LA GACETA N° 211 DEL 30 DE OCTUBRE DEL 2015

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 39240-MOPT

N° 39252-S

Nº 39272-H

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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

MINISTERIO DE SALUD

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

EDUCACIÓN PÚBLICA

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TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

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UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

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CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

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DEL PACÍFICO

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

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Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

REGLAMENTOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

MUNICIPALIDADES

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BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

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AVISOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

AVISOS

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 39240-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

En ejercicio de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, y los artículos 25, inciso 1), 27, inciso 1) y 28, inciso 2), acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978; y los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 9283, publicada en el Alcance Digital N° 67 de La Gaceta N° 219, del 13 de noviembre de 2014.

Considerando:

I.—Que por Ley Nº 9283 publicada en el Alcance Digital N° 67 de La Gaceta N° 219, del 13 de noviembre de 2014, fueron aprobados los Contratos de Préstamo N° 3071/OC-CR y N° 3072/CH-CR, suscritos por la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo, para el financiamiento del Programa de Infraestructura de Transporte (PIT).

II.—Que el artículo 3 de la citada Ley Nº 9283, dispone que con el propósito de hacer más eficiente y efectivo el proceso de toma de decisiones en la ejecución del PIT, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, en su condición de Organismo Ejecutor del Programa, designará un Comité de Administración y Supervisión, que será el encargado de adoptar las decisiones requeridas para la ejecución del programa. Indica también ese artículo que el Organismo Ejecutor conformará una Unidad Asesora para que asesore al comité antes mencionado acerca de los documentos e informes que le presente la unidad ejecutora del Programa y en la supervisión de las labores de ésta, en cuanto a que sean consistentes con los requerimientos del comité, con los objetivos del Programa y que contengan toda la información necesaria para la toma de decisiones. Se establece además en ese mismo numeral que las reglas para la conformación y el funcionamiento de este comité y de su unidad coordinadora serán desarrollados mediante Decreto Ejecutivo.

III.—Que el artículo 4° de la citada Ley Nº 9283, dispone que para garantizar el cumplimiento de los objetivos y plazos del PIT establecidos en los Contratos de Préstamo referidos, así como en el Manual de Operaciones del Programa que el Organismo Ejecutor defina con el BID, se requiere el accionar eficiente y efectivo de los funcionarios públicos del Prestatario y del Organismo Ejecutor, por lo que en consecuencia, dichos funcionarios deberán cumplir los plazos de ejecución establecidos en los documentos y herramientas de gestión previstas en los respectivos Contratos de Préstamo, siendo que el no cumplimiento de esos plazos generará responsabilidad administrativa y civil para los funcionarios, según corresponda, de conformidad con el régimen de sanciones previsto en la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y en la Ley General de Control Interno, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General en materia sancionadora, según lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.

IV.—Que en vista de lo anterior, se debe emitir una reglamentación que establezca las reglas para la conformación y el funcionamiento del comité y de la unidad asesora antes señalados. Por tanto,

Decretan:

Reglamento de Operación del Comité de Administración

y Supervisión (CAS) para la Ejecución del Programa

de Infraestructura de Transporte (PIT)

Artículo 1º—Definiciones. Para los efectos de la interpretación y de la aplicación de este Reglamento, deberán considerarse las siguientes definiciones:

a)  BID: Es el Banco Interamericano de Desarrollo.

b) CAS: Es el Comité de Administración y Supervisión, que en los Contratos de Préstamo está referido como el Comité de Aprobaciones y Supervisión.

c)  CG: Coordinador General de la Unidad Ejecutora del Programa. Profesional designado por el Gestor para que se encargue de la coordinación de todas las actividades y tareas que se realicen en la UEP, así como de la ejecución de algunas de ellas.

d) Contrato de Fideicomiso: Es el contrato que suscriba el Organismo Ejecutor con una Entidad Financiera del Sistema Bancario Nacional, para que se encargue de la administración y manejo de los fondos provenientes de los Contratos de Préstamo y de cualquier otra fuente de financiamiento que el OE disponga para la ejecución del Programa.

e)  Contrato de Gestión: Es el contrato que suscribe el Organismo Ejecutor con la Empresa Gerenciadora (EG), para que se encargue de la Gestión Técnica del Programa.

f)  Contratos de préstamo: Son los Contratos de Préstamo N° 3071/OC-CR y N° 3072/CH-CR, suscritos por la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para el financiamiento del Programa de Infraestructura de Transporte (PIT)

g)  Fiduciario: Corresponde a la Entidad Financiera del Sistema Bancario Nacional de Costa Rica, que suscribe el Contrato de Fideicomiso de Gestión Financiera con el OE.

h) Gestión del programa: Corresponde a la gestión administrativa, legal y técnica del Programa.

i)  Gestor: Corresponde a la Empresa Gerenciadora contratada por el OE para que se haga cargo de la Gestión del Programa, conforme el mecanismo de ejecución previsto en el artículo 3° de la Ley.

j)  Herramientas de Gestión y Monitoreo: Es el conjunto de herramientas -y los productos que surgen de su aplicación- que debe elaborar e implementar la UEP conforme los lineamientos establecidos por el Banco, para realizar la planificación, la ejecución, la supervisión, el seguimiento, control y monitoreo del Programa, que incluye: PEP-UEP, POA/PF, PA, PGR, PMR, Flujograma de Adquisiciones.

k) Informe de seguimiento: Corresponde al informe que debe presentar la UEP, con la periodicidad que le establezca el CAS, utilizando los formatos definidos por el Banco, como parte de las Herramientas de Gestión y Monitoreo. Este informe se constituirá en el instrumento básico que utilizarán el CAS y el Banco para el seguimiento y monitoreo del desarrollo del Programa. Incluye los informes que requiera el Banco para las Reuniones de Monitoreo (PMR, RPR y cualquier otra que el Banco disponga)

l)  Ley: Corresponde a la Ley Nº 9283 publicada en el alcance digital N° 67 de La Gaceta N° 219, del 13 de noviembre de 2014, donde fueron aprobados los Contratos de Préstamo N° 3071/OC-CR y N° 3072/CH-CR, suscritos por la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo.

m)   MANOP: Es el Manual de Operaciones del Programa que el OE acuerde con el BID, que formará parte integral del Contrato de Gestión y el Contrato de Fideicomiso.

n) MOPT: Es el Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

o) OE: Es el Organismo Ejecutor del Programa de Infraestructura de Transporte (PIT), que de conformidad con el artículo de 3 de la Ley, corresponde al Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

p) PA: Es el Plan de Adquisiciones del Programa, que forma parte de las Herramientas de Gestión y Monitoreo del Programa y que el Organismo Ejecutor debe acordar con el BID.

q) PEP-UEP: Es el Plan de Ejecución del Programa desarrollado por la Unidad Ejecutora del Programa, que forma parte de las Herramientas de Gestión y Monitoreo del Programa y que el Organismo Ejecutor debe acordar con el BID.

r)  PF: Es el Plan Financiero, que forma parte de las Herramientas de Gestión y Monitoreo del Programa y que el Organismo Ejecutor debe acordar con el BID.

s)  PGRP: Es el Plan de Gestión de Riesgos y Problemas, que forma parte de las Herramientas de Gestión y Monitoreo del Programa y que el Organismo Ejecutor debe acordar con el BID.

t)  PIT o Programa: Se refieren al Programa de Infraestructura de Transporte (PIT), cuyo financiamiento externo fue aprobado mediante la Ley.

u) PMR: Reporte del monitoreo del Programa (por sus siglas en inglés).

v) POA: Es el Plan Operativo Anual, que forma parte de las Herramientas de Gestión y Monitoreo del Programa y que el Organismo Ejecutor debe acordar con el BID.

w)   Reuniones de monitoreo: Reunión establecida como parte del proceso de control, monitoreo y seguimiento del Programa que utiliza las Herramientas de Gestión y Monitoreo para esos propósitos. Incluye la Reunión Semestral de Preparación para Avanzada, la Reunión de Avanzada y la RPR.

x) RPR: Reunión de Revisión por Resultados. Corresponde a la reunión que realiza semestralmente la Gerencia de la Vicepresidencia de Países del Banco encargada de Centroamérica, Panamá, México y República Dominicana (CID) del Banco durante las misiones efectuadas a los países, en la que se discuten temas de carácter gerencial (cuando sea necesario) y se toman decisiones de alto nivel en relación a los programas en ejecución de la cartera que lo requiera.

y) UA: Es la Unidad Asesora que deberá conformar el Organismo Ejecutor del Programa, según se estipula en el artículo de 3° de la Ley, para que asesore al CAS acerca de los documentos e informes que le presente la UEP y en lo relativo a la supervisión, de manera que se verifique que sean consistentes con los requerimientos del comité, con los objetivos del Programa y que contengan toda la información necesaria para la toma de decisiones.

z)  UEP: Es la Unidad Ejecutora del Programa que deberá constituir el Gestor seleccionado por el Organismo Ejecutor, según lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley, la que se encargará de realizar todas las actuaciones preparatorias que serán la base técnica, financiera y legal para el dictado de los actos que competen al Organismo Ejecutor del Programa.

Artículo 2º—Alcance. El presente reglamento tiene por objeto establecer las reglas generales para la conformación y el funcionamiento del CAS y de su UA, que sean designados por el OE específicamente para la ejecución del PIT de conformidad con los Contratos de Préstamo y demás condiciones aprobadas en la Ley.

Artículo 3º—Objetivos del CAS. El CAS representará al OE en todos los actos relacionados con la ejecución del Programa definidos en la Ley y los Contratos de Préstamo y tendrá los siguientes objetivos generales:

a)  Definir la guía estratégica para la ejecución del Programa.

b) Supervisar y verificar que el Fiduciario y el Gestor cumplan con las obligaciones establecidas en los respectivos contratos que suscriban con el OE para la gestión del Programa.

c)  Agilizar y facilitar la coordinación directa entre el OE, el Fiduciario, el Gestor y el BID.

d) Velar por el efectivo cumplimiento de los Contratos de Préstamo, con base en las Herramientas de Gestión y Monitoreo que elabore la UEP, que incluyen el PEP-UEP, el POA, el PF, el PA y el PGRP.

Artículo 4º—Integración. El OE, por medio del Ministro de Obras Públicas y Transportes, asignará tres miembros titulares para integrar el CAS, así como a un miembro suplente para cada uno, de conformidad con el inciso (ii) de las Condiciones Previas Especiales al primer desembolso, establecidas en la Cláusula 3.02 de los Contratos de Préstamo.

Los miembros titulares participarán en las decisiones del CAS con voz y voto. Los miembros suplentes ocuparán el lugar de los miembros titulares en su ausencia.

Los funcionarios que el OE designe para la integración del CAS deberán tener suficiente autoridad y capacidad para garantizar el efectivo cumplimiento de las funciones y objetivos del comité.

El OE debe remitir al BID los nombres de los miembros titulares del CAS y sus respectivos suplentes, así como ejemplares auténticos de sus respectivas firmas, de conformidad con el literal (b) de las Condiciones Previas Generales al primer desembolso, establecidas en el Artículo 4.01 de las Normas Generales del Contrato de Préstamo.

El OE, por medio del Ministro de Obras Públicas y Transportes, podrá sustituir de manera permanente a los miembros titulares y suplentes del CAS, en cuyo caso deberá remitir al BID los nombres de los nuevos miembros y ejemplares auténticos de sus firmas.

Artículo 5º—Funciones del CAS. El CAS tendrá las siguientes funciones, sin perjuicio de las dispuestas en los Contratos de Préstamo y las que se establezcan en el Contrato de Fideicomiso, el Contrato de Gestión y en el MANOP:

a)  Aprobar los planes de inversión y asignaciones presupuestarias, preparados conforme al PEP-UEP, el POA/PF, el PA, el MANOP y la legislación correspondiente, así como verificar su cumplimiento.

b) Aprobar, dentro de los plazos máximos establecidos en el Artículo 11 del presente reglamento, las Herramientas de Gestión y Monitoreo que debe elaborar el Gestor a través de la UEP, así como cualquier cambio que sea necesario introducir en esas herramientas durante la ejecución del Programa.

c)  Aprobar, dentro de los plazos máximos establecidos en el Artículo 11 del presente reglamento, los documentos e informes requeridos para la obtención de la elegibilidad de los proyectos que se vayan a ejecutar dentro del Programa, así como los que sean necesarios para llevar a cabo los procesos de adquisiciones y los contratos para la ejecución de los proyectos.

d) Evaluar, con la periodicidad establecida en el Contrato de Gestión respectivo, la labor realizada por el Gestor, por intermedio de la UEP, a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones y deberes encomendados a éste y advertir sobre aquellos aspectos o problemas que podrían poner en riesgo el cumplimiento de los plazos establecidos para la obtención de los distintos productos requeridos para la ejecución del Programa, según los indicadores de alcance, calidad, costo y tiempo, definidos en la programación contenida en el PEP-UEP y en el PA.

e)  Evaluar, con la periodicidad establecida en el Contrato de Fideicomiso respectivo, la labor realizada por el Fiduciario, a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones y deberes encomendados a éste y advertir sobre aquellos aspectos o problemas que podrían poner en riesgo el cumplimiento de los plazos establecidos para la obtención de los distintos productos requeridos para la ejecución del Programa.

f)  Requerir al Gestor la sustitución de cualquier integrante de la UEP cuando se haya determinado que ha incumplido con las obligaciones y responsabilidades asignadas en el Contrato de Gestión, que impliquen atrasos en la programación establecida en el PEP-UEP.

g)  Aprobar los Informes de Seguimiento y cualquier otro documento elaborados por el Gestor por medio de la UEP, requerido para las Reuniones de Monitoreo del Programa.

h) Participar en las Reuniones de Monitoreo del Programa que sean convocadas por el BID.

i)  Aprobar los informes elaborados por el Fiduciario y/o el Gestor, según corresponda, para atender las solicitudes de información efectuadas por las Autoridades de Gobierno o instancias competentes.

j)  Propiciar la coordinación con las entidades correspondientes que permita el cumplimiento de las obligaciones socio-ambientales de los proyectos que forman parte del Programa.

k) Verificar la correcta gestión financiera del Programa por parte del Fiduciario.

l)  Aplicar los incentivos y multas derivados de los contratos suscritos directamente por el OE.

m) Solicitar al OE, en un plazo máximo de tres días hábiles, a partir de la conformación del CAS, la designación del encargado de emitir la aprobación interna de los documentos contractuales de bienes, obras, servicios y consultorías, de conformidad con las disposiciones del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, emitido por la Contraloría General de la República. El plazo máximo que tendrá el OE para designar al encargado de las aprobaciones internas es de tres días hábiles, a partir de que reciba la solicitud del CAS. Por otro lado, el plazo que tendrá el encargado del OE para emitir las aprobaciones internas no debe exceder los cinco días hábiles. Esto solo en caso de los contratos que sean suscritos por el OE.

n) Tramitar ante el OE la firma de los contratos de bienes, obras, servicios y consultorías, así como de las adendas, cuando sean suscritos por el representante del OE. El responsable de firmar los contratos contará con un plazo máximo de tres días hábiles, a partir del requerimiento realizado por el CAS.

o) Aprobar las órdenes de servicio, órdenes de modificación, adendas y finiquitos relacionados con los contratos de bienes, obras, servicios y consultorías del Programa.

Estas funciones deberán ser desarrolladas conforme a los procedimientos definidos en el Contrato de Fideicomiso, el Contrato de Gestión y el MANOP y dentro de los plazos máximos establecidos en el Artículo 11 del presente Reglamento.

El CAS girará las instrucciones, observaciones y recomendaciones que sean requeridas a los consultores o contratistas por intermedio del Gestor.

Artículo 6º—Presidencia. En el mismo acto de designación del CAS referido en el párrafo primero del artículo 4° de este Reglamento, el OE definirá al responsable de presidir el CAS, lo que implica la coordinación de las reuniones que realice este comité.

En caso de ausencia, el Presidente del CAS designará al miembro que ejercerá sus funciones temporalmente. Si por cualquier razón el Presidente no hace dicha designación, al inicio de la reunión respectiva los miembros que en ese momento integren el CAS elegirán al que ocupará temporalmente la Presidencia.

El Presidente deberá cumplir las siguientes funciones:

a)  Realizar las convocatorias a las reuniones del CAS.

b) Elaborar la agenda de trabajo de las reuniones.

c)  Dirigir las reuniones.

d) Proponer acuerdos y velar por su cumplimiento.

e)  Rubricar las actas que se origen en relación con los acuerdos adoptados por el CAS.

Artículo 7º—Unidad Asesora. El CAS estará apoyado por una Unidad Asesora, que tendrá como objetivo fundamental asesorar al CAS acerca de los documentos e informes que le presente el Gestor y el Fiduciario por intermedio de la UEP, de manera que se verifique que sean consistentes con los requerimientos del comité, con los objetivos del Programa y que contengan toda la información necesaria para la toma de decisiones por parte del CAS. Asimismo apoyará al CAS en lo relativo a la supervisión de toda la ejecución del Programa.

La UA estará conformada por funcionarios y/o consultores designados por el OE. Los profesionales designados deberán tener conocimiento y experiencia en la materia del Programa. El OE, por medio del Ministro de Obras Públicas y Transportes, designará al miembro de la UA que actuará como su Director.

La UA tendrá las siguientes funciones, sin perjuicio de las dispuestas en los Contratos de Préstamo y las que se establezcan en el Contrato de Gestión y en el MANOP:

a)  Revisar los planes de inversión y asignaciones presupuestarias elaborados por la UEP, conforme al PEP-UEP, el POA/PF y el PA, y recomendar al CAS la aprobación de los mismos para el trámite de autorización del OE y el Ministerio de Hacienda, así como apoyar en la gestión que realice el CAS para la obtención de las aprobaciones de parte de las entidades correspondientes y en la verificación de su cumplimiento.

b) Revisar las Herramientas de Gestión y Monitoreo que elabore la UEP, que incluyen el PEP-UEP, el PA, el POA/PF y el PGRP, así como cualquier cambio que sea necesario introducir en estas herramientas durante la ejecución del Programa, y recomendar al CAS lo que corresponda.

c)  Revisar los documentos e informes elaborados por el Gestor, por medio de la UEP, que sean requeridos para la obtención de la elegibilidad de los proyectos, para llevar a cabo los procesos de adquisiciones y los contratos para la ejecución de los proyectos, y recomendar al CAS lo que corresponda.

d) Apoyar al CAS en la supervisión de las labores realizadas por el Fiduciario y el Gestor, por intermedio de la UEP, a efecto de verificar el cumplimiento de las obligaciones y deberes encomendados a éstos en los respectivos contratos, e informar al CAS aquellos aspectos o problemas que podrían poner en riesgo el cumplimiento de los plazos establecidos para la obtención de los distintos productos requeridos para la ejecución del Programa, con base en los indicadores de alcance, calidad, costo y tiempo, definidos en la programación contenida en el PEP-UEP y en el PA.

e)  Informar al CAS los incumplimientos detectados en la supervisión de las labores de la UEP, en cuanto a la entrega de los informes y/o las obligaciones y responsabilidades asignadas en el Contrato de Gestión, que impliquen atrasos en la programación establecida en el PEP-UEP, y recomendar al CAS, cuando sea necesario requerirle al Gestor la sustitución de cualquier integrante de la UEP.

f)  Revisar y recomendar al CAS, cuando corresponda, la aprobación de los Informes de Seguimiento y cualquier otro documento o informe elaborado por la UEP, requerido para las Reuniones de Monitoreo del Programa.

g)  Participar en las reuniones de monitoreo del Programa que sean convocadas por el BID, cuando el CAS así lo disponga.

h) Apoyar al CAS en la elaboración de los informes que este comité debe entregar en forma periódica al OE y a las autoridades superiores del Gobierno, sobre los avances logrados en la ejecución del Programa, los problemas encontrados, las acciones preventivas para evitar que se sigan presentando y las acciones correctivas para resolverlos. Esta tarea la realizará con base en los informes que presente el Gestor a través de la UEP.

i)  Revisar los informes elaborados por el Fiduciario y el Gestor para atender las solicitudes de información efectuadas por las Autoridades de Gobierno o instancias competentes.

j)  Apoyar al CAS en la coordinación que deba realizar este comité ante las entidades correspondientes, en lo relativo al cumplimiento de las obligaciones socio-ambientales de los proyectos que forman parte del Programa.

k) Apoyar al CAS en la supervisión requerida para asegurar la correcta gestión financiera del Programa por parte del Fiduciario.

l)  Apoyar y recomendar al CAS en lo relativo a la aplicación de los incentivos que el OE deba reconocerle al Gestor, de conformidad con lo dispuesto en el Contrato de Gestión.

m)   Apoyar y recomendar al CAS en los procesos de aplicación de multas derivados de los contratos suscritos directamente por el OE.

n) Apoyar al CAS en las gestiones que deba realizar para la obtención de las aprobaciones internas de los documentos contractuales de bienes, obras, servicios y consultorías.

o) Apoyar al CAS en los trámites que este comité deba realizar ante el OE para la obtención de la firma de los contratos de bienes, obras, servicios y consultorías, así como de las adendas, cuando sean suscritos por el representante del OE.

p) Revisar y recomendar al CAS, cuando corresponda, la aprobación de las órdenes de servicio, órdenes de modificación, adendas y finiquitos relacionados con los contratos de bienes, obras, servicios y consultorías del Programa.

q) Elaborar las minutas y las actas que resulten de las reuniones que realice el CAS conforme lo dispuesto en el presente reglamento, así como llevar el control y seguimiento de los acuerdos adoptados por el CAS y rendir informes sobre su cumplimiento.

r)  Cualquier otra función que le haya asignado el CAS.

Estas funciones deberán ser desarrolladas de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Contrato de Fideicomiso, el Contrato de Gestión y los procedimientos establecidos en el MANOP, para lo cual la UA deberá garantizar el cumplimiento de los plazos máximos definidos en el Artículo 11 del presente Reglamento.

Artículo 8º—De las reuniones del CAS. El CAS sesionará cuando el Presidente haga la convocatoria respectiva, ya sea por su iniciativa o a instancia de cualquiera de los otros miembros.

El Director de la UA, el CG y los miembros suplentes asistirán a las reuniones del CAS con voz pero sin voto, por lo que su ausencia no impedirá que se lleven a cabo las reuniones ni que se adopten los acuerdos pertinentes.

Las reuniones del CAS se regirán por la agenda que proponga su Presidente, la que puede ser ampliada a solicitud de los otros miembros.

De cada reunión se elaborará una minuta, que deberá ser firmada por todos los asistentes, en la que se consignará los temas discutidos y todos los acuerdos alcanzados.

El CAS podrá definir los mecanismos de reunión que permitan el cumplimiento de su responsabilidad y la no afectación del Programa, mediante el uso de tecnologías de información y comunicación.

Artículo 9º—De los acuerdos. Los acuerdos del CAS se adoptarán por mayoría de sus miembros y deberán ser consignados en la minuta referida en el artículo anterior. Adicionalmente, cada acuerdo será consignado en un acta individual para su correspondiente tramitación ante el Banco, según los procedimientos establecidos en el MANOP.

El Director de la UA llevará un cuadro actualizado del control de los acuerdos, dará seguimiento a su cumplimiento e informará al CAS acerca del estado en que se encuentra cada una de las aprobaciones emitidas por el CAS.

Una vez el CAS haya tomado las decisiones y los acuerdos respectivos, el CG de la UEP, por encargo del CAS, será el responsable de tramitar, en forma digital, ante el BID las solicitudes de elegibilidad, de No Objeción, de justificaciones de gastos, de desembolsos y toda otra solicitud que esté relacionada con el Programa, para lo cual debe adjuntar a dicha solicitud copia del acta donde quede constancia del acuerdo de aprobación emitido por el CAS, la que debe estar debidamente firmada por su Presidente.

Artículo 10.—De las comunicaciones. Todas las comunicaciones que se den entre el CAS, el Fiduciario, el Gestor y el Banco deberán cumplir con los procedimientos que se establezcan en el Contrato de Fideicomiso, el Contrato de Gestión y en el MANOP.

Artículo 11.—Plazos máximos que debe cumplir el CAS y la UA para la aprobación de los documentos e informes que elabore la UEP.

ENTREGABLES QUE DEBE PROPORCIONAR LA UEP

Plazo máximo de aprobación para la UA

(días hábiles)

Plazo máximo de aprobación para el CAS

(días hábiles)

Actividades relacionadas con la CGR

Informes solicitados por la CGR relacionados con las objeciones a las Solicitudes de Propuestas y/o Documentos de Licitación publicados.

El establecido por la CGR

Informes para resolver gestiones recursivas relativas a las adjudicaciones de los contratos de bienes, obras, servicios y consultorías.

Actividades de definición estratégica o de ejecución no regular

Informes de evaluación y calificación de las propuestas técnicas para los contratos de consultoría.

5

6

Informes de recomendación de adjudicación de los contratos de bienes, obras, servicios y consultorías.

Contratos de bienes, obras, servicios y consultorías, incluyendo aquellos que sean conexos.

Sistema de controles internos contables y administrativos que implementará la UEP en el Programa.

Programación de las contrataciones propuestas por la UEP para la elaboración de los estudios técnicos especializados, requeridos para cumplir los requisitos de elegibilidad y para la elaboración de los pliegos de licitación de los proyectos.

Órdenes de Servicio, Órdenes de Modificación y adendas, que deben ser aprobadas cuando se varían elementos esenciales de los contratos.

Planes de inversión y asignaciones presupuestarias.

Términos de referencia para la contratación de la firma que auditará anualmente los estados financieros del Programa.

Actividades de índole técnica y alta complejidad

Diseños finales de los Proyectos.

15

6

Finiquitos de los contratos de bienes, obras, servicios y consultorías suscritos con cargo al Programa.

Avalúos y pagos de indemnizaciones a los propietarios de los terrenos adquiridos o expropiados para la ejecución de los Proyectos.

 

 

 

Actividades de contratación de índole repetitiva basadas en documentos estándares

Llamados a las muestras de interés y Listas Cortas de las empresas consultoras que participarán en los concursos de consultoría promovidos por la UEP.

3

6

Solicitudes de Propuestas elaboradas para la contratación de las consultorías requeridas para la ejecución del Programa.

Enmiendas a las Solicitudes de Propuestas y/o Documentos de Licitación publicados.

Documentos de Licitación para la contratación de los bienes, obras y servicios conexos, relacionados con los Productos del Programa.

Respuestas a las consultas que realicen los oferentes en relación a las Solicitudes de Propuestas y/o Documentos de Licitación publicados.

5

6

Informes sobre incumplimiento por parte de los Contratistas, requeridos para iniciar procedimiento de aplicación de sanciones o multas.

5

6

Recomendaciones sobre autorizaciones para la aprobación de beneficios tributarios a los Contratistas.

5

6

Estimaciones Mensuales de Obra y Estimaciones Descriptivas de Obra, necesarias para tramitar los pagos que correspondan a los Consultores y Contratistas contratados con cargo al Programa.

5

6

Informes de gestión y otras actividades programadas para realizarse regularmente

Herramientas de Gestión y Monitoreo del Programa

3

6

Informes de Seguimiento del Programa descritos en el Contrato de Gestión y el MANOP.

Informes de resultados de los estados financieros auditados (EFAs), elaborados por la firma auditora.

Informes de divulgación de los logros del Programa y otros, requeridos por el CAS y/o otras instituciones relacionadas con la ejecución del Programa.

Informes periódicos relativos al cumplimiento de los compromisos ambientales adquiridos por el OE, que se deben remitir a SETENA, según los instrumentos de gestión medioambiental de cada Proyecto.

Estudios e informes técnicos requeridos para solicitar al Banco la elegibilidad de los proyectos que se financiarán y ejecutarán con cargo al Programa.

Documentos e instrumentos que se deben presentar ante la SETENA para la obtención de la viabilidad ambiental y la aprobación de los Planes de Gestión Ambiental y Social (PGAS) de los proyectos.

Información que requiera la SETENA para otorgar las autorizaciones correspondientes.

Solicitudes de desembolso que se deben tramitar ante el Banco.

Justificaciones de gastos que deben presentarse al Banco.

 

Todos los plazos máximos establecidos en el cuadro anterior corren a partir de la recepción del documento o informe en el caso de la UA y a partir de su conocimiento en sesión por parte del CAS. A los documentos o trámites que no hayan sido incluidos en esta lista se les asignará un plazo máximo de aprobación de cinco días hábiles para la UA y de seis días hábiles para el CAS.

Artículo 12.—Responsabilidad por el cumplimiento de plazos. Los acuerdos de aprobación que adopte el CAS deberán cumplir con los plazos máximos definidos en el Contrato de Fideicomiso, el Contrato de Gestión y las Herramientas de Gestión y Monitoreo, plazos que incluyen el tiempo que requiera la UA para la revisión de los documentos e informes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley, para garantizar el cumplimiento de los objetivos y plazos del PIT, establecidos en los Contratos de Préstamo aprobados en dicha Ley, así como en el MANOP, se requiere el accionar eficiente y efectivo de los funcionarios públicos del OE, especialmente de aquellos que integren el CAS y la UA según lo dispuesto en este Reglamento. En consecuencia, dichos funcionarios deberán cumplir los procedimientos definidos en el Contrato de Gestión y el MANOP, así como en los documentos y Herramientas de Gestión y Monitoreo que se definan en el MANOP, y los plazos de ejecución establecidos en el artículo 11 de este Reglamento, siendo que, el no cumplimiento de esos plazos, generará responsabilidad administrativa y civil para los funcionarios, según corresponda, de conformidad con el régimen de sanciones previsto en la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y en la Ley General de Control Interno, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General en materia sancionadora, según lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.

Artículo 13.—Vigencia: Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en La Presidencia de la República.—San José, a los 7 días, del mes de agosto del año dos mil quince.

Publíquese.—LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Carlos Segnini Villalobos.—1 vez.—O. C. N° 24446.—Solicitud N° 17538.—(D39240 - IN2015071823).

N° 39252-S

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SALUD

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; la Ley N° 5395 del 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”; la Ley N° 8220 del 4 de marzo del 2002 y su reforma “Ley de protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos”; el Decreto Ejecutivo N° 34482-S del 3 de marzo del 2008 “Reglamento para el registro, clasificación, importación y control de equipo y material biomédico”; el Decreto Ejecutivo N° 35031-COMEX-S-MEIC del 25 de julio del 2008 mediante el cual se publica la resolución N° 231-2008 (COMIECO-L): Aprobación de Reglamentos Técnicos Centroamericanos N° RTCA 71.03.49:08, RTCA 71.01.35:06, RTCA 71.03.36:07, RTCA 71.03.45:07 sobre Productos Cosméticos; el Decreto Ejecutivo N° 34490 del 9 de enero del 2008 mediante el cual se publica la resolución N° 216-2007 (COMIECO-XLVII): Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.01.31:07 Alimentos Procesados. Procedimiento para Otorgar el Registro Sanitario y la Inscripción Sanitaria; Decreto N° 34887-COMEX-S-MEIC del 25 de julio del 2008 mediante el cual se publica la resolución N° 230-2008 (COMIECO-L): Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 71.03.37:07 Productos Higiénicos. Registro e Inscripción Sanitaria de Productos Higiénicos, Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 71.03.38:07 Productos Higiénicos. Etiquetado de Productos Higiénicos; y el Reconocimiento del Registro o Inscripción Sanitaria de Productos Higiénicos.

Considerando:

I.—Que en ejercicio de las funciones de protección de la salud de la población y garantía del bienestar de los ciudadanos, compete al Ministerio de Salud el registro de medicamentos, alimentos, cosméticos, equipo y material biomédico, y recursos naturales industrializados y con cualidades medicinales, productos químicos peligrosos, productos de higiene y plaguicidas de uso doméstico así como la emisión del certificado de libre venta para estos productos manufacturados en nuestro país, sin que por ello se obstaculicen innecesariamente las condiciones de competitividad económica del país.

II.—Que el Ministerio de Salud, con el soporte técnico de la Secretaría Técnica de Gobierno Digital, ha implementado el portal denominado “Regístrelo”, así creado mediante Decreto Ejecutivo N° 37988-S del 3 de octubre del 2013, publicado en La Gaceta N° 203 del 22 de octubre del 2013, reformado por Decreto Ejecutivo N° 38409-S del 9 de abril de 2014, publicado en La Gaceta N° 94 del 19 de mayo del 2014. Este Reglamento permite efectuar en línea los trámites de inscripción, cambios post registro, renovación, uso de registro y reconocimiento de los medicamentos, alimentos, cosméticos, equipo y material biomédico y productos naturales medicinales de uso humano, así como la emisión del certificado de libre venta para productos de interés sanitario fabricados en Costa Rica. Igualmente estableció plazos a la Administración para la resolución de los trámites de registros de productos de interés sanitario.

III.—Que en beneficio de los intereses del usuario del servicio que brinda el portal Regístrelo, se hace necesario que el mismo opere durante las 24 horas del día, los 7 días de la semana, los 365 día del año, es decir, bajo un régimen 24/7/365. Además, el requisito previsto en el artículo 10 del Reglamento de cita debe ser optativo para el usuario.

IV.—Por lo anterior, se considerado necesario y oportuno reformar los artículos 10 y 34 del Reglamento para el funcionamiento y la utilización del portal “Regístrelo”. Por tanto,

DECRETAN:

REFORMAS A LOS ARTÍCULOS 10 Y 34

DEL REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO

Y LA UTILIZACIÓN DEL PORTAL “REGÍSTRELO”

Artículo 1°—Refórmense los artículos 10 y 34 al Decreto Ejecutivo N° 37988-S del 3 de octubre del 2013, publicado en La Gaceta N° 203 del 22 de octubre del 2013, reformado por Decreto Ejecutivo N° 38409-S del 9 de abril de 2014, publicado en La Gaceta N° 94 del 19 de mayo del 2014 “Reglamento para el funcionamiento y la utilización del portal “Regístrelo”, para que en lo sucesivo se lean así:

“Artículo 10.- Incorporación de documentos que no están disponibles en formato electrónico o que no cuentan con firma digital certificada. Los documentos que requieren consularización o apostillado como requisito para el registro de producto de interés sanitario, deben adjuntarse a los formularios electrónicos disponibles en el portal “Regístrelo”. Los mismos deben ser acompañados de una certificación extendida por un Notario Público quien la suscribirá con firma digital, dando fe que son copia fiel y exacta de los documentos originales, o presentar sus originales ante la Plataforma de Servicios en oficinas centrales del Ministerio de Salud, en un plazo no mayor de tres días contados a partir del ingreso del trámite en el sistema, para su verificación. Dichos documentos serán devueltos a su propietario una vez verificada su autenticidad.

En un trámite nuevo de registro de un producto de interés sanitario, no será necesario presentar los documentos vigentes que consten en el sistema Regístrelo, bastará con indicar donde se ubican dichos documentos o el número de registro del producto donde están ubicados. Tampoco será solicitado documento alguno que emita el Ministerio de Salud.

Toda la documentación que se adjunte a los formularios electrónicos disponibles en el portal “Regístrelo” debe ser presentada en idioma castellano/español, los documentos oficiales escritos en idioma distinto, deben presentarse con su respectiva traducción oficial.

Todo documento oficial para efectos del trámite de registro ante el Ministerio de Salud, en los casos en los que no se indique su fecha de vigencia, ésta será de dos (2) años a partir de la fecha de emisión.”

[…]

“Artículo 34.-Plazos máximos de resolución de trámites del registro sanitario de productos de interés sanitario. La evaluación y resolución de las solicitudes de inscripción, renovación de registro, cambio post registro y otros, de los productos de interés sanitario, las realizará el Ministerio de Salud de acuerdo a la categoría de producto y trámite en los plazos siguientes:

34.1 Medicamentos.

34.1.1 Registro de medicamentos multiorigen. Para las solicitudes de registro de medicamentos multiorigen, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta noventa y nueve (99) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la solicitud, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.1.2 Renovación de registros de Medicamentos.

34.1.2.1 Renovaciones de registros sin cambios (declaración jurada). Para las solicitudes de renovaciones de registros con declaración jurada en las que se indique que no hay cambios en el producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta quince (15) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.1.2.2 Renovaciones de registros con cambios. Para las solicitudes de renovaciones de registros con cambios en el productos que no requieren de evaluación de estudios clínicos, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta cuarenta y cuatro (44) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla. Para renovaciones con cambios que requieren de evaluación de estudios clínicos, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta ochenta y ocho (88) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

Para la realización del trámite de renovación el solicitante deberá tomar en consideración que una vez vencido el registro sanitario, no podrá comercializarse el producto.

34.1.3 Registro de productos innovadores de síntesis química, inscripción y renovación de productos biológicos, inscripción o renovación de medicamentos de síntesis química que deban presentar requisito de equivalencia terapéutica. El Ministerio dispondrá de un plazo de hasta ocho (8) meses a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.1.4 Cambios posteriores al registro de medicamentos.

34.1.4.1 Cambios posteriores al registro (notificación). Para las solicitudes de cambios post registro que sean de notificación el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta veintidós (22) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla o rechazarla.

34.1.4.2 Cambios posteriores al registro (evaluación). Para las solicitudes de cambios post registro que requieren evaluación, con excepción de aquellos que requieren evaluación de estudios clínicos, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta sesenta y seis (66) días hábiles a partir de recibida la solicitud, para aprobarla o rechazarla.

34.1.4.3 Cambios posteriores al registro (evaluación de estudios clínicos). Para las solicitudes de cambios post registro que requieren evaluación de estudios clínicos, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta ochenta y ocho (88) días hábiles a partir de recibida la solicitud, para aprobarla o rechazarla.

34.2 Equipo y Material Biomédico (EMB).

34.2.1 Registro de EMB.

34.2.1.1 EMB de Odontología. Para las solicitudes de registros de EMB de odontología, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta cuarenta y cuatro (44) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.2.1.2 EMB de Microbiología. Para las solicitudes de registros de EMB de microbiología, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta noventa y nueve (99) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.2.1.3 EMB de Medicina. Para las solicitudes de registros de EMB de medicina, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta noventa y nueve (99) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.2.2 Renovaciones de registros de EMB.

34.2.2.1 Renovaciones de registros de EMB sin cambios (declaración jurada).

a)  EMB de Odontología. Para las solicitudes de renovaciones de registros de EMB de Odontología con declaración jurada voluntaria de que no hay cambios en el producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta quince (15) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

b) EMB de Microbiología. Para las solicitudes de renovaciones de registros de EMB de Microbiología con declaración jurada voluntaria de que no hay cambios en el producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta quince (15) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

c)  EMB de Medicina. Para las solicitudes de renovaciones de registros de EMB de Medicina con declaración jurada voluntaria de que no hay cambios en el producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta quince (15) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.2.2.2 Renovaciones de registros de EMB con cambios.

a)  EMB de Odontología. Para las solicitudes de renovaciones de registros de EMB de Odontología con cambios en el producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta veintidós (22) días hábiles partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

b) EMB de Microbiología. Para las solicitudes de renovaciones de registros de EMB de Microbiología con cambios en el producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta cuarenta y cuatro (44) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

c)  EMB de Medicina. Para las solicitudes de renovaciones de registros de EMB de Medicina con cambios en el producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta sesenta y seis (66) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.2.4 Cambios posteriores al registro.

34.2.4.1 Cambios posteriores al registro (notificación). Para las solicitudes de cambios post registro de EMB con notificación, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta veintidós (22) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.2.4.2 Cambios posteriores al registro (evaluación). Para las solicitudes de cambios post registro de EMB que requieran evaluación, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta cuarenta y cuatro (44) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.3 Productos químicos, productos de higiene y plaguicidas domésticos.

34.3.1 Registro, renovación y cambios post registro de productos químicos peligrosos, productos de higiene y plaguicidas domésticos. Para las solicitudes de inscripción, renovación de registro, cambio post registro y otros, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta quince (15) días hábiles para emitir el registro sanitario o para rechazarlo.

34.4 Alimentos.

34.4.1 Registro.

34.4.1.1 Alimentos regulares. Para las solicitudes de inscripción de alimentos regulares, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta veintidós (22) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.4.1.2 Suplementos de dieta, regímenes especiales, fórmulas para lactantes, fórmulas de continuación. Para las solicitudes inscripción de suplementos de dieta, regímenes especiales, fórmulas para lactantes, fórmulas de continuación el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta cuarenta y cuatro (44) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla. 34.4.2 Renovación de registros.

34.4.2. Renovaciones de registros de Alimentos.

34.4.2.1 Renovaciones de registros sin cambios: Para las solicitudes de renovaciones de registros de alimentos con declaración jurada voluntaria en la que se indique que no hay cambios en el producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta quince (15) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.4.2.2 Renovaciones de registros con cambios.

34.4.2.2.1 Renovaciones de registros de alimentos regulares con cambios. Para las solicitudes de renovaciones de registros de alimentos regulares con cambios en el producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta veintidós (22) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.4.2.2.2 Renovaciones de registros de suplementos de dieta, regímenes especiales, fórmulas para lactantes, fórmulas de continuación. Para las solicitudes de renovaciones de registros de suplementos de dieta, regímenes especiales, fórmulas para lactantes, fórmulas de continuación con cambios en el producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta cuarenta y cuatro (44) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.4.3 Cambios posteriores al registro. Para las solicitudes cambios post registros el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta veintidós (22) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.4.4 Notificación de Materias Primas. Para las notificaciones de materias primas, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta quince (15) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.4.5 Usos de Registro (inscripción sanitaria). Para las solicitudes de usos de registro, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta quince (15) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.4.6 Reconocimiento de Registros. Para las solicitudes de reconocimiento de registros, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta un (1) día hábil a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.5 Cosméticos.

34.5.1 Registro. Para las solicitudes de inscripción de cosméticos, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta veintidós (22) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.5.2 Renovación del registro de Cosméticos.

34.5.2.1 Renovaciones de registros sin cambios (declaración jurada). Para las solicitudes de renovaciones de registros de cosméticos con declaración jurada en la que se indique que no hay cambios en el producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta quince (15) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.5.2.2 Renovaciones de registros con cambios. Para las solicitudes de renovaciones de registros de cosméticos con cambios en el producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta veintidós (22) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.5.3 Cambio posteriores al registro. Para las solicitudes de cambios post registro el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta veintidós (22) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.5.4 Reconocimiento de Registros. Para la solicitudes de reconocimiento de registros, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta cuatro (4) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.6 Productos naturales medicinales.

34.6.1 Registro. Para inscripción de Productos Naturales el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta ochenta y ocho (88) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.6.2 Renovación del registro de Productos Naturales Medicinales.

34.6.2.1 Renovaciones de registros sin cambios (declaración jurada). Para las solicitudes de renovaciones de registros de productos naturales con declaración jurada de que no hay cambios en el producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta quince (15) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.6.2.2 Renovaciones de registros con cambios. Para las solicitudes de renovación de productos naturales con cambios en el producto, el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta veintidós (22) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.

34.6.3 Cambio posteriores al registro. Para las solicitudes de cambios post registro el Ministerio dispondrá de un plazo de hasta veintidós (22) días hábiles a partir de recibida la solicitud correspondiente, para aprobarla y emitir el registro sanitario o bien para rechazarla.”

Artículo 2°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diez días del mes de agosto del dos mil quince.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Salud, Dr. Fernando Llorca Castro.—1 vez.—O. C. N° 26115.—Solicitud N° 7805.—(D39252 - IN2015071028).

Nº 39272-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

En ejercicio de las atribuciones establecidas en los artículos 140, incisos 8) y 18), y 146 de la Constitución Política, 25 inciso 1), 27 inciso 1), y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley número 6227 de fecha 2 de mayo de 1978, denominada “Ley General de Administración Pública”, la Ley número 8114 de fecha 4 de julio de 2001, denominada “Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias”, y el Decreto Ejecutivo número 29643-H de fecha 10 de julio de 2001, denominado “Reglamento a la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias”.

Considerando:

1º—Que el artículo 1° de la Ley número 8114 de fecha 4 de julio de 2001, denominada “Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias”, publicada en el Alcance número 53 a La Gaceta número 131 de fecha 9 de julio de 2001, crea un impuesto único por tipo de combustible, tanto de producción nacional como importado, determinando el monto del impuesto en colones por cada litro según el tipo de combustible.

2º—Que el artículo 3 de la Ley número 8114 citada, dispone que a partir de su vigencia, el Ministerio de Hacienda deberá actualizar trimestralmente el monto de este impuesto único, conforme con la variación del índice de precios al consumidor que determina el Instituto Nacional de Estadística y Censos, y que este ajuste no podrá ser superior al 3%. Asimismo, que la referida actualización deberá comunicarse mediante Decreto Ejecutivo.

3º—Que el artículo 3 del Decreto Ejecutivo número 29643-H, “Reglamento a la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias”, publicado en La Gaceta número 138 de fecha 18 de julio de 2001, establece con respecto a la actualización de este impuesto único, que el monto resultante será redondeado a los veinticinco céntimos (¢0,25) más próximos.

4º—Que mediante Decreto Ejecutivo número 39091-H del 3 de julio de 2015, publicado en La Gaceta número 147 de fecha 30 de julio de 2015, se actualizó el impuesto único por tipo de combustible tanto para la producción nacional como para el importado a partir del primero de agosto de 2015.

5º—Que los niveles del índice de precios al consumidor a los meses de junio de 2015 y setiembre de 2015, corresponden a 100,000 y 99,221 generándose una variación entre ambos meses de menos cero coma setenta y ocho por ciento (-0,78%).

6º—Que según la variación del índice de precios al consumidor, corresponde ajustar el impuesto único por tipo de combustible, tanto de producción nacional como importado, en menos cero coma setenta y ocho por ciento (-0,78%).

7º—Que por existir en el presente caso, razones -de interés público y de urgencia- que obligan a la publicación del decreto antes del 1° de noviembre del dos mil quince; no corresponde aplicar la disposición del artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, que obliga a la Administración a dar audiencia por 10 días a las entidades representativas de intereses de carácter general o corporativo o de intereses difusos. Lo anterior, por cuanto podría verse afectada la publicación en el tiempo que corresponde legalmente, y por ende el cobro del impuesto, en virtud de que la redacción, revisión y aprobación del decreto inicia a partir de la determinación del índice de precios al consumidor del mes de setiembre del 2015, que el Instituto Nacional de Estadística y Censos realiza en los primeros días de octubre de 2015, razón por la cual con fundamento en el artículo citado, se prescinde de la publicación en el Diario Oficial de la convocatoria respectiva.

8º—Que mediante Resolución número DGT-R-12-2014 de las quince horas del 13 de marzo de 2014, publicada en el Diario Oficial La Gaceta número 129 el 07 de julio de 2014, la Dirección General de Tributación trasladó a la Dirección General de Hacienda, la función de actualización del impuesto único por tipo de combustible. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Actualízase el monto del impuesto único por tipo de combustible, tanto de producción nacional como importado, establecido en el artículo 1° de la Ley número 8114 de fecha 4 de julio de 2001, denominada “Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias”, publicada en el Alcance número 53 a La Gaceta número 131 del 9 de julio de 2001, mediante un ajuste del menos cero coma setenta y ocho por ciento (-0,78%), según se detalla a continuación:

             Tipo de combustible por litro                        Impuesto en colones (¢)

Gasolina regular                                       233,50

Gasolina súper                                         244,50

Diésel                                                         138,25

Asfalto                                                         47,00

Emulsión asfáltica                                     35,25

Búnker                                                         22,75

LPG                                                              47,00

Jet Fuel A1                                                139,75

Av Gas                                                       233,50

Queroseno                                                   66,75

Diésel pesado (Gasóleo)                           45,50

Nafta pesada                                               33,50

Nafta liviana                                               33,50

Artículo 2º—Deróguese el Decreto Ejecutivo N° 39091-H de fecha 3 de julio de 2015, publicado en La Gaceta número 147 de fecha 30 de julio de 2015, a partir de la vigencia del presente decreto.

Artículo 3º—Rige a partir del primero de noviembre de dos mil quince.

Dado en la Presidencia de la República, a los catorce días del mes de octubre de dos mil quince.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Hacienda, Helio Fallas V.—1 vez.—O. C. Nº 24185.—Solicitud Nº 8905.—(D39272 - IN2015073971).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

N° 125-PE

LA VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política.

Considerando:

I.—Que la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) de la Organización de los Estados Americanos (OEA) invita a un funcionario a participar como expositor en el “Quincuagésimo Sexto Periodo Ordinario de Sesiones de la CICAD”.

II.—Que la señora Eugenia Mata Chavarría, Jefa de Reducción de la Demanda del Instituto Costarricense sobre Drogas presentará el tema “Fortalecimiento del Sistema Nacional de Tratamiento con la Participación de la Sociedad Civil” en el marco del foro de Salud Pública. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar a la señora Eugenia Mata Chavarría, cédula número uno-seiscientos veintinueve-seiscientos treinta y nueve, funcionaria del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que participe como expositora en el “Quincuagésimo Sexto Periodo Ordinario de Sesiones de la CICAD”, el cual se realizará en la ciudad de Guatemala, Guatemala, del 19 al 21 de noviembre de 2014. La salida de esta funcionaria se efectuará el día 18 y su regreso será el 22 de noviembre de 2014.

Artículo 2°—Los gastos de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la CICAD. La funcionaria devengará el cien por ciento de su salario, durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 18 al 22 de noviembre de 2014.

Artículo 3°—Rige a partir del 18 y hasta el 22 de noviembre de dos mil catorce.

Dado en la Presidencia de la República, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil catorce.

Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1 vez.—O. C. N° 11.—Solicitud N° 2134.—(IN2015071276).

N° 127-PE

LA VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política.

Considerando:

I.—Que la Secretaría General del Sistema de Integración Centroamericana (SG-SICA), en relación al Proyecto: Profesionalización y Tecnificación de las Policías e Instancias Vinculadas a la Seguridad  y la Justicia en el Nivel Nacional y Regional/DB1, de la Estrategia de Seguridad de Centroamérica, financiado por la Unión Europea y coordinada por la Secretaría General del SICA a través de su Dirección de Seguridad Democrática invitan a la jefe de la Unidad de Control y Fiscalización de Precursores a participar como expositora en la celebración de la acción formativa fiscal Regional: “Técnicas para el tratamiento de la escena del crimen en los delitos de narcotráfico y lavado de activos de trascendencia regional”, quien expondrá el tema: “Técnicas de investigación del tráfico de precursores, aspectos operativos”.

II.—Que el objetivo de esta actividad es desarrollar conocimientos y competencias teóricas y prácticas en los fiscales para el abordaje de la criminalidad organizada relacionados al narcotráfico, lavado de activos y actividades conexas en aquellos delitos que puedan tener trascendencia regional, ello con el fin de fortalecer las estrategias investigativas orientadas al adecuado manejo de la escena del delito y la recolección de los elementos de prueba requeridos para lograr la eficacia en el proceso. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar a la señora Emilia Ramírez Alfaro, cédula número cuatro-ciento treinta y cuatro-cero sesenta y dos, funcionaria del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que participe como expositora en la celebración de la Acción Formativa Fiscal Regional: “Técnicas para el Tratamiento de la Escena del Crimen en los Delitos de Narcotráfico y Lavado de Activos de Trascendencia Regional”, quien expondrá el tema: “Técnicas de Investigación del Tráfico de Precursores, Aspectos Operativos”, el cual se realizará en Santo Domingo, República Dominicana, el 12 de diciembre de 2014.  La salida de esta funcionaria se efectuará el día 11 y su regreso será el 13 de diciembre de 2014.

Artículo 2°—Los gastos de boleto aéreo, transporte local, alimentación y hospedaje serán cubiertos por (SG-SICA).  La funcionaria devengará el cien por ciento de su salario, durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 11 al 13 de diciembre de 2014.

Artículo 3°—Rige a partir del 11 y hasta el 13 de diciembre de dos mil catorce.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil catorce.

Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1 vez.—O. C. N° 11.—Solicitud N° 2134.—(IN2015071280).

N° 143-PE

LA VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política, artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que la Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD) de la República de Paraguay invita a un funcionario a brindar asistencia técnica en el “Consejo Nacional de Drogas, en los Protocolos de Investigación de Cárceles a Población Femenina, y en el de Atención a Adolescentes Mujeres Consumidoras de Cocaína”.  Luego pasará a la “Conferencia Biregional: Cuatro Años Trabajando Juntos en el Marco de la Cooperación entre América Latina y la Unión Europea en Políticas sobre Drogas (COPOLAD)”.

II.—Que el SENAD actualmente está adecuando las líneas de acción en el área de Reducción de la Demanda de Drogas, sobre todo atendiendo la situación local instalada y emergente de la problemática relacionada al diagnóstico en diferentes poblaciones y fortalecer los ámbitos del tratamiento. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar a la señora Eugenia Mata Chavarría, cédula número uno-seiscientos veintinueve-seiscientos treinta y nueve, funcionaria del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que brinde asistencia técnica en el “Consejo Nacional de Drogas, en los Protocolos de Investigación de Cárceles a Población Femenina, y en el de Atención a Adolescentes Mujeres Consumidoras de Cocaína”, la cual se realizará en la ciudad de Asunción, República de Paraguay, del 4 al 7 de febrero de 2015. Luego en la “Conferencia Biregional: Cuatro Años Trabajando Juntos en el Marco de la Cooperación entre América Latina y la Unión Europea en Políticas sobre Drogas (COPOLAD)”, la cual se efectuará en la ciudad de Montevideo, Uruguay, del 9 al 12 de febrero de 2015.  La salida de esta funcionaria se efectuará el 3 y su regreso será el 13 de febrero de 2015.

Artículo 2°—Con respecto a la primera reunión, el SENAD cubrirá los costos de alojamiento, traslado terrestre y manutención; COPOLAD cubrirá el transporte aéreo Costa Rica-Uruguay y viceversa. Como esta reunión es en Paraguay, el ICD pagará el transporte aéreo de Montevideo-Asunción-Montevideo.  Posteriormente, para la segunda reunión el ICD pagará el tiquete aéreo de Uruguay-Paraguay y viceversa.  COPOLAD cubrirá la alimentación y el hospedaje del 9 y 10 de febrero; el ICD costeará lo correspondiente a la comida y el alojamiento del 11 y 12 de febrero.  La funcionaria devengará el cien por ciento de su salario, durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 3 al 13 de febrero de 2015.

Artículo 3°—Rige a partir del 3 y hasta el 13 de febrero de dos mil quince.

Dado en la Presidencia de la República, a los diecinueve días del mes de enero del año dos mil quince.

Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1 vez.—O. C. N° 11.—Solicitud N° 2134.—(IN2015071277).

N° 149-PE

LA VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política.

Considerando:

I.—Que el Proyecto PERZ23, Proyecto de Fortalecimiento de la Intendencia Nacional de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados (SUNAT) invita a una funcionaria a participar como expositora en el “Taller de Capacitación para el Área de Registro de la Intendencia”.

II.—Que algunos temas que desarrollará la presentadora son: la estrategia y el procedimiento para captar a los usuarios u operadores a registrarse, los requisitos que debe cumplir un usuario para registrarse y la metodología para determinar o prevenir qué volumen de insumos utilizaría un usuario que va a registrarse. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar a la señora Emilia Ramírez Alfaro, cédula número cuatro-ciento treinta y cuatro-cero sesenta y dos, funcionaria del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que participe como expositora en el “Taller de Capacitación para el Área de Registro de la Intendencia”, el cual se realizará en la ciudad de Lima, Perú, el 26 de febrero de 2015. La salida de esta funcionaria se efectuará el día 24 y su regreso será el 28 de febrero de 2015.

Artículo 2°—Los gastos de transporte aéreo, alimentación y hospedaje serán cubiertos por el Proyecto PERZ23. La funcionaria devengará el cien por ciento de su salario, durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 24 al 28 de febrero de 2015.

Artículo 3°—Rige a partir del 24 y hasta el 28 de febrero de dos mil quince.

Dado en la Presidencia de la República, a los dos días del mes de febrero del año dos mil quince.

Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1 vez.—O. C. N° 11.—Solicitud N° 2134.—(IN2015071281).

N° 167-PE

LA VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política.

Considerando:

1.  Que la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) y el Programa Iberoamericano de Formación Técnica Especializada (PIFTE), que se lleva a cabo en la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) invitan a un funcionario a participar en el “Taller Marco de Referencia para el Desarrollo de Políticas Públicas de Salud Pública en Materia de Drogas”.

II.—Que esta actividad tiene como finalidad generar una posición consensuada, respecto al enfoque de Salud Pública en la atención del fenómeno del consumo de drogas en los países de las Américas, y está dirigida a profesionales con amplia experiencia en el ámbito de las políticas públicas en materia de drogas y salud pública. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar a la señora Eugenia Mata Chavarría, cédula número uno-seiscientos veintinueve-seiscientos treinta y nueve, funcionaria del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que participe en el “Taller Marco de Referencia para el Desarrollo de Políticas Públicas de Salud Pública en Materia de Drogas”, el cual se realizará en la ciudad de Antigua, República de Guatemala, del 2 al 5 de marzo de 2015. La salida de esta funcionaria se efectuará el 1° y su regreso será el 6 de marzo de 2015.

Artículo 2°—Los gastos de transporte aéreo, alimentación y hospedaje serán cubiertos por los auspiciadores. La funcionaria devengará el cien por ciento de su salario, durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 1° al 6 de marzo de 2015.

Artículo 3°—Rige a partir del 1° y hasta el 6 de marzo de dos mil quince.

Dado en la Presidencia de la República, a los veinticinco días del mes de febrero del año dos mil quince.

Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1 vez.—O. C. N° 11.—Solicitud N° 2134.—(IN2015071278).

N° 175-PE

LA VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política.

Considerando:

I.—Que la Secretaría Ejecutiva del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) invita a un funcionario a participar en la “Reunión Estratégica de Coordinadores Nacionales”. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar al señor Román Chavarría Campos, cédula número uno-ochocientos sesenta-cuatrocientos dos, funcionario del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que participe en la “Reunión Estratégica de Coordinadores Nacionales”, la cual se realizará en las islas Galápagos, Ecuador, del 16 al 17 de abril de 2015. La salida de este funcionario se efectuará el día 14 y su regreso será el 18 de abril de 2015.

Artículo 2°—Los gastos de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Delegación de Ecuador. El funcionario devengará el cien por ciento de su salario, durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 14 al 18 de abril de 2015.

Artículo 3°—Rige a partir del 14 y hasta el 18 de abril de dos mil quince.

Dado en la Presidencia de la República, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil quince.

Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1 vez.—O. C. N° 11.—Solicitud N° 2134.—(IN2015071284).

N° 197-PE

LA VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política.

Considerando:

I.—Que la Secretaría Ejecutiva Adjunta de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) de la Organización de los Estados Americanos invita a un funcionario para que participe en el “Quincuagésimo Séptimo Período Ordinario de Sesiones de la CICAD”.

II.—Que se solicita la valiosa participación en la presentación del Informe Hemisférico del Mecanismo de Evaluación Multilateral (MEM) en calidad de Coordinadora Adjunta del Grupo de Expertos Gubernamentales (GEG). Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar a la señora Emilia Ramírez Alfaro, cédula número cuatro-ciento treinta y cuatro-cero sesenta y dos, funcionaria del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que participe en el “Quincuagésimo Séptimo Período Ordinario de Sesiones de la CICAD”, en la presentación del Informe Hemisférico del Mecanismo de Evaluación Multilateral (MEM) en calidad de Coordinadora Adjunta del Grupo de Expertos Gubernamentales (GEG), la cual se realizará en la ciudad de Washington D.C., de Los Estados Unidos de América, del 29 al 30 de abril de 2015. La salida de esta funcionaria se efectuará el día 28 y su regreso será el 1 mayo de 2015.

Artículo 2°—Los gastos de transporte aéreo, alimentación y hospedaje serán cubiertos por el auspiciador. La funcionaria devengará el cien por ciento de su salario, durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 28 de abril al 1° de mayo de 2015.

Artículo 3°—Rige a partir del 28 de abril y hasta el 1 de mayo de dos mil quince.

Dado en la Presidencia de la República, a los catorce días del mes de abril del año dos mil quince.

Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia.—1 vez.—O. C. N° 11.—Solicitud N° 2134.—(IN2015071282).

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

N° 084-MOPT

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, Ley N° 9289 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2015 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que la Organización Hidrográfica Internacional (OHI) y la Comisión Mesoamericana y del Caribe de Hidrografía (MACHC), tienen programado realizar el “Taller de Trabajo en Aspectos Técnicos de Limitación Marítima, Líneas Base y Extensión de la Plataforma Continental”, evento que se realizará del 10 al 14 de Agosto del 2015 en Ciudad de Paramaribo, Surinam.

II.—Que en el marco de cooperación técnica que existe entre Costa Rica y la Organización Hidrográfica Internacional, que busca entre otras cosas, el fortalecimiento del Sector Marítimo en aspectos hidrográficos, se ha nominado al funcionario, Ing. Miguel Alejandro Artavia Pérez, Ingeniero de la Dirección de Infraestructura de la División Marítimo Portuaria del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).

III.—Que para Costa Rica reviste de gran importancia la participación del Ing. Artavia Pérez, con el objetivo de contar con mayores elementos de entendimiento en la debida implementación de requerimientos y principios técnicos de la delimitación de marítima. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar al Ing. Miguel Alejandro Artavia Pérez, portador de la cédula de identidad N° 4-0190-0179, funcionario de la Dirección de Infraestructura de la División Marítimo Portuaria, para que participe en el “Taller de Trabajo en Aspectos Técnicos de Limitación Marítima, Líneas Base y Extensión de la Plataforma Continental”.

Artículo 2°—Los gastos de transporte aéreo, hospedaje y alimentación, serán cubiertos por la Organización Hidrográfica Internacional (OHI), por lo que no se requiere pago alguno a cargo del presupuesto de este Ministerio por esos conceptos.

Artículo 3°—Se le reconocerá gastos por concepto de transporte aeropuerto-hotel y viceversa al funcionario en mención, con un monto de $80, de la sub-partida 1.05.04 del MOPT, del programa presupuestario 32800 “Puertos y Regulación Marítima”, área 01, actividad 04.

Artículo 4°—Que durante los días en que se autoriza la ausencia del funcionario Artavia Pérez, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5°—Rige a partir del 09 al 15 de agosto del 2015.

Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a los 22 días del mes de Julio del 2015.

Lic. Carlos Segnini Villalobos, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 24660.—Solicitud N° 17536.—(IN2015071266).

N° 89

El MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1, 28 inciso 1, acápite b) de la Ley General de la Administración Pública o Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 9289 Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2015 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que es de interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes el Seminario Internacional de Presupuesto Público, en el cual se abordarán temas muy relevantes en la Administración Pública aplicables a las funciones que ejerce el funcionario.

2º—Que la participación del funcionario Francisco Molina Salas, será de provecho para la Dirección Financiera así como para el resto de la Institución, en el tanto se abordarán dos temas generales como lo son: “Tienen validez los principios presupuestarios clásicos frente a la dinámica y velocidad de los hechos económicos, políticos, sociales y tecnológicos actuales? Propuestas”; “Distribución del Ingreso: Avances en América Latina, situación y perspectivas. Papel de las políticas públicas. Se desarrollarán conferencias magistrales tales como: ¿Es posible enfrentar las políticas económicas del siglo XXI con las teorías del siglo XX? “Causas que dificultan compatibilizar el Planeamiento de las políticas públicas y los presupuestos públicos” “Causas y consecuencias de la expresión”. “El presupuesto es una ficción” “Acciones para combatirlas”. Los instrumentos presupuestarios de la Unión Europea. Efectividad y cumplimiento para resolver los problemas de la desigualdad de los países miembros. Además del desarrollo de paneles de trabajo en temas definidos como lo son: “Si los instrumentos de Planeamiento y Presupuesto Público no están suficientemente desarrollados, cómo formular las políticas y gestionar su aprobación, ejecución y evaluación” “¿Las competencias presupuestarias de los Poderes del Estado están adecuadamente distribuidas para facilitar la objetividad, la eficiencia, la eficacia, la efectividad y la transparencia?” Temas que son de suma importancia en el contexto de la realidad actual a la cual se está sujeto y los cambios que se nos avecinan en las políticas públicas y su entorno; y para lo cual la capacitación en los mismos es de total trascendencia en un mejor desempeño del cargo debido a la atinencia que se presenta en el ejercicio de sus funciones.

3º—Que mediante el oficio DVA-DCD-2015-1906 de fecha 23 de julio del 2015 de la Dirección de Capacitación y Desarrollo de este Ministerio; dicha Dirección emite dictamen técnico realizado por el Departamento de Investigación y Programación donde se aprueba la participación del Licenciado Francisco Molina Salas en el citado Seminario, avalando los contenidos temáticos y la importancia del evento para las labores profesionales que realiza el Licenciado Molina Salas, Director Financiero de la Institución; según lo estipulado en la actividad denominada Visto bueno para actividades de capacitación previo a la elaboración del Acuerdo de Viaje. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al Licenciado Francisco Molina Salas, cédula Nº 1-716-870 Director Financiero de este Ministerio, para que participe en el XLII Seminario Internacional de Presupuesto Público, mismo que se llevará a cabo del 06 al 09 de octubre del 2015, en la ciudad de Buenos Aires - Argentina.

Artículo 2º—Los gastos de alimentación y hospedaje del funcionario Molina Salas durante los días del 04 al 10 de octubre del 2015 serán cubiertos con recursos del MOPT en el programa 326-05-03 y en la subpartida 10504, por un monto de $ 1.900.00 dólares americanos, lo cual incluye los gastos de alimentación, hospedaje, taxis (Aeropuerto-hotel y viceversa). Los gastos de inscripción al evento serán de $ 500.00 dólares americanos y serán cargados a la subpartida 1.05.04 del programa presupuestario 326-05-03.

Por la subpartida 10503, transporte al exterior, se reconocerá para el funcionario el boleto Aéreo y otros cargos por una suma máxima de $ 1.300.00 dólares americanos.

Artículo 3º—El funcionario debe ceder al Ministerio de Obras Públicas y Transportes la totalidad del millaje producto de este viaje al exterior.

Artículo 4º—Que durante los días hábiles laborales del 05 al 09 de octubre del año 2015, en que se autoriza la participación del funcionario Francisco Molina Salas en la actividad denominada XLII Seminario Internacional de Presupuesto Público, en la ciudad de Buenos Aires - Argentina, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—Rige a partir del 04 de octubre y hasta su regreso el día 10 de octubre del 2015.

Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes a los 31 días del mes de julio del año 2015.

Carlos Segnini Villalobos, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O.C. Nº 24446.—Solicitud Nº 17523.—(IN2015070800).

N° 098-MOPT

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, Ley N° 9289 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2015 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM), tiene previsto realizar la “LXXXVII Reunión Ordinaria del Directorio de la COCATRAM a realizarse el día 28 de agosto del 2015, en la Ciudad de San Salvador, República de El Salvador.

II.—Que en el marco de cooperación técnica que existe entre Costa Rica y la COCATRAM, que busca entre otras cosas, el fortalecimiento del Sector Marítimo Regional y su relación con el SICA, se ha nominado al funcionario Lic. Luis Fernando Coronado Salazar, en su calidad de Director General de la División Marítimo Portuaria, y en su calidad de Representante Alterno al Directorio de la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM).

III.—Que para Costa Rica reviste de gran importancia la participación del funcionario Coronado Salazar, con el objetivo de tratar temas tales como: Normas Técnicas de Control Interno CFR-SICA, Informe sobre el cumplimiento POA 2015, Informe Financiero y el Informe sobre el Transporte Marítimo de Corta Distancia (TMCD). Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar al Licenciado Luis Fernando Coronado Salazar, portador de la cédula de identidad N° 5-172-409, en su calidad de Director General de la División Marítimo Portuaria, y Representante Alterno al Directorio de la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM), para que participe en la “LXXXVII Reunión Ordinaria del Directorio de la COCATRAM, a realizarse el día 28 de agosto del 2015, en la Ciudad de San Salvador, República de El Salvador.

Artículo 2°—Los gastos de transporte aéreo, hospedaje y alimentación, serán cubiertos por la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM), por lo que no se requiere pago alguno a cargo del presupuesto de este Ministerio por esos conceptos.

Artículo 3°—Que durante los días en que se autoriza la ausencia del funcionario Coronado Salazar, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4°—Rige a partir del 27 al 29 de agosto del 2015.

Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a los 17 días del mes de agosto del 2015.

Lic. Carlos Segnini Villalobos, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 24660.—Solicitud N° 17535.—(IN2015071262).

N° 099-MOPT

EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en Artículo 28 inciso 1 de la Ley N° 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, así como lo dispuesto en la Ley N° 8691 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley N° 6362 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que Costa Rica junto con la República Popular de China han suscrito en el marco de relaciones diplomáticas el Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República de China.

II.—Que la Embajada de la República Popular de China, a través de la Oficina del Consejero Económico y Comercial invita a la realización del “Seminario para servidores públicos de administración pública de Costa Rica”, organizado por la Academia Nacional de gobernación China a realizarse en la República Popular de China.

III.—Que la Ley de Planificación Nacional N° 5525, establece el funcionamiento de las unidades encargadas de generar los procesos de prognosis organizacional y programación de actividades en búsqueda del alineamiento con el Sistema Nacional de Planificación.

IV.—Que la participación del Ingeniero Christopher Cortés Zúñiga, es de vital importancia para Costa Rica, en función de los retos y necesidades de optimizar los procesos de planificación, los sistemas de gestión del servicio público, generación de políticas públicas y de la gestión institucional. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1°—Designar al Ing. Christopher Cortés Zúñiga, cédula 1-1236-0781, funcionario del Despacho del Ministro para que participe en el Seminario para servidores públicos de administración pública de Costa Rica en las fechas comprendidas entre el 25 de Agosto al 18 de Setiembre del 2015 en la ciudad de Beijing, China.

Artículo 2°—Los gastos por concepto de boletos aéreos, hospedaje, seguro de accidente personal y alimentación y traslado terrestre del funcionario Christopher Cortés Zúñiga, serán cubiertos con recursos del Ministerio de Comercio de la República Popular de China (MOFCOM).

Artículo 3°—Que durante los días del 25 de Agosto al 18 de Setiembre del presente año en que se autoriza la ausencia del Ingeniero Christopher Cortés Zúñiga, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5°—Rige a partir del 25 de Agosto al 18 de Setiembre del 2015 inclusive.

Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los dieciocho días del mes de agosto del 2015.

Carlos Segnini Villalobos, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 24446.—Solicitud N° 17537.—(IN2015071269).

N° 108-MOPT

Con fundamento en lo dispuesto en la Ley Nº 9193 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2014 y al artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la Embajada Británica ha extendido invitación al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para el Seminario Taller Regional: Iniciativas de Transparencia en el Sector de la Construcción (CoST), cuyo objetivo es facilitar los elementos esenciales de CoST como una herramienta base, cuyos indicadores podrían aumentar la transparencia y la rendición de cuentas de los proyectos de construcción financiados con fondos públicos. El mismo se efectuará en Lima, Perú los días 22 y 23 de octubre del 2015.

2º—Que la iniciativa CoST busca mejorar el valor del dinero que se invierte en la infraestructura pública, la cual podría valorarse su aplicación en nuestro país. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al Ing. Mauricio González Quesada, Viceministro de Reformas y Proyectos, cédula de identidad número 1-1055-0152, para que viaje a Lima, Perú, del 21 al 25 de octubre del año en curso.

Artículo 2º—Los gastos de transporte aéreo, hospedaje, costo del curso, alimentación y transporte local serán cubiertos por el Gobierno Británico.

Artículo 4º—Que durante los días que se autoriza la participación del Ing. Mauricio González Quesada en dicho evento devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—Rige a partir del 21 al 25 de octubre del año 2015.

Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a los 08 días del mes de setiembre del año 2015.

Carlos Segnini Villalobos, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O.C. Nº 24446.—Solicitud Nº 17520.—(IN2015070802).

Nº 121-MOPT

EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 1) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública o Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley N° 9289 Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2015 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que es de interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes el “XVII Congreso de la Federación Internacional de Antiguos Alumnos Iberoamericanos Egresados del INAP de España”, en el cual se abordarán temas muy relevantes en la Administración Pública aplicables a las funciones que ejerce el funcionario.

2º—Que la participación del funcionario Orlando Cervantes Benavides, será de provecho para la División Administrativa así como para el resto de la Institución, en el tanto se abordarán un tema general, como es “Las políticas públicas como instrumentos de gestión para el fortalecimiento y desarrollo de la Administración Pública y se abordarán temas relacionados con la formulación de políticas públicas, la calidad del gasto público, los desafíos del medio ambiente y la transparencia y participación ciudadana”. Temas que son de suma importancia en el contexto de la realidad actual a la cual se está sujeto y los cambios que se avecinan en las políticas públicas y su entorno, para lo cual la capacitación en los mismos es de total trascendencia en un mejor desempeño del cargo debido a la atinencia que se presenta en el ejercicio de sus funciones.

3º—Que mediante el oficio DVA-DCD-2015-2390 de fecha 19 de agosto de 2015 de la Dirección de Capacitación y Desarrollo de este Ministerio, se emite dictamen técnico realizado por el Departamento de Investigación y Programación donde se aprueba la participación del Master Orlando Cervantes Benavides en el citado Congreso, avalando los contenidos temáticos y la importancia del evento para las labores profesionales que realiza el Master Cervantes Benavides, Director General de la División Administrativa, según lo estipulado en la actividad denominada “Visto Bueno para actividades de capacitación previo a la elaboración del Acuerdo de Viaje”. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Designar al Master Orlando Cervantes Benavides, cédula Nº 0013440304, funcionario de la División Administrativa del MOPT, para que participe en la el “XVII Congreso de la Federación Internacional de Antiguos Alumnos Iberoamericanos Egresados del INAP de España”, que se llevará a cabo del 12 al 16 de octubre de 2015, en Ciudad de la Antigua, Guatemala.

Artículo 2º—Los gastos de alimentación y hospedaje del funcionario Cervantes Benavides durante los días del 12 al 16 de octubre de 2015 serán cubiertos con recursos del MOPT en el Programa Presupuestario 326-05-01: en la subpartida 10504-Viáticos en el exterior por un monto de $1.394,00 dólares americanos, lo cual incluye gastos de alimentación, hospedaje, taxis (Aeropuerto-hotel y viceversa) y los gastos de inscripción al evento ($150,00 dólares americanos). Por la subpartida 10503-Transporte en el exterior por un monto de $600,00 dólares americanos, se reconocerá para el funcionario el boleto aéreo y otros cargos por una suma máxima de $600,00 dólares americanos.

Artículo 3º—El funcionario debe ceder al Ministerio de Obras Públicas y Transportes la totalidad del millaje producto de este viaje al exterior.

Artículo 4º—Que durante los días en que se autoriza la participación del Master Orlando Cervantes Benavides a la actividad denominada “XVII Congreso de la Federación Internacional de Antiguos Alumnos Iberoamericanos Egresados del INAP de España”, que se llevará a cabo del 12 al 16 de octubre de 2015, en Cuidad de la Antigua, Guatemala., devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—Rige a partir del 11 al 16 de octubre de 2015 inclusive.

Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes a los 29 días del mes de setiembre del año 2015.

Carlos Segnini Villalobos, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O.C. Nº 24446.—Solicitud Nº 17524.—(IN2015070805).

MINISTERIO DE SALUD

N° DM-MG-4684-15

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SALUD

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 1) y 20) y 146 de la Constitución Política; 28 aparte segundo, inciso b) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; y 2° de la Ley N° 3695 del 22 de junio de 1966 “Ley de Creación del Patronato Nacional de Rehabilitación”.

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° DM-MG-1121-15 del 5 de enero del 2015, publicado en La Gaceta N° 55 del 19 de marzo del 2015, se designa la Junta Directiva del Patronato Nacional de Rehabilitación (PANARE).

II.—Que mediante oficio de fecha 17 de julio del 2015, suscrito por la señora Carmen María Fonseca Arce, cédula 1-0557-0980, presenta formal renuncia como Vicepresidenta de la Junta Directiva del Patronato Nacional de Rehabilitación (PANARE), misma que es aceptada.

III.—Que mediante oficio de fecha 08 de julio del 2015, suscrito por la señora Laura Tatiana Calvo Viales, cédula 1-1191-0722, presenta formal renuncia como Secretaria de la Junta Directiva del Patronato Nacional de Rehabilitación (PANARE), misma que es aceptada.

IV.—Que la señora María Alejandra Arias Guido, cédula N° 2-0524-0699, ocupa el cargo de Tesorera de la Junta Directiva del Patronato Nacional de Rehabilitación (PANARE), según Acuerdo Ejecutivo N° DM-MG-1121-15 del 5 de enero del 2015, publicado en La Gaceta N° 55 del 19 de marzo del 2015. Sin embargo se considera oportuno y necesario, en vista de la renuncia de la señora Laura Tatiana Calvo Viales, cédula N° 1-1191-0722, a su cargo de Secretaria de la Junta Directiva del Patronato Nacional de Rehabilitación (PANARE), designar a la señora María Alejandra Arias Guido, en este cargo.

V.—Que en razón de las anteriores consideraciones, se hace oportuno y necesario reformar el Acuerdo Ejecutivo N° DM-MG-1121-15 del 5 de enero del 2015, publicado en La Gaceta N° 55 del 19 de marzo del 2015, y proceder a una nueva designación a fin de incorporar a los nuevos miembros. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1°—Modificar el artículo 1. del Acuerdo Ejecutivo N° DM-MG-1121-15 del 5 de enero del 2015, publicado en La Gaceta N° 55 del 19 de marzo del 2015, en el que se designa la Junta Directiva del Patronato Nacional de Rehabilitación (PANARE), para que se lea de la siguiente manera:

    Mario Alberto Rivera Lizano, cédula N° 1-0467-0383, como presidente.

    Madeline Matarrita Castrillo, cédula N° 5-0252-0995, como vicepresidenta.

    María Alejandra Arias Guido, cédula N° 2-0524-0699, como secretaria.

    Omer Alberto Morales Román, cédula N° 1-0747-0255, como tesorero.

    Wendy Patricia Barrantes Jiménez, cédula N° 5-0277-0499, como vocal I.

    América Zeledón Carrillo, cédula N° 1-1007-0107, como vocal II.

    Mariana Camacho Cordero, cédula N° 1-1442-0443, como vocal III.

Artículo 2°—Rige a partir del 17 de setiembre del 2015 al 07 de mayo del 2018.

Dado en la Presidencia de la República. San José, diecisiete de setiembre del dos mil quince.

Publíquese.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Salud, Dr. Fernando Llorca Castro.—1 vez.—O. C. N° 26115.—Solicitud N° 7803.—(IN2015071243).

N° DM-YR-4839-15

EL MINISTRO DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 párrafo segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 02 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar al MAF Erick Rodríguez Steller, cédula de identidad N° 2-447-493, funcionario de la Dirección de Protección al Ambiente Humano para que asista y participe en la actividad denominada “C7-RAF-0.044 5th Session of the Nuclear Law Institute” que se llevará cabo en la Ciudad de Viena, Austria del 26 de setiembre al 09 de octubre del 2015.

Artículo 2°—Los gastos del funcionario por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la OIEA, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3°—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, éste devengará el 100% de su salario.

Artículo 4°—Para efectos de itinerario el funcionario estará saliendo del país el día 26 de setiembre y regresará el 10 de octubre del 2015.

Artículo 5°—Rige a partir del 26 de setiembre al 10 de octubre del 2015.

Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los veinticinco días del mes de setiembre del dos mil quince.

Publíquese.

Dr. Fernando Llorca Castro, Ministro de Salud.—1 vez.—O.C. N° 26115.—Solicitud N° 7802.—(IN2015071248).

N° DM-YR-4840-15

EL MINISTRO DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 párrafo segundo inciso b) de la Ley N°. 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”.

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar a la MSC. Rosa María Vargas Alvarado, cédula de identidad N° 1-454-750, funcionaria de la Unidad de Seguimiento de Indicadores de Salud, para que asista y participe en la actividad denominada “Taller sobre Sistemas de Vigilancia en el Intento de Suicidio” que se llevará cabo en la ciudad de Ginebra, Suiza, del 29 al 30 de setiembre del 2015.

Artículo 2°—Los gastos de la funcionaria, por concepto de transporte, alimentación y  hospedaje serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3°—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, ésta devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4°—Para efectos de itinerario la funcionaria, estará saliendo del país el día 27 de setiembre y regresará el 02 de octubre del 2015.

Artículo 5°—Rige a partir del 27 de setiembre al 02 de octubre del 2015.

Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los veinticinco días del mes de setiembre del dos mil quince.

Publíquese.

Dr. Fernando Llorca Castro, Ministro de Salud.—1 vez.—O.C. N° 26115.—Solicitud N° 7802.—(IN2015071250).

Nº DM-RM-4873-2015

EL MINISTRO DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1, y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la Dra. Virginia Murillo Murillo, cédula de identidad Nº 2-293-863, Viceministra de Promoción de la Salud, para que asista y participe en la “Segunda Reunión de la Conferencia sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe”, que tendrá lugar en Ciudad de México, México los días 06 al 09 de octubre del 2015.

Artículo 2º—Los gastos de la Viceministra de Promoción de la Salud por concepto de alimentación, hospedaje y traslados terrestres, serán cubiertos por el Área de Cooperación Internacional-ACI del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica.

Artículo 3º—Rige del 06 de octubre al 10 de octubre de 2015.

Dado en el Ministerio de Salud. San José a los dos días del mes de octubre del dos mil quince.

Publíquese.

Dr. Fernando Llorca Castro, Ministro de Salud.—1 vez.—O.C. Nº 26115.—Solicitud Nº 7804.—(IN2015070826).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Res. N° 2936-2015-MEP.—Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP) al ser las trece horas con cuarenta y tres minutos del ocho de setiembre de dos mil quince.

En ejercicio de las atribuciones contenidas en los artículos 1º y 2º de la Ley Nº 6693 del 27 de noviembre de 1981 y en los artículos 2º, 3º, 4º, y 5º del Reglamento General del CONESUP Nº 29631-MEP del 18 de junio de 2001, se resuelve lo siguiente:

Resultando:

1º—El 3 de agosto de 2015, la señora Olga Marta Sánchez Oviedo en calidad de Ministra de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), mediante oficio DM-438-15 (consecutivo 1559-15) comunica que el señor Jorge Ortega Vindas, cédula de identidad 1-1090-0948 fue designado como representante alterno de ese Ministerio desde el 29 de julio de 2015 hasta el 29 de julio de 2017.

2º—El 19 de agosto de 2015, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 11 de la Constitución Política, 1° y 2° de la Ley de Creación del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), N° 6693 del 27 de noviembre de 1981, se procedió a juramentar al licenciado Jorge Ortega Vindas, cédula de identidad 1-1090-0948, lo cual fue debidamente consignado en el acta de juramentación correspondiente, por un periodo de dos años, el cual rige desde el 29 de julio del 2015 hasta el 29 de julio del 2017.

Considerando:

I.—Que el artículo 2° de la Ley de Creación del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), N° 6693 del 27 de noviembre de 1981, señala: Artículo 2.- El Ministerio de Educación Pública, mediante acta, juramentará a los representantes y les dará posesión en sus cargos. Para la integración del Consejo, requerirá a las entidades con derecho a ello, el nombramiento de sus representantes, cuando éste proceda. Si dentro del plazo de un mes, contado a partir de la comunicación respectiva, no se le hubiere comunicado el nombramiento, el Ministerio lo hará de oficio.

El Consejo, en su primera sesión, elegirá, de entre sus miembros, un vicepresidente, quien suplirá al presidente durante sus ausencias temporales.

II.—Que el artículo 3° del Reglamento General del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), Decreto Ejecutivo 29631, del 18 de junio de 2001 indica: “Artículo 3º—El CONESUP tendrá la integración que determina el artículo 1° de su Ley Constitutiva y sus miembros deberán necesariamente cumplir con los requisitos ahí señalados. La designación de los miembros de las entidades y dependencias con derecho a representación se hará conforme a los procedimientos internos que al efecto tengan éstas, excepto el representante del conjunto de todas las universidades privadas que se hará conforme a lo dispuesto en el artículo siguiente.”

III.—Que de conformidad con lo razonado en el oficio LYD-5828/07-2012-L de fecha 10 de julio de 2012 así emitido por la Dirección de Leyes y Decretos, debe interpretarse que de las normas transcritas anteriormente, se desprenden dos trámites específicos para el nombramiento de los representantes de las instituciones con derecho a ello ante el CONESUP. El primero de ellos es la designación de los miembros conforme los procedimientos internos que al efecto tenga cada entidad y dependencia (artículo 3 del Decreto Ejecutivo 29631), y el segundo, la juramentación de los representantes y puesta en posesión del cargo que hará el Ministerio de Educación Pública (artículo 2° de la Ley 6693), todo lo cual según se manifiesta en los resultandos 1 y 2 de la presente resolución, ya fue realizado, siendo lo procedente tener por debidamente nombrado al Lic. Jorge Ortega Vindas, cédula de identidad 1-1090-0948, como Representante alterno del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), ante el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), por el plazo legal correspondiente de dos años, contabilizados a partir del 29 de julio de 2015 hasta el 29 de julio de 2017.

Por tanto:

Considérese formal y válidamente nombrado al Lic. Jorge Ortega Vindas, cédula de identidad 1-1090-0948, como Representante alterno del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), ante el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), por el plazo legal correspondiente de dos años, contabilizados a partir del 29 de julio de 2015 hasta el 29 de julio de 2017.

Publíquese.—Dra. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública y Presidenta del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada.—1 vez.—O. C. N° 23603.—Solicitud N° 8715.—(IN2015071208).

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

Res. Nº 245 —San José, a las dieciséis horas del día veinte del mes de octubre del año dos mil quince.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación en relación con el derecho comercial actividad Parqueo Público que se desarrolla en el terreno a expropiar propiedad inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble Folio Real 01-00009600-000, necesario para la construcción del proyecto denominado “Cinemateca Nacional”.

Resultando:

1º—Que mediante oficio Nº CCPC-503-2015 del día 12 de agosto de 2015, suscrito por el señor Fernando Rodríguez, Director General del Centro Costarricense de Producción Cinematográfica, y conforme a las sugerencias y observaciones transmitidas de forma oral por el señor William Monge, Director del Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura y Juventud y el señor William Miranda, funcionario del Centro Costarricense de Producción Cinematográfica, se solicita autorización al Consejo Nacional de Cinematografía para el inicio de trámite de adquisición del derecho comercial que se encuentra arrendado sobre el inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad Inmueble Folio Real 01-00009600-000, sito en el cantón Central de San José, distrito El Carmen, con una medida de cuatrocientos setenta y seis metros con setenta y seis decímetros cuadrados, según plano catastrado Nº SJ-0009928-1975, para la construcción del Proyecto “Cinemateca Nacional”. Asimismo se solicita autorizar el trámite ante la señora Ministra de Cultura y Juventud, para la declaratoria de interés público y el mandamiento provisional de anotación.

2º—Que en Sesión Extraordinaria número veintitrés, celebrada el trece de agosto del año dos mil quince a las catorce horas en el Despacho del Sr. Viceministro de Cultura, el Consejo Nacional de Cinematografía conoce del oficio Nº CCPC-503-2015 del día 12 de agosto de 2015, en el que se solicita autorización de inicio de trámite para adquirir la propiedad y su derecho comercial para la construcción del proyecto “Cinemateca Nacional”. Con base en lo anterior, el Consejo Nacional de Cinematografía acuerda por unanimidad lo siguiente: “Acuerdo Nº 2: Resuelve, con el fin del garantizar el derecho constitucional a la cultura y la conservación del patrimonio arquitectónico y con el fin de garantizar un servicio público más eficiente y seguro, autorizar el inicio del trámite de adquisición del inmueble que se describirá, hasta su inscripción definitiva a nombre del Centro Costarricense de Producción Cinematográfica, así como tramitar oportunamente la declaratoria de interés público y el mandamiento provisional de anotación de la propiedad inscrita en el Registro Público de la Propiedad. Partido de San José. Matrícula de Folio Real Nº 9600-000, sito en el Cantón Central de San José, distrito: El Carmen. Mide: cuatrocientos setenta y seis metros con setenta y seis decímetros cuadrados, según Plano Catastrado Nº SJ-0009928-75. La adquisición se hará de conformidad con lo estipulado en la Ley de Expropiaciones Nº 9286 y por el monto que determine en su oportunidad el avalúo que realizará el Ministerio de Hacienda. Todo conforme a la justificación y demás datos que constan en expediente y que este Consejo aprueba en el acto. Acuerdo Firme.”

3º—Que en Sesión Extraordinaria número treinta, celebrada el quince de octubre del año dos mil quince a las catorce horas en el Centro Costarricense de Producción Cinematográfica, el Consejo Nacional de Cinematografía acuerda por unanimidad lo siguiente: “Acuerdo Nº 5: Resuelve, con el fin del garantizar el derecho constitucional a la cultura y la conservación del patrimonio arquitectónico y con el fin de garantizar un servicio público más eficiente y seguro, adicionar el Acuerdo Nº 2 de Sesión Extraordinaria número veintitrés, celebrada el trece de agosto del año dos mil quince a las catorce horas, en el sentido de autorizar el inicio del trámite de adquisición también del derecho comercial que se encuentra arrendado, así como tramitar oportunamente la declaratoria de interés público y el mandamiento provisional de anotación, sobre el inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad. Partido de San José. Matrícula de Folio Real Nº 9600-000, sito en el Cantón Central de San José, distrito: El Carmen. Mide: cuatrocientos setenta y seis metros con setenta y seis decímetros cuadrados, según Plano Catastrado Nº SJ-0009928-75. La adquisición se hará de conformidad con lo estipulado en la Ley de Expropiaciones Nº 9286 y por el monto que determine en su oportunidad el avalúo que realizará el Ministerio de Hacienda. Todo conforme a la justificación y demás datos que constan en expediente y que este Consejo aprueba en el acto. Acuerdo Firme.”

4º—Que mediante oficio ACP-106-2015 del día 09 de octubre de 2015, la Contadora del Centro de Producción Cinematográfica certifica que en el presupuesto del año 2015 programa presupuestario Administración Central, en la subpartida 5.03.01 terrenos, se reserva la suma de ¢402.000.000,00 para efectuar la adquisición del parqueo que colinda con el Teatro Variedades.

5º—Que mediante oficio Nº CCPC 696-2015 del día 16 de octubre de 2015, remitido por la Dirección del Centro Costarricense de Producción Cinematográfica, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales fines prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 9286 del 11 de noviembre de 2014, en relación con el derecho comercial que se encuentra arrendado sobre el inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad Inmueble Folio Real 01-00009600-000, cuya naturaleza se encuentra registrada como solar con una casa, situado en el Distrito 01 (El Carmen), Cantón 01 (Central) de la provincia de San José, con una medida de 476,76 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con calle; al sur, con herederos de Manuel Carazo; al este, con Gordiano Morales, y al oeste, con herederos de Manuel Carazo.

6º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición el derecho comercial que se encuentra arrendado por el área total del terreno, equivalente a cuatrocientos setenta y seis metros con setenta y seis decímetros cuadrados, que presenta las siguientes características: Naturaleza registral: solar con una casa, situado en el distrito primero (El Carmen), cantón primero (San José) de la provincia de San José. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° SJ-0009928-1975. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto “Cinemateca Nacional”.

7º—Constan en el expediente administrativo número 02-2015 a que se refiere este acto resolutivo los siguientes documentos:

a)  Plano Catastrado Nº SJ-0009928-75, mediante el cual se establece que el área total de la propiedad es de 476,76 metros cuadrados.

b) Certificación sobre la inscripción de la propiedad.

c)  Información básica sobre el arrendatario del derecho comercial, Inversiones Angulo Betancur Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-366450, incluida personería jurídica.

8º—En razón de lo anterior, y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse de la citada propiedad el derecho comercial, que se encuentra arrendado, para la construcción y posterior operación del proyecto “Cinemateca Nacional”, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley que Crea el Centro Costarricense de Producción Cinematográfica, Nº 6158 de 25 de noviembre de 1977 y su reforma, el Centro se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia.

La Ley de Expropiaciones, Nº 9286 de 11 de noviembre de 2014, establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20 que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política y los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública, procede declarar de interés público dicho derecho comercial, que se encuentra arrendado sobre la propiedad que a continuación se describe:

a)  Inscripción en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula Nº SJ-00009600-000.

b) Naturaleza registral: solar con una casa.

c)  Ubicación: situado en el distrito 01 El Carmen, cantón 01 Central de San José de la provincia de San José. Linderos, lo indicado en el plano catastrado SJ-0009928-1975.

d) Propiedad: Matilde Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-025527.

e)  Arrendatario: Inversiones Angulo Betancur Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-366450.

f)  Dicha propiedad presenta un área total de 476,76 metros cuadrados según plano catastrado Nº SJ-0009928-75.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicha propiedad necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 9286, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD,

RESUELVE:

1º—Declarar de interés público el derecho comercial que se encuentra arrendado sobre la propiedad inscrita en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Nº SJ-00009600-000, cuya naturaleza registral es solar con una casa, situada en el distrito 01 (El Carmen), cantón 01 (Central) de la provincia de San José y propiedad de Matilde Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-025527, con una medida de 476,76 metros cuadrados según plano catastrado Nº SJ-0009928-75, necesaria para la construcción del proyecto “Cinemateca Nacional”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad sobre la propiedad que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la construcción del proyecto “Cinemateca Nacional” y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 9286.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicho derecho comercial, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a la Ley de Expropiaciones.

Notifíquese y publíquese.

Sylvie Durán Salvatierra, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. Nº 0180.—Solicitud Nº 6312.—(IN2015072970).

DOCUMENTOS VARIOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL

TRIBUNAL DE SERVICIO CIVIL

Se informa que en el artículo siete de la sesión N° 11191, celebrada por los Miembros del Tribunal de Servicio Civil a las diecinueve horas del tres de setiembre de dos mil quince, se acuerda: “Delegar la firma del Presidente del Tribunal de Servicio Civil en el señor Omar Jiménez Camareno, Actuario de este Tribunal, para que en adelante firme los siguientes documentos: Facturas, Reservas de Recursos, Órdenes de Inicio, Autorización de Tarjetas de Combustible, Cambio de Parámetros de Consumo de Combustible, Pago de Viáticos dentro y fuera del país. Solicitudes de Caja Chica, Anteproyecto de Presupuesto, Presupuesto Extraordinario, Rebajo de Presupuesto, Traslado de Partidas Presupuestarias, Autorización de Pago de Dietas, Informes de Evaluación Presupuestaria Semestral y Anual, Informes de Salario, Trámites para publicaciones en La Gaceta u otros diarios de circulación nacional, entre otros, relacionados con la gestión administrativa diaria del Tribunal.—Licda. Gabriela Víquez Guido, Secretaria Administrativa.—1 vez.—O. C. N° 242881.—Solicitud N° 04.—(IN2015071203).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 183, asiento 14, título N° 1345, emitido por el Liceo Laboratorio Emma Gamboa, en el año dos mil tres, a nombre de Vargas Piedra Natalia, cédula: 1-1256-0407. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticuatro días del mes de setiembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015068377).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Certificado de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 13, título N° 132, emitido por el Liceo Nuevo de Limón, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Cindy May Reid Reid. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por corrección del nombre, cuyos nombres y apellido correcto es: Cindy May Reid, pasaporte N° 441053070. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cinco días del mes de octubre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015068381).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 04, título N° 13, emitido por el Colegio Sagrado Corazón de Jesús, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Chinchilla Molina María del Rocío, cédula: 3-0306-0148. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticinco días del mes de setiembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud 41490.—(IN2015068403).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 125, asiento 27, título N° 786, emitido por el Colegio Técnico Carlos M. L. Vicente Castro, en el año dos mil seis, a nombre de Martínez Guzmán Mario Roberto, cédula número 6-0351-0084. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintisiete días del mes de agosto del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud 40543.—(IN2015068413).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 23, título N° 254, emitido por el Colegio Científicos de Costa Rica, en el año dos mil nueve, a nombre de Acuña Ballestero Wayner José, cédula: 1-1513-0786. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticinco días del mes de setiembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015069031).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 147, titulo N° 1279, emitido por el Conservatorio Castella, en el año dos mil cinco, a nombre de Campos Villalobos Laura. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los 25 días del mes de mayo del 2010.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015070172).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización social denominada: Sindicato Nacional de Médicos Especialistas, siglas SINAME, acordada en asamblea celebrada 31 de julio del 2015. Expediente M-141. Habiéndose cumplido con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro visible tomo 16, folio 216, asiento 4866 del 23 de setiembre del 2015. La reforma afecta el artículo 30 del estatuto.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—(IN2015069781).

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada: Asociación de Pensionados Exfuncionarios de la Caja Costarricense del Seguro Social, siglas: APECCSS, acordada en asamblea celebrada el 19 de junio de 2015. Expediente S-P120. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el diario oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este registro mediante tomo: 16, folio: 217, asiento: 4870 del 5 de octubre de 2015. La reforma afecta la totalidad de los artículos del estatuto.—San José, 5 de octubre del 2015.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—(IN2015070014).

PUBLICACIÓN DE unA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada Cooperativa de Servicios Múltiples de Boca Tapada, Pital, siglas COOPEAGROTOUR R.L., acordada en asamblea celebrada el 13 de diciembre del 2013. Resolución 1527-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

El Consejo de Administración se formó de la siguiente manera:

Presidenta:             Mayela Vargas Arce

Vicepresidente:     Belicio Quesada Víquez

Secretario:             William Vargas Jiménez

Vocal 1:                  Máximo Solano Martínez

Vocal 2:                  Salvador López Rivera

Suplente 1:             María Elizabeth Pérez Araya

Suplente 2:             Juan Carlos Chacón Vargas

Gerente:                 Gabriela Vanessa López Gómez

San José, 23 de setiembre del 2015.—Lic. Eduardo Díaz Alemán Jefe.—1 vez.—(IN2015071136).

De conformidad con resolución RMT-1671-2015 de las 14:00 horas del 20 de julio del 2015, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-1492-2015, de sesión celebrada en San José a las 14:00 horas del 30 de junio del 2015, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Ruiz Pérez Pilar, cédula de identidad N° 5-051-915, a partir del día 01 de julio del 2014; por la suma de ciento diecisiete mil ochocientos sesenta y seis colones con cuarenta y seis céntimos (¢117.866,46), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Sr. Víctor Morales Mora, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(IN2015071495).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Propiedad Industrial

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Cambio de Nombre N° 97564

Que Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 1-0908-0006, en calidad de apoderado especial de Laboratorios Indas S.A.U., solicita a este registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Laboratorios Indas S. A., domiciliado en Camino de las Huertas, 2, Edificio Indas, 28223 Pozuelo de Alarcón, Madrid, España, por el de Laboratorios Indas S.A.U., domiciliado en Pozuelo de Alarcón, (Madrid) en C° Cerro de los Gamos, N° 1, Edif. 3, planta 3a, España, presentada el 24 de junio de 2015, bajo expediente 97564. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2002-0003272 Registro N° 153668 INDASFORM en clase 16 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de setiembre del 2015.—Adriana Broutin Espinoza, Registradora.—1 vez.—(IN2015070870).

Patentes de Invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señora Alejandra Castro Bonilla, mayor, abogada, cédula 1-880-194, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Dow Agrosciences Llc, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada: CONTROL DE MALEZAS SINÉRGICO DE APLICACIONES DE AMINOCICLOPIRACLORO Y PICLORAM. Se revelan en la presente composiciones herbicidas que comprende una cantidad de efecto sinérgicamente herbicida de (a) aminociclopiracloro o una de sus sales o éteres agrícolamente aceptables y (b) picloram o una de sus sales o éteres agricolamente aceptable. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/40; A01N 43/48; A01P 13/02; cuyos inventores son: Ovalle, Daniel, Posada, Eduardo. Prioridad: 12/12/2012 US 61/736,127; 09/12/2013 US 2013US073841. Publicación Internacional: 19/06/2014 W02014/093210. La solicitud correspondiente lleva el número 20150331 y fue presentada a las 8:53:00 del 22 de junio del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de setiembre del 2015.—Licda. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2015069795).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Koninklijke Philips N.V, de Países Bajos, solicita el Diseño Industrial denominada CHUPETE.

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Se revela un aparato de chupete. El aparato incluye una tetina en forma levemente ovalada, acoplado a esta tetina se observa una base la cual se acopla a la tetina, con una forma ovalada, levemente achatada en forma curva en la zona central. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 24/04; cuyo inventor es Elodie Jeanne Claudine Thomas. Prioridad: 22/10/2014 EM 002561803. La solicitud correspondiente lleva el número 20150201, y fue presentada a las 14:01:00 del 17 de abril del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de julio del 2015.—Lic. Daniel Marenco Bolaños, Registrador.—(IN2015070504).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Savira Pharmaceuticals GMBH, de Austria, F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, European Molecular Biology Laboratory, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE PIRIMIDINONA Y SU USO EN EL TRATAMIENTO, MEJORA O PREVENCIÓN DE UNA ENFERMEDAD VIRAL.

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La presente invención hace referencia a un compuesto que tiene la fórmula general (I),  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,  la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 487/04; A61K 31/519; A61P 31/12; cuyos inventores son Wolkerstorfer, Andrea, Szolar, Oliver, Handler, Norbert, Buschmann, Helmut, Cusack, Stephen, Smith, Mark, So, Sung-Sau, Hawley, Ronald Charles, Sidduri, Achyutharao, Zhang, Zhuming. Prioridad: 08/01/2013 US 61/750,017; 07/01/2014 WO2014EP050165. Publicación Internacional: 17/07/2014 WO2014/108406. La solicitud correspondiente lleva el número 20150337, y fue presentada a las 13:47:00 del 25 de junio del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2015070506).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apodero especial de Genentech, Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES Y MÉTODOS PARA EL DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO DEL CÁNCER HEPÁTICO. La presente invención hace referencia a métodos para tratar el cáncer de hígado con un inhibidor de la señalización Notch. También se proveen composiciones y métodos para el tratamiento de cánceres de hígado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,  la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/28; A61P 35/00; A61K 39/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) French, Dorothy, Huntzicker, Erik, Siebel, Christian W. Prioridad: 15/03/2013 US 61/789, 475/13/03/2014 WO 2014US026588. Publicación Internacional: 25/09/2014 W02014/151866. La solicitud correspondiente lleva el número 20150483, y fue presentada a las 13:44:44 del 11 de setiembre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de octubre del 2015.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2015070508).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, céd 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada NUEVOS DERIVADOS DE PURINA. La invención se refiere a un compuesto de la fórmula (I): en la que A y de Rl a R4 tienen los significados definidos en la descripción y en las reivindicaciones. El compuesto de la fórmula (I) puede utilizarse como medicamento.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 473/16; C07D 473/18; C07D 473/34; C07D 519/00; A61K 31/52; A61P 3/00; A61P 1/00; A61P 9/00; A61P 25/00; A61P 29/00; cuyo(s) inventor(es) es (son) Bendels, Stefanie, Grether, Uwe, Kimbara, Atsushi, Nettekoven, Matthias, Roever, Stephan, Rogers-Evans, Mark, Schulz-Gasch, Tanja. Prioridad: 02/05/2013 EP 13166293.4;28/04/2014 WO 2014EP058545. Publicación Internacional: 06/11/2014 WO2014/177490. La solicitud correspondiente lleva el número 20150511, y fue presentada a las 14:34:00 del 29 de setiembre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1 de octubre del 2015.—Licda. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2015070509).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Sumitomo Chemical Company, Limited, de Japón, solicita la Patente de Invención denominada PROCESO PARA PRODUCIR COMPUESTO DE PIRIDAZINONA Y PRODUCCIÓN DE SUS INTERMEDIARIOS. La presente invención se refiere a un proceso para producir un compuesto de la fórmula (1) en donde X representa un átomo de hidrógeno, etc., e Y representa un átomo de hidrógeno, etc., que comprende la etapa 1 de reacción de un compuesto de la fórmula (2) y un compuesto de la fórmula (3) en presencia de un ácido de Lewis en donde R representa un átomo de hidrógeno, etc., para obtener un aducto, y la etapa 2 de reacción del aducto obtenido en la etapa 1 e hidrazina para obtener el compuesto de la fórmula. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,  la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 237/14; B01J 27/135; C07C 51/353; C07C 59/90; C07D 307/60; C07B 61/00; cuyo(s) inventor(es) es (son) Nakae, Yasuyuki, Manabe, Akio, Miyamoto, Takashi. Prioridad: 21/02/2013 JP 2013-031766; 18/02/2014 WO 2014JP054251. Publicación Internacional: 28/08/2014 WO2014/129612. La solicitud correspondiente lleva el número 20150387, y fue presentada a las 14:14:00 del 22 de julio del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de agosto del 2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2015070512).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José Janssen Pharmaceutica NV, de Bélgica, solicita la Patente de Invención denominada BENZOIMIDAZOL-2-YL PYRIMIDINE MODULATORS OF THE HISTAMINE H4 RECEPTOR.

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Benzoimidazol-2-il pirimidinas, métodos de purificación para las mismas, y composiciones farmacéuticas y métodos para el tratamiento de estados de enfermedad, trastornos, y afecciones mediados por la actividad del receptor H4, que incluyen alergia, asma, enfermedades autoinmunitarias y prurito. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,  la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/497 A61K 31/506; C07D 401/14; cuyo(s) inventor(es) es (son) Hickey, Magali, B, Horns, Stefan, Lochner, Susanne, Conza, Matteo;  Prioridad: 06/03/2013 US 61/773,706; 11/03/2013 US 61/776,260; 14/03/2013 US 61/784,909 06/03/2014 WO 2014US021130. Publicación Internacional: 12/09/2014 WO2014/138368. La solicitud correspondiente lleva el número 20150435, y fue presentada a las 13:56:01 del 24 de agosto del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de octubre del 2015.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2015070515).

La señora Milagro Chávez Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Ramírez Magaña, Enrique, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: SISTEMA DE ASIENTOS DE SALA DE CINE CON ASIENTOS RECLINABLES Y SEPARADOR DE CONFORT. Un sistema de asientos para mayor comodidad y conveniencia del usuario mientras se maximiza la utilización del espacio del piso del auditorio. El sistema de asientos se compone de dos componentes modulares: (1) un conjunto de 5 asientos de cine reclinables y (2) un separador de confort. El conjunto de asientos de cine reclinables se compone de una superficie de asiento, respaldo reclinable, reposabrazos y una base de soporte. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A47C 1/12; cuyo(s) inventor(es) es(son) Ramírez Magaña, Enrique. Prioridad: 31/01/2013 US 61/759.120; 27/01/2014 US 14/164.992; 28/01/2014 WO 2014IB000633. Publicación internacional: 07/08/2014 WO2014/118638. La solicitud correspondiente lleva el número 20150404, y fue presentada a las 10:53:33 del 06 de agosto del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2015070581).

La señora Milagro Chávez Desanti, mayor, abogada, cédula Nº 1-626-794, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Ramírez Magaña Enrique, de México, solicita la Patente de Invención denominada: SALA DE CINE DE MÚLTIPLES NIVELES Y UNA SOLA PANTALLA TENIENDO SECCIONES DE CLASES DE SERVICIO SEPARADAS. Una sala de cine de múltiples niveles con servicio de clase mixta que permite a los diferentes clientes que asisten a la misma película experimentar diferentes niveles de servicio en función de la cantidad que desean pagar. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: E04H 3/30; cuyo(s) inventor(es) es(son) Ramírez Magaña, Enrique. Prioridad: 15/03/2013 US 61/793.455; 12/03/2014 WO 2014IB059693. Publicación internacional: 18/09/2014 WO2014/141102. La solicitud correspondiente lleva el número 20150403, y fue presentada a las 10:52:12 del 06 de agosto del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de setiembre del 2015.—Licda. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2015070583).

PUBLICACIÓN DE primera VEZ

El señor Francisco José Guzmán Ortiz, cédula 1-434-595, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Channell Commercial Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada EMSAMBLAJE DE CONVERSIÓN DE COMPARTIMIENTO POR NIVELES. Un ensamble de conversión de compartimiento por niveles adaptado para convertir un alojamiento de pedestal del suelo. La base del alojamiento de pedestal transporta un enchufe montado de manera removible a un brazo oscilante en el compartimento por niveles. El brazo oscilante retiene el ensamble de pedestal en una posición almacenada en la instalación por niveles, que contiene cableado para conexiones de servicio. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: G02B 6/44; H02G 3/18; cuyos inventores son Burke, Edward J. Prioridad: 15/01/2013 US 61/752906; 14/03/2013 US 13/827594; 08/01/2014 WO 2014US010747. Publicación Internacional: 24/07/2014 W02014/113256. La solicitud correspondiente lleva el número 20150374, y fue presentada a las 08:57:00 del 14 de julio del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de setiembre del 2015.—Lic. Daniel Marenco Bolaños, Registrador.—(IN2015070542).

El señor Francisco Guzmán Ortiz, cédula 1-434-595, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Guala Pack S.P.A, de Italia, solicita el Diseño Industrial denominada BOLSA.

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El diseño ornamental para una bolsa tal cual se muestra y describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 09/05; cuyos inventores son Basson, Alexandre. Prioridad: 26/01/2015 IT BS20150000004. La solicitud correspondiente lleva el número 20150384, y fue presentada a las 08:30:00 del 22 de julio del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 08 de octubre del 2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2015070544).

La señor(a)(ita) María de La Cruz Villanea Villegas, cédula 1-0984-0695, mayor de edad, vecina de San José, Apoderada Especial de Amgen Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada PROTEÍNAS DE UNIÓN AL ANTÍGENO BCMA.

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La presente invención se refiere a proteínas de unión al antígeno BCMA (Antígeno de maduración de células B), tales como anticuerpos, secuencias de polinucleótidos que codifican dichas proteínas de unión al antígeno y composiciones y métodos para diagnosticar y tratar enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/28; A61K 39/00; A61K 47/48; A61P 35/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Armitage, Richard J, Blake, Michelle, Fanslow, III, William C, O’neill, Jason Charles, Kannan, Gunasekaran, XU, Jiangchun, Tometsko, Mark Edward, Wang, Zhulun, Sudom, Athena. Prioridad: 07/12/2012 US 61/734, 757; 01/02/2013 US 61/759,702; 08/03/2013 US 61/775, 125; 05/12/2013 WO 2013US073382. Publicación Internacional: 12/06/2014 W02014/089335. La solicitud correspondiente lleva el número 20150351, y fue presentada a las 10:55:30 del 07 de julio del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 08 de octubre del 2015.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2015071184).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

El Registro de Propiedad Industrial, Oficina de Patentes de Invención hace saber que por resolución de las ocho horas treinta minutos del seis de julio de dos mil quince fue inscrita la patente de invención denominada “NUEVOS INHIBIDORES DE SEH Y SU USO”, a favor de la compañía Glaxosmithkline LLC.7, cuyos inventores son Ding Yun de nacionalidad china, Thalji Reema K. y Marino Joseph Paul Jr., de nacionalidad estadounidense, se le ha otorgado el número de inscripción de patente de invención 3214, estará vigente hasta el diez de octubre de dos mil veintiocho, cuya clasificación internacional es A01N 43/66, A61K 31/53.—San José, a las catorce horas cincuenta minutos del veintiocho de setiembre del dos mil quince.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—1 vez.—(IN2015071086).

El Registro de Propiedad Industrial, Oficina de Patentes de Invención hace saber que por resolución de las ocho horas treinta minutos del catorce de julio de dos mil quince, fue inscrita la patente de invención denominada: “COMPUESTOS MODULARES DE SIRTUINA” a favor de la compañía Sirtris Pharmaceuticals Inc., cuyos inventores son Bemis Jean, Disch Jeremy S., Jirousek Michael, Lunsmann Walter Joseph, Ng. Pui Yee, Vu Chi B; todos de nacionalidad estadounidense, se le ha otorgado el número de inscripción de patente de invención 3215, estará vigente hasta el veinte de junio de dos mil veintiocho, cuya clasificación internacional es C07D 513/04, A61K 31/429, A61P 3/10.—San José, a las catorce horas cincuenta y cinco minutos del veintiocho de setiembre del dos mil quince.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—1 vez.—(IN2015071089).

REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR Y CONEXOS

AVISOS

Sarita Giberstein Kukielka, mayor de edad, viuda de primer matrimonio, Licda. en Filosofía, portadora de la cédula de identidad 1-232-860, vecina de Sabana Norte, San José; Yanina Rovinski Giberstein, mayor de edad, soltera, Máster en Comunicación, portadora la cédula de identidad 1-524-480, vecina de Sabana Norte, San José; Leonor Rovinski Giberstein, mayor de edad, divorciada de segundo matrimonio, Profesora de Matemáticas, portadora de la cédula de identidad 1-651-405, vecina de Sabana Norte, San José, y Benjamín Rovinski Giberstein, mayor de edad, casado una vez, Doctor en Biología Molecular, portador de la cédula de identidad 1-473-213, vecino de Toronto, Canadá, en su condición de herederos únicos y universales en el Proceso Sucesorio Notarial Extrajudicial de quien en vida fuera don Samuel Rovinski Gruszko, autor de la Obra Literaria titulada EL MARTIRIO DEL PASTOR, solicitan la inscripción a su nombre de la Cesión de todos los Derechos Patrimoniales como conclusión de dicho Proceso Sucesorio Extrajudicial, resolución de las 11:00 horas del 06 de octubre de 2015, de conformidad con los artículos 89 y 94 de la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos 6683 y los artículos 36 y 44 de su Reglamento. El número de ISBN es 9977300224. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 8388.—Curridabat, 9 de octubre del 2015.—Lic. Carmen V. Valverde Chacón, Registrador.—1 vez.—(IN2015071183).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación de Vecinos de Residencial Ayarco Este, con domicilio en la provincia de: Cartago, La Unión, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Velar por seguridad y bienestar del Residencial Ayarco Este. Cuyo representante será la presidenta: Sara Jacqueline Valverde Madrigal, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 348963.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 14 minutos y 6 segundos del 7 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015071051).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to piso. HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: KATHERINE VANESSA RUIZ GALLO, cédula de identidad número 7-0193-0086, carné profesional 22770. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a esta publicación. EXPEDIENTE N° 15-001715-0624-NO.—San Pedro, 9 de octubre del 2015.—MSc. Jeffry Juárez Herrera, Abogado-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—(IN2015070994).

HABILITACIÓN DE NOTARIA PÚBLICA. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: NATHALIE PAOLA BRICEÑO BUSTOS, con cédula de identidad número 5-0360-0768, carné número 22517. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HAÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente Nº 15-001483-0624-NO.—San José, 07 de setiembre del 2015.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Amalia Zeledón Lostalo, Abogada.—1 vez.—(IN2015071518).

AMBIENTE Y ENERGÍA

FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL

EDICTOS

Ante la Oficina Regional San José Occidental del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) se han presentado solicitudes de ingreso al Pago de Servicios Ambientales sobre inmuebles sin inscribir en el Registro Nacional y sobre los que a sus poseedores se les pagaría por los Servicios Ambientales brindados por el bosque existente en dichos inmuebles; según el siguiente detalle:

Solicitud

Solicitante

Ubicación geográfica

N° de plano

Área bajo PSA

SJ01020915

María Gabriela Fernández Gómes

Caserío: La Legua

Distrito: La Virgen

Cantón: Sarapiquí

Provincia: Heredia

H-708572-1988

20.1 HAS

SJ01020915

María Gabriela Fernández Gómes

Caserío: Colonia Virgen del Socorro

Distrito: Varablanca

Cantón: Heredia

Provincia: Heredia

H-559626-1999

26.5 HAS

SJ01021515

Juan Jiménez Soto

Caserío: En Cabeceras de Aranjuecito

Distrito: Acapulco

Cantón: Puntarenas

Provincia: Puntarenas

P-910077-2004

36.5 HAS

SJ01024615

Roy Canet Zamora

Caserío: En La Tigra

Distrito: Ángeles

Cantón: San Ramón

Provincia: Alajuela

A-771547-2002

128.4

 

De conformidad con el Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo N° 25721 MINAE y sus reformas, se concede un plazo de 10 días hábiles posteriores a la segunda publicación de éste edicto, para oír oposiciones. Toda oposición debe ser fundada y formularse por escrito ante la Oficina Regional de San José Occidental y deberá acompañar los argumentos y pruebas en que se fundamente la oposición.

El expediente con la ubicación, plano catastrado y otros, podrán consultarse en la Oficina Regional de San José Oriental, sita, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200 oeste, 100 metros sur, 200 metros oeste, contiguo a la Sinfónica Nacional, edificio Ifam, primer piso, y en horario de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.

Lic. Wilma Angulo Mora, Jefa, Unidad de Proveeduría y Servicios Generales.—O. C. N° 392.—Solicitud N° 18755.—(IN2015071214).                                                                                                                                                2 v. 2.

Ante la Oficina Regional Caribe Norte del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) se han presentado solicitudes de ingreso al Pago de Servicios Ambientales sobre inmuebles sin inscribir en el Registro Nacional y sobre los que a sus poseedores se les pagaría por los servicios ambientales brindados por el bosque existente en dichos inmuebles según el siguiente detalle:

Solicitante

N° presolicitud

Ubicación

administrativa

N° Plano

Área

Bajo

PSA

Audeli Flores Céspedes

CN01025215

Limón/Pococí/Colorado/Caño Sirena

L-203049-1994

70

 

De conformidad con el Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo N° 25721-Minae y sus reformas, se concede un plazo de 10 días hábiles posteriores a la segunda publicación de éste edicto, para oír oposiciones. Toda oposición debe ser fundada y formularse por escrito ante la Oficina Regional y deberá acompañar los argumentos y pruebas en que se fundamente la oposición.

El expediente con la ubicación, plano catastrado y otros, podrán consultarse en la Oficina Regional, sita en Puerto Viejo de Sarapiquí, en el cruce la Y Griega, edificio de color amarillo, en horario de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.

Licda. Wilma Angulo Mora, Jefa, Unidad de Proveeduría y Servicios Generales.—O. C. N° 391.—Solicitud N° 18754.—(IN2015071217).                                                                                                                                                2 v. 1.

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE

Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLE

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

DGTCC-DL-334-2015.—Edicto por cambio de titular de estación de servicio:

Se tiene por correctamente presentada la solicitud del señor Rogelio Rodríguez Barquero, cédula de identidad número cuatro-cero cero siete tres-cero cuatro cinco seis, actual concesionario del servicio público de la estación de servicio con expediente ES-4-03-01-01 y la señora Katia Rodríguez Rodríguez, cédula de identidad número 1-0705-0251, en su condición de representante legal de la sociedad de esta plaza “Feluva Sociedad Anónima”, cédula jurídica número 3-101-698095, para realizar el cambio de titularidad de la prestación de servicio público de la estación de servicio mencionada

La estación de servicio se encuentra ubicada en la provincia de Heredia, cantón Santo Domingo, distrito Santo Domingo, específicamente en la finca inscrita en el Registro Nacional bajo la matrícula número 51589-000, y su propietario registral actual es de Rogelio Rodríguez Barquero, cédula de identidad 1-0705-0251. Con el cambio solicitado, el nuevo titular de la concesión para prestar el servicio público seria la empresa “Feluva Sociedad Anónima”, cédula jurídica número 3-101-698095.

La solicitud obedece a la aplicación de lo dispuesto en el artículo 77 del Decreto Ejecutivo 30131- MINAE-S- “Reglamento para la Regulación del Sistema de Almacenamiento y Comercialización de Hidrocarburos”, y 479 del Código de Comercio, debido a que se realizaría el cambio de titular a raíz de una compraventa del inmueble citado.

Acerca de dicha solicitud, se otorga un plazo de quince días a partir de la primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta, para que aquellos acreedores e interesados se presenten a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 479 del Código de Comercio. San José, a las once horas del veintiocho de noviembre del dos mil doce.—San José, a las diez horas del día siete de octubre del dos mil quince.—MSc. Eduardo Bravo Ramírez, Director General.—(IN2015069598).

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. N° 16664A.—Pedro Bermúdez Portillo y Juan Bermúdez, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Quepos, Aguirre, Puntarenas, para uso comercial embotellado. Coordenadas 385.210/450.620 hoja Dota. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de setiembre de 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015068703).

Exp. N° 11452A.—Sociedad de Usuarios de Agua Asentamiento Romakri, solicita concesión de: 10 litros por segundo del Río Salto, efectuando la captación en finca de Giselle Gutiérrez Castillo en San Mateo, San Mateo, Alajuela, para uso agropecuario riego. Coordenadas 219.544 / 479.551 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de mayo del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015068887).

Exp. 10623-A.—S.U.A. Llano Verde de Mogote, solicita concesión de: 1,9 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Henry Neira Sepúlveda en Mogote, Bagaces, Guanacaste, para uso agropecuario-abrevadero-riego-granja-lechería y porquerizas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de julio del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015069077).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 16671A.—Esplendor de La Luna S. A., solicita concesión de: 1.5 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de La Sombra de La Luna S. A. en Peñas Blancas, San Ramón, Alajuela, para uso agropecuario, consumo humano doméstico, agropecuario riego. Coordenadas 263.025 / 470.446 hoja Fortuna. Predios inferiores: José Francisco González. A Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de setiembre de 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—Solicitud N° 40795.—(IN2015064720).

Exp. 16235P.—Banco Crédito Agrícola de Cartago, solicita concesión de: 6,3 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo IS-966 en finca de su propiedad en San Rafael, Oreamuno, Cartago, para autoabastecimiento en condominio y riego. Coordenadas 205.533 / 548.190 hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de setiembre de 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas. Coordinador.—(IN2015064801).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Víctor Sánchez Arias, conocido como Víctor Sánchez Garita, se ha dictado la resolución N° 5402-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas del nueve de octubre de dos mil quince. Exp. N° 41733-2015. Resultando 1.-... 2.-... Considerando: I.- Hechos Probados:... II.-Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Víctor Rafael Sánchez Arias, en el sentido que el nombre los apellidos y el número de cédula de identidad de la madre son Dominga de la Trinidad Arias Garita y 1-0260-0423, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015070871).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Daysse Alaniz Díaz, se ha dictado la resolución N° 2434-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas cuarenta minutos del veintiséis de mayo de dos mil quince. Exp. N° 16647-2015. Resultando 1.-... 2.-... Considerando: I.- Hechos Probados:... II.- Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Josué Noel Fonseca Alaniz, en el sentido que el nombre de la madre de la persona inscrita es Daysse.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015070980).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Reyna Elizabeth Gómez Roja, se ha dictado la resolución N° 3521-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de julio de dos mil quince. Exp. N° 22841-2015. Resultando 1.-... 2... Considerando: I.- Hechos Probados:... II.- Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Yadira Jeannetthe Cano Gómez, en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre son Reyna Elizabeth y Roja, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015070991).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Yerling Lisseth Taleno Miranda, se ha dictado la resolución N° 4407-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas treinta y ocho minutos del veinte de agosto de dos mil quince. Exp. N° 27815-2015. Resultando: 1.-... 2.-... Considerando: I.-Hechos Probados:... II.- Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Keidy del Mar Somoza Taleno, en el sentido que el nombre de la madre de la persona inscrita es Yerling Lisseth.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015071009).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Ligia Liveth Carmona de Carmona, se ha dictado la resolución N° 2079-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cuarenta minutos del trece de mayo de dos mil quince. Exp. N° 16372-2013. Resultando 1.-... 2-…. Considerando: I.-Hechos Probados:... II.- Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Álvaro de Jesús Carmona Carmona, en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de la persona inscrita son Ligia Liveth Carmona Lumbi.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015071022).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Ubania del Socorro Guevara Granados, se ha dictado la resolución N° 2187-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas trece minutos del dieciocho de mayo de dos mil quince. Exp. N° 11935-2015. Resultando 1.-... 2.-... Considerando: I.- Hechos Probados:... II.- Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Berny Stuar Alonso Guevara y de Kisha Esther Guevara Granados en el sentido que el nombre de la madre de las personas inscritas es Ubania del Socorro.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015071112).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por, Magdalena Castro no indica segundo apellido, se ha dictado la resolución N° 4041-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas y cincuenta y nueve minutos del diez de agosto del dos mil quince. Exp. N° 22193-2014. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de, Yendri Patricia Escobar Castro, en el sentido que el apellido de la madre es Castro no indica segundo apellido.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015071134).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Raquel Reyna López, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1381-2011. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas nueve minutos del siete de julio del dos mil once. Ocurso. Exp N° 12777-2011. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Nataly Sofía Rueda Reina...; en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita son “María Raquel” y “Reyna”, respectivamente.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015071418).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Orbelina del Rosario Tórrez Lanzas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 041-2014. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas quince minutos del seis de enero del dos mil catorce. Exp. Nº 35144-2013. Resultando: 1º—..., 2.-... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Justin Isaac Chavarría Torres, en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita, consecuentemente el segundo apellido del mismo son “Orbelina del Rosario”, “Tórrez” y “Tórrez” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015071497).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Aracelys del Socorro Centeno Gómez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 875-2013. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.— San José, a las ocho horas dos minutos del cuatro de marzo del dos mil trece. Ocurso. Exp N° 46714-2012. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de José Francisco Salmerón Centeno, en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre... son “Aracelys del Socorro” y “Gómez” respectivamente y el asiento de nacimiento de Maudiel Antonio Salmerón Centeno, en el sentido que el nombre de la madre... es “Aracelys del Socorro”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015071507).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Xiomara del Carmen Torrez no indica segundo apellido, se ha dictado la resolución N° 3975-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las dieciséis horas veinte minutos del siete de agosto de dos mil quince. Exp. N° 17051-2014. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados…, II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Elmer Andrés Maltez Torres, en el sentido que el nombre y el apellido de la madre de la persona inscrita son Xiomara del Carmen Torrez no indica segundo apellido.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015071508).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por, Silvia Haydee Hernández Jarquín se ha dictado la resolución N° 4471-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas quince minutos del veinticuatro de agosto de dos mil quince. Exp. N° 27747-2015. Resultando: 1º—..., 2º—…, Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo: Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Cristian Hernández Jarquín en el sentido que el nombre de la madre de la persona inscrita es “Silvia Haydee”.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2015071521).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Denis Antonio Franco Chavarría, mayor, soltero, agente de ventas, nicaragüense, cédula de residencia N° 155807666329, vecino de Guanacaste, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 133221-2013.—San José, 29 de junio de 2015.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015070985).

Enmanuel De Jesús Arauz Cáceres, mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia número 155810824609, vecino de la Uruca, La Peregrina, del salón comunal, 100 mts sur y 50 mts oeste, casa color blanco, verjas negras N° 359, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 135787-2015.—San José, a las 10:31 horas del 24 de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015070986).

Tatiana Guadalupe Bermúdez Rivera, mayor, casada, miscelánea, nicaragüense, cédula de residencia número 155817131213, vecina de Pavas, costado sur de la Plaza Santa Fe, 100 oeste y 25 sur, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 135730-2015.—San José, a las 16:53 horas del 23 de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015070989).

Hugo Esteban Cano Pavón, mayor, soltero, misceláneo, nicaragüense, cédula de residencia número 155806190831, vecino de Villas Esperanza, Pavas, San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 132649-2014.—San José, a las 11:31 horas del 23 de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015071001).

Ana Xochilt Guillén González, mayor, soltero, diseñadora gráfica, salvadoreña, cédula de residencia número 122200298004, vecina de Lomas de Ayarco, Curridabat, San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 134638-2015.—San José, a las 12:06 horas del 23 de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015071014).

Edgar Ospina Calderón, mayor, casado, ingeniero industrial, colombiano, cédula de residencia número 117000879313, vecino de Curridabat, San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 133634-2014.—San José, a las 13:46 horas del 23 de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015071026).

Luz Marina Perilla Álvarez, mayor, casada, Técnica en Sistemas, colombiana, cédula de residencia número R 11700914334, vecina de San José, Curridabat, Condominio La Estancia, apartamento seiscientos treinta y uno, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 135289-2015.—San José, diecinueve de octubre de dos mil quince.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015071030).

Judith Massiell Bonilla Quedo, mayor, soltera, no indica, nicaragüense, cédula de residencia número 155811659005, vecina de Súper Mercado Araya 700 este casa 3, portón madera, playa Garza, Nicoya, Guanacaste, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.: 136048-2015.—San José, a las 10:31 horas del 24 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Marín Badilla Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015071115).

Freddy José Suárez López, mayor, soltero, panadero, nicaragüense, cédula de residencia número R155805141602, vecino de San José, Tibás, Cuatro Reinas detrás de Metalco Urb. quinta etapa casa Nº 29E, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.—Exp.: 132103-2014.—San José, a las 12:04 horas del 16 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Marín Badilla Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015071180).

Mario Arturo Moran Mezquita, mayor, casado, ingeniero, salvadoreño, carné misión internacional número 522220955924, vecino de San José, San Rafael de Escazú, 200 norte 75 oeste del Restaurante Villa Rey, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 132171-2014.—San José, a las 1:23 horas del 19 de octubre del 2015.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015071195).

Dayvin Humberto Pérez Castillo, mayor; casado, bodeguero, nicaragüense, cédula de residencia número 155810579110, vecino de San José, La Uruca, de las oficinas centrales de Pinturas Sur 125 metros, casa mano izquierda, portón azul, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 135746-2015.—San José, a las 16:52 horas del 23 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015071525).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000005-85001

Contratación de servicios de vigilancia y seguridad para las

siguientes sedes regionales: Corredores, San Ramón, Atenas,

Golfito, Guatuso, Jicaral, Sarapiquí, Liberia, Nicoya,

Osa, Santa Cruz, Siquirres y Talamanca y en la

sede central en el Área de Servicios

Internos del TSE

La Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones, recibirá ofertas electrónicas con firma digital presentadas mediante el sistema CompraRED 2.0 hasta las 10:00 horas del día 20 de noviembre de 2015 para la citada licitación. Los interesados en este concurso tienen el cartel a su disposición en forma gratuita, en la página web del Ministerio de Hacienda, www.hacienda.go.cr link CompraRED; o en la página Web del Tribunal Supremo de Elecciones www.tse.go.cr, link “Tribunal Supremo de Elecciones/El TSE en la Red Interinstitucional de Transparencia/Adquisiciones/Licitaciones Públicas/2015”, o podrán obtenerlo en la Proveeduría, sita: Barrio La California, Avenidas Central y Primera, calle 23, edificio Thor, diagonal al Cine Magaly. Apdo. 2163-1000. San José, Costa Rica - Teléfono: 2287-5625 - Fax: 2287-5805 E-mail: provtse@tse.go.cr, para lo cual deberá aportar un dispositivo de almacenamiento masivo (llave maya). No se suministrarán ejemplares impresos.

Licda. Lucrecia María Mora Marín, Proveedora Institucional a. í.—1 vez.—O. C. N° 3400024182.—Solicitud N° 42635.—(IN2015073613).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000018-99999

Compra de equipo de cómputo

La Universidad Estatal a Distancia requiere adquirir equipo de cómputo, con el objetivo de suplir las necesidades de equipamiento de las diferentes dependencias de la Universidad Estatal a Distancia.

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta las 10:00 horas del 20 de noviembre del 2015.

Los interesados tienen el Cartel a disposición vía internet, en forma gratuita, en el sistema de Compr@Red, en la página web del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha. También pueden obtenerlo en la Oficina de Contratación y Suministros, previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones con cero céntimos), en las cajas de la Oficina de Tesorería, Sede Central de la UNED, sita, 800 metros este de la Rotonda de la Bandera, carretera a Sabanilla, Montes de Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos: 2234-3236, ext. 3272 o 2253-2907 y 2224-6739.

Sabanilla, 28 de octubre del 2015.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í.—1 vez.—Solicitud N° 42654.—(IN2015073807).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. TONY FACIO CASTRO

CONTRATACIÓN DIRECTA 2015CD-000128-2601

Objeto contractual: reactivos para la determinación

de niveles de vitamina B12, niveles de ácido

fólico, ferritina y carbamazepina

Fecha apertura de ofertas: martes 3 de noviembre de 2015, a las 10:00 a. m.

Los interesados pueden adquirir el cartel en la Subárea de Contratación Administrativa del hospital, ubicada frente a la puerta principal del Servicio de Rayos X, de 7:30 a. m. a 2:30 p. m., valor del cartel en ventanilla ¢220,00 o bien los interesados pueden solicitarlo mediante oficio al fax 2758-0932, posterior a su cancelación mediante depósito a la cuenta del Banco Nacional de Costa Rica N° 100-01-000-003599-8, valor del cartel por fax ¢1.100,00.

Limón, 26 de octubre de 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Kris Guillén Rojas, Coordinadora a. í.—1 vez.—(IN2015073943).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

El Instituto de Desarrollo Rural, comunica la apertura del siguiente proceso:

Nº 2015-CT-000009-DNA

Adquisición de inmuebles para proyecto “Establecimiento

de 20 hectáreas de cacao (Teobroma cacao) con seguridad

alimentaria, con aras a la reforestación y turismo”

Pueblo Nuevo, Guácimo

Lugar, fecha y hora de recepción de ofertas: Oficina Subregional del INDER en Siquirres, ubicadas contiguo a las oficinas del Ministerio de Agricultura y Ganadería, frente a Servicentro Nº 1, Siquirres Centro. Viernes 13 de noviembre del 2015, a las 11:00 horas.

El pliego de condiciones de esta adquisición estará a disposición de los interesados, sin costo alguno, a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, en la Dirección Nacional Agraria, ubicadas en San Vicente de Moravia, 100 metros oeste, 100 metros sur y 250 metros oeste de la entrada principal del Centro Comercial Plaza Lincoln, en horario de 08:00 a. m. a 16:15 p. m., de lunes a viernes. Asimismo puede descargarse de la página web del INDER: www.inder.go.cr, Apartado Compra de Fincas o solicitarlo por correo electrónico a: smesen@inder.go.cr o mhidalgo@inder.go.cr. Para consultas favor dirigirse al teléfono: 2247-7453 o 2768-8472.

Santiago Mesén Madrigal, Director Nacional Agrario.—1 vez.—(IN2015073797).

El Instituto de Desarrollo Rural, comunica la apertura del siguiente proceso:

Nº 2015-CT-0000010-DNA

Adquisición de inmuebles para proyecto “Producción

hortícola y huevos de gallina de manera integral

para la inserción laboral de personas con

discapacidad Camino al Futuro”

Naranjo-Alajuela

Lugar, fecha y hora de recepción de ofertas: Oficina Subregional del INDER en Grecia, ubicada contiguo a las oficinas del Ministerio de Agricultura y Ganadería, 600 metros al sureste y 125 metros al este de la Bomba Alvarado y Molina en Grecia Centro. Viernes 13 de noviembre del 2015, a las 10:00 horas.

El pliego de condiciones de esta adquisición estará a disposición de los interesados, sin costo alguno, a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, en la Dirección Nacional Agraria, ubicadas en San Vicente de Moravia, 100 metros oeste, 100 metros sur y 250 metros oeste de la entrada principal del Centro Comercial Plaza Lincoln, en horario de 08:00 a. m. a 16:15 p. m., de lunes a viernes. Asimismo puede descargarse de la página web del INDER: www.inder.go.cr, Apartado Compra de Fincas o solicitarlo por correo electrónico a: smesen@inder.go.cr o mhidalgo@inder.go.cr. Para consultas favor dirigirse al teléfono: 2247-7453 o 2494-7024.

Santiago Mesén Madrigal, Director Nacional Agrario.—1 vez.—(IN2015073800).

AVISOS

JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA DE EXCELENCIA RAFAEL VARGAS QUIRÓS

CONTRATACIÓN PÚBLICA Nº 01-2015

(Invitación)

Suministro de productos alimenticios para el

comedor escolar durante el curso lectivo 2016

La Junta de Educación de la Escuela de Excelencia Rafael Vargas Quirós, invita a participar en la Contratación Pública Nº 01-2015, para el “Suministro de productos alimenticios para el comedor escolar durante el curso lectivo 2016”, según lo acordado en el acta Nº 262 acuerdo del 28 de octubre del 2015.

La invitación está enfocada a proveedores que se dediquen a la actividad de distribución de productos alimenticios cárnicos, lácteos, frutas, verduras, legumbres y abarrotes; según demanda.

Esta contratación será financiada mediante la transferencia directa del programa PANEA a la cuenta de la Junta, el monto aproximado de la contratación es de ¢24.890.824.

Dicho cartel podrá ser retirado en un plazo de 15 días hábiles posterior a su publicación (solo en las Licitaciones Públicas lo ideal es indicar la fecha exacta, solo en caso de no saber cuándo sale publicado poner la leyenda en negrita, no puede ser menos de 15 días, art. 94 LGAP) indicar el lugar, fecha(s) y horas (ej.: 08:00 a. m. a 03:00 p. m) donde se van a entregar las ofertas.

El cartel de licitación de la Escuela de Excelencia Rafael Vargas Quirós se entregará en la institución los días 05 y 06 de noviembre, de 07:00 a. m. a 12:00 m. d.

María Eduviges Vargas Alpízar, Presidenta.—1 vez.—(IN2015073940).

ADJUDICACIONES

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000006-99999

Servicios médicos

La Junta Administrativa de la Imprenta Nacional, en sesión ordinaria N° 33 del 21 de octubre del 2015, tomó el acuerdo firme N° 6509-10-2015, de declarar infructuosa esta Licitación, por cuanto ninguno de los dos oferentes cumplieron con los aspectos técnicos solicitados en el pliego de condiciones.

Todo conforme con el cartel y las ofertas presentadas.

La Uruca, San José, octubre del 2015.—Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2015073795).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000007-99999

Compra de equipo de producción

La Junta Administrativa de la Imprenta Nacional, en sesión ordinaria  N° 33 del 21 de octubre del 2015, tomó el acuerdo firme N° 6510-10-2015, de adjudicar a:

Para ver imágenes solo en La Gaceta con formato PDF

Forma de pago: 30 días

Y mediante acuerdo firme N° 6511-10-2015, declarar infructuosas las líneas 1, 3 y 4.

Todo conforme con el cartel y las ofertas presentadas.

La Uruca, San José, octubre del 2015.—Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2015073801).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000001-80000

Contratación de servicios de vigilancia y seguridad

para las oficinas del SENASA

La Proveeduría Institucional informa que mediante resolución Nº 146-2015, de las catorce horas del veintisiete de octubre del dos mil quince, se dictó el acto de adjudicación, quedando de la siguiente manera:

Línea

Adjudicatario

Costo

mensual ¢

Costo

anual ¢

1

Asa Asistencia Seguridad S. A.

3.883.309,26

46.599.711,12

2

Servicios Administrativos Vargas Mejías S. A.

1.941.654,63

23.299.855,56

3

Servicios Administrativos Vargas Mejías S. A.

1.477.159,86

17.725.918,32

4

Asa Asistencia Seguridad S. A.

3.532.939,27

42.395.271,24

Total:

10.835.063,02

130.020.756,24

 

Los interesados tienen a disposición el expediente electrónico de la licitación, en el Sistema Comprared en la página: https://www.hacienda.go.cr/comprared

Para cualquier información comunicarse con la Licda. Marny Cascante Espinoza, Analista de la Contratación, teléfono: 2587-1614.

San José, 27 de octubre del 2015.—MBA. José Luis Meneses Guevara, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 26910.—Solicitud Nº 13101.—(IN2015073753).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000002-72900

Equipos de cómputo para el Ministerio

de Trabajo y Seguridad Social

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, comunica que por medio de la Resolución de Adjudicación N° PI-082-2015 de fecha 23 de octubre del 2015, determinó realizar la adjudicación de la siguiente manera:

Línea N° 1.   A la empresa Importadora de Tecnología Global YSMR S.A., por un monto de $6.150,00.

Línea N° 2.     A la empresa Productive Business Solutions (Costa Rica) S. A., por un monto de $855,92.

Línea N° 3.     A la empresa Importadora de Tecnología Global YSMR S. A., por un monto de $97.170,00.

Línea N° 4.     A la empresa Central de Servicios PC S. A., por un monto de $5.540,00.

Línea N° 5.     Declarada Desierta.

Línea N° 6.     A la empresa Importadora de Tecnología Global YSMR S. A., por un monto de $2.254,00.

Línea N° 7.     A la empresa Sistemas Convergentes S. A., por un monto de $115,00.

Línea N° 8.     A la empresa Importadora de Tecnología Global YSMR S. A., por un monto de $970,00.

Línea N° 9.     A la empresa Sistemas Convergentes S. A., por un monto de $944,00.

Línea N° 10.   A la empresa Central de Servicios PC S.A., por un monto de $103.875,00.

San José, 26 de octubre del 2015.—Lic. Eduardo Arias Cabalceta, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. N° 3400023786.—Solicitud N° 42453.—(IN2015073894).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 94-15 del día 22 de octubre del 2015, artículo XIV, se dispuso adjudicar de la forma siguiente:

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000007-PROV

Suministro de una plataforma de virtualización

de escritorios (VDI) para el Poder Judicial

A: Consorcio formado por Componentes El Orbe S. A., cédula jurídica N° 3-101-111502 y Virtual Moon Support and Services S. A., cédula jurídica N° 3-101-596167, la línea Nº 1 (oferta base).

Monto adjudicado a esta empresa: $370.325,57

San José, 28 de octubre del 2015.—Proceso de adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—Solicitud N° 42658.—(IN2015073814).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE SUMINISTROS

2015LN-000010-UADQ

Concesión temporal de un local para prestación de

Servicios de alimentación en el recinto de Golfito

Se informa, a los interesados en participar en la contratación en referencia que queda anulada a solicitud de la Licda. Georgina Morera Quesada, Directora del Recinto de Golfito, mediante oficio 641-15-R-G.

Sabanilla de Montes de Oca, 22 de octubre del 2015.— Departamento de Adquisiciones.—M.B.A., Vanessa Jaubert Pazzani, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 42260.—(IN2015073843).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000008-99999

(Resolución de Adjudicación N° 168)

Restauración Casa Jiménez Zamora

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), comunica a los interesados en la presente licitación que el Consejo de Rectoría en sesión N° 1884-2015, art. IV, inciso 3), celebrada el 26 de octubre del 2015, acordó:

Avalar la recomendación de la Comisión de Licitaciones, y adjudicar la Licitación Abreviada 2015LA-000008-99999, “Restauración Casa Jiménez Zamora”, de la siguiente manera:

1.      Adjudicar la Licitación Abreviada 2015LA-000008-99999, “Restauración Casa Jiménez Zamora”, con base en lo indicado en la recomendación y la evaluación respectiva, de la siguiente manera:

I.     Dejar fuera de concurso la oferta presentada por Instalaciones Eléctricas Familiares S. A., por cuanto incumplió en tiempo y forma con la subsanación solicitada, asimismo no cumple en forma en cuanto a la certificación solicitada dado que no presenta firma.

II.    Dejar fuera de concurso la oferta presentada por América Ingeniería y Arquitectura S. A., por cuanto incumplió con el requisito de admisibilidad en cuanto al desglose de presupuesto indicado en el cartel.

III.   Adjudicar la Licitación Abreviada 2015LA-000008-99999, “Restauración Casa Jiménez Zamora”, con base en lo indicado en la recomendación y la evaluación respectiva, de la siguiente manera:

a)  Al oferente Constructora Luna &Rojas L & R. S. A., lo siguiente:

Ítem 1: “Restauración Casa Jiménez Zamora”, según especificaciones”.

Precio unitario: ¢82.341.365,00

Precio total: ¢82.341.365,00

Monto total adjudicado: ¢82.341.365,00.

Tiempo de entrega: 80 días hábiles.

Sabanilla, 28 de octubre del 2015.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—Solicitud N° 42664.—(IN2015073830).

SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS

RIEGO Y AVENAMIENTO

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

N° 2014LI-000001-OC

Evaluación y propuesta de la explotación de las

aguas subterráneas utilizando Modelación

Hidrogeológica y Numérica del Valle

Central de Costa Rica,

América Central

El Servicio Nacional de Aguas Subterráneas Riego y Avenamiento, SENARA, comunica y transcribe el Acuerdo N° 5141, tomado por la junta directiva de SENARA en su sesión extraordinaria N° 677-15, celebrada el lunes 19 de octubre del 2015.

Acuerdo N° 5141: se acoge la recomendación que presenta la Comisión de Licitaciones mediante el Oficio N° CL-081-15 y con base en el Informe Integrado N° CL-069-15, los informes de la Dirección Jurídica N° DJ-099-15, DJ-161-15, DJ-312-15 y DJ-486-15, Técnicos N° UI-036-15, UI-055-15, UI-137-15, UI-139-15 y UI-197-15, Informe Financiero N° UAP-045-15, Administrativo N° SA-PROGIRH-919-15, Certificación de Contenido Presupuestario N° FIN-PRES-028-2015 y Carta de compromiso de recursos presupuestarios emitida por la Gerencia General para el año 2016 N° GG-754-15, se adjudica la Licitación Pública Internacional N° 2014LI-000001-OC “Evaluación y propuesta de explotación de las aguas subterráneas utilizando modelación hidrogeológica y numérica del Valle Central de Costa Rica, América Centrar, a Nemus Gestão e Requalificaço Ambiental Lda., cédula jurídica N° 503833878. Esta adjudicación es por un monto total de $279.000,00 (doscientos setenta y nueve mil dólares exactos) y un plazo de ejecución de 275 días naturales a partir de la orden de inicio dada por parte del SENARA. Todos los demás aspectos se rigen según lo establecido en el cartel y la oferta. Esta oferta es la mejor calificada, según los dictámenes técnicos jurídicos y administrativos aportados por la Comisión de Licitaciones y se ajusta a los requerimientos solicitados en el cartel. Acuerdo firme y unánime.

Servicios Administrativos.—Lic. Xinia Herrera Mata, Coordinadora.—1 vez.—O. C. N° 290.—Solicitud N° 10361.—(IN2015073958).

AVISOS

HOSPITAL DEL TRAUMA S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000013-INS-HT

Adquisición de servicio de mantenimiento preventivo

y correctivo del sistema de puertas de acceso

automáticas y manuales del

Hospital del Trauma

El Hospital del Trauma, cédula jurídica N° 3-101-593087, a través del Departamento de Proveeduría, informa que se declara infructuoso el procedimiento de Licitación Abreviada N° 2015LA-000013-INS-HT, “Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo del sistema de puertas de acceso automáticas y manuales del Hospital del Trauma”, por cuanto los oferentes incumplieron con requisitos cartelarios.

San José, 27 de octubre del 2015.—Departamento de Proveeduría.—Licda. Guiselle Zúñiga Coto, MBA, Jefatura.—1 vez.—O. C. N° 169.—Solicitud N° 18059.—(IN2015073748).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

PROCESO PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000033-01

Suministro e instalación de máquinas para

ejercicios al aire libre para adultos

La Municipalidad de Escazú comunica que mediante acto de adjudicación suscrito por el señor Alcalde, Arnoldo Barahona Cortés, del veintiuno de octubre de dos mil quince, se adjudica la Licitación Abreviada N° 2015LA-000033-01 a la empresa Distribuidora Ochenta y Seis S. A. cuyo número de cédula jurídica es 3-101-093585, por un monto total de ¢29.740.500,00.

Ítem

Descripción

U

Q

PU¢

PT¢

1

PULL CHAIR; (Elevador de brazos)

U

11

¢672.500,00

¢7.397.500,00

2

DOUBLE SURFOAD (Elevador oscilante)

U

11

¢427.500,00

¢4.702.500,00

3

THE RIDER (Pony)

U

11

¢371.500,00

¢4.086.500,00

4

AIR WALKER (Caminador)

U

12

¢437.500,00

¢5.250.000,00

5

STATIONARY BIKE (Bicicleta Estacionaria)

U

12

¢421.500,00

¢5.058.000,00

6

INSTRUCTOR BOARD (Tabla de instrucciones)

U

12

¢270.500,00

¢3.246.000,00

 

Según el oficio PIO-0617-15, se adjudica en forma adicional 4 unidades en los renglones 1, 2 y 3 para aumentar cada uno a 11 unidades; y también, 5 unidades adicionales en los renglones 4, 5 y 6 para aumentar cada uno a 12 unidades. Lo anterior, con amparo en el artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

Se advierte que de conformidad con las disposiciones de la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, este acto se puede recurrir dentro del plazo de cinco (5) días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente de su debida publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dicho recurso se puede interponer ante el Despacho del Alcalde de la Municipalidad de Escazú.

Queda a disposición de las personas interesadas el expediente de dicho procedimiento, el cual puede ser revisado en la oficina de la Proveeduría de la Municipalidad de Escazú, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 11:00 a.m. o de 1 p.m. a 3:30 p.m.

Lic. Cira Castro Myrie, Proveedora.—1 vez.—O. C. N° 34464.—Solicitud N° 42633.—(IN2015073718).

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO

DE BIENES Y SERVICIOS

COMUNICAN:

En atención al documento DFE-AMTC-3009-10-2015 del Área de Medicamentos y Terapéutica Clínica, se modifica las Fichas Técnicas de los siguientes medicamentos abajo descritos:

Código

Descripción

medicamento

Observaciones

emitidas por la Comisión

1-10-17-4705

Tramadol hidrocloruro 50 mg/ml

Versión CFT 02106

Rige a partir de su publicación.

 

Las Fichas Técnicas citadas se encuentran disponibles en la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, ubicada en el piso 12 del Edificio Laureano Echandi, Oficinas Centrales, Caja Costarricense de Seguro Social.

Lic. Mauricio Hernández Salas, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 1147.—Solicitud Nº 6425.—(IN2015073810).

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000009-0GCTT

Diseño y construcción del puente sobre el Río

Pedregoso, Ruta Nacional Nº 243

En relación con la invitación a participar en la licitación citada en la referencia, publicada en La Gaceta Nº 198, página Nº 9, del martes 13 de octubre del 2015; se aclara que la misma se tramitará por medio del Sistema Compr@Red del Ministerio de Hacienda, por lo que la presentación de ofertas deberá efectuarse en forma electrónica.

Por lo anterior, la Dirección de Proveeduría Institucional de este Consejo, no entregará carteles en forma impresa (física) ni recibirá ofertas en forma impresa (física). Los documentos de licitación se encuentran a disposición, en forma gratuita, en el Sistema Compr@Red del Ministerio de Hacienda. Los demás términos se mantienen invariables.

San José, 27 de octubre de 2015.—Proveeduría Institucional.—MBA. Luis Gerardo Leiva Mora, Director a. í.—1 vez.—O. C. N° 4063.—Solicitud N° 42669.—(IN2015073999).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

DIVISIÓN CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

ÁREA DE GESTIÓN Y ANÁLISIS DE COMPRAS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000005-DCADM

Adquisición de un sistema analítico de riesgo de crédito

(licenciamiento, implementación, configuración,

conectividad, migración, inducción y desarrollo de

nuevas funcionalidades)

La División de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados en la Licitación Pública Nº 2015LN-000005-DCADM, que en la publicación de adjudicación del 27 de octubre de 2015 en La Gaceta N° 208, página 32, por error se indicó en el encabezado de la publicación Licitación Pública N° 2014LN-000005-DCADM, siendo lo correcto, Licitación Pública N° 2015LN-000005-DCADM.

Demás condiciones y requisitos de la comunicación de adjudicación permanecen invariables.

San José, 28 de octubre de 2015.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2015073669).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS

DEL PACÍFICO

LICITACIÓN PÚBLICA  2015LN-000001-01

Mantenimiento de la etapa 2 del Muelle de Golfito

El Departamento de Proveeduría del INCOP avisa que al cartel de la Licitación Pública 2015LN-000001-01 por el Mantenimiento de la etapa 2 del Muelle de Golfito, se le han efectuado algunas modificaciones y aclaraciones las cuales podrán ser vistas en la dirección electrónica http://www.incop.go.cr/proveeduria.php?p=109 a partir de la publicación de este aviso. Asimismo se informe que el acto de recepción de ofertas que estaba previsto para el 2 de noviembre del 2015 a las 10:00 horas, conforme la publicación hecha en La Gaceta N° 207 del 26 de octubre del año en curso, ha sido prorrogada para el 5 de noviembre  del 2015 a las 10:00 horas en Puerto Caldera.

Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O. C. N° 27830.—Solicitud N° 42688.—(IN2015073847).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LÍNEA DE PRODUCCIÓN REACTIVOS Y OTROS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000021-05101

(Aviso Nº 3)

Pruebas para la determinación de gases arteriales

Se informa a los interesados a participar en la Licitación Pública Nº 2015LN-000021-05101, que se encuentra a su disposición el cartel unificado, así como por atendidas las aclaraciones de la empresa: Siemens Healthcare Diagnostics S. A., estos archivos pueden ser descargados del expediente electrónico en la siguiente dirección: www.comprared.cr.

Además se informa que se prorroga la fecha de apertura de ofertas para el día 20 de noviembre del 2015, a las 10:00 horas.

San José, 27 de octubre del 2015.—Licda. Andrea Vargas Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 9095.—(IN2015073750).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000019-99999

(Adendum N° 1)

Compra de equipo tecnológico

La Universidad Estatal a Distancia, comunica a los interesados en la presente licitación, que se está realizando la siguiente aclaración en las Condiciones Especiales de la Licitación Abreviada 2015LA-000019-99999.

En la página 8 del cartel en las Condiciones Especiales, en el punto 5 Plazo de entrega, inciso a):

El oferente debe indicar el tiempo de entrega del bien o servicio ofertado, el cual deberá ser dado en días naturales. Dicho plazo de entrega no puede ser mayor a 40 días hábiles.

Debe leerse:

1.  El oferente debe indicar el tiempo de entrega del bien o servicio ofertado, el cual deberá ser dado en días naturales. Dicho plazo de entrega no puede ser mayor a 40 días naturales.

2.  Todas las demás condiciones permanecen invariables.

San José, 28 de octubre del 2015.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í.—1 vez.—Solicitud Nº 42656.—(IN2015073928).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000067-PRI

(Circular Nº 1)

Diseño-Construcción y puesta en marcha de un sistema

de lodos activados para la Planta de Tratamiento

de Bosques de Santa Ana

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que a partir de la presente publicación está disponible la Circular N° 1, en la Dirección de Proveeduría del AyA sita en el Módulo C, piso 3 del edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas, o en el web www.aya.go.cr, Link Proveeduría, Expediente Digital. Demás condiciones permanecen invariables.

Licda. Iris Fernández Barrantes, Dirección Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 6000000728.—Solicitud Nº 42677.—(IN2015073824).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000010-04

(Modificación)

Compra de equipos para sistemas de aire acondicionado

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Chorotega avisa a todos los proveedores interesados en participar en el procedimiento de Licitación Abreviada en referencia, de acuerdo al oficio NE-PGA-573-2015 del Núcleo Eléctrico que se realizaron cambios en los croquis y especificaciones técnicas de las líneas N° 3 y N° 4 de dicha compra.

Los cambios realizados por la dependencia técnica, los pueden acceder en el Proceso de Adquisiciones INA Liberia, comunicándose a los teléfonos 2666-2556/2666-1583/2666-2201, extensión: 1016.

Las demás condiciones del cartel quedan invariables.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 24246.—Solicitud N° 42645.—(IN2015073614).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

UNIDAD DE PROVEEDURÍA

La Municipalidad del cantón de Desamparados, comunica lo siguiente:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000021-01

(Prórroga y aclaraciones)

Remodelación taller de mantenimiento mecánico municipal

Se comunica a todos los interesados que podrán retirar, en las oficinas de la Proveeduría, ubicada en la segunda planta del edificio Municipal las aclaraciones realizadas en el pliego de condiciones.

Asimismo se prorroga la apertura de ofertas para el 02 de noviembre del 2015, al ser las catorce horas.

Licda. Mauren Fallas Fallas, Alcaldesa Municipal.—1 vez.—(IN2015073912).

REGLAMENTOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL

La Junta Administrativa de la Imprenta Nacional, mediante acuerdo firme N° 6496-10-2015, adoptado en la sesión ordinaria Nº 31 del 07 de octubre de 2015,

Considerando:

Que se hace necesario modificar el Reglamento de Operación de Caja Chica de la Imprenta Nacional en sus artículos 4º y 7º para una mejor operatividad y funcionamiento de la misma, con el fin de cumplir con las labores propias de esta institución y no se vea afectada su producción ni buen desarrollo de la Imprenta Nacional. Por tanto

ACUERDA:

REFORMA AL REGLAMENTO DE OPERACIÓN

DE CAJA CHICA DE LA JUNTA ADMINISTRATIVA

DE LA IMPRENTA NACIONAL

Modifíquense los artículos 4º y 7º del Reglamento de Operación de Caja Chica de la Imprenta Nacional para que en adelante se lean:

Artículo 4º—Fondo fijo. La Caja Chica operará por medio de un fondo fijo, cuyo monto se establece en la suma de un millón de colones (¢1.000.000,00). Este monto será modificado anualmente de acuerdo con el índice de inflación que determine el Banco Central de Costa Rica el 31 de diciembre de cada año.

Artículo 7º—Funcionarios autorizados. Los funcionarios autorizados para aprobar solicitudes de gastos de Caja Chica serán los siguientes:

a)  Director General.

b) Jefe de Despacho de la Dirección.

c)  Director de Comercialización.

d) Director de Producción.

e)  Director Administrativo-Financiero.

f)  Auditor Interno.

Así como las personas que el Director General autorice.

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

San José, a los veintisiete días del mes de octubre del dos mil quince.—Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Director Ejecutivo.—  1 vez.—(IN2015073746).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE VÁZQUEZ DE CORONADO

La Municipalidad de Vázquez de Coronado, se adhiere al “Manual de Valores Base Unitarios por Tipología Constructiva”, publicado por el Órgano de Normalización Técnica del Ministerio de Hacienda en el Alcance Digital N° 19 de La Gaceta N° 57 del 23 de marzo del 2015, para efectos de lo indicado en la Ley N° 7509.

Vázquez de Coronado, 13 de octubre del 2015.—Departamento de Catastro y Valoración.—Ing. Karla Zúñiga García, Coordinadora.—Leonardo Herrera Sánchez, Alcalde.—1 vez.—(IN2015071013).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

SUPERINTENDENCIA GENERAL

DE ENTIDADES FINANCIERAS

Publicación de la Superintendencia General de Entidades Financieras con base en la información suministrada por los intermediarios financieros.

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

Notas:

Esta publicación se realiza en acatamiento de lo dispuesto en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional y se ha elaborado con base en la información suministrada por las entidades financieras disponibles en nuestras bases de datos al 14/01/2015.

En el sitio Web de la SUGEF (www.sugef.fi.cr) se puede consultar los estados financieros individuales de los bancos con un mayor nivel de detalle, de este periodo y de periodos anteriores, así como otra información adicional.

Javier Cascante Elizondo, Superintendencia General.— 1 vez.—Solicitud Nº 40574.—(IN2015066870).

Publicación de la Superintendencia General de Entidades Financieras con base en la información suministrada por los intermediarios financieros.

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

Notas:

1.  Esta publicación se realiza en acatamiento de lo dispuesto en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional y se ha elaborado con base en la información suministrada por las entidades financieras disponibles en nuestras bases de datos al 14/07/2015.

2.  En el sitio Web de la SUGEF (www.sugef.fi.cr) se puede consultar los estados financieros individuales de los bancos con un mayor nivel de detalle, de este periodo y de periodos anteriores, así como otra información adicional.

Javier Cascante Elizondo, Superintendente General.— 1 vez.—Solicitud Nº 40575.—(IN2015066873).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-4769-2015.—Carpio Barrantes Karen María, R-037-2015, cédula 1-1258-0449, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster 2 con énfasis en Piloteo de las Políticas y Acciones en Salud Pública, EHESP Escuela de Estudios Superiores en Salud Pública, Francia. La persona interesada en aportar información de la solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 28 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41332.—(IN2015068845).

ORI-3910-2015.—Rojas Jama Fernando Jesús, R-052-2010 B, pas. 0800581290, solicitó reconocimiento y equiparación del título Magíster en Desarrollo de la Inteligencia y Educación, La Pontificia Universidad Católica del Ecuador, Ecuador. La persona interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 7 de agosto de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41333.—(IN2015068846).

ORI-4742-2015.—Lelchuk Dybner Daniel Andrés, R-189-2015, cédula 1-1283-0167, solicitó reconocimiento y equiparación del título Especialista en Odontopediatría, Universidad de Buenos Aires, Argentina. La persona interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 24 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41334.—(IN2015068848).

ORI-4470-2015.—Alfaro Araya Bernardo José, R-207-2015, cédula 1-0602-0093, solicitó  reconocimiento y equiparación del título Máster en Administración de Empresas, Instituto Centroamericano de Administración de Empresas, Nicaragua. La persona interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 9 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41335.—(IN2015068851).

ORI-4583-2015.—Castaño Jaramillo María Mercedes, R-215-2015, pasaporte AO246581, solicitó reconocimiento y equiparación del título Psicóloga, Universidad de San Buenaventura, Colombia. La persona interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 17 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41336.—(IN2015068862).

ORI-4503-2015.—Víquez Bonilla Daniella María, R-218-2015, cédula 1-1481-0163, solicitó reconocimiento y equiparación del Título Bachiller en Artes, Universidad de Columbia Británica, Canadá. La persona interesada en aportar información de la solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 11 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41337.—(IN2015068869).

ORI-4414-2015.—Perdomo Argüello Francisco José, R-223-2015, cédula 8-0053-0613, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor, Universidad de Salamanca, España. La persona interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 7 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41338.—(IN2015068871).

ORI-4349-2015.—Jiménez Quesada Silvia Eugenia, R-224-2015, cédula N° 113070657, solicitó reconocimiento y equiparación del título Master in Business Administration, Incae Business School, Nicaragua. La persona interesada en aportar información de la solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 2 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41339.—(IN2015068878).

ORI-4567-2015.—Brenes Rodríguez Julio César, R-226-2015, cédula 1-1191-0765, solicitó  reconocimiento y equiparación del título Máster In Business Administration, Incae Business School, Nicaragua. La persona interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 16 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128504.—Solicitud N° 41340.—(IN2015068881).

ORI-4546-2015.—Zúñiga Rodríguez Ricardo Francisco, R-232-2015, cédula 1-0910-0322, solicitó reconocimiento y equiparación del título Maestría en Administración Pública, Harvard University, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 14 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41341.—(IN2015068883).

ORI-3915-2015.—González Torres Antonio, R-234-2015, céd. 602490899, solicitó reconocimiento y equiparación del título doctor, Universidad de Salamanca, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41350.—(IN2015068891).

ORI-4416-2015.—Jiménez Chaves Víctor Alberto, R-260-2015, cédula 3-0371-0011, solicitó reconocimiento y equiparación del título Especialista en Endodoncia, Universidad de Buenos Aires, Argentina. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41412.—(IN2015068892).

ORI-4703-2015.—Sales García Francisco Asís, R-259-2015, pasaporte N° AA1339796, solicitó  reconocimiento y equiparación  del  título Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos (Especialidad: Transportes), Universidad Politécnica de Catalunya, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41411.—(IN2015068895).

ORI-4701-2015.—Solís de la Paz José Pablo, R-255-2015, cédula 1-1237-0779, solicitó  reconocimiento y equiparación del título Maestría en Música, Interpretación, Herberger Institute For Design And The Arts, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41410.—(IN2015068897).

ORI-4712-2015.—Cartagena Núñez Laura Catalina, R-255-2014-B, residente temporal: 117002005024, solicitó  reconocimiento y equiparación  del  título Magíster en Ciencias Sociales, Universidad Nacional de General Sarmiento, Argentina. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41409.—(IN2015068919).

ORI-4449-2015.—Araya Carvajal Fabio David, R-295-2015, céd. N° 401810414, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Ciencias con Mención en Química, Universidad de Concepción, Chile. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41442.—(IN2015069052).

ORI-4468-2015.—Lira Sánchez Edmundo Alberto, R-294-2015, residencia temporal: 186200330221, solicitó reconocimiento y equiparación del título Ingeniero Mecánico, Universidad Metropolitana, Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 9 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41441.—(IN2015069054).

ORI-4736-2015.—Rojas Rapso Leonardo Enrique, R-304-2015, cédula 1-1264-0423, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster Universitario en Energías Renovables, Universidad de León, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 25 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41453.—(IN2015069058).

ORI-4744-2015.—Hernández Guzmán Wander, R-296-2015, cédula 6-0369-0337, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41443.—(IN2015069060).

ORI-4174-2015.—Andensor Nedrick Bradley Salem, R-265-2015, cédula N° 702070708, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41413.—(IN2015069061).

ORI-4376-2015.—Jaramillo Arango Isabel Cristina, R-246-2013 B, Res. temp. 117001975601, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctora Universidad de Castilla-La Mancha, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 3 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41408.—(IN2015069064).

ORI-4657-2015.—Dapena Lavadie Alexis, R-240-2015, cédula 8-0091-0604, solicitó reconocimiento y equiparación  del título licenciado en Educación en la Especialidad de Matemática, Instituto Superior Pedagógico “Enrique José Varona”, Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 22 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41407.—(IN2015069080).

ORI-4666-2015.—Melhado Mora Carlos Arturo, R-308-2015, cédula N° 109970729, solicitó reconocimiento y equiparación del título Ingeniero Civil, La Universidad Tecnológica de El Salvador, El Salvador. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41459.—(IN2015069580).

ORI-4682-2015.—Pinto Rodríguez Kedduar Enrique, R-307-2015, pasaporte: 116961464, solicitó reconocimiento y equiparación del título Ingeniero Industrial, Universidad Nacional Experimental del Táchira, Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128504.—Solicitud Nº 41458.—(IN2015069584).

ORI-4488-2015.—Giulietti Ennio, R-306-2015, pas. N° A03710337, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Ciencias Políticas. Sector Político-Internacional, Universidad de Estudios de Urbino, Italia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 10 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41456.—(IN2015069586).

ORI-4509-2015.—Fonseca Ureña Samantha, R-305-2015, cédula 1-1268-0068, solicitó  reconocimiento y equiparación  del  título Máster en Derecho y Defensa de Causas y Resolución de Conflictos, The John Marshall Law School, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 11 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41455.—(IN2015069587).

ORI-4408-2015.—Meneses Rojas Esteban, R-237-2015, cédula 3-0361-0389, solicitó  reconocimiento y equiparación  del  título Doctor en Filosofía en Ciencias de la Computación, Universidad de Illinois, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41405.—(IN2015069591).

ORI-4669-2015.—Corasaniti Vittorio, R-310-2015, pas. N° YA2980844, solicitó  reconocimiento y equiparación del título Licenciatura en Ciencias Jurídicas, Universidad de los Estudios de Milán-Bicocca, Italia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41468.—(IN2015069633).

ORI-4672-2015.—Herrera Gómez Coral, R-309-2015, categoría especial: 172400228403, solicitó reconocimiento y equiparación del  título Doctora, Universidad Carlos III de Madrid, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41466.—(IN2015069637).

ORI-4608-2015.—Cascante Matamoros Monserrat, R-236-2015, cédula 4-0185-0184, solicitó reconocimiento y equiparación del  título Magíster en Ciencias, Mención Geología, Universidad de Chile, Chile. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 18 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.— O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41351.—(IN2015069640).

ORI-4825-2015.—Chacón Hidalgo Manuel Benito, R-319-2015, cédula: 1-0638-0391, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster Universitario en Estudios Contemporáneos de América Latina, Universidad Complutense de Madrid, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 01 de octubre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41478.—(IN2015069642).

ORI-4714-2015.—Lang Rodríguez Marinella, R-318-2015, Res. Perm. N° 119200434321, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciado en Comunicación Social, Universidad de la Habana, Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41476.—(IN2015069644).

ORI-4822-2015.—Cruz Arroyo Eddy, R-316-2015, cédula número 6-0346-0319, solicitó reconocimiento y equiparación del título Magíster en Telemática y Telecomunicaciones, Universidad del Norte, Colombia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 01 de octubre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41474.—(IN2015069648).

ORI-4710-2015.—Viejo Viñas Paio, R-315-2015, Pas. N° BE878046, solicitó  reconocimiento y equiparación  del  título Licenciado en Odontología, Universidad de Santiago de Compostela, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41473.—(IN2015069649).

ORI-4708-2015.—Agelvis Suárez Eliana Zarahit, R-313-2015, cédula N° 801050060, solicitó reconocimiento y equiparación del título Abogado, Universidad de Los Andes, Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de setiembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41471.—(IN2015069653).

ORI-4747-2015.—Villalobos Quesada Tatiana, R-312-2015, cédula 1-0810-0956, solicitó reconocimiento y equiparación del título Maestra en Administración de Instituciones Educativas, Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey Universidad Tecvirtual, México. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 25 de setiembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41470.—(IN2015069655).

ORI-4826-2015.—Fuenmayor Mazzei Laura Virgina, R-311-2015, residente: 186200456631, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciada en Contaduría Pública, Universidad Privada Dr. Rafael Belloso Chacín, Venezuela. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 01 de octubre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128504.—Solicitud N° 41469.—(IN2015069658).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

Para el cumplimiento de sus fines y dentro de las potestades y competencias del INDER, la compra de tierras se tiene como actividad ordinaria del INDER de conformidad con lo que establece el Artículo 16, inciso a) de la Ley 9036. E1 Instituto de Desarrollo Rural comunica la aprobación del siguiente proceso:

Adquisición de inmueble para ejecutar el proyecto “Mejoramiento de las condiciones socioeconómicas de la comunidad de Pedernal de Puriscal, mediante la producción, procesamiento y comercialización de pulpa de frutas tropicales, conforme a normas de calidad e inocuidad y ambientales con el principio empresarial de dar valor agregado dentro de la Microcuenca del río Quivel”.

Acto de aprobación fue dictado mediante el acuerdo tomado por la Junta Directiva en el artículo 4, de la sesión ordinaria 037, celebrada el 13 de octubre de 2015.

Se acuerda la compra de las siguientes propiedades: descritas en los planos catastrados 1-1104661-2006, con un área de 2 ha. 6664.52m2, inscrita al FR-00160428-000, 1-1104645-2006 con un área de 2ha. 7790.02m2, inscrita al FR-00128087-000, 1-1200117-2007 con un área de 2 ha. 6285.15m2, inscrita al FR-00128557-000, 1-1104657-2006 con un área de 2 ha. 4945.97m2, inscrita al FR-00191151-000, 1-1140796-2007 con un área de 2 ha. 7141.61m2, inscrita al FR-00126792-000, 1-1104648-2006 con un área de 0 ha. 7493.76m2, inscrita al FR-00173191-000, 1-1104652-2006 con un área de 2 ha. 7296.00m2, inscrita al FR-00126798-000, ubicadas en distrito Candelarita, cantón Puriscal de la provincia de San José, propiedad de Virgilio Antonio de Jesús García Vega, cédula de identidad 1-576-114.

El precio a pagar es la suma de ciento veintiún millones trescientos ochenta y un mil novecientos ochenta y ocho colones con setenta y tres céntimos (¢121.381.988,73).

Ing. Santiago Mesén Madrigal, Director Nacional Agrario.— 1 vez.—(IN2015070970).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A, Heriberto Ballestero Villegas, se le comunica la resolución de la Oficina Local de Naranjo, de las 15:00 horas del día 18 de agosto de 2015, que da inicio al proceso especial de protección a favor de su hija Evelyn Ballestero Soto. Notifíquese la anterior resolución a los interesados con la advertencia que deberán señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido de que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto Nº 11302-2002, de las 15:41 horas de 27 de noviembre de 2002, de la Sala Constitucional. Se le hace saber que contra dicha resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse en el plazo de 2 días hábiles, contadas a partir de la notificación, ante el mismo Órgano, quién lo elevará para su resolución ante la Presidencia Ejecutiva, ubicada trescientos metros al sur de la Casa Matute Gómez, Barrio Luján, San José. Será inadmisible el recurso interpuesto pasado el plazo establecido. Expediente Nº OLNA-00193-2015.—Licda. Rosario Cruz Carvajal, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº 15000088.—(IN2015071167).

A, José Antonio Jiménez Soto y Raquel Díaz Sevilla, se le comunica las resoluciones de la Oficina Local de Naranjo, de las 11:00 horas del día 20 de agosto de 2015 que da inicio al proceso especial de protección en sede administrativa y dictado de medida de cuido provisional de persona menor de edad en el hogar de la señora Karol Jiménez Soto, resolución de las 10:00 horas del día 16 de setiembre de 2015 que da audiencia a las partes sobre informe de investigación ampliada y resolución de las 13:30 horas del día 29 de setiembre de 2015 que mantiene medida de protección dictada de cuido provisional hasta seis meses, a favor de la hija de ambos Yesenia Jiménez Díaz. Notifíquese la anterior resolución a los interesados con la advertencia que deberán señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido de que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto Nº 11302-2002, de las 15:41 horas de 27 de noviembre de 2002, de la Sala Constitucional. Se le hace saber que contra dicha resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse en el plazo de 2 días hábiles, contadas a partir de la notificación, ante el mismo Órgano, quién lo elevara para su resolución ante la Presidencia Ejecutiva, ubicada trescientos metros al sur de la Casa Matute Gómez, Barrio Luján, San José. Será inadmisible el recurso interpuesto pasado el plazo establecido. Expediente Nº OLNA-00222-2015.—Licda. Rosario Cruz Carvajal. Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº 15000088.—(IN2015071168).

Se hace saber a, Angelina del Carmen Villalobos Zúñiga, quien es mayor, administradora de su hogar, en unión libre, con cédula de identidad número 603770658, de domicilio desconocido; que mediante resolución de las nueve horas con veintisiete minutos del catorce de setiembre del año dos mil quince, se da inicio al proceso especial de protección, y se ordena medida de abrigo temporal hasta por seis meses, en una alternativa de protección institucional, en favor de las personas menores de edad de nombres, Anderson Daniel Jiménez Villalobos, quien es persona menor de edad, de siete años de edad, nació el dieciséis de febrero del año dos mil ocho, citas de inscripción de su nacimiento en el Registro Civil, número 120190348; Elizabeth Dariela Jiménez Villalobos, quien es persona menor de edad de cuatro años de edad, nació el dieciséis de febrero del año dos mil once, citas de inscripción de su nacimiento en el Registro Civil, número. Notifíquese: La anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar casa, oficina o medio electrónico para recibir sus notificaciones que se generen sobre este proceso, en caso contrario, las resoluciones posteriores, se tendrán por notificadas, en el transcurso de las veinticuatro horas siguientes después de ser resueltas. Garantía de defensa: Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso de apelación, que se deberá interponer ante esta Representación en un término de cuarenta y ocho horas contadas a partir del día siguiente a la última publicación de este aviso, y que será resuelto en definitiva por la Presidencia Ejecutiva de la Institución, la presentación del mismo no suspende los efectos de la ejecución de la medida de protección, y si se presenta luego del término señalado se rechazará por extemporáneo, según lo establece el artículo 139 del Código de Niñez y Adolescencia. Oficina Local de Tibás. Expediente Administrativo OLT-00306-2015.—Lic. Mario E. Tenorio Castro, Órgano Director del Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº 15000086.—(IN2015071178).

Al señor Andrés Palma Durte, quien según se conoce reside en Nicaragua, con documento de identidad desconocido, se le comunica las resoluciones de las 08:20 del día 07 de mayo del 2015, con la cual se da inicio al proceso especial de protección en sede administrativa y se resuelve en esta, dar inicio al proceso especial de protección, la cual confiere medida de protección de abrigo temporal a favor de las personas menores de edad Cristofer Santana Zelaya y a Elieth Palma Zelaya, en un albergue institucional. Además se le comunica la resolución de las 13:00 del 20 de mayo del 2015, la cual corrige error material, comunicación de dicho proceso administrativo a la progenitora por medio de edicto en razón a conocer de su paradero y medio indicado para recibir notificaciones de parte del progenitor y la resolución de las 11:30 minutos del 18 de junio del 2015, la cual sustituye medida de abrigo temporal por medida de cuido provisional de las personas menores de edad supra citadas. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos a las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en San José, Distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra las indicada resolución procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N° OLSJO-00039-2015. Oficina Local de San José, Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº 15000086.—(IN2015071179).

Al señor Jhon Jaime Arturo Meneses, se le comunica la resolución de las 15:00 del 24 de setiembre del dos mil quince, con la cual se da inicio al proceso especial de protección en sede administrativa y se resuelve medida de tratamiento en Hogar Crea, Niños y Adolescentes de Heredia a favor de la persona menor de edad Juan Sebastián Arturo Ospina. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos a las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local de San José Oeste. Deberá de señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra la indicada resolución procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente número OLSJO-00236-2015.—Oficina Local de San José Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº 15000085.—(IN2015071185)

A, Jennifer Julissa Aguirre Zepeda, radicada en Nicaragua, y de calidades desconocidas, se le hace saber la resolución de las ocho horas del veintidós de setiembre del dos mil quince, así como la resolución de las nueve horas del dos de octubre del dos mil quince. Recurso: Apelación ante esta oficina local quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva en San José. Plazo: cuarenta y ocho horas después de la última publicación de este edicto. Expediente Administrativo número OLSC-00280-2015.—Santa Cruz, 02 de octubre del 2015.—Lic. German Morales Bonilla, Representante Legal.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº 15000085.—(IN2015071190).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

A, Norberto Monge Grajal, se le comunica la resolución de las diez horas del nueve de setiembre del año dos mil quince, en virtud de la cual se pone en conocimiento por el plazo de cinco días hábiles, investigación ampliada de los hechos de fecha siete de setiembre del año dos mil quince llevado a cabo por el Lic. Jorge Fajardo González, Trabajador Social del PANI, presente sus alegatos y ofrezca prueba, no proceden recursos ordinarios de ley. Y la resolución de las trece horas del once de setiembre del año dos mil quince en virtud de la cual se resuelve mantener medida abrigo temporal a favor de la persona menor de edad: Andrés Monge Villarreal, en la Alternativa de Protección Gunter. Notifíquese la presente resolución a las partes, en su lugar de domicilio, con la advertencia de que deben señalar lugar o un fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, en caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso o llegara a desaparecer o el medio seleccionado fuera defectuoso estuviera desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de la presente resolución procede únicamente el Recurso Ordinario de Apelación que deberá interponerse ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas hábiles después de notificada la presente resolución, Recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se previene a las partes involucradas en el Proceso que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho así como tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Expediente OLCO-00121-2015.—Oficina Local Pani-Corredores.—Lic. Dinia Vallegos Badilla, Coordinadora.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº 15000087.—(IN2015071171)

Se hace saber a, Noylin Kelyn Jiménez Mora, quien es mayor, con cédula número 110740869, demás calidades desconocidas; que mediante resolución de las once horas con doce minutos del primero de octubre del año dos mil quince, se da inicio al proceso especial de protección, y se ordena medida de protección de cuido provisional a favor de las personas menores de edad de nombres Dylan Josué Vallecillo Jiménez y Darling Gabriela Vallecillo Jiménez; para que desde la hora y fecha de esta resolución, estén formal y legalmente protegidos en el Hogar Solidario de su Abuelo Paterno señor Porfilio Vallecillo Telles. Notifíquese: La anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar casa, oficina o medio electrónico para recibir sus notificaciones que se generen sobre este proceso, en caso contrario, las resoluciones posteriores, se tendrán por notificadas, en el transcurso de las veinticuatro horas siguientes después de ser resueltas. Garantía de defensa: Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso de apelación, que se deberá interponer ante esta Representación en un término de cuarenta y ocho horas contadas a partir del día siguiente a la última publicación de este aviso, y que será resuelto en definitiva por la Presidencia Ejecutiva de la Institución, la presentación del mismo no suspende los efectos de la ejecución de la medida de protección, y si se presenta luego del término señalado se rechazará por extemporáneo, según lo establece el artículo 139 del Código de Niñez y Adolescencia. Expediente Administrativo OLT-00280-2014.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Mario E. Tenorio Castro, Órgano Director del Proceso Especial de Protección en sede Administrativa.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº 15000086.—(IN2015071175).

Se hace saber a, Jimmy Henry Herrera Palma, quien es mayor, demás calidades desconocidas, y a Jennifer Lucía Hernández Vargas, mayor, con cédula 111400649, demás calidades desconocidas; que mediante resolución de las trece horas con cuarenta y siete minutos del primero de octubre del año dos mil quince, se da inicio al proceso especial de protección, y se ordena medida de protección de Inclusión en programas oficiales o comunitarios de auxilio a la familia y a la persona menor de edad, a favor de la persona menor de edad de nombre Jimmy Guillermo Herrera Hernández, quien es persona menor de edad, de catorce años de edad, nació el dieciséis de enero del año dos mil uno, es portador de la tarjeta de identificación de persona menor de edad número 118010145, actualmente cuenta con primaria completa; para que desde la hora y fecha de esta resolución ingrese en la ONG Centro San Agustín, donde permanecerá completando un programa de atención integral para su caso concreto. Notifíquese: La anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar casa, oficina o medio electrónico para recibir sus notificaciones que se generen sobre este proceso, en caso contrario, las resoluciones posteriores, se tendrán por notificadas, en el transcurso de las veinticuatro horas siguientes después de ser resueltas. Garantía de defensa: Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso de apelación, que se deberá interponer ante esta Representación en un término de cuarenta y ocho horas contadas a partir del día siguiente a la última publicación de este aviso, y que será resuelto en definitiva por la Presidencia Ejecutiva de la Institución, la presentación del mismo no suspende los efectos de la ejecución de la medida de protección, y si se presenta luego del término señalado se rechazará por extemporáneo, según lo establece el artículo 139 del Código de Niñez y Adolescencia. Expediente Administrativo OLHT-00034-2015.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Mario E. Tenorio Castro, Órgano Director del Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº 15000086.—(IN2015071177).

A Julio César Calderón López y Marta del Socorro Díaz Jirón, se le comunica la resolución de las 13:23 horas del 10 de setiembre del 2015, que ordenó Medida de Abrigo Temporal en Albergue Institucional de la persona menor de edad Cecilia Calderón Díaz, c.c. Migdalia Sánchez Campos, por el plazo máximo de seis meses. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLSJO-00218-2015.—Oficina Local San José Oeste.—Lic. Seidy Chavarría Ramírez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº 15000085.—(IN2015071186).

Se le comunica a Diego Pérez Martínez y a Luis Rodríguez Echeverría, la resolución de las ocho horas del veintiocho minutos del veintiocho de setiembre de dos mil quince, mediante la cual ubica a Samuel Pérez Huete y a Dalia Rodríguez Huete, en una alternativa de protección institucional. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas, contados a partir de la tercera publicación del presente edicto. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Expediente OLG-OLG-00145-2014.—Oficina Local de Guadalupe, 09 de octubre del 2015.—Lic. Roberto Marín A., Representante Legal.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº 15000085.—(IN2015071187).

A, Gretel Susana Mora Rojas y Denis Orlando Rojas Sequeira, se les comunica la resolución de las 13 horas del 31 de agosto del dos mil quince, en la que se ordenó Medida de Abrigo Temporal de la persona menor de edad, Jeferson Samuel Rojas Mora. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente OLA-00290-2015. Oficina Local de Alajuela.—Lic. Alejandra Solís Lara, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº 15000085.—(IN2015071188).

A la adolescente madre Valeria Dayana Quiróz Anton, menor de edad, tarjeta de persona menor de edad cuatro-doscientos treinta y siete-trescientos quince, con domicilio exacto demás calidades desconocidas por esta oficina local se le comunica la resolución de las catorce horas cuarenta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil quince que ordenó el inicio de Proceso especial de protección y dictó Cuido Provisional en favor de la persona menor de edad Samantha Valentina Quiróz Anton, remitiéndose el expediente al Área Psicosocial de esta oficina para que se realice investigación ampliada de la situación en un plazo de veinticinco días y definan situación de la niña. Se les confiere el término de tres días para que manifiesten cualquier oposición o manifiesten lo que tengan a bien manifestar. Notifíquese la anterior resolución a la partes interesada por edicto al desconocer su domicilio actual exacto o ubicación, a quien se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se le hace saber además, que contra la presente resolución Inicial descrita procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente OLHN-00487-2015.— Oficina Local Heredia Norte.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 38034.—Solicitud Nº 15000085.—(IN2015071189).

A Cinthia Mendoza Hernández y Eyler Antonio Sánchez Santana, se les comunica la resolución de las once horas y dieciséis minutos del diez de setiembre del dos mil quince que ordenó medida de protección de cuido provisional en recurso familiar hogar de la señora Martina Hernández Pérez, abuela materna de las personas menores de edad supra citadas. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp. N° OLNI-00175-2015.—Oficina Local de Nicoya.—Licda. Sandra Pizarro Gutiérrez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 38034.—Solicitud N° 15000085.—(IN2015071191).

A María Esther Obando Obando y Odilón Zúñiga Guevara, se les comunica la resolución de las once horas y treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil quince que ordenó Medida de Protección de Cuido Provisional en recurso familiar hogar de la señora Yorleny Obando Obando, tía materna de las personas menores de edad, Yulissa Zúñiga Obando y Brayan Moreno Obando. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la flecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp. N° OLNI-00211-2015.—Oficina Local de Nicoya.—Licda. Sandra Pizarro Gutiérrez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 38034.—Solicitud N° 15000085.—(IN2015071192).

AVISOS

JUNTA DE EDUCACIÓN DEL CENTRO

EDUCATIVO ERMIDA BLANCO GONZÁLEZ

Se hace conocimiento que la Junta de Educación del Centro Educativo Ermida Blanco González, cédula jurídica 3-008-314672, ha solicitado a la Procuraduría General de la República la inscripción registral del bien inmueble no inscrito, ubicado en la provincia de Alajuela, cantón Alajuela, distrito Sabanilla, terreno donde se localiza el Centro Educativo Escuela Ermida Blanco González, el cual colinda al norte: con calle pública, al sur: propiedad de Rosario Herrera Alfaro, al este: con calle pública y al sur: con propiedad de Rosario Herrera Alfaro; cuenta con un plano catastrado número 2-81009-1992, con un área de 1.529,69 m2 dicha inscripción se realiza según el artículo 27 de la Ley 5060, Ley de Caminos Públicos. La Junta de Educación o Administrativa ha mantenido posesión en dicho inmueble por más de diez años en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, de buena fe y a título de dueña. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretenda inscribir deberá hacerlo saber en el plazo de un mes a partir de la publicación del presente edicto en la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del Ministerio de Educación Pública o bien a la Procuraduría General de la República. Notaría del Estado en la cual se están realizando las presentes diligencias.

San José, 14 de octubre de 2015.—José Esquivel Hernández.—1 vez.—(IN2015071016).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

AVISA

La Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, mediante acuerdo Nº III.8, de la sesión ordinaria Nº 32-2015, celebrada el día 17 setiembre del año en curso, aprueba y declara interés público el proyecto La Cruz, Rehabilitación, Cultural de un Centro Urbano (Parque Central de La Cruz), por lo que mediante el presente acuerdo autoriza al señor Lic. Carlos Matías Gonzaga Martínez, Alcalde Municipal de La Cruz para que realice los avalúos correspondientes de las siguientes propiedades, y se inicien los trámites de expropiación. Emilce Vargas Zamora, cédula Nº 5-079-280, propiedad Nº 5-010442-A-000, plano Nº G-1368189-2009. Katty Vega Espinoza, cédula Nº 5-242-127, propiedad Nº 5-043486-000, plano Nº G-0313735-1798. Ninozca Bejarano Loáiciga, cédula Nº 5-235-438, propiedad Nº 5-068454-000, plano Nº G-0847617-1989. Guillermina Loáiciga Camacho, cédula Nº 5-095-100, propiedad Nº 5-068455-000, plano Nº G-0847616-1989. José Luis Corrales Chinchilla, cédula Nº 2-287-255, propiedad Nº 5-010312-000, plano Nº G-054345-1984. Luis Gerardo Mora Mejía, cédula Nº 5-154-415, propiedad Nº 5-054223-000, plano Nº G-573220-1985. Gerardo Andrés Alfaro Ureña, cédula Nº 5-1354-0847, propiedad Nº 5-053935-002, plano Nº G-507798-1983. Karla Marcela Ureña Jiménez, cédula Nº 1-1230-687, propiedad Nº 5-053935-001, plano Nº G-507798-1983. Katia de los Ángeles Corrales Medrano, cédula Nº 5-313-325, propiedad Nº 5-059477-000, plano Nº G-0380025-1980. Isabel Ponce Ponce, cédula Nº 5-112-147, propiedad Nº 5-092594-000, plano Nº G-0250316-1995.

La Cruz, Guanacaste, 15 de octubre del 2015.—Nury Jara Rodríguez, Proveedora Municipal a. í.—1 vez.—(IN2015070562).

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO

La Municipalidad de Guácimo publica: Tomando en cuenta que el mes de diciembre es una época de festividad navideña donde se fomenta la unión para compartir con la familia y en vista de que este Órgano Colegiado desea disfrutar dicha festividad al lado de sus familiares, este Concejo Municipal por unanimidad acuerda: Cambiar la fecha de celebración de sesiones Municipales en el siguiente orden:

21-12-15 se traslada la celebración de la sesión para el día 10-12-2015

28-12-15 se traslada la celebración de la sesión para el día 17-12-2015

Acuerdo N° mil ciento uno. Aprobado unánimemente, en sesión ordinaria N° 40-15, celebrada el 05 de octubre 2015. (Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta).

Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2015071510).

AVISOS

CONVOCATORIAS

COLEGIO DE FARMACÉUTICOS DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica, conforme a lo acordado en sesión extraordinaria realizada el 19 de octubre de 2015, convoca a todos los miembros activos de este colegio a la asamblea general extraordinaria que se celebrará el lunes 16 de noviembre del 2015, a las 18:30 horas en la sede del Colegio, para tratar la siguiente agenda:

    Reforma integral del Código de Ética Farmacéutica.

    Reforma del Reglamento para la tramitación de denuncias en contra de miembros del Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica.

    Declarar en firme los acuerdos tomados en esta asamblea general extraordinaria.

Dr. Édgar Zeledón Portuguez, Presidente.—Dra. Sandra García Zúñiga, Secretaria.—(IN2015073901).                                                                                                                                         2 v. 1

VACATI INVERSIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a todos los accionistas de la compañía denominada Vacati Inversiones Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-66824 a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas que se celebrará en el domicilio social en provincia de San José, San José, Mata Redonda, exactamente del Balcón Verde, dos cuadras al norte y veinticinco al oeste, a mano izquierda en SPR Abogados, en primera convocatoria a las ocho horas del veintisiete de noviembre del dos mil quince. De no cumplirse el quórum a la hora señalada, la asamblea se reunirá en segunda convocatoria una hora después en el mismo lugar, con cualquier número de accionistas presentes. El orden del día será: 1) Revisión de quórum presente; 2) Nombramiento de presidente y secretario para dirigir la asamblea; 3) Informe del presidente y revisión de la situación legal, financiera y contractual en las empresas de la cual la compañía es accionista; 4) Presentación y discusión de los estados financieros al 30 de setiembre del año 2015; 5) Aprobación o rechazo de los estados financieros indicados en el punto 4 anterior; 6) Toma de decisiones en relación al informe del presidente; 7) Autorización al presidente de la compañía a suscribir y endosar el título y contrato de cesión de acciones de la empresa en la compañía tres-ciento uno-seiscientos sesenta y un mil doscientos setenta y uno S. A. 8) Autorización al presidente de la compañía a suscribir la rescisión contractual de los documentos denominados: “Contrato de opción de venta y cesión de acciones para desarrollo de inmuebles” firmado el veinticinco de febrero del dos mil catorce y documento denominado “cronograma” de fecha veinticinco de febrero del dos mil catorce; 9) Autorizar al presidente a suscribir cualquier finiquito que tenga relación con los temas señalados en su informe, en resguardo de los intereses de la empresa; 10) Autorización para la protocolización del acta y sus acuerdos. 11) Aprobar o improbar el acuerdo de disolución de la sociedad y la discusión de nombrar o no liquidador. Nota: los estados financieros podrán ser retirados en el domicilio social. Tendrá derecho de asistir a la asamblea todo accionista que se encuentre inscrito como tal en el libro de registro de accionista al día de la publicación del presente aviso en el Diario Oficial La Gaceta. Todo accionista debe de estar debidamente acreditado, con su documento de identidad personal y su personería jurídica vigente y/o, la carta poder o poder especial debidamente autenticado por un abogado.—Jorge Hernán Jiménez Meléndez, Presidente.—1 vez.—(IN2015073700).

FUNDACIÓN CORCOVADO LON WILLING RAMSEY JR

El suscrito Steven Lill Coit, en mi condición de presidente de la Fundación Corcovado-Lon Willing Ramsey Jr., procedo a hacer convocatoria oficial a la reunión ordinaria de la junta administrativa que se efectuará a las 14:00 horas del lunes 30 de noviembre del 2015, en las instalaciones de la Clínica Bíblica en San José.

Agenda:

Informe de avance de proyectos.

Presentación de nuevos proyectos.

Ingreso de nuevos miembros.

Elección de nuevos directivos para la junta directiva.

San José, 16 de setiembre de 2015.—Junta Directiva.—Steven Lill Coit, Presidente.—1 vez.—(IN2015073760).

ASOCIACIÓN TEOCALI

Asamblea ordinaria de la Asociación Teocali, a celebrarse el martes 27 de noviembre 2015, hora 4:30 p.m. para la ordinaria y en segunda convocatoria a las 5:00 p.m. en las instalaciones de Academia Teocali, sito 2 kilómetros al norte de Burger King, Liberia y con la siguiente agenda:

Agenda:

1) Informe del presidente.

2) Informe del tesorero.

3) Informe del fiscal

4) Elección de junta directiva

5) Asuntos varios.

Licda. Marelyn Jiménez Durán, Presidenta.—1 vez.—Solicitud N° 42561.—(IN2015073804).

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

TRIBUNAL ELECTORAL

El Tribunal Electoral del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica comunica que, vencido el término reglamentario, se examinaron las candidaturas propuestas, quedando formalmente aprobadas e inscritas las siguientes papeletas integradas por los abogados y abogadas que se dirán -según su orden cronológico de presentación-, para elegir los cargos directivos y de fiscalía, en la Asamblea General Ordinaria que se realizará el sábado 05 de diciembre de 2015, a partir de las 09:00 horas y hasta las 17:00 horas, en votación secreta, directa e ininterrumpida:

Grupo grúa:

Presidencia: Wilbert Martín Arroyo Álvarez, cedulado 9-0064-0628.

Vicepresidencia: Lidiette Fajardo Mejías, cedulada 1-0573-0594.

Secretaría: José Rodrigo Araya Ortiz, cedulado 1-0428-0627.

Prosecretaría: Maritza del Socorro Carranza Jiménez, cedulada 2-0368-0866.

Tesorería: Belisario Antonio Pérez Jiménez, cedulado 6-0130-0726.

Vocalía I: Maximiliano de Jesús Arias Sancho, cedulado 2-0516-0261.

Vocalía II: Delia María Acevedo Carrera, conocida como Delia María Barrantes Carrera, cedulada 6-0214-0007.

Vocalía III: Mario Yamil Chacón Murillo, cedulado 1-0751-0341.

Vocalía IV: Vera Virginia Marín Jiménez, cedulada 1-0760-0610.

Vocalía V: Jorge Fabio Sibaja Rodríguez, cedulado 9-0093-0987.

Fiscalía: Sara Inés Montero Castrillo, cedulada 6-0144-0672.

Grupo innovación:

Presidencia: Froylán Atilio Alvarado Zelada, cedulado 1-0965-0759.

Vicepresidencia: Cristina Rojas Rodríguez, cedulada 1-0517-0933.

Secretaría: Eduardo Miguel Rojas Sánchez, cedulado 1-0697-0339.

Prosecretaría: Shirley Vanessa Víquez Vargas, cedulada 1-1077-0561.

Tesorería: Francisco Eiter Cruz Marchena, cedulado 7-0094-0897.

Vocalía I: Ana Gabriela Badilla Zeledón, cedulada 1-0701-0367.

Vocalía II: Julio Armando Castellanos Villanueva, cedulado 1-1000-0762.

Vocalía III: Zuli Beatriz Sarmiento Chávez, cedulada 8-0077-0365.

Vocalía IV: Álvaro Arturo Sánchez González, cedulado 4-0142-0483.

Vocalía V: Gabriela Maritza León González, cedulada 1-1043-0296.

Fiscalía: Juan Luis León Blanco, cedulado 1-0756-0590.

Asimismo informa que los grupos inscritos quedan autorizados para hacer propaganda electoral hasta el día anterior a las elecciones, con las condiciones y restricciones que indica el Reglamento General de Elecciones del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. Las elecciones se llevarán a cabo en la sede central del Colegio, ubicada en Zapote, diagonal a la Rotonda de las Garantías Sociales, en el Edificio Fundadores, y en las Sedes Regionales previamente señaladas en la convocatoria ya publicada. (Publicación hecha de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento General de Elecciones del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.).—San José, 23 de octubre de 2015.—Lic. Juan José Nassar Güell, Presidente.—Lic. Leonardo Madrigal Moraga, Vicepresidente.—Dr. Sergio Donato Calderón, Secretario.—1 vez.—O. C. N° 244.—Solicitud N° 42436.—(IN2015073851).

DESARROLLO PENINSULAR DESPENSA

SOCIEDAD ANÓNIMA

Desarrollo Peninsular Despensa Sociedad Anónima, convoca a sus socios a la asamblea general anual ordinaria a celebrarse en su domicilio social: Puntarenas, Ciudad de Paquera centro, en el edificio del Centro de Gestión Peninsular, a celebrarse el 5 de diciembre del 2015, iniciando a las 9 a. m., en dicha asamblea se conocerán los asuntos siguientes:

1- Apertura de sesión.

2- Lectura de acta anterior.

3- Informe de la presidencia.

4- Informe del tesorero y presentación de estados financieros a setiembre 2015.

5- Informe fiscal.

6- Asuntos varios.

7- Cierre de sesión.

Los socios deberán acreditarse por medio de sus representantes legales o apoderados, aportando en el momento de iniciar la asamblea, certificación de personería jurídica vigente y con no menos de quince días naturales de expedición, así como la respectiva acción que lo acredita como socio. En caso de no aportar esa documentación podrán participar en la asamblea pero no podrán votar en los acuerdos que se tomen sin excepción. si no hubiera quórum a la hora indicada la asamblea se celebrará una hora después en el citado lugar, con los accionistas que se encuentren presentes.—Paquera, 19 de octubre del 2015.—Sonia María Duron González, Presidenta.—1 vez.—(IN2015073875).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CORNEO CALCARIS SOCIEDAD ANÓNIMA

Marco Brenes Wesseling, cédula de identidad número uno-ochocientos uno-novecientos veintisiete. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Corneo Calcaris Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta y tres mil setecientos sesenta y seis hago constar que se procederá a la reposición de los libros legales Asamblea General de Socios y Registro de Accionistas de mi representada.—San José, siete de octubre del 2015.—Marco Brenes Wesseling, Presidente.—(IN2015069528).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

UNIVERSIDAD INTERNACIONAL SAN ISIDRO LABRADOR

Ante la Oficina de Rectoría de la Universidad Internacional San Isidro Labrador, se ha presentado la solicitud de reposición del título de Licenciatura en la Enseñanza de la Matemática, inscrito bajo el tomo: 3, folio: 143, asiento: 3852 de esta universidad e inscrito ante el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), código de la Universidad número 36, asiento 42428, emitido el mes de febrero del 2014, a nombre de Elián José Vargas Arias, cédula de identidad número uno-mil trescientos sesenta y cuatro-trescientos treinta y tres. Se solicita la reposición del título indicado anteriormente por pérdida del original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Es todo. Se emite la presente en San José, Costa Rica, a los 29 días del mes de julio del 2015.—San Isidro de El General, 14 de octubre del 2015.—Ph.D. Carlos Hernán Cortés Sandí, Rector.—(IN2015070680).

COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA

El señor Mauricio Monge Calvo, cédula de identidad Nº 1-0726-0189, ha presentado solicitud de reposición del título de abogado ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica esta edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Mauricio Monge Calvo, Solicitante.—(IN2015070685).

COLEGIO PROFESIONAL

DE PSICÓLOGOS DE COSTA RICA

RESOLUCIÓN FINAL DE TRIBUNAL DE HONOR

En referencia a la Resolución Final del expediente Nº 60-2012 y Acuerdo de Junta Directiva Nº VII.1.3.09-24-10-15, se comunica lo siguiente:

Por tanto:

Se acuerda declarar a la colegiada Leda Beirute Brenes autora responsable de haber cometido violación a los artículos 8, 9 y 36, lo cual constituye la comisión de una falta grave de acuerdo al artículo 67, por lo que se le impone la sanción de suspensión temporal en el ejercicio de la profesión por un plazo de tres meses contados en días naturales, conforme a los artículos 57 y 58 todos del Código de Ética y Deontológico del Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica. Se absuelve al colegiado Iván Jirón Beirute de haber cometido violación a los artículos 8, 9 y 36 del Código de Ética y Deontológico del Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica, y en razón de ello se ordena el archivo del expediente en cuanto a lo que a él corresponde.—Licda. Karla González Urrutia, Secretaria de Junta Directiva.—(IN2015070698).               2 v. 2

En referencia a la Resolución Final del expediente Nº 01-2014 y Acuerdo de Junta Directiva Nº VII.l.2.08-24-10-15, se comunica lo siguiente:

Por tanto:

Se rechazan las incidencias interpuestas por el agremiado Miguel Arrieta Salas, al momento de formular sus conclusiones finales sobre el proceso, denominadas “Vicio del Procedimiento” y “Prescripción o caducidad del procedimiento”. Se acuerda declarar al colegiado Miguel Arrieta Salas autor responsable de haber cometido violación a los artículos 7, 8, 9, 12, 17, 26, 40 y 42, lo cual constituye la comisión de una falta gravísima de acuerdo al artículo 69, por lo que se le impone la sanción de suspensión temporal en el ejercicio de la profesión por un plazo de 5 años, conforme a los artículos 57 y 58 todos del Código de Ética y Deontológico del Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica.—Licda. Karla González Urrutia, Secretaria de Junta Directiva.—(IN2015070699).                                                                                                      2 v. 2

En referencia a la Resolución Final del expediente Nº 31-2013 y Acuerdo de Junta Directiva Nº II.l.2-22-09-15, se comunica lo siguiente:

Por tanto:

Se acuerda declarar a la colegiada Martha María Morales Batista autora responsable de haber cometido violación a los artículos 5, 23, 28 y 29, lo cual constituye la comisión de una falta grave de acuerdo al artículo 67, por lo que se le impone la sanción de suspensión temporal en el ejercicio de la profesión por un plazo de tres meses contados en días naturales, conforme a los artículos 57 y 58 todos del Código de Ética y Deontológico del Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica.—Licda. Karla González Urrutia, Secretaria de Junta Directiva.—(IN2015070701).        2 v. 2

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

UNIVERSIDAD DE LAS CIENCIAS Y EL ARTE DE COSTA RICA

Ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición del título de Maestría Profesional en Administración con énfasis en Servicios de Salud, por causa de extravío, emitido por la Universidad con fecha 24 de abril de 2015, a nombre de Fernández Paniagua Jakson, portador de la cédula de identidad N° 2-0479-0262, inscrito en el Código de la Universidad 35, asiento 84779 del Consejo Nacional de Educación Superior Universitaria (CONESUP) y en el Registro de la Universidad de las Ciencias y el Arte de Costa Rica, en el tomo 2, folio 355, asiento 8424. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante este registro en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—San José, 08 de octubre de 2015.—Elérida Méndez Herrera, Registradora.—(IN2015071416).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

BALCÓN DEL CIELO KFLX S. A.

Balcón del Cielo KFLX S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y un mil seiscientos noventa y siete, domiciliada en San José, Montes de Oca Condominio Mall San Pedro, local dos-veintiséis, solicita ante el Registro Nacional, la reposición por extravío del libro de Actas de Asamblea número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante dicho Registro, en el término de ocho días hábiles a partir de ésta publicación.—Roy Ramírez Lang y Tatiana Umaña Oviedo, Socios.—1 vez.—(IN2015071197).

INVERSIONES PIE AMIGO DE OROTINA S. A.

Ante esta notaría, mediante escritura pública número noventa y uno-uno, otorgada a las quince horas del día diecinueve de octubre del dos mil quince, el señor Johnny Peraza Delgado protocolizó solicitud de reposición de libros sociales de la sociedad Inversiones Pie Amigo de Orotina S. A. Es todo.—Cartago, 19 de octubre del dos mil quince.—Licda. Mónica Viviana Céspedes Navarro, Notaria.—1 vez.—(IN2015071426).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Protocolización de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Grupo Nación GN S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento dos mil ochocientos cuarenta y cuatro, en la cual se modifica la cláusula quinta del pacto social. Escritura otorgada a las dieciséis horas del dieciséis de octubre del dos mil quince.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—(IN2015071092).

Mediante escritura otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, de las trece horas del siete de setiembre del dos mil quince, se modificó la cláusula del capital social de la sociedad Compañía Santa Eduviges Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero veintinueve mil seiscientos setenta y seis. Capital social: Doscientos veintiséis millones ciento treinta mil ochocientos trece colones.—San José, siete de octubre del dos mil quince.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—(IN2015071135).

El suscrito notario hace constar que mediante escritura pública número doce-cuatro, otorgada a las ocho horas del nueve de octubre de dos mil quince, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada Healthy Snacks Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos diecisiete mil ciento cinco, mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos sociales, referente al capital social. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta por dos veces consecutivas. Es todo.—Heredia, nueve de octubre de dos mil quince.—Lic. Ivannia Méndez Rodríguez. Notaria.—(IN2015070214).       2 v. 2

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 30 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Montañita del Río Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Nikohl Vargas Araya, Notaria.—1 vez.—CE2015006237.—(IN2015067808).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 01 de Junio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Paramita Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2015.—Lic. Ligia Roxana Sánchez Boza, Notaria.—1 vez.—CE2015006238.—(IN2015067809).

Que la notaria Marianella Mora Barrantes, en escritura número 72 otorgada a las 15 horas del 7 de octubre del 2015, se constituye la sociedad denominada Ocotal Exploitation Sociedad Anónima.—San José, 16 horas 33 minutos del 7 de octubre del 2015.—Licda. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2015068509).

Que la notaria Marianella Mora Barrantes, en escritura número 64 otorgada a las 11 horas del 22 de setiembre del  2015, se constituye la sociedad denominada Rochet CH Sociedad Anónima.—San José, 10 horas 20 minutos del 6 de octubre del 2015.—Licda. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2015068511).

He protocolizado acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Stanf de Puerto Viejo Sociedad Anónima que contiene modificaciones en la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, 09 de octubre de 2015.—Licda. Denice Yorleny Brown Beckford, Notaria.—1 vez.—(IN2015068512).

A las trece horas de hoy, protocolicé acta de la empresa Meeting and Show Company S. A. que modifica la cláusula quinta del capital, para aumentarlo a ciento setenta y dos millones de colones.—San José, treinta de setiembre del dos mil quince.—Lic. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—(IN2015068514).

Ante el notario público Fernando Mena Alvarado, con oficina en Grecia centro, Alajuela, 125 metros norte de Perimercados, se constituyó la sociedad civil: Roca de San Carlos Sociedad Civil. El domicilio social será en Sangregado de Venado, San Carlos, Alajuela, 2 kilómetros al este de la escuela de la localidad, el plazo social es de 50 años a partir del 08-10-2015. Su objeto: desarrollo de todo tipo de actividades agrícolas y lecheras. Administradores 1: Virgilio Arturo Castro Cubero, Nº 5-209-072, 2: Sonia María Rodríguez Vargas, Nº 2-439-082.—Grecia, 08 de octubre del 2015.—Lic. Fernando Mena Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2015068518).)

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de marzo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Etvel del Sur Sociedad Anónima.—San José, 13 de agosto del 2015.—Lic. Ricardo Pérez Montiel, Notario.—1 vez.—CE2015006584.—(IN2015069265).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Alimentos Lecker (Costa Rica) Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de agosto del 2015.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—CE2015006585.—(IN2015069266).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 10 minutos del 26 de noviembre del año 2013, se constituyó la sociedad denominada Fay Sociedad Anónima.—San José, 13 de agosto del 2015.—Lic. Luis Alonso Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.—CE2015006586.—(IN2015069267).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 10 minutos del 10 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Easy Buy By Away International Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 13 de agosto del 2015.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2015006587.—(IN2015069268).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ari Glory Sociedad Anónima.—San José, 13 de agosto del 2015.—Lic. Aníbal Gerardo Jiménez Salas, Notario.—1 vez.—CE2015006588.—(IN2015069269).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 13 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Ellevi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de agosto del 2015.—Lic. Óscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—CE2015006589.—(IN2015069270).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Bienestar International LLC Limitada.—San José, 13 de agosto del 2015.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2015006590.—(IN2015069271).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Todá Rabá Sociedad Anónima.—San José, 13 de agosto del 2015.—Lic. María Jesús Espinoza Garro, Notaria.—1 vez.—CE2015006591.—(IN2015069272).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Spadari Inversiones LLC Limitada.—San José, 13 de agosto del 2015.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2015006592.—(IN2015069273).

Por escritura adicional otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 12 de octubre de 2015, se modifica la principal otorgada a las 20:00 horas del 16 de setiembre de 2015, número 242, iniciada a folio 128 vuelto el protocolo cuatro del suscrito notario, variándose el nombre de la sociedad a Inversiones Hildebrando S. A. Domiciliada en la ciudad de San Ramón de la provincia de Alajuela. En lo demás queda incólume la escritura principal.—San Ramón, 12 de octubre del 2015.—Steven Esquivel Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2015069524).

Por escritura número cincuenta y cinco, otorgada ante el notario público Ronald Odio Rohrmoser, a las veinte horas del día cinco de octubre del año dos mil quince, se disuelve y liquida la sociedad Power Quality Consultores Sociedad Anónima.—San José, 07 de octubre del 2015.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—(IN2015069525).

Inversiones Pomur Sociedad Anónima titular de la cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil novecientos sesenta y tres, nombra nueva presidenta y fiscal; acta otorgada ante la notaria Marta del Milagro Ugalde Víquez, a las dieciséis horas del doce de octubre del dos mil quince.—Licda. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—(IN2015069532).

Luribe Sociedad Anónima titular de la cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos dos mil veintinueve, nombra nuevo tesorero en junta directiva acta otorgada ante la notaria María del Milagro Ugalde Víquez, a las trece horas del doce de octubre del dos mil quince.—Licda. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—(IN2015069533).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día catorce de octubre del dos mil quince, se protocoliza acta de Soluciones Técnicas de Calidad STC S. A., se reforma la cláusula quinta.—San José, 13 de octubre del 2015.—Lic. Alejandro Antonio Zúñiga Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2015069538).

Por escritura otorgada en mi notaría, se constituye la sociedad Móvil Technology Solutions S. A. Domiciliada en San José, Montes de Oca, Los Yoses, cien metros sur y cien metros oeste de la Tienda Arenas Boulevard. Capital social: doscientos dólares, debidamente suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero representantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 9 de octubre del 2015.—Lic. Luis Diego Valdelomar Esquivel, Notario.—1 vez.—(IN2015069543).

Ante esta notario el día veintiséis de setiembre del dos mil quince, se acordó la disolución de la sociedad denominada Abrobeisa S. A., cédula jurídica 3-101-359855, domiciliada en Puntarenas, Monteverde, Santa Elena, doscientos metros al este de la plaza de deportes.—Lic. Javier González Loría, Notario.—1 vez.—(IN2015069548).

Por escritura N° doscientos cincuenta y siete –uno, otorgada a las 14:00 horas del 13 de octubre del año 2015, ante mí, se modificó el nombre de la sociedad: ADV Euro Group Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica: tres-ciento dos-sesenta y cuatro setenta y ocho noventa, que pasará a denominarse Tamarindo Golf Carts. Piotr Adam Gulbas, Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Liberia, trece de octubre del 2015.—Lic. Mónica Montero Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2015069549).

Por escritura otorgada ante el suscrito se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de, Eclipse In Action S.R.L., cédula jurídica número 3-102-462387; se disuelve la sociedad.—San José, 13 de octubre del 2015.—William Chaves Villalta, Notario.—1 vez.—(IN2015069557).

El suscrito notario hace constar que mediante escritura pública número doce-cuatro, otorgada a las ocho horas del nueve de octubre de dos mil quince, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada Healthy Snacks Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos diecisiete mil ciento cinco, mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos sociales, referente al capital social. Es todo.—Heredia, nueve de octubre del dos mil quince.—Lic. Ivannia Méndez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2015069560).

Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Pepper Club Sociedad Anónima, modificación de la cláusula quinta, se aumenta el capital social, a la suma de diez millones de colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de un millón de colones cada acción.—San José, primero de octubre del dos mil quince.—Lic. Karina Andrea Verzola Madrigal, Notaria.—1 vez.—(IN2015069562).

Ante mí, se constituyó sociedad anónima denominada Soluciones Constructivas Denis Miranda Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cuarenta dólares, americanos. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente, secretario y tesorero actuando solo conjuntamente.—San José, cuatro de agosto del dos mil quince.—Lic. Karina Andrea Verzola Madrigal, Notaria.—1 vez.—(IN2015069564).

Por escritura otorgada ante mi notaria, a las 20:00 horas del 13 de octubre del 2015, se protocolizó acta de asamblea de socios de Tres-Ciento Uno-Cuatro Siete Cinco Ocho Nueve Cinco S. A., en la que se reforma la cláusula novena del pacto social.—San José, trece de octubre del dos mil quince.—Licda. Karen Rokbrand Fernández, Notaria.—1 vez.—(IN2015069566).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de agosto del año dos mil quince, se acuerda modificar cláusula primera de Edilex Asesores Periodísticos Sociedad Anónima.—San José, 13 de octubre del 2015.—Lic. María Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—1 vez.—(IN2015069582).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se disolvió y liquidó en esta fecha la sociedad Expo Innova Dos Mil Siete Sociedad Anónima.—San José, doce de octubre del dos mil quince.—Lic. Carlos Francisco Salvatierra Ramos, Notario.—1 vez.—(IN2015069595).

Francela Gutiérrez Alfaro, constituye la sociedad: N.P.I. Latam E.I.R.L. Escritura otorgada en San José, a las siete horas treinta minutos del nueve de octubre del dos mil quince, ante el notario.—Lic. Humberto Jarquín Anchía, Notario.—1 vez.—(IN2015069601).

A las doce horas del día trece de octubre del año dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Box Life Belén S. A., donde se modifica la cláusula del domicilio del pacto social. Es todo.—San José, trece de octubre del año dos mil quince.—Lic. Jorge Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2015069603).

A las doce horas treinta minutos del día trece de octubre del año dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Box Life Managment S. A., donde se modifica la cláusula del domicilio del pacto social. Es todo.—San José, trece de octubre del dos mil quince.—Lic. Jorge Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2015069604).

Por escritura número doscientos diez se modifica nombre de la sociedad denominada Teustepec Sociedad Anónima.—San José, trece de octubre del dos mil quince.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—(IN2015069605).

Por escritura número doscientos once se nombra nueva junta directiva de la sociedad denominada Apartotel Don Francisco Sociedad Anónima.—San José, trece de octubre del dos mil quince.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—(IN2015069606).

A las catorce horas con treinta minutos del día veintinueve de setiembre de dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Ingenio de Matiz Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, veintinueve de setiembre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015069607).

Por escritura número doscientos diez se nombra nueva junta directiva de la sociedad denominada Pequeña Rana Roja Sociedad Anónima.—San José, trece de octubre del dos mil quince.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—(IN2015069608).

Que en esta notaría se ha otorgado escritura en la que se modifica la cláusula octava y junta directiva de la sociedad, Anglop Group S. A. Es todo.—Firmo en San José, a las diez horas cinco minutos del día siete de setiembre del dos mil quince.—Lic. Henry Sandoval Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2015069609).

Que en esta notaría se ha otorgado escritura en la que se modifica la cláusula segunda y junta directiva de la sociedad, Inversiones María José Bosque Real S. A. Es todo.—Firmo en San José, a las diez horas cinco minutos del día siete de setiembre del dos mil quince.—Lic. Henry Sandoval Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2015069610).

A las diez horas con quince minutos del día primero de octubre de dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Asesorías Habitacionales La Pirámide Llc. Limitada, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, primero de octubre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015069612).

Por escritura otorgada a las trece horas del treinta de setiembre del año dos mil quince, la suscrita notaria protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas da la empresa de esta plaza Típico Exclusivo San Luis Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas quinta y segunda del pacto constitutivo en cuanto a la administración y el domicilio social.—San José, primero de octubre del dos mil quince.—Arlhene Pradella Balladares, Notaria.—1 vez.—(IN2015069613).

Por escritura otorgada a las doce horas del ocho de octubre del año dos mil quince, la suscrita notaria protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa de esta plaza Inversiones Adolromar de Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo en cuanto a la Administración.—San José, ocho de octubre del dos mil quince.—Lic. Arlhene Pradella Balladares, Notaria.—1 vez.—(IN2015069614).

A las diez horas del día primero de octubre de dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad KML Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, primero de octubre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015069615).

A las nueve horas con treinta minutos del día primero de octubre de dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Jacó del Rey Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, primero de octubre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015069616).

A las nueve horas con quince minutos del día primero de octubre de dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Krolo TYU Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, primero de octubre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015069617).

Ortho Masel Sociedad Anónima, solicita reformar cláusula quinta del pacto constitutivo en cuanto al aumento de capital. Escritura número: noventa y tres.—San José, 5 de octubre del 2015.—Lic. Ileana Flores Sancho, Notaria.—1 vez.—(IN2015069618).

A las quince horas con quince minutos del día veintinueve de setiembre del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad El Bine Serf Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, veintinueve de setiembre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015069619).

A las quince horas con treinta minutos del día veintinueve de setiembre del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad XXXI Jaco W Caqui Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, veintinueve de setiembre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015069620).

A las dieciocho horas del día veintinueve de setiembre del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad XLI Jacó N Mercurio Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, veintinueve de setiembre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015069622).

A las nueve horas del día primero de octubre del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Flujo Lunar Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, primero de octubre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015069623).

A las catorce horas con cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de setiembre del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Num Hidios Dot Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, veintinueve de setiembre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015069624).

A las quince horas del día veintinueve de setiembre del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Bu Tuli Asc Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, veintinueve de setiembre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015069625).

A las dieciocho horas con cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de setiembre del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Poox Inc. Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, veintinueve de setiembre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015069626).

A las dieciocho horas con treinta minutos del día veintinueve de setiembre del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad XXXVIII Jacó P Caramelo Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, veintinueve de setiembre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015069627).

A las dieciocho horas con quince minutos del día veintinueve de setiembre del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad XXXVII Jacó Q Crema, Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio. Es todo.—San José, veintinueve de setiembre del dos mil quince.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015069629).

Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las 14 horas 30 minutos del 28 de agosto del 2015, se modifica la cláusula primera y cláusula del domicilio social de la compañía Goannas Tropical Paradise G.T.P. Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-442230.—San José, 13 de octubre del 2015.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(IN2015069638).

Ante esta Notaría, mediante escritura otorgada a las 15 horas 30 minutos del 9 de setiembre del 2015, se modifica la cláusula del domicilio social y la cláusula de representación de la compañía Grupo Global Service Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-454732.—San José, 13 de octubre del 2015.—Licda. Goldy Ponchner Geller, Notario.—1 vez.—(IN2015069639).

La suscrita Sylvia Arias Ulate, Notaria pública con oficina en San José, hace constar que a las nueve horas treinta minutos del veintiocho de setiembre del dos mil quince, mediante asamblea general extraordinaria de socios, se acordó modificar las cláusulas segunda y octava del pacto social, eliminar el agente residente y nombrar nueva junta directiva y fiscal de la sociedad denominada Publi World Amou S. A. Es todo.—San José, a las trece horas diez minutos del trece de octubre del dos mil quince.—Licda. Sylvia Arias Ulate, Notaria.—1 vez.—(IN2015069660).

Que mediante escritura de las diecisiete horas del trece de octubre del dos mil quince se nombra nuevo presidente y secretario de Industrias La Adita S. A. cédula jurídica 3-101-272605.—Coronado, trece de octubre del dos mil quince.—Licda. Roxana Jara Tenorio, Notaria.—1 vez.—(IN2015069661).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad La Chuspa S. A., donde se modificó la cláusula F de los estatutos en cuanto a la administración.—San José, 14 de octubre del año 2015.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—(IN2015069664).

Hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Nazel Sociedad Anónima, donde se acordó reformar las cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo y se nombran secretario, tesorero y fiscal y agente residente.—San José, once de junio del dos mil quince.—Licda. Martha Flores Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2015069666).

Hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Tinza Internacional Sociedad Anónima, donde se acordó reformar las cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo y se nombran tesorero y fiscal y agente residente.—San José, once de junio del dos mil quince.—Licda. Martha Flores Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2015069668).

Ante mí, hoy se constituyó la sociedad Rofermol Sociedad Anónima. Plazo: 100 años. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidente Rodolfo Molina Cruz.—San José, 18 de agosto del 2015.—Licda. Martha Flores Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2015069670).

Por escritura otorgada número cincuenta y nueve ante la suscrita notoria pública, a las diez horas del cinco de julio del año dos mil quince, se constituyó la sociedad civil Romero Pérez Sociedad Civil.—San José, trece de octubre del dos mil quince.—Licda. María de los Ángeles Ramírez Amador, Notoria.—1 vez.—(IN2015069674).

Por escritura otorgada número sesenta y seis ante la suscrita notoria pública, a las diez horas del diecinueve de setiembre del año dos mil quince, se constituyó la sociedad civil Nutrilight Sociedad Civil.—San José, trece de octubre del dos mil quince.—Licda. María de los Ángeles Ramírez Amador, Notaria.—1 vez.—(IN2015069675).

Mediante escritura pública otorgada en San José a las dieciséis horas del trece de octubre del año dos mil quince, ante el notario público Eduardo Augusto Cordero Sibaja, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la empresa denominada Inversiones Hume v Jaikel Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-noventa y un mil doscientos cuarenta y cinco, en la que se acordó por unanimidad disolver la sociedad. Es todo.—San José, 13 de octubre del 2015.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—(IN2015069678).

Por escritura número trescientos doce, otorgada ante mi Notaría a las ocho horas con treinta minutos del veintitrés de setiembre del dos mil quince, de la Empresa: Tres Uno Cero Uno Seis Tres Uno Cinco Uno Nueve S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-seiscientos treinta y un mil quinientos diecinueve, donde se modifica el domicilio social, siendo actualmente: a) San Pablo de Heredia, del Paseo de las Flores, trescientos metros al este, Condominio Interamericano, número sesenta y dos, b) se cambia el objeto, consignándose como actividad principal Tienda y Estética de Mascotas.—San José nueve de octubre del dos mil quince.—Licda. Olga María Mata Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2015069680).

Ulate Inversiones S.F & Asociedados Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-526567, en asamblea extraordinaria de socios 9:30 del 13 de octubre del 2015 aumenta capital y cambia domicilio social, protocolizada en escritura número 60, tomo: 17, de las 8:30 del 14 de octubre del año 2015.—Lic. César Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2015069683).

Ante esta Notaría, se constituyó la sociedad Grupo Interplus Seguridad Costa Rica Sociedad Anónima, de los comparecientes Christian Odond Mendoza Mayorga y Moisés Garay Alfaro.—San José, 14 de octubre del 2015.—Licda. Mariane Brenes Aguirre, Notaria.—1 vez.—(IN2015069688).

Por escritura número: 148- 21 otorgada ante la suscrita notaría a las 16:00 horas del 5 de octubre del 2015 se protocoliza acta de la sociedad Carnesmima Sociedad Anónima. En la que se reforma la cláusula segunda del domicilio, y se nombran presidente, vicepresidente, fiscal y agente resiente.—Licda. Ana Gabriela Sedo Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2015069690).

El suscrito notario público, Marvin Araya Molina, hago constar que constituida la sociedad Multiservicios de Costa Rica Albre Sociedad Anónima, el día trece de setiembre del dos mil quince, capital de diez mil colones, presidente con facultades de apoderado generalísimo, sin límite de suma.—San José catorce de setiembre del dos mil quince.—Lic. Marvin Araya Molina, Notario.—1 vez.—(IN2015069696).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas del trece de octubre del dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Quirosca Sociedad Anónima. Donde se acuerda modificar la cláusula de la representación del pacto social y se modifica el domicilio social.—San José, trece de octubre del dos mil quince.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2015069701).

A las doce horas del veinte de octubre del dos mil quince, en el protocolo del Notario Édgar Francisco Jiménez Risco, se realizó el instrumento y para efectos del artículo 221 y 222 del Código de Comercio, los representantes legales de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez Zeledón R.L. (Coopealianza R.L.) y, la Cooperativa de Ahorro y Crédito de los vecinos de Acosta R. L. (Coopeacosta R.L.), plenamente facultados informan a todos los interesados sobre los acuerdos de fusión por absorción tomados por ambas Cooperativas y la aprobación por parte del Conassif. I) Coopealianza R.L., mediante el acuerdo Nº 15-03-2015, de la XLIV Asamblea General de Coopealianza, R.L., del 28 de marzo del 2015, acordó: “Acuerdo N° quince-cero tres-dos mil quince la cuadragésima cuarta asamblea general por delegados de Coopealianza, R.L. autoriza la fusión por absorción de Coopeacosta R.L. con la Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez Zeledón R.L. (Coopealianza R.L.), en la que prevalece el nombre de Coopealianza R.L. y su identidad, así como facultar al consejo de administración y a la gerencia general a realizar los trámites correspondientes, según lo establece la legislación y normativa de regulación vigente. Acuerdo firme. El Delegado Jorge Juan Jiménez Rojas hace constar su voto en contra”. 2) Coopeacosta R.L. mediante el acuerdo 5.1, de la asamblea extraordinaria de Delegados de Coopacosta R.L, del 27 de julio del 2015, acordó: “Autorizar la fusión por absorción de Coopeacosta R.L. con la Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez Zeledón de Responsabilidad Limitada (Coopealianza R.L.) en el que prevalece el nombre de Coopealianza R.L. y su identidad”. 3) El Conassif mediante el oficio CNS-1202/09 del 19 de octubre del 2015, dispuso en el numeral 1, lo siguiente: “Autorizar la fusión por absorción de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez Zeledón, R.L. (Coopealianza R.L.), y la Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Vecinos de Acosta R.L., de la cual prevalecerá la primera”. 4) De conformidad con la Escritura de Fusión celebrada entre Coopealianza R.L. y Coopeacosta R.L., donde prevalecerá la primera, se garantizará a los inversionistas y acreedores provenientes de Coopeacosta R.L., los derechos y condiciones que mantienen actualmente en esta Cooperativa. Así mismo los asociados provenientes de Coopeacosta R.L., producto de la fusión tendrán los mismos deberes y derechos que los demás asociados de Coopealianza R.L.; en apego i al estatuto social de esta. Se extiende el presente extracto en la ciudad de San Isidro de El General, a los 20 días del mes de octubre del 2015.—Lic. Édgar Francisco Jiménez Risco, Notario.—1 vez.—(IN2015072142).

NOTIFICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

“Alexander Moya Lacayo resolución ministerial N° 000676-2013”

“Señor Alexander Moya Lacayo, cédula de identidad Nº 1-564-734 por motivo de imposibilidad de notificación al domicilio, se le comunica que: de acuerdo a la Resolución Ministerial Nº 000676 de las 11:17 horas del día 10 de junio del 2013, y con el objeto de recuperar la suma de ¢ 4.378.095.62 (cuatro millones trescientos setenta y ocho mil noventa y cinco colones con sesenta y dos céntimos), a favor del Estado, suma que corresponde al monto girado desde que lo nombraron Gerente del Servicio Civil 1, de conformidad con la Orden de Movimiento Nº 165, y se le giró salario por el periodo comprendido entre el 16 de febrero del 2012 hasta el 15 de julio del 2012, siendo que usted nunca le informó al órgano competente o sea la Dirección de Gestión Institucional de Recursos Humanos, la no aceptación de su puesto. De conformidad con lo supra indicado y al tenor de lo dispuesto en los numerales 150 y 210 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227, se le solicita restituir la suma de dinero mencionada según corresponde y depositarla en la Caja Única del Estado. Cualquier consulta Departamento Relaciones Laborales, del MOPT, teléfono Nº 25232382.”.—División Administrativa.—Lic. Manuel A. Arce Jiménez, Subdirector.—O.C. Nº 24446.—Solicitud Nº 17523.—(IN2015070798).

EDUCACIÓN PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp.: 319-2015.—La Dirección de Recursos Humanos, a: Broderick Siles Leitón, cédula: 4-0136-0202.

HACE SABER:

I.—Que por así haberlo ordenado la Dirección de Recursos Humanos, se inició en su contra la instrucción de una causa disciplinaria por la supuesta comisión de actos de acoso sexual, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo N° 26.180-MEP, denominado Reglamento para Prevenir, Investigar y Sancionar el Hostigamiento Sexual en el Ministerio de Educación Pública y el Estatuto de Servicio Civil.

II.—De la información substanciada existen elementos probatorios para imputarle los siguientes hechos:

A) Que usted en su condición de Jefe del DAP de la DREC, durante los años 2012, 2013, 2014 y 2015, incurrió en una serie de presuntos hechos, que se describen a continuación:

a)   Que presuntamente usted, entre el 20 y 24 de abril de 2013, cuando la señora M.A.Q. se encontraba sola en su oficina, en la DREC, le dijo “mamacita vengo a visitarla porque está muy solita”, reclamándole la señora A.Q. esos comentarios que le disgustaron. (Folios 6 y 59).

b)   Que presuntamente usted, en el año 2012, a inicios de curso lectivo, en horas de la tarde, sin precisar la fecha exacta, cuando la señora M.A.Q. se encontraba en su oficina, le dijo que la blusa que andaba lo tenía como loco y que no había podido trabajar en todo el día y que se le veía muy bonita, situación que causó incomodidad en la señora A.Q. (Folios 6 y 58).

c)   Que presuntamente usted, el 23 de junio de 2014, en horas de la mañana, cuando la señora M.A.Q. subió a su oficina, encontrándose sola con usted, usted le dijo “pase pase mamacita, qué es que me tiene miedo”, “qué, es que usted no ha conocido un hombre como yo?”, situación que incomodó a la señora A.Q. (Folios 6 y 58).

d)   Que presuntamente usted, en el año 2013, a finales del curso lectivo, sin precisar la fecha ni la hora exacta, cuando la señora M. A. Q. estaba en su oficina, en presencia del Lic. O.T.G., usted contó una historia de connotación sexual, con palabras explícitas, situación que causó mucha molestia e incomodidad en la señora A.Q. (Folios 6, 58).

e)   Que presuntamente usted, a inicios del mes de agosto de 2014, en horas de la mañana, sin precisar la fecha exacta, en su oficina, en presencia de la Licenciada D.C.A. y M.A.B.Z., cuando debía trasladar información por medio de una llave maya, a la computadora de la señora M.A.Q., dijo frases de doble sentido y connotación sexual, sonriendo maliciosamente, de la siguiente forma: “venga y se la meto”; “venga y se la meto, la tengo limpia”, situación que causó gran incomodidad y molestia en la señora A.Q. (Folios 5, 58).

f)   Que presuntamente usted, a inicios del mes de setiembre de 2014, en horas de la tarde, sin precisar la fecha exacta, en su oficina, en atención a un permiso que le había negado a la señora M.A.Q., usted le dijo “las mujeres bonitas como usted deben aprender a pedir las coas dulcitas, así uno no les niega nada”; “usted me ve con esos ojos que me traspasan y me dan ganas de decirle que no”, comentarios que la hicieron sentir molesta y humillada. (Folios 5 y 58).

g)   Que presuntamente usted, el 11 de junio de 2014, en horas de la mañana, cuando la señora C.A.R. estaba en la Escuela Dr. F.G.M., contestó el teléfono pensando que era el papá y dijo “aló papi?”, aunque la señora A.R. se disculpó por su error, usted que era quien hacía la llamada le dijo “a mí dígame papi”, situación con la que ella se sintió avergonzada e intimidada. (Folios 20 y 74).

h)   Que presuntamente usted, el 16 de junio de 2014, en horas de la mañana, en su oficina, a puerta cerrada, cuando la señora C.A.R. ingresó a laborar como AEE en el DAP de la DREC, habiendo terminado usted de explicarle las funciones relacionadas con su competencia, le dijo “ahora sí, contame cómo me vas a decir … me vas a seguir diciendo papi”, comentario que la hizo sentir humillada e irrespetada. Ese mismo día, en horas de la mañana, en el comedor del Departamento, en presencia de la señora A. G.S. y otros compañeros, dijo “ustedes saben cómo me dice esta chiquita: ella me dice papi”, lo que la hizo sentir humillada, apenada, ridiculizada, enojada ante sus compañeros. Comentarios que continuó haciendo en repetidas ocasiones. (Folios 19 y 73).

i)    Que presuntamente usted, el 7 de julio de 2014, en horas de la mañana, cuando la señora C.A.R. lo llamó a su celular para solicitarle un permiso, usted le dijo “si me regala una sonrisita de esas de las suyas puede ir”, comentario que la hizo sentir incómoda y cuando le dijo “no, pero yo me la imagino”, comentarios que la preocuparon y la asustaron, en razón de lo cual, cuando debía presentarse a su oficina, la señora A.R. muchas veces se hizo acompañar de su compañera, señora A.g. (Folios 18 y 72).

j)    Que presuntamente usted, el 29 de agosto de 2014, cuando la señora C. A.R. se presentó en horas de la mañana a su oficina, para solicitarle un permiso, usted le dijo “puede ir, pero primero vaya a su casa y se cambia de ropa”, ante la pregunta de la señora Álvarez Rodríguez de por qué razón, usted le dijo “es que anda muy linda y se la van a robar y usted es de aquí”, comentario que consideró inapropiado y abusivo, que le causó sorpresa y cólera. Cuando la señora A.R. le dijo que su esposo estaba en su casa, usted le dijo “uy no, mejor váyase a la reunión, porque de solo imaginar lo que su esposo puede hacer con usted y yo no puedo … Uy no no, mejor no, váyase tranquila a la reunión”, comentarios de connotación sexual, que hicieron sentir acosada a la señora A.R. (Folios 18 y 73).

k)   Que presuntamente usted, el 3 de setiembre de 2014, en horas de la tarde, cuando la señora C.A.R. lo llamó a su celular para comunicarle lo acontecido en la reunión de esa fecha en el Liceo de Paraíso, cuando mencionó el nombre del señor V.H.O.D., usted le dijo “vea C. usted va a aprender que su jefe soy yo y que usted hace lo que yo digo y punto, y si he permitido sus reuniones con la C.L.V. y san V. es porque a mí me ha dado la gana, una sola vez se lo voy a decir y no pienso repetírselo, si usted quiere estar bien conmigo hace lo que yo le digo porque su jefe soy yo y que sea la última vez que usted se comunica con V. a mis espaldas”, comentario que la hizo sentir humillada, maltratada, ofendida, abusada e irrespetada. (Folio 17).

l)    Que presuntamente usted, el 4 de setiembre de 2014, en horas de la mañana, cuando estaban en la sala de reuniones de la DREC, llamó aparte a la señora C.A. R. y en el parqueo de la DR, le dijo con tono de voz suave, sin presencia de testigos “vea mamacita no se sienta aludida, a mí me gusta casarme con todas las del DAP, claro que con usted me gustaría estar más que casado, venga deme un abracito de perdón”, la bordeó con sus brazos y la abrazó, comentario de connotación sexual que la hizo sentir incómoda, molesta, humillada y asustada. (Folios 17 y 72).

m)  Que presuntamente usted, el 12 de setiembre de 2014, en horas de la mañana, cuando se realizó una actividad social con compañeros del departamento en el Bar Restaurante Juanchos, la señora C.A.R. debió abandonar un asesoramiento a su solicitud, porque usted señaló que la asistencia era obligatoria, enviándole un mensaje a su celular que decía “dónde diablos está, ya es hora de que usted esté aquí”, debiendo llegar a pie, en compañía del conserje H.J.R., situación que le causó incomodidad. (Folio 16).

n)   Que presuntamente usted, el 12 de setiembre de 2014, en el Bar Restaurante Juanchos, en horas de la mañana, en una actividad social, cuando la señora C.A.R. estaba conversando con la compañera C.V.J., usted se acercó a ella, la bordeó con su brazo derecho, lo puso sobre su hombro, tomó su mano izquierda, halándola y le dijo con voz suave “vamos a bailar”, cuando ella se negó, usted le dijo “vamos a bailar, le estoy diciendo yo”, tratando de levantarla y atraerla hacia usted, ante la negativa de la señora A.R., usted se enrojeció y enojó, situación que la hizo sentir irrespetada, vulnerable, temerosa y enojada. (Folio 16).

o)   Que presuntamente usted, el 19 de setiembre de 2014, pasado el medio día, cuando la señora C.A.R. se encontraba en su oficina, le extendió la mano como si fuera a saludarla, cuando ella quiso responder el saludo, tomó su mano derecha, se la llevó a la boca y la besó, diciéndole “gracias mamacita”, lo que la hizo sentir incómoda, con asco y cólera por el abuso. (Folios 15 y 72).

p)   Que presuntamente usted, en el mes de octubre de 2014, sin precisar la fecha, en horas de la mañana, cuando la señora C.A.R. acudió sola a su oficina, le pidió que cerrara la puerta, haciéndole la solicitud que siempre debía cerrar la puerta, ella se sentó y usted empezó a contarle una historia de connotación sexual, entre lo que dijo “… y la señora tenía pegado a la pared al hombre y le estaba mordiendo un pezón, el señor estaba como descompuesto, imagínate el dolor, es rico que a uno le muerdan los pezones, pero no así, …”, se puso de pie para dramatizar, se acercó por detrás de ella, la tomó por la cintura, la rodeó con sus manos por la parte inferior de sus senos y la jaló varias veces hacía atrás, hacia su cuerpo con fuerza. Cuando la señora A. se volvió hacia usted para defenderse, entró en pánico y empezó a temblar, mientras usted le decía “el policía la jalaba así y la señora no se quitaba, esto te lo hago para que entendás la historia”, situación que causó incomodidad y miedo, por haber sentido sus manos, de forma sucia sobre su abdomen y cerca de sus senos, por el tocamiento de que fue objeto, situación que comentó con sus compañeras C.M., C.M. y C.V., por haberse sentido asustada, sola, humillada, irrespetada, abusada, situación que también comunicó al señor V.H.O.D. (Folios 14, 72 y 73).

q)   Que presuntamente usted, durante la primera quincena del mes de noviembre de 2014, sin precisar el día exacto, en horas de la mañana, llamó a la señora C.A.R. a su oficina y le dijo “mirá por la confianza que te tengo, te voy a hacer una pregunta “vos me has ido a poner una queja a V. sobre algo que te ha molestado mío?; y le dijo “y contame, ¿te ha molestado algo de lo que yo te he hecho”, comentarios que la hicieron sentir pánico, luego le dijo “eso hace que le tenga más confianza a usted y le quite la confianza a la persona que me lo dijo”, comentarios que la hicieron sentir incómoda y asustada. (Folio 13).

r)   Que presuntamente usted, el 16 de diciembre de 2014, en horas de la mañana, cuando la señora C.A.R. ingresó a su oficina en compañía de la señora M.L.N. y le ofreció un dulce y le preguntó cuál quería, usted le dijo “a usted” y dijo “es una bromita mamacita, quiero este, muchas gracias, oye”, comentario que por irrespetuoso, inapropiado y de contenido sexual le causó incomodidad. (Folio 13).

s)   Que presuntamente usted, el 4 de febrero de 2015 en horas de la mañana, en el auditorio del Instituto Tecnológico de Costa Rica, se acercó a la señora C.A.R. y le dijo “uy mamacita ese vestido se lo pone solo los lunes”, mirándola de una forma que ella se sintió desnuda, que le causó incomodidad durante la actividad; se sintió expuesta y vulgar por el comentario que usted hizo. (Folios 12 y 73).

t)    Que presuntamente usted, el 6 de febrero de 2015, en horas de la mañana, en el comedor del DAP de la DREC, se acercó a la señora C.A.R., en presencia del docente C.G.S. y mirándola de pies a cabeza dijo “men, es que ahora, antes de saludarla hay que verla”, se acercó y le dio un beso en la mejilla diciéndole “cómo está mamacita?”, comentario que por lo vulgar le causó gran incomodidad. (Folios 12 y 72).

III.—De ser ciertos los hechos anteriormente descritos, usted incurrió en falta grave según lo dispuesto en los artículos 81, inciso a) y l) del Código de Trabajo; artículos 57 incisos e) y l) del Estatuto del Servicio Civil y los artículos 11, inciso b) del Reglamento del Estatuto de Carrera Docente; artículos 10 y 12 del Reglamento para Investigar, Prevenir y Sancionar el Hostigamiento Sexual en el Ministerio de Educación Pública y 34 de la Ley contra el Hostigamiento o Acoso Sexual en el Empleo y la Docencia.

IV.—Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto. Que le asiste al denunciado el derecho a ser representado y asesorado por un abogado durante el proceso.

V.—Que el texto completo de la imputación de cargos que detalla nombres y lugares concretos consta en el expediente tramitado al efecto (N° 319-2015).

VI.—Que se le emplaza para que ejerza por escrito ante este Departamento su derecho de defensa dentro de los DIEZ DÍAS hábiles siguientes al recibo de la presente notificación, al tenor del artículo 20 del citado Reglamento, debiendo señalar medio para atender notificaciones y ofrecer las pruebas que estimare pertinentes, las cuales serán evacuadas en una única audiencia oral y privada que se convocará al efecto, con la participación de la presunta víctima y del denunciado o sus representantes y el Patronato Nacional de la Infancia.

VII.—Al tenor del artículo 21 del supracitado Reglamento, para efectos de admisión y sin que se requiera de interrogatorio previo, el ofrecimiento de prueba testimonial deberá indicar los aspectos o hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones, así como las correspondientes direcciones de los testigos, pudiendo- en caso de incumplimiento- tenerse por rechazados, inevacuables o desistidos, sin necesidad de declaratoria expresa. Asimismo, se le apercibe en el sentido de que la no presentación del escrito de descargos hará presumir la renuncia a ese derecho.

VIII.—Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los recursos de revocatoria para ante esta Dirección y apelación para ante el Tribunal de la Carrera Docente, dentro de un plazo de cinco días hábiles.

San José, 13 de julio de 2015.—Dirección de Recursos Humanos.—Yaxinia Díaz Mendoza, Directora.—O. C. N° 24628.—Solicitud N° 18170.—(IN2015071259).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se hace saber a los señores Roberto Jorge Benavente, Norma Beatriz Romero y Jorge Orlando Bermúdez Hidalgo, que con relación a la constitución de la Fundación Salud sin Fronteras FSF, cédula jurídica: 3-006-315281, el Registro de Personas Jurídicas dio apertura a un proceso de diligencia administrativa extrarregistral promovida por los señores Francisco Javier Malca Salas y Anita Lucía Reátegui Pizarro, y del cual que se les confiere audiencia, por un plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al del recibido de la presente resolución, a efecto de que dentro del plazo antes indicado, presenten los alegatos que a los derechos de la entidad convengan. Se les previene que deben señalar lugar o medio para atender notificaciones de este Despacho dentro del perímetro de la ciudad de San José, si no lo hicieren, las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilita la notificación por causas ajenas a este Despacho, o bien, si el lugar señalado no existe, permanece cerrado, si la dirección es imprecisa, incierta o inexistente. Todo lo anterior, de conformidad con los artículos 92 y siguientes del Reglamento del Registro Público (Decreto Ejecutivo número 26771-J de 18 de marzo de 1998 y sus reformas. (Expediente RPJ-039-2015), publíquese por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat, 14 de octubre del 2015.—Lic. Henry Jara Solís, Coordinador General.—(IN2015070228).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Documento Admitido Traslado al Titular

Ref: 30/2015/7347.—SM Marken GMBH c/ Merck Sharp & Dohme Corp.—Documento: cancelación por falta de uso (SM Marken GMBH contra Merck SH).—N° y fecha: Anotación/2-95468 de 17/02/2015.—Expediente: 2004-0009347, Registro N° 154126 SYMONY en clase 5 Marca Denominativa.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 10:46:40 del 20 de febrero de 2015.—Conoce este registro la solicitud de cancelación por falta de uso presentada por la Licda. Melissa Mora Martín, como apoderada especial de SM Marken GMBH, contra el registro de la marca de fábrica “SYMONY”, con el número 154126, que protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de la adicción, incontinencia urinaria, diabetes, enfermedades y desórdenes cardiovasculares, enfermedades y desórdenes cerebro vasculares, ansiedad, depresión, insomnio, desórdenes cognitivos, enfermedades y desórdenes del sistema nervioso central, enfermedades y desórdenes gastrointestinales, cáncer, obesidad, inflamaciones y enfermedades inflamatorias, enfermedades y desórdenes respiratorios, desórdenes musculares esqueléticos, osteoporosis, síntomas y desórdenes de menopausia, preparaciones anti-infecciosas, preparaciones anti-virales, preparaciones inmunológicas, preparaciones analgésicas, preparaciones oftálmicas y preparaciones antieméticas, en clase 5 internacional, propiedad de Merck Sharp & Dohme Corp. Conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso, al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes (se le recuerda que mediante voto N° 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, el Tribunal Registral Administrativo estableció que, en los procesos de cancelación por falta de uso, la carga de la prueba de uso corresponde al titular del signo distintivo), para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con solo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Se le advierte al titular del signo que las pruebas que aporte deben ser presentadas en documento original o copia certificada (haciéndose acompañar la traducción necesaria y la legalización o apostillado correspondiente, según sea el caso), lo anterior conforme al artículo 294 de la Ley General de Administración Pública. Se advierte al titular que de incumplir con lo requerido no será tomada en cuenta la prueba que no cumpla con dichas formalidades al momento de resolver la solicitud presentada. Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—(IN2015069833).

Ref.: 30/2015/13827. Eivy’s de México S. A. de C.V. C/ Chica Fresquita S. A. Documento: nulidad por parte de terceros (solicitada por Eivy’s de Mexic.). Nro. y fecha: Anotación/2-94069 de 24/11/2014. Expediente: 2010-0007268 Registro Nº 205510 Chica Fresquita, en clase 5 marca denominativa.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 09:19:14 del 14 de abril del 2015. Conoce este Registro, la solicitud de nulidad presentada por la Licda. María Gabriela Arroyo Vargas como apoderada de la empresa Eivy’s de México S. A. de C.V., en contra de la marca de fábrica inscrita denominada: “Chica Fresquita”, para proteger: “desodorantes ambientales”, en clase 5 internacional, con registro número 205510 y cuyo titular lo es la empresa Chica Fresquita S. A. Conforme a lo previsto en el artículo 37 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de nulidad, al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley Nº 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2), 3) y 4) y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Se le señala al titular del signo, que las pruebas que aporte deben ser presentadas en documento original o copia certificada (haciéndose acompañar la traducción necesaria y la legalización o apostillado correspondiente, según sea el caso), lo anterior conforme al artículo 294 de la Ley General de Administración Pública. Se advierte al titular que, de incumplir con lo requerido, no será tomada en cuenta la prueba que no cumpla con dichas formalidades, al momento de resolver la solicitud presentada. Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—(IN2015070662).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN REGIONAL DE SUCURSALES

REGIÓN ATLÁNTICA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La suscrita Directora Regional de la Dirección Regional de Sucursales Huetar Atlántica CCSS, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes abajo indicados de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. El adeudado se refleja al 22, 23 de julio del 2015 y al 11, 14 de agosto del 2015 en el caso de Sucursal Limón, al 14 de mayo del 2015 en el caso de Sucursal Guápiles; pueden contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa.

Sucursal de Limón: 0-00701380675-999-001, Soto Barahona Jeffry, ¢2.247.555,00, 0-00301900832-999-001, Soto Astua Gerardo Antonio, ¢1.416.926,00, 0-00700530780-999-001, Wright Davis Carlos Enrique, ¢4.252.989,00, 0-00205320942-999-001, Fuertes Peña Iliana, ¢2.779.827,00, 0-00701960887-001-001, Benavides Díaz Janier Gabriel, ¢176.337,00, 0-00700200458-001-001, Florett Louise Daily Lawrence, ¢261.359,00, 2-03102134607-001-001, Estructuras González S.R.L., ¢10.969.047,00, 2-03101588905-001-001, Adriafa S. A., ¢471.923,00, 2-03101588905-002-001, Adriafa S. A., ¢1.262.246,00, 2-03101671411-002-001, Galland Centroamerica S. A., ¢591.348,00, 2-03101401567-001-001, Oleizu S. A., ¢1.631.471,00, 0-00107860259-001-001, Hidalgo Carmona Asdrubal, ¢283.472,00, 0-00107860259-002-001, Hidalgo Carmona Asdrubal, ¢5.101.046,00, 2-03101657324-001-001, L.P.C. Chaperal S. A., ¢11.557.100,00, 2-03101620437-001-001, Duarsol S. A., ¢13.653.334,00, 2-03101548487-002-001, Servicios Profesionales y Mantenimiento Empresarial S. A., ¢5.641.512,00, 7-01660100703-001-001, Hernández Galán Guillermo Virgilio, ¢1.837.767,00, 2-03101143561-001-001, Bienes Raíces Global S. A., ¢8.935.333,00. Sucursal Guápiles: 0-00800820811-999-001, Jacquin Linero Oscar Enrique, ¢1.326.248,00, 7-00026562130-999-001, Castrillo Sevilla María C, ¢283.166,00, 0-00105710074-999-001, Mena Campos Marvin, ¢1.374.042, 0-00108530598-001-001, Méndez Jiménez Alexander, ¢2.867.891,00, 2-03101460104-001-001, Boys S Sport De Costa Rica S. A., ¢256.690,00, 0-00501880467-999-001, Picado Alvarado Sisney Deyanira del Carmen, ¢744.182,00, 0-00110620714-999-001, Porras Rojas Fidel Alberto, ¢1.681.398,00, 0-00110730644-999-001, Cordero Siles Karol Jacqueline, ¢1.634.425,00, 0-00900320126-999-001, Ramírez Salazar Rafael Ángel, ¢1.841.256,00, 0-00701550981-999-001, Vargas Rubí Gabriel Gerardo, ¢1.748.423,00, 0-00701000240-999-001, Flores Gómez Badri, ¢1.657.321,00, 0-00401560591-999-001, Cordero Madrigal Rigoberto, ¢1.583.557,00, 0-00401510565-999-001, Méndez Sancho Francisco Javier, ¢1.729.526,00, 7-00015556691-999-001, Salinas Valencia Juan Ramiro, ¢1.581.253,00, 0-00701400076-999-001, Vallejos Solano Luis Alberto, ¢1.690.526,00, 0-00701120448-999-001, Salazar Molinares Rolando, ¢867.570,00, 0-00701060706-999-001, Torres Jiménez María Elena, ¢7.397.894,00, 0-00114730363-999-001, Guerrero Bermúdez Yessica Fabiola, ¢336.958,00, 0-00701210574-999-001, Quirós Chaves Eric, ¢1.629.836,00, 0-00113320677-999-001, Peña Gutiérrez Walter, ¢1.681.398,00, 7-00016452248-999-001, Selva Cruz Timoteo Antonio, ¢1.576.297,00, 0-00401530618-999-001, Rojas Hernández Edwin, ¢1.547.414,00, 0-00110380647-999-001, Rojas Montero Walter Calixto, ¢1.463.474,00, 0-00303540622-999-001, Quesada Ulloa José Martin, ¢1.453.551,00, 0-00701370807-999-001, Cartin Zúñiga Sady Ricardo, ¢1.494.933,00, 0-00800670454-999-001, Muñoz Domínguez Nubia María, ¢1.476.773,00, 2-03101574423-001-001, Lammayr S. A., ¢896.856,00, 0-00900770984-999-001, Calvo Sojo José Manuel, ¢1.442.230,00, 0-00701590336-999-001, Bermúdez Arya Verny Allan, ¢1.469.587,00, 0-00701640029-001-001, Ortega Camacho Carlos Luis, ¢22.844,00, 7-00018075609-001-001, Jarquín Mervin Mauricio, ¢377.324,00, 7-00018075609-999-001, Jarquín Mervin Mauricio, ¢2.507.983,00, 0-007011204410-999-001, Barrantes Garro Randal, ¢441.456,00, 0-00109410568-999-001, Solís Vásquez Ney Ivan, ¢1.928.108,00, 7-00016463540-999-001, Zhen Noindicaotro Jianhua, ¢1.062.847,00, 0-00701520075-999-001, Moreira Hernández Carlos Andrés, ¢1.114.227,00, 0-00107080065-999-001, Cruz Angulo Hari Alberto, ¢2.624.541,00, 0-00303270592-999-001, Romero Quirós Jorge Hugo, ¢543.409,00, 7-00027819607-999-001, Centeno Urbina Isolda Carolina, ¢3.134.702,00, 0-00700610608-999-001, Parkinson Parkinson Enrique Alberto, ¢2.353.664,00, 0-00204420981-999-001, Soto Arguedas Jesús Alberto, ¢2.962.594,00, 0-00701390462-999-001, Portuguez Martínez Karla, ¢2.797.094,00, 0-00700570772-999-001, Arrieta Ardón Luis Guillermo, ¢2.376.280,00.—Gerencia Financiera.—Dirección Regional de Sucursales Región Atlántica.—Área Técnica Regional.—Lic. Marco A. Rivera Ferrera, Jefe.—Solicitud 40073.—(IN2015068418).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

SUCURSAL HEREDIA

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Araya Castillo Álvaro Martín, número patronal 0-00401650198-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que el Área de Inspección de la Sucursal de Heredia, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso 1212-2015-02590, que en lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones salariales del trabajador detallado en hoja de trabajo, folio 0012-0013 del expediente administrativo, por el período de diciembre/2009 hasta setiembre/2010. Total de salarios omitidos ¢2,028.575.00. Total de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢452,213.00. Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador ¢116,640.00. Consulta expediente: en esta oficina Heredia, 200 norte 50 oeste del Palacio de los Deportes, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido los Tribunales de Heredia. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Heredia, 14 de octubre del 2015.—Lic. Miguel Vargas Rojas, Jefe.—1 vez.—(IN2015070691).

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN

SUCURSAL DE SAN JOAQUÍN DE FLORES

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Inversiones Rolica M J & R S. A., número patronal 2-03101368014-00l-001, se procede a notificar por medio de edicto que el Área de Inspección de la Sucursal San Joaquín de Flores, ha dictado el traslado de cargos número de caso 1213-2015-00145, que en lo que interesa indica: como resultado material del estudio realizado por esta dependencia, se estableció presunta responsabilidad solidaria, normada por el artículo 51 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, aplicable a Li Obando Sociedad Anónima, número patronal 2-03101175577-001-001, monto adeudado ¢10.341.055,00; Meli Heredia Sociedad Anónima, número patronal 2-03101175550-001-001, monto adeudado ¢8.896.075,00; Inversiones Rolica M J & R Sociedad Anónima, número patronal 2-03101368014-001-001 monto adeudado ¢7.332.286,00 e Importadora Caeli la Ribera Sociedad Anónima, número patronal 2-03101369995-001-001, monto adeudado ¢0.00, 2-03101369995-002-001, monto adeudado ¢336.124,00 y 2-03101369995-003-001 monto adeudado ¢8.862.600,00, por las acciones o las omisiones de esta ley, cometidas por los representantes en el ejercicio de sus funciones; concretamente por la omisión del pago a la Caja de las cuotas obrero patronales, de los regímenes de Enfermedad y Maternidad (SEM) e Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), aportes derivados de la Ley de Protección al Trabajador y de los montos resultantes de la aplicación de los artículos 36 y 44 de la citada ley, mas recargos e intereses moratorios que estén registrados a nombre de las partes citadas. Consulta expediente: en esta oficina Flores, San Joaquín, costado oeste de la Clínica Jorge Volio, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido el Juzgado de Contravenciones de Flores. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San Joaquín de Flores, 17 de setiembre del 2015.—Lic. Mauricio A. López Fernández, Jefe.—1 vez.—(IN2015070833).

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Li Obando S.A, número patronal 2-03101175577-001-001, se procede a notificar por medio de edicto que el Área de Inspección de la Sucursal San Joaquín de Flores, ha dictado el traslado de cargos número de caso 1213-2015-00145, que en lo que interesa indica: Como resultado material del estudio realizado por esta dependencia, se estableció presunta responsabilidad solidaria, normada por el artículo 51 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, aplicable a Li Obando Sociedad Anónima, número patronal 2-03101175577-001-001 monto adeudado ¢10.341.055,00; Meli Heredia Sociedad Anónima, número patronal 2-03101175550-001-001, monto adeudado ¢8.896.075,00; Inversiones Rolica M J & R Sociedad Anónima, número patronal 2-03101368014-001-001, monto adeudado ¢7.332.286,00 e Importadora Caeli La Ribera Sociedad Anónima, número patronal 2-03101369995-001-001, monto adeudado ¢0.00, 2-03101369995-002-001, monto adeudado ¢336.124,00 y 2-03101369995-003-001 monto adeudado ¢8.862.600,00, por las acciones o las omisiones de esta ley, cometidas por los representantes en el ejercicio de sus funciones; concretamente por la omisión del pago a la Caja de las cuotas obrero patronales, de los regímenes de Enfermedad y Maternidad (SEM) e Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), aportes derivados de la Ley de Protección al Trabajador y de los montos resultantes de la aplicación de los artículos 36 y 44 de la citada ley, más recargos e intereses moratorios que estén registrados a nombre de las partes citadas. Consulta expediente: En esta oficina Flores, San Joaquín, costado oeste de la Clínica Jorge Volio, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la caja el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido el Juzgado de Contravenciones de Flores. De no indicar lugar o medio para notificaciones las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Sucursal San Joaquín de Flores.—Flores, 17 de setiembre del 2015.—Lic. Mauricio A. López Fernández, Jefe.—1 vez.—(IN2015070834).

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Meli Heredia S. A., número patronal 2-03101175550-001-001, se procede a notificar por medio de edicto que el Área de Inspección de la Sucursal San Joaquín de Flores, ha dictado el traslado de cargos número de caso 1213-2015-00145 que en lo que interesa indica: Como resultado material del estudio realizado por esta dependencia, se estableció presunta responsabilidad solidaria, normada por el artículo 51 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, aplicable a Li Obando Sociedad Anónima, número patronal 2-03101175577-001-001, monto adeudado ¢10.341.055,00; Meli Heredia Sociedad Anónima, número patronal 2-03101175550-001-001, monto adeudado ¢8.896.075,00; Inversiones Rolica M J & R Sociedad Anónima, número patronal 2-03101368014-001-001 monto adeudado ¢7.332.286,00 e Importadora Caeli La Ribera Sociedad Anónima, número patronal 2-03101369995-001-001, monto adeudado ¢0.00, 2-03101369995-002-001, monto adeudado ¢336.124,00 y 2-03101369995-003-001, monto adeudado ¢8.862.600,00, por las acciones o las omisiones de esta ley, cometidas por los representantes en el ejercicio de sus funciones; concretamente por la omisión del pago a la Caja de las cuotas obrero patronales de los regímenes de Enfermedad y Maternidad (SEM) e Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), aportes derivados de la Ley de Protección al Trabajador y de los montos resultantes de la aplicación de los artículos 36 y 44 de la citada ley, más recargos e intereses moratorios que estén registrados a nombre de las partes citadas. Consulta expediente: En esta oficina Flores, San Joaquín, costado oeste de la Clínica Jorge Volio, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la caja el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido el Juzgado de Contravenciones de Flores. De no indicar lugar o medio para notificaciones las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese. Sucursal San Joaquín Flores.—Flores, 17 de setiembre del 2015.—Lic. Mauricio A. López Fernández, Jefe.—1 vez.—(IN2015070836).

FE DE ERRATAS

AVISOS

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

Que en el aviso publicado en La Gaceta N° 75-13 del lunes 20 de abril del año 2015, O.C. N° 10300, solicitud N° 30077, IN2015021661, expediente administrativo 256-13, por error se estableció que la sanción rige a partir del 3 de setiembre del 2017, cuando se debió de consignar que la sanción rige a partir del 03 de setiembre del 2020. Asimismo, en el aviso publicado en La Gaceta N° 153 del viernes 7 de agosto del año 2015, O. C. N° 10457, solicitud N° 35305, IN2015045364, expediente administrativo 295-13, por error se estipuló que la sanción rige a partir del 6 de junio del 2018, cuando lo correcto es que la misma rige a partir del 3 de junio del 2021. Estas correcciones se deberán de efectuar en el libro de sanciones disciplinarias que maneja la Fiscalía del Colegio (Expedientes administrativos 256-13 y 295-13).

Lic. Vilma B. Mesén Madrigal, Fiscal.—1 vez.—O. C. Nº 212.—Solicitud Nº 42431.—(IN2015073914).