ANIMAL
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2015LN-000001-80000
Contratación
de servicios de vigilancia y seguridad
para las oficinas del SENASA
La Proveeduría Institucional informa que mediante resolución Nº
146-2015, de las catorce horas del veintisiete de octubre del dos mil quince,
se dictó el acto de adjudicación, quedando de la siguiente manera:
Línea |
Adjudicatario |
Costo mensual ¢ |
Costo anual ¢ |
1 |
Asa Asistencia
Seguridad S. A. |
3.883.309,26 |
46.599.711,12 |
2 |
Servicios
Administrativos Vargas Mejías S. A. |
1.941.654,63 |
23.299.855,56 |
3 |
Servicios
Administrativos Vargas Mejías S. A. |
1.477.159,86 |
17.725.918,32 |
4 |
Asa Asistencia
Seguridad S. A. |
3.532.939,27 |
42.395.271,24 |
Total: |
10.835.063,02 |
130.020.756,24 |
Los interesados tienen a disposición el
expediente electrónico de la licitación, en el Sistema Comprared en la página:
https://www.hacienda.go.cr/comprared
Para
cualquier información comunicarse con la Licda. Marny Cascante Espinoza,
Analista de la Contratación, teléfono: 2587-1614.
San José, 27 de octubre del 2015.—MBA. José Luis Meneses Guevara,
Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 26910.—Solicitud Nº
13101.—(IN2015073753).
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA N°
2015LN-000002-72900
Equipos de cómputo para
el Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social
La
Proveeduría Institucional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
comunica que por medio de la Resolución de Adjudicación N° PI-082-2015 de fecha
23 de octubre del 2015, determinó realizar la adjudicación de la siguiente
manera:
Línea N° 1. A
la empresa Importadora de Tecnología Global YSMR S.A., por un monto de
$6.150,00.
Línea N° 2. A
la empresa Productive Business Solutions (Costa Rica) S. A., por un
monto de $855,92.
Línea N° 3. A
la empresa Importadora de Tecnología Global YSMR S. A., por un monto de
$97.170,00.
Línea N° 4. A
la empresa Central de Servicios PC S. A., por un monto de
$5.540,00.
Línea N° 5. Declarada
Desierta.
Línea N° 6. A
la empresa Importadora de Tecnología Global YSMR S. A., por un monto de
$2.254,00.
Línea N° 7. A
la empresa Sistemas Convergentes S. A., por un monto de $115,00.
Línea N° 8. A
la empresa Importadora de Tecnología Global YSMR S. A., por un monto de
$970,00.
Línea N° 9. A
la empresa Sistemas Convergentes S. A., por un monto de $944,00.
Línea N° 10. A
la empresa Central de Servicios PC S.A., por un monto de
$103.875,00.
San
José, 26 de octubre del 2015.—Lic. Eduardo Arias Cabalceta, Proveedor
Institucional.—1 vez.—O. C. N° 3400023786.—Solicitud N° 42453.—(IN2015073894).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de
contratación que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión 94-15 del día 22 de octubre del 2015, artículo XIV, se
dispuso adjudicar de la forma siguiente:
LICITACIÓN
ABREVIADA 2015LA-000007-PROV
Suministro
de una plataforma de virtualización
de escritorios (VDI) para el
Poder Judicial
A: Consorcio formado por Componentes El Orbe S. A., cédula
jurídica N° 3-101-111502 y Virtual Moon Support and Services S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-596167, la línea Nº 1 (oferta base).
Monto
adjudicado a esta empresa: $370.325,57
San José, 28 de octubre del 2015.—Proceso de adquisiciones.—MBA. Yurli
Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—Solicitud N° 42658.—(IN2015073814).
OFICINA
DE SUMINISTROS
2015LN-000010-UADQ
Concesión
temporal de un local para prestación de
Servicios de alimentación en el
recinto de Golfito
Se informa, a los interesados en participar en la contratación en
referencia que queda anulada a solicitud de la Licda. Georgina Morera Quesada,
Directora del Recinto de Golfito, mediante oficio 641-15-R-G.
Sabanilla de Montes de Oca, 22 de octubre del 2015.— Departamento de
Adquisiciones.—M.B.A., Vanessa Jaubert Pazzani, Jefa.—1 vez.—O. C. N°
128504.—Solicitud N° 42260.—(IN2015073843).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2015LA-000008-99999
(Resolución de Adjudicación N°
168)
Restauración
Casa Jiménez Zamora
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), comunica a los interesados
en la presente licitación que el Consejo de Rectoría en sesión N° 1884-2015,
art. IV, inciso 3), celebrada el 26 de octubre del 2015, acordó:
Avalar
la recomendación de la Comisión de Licitaciones, y adjudicar la Licitación
Abreviada 2015LA-000008-99999, “Restauración Casa Jiménez Zamora”, de la
siguiente manera:
1. Adjudicar
la Licitación Abreviada 2015LA-000008-99999, “Restauración Casa Jiménez
Zamora”, con base en lo indicado en la recomendación y la evaluación
respectiva, de la siguiente manera:
I. Dejar
fuera de concurso la oferta presentada por Instalaciones Eléctricas Familiares
S. A., por cuanto incumplió en tiempo y forma con la subsanación solicitada,
asimismo no cumple en forma en cuanto a la certificación solicitada dado que no
presenta firma.
II. Dejar fuera de concurso la oferta presentada por América
Ingeniería y Arquitectura S. A., por cuanto incumplió con el requisito de
admisibilidad en cuanto al desglose de presupuesto indicado en el cartel.
III. Adjudicar la Licitación Abreviada 2015LA-000008-99999,
“Restauración Casa Jiménez Zamora”, con base en lo indicado en la recomendación
y la evaluación respectiva, de la siguiente manera:
a) Al
oferente Constructora Luna &Rojas L & R. S. A., lo siguiente:
Ítem 1: “Restauración Casa
Jiménez Zamora”, según especificaciones”.
Precio unitario: ¢82.341.365,00
Precio total: ¢82.341.365,00
Monto total adjudicado: ¢82.341.365,00.
Tiempo de entrega: 80 días
hábiles.
Sabanilla, 28 de octubre del 2015.—Oficina de Contratación y
Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—Solicitud N°
42664.—(IN2015073830).
LICITACIÓN
PÚBLICA INTERNACIONAL
N° 2014LI-000001-OC
Evaluación
y propuesta de la explotación de las
aguas subterráneas utilizando
Modelación
Hidrogeológica y Numérica del
Valle
Central de Costa Rica,
América Central
El Servicio Nacional de Aguas Subterráneas Riego y Avenamiento,
SENARA, comunica y transcribe el Acuerdo N° 5141, tomado por la junta directiva
de SENARA en su sesión extraordinaria N° 677-15, celebrada el lunes 19 de
octubre del 2015.
Acuerdo
N° 5141: se acoge la recomendación que presenta la Comisión de Licitaciones
mediante el Oficio N° CL-081-15 y con base en el Informe Integrado N°
CL-069-15, los informes de la Dirección Jurídica N° DJ-099-15, DJ-161-15,
DJ-312-15 y DJ-486-15, Técnicos N° UI-036-15, UI-055-15, UI-137-15, UI-139-15 y
UI-197-15, Informe Financiero N° UAP-045-15, Administrativo N°
SA-PROGIRH-919-15, Certificación de Contenido Presupuestario N°
FIN-PRES-028-2015 y Carta de compromiso de recursos presupuestarios emitida por
la Gerencia General para el año 2016 N° GG-754-15, se adjudica la Licitación
Pública Internacional N° 2014LI-000001-OC “Evaluación y propuesta de
explotación de las aguas subterráneas utilizando modelación hidrogeológica y
numérica del Valle Central de Costa Rica, América Centrar, a Nemus Gestão e
Requalificaço Ambiental Lda., cédula jurídica N° 503833878. Esta
adjudicación es por un monto total de $279.000,00 (doscientos setenta y nueve
mil dólares exactos) y un plazo de ejecución de 275 días naturales a partir de
la orden de inicio dada por parte del SENARA. Todos los demás aspectos se rigen
según lo establecido en el cartel y la oferta. Esta oferta es la mejor
calificada, según los dictámenes técnicos jurídicos y administrativos aportados
por la Comisión de Licitaciones y se ajusta a los requerimientos solicitados en
el cartel. Acuerdo firme y unánime.
Servicios Administrativos.—Lic. Xinia Herrera Mata, Coordinadora.—1
vez.—O. C. N° 290.—Solicitud N° 10361.—(IN2015073958).
HOSPITAL
DEL TRAUMA S. A.
LICITACIÓN
ABREVIADA 2015LA-000013-INS-HT
Adquisición
de servicio de mantenimiento preventivo
y correctivo del sistema de
puertas de acceso
automáticas y manuales del
Hospital del Trauma
El Hospital del Trauma, cédula jurídica N° 3-101-593087, a través del
Departamento de Proveeduría, informa que se declara infructuoso el
procedimiento de Licitación Abreviada N° 2015LA-000013-INS-HT, “Servicio de
mantenimiento preventivo y correctivo del sistema de puertas de acceso
automáticas y manuales del Hospital del Trauma”, por cuanto los oferentes incumplieron
con requisitos cartelarios.
San José, 27 de octubre del 2015.—Departamento de Proveeduría.—Licda.
Guiselle Zúñiga Coto, MBA, Jefatura.—1 vez.—O. C. N° 169.—Solicitud N°
18059.—(IN2015073748).
MUNICIPALIDAD DE
ESCAZÚ
PROCESO PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2015LA-000033-01
Suministro e
instalación de máquinas para
ejercicios al aire libre para adultos
La
Municipalidad de Escazú comunica que mediante acto de adjudicación suscrito por
el señor Alcalde, Arnoldo Barahona Cortés, del veintiuno de octubre de dos mil
quince, se adjudica la Licitación Abreviada N° 2015LA-000033-01 a la empresa Distribuidora
Ochenta y Seis S. A. cuyo número de cédula jurídica es 3-101-093585, por un
monto total de ¢29.740.500,00.
Ítem |
Descripción |
U |
Q |
PU¢ |
PT¢ |
1 |
PULL CHAIR;
(Elevador de brazos) |
U |
11 |
¢672.500,00 |
¢7.397.500,00 |
2 |
DOUBLE SURFOAD
(Elevador oscilante) |
U |
11 |
¢427.500,00 |
¢4.702.500,00 |
3 |
THE RIDER
(Pony) |
U |
11 |
¢371.500,00 |
¢4.086.500,00 |
4 |
AIR WALKER
(Caminador) |
U |
12 |
¢437.500,00 |
¢5.250.000,00 |
5 |
STATIONARY
BIKE (Bicicleta Estacionaria) |
U |
12 |
¢421.500,00 |
¢5.058.000,00 |
6 |
INSTRUCTOR
BOARD (Tabla de instrucciones) |
U |
12 |
¢270.500,00 |
¢3.246.000,00 |
Según el oficio PIO-0617-15, se adjudica en forma adicional 4 unidades
en los renglones 1, 2 y 3 para aumentar cada uno a 11 unidades; y también, 5
unidades adicionales en los renglones 4, 5 y 6 para aumentar cada uno a 12
unidades. Lo anterior, con amparo en el artículo 86 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa.
Se advierte que de
conformidad con las disposiciones de la Ley de Contratación Administrativa y su
Reglamento, este acto se puede recurrir dentro del plazo de cinco (5) días
hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente de su debida
publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dicho recurso se puede
interponer ante el Despacho del Alcalde de la Municipalidad de Escazú.
Queda a disposición de
las personas interesadas el expediente de dicho procedimiento, el cual puede
ser revisado en la oficina de la Proveeduría de la Municipalidad de Escazú, de
lunes a viernes de 8:00 a.m. a 11:00 a.m. o de 1 p.m. a 3:30 p.m.
Lic.
Cira Castro Myrie, Proveedora.—1 vez.—O. C. N°
34464.—Solicitud N° 42633.—(IN2015073718).
GERENCIA
DE LOGÍSTICA
DIRECCIÓN
DE APROVISIONAMIENTO
DE BIENES Y SERVICIOS
COMUNICAN:
En atención al documento DFE-AMTC-3009-10-2015 del Área de
Medicamentos y Terapéutica Clínica, se modifica las Fichas Técnicas de los
siguientes medicamentos abajo descritos:
Código |
Descripción medicamento |
Observaciones emitidas por
la Comisión |
1-10-17-4705 |
Tramadol hidrocloruro 50
mg/ml |
Versión CFT
02106 Rige a partir
de su publicación. |
Las Fichas Técnicas citadas se encuentran
disponibles en la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, ubicada en
el piso 12 del Edificio Laureano Echandi, Oficinas Centrales, Caja
Costarricense de Seguro Social.
Lic. Mauricio Hernández Salas, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 1147.—Solicitud Nº 6425.—(IN2015073810).
CONSEJO NACIONAL DE
VIALIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA N°
2015LN-000009-0GCTT
Diseño y construcción
del puente sobre el Río
Pedregoso, Ruta Nacional Nº 243
En
relación con la invitación a participar en la licitación citada en la
referencia, publicada en La Gaceta Nº 198, página Nº 9, del martes 13 de
octubre del 2015; se aclara que la misma se tramitará por medio del Sistema
Compr@Red del Ministerio de Hacienda, por lo que la presentación de ofertas
deberá efectuarse en forma electrónica.
Por lo anterior, la
Dirección de Proveeduría Institucional de este Consejo, no entregará carteles
en forma impresa (física) ni recibirá ofertas en forma impresa (física). Los
documentos de licitación se encuentran a disposición, en forma gratuita, en el
Sistema Compr@Red del Ministerio de Hacienda. Los demás términos se mantienen
invariables.
San
José, 27 de octubre de 2015.—Proveeduría Institucional.—MBA. Luis Gerardo Leiva
Mora, Director a. í.—1 vez.—O. C. N° 4063.—Solicitud N° 42669.—(IN2015073999).
DIVISIÓN
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
ÁREA DE
GESTIÓN Y ANÁLISIS DE COMPRAS
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2015LN-000005-DCADM
Adquisición de un sistema analítico de
riesgo de crédito
(licenciamiento, implementación,
configuración,
conectividad, migración,
inducción y desarrollo de
nuevas funcionalidades)
La División de Contratación Administrativa del Banco Popular y de
Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados en la Licitación
Pública Nº 2015LN-000005-DCADM, que en la publicación de adjudicación del 27 de
octubre de 2015 en La Gaceta N° 208, página 32, por error se indicó en
el encabezado de la publicación Licitación Pública N° 2014LN-000005-DCADM,
siendo lo correcto, Licitación Pública N° 2015LN-000005-DCADM.
Demás
condiciones y requisitos de la comunicación de adjudicación permanecen
invariables.
San José, 28 de octubre de 2015.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños,
Jefa.—1 vez.—(IN2015073669).
LICITACIÓN
PÚBLICA 2015LN-000001-01
Mantenimiento
de la etapa 2 del Muelle de Golfito
El
Departamento de Proveeduría del INCOP avisa que al cartel de la Licitación
Pública 2015LN-000001-01 por el Mantenimiento de la etapa 2 del Muelle de
Golfito, se le han efectuado algunas modificaciones y aclaraciones las cuales
podrán ser vistas en la dirección electrónica
http://www.incop.go.cr/proveeduria.php?p=109 a partir de la publicación de este
aviso. Asimismo se informe que el acto de recepción de ofertas que estaba
previsto para el 2 de noviembre del 2015 a las 10:00 horas, conforme la
publicación hecha en La Gaceta N° 207 del 26 de octubre del año en
curso, ha sido prorrogada para el 5 de noviembre del 2015 a las 10:00 horas en Puerto Caldera.
Mba.
Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O. C. N° 27830.—Solicitud N°
42688.—(IN2015073847).
GERENCIA
DE LOGÍSTICA
ÁREA DE
ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LÍNEA DE
PRODUCCIÓN REACTIVOS Y OTROS
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2015LN-000021-05101
(Aviso Nº 3)
Pruebas
para la determinación de gases arteriales
Se informa a los interesados a participar en la Licitación Pública Nº
2015LN-000021-05101, que se encuentra a su disposición el cartel unificado, así
como por atendidas las aclaraciones de la empresa: Siemens Healthcare
Diagnostics S. A., estos archivos pueden ser descargados del expediente
electrónico en la siguiente dirección: www.comprared.cr.
Además
se informa que se prorroga la fecha de apertura de ofertas para el día 20 de
noviembre del 2015, a las 10:00 horas.
San José, 27 de octubre del 2015.—Licda. Andrea Vargas Vargas, Jefa.—1
vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 9095.—(IN2015073750).
LICITACIÓN ABREVIADA
2015LA-000019-99999
(Adendum N° 1)
Compra de equipo
tecnológico
La
Universidad Estatal a Distancia, comunica a los interesados en la presente
licitación, que se está realizando la siguiente aclaración en las Condiciones
Especiales de la Licitación Abreviada 2015LA-000019-99999.
En
la página 8 del cartel en las Condiciones Especiales, en el punto 5 Plazo de
entrega, inciso a):
El oferente debe indicar el tiempo de entrega
del bien o servicio ofertado, el cual deberá ser dado en días naturales. Dicho
plazo de entrega no puede ser mayor a 40 días hábiles.
Debe leerse:
1. El
oferente debe indicar el tiempo de entrega del bien o servicio ofertado, el
cual deberá ser dado en días naturales. Dicho plazo de entrega no puede ser
mayor a 40 días naturales.
2. Todas
las demás condiciones permanecen invariables.
San José, 28 de octubre del 2015.—Oficina de Contratación y
Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í.—1 vez.—Solicitud Nº
42656.—(IN2015073928).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2015LA-000067-PRI
(Circular Nº 1)
Diseño-Construcción
y puesta en marcha de un sistema
de lodos activados para la
Planta de Tratamiento
de Bosques de Santa Ana
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA)
cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar
en la licitación arriba indicada, que a partir de la presente publicación está
disponible la Circular N° 1, en la Dirección de Proveeduría del AyA sita en el
Módulo C, piso 3 del edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas, o en el web
www.aya.go.cr, Link Proveeduría, Expediente Digital. Demás condiciones
permanecen invariables.
Licda. Iris Fernández Barrantes, Dirección Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 6000000728.—Solicitud Nº 42677.—(IN2015073824).
PROCESO
DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN
ABREVIADA 2015LA-000010-04
(Modificación)
Compra
de equipos para sistemas de aire acondicionado
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Chorotega avisa a
todos los proveedores interesados en participar en el procedimiento de
Licitación Abreviada en referencia, de acuerdo al oficio NE-PGA-573-2015 del
Núcleo Eléctrico que se realizaron cambios en los croquis y especificaciones
técnicas de las líneas N° 3 y N° 4 de dicha compra.
Los
cambios realizados por la dependencia técnica, los pueden acceder en el Proceso
de Adquisiciones INA Liberia, comunicándose a los teléfonos
2666-2556/2666-1583/2666-2201, extensión: 1016.
Las demás condiciones del cartel quedan invariables.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz,
Encargado.—1 vez.—O. C. N° 24246.—Solicitud N° 42645.—(IN2015073614).
MUNICIPALIDAD
DE DESAMPARADOS
UNIDAD DE
PROVEEDURÍA
La Municipalidad del cantón de Desamparados, comunica lo siguiente:
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2015LA-000021-01
(Prórroga y aclaraciones)
Remodelación
taller de mantenimiento mecánico municipal
Se comunica a todos los interesados que podrán retirar, en las
oficinas de la Proveeduría, ubicada en la segunda planta del edificio Municipal
las aclaraciones realizadas en el pliego de condiciones.
Asimismo
se prorroga la apertura de ofertas para el 02 de noviembre del 2015, al ser las
catorce horas.
Licda. Mauren Fallas Fallas, Alcaldesa Municipal.—1
vez.—(IN2015073912).
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL
La Junta Administrativa de la
Imprenta Nacional, mediante acuerdo firme N° 6496-10-2015, adoptado en la
sesión ordinaria Nº 31 del 07 de octubre de 2015,
Considerando:
Que se hace necesario modificar
el Reglamento de Operación de Caja Chica de la Imprenta Nacional en sus
artículos 4º y 7º para una mejor operatividad y funcionamiento de la misma, con
el fin de cumplir con las labores propias de esta institución y no se vea
afectada su producción ni buen desarrollo de la Imprenta Nacional. Por tanto
ACUERDA:
REFORMA AL REGLAMENTO DE OPERACIÓN
DE
CAJA CHICA DE LA JUNTA ADMINISTRATIVA
DE LA
IMPRENTA NACIONAL
Modifíquense los artículos 4º y
7º del Reglamento de Operación de Caja Chica de la Imprenta Nacional para que
en adelante se lean:
Artículo 4º—Fondo fijo.
La Caja Chica operará por medio de un fondo fijo, cuyo monto se establece en la
suma de un millón de colones (¢1.000.000,00). Este monto será modificado
anualmente de acuerdo con el índice de inflación que determine el Banco Central
de Costa Rica el 31 de diciembre de cada año.
Artículo 7º—Funcionarios autorizados.
Los funcionarios autorizados para aprobar solicitudes de gastos de Caja Chica
serán los siguientes:
a) Director General.
b) Jefe de Despacho de la Dirección.
c) Director de Comercialización.
d) Director de Producción.
e) Director Administrativo-Financiero.
f) Auditor Interno.
Así como las personas que el
Director General autorice.
Rige a partir de su publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.
San José, a los veintisiete días
del mes de octubre del dos mil quince.—Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Director
Ejecutivo.— 1 vez.—(IN2015073746).
MUNICIPALIDAD DE VÁZQUEZ DE CORONADO
La Municipalidad de Vázquez de
Coronado, se adhiere al “Manual de Valores Base Unitarios por Tipología
Constructiva”, publicado por el Órgano de Normalización Técnica del Ministerio
de Hacienda en el Alcance Digital N° 19 de La Gaceta N° 57 del 23 de
marzo del 2015, para efectos de lo indicado en la Ley N° 7509.
Vázquez de Coronado, 13 de
octubre del 2015.—Departamento de Catastro y Valoración.—Ing. Karla Zúñiga
García, Coordinadora.—Leonardo Herrera Sánchez, Alcalde.—1 vez.—(IN2015071013).
SUPERINTENDENCIA
GENERAL
DE ENTIDADES
FINANCIERAS
Publicación de la Superintendencia General de
Entidades Financieras con base en la información suministrada por los
intermediarios financieros.
Para ver imagen solo
en La Gaceta con formato PDF
Notas:
Esta publicación se realiza en acatamiento de
lo dispuesto en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional
y se ha elaborado con base en la información suministrada por las entidades
financieras disponibles en nuestras bases de datos al 14/01/2015.
En el sitio Web de la SUGEF (www.sugef.fi.cr) se puede consultar los estados financieros
individuales de los bancos con un mayor nivel de detalle, de este periodo y de
periodos anteriores, así como otra información adicional.
Javier Cascante Elizondo, Superintendencia
General.— 1 vez.—Solicitud Nº 40574.—(IN2015066870).
Publicación de la Superintendencia General de
Entidades Financieras con base en la información suministrada por los
intermediarios financieros.
Para ver imagen solo
en La Gaceta con formato PDF
Notas:
1. Esta
publicación se realiza en acatamiento de lo dispuesto en el Artículo 19 de la
Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional y se ha elaborado con base en la
información suministrada por las entidades financieras disponibles en nuestras
bases de datos al 14/07/2015.
2. En el sitio Web de la SUGEF (www.sugef.fi.cr) se puede consultar los estados financieros
individuales de los bancos con un mayor nivel de detalle, de este periodo y de
periodos anteriores, así como otra información adicional.
Javier Cascante Elizondo, Superintendente
General.— 1 vez.—Solicitud Nº 40575.—(IN2015066873).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ORI-4769-2015.—Carpio Barrantes
Karen María, R-037-2015, cédula 1-1258-0449, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Máster 2 con énfasis en Piloteo de las Políticas y
Acciones en Salud Pública, EHESP Escuela de Estudios Superiores en Salud
Pública, Francia. La persona interesada en aportar información de la
solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria, Rodrigo Facio, 28 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N°
41332.—(IN2015068845).
ORI-3910-2015.—Rojas Jama
Fernando Jesús, R-052-2010 B, pas. 0800581290, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Magíster en Desarrollo de la Inteligencia y Educación,
La Pontificia Universidad Católica del Ecuador, Ecuador. La persona interesada
en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta
oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 7 de agosto de 2015.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N°
128504.—Solicitud N° 41333.—(IN2015068846).
ORI-4742-2015.—Lelchuk Dybner
Daniel Andrés, R-189-2015, cédula 1-1283-0167, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Especialista en Odontopediatría, Universidad de Buenos
Aires, Argentina. La persona interesada en aportar información del solicitante
podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo
Facio, 24 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José
Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41334.—(IN2015068848).
ORI-4470-2015.—Alfaro Araya
Bernardo José, R-207-2015, cédula 1-0602-0093, solicitó reconocimiento y equiparación del título
Máster en Administración de Empresas, Instituto Centroamericano de
Administración de Empresas, Nicaragua. La persona interesada en aportar
información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro
de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria, Rodrigo Facio, 9 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N°
41335.—(IN2015068851).
ORI-4583-2015.—Castaño Jaramillo
María Mercedes, R-215-2015, pasaporte AO246581, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Psicóloga, Universidad de San Buenaventura, Colombia.
La persona interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por
escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 17 de
setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41336.—(IN2015068862).
ORI-4503-2015.—Víquez Bonilla
Daniella María, R-218-2015, cédula 1-1481-0163, solicitó reconocimiento y
equiparación del Título Bachiller en Artes, Universidad de Columbia Británica,
Canadá. La persona interesada en aportar información de la solicitante podrá
hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo
Facio, 11 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José
Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41337.—(IN2015068869).
ORI-4414-2015.—Perdomo Argüello
Francisco José, R-223-2015, cédula 8-0053-0613, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Doctor, Universidad de Salamanca, España. La persona
interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito
ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 7 de setiembre del
2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.
C. N° 128504.—Solicitud N° 41338.—(IN2015068871).
ORI-4349-2015.—Jiménez Quesada
Silvia Eugenia, R-224-2015, cédula N° 113070657, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Master in Business Administration, Incae Business
School, Nicaragua. La persona interesada en aportar información de la
solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria, Rodrigo Facio, 2 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N°
128504.—Solicitud N° 41339.—(IN2015068878).
ORI-4567-2015.—Brenes Rodríguez
Julio César, R-226-2015, cédula 1-1191-0765, solicitó reconocimiento y equiparación del título
Máster In Business Administration, Incae Business School, Nicaragua. La persona
interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito
ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 16 de setiembre de
2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.
C. N° 128504.—Solicitud N° 41340.—(IN2015068881).
ORI-4546-2015.—Zúñiga Rodríguez Ricardo
Francisco, R-232-2015, cédula 1-0910-0322, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Maestría en Administración Pública, Harvard University,
Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 14 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José
A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41341.—(IN2015068883).
ORI-3915-2015.—González Torres Antonio,
R-234-2015, céd. 602490899, solicitó reconocimiento y equiparación del título
doctor, Universidad de Salamanca, España. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 7 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud
Nº 41350.—(IN2015068891).
ORI-4416-2015.—Jiménez Chaves Víctor Alberto,
R-260-2015, cédula 3-0371-0011, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Especialista en Endodoncia, Universidad de Buenos Aires, Argentina. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 de
setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera
Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41412.—(IN2015068892).
ORI-4703-2015.—Sales García Francisco Asís,
R-259-2015, pasaporte N° AA1339796, solicitó
reconocimiento y equiparación
del título Ingeniero de Caminos,
Canales y Puertos (Especialidad: Transportes), Universidad Politécnica de
Catalunya, España. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 23 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud
Nº 41411.—(IN2015068895).
ORI-4701-2015.—Solís de la Paz José Pablo,
R-255-2015, cédula 1-1237-0779, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Maestría en Música,
Interpretación, Herberger Institute For Design And The Arts, Estados Unidos. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de
setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera
Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41410.—(IN2015068897).
ORI-4712-2015.—Cartagena Núñez Laura Catalina,
R-255-2014-B, residente temporal: 117002005024, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Magíster en Ciencias Sociales, Universidad Nacional de General
Sarmiento, Argentina. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 24 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº
41409.—(IN2015068919).
ORI-4449-2015.—Araya Carvajal Fabio David,
R-295-2015, céd. N° 401810414, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Doctor en Ciencias con Mención en Química, Universidad de Concepción,
Chile. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de
setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera
Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41442.—(IN2015069052).
ORI-4468-2015.—Lira Sánchez Edmundo Alberto,
R-294-2015, residencia temporal: 186200330221, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Ingeniero Mecánico, Universidad Metropolitana,
Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 9 de
setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera
Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41441.—(IN2015069054).
ORI-4736-2015.—Rojas Rapso Leonardo Enrique,
R-304-2015, cédula 1-1264-0423, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Máster Universitario en Energías Renovables, Universidad de León,
España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 25 de
setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera
Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41453.—(IN2015069058).
ORI-4744-2015.—Hernández Guzmán Wander,
R-296-2015, cédula 6-0369-0337, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de
setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera
Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41443.—(IN2015069060).
ORI-4174-2015.—Andensor Nedrick Bradley Salem,
R-265-2015, cédula N° 702070708, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de agosto
del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge,
Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41413.—(IN2015069061).
ORI-4376-2015.—Jaramillo Arango Isabel
Cristina, R-246-2013 B, Res. temp. 117001975601, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Doctora Universidad de Castilla-La Mancha, España. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 3 de
setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera
Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41408.—(IN2015069064).
ORI-4657-2015.—Dapena Lavadie Alexis,
R-240-2015, cédula 8-0091-0604, solicitó reconocimiento y equiparación del título licenciado en Educación en la
Especialidad de Matemática, Instituto Superior Pedagógico “Enrique José
Varona”, Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 22 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José
A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41407.—(IN2015069080).
ORI-4666-2015.—Melhado Mora Carlos Arturo,
R-308-2015, cédula N° 109970729, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Ingeniero Civil, La Universidad Tecnológica de El Salvador, El Salvador.
La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de
setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera
Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41459.—(IN2015069580).
ORI-4682-2015.—Pinto Rodríguez Kedduar Enrique,
R-307-2015, pasaporte: 116961464, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Ingeniero Industrial, Universidad Nacional Experimental del Táchira,
Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de
setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera
Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41458.—(IN2015069584).
ORI-4488-2015.—Giulietti Ennio,
R-306-2015, pas. N° A03710337, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Doctor en Ciencias Políticas. Sector Político-Internacional, Universidad
de Estudios de Urbino, Italia. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 10 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O.C. N°
128504.—Solicitud N° 41456.—(IN2015069586).
ORI-4509-2015.—Fonseca Ureña
Samantha, R-305-2015, cédula 1-1268-0068, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Máster en Derecho y Defensa de Causas y Resolución de Conflictos,
The John Marshall Law School, Estados Unidos. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 11 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N°
41455.—(IN2015069587).
ORI-4408-2015.—Meneses Rojas
Esteban, R-237-2015, cédula 3-0361-0389, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Doctor en Filosofía en Ciencias de la Computación, Universidad de
Illinois, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 7 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N°
41405.—(IN2015069591).
ORI-4669-2015.—Corasaniti
Vittorio, R-310-2015, pas. N° YA2980844, solicitó reconocimiento y equiparación del título
Licenciatura en Ciencias Jurídicas, Universidad de los Estudios de
Milán-Bicocca, Italia. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 23 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O.C. N°
128504.—Solicitud N° 41468.—(IN2015069633).
ORI-4672-2015.—Herrera Gómez
Coral, R-309-2015, categoría especial: 172400228403, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Doctora,
Universidad Carlos III de Madrid, España. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N°
41466.—(IN2015069637).
ORI-4608-2015.—Cascante
Matamoros Monserrat, R-236-2015, cédula 4-0185-0184, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Magíster en
Ciencias, Mención Geología, Universidad de Chile, Chile. La persona interesada
en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina
dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 18 de setiembre de 2015.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.— O.C. N°
128504.—Solicitud N° 41351.—(IN2015069640).
ORI-4825-2015.—Chacón Hidalgo
Manuel Benito, R-319-2015, cédula: 1-0638-0391, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Máster Universitario en Estudios Contemporáneos de
América Latina, Universidad Complutense de Madrid, España. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 01 de octubre de
2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge,
Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41478.—(IN2015069642).
ORI-4714-2015.—Lang Rodríguez
Marinella, R-318-2015, Res. Perm. N° 119200434321, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Licenciado en Comunicación Social, Universidad de la
Habana, Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio,
24 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio
Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41476.—(IN2015069644).
ORI-4822-2015.—Cruz Arroyo Eddy,
R-316-2015, cédula número 6-0346-0319, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Magíster en Telemática y Telecomunicaciones, Universidad del Norte,
Colombia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 01 de
octubre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge,
Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41474.—(IN2015069648).
ORI-4710-2015.—Viejo Viñas Paio,
R-315-2015, Pas. N° BE878046, solicitó
reconocimiento y equiparación
del título Licenciado en
Odontología, Universidad de Santiago de Compostela, España. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de setiembre de
2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge,
Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41473.—(IN2015069649).
ORI-4708-2015.—Agelvis Suárez
Eliana Zarahit, R-313-2015, cédula N° 801050060, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Abogado, Universidad de Los Andes, Venezuela. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de
setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio
Rivera Monge, Director—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41471.—(IN2015069653).
ORI-4747-2015.—Villalobos
Quesada Tatiana, R-312-2015, cédula 1-0810-0956, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Maestra en Administración de Instituciones Educativas,
Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey Universidad
Tecvirtual, México. La persona interesada en aportar información de la
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 25 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N°
41470.—(IN2015069655).
ORI-4826-2015.—Fuenmayor Mazzei Laura Virgina,
R-311-2015, residente: 186200456631, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Licenciada en Contaduría Pública, Universidad Privada Dr. Rafael Belloso
Chacín, Venezuela. La persona interesada en aportar información de la
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 01 de octubre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N°
41469.—(IN2015069658).
Para el cumplimiento de sus
fines y dentro de las potestades y competencias del INDER, la compra de tierras
se tiene como actividad ordinaria del INDER de conformidad con lo que establece
el Artículo 16, inciso a) de la Ley 9036. E1 Instituto de Desarrollo Rural
comunica la aprobación del siguiente proceso:
Adquisición de inmueble para ejecutar el
proyecto “Mejoramiento de las condiciones socioeconómicas de la comunidad de
Pedernal de Puriscal, mediante la producción, procesamiento y comercialización
de pulpa de frutas tropicales, conforme a normas de calidad e inocuidad y
ambientales con el principio empresarial de dar valor agregado dentro de la
Microcuenca del río Quivel”.
Acto de aprobación fue dictado mediante el
acuerdo tomado por la Junta Directiva en el artículo 4, de la sesión ordinaria
037, celebrada el 13 de octubre de 2015.
Se acuerda la compra de las siguientes
propiedades: descritas en los planos catastrados 1-1104661-2006, con un área de
2 ha. 6664.52m2, inscrita al FR-00160428-000, 1-1104645-2006 con un
área de 2ha. 7790.02m2, inscrita al FR-00128087-000, 1-1200117-2007
con un área de 2 ha. 6285.15m2, inscrita al FR-00128557-000,
1-1104657-2006 con un área de 2 ha. 4945.97m2, inscrita al
FR-00191151-000, 1-1140796-2007 con un área de 2 ha. 7141.61m2,
inscrita al FR-00126792-000, 1-1104648-2006 con un área de 0 ha. 7493.76m2,
inscrita al FR-00173191-000, 1-1104652-2006 con un área de 2 ha. 7296.00m2,
inscrita al FR-00126798-000, ubicadas en distrito Candelarita, cantón Puriscal
de la provincia de San José, propiedad de Virgilio Antonio de Jesús García
Vega, cédula de identidad 1-576-114.
El precio a pagar es la suma de ciento
veintiún millones trescientos ochenta y un mil novecientos ochenta y ocho
colones con setenta y tres céntimos (¢121.381.988,73).
Ing. Santiago Mesén Madrigal,
Director Nacional Agrario.— 1 vez.—(IN2015070970).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A, Heriberto Ballestero
Villegas, se le comunica la resolución de la Oficina Local de Naranjo, de las
15:00 horas del día 18 de agosto de 2015, que da inicio al proceso especial de
protección a favor de su hija Evelyn Ballestero Soto. Notifíquese la anterior
resolución a los interesados con la advertencia que deberán señalar lugar
conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido
de que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o
llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme
aplicación supletoria del artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y
otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto Nº 11302-2002, de las
15:41 horas de 27 de noviembre de 2002, de la Sala Constitucional. Se le hace
saber que contra dicha resolución procede el recurso de apelación, el que
deberá interponerse en el plazo de 2 días hábiles, contadas a partir de la
notificación, ante el mismo Órgano, quién lo elevará para su resolución ante la
Presidencia Ejecutiva, ubicada trescientos metros al sur de la Casa Matute
Gómez, Barrio Luján, San José. Será inadmisible el recurso interpuesto pasado
el plazo establecido. Expediente Nº OLNA-00193-2015.—Licda. Rosario Cruz
Carvajal, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº
38034.—Solicitud Nº 15000088.—(IN2015071167).
A, José Antonio Jiménez Soto y
Raquel Díaz Sevilla, se le comunica las resoluciones de la Oficina Local de
Naranjo, de las 11:00 horas del día 20 de agosto de 2015 que da inicio al
proceso especial de protección en sede administrativa y dictado de medida de
cuido provisional de persona menor de edad en el hogar de la señora Karol
Jiménez Soto, resolución de las 10:00 horas del día 16 de setiembre de 2015 que
da audiencia a las partes sobre informe de investigación ampliada y resolución
de las 13:30 horas del día 29 de setiembre de 2015 que mantiene medida de
protección dictada de cuido provisional hasta seis meses, a favor de la hija de
ambos Yesenia Jiménez Díaz. Notifíquese la anterior resolución a los
interesados con la advertencia que deberán señalar lugar conocido o número de
facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido de que de no hacerlo,
o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si
el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán
firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del
artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones
Judiciales y el contenido del Voto Nº 11302-2002, de las 15:41 horas de 27 de
noviembre de 2002, de la Sala Constitucional. Se le hace saber que contra dicha
resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse en el
plazo de 2 días hábiles, contadas a partir de la notificación, ante el mismo
Órgano, quién lo elevara para su resolución ante la Presidencia Ejecutiva,
ubicada trescientos metros al sur de la Casa Matute Gómez, Barrio Luján, San
José. Será inadmisible el recurso interpuesto pasado el plazo establecido.
Expediente Nº OLNA-00222-2015.—Licda. Rosario Cruz Carvajal. Órgano Director
del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº
15000088.—(IN2015071168).
Se hace saber a, Angelina del
Carmen Villalobos Zúñiga, quien es mayor, administradora de su hogar, en unión
libre, con cédula de identidad número 603770658, de domicilio desconocido; que
mediante resolución de las nueve horas con veintisiete minutos del catorce de
setiembre del año dos mil quince, se da inicio al proceso especial de
protección, y se ordena medida de abrigo temporal hasta por seis meses, en una
alternativa de protección institucional, en favor de las personas menores de
edad de nombres, Anderson Daniel Jiménez Villalobos, quien es persona menor de
edad, de siete años de edad, nació el dieciséis de febrero del año dos mil
ocho, citas de inscripción de su nacimiento en el Registro Civil, número
120190348; Elizabeth Dariela Jiménez Villalobos, quien es persona menor de edad
de cuatro años de edad, nació el dieciséis de febrero del año dos mil once,
citas de inscripción de su nacimiento en el Registro Civil, número.
Notifíquese: La anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o
en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar casa,
oficina o medio electrónico para recibir sus notificaciones que se generen
sobre este proceso, en caso contrario, las resoluciones posteriores, se tendrán
por notificadas, en el transcurso de las veinticuatro horas siguientes después
de ser resueltas. Garantía de defensa: Se les hace saber además, que contra la
presente resolución procede el recurso de apelación, que se deberá interponer
ante esta Representación en un término de cuarenta y ocho horas contadas a
partir del día siguiente a la última publicación de este aviso, y que será
resuelto en definitiva por la Presidencia Ejecutiva de la Institución, la
presentación del mismo no suspende los efectos de la ejecución de la medida de
protección, y si se presenta luego del término señalado se rechazará por
extemporáneo, según lo establece el artículo 139 del Código de Niñez y
Adolescencia. Oficina Local de Tibás. Expediente Administrativo
OLT-00306-2015.—Lic. Mario E. Tenorio Castro, Órgano Director del Proceso
Especial de Protección en Sede Administrativa.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº
15000086.—(IN2015071178).
Al señor Andrés Palma Durte,
quien según se conoce reside en Nicaragua, con documento de identidad
desconocido, se le comunica las resoluciones de las 08:20 del día 07 de mayo
del 2015, con la cual se da inicio al proceso especial de protección en sede
administrativa y se resuelve en esta, dar inicio al proceso especial de
protección, la cual confiere medida de protección de abrigo temporal a favor de
las personas menores de edad Cristofer Santana Zelaya y a Elieth Palma Zelaya,
en un albergue institucional. Además se le comunica la resolución de las 13:00
del 20 de mayo del 2015, la cual corrige error material, comunicación de dicho
proceso administrativo a la progenitora por medio de edicto en razón a conocer
de su paradero y medio indicado para recibir notificaciones de parte del
progenitor y la resolución de las 11:30 minutos del 18 de junio del 2015, la
cual sustituye medida de abrigo temporal por medida de cuido provisional de las
personas menores de edad supra citadas. Se le confiere audiencia por tres días
hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas
que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y
representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar el
expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el
expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta
minutos a las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en San José,
Distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado
suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Deberá señalar
lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o
llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley
de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra las indicada
resolución procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de
esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato
siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en
el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en
inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente
N° OLSJO-00039-2015. Oficina Local de San José, Oeste.—Licda. Marisol Piedra
Mora, Representante Legal.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº
15000086.—(IN2015071179).
Al señor Jhon Jaime Arturo
Meneses, se le comunica la resolución de las 15:00 del 24 de setiembre del dos
mil quince, con la cual se da inicio al proceso especial de protección en sede
administrativa y se resuelve medida de tratamiento en Hogar Crea, Niños y
Adolescentes de Heredia a favor de la persona menor de edad Juan Sebastián
Arturo Ospina. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que
presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime
necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar
por abogado y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días
y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente
administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos a
las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su
disposición en esta oficina local de San José Oeste. Deberá de señalar lugar
conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones
futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de
Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra la indicada
resolución procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de
esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato
siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en
el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en
inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente
número OLSJO-00236-2015.—Oficina Local de San José Oeste.—Licda. Marisol Piedra
Mora, Representante Legal.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº
15000085.—(IN2015071185)
A, Jennifer Julissa Aguirre
Zepeda, radicada en Nicaragua, y de calidades desconocidas, se le hace saber la
resolución de las ocho horas del veintidós de setiembre del dos mil quince, así
como la resolución de las nueve horas del dos de octubre del dos mil quince. Recurso:
Apelación ante esta oficina local quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva
en San José. Plazo: cuarenta y ocho horas después de la última publicación de
este edicto. Expediente Administrativo número OLSC-00280-2015.—Santa Cruz, 02
de octubre del 2015.—Lic. German Morales Bonilla, Representante Legal.—O. C. Nº
38034.—Solicitud Nº 15000085.—(IN2015071190).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
A, Norberto Monge Grajal, se le
comunica la resolución de las diez horas del nueve de setiembre del año dos mil
quince, en virtud de la cual se pone en conocimiento por el plazo de cinco días
hábiles, investigación ampliada de los hechos de fecha siete de setiembre del
año dos mil quince llevado a cabo por el Lic. Jorge Fajardo González,
Trabajador Social del PANI, presente sus alegatos y ofrezca prueba, no proceden
recursos ordinarios de ley. Y la resolución de las trece horas del once de
setiembre del año dos mil quince en virtud de la cual se resuelve mantener
medida abrigo temporal a favor de la persona menor de edad: Andrés Monge
Villarreal, en la Alternativa de Protección Gunter. Notifíquese la presente
resolución a las partes, en su lugar de domicilio, con la advertencia de que
deben señalar lugar o un fax o correo electrónico donde recibir notificaciones,
en caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso o llegara a
desaparecer o el medio seleccionado fuera defectuoso estuviera desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de la
presente resolución procede únicamente el Recurso Ordinario de Apelación que
deberá interponerse ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas
hábiles después de notificada la presente resolución, Recurso que será resuelto
por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se previene a las partes
involucradas en el Proceso que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o
representar por un profesional en derecho así como tener acceso al expediente
administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Expediente
OLCO-00121-2015.—Oficina Local Pani-Corredores.—Lic. Dinia Vallegos Badilla,
Coordinadora.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº 15000087.—(IN2015071171)
Se hace saber a, Noylin Kelyn
Jiménez Mora, quien es mayor, con cédula número 110740869, demás calidades
desconocidas; que mediante resolución de las once horas con doce minutos del
primero de octubre del año dos mil quince, se da inicio al proceso especial de
protección, y se ordena medida de protección de cuido provisional a favor de
las personas menores de edad de nombres Dylan Josué Vallecillo Jiménez y
Darling Gabriela Vallecillo Jiménez; para que desde la hora y fecha de esta
resolución, estén formal y legalmente protegidos en el Hogar Solidario de su
Abuelo Paterno señor Porfilio Vallecillo Telles. Notifíquese: La anterior
resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación,
a quienes se les advierte que deberán señalar casa, oficina o medio electrónico
para recibir sus notificaciones que se generen sobre este proceso, en caso
contrario, las resoluciones posteriores, se tendrán por notificadas, en el
transcurso de las veinticuatro horas siguientes después de ser resueltas.
Garantía de defensa: Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso de apelación, que se deberá interponer ante esta
Representación en un término de cuarenta y ocho horas contadas a partir del día
siguiente a la última publicación de este aviso, y que será resuelto en
definitiva por la Presidencia Ejecutiva de la Institución, la presentación del
mismo no suspende los efectos de la ejecución de la medida de protección, y si
se presenta luego del término señalado se rechazará por extemporáneo, según lo
establece el artículo 139 del Código de Niñez y Adolescencia. Expediente
Administrativo OLT-00280-2014.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Mario E. Tenorio
Castro, Órgano Director del Proceso Especial de Protección en sede
Administrativa.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº 15000086.—(IN2015071175).
Se hace saber a, Jimmy Henry
Herrera Palma, quien es mayor, demás calidades desconocidas, y a Jennifer Lucía
Hernández Vargas, mayor, con cédula 111400649, demás calidades desconocidas;
que mediante resolución de las trece horas con cuarenta y siete minutos del
primero de octubre del año dos mil quince, se da inicio al proceso especial de
protección, y se ordena medida de protección de Inclusión en programas
oficiales o comunitarios de auxilio a la familia y a la persona menor de edad,
a favor de la persona menor de edad de nombre Jimmy Guillermo Herrera
Hernández, quien es persona menor de edad, de catorce años de edad, nació el
dieciséis de enero del año dos mil uno, es portador de la tarjeta de
identificación de persona menor de edad número 118010145, actualmente cuenta
con primaria completa; para que desde la hora y fecha de esta resolución
ingrese en la ONG Centro San Agustín, donde permanecerá completando un programa
de atención integral para su caso concreto. Notifíquese: La anterior resolución
a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes
se les advierte que deberán señalar casa, oficina o medio electrónico para
recibir sus notificaciones que se generen sobre este proceso, en caso contrario,
las resoluciones posteriores, se tendrán por notificadas, en el transcurso de
las veinticuatro horas siguientes después de ser resueltas. Garantía de
defensa: Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el
recurso de apelación, que se deberá interponer ante esta Representación en un
término de cuarenta y ocho horas contadas a partir del día siguiente a la
última publicación de este aviso, y que será resuelto en definitiva por la
Presidencia Ejecutiva de la Institución, la presentación del mismo no suspende
los efectos de la ejecución de la medida de protección, y si se presenta luego
del término señalado se rechazará por extemporáneo, según lo establece el
artículo 139 del Código de Niñez y Adolescencia. Expediente Administrativo
OLHT-00034-2015.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Mario E. Tenorio Castro, Órgano
Director del Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa.—O. C. Nº
38034.—Solicitud Nº 15000086.—(IN2015071177).
A Julio César Calderón López y
Marta del Socorro Díaz Jirón, se le comunica la resolución de las 13:23 horas
del 10 de setiembre del 2015, que ordenó Medida de Abrigo Temporal en Albergue
Institucional de la persona menor de edad Cecilia Calderón Díaz, c.c. Migdalia
Sánchez Campos, por el plazo máximo de seis meses. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación,
a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Expediente:
OLSJO-00218-2015.—Oficina Local San José Oeste.—Lic. Seidy Chavarría Ramírez, Órgano
Director del Procedimiento.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº
15000085.—(IN2015071186).
Se le comunica a Diego Pérez
Martínez y a Luis Rodríguez Echeverría, la resolución de las ocho horas del
veintiocho minutos del veintiocho de setiembre de dos mil quince, mediante la
cual ubica a Samuel Pérez Huete y a Dalia Rodríguez Huete, en una alternativa
de protección institucional. En contra de la presente resolución procede el
recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48
horas, contados a partir de la tercera publicación del presente edicto. Deberá
además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro
del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o
incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por
notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Expediente
OLG-OLG-00145-2014.—Oficina Local de Guadalupe, 09 de octubre del 2015.—Lic.
Roberto Marín A., Representante Legal.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº
15000085.—(IN2015071187).
A, Gretel Susana Mora Rojas y
Denis Orlando Rojas Sequeira, se les comunica la resolución de las 13 horas del
31 de agosto del dos mil quince, en la que se ordenó Medida de Abrigo Temporal
de la persona menor de edad, Jeferson Samuel Rojas Mora. Notifíquese la
anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de
habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber
además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de
apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del
plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación
a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de
esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible. Expediente OLA-00290-2015. Oficina Local de
Alajuela.—Lic. Alejandra Solís Lara, Órgano Director del Procedimiento.—O. C.
Nº 38034.—Solicitud Nº 15000085.—(IN2015071188).
A la adolescente madre Valeria
Dayana Quiróz Anton, menor de edad, tarjeta de persona menor de edad
cuatro-doscientos treinta y siete-trescientos quince, con domicilio exacto
demás calidades desconocidas por esta oficina local se le comunica la
resolución de las catorce horas cuarenta minutos del veintinueve de setiembre
de dos mil quince que ordenó el inicio de Proceso especial de protección y
dictó Cuido Provisional en favor de la persona menor de edad Samantha Valentina
Quiróz Anton, remitiéndose el expediente al Área Psicosocial de esta oficina
para que se realice investigación ampliada de la situación en un plazo de
veinticinco días y definan situación de la niña. Se les confiere el término de
tres días para que manifiesten cualquier oposición o manifiesten lo que tengan
a bien manifestar. Notifíquese la anterior resolución a la partes interesada
por edicto al desconocer su domicilio actual exacto o ubicación, a quien se le
advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se le hace saber además, que contra la
presente resolución Inicial descrita procede el recurso ordinario de apelación,
que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de
cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las
partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta
institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible. Expediente OLHN-00487-2015.— Oficina Local Heredia
Norte.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Órgano Director del
Procedimiento.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº 15000085.—(IN2015071189).
A Cinthia Mendoza Hernández y Eyler Antonio
Sánchez Santana, se les comunica la resolución de las once horas y dieciséis
minutos del diez de setiembre del dos mil quince que ordenó medida de
protección de cuido provisional en recurso familiar hogar de la señora Martina
Hernández Pérez, abuela materna de las personas menores de edad supra citadas.
Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en
su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile
para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta representación legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Exp. N° OLNI-00175-2015.—Oficina
Local de Nicoya.—Licda. Sandra Pizarro Gutiérrez, Órgano Director del
Procedimiento.—O. C. N° 38034.—Solicitud N° 15000085.—(IN2015071191).
A María Esther Obando Obando y Odilón Zúñiga
Guevara, se les comunica la resolución de las once horas y treinta minutos del
ocho de setiembre del dos mil quince que ordenó Medida de Protección de Cuido
Provisional en recurso familiar hogar de la señora Yorleny Obando Obando, tía
materna de las personas menores de edad, Yulissa Zúñiga Obando y Brayan Moreno
Obando. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes
a la flecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de
conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido
que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp. N°
OLNI-00211-2015.—Oficina Local de Nicoya.—Licda. Sandra Pizarro Gutiérrez,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 38034.—Solicitud N°
15000085.—(IN2015071192).
JUNTA DE EDUCACIÓN DEL CENTRO
EDUCATIVO
ERMIDA BLANCO GONZÁLEZ
Se hace conocimiento que la
Junta de Educación del Centro Educativo Ermida Blanco González, cédula jurídica
3-008-314672, ha solicitado a la Procuraduría General de la República la
inscripción registral del bien inmueble no inscrito, ubicado en la provincia de
Alajuela, cantón Alajuela, distrito Sabanilla, terreno donde se localiza el
Centro Educativo Escuela Ermida Blanco González, el cual colinda al norte: con
calle pública, al sur: propiedad de Rosario Herrera Alfaro, al este: con calle
pública y al sur: con propiedad de Rosario Herrera Alfaro; cuenta con un plano
catastrado número 2-81009-1992, con un área de 1.529,69 m2 dicha
inscripción se realiza según el artículo 27 de la Ley 5060, Ley de Caminos
Públicos. La Junta de Educación o Administrativa ha mantenido posesión en dicho
inmueble por más de diez años en forma quieta, pública, pacífica, sin
interrupción, de buena fe y a título de dueña. Quien se crea con derecho sobre
el inmueble que se pretenda inscribir deberá hacerlo saber en el plazo de un
mes a partir de la publicación del presente edicto en la Dirección de
Infraestructura y Equipamiento Educativo del Ministerio de Educación Pública o
bien a la Procuraduría General de la República. Notaría del Estado en la cual
se están realizando las presentes diligencias.
San José, 14 de octubre de 2015.—José
Esquivel Hernández.—1 vez.—(IN2015071016).
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
AVISA
La Municipalidad de La Cruz,
Guanacaste, mediante acuerdo Nº III.8, de la sesión ordinaria Nº 32-2015,
celebrada el día 17 setiembre del año en curso, aprueba y declara interés
público el proyecto La Cruz, Rehabilitación, Cultural de un Centro Urbano
(Parque Central de La Cruz), por lo que mediante el presente acuerdo autoriza
al señor Lic. Carlos Matías Gonzaga Martínez, Alcalde Municipal de La Cruz para
que realice los avalúos correspondientes de las siguientes propiedades, y se
inicien los trámites de expropiación. Emilce Vargas Zamora, cédula Nº
5-079-280, propiedad Nº 5-010442-A-000, plano Nº G-1368189-2009. Katty Vega Espinoza,
cédula Nº 5-242-127, propiedad Nº 5-043486-000, plano Nº G-0313735-1798.
Ninozca Bejarano Loáiciga, cédula Nº 5-235-438, propiedad Nº 5-068454-000,
plano Nº G-0847617-1989. Guillermina Loáiciga Camacho, cédula Nº 5-095-100,
propiedad Nº 5-068455-000, plano Nº G-0847616-1989. José Luis Corrales
Chinchilla, cédula Nº 2-287-255, propiedad Nº 5-010312-000, plano Nº
G-054345-1984. Luis Gerardo Mora Mejía, cédula Nº 5-154-415, propiedad Nº
5-054223-000, plano Nº G-573220-1985. Gerardo Andrés Alfaro Ureña, cédula Nº
5-1354-0847, propiedad Nº 5-053935-002, plano Nº G-507798-1983. Karla Marcela
Ureña Jiménez, cédula Nº 1-1230-687, propiedad Nº 5-053935-001, plano Nº
G-507798-1983. Katia de los Ángeles Corrales Medrano, cédula Nº 5-313-325,
propiedad Nº 5-059477-000, plano Nº G-0380025-1980. Isabel Ponce Ponce, cédula
Nº 5-112-147, propiedad Nº 5-092594-000, plano Nº G-0250316-1995.
La Cruz, Guanacaste, 15 de
octubre del 2015.—Nury Jara Rodríguez, Proveedora Municipal a. í.—1
vez.—(IN2015070562).
La Municipalidad de Guácimo
publica: Tomando en cuenta que el mes de diciembre es una época de festividad
navideña donde se fomenta la unión para compartir con la familia y en vista de
que este Órgano Colegiado desea disfrutar dicha festividad al lado de sus
familiares, este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Cambiar la fecha de
celebración de sesiones Municipales en el siguiente orden:
21-12-15 se traslada la
celebración de la sesión para el día 10-12-2015
28-12-15 se traslada la
celebración de la sesión para el día 17-12-2015
Acuerdo N° mil ciento uno.
Aprobado unánimemente, en sesión ordinaria N° 40-15, celebrada el 05 de octubre
2015. (Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta).
Gerardo Fuentes González,
Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2015071510).
COLEGIO DE FARMACÉUTICOS DE COSTA RICA
La Junta Directiva del Colegio
de Farmacéuticos de Costa Rica, conforme a lo acordado en sesión extraordinaria
realizada el 19 de octubre de 2015, convoca a todos los miembros activos de este
colegio a la asamblea general extraordinaria que se celebrará el lunes 16 de
noviembre del 2015, a las 18:30 horas en la sede del Colegio, para tratar la
siguiente agenda:
• Reforma integral del Código de Ética Farmacéutica.
• Reforma del Reglamento para la tramitación
de denuncias en contra de miembros del Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica.
• Declarar en firme los acuerdos tomados en
esta asamblea general extraordinaria.
Dr. Édgar Zeledón Portuguez,
Presidente.—Dra. Sandra García Zúñiga, Secretaria.—(IN2015073901). 2
v. 1
VACATI INVERSIONES SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a todos los
accionistas de la compañía denominada Vacati Inversiones Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3-101-66824 a la asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas que se celebrará en el domicilio social en provincia de San
José, San José, Mata Redonda, exactamente del Balcón Verde, dos cuadras al
norte y veinticinco al oeste, a mano izquierda en SPR Abogados, en primera
convocatoria a las ocho horas del veintisiete de noviembre del dos mil quince.
De no cumplirse el quórum a la hora señalada, la asamblea se reunirá en segunda
convocatoria una hora después en el mismo lugar, con cualquier número de
accionistas presentes. El orden del día será: 1) Revisión de quórum presente;
2) Nombramiento de presidente y secretario para dirigir la asamblea; 3) Informe
del presidente y revisión de la situación legal, financiera y contractual en
las empresas de la cual la compañía es accionista; 4) Presentación y discusión
de los estados financieros al 30 de setiembre del año 2015; 5) Aprobación o
rechazo de los estados financieros indicados en el punto 4 anterior; 6) Toma de
decisiones en relación al informe del presidente; 7) Autorización al presidente
de la compañía a suscribir y endosar el título y contrato de cesión de acciones
de la empresa en la compañía tres-ciento uno-seiscientos sesenta y un mil
doscientos setenta y uno S. A. 8) Autorización al presidente de la compañía a
suscribir la rescisión contractual de los documentos denominados: “Contrato de
opción de venta y cesión de acciones para desarrollo de inmuebles” firmado el
veinticinco de febrero del dos mil catorce y documento denominado “cronograma”
de fecha veinticinco de febrero del dos mil catorce; 9) Autorizar al presidente
a suscribir cualquier finiquito que tenga relación con los temas señalados en
su informe, en resguardo de los intereses de la empresa; 10) Autorización para
la protocolización del acta y sus acuerdos. 11) Aprobar o improbar el acuerdo
de disolución de la sociedad y la discusión de nombrar o no liquidador. Nota:
los estados financieros podrán ser retirados en el domicilio social. Tendrá
derecho de asistir a la asamblea todo accionista que se encuentre inscrito como
tal en el libro de registro de accionista al día de la publicación del presente
aviso en el Diario Oficial La Gaceta. Todo accionista debe de estar
debidamente acreditado, con su documento de identidad personal y su personería
jurídica vigente y/o, la carta poder o poder especial debidamente autenticado
por un abogado.—Jorge Hernán Jiménez Meléndez, Presidente.—1
vez.—(IN2015073700).
FUNDACIÓN CORCOVADO LON
WILLING RAMSEY JR
El suscrito Steven Lill Coit, en
mi condición de presidente de la Fundación Corcovado-Lon Willing Ramsey Jr.,
procedo a hacer convocatoria oficial a la reunión ordinaria de la junta
administrativa que se efectuará a las 14:00 horas del lunes 30 de noviembre del
2015, en las instalaciones de la Clínica Bíblica en San José.
Agenda:
Informe de avance de proyectos.
Presentación de nuevos
proyectos.
Ingreso de nuevos miembros.
Elección de nuevos directivos
para la junta directiva.
San José, 16 de setiembre de
2015.—Junta Directiva.—Steven Lill Coit, Presidente.—1 vez.—(IN2015073760).
ASOCIACIÓN TEOCALI
Asamblea ordinaria de la
Asociación Teocali, a celebrarse el martes 27 de noviembre 2015, hora 4:30 p.m.
para la ordinaria y en segunda convocatoria a las 5:00 p.m. en las
instalaciones de Academia Teocali, sito 2 kilómetros al norte de Burger King,
Liberia y con la siguiente agenda:
Agenda:
1) Informe del presidente.
2) Informe del tesorero.
3) Informe del fiscal
4) Elección de junta directiva
5) Asuntos varios.
Licda. Marelyn Jiménez Durán,
Presidenta.—1 vez.—Solicitud N° 42561.—(IN2015073804).
COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
TRIBUNAL ELECTORAL
El Tribunal Electoral del
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica comunica que, vencido el término
reglamentario, se examinaron las candidaturas propuestas, quedando formalmente
aprobadas e inscritas las siguientes papeletas integradas por los abogados y
abogadas que se dirán -según su orden cronológico de presentación-, para elegir
los cargos directivos y de fiscalía, en la Asamblea General Ordinaria que se
realizará el sábado 05 de diciembre de 2015, a partir de las 09:00 horas y
hasta las 17:00 horas, en votación secreta, directa e ininterrumpida:
Grupo grúa:
Presidencia: Wilbert Martín
Arroyo Álvarez, cedulado 9-0064-0628.
Vicepresidencia: Lidiette
Fajardo Mejías, cedulada 1-0573-0594.
Secretaría: José Rodrigo Araya
Ortiz, cedulado 1-0428-0627.
Prosecretaría: Maritza del
Socorro Carranza Jiménez, cedulada 2-0368-0866.
Tesorería: Belisario Antonio
Pérez Jiménez, cedulado 6-0130-0726.
Vocalía I: Maximiliano de Jesús
Arias Sancho, cedulado 2-0516-0261.
Vocalía II: Delia María Acevedo
Carrera, conocida como Delia María Barrantes Carrera, cedulada 6-0214-0007.
Vocalía III: Mario Yamil Chacón
Murillo, cedulado 1-0751-0341.
Vocalía IV: Vera Virginia Marín
Jiménez, cedulada 1-0760-0610.
Vocalía V: Jorge Fabio Sibaja
Rodríguez, cedulado 9-0093-0987.
Fiscalía: Sara Inés Montero
Castrillo, cedulada 6-0144-0672.
Grupo innovación:
Presidencia: Froylán Atilio
Alvarado Zelada, cedulado 1-0965-0759.
Vicepresidencia: Cristina Rojas
Rodríguez, cedulada 1-0517-0933.
Secretaría: Eduardo Miguel Rojas
Sánchez, cedulado 1-0697-0339.
Prosecretaría: Shirley Vanessa
Víquez Vargas, cedulada 1-1077-0561.
Tesorería: Francisco Eiter Cruz
Marchena, cedulado 7-0094-0897.
Vocalía I: Ana Gabriela Badilla
Zeledón, cedulada 1-0701-0367.
Vocalía II: Julio Armando
Castellanos Villanueva, cedulado 1-1000-0762.
Vocalía III: Zuli Beatriz
Sarmiento Chávez, cedulada 8-0077-0365.
Vocalía IV: Álvaro Arturo
Sánchez González, cedulado 4-0142-0483.
Vocalía V: Gabriela Maritza León
González, cedulada 1-1043-0296.
Fiscalía: Juan Luis León Blanco,
cedulado 1-0756-0590.
Asimismo informa que los grupos
inscritos quedan autorizados para hacer propaganda electoral hasta el día
anterior a las elecciones, con las condiciones y restricciones que indica el
Reglamento General de Elecciones del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa
Rica. Las elecciones se llevarán a cabo en la sede central del Colegio, ubicada
en Zapote, diagonal a la Rotonda de las Garantías Sociales, en el Edificio
Fundadores, y en las Sedes Regionales previamente señaladas en la convocatoria
ya publicada. (Publicación hecha de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 14 del Reglamento General de Elecciones del Colegio de Abogados y
Abogadas de Costa Rica.).—San José, 23 de octubre de 2015.—Lic. Juan José
Nassar Güell, Presidente.—Lic. Leonardo Madrigal Moraga, Vicepresidente.—Dr.
Sergio Donato Calderón, Secretario.—1 vez.—O. C. N° 244.—Solicitud N°
42436.—(IN2015073851).
DESARROLLO PENINSULAR DESPENSA
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Desarrollo Peninsular Despensa
Sociedad Anónima, convoca a sus socios a la asamblea general anual ordinaria a
celebrarse en su domicilio social: Puntarenas, Ciudad de Paquera centro, en el
edificio del Centro de Gestión Peninsular, a celebrarse el 5 de diciembre del
2015, iniciando a las 9 a. m., en dicha asamblea se conocerán los asuntos
siguientes:
1- Apertura de sesión.
2- Lectura de acta anterior.
3- Informe de la presidencia.
4- Informe del tesorero y presentación de estados
financieros a setiembre 2015.
5- Informe fiscal.
6- Asuntos varios.
7- Cierre de sesión.
Los socios deberán acreditarse
por medio de sus representantes legales o apoderados, aportando en el momento
de iniciar la asamblea, certificación de personería jurídica vigente y con no
menos de quince días naturales de expedición, así como la respectiva acción que
lo acredita como socio. En caso de no aportar esa documentación podrán
participar en la asamblea pero no podrán votar en los acuerdos que se tomen sin
excepción. si no hubiera quórum a la hora indicada la asamblea se celebrará una
hora después en el citado lugar, con los accionistas que se encuentren
presentes.—Paquera, 19 de octubre del 2015.—Sonia María Duron González,
Presidenta.—1 vez.—(IN2015073875).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
CORNEO CALCARIS SOCIEDAD ANÓNIMA
Marco Brenes Wesseling, cédula
de identidad número uno-ochocientos uno-novecientos veintisiete. Presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Corneo Calcaris
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento
cuarenta y tres mil setecientos sesenta y seis hago constar que se procederá a
la reposición de los libros legales Asamblea General de Socios y Registro de
Accionistas de mi representada.—San José, siete de octubre del 2015.—Marco
Brenes Wesseling, Presidente.—(IN2015069528).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
UNIVERSIDAD INTERNACIONAL SAN ISIDRO LABRADOR
Ante la Oficina de Rectoría de
la Universidad Internacional San Isidro Labrador, se ha presentado la solicitud
de reposición del título de Licenciatura en la Enseñanza de la Matemática,
inscrito bajo el tomo: 3, folio: 143, asiento: 3852 de esta universidad e
inscrito ante el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada
(CONESUP), código de la Universidad número 36, asiento 42428, emitido el mes de
febrero del 2014, a nombre de Elián José Vargas Arias, cédula de identidad
número uno-mil trescientos sesenta y cuatro-trescientos treinta y tres. Se
solicita la reposición del título indicado anteriormente por pérdida del
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta. Es todo. Se emite la presente en San
José, Costa Rica, a los 29 días del mes de julio del 2015.—San Isidro de El
General, 14 de octubre del 2015.—Ph.D. Carlos Hernán Cortés Sandí,
Rector.—(IN2015070680).
COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA
El señor Mauricio Monge Calvo,
cédula de identidad Nº 1-0726-0189, ha presentado solicitud de reposición del
título de abogado ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica esta edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Mauricio Monge Calvo, Solicitante.—(IN2015070685).
COLEGIO
PROFESIONAL
DE PSICÓLOGOS DE
COSTA RICA
RESOLUCIÓN
FINAL DE TRIBUNAL DE HONOR
En referencia a la Resolución Final del
expediente Nº 60-2012 y Acuerdo de Junta Directiva Nº VII.1.3.09-24-10-15, se
comunica lo siguiente:
Por tanto:
Se acuerda declarar a la colegiada Leda Beirute
Brenes autora responsable de haber cometido violación a los artículos 8, 9 y
36, lo cual constituye la comisión de una falta grave de acuerdo al artículo
67, por lo que se le impone la sanción de suspensión temporal en el ejercicio
de la profesión por un plazo de tres meses contados en días naturales, conforme
a los artículos 57 y 58 todos del Código de Ética y Deontológico del Colegio
Profesional de Psicólogos de Costa Rica. Se absuelve al colegiado Iván Jirón
Beirute de haber cometido violación a los artículos 8, 9 y 36 del Código de
Ética y Deontológico del Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica, y en
razón de ello se ordena el archivo del expediente en cuanto a lo que a él
corresponde.—Licda. Karla González Urrutia, Secretaria de Junta
Directiva.—(IN2015070698). 2
v. 2
En referencia a la Resolución Final del expediente
Nº 01-2014 y Acuerdo de Junta Directiva Nº VII.l.2.08-24-10-15, se comunica lo
siguiente:
Por tanto:
Se rechazan las incidencias interpuestas por el
agremiado Miguel Arrieta Salas, al momento de formular sus conclusiones finales
sobre el proceso, denominadas “Vicio del Procedimiento” y “Prescripción o
caducidad del procedimiento”. Se acuerda declarar al colegiado Miguel Arrieta
Salas autor responsable de haber cometido violación a los artículos 7, 8, 9,
12, 17, 26, 40 y 42, lo cual constituye la comisión de una falta gravísima de
acuerdo al artículo 69, por lo que se le impone la sanción de suspensión
temporal en el ejercicio de la profesión por un plazo de 5 años, conforme a los
artículos 57 y 58 todos del Código de Ética y Deontológico del Colegio
Profesional de Psicólogos de Costa Rica.—Licda. Karla González Urrutia,
Secretaria de Junta Directiva.—(IN2015070699). 2
v. 2
En referencia a la Resolución Final del
expediente Nº 31-2013 y Acuerdo de Junta Directiva Nº II.l.2-22-09-15, se
comunica lo siguiente:
Por tanto:
Se acuerda declarar a la colegiada Martha María
Morales Batista autora responsable de haber cometido violación a los artículos
5, 23, 28 y 29, lo cual constituye la comisión de una falta grave de acuerdo al
artículo 67, por lo que se le impone la sanción de suspensión temporal en el
ejercicio de la profesión por un plazo de tres meses contados en días
naturales, conforme a los artículos 57 y 58 todos del Código de Ética y
Deontológico del Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica.—Licda. Karla
González Urrutia, Secretaria de Junta Directiva.—(IN2015070701). 2 v. 2
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
UNIVERSIDAD DE LAS CIENCIAS Y EL ARTE DE COSTA RICA
Ante este Registro se ha
presentado solicitud de reposición del título de Maestría Profesional en
Administración con énfasis en Servicios de Salud, por causa de extravío,
emitido por la Universidad con fecha 24 de abril de 2015, a nombre de Fernández
Paniagua Jakson, portador de la cédula de identidad N° 2-0479-0262, inscrito en
el Código de la Universidad 35, asiento 84779 del Consejo Nacional de Educación
Superior Universitaria (CONESUP) y en el Registro de la Universidad de las
Ciencias y el Arte de Costa Rica, en el tomo 2, folio 355, asiento 8424. Quien
se considere afectado puede manifestar su oposición ante este registro en el
término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—San
José, 08 de octubre de 2015.—Elérida Méndez Herrera,
Registradora.—(IN2015071416).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
BALCÓN
DEL CIELO KFLX S. A.
Balcón del Cielo KFLX S. A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y un mil seiscientos noventa y
siete, domiciliada en San José, Montes de Oca Condominio Mall San Pedro, local
dos-veintiséis, solicita ante el Registro Nacional, la reposición por extravío
del libro de Actas de Asamblea número uno. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante dicho Registro, en el término de ocho días hábiles
a partir de ésta publicación.—Roy Ramírez Lang y Tatiana Umaña Oviedo,
Socios.—1 vez.—(IN2015071197).
INVERSIONES PIE AMIGO DE OROTINA S. A.
Ante esta notaría, mediante
escritura pública número noventa y uno-uno, otorgada a las quince horas del día
diecinueve de octubre del dos mil quince, el señor Johnny Peraza Delgado
protocolizó solicitud de reposición de libros sociales de la sociedad
Inversiones Pie Amigo de Orotina S. A. Es todo.—Cartago, 19 de octubre del dos
mil quince.—Licda. Mónica Viviana Céspedes Navarro, Notaria.—1
vez.—(IN2015071426).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Protocolización de asamblea general ordinaria
y extraordinaria de socios de la compañía Grupo Nación GN S. A., cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento dos mil ochocientos cuarenta
y cuatro, en la cual se modifica la cláusula quinta del pacto social. Escritura
otorgada a las dieciséis horas del dieciséis de octubre del dos mil
quince.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—(IN2015071092).
Mediante escritura otorgada ante
el notario Carlos Gutiérrez Font, de las trece horas del siete de setiembre del
dos mil quince, se modificó la cláusula del capital social de la sociedad Compañía
Santa Eduviges Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cero veintinueve mil seiscientos setenta y seis. Capital social: Doscientos
veintiséis millones ciento treinta mil ochocientos trece colones.—San José,
siete de octubre del dos mil quince.—Lic. Carlos Gutiérrez Font,
Notario.—(IN2015071135).
El suscrito notario hace constar que mediante
escritura pública número doce-cuatro, otorgada a las ocho horas del nueve de
octubre de dos mil quince, se protocolizó acta de la asamblea general
extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada Healthy Snacks
Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos diecisiete mil ciento cinco, mediante la cual se
reformó la cláusula quinta de los estatutos sociales, referente al capital
social. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta por dos veces
consecutivas. Es todo.—Heredia, nueve de octubre de dos mil quince.—Lic.
Ivannia Méndez Rodríguez. Notaria.—(IN2015070214). 2 v. 2
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se
constituyó la sociedad denominada Montañita del Río Sociedad Anónima.—San
José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Nikohl Vargas Araya, Notaria.—1
vez.—CE2015006237.—(IN2015067808).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 01 de Junio del año 2015, se
constituyó la sociedad denominada Paramita Sociedad Anónima.—San José,
03 de agosto del 2015.—Lic. Ligia Roxana Sánchez Boza, Notaria.—1
vez.—CE2015006238.—(IN2015067809).
Que la notaria Marianella Mora Barrantes, en
escritura número 72 otorgada a las 15 horas del 7 de octubre del 2015, se
constituye la sociedad denominada Ocotal Exploitation Sociedad Anónima.—San
José, 16 horas 33 minutos del 7 de octubre del 2015.—Licda. Marianella Mora
Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2015068509).
Que la notaria Marianella Mora Barrantes, en
escritura número 64 otorgada a las 11 horas del 22 de setiembre del 2015, se constituye la sociedad denominada Rochet
CH Sociedad Anónima.—San José, 10 horas 20 minutos del 6 de octubre del
2015.—Licda. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2015068511).
He protocolizado acta de asamblea
extraordinaria de accionistas de Stanf de Puerto Viejo Sociedad Anónima
que contiene modificaciones en la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San
José, 09 de octubre de 2015.—Licda. Denice Yorleny Brown Beckford, Notaria.—1
vez.—(IN2015068512).
A las trece horas de hoy, protocolicé acta de
la empresa Meeting and Show Company S. A. que modifica la cláusula
quinta del capital, para aumentarlo a ciento setenta y dos millones de
colones.—San José, treinta de setiembre del dos mil quince.—Lic. Dania Valverde
Núñez, Notaria.—1 vez.—(IN2015068514).
Ante el notario público Fernando Mena Alvarado,
con oficina en Grecia centro, Alajuela, 125 metros norte de Perimercados, se
constituyó la sociedad civil: Roca de San Carlos Sociedad Civil. El
domicilio social será en Sangregado de Venado, San Carlos, Alajuela, 2
kilómetros al este de la escuela de la localidad, el plazo social es de 50 años
a partir del 08-10-2015. Su objeto: desarrollo de todo tipo de actividades
agrícolas y lecheras. Administradores 1: Virgilio Arturo Castro Cubero, Nº
5-209-072, 2: Sonia María Rodríguez Vargas, Nº 2-439-082.—Grecia, 08 de octubre
del 2015.—Lic. Fernando Mena Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2015068518).)
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de marzo del año 2015, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Etvel del Sur Sociedad Anónima.—San
José, 13 de agosto del 2015.—Lic. Ricardo Pérez Montiel, Notario.—1
vez.—CE2015006584.—(IN2015069265).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de agosto del año 2015, se
constituyó la sociedad denominada Alimentos Lecker (Costa Rica) Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de agosto del 2015.—Lic. Carlos
Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—CE2015006585.—(IN2015069266).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16 horas 10 minutos del 26 de noviembre del año 2013, se
constituyó la sociedad denominada Fay Sociedad Anónima.—San José, 13 de
agosto del 2015.—Lic. Luis Alonso Gutiérrez Herrera, Notario.—1
vez.—CE2015006586.—(IN2015069267).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 10 minutos del 10 de julio del año 2015, se
constituyó la sociedad denominada Easy Buy By Away International Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 13 de agosto del 2015.—Lic. María Viviana
Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2015006587.—(IN2015069268).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2015, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Ari Glory Sociedad Anónima.—San
José, 13 de agosto del 2015.—Lic. Aníbal Gerardo Jiménez Salas, Notario.—1
vez.—CE2015006588.—(IN2015069269).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de agosto del año 2015, se constituyó
la sociedad denominada Ellevi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 13 de agosto del 2015.—Lic. Óscar Venegas Córdoba, Notario.—1
vez.—CE2015006589.—(IN2015069270).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de agosto del año 2015, se
constituyó la sociedad denominada Bienestar International LLC Limitada.—San
José, 13 de agosto del 2015.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1
vez.—CE2015006590.—(IN2015069271).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de agosto del año 2015, se
constituyó la sociedad denominada Todá Rabá Sociedad Anónima.—San José,
13 de agosto del 2015.—Lic. María Jesús Espinoza Garro, Notaria.—1
vez.—CE2015006591.—(IN2015069272).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de agosto del año 2015, se
constituyó la sociedad denominada Spadari Inversiones LLC Limitada.—San
José, 13 de agosto del 2015.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1
vez.—CE2015006592.—(IN2015069273).
Por escritura adicional otorgada
ante esta notaría, a las 14:00 horas del 12 de octubre de 2015, se modifica la
principal otorgada a las 20:00 horas del 16 de setiembre de 2015, número 242,
iniciada a folio 128 vuelto el protocolo cuatro del suscrito notario,
variándose el nombre de la sociedad a Inversiones Hildebrando S. A.
Domiciliada en la ciudad de San Ramón de la provincia de Alajuela. En lo demás
queda incólume la escritura principal.—San Ramón, 12 de octubre del
2015.—Steven Esquivel Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2015069524).
Por escritura número cincuenta y
cinco, otorgada ante el notario público Ronald Odio Rohrmoser, a las veinte
horas del día cinco de octubre del año dos mil quince, se disuelve y liquida la
sociedad Power Quality Consultores Sociedad Anónima.—San José, 07 de
octubre del 2015.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—(IN2015069525).
Inversiones Pomur Sociedad
Anónima titular
de la cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil novecientos
sesenta y tres, nombra nueva presidenta y fiscal; acta otorgada ante la notaria
Marta del Milagro Ugalde Víquez, a las dieciséis horas del doce de octubre del
dos mil quince.—Licda. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1
vez.—(IN2015069532).
Luribe Sociedad Anónima titular de la cédula jurídica:
tres-ciento uno-trescientos dos mil veintinueve, nombra nuevo tesorero en junta
directiva acta otorgada ante la notaria María del Milagro Ugalde Víquez, a las
trece horas del doce de octubre del dos mil quince.—Licda. María del Milagro
Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—(IN2015069533).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, el día catorce de octubre del dos mil quince, se protocoliza acta de Soluciones
Técnicas de Calidad STC S. A., se reforma la cláusula quinta.—San José, 13
de octubre del 2015.—Lic. Alejandro Antonio Zúñiga Hidalgo, Notario.—1
vez.—(IN2015069538).
Por escritura otorgada en mi
notaría, se constituye la sociedad Móvil Technology Solutions S. A.
Domiciliada en San José, Montes de Oca, Los Yoses, cien metros sur y cien
metros oeste de la Tienda Arenas Boulevard. Capital social: doscientos dólares,
debidamente suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero representantes
legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San
José, 9 de octubre del 2015.—Lic. Luis Diego Valdelomar Esquivel, Notario.—1
vez.—(IN2015069543).
Ante esta notario el día
veintiséis de setiembre del dos mil quince, se acordó la disolución de la
sociedad denominada Abrobeisa S. A., cédula jurídica 3-101-359855,
domiciliada en Puntarenas, Monteverde, Santa Elena, doscientos metros al este
de la plaza de deportes.—Lic. Javier González Loría, Notario.—1
vez.—(IN2015069548).
Por escritura N° doscientos
cincuenta y siete –uno, otorgada a las 14:00 horas del 13 de octubre del año
2015, ante mí, se modificó el nombre de la sociedad: ADV Euro Group Sociedad
de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica: tres-ciento dos-sesenta y
cuatro setenta y ocho noventa, que pasará a denominarse Tamarindo Golf Carts.
Piotr Adam Gulbas, Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma.—Liberia, trece de octubre del 2015.—Lic. Mónica Montero Alfaro,
Notaria.—1 vez.—(IN2015069549).
Por escritura otorgada ante el
suscrito se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de, Eclipse
In Action S.R.L., cédula jurídica número 3-102-462387; se disuelve la
sociedad.—San José, 13 de octubre del 2015.—William Chaves Villalta, Notario.—1
vez.—(IN2015069557).
El suscrito notario hace constar
que mediante escritura pública número doce-cuatro, otorgada a las ocho horas
del nueve de octubre de dos mil quince, se protocolizó acta de la asamblea
general extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada Healthy
Snacks Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos diecisiete mil ciento cinco, mediante la cual se
reformó la cláusula quinta de los estatutos sociales, referente al capital
social. Es todo.—Heredia, nueve de octubre del dos mil quince.—Lic. Ivannia
Méndez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2015069560).
Ante mí, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad Pepper Club Sociedad Anónima,
modificación de la cláusula quinta, se aumenta el capital social, a la suma de
diez millones de colones, representado por diez acciones comunes y nominativas
de un millón de colones cada acción.—San José, primero de octubre del dos mil
quince.—Lic. Karina Andrea Verzola Madrigal, Notaria.—1 vez.—(IN2015069562).
Ante mí, se constituyó sociedad
anónima denominada Soluciones Constructivas Denis Miranda Sociedad Anónima.
Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cuarenta dólares,
americanos. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma, actuando conjunta o separadamente, secretario y tesorero actuando solo
conjuntamente.—San José, cuatro de agosto del dos mil quince.—Lic. Karina
Andrea Verzola Madrigal, Notaria.—1 vez.—(IN2015069564).
Por escritura otorgada ante mi
notaria, a las 20:00 horas del 13 de octubre del 2015, se protocolizó acta de
asamblea de socios de Tres-Ciento Uno-Cuatro Siete Cinco Ocho Nueve Cinco
S. A., en la que se reforma la cláusula novena del pacto social.—San
José, trece de octubre del dos mil quince.—Licda. Karen Rokbrand Fernández,
Notaria.—1 vez.—(IN2015069566).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de agosto del año dos mil
quince, se acuerda modificar cláusula primera de Edilex Asesores
Periodísticos Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2015.—Lic.
María Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—1 vez.—(IN2015069582).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, se disolvió y liquidó en esta fecha la sociedad Expo
Innova Dos Mil Siete Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del dos
mil quince.—Lic. Carlos Francisco Salvatierra Ramos, Notario.—1
vez.—(IN2015069595).
Francela Gutiérrez Alfaro,
constituye la sociedad: N.P.I. Latam E.I.R.L. Escritura otorgada en San
José, a las siete horas treinta minutos del nueve de octubre del dos mil
quince, ante el notario.—Lic. Humberto Jarquín Anchía, Notario.—1
vez.—(IN2015069601).
A las doce horas del día trece
de octubre del año dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Box Life Belén S.
A., donde se modifica la cláusula del domicilio del pacto social. Es
todo.—San José, trece de octubre del año dos mil quince.—Lic. Jorge Federico
Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2015069603).
A las doce horas treinta minutos
del día trece de octubre del año dos mil quince, protocolicé acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Box Life
Managment S. A., donde se modifica la cláusula del domicilio del pacto
social. Es todo.—San José, trece de octubre del dos mil quince.—Lic. Jorge
Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2015069604).
Por escritura número doscientos
diez se modifica nombre de la sociedad denominada Teustepec Sociedad Anónima.—San
José, trece de octubre del dos mil quince.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1
vez.—(IN2015069605).
Por escritura número doscientos
once se nombra nueva junta directiva de la sociedad denominada Apartotel Don
Francisco Sociedad Anónima.—San José, trece de octubre del dos mil
quince.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—(IN2015069606).
A las catorce horas con treinta
minutos del día veintinueve de setiembre de dos mil quince, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Ingenio de
Matiz Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda
del pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, veintinueve
de setiembre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2015069607).
Por escritura número doscientos
diez se nombra nueva junta directiva de la sociedad denominada Pequeña Rana
Roja Sociedad Anónima.—San José, trece de octubre del dos mil quince.—Lic.
José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—(IN2015069608).
Que en esta notaría se ha
otorgado escritura en la que se modifica la cláusula octava y junta directiva
de la sociedad, Anglop Group S. A. Es todo.—Firmo en San José, a las
diez horas cinco minutos del día siete de setiembre del dos mil quince.—Lic.
Henry Sandoval Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2015069609).
Que en esta notaría se ha
otorgado escritura en la que se modifica la cláusula segunda y junta directiva
de la sociedad, Inversiones María José Bosque Real S. A. Es todo.—Firmo
en San José, a las diez horas cinco minutos del día siete de setiembre del dos
mil quince.—Lic. Henry Sandoval Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2015069610).
A las diez horas con quince
minutos del día primero de octubre de dos mil quince, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Asesorías
Habitacionales La Pirámide Llc. Limitada, mediante la cual se modifica la
cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San
José, primero de octubre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal,
Notario.—1 vez.—(IN2015069612).
Por escritura otorgada a las
trece horas del treinta de setiembre del año dos mil quince, la suscrita
notaria protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas da
la empresa de esta plaza Típico Exclusivo San Luis Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforman las cláusulas quinta y segunda del pacto
constitutivo en cuanto a la administración y el domicilio social.—San José,
primero de octubre del dos mil quince.—Arlhene Pradella Balladares, Notaria.—1
vez.—(IN2015069613).
Por escritura otorgada a las
doce horas del ocho de octubre del año dos mil quince, la suscrita notaria
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
empresa de esta plaza Inversiones Adolromar de Costa Rica Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo en cuanto
a la Administración.—San José, ocho de octubre del dos mil quince.—Lic. Arlhene
Pradella Balladares, Notaria.—1 vez.—(IN2015069614).
A las diez horas del día primero
de octubre de dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad KML Sociedad Anónima,
mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo,
referente al domicilio. Es todo.—San José, primero de octubre del dos mil quince.—Lic.
Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015069615).
A las nueve horas con treinta
minutos del día primero de octubre de dos mil quince, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Jacó del Rey
Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del
pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, primero de
octubre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2015069616).
A las nueve horas con quince minutos
del día primero de octubre de dos mil quince, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Krolo TYU Sociedad
Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto
constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, primero de octubre del
dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015069617).
Ortho Masel Sociedad Anónima, solicita reformar cláusula
quinta del pacto constitutivo en cuanto al aumento de capital. Escritura
número: noventa y tres.—San José, 5 de octubre del 2015.—Lic. Ileana Flores
Sancho, Notaria.—1 vez.—(IN2015069618).
A las quince horas con quince minutos del día
veintinueve de setiembre del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad El Bine Serf Sociedad
Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto
constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, veintinueve de
setiembre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2015069619).
A las quince horas con treinta minutos del día
veintinueve de setiembre del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad XXXI Jaco W Caqui
Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del
pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, veintinueve de
setiembre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2015069620).
A las dieciocho horas del día veintinueve de
setiembre del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad XLI Jacó N Mercurio Sociedad
Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto
constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, veintinueve de
setiembre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2015069622).
A las nueve horas del día primero de octubre
del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Flujo Lunar Sociedad Anónima, mediante la
cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al
domicilio. Es todo.—San José, primero de octubre del dos mil quince.—Lic.
Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015069623).
A las catorce horas con cuarenta y cinco
minutos del día veintinueve de setiembre del dos mil quince, protocolicé acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Num Hidios
Dot Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del
pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, veintinueve de
setiembre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2015069624).
A las quince horas del día veintinueve de
setiembre del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Bu Tuli Asc Sociedad Anónima,
mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo,
referente al domicilio. Es todo.—San José, veintinueve de setiembre del dos mil
quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015069625).
A las dieciocho horas con cuarenta y cinco
minutos del día veintinueve de setiembre del dos mil quince, protocolicé acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Poox Inc.
Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del
pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, veintinueve de
setiembre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015069626).
A las dieciocho horas con treinta minutos del
día veintinueve de setiembre del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad XXXVIII Jacó P Caramelo
Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del
pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, veintinueve de
setiembre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2015069627).
A las dieciocho horas con quince minutos del
día veintinueve de setiembre del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad XXXVII Jacó Q Crema,
Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del
pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, veintinueve de
setiembre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2015069629).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada
a las 14 horas 30 minutos del 28 de agosto del 2015, se modifica la cláusula
primera y cláusula del domicilio social de la compañía Goannas Tropical
Paradise G.T.P. Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-442230.—San José, 13 de octubre del 2015.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1
vez.—(IN2015069638).
Ante esta Notaría, mediante escritura otorgada
a las 15 horas 30 minutos del 9 de setiembre del 2015, se modifica la cláusula
del domicilio social y la cláusula de representación de la compañía Grupo
Global Service Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-454732.—San
José, 13 de octubre del 2015.—Licda. Goldy Ponchner Geller, Notario.—1
vez.—(IN2015069639).
La suscrita Sylvia Arias Ulate, Notaria pública
con oficina en San José, hace constar que a las nueve horas treinta minutos del
veintiocho de setiembre del dos mil quince, mediante asamblea general
extraordinaria de socios, se acordó modificar las cláusulas segunda y octava
del pacto social, eliminar el agente residente y nombrar nueva junta directiva
y fiscal de la sociedad denominada Publi World Amou S. A. Es todo.—San
José, a las trece horas diez minutos del trece de octubre del dos mil
quince.—Licda. Sylvia Arias Ulate, Notaria.—1 vez.—(IN2015069660).
Que mediante escritura de las diecisiete horas
del trece de octubre del dos mil quince se nombra nuevo presidente y secretario
de Industrias La Adita S. A. cédula jurídica 3-101-272605.—Coronado,
trece de octubre del dos mil quince.—Licda. Roxana Jara Tenorio, Notaria.—1
vez.—(IN2015069661).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario
se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad La
Chuspa S. A., donde se modificó la cláusula F de los estatutos en
cuanto a la administración.—San José, 14 de octubre del año 2015.—Lic. Hoover
González Garita,
Notario.—1 vez.—(IN2015069664).
Hoy, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Nazel Sociedad Anónima, donde se acordó
reformar las cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo y se nombran
secretario, tesorero y fiscal y agente residente.—San José, once de junio del
dos mil quince.—Licda. Martha Flores Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2015069666).
Hoy, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Tinza Internacional Sociedad Anónima,
donde se acordó reformar las cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo
y se nombran tesorero y fiscal y agente residente.—San José, once de junio del
dos mil quince.—Licda. Martha Flores Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2015069668).
Ante mí, hoy se constituyó la sociedad Rofermol
Sociedad Anónima. Plazo: 100 años. Capital totalmente suscrito y pagado.
Presidente Rodolfo Molina Cruz.—San José, 18 de agosto del 2015.—Licda. Martha
Flores Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2015069670).
Por escritura otorgada número cincuenta y nueve
ante la suscrita notoria pública, a las diez horas del cinco de julio del año
dos mil quince, se constituyó la sociedad civil Romero Pérez Sociedad Civil.—San
José, trece de octubre del dos mil quince.—Licda. María de los Ángeles Ramírez
Amador, Notoria.—1 vez.—(IN2015069674).
Por escritura otorgada número sesenta y seis
ante la suscrita notoria pública, a las diez horas del diecinueve de setiembre
del año dos mil quince, se constituyó la sociedad civil Nutrilight Sociedad
Civil.—San José, trece de octubre del dos mil quince.—Licda. María de los
Ángeles Ramírez Amador, Notaria.—1 vez.—(IN2015069675).
Mediante escritura pública otorgada en San José
a las dieciséis horas del trece de octubre del año dos mil quince, ante el
notario público Eduardo Augusto Cordero Sibaja, se protocolizó asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa denominada Inversiones Hume v Jaikel
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-noventa
y un mil doscientos cuarenta y cinco, en la que se acordó por unanimidad
disolver la sociedad. Es todo.—San José, 13 de octubre del 2015.—Lic. Eduardo
Augusto Cordero Sibaja,
Notario.—1 vez.—(IN2015069678).
Por escritura número trescientos doce, otorgada
ante mi Notaría a las ocho horas con treinta minutos del veintitrés de
setiembre del dos mil quince, de la Empresa: Tres Uno Cero Uno Seis Tres Uno
Cinco Uno Nueve S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-seiscientos treinta
y un mil quinientos diecinueve, donde se modifica el domicilio social, siendo
actualmente: a) San Pablo de Heredia, del Paseo de las Flores, trescientos
metros al este, Condominio Interamericano, número sesenta y dos, b) se cambia
el objeto, consignándose como actividad principal Tienda y Estética de
Mascotas.—San José nueve de octubre del dos mil quince.—Licda. Olga María
Mata Chacón,
Notaria.—1 vez.—(IN2015069680).
Ulate Inversiones S.F & Asociedados
Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-526567, en asamblea extraordinaria de socios 9:30 del 13
de octubre del 2015 aumenta capital y cambia domicilio social, protocolizada en
escritura número 60, tomo: 17, de las 8:30 del 14 de octubre del año 2015.—Lic.
César Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2015069683).
Ante esta Notaría, se constituyó la sociedad Grupo
Interplus Seguridad Costa Rica Sociedad Anónima, de los comparecientes
Christian Odond Mendoza Mayorga y Moisés Garay Alfaro.—San José, 14 de octubre
del 2015.—Licda. Mariane Brenes Aguirre, Notaria.—1 vez.—(IN2015069688).
Por escritura número: 148- 21 otorgada ante la
suscrita notaría a las 16:00 horas del 5 de octubre del 2015 se protocoliza
acta de la sociedad Carnesmima Sociedad Anónima. En la que se reforma la
cláusula segunda del domicilio, y se nombran presidente, vicepresidente, fiscal
y agente resiente.—Licda. Ana Gabriela Sedo Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2015069690).
El suscrito notario público, Marvin Araya
Molina, hago constar que constituida la sociedad Multiservicios de Costa
Rica Albre Sociedad Anónima, el día trece de setiembre del dos mil quince,
capital de diez mil colones, presidente con facultades de apoderado
generalísimo, sin límite de suma.—San José catorce de setiembre del dos mil
quince.—Lic. Marvin Araya Molina, Notario.—1 vez.—(IN2015069696).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las
catorce horas del trece de octubre del dos mil quince, donde se protocolizan
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Quirosca Sociedad Anónima. Donde se acuerda
modificar la cláusula de la representación del pacto social y se modifica el
domicilio social.—San José, trece de octubre del dos mil quince.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2015069701).
A las doce horas del veinte de
octubre del dos mil quince, en el protocolo del Notario Édgar Francisco Jiménez
Risco, se realizó el instrumento y para efectos del artículo 221 y 222 del
Código de Comercio, los representantes legales de la Cooperativa de Ahorro y
Crédito Alianza de Pérez Zeledón R.L. (Coopealianza R.L.) y, la Cooperativa de
Ahorro y Crédito de los vecinos de Acosta R. L. (Coopeacosta R.L.), plenamente
facultados informan a todos los interesados sobre los acuerdos de fusión por
absorción tomados por ambas Cooperativas y la aprobación por parte del
Conassif. I) Coopealianza R.L., mediante el acuerdo Nº 15-03-2015, de la XLIV
Asamblea General de Coopealianza, R.L., del 28 de marzo del 2015, acordó:
“Acuerdo N° quince-cero tres-dos mil quince la cuadragésima cuarta asamblea
general por delegados de Coopealianza, R.L. autoriza la fusión por absorción de
Coopeacosta R.L. con la Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez
Zeledón R.L. (Coopealianza R.L.), en la que prevalece el nombre de Coopealianza
R.L. y su identidad, así como facultar al consejo de administración y a la
gerencia general a realizar los trámites correspondientes, según lo establece
la legislación y normativa de regulación vigente. Acuerdo firme. El Delegado
Jorge Juan Jiménez Rojas hace constar su voto en contra”. 2) Coopeacosta R.L.
mediante el acuerdo 5.1, de la asamblea extraordinaria de Delegados de Coopacosta
R.L, del 27 de julio del 2015, acordó: “Autorizar la fusión por absorción de
Coopeacosta R.L. con la Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez
Zeledón de Responsabilidad Limitada (Coopealianza R.L.) en el que prevalece el
nombre de Coopealianza R.L. y su identidad”. 3) El Conassif mediante el oficio
CNS-1202/09 del 19 de octubre del 2015, dispuso en el numeral 1, lo siguiente:
“Autorizar la fusión por absorción de la Cooperativa de Ahorro y Crédito
Alianza de Pérez Zeledón, R.L. (Coopealianza R.L.), y la Cooperativa de Ahorro
y Crédito de los Vecinos de Acosta R.L., de la cual prevalecerá la primera”. 4)
De conformidad con la Escritura de Fusión celebrada entre Coopealianza R.L. y
Coopeacosta R.L., donde prevalecerá la primera, se garantizará a los
inversionistas y acreedores provenientes de Coopeacosta R.L., los derechos y
condiciones que mantienen actualmente en esta Cooperativa. Así mismo los
asociados provenientes de Coopeacosta R.L., producto de la fusión tendrán los
mismos deberes y derechos que los demás asociados de Coopealianza R.L.; en
apego i al estatuto social de esta. Se extiende el presente extracto en la
ciudad de San Isidro de El General, a los 20 días del mes de octubre del
2015.—Lic. Édgar Francisco Jiménez Risco, Notario.—1 vez.—(IN2015072142).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
“Alexander Moya Lacayo resolución ministerial
N° 000676-2013”
“Señor Alexander Moya Lacayo, cédula de identidad Nº 1-564-734 por
motivo de imposibilidad de notificación al domicilio, se le comunica que: de
acuerdo a la Resolución Ministerial Nº 000676 de las 11:17 horas del día 10 de
junio del 2013, y con el objeto de recuperar la suma de ¢ 4.378.095.62 (cuatro
millones trescientos setenta y ocho mil noventa y cinco colones con sesenta y
dos céntimos), a favor del Estado, suma que corresponde al monto girado desde
que lo nombraron Gerente del Servicio Civil 1, de conformidad con la Orden de
Movimiento Nº 165, y se le giró salario por el periodo comprendido entre el 16
de febrero del 2012 hasta el 15 de julio del 2012, siendo que usted nunca le
informó al órgano competente o sea la Dirección de Gestión Institucional de
Recursos Humanos, la no aceptación de su puesto. De conformidad con lo supra
indicado y al tenor de lo dispuesto en los numerales 150 y 210 siguientes y
concordantes de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227, se le
solicita restituir la suma de dinero mencionada según corresponde y depositarla
en la Caja Única del Estado. Cualquier consulta Departamento Relaciones
Laborales, del MOPT, teléfono Nº 25232382.”.—División Administrativa.—Lic.
Manuel A. Arce Jiménez, Subdirector.—O.C. Nº 24446.—Solicitud Nº
17523.—(IN2015070798).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp.: 319-2015.—La Dirección de
Recursos Humanos, a: Broderick Siles Leitón, cédula: 4-0136-0202.
HACE SABER:
I.—Que por así haberlo ordenado
la Dirección de Recursos Humanos, se inició en su contra la instrucción de una
causa disciplinaria por la supuesta comisión de actos de acoso sexual, de
conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo N° 26.180-MEP, denominado
Reglamento para Prevenir, Investigar y Sancionar el Hostigamiento Sexual en el
Ministerio de Educación Pública y el Estatuto de Servicio Civil.
II.—De la información substanciada existen
elementos probatorios para imputarle los siguientes hechos:
A) Que usted en su condición de Jefe del DAP de la DREC, durante los
años 2012, 2013, 2014 y 2015, incurrió en una serie de presuntos hechos, que se
describen a continuación:
a) Que presuntamente usted, entre el 20 y 24 de abril de 2013, cuando
la señora M.A.Q. se encontraba sola en su oficina, en la DREC, le dijo
“mamacita vengo a visitarla porque está muy solita”, reclamándole la señora
A.Q. esos comentarios que le disgustaron. (Folios 6 y 59).
b) Que presuntamente usted, en el año 2012, a
inicios de curso lectivo, en horas de la tarde, sin precisar la fecha exacta,
cuando la señora M.A.Q. se encontraba en su oficina, le dijo que la blusa que
andaba lo tenía como loco y que no había podido trabajar en todo el día y que
se le veía muy bonita, situación que causó incomodidad en la señora A.Q.
(Folios 6 y 58).
c) Que presuntamente usted, el 23 de junio de
2014, en horas de la mañana, cuando la señora M.A.Q. subió a su oficina,
encontrándose sola con usted, usted le dijo “pase pase mamacita, qué es que me
tiene miedo”, “qué, es que usted no ha conocido un hombre como yo?”, situación
que incomodó a la señora A.Q. (Folios 6 y 58).
d) Que presuntamente usted, en el año 2013, a
finales del curso lectivo, sin precisar la fecha ni la hora exacta, cuando la
señora M. A. Q. estaba en su oficina, en presencia del Lic. O.T.G., usted contó
una historia de connotación sexual, con palabras explícitas, situación que
causó mucha molestia e incomodidad en la señora A.Q. (Folios 6, 58).
e) Que presuntamente usted, a inicios del mes de
agosto de 2014, en horas de la mañana, sin precisar la fecha exacta, en su
oficina, en presencia de la Licenciada D.C.A. y M.A.B.Z., cuando debía trasladar
información por medio de una llave maya, a la computadora de la señora M.A.Q.,
dijo frases de doble sentido y connotación sexual, sonriendo maliciosamente, de
la siguiente forma: “venga y se la meto”; “venga y se la meto, la tengo
limpia”, situación que causó gran incomodidad y molestia en la señora A.Q.
(Folios 5, 58).
f) Que presuntamente usted, a inicios del mes de
setiembre de 2014, en horas de la tarde, sin precisar la fecha exacta, en su
oficina, en atención a un permiso que le había negado a la señora M.A.Q., usted
le dijo “las mujeres bonitas como usted deben aprender a pedir las coas
dulcitas, así uno no les niega nada”; “usted me ve con esos ojos que me
traspasan y me dan ganas de decirle que no”, comentarios que la hicieron sentir
molesta y humillada. (Folios 5 y 58).
g) Que presuntamente usted, el 11 de junio de
2014, en horas de la mañana, cuando la señora C.A.R. estaba en la Escuela Dr.
F.G.M., contestó el teléfono pensando que era el papá y dijo “aló papi?”,
aunque la señora A.R. se disculpó por su error, usted que era quien hacía la
llamada le dijo “a mí dígame papi”, situación con la que ella se sintió
avergonzada e intimidada. (Folios 20 y 74).
h) Que presuntamente usted, el 16 de junio de
2014, en horas de la mañana, en su oficina, a puerta cerrada, cuando la señora
C.A.R. ingresó a laborar como AEE en el DAP de la DREC, habiendo terminado
usted de explicarle las funciones relacionadas con su competencia, le dijo
“ahora sí, contame cómo me vas a decir … me vas a seguir diciendo papi”, comentario
que la hizo sentir humillada e irrespetada. Ese mismo día, en horas de la
mañana, en el comedor del Departamento, en presencia de la señora A. G.S. y
otros compañeros, dijo “ustedes saben cómo me dice esta chiquita: ella me dice
papi”, lo que la hizo sentir humillada, apenada, ridiculizada, enojada ante sus
compañeros. Comentarios que continuó haciendo en repetidas ocasiones. (Folios
19 y 73).
i) Que presuntamente usted, el 7 de julio de
2014, en horas de la mañana, cuando la señora C.A.R. lo llamó a su celular para
solicitarle un permiso, usted le dijo “si me regala una sonrisita de esas de
las suyas puede ir”, comentario que la hizo sentir incómoda y cuando le dijo
“no, pero yo me la imagino”, comentarios que la preocuparon y la asustaron, en razón
de lo cual, cuando debía presentarse a su oficina, la señora A.R. muchas veces
se hizo acompañar de su compañera, señora A.g. (Folios 18 y 72).
j) Que presuntamente usted, el 29 de agosto de
2014, cuando la señora C. A.R. se presentó en horas de la mañana a su oficina,
para solicitarle un permiso, usted le dijo “puede ir, pero primero vaya a su
casa y se cambia de ropa”, ante la pregunta de la señora Álvarez Rodríguez de
por qué razón, usted le dijo “es que anda muy linda y se la van a robar y usted
es de aquí”, comentario que consideró inapropiado y abusivo, que le causó
sorpresa y cólera. Cuando la señora A.R. le dijo que su esposo estaba en su
casa, usted le dijo “uy no, mejor váyase a la reunión, porque de solo imaginar
lo que su esposo puede hacer con usted y yo no puedo … Uy no no, mejor no,
váyase tranquila a la reunión”, comentarios de connotación sexual, que hicieron
sentir acosada a la señora A.R. (Folios 18 y 73).
k) Que presuntamente usted, el 3 de setiembre de
2014, en horas de la tarde, cuando la señora C.A.R. lo llamó a su celular para
comunicarle lo acontecido en la reunión de esa fecha en el Liceo de Paraíso,
cuando mencionó el nombre del señor V.H.O.D., usted le dijo “vea C. usted va a
aprender que su jefe soy yo y que usted hace lo que yo digo y punto, y si he
permitido sus reuniones con la C.L.V. y san V. es porque a mí me ha dado la
gana, una sola vez se lo voy a decir y no pienso repetírselo, si usted quiere
estar bien conmigo hace lo que yo le digo porque su jefe soy yo y que sea la última
vez que usted se comunica con V. a mis espaldas”, comentario que la hizo sentir
humillada, maltratada, ofendida, abusada e irrespetada. (Folio 17).
l) Que presuntamente usted, el 4 de setiembre
de 2014, en horas de la mañana, cuando estaban en la sala de reuniones de la
DREC, llamó aparte a la señora C.A. R. y en el parqueo de la DR, le dijo con
tono de voz suave, sin presencia de testigos “vea mamacita no se sienta
aludida, a mí me gusta casarme con todas las del DAP, claro que con usted me
gustaría estar más que casado, venga deme un abracito de perdón”, la bordeó con
sus brazos y la abrazó, comentario de connotación sexual que la hizo sentir
incómoda, molesta, humillada y asustada. (Folios 17 y 72).
m) Que presuntamente usted, el 12 de setiembre de
2014, en horas de la mañana, cuando se realizó una actividad social con
compañeros del departamento en el Bar Restaurante Juanchos, la señora C.A.R.
debió abandonar un asesoramiento a su solicitud, porque usted señaló que la
asistencia era obligatoria, enviándole un mensaje a su celular que decía “dónde
diablos está, ya es hora de que usted esté aquí”, debiendo llegar a pie, en
compañía del conserje H.J.R., situación que le causó incomodidad. (Folio 16).
n) Que presuntamente usted, el 12 de setiembre
de 2014, en el Bar Restaurante Juanchos, en horas de la mañana, en una
actividad social, cuando la señora C.A.R. estaba conversando con la compañera
C.V.J., usted se acercó a ella, la bordeó con su brazo derecho, lo puso sobre
su hombro, tomó su mano izquierda, halándola y le dijo con voz suave “vamos a
bailar”, cuando ella se negó, usted le dijo “vamos a bailar, le estoy diciendo
yo”, tratando de levantarla y atraerla hacia usted, ante la negativa de la
señora A.R., usted se enrojeció y enojó, situación que la hizo sentir
irrespetada, vulnerable, temerosa y enojada. (Folio 16).
o) Que presuntamente usted, el 19 de setiembre
de 2014, pasado el medio día, cuando la señora C.A.R. se encontraba en su
oficina, le extendió la mano como si fuera a saludarla, cuando ella quiso
responder el saludo, tomó su mano derecha, se la llevó a la boca y la besó,
diciéndole “gracias mamacita”, lo que la hizo sentir incómoda, con asco y
cólera por el abuso. (Folios 15 y 72).
p) Que presuntamente usted, en el mes de octubre
de 2014, sin precisar la fecha, en horas de la mañana, cuando la señora C.A.R.
acudió sola a su oficina, le pidió que cerrara la puerta, haciéndole la
solicitud que siempre debía cerrar la puerta, ella se sentó y usted empezó a
contarle una historia de connotación sexual, entre lo que dijo “… y la señora
tenía pegado a la pared al hombre y le estaba mordiendo un pezón, el señor
estaba como descompuesto, imagínate el dolor, es rico que a uno le muerdan los
pezones, pero no así, …”, se puso de pie para dramatizar, se acercó por detrás
de ella, la tomó por la cintura, la rodeó con sus manos por la parte inferior
de sus senos y la jaló varias veces hacía atrás, hacia su cuerpo con fuerza.
Cuando la señora A. se volvió hacia usted para defenderse, entró en pánico y
empezó a temblar, mientras usted le decía “el policía la jalaba así y la señora
no se quitaba, esto te lo hago para que entendás la historia”, situación que
causó incomodidad y miedo, por haber sentido sus manos, de forma sucia sobre su
abdomen y cerca de sus senos, por el tocamiento de que fue objeto, situación
que comentó con sus compañeras C.M., C.M. y C.V., por haberse sentido asustada,
sola, humillada, irrespetada, abusada, situación que también comunicó al señor
V.H.O.D. (Folios 14, 72 y 73).
q) Que presuntamente usted, durante la primera
quincena del mes de noviembre de 2014, sin precisar el día exacto, en horas de
la mañana, llamó a la señora C.A.R. a su oficina y le dijo “mirá por la
confianza que te tengo, te voy a hacer una pregunta “vos me has ido a poner una
queja a V. sobre algo que te ha molestado mío?; y le dijo “y contame, ¿te ha
molestado algo de lo que yo te he hecho”, comentarios que la hicieron sentir
pánico, luego le dijo “eso hace que le tenga más confianza a usted y le quite
la confianza a la persona que me lo dijo”, comentarios que la hicieron sentir
incómoda y asustada. (Folio 13).
r) Que presuntamente usted, el 16 de diciembre
de 2014, en horas de la mañana, cuando la señora C.A.R. ingresó a su oficina en
compañía de la señora M.L.N. y le ofreció un dulce y le preguntó cuál quería,
usted le dijo “a usted” y dijo “es una bromita mamacita, quiero este, muchas
gracias, oye”, comentario que por irrespetuoso, inapropiado y de contenido
sexual le causó incomodidad. (Folio 13).
s) Que presuntamente usted, el 4 de febrero de
2015 en horas de la mañana, en el auditorio del Instituto Tecnológico de Costa
Rica, se acercó a la señora C.A.R. y le dijo “uy mamacita ese vestido se lo
pone solo los lunes”, mirándola de una forma que ella se sintió desnuda, que le
causó incomodidad durante la actividad; se sintió expuesta y vulgar por el
comentario que usted hizo. (Folios 12 y 73).
t) Que presuntamente usted, el 6 de febrero de
2015, en horas de la mañana, en el comedor del DAP de la DREC, se acercó a la
señora C.A.R., en presencia del docente C.G.S. y mirándola de pies a cabeza
dijo “men, es que ahora, antes de saludarla hay que verla”, se acercó y le dio
un beso en la mejilla diciéndole “cómo está mamacita?”, comentario que por lo
vulgar le causó gran incomodidad. (Folios 12 y 72).
III.—De ser ciertos los hechos
anteriormente descritos, usted incurrió en falta grave según lo dispuesto en
los artículos 81, inciso a) y l) del Código de Trabajo; artículos 57 incisos e)
y l) del Estatuto del Servicio Civil y los artículos 11, inciso b) del
Reglamento del Estatuto de Carrera Docente; artículos 10 y 12 del Reglamento
para Investigar, Prevenir y Sancionar el Hostigamiento Sexual en el Ministerio
de Educación Pública y 34 de la Ley contra el Hostigamiento o Acoso Sexual en
el Empleo y la Docencia.
IV.—Para el ejercicio pleno de su derecho de
defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto. Que
le asiste al denunciado el derecho a ser representado y asesorado por un
abogado durante el proceso.
V.—Que el texto completo de la imputación de
cargos que detalla nombres y lugares concretos consta en el expediente
tramitado al efecto (N° 319-2015).
VI.—Que se le emplaza para que ejerza por
escrito ante este Departamento su derecho de defensa dentro de los DIEZ DÍAS
hábiles siguientes al recibo de la presente notificación, al tenor del artículo
20 del citado Reglamento, debiendo señalar medio para atender notificaciones y
ofrecer las pruebas que estimare pertinentes, las cuales serán evacuadas en una
única audiencia oral y privada que se convocará al efecto, con la participación
de la presunta víctima y del denunciado o sus representantes y el Patronato
Nacional de la Infancia.
VII.—Al tenor del artículo 21 del supracitado
Reglamento, para efectos de admisión y sin que se requiera de interrogatorio
previo, el ofrecimiento de prueba testimonial deberá indicar los aspectos o
hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones, así como las
correspondientes direcciones de los testigos, pudiendo- en caso de
incumplimiento- tenerse por rechazados, inevacuables o desistidos, sin
necesidad de declaratoria expresa. Asimismo, se le apercibe en el sentido de
que la no presentación del escrito de descargos hará presumir la renuncia a ese
derecho.
VIII.—Que contra este traslado de cargos se
pueden interponer los recursos de revocatoria para ante esta Dirección y
apelación para ante el Tribunal de la Carrera Docente, dentro de un plazo de
cinco días hábiles.
San José, 13 de julio de
2015.—Dirección de Recursos Humanos.—Yaxinia Díaz Mendoza, Directora.—O. C. N°
24628.—Solicitud N° 18170.—(IN2015071259).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Se hace saber a los señores
Roberto Jorge Benavente, Norma Beatriz Romero y Jorge Orlando Bermúdez Hidalgo,
que con relación a la constitución de la Fundación Salud sin Fronteras FSF,
cédula jurídica: 3-006-315281, el Registro de Personas Jurídicas dio apertura a
un proceso de diligencia administrativa extrarregistral promovida por los
señores Francisco Javier Malca Salas y Anita Lucía Reátegui Pizarro, y del cual
que se les confiere audiencia, por un plazo de quince días hábiles contados a
partir del día siguiente al del recibido de la presente resolución, a efecto de
que dentro del plazo antes indicado, presenten los alegatos que a los derechos
de la entidad convengan. Se les previene que deben señalar lugar o medio para
atender notificaciones de este Despacho dentro del perímetro de la ciudad de
San José, si no lo hicieren, las resoluciones que se dicten se les tendrán por
notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el
medio escogido imposibilita la notificación por causas ajenas a este Despacho,
o bien, si el lugar señalado no existe, permanece cerrado, si la dirección es
imprecisa, incierta o inexistente. Todo lo anterior, de conformidad con los
artículos 92 y siguientes del Reglamento del Registro Público (Decreto
Ejecutivo número 26771-J de 18 de marzo de 1998 y sus reformas. (Expediente
RPJ-039-2015), publíquese por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La
Gaceta.—Curridabat, 14 de octubre del 2015.—Lic. Henry Jara Solís,
Coordinador General.—(IN2015070228).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Documento Admitido Traslado al Titular
Ref: 30/2015/7347.—SM Marken
GMBH c/ Merck Sharp & Dohme Corp.—Documento: cancelación por falta de uso
(SM Marken GMBH contra Merck SH).—N° y fecha: Anotación/2-95468 de
17/02/2015.—Expediente: 2004-0009347, Registro N° 154126 SYMONY en clase 5
Marca Denominativa.
Registro de la Propiedad Industrial, a las
10:46:40 del 20 de febrero de 2015.—Conoce este registro la solicitud de
cancelación por falta de uso presentada por la Licda. Melissa Mora Martín, como
apoderada especial de SM Marken GMBH, contra el registro de la marca de fábrica
“SYMONY”, con el número 154126, que protege y distingue: Preparaciones
farmacéuticas para el tratamiento de la adicción, incontinencia urinaria,
diabetes, enfermedades y desórdenes cardiovasculares, enfermedades y desórdenes
cerebro vasculares, ansiedad, depresión, insomnio, desórdenes cognitivos,
enfermedades y desórdenes del sistema nervioso central, enfermedades y
desórdenes gastrointestinales, cáncer, obesidad, inflamaciones y enfermedades
inflamatorias, enfermedades y desórdenes respiratorios, desórdenes musculares
esqueléticos, osteoporosis, síntomas y desórdenes de menopausia, preparaciones
anti-infecciosas, preparaciones anti-virales, preparaciones inmunológicas,
preparaciones analgésicas, preparaciones oftálmicas y preparaciones
antieméticas, en clase 5 internacional, propiedad de Merck Sharp & Dohme
Corp. Conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley de Marcas y otros
Signos Distintivos, y 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos
Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se procede a trasladar la solicitud
de cancelación por falta de uso, al titular citado, para que en el plazo de un
mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación,
proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho,
aportando al efecto las pruebas que estime convenientes (se le recuerda que
mediante voto N° 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de
noviembre de dos mil siete, el Tribunal Registral Administrativo estableció
que, en los procesos de cancelación por falta de uso, la carga de la prueba de
uso corresponde al titular del signo distintivo), para lo cual se comunica que
el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les
previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir
notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio
escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien,
si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o
inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con solo que
transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los
artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción
y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el
Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al
proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones,
se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la
Ley General de la Administración Pública. Se le advierte al titular del signo
que las pruebas que aporte deben ser presentadas en documento original o copia
certificada (haciéndose acompañar la traducción necesaria y la legalización o
apostillado correspondiente, según sea el caso), lo anterior conforme al
artículo 294 de la Ley General de Administración Pública. Se advierte al
titular que de incumplir con lo requerido no será tomada en cuenta la prueba
que no cumpla con dichas formalidades al momento de resolver la solicitud
presentada. Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor
Jurídico.—(IN2015069833).
Ref.: 30/2015/13827. Eivy’s de
México S. A. de C.V. C/ Chica Fresquita S. A. Documento: nulidad por parte de
terceros (solicitada por Eivy’s de Mexic.). Nro. y fecha: Anotación/2-94069 de
24/11/2014. Expediente: 2010-0007268 Registro Nº 205510 Chica Fresquita, en
clase 5 marca denominativa.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 09:19:14
del 14 de abril del 2015. Conoce este Registro, la solicitud de nulidad
presentada por la Licda. María Gabriela Arroyo Vargas como apoderada de la empresa Eivy’s de México S. A. de C.V., en
contra de la marca de fábrica inscrita denominada: “Chica Fresquita”, para proteger:
“desodorantes ambientales”, en clase 5 internacional, con registro
número 205510 y cuyo titular lo es la empresa Chica Fresquita S. A. Conforme a
lo previsto en el artículo 37 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y
48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto
Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de nulidad, al
titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil
siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la
misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime
convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a
disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento
de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no
indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas
ajenas al Despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere
impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones
posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas,
conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley Nº
8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada
mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie
apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o
lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239,
241 incisos 2), 3) y 4) y 242 de la Ley General de la Administración Pública.
Se le señala al titular del signo, que las pruebas que aporte deben ser
presentadas en documento original o copia certificada (haciéndose acompañar la
traducción necesaria y la legalización o apostillado correspondiente, según sea
el caso), lo anterior conforme al artículo 294 de la Ley General de
Administración Pública. Se advierte al titular que, de incumplir con lo
requerido, no será tomada en cuenta la prueba que no cumpla con dichas
formalidades, al momento de resolver la solicitud presentada.
Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—(IN2015070662).
DIRECCIÓN
REGIONAL DE SUCURSALES
REGIÓN
ATLÁNTICA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La suscrita Directora Regional de la Dirección
Regional de Sucursales Huetar Atlántica CCSS, mediante el presente edicto y por
no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar
la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores
independientes abajo indicados de conformidad con los artículos 240 y 241 de la
Ley General de Administración Pública. La Institución le concede 5 días
hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo
quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro
judicial. Tanto en la vía civil como penal. El adeudado se refleja al 22, 23 de
julio del 2015 y al 11, 14 de agosto del 2015 en el caso de Sucursal Limón, al
14 de mayo del 2015 en el caso de Sucursal Guápiles; pueden contemplar periodos
que ya poseen firmeza administrativa.
Sucursal de Limón: 0-00701380675-999-001, Soto
Barahona Jeffry, ¢2.247.555,00, 0-00301900832-999-001, Soto Astua Gerardo
Antonio, ¢1.416.926,00, 0-00700530780-999-001, Wright Davis Carlos Enrique,
¢4.252.989,00, 0-00205320942-999-001, Fuertes Peña Iliana, ¢2.779.827,00,
0-00701960887-001-001, Benavides Díaz Janier Gabriel, ¢176.337,00,
0-00700200458-001-001, Florett Louise Daily Lawrence, ¢261.359,00, 2-03102134607-001-001,
Estructuras González S.R.L., ¢10.969.047,00, 2-03101588905-001-001, Adriafa S.
A., ¢471.923,00, 2-03101588905-002-001, Adriafa S. A., ¢1.262.246,00,
2-03101671411-002-001, Galland Centroamerica S. A., ¢591.348,00,
2-03101401567-001-001, Oleizu S. A., ¢1.631.471,00, 0-00107860259-001-001,
Hidalgo Carmona Asdrubal, ¢283.472,00, 0-00107860259-002-001, Hidalgo Carmona
Asdrubal, ¢5.101.046,00, 2-03101657324-001-001, L.P.C. Chaperal S. A.,
¢11.557.100,00, 2-03101620437-001-001, Duarsol S. A., ¢13.653.334,00,
2-03101548487-002-001, Servicios Profesionales y Mantenimiento Empresarial S.
A., ¢5.641.512,00, 7-01660100703-001-001, Hernández Galán Guillermo Virgilio,
¢1.837.767,00, 2-03101143561-001-001, Bienes Raíces Global S. A.,
¢8.935.333,00. Sucursal Guápiles: 0-00800820811-999-001, Jacquin Linero Oscar
Enrique, ¢1.326.248,00, 7-00026562130-999-001, Castrillo Sevilla María C,
¢283.166,00, 0-00105710074-999-001, Mena Campos Marvin, ¢1.374.042,
0-00108530598-001-001, Méndez Jiménez Alexander, ¢2.867.891,00,
2-03101460104-001-001, Boys S Sport De Costa Rica S. A., ¢256.690,00,
0-00501880467-999-001, Picado Alvarado Sisney Deyanira del Carmen, ¢744.182,00,
0-00110620714-999-001, Porras Rojas Fidel Alberto, ¢1.681.398,00,
0-00110730644-999-001, Cordero Siles Karol Jacqueline, ¢1.634.425,00,
0-00900320126-999-001, Ramírez Salazar Rafael Ángel, ¢1.841.256,00,
0-00701550981-999-001, Vargas Rubí Gabriel Gerardo, ¢1.748.423,00,
0-00701000240-999-001, Flores Gómez Badri, ¢1.657.321,00,
0-00401560591-999-001, Cordero Madrigal Rigoberto, ¢1.583.557,00,
0-00401510565-999-001, Méndez Sancho Francisco Javier, ¢1.729.526,00,
7-00015556691-999-001, Salinas Valencia Juan Ramiro, ¢1.581.253,00,
0-00701400076-999-001, Vallejos Solano Luis Alberto, ¢1.690.526,00, 0-00701120448-999-001,
Salazar Molinares Rolando, ¢867.570,00, 0-00701060706-999-001, Torres Jiménez
María Elena, ¢7.397.894,00, 0-00114730363-999-001, Guerrero Bermúdez Yessica
Fabiola, ¢336.958,00, 0-00701210574-999-001, Quirós Chaves Eric, ¢1.629.836,00,
0-00113320677-999-001, Peña Gutiérrez Walter, ¢1.681.398,00,
7-00016452248-999-001, Selva Cruz Timoteo Antonio, ¢1.576.297,00,
0-00401530618-999-001, Rojas Hernández Edwin, ¢1.547.414,00,
0-00110380647-999-001, Rojas Montero Walter Calixto, ¢1.463.474,00, 0-00303540622-999-001,
Quesada Ulloa José Martin, ¢1.453.551,00, 0-00701370807-999-001, Cartin Zúñiga
Sady Ricardo, ¢1.494.933,00, 0-00800670454-999-001, Muñoz Domínguez Nubia
María, ¢1.476.773,00, 2-03101574423-001-001, Lammayr S. A., ¢896.856,00,
0-00900770984-999-001, Calvo Sojo José Manuel, ¢1.442.230,00,
0-00701590336-999-001, Bermúdez Arya Verny Allan, ¢1.469.587,00,
0-00701640029-001-001, Ortega Camacho Carlos Luis, ¢22.844,00,
7-00018075609-001-001, Jarquín Mervin Mauricio, ¢377.324,00, 7-00018075609-999-001,
Jarquín Mervin Mauricio, ¢2.507.983,00, 0-007011204410-999-001, Barrantes Garro
Randal, ¢441.456,00, 0-00109410568-999-001, Solís Vásquez Ney Ivan,
¢1.928.108,00, 7-00016463540-999-001, Zhen Noindicaotro Jianhua, ¢1.062.847,00,
0-00701520075-999-001, Moreira Hernández Carlos Andrés, ¢1.114.227,00,
0-00107080065-999-001, Cruz Angulo Hari Alberto, ¢2.624.541,00,
0-00303270592-999-001, Romero Quirós Jorge Hugo, ¢543.409,00,
7-00027819607-999-001, Centeno Urbina Isolda Carolina, ¢3.134.702,00,
0-00700610608-999-001, Parkinson Parkinson Enrique Alberto, ¢2.353.664,00,
0-00204420981-999-001, Soto Arguedas Jesús Alberto, ¢2.962.594,00,
0-00701390462-999-001, Portuguez Martínez Karla, ¢2.797.094,00,
0-00700570772-999-001, Arrieta Ardón Luis Guillermo, ¢2.376.280,00.—Gerencia
Financiera.—Dirección Regional de Sucursales Región Atlántica.—Área Técnica
Regional.—Lic. Marco A. Rivera Ferrera, Jefe.—Solicitud 40073.—(IN2015068418).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
SUCURSAL
HEREDIA
De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento
para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de trabajadores
Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Araya Castillo
Álvaro Martín, número patronal 0-00401650198-001-001, se procede a notificar
por medio de edicto, que el Área de Inspección de la Sucursal de Heredia, ha
dictado el Traslado de Cargos número de caso 1212-2015-02590, que en lo que
interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se
han detectado omisiones salariales del trabajador detallado en hoja de trabajo,
folio 0012-0013 del expediente administrativo, por el período de diciembre/2009
hasta setiembre/2010. Total de salarios omitidos ¢2,028.575.00. Total de cuotas
obreras y patronales de la Caja ¢452,213.00. Total de aportaciones de la Ley de
Protección al Trabajador ¢116,640.00. Consulta expediente: en esta oficina
Heredia, 200 norte 50 oeste del Palacio de los Deportes, se encuentra a su
disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere
un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su
publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones
jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír
notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el
mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido los Tribunales de
Heredia. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones
posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el
transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de resolución.
Notifíquese.—Heredia, 14 de octubre del 2015.—Lic. Miguel Vargas Rojas, Jefe.—1
vez.—(IN2015070691).
DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
SUCURSAL DE SAN JOAQUÍN DE FLORES
De conformidad con los artículos
10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones
Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual
del patrono Inversiones Rolica M J & R S. A., número patronal 2-03101368014-00l-001,
se procede a notificar por medio de edicto que el Área de Inspección de la
Sucursal San Joaquín de Flores, ha dictado el traslado de cargos número de caso
1213-2015-00145, que en lo que interesa indica: como resultado material del
estudio realizado por esta dependencia, se estableció presunta responsabilidad
solidaria, normada por el artículo 51 de la Ley Constitutiva de la Caja
Costarricense de Seguro Social, aplicable a Li Obando Sociedad Anónima, número
patronal 2-03101175577-001-001, monto adeudado ¢10.341.055,00; Meli Heredia
Sociedad Anónima, número patronal 2-03101175550-001-001, monto adeudado
¢8.896.075,00; Inversiones Rolica M J & R Sociedad Anónima, número patronal
2-03101368014-001-001 monto adeudado ¢7.332.286,00 e Importadora Caeli la
Ribera Sociedad Anónima, número patronal 2-03101369995-001-001, monto adeudado
¢0.00, 2-03101369995-002-001, monto adeudado ¢336.124,00 y
2-03101369995-003-001 monto adeudado ¢8.862.600,00, por las acciones o las
omisiones de esta ley, cometidas por los representantes en el ejercicio de sus
funciones; concretamente por la omisión del pago a la Caja de las cuotas obrero
patronales, de los regímenes de Enfermedad y Maternidad (SEM) e Invalidez,
Vejez y Muerte (IVM), aportes derivados de la Ley de Protección al Trabajador y
de los montos resultantes de la aplicación de los artículos 36 y 44 de la
citada ley, mas recargos e intereses moratorios que estén registrados a nombre
de las partes citadas. Consulta expediente: en esta oficina Flores, San
Joaquín, costado oeste de la Clínica Jorge Volio, se encuentra a su disposición
el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de
diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación,
para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír
notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el
mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido el Juzgado de
Contravenciones de Flores. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las
resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con
solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución.
Notifíquese.—San Joaquín de Flores, 17 de setiembre del 2015.—Lic. Mauricio A.
López Fernández, Jefe.—1 vez.—(IN2015070833).
De conformidad con los artículos
10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones
Patronales y de Trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual
del patrono Li Obando S.A, número patronal 2-03101175577-001-001, se procede a
notificar por medio de edicto que el Área de Inspección de la Sucursal San
Joaquín de Flores, ha dictado el traslado de cargos número de caso
1213-2015-00145, que en lo que interesa indica: Como resultado material del
estudio realizado por esta dependencia, se estableció presunta responsabilidad
solidaria, normada por el artículo 51 de la Ley Constitutiva de la Caja
Costarricense de Seguro Social, aplicable a Li Obando Sociedad Anónima, número
patronal 2-03101175577-001-001 monto adeudado ¢10.341.055,00; Meli Heredia
Sociedad Anónima, número patronal 2-03101175550-001-001, monto adeudado
¢8.896.075,00; Inversiones Rolica M J & R Sociedad Anónima, número patronal
2-03101368014-001-001, monto adeudado ¢7.332.286,00 e Importadora Caeli La
Ribera Sociedad Anónima, número patronal 2-03101369995-001-001, monto adeudado
¢0.00, 2-03101369995-002-001, monto adeudado ¢336.124,00 y 2-03101369995-003-001
monto adeudado ¢8.862.600,00, por las acciones o las omisiones de esta ley,
cometidas por los representantes en el ejercicio de sus funciones;
concretamente por la omisión del pago a la Caja de las cuotas obrero
patronales, de los regímenes de Enfermedad y Maternidad (SEM) e Invalidez,
Vejez y Muerte (IVM), aportes derivados de la Ley de Protección al Trabajador y
de los montos resultantes de la aplicación de los artículos 36 y 44 de la
citada ley, más recargos e intereses moratorios que estén registrados a nombre
de las partes citadas. Consulta expediente: En esta oficina Flores, San
Joaquín, costado oeste de la Clínica Jorge Volio, se encuentra a su disposición
el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de
diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación,
para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír
notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la caja el
mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido el Juzgado de
Contravenciones de Flores. De no indicar lugar o medio para notificaciones las
resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas con
solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución.
Notifíquese.—Sucursal San Joaquín de Flores.—Flores, 17 de setiembre del
2015.—Lic. Mauricio A. López Fernández, Jefe.—1 vez.—(IN2015070834).
De conformidad con los artículos
10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones
Patronales y de Trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual
del patrono Meli Heredia S. A., número patronal 2-03101175550-001-001, se
procede a notificar por medio de edicto que el Área de Inspección de la
Sucursal San Joaquín de Flores, ha dictado el traslado de cargos número de caso
1213-2015-00145 que en lo que interesa indica: Como resultado material del
estudio realizado por esta dependencia, se estableció presunta responsabilidad
solidaria, normada por el artículo 51 de la Ley Constitutiva de la Caja
Costarricense de Seguro Social, aplicable a Li Obando Sociedad Anónima, número
patronal 2-03101175577-001-001, monto adeudado ¢10.341.055,00; Meli Heredia Sociedad
Anónima, número patronal 2-03101175550-001-001, monto adeudado ¢8.896.075,00;
Inversiones Rolica M J & R Sociedad Anónima, número patronal
2-03101368014-001-001 monto adeudado ¢7.332.286,00 e Importadora Caeli La
Ribera Sociedad Anónima, número patronal 2-03101369995-001-001, monto adeudado
¢0.00, 2-03101369995-002-001, monto adeudado ¢336.124,00 y
2-03101369995-003-001, monto adeudado ¢8.862.600,00, por las acciones o las
omisiones de esta ley, cometidas por los representantes en el ejercicio de sus
funciones; concretamente por la omisión del pago a la Caja de las cuotas obrero
patronales de los regímenes de Enfermedad y Maternidad (SEM) e Invalidez, Vejez
y Muerte (IVM), aportes derivados de la Ley de Protección al Trabajador y de
los montos resultantes de la aplicación de los artículos 36 y 44 de la citada
ley, más recargos e intereses moratorios que estén registrados a nombre de las
partes citadas. Consulta expediente: En esta oficina Flores, San Joaquín,
costado oeste de la Clínica Jorge Volio, se encuentra a su disposición el
expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de
diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación
para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes.
Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro
del perímetro administrativo establecido por la caja el mismo que para los
efectos jurisdiccionales ha establecido el Juzgado de Contravenciones de
Flores. De no indicar lugar o medio para notificaciones las resoluciones
posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas con solo el
transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución.
Notifíquese. Sucursal San Joaquín Flores.—Flores, 17 de setiembre del
2015.—Lic. Mauricio A. López Fernández, Jefe.—1 vez.—(IN2015070836).
COLEGIO
DE ABOGADOS DE COSTA RICA
Que en el aviso publicado en La Gaceta
N° 75-13 del lunes 20 de abril del año 2015, O.C. N° 10300, solicitud N° 30077,
IN2015021661, expediente administrativo 256-13, por error se estableció que la
sanción rige a partir del 3 de setiembre del 2017, cuando se debió de consignar
que la sanción rige a partir del 03 de setiembre del 2020. Asimismo, en el
aviso publicado en La Gaceta N° 153 del viernes 7 de agosto del
año 2015, O. C. N° 10457, solicitud N° 35305, IN2015045364, expediente
administrativo 295-13, por error se estipuló que la sanción rige a partir del 6
de junio del 2018, cuando lo correcto es que la misma rige a partir del 3 de
junio del 2021. Estas correcciones se deberán de efectuar en el libro de
sanciones disciplinarias que maneja la Fiscalía del Colegio (Expedientes
administrativos 256-13 y 295-13).
Lic. Vilma B. Mesén Madrigal, Fiscal.—1 vez.—O. C. Nº 212.—Solicitud Nº 42431.—(IN2015073914).