LA
GACETA N° 227 DEL 23 DE
NOVIEMBRE DEL 2015
PODER EJECUTIVO
DECRETOS
Nº 39270–H
ACUERDOS
MINISTERIO DE ECONOMÍA,
INDUSTRIA Y COMERCIO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
MINISTERIO DE JUSTICIA
Y PAZ
MINISTERIO
DE COMERCIO EXTERIOR
DOCUMENTOS VARIOS
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
AGRICULTURA Y GANADERÍA
EDUCACIÓN PÚBLICA
TRABAJO Y SEGURIDAD
SOCIAL
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
MODIFICACIONES A LOS
PROGRAMAS
MUNICIPALIDADES
LICITACIONES
OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES
PODER JUDICIAL
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
SERVICIO NACIONAL DE
AGUAS SUBTERRÁNEAS,
RIEGO Y AVENAMIENTO
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
AVISOS
MUNICIPALIDADES
ADJUDICACIONES
OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES
BANCO DE COSTA RICA
INSTITUTO DE DESARROLLO
RURAL
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
MUNICIPALIDADES
FE DE ERRATAS
SALUD
PODER JUDICIAL
REGLAMENTOS
MUNICIPALIDADES
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA
DE CARTAGO
UNIVERSIDAD DE COSTA
RICA
UNIVERSIDAD ESTATAL A
DISTANCIA
PATRONATO NACIONAL DE
LA INFANCIA
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE MORA
MUNICIPALIDAD DE SANTA
ANA
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
JUSTICIA Y PAZ
MUNICIPALIDADES
FE DE ERRATAS
HACIENDA
AVISOS
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140
incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1),
27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la
Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley
de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de
setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº
32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley Nº 7648, Ley
Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia de 9 de diciembre de 1996 y sus
reformas; y el Decreto Ejecutivo Nº 38279-H, Directrices Generales de Política
Presupuestaria para las Entidades Públicas, Ministerios y demás Órganos, según
corresponde, cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria para el año
2015 de 07 de marzo de 2014 y sus reformas y la Directriz Presidencial Nº
023-H, Sobre la Eficiencia, Eficacia, y Transparencia en la Gestión
Presupuestaria de la Administración Pública de 27 de marzo de 2015 y su
reforma.
Considerando:
1º—Que mediante la Ley Nº 7648, publicada en La Gaceta Nº 245 de 20
de diciembre de 1996 y sus reformas, se establece que el Patronato Nacional de
la Infancia (PANI) es una institución autónoma que tiene como fin primordial
proteger especialmente y de forma integral a las personas menores de edad y sus
familias, como elemento natural y pilar de la sociedad.
2º—Que por medio
del oficio PE-1081-2015, la Presidenta Ejecutiva del Patronato Nacional de la
Infancia (PANI), solicitó la ampliación del gasto presupuestario máximo de esa
institución por un monto de ¢5.560.000.000,00 (cinco mil quinientos sesenta
millones de colones exactos) para el 2015, con el fin de incorporar el
contenido presupuestario requerido para financiar actividades propias de su
gestión institucional.
3º—Que dicho
monto fue autorizado mediante los Acuerdos JD 109-2015 y JD 111-2015, tomados
en la Sesión Ordinaria Nº 2015-026 de 22 de julio de 2015 y está avalado por el
Ministro Rector (Desarrollo Humano e Inclusión Social), mediante oficio Nº
MDHIS 048-08-2015 de 07 de agosto de 2015.
4º—Que del monto
citado en el segundo considerando del presente Decreto, la suma de
¢1.147.000.000,00 (mil ciento cuarenta y siete millones exactos) corresponden a
recursos provenientes del superávit libre.
5º—Que de dicho
monto, corresponde ser ampliada por la vía de Decreto Ejecutivo la suma de
¢1.070.000.000,00 (mil setenta millones de colones exactos), que será sufragada
con recursos provenientes de superávit libre, con el objetivo de reforzar la
subpartida 5.03.01 Terrenos, para construir albergues en San Rafael de Heredia,
Taras de Cartago, Cartago y San Carlos Norte. Dicha subpartida se encuentra
incluida en la Directriz Presidencial Nº 023-H, publicada en La Gaceta Nº
75 de 20 de abril de 2015 y su reforma.
6º—Que en aras de
atender lo dispuesto en la mencionada Directriz Nº 023-H, en particular lo
establecido en el artículo 31, relativo a la subpartida de “Terrenos”; la
Gerencia de Administración del Patronato Nacional de la Infancia señaló que
“…la institución cuenta con un Plan donde se incorporan las zonas prioritarias
a adquirir estos bienes, según las necesidades de las zonas. Asimismo, una vez
incorporados los recursos se realizarán los estudios técnicos respectivos para
adquirir estos bienes”.
7º—Que debido a
que los recursos a los que se alude en el Quinto Considerando de este Decreto
deben ser incorporados en el presupuesto o requieren de una variación de este,
la Institución deberá proceder a modificar la programación del gasto y a
elaborar las resoluciones, informes o autorizaciones por parte del jerarca que correspondan,
a fin de justificar su utilización y así cumplir con lo dispuesto en la
Directriz Presidencial Nº 023-H de cita.
8º—Que no se
autoriza la restante suma de ¢77.000.000,00 (setenta y siete millones de
colones exactos), correspondiente a la partida 1.04 “Servicios de Gestión y
Apoyo”, por cuanto se estarían financiando con recursos provenientes del
superávit libre, transacción que se contrapone a lo dispuesto en el artículo 7
del Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de
julio de 2005 y sus reformas.
9º—Que mediante
el Decreto Ejecutivo Nº 38279-H, publicado en La Gaceta Nº 61 de 27 de
marzo de 2014 y sus reformas, se emitieron las Directrices Generales de
Política Presupuestaria para el año 2015, estableciéndose en el artículo 2°, el
porcentaje máximo en que podría incrementarse el gasto presupuestario de las
entidades públicas, ministerios y demás órganos, con respecto al del año
precedente. En correspondencia con dicha disposición, el monto de gasto
presupuestario máximo para el año 2015 resultante para el Patronato Nacional de
la Infancia, fue establecido en la suma de ¢33.094.619.565,59 (treinta y tres
mil noventa y cuatro millones seiscientos diecinueve mil quinientos sesenta y
cinco colones con cincuenta y nueve céntimos) el cual fue comunicado en el
oficio STAP-1685-2015 del 25 de setiembre de 2015, cifra que no contempla el
gasto indicado previamente en este decreto.
10.—Que mediante
el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de
julio de 2005 y sus reformas, se emite el “Lineamiento para la aplicación del
artículo 6 de la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la
República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del
Sector Público denominada Financiamiento”.
11.—Que el
artículo 7° del decreto citado en el considerando anterior, dispone que los
recursos de financiamiento que provienen de vigencias anteriores -superávit
libre- son parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden
utilizarlos en períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a
la actividad ordinaria de éstas, con los cuales se atienda el interés de la
colectividad, el servicio público y los fines institucionales siempre que no
tengan el carácter permanente o generen una obligación que requiera financiarse
a través del tiempo, como la creación de plazas para cargos fijos, o cualquier
otro compromiso de la misma naturaleza.
12.—Que por lo
anterior, resulta necesario ampliar el gasto presupuestario máximo fijado al
Patronato Nacional de la Infancia para el año 2015, incrementándolo en la suma
de ¢1.070.000.000,00 (mil setenta millones de colones exactos). Por tanto;
Decretan:
PRIMERA AMPLIACIÓN DE LÍMITE DEL GASTO
PRESUPUESTARIO MÁXIMO PARA EL 2015
AL PATRONATO NACIONAL
DE LA INFANCIA (PANI)
Artículo 1º—Amplíese
para el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), el gasto presupuestario
máximo para el año 2015, establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº
38279-H, publicado en La Gaceta Nº 61 de 27 de marzo de 2014 y sus
reformas, en la suma ¢1.070.000.000,00 (mil setenta millones de colones
exactos), para ese período.
Artículo 2º—Es responsabilidad de la
administración activa del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), el
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Nº 8131, Ley de la
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, publicada en
La Gaceta Nº 198 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas, así como en el
Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de
julio de 2005 y sus reformas.
Artículo 3º—También será responsabilidad de la
administración activa del PANI, informar de la emisión de la resolución que
justifique la utilización de los recursos contemplados en la presente
ampliación, ligados a la subpartida afectada por la Directriz 023-H, publicada
en La Gaceta Nº 75 de 20 de abril de 2015 y su reforma, a los efectos de
que sea considerada en los informes trimestrales de seguimiento de dicha
Directriz que deben elaborarse conforme al artículo 37 de dicha disposición.
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la
Presidencia de la República, a los nueve días del mes de octubre del dos mil
quince.
LUIS GUILLERMO SOLÍS
RIVERA.—El Ministro de Hacienda, Helio Fallas V.—1 vez.—O. C. N°
39132.—Solicitud N° 15000098.—(D39270 - IN2015078390).
N° 064–MEIC-2015
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la
Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo
establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico 2015, Ley Nº 9289 del 01 de diciembre de
2014; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la
Administración Pública, Ley Nº 6362 del 03 de setiembre de 1979; y el
Reglamento de Viajes y Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría
General de la República, y sus reformas.
Considerando:
I.—Que es de interés
del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), a través del
Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), la participación en el “XX
Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna”, bajo la denominación:
“Auditoría Interna, el nuevo pilar de la alta dirección”, organizado por el
Instituto de Auditores Internos de Chile y la Federación Latinoamericana de
Auditores Internos (FLAI), actividad que se llevará a cabo en Santiago, Chile
del 18 al 21 de octubre de 2015.
II.—Que el
funcionario del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), Armando
Rivera Soto, portador de la cédula de identidad número 1-0495-0926, fue
invitado a participar en la actividad indicada, en representación del
Laboratorio Costarricense de Metrología donde ostenta el cargo de Auditor
Interno.
III.—Que la Ley
de Control Interno, Ley Nº 8292 en el artículo 21, señala que, compete a la
Auditoría Interna, validar, mejorar y alcanzar los objetivos institucionales,
mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y
mejorar la efectividad de la administración del riesgo, del control y de los
procesos de dirección en la entidades y órganos sujetos a esta Ley.
IV.—Que es
interés del LACOMET que el Auditor Interno se mantenga capacitado y actualizado
sobre aspectos de control interno, la gestión de riesgo y gobierno corporativo,
entre otros, para administrar la Auditoría Interna Institucional. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a Armando Rivera Soto, portador de la cédula de
identidad Nº 1-0495-0926, funcionario del Laboratorio Costarricense de
Metrología, para que participe en el “XX Congreso Latinoamericano de Auditoría
Interna”, bajo la denominación: “Auditoría Interna, el nuevo pilar de la alta
dirección”, organizado por el Instituto de Auditores Internos de Chile y la
Federación Latinoamericana de Auditores Internos (FLAI), actividad que se
llevará a cabo en Santiago, Chile del 18 al 21 de octubre de 2015.
Artículo 2º—Los
gastos por concepto de tiquete aéreo, inscripción, hospedaje y alimentación del
día 17 al 21 de octubre de 2015, serán financiados por el Laboratorio
Costarricense de Metrología (LACOMET). El tiquete aéreo será cubierto mediante
la subpartida presupuestaria 1.05.03 “Transporte al Exterior”. La inscripción por
la suma de $675,00 (Seiscientos setenta y cinco dólares con 00/100) mediante la
subpartida presupuestaria 1.07.01 “Actividades de Capacitación”, y los viáticos
mediante la subpartida presupuestaria 1.05.04 “Viáticos al exterior,
correspondiéndole al funcionario la suma de $729,96 (Setecientos veintinueve
dólares con 96/100), sujetos a liquidación. El millaje generado por motivo de
este viaje será asignado al Laboratorio Costarricense de Metrología.
Asimismo, los
gastos de los días 22 y 23 de octubre de 2015, serán cubiertos por el
funcionario sin ninguna erogación por parte del Estado; debido al disfrute de
vacaciones legales.
Artículo 3º—Rige
a partir del día 17 de octubre y hasta su regreso el día 24 de octubre de 2015,
devengando el funcionario el 100% de su salario durante su ausencia.
Dado a los veinticuatro días del mes de julio del dos mil quince.
Welmer Ramos González, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1
vez.—O.C. Nº 0069.—Solicitud Nº 4619.—(IN2015073905).
N° 068–MEIC-2015
EL MINISTRO DE ECONOMÍA,
INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 28 inciso 2), acápite b)
de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de
1978; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración
Pública, Ley N° 6362 del 3 de setiembre de 1979; y el Reglamento de Viajes y
Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la
República y sus reformas.
Considerando:
I.—Que es de interés del Ministerio de Economía, Industria y Comercio
(MEIC), a través del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET),
participar en la actividad denominada “Proyecto fortalecimiento de las
capacidades técnicas y metrológicas para la organización de ensayos de
aptitud”. Que dicha actividad se llevará a cabo en Managua, Nicaragua, del día
12 al día 14 de agosto de 2015.
II. —Que de
conformidad con la Ley Nº 8279, “Ley del Sistema Nacional para la Calidad”, le
corresponde al LACOMET la participación en instancias internacionales de
Metrología, con el objetivo primordial de fortalecer la metrología nacional. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1°—Autorizar a Bryan Calderón Jiménez, portador de la cédula N°
1-1180-0477, Jimmy Venegas Padilla, portador de la cédula N° 1-1449-0718 y
Gabriel Molina Castro, portador de la cédula de identidad N° 1-1380-0492, todos
funcionarios del Laboratorio Costarricense de Metrología, para que participen
en la actividad denominada “Proyecto fortalecimiento de las capacidades
técnicas y metrológicas para la organización de ensayos de aptitud”, que se
llevará a cabo en Managua, Nicaragua, del día 12 al día 14 de agosto de 2015.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de tiquete
aéreo, hospedaje y alimentación, serán cubiertos por el Instituto Nacional de
Metrología - Physikalisch-Technische Bundesanstalt (PTB) de Alemania. El
millaje generado por motivo de estos viajes será asignado al Ministerio de
Economía, Industria y Comercio, a través del Laboratorio Costarricense de
Metrología.
Artículo 3°—Rige a partir del día 12 de agosto
y hasta su regreso el día 14 de agosto de 2015, devengando los funcionarios el
100% de su salario durante su ausencia.
Dado en el Ministerio
de Economía Industria y Comercio, a los cuatro días del mes de agosto de dos mil
quince.
Welmer Ramos
González, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. N°
0069.—Solicitud N° 4619.—(IN2015073907).
N°
071-MEIC-2015
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA,
INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en las atribuciones que le
confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política,
los artículos 28, inciso 2), acápite b); y 92 de la Ley General de
Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; y la Ley de la
Administración Financiera y Presupuestos Públicos, Ley N° 8131 del 18 de
setiembre de 2001.
Considerando:
I.—Que mediante el acuerdo Nº 001-P del 8 de
mayo del 2014, se nombra al señor Welmer Ramos González, portador de la cédula
de identidad número 5-0191-0924, como Ministro de Economía, Industria y
Comercio.
II.—Que
a través del Acuerdo Ejecutivo N° 026-MEIC-2014 del 9 de mayo de 2014, se
delegó en el señor Errol Solís Mata, mayor, de oficio abogado y contador
público, portador de la cédula de identidad número 1-881-646, en su condición
de Director Administrativo Financiero y Oficial Mayor la firma del señor
Ministro de Economía, Industria y Comercio, para todos aquellos actos de
adjudicación necesarios en los procesos de contratación administrativa en que
participe el Ministerio. Asimismo, se le delegó la firma de los Contratos de
Arrendamiento de Servicios de Transporte a los Funcionarios del Ministerio de
Economía, Industria y Comercio, de conformidad con el Decreto Ejecutivo N°
35729-MEIC del 18 de noviembre del 2009.
III.—Que
dado que a partir del 1° de agosto de 2015, el señor Errol Solís Mata, fue
nombrado como Director de la Dirección para Promover la Competencia, es
necesario proceder a modificar el artículo 3 del Acuerdo Ejecutivo N°
026-MEIC-2014. Por tanto;
ACUERDAN:
Artículo 1°—Modificar el artículo 3 del
Acuerdo Ejecutivo N° 026-MEIC-2014 del 9 de mayo de 2014, publicado en El
Diario Oficial La Gaceta N° 106 del 04 de junio de 2014, para que en lo
sucesivo se lea:
“Artículo 3°—Para todos aquellos actos de
adjudicación necesarios en los procesos de contratación administrativa en que
participe el Ministerio, se delega la firma del señor Ministro de Economía,
Industria y Comercio en la señora Geannina Dinarte Romero, portadora de la
cédula de identidad número 1-1151-0925, quien se desempeña como Viceministra
del Área de PYME, Consumidor y Enfoque Estratégico.
Asimismo, se le delega la firma
de los Contratos de Arrendamiento de Servicios de Transporte a los Funcionarios
del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, de conformidad con el Decreto
Ejecutivo N° 35729-MEIC del 18 de noviembre del 2009, publicado en La Gaceta
N° 26 del 08 de febrero del 2010”.
Artículo 2°—Vigencia. Rige a partir
del trece de agosto de dos mil quince.
Dado en la Presidencia de la República, a los
trece días del mes de agosto del dos mil quince.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Economía, Industria y Comercio, Welmer Ramos González.—1 vez.—O. C. N°
25856.—Solicitud N° 18981.—(IN2015074417).
Nº 088-MEIC-2015
EL MINISTRO DE
ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2) acápite b)
de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de
1978. Así como lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2015, Ley N° 9289
del 1° de diciembre de 2014; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del
Personal de la Administración Pública, Ley N° 6362 del 3 de setiembre de 1979 y
el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la
Contraloría General de la República, y sus reformas.
Considerando:
I.—Que es de interés del Ministerio de Economía, Industria y Comercio
(MEIC), a través del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET),
participar en la actividad denominada: “II Workshop Interamericano de Seguridad
en Software y Hardware para Metrología Legal”, que se llevará a cabo en la
ciudad de Buenos Aires, Argentina, del día 5 al día 7 de octubre 2015.
II.—Que de
conformidad con la Ley Nº 8279, “Ley del Sistema Nacional para la Calidad”, le
corresponde al LACOMET la participación en instancias internacionales de
Metrología, con el objetivo primordial de fortalecer la metrología nacional. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1°—Autorizar a Fabio López Alfaro, portador de la cédula N°
4-0190-0503 funcionario del Laboratorio Costarricense de Metrología, para que
participe en la actividad denominada: “II Workshop Interamericano de Seguridad
en Software y Hardware para Metrología Legal”, que se llevará a cabo en la
ciudad de Buenos Aires, Argentina, del día 5 al día 7 de octubre 2015.
Artículo 2º—Los
gastos por concepto de tiquete aéreo, serán cubiertos por el Sistema
Interamericano de Metrología (SIM) y los gastos por hospedaje y alimentación,
serán cubiertos por el Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET),
correspondiéndole al funcionario por concepto de viáticos la suma de
¢712.254,82 (Setecientos doce mil doscientos cincuenta y cuatro colones con
ochenta y dos céntimos), sujetos a liquidación. El millaje generado por motivo
de estos viajes será asignado al Ministerio de Economía, Industria y Comercio,
a través del Laboratorio Costarricense de Metrología.
Artículo 3°—Rige
a partir del día 3 de octubre y hasta su regreso el día 8 de octubre de 2015,
devengando el funcionario el 100% de su salario durante su ausencia.
Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, a los dieciocho
días del mes de setiembre de dos mil quince.
Welmer Ramos González, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1
vez.—O. C. N° 0069.—Solicitud N° 4619.—(IN2015073910).
N°
109-MEIC-2015
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la
Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Formación
Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley No.
6362 del 03 de setiembre de 1979; y el Reglamento de Viajes y Transportes para
Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República y sus reformas
Considerando:
I.—Que mediante el
acuerdo 086-MEIC-2015, del dieciséis de setiembre del año 2015, se autoriza a
los funcionarios Giannina Córdoba Corrales, portadora de la cédula de identidad
número 1-1348-0337 y Jorge Vega Gamboa portador de la cédula de identidad
número 1-1371-0849, funcionarios del Ministerio de Economía, Industria y
Comercio, para que participen en el curso bilateral denominado “Seminario de
Desarrollo y Planificación Macroeconómica para Costa Rica”.
II.—Que en el acuerdo 086-MEIC-2015, se consignó erróneamente la fecha
de la actividad y el rige. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1°—Modificar el
considerando primero y los artículos primero y tercero del por tanto del
acuerdo N° 086-MEIC-2015 del dieciséis de setiembre del año 2015, para que se
lea de la siguiente manera:
Considerando:
“I. Que es de interés del Ministerio de Economía, Industria y Comercio,
participar en el curso bilateral denominado “Seminario de Desarrollo y
Planificación Macroeconómica para Costa Rica”, cuyo objetivo es comprender la
estrategia del sistema económico de mercado de China, la introducción de la
reforma y la apertura lograda en la gestión macroeconómica, actividad que se
llevará a cabo en la Ciudad de Beijing, China del 29 de octubre al 17 de noviembre
de 2015.
Por tanto:
Artículo
1°—Autorizar a los funcionarios Giannina Córdoba Corrales, portadora de la
cédula de identidad número 1-1348-0337 y Jorge Vega Gamboa portador de la
cédula de identidad número 1-1371-0849, funcionarios del Ministerio de Economía,
Industria y Comercio, para que participen en el curso bilateral denominado
“Seminario de Desarrollo y Planificación Macroeconómica para Costa Rica”,
actividad que se llevará a cabo en la Ciudad de Beijing, China del 29 de
octubre al 17 de noviembre de 2015.
Artículo
3°—Rige a partir del día 26 de octubre y hasta su regreso el día 19 de
noviembre de 2015, devengando los funcionarios el 100% de su salario.
En lo que respecta al
resto, el acuerdo de marras se mantiene incólume.
Dado en el Ministerio de
Economía Industria y Comercio, a los 22 días del mes de octubre del 2015.
Publíquese.
Welmer Ramos González,
Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. N° 25856.—Solicitud N°
18981.—(IN2015074420).
Nº 111-AC-MEP-2015
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política,
el artículo 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227, el artículo 77 del Estatuto de Servicio Civil, los
artículos 17 y 18 del Reglamento de Carrera Docente, Decreto Ejecutivo N°
2235-EP, del 14 de febrero de 1972.
Considerando:
1º—Que mediante Acuerdo N° 429-AC-MEP, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta N° 246, de fecha 20 de diciembre de 2013, se prorrogó el
nombramiento de la señora Oralia Torres Leytón, como representante titular de
la Dirección General del Servicio Civil ante el Tribunal de Carrera Docente.
2º—Que la
prórroga del nombramiento de la señora Oralia Torres Leytón, se dio por el
período comprendido entre el 21 de diciembre de 2013, y hasta el período legal
de dos años, el cual vence el día 20 de diciembre de 2015.
3º—Que en oficio
sin consecutivo, de fecha 11 de agosto de 2015, dirigido al señor Hernán Rojas
Ángulo, Director General de la Dirección del Servicio Civil, la señora Oralia
Torres Leytón, cédula de identidad Nº 6-0119-0773, comunica que se acoge a la
jubilación, misma a la que tiene derecho desde el día 11 de agosto del presente
año, y que se hará efectiva a partir del 1 de setiembre de 2015.
4º—Que por medio
de oficio DG-608-2015, de fecha 13 de agosto de 2015, el señor Hernán Rojas
Ángulo, Director General de la Dirección del Servicio Civil, designa al señor
Alex Gutiérrez de la O, con cédula de identidad Nº 4-111-837, como
representante titular de la Dirección del Servicio Civil ante el Tribunal de
Carrera Docente, en sustitución de la señora Oralia Torres Leytón, quien se
acogerá a su pensión a partir del 1 de setiembre del año en curso. Por
tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—En virtud de la renuncia por pensión de la señora Oralia
Torres Leytón, cédula de identidad Nº 6-0119-0773, como representante titular
de la Dirección del Servicio Civil ante el Tribunal de Carrera Docente, se
nombra en ese cargo, como su sustituto, al señor Alex Gutiérrez de la O, con
cédula de identidad Nº 4-111-837.
Artículo 2º—Rige
a partir del 2 de setiembre de 2015 y hasta el 20 de diciembre del 2015.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinticuatro
días del mes de agosto de dos mil quince.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Educación, Sonia Marta Mora
Escalante.—1 vez.—O. C. Nº 23603.—Solicitud Nº 8710.—(IN2015074062).
Nº
119-MJP
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución
Política; 27n y 28 de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la
Administración Pública” artículo 7º, inciso i) de la Ley Nº 6739 del 28 de
abril de 1982 “Ley Orgánica del Ministerio de Justicia”.
Considerando:
I.—Que en 1997, se crea
la Ley Nº 7727 sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz
Social, publicada en La Gaceta Nº 09 de 14 de enero de 1998 y en julio
de ese mismo año se constituye, en el Ministerio de Justicia y Paz, la
Dirección General de Resolución Alterna de Conflictos (DINARAC), cuyo accionar
se reglamenta mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32152 Reglamento del Capítulo IV
de la Ley sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social
publicado en La Gaceta Nº 249 del veintiuno de diciembre del dos mil
quince, con el fin de brindar opciones de solución de conflictos mediante
procesos alternativos que incluyen el diálogo, la mediación, la negociación, la
conciliación, el arbitraje, entre otros, de modo tal que la Resolución Alterna
de Conflictos representa una alternativa eficaz para la promoción de la paz
social.
II.—Que para el cumplimiento de sus fines, la Dirección de Resolución
Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social promueveve acciones y
programas concretos en torno a la educación, formación y gestión del manejo de
conflictos: por un lado con la creación y fortalecimiento de las Casas de
Justicia y por otro, por medio de capacitación en resolución alterna de
conflictos a estudiantes, docentes y padres de familia de centros educativos;
comunidades y grupos especiales, con el apoyo estatal y de organizaciones
internacionales.
III.—Que además, la Dirección efectúa actividades formativas y
académicas que permitan concientizar sobre la importancia de promover los
valores éticos en la Función Pública. Siendo que, como parte de estas acciones
que conforman su plan de trabajo, se proyecta la realización de la conferencia
denominada “Arbitration Day Costa Rica 2015” promovida por la Asociación Costa
Rican Young Arbitrators (Asociación Jóvenes Árbitros de Costa Rica), cédula de
persona jurídica 3-002-659761, con el apoyo del Colegio de Abogados y Abogadas
de Costa Rica; previsto para el día 30 de octubre del 2015, comenzando a las
8:00 a.m. concluyendo a las 5:00 p.m. en el Auditorio Casafont, ubicado en las
instalaciones del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.
IV.—Que la conferencia “Arbitration Day Costa Rica 2015”, tiene como
objetivo generar espacios de discusión que permitan la promoción de los
mecanismos de resolución alterna de conflictos en las diferentes poblaciones
del país, a fin de originar planteamientos que contribuyan al conocimiento, a
la reflexión y a compartir las experiencias para fortalecer las capacidades
organizacionales, en torno a tres bloques: a) Arbitraje Comercial; b) Arbitraje
de Inversión; y c) Arbitraje Deportivo. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Declárese de
Interés Público la Conferencia “Arbitration Day Costa Rica 2015”, que se
celebrará el 30 de octubre del 2015 en la ciudad de San José, Costa Rica.
Artículo 2º—Todas las dependencias e instituciones públicas, con
objetivos o finalidades afines al evento mencionado en el artículo 1, o que de
algún modo tengan relación con su ejercicio, quedan autorizados, dentro de los
límites legales establecidos, para prestar todo tipo de ayuda en aras de su
efectiva realización.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia
de la República.—San José, a los dieciséis días del mes de julio del dos mil
quince.
LUIS GUILLERMO SOLÍS
RIVERA.—La Ministra de Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. Nº
25525.—Solicitud Nº 11154.—(IN2015074425).
Nº 145-MJP
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los
artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11
de la Ley Nº 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y
el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Dejar sin efecto el Acuerdo
Ejecutivo Nº 162-J del 19 de setiembre del 2000, en el cual se nombró al señor
Luis Gabriel Castro Caamaño, cédula de identidad 1-0328-0688, como
representante en ese momento ante el Poder Ejecutivo de la Fundación Ciudadanía
Activa, cédula jurídica Nº 3-006-273068, en virtud de la renuncia a su cargo.
Artículo
2º—Nombrar al señor Edgar Enrique Chacón Vega, cédula de identidad 1-0368-0360,
como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Ciudadanía Activa,
cédula jurídica Nº 3-006-273068, inscrita en la Sección de Personas de la
Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo
3º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y
presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, para su respectiva inscripción.
Artículo
4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, el día trece de agosto del dos mil quince.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de
Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. Nº 25525.—Solicitud Nº
11155.—(IN2015074427).
Nº
146-MJP
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los
artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11
de la Ley Nº 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y
el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar a la señorita Kattia Soto Quesada, cédula de identidad número
1-0773-0774, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Hefziba
cédula jurídica Nº 3-006-649745, inscrita en la Sección de Personas de la
Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo
2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y
presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, para su respectiva inscripción.
Artículo
3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, el día catorce de agosto del dos mil quince.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de
Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. Nº 25525.—Solicitud Nº
11156.—(IN2015074430).
Nº
151-MJP
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los
artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11
de la Ley Nº 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y
el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al señor Juan Pablo Arias
Meza, cédula de identidad número 1-1239-0710, como representante del Poder
Ejecutivo en la Fundación Un Nuevo Comienzo, cédula jurídica Nº 3-006-698327,
inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del
Registro Nacional.
Artículo
2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y
presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, para su respectiva inscripción.
Artículo
3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, el día veinte de agosto del dos mil quince.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de
Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. Nº 25525.—Solicitud Nº
11157.—(IN2015074433).
Nº
154-MJP
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los
artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11
de la Ley Nº 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y
el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a la señora María
Antonieta Sibaja Hidalgo, cédula de identidad número 1-1106-0471, como
representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Keme, cédula jurídica Nº
3-006-664021, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas
Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo
2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y
presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro
Nacional, para su respectiva inscripción.
Artículo
3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, el día veinticinco de agosto de dos mil quince.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de
Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. Nº 25525.—Solicitud Nº
11153.—(IN2015074434).
N° 0259-2015
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los
artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales
25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la
Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23
de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de
Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N°
7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29
de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas;
y
Considerando:
I.—Que mediante
Acuerdo Ejecutivo N° 102-2006 de fecha 26 de abril de 2006, publicado en el
Diario Oficial La Gaceta N° 99 del 24 de mayo de 2006, a la empresa
Sistemas Galileo del Sur B C S. A., cédula jurídica número 3-101-207537, se le
otorgaron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de
Zonas Francas y su Reglamento, bajo la categoría de empresa de servicios, de
conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 17 de dicha Ley.
II.—Que el señor
Héctor Emilio Valenzuela Sáenz, mayor, casado una vez, administrador de
empresas, portador de la cédula de residencia número 155814901327, en su
condición de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de
Suma de la empresa Sistemas Galileo del Sur B C S. A., cédula jurídica número
3-101-207537, presentó ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica
(en adelante PROCOMER), solicitud para que se le otorgue el Régimen de Zonas
Francas a su representada, con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley de
Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.
III.—Que en la solicitud mencionada, la empresa
Sistemas Galileo del Sur B C S. A., cédula jurídica número 3-101-207537, se
comprometió a mantener una inversión de al menos US $1.272.659,22 (un millón
doscientos setenta y dos mil seiscientos cincuenta y nueve dólares con
veintidós centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a
partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, la empresa se comprometió a
realizar una inversión nueva adicional total de US $250.000,00 (doscientos
cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América),
según los plazos y en las condiciones establecidas en la solicitud de ingreso
al Régimen presentada por la empresa. Asimismo, la empresa ofrece consolidar el
nivel de empleo con el que cuenta actualmente, e incluso aumentarlo para llegar
a los 141 trabajadores. Lo anterior implica una importante oportunidad para
arraigar más a la citada empresa a Costa Rica, aumentar los empleos directos e
indirectos, y fomentar el encadenamiento entre las empresas nacionales y
compañías pertenecientes al Régimen de Zonas Francas, con la finalidad de
aumentar el valor agregado de los productos nacionales.
IV.—Que la Instancia Interna de la Administración de PROCOMER, con
arreglo al Acuerdo emitido por la Junta Directiva de PROCOMER en la sesión N°
177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Sistemas
Galileo del Sur B C S. A., cédula jurídica número 3-101-207537, y con
fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe
de la Gerencia de Regímenes Especiales de PROCOMER N° 22-2015, acordó someter a
consideración del Ministerio de Comercio Exterior la solicitud de ingreso al
Régimen de Zonas Francas presentada, a fin de que dicho órgano ejerza la
facultad establecida en el artículo 20 bis de la Ley de Régimen de Zonas
Francas, determine si en la especie resulta aplicable la excepción que
contempla dicho artículo, y analice si se trata de una inversión adicional cuya
magnitud y beneficios, justifican razonablemente el otorgamiento de los
incentivos fiscales establecidos en la Ley de Régimen de Zonas Francas y su
Reglamento.
V.—Que en razón de lo anterior, el Poder Ejecutivo efectivamente
considera que en la especie resulta aplicable la excepción que contempla el
referido artículo 20 bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas, en tanto se
trata una inversión adicional cuya magnitud conlleva una serie de beneficios,
que justifican razonablemente el otorgamiento de los incentivos fiscales
establecidos en la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.
VI.—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto,
ACUERDAN:
1º—Otorgar el Régimen de Zonas Francas a la empresa Sistemas Galileo del
Sur B C S. A., cédula jurídica número 3-101-207537 (en adelante denominada la
beneficiaria), clasificándola como Empresa de Servicios, de conformidad con el
inciso c) del artículo 17 de la Ley de Régimen de Zonas Francas.
2º—La actividad de la beneficiaria consistirá en brindar servicios de
atención de consultas de clientes; desarrollo y soporte a sistemas de
información; administración de red de puntos de venta; y procesamiento de
información.
3º—La beneficiaria operará en el parque industrial denominado Zona
Franca Metropolitana S.A., ubicado en la provincia de Heredia.
4º—La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados en
la Ley de Régimen de Zonas Francas, con las limitaciones y condiciones que allí
se establecen y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto
el Poder Ejecutivo como PROCOMER.
Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en virtud
de la Ley de Régimen de Zonas Francas quedan supeditados a los compromisos
asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a la
Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo
sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los
órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del
ASMC. En particular, queda establecido
que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley de
cita que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá
de los plazos para la concesión de las prórrogas previstas en el artículo 27
párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo.
Para los efectos de
las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los
artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N°
4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.
Asimismo, la empresa
beneficiaria podrá solicitar la aplicación de lo dispuesto en el artículo 20
bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas, si cumple con los requisitos y
condiciones establecidos en tal normativa y sin perjuicio de la
discrecionalidad que, para tales efectos, asiste al Poder Ejecutivo.
5º—De conformidad con
lo dispuesto por el artículo 20 inciso g) de la Ley de Régimen de Zonas
Francas, la beneficiaria gozará de exención de todos los tributos a las
utilidades, así como cualquier otro, cuya base imponible se determine en
relación con las ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados a los
accionistas o ingresos o ventas, según las diferenciaciones que dicha norma
contiene.
Dicha beneficiaria
sólo podrá introducir sus servicios al mercado local, observando rigurosamente
los requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de la Ley de Régimen
de Zonas Francas, en particular los que se relacionan con el pago de los
impuestos respectivos.
6º—La beneficiaria se
obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 136 trabajadores, a
partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y
mantener un nivel mínimo total de empleo de 141 trabajadores, a partir del 31
de mayo de 2016. Asimismo, se obliga a mantener una inversión de al menos US US
$1.272.659,22 (un millón doscientos setenta y dos mil seiscientos cincuenta y
nueve dólares con veintidós centavos, moneda de curso legal de los Estados
Unidos de América), a partir de la
notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y mantener una
inversión nueva adicional total de al menos $250.000,00 (doscientos cincuenta
mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 10 de mayo de 2018. Por lo
tanto, la beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel de inversión
total de al menos US $1.522.659,22 (un millón quinientos veintidós mil
seiscientos cincuenta y nueve dólares con veintidós centavos, moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América). Finalmente, la empresa beneficiaria se
obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del 94,01%.
PROCOMER vigilará el
cumplimiento de los niveles de inversión antes indicados, de conformidad con
los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen
de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de
Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de
ésta. Consecuentemente, el Poder
Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con
aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión
anteriormente señalados.
7º—Una vez suscrito
el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por
derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio
de las operaciones productivas es el día en que se notifique el presente
Acuerdo Ejecutivo. En caso de que por
cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en
la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual
PROCOMER seguirá tomando como referencia para su cálculo las proyecciones de
ventas consignadas en su respectiva solicitud.
Para efectos de cobro
del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de las ventas mensuales
realizadas. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo
del canon, para lo cual PROCOMER tomará como referencia para su cálculo, las
proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.
8º—La beneficiaria se
obliga a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de
Ambiente y Energía (MINAE) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA)
y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud,
según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo,
la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del
medio ambiente que la legislación costarricense e internacional disponga para
el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado
por las autoridades competentes.
9º—La beneficiaria se
obliga a presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los
formularios y conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los
cuatro meses siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada a
suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la
información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso
del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá
permitir que funcionarios de PROCOMER ingresen a sus instalaciones, en el
momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el
cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su
Reglamento.
10.—En caso de
incumplimiento por parte de la beneficiaria de las condiciones de este Acuerdo
o de las leyes, reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder
Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un
año, uno o varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de la Ley de
Régimen de Zonas Francas, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zona
Franca, sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad con lo
dispuesto en la Ley de cita y su Reglamento.
La eventual imposición de estas sanciones será sin perjuicio de las
demás responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieren
corresponderle a la beneficiaria o sus personeros.
11.—Una vez
comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá
suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente
a firmar el Contrato de Operaciones, y
no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a
confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que
dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.
Para el inicio de
operaciones productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido
autorizada por la Dirección General de Aduanas como auxiliar de la función
pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.
12.—Las directrices
que para la promoción, administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER,
serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que
directa o indirectamente tengan relación con ellos o con PROCOMER.
13.—El uso indebido
de los bienes o servicios exonerados será causa suficiente para que el
Ministerio de Hacienda proceda a la liquidación de tributos exonerados o
devueltos y ejerza las demás acciones que establece el Código de Normas y
Procedimientos Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que
establece la Ley de Régimen de Zonas Francas y demás leyes aplicables.
14.—La empresa
beneficiaria se obliga a cumplir con todos los requisitos de la Ley de Régimen
de Zonas Francas y su Reglamento, así como con las obligaciones propias de su
condición de auxiliar de la función pública aduanera.
15.—De conformidad
con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro
Social, Ley N° 17 del 22 octubre de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de
las obligaciones para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de
las exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del procedimiento
administrativo correspondiente.
16.—El presente
Acuerdo Ejecutivo rige a partir de su notificación, y sustituye el Acuerdo
Ejecutivo N° 102-2006 de fecha 26 de abril de 2006, sin alterar los efectos
producidos por el mismo durante su vigencia.
Comuníquese y
Publíquese.
Dado en la
Presidencia de la República.—San José, a los veinte días del mes de agosto de
dos mil quince.
LUIS GUILLERMO SOLÍS
RIVERA.—El Ministro de Comercio Exterior a. í., Jhon Fonseca Ordoñez.—1
vez.—(IN2015074386).
Nº 261-2015
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política;
artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la
Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8,
inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del
Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de
2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7°, 31 y 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la
Contraloría General de la República, y,
Considerando:
I.—Que el Tratado de
Libre Comercio entre el Gobierno de Costa Rica y la Comunidad del Caribe se
negoció en el 2004. Este acuerdo establece el Consejo Conjunto de Costa Rica y
la Comunidad del Caribe (CARICOM), el cual tiene, entre otras funciones,
supervisar la implementación y administración del Tratado; instruir a los
comités, subcomités y grupos de trabajo para que realicen las funciones
asignadas a ellos respectivamente y cualquier otra función relacionada con los
objetivos del acuerdo; y establece supervisar el trabajo de todos los comités,
subcomités y grupos de trabajo.
II.—Que en este contexto, del 17 al 18 de
junio de 2015 en Trinidad & Tobago se llevará a cabo la I Reunión del
Consejo Conjunto de Costa Rica y CARICOM, en la que participará la señora
Marcela Chavarría Pozuelo, con el fin de avanzar en el cumplimiento de los
compromisos establecidos en el Tratado y trabajar en la efectiva administración
del mismo.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar
a la señora Marcela Chavarría Pozuelo, portadora de la cédula número
1-0847-0321, Directora de la Dirección General de Comercio Exterior para
participar en la I Reunión del Consejo Conjunto de Costa Rica y CARICOM que se
llevará a cabo del 17 al 18 de junio de 2015 en Trinidad & Tobago. Durante
la I Reunión del Consejo Conjunto de Costa Rica y CARICOM se analizarán los
siguientes temas: Dificultades de acceso al mercado experimentadas por las
Partes en el marco del Tratado; Construcción de una agenda para servicios;
Acuerdos de reconocimiento mutuo. Compromisos en el marco del Tratado; Programa
de desgravación arancelaria. Reglas de procedimiento del Consejo Conjunto;
Revisión de disposiciones específicas del Tratado; Propuesta para establecer un
Consejo Empresarial Costa Rica – CARICOM; Estado actual de los procedimientos
internos para la entrada en vigor del acuerdo en los países que aún no lo han
hecho y; Decisiones del Consejo Conjunto. Por efectos de itinerario y rutas de
vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 16 de junio y
regresa el 19 de junio de 2015.
Artículo 2º—Cubrir
los gastos de la señora Marcela Chavarría Pozuelo, por concepto de impuestos,
tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte,
alimentación y transporte terrestre, a saber USD$884,04 (ochocientos ochenta y
cuatro dólares con cuatro centavos) sujeto a liquidación, con recursos de COMEX
de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 792. Lo correspondiente a
la tarifa de escaneo, rayos X o inspección de equipaje (Ley 7664- Decreto Nº
36341-MAG, artículo 3), será cubierto por las mismas subpartidas y por el mismo
programa. Los impuestos de salida de Costa Rica serán cubiertos por COMEX, por
la subpartida 10504 del programa 792. Los gastos de transporte aéreo serán
cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. Se le
reconocerá los gastos relativos al almuerzo, por tránsito en Miami-Estados
Unidos de América del 16 de junio de 2015, según el artículo 42 inciso f) del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. Se le
autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos
vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y reconocimiento de
gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento
de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por
política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea
chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica. Asimismo, para hacer
escala en Miami-Estados Unidos de América, por conexión.
Artículo 3º—Rige a partir del 16 al 19 de junio
de 2015.
San José, a los once
días del mes de junio de dos mil quince.
Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio
Exterior.—1 vez.—O. C. N° 26148—Solicitud N° 19424.—(IN2015073996).Nº
262-2015
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política;
artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la
Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8,
inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del
Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de
2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7°, 31 y 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la
Contraloría General de la República, y,
Considerando:
I.—Que el Tratado de
Libre Comercio entre el Gobierno de Costa Rica y la Comunidad del Caribe se
negoció en el 2004. Este acuerdo establece el Consejo Conjunto de Costa Rica y
la Comunidad del Caribe (CARICOM), el cual tiene, entre otras funciones,
supervisar la implementación y administración del Tratado; instruir a los
comités, subcomités y grupos de trabajo para que realicen las funciones
asignadas a ellos respectivamente y cualquier otra función relacionada con los
objetivos del acuerdo; y establece supervisar el trabajo de todos los comités,
subcomités y grupos de trabajo.
II.—Que en este contexto, del 17 al 18 de
junio de 2015 en Trinidad & Tobago se llevará a cabo la I Reunión del
Consejo Conjunto de Costa Rica y CARICOM, en la que participará la señora
Ericka Víquez Álvarez, con el fin de avanzar en el cumplimiento de los
compromisos establecidos en el Tratado y trabajar en la efectiva administración
del mismo.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar
a la señora Ericka Víquez Álvarez, portadora de la cédula N° 2-0375-0827,
funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior para participar en la
I Reunión del Consejo Conjunto de Costa Rica y CARICOM que se llevará a cabo
del 17 al 18 de junio de 2015 en Trinidad & Tobago. Durante la I Reunión
del Consejo Conjunto de Costa Rica y CARICOM se analizarán los siguientes
temas: Dificultades de acceso al mercado experimentadas por las Partes en el
marco del Tratado; Construcción de una agenda para servicios; Acuerdos de
reconocimiento mutuo. Compromisos en el marco del Tratado; Programa de
desgravación arancelaria. Reglas de procedimiento del Consejo Conjunto;
Revisión de disposiciones específicas del Tratado; Propuesta para establecer un
Consejo Empresarial Costa Rica-CARICOM; Estado actual de los procedimientos
internos para la entrada en vigor del acuerdo en los países que aún no lo han
hecho y; Decisiones del Consejo Conjunto. Por efectos de itinerario y rutas de
vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 16 de junio de 2015.
A partir del 20 de junio y hasta el día 22, la funcionaria tomará viaje
personal, de forma tal, que todos los gastos en que incurra en estas fechas,
serán asumidos por cuenta propia. El 19 de junio se le aplicará lo que
corresponda según el artículo 43 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte
para Funcionarios Públicos. Los días 20 y 21 de junio corresponden a fin de
semana y el 22 de junio, será cargado al periodo de vacaciones vigente.
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora
Ericka Víquez Álvarez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se
deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y transporte
terrestre, a saber USD$752,44 (setecientos cincuenta y dos dólares con cuarenta
y cuatro centavos) sujeto a liquidación, con recursos de COMEX de las
subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 792. Lo correspondiente a la
tarifa de escaneo, rayos x o inspección de equipaje (Ley 7664-Decreto N°
36341-MAG, artículo 3), será cubierto por las mismas subpartidas y por el mismo
programa. Los impuestos de salida de Costa Rica serán cubiertos por COMEX, por
la subpartida 10504 del programa 792. Los gastos de transporte aéreo serán
cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. Se le
reconocerá los gastos relativos al almuerzo, por tránsito en Miami-Estados Unidos
de América del 16 de junio de 2015, según el artículo 42 inciso f) del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. Se le
autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos
vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y reconocimiento de
gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento
de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por
política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea
chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica. Asimismo, para hacer
escala en Miami-Estados Unidos de América, por conexión.
Artículo 3º—Rige a partir del 16 al 22 de
junio de 2015.
San José, a los once
días del mes de junio de dos mil quince.
Alexander Mora
Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. N° 26148—Solicitud N°
19430.—(IN2015073994).
Nº 265-2015
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política;
artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la
Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8,
inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del
Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de
2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7°, 31 y 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la
Contraloría General de la República, y,
Considerando:
I.—Que dentro de los
objetivos del Ministerio de Comercio Exterior se llevan a cabo acciones para
fortalecer la aplicación y la administración de los acuerdos suscritos por el
país. En ese sentido, el Ministerio es responsable de coordinar las acciones
necesarias para asegurar la adopción de todas aquellas medidas necesarias para
hacer efectivas las disposiciones de los compromisos adquiridos en el marco del
Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, República Dominicana y Estados
Unidos (CAFTA-DR). Por otro lado, se pretende impulsar la agenda comercial de
Costa Rica con nuestro principal socio comercial, Estados Unidos de América y
definir las estrategias para avanzar los intereses comerciales con ese país en
el marco del acuerdo comercial CAFTA-DR.
II.—Que bajo este contexto, del 19 al 25 de
junio de 2015 el señor José Carlos Quirce Rodríguez, viajará a Costa Rica con
el fin de coordinar la organización y realización de un evento sobre atracción
de inversión extranjera en Costa Rica, evento del Ministerio de Comercio
Exterior, CINDE y el Council of The Americas, el cual se celebrará el día 25 de
junio en San José, así como coordinar con el Despacho del Ministro, la
Dirección General y la Dirección de Inversiones la agenda anual con los Estados
Unidos y estrategias a seguir.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar
al señor José Carlos Quirce Rodríguez, portador de la cédula número
1-0645-0798, Enviado Especial en Washington D.C-Estados Unidos de América, con
rango de Agregado Comercial, para que viaje de Washington D.C. a Costa Rica,
del 19 al 25 de junio de 2015 con el objetivo de coordinar la organización y realización
de un evento sobre atracción de inversión extranjera en Costa Rica, evento del
Ministerio de Comercio Exterior, CINDE y el Council of The Americas, el cual se
celebrará el día 25 de junio en San José, así como coordinar con el Despacho
del Ministro, la Dirección General y la Dirección de Inversiones la agenda
anual con los Estados Unidos y estrategias a seguir. Durante su estadía procurará cumplir los
siguientes objetivos específicos: 1) del 19 al 24 de junio, coordinación previa
al evento de COMEX, CINDE y Council of The Americas sobre Atracción de
Inversiones a realizarse en San José, del 19 de junio en horas de la mañana y
hasta el 25 de junio al final del día y; 2) reuniones con el Ministro de
Comercio Exterior, la Directora General, la Directora de Inversiones,
encargados de temas específicos: (Propiedad Intelectual, Agricultura,
Telecomunicaciones, Cooperación, Facilitación de Comercio). Por efectos de
itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino, viaja a partir
del 18 de junio y regresa a Washington D.C. hasta el 26 de junio de 2015. Los
días 20 y 21 de junio de 2015, corresponden a fin de semana.
Artículo
2º—Cubrir los gastos del señor José Carlos Quirce Rodríguez, por concepto de
impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de
transporte, sujeto a liquidación, con recursos de COMEX del Programa 796. Los
gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de COMEX de la
subpartida 10503 del programa 796. Se le autoriza para hacer escala en
Miami-Estados Unidos de América por conexión.
Artículo 3º—Rige
del 18 al 26 de junio de 2015.
San José, a los doce días del mes de junio del año dos mil quince.
Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. N°
26148—Solicitud N° 19426.—(IN2015073993).
Nº 266-2015
EL MINISTRO DE
COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de
la Constitución Política, artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de
la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978;
así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2015 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje
y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General
de la República, y,
Considerando:
I.—Que Costa Rica ha venido trabajando con la Organización para la
Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) desde el 2010, con el objetivo de
llegar a ser miembro de la misma y mejorar la calidad de las políticas
públicas. Luego de la Decisión Ministerial de la OCDE de mayo de 2013, el
Gobierno de Costa Rica preparó un plan de acción con el fin de ampliar sus
vínculos con la OCDE dentro del proceso de adhesión (Plan de Acción OCDE). Este
plan incluye la participación en comités, grupos de trabajo y redes de la
organización. El Grupo de Trabajo del Comité de Comercio (WPTC por sus siglas
en inglés), y sus respectivos órganos subsidiarios, forma parte de los
compromisos adquiridos por Costa Rica bajo el plan de acción y es de suma
importancia para el proceso de adhesión a la OCDE. El próximo evento de este
grupo se celebrará el 16 y 17 de junio de 2015, en las oficinas de la OCDE en
París, Francia. En dicha reunión se abordarán temas relacionados con
competitividad, productividad, sistemas de innovación; emprendedurismo; Cadenas
Globales de Valor; política industrial y políticas de inversión. La presencia
en esta actividad resulta de la mayor importancia para impulsar objetivos de la
agenda de política comercial y de inversión del país.
II.—Que bajo este
contexto, del 16 al 17 de junio de 2015 el señor Tayutic Mena Retana viajará a
París, Francia para participar en la reunión del Grupo de Trabajo del Comité de
Comercio (WPTC por sus siglas en inglés), y sus respectivos órganos
subsidiarios. La participación en dicha reunión es un medio para mejorar el
acercamiento a la OCDE y cumplir con los compromisos que ha asumido el país
como participante de este comité, con miras a continuar con el proceso formal
de adhesión en el 2015.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Tayutic Mena Retana, portador de la cédula
N° 01-1207-0586, Negociador Comercial en la Misión Permanente de Costa Rica
ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) en Ginebra-Suiza, para que
viaje de Ginebra, Suiza a París, Francia para participar en la reunión del
Grupo de Trabajo del Comité de Comercio (WPTC por sus siglas en inglés), y sus
respectivos órganos subsidiarios del 16 al 17 de junio de 2015. Durante su
estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1)
continuar con la participación regular de Costa Rica como participante en el
Grupo de Trabajo del Comité de Comercio (WPTC por sus siglas en inglés), y sus
respectivos órganos subsidiarios; 2) participar en Grupo de Trabajo del Comité
de Comercio (WPTC por sus siglas en inglés); 3) participar en las diferentes
discusiones que tendrán lugar en la reunión para compartir la experiencia de
Costa Rica en la definición de políticas de comercio en el entorno mundial
actual; mejorar el entendimiento de las Cadenas Globales de Valor y su impacto
sobre el crecimiento y la desigualdad, explicar las acciones que impulsa el
país para incrementar su competitividad, atraer inversión extranjera, generar
crecimiento, empleo, mejoramiento industrial y desarrollo tecnológico; 4)
aprovechar la ocasión para fortalecer la red de contactos que se ha establecido
con los países miembros de la OCDE y reforzar el interés del país en continuar
profundizando y mejorando su participación en la OCDE, con miras a una eventual
membresía y; 5) contribuir en la discusión, análisis y reflexión de las
temáticas del comité, recogiendo elementos de las experiencias de los
participantes que puedan resultar valiosas en el desarrollo interno de
políticas públicas dirigidas a potenciar estos temas. Por efectos de itinerario
y rutas de tren, viajará a partir del 15 de junio de 2015.
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor
Tayutic Mena Retana, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber:
US$618,52 (seiscientos dieciocho dólares con cincuenta y dos centavos) sujeto a
liquidación, con recursos de la Misión Permanente de Costa Rica ante la
Organización Mundial del Comercio (OMC). De igual manera, la OMC cubrirá los
gastos por concepto de transporte terrestre vía tren. Se le autoriza para
realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e
Internet.
Artículo 3º—Rige a partir del 15 al 17 de
junio de 2015.
San José, a los doce
días del mes de junio del año dos mil quince.
Alexander Mora
Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. N° 26148—Solicitud N°
19431.—(IN2015073984).
Nº 269-2015
EL MINISTRO DE
COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de
la Constitución Política, artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b de la
Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978;
así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2015 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría
General de la República, y,
Considerando:
I.—Que Costa Rica participa desde marzo de 2013 en las negociaciones
para un acuerdo plurilateral sobre el comercio de servicios (Trade in Services
Agreement, TiSA) que se negocia en Ginebra. Esta iniciativa fue lanzada por un
grupo de países en diciembre de 2011 al margen de la 8ª Conferencia Ministerial
de la Organización Mundial del Comercio, con el objetivo de alcanzar resultados
ambiciosos en el campo de las negociaciones de servicios y así desarrollar
disciplinas modernas en esta área y a futuro poder incorporar los resultados al
sistema multilateral de comercio.
II.—Que Costa
Rica ha tenido una participación activa en todas las reuniones de esta
iniciativa plurilateral, por lo que el objetivo de este viaje es continuar lo
que hasta ahora ha sido una discusión técnica de alto nivel de disciplinas para
el comercio de servicios, con las cuales se busca el desarrollo de un acuerdo
que amplíe el marco normativo en esta materia. En estas negociaciones
participan técnicos de 24 Miembros de la OMC: Australia, Canadá, Chile,
Colombia, Corea, Costa Rica, Estados Unidos, Hong Kong, Islandia, Israel,
Japón, Liechtenstein, México, Nueva Zelanda, Noruega, Pakistán, Panamá, Paraguay,
Perú, Suiza, Taiwán, Turquía, la Unión Europea y Uruguay; por lo que es
necesario una participación técnica especializada en los temas a tratar, que
aporte a las discusiones y transmita la posición nacional. Estas reuniones
darán inicio el 6 de julio y finalizarán el 10 de julio de 2015 en
Ginebra-Suiza.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Mariana Castro Hernández, portadora de
la cédula número 01-1274-0163,
funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior para participar en
diversas actividades relacionadas con las discusiones de la iniciativa
plurilateral del Acuerdo sobre Comercio de Servicios (TiSA), a efectuarse en
Ginebra-Suiza, del 6 al 10 de julio de 2015. El 5 de julio de 2015, revisará
los materiales de trabajo y coordinará algunos temas antes de las
negociaciones. Durante su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos
específicos: 1) participar en las discusiones sobre los siguientes temas:
-Servicios financieros, -Regulación doméstica y transparencia, Modo 4, -Servicios
de telecomunicaciones, -Servicios de transporte y -Discusiones sobre temas
horizontales; 2) trabajar de forma coordinada con la Misión de Costa Rica ante
la OMC la posición en los diferentes temas a discutir; 3) expresar la posición
de Costa Rica en los temas que se discuten; y 4) sostener reuniones
bilaterales, según corresponda, con otros países participantes. Por efectos de
itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir
del 4 de julio de 2015. La funcionaria iniciará viaje personal a partir de las
21:15 horas del 11 de julio y hasta el 12 de julio de 2015, de forma tal, que
todos los gastos en que incurra en estas fechas, serán asumidos por cuenta
propia. Los días 11 y 12 de julio corresponden a fin de semana.
Artículo 2º—Los
gastos de la señora Mariana Castro Hernández, por concepto de impuestos,
tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de
hospedaje, alimentación y transporte terrestre, a saber USD$2.101,08 (dos mil
ciento un dólares con ocho centavos), sujeto a liquidación, serán cubiertos con
recursos de COMEX de la subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 792.
Asimismo, lo correspondiente a la tarifa de escaneo, rayos x o inspección de
equipaje (Ley 7664- Decreto N° 36341-MAG, artículo 3) y reconocimiento de
gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento
de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por
política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada
tanto a la salida como al regreso a Costa Rica. Los gastos por transporte aéreo
serán cubiertos con recursos COMEX de la subpartida 10504 del Programa 796. Se
le reconocerá lo correspondiente al rubro de alimentación por tránsito en New
York-Estados Unidos de América del 4 de julio de 2015, según el artículo 42,
inciso b) del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado, envío
de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y para
hacer escala en New York-Estados Unidos de América, por conexión.
Artículo 3º—Rige
a partir del 4 al 12 de julio de 2015.
San José, a los quince días del mes de junio del año dos mil quince.
Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. N°
26148—Solicitud N° 19427.—(IN2015073982).
Nº 271-2015
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28
inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el
artículo 8, inciso b) de la Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de
Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de
diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7, 31 y 34
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República, y,
Considerando:
I.—Que Costa Rica ha
enfocado sus esfuerzos a promover una inserción inteligente en los mercados del
mundo, así como en la diversificación de sus socios comerciales y de inversión.
Con esto el país ha buscado acercarse a socios con alto poder adquisitivo para
posicionar productos orientados a nichos de mercado específicos y atraer
inversión de alto valor agregado. En este contexto, la relación comercial con
Corea del Sur muestra mucho potencial de crecimiento y desarrollo.
II.—Que hace aproximadamente dos años, Costa
Rica y otros países de Centroamérica, habían tenido un acercamiento con Corea
del Sur, con el fin de evaluar la posibilidad de estrechar sus relaciones
mediante un acuerdo comercial. A inicios de 2015 se reactivó el interés y Corea
ha expresado su intención de profundizar la relación con los seis países de la
región.
III.—Que tras una serie de discusiones, las
partes acordaron que el anuncio oficial del inicio del proceso de negociación
se realizará el 18 de junio de 2015, aprovechando la visita del Ministro de
Comercio, Industria y Energía, Yoon Sang-jick a Houston-Estados Unidos y se ha
confirmado la presencia de cuatro ministros de comercio de la región.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar
a la señora Marianela Piedra Vargas, cédula N° 1-1121-0539, Funcionaria de la
Dirección General de Comercio Exterior, para participar en calidad de asesora
del señor Jhon Fonseca, Viceministro de Comercio Exterior, en el lanzamiento de
las negociaciones de un Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Corea
que se llevará a cabo el 18 de junio de 2015 en Houston-Estados Unidos de
América. Durante su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos
específicos: 1) participar en el evento de lanzamiento de la negociación entre
Centroamérica y Corea; 2) establecer contacto con las más altas autoridades
coreanas a cargo de la negociación y; 3) continuar las labores de coordinación y
comunicación con las Partes centroamericanas. Por efectos de itinerario y rutas
de vuelo hacia el lugar de destino viaja el 17 de junio de 2015. La funcionaria iniciará viaje personal a
partir del 19 de junio y hasta el 20 de junio de 2015, de forma tal, que todos
los gastos en que incurra en esas fechas serán asumidos por cuenta propia. El
día 19 de junio será cargado al periodo de vacaciones vigente y el día 20 de
junio corresponde a fin de semana.
Artículo 2º—Los gastos de la señora Marianela
Piedra Vargas, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar
en las terminales de transporte, de alimentación y hospedaje, a saber
USD$324,12 (trescientos veinticuatro dólares con doce centavos), sujeto a
liquidación, con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del
Programa 792. Lo correspondiente a la
tarifa de escaneo, rayos x o inspección de equipaje (Ley 7664-Decreto N°
36341-MAG, artículo 3), será cubierto por las mismas subpartidas y por el mismo
programa. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la
subpartida 10503 del programa 796. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio
de Comercio Exterior y reconocimiento de gastos conexos por pago de equipaje,
según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para
funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está
cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a
Costa Rica. Participará en calidad de asesora del Viceministro el 18 de junio
de 2015.
Artículo 3º—Rige del 17 al 20 de junio de
2015.
San José, a los
quince días del mes de junio del año dos mil quince.
Alexander Mora
Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. N° 26148—Solicitud N°
19432.—(IN2015073981).
Nº 272-2015
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28
inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227
del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de
octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley
Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los
artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y,
ACUERDA:
Artículo 1º—Modificar
el Artículo Primero, Segundo y Tercero del Acuerdo de Viaje N° 240-2015, de
fecha 29 de mayo de 2015, para que se lea de la siguiente manera:
“ARTÍCULO
PRIMERO: Designar al señor Gerardo González Morera, cédula N° 2-0368-0965,
funcionario de la Dirección de Asesora Legal, para que viaje a Santiago, Chile
para participar en el IV Encuentro de la Red Latinoamericana sobre Gobierno
Corporativo de Empresas Públicas, a efectuarse del 2 al 3 de junio de 2015. En
el marco de la actividad conocerá las nuevas Directrices de Gobierno
Corporativo de Empresas Estatales, los avances en las reformas en
Latinoamérica, creación de directorios y prácticas de transparencia. Por
efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino, viaja
a partir del 31 de mayo de mayo de 2015. El funcionario iniciará viaje personal
a partir de las 11:50 horas del 4 de
junio y hasta el 7 de junio de 2015, de forma tal que todos los gastos en que
incurra en estas fechas, serán cubiertos por cuenta propia. El 4 de junio se le
aplicará lo que corresponda, según el artículo 43 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. El día 5 de junio será cargado
al periodo de vacaciones vigente. Los días 6 y 7 de junio corresponden a fin de
semana.
ARTÍCULO
SEGUNDO: Los gastos del señor Gerardo González Morera, por concepto de
impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de
transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $554,76 (quinientos cincuenta
y cuatro dólares con setenta y seis centavos), serán cubiertos con recursos de
COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 792. Los gastos de
transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo
programa. El almuerzo y la cena del día de 2 de junio, serán cubiertos por la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Los
impuestos de salida de Costa Rica serán cubiertos por COMEX, por la subpartida
10504 del programa 792. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas,
fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio
Exterior y reconocimiento de gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos
31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios
públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada
maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica.
Asimismo, para hacer escala en Perú, por conexión.
ARTÍCULO
TERCERO: Rige a partir del 31 de mayo al 7 de junio de dos mil quince.”
Artículo 2º—En lo no
expresamente modificado el resto del Acuerdo 240-2015, se mantiene igual.
San José, a los
quince días del mes de junio del año dos mil quince.
Alexander Mora
Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. N° 26148—Solicitud N°
19428.—(IN2015073980).
Nº 273-2015
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28
inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N°
6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley N° 7638 del 30
de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley
Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los
artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y,
Considerando:
I.—Que los países que
integran el istmo centroamericano son socios comerciales estratégicos para
nuestro país, ocupando el segundo lugar en el intercambio comercial de Costa
Rica. Con el fin de potenciar los beneficios derivados de esta relación, la
agenda de política comercial se ha enfocado en la modernización y profundización
de la Integración Económica Centroamericana. Una parte fundamental de estas
labores la constituye la consolidación de la Unión Aduanera Centroamericana,
como eje fundamental en el proceso de consolidar la región como un bloque más
fuerte y dinámico.
II.—Que de igual forma, la Integración
Económica Regional es un elemento esencial para el Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea (AACUE), acuerdo negociado bajo una estructura
de región a región, en el que las partes reafirman su voluntad de fortalecer y
profundizar sus respectivos procesos de integración económica regional y asumen
una serie de compromisos en ese sentido. Por ello, el grado de avance de los
países centroamericanos en su integración regional permitirá aprovechar el
AACUE de una mejor manera.
III.—Que bajo
este te contexto, del 23 al 26 de junio de 2015 se realizarán en Guatemala las
siguientes actividades: reuniones técnicas preparatorias de las reuniones
intersectoriales de Ministros; reunión de Viceministros de Integración
Económica; reunión del Consejo de Ministros de Integración Económica y;
reuniones intersectoriales con los Ministros de Relaciones Exteriores y
Ministros de Hacienda de Centroamérica. Lo anterior, de conformidad con el Plan
de Acción aprobado por los Ministros Responsables de la Integración Económica
Centroamericana, para el primer semestre 2015 y como mecanismo para alcanzar
una integración comercial más profunda y sólida en la región centroamericana,
así como el cumplimiento de los compromisos regionales del Acuerdo de
Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Marcela Chavarría Pozuelo, portadora de
la cédula número 1-0847-0321, Directora de la Dirección General de Comercio
Exterior para participar en calidad de Asesora del señor Jhon Fonseca Ordóñez,
Viceministro de Comercio Exterior en las siguientes actividades que se llevarán
a cabo en Guatemala del 23 al 26 de junio de 2015: reuniones intersectoriales
de Ministros el 23 de junio; reunión de Viceministros de Integración Económica
y reunión del Consejo de Ministros de Integración Económica el 24 de junio; y
en las reuniones intersectoriales con los Ministros de Relaciones Exteriores y
Ministros de Hacienda de Centroamérica del 25 al 26 de junio de 2015. Lo
anterior, de conformidad con el Plan de Acción aprobado por los Ministros
Responsables de la Integración Económica Centroamericana, para el primer
semestre 2015 y como mecanismo para alcanzar una integración comercial más
profunda y sólida en la región centroamericana, así como el cumplimiento de los
compromisos regionales del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión
Europea. Durante su estadía procurará cumplir con el siguiente objetivo
específico: 1) asesorar en los diferentes temas de agendas de las reuniones
intersectoriales, de Viceministros y Ministros, de conformidad con el Plan de
Acción para el primer semestre de 2015. Los temas principales que se
desarrollarán son los mandatos de las Cumbres Presidenciales, el cumplimiento
de los compromisos del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y Europa, la
hoja de ruta para la Unión Aduanera y la coordinación entre los Consejos de
Ministros del Sistema de Integración Económica Centroamericana.
Artículo
2º—Cubrir los gastos de la señora Marcela Chavarría Pozuelo por concepto de
impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de
transporte, alimentación y hospedaje, a saber US$620,80 (seiscientos veinte
dólares con ochenta centavos), sujeto a liquidación, con recursos de COMEX de
las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte
aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa.
Lo correspondiente a la tarifa de escaneo, rayos x o inspección de equipaje (Ley
7664- Decreto Nº 36341-MAG, artículo 3), será cubierto por las mismas
subpartidas y por el mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio
de Comercio Exterior y reconocimiento de gastos conexos por pago de equipaje,
según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para
funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está
cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a
Costa Rica. Asimismo, para hacer escala en El Salvador, por conexión.
Artículo 3º—Rige
a partir del 23 al 26 de junio de 2015.
San José, a los quince días del mes de junio del año dos mil quince.
Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. N°
26148—Solicitud N° 19433.—(IN2015073965).
Nº 276-2015
EL MINISTRO DE
COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de
la Constitución Política, artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b de la
Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978;
así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2015 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría
General de la República, y,
ACUERDA:
Artículo 1º—Modificar
el Artículo Primero del Acuerdo de Viaje número 087-2015, de fecha 27 de
febrero de 2015, para que se lea de la siguiente manera:
“ARTÍCULO
PRIMERO: Designar al señor Álvaro Antonio Cedeño Molinari, portador de la
cédula de identidad número 1-896-007, Representante Permanente con rango de
Embajador-Jefe de Misión de la Delegación Permanente de Costa Rica ante la
Organización Mundial de Comercio (OMC) en Ginebra-Suiza y Representante de
Costa Rica ante la OCDE con sede en París-Francia y Jefe de la Delegación
Permanente de Costa Rica ante la OCDE, en Ginebra-Suiza, para para que viaje a
París-Francia del 03 al 04 de marzo de 2015 para participar en las reuniones
bilaterales con Embajadores y Representantes de países miembros de la OCDE, así
como coordinar con los funcionarios de la Misión en París con ocasión de la próxima visita del
Presidente Solís a París-Francia y a la Secretaría de la OCDE. Durante su
estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos: 1) por medio de
reuniones bilaterales con Embajadores y Presentantes, reforzar el interés del país
en continuar profundizando y mejorando su participación en la OCDE, con miras a
una futura membresía; 2) mantener reuniones de coordinación con los
funcionarios de la recién abierta Misión en París, para establecer los
lineamientos de trabajo, planes para el año y discutir asuntos administrativos;
y 3) realizar un trabajo preparatorio en temas logísticos y de agenda, para la
visita Presidencial a París y a la OCDE los días 15 y 16 de marzo.”
Artículo 2º—En lo no
expresamente modificado el resto del Acuerdo 087-2015, se mantiene igual.
San José, a los
quince días del mes de junio de dos mil quince.
Alexander Mora
Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. N° 26148—Solicitud N°
19460.—(IN2015073962).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD
AVISOS
El Registro Público de Asociaciones de
Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la
Asociación de Desarrollo Integral de Fila Guinea Abajo de Coto Brus, Puntarenas.
Por medio de su representante, Juan Carlos Barrantes Méndez, cédula N°
603170479, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro
Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo
establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza
por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso,
a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para
que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a
las 10:49 horas del día 03/11/2015.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1
vez.—(IN2015075318).
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo
de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la
Asociación de Desarrollo Específica para la prevención y fortalecimiento de los
Derechos de la Niñez y Juventud del distrito de Jacó. Por medio de su
representante: Luis Diego Ordoñez Quesada, cédula 113070537 ha hecho solicitud
de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de
Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16
del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días
hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública
o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que
estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a
esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 10:28 horas del día
04/11/2015.—Licda. Nuris Dianeth Pérez Sánchez.—1 vez.—(IN2015075841).
SERVICIO
NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN
DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTO
DMV-PG-001-RE-021.—El
doctor Javier Molina Ulloa, número de cédula 1-543-142, vecino de Heredia
en calidad de regente veterinario de la Oficina Tramitadora de Registros
Molimor JS SRL., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente
medicamento veterinario del grupo 3: Protech Spray, fabricado por Laboratorios
Suandre SRL., para Labyes de Uruguay, con los siguientes principios activos:
cada 100 Ml contiene: Fipronil 0.25 G, Piriproxifeno 0.25 G, Permetrina 2 G,
Butóxido de Piperonilo 0.3 G y las siguientes indicaciones terapéuticas:
Tratamiento, control y prevención de ectoparásitos como pulgas y garrapatas de
los perros y gatos. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento
de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con
derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del
término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a
las 11 horas del día 27 de octubre del 2015.—Dr. Luis Zamora Chaverri,
Jefe.—1 vez.—(IN2015075969).
DMV-PG-001-RE-021.—El
doctor Javier Molina Ulloa, número de cédula 1-543-142, vecino de Heredia en
calidad de regente veterinario de la Oficina Tramitadora de Registros Molimor
JS SRL., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente
medicamento veterinario del grupo 3: Protech Pipeta, fabricado por Laboratorios Suandre SRL., para Labyes
de Uruguay, con los siguientes principios activos: cada 100 ML contiene:
Fipronil 10 G, Piriproxifeno 10 G, Permetrina 40 G, Butóxido de Piperonilo 3 G
y las siguientes indicaciones terapéuticas: Tratamiento, control y prevención
de ectoparásitos como pulgas y garrapatas de los perros y gatos. Con base en el
Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer ante esta Dirección, dentro
del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a
las 11 horas del día 27 de octubre del 2015.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1
vez.—(IN2015075972).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección ha
presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 274, título N° 1853, emitido por el Liceo
de Moravia, en el año dos mil seis, a nombre de Porras Ríos Miguel Ángel,
cédula Nº 1-1252-0001. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los doce
días del mes de mayo del dos mil quince.—Med. Lilliam Mora Aguilar,
Jefa.—(IN2015079536).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título
de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 37, título N°
168, emitido por el Liceo de Corralillo, en el año dos mil ocho, a nombre de
Pérez Salmerón María Ángela, cédula: 3-0449-0879. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, a los veintidós días del mes de setiembre del dos mil quince.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud 41143.—(IN2015076930).
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 126, título N° 1054,
emitido por el Liceo Laboratorio de Liberia, en el año dos mil cinco, a nombre
de Luna Pastrana Mariadina, cédula: 5-0352-0992. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, a los veinte días del mes de octubre del dos mil quince.—Dirección
de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—(IN2015076935).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del título
de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 174, asiento 31,
título N° 845, emitido en el año dos mil nueve y del Título de Técnico Medio en
la Especialidad de Diseño y Construcción de Muebles, inscrito en el tomo 2,
folio 82, asiento 19, título N° 616, emitido en el año dos mil ocho, ambos
títulos fueron extendidos por el Colegio Técnico Profesional San Pablo de León
Cortés, a nombre de Padilla Rojas Miguel Emilio, cédula: 1-1422-0126. Se
solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos
originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cinco
días del mes de octubre del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación
de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015076963).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
1, folio 76, título N° 263, emitido por el Colegio Nocturno de Siquirres, en el
año dos mil uno, a nombre de Muñoz Montoya Wilson Arley, cédula: 1-1155-0712.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los dos días del mes de noviembre del dos
mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud N°
43237.—(IN2015077018).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
2, folio 29, título N° 252, emitido por el Liceo Nocturno de Santa Cruz, en el
año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Castañeda Gómez Harold,
cédula: 1-0872-0725. Se solicita la reposición de los títulos indicados por
pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones
a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, 27
de agosto del 2015.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015077282).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
1, folio 125, asiento 21, título N° 1353, emitido por el Colegio Redentorista
San Alfonso, en el año dos mil tres, a nombre de Araya Víquez Grettel Vanessa,
cédula 4-0180-0820. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a
los dieciocho días del mes de junio del dos mil quince.—Dirección de Gestión y
Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015077527).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
1, folio 113, título N° 967, emitido por el Liceo San Antonio, en el año dos
mil, a nombre de Obando Peralta Félix Ángel, cédula: 1-1174-0304. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, a los veintisiete días del mes de octubre del dos mil
quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—(IN2015078959).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
1, folio 409, título N° 3323, y del título de Técnico Medio en Reparación de
Equipo de Cómputo, inscrito en el tomo 2, folio 242, título N° 5158, ambos
títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de San Sebastián, en
el año dos mil diez, a nombre de Castro Sánchez Fabián Alberto, cédula Nº
1-1464-0517. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de
los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
veinticinco días del mes de mayo del dos mil quince.—Med. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—(IN2015079318).
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 42, título Nº 566,
emitido por el Liceo Experimental Bilingüe de Grecia, en el año dos mil seis, a
nombre de Alfaro Castro Ólger Armando, cédula Nº 2-0658-0678. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro días del mes de noviembre del dos
mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud Nº
43674.—(IN2015079465).
Ante esta Dirección ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1,
folio 302, asiento 25, título Nº 2674, emitido por el Colegio Técnico
Profesional de Pococí, en el año dos mil doce, a nombre de Sánchez Vindas
Alexandra, cédula Nº 7-0218-0112. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a
los siete días del mes de mayo del dos mil quince.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015079501).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 87, título N° 2317, emitido por el Colegio Saint Francis, en
el año dos mil ocho, a nombre de Rodríguez Monge Róger, cédula 1-1452-0367. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los doce días del mes de noviembre del
dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015080322).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 19, título N° 153, emitido por el Liceo
Ing. Manuel Benavides R., en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de
Jiménez Solís Vanessa, cédula Nº
4-0160-476. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los ocho
días del mes de octubre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—(IN2015080348).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción del Sindicato Nacional de
Asistentes de Servicios de Salud, siglas S.I.N.A.S.S. acordada en asamblea
celebrada 16 de agosto del 2013. Expediente E-50. Habiéndose cumplido con lo dispuesto
en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La
reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este
Registro visible tomo 16 folio 161, asiento 4755 del 24 de setiembre del 2013.
La reforma afecta el artículo 40 del Estatuto.—Lic. Eduardo Díaz Alemán,
Jefe.—Exonerado.—(IN2015076473).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de
Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización
social denominada: Consorcio Cooperativo Selva Bocuare R. L. siglas: Selva
Bocuare R. L. constituida en asamblea celebrada el 01 de junio del 2015. Número
de expediente código 1531-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo
29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción y se envía un extracto para su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Presidente |
Luis
Cubero Céspedes |
Vicepresidente |
Juan
Whitford Brenes |
Secretario |
Milton
Siles Zúñiga |
Vocal 1 |
Ricardo
Stenneth Mora |
Vocal 2 |
Mario
Robinso Davy |
Suplente
1 |
Guiselle
Castro Delgado |
Suplente
2 |
Leland
Taylor Taylor |
Gerente |
Róger
Alberto Pérez Brenes |
San José, 29 de
octubre del 2015.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—1 vez.—(IN2015076453).
De conformidad con
la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo Seguridad Social, se
ha procedido a la inscripción de la organización social denominada Grupo
Coperativo Nutracoop R. L. acordada en asamblea celebrada el 17 de setiembre
del 2014. Resolución 1532-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de
Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se
procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su
inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. El
Consejo de Administración se formó de la siguiente manera:
Presidente Nardo Pérez Morales
Vicepresidente Alexis Trigueros Gómez
Secretaria Juan Carlos Cascante
Guzmán
Vocal 1 Yamileth Villegas
Solórzano
Vocal 2 Sergio Antonio Vargas
Flores
Suplente 1 Carlos Luis Rubí Solís
Suplente 2 Luz Vita Bonilla Picado
Gerente José Manuel Herrera
Vargas
San José, 29 de
octubre del 2015.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—1 vez.—(IN2015076479).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con resolución RMT-1724-2015
de las 14:00 horas del 27 de julio del 2015, el Ministro de Trabajo y Seguridad
Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-1475-2015,
de sesión celebrada en San José a las 14:00 horas del 30 de junio del 2015, de
la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de
Pensión de Guerra incoadas por Salas Lobo Norma, cédula de identidad N°
2-201-376, a partir del día 01 de mayo del 2015; por la suma de ciento
dieciocho mil novecientos setenta y cuatro colones con cuarenta y un céntimos
(¢118.974,41), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que
por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la
vía administrativa Notifíquese.—Víctor Morales Mora, Ministro de Trabajo y
Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(IN2015074717).
En Sesión celebrada en San José, a las 9:00
horas del 31 de agosto del 2015, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante
la resolución JNPA-2064-2015, al señor Flores González Francisco, cédula de
identidad 6-072-994, vecino de Puntarenas, por un monto de ciento dieciocho mil
novecientos setenta y cuatro colones con treinta y nueve céntimos
(¢118.974,39), con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un
gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda
condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—MBA.
Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(IN2015074799).
En
Sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 31 de agosto del 2015, se
acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPA-2066-2015, al
señor Madrigal Castro Isaí, cédula de identidad Nº 2-271-909, vecino de
Cartago, por un monto de ciento dieciocho mil novecientos setenta y cuatro
colones con treinta y nueve céntimos (¢118.974.39), con un rige a partir de la
inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional.
El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido
presupuestario correspondiente.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1
vez.—(IN2015074895).
En
sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 23 de setiembre del 2015, se
acordó conceder Pensión de Gracia mediante la resolución JNPA-2048-2015, al
señor Sosa Arguedas Rigoberto, cédula de identidad 2-266-019, vecino de
Alajuela, por un monto de ciento dieciocho mil novecientos setenta y cuatro
colones con treinta y nueve céntimos (¢118.974.39), con un rige a partir de la
inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional.
El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido
presupuestario correspondiente.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora Nacional
de Pensiones.—1 vez.—(IN2015075165).
En sesión celebrada en San José a las 9:00
horas del 23 de setiembre del 2015, se acordó conceder traspaso de pensión de
gracia, mediante la resolución JNPTA-2036-2015, al (a la) señor (a) Suarez
Carrillo Leticia, mayor, viuda cédula de identidad 5-174-416, vecina de
Guanacaste; por un monto de ochenta mil quinientos sesenta y tres colones con
quince céntimos (¢80.563,15) con un rige a partir del 01 de enero del 2015.
Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo
queda condicionado a que exista el contenido presupuestario
correspondiente.—Mba. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(IN2015075378).
En
sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 09 de junio del 2015, se
acordó conceder traspaso de pensión de gracia, mediante la resolución
JNPTA-1345-2015, al (a la) señor (a) Buzano Barrantes Orlinda, mayor, viuda,
cédula de identidad 5-104-112, vecina de Guanacaste; por un monto de ciento
diecisiete mil ochocientos sesenta y seis colones con cuarenta y seis céntimos
(¢117.866.46) con un rige a partir del 01 de noviembre del 2014. Constituye un
gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda
condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—MBA.
Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(IN2015075708).
De conformidad con resolución N° RM-6542-2015 de
las 9:00 horas del día 01 de octubre del 2015. El Ministro de Trabajo y
Seguridad Social Resuelve: Impartir aprobación final a la resolución N°
JPIGA-1716-2015 de las 10:00 del 28 de julio del 2015, de la Junta de Pensiones
e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga una Pensión de Guerra incoadas por
Rodríguez Matamoros Eduardo, cédula de identidad N° 2-130-828, a partir del día
08 de junio del 2012; por la suma de ciento dos mil quinientos trece mil
colones con cinco céntimos (¢102.513,05), mensuales en forma vitalicia, sin
perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la
fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Víctor Morales
Mora, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto,
Directora.—1 vez.—(IN2015075828).
En
sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 23 de setiembre del 2015, se
acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPA-2046-2015, al
señor López Vega Juan Rafael, cédula de identidad 2-265-551, vecino de San José,
por un monto de ciento dieciocho mil novecientos setenta y cuatro colones con
treinta y nueve céntimos (¢118.974,39), con un rige a partir de la inclusión en
planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se
haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario
correspondiente.—Mba. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(IN2015075864).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Marcas de Ganado
Solicitud N° 2015-160.—Eugenio Vargas Méndez,
cédula de identidad 0103270866, en calidad de apoderado generalísimo sin límite
de suma de Hacienda Gamret Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-673220,
solicita la inscripción de:
como marca
de ganado que usará preferentemente en Cartago, Turrialba, Tres Equis, Cruce de
Pacuar, 50 metros al este del restaurante El Cruce. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 30 de enero del 2015, según el expediente N°
2015-160.—San José, 19 de octubre del 2015.—Viviana Segura De la O,
Registradora.—1 vez.—(IN2015078281).
Solicitud N° 2015-2042.—Margarita Quesada
Quesada, cédula de identidad 0202610738, en calidad de apoderada especial de
Calixto Arroyo Guerrero, cédula de identidad 0501080916, solicita la
inscripción de:
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como marca de ganado que usará
preferentemente en Guanacaste, Hojancha, Huacas, Huacas, 1 kilómetro y medio al
este, de la iglesia católica. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este registro dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 23 de octubre
del 2015, según el expediente N° 2015-2042.—San José, 2 de noviembre del
2015.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(IN2015078309).
Solicitud Nº 2015-2118.—Belkie Webb Zúñiga,
cédula de identidad 0110510487, solicita la inscripción de:
B W
6
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Puntarenas, Osa, Cortés, finca Webb. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 2 de noviembre del 2015. Según el expediente Nº
2015-2118.—San José, 4 de noviembre del 2015.—Lic. Luz Vega, Registradora.—1
vez.—(IN2015078417).
Solicitud Nº 2015-2065.—Fausto Alfredo
Espinoza Romero, cédula de identidad Nº 0800440081, solicita la inscripción de:
N
I 3
como marca de ganado, que
usará preferentemente en Alajuela, Upala, Delicias, San Ramón, de la Escuela de
México, 4 kilómetros al suroeste. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los diez días
hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 28 de
octubre del 2015. Según el expediente Nº 2015-2065.—San José, 28 de octubre del
2015.—Viviana Segura de la O, Registradora.—1 vez.—(IN2015079789).
Solicitud Nº 2015-1861.—Jenny Patricia Dávila
Martínez, cédula de identidad Nº 0503080368, solicita la inscripción de:
Para ver imagen solo
en La Gaceta con formato PDF
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Limón, Pococí, Guápiles, Barrio Roxana, de la carnicería La
Parada, 150 metros al sur. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los diez días
hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 01 de
octubre del 2015. Según el expediente Nº 2015-1861.—San José, 02 de octubre del
2015.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(IN2015079842).
Patentes de invención
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
La señora (ita)
Alejandra Castro Bonilla, cédula 1-880-194, mayor, abogada, vecina de San José,
en calidad de apoderada especial de Bayer Cropscience Aktiengesellschaft, de
Alemania, solicita la patente de invención
denominada DERIVADOS DE PIRAZOL SUSTITUIDOS CON
HALÓGENO COMO AGENTES PARA EL CONTROL DE PLAGAS. La presente solicitud se refiere a nuevos
compuestos sustituidos con halógeno, a procesos para su preparación y a su uso
para controlar plagas animales, en particular artrópodos y especialmente
insectos, arácnidos y nemátodos. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07D 403/04 ;A01N 43/56 ;C07D 401/12; cuyos
inventores son Maue, Michael, Ilg, Kerstin, Bretschneider, Thomas, Hahn, Julia,
Johanna, Hallenbach, Werner, Fischer, Reiner, Schwarz, Hans-Georg, Görgens,
Ulrich, Raming, Klaus, Köbberling, Johannes, Hübsch, Walter, Turberg, Andreas,
Lindner, Niels. Prioridad: 06/02/2013 EP 13154269.8; 12/08/2013 EP 13180076.5;
03/02/2014 WO 2014EP051989. Publicación Internacional: 14/08/2014 WO2014/122083.
La solicitud correspondiente lleva el número 20150392, y fue presentada a las
11:24:09 del 28 de Julio del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 28 de Septiembre del 2015.―Lic.
Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2015074644).
El señor Miguel Ángel
Hernández León, de Costa Rica, cédula 4-186-713, mayor, vecino de Heredia,
solicita el Diseño Industrial denominada PROCESADOR
INDUSTRIAL DE GAS DE PAJILLA. Procesador de gas para el secado del café de
una manera ecológica ya que elimina la quema de leña y los humos contaminantes
al ambiente en un 90%. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños
Industriales es: 07/02; cuyo inventor es Hernández León, Miguel Ángel.
Prioridad: La solicitud correspondiente lleva el número 20150388, y fue
presentada a las 12:15:00 del 24 de julio del 2015. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 04 de setiembre
del 2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar Registrador.—(IN2015074651).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La señor(a) (ita) María
del Pilar López Quirós, cédula N° 1 1066 0601, mayor de edad, vecina de San José,
apoderada especial de Newlink Genetics Corporation, de E.U.A., solicita la
Patente de Invención denominada COMPUESTOS TRICICLICOS COMO INHIBIDORES DE
LA INMUNOSUPRESION MEDIADA POR EL METABOLISMO DEL TRIPTOFANO. Se
proporcionan actualmente los inhibidores de IDO y TDO y las composiciones
farmacéuticas de los mismos, útiles para modular una actividad de la
indolamina-2,3-dioxigenasa y la triptófano-2,3-dioxigenasa; el tratamiento de
la inmunosupresión; el tratamiento de una condición médica que beneficia de la
inhibición de la degradación de triptófano La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07D 235/02; C07D 487/04; A61K 31/416; A61K
31/418; A61K 31/419; A61K 31/419/A61P 37/02; cuyo(s) inventor(es) es(son)
Kumar, Sanjeev, Waldo, Jesse, Jaipuri, Firoz, Mautino, Mario. Prioridad:
14/03/2013 US 61/784, 089; 10/03/2014 WO 2014US022680. Publicación
Internacional: 02/10/2014 WO2014/159248. La solicitud correspondiente lleva el
número 20150485, y fue presentada a las 13:31:10 del 14 de setiembre del 2015.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 8 de octubre del 2015.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2015075389).
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
AVISOS
Asociaciones civiles
El Registro de Personas Jurídicas ha recibido
para su inscripción la reforma del estatuto de la: Asociación Cultural de Agua
Caliente, entre las cuales se modifica el nombre social que se denominará:
Asociación Escuela Municipal de Música Agua Caliente de Cartago. Por cuanto
dichas reformas cumplen con la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se
emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
tomo: 2015, asiento: 369227.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 12
minutos y 0 segundos del 2 de setiembre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015075260).
El
Registro de Personas Jurídicas ha recibido para su inscripción la reforma del
estatuto de la persona jurídica, cédula: 3-002-061188, denominación: Asociación
Casa Provincial del Buen Pastor. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido
por la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles
a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a
la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 424368.—Dado en el
Registro Nacional, a las 13 horas 56 minutos y 21 segundos del 23 de octubre
del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015075288).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la
entidad; Asociación Pro Vivienda la Esperanza, con domicilio en la provincia
de: San José- Goicoechea, cuyos fines principales, entre otros son los
siguientes; organizar, promover y desarrollar proyectos de vivienda de interés
social para beneficios de los asociados cuya necesidad de vivienda sea
previamente comprobada a nivel nacional. Cuyo representante, será el presidente: Giovani Rojas Calderón, con las facultades que
establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2014,
asiento: 235718.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 30 minutos
y 2 segundos, del 29 de julio del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—(IN2015075313).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la
entidad: Asociación de Productores Agrícolas Luz y Esperanza de Cartago Norte
de San José de Upala, con domicilio en la provincia de: Alajuela-Upala, cuyos
fines principales, entre otros son los siguientes: Mejorar la calidad de vida
de los productores agrícolas afiliados, sus familias y las comunidades de
influencia. Cuyo representante, será el presidente: Lasonia del Carmen Bado
Martínez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 322829.—Dado en el Registro Nacional, a
las 9 horas 46 minutos y 19 segundos, del 26 de octubre del 2015.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015075348).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la
entidad: Asociación de Mujeres Protectoras del Ambiente de la Zona de Chomes de Puntarenas, con domicilio en la provincia de:
Puntarenas-Puntarenas, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Gestionar, ayudar y apoyar a los asociados a impulsar proyectos de desarrollo
social y organizativo. Cuya representante, será la presidenta: Alejandra María
Tenorio Jiménez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 427438 con
adicional(es): 2015-457055.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 4
minutos y 40 segundos, del 22 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015075691).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto
de la persona jurídica, cédula 3-002-183700, denominación: Asociación de
Bienestar Social del Centro Infantil de Hatillo. Por cuanto dicha reforma
cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015,
asiento: 368021 con adicional(es): 2015-447100.—Dado en el Registro Nacional, a
las 9 horas 46 minutos y 25 segundos, del 22 de octubre del 2015.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015075792).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la
entidad: Asociación de Mujeres Tejiendo Esperanza, con domicilio en la
provincia de: Alajuela-Upala, cuyos fines principales, entre otros son los
siguientes: Fortalecer la producción hortícola en micro invernaderos y la
promoción de productos agrícolas sostenibles en el cantón de Upala con la
participación de la mujer, incrementar en el área de producción de hortalizas,
plantas aromáticas y ornamentales y cacao; mejorar los ingresos de cada una de
las integrantes de la asociación; establecer y desarrollar el mercado local
para la ubicación de los productos obtenidos, fomentar el desarrollo de fuentes
de trabajo femenino. Cuya representante, será la presidenta: Rosa Emilia
Hernández Lezama, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 176625 con adicional(es): 2015-301804,
2015-372094, 2015-433459, 2015-476997.—Dado en el Registro Nacional, a las 11
horas 17 minutos y 16 segundos, del 28 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015075801).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la
entidad: Asociación Move Without Limits (en español asociación Movimiento sin
Límite), con domicilio en la provincia de: San José, cuyos fines principales, entre
otros son los siguientes: La educación integral a través del arte con enfoque
de convivencia pacífica, además la transmisión de valores a niños, niñas,
adolescentes y sus comunidades en condición de vulnerabilidad social,
proporcionándoles un espacio de expresión y desarrollo personal, que les ayude a integrarse exitosamente a la sociedad;
establecer espacios de reflexión, intercambio y capacitación para generar
hábitos de convivencia pacífica y participación ciudadana; brindar
oportunidades. Cuyo representante, será la presidenta: Martha Emilia Morales
Torres, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2015 Asiento: 427755.—Dado en el Registro
Nacional, a las 11 horas 9 minutos y 35 segundos, del 5 de octubre del
2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015075811).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Recreativa para el Adulto
Mayor Colonia Puntarenas, con domicilio en la provincia de: Alajuela-Upala,
cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Velar por el bienestar
físico, mental y recreativo de los adultos mayores, fomentando actividades
recreativas y culturales, relacionadas con el bienestar del adulto mayor, cuyo
representante, será la presidenta, Elia María Avilés Vásquez, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo: 2015 Asiento: 124133.—Dado en el Registro Nacional, a las 9
horas 54 minutos y 39 segundos, del 22 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015075913).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Mujeres Espátulas Rosadas
de Corral de Piedra de Nicoya, con domicilio en la provincia de:
Guanacaste-Nicoya, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Confección y producción de bisutería y manualidades con objetos orgánicos y
material reciclable para el desarrollo del pueblo, cuyo representante, será la
presidenta, Xinia Guevara Jiménez, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2015 Asiento: 49700 Con
adicional: 2015-130931.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 26 minutos
y 34 segundos, del 28 de mayo del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—(IN2015075977).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la
entidad: Asociación Prodesarrollo de Moluscos y Reforestación Terrestre y
Marítima de la Isla de Chira, con domicilio en la provincia de:
Puntarenas-Puntarenas, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Impulsar todo tipo de acciones que se relacione con la explotación de moluscos,
proyectos agrícolas de desarrollo productivo que sea factible a través de
tiempo y que permita a los asociados mejorar su nivel socioeconómico. Cuyo
representante, será la presidenta María Graciela Medina Matarrita, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
Tomo: 2015 Asiento: 371070.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 31
minutos y 50 segundos, del 15 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015075988).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad: Asociación Religiosa Seis: Ocho Ministerios, con domicilio en la
provincia de: San José-Alajuelita, cuyos fines principales, entre otros son los
siguientes: brindar ayuda y apoyo a los niños de Costa Rica que se encuentren
en estado de orfandad, sin hacer distinción alguna en cuanto a su raza, sexo,
edad, condición física y/o nacionalidad, buscando procurarles condiciones de
vida dignas y una educación integral para su futuro; emprender proyectos de
vivienda y ayuda social para contribuir con las comunidades y el Estado
Costarricense en relación al problema de abandono de niños, con el propósito de
poder brindarles condiciones. Cuyo representante, será el presidente: Spencer
Kendell Boulter, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento:
286157 con adicional(es): 2015-334891.—Dado en el Registro Nacional, a las 9
horas 57 minutos y 0 segundos, del 30 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2015076446).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para
su inscripción, la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula N°
3-002-051860, denominación: Asociación San Vicente de Paúl de Ciudad Colón. Por
cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08 /08/1939, y
sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación,
a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2015, asiento: 491314.—Dado en el Registro Nacional, a las 14
horas 56 minutos y 28 segundos del 30 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015076549).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE
NOTARIO (A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste
del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
HABILITACIÓN como delegatario para
ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: ROGER
ALFREDO GONZÁLEZ JIMÉNEZ, con cédula de identidad número 1-0457-0375,
carné número 20328. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11
del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que
afecten la conducta de la
solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro
de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Exp. N°
15-001793-0624-NO.—San José, 8 de octubre del 2015.—Unidad Legal Notarial.—Lic.
Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—(IN2015075278).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. N° 16717P.—Peak
South Pacific Investments S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo
del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo COR-15 en finca de su
propiedad en Cortés, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico.
Coordenadas 111.700 / 588.054 hoja Coronado. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 28 de setiembre del 2015.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015078457).
Registro Civil - Departamento Civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 17637-2015.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las quince
horas cincuenta y seis minutos del diecisiete de setiembre de dos mil quince
Diligencias de ocurso presentadas por, Bismark Antonio Rivas García, cédula de
identidad número 8-098-591, vecino de El Coyol, Alajuela, tendente a la rectificación
de su asiento de naturalización en el sentido que el nombre y el segundo
apellido de la madre son Salvadora del Carmen y Gaitán, respectivamente.
Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de
Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el
Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que
hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera
publicación.—Licda. Irene Montanaro Lacayo. Jefa a. í.—(IN2015074825).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. N° 37685-2015.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince
horas cuarenta y seis minutos del treinta de setiembre de dos mil quince.
Diligencias de ocurso presentadas por Ángela Miranda Zamora, cédula de
identidad número 8-110-171, vecina de Carrillos Alto, Poás, Alajuela, tendente
a la rectificación de su asiento de naturalización en el sentido que la fecha
de nacimiento es veintiséis de agosto de mil novecientos setenta y cinco.
Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de
Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el
Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que
hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera
publicación.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—(IN2015075700).
Exp. Nº 12626-2015.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece
horas treinta minutos del seis de octubre de dos mil quince. Diligencias de
ocurso presentadas por Juan Fernando Chavarría García, cédula de identidad
número 5-156-588, vecino de Liberia, Guanacaste, tendente a la rectificación de
su asiento de nacimiento en el sentido que la fecha de nacimiento es treinta de
mayo de mil novecientos cincuenta y cinco. Conforme lo señala el artículo 66 de
la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil,
publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se
previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del
término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—(IN2015075944).
PUBLICACIÓN DE una VEZ
Se hace
saber que en diligencias de ocurso incoadas por Omar Feliciano Mayorga
Espinoza, se ha dictado la resolución N° 4851-2015, que en lo conducente dice:
Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las
ocho horas y doce minutos del once de setiembre de dos mil quince. Exp. N°
17372-2015. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:...
II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Omar
Feliciano Mayorga Espinoza con Virginia López Moya, en el sentido que el nombre
y el apellido de la cónyuge son Virginia de los Santos López no indica segundo
apellido, hija de Esmeralda López no indica segundo apellido.—Lic. Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo,
Jefa a. í.—1 vez.—(IN2015075268).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Mélida del Socorro Díaz
Alvarado, se ha dictado una resolución N° 1252-2015, que en lo conducente dice:
Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las
quince horas diez minutos del diecisiete de marzo de dos mil quince. Exp. N°
4916-2015. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:...,
II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de
Fernando Manuel Alemán Díaz y de Cristhoper Daniel Alemán Díaz en el sentido
que el nombre de la madre de las personas inscritas es Mélida del Socorro.—Lic.
Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015075283).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por José Landero Picado, se ha
dictado la resolución N° 5052-2015, que en lo conducente dice: Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece
horas y diecisiete minutos del veintidós de setiembre de dos mil quince. Exp.
N° 33022-2015 Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:...
II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de
Justin Adrián Landero Martínez y de Angie Rachel Landero Martínez en el sentido
que el segundo apellido de la madre de las personas inscritas es Téllez.—Lic.
Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro
Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2015075287).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Helyn María Martínez
Gómez, se ha dictado la resolución N° 4007-2015, que en lo conducente dice:
Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las
siete horas treinta y siete minutos del diez de agosto de dos mil quince. Exp.
N° 21315-2013. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:...,
II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de
Bismark Antonio Hernández Martínez, en el sentido que el segundo nombre del
padre de la persona inscrita es Bismarck y de Mónica Michelle Hernández
Martínez en el sentido que el segundo nombre del padre y el nombre de la madre
de la persona inscrita son Bismarck y Helyn María, respectivamente.—Lic. Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2015075300).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Marlene del Socorro Artola
Rodríguez, se ha dictado la resolución N° 2301-2015, que en lo conducente dice:
Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las
once horas cuarenta y un minutos del veintiuno de mayo de dos mil quince. Exp.
N° 17550-2014. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:...
II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de
Flavio César Martínez Artola, en el sentido que el nombre de la madre es
Marlene del Socorro.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a.
í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015075303).
Se hace saber que este Registro en diligencias de
ocurso incoadas por Dixciana Maryesy Herrera Suazo ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución N° 449-2014.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas trece minutos del
catorce de febrero de dos mil catorce. Ocurso Exp. N° 39891-2013. Resultando
1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...,
Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Gabriela Belén Espinoza
Herrera..., y el de Andy Jesús Espinoza Herrera..., en el sentido que el nombre
de la madre de los mismos es “Dixciana Maryesy”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas,
Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2015075352).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas
por Meyling de los Ángeles Ramírez Sequeira, se ha dictado la resolución N°
4747-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas veinte minutos
del ocho de setiembre de dos mil quince. Exp. N° 31453-2015 Resultando 1º—...
2º—... Considerando: I.—Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto:
Rectifíquense los asientos de nacimiento de Jean Carlos Sandoval Sequeira y de
Keneth Josué Sandoval Sequeira en el sentido que el nombre y los apellidos de
la madre de las personas inscritas son Meyling de los Ángeles Ramírez Sequeira.—Lic.
Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro
Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2015075354).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Mireira Urbina no indica
segundo apellido, se ha dictado la resolución N° 3012-2015, que en lo
conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las once horas y treinta y cinco minutos del dieciséis
de julio de dos mil quince. Exp. N° 39582-2014 Resultando 1º—... 2º—... 3º—...
Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto:
Rectifíquense los asientos de nacimiento de Karla Vanessa Urbina Núñez y de
Cristian Ismael Urbina Núñez en el sentido que el apellido de la madre de las
personas inscritas es Urbina no indica segundo apellido, consecuentemente los
apellidos de las mismas son Urbina Urbina.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2015075429).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas
por Jenny Ondina Gámez, se ha dictado la resolución N° 5356-2015, que en lo
conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del siete de
octubre de dos mil quince. Exp. N° 32532-2015. Resultando 1º—... 2º—...
Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Wilson Emmanuell Navarrete Gámez, en
el sentido que el apellido de la madre de la persona inscrita es Gámez no
indica segundo apellido.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor
Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015075719).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Rosa Estela
Torrez Centeno, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
N° 2129-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San
José, a las ocho horas del dieciocho de junio del dos mil doce. Ocurso. Exp N°
8709-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., 3.-...,
Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Kendall Fabián Torres Centeno, en el
sentido que el nombre y el primer apellido de la madre... son “Rosa Estela” y
“Torrez” respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor
Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015075766).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Rosa Isabel Blanco
González se ha dictado una resolución N° 1640-2015 que en lo conducente dice:
Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las
catorce horas veinticuatro minutos del diez de abril de dos mil quince. Exp N°
11046-2015. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:...
II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Mayo
Felipe Velásquez Velásquez con Rosa Isabel Blanco Blanco, en el sentido que el
segundo apellido de la conyuge es González, hija de Eva Blanco González.—Lic.
Luis Antonio Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2015075788).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas
por Ronal Marino Moscoso Solís, se ha dictado la resolución N° 1610-2015, que
en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las quince horas quince minutos del nueve de abril de
dos mil quince. Exp. N° 6644-2015 Resultando 1º—... 2º—... Considerando:
I.—Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: Rectifíquese el
asiento de nacimiento de Ronal Marino Moscoso Solís, en el sentido que el
nombre de la persona inscrita y el nombre de la madre son Rónald Marino y Luz
Sonia; de matrimonio de Ronal Marino Moscoso Solís con Betsy María Rodríguez
Fernández y de Ronal Marino Moscoso Solís con Martha Sue Bernard no indica, en
el sentido que el nombre del cónyuge y el nombre de la madre del mismo son
Rónald Marino y Luz Sonia.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor
Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015075795).
Se
hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Miriam
Corea López, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N°
3195-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las nueve horas cincuenta y ocho minutos del nueve de setiembre de dos
mil trece. Exp. N° 21169-2013. Resultando 1º—... 2º—... 3º—... Considerando:
I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense los
asientos de nacimiento de Alondra María Arguello Corea... y Vanyeli Arguello
Corea... en el sentido que el segundo apellido de la madre... es “López”.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2015075831).
Se hace
saber que en diligencias de ocurso incoadas por Mario Antonio Zamorán Moreno,
se ha dictado la resolución N° 4847-2015, que en lo conducente dice: Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince
horas cuarenta y dos minutos del diez de setiembre de dos mil quince. Exp N°
30336-2015. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:...
II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese la razón marginal de
reconocimiento que consta en el asiento de nacimiento de Lening David Zamorán
Brizuela, en el sentido que el segundo apellido del padre es Moreno.—Lic. Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo,
Jefa a. í.—1 vez.—(IN2015075836).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Epifania
Padilla Pérez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
Nº 0363-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del doce de febrero del dos mil
ocho.—Exp. Nº 33157-07.—Resultando: 1º—...2º—...3º—... Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo:... Por tanto:
rectifíquese el asiento de nacimiento de Ana Isabel Martínez Pérez... en el sentido
que los apellidos de la madre... son “Padilla Pérez”.—Licda. Marisol Castro
Dobles, Directora General.—Msc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1
vez.—(IN2015075915).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas
por Vidalina del Carmen Pavón no indica segundo apellido, se ha dictado la
resolución Nº 2264-2015, que en lo conducente dice: Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve
horas treinta minutos del veinte de mayo del dos mil quince.—Exp. Nº 46031-2012.—Resultando
1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por
tanto, rectifíquense los asientos de nacimiento de Anthony Daniel Ortíz Pavón,
en el sentido que el apellido de la madre de la persona inscrita es Pavón no indica
segundo apellido y de Yérica Yurith Soza Pavón en el sentido que el nombre de
la madre de la persona inscrita es Vidalina del Carmen.—Lic. Luis Antonio
Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2015075942).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas
por Eveling del Carmen Vallejos Martínez, se ha dictado la resolución Nº
4108-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las dieciséis horas treinta
minutos del once de agosto del dos mil quince.—Exp. Nº 16909-2015.—Resultando:
1.—… 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por
tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de William Josué Martínez
Vallejos, en el sentido que el nombre de la madre de la persona inscrita es
Eveling del Carmen.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor
Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015075981).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Lea del Carmen Espinoza
Dávila, se ha dictado la resolución Nº 0061-2015, que en lo conducente dice:
Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las
ocho horas y siete minutos del siete de enero del dos mil quince.—Exp. Nº 25762-2014.—Resultando:
1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por
tanto: rectifíquese la inscripción: de nacimientos de Esteban Alberto Vásquez
Espinosa, en el sentido que el primer apellido de la madre de la persona inscrita
es Espinoza y de matrimonios de Martín Silvestre Vásquez Espinosa con Lea del
Carmen Espinosa Dávila, en el sentido que el primer apellido del padre de la
cónyuge consecuentemente el primer apellido de la misma es Espinoza.—Lic. Luis
Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015075984).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Karla María
Medrano Olivas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
N° 2470-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San
José, a las doce horas treinta y tres minutos del seis de agosto de dos mil
catorce. Ocurso. Exp N° 7879-2014. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando:
I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., por tanto, rectifíquese el
asiento de nacimiento de Mayeli Lisbeth Canales Medrano, en el sentido que el
nombre y el segundo apellido de la madre...son “Karla María” y “Olivas”
respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a.
í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015076377).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas
por Wilberto Montiel Acuña, se ha dictado la resolución N° 5677-2015, que en lo
conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las ocho horas quince minutos del veinte de octubre de
dos mil quince. Exp. N° 22094-2015. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando:
I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el
asiento de matrimonio de Wilfrido Montiel Acuña con Teresa Rodríguez Delvier,
en el sentido que el nombre y la edad del cónyuge al momento de celebrarse el
acto, así como el segundo apellido del padre del mismo son “Wilberto, treinta y
un años y Gudiel”, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2015076444).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Santos Cruz Peralta, se ha
dictado la resolución N° 4668-2015, que en lo conducente dice: Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once
horas y treinta minutos del tres de setiembre de dos mil quince. Exp. N°
32295-2012. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto:
rectifíquense los asientos de nacimiento de Keilor Iván Cruz Peralta y de
Randall Johan Cruz Peralta, en el sentido que el nombre de la madre de las
personas inscritas es “Santos”.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial
Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015076456).
Se hace saber que este Registro, en diligencias de
ocurso incoadas por Helyn Patricia Granados, no indica segundo apellido, ha
dictado la resolución N° 2132-2015, que en lo conducente dice: Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce
horas del quince de mayo de dos mil quince. Exp. N° 9913-2015 Resultando:
1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:...,
Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Kenny Alejandro Montes
Granados, Deylin Pamela Montes Granados, Keymar David Alcázar Granados y de
Nicole Tatiana Montes Granados, en el sentido que el nombre de la madre de las
personas inscritas es “Helyn Patricia Granados”, no indica segundo apellido y “nicaragüense” respectivamente.—Lic. Luis Antonio
Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2015076495).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Zoila del Carmen Calderón
González, se ha dictado la resolución N° 5085-2015, que en lo conducente dice:
Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las
once horas quince minutos del veintitrés de setiembre de dos mil quince. Exp.
N° 35240-2015. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Rusdig Zoilo Rivas Calderón, en el sentido que los apellidos de
la madre son “Calderón González”.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora Oficial
Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2015076500).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Juan Carlos Delgado Marín, se ha dictado la resolución N°
4930-2015, que en lo conducente dice. Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y treinta y
siete minutos del diecisiete de setiembre de dos mil quince. Exp. N°
32329-2015. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Kristhen Valesska Marín Otárola, en el sentido que los apellidos
del padre de la persona inscrita son “Delgado Marín”. Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa a.
í.—1 vez.—(IN2015076514).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Kattia
Yesenia Álvarez Núñez, conocida como Kattia Yesenia Núñez Quesada, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 4190-2013.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las dieciséis
horas cincuenta minutos del doce de diciembre de dos mil trece. Ocurso Exp. N° 23510-2013.
Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:...,
II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de
Luis Enrique Quirós Núñez..., y José Eduardo Quirós Núñez ..., en el sentido
que los apellidos de la madre de los mismos son “Álvarez Núñez”.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2015076528).
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓNES
Avisos
de solicitud de naturalización
Juan Camilo Montoya Santamaría, mayor,
soltero, estudiante, colombiano, cédula de residencia número R 17000762724,
vecino de San José, de la Toyota del Paseo Colón, trescientos metros al norte,
cien metros al este y veinticinco metros al sur, casa amarilla, segundo piso,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten
por escrito a este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes
a la publicación de este aviso. Exp. 133557-2014. LEVH.—San José, veintiséis de
octubre de dos mil quince.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2015075266).
Daniela
Urrego Escobar, mayor, soltera, ingeniera, colombiana, cédula de residencia
número R 117000093224, vecina de Moravia, San Vicente, detrás del antiguo
indica, frente al actual Gold Gym, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Exp.134340-2015.—San José, veintiséis de octubre de dos mil quince.—Lic. German
Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015075320).
Leandro Antonio Gómez Dávila, mayor, soltero,
estilista, nicaragüense, cédula de residencia N° DI155806999608, vecino de 25
norte apartamento color naranja del ICE, Centro
Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
136117-2015.—San José, a las 13:09 horas del 30 de setiembre del 2015.—Lic. Randall
Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015075350).
Ricardo
Antonio Cubias Carrillo, mayor, soltero, administrador de bar, salvadoreño,
pasaporte número A70218578, vecino de San Rafael, El Palmar, Heredia, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. 136566-2015.—San José, a las 11:27 horas del
30 de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2015075363).
Lizeth Ivania Centeno Pastora, mayor, divorciado,
contadora pública, nicaragüense, cédula de residencia número 155813521909,
vecina de San Miguel, Desamparados, San José, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 134756-2015.—San José, a las 13:31 horas del 30
de setiembre del 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2015075375).
Hermes
Romualdo Torres Suescun, mayor, casado, empresario, colombiano, cédula de
residencia número R 117001109709, vecino de San José Escazú, del Restaurante
Tony Romas, mil quinientos metros al oeste y ciento cincuenta metros al sur,
Edificio Milano, Apartamento número diecinueve, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro de, término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 134817-2015.—San José,
veintiséis de octubre de dos mil quince.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe
a. í.—1 vez.—(IN2015075413).
Manuel
Luis Ramírez Quintana, mayor, soltero, comerciante, colombiano, cédula de
residencia número 117000171330, vecino de Tibás, San José, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. 134332-2015.—San José, a las 1:41 horas del
27 de octubre del 2015.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2015075423).
Francisco Miguel Merlán Pérez, mayor, divorciado,
profesor universitario, cubano, cédula de residencia número 119200316915,
vecino de La Salvadita, Puerta Roja, Alajuela, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 136427-2015.—San José, a las 09:31 horas del 03
de noviembre de 2015.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2015075707).
Mónica Andrea López Castillo, mayor, divorciada,
estudiante universitaria, colombiana, cédula de residencia número 117000041919,
vecina de Moravia, San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
136407-2015.—San José, a las 14:33 horas del 30 de setiembre de 2015.—Lic.
Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015075735).
Reyna Massiel Narváez Ruiz, mayor, soltera,
bodeguera, nicaragüense, cédula de residencia número 155807186123, vecino/a de
Curridabat, José María Zeledón, San José, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones
del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
136673-2015.—San José, a las 14:33 horas del 30 de setiembre del 2015.—Lic.
Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015075773).
Heydy Dayana Lacayo Cruz, mayor, soltera,
estudiante, nicaragüense, cédula de residencia número 155816292131, vecino/a de
Proyecto mi Casa M8 Santa Lucía Paraíso Cartago, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 133843-2014.—San José, a las 12:10 horas del 24
de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2015075806).
Pedro
Enrique Canelones Moreno, mayor, soltero, Master en Administración de Negocios,
venezolano, cédula de residencia número 186200214212, vecino de provincia de
San José, cantón de Escazú, distrito Guachipelín, del Antiguo Paditen;
doscientos metros al oeste, trescientos metros al sur, tapia color papaya, casa
color papaya, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº
132350-2014.—San José, dieciocho de setiembre del dos mil quince.—Lic. Randall
Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015075901).
Odalys
Iridian Rodríguez Parrilla, mayor, soltero, servicio al cliente, nicaragüense,
cédula de residencia número R155803597719, vecina de Brasil, Santa Ana, San
José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 134782-2015.—San José, a las
12:06 horas del 23 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a.
í.—1 vez.—(IN2015075919).
Darling
Cecilia Siezar Aguilar, mayor, soltero(a), miscelánea, nicaragüense, cédula de
residencia número R155809432304, vecina de San José, Uruca, La Carpio; primera
parada 75 mts oeste, frente Almacén Santa Marta; portón gris, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. Nº 131239-2014.—San José, a las 15:47 horas
del 22 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2015075929).
Ramón
Tico Calzada, mayor, soltero, estudiante, español, cédula de residencia número
172400015811, vecino de Condominio Cerro Alto, Escazú, San José, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. N° 134100-2014.—San José, a las 12:04 horas
del 30 de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2015076371).
Róger
Enrique Luna Miranda, mayor, soltero, ebanista, nicaragüense, cédula de
residencia N° 155817094618, vecino de Alajuela, San Ramón, del Mercado Central
25 metros este apartamento 10, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
132958-2014.—San José, a las 3:11 horas del 12 de setiembre del 2015.—Lic.
Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015076464).
José
Hernán Portero Viteri, mayor, soltero, estudiante, ecuatoriano, cédula de
residencia número 121800046121, vecino de La Aurora de Heredia, Heredia, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. N° 134101-2014.—San José, a las 12:10 horas
del 24 de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2015076505).
Miriam
Ivonne Reyes González, mayor, soltera, digitadora, nicaragüense, cédula de
residencia número 155807566108, vecina de Barrio México, San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. N° 136530-2015.—San José, a las 11:27 horas
del 30 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2015076532).
Isabella
Victoria Bello Andrade, mayor, soltera, estudiante, venezolana, cédula de
residencia número 186200056105, vecina de Guachipelín, Escazú, San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. N° 136339-2015.—San José, a las 13:31 horas
del 30 de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2015076539).
MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES
MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE ADQUISICIONES SEGÚN
PRESUPUESTOS EXTRAORDINARIOS
N° 1 Y 3 / 2015
De conformidad con la Ley de Contratación Administrativa, sección
segunda, artículo 6 y el Reglamento de dicha Ley, capítulo II, artículo 7°, se
comunica que se han efectuado modificaciones al Programa de Adquisiciones para
el período 2015, la que se encuentra a disposición de los interesados en el
sitio Web www.siquirres.go.cr, a partir del siguiente día hábil de la presente
publicación.
Sandra Vargas Fernández, Proveedora Municipal a. í.—1
vez.—(IN2015080537).
CONSEJO
NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2015LN-000005-0GCTT
Suministro
de 12 (doce) puentes metálicos modulares
lanzables (tipo Bailey) de 54,86
metros
(180 pies) de longitud
Se comunica a las empresas interesadas en
participar en la licitación en referencia, que este Consejo recibirá ofertas,
de conformidad con los términos cartelarios, hasta las 10:00 horas del día 15
de diciembre del 2015, por medio del Sistema Compr@Red del Ministerio de
Hacienda.
Los
interesados en participar, deberán adquirir los documentos de licitación a
partir de la fecha de publicación de este aviso, en forma gratuita, en el
Sistema Compr@Red del Ministerio de Hacienda.
San José, 19 de noviembre del
2015.—Proveeduría Institucional.—MBA. Luis Gerardo Leiva Mora, Director a. í.—1
vez.—O. C. Nº 4063.—Solicitud Nº 44094.—(IN2015080744).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
AVISO
El Departamento de Proveeduría, invita a
participar en el siguiente procedimiento de contratación:
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2015LN-000042-PROV
Arrendamiento
de estacionamiento para vehículos
del O.I.J. del I Circuito
Judicial de San José
Fecha y hora de apertura: 15 de diciembre del
2015, a las 10:00 horas.
El
respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente
publicación. Para ello, los interesados podrán obtenerlo a través de Internet,
en la siguiente dirección: http://poder-judicial.go.cr/proveeduria (ingresar al
botón “Invitaciones”).
San José, 18 de noviembre del 2015.—Proceso
de Adquisiciones.—MBA Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—Solicitud Nº
44071.—(IN2015080695).
ÁREA DE ADQUISICIONES
DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2015LA-000119-05101
(Bajo la modalidad de entrega según
demanda)
Multivitaminas IV
Fórmula. Inyectable. Polvo para inyección,
liofilizado con diluente. Frasco
ampolla de 10 ml.
Código: 1-10-42-4850
Se informa a los interesados que está disponible en la Plataforma
Electrónica Compra Red el cartel de la Licitación Abreviada
2015LA-000119-05101, para la adquisición del ítem único: Multivitaminas IV
Fórmula. Inyectable. Polvo para inyección, liofilizado con diluente. Frasco
ampolla de 10 ml. Código: 1-1042-4850. Apertura de ofertas: 10:00 horas del día
14 de diciembre 2015.
San José, 19 de noviembre del 2015.—Lic. Pablo Cordero Méndez Jefe a.
í. de Línea de Producción de Medicamentos.—1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud N°
9022.—(IN2015080556).
HOSPITAL
DR. RAFAEL Á. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL 2015LN-0000011-2101
Por
concepto de pan y repostería
Se informa a los interesados en la Licitación
Pública Nacional 2015LN-0000011-2101, por concepto de pan y repostería que la
fecha máxima de ofertas es el día 21 de diciembre de 2015 a las 10:00 a.m.
El
cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de
¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 19 de noviembre del 2015.—Subárea
de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador a. í.—1
vez.—(IN2015080644).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2015LN-0000009-2101
Carne de pollo en cortes varios
Se informa a los
interesados en la Licitación Pública Nacional 2015LN-0000009-2101, por concepto
de carne de pollo en cortes varios que la fecha máxima de ofertas es el día 16
de diciembre de 2015 a las 10:00 a.m.
El cartel se puede adquirir en la
Administración del Hospital, por un costo de ¢500. Vea detalles en
http://www.ccss.sa.cr.
San José, 19 de
noviembre del 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar
Solano, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2015080645).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2015LA-000057-2101
Huevos de
gallina entero
Se informa a los interesados en la Licitación Abreviada
2015LA-000057-2101, por concepto de huevos de gallina entero, que la fecha
máxima de ofertas es el día 14 de diciembre de 2015 a las 09:00 a.m.
El cartel se
puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢500. Vea
detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 19 de noviembre del 2015.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador a. í.—1
vez.—(IN2015080646).
CONTRATACIÓN DIRECTA 2015CD-000112-OC
Construcción de cauces y canales de drenaje para
el control
de inundaciones en el área
de
Limoncito-Limón
El SENARA invita a
participar en la Contratación Directa 2015CD-000112-OC: “Construcción de cauces
y canales de drenaje para el control de inundaciones en el área de
Limoncito-Limón”. La fecha de recepción y apertura de ofertas está programada
para el día el 4 de enero del 2016 a la 1:30 p. m., deberán ser entregadas en
la Unidad de Servicios Administrativos del Área Administrativa, ubicada en San
José, Calle Blancos del puente de Cinco Esquinas de Tibás 600 metros al este.
El cartel y los planos estarán disponibles a través de la página web
de SENARA: www.senara.or.cr . Cabe indicar que no se recibirán ofertas después
del día y la hora antes indicado, tampoco se recibirá ofertas por la vía
electrónica.
Lic. Xinia Herrera Mata,
Coordinadora de Servicios Administrativos.—1 vez.—O. C. N° 318.—Solicitud N°
10364.—(IN2015080699).
PROGRAMA DE GESTIÓN INTEGRADA
DEL RECURSO
HÍDRICO (PROGIRH)
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000004-OC
Suministro e instalación de tuberías, válvulas, accesorios y riego
parcelario para Proyecto de Riego PISIRI
Modalidad: Co-Calificación
1. Fuente de recursos
El Banco Centroamericano de Integración
Económica (BCIE), como parte de los servicios que brinda a sus países socios
beneficiarios, está otorgando el financiamiento total para el suministro e
instalación de tuberías, válvulas, accesorios y Riego Parcelario para Proyecto
de Riego PISIRI, en el marco del Programa de Gestión Integrada de Recurso
Hídrico (PROGIRH).
2. Organismo ejecutor y contratante del proceso
de licitación
2.1 Antecedentes del Organismo Ejecutor: El
Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA), en
el marco del Programa de Gestión Integrada de Recurso Hídrico (PROGIRH) y conforme
con los términos establecidos en el Contrato Préstamo N° 1709, suscrito entre
el BCIE y el Gobierno de la República de Costa Rica deberá sujetarse a las
disposiciones de la Política para la Obtención de Bienes y Servicios
Relacionados y Servicios de Consultorías del BCIE.
2.2 El Servicio Nacional de Aguas Subterráneas,
Riego y Avenamiento (SENARA), es el responsable del presente proceso de
adquisición para lo cual, nombra al Comité Ejecutivo para la Licitación e
invita a presentar propuestas para la contratación requerida.
2.3 El Contratista será seleccionado de acuerdo
con los procedimientos del Banco Centroamericano de Integración Económica
establecidos en la Política para la Obtención de Bienes, Obras, Servicios y
Consultorías con Recursos del BCIE y sus Normas para la Aplicación, que se
encuentran en la siguiente dirección en el sitio de Internet:
http://www.bcie.org bajo la sección de la Unidad de Adquisiciones.
3. Presentación del proceso de licitación
3.1 Objetivo General de la obra a contratar consiste en en el
suministro e instalación de una red de 7332 metros de tubería de PVC en
diámetros entre los 200 mm y los 50 mm, con sus respectivos accesorios y
válvulas y la instalación de 42 módulos de 6000 m² cada uno de sistemas de
riego por micro aspersión y goteo.
3.2 El Organismo Ejecutor pone a disposición de los interesados toda la
documentación relacionada con esta licitación, necesaria para la preparación de
las propuestas.
Dicha
información estará disponible en la Unidad de Servicios Administrativos del
SENARA, ubicado en San José, cantón Goicoechea, distrito Calle Blancos, del
puente de cinco esquinas de Tibás, 600 metros este, Edificio SENARA, a partir
del día 23 de noviembre de 2015 y hasta el día 04 de enero de 2016, en horario
de 7 a.m. a 3 p.m., o bien pueden consultarse en la página web de SENARA,
www.senara.or.cr.
3.3 Se recibirán Propuestas para esta licitación a más tardar el día 05
de enero de 2016 antes de las 10:00 horas en la misma dirección física citada
en el punto 3.2 de este aviso. Cabe indicar que no se recibirán ofertas después
del día y la hora antes indicadas. Tampoco se recibirán ofertas por la vía
electrónica.
3.4 La Vista al proyecto se realizará a las 9:00 horas del día 15 de
diciembre del 2015, sita: en el parque de Tucurrique, cantón de Jiménez,
provincia de Cartago, con la Ing. Laura Navarro Navarro.
Lic. Xinia Herrera Mata, Coordinadora de
Servicios Administrativos.—1 vez.—O.C. N° 320.—Solicitud N°
10363.—(IN2015080703).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2015LN-000005-OC
(Modalidad: Co-Calificación)
Suministro
e instalación de tuberías, válvulas, accesorios
y equipo de riego parcelario
para el Proyecto de Riego
San Rafael de Ojo de Agua,
Distrito Arancibia,
Montes de Oro Puntarenas
1. Fuente de recursos
El Banco Centroamericano de Integración
Económica (BCIE), como parte de los servicios que brinda a sus países socios
beneficiarios, está otorgando el financiamiento total para el suministro e
instalación de tuberías, válvulas, accesorios y equipo de riego parcelario para
el Proyecto de Riego San Rafael de Ojo de Agua, Distrito Arancibia, Montes de
Oro Puntarenas, en el marco del Programa de Gestión Integrada de Recurso
Hídrico (PROGIRH).
2. Organismo ejecutor y contratante del proceso de licitación
2.1 Antecedentes del Organismo Ejecutor: El Servicio Nacional de Aguas
Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA), en el marco del Programa de Gestión
Integrada de Recurso Hídrico (PROGIRH) y conforme con los términos establecidos
en el Contrato Préstamo N° 1709, suscrito entre el BCIE y el Gobierno de la
República de Costa Rica deberá sujetarse a las disposiciones de la Política
para la Obtención de Bienes y Servicios Relacionados y Servicios de
Consultorías del BCIE.
2.2 El Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento
(SENARA), es el responsable del presente proceso de adquisición para lo cual,
nombra al Comité Ejecutivo para la Licitación e invita a presentar propuestas
para la contratación requerida.
2.3 El contratista será seleccionado de acuerdo con los procedimientos
del Banco Centroamericano de Integración Económica establecidos en la Política
para la Obtención de Bienes, Obras, Servicios y Consultorías con Recursos del BCIE y sus Normas para la
Aplicación, que se encuentran en la siguiente dirección en el sitio de
Internet: http://www.bcie.org bajo la sección de la Unidad de Adquisiciones.
3. Presentación del proceso de licitación
3.1 Objetivo General de la obra a contratar
consiste en la construcción de una línea de tuberías de PVC con diámetros
variables para conducir en total 25.5 litros por segundo (l/s), según se
muestra en tabla 1, además de la instalación de accesorios y valvulería
necesaria. Se incluye también un sistema de filtrado para los 25.5 litros por
segundo y 18.5 hectáreas de riego parcelario; según los diseños y planos.
3.2 El Organismo Ejecutor pone a disposición de
los interesados toda la documentación relacionada con esta licitación,
necesaria para la preparación de las propuestas.
Dicha información estará disponible en
la Unidad de Servicios Administrativos del SENARA, ubicado en San José, cantón
Goicoechea, distrito Calle Blancos, del puente de Cinco Esquinas de Tibás, 600
metros este, Edificio SENARA, a partir del día 23 de noviembre de 2015 y hasta
el día 04 de enero de 2016, en horario de 7 a.m. a 3 p.m., o bien pueden
consultarse en la página web de SENARA, www.senara.or.cr.
3.3 Se recibirán propuestas para esta licitación a
más tardar el día 05 de enero de 2015 antes de las 11 a. m., en la misma
dirección física citada en el punto 3.2 de este aviso. Cabe indicar que no se
recibirán ofertas después del día y la hora antes indicadas. Tampoco se
recibirán ofertas por la vía electrónica.
3.4 La visita al proyecto se realizará a las 10:00
horas del día 9 de diciembre de 2015, sita: frente a las oficinas del BNCR en
Miramar de Puntarenas, contiguo al parque de la comunidad, con los Ing. David
Solís y Carlos Porras.
Licda. Xinia Herrera
Mata, Coordinadora de Servicios Administrativos.—1 vez.—O. C. N° 320.—Solicitud
N° 10362.—(IN2015080707).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000024-01
Contratación de abastecimiento continuo
de
materiales para electrónica general,
según
demanda de cuantía inestimable
El Proceso de Adquisiciones
de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo
ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 07 de enero del 2016. Los
interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el
Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital
México, o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº
24246.—Solicitud Nº 44074.—(IN2015080636).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000026-01
Contratación de abastecimiento continuo de tubos
y
accesorios de cobre y bronce, según demanda
de cuantía
inestimable
El Proceso de
Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará
recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 15 de diciembre del
2015. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es
gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al
oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº
24246.—Solicitud Nº 44073.—(IN2015080643).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000001-05
Servicios de remodelación del sistema eléctrico
de las
instalaciones del Centro Regional Polivalente
de Limón y
de la Unidad Regional Huetar Caribe
El Proceso de Adquisiciones
de la Unidad Regional Huetar Caribe del Instituto Nacional de Aprendizaje,
estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 11 de enero del
2016. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es
gratuito, en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Huetar Norte,
ubicado en las oficinas del Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional
Huetar Caribe, ubicadas 1 km al oeste de la Sede de la Universidad de Costa
Rica carretera Saopín en Limón o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº
24246.—Solicitud Nº 44072.—(IN2015080648).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000031-01
Contratación de abastecimiento continuo de materiales
para
invernaderos, según demanda de cuantía inestimable
El Proceso de
Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará
recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 16 de enero del 2016.
Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en
el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del
Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº
24246.—Solicitud Nº 44076.—(IN2015080693).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000025-01
Contratación de abastecimiento continuo de materiales
para
instalaciones eléctricas, según demanda
de cuantía
inestimable
El Proceso de
Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará
recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 16 de diciembre del
2015. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es
gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al
oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº
24246.—Solicitud Nº 44077.—(IN2015080702).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000027-01
Contratación de abastecimiento continuo de gases
y aceites
de uso en refrigeración, según demanda
de cuantía
inestimable
El Proceso de
Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará
recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 14 de diciembre del
2015. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito,
en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del
Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº
24246.—Solicitud Nº 44078.—(IN2015080704).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2015LN-000030-01
Contratación
de abastecimiento continuo
de materiales para uso
agropecuario,
según demanda de cuantía
inestimable
El Proceso de Adquisiciones de la Sede
Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por
escrito hasta las 10:00 horas del 05 de enero del 2016. Los interesados podrán
retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de
Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o
bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 24246.—Solicitud Nº 44080.—(IN2015080747).
INSURANCE SERVICIOS S. A.
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LP-00001
Sistema informático
integrado de aplicaciones
financieras y administrativas (ERP)
El Departamento
Financiero-Administrativo de Insurance Servicios S. A (en adelante Insurance), ubicada
frente a la Pizza Hut del Centro Comercial Plaza del Sol en Curridabat, les
invita a participar en la Licitación 2015LP-00001 “Sistema informático
integrado de aplicaciones financieras y administrativas (ERP)”. Las ofertas
para esta contratación se recibirán, hasta las 16:00 horas del día lunes 04 de
enero del 2016 en la proveeduría de Insurance.
El cartel para la contratación incluye las
especificaciones técnicas y condiciones generales, puede ser retirado en
nuestras oficinas en un horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
Pueden solicitar información al teléfono: 2284-8313 o a las direcciones
vporras@insurancecr.com o szamora@insurancecr.com. con la señora Viviana Porras
o la señorita Silvia Zamora.
San José, 18 de
noviembre del 2015.—Departamento Financiero-Administrativo.—Leila Durán
Rodríguez, Jefa.—1 vez.—(IN2015080638).
POPULAR SOCIEDAD DE FONDOS DE
INVERSIÓN
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2015LN-000001-CL
Venta
de mobiliario de oficina, panelería de divisiones
livianas y otros artículos varios
Popular Sociedad de Fondos de Inversión le
invita a participar en la licitación de referencia, las ofertas deberán
presentarse según lo dispuesto en el cartel correspondiente que puede ser
retirado en nuestras oficinas ubicadas en el segundo piso del Edificio Torre
Mercedes Paseo Colón, y serán recibidas hasta las 10:00 horas del día 15 de
diciembre del 2015.
San José, 19 de noviembre del 2015.—Lic.
Vilma Arana Asencio, Proveedora.—1 vez.—(IN2015080725).
MUNICIPALIDAD
DE ESCAZÚ
PROCESO
DE PROVEEDURÍA
Invitación
a participar
Se invita a los potenciales oferentes a
participar en el siguiente proceso de contratación administrativa:
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2015LN-000009-01
Compra
de terreno para construcción del centro diurno
para las personas adultas
mayores de Escazú
Se recibirán ofertas hasta las nueve horas
del día miércoles 16 de diciembre del 2015.
En
resumen, se requiere adquirir una propiedad con al menos las siguientes
características:
a) Que mida entre 1200 m2 a 2500 m2 con frente
de calle de al menos 12 metros, lote en verde.
b) La gradiente no podrá ser superior al 20%
del área total de la propiedad.
c) El terreno tendrá que ser apto para un
sistema de tratamiento de aguas residuales tipo FAFA y no por planta de tratamiento.
d) Ubicada en el cantón de Escazú en cualquiera
de sus distritos.
e) Cercano a centros de atención de salud
(EBAIS).
f) Que por el terreno no exista proyecto de
vías ni por alguna servidumbre.
g) No deberá estar afectada por nacientes u
otras afectaciones de índole natural.
Las personas interesadas podrán encontrar
mayor detalle en el cartel o pliego de condiciones solamente se obtendrá en
forma digital en la oficina de Proveeduría, para lo cual deberán traer un
dispositivo de almacenamiento masivo tipo llave maya, en el horario de lunes a
viernes de 07:30 a. m. a 04:00 p. m. Se advierte que si el mismo se encuentra
infectado no se transferirá el archivo solicitado y que las ofertas presentadas
serán sometidas a los análisis técnico, legal y jurídico que la Municipalidad
de Escazú estableció en el pliego de condiciones.
Para
mayor información comunicarse con la Proveeduría Municipal al teléfono:
2208-7573.
Lic. Cira Castro Myrie, Proveedora.—1 vez.—O.
C. Nº 34464.—Solicitud
Nº 44126.—(IN2015080756).
DIRECCIÓN
GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2014LN-000009-99999
Mejoramiento
de las oficinas de planificación
y operaciones de la DGAC
El Consejo Técnico de Aviación Civil y la
Dirección General de Aviación Civil a través de la Proveeduría Institucional,
avisa a los interesados en esta licitación abreviada que de acuerdo al artículo
décimo quinto de la sesión ordinaria Nº 79-2015, celebrada por el Consejo
Técnico de Aviación Civil el 28 de octubre del 2015, se declara infructuosa de
conformidad con el artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa.
San José, 18 de noviembre del 2015.—José
Alberto Cascante Torres, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
24933.—Solicitud Nº 44109.—(IN2015080749).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2015LA-000025-01
Compra
de 327 máquinas electrónicas contadoras de billetes
Se comunica a los interesados que la Comisión
de Contratación Administrativa en reunión 41-2015 CCADTVA del 17 de noviembre
del 2015, acordó adjudicar la licitación en referencia de la siguiente manera:
Empresa: Compañía
de Máquinas de Costa Rica CDM S.
A.
Monto
total: US$314.083,50.
Detalle:
(327) máquinas electrónicas contadoras de billetes marca MA, modelo NC3500.
Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar
Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 64891.—Solicitud Nº
44129.—(IN2015080752).
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2015LA-000023-01
Compra de semillas e
insumos tano
para Subregión de Talamanca
De conformidad con lo establecido en la Ley
N° 9036 de Transformación IDA-INDER, artículos 26 y 30 y el oficio GG-853-2015
del 18 de noviembre 2015, se comunica la adjudicación del siguiente proceso:
Para cultivos de maíz, frijol, arroz y pla. Licitación Abreviada N°
2015LA-000023-01 “Compra de semillas e insumos tano para Subregión de
Talamanca” a la empresa Romagro del Siglo XXI a S. A., cédula jurídica
3-102-662924, por un monto total de ¢115.130.982,00, en el plazo de entrega
dictado en el cartel. La coordinación y fiscalización durante la ejecución del
objeto de este proceso licitatorio, estará a cargo de la Oficina Subregional de
Talamanca, en lo que respecta a la ejecución presupuestaria la coordinación y
fiscalización estará a cargo del Área de Seguridad Alimentaria en calidad de
unidad solicitante del proceso licitatorio.
Licda. Karen Valverde Soto, Proveedora Institucional.—1
vez.—(IN2015080581).
PROCESO
DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2015LA-000024-02
Compra
de máquinas herramientas convencionales
La Comisión Local Regional de Adquisiciones
de la Unidad Regional Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje,
en sesión Nº 039-2015, celebrada el 17 de noviembre del 2015, artículo II tomó
el siguiente acuerdo:
Adjudicar
la Licitación Abreviada Nº 2015LA-000024-02, “Compra de máquinas herramientas
convencionales”, basados en el dictamen técnico NMM-PGA-343-2015 realizado por
la dependencia responsable de analizar las ofertas; el dictamen legal
AL-URCO-243-2015; así como los elementos de adjudicación consignados en el
punto 13 del cartel, de la siguiente manera:
Al
oferente Nº 2: Sommerus S. A., la línea Nº 1 (única), por un monto de
¢91.000.000,00 por cuanto cumple técnicamente con lo solicitado en el cartel y
especificaciones técnicas para la línea indicada; además su precio se considera
razonable.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 24246.—Solicitud Nº
44075.—(IN2015080650).
MUNICIPALIDAD DE
PURISCAL
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2015PP-000001-01
Contratación
(directa concursada) por demanda N° 2015-01, por autorización de la
contratación de la Contraloría General de la República en su oficio 06530, art.
138 RLCA.
Contratación para los servicios de operacionalidad del CECUDI
El Concejo Municipal de Puriscal, en sesión ordinaria Nº 475, celebrada
el 10 de noviembre de 2015, acordó:
“Declarar desierta la Licitación Abreviada N° 2015PP-000001-Prov., al
“Contratación (Directa Concursada) por demanda N° 2015-01, por autorización de
la contratación de la Contraloría General de la República en su oficio 06530,
art.138 RLCA.
“Contratación para los servicios de operacionalidad del CECUDI”, con
motivo del no cumplimiento de lo solicitado en el pliego cartelario del
concurso de contratación administrativa.”
Lo anterior de conformidad con el artículo 86, 87 y 88 del RLCA.
Puriscal, 17 de noviembre del 2015.—Yorleny Guevara Mora, Secretaria
del Concejo.—1 vez.—(IN2015080589).
MUNICIPALIDAD DE MORAVIA
LICITACIÓN PÚBLICA N°
2015LN-000003-01
Compra de camión
recolector de 6 m³
de capacidad volumétrica
Se les comunica a los interesados en el presente concurso, que mediante
acuerdo Nº 2680-2015 de la sesión ordinaria Nº 289 del 9 de noviembre del 2015,
se adjudicó la presente licitación por cumplir con las especificaciones legales
y ser el único oferente que cumple con las especificaciones técnicas del cartel
a la empresa Maquinaria Camiones y Grúas de Centroamérica S. A., por un
monto de $130.800,00 (ciento treinta mil ochocientos dólares).
Moravia, 18 de noviembre del 2015.—Jorge Mesén Solórzano, Proveedor
Institucional.—1 vez.—(IN2015080561).
MUNICIPALIDAD DE VALVERDE VEGA
LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000001-PM
Compra e
instalación de un sistema integral
de gestión municipal
La Municipalidad de
Valverde Vega, comunica que con base al artículo VI, acuerdo Nº 5, de la sesión
ordinaria Nº 286, celebrada por el Concejo Municipal de Valverde Vega, el día
17 de noviembre de 2015, acuerda por unanimidad dejar sin efecto la Licitación
Pública Nº 2015LN-000001-PM, “Compra e instalación de un sistema integral de
gestión municipal”,
Municipalidad de
Valverde Vega, 19 de noviembre de 2015.—Lic. Blanca Molina Urbina, Proveedora
Municipal.—1 vez.—(IN2015080657).
MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE
LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000001-ALMU
Adquisición de
terreno para acueducto de San Pablo
La Municipalidad de
Nandayure, adjudicó la Licitación Pública 2015LN-000001-ALMU, “Adquisición de
terreno para acueducto de San Pablo” a IXOYE S. A, por ser la oferta que
cumple con los requisitos del cartel.
Aprobada por el Concejo Municipal de
Nandayure, en sesión ordinaria número doscientos ochenta y seis, celebrada el
día 20 de octubre de 2015.
Nandayure, 16 de
noviembre de 2015.—Msc. Carlos Arias Chaves, Alcalde Municipal.—1
vez.—(IN2015080633).
INSTITUTO
COSTARRICENSE DEL DEPORTE
Y LA RECREACIÓN
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2015LN-000002-01
Objeto
de contrato: mejoras en archivo
institucional del ICODER
Se le comunica a los interesados en este
concurso que el plazo para la recepción de ofertas se prórroga para el 1° de
diciembre del 2015, a las 11:00 horas. De igual manera se les informa que están
disponibles en la Proveeduría Institucional las aclaraciones al cartel. Todo lo
demás se mantiene invariable.
San José, 18 de
noviembre del 2015.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor
Institucional.—1 vez.—(IN2015080666).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2015LA-000099-PROV
(Aclaraciones y modificaciones
Nº 2)
Trabajos
correctivos en el edificio de los Tribunales
de Justicia del Primer Circuito
Judicial de la Zona
Atlántica (Limón)
El Departamento de Proveeduría, avisa a todo
el potencial interesado en participar en el procedimiento de contratación de
referencia, que existen aclaraciones y modificaciones correspondientes a los
requisitos de admisibilidad y experiencia del sistema de evaluación, los interesados
podrán consultarlas a través de Internet, en la siguiente dirección:
http://poder-judicial.go.cr/proveeduria (ingresar al botón “Invitaciones”). La
fecha de apertura de las ofertas se mantiene invariable al igual que los demás
términos y condiciones.
San José, 19 de noviembre del 2015.—Proceso
de Adquisiciones.—M.B.A. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—Solicitud Nº
44130.—(IN2015080763).
MUNICIPALIDAD
DE TURRUBARES
El Concejo Municipal de Turrubares en sesión
ordinaria N° 26-2015 celebrada el 10 de junio del año 2015, acuerda aprobar por
no existir objeciones el Reglamento que regula el actuar de la Municipalidad de
Turrubares en lo relativo a la ejecución de obras o prestación de servicios en
materia de Gestión Vial Cantonal, mediante Convenio de Mutua Cooperación con
Entes de Derecho Público o Privado. Los reglamentos entran en vigencia una vez
publicados en Diario Oficial La Gaceta.
Bolívar Monge Granados.—1
vez.—(IN2015075432).
MUNICIPALIDAD
DE JIMÉNEZ
Asunto: transcripción del acuerdo 1° del
artículo X.
La Municipalidad
de Jiménez en sesión ordinaria N° 260, celebrada el lunes 28 de setiembre del
año en curso, acordó:
Este
Concejo acuerda por unanimidad; aprobar las siguientes modificaciones al
Reglamento General de Sesiones, Debates, Acuerdos y Comisiones Municipales,
publicado en La Gaceta N° 145 del viernes 27 de julio del 2012:
Artículo 2º—Que se elimine la
frase “...los primeros cuatro días lunes de cada mes...” y se modifique por
“los días lunes de cada semana”.
Artículo 66.—Agregar “De la
intervención de particulares mediante audiencia se consignará en acta
únicamente lo que el solicitante haya expresado en su nota de petición de
audiencia. Si alguno de los miembros del Concejo participan en la audiencia y
desean que sus comentarios se consignen en acta, deberán entregar estos de
forma escrita a la Secretaría del Concejo, caso contrario los mismos no serán
consignados.
Capítulo VI-Disposiciones generales:
agréguese un artículo 73° que dirá:
Las sesiones municipales podrán ser grabadas,
dichas grabaciones serán de uso exclusivo del Concejo y la administración, en
caso de que se necesite verificar los acuerdos tomados. Por tal razón las
grabaciones se mantendrán durante veintidós días naturales para cualquier
consulta, de previo a aprobar el acta respectiva. Transcurrido ese tiempo serán
eliminadas.
Ciudad de Juan Viñas, 6 de octubre del
2015.—Nuria Estela Fallas Mejía, Secretaria.—1 vez.—(IN2015075270).
C. N. TRES RÍOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se les comunica que hemos recibido aviso del señor: Hugolino Antonio
Fernández Gómez, cédula N° 03-0155-0007, del extravío del siguiente certificado
de depósito a plazo y su respectivo cupón en colones:
Certificado de depósito a
plazo:
Inversión |
Fórmula |
Monto |
Tasa int. % |
Apertura o
renovación |
Vencimiento |
502-304-5028453 |
1068709 |
¢5.000.000,00 |
4.25% |
13-08-2015 |
13-11-2015 |
Cupones:
Inversión |
Fórmula |
Monto |
Vencimiento |
502-304-5028453 |
1068710 |
¢53.125.20 |
13-11-2015 |
A favor de Hugolino
Antonio Fernández Gómez, cédula N° 03-0155-0007, al 4.25% anual a un plazo de
90 días, lo anterior para efectos de la publicación respectiva, según lo
establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
Tres Ríos, 4 de
noviembre del 2015.—Luis Enrique Mata Redondo, Coordinador de
Operaciones.—(IN2015076449).
VICERRECTORÍA
DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ORI-5181-2015.—Villalobos
Miranda María de Los Ángeles, costarricense, cédula 2-0545-0586, ha solicitado
reposición del título de Licenciada en Trabajo Social. Cualquier persona
interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá
hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de
los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, a los veintiocho días del mes de octubre del dos
mil quince.—Oficina de Registro e Información.—Mba. José Rivera Monge,
Director.—(IN2015077104).
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Federico Guillermo
Quesada Chaves, costarricense, cédula 1-1021-0845, ha solicitado reconocimiento
y equiparación del diploma de Doctorado en Dirección de Empresas de la
Universidad de Valencia de España. Cualquier persona interesada en aportar
datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante
escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Sabanilla, 3 de
noviembre del 2015.—Oficina de Registro y Administración Estudiantil.—Licda.
Susana Saborío Álvarez, Jefa.—(IN2015076530).
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Al señor Francisco Antonio Pérez Pérez, con
documento de identidad desconocido, se le comunica las resolución de las 18:50
horas del 28 de setiembre del 2015, con la cual la oficina del Departamento de
Atención Inmediata de esta Institución da inicio al proceso especial de protección en sede administrativa, la cual confiere
medida de protección correspondiente a cuido provisional a favor de las
personas menores de edad Génesis, Sugeyri e Isaac todos de apellidos Pérez
Mendoza, en la señora Paulina Hernández Arias, vecina de San José, Pavas,
urbanización Óscar Felipe, calle uno, casa 60, detrás del colegio de Rincón
Grande. Se le confiere audiencia por tres días hábiles para que presente los
alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se le
advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y
técnicos de su elección así como consultar el expediente en días y horas
hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo
se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos a las once horas
con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en
esta oficina local, ubicada en San José, Distrito Hospital, sita en calle
catorce, avenidas seis y ocho, del costado suroeste del parque La Merced,
ciento cincuenta metros al sur. Deberá señalar lugar conocido o número de
facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo o
si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el
medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiere la comunicación las resoluciones futuras quedarán
firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones
Judiciales. Se le hace saber, además que contra las indicada resolución procede
recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución el
cual deberán interponer ante esta representación legal dentro de las 48 horas
siguientes contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de
publicación del tercer aviso en el diario oficial en el entendido que hacerlo
fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139
del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N°
OLSJO-00256-2015.—Oficina Local de San José Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora,
Representante Legal.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000094.—(IN2015075226).
Al señor Ángel Dudley Traña Flores, con
documento de identidad desconocido, se le comunica la resolución de las 15:30
horas del 9 de octubre del 2015, dictada por esta Oficina Local de San José
Oeste del Patronato Nacional de la Infancia, la cual resuelve dar inicio al
proceso especial de protección mediante la medida de abrigo temporal a favor de
las personas menores de edad Daniel Esteban Traña Vega, en un albergue
institucional. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que
presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias
y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado
y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas
hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete
horas con treinta minutos a las once horas con treinta minutos en días hábiles
el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en San
José, Distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del
costado suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Deberá
señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer o si el medio electrónico seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de
dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber
además, que contra las indicada resolución procede recurso de apelación para
ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución el cual deberán interponer
ante esta representación legal dentro de las 48 horas siguientes contadas a
partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer
aviso en el diario oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). Expediente N° OLSJO-00259-2015.—Oficina Local de San José
Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O. C. N°
39132.—Solicitud N° 15000094.—(IN2015075228).
Al señor Santos Vargas Gutiérrez se le
comunica la resolución de las 14:00 del veintisiete de octubre del dos mil quince,
con la cual se da inicio al proceso especial de protección en sede
administrativa y se resuelve medida de tratamiento en Renacer, Patarrá a favor
de la persona menor de edad Katherine Lisbeth Vargas Morales. Se le confiere
audiencia por tres días hábiles para que presente los alegatos de su interés, y
ofrezca las pruebas que estime necesarias y se le advierte que tiene derecho a
hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como
consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para
fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas
con treinta minutos a las once horas con treinta minutos en días hábiles, el
cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local de San José Oeste.
Deberá de señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus
notificaciones, en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio electrónico
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas
después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace
saber además que contra las indicada resolución procede recurso de apelación
para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán
interponer ante esta representación legal dentro de las 48 horas siguientes contadas
a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer
aviso en el diario oficial en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia).—Oficina Local de San José Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora,
Representante Legal.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000094.—(IN2015075229).
A: Jader del Carmen Sequeira Vargas se le
comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia
de las nueve horas del veintitrés de octubre del año en curso, en la que se
resuelve: I.—Inicio de los trámites para la repatriación de las personas
menores de edad. Procédase al inicio de los trámites legales pertinentes a la
repatriación de las personas menores de edad Allison Pamela Vindas Obando y
Zharic Pamela Sequeira Vindas, cédula de identidad costarricense número
2-815-012 y 2-998-182, respectivamente. Lo anterior en virtud de que se han
mantenido en condición de vulnerabilidad social, que permanecen en condición
migratoria irregular en el hermano país de Nicaragüa y no mantienen ningún
arraigo ni red familiar de apoyo en dicho país y por lo cual al tenor de los
principios establecidos en los artículos 3 y 30 de la Convención sobre los Derechos
del Niño, y los artículos 3, 5, 6, 13, 17, 19, y 30, todos del Código de la
Niñez y la Adolescencia, esta institución debe asegurarle el respeto pleno a
sus derechos fundamentales, entre ellos su derecho a residir en su país natal u
de origen, con su familia nuclear o extensa, si así le resultare de mayor
provecho conforme su interés superior. II.—Que para los fines de repatriación
de las personas menores de edad Allison Pamela Vindas Obando y su menor hija
Zharic Pamela Sequeira Vindas, se ordena el establecimiento de comunicación
formal con el Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez, correspondiente a
la institución homóloga de Nicaragüa, a quien se le solicita el acompañamiento
de ambas personas menores de edad, asimismo se señale hora y fecha para la
entrega de las citadas personas menores de edad a los personeros al efecto
acreditados de ese ente gubernamental, con la finalidad de que la protección de
las personas menores de edad Allison Pamela y su menor hija Zharic Pamela a su
cargo y responsabilidad, mientras es ubicada en el recurso familiar prevalorado
para ello por parte de esta institución para la protección de la madre
adolescente y su hija y el respeto a sus derechos. Solicítesele a la honorable
señora Cónsul General de Nicaragüa en Costa Rica para que por vía consular se
le comunique esta resolución y la documentación que la acompaña, a las
autoridades antes indicadas de la República de Nicaragua. III.—Que se lleven a
cabo las coordinaciones correspondientes con Migración y Extranjería a fin de
asegurar el ingreso de las personas menores de edad a Costa Rica. Así mismo
coordine con el Consulado de Costa Rica en Nicaragua a fin de que se le provea
a las personas menores de edad Allison Pamela Vindas Obando y su menor hija
Zharic Pamela Sequeira Vindas, en caso de requerirse de pasaportes
provisionales. IV.—Brindar seguimiento a través del área de psicología de esta
oficina local del PANI a la adolescente madre por la situación vivenciada y a
la guardadora con el fin de fortalecer su rol materno, una vez que las PME sean
repatriadas. V.—Garantía de defensa: se le previene a los señores Evelyn
Vanessa Obando Calderón, Cristian Gerardo Vindas Bogantes y Jader del Carmen
Sequeira Vargas que es su derecho hacerse asesorar y representar por abogados y
técnicos de su elección, así como que tiene acceso al estudio y revisión del
expediente administrativo, que permanecerá a su disposición en esta oficina
local en horas y días hábiles de las siete y hasta las quince horas y treinta
minutos, ubicada en San José, calle catorce, entre avenidas ocho y diez. En
contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la
Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá interponer dentro de las 48
horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar,
casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio
electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo o si el lugar
señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio
electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Exp.
OLGR-00355-2015.—Oficina Local de Grecia, 23 de octubre del 2015.—Licda. Carmen
Lidia Durán Víquez.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000094.—(IN2015075231).
A las quince horas
del día seis de julio del dos mil quince. A los señores Óscar Obando Castro,
Carlos Rodríguez Campos, Breyner Araya Chavarría, Edwin Espinoza Garita,
Viviana Flores Rojas se les comunica la resolución de las once horas del día
tres de julio del dos mil quince, en la que se da inicio del proceso especial
de protección y se dicta medida de protección de cuido provisional a favor de
los niños Rafael Esterlyn Obando Flores, Jahina Pamela Rodríguez Flores, Jeykel
Johel Araya Flores, Fausto, Aarón y Faviana de apellidos Espinoza Flores, en el
hogar de la señora Marianela Matarrita
Villareal. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso
será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Exp. N° 644-00029-15.—Oficina Local de Osa.—Licda. Nury Barrantes
Picado, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39132.—Solicitud N°
15000096.—(IN2015078156).
Al señor Jhon Jairo
Angulo Grueso, mayor, cédula y demás calidades desconocidas por esta oficina
local se le comunican las resoluciones de las ocho horas cuarenta minutos del
cuatro de noviembre de dos mil quince y de las doce horas del cuatro de
noviembre de dos mil quince que ordenaron el inicio de proceso especial de
protección en favor de la persona menor de edad Gloria Valentina Angulo Siles y
dictó abrigo temporal en su favor por el plazo de seis meses prorrogables
judicialmente, ubicándola en albergue institucional, remitiéndose el expediente
al Área Psicosociolegal de la Oficina Local de Desamparados para que se realice
investigación ampliada de la situación en un plazo de veinticinco días y
definan situación sociolegal de la niña, además se valoren las condiciones de
la progenitora y del recurso por ella ofrecido. Ordenándose la incompetencia
territorial por parte de esta oficina local para seguir a cargo de la situación
de la niña dado que la madre y la niña mantienen su domicilio habitual en
Desamparados. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación,
las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de
dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede
el recurso ordinario de apelación, que deberá interponer ante la representación
legal de la oficina local de Desamparados dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de
recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución,
en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en
inadmisible. Expediente N° OLHN-00163-2014. Exp. N° OLHN-00538-2015.—Oficina
Local Heredia Norte.—Licda. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Órgano
Director del Procedimiento.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000096.—(IN2015078157).
A las diez horas
cincuenta minutos del día veintiséis de octubre del dos mil quince. Al señor
Randall Wilfredo Abarca Monestel se le comunica: la resolución de las quince
horas veinte minutos del día veintidós de julio del dos mil quince, en la que se
dicta resolución administrativa de medida de protección de abrigo temporal a
favor de la niña Ashley Asuseth Abarca Navarrete, en la Ong Posada Belén; la
resolución de las diez horas ocho minutos del día veintiséis de octubre del dos mil quince, en la que se dicta Resolución
Administrativa de Revocatoria. Notifíquese las anteriores resoluciones a la
parte interesada, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra
la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso
será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Exp. N° 644-00022-14.—Oficina Local de Osa.—Licda. Roxana Gamboa Martínez,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39132.—Solicitud N°
15000096.—(IN2015078158).
A las once horas
cuarenta y ocho minutos del día dieciséis de octubre del dos mil quince. Al
señor Mario Solano Cisneros se les comunica la resolución de las ocho horas
veinticinco minutos del día dieciséis de octubre del dos mil quince, en la que
se da inicio del proceso especial de protección y se dicta medida de protección
de abrigo temporal a favor de la niña Dayana Magaly Solano Badilla, en la Ong
Posada Belén. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso
será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Exp. N° OLBC-00041-15.—Oficina Local de Osa.—Licda. Roxana Gamboa Martínez,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39132.—Solicitud N°
15000096.—(IN2015078159).
A las catorce horas
del día veinticinco de agosto del dos mil quince. A los señores Elizabeth Mora
Monge se les comunica la resolución de las trece horas del día veinticinco de
agosto del dos mil quince, en la que se da inicio del proceso especial de
protección y se dicta medida de protección de cuido provisional a favor de los
niños José Antonio, David Antonio, Dalila, Merari Tatiana todos de apellidos
Díaz Mora, en el hogar de la señora Itzel Arias Vega. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación,
a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta representación legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Exp. N° 644-00014-14.—Oficina Local
de Osa.—Licda. Roxana Gamboa Martínez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C.
N° 39132.—Solicitud N° 15000096.—(IN2015078160).
A, Armando Castillo,
de un solo apellido en razón de su nacionalidad nicaragüense, quien radicada en
ese país, de domicilio desconocido y demás calidades desconocidas, se le hace
saber la resolución de las nueve horas treinta minutos del dieciséis de octubre
del dos mil quince. Recurso: apelación ante esta oficina local quien lo elevará
a la Presidencia Ejecutiva en San José. Plazo: cuarenta y ocho horas después de
la última publicación de este edicto. Expediente administrativo N°
OLSC-00285-2015.—Santa Cruz, 20 de octubre del 2015.—Oficina Local de Santa
Cruz.—Lic. Germán Morales Bonilla, Representante Legal.—O. C. N°
39132.—Solicitud N° 15000096.—(IN2015078196).
Le comunica a los progenitores Federico Chaves Ledezma, mayor,
costarricense, oficio y domicilio desconocidos, cédula de identidad N° 700850305
y Sofía Acevedo Castañeda, mayor, de nacionalidad nicaragüense, indocumentada,
oficio y domicilio desconocidos, ambos progenitores, que por resolución de las
nueve horas veintinueve minutos del diecinueve de octubre del 2015, se ordenó
el archivo del proceso especial de protección de su hija Allison Chaves
Acevedo, por cumplimiento de mayoría de edad. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación,
a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer,
o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber
además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de
revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta
representación legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha
de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de
conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término
el recurso deviene en inadmisible. Exp. N° O.L.AG-00137-2015.—Oficina Local de
Quepos.—Licda. Maribel Calderón Jiménez, Órgano Director del Procedimiento.—O.
C. N° 39132.—Solicitud N° 15000095.—(IN2015078199).
Se hace saber a la progenitora Kembli Ramírez
Villarreal, que con el fin de enderezar procesos y cumplir con el debido
proceso, se le comunican las siguientes Resoluciones Administrativas emitidas
todas por la Oficina Local de Hatillo como sigue: 1) Que por resolución
administrativa de las once horas y diez minutos del cuatro de junio del dos mil
quince, donde se da inicio al proceso especial de protección y se dicta medida
de protección de abrigo temporal en la ONG Casa Viva por el término de seis
meses a favor de la PME Sebastián Ramírez Villarreal. 2) Que por resolución
administrativa de las doce horas cuarenta minutos del treinta de junio del dos
mil quince, resolución la cual deja sin efecto de forma parcial la anterior
resolución supra citada a favor de la PME Sebastián Ramírez Villarreal, ubicando
a la PME con la tía materna señora Melany Ramírez Villarreal. 3) Que por
resolución de las once horas y diez minutos del cuatro de junio del dos mil
quince, en donde se dicta nuevamente resolución administrativa de medida de
abrigo temporal en la ONG Casa Viva a favor de la PME: Sebastián Ramírez
Villarreal. 4) Que por resolución administrativa de las trece horas y diez
minutos del dieciocho de agosto del dos mil quince, se deja sin efecto en forma
parcial la resolución de las doce horas y cuarenta minutos del treinta de junio
del dos mil quince en cuanto a la ubicación de la PME Sebastián Ramírez
Villarreal, ubicándolo en Casa Viva. 5) Que por resolución de las siete horas
con cincuenta minutos del día diecinueve de agosto del dos mil quince, resolución
que eleva recurso de apelación interpuesto por Merling Villarreal Dávila. 6)
Que por resolución de Comunicación al Juzgado de Niñez y Adolescencia sobre
ubicación de PME Sebastián Ramírez Villarreal en ONG Casa Viva de fecha
dieciocho de agosto del dos mil quince. 7) Que por resolución administrativa de
presidencia ejecutiva de las doce horas del veintiocho de agosto del dos mil
quince. Resolución de previo pronunciamiento que ordena notificar las
resoluciones supra indicadas a la progenitora. Se le hace saber además que el
plazo para oposiciones será de cuarenta y
ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto mediante recurso
de apelación el cual deberá interponerse ante esta oficina local, en forma
verbal o escrita; oficina que lo elevará ante el órgano superior. La
presentación del recurso no suspende los efectos de las resoluciones dictadas.
Asimismo se les emplaza a señalar lugar o medio para notificaciones presentes y
futuras, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuera
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el simple transcurrir de veinticuatro horas después de
dictadas. Igual sucederá cuando se haga imposible la notificación en el
medio señalado. Expediente administrativo N° OLHT-00084-2015.—Oficina Local de
Hatillo.—Lic. Walter Soto Mora, Representante Legal.—O. C. N° 39132.—Solicitud
N° 15000095.—(IN2015078201).
A las quince horas cinco minutos del
veintiséis de octubre del dos mil quince. Se le comunica a los señores Lendis
Espinoza Alemán y Gerardo Peña López, la resolución de las once horas tres
minutos del veintidós de octubre del dos mil quince, mediante en la cual se
ordenó la declaratoria de adoptabilidad en sede administrativa a favor de la
niña Bianca Lucía Peña Espinoza, por motivos que la progenitores incumplen con
sus deberes parentales sobre su hija de marras. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas personalmente o en su casa de habitación, a
quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones o bien señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de
hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación que deberán interponer ante esta representación legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el recurso será de conocimiento de la presidencia
ejecutiva de esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Exp. OLCO-00005-2015.—Oficina Local
de Corredores.—Licda. Dinia Vallejos Badilla, Órgano Director del
Procedimiento.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000095.—(IN2015078203).
AJUSTE
DEL PRECIO DEL ALQUILER
DE NICHOS MUNICIPALES
La Municipalidad del cantón de Mora, informa
a los contribuyentes que se autoriza el ajuste del precio de alquiler de nichos
municipales a ¢135.000,00 exactos por un periodo de 5 años. Éste aumento rige a
partir de la publicación en La Gaceta.
Karol Sánchez Quirós, Secretaria.—1 vez.—(IN2015075298).
Para los efectos legales correspondientes, la
Municipalidad de Santa Ana comunica que en la sesión ordinaria doscientos
setenta y ocho celebrada el primero de setiembre del dos mil quince el Concejo
Municipal aprobó en firme por unanimidad:
Acuerdo N° 6:
Se acepta la renuncia de la Licencia de Licor
N° 01-27, (distrito centro) presentado por la sociedad Corporación Caltico S.
A., cédula jurídica N° 3-101-123409, cuyos apoderados especiales son los
señores Daniel Chacón, cédula de identidad N° 1-0616-0758 y Frederick Spahr,
cédula de residencia N° 175600032226. Se ordena sacar del sistema esta licencia
desde el 1° de julio de 2015, que es la fecha de solicitud para que sea
cancelada. Publíquese una vez en el diario oficial.
Santa Ana, 11 de setiembre del
2015.—Licencias y Patentes.—Dinorah Arley Mata, Encargada.—1
vez.—(IN2015075238).
Para los efectos legales correspondientes, la
Municipalidad de Santa Ana comunica que en la sesión ordinaria doscientos
setenta y ocho, celebrada el primero de setiembre del dos mil quince el Concejo
Municipal aprobó en firme por unanimidad:
Acuerdo N° 6:
Se acepta la renuncia de la Licencia de
Licores N° 03-14 (distrito Pozos), presentado por la sociedad Comidas
Centroamericanas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-16470, cuyo
representante legal es el señor Jorge Nils Gutiérrez Cruz, cédula de identidad
N° 1-0601-0981. Se ordena sacar del sistema esta licencia desde el 1° de abril
de 2015. Publíquese una vez en el diario oficial.
Santa Ana, 11 de setiembre del
2015.—Licencias y Patentes.—Dinorah Arley Mata, Encargada.—1
vez.—(IN2015075240).
Para los efectos legales correspondientes la
Municipalidad de Santa Ana comunica que en la sesión ordinaria doscientos
setenta y ocho, celebrada el primero de setiembre del dos mil quince el Concejo
Municipal aprobó en firme por unanimidad:
Acuerdo N° 6:
Se acepta la renuncia de la Licencia de Licor
N° 01-24 (distrito centro), presentado por Fernando Castro Sandí, cédula de
identidad N° 1-0373-0557. Se ordena sacar del sistema esta licencia desde el 1°
de abril de 2015, que es la fecha de solicitud para que sea cancelada.
Publíquese una vez en el diario oficial.
Santa Ana, 11 de setiembre del
2015.—Licencias y Patentes.—Dinorah Arley Mata, Encargada.—1
vez.—(IN2015075243).
Para los efectos legales correspondientes, la
Municipalidad de Santa Ana comunica que en la sesión ordinaria doscientos
setenta y ocho, celebrada el primero de setiembre del dos mil quince el Concejo
Municipal aprobó en firme por unanimidad:
Acuerdo N° 6:
Se acepta la renuncia de la Licencia de Licor
N° 02-01 (distrito Salitral), presentado por el Sr. Fernando Castro Sandí,
portador de la cédula de identidad N° 1-0373-0557, se ordena sacar del sistema
esta licencia desde el 1° de enero de 2015, que es la fecha de solicitud para
que sea cancelada. Publíquese una vez en el diario oficial.
Santa Ana, 23 de octubre del 2015.—Licencias
y Patentes.—Dinorah Arley Mata, Encargada.—1 vez.—(IN2015075248).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
FLORES DE
MI TIERRA S. A.
Xinia González Cordero, cédula 144085
presidenta Flores de mi Tierra S. A., cédula jurídica 3-101-479039,
convocatoria a asamblea general extraordinaria de accionista, a celebrarse en
el domicilio social de la sociedad a las 14:00 horas del veintiocho de
diciembre de dos mil quince, en primera convocatoria y en segunda y última
convocatoria a las 14:30 horas del mismo mes y año en el mimo lugar. Agenda a
tratar ratificación para vender el inmueble de la sociedad, verificación de
gastos de mantenimiento y pago de impuestos territoriales y municipales.—Xinia
González Cordero, Presidenta.—(IN2015079880).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
CONDOMINIO ASTURIAS
Asamblea general
ordinaria de propietarios del Condominio Asturias, situado en Pavas, costado
norte del Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños, a celebrarse el día 11 de
diciembre de 2015 en el salón multiuso del condominio. La primera convocatoria
se realizará a las 18:00 horas, en caso de no haber quórum de ley se llamará a segunda
convocatoria a las 19:00 horas, iniciando con los propietarios presentes. El
orden del día será el siguiente:
1. Comprobación del quórum.
2. Informe de administración.
3. Informe económico-financiero y
aprobación del presupuesto 2015.
4. Aprobación multas reglamento
mascotas.
5. Asuntos varios.
6. Refrigerio.
San José, 18 de
noviembre del 2015.—Nuria Quirós Arce, Administradora.—1 vez.—(IN2015080238).
LAS
JACARANDAS TAMARINDO UNO LIMITADA
Se convoca a asamblea general extraordinaria
de socios, de la sociedad Las Jacarandas Tamarindo Uno Limitada, con cédula
jurídica 3-102-473540, a celebrarse el 6 de diciembre del 2015 en Guanacaste,
Santa Cruz, Tamarindo, P&D Abogados, Centro Comercial Tamarindo Business
Center, locales uno y dos, en primera convocatoria a las 12:00 horas. Si no se
lograre el quórum requerido se celebrará en segunda convocatoria a las 13:00
horas del mismo día. La Asamblea será para discutir los siguientes asuntos:
Orden
del día:
1) Comprobación del quórum y apertura de la asamblea.
2) Aprobación de un nuevo crédito hipotecario préstamo mercantil.
3) Otros asuntos propuestos por los socios.
4) Clausura.
Bruce Aaron Mckillican, Gerente.—1
vez.—(IN2015080524).
COOPERATIVA
DE CONSUMO DE LA COMUNIDAD
DE SANTA LUCÍA R.L.
La Cooperativa de Consumo de la Comunidad de
Santa Lucia R.L., con dirección en Almacén La Bodeguita, siglas Coopesantalucía
R.L., cédula jurídica número tres-cero cero cuatro-cero setenta y cinco mil
ciento cuarenta y cinco, informa a todos los interesados y asociados que el
próximo sábado treinta de enero del dos mil dieciséis a las trece horas, en
primer convocatoria se llevará a cabo la asamblea general ordinaria de la
Cooperativa de Consumo de la Comunidad de Santa Lucía R.L., que se celebrará en
el salón comunal de Santa Lucía de Pejibaye, Pérez Zeledón, San José, contiguo
al Mini Súper Santa Lucía del lugar.—Hortensia Granados Duarte, Gerente
General.—1 vez.—(IN2015080544).
CLUB LOS MADRUGONES DE SAN CARLOS
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Se convoca a asamblea general extraordinaria
de accionistas de Club Los Madrugones de San Carlos Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número 3-101-083966, a realizarse en el domicilio
social, un kilómetro al sur del quebrador en Santa Clara, Florencia, San
Carlos, Alajuela, a las 17:00 horas del 15 de diciembre de 2015. El único punto
de la agenda es resolver sobre la propuesta para disolver la compañía. De no
haber quórum a la hora señalada la asamblea se realizará en segunda
convocatoria una hora después con los socios presentes.—Luis Gerardo Alfaro
Quesada, Presidente.—1 vez.—(IN2015080553).
CORPORACIÓN
BANANERA NACIONAL
SOCIEDAD ANÓNIMA
Por este medio me permito invitar a los
tenedores de las acciones de las Series “A”, “B”, “C”, “D” y “E” de la
Corporación Bananera Nacional Sociedad Anónima, a la asamblea general
extraordinaria y ordinaria de accionistas en la que se conocerán los siguientes
puntos de agenda:
1. Aprobación del presupuesto de CORBANA S. A., para el año
económico-2016.
2. Nombramiento de la comisión para el análisis del presupuesto 2017.
3. Informe sobre las cuentas a cancelar contra la provisión de
incobrables, tanto de la cartera de crédito como de la cartera de impuestos.
Se fija la primera convocatoria para las
15:00 horas del lunes 14 de diciembre del 2015. El quórum en primera
convocatoria será de por lo menos las tres cuartas partes de la totalidad de
las acciones. De no existir el quórum requerido, se celebrará la reunión una
hora más tarde con el número de socios presentes. Se trate de la primera o
segunda convocatoria, podrá celebrarse la asamblea siempre que estén
representadas las tres primeras series de acciones (A, B, C). Esta Asamblea se
llevará a cabo en las instalaciones de la sede social de CORBANA S. A., sita en
Zapote, de la Casa Presidencial, ciento veinticinco metros al noreste. Los
accionistas que sean personas jurídicas deberán acreditar la representación de
su personería mediante certificación notarial y en el caso de que el personero
la delegue en otra persona se deberá adjuntar, además de la certificación de
personería del delegante, una carta poder o poder especial debidamente
autenticados. Las certificaciones de
personería no podrán tener un plazo mayor de tres meses de expedidas
debiendo contar con los timbres de ley y no
se aceptarán copias fotostáticas de estas ni de los poderes, aun cuando
unas y otros se presenten certificados. En cuanto a las certificaciones podrán
ser utilizadas para efectos de acreditación las presentadas en cualquiera de
las dependencias de CORBANA durante los dos meses anteriores al día en que se
celebre la asamblea y que no tengan más de tres meses de expedidas. Para
ejercitar esta opción deberá comunicar dicha situación a la secretaría de la
junta directiva antes del 04 de diciembre
del año en curso. Los socios, tanto personas físicas como jurídicas podrán
acreditarse en las oficinas centrales de CORBANA S. A., en la secretaría de
junta directiva los días 10 y 11 de diciembre de las 08:00 a las 16:30 horas,
así como el propio día de la asamblea a partir de las 12:00 horas. Cualquier
traspaso de acciones deberá solicitarse a la Gerencia General, a más tardar el 07 de diciembre del año en curso. Los
traspasos que impliquen reposición de títulos, no se tramitarán para efectos
del ejercicio del derecho a voto, sino hasta después de realizada la asamblea
de accionistas.—Junta Directiva.—MBA. Marjorie Ureña Castro, Subgerente
General.—Jéssica Brenes Vargas, Secretaria.—1 vez.—(IN2015080602).
ARALI
SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a los accionistas de Arali
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero diecisiete mil
doscientos veintiocho, a la asamblea general ordinaria de accionistas, a
celebrarse en las Oficinas de Pragma Legal, ubicadas en Pozos de Santa Ana,
Parque Empresarial Fórum 2, Edificio N, piso 5, a las 10:00 horas del miércoles
16 de diciembre de 2015. Si no hubiera quórum en primera convocatoria, se
celebrará la asamblea general ordinaria de accionistas en segunda convocatoria,
a las 11:00 horas de ese mismo día y en la misma dirección antes indicada. La
asamblea conocerá del siguiente orden del día:
1) Discutir, aprobar o improbar el informe de la presidencia.
2) Discutir, aprobar o improbar los estados financieros de la compañía
para el periodo fiscal 2015.
3) Resolución sobre declaración y pago de dividendos.
San José, 18 de noviembre de 2015.—Carlos
Enrique Araya Lizano, Presidente.—1 vez.—(IN2015080626).
FUNDACIÓN CRISTIANA OASIS DE ESPERANZA-NANDAYURE
Los suscritos Jorge
Arturo Alvarado Valverde, cédula número 1-766-455 y Marianella Bolaños
Arguedas, cédula número 1-1056-885, en calidad de representante legal y
fundador el primero y de directora la segunda de la Fundación Cristiana Oasis
de Esperanza-Nandayure (FUCOEN), cédula jurídica número 3-006-415839,
convocamos a la asamblea general extraordinaria con el fin de realizar la
sustitución de un director y aprobar el nuevo nombramiento.—San José, 31 de
setiembre del 2015.—Jorge Arturo Alvarado Valverde, Fundador.—Marianella
Bolaños Arguedas, Directora.—1 vez.—(IN2015080628).
VECTOR
CUATRO DIGITAL S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria de
accionistas de la firma Vector Cuatro Digital S. A., cédula jurídica
3-101-340619, a celebrarse en su domicilio social y comercial sito en San José,
Montes de Oca, San Pedro de Montes de Oca, 250 metros al sur del Banco
Nacional, a las 10:00 horas del lunes 21 de diciembre del 2015, en primera
convocatoria y una hora después en segunda convocatoria, sesión en la que se
conocerá lo siguiente:
Agenda:
1- Informe del señor fiscal.
2- Presentación y discusión del informe de auditoría a cargo del
auditor y del presidente y adopción de las medidas que se juzguen oportunas.
3- Discusión para aprobar o improbar el informe de resultados que
presente el presidente y adopción de las medidas que se juzguen oportunas.
4- Discusión y adopción de acuerdos a la distribución de utilidades o
pérdidas.
5- Revocatoria del cargo del fiscal por infracción al ordinal 196,
inciso c) del Código de Comercio y nombramiento de su sustituto o vacancia del
mismo por inopia o falta de acuerdo.
San José, 19 de noviembre del 2015.—Junta
Directiva.—María Isabel Porras Chacón, Secretaria.—1 vez.—(IN2015080683).
3101505287
S. A.
Se convoca a los socios de 3101505287 S. A.,
cédula jurídica 3101505287, a asamblea
general extraordinaria de socios la cual se celebrará en su domicilio social:
150 metros al sur del hogar de ancianos de Ciudad Quesada, San Carlos,
Alajuela, el 22/12/2015, a las 4:00 horas en primera convocatoria y a las 5:00
horas en segunda convocatoria. De no haber quórum en primera convocatoria, se instaurará la asamblea en segunda convocatoria en la
hora indicada anteriormente en la misma fecha y lugar. Se procederá a dar
inicio a la asamblea con los socios presentes en segunda convocatoria tal y
como lo estipula el artículo 171 del Código de Comercio. Asuntos a tratar: 1)
Verificación del quórum y apertura de la asamblea. 2) Modificar la cláusula
tercera del pacto constitutivo. 3) Aprobación y firmeza del acta de la asamblea
y nombramiento de ejecutores para protocolizar el acta. 4) Cierre de la
asamblea. Lugar y fecha de emisión de la convocatoria: Alajuela, 10 de
noviembre del 2015.—Junta Directiva.—Luis Alberto Badilla Arredondo,
Presidente.—1 vez.—(IN2015080750).
3101504928
S. A.
Se convoca a los socios de 3101504928 S. A.,
cédula jurídica 3101504928, a asamblea general extraordinaria de socios la cual
se celebrará en su domicilio social: 150 metros al sur del hogar de ancianos de
Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, el 21/12/2015 a las 4:00 p.m. en primera
convocatoria y a las 5:00 p.m. en segunda convocatoria. De no haber quórum en
primera convocatoria se instaurará la asamblea en segunda convocatoria en la
hora indicada anteriormente en la misma fecha y lugar. Se procederá a dar inicio a la asamblea con los socios presentes
en segunda convocatoria tal y como lo estipula el artículo 171 del Código de
Comercio. Asuntos a tratar: 1) Verificación del quórum y apertura de la
asamblea. 2) Modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo. 3)
Aprobación y firmeza del acta de la asamblea y nombramiento de ejecutores para
protocolizar el acta. 4) Cierre de la asamblea. Lugar y fecha de emisión de la
convocatoria: Alajuela, 11 de noviembre del 2015.—Junta Directiva.—Luis
Alberto Badilla Arredondo, Presidente.—1 vez.—(IN2015080751).
3101504927
S. A.
Se convoca a los socios
de 3101504927 S. A., cédula jurídica 3101504927, a asamblea general
extraordinaria de socios la cual se celebrará en su domicilio social: 150
metros al sur del hogar de ancianos de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, el
21/12/2015, a las 2:00 p.m. en primera convocatoria y a las 3:00 p.m. en
segunda convocatoria. De no haber quórum en primera convocatoria se instaurará
la asamblea en segunda convocatoria en la hora indicada anteriormente en la
misma fecha y lugar. Se procederá a dar inicio a la asamblea con los socios
presentes en segunda convocatoria tal y como lo estipula el artículo 171 del
Código de Comercio. Asuntos a tratar: 1) Verificación del quórum y apertura de
la asamblea. 2) Modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo. 3)
Aprobación y firmeza del acta de la asamblea y nombramiento de ejecutores para
protocolizar el acta. 4) Cierre de la asamblea. Lugar y fecha de emisión de la
convocatoria: Alajuela, 11 de noviembre del 2015.—Junta Directiva.—Luis Alberto
Badilla Arredondo, Presidente.—1 vez.—(IN2015080753).
3101504925
S. A.
Se convoca
a los socios de 3101504925 S. A., cédula jurídica 3101504925, a asamblea
general extraordinaria de socios la cual se celebrará en su domicilio social:
150 metros al sur del hogar de ancianos de Ciudad Quesada, San Carlos,
Alajuela, el 21/12/2015 a las 10:00 p.m. en primera convocatoria y a las 11:00
p.m. en segunda convocatoria. De no haber quórum en primera convocatoria se
instaurará la asamblea en segunda convocatoria en la hora indicada
anteriormente en la misma fecha y lugar. Se procederá a dar inicio a la
asamblea con los socios presentes en segunda convocatoria tal y como lo
estipula el artículo 171 del Código de Comercio. Asuntos a tratar: 1)
Verificación del quórum y apertura de la asamblea. 2) Modificar la cláusula
tercera del pacto constitutivo. 3) Aprobación y firmeza del acta de la asamblea
y nombramiento de ejecutores para protocolizar el acta. 4) Cierre de la
asamblea. Lugar y fecha de emisión de la convocatoria: Alajuela, 11 de
noviembre del 2015.—Junta Directiva.—Luis Alberto Badilla Arredondo,
Presidente.—1 vez.—(IN2015080754).
3101504926 S. A.
Se convoca a los socios
de 3101504926 S. A., cédula jurídica 3101504926, a asamblea general
extraordinaria de socios la cual se celebrará en su domicilio social: 150
metros al sur del hogar de ancianos de Ciudad Quesada, San Carlos, el
21/12/2015 a las 12 m.d. en primera convocatoria y a la 1:00 p.m. en segunda
convocatoria. De no haber quórum en primera convocatoria se instaurará la
asamblea en segunda convocatoria en la hora indicada anteriormente en la misma
fecha y lugar. Se procederá a dar inicio a la asamblea con los socios presentes
en segunda convocatoria tal y como lo estipula el artículo 171 del Código de
Comercio. Asuntos a tratar: 1) Verificación del quórum y apertura de la
asamblea. 2) Modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo. 3)
Aprobación y firmeza del acta de la asamblea y nombramiento de ejecutores para
protocolizar el acta. 4) Cierre de la asamblea. Lugar y fecha de emisión de la
convocatoria: Alajuela, 10 de noviembre del 2015.—Junta Directiva.—Luis Alberto
Badilla Arredondo, Presidente.—1 vez.—(IN2015080755).
3101504711
S. A.
Se convoca a los socios
de 3101504711 S. A., cédula jurídica 3101504711, a asamblea general
extraordinaria de socios la cual se celebrará en su domicilio social: 150
metros al sur del hogar de ancianos de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela el
21/12/2015, a las 8:00 a.m. en primera convocatoria y a las 9:00 a.m. en
segunda convocatoria. De no haber quórum en primera convocatoria se instaurará
la asamblea en segunda convocatoria en la hora indicada anteriormente en la
misma fecha y lugar. Se procederá a dar inicio a la asamblea con los socios
presentes en segunda convocatoria tal y como lo estipula el artículo 171 del
Código de Comercio. Asuntos a tratar: 1) Verificación del quórum y apertura de
la asamblea. 2) Modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo. 3)
Aprobación y firmeza del acta de la asamblea y nombramiento de ejecutores para
protocolizar el acta. 4) Cierre de la asamblea. Lugar y fecha de emisión de la
convocatoria: Alajuela, 11 de noviembre del 2015.—Junta Directiva.—Luis Alberto
Badilla Arredondo, Presidente.—1 vez.—(IN2015080757).
3101505290
S. A.
Se convoca a los socios
de 3101505290 S. A., cédula jurídica 3101505290, a asamblea general
extraordinaria de socios la cual se celebrará en su domicilio social: 150
metros al sur del hogar de ancianos de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, el
22/12/2015, a las 10:00 a.m. en primera convocatoria y a las 11:00 a.m. en
segunda convocatoria. De no haber quórum en primera convocatoria se instaurará
la asamblea en segunda convocatoria en la hora indicada anteriormente en la
misma fecha y lugar. Se procederá a dar inicio a la asamblea con los socios
presentes en segunda convocatoria tal y como lo estipula el artículo 171 del
Código de Comercio. Asuntos a tratar: 1) Verificación del quórum y apertura de
la asamblea. 2) Modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo. 3)
Aprobación y firmeza del acta de la asamblea y nombramiento de ejecutores para
protocolizar el acta. 4) Cierre de la asamblea. Lugar y fecha de emisión de la
convocatoria: Alajuela, 11 de noviembre del 2015.—Junta Directiva.—Luis Alberto
Badilla Arredondo, Presidente.—1 vez.—(IN2015080758).
3101505291 S. A.
Se convoca a los socios
de 3101505291 S. A., cédula jurídica 3101505291, a asamblea general
extraordinaria de socios la cual se celebrará en su domicilio social: 150
metros al sur del hogar de ancianos de Ciudad Quesada, San Carlos, el
22/12/2015 a las 8:00 a.m. en primera convocatoria y a las 9:00 en segunda
convocatoria. De no haber quórum en primera convocatoria se instaurará la asamblea
en segunda convocatoria en la hora indicada anteriormente en la misma fecha y
lugar. Se procederá a dar inicio a la asamblea con los socios presentes en
segunda convocatoria tal y como lo estipula el artículo 171 del Código de
Comercio. Asuntos a tratar: 1) Verificación del quórum y apertura de la
asamblea. 2) Modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo. 3)
Aprobación y firmeza del acta de la asamblea y nombramiento de ejecutores para
protocolizar el acta. 4) Cierre de la asamblea. Lugar y fecha de emisión de la
convocatoria: Alajuela, 11 de noviembre del 2015.—Junta Directiva.—Luis Alberto
Badilla Arredondo,
Presidente.—1 vez.—(IN2015080759).
3101505288
S. A.
Se convoca a los socios de 3101505288 S.A,
cédula jurídica 3101505288, a asamblea general extraordinaria de socios la cual
se celebrará en su domicilio social: 150
metros al sur del hogar de ancianos de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela el
22/12/2015 a las 2:00 p.m. en primera convocatoria y a las 3:00 p.m. en segunda
convocatoria. De no haber quórum en primera convocatoria se instaurará la
asamblea en segunda convocatoria en la hora indicada anteriormente en la misma
fecha y lugar. Se procederá a dar inicio a la asamblea con los socios presentes
en segunda convocatoria tal y como lo estipula el artículo 171 del Código de
Comercio. Asuntos a tratar: 1) Verificación del quórum y apertura de la
asamblea. 2) Modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo. 3)
Aprobación y firmeza del acta de la asamblea y nombramiento de ejecutores para
protocolizar el acta. 4) Cierre de la asamblea. Lugar y fecha de emisión de la
convocatoria: Alajuela, 11 de noviembre del 2015.—Junta Directiva.—Luis
Alberto Badilla Arredondo, Presidente.—1 vez.—(IN2015080760).
3101505289
S. A.
Se convoca a los socios de 3101505289 S.A.,
cédula jurídica 3101505289, a asamblea general extraordinaria de socios la cual
se celebrará en su domicilio social: 150
metros al sur del hogar de ancianos de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, el
22/12/2015 a las 12:00 m.d. en primera convocatoria y a la 1:00 p.m. en segunda
convocatoria. De no haber quórum en primera convocatoria se instaurará la
asamblea en segunda convocatoria en la hora indicada anteriormente en la misma
fecha y lugar. Se procederá a dar inicio a la asamblea con los socios presentes
en segunda convocatoria tal y como lo estipula el artículo 171 del Código de
Comercio. Asuntos a tratar: 1) Verificación del quórum y apertura de la
asamblea. 2) Modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo. 3) Aprobación
y firmeza del acta de la asamblea y nombramiento de ejecutores para
protocolizar el acta. 4) Cierre de la asamblea. Lugar y fecha de emisión de la
convocatoria: Alajuela, 11 de noviembre del 2015.—Junta Directiva.—Luis Alberto
Badilla Arredondo, Presidente.—1 vez.—(IN2015080761).
KERUCH DE COSTA RICA S. A.
La sociedad Keruch de
Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-267840, convoca a asamblea general
extraordinaria de socios, la cual se celebrará en el domicilio social, San José
- Santa Ana del Banco de Costa Rica cien metros oeste, cincuenta metros sur, a
las 8:00 horas del 11 de diciembre del 2015, en primera convocatoria; si no
hubiere quórum, se realizará la segunda convocatoria a las 8:30 a. m. del mismo
día.—San José, 20 de noviembre del 2015.—Juan Andrés Ruiz Pasos, Secretario.—1
vez.—(IN2015080863).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
CONDOMINIO EL CAMINO A SANTIAGO DE COMPOSTELA
Y OVIEDO XXVII SOCIEDAD ANÓNIMA
Condominio El Camino
A Santiago de Compostela y Oviedo XXVII Sociedad Anónima, cédula jurídica
número 3-101-321147, hace del conocimiento público que por motivo de extravío,
el señor Javier Antonio Soto Madrigal, cédula 1-576-933 ha solicitado la
reposición de su certificado de acciones sin número que representa seis acciones
de capital social. Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de
un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifiesten su
oposición dirigida a: Condominio El Camino A Santiago de Compostela y Oviedo
XXVII S. A., Santa Ana, trescientos metros al norte del cementerio, Condominio
Camino A Santiago, número veintisiete.—Gabriela Campos Verdesia,
Presidenta.—(IN2015064698).
ALMENDRO ENTERPRISES S. A
El suscrito Jean Paul Giudicelli Piñeres, en
su condición de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite
de suma de la sociedad Almendro Enterprises S. A., cédula jurídica número
3-101-349606, informa sobre el extravío de los certificados accionarios de la
compañía representativos de la totalidad del capital social de dicha sociedad,
los cuales se repondrán en virtud del referido extravío, veintitrés de octubre
del dos mil quince. Sr. Jean Paul Giudicelli Piñeres, con cédula de identidad
1-589-253, teléfono: 2201-3800.—(IN2015074416).
CAMPOSANTO LA PIEDAD, SOCIEDAD ANÓNIMA
Mediante escritura otorgada por la notaria pública
Mariela Solano Obando, a las 13:00 horas del día 26 de octubre del 2015, se
protocoliza asamblea general extraordinaria de la compañía Camposanto La Piedad, Sociedad Anónima, donde
se modifica la cláusula del capital social de la compañía.—San José, 28 octubre
de 2015.—Lic. Mariela Solano Obando, Notaria.—1 vez.—(IN2015074447).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
UNIVERSIDAD
DE LAS CIENCIAS Y EL ARTE
DE COSTA RICA
Ante este Registro se ha presentado solicitud
de reposición del título de Licenciatura en Enfermería, por causa de extravío,
emitido por la Universidad con fecha 24 de febrero de 2007, a nombre de Solano
Solano Mónica, portadora de la cedula de identidad 3-0369-0249, inscrito en el
tomo 27, folio 277, asiento 6000 del Consejo Nacional de Educación Superior
Universitaria (CONESUP ) y en el Registro de la Universidad de las Ciencias y
el Arte de Costa Rica en el tomo 1, folio 291, asiento 5440. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante este registro en el término de ocho
días hábiles contados a partir de la última publicación.—San José, 10 de
setiembre del 2015.—Flérida Méndez Herrera, Registradora.—(IN2015074658).
INDUSTRIAS RÓTULOS PLÁSTICOS “ARMAS”
La suscrita notaría, Rosibel Chavarría Mora, hace
constar que mediante asamblea general extraordinaria de cuotistas celebrada el
primero de octubre del dos mil quince el señor Fernando Armas Maroto ha cedido
y traspasado el nombre comercial c, cuyo número de registro es cuarenta
y seis mil cuatrocientos veintiuno, inscrito el siete de agosto de mil
novecientos setenta y tres a nombre de él en clase internacional para proteger
en clase cuarenta y nueve las actividades de rotulación a favor de la compañía
Rótulos Armas Limitada y dicha cesión y traspaso se está inscribiendo en el
registro de la propiedad industrial por si hubiere algún interesado en dicho
nombre comercial que quiera oponerse a esa cesión.—San José, 22 de octubre del
2015.—Lic. Rosibel Chavarría Mora, Notaria.—(IN2015074691).
HOTEL Y
CLUB PUNTA LEONA S. A.
Para efectos del Artículo 689 del Código de
Comercio, el Hotel y Club Punta Leona S. A. hace saber a quién interese, que
por haberse extraviado al propietario, repondrá la acción Nº 0959 a nombre de
Luis Sánchez Hernández, cédula de identidad Nº 1-0637-0748. Cualquier persona
interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última
publicación de este aviso.—San José, 28 de octubre del 2015.—Rolando Cordero
Vega, Secretario Junta Directiva.—(IN2015074745).
TRES-CIENTO UNO-SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL
OCHENTA Y SIETE SOCIEDAD ANÓNIMA
El suscrito notario hace constar que mediante
escritura pública número siete-cuatro otorgada a las once horas del veintiocho
de junio de dos mil quince, se protocolizaron actas de asamblea general
extraordinarias de accionistas de las sociedades denominadas Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Setenta y Un Mil Ochenta y Siete Sociedad Anónima, titular de
la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos setenta y un
mil ochenta y siete; e Inversiones Telemáticas Forex Sociedad Anónima titular
de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y
un mil setecientos cincuenta y tres; mediante las cuales se acordó aprobar y
practicar la fusión inversa de dichas sociedades, siendo la sociedad
prevaleciente Inversiones Telemáticas Forex Sociedad Anónima. Publíquese por
tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, veintiocho de
setiembre de dos mil quince.—Licda. Ivannia Méndez Rodríguez, Notaria.—(IN2015074769).
CONDOMINIO LLANOS DEL SOL
Se hace constar que
el Condominio denominado Llanos del Sol cédula jurídica número tres-ciento
nueve-ciento diecisiete mil doscientos sesenta, solicita a la Sección de
Registro Inmobiliario, Departamento de Propiedad Horizontal Condominios del
Registro Nacional, la reposición de los libros Diario de Caja, Actas Asamblea
Condominio, Actas Registro Condominios o Junta Directiva, los cuales se
extraviaron y se desconoce su paradero.—Edith Mora Gamboa, Propietaria.—(IN2015074887).
UNIVERSIDAD
CENTRAL
La Universidad Central certifica que ante
este Registro se ha presentado solicitud de reposición de título de
Licenciatura en Administración de Empresas a nombre de Francisco Lostalo
Álvarez, cédula 601570448, inscrito en la universidad en el Tomo 1, Folio 61,
Asiento 1016 y en el CONESUP en el Tomo V, Folio 407, N° 975. Se pide la
reposición por quema del original, se publica este edicto para oír oposición
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en este
diario oficial.—San José, 2 de noviembre del 2015.—Departamento de
Registro.—Mariana Obando B., Coordinadora.—(IN2015075031).
UNIVERSIDAD
METROPOLITANA CASTRO CARAZO
El Departamento de Registro de la Universidad
Metropolitana Castro Carazo, informa que se ha extraviado el Título de Maestría
en Administración de Negocios registrado en el control de emisiones de título
tomo 1, folio 195, asiento 4193, con fecha de agosto 2004, a nombre de
Francisco Lostalo Álvarez, cédula número: seis cero uno cinco siete cero cuatro
cuatro ocho, publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en La Gaceta.—San José, 2 de noviembre del 2015.—Departamento de
Registro.—Ing. Alejandra González López, Directora.—(IN2015075033).
GRUPO
MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA
De conformidad con lo estipulado por los
artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora Maribel Patricia Jiménez
Ávila, cédula 204530985, ha presentado ante esta entidad, solicitud de
reposición de sus certificados CPH N° 160-301-803301228420 por ¢308.747,09 y
con fecha de vencimiento del 3 de enero del 2012 y un cupón de interés por un
monto de ¢1.286,45 y con vencimiento del 3 de enero del 2012.—Alajuela, 29 de
octubre del 2015.—Josué Núñez Cartín, Gerente.—(IN2015075193).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
UNIVERSIDAD
LATINOAMERICANA
DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Por medio de la
presente, el Departamento de Registro la Universidad Latinoamericana de Ciencia
y Tecnología (ULACIT), certifica el extravío del título a nombre de Annette
Álvarez Duarte, cédula de siete cero ciento veinte cero trescientos noventa y
dos, del Bachillerato en Contaduría, inscrita en el tomo: 6, folio: 284,
asiento: 6522, con fecha del 2 de noviembre de dos mil tres. Se pública este
edicto para oír oposición a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Se expide la presente a solicitud del (la) interesado(a) y para efectos del
trámite de reposición de título, a los quince días del mes de enero de dos mil
quince.—Johanna Villalobos Barquero, Directora del Departamento de
Registro.—(IN2015075332).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
LOS
CANGREJOS L.E.M.F. S. A.
Por escritura pública N° 325, otorgada ante
mi notaría de las trece horas del treinta de octubre del dos mil quince, se
solicita la reposición del Libro Asamblea General N° 01 por extravío de la
sociedad de esta plaza Los Cangrejos L.E.M.F. S. A., cédula tres-ciento
uno-trescientos sesenta y tres mil quinientos treinta y seis.—Greivin Ureña
Fuentes, Notario.—1 vez.—(IN2015075250).
METRONICS
COSTA RICA S. A.
Metronics Costa Rica S.
A., cédula jurídica N° 3-101-387845, está tramitando la reposición de los
Libros Legales ante el Registro Público. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante la sociedad al fax 22311489 y ante el Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional.—San José, 2 de noviembre de
2015.—Silvia Murillo Herrera, Secretaria.—1 vez.—(IN2015075344).
CORPORACIÓN
DENEBOLA SOCIEDAD ANÓNIMA
Se comunica que de
conformidad con el Reglamento del Registro Nacional para la legalización de
libros de Sociedades Mercantiles, Corporación Denebola Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y ocho mil quinientos
veintinueve, procederá con la reposición por motivo de extravío de los libros
legales de Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios y Actas de Consejo
de Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en
el domicilio social de la sociedad, dentro del término correspondiente para
ello, contado a partir de esta publicación.—Mauricio Mena Gutiérrez,
Presidente.—1 vez.—(IN2015075808).
FJ NEGRO
AÑO DOS MIL NUEVE SRL
FJ Negro Año Dos Mil
Nueve SRL., con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos
cincuenta y tres mil ochenta y uno, de conformidad con lo establecido en el
artículo catorce del Reglamento del Registro Nacional para la legalización de
libros de sociedades mercantiles, hace constar que al día de hoy se encuentran
extraviados los libros de Registro de Cuotistas y Asamblea General de
Cuotistas, razón por la cual una vez publicado el presente aviso procederemos
con la nueva apertura de los libros legales de la compañía anteriormente
indicada.—Catorce de octubre del dos mil quince.—Franco Arturo Pacheco Arce.—1
vez.—(IN2015075886).
INVERSIONES ASTEROIDE S. A.
La suscrita Karen Ruth
Marini Carr, de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, con
pasaporte estadounidense número 519726819, conocida anteriormente con el nombre
de Karen Ruth Marini Bertschman, actuando en este acto en mi condición de única
socia, de la sociedad Inversiones Asteroide S. A., con cédula jurídica
3-101-020024, con el debido respeto manifiesto: Solicito en nombre de la
sociedad Inversiones Asteroide S. A, la reposición de los libros legales de
Asambleas de Socios, Junta Directiva y Registro de Socios, Mayor, Diario,
Inventario y Balances, los cuales se extraviaron.—Karen Ruth Marini Carr,
Accionista.—1 vez.—(IN2015075898).
VM TOUR DE COSTA
RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Karen Cristina Ramírez Quesada, mayor, casada una vez, empresaria, vecina
de San José, portadora de la cédula de identidad uno-mil ciento setenta y
siete-ciento veintiocho, en su condición de secretaria con facultades de
apoderada generalísima sin limitación de suma de la compañía denominada VM Tour
de Costa Rica Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica
tres-ciento uno trescientos ochenta y siete mil quinientos veinticinco,
solicito al Registro Público, la reposición de los siguientes tres libros:
actas de consejo de administración, actas de asambleas de socios y registro de
socios. Quién se considere afectado puede manifestar su opinión ante el Registro
Nacional sección Legalización de Libros, en el término de ocho días habiles
contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Karen
Cristina Ramírez Quesada, Secretaria.—1 vez.—(IN2015076443).
M.J. INVERSIONES DEL CARIBE S. A.
M.J. Inversiones del
Caribe S. A., cédula jurídica N° 3-101-415273, con domicilio social en San
José, Rohrmoser, del Parque de La Amistad, 600 metros al oeste y 50 metros al
norte, Edificio Phoenicia, segundo piso, por extravío solicita la reposición de
los libros de actas de asambleas de accionistas N° 1, de actas de junta
directiva N° 1 y registro de accionistas N° 1, quien se considere afectado
puede manifestar su oposición, en el término de 15 días hábiles contados a
partir de la presente publicación en el Diario Oficial La Gaceta,
pudiendo contactarse con el licenciado Fernán Pacheco Alfaro, teléfono:
2524-2930, Barrio Dent, Oficentro Latitud Dent, oficina 312.—Talamanca de
Limón, 24 de octubre del 2015.—Marc Rene Vanese.—1 vez.—(IN2015076503).
FELIZ PANG S. R. L.
Yo, Pang Jeou Hu, con cédula de residencia actual número 115800074734,
en mi condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de Feliz Pang S.
R. L., con cédula jurídica N° 3-102-195401, manifiesto que iniciaré trámites de
reposición de los libros legales de dicha sociedad por haberse extraviado.—San
José, 5 de noviembre del 2015.—Pang Jeou Hu, Apoderado Generalísimo.—1
vez.—(IN2015076538).
CONSTRUCTORA
ARPO S. A.
La suscrita, Jessica
Alvarado Herrera, notaria pública, con oficina en la ciudad de San José,
Desamparados, hace constar que en fecha dieciséis de noviembre del dos mil
quince, se solicitó al registro de personas jurídicas la asignación de número
de legalización por pérdida de libros de asamblea de socios y registro de
socios de la empresa Constructora Arpo S. A., con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro mil veinticinco.—San José,
dieciséis de noviembre del dos mil quince.—Licda. Jessica Alvarado Herrera,
Notaria.—1 vez.—(IN2015079918).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario en la ciudad de San José a las 8:00
horas del día de hoy protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Hotel Occidental Playa Nacascolo, Sociedad Anónima, se
acuerda aumentar y disminuir el capital social de la compañía modificándose la
cláusula quinta del pacto social.—San José, 29 de octubre de 2015.—Lic. Oscar
Guillermo Barrantes Chacón, Notario.—(IN2015074324).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las nueve horas del veintinueve de octubre del dos mil quince se
protocolizó asamblea general extraordinaria de Proyectos y Desarrollos de
Centroamérica, Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - uno cero uno - uno
nueve cuatro seis dos seis, modificando el pacto constitutivo, disminuyendo el
capital social.—San José, del 29 de octubre del 2015.—Lic. Tomás Esquivel
Cerdas, Notario.—(IN2015074581).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Hoy
protocolicé acuerdos de la sociedad Distribuidora El Mundo Plástico S. A.,
mediante la cual se modificó la cláusula quinta del capital social de la
sociedad por disminución de capital.—San José, 8 de octubre de dos mil
quince.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—(IN2015074846).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 02 de setiembre del año 2015,
se constituyó la sociedad denominada La Provence CR Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Lic. Federico
Rafael Jenkins Moreno, Notario.—1 vez.—CE2015007226.—(IN2015070346).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 19 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Kayerre Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 2 de setiembre del 2015.—Licda. Paola Castro Montealegre, Notaria.—1
vez.—CE2015007227 (IN2015070347).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría
a las 08 horas 00 minutos del 01 de setiembre del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Servicio y Asesorías E.J.E. Sociedad Anónima.—San
José, 2 de setiembre del 2015.—Lic. Miguel Ángel Herrera González, Notario.—1
vez.—CE2015007228.—(IN2015070348).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 28 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada SZ Brothers Sociedad Anónima.—San José, 2 de
setiembre del 2015.—Lic. Francisco Alonso Villalobos Brenes, Notario.—1
vez.—CE2015007229.—(IN2015070349).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 18 horas 00 minutos del 01 de setiembre del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada J&I Investments QA-CR Sociedad Anónima.—San
José, 2 de setiembre del 2015.—Licda. Maritza Blanco Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2015007230.—(IN2015070350).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Tecnología Automotriz Sociedad Anónima.—San José, 2
de setiembre del 2015.—Lic. Carlos Guillermo Ureña Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2015007231.—(IN2015070351).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 30 minutos del 02 de setiembre del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Jektor de Mitras Sociedad Anónima.—San José, 2 de
setiembre del 2015.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—CE2015007232.—(IN2015070352).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 19 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Carribean Aquisitions C.L. Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Licda. Helen Duarte Gamboa,
Notaria.—1 vez.—CE2015007233.—(IN2015070353).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 16 horas 30 minutos del 25 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Acode Asesores Contemporáneos de Educación Sociedad
Anónima.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Lic. Ernesto Desanti González,
Notario.—1 vez.—CE2015007234.—(IN2015070354).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 00 minutos del 02 de setiembre del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Estructuras Metalicas Z Z Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Lic. Carlos Guillermo Ureña
Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2015007235.—(IN2015070355).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 18 horas 00 minutos del 02 de setiembre del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Gestalt Media Costa Rica Sociedad Anónima.—San José,
2 de setiembre del 2015.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1
vez.—CE2015007236.—(IN2015070356).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 02 de setiembre del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Novedades Internacionales Best Limitada.—San José, 2
de setiembre del 2015.—Lic. Evelyn María Obando Pradella, Notaria.—1
vez.—CE2015007237.—(IN2015070357).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 02 de setiembre del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Alevines del Norte Sociedad Anónima.—San José, 2 de
setiembre del 2015.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1
vez.—CE2015007238.—(IN2015070358).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 02 de setiembre del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Servicios Veterinarios de Occidente Dr. Fernández
Sociedad Anónima.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Lic. Mario Enrique
Acuña Jara, Notario.—1 vez.—CE2015007239.—(IN2015070359).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría
a las 07 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada C Shine Limitada.—San José, 2 de setiembre del
2015.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2015007240.—(IN2015070360).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 02 de setiembre del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Liberia Moon Street Sociedad Anónima.—San José, 2 de
setiembre del 2015.—Licda. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1
vez.—CE2015007241.—(IN2015070361).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 00 minutos del 19 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Duquesa Número Doce Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 2 de setiembre del 2015.—Licda. Isis Ulloa Ocampo, Notaria.—1
vez.—CE2015007242.—(IN2015070362).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 40 minutos del 01 de setiembre del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Frente a la Playa Uno Sociedad Anónima.—San José, 2
de setiembre del 2015.—Lic. Henry Gómez Pineda, Notario.—1 vez.—CE2015007243.—(IN2015070363).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 02 de setiembre del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Novedades Internacionales Best Limitada.—San José, 2
de setiembre del 2015.—Licda. Evelyn María Obando Pradella, Notaria.—1
vez.—CE2015007244.—(IN2015070364).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 30 minutos del 01 de setiembre del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Frente al Malecón Cuatro Sociedad Anónima.—San José,
2 de setiembre del 2015.—Lic. Henry Gómez Pineda, Notario.—1
vez.—CE2015007245.—(IN2015070365).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 17 horas 07 minutos del 30 de abril del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Diamond y The Blue Sky Sociedad Anónima.—San José, 4
de mayo del 2015.—Licda. Ingrid Vanessa Mata Araya, Notaria.—1
vez.—CE2015003297.—(IN2015070366).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 18 horas 30 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Coach Tea Investments LLC Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 4 de mayo del 2015.—Licda. Liliana Patricia Padilla
Grajales, Notaria.—1 vez.—CE2015003298.—(IN2015070367).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 12 horas 30 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Tres Regalos Hoa Management Corporation Sociedad Anónima.—San
José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1
vez.—CE2015003299.—(IN2015070368).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 23 de abril del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada La Casa del Almirante Cook Sociedad Anónima.—San
José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Ronald Blair Houston Mahon, Notario.—1
vez.—CE2015003300.—(IN2015070369).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 17 horas 00 minutos del 30 de abril del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Hap Industrial Solutions Sociedad Anónima.—San José,
5 de mayo del 2015.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1
vez.—CE2015003301.—(IN2015070370).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 16 horas 00 minutos del 30 de abril del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Steven and Bechstein Investments Sociedad Anónima.—San
José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1
vez.—CE2015003302.—(IN2015070371).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada SPH Servicios Prehospitalarios Sociedad Anónima.—San
José, 5 de mayo del 2015.—Lic. German Enrique Salazar Santamaría, Notario.—1
vez.—CE2015003303.—(IN2015070372).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 05 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada San José Huarochirí Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Carlos Guillermo Ureña Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2015003304.—(IN2015070373).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 30 de abril del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Clyma Boehm Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo
del 2015.—Lic. José Antonio Reyes Villalobos, Notario.—1
vez.—CE2015003305.—(IN2015070374).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Parkfouryou Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de mayo del 2015.—Licda. Jessica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—CE2015003306.—(IN2015070375).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Automax Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1
vez.—CE2015003307.—(IN2015070376).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 29 de abril del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Terre Dei Sogni Sociedad Anónima.—San José, 5 de
mayo del 2015.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1
vez.—CE2015003308.—(IN2015070377).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 27 de abril del año
2015, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Construcción y
Agrícolas Santana JR Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic.
Esther Cecilia Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—CE2015003309.—(IN2015070378).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 05 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Multiservicios Burgalin Sociedad Anónima.—San José,
5 de mayo del 2015.—Lic. Maikol Sebastián Segura Chavarría, Notario.—1
vez.—CE2015003310.—(IN2015070379).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 07 horas 30 minutos del 23 de abril del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada BVN Five Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de mayo del 2015.—Licda. Melissa Ramos Ross, Notaria.—1
vez.—CE2015003311.—(IN2015070380).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 07 horas 30 minutos del 09 de abril del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Casa Celestial Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de mayo del 2015.—Licda. Melissa Ramos Ross, Notaria.—1
vez.—CE2015003312.—(IN2015070381).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 30 de abril del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Villa Portineria Corporation Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Licda. Ana Gabriela Acevedo Rivera,
Notaria.—1 vez.—CE2015003313.—(IN2015070382).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 21 horas 06 minutos del 30 de abril del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Aplicación Elegante Igual Arte y Técnica Neta Sociedad
Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Licda. Isabel Bolaños Madrigal,
Notaria.—1 vez.—CE2015003314.—(IN2015070383).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 29 de abril del año 2015, se constituyó la sociedad
denominada Worldwide Strategy Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de mayo del 2015.—Licda. Andrea Morúa Vega, Notaria.—1
vez.—CE2015003315.—(IN2015070384).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 13 minutos del 23 de abril del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada B&A International Traders Limitada.—San José, 5
de mayo del 2015.—Lic. Álvaro Masís Montero, Notario.—1
vez.—CE2015003316.—(IN2015070385).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Condominio Óptima Desarrolladora Sociedad Anónima.—San
José, 5 de mayo del 2015.—Licda. Patricia Cordero Cajiao, Notaria.—1
vez.—CE2015003317.—(IN2015070386).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 05 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Cocobey Consulting Limitada.—San José, 5 de mayo del
2015.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—CE2015003318.—(IN2015070387).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 05 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Ripoll Limitada.—San José, 5 de mayo del
2015.—Licda. Kathia Quesada Campos, Notaria.—1 vez.—CE2015003319.—(IN2015070388).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 26 de marzo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Sistema de Información Nacional de Futbol SINFUT
Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Francisco Orlando
Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—CE2015003320.—(IN2015070389).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 17 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada AFOSA, Academia de Formación en Seguridad & Asesoría
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic.
Ricardo Villalobos Arias, Notario.—1 vez.—CE2015003321.—(IN2015070390).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 30 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Pandora Amazones Sociedad Anónima.—San José, 5 de
mayo del 2015.—Lic. Nancy Vieto Hernández, Notaria.—1
vez.—CE2015003322.—(IN2015070391).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 04 de mayo del año
2015, se constituyó la sociedad denominada Victoire XVI Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Deiver Alonso
Ramírez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2015003323.—(IN2015070392).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 22 de abril del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Servicentro Jicaral BCH Sociedad Anónima.—San José,
5 de mayo del 2015.—Lic. William José Herrera Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2015003324.—(IN2015070393).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Truth Not Belief Sociedad Anónima.—San José, 5 de
mayo del 2015.—Licda. Nancy Vieto Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2015003325.—(IN2015070394).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 00 minutos del 28 de abril del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada CMALL Tienda Shop Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1
vez.—CE2015003326.—(IN2015070395).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 05 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada John M Donovan Ira Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1
vez.—CE2015003327.—(IN2015070396).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 18 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Pasos Verdes CR Sociedad Anónima.—San José, 5 de
mayo del 2015.—Lic. Mario Alexis González Zeledón, Notario.—1
vez.—CE2015003328.—(IN2015070397).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 30 minutos del 05 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Agencia de Prensa Costarricense APC Medios Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Licda. Sinda
Vanessa Gochez Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2015003329.—(IN2015070398).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 30 minutos del 05 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada MCD Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
5 de mayo del 2015.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1
vez.—CE2015003330.—(IN2015070399).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 12 horas 40 minutos del 29 de abril del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada High end Design&Construction Sociedad Anónima.—San
José, 5 de mayo del 2015.—Licda. Violeta Rojas Soza, Notaria.—1 vez.—CE2015003331.—(IN2015070400).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 30 minutos del 05 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Bright Side Moves Limitada.—San José, 5 de mayo del
2015.—Lic. Jorge Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1
vez.—CE2015003332.—(IN2015070401).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 00 minutos del 05 de mayo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Desarrollos Fotovoltaicos de Guanacaste Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Esteban
Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2015003333.—(IN2015070402).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 12 horas 00 minutos del 26 de marzo del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Grupo Tecnicentro Ruedas y Ruedas Sociedad Anónima.—San
José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Jorge Walter Ruiz González, Notario.—1
vez.—CE2015003334.—(IN2015070403).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 00 minutos del 16 de abril del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Quinto Dos L D Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo
del 2015.—Lic. Mario Alberto Rodríguez Barrantes, Notario.—1
vez.—CE2015003335.—(IN2015070404).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 17 horas 00 minutos del 24 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Florencia en Manuel Antonio Limitada.—San José, 28
de julio del 2015.—Lic. Mauricio Lara Ramos, Notario.—1
vez.—CE2015006067.—(IN2015070405).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 49 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada G Y G Group Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio
del 2015.—Lic. Laureen Jinnett Leandro Castillo, Notario.—1
vez.—CE2015006068.—(IN2015070406).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 16 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Fegamsal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 29 de julio del 2015.—Lic. Pablo Gazel Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2015006069.—(IN2015070407).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada La Loma de Brasil de Mora L.B.M. Sociedad Anónima.—San
José, 29 de julio del 2015.—Licda. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1
vez.—CE2015006070.—(IN2015070408).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Orange Wave Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio
del 2015.—Licda. Alejandra Solano Solano, Notaria.—1
vez.—CE2015006071.—(IN2015070409).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Madlab C.R. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 29 de julio del 2015.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1
vez.—CE2015006072.—(IN2015070410).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 16 horas 15 minutos del 03 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Quantum Leap Potentials Limitada.—San José, 29 de
julio del 2015.—Lic. Jorge Gerardo Cerdas Pérez, Notario.—1
vez.—CE2015006073.—(IN2015070411).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Operadora Servicios y Soluciones Integrales de Costa
Rica Siglo XXI Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de julio
del 2015.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—CE2015006074.—(IN2015070412).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Metalmecánica Río Blanco S. A. Sociedad Anónima.—San
José, 29 de julio del 2015.—Lic. Dora María Fernández Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2015006075.—(IN2015070413).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Sendas y Caminos de mi Barrio Sociedad Anónima.—San
José, 29 de julio del 2015.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1
vez.—CE2015006076.—(IN2015070414).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Grupo Estético Centroamericano G.E.C. Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Roberto
Murillo Murillo, Notario.—1 vez.—CE2015006077.—(IN2015070415).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Simulation Driven Engineering Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de julio del 2015.—Licda. Ana
Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2015006078.—(IN2015070416).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 07 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Abril Capitales Sociedad Anónima.—San José, 29 de
julio del 2015.—Lic. Jeffry Gerardo Ortega Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2015006079.—(IN2015070417).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 44 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Smokin Pig Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 29 de julio del 2015.—Licda. Denise Eduviges Varela Sánchez, Notaria.—1
vez.—CE2015006080.—(IN2015070418).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Aeroparts U.S.A. Sociedad Anónima.—San José, 29 de
julio del 2015.—Licda. Elena María Escalante Rodríguez, Notaria.—1
vez.—CE2015006081.—(IN2015070419).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Capital Treinta y Tres Cincuenta Desarrollos Sociedad
Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Jimmy José León Madrigal,
Notario.—1 vez.—CE2015006082.—(IN2015070420).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Coliseo Investments de Costa Rica Limitada.—San
José, 29 de julio del 2015.—Licda. Ana Mercedes Sancho Rubí, Notaria.—1
vez.—CE2015006083.—(IN2015070421).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 18 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Desarrollos del Este J Y C Sociedad Anónima.—San
José, 29 de julio del 2015.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1
vez.—CE2015006084.—(IN2015070422).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 12 horas 15 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Plain Paradise Limitada.—San José, 29 de julio del
2015.—Lic. Deiver Alonso Ramírez Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2015006085.—(IN2015070423).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 29 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Worldwide Adventure Limitada.—San José, 29 de julio
del 2015.—Lic. Deiver Alonso Ramírez Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2015006086.—(IN2015070424).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Maincar Desarrollos Sociedad Anónima.—San José, 29
de julio del 2015.—Licda. Karen Rokbrand Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2015006087.—(IN2015070425).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Claukani Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 29 de julio del 2015.—Lic. Pablo Andrés Sancho Calvo, Notario.—1
vez.—CE2015006088.—(IN2015070426).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Stratega Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
29 de julio del 2015.—Licda. Tannia Calderón Quesada, Notaria.—1
vez.—CE2015006089.—(IN2015070427).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Importaciones Joremi Sociedad Anónima.—San José, 29
de julio del 2015.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notario.—1
vez.—CE2015006090.—(IN2015070428).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada La Herbolaria Verde Sociedad Anónima.—San José, 29
de julio del 2015.—Licda. Nidia María Alvarado Morales, Notaria.—1
vez.—CE2015006091.—(IN2015070429).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 17 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Rsancam Registros Sanitarios de Centroamérica Sociedad
Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Lothar Arturo Volio Volkmer,
Notario.—1 vez.—CE2015006092.—(IN2015070430).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada El Momento del Tucson Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Roberto Enrique Cordero
Brenes, Notario.—1 vez.—CE2015006093.—(IN2015070431).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Upalmajo Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del
2015.—Licda. María Gabriela Zeledón Ching, Notaria.—1
vez.—CE2015006094.—(IN2015070432).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones GML de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 29 de julio del 2015.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1
vez.—CE2015006095.—(IN2015070433).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 10 horas 00 minutos del 15 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Comsumelec Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio
del 2015.—Lic. Róger Antonio Sancho Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2015006096.—(IN2015070434).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 11 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Casa Cerca del Mar Limitada.—San José, 29 de julio
del 2015.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1
vez.—CE2015006097.—(IN2015070435).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 14 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Gibraltar’s Rock Sociedad Anónima.—San José, 29 de
julio del 2015.—Licda. Laura Priscila Carvajal Ramírez, Notaria.—1
vez.—CE2015006098.—(IN2015070436).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 15 horas 40 minutos del 22 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Cablecity Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio
del 2015.—Lic. German Enrique Salazar Santamaría, Notario.—1
vez.—CE2015006099.—(IN2015070437).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 17 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Made In Austria Sociedad Anónima.—San José, 29 de
julio del 2015.—Lic. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1
vez.—CE2015006100.—(IN2015070438).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 16 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Arguedas Blen Sociedad Anónima.—San José, 29 de
julio del 2015.—Licda. Geanina Soto Chaves, Notaria.—1
vez.—CE2015006101.—(IN2015070439).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Tajo la Pedriza de Occidente Sociedad Anónima.—San
José, 29 de julio del 2015.—Lic. Mario Alexis González Zeledón, Notario.—1
vez.—CE2015006102.—(IN2015070440).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 17 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Applied Business Solutions (A.B.S.) Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Adrián
Alberto Quesada Arias, Notario.—1 vez.—CE2015006103.—(IN2015070441).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada La Potongui Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio
del 2015.—Lic. Maximo Sequeira Alemán, Notario.—1
vez.—CE2015006104.—(IN2015070442).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 19 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Casa Ciento Veinticuatro Condominio Terrafe Sociedad
Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Licda. Gloriana Arias Mora,
Notaria.—1 vez.—CE2015006105.—(IN2015070443).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Cajaisol Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del
2015.—Lic. Alfonso Guzmán Chaves, Notario.—1 vez.—CE2015006106.—(IN2015070444).
Por escritura número ciento seis, otorgada a
las veinte horas del catorce de octubre del dos mil quince, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Bienvenido
a Casa S. A., en la cual se reforma la cláusula segunda, del pacto
constitutivo.—Lic. Adrián Obando Agüero, Notario.—1 vez.—(IN2015072997).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las dieciocho horas del veintiuno de octubre del dos mil quince, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Hotel
Fiesta de Playa S.R.L. y Secreto del Pacífico S.R.L. Donde se
acuerda a fusión prevaleciendo Hotel Fiesta de Playa S.R.L.—San José,
veintitrés de octubre del dos mil quince.—Licda. Magally María Guadamuz García,
Notaria.—1 vez.—(IN2015073000).
Por escritura otorgada ante este notario, a
las nueve horas treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil quince, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía Conair Products Distribution Services Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San
José, veintiuno de octubre del dos mil quince.—Lic. Sergio Antonio Solera
Lacayo, Notario.—1 vez.—(IN2015073006).
Ante esta notaría se
constituyó Distribuidor Palmero del Sur Sociedad Anónima, capital social
suscrito y pagado, domicilio en La Cuesta de Corredores, Puntarenas, ciento
cincuenta metros noroeste del puesto de policía, casa color terracota.
Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma con representación judicial y extrajudicial, los señores Donny Eduardo
Leiva García y Danny Enrique Leiva García respectivamente.—La Cuesta, trece de
noviembre del dos mil quince.—Lic. Francisco Porras Jiménez, Notario.—1
vez.—(IN2015079743).
Mediante escritura
otorgada por la notarIa pública Mariela Solano Obando, a las 14:00 horas del
día 11 de noviembre del 2015, se protocoliza asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la compañía Deallaw Limitada, donde se modifica la
cláusula octava de la administración del pacto social de la compañía.—San José,
11 de noviembre del 2015.—Licda. Mariela Solano Obando, Notaria.—1
vez.—(IN2015079745).
Mediante escritura
por mi otorgada protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios
de Creaciones y Retucherias Esther S. A., en donde se cambió domicilio
social y razón social para que en el futuro se denomine: Odontólogos
Privados Metropolitanos V y Z Sociedad Anónima.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi,
Notario.—1 vez.—(IN2015079758).
Ante mí, Henry
Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en Atenas, hago constar que el
día once de noviembre del dos mil quince a las once horas en la ciudad de
Atenas se protocolizó la asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad Consorcio de Seguridad Zeta L & N Sociedad Anónima. En la
cual se reforma la cláusula quinta, aumentando el capital y la cláusula octava
del pacto constitutivo, y se revoca el nombramiento del presidente.—Atenas,
once de noviembre del dos mil quince.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—(IN2015079764).
Por escritura número
ciento ochenta-catorce, otorgada en esta notaría se modificó la cláusula
segunda del estatuto social de la entidad denominada Inmobiliaria Van
Sociedad Anónima.—Palmar Norte de Osa, catorce de noviembre del dos mil
quince.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—(IN2015079780).
En mi notaría por
escritura pública número 34-16 otorgada a las 17 horas 30 minutos del 29 de
octubre del 2015, se ha reformado el pacto constitutivo de la entidad Zamo
del Norte Sociedad Anónima, en cuanto a su cláusula quinta y se aumenta el
plazo social.—San Rafael, Guatuso, 15 de noviembre del 2015.—Lic. William
Gerardo Rodríguez Acuña,
Notario.—1 vez.—(IN2015079791).
Por escritura otorgada por el suscrito notario a las trece horas del día
17 de setiembre del 2015, protocolicé acuerdos de asamblea de socios de Sand
Enterprises Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
3-102-666028, donde se modifica la cláusula de administración, se hacen nuevos
nombramientos de gerente, subgerente y agente residente.—Guanacaste, 4 de
noviembre del 2015.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1
vez.—(IN2015079793).
Ante esta notaría se
ha presentado el cambio de domicilio social y junta directiva de la sociedad
denominada Adrianys L&G Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-quinientos noventa mil setecientos quince. Se lleva a cabo esta
publicación para los fines pertinentes.—San José, doce de noviembre del dos mil
quince.—Lic. Juan Bautista Loría Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2015079797).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las 11:30 horas del 29 de octubre del 2015, FESA
Formas Eficientes Sociedad Anónima, aumenta capital social.—Lic. Marco
Solano Gómez, Notario.—1 vez.—(IN2015079800).
Por escritura número
doscientos dieciocho otorgada ante mí, a las diecisiete horas del diez de
noviembre del año dos mil quince, se protocoliza acta de asamblea
extraordinaria de socios de Tres-Ciento Uno-Seiscientos Noventa y Nueve Mil
Setecientos Treinta Sociedad Anónima, en la cual se nombra nueva junta
directiva y se reforma cláusula primera del pacto constitutivo: del nombre de
la sociedad.—Alajuela, once de noviembre del dos mil quince.—Lic. Armando
Céspedes Abarca, Notario.—1 vez.—(IN2015079801).
Por escritura
otorgada ante mí, a las catorce horas de hoy, se protocoliza acta de asamblea
extraordinaria de socios de Constructora Cáramo Sociedad Anónima,
mediante la cual se modifica la cláusula novena del pacto social, y se nombra
nueva junta directiva.—Ciudad Quesada, 11 de noviembre del 2015.—Lic. Heylen
Zamora Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2015079805).
Ante mí Sandra
Arrieta Sánchez, notaria pública con oficina en la ciudad de Aserrí, se
protocolizó asamblea extraordinaria de socios de la sociedad anónima Vis
Logistics, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
dieciocho mil doscientos cincuenta y ocho, nombramiento de fiscal: Alana Vargas
Montero, cédula tres-cuatrocientos setenta y ocho-cero treinta y cuatro,
soltera, estudiante, vecina de Cartago, Dulce Nombre, Condominio Calzadas
Coloniales, casa treinta y uno-A, cambió domicilio: Provincia, San José, cantón
Curridabat, distrito Curridabat, setenta y cinco metros norte de Perimercados,
Edificio Arco Iris, oficinas seis y siete, aumentó capital social: seis
millones quinientos mil colones, representados por trece acciones comunes y
nominativas, debidamente firmadas por el presidente, vicepresidente y el
tesorero de la sociedad, por medio millón de colones cada una, totalmente
suscritas y pagadas en dinero efectivo.—Aserrí, 16 de noviembre del año
2015.—Licda. Sandra Arrieta Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2015079809).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 16 de noviembre del 2015, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Orbusca
S. A., cédula jurídica 3-101-596342 donde se modifica la junta directiva
y la cláusula segunda del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 16 de
noviembre del 2015.—Lic. Kerry Orlando Ramírez Salas, Notario.—1
vez.—(IN2015079812).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 10 de noviembre del 2015, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la Asociación Iglesia
Cristiana China, cédula 3-002-167713, donde se modifican las cláusulas
tercera, quinta y vigésimo segunda del pacto constitutivo. Es todo.—San José,
10 de noviembre del 2015.—Licda. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1
vez.—(IN2015079813).
Diasol D S S. A., reforma cláusula sexta acta constitución, elimina vocal 1 y 2, nombra
secretario. Esc. 84, 13:50 horas del 13 de noviembre del 2015, tomo 31.—Licda.
Esther Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2015079817).
Por escritura
otorgada a las 8:00 horas del 16 de
noviembre del año 2015, se constituye la sociedad denominada U.D.B.
Representaciones de Marcas Sociedad Anónima. Capital suscrito y
pagado.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—(IN2015079818).
Po escritura otorgada ante el suscrito notario a las 11:00 horas del día
16 de noviembre del 2015, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Sosto y Gil S. A.,
por la que se varía cláusula de la administración y se nombra nueva junta
directiva.—San José, 16 de noviembre del 2015.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier,
Notario.—1 vez.—(IN2015079819).
Por escritura
otorgada a las 13:00 horas del 3 de noviembre del año 2015, se modifica las
cláusulas octava y segunda del pacto social de la sociedad G. I. U. Grupo
Urbana Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Notario Público Luis
Diego Núñez Salas, teléfono: 2291-8500.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1
vez.—(IN2015079821).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 10:00 horas del día
16 de noviembre del 2015, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Medicina
Preventiva Laboral MEDIPLA S. A., por la que se varían cláusulas del
nombre, domicilio y administración y se nombra tesorera.—San José, 16 de
noviembre del 2015.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1
vez.—(IN2015079822).
Por escritura
otorgada a las 10:00 horas del 16 de noviembre del 2015, se constituyó la
sociedad cuya denominación social será su cédula jurídica que le asigne el
Registro Público. Notario Público Luis Diego Núñez Salas, teléfono: 2291-8500.
Capital suscrito y pagado.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1
vez.—(IN2015079823).
Por escritura número
sesenta y uno, otorgada ante mí a las quince horas y treinta minutos, del día
dieciséis de noviembre del dos mil quince, se modificaron las cláusulas de la
administración y del domicilio de los estatutos de la compañía El Uno Ocho
Cuatro Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-doscientos tres mil cuatrocientos noventa.—San José, dieciséis de noviembre
del dos mil quince.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1 vez.—(IN2015079824).
Por escritura
otorgada ante mí a las catorce horas del dieciséis de noviembre del dos mil
quince, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad Cosméticos Especializados S. A., con
cédula de persona jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y cuatro mil
quinientos treinta y uno en la cual se modificaron sus estatutos en la cláusula
primera de la razón social y segunda del domicilio.—San José, dieciséis de
noviembre del dos mil quince.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2015079833).
Por escritura
otorgada ante mí a las ocho horas del diecisiete de noviembre del dos mil
quince se protocolizó asamblea general de accionistas de la sociedad Carlyle
Management Services S. A., con cédula de persona jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil trescientos cincuenta y dos en la cual
se modificaron integralmente sus estatutos para convertirla en una sociedad de
responsabilidad limitada y se modificó en la cláusula primera la razón
social.—San José, diecisiete de noviembre del dos mil quince.—Lic. Ricardo
Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2015079834).
Por escritura número
80-8 del 16 de noviembre del 2015, se reforma la cláusula 2 del pacto social de
Permac BPH Holdings Costa Rica S. A.—Heredia, 16 de noviembre del
2015.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—(IN2015079836).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las diez horas del dieciséis de noviembre del dos
mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de Excavaciones Also S. A. en la cual se reforman las cláusulas
segunda, quinta y sétima del pacto social.—San José, dieciséis de noviembre del
dos mil quince.—Lic. José Antonio Gamboa Vázquez, Notario.—1 vez.—(IN2015079845).
Ante esta notaría,
Christian Pérez Quirós, a las 14:00 horas del 16 de noviembre del 2015, se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Exportaciones
e Inversiones Xinhija Oriental S. A., cédula jurídica número: 3-101-702940.
Se reforma denominación pasando a llamarse Desarrollo e Inversión Yuanshen
de Centro América S. A. Presidente: Runtong (nombre) Lu (apellido).—San
José, 16 de noviembre del 2015.—Lic. Christian Pérez Quirós, Notario.—1
vez.—(IN2015079846).
Ante esta notaría,
Christian Pérez Quirós, a las 14:30 horas del 16 de noviembre del 2015, se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Yuan
Ji Hua Costa Rica S. A., cédula jurídica número: 3-101-702938. Se
reforma denominación pasando a llamarse Desarrollo Huatou S. A. Presidente:
Runtong (nombre) Lu (apellido).—San José, 16 de noviembre del 2015.—Lic.
Christian Pérez Quirós,
Notario.—1 vez.—(IN2015079848).
Se protocoliza ante
esta notaría acta de asamblea general extraordinaria de socios de Del Coco
Islands Real Estate Holding S. A. cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro
cero tres siete nueve uno. Se reforman las clausulas primera: la sociedad se
denominará Vivero Santa Rosa Sociedad Anónima, pudiendo abreviar su
aditamento en S. A. Segunda: su domicilio será en Guanacaste, Santa Cruz,
Veintisiete de Abril, Santa Rosa, frente a la nueva Estación Gasolinera de
Santa Rosa. Vigésima: en cuanto a la administración, corresponde al
presidente.—Licda. Lissette Susana Ortiz Brenes, Notaria.—1
vez.—(IN2015079866).
Mediante escritura número sesenta y cinco
visible al folio setenta y tres vuelto del tomo sétimo de mi protocolo, se
constituyó la sociedad anónima deportiva denominada Futbol y Valores
Sociedad Anónima Deportiva. Es todo.—San José, 16 de noviembre del
2015.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—(IN2015079870).
Por escritura otorgada ante mi notaría, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad
denominada Martimar del Norte Sociedad Anónima, en la que se modifica la
cláusula cuarta del pacto constitutivo.—San José, 16 de noviembre del
2015.—Licda. Rosette María Morgan Asch, Notaria.—1 vez.—(IN2015079871).
Ante mi notaría, mediante escritura número
cincuenta y cuatro del protocolo número undécimo, se cambió la cláusula sétima
de la sociedad WM Soluciones Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-cinco cuatro cero nueve cinco seis.—San José,
dieciséis de noviembre del dos mil quince.—Licda. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1
vez.—(IN2015079872).
Por escritura pública otorgada ante los
notarios públicos, Fernando Fallas Amador y Jorge Arturo Pacheco Oreamuno, se
modificó el objeto de la sociedad anónima denominada Sagot & Fieuyean
Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2015.—Lic. Jorge A. Pacheco
Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2015079878).
La junta directiva por medio de su
presidente, convocó a asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Alimentos Rápidos El Parque Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-194758, a las 14:00 del 11 de octubre del 2015, a realizarse en su
domicilio social, modifica junta directiva, representación, plazos y domicilio
social.—Lic. Humberto Céspedes Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2015079883).
Por escritura otorgada número cuarenta y
cuatro-cuarenta y uno ante el suscrito notario público, a las quince horas del
catorce de octubre del dos mil quince, se reformó domicilio en pacto
constitutivo de la sociedad Segura Jara Sociedad Anónima.—San José,
quince de octubre del dos mil quince.—Licda. Ileana Hidalgo Somarribas,
Notaria.—1 vez.—(IN2015079885).
Mediante escritura número ciento noventa y
tres-cuatro, otorgada en mí notaría, a las ocho horas del primero de setiembre
del dos mil quince, Sinocem Costa Rica S. A., modifica su pacto
constitutivo y aumenta su capital social.—San José, dieciséis de noviembre del
dos mil quince.—Lic. Alexander Sánchez Porras, Notario.—1 vez.—(IN2015079886).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se
constituyó la sociedad mercantil denominada Blue Green Tex S. A.,
presidente Diego Fernando Torres Salazar, cédula 8-0081-0714. Plazo: 99 años.
Domicilio social: San Juan de Tibás, San José.—San José, 17 de noviembre del
2015.—Lic. Fabián Adolfo Gutiérrez Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2015079887).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
denominada Naturaleza de La Ruda Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-quinientos un mil ciento ochenta y nueve, por la cual
se reforman estatutos, se revoca el nombramiento de todos los miembros de la
junta directiva y del fiscal y se nombran nuevos miembros y nuevo fiscal.
Escritura otorgada en Heredia, a las ocho horas del diecisiete de noviembre del
dos mil quince.—Lic. Víctor Manuel Fallas Mora, Notario.—1 vez.—(IN2015079894).
Por escritura numero doscientos treinta y
cuatro, se protocolizó acta de la sociedad denominada Estudio Árbol Sociedad
Anónima, cédula jurídica, tres ciento uno seiscientos once mil seiscientos
setenta y ocho, del día dieciséis de noviembre del dos mil quince, nombrando
presidenta, tesorero, secretario y fiscal de la junta directiva, y se reforman
las cláusulas novena y décima del pacto constitutivo. Notario: Luis Ángel Arias
González. Escritura otorgada en Alajuela, a las ocho horas del día diecisiete
de noviembre del dos mil quince.—Lic. Luis Ángel Arias González, Notario.—1
vez.—(IN2015079895).
El suscrito notario, Ricardo Vargas Guerrero,
notario público, con oficina en Guanacaste, Playas del Coco; ciento cincuenta
metros este, Hotel Flor de Itabo, hace constar que se revocaron los
nombramientos de la junta directiva y se modificó el pacto constitutivo en lo
referente a los poderes de representación de la compañía Photoventura
Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-cinco nueve seis seis
dos nueve. Acto celebrado en Playas del Coco a las trece horas del once de
noviembre del dos mil quince, escritura número cuarenta y nueve, visible al
folio treinta y uno vuelto del tomo octavo de mi protocolo. Es todo.—Playas del
Coco, a las trece horas del día dieciséis de noviembre del dos mil quince.—Lic.
Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—(IN2015079897).
Por escritura otorgada ante mí, se
protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta
plaza denominada Divisiones Menores del Barrio Méjico Sociedad Anónima,
donde se modifica la cláusula primera modificándole el nombre, llamándose de
ahora en adelante Club C. D. I. del Este Sociedad Anónima.—San José,
diez del mes de noviembre del dos mil quince.—Lic. José Antonio Zeledón
Colombari, Notario.—1 vez.—(IN2015079898).
El suscrito notario, Ricardo Vargas Guerrero,
notario público, con oficina en Guanacaste, Playas del Coco; ciento cincuenta
metros este, Hotel Flor de Itabo, hace constar que se revocaron los
nombramientos de la junta directiva y se modificó el pacto constitutivo en lo
referente a los poderes de representación de la compañía Wedding Day Story
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-seis tres
seis cuatro cero cero. Acto celebrado en Playas del Coco; a las diecisiete
horas del once de noviembre del dos mil quince, escritura número cincuenta y
uno, visible al folio treinta y tres frente del tomo octavo de mi protocolo. Es
todo.—Playas del Coco, a las trece horas del día dieciséis de noviembre del dos
mil quince.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—(IN2015079899).
El suscrito notario, Ricardo Vargas Guerrero,
notario público, con oficina en Guanacaste, Playas del Coco, ciento cincuenta
metros este, Hotel Flor de Itabo, hace constar que se revocaron Los
nombramientos de la junta directiva y se modificó el pacto constitutivo en lo
referente a los poderes de representación de la compañía denominada Cimabue
Fotos Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres ciento
uno seis siete tres siete uno uno, acto celebrado en Playas del Coco, a las
dieciocho horas del once de noviembre del dos mil quince, escritura número
cincuenta y dos, visible al folio treinta y tres vuelto del tomo octavo de mi
protocolo. Es todo.—Playas del Coco, a las trece horas del día dieciséis de
noviembre del dos mil quince.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1
vez.—(IN2015079900).
El suscrito notario, Ricardo Vargas Guerrero,
Notario público, con oficina en Guanacaste, Playas del Coco, ciento cincuenta
metros este, Hotel Flor de Itabo, hace constar que se modificó el domicilio de
la compañía Tres Fremar Gris R C C Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-tres siete uno siete ocho siete. Acto celebrado en playas del
coco a las trece horas del treinta de octubre del dos mil quince, escritura
número treinta y ocho, visible al folio veintidós vuelto del tomo octavo de mi
protocolo. Es todo.—Playas del Coco, a las catorce horas del día treinta de
octubre del dos mil quince.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1
vez.—(IN2015079901).
El suscrito notario, Ricardo Vargas Guerrero,
notario público, con oficina en Guanacaste, Playas del Coco, ciento cincuenta
metros este, Hotel Flor de Itabo, hace constar que se revocaron los
nombramientos de la junta directiva y se modificó el pacto constitutivo en lo
referente a los poderes de representación de la compañía V-Photos Sociedad
Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-seis tres seis uno ocho tres.
Acto celebrado en playas del coco a las quince horas del once de noviembre del
dos mil quince, escritura número cincuenta, visible al folio treinta y dos
frente del tomo octavo de mi protocolo. Es todo.—Playas del Coco, a las trece
horas del día dieciséis de noviembre del dos mil quince.—Lic. Ricardo Vargas
Guerrero, Notario.—1 vez.—(IN2015079902).
El suscrito notario, Ricardo Vargas Guerrero,
notario público, con oficina en Guanacaste, Playas del Coco; ciento cincuenta
metros este, Hotel Flor de Itabo, hace constar que se modificó el domicilio de
la compañía Diez Fremar Amarillo R C J Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres ciento uno-tres seis nueve ocho cero cuatro. Acto celebrado en playas del
coco a las trece horas del treinta de octubre del dos mil quince, escritura
número treinta y siete, visible al folio veintidós vuelto del tomo octavo de mi
protocolo. Es todo.—Playas del Coco, a las trece horas del día treinta de
octubre del dos mil quince.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1
vez.—(IN2015079903).
Ante esta notaría se constituyó Hebrón
Tierra Prometida S. A., con domicilio en Guachipelín de Escazú, objeto
agricultura, ganadería, comercio, industrial, piscicultura y en general toda
actividad humana lícita con fines de lucro, capital de ciento veinte mil
colones, administrada por una junta directiva integrada por presidente,
secretario y tesorero, el aporte consiste en artículos de oficina, regida por
el Código de Comercio y plazo de noventa y nueve años.—Lic. Alberto Ortega
Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2015079909).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó
la sociedad Hermanas Quesada Víquez S. A.—Belén, Heredia, dieciséis de
noviembre del dos mil quince.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1
vez.—(IN2015079911).
La sociedad Soluciones Metalmecánicas L.R.
S. A., protocoliza acuerdos de asamblea de socios.—Belén, Heredia,
dieciséis de noviembre del dos mil quince.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea,
Notario.—1 vez.—(IN2015079912).
Bufete Serrano y Asociados, escritura
otorgada en esta notaría, a las 10:00 horas del 25-08-2015, protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de Trillo Azul Sociedad Anónima,
presidenta: Marta Figueroa Matarrita.—Lic. José Rodrigo Serrano Masís,
Notario.—1 vez.—(IN2015079915).
La suscrita, Jessica Alvarado Herrera,
notaria pública, con oficina en la ciudad de San José, Desamparados, hace
constar que en fecha primero de octubre del dos mil quince, se modificó la
junta directiva de la empresa PLC Construcción y Desarrollos S. A., con
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos trece mil
quinientos tres, y se realiza el nombramiento de tres cargos de la junta
directiva: presidente, secretario y fiscal y la representación judicial y
extrajudicial únicamente para el presidente.—San José, dieciséis de noviembre
del dos mil quince.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1
vez.—(IN2015079916).
La suscrita, Jessica Alvarado Herrera,
notaria pública con oficina en la ciudad de San José, Desamparados hace constar
que en fecha dieciséis de octubre del dos mil quince, se modificó la
representación judicial y extrajudicial de la empresa Constructora Arpo S.
A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos
ochenta y cuatro mil veinticinco, la cual le corresponde únicamente al
presidente.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil quince.—Licda. Jessica
Alvarado Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2015079919).
La suscrita notaria pública, Melissa Vásquez
Monge, hace constar que mediante escritura número ciento dieciséis, del tomo
primero de mi protocolo, escritura otorgada a las catorce horas del día
dieciséis de noviembre del dos mil quince, se protocolizó el acta número tres
de asamblea general de la compañía Anjoni de Santa Ana Sociedad Anónima,
cédula número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta mil sesenta y uno; se
reformó la cláusula sexta del estatuto social y se nombraron nuevos miembros de
junta directiva. Es todo.—San José, diecisiete de noviembre del dos mil
quince.—Licda. Melissa Vásquez Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2015079922).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Documento
admitido traslado al titular
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ref.: 30/2015/14706.—Lemery S. A. de C.V c/
Laboratorios Rubio S. A.—Documento: cancelación por falta de uso.—N° y fecha:
Anotación/2-95141 de 23/01/2015.—Expediente: 1998-0003086 Registro N° 118932
RUBIFEN en clase 5 Marca Denominativa.
Registro de la Propiedad Industrial, a las 11:10:50 del 17 de abril de
2015.—Conoce este registro la solicitud de cancelación por falta de uso
presentada por el Lic. Edgar Zurcher G., como apoderado especial de Lemery S.
A. de C.V., en apariencia contra el registro de la marca de fábrica “RUBIFEN”,
con el número 118932, que protege y distingue “productos farmacéuticos”, en
clase 5 internacional y cuyo titular es Laboratorios Rubio S. A. Conforme a lo
previsto en el artículo 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos y 48
y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto
Ejecutivo N° 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por
falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir
del día hábil siguiente de la presente notificación proceda a pronunciarse
respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las
pruebas que estime convenientes (se le recuerda que mediante voto N° 333-2007,
de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, el
Tribunal Registral Administrativo estableció que en los procesos de cancelación
por falta de uso la carga de la prueba de uso corresponde al titular del signo
distintivo), para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a
disposición de las partes en este registro. Se les previene a las partes el
señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al
titular que de no indicarlo o si el medio escogido imposibilitare la
notificación por causas ajenas al despacho o bien, si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente quedará
notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran
veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y
34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de
que esta resolución sea notificada mediante publicación en el diario oficial La
Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el
respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo
dispuesto en los artículos 239, 241, incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General
de la Administración Pública. Se le advierte al titular del signo que las
pruebas que aporte deben ser presentadas en documento original o copia
certificada (haciéndose acompañar la traducción necesaria y la legalización o
apostillado correspondiente, según sea el caso), lo anterior conforme al
artículo 294 de la Ley General de Administración Pública. Se advierte al
titular que de incumplir con lo requerido no será tomada en cuenta la prueba
que no cumpla con dichas formalidades al momento de resolver la solicitud
presentada. Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor
Jurídico.—(IN2015074421).
MUNICIPALIDAD
DE GRECIA
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Por ignorarse el
domicilio actual de los propietarios de los inmuebles que se detallan a
continuación en conformidad al artículo 241 de la Ley General de la
Administración Pública, se les comunica por edicto otorgándoles un segundo
plazo de cinco (5) días hábiles para se pongan a derecho atendiendo el
procedimiento especial reglado señalado en los artículos 93 y siguientes de la
Ley N° 833; hace saber 1) Exp. N° 178-2012 yace la primera comunicación
dirigida al propietario de la finca N° 411432, ubicada en San José de Grecia,
su titular Randall Quesada Núñez, cédula 206090305 realizó construcción de
tapias perimetrales con longitud aproximada de 20 metros lineales. 2) Exp. N°
1141-2012 yace la primera comunicación dirigida al propietario de la finca N°
173719, localizada en Calle Valerio de Grecia, su titular María Auxiliadora
López Díaz, cédula 155800251323, realizó ampliación para segundo nivel de su
casa de habitación con un área aproximada de 15m2. 3) Exp. N°
1226-2013 yace la primera comunicación dirigida al propietario de la finca N°
394373, situada en el distrito de Bolívar, su titular Melissa Vanessa Ugalde
Alvarado, cédula N° 110760546 construyó una casa de habitación con un área
aproximada de 60 m2 en sistema liviano. 4) Exp. N° 1398-2013 yace la
primera comunicación dirigida al propietario de la finca N° 37029-000, ubicada
en San Roque de Grecia, su titular Ana María Chacón Calvo, cédula N° 401210676
realizó una ampliación de un área aproximada de 50 m2 en sistema
liviano. 5) Exp. N° 1441-2013 yace la primera comunicación dirigida al propietario
de la finca N° 487338, ubicada en San Roque de Grecia, su titular Royca
Rodríguez & Bolaños S. A., cédula N° 3101430909 realizó la construcción de
un muro de contención de aproximadamente 30 metros lineales. 6) Exp. N°
1545-2013 yace la primera comunicación dirigida al propietario de la finca N°
174535, ubicada en Grecia su titular Hugo Vargas González, cédula N° 203110511,
realizó la construcción de una casa de habitación con área aproximada de 100 m2
en material liviano. 7) Exp. N° 1566-2013 yace la primera comunicación dirigida
al propietario de la finca N° 194422, localizada Rincón de Arias su titulares
Guillermo Morales, pasaporte N° 470444288, realizó una ampliación en tapias
perimetrales de 58 metros de longitud aproximadamente. 8) Exp. N° 1643-2013
yace la primera comunicación dirigida al propietario de la finca N° 398934,
localizada Calle Coyote, su titular es Alicia Inés Jiménez Alfaro, cédula N°
202140084, realizó remodelación de la casa de habitación con muros frontales al
costado norte y oeste. 9) Exp. N° 1729-2013, yace la primera comunicación
dirigida al propietario de la finca N° 310575, ubicada en Tacares Norte de
Grecia, su titular Alexander Alfaro Araya, cédula N° 204460577, realizó una
ampliación con un área aproximado de 60m2 en sistema liviano. 10)
Exp. N° 2218-2014, yace la primera comunicación dirigida al propietario de la
finca N° 401860, ubicada en San José de Grecia, su titular es Arlene Gamboa
Chacón cédula, N° 205940583, realizó construcción de una casa de habitación con
área aproximada de 36 m2 en bloques de concreto. Contra la presente
ejecución caben los recursos ordinarios (revocatoria o apelación) deben
interponerse dentro de los 5 días siguientes a la notificación ante el área de
Desarrollo y Control Urbano y serán conocidos en su orden por el
Coordinador de ese proceso o por el Alcalde Municipal según artículo 162 del
Código Municipal.—Lic. Adrián Barquero Saborío, Alcalde Municipal.—O. C. N°
44176.—Solicitud N° 5923.—(IN2015074396).
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN
En La Gaceta N° 200 del jueves 15 de octubre del 2015, en la
página N° 72, se publicó por
edicto la notificación del requerimiento de pago de la sociedad Amareto Special
Events S. A., la cual por error se publicó con el número de cédula jurídica
3101430242, siendo lo correcto cédula jurídica 3101430272, lo demás se mantiene
incólume.—Heredia, 1 de noviembre del 2015.—Máster Carlos Vargas Durán.—Lic.
Freddy Jiménez Cubero, Gerente.—1 vez.—O. C. Nº 3400023907.—Solicitud Nº 43760.—(IN2015079023).
COLEGIO PROFESIONAL
DE PSICÓLOGOS
DE COSTA RICA
En la publicación de La Gaceta N° 208 del martes 27 de octubre
de 2015, se publicó el acuerdo de Junta Directiva, que convoca a sus
agremiados/as a la Asamblea General Ordinaria 97-2015 a celebrarse el día 5 de
diciembre del 2015, la publicación debió quedar de la siguiente manera:
Sita: Fundación Omar Dengo 300 este y 50 sur de antigua
casa de Matute Gómez, Barrio Francisco Peralta, San José, Costa Rica.
San José, 18 de noviembre del 2015.—Licda. Karla González Urrutia,
Secretaria.—(IN2015080577). 2 v. 1