LA GACETA N° 7 DEL 12 DE ENERO DEL 2016

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MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

AVISOS

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AVISOS

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JUSTICIA Y PAZ

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MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

 

PODER EJECUTIVO

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Resolución N° 3239-2015-MEP.—Poder Ejecutivo.—San José, a las trece horas con veintiséis minutos del veintiséis de octubre del dos mil quince.

Se conoce gestión formulada por la señora Marcela Cecilia Fonseca Morales, mayor de edad, casada, administradora, portadora de la cédula de identidad 1-807-376, en su condición de propietaria como persona física del Centro Educativo Jardín Infantil San Francisco de Asís, solicita que se realice el cambio de nombre de ese centro educativo por el de Centro Educativo San Francisco de Asís.

Resultando:

1°—Que mediante resolución N° C.P. 0026-09-MEP, de las quince horas del treinta y uno de agosto del año dos mil nueve, se le acreditó al Centro Educativo Jardín Infantil San Francisco de Asís, el Nivel de la Educación Preescolar (Ciclo Materno Infantil, Grupo Interactivo II y Ciclo de Transición). (Ver folios 16, 17 y 18 del expediente administrativo).

2°—Que mediante escrito de fecha 6 de agosto del 2015, la señora Marcela Cecilia Fonseca Morales, de calidades dichas, presentó formal solicitud para el cambio de nombre de Centro Educativo Jardín Infantil San Francisco de Asís, por el de Centro Educativo San Francisco de Asís. (Vista a folio 14 del expediente administrativo).

3°—Que la señora Marcela Cecilia Fonseca Morales, propietaria como persona física del Centro Educativo Jardín Infantil San Francisco de Asís, mediante solicitud número 2015-0001167, promovió ante el Registro Público de la Propiedad Industrial del Registro Nacional de la República de Costa Rica, la inscripción de Marca de Servicios Centro Educativo San Francisco de Asís quedando inscrita a partir del 30 de julio del 2015, con Registro N° 245225, para proteger en clase 49 un establecimiento comercial dedicado a la educación preescolar y de I y II Ciclo de la Educación General Básica (Vista a folio 13 del expediente administrativo).

4°—Que la Dirección de Educación Privada mediante oficio DEP-AT-1092-2015, del 9 de octubre del 2015, remitió a la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación Pública la solicitud, para el cambio de nombre de Centro Educativo Jardín Infantil San Francisco de Asís por el de Centro Educativo San Francisco de Asís, indicando que la solicitud cumple con todos los requisitos. (Vista a folio 30 del expediente administrativo).

Considerando único:

La gestión presentada por la señora Marcela Cecilia Fonseca Morales, de calidades citadas, en su condición de propietaria como persona física del Centro Educativo Jardín Infantil San Francisco de Asís, para que se realice el cambio de nombre de ese centro educativo, por el de Centro Educativo San Francisco de Asís, fue revisada por la Dirección de Educación Privada, determinándose que cumple con los requisitos que exige el cuerpo normativo atinente.

A su vez, la Dirección de Asuntos Jurídicos, después de haber realizado la revisión y análisis de las actuaciones contenidas en el expediente administrativo en que se tramitó la solicitud, determinó que en el procedimiento se han cumplido todos los requisitos formales y legales exigidos por el ordenamiento, por lo que procede acoger favorablemente la solicitud.

Consecuentemente el Centro Educativo Jardín Infantil San Francisco de Asís, ostentará las obligaciones y derechos que le fueron otorgados con el nombre de Centro Educativo Jardín Infantil San Francisco de Asís, mediante la resolución N° C.P.0026-09-MEP. Por tanto:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en las consideraciones y citas normativas que anteceden;

RESUELVEN:

1°—Aprobar el cambio de nombre solicitado por la señora Marcela Cecilia Fonseca Morales, en su condición de Propietaria como persona física del Centro Educativo Jardín Infantil San Francisco de Asís, para que en adelante se le denomine Centro Educativo San Francisco de Asís.

2°—En consecuencia, dicho Centro de Enseñanza mantendrá las mismas obligaciones y podrá emitir el Certificado de Asistencia al Ciclo de Transición de la Educación Preescolar, el cual se equipara con el Sistema Educativo Estatal.

3°—El solicitante está en la obligación de mantener actualizado el expediente, aportando todos aquellos documentos y certificaciones sujetos a plazo, durante la vigencia de la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación de los estudios por parte del Estado Costarricense.

4°—Rige a partir del curso lectivo correspondiente al año dos mil quince. Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial La Gaceta, así como en la página Web del Ministerio de Educación Pública.

Notifíquese.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O. C. N° 23603.—Solicitud N° 8742.—(IN2016000548).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISO

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Higuerón de León Cortés, San José. Por medio de su representante: Marvin Antonio Piedra Gamboa, cédula N° 107620619, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En  cumplimiento  de  lo  establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia,  se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona,  pública  o  privada  y  en  especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 08:50 horas del día 06/01/2016.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2016000678).

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

Regulación de la aplicación de las exenciones en el pago

del Impuesto sobre la Renta y del Impuesto General sobre

las Ventas contenidas en la Ley N° 8591-Ley para el

Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad

Agropecuaria Orgánica- y su Reglamento

Nº DGT-R-78-2015.—San José, a las ocho horas del once de noviembre del dos mil quince.

Considerando:

I.—Que el artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios faculta a la Administración Tributaria para dictar normas generales tendientes a la correcta aplicación de las leyes tributarias, dentro de los límites que fijen las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.

II.—Que los artículos 1 y 2 de la Ley N° 8591 -Ley para el Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica-, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 155 del 14 de agosto del 2007, establecen que la misma es de interés social y tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos de desarrollo, promoción, fomento y gestión de la actividad agropecuaria orgánica, fortalecer los mecanismos de control y promoción de los productos derivados de la actividad agropecuaria orgánica, así como procurar la competitividad y rentabilidad de dichos productos. Lo anterior, con el propósito de lograr un efectivo beneficio de la salud humana, animal y vegetal en conjunto, como complemento para el desarrollo de políticas públicas referidas al uso del suelo, el recurso hídrico y la biodiversidad.

III.—Que según su artículo 3, en la aplicación de la ley deberán tenerse como prioritarios el beneficio especial de las personas, micro, pequeñas y medianas productoras y de sus familias, la promoción de la equidad de género, el respeto de la diversidad cultural y el adecuado reparto de la riqueza, así como la protección del ambiente y la salud de todos los seres humanos.

IV.—Que el artículo 4 declara de interés público la actividad agropecuaria orgánica, por los beneficios que se derivan de su producción en sus diversas manifestaciones y para tal efecto, el Estado deberá incluirla dentro del Plan Nacional de Desarrollo.

V.—Que el artículo 27 de la ley de referencia exonera del pago del impuesto sobre la renta a las personas definidas como micro, pequeñas y medianas productoras orgánicas, de conformidad con esa Ley y su Reglamento, o a las que durante un año hayan estado en transición para ser certificadas como tales, registradas ante la oficina correspondiente del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

VI.—Que de igual manera, el artículo 28 exonera del pago del impuesto sobre las ventas, la venta de productos agropecuarios o agroindustriales orgánicos, producidos en el país dentro del marco regulatorio de esa Ley, que se encuentren registrados y certificados ante la entidad correspondiente.

VII.—Que los artículos 35 y 36 de esa misma ley introducen una reforma a los artículos 3 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 9 de la Ley del Impuesto General sobre las Ventas, respectivamente, reconociendo en ambos casos la exoneración, según se verá más adelante.

VIII.—Que la exoneración del impuesto sobre la renta tendrá una vigencia de diez años a partir de la publicación de la Ley, siempre que las condiciones que le dieron origen se mantengan.

IX.—Que en los artículos 22, 23 y 24 del Decreto Ejecutivo Nº 38277-H, Reglamento de Procedimiento Tributario, publicado en el Alcance Digital N° 10, a La Gaceta N° 65 del 2 de abril de 2014, dispone que los obligados tributarios deben inscribirse, modificar sus datos y desinscribirse, para lo cual utilizarán la forma y los medios que determine la Administración Tributaria mediante resolución general.

X.—Que conforme al artículo 20 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, toda persona física o jurídica está obligada a inscribirse al iniciar sus actividades o negocios de carácter lucrativo, de igual forma se establece que en los casos de cese de la actividad o de modificación de alguno de los datos consignados, deberá comunicarse a la administración tributaria dicho cambio, en los plazos que establece el Reglamento de Procedimientos Tributarios, mediante los medios que se hayan puesto a disposición para tales efectos.

XI.—Que en acatamiento del artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios el proyecto de la presente resolución fue publicado en el sitio web http://www.hacienda.go.cr, en la Sección “Propuestas en consulta pública”, antes de su dictado y entrada en vigencia, a efectos de que las entidades representativas de carácter general, corporativo o de intereses difusos tuvieran conocimiento del proyecto y pudieran oponer sus observaciones, en el plazo de diez días hábiles siguientes a la publicación del primer aviso en el Diario Oficial.

XII.—Que transcurridos los diez días hábiles indicados, no se recibieron observaciones al proyecto de resolución.

XIII.—Que el primer aviso de divulgación en la página web fue publicado en La Gaceta N° 229 del 25 de noviembre del 2015, siendo que el segundo aviso se publicó en La Gaceta N° 230 del 26 del mismo mes y año.

XIV.—Que la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos -Ley Nº 8220 de 4 de marzo del 2002-, publicada en el Alcance 22 a La Gaceta Nº 49 de 11 de marzo del 2002, establece que todo trámite o requisito, con independencia de su fuente normativa, para que pueda exigirse al administrado deberá estar publicado en el Diario Oficial La Gaceta junto con el procedimiento a seguir, los instructivos, manuales, formularios y demás documentos correspondientes, siendo que podrán ser divulgados también en medios electrónicos de acceso general. Por tanto,

RESUELVE:

Regulación de la aplicación de las exenciones en el pago

del Impuesto sobre la Renta y del Impuesto General sobre

las Ventas contenidas en la Ley N° 8591-Ley para el

Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad

Agropecuaria Orgánica- y su Reglamento

Artículo 1º—Objeto de la resolución. A los efectos de garantizar la correcta aplicación de las exenciones del pago del impuesto sobre la renta y del impuesto general sobre las ventas, contenidas en la Ley N° 8591 -Ley para el Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica, toda persona física o jurídica que invoque gozar de una exención con respecto al pago de esos impuestos, deberá cumplir con los trámites, formalidades y requisitos que se regulan en los artículos siguientes.

Artículo 2º—Deberes formales que deben cumplir los solicitantes.

Para gozar del beneficio de la exoneración del impuesto sobre la renta y/o del impuesto general sobre las ventas, dispuestas en la Ley 8591, los interesados deberán inscribirse como declarantes de estos impuestos, tal como se indica en el artículo 4 de la presente resolución.

En el caso de que algún interesado se encuentre previamente inscrito como contribuyente en el impuesto sobre la renta y/o en el impuesto general sobre las ventas y esté certificado como productor orgánico ante el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), puede optar por el cambio de categoría a “declarante” siempre y cuando mantenga vigente la certificación otorgada por el MAG, como productor orgánico.

Si ejerciere una actividad no exenta y además se encuentra certificado como productor orgánico, deberá inscribirse como contribuyente.

Además, debe estar al día en el cumplimiento de todos los demás deberes tributarios formales y materiales que le corresponde.

De igual forma, por disposición del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), los interesados en gozar del beneficio aludido deben estar al día en el pago de sus obligaciones con esta institución, así como con otras contribuciones sociales que sean recaudadas por aquella.

Artículo 3º—Trámite del expediente administrativo. Según lo indicado en los artículos 40 y 43 del Reglamento a la Ley 8591, la resolución de recomendación para el otorgamiento del beneficio de exoneración será comunicada por el Ministerio de Agricultura y Ganadería al interesado.

Por su parte, una copia del expediente administrativo en el que se haga constar que es fiel de su original deberá ser entregado por el MAG al interesado para que éste lo aporte a la administración tributaria que corresponda según el lugar donde se lleve a cabo la actividad agropecuaria orgánica. Ese expediente necesariamente debe contener la resolución indicada en el primer párrafo de este artículo.

Artículo 4º—Inscripción y/o modificación de datos en el Registro Único Tributario. El interesado se debe apersonar a la administración tributaria que le corresponde, según lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo anterior, a los efectos de inscribirse como declarante en alguno de los impuestos señalados o para modificar su clasificación y pasar de “contribuyente” a “declarante”.

Los requisitos que debe cumplir para su inscripción o modificación de esa clasificación, son los establecidos en la resolución N° DGT-R-067-2015, de las ocho horas del 22 de octubre del 2015.

Una vez inscrito como declarante o como contribuyente, la plataforma de servicio debe trasladar el expediente a la Subgerencia de Servicio respectiva, para que inicie el trámite de emisión de la autorización para la exención del impuesto que se solicita, tal como se indica en los artículos siguientes.

Artículo 5º—Período de vigencia de la exención del impuesto sobre la renta. Así como lo establecen los artículos 27 de la Ley 8591 y 41 de su Reglamento, el período de vigencia de la exoneración del impuesto sobre la renta es de diez años a partir de la publicación de la Ley, siempre que las condiciones que le dieron origen se mantengan. Por lo anterior, queda expresamente establecido en esta resolución que el beneficio de exoneración en el impuesto sobre la renta es por el plazo máximo que se indica en el transitorio número uno de la presente resolución.

Para gozar del beneficio de exoneración en el impuesto sobre la renta durante todo el plazo indicado en el párrafo anterior, el interesado debe mantener en ese plazo su condición de productor orgánico emitido por la oficina correspondiente del MAG.

Al vencimiento de ese plazo, la administración tributaria respectiva cambiará de oficio la clasificación del beneficiario a contribuyente.

Artículo 6º—Caso específico de la autorización para la exención del impuesto general sobre las ventas. En el caso de la exoneración del impuesto general sobre las ventas, beneficio que se mantiene mientras subsista la ley que lo creó, rigen las siguientes condiciones expresas y obligatorias:

a)  Los productos que se exoneran del impuesto son los agropecuarios o agroindustriales certificados como orgánicos o inscritos en transición, ante la entidad correspondiente, cuya producción primaria y manufactura se haya realizado en Costa Rica y cuya venta se realice en el mercado nacional.

b)  Para gozar del beneficio de exoneración en el impuesto general sobre las ventas, el interesado debe presentar ante la administración tributaria que le corresponda, y al menos una vez al año, una certificación emitida por la oficina correspondiente del MAG, en la que conste que continúa cumpliendo con los estándares para ser considerado productor orgánico.

c)  En caso de que no se presente esa certificación anual o por cualquier motivo se llegare a conocer que realiza actividades gravadas, la administración tributaria debe cambiarle su clasificación de “declarante” a “contribuyente” y proceder a comunicarle su reclasificación.

d)  De igual manera, en caso de realizar actividades gravadas, el propio beneficiario de la exoneración debe solicitar ante la administración tributaria el cambio de status indicado. En caso de omisión, el cambio se podrá efectuar de oficio sin perjuicio de las sanciones a las que se podría hacer acreedor.

Artículo 7º—Condiciones generales del beneficio de exoneración. Debe entenderse expresamente que tanto en el caso del impuesto sobre la renta como del impuesto general sobre las ventas, el beneficio concedido se mantendrá durante los períodos señalados siempre y cuando no haya un cambio en la legislación vigente que ampara tal exención.

En caso de que se produzca un cambio en la normativa relacionada, la exoneración quedará insubsistente, debiendo aplicarse lo que en definitiva regule la nueva disposición normativa, sin necesidad de que la administración tributaria emita un acto posterior de revocación de la exoneración otorgada.

Artículo 8º—Pérdida del beneficio. El beneficio de exoneración tanto para el impuesto sobre la renta como para el impuesto general sobre las ventas se pierde, según la Ley 8591, por las siguientes razones:

a)  Cuando las personas físicas o jurídicas que después de cumplido el período de transición máximo de tres años no hayan certificado su producción orgánica;

b)  Cuando resulta improcedente otorgar una nueva certificación orgánica por incumplimiento de las condiciones establecidas.

c)  Cuando el MAG compruebe por cualquiera de los medios de prueba admitidos por el derecho, que los beneficios otorgados están siendo utilizados de forma diferente o irregular en relación con la forma en que fueron autorizados.

En todos los supuestos anteriores el MAG es el encargado por disposición de la Ley N° 8591 y su Reglamento, de comunicar inmediatamente a la Dirección General de Tributación cuando se produzca alguna de las situaciones allí descritas.

Cuando el MAG informe a la administración tributaria respectiva que se ha producido alguno de los supuestos anteriores, esa administración tributaria elaborará una resolución motivada en la que establecerá la pérdida del beneficio, amparada a los hechos que comunique el MAG y a las normas de la Ley 8591 y su reglamento violentadas.

De igual forma, en el caso de los supuestos indicados en los artículos 5, 6 incisos c) y 7 de la presente resolución, cuando se pierda la condición de productor orgánico, la administración tributaria, de oficio, debe reclasificarlo como “contribuyente”.

Artículo 9º—Incumplimiento de deberes formales y materiales. En todos los casos, previo al otorgamiento del beneficio de exoneración estipulado en la Ley 8591, las Subgerencias de Servicio al Contribuyente deben verificar que los interesados se encuentren al día en sus obligaciones formales y materiales con la Administración Tributaria y con la Caja Costarricense de Seguro Social. Si durante el proceso de autorización como beneficiario de la exoneración se detectaren irregularidades en su situación tributaria, deberán ser requeridos formalmente para que en un plazo no mayor de 10 días hábiles normalicen esa situación.

En caso de que el interesado no cumpla con dicha prevención, se procederá al archivo del expediente, debiendo notificársele de tal situación. De igual manera, se debe informar a la Subdirección de Control Tributario Extensivo para que continúen con el procedimiento que en derecho corresponda.

Artículo 10.—Rige a partir de su publicación.

TRANSITORIOS

1)  Por disposición del artículo 27 de la Ley 8591, el plazo máximo de autorización del beneficio de exoneración del impuesto sobre la renta es hasta el 14 de agosto del 2017.

2)  Si a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución hubiere algún trámite de inscripción pendiente, la administración tributaria que corresponda deberá adecuar el conocimiento y resolución del caso a las normas, procedimientos y requisitos establecidos en esta resolución.

Publíquese.—Carlos Vargas Durán, Director General.—1 vez.—O. C. Nº 3400023907.—Solicitud Nº 45903.—(IN2016000126).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

EDICTO

El doctor Rafael Herrera Herrera, número de cédula 4-103-1358, vecino de Heredia en calidad de representante legal de la compañía Herrera y Elizondo S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Sens Pert Anaplasma Ab/ E. Canis Ab Test Kit, fabricado por Laboratorios Vet All Laboratories, Corea con los siguientes principios activos: Antígeno recombinante de E. canis en la membrana de nitrocelulosa y proteína A recombinante-conjugado de oro coloidal y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para el diagnóstico de Anaplasma y Erliquia canis. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 14:00 horas del día 13 de octubre del 2015.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2016000644).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 38, título N° 4052, emitido en el año dos mil catorce y del Título de Técnico Medio en Contabilidad y Finanzas, inscrito en el tomo 2, folio 287, título N° 5635, emitido en el año dos mil trece, ambo títulos fueron extendidos por el Colegio Técnico Profesional de San Sebastián, a nombre de Ubania del Socorro Urroz Poveda. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Ubania del Socorro Tiffer Poveda, cédula Nº 9-0133-0633. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los ocho días del mes de diciembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015086810).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 27, título N° 41, emitido por el Liceo Rural Las Marías, en el año dos mil catorce, a nombre de Miranda Álvarez Evelyn Joselyne, cédula: nº 2-0764-0756. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiún días del mes de octubre del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015086838).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 167, título Nº 1387, emitido por el Liceo de Esparza, en el año dos mil dos, a nombre de Parajeles Peraza Rosibel, cédula Nº 6-0347-0181. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dos días del mes de noviembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015086982).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 396, título N° 2785, emitido por el Liceo de Esparza, en el año dos mil doce, a nombre de Ramírez Naranjo Max Alberto, cédula 6-0424-0707. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los once días del mes de diciembre del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015087181).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, inscrito en el Tomo 1, Folio 40, Asiento 17, Título N° 1065, emitido por el Colegio Ricardo Fernández Guardia, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Kattia Ramírez Villafuerte. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y corrección del nombre, cuyo nombre y apellido correcto es: Katia Ramírez Villafuerte, cédula 5-0260-0143. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los diez días del mes de diciembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015087424).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 357, título N° 2107, emitido por el Liceo José Joaquín Vargas Calvo, en el año dos mil ocho, a nombre de Quirós Mora Carlos Francisco, cédula 1-1390-0050. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los tres días del mes de diciembre del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2016000324).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 90, título N° 298, emitido por el Liceo Nuevo de Limón, en el año dos mil siete, a nombre de Mc Field Brooks Jonathan Harry. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los ocho días del mes de diciembre del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2016000515).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 81, título N° 1969, emitido por el Liceo Roberto Brenes Mesén, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Sibaja Chaves Xinia, cédula 1-0754-0894. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a quince los días del mes de diciembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2016000892).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 8, título N° 109, emitido por el Liceo Nocturno Alfredo González Flores, en el año mil novecientos setenta y uno, a nombre de Chavarría Orozco Luis Alberto, cédula 4-0101-0120. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los quince días del mes de diciembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2016000054).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Marcas de ganado

Solicitud Nº 2015-2109.—Leonor Montenegro Alcocer, cédula de identidad 0205090776, solicita la inscripción de: L M A como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Colonia Puntarenas, Colonia, del Súper Colonia 500 metros norte. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 30 de Octubre del 2015 Según el expediente Nº 2015-2109.—San José, 05 de noviembre del 2015.—Viviana Segura De La O, Registradora.—1 vez.—(IN2016000261)

registro de personas jurídicas

Asociaciones civiles

AVISOS

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-693257, denominación: Asociación Ayuda, Intercambio y Desarrollo de Limón. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 554080.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 7 minutos y 10 segundos, del 14 de diciembre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2016000582).

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señora Alejandra Castro Bonilla, cédula Nº 1-880-194, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Takeda Pharmaceutical Company Limited, de Japón, solicita la Patente de Invención denominada: INHIBIDORES DE LA PHD DE 6-(5-HIDROXI-1H-PIRAZOL-1-IL) NICOTINAMIDA. La presente invención da a conocer compuestos que son útiles como inhibidores de la PHD, composiciones farmacéuticas de los mismos, métodos para el tratamiento de condiciones 5 asociadas al HIF, procesos para la elaboración de los compuestos e intermediarios de los mismos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 401/4; C07D 405/14; C07D 413/14; C07D 401/04; C07D 417/14; C07D 471/08; C07D 487/06; C07D 487/10; C07D 491/10; A61K 31/443; A61K 31/443; A61K 31/443; A61K 31/443; A61K 31/454; A61K 31/496; cuyo(s) inventor(es) es (son) Brown, Jason, W., Davis, Melinda, Ivetac, Anthony, Jones, Benjamín, Kiryanov, Andre, A., Kuehler, Jon, Lanier, Marion, Miura, Joanne, Murphy, Sean, Wang, Xiaolun. Prioridad: 24/03/2013 US 61/806,806; 16/12/2013 US 61/916,715; 26/03/2014 WO 2014US03198. Publicación internacional: 02/10/2014 WO2014/160810. La solicitud correspondiente lleva el número 20150517, y fue presentada a las 14:32:00 del 02 de octubre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de noviembre del 2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2015088246).

La señora Alejandra Castro Bonilla, mayor, vecina de San José, cédula Nº 1-880-194, en calidad de apoderada especial de Abbvie Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: PROTEÍNAS DE UNIÓN ESPECÍFICAS DUALES DIRIGIDAS CONTRA TNFa.

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Proteínas de unión multivalentes y multiespecíficas manipuladas que se unen a TNFƒ¿, PGE2 y/o a NGF, junto con métodos de elaboración y sus usos en la prevención, el diagnóstico y/o tratamiento de una enfermedad. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/22; C07K 16/26; cuyo(s) inventor(es) es(son) Ghayur, Tariq, Goodreau, Carrie. Prioridad: 15/03/2013 US 61/794,964; 14/03/2014 WO 2014US028646. Publicación internacional: 18/09/2014 WO2014/144299. La solicitud correspondiente lleva el número 20150522, y fue presentada a las 12:03:00 del 08 de octubre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 07 de diciembre del 2015.—Walter Campos Fernández, Registrador.—(IN2015088248).

La señora Alejandra Castro Bonilla, cédula 1-880-194, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Bayer Pharma Aktiengesellschaft, de Alemania, solicita la patente de invención denominada: BENZOXAZOLES SUSTITUIDOS. La invención se refiere a benzoxazoles su 5 sustituidos y a procesos para su preparación y a su uso para la preparación de medicamentos para el tratamiento y/o profilaxis de enfermedades, en particular de trastornos cardiovasculares, preferiblemente de trastornos trombóticos o tromboembólicos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 413/06; C07D 417/06; C07D 487/04; C07D 263/58; A61K 31/423; A61P 7/02; cuyos inventores son: Allerheiligen, Swen, Buchmüller, Anja, Engel, Karen, Gerdes, Christoph, Gericke, Kersten Matthias, Gerisch, Michael, Heitmeier, Stefan, Hillisch, Alexander, Kinzel, Tom, Lienau, Philip, Riedl, Bernd, Röhrig, Susanne, Schmidt, Martina Victoria, Straßburger, Julia, Tersteegen, Adrian. Prioridad: 03/06/2013 EP 13170208. 6; 30/05/2014 WO 2014EP061229. Publicación Internacional: 11/12/2014 WO2014/195231. La solicitud correspondiente lleva el número 20150631 y fue presentada a las 13:57:12 del 1° de diciembre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de diciembre del 2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2015088249).

La señora Alejandra Castro Bonilla, cédula Nº 1-880-194, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Dow Agrosciences LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada 4-AMINO-6-(HETEROCÍCLICO) PICOLINATOS Y 6-AMINO-2-(HETEROCÍCLICO) PIRIMIDINA-4-CARBOXILATOS Y SU USO COMO HERBICIDAS. La invención se refiere a compuestos y composiciones herbicidas y a métodos para controlar vegetación no deseada. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 401/04; cuyos inventores son Eckelbarger, Joseph, D, Epp, Jeffrey, B, Fischer, Lindsey, G, Lowe, Christian, T, Petkus, Jeff, Roth, Joshua, Satchivi, Norbert, M, Schmitzer, Paul, Richard, Siddall, Thomas, L. Prioridad: 15/03/2013 US 61/790,391; 12/03/2014 WO 2014US024749. Publicación Internacional: 25/09/2014 WO2014/151008. La solicitud correspondiente lleva el Nº 20150561, y fue presentada a las 12:15:00 del 15 de octubre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 04 de diciembre del 2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2016000064).

La señor(a) (ita) Alejandra Castro Bonilla, mayor, vecina de San José, cédula Nº 1-880-194, en calidad de apoderada especial de Abbvie Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE 2,2-DIFUOROPROPANAMIDA Y METIL BARDOXOLONA, FORMAS POLIMÓRFICAS Y MÉTODOS DE USO.

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La presente invención se relaciona en general con el compuesto: N- ( (4aS, 6aR, 6bS, 8aR, 12aS,14aR,14bS)-11-ciano-2,2,6a,6b,9,9, 12a-heptametil-10,14-dioxo-l,2,3,4,4a,5,6,6a,6b,7,8,8a,9,10,12a,14,14a, 14b-octadecahidropiren-4a-il)-2,2-difluoropropanamida, formas polimórficas del mismo, métodos para su preparación y uso, composiciones farmacéuticas del mismo y conjuntos de elementos y artículos para elaborarlo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07J 63/00; A61K 31/565;A61P 29/00; cuyos inventores son Sheikh, Ahmad Y, Mattei, Alessandra, Wang, Xiu C. Prioridad: 24/04/2013 US 61/815,502; 24/04/2014 WO 2014US035279. Publicación Internacional: 30/10/2014 WO2014/176415. La solicitud correspondiente lleva el Nº 20150620, y fue presentada a las 12:21:00 del 20 de noviembre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 07 de diciembre del 2015.—Wálter Campos Fernández, Registrador.—(IN2016000066).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Ernesto Gutiérrez Blanco, cédula Nº 1-848-886, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Abbott Cardiovascular Systems Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: CATÉTER DE BALÓN. El catéter-balón incluye un mango exterior que tiene un hipotubo y un cuerpo externo distal de una sola capa monolítica, un balón en comunicación fluida con un lumen de inflación, y un cuerpo tubular interior monolítico que tiene un lumen de cable guía a definido a través del mismo. El mango exterior tiene el lumen de inflación definido a través del mismo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61M 25/00; cuyo(s) inventor(es) es (son) Williams, Kerry J. Prioridad: 04/09/2014 US 62/046,157; 19/05/2015 US 62/163,839. La solicitud correspondiente lleva el número 20150460, y fue presentada a las 14:48:00 del 02 de setiembre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 05 de noviembre del 2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2016000221).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Francisco Guzmán Ortiz, cédula 1-434-595, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Ferrari S.P.A, de Italia, solicita el Diseño Industrial denominada VEHÍCULO / CARRO DE JUGUETE. El presente diseño se refiere a un vehículo / carro de juguete como se ilustra en los dibujos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 12/08; 21/01; cuyo(s) inventor(es) es(son) Manzoni, Flavio. Prioridad: 24/04/2015 EP 002689133; 24/04/2015 EP 002689141. La solicitud correspondiente lleva el número 20150582, y fue presentada a las 09:01:01 del 21 de octubre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de diciembre del 2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2016000624).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HACE SABER:

NOTARIOS PÚBLICOS SUSPENDIDOS: La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO, con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, hace saber que los Notarios Públicos que a continuación se indican, han sido SUSPENDIDOS en el ejercicio de la función notarial.

La suspensión es por el plazo de UN MES por no presentación de índices de instrumentos públicos, para los Notarios Públicos que se enumeran a continuación; RIGE ocho días naturales después de la publicación del presente aviso en el Diario Oficial La Gaceta y una vez cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá o permanecerá vigente durante todo el tiempo que subsista la causa o incumplimiento:

1-)   MARÍA LUISA SEGURA GUTIÉRREZ, cédula de identidad número: 7-0034-0952, carné 5991, expediente administrativo: 15-001756-0624-NO, mediante Resolución Número 2589-2015 de las 11:21 horas del 19 de noviembre del 2015.

2-)   GERARDO CALDERÓN LEÓN, cédula de identidad número: 3-0318-0536, carné 10699, expediente administrativo: 15-001922-0624-NO, mediante Resolución Número 2712-2015 de las 10:56 horas del 30 de noviembre del 2015.

La suspensión es por el plazo de TRES MESES por no presentación de índices de instrumentos públicos, para los Notarios Públicos que se enumeran a continuación; RIGE ocho días naturales después de la publicación del presente aviso en el Diario Oficial La Gaceta y una vez cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá o permanecerá vigente durante todo el tiempo que subsista la causa o incumplimiento:

3-)   RAFAEL ÁNGEL FALLAS SOLÓRZANO, cédula de identidad número: 2-0483-0446, carné 12902, expediente administrativo: 15-002012-0624-NO, mediante Resolución Número 2657-2015 de las 10:23 horas del 25 de noviembre del 2015.

La suspensión es por el plazo de SEIS MESES por no presentación de índices de instrumentos públicos, para los Notarios Públicos que se enumeran a continuación; RIGE ocho días naturales después de la publicación del presente aviso en el Diario Oficial La Gaceta y una vez cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá o permanecerá vigente durante todo el tiempo que subsista la causa o incumplimiento:

4-)   GUISELLE BRENES ROJAS, cédula de identidad número: 1-0838-0161, carné 8942, expediente administrativo: 15-001690-0624-NO, mediante Resolución Número 2455-2015 de las 08:53 horas del 06 de noviembre del 2015.

5-)   ANA GASPAR AGUERRI, cédula de identidad número: 1-1110-0091, carné 18079, expediente administrativo: 15-002021-0624-NO, mediante Resolución Número 2717-2015 de las 15:49 horas del 30 de noviembre del 2015.

6-)   CARMEN ROCÍO CHINCHILLA MONTERO, cédula de identidad número: 1-0744-0333, carné 7556, expediente administrativo: 15-001902-0624-NO, mediante Resolución Número 2632-2015 de las 14:15 horas del 23 de noviembre del 2015.

San José, 17 de diciembre del 2015.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Melvin Rojas Ugalde, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 81.— Solicitud N° 45762.—(IN2016000111).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. Nº 16814A.—El Mañana Nueva S. A., solicita concesión de: 0,938 litros por segundo del nacimiento Gallinazo, efectuando la captación en finca de El Mañana Nueva S. A., en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas: 134.521 / 557.505, hoja Dominical. 0,69 litros por segundo del nacimiento El Peje, efectuando la captación en finca de El Mañana Nueva S. A., en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas: 134.561 / 557.598, hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de noviembre del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015087008).

Exp. N° 16210P.—Banco Improsa S. A., solicita concesión de: 4 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RG-959 en finca de su propiedad en Guácima, Alajuela, para uso autoabastecimiento en condominio. Coordenadas 216.104 / 506.282 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de abril del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015087195).

Exp. Nº 16571A.—Rosencore Properties Ltda., solicita concesión de: 1,3 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Savegre, Aguirre, Puntarenas, para uso Turístico Hotel Restaurante. Coordenadas 151.185 / 536.154 hoja Quepos. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de mayo del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2016000253).

Exp. Nº 16757A.—Enrique Núñez Rojas, solicita concesión de: 2 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Aguas Claras, Upala, Alajuela, para uso agropecuario granja-abrevadero-lechería, consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 307.685 / 410.585 hoja Miravalles. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de octubre del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2016000280).

Exp. Nº 16775A.—Loma Alfaro S. A., solicita concesión de: 1,5 litros por segundo del Río Zapote, efectuando la captación en finca de Ganadera Bretaña S. A., en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario granja-abrevadero-lechería-acuicultura, consumo humano doméstico y agropecuario-riego pasto. Coordenadas 250.350 / 491.500 hoja Quesada. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de noviembre del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2016000283).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exps. Nos. 8874-2013/8897-2013. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas del cuatro de diciembre del dos mil quince. Procedimiento administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Lisa Elena Aguilar Abuloc, quien aparece inscrita en el asiento número cero cincuenta y siete, folio cero veintinueve, tomo novecientos sesenta y seis, de la provincia de Alajuela, Sección de Nacimientos, como hija de Margarita Aguilar Abuloc, en el sentido que los apellidos de la persona inscrita son Aguilar Abuloc, hija de Jordan A. Aguilar y Margarita M. Abuloc, filipinos, de conformidad con lo establecido en los artículos 69 del Código de Familia y 53 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. Conforme lo señala el artículo 66 de la precitada ley, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta a los señores Jordan A. Aguilar, Max Alberto Alfaro Monge y a la señora Margarita Mahilum Abuloc o Margarita Aguilar Abuloc, con el propósito que se pronuncien en relación con este proceso y se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. Nº 3400024182.—Solicitud Nº 45672.—(IN2016000152).

Exp. N° 34738-2015.—Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas cinco minutos del veinticinco de noviembre de dos mil quince. Diligencias de ocurso presentadas por Manuel Salvador Toribio Martínez, cédula de identidad número 8-0065-0750, vecino de La Aurora, Alajuelita, San José, tendente a la rectificación de su asiento de naturalización en el sentido que los apellidos de la madre son Rocha Ordóñez. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—(IN2016000598).

PUBLICACIÓN DE  UNA VEZ

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Héctor Arcía Gámez, se ha dictado la resolución N° 6590-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas treinta minutos del tres de diciembre de dos mil quince. Exp. N° 13188-2015. Resultando 1º—... 2º—...; 3º—... Considerando: I.—Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: Rectifíquense los asientos nacimiento de Juliana Arce Castillo; de Andrea Julissa Arce Castillo; y de Héctor David Arce Castillo, en el sentido que el nombre y los apellidos del padre son Héctor Arcía Gámez.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficialía Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2016000593).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Sofía Liset Ruiz Centeno, se ha dictado la resolución N° 6568-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las quince horas quince minutos del dos de diciembre de dos mil quince. Exp. N° 40097-2015. Resultando 1º—... 2º—,.:. Considerando: I.—Hecho probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Estefany Sofía Sevilla Ruiz, en el sentido que el nombre de la madre es Sofía Liset.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina Jefe.—1 vez.—(IN2016000613).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Martha Esperanza Molina Morales, se ha dictado la resolución N° 6544-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas veinte minutos del dos de diciembre de dos mil quince. Exp. N° 28965-2015. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Luis Alberto Sánchez Molina, en el sentido que el nombre de la madre es Martha Esperanza.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2016000689).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Elida Bárbara Sibaja Arias, se ha dictado la resolución N° 6492-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil quince. Exp. N° 47942-2015 Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: Rectifíquense los asientos de matrimonio de Primitivo Vega Chavarría con Elida Bárbara Sibaja Sibaja, en el sentido que el nombre, los apellidos y el número de cédula de los cónyuges son Primitivo de la Piedades Vega Chavarría, hijo de Emeterio Vega Barquero y Rafaela Chavarría Villalobos, costarricenses y 6-0024-0134 y Elida Bárbara del Socorro Sibaja Arias, hija de Susana Sibaja Arias, costarricense y 6-0028-0690, respectivamente y de defunción de Primitivo Vega Chavarría, en el sentido que el nombre de la persona inscrita es Primitivo de las Piedades.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza Sanabria, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2016000693).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Mónica Samira Suárez Álvarez, mayor, casada, médico, colombiano, cédula de residencia número 117000561602, vecina de Heredia del Banco Nacional del Real Cariari, 200 este, primera entrada a mano izquierda Condominios Real Cariari, casa 9, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 134799-2015.—San José, a las 1:38 horas del 18 de noviembre del 2015.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2016000688).

Diana Isabel Quintero Ordóñez, mayor, soltera, médico general, colombiana, cédula de residencia número 117001783909, vecina de San Francisco de Dos Ríos, Barrio Los Sauces, San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 135606-2015.—San José, a las 1:26 horas del 26 de noviembre de 2015.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2016000703).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

AMBIENTE Y ENERGÍA

Plan Anual de Adquisiciones 2016

La Proveeduría Institucional informa a todos los interesados, que a partir de esta fecha, el Programa de Adquisiciones de Bienes y Servicios del Ministerio de Ambiente y Energía para el período 2016, se encuentra a su disposición en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr en el link de Comprared. Planes de compras actuales.

San José, 7 de enero del 2016.—Proveeduría Institucional.—Lic. Marcos Montero Cruz, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 26472.—Solicitud Nº 7128.—(IN2016001586).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

MÉDICOS REGIÓN HUETAR ATLÁNTICA 

PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2016

En cumplimiento con la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, se informa que los Programas de Adquisiciones 2016, que corresponden a esta Dirección Regional Huetar Atlántica, Hospital de Guápiles y sus Áreas de Salud, adscritas: Cariari, Guápiles, Guácimo, Siquirres, Matina, Limón, Valle La Estrella, Talamanca, así mismo cualquier Modificación que se realice a estos programas durante este año, se encontrarán publicadas en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social. Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.

Limón, 6 de enero 2016.—Unidad de Contratación Administrativa.—Mba. Ilse Betancourt Avilés, Coordinadora.—1 vez.—(IN2016001364).

DIRECCIÓN REGIONAL CENTRAL DE SUCURSALES (1201)

PLAN DE ADQUISICIONES PARA EL AÑO 2016

Y SUS MODIFICACIONES

Se avisa a todos los potenciales oferentes que el Plan de Adquisiciones y sus Modificaciones, correspondientes a la Dirección Regional Central de Sucursales y las 16 Sucursales adscritas a ésta Región, se encuentran a disposición de los interesados en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social, ver detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr, Teléfonos: 2224-7293 / 2234-0598 / 2234-7023 Fax: 2253-9226.

San José, 7 de enero del 2016.—Lic. Alfredo Vindas Evans, Director.—1 vez.—(IN2016001368).

HOSPITAL DR. TOMÁS CASAS CASAJÚS

PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2016

UNIDAD PROGRAMÁTICA 2703

El Hospital Dr. Tomás Casas Casajús, de conformidad con el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, les informa a los interesados que el Programa Anual de Compras para el periodo 2016, se encuentra publicado en la página web institucional, lo anterior no implica ningún compromiso para contratar.

Para mayor información ver detalles en la página Web www.ccss.sa.cr., teléfonos 2786-4065 / 2786-8160, Fax: 2786-4065.

Ciudad Cortés, 4 de enero del 2016.—Mba. Ana Yadira Chávez Anchía, Directora Administrativa Financiera.—1 vez.—(IN2016001387).

HOSPITAL NACIONAL DE GERIATRÍA Y GERONTOLOGÍA

DR. RAÚL BLANCO CERVANTES

SUBÁREA DE PLANEACIÓN

UNIDAD PROGRAMÁTICA 2202

PROGRAMA DE ADQUISICIONES PROYECTADO 2016

De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7 de su Reglamento (Principio de publicidad), se hace del conocimiento de todos los potenciales oferentes que el Plan de Adquisiciones proyectado para el período 2016 y sus respectivas modificaciones, de este centro hospitalario se encuentra a su disposición a partir de enero 2016, en la página web de la Caja Costarricense de Seguro Social, accesible en la dirección electrónica http://www.ccss.sa.cr. Para mayor información comunicarse al teléfono 2542-2100 extensiones 2154 y 2155 o bien al fax 2222-0045.

Para consultar los detalles o por menores de las compras directas a realizar, los interesados podrán observar la pizarra externa de la Subárea de Contratación Administrativa, sitio en donde se exhiben, en el momento oportuno, todas las contrataciones que realiza el Hospital.

San José, 4 de enero del 2016.—Área Gestión Bienes y Servicios.—Lic. José Vargas Zúñiga, Jefe.—1 vez.—(IN2016001458).

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN

DE PROYETOS ESPECIALES

PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES 2016

La Subárea de Gestión Administrativa de la Dirección Administración Proyectos Especiales de la CCSS, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, comunica que el Plan de Adquisiciones y sus modificaciones para el período 2016 se encuentra a disposición de los interesados en la página Web institucional www.ccss.sa.cr., en el portal Planes anuales de compra.

Subárea Gestión Administrativa y Logística.—Lic. José Ángel Vargas Castro, Coordinador.—1 vez.—(IN2016001498).

DIRECCIÓN REGIONAL DE SUCURSALES

REGIÓN HUETAR ATLÁNTICA

PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS AÑO 2016

La Dirección Regional de Sucursales Huetar Atlántica, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha el Programa Anual de Compras, tanto de esta Dirección como las 15 Sucursales adscritas a esta, se encuentra a su disposición en la dirección electrónica http://www.ccss.sa.cr.

Subárea Gestión Administrativa y Logística.—Lic. Katherine Alfaro Trejos, Jefa.—1 vez.—Solicitud N° 45966.—(IN2016001701).

ÁREA DE SALUD DE PÉREZ ZELEDÓN

PLAN DE ADQUISICIONES DEL PERIODO 2016

En cumplimiento con lo estipulado en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, se informa que el Plan Anual de Adquisiciones del 2016 y sus posibles modificaciones, correspondiente al Área de Salud de Pérez Zeledón, Unidad Programática 2760, se encuentra publicado en la página web de la CCSS, ver detalles en www.ccss.sa.cr

San Isidro, Pérez Zeledón, 7 de enero del 2016.—Lic. Luis Solís Fonseca, Administrador.—1 vez.—Solicitud N° 46122.—(IN2016001708).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

PROGRAMA DE COMPRAS ANUALES

En cumplimiento con lo normado en el artículo 6° de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7° de su Reglamento, la Municipalidad de Santa Cruz, Guanacaste, hace del conocimiento de todos aquellos potenciales oferentes, sus necesidades de contratación para el período 2016:

Servicios                                                                                   ¢

Alquileres

218.748.182,90

Servicios básicos

89.172.000,00

Servicios comerciales y financieros

77.068.900,00

Servicios de gestión y apoyo

352.198.714,29

Gastos de viaje y de transporte

44.805.717,20

Seguros y reaseguros

104.601.169,21

Capacitación y protocolo

19.477.700,00

Mantenimiento y reparación

174.620.999,93

Servicios diversos

700.000,00

Materiales y suministros

 

Productos químicos y conexos

247.646.376,95

Alimentos y productos agropecuarios

32.901.365,60

Mast y prod, de uso en la constr, y mant,

28.171.231,04

Herramientas. repuestos y accesorios

29.670.086,82

Útiles. mats y suministros diversos

134.484.381,08

Bienes duraderos

 

Maquinaria. equipo y mobiliario

135.389.673,00

 

Así mismo, en cumplimento con lo establecido en el artículo N° 46 de la Ley de Contratación Administrativa y en artículo N° 116 de su Reglamento, se hace de conocimiento público, la invitación a inscribirse y/o actualizarse en el Registro de Proveedores de esta Municipalidad.

El formulario lo pueden descargar en la página www.santacruz.go.cr o retirar en la oficina de la Proveeduría Municipal ubicada en las instalaciones del Hotel El Marino Barrio Buenos Aires, Santa Cruz, de lunes a jueves de 7:00 a.m. a 04:00 p.m. y los viernes de 7:00 a.m. a 03:00 p.m,. vía fax al 2680-0629. por correo electrónico a la siguiente dirección proveeduriasantacruz@gmail.com.

Santa Cruz, 08 de enero de 2016,—Lic. Keylor Jaén Rosales, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2016001709).

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000165-PROV

Alquiler de local para ubicar el Juzgado

Contravencional de Palmares

El Departamento de Proveeduría invita a participar en el siguiente procedimiento de contratación: Licitación Abreviada Nº 2015LA-000165-PROV, alquiler de local para ubicar el Juzgado Contravencional de Palmares.

Fecha y hora de apertura: 9 de febrero de 2016, a las 10:00 horas.

El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección: http://poder-judicial.go.cr/proveeduria (ingresar al botón “Invitaciones”).

San José, 7 de enero del 2016.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Wilbert Kidd Alvarado, Jefa a. í.—1 vez.—Solicitud N° 46164.—(IN2016001675).

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000001-UTN

Acondicionamiento de los Laboratorios

de Ciencias Básicas de la Sede San Carlos

La Proveeduría Institucional de la Universidad Técnica Nacional recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del martes 2 de febrero del 2016, para el acondicionamiento de los Laboratorios de Ciencias Básicas de la Sede San Carlos. El cartel, planos, especificaciones y posibles aclaraciones y modificaciones se encuentran en la página web www.utn.ac.cr, link Contratación Administrativa > Contratación Administrativa > Licitaciones Abreviadas.

La visita al sitio será el martes 19 de enero del 2016, a las 10:00 a. m.

Lugar: edificio de la UTN, sede San Carlos, Ciudad Quesada, de los Bomberos 200 metros hacia el sur, al costado de la Caja de Ande, salida hacia Zarcero, Barrio Lourdes frente al Cencinai.

Para consultas al correo gavila@utn.ac.cr con copia al jperez@utn.ac.cr y/o al fax 2430-3496.

Proveeduría Institucional.—Lic. Miguel González Matamoros, Director.—1 vez.—Solicitud N° 46018.—(IN2016001702).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000003-05101

Papel crepado precortado cada 110 cms, de 110 de ancho

Se informa a los interesados que está disponible en la Plataforma electrónica Compra Red el cartel de la Licitación Pública Nº 2016LN-000003-05101, para la adquisición de: “Papel crepado precortado cada 110 cms, de 110 de ancho”.

Apertura de ofertas: a las 11:30 horas del 23 de febrero 2016.

San José, 07 de enero del 2016.—Línea de Producción de Insumos Médicos.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—O.C. Nº 1142.—Solicitud Nº 11914.—(IN216001558).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000002-05101

Bolsas colostomía cerrada adultos, sistema de dos piezas,

parche rígido, medida aro plano 59 ± 3 mm, o aro flotante

medida 70 mm y medida útil recortable mínima de 57 mm

Se informa a los interesados que está disponible en la Plataforma electrónica Compra Red el cartel de la Licitación Pública Nº 2016LN-000002-05101, para la adquisición de: “Bolsas colostomía cerrada adultos, sistema de dos piezas, parche rígido, medida aro plano 59 ± 3 mm, o aro flotante medida 70 mm y medida útil recortable mínima de 57 mm.

Apertura de ofertas: a las 11:00 horas del 23 de febrero 2016.

San José, 07 de enero del 2016.—Línea de Producción de Insumos Médicos.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—O.C. Nº 1142.—Solicitud Nº 11913.—(IN2016001574).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000001-05101

Bolsa colectora de orina capac. 2 litros, descarble

Se informa a los interesados que está disponible en la Plataforma electrónica Compra Red el cartel de la Licitación Pública Nº 2016LN-000001-05101, para la adquisición de: “Bolsa colectora de orina capac. 2 litros, descarble”.

Apertura de ofertas: a las 10:00 horas del 23 de febrero 2016.

San José, 07 de enero del 2016.—Línea de Producción de Insumos Médicos.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—O.C. Nº 1142.—Solicitud Nº 11912.—(IN2016001579).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000004-05101

Bolsa colostomía cerrada adultos, sistema dos piezas parche

flexible, medida aro plano 59+-3mm., o aro flotante

medida 70mm y medida útil recortable

mínima de 57mm.

Se informa a los interesados que está disponible en la Plataforma Electrónica Compra Red el cartel de la Licitación Pública Nº 2016LN-000004-05101, para la adquisición de: Bolsa colostomía cerrada adultos, sistema dos piezas parche flexible, medida aro plano 59+-3mm., o aro flotante medida 70mm y medida útil recortable mínima de 57mm. Apertura de ofertas a las 12:00 horas del 23 de febrero del 2016.

San José, 7 de enero del 2016.—Línea de Producción de Insumos Médicos.—Licda. Vilma Arias Marchena Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 11915.—(IN2016001616).

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD CENTRAL NORTE

LICITACION ABREVIADA 2016LA-000001-2299

Servicios profesionales en vigilancia y seguridad

para el Área de Salud Santo Domingo

Se les informa a todos los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio que a partir del día hábil siguiente a la presente publicación, se encuentra disponible en esta sede regional ubicada a 200 metros norte de la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia el pliego cartelario o lo pueden solicitar al correo electrónico cgomezc@ccss.sa.cr. Así mismo a partir del día hábil siguiente a ésta publicación disponen de un máximo de 20 días hábiles para la presentación de las ofertas. El último día hábil (20), a las 9:00 horas se estará realizando el acto de apertura de ofertas en la dirección antes indicada.

Unidad Regional de Contratación Administrativa.—Lic. Carlos Humberto Gómez Cruz.—1 vez.—Solicitud N° 46069.—(IN2016001707).

ADJUDICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000003-73201

Servicio de localización de patronos morosos para FODESAF

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, comunica que por medio de la Resolución de Adjudicación N° PI-001-2016 de fecha 6 de enero del 2016; se adjudicó a la oferta N° 1 Netcom Business Contact Center S. A., por un monto estimado anual de ¢58.685.000,00.

San José, 7 de enero del 2016.—Proveeduría Institucional.—Lic. Eduardo Arias Cabalceta, Proveedor.—1 vez.—O. C. N° 3400026588.—Solicitud N° 46180.—(IN2016001743).

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000002-01

Construcción de gimnasio-auditorio

La Proveeduría Institucional del Colegio Universitario de Cartago, se permite comunicar el acto de adjudicación del procedimiento de contratación administrativa, Licitación Pública Nº 2015LN-000002-01 “Construcción de Gimnasio-Auditorio”, por el total ofertado.

Resultando único:

Que en fecha catorce de octubre de dos mil quince, en la sesión tres mil doscientos setenta y dos, el Consejo Directivo aprobó en su acuerdo CD-3272-2015: “Aprobar la adjudicación parcial de la Licitación Pública N° 2015LN-000002-01 Construcción de Gimnasio-Auditorio por un monto de ¢127.154.739,00 (ciento veintisiete millones ciento cincuenta y cuatro mil setecientos treinta y nueve colones) a la oferta N° 13, correspondiente a la empresa Molina Arce Construcciones y Consultoría S. A.

Considerandos:

1.  Que la Institución dentro del presupuesto ordinario ejercicio económico 2015 tenía la suma de ¢127.154.739,00 para la construcción del proyecto denominado Gimnasio-Auditorio.

2.  De acuerdo con el punto anterior se promueve el concurso de Licitación Pública 2015LN-000002-01 para la construcción del proyecto.

3.  Que la empresa ganadora del concurso referido ofrece realizar el proyecto en ¢140.848.024,83.

4.  Con fundamento con el punto uno se adjudicó a la Empresa Molina Arce Construcción y Consultoría S. A, por un monto ¢127.154.739,00.

5.  Por un asunto de comodidad con respecto a la tabla de pagos que presenta la empresa se confecciona un contrato por un monto de ¢126.886.263.59, aspecto que la Contraloría General de la República no acepta porque se está modificando el acuerdo CD-02-3272-2015.

6.  La Contraloría General de la República, verifica en el Sistema de Información de Presupuestos Públicos que ya la administración cuenta con los ¢13.693.285,83 para completar el proyecto en un 100% y por ello no da el refrendo al contrato.

7.  La Decanatura con el oficio DEC-005-2016 propone:

7.1  Derogar el acuerdo CD-02-3272-2015.

7.2  Adjudicar a la empresa Molina Arce Construcción y Consultoría S. A. la suma de ¢140.848.024,83 para la construcción del Gimnasio-Auditorio derivado de la Licitación Pública 2015LN-000002-01, todo de conformidad con la oferta presentada por la empresa y conforme a la respectiva tabla de pagos.

Por lo tanto:

Acuerdo CD-02-3294-2016:

1.  “Derogar el acuerdo CD-02-3272-2015.

2.  Aprobar la Adjudicación a la empresa Molina Arce Construcción y Consultoría S. A. la suma de ¢140.848.024,83 para la construcción del Gimnasio-Auditorio derivado de la Licitación Pública 2015LN-000002-01, todo de conformidad con la oferta presentada por la empresa y conforme a la respectiva tabla de pagos”.

Todo según acuerdo del Consejo Directivo Institucional, CD-02-3294-2016, del seis de enero del dos mi dieciséis.

Cartago, 07 de enero de 2016.—Ligia Amador Brenes, Proveedora Institucional.—1 vez.—(IN2016001674).

AVISOS

INSURANCE SERVICIOS S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LP-00001

(Modificación 1)

Sistema informático integrado de aplicaciones

financieras y administrativas (ERP)

El Departamento Financiero-Administrativo de Insurance Servicios S. A., (en adelante Insurance), ubicada frente a la Pizza Hut del Centro Comercial Plaza del Sol en Curridabat, les informa en relación a la Licitación 2015LP-00001 “Sistema informático integrado de aplicaciones financieras y administrativas (ERP), que ya se encuentra disponible en la proveeduría el cartel con las modificaciones realizadas. El mismo puede ser solicitado a la dirección electrónica vporras@insurancecr.com o szamora@insurancecr.com.

Les recordamos que el plazo de la apertura de ofertas fue ampliado hasta las 16:00 horas del día miércoles 20 de enero del año 2016 en la proveeduría de Insurance Servicios.

San José, 08 de enero del 2016.—Departamento Financiero-Administrativo.—Viviana Porras Zamora, Supervisora de Proveeduría y Servicios Generales.—1 vez.—(IN2016001728).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

UNIDAD DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000005-01

Remate chatarra ubicada en el taller mecánico municipal

La Municipalidad del cantón de Desamparados comunica lo siguiente:

Adjudicación

Descripción

Adjudicado

Monto adjudicado

Se adjudica un total de 28.960 kilos de chatarra

Eladio Segura Ureña

¢2.284.000.00

 

Proveeduría Municipal.—Lic. Melissa Jiménez Venegas.—1 vez.—(IN2016001531).

REGISTRO DE PROVEEDORES

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA

En cumplimiento de los artículos 46 de la Ley de Contratación Administrativa y 122 de su reglamento, se invita a todas las personas físicas y jurídicas interesadas en ser consideradas en los procesos de Contratación Administrativa de la Institución, a inscribirse en el Registro de proveedores Institucional.

Así mismo, se les comunica a todos los Proveedores inscritos en años anteriores que verifiquen su estado en el Registro de Proveedores, a fin de ser considerados en futuras contrataciones.

Información a los teléfonos 2556-0231 Ext. 125, Fax 2556-1559

Turrialba, 4 de enero del 2016.—Proveeduría.—Mba. Ronald Bolaños Calvo, Proveedor.—1 vez.—(IN2016001581).

FE DE ERRATAS

AMBIENTE Y ENERGÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000002-87900

Servicios para la remodelación del nuevo

Edificio del MINAE

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Ambiente y Energía, comunica a todos los interesados en esta contratación, que en virtud de que fueron presentadas nuevas consultas sobre aspectos técnicos, la administración considera oportuno realizar la tercera y última modificación al respectivo cartel, la cual podrá ser vista en el correspondiente trámite, por medio del sistema Comprared, a partir de la presente publicación.

Además, se comunica que se ha reprogramado la apertura de ofertas para el día, 5 de febrero del 2016, a las 14:00 horas.

San José, 7 de enero del 2016.—Proveeduría Institucional.—Lic. Marcos Montero Cruz, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 26472.—Solicitud Nº 7127.—(IN2016001592).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN

DE PROYECTOS ESPECIALES

LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000002-4403

Diseño y construcción de los puestos de visita periódica

de Piedra Mesa y Bajo Blei, Talamanca

Se informa a los interesados que está disponible la Modificación N° 1 y el aviso de prórroga de la licitación antes indicada. Para obtener la modificación ver detalles en la página: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=4403. Más información al teléfono 2539-0000 ext. 3037.

Se prorroga la fecha de apertura de ofertas, para el día 25 de enero 2016, a las 10:00 horas, en la Dirección de Administración de Proyectos Especiales, Edificio Jiménez, piso número 2, ubicado en San José, entre avenidas central y primera, calle 3 (contiguo a Tienda Carrion, altos de Panadería Trigo Miel o frente a Perimercados de avenida central).

San José, 8 de enero del 2016.—Subárea de Gestión Administrativa y Logística.—Lic. José Ángel Vargas Castro, Coordinador.—1 vez.—(IN2016001497).

HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000062-2101

Mantenimiento Preventivo correctivo

de Ultrasonidos Terapia Física

Se informa a los interesados en la Licitación Abreviada Nº 2015LA-000062-2101, por concepto de mantenimiento preventivo correctivo de ultrasonidos terapia física que se reprograma la visita de los equipos para el día miércoles 13 de enero del 2016 a las 9:00 a.m.

San José, 8 de enero del 2016.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2016001602).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000020-01

(Prórroga)

Compra e instalación de muebles modulares

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada 2015LA-000020-01, “Compra e instalación de muebles modulares”, que el plazo máximo para presentar ofertas de esta licitación se prorroga para el próximo 2 de febrero  del 2016, a las 10:00 horas.

Unidad de Compras Institucionales.—Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 46176.—(IN2016001725).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-5596-2015.—Garita Meza Ana Patricia, R-379-2015, cédula Nº 1-1014-0961, solicitó reconocimiento y equiparación del título Maestra en Administración de Instituciones Educativas, Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, México. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de noviembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128523.—Solicitud Nº 45351.—(IN2015087122).

ORI-5566-2014.—Artavia Barrantes Luis Diego, R-378-2015, cédula Nº 1-1244-0045, solicitó reconocimiento y equiparación del título Profesional Especialista en Implantología Buco Máxilo Facial, Universidad de Chile, Chile. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 27 de noviembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128523.—Solicitud Nº 45350.—(IN2015087125).

ORI-5585-2015.—Víquez Rodríguez Juan José, R-377-2015, cédula Nº 1-1134-0386, solicitó reconocimiento y equiparación del título Magíster en la Ciencia de Matemáticas, Universidad de Purdue, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 27 de noviembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128523.—Solicitud Nº 45337.—(IN2015087133).

ORI-5587-2015.—Víquez Rodríguez Juan José, R-377-2015-B, cédula 1-1134-0386, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctorado en Matemáticas, Universidad de Purdue, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 2 de diciembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N° 45330.—(IN2015087141).

ORI-5630-2015.—Rodríguez Machado María Micaela, R-376-2015, pasaporte: 119470888, solicitó reconocimiento y equiparación del título Técnico Superior Universitario en Fisioterapia, Colegio Universitario de Rehabilitación “May Hamilton”, Venezuela. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 30 de noviembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N° 45329.—(IN2015087166).

ORI-5551-2015.—Padilla Salinas Suyapa Maribel, R-375-2015, pasaporte: C154010, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctora en Cirugía Dental, Universidad Nacional Autónoma de Honduras, Honduras. La persona interesada en aportar información de la solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 26 de noviembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N° 45328.—(IN2015087169).

ORI-5816-2015.—Jiménez Solano Steve, R-392-2015, cédula: 1-1291-0511, solicitó reconocimiento y equiparación del título Especialista en Implantología Buco Máxilo Facial, Universidad de Chile, Chile. La persona interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 14 de diciembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N° 45726.—(IN2016000157).

ORI-5773-2015.—Gómez Duarte Ingrid, R-391-2015, cédula 1-0866-0046, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctora, Universidad Rey Juan Carlos, España. La persona interesada en aportar información de la solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 11 de diciembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N° 45727.—(IN2016000159).

ORI-5822-2015.—Quirós Tortos Jairo Humberto, R-389-2015, cédula: 7-0170-0208, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctorado, Ingeniería Eléctrica y Electrónica, Universidad de Manchester, Inglaterra. La persona interesada en aportar información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 14 de diciembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N° 45729.—(IN2016000160).

ORI-5770-2015.—Gómez Víquez Randolph, R-388-2015, cédula 3-0357-0641, solicitó reconocimiento y equiparación del título Maestría en Bellas Artes, Diseño, Universidad de Kansas, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 11 de diciembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N° 45730.—(IN2016000162).

ORI-5753-2015.—Karen Fabré, R-387-2015, pasaporte Ej356470, solicitó reconocimiento y equiparación del título Médico, Universidad Católica de Lovaina, Bélgica. La persona interesada en aportar información de la solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 9 de diciembre de 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N° 45731.—(IN2016000163).

ORI-5813-2015.—Putina Olga, R-386-2015-B, residente temporal: 164300032629, solicitó reconocimiento y equiparación  del título Psicólogo Profesor especializado en “Psicología”, Universidad Estatal de los Urales A.M. Gorky, Rusia. La persona interesada en aportar información de la solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 14 de diciembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N° 45732.—(IN2016000165).

ORI-5814-2015.—Putina Olga, R-386-2015, residente temporal: 164300032629, solicitó reconocimiento y equiparación del título Psicología, especializado en Psicoanálisis, Universidad Federal de los Urales B.N. Yeltsin Primer Presidente de Rusia, Rusia. La persona interesada en aportar información de la solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 14 de diciembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N° 45733.—(IN2016000167).

ORI-5732-2015.—Hergenrother Scott David, R-384-2015, pasaporte: 522113078, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Filosofía, Duquesne University, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 7 de diciembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N° 45734.—(IN2016000169).

ORI-5768-2015.—Gómez Jenkins Marco Antonio, R-383-2015-B, cédula 1-1357-0484, solicitó reconocimiento y equiparación del título Bachiller en Ciencias de Ingeniería Aeroespacial, Instituto de Tecnología de Georgia, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 11 de diciembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N° 45735.—(IN2016000171).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ORI-5563-2015.—Morera Hidalgo Julio Andrés, R-380-2015, cédula 2-0619-0127, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster Universitario en Ingeniería de la Energía, Universidad Politécnica de Madrid, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 27 de noviembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128523.—Solicitud Nº 45352.—(IN2016000129).

ORI-5623-2015.—Vera Quijada Jesús Fernando, R-381-2015, cédula: 8-0097-0236, solicitó reconocimiento y equiparación del título Arquitecto, Universidad Ricardo Palma, Perú. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 30 de noviembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128523.—Solicitud Nº 45354.—(IN2016000141).

ORI-5689-2015.—Gómez Jenkins Marco Antonio, R-383-2015, cédula 1-1357-0484, solicitó reconocimiento y equiparación del título Bachiller en Ciencias de Ingeniería Mecánica, Instituto de Tecnología de Georgia, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 03 de diciembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128523.—Solicitud Nº 45361.—(IN2016000142).

ORI-5776-2015.—Ramírez Bernini Raquel, R-394-2015, cédula 1-1217-0589, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster en Ciencias, Tecnología, Salud, Mención Ciencias del Medicamento, Especialidad Biotecnología e Innovaciones Terapéuticas, Universidad de Estrasburgo, Francia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 11 de diciembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge.—O. C. Nº 128523.—Solicitud Nº 45724.—(IN2016000155).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

“Despido sin responsabilidad patronal”

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se comunica: despido sin responsabilidad patronal del Sr. Armando Campos Corrales, cédula 205290545, Oficinista 3, a partir del 23/11/2015.

San José, 24 de diciembre del 2015.—Servicio de Radiología e Imágenes Médicas.—Dr. Carlos Quirós Ortiz, Jefe.—(IN2016000164).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

CONSEJO DIRECTIVO

Considerando:

La Constitución Política en su artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, N° 6313 del 4 de enero de 1979, supletoriamente, la N° 7495, del 3 de mayo de 1995 y la N° 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como adquisiciones, constitución de servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser expropiados y afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común. En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad requiere la adquisición de un lote de terreno, necesario para el Repetidor Celular Coyolar, dicho lote es parte de la finca inscrita en el Registro Público a Folio Real 2-284651-000, sito en el distrito cuarto Coyolar, cantón noveno Orotina de la provincia de Alajuela, de naturaleza terreno para la agricultura lote M-21 Asentamiento Coyolar; linda al norte, calle pública; al sur, Quebrada Chica; al este, Parcela M-veinte, y al oeste, Parcela M-veintidós; mide: veinte mil cuarenta y cinco metros con ocho decímetros cuadrados, plano: A-142062-1993. El inmueble se localiza 25 m sur de la línea férrea, entrada a Pozón de Coyolar, y es propiedad de Zully María Charpentier Rodríguez, cédula de identidad 1-0542-0001. A solicitud de la Dirección Infraestructura del Instituto Costarricense de Electricidad, el lote de terreno fue valorado, de acuerdo con el peritaje de ley, en la suma de ¢9.296.000.000 (Nueve millones doscientos noventa y seis mil colones exactos); así como el pago de alquileres caídos por un período de 18 meses para un monto de ¢941.270,40 (Novecientos cuarenta y un mil doscientos setenta colones con noventa céntimos) para un total de ¢10.237.270,40 (Diez millones doscientos treinta y siete mil doscientos setenta colones con cuarenta céntimos) según avaluó administrativo número 512-2015. De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de la adquisición de un lote de terreno, con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley N° 7495 del 3 de mayo de 1995, y las leyes arriba citadas, procede decretar la expropiación correspondiente. Justificación técnica: Como antecedente a este avalúo se tiene que el terreno fue valorado mediante el avalúo Nº 837-2008, en aquella oportunidad se reconoció el uso de terreno por 5 años, siendo que el terreno se requiere actualmente de manera permanente, el área técnica decida adquirirlo. El uso de terreno venció el 24 de abril de 2014, por tal razón se reconocen 18 meses de alquileres caídos, los cuales también consideran 2 meses de trámite administrativo hasta la puesta en posesión. Descripción de la Propiedad (Finca Madre): La finca madre se ubica en el distrito de Coyolar de Orotina a 600 m norte del cruce de Pozón (Ruta 27 y Ruta 34), sobre carretera alterna al lado derecho de la misma. Al momento de la inspección se pudo observar que el inmueble presenta una construcción (vivienda) de madera en regular estado. Por su ubicación es esquinera por lo que tiene como colindante tanto al oeste como al norte calle pública; no obstante, se pudo observar que además al costado norte pasa la línea férrea con dirección al Pacífico, la cual separa la propiedad de la calle pública. Mientras que por el costado sur (colinda con la Quebrada Chica) y este colinda con fincas que en su mayoría son de carácter agrícola. En su mayoría el inmueble se encuentra ocupado por árboles de mango. Tiene acceso a agua potable, servicio eléctrico, telefónico y alumbrado. Cuenta con una topografía plana - ondulada con una leve pendiente descendente hacia el fondo de 10% aproximadamente. Esta finca se ubica en una zona donde predomina la actividad agrícola y la ganadería, así como zonas de conservación. Esta se encuentra cercada por postes de concreto, lo cual se pudo observar en los linderos norte y oeste.  Posee 2 frentes uno en su colindancia norte de 75,85 m y el otro en su colindancia oeste de 41,87 m, para un total de 117,72 m. Por tanto:

1º—Apruébense las presentes diligencias valoradas de acuerdo con el peritaje de ley por lote de terreno, en la suma de ¢9.296.000.000 (Nueve millones doscientos noventa y seis mil colones exactos); así como el pago de alquileres caídos por un período de 18 meses para un monto de ¢941.270,40 (Novecientos cuarenta y un mil doscientos setenta colones con noventa céntimos); para un total de ¢10.237.270,40 (Diez millones doscientos treinta y siete mil doscientos setenta colones con cuarenta céntimos), según avaluó administrativo número 512-2015 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado el respectivo avalúo y el pago de alquileres caídos, exprópiese el lote que se describirá, propiedad de Zully María Charpentier Rodríguez, cédula de identidad 1-0542-0001.

3º—El lote de terreno por adquirir propiedad de Zully María Charpentier Rodríguez, se describe así: “ de naturaleza terreno destinado al Proyecto 600 KL – Repetidor Celular Coyolar, sito en el distrito cuarto Coyolar, cantón noveno Orotina, de la provincia de Alajuela; mide: doscientos veinticuatro metros cuadrados, linda al norte, al sur y al este, resto reservado por la expropiada, al oeste, calle pública con un frente a ella de 15:00 m; y se identifica en la materialidad del terreno en el plano catastrado: A-1821100-2015, y se deberá inscribir a nombre del Instituto Costarricense de Electricidad.

El lote de interés se ubica a 600 m norte del cruce de Pozón – Jacó sobre la Ruta 27. El mismo se encuentra bajo nivel de calle (2 m aprox.) y en una zona de transición de rural a residencial.

4º—El resto reservado por la expropiada se describe así: “de naturaleza terreno para la agricultura Lote M-21 Asentamiento Coyolar, sito en el distrito cuarto Coyolar, cantón noveno Orotina de la provincia de Alajuela; linda al norte, calle pública y lote segregado y expropiado; al sur, Quebrada Chica y lote segregado y expropiado; al este, parcela M-Veinte, y al oeste, parcela M-veintidós y lote segregado y expropiado; mide: diecinueve mil ochocientos veintiún metros con cero ocho decímetros cuadrados.

5º—De conformidad con el artículo 19 de la Ley 6313 se inscriba el terreno expropiado a nombre del Instituto Costarricense de Electricidad.

Todo con fundamento en la Ley N° 6313 del 4 de enero de 1979, citada y supletoriamente la Ley N° 7495 del 3 de mayo de 1995.

6º—Continúese con los trámites de rigor.

7º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión N° 6152 del 19 de octubre del 2015.

8º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 23 de noviembre del 2015.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—Solicitud N° 44242.—(IN2015081993).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A Anais Argeñales Mora, se les comunica la resolución de las diez horas del once de diciembre del dos mil quince, que ordenó inicio del proceso especial de protección en sede administrativa, y medida de abrigo temporal de Brian Argeñales Mora, en albergue del PANI Rosales, ubicado en Alajuela, por un plazo de seis meses, siendo la fecha de vencimiento el 11 de junio del 2016. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de dos días hábiles siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la presidencia ejecutiva de esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente N° OLSR-00299-2014.—Oficina Local de San Ramón.—Licda. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000104.—(IN2016000500).

Al ser las quince horas del día nueve de diciembre del dos mil quince. Se le comunica al señor Duany José García Bustos, la resolución de las catorce horas con treinta minutos del nueve de diciembre del dos mil quince que ordenó el inicio del proceso especial de protección en sede administrativa y dictado de medida de protección de internamiento en Centro Especializado para Rehabilitación por Drogadicción en beneficio de la persona menor de edad J.J.G.O. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Expediente N° OLU-00286-2015.—Oficina Local de Upala, Guatuso.—Licda. Katia Corrales Medrano, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000104.—(IN2016000501).

Se le comunica a la señora Elsa María Dávila la resolución de las trece horas con treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos mil quince y resolución de las once horas con treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil quince, que ordenó inicio de proceso especial de protección y medida de abrigo temporal en un albergue institucional a favor del niño César Enrique Rizo Dávila. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o sí el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la presidencia ejecutiva de esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente N° OLHN-561-2015.—Oficina Local de Heredia Norte.—Licda. Marcela Ramírez Ulate, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000104.—(IN2016000503).

A Jorge Luis Mena Vega, se le comunica la resolución de las once horas del veintisiete de octubre del dos mil quince, en la que se ordenó declaratoria de adoptabilidad administrativa de la persona menor de edad Anthony Fabián Mena Sánchez. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas personalmente o en su casa de habitación a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la presidencia ejecutiva de esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLA-00261-2015.—Oficina Local de Alajuela.—Licda. Alejandra Solís Lara, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000104.—(IN2016000505).

Al señor Pinhua Zheng no indica segundo apellido, con domicilio y documento de identidad desconocido, se le comunica la resolución de las 13:00 horas del 9 de diciembre del 2015, con la cual se da inicio al proceso especial de protección en sede administrativa y se resuelve medida de cuido provisional y otros a favor de las personas menores de edad Alexander Francisco Zheng Jiménez y Alexa María Zheng Jiménez, por el término de hasta seis meses en el hogar de la señora María de los Ángeles Torres Quirós. Se le confiere audiencia por tres días hábiles para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos a las once horas con treinta minutos en días hábiles el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en San José, Distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado suroeste del Parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Así mismo se le hace saber que deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra las indicada resolución procede recurso de apelación para ante la presidencia ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta representación legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el diario oficial en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N° OLSJO-00317-2015.—Oficina Local de San José Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000104.—(IN2016000506).

A Yerilyn María Sanabria Jiménez y Jesús Alberto Miranda Badilla, se les comunica la resolución de las once horas del ocho de diciembre del dos mil quince, donde se resuelve: I) Se corrigen los apellidos de la persona menor de edad en cuanto al primer apellido, para que en adelante se tenga como Aarón Daniel Miranda Sanabria, debido al reconocimiento realizado ante el Registro Civil por el señor Jesús Alberto Miranda Badilla en fecha 6 de octubre del 2015. En consecuencia notifíquese lo actuado al padre del niño, quien asume el proceso en el estado en que se encuentra. II) Modificar la medida de protección dictada a las quince horas del cinco de agosto del dos mil quince, por lo que se sustituye el abrigo temporal de la persona menor de edad Aarón Daniel Sanabria Jiménez hecho en la Asociación Hogar de Vida, sito en Atenas y en su lugar se ordena el abrigo temporal de la persona menor de edad Aarón Daniel Miranda Sanabria en la Asociación Casa Viva Costa Rica Niñez y Adolescencia en Familia. En lo aquí no modificado queda incólume la supra citada resolución. El vencimiento de la presente medida de protección es el cinco de febrero del dos mil dieciséis. III) Se ordena la suspensión de las visitas por parte de los señores Yerilyn María Sanabria Jiménez y Jesús Alberto Miranda Badilla. IV) Remítase el expediente al Área de Atención Integral con énfasis en Trabajo Social de esta oficina, a fin de que la profesional asignada, cumpla con las recomendaciones dadas por la Licda. Leda Amén Funk en su informe, en cuanto a la valoración de las condiciones actuales de ambos progenitores y condición de adoptabilidad social de la persona menor de edad. V) Comuníquese esta resolución al Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela y al Departamento de Acreditación de esta Institución. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes el de recurso será de conocimiento de la presidencia ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente N° OLA-00064-2015.—Oficina Local de Alajuela.—Licda. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000104.—(IN2016000507).

Se hace saber a Yerling Susana Zamora Chaves, mayor, con cédula 603310797, de domicilio desconocido; que mediante resolución de las ocho horas con diez minutos del cuatro de diciembre del dos mil quince, se da inicio al proceso especial de protección y se ordena medida de cuido provisional hasta por seis meses, en el hogar solidario recurso familiar de la señora María Isabel Rodríguez Álvarez, con domicilio en San José, Tibás Cuatro Reinas; en favor de la persona menor de edad de nombre Jair Samuel Rodríguez Zamora, quien es persona menor de edad, de cuatro años de edad, nació el tres de agosto del dos mil once, citas de inscripción de su nacimiento en el Registro Civil, número 605320201. Notifíquese: La anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación a quienes se les advierte que deberán señalar casa, oficina o medio electrónico para recibir sus notificaciones que se generen sobre este proceso, en caso contrario las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas en el transcurso de las veinticuatro horas siguientes después de ser resueltas. Garantía de defensa: se les hace saber además que contra la presente resolución procede el recurso de apelación que se deberá interponer ante esta representación en un término de cuarenta y ocho horas contadas a partir del día siguiente a la última publicación de este aviso y que será resuelto en definitiva por la presidencia ejecutiva de la institución, la presentación del mismo no suspende los efectos de la ejecución de la medida de protección y si se presenta luego del término señalado se rechazará por extemporáneo, según lo establece el artículo 139 del Código de Niñez y Adolescencia. Expediente administrativo OLT-00337-2015.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Mario E. Tenorio Castro, Órgano Director del Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000104.—(IN2016000509).

A Johnny Wílber Cruz García, se le comunica la resolución de las 13:00 horas del 15 de diciembre del 2015, que ordenó medida de cuido provisional de las personas menores de edad Johnny Ezequiel Cruz Gómez y Rachel Daniela Gómez Sánchez. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la presidencia ejecutiva de esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLSJO-00213-2015.—Oficina Local San José Oeste.—Licda. Seidy Chavarría Ramírez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39405.—Solicitud N° 15000105.—(IN2016000518).

A Néstor Ricardo Romero Neira, se les comunica la resolución de las nueve horas del dos de noviembre del dos mil quince, en la que se ordenó mantener de proceso especial de protección y medida de cuido provisional de las personas menores de edad Jansua Mathias Romero Sunsin, Fiorella Dayna Romero Sunsin, Yicsy María Sunsin Carvajal y Jennifer Lizeth Sunsin Carvajal. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la presidencia ejecutiva de esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLA-00681-2015.—Oficina Local de Alajuela.—Licda. Alejandra Solís Lara, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39405.—Solicitud N° 15000105.—(IN2016000520).

A Néstor Ricardo Romero Neira, se les comunica la resolución de las nueve horas del dos de noviembre del dos mil quince, en la que se ordenó inicio de proceso especial de protección y medida de abrigo de la persona menor de edad Jansua Mathias Romero Sunsin. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas personalmente o en su casa de habitación a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la presidencia ejecutiva de esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLA-00681-2015.—Oficina Local de Alajuela.—Licda. Alejandra Solís Lara, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39405.—Solicitud N° 15000105.—(IN2016000521).

A Marcela Lorena Morales Jara, se le comunica la resolución de las nueve horas del ocho de noviembre del dos mil quince, en la que se ordenó inicio de proceso especial de protección y medida de abrigo temporal a favor de las personas menores de edad Aarón Josué, Yariela de los Ángeles, Gerald Sanyder, Stacy Minel y Esmo Kenay todos de apellidos Segura Morales la anterior resolución a las partes interesadas personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLA-00695-2014.—Oficina Local de Alajuela.—Licda. Alejandra Solís Lara, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39405.—Solicitud N° 15000105.—(IN2016000522).

A Marcela Lorena Morales Jara, se les comunica la resolución de las quince horas del ocho de noviembre del dos mil quince, en la que se ordenó mantener proceso especial de protección y medida de abrigo temporal a favor de las personas menores de edad Aarón Josué, Yariela de los Ángeles, Gerald Sanyder, Stacy Minel y Esmo Kenay todos de apellidos Segura Morales. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas personalmente o en su casa de habitación a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLA-00695-2014.—Oficina Local de Alajuela.—Licda. Alejandra Solís Lara, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39405.—Solicitud N° 15000105.—(IN2016000524).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

Para ver imágenes solo en La Gaceta con formato PDF

1 vez.—Solicitud Nº 45206.—(IN2016000804).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

Acuerdo tomado en sesión ordinaria  N° 450-2015 del 02 de noviembre del 2015, en el artículo IV. Según oficio SCM-2229-2015 del 6 de noviembre del 2015.

La Municipalidad de Heredia hace saber a quién interese en el Cementerio Central Heredia, existe un derecho a nombre de: Villalobos Leitón Miriam, fallecida el 21 de mayo de 2004, su única hija con vida desea pasar este derecho e incluir beneficiarios, indicándose así:

Arrendataria:     Sandra María Pacheco Villalobos, cédula 01-0389-0805

Beneficiarios:    María Isabel Orozco Villalobos, cédula 09-0044-0866

Lote N° 115, bloque D, medida 5 metros cuadrados, para 4 nichos, solicitud 1966-i, recibo no indica, inscrito en folio 56, libro 1, el cual fue adquirido el día 20 de agosto 1973. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 23 de julio del 2015. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Adriana Bonilla Sequeira, Administradora de Cementerios.—1 vez.—(IN2016000707).

AVISOS

CONVOCATORIAS

COLEGIO DE FÍSICOS DE COSTA RICA

De conformidad con la normativa vigente que rige al Colegio de Físicos de Costa Rica, su junta directiva convoca a realizar la próxima asamblea general ordinaria del Colegio de Físicos el miércoles 27 de enero del 2016 a las 5:30 p. m. en el Auditorio 101 del edificio de física y matemática de la Universidad de Costa Rica en San Pedro de Montes de Oca. En caso de no haber quórum a las 5:30 p. m., se procederá a realizar la asamblea general ordinaria ese mismo día, en el mismo lugar a partir de las 6:00 p. m., con cualquier número de miembros activos presentes.

La presente asamblea tiene como agenda:

1)  Informe de la Presidencia

2)  Informe de la Tesorería

3)  Presentación de Informe para la Sede del Colegio de Físicos, discusión del cobro de una cuota específica para el financiamiento de este proyecto.

4)  Aprobación del presupuesto de año 2016.

5)  Informe de Fiscalía.

6)  Elecciones de puestos de la Junta Directiva a renovar:

a)  Presidente

b)  Tesorero

c)  Secretario

d)  Vocal I

e)  Vocal III

f)  Fiscal

7)  Elecciones de miembros de Tribunal de Elecciones

8)  Elecciones de miembro de Tribunal de Honor

9)  Elección de miembros del Comité Consultivo.

10)  Elección de miembros de la Comisión Administradora del Fondo de Mutualidades y Contingencias.

11)  Juramentación de los miembros elegidos para los diferentes órganos del Colegio.

12)  Asuntos varios.

Se les invita cordialmente a todos los miembros del Colegio de Físicos a asistir a la asamblea general ordinaria convocada por medio de la presente, así corno a quedarse después de la misma a participar de un convivio y cena que con gusto deseamos contar con su asistencia.—Dr. Elián Conejo Rodríguez, Presidente a. í.—(IN2016001640).           2 v. 1

COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 29 y 47, inciso b) de la Ley Nº 7221, convoca, a los miembros del Colegio a la asamblea general ordinaria, que se realizará en nuestra sede central el sábado 30 de enero 2016, a partir de las 9:00 a.m. En caso de no haber quórum a la hora indicada, la Asamblea General se reunirá una hora después (10:00 a.m.) con un mínimo de 50 miembros presentes.

El orden del día fijado para esta Asamblea es el siguiente:

1.  Himno Nacional.

2.  Homenaje póstumo a colegiados.

3.  Dedicado de la asamblea: Ing. Agr. Orlando Ramírez Briceño

4.  Lectura y aprobación de las actas Nos. 149 y 150

5.  Seguimiento de acuerdos de asamblea.

6.  Memoria anual:

-    Informe de la presidencia.

-    Informe de la tesorería.

-    Informe de la fiscalía.

7.  Elección de miembros de junta directiva:

-    Vicepresidente

-    Tesorero

-    Secretario

-    Segundo vocal

-    Cuarto vocal

8.  Juramentación y toma de posesión de nuevos miembros de junta directiva.

9.  Entrega pin de plata

10.  Proposiciones varias

Los documentos para esta asamblea (memoria), versión digital, estarán disponibles en la página web del Colegio www.ing-agronomos.or.cr a partir del lunes 25 de enero del 2016. En cumplimiento del acuerdo N° 6 de la asamblea 136 del 31 de enero del 2009, no se imprimirán los documentos. Además se informa que el día de la asamblea las instalaciones sociales recreativas y deportivas permanecerán cerradas.—Ing. Agr. Óscar Fonseca Rojas, Presidente.—Br. For. María Lucía Valverde Muñoz, Secretaria.—1 vez.—(IN2016001417).

ASOCIACIÓN HOGAR DE ANCIANOS SAN VICENTE

DE PAÚL DE SAN CARLOS

Asamblea general extraordinaria Nº LV. La Asociación Hogar de Ancianos San Vicente de Paúl de San Carlos, convoca a: la asamblea general extraordinaria que celebraremos el sábado 30 de enero del 2016. La asamblea general extraordinaria se realizará a partir de la 1:00 p. m., en primera convocatoria, o en segunda convocatoria a partir de la 2:00 p. m. en el salón de sesiones ubicado en esta institución.

Agenda asamblea extraordinaria N° LV:

1.  Actos protocolarios.

2.  Ingreso del Pabellón Nacional y Estandarte de la Asociación, Himno Nacional y Evocación.

3.  Comprobación del quórum.

4.  Bienvenida a invitados especiales

5.  Lectura de la carta de renuncia del presidente anterior, Carlos Luis Araya Vásquez.

6.  Elección del nuevo presidente de junta directiva.

7.  Clausura

En caso de no haber quórum en la primera convocatoria la asamblea se celebrará en segunda convocatoria con los asociados que permite la ley. Esperamos contar con su honorable asistencia.

Luz María Arias Zeledón, Secretaria junta directiva.—1 vez.—(IN2016001710).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

O&R TRUST SERVICES S. A.

O&R Trust Services S. A., cédula jurídica número 3-101-253973, informa que por causa de extravío, James Blair Wilson ha solicitado la reposición del certificado de participación fiduciaria N° 144, emitido el 18 de mayo de 2010, correspondiente al Fideicomiso de Garantía y Custodia Marina Pez Vela-2008, suscrito en San José el 24 de enero del 2008, en el cual la suscrita sociedad es fiduciaria. Cualquier persona que tenga algún interés o reclamo respecto a la reposición de este título, deberá notificarlo por escrito en San José, Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio Los Balcones, cuarto piso. De no recibir comunicación alguna, la Fiduciaria procederá con la reposición del título en un plazo de un mes desde la última publicación de este aviso, todo de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio.—Alberto Raven Odio.—(IN2016000181).

CONDOMINIO CLAYDERMAN

Por este medio se informa que se está promoviendo ante la Sección de Propiedad en Condominio del Registro Público, la reposición de los libros legales de: Caja y de asamblea general de propietarios del Condominio Clayderman, ubicado en Mata Redonda, San José, cédula jurídica Nº 3-109-220592, inscrito en el Registro de Bienes Inmuebles, propiedad en condominio, bajo la finca del partido de San José, Nº 00000892 M 000.—Carolina Guillén Armijo, Propietaria.—(IN2016000271).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.

Mario Jinesta Urbini, cédula 1-0379-0940, solicita la reposición del certificado correspondiente a las doscientas sesenta y seis mil setecientas cuarenta y dos acciones comunes y nominativas que posee de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz S. A., por haberse extraviado, de acuerdo a lo estipulado en el Código de Comercio.—San José, 16 de diciembre del 2015.—Mario Jinesta Urbini.—(IN2015086775).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

ASOCIACIÓN CLUB DE TIRO DE SAN JOSÉ

Yo, Hugo Chamberlain Trejos, cédula de identidad uno-cero doscientos treinta y cinco-cero cero sesenta y uno, en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación Club de Tiro de San José, cédula jurídica tres-cero cero dos-cero cincuenta y un mil quinientos cincuenta y uno, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la Reposición de los libros: Registro de asociados uno, junta directiva uno, asambleas generales dos, diario dos, mayor dos e inventarios y balances dos, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, seis de diciembre del dos mil quince.—Hugo Chamberlain Trejos, Presidente.—1 vez.—(IN2016000642).

MULTINACIONAL DE NEGOCIOS T&S S.A.

Multinacional de Negocios T&S S.A., cédula jurídica 3-101-392416 indica que la factura 728 ha sido extraviada por lo tanto no posee ningún tipo de validez.—Miguel Ángel Chacón Alfaro.—1 vez.—(IN2016000673).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A las 9:00 horas del 09 de diciembre del 2015, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Medicaire Asociados S. A., por la cual reforman la cláusula 5ta del pacto social disminuyendo el capital social, quedando en la suma de ¢51.000 colones y nombran nuevo fiscal.—Licda. Ileana Bonilla Goldoni, Notaria.—(IN2015086903).

A las 17:00 horas del 7 de diciembre del 2015, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Clínica Americana S. A., por la cual reforman la cláusula quinta del pacto social disminuyendo el capital social, quedando en la suma de ¢68.000 colones y nombran nuevo fiscal.—Licda. María Marta Badilla Córdoba, Notaria.—(IN2015086905).

A las 16:00 horas del 7 de diciembre del 2015, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Alquiprosa S. A., por la cual reforman la cláusula quinta del pacto social disminuyendo el capital social, quedando en la suma de ¢68.000 colones y nombran nuevo fiscal.—Licda. María Marta Badilla Córdoba, Notaria.—(IN2015086906).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:15 horas del día 17 de diciembre del 2015, la empresa Corporación Arena Blanca Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en donde se modifica el domicilio social y la cláusula del capital social disminuyéndolo.—San José, 4 de enero del 2016.—Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez, Notario.—(IN2016000227).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día 17 de diciembre del 2015, la empresa Promociones y Representaciones Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en donde se modifica el domicilio social y la cláusula del capital social disminuyéndolo.—San José, 4 de enero del 2016.—Lic.  Tobías Felipe Murillo Jiménez, Notario.—(IN2016000228).

Por escritura otorgada en San José, a las 11:00 horas de hoy, ante el suscrito notario, se protocolizó acta de la sociedad de San José, Hijos de Lolo Mora S.R.L., por la que se modifican cláusulas 4 y 1 del pacto social.—San José, 14 de diciembre del 2015.—Lic. Luis Alberto Sáenz Carranza, Notario.—(IN2016000264) 2 v. 1

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Mediante escritura celebrada en mi notaría, a las 11:00 horas del día 10 de diciembre del 2015, protocolicé acta de asamblea de la sociedad Compañía Comercializadora Giuliano de San Pedro S.A., mediante la cuale se modificó la cláusula quinta aumentándose el capital social.—San José, 10 de diciembre del 2015.—Lic. Enrique Carranza Echeverría, Notario.—1 vez.—(IN2015088301).

Mediante escritura otorgada a las nueve horas del dieciocho de diciembre del dos mil quince, se acuerda disolver la sociedad denominada Megumi Group Sociedad Anónima, cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-cinco uno seis cinco cinco cero.—San José, diez horas del día dieciocho de diciembre del año dos mil quince.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2015088315).

Mediante escritura otorgada a las nueve horas y diez minutos del dieciocho de diciembre del dos mil quince, se acuerda disolver la sociedad denominada Picoguadaña Andino Sociedad Anónima, cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-cinco uno seis cuatro uno cinco.—San José, diez horas del día dieciocho de diciembre del año dos mil quince.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2015088316).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas del día dieciséis de diciembre del dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de la asamblea de cuotistas de la sociedad denominada H.R.G. Properties & Rentals Sociedad de Responsabilidad Limitada, donde se acuerda modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, dieciséis de diciembre de dos mil quince.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2015088323).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas del día dieciséis de diciembre del dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Villa Arbellara S.A., donde se acuerda disolución y liquidación de la sociedad.—San José, dieciséis de diciembre del dos mil quince.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2015088325).

En la ciudad de Liberia, Guanacaste, al ser las diecisiete horas del día dieciséis de diciembre del dos mil quince, protocolicé la asamblea general extraordinaria de socios número uno de la compañía Inversiones Pequeño Paraíso de Soley Sociedad Anónima, en la cual se designa como nueva presidenta de la sociedad a la señora Elieth García Briceño y se fijó como nuevo social será la ciudad Barrio Irvín, de la escuela, cien metros al sur. Es todo.—Liberia, Guanacaste, diecisiete de diciembre del dos mil quince.—Lic. José Manuel González Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2015088332).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del diecisiete de diciembre del dos mil quince, se solicita la disolución de la sociedad denominada Masaca Importaciones Sociedad Anónima, domiciliada en San José, La Uruca, doscientos metros al sur y veinticinco al oeste de Repretel Canal Seis, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veinticinco mil doscientos noventa y cuatro.—Turrialba, diecisiete de diciembre del dos mil quince.—Lic. Sigifredo Brenes Dittel, Notario.—1 vez.—(IN2015088341).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diecinueve horas del veintitrés de noviembre del dos mil quince, protocolicé acuerdos de la sociedad denominada Costa Rica Lily Limitada, mediante los cuales se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 04 de diciembre del 2015.—Lic. Sergio Jiménez Odio, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 45140.—(IN2016000206).

Por escritura número 156, otorgada ante el notario público Marco Vinicio Arias Alfaro, a las 13:00 horas del 10 de diciembre del 2015, se crea la sociedad anónima denominada Fumitec de Costa Rica S. A., con los siguientes nombramientos: Presidente: Mauricio Antonio Víquez Cordero, cédula 1-734-801, Vicepresidente: Mauricio Antonio Víquez Mora, cédula 1-1591-773, Secretaria: Lizeth María Campos Aguilar, cédula 1-1003-188, Fiscal: Karen Cristina Víquez Mora, cédula 1-1409-328. Corresponderá al presidente y vicepresidente la representación judicial y extrajudicial de la compañía, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar de forma individual o conjunta. Es todo.—San José, 18 de diciembre del 2015.—Lic. Marco Vinicio Arias Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2015088343).

Yo, Gonzalo Velásquez Martínez, hago constar que el día de hoy he protocolizado en mi notaría, acta de asamblea de accionistas de la sociedad Villa Escazú Colonial Cala Diecisiete Sociedad Anónima, donde se modifica el pacto constitutivo, se transforma la sociedad y se realizan nombramientos. Es Todo.—San José, 17 de diciembre del 2015.—Lic. Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2015088345).

Por escritura otorgada ante este notario, a las ocho horas del dieciocho de diciembre del dos mil quince, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad Toshiba de Costa Rica CR Sociedad de Responsabilidad Limitada. Mediante la cual acuerda la disolución de la sociedad. Dentro del plazo de treinta días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, dieciocho de diciembre del dos mil quince.—Licda. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2015088365).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 16 de diciembre de 2015, se constituyó la sociedad anónima denominada Emprendedores Contemporáneos S.A., domiciliada en Santa Lucía de Barva de Heredia, plazo social: 99 años, capital diez pupitres con valor nominal de treinta mil colones, suscrito y pagado. El señor Daniel Cavallini Espinoza, es el presidente quien tiene la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Licda. María de los Ángeles Valerio Segura, Notaria.—1 vez.—(IN2015088366).

Mediante escritura treinta y cuatro-nueve de las quince horas del dieciséis de diciembre del dos mil quince, con fundamento en el transitorio segundo de la Ley nueve cero dos cuatro del día veintisiete de diciembre de dos mil once se acordó la disolución de la empresa Grupo Hemisférico Consolidado S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y dos mil cuatrocientos noventa y cinco. Es todo.—Heredia, dieciséis de diciembre del dos mil quince.—Licda. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(IN2015088385).

Por escritura número doscientos treinta y tres, ante este notario, se modificaron las cláusulas primera, quinta, décima y décima primera de la sociedad Constructora SIASA Servicios de Infraestructura Agrícola de Cartago Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y seis mil veinticinco, para que en lo sucesivo de lea así: La sociedad se denominará Constructora SIASA Sociedad Anónima. El capital social será la suma de veinticinco millones de colones. El nombramiento de nuevo tesorero, vicepresidente, secretario, fiscal y agente residente de la junta directiva.—Cartago, 8 de diciembre del 2015.—Lic. Esteban José Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 45139.—(IN2016000205).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diecinueve horas del veintitrés de noviembre del dos mil quince, protocolicé acuerdos de la sociedad denominada Costa Rica Lily Limitada, mediante los cuales se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 04 de diciembre del 2015.—Lic. Sergio Jiménez Odio, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 45140.—(IN2016000206).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diecinueve horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil quince, protocolicé acuerdos de la sociedad denominada Bayview Royal Sociedad Anónima, mediante los cuales se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, 4 de diciembre del 2015.—Lic. Sergio Jiménez Odio, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 45142.—(IN2016000207).

Ante esta notaría, se modificaron los estatutos (domicilio social y representación) de la empresa denominada Inversiones Múltiples Supermares Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos doce mil doscientos noventa y nueve.—San Vito, Coto Brus, Puntarenas, ocho de diciembre del dos mil doce.—Lic. David Matamoros Salazar, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 45143.—(IN2016000208).

Ante esta notaría, por medio de escritura pública número 57-VII, otorgada en Guanacaste, a las 9:00 horas del 8 de diciembre del 2015, se protocolizó el acta número treinta y uno de la Asociación Cámara de Turismo Guanacasteca, en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: Primero: (…) Segundo: (…) Tercero: (…) Cuarto: (…) Quinto: (…) Sexto: Se eligen los puestos de presidente, vocal uno, vocal tres, vocal cuatro, vocal cinco, tesorero y fiscal. Sétimo: (…) Octavo: (…) Noveno (…).—Guanacaste, nueve de diciembre del dos mil quince.—Licda. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—Solicitud Nº 45165.—(IN2016000209).

Ante esta notaría, por medio de escritura pública número 56-VII, otorgada en Guanacaste, a las 16:00 horas del 7 de diciembre del 2015, se protocolizó el acta número dos de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Cuatro Seis Cuatro Seis Cinco Cero S. A., en la cual se tomó el siguiente acuerdo: Primero: Revocar los nombramientos de la junta directiva, fiscal y agente residente.—Guanacaste, nueve de diciembre del dos mil quince.—Licda. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—Solicitud Nº 45167.—(IN2016000210).

En mi notaría, a las doce horas del primero de octubre del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Ranger Nineteen Niney Six Sociedad Anónima, se realiza la modificación de los estatutos sociales.—San José, nueve de diciembre del dos mil quince.—Licda. Dora María Figueroa González, Notaria.—1 vez.—Solicitud Nº 45168.—(IN2016000211).

El suscrito notario, protocolizó el día ocho de diciembre de dos mil quince, el acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía Palms Seven Zero Two LLC. Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se modifica la cláusula sexta de administración.—San José, nueve de diciembre del dos mil quince.—Lic. Roger Petersen Morice, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 45181.—(IN2016000212).

Por escritura número doscientos veintitrés, ante este notario, se modificó la cláusula sétima de la sociedad De La Riviera del Este Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y dos mil setecientos noventa y uno.—Cartago, 9 de diciembre del 2015.—Lic. Esteban José Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 45186.—(IN2016000213).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Shangrila Inversiones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de octubre del 2015.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2015008311.—(IN2016000329).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 03 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones S&R Nena de Zarcero Sociedad Anónima.—San José, 05 de octubre del 2015.—Lic. Javier Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—CE2015008312.—(IN2016000330).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Corporación La Hacienda Sesenta y Dos de Santa Ana Sociedad Anónima.—San José, 05 de octubre del 2015.—Lic. Marcela Freer Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—CE2015008313.—(IN2016000331).

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

NOTIFICACIÓN DE EMPLAZAMIENTO,

INTIMACIÓN E IMPUTACIÓN

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO, con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, quinto piso, de conformidad con la competencia legal atribuida por el artículo 140 del Código Notarial, en cumplimiento de los acuerdos del Consejo Superior Notarial números 2013-003-005 y 2013-011-006, en contexto con lo dispuesto por la Sala Constitucional en los Votos números 8197-1999, 4841-2002, 19054-2014, 19424-2014 y 17855-2015, y por así haberse ordenado en EXPEDIENTE administrativo número 14-001247-0624-NO (1428-14), hace saber y NOTIFICA al Notario(a) Público(a) MARIA DEL ROSARIO RAMÍREZ AZOFEIFA, cédula de identidad número 4-0105-0355, carné número 4827, que se ha abierto procedimiento administrativo no disciplinario para la INHABILITACIÓN O CESE FORZOSO en la función pública notarial que con carácter de delegatario funcional le fuera conferida por el Estado. OBJETIVO y CAUSA: El procedimiento tiene como objetivo y causa la averiguación de la verdad real por existir o sobrevenir pérdida de requisitos legales para ser y ejercer como Notario Público, concretamente por no encontrarse al día en el pago del Fondo de Garantía Notarial (pagado por mensualidad anticipada o adelantada) y por carecer de Tomo de Protocolo en uso y autorizado, requisito sin el cual no puede ostentar la condición de Notario Público. CUOTAS ADEUDADAS: De conformidad con los reportes diarios remitidos a la DNN por BN-VITAL del Banco Nacional de Costa Rica, se encuentra registrado en el Registro Nacional de Notarios que al dictarse el Acto Inicial de traslado del procedimiento el Notario Público adeuda al Fondo de Garantía Notarial la cantidad de CUATRO CUOTAS. EMPLAZAMIENTO y CONFORMACIÓN DEL EXPEDIENTE: Se hace saber al Notario(a) accionado(a) que esta Administración activa ha conformado un expediente en el que constan las probanzas de cargo sobre los hechos y circunstancias antes endilgados que sirven de base a este traslado, el cual se encuentra a su disposición en las instalaciones de la Dirección Nacional de Notariado en la dirección física antes indicada. Se confiere al (la) accionado(a) el PLAZO de OCHO DÍAS HÁBILES a partir del día siguiente de la notificación de este traslado, para que haga uso de su derecho de defensa, presente por escrito los descargos legales que estime pertinentes y ofrezca la prueba idónea y admisible conforme a la normativa notarial vigente en abono a su defensa. DEBER DE ESTAR AL DÍA: Se apercibe a el (la) Notario(a) Público(a) que en todo momento debe estar al día y mantener pagado por mensualidades adelantadas o anticipadas el Fondo de Garantía Notarial; la falta de pago de una sola cuota constituye impedimento legal para ser y ejercer como delegatario del Estado la función pública del notariado, dada la especial naturaleza del Fondo como garantía para la colectividad de los eventuales daños y perjuicios que pudiera ocasionar el Notario en el desempeño funcional y en virtud del régimen de SUJECIÓN ESPECIAL al que está compelido todo delegatario del Estado de la potestad pública funcional del notariado y de la fe pública. Por consiguiente, queda apercibido (a) que aún y cuando pague la totalidad de las cuotas endilgadas como adeudadas, si al dictarse el Acto Final o resolverse recursos ha sobrevenido nuevamente MOROSIDAD, indefectiblemente se dictará la inhabilitación o cese forzoso. MEDIDAS CAUTELARES. Por no encontrarse al día en el pago del Fondo de Garantía Notarial, y por un PLAZO de SEIS MESES a partir de la fecha de notificación de este emplazamiento, se ha decretado la MEDIDA CAUTELAR de inhabilitación de la Licencia para ejercer como delegatario del Estado la función pública del notariado. RESOLUCIÓN INTEGRAL: Se informa al Notario(a) Público(a) que la resolución integral del Acto Inicial está a su disposición en el respectivo expediente administrativo. CÓMPUTO DEL EMPLAZAMIENTO: En virtud de la modalidad de notificación y de conformidad con el artículo 241 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, el emplazamiento empezará a correr cinco días hábiles después de la tercera publicación.—San José, Montes de Oca, 16 de diciembre del 2015.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Melvin Rojas Ugalde, Jefe.—O. C. Nº 81.—Solicitud Nº 45753.—(IN2016000110).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL DESAMPARADOS

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono Ana Luisa Ramírez Marín número patronal 0-104950444-002-001, el Área de Inspección de la Sucursal de Desamparados notifica Traslado de Cargos 1202-2015-01500 por eventuales omisiones salariales, por un monto de ¢43.541,00 en cuotas obrero patronales. Consulta expediente en Desamparados, frente a Clínica Dr. Marcial Fallas, costado sur de Centro Comercial Decosure. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Desamparados, 31 de diciembre del 2015.—Lic. Johel A. Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—(IN2016000601).

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono Elieth María Soto Pineda número patronal 0-204000848-002-001, el Área de Inspección de la Sucursal de Desamparados notifica Traslado de Cargos 1202-2015-01611 por eventuales omisiones salariales, por un monto de ¢36.520,00 en cuotas obrero patronales. Consulta expediente en Desamparados, frente a Clínica Dr. Marcial Fallas, costado sur de Centro Comercial Decosure. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Desamparados, 31 de diciembre del 2015.—Lic. Johel A. Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—(IN2016000602).

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono Feran Comercial A y F S. A. número patronal 2-3101551567-001-001, el Área de Inspección de la Sucursal de Desamparados notifica Traslado de Cargos 1202-2015-01600 por eventuales omisiones salariales, por un monto de ¢102.172,00 en cuotas obrero patronales. Consulta expediente en Desamparados, frente a Clínica Dr. Marcial Fallas, costado sur de Centro Comercial Decosure. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Desamparados, 31 de diciembre del 2015.—Lic. Johel A. Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—(IN2016000603).

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono Olman Moraga Araya, número patronal 0-203390997-001-001, el Área de Inspección de la Sucursal de Desamparados notifica Traslado de Cargos 1202-2015-01503 por eventuales omisiones salariales, por un monto de ¢7.156.278,00 en cuotas obrero patronales. Consulta expediente en Desamparados, frente a Clínica Dr. Marcial Fallas, costado sur de Centro Comercial Decosure. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Desamparados, 31 de diciembre del 2015.—Lic. Johel A. Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—(IN2016000604).

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono Gran Rombo S. A. número patronal 2-3101667056-001-001, el Área de Inspección de la Sucursal de Desamparados notifica Traslado de Cargos 1202-2015-01606 por eventuales omisiones salariales, por un monto de ¢44.944,00 en cuotas obrero patronales. Consulta expediente en Desamparados, frente a Clínica Dr. Marcial Fallas, costado sur de Centro Comercial Decosure. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Desamparados, 31 de diciembre del 2015.—Lic. Johel A. Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—(IN2016000605).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE VALVERDE VEGA

En cumplimiento de los  artículos 137, inciso d) y 192 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto los saldos deudores que representan sumas firmes, líquidas y exigibles, de las obligaciones incumplidas hasta el 30 de setiembre de 2015 por los siguientes contribuyentes: 3101502434 S. A. 3101502434, monto 30,057; 18 Trim.; 3101572859 S. A. 3101572859, monto 37,656; 32 Trim.; 3101592463 S. A. 3101592463, monto 256,794; 58 Trim.; Abarca Salazar Leticia  202930918, monto 23,955; 21 Trim.; Acosta Porras Carlos Manuel 201590244, monto 92,729; 146 Trim.; Acosta Porras Liseth Elena  205700190, monto 78,352; 35 Trim.; Acuña Castro Marcela 205800242, monto 18,536; 35 Trim.; Acuña Fernández Digna  103270776, monto 746,750; 43 Trim.; Acuña Umaña Herber Esteban 205720211, monto 21,960; 18 Trim.; Agencia de Viajes Jf S. A..  3101608864, monto 244,725; 13 Trim.; Aguilar Cambronero Adriana Mar  113910151, monto 17,314; 21 Trim.; Albergue El Quetzal Internacional  3101131459, monto 49,819; 16 Trim.; Alcázar Mena Carmen Nelly 202340754, monto 25,398; 21 Trim.; Alfaro Alfaro Elsa Eraida 203800611, monto 310,583; 31 Trim.; Alfaro Alfaro Raúl Antonio  900750435, monto 564,837; 32 Trim.; Alfaro Araya Daniel 108540012, monto 234,926; 20 Trim.; Alfaro Arce Jennifer  205930820, monto 30,590; 24 Trim.; Alfaro Conejo Roger 203740184, monto 79,580; 12 Trim.; Alfaro Coto Sandra Marcela  112030429, monto 15,433; 21 Trim.; Alfaro Elizondo Roberto Javier  113180836, monto 316,775; 42 Trim.; Alfaro Muñoz Johnnathan 205160114, monto 15,457; 21 Trim.; Alfaro Rodríguez Edwin Guillermo  201980500, monto 702,873; 90 Trim.; Alfaro Román Ramsés Alberto 204860200, monto 92,547; 14 Trim.; Alfaro Salas Javier 201730929, monto 267,070; 46 Trim.; Alfaro Solís María Marcela  204800610, monto 16,227; 33 Trim.; Alfaro Zamora José Wilberth 202960048, monto 14,784; 21 Trim.; Alpízar Castro Arsenio Gerardo  202831052, monto 15,744; 47 Trim.; Alpízar Jiménez Eduardo Carlos 204740437, monto 62,001; 27 Trim.; Alpízar Vega Yenfer 205570985, monto 67,404; 18 Trim.; Alvarado Aguilar Marta  400660016, monto 17,056; 50 Trim.; Alvarado Alvarado Haydee  900440664, monto 12,604; 36 Trim.; Alvarado Araya Mauro  701330805, monto 227,371; 42 Trim.; Alvarado Chacón Gustavo Daniel  114050748, monto 77,559; 20 Trim.; Anosh Sp Sociedad Anónima 3101441985, monto 202,116; 146 Trim.; Anosh Sp Sociedad Anónima 3101441985, monto 202,116; 146 Trim.; Araya Quesada Alexander 204620009, monto 265,141; 46 Trim.; Araya Sobaja Nancy Alejandra  205560885, monto 25,025; 17 Trim.; Arguedas Jiménez Xinia  401580531, monto 441,456; 16 Trim.; Arguedas Muñoz Viviana Vanessa  205590666, monto 18,453; 24 Trim.; Arguello Campos Evelio  201430529, monto 18,954; 50 Trim.; Arguello Castro Ofelia  204330089, monto 1,676,129; 78 Trim.; Arguello Kathlyn  494583526, monto 37,845; 30 Trim.; Arias Chaves Vanessa María  110370382, monto 1,703,349; 48 Trim.; Arias Pérez Hugo Mauricio 205810073, monto 43,849; 14 Trim.; Arias Quesada José Wilbeth  203590934, monto 191,714; 12 Trim.; Arias Segura David Alonso 205570884, monto 19,202; 25 Trim.; Arroyo Argüello Rafael Ángel  204060388, monto 13,719; 18 Trim.; Artavia Ramírez Randall Albert  204550569, monto 235,246; 36 Trim.; Asch Bravo Agik 701140146, monto 351,567; 22 Trim.; Asociación Administ. Del Acued  3002623995, monto 15,105; 38 Trim.; Avalos Monge Luis Mariano 109030832, monto 10,270; 14 Trim.; Ávila Montero César Esteban 111160857, monto 22,481; 31 Trim.; Badilla Méndez María Florybeth  502040060, monto 345,589; 44 Trim.; Banco de Costa Rica 4000000019, monto 2,923,027; 135 Trim.; Barahona Noguera Juan Carlos  204960149, monto 239,844; 44 Trim.; Barrantes Barboza Argentina  105440345, monto 124,114; 12 Trim.; Barrantes Castro Jorge Guillermo  204340787, monto 232,455; 34 Trim.; Barrantes Chaves Jorge Eduardo  203770680, monto 133,219; 34 Trim.; Barrantes Corrales Luis Albert  202761205, monto 28,902; 17 Trim.; Barrantes Mora Ovidio 104660259, monto 228,511; 51 Trim.; Barrantes Murillo Auristela 201190741, monto 201,537; 15 Trim.; Barrantes Murillo José  106290141, monto 582,008; 39 Trim.; Barrantes Salazar Geovanny  204630748, monto 33,590; 15 Trim.; Barroeta S. A. 3101174270, monto 132,198; 27 Trim.; Beneficiadora Sarchí Industria  3101154694, monto 46,876,554; 70 Trim.; Bonilla Castro Carlos Antonio 203970358, monto 450,050; 35 Trim.; Bonilla Marín Jorge Luis  202600521, monto 180,836; 33 Trim.; Bonilla Rodríguez Juan Daniel 203240160, monto 31,010; 18 Trim.; Bonilla Toruño Aida María 602090721, monto 13,180; 18 Trim.; Brejcha Skardova Lubomir Hugo 54908970, monto 378,477; 36 Trim.; Cafetalera Monte Flores S. A.  3101460719, monto 2,823,860; 45 Trim.; Cajina Ortega Héctor  202861170, monto 162,159; 79 Trim.; Calvo Chacón Antonio Gerardo  202930820, monto 200,012; 17 Trim.; Camacho Valerin Mario Alberto 700950180, monto 52,986; 82 Trim.; Cambronero Chaves Geison  205520668, monto 455,686; 12 Trim.; Campos Araya Gustavo  206760791, monto 331,092; 16 Trim.; Campos Chavarría Luis Teylor  205590267, monto 454,961; 27 Trim.; Campos Cordero Ana Yansy  205020295, monto 141,869; 16 Trim.; Campos Cordero Jeimy María  503360157, monto 17,003; 21 Trim.; Campos Rojas Edwin Martín 204010894, monto 55,820; 30 Trim.; Campos Salas María Isabel 203220644, monto 315,527; 50 Trim.; Campos Zamora Manuel Ángel  205170107, monto 36,337; 32 Trim.; Campos Zamora Reinier 204480379, monto 404,814; 90 Trim.; Caoflone S. A. 3101585186, monto 1,687,280; 48 Trim.; Carvajal Arrieta Judith 900730605, monto 10,277; 13 Trim.; Carvajal Arrieta Judith 900730605, monto 10,277; 13 Trim.; Carvajal Arrieta Ronald 204830032, monto 24,268; 33 Trim.; Carvajal Cordero Yajaira María  206850724, monto 15,510; 48 Trim.; Casa Cleo S. A.  3101400775, monto 88,335; 19 Trim.; Cascante Arias José Alejandro 203390802, monto 690,169; 27 Trim.; Cascante Arias Luis Alberto 203220640, monto 134,358; 15 Trim.; Castro Pérez Willfredd  602750636, monto 98,430; 13 Trim.; Céspedes Alfaro Randy David 114440930, monto 14,444; 27 Trim.; Céspedes Barrantes Grettel Yor  107280685, monto 78,230; 50 Trim.; Céspedes Herrera Sandra María 204660003, monto 66,101; 15 Trim.; Céspedes Mena Odilio  202110453, monto 24,663; 42 Trim.; Chacón Jiménez Norma Mayela 204600663, monto 14,117; 17 Trim.; Chavarría Calderón Fabio  502040632, monto 1,230,281; 36 Trim.; Chavarría Navarro José  201620566, monto 36,527; 104 Trim.; Chaves Campos Carlos  201910130, monto 25,998; 33 Trim.; Chaves Cascante Elsie 202890109, monto 151,069; 22 Trim.; Chaves Méndez Leonel  603110507, monto 453,115; 15 Trim.; Chaves Murillo Dania Marcela  204700068, monto 39,251; 21 Trim.; Chavez Benavides Flor María 203070544, monto 14,996; 36 Trim.; Chinchilla Garita Dita Iris 601230222, monto 274,296; 54 Trim.; Cielo Azul Naranjeño Ltda.  3102367335, monto 415,396; 34 Trim.; Club Internac. Bella Vista Ltda.  3102282115, monto 3,605,044; 23 Trim.; Compañía Constructora Martex S  3101514674, monto 760,868; 40 Trim.; Conejo Castro Marlene Francisca  203250060, monto 18,799; 40 Trim.; Contreras Peña Iris Del Carmen  502740568, monto 571,138; 48 Trim.; Corporación Lumaq A.B.C. Srl.  3102469705, monto 21,478; 15 Trim.; Cordero Vega Mainor 204080436, monto 211,490; 24 Trim.; Corporación E Inversiones Dejo  3101331367, monto 25,986; 42 Trim.; Corrales Salazar Uriel  202781278, monto 179,854; 29 Trim.; Corrales Segura Arsenio 204660579, monto 299,005; 27 Trim.; Corrales Segura José Joaquín  201620309, monto 11,966; 34 Trim.; Cortes Valerio Juana Idaly  502240593, monto 302,211; 19 Trim.; Cruz Castro Iliana María  204160632, monto 22,142; 32 Trim.; Cruz Ugalde Sugey 205780362, monto 306,245; 30 Trim.; Cubero Acosta Denia María 204660614, monto 353,230; 29 Trim.; Cubero Mora Manrique  205290181, monto 18,314; 34 Trim.; Defoe S. A.  3101010300, monto 65,938; 24 Trim.; Delgado Marín Isaac 602490125, monto 259,549; 56 Trim.; Díaz Guzmán Leticia 401600737, monto 531,288; 49 Trim.; Doranesu S. A. 3101114460, monto 429,866; 120 Trim.; Doubleday Castro Johnny Mauricio  204360188, monto 20,986; 21 Trim.; El Estado 2000045522, monto 894,312; 22 Trim.; Espinoza Corrales Jorge Albert  203500685, monto 263,460; 33 Trim.; Esquivel Corrales Javier Alber  204410929, monto 132,539; 16 Trim.; Esquivel Corrales Oscar Bolívar  106820586, monto 392,671; 34 Trim.; Esquivel Murillo Dixon Ramón  204790294, monto 202,314; 33 Trim.; Esquivel Rodríguez Jeriman Ale  205760853, monto 60,672; 34 Trim.; Fang Zaun Zheng Xian  800930806, monto 112,210; 14 Trim.; D  3004045094, monto 3,807,578; 158 Trim.; Fernández Morales Donald  600910123, monto 12,552; 32 Trim.; Finca Peralta S. A.  3101014821, monto 167,196; 138 Trim.; Finca Peralta S. A..  3101014821, monto 167,196; 138 Trim.; Flores Segura Marco Tulio 900960253, monto 267,665; 49 Trim.; Fonseca Barrantes Inés Daniela  901130191, monto 42,039; 72 Trim.; Fonseca González Marina 400780030, monto 275,877; 34 Trim.; Fonseca Solano Jorge Eduardo  900380989, monto 43,932; 32 Trim.; Gamboa Arias Yamileth María 205960825, monto 25,278; 42 Trim.; Garmendia Corea Johel 155809135821, monto 41,274; 27 Trim.; Gary Lee Covert 202035580, monto 41,846; 21 Trim.; González Araya Jorge Arturo 203770084, monto 250,784; 15 Trim.; González Barrantes Luis Guille  203790134, monto 16,953; 39 Trim.; González Porras Sinais  502350488, monto 11,302; 42 Trim.; González Salas Martín 203270702, monto 608,639; 69 Trim.; H Y J Tapicerías Sociedad De R  3102616089, monto 840,508; 28 Trim.; Hacienda La Luisa S. A..  3101002154, monto 6,801,611; 27 Trim.; Hernández Escoto David 000C194632, monto 269,538; 40 Trim.; Hernández Ricardo 159048876, monto 29,308; 72 Trim.; Hernández Soto Ademar 202861316, monto 24,881; 39 Trim.; Herrera Céspedes Martha Ruth  204760704, monto 59,349; 13 Trim.; Herrera Corrales Manuel 203920003, monto 201,568; 18 Trim.; Herrera Jiménez Rafael Tobías 201760716, monto 12,062; 50 Trim.; Herrera Salas Katia 204780232, monto 27,462; 27 Trim.; Herrera Zamora Anyelo de Jesús  206710158, monto 187,780; 40 Trim.; Inversiones Alpízar Castro Glo  3101542099, monto 47,911; 22 Trim.; Inversiones Calderón & Jiménez  3102469895, monto 29,070; 15 Trim.; Inversiones Campos y Peña Soci  3102558755, monto 118,225; 27 Trim.; Inversiones Molrod R & V De Gr  3101509911, monto 62,673; 66 Trim.; Inversiones Vargas Bolaños H Y  3101573045, monto 58,292; 34 Trim.; Jaramillo Herrera Hazel 107670974, monto 441,726; 50 Trim.; Jiménez Acuña Ronald Humberto 203540065, monto 15,739; 21 Trim.; Jiménez Araya Ana Lorena  203380523, monto 430,084; 38 Trim.; Jiménez Corrales Bolívar  201300275, monto 38,885; 47 Trim.; Jiménez Portugués Lidieth 107250135, monto 41,720; 20 Trim.; Logos Publicidad S. A.. 3101148082, monto 132,437; 16 Trim.; López López Abel  600630557, monto 33,590; 15 Trim.; Maderas El Encanto De Responsa  3102553680, monto 33,705; 29 Trim.; Madrigal Alfaro Erika 205630635, monto 111,930; 19 Trim.; Madrigal Araya Carmen Elizabet  203450692, monto 78,553; 138 Trim.; Madrigal Camacho Alonso Gerard  205950100, monto 40,058; 24 Trim.; Madrigal Camacho David Antonio  206100627, monto 40,058; 24 Trim.; Marín Alfaro Celia María  112770459, monto 596,524; 42 Trim.; Marín Segura Sindy  205840644, monto 163,647; 21 Trim.; Medina Mendoza Félix José 135068302001999, monto 81,870; 24 Trim.; Méndez Valverde Gerardo 203080167, monto 175,081; 25 Trim.; Michael Ryan Thompson 94707914, monto 78,885; 38 Trim.; Miranda Calvo Evelyn María  206600780, monto 44,125; 30 Trim.; Miranda Fernandez Yahaira Mari  503240349, monto 85,771; 74 Trim.; Molina Hidalgo Vitalia  202310689, monto 17,056; 50 Trim.; Monge Alpízar María Sonia 203770539, monto 17,665; 19 Trim.; Montero Herrera Cinthya 110130674, monto 26,552; 33 Trim.; Mora García Alice 201620680, monto 26,400; 17 Trim.; Mora García Leonel  202860954, monto 173,237; 102 Trim.; Mora García Leonel  202860954, monto 173,237; 102 Trim.; Mora Jiménez Allan  205790806, monto 155,142; 12 Trim.; Mora Madrigal Cristiam  205470563, monto 150,539; 58 Trim.; Mora Matamoros Eddy Gerardo 105730654, monto 443,027; 34 Trim.; Morales Barrantes Rosa  200078005, monto 157,760; 154 Trim.; Morales Murillo Elizabeth 204070054, monto 23,411; 27 Trim.; Murillo Acuña Uriel Antonio 205530787, monto 19,290; 34 Trim.; Murillo Carvajal Arsenio  203470229, monto 49,921; 19 Trim.; Murillo Espinoza Luis 205020987, monto 343,990; 12 Trim.; Murillo Ugalde José Fabio 204160091, monto 890,576; 69 Trim.; Murillo Ugalde Wilberth Antoni  204600503, monto 220,797; 38 Trim.; Narváez Umaña Carolina  207050551, monto 13,094; 30 Trim.; Núñez Vega Adilia 201080299, monto 12,878; 51 Trim.; Oconitrillo Suárez Rodolfo  203700109, monto 65,304; 16 Trim.; Pacheco Chinchilla Virgita  203340066, monto 17,099; 50 Trim.; Palacios Pérez Shirley  502510826, monto 32,658; 31 Trim.; Paniagua Vargas Abraham 115330678, monto 36,780; 52 Trim.; Paniagua Vargas César Andrés  114670551, monto 36,780; 52 Trim.; Paniagua Vargas Pedro David 114670550, monto 845,490; 56 Trim.; Parra Sánchez Cruz  900670889, monto 134,542; 76 Trim.; Parra Sánchez Recadero  204600943, monto 59,349; 13 Trim.; Peralta Rodriguez Guido 201330671, monto 23,103; 47 Trim.; Pérez Barahona Carlos Andrés  205240747, monto 13,806; 18 Trim.; Pérez Herrera Elizabeth 108240154, monto 106,139; 58 Trim.; Pérez Zamora José Eddy  203670484, monto 15,067; 13 Trim.; Picado Madrigal Carmen  201220256, monto 667,348; 73 Trim.; Ponce Gómez Cristian Alonso 115770529, monto 10,682; 40 Trim.; Porras Alfaro Nuria Fainier 900450254, monto 295,465; 42 Trim.; Porras Cubero Vinicio 205920060, monto 40,058; 24 Trim.; Porras Sibaja Francisco 204680045, monto 59,819; 12 Trim.; Porras Zamora Carlos  202120260, monto 47,866; 35 Trim.; Productos de Pollo Kornelsen Y  3101041862, monto 75,312; 32 Trim.; Proyecto Ipanema Ltda.  3102283448, monto 172,687; 40 Trim.; Quesada Aguilera Iveth  202020054, monto 219,732; 17 Trim.; Quesada Bertha Lucia  110836818, monto 77,702; 154 Trim.; Quesada Castillo María Emilena  205890012, monto 67,773; 34 Trim.; Quesada Castro Brayan 206230096, monto 238,468; 16 Trim.; Quesada Chacón Luis Edin  203530116, monto 310,160; 154 Trim.; Quesada Cueva Luis Carlos 206110151, monto 258,379; 21 Trim.; Quesada Esquivel Carlos Eduardo  203580425, monto 767,011; 49 Trim.; Quesada González Hernán 202890287, monto 61,188; 19 Trim.; Quesada Jiménez Alfredo 204220078, monto 50,646; 12 Trim.; Quesada Marín Dinia Paola 207800680, monto 11,933; 27 Trim.; Quesada Marín Eric  208080815, monto 11,933; 27 Trim.; Quesada Rodriguez José Efraim 204190006, monto 167,229; 36 Trim.; Quirós González Danilo  201840401, monto 11,484; 12 Trim.; Quirós Ugalde Jessica María 207650746, monto 12,196; 42 Trim.; Rachelle Arberman 159246449, monto 41,834; 56 Trim.; Ramírez Guerrero Henry  108720920, monto 294,774; 32 Trim.; Ramírez Guerrero Julio César  107470872, monto 375,253; 24 Trim.; Ramírez Ledezma Francisco 202950184, monto 163,190; 33 Trim.; Ramírez Ledezma Francisco 202950184, monto 163,190; 33 Trim.; Ramírez Santos Kenneth Armando  114640447, monto 564,571; 66 Trim.; Rodriguez Alvarado Claudio Efr  601440766, monto 115,554; 66 Trim.; Rodríguez Bogantes Rafael 1000030278, monto 90,415; 154 Trim.; Rodríguez Castro Flor 203190651, monto 1,508,569; 12 Trim.; Rodríguez Cubero Lucinia  203870570, monto 141,065; 14 Trim.; Rodríguez Martínez José Albert  206190797, monto 16,0320; 82 Trim.; Rodríguez Martínez Karla Vanes  206550759, monto 16,032; 82 Trim.; Rodríguez Martínez María Milagro  206340178, monto 598,363; 81 Trim.; Rodríguez Valverde Verónica Pa  205860265, monto 26,365; 15 Trim.; Rodríguez Villalobos William  202310906, monto 155,430; 90 Trim.; Rodríguez Zamora Víctor 203970608, monto 217,193; 434 Trim.; Rojas Rodríguez Raúl  201520053, monto 27,981; 74 Trim.; Rojas Salazar Alexander 203220341, monto 28,777; 27 Trim.; Rojas Segura Ovidio Gerardo 204710710, monto 126,371; 27 Trim.; Rugama Calvo Yarlin 112920110, monto 27,569; 50 Trim.; Ruiz Soto Nydia 601790239, monto 516,529; 50 Trim.; Saborío Chaverri María Lineth 204240867, monto 212,182; 45 Trim.; Salas Acosta Máximo 204070174, monto 915,354; 39 Trim.; Salas López Juan Félix  202940640, monto 132,201; 15 Trim.; Salas Porras Jorge  202270684, monto 174,911; 30 Trim.; Salazar Carvajal Eulogio  201070522, monto 366,926; 188 Trim.; Salazar Carvajal Jorge Antonio  203510095, monto 696,987; 132 Trim.; Salazar Carvajal Manuel Ángel 205030845, monto 261,178; 151 Trim.; Salazar Corrales Anais Magaly 108620226, monto 53,179; 27 Trim.; Salazar Cortés Diniett Gerarda  203740651, monto 115,414; 66 Trim.; Salazar Gonzalo José David  205920014, monto 256,275; 13 Trim.; Salazar Porras Seleny de los A.  206040818, monto 66,416; 23 Trim.; Schneider Gustavo Francisco 469575550, monto 18,034; 18 Trim.; Segura Barrantes José Mario 205470631, monto 296,94; 17 Trim.; Segura Ceciliano Carlos Enrique  106730797, monto 10,680; 50 Trim.; Serrano Acuña Roger 203740248, monto 211,042; 27 Trim.; Sibaja Araya Verónica De Los A  206420573, monto 93,853; 74 Trim.; Solano Salazar José Francisco 602080060, monto 315,534; 58 Trim.; Solís Castro María Xinia  203990808, monto 264,874; 16 Trim.; Soto Barrantes Ronald 203630262, monto 695,885; 31 Trim.; Soto Castro Carlos Alberto  203580009, monto 174,424; 27 Trim.; Soto Sánchez Marvin Gerardo 203471000, monto 171,900; 27 Trim.; Susan Freese Covert 202035579, monto 41,846; 21 Trim.; Taller Mecánica Precisión El M  3101216182, monto 150,313; 18 Trim.; Torno y Fresa Cascante Sociedad  3101386770, monto 825,725; 27 Trim.; Toro Toro Sergio De La Cruz 10093235, monto 23,211; 48 Trim.; Torres Álvarez Cristina 501570513, monto 139,236; 29 Trim.; Torres Rojas Margarita  602650704, monto 139,079; 26 Trim.; Ulate Alfaro Rosibel  202890643, monto 2,757,807; 70 Trim.; Ulate Alfaro Virginia 202890645, monto 2,324,192; 72 Trim.; Umaña Carvajal Socorro  202140977, monto 16,256; 21 Trim.; Umaña Méndez María Jacqueline 205190218, monto 58,414; 32 Trim.; Umaña Pérez José Antonio  202060954, monto 22,757; 80 Trim.; Valverde Matamoros Carmen 107570420, monto 23,878; 50 Trim.; Valverde Matamoros Nuria María  108090196, monto 191,322; 34 Trim.; Valverde Matamoros Nuria María  108090196, monto 191,322; 34 Trim.; Valverde Matamoros Yadira 106970371, monto 12,255; 33 Trim.; Varela Cortés Alberto 104200776, monto 358,785; 18 Trim.; Vargas Alfaro Juana 201390218, monto 33,590; 15 Trim.; Vargas Castro Elizabeth 107600433, monto 91,182; 30 Trim.; Vargas Castro Jenny Cristina  106520317, monto 57,761; 15 Trim.; Vargas Cordero Bautista 200320512, monto 87,934; 120 Trim.; Vargas Ledezma Erline Patricia  108020962, monto 25,675; 16 Trim.; Vargas Marín Hillary  207030129, monto 46,744; 33 Trim.; Vargas Marín Joshua 206860096, monto 46,744; 33 Trim.; Vargas Vargas Gerardo Felipe  203260817, monto 286,019; 52 Trim.; Vargas Vargas Mireya  202750194, monto 1,759,908; 180 Trim.; Vega Campos Anani 602810916, monto 58,864; 106 Trim.; Vega Castro Gladys  203220044, monto 22,775; 36 Trim.; Vega Jiménez Marvin Gerardo 204520873, monto 131,375; 12 Trim.; Vega Morales Nelly  202010757, monto 33,590; 15 Trim.; Vega Oviedo Katherine 503540106, monto 69,618; 18 Trim.; Vega Ramírez Deiver 205420923, monto 188,058; 24 Trim.; Vega Ramírez María Emildrey 203500691, monto 12,623; 19 Trim.; Vega Rodriguez Britany Paola  208150372, monto 31,980; 15 Trim.; Vega Rodríguez Josué  208600594, monto 31,980; 15 Trim.; Vega Rodríguez Óscar Daniel 208290146, monto 31,980; 15 Trim.; Vega Rodríguez Yesica María 207070697, monto 88,233; 12 Trim.; Villas del Toro Sociedad Anónima  3101566775, monto 13,382; 23 Trim.; Vindas Bogantes Natalia María 206090666, monto 1,462,693; 12 Trim.; Zamora Cubero José Fabio  204690354, monto 745,701; 44 Trim.; Zamora Madrigal Ronald Enrique  204850959, monto 11,068; 21 Trim.; Zamora Núñez Evaudilio  202440053, monto 20,659; 33 Trim.; Zamora Soto Juan Carlos 205470754, monto 43,050; 15 Trim.; Acuña Sánchez Gerardo Gilber    202830634, monto 96,858; 11 Trim.; Araya Morales José Manuel       103130824, monto 52,975; 11 Trim.; Arias Chacón José Alfonso  900920971, monto 19,587; 11 Trim.; Blanco Chaves Berardo 205340163, monto 33,155; 11 Trim.; Calvo Argüello Ebbi  201550098, monto 22,039; 11 Trim.; Cano Zeledón Juan   011RE-001530-00   , monto 47,538; 11 Trim.; Castro González Grettel María   205000485, monto 12,590; 11 Trim.; Chaverri Alpízar Licía  202060999, monto 16,680; 11 Trim.; Comercializadora Sarchí S. A.. 3101106270, monto 157,127; 11 Trim.; González Chaves Carmen  203920383, monto 156,680; 11 Trim.; González Zamora Yuri Yuricsa  702790939, monto      25,030; 11 Trim.; Leitón Rodríguez Audilio  500780339, monto  48,429; 11 Trim.; López Martínez Juana   203440879, monto 140,249; 11 Trim.; Mora Boutique Srl  3102637502, monto  209,839; 11 Trim.; Morales Barrantes Carlos Andre  205490718, monto  28,418; 11 Trim.; Nueva York Transferencias S. A.. 101264470, monto 180,311; 11 Trim.; Santamaria Alfaro Yeimy Johann  205330027, monto 33,209; 11 Trim.; Segura Alfaro Napoleón   202460911, monto  96,858; 11 Trim.; Ugalde Delgado Jeannette 204680643, monto 52,975; 11 Trim.; Zamora Alpízar Amable 201450674, monto 37,959; 11 Trim. Nota: Los montos publicados incluyen el recargo por intereses. Se previene a los notificados que de  no cancelar estos saldos dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de este edicto, se trasladarán a trámite de cobro judicial.—Sarchí, Valverde Vega.—Lic. Marco Antonio Zamora Soto, Coordinador.—1 vez.—(IN2016000686).

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE FLORES

En La Gaceta Nº 231 del viernes 27 de noviembre del 2015, en la página Nº 66 y siguientes se publicó el “Reglamento de Utilización de Derecho de Vía Municipal, Cortes Viales y Trámites Afines”; y el “Reglamento para la Instalación de Casetas de Seguridad y Mecanismos de Vigilancia para el Acceso a Urbanizaciones y Barrios Residenciales de la Municipalidad de Flores”, con los números de documentos IN2015073685 y IN2015073696 respectivamente, los cuales fueron precedidos por un encabezado erróneo y siendo que se trataban de las versiones definitivas lo correcto es eliminar dicha leyenda para que se lea respectivamente, “El Concejo Municipal en concordancia con las competencias otorgadas en el Código Municipal, en su artículo 13, mediante el acuerdo N° 5000-15 de la sesión ordinaria 417-15 del 13 de octubre del año 2015, pública la versión aprobada y definitiva del Reglamento de Utilización de Derecho de Vía Municipal, Cortes Viales y Trámites Afines; y el Reglamento para la Instalación de Casetas de Seguridad y Mecanismos de Vigilancia para el Acceso a Urbanizaciones y Barrios Residenciales de la Municipalidad de Flores, que se transcribe así:”

Lo demás permanece igual.

Flores, enero del 2016.—Gerardo Rojas Barrantes, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2016000599).