LA
GACETA N° 7 DEL 12 DE
ENERO DEL 2016
PODER EJECUTIVO
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
DOCUMENTOS VARIOS
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
HACIENDA
AGRICULTURA Y GANADERÍA
EDUCACIÓN PÚBLICA
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE
ELECCIONES
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
PROGRAMA DE ADQUISICIONES
AMBIENTE Y ENERGÍA
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
MUNICIPALIDADES
LICITACIONES
PODER JUDICIAL
UNIVERSIDAD TÉCNICA
NACIONAL
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
ADJUDICACIONES
TRABAJO Y SEGURIDAD
SOCIAL
COLEGIOS UNIVERSITARIOS
AVISOS
MUNICIPALIDADES
REGISTRO DE PROVEEDORES
MUNICIPALIDADES
FE DE ERRATAS
AMBIENTE Y ENERGÍA
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
JUSTICIA Y PAZ
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
MUNICIPALIDADES
FE DE ERRATAS
MUNICIPALIDADES
Resolución N° 3239-2015-MEP.—Poder
Ejecutivo.—San José, a las trece horas con veintiséis minutos del veintiséis de
octubre del dos mil quince.
Se
conoce gestión formulada por la señora Marcela Cecilia Fonseca Morales, mayor
de edad, casada, administradora, portadora de la cédula de identidad 1-807-376,
en su condición de propietaria como persona física del Centro Educativo Jardín
Infantil San Francisco de Asís, solicita que se realice el cambio de nombre de
ese centro educativo por el de Centro Educativo San Francisco de Asís.
Resultando:
1°—Que mediante resolución N° C.P.
0026-09-MEP, de las quince horas del treinta y uno de agosto del año dos mil
nueve, se le acreditó al Centro Educativo Jardín Infantil San Francisco de
Asís, el Nivel de la Educación Preescolar (Ciclo Materno Infantil, Grupo
Interactivo II y Ciclo de Transición). (Ver folios 16, 17 y 18 del expediente
administrativo).
2°—Que
mediante escrito de fecha 6 de agosto del 2015, la señora Marcela Cecilia
Fonseca Morales, de calidades dichas, presentó formal solicitud para el cambio
de nombre de Centro Educativo Jardín Infantil San Francisco de Asís, por el de
Centro Educativo San Francisco de Asís. (Vista a folio 14 del expediente
administrativo).
3°—Que
la señora Marcela Cecilia Fonseca Morales, propietaria como persona física del
Centro Educativo Jardín Infantil San Francisco de Asís, mediante solicitud
número 2015-0001167, promovió ante el Registro Público de la Propiedad Industrial
del Registro Nacional de la República de Costa Rica, la inscripción de Marca de
Servicios Centro Educativo San Francisco de Asís quedando inscrita a partir del
30 de julio del 2015, con Registro N° 245225, para proteger en clase 49 un
establecimiento comercial dedicado a la educación preescolar y de I y II Ciclo
de la Educación General Básica (Vista a folio 13 del expediente
administrativo).
4°—Que
la Dirección de Educación Privada mediante oficio DEP-AT-1092-2015, del 9 de
octubre del 2015, remitió a la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de
Educación Pública la solicitud, para el cambio de nombre de Centro Educativo
Jardín Infantil San Francisco de Asís por el de Centro Educativo San Francisco
de Asís, indicando que la solicitud cumple con todos los requisitos. (Vista a
folio 30 del expediente administrativo).
Considerando
único:
La gestión presentada por la señora Marcela
Cecilia Fonseca Morales, de calidades citadas, en su condición de propietaria
como persona física del Centro Educativo Jardín Infantil San Francisco de Asís,
para que se realice el cambio de nombre de ese centro educativo, por el de
Centro Educativo San Francisco de Asís, fue revisada por la Dirección de
Educación Privada, determinándose que cumple con los requisitos que exige el
cuerpo normativo atinente.
A su
vez, la Dirección de Asuntos Jurídicos, después de haber realizado la revisión
y análisis de las actuaciones contenidas en el expediente administrativo en que
se tramitó la solicitud, determinó que en el procedimiento se han cumplido
todos los requisitos formales y legales exigidos por el ordenamiento, por lo
que procede acoger favorablemente la solicitud.
Consecuentemente
el Centro Educativo Jardín Infantil San Francisco de Asís, ostentará las
obligaciones y derechos que le fueron otorgados con el nombre de Centro
Educativo Jardín Infantil San Francisco de Asís, mediante la resolución N°
C.P.0026-09-MEP. Por tanto:
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
Con fundamento en las consideraciones y citas
normativas que anteceden;
RESUELVEN:
1°—Aprobar el cambio de nombre solicitado por
la señora Marcela Cecilia Fonseca Morales, en su condición de Propietaria como
persona física del Centro Educativo Jardín Infantil San Francisco de Asís, para
que en adelante se le denomine Centro Educativo San Francisco de Asís.
2°—En
consecuencia, dicho Centro de Enseñanza mantendrá las mismas obligaciones y
podrá emitir el Certificado de Asistencia al Ciclo de Transición de la
Educación Preescolar, el cual se equipara con el Sistema Educativo Estatal.
3°—El
solicitante está en la obligación de mantener actualizado el expediente,
aportando todos aquellos documentos y certificaciones sujetos a plazo, durante
la vigencia de la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y
acreditación de los estudios por parte del Estado Costarricense.
4°—Rige
a partir del curso lectivo correspondiente al año dos mil quince. Publíquese la
presente Resolución en el Diario Oficial La Gaceta, así como en la
página Web del Ministerio de Educación Pública.
Notifíquese.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de
Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O. C. N° 23603.—Solicitud
N° 8742.—(IN2016000548).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISO
El Registro Público de Asociaciones de
Desarrollo de la Comunidad del Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que
la Asociación de Desarrollo Integral de Higuerón de León Cortés, San José. Por
medio de su representante: Marvin Antonio Piedra Gamboa, cédula N° 107620619,
ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En
cumplimiento de lo
establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días
hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública
o privada y
en especial a la Municipalidad,
para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en
trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de
Registro.—San José, a las 08:50 horas del día 06/01/2016.—Licda. Rosibel Cubero
Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2016000678).
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRIBUTACIÓN
Regulación de la aplicación de las exenciones en el pago
del
Impuesto sobre la Renta y del Impuesto General sobre
las Ventas contenidas en la Ley
N° 8591-Ley para el
Desarrollo, Promoción y Fomento
de la Actividad
Agropecuaria Orgánica- y su
Reglamento
Nº DGT-R-78-2015.—San José, a las ocho horas
del once de noviembre del dos mil quince.
Considerando:
I.—Que el artículo 99 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios faculta a la Administración Tributaria para dictar
normas generales tendientes a la correcta aplicación de las leyes tributarias,
dentro de los límites que fijen las disposiciones legales y reglamentarias
pertinentes.
II.—Que
los artículos 1 y 2 de la Ley N° 8591 -Ley para el Desarrollo, Promoción y
Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica-, publicada en el Diario Oficial La
Gaceta N° 155 del 14 de agosto del 2007, establecen que la misma es de
interés social y tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos de
desarrollo, promoción, fomento y gestión de la actividad agropecuaria orgánica,
fortalecer los mecanismos de control y promoción de los productos derivados de
la actividad agropecuaria orgánica, así como procurar la competitividad y
rentabilidad de dichos productos. Lo anterior, con el propósito de lograr un
efectivo beneficio de la salud humana, animal y vegetal en conjunto, como
complemento para el desarrollo de políticas públicas referidas al uso del
suelo, el recurso hídrico y la biodiversidad.
III.—Que
según su artículo 3, en la aplicación de la ley deberán tenerse como prioritarios
el beneficio especial de las personas, micro, pequeñas y medianas productoras y
de sus familias, la promoción de la equidad de género, el respeto de la
diversidad cultural y el adecuado reparto de la riqueza, así como la protección
del ambiente y la salud de todos los seres humanos.
IV.—Que
el artículo 4 declara de interés público la actividad agropecuaria orgánica,
por los beneficios que se derivan de su producción en sus diversas
manifestaciones y para tal efecto, el Estado deberá incluirla dentro del Plan
Nacional de Desarrollo.
V.—Que
el artículo 27 de la ley de referencia exonera del pago del impuesto sobre la
renta a las personas definidas como micro, pequeñas y medianas productoras
orgánicas, de conformidad con esa Ley y su Reglamento, o a las que durante un
año hayan estado en transición para ser certificadas como tales, registradas
ante la oficina correspondiente del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
VI.—Que
de igual manera, el artículo 28 exonera del pago del impuesto sobre las ventas,
la venta de productos agropecuarios o agroindustriales orgánicos, producidos en el país dentro del marco
regulatorio de esa Ley, que se encuentren registrados y certificados ante la
entidad correspondiente.
VII.—Que
los artículos 35 y 36 de esa misma ley introducen una reforma a los artículos 3
de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 9 de la Ley del Impuesto General sobre
las Ventas, respectivamente, reconociendo en ambos casos la exoneración, según
se verá más adelante.
VIII.—Que
la exoneración del impuesto sobre la renta tendrá una vigencia de diez años a
partir de la publicación de la Ley, siempre que las condiciones que le dieron
origen se mantengan.
IX.—Que
en los artículos 22, 23 y 24 del Decreto Ejecutivo Nº 38277-H, Reglamento de
Procedimiento Tributario, publicado en el Alcance Digital N° 10, a La Gaceta
N° 65 del 2 de abril de 2014, dispone que los obligados tributarios deben
inscribirse, modificar sus datos y desinscribirse, para lo cual utilizarán la
forma y los medios que determine la Administración Tributaria mediante
resolución general.
X.—Que
conforme al artículo 20 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta,
toda persona física o jurídica está obligada a inscribirse al iniciar sus
actividades o negocios de carácter lucrativo, de igual forma se establece que
en los casos de cese de la actividad o de modificación de alguno de los datos
consignados, deberá comunicarse a la administración tributaria dicho cambio, en
los plazos que establece el Reglamento de Procedimientos Tributarios, mediante
los medios que se hayan puesto a disposición para tales efectos.
XI.—Que
en acatamiento del artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios el proyecto de la presente resolución fue publicado en el sitio web
http://www.hacienda.go.cr, en la Sección “Propuestas en consulta pública”,
antes de su dictado y entrada en vigencia, a efectos de que las entidades
representativas de carácter general, corporativo o de intereses difusos
tuvieran conocimiento del proyecto y pudieran oponer sus observaciones, en el
plazo de diez días hábiles siguientes a la publicación del primer aviso en el
Diario Oficial.
XII.—Que
transcurridos los diez días hábiles indicados, no se recibieron observaciones
al proyecto de resolución.
XIII.—Que
el primer aviso de divulgación en la página web fue publicado en La Gaceta
N° 229 del 25 de noviembre del 2015, siendo que el segundo aviso se publicó en La
Gaceta N° 230 del 26 del mismo mes y año.
XIV.—Que
la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites
Administrativos -Ley Nº 8220 de 4 de marzo del 2002-, publicada en el Alcance
22 a La Gaceta Nº 49 de 11 de marzo del 2002, establece que todo trámite
o requisito, con independencia de su fuente normativa, para que pueda exigirse
al administrado deberá estar publicado en el Diario Oficial La Gaceta
junto con el procedimiento a seguir, los instructivos, manuales, formularios y
demás documentos correspondientes, siendo que podrán ser divulgados también en
medios electrónicos de acceso general. Por tanto,
RESUELVE:
Regulación de la aplicación de las exenciones en el pago
del
Impuesto sobre la Renta y del Impuesto General sobre
las Ventas contenidas en la Ley
N° 8591-Ley para el
Desarrollo, Promoción y Fomento
de la Actividad
Agropecuaria Orgánica- y su Reglamento
Artículo 1º—Objeto de la resolución. A los
efectos de garantizar la correcta aplicación de las exenciones del pago del
impuesto sobre la renta y del impuesto general sobre las ventas, contenidas en
la Ley N° 8591 -Ley para el Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad
Agropecuaria Orgánica, toda persona física o jurídica que invoque gozar de una
exención con respecto al pago de esos impuestos, deberá cumplir con los
trámites, formalidades y requisitos que se regulan en los artículos siguientes.
Artículo
2º—Deberes formales que deben cumplir los solicitantes.
Para
gozar del beneficio de la exoneración del impuesto sobre la renta y/o del
impuesto general sobre las ventas, dispuestas en la Ley 8591, los interesados
deberán inscribirse como declarantes de estos impuestos, tal como se indica en
el artículo 4 de la presente resolución.
En el
caso de que algún interesado se encuentre previamente inscrito como
contribuyente en el impuesto sobre la renta y/o en el impuesto general sobre
las ventas y esté certificado como productor orgánico ante el Ministerio de
Agricultura y Ganadería (MAG), puede optar por el cambio de categoría a
“declarante” siempre y cuando mantenga vigente la certificación otorgada por el
MAG, como productor orgánico.
Si
ejerciere una actividad no exenta y además se encuentra certificado como
productor orgánico, deberá inscribirse como contribuyente.
Además,
debe estar al día en el cumplimiento de todos los demás deberes tributarios
formales y materiales que le corresponde.
De
igual forma, por disposición del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja
Costarricense de Seguro Social (CCSS), los interesados en gozar del beneficio
aludido deben estar al día en el pago de sus obligaciones con esta institución,
así como con otras contribuciones sociales que sean recaudadas por aquella.
Artículo
3º—Trámite del expediente administrativo. Según lo indicado en los artículos 40
y 43 del Reglamento a la Ley 8591, la resolución de recomendación para el
otorgamiento del beneficio de exoneración será comunicada por el Ministerio de
Agricultura y Ganadería al interesado.
Por su
parte, una copia del expediente administrativo en el que se haga constar que es
fiel de su original deberá ser entregado por el MAG al interesado para que éste
lo aporte a la administración tributaria que corresponda según el lugar donde
se lleve a cabo la actividad agropecuaria orgánica. Ese expediente
necesariamente debe contener la resolución indicada en el primer párrafo de
este artículo.
Artículo
4º—Inscripción y/o modificación de datos en el Registro Único Tributario. El
interesado se debe apersonar a la administración tributaria que le corresponde,
según lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo anterior, a los efectos
de inscribirse como declarante en alguno de los impuestos señalados o para
modificar su clasificación y pasar de “contribuyente” a “declarante”.
Los
requisitos que debe cumplir para su inscripción o modificación de esa
clasificación, son los establecidos en la resolución N° DGT-R-067-2015, de las
ocho horas del 22 de octubre del 2015.
Una vez
inscrito como declarante o como contribuyente, la plataforma de servicio debe
trasladar el expediente a la Subgerencia de Servicio respectiva, para que
inicie el trámite de emisión de la autorización para la exención del impuesto
que se solicita, tal como se indica en los artículos siguientes.
Artículo
5º—Período de vigencia de la exención del impuesto sobre la renta. Así como lo
establecen los artículos 27 de la Ley 8591 y 41 de su Reglamento, el período de
vigencia de la exoneración del impuesto sobre la renta es de diez años a partir
de la publicación de la Ley, siempre que las condiciones que le dieron origen
se mantengan. Por lo anterior, queda expresamente establecido en esta
resolución que el beneficio de exoneración en el impuesto sobre la renta es por
el plazo máximo que se indica en el transitorio número uno de la presente
resolución.
Para
gozar del beneficio de exoneración en el impuesto sobre la renta durante todo
el plazo indicado en el párrafo anterior, el interesado debe mantener en ese
plazo su condición de productor orgánico emitido por la oficina correspondiente
del MAG.
Al
vencimiento de ese plazo, la administración tributaria respectiva cambiará de
oficio la clasificación del beneficiario a contribuyente.
Artículo
6º—Caso específico de la autorización para la exención del impuesto general
sobre las ventas. En el caso de la exoneración del impuesto general sobre las
ventas, beneficio que se mantiene mientras
subsista la ley que lo creó, rigen las siguientes condiciones expresas y
obligatorias:
a) Los productos que se exoneran del impuesto son los agropecuarios o
agroindustriales certificados como orgánicos o inscritos en transición, ante la
entidad correspondiente, cuya producción primaria y manufactura se haya
realizado en Costa Rica y cuya venta se realice en el mercado nacional.
b) Para gozar del beneficio de exoneración en el impuesto general
sobre las ventas, el interesado debe presentar ante la administración
tributaria que le corresponda, y al menos una vez al año, una certificación
emitida por la oficina correspondiente del MAG, en la que conste que continúa
cumpliendo con los estándares para ser considerado productor orgánico.
c) En caso de que no se presente esa certificación anual o por
cualquier motivo se llegare a conocer que realiza actividades gravadas, la
administración tributaria debe cambiarle su clasificación de “declarante” a
“contribuyente” y proceder a comunicarle su reclasificación.
d) De igual manera, en caso de realizar actividades gravadas, el
propio beneficiario de la exoneración debe solicitar ante la administración
tributaria el cambio de status indicado. En caso de omisión, el cambio se podrá
efectuar de oficio sin perjuicio de las sanciones a las que se podría hacer
acreedor.
Artículo 7º—Condiciones generales del
beneficio de exoneración. Debe entenderse expresamente que tanto en el caso del
impuesto sobre la renta como del impuesto general sobre las ventas, el
beneficio concedido se mantendrá durante los períodos señalados siempre y
cuando no haya un cambio en la legislación vigente que ampara tal exención.
En caso
de que se produzca un cambio en la normativa relacionada, la exoneración
quedará insubsistente, debiendo aplicarse lo que en definitiva regule la nueva
disposición normativa, sin necesidad de que la administración tributaria emita
un acto posterior de revocación de la exoneración otorgada.
Artículo
8º—Pérdida del beneficio. El beneficio de exoneración tanto para el impuesto
sobre la renta como para el impuesto general sobre las ventas se pierde, según
la Ley 8591, por las siguientes razones:
a) Cuando las personas físicas o jurídicas que después de cumplido el
período de transición máximo de tres años no hayan certificado su producción
orgánica;
b) Cuando resulta improcedente otorgar una nueva certificación
orgánica por incumplimiento de las condiciones establecidas.
c) Cuando el MAG compruebe por cualquiera de los medios de prueba
admitidos por el derecho, que los beneficios otorgados están siendo utilizados
de forma diferente o irregular en relación con la forma en que fueron
autorizados.
En todos los supuestos anteriores el MAG es
el encargado por disposición de la Ley N° 8591 y su Reglamento, de comunicar inmediatamente a la Dirección
General de Tributación cuando se produzca alguna de las situaciones allí
descritas.
Cuando
el MAG informe a la administración tributaria respectiva que se ha producido
alguno de los supuestos anteriores, esa administración tributaria elaborará una
resolución motivada en la que establecerá la pérdida del beneficio, amparada a
los hechos que comunique el MAG y a las normas de la Ley 8591 y su reglamento
violentadas.
De
igual forma, en el caso de los supuestos indicados en los artículos 5, 6
incisos c) y 7 de la presente resolución, cuando se pierda la condición de
productor orgánico, la administración tributaria, de oficio, debe
reclasificarlo como “contribuyente”.
Artículo
9º—Incumplimiento de deberes formales y materiales. En todos los casos, previo
al otorgamiento del beneficio de exoneración estipulado en la Ley 8591, las
Subgerencias de Servicio al Contribuyente deben verificar que los interesados
se encuentren al día en sus obligaciones formales y materiales con la
Administración Tributaria y con la Caja Costarricense de Seguro Social. Si
durante el proceso de autorización como beneficiario de la exoneración se
detectaren irregularidades en su situación tributaria, deberán ser requeridos
formalmente para que en un plazo no mayor de 10 días hábiles normalicen esa situación.
En caso
de que el interesado no cumpla con dicha prevención, se procederá al archivo
del expediente, debiendo notificársele de tal situación. De igual manera, se
debe informar a la Subdirección de Control Tributario Extensivo para que
continúen con el procedimiento que en derecho corresponda.
Artículo
10.—Rige a partir de su publicación.
TRANSITORIOS
1) Por disposición del artículo 27 de la Ley 8591, el plazo máximo de
autorización del beneficio de exoneración del impuesto sobre la renta es hasta el 14 de agosto del 2017.
2) Si a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución
hubiere algún trámite de inscripción pendiente, la administración tributaria
que corresponda deberá adecuar el conocimiento y resolución del caso a las
normas, procedimientos y requisitos establecidos en esta resolución.
Publíquese.—Carlos
Vargas Durán, Director General.—1 vez.—O. C. Nº
3400023907.—Solicitud Nº 45903.—(IN2016000126).
SERVICIO
NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN
DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTO
El doctor Rafael Herrera Herrera, número de
cédula 4-103-1358, vecino de Heredia en calidad de representante legal de la
compañía Herrera y Elizondo S. A., con domicilio en Heredia, solicita el
registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Sens Pert Anaplasma
Ab/ E. Canis Ab Test Kit, fabricado por Laboratorios Vet All Laboratories,
Corea con los siguientes principios activos: Antígeno recombinante de E. canis
en la membrana de nitrocelulosa y proteína A recombinante-conjugado de oro
coloidal y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para el diagnóstico de
Anaplasma y Erliquia canis. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG
“Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a
terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección,
dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a
las 14:00 horas del día 13 de octubre del 2015.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe
de Registro.—1 vez.—(IN2016000644).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 38, título N° 4052, emitido en el año dos
mil catorce y del Título de Técnico Medio en Contabilidad y Finanzas, inscrito
en el tomo 2, folio 287, título N° 5635, emitido en el año dos mil trece, ambo
títulos fueron extendidos por el Colegio Técnico Profesional de San Sebastián,
a nombre de Ubania del Socorro Urroz Poveda. Se solicita la reposición del
título indicado por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos
son: Ubania del Socorro Tiffer Poveda, cédula Nº 9-0133-0633. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los ocho días del mes de diciembre del dos mil
quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015086810).
Ante esta Dirección
se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 27, título N° 41, emitido por el
Liceo Rural Las Marías, en el año dos mil catorce, a nombre de Miranda Álvarez
Evelyn Joselyne, cédula: nº 2-0764-0756. Se solicita la reposición del título
indicado por deterioro del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los veintiún días del mes de octubre del dos mil quince.—Dirección
de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—(IN2015086838).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 167, título Nº 1387, emitido por el Liceo de Esparza, en el
año dos mil dos, a nombre de Parajeles Peraza Rosibel, cédula Nº 6-0347-0181.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, a los dos días del mes de noviembre del dos
mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015086982).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 396, título N° 2785, emitido por el Liceo de Esparza, en el
año dos mil doce, a nombre de Ramírez Naranjo Max Alberto, cédula 6-0424-0707.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los once días del mes de
diciembre del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la
Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015087181).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación
Diversificada, inscrito en el Tomo 1, Folio 40, Asiento 17, Título N° 1065,
emitido por el Colegio Ricardo Fernández Guardia, en el año mil novecientos
ochenta y seis, a nombre de Kattia Ramírez Villafuerte. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original y corrección del
nombre, cuyo nombre y apellido correcto es: Katia Ramírez Villafuerte, cédula
5-0260-0143. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los diez días del
mes de diciembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—(IN2015087424).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 357, título N° 2107, emitido por el Liceo José Joaquín Vargas
Calvo, en el año dos mil ocho, a nombre de Quirós Mora Carlos Francisco, cédula
1-1390-0050. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los tres días del
mes de diciembre del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la
Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2016000324).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 90, título N° 298, emitido por el Liceo Nuevo de Limón, en el
año dos mil siete, a nombre de Mc Field Brooks Jonathan Harry. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los ocho días del mes de diciembre del dos mil
quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—(IN2016000515).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras,
inscrito en el tomo 1, folio 81, título N° 1969, emitido por el Liceo Roberto
Brenes Mesén, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Sibaja
Chaves Xinia, cédula 1-0754-0894. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a quince
los días del mes de diciembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—(IN2016000892).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 8, título N° 109, emitido
por el Liceo Nocturno Alfredo González Flores, en el año mil novecientos
setenta y uno, a nombre de Chavarría Orozco Luis Alberto, cédula 4-0101-0120.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los quince días del mes de
diciembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—(IN2016000054).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Marcas de ganado
Solicitud
Nº 2015-2109.—Leonor Montenegro Alcocer, cédula de identidad 0205090776,
solicita la inscripción de: L M A como marca de ganado, que usará
preferentemente en Alajuela, Upala, Colonia Puntarenas, Colonia, del Súper
Colonia 500 metros norte. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 30 de Octubre
del 2015 Según el expediente Nº 2015-2109.—San José, 05 de noviembre del
2015.—Viviana Segura De La O, Registradora.—1 vez.—(IN2016000261)
registro de personas jurídicas
Asociaciones
civiles
AVISOS
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-693257, denominación: Asociación Ayuda, Intercambio y Desarrollo de
Limón. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 554080.—Dado en el Registro Nacional, a
las 10 horas 7 minutos y 10 segundos, del 14 de diciembre del 2015.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2016000582).
Patentes de invención
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
La señora Alejandra
Castro Bonilla, cédula Nº 1-880-194, mayor, abogada, vecina de San José, en
calidad de apoderada especial de Takeda Pharmaceutical Company Limited, de
Japón, solicita la Patente de Invención denominada: INHIBIDORES DE LA PHD DE
6-(5-HIDROXI-1H-PIRAZOL-1-IL) NICOTINAMIDA. La presente invención da a
conocer compuestos que son útiles como inhibidores de la PHD, composiciones
farmacéuticas de los mismos, métodos para el tratamiento de condiciones 5
asociadas al HIF, procesos para la elaboración de los compuestos e
intermediarios de los mismos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
C07D 401/4; C07D 405/14; C07D 413/14; C07D 401/04; C07D 417/14; C07D 471/08;
C07D 487/06; C07D 487/10; C07D 491/10; A61K 31/443; A61K 31/443; A61K 31/443;
A61K 31/443; A61K 31/454; A61K 31/496; cuyo(s) inventor(es) es (son) Brown,
Jason, W., Davis, Melinda, Ivetac, Anthony, Jones, Benjamín, Kiryanov, Andre,
A., Kuehler, Jon, Lanier, Marion, Miura, Joanne, Murphy, Sean, Wang, Xiaolun.
Prioridad: 24/03/2013 US 61/806,806; 16/12/2013 US 61/916,715; 26/03/2014 WO
2014US03198. Publicación internacional: 02/10/2014 WO2014/160810. La solicitud
correspondiente lleva el número 20150517, y fue presentada a las 14:32:00 del
02 de octubre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 25 de noviembre del 2015.—Lic. Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—(IN2015088246).
La señora Alejandra
Castro Bonilla, mayor, vecina de San José, cédula Nº 1-880-194, en calidad de
apoderada especial de Abbvie Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención
denominada: PROTEÍNAS DE UNIÓN ESPECÍFICAS DUALES DIRIGIDAS CONTRA TNFa.
Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
Proteínas de unión
multivalentes y multiespecíficas manipuladas que se unen a TNFƒ¿, PGE2
y/o a NGF, junto con métodos de elaboración y sus usos en la prevención, el
diagnóstico y/o tratamiento de una enfermedad. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07K 16/22; C07K 16/26; cuyo(s) inventor(es) es(son)
Ghayur, Tariq, Goodreau, Carrie. Prioridad: 15/03/2013 US 61/794,964;
14/03/2014 WO 2014US028646. Publicación internacional: 18/09/2014
WO2014/144299. La solicitud correspondiente lleva el número 20150522, y fue
presentada a las 12:03:00 del 08 de octubre del 2015. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 07 de diciembre
del 2015.—Walter Campos Fernández, Registrador.—(IN2015088248).
La señora Alejandra Castro Bonilla, cédula
1-880-194, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial
de Bayer Pharma Aktiengesellschaft, de Alemania, solicita la patente de
invención denominada: BENZOXAZOLES SUSTITUIDOS. La invención se refiere
a benzoxazoles su 5 sustituidos y a procesos para su preparación y a su uso
para la preparación de medicamentos para el tratamiento y/o profilaxis de
enfermedades, en particular de trastornos cardiovasculares, preferiblemente de
trastornos trombóticos o tromboembólicos. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07D 413/06; C07D 417/06; C07D 487/04; C07D
263/58; A61K 31/423; A61P 7/02; cuyos inventores son: Allerheiligen, Swen,
Buchmüller, Anja, Engel, Karen, Gerdes, Christoph, Gericke, Kersten Matthias,
Gerisch, Michael, Heitmeier, Stefan, Hillisch, Alexander, Kinzel, Tom, Lienau,
Philip, Riedl, Bernd, Röhrig, Susanne, Schmidt, Martina Victoria, Straßburger,
Julia, Tersteegen, Adrian. Prioridad: 03/06/2013 EP 13170208. 6; 30/05/2014 WO
2014EP061229. Publicación Internacional: 11/12/2014 WO2014/195231. La solicitud
correspondiente lleva el número 20150631 y fue presentada a las 13:57:12 del 1°
de diciembre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 7 de diciembre del 2015.—Lic. Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—(IN2015088249).
La señora Alejandra Castro Bonilla, cédula Nº
1-880-194, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial
de Dow Agrosciences LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada
4-AMINO-6-(HETEROCÍCLICO) PICOLINATOS Y 6-AMINO-2-(HETEROCÍCLICO)
PIRIMIDINA-4-CARBOXILATOS Y SU USO COMO HERBICIDAS. La invención se refiere
a compuestos y composiciones herbicidas y a métodos para controlar vegetación
no deseada. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 401/04; cuyos
inventores son Eckelbarger, Joseph, D, Epp, Jeffrey, B, Fischer, Lindsey, G,
Lowe, Christian, T, Petkus, Jeff, Roth, Joshua, Satchivi, Norbert, M,
Schmitzer, Paul, Richard, Siddall, Thomas, L. Prioridad: 15/03/2013 US
61/790,391; 12/03/2014 WO 2014US024749. Publicación Internacional: 25/09/2014 WO2014/151008.
La solicitud correspondiente lleva el Nº 20150561, y fue presentada a las
12:15:00 del 15 de octubre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 04 de diciembre del 2015.—Lic.
Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2016000064).
La señor(a) (ita) Alejandra Castro Bonilla, mayor, vecina de San José,
cédula Nº 1-880-194, en calidad de apoderada especial de Abbvie Inc., de
E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE 2,2-DIFUOROPROPANAMIDA
Y METIL BARDOXOLONA, FORMAS POLIMÓRFICAS Y MÉTODOS DE USO.
Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
La presente invención se relaciona en general con el compuesto: N- (
(4aS, 6aR, 6bS, 8aR, 12aS,14aR,14bS)-11-ciano-2,2,6a,6b,9,9,
12a-heptametil-10,14-dioxo-l,2,3,4,4a,5,6,6a,6b,7,8,8a,9,10,12a,14,14a,
14b-octadecahidropiren-4a-il)-2,2-difluoropropanamida, formas polimórficas del
mismo, métodos para su preparación y uso, composiciones farmacéuticas del mismo
y conjuntos de elementos y artículos para elaborarlo. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07J 63/00; A61K 31/565;A61P 29/00; cuyos
inventores son Sheikh, Ahmad Y, Mattei, Alessandra, Wang, Xiu C. Prioridad:
24/04/2013 US 61/815,502; 24/04/2014 WO 2014US035279. Publicación
Internacional: 30/10/2014 WO2014/176415. La solicitud correspondiente lleva el
Nº 20150620, y fue presentada a las 12:21:00 del 20 de noviembre del 2015.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 07 de diciembre del 2015.—Wálter Campos Fernández,
Registrador.—(IN2016000066).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
El señor Ernesto
Gutiérrez Blanco, cédula Nº 1-848-886, mayor, abogado, vecino de San José, en
calidad de apoderado especial de Abbott Cardiovascular Systems Inc., de E.U.A.,
solicita la Patente de Invención denominada: CATÉTER DE BALÓN. El
catéter-balón incluye un mango exterior que tiene un hipotubo y un cuerpo
externo distal de una sola capa monolítica, un balón en comunicación fluida con
un lumen de inflación, y un cuerpo tubular interior monolítico que tiene un
lumen de cable guía a definido a través del mismo. El mango exterior tiene el
lumen de inflación definido a través del mismo. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61M 25/00; cuyo(s) inventor(es) es (son)
Williams, Kerry J. Prioridad: 04/09/2014 US 62/046,157; 19/05/2015 US
62/163,839. La solicitud correspondiente lleva el número 20150460, y fue
presentada a las 14:48:00 del 02 de setiembre del 2015. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 05 de noviembre
del 2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2016000221).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El
señor Francisco Guzmán Ortiz, cédula 1-434-595, mayor, abogado, vecino de San
José, en calidad de apoderado especial de Ferrari S.P.A, de Italia, solicita el
Diseño Industrial denominada VEHÍCULO / CARRO DE JUGUETE. El presente
diseño se refiere a un vehículo / carro de juguete como se ilustra en los
dibujos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 12/08;
21/01; cuyo(s) inventor(es) es(son) Manzoni, Flavio. Prioridad: 24/04/2015 EP
002689133; 24/04/2015 EP 002689141. La solicitud correspondiente lleva el
número 20150582, y fue presentada a las 09:01:01 del 21 de octubre del 2015.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 9 de diciembre del 2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—(IN2016000624).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
HACE
SABER:
NOTARIOS
PÚBLICOS SUSPENDIDOS: La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO, con
oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San
Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, hace saber que los Notarios
Públicos que a continuación se indican, han sido SUSPENDIDOS
en el ejercicio de la función notarial.
La suspensión es por el plazo de UN MES por no presentación de índices
de instrumentos públicos, para los Notarios Públicos que se enumeran a
continuación; RIGE ocho días naturales después de la publicación del presente
aviso en el Diario Oficial La Gaceta y una vez cumplido dicho plazo la
suspensión se mantendrá o permanecerá
vigente durante todo el tiempo que subsista la causa o incumplimiento:
1-) MARÍA LUISA SEGURA GUTIÉRREZ, cédula de identidad número:
7-0034-0952, carné 5991, expediente administrativo: 15-001756-0624-NO, mediante
Resolución Número 2589-2015 de las 11:21 horas del 19 de noviembre del 2015.
2-) GERARDO CALDERÓN LEÓN, cédula de identidad número: 3-0318-0536,
carné 10699, expediente administrativo: 15-001922-0624-NO, mediante Resolución
Número 2712-2015 de las 10:56 horas del 30 de noviembre del 2015.
La suspensión es por el plazo de TRES MESES por no presentación de índices
de instrumentos públicos, para los Notarios Públicos que se enumeran a
continuación; RIGE ocho días naturales después de la publicación del presente
aviso en el Diario Oficial La Gaceta y una vez cumplido dicho plazo la
suspensión se mantendrá o permanecerá
vigente durante todo el tiempo que subsista la causa o incumplimiento:
3-) RAFAEL ÁNGEL FALLAS SOLÓRZANO, cédula de identidad número:
2-0483-0446, carné 12902, expediente administrativo: 15-002012-0624-NO,
mediante Resolución Número 2657-2015 de las 10:23 horas del 25 de noviembre del
2015.
La suspensión es por el plazo de SEIS MESES por no presentación de índices
de instrumentos públicos, para los Notarios Públicos que se enumeran a
continuación; RIGE ocho días naturales después de la publicación del presente
aviso en el Diario Oficial La Gaceta y una vez cumplido dicho plazo la
suspensión se mantendrá o permanecerá
vigente durante todo el tiempo que subsista la causa o incumplimiento:
4-) GUISELLE BRENES ROJAS, cédula de identidad número: 1-0838-0161,
carné 8942, expediente administrativo: 15-001690-0624-NO, mediante Resolución
Número 2455-2015 de las 08:53 horas del 06 de noviembre del 2015.
5-) ANA GASPAR AGUERRI, cédula de identidad número: 1-1110-0091, carné
18079, expediente administrativo: 15-002021-0624-NO, mediante Resolución Número
2717-2015 de las 15:49 horas del 30 de noviembre del 2015.
6-) CARMEN ROCÍO CHINCHILLA MONTERO, cédula de identidad número:
1-0744-0333, carné 7556, expediente administrativo: 15-001902-0624-NO, mediante
Resolución Número 2632-2015 de las 14:15 horas del 23 de noviembre del 2015.
San José, 17 de diciembre del 2015.—Unidad
Legal Notarial.—Lic. Melvin Rojas Ugalde, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 81.— Solicitud
N° 45762.—(IN2016000111).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Exp. Nº 16814A.—El Mañana Nueva S. A.,
solicita concesión de: 0,938 litros por segundo del nacimiento Gallinazo,
efectuando la captación en finca de El Mañana Nueva S. A., en Bahía Ballena,
Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas: 134.521 / 557.505, hoja
Dominical. 0,69 litros por segundo del nacimiento El Peje, efectuando la
captación en finca de El Mañana Nueva S. A., en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas,
para uso consumo humano. Coordenadas: 134.561 / 557.598, hoja Dominical.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 26 de noviembre del
2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2015087008).
Exp. N° 16210P.—Banco
Improsa S. A., solicita concesión de: 4 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo RG-959 en finca de su propiedad en
Guácima, Alajuela, para uso autoabastecimiento en condominio. Coordenadas
216.104 / 506.282 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 23 de abril del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—(IN2015087195).
Exp. Nº 16571A.—Rosencore Properties Ltda., solicita concesión de: 1,3
litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca
de su propiedad en Savegre, Aguirre, Puntarenas, para uso Turístico Hotel
Restaurante. Coordenadas 151.185 / 536.154 hoja Quepos. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 18 de mayo del 2015.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2016000253).
Exp. Nº
16757A.—Enrique Núñez Rojas, solicita concesión de: 2 litros por segundo del
nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Aguas Claras, Upala, Alajuela, para uso agropecuario
granja-abrevadero-lechería, consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas
307.685 / 410.585 hoja Miravalles. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 26 de octubre del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—(IN2016000280).
Exp. Nº 16775A.—Loma
Alfaro S. A., solicita concesión de: 1,5 litros por segundo del Río Zapote,
efectuando la captación en finca de Ganadera Bretaña S. A., en Quesada, San
Carlos, Alajuela, para uso agropecuario granja-abrevadero-lechería-acuicultura,
consumo humano doméstico y agropecuario-riego pasto. Coordenadas 250.350 /
491.500 hoja Quesada. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de
noviembre del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2016000283).
Registro
Civil - Departamento Civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Exps. Nos.
8874-2013/8897-2013. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San
José, a las diez horas del cuatro de diciembre del dos mil quince.
Procedimiento administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Lisa
Elena Aguilar Abuloc, quien aparece inscrita en el asiento número cero
cincuenta y siete, folio cero veintinueve, tomo novecientos sesenta y seis, de
la provincia de Alajuela, Sección de Nacimientos, como hija de Margarita
Aguilar Abuloc, en el sentido que los apellidos de la persona inscrita son
Aguilar Abuloc, hija de Jordan A. Aguilar y Margarita M. Abuloc, filipinos, de
conformidad con lo establecido en los artículos 69 del Código de Familia y 53
de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. Conforme lo señala el artículo 66 de la
precitada ley, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta a los señores Jordan A.
Aguilar, Max Alberto Alfaro Monge y a la señora Margarita Mahilum Abuloc o
Margarita Aguilar Abuloc, con el propósito que se pronuncien en relación con
este proceso y se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus
derechos dentro del término señalado.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—O. C. Nº 3400024182.—Solicitud Nº 45672.—(IN2016000152).
Exp. N° 34738-2015.—Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas
cinco minutos del veinticinco de noviembre de dos mil quince. Diligencias de
ocurso presentadas por Manuel Salvador Toribio Martínez, cédula de identidad
número 8-0065-0750, vecino de La Aurora, Alajuelita, San José, tendente a la
rectificación de su asiento de naturalización en el sentido que los apellidos
de la madre son Rocha Ordóñez. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley
Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese
este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a
las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de
ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—(IN2016000598).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace
saber que en diligencias de ocurso incoadas por Héctor Arcía Gámez, se ha dictado la resolución N° 6590-2015, que
en lo conducente dice: Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las trece horas treinta minutos del tres de diciembre de
dos mil quince. Exp. N° 13188-2015. Resultando 1º—... 2º—...; 3º—...
Considerando: I.—Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto:
Rectifíquense los asientos nacimiento de Juliana Arce Castillo; de Andrea
Julissa Arce Castillo; y de Héctor David Arce Castillo, en el sentido que el
nombre y los apellidos del padre son Héctor Arcía Gámez.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficialía Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic.
Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2016000593).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Sofía Liset Ruiz Centeno, se ha dictado la
resolución N° 6568-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil. Departamento
Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las quince horas quince minutos
del dos de diciembre de dos mil quince. Exp. N° 40097-2015. Resultando 1º—...
2º—,.:. Considerando: I.—Hecho probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Estefany Sofía Sevilla Ruiz, en el
sentido que el nombre de la madre es Sofía Liset.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina Jefe.—1
vez.—(IN2016000613).
Se hace saber que en diligencias
de ocurso incoadas por Martha Esperanza Molina Morales, se ha dictado la
resolución N° 6544-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas
veinte minutos del dos de diciembre de dos mil quince. Exp. N° 28965-2015.
Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el
fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Luis Alberto
Sánchez Molina, en el sentido que el nombre de la madre es Martha Esperanza.—Lic.
Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2016000689).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Elida Bárbara Sibaja Arias, se ha dictado la
resolución N° 6492-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas
treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil quince. Exp. N° 47942-2015
Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el
fondo: ... Por tanto: Rectifíquense los asientos de matrimonio de Primitivo
Vega Chavarría con Elida Bárbara Sibaja Sibaja, en el sentido que el nombre,
los apellidos y el número de cédula de los cónyuges son Primitivo de la
Piedades Vega Chavarría, hijo de Emeterio Vega Barquero y Rafaela Chavarría
Villalobos, costarricenses y 6-0024-0134 y Elida Bárbara del Socorro Sibaja
Arias, hija de Susana Sibaja Arias, costarricense y 6-0028-0690,
respectivamente y de defunción de Primitivo Vega Chavarría, en el sentido que
el nombre de la persona inscrita es Primitivo de las Piedades.—Lic. Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza Sanabria, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2016000693).
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de
naturalización
Mónica
Samira Suárez Álvarez, mayor, casada, médico, colombiano, cédula de residencia
número 117000561602, vecina de Heredia del Banco
Nacional del Real Cariari, 200 este, primera entrada a mano izquierda
Condominios Real Cariari, casa 9, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
134799-2015.—San José, a las 1:38 horas del 18 de noviembre del 2015.—Lic.
German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2016000688).
Diana
Isabel Quintero Ordóñez, mayor, soltera, médico general, colombiana, cédula de
residencia número 117001783909, vecina de San Francisco de Dos Ríos, Barrio Los
Sauces, San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 135606-2015.—San José, a las 1:26 horas del
26 de noviembre de 2015.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2016000703).
Plan
Anual de Adquisiciones 2016
La Proveeduría
Institucional informa a todos los interesados, que a partir de esta fecha, el
Programa de Adquisiciones de Bienes y Servicios del Ministerio de Ambiente y
Energía para el período 2016, se encuentra a su disposición en la dirección
electrónica www.hacienda.go.cr en el link
de Comprared. Planes de compras actuales.
San José, 7 de enero del 2016.—Proveeduría
Institucional.—Lic. Marcos Montero Cruz, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº
26472.—Solicitud Nº 7128.—(IN2016001586).
DIRECCIÓN
REGIONAL DE SERVICIOS
MÉDICOS REGIÓN HUETAR
ATLÁNTICA
PROGRAMA
DE ADQUISICIONES 2016
En cumplimiento con la Ley de Contratación
Administrativa y su Reglamento, se informa que los Programas de Adquisiciones
2016, que corresponden a esta Dirección Regional Huetar Atlántica, Hospital de
Guápiles y sus Áreas de Salud, adscritas: Cariari, Guápiles, Guácimo,
Siquirres, Matina, Limón, Valle La Estrella, Talamanca, así mismo cualquier
Modificación que se realice a estos programas durante este año, se encontrarán
publicadas en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social. Ver
detalles en http://www.ccss.sa.cr.
Limón, 6 de enero 2016.—Unidad de
Contratación Administrativa.—Mba. Ilse Betancourt Avilés, Coordinadora.—1
vez.—(IN2016001364).
DIRECCIÓN
REGIONAL CENTRAL DE SUCURSALES (1201)
PLAN DE
ADQUISICIONES PARA EL AÑO 2016
Y SUS
MODIFICACIONES
Se avisa a todos los potenciales oferentes
que el Plan de Adquisiciones y sus Modificaciones, correspondientes a la
Dirección Regional Central de Sucursales y las 16 Sucursales adscritas a ésta
Región, se encuentran a disposición de los interesados en la página Web de la
Caja Costarricense de Seguro Social, ver detalles y mayor información en
http://www.ccss.sa.cr, Teléfonos: 2224-7293 / 2234-0598 / 2234-7023 Fax:
2253-9226.
San José, 7 de enero del 2016.—Lic. Alfredo
Vindas Evans, Director.—1 vez.—(IN2016001368).
HOSPITAL
DR. TOMÁS CASAS CASAJÚS
PROGRAMA
DE ADQUISICIONES 2016
UNIDAD
PROGRAMÁTICA 2703
El Hospital Dr. Tomás Casas Casajús, de
conformidad con el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el
artículo 7 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, les informa
a los interesados que el Programa Anual de Compras para el periodo 2016, se
encuentra publicado en la página web institucional, lo anterior no implica
ningún compromiso para contratar.
Para
mayor información ver detalles en la página Web www.ccss.sa.cr., teléfonos
2786-4065 / 2786-8160, Fax: 2786-4065.
Ciudad Cortés, 4 de enero del 2016.—Mba. Ana
Yadira Chávez Anchía, Directora Administrativa Financiera.—1
vez.—(IN2016001387).
HOSPITAL
NACIONAL DE GERIATRÍA Y GERONTOLOGÍA
DR. RAÚL BLANCO CERVANTES
SUBÁREA
DE PLANEACIÓN
UNIDAD
PROGRAMÁTICA 2202
PROGRAMA
DE ADQUISICIONES PROYECTADO 2016
De conformidad con lo establecido en el
artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7 de su
Reglamento (Principio de publicidad), se hace del conocimiento de todos los
potenciales oferentes que el Plan de Adquisiciones proyectado para el período
2016 y sus respectivas modificaciones, de este centro hospitalario se encuentra
a su disposición a partir de enero 2016, en la página web de la Caja
Costarricense de Seguro Social, accesible en la dirección electrónica
http://www.ccss.sa.cr. Para mayor información comunicarse al teléfono 2542-2100
extensiones 2154 y 2155 o bien al fax 2222-0045.
Para
consultar los detalles o por menores de las compras directas a realizar, los
interesados podrán observar la pizarra externa de la Subárea de Contratación
Administrativa, sitio en donde se exhiben, en el momento oportuno, todas las
contrataciones que realiza el Hospital.
San José, 4 de enero del 2016.—Área Gestión
Bienes y Servicios.—Lic. José Vargas Zúñiga, Jefe.—1 vez.—(IN2016001458).
GERENCIA
DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN
DE PROYETOS ESPECIALES
PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES 2016
La Subárea de Gestión
Administrativa de la Dirección Administración Proyectos Especiales de la CCSS,
en cumplimiento con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa, comunica que el Plan de Adquisiciones y sus
modificaciones para el período 2016 se encuentra a disposición de los
interesados en la página Web institucional www.ccss.sa.cr., en el portal Planes
anuales de compra.
Subárea Gestión
Administrativa y Logística.—Lic. José Ángel Vargas Castro, Coordinador.—1
vez.—(IN2016001498).
DIRECCIÓN
REGIONAL DE SUCURSALES
REGIÓN
HUETAR ATLÁNTICA
PROGRAMA
ANUAL DE COMPRAS AÑO 2016
La Dirección Regional de Sucursales Huetar
Atlántica, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de la Ley de
Contratación Administrativa, les informa a todos los interesados que a partir
de esta fecha el Programa Anual de Compras, tanto de esta Dirección como las 15
Sucursales adscritas a esta, se encuentra a su disposición en la dirección
electrónica http://www.ccss.sa.cr.
Subárea Gestión Administrativa y Logística.—Lic.
Katherine Alfaro Trejos, Jefa.—1 vez.—Solicitud N° 45966.—(IN2016001701).
ÁREA
DE SALUD DE PÉREZ ZELEDÓN
PLAN DE
ADQUISICIONES DEL PERIODO 2016
En cumplimiento con lo estipulado en la Ley
de Contratación Administrativa y su Reglamento, se informa que el Plan Anual de
Adquisiciones del 2016 y sus posibles modificaciones, correspondiente al Área
de Salud de Pérez Zeledón, Unidad Programática 2760, se encuentra publicado en
la página web de la CCSS, ver detalles en www.ccss.sa.cr
San Isidro, Pérez Zeledón, 7 de enero del
2016.—Lic. Luis Solís Fonseca, Administrador.—1 vez.—Solicitud N°
46122.—(IN2016001708).
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
PROGRAMA DE COMPRAS ANUALES
En cumplimiento con
lo normado en el artículo 6° de la Ley de Contratación Administrativa y el
artículo 7° de su Reglamento, la Municipalidad de Santa Cruz, Guanacaste, hace
del conocimiento de todos aquellos potenciales oferentes, sus necesidades de
contratación para el período 2016:
Servicios ¢
Alquileres |
218.748.182,90 |
Servicios básicos |
89.172.000,00 |
Servicios comerciales y financieros |
77.068.900,00 |
Servicios de gestión y apoyo |
352.198.714,29 |
Gastos de viaje y de transporte |
44.805.717,20 |
Seguros y reaseguros |
104.601.169,21 |
Capacitación y protocolo |
19.477.700,00 |
Mantenimiento y reparación |
174.620.999,93 |
Servicios diversos |
700.000,00 |
Materiales y suministros
|
|
Productos químicos y conexos |
247.646.376,95 |
Alimentos y productos agropecuarios |
32.901.365,60 |
Mast y prod, de uso en la constr, y mant, |
28.171.231,04 |
Herramientas. repuestos y accesorios |
29.670.086,82 |
Útiles. mats y suministros diversos |
134.484.381,08 |
Bienes duraderos
|
|
Maquinaria. equipo y mobiliario |
135.389.673,00 |
Así mismo, en
cumplimento con lo establecido en el artículo N° 46 de la Ley de Contratación
Administrativa y en artículo N° 116 de su Reglamento, se hace de conocimiento
público, la invitación a inscribirse y/o actualizarse en el Registro de
Proveedores de esta Municipalidad.
El formulario lo pueden descargar en la página
www.santacruz.go.cr o retirar en la oficina de la Proveeduría Municipal ubicada
en las instalaciones del Hotel El Marino Barrio Buenos Aires, Santa Cruz, de
lunes a jueves de 7:00 a.m. a 04:00 p.m. y los viernes de 7:00 a.m. a 03:00
p.m,. vía fax al 2680-0629. por correo electrónico a la siguiente dirección
proveeduriasantacruz@gmail.com.
Santa Cruz, 08 de
enero de 2016,—Lic. Keylor Jaén Rosales, Proveedor Municipal.—1
vez.—(IN2016001709).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2015LA-000165-PROV
Alquiler
de local para ubicar el Juzgado
Contravencional de Palmares
El Departamento de Proveeduría invita a
participar en el siguiente procedimiento de contratación: Licitación Abreviada
Nº 2015LA-000165-PROV, alquiler de local para ubicar el Juzgado Contravencional
de Palmares.
Fecha y
hora de apertura: 9 de febrero de 2016, a las 10:00 horas.
El
respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente
publicación. Para ello, los interesados podrán obtenerlo a través de Internet,
en la siguiente dirección: http://poder-judicial.go.cr/proveeduria (ingresar al
botón “Invitaciones”).
San José, 7 de enero del 2016.—Departamento
de Proveeduría.—Lic. Wilbert Kidd Alvarado, Jefa a. í.—1 vez.—Solicitud N°
46164.—(IN2016001675).
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
ABREVIADA 2016LA-000001-UTN
Acondicionamiento
de los Laboratorios
de Ciencias Básicas de la Sede
San Carlos
La Proveeduría Institucional de la
Universidad Técnica Nacional recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas
del martes 2 de febrero del 2016, para el acondicionamiento de los Laboratorios
de Ciencias Básicas de la Sede San Carlos. El cartel, planos, especificaciones
y posibles aclaraciones y modificaciones se encuentran en la página web
www.utn.ac.cr, link Contratación Administrativa > Contratación
Administrativa > Licitaciones Abreviadas.
La
visita al sitio será el martes 19 de enero del 2016, a las 10:00 a. m.
Lugar:
edificio de la UTN, sede San Carlos, Ciudad Quesada, de los Bomberos 200 metros
hacia el sur, al costado de la Caja de Ande, salida hacia Zarcero, Barrio
Lourdes frente al Cencinai.
Para
consultas al correo gavila@utn.ac.cr con copia al jperez@utn.ac.cr y/o al fax
2430-3496.
Proveeduría Institucional.—Lic. Miguel
González Matamoros, Director.—1 vez.—Solicitud N° 46018.—(IN2016001702).
GERENCIA LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000003-05101
Papel crepado precortado cada 110 cms, de 110
de ancho
Se informa a los
interesados que está disponible en la Plataforma electrónica Compra Red el
cartel de la Licitación Pública Nº 2016LN-000003-05101, para la adquisición de:
“Papel crepado precortado cada 110 cms, de 110 de ancho”.
Apertura de ofertas: a las 11:30 horas del 23
de febrero 2016.
San José, 07 de enero
del 2016.—Línea de Producción de Insumos Médicos.—Lic. Vilma Arias Marchena,
Jefa.—1 vez.—O.C. Nº 1142.—Solicitud Nº 11914.—(IN216001558).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2016LN-000002-05101
Bolsas colostomía cerrada adultos, sistema de
dos piezas,
parche rígido, medida aro plano 59 ± 3 mm, o aro flotante
medida 70 mm y medida útil recortable mínima de 57 mm
Se informa a los
interesados que está disponible en la Plataforma electrónica Compra Red el
cartel de la Licitación Pública Nº 2016LN-000002-05101, para la adquisición de:
“Bolsas colostomía cerrada adultos, sistema de dos piezas, parche rígido,
medida aro plano 59 ± 3 mm, o aro flotante medida 70 mm y medida útil
recortable mínima de 57 mm.
Apertura de ofertas: a las 11:00 horas del 23
de febrero 2016.
San José, 07 de enero
del 2016.—Línea de Producción de Insumos Médicos.—Lic. Vilma Arias Marchena,
Jefa.—1 vez.—O.C. Nº 1142.—Solicitud Nº 11913.—(IN2016001574).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000001-05101
Bolsa colectora de orina capac. 2 litros,
descarble
Se informa a los
interesados que está disponible en la Plataforma electrónica Compra Red el
cartel de la Licitación Pública Nº 2016LN-000001-05101, para la adquisición de:
“Bolsa colectora de orina capac. 2 litros, descarble”.
Apertura de ofertas: a las 10:00 horas del 23
de febrero 2016.
San José, 07 de enero
del 2016.—Línea de Producción de Insumos Médicos.—Lic. Vilma Arias Marchena,
Jefa.—1 vez.—O.C. Nº 1142.—Solicitud Nº 11912.—(IN2016001579).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000004-05101
Bolsa
colostomía cerrada adultos, sistema dos piezas parche
flexible, medida aro plano
59+-3mm., o aro flotante
medida 70mm y medida útil
recortable
mínima de 57mm.
Se informa a los interesados que está
disponible en la Plataforma Electrónica Compra Red el cartel de la Licitación
Pública Nº 2016LN-000004-05101, para la adquisición de: Bolsa colostomía
cerrada adultos, sistema dos piezas parche flexible, medida aro plano 59+-3mm.,
o aro flotante medida 70mm y medida útil recortable mínima de 57mm. Apertura de
ofertas a las 12:00 horas del 23 de febrero del 2016.
San José, 7 de enero del 2016.—Línea de
Producción de Insumos Médicos.—Licda. Vilma Arias Marchena Jefa.—1 vez.—O. C.
Nº 1142.—Solicitud Nº 11915.—(IN2016001616).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS
DE SALUD CENTRAL NORTE
LICITACION
ABREVIADA 2016LA-000001-2299
Servicios
profesionales en vigilancia y seguridad
para el Área de Salud Santo
Domingo
Se les informa a todos los oferentes que
deseen participar de este proceso licitatorio que a partir del día hábil
siguiente a la presente publicación, se encuentra disponible en esta sede
regional ubicada a 200 metros norte de la Municipalidad de Santo Domingo de
Heredia el pliego cartelario o lo pueden solicitar al correo electrónico
cgomezc@ccss.sa.cr. Así mismo a partir del día hábil siguiente a ésta
publicación disponen de un máximo de 20 días hábiles para la presentación de
las ofertas. El último día hábil (20), a las 9:00 horas se estará realizando el
acto de apertura de ofertas en la dirección antes indicada.
Unidad Regional de Contratación
Administrativa.—Lic. Carlos Humberto Gómez Cruz.—1 vez.—Solicitud N°
46069.—(IN2016001707).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2015LN-000003-73201
Servicio
de localización de patronos morosos para FODESAF
La Proveeduría Institucional del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social, comunica que por medio de la Resolución de
Adjudicación N° PI-001-2016 de fecha 6 de enero del 2016; se adjudicó a la
oferta N° 1 Netcom Business Contact Center S. A., por un monto estimado
anual de ¢58.685.000,00.
San José, 7 de enero del 2016.—Proveeduría
Institucional.—Lic. Eduardo Arias Cabalceta, Proveedor.—1 vez.—O. C. N°
3400026588.—Solicitud N° 46180.—(IN2016001743).
COLEGIO
UNIVERSITARIO DE CARTAGO
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2015LN-000002-01
Construcción
de gimnasio-auditorio
La Proveeduría Institucional del Colegio
Universitario de Cartago, se permite comunicar el acto de adjudicación del
procedimiento de contratación administrativa, Licitación Pública Nº
2015LN-000002-01 “Construcción de Gimnasio-Auditorio”, por el total ofertado.
Resultando único:
Que en fecha catorce de octubre
de dos mil quince, en la sesión tres mil doscientos setenta y dos, el Consejo
Directivo aprobó en su acuerdo CD-3272-2015: “Aprobar la adjudicación parcial
de la Licitación Pública N° 2015LN-000002-01 Construcción de Gimnasio-Auditorio
por un monto de ¢127.154.739,00 (ciento veintisiete millones ciento cincuenta y
cuatro mil setecientos treinta y nueve colones) a la oferta N° 13,
correspondiente a la empresa Molina Arce Construcciones y Consultoría S. A.
Considerandos:
1. Que la Institución dentro del presupuesto ordinario ejercicio
económico 2015 tenía la suma de ¢127.154.739,00 para la construcción del
proyecto denominado Gimnasio-Auditorio.
2. De acuerdo con el punto anterior se promueve el concurso de
Licitación Pública 2015LN-000002-01 para la construcción del proyecto.
3. Que la empresa ganadora del concurso referido ofrece realizar el
proyecto en ¢140.848.024,83.
4. Con fundamento con el punto uno se adjudicó a la Empresa Molina
Arce Construcción y Consultoría S. A, por un monto ¢127.154.739,00.
5. Por un asunto de comodidad con respecto a la tabla de pagos que
presenta la empresa se confecciona un contrato por un monto de ¢126.886.263.59,
aspecto que la Contraloría General de la República no acepta porque se está
modificando el acuerdo CD-02-3272-2015.
6. La Contraloría General de la República, verifica en el Sistema de
Información de Presupuestos Públicos que ya la administración cuenta con los
¢13.693.285,83 para completar el proyecto en un 100% y por ello no da el
refrendo al contrato.
7. La Decanatura con el oficio DEC-005-2016 propone:
7.1 Derogar el acuerdo CD-02-3272-2015.
7.2 Adjudicar a la empresa Molina Arce Construcción y Consultoría S. A.
la suma de ¢140.848.024,83 para la construcción del Gimnasio-Auditorio derivado
de la Licitación Pública 2015LN-000002-01, todo de conformidad con la oferta
presentada por la empresa y conforme a la respectiva tabla de pagos.
Por lo tanto:
Acuerdo CD-02-3294-2016:
1. “Derogar el acuerdo CD-02-3272-2015.
2. Aprobar la Adjudicación a la empresa Molina Arce Construcción y
Consultoría S. A. la suma de ¢140.848.024,83 para la construcción del
Gimnasio-Auditorio derivado de la Licitación Pública 2015LN-000002-01, todo de
conformidad con la oferta presentada por la empresa y conforme a la respectiva
tabla de pagos”.
Todo según acuerdo del Consejo Directivo
Institucional, CD-02-3294-2016, del seis de enero del dos mi dieciséis.
Cartago, 07 de enero de 2016.—Ligia Amador
Brenes, Proveedora Institucional.—1 vez.—(IN2016001674).
INSURANCE SERVICIOS S. A.
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LP-00001
(Modificación 1)
Sistema informático integrado de aplicaciones
financieras y administrativas (ERP)
El Departamento
Financiero-Administrativo de Insurance Servicios S. A., (en adelante
Insurance), ubicada frente a la Pizza Hut del Centro Comercial Plaza del Sol en
Curridabat, les informa en relación a la Licitación 2015LP-00001 “Sistema
informático integrado de aplicaciones financieras y administrativas (ERP), que
ya se encuentra disponible en la proveeduría el cartel con las modificaciones
realizadas. El mismo puede ser solicitado a la dirección electrónica
vporras@insurancecr.com o szamora@insurancecr.com.
Les recordamos que el plazo de la apertura de
ofertas fue ampliado hasta las 16:00 horas del día miércoles 20 de enero del
año 2016 en la proveeduría de Insurance Servicios.
San José, 08 de enero
del 2016.—Departamento Financiero-Administrativo.—Viviana Porras Zamora,
Supervisora de Proveeduría y Servicios Generales.—1 vez.—(IN2016001728).
MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS
UNIDAD DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000005-01
Remate chatarra ubicada en el taller mecánico
municipal
La Municipalidad del
cantón de Desamparados comunica lo siguiente:
Adjudicación
Descripción |
Adjudicado |
Monto adjudicado |
Se adjudica un total
de 28.960 kilos de chatarra |
Eladio Segura Ureña |
¢2.284.000.00 |
Proveeduría
Municipal.—Lic. Melissa Jiménez Venegas.—1 vez.—(IN2016001531).
MUNICIPALIDAD
DE TURRIALBA
En cumplimiento de los artículos 46 de la Ley
de Contratación Administrativa y 122 de su reglamento, se invita a todas las
personas físicas y jurídicas interesadas en ser consideradas en los procesos de
Contratación Administrativa de la Institución, a inscribirse en el Registro de
proveedores Institucional.
Así
mismo, se les comunica a todos los Proveedores inscritos en años anteriores que
verifiquen su estado en el Registro de Proveedores, a fin de ser considerados
en futuras contrataciones.
Información
a los teléfonos 2556-0231 Ext. 125, Fax 2556-1559
Turrialba, 4 de enero del
2016.—Proveeduría.—Mba. Ronald Bolaños Calvo, Proveedor.—1 vez.—(IN2016001581).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2015LN-000002-87900
Servicios
para la remodelación del nuevo
Edificio del MINAE
La Proveeduría Institucional del Ministerio
de Ambiente y Energía, comunica a todos los interesados en esta contratación,
que en virtud de que fueron presentadas nuevas consultas sobre aspectos
técnicos, la administración considera oportuno realizar la tercera y última
modificación al respectivo cartel, la cual podrá ser vista en el
correspondiente trámite, por medio del sistema Comprared, a partir de la
presente publicación.
Además,
se comunica que se ha reprogramado la apertura de ofertas para el día, 5 de
febrero del 2016, a las 14:00 horas.
San José, 7 de enero del 2016.—Proveeduría
Institucional.—Lic. Marcos Montero Cruz, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº
26472.—Solicitud Nº 7127.—(IN2016001592).
GERENCIA
DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN
DE ADMINISTRACIÓN
DE PROYECTOS ESPECIALES
LICITACIÓN
PÚBLICA 2015LN-000002-4403
Diseño
y construcción de los puestos de visita periódica
de Piedra Mesa y Bajo Blei,
Talamanca
Se informa a los interesados que está
disponible la Modificación N° 1 y el aviso de prórroga de la licitación antes
indicada. Para obtener la modificación ver detalles en la página:
http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=4403. Más información al teléfono
2539-0000 ext. 3037.
Se
prorroga la fecha de apertura de ofertas, para el día 25 de enero 2016, a las
10:00 horas, en la Dirección de Administración de Proyectos Especiales,
Edificio Jiménez, piso número 2, ubicado en San José, entre avenidas central y
primera, calle 3 (contiguo a Tienda Carrion, altos de Panadería Trigo Miel o
frente a Perimercados de avenida central).
San José, 8 de enero del 2016.—Subárea de
Gestión Administrativa y Logística.—Lic. José Ángel Vargas Castro,
Coordinador.—1 vez.—(IN2016001497).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2015LA-000062-2101
Mantenimiento
Preventivo correctivo
de Ultrasonidos Terapia Física
Se informa a los
interesados en la Licitación Abreviada Nº 2015LA-000062-2101, por concepto de
mantenimiento preventivo correctivo de ultrasonidos terapia física que se
reprograma la visita de los equipos para el día miércoles 13 de enero del 2016
a las 9:00 a.m.
San José, 8 de enero del 2016.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador a. í.—1
vez.—(IN2016001602).
PROCESO
ADQUISICIONES
LICITACIÓN
ABREVIADA 2015LA-000020-01
(Prórroga)
Compra
e instalación de muebles modulares
El Proceso de
Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores
interesados en participar en la Licitación Abreviada 2015LA-000020-01, “Compra
e instalación de muebles modulares”, que el plazo máximo para presentar ofertas
de esta licitación se prorroga para el próximo 2 de febrero del 2016, a las 10:00 horas.
Unidad de Compras Institucionales.—Allan
Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N°
46176.—(IN2016001725).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
ORI-5596-2015.—Garita
Meza Ana Patricia, R-379-2015, cédula Nº 1-1014-0961, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Maestra en Administración de Instituciones Educativas,
Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, México. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de noviembre del
2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge,
Director.—O. C. Nº 128523.—Solicitud Nº 45351.—(IN2015087122).
ORI-5566-2014.—Artavia
Barrantes Luis Diego, R-378-2015, cédula Nº 1-1244-0045, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Profesional Especialista en
Implantología Buco Máxilo Facial, Universidad de Chile, Chile. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 27 de noviembre del
2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge,
Director.—O. C. Nº 128523.—Solicitud Nº 45350.—(IN2015087125).
ORI-5585-2015.—Víquez
Rodríguez Juan José, R-377-2015, cédula Nº 1-1134-0386, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Magíster en la Ciencia de Matemáticas, Universidad de
Purdue, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 27 de noviembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128523.—Solicitud
Nº 45337.—(IN2015087133).
ORI-5587-2015.—Víquez
Rodríguez Juan José, R-377-2015-B, cédula 1-1134-0386, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Doctorado en Matemáticas, Universidad de Purdue,
Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante
podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo
Facio, 2 de diciembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José
Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N° 45330.—(IN2015087141).
ORI-5630-2015.—Rodríguez
Machado María Micaela, R-376-2015, pasaporte: 119470888, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Técnico Superior Universitario en
Fisioterapia, Colegio Universitario de Rehabilitación “May Hamilton”,
Venezuela. La persona interesada en aportar información de la solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo
Facio, 30 de noviembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José
Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N° 45329.—(IN2015087166).
ORI-5551-2015.—Padilla
Salinas Suyapa Maribel, R-375-2015, pasaporte: C154010, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Doctora en Cirugía Dental, Universidad Nacional
Autónoma de Honduras, Honduras. La persona interesada en aportar información de
la solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria,
Rodrigo Facio, 26 de noviembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N°
45328.—(IN2015087169).
ORI-5816-2015.—Jiménez Solano Steve,
R-392-2015, cédula: 1-1291-0511, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Especialista en Implantología Buco Máxilo Facial, Universidad de Chile,
Chile. La persona interesada en aportar información del solicitante podrá
hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 14 de
diciembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera
Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N° 45726.—(IN2016000157).
ORI-5773-2015.—Gómez
Duarte Ingrid, R-391-2015, cédula 1-0866-0046, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Doctora, Universidad Rey Juan Carlos, España. La persona interesada
en aportar información de la solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta
oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 11 de diciembre del 2015.—Oficina
de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N°
128523.—Solicitud N° 45727.—(IN2016000159).
ORI-5822-2015.—Quirós
Tortos Jairo Humberto, R-389-2015, cédula: 7-0170-0208, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Doctorado, Ingeniería Eléctrica y Electrónica,
Universidad de Manchester, Inglaterra. La persona interesada en aportar
información del solicitante podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria, Rodrigo Facio, 14 de diciembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud
N° 45729.—(IN2016000160).
ORI-5770-2015.—Gómez
Víquez Randolph, R-388-2015, cédula 3-0357-0641, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Maestría en Bellas Artes, Diseño, Universidad de
Kansas, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria,
Rodrigo Facio, 11 de diciembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud
N° 45730.—(IN2016000162).
ORI-5753-2015.—Karen
Fabré, R-387-2015, pasaporte Ej356470, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Médico, Universidad Católica de Lovaina, Bélgica. La persona
interesada en aportar información de la solicitante podrá hacerlo por escrito
ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 9 de diciembre de
2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N° 45731.—(IN2016000163).
ORI-5813-2015.—Putina
Olga, R-386-2015-B, residente temporal: 164300032629, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Psicólogo
Profesor especializado en “Psicología”, Universidad Estatal de los Urales A.M.
Gorky, Rusia. La persona interesada en aportar información de la solicitante
podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio,
14 de diciembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A.
Rivera Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N° 45732.—(IN2016000165).
ORI-5814-2015.—Putina
Olga, R-386-2015, residente temporal: 164300032629, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Psicología, especializado en Psicoanálisis, Universidad
Federal de los Urales B.N. Yeltsin Primer Presidente de Rusia, Rusia. La
persona interesada en aportar información de la solicitante podrá hacerlo por
escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 14 de
diciembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera
Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N° 45733.—(IN2016000167).
ORI-5732-2015.—Hergenrother
Scott David, R-384-2015, pasaporte: 522113078, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Doctor en Filosofía, Duquesne University, Estados
Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 7 de
diciembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera
Monge, Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N° 45734.—(IN2016000169).
ORI-5768-2015.—Gómez
Jenkins Marco Antonio, R-383-2015-B, cédula 1-1357-0484, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Bachiller en Ciencias de Ingeniería
Aeroespacial, Instituto de Tecnología de Georgia, Estados Unidos. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 11 de diciembre del
2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 128523.—Solicitud N° 45735.—(IN2016000171).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ORI-5563-2015.—Morera Hidalgo Julio Andrés,
R-380-2015, cédula 2-0619-0127, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Máster Universitario en Ingeniería de la Energía, Universidad
Politécnica de Madrid, España. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 27 de noviembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128523.—Solicitud Nº
45352.—(IN2016000129).
ORI-5623-2015.—Vera
Quijada Jesús Fernando, R-381-2015, cédula: 8-0097-0236, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Arquitecto, Universidad Ricardo Palma,
Perú. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 30 de noviembre del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José
A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128523.—Solicitud Nº 45354.—(IN2016000141).
ORI-5689-2015.—Gómez
Jenkins Marco Antonio, R-383-2015, cédula 1-1357-0484, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Bachiller en Ciencias de Ingeniería Mecánica,
Instituto de Tecnología de Georgia, Estados Unidos. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 03 de diciembre del 2015.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
128523.—Solicitud Nº 45361.—(IN2016000142).
ORI-5776-2015.—Ramírez
Bernini Raquel, R-394-2015, cédula 1-1217-0589, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Máster en Ciencias, Tecnología, Salud, Mención Ciencias
del Medicamento, Especialidad Biotecnología e Innovaciones Terapéuticas,
Universidad de Estrasburgo, Francia. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro
de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 11 de diciembre del 2015.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Rivera Monge.—O. C. Nº 128523.—Solicitud Nº
45724.—(IN2016000155).
HOSPITAL
MÉXICO
“Despido
sin responsabilidad patronal”
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Se comunica: despido sin responsabilidad
patronal del Sr. Armando Campos Corrales, cédula 205290545, Oficinista 3, a
partir del 23/11/2015.
San José, 24 de
diciembre del 2015.—Servicio de Radiología e Imágenes Médicas.—Dr. Carlos
Quirós Ortiz, Jefe.—(IN2016000164).
CONSEJO DIRECTIVO
Considerando:
La Constitución
Política en su artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y
Constitución de Servidumbres del ICE, N° 6313 del 4 de enero de 1979,
supletoriamente, la N° 7495, del 3 de mayo de 1995 y la N° 8660 del 13 de
agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones
forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación,
exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del
poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual
comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como
adquisiciones, constitución de servidumbres, derechos reales o intereses
patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de
una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes
podrán ser expropiados y afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del
bien común. En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad
requiere la adquisición de un lote de terreno, necesario para el Repetidor
Celular Coyolar, dicho lote es parte de la finca inscrita en el Registro
Público a Folio Real 2-284651-000, sito en el distrito cuarto Coyolar, cantón
noveno Orotina de la provincia de Alajuela, de naturaleza terreno para la
agricultura lote M-21 Asentamiento Coyolar; linda al norte, calle pública; al
sur, Quebrada Chica; al este, Parcela M-veinte, y al oeste, Parcela
M-veintidós; mide: veinte mil cuarenta y cinco metros con ocho decímetros
cuadrados, plano: A-142062-1993. El inmueble se localiza 25 m sur de la línea
férrea, entrada a Pozón de Coyolar, y es propiedad de Zully María Charpentier
Rodríguez, cédula de identidad 1-0542-0001. A solicitud de la Dirección
Infraestructura del Instituto Costarricense de Electricidad, el lote de terreno
fue valorado, de acuerdo con el peritaje de ley, en la suma de ¢9.296.000.000
(Nueve millones doscientos noventa y seis mil colones exactos); así como el
pago de alquileres caídos por un período de 18 meses para un monto de
¢941.270,40 (Novecientos cuarenta y un mil doscientos setenta colones con noventa
céntimos) para un total de ¢10.237.270,40 (Diez millones doscientos treinta y
siete mil doscientos setenta colones con cuarenta céntimos) según avaluó
administrativo número 512-2015. De acuerdo con los estudios técnicos realizados
por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y
demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de la adquisición de un
lote de terreno, con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la
Ley N° 7495 del 3 de mayo de 1995, y las leyes arriba citadas, procede decretar
la expropiación correspondiente. Justificación técnica: Como antecedente a este
avalúo se tiene que el terreno fue valorado mediante el avalúo Nº 837-2008, en
aquella oportunidad se reconoció el uso de terreno por 5 años, siendo que el
terreno se requiere actualmente de manera permanente, el área técnica decida
adquirirlo. El uso de terreno venció el 24 de abril de 2014, por tal razón se
reconocen 18 meses de alquileres caídos, los cuales también consideran 2 meses
de trámite administrativo hasta la puesta en posesión. Descripción de la
Propiedad (Finca Madre): La finca madre se ubica en el distrito de Coyolar de
Orotina a 600 m norte del cruce de Pozón (Ruta 27 y Ruta 34), sobre carretera
alterna al lado derecho de la misma. Al momento de la inspección se pudo
observar que el inmueble presenta una construcción (vivienda) de madera en
regular estado. Por su ubicación es esquinera por lo que tiene como colindante
tanto al oeste como al norte calle pública; no obstante, se pudo observar que
además al costado norte pasa la línea férrea con dirección al Pacífico, la cual
separa la propiedad de la calle pública. Mientras que por el costado sur
(colinda con la Quebrada Chica) y este colinda con fincas que en su mayoría son
de carácter agrícola. En su mayoría el inmueble se encuentra ocupado por
árboles de mango. Tiene acceso a agua potable, servicio eléctrico, telefónico y
alumbrado. Cuenta con una topografía plana - ondulada con una leve pendiente
descendente hacia el fondo de 10% aproximadamente. Esta finca se ubica en una
zona donde predomina la actividad agrícola y la ganadería, así como zonas de
conservación. Esta se encuentra cercada por postes de concreto, lo cual se pudo
observar en los linderos norte y oeste.
Posee 2 frentes uno en su colindancia norte de 75,85 m y el otro en su
colindancia oeste de 41,87 m, para un total de 117,72 m. Por tanto:
1º—Apruébense las
presentes diligencias valoradas de acuerdo con el peritaje de ley por lote de
terreno, en la suma de ¢9.296.000.000 (Nueve millones doscientos noventa y seis
mil colones exactos); así como el pago de alquileres caídos por un período de
18 meses para un monto de ¢941.270,40 (Novecientos cuarenta y un mil doscientos
setenta colones con noventa céntimos); para un total de ¢10.237.270,40 (Diez
millones doscientos treinta y siete mil doscientos setenta colones con cuarenta
céntimos), según avaluó administrativo número 512-2015 y comuníquese.
2º—De no ser aceptado el respectivo avalúo y
el pago de alquileres caídos, exprópiese el lote que se describirá, propiedad
de Zully María Charpentier Rodríguez, cédula de identidad 1-0542-0001.
3º—El lote de
terreno por adquirir propiedad de Zully María Charpentier Rodríguez, se
describe así: “ de naturaleza terreno destinado al Proyecto 600 KL – Repetidor
Celular Coyolar, sito en el distrito cuarto Coyolar, cantón noveno Orotina, de
la provincia de Alajuela; mide: doscientos veinticuatro metros cuadrados, linda
al norte, al sur y al este, resto reservado por la expropiada, al oeste, calle
pública con un frente a ella de 15:00 m; y se identifica en la materialidad del
terreno en el plano catastrado: A-1821100-2015, y se deberá inscribir a nombre
del Instituto Costarricense de Electricidad.
El lote de interés se ubica a 600 m norte del
cruce de Pozón – Jacó sobre la Ruta 27. El mismo se encuentra bajo nivel de
calle (2 m aprox.) y en una zona de transición de rural a residencial.
4º—El resto reservado por la expropiada se
describe así: “de naturaleza terreno para la agricultura Lote M-21 Asentamiento
Coyolar, sito en el distrito cuarto Coyolar, cantón noveno Orotina de la
provincia de Alajuela; linda al norte, calle pública y lote segregado y
expropiado; al sur, Quebrada Chica y lote segregado y expropiado; al este,
parcela M-Veinte, y al oeste, parcela M-veintidós y lote segregado y
expropiado; mide: diecinueve mil ochocientos veintiún metros con cero ocho
decímetros cuadrados.
5º—De conformidad con el artículo 19 de la Ley
6313 se inscriba el terreno expropiado a nombre del Instituto Costarricense de
Electricidad.
Todo con fundamento en la Ley N° 6313 del 4 de
enero de 1979, citada y supletoriamente la Ley N° 7495 del 3 de mayo de 1995.
6º—Continúese con los trámites de rigor.
7º—Se declara firme el presente acuerdo,
tomado en sesión N° 6152 del 19 de octubre del 2015.
8º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 23 de
noviembre del 2015.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1
vez.—Solicitud N° 44242.—(IN2015081993).
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
A Anais Argeñales Mora,
se les comunica la resolución de las diez horas del once de diciembre del dos
mil quince, que ordenó inicio del proceso especial de protección en sede
administrativa, y medida de abrigo temporal de Brian Argeñales Mora, en
albergue del PANI Rosales, ubicado en Alajuela, por un plazo de seis meses,
siendo la fecha de vencimiento el 11 de junio del 2016. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación a
quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no
hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación que deberán interponer ante esta representación legal
dentro del plazo de dos días hábiles siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la presidencia
ejecutiva de esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Expediente N° OLSR-00299-2014.—Oficina
Local de San Ramón.—Licda. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del
Procedimiento.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000104.—(IN2016000500).
Al ser las quince horas del día nueve de diciembre
del dos mil quince. Se le comunica al señor Duany José García Bustos, la
resolución de las catorce horas con treinta minutos del nueve de diciembre del
dos mil quince que ordenó el inicio del proceso especial de protección en sede
administrativa y dictado de medida de protección de internamiento en Centro
Especializado para Rehabilitación por Drogadicción en beneficio de la persona
menor de edad J.J.G.O. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación a quienes se les advierte
que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien,
señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el lugar
señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro
horas después de dictadas. Expediente N° OLU-00286-2015.—Oficina Local de
Upala, Guatuso.—Licda. Katia Corrales Medrano, Órgano Director del
Procedimiento Administrativo.—O. C. N° 39132.—Solicitud N°
15000104.—(IN2016000501).
Se le comunica a la señora Elsa María Dávila la
resolución de las trece horas con treinta minutos del dieciocho de noviembre
del dos mil quince y resolución de las once horas con treinta minutos del
catorce de diciembre del dos mil quince, que ordenó inicio de proceso especial
de protección y medida de abrigo temporal en un albergue institucional a favor
del niño César Enrique Rizo Dávila. Notifíquese la anterior resolución a las
partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o
bien señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o sí el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro
horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer
ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso
será de conocimiento de la presidencia ejecutiva de esta institución en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente N° OLHN-561-2015.—Oficina Local de Heredia Norte.—Licda. Marcela
Ramírez Ulate, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39132.—Solicitud N°
15000104.—(IN2016000503).
A Jorge Luis Mena Vega, se le comunica la
resolución de las once horas del veintisiete de octubre del dos mil quince, en
la que se ordenó declaratoria de adoptabilidad administrativa de la persona
menor de edad Anthony Fabián Mena Sánchez. Notifíquese la anterior resolución a
las partes interesadas personalmente o en su casa de habitación a quienes se
les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones
o bien señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro
horas después de dictadas. Se les hace saber además que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer
ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso
será de conocimiento de la presidencia ejecutiva de esta institución en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente: OLA-00261-2015.—Oficina Local de Alajuela.—Licda. Alejandra Solís
Lara, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39132.—Solicitud N°
15000104.—(IN2016000505).
Al señor Pinhua Zheng no indica segundo apellido,
con domicilio y documento de identidad desconocido, se le comunica la resolución
de las 13:00 horas del 9 de diciembre del 2015, con la cual se da inicio al
proceso especial de protección en sede administrativa y se resuelve medida de
cuido provisional y otros a favor de las personas menores de edad Alexander
Francisco Zheng Jiménez y Alexa María Zheng Jiménez, por el término de hasta
seis meses en el hogar de la señora María de los Ángeles Torres Quirós. Se le
confiere audiencia por tres días hábiles para que presente los alegatos de su
interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se le advierte que tiene
derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su
elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la
salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el
horario de siete horas con treinta minutos a las once horas con treinta minutos
en días hábiles el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local,
ubicada en San José, Distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y
ocho, del costado suroeste del Parque La Merced, ciento cincuenta metros al
sur. Así mismo se le hace saber que deberá señalar lugar conocido o número de
facsímil para recibir sus notificaciones en el entendido que de no hacerlo o si
el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el
medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiere la comunicación las resoluciones futuras quedarán
firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones
Judiciales. Se le hace saber, además, que contra las indicada resolución
procede recurso de apelación para ante la presidencia ejecutiva de esta
institución, el cual deberán interponer ante esta representación legal dentro
de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente
a la fecha de publicación del tercer aviso en el diario oficial en el entendido
que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo
139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N°
OLSJO-00317-2015.—Oficina Local de San José Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora,
Representante Legal.—O. C. N° 39132.—Solicitud N° 15000104.—(IN2016000506).
A Yerilyn María Sanabria Jiménez y Jesús Alberto
Miranda Badilla, se les comunica la resolución de las once horas del ocho de
diciembre del dos mil quince, donde se resuelve: I) Se corrigen los apellidos
de la persona menor de edad en cuanto al primer apellido, para que en adelante
se tenga como Aarón Daniel Miranda Sanabria, debido al reconocimiento realizado
ante el Registro Civil por el señor Jesús Alberto Miranda Badilla en fecha 6 de
octubre del 2015. En consecuencia notifíquese lo actuado al padre del niño, quien
asume el proceso en el estado en que se encuentra. II) Modificar la medida de
protección dictada a las quince horas del cinco de agosto del dos mil quince,
por lo que se sustituye el abrigo temporal de la persona menor de edad Aarón
Daniel Sanabria Jiménez hecho en la Asociación Hogar de Vida, sito en Atenas y
en su lugar se ordena el abrigo temporal de la persona menor de edad Aarón
Daniel Miranda Sanabria en la Asociación Casa Viva Costa Rica Niñez y
Adolescencia en Familia. En lo aquí no modificado queda incólume la supra
citada resolución. El vencimiento de la presente medida de protección es el
cinco de febrero del dos mil dieciséis. III) Se ordena la suspensión de las
visitas por parte de los señores Yerilyn María Sanabria Jiménez y Jesús Alberto
Miranda Badilla. IV) Remítase el expediente al Área de Atención Integral con
énfasis en Trabajo Social de esta oficina, a fin de que la profesional
asignada, cumpla con las recomendaciones dadas por la Licda. Leda Amén Funk en
su informe, en cuanto a la valoración de las condiciones actuales de ambos
progenitores y condición de adoptabilidad social de la persona menor de edad.
V) Comuníquese esta resolución al Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela y al Departamento de Acreditación de esta Institución.
Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en
su casa de habitación a quienes se les advierte que deberán señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile
para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer o si el medio seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación que deberán interponer ante esta representación legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes el de recurso será de conocimiento de la presidencia ejecutiva
de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el
recurso deviene en inadmisible. Expediente N° OLA-00064-2015.—Oficina Local de
Alajuela.—Licda. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O. C.
N° 39132.—Solicitud N° 15000104.—(IN2016000507).
Se
hace saber a Yerling Susana Zamora Chaves, mayor, con cédula 603310797, de
domicilio desconocido; que mediante resolución de las ocho horas con diez
minutos del cuatro de diciembre del dos mil quince, se da inicio al proceso
especial de protección y se ordena medida de cuido provisional hasta por seis
meses, en el hogar solidario recurso familiar de la señora María Isabel
Rodríguez Álvarez, con domicilio en San José, Tibás Cuatro Reinas; en favor de
la persona menor de edad de nombre Jair Samuel Rodríguez Zamora, quien es
persona menor de edad, de cuatro años de edad, nació el tres de agosto del dos
mil once, citas de inscripción de su nacimiento en el Registro Civil, número
605320201. Notifíquese: La anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación a quienes se les advierte que deberán
señalar casa, oficina o medio electrónico para recibir sus notificaciones que
se generen sobre este proceso, en caso contrario las resoluciones posteriores
se tendrán por notificadas en el transcurso de las veinticuatro horas
siguientes después de ser resueltas. Garantía de defensa: se les hace saber
además que contra la presente resolución procede el recurso de apelación que se
deberá interponer ante esta representación en un término de cuarenta y ocho
horas contadas a partir del día siguiente a la última publicación de este aviso
y que será resuelto en definitiva por la presidencia ejecutiva de la
institución, la presentación del mismo no suspende los efectos de la ejecución
de la medida de protección y si se presenta luego del término señalado se
rechazará por extemporáneo, según lo establece el artículo 139 del Código de
Niñez y Adolescencia. Expediente administrativo OLT-00337-2015.—Oficina Local de
Tibás.—Lic. Mario E. Tenorio Castro, Órgano Director del Proceso Especial de
Protección en Sede Administrativa.—O. C. N° 39132.—Solicitud N°
15000104.—(IN2016000509).
A Johnny Wílber Cruz García, se le comunica la
resolución de las 13:00 horas del 15 de diciembre del 2015, que ordenó medida
de cuido provisional de las personas menores de edad Johnny Ezequiel Cruz Gómez
y Rachel Daniela Gómez Sánchez. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte
que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien
señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el lugar
señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además que contra la
presente resolución procede el recurso ordinario de apelación que deberán
interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de
recurso será de conocimiento de la presidencia ejecutiva de esta institución en
el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en
inadmisible. Expediente: OLSJO-00213-2015.—Oficina Local San José Oeste.—Licda.
Seidy Chavarría Ramírez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N°
39405.—Solicitud N° 15000105.—(IN2016000518).
A Néstor Ricardo Romero Neira, se les comunica la
resolución de las nueve horas del dos de noviembre del dos mil quince, en la
que se ordenó mantener de proceso especial de protección y medida de cuido
provisional de las personas menores de edad Jansua Mathias Romero Sunsin,
Fiorella Dayna Romero Sunsin, Yicsy María Sunsin Carvajal y Jennifer Lizeth
Sunsin Carvajal. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además que contra la presente resolución
procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer ante esta
representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la
fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de
conocimiento de la presidencia ejecutiva de esta institución en el entendido
que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente: OLA-00681-2015.—Oficina Local de Alajuela.—Licda. Alejandra Solís
Lara, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39405.—Solicitud N°
15000105.—(IN2016000520).
A Néstor Ricardo Romero Neira, se les comunica la
resolución de las nueve horas del dos de noviembre del dos mil quince, en la
que se ordenó inicio de proceso especial de protección y medida de abrigo de la
persona menor de edad Jansua Mathias Romero Sunsin. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas personalmente o en su casa de habitación a
quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones o bien señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no
hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiere la comunicación las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber
además que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de
apelación que deberán interponer ante esta representación legal dentro del
plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación
a las partes, el de recurso será de conocimiento de la presidencia ejecutiva de
esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible. Expediente: OLA-00681-2015.—Oficina Local de
Alajuela.—Licda. Alejandra Solís Lara, Órgano Director del Procedimiento.—O. C.
N° 39405.—Solicitud N° 15000105.—(IN2016000521).
A
Marcela Lorena Morales Jara, se le comunica la resolución de las nueve horas
del ocho de noviembre del dos mil quince, en la que se ordenó inicio de proceso
especial de protección y medida de abrigo temporal a favor de las personas
menores de edad Aarón Josué, Yariela de los Ángeles, Gerald Sanyder, Stacy
Minel y Esmo Kenay todos de apellidos Segura Morales la anterior resolución a
las partes interesadas personalmente o en su casa de habitación, a quienes se
les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no
hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las notificaciones
futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace
saber además que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de
apelación que deberán interponer ante esta representación legal dentro del
plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación
a las partes el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de
esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible. Expediente: OLA-00695-2014.—Oficina Local de
Alajuela.—Licda. Alejandra Solís Lara, Órgano Director del Procedimiento.—O. C.
N° 39405.—Solicitud N° 15000105.—(IN2016000522).
A
Marcela Lorena Morales Jara, se les comunica la resolución de las quince horas
del ocho de noviembre del dos mil quince, en la que se ordenó mantener proceso
especial de protección y medida de abrigo temporal a favor de las personas
menores de edad Aarón Josué, Yariela de los Ángeles, Gerald Sanyder, Stacy
Minel y Esmo Kenay todos de apellidos Segura Morales. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas personalmente o en su casa de habitación a
quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación que deberán interponer ante esta representación legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLA-00695-2014.—Oficina
Local de Alajuela.—Licda. Alejandra Solís Lara, Órgano Director del
Procedimiento.—O. C. N° 39405.—Solicitud N° 15000105.—(IN2016000524).
Para ver imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
1
vez.—Solicitud Nº 45206.—(IN2016000804).
Acuerdo tomado en sesión ordinaria N° 450-2015 del 02 de noviembre del 2015, en
el artículo IV. Según oficio SCM-2229-2015 del 6 de noviembre del 2015.
La Municipalidad de Heredia hace saber a
quién interese en el Cementerio Central Heredia, existe un derecho a nombre de:
Villalobos Leitón Miriam, fallecida el 21 de mayo de 2004, su única hija con
vida desea pasar este derecho e incluir beneficiarios, indicándose así:
Arrendataria: Sandra María Pacheco Villalobos, cédula
01-0389-0805
Beneficiarios: María Isabel Orozco Villalobos, cédula
09-0044-0866
Lote N° 115, bloque D, medida 5 metros
cuadrados, para 4 nichos, solicitud 1966-i, recibo no indica, inscrito en folio
56, libro 1, el cual fue adquirido el día 20 de agosto 1973. Datos confirmados
según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 23 de
julio del 2015. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener
derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica
de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso
contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Adriana Bonilla Sequeira, Administradora de
Cementerios.—1 vez.—(IN2016000707).
COLEGIO
DE FÍSICOS DE COSTA RICA
De conformidad con la normativa vigente que
rige al Colegio de Físicos de Costa Rica, su junta directiva convoca a realizar
la próxima asamblea general ordinaria del Colegio de Físicos el miércoles 27 de
enero del 2016 a las 5:30 p. m. en el Auditorio 101 del edificio de física y
matemática de la Universidad de Costa Rica en San Pedro de Montes de Oca. En
caso de no haber quórum a las 5:30 p. m., se procederá a realizar la asamblea
general ordinaria ese mismo día, en el mismo lugar a partir de las 6:00 p. m.,
con cualquier número de miembros activos presentes.
La
presente asamblea tiene como agenda:
1) Informe de la Presidencia
2) Informe de la Tesorería
3) Presentación de Informe para la Sede del Colegio de Físicos,
discusión del cobro de una cuota específica para el financiamiento de este
proyecto.
4) Aprobación del presupuesto de año 2016.
5) Informe de Fiscalía.
6) Elecciones de puestos de la Junta Directiva a renovar:
a) Presidente
b) Tesorero
c) Secretario
d) Vocal I
e) Vocal III
f) Fiscal
7) Elecciones de miembros de Tribunal de Elecciones
8) Elecciones de miembro de Tribunal de Honor
9) Elección de miembros del Comité Consultivo.
10) Elección de miembros de la Comisión Administradora del Fondo de
Mutualidades y Contingencias.
11) Juramentación de los miembros elegidos para los diferentes órganos
del Colegio.
12) Asuntos varios.
Se les
invita cordialmente a todos los miembros del Colegio de Físicos a asistir a la
asamblea general ordinaria convocada por medio de la presente, así corno a
quedarse después de la misma a participar de un convivio y cena que con gusto
deseamos contar con su asistencia.—Dr. Elián Conejo Rodríguez, Presidente a.
í.—(IN2016001640). 2 v. 1
COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE COSTA RICA
La Junta Directiva del
Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica, en cumplimiento de lo dispuesto
en los artículos 29 y 47, inciso b) de la Ley Nº 7221, convoca, a los miembros
del Colegio a la asamblea general ordinaria, que se realizará en nuestra sede
central el sábado 30 de enero 2016, a partir de las 9:00 a.m. En caso de no
haber quórum a la hora indicada, la Asamblea General se reunirá una hora
después (10:00 a.m.) con un mínimo de 50 miembros presentes.
El orden del día fijado para esta Asamblea es el siguiente:
1. Himno Nacional.
2. Homenaje póstumo a colegiados.
3. Dedicado de la asamblea: Ing. Agr. Orlando
Ramírez Briceño
4. Lectura y aprobación de las actas Nos. 149 y
150
5. Seguimiento de acuerdos de asamblea.
6. Memoria anual:
- Informe de la presidencia.
- Informe de la tesorería.
- Informe de la fiscalía.
7. Elección de miembros de junta directiva:
- Vicepresidente
- Tesorero
- Secretario
- Segundo vocal
- Cuarto vocal
8. Juramentación y toma de posesión de nuevos
miembros de junta directiva.
9. Entrega pin de plata
10. Proposiciones varias
Los documentos para esta
asamblea (memoria), versión digital, estarán disponibles en la página
web del Colegio www.ing-agronomos.or.cr a partir del lunes 25 de enero del
2016. En cumplimiento del acuerdo N° 6 de la asamblea 136 del 31 de enero del
2009, no se imprimirán los documentos. Además se informa que el día de la asamblea
las instalaciones sociales recreativas y deportivas permanecerán cerradas.—Ing.
Agr. Óscar Fonseca Rojas, Presidente.—Br. For. María Lucía Valverde
Muñoz, Secretaria.—1 vez.—(IN2016001417).
ASOCIACIÓN HOGAR DE ANCIANOS SAN VICENTE
DE PAÚL DE
SAN CARLOS
Asamblea general
extraordinaria Nº LV. La Asociación Hogar de Ancianos San Vicente de Paúl de
San Carlos, convoca a: la asamblea general extraordinaria que celebraremos el
sábado 30 de enero del 2016. La asamblea general extraordinaria se realizará a
partir de la 1:00 p. m., en primera convocatoria, o en segunda convocatoria a
partir de la 2:00 p. m. en el salón de sesiones ubicado en esta institución.
Agenda asamblea extraordinaria N° LV:
1. Actos protocolarios.
2. Ingreso del Pabellón Nacional y Estandarte de
la Asociación, Himno Nacional y Evocación.
3. Comprobación del quórum.
4. Bienvenida a invitados especiales
5. Lectura de la carta de renuncia del presidente
anterior, Carlos Luis Araya Vásquez.
6. Elección del nuevo presidente de junta
directiva.
7. Clausura
En caso de no haber
quórum en la primera convocatoria la asamblea se celebrará en segunda
convocatoria con los asociados que permite la ley. Esperamos contar con su
honorable asistencia.
Luz María Arias Zeledón,
Secretaria junta directiva.—1 vez.—(IN2016001710).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
O&R
TRUST SERVICES S. A.
O&R Trust Services S.
A., cédula jurídica número 3-101-253973, informa que por causa de extravío,
James Blair Wilson ha solicitado la reposición del certificado de participación
fiduciaria N° 144, emitido el 18 de mayo de 2010, correspondiente al
Fideicomiso de Garantía y Custodia Marina Pez Vela-2008, suscrito en San José
el 24 de enero del 2008, en el cual la suscrita sociedad es fiduciaria.
Cualquier persona que tenga algún interés o reclamo respecto a la reposición de
este título, deberá notificarlo por escrito en San José, Escazú, Centro
Corporativo Plaza Roble, Edificio Los Balcones, cuarto piso. De no recibir
comunicación alguna, la Fiduciaria procederá con la reposición del título en un
plazo de un mes desde la última publicación de este aviso, todo de conformidad
con el artículo 689 del Código de Comercio.—Alberto Raven Odio.—(IN2016000181).
CONDOMINIO
CLAYDERMAN
Por este medio se informa que se está
promoviendo ante la Sección de Propiedad en Condominio del Registro Público, la
reposición de los libros legales de: Caja y de asamblea general de propietarios
del Condominio Clayderman, ubicado en Mata Redonda, San José, cédula jurídica
Nº 3-109-220592, inscrito en el Registro de Bienes Inmuebles, propiedad en
condominio, bajo la finca del partido de San José, Nº 00000892 M 000.—Carolina
Guillén Armijo, Propietaria.—(IN2016000271).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
COMPAÑÍA
NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.
Mario Jinesta Urbini, cédula 1-0379-0940,
solicita la reposición del certificado correspondiente a las doscientas sesenta
y seis mil setecientas cuarenta y dos acciones comunes y nominativas que posee
de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz S. A., por haberse extraviado, de
acuerdo a lo estipulado en el Código de Comercio.—San José, 16 de diciembre del
2015.—Mario Jinesta Urbini.—(IN2015086775).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
ASOCIACIÓN CLUB DE TIRO DE SAN
JOSÉ
Yo, Hugo Chamberlain Trejos, cédula de
identidad uno-cero doscientos treinta y cinco-cero cero sesenta y uno, en mi
calidad de presidente y representante legal de la Asociación Club de Tiro de
San José, cédula jurídica tres-cero cero
dos-cero cincuenta y un mil quinientos cincuenta y uno, solicito al
Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la Reposición
de los libros: Registro de asociados uno, junta directiva uno, asambleas
generales dos, diario dos, mayor dos e inventarios y balances dos, los cuales
fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación
a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de
Asociaciones.—San José, seis de diciembre del dos mil quince.—Hugo Chamberlain
Trejos, Presidente.—1 vez.—(IN2016000642).
MULTINACIONAL
DE NEGOCIOS T&S S.A.
Multinacional de Negocios T&S S.A.,
cédula jurídica 3-101-392416 indica que la factura 728 ha sido extraviada por
lo tanto no posee ningún tipo de validez.—Miguel Ángel Chacón Alfaro.—1
vez.—(IN2016000673).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A las 9:00 horas del 09 de diciembre del 2015, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de socios de Medicaire Asociados S. A.,
por la cual reforman la cláusula 5ta del pacto social disminuyendo
el capital social, quedando en la suma de ¢51.000 colones y nombran nuevo
fiscal.—Licda. Ileana Bonilla Goldoni, Notaria.—(IN2015086903).
A las 17:00 horas del 7 de diciembre del
2015, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Clínica
Americana S. A., por la cual reforman la cláusula quinta del pacto social
disminuyendo el capital social, quedando en la suma de ¢68.000 colones y
nombran nuevo fiscal.—Licda. María Marta Badilla Córdoba,
Notaria.—(IN2015086905).
A las 16:00 horas del 7 de diciembre del
2015, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Alquiprosa
S. A., por la cual reforman la cláusula quinta del pacto social
disminuyendo el capital social, quedando en la suma de ¢68.000 colones y
nombran nuevo fiscal.—Licda. María Marta Badilla Córdoba,
Notaria.—(IN2015086906).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:15 horas del día 17 de diciembre
del 2015, la empresa Corporación Arena Blanca Sociedad Anónima,
protocolizó acuerdos en donde se modifica el domicilio social y la cláusula del
capital social disminuyéndolo.—San José, 4 de enero del 2016.—Lic. Tobías
Felipe Murillo Jiménez, Notario.—(IN2016000227).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 15:00 horas del día 17 de diciembre del 2015, la empresa Promociones y
Representaciones Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en donde se
modifica el domicilio social y la cláusula del capital social
disminuyéndolo.—San José, 4 de enero del 2016.—Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez,
Notario.—(IN2016000228).
Por escritura otorgada en San José, a las 11:00 horas de
hoy, ante el suscrito notario, se protocolizó acta de la sociedad de San José, Hijos
de Lolo Mora S.R.L., por la que se modifican cláusulas 4 y 1 del pacto
social.—San José, 14 de diciembre del 2015.—Lic. Luis Alberto Sáenz Carranza,
Notario.—(IN2016000264) 2 v. 1
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Mediante
escritura celebrada en mi notaría, a las 11:00 horas del día 10 de diciembre
del 2015, protocolicé acta de asamblea de la sociedad Compañía
Comercializadora Giuliano de San Pedro S.A., mediante la cuale se
modificó la cláusula quinta aumentándose el capital social.—San José, 10 de
diciembre del 2015.—Lic. Enrique Carranza Echeverría, Notario.—1
vez.—(IN2015088301).
Mediante
escritura otorgada a las nueve horas del dieciocho de diciembre del dos mil
quince, se acuerda disolver la sociedad denominada Megumi Group Sociedad
Anónima, cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-cinco uno
seis cinco cinco cero.—San José, diez horas del día dieciocho de diciembre del
año dos mil quince.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1
vez.—(IN2015088315).
Mediante
escritura otorgada a las nueve horas y diez minutos del dieciocho de diciembre
del dos mil quince, se acuerda disolver la sociedad denominada Picoguadaña
Andino Sociedad Anónima, cédula de personería jurídica número tres-ciento
uno-cinco uno seis cuatro uno cinco.—San José, diez horas del día dieciocho de
diciembre del año dos mil quince.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez,
Notario.—1 vez.—(IN2015088316).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas del día dieciséis de
diciembre del dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de la asamblea de
cuotistas de la sociedad denominada H.R.G. Properties & Rentals Sociedad
de Responsabilidad Limitada, donde se acuerda modificar la cláusula sexta
del pacto constitutivo.—San José, dieciséis de diciembre de dos mil
quince.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2015088323).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas del día dieciséis de
diciembre del dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Villa
Arbellara S.A., donde se acuerda disolución y liquidación de la
sociedad.—San José, dieciséis de diciembre del dos mil quince.—Licda. Betzabeth
Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2015088325).
En la
ciudad de Liberia, Guanacaste, al ser las diecisiete horas del día dieciséis de
diciembre del dos mil quince, protocolicé la asamblea general extraordinaria de
socios número uno de la compañía Inversiones Pequeño Paraíso de Soley
Sociedad Anónima, en la cual se designa como nueva presidenta de la
sociedad a la señora Elieth García Briceño y se fijó como nuevo social será la
ciudad Barrio Irvín, de la escuela, cien metros al sur. Es todo.—Liberia,
Guanacaste, diecisiete de diciembre del dos mil quince.—Lic. José Manuel
González Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2015088332).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del diecisiete de
diciembre del dos mil quince, se solicita la disolución de la sociedad
denominada Masaca Importaciones Sociedad Anónima, domiciliada en San
José, La Uruca, doscientos metros al sur y veinticinco al oeste de Repretel
Canal Seis, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
veinticinco mil doscientos noventa y cuatro.—Turrialba, diecisiete de diciembre
del dos mil quince.—Lic. Sigifredo Brenes Dittel, Notario.—1
vez.—(IN2015088341).
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las diecinueve horas del veintitrés de
noviembre del dos mil quince, protocolicé acuerdos de la sociedad denominada Costa
Rica Lily Limitada, mediante los cuales se reforma la cláusula segunda del
pacto constitutivo.—San José, 04 de diciembre del 2015.—Lic. Sergio Jiménez
Odio, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 45140.—(IN2016000206).
Por
escritura número 156, otorgada ante el notario público Marco Vinicio Arias
Alfaro, a las 13:00 horas del 10 de diciembre del 2015, se crea la sociedad
anónima denominada Fumitec de Costa Rica S. A., con los siguientes
nombramientos: Presidente: Mauricio Antonio Víquez Cordero, cédula 1-734-801,
Vicepresidente: Mauricio Antonio Víquez Mora, cédula 1-1591-773, Secretaria:
Lizeth María Campos Aguilar, cédula 1-1003-188, Fiscal: Karen Cristina Víquez
Mora, cédula 1-1409-328. Corresponderá al presidente y vicepresidente la
representación judicial y extrajudicial de la compañía, ambos con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar de forma
individual o conjunta. Es todo.—San José, 18 de diciembre del 2015.—Lic. Marco
Vinicio Arias Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2015088343).
Yo,
Gonzalo Velásquez Martínez, hago constar que el día de hoy he protocolizado en
mi notaría, acta de asamblea de accionistas de la sociedad Villa Escazú
Colonial Cala Diecisiete Sociedad Anónima, donde se modifica el pacto
constitutivo, se transforma la sociedad y se realizan nombramientos. Es
Todo.—San José, 17 de diciembre del 2015.—Lic. Gonzalo Velásquez Martínez,
Notario.—1 vez.—(IN2015088345).
Por
escritura otorgada ante este notario, a las ocho horas del dieciocho de
diciembre del dos mil quince, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad Toshiba
de Costa Rica CR Sociedad de Responsabilidad Limitada. Mediante la cual
acuerda la disolución de la sociedad. Dentro del plazo de treinta días a partir
de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus
derechos e intereses en la presente disolución.—San José, dieciocho de
diciembre del dos mil quince.—Licda. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1
vez.—(IN2015088365).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 16 de diciembre de 2015, se
constituyó la sociedad anónima denominada Emprendedores Contemporáneos S.A.,
domiciliada en Santa Lucía de Barva de Heredia, plazo social: 99 años, capital
diez pupitres con valor nominal de treinta mil colones, suscrito y pagado. El
señor Daniel Cavallini Espinoza, es el presidente quien tiene la representación
judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma.—Licda. María de los Ángeles Valerio Segura, Notaria.—1
vez.—(IN2015088366).
Mediante
escritura treinta y cuatro-nueve de las quince horas del dieciséis de diciembre
del dos mil quince, con fundamento en el transitorio segundo de la Ley nueve
cero dos cuatro del día veintisiete de diciembre de dos mil once se acordó la
disolución de la empresa Grupo Hemisférico Consolidado S. A., con cédula
jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y dos mil cuatrocientos noventa
y cinco. Es todo.—Heredia, dieciséis de diciembre del dos mil quince.—Licda.
Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(IN2015088385).
Por
escritura número doscientos treinta y tres, ante este notario, se modificaron
las cláusulas primera, quinta, décima y décima primera de la sociedad Constructora
SIASA Servicios de Infraestructura Agrícola de Cartago Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y seis mil
veinticinco, para que en lo sucesivo de lea así: La sociedad se denominará Constructora
SIASA Sociedad Anónima. El capital social será la suma de veinticinco
millones de colones. El nombramiento de nuevo tesorero, vicepresidente,
secretario, fiscal y agente residente de la junta directiva.—Cartago, 8 de
diciembre del 2015.—Lic. Esteban José Martínez Fuentes, Notario.—1
vez.—Solicitud Nº 45139.—(IN2016000205).
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las diecinueve horas del veintitrés de
noviembre del dos mil quince, protocolicé acuerdos de la sociedad denominada Costa
Rica Lily Limitada, mediante los cuales se reforma la cláusula segunda del
pacto constitutivo.—San José, 04 de diciembre del 2015.—Lic. Sergio Jiménez
Odio, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 45140.—(IN2016000206).
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las diecinueve horas treinta minutos del
veintitrés de noviembre del dos mil quince, protocolicé acuerdos de la sociedad
denominada Bayview Royal Sociedad Anónima, mediante los cuales se
reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, 4 de
diciembre del 2015.—Lic. Sergio Jiménez Odio, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº
45142.—(IN2016000207).
Ante
esta notaría, se modificaron los estatutos (domicilio social y representación)
de la empresa denominada Inversiones Múltiples Supermares Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos doce mil
doscientos noventa y nueve.—San Vito, Coto Brus, Puntarenas, ocho de diciembre
del dos mil doce.—Lic. David Matamoros Salazar, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 45143.—(IN2016000208).
Ante
esta notaría, por medio de escritura pública número 57-VII, otorgada en
Guanacaste, a las 9:00 horas del 8 de diciembre del 2015, se protocolizó el
acta número treinta y uno de la Asociación Cámara de Turismo
Guanacasteca, en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: Primero: (…)
Segundo: (…) Tercero: (…) Cuarto: (…) Quinto: (…) Sexto: Se eligen los puestos
de presidente, vocal uno, vocal tres, vocal cuatro, vocal cinco, tesorero y
fiscal. Sétimo: (…) Octavo: (…) Noveno (…).—Guanacaste, nueve de diciembre del
dos mil quince.—Licda. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—Solicitud Nº
45165.—(IN2016000209).
Ante
esta notaría, por medio de escritura pública número 56-VII, otorgada en
Guanacaste, a las 16:00 horas del 7 de diciembre del 2015, se protocolizó el
acta número dos de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Cuatro Seis Cuatro
Seis Cinco Cero S. A., en la cual se tomó el siguiente acuerdo: Primero:
Revocar los nombramientos de la junta directiva, fiscal y agente residente.—Guanacaste,
nueve de diciembre del dos mil quince.—Licda. Laura Coto Rojas, Notaria.—1
vez.—Solicitud Nº 45167.—(IN2016000210).
En mi
notaría, a las doce horas del primero de octubre del dos mil quince,
protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas
de la sociedad Ranger Nineteen Niney Six Sociedad Anónima, se realiza la
modificación de los estatutos sociales.—San José, nueve de diciembre del dos
mil quince.—Licda. Dora María Figueroa González, Notaria.—1 vez.—Solicitud Nº
45168.—(IN2016000211).
El
suscrito notario, protocolizó el día ocho de diciembre de dos mil quince, el
acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía Palms
Seven Zero Two LLC. Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se
modifica la cláusula sexta de administración.—San José, nueve de diciembre del
dos mil quince.—Lic. Roger Petersen Morice, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº
45181.—(IN2016000212).
Por
escritura número doscientos veintitrés, ante este notario, se modificó la
cláusula sétima de la sociedad De La Riviera del Este Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y dos mil
setecientos noventa y uno.—Cartago, 9 de diciembre del 2015.—Lic. Esteban José
Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 45186.—(IN2016000213).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 05 de
octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Shangrila
Inversiones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 05 de octubre
del 2015.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1
vez.—CE2015008311.—(IN2016000329).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 03 de
octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
S&R Nena de Zarcero Sociedad Anónima.—San José, 05 de octubre del
2015.—Lic. Javier Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—CE2015008312.—(IN2016000330).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de
octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Corporación La
Hacienda Sesenta y Dos de Santa Ana Sociedad Anónima.—San José, 05
de octubre del 2015.—Lic. Marcela Freer Rohrmoser, Notaria.—1
vez.—CE2015008313.—(IN2016000331).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
NOTIFICACIÓN
DE EMPLAZAMIENTO,
INTIMACIÓN E IMPUTACIÓN
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO, con
oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San
Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, quinto piso, de conformidad con la
competencia legal atribuida por el artículo 140 del Código Notarial, en
cumplimiento de los acuerdos del Consejo Superior Notarial números 2013-003-005
y 2013-011-006, en contexto con lo dispuesto por la Sala Constitucional en los
Votos números 8197-1999, 4841-2002, 19054-2014, 19424-2014 y 17855-2015, y por
así haberse ordenado en EXPEDIENTE administrativo número 14-001247-0624-NO
(1428-14), hace saber y NOTIFICA al
Notario(a) Público(a) MARIA DEL
ROSARIO RAMÍREZ AZOFEIFA, cédula de identidad número 4-0105-0355,
carné número 4827, que se ha abierto procedimiento administrativo no
disciplinario para la INHABILITACIÓN O CESE FORZOSO en la función
pública notarial que con carácter de delegatario funcional le fuera conferida
por el Estado. OBJETIVO y CAUSA:
El procedimiento tiene como objetivo y causa la averiguación de la verdad real
por existir o sobrevenir pérdida de requisitos legales para ser y ejercer como
Notario Público, concretamente por no
encontrarse al día en el pago del Fondo de Garantía Notarial (pagado por
mensualidad anticipada o adelantada) y por carecer
de Tomo de Protocolo en uso y autorizado, requisito sin el cual no puede
ostentar la condición de Notario Público. CUOTAS
ADEUDADAS: De conformidad con los reportes diarios remitidos a la DNN por
BN-VITAL del Banco Nacional de Costa Rica, se encuentra registrado en el
Registro Nacional de Notarios que al dictarse el Acto Inicial de traslado del
procedimiento el Notario Público adeuda al Fondo de Garantía Notarial la
cantidad de CUATRO CUOTAS. EMPLAZAMIENTO
y CONFORMACIÓN DEL EXPEDIENTE: Se hace saber al Notario(a) accionado(a)
que esta Administración activa ha conformado un expediente
en el que constan las probanzas de cargo sobre los hechos y circunstancias
antes endilgados que sirven de base a este traslado, el cual se encuentra a su
disposición en las instalaciones de la Dirección Nacional de Notariado en la
dirección física antes indicada. Se confiere al (la) accionado(a) el PLAZO de OCHO
DÍAS HÁBILES a partir del día siguiente de la notificación de este traslado, para que haga uso de su derecho
de defensa, presente por escrito los descargos legales que estime pertinentes y
ofrezca la prueba idónea y admisible conforme a la normativa notarial vigente
en abono a su defensa. DEBER DE ESTAR
AL DÍA: Se apercibe a el (la) Notario(a) Público(a) que en todo momento
debe estar al día y mantener pagado por
mensualidades adelantadas o anticipadas el Fondo de Garantía Notarial; la
falta de pago de una sola cuota
constituye impedimento legal para ser y ejercer como delegatario del Estado la función pública del notariado, dada
la especial naturaleza del Fondo como garantía para la colectividad de los
eventuales daños y perjuicios que pudiera ocasionar el Notario en el desempeño
funcional y en virtud del régimen de SUJECIÓN ESPECIAL al que está compelido
todo delegatario del Estado de la
potestad pública funcional del notariado y de la fe pública. Por consiguiente,
queda apercibido (a) que aún y cuando pague la totalidad de las cuotas
endilgadas como adeudadas, si al
dictarse el Acto Final o resolverse recursos ha sobrevenido nuevamente
MOROSIDAD, indefectiblemente se dictará
la inhabilitación o cese forzoso. MEDIDAS CAUTELARES. Por no
encontrarse al día en el pago del Fondo de Garantía Notarial, y por un PLAZO de
SEIS MESES a partir de la fecha de
notificación de este emplazamiento, se ha decretado la MEDIDA CAUTELAR
de inhabilitación de la Licencia para
ejercer como delegatario del Estado
la función pública del notariado. RESOLUCIÓN
INTEGRAL: Se informa al Notario(a) Público(a) que la resolución integral
del Acto Inicial está a su disposición en el respectivo expediente
administrativo. CÓMPUTO DEL EMPLAZAMIENTO:
En virtud de la modalidad de notificación y de conformidad con el artículo 241
inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, el emplazamiento
empezará a correr cinco días hábiles después de la tercera publicación.—San
José, Montes de Oca, 16 de diciembre del 2015.—Unidad Legal Notarial.—Lic.
Melvin Rojas Ugalde, Jefe.—O. C. Nº 81.—Solicitud Nº 45753.—(IN2016000110).
SUCURSAL
DESAMPARADOS
De conformidad con el artículo 20 del
Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes por ignorarse
domicilio actual del patrono Ana Luisa Ramírez Marín número patronal
0-104950444-002-001, el Área de Inspección de la Sucursal de Desamparados
notifica Traslado de Cargos 1202-2015-01500 por eventuales omisiones
salariales, por un monto de ¢43.541,00 en cuotas obrero patronales. Consulta
expediente en Desamparados, frente a Clínica Dr. Marcial Fallas, costado sur de
Centro Comercial Decosure. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto
día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones
jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones
dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de
Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las
resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de
24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Desamparados, 31 de
diciembre del 2015.—Lic. Johel A. Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—(IN2016000601).
De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para
Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores
Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono Elieth María Soto
Pineda número patronal 0-204000848-002-001, el Área de Inspección de la
Sucursal de Desamparados notifica Traslado de Cargos 1202-2015-01611 por
eventuales omisiones salariales, por un monto de ¢36.520,00 en cuotas obrero
patronales. Consulta expediente en Desamparados, frente a Clínica Dr. Marcial
Fallas, costado sur de Centro Comercial Decosure. Se le confiere 10 días
hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer
pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene
señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo
establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de
San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por
notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—Desamparados, 31 de diciembre del 2015.—Lic. Johel A.
Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—(IN2016000602).
De conformidad con el artículo 20 del Reglamento
para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores
Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono Feran Comercial A y F
S. A. número patronal 2-3101551567-001-001, el Área de Inspección de la
Sucursal de Desamparados notifica Traslado de Cargos 1202-2015-01600 por
eventuales omisiones salariales, por un monto de ¢102.172,00 en cuotas obrero
patronales. Consulta expediente en Desamparados, frente a Clínica Dr. Marcial
Fallas, costado sur de Centro Comercial Decosure. Se le confiere 10 días
hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer
pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene
señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo
establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de
San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por
notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—Desamparados, 31 de diciembre del 2015.—Lic. Johel A.
Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—(IN2016000603).
De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para
Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores
Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono Olman Moraga Araya,
número patronal 0-203390997-001-001, el Área de Inspección de la Sucursal de
Desamparados notifica Traslado de Cargos 1202-2015-01503 por eventuales
omisiones salariales, por un monto de ¢7.156.278,00 en cuotas obrero
patronales. Consulta expediente en Desamparados, frente a Clínica Dr. Marcial
Fallas, costado sur de Centro Comercial Decosure. Se le confiere 10 días
hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer
pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene
señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo
establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de
San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por
notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—Desamparados, 31 de diciembre del 2015.—Lic. Johel A.
Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—(IN2016000604).
De
conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de
las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorarse
domicilio actual del patrono Gran Rombo S. A. número patronal
2-3101667056-001-001, el Área de Inspección de la Sucursal de Desamparados
notifica Traslado de Cargos 1202-2015-01606 por eventuales omisiones
salariales, por un monto de ¢44.944,00 en cuotas obrero patronales. Consulta
expediente en Desamparados, frente a Clínica Dr. Marcial Fallas, costado sur de
Centro Comercial Decosure. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto
día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las
alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para
notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte
Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo
las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso
de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Desamparados, 31
de diciembre del 2015.—Lic. Johel A. Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—(IN2016000605).
MUNICIPALIDAD
DE VALVERDE VEGA
En cumplimiento de los artículos 137, inciso d) y 192 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto los
saldos deudores que representan sumas firmes, líquidas y exigibles, de las
obligaciones incumplidas hasta el 30 de setiembre de 2015 por los siguientes
contribuyentes: 3101502434 S. A. 3101502434, monto 30,057; 18 Trim.; 3101572859
S. A. 3101572859, monto 37,656; 32 Trim.; 3101592463 S. A. 3101592463, monto
256,794; 58 Trim.; Abarca Salazar Leticia
202930918, monto 23,955; 21 Trim.; Acosta Porras Carlos Manuel
201590244, monto 92,729; 146 Trim.; Acosta Porras Liseth Elena 205700190, monto 78,352; 35 Trim.; Acuña
Castro Marcela 205800242, monto 18,536; 35 Trim.; Acuña Fernández Digna 103270776, monto 746,750; 43 Trim.; Acuña
Umaña Herber Esteban 205720211, monto 21,960; 18 Trim.; Agencia de Viajes Jf S.
A.. 3101608864, monto 244,725; 13 Trim.;
Aguilar Cambronero Adriana Mar
113910151, monto 17,314; 21 Trim.; Albergue El Quetzal
Internacional 3101131459, monto 49,819;
16 Trim.; Alcázar Mena Carmen Nelly 202340754, monto 25,398; 21 Trim.; Alfaro
Alfaro Elsa Eraida 203800611, monto 310,583; 31 Trim.; Alfaro Alfaro Raúl
Antonio 900750435, monto 564,837; 32
Trim.; Alfaro Araya Daniel 108540012, monto 234,926; 20 Trim.; Alfaro Arce
Jennifer 205930820, monto 30,590; 24
Trim.; Alfaro Conejo Roger 203740184, monto 79,580; 12 Trim.; Alfaro Coto
Sandra Marcela 112030429, monto 15,433;
21 Trim.; Alfaro Elizondo Roberto Javier
113180836, monto 316,775; 42 Trim.; Alfaro Muñoz Johnnathan 205160114,
monto 15,457; 21 Trim.; Alfaro Rodríguez Edwin Guillermo 201980500, monto 702,873; 90 Trim.; Alfaro
Román Ramsés Alberto 204860200, monto 92,547; 14 Trim.; Alfaro Salas Javier
201730929, monto 267,070; 46 Trim.; Alfaro Solís María Marcela 204800610, monto 16,227; 33 Trim.; Alfaro
Zamora José Wilberth 202960048, monto 14,784; 21 Trim.; Alpízar Castro Arsenio
Gerardo 202831052, monto 15,744; 47
Trim.; Alpízar Jiménez Eduardo Carlos 204740437, monto 62,001; 27 Trim.;
Alpízar Vega Yenfer 205570985, monto 67,404; 18 Trim.; Alvarado Aguilar Marta 400660016, monto 17,056; 50 Trim.; Alvarado
Alvarado Haydee 900440664, monto 12,604;
36 Trim.; Alvarado Araya Mauro
701330805, monto 227,371; 42 Trim.; Alvarado Chacón Gustavo Daniel 114050748, monto 77,559; 20 Trim.; Anosh Sp
Sociedad Anónima 3101441985, monto 202,116; 146 Trim.; Anosh Sp Sociedad
Anónima 3101441985, monto 202,116; 146 Trim.; Araya Quesada Alexander
204620009, monto 265,141; 46 Trim.; Araya Sobaja Nancy Alejandra 205560885, monto 25,025; 17 Trim.; Arguedas
Jiménez Xinia 401580531, monto 441,456;
16 Trim.; Arguedas Muñoz Viviana Vanessa
205590666, monto 18,453; 24 Trim.; Arguello Campos Evelio 201430529, monto 18,954; 50 Trim.; Arguello
Castro Ofelia 204330089, monto
1,676,129; 78 Trim.; Arguello Kathlyn
494583526, monto 37,845; 30 Trim.; Arias Chaves Vanessa María 110370382, monto 1,703,349; 48 Trim.; Arias
Pérez Hugo Mauricio 205810073, monto 43,849; 14 Trim.; Arias Quesada José
Wilbeth 203590934, monto 191,714; 12
Trim.; Arias Segura David Alonso 205570884, monto 19,202; 25 Trim.; Arroyo
Argüello Rafael Ángel 204060388, monto
13,719; 18 Trim.; Artavia Ramírez Randall Albert 204550569, monto 235,246; 36 Trim.; Asch
Bravo Agik 701140146, monto 351,567; 22 Trim.; Asociación Administ. Del
Acued 3002623995, monto 15,105; 38
Trim.; Avalos Monge Luis Mariano 109030832, monto 10,270; 14 Trim.; Ávila
Montero César Esteban 111160857, monto 22,481; 31 Trim.; Badilla Méndez María
Florybeth 502040060, monto 345,589; 44
Trim.; Banco de Costa Rica 4000000019, monto 2,923,027; 135 Trim.; Barahona
Noguera Juan Carlos 204960149, monto
239,844; 44 Trim.; Barrantes Barboza Argentina
105440345, monto 124,114; 12 Trim.; Barrantes Castro Jorge
Guillermo 204340787, monto 232,455; 34
Trim.; Barrantes Chaves Jorge Eduardo
203770680, monto 133,219; 34 Trim.; Barrantes Corrales Luis Albert 202761205, monto 28,902; 17 Trim.; Barrantes
Mora Ovidio 104660259, monto 228,511; 51 Trim.; Barrantes Murillo Auristela
201190741, monto 201,537; 15 Trim.; Barrantes Murillo José 106290141, monto 582,008; 39 Trim.; Barrantes
Salazar Geovanny 204630748, monto
33,590; 15 Trim.; Barroeta S. A. 3101174270, monto 132,198; 27 Trim.;
Beneficiadora Sarchí Industria
3101154694, monto 46,876,554; 70 Trim.; Bonilla Castro Carlos Antonio
203970358, monto 450,050; 35 Trim.; Bonilla Marín Jorge Luis 202600521, monto 180,836; 33 Trim.; Bonilla
Rodríguez Juan Daniel 203240160, monto 31,010; 18 Trim.; Bonilla Toruño Aida
María 602090721, monto 13,180; 18 Trim.; Brejcha Skardova Lubomir Hugo
54908970, monto 378,477; 36 Trim.; Cafetalera Monte Flores S. A. 3101460719, monto 2,823,860; 45 Trim.; Cajina
Ortega Héctor 202861170, monto 162,159;
79 Trim.; Calvo Chacón Antonio Gerardo
202930820, monto 200,012; 17 Trim.; Camacho Valerin Mario Alberto
700950180, monto 52,986; 82 Trim.; Cambronero Chaves Geison 205520668, monto 455,686; 12 Trim.; Campos
Araya Gustavo 206760791, monto 331,092;
16 Trim.; Campos Chavarría Luis Teylor
205590267, monto 454,961; 27 Trim.; Campos Cordero Ana Yansy 205020295, monto 141,869; 16 Trim.; Campos
Cordero Jeimy María 503360157, monto
17,003; 21 Trim.; Campos Rojas Edwin Martín 204010894, monto 55,820; 30 Trim.;
Campos Salas María Isabel 203220644, monto 315,527; 50 Trim.; Campos Zamora
Manuel Ángel 205170107, monto 36,337; 32
Trim.; Campos Zamora Reinier 204480379, monto 404,814; 90 Trim.; Caoflone S. A.
3101585186, monto 1,687,280; 48 Trim.; Carvajal Arrieta Judith 900730605, monto
10,277; 13 Trim.; Carvajal Arrieta Judith 900730605, monto 10,277; 13 Trim.;
Carvajal Arrieta Ronald 204830032, monto 24,268; 33 Trim.; Carvajal Cordero
Yajaira María 206850724, monto 15,510;
48 Trim.; Casa Cleo S. A. 3101400775,
monto 88,335; 19 Trim.; Cascante Arias José Alejandro 203390802, monto 690,169;
27 Trim.; Cascante Arias Luis Alberto 203220640, monto 134,358; 15 Trim.; Castro
Pérez Willfredd 602750636, monto 98,430;
13 Trim.; Céspedes Alfaro Randy David 114440930, monto 14,444; 27 Trim.;
Céspedes Barrantes Grettel Yor
107280685, monto 78,230; 50 Trim.; Céspedes Herrera Sandra María
204660003, monto 66,101; 15 Trim.; Céspedes Mena Odilio 202110453, monto 24,663; 42 Trim.; Chacón
Jiménez Norma Mayela 204600663, monto 14,117; 17 Trim.; Chavarría Calderón
Fabio 502040632, monto 1,230,281; 36
Trim.; Chavarría Navarro José 201620566,
monto 36,527; 104 Trim.; Chaves Campos Carlos
201910130, monto 25,998; 33 Trim.; Chaves Cascante Elsie 202890109,
monto 151,069; 22 Trim.; Chaves Méndez Leonel
603110507, monto 453,115; 15 Trim.; Chaves Murillo Dania Marcela 204700068, monto 39,251; 21 Trim.; Chavez
Benavides Flor María 203070544, monto 14,996; 36 Trim.; Chinchilla Garita Dita
Iris 601230222, monto 274,296; 54 Trim.; Cielo Azul Naranjeño Ltda. 3102367335, monto 415,396; 34 Trim.; Club
Internac. Bella Vista Ltda. 3102282115,
monto 3,605,044; 23 Trim.; Compañía Constructora Martex S 3101514674, monto 760,868; 40 Trim.; Conejo
Castro Marlene Francisca 203250060,
monto 18,799; 40 Trim.; Contreras Peña Iris Del Carmen 502740568, monto 571,138; 48 Trim.;
Corporación Lumaq A.B.C. Srl.
3102469705, monto 21,478; 15 Trim.; Cordero Vega Mainor 204080436, monto
211,490; 24 Trim.; Corporación E Inversiones Dejo 3101331367, monto 25,986; 42 Trim.; Corrales
Salazar Uriel 202781278, monto 179,854;
29 Trim.; Corrales Segura Arsenio 204660579, monto 299,005; 27 Trim.; Corrales
Segura José Joaquín 201620309, monto
11,966; 34 Trim.; Cortes Valerio Juana Idaly
502240593, monto 302,211; 19 Trim.; Cruz Castro Iliana María 204160632, monto 22,142; 32 Trim.; Cruz
Ugalde Sugey 205780362, monto 306,245; 30 Trim.; Cubero Acosta Denia María
204660614, monto 353,230; 29 Trim.; Cubero Mora Manrique 205290181, monto 18,314; 34 Trim.; Defoe S.
A. 3101010300, monto 65,938; 24 Trim.;
Delgado Marín Isaac 602490125, monto 259,549; 56 Trim.; Díaz Guzmán Leticia
401600737, monto 531,288; 49 Trim.; Doranesu S. A. 3101114460, monto 429,866;
120 Trim.; Doubleday Castro Johnny Mauricio
204360188, monto 20,986; 21 Trim.; El Estado 2000045522, monto 894,312;
22 Trim.; Espinoza Corrales Jorge Albert
203500685, monto 263,460; 33 Trim.; Esquivel Corrales Javier Alber 204410929, monto 132,539; 16 Trim.; Esquivel
Corrales Oscar Bolívar 106820586, monto
392,671; 34 Trim.; Esquivel Murillo Dixon Ramón
204790294, monto 202,314; 33 Trim.; Esquivel Rodríguez Jeriman Ale 205760853, monto 60,672; 34 Trim.; Fang Zaun
Zheng Xian 800930806, monto 112,210; 14
Trim.; D 3004045094, monto 3,807,578;
158 Trim.; Fernández Morales Donald
600910123, monto 12,552; 32 Trim.; Finca Peralta S. A. 3101014821, monto 167,196; 138 Trim.; Finca
Peralta S. A.. 3101014821, monto
167,196; 138 Trim.; Flores Segura Marco Tulio 900960253, monto 267,665; 49
Trim.; Fonseca Barrantes Inés Daniela
901130191, monto 42,039; 72 Trim.; Fonseca González Marina 400780030,
monto 275,877; 34 Trim.; Fonseca Solano Jorge Eduardo 900380989, monto 43,932; 32 Trim.; Gamboa
Arias Yamileth María 205960825, monto 25,278; 42 Trim.; Garmendia Corea Johel
155809135821, monto 41,274; 27 Trim.; Gary Lee Covert 202035580, monto 41,846;
21 Trim.; González Araya Jorge Arturo 203770084, monto 250,784; 15 Trim.;
González Barrantes Luis Guille
203790134, monto 16,953; 39 Trim.; González Porras Sinais 502350488, monto 11,302; 42 Trim.; González
Salas Martín 203270702, monto 608,639; 69 Trim.; H Y J Tapicerías Sociedad De
R 3102616089, monto 840,508; 28 Trim.;
Hacienda La Luisa S. A.. 3101002154,
monto 6,801,611; 27 Trim.; Hernández Escoto David 000C194632, monto 269,538; 40
Trim.; Hernández Ricardo 159048876, monto 29,308; 72 Trim.; Hernández Soto
Ademar 202861316, monto 24,881; 39 Trim.; Herrera Céspedes Martha Ruth 204760704, monto 59,349; 13 Trim.; Herrera Corrales
Manuel 203920003, monto 201,568; 18 Trim.; Herrera Jiménez Rafael Tobías
201760716, monto 12,062; 50 Trim.; Herrera Salas Katia 204780232, monto 27,462;
27 Trim.; Herrera Zamora Anyelo de Jesús
206710158, monto 187,780; 40 Trim.; Inversiones Alpízar Castro Glo 3101542099, monto 47,911; 22 Trim.;
Inversiones Calderón & Jiménez
3102469895, monto 29,070; 15 Trim.; Inversiones Campos y Peña Soci 3102558755, monto 118,225; 27 Trim.;
Inversiones Molrod R & V De Gr
3101509911, monto 62,673; 66 Trim.; Inversiones Vargas Bolaños H Y 3101573045, monto 58,292; 34 Trim.; Jaramillo
Herrera Hazel 107670974, monto 441,726; 50 Trim.; Jiménez Acuña Ronald Humberto
203540065, monto 15,739; 21 Trim.; Jiménez Araya Ana Lorena 203380523, monto 430,084; 38 Trim.; Jiménez
Corrales Bolívar 201300275, monto
38,885; 47 Trim.; Jiménez Portugués Lidieth 107250135, monto 41,720; 20 Trim.;
Logos Publicidad S. A.. 3101148082, monto 132,437; 16 Trim.; López López Abel 600630557, monto 33,590; 15 Trim.; Maderas El
Encanto De Responsa 3102553680, monto
33,705; 29 Trim.; Madrigal Alfaro Erika 205630635, monto 111,930; 19 Trim.;
Madrigal Araya Carmen Elizabet
203450692, monto 78,553; 138 Trim.; Madrigal Camacho Alonso Gerard 205950100, monto 40,058; 24 Trim.; Madrigal
Camacho David Antonio 206100627, monto
40,058; 24 Trim.; Marín Alfaro Celia María
112770459, monto 596,524; 42 Trim.; Marín Segura Sindy 205840644, monto 163,647; 21 Trim.; Medina
Mendoza Félix José 135068302001999, monto 81,870; 24 Trim.; Méndez Valverde
Gerardo 203080167, monto 175,081; 25 Trim.; Michael Ryan Thompson 94707914,
monto 78,885; 38 Trim.; Miranda Calvo Evelyn María 206600780, monto 44,125; 30 Trim.; Miranda
Fernandez Yahaira Mari 503240349, monto
85,771; 74 Trim.; Molina Hidalgo Vitalia
202310689, monto 17,056; 50 Trim.; Monge Alpízar María Sonia 203770539,
monto 17,665; 19 Trim.; Montero Herrera Cinthya 110130674, monto 26,552; 33
Trim.; Mora García Alice 201620680, monto 26,400; 17 Trim.; Mora García
Leonel 202860954, monto 173,237; 102
Trim.; Mora García Leonel 202860954,
monto 173,237; 102 Trim.; Mora Jiménez Allan
205790806, monto 155,142; 12 Trim.; Mora Madrigal Cristiam 205470563, monto 150,539; 58 Trim.; Mora
Matamoros Eddy Gerardo 105730654, monto 443,027; 34 Trim.; Morales Barrantes
Rosa 200078005, monto 157,760; 154
Trim.; Morales Murillo Elizabeth 204070054, monto 23,411; 27 Trim.; Murillo
Acuña Uriel Antonio 205530787, monto 19,290; 34 Trim.; Murillo Carvajal Arsenio 203470229, monto 49,921; 19 Trim.; Murillo
Espinoza Luis 205020987, monto 343,990; 12 Trim.; Murillo Ugalde José Fabio
204160091, monto 890,576; 69 Trim.; Murillo Ugalde Wilberth Antoni 204600503, monto 220,797; 38 Trim.; Narváez
Umaña Carolina 207050551, monto 13,094;
30 Trim.; Núñez Vega Adilia 201080299, monto 12,878; 51 Trim.; Oconitrillo
Suárez Rodolfo 203700109, monto 65,304;
16 Trim.; Pacheco Chinchilla Virgita
203340066, monto 17,099; 50 Trim.; Palacios Pérez Shirley 502510826, monto 32,658; 31 Trim.; Paniagua
Vargas Abraham 115330678, monto 36,780; 52 Trim.; Paniagua Vargas César
Andrés 114670551, monto 36,780; 52
Trim.; Paniagua Vargas Pedro David 114670550, monto 845,490; 56 Trim.; Parra
Sánchez Cruz 900670889, monto 134,542;
76 Trim.; Parra Sánchez Recadero
204600943, monto 59,349; 13 Trim.; Peralta Rodriguez Guido 201330671,
monto 23,103; 47 Trim.; Pérez Barahona Carlos Andrés 205240747, monto 13,806; 18 Trim.; Pérez
Herrera Elizabeth 108240154, monto 106,139; 58 Trim.; Pérez Zamora José Eddy 203670484, monto 15,067; 13 Trim.; Picado
Madrigal Carmen 201220256, monto
667,348; 73 Trim.; Ponce Gómez Cristian Alonso 115770529, monto 10,682; 40
Trim.; Porras Alfaro Nuria Fainier 900450254, monto 295,465; 42 Trim.; Porras
Cubero Vinicio 205920060, monto 40,058; 24 Trim.; Porras Sibaja Francisco
204680045, monto 59,819; 12 Trim.; Porras Zamora Carlos 202120260, monto 47,866; 35 Trim.; Productos
de Pollo Kornelsen Y 3101041862, monto
75,312; 32 Trim.; Proyecto Ipanema Ltda.
3102283448, monto 172,687; 40 Trim.; Quesada Aguilera Iveth 202020054, monto 219,732; 17 Trim.; Quesada
Bertha Lucia 110836818, monto 77,702;
154 Trim.; Quesada Castillo María Emilena
205890012, monto 67,773; 34 Trim.; Quesada Castro Brayan 206230096, monto
238,468; 16 Trim.; Quesada Chacón Luis Edin
203530116, monto 310,160; 154 Trim.; Quesada Cueva Luis Carlos
206110151, monto 258,379; 21 Trim.; Quesada Esquivel Carlos Eduardo 203580425, monto 767,011; 49 Trim.; Quesada
González Hernán 202890287, monto 61,188; 19 Trim.; Quesada Jiménez Alfredo
204220078, monto 50,646; 12 Trim.; Quesada Marín Dinia Paola 207800680, monto
11,933; 27 Trim.; Quesada Marín Eric
208080815, monto 11,933; 27 Trim.; Quesada Rodriguez José Efraim
204190006, monto 167,229; 36 Trim.; Quirós González Danilo 201840401, monto 11,484; 12 Trim.; Quirós
Ugalde Jessica María 207650746, monto 12,196; 42 Trim.; Rachelle Arberman
159246449, monto 41,834; 56 Trim.; Ramírez Guerrero Henry 108720920, monto 294,774; 32 Trim.; Ramírez
Guerrero Julio César 107470872, monto
375,253; 24 Trim.; Ramírez Ledezma Francisco 202950184, monto 163,190; 33
Trim.; Ramírez Ledezma Francisco 202950184, monto 163,190; 33 Trim.; Ramírez
Santos Kenneth Armando 114640447, monto
564,571; 66 Trim.; Rodriguez Alvarado Claudio Efr 601440766, monto 115,554; 66 Trim.; Rodríguez
Bogantes Rafael 1000030278, monto 90,415; 154 Trim.; Rodríguez Castro Flor
203190651, monto 1,508,569; 12 Trim.; Rodríguez Cubero Lucinia 203870570, monto 141,065; 14 Trim.; Rodríguez
Martínez José Albert 206190797, monto
16,0320; 82 Trim.; Rodríguez Martínez Karla Vanes 206550759, monto 16,032; 82 Trim.; Rodríguez
Martínez María Milagro 206340178, monto
598,363; 81 Trim.; Rodríguez Valverde Verónica Pa 205860265, monto 26,365; 15 Trim.; Rodríguez
Villalobos William 202310906, monto
155,430; 90 Trim.; Rodríguez Zamora Víctor 203970608, monto 217,193; 434 Trim.;
Rojas Rodríguez Raúl 201520053, monto
27,981; 74 Trim.; Rojas Salazar Alexander 203220341, monto 28,777; 27 Trim.;
Rojas Segura Ovidio Gerardo 204710710, monto 126,371; 27 Trim.; Rugama Calvo
Yarlin 112920110, monto 27,569; 50 Trim.; Ruiz Soto Nydia 601790239, monto
516,529; 50 Trim.; Saborío Chaverri María Lineth 204240867, monto 212,182; 45
Trim.; Salas Acosta Máximo 204070174, monto 915,354; 39 Trim.; Salas López Juan
Félix 202940640, monto 132,201; 15 Trim.;
Salas Porras Jorge 202270684, monto
174,911; 30 Trim.; Salazar Carvajal Eulogio
201070522, monto 366,926; 188 Trim.; Salazar Carvajal Jorge Antonio 203510095, monto 696,987; 132 Trim.; Salazar
Carvajal Manuel Ángel 205030845, monto 261,178; 151 Trim.; Salazar Corrales
Anais Magaly 108620226, monto 53,179; 27 Trim.; Salazar Cortés Diniett
Gerarda 203740651, monto 115,414; 66
Trim.; Salazar Gonzalo José David
205920014, monto 256,275; 13 Trim.; Salazar Porras Seleny de los A. 206040818, monto 66,416; 23 Trim.; Schneider
Gustavo Francisco 469575550, monto 18,034; 18 Trim.; Segura Barrantes José
Mario 205470631, monto 296,94; 17 Trim.; Segura Ceciliano Carlos Enrique 106730797, monto 10,680; 50 Trim.; Serrano Acuña
Roger 203740248, monto 211,042; 27 Trim.; Sibaja Araya Verónica De Los A 206420573, monto 93,853; 74 Trim.; Solano
Salazar José Francisco 602080060, monto 315,534; 58 Trim.; Solís Castro María
Xinia 203990808, monto 264,874; 16
Trim.; Soto Barrantes Ronald 203630262, monto 695,885; 31 Trim.; Soto Castro
Carlos Alberto 203580009, monto 174,424;
27 Trim.; Soto Sánchez Marvin Gerardo 203471000, monto 171,900; 27 Trim.; Susan
Freese Covert 202035579, monto 41,846; 21 Trim.; Taller Mecánica Precisión El M 3101216182, monto 150,313; 18 Trim.; Torno y
Fresa Cascante Sociedad 3101386770,
monto 825,725; 27 Trim.; Toro Toro Sergio De La Cruz 10093235, monto 23,211; 48
Trim.; Torres Álvarez Cristina 501570513, monto 139,236; 29 Trim.; Torres Rojas
Margarita 602650704, monto 139,079; 26
Trim.; Ulate Alfaro Rosibel 202890643,
monto 2,757,807; 70 Trim.; Ulate Alfaro Virginia 202890645, monto 2,324,192; 72
Trim.; Umaña Carvajal Socorro 202140977,
monto 16,256; 21 Trim.; Umaña Méndez María Jacqueline 205190218, monto 58,414;
32 Trim.; Umaña Pérez José Antonio
202060954, monto 22,757; 80 Trim.; Valverde Matamoros Carmen 107570420,
monto 23,878; 50 Trim.; Valverde Matamoros Nuria María 108090196, monto 191,322; 34 Trim.; Valverde
Matamoros Nuria María 108090196, monto
191,322; 34 Trim.; Valverde Matamoros Yadira 106970371, monto 12,255; 33 Trim.;
Varela Cortés Alberto 104200776, monto 358,785; 18 Trim.; Vargas Alfaro Juana
201390218, monto 33,590; 15 Trim.; Vargas Castro Elizabeth 107600433, monto
91,182; 30 Trim.; Vargas Castro Jenny Cristina
106520317, monto 57,761; 15 Trim.; Vargas Cordero Bautista 200320512,
monto 87,934; 120 Trim.; Vargas Ledezma Erline Patricia 108020962, monto 25,675; 16 Trim.; Vargas
Marín Hillary 207030129, monto 46,744;
33 Trim.; Vargas Marín Joshua 206860096, monto 46,744; 33 Trim.; Vargas Vargas
Gerardo Felipe 203260817, monto 286,019;
52 Trim.; Vargas Vargas Mireya
202750194, monto 1,759,908; 180 Trim.; Vega Campos Anani 602810916,
monto 58,864; 106 Trim.; Vega Castro Gladys
203220044, monto 22,775; 36 Trim.; Vega Jiménez Marvin Gerardo
204520873, monto 131,375; 12 Trim.; Vega Morales Nelly 202010757, monto 33,590; 15 Trim.; Vega
Oviedo Katherine 503540106, monto 69,618; 18 Trim.; Vega Ramírez Deiver
205420923, monto 188,058; 24 Trim.; Vega Ramírez María Emildrey 203500691,
monto 12,623; 19 Trim.; Vega Rodriguez Britany Paola 208150372, monto 31,980; 15 Trim.; Vega
Rodríguez Josué 208600594, monto 31,980;
15 Trim.; Vega Rodríguez Óscar Daniel 208290146, monto 31,980; 15 Trim.; Vega
Rodríguez Yesica María 207070697, monto 88,233; 12 Trim.; Villas del Toro
Sociedad Anónima 3101566775, monto
13,382; 23 Trim.; Vindas Bogantes Natalia María 206090666, monto 1,462,693; 12
Trim.; Zamora Cubero José Fabio
204690354, monto 745,701; 44 Trim.; Zamora Madrigal Ronald Enrique 204850959, monto 11,068; 21 Trim.; Zamora
Núñez Evaudilio 202440053, monto 20,659;
33 Trim.; Zamora Soto Juan Carlos 205470754, monto 43,050; 15 Trim.; Acuña
Sánchez Gerardo Gilber 202830634,
monto 96,858; 11 Trim.; Araya Morales José Manuel 103130824, monto 52,975; 11 Trim.; Arias
Chacón José Alfonso 900920971, monto
19,587; 11 Trim.; Blanco Chaves Berardo 205340163, monto 33,155; 11 Trim.;
Calvo Argüello Ebbi 201550098, monto
22,039; 11 Trim.; Cano Zeledón Juan
011RE-001530-00 , monto 47,538;
11 Trim.; Castro González Grettel María
205000485, monto 12,590; 11 Trim.; Chaverri Alpízar Licía 202060999, monto 16,680; 11 Trim.;
Comercializadora Sarchí S. A.. 3101106270, monto 157,127; 11 Trim.; González
Chaves Carmen 203920383, monto 156,680;
11 Trim.; González Zamora Yuri Yuricsa
702790939, monto 25,030; 11
Trim.; Leitón Rodríguez Audilio
500780339, monto 48,429; 11
Trim.; López Martínez Juana 203440879,
monto 140,249; 11 Trim.; Mora Boutique Srl
3102637502, monto 209,839; 11
Trim.; Morales Barrantes Carlos Andre
205490718, monto 28,418; 11
Trim.; Nueva York Transferencias S. A.. 101264470, monto 180,311; 11 Trim.;
Santamaria Alfaro Yeimy Johann 205330027, monto 33,209; 11 Trim.; Segura
Alfaro Napoleón 202460911, monto 96,858; 11 Trim.; Ugalde Delgado Jeannette
204680643, monto 52,975; 11 Trim.; Zamora Alpízar Amable 201450674, monto
37,959; 11 Trim. Nota: Los montos publicados incluyen el recargo por intereses.
Se previene a los notificados que de no
cancelar estos saldos dentro de los diez días hábiles siguientes a la
publicación de este edicto, se trasladarán a trámite de cobro judicial.—Sarchí,
Valverde Vega.—Lic. Marco Antonio Zamora Soto, Coordinador.—1
vez.—(IN2016000686).
MUNICIPALIDAD DE FLORES
En La Gaceta Nº 231 del viernes 27 de
noviembre del 2015, en la página Nº 66 y siguientes se publicó el “Reglamento
de Utilización de Derecho de Vía Municipal, Cortes Viales y Trámites Afines”; y
el “Reglamento para la Instalación de Casetas de Seguridad y Mecanismos de
Vigilancia para el Acceso a Urbanizaciones y Barrios Residenciales de la
Municipalidad de Flores”, con los números de documentos IN2015073685 y
IN2015073696 respectivamente, los cuales fueron precedidos por un encabezado
erróneo y siendo que se trataban de las versiones definitivas lo correcto es
eliminar dicha leyenda para que se lea respectivamente, “El Concejo
Municipal en concordancia con las competencias otorgadas en el Código
Municipal, en su artículo 13, mediante el acuerdo N° 5000-15 de la sesión
ordinaria 417-15 del 13 de octubre del año 2015, pública la versión aprobada y
definitiva del Reglamento de Utilización de Derecho de Vía Municipal, Cortes
Viales y Trámites Afines; y el Reglamento para la Instalación de Casetas de
Seguridad y Mecanismos de Vigilancia para el Acceso a Urbanizaciones y Barrios
Residenciales de la Municipalidad de Flores, que se transcribe así:”
Lo demás permanece igual.
Flores, enero del 2016.—Gerardo Rojas
Barrantes, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2016000599).