LA GACETA N° 227 DEL 23 DE NOVIEMBRE DEL 2015

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 39270–H

ACUERDOS

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

MUNICIPALIDADES

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

PODER JUDICIAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS,

RIEGO Y AVENAMIENTO

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AVISOS

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

BANCO DE COSTA RICA

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

SALUD

PODER JUDICIAL

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MORA

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

HACIENDA

AVISOS

 

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 39270–H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley Nº 7648, Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia de 9 de diciembre de 1996 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo Nº 38279-H, Directrices Generales de Política Presupuestaria para las Entidades Públicas, Ministerios y demás Órganos, según corresponde, cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria para el año 2015 de 07 de marzo de 2014 y sus reformas y la Directriz Presidencial Nº 023-H, Sobre la Eficiencia, Eficacia, y Transparencia en la Gestión Presupuestaria de la Administración Pública de 27 de marzo de 2015 y su reforma.

Considerando:

1º—Que mediante la Ley Nº 7648, publicada en La Gaceta Nº 245 de 20 de diciembre de 1996 y sus reformas, se establece que el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) es una institución autónoma que tiene como fin primordial proteger especialmente y de forma integral a las personas menores de edad y sus familias, como elemento natural y pilar de la sociedad.

2º—Que por medio del oficio PE-1081-2015, la Presidenta Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), solicitó la ampliación del gasto presupuestario máximo de esa institución por un monto de ¢5.560.000.000,00 (cinco mil quinientos sesenta millones de colones exactos) para el 2015, con el fin de incorporar el contenido presupuestario requerido para financiar actividades propias de su gestión institucional.

3º—Que dicho monto fue autorizado mediante los Acuerdos JD 109-2015 y JD 111-2015, tomados en la Sesión Ordinaria Nº 2015-026 de 22 de julio de 2015 y está avalado por el Ministro Rector (Desarrollo Humano e Inclusión Social), mediante oficio Nº MDHIS 048-08-2015 de 07 de agosto de 2015.

4º—Que del monto citado en el segundo considerando del presente Decreto, la suma de ¢1.147.000.000,00 (mil ciento cuarenta y siete millones exactos) corresponden a recursos provenientes del superávit libre.

5º—Que de dicho monto, corresponde ser ampliada por la vía de Decreto Ejecutivo la suma de ¢1.070.000.000,00 (mil setenta millones de colones exactos), que será sufragada con recursos provenientes de superávit libre, con el objetivo de reforzar la subpartida 5.03.01 Terrenos, para construir albergues en San Rafael de Heredia, Taras de Cartago, Cartago y San Carlos Norte. Dicha subpartida se encuentra incluida en la Directriz Presidencial Nº 023-H, publicada en La Gaceta Nº 75 de 20 de abril de 2015 y su reforma.

6º—Que en aras de atender lo dispuesto en la mencionada Directriz Nº 023-H, en particular lo establecido en el artículo 31, relativo a la subpartida de “Terrenos”; la Gerencia de Administración del Patronato Nacional de la Infancia señaló que “…la institución cuenta con un Plan donde se incorporan las zonas prioritarias a adquirir estos bienes, según las necesidades de las zonas. Asimismo, una vez incorporados los recursos se realizarán los estudios técnicos respectivos para adquirir estos bienes”.

7º—Que debido a que los recursos a los que se alude en el Quinto Considerando de este Decreto deben ser incorporados en el presupuesto o requieren de una variación de este, la Institución deberá proceder a modificar la programación del gasto y a elaborar las resoluciones, informes o autorizaciones por parte del jerarca que correspondan, a fin de justificar su utilización y así cumplir con lo dispuesto en la Directriz Presidencial Nº 023-H de cita.

8º—Que no se autoriza la restante suma de ¢77.000.000,00 (setenta y siete millones de colones exactos), correspondiente a la partida 1.04 “Servicios de Gestión y Apoyo”, por cuanto se estarían financiando con recursos provenientes del superávit libre, transacción que se contrapone a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas.

9º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 38279-H, publicado en La Gaceta Nº 61 de 27 de marzo de 2014 y sus reformas, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el año 2015, estableciéndose en el artículo 2°, el porcentaje máximo en que podría incrementarse el gasto presupuestario de las entidades públicas, ministerios y demás órganos, con respecto al del año precedente. En correspondencia con dicha disposición, el monto de gasto presupuestario máximo para el año 2015 resultante para el Patronato Nacional de la Infancia, fue establecido en la suma de ¢33.094.619.565,59 (treinta y tres mil noventa y cuatro millones seiscientos diecinueve mil quinientos sesenta y cinco colones con cincuenta y nueve céntimos) el cual fue comunicado en el oficio STAP-1685-2015 del 25 de setiembre de 2015, cifra que no contempla el gasto indicado previamente en este decreto.

10.—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas, se emite el “Lineamiento para la aplicación del artículo 6 de la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada Financiamiento”.

11.—Que el artículo 7° del decreto citado en el considerando anterior, dispone que los recursos de financiamiento que provienen de vigencias anteriores -superávit libre- son parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden utilizarlos en períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a la actividad ordinaria de éstas, con los cuales se atienda el interés de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales siempre que no tengan el carácter permanente o generen una obligación que requiera financiarse a través del tiempo, como la creación de plazas para cargos fijos, o cualquier otro compromiso de la misma naturaleza.

12.—Que por lo anterior, resulta necesario ampliar el gasto presupuestario máximo fijado al Patronato Nacional de la Infancia para el año 2015, incrementándolo en la suma de ¢1.070.000.000,00 (mil setenta millones de colones exactos). Por tanto;

Decretan:

PRIMERA AMPLIACIÓN DE LÍMITE DEL GASTO

PRESUPUESTARIO MÁXIMO PARA EL 2015

AL PATRONATO NACIONAL

DE LA INFANCIA (PANI)

Artículo 1º—Amplíese para el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), el gasto presupuestario máximo para el año 2015, establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 38279-H, publicado en La Gaceta Nº 61 de 27 de marzo de 2014 y sus reformas, en la suma ¢1.070.000.000,00 (mil setenta millones de colones exactos), para ese período.

Artículo 2º—Es responsabilidad de la administración activa del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta Nº 198 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas, así como en el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas.

Artículo 3º—También será responsabilidad de la administración activa del PANI, informar de la emisión de la resolución que justifique la utilización de los recursos contemplados en la presente ampliación, ligados a la subpartida afectada por la Directriz 023-H, publicada en La Gaceta Nº 75 de 20 de abril de 2015 y su reforma, a los efectos de que sea considerada en los informes trimestrales de seguimiento de dicha Directriz que deben elaborarse conforme al artículo 37 de dicha disposición.

Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los nueve días del mes de octubre del dos mil quince.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Hacienda, Helio Fallas V.—1 vez.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000098.—(D39270 - IN2015078390).

ACUERDOS

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

N° 064–MEIC-2015

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2015, Ley Nº 9289 del 01 de diciembre de 2014; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley Nº 6362 del 03 de setiembre de 1979; y el Reglamento de Viajes y Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y sus reformas.

Considerando:

I.—Que es de interés del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), a través del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), la participación en el “XX Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna”, bajo la denominación: “Auditoría Interna, el nuevo pilar de la alta dirección”, organizado por el Instituto de Auditores Internos de Chile y la Federación Latinoamericana de Auditores Internos (FLAI), actividad que se llevará a cabo en Santiago, Chile del 18 al 21 de octubre de 2015.

II.—Que el funcionario del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), Armando Rivera Soto, portador de la cédula de identidad número 1-0495-0926, fue invitado a participar en la actividad indicada, en representación del Laboratorio Costarricense de Metrología donde ostenta el cargo de Auditor Interno.

III.—Que la Ley de Control Interno, Ley Nº 8292 en el artículo 21, señala que, compete a la Auditoría Interna, validar, mejorar y alcanzar los objetivos institucionales, mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de la administración del riesgo, del control y de los procesos de dirección en la entidades y órganos sujetos a esta Ley.

IV.—Que es interés del LACOMET que el Auditor Interno se mantenga capacitado y actualizado sobre aspectos de control interno, la gestión de riesgo y gobierno corporativo, entre otros, para administrar la Auditoría Interna Institucional. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a Armando Rivera Soto, portador de la cédula de identidad Nº 1-0495-0926, funcionario del Laboratorio Costarricense de Metrología, para que participe en el “XX Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna”, bajo la denominación: “Auditoría Interna, el nuevo pilar de la alta dirección”, organizado por el Instituto de Auditores Internos de Chile y la Federación Latinoamericana de Auditores Internos (FLAI), actividad que se llevará a cabo en Santiago, Chile del 18 al 21 de octubre de 2015.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de tiquete aéreo, inscripción, hospedaje y alimentación del día 17 al 21 de octubre de 2015, serán financiados por el Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET). El tiquete aéreo será cubierto mediante la subpartida presupuestaria 1.05.03 “Transporte al Exterior”. La inscripción por la suma de $675,00 (Seiscientos setenta y cinco dólares con 00/100) mediante la subpartida presupuestaria 1.07.01 “Actividades de Capacitación”, y los viáticos mediante la subpartida presupuestaria 1.05.04 “Viáticos al exterior, correspondiéndole al funcionario la suma de $729,96 (Setecientos veintinueve dólares con 96/100), sujetos a liquidación. El millaje generado por motivo de este viaje será asignado al Laboratorio Costarricense de Metrología.

Asimismo, los gastos de los días 22 y 23 de octubre de 2015, serán cubiertos por el funcionario sin ninguna erogación por parte del Estado; debido al disfrute de vacaciones legales.

Artículo 3º—Rige a partir del día 17 de octubre y hasta su regreso el día 24 de octubre de 2015, devengando el funcionario el 100% de su salario durante su ausencia.

Dado a los veinticuatro días del mes de julio del dos mil quince.

Welmer Ramos González, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O.C. Nº 0069.—Solicitud Nº 4619.—(IN2015073905).

N° 068–MEIC-2015

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley N° 6362 del 3 de setiembre de 1979; y el Reglamento de Viajes y Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República y sus reformas.

Considerando:

I.—Que es de interés del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), a través del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), participar en la actividad denominada “Proyecto fortalecimiento de las capacidades técnicas y metrológicas para la organización de ensayos de aptitud”. Que dicha actividad se llevará a cabo en Managua, Nicaragua, del día 12 al día 14 de agosto de 2015.

II. —Que de conformidad con la Ley Nº 8279, “Ley del Sistema Nacional para la Calidad”, le corresponde al LACOMET la participación en instancias internacionales de Metrología, con el objetivo primordial de fortalecer la metrología nacional. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar a Bryan Calderón Jiménez, portador de la cédula N° 1-1180-0477, Jimmy Venegas Padilla, portador de la cédula N° 1-1449-0718 y Gabriel Molina Castro, portador de la cédula de identidad N° 1-1380-0492, todos funcionarios del Laboratorio Costarricense de Metrología, para que participen en la actividad denominada “Proyecto fortalecimiento de las capacidades técnicas y metrológicas para la organización de ensayos de aptitud”, que se llevará a cabo en Managua, Nicaragua, del día 12 al día 14 de agosto de 2015.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de tiquete aéreo, hospedaje y alimentación, serán cubiertos por el Instituto Nacional de Metrología - Physikalisch-Technische Bundesanstalt (PTB) de Alemania. El millaje generado por motivo de estos viajes será asignado al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a través del Laboratorio Costarricense de Metrología.

Artículo 3°—Rige a partir del día 12 de agosto y hasta su regreso el día 14 de agosto de 2015, devengando los funcionarios el 100% de su salario durante su ausencia.

Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, a los cuatro días del mes de agosto de dos mil quince.

Welmer Ramos González, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. N° 0069.—Solicitud N° 4619.—(IN2015073907).

N° 071-MEIC-2015

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en las atribuciones que le confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, los artículos 28, inciso 2), acápite b); y 92 de la Ley General de Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; y la Ley de la Administración Financiera y Presupuestos Públicos, Ley N° 8131 del 18 de setiembre de 2001.

Considerando:

I.—Que mediante el acuerdo Nº 001-P del 8 de mayo del 2014, se nombra al señor Welmer Ramos González, portador de la cédula de identidad número 5-0191-0924, como Ministro de Economía, Industria y Comercio.

II.—Que a través del Acuerdo Ejecutivo N° 026-MEIC-2014 del 9 de mayo de 2014, se delegó en el señor Errol Solís Mata, mayor, de oficio abogado y contador público, portador de la cédula de identidad número 1-881-646, en su condición de Director Administrativo Financiero y Oficial Mayor la firma del señor Ministro de Economía, Industria y Comercio, para todos aquellos actos de adjudicación necesarios en los procesos de contratación administrativa en que participe el Ministerio. Asimismo, se le delegó la firma de los Contratos de Arrendamiento de Servicios de Transporte a los Funcionarios del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, de conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 35729-MEIC del 18 de noviembre del 2009.

III.—Que dado que a partir del 1° de agosto de 2015, el señor Errol Solís Mata, fue nombrado como Director de la Dirección para Promover la Competencia, es necesario proceder a modificar el artículo 3 del Acuerdo Ejecutivo N° 026-MEIC-2014. Por tanto;

ACUERDAN:

Artículo 1°—Modificar el artículo 3 del Acuerdo Ejecutivo N° 026-MEIC-2014 del 9 de mayo de 2014, publicado en El Diario Oficial La Gaceta N° 106 del 04 de junio de 2014, para que en lo sucesivo se lea:

“Artículo 3°—Para todos aquellos actos de adjudicación necesarios en los procesos de contratación administrativa en que participe el Ministerio, se delega la firma del señor Ministro de Economía, Industria y Comercio en la señora Geannina Dinarte Romero, portadora de la cédula de identidad número 1-1151-0925, quien se desempeña como Viceministra del Área de PYME, Consumidor y Enfoque Estratégico.

Asimismo, se le delega la firma de los Contratos de Arrendamiento de Servicios de Transporte a los Funcionarios del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, de conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 35729-MEIC del 18 de noviembre del 2009, publicado en La Gaceta N° 26 del 08 de febrero del 2010”.

Artículo 2°—Vigencia. Rige a partir del trece de agosto de dos mil quince.

Dado en la Presidencia de la República, a los trece días del mes de agosto del dos mil quince.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Economía, Industria y Comercio, Welmer Ramos González.—1 vez.—O. C. N° 25856.—Solicitud N° 18981.—(IN2015074417).

Nº 088-MEIC-2015

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2015, Ley N° 9289 del 1° de diciembre de 2014; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley N° 6362 del 3 de setiembre de 1979 y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y sus reformas.

Considerando:

I.—Que es de interés del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), a través del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), participar en la actividad denominada: “II Workshop Interamericano de Seguridad en Software y Hardware para Metrología Legal”, que se llevará a cabo en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, del día 5 al día 7 de octubre 2015.

II.—Que de conformidad con la Ley Nº 8279, “Ley del Sistema Nacional para la Calidad”, le corresponde al LACOMET la participación en instancias internacionales de Metrología, con el objetivo primordial de fortalecer la metrología nacional. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar a Fabio López Alfaro, portador de la cédula N° 4-0190-0503 funcionario del Laboratorio Costarricense de Metrología, para que participe en la actividad denominada: “II Workshop Interamericano de Seguridad en Software y Hardware para Metrología Legal”, que se llevará a cabo en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, del día 5 al día 7 de octubre 2015.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de tiquete aéreo, serán cubiertos por el Sistema Interamericano de Metrología (SIM) y los gastos por hospedaje y alimentación, serán cubiertos por el Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), correspondiéndole al funcionario por concepto de viáticos la suma de ¢712.254,82 (Setecientos doce mil doscientos cincuenta y cuatro colones con ochenta y dos céntimos), sujetos a liquidación. El millaje generado por motivo de estos viajes será asignado al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a través del Laboratorio Costarricense de Metrología.

Artículo 3°—Rige a partir del día 3 de octubre y hasta su regreso el día 8 de octubre de 2015, devengando el funcionario el 100% de su salario durante su ausencia.

Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, a los dieciocho días del mes de setiembre de dos mil quince.

Welmer Ramos González, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. N° 0069.—Solicitud N° 4619.—(IN2015073910).

N° 109-MEIC-2015

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley No. 6362 del 03 de setiembre de 1979; y el Reglamento de Viajes y Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República y sus reformas

Considerando:

I.—Que mediante el acuerdo 086-MEIC-2015, del dieciséis de setiembre del año 2015, se autoriza a los funcionarios Giannina Córdoba Corrales, portadora de la cédula de identidad número 1-1348-0337 y Jorge Vega Gamboa portador de la cédula de identidad número 1-1371-0849, funcionarios del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que participen en el curso bilateral denominado “Seminario de Desarrollo y Planificación Macroeconómica para Costa Rica”.

II.—Que en el acuerdo 086-MEIC-2015, se consignó erróneamente la fecha de la actividad y el rige. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1°—Modificar el considerando primero y los artículos primero y tercero del por tanto del acuerdo N° 086-MEIC-2015 del dieciséis de setiembre del año 2015, para que se lea de la siguiente manera:

Considerando:

I. Que es de interés del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, participar en el curso bilateral denominado “Seminario de Desarrollo y Planificación Macroeconómica para Costa Rica”, cuyo objetivo es comprender la estrategia del sistema económico de mercado de China, la introducción de la reforma y la apertura lograda en la gestión macroeconómica, actividad que se llevará a cabo en la Ciudad de Beijing, China del 29 de octubre al 17 de noviembre de 2015.

Por tanto:

Artículo 1°—Autorizar a los funcionarios Giannina Córdoba Corrales, portadora de la cédula de identidad número 1-1348-0337 y Jorge Vega Gamboa portador de la cédula de identidad número 1-1371-0849, funcionarios del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que participen en el curso bilateral denominado “Seminario de Desarrollo y Planificación Macroeconómica para Costa Rica”, actividad que se llevará a cabo en la Ciudad de Beijing, China del 29 de octubre al 17 de noviembre de 2015.

Artículo 3°—Rige a partir del día 26 de octubre y hasta su regreso el día 19 de noviembre de 2015, devengando los funcionarios el 100% de su salario.

En lo que respecta al resto, el acuerdo de marras se mantiene incólume.

Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, a los 22 días del mes de octubre del 2015.

Publíquese.

Welmer Ramos González, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. N° 25856.—Solicitud N° 18981.—(IN2015074420).

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Nº 111-AC-MEP-2015

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política, el artículo 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227, el artículo 77 del Estatuto de Servicio Civil, los artículos 17 y 18 del Reglamento de Carrera Docente, Decreto Ejecutivo N° 2235-EP, del 14 de febrero de 1972.

Considerando:

1º—Que mediante Acuerdo N° 429-AC-MEP, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 246, de fecha 20 de diciembre de 2013, se prorrogó el nombramiento de la señora Oralia Torres Leytón, como representante titular de la Dirección General del Servicio Civil ante el Tribunal de Carrera Docente.

2º—Que la prórroga del nombramiento de la señora Oralia Torres Leytón, se dio por el período comprendido entre el 21 de diciembre de 2013, y hasta el período legal de dos años, el cual vence el día 20 de diciembre de 2015.

3º—Que en oficio sin consecutivo, de fecha 11 de agosto de 2015, dirigido al señor Hernán Rojas Ángulo, Director General de la Dirección del Servicio Civil, la señora Oralia Torres Leytón, cédula de identidad Nº 6-0119-0773, comunica que se acoge a la jubilación, misma a la que tiene derecho desde el día 11 de agosto del presente año, y que se hará efectiva a partir del 1 de setiembre de 2015.

4º—Que por medio de oficio DG-608-2015, de fecha 13 de agosto de 2015, el señor Hernán Rojas Ángulo, Director General de la Dirección del Servicio Civil, designa al señor Alex Gutiérrez de la O, con cédula de identidad Nº 4-111-837, como representante titular de la Dirección del Servicio Civil ante el Tribunal de Carrera Docente, en sustitución de la señora Oralia Torres Leytón, quien se acogerá a su pensión a partir del 1 de setiembre del año en curso. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—En virtud de la renuncia por pensión de la señora Oralia Torres Leytón, cédula de identidad Nº 6-0119-0773, como representante titular de la Dirección del Servicio Civil ante el Tribunal de Carrera Docente, se nombra en ese cargo, como su sustituto, al señor Alex Gutiérrez de la O, con cédula de identidad Nº 4-111-837.

Artículo 2º—Rige a partir del 2 de setiembre de 2015 y hasta el 20 de diciembre del 2015.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinticuatro días del mes de agosto de dos mil quince.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Educación, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O. C. Nº 23603.—Solicitud Nº 8710.—(IN2015074062).

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

Nº 119-MJP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 27n y 28 de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública” artículo 7º, inciso i) de la Ley Nº 6739 del 28 de abril de 1982 “Ley Orgánica del Ministerio de Justicia”.

Considerando:

I.—Que en 1997, se crea la Ley Nº 7727 sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social, publicada en La Gaceta Nº 09 de 14 de enero de 1998 y en julio de ese mismo año se constituye, en el Ministerio de Justicia y Paz, la Dirección General de Resolución Alterna de Conflictos (DINARAC), cuyo accionar se reglamenta mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32152 Reglamento del Capítulo IV de la Ley sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social publicado en La Gaceta Nº 249 del veintiuno de diciembre del dos mil quince, con el fin de brindar opciones de solución de conflictos mediante procesos alternativos que incluyen el diálogo, la mediación, la negociación, la conciliación, el arbitraje, entre otros, de modo tal que la Resolución Alterna de Conflictos representa una alternativa eficaz para la promoción de la paz social.

II.—Que para el cumplimiento de sus fines, la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social promueveve acciones y programas concretos en torno a la educación, formación y gestión del manejo de conflictos: por un lado con la creación y fortalecimiento de las Casas de Justicia y por otro, por medio de capacitación en resolución alterna de conflictos a estudiantes, docentes y padres de familia de centros educativos; comunidades y grupos especiales, con el apoyo estatal y de organizaciones internacionales.

III.—Que además, la Dirección efectúa actividades formativas y académicas que permitan concientizar sobre la importancia de promover los valores éticos en la Función Pública. Siendo que, como parte de estas acciones que conforman su plan de trabajo, se proyecta la realización de la conferencia denominada “Arbitration Day Costa Rica 2015” promovida por la Asociación Costa Rican Young Arbitrators (Asociación Jóvenes Árbitros de Costa Rica), cédula de persona jurídica 3-002-659761, con el apoyo del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica; previsto para el día 30 de octubre del 2015, comenzando a las 8:00 a.m. concluyendo a las 5:00 p.m. en el Auditorio Casafont, ubicado en las instalaciones del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.

IV.—Que la conferencia “Arbitration Day Costa Rica 2015”, tiene como objetivo generar espacios de discusión que permitan la promoción de los mecanismos de resolución alterna de conflictos en las diferentes poblaciones del país, a fin de originar planteamientos que contribuyan al conocimiento, a la reflexión y a compartir las experiencias para fortalecer las capacidades organizacionales, en torno a tres bloques: a) Arbitraje Comercial; b) Arbitraje de Inversión; y c) Arbitraje Deportivo. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Declárese de Interés Público la Conferencia “Arbitration Day Costa Rica 2015”, que se celebrará el 30 de octubre del 2015 en la ciudad de San José, Costa Rica.

Artículo 2º—Todas las dependencias e instituciones públicas, con objetivos o finalidades afines al evento mencionado en el artículo 1, o que de algún modo tengan relación con su ejercicio, quedan autorizados, dentro de los límites legales establecidos, para prestar todo tipo de ayuda en aras de su efectiva realización.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dieciséis días del mes de julio del dos mil quince.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. Nº 25525.—Solicitud Nº 11154.—(IN2015074425).

Nº 145-MJP

EL PRESIDENTE  DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Dejar sin efecto el Acuerdo Ejecutivo Nº 162-J del 19 de setiembre del 2000, en el cual se nombró al señor Luis Gabriel Castro Caamaño, cédula de identidad 1-0328-0688, como representante en ese momento ante el Poder Ejecutivo de la Fundación Ciudadanía Activa, cédula jurídica Nº 3-006-273068, en virtud de la renuncia a su cargo.

Artículo 2º—Nombrar al señor Edgar Enrique Chacón Vega, cédula de identidad 1-0368-0360, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Ciudadanía Activa, cédula jurídica Nº 3-006-273068, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 3º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día trece de agosto del dos mil quince.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. Nº 25525.—Solicitud Nº 11155.—(IN2015074427).

Nº 146-MJP

EL PRESIDENTE  DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señorita Kattia Soto Quesada, cédula de identidad número 1-0773-0774, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Hefziba cédula jurídica Nº 3-006-649745, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día catorce de agosto del dos mil quince.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. Nº 25525.—Solicitud Nº 11156.—(IN2015074430).

Nº 151-MJP

EL PRESIDENTE  DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Juan Pablo Arias Meza, cédula de identidad número 1-1239-0710, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Un Nuevo Comienzo, cédula jurídica Nº 3-006-698327, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día veinte de agosto del dos mil quince.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. Nº 25525.—Solicitud Nº 11157.—(IN2015074433).

Nº 154-MJP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señora María Antonieta Sibaja Hidalgo, cédula de identidad número 1-1106-0471, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Keme, cédula jurídica Nº 3-006-664021, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día veinticinco de agosto de dos mil quince.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. Nº 25525.—Solicitud Nº 11153.—(IN2015074434).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 0259-2015

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 102-2006 de fecha 26 de abril de 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 99 del 24 de mayo de 2006, a la empresa Sistemas Galileo del Sur B C S. A., cédula jurídica número 3-101-207537, se le otorgaron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento, bajo la categoría de empresa de servicios, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 17 de dicha Ley.

II.—Que el señor Héctor Emilio Valenzuela Sáenz, mayor, casado una vez, administrador de empresas, portador de la cédula de residencia número 155814901327, en su condición de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma de la empresa Sistemas Galileo del Sur B C S. A., cédula jurídica número 3-101-207537, presentó ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante PROCOMER), solicitud para que se le otorgue el Régimen de Zonas Francas a su representada, con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.

III.—Que en la solicitud mencionada, la empresa Sistemas Galileo del Sur B C S. A., cédula jurídica número 3-101-207537, se comprometió a mantener una inversión de al menos US $1.272.659,22 (un millón doscientos setenta y dos mil seiscientos cincuenta y nueve dólares con veintidós centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo.  Asimismo, la empresa se comprometió a realizar una inversión nueva adicional total de US $250.000,00 (doscientos cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), según los plazos y en las condiciones establecidas en la solicitud de ingreso al Régimen presentada por la empresa. Asimismo, la empresa ofrece consolidar el nivel de empleo con el que cuenta actualmente, e incluso aumentarlo para llegar a los 141 trabajadores. Lo anterior implica una importante oportunidad para arraigar más a la citada empresa a Costa Rica, aumentar los empleos directos e indirectos, y fomentar el encadenamiento entre las empresas nacionales y compañías pertenecientes al Régimen de Zonas Francas, con la finalidad de aumentar el valor agregado de los productos nacionales.

IV.—Que la Instancia Interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo emitido por la Junta Directiva de PROCOMER en la sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Sistemas Galileo del Sur B C S. A., cédula jurídica número 3-101-207537, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Regímenes Especiales de PROCOMER N° 22-2015, acordó someter a consideración del Ministerio de Comercio Exterior la solicitud de ingreso al Régimen de Zonas Francas presentada, a fin de que dicho órgano ejerza la facultad establecida en el artículo 20 bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas, determine si en la especie resulta aplicable la excepción que contempla dicho artículo, y analice si se trata de una inversión adicional cuya magnitud y beneficios, justifican razonablemente el otorgamiento de los incentivos fiscales establecidos en la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.

V.—Que en razón de lo anterior, el Poder Ejecutivo efectivamente considera que en la especie resulta aplicable la excepción que contempla el referido artículo 20 bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas, en tanto se trata una inversión adicional cuya magnitud conlleva una serie de beneficios, que justifican razonablemente el otorgamiento de los incentivos fiscales establecidos en la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.

VI.—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto,

ACUERDAN:

1º—Otorgar el Régimen de Zonas Francas a la empresa Sistemas Galileo del Sur B C S. A., cédula jurídica número 3-101-207537 (en adelante denominada la beneficiaria), clasificándola como Empresa de Servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de la Ley de Régimen de Zonas Francas.

2º—La actividad de la beneficiaria consistirá en brindar servicios de atención de consultas de clientes; desarrollo y soporte a sistemas de información; administración de red de puntos de venta; y procesamiento de información.

3º—La beneficiaria operará en el parque industrial denominado Zona Franca Metropolitana S.A., ubicado en la provincia de Heredia.

4º—La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados en la Ley de Régimen de Zonas Francas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER.

Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en virtud de la Ley de Régimen de Zonas Francas quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC.  En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley de cita que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la concesión de las prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo.

Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.

Asimismo, la empresa beneficiaria podrá solicitar la aplicación de lo dispuesto en el artículo 20 bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas, si cumple con los requisitos y condiciones establecidos en tal normativa y sin perjuicio de la discrecionalidad que, para tales efectos, asiste al Poder Ejecutivo.

5º—De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 inciso g) de la Ley de Régimen de Zonas Francas, la beneficiaria gozará de exención de todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro, cuya base imponible se determine en relación con las ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados a los accionistas o ingresos o ventas, según las diferenciaciones que dicha norma contiene.

Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus servicios al mercado local, observando rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, en particular los que se relacionan con el pago de los impuestos respectivos.

6º—La beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 136 trabajadores, a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y mantener un nivel mínimo total de empleo de 141 trabajadores, a partir del 31 de mayo de 2016. Asimismo, se obliga a mantener una inversión de al menos US US $1.272.659,22 (un millón doscientos setenta y dos mil seiscientos cincuenta y nueve dólares con veintidós centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América),  a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y mantener una inversión nueva adicional total de al menos $250.000,00 (doscientos cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América),  a más tardar el 10 de mayo de 2018. Por lo tanto, la beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel de inversión total de al menos US $1.522.659,22 (un millón quinientos veintidós mil seiscientos cincuenta y nueve dólares con veintidós centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América). Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del 94,01%.

PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión antes indicados, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta.  Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.

7º—Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el día en que se notifique el presente Acuerdo Ejecutivo.  En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual PROCOMER seguirá tomando como referencia para su cálculo las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.

Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, para lo cual PROCOMER tomará como referencia para su cálculo, las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.

8º—La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio ambiente que la legislación costarricense e internacional disponga para el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado por las autoridades competentes.

9º—La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del año fiscal.  Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá permitir que funcionarios de PROCOMER ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.

10.—En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zona Franca, sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad con lo dispuesto en la Ley de cita y su Reglamento.  La eventual imposición de estas sanciones será sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieren corresponderle a la beneficiaria o sus personeros.

11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones.  En caso de que la empresa no se presente a  firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar  un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.

Para el inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por la Dirección General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.

12.—Las directrices que para la promoción, administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con PROCOMER.

13.—El uso indebido de los bienes o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin  perjuicio de las demás sanciones que establece la Ley de Régimen de Zonas Francas y demás leyes aplicables.

14.—La empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos los requisitos de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento, así como con las obligaciones propias de su condición de auxiliar de la función pública aduanera.

15.—De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley N° 17 del 22 octubre de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del procedimiento administrativo correspondiente.

16.—El presente Acuerdo Ejecutivo rige a partir de su notificación, y sustituye el Acuerdo Ejecutivo N° 102-2006 de fecha 26 de abril de 2006, sin alterar los efectos producidos por el mismo durante su vigencia.

Comuníquese y Publíquese.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinte días del mes de agosto de dos mil quince.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Comercio Exterior a. í., Jhon Fonseca Ordoñez.—1 vez.—(IN2015074386).

Nº 261-2015

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7°, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y, 

Considerando:

I.—Que el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de Costa Rica y la Comunidad del Caribe se negoció en el 2004. Este acuerdo establece el Consejo Conjunto de Costa Rica y la Comunidad del Caribe (CARICOM), el cual tiene, entre otras funciones, supervisar la implementación y administración del Tratado; instruir a los comités, subcomités y grupos de trabajo para que realicen las funciones asignadas a ellos respectivamente y cualquier otra función relacionada con los objetivos del acuerdo; y establece supervisar el trabajo de todos los comités, subcomités y grupos de trabajo.

II.—Que en este contexto, del 17 al 18 de junio de 2015 en Trinidad & Tobago se llevará a cabo la I Reunión del Consejo Conjunto de Costa Rica y CARICOM, en la que participará la señora Marcela Chavarría Pozuelo, con el fin de avanzar en el cumplimiento de los compromisos establecidos en el Tratado y trabajar en la efectiva administración del mismo.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Marcela Chavarría Pozuelo, portadora de la cédula número 1-0847-0321, Directora de la Dirección General de Comercio Exterior para participar en la I Reunión del Consejo Conjunto de Costa Rica y CARICOM que se llevará a cabo del 17 al 18 de junio de 2015 en Trinidad & Tobago. Durante la I Reunión del Consejo Conjunto de Costa Rica y CARICOM se analizarán los siguientes temas: Dificultades de acceso al mercado experimentadas por las Partes en el marco del Tratado; Construcción de una agenda para servicios; Acuerdos de reconocimiento mutuo. Compromisos en el marco del Tratado; Programa de desgravación arancelaria. Reglas de procedimiento del Consejo Conjunto; Revisión de disposiciones específicas del Tratado; Propuesta para establecer un Consejo Empresarial Costa Rica – CARICOM; Estado actual de los procedimientos internos para la entrada en vigor del acuerdo en los países que aún no lo han hecho y; Decisiones del Consejo Conjunto. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 16 de junio y regresa el 19 de junio de 2015.

Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Marcela Chavarría Pozuelo, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y transporte terrestre, a saber USD$884,04 (ochocientos ochenta y cuatro dólares con cuatro centavos) sujeto a liquidación, con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 792. Lo correspondiente a la tarifa de escaneo, rayos X o inspección de equipaje (Ley 7664- Decreto Nº 36341-MAG, artículo 3), será cubierto por las mismas subpartidas y por el mismo programa. Los impuestos de salida de Costa Rica serán cubiertos por COMEX, por la subpartida 10504 del programa 792. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. Se le reconocerá los gastos relativos al almuerzo, por tránsito en Miami-Estados Unidos de América del 16 de junio de 2015, según el artículo 42 inciso f) del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y reconocimiento de gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica. Asimismo, para hacer escala en Miami-Estados Unidos de América, por conexión.

Artículo 3º—Rige a partir del 16 al 19 de junio de 2015.

San José, a los once días del mes de junio de dos mil quince.

Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. N° 26148—Solicitud N° 19424.—(IN2015073996).Nº

262-2015

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7°, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y,

Considerando:

I.—Que el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de Costa Rica y la Comunidad del Caribe se negoció en el 2004. Este acuerdo establece el Consejo Conjunto de Costa Rica y la Comunidad del Caribe (CARICOM), el cual tiene, entre otras funciones, supervisar la implementación y administración del Tratado; instruir a los comités, subcomités y grupos de trabajo para que realicen las funciones asignadas a ellos respectivamente y cualquier otra función relacionada con los objetivos del acuerdo; y establece supervisar el trabajo de todos los comités, subcomités y grupos de trabajo.

II.—Que en este contexto, del 17 al 18 de junio de 2015 en Trinidad & Tobago se llevará a cabo la I Reunión del Consejo Conjunto de Costa Rica y CARICOM, en la que participará la señora Ericka Víquez Álvarez, con el fin de avanzar en el cumplimiento de los compromisos establecidos en el Tratado y trabajar en la efectiva administración del mismo.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Ericka Víquez Álvarez, portadora de la cédula N° 2-0375-0827, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior para participar en la I Reunión del Consejo Conjunto de Costa Rica y CARICOM que se llevará a cabo del 17 al 18 de junio de 2015 en Trinidad & Tobago. Durante la I Reunión del Consejo Conjunto de Costa Rica y CARICOM se analizarán los siguientes temas: Dificultades de acceso al mercado experimentadas por las Partes en el marco del Tratado; Construcción de una agenda para servicios; Acuerdos de reconocimiento mutuo. Compromisos en el marco del Tratado; Programa de desgravación arancelaria. Reglas de procedimiento del Consejo Conjunto; Revisión de disposiciones específicas del Tratado; Propuesta para establecer un Consejo Empresarial Costa Rica-CARICOM; Estado actual de los procedimientos internos para la entrada en vigor del acuerdo en los países que aún no lo han hecho y; Decisiones del Consejo Conjunto. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 16 de junio de 2015. A partir del 20 de junio y hasta el día 22, la funcionaria tomará viaje personal, de forma tal, que todos los gastos en que incurra en estas fechas, serán asumidos por cuenta propia. El 19 de junio se le aplicará lo que corresponda según el artículo 43 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. Los días 20 y 21 de junio corresponden a fin de semana y el 22 de junio, será cargado al periodo de vacaciones vigente.

Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Ericka Víquez Álvarez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y transporte terrestre, a saber USD$752,44 (setecientos cincuenta y dos dólares con cuarenta y cuatro centavos) sujeto a liquidación, con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 792. Lo correspondiente a la tarifa de escaneo, rayos x o inspección de equipaje (Ley 7664-Decreto N° 36341-MAG, artículo 3), será cubierto por las mismas subpartidas y por el mismo programa. Los impuestos de salida de Costa Rica serán cubiertos por COMEX, por la subpartida 10504 del programa 792. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. Se le reconocerá los gastos relativos al almuerzo, por tránsito en Miami-Estados Unidos de América del 16 de junio de 2015, según el artículo 42 inciso f) del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y reconocimiento de gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica. Asimismo, para hacer escala en Miami-Estados Unidos de América, por conexión.

Artículo 3º—Rige a partir del 16 al 22 de junio de 2015.

San José, a los once días del mes de junio de dos mil quince.

Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. N° 26148—Solicitud N° 19430.—(IN2015073994).

Nº 265-2015

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7°, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y,

Considerando:

I.—Que dentro de los objetivos del Ministerio de Comercio Exterior se llevan a cabo acciones para fortalecer la aplicación y la administración de los acuerdos suscritos por el país. En ese sentido, el Ministerio es responsable de coordinar las acciones necesarias para asegurar la adopción de todas aquellas medidas necesarias para hacer efectivas las disposiciones de los compromisos adquiridos en el marco del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, República Dominicana y Estados Unidos (CAFTA-DR). Por otro lado, se pretende impulsar la agenda comercial de Costa Rica con nuestro principal socio comercial, Estados Unidos de América y definir las estrategias para avanzar los intereses comerciales con ese país en el marco del acuerdo comercial CAFTA-DR.

II.—Que bajo este contexto, del 19 al 25 de junio de 2015 el señor José Carlos Quirce Rodríguez, viajará a Costa Rica con el fin de coordinar la organización y realización de un evento sobre atracción de inversión extranjera en Costa Rica, evento del Ministerio de Comercio Exterior, CINDE y el Council of The Americas, el cual se celebrará el día 25 de junio en San José, así como coordinar con el Despacho del Ministro, la Dirección General y la Dirección de Inversiones la agenda anual con los Estados Unidos y estrategias a seguir.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor José Carlos Quirce Rodríguez, portador de la cédula número 1-0645-0798, Enviado Especial en Washington D.C-Estados Unidos de América, con rango de Agregado Comercial, para que viaje de Washington D.C. a Costa Rica, del 19 al 25 de junio de 2015 con el objetivo de coordinar la organización y realización de un evento sobre atracción de inversión extranjera en Costa Rica, evento del Ministerio de Comercio Exterior, CINDE y el Council of The Americas, el cual se celebrará el día 25 de junio en San José, así como coordinar con el Despacho del Ministro, la Dirección General y la Dirección de Inversiones la agenda anual con los Estados Unidos y estrategias a seguir.   Durante su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos: 1) del 19 al 24 de junio, coordinación previa al evento de COMEX, CINDE y Council of The Americas sobre Atracción de Inversiones a realizarse en San José, del 19 de junio en horas de la mañana y hasta el 25 de junio al final del día y; 2) reuniones con el Ministro de Comercio Exterior, la Directora General, la Directora de Inversiones, encargados de temas específicos: (Propiedad Intelectual, Agricultura, Telecomunicaciones, Cooperación, Facilitación de Comercio). Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino, viaja a partir del 18 de junio y regresa a Washington D.C. hasta el 26 de junio de 2015. Los días 20 y 21 de junio de 2015, corresponden a fin de semana.

Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor José Carlos Quirce Rodríguez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, sujeto a liquidación, con recursos de COMEX del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de COMEX de la subpartida 10503 del programa 796. Se le autoriza para hacer escala en Miami-Estados Unidos de América por conexión.

Artículo 3º—Rige del 18 al 26 de junio de 2015.

San José, a los doce días del mes de junio del año dos mil quince.

Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. N° 26148—Solicitud N° 19426.—(IN2015073993).

Nº 266-2015

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y,

Considerando:

I.—Que Costa Rica ha venido trabajando con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) desde el 2010, con el objetivo de llegar a ser miembro de la misma y mejorar la calidad de las políticas públicas. Luego de la Decisión Ministerial de la OCDE de mayo de 2013, el Gobierno de Costa Rica preparó un plan de acción con el fin de ampliar sus vínculos con la OCDE dentro del proceso de adhesión (Plan de Acción OCDE). Este plan incluye la participación en comités, grupos de trabajo y redes de la organización. El Grupo de Trabajo del Comité de Comercio (WPTC por sus siglas en inglés), y sus respectivos órganos subsidiarios, forma parte de los compromisos adquiridos por Costa Rica bajo el plan de acción y es de suma importancia para el proceso de adhesión a la OCDE. El próximo evento de este grupo se celebrará el 16 y 17 de junio de 2015, en las oficinas de la OCDE en París, Francia. En dicha reunión se abordarán temas relacionados con competitividad, productividad, sistemas de innovación; emprendedurismo; Cadenas Globales de Valor; política industrial y políticas de inversión. La presencia en esta actividad resulta de la mayor importancia para impulsar objetivos de la agenda de política comercial y de inversión del país.

II.—Que bajo este contexto, del 16 al 17 de junio de 2015 el señor Tayutic Mena Retana viajará a París, Francia para participar en la reunión del Grupo de Trabajo del Comité de Comercio (WPTC por sus siglas en inglés), y sus respectivos órganos subsidiarios. La participación en dicha reunión es un medio para mejorar el acercamiento a la OCDE y cumplir con los compromisos que ha asumido el país como participante de este comité, con miras a continuar con el proceso formal de adhesión en el 2015.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Tayutic Mena Retana, portador de la cédula N° 01-1207-0586, Negociador Comercial en la Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) en Ginebra-Suiza, para que viaje de Ginebra, Suiza a París, Francia para participar en la reunión del Grupo de Trabajo del Comité de Comercio (WPTC por sus siglas en inglés), y sus respectivos órganos subsidiarios del 16 al 17 de junio de 2015. Durante su estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) continuar con la participación regular de Costa Rica como participante en el Grupo de Trabajo del Comité de Comercio (WPTC por sus siglas en inglés), y sus respectivos órganos subsidiarios; 2) participar en Grupo de Trabajo del Comité de Comercio (WPTC por sus siglas en inglés); 3) participar en las diferentes discusiones que tendrán lugar en la reunión para compartir la experiencia de Costa Rica en la definición de políticas de comercio en el entorno mundial actual; mejorar el entendimiento de las Cadenas Globales de Valor y su impacto sobre el crecimiento y la desigualdad, explicar las acciones que impulsa el país para incrementar su competitividad, atraer inversión extranjera, generar crecimiento, empleo, mejoramiento industrial y desarrollo tecnológico; 4) aprovechar la ocasión para fortalecer la red de contactos que se ha establecido con los países miembros de la OCDE y reforzar el interés del país en continuar profundizando y mejorando su participación en la OCDE, con miras a una eventual membresía y; 5) contribuir en la discusión, análisis y reflexión de las temáticas del comité, recogiendo elementos de las experiencias de los participantes que puedan resultar valiosas en el desarrollo interno de políticas públicas dirigidas a potenciar estos temas. Por efectos de itinerario y rutas de tren, viajará a partir del 15 de junio de 2015.

Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Tayutic Mena Retana, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber: US$618,52 (seiscientos dieciocho dólares con cincuenta y dos centavos) sujeto a liquidación, con recursos de la Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización Mundial del Comercio (OMC). De igual manera, la OMC cubrirá los gastos por concepto de transporte terrestre vía tren. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet.

Artículo 3º—Rige a partir del 15 al 17 de junio de 2015.

San José, a los doce días del mes de junio del año dos mil quince.

Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. N° 26148—Solicitud N° 19431.—(IN2015073984).

Nº 269-2015

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y,

Considerando:

I.—Que Costa Rica participa desde marzo de 2013 en las negociaciones para un acuerdo plurilateral sobre el comercio de servicios (Trade in Services Agreement, TiSA) que se negocia en Ginebra. Esta iniciativa fue lanzada por un grupo de países en diciembre de 2011 al margen de la 8ª Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio, con el objetivo de alcanzar resultados ambiciosos en el campo de las negociaciones de servicios y así desarrollar disciplinas modernas en esta área y a futuro poder incorporar los resultados al sistema multilateral de comercio.

II.—Que Costa Rica ha tenido una participación activa en todas las reuniones de esta iniciativa plurilateral, por lo que el objetivo de este viaje es continuar lo que hasta ahora ha sido una discusión técnica de alto nivel de disciplinas para el comercio de servicios, con las cuales se busca el desarrollo de un acuerdo que amplíe el marco normativo en esta materia. En estas negociaciones participan técnicos de 24 Miembros de la OMC: Australia, Canadá, Chile, Colombia, Corea, Costa Rica, Estados Unidos, Hong Kong, Islandia, Israel, Japón, Liechtenstein, México, Nueva Zelanda, Noruega, Pakistán, Panamá, Paraguay, Perú, Suiza, Taiwán, Turquía, la Unión Europea y Uruguay; por lo que es necesario una participación técnica especializada en los temas a tratar, que aporte a las discusiones y transmita la posición nacional. Estas reuniones darán inicio el 6 de julio y finalizarán el 10 de julio de 2015 en Ginebra-Suiza.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Mariana Castro Hernández, portadora de la cédula  número 01-1274-0163, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior para participar en diversas actividades relacionadas con las discusiones de la iniciativa plurilateral del Acuerdo sobre Comercio de Servicios (TiSA), a efectuarse en Ginebra-Suiza, del 6 al 10 de julio de 2015. El 5 de julio de 2015, revisará los materiales de trabajo y coordinará algunos temas antes de las negociaciones. Durante su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos: 1) participar en las discusiones sobre los siguientes temas: -Servicios financieros, -Regulación doméstica y transparencia, Modo 4, -Servicios de telecomunicaciones, -Servicios de transporte y -Discusiones sobre temas horizontales; 2) trabajar de forma coordinada con la Misión de Costa Rica ante la OMC la posición en los diferentes temas a discutir; 3) expresar la posición de Costa Rica en los temas que se discuten; y 4) sostener reuniones bilaterales, según corresponda, con otros países participantes. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 4 de julio de 2015. La funcionaria iniciará viaje personal a partir de las 21:15 horas del 11 de julio y hasta el 12 de julio de 2015, de forma tal, que todos los gastos en que incurra en estas fechas, serán asumidos por cuenta propia. Los días 11 y 12 de julio corresponden a fin de semana.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Mariana Castro Hernández, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de hospedaje, alimentación y transporte terrestre, a saber USD$2.101,08 (dos mil ciento un dólares con ocho centavos), sujeto a liquidación, serán cubiertos con recursos de COMEX de la subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 792. Asimismo, lo correspondiente a la tarifa de escaneo, rayos x o inspección de equipaje (Ley 7664- Decreto N° 36341-MAG, artículo 3) y reconocimiento de gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica. Los gastos por transporte aéreo serán cubiertos con recursos COMEX de la subpartida 10504 del Programa 796. Se le reconocerá lo correspondiente al rubro de alimentación por tránsito en New York-Estados Unidos de América del 4 de julio de 2015, según el artículo 42, inciso b) del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado, envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y para hacer escala en New York-Estados Unidos de América, por conexión.

Artículo 3º—Rige a partir del 4 al 12 de julio de 2015.

San José, a los quince días del mes de junio del año dos mil quince.

Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. N° 26148—Solicitud N° 19427.—(IN2015073982).

Nº 271-2015

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública,  Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y,

Considerando:

I.—Que Costa Rica ha enfocado sus esfuerzos a promover una inserción inteligente en los mercados del mundo, así como en la diversificación de sus socios comerciales y de inversión. Con esto el país ha buscado acercarse a socios con alto poder adquisitivo para posicionar productos orientados a nichos de mercado específicos y atraer inversión de alto valor agregado. En este contexto, la relación comercial con Corea del Sur muestra mucho potencial de crecimiento y desarrollo.

II.—Que hace aproximadamente dos años, Costa Rica y otros países de Centroamérica, habían tenido un acercamiento con Corea del Sur, con el fin de evaluar la posibilidad de estrechar sus relaciones mediante un acuerdo comercial. A inicios de 2015 se reactivó el interés y Corea ha expresado su intención de profundizar la relación con los seis países de la región.

III.—Que tras una serie de discusiones, las partes acordaron que el anuncio oficial del inicio del proceso de negociación se realizará el 18 de junio de 2015, aprovechando la visita del Ministro de Comercio, Industria y Energía, Yoon Sang-jick a Houston-Estados Unidos y se ha confirmado la presencia de cuatro ministros de comercio de la región.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Marianela Piedra Vargas, cédula N° 1-1121-0539, Funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para participar en calidad de asesora del señor Jhon Fonseca, Viceministro de Comercio Exterior, en el lanzamiento de las negociaciones de un Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Corea que se llevará a cabo el 18 de junio de 2015 en Houston-Estados Unidos de América. Durante su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos: 1) participar en el evento de lanzamiento de la negociación entre Centroamérica y Corea; 2) establecer contacto con las más altas autoridades coreanas a cargo de la negociación y; 3) continuar las labores de coordinación y comunicación con las Partes centroamericanas. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo hacia el lugar de destino viaja el 17 de junio de 2015.  La funcionaria iniciará viaje personal a partir del 19 de junio y hasta el 20 de junio de 2015, de forma tal, que todos los gastos en que incurra en esas fechas serán asumidos por cuenta propia. El día 19 de junio será cargado al periodo de vacaciones vigente y el día 20 de junio corresponde a fin de semana.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Marianela Piedra Vargas, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, de alimentación y hospedaje, a saber USD$324,12 (trescientos veinticuatro dólares con doce centavos), sujeto a liquidación, con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 792.  Lo correspondiente a la tarifa de escaneo, rayos x o inspección de equipaje (Ley 7664-Decreto N° 36341-MAG, artículo 3), será cubierto por las mismas subpartidas y por el mismo programa. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y reconocimiento de gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica. Participará en calidad de asesora del Viceministro el 18 de junio de 2015.

Artículo 3º—Rige del 17 al 20 de junio de 2015.

San José, a los quince días del mes de junio del año dos mil quince.

Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. N° 26148—Solicitud N° 19432.—(IN2015073981).

Nº 272-2015

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y,

ACUERDA:

Artículo 1º—Modificar el Artículo Primero, Segundo y Tercero del Acuerdo de Viaje N° 240-2015, de fecha 29 de mayo de 2015, para que se lea de la siguiente manera:

“ARTÍCULO PRIMERO: Designar al señor Gerardo González Morera, cédula N° 2-0368-0965, funcionario de la Dirección de Asesora Legal, para que viaje a Santiago, Chile para participar en el IV Encuentro de la Red Latinoamericana sobre Gobierno Corporativo de Empresas Públicas, a efectuarse del 2 al 3 de junio de 2015. En el marco de la actividad conocerá las nuevas Directrices de Gobierno Corporativo de Empresas Estatales, los avances en las reformas en Latinoamérica, creación de directorios y prácticas de transparencia. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino, viaja a partir del 31 de mayo de mayo de 2015. El funcionario iniciará viaje personal a partir de las 11:50 horas  del 4 de junio y hasta el 7 de junio de 2015, de forma tal que todos los gastos en que incurra en estas fechas, serán cubiertos por cuenta propia. El 4 de junio se le aplicará lo que corresponda, según el artículo 43 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. El día 5 de junio será cargado al periodo de vacaciones vigente. Los días 6 y 7 de junio corresponden a fin de semana.

ARTÍCULO SEGUNDO: Los gastos del señor Gerardo González Morera, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $554,76 (quinientos cincuenta y cuatro dólares con setenta y seis centavos), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 792. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. El almuerzo y la cena del día de 2 de junio, serán cubiertos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Los impuestos de salida de Costa Rica serán cubiertos por COMEX, por la subpartida 10504 del programa 792. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y reconocimiento de gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica. Asimismo, para hacer escala en Perú, por conexión.

ARTÍCULO TERCERO: Rige a partir del 31 de mayo al 7 de junio de dos mil quince.”

Artículo 2º—En lo no expresamente modificado el resto del Acuerdo 240-2015, se mantiene igual.

San José, a los quince días del mes de junio del año dos mil quince.

Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. N° 26148—Solicitud N° 19428.—(IN2015073980).

Nº 273-2015

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y,

Considerando:

I.—Que los países que integran el istmo centroamericano son socios comerciales estratégicos para nuestro país, ocupando el segundo lugar en el intercambio comercial de Costa Rica. Con el fin de potenciar los beneficios derivados de esta relación, la agenda de política comercial se ha enfocado en la modernización y profundización de la Integración Económica Centroamericana. Una parte fundamental de estas labores la constituye la consolidación de la Unión Aduanera Centroamericana, como eje fundamental en el proceso de consolidar la región como un bloque más fuerte y dinámico.

II.—Que de igual forma, la Integración Económica Regional es un elemento esencial para el Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea (AACUE), acuerdo negociado bajo una estructura de región a región, en el que las partes reafirman su voluntad de fortalecer y profundizar sus respectivos procesos de integración económica regional y asumen una serie de compromisos en ese sentido. Por ello, el grado de avance de los países centroamericanos en su integración regional permitirá aprovechar el AACUE de una mejor manera.

III.—Que bajo este te contexto, del 23 al 26 de junio de 2015 se realizarán en Guatemala las siguientes actividades: reuniones técnicas preparatorias de las reuniones intersectoriales de Ministros; reunión de Viceministros de Integración Económica; reunión del Consejo de Ministros de Integración Económica y; reuniones intersectoriales con los Ministros de Relaciones Exteriores y Ministros de Hacienda de Centroamérica. Lo anterior, de conformidad con el Plan de Acción aprobado por los Ministros Responsables de la Integración Económica Centroamericana, para el primer semestre 2015 y como mecanismo para alcanzar una integración comercial más profunda y sólida en la región centroamericana, así como el cumplimiento de los compromisos regionales del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Marcela Chavarría Pozuelo, portadora de la cédula número 1-0847-0321, Directora de la Dirección General de Comercio Exterior para participar en calidad de Asesora del señor Jhon Fonseca Ordóñez, Viceministro de Comercio Exterior en las siguientes actividades que se llevarán a cabo en Guatemala del 23 al 26 de junio de 2015: reuniones intersectoriales de Ministros el 23 de junio; reunión de Viceministros de Integración Económica y reunión del Consejo de Ministros de Integración Económica el 24 de junio; y en las reuniones intersectoriales con los Ministros de Relaciones Exteriores y Ministros de Hacienda de Centroamérica del 25 al 26 de junio de 2015. Lo anterior, de conformidad con el Plan de Acción aprobado por los Ministros Responsables de la Integración Económica Centroamericana, para el primer semestre 2015 y como mecanismo para alcanzar una integración comercial más profunda y sólida en la región centroamericana, así como el cumplimiento de los compromisos regionales del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea. Durante su estadía procurará cumplir con el siguiente objetivo específico: 1) asesorar en los diferentes temas de agendas de las reuniones intersectoriales, de Viceministros y Ministros, de conformidad con el Plan de Acción para el primer semestre de 2015. Los temas principales que se desarrollarán son los mandatos de las Cumbres Presidenciales, el cumplimiento de los compromisos del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y Europa, la hoja de ruta para la Unión Aduanera y la coordinación entre los Consejos de Ministros del Sistema de Integración Económica Centroamericana.

Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Marcela Chavarría Pozuelo por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber US$620,80 (seiscientos veinte dólares con ochenta centavos), sujeto a liquidación, con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Lo correspondiente a la tarifa de escaneo, rayos x o inspección de equipaje (Ley 7664- Decreto Nº 36341-MAG, artículo 3), será cubierto por las mismas subpartidas y por el mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y reconocimiento de gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica. Asimismo, para hacer escala en El Salvador, por conexión.

Artículo 3º—Rige a partir del 23 al 26 de junio de 2015.

San José, a los quince días del mes de junio del año dos mil quince.

Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. N° 26148—Solicitud N° 19433.—(IN2015073965).

Nº 276-2015

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y,

ACUERDA:

Artículo 1º—Modificar el Artículo Primero del Acuerdo de Viaje número 087-2015, de fecha 27 de febrero de 2015, para que se lea de la siguiente manera:

“ARTÍCULO PRIMERO: Designar al señor Álvaro Antonio Cedeño Molinari, portador de la cédula de identidad número 1-896-007, Representante Permanente con rango de Embajador-Jefe de Misión de la Delegación Permanente de Costa Rica ante la Organización Mundial de Comercio (OMC) en Ginebra-Suiza y Representante de Costa Rica ante la OCDE con sede en París-Francia y Jefe de la Delegación Permanente de Costa Rica ante la OCDE, en Ginebra-Suiza, para para que viaje a París-Francia del 03 al 04 de marzo de 2015 para participar en las reuniones bilaterales con Embajadores y Representantes de países miembros de la OCDE, así como coordinar con los funcionarios de la Misión en París  con ocasión de la próxima visita del Presidente Solís a París-Francia y a la Secretaría de la OCDE. Durante su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos: 1) por medio de reuniones bilaterales con Embajadores y Presentantes, reforzar el interés del país en continuar profundizando y mejorando su participación en la OCDE, con miras a una futura membresía; 2) mantener reuniones de coordinación con los funcionarios de la recién abierta Misión en París, para establecer los lineamientos de trabajo, planes para el año y discutir asuntos administrativos; y 3) realizar un trabajo preparatorio en temas logísticos y de agenda, para la visita Presidencial a París y a la OCDE los días 15 y 16 de marzo.”

Artículo 2º—En lo no expresamente modificado el resto del Acuerdo 087-2015, se mantiene igual.

San José, a los quince días del mes de junio de dos mil quince.

Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. N° 26148—Solicitud N° 19460.—(IN2015073962).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD

AVISOS

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal  y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Fila Guinea Abajo de Coto Brus, Puntarenas. Por medio de su representante, Juan Carlos Barrantes Méndez, cédula N° 603170479, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 10:49 horas del día 03/11/2015.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2015075318).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Específica para la prevención y fortalecimiento de los Derechos de la Niñez y Juventud del distrito de Jacó. Por medio de su representante: Luis Diego Ordoñez Quesada, cédula 113070537 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 10:28 horas del día 04/11/2015.—Licda. Nuris Dianeth Pérez Sánchez.—1 vez.—(IN2015075841).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

EDICTO

DMV-PG-001-RE-021.—El doctor Javier Molina Ulloa, número de cédula 1-543-142, vecino de Heredia en calidad de regente veterinario de la Oficina Tramitadora de Registros Molimor JS SRL., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Protech Spray, fabricado por Laboratorios Suandre SRL., para Labyes de Uruguay, con los siguientes principios activos: cada 100 Ml contiene: Fipronil 0.25 G, Piriproxifeno 0.25 G, Permetrina 2 G, Butóxido de Piperonilo 0.3 G y las siguientes indicaciones terapéuticas: Tratamiento, control y prevención de ectoparásitos como pulgas y garrapatas de los perros y gatos. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 11 horas del día 27 de octubre del 2015.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(IN2015075969).

DMV-PG-001-RE-021.—El doctor Javier Molina Ulloa, número de cédula 1-543-142, vecino de Heredia en calidad de regente veterinario de la Oficina Tramitadora de Registros Molimor JS SRL., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Protech Pipeta, fabricado por Laboratorios Suandre SRL., para Labyes de Uruguay, con los siguientes principios activos: cada 100 ML contiene: Fipronil 10 G, Piriproxifeno 10 G, Permetrina 40 G, Butóxido de Piperonilo 3 G y las siguientes indicaciones terapéuticas: Tratamiento, control y prevención de ectoparásitos como pulgas y garrapatas de los perros y gatos. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 11 horas del día 27 de octubre del 2015.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(IN2015075972).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Dirección ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 274, título N° 1853, emitido por el Liceo de Moravia, en el año dos mil seis, a nombre de Porras Ríos Miguel Ángel, cédula Nº 1-1252-0001. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los doce días del mes de mayo del dos mil quince.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015079536).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 37, título N° 168, emitido por el Liceo de Corralillo, en el año dos mil ocho, a nombre de Pérez Salmerón María Ángela, cédula: 3-0449-0879. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintidós días del mes de setiembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud 41143.—(IN2015076930).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 126, título N° 1054, emitido por el Liceo Laboratorio de Liberia, en el año dos mil cinco, a nombre de Luna Pastrana Mariadina, cédula: 5-0352-0992. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinte días del mes de octubre del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015076935).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 174, asiento 31, título N° 845, emitido en el año dos mil nueve y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Diseño y Construcción de Muebles, inscrito en el tomo 2, folio 82, asiento 19, título N° 616, emitido en el año dos mil ocho, ambos títulos fueron extendidos por el Colegio Técnico Profesional San Pablo de León Cortés, a nombre de Padilla Rojas Miguel Emilio, cédula: 1-1422-0126. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cinco días del mes de octubre del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015076963).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 76, título N° 263, emitido por el Colegio Nocturno de Siquirres, en el año dos mil uno, a nombre de Muñoz Montoya Wilson Arley, cédula: 1-1155-0712. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dos días del mes de noviembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud N° 43237.—(IN2015077018).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 29, título N° 252, emitido por el Liceo Nocturno de Santa Cruz, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Castañeda Gómez Harold, cédula: 1-0872-0725. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, 27 de agosto del 2015.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015077282).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 125, asiento 21, título N° 1353, emitido por el Colegio Redentorista San Alfonso, en el año dos mil tres, a nombre de Araya Víquez Grettel Vanessa, cédula 4-0180-0820. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciocho días del mes de junio del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015077527).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 113, título N° 967, emitido por el Liceo San Antonio, en el año dos mil, a nombre de Obando Peralta Félix Ángel, cédula: 1-1174-0304. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintisiete días del mes de octubre del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015078959).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 409, título N° 3323, y del título de Técnico Medio en Reparación de Equipo de Cómputo, inscrito en el tomo 2, folio 242, título N° 5158, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de San Sebastián, en el año dos mil diez, a nombre de Castro Sánchez Fabián Alberto, cédula Nº 1-1464-0517. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticinco días del mes de mayo del dos mil quince.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015079318).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 42, título Nº 566, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe de Grecia, en el año dos mil seis, a nombre de Alfaro Castro Ólger Armando, cédula Nº 2-0658-0678. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro días del mes de noviembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud Nº 43674.—(IN2015079465).

Ante esta Dirección ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 302, asiento 25, título Nº 2674, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Pococí, en el año dos mil doce, a nombre de Sánchez Vindas Alexandra, cédula Nº 7-0218-0112. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los siete días del mes de mayo del dos mil quince.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2015079501).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 87, título N° 2317, emitido por el Colegio Saint Francis, en el año dos mil ocho, a nombre de Rodríguez Monge Róger, cédula 1-1452-0367. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los doce días del mes de noviembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015080322).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 19, título N° 153, emitido por el Liceo Ing. Manuel Benavides R., en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Jiménez Solís Vanessa, cédula Nº  4-0160-476. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los ocho días del mes de octubre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015080348).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción del Sindicato Nacional de Asistentes de Servicios de Salud, siglas S.I.N.A.S.S. acordada en asamblea celebrada 16 de agosto del 2013. Expediente E-50. Habiéndose cumplido con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro visible tomo 16 folio 161, asiento 4755 del 24 de setiembre del 2013. La reforma afecta el artículo 40 del Estatuto.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—Exonerado.—(IN2015076473).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Consorcio Cooperativo Selva Bocuare R. L. siglas: Selva Bocuare R. L. constituida en asamblea celebrada el 01 de junio del 2015. Número de expediente código 1531-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción y se envía un extracto para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Presidente

Luis Cubero Céspedes

Vicepresidente

Juan Whitford Brenes

Secretario

Milton Siles Zúñiga

Vocal 1

Ricardo Stenneth Mora

Vocal 2

Mario Robinso Davy

Suplente 1

Guiselle Castro Delgado

Suplente 2

Leland Taylor Taylor

Gerente

Róger Alberto Pérez Brenes

 

San José, 29 de octubre del 2015.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—1 vez.—(IN2015076453).

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada Grupo Coperativo Nutracoop R. L. acordada en asamblea celebrada el 17 de setiembre del 2014. Resolución 1532-CO. En cumplimiento con  lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. El Consejo de Administración se formó de la siguiente manera:

Presidente                      Nardo Pérez Morales

Vicepresidente              Alexis Trigueros Gómez

Secretaria                      Juan Carlos Cascante Guzmán

Vocal 1                          Yamileth Villegas Solórzano

Vocal 2                          Sergio Antonio Vargas Flores

Suplente 1                     Carlos Luis Rubí Solís

Suplente 2                     Luz Vita Bonilla Picado

Gerente                          José Manuel Herrera Vargas

San José, 29 de octubre del 2015.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—1 vez.—(IN2015076479).

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RMT-1724-2015 de las 14:00 horas del 27 de julio del 2015, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-1475-2015, de sesión celebrada en San José a las 14:00 horas del 30 de junio del 2015, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra incoadas por Salas Lobo Norma, cédula de identidad N° 2-201-376, a partir del día 01 de mayo del 2015; por la suma de ciento dieciocho mil novecientos setenta y cuatro colones con cuarenta y un céntimos (¢118.974,41), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Víctor Morales Mora, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(IN2015074717).

En Sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 31 de agosto del 2015, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPA-2064-2015, al señor Flores González Francisco, cédula de identidad 6-072-994, vecino de Puntarenas, por un monto de ciento dieciocho mil novecientos setenta y cuatro colones con treinta y nueve céntimos (¢118.974,39), con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(IN2015074799).

En Sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 31 de agosto del 2015, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPA-2066-2015, al señor Madrigal Castro Isaí, cédula de identidad Nº 2-271-909, vecino de Cartago, por un monto de ciento dieciocho mil novecientos setenta y cuatro colones con treinta y nueve céntimos (¢118.974.39), con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(IN2015074895).

En sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 23 de setiembre del 2015, se acordó conceder Pensión de Gracia mediante la resolución JNPA-2048-2015, al señor Sosa Arguedas Rigoberto, cédula de identidad 2-266-019, vecino de Alajuela, por un monto de ciento dieciocho mil novecientos setenta y cuatro colones con treinta y nueve céntimos (¢118.974.39), con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora Nacional de Pensiones.—1 vez.—(IN2015075165).

En sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 23 de setiembre del 2015, se acordó conceder traspaso de pensión de gracia, mediante la resolución JNPTA-2036-2015, al (a la) señor (a) Suarez Carrillo Leticia, mayor, viuda cédula de identidad 5-174-416, vecina de Guanacaste; por un monto de ochenta mil quinientos sesenta y tres colones con quince céntimos (¢80.563,15) con un rige a partir del 01 de enero del 2015. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Mba. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(IN2015075378).

En sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 09 de junio del 2015, se acordó conceder traspaso de pensión de gracia, mediante la resolución JNPTA-1345-2015, al (a la) señor (a) Buzano Barrantes Orlinda, mayor, viuda, cédula de identidad 5-104-112, vecina de Guanacaste; por un monto de ciento diecisiete mil ochocientos sesenta y seis colones con cuarenta y seis céntimos (¢117.866.46) con un rige a partir del 01 de noviembre del 2014. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(IN2015075708).

De conformidad con resolución N° RM-6542-2015 de las 9:00 horas del día 01 de octubre del 2015. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social Resuelve: Impartir aprobación final a la resolución N° JPIGA-1716-2015 de las 10:00 del 28 de julio del 2015, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga una Pensión de Guerra incoadas por Rodríguez Matamoros Eduardo, cédula de identidad N° 2-130-828, a partir del día 08 de junio del 2012; por la suma de ciento dos mil quinientos trece mil colones con cinco céntimos (¢102.513,05), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Víctor Morales Mora, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—MBA. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(IN2015075828).

En sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 23 de setiembre del 2015, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPA-2046-2015, al señor López Vega Juan Rafael, cédula de identidad 2-265-551, vecino de San José, por un monto de ciento dieciocho mil novecientos setenta y cuatro colones con treinta y nueve céntimos (¢118.974,39), con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Mba. Elizabeth Molina Soto, Directora.—1 vez.—(IN2015075864).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE  LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

 

Marcas de Ganado

Solicitud N° 2015-160.—Eugenio Vargas Méndez, cédula de identidad 0103270866, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Hacienda Gamret Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-673220, solicita la inscripción de:

como marca de ganado que usará preferentemente en Cartago, Turrialba, Tres Equis, Cruce de Pacuar, 50 metros al este del restaurante El Cruce. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 30 de enero del 2015, según el expediente N° 2015-160.—San José, 19 de octubre del 2015.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2015078281).

Solicitud N° 2015-2042.—Margarita Quesada Quesada, cédula de identidad 0202610738, en calidad de apoderada especial de Calixto Arroyo Guerrero, cédula de identidad 0501080916, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste, Hojancha, Huacas, Huacas, 1 kilómetro y medio al este, de la iglesia católica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 23 de octubre del 2015, según el expediente N° 2015-2042.—San José, 2 de noviembre del 2015.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(IN2015078309).

Solicitud Nº 2015-2118.—Belkie Webb Zúñiga, cédula de identidad 0110510487, solicita la inscripción de:

B  W

6

como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Osa, Cortés, finca Webb. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 2 de noviembre del 2015. Según el expediente Nº 2015-2118.—San José, 4 de noviembre del 2015.—Lic. Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(IN2015078417).

Solicitud Nº 2015-2065.—Fausto Alfredo Espinoza Romero, cédula de identidad Nº 0800440081, solicita la inscripción de:

N

I   3

como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Delicias, San Ramón, de la Escuela de México, 4 kilómetros al suroeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 28 de octubre del 2015. Según el expediente Nº 2015-2065.—San José, 28 de octubre del 2015.—Viviana Segura de la O, Registradora.—1 vez.—(IN2015079789).

Solicitud Nº 2015-1861.—Jenny Patricia Dávila Martínez, cédula de identidad Nº 0503080368, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Pococí, Guápiles, Barrio Roxana, de la carnicería La Parada, 150 metros al sur. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 01 de octubre del 2015. Según el expediente Nº 2015-1861.—San José, 02 de octubre del 2015.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(IN2015079842).

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señora (ita) Alejandra Castro Bonilla, cédula 1-880-194, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Bayer Cropscience Aktiengesellschaft, de Alemania, solicita la patente de invención denominada DERIVADOS DE PIRAZOL SUSTITUIDOS CON HALÓGENO COMO AGENTES PARA EL CONTROL DE PLAGAS. La presente solicitud se refiere a nuevos compuestos sustituidos con halógeno, a procesos para su preparación y a su uso para controlar plagas animales, en particular artrópodos y especialmente insectos, arácnidos y nemátodos.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,  la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 403/04 ;A01N 43/56 ;C07D 401/12; cuyos inventores son Maue, Michael, Ilg, Kerstin, Bretschneider, Thomas, Hahn, Julia, Johanna, Hallenbach, Werner, Fischer, Reiner, Schwarz, Hans-Georg, Görgens, Ulrich, Raming, Klaus, Köbberling, Johannes, Hübsch, Walter, Turberg, Andreas, Lindner, Niels. Prioridad: 06/02/2013 EP 13154269.8; 12/08/2013 EP 13180076.5; 03/02/2014 WO 2014EP051989. Publicación Internacional: 14/08/2014 WO2014/122083. La solicitud correspondiente lleva el número 20150392, y fue presentada a las 11:24:09 del 28 de Julio del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de Septiembre del 2015.―Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2015074644).

El señor Miguel Ángel Hernández León, de Costa Rica, cédula 4-186-713, mayor, vecino de Heredia, solicita el Diseño Industrial denominada PROCESADOR INDUSTRIAL DE GAS DE PAJILLA. Procesador de gas para el secado del café de una manera ecológica ya que elimina la quema de leña y los humos contaminantes al ambiente en un 90%. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 07/02; cuyo inventor es Hernández León, Miguel Ángel. Prioridad: La solicitud correspondiente lleva el número 20150388, y fue presentada a las 12:15:00 del 24 de julio del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 04 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar Registrador.—(IN2015074651).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La señor(a) (ita) María del Pilar López Quirós, cédula N° 1 1066 0601, mayor de edad, vecina de San José, apoderada especial de Newlink Genetics Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS TRICICLICOS COMO INHIBIDORES DE LA INMUNOSUPRESION MEDIADA POR EL METABOLISMO DEL TRIPTOFANO. Se proporcionan actualmente los inhibidores de IDO y TDO y las composiciones farmacéuticas de los mismos, útiles para modular una actividad de la indolamina-2,3-dioxigenasa y la triptófano-2,3-dioxigenasa; el tratamiento de la inmunosupresión; el tratamiento de una condición médica que beneficia de la inhibición de la degradación de triptófano La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 235/02; C07D 487/04; A61K 31/416; A61K 31/418; A61K 31/419; A61K 31/419/A61P 37/02; cuyo(s) inventor(es) es(son) Kumar, Sanjeev, Waldo, Jesse, Jaipuri, Firoz, Mautino, Mario. Prioridad: 14/03/2013 US 61/784, 089; 10/03/2014 WO 2014US022680. Publicación Internacional: 02/10/2014 WO2014/159248. La solicitud correspondiente lleva el número 20150485, y fue presentada a las 13:31:10 del 14 de setiembre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de octubre del 2015.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2015075389).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

Asociaciones civiles

El Registro de Personas Jurídicas ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la: Asociación Cultural de Agua Caliente, entre las cuales se modifica el nombre social que se denominará: Asociación Escuela Municipal de Música Agua Caliente de Cartago. Por cuanto dichas reformas cumplen con la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 369227.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 12 minutos y 0 segundos del 2 de setiembre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015075260).

El Registro de Personas Jurídicas ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica, cédula: 3-002-061188, denominación: Asociación Casa Provincial del Buen Pastor. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 424368.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 56 minutos y 21 segundos del 23 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015075288).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad; Asociación Pro Vivienda la Esperanza, con domicilio en la provincia de: San José- Goicoechea, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes; organizar, promover y desarrollar proyectos de vivienda de interés social para beneficios de los asociados cuya necesidad de vivienda sea previamente comprobada a nivel nacional. Cuyo representante, será el presidente: Giovani Rojas Calderón, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2014, asiento: 235718.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 30 minutos y 2 segundos, del 29 de julio del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015075313).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Productores Agrícolas Luz y Esperanza de Cartago Norte de San José de Upala, con domicilio en la provincia de: Alajuela-Upala, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Mejorar la calidad de vida de los productores agrícolas afiliados, sus familias y las comunidades de influencia. Cuyo representante, será el presidente: Lasonia del Carmen Bado Martínez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 322829.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 46 minutos y 19 segundos, del 26 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015075348).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Mujeres Protectoras del Ambiente de la Zona de Chomes de Puntarenas, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Puntarenas, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Gestionar, ayudar y apoyar a los asociados a impulsar proyectos de desarrollo social y organizativo. Cuya representante, será la presidenta: Alejandra María Tenorio Jiménez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 427438 con adicional(es): 2015-457055.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 4 minutos y 40 segundos, del 22 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015075691).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica, cédula 3-002-183700, denominación: Asociación de Bienestar Social del Centro Infantil de Hatillo. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 368021 con adicional(es): 2015-447100.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 46 minutos y 25 segundos, del 22 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015075792).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Mujeres Tejiendo Esperanza, con domicilio en la provincia de: Alajuela-Upala, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Fortalecer la producción hortícola en micro invernaderos y la promoción de productos agrícolas sostenibles en el cantón de Upala con la participación de la mujer, incrementar en el área de producción de hortalizas, plantas aromáticas y ornamentales y cacao; mejorar los ingresos de cada una de las integrantes de la asociación; establecer y desarrollar el mercado local para la ubicación de los productos obtenidos, fomentar el desarrollo de fuentes de trabajo femenino. Cuya representante, será la presidenta: Rosa Emilia Hernández Lezama, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 176625 con adicional(es): 2015-301804, 2015-372094, 2015-433459, 2015-476997.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 17 minutos y 16 segundos, del 28 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015075801).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Move Without Limits (en español asociación Movimiento sin Límite), con domicilio en la provincia de: San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: La educación integral a través del arte con enfoque de convivencia pacífica, además la transmisión de valores a niños, niñas, adolescentes y sus comunidades en condición de vulnerabilidad social, proporcionándoles un espacio de expresión y desarrollo personal, que les ayude a integrarse exitosamente a la sociedad; establecer espacios de reflexión, intercambio y capacitación para generar hábitos de convivencia pacífica y participación ciudadana; brindar oportunidades. Cuyo representante, será la presidenta: Martha Emilia Morales Torres, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015 Asiento: 427755.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 9 minutos y 35 segundos, del 5 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015075811).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Recreativa para el Adulto Mayor Colonia Puntarenas, con domicilio en la provincia de: Alajuela-Upala, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Velar por el bienestar físico, mental y recreativo de los adultos mayores, fomentando actividades recreativas y culturales, relacionadas con el bienestar del adulto mayor, cuyo representante, será la presidenta, Elia María Avilés Vásquez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2015 Asiento: 124133.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 54 minutos y 39 segundos, del 22 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015075913).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Mujeres Espátulas Rosadas de Corral de Piedra de Nicoya, con domicilio en la provincia de: Guanacaste-Nicoya, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Confección y producción de bisutería y manualidades con objetos orgánicos y material reciclable para el desarrollo del pueblo, cuyo representante, será la presidenta, Xinia Guevara Jiménez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2015 Asiento: 49700 Con adicional: 2015-130931.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 26 minutos y 34 segundos, del 28 de mayo del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015075977).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Prodesarrollo de Moluscos y Reforestación Terrestre y Marítima de la Isla de Chira, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Puntarenas, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Impulsar todo tipo de acciones que se relacione con la explotación de moluscos, proyectos agrícolas de desarrollo productivo que sea factible a través de tiempo y que permita a los asociados mejorar su nivel socioeconómico. Cuyo representante, será la presidenta María Graciela Medina Matarrita, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2015 Asiento: 371070.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 31 minutos y 50 segundos, del 15 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015075988).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Religiosa Seis: Ocho Ministerios, con domicilio en la provincia de: San José-Alajuelita, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: brindar ayuda y apoyo a los niños de Costa Rica que se encuentren en estado de orfandad, sin hacer distinción alguna en cuanto a su raza, sexo, edad, condición física y/o nacionalidad, buscando procurarles condiciones de vida dignas y una educación integral para su futuro; emprender proyectos de vivienda y ayuda social para contribuir con las comunidades y el Estado Costarricense en relación al problema de abandono de niños, con el propósito de poder brindarles condiciones. Cuyo representante, será el presidente: Spencer Kendell Boulter, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 286157 con adicional(es): 2015-334891.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 57 minutos y 0 segundos, del 30 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2015076446).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción, la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula N° 3-002-051860, denominación: Asociación San Vicente de Paúl de Ciudad Colón. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08 /08/1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 491314.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 56 minutos y 28 segundos del 30 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015076549).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: ROGER ALFREDO GONZÁLEZ JIMÉNEZ, con cédula de identidad número 1-0457-0375, carné número 20328. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Exp. N° 15-001793-0624-NO.—San José, 8 de octubre del 2015.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—(IN2015075278).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. N° 16717P.—Peak South Pacific Investments S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo COR-15 en finca de su propiedad en Cortés, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 111.700 / 588.054 hoja Coronado. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de setiembre del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015078457).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. Nº 17637-2015.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las quince horas cincuenta y seis minutos del diecisiete de setiembre de dos mil quince Diligencias de ocurso presentadas por, Bismark Antonio Rivas García, cédula de identidad número 8-098-591, vecino de El Coyol, Alajuela, tendente a la rectificación de su asiento de naturalización en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre son Salvadora del Carmen y Gaitán, respectivamente. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Licda. Irene Montanaro Lacayo. Jefa a. í.—(IN2015074825).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. N° 37685-2015.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas cuarenta y seis minutos del treinta de setiembre de dos mil quince. Diligencias de ocurso presentadas por Ángela Miranda Zamora, cédula de identidad número 8-110-171, vecina de Carrillos Alto, Poás, Alajuela, tendente a la rectificación de su asiento de naturalización en el sentido que la fecha de nacimiento es veintiséis de agosto de mil novecientos setenta y cinco. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—(IN2015075700).

Exp. Nº 12626-2015.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas treinta minutos del seis de octubre de dos mil quince. Diligencias de ocurso presentadas por Juan Fernando Chavarría García, cédula de identidad número 5-156-588, vecino de Liberia, Guanacaste, tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento en el sentido que la fecha de nacimiento es treinta de mayo de mil novecientos cincuenta y cinco. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—(IN2015075944).

PUBLICACIÓN DE una VEZ

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Omar Feliciano Mayorga Espinoza, se ha dictado la resolución N° 4851-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y doce minutos del once de setiembre de dos mil quince. Exp. N° 17372-2015. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Omar Feliciano Mayorga Espinoza con Virginia López Moya, en el sentido que el nombre y el apellido de la cónyuge son Virginia de los Santos López no indica segundo apellido, hija de Esmeralda López no indica segundo apellido.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2015075268).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Mélida del Socorro Díaz Alvarado, se ha dictado una resolución N° 1252-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas diez minutos del diecisiete de marzo de dos mil quince. Exp. N° 4916-2015. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Fernando Manuel Alemán Díaz y de Cristhoper Daniel Alemán Díaz en el sentido que el nombre de la madre de las personas inscritas es Mélida del Socorro.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015075283).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por José Landero Picado, se ha dictado la resolución N° 5052-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas y diecisiete minutos del veintidós de setiembre de dos mil quince. Exp. N° 33022-2015 Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Justin Adrián Landero Martínez y de Angie Rachel Landero Martínez en el sentido que el segundo apellido de la madre de las personas inscritas es Téllez.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2015075287).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Helyn María Martínez Gómez, se ha dictado la resolución N° 4007-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas treinta y siete minutos del diez de agosto de dos mil quince. Exp. N° 21315-2013. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Bismark Antonio Hernández Martínez, en el sentido que el segundo nombre del padre de la persona inscrita es Bismarck y de Mónica Michelle Hernández Martínez en el sentido que el segundo nombre del padre y el nombre de la madre de la persona inscrita son Bismarck y Helyn María, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015075300).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Marlene del Socorro Artola Rodríguez, se ha dictado la resolución N° 2301-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas cuarenta y un minutos del veintiuno de mayo de dos mil quince. Exp. N° 17550-2014. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Flavio César Martínez Artola, en el sentido que el nombre de la madre es Marlene del Socorro.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015075303).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Dixciana Maryesy Herrera Suazo ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 449-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas trece minutos del catorce de febrero de dos mil catorce. Ocurso Exp. N° 39891-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Gabriela Belén Espinoza Herrera..., y el de Andy Jesús Espinoza Herrera..., en el sentido que el nombre de la madre de los mismos es “Dixciana Maryesy”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015075352).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Meyling de los Ángeles Ramírez Sequeira, se ha dictado la resolución N° 4747-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas veinte minutos del ocho de setiembre de dos mil quince. Exp. N° 31453-2015 Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Jean Carlos Sandoval Sequeira y de Keneth Josué Sandoval Sequeira en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de las personas inscritas son Meyling de los Ángeles Ramírez Sequeira.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2015075354).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Mireira Urbina no indica segundo apellido, se ha dictado la resolución N° 3012-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas y treinta y cinco minutos del dieciséis de julio de dos mil quince. Exp. N° 39582-2014 Resultando 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Karla Vanessa Urbina Núñez y de Cristian Ismael Urbina Núñez en el sentido que el apellido de la madre de las personas inscritas es Urbina no indica segundo apellido, consecuentemente los apellidos de las mismas son Urbina Urbina.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015075429).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Jenny Ondina Gámez, se ha dictado la resolución N° 5356-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del siete de octubre de dos mil quince. Exp. N° 32532-2015. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Wilson Emmanuell Navarrete Gámez, en el sentido que el apellido de la madre de la persona inscrita es Gámez no indica segundo apellido.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015075719).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Rosa Estela Torrez Centeno, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2129-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas del dieciocho de junio del dos mil doce. Ocurso. Exp N° 8709-2012. Resultando 1º—...,  2º—..., 3.-..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Kendall Fabián Torres Centeno, en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre... son “Rosa Estela” y “Torrez” respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015075766).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Rosa Isabel Blanco González se ha dictado una resolución N° 1640-2015 que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas veinticuatro minutos del diez de abril de dos mil quince. Exp N° 11046-2015. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Mayo Felipe Velásquez Velásquez con Rosa Isabel Blanco Blanco, en el sentido que el segundo apellido de la conyuge es González, hija de Eva Blanco González.—Lic. Luis Antonio Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015075788).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Ronal Marino Moscoso Solís, se ha dictado la resolución N° 1610-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas quince minutos del nueve de abril de dos mil quince. Exp. N° 6644-2015 Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Ronal Marino Moscoso Solís, en el sentido que el nombre de la persona inscrita y el nombre de la madre son Rónald Marino y Luz Sonia; de matrimonio de Ronal Marino Moscoso Solís con Betsy María Rodríguez Fernández y de Ronal Marino Moscoso Solís con Martha Sue Bernard no indica, en el sentido que el nombre del cónyuge y el nombre de la madre del mismo son Rónald Marino y Luz Sonia.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015075795).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Miriam Corea López, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3195-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cincuenta y ocho minutos del nueve de setiembre de dos mil trece. Exp. N° 21169-2013. Resultando 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Alondra María Arguello Corea... y Vanyeli Arguello Corea... en el sentido que el segundo apellido de la madre... es “López”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015075831).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Mario Antonio Zamorán Moreno, se ha dictado la resolución N° 4847-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas cuarenta y dos minutos del diez de setiembre de dos mil quince. Exp N° 30336-2015. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese la razón marginal de reconocimiento que consta en el asiento de nacimiento de Lening David Zamorán Brizuela, en el sentido que el segundo apellido del padre es Moreno.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2015075836).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Epifania Padilla Pérez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 0363-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del doce de febrero del dos mil ocho.—Exp. Nº 33157-07.—Resultando: 1º—...2º—...3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Ana Isabel Martínez Pérez... en el sentido que los apellidos de la madre... son “Padilla Pérez”.—Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Msc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(IN2015075915).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Vidalina del Carmen Pavón no indica segundo apellido, se ha dictado la resolución Nº 2264-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta minutos del veinte de mayo del dos mil quince.—Exp. Nº 46031-2012.—Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquense los asientos de nacimiento de Anthony Daniel Ortíz Pavón, en el sentido que el apellido de la madre de la persona inscrita es Pavón no indica segundo apellido y de Yérica Yurith Soza Pavón en el sentido que el nombre de la madre de la persona inscrita es Vidalina del Carmen.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015075942).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Eveling del Carmen Vallejos Martínez, se ha dictado la resolución Nº 4108-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las dieciséis horas treinta minutos del once de agosto del dos mil quince.—Exp. Nº 16909-2015.—Resultando: 1.—… 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de William Josué Martínez Vallejos, en el sentido que el nombre de la madre de la persona inscrita es Eveling del Carmen.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015075981).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Lea del Carmen Espinoza Dávila, se ha dictado la resolución Nº 0061-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y siete minutos del siete de enero del dos mil quince.—Exp. Nº 25762-2014.—Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese la inscripción: de nacimientos de Esteban Alberto Vásquez Espinosa, en el sentido que el primer apellido de la madre de la persona inscrita es Espinoza y de matrimonios de Martín Silvestre Vásquez Espinosa con Lea del Carmen Espinosa Dávila, en el sentido que el primer apellido del padre de la cónyuge consecuentemente el primer apellido de la misma es Espinoza.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015075984).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Karla María Medrano Olivas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2470-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta y tres minutos del seis de agosto de dos mil catorce. Ocurso. Exp N° 7879-2014. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Mayeli Lisbeth Canales Medrano, en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre...son “Karla María” y “Olivas” respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015076377).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Wilberto Montiel Acuña, se ha dictado la resolución N° 5677-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas quince minutos del veinte de octubre de dos mil quince. Exp. N° 22094-2015. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Wilfrido Montiel Acuña con Teresa Rodríguez Delvier, en el sentido que el nombre y la edad del cónyuge al momento de celebrarse el acto, así como el segundo apellido del padre del mismo son “Wilberto, treinta y un años y Gudiel”, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015076444).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Santos Cruz Peralta, se ha dictado la resolución N° 4668-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas y treinta minutos del tres de setiembre de dos mil quince. Exp. N° 32295-2012. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Keilor Iván Cruz Peralta y de Randall Johan Cruz Peralta, en el sentido que el nombre de la madre de las personas inscritas es “Santos”.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015076456).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Helyn Patricia Granados, no indica segundo apellido, ha dictado la resolución N° 2132-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas del quince de mayo de dos mil quince. Exp. N° 9913-2015 Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Kenny Alejandro Montes Granados, Deylin Pamela Montes Granados, Keymar David Alcázar Granados y de Nicole Tatiana Montes Granados, en el sentido que el nombre de la madre de las personas inscritas es “Helyn Patricia Granados”, no indica segundo apellido y “nicaragüense” respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015076495).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Zoila del Carmen Calderón González, se ha dictado la resolución N° 5085-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas quince minutos del veintitrés de setiembre de dos mil quince. Exp. N° 35240-2015. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Rusdig Zoilo Rivas Calderón, en el sentido que los apellidos de la madre son “Calderón González”.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2015076500).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Juan Carlos Delgado Marín, se ha dictado la resolución N° 4930-2015, que en lo conducente dice. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y treinta y siete minutos del diecisiete de setiembre de dos mil quince. Exp. N° 32329-2015. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Kristhen Valesska Marín Otárola, en el sentido que los apellidos del padre de la persona inscrita son “Delgado Marín”. Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2015076514).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Kattia Yesenia Álvarez Núñez, conocida como Kattia Yesenia Núñez Quesada, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 4190-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las dieciséis horas cincuenta minutos del doce de diciembre de dos mil trece. Ocurso Exp. N° 23510-2013. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Luis Enrique Quirós Núñez..., y José Eduardo Quirós Núñez ..., en el sentido que los apellidos de la madre de los mismos son “Álvarez Núñez”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015076528).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓNES

Avisos de solicitud de naturalización

Juan Camilo Montoya Santamaría, mayor, soltero, estudiante, colombiano, cédula de residencia número R 17000762724, vecino de San José, de la Toyota del Paseo Colón, trescientos metros al norte, cien metros al este y veinticinco metros al sur, casa amarilla, segundo piso, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 133557-2014. LEVH.—San José, veintiséis de octubre de dos mil quince.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015075266).

Daniela Urrego Escobar, mayor, soltera, ingeniera, colombiana, cédula de residencia número R 117000093224, vecina de Moravia, San Vicente, detrás del antiguo indica, frente al actual Gold Gym, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.134340-2015.—San José, veintiséis de octubre de dos mil quince.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015075320).

Leandro Antonio Gómez Dávila, mayor, soltero, estilista, nicaragüense, cédula de residencia N° DI155806999608, vecino de 25 norte apartamento color naranja del ICE, Centro  Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 136117-2015.—San José, a las 13:09 horas del 30 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015075350).

Ricardo Antonio Cubias Carrillo, mayor, soltero, administrador de bar, salvadoreño, pasaporte número A70218578, vecino de San Rafael, El Palmar, Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 136566-2015.—San José, a las 11:27 horas del 30 de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015075363).

Lizeth Ivania Centeno Pastora, mayor, divorciado, contadora pública, nicaragüense, cédula de residencia número 155813521909, vecina de San Miguel, Desamparados, San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 134756-2015.—San José, a las 13:31 horas del 30 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015075375).

Hermes Romualdo Torres Suescun, mayor, casado, empresario, colombiano, cédula de residencia número R 117001109709, vecino de San José Escazú, del Restaurante Tony Romas, mil quinientos metros al oeste y ciento cincuenta metros al sur, Edificio Milano, Apartamento número diecinueve, ha presentado solicitud para obtener la  nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro de, término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 134817-2015.—San José, veintiséis de octubre de dos mil quince.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015075413).

Manuel Luis Ramírez Quintana, mayor, soltero, comerciante, colombiano, cédula de residencia número 117000171330, vecino de Tibás, San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 134332-2015.—San José, a las 1:41 horas del 27 de octubre del 2015.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015075423).

Francisco Miguel Merlán Pérez, mayor, divorciado, profesor universitario, cubano, cédula de residencia número 119200316915, vecino de La Salvadita, Puerta Roja, Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 136427-2015.—San José, a las 09:31 horas del 03 de noviembre de 2015.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015075707).

Mónica Andrea López Castillo, mayor, divorciada, estudiante universitaria, colombiana, cédula de residencia número 117000041919, vecina de Moravia, San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 136407-2015.—San José, a las 14:33 horas del 30 de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015075735).

Reyna Massiel Narváez Ruiz, mayor, soltera, bodeguera, nicaragüense, cédula de residencia número 155807186123, vecino/a de Curridabat, José María Zeledón, San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 136673-2015.—San José, a las 14:33 horas del 30 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015075773).

Heydy Dayana Lacayo Cruz, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia número 155816292131, vecino/a de Proyecto mi Casa M8 Santa Lucía Paraíso Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 133843-2014.—San José, a las 12:10 horas del 24 de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015075806).

Pedro Enrique Canelones Moreno, mayor, soltero, Master en Administración de Negocios, venezolano, cédula de residencia número 186200214212, vecino de provincia de San José, cantón de Escazú, distrito Guachipelín, del Antiguo Paditen; doscientos metros al oeste, trescientos metros al sur, tapia color papaya, casa color papaya, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 132350-2014.—San José, dieciocho de setiembre del dos mil quince.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015075901).

Odalys Iridian Rodríguez Parrilla, mayor, soltero, servicio al cliente, nicaragüense, cédula de residencia número R155803597719, vecina de Brasil, Santa Ana, San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 134782-2015.—San José, a las 12:06 horas del 23 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015075919).

Darling Cecilia Siezar Aguilar, mayor, soltero(a), miscelánea, nicaragüense, cédula de residencia número R155809432304, vecina de San José, Uruca, La Carpio; primera parada 75 mts oeste, frente Almacén Santa Marta; portón gris, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 131239-2014.—San José, a las 15:47 horas del 22 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015075929).

Ramón Tico Calzada, mayor, soltero, estudiante, español, cédula de residencia número 172400015811, vecino de Condominio Cerro Alto, Escazú, San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 134100-2014.—San José, a las 12:04 horas del 30 de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015076371).

Róger Enrique Luna Miranda, mayor, soltero, ebanista, nicaragüense, cédula de residencia N° 155817094618, vecino de Alajuela, San Ramón, del Mercado Central 25 metros este apartamento 10, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 132958-2014.—San José, a las 3:11 horas del 12 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015076464).

José Hernán Portero Viteri, mayor, soltero, estudiante, ecuatoriano, cédula de residencia número 121800046121, vecino de La Aurora de Heredia, Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 134101-2014.—San José, a las 12:10 horas del 24 de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015076505).

Miriam Ivonne Reyes González, mayor, soltera, digitadora, nicaragüense, cédula de residencia número 155807566108, vecina de Barrio México, San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 136530-2015.—San José, a las 11:27 horas del 30 de setiembre del 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015076532).

Isabella Victoria Bello Andrade, mayor, soltera, estudiante, venezolana, cédula de residencia número 186200056105, vecina de Guachipelín, Escazú, San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 136339-2015.—San José, a las 13:31 horas del 30 de setiembre de 2015.—Lic. Randall Marín Badilla, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015076539).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE ADQUISICIONES SEGÚN PRESUPUESTOS EXTRAORDINARIOS

N° 1 Y 3 / 2015

De conformidad con la Ley de Contratación Administrativa, sección segunda, artículo 6 y el Reglamento de dicha Ley, capítulo II, artículo 7°, se comunica que se han efectuado modificaciones al Programa de Adquisiciones para el período 2015, la que se encuentra a disposición de los interesados en el sitio Web www.siquirres.go.cr, a partir del siguiente día hábil de la presente publicación.

Sandra Vargas Fernández, Proveedora Municipal a. í.—1 vez.—(IN2015080537).

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000005-0GCTT

Suministro de 12 (doce) puentes metálicos modulares

lanzables (tipo Bailey) de 54,86 metros

 (180 pies) de longitud

Se comunica a las empresas interesadas en participar en la licitación en referencia, que este Consejo recibirá ofertas, de conformidad con los términos cartelarios, hasta las 10:00 horas del día 15 de diciembre del 2015, por medio del Sistema Compr@Red del Ministerio de Hacienda.

Los interesados en participar, deberán adquirir los documentos de licitación a partir de la fecha de publicación de este aviso, en forma gratuita, en el Sistema Compr@Red del Ministerio de Hacienda.

San José, 19 de noviembre del 2015.—Proveeduría Institucional.—MBA. Luis Gerardo Leiva Mora, Director a. í.—1 vez.—O. C. Nº 4063.—Solicitud Nº 44094.—(IN2015080744).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

AVISO

El Departamento de Proveeduría, invita a participar en el siguiente procedimiento de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LN-000042-PROV

Arrendamiento de estacionamiento para vehículos

del O.I.J. del I Circuito Judicial de San José

Fecha y hora de apertura: 15 de diciembre del 2015, a las 10:00 horas.

El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección: http://poder-judicial.go.cr/proveeduria (ingresar al botón “Invitaciones”).

San José, 18 de noviembre del 2015.—Proceso de Adquisiciones.—MBA Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—Solicitud Nº 44071.—(IN2015080695).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000119-05101

(Bajo la modalidad de entrega según demanda)

Multivitaminas IV Fórmula. Inyectable. Polvo para inyección,

liofilizado con diluente. Frasco ampolla de 10 ml.

Código: 1-10-42-4850

Se informa a los interesados que está disponible en la Plataforma Electrónica Compra Red el cartel de la Licitación Abreviada 2015LA-000119-05101, para la adquisición del ítem único: Multivitaminas IV Fórmula. Inyectable. Polvo para inyección, liofilizado con diluente. Frasco ampolla de 10 ml. Código: 1-1042-4850. Apertura de ofertas: 10:00 horas del día 14 de diciembre 2015.

San José, 19 de noviembre del 2015.—Lic. Pablo Cordero Méndez Jefe a. í. de Línea de Producción de Medicamentos.—1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud N° 9022.—(IN2015080556).

HOSPITAL DR. RAFAEL Á. CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2015LN-0000011-2101

Por concepto de pan y repostería

Se informa a los interesados en la Licitación Pública Nacional 2015LN-0000011-2101, por concepto de pan y repostería que la fecha máxima de ofertas es el día 21 de diciembre de 2015 a las 10:00 a.m.

El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 19 de noviembre del 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2015080644).

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2015LN-0000009-2101

Carne de pollo en cortes varios

Se informa a los interesados en la Licitación Pública Nacional 2015LN-0000009-2101, por concepto de carne de pollo en cortes varios que la fecha máxima de ofertas es el día 16 de diciembre de 2015 a las 10:00 a.m.

El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 19 de noviembre del 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2015080645).

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000057-2101

Huevos de gallina entero

Se informa a los interesados en la Licitación Abreviada 2015LA-000057-2101, por concepto de huevos de gallina entero, que la fecha máxima de ofertas es el día 14 de diciembre de 2015 a las 09:00 a.m.

El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 19 de noviembre del 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2015080646).

SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS,

RIEGO Y AVENAMIENTO

CONTRATACIÓN DIRECTA 2015CD-000112-OC

Construcción de cauces y canales de drenaje para

el control de inundaciones en el área

de Limoncito-Limón

El SENARA invita a participar en la Contratación Directa 2015CD-000112-OC: “Construcción de cauces y canales de drenaje para el control de inundaciones en el área de Limoncito-Limón”. La fecha de recepción y apertura de ofertas está programada para el día el 4 de enero del 2016 a la 1:30 p. m., deberán ser entregadas en la Unidad de Servicios Administrativos del Área Administrativa, ubicada en San José, Calle Blancos del puente de Cinco Esquinas de Tibás 600 metros al este.

El cartel y los planos estarán disponibles a través de la página web de SENARA: www.senara.or.cr . Cabe indicar que no se recibirán ofertas después del día y la hora antes indicado, tampoco se recibirá ofertas por la vía electrónica.

Lic. Xinia Herrera Mata, Coordinadora de Servicios Administrativos.—1 vez.—O. C. N° 318.—Solicitud N° 10364.—(IN2015080699).

PROGRAMA DE GESTIÓN INTEGRADA

DEL RECURSO HÍDRICO (PROGIRH)

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000004-OC

Suministro e instalación de tuberías, válvulas, accesorios y riego parcelario para Proyecto de Riego PISIRI

Modalidad: Co-Calificación

1.  Fuente de recursos

El Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), como parte de los servicios que brinda a sus países socios beneficiarios, está otorgando el financiamiento total para el suministro e instalación de tuberías, válvulas, accesorios y Riego Parcelario para Proyecto de Riego PISIRI, en el marco del Programa de Gestión Integrada de Recurso Hídrico (PROGIRH).

2.  Organismo ejecutor y contratante del proceso de licitación

2.1  Antecedentes del Organismo Ejecutor: El Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA), en el marco del Programa de Gestión Integrada de Recurso Hídrico (PROGIRH) y conforme con los términos establecidos en el Contrato Préstamo N° 1709, suscrito entre el BCIE y el Gobierno de la República de Costa Rica deberá sujetarse a las disposiciones de la Política para la Obtención de Bienes y Servicios Relacionados y Servicios de Consultorías del BCIE.

2.2  El Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA), es el responsable del presente proceso de adquisición para lo cual, nombra al Comité Ejecutivo para la Licitación e invita a presentar propuestas para la contratación requerida.

2.3  El Contratista será seleccionado de acuerdo con los procedimientos del Banco Centroamericano de Integración Económica establecidos en la Política para la Obtención de Bienes, Obras, Servicios y Consultorías con Recursos del BCIE y sus Normas para la Aplicación, que se encuentran en la siguiente dirección en el sitio de Internet: http://www.bcie.org bajo la sección de la Unidad de Adquisiciones.

3.  Presentación del proceso de licitación

3.1  Objetivo General de la obra a contratar consiste en en el suministro e instalación de una red de 7332 metros de tubería de PVC en diámetros entre los 200 mm y los 50 mm, con sus respectivos accesorios y válvulas y la instalación de 42 módulos de 6000 m² cada uno de sistemas de riego por micro aspersión y goteo.

3.2  El Organismo Ejecutor pone a disposición de los interesados toda la documentación relacionada con esta licitación, necesaria para la preparación de las propuestas.

        Dicha información estará disponible en la Unidad de Servicios Administrativos del SENARA, ubicado en San José, cantón Goicoechea, distrito Calle Blancos, del puente de cinco esquinas de Tibás, 600 metros este, Edificio SENARA, a partir del día 23 de noviembre de 2015 y hasta el día 04 de enero de 2016, en horario de 7 a.m. a 3 p.m., o bien pueden consultarse en la página web de SENARA, www.senara.or.cr.

3.3  Se recibirán Propuestas para esta licitación a más tardar el día 05 de enero de 2016 antes de las 10:00 horas en la misma dirección física citada en el punto 3.2 de este aviso. Cabe indicar que no se recibirán ofertas después del día y la hora antes indicadas. Tampoco se recibirán ofertas por la vía electrónica.

3.4  La Vista al proyecto se realizará a las 9:00 horas del día 15 de diciembre del 2015, sita: en el parque de Tucurrique, cantón de Jiménez, provincia de Cartago, con la Ing. Laura Navarro Navarro.

Lic. Xinia Herrera Mata, Coordinadora de Servicios Administrativos.—1 vez.—O.C. N° 320.—Solicitud N° 10363.—(IN2015080703).

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000005-OC

(Modalidad: Co-Calificación)

Suministro e instalación de tuberías, válvulas, accesorios

y equipo de riego parcelario para el Proyecto de Riego

San Rafael de Ojo de Agua, Distrito Arancibia,

Montes de Oro Puntarenas

1.  Fuente de recursos

El Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), como parte de los servicios que brinda a sus países socios beneficiarios, está otorgando el financiamiento total para el suministro e instalación de tuberías, válvulas, accesorios y equipo de riego parcelario para el Proyecto de Riego San Rafael de Ojo de Agua, Distrito Arancibia, Montes de Oro Puntarenas, en el marco del Programa de Gestión Integrada de Recurso Hídrico (PROGIRH).

2.  Organismo ejecutor y contratante del proceso de licitación

2.1  Antecedentes del Organismo Ejecutor: El Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA), en el marco del Programa de Gestión Integrada de Recurso Hídrico (PROGIRH) y conforme con los términos establecidos en el Contrato Préstamo N° 1709, suscrito entre el BCIE y el Gobierno de la República de Costa Rica deberá sujetarse a las disposiciones de la Política para la Obtención de Bienes y Servicios Relacionados y Servicios de Consultorías del BCIE.

2.2  El Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA), es el responsable del presente proceso de adquisición para lo cual, nombra al Comité Ejecutivo para la Licitación e invita a presentar propuestas para la contratación requerida.

2.3  El contratista será seleccionado de acuerdo con los procedimientos del Banco Centroamericano de Integración Económica establecidos en la Política para la Obtención de Bienes, Obras, Servicios y Consultorías con Recursos del BCIE y sus Normas para la Aplicación, que se encuentran en la siguiente dirección en el sitio de Internet: http://www.bcie.org bajo la sección de la Unidad de Adquisiciones.

3.  Presentación del proceso de licitación

3.1  Objetivo General de la obra a contratar consiste en la construcción de una línea de tuberías de PVC con diámetros variables para conducir en total 25.5 litros por segundo (l/s), según se muestra en tabla 1, además de la instalación de accesorios y valvulería necesaria. Se incluye también un sistema de filtrado para los 25.5 litros por segundo y 18.5 hectáreas de riego parcelario; según los diseños y planos.

3.2  El Organismo Ejecutor pone a disposición de los interesados toda la documentación relacionada con esta licitación, necesaria para la preparación de las propuestas.

        Dicha información estará disponible en la Unidad de Servicios Administrativos del SENARA, ubicado en San José, cantón Goicoechea, distrito Calle Blancos, del puente de Cinco Esquinas de Tibás, 600 metros este, Edificio SENARA, a partir del día 23 de noviembre de 2015 y hasta el día 04 de enero de 2016, en horario de 7 a.m. a 3 p.m., o bien pueden consultarse en la página web de SENARA, www.senara.or.cr.

3.3  Se recibirán propuestas para esta licitación a más tardar el día 05 de enero de 2015 antes de las 11 a. m., en la misma dirección física citada en el punto 3.2 de este aviso. Cabe indicar que no se recibirán ofertas después del día y la hora antes indicadas. Tampoco se recibirán ofertas por la vía electrónica.

3.4  La visita al proyecto se realizará a las 10:00 horas del día 9 de diciembre de 2015, sita: frente a las oficinas del BNCR en Miramar de Puntarenas, contiguo al parque de la comunidad, con los Ing. David Solís y Carlos Porras.

Licda. Xinia Herrera Mata, Coordinadora de Servicios Administrativos.—1 vez.—O. C. N° 320.—Solicitud N° 10362.—(IN2015080707).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000024-01

Contratación de abastecimiento continuo

de materiales para electrónica general,

según demanda de cuantía inestimable

El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 07 de enero del 2016. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 24246.—Solicitud Nº 44074.—(IN2015080636).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000026-01

Contratación de abastecimiento continuo de tubos

y accesorios de cobre y bronce, según demanda

de cuantía inestimable

El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 15 de diciembre del 2015. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 24246.—Solicitud Nº 44073.—(IN2015080643).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000001-05

Servicios de remodelación del sistema eléctrico

de las instalaciones del Centro Regional Polivalente

de Limón y de la Unidad Regional Huetar Caribe

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Huetar Caribe del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 11 de enero del 2016. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Huetar Norte, ubicado en las oficinas del Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Huetar Caribe, ubicadas 1 km al oeste de la Sede de la Universidad de Costa Rica carretera Saopín en Limón o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 24246.—Solicitud Nº 44072.—(IN2015080648).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000031-01

Contratación de abastecimiento continuo de materiales

para invernaderos, según demanda de cuantía inestimable

El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 16 de enero del 2016. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 24246.—Solicitud Nº 44076.—(IN2015080693).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000025-01

Contratación de abastecimiento continuo de materiales

para instalaciones eléctricas, según demanda

de cuantía inestimable

El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 16 de diciembre del 2015. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 24246.—Solicitud Nº 44077.—(IN2015080702).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000027-01

Contratación de abastecimiento continuo de gases

y aceites de uso en refrigeración, según demanda

de cuantía inestimable

El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 14 de diciembre del 2015. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 24246.—Solicitud Nº 44078.—(IN2015080704).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000030-01

Contratación de abastecimiento continuo

de materiales para uso agropecuario,

según demanda de cuantía inestimable

El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 05 de enero del 2016. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 24246.—Solicitud Nº 44080.—(IN2015080747).

AVISOS

INSURANCE SERVICIOS S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LP-00001

Sistema informático integrado de aplicaciones

financieras y administrativas (ERP)

El Departamento Financiero-Administrativo de Insurance Servicios S. A (en adelante Insurance), ubicada frente a la Pizza Hut del Centro Comercial Plaza del Sol en Curridabat, les invita a participar en la Licitación 2015LP-00001 “Sistema informático integrado de aplicaciones financieras y administrativas (ERP)”. Las ofertas para esta contratación se recibirán, hasta las 16:00 horas del día lunes 04 de enero del 2016 en la proveeduría de Insurance.

El cartel para la contratación incluye las especificaciones técnicas y condiciones generales, puede ser retirado en nuestras oficinas en un horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. Pueden solicitar información al teléfono: 2284-8313 o a las direcciones vporras@insurancecr.com o szamora@insurancecr.com. con la señora Viviana Porras o la señorita Silvia Zamora.

San José, 18 de noviembre del 2015.—Departamento Financiero-Administrativo.—Leila Durán Rodríguez, Jefa.—1 vez.—(IN2015080638).

POPULAR SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000001-CL

Venta de mobiliario de oficina, panelería de divisiones

livianas y otros artículos varios

Popular Sociedad de Fondos de Inversión le invita a participar en la licitación de referencia, las ofertas deberán presentarse según lo dispuesto en el cartel correspondiente que puede ser retirado en nuestras oficinas ubicadas en el segundo piso del Edificio Torre Mercedes Paseo Colón, y serán recibidas hasta las 10:00 horas del día 15 de diciembre del 2015.

San José, 19 de noviembre del 2015.—Lic. Vilma Arana Asencio, Proveedora.—1 vez.—(IN2015080725).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

PROCESO DE PROVEEDURÍA

Invitación a participar

Se invita a los potenciales oferentes a participar en el siguiente proceso de contratación administrativa:

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000009-01

Compra de terreno para construcción del centro diurno

para las personas adultas mayores de Escazú

Se recibirán ofertas hasta las nueve horas del día miércoles 16 de diciembre del 2015.

En resumen, se requiere adquirir una propiedad con al menos las siguientes características:

a)    Que mida entre 1200 m2 a 2500 m2 con frente de calle de al menos 12 metros, lote en verde.

b)    La gradiente no podrá ser superior al 20% del área total de la propiedad.

c)     El terreno tendrá que ser apto para un sistema de tratamiento de aguas residuales tipo FAFA y no por planta de tratamiento.

d)    Ubicada en el cantón de Escazú en cualquiera de sus distritos.

e)     Cercano a centros de atención de salud (EBAIS).

f)     Que por el terreno no exista proyecto de vías ni por alguna servidumbre.

g)     No deberá estar afectada por nacientes u otras afectaciones de índole natural.

Las personas interesadas podrán encontrar mayor detalle en el cartel o pliego de condiciones solamente se obtendrá en forma digital en la oficina de Proveeduría, para lo cual deberán traer un dispositivo de almacenamiento masivo tipo llave maya, en el horario de lunes a viernes de 07:30 a. m. a 04:00 p. m. Se advierte que si el mismo se encuentra infectado no se transferirá el archivo solicitado y que las ofertas presentadas serán sometidas a los análisis técnico, legal y jurídico que la Municipalidad de Escazú estableció en el pliego de condiciones.

Para mayor información comunicarse con la Proveeduría Municipal al teléfono: 2208-7573.

Lic. Cira Castro Myrie, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 34464.—Solicitud Nº 44126.—(IN2015080756).

ADJUDICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000009-99999

Mejoramiento de las oficinas de planificación

y operaciones de la DGAC

El Consejo Técnico de Aviación Civil y la Dirección General de Aviación Civil a través de la Proveeduría Institucional, avisa a los interesados en esta licitación abreviada que de acuerdo al artículo décimo quinto de la sesión ordinaria Nº 79-2015, celebrada por el Consejo Técnico de Aviación Civil el 28 de octubre del 2015, se declara infructuosa de conformidad con el artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

San José, 18 de noviembre del 2015.—José Alberto Cascante Torres, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 24933.—Solicitud Nº 44109.—(IN2015080749).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000025-01

Compra de 327 máquinas electrónicas contadoras de billetes

Se comunica a los interesados que la Comisión de Contratación Administrativa en reunión 41-2015 CCADTVA del 17 de noviembre del 2015, acordó adjudicar la licitación en referencia de la siguiente manera:

Empresa:  Compañía  de  Máquinas de Costa Rica CDM S. A.

Monto total: US$314.083,50.

Detalle: (327) máquinas electrónicas contadoras de billetes marca MA, modelo NC3500.

Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 64891.—Solicitud Nº 44129.—(IN2015080752).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000023-01

Compra de semillas e insumos tano

para Subregión de Talamanca

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 9036 de Transformación IDA-INDER, artículos 26 y 30 y el oficio GG-853-2015 del 18 de noviembre 2015, se comunica la adjudicación del siguiente proceso: Para cultivos de maíz, frijol, arroz y pla. Licitación Abreviada N° 2015LA-000023-01 “Compra de semillas e insumos tano para Subregión de Talamanca” a la empresa Romagro del Siglo XXI a S. A., cédula jurídica 3-102-662924, por un monto total de ¢115.130.982,00, en el plazo de entrega dictado en el cartel. La coordinación y fiscalización durante la ejecución del objeto de este proceso licitatorio, estará a cargo de la Oficina Subregional de Talamanca, en lo que respecta a la ejecución presupuestaria la coordinación y fiscalización estará a cargo del Área de Seguridad Alimentaria en calidad de unidad solicitante del proceso licitatorio.

Licda. Karen Valverde Soto, Proveedora Institucional.—1 vez.—(IN2015080581).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000024-02

Compra de máquinas herramientas convencionales

La Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión Nº 039-2015, celebrada el 17 de noviembre del 2015, artículo II tomó el siguiente acuerdo:

Adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2015LA-000024-02, “Compra de máquinas herramientas convencionales”, basados en el dictamen técnico NMM-PGA-343-2015 realizado por la dependencia responsable de analizar las ofertas; el dictamen legal AL-URCO-243-2015; así como los elementos de adjudicación consignados en el punto 13 del cartel, de la siguiente manera:

Al oferente Nº 2: Sommerus S. A., la línea Nº 1 (única), por un monto de ¢91.000.000,00 por cuanto cumple técnicamente con lo solicitado en el cartel y especificaciones técnicas para la línea indicada; además su precio se considera razonable.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 24246.—Solicitud Nº 44075.—(IN2015080650).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE PURISCAL

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015PP-000001-01

Contratación (directa concursada) por demanda N° 2015-01, por autorización de la contratación de la Contraloría General de la República en su oficio 06530, art. 138 RLCA.

Contratación para los servicios de operacionalidad del CECUDI

El Concejo Municipal de Puriscal, en sesión ordinaria Nº 475, celebrada el 10 de noviembre de 2015, acordó:

“Declarar desierta la Licitación Abreviada N° 2015PP-000001-Prov., al “Contratación (Directa Concursada) por demanda N° 2015-01, por autorización de la contratación de la Contraloría General de la República en su oficio 06530, art.138 RLCA.

“Contratación para los servicios de operacionalidad del CECUDI”, con motivo del no cumplimiento de lo solicitado en el pliego cartelario del concurso de contratación administrativa.”

Lo anterior de conformidad con el artículo 86, 87 y 88 del RLCA.

Puriscal, 17 de noviembre del 2015.—Yorleny Guevara Mora, Secretaria del Concejo.—1 vez.—(IN2015080589).

MUNICIPALIDAD DE MORAVIA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000003-01

Compra de camión recolector de 6 m³

de capacidad volumétrica

Se les comunica a los interesados en el presente concurso, que mediante acuerdo Nº 2680-2015 de la sesión ordinaria Nº 289 del 9 de noviembre del 2015, se adjudicó la presente licitación por cumplir con las especificaciones legales y ser el único oferente que cumple con las especificaciones técnicas del cartel a la empresa Maquinaria Camiones y Grúas de Centroamérica S. A., por un monto de $130.800,00 (ciento treinta mil ochocientos dólares).

Moravia, 18 de noviembre del 2015.—Jorge Mesén Solórzano, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2015080561).

MUNICIPALIDAD DE VALVERDE VEGA

LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000001-PM

Compra e instalación de un sistema integral

de gestión municipal

La Municipalidad de Valverde Vega, comunica que con base al artículo VI, acuerdo Nº 5, de la sesión ordinaria Nº 286, celebrada por el Concejo Municipal de Valverde Vega, el día 17 de noviembre de 2015, acuerda por unanimidad dejar sin efecto la Licitación Pública Nº 2015LN-000001-PM, “Compra e instalación de un sistema integral de gestión municipal”,

Municipalidad de Valverde Vega, 19 de noviembre de 2015.—Lic. Blanca Molina Urbina, Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2015080657).

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000001-ALMU

Adquisición de terreno para acueducto de San Pablo

La Municipalidad de Nandayure, adjudicó la Licitación Pública 2015LN-000001-ALMU, “Adquisición de terreno para acueducto de San Pablo” a IXOYE S. A, por ser la oferta que cumple con los requisitos del cartel.

Aprobada por el Concejo Municipal de Nandayure, en sesión ordinaria número doscientos ochenta y seis, celebrada el día 20 de octubre de 2015.

Nandayure, 16 de noviembre de 2015.—Msc. Carlos Arias Chaves, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2015080633).

FE DE ERRATAS

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE
Y LA RECREACIÓN

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000002-01

Objeto de contrato: mejoras en archivo

institucional del ICODER

Se le comunica a los interesados en este concurso que el plazo para la recepción de ofertas se prórroga para el 1° de diciembre del 2015, a las 11:00 horas. De igual manera se les informa que están disponibles en la Proveeduría Institucional las aclaraciones al cartel. Todo lo demás se mantiene invariable.

San José, 18 de noviembre del 2015.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2015080666).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000099-PROV

(Aclaraciones y modificaciones Nº 2)

Trabajos correctivos en el edificio de los Tribunales

de Justicia del Primer Circuito Judicial de la Zona

Atlántica (Limón)

El Departamento de Proveeduría, avisa a todo el potencial interesado en participar en el procedimiento de contratación de referencia, que existen aclaraciones y modificaciones correspondientes a los requisitos de admisibilidad y experiencia del sistema de evaluación, los interesados podrán consultarlas a través de Internet, en la siguiente dirección: http://poder-judicial.go.cr/proveeduria (ingresar al botón “Invitaciones”). La fecha de apertura de las ofertas se mantiene invariable al igual que los demás términos y condiciones.

San José, 19 de noviembre del 2015.—Proceso de Adquisiciones.—M.B.A. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—Solicitud Nº 44130.—(IN2015080763).

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE TURRUBARES

El Concejo Municipal de Turrubares en sesión ordinaria N° 26-2015 celebrada el 10 de junio del año 2015, acuerda aprobar por no existir objeciones el Reglamento que regula el actuar de la Municipalidad de Turrubares en lo relativo a la ejecución de obras o prestación de servicios en materia de Gestión Vial Cantonal, mediante Convenio de Mutua Cooperación con Entes de Derecho Público o Privado. Los reglamentos entran en vigencia una vez publicados en Diario Oficial La Gaceta.

Bolívar Monge Granados.—1 vez.—(IN2015075432).

MUNICIPALIDAD DE JIMÉNEZ

Asunto: transcripción del acuerdo 1° del artículo X.

La Municipalidad de Jiménez en sesión ordinaria N° 260, celebrada el lunes 28 de setiembre del año en curso, acordó:

Este Concejo acuerda por unanimidad; aprobar las siguientes modificaciones al Reglamento General de Sesiones, Debates, Acuerdos y Comisiones Municipales, publicado en La Gaceta N° 145 del viernes 27 de julio del 2012:

Artículo 2º—Que se elimine la frase “...los primeros cuatro días lunes de cada mes...” y se modifique por “los días lunes de cada semana”.

Artículo 66.—Agregar “De la intervención de particulares mediante audiencia se consignará en acta únicamente lo que el solicitante haya expresado en su nota de petición de audiencia. Si alguno de los miembros del Concejo participan en la audiencia y desean que sus comentarios se consignen en acta, deberán entregar estos de forma escrita a la Secretaría del Concejo, caso contrario los mismos no serán consignados.

Capítulo VI-Disposiciones generales: agréguese un artículo 73° que dirá:

Las sesiones municipales podrán ser grabadas, dichas grabaciones serán de uso exclusivo del Concejo y la administración, en caso de que se necesite verificar los acuerdos tomados. Por tal razón las grabaciones se mantendrán durante veintidós días naturales para cualquier consulta, de previo a aprobar el acta respectiva. Transcurrido ese tiempo serán eliminadas.

Ciudad de Juan Viñas, 6 de octubre del 2015.—Nuria Estela Fallas Mejía, Secretaria.—1 vez.—(IN2015075270).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

C. N. TRES RÍOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se les comunica que hemos recibido aviso del señor: Hugolino Antonio Fernández Gómez, cédula N° 03-0155-0007, del extravío del siguiente certificado de depósito a plazo y su respectivo cupón en colones:

Certificado de depósito a plazo:

Inversión

Fórmula

Monto

Tasa int. %

Apertura o renovación

Vencimiento

502-304-5028453

1068709

¢5.000.000,00

4.25%

13-08-2015

13-11-2015

 

Cupones:

Inversión

Fórmula

Monto

Vencimiento

502-304-5028453

1068710

¢53.125.20

13-11-2015

 

A favor de Hugolino Antonio Fernández Gómez, cédula N° 03-0155-0007, al 4.25% anual a un plazo de 90 días, lo anterior para efectos de la publicación respectiva, según lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

Tres Ríos, 4 de noviembre del 2015.—Luis Enrique Mata Redondo, Coordinador de Operaciones.—(IN2015076449).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ORI-5181-2015.—Villalobos Miranda María de Los Ángeles, costarricense, cédula 2-0545-0586, ha solicitado reposición del título de Licenciada en Trabajo Social. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los veintiocho días del mes de octubre del dos mil quince.—Oficina de Registro e Información.—Mba. José Rivera Monge, Director.—(IN2015077104).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

EDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Federico Guillermo Quesada Chaves, costarricense, cédula 1-1021-0845, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Doctorado en Dirección de Empresas de la Universidad de Valencia de España. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Sabanilla, 3 de noviembre del 2015.—Oficina de Registro y Administración Estudiantil.—Licda. Susana Saborío Álvarez, Jefa.—(IN2015076530).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Al señor Francisco Antonio Pérez Pérez, con documento de identidad desconocido, se le comunica las resolución de las 18:50 horas del 28 de setiembre del 2015, con la cual la oficina del Departamento de Atención Inmediata de esta Institución da inicio al proceso especial de protección en sede administrativa, la cual confiere medida de protección correspondiente a cuido provisional a favor de las personas menores de edad Génesis, Sugeyri e Isaac todos de apellidos Pérez Mendoza, en la señora Paulina Hernández Arias, vecina de San José, Pavas, urbanización Óscar Felipe, calle uno, casa 60, detrás del colegio de Rincón Grande. Se le confiere audiencia por tres días hábiles para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos a las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en San José, Distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además que contra las indicada resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución el cual deberán interponer ante esta representación legal dentro de las 48 horas siguientes contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el diario oficial en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N° OLSJO-00256-2015.—Oficina Local de San José Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000094.—(IN2015075226).

Al señor Ángel Dudley Traña Flores, con documento de identidad desconocido, se le comunica la resolución de las 15:30 horas del 9 de octubre del 2015, dictada por esta Oficina Local de San José Oeste del Patronato Nacional de la Infancia, la cual resuelve dar inicio al proceso especial de protección mediante la medida de abrigo temporal a favor de las personas menores de edad Daniel Esteban Traña Vega, en un albergue institucional. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos a las once horas con treinta minutos en días hábiles el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en San José, Distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber además, que contra las indicada resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución el cual deberán interponer ante esta representación legal dentro de las 48 horas siguientes contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el diario oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N° OLSJO-00259-2015.—Oficina Local de San José Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000094.—(IN2015075228).

Al señor Santos Vargas Gutiérrez se le comunica la resolución de las 14:00 del veintisiete de octubre del dos mil quince, con la cual se da inicio al proceso especial de protección en sede administrativa y se resuelve medida de tratamiento en Renacer, Patarrá a favor de la persona menor de edad Katherine Lisbeth Vargas Morales. Se le confiere audiencia por tres días hábiles para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos a las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local de San José Oeste. Deberá de señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber además que contra las indicada resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta representación legal dentro de las 48 horas siguientes contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el diario oficial en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia).—Oficina Local de San José Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000094.—(IN2015075229).

A: Jader del Carmen Sequeira Vargas se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia de las nueve horas del veintitrés de octubre del año en curso, en la que se resuelve: I.—Inicio de los trámites para la repatriación de las personas menores de edad. Procédase al inicio de los trámites legales pertinentes a la repatriación de las personas menores de edad Allison Pamela Vindas Obando y Zharic Pamela Sequeira Vindas, cédula de identidad costarricense número 2-815-012 y 2-998-182, respectivamente. Lo anterior en virtud de que se han mantenido en condición de vulnerabilidad social, que permanecen en condición migratoria irregular en el hermano país de Nicaragüa y no mantienen ningún arraigo ni red familiar de apoyo en dicho país y por lo cual al tenor de los principios establecidos en los artículos 3 y 30 de la Convención sobre los Derechos del Niño, y los artículos 3, 5, 6, 13, 17, 19, y 30, todos del Código de la Niñez y la Adolescencia, esta institución debe asegurarle el respeto pleno a sus derechos fundamentales, entre ellos su derecho a residir en su país natal u de origen, con su familia nuclear o extensa, si así le resultare de mayor provecho conforme su interés superior. II.—Que para los fines de repatriación de las personas menores de edad Allison Pamela Vindas Obando y su menor hija Zharic Pamela Sequeira Vindas, se ordena el establecimiento de comunicación formal con el Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez, correspondiente a la institución homóloga de Nicaragüa, a quien se le solicita el acompañamiento de ambas personas menores de edad, asimismo se señale hora y fecha para la entrega de las citadas personas menores de edad a los personeros al efecto acreditados de ese ente gubernamental, con la finalidad de que la protección de las personas menores de edad Allison Pamela y su menor hija Zharic Pamela a su cargo y responsabilidad, mientras es ubicada en el recurso familiar prevalorado para ello por parte de esta institución para la protección de la madre adolescente y su hija y el respeto a sus derechos. Solicítesele a la honorable señora Cónsul General de Nicaragüa en Costa Rica para que por vía consular se le comunique esta resolución y la documentación que la acompaña, a las autoridades antes indicadas de la República de Nicaragua. III.—Que se lleven a cabo las coordinaciones correspondientes con Migración y Extranjería a fin de asegurar el ingreso de las personas menores de edad a Costa Rica. Así mismo coordine con el Consulado de Costa Rica en Nicaragua a fin de que se le provea a las personas menores de edad Allison Pamela Vindas Obando y su menor hija Zharic Pamela Sequeira Vindas, en caso de requerirse de pasaportes provisionales. IV.—Brindar seguimiento a través del área de psicología de esta oficina local del PANI a la adolescente madre por la situación vivenciada y a la guardadora con el fin de fortalecer su rol materno, una vez que las PME sean repatriadas. V.—Garantía de defensa: se le previene a los señores Evelyn Vanessa Obando Calderón, Cristian Gerardo Vindas Bogantes y Jader del Carmen Sequeira Vargas que es su derecho hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como que tiene acceso al estudio y revisión del expediente administrativo, que permanecerá a su disposición en esta oficina local en horas y días hábiles de las siete y hasta las quince horas y treinta minutos, ubicada en San José, calle catorce, entre avenidas ocho y diez. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá interponer dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Exp. OLGR-00355-2015.—Oficina Local de Grecia, 23 de octubre del 2015.—Licda. Carmen Lidia Durán Víquez.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000094.—(IN2015075231).

A las quince horas del día seis de julio del dos mil quince. A los señores Óscar Obando Castro, Carlos Rodríguez Campos, Breyner Araya Chavarría, Edwin Espinoza Garita, Viviana Flores Rojas se les comunica la resolución de las once horas del día tres de julio del dos mil quince, en la que se da inicio del proceso especial de protección y se dicta medida de protección de cuido provisional a favor de los niños Rafael Esterlyn Obando Flores, Jahina Pamela Rodríguez Flores, Jeykel Johel Araya Flores, Fausto, Aarón y Faviana de apellidos Espinoza Flores, en el hogar de la señora Marianela Matarrita Villareal. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp. N° 644-00029-15.—Oficina Local de Osa.—Licda. Nury Barrantes Picado, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000096.—(IN2015078156).

Al señor Jhon Jairo Angulo Grueso, mayor, cédula y demás calidades desconocidas por esta oficina local se le comunican las resoluciones de las ocho horas cuarenta minutos del cuatro de noviembre de dos mil quince y de las doce horas del cuatro de noviembre de dos mil quince que ordenaron el inicio de proceso especial de protección en favor de la persona menor de edad Gloria Valentina Angulo Siles y dictó abrigo temporal en su favor por el plazo de seis meses prorrogables judicialmente, ubicándola en albergue institucional, remitiéndose el expediente al Área Psicosociolegal de la Oficina Local de Desamparados para que se realice investigación ampliada de la situación en un plazo de veinticinco días y definan situación sociolegal de la niña, además se valoren las condiciones de la progenitora y del recurso por ella ofrecido. Ordenándose la incompetencia territorial por parte de esta oficina local para seguir a cargo de la situación de la niña dado que la madre y la niña mantienen su domicilio habitual en Desamparados. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberá interponer ante la representación legal de la oficina local de Desamparados dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente N° OLHN-00163-2014. Exp. N° OLHN-00538-2015.—Oficina Local Heredia Norte.—Licda. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000096.—(IN2015078157).

A las diez horas cincuenta minutos del día veintiséis de octubre del dos mil quince. Al señor Randall Wilfredo Abarca Monestel se le comunica: la resolución de las quince horas veinte minutos del día veintidós de julio del dos mil quince, en la que se dicta resolución administrativa de medida de protección de abrigo temporal a favor de la niña Ashley Asuseth Abarca Navarrete, en la Ong Posada Belén; la resolución de las diez horas ocho minutos del día veintiséis de octubre del dos mil quince, en la que se dicta Resolución Administrativa de Revocatoria. Notifíquese las anteriores resoluciones a la parte interesada, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp. N° 644-00022-14.—Oficina Local de Osa.—Licda. Roxana Gamboa Martínez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000096.—(IN2015078158).

A las once horas cuarenta y ocho minutos del día dieciséis de octubre del dos mil quince. Al señor Mario Solano Cisneros se les comunica la resolución de las ocho horas veinticinco minutos del día dieciséis de octubre del dos mil quince, en la que se da inicio del proceso especial de protección y se dicta medida de protección de abrigo temporal a favor de la niña Dayana Magaly Solano Badilla, en la Ong Posada Belén. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp. N° OLBC-00041-15.—Oficina Local de Osa.—Licda. Roxana Gamboa Martínez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000096.—(IN2015078159).

A las catorce horas del día veinticinco de agosto del dos mil quince. A los señores Elizabeth Mora Monge se les comunica la resolución de las trece horas del día veinticinco de agosto del dos mil quince, en la que se da inicio del proceso especial de protección y se dicta medida de protección de cuido provisional a favor de los niños José Antonio, David Antonio, Dalila, Merari Tatiana todos de apellidos Díaz Mora, en el hogar de la señora Itzel Arias Vega. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp. N° 644-00014-14.—Oficina Local de Osa.—Licda. Roxana Gamboa Martínez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000096.—(IN2015078160).

A, Armando Castillo, de un solo apellido en razón de su nacionalidad nicaragüense, quien radicada en ese país, de domicilio desconocido y demás calidades desconocidas, se le hace saber la resolución de las nueve horas treinta minutos del dieciséis de octubre del dos mil quince. Recurso: apelación ante esta oficina local quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva en San José. Plazo: cuarenta y ocho horas después de la última publicación de este edicto. Expediente administrativo N° OLSC-00285-2015.—Santa Cruz, 20 de octubre del 2015.—Oficina Local de Santa Cruz.—Lic. Germán Morales Bonilla, Representante Legal.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000096.—(IN2015078196).

Le comunica a los progenitores Federico Chaves Ledezma, mayor, costarricense, oficio y domicilio desconocidos, cédula de identidad N° 700850305 y Sofía Acevedo Castañeda, mayor, de nacionalidad nicaragüense, indocumentada, oficio y domicilio desconocidos, ambos progenitores, que por resolución de las nueve horas veintinueve minutos del diecinueve de octubre del 2015, se ordenó el archivo del proceso especial de protección de su hija Allison Chaves Acevedo, por cumplimiento de mayoría de edad. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta representación legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp. N° O.L.AG-00137-2015.—Oficina Local de Quepos.—Licda. Maribel Calderón Jiménez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000095.—(IN2015078199).

Se hace saber a la progenitora Kembli Ramírez Villarreal, que con el fin de enderezar procesos y cumplir con el debido proceso, se le comunican las siguientes Resoluciones Administrativas emitidas todas por la Oficina Local de Hatillo como sigue: 1) Que por resolución administrativa de las once horas y diez minutos del cuatro de junio del dos mil quince, donde se da inicio al proceso especial de protección y se dicta medida de protección de abrigo temporal en la ONG Casa Viva por el término de seis meses a favor de la PME Sebastián Ramírez Villarreal. 2) Que por resolución administrativa de las doce horas cuarenta minutos del treinta de junio del dos mil quince, resolución la cual deja sin efecto de forma parcial la anterior resolución supra citada a favor de la PME Sebastián Ramírez Villarreal, ubicando a la PME con la tía materna señora Melany Ramírez Villarreal. 3) Que por resolución de las once horas y diez minutos del cuatro de junio del dos mil quince, en donde se dicta nuevamente resolución administrativa de medida de abrigo temporal en la ONG Casa Viva a favor de la PME: Sebastián Ramírez Villarreal. 4) Que por resolución administrativa de las trece horas y diez minutos del dieciocho de agosto del dos mil quince, se deja sin efecto en forma parcial la resolución de las doce horas y cuarenta minutos del treinta de junio del dos mil quince en cuanto a la ubicación de la PME Sebastián Ramírez Villarreal, ubicándolo en Casa Viva. 5) Que por resolución de las siete horas con cincuenta minutos del día diecinueve de agosto del dos mil quince, resolución que eleva recurso de apelación interpuesto por Merling Villarreal Dávila. 6) Que por resolución de Comunicación al Juzgado de Niñez y Adolescencia sobre ubicación de PME Sebastián Ramírez Villarreal en ONG Casa Viva de fecha dieciocho de agosto del dos mil quince. 7) Que por resolución administrativa de presidencia ejecutiva de las doce horas del veintiocho de agosto del dos mil quince. Resolución de previo pronunciamiento que ordena notificar las resoluciones supra indicadas a la progenitora. Se le hace saber además que el plazo para oposiciones será de cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta oficina local, en forma verbal o escrita; oficina que lo elevará ante el órgano superior. La presentación del recurso no suspende los efectos de las resoluciones dictadas. Asimismo se les emplaza a señalar lugar o medio para notificaciones presentes y futuras, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuera impreciso, inexacto o llegare a desaparecer las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el simple transcurrir de veinticuatro horas después de dictadas. Igual sucederá cuando se haga imposible la notificación en el medio señalado. Expediente administrativo N° OLHT-00084-2015.—Oficina Local de Hatillo.—Lic. Walter Soto Mora, Representante Legal.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000095.—(IN2015078201).

A las quince horas cinco minutos del veintiséis de octubre del dos mil quince. Se le comunica a los señores Lendis Espinoza Alemán y Gerardo Peña López, la resolución de las once horas tres minutos del veintidós de octubre del dos mil quince, mediante en la cual se ordenó la declaratoria de adoptabilidad en sede administrativa a favor de la niña Bianca Lucía Peña Espinoza, por motivos que la progenitores incumplen con sus deberes parentales sobre su hija de marras. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso será de conocimiento de la presidencia ejecutiva de esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp. OLCO-00005-2015.—Oficina Local de Corredores.—Licda. Dinia Vallejos Badilla, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000095.—(IN2015078203).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MORA

AJUSTE DEL PRECIO DEL ALQUILER

DE NICHOS MUNICIPALES

La Municipalidad del cantón de Mora, informa a los contribuyentes que se autoriza el ajuste del precio de alquiler de nichos municipales a ¢135.000,00 exactos por un periodo de 5 años. Éste aumento rige a partir de la publicación en La Gaceta.

Karol Sánchez Quirós, Secretaria.—1 vez.—(IN2015075298).

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA

Para los efectos legales correspondientes, la Municipalidad de Santa Ana comunica que en la sesión ordinaria doscientos setenta y ocho celebrada el primero de setiembre del dos mil quince el Concejo Municipal aprobó en firme por unanimidad:

Acuerdo N° 6:

Se acepta la renuncia de la Licencia de Licor N° 01-27, (distrito centro) presentado por la sociedad Corporación Caltico S. A., cédula jurídica N° 3-101-123409, cuyos apoderados especiales son los señores Daniel Chacón, cédula de identidad N° 1-0616-0758 y Frederick Spahr, cédula de residencia N° 175600032226. Se ordena sacar del sistema esta licencia desde el 1° de julio de 2015, que es la fecha de solicitud para que sea cancelada. Publíquese una vez en el diario oficial.

Santa Ana, 11 de setiembre del 2015.—Licencias y Patentes.—Dinorah Arley Mata, Encargada.—1 vez.—(IN2015075238).

Para los efectos legales correspondientes, la Municipalidad de Santa Ana comunica que en la sesión ordinaria doscientos setenta y ocho, celebrada el primero de setiembre del dos mil quince el Concejo Municipal aprobó en firme por unanimidad:

Acuerdo N° 6:

Se acepta la renuncia de la Licencia de Licores N° 03-14 (distrito Pozos), presentado por la sociedad Comidas Centroamericanas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-16470, cuyo representante legal es el señor Jorge Nils Gutiérrez Cruz, cédula de identidad N° 1-0601-0981. Se ordena sacar del sistema esta licencia desde el 1° de abril de 2015. Publíquese una vez en el diario oficial.

Santa Ana, 11 de setiembre del 2015.—Licencias y Patentes.—Dinorah Arley Mata, Encargada.—1 vez.—(IN2015075240).

Para los efectos legales correspondientes la Municipalidad de Santa Ana comunica que en la sesión ordinaria doscientos setenta y ocho, celebrada el primero de setiembre del dos mil quince el Concejo Municipal aprobó en firme por unanimidad:

Acuerdo N° 6:

Se acepta la renuncia de la Licencia de Licor N° 01-24 (distrito centro), presentado por Fernando Castro Sandí, cédula de identidad N° 1-0373-0557. Se ordena sacar del sistema esta licencia desde el 1° de abril de 2015, que es la fecha de solicitud para que sea cancelada. Publíquese una vez en el diario oficial.

Santa Ana, 11 de setiembre del 2015.—Licencias y Patentes.—Dinorah Arley Mata, Encargada.—1 vez.—(IN2015075243).

Para los efectos legales correspondientes, la Municipalidad de Santa Ana comunica que en la sesión ordinaria doscientos setenta y ocho, celebrada el primero de setiembre del dos mil quince el Concejo Municipal aprobó en firme por unanimidad:

Acuerdo N° 6:

Se acepta la renuncia de la Licencia de Licor N° 02-01 (distrito Salitral), presentado por el Sr. Fernando Castro Sandí, portador de la cédula de identidad N° 1-0373-0557, se ordena sacar del sistema esta licencia desde el 1° de enero de 2015, que es la fecha de solicitud para que sea cancelada. Publíquese una vez en el diario oficial.

Santa Ana, 23 de octubre del 2015.—Licencias y Patentes.—Dinorah Arley Mata, Encargada.—1 vez.—(IN2015075248).

AVISOS

CONVOCATORIAS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

FLORES DE MI TIERRA S. A.

Xinia González Cordero, cédula 144085 presidenta Flores de mi Tierra S. A., cédula jurídica 3-101-479039, convocatoria a asamblea general extraordinaria de accionista, a celebrarse en el domicilio social de la sociedad a las 14:00 horas del veintiocho de diciembre de dos mil quince, en primera convocatoria y en segunda y última convocatoria a las 14:30 horas del mismo mes y año en el mimo lugar. Agenda a tratar ratificación para vender el inmueble de la sociedad, verificación de gastos de mantenimiento y pago de impuestos territoriales y municipales.—Xinia González Cordero, Presidenta.—(IN2015079880).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

CONDOMINIO ASTURIAS

Asamblea general ordinaria de propietarios del Condominio Asturias, situado en Pavas, costado norte del Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños, a celebrarse el día 11 de diciembre de 2015 en el salón multiuso del condominio. La primera convocatoria se realizará a las 18:00 horas, en caso de no haber quórum de ley se llamará a segunda convocatoria a las 19:00 horas, iniciando con los propietarios presentes. El orden del día será el siguiente:

1.  Comprobación del quórum.

2.  Informe de administración.

3.  Informe económico-financiero y aprobación del presupuesto 2015.

4.  Aprobación multas reglamento mascotas.

5.  Asuntos varios.

6.  Refrigerio.

San José, 18 de noviembre del 2015.—Nuria Quirós Arce, Administradora.—1 vez.—(IN2015080238).

LAS JACARANDAS TAMARINDO UNO LIMITADA

Se convoca a asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad Las Jacarandas Tamarindo Uno Limitada, con cédula jurídica 3-102-473540, a celebrarse el 6 de diciembre del 2015 en Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, P&D Abogados, Centro Comercial Tamarindo Business Center, locales uno y dos, en primera convocatoria a las 12:00 horas. Si no se lograre el quórum requerido se celebrará en segunda convocatoria a las 13:00 horas del mismo día. La Asamblea será para discutir los siguientes asuntos:

Orden del día:

1)  Comprobación del quórum y apertura de la asamblea.

2)  Aprobación de un nuevo crédito hipotecario préstamo mercantil.

3)  Otros asuntos propuestos por los socios.

4)  Clausura.

Bruce Aaron Mckillican, Gerente.—1 vez.—(IN2015080524).

COOPERATIVA DE CONSUMO DE LA COMUNIDAD

DE SANTA LUCÍA R.L.

La Cooperativa de Consumo de la Comunidad de Santa Lucia R.L., con dirección en Almacén La Bodeguita, siglas Coopesantalucía R.L., cédula jurídica número tres-cero cero cuatro-cero setenta y cinco mil ciento cuarenta y cinco, informa a todos los interesados y asociados que el próximo sábado treinta de enero del dos mil dieciséis a las trece horas, en primer convocatoria se llevará a cabo la asamblea general ordinaria de la Cooperativa de Consumo de la Comunidad de Santa Lucía R.L., que se celebrará en el salón comunal de Santa Lucía de Pejibaye, Pérez Zeledón, San José, contiguo al Mini Súper Santa Lucía del lugar.—Hortensia Granados Duarte, Gerente General.—1 vez.—(IN2015080544).

CLUB LOS MADRUGONES DE SAN CARLOS

SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a asamblea general extraordinaria de accionistas de Club Los Madrugones de San Carlos Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-083966, a realizarse en el domicilio social, un kilómetro al sur del quebrador en Santa Clara, Florencia, San Carlos, Alajuela, a las 17:00 horas del 15 de diciembre de 2015. El único punto de la agenda es resolver sobre la propuesta para disolver la compañía. De no haber quórum a la hora señalada la asamblea se realizará en segunda convocatoria una hora después con los socios presentes.—Luis Gerardo Alfaro Quesada, Presidente.—1 vez.—(IN2015080553).

CORPORACIÓN BANANERA NACIONAL

SOCIEDAD ANÓNIMA

Por este medio me permito invitar a los tenedores de las acciones de las Series “A”, “B”, “C”, “D” y “E” de la Corporación Bananera Nacional Sociedad Anónima, a la asamblea general extraordinaria y ordinaria de accionistas en la que se conocerán los siguientes puntos de agenda:

1.  Aprobación del presupuesto de CORBANA S. A., para el año económico-2016.

2.  Nombramiento de la comisión para el análisis del presupuesto 2017.

3.  Informe sobre las cuentas a cancelar contra la provisión de incobrables, tanto de la cartera de crédito como de la cartera de impuestos.

Se fija la primera convocatoria para las 15:00 horas del lunes 14 de diciembre del 2015. El quórum en primera convocatoria será de por lo menos las tres cuartas partes de la totalidad de las acciones. De no existir el quórum requerido, se celebrará la reunión una hora más tarde con el número de socios presentes. Se trate de la primera o segunda convocatoria, podrá celebrarse la asamblea siempre que estén representadas las tres primeras series de acciones (A, B, C). Esta Asamblea se llevará a cabo en las instalaciones de la sede social de CORBANA S. A., sita en Zapote, de la Casa Presidencial, ciento veinticinco metros al noreste. Los accionistas que sean personas jurídicas deberán acreditar la representación de su personería mediante certificación notarial y en el caso de que el personero la delegue en otra persona se deberá adjuntar, además de la certificación de personería del delegante, una carta poder o poder especial debidamente autenticados. Las certificaciones de personería no podrán tener un plazo mayor de tres meses de expedidas debiendo contar con los timbres de ley y no se aceptarán copias fotostáticas de estas ni de los poderes, aun cuando unas y otros se presenten certificados. En cuanto a las certificaciones podrán ser utilizadas para efectos de acreditación las presentadas en cualquiera de las dependencias de CORBANA durante los dos meses anteriores al día en que se celebre la asamblea y que no tengan más de tres meses de expedidas. Para ejercitar esta opción deberá comunicar dicha situación a la secretaría de la junta directiva antes del 04 de diciembre del año en curso. Los socios, tanto personas físicas como jurídicas podrán acreditarse en las oficinas centrales de CORBANA S. A., en la secretaría de junta directiva los días 10 y 11 de diciembre de las 08:00 a las 16:30 horas, así como el propio día de la asamblea a partir de las 12:00 horas. Cualquier traspaso de acciones deberá solicitarse a la Gerencia General, a más tardar el 07 de diciembre del año en curso. Los traspasos que impliquen reposición de títulos, no se tramitarán para efectos del ejercicio del derecho a voto, sino hasta después de realizada la asamblea de accionistas.—Junta Directiva.—MBA. Marjorie Ureña Castro, Subgerente General.—Jéssica Brenes Vargas, Secretaria.—1 vez.—(IN2015080602).

ARALI SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a los accionistas de Arali Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero diecisiete mil doscientos veintiocho, a la asamblea general ordinaria de accionistas, a celebrarse en las Oficinas de Pragma Legal, ubicadas en Pozos de Santa Ana, Parque Empresarial Fórum 2, Edificio N, piso 5, a las 10:00 horas del miércoles 16 de diciembre de 2015. Si no hubiera quórum en primera convocatoria, se celebrará la asamblea general ordinaria de accionistas en segunda convocatoria, a las 11:00 horas de ese mismo día y en la misma dirección antes indicada. La asamblea conocerá del siguiente orden del día:

1)  Discutir, aprobar o improbar el informe de la presidencia.

2)  Discutir, aprobar o improbar los estados financieros de la compañía para el periodo fiscal 2015.

3)  Resolución sobre declaración y pago de dividendos.

San José, 18 de noviembre de 2015.—Carlos Enrique Araya Lizano, Presidente.—1 vez.—(IN2015080626).

FUNDACIÓN CRISTIANA OASIS DE ESPERANZA-NANDAYURE

Los suscritos Jorge Arturo Alvarado Valverde, cédula número 1-766-455 y Marianella Bolaños Arguedas, cédula número 1-1056-885, en calidad de representante legal y fundador el primero y de directora la segunda de la Fundación Cristiana Oasis de Esperanza-Nandayure (FUCOEN), cédula jurídica número 3-006-415839, convocamos a la asamblea general extraordinaria con el fin de realizar la sustitución de un director y aprobar el nuevo nombramiento.—San José, 31 de setiembre del 2015.—Jorge Arturo Alvarado Valverde, Fundador.—Marianella Bolaños Arguedas, Directora.—1 vez.—(IN2015080628).

VECTOR CUATRO DIGITAL S. A.

Se convoca a asamblea general ordinaria de accionistas de la firma Vector Cuatro Digital S. A., cédula jurídica 3-101-340619, a celebrarse en su domicilio social y comercial sito en San José, Montes de Oca, San Pedro de Montes de Oca, 250 metros al sur del Banco Nacional, a las 10:00 horas del lunes 21 de diciembre del 2015, en primera convocatoria y una hora después en segunda convocatoria, sesión en la que se conocerá lo siguiente:

Agenda:

1-  Informe del señor fiscal.

2-  Presentación y discusión del informe de auditoría a cargo del auditor y del presidente y adopción de las medidas que se juzguen oportunas.

3-  Discusión para aprobar o improbar el informe de resultados que presente el presidente y adopción de las medidas que se juzguen oportunas.

4-  Discusión y adopción de acuerdos a la distribución de utilidades o pérdidas.

5-  Revocatoria del cargo del fiscal por infracción al ordinal 196, inciso c) del Código de Comercio y nombramiento de su sustituto o vacancia del mismo por inopia o falta de acuerdo.

San José, 19 de noviembre del 2015.—Junta Directiva.—María Isabel Porras Chacón, Secretaria.—1 vez.—(IN2015080683).

3101505287 S. A.

Se convoca a los socios de 3101505287 S. A., cédula jurídica 3101505287, a asamblea general extraordinaria de socios la cual se celebrará en su domicilio social: 150 metros al sur del hogar de ancianos de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, el 22/12/2015, a las 4:00 horas en primera convocatoria y a las 5:00 horas en segunda convocatoria. De no haber quórum en primera convocatoria, se instaurará la asamblea en segunda convocatoria en la hora indicada anteriormente en la misma fecha y lugar. Se procederá a dar inicio a la asamblea con los socios presentes en segunda convocatoria tal y como lo estipula el artículo 171 del Código de Comercio. Asuntos a tratar: 1) Verificación del quórum y apertura de la asamblea. 2) Modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo. 3) Aprobación y firmeza del acta de la asamblea y nombramiento de ejecutores para protocolizar el acta. 4) Cierre de la asamblea. Lugar y fecha de emisión de la convocatoria: Alajuela, 10 de noviembre del 2015.—Junta Directiva.—Luis Alberto Badilla Arredondo, Presidente.—1 vez.—(IN2015080750).

3101504928 S. A.

Se convoca a los socios de 3101504928 S. A., cédula jurídica 3101504928, a asamblea general extraordinaria de socios la cual se celebrará en su domicilio social: 150 metros al sur del hogar de ancianos de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, el 21/12/2015 a las 4:00 p.m. en primera convocatoria y a las 5:00 p.m. en segunda convocatoria. De no haber quórum en primera convocatoria se instaurará la asamblea en segunda convocatoria en la hora indicada anteriormente en la misma fecha y lugar. Se procederá a dar inicio a la asamblea con los socios presentes en segunda convocatoria tal y como lo estipula el artículo 171 del Código de Comercio. Asuntos a tratar: 1) Verificación del quórum y apertura de la asamblea. 2) Modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo. 3) Aprobación y firmeza del acta de la asamblea y nombramiento de ejecutores para protocolizar el acta. 4) Cierre de la asamblea. Lugar y fecha de emisión de la convocatoria: Alajuela, 11 de noviembre del 2015.—Junta Directiva.—Luis Alberto Badilla Arredondo, Presidente.—1 vez.—(IN2015080751).

3101504927 S. A.

Se convoca a los socios de 3101504927 S. A., cédula jurídica 3101504927, a asamblea general extraordinaria de socios la cual se celebrará en su domicilio social: 150 metros al sur del hogar de ancianos de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, el 21/12/2015, a las 2:00 p.m. en primera convocatoria y a las 3:00 p.m. en segunda convocatoria. De no haber quórum en primera convocatoria se instaurará la asamblea en segunda convocatoria en la hora indicada anteriormente en la misma fecha y lugar. Se procederá a dar inicio a la asamblea con los socios presentes en segunda convocatoria tal y como lo estipula el artículo 171 del Código de Comercio. Asuntos a tratar: 1) Verificación del quórum y apertura de la asamblea. 2) Modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo. 3) Aprobación y firmeza del acta de la asamblea y nombramiento de ejecutores para protocolizar el acta. 4) Cierre de la asamblea. Lugar y fecha de emisión de la convocatoria: Alajuela, 11 de noviembre del 2015.—Junta Directiva.—Luis Alberto Badilla Arredondo, Presidente.—1 vez.—(IN2015080753).

3101504925 S. A.

Se convoca a los socios de 3101504925 S. A., cédula jurídica 3101504925, a asamblea general extraordinaria de socios la cual se celebrará en su domicilio social: 150 metros al sur del hogar de ancianos de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, el 21/12/2015 a las 10:00 p.m. en primera convocatoria y a las 11:00 p.m. en segunda convocatoria. De no haber quórum en primera convocatoria se instaurará la asamblea en segunda convocatoria en la hora indicada anteriormente en la misma fecha y lugar. Se procederá a dar inicio a la asamblea con los socios presentes en segunda convocatoria tal y como lo estipula el artículo 171 del Código de Comercio. Asuntos a tratar: 1) Verificación del quórum y apertura de la asamblea. 2) Modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo. 3) Aprobación y firmeza del acta de la asamblea y nombramiento de ejecutores para protocolizar el acta. 4) Cierre de la asamblea. Lugar y fecha de emisión de la convocatoria: Alajuela, 11 de noviembre del 2015.—Junta Directiva.—Luis Alberto Badilla Arredondo, Presidente.—1 vez.—(IN2015080754).

3101504926 S. A.

Se convoca a los socios de 3101504926 S. A., cédula jurídica 3101504926, a asamblea general extraordinaria de socios la cual se celebrará en su domicilio social: 150 metros al sur del hogar de ancianos de Ciudad Quesada, San Carlos, el 21/12/2015 a las 12 m.d. en primera convocatoria y a la 1:00 p.m. en segunda convocatoria. De no haber quórum en primera convocatoria se instaurará la asamblea en segunda convocatoria en la hora indicada anteriormente en la misma fecha y lugar. Se procederá a dar inicio a la asamblea con los socios presentes en segunda convocatoria tal y como lo estipula el artículo 171 del Código de Comercio. Asuntos a tratar: 1) Verificación del quórum y apertura de la asamblea. 2) Modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo. 3) Aprobación y firmeza del acta de la asamblea y nombramiento de ejecutores para protocolizar el acta. 4) Cierre de la asamblea. Lugar y fecha de emisión de la convocatoria: Alajuela, 10 de noviembre del 2015.—Junta Directiva.—Luis Alberto Badilla Arredondo, Presidente.—1 vez.—(IN2015080755).

3101504711 S. A.

Se convoca a los socios de 3101504711 S. A., cédula jurídica 3101504711, a asamblea general extraordinaria de socios la cual se celebrará en su domicilio social: 150 metros al sur del hogar de ancianos de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela el 21/12/2015, a las 8:00 a.m. en primera convocatoria y a las 9:00 a.m. en segunda convocatoria. De no haber quórum en primera convocatoria se instaurará la asamblea en segunda convocatoria en la hora indicada anteriormente en la misma fecha y lugar. Se procederá a dar inicio a la asamblea con los socios presentes en segunda convocatoria tal y como lo estipula el artículo 171 del Código de Comercio. Asuntos a tratar: 1) Verificación del quórum y apertura de la asamblea. 2) Modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo. 3) Aprobación y firmeza del acta de la asamblea y nombramiento de ejecutores para protocolizar el acta. 4) Cierre de la asamblea. Lugar y fecha de emisión de la convocatoria: Alajuela, 11 de noviembre del 2015.—Junta Directiva.—Luis Alberto Badilla Arredondo, Presidente.—1 vez.—(IN2015080757).

3101505290 S. A.

Se convoca a los socios de 3101505290 S. A., cédula jurídica 3101505290, a asamblea general extraordinaria de socios la cual se celebrará en su domicilio social: 150 metros al sur del hogar de ancianos de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, el 22/12/2015, a las 10:00 a.m. en primera convocatoria y a las 11:00 a.m. en segunda convocatoria. De no haber quórum en primera convocatoria se instaurará la asamblea en segunda convocatoria en la hora indicada anteriormente en la misma fecha y lugar. Se procederá a dar inicio a la asamblea con los socios presentes en segunda convocatoria tal y como lo estipula el artículo 171 del Código de Comercio. Asuntos a tratar: 1) Verificación del quórum y apertura de la asamblea. 2) Modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo. 3) Aprobación y firmeza del acta de la asamblea y nombramiento de ejecutores para protocolizar el acta. 4) Cierre de la asamblea. Lugar y fecha de emisión de la convocatoria: Alajuela, 11 de noviembre del 2015.—Junta Directiva.—Luis Alberto Badilla Arredondo, Presidente.—1 vez.—(IN2015080758).

3101505291 S. A.

Se convoca a los socios de 3101505291 S. A., cédula jurídica 3101505291, a asamblea general extraordinaria de socios la cual se celebrará en su domicilio social: 150 metros al sur del hogar de ancianos de Ciudad Quesada, San Carlos, el 22/12/2015 a las 8:00 a.m. en primera convocatoria y a las 9:00 en segunda convocatoria. De no haber quórum en primera convocatoria se instaurará la asamblea en segunda convocatoria en la hora indicada anteriormente en la misma fecha y lugar. Se procederá a dar inicio a la asamblea con los socios presentes en segunda convocatoria tal y como lo estipula el artículo 171 del Código de Comercio. Asuntos a tratar: 1) Verificación del quórum y apertura de la asamblea. 2) Modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo. 3) Aprobación y firmeza del acta de la asamblea y nombramiento de ejecutores para protocolizar el acta. 4) Cierre de la asamblea. Lugar y fecha de emisión de la convocatoria: Alajuela, 11 de noviembre del 2015.—Junta Directiva.—Luis Alberto Badilla Arredondo, Presidente.—1 vez.—(IN2015080759).

3101505288 S. A.

Se convoca a los socios de 3101505288 S.A, cédula jurídica 3101505288, a asamblea general extraordinaria de socios la cual se celebrará en su domicilio social: 150 metros al sur del hogar de ancianos de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela el 22/12/2015 a las 2:00 p.m. en primera convocatoria y a las 3:00 p.m. en segunda convocatoria. De no haber quórum en primera convocatoria se instaurará la asamblea en segunda convocatoria en la hora indicada anteriormente en la misma fecha y lugar. Se procederá a dar inicio a la asamblea con los socios presentes en segunda convocatoria tal y como lo estipula el artículo 171 del Código de Comercio. Asuntos a tratar: 1) Verificación del quórum y apertura de la asamblea. 2) Modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo. 3) Aprobación y firmeza del acta de la asamblea y nombramiento de ejecutores para protocolizar el acta. 4) Cierre de la asamblea. Lugar y fecha de emisión de la convocatoria: Alajuela, 11 de noviembre del 2015.—Junta Directiva.—Luis Alberto Badilla Arredondo, Presidente.—1 vez.—(IN2015080760).

3101505289 S. A.

Se convoca a los socios de 3101505289 S.A., cédula jurídica 3101505289, a asamblea general extraordinaria de socios la cual se celebrará en su domicilio social: 150 metros al sur del hogar de ancianos de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, el 22/12/2015 a las 12:00 m.d. en primera convocatoria y a la 1:00 p.m. en segunda convocatoria. De no haber quórum en primera convocatoria se instaurará la asamblea en segunda convocatoria en la hora indicada anteriormente en la misma fecha y lugar. Se procederá a dar inicio a la asamblea con los socios presentes en segunda convocatoria tal y como lo estipula el artículo 171 del Código de Comercio. Asuntos a tratar: 1) Verificación del quórum y apertura de la asamblea. 2) Modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo. 3) Aprobación y firmeza del acta de la asamblea y nombramiento de ejecutores para protocolizar el acta. 4) Cierre de la asamblea. Lugar y fecha de emisión de la convocatoria: Alajuela, 11 de noviembre del 2015.—Junta Directiva.—Luis Alberto Badilla Arredondo, Presidente.—1 vez.—(IN2015080761).

KERUCH DE COSTA RICA S. A.

La sociedad Keruch de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-267840, convoca a asamblea general extraordinaria de socios, la cual se celebrará en el domicilio social, San José - Santa Ana del Banco de Costa Rica cien metros oeste, cincuenta metros sur, a las 8:00 horas del 11 de diciembre del 2015, en primera convocatoria; si no hubiere quórum, se realizará la segunda convocatoria a las 8:30 a. m. del mismo día.—San José, 20 de noviembre del 2015.—Juan Andrés Ruiz Pasos, Secretario.—1 vez.—(IN2015080863).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CONDOMINIO EL CAMINO A SANTIAGO DE COMPOSTELA

Y OVIEDO XXVII SOCIEDAD ANÓNIMA

Condominio El Camino A Santiago de Compostela y Oviedo XXVII Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-321147, hace del conocimiento público que por motivo de extravío, el señor Javier Antonio Soto Madrigal, cédula 1-576-933 ha solicitado la reposición de su certificado de acciones sin número que representa seis acciones de capital social. Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifiesten su oposición dirigida a: Condominio El Camino A Santiago de Compostela y Oviedo XXVII S. A., Santa Ana, trescientos metros al norte del cementerio, Condominio Camino A Santiago, número veintisiete.—Gabriela Campos Verdesia, Presidenta.—(IN2015064698).

ALMENDRO ENTERPRISES S. A

El suscrito Jean Paul Giudicelli Piñeres, en su condición de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad Almendro Enterprises S. A., cédula jurídica número 3-101-349606, informa sobre el extravío de los certificados accionarios de la compañía representativos de la totalidad del capital social de dicha sociedad, los cuales se repondrán en virtud del referido extravío, veintitrés de octubre del dos mil quince. Sr. Jean Paul Giudicelli Piñeres, con cédula de identidad 1-589-253, teléfono: 2201-3800.—(IN2015074416).

CAMPOSANTO LA PIEDAD, SOCIEDAD ANÓNIMA

Mediante escritura otorgada por la notaria pública Mariela Solano Obando, a las 13:00 horas del día 26 de octubre del 2015, se protocoliza asamblea general extraordinaria de la compañía  Camposanto La Piedad, Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula del capital social de la compañía.—San José, 28 octubre de 2015.—Lic. Mariela Solano Obando, Notaria.—1 vez.—(IN2015074447).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

UNIVERSIDAD DE LAS CIENCIAS Y EL ARTE
DE COSTA RICA

Ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición del título de Licenciatura en Enfermería, por causa de extravío, emitido por la Universidad con fecha 24 de febrero de 2007, a nombre de Solano Solano Mónica, portadora de la cedula de identidad 3-0369-0249, inscrito en el tomo 27, folio 277, asiento 6000 del Consejo Nacional de Educación Superior Universitaria (CONESUP ) y en el Registro de la Universidad de las Ciencias y el Arte de Costa Rica en el tomo 1, folio 291, asiento 5440. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante este registro en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—San José, 10 de setiembre del 2015.—Flérida Méndez Herrera, Registradora.—(IN2015074658).

INDUSTRIAS RÓTULOS PLÁSTICOS “ARMAS”

La suscrita notaría, Rosibel Chavarría Mora, hace constar que mediante asamblea general extraordinaria de cuotistas celebrada el primero de octubre del dos mil quince el señor Fernando Armas Maroto ha cedido y traspasado el nombre comercial c, cuyo número de registro es cuarenta y seis mil cuatrocientos veintiuno, inscrito el siete de agosto de mil novecientos setenta y tres a nombre de él en clase internacional para proteger en clase cuarenta y nueve las actividades de rotulación a favor de la compañía Rótulos Armas Limitada y dicha cesión y traspaso se está inscribiendo en el registro de la propiedad industrial por si hubiere algún interesado en dicho nombre comercial que quiera oponerse a esa cesión.—San José, 22 de octubre del 2015.—Lic. Rosibel Chavarría Mora, Notaria.—(IN2015074691).

HOTEL Y CLUB PUNTA LEONA S. A.

Para efectos del Artículo 689 del Código de Comercio, el Hotel y Club Punta Leona S. A. hace saber a quién interese, que por haberse extraviado al propietario, repondrá la acción Nº 0959 a nombre de Luis Sánchez Hernández, cédula de identidad Nº 1-0637-0748. Cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última publicación de este aviso.—San José, 28 de octubre del 2015.—Rolando Cordero Vega, Secretario Junta Directiva.—(IN2015074745).

TRES-CIENTO UNO-SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL

OCHENTA Y SIETE SOCIEDAD ANÓNIMA

El suscrito notario hace constar que mediante escritura pública número siete-cuatro otorgada a las once horas del veintiocho de junio de dos mil quince, se protocolizaron actas de asamblea general extraordinarias de accionistas de las sociedades denominadas Tres-Ciento Uno-Seiscientos Setenta y Un Mil Ochenta y Siete Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos setenta y un mil ochenta y siete; e Inversiones Telemáticas Forex Sociedad Anónima titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y un mil setecientos cincuenta y tres; mediante las cuales se acordó aprobar y practicar la fusión inversa de dichas sociedades, siendo la sociedad prevaleciente Inversiones Telemáticas Forex Sociedad Anónima. Publíquese por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, veintiocho de setiembre de dos mil quince.—Licda. Ivannia Méndez Rodríguez, Notaria.—(IN2015074769).

CONDOMINIO LLANOS DEL SOL

Se hace constar que el Condominio denominado Llanos del Sol cédula jurídica número tres-ciento nueve-ciento diecisiete mil doscientos sesenta, solicita a la Sección de Registro Inmobiliario, Departamento de Propiedad Horizontal Condominios del Registro Nacional, la reposición de los libros Diario de Caja, Actas Asamblea Condominio, Actas Registro Condominios o Junta Directiva, los cuales se extraviaron y se desconoce su paradero.—Edith Mora Gamboa, Propietaria.—(IN2015074887).

UNIVERSIDAD CENTRAL

La Universidad Central certifica que ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición de título de Licenciatura en Administración de Empresas a nombre de Francisco Lostalo Álvarez, cédula 601570448, inscrito en la universidad en el Tomo 1, Folio 61, Asiento 1016 y en el CONESUP en el Tomo V, Folio 407, N° 975. Se pide la reposición por quema del original, se publica este edicto para oír oposición dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en este diario oficial.—San José, 2 de noviembre del 2015.—Departamento de Registro.—Mariana Obando B., Coordinadora.—(IN2015075031).

UNIVERSIDAD METROPOLITANA CASTRO CARAZO

El Departamento de Registro de la Universidad Metropolitana Castro Carazo, informa que se ha extraviado el Título de Maestría en Administración de Negocios registrado en el control de emisiones de título tomo 1, folio 195, asiento 4193, con fecha de agosto 2004, a nombre de Francisco Lostalo Álvarez, cédula número: seis cero uno cinco siete cero cuatro cuatro ocho, publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José, 2 de noviembre del 2015.—Departamento de Registro.—Ing. Alejandra González López, Directora.—(IN2015075033).

GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora Maribel Patricia Jiménez Ávila, cédula 204530985, ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de sus certificados CPH N° 160-301-803301228420 por ¢308.747,09 y con fecha de vencimiento del 3 de enero del 2012 y un cupón de interés por un monto de ¢1.286,45 y con vencimiento del 3 de enero del 2012.—Alajuela, 29 de octubre del 2015.—Josué Núñez Cartín, Gerente.—(IN2015075193).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA

DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Por medio de la presente, el Departamento de Registro la Universidad Latinoamericana de Ciencia y Tecnología (ULACIT), certifica el extravío del título a nombre de Annette Álvarez Duarte, cédula de siete cero ciento veinte cero trescientos noventa y dos, del Bachillerato en Contaduría, inscrita en el tomo: 6, folio: 284, asiento: 6522, con fecha del 2 de noviembre de dos mil tres. Se pública este edicto para oír oposición a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Se expide la presente a solicitud del (la) interesado(a) y para efectos del trámite de reposición de título, a los quince días del mes de enero de dos mil quince.—Johanna Villalobos Barquero, Directora del Departamento de Registro.—(IN2015075332).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

LOS CANGREJOS L.E.M.F. S. A.

Por escritura pública N° 325, otorgada ante mi notaría de las trece horas del treinta de octubre del dos mil quince, se solicita la reposición del Libro Asamblea General N° 01 por extravío de la sociedad de esta plaza Los Cangrejos L.E.M.F. S. A., cédula tres-ciento uno-trescientos sesenta y tres mil quinientos treinta y seis.—Greivin Ureña Fuentes, Notario.—1 vez.—(IN2015075250).

METRONICS COSTA RICA S. A.

Metronics Costa Rica S. A., cédula jurídica N° 3-101-387845, está tramitando la reposición de los Libros Legales ante el Registro Público. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la sociedad al fax 22311489 y ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.—San José, 2 de noviembre de 2015.—Silvia Murillo Herrera, Secretaria.—1 vez.—(IN2015075344).

CORPORACIÓN DENEBOLA SOCIEDAD ANÓNIMA

Se comunica que de conformidad con el Reglamento del Registro Nacional para la legalización de libros de Sociedades Mercantiles, Corporación Denebola Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y ocho mil quinientos veintinueve, procederá con la reposición por motivo de extravío de los libros legales de Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios y Actas de Consejo de Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el domicilio social de la sociedad, dentro del término correspondiente para ello, contado a partir de esta publicación.—Mauricio Mena Gutiérrez, Presidente.—1 vez.—(IN2015075808).

FJ NEGRO AÑO DOS MIL NUEVE SRL

FJ Negro Año Dos Mil Nueve SRL., con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos cincuenta y tres mil ochenta y uno, de conformidad con lo establecido en el artículo catorce del Reglamento del Registro Nacional para la legalización de libros de sociedades mercantiles, hace constar que al día de hoy se encuentran extraviados los libros de Registro de Cuotistas y Asamblea General de Cuotistas, razón por la cual una vez publicado el presente aviso procederemos con la nueva apertura de los libros legales de la compañía anteriormente indicada.—Catorce de octubre del dos mil quince.—Franco Arturo Pacheco Arce.—1 vez.—(IN2015075886).

INVERSIONES ASTEROIDE S. A.

La suscrita Karen Ruth Marini Carr, de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, con pasaporte estadounidense número 519726819, conocida anteriormente con el nombre de Karen Ruth Marini Bertschman, actuando en este acto en mi condición de única socia, de la sociedad Inversiones Asteroide S. A., con cédula jurídica 3-101-020024, con el debido respeto manifiesto: Solicito en nombre de la sociedad Inversiones Asteroide S. A, la reposición de los libros legales de Asambleas de Socios, Junta Directiva y Registro de Socios, Mayor, Diario, Inventario y Balances, los cuales se extraviaron.—Karen Ruth Marini Carr, Accionista.—1 vez.—(IN2015075898).

VM TOUR DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Karen Cristina Ramírez Quesada, mayor, casada una vez, empresaria, vecina de San José, portadora de la cédula de identidad uno-mil ciento setenta y siete-ciento veintiocho, en su condición de secretaria con facultades de apoderada generalísima sin limitación de suma de la compañía denominada VM Tour de Costa Rica Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica tres-ciento uno trescientos ochenta y siete mil quinientos veinticinco, solicito al Registro Público, la reposición de los siguientes tres libros: actas de consejo de administración, actas de asambleas de socios y registro de socios. Quién se considere afectado puede manifestar su opinión ante el Registro Nacional sección Legalización de Libros, en el término de ocho días habiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Karen Cristina Ramírez Quesada, Secretaria.—1 vez.—(IN2015076443).

M.J. INVERSIONES DEL CARIBE S. A.

M.J. Inversiones del Caribe S. A., cédula jurídica N° 3-101-415273, con domicilio social en San José, Rohrmoser, del Parque de La Amistad, 600 metros al oeste y 50 metros al norte, Edificio Phoenicia, segundo piso, por extravío solicita la reposición de los libros de actas de asambleas de accionistas N° 1, de actas de junta directiva N° 1 y registro de accionistas N° 1, quien se considere afectado puede manifestar su oposición, en el término de 15 días hábiles contados a partir de la presente publicación en el Diario Oficial La Gaceta, pudiendo contactarse con el licenciado Fernán Pacheco Alfaro, teléfono: 2524-2930, Barrio Dent, Oficentro Latitud Dent, oficina 312.—Talamanca de Limón, 24 de octubre del 2015.—Marc Rene Vanese.—1 vez.—(IN2015076503).

FELIZ PANG S. R. L.

Yo, Pang Jeou Hu, con cédula de residencia actual número 115800074734, en mi condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de Feliz Pang S. R. L., con cédula jurídica N° 3-102-195401, manifiesto que iniciaré trámites de reposición de los libros legales de dicha sociedad por haberse extraviado.—San José, 5 de noviembre del 2015.—Pang Jeou Hu, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—(IN2015076538).

CONSTRUCTORA ARPO S. A.

La suscrita, Jessica Alvarado Herrera, notaria pública, con oficina en la ciudad de San José, Desamparados, hace constar que en fecha dieciséis de noviembre del dos mil quince, se solicitó al registro de personas jurídicas la asignación de número de legalización por pérdida de libros de asamblea de socios y registro de socios de la empresa Constructora Arpo S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro mil veinticinco.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil quince.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2015079918).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en la ciudad de San José a las 8:00 horas del día de hoy protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Hotel Occidental Playa Nacascolo, Sociedad Anónima, se acuerda aumentar y disminuir el capital social de la compañía modificándose la cláusula quinta del pacto social.—San José, 29 de octubre de 2015.—Lic. Oscar Guillermo Barrantes Chacón, Notario.—(IN2015074324).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario, a las nueve horas del veintinueve de octubre del dos mil quince se protocolizó asamblea general extraordinaria de Proyectos y Desarrollos de Centroamérica, Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - uno cero uno - uno nueve cuatro seis dos seis, modificando el pacto constitutivo, disminuyendo el capital social.—San José, del 29 de octubre del 2015.—Lic. Tomás Esquivel Cerdas, Notario.—(IN2015074581).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Hoy protocolicé acuerdos de la sociedad Distribuidora El Mundo Plástico S. A., mediante la cual se modificó la cláusula quinta del capital social de la sociedad por disminución de capital.—San José, 8 de octubre de dos mil quince.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—(IN2015074846).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 02 de setiembre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada La Provence CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Lic. Federico Rafael Jenkins Moreno, Notario.—1 vez.—CE2015007226.—(IN2015070346).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Kayerre Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Licda. Paola Castro Montealegre, Notaria.—1 vez.—CE2015007227 (IN2015070347).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 08 horas 00 minutos del 01 de setiembre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Servicio y Asesorías E.J.E. Sociedad Anónima.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Lic. Miguel Ángel Herrera González, Notario.—1 vez.—CE2015007228.—(IN2015070348).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 28 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada SZ Brothers Sociedad Anónima.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Lic. Francisco Alonso Villalobos Brenes, Notario.—1 vez.—CE2015007229.—(IN2015070349).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 01 de setiembre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada J&I Investments QA-CR Sociedad Anónima.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Licda. Maritza Blanco Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2015007230.—(IN2015070350).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 31 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Tecnología Automotriz Sociedad Anónima.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Lic. Carlos Guillermo Ureña Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2015007231.—(IN2015070351).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 02 de setiembre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Jektor de Mitras Sociedad Anónima.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—CE2015007232.—(IN2015070352).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 19 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Carribean Aquisitions C.L. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Licda. Helen Duarte Gamboa, Notaria.—1 vez.—CE2015007233.—(IN2015070353).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 30 minutos del 25 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Acode Asesores Contemporáneos de Educación Sociedad Anónima.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Lic. Ernesto Desanti González, Notario.—1 vez.—CE2015007234.—(IN2015070354).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 02 de setiembre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Estructuras Metalicas Z Z Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Lic. Carlos Guillermo Ureña Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2015007235.—(IN2015070355).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 02 de setiembre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Gestalt Media Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—CE2015007236.—(IN2015070356).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 02 de setiembre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Novedades Internacionales Best Limitada.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Lic. Evelyn María Obando Pradella, Notaria.—1 vez.—CE2015007237.—(IN2015070357).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 02 de setiembre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Alevines del Norte Sociedad Anónima.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—CE2015007238.—(IN2015070358).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 02 de setiembre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Servicios Veterinarios de Occidente Dr. Fernández Sociedad Anónima.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Lic. Mario Enrique Acuña Jara, Notario.—1 vez.—CE2015007239.—(IN2015070359).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 07 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada C Shine Limitada.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2015007240.—(IN2015070360).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 02 de setiembre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Liberia Moon Street Sociedad Anónima.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Licda. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2015007241.—(IN2015070361).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 19 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Duquesa Número Doce Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Licda. Isis Ulloa Ocampo, Notaria.—1 vez.—CE2015007242.—(IN2015070362).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 40 minutos del 01 de setiembre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Frente a la Playa Uno Sociedad Anónima.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Lic. Henry Gómez Pineda, Notario.—1 vez.—CE2015007243.—(IN2015070363).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 02 de setiembre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Novedades Internacionales Best Limitada.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Licda. Evelyn María Obando Pradella, Notaria.—1 vez.—CE2015007244.—(IN2015070364).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 01 de setiembre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Frente al Malecón Cuatro Sociedad Anónima.—San José, 2 de setiembre del 2015.—Lic. Henry Gómez Pineda, Notario.—1 vez.—CE2015007245.—(IN2015070365).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 07 minutos del 30 de abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Diamond y The Blue Sky Sociedad Anónima.—San José, 4 de mayo del 2015.—Licda. Ingrid Vanessa Mata Araya, Notaria.—1 vez.—CE2015003297.—(IN2015070366).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 30 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Coach Tea Investments LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de mayo del 2015.—Licda. Liliana Patricia Padilla Grajales, Notaria.—1 vez.—CE2015003298.—(IN2015070367).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 30 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Tres Regalos Hoa Management Corporation Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—CE2015003299.—(IN2015070368).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 23 de abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada La Casa del Almirante Cook Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Ronald Blair Houston Mahon, Notario.—1 vez.—CE2015003300.—(IN2015070369).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 30 de abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Hap Industrial Solutions Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—CE2015003301.—(IN2015070370).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 30 de abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Steven and Bechstein Investments Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—CE2015003302.—(IN2015070371).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada SPH Servicios Prehospitalarios Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. German Enrique Salazar Santamaría, Notario.—1 vez.—CE2015003303.—(IN2015070372).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 05 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada San José Huarochirí Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Carlos Guillermo Ureña Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2015003304.—(IN2015070373).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 30 de abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Clyma Boehm Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. José Antonio Reyes Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2015003305.—(IN2015070374).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Parkfouryou Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Licda. Jessica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—CE2015003306.—(IN2015070375).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Automax Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—CE2015003307.—(IN2015070376).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 29 de abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Terre Dei Sogni Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—CE2015003308.—(IN2015070377).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 27 de abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Construcción y Agrícolas Santana JR Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Esther Cecilia Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—CE2015003309.—(IN2015070378).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 05 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Burgalin Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Maikol Sebastián Segura Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2015003310.—(IN2015070379).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 07 horas 30 minutos del 23 de abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada BVN Five Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Licda. Melissa Ramos Ross, Notaria.—1 vez.—CE2015003311.—(IN2015070380).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 07 horas 30 minutos del 09 de abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Casa Celestial Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Licda. Melissa Ramos Ross, Notaria.—1 vez.—CE2015003312.—(IN2015070381).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 30 de abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Villa Portineria Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Licda. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—CE2015003313.—(IN2015070382).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 21 horas 06 minutos del 30 de abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Aplicación Elegante Igual Arte y Técnica Neta Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Licda. Isabel Bolaños Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2015003314.—(IN2015070383).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 29 de abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Worldwide Strategy Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Licda. Andrea Morúa Vega, Notaria.—1 vez.—CE2015003315.—(IN2015070384).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 13 minutos del 23 de abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada B&A International Traders Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Álvaro Masís Montero, Notario.—1 vez.—CE2015003316.—(IN2015070385).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Condominio Óptima Desarrolladora Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Licda. Patricia Cordero Cajiao, Notaria.—1 vez.—CE2015003317.—(IN2015070386).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 05 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Cocobey Consulting Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—CE2015003318.—(IN2015070387).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 05 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Ripoll Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Licda. Kathia Quesada Campos, Notaria.—1 vez.—CE2015003319.—(IN2015070388).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 26 de marzo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Sistema de Información Nacional de Futbol SINFUT Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—CE2015003320.—(IN2015070389).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada AFOSA, Academia de Formación en Seguridad & Asesoría Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Ricardo Villalobos Arias, Notario.—1 vez.—CE2015003321.—(IN2015070390).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Pandora Amazones Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Nancy Vieto Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2015003322.—(IN2015070391).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Victoire XVI Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Deiver Alonso Ramírez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2015003323.—(IN2015070392).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 22 de abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Servicentro Jicaral BCH Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. William José Herrera Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2015003324.—(IN2015070393).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Truth Not Belief Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Licda. Nancy Vieto Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2015003325.—(IN2015070394).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 28 de abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada CMALL Tienda Shop Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—CE2015003326.—(IN2015070395).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 05 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada John M Donovan Ira Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2015003327.—(IN2015070396).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Pasos Verdes CR Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Mario Alexis González Zeledón, Notario.—1 vez.—CE2015003328.—(IN2015070397).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 30 minutos del 05 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Agencia de Prensa Costarricense APC Medios Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Licda. Sinda Vanessa Gochez Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2015003329.—(IN2015070398).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 05 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada MCD Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2015003330.—(IN2015070399).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 40 minutos del 29 de abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada High end Design&Construction Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Licda. Violeta Rojas Soza, Notaria.—1 vez.—CE2015003331.—(IN2015070400).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 30 minutos del 05 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Bright Side Moves Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Jorge Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2015003332.—(IN2015070401).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 05 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Fotovoltaicos de Guanacaste Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2015003333.—(IN2015070402).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 26 de marzo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo Tecnicentro Ruedas y Ruedas Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Jorge Walter Ruiz González, Notario.—1 vez.—CE2015003334.—(IN2015070403).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 16 de abril del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Quinto Dos L D Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo del 2015.—Lic. Mario Alberto Rodríguez Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2015003335.—(IN2015070404).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 24 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Florencia en Manuel Antonio Limitada.—San José, 28 de julio del 2015.—Lic. Mauricio Lara Ramos, Notario.—1 vez.—CE2015006067.—(IN2015070405).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 49 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada G Y G Group Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Laureen Jinnett Leandro Castillo, Notario.—1 vez.—CE2015006068.—(IN2015070406).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Fegamsal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Pablo Gazel Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2015006069.—(IN2015070407).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada La Loma de Brasil de Mora L.B.M. Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Licda. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—CE2015006070.—(IN2015070408).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Orange Wave Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Licda. Alejandra Solano Solano, Notaria.—1 vez.—CE2015006071.—(IN2015070409).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Madlab C.R. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2015006072.—(IN2015070410).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 15 minutos del 03 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Quantum Leap Potentials Limitada.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Jorge Gerardo Cerdas Pérez, Notario.—1 vez.—CE2015006073.—(IN2015070411).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 23 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Operadora Servicios y Soluciones Integrales de Costa Rica Siglo XXI Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—CE2015006074.—(IN2015070412).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Metalmecánica Río Blanco S. A. Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Dora María Fernández Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2015006075.—(IN2015070413).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Sendas y Caminos de mi Barrio Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—CE2015006076.—(IN2015070414).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo Estético Centroamericano G.E.C. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Roberto Murillo Murillo, Notario.—1 vez.—CE2015006077.—(IN2015070415).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Simulation Driven Engineering Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de julio del 2015.—Licda. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2015006078.—(IN2015070416).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 07 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Abril Capitales Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Jeffry Gerardo Ortega Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2015006079.—(IN2015070417).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 44 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Smokin Pig Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de julio del 2015.—Licda. Denise Eduviges Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2015006080.—(IN2015070418).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 17 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Aeroparts U.S.A. Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Licda. Elena María Escalante Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2015006081.—(IN2015070419).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Capital Treinta y Tres Cincuenta Desarrollos Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Jimmy José León Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2015006082.—(IN2015070420).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Coliseo Investments de Costa Rica Limitada.—San José, 29 de julio del 2015.—Licda. Ana Mercedes Sancho Rubí, Notaria.—1 vez.—CE2015006083.—(IN2015070421).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos del Este J Y C Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2015006084.—(IN2015070422).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 15 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Plain Paradise Limitada.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Deiver Alonso Ramírez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2015006085.—(IN2015070423).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 29 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Worldwide Adventure Limitada.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Deiver Alonso Ramírez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2015006086.—(IN2015070424).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Maincar Desarrollos Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Licda. Karen Rokbrand Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2015006087.—(IN2015070425).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Claukani Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Pablo Andrés Sancho Calvo, Notario.—1 vez.—CE2015006088.—(IN2015070426).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Stratega Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de julio del 2015.—Licda. Tannia Calderón Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2015006089.—(IN2015070427).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Joremi Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notario.—1 vez.—CE2015006090.—(IN2015070428).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada La Herbolaria Verde Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Licda. Nidia María Alvarado Morales, Notaria.—1 vez.—CE2015006091.—(IN2015070429).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Rsancam Registros Sanitarios de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Lothar Arturo Volio Volkmer, Notario.—1 vez.—CE2015006092.—(IN2015070430).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada El Momento del Tucson Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Roberto Enrique Cordero Brenes, Notario.—1 vez.—CE2015006093.—(IN2015070431).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Upalmajo Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Licda. María Gabriela Zeledón Ching, Notaria.—1 vez.—CE2015006094.—(IN2015070432).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones GML de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2015006095.—(IN2015070433).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 15 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Comsumelec Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Róger Antonio Sancho Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2015006096.—(IN2015070434).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Casa Cerca del Mar Limitada.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—CE2015006097.—(IN2015070435).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Gibraltar’s Rock Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Licda. Laura Priscila Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2015006098.—(IN2015070436).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 40 minutos del 22 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Cablecity Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. German Enrique Salazar Santamaría, Notario.—1 vez.—CE2015006099.—(IN2015070437).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Made In Austria Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—CE2015006100.—(IN2015070438).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Arguedas Blen Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Licda. Geanina Soto Chaves, Notaria.—1 vez.—CE2015006101.—(IN2015070439).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Tajo la Pedriza de Occidente Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Mario Alexis González Zeledón, Notario.—1 vez.—CE2015006102.—(IN2015070440).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Applied Business Solutions (A.B.S.) Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Adrián Alberto Quesada Arias, Notario.—1 vez.—CE2015006103.—(IN2015070441).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada La Potongui Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Maximo Sequeira Alemán, Notario.—1 vez.—CE2015006104.—(IN2015070442).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 19 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Casa Ciento Veinticuatro Condominio Terrafe Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Licda. Gloriana Arias Mora, Notaria.—1 vez.—CE2015006105.—(IN2015070443).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Cajaisol Sociedad Anónima.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Alfonso Guzmán Chaves, Notario.—1 vez.—CE2015006106.—(IN2015070444).

Por escritura número ciento seis, otorgada a las veinte horas del catorce de octubre del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Bienvenido a Casa S. A., en la cual se reforma la cláusula segunda, del pacto constitutivo.—Lic. Adrián Obando Agüero, Notario.—1 vez.—(IN2015072997).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciocho horas del veintiuno de octubre del dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Hotel Fiesta de Playa S.R.L. y Secreto del Pacífico S.R.L. Donde se acuerda a fusión prevaleciendo Hotel Fiesta de Playa S.R.L.—San José, veintitrés de octubre del dos mil quince.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2015073000).

Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil quince, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Conair Products Distribution Services Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, veintiuno de octubre del dos mil quince.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—(IN2015073006).

Ante esta notaría se constituyó Distribuidor Palmero del Sur Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado, domicilio en La Cuesta de Corredores, Puntarenas, ciento cincuenta metros noroeste del puesto de policía, casa color terracota. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma con representación judicial y extrajudicial, los señores Donny Eduardo Leiva García y Danny Enrique Leiva García respectivamente.—La Cuesta, trece de noviembre del dos mil quince.—Lic. Francisco Porras Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2015079743).

Mediante escritura otorgada por la notarIa pública Mariela Solano Obando, a las 14:00 horas del día 11 de noviembre del 2015, se protocoliza asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Deallaw Limitada, donde se modifica la cláusula octava de la administración del pacto social de la compañía.—San José, 11 de noviembre del 2015.—Licda. Mariela Solano Obando, Notaria.—1 vez.—(IN2015079745).

Mediante escritura por mi otorgada protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Creaciones y Retucherias Esther S. A., en donde se cambió domicilio social y razón social para que en el futuro se denomine: Odontólogos Privados Metropolitanos V y Z Sociedad Anónima.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—(IN2015079758).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en Atenas, hago constar que el día once de noviembre del dos mil quince a las once horas en la ciudad de Atenas se protocolizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Consorcio de Seguridad Zeta L & N Sociedad Anónima. En la cual se reforma la cláusula quinta, aumentando el capital y la cláusula octava del pacto constitutivo, y se revoca el nombramiento del presidente.—Atenas, once de noviembre del dos mil quince.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—(IN2015079764).

Por escritura número ciento ochenta-catorce, otorgada en esta notaría se modificó la cláusula segunda del estatuto social de la entidad denominada Inmobiliaria Van Sociedad Anónima.—Palmar Norte de Osa, catorce de noviembre del dos mil quince.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—(IN2015079780).

En mi notaría por escritura pública número 34-16 otorgada a las 17 horas 30 minutos del 29 de octubre del 2015, se ha reformado el pacto constitutivo de la entidad Zamo del Norte Sociedad Anónima, en cuanto a su cláusula quinta y se aumenta el plazo social.—San Rafael, Guatuso, 15 de noviembre del 2015.—Lic. William Gerardo Rodríguez Acuña, Notario.—1 vez.—(IN2015079791).

Por escritura otorgada por el suscrito notario a las trece horas del día 17 de setiembre del 2015, protocolicé acuerdos de asamblea de socios de Sand Enterprises Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-666028, donde se modifica la cláusula de administración, se hacen nuevos nombramientos de gerente, subgerente y agente residente.—Guanacaste, 4 de noviembre del 2015.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—(IN2015079793).

Ante esta notaría se ha presentado el cambio de domicilio social y junta directiva de la sociedad denominada Adrianys L&G Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa mil setecientos quince. Se lleva a cabo esta publicación para los fines pertinentes.—San José, doce de noviembre del dos mil quince.—Lic. Juan Bautista Loría Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2015079797).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:30 horas del 29 de octubre del 2015, FESA Formas Eficientes Sociedad Anónima, aumenta capital social.—Lic. Marco Solano Gómez, Notario.—1 vez.—(IN2015079800).

Por escritura número doscientos dieciocho otorgada ante mí, a las diecisiete horas del diez de noviembre del año dos mil quince, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Tres-Ciento Uno-Seiscientos Noventa y Nueve Mil Setecientos Treinta Sociedad Anónima, en la cual se nombra nueva junta directiva y se reforma cláusula primera del pacto constitutivo: del nombre de la sociedad.—Alajuela, once de noviembre del dos mil quince.—Lic. Armando Céspedes Abarca, Notario.—1 vez.—(IN2015079801).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas de hoy, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Constructora Cáramo Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula novena del pacto social, y se nombra nueva junta directiva.—Ciudad Quesada, 11 de noviembre del 2015.—Lic. Heylen Zamora Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2015079805).

Ante mí Sandra Arrieta Sánchez, notaria pública con oficina en la ciudad de Aserrí, se protocolizó asamblea extraordinaria de socios de la sociedad anónima Vis Logistics, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos dieciocho mil doscientos cincuenta y ocho, nombramiento de fiscal: Alana Vargas Montero, cédula tres-cuatrocientos setenta y ocho-cero treinta y cuatro, soltera, estudiante, vecina de Cartago, Dulce Nombre, Condominio Calzadas Coloniales, casa treinta y uno-A, cambió domicilio: Provincia, San José, cantón Curridabat, distrito Curridabat, setenta y cinco metros norte de Perimercados, Edificio Arco Iris, oficinas seis y siete, aumentó capital social: seis millones quinientos mil colones, representados por trece acciones comunes y nominativas, debidamente firmadas por el presidente, vicepresidente y el tesorero de la sociedad, por medio millón de colones cada una, totalmente suscritas y pagadas en dinero efectivo.—Aserrí, 16 de noviembre del año 2015.—Licda. Sandra Arrieta Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2015079809).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 16 de noviembre del 2015, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Orbusca S. A., cédula jurídica 3-101-596342 donde se modifica la junta directiva y la cláusula segunda del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 16 de noviembre del 2015.—Lic. Kerry Orlando Ramírez Salas, Notario.—1 vez.—(IN2015079812).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 10 de noviembre del 2015, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la Asociación Iglesia Cristiana China, cédula 3-002-167713, donde se modifican las cláusulas tercera, quinta y vigésimo segunda del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 10 de noviembre del 2015.—Licda. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1 vez.—(IN2015079813).

Diasol D S S. A., reforma cláusula sexta acta constitución, elimina vocal 1 y 2, nombra secretario. Esc. 84, 13:50 horas del 13 de noviembre del 2015, tomo 31.—Licda. Esther Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2015079817).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas  del 16 de noviembre del año 2015, se constituye la sociedad denominada U.D.B. Representaciones de Marcas Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—(IN2015079818).

Po escritura otorgada ante el suscrito notario a las 11:00 horas del día 16 de noviembre del 2015, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Sosto y Gil S. A., por la que se varía cláusula de la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 16 de noviembre del 2015.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2015079819).

Por escritura otorgada a las 13:00 horas del 3 de noviembre del año 2015, se modifica las cláusulas octava y segunda del pacto social de la sociedad G. I. U. Grupo Urbana Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Notario Público Luis Diego Núñez Salas, teléfono: 2291-8500.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—(IN2015079821).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 10:00 horas del día 16 de noviembre del 2015, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Medicina Preventiva Laboral MEDIPLA S. A., por la que se varían cláusulas del nombre, domicilio y administración y se nombra tesorera.—San José, 16 de noviembre del 2015.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2015079822).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 16 de noviembre del 2015, se constituyó la sociedad cuya denominación social será su cédula jurídica que le asigne el Registro Público. Notario Público Luis Diego Núñez Salas, teléfono: 2291-8500. Capital suscrito y pagado.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—(IN2015079823).

Por escritura número sesenta y uno, otorgada ante mí a las quince horas y treinta minutos, del día dieciséis de noviembre del dos mil quince, se modificaron las cláusulas de la administración y del domicilio de los estatutos de la compañía El Uno Ocho Cuatro Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos tres mil cuatrocientos noventa.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil quince.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1 vez.—(IN2015079824).

Por escritura otorgada ante mí a las catorce horas del dieciséis de noviembre del dos mil quince, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Cosméticos Especializados S. A., con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y cuatro mil quinientos treinta y uno en la cual se modificaron sus estatutos en la cláusula primera de la razón social y segunda del domicilio.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil quince.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2015079833).

Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas del diecisiete de noviembre del dos mil quince se protocolizó asamblea general de accionistas de la sociedad Carlyle Management Services S. A., con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil trescientos cincuenta y dos en la cual se modificaron integralmente sus estatutos para convertirla en una sociedad de responsabilidad limitada y se modificó en la cláusula primera la razón social.—San José, diecisiete de noviembre del dos mil quince.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2015079834).

Por escritura número 80-8 del 16 de noviembre del 2015, se reforma la cláusula 2 del pacto social de Permac BPH Holdings Costa Rica S. A.—Heredia, 16 de noviembre del 2015.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—(IN2015079836).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del dieciséis de noviembre del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Excavaciones Also S. A. en la cual se reforman las cláusulas segunda, quinta y sétima del pacto social.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil quince.—Lic. José Antonio Gamboa Vázquez, Notario.—1 vez.—(IN2015079845).

Ante esta notaría, Christian Pérez Quirós, a las 14:00 horas del 16 de noviembre del 2015, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Exportaciones e Inversiones Xinhija Oriental S. A., cédula jurídica número: 3-101-702940. Se reforma denominación pasando a llamarse Desarrollo e Inversión Yuanshen de Centro América S. A. Presidente: Runtong (nombre) Lu (apellido).—San José, 16 de noviembre del 2015.—Lic. Christian Pérez Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2015079846).

Ante esta notaría, Christian Pérez Quirós, a las 14:30 horas del 16 de noviembre del 2015, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Yuan Ji Hua Costa Rica S. A., cédula jurídica número: 3-101-702938. Se reforma denominación pasando a llamarse Desarrollo Huatou S. A. Presidente: Runtong (nombre) Lu (apellido).—San José, 16 de noviembre del 2015.—Lic. Christian Pérez Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2015079848).

Se protocoliza ante esta notaría acta de asamblea general extraordinaria de socios de Del Coco Islands Real Estate Holding S. A. cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro cero tres siete nueve uno. Se reforman las clausulas primera: la sociedad se denominará Vivero Santa Rosa Sociedad Anónima, pudiendo abreviar su aditamento en S. A. Segunda: su domicilio será en Guanacaste, Santa Cruz, Veintisiete de Abril, Santa Rosa, frente a la nueva Estación Gasolinera de Santa Rosa. Vigésima: en cuanto a la administración, corresponde al presidente.—Licda. Lissette Susana Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2015079866).

Mediante escritura número sesenta y cinco visible al folio setenta y tres vuelto del tomo sétimo de mi protocolo, se constituyó la sociedad anónima deportiva denominada Futbol y Valores Sociedad Anónima Deportiva. Es todo.—San José, 16 de noviembre del 2015.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—(IN2015079870).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad denominada Martimar del Norte Sociedad Anónima, en la que se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—San José, 16 de noviembre del 2015.—Licda. Rosette María Morgan Asch, Notaria.—1 vez.—(IN2015079871).

Ante mi notaría, mediante escritura número cincuenta y cuatro del protocolo número undécimo, se cambió la cláusula sétima de la sociedad WM Soluciones Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cinco cuatro cero nueve cinco seis.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil quince.—Licda. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—(IN2015079872).

Por escritura pública otorgada ante los notarios públicos, Fernando Fallas Amador y Jorge Arturo Pacheco Oreamuno, se modificó el objeto de la sociedad anónima denominada Sagot & Fieuyean Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2015.—Lic. Jorge A. Pacheco Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2015079878).

La junta directiva por medio de su presidente, convocó a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Alimentos Rápidos El Parque Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-194758, a las 14:00 del 11 de octubre del 2015, a realizarse en su domicilio social, modifica junta directiva, representación, plazos y domicilio social.—Lic. Humberto Céspedes Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2015079883).

Por escritura otorgada número cuarenta y cuatro-cuarenta y uno ante el suscrito notario público, a las quince horas del catorce de octubre del dos mil quince, se reformó domicilio en pacto constitutivo de la sociedad Segura Jara Sociedad Anónima.—San José, quince de octubre del dos mil quince.—Licda. Ileana Hidalgo Somarribas, Notaria.—1 vez.—(IN2015079885).

Mediante escritura número ciento noventa y tres-cuatro, otorgada en mí notaría, a las ocho horas del primero de setiembre del dos mil quince, Sinocem Costa Rica S. A., modifica su pacto constitutivo y aumenta su capital social.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil quince.—Lic. Alexander Sánchez Porras, Notario.—1 vez.—(IN2015079886).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad mercantil denominada Blue Green Tex S. A., presidente Diego Fernando Torres Salazar, cédula 8-0081-0714. Plazo: 99 años. Domicilio social: San Juan de Tibás, San José.—San José, 17 de noviembre del 2015.—Lic. Fabián Adolfo Gutiérrez Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2015079887).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Naturaleza de La Ruda Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos un mil ciento ochenta y nueve, por la cual se reforman estatutos, se revoca el nombramiento de todos los miembros de la junta directiva y del fiscal y se nombran nuevos miembros y nuevo fiscal. Escritura otorgada en Heredia, a las ocho horas del diecisiete de noviembre del dos mil quince.—Lic. Víctor Manuel Fallas Mora, Notario.—1 vez.—(IN2015079894).

Por escritura numero doscientos treinta y cuatro, se protocolizó acta de la sociedad denominada Estudio Árbol Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres ciento uno seiscientos once mil seiscientos setenta y ocho, del día dieciséis de noviembre del dos mil quince, nombrando presidenta, tesorero, secretario y fiscal de la junta directiva, y se reforman las cláusulas novena y décima del pacto constitutivo. Notario: Luis Ángel Arias González. Escritura otorgada en Alajuela, a las ocho horas del día diecisiete de noviembre del dos mil quince.—Lic. Luis Ángel Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2015079895).

El suscrito notario, Ricardo Vargas Guerrero, notario público, con oficina en Guanacaste, Playas del Coco; ciento cincuenta metros este, Hotel Flor de Itabo, hace constar que se revocaron los nombramientos de la junta directiva y se modificó el pacto constitutivo en lo referente a los poderes de representación de la compañía Photoventura Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-cinco nueve seis seis dos nueve. Acto celebrado en Playas del Coco a las trece horas del once de noviembre del dos mil quince, escritura número cuarenta y nueve, visible al folio treinta y uno vuelto del tomo octavo de mi protocolo. Es todo.—Playas del Coco, a las trece horas del día dieciséis de noviembre del dos mil quince.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—(IN2015079897).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Divisiones Menores del Barrio Méjico Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula primera modificándole el nombre, llamándose de ahora en adelante Club C. D. I. del Este Sociedad Anónima.—San José, diez del mes de noviembre del dos mil quince.—Lic. José Antonio Zeledón Colombari, Notario.—1 vez.—(IN2015079898).

El suscrito notario, Ricardo Vargas Guerrero, notario público, con oficina en Guanacaste, Playas del Coco; ciento cincuenta metros este, Hotel Flor de Itabo, hace constar que se revocaron los nombramientos de la junta directiva y se modificó el pacto constitutivo en lo referente a los poderes de representación de la compañía Wedding Day Story Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-seis tres seis cuatro cero cero. Acto celebrado en Playas del Coco; a las diecisiete horas del once de noviembre del dos mil quince, escritura número cincuenta y uno, visible al folio treinta y tres frente del tomo octavo de mi protocolo. Es todo.—Playas del Coco, a las trece horas del día dieciséis de noviembre del dos mil quince.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—(IN2015079899).

El suscrito notario, Ricardo Vargas Guerrero, notario público, con oficina en Guanacaste, Playas del Coco, ciento cincuenta metros este, Hotel Flor de Itabo, hace constar que se revocaron Los nombramientos de la junta directiva y se modificó el pacto constitutivo en lo referente a los poderes de representación de la compañía denominada Cimabue Fotos Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres ciento uno seis siete tres siete uno uno, acto celebrado en Playas del Coco, a las dieciocho horas del once de noviembre del dos mil quince, escritura número cincuenta y dos, visible al folio treinta y tres vuelto del tomo octavo de mi protocolo. Es todo.—Playas del Coco, a las trece horas del día dieciséis de noviembre del dos mil quince.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—(IN2015079900).

El suscrito notario, Ricardo Vargas Guerrero, Notario público, con oficina en Guanacaste, Playas del Coco, ciento cincuenta metros este, Hotel Flor de Itabo, hace constar que se modificó el domicilio de la compañía Tres Fremar Gris R C C Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres siete uno siete ocho siete. Acto celebrado en playas del coco a las trece horas del treinta de octubre del dos mil quince, escritura número treinta y ocho, visible al folio veintidós vuelto del tomo octavo de mi protocolo. Es todo.—Playas del Coco, a las catorce horas del día treinta de octubre del dos mil quince.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—(IN2015079901).

El suscrito notario, Ricardo Vargas Guerrero, notario público, con oficina en Guanacaste, Playas del Coco, ciento cincuenta metros este, Hotel Flor de Itabo, hace constar que se revocaron los nombramientos de la junta directiva y se modificó el pacto constitutivo en lo referente a los poderes de representación de la compañía V-Photos Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-seis tres seis uno ocho tres. Acto celebrado en playas del coco a las quince horas del once de noviembre del dos mil quince, escritura número cincuenta, visible al folio treinta y dos frente del tomo octavo de mi protocolo. Es todo.—Playas del Coco, a las trece horas del día dieciséis de noviembre del dos mil quince.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—(IN2015079902).

El suscrito notario, Ricardo Vargas Guerrero, notario público, con oficina en Guanacaste, Playas del Coco; ciento cincuenta metros este, Hotel Flor de Itabo, hace constar que se modificó el domicilio de la compañía Diez Fremar Amarillo R C J Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno-tres seis nueve ocho cero cuatro. Acto celebrado en playas del coco a las trece horas del treinta de octubre del dos mil quince, escritura número treinta y siete, visible al folio veintidós vuelto del tomo octavo de mi protocolo. Es todo.—Playas del Coco, a las trece horas del día treinta de octubre del dos mil quince.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—(IN2015079903).

Ante esta notaría se constituyó Hebrón Tierra Prometida S. A., con domicilio en Guachipelín de Escazú, objeto agricultura, ganadería, comercio, industrial, piscicultura y en general toda actividad humana lícita con fines de lucro, capital de ciento veinte mil colones, administrada por una junta directiva integrada por presidente, secretario y tesorero, el aporte consiste en artículos de oficina, regida por el Código de Comercio y plazo de noventa y nueve años.—Lic. Alberto Ortega Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2015079909).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Hermanas Quesada Víquez S. A.—Belén, Heredia, dieciséis de noviembre del dos mil quince.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—(IN2015079911).

La sociedad Soluciones Metalmecánicas L.R. S. A., protocoliza acuerdos de asamblea de socios.—Belén, Heredia, dieciséis de noviembre del dos mil quince.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—(IN2015079912).

Bufete Serrano y Asociados, escritura otorgada en esta notaría, a las 10:00 horas del 25-08-2015, protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Trillo Azul Sociedad Anónima, presidenta: Marta Figueroa Matarrita.—Lic. José Rodrigo Serrano Masís, Notario.—1 vez.—(IN2015079915).

La suscrita, Jessica Alvarado Herrera, notaria pública, con oficina en la ciudad de San José, Desamparados, hace constar que en fecha primero de octubre del dos mil quince, se modificó la junta directiva de la empresa PLC Construcción y Desarrollos S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos trece mil quinientos tres, y se realiza el nombramiento de tres cargos de la junta directiva: presidente, secretario y fiscal y la representación judicial y extrajudicial únicamente para el presidente.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil quince.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2015079916).

La suscrita, Jessica Alvarado Herrera, notaria pública con oficina en la ciudad de San José, Desamparados hace constar que en fecha dieciséis de octubre del dos mil quince, se modificó la representación judicial y extrajudicial de la empresa Constructora Arpo S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro mil veinticinco, la cual le corresponde únicamente al presidente.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil quince.—Licda. Jessica Alvarado Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2015079919).

La suscrita notaria pública, Melissa Vásquez Monge, hace constar que mediante escritura número ciento dieciséis, del tomo primero de mi protocolo, escritura otorgada a las catorce horas del día dieciséis de noviembre del dos mil quince, se protocolizó el acta número tres de asamblea general de la compañía Anjoni de Santa Ana Sociedad Anónima, cédula número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta mil sesenta y uno; se reformó la cláusula sexta del estatuto social y se nombraron nuevos miembros de junta directiva. Es todo.—San José, diecisiete de noviembre del dos mil quince.—Licda. Melissa Vásquez Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2015079922).

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Documento admitido traslado al titular

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ref.: 30/2015/14706.—Lemery S. A. de C.V c/ Laboratorios Rubio S. A.—Documento: cancelación por falta de uso.—N° y fecha: Anotación/2-95141 de 23/01/2015.—Expediente: 1998-0003086 Registro N° 118932 RUBIFEN en clase 5 Marca Denominativa.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 11:10:50 del 17 de abril de 2015.—Conoce este registro la solicitud de cancelación por falta de uso presentada por el Lic. Edgar Zurcher G., como apoderado especial de Lemery S. A. de C.V., en apariencia contra el registro de la marca de fábrica “RUBIFEN”, con el número 118932, que protege y distingue “productos farmacéuticos”, en clase 5 internacional y cuyo titular es Laboratorios Rubio S. A. Conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos y 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes (se le recuerda que mediante voto N° 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, el Tribunal Registral Administrativo estableció que en los procesos de cancelación por falta de uso la carga de la prueba de uso corresponde al titular del signo distintivo), para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el diario oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241, incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Se le advierte al titular del signo que las pruebas que aporte deben ser presentadas en documento original o copia certificada (haciéndose acompañar la traducción necesaria y la legalización o apostillado correspondiente, según sea el caso), lo anterior conforme al artículo 294 de la Ley General de Administración Pública. Se advierte al titular que de incumplir con lo requerido no será tomada en cuenta la prueba que no cumpla con dichas formalidades al momento de resolver la solicitud presentada. Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—(IN2015074421).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Por ignorarse el domicilio actual de los propietarios de los inmuebles que se detallan a continuación en conformidad al artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública, se les comunica por edicto otorgándoles un segundo plazo de cinco (5) días hábiles para se pongan a derecho atendiendo el procedimiento especial reglado señalado en los artículos 93 y siguientes de la Ley N° 833; hace saber 1) Exp. N° 178-2012 yace la primera comunicación dirigida al propietario de la finca N° 411432, ubicada en San José de Grecia, su titular Randall Quesada Núñez, cédula 206090305 realizó construcción de tapias perimetrales con longitud aproximada de 20 metros lineales. 2) Exp. N° 1141-2012 yace la primera comunicación dirigida al propietario de la finca N° 173719, localizada en Calle Valerio de Grecia, su titular María Auxiliadora López Díaz, cédula 155800251323, realizó ampliación para segundo nivel de su casa de habitación con un área aproximada de 15m2. 3) Exp. N° 1226-2013 yace la primera comunicación dirigida al propietario de la finca N° 394373, situada en el distrito de Bolívar, su titular Melissa Vanessa Ugalde Alvarado, cédula N° 110760546 construyó una casa de habitación con un área aproximada de 60 m2 en sistema liviano. 4) Exp. N° 1398-2013 yace la primera comunicación dirigida al propietario de la finca N° 37029-000, ubicada en San Roque de Grecia, su titular Ana María Chacón Calvo, cédula N° 401210676 realizó una ampliación de un área aproximada de 50 m2 en sistema liviano. 5) Exp. N° 1441-2013 yace la primera comunicación dirigida al propietario de la finca N° 487338, ubicada en San Roque de Grecia, su titular Royca Rodríguez & Bolaños S. A., cédula N° 3101430909 realizó la construcción de un muro de contención de aproximadamente 30 metros lineales. 6) Exp. N° 1545-2013 yace la primera comunicación dirigida al propietario de la finca N° 174535, ubicada en Grecia su titular Hugo Vargas González, cédula N° 203110511, realizó la construcción de una casa de habitación con área aproximada de 100 m2 en material liviano. 7) Exp. N° 1566-2013 yace la primera comunicación dirigida al propietario de la finca N° 194422, localizada Rincón de Arias su titulares Guillermo Morales, pasaporte N° 470444288, realizó una ampliación en tapias perimetrales de 58 metros de longitud aproximadamente. 8) Exp. N° 1643-2013 yace la primera comunicación dirigida al propietario de la finca N° 398934, localizada Calle Coyote, su titular es Alicia Inés Jiménez Alfaro, cédula N° 202140084, realizó remodelación de la casa de habitación con muros frontales al costado norte y oeste. 9) Exp. N° 1729-2013, yace la primera comunicación dirigida al propietario de la finca N° 310575, ubicada en Tacares Norte de Grecia, su titular Alexander Alfaro Araya, cédula N° 204460577, realizó una ampliación con un área aproximado de 60m2 en sistema liviano. 10) Exp. N° 2218-2014, yace la primera comunicación dirigida al propietario de la finca N° 401860, ubicada en San José de Grecia, su titular es Arlene Gamboa Chacón cédula, N° 205940583, realizó construcción de una casa de habitación con área aproximada de 36 m2 en bloques de concreto. Contra la presente ejecución caben los recursos ordinarios (revocatoria o apelación) deben interponerse dentro de los 5 días siguientes a la notificación ante el área de Desarrollo y Control Urbano y serán conocidos en su orden por el Coordinador de ese proceso o por el Alcalde Municipal según artículo 162 del Código Municipal.—Lic. Adrián Barquero Saborío, Alcalde Municipal.—O. C. N° 44176.—Solicitud N° 5923.—(IN2015074396).

FE DE ERRATAS

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

En La Gaceta N° 200 del jueves 15 de octubre del 2015, en la página N° 72, se publicó por edicto la notificación del requerimiento de pago de la sociedad Amareto Special Events S. A., la cual por error se publicó con el número de cédula jurídica 3101430242, siendo lo correcto cédula jurídica 3101430272, lo demás se mantiene incólume.—Heredia, 1 de noviembre del 2015.—Máster Carlos Vargas Durán.—Lic. Freddy Jiménez Cubero, Gerente.—1 vez.—O. C. Nº 3400023907.—Solicitud Nº 43760.—(IN2015079023).

AVISOS

COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS
DE COSTA RICA

En la publicación de La Gaceta N° 208 del martes 27 de octubre de 2015, se publicó el acuerdo de Junta Directiva, que convoca a sus agremiados/as a la Asamblea General Ordinaria 97-2015 a celebrarse el día 5 de diciembre del 2015, la publicación debió quedar de la siguiente manera:

Sita: Fundación Omar Dengo 300 este y 50 sur de antigua casa de Matute Gómez, Barrio Francisco Peralta, San José, Costa Rica.

San José, 18 de noviembre del 2015.—Licda. Karla González Urrutia, Secretaria.—(IN2015080577). 2 v. 1