LA GACETA N° 21 DEL 1° DE FEBRERO
DEL 2016
PODER EJECUTIVO
DECRETOS
Nº 39409-MEIC
Nº 39459-MOPT
Nº 39460-MP-MEIC
ACUERDOS
MINISTERIO
DE COMERCIO EXTERIOR
EDICTOS
MINISTERIO
DE LA PRESIDENCIA
DOCUMENTOS
VARIOS
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
AGRICULTURA Y GANADERÍA
EDUCACIÓN PÚBLICA
SALUD
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
PROGRAMA
DE ADQUISICIONES
AGRICULTURA
Y GANADERÍA
OBRAS
PÚBLICAS Y TRANSPORTES
EDUCACIÓN
PÚBLICA
SERVICIO
NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS,
RIEGO Y
AVENAMIENTO
AVISOS
MUNICIPALIDADES
MODIFICACIONES
A LOS PROGRAMAS
GOBERNACIÓN
Y POLICÍA
LICITACIONES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE PUERTOS
DEL
PACÍFICO
ADJUDICACIONES
CAJA COSTARRICENSE
DE SEGURO SOCIAL
AVISOS
REMATES
INSTITUTO
DEL CAFÉ DE COSTA RICA
MUNICIPALIDADES
REGISTRO
DE PROVEEDORES
BANCO
DE COSTA RICA
AVISOS
MUNICIPALIDADES
FE DE
ERRATAS
BANCO
DE COSTA RICA
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
BANCO DE COSTA RICA
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
RÉGIMEN
MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD
DE MONTES DE OCA
MUNICIPALIDAD
DE HEREDIA
MUNICIPALIDAD
DE BARVA
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
ECONOMÍA INDUSTRIA Y COMERCIO
En uso de las atribuciones que les confieren
los artículos 11, 140, incisos 3), 8), 18) y 20); artículo 146 de la
Constitución Política; artículos 11, 25 y 28, inciso 2) acápite b), de la Ley
General de la Administración Pública, N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley
Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Nº 6054 del 14 de
junio de 1977; y la Ley del Sistema Nacional para la Calidad, Ley Nº 8279 del 2
de mayo de 2002.
Considerando:
I.—Que le correspondía al Ministerio de
Economía, Industria y Comercio (MEIC) a través de la Oficina Nacional de Normas
y Medidas, el velar por la aplicación del “RTCR 20:2001 Metrología,
Instrumentos de Medición. Taxímetros Electrónicos”, oficializado con el Decreto
Ejecutivo N° 29658-MEIC del 18 de abril de 2001, publicado en La Gaceta
N° 149 del 06 de agosto del 2001.
II.—Que dada la promulgación de la Ley N° 8279, la Ley del Sistema Nacional
para la Calidad, modifican las funciones de la ONNUM, creándose el Laboratorio
Costarricense de Metrología, correspondiéndole a este último entre otras
funciones: actuar como organismo técnico y coordinador con otros organismos
científicos y técnicos, públicos y privados, nacionales e internacionales, en
el campo de la metrología. Difundir y fundamentar la metrología nacional y
promover el establecimiento de una estructura metrológica nacional. Promover el
uso, la calibración, la verificación y el ajuste de los instrumentos de
medición, así como la trazabilidad a patrones del Sistema Internacional de
Unidades, y garantizar la trazabilidad de los instrumentos de medida, etc. No
correspondiéndole a dicho Laboratorio la aplicación integral del referido Decreto.
III.—Que conforme al Dictamen C-094-2011 de la Procuraduría General de
la República, mismo que señala en lo que nos interesa: “(…). Ahora bien, debe
tenerse presente que aun el caso en que la Administración conceda a los
particulares la prestación del servicio en referencia, es obvio que no puede
desentenderse del mismo, pues no deja de ser público. Por ello, la Administración y, en este caso en particular, el
Consejo de Transporte Público se encuentra facultado para definir y establecer,
entre otras cosas, las características técnicas que deben reunir los taxímetros
o “marías”. (Lo resaltado no es del original)
IV.—Que las buenas prácticas reglamentarias obligan a los gobiernos a la
revisión de los reglamentos técnicos existentes a fin de que se ajusten a las
condiciones y las necesidades imperantes, procurando así un equilibrio
necesario, de manera que dicha reglamentación no sea omisa ni excesiva y no
propicie un obstáculo al desarrollo económico; por lo que se hace necesario
proceder a la derogatoria del Decreto Ejecutivo N° 29658-MEIC del 18 de abril
de 2001, por no ser el mismo competencia del MEIC. Por tanto,
Decretan:
DEROGATORIA
DEL DECRETO EJECUTIVO N° 29658-MEIC
DEL 18 DE ABRIL DE
2001, PUBLICADO
EN LA GACETA
N° 149 DEL 06
DE AGOSTO DEL 2001
Artículo 1º—Deróguese el Decreto Ejecutivo N°
29658-MEIC del 18 de abril de 2001, publicado en La Gaceta N° 149 del 06
de agosto del 2001, denominado: “RTCR 20:2001 Metrología, Instrumentos de
Medición. Taxímetros Electrónicos.
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, a los diez días del mes de noviembre de dos mil quince.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Economía, Industria y Comercio a. í., Carlos Mora Gómez.—1 vez.—(D39409 –
IN2016004604).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
En ejercicio de las facultades y
prerrogativas conferidas en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la
Constitución Política, artículos 1º, 2º y 3º de la Ley de Creación del
Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Ley Nº 3155 del 05 de agosto de
1963 y sus reformas, artículos 4º, 11, 27, 28.1 y 28.2, incisos a) y b) de la
Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978.
Considerando:
1º—Que la Ley Nº 3155 de 05 de
agosto de 1963 y sus reformas, confiere al Ministerio de Obras Públicas y
Transportes la competencia en lo relativo a la regulación y control del
transporte marítimo internacional, de cabotaje y por vías de navegación
interior y lo constituye en autoridad oficial única en todo lo relativo a los
objetivos nacionales, haciendo extensiva esa autoridad a las actividades de
cualquier orden que tengan relación o sean consecuencia de ella.
2º—Que la División Marítima Portuaria del
Ministerio de Obras Públicas y Transportes, es la Autoridad Marítima Nacional,
cuyo objetivo es promover los adecuados niveles de formación y capacitación a
través de un sistema de calidad que asegure la competencia del personal
embarcado que realiza actividades en el sector marítimo y pesquero.
3º—Que el Decreto Ejecutivo Nº 29389-MOPT,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 61 de fecha 27 de marzo del
2001 (Reglamento para la Emisión de los Certificados de Zafarrancho) y sus
reformas ha procurado que dicha acreditación, garantice que todo tripulante de
una embarcación nacional de navegación marítima, fluvial y lacustre, esté
debidamente capacitado para atender situaciones particulares de emergencia de
operación que se presenten en la nave, y se ajuste a los estándares
establecidos por la Organización Marítima Internacional, en adelante conocida
con las siglas OMI, según sus cursos modelo sobre primeros auxilios básicos
(curso modelo OMI Nº 1.13), en el curso de Técnicas de Supervivencia Personal (curso
modelo OMI Nº 1.19), en el Curso Prevención y Lucha contra Incendios (curso
modelo OMI Nº 1.20) y el Curso Seguridad Personal y Responsabilidades Sociales
(curso modelo OMI Nº 1.21).
4º—Que el Instituto Nacional de Aprendizaje,
ente reconocido como un centro de formación marítimo oficial, según consta en
la Resolución Nº 000110 del 03 de marzo del 2011 emitida por el Ministerio de
Obras Públicas y único autorizado para impartir los denominados Cursos de
Zafarrancho, ha enfrentado problemas de capacidad de atención por el ingreso
masivo de solicitudes de los cursos indicados en el considerando anterior, lo
que provoca que personas no puedan acceder aún al Certificado emitido por el
MOPT, imposibilitando el acceso al trabajo.
5º—Que a pesar de que la normativa tiene sus
orígenes hace más de una década, y que la Administración debe velar por su
cumplimiento, debe igualmente tomar en cuenta las condiciones y limitaciones
que afecta a sectores altamente sensibles de nuestra economía, como lo es el
pesquero y el turístico, y la realidad de la academia que se podría considerar
incipiente en esta área, por lo que debe procurarse la búsqueda de una solución
que permita a las instituciones competentes y los usuarios, cumplir en un plazo
razonable con las exigencias que la normativa ha establecido en materia de
formación marítima, sin detrimento de la seguridad de la vida humana en el mar
que se busca proteger con iniciativas de esta naturaleza.
6º—Que en virtud de lo señalado, resulta de
imperiosa necesidad modificar el Decreto Ejecutivo Nº 29389-MOPT y sus reformas
para lograr resultados eficientes en esta materia, tanto para el proceso de
formación como de otorgamiento del denominado Certificado de Zafarrancho, para
todo aquel marino que deba someterse al ordenamiento jurídico costarricense, de
forma tal que se otorgue un plazo de excepción para su cumplimiento en todos
sus extremos, y abrir la posibilidad de reconocer acreditaciones de marinos que
presentan credenciales de otras administraciones, por lo que se promueve la
reforma del artículo 14, con la finalidad primordial de ajustar la normativa a
la realidad social actual, tomando en cuenta la capacidad real a nivel
institucional. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Modifíquese el
artículo 14 del Decreto Ejecutivo Nº 29389-MOPT, publicado en el Diario Oficial
La Gaceta Nº 61 de fecha 27 de marzo del 2001, reformado por el Decreto
Ejecutivo Nº 39413-MOPT, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 249
del 23 de diciembre del 2015, para que en lo sucesivo se lea así:
“Artículo 14.—El Núcleo Náutico
Pesquero del Instituto Nacional de Aprendizaje, podrá equiparar los
certificados de los cursos impartidos por otras instituciones o
administraciones marítimas. Para dicha equiparación el interesado deberá
cumplir con los procedimientos establecidos para tal efecto por dicha
Institución, regulado en el Reglamento de Acreditación de Servicios de
Capacitación y Formación Profesional vigente.
En cuanto a la emisión del
Certificado de Zafarrancho, la Dirección de Navegación y Seguridad podrá
reconocer las acreditaciones emitidas por otras instituciones o
administraciones marítimas, siempre y cuando el solicitante demuestre mediante
certificación emitida por la respectiva Administración Marítima, que los
conocimientos adquiridos se ajustan a las exigencias y competencias
establecidas en los cursos modelo recomendados por la Organización Marítima
Internacional, para esta figura concreta.
Las personas que obtengan la
acreditación según las condiciones establecidas en el párrafo anterior, deberán
ajustarse a las obligaciones posteriores y plazos señaladas en el presente
decreto.
Todo documento presentado debe
contar con su respectiva traducción al idioma español, y tramitarse su
correspondiente consularización o apostillado, en caso de tratarse de
documentos emitidos en el extranjero, según el ordenamiento jurídico
costarricense y que pretenda surtir efectos en nuestro país.”
Artículo 2º—Modifíquese el
Transitorio Único del Decreto Ejecutivo Nº 39413-MOPT publicado en el Diario
Oficial La Gaceta Nº 249 del 23 de diciembre del 2015, reformado por el
Decreto Ejecutivo Nº 39438-MOPT publicado en el Alcance Digital Nº 4 del Diario
Oficial La Gaceta Nº 8 del 13 de enero del 2015, para que en lo sucesivo
se lea:
“Transitorio Único.—Con el objeto
de otorgar un plazo para la implementación en todos sus extremos del contenido
de la presente norma, tomando en cuenta las limitaciones que soporta el
Instituto Nacional de Aprendizaje para atender la solicitud masiva de los
Cursos de Zafarrancho a nivel nacional y no afectar los procesos económicos
relacionados con el sector marítimo nacional, se establece el siguiente
mecanismo de implementación del Decreto Nº 29389-MOPT y sus reformas:
a) Del 25 de enero del 2016 y hasta el 31 de
enero del 2016, las embarcaciones menores de 50 toneladas de registro bruto
(TRB) podrán solicitar el respectivo zarpe sin la presentación del Certificado
de Zafarrancho de sus tripulantes.
b) A partir del 01 de febrero de 2016 y hasta
el 30 de junio del 2016, todas las embarcaciones menores de 50 TRB, deberán
adjuntar a la solicitud de zarpe, copia del recibido de la solicitud de
inscripción ante el Instituto Nacional de Aprendizaje para llevar los Cursos de
Zafarrancho, de al menos un 50% del total de la tripulación de la embarcación.
c) A partir del 01 de julio del 2016 y hasta el
31 de diciembre del 2016, todas las embarcaciones menores de 50 TRB, para la
solicitud de zarpe deberán aportar copia del certificado de aprobación emitido
por el INA, de al menos dos módulos de zafarrancho por persona del 20% del
total de la tripulación.
d) A partir del 01 de enero del 2017 y hasta el
30 de junio del 2017, todas las embarcaciones menores de 50 TRB, para la
solicitud de zarpe, deberán aportar copia del certificado de aprobación emitido
por el INA, de al menos dos módulos de zafarrancho por persona del 50% del
total de la tripulación, y al menos un 20% del total de la tripulación deberán
disponer del Certificado de Zafarrancho emitido por la Dirección de Navegación
y Seguridad.
e) A partir de 01 de julio del 2017 y hasta el
31 de diciembre del 2017, todas las embarcaciones menores de 50 TRB, para la
solicitud de zarpe, deberán aportar copia del certificado de aprobación emitido
por el INA, de al menos dos módulos de zafarrancho por persona del 50% del
total de la tripulación, y al menos un 50% del total de la tripulación deberán
disponer del Certificado de Zafarrancho emitido por la Dirección de Navegación
y Seguridad.
f) A partir del 01 de enero del 2018, todas
las embarcaciones menores de 50 TRB, para la solicitud de zarpe, el 100% de la
tripulación deberá contar con el Certificado de Zafarrancho emitido por la
Dirección de Navegación y Seguridad.
g) En el caso de las embarcaciones dedicadas a
pesca artesanal, sólo será obligatorio el Certificado de Zafarrancho a partir
del 01 de enero del 2019.”
Artículo 3º—Rige a partir de su
publicación.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a los veinticinco días del mes de enero del dos mil
dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El
Ministro de Obras Públicas y Transporte, Carlos Segnini Villalobos.—1
vez.—(D39459 - IN2016006449).
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LOS MINISTROS DE LA
PRESIDENCIA
Y DE ECONOMÍA,
INDUSTRIA Y COMERCIO
En uso de las facultades conferidas en los
incisos 3) y 18) del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política
del 7 de noviembre de 1949; inciso 2), acápite b) del artículo 28 siguientes y
concordantes de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2
de mayo de 1978; el artículo 4 de la Ley Orgánica del Ministerio de Economía,
Industria y Comercio, Ley N° 6054 del 14 de junio de 1977 y sus reformas, y el
inciso b) del artículo 5 del Reglamento a la Ley Orgánica del Ministerio de
Economía, Industria y Comercio, Decreto N° 37457-MEIC del 02 de noviembre de
2012; la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites
Administrativos, Ley N° 8220 del 4 de marzo de 2002 y su reforma; los artículos
3 y 4 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del
Consumidor, Ley N° 7472 del 20 de diciembre de 1994 y sus reformas.
Considerando:
I.—Que la simplificación de los trámites
administrativos y la mejora regulatoria, como política pública que es, consiste
en racionalizar las tramitaciones que realizan los particulares ante la
Administración Pública; mejorar su eficacia, pertinencia y Utilidad, a fin de
lograr mayor celeridad y funcionalidad en la tramitación, reduciendo los gastos
operativos; procurando los mayores beneficios para la sociedad con los menores
costos posibles.
II.—Que para mejorar la relación de la Administración Pública con los
administrados, resulta necesario brindar la posibilidad a la Dirección de
Mejora Regulatoria, de poder implementar en cualquier momento, herramientas
tecnológicas con la finalidad de dar cumplimiento de manera eficaz, a la Ley N°
8220 y su reforma.
III.—Que a fin de facilitar la correcta implementación del sistema
digital de control previo en desarrollo, se hace indispensable modificar la
fecha de inicio del mismo, el cual se indica en el Transitorio I del Reglamento
a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites
Administrativos, Decreto Ejecutivo N° 37045-MP-MEIC de fecha 22 de febrero de
2012 y su reforma mediante Decreto Ejecutivo N° 38898-MP-MEIC de fecha 20 de
noviembre de 2014. Por tanto,
Decretan:
MODIFICACIÓN
AL TRANSITORIO I DEL REGLAMENTO
A LA LEY DE
PROTECCIÓN AL CIUDADANO
DEL EXCESO DE
REQUISITOS Y TRÁMITES
ADMINISTRATIVOS,
DECRETO EJECUTIVO
N° 37045-MP-MEIC DE
FECHA 22 DE FEBRERO
DE 2012, REFORMADO Y
ADICIONADO
MEDIANTE DECRETO
EJECUTIVO
N° 38898-MP-MEIC DE
FECHA
20 DE NOVIEMBRE DE
2014
Artículo 1º—Modifíquese el Transitorio I del
Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y
Trámites Administrativos, Decreto Ejecutivo N° 37045-MP-MEIC de fecha 22 de
febrero de 2012, reformado y adicionado mediante Decreto Ejecutivo N°
38898-MP-MEIC de fecha 20 de noviembre de 2014, para que en lo sucesivo se lea
de la siguiente manera:
“Transitorio I. El sistema digital de control
previo para implementar los artículos 12, 12 bis, 13 y 13 bis de éste
reglamento empezará a operar a partir del 31 de marzo de 2016. “.
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de la
Presidencia, Sergio Alfaro Salas y el Ministro de Economía, Industria y
Comercio, Welmer Ramos González.—1 vez.—O.C. Nº 26963.—Solicitud Nº
18935.—(D39460 - IN2016006521).
N° 0459-2015
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos
140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27
párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la
Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen
de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la
Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del
Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el
Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado
Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y
Considerando:
1º—Que con fundamento en el
artículo 20 bis de la Ley N° 7210 y sus reformas, mediante Acuerdo Ejecutivo N°
258-2011 de fecha 15 de julio del 2011, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta N° 167 del 31 de agosto del 2011; modificado por el Acuerdo
Ejecutivo N° 406-2013 de fecha 26 de noviembre del 2013, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 94 del 19 de mayo del 2014; a la empresa Sykes
Latin America S. A., cédula jurídica número 3-101-211555, se le concedieron
nuevamente los beneficios e incentivos contemplados por el artículo 20 de la
Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus
reformas y su Reglamento, bajo la categoría de empresa de servicios, de
conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 17 de dicha Ley.
2º—Que el señor Luis Alejandro Arciniegas
Márquez, de nacionalidad colombiana, mayor, casado, empresario, portador de la
cédula de residencia número 117000722926, vecino de San José, en su condición
de Apoderado Especial con facultades suficientes para estos efectos de Sykes
Latin América S. A., cédula jurídica número 3-101-211555, presentó ante la
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante PROCOMER), solicitud
para que se le otorgue nuevamente el Régimen de Zonas Francas a su
representada, con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210, sus
reformas y su Reglamento.
3º—Que
en la solicitud mencionada Sykes
Latin América S. A., cédula jurídica número 3-101-211555, se comprometió a
mantener una inversión de al menos US $20.000.000,00 (veinte millones de
dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de
la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, la empresa se
comprometió a realizar una inversión nueva adicional total en activos nuevos de
US $5.000.000,00 (cinco millones de dólares, moneda de curso legal de los
Estados Unidos de América) y un empleo adicional de 500 trabajadores, según los
plazos y en las condiciones establecidas en la solicitud de ingreso al Régimen
presentada por la empresa. Lo anterior implica una importante oportunidad para
arraigar más a la citada empresa a Costa Rica, aumentar los empleos directos e
indirectos, y fomentar el encadenamiento entre las empresas nacionales y
compañías pertenecientes al Régimen de Zonas Francas, con la finalidad de
aumentar el valor agregado de los productos nacionales.
4º—Que la instancia interna de la
Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo emitido por la Junta
Directiva de la citada Promotora en la Sesión N° 177-2006 del 30 de octubre del
2006, conoció la solicitud de Sykes Latin América S. A., cédula jurídica número
3-101-211555, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales
contenidas en el informe de la Gerencia de Regímenes Especiales de PROCOMER N°
39-2015, acordó someter a consideración del Ministerio de Comercio Exterior la
solicitud de ingreso al Régimen de Zonas Francas presentada, a fin de que dicho
órgano ejerza la facultad establecida en el artículo 20 bis de la Ley de
Régimen de Zonas Francas, determine si en la especie resulta aplicable la
excepción que contempla dicho artículo, y analice si se trata de una inversión
adicional cuya magnitud y beneficios, justifican razonablemente el otorgamiento
de los incentivos fiscales establecidos en la Ley N° 7210, sus reformas y su
Reglamento.
5º—Que en razón de lo anterior, el Poder
Ejecutivo efectivamente considera que en la especie resulta plenamente
aplicable la excepción que contempla el referido artículo 20 bis de la Ley de
Régimen de Zonas Francas, en tanto se trata una inversión adicional cuya
magnitud conlleva una serie de beneficios, que justifican razonablemente el
otorgamiento de los incentivos fiscales establecidos en la Ley N° 7210, sus
reformas y su Reglamento.
6º—Que se ha cumplido con el procedimiento de
Ley. Por tanto,
ACUERDAN:
1º—Otorgar el Régimen de Zonas
Francas a la mencionada empresa Sykes Latin América S. A., cédula jurídica
número 3-101-211555 (en adelante denominada la beneficiaria), clasificándola
como Empresa de Servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de
la Ley N° 7210 y sus reformas.
2º—La actividad de la beneficiaria consistirá
en brindar servicios de telemercadeo y gestión y respuesta de consultas
telefónicas y electrónicas; servicios de procesamiento de información y
servicios de soporte de negocios y/o administrativo, que incluye los servicios
de soporte técnico, mercadeo y administración de puntos de venta, así como
servicios de investigación de mercados.
3º—La beneficiaria operará en el parque
industrial denominado CF Free Zone Park S.R.L. (Heredia), ubicado en la
provincia de Heredia.
4º—La beneficiaria gozará de los incentivos y
beneficios contemplados en la Ley N° 7210 y sus reformas, con las limitaciones
y condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al
respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER.
Los plazos, términos y condiciones de los
beneficios otorgados en virtud de la Ley N° 7210 quedan supeditados a los
compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a
la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo
sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los
órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del
ASMC. En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará
los beneficios previstos en la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC
constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la concesión
de las prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados
países en desarrollo.
Para los efectos de las exenciones otorgadas
debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código
de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y
sus reformas, en lo que resulten aplicables.
Asimismo, la empresa beneficiaria podrá
solicitar la aplicación de lo dispuesto en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210
del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, si cumple con los requisitos y
condiciones establecidos en tal normativa y sin perjuicio de la
discrecionalidad que, para tales efectos, asiste al Poder Ejecutivo.
5º—De conformidad con lo dispuesto por el
artículo 20, inciso g) de la Ley de Régimen de Zonas Francas (Ley N° 7210 del
23 de noviembre de 1990 y sus reformas) la beneficiaria gozará de exención de
todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro, cuya base
imponible se determine en relación con las ganancias brutas o netas, con los
dividendos abonados a los accionistas o ingresos o ventas, según las
diferenciaciones que dicha norma contiene.
Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus
servicios al mercado local, observando rigurosamente los requisitos
establecidos al efecto por el artículo 22 de la Ley Nº 7210 y sus reformas, en
particular los que se relacionan con el pago de los impuestos respectivos.
6º—La beneficiaria se obliga a realizar y
mantener un nivel mínimo de empleo de 3.000 trabajadores, a partir de la
notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y mantener un
nivel mínimo total de empleo de 3.500 trabajadores, a partir del 31 de julio
del 2018. Asimismo, se obliga a mantener una inversión de al menos US $20.000.000,00
(veinte millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de
América), a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como
a realizar y mantener una inversión nueva adicional total en activos nuevos de
al menos US $5.000.000,00 (cinco millones de dólares, moneda de curso legal de
los Estados Unidos de América), a más tardar el 31 de agosto del 2018. Por lo
tanto, la beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel de inversión
total de al menos US $25.000.000,00 (veinticinco millones de dólares, moneda de
curso legal de los Estados Unidos de América). Finalmente, la empresa
beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado
nacional del 91,35%.
PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles
de inversión antes indicados, de conformidad con los criterios y parámetros
establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal
facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que
suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta.
Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa
en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los
niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.
7º—Una vez suscrito el Contrato de
Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso
del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las
operaciones productivas es el día en que se notifique el presente Acuerdo
Ejecutivo. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie
dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el
referido canon, para lo cual la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica
seguirá tomando como referencia para su cálculo las proyecciones de ventas
consignadas en su respectiva solicitud.
Para efectos de cobro del canon, la empresa
deberá informar a PROCOMER de las ventas mensuales realizadas. El
incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon,
para lo cual PROCOMER tomará como referencia para su cálculo, las proyecciones
de ventas consignadas en su respectiva solicitud.
8º—La beneficiaria se obliga a cumplir con
las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente y Energía
(MINAE) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y deberá presentar
ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso, los
estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la beneficiaria se
obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio ambiente que la
legislación costarricense e internacional disponga para el desarrollo
sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado por las
autoridades competentes.
9º—La beneficiaria se obliga a presentar ante
PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las
condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al
cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar
a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las
facilidades requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de
Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá permitir que
funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento
que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento
de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.
10.—En caso de incumplimiento por parte de la
beneficiaria de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos y
directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle multas,
suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o varios incentivos de
los indicados en el artículo 20 de la Ley Nº 7210, o revocarle el otorgamiento
del Régimen de Zona Franca, sin responsabilidad para el Estado, todo de
conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.
La eventual imposición de estas sanciones será sin perjuicio de las demás
responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieren
corresponderle a la beneficiaria o sus personeros.
11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo
Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de
Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de
Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá
a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el
Régimen.
Para el inicio de operaciones productivas al
amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por la Dirección
General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera, según lo
dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.
12.—Las directrices que para la promoción,
administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento
obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente
tengan relación con ellos o con la citada Promotora.
13.—El uso indebido de los bienes o servicios
exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a
la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones
que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de
defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que establece la Ley
N° 7210 y sus reformas y demás leyes aplicables.
14.—La empresa beneficiaria se obliga a
cumplir con todos los requisitos de la Ley N° 7210, sus reformas y reglamentos,
así como con las obligaciones propias de su condición de auxiliar de la función
pública aduanera.
15.—De conformidad con el artículo 74 de la
Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley N° 17 del 22
octubre de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones para con
la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las exoneraciones e
incentivos otorgados, previa tramitación del procedimiento administrativo
correspondiente.
16.—El presente Acuerdo Ejecutivo rige a
partir de su notificación, y sustituye el Acuerdo Ejecutivo N° 258-2011 de
fecha 15 de julio del 2011 y sus reformas, sin alterar los efectos producidos
por el mismo durante su vigencia.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en la Presidencia de la
República. San José, a los treinta días del mes de noviembre de dos mil quince.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El
Ministro de Comercio Exterior, Alexander Mora Delgado.—1 vez.—(IN2016005107).
Nº 538-2015
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28
inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227
del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de
octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley
Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los
artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que el International Institute for
Sustainable Development (IISD) ha invitado a un negociador que se dedique al
tema de inversión a participar en su 9º Foro Anual para Negociadores de
Inversión de Países en Desarrollo. IISD busca reunir negociadores de temas de
inversión para analizar el desarrollo del derecho internacional de inversión,
sus tendencias y el impacto que esto puede tener en los países en desarrollo.
II.—Que Costa Rica, país que tiene amplia experiencia en la negociación
de acuerdos bilaterales, de inversión y acuerdos de libre comercio con
capítulos de inversión como parte de su política integral de atracción de
inversión extranjera, ha sido invitada con el fin de aportar a las discusiones
en la materia.
III.—Que en este sentido, del 16 al 18 de noviembre de 2015 en Río de
Janeiro, Brasil se llevará a cabo el 9º Foro Anual de Negociadores de Inversión
de Países en Desarrollo; evento de gran relevancia para el Ministerio de
Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Natalia Porras
Zamora, portadora de la cédula de identidad Nº 01-1191-0444, funcionaria de la
Dirección General de Comercio Exterior, para participar en el 9º Foro Anual de
Negociadores de Inversión de Países en Desarrollo, que se llevará a cabo del 16
al 18 de noviembre de 2015 en Río de Janeiro, Brasil. Durante su estadía
procurará cumplir los siguientes objetivos específicos: 1) aportar a las
discusiones con base en la experiencia de Costa Rica en negociaciones de temas
de inversión; 2) compartir experiencias y buenas prácticas con negociadores de
otros países y expertos en temas de inversión; 3) discutir y adquirir
conocimientos sobre las tendencias emergentes en materia de derecho
internacional de inversión y; 4) participar en la discusión de casos de
arbitraje recientes y de análisis del desarrollo de aspectos legales del
derecho internacional de inversión. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo
desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 15 de noviembre y regresa
el 19 de noviembre de 2015. El día 15 de noviembre corresponde a fin de semana.
Artículo 2º—Los gastos de la señora Natalia Porras Zamora, por concepto
de transporte aéreo, hospedaje y traslados internos en Brasil, serán cubiertos
por el International Institute for Sustainable Development (IISD). Los gastos
por concepto de alimentación, a saber USD$284,40 (doscientos ochenta y cuatro
dólares con cuarenta centavos), sujeto a liquidación, serán cubiertos con
recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Se
le reconocerán los gastos por transporte terrestre en Costa Rica con recursos
de COMEX de las subpartidas 10501 y 10503 del Programa 796. Igualmente, se le
autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos
vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y reconocimiento de gastos
conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de
Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política
de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto
a la salida como al regreso a Costa Rica, los cuales serán cubiertos por las
mismas subpartidas y por el mismo Programa. Se le autoriza para hacer escala en
Lima, Perú, por conexión.
Artículo 3º—Rige a partir del 15 al 19 de noviembre de 2015.
San José, a los tres días del mes de noviembre
del año dos mil quince.
Alexánder Mora Delgado, Ministro de Comercio
Exterior.—1 vez.—O.C. Nº 26966.—Solicitud Nº 14859.—(IN2016004400).
Nº 541-2015
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1 y 28
inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227
del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de
diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7, 31 y 34
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que los Jefes de Estado del Sistema de la
Integración Centroamericana instruyeron párrafos 9 y 10 de la Declaración de
Punta Cana 2014 al Consejo de Ministros de Integración Económica
Centroamericana (COMIECO) y las autoridades que ejercen funciones en los
puestos fronterizos, trabajar en una propuesta de corto plazo sobre
procedimientos fronterizos comunes y una Estrategia Centroamericana de
Facilitación del Comercio y Competitividad. Para la consecución de estas
tareas, el COMIECO y la Secretaría de Integración Económica, solicitaron apoyo
al Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y a la Agencia de los Estados
Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID por sus siglas en inglés). La
Estrategia Centroamericana de Facilitación del Comercio y Competitividad se
compone de 3 elementos: i) medidas prioritarias de corto plazo, ii) un plan de
acción de mediano y largo plazo y iii) la Plataforma Digital de Comercio
Centroamericana.
II.—Que en este contexto, del 9 al 13 de noviembre de 2015 en Ciudad de
Guatemala, Guatemala, se llevará a cabo la reunión extraordinaria del Grupo de
Facilitación del Comercio Centroamericano.
III.—Que la participación de la señora Paola Orozco Alpízar, resulta de
particular relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Paola Orozco
Alpízar, portadora de la cédula Nº 01-1277-0230, funcionaria de la Dirección
General de Comercio Exterior para participar en la reunión extraordinaria del
Grupo de Facilitación del Comercio Centroamericano, que se llevará a cabo del 9
al 13 de noviembre de 2015 en Ciudad de Guatemala, Guatemala. El objetivo de la
reunión es avanzar en la elaboración y análisis de los planes de acción de
mediano y largo plazo de la estrategia regional de Facilitación del Comercio.
Se le autoriza para hacer escala en El Salvador, por conexión. Por efectos de
itinerario y rutas de vuelo hacia el lugar de destino, viaja a partir del 8 de
noviembre de 2015. El día 8 de noviembre corresponde a fin de semana.
Artículo 2º—Los gastos de la señora Paola Orozco Alpízar, por concepto
de transporte aéreo y hospedaje, serán cubiertos por el Banco Interamericano de
Desarrollo (BID). Los gastos por concepto de alimentación, a saber USD$310,20
(trescientos diez dólares con veinte centavos), sujeto a liquidación, serán
cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del
Programa 796. Se le reconocerán los gastos por transporte terrestre nacional,
con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 y 10503 del Programa 796. Se le
autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos
vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y reconocimiento de
gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento
de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por
política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea
chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica. Se le autoriza para
hacer escala en El Salvador, por conexión.
Artículo 3º—Rige a partir del 8 al 13 de noviembre de 2015.
San José, a los cuatro días del mes de
noviembre del año dos mil quince.
Alexánder Mora Delgado, Ministro de Comercio
Exterior.—1 vez.—O.C. Nº 26966.—Solicitud Nº 14865.—(IN2016004403).
Nº 542-2015
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1 y 28
inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227
del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de
diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7, 31 y 34
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República, y,
ACUERDA:
Artículo 1º—Modificar el artículo segundo del
Acuerdo de Viaje Nº 422-2015, de fecha 07 de setiembre de 2015, para que se lea
de la siguiente manera:
“Artículo Segundo: cubrir los gastos del señor
Víctor Picón Panduro, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se
deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje de los
días 19 y 20 de noviembre, a saber US$474,00 (cuatrocientos setenta y cuatro
dólares), con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del
Programa 792. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la
subpartida 10503 del mismo programa. Se le cubrirá el costo de la inscripción
al Congreso por un valor de USD$675,00 (seiscientos setenta y cinco dólares) de
la subpartida 10701 del Programa 792. Los gastos por transporte terrestre en
ambos países serán cubiertos con recursos de COMEX por la subpartida 10501 y
10503 del Programa 792. La alimentación y el hospedaje del día 18 de noviembre,
serán cubiertos por AVIANCA, dado que por motivos de sobreventa de pasajes, al
ingresar a Lima, Perú el 17 de noviembre, la Aerolínea debió posponer la salida
para continuar el viaje hacia Chile el día siguiente, sin que la situación haya
sido atribuible al funcionario y la Aerolínea cubrió todos los gastos
incurridos en esa fecha. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas,
fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio
Exterior. Asimismo, para hacer escala en Perú, por conexión.”
Artículo 2º—En lo no expresamente modificado el
resto del Acuerdo 422-2015, se mantiene igual.
San José, a los seis días del mes de noviembre
de dos mil quince.
Alexánder Mora Delgado, Ministro de Comercio
Exterior.—1 vez.—O.C. Nº 26966.—Solicitud Nº 14858.—(IN2016004406).
N° 548-2015
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28
inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227
del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de
octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley
Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los
artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y,
Considerando:
I.—Que el Banco Interamericano de Desarrollo
(BID) organiza por quinto año consecutivo el evento Outsource2LAC, Foro
Latinoamericano y del Caribe de Outsourcing y Offshoring. El objetivo de dicho
evento es brindar una oportunidad a los participantes para intercambiar las
últimas tendencias en el sector de servicios globales e identificar
oportunidades de negocios en América Latina y el Caribe. Se discutirán temas de
especial interés para el trabajo que realiza COMEX incluyendo cambios en la
dinámica del mercado, internacionalización de procesos y el poder de la
información en el sector servicios y la diversificación y especialización para
la externalización de procesos.
II.—Que en este contexto, del 11 al 13 de noviembre de 2015 en la ciudad
de Guadalajara, México se llevará a cabo el Outsource2LAC 2015. Este evento es
el foro más influyente de la región, donde participan los actores prominentes
del sector de servicios globales de todo el mundo, en uno de los mercados
regionales más dinámicos como es el de América Latina y el Caribe.
III.—Que considerando la relevancia del sector servicios en Costa Rica,
que para el año 2014 representó el 70% del PIB y aportó un 69% del empleo a nivel
nacional, la participación en este evento es de suma importancia para impulsar
la estrategia para fortalecer las exportaciones de servicios y las
oportunidades que de ello derivan para el país.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Silvia Suárez
Alfaro, portadora de la cédula Nº 02-0590-0040, funcionaria del Despacho del
Viceministro, para participar en el Outsource2LAC y recibir información
actualizada y de alto nivel sobre temas de interés para Costa Rica en el área
de servicios, el cual se llevará a cabo en la ciudad de Guadalajara, México del
12 al 13 de noviembre del presente año. Durante su estadía procurará cumplir
los siguientes objetivos específicos: 1) estrechar los vínculos y ampliar la
red de contactos públicos y privados en el sector de servicios, con miras a
fortalecer el impulso de la estrategia-país en dicho sector y su potencial de
continuar generando empleo de calidad para más costarricenses y; 2) participar
en los distintos foros y sesiones programados en la agenda, con el fin de conocer
sobre las últimas tendencias de la industria de servicios globales y derivar, a
partir de ello, formas en que las políticas públicas en este campo pueden
contribuir a potenciar su crecimiento y su contribución al desarrollo nacional.
Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino
viaja a partir del 11 de noviembre y regresa a Costa Rica hasta el 14 de
noviembre de 2015. El día 14 de noviembre corresponde a fin de semana.
Artículo 2º—Los gastos de la señora Silvia Suárez Alfaro, por concepto
impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de
transporte, de alimentación y hospedaje, a saber USD$715,36 (setecientos quince
dólares con treinta y seis centavos), sujeto a liquidación, con recursos de
COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Lo
correspondiente a la tarifa de escaneo, rayos X o inspección de equipaje (Ley
7664- Decreto Nº 36341-MAG, artículo 3), será cubierto por las mismas
subpartidas y por el mismo programa. Los gastos de transporte aéreo serán
cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. Se le autoriza
para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e
Internet al Ministerio de Comercio Exterior y reconocimiento de gastos conexos
por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de
Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas
aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida
como al regreso a Costa Rica. Asimismo, se le autoriza para hacer escala en
México D.F., por conexión.
Artículo 3º—Rige a partir del 11 al 14 de noviembre de 2015.
San José, a los nueve días del mes de noviembre
del año dos mil quince.
Alexánder Mora Delgado, Ministro de Comercio
Exterior.—1 vez.—O.C. Nº 26966.—Solicitud Nº 14863.—(IN2016004412).
EL MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
CONVOCATORIA DE PARTICIPACIÓN
SUBCOMISIONES COMISIÓN NACIONAL
PARA
UN GOBIERNO ABIERTO
El Ministerio de la Presidencia
convoca a todas las personas interesadas a presentar sus atestados para
integrar las siguientes subcomisiones de la Comisión Nacional para un Gobierno
Abierto, de conformidad con el artículo 6 del Decreto N° 38994: a)
Transparencia y Acceso a la Información; b) Participación Ciudadana; c) Lucha
contra la Corrupción; d) Sistemas y Plataformas; y e) Desarrollo Territorial.
Estas subcomisiones colaborarán en la implementación y seguimiento a las metas
de la Estrategia Nacional para un Gobierno Abierto, la cual fue declarada de
interés público mediante Decreto Ejecutivo N° 39372 del 7 de diciembre del
2015, el documento puede ser consultado en la página www.gobiernoabierto.go.cr.
Las personas físicas o jurídicas postulantes deberán cumplir con los siguientes
requisitos: a) Dos años de vinculación con procesos relacionados con temas de
transparencia, lucha contra la corrupción, participación ciudadana, acceso a la
información pública y datos abiertos; b) Presentar una carta de intenciones que
contenga una breve justificación sobre el interés de participar en las
subcomisiones; c) Presentar una hoja de vida donde claramente se exponga la
experiencia e idoneidad. Las personas interesadas podrán hacer llegar sus
postulaciones, acreditando el fiel cumplimiento de los requisitos antes
expuestos, al Viceministerio de la Presidencia en Asuntos Políticos y Diálogo
Ciudadano, ubicado en la Presidencia de la República, Zapote, en el horario de
8:00 a. m. a 5:00 p. m., jornada continua, al fax 2283-2751 o al correo
electrónico dialogociudadano@presidencia.go.cr dentro de los diez (10) días
hábiles a partir de la presente publicación.
Sergio Iván Alfaro Salas,
Ministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. N°
3400027359.—Solicitud N° 47123.—(IN2016006440).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE
LA COMUNIDAD
AVISOS
El Registro Público de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de
Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo
Integral de La unión de los Ángeles Boca del Toro, Sarapiquí Heredia. Por medio
de su representante: Leticia Elena Rivera Ruiz, cédula 2-323-373, ha hecho
solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 01
para que en adelante se lea así:
Artículo 01:
Norte: Río San Juan
Sur: Río San Juan
Oeste: Vuelta del Pato (línea imaginaria)
Este: Río Toro y Sarapiquí.
Dicha reforma es visible a folio
23 y 24 del tomo I del expediente de la organización comunal en mención que se
encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo
de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea
general ordinaria de afilados celebrada el día 18 de enero del 2016. En
cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la
Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza
por el termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso,
a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para
que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a
las nueve horas veinte minutos del día dieciocho de enero del dos mil
dieciséis.—Departamento de Registro.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1
vez.—(IN2016003872).
El Registro
Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional
de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo
Integral de Copal de Nicoya-Guanacaste. Por medio de su representante: José
Andrés Galagarza Medina, cédula 5-375-137 ha hecho solicitud de inscripción de
la siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 01 para que en adelante se lea
así:
Artículo 01: Limites
Oeste, Cementerio de Copal.
Dicha reforma es visible a folio
107 del tomo I del expediente de la organización comunal en mención que se
encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo
de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante resolución
DLR 002-2016 de las catorce horas cuarenta y un minutos el día ocho de enero
del dos mil dieciséis. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17,
19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que
rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de
la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en
especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes
a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal
y de Registro.—San José, a las nueve horas veinte minutos del día dieciocho de
enero del dos mil dieciséis.—Departamento de Registro.—Licda. Rosibel Cubero
Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2016003892).
El Registro
Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y
de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de L Cocal
de Siquires, Limón. Por medio de su representante: Bolívar Jiménez Cubillo,
cédula 103180154, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al
Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En
cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta
materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la
publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial
a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la
inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y
de Registro.—San José, a las 14:31 horas del día 12 de enero del
2016.—Departamento de Registro.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1
vez.—(IN2016004135).
El Registro
Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y
de Registro, hace constar: que la Asociación de Desarrollo Integral de Los
Ledezmas de San José de Upala, Alajuela. Por medio de su representante: Freddy
Pablo Cortés Morales, cédula Nº 503140673 ha hecho solicitud de inscripción de
dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la
Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento
que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir
de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en
especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen
pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta
Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 16:08 horas del día 19 de
enero del 2016.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1
vez.—(IN2016004484).
SERVICIO
NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTOS
La doctora María de los Ángeles Troyo con
número de cédula 1-677-844, vecina de San José en calidad de regente
veterinario de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Rebexa Group S. A.,
con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: Gallimune 503 ND + IB + EDS + IC2, fabricado por
Laboratorios Merial Italia S.P.A., de Italia con los siguientes principios
activos: Cada dosis de 0.3 ml, contiene: Virus de la enfermedad de Newcastle
(cepa Ulster 2 C inactivado), virus de la Bronquitis infecciosa (Cepa Mass 41
inactivado) ≥ 6 log 2 UAHI, virus inactivado del Síndrome de Caída de la
postura EDS76 (cepa V 127), Haemophilus paragallinarum inactivado serovariedad
A y C y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para la inmunización activa
en aves de postura, contra la enfermedad de Newcastle, Bronquitis infecciosa,
Síndrome de la caída de la postura y Coriza infecciosa. O como refuerzo de las
mismas. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y
Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a
oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este
edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 11:00 horas del
día 7 de diciembre del 2015.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1
vez.—(IN2016003609).
La doctora María
de los Ángeles Troyo con número de cédula 1-677-844, vecina de San José en
calidad de regente veterinario de la compañía Oficina Tramitadora de Registros
Rebexa Group S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del
siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Ectoline, fabricado por
Laboratorios Ipanema para Laboratorios Merial Saúde Animal Ltda., de Brasil con
los siguientes principios activos: Cada 100 ml contiene: Fipronil 1.00 g y las
siguientes indicaciones terapéuticas: Garrapaticida e insecticida. Con base en
el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 10:00 horas del día 7 de
diciembre del 2015.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(IN2016003610).
El señor Hermis
Quesada Ruiz, número de cédula 7-0089-0813, vecino de San José, en calidad de
representante legal de la compañía Droguería Laboratorios Químicos Industriales
(Laquinsa), con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente
medicamento veterinario del grupo 3: TPS N° 2, fabricado por Laboratorios
Químicos Industriales S. A. de Costa Rica, con los siguientes principios
activos: cada ml de suspensión contiene: Penicilina G Potásica 34.780 Ul,
peniclina G procaínica 45.220 Ul, estreptomicina base 79.8 mg y clorfeniramina
maleato 3.2 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: combinación
antibiótica de amplio espectro para el tratamiento de infecciones causadas por
microorganismos sensibles a los antibióticos de la formulación. Con base en el
Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer ante esta Dirección dentro del término de 5 días hábiles
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el
Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 8 horas del 20 de enero del
2016.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2016004931).
El señor Hermis
Quesada Ruiz, número de cédula 7-0089-0813, vecino de San José, en calidad de
representante legal de la compañía Droguería Laboratorios Químicos Industriales
(Laquinsa), con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente
medicamento veterinario del grupo 3: TPS N° 1, fabricado por Laboratorios
Químicos Industriales S. A. de Costa Rica, con los siguientes principios
activos: cada ml de suspensión contiene: penicilina G Potásica 100.000 Ul,
peniclina G procaínica 130.000 Ul, estreptomicina base 199.5 mg y
clorfeniramina maleato 3.2 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas:
combinación antibiótica de amplio espectro para el tratamiento de infecciones
causadas por microorganismos sensibles a los antibióticos de la formulación.
Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control
de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para
que lo hagan valer ante esta Dirección dentro del término de 5 días hábiles contados
a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario
Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 8 horas del 20 de enero del 2016.—Dr.
Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2016004934).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del
Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama
Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 4, folio 280,
título N° 3067, emitido por el Colegio de San Luis Gonzaga, en el año mil
novecientos ochenta y cinco, a nombre de Ronald Enrique Leandro Campos. Se
solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyo nombre
y apellidos correctos son: Ronald Leandro Dormond, cédula: 1-0714-0540. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los catorce días del mes de enero del dos
mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2016004360).
Ante esta
Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media inscrito en el tomo 1, folio 4, título N° 3, emitido por el
Centro Educativo Adventista de Limón, en el año mil novecientos noventa y
nueve, a nombre de Hadden Cole Herman Franklin, cédula: 1-1177-0107. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los seis días del mes de enero del dos
mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud N°
46195.—(IN2016004366).
INSTITUTO COSTARRICENSE DEL
DEPORTE
Y LA RECREACIÓN
DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA DE LA
FEDERACIÓN
UNIDA DE TRIATLÓN DE COSTA RICA
Se les comunica a todos los
interesados que el Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, acordó en su
sesión ordinaria N° 966-2015, acuerdo N° 8 del 3 de diciembre del 2015,
autorizar la declaratoria de utilidad pública a favor de la Federación Unida de
Triatlón de Costa Rica, con cédula jurídica N° tres-cero cero dos-tres cinco
nueve seis uno catorce.—San José, 4 de diciembre del 2015.—Consejo Nacional del
Deporte y la Recreación.—M.Sc. Carolina Mwauri Carabaguias, Presidenta.—1
vez.—(IN2016004816).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL
Para ver imágenes
solo en La Gaceta con formato PDF
Cambio de Nombre N° 98601
Que Jorge Tristán Trelles,
cédula de identidad 103920470 , en calidad de apoderado especial de Mega Brands
Inc, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de
Mega Bloks Inc. por el de Mega Brands Inc., presentada el día 4 de setiembre de
2015, bajo expediente 98601. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
1993-0002833 Registro N° 84378 MEGA BLOKS en clase 28 Marca
Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de
setiembre del 2015.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—1 vez.—(IN2016004077).
Cambio de Nombre N° 98559
Que Harry Zurcher Blen, cédula
de identidad 104151184, en calidad de apoderado especial de STF Group S. A.,
solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Studio
F International Fashion Corporation S. A., Studio F S. A., por el de STF Group
S. A., presentada el día 2 de setiembre del 2015 bajo expediente 98559. El
nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1999-0009460 Registro N° 120923 STUDIO
F en clase 25 Marca Mixto y 2009-0000062 Registro N° 195062 STUDIO F
en clase 35 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13
de noviembre del 2015.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1
vez.—(IN2016004094).
Cambio
de Nombre Nº 99882
Que Luis Fernando Asís Royo, cédula de
identidad Nº 106370429, en calidad de apoderado especial de Leonisa S. A.,
solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de nombre de
Confecciones Leonisa S. A. por el de Leonisa S. A., presentada el día 1 de
diciembre de 2015 bajo expediente Nº 99882. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 1998-0000598 Registro Nº 112098 DLM LEONISA VENTA DIRECTA en clase 49 Marca Mixto, 2001-0000334 Registro
Nº 129721 SI ES
MUJER en clase 50 Marca
Denominativa, 2009-0002032 Registro Nº 192752 Perfect^bra en clase 50 Marca Mixto y 2009-0010074 Registro Nº 200600 TQM by L Leonisa Soñamos con tus sueños en clase 25 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única
vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 4 de diciembre de 2015.—María Leonor Hernández B.,
Registradora.—1 vez.—(IN2016004498).
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-209533, denominación: Asociación Acueducto Rural Ciudadela El
Progreso de Cariari, Pococí, Limón. Por cuanto dicha reforma cumple con lo
exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento:
325982.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 15 minutos y 36 segundos,
del 7 de diciembre del 2015.—Lic. Henry Jara Solís, Director a. í.—1
vez.—(IN2016003884).
Registro de
Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad:
Asociación Comunidad de Vida Siervo, con domicilio en la provincia de: San
José-San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Participar en la promoción de proyectos de ayuda social de inspiración
religiosa. Cuyo representante, será el presidente: Anthony Jiménez Carmona, con
las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2015, asiento: 146162.—Dado en el Registro Nacional, a las 7
horas 43 minutos y 49 segundos, del 8 de diciembre del 2015.—Lic. Henry Jara
Solís, Director a. í.—1 vez.—(IN2016003952).
Registro de
Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad:
Asociación Deportiva de Jiu Jitsu y Judo del Guarco, con domicilio en la
provincia de: Cartago El Guarco, cuyos fines principales, entre otros son los
siguientes: El desarrollo, la enseñanza y masificación del Jiu Jitsu y artes
marciales afines. Cuyo representante, será el presidente: Freddy Gerardo Arauz
Solís, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939,
y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2015, asiento: 298803 con adicionales: 2015-497804,
2015-604112.—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 33 minutos y 43
segundos, del 8 de enero del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—(IN2016004187).
Registro de
Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad:
Asociación de Observadores Electorales Costarricenses (ADOEC), con domicilio en
la provincia de: San José- San José, cuyos fines principales, entre otros son
los siguientes: promover el estudio del derecho electoral y sistemas
electorales existentes en el mundo, capacitación académica en materia de
derecho electoral y de derechos humanos dictar charlas, congresos, foros en
materia electoral y participación ciudadana, firmar convenios académicos de
cooperación con otras asociaciones, fundaciones en materias académicas de derecho
electoral, derechos humanos, derecho constitucional. Cuyo representante, será
el presidente: Eduardo José Flores Buitrago, con las facultades que establece
el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 2015, asiento:
553018 con adicional(es): 2015-586529.—Dado en el Registro Nacional, a las 10
horas 29 minutos y 35 segundos, del 5 de enero del 2016.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2016004415).
Registro de
Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de
la persona jurídica cédula Nº 3-002-664007, denominación: Asociación de Vecinos
Alnus. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento: tomo: 2015, asiento: 565052.—Dado en el Registro Nacional,
a las 9 horas 54 minutos y 14 segundos, del 14 de enero del 2016.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2016004608).
El Registro de
Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de
la persona jurídica cédula: 3-002-192323, denominación: Asociación Colegio La
Salle. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del
08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 604659.—Dado en el Registro Nacional, a
las 11 horas 48 minutos y 49 segundos del 11 de enero del 2016.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2016004874).
El Registro de
Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de
la persona jurídica cédula: 3-002-332366, denominación: Asociación Escazuceña
Hogar Salvando al Alcohólico José Antonio Jiménez Carranza. Por cuanto dicha
reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015,
asiento: 573086.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 21 minutos y 47
segundos del 11 de enero del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—(IN2016004902).
El Registro de
Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de
la persona jurídica cédula: 3-002-306131, denominación: Federación de Hogares
Salvando Alcohólico de Costa Rica y Afines. Por cuanto dicha reforma cumple con
lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento:
595533.—Dado en el Registro Nacional, a las 7 horas 40 minutos y 6 segundos del
18 de diciembre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—(IN2016004903).
El Registro de
Personas Jurídicas ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de
la persona jurídica cédula: 3-002-197992, denominación: Asociación Hogar
Salvando el Alcohólico de Curridabat Enrique Amador Céspedes. Por cuanto dicha
reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas.
Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
tomo: 2015, asiento: l71553. Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 46
minutos y 58 segundos del 9 de julio del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2016004904).
Registro de
Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de
la persona jurídica cédula: 3-002-601614 denominación: Asociación Deportiva
Promotora Herediana Futsal. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por
la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento:465778.—Dado en el
Registro Nacional, a las 12 horas 22 minutos y 53 segundos del 4 de enero del
2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2016004910).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. Nº 16723A.—Luis Guillermo
Vargas Coto, solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del nacimiento sin
nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Corredor,
Corredores, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas: 73.133
/ 648.590, hoja Canoas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de
setiembre del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2016002799).
Exp. Nº
11409P.—Plaza Brompton S. A., solicita concesión de: 0,02 litros por segundo
del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-1917, en finca de
su propiedad en Tures, Santo Domingo, Heredia, para uso consumo humano
doméstico. Coordenadas: 219.270 / 529.900, hoja Abra. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 14 de diciembre del 2015.—Departamento Administrativo.—Mónika
Holst Vargas.—(IN2016002826).
Exp. Nº
16728A.—Marc Belanger, solicita concesión de: 0,015 litros por segundo del
nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Eduardo Moya Z., en
Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas:
131.571 / 562.438, hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 29 de setiembre del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—(IN2016002862).
Exp. Nº
16859A.—Inversiones Blue S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo de
la quebrada sin nombre 1, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Cahuita, Talamanca, Limón, para uso agroindustrial, comercial, consumo humano,
agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 398.000 / 606.800 hoja Sixaola. 2
litros por segundo de la quebrada sin nombre 2, efectuando la captación en
finca de su propiedad en Cahuita, Talamanca, Limón, para uso agroindustrial,
comercial, consumo humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 398.650
/ 606.680 hoja Sixaola. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de
enero del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas.
Coordinador.—(IN2016003601).
Exp. Nº
6440P.—Roma Prince S. A., solicita concesión de: 0,7 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BA-368 en finca de su
propiedad en Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano doméstico y
turístico-restaurante y piscina. Coordenadas 225.625 / 515.425 hoja Barva.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 11 de enero del 2016.—Departamento
de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2016003603).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Exp. 7841A.—JL Orion, S. A.,
solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del nacimiento sin nombre,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Ángeles, San Ramón,
Alajuela, para uso turístico. Coordenadas 233.300 / 483.700 hoja Naranjo.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 14 de octubre de 2014.—Departamento
de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2016006628).
Registro
Civil – Departamento Civil
SECCIÓN
ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº 41161-2013.—Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las quince horas
veinticinco minutos del cuatro de setiembre de dos mil quince. Diligencias de
ocurso presentadas por Oxana Lisov Yatsina, cédula de identidad Nº 8-0094-0765,
vecina de San Vicente, Moravia, San José, tendente a la rectificación de su
asiento de naturalización, en el sentido que el nombre y los apellidos de la
persona inscrita son Oxana Victorovna Lysov Lysova, hija de Víctor Ivanovich
Lysov, no indica segundo apellido y Olga Ivanovna Lysova, no indica segundo
apellido, rusos y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la
Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil,
publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se
previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del
término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—(IN2016004527).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Se hace saber que en diligencias
de ocurso incoadas por Alba Rosa Pérez Aguilar, se ha dictado la resolución N°
4721-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas tres minutos del siete
de setiembre de dos mil quince. Exp. N° 28133-2015. Resultando 1º—... 2º—...
Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Wagner Antonio Requene Pérez, en el
sentido que el segundo nombre de la madre de la persona inscrita es Rosa.—Lic.
Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro
Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2016003845).
Se hace saber que
este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Luisa Ivette Sobalvarro
Chavarría, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N°
1520-2012. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San
José, a las ocho horas seis minutos del siete de mayo del dos mil doce. Ocurso.
Exp N° 4774-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos
probados:.., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Krismara Taisha Molina Sobalbarro, en el sentido que el segundo
nombre y el primer apellido de la madre... son “Ivette” y “Sobalvarro”
respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos
Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2016003859).
Se hace saber que
en diligencias de ocurso incoadas por Juan Carlos Monge Obregón, se ha dictado
la resolución N° 6345-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas
cincuenta y tres minutos del veinte de noviembre de dos mil quince. Exp. N°
16167-2015. Resultando 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquense el asiento de
nacimiento de Carlos Johan Monge Sobalbarro, en el sentido que el nombre y el
primer apellido de la madre son Leadys María y Sobalvarro y el asiento de
matrimonio de Juan Carlos Monge Obregón con Leadys María Sobalvarro Chavarría,
en el sentido que el nombre del padre y el apellido de la madre de la cónyuge
son Lorenzo y Chavarría, no indica segundo apellido, respectivamente.—Lic. Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—(IN2016003863).
Se hace saber que
en diligencias de ocurso incoadas por Heyling Lisbeth García Méndez, se ha
dictado la resolución N° 1426-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las quince horas
quince minutos del veinticinco de marzo de dos mil quince. Exp. N° 6205-2015.
Resultando 1º—... 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:. II.—Sobre el
fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Eymi Dayana Soza
García, en el sentido que el nombre de la madre es Heyling Lisbeth.—Lic. Luis
Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2016003891).
Se hace saber que
en diligencias de ocurso incoadas por Carolina Riera Tauil, se ha dictado la
resolución N° 6794-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas
quince minutos del quince de diciembre de dos mil quince. Exp. N° 50005-2014.
Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el
fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Marco Alberto
Cercone Cabezas con Carolina Riera De Salazar no indica segundo apellido, en el
sentido que los apellidos de la cónyuge, el nombre y los apellidos de la madre
de la misma son Riera Tauil e Ingri Beatriz Tauil Scot, respectivamente.—Lic.
Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Gerardo Enrique
Espinoza Sequeira, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2016003914).
Se hace saber que
en diligencias de ocurso incoadas por Santiago Mejía Delgadillo, se ha dictado
la resolución N° 6103-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas
veinticinco minutos del nueve de noviembre de dos mil quince. Exp. N°
34285-2015. Resultando 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Raquel Johana Delgadillo Hernández, en el sentido que los
apellidos del padre son Mejía Delgadillo.—Lic. Iván Mora Barahona, Oficial
Mayor Civil, a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina Jefe.—1 vez.—(IN2016003917).
Se hace saber que
en diligencias de ocurso incoadas por Eneyda Isabel Bustos Sotelo, se ha
dictado la resolución N° 5504-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las quince horas
cuarenta y siete minutos del catorce de octubre de dos mil quince. Exp. N°
23379-2015. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:...
II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de
Yeser Isaac Telles Bustos, en el sentido que el nombre, el segundo apellido y
la nacionalidad de la madre son Eneyda Isabel, Sotelo y costarricense,
respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director
General.—1 vez.—(IN2016003922).
Se hace saber que
en diligencias de ocurso incoadas por Henry Navarro González, se ha dictado la
resolución N° 4971-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas y
siete minutos del veintiuno de setiembre de dos mil quince. Exp. N° 32859-2015
Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el
fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos nacimiento de Henry Enrique
Navarro González, en el sentido que el segundo apellido de la madre... es
Mendoza; de matrimonio de Henry Navarro González con Sonia Herminia González
Román y de Henry Enrique Navarro González con María Auxiliadora Sánchez
Villalta, en el sentido que el segundo apellido de la madre del cónyuge es
Mendoza.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene
Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2016003974).
Se hace saber que
en diligencias de ocurso incoadas por Jesica del Carmen González Ronce, se ha
dictado la resolución N° 6102-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas diez
minutos del nueve de noviembre de dos mil quince. Exp. N° 32205-2015 Resultando
1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por
tanto: Rectifíquense los asientos nacimiento de Danna Michelle Muñoz González;
de Roberto José Muñoz González; y de Maryluz Muñoz González, en el sentido que
el nombre de la madre es Jesica del Carmen.—Lic. Iván Mora Barahona, Oficial
Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2016004139).
Se hace saber que
este en diligencias de ocurso incoadas por Sisney Pamela Quirós Morera, se ha
dictado la resolución N° 5619-2014 que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas diez
minutos del veintisiete de octubre de dos mil quince. Expediente N° 36507-2015.
Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el
fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Sisney Pamela
Quirós Morera, en el sentido que el primer nombre es Sidney.—Lic. Luis Antonio
Bolaños Bolaños, Director General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2016004514).
Se hace saber que
en diligencias de ocurso incoadas por Guiselle Virginia Vásquez Serrano, se ha
dictado una resolución N° 1000-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas
cuarenta y dos minutos del cuatro de marzo de dos mil quince. Exp. N° 414-2015.
Resultando 1°—..., 2°—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el
fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Guiselle Virginia
Vásquez Serrano, en el sentido que el primer apellido del padre es
Villalobos.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic.
Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. i.—1 vez.—(IN2016004810).
Se hace saber que
este en diligencias de ocurso incoadas por Alvaro Francisco Díaz Sancho, se ha
dictado la resolución N° 6194-2015 que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento, Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas
treinta minutos del trece de noviembre de dos mil quince. Exp. N° 43949-2015.
Resultando 1°—..., 2°—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...
Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Álvaro Francisco Díaz
Sancho, en el sentido que el nombre de la madre es Teresa Liliett De La
Trinidad.—Lic. Iván Mora Barahona, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2016004831).
Registro
Civil – Departamento Civil
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓNES
Avisos
de solicitud de naturalización
Gabriela del Socorro Barcenas
González, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia número
155814772833, vecina de Granadilla, Curridabat, San José, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. N° 133343-2014.—San José, a las 1:38 horas
del 18 de noviembre de 2015.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2016003948).
Viky Esmeralda
Magaña Godoy, mayor, soltera, vendedora, salvadoreña, cédula de residencia
número 122200537718, vecina de Chilamate, Sarapiquí, Heredia, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. N° 135285-2015.—San José, a las 11:25 horas
del 26 de noviembre de 2015.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2016003966).
Flor de María Rizo
Velásquez, mayor, soltera, operaria, nicaragüense, cédula de residencia número
155813058215, vecina de Alajuela, central, Guácima 25 norte 100 oeste
Abastecedor El Pedregal, casa mano izquierda, color beige, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. N° 135585-2015.—San José, a las 1:26 horas
del 26 de noviembre del 2015.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2016003967).
Teresa Escobar
Solís, mayor, soltera, empleada doméstica, nicaragüense, cédula de residencia
N° 155811456132, vecina de La Guácima, Alajuela, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 135401-2015.—San José, a las 10:11 horas,
del 12 de enero del 2016.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. i.—1
vez.—(IN2016003982).
Camila Romero
Reyes, mayor, soltera, turistóloga, colombiana, cédula de residencia número
117001327336, vecina de San José, Escazú, Guachipelín, del AM PM, 600 m oeste
Condominios de Casa Villas de Valencia, casa 57, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 133620-2014.—San José, a las 9:55 horas del
18 de enero de 2016.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2016004072).
Óscar Danilo
Cortez Traña, mayor, soltero, pastelero, nicaragüense, cédula de residencia Nº
155805091503, vecino de Heredia, San Rafael, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente Nº 131509-2014.—San José, a la 1:38 horas
del 18 de noviembre de 2015.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2016004432).
Fabien Max
Christophe Jullian Pérez, mayor, casado, empresario, francés, cédula de
residencia N° 125000008524, vecino de San José, San Rafael de Escazú, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Expediente Nº 132301-2014.—San José, a las 10:11
horas, del 12 de enero de 2016.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2016004511).
Karina de los
Ángeles Zamora Rodríguez, mayor, soltera, recepcionista, nicaragüense, cédula
de residencia N° 155806872625, vecina de San Antonio, Belén, Heredia, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Expediente Nº 133338-2014.—San José, a las 10:11
horas, del 12 de enero de 2016.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2016004546).
INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN
Y
TRANSFERENCIA EN TECNOLOGÍA AGROPECUARIA
PLAN DE ADQUISICIONES 2016
De conformidad con el artículo
06 de la Ley de Contratación Administrativa y en concordancia con el artículo 7
de su Reglamento, la Proveeduría Institucional del Instituto Nacional de
Innovación en Transferencia en Tecnología Agropecuaria, da a conocer la información
el Plan de Adquisiciones del período 2016, el cual se encuentra disponible en
la página www.hacienda.go,cr así como en la página institucional www.inta.go.cr.
Proveeduría Institucional.—Msc.
Jacqueline Aguilar Méndez, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 04.—Solicitud Nº
25088.—(IN2016006615).
CONSEJO
DE SEGURIDAD VIAL
PLAN
DE COMPRAS 2016
Se comunica que el Plan de Compras del 2016 del
Consejo de Seguridad Vial, se encontrará disponible en el Sistema de Compras
Gubernamental (COMPRA@RED), en la dirección: www.hacienda.go.cr/comprared, en
la página Web del COSEVI en la dirección: www.csv.go.cr o en nuestras oficinas
ubicadas en La Uruca, San José, contiguo al Banco Nacional en La Uruca, a partir
del tercer día hábil siguiente de la presente publicación.
La Uruca, San José, 27 de enero del 2016.—Lic.
Alexander Vásquez Guillén, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. N°
000001.—Solicitud N° 47137.—(IN2016006510).
La Proveeduría
Institucional del Consejo Nacional de Concesiones, avisa a los interesados que
el Plan de Compras para el periodo 2016 se encuentra a disposición en los
Sistemas de Compras Públicas SICOP y COMPRARED, así como en nuestra página
www.cnc.go.cr, a partir del próximo día hábil de esta publicación.
San José, 12 de enero del 2016.—Licda. Carmen
María Madrigal, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. N° 001.—Solicitud N°
9305.—(IN2016006568).
INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL
ULADISLAO
GÁMEZ SOLANO
PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2016
De conformidad con el artículo
6° de la Ley de Contratación Administrativa en concordancia con el numeral 7 de
su Reglamento, el Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano,
hace de conocimiento de todos aquellos potenciales oferentes que el Plan Anual
de Compras del presente ejercicio económico será debidamente publicado y
visualizable en el sistema Comprared en la dirección electrónica: https://www.
hacienda.go.cr/comprared.
Asimismo las modificaciones que se hagan
durante el año a este plan serán divulgadas a la misma dirección supracitada
anteriormente.
Jorge Alberto Gamboa Barrantes,
Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2016006616).
PLAN DE COMPRAS 2016
La Unidad de Servicios
Administrativos del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y
Avenamiento, informa que el Plan de Compras Institucional para el año 2016 y la
boleta para registro y/o actualización de Proveedores, se encuentran a
disposición del público en general en el sitio Web de la institución
https://www.senara.oc.cr, o puede ser solicitado al correo electrónico
asalazar@senara.go.cr o hdelgado@senara.go.cr.
Lic. Xinia Herrera Mata,
Coordinadora de Servicios Administrativos.—1 vez.—O.C. N° 020.—Solicitud N°
10385.—(IN2016006575).
COMITÉ
CANTONAL DE DEPORTES
Y RECREACIÓN DE
SAN JOSÉ
PLAN
DE COMPRAS 2016
El Departamento de Proveeduría, comunica que el
Plan de Compras para el periodo 2016 se encuentra disponible en el Sistema
Unificado Electrónico de Compras Públicas para la Administración Central, en la
dirección electrónica http://www.mer-link.co.cr.
San José, 23 de enero del 2016.—Lic. Walter
Portilla Madrigal, Jefe Proveeduría Institucional.—1 vez.—(IN2016006524).
UNIÓN
NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
PLAN DE COMPRAS AÑO 2016
La Unión Nacional de Gobiernos
Locales hace del conocimiento de todos los interesados que el Plan Anual de
Compras correspondiente al periodo 2016, así como las modificaciones que
durante el período se apliquen a dicho plan, se encuentran disponibles en la
página web www.ungl.or.cr
Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 6° de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7° del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Para más información comunicarse a la
Proveeduría Institucional, ubicada en Sabana Sur costado oeste de Librería
Universal o bien a los teléfonos: 2290-4065/2290-3806 fax 2290-4051
San José, 28 de enero del
2016.—Gestión de Proveeduría.—Fabiola Castro Lobo, Proveedora Institucional.—1
vez.—(IN2016006528).
MUNICIPALIDAD DE TIBÁS
PLAN DE COMPRAS PERÍODO 2016
La Proveeduría Municipal informa
a todos los interesados que el Plan de Compras correspondiente al período 2016,
se encuentra disponible en la página web de la Municipalidad
San José, 22 de enero del
2016.—Proveeduría Municipal.—Licda. Rebeca Fallas Gómez, Proveedora Municipal
a. í.—1 vez.—(IN2016006588).
MUNICIPALIDAD
DE BELÉN
De conformidad con las modificaciones a la Ley
de la Contratación Administrativa, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N°
128 del 4 de julio del 2006, y de acuerdo al artículo 6 de la Ley de Contratación
Administrativa, se informa que el programa de adquisiciones de este año, se
encontrará visible en nuestra Página Web: www.belen.go.cr y el Sistema de
compras www.mer-link.com, sin embargo, debido a que la Contraloría General de
la República con oficio 15642 de fecha 28 de octubre del año 2015, procedió a
archivar sin trámite el presupuesto inicial para el ejercicio económico del
2016 de nuestra institución, en el momento en que se realicen las
modificaciones presupuestarias necesarias para dar contenido a las demás
adquisiciones de este año, dicho plan será actualizado.
San Antonio de Belén, Heredia, 12 de enero del
2016.—Marcos Porras Quesada, Coordinador Unidad de Bienes y Servicios.—1
vez.—O. C. N° 031490.—Solicitud N° 47142.—(IN2016006566).
PROGRAMACIÓN
PUBLICITARIA
I
MODIFICACIÓN PLAN DE COMPRAS PERIODO 2016
La Proveeduría Institucional informa a todos
los interesados sobre la I Modificación del Plan de Compras 2016 del programa
051 (Programación Publicitaria del Ministerio de Gobernación y Policía)
correspondiente al período 2016, se encuentra disponible en el Sistema
Comprared, en la dirección www.comprared.cr de Internet.
San José, 27 de enero del 2016.—Lic. Elke
Céspedes Ramírez, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. N° 27462.—Solicitud N°
3614.—(IN2016006511).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS
DE
SALUD CENTRAL SUR
LICITACIÓN PÚBLICA 2016LN-000001 -2399
Servicios profesionales de aseo y limpieza para el C.A.I.S
Dr.
Marcial Fallas Díaz - Área de Salud Desamparados 1
La Oficina de Compras de la
Dirección Regional de Servicios de Salud Central Sur, recibirá ofertas por
escrito, hasta las 10:00 a.m. del día 03 de marzo de 2016, para la contratación
de servicios profesionales de aseo y limpieza para el C.A.I.S. Dr. Marcial
Fallas Díaz - Área de Salud Desamparados 1. La visita al sitio se realizará el
día 04 de febrero de 2016 a las 10:00 a.m. El cartel se encuentra disponible en
la Oficina de Compras de la Dirección Regional, sita costado sur del Hospital
Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia. Ver más información en www.ccss.sa.cr
San José, 27 de enero de
2016.—Dr. Armando Villalobos Castañeda, Director Regional.—1
vez.—(IN2016006576).
HOSPITAL MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA
DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2015LA-000068-2104
Por
la adquisición de materiales varios de fontanería
Se comunica: Fecha de recepción de ofertas el
lunes 22 de febrero de 2016 a las 11:00 horas.
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr
San José, 28 de enero del 2016.—Licda. Carmen
Rodríguez Castro.—1 vez.—(IN2016006589).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000004-2104
Por
la adquisición de suministro e instalación de cielo suspendido en consulta
externa
Se comunica: Fecha de recepción de ofertas el
viernes 19 de febrero de 2016 a las 09:00 horas.
Se realizará visita al sitio el día: lunes 08 de febrero de 2016 a las
09:00 horas.
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr
San José, 28 de enero del 2016.—Licda. Carmen
Rodríguez Castro.—1 vez.—(IN2016006591).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2016LA-000001-01
Servicio
de limpieza y aseo en las instalaciones del INCOP
en Puerto Caldera,
Puntarenas, San José, Quepos y Golfito
El Departamento de Proveeduría del INCOP invita
a participar en la Licitación Abreviada N° 2016LA-000001-01 por “Contratación
de servicio de vigilancia privada para el Incop en Quepos, San José Golfito”.
El plazo para la recepción de ofertas vence el día 10 de febrero del
2016 a las 10:00 horas en Puerto Caldera.
Los interesados en participar podrán obtener el cartel de licitación en
el siguiente link electrónico http://www.incop.go.cr/proveeduria.php?p=109 o
bien el mismo podrá ser solicitado en los correos jamadrigal@incop.go.cr o
jbravo@incop.go.cr a partir de la
publicación de este aviso.
Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor
General.—1 vez.—O. C. N° 28315.—Solicitud N°
47172.—(IN2016006557).
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000071-2104
Bicisate, para la preparación de inyección de Tecnecio
99MTC-bicisate.
Polvo liofilizado inyectado. Frasco ampolla
Empresa adjudicada: Proveedor
Centroamericano S. A.
San José, 28 de enero del
2016.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro,
Jefa.—1 vez.—(IN2016006595).
JUNTA DE EDUCACIÓN
ESCUELA
LUIS RODRÍGUEZ
SALAS
LICITACIÓN
PÚBLICA N° LP001-2015-JEELRS
Compra
de abarrotes-productos cárnicos-frutas y verduras
Se comunica a todos los interesados e
interesadas en el procedimiento de contratación que se dirá, que por acuerdo de
la Junta de Educación de la Escuela Luis Rodríguez Salas, en el artículo 2° de
la sesión N° 396-2016 del 4 de enero de 2016 se dispuso adjudicar de la
siguiente forma:
LICITACIÓN
PÚBLICA N° LP001-2015-JEELRS
A: Barrantes y Alfaro de Grecia S.R.L.
CJ. 3-102-151134
Línea N° 1
Abarrotes contra pedido
Monto
adjudicado Hasta ¢7.278.953,00
A: Carlos Bogantes Alfaro
C.F. 203580343
Línea N° 2
Productos cárnicos contra pedido
Monto
adjudicado Hasta ¢11.603.508,00
A: Viviana Rojas Arce
C.F. 111010624
Línea N° 3
Frutas y verduras contra pedido
Monto
adjudicado Hasta ¢2.354.955,00
Luis Alberto Campos Ávila, Presidente.—1
vez.—(IN2016006467).
JUNTA
DE EDUCACIÓN ESCUELA EULOGIA RUIZ RUIZ
LICITACIÓN
PÚBLICA N° LP001-2015-JEEERR
Compra de
abarrotes-productos cárnicos-frutas y verduras
Se comunica a todos los interesados e interesadas en el procedimiento de
contratación que se dirá, que por acuerdo de la Junta de Educación de la
Escuela Eulogia Ruiz Ruiz, en el artículo IV, de la sesión N° 087 del 8 de
diciembre de 2015 se dispuso adjudicar de la siguiente forma:
LICITACIÓN
PÚBLICA N° LP001-2015-JEEERR
A: Viviana Rojas Arce
C.F. 111010624
Línea N° 1 Abarrotes contra pedido
Monto
adjudicado Hasta ¢6.629.300,00
A: Carlos Manuel Sibaja Murillo
C.F. 203650286
Línea N° 2 Productos cárnicos contra pedido
Monto
adjudicado Hasta ¢13.304.300,00
A: Viviana Rojas Arce
C.F. 111010624
Línea N° 3 Frutas y verduras contra pedido
Monto
adjudicado Hasta ¢5.760.566,00
Dr Juan José González Hidalgo, Presidente.—1
vez.—(IN2016006481).
REMATE N° 02-2016
Remate de Vehículos Institucionales
El Instituto del Café de Costa
Rica invita a las personas interesadas a participar en el remate de Vehículos
Institucionales de conformidad con el artículo 102 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa, según lo siguiente:
• Fecha para recepción de ofertas: 17 de febrero del 2016, a las
10:30 horas.
• Visita para inspección: 9 de febrero del
2016, desde las 9:30 horas hasta las 12:30 horas.
• Lugar para recepción de ofertas: Oficinas
centrales de ICAFE, sita 400 metros norte de la Iglesia Católica de San Pedro
de Barva, Heredia.
Detalle de los vehículos a
rematar:
Descripción |
Modelo |
Marca |
Año |
Valor base |
Pick Up 4x2 Mazda |
B2500 |
Mazda |
1999 |
¢2.500.000 |
Pick Up 4x2 Mazda |
B2500 |
Mazda |
1999 |
¢2.500.000 |
Otras condiciones: El pliego de condiciones
generales de este remate se encuentra en la página web del ICAFE
http://www.icafe.cr/ o bien deberá ser retirada por los interesados en las
oficinas centrales del Instituto del Café de Costa Rica, Unidad de Contratación
Administrativa, sita 400 metros norte de la Iglesia Católica de San Pedro de
Barva, Heredia; se coordinará con el Lic. Carlos Sandoval Torres, quien podrá
localizarse al tel.: 2243-7878.
San José, 27 de enero del
2016.—Ing. Ronald Peters Seevers, Director Ejecutivo.—Lic. Carlos Sandoval
Torres, Jefe Contratación Administrativo.—1 vez.—(IN2016006626).
MUNICIPALIDAD
DE BELÉN
UNIDAD
DE BIENES Y SERVICIOS
REMATE
Nº 01-2016
Venta
de vehículos en desuso
La Unidad de Bienes y Servicios de la
Municipalidad de Belén, los invita a participar en el remate Nº 01-2016. El
mismo se llevará a cabo en el salón de sesiones de esta institución, ubicado en
el Palacio Municipal costado este del templo católico, a las 10:00 horas del
día 18 de febrero del 2016.
Las especificaciones, condiciones generales y especificaciones podrán
retirarse en la oficina de la Unidad de Bienes y Servicios, ubicada 75 metros
al norte del Palacio Municipal antiguas oficinas del Banco de Costa Rica,
frente a farmacia El Paso de 7:30 a. m. a 4:00 p. m.
Los ítems a rematar estarán disponibles, en las bodegas municipales, El
Nacimiento citas en La Asunción de Belén del antiguo restaurante Peperoni 200
metros al norte, los días del 11 al 17 de febrero de 2016, de las 8:00 a. m. a
las 11:30 a. m. con el señor Gerardo Vargas López, encargado.
Cualquier consulta puede realizarse al teléfono 2587-0000 ext. 240 ó 241
o a los correos bienesyservicios3@belen.go.cr ó bienesyservicios1@belen.go.cr
San Antonio de Belén, 28 de enero del 2016.—Lic.
Marcos Porras Quesada, Coordinador Proveeduría Institucional.—1 vez.—O. C. N°
031490.—Solicitud N° 47150.—(IN2016006578).
Con el fin de mantener actualizado el Registro
de Proveedores de la Institución, se comunica a todos los potenciales oferentes
físicos y jurídicos que deben completar el formulario de inscripción.
Dicho formulario debe ser retirado en la Oficina de Contratación
Administrativa. Sita, tercer piso del Edificio Central entre avenida central y
segunda y calles 4 y 6.
Los proveedores que se encuentren inscritos desde hace más de un año,
deberán renovar la documentación, no obstante, si la información presentada al
Banco no ha variado, así podrán indicarlo mediante documento suscrito por el proveedor
o su representante legal.
Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor Oficina
Contratación Administrativa.—1 vez.—O. C. N° 65540.—Solicitud N°
47162.—(IN2016006572).
COMITÉ CANTONAL DE
DEPORTES
Y RECREACIÓN DE
SAN JOSÉ
Invitación a formar parte del Registro de
Proveedores
De conformidad con lo establecido en el
artículo 108 de la Ley de Contratación Administrativa y artículos 116 y 118 del
Reglamento a esta Ley, se invita a personas físicas y jurídicas a ingresar o
actualizar el Registro de Proveedores de esta Institución.
Los proveedores que ya se encuentran inscritos solamente deberán
informar mediante nota si ha variado la situación declarada. Los formularios de
inscripciones los puede obtener en la Proveeduría Institucional, localizada en
el Complejo Deportivo de Plaza González Víquez.
San José, 27 de enero del 2016.—Lic. Walter
Portilla Madrigal, Proveeduría Institucional.—1 vez.—(IN2016006520).
UNIÓN
NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
Registro
Institucional de Proveedores
En cumplimento de los artículos 46 de la Ley de
Contratación Administrativa y 122 de su Reglamento, se invita a las personas
físicas y jurídicas interesadas en ser consideradas en los procesos de
contratación administrativa de la institución a inscribirse en el Registro de
Proveedores de la Unión Nacional de Gobiernos Locales. El formulario de
inscripción y los requisitos los podrán acceder en la página web www.ungl.or.cr o bien solicitarlos al correo fcastro@ungl.or.cr Los proveedores
inscritos en años anteriores deben verificar su estado en el registro de
proveedores a fin de ser considerados en futuras contrataciones.
Para más información comunicarse a la Proveeduría Institucional, ubicada
en Sabana Sur costado oeste de Librería Universal o bien a los teléfonos:
2290-4065/2290-3806 fax 2290-4051.
San José, 28 de enero del 2016.—Gestión de
Proveeduría.—Fabiola Castro Lobo, Proveedora.—1 vez.—(IN2016006527).
MUNICIPALIDAD
DE BELÉN
De conformidad con la Ley de la Contratación
Administrativa, y de acuerdo al artículo 108 de la Ley, les informamos que a
partir de este año estaremos trabajando el 100% de los procesos de contratación
en el sistema de compra MER-LINK, por lo que, se invita a los oferentes interesados
a incorporarse al registro de proveedores del este sistema de compras MER-LINK
que será el que utilizaremos como referencia para nuestra gestión, eliminando
el registro de proveedores de la Municipalidad de Belén.
Para incorporarse a este sistema deben llamar al 800-6375465
proveedores, para obtener información.
San Antonio de Belén, Heredia, 12 de enero del
2016.—Marcos Porras Quesada, Coordinador Unidad de Bienes y Servicios.—1
vez.—O. C. N° 031490.—Solicitud N° 47145.—(IN2016006582).
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2015LN-000010-01
Contratación
de servicios profesionales de abogados para
la atención del
cobro judicial para diferentes zonas
a nivel nacional
Se avisa a todos los interesados en participar
en la presente Licitación Pública que, de conformidad con lo establecido por
los artículos 42 de la Ley de Contratación Administrativa y 60 y 172 de su
Reglamento, se ha dispuesto realizar la siguiente modificación al cartel de
esta licitación pública:
1. Se modifica la redacción actual del Punto 2.1
del cartel, el cual deberá leerse de la siguiente manera:
“2.1. Los participantes, sean personas físicas,
personas jurídicas dedicadas a la prestación de servicios profesionales en
Derecho o consorcios constituidos conforme con las regulaciones pertinentes de
la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, deben tomar en cuenta
que las respuestas en la oferta, se deben ajustar al orden presentado en el
cartel, haciendo referencia a la numeración especificada, respondiendo a todos
y cada uno de los requerimientos señalados. Sin embargo para facilitarles la
presentación de su oferta, en los puntos que así se considera conveniente
(excepto en las especificaciones del servicio y en aquellas cláusulas que
requieren una manifestación expresa del participante), el oferente puede
indicar que se da por enterado, acepta y cumple con lo señalado.
Los oferentes personas jurídicas deberán tener como objeto
social la prestación de servicios profesionales en Derecho y proponer
profesionales debidamente autorizados y habilitados por los órganos competentes
para la efectiva prestación de los servicios ofrecidos. No se aceptarán ofertas
que no cumplan con estos requisitos”.
En todo lo demás el cartel permanece
invariable. Asimismo, la fecha y hora para la recepción de las ofertas se
mantiene para el día jueves 18 de febrero de 2016 a las 10 horas y 30 minutos.
Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor Oficina
de Compras y Pagos.—1 vez.—O. C. N° 65540.—Solicitud N° 47149.—(IN2016006512).
HOSPITAL
MÉXICO
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2015LA-000069-2104
(Prórroga)
Por
la adquisición de accesorios para tratamiento
de radioterapia de
intensidad modulada
(VMAT arcoterapia
volimétrica modulada)
Se les comunica a los interesados en el
presente concurso que se ha prorrogado la fecha de apertura hasta nuevo aviso. Oportunamente
se les comunicará de la nueva fecha de apertura, así como también las
eventuales modificaciones al cartel, en caso que el mismo se modifique.
San José, 28 de enero del 2016.—Licda. Carmen
Rodríguez Castro.—1 vez.—(IN2016006590).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA
VEZ
A quien interese hago constar
que el Certificado de Depósito a plazo del Banco de Costa Rica, número:
62525166-62638511-62643601-62694755-62752592-62757834-62760544-63119178,
emitidos a nombre de CECA S. A., cédula jurídica 3-101-005640, emitidos por las
oficinas centro comercial plaza Rorhmoser, centro comercial Plaza Cristal,
Centro de Negocios Curridabat, ha sido reportado como extraviado por lo que se
solicita al Banco de Costa Rica su reposición de acuerdo con lo establecido en
los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.—18 de enero del 2016.—Juan
Carlos Rodríguez Álvarez, Representante Legal.—(IN2016003789).
DEPARTAMENTO DE ADMISIÓN Y REGISTRO
EDICTO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La señora Gabriela Astrd Gómez
Recinos, cédula de residencia Nº 122200502313 ha presentado para el trámite de
reconocimiento y equiparación el diploma con el título Licenciada en Economía y
Negocios, obtenido en la Escuela Superior de Economía y Negocios. Cualquier
persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá
hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de
Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los
quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago, 14 de diciembre del
2015.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. N°
20150003.—Solicitud N° 46556.—(IN2016004088).
EDICTO
La Superintendencia de Telecomunicaciones hace
saber que de conformidad con el expediente Nº E0165-STT-AUT-02412-2015, ha sido
admitida la solicitud de autorización de Enterprise Wireless Solutions S.R.L,
cédula jurídica Nº 3-102-706013, para brindar el servicio de transferencia de
datos en las modalidades de acceso a internet y canales punto a punto, por
medio de enlaces inalámbricos en bandas de frecuencia de “uso libre”, en todo
el territorio nacional. De conformidad con el artículo 39 del Reglamento a la
Ley General de Telecomunicaciones, Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET, se otorga
a los interesados el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la
publicación de este edicto, para que se apersonen ante la SUTEL a hacer valer
sus derechos y presentar las objeciones que consideren pertinentes.
San José, 13 de enero del 2016.—Gilbert Camacho
Mora, Presidente del Consejo.—1 vez.—(IN2016004429).
Nº 002-2016.—Para los fines consiguientes el
Departamento de Patentes de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que
Lai Zhouliu, cédula Nº 8-0102-0612, ha presentado solicitud de traspaso de la
patente comercial cuenta Nº 9042A a nombre de Chen Ping, cédula Nº
115600216718.
La Municipalidad de Montes de Oca otorga 8 días naturales de plazo a
partir de esta publicación para presentar objeciones.
San Pedro de Montes de Oca, 09 de enero del
2016.—Departamento de Patentes.—Ronny Fallas Salazar, Director
Financiero.—Melania Solano Coto.—1 vez.—(IN2016004436).
Para los fines consiguientes la
Dirección de Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca hace saber que el
señor Javier Ugalde Mora, cédula 1-1045-0622, presentó escritura pública
protocolizada rendida ante el notario Varela Aguilar Arturo, en la que dice que
es dueño de la fosa: 178 del Bloque A del cementerio Viejo de Sabanilla y que
dona el derecho a Ruiz Zapata Roger, cédula 6-0131-0270, quien acepta que quede
inscrito a nombre de él con las obligaciones y responsabilidades que de este
acto se derivan. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda
responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de 8 días habites a partir de
esta publicación para escuchar objeciones.
Sabanilla de Montes de Oca, 20
de enero del 2016.—Guillermo Montero Marroquín, Encargado de Cementerios.—1
vez.—(IN2016004883).
Acuerdo tomado en sesión
ordinaria N° 450-2015 del 2 de noviembre del 2015, en el artículo IV. Según
oficio SCM-2229-2015 del 6 de noviembre del 2015.
La Municipalidad de Heredia hace saber a
quién interese que en el Cementerio Central Heredia, existe un derecho a nombre
de: Familia Hernández Ugalde, sus integrantes solicitan traspasar este derecho
e incluir beneficiarios, indicándose así:
Arrendataria: Nidia Bonilla Hernández, cédula 04-0119-0807
Beneficiarios: Juan Carlos Delgado Bonilla, cédula
04-0187-0615
José Roberto Delgado
Bonilla, cédula 04-0198-0650
Manuel Emilio Hernández
Ugalde, cédula 04-0149-0350
Lote N° 101-A, bloque F, medida
3 metros cuadrados, para 2 nichos, solicitud 2608, recibo 28854, inscrito en
folio 76, libro 1, el cual fue adquirido el día 11 de setiembre de 1976. Datos
confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con
fecha del 31 de enero del 2015. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que
pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de
Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus
derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Adriana Bonilla Sequeira,
Administradora de Cementerios.—1 vez.—(IN2016004109).
Acuerdo tomado en sesión ordinaria N° 452-2015
del 02 de noviembre del 2015, en el Artículo IV. Según oficio SCM-2228-2015 del
06 de noviembre del 2015.
La Municipalidad de Heredia hace saber a quien interese que en el
Cementerio Central Heredia, existe un derecho a nombre de: Familia Meléndez
López, la madre de esta familia solicita traspasar este derecho e incluir
beneficiarios, indicándose así:
Arrendataria: María Rosa López Arce, cédula Nº
02-0113-0623
Beneficiarios: Felipe Meléndez López, cédula Nº
05-0232-0987, Jorge Meléndez López, cédula Nº 05-0109-0900, Saúl Meléndez
López, cédula Nº 05-0139-0108, Elisa Meléndez López, cédula Nº 05-0115-0517,
Nuria Costa Meléndez, pasaporte Nº 305270308, Abel Meléndez López, cédula Nº
05-0179-0830, Lydia Meléndez López, cédula Nº 05-0169-0160, Benjamín Meléndez
López, cédula Nº 05-0210-0809, Jahel Meléndez López, cédula Nº 05-0134-0631,
Isaías Meléndez López, cédula Nº 05-0121-0642, Aída Meléndez López, cédula Nº
05-0151-0670.
Lote Nº 46 Bloque N, medida 6 metros cuadrados,
para 4 nichos, solicitud 2150, recibo no indica, inscrito en folio 63, libro 1,
el cual fue adquirido el día 09 de agosto de 1976. Datos confirmados según
constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha del 04 de
febrero del 2015.
Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho
sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la
Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se
inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Adriana Bonilla Sequeira, Administradora de
Cementerios.—1 vez.—(IN2016004443).
Acuerdo tomado en sesión ordinaria Nº 4356-2015
del 31 de agosto del 2015 en el artículo VI. Según oficio SCM-030-2016 del 05
de enero del año 2016.
La Municipalidad de Heredia hace saber a quien interese que en el
Cementerio Central de Heredia, existe un derecho a nombre Familia Salas Brenes
y Salas Brenes Santiago, el señor Santiago se encuentra enfermo, por tanto una
hija firma el consentimiento para traspasar este derecho a un nieto de la
familia y además incluir nuevos beneficiarios, indicándose así:
Arrendatario: Gerardo
Antonio Salas Brenes,
cédula
Nº 04-0094-0733
Beneficiarios María
De Los Ángeles Salas Vargas,
cédula
Nº 04-0144-0424
Marta
Eugenia Salas Arce,
cédula
Nº 09-0073-0723
Lote Nº 24 Bloque P, medida 3 metros cuadrados,
para 2 nichos, solicitud 2079, recibo, inscrito en folio 59, libro 1, el cual
fue adquirido el día 25 de setiembre de 1974.
Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho
sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la
Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se
inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Ligia Mesén Jiménez, Administradora de
Cementerios.—1 vez.—(IN2016004545).
Acuerdo tomado en
sesión ordinaria N° 438-2015 del 14-09-2015, en el artículo V, según oficio
SCM-1928-2015 del 21 de setiembre del 2015.
La Municipalidad de Heredia hace
saber a quien interese que en el Cementerio Central de Heredia existe un
derecho a nombre de: Rodríguez Zumbado José Bernardo Víctor, fallecido el 1°
diciembre de 1976, sus hijos vivos solicitan traspasar este derecho a uno de
ellos y además desean incluir beneficiarios, indicándose así: Arrendatario:
Rodrigo Rodríguez Alvarado, cédula 04-0069-0394. Beneficiarios: Virginia
Rodríguez Alvarado, cédula 04-0059-0229 Bernardo Rodríguez Alvarado, cédula
04-0064-0593 lote N° 76, Bloque I, medida 9 varas cuadradas, para 6 nichos,
solicitud 516, recibo 570-g, inscrito en Folio 17, Libro 1, el cual fue
adquirido el 15 de julio de 1942. Datos confirmados según constancia extendida
por la Administración de Cementerios con fecha del 23 de enero del 2015. Se
emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el
mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la
Municipalidad de Heredia a fin de hacer valer sus derechos caso contrario se
inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Adriana Bonilla Sequeira,
Administradora de Cementerios.—1 vez.—(IN2016004880).
El Concejo Municipal mediante
acuerdo N° 82-2016 de la sesión ordinaria N° 04-2016, acuerda se informe a la
comunidad Barveña que por motivo de las conmemoraciones de la Semana Santa el
Concejo Municipal realizará un receso de sus funciones, (suspendiendo la sesión
ordinaria del lunes 21 de marzo). Se comunica que reanudaremos nuestras labores
en horario habitual, con la sesión ordinaria del lunes el 28 de marzo del 2016.
Patricia Campos Varela
Secretaria del Concejo.—1 vez.—(IN2016004944).
CONDOMINIO CENTRO COLÓN-ASOCIACIÓN
DE
COPROPIETARIOS
De conformidad con el artículo
26 de la Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio y del Reglamento interno
se convoca a todos los propietarios e inquilinos a la asamblea general de
propietarios de condóminos del Condominio Centro Colón-Asociación de Copropietarios,
a celebrarse en el Hotel Try Sabana, Salón Morazán 1, San José, avenidas 3-0,
calles 38-40, a las 17:00 horas del 25 de febrero del 2016 en primer
convocatoria y a las 18:00 horas de ese mismo día, en segunda convocatoria en
caso de no haber el quórum de ley. Los únicos temas a tratar en dicha Asamblea
serán los siguientes: 1.- Informe de la Administración y de las cuentas de
Administración del período 2015 2.-Conocimiento y aprobación del presupuesto
ordinario para el año 2016 (hasta enero del 2017) y los medios de aportar los
fondos necesarios para cubrirlo. Este documento está a disposición de los
Asambleístas con 15 días de antelación a la Asamblea en las oficinas de la
Administradora. 3.- Elección de Secretario Actas, Tesorero y Vocal II. Podrán
estar presentes los propietarios registrales y sus apoderados con facultades
suficientes para representarlos en esta asamblea debidamente identificados con
poder y certificación de personería y los inquilinos pueden estar presentes
cuando así sean autorizados por los propietarios mediante carta debidamente
autenticada.—27 de enero del 2016.—Junta Administrativa.—Walter Valverde
Madrigal, Presidente.—1 vez.—(IN2016006599).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ALTURAS
DE PRIETA S. A.
Se informa que Península Papagayo Clubs Inc.,
una compañía organizada y existente bajo las leyes de las Islas Vírgenes
Británicas, ha solicitado la reposición de su certificado de acciones de
Alturas de Prieta S. A., con cédula jurídica 3-101-361866, representativo de 20
acciones comunes y nominativas de 1.000,00 colones cada una. Se expedirá el
duplicado al solicitante transcurrido un mes desde la última publicación de
este aviso que ha de aparecer por 3 veces consecutivas en La Gaceta y 3
veces consecutivas en un diario de circulación nacional, siempre y cuando no se
haya presentado oposición alguna. Cualquier oposición se recibirá en San José,
Santa Ana, Lindora, Fórum II, Edifico A, cuarto piso, Oficinas de Pacheco
Coto.—San José, 17 de diciembre del 2015.—Alan Kelso Machado, Apoderado
Generalísimo y Representante Legal.—(IN2016003536).
UNIVERSIDAD DE SAN JOSÉ
Ante esta Rectoría se ha
presentado la solicitud de reposición del diploma de Licenciatura en
Administración de Empresas con Énfasis en Banca y Finanzas, anotado por CONESUP,
tomo: 65, folio 65, asiento 8723 y anotado por USJ tomo: 2, folio: 304,
asiento: 27, emitido por la Universidad de San José, en el año dos mil nueve, a
nombre de Eugenia Gamboa Navarro, con número de cédula 603320609. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original, por lo
tanto, se pública estos edictos para oír oposiciones a la solicitud.—San José,
18 de enero del 2016.—Lic. Jesús Chacón Morales, Asistente
Administrativo.—(IN2016003781).
Ante esta Rectoría se ha
presentado la solicitud de reposición del diploma de Maestría en Administración
de Empresas con Mención en Alta Gerencia, anotado por CONESUP, tomo: 53, folio
140, asiento 6448 y anotado por USJ tomo: 2, folio: 142, asiento: 20, emitido
por la Universidad de San José, en el año dos mil seis, a nombre de José Rafael
Solano Bustos, con número de cédula 700580422. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original, por lo tanto, se pública estos
edictos para oír oposiciones a la solicitud.—San José, 18 de enero del
2016.—Lic. Jesús Chacón Morales, Asistente Administrativo.—(IN2016003783).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
UNIVERSIDAD
DE SAN JOSÉ
Ante esta Rectoría, se ha presentado la
solicitud de reposición del diploma de Bachillerato en Ciencias de la Educación
con Concentración en la Enseñanza de la Matemática en el III Ciclo y
Diversificado, anotado por CONESUP, tomo 65, folio 95, asiento 9454 y anotado
por USJ, tomo: 2, folio: 337, asiento: 26, emitido por la Universidad de San
José, en el año dos mil nueve, a nombre de Alejandra Ruiz Bolívar, con número
de cédula 603670109. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original, por lo tanto, se públican estos edictos para oír
oposiciones a la solicitud.—San José, 18 de enero del 2016.—Lic. Jesús Chacón
Morales, Asistente Admnistrativo.—(IN2016003958).
CONDOMINIO
HORIZONTAL TURÍSTICO COSTA BELLA
Condominio Horizontal Turístico Costa Bella,
cédula jurídica Nº 3 109 607983, solicita ante la Sección Propiedad en
Condominio del Registro Público, la reposición por extravío de los siguientes
libros: Consejo de Administración, Asamblea General de Socios y Junta
Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la
sección mercantil del Registro Público Nacional dentro del término de ocho días
hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Licda. Sharon Erzsébet
Mariaca Carpio, Notaria.—(IN2016004438).
HOTEL Y CLUB PUNTA LEONA, S. A.
Para efectos del artículo 689
del Código de Comercio, el Hotel y Club Punta Leona S. A., hace saber a quién
interese, que por haberse extraviado al propietario, repondrá la acción Nº
03701 a nombre de, Henry Corrales Solano, cédula de identidad Nº 9-0041-0054.
Cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir
de la última publicación de este aviso.—San José, 19 de enero del 2016.—Junta
Directiva.—Rolando Cordero Vega, Secretario.—(IN2016004972).
HILLARY ROJO AMARILLO SOCIEDAD ANÓNIMA
Para los efectos del artículo
689 del Código de Comercio de Costa Rica, Hillary Rojo Amarillo Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos
veintiséis mil trescientos cincuenta y nueve, hace de conocimiento público que
por motivo de extravío a su propietario repondrá los certificados de acciones
número uno y número dos, representativos de dos acciones comunes y nominativas
con un valor de cinco mil dólares cada una y cuya propietaria es Amene Marie
Ayub Bittner, portadora de la cédula de identidad número nueve-ciento
once-doscientos diecinueve, se emplaza a cualquier interesado para que en el
término de un mes a partir de la última publicación de éste aviso manifieste su
oposición dirigida a la sociedad en Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum
Uno, oficina uno C uno, atención Licda. Melania Dittel.—Amene Marie Ayub
Bittner, Presidenta.—(IN2016004919).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
LIGA AGRÍCOLA INDUSTRIAL DE LA CAÑA DE AZÚCAR
La Liga Agrícola Industrial de
la Caña de Azúcar, informa que los siguientes nombres corresponden a los
miembros de la junta directiva de esta Corporación, para el período del 01 de
enero al 31 de diciembre de 2016, según lo dispone el artículo 25 de la Ley N°
7818, Ley Orgánica de la Agricultura e Industria de la Caña de Azúcar.
Presidente: Jesús Villalobos Gamboa
Vicepresidente: Heiner Bonilla Porras
Secretario: Bernardo Peralta Cordero
Vocales (por orden alfabético):
Luis
Felipe Arauz Cavallini
Manuel
Alfonso Chaves Solís
Gonzalo
Cubero Brealey
Carlos
Molina Vargas
Wetmer
Ramos González
Directores suplentes:
Jorge
E. Acón Li
José
Luis Ángulo Zúñiga
Héctor
Araya Salazar
Federico
Chavarría Kopper
José
Álvaro Jenkins Rodríguez
Carlos
Mora Gómez
Ricardo
A. Rojas Kopper
José
Joaquín Salazar Rojas
Junta Directiva.—Édgar Herrera
Echandi, Director Ejecutivo.— 1 vez.—(IN2016003981).
TERCERO GERANIO GLS SOCIEDAD ANÓNIMA
Tercero Geranio GLS Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y nueve
mil dos, solicita ante la notaría de la suscrita, la reposición de los
siguientes libros: Actas consejo de administración, libro uno, actas de
asamblea general, libro uno, registro de socios, libro uno, diario, libro uno,
mayor, libro uno e inventarios y balances, libro uno. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante la notaría ubicada, en San José,
Rohrmoser, Corporativa Legal, Edificio Torre Cordillera, piso nueve, dentro del
término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Licda.
Emma Cousin Picado, Notaria.—1 vez.—(IN2016004148).
CEMENTERIO
CAMPO DE ESPERANZA
SAN ANTONIO DE ESCAZÚ
La Junta Administradora del Cementerio Campo de
Esperanza de San Antonio de Escazú, hace del conocimiento público, que según el
Capítulo IV Asuntos Varios, Artículo III, del acta número quince, de la reunión
ordinaria, celebrada el día sábado nueve de enero del año dos mil dieciséis, se
aprobaron y agregaron las tarifas vigentes en el pago de la cuota de
mantenimiento anual para el año 2016, para las siguientes bóvedas.
Bóvedas de tres nichos ¢18.750,00
Bóvedas de cinco nichos ¢31.250.00
La forma de pago se mantiene invariable, de
acuerdo a lo publicado en La Gaceta Nº 230, asimismo, la cuota por
concepto de multa, de acuerdo a lo publicado en La Gaceta Nº 234, Fe de
Erratas.
Escazú, 15 de enero del 2016.—Lic. Karen Sandí
Sandí, Secretaria.—1 vez.—(IN2016004410).
SAGAPAO
DE QUEPOS S. A.
Yo Richard Samuel Hagopian, estadounidense,
mayor, casado una vez, empresario, pasaporte Nº 498191062, vecino de Manuel
Antonio, Quepos, Puntarenas, en Villas El Parque, apoderado generalísimo sin
límite de suma de la empresa Sagapao de Quepos S. A., cédula jurídica Nº
3-101-316310, informo que se me extraviaron los libros legales y contables de
la empresa Sagapao de Quepos S. A., por lo que solicito al Registro Nacional la
legalización de dichos libros legales.—Quepos, 14 de enero del 2016.—Richard
Samuel Hagopian, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—(IN2016004430).
INVERSIONES AGROPECUARIAS SANTA FE
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Yo, Leonel Alpízar Bolaños,
cédula dos-dos nueve seis-dos dos cinco, presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma de Inversiones Agropecuarias Santa Fe Sociedad
Anónima, con domicilio en Alajuela, Tacares de Grecia, doscientos metros oeste
del Restaurante Albacete, cédula jurídica tres-ciento uno-tres cero seis cuatro
nueve cinco, solicito al Registro Nacional la reposición de los libros de:
Registro de socios, actas de asambleas de socios y actas de consejo de
administración, números uno, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho
días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír
objeciones ante el Registro Nacional.—Grecia, 21 de enero del 2016.—Lic. Kerby
Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2016005168).
Por escritura otorgada el día seis de enero del dos mil dieciséis,
ante esta notaría, se disuelve la sociedad anónima: Balcones Aguachi
H.G.C.N. Uno Anónima.—San José, trece de enero del dos mil dieciséis.—Dr.
Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—(IN2016003388).
Por escritura otorgada el día trece de enero del dos mil
dieciséis, ante esta notaría, se disuelve la sociedad anónima: Arechi FYR
del Oeste Sociedad Anónima.—San José, catorce de enero del dos mil
dieciséis.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—(IN2016003390).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las 11:00 horas del
día 14 de enero del 2016, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria
de socios de la empresa: Propaz CR Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y seis mil novecientos
veintiséis, donde se acuerda la liquidación de la sociedad.—San José, 14 de
enero del 2016.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1
vez.—(IN2016003398).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del
día 13 de enero del 2016, la empresa: Corporación El Palmar D.C.R. Sociedad
Anónima, protocolizó acuerdos en donde se acuerda incluir las cláusulas
cuarta-bis, sexta-bis y décimo primera, y se modifica la cláusula quinta de la
administración.—San José, 13 de enero del 2016.—Lic. Tobías Felipe Murillo
Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2016003400).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del
catorce de enero del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de la empresa: Tres-Ciento Uno-Seiscientos Veintiún Mil
Quinientos Cincuenta y Dos S. A., donde se modifica cláusula primera del
pacto constitutivo.—San José, catorce de enero del dos mil dieciséis.—Licda.
Sigrid Lorz Ulloa, Notaria.—1 vez.—(IN2016003419).
Ante mi notaría, se constituyó fundación denominada: Fundación
El Pobre Forastero, su domicilio será en provincia Alajuela, cantón diez
San Carlos, distrito trece Pocosol, Santa Cecilia, o sea Alajuela, San Carlos,
Pocosol, Santa Cecilia, de la escuela doscientos metros al oeste, sin perjuicio
de que se puedan establecer oficinas dentro o fuera del país. Escritura
otorgada a las once horas del veintisiete de noviembre del dos mil quince.—San
José, cinco de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Dámaso Ruiz Carrión,
Notario.—1 vez.—(IN2016003423).
Por escritura de las catorce horas treinta minutos del catorce de
enero del dos mil dieciséis, se reforma la cláusula segunda de la sociedad: Object
Technology Solutions Incorporated SRL, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento dos-quinientos ochenta y tres mil doscientos diez.—San José,
catorce de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Gustavo Adolfo Tellini Mora,
Notario.—1 vez.—(IN2016003425).
Por escritura Nº 154, de 2511/12/2015, se protocolizó acta de
asamblea de: Agroempaques de la Península S. A., cédula jurídica Nº
3-101-305167. Se nombra nueva junta directiva, se cambian apoderados
generales.—San José, 15 de enero del 2016.—Licda. Xinia Mayela Campos Campos,
Notaria.—1 vez.—(IN2016003426).
Por escritura otorgada ante mí, al ser las catorce horas treinta
minutos del día diecisiete de diciembre del dos mil quince, Luis Fernando
Vescovi y Genes Verissimo Vescovi, constituyen la sociedad anónima: Sol y
Sal Playa Hermosa Sociedad Anónima. Domicilio: Santa Teresa, Cóbano,
Puntarenas, cruce de Malpaís y Santa Teresa, contiguo a la agencia del Banco de
Costa Rica, Bufete Mora y Asociados. Duración: Noventa y nueve años. Capital
social: Cien mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas
de mil colones cada una. El socio Luis Fernando Vescovi, suscribe y paga
noventa acciones, el socio Genes Verissimo Vescovi, suscribe y paga diez
acciones. El aporte del socio Luis Fernando Vescovi es mediante una máquina de
posicionamiento global GPS, valorada en noventa mil colones. El socio Genes
Verissimo Vescovi aporta un escritorio con tres gavetas y metálico, marca
Rosago, valorado en diez mil colones. Corresponderá al presidente y al
tesorero, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las
facultades que indica el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código
Civil. Pudiendo actuar cualquiera de ellos en forma conjunta o
separada.—Malpaís, Cóbano, Puntarenas, diecisiete de diciembre del dos mil
quince.—Lic. Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1 vez.—(IN2016003427).
Por escritura otorgada ante mí, número quince, de las dieciocho
horas veinticinco minutos del día ocho de enero del dos mil dieciséis, se
constituyó la sociedad denominada: Los Potrillos de Tito Amado y Tita Flor
S. A. Domiciliada: En San José, San Juan de Tibás. Objeto: El ejercicio del
comercio en todas sus formas, la industria, la ganadería, la agricultura, y en
general toda actividad lucrativa. Plazo social: Noventa y nueve años.
Presidenta: Ana Beatriz Sánchez Arredondo. Capital social: Un millón de
colones, representado por diez acciones, comunes y nominativas de cien mil
colones cada una, suscritas y pagadas.—Licda. Ana Lucía Campos Monge,
Notaria.—1 vez.—(IN2016003430).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó sociedad de
responsabilidad limitada denominada: Corporación Panamar Sea Food SRL.
Domicilio social: Cuatrocientos setenta y cinco metros suroeste de terminal de
buses de Playa Panamá de Sardinal de Carrillo, Guanacaste. Plazo social:
Noventa y nueve años. Capital social: Un millón de colones. Objeto:
Comercialización y distribución de productos del mar.—Filadelfia, seis de enero
del dos mil dieciséis.—Licda. Ana María Vargas Moya, Notaria.—1
vez.—(IN2016003431).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 08:00 horas del 08 de
enero del 2016, se constituyó la sociedad: Gestora de Negocios Bsigma
Sociedad Anónima. Capital social: Diez mil dólares. Presidente: Rodolfo
Saborío Valverde. Domicilio social: San José, Curridabat, Sánchez, de La
Artística, cincuenta metros oeste y cien metros sur.—San José, 06 de abril del
2015.—Lic. Ronald Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2016003443).
Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José, a las
diecisiete horas del once de enero del dos mil quince, se constituyó la
sociedad: Marquesa Foods Sociedad Anónima. Presidente: Luis Andrés
Quesada Álvarez. Plazo: 99 años.—Msc. Gonzalo Enrique Quirós Álvarez,
Notario.—1 vez.—(IN2016003445).
Mediante escritura Nº 134, otorgada ante esta notaría, a las 08:00
horas del día 14 de enero del 2016, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria Nº 4 del libro de actas de asamblea de socios, de la sociedad: Destinos
Encantados Bohar S. A., cédula jurídica Nº 3-101-174964, celebrada a las
17:00 horas del día 11 de enero del 2016, modificándose la cláusula segunda del
pacto constitutivo referida al domicilio de la sociedad que anteriormente
estaba ubicada en San José, Moravia, San Vicente, Urbanización Los Colegios 150
metros al sur de la esquina suroeste del Colegio Sión, casa Nº S-23, siendo su
domicilio actual en Puntarenas, Cocal, 25 metros al norte y 75 metros al este
de la entrada principal del plantel municipal. De igual forma se modificó la
cláusula sétima referida a la administración de la sociedad.—San José, 14 de
enero del 2016.—Lic. Carlos Alberto Rojas Badilla, Notario.—1
vez.—(IN2016003450).
Ante esta notaría, se protocolizaron los acuerdos de: Stella
del Pacífico S. A., a las once horas del día ocho de enero del dos mil
dieciséis. Se reformó cláusula sétima de la representación. Apoderados
generalísimos sin límite de suma: Presidente, vicepresidente, secretario y
tesorero, pueden actuar en forma conjunta o separada.—Licda. Eleonora Alejandra
Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2016003454).
Por escritura otorgada ante el notario público Alejandro Pignataro
Madrigal, a las diez horas del cinco de enero del dos mil dieciséis, se
constituyó la sociedad: Andrews International Sociedad Anónima.—Lic.
Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2016003457).
El suscrito notario, hace constar que por escritura otorgada ante
mí, en San José, a las ocho horas del quince de enero del dos mil dieciséis, se
han nombrado: presidente, secretario y tesorero por el resto del plazo social
en la sociedad denominada: Tierras de Oriente S. A.—San José, 15 de
enero del 2016.—Lic. Mario Morales Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2016003459).
Por escritura otorgada ante mí, en San José, a las nueve horas del
quince de enero del dos mil dieciséis, se nombran para el resto del plazo
social: presidente, secretario y fiscal, de la sociedad denominada: Compañía
Comercial Fortuna S. A.—San José, 15 de enero del 2016.—Lic. Mario Morales
Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2016003460).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, en San José, a
las quince horas del catorce de enero del dos mil dieciséis, se hace los
nombramientos de presidente, secretario y fiscal para el resto del plazo social
de la sociedad domiciliada en la ciudad de Alajuela, denominada: Grupo Ovilia
S. A.—San José, 15 de enero del 2016.—Lic. Mario Morales Villalobos,
Notario.—1 vez.—(IN2016003461).
Por escritura número trescientos veinticinco, otorgada ante el
suscrito notario, en San José, a las diez horas del quince de enero del dos mil
dieciséis, se nombran presidente, secretario y fiscal para todo el resto del
plazo social en la compañía: Grupo Fuerza S. A.—Lic. Mario Morales
Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2016003463).
Mediante escritura Nº 210, del tomo 5, otorgada a las 08:00 horas
del 18 de diciembre del 2015, se protocoliza acta de accionistas de: Casa
Bella Monserrat CBM Uno de Tres Ríos S. A., cédula jurídica Nº
3-101-548744, en donde se acuerda disolver y liquidar la sociedad.—Zapote, San
José, 04 de enero del 2016.—Licda. Elena Murillo Agüero, Notaria.—1
vez.—(IN2016003472).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas
treinta minutos del catorce de enero del dos mil dieciséis, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada: Uber
Costa Rica SRL, donde se acuerda reformar la cláusula segunda del pacto
social y además se acuerda adicionar la cláusula décimo-sexta al pacto social
de la compañía.—San José, catorce de enero del dos mil dieciséis.—Licda.
Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2016003474).
Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria
número uno, de la sociedad: Suescun y Uribe Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y dos mil
sesenta y siete. Se acuerda: la disolución de la sociedad, conforme al artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada en Atenas,
a las dieciocho horas y treinta minutos del día trece de enero del dos mil
dieciséis.—Atenas, trece de noviembre del dos mil quince.—Lic. Carlos Gerardo
Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2016003476).
El suscrito, Carlos Gerardo Víquez Rojas, notario público, con
oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número
doscientos treinta y dos, iniciada al folio ciento cuarenta y cinco vuelto, del
tomo primero de mí protocolo, otorgada ante mi notaría, a las siete horas del
día quince de enero del dos mil dieciséis, se revocó el nombramiento del
secretario y se acordó reformar la cláusula octava del pacto constitutivo, en
la sociedad anónima denominada: Tres-Ciento Uno-Setecientos Seis Mil
Trescientos Cincuenta y Cuatro Sociedad Anónima, cédula jurídica número:
tres-ciento uno-setecientos seis mil trescientos cincuenta y cuatro.—Atenas, 15
de enero del 2016.—Lic. Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario.—1
vez.—(IN2016003477).
Mediante escritura número cuarenta y tres, otorgada ante mi
notaría, a las dieciséis horas del catorce de enero del dos mil dieciséis, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la compañía: Plaza
Grecia Veinticuatro Casandrino Sociedad Anónima, con domicilio en Alajuela,
Grecia centro, de la oficinas de la CCSS setecientos metros oeste, cédula
jurídica número tres-ciento uno-cinco seis nueve cuatro siete cuatro, por
virtud de la cual se reforma la cláusula siete del pacto constitutivo, y se
nombra presidente y secretario.—Grecia, 15 de enero del 2016.—Licda. Carol
Fabiola Murillo Araya, Notaria.—1 vez.—(IN2016003479).
Mediante escritura pública Nº 280, visible al folio 148 frente,
del tomo veintiuno del protocolo del notario Marcos Fernández Herrera, se
modifica la cláusula sexta de la representación judicial y extrajudicial de la
sociedad: Dekatálogo S.R.L., cédula jurídica Nº 3-102681698, para que
diga: “Los negocios sociales serán administrados por un gerente, quien tendrá
las facultades del artículo 1253 del Código Civil, podrá otorgar toda clase de
poderes, sustituirlos, revocarlos u otorgar otros de nuevo sin perder por ello
su ejercicio, quien quedará nombrado por el resto del plazo social”.—Guápiles,
12 de enero del 2016.—Licda. María Del Carmen Otárola Zúñiga, Notaria.—1
vez.—(IN2016003482).
Hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios
de la sociedad: Distribuidora DPG de la Costa S. A. Se reforman todas
las cláusulas del pacto social. Escritura otorgada en San José, a las 12 horas
9 minutos del 12 de enero del 2016.—Licda. Imelda Arias Del Cid, Notaria.—1
vez.—(IN2016003483).
Por escritura Nº 17-1 del tomo 1, otorgada a las 08:00 horas del
11 de junio del 2016, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de: Verdadera Naturaleza de Barucito Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-389479, en la cual se modifica la cláusula sétima del
pacto constitutivo.—San Isidro de El General, 11 de enero del 2016.—MSc.
Melania Masiel Montenegro Chanto, Notaria.—1 vez.—(IN2016003507).
Por escritura de las 14:35 horas del 26 de octubre del 2015,
otorgada ante esta notaria pública, se modifica la cláusula octava referente a
la administración de la sociedad: Viva Treinta y Uno Timón Sociedad Anónima.—San
José, 12 de enero del 2016.—Licda. Eslava Hernández Jiménez, Notaria.—1
vez.—(IN2016003516).
Por escritura número ciento diez, otorgada ante la suscrita
notaria, a las 17:00 horas del día 14 de enero del 2015, se constituyó la
sociedad: Watchout International S. A., con domicilio en San José,
Goicoechea, San Francisco, Centro Comercial El Pueblo, local Nº 43. Capital
social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas
de mil colones cada una, con un plazo de noventa y nueve años.—San José, 15 de
enero del 2016.—Licda. Aracelly Espinoza Allan, Notaria.—1 vez.—(IN2016003520).
Que mediante escrituras de las 15:00, 16:00, 17:00 horas de hoy,
se protocolizaron actas de: Aryan Importaciones S. A.; JMC Cuatro S.
A., y J & G Importaciones S. A., reforma administración y nombra
nueva junta directiva.—San José, 16 de diciembre del 2015.—Lic. Alexander
Adolfo Chacón Porras, Notario.—1 vez.—(IN2016003523).
Que mediante escritura de las 13:00 horas de hoy, se constituyó: Asesorías
Continentales de Seguridad WM S. A. Capital: dólares. Domicilio: San
José.—San José, 02 de noviembre del 2015.—Lic. Alexander Adolfo Chacón Porras,
Notario.—1 vez.—(IN2016003524).
Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 15 de enero
del 2016, se constituyó la empresa: Consorcio Siret E.I.R.L.—Lic.
Eugenio Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2016003528).
Por escritura pública número cincuenta, del protocolo uno del
suscrito, otorgado en Goicoechea el ocho de enero del dos mil dieciséis, el
mismo da fe de acta de asamblea de asociados de la Asociación Costarricense
de Ex Becarios y Amigos de la República de Corea, cédula jurídica número
tres-cero cero dos cuatro seis cinco tres cero cinco. Se realiza la nueva
constitución de la junta directiva.—Goicoechea, San José, a las ocho horas once
enero del dos mil dieciséis.—Lic. Minor Vargas Gutiérrez, Notario.—1
vez.—(IN2016003531).
Ante mí Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público con oficina
en Heredia en escritura número trescientos veinticinco otorgada el doce de
enero del año dos mil quince, se constituyó una sociedad anónima de conformidad
con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J.—15
de enero del 2016.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1
vez.—(IN2016003539).
Mediante escritura trescientos cincuenta de las once horas quince
minutos del veintiséis de noviembre de dos mil quince, otorgada por todos los Consorcio
de Mantenimientos de Pinturas Sociedad Anónima S. A., con fundamento
en el artículo doscientos uno del Código de Comercio se acordó y quedó en firme
la disolución de la empresa indicada, cédula jurídica: tres-ciento uno-ciento
cincuenta y siete mil setecientos cuarenta y tres. Es todo.—Heredia, once horas
y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de noviembre de dos mil
quince.—Licda. Karoline Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2016003541).
Mediante escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del
quince de diciembre del dos mil quince, se disolvió Tres-Ciento Uno-Cinco
Tres Cinco Siete Seis Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-cinco tres cinco siete seis ocho.—San José, trece de enero del dos mil
dieciséis.—Licda. Heike Kulzer Homann, Notaria.—1 vez.—(IN2016003556).
Por escritura otorgada a las dieciocho horas del once de enero del
dos mil dieciséis, ante esta notaría se constituye la sociedad H.C. Express
Sociedad Anónima. Objeto el comercio en el sentido más general y la
prestación de servicios, etc. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidenta:
Cynthia Céspedes Ramírez.—San José, trece de enero del dos mil
dieciséis.—Licda. Denoris Orozco Salazar, Notaria.—1 vez.—(IN2016003557).
Por escritura otorgada en San José a las 10:00 horas del 14 de
enero del 2016, se constituye Servicios Especializados Rarafo Sociedad
Anónima. Presidente Randall Esteban Ramírez Fonseca.—Lic. Alejandra Fallas
Valerio, Notaria.—1 vez.—(IN2016003558).
Por escritura otorgada hoy ante el suscrito notario, se
protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de
la CREUS S. A., mediante la cual, se modifica la cláusula sexta del
pacto constitutivo, y se nombra junta directiva.—San José, cinco de enero de
dos mil dieciséis.—Lic. Pablo Enrique Guier Acosta, Notario.—1 vez.—(IN2016003563).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 14
de enero del 2016, se solicita la disolución de la mercantil 3-102-701825
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-701825, por
acuerdo de socios.—San José, 14 de enero del 2016.—Licda. Melina Cortés Castro,
Notaria.—1 vez.—(IN2016003572).
Ante esta notaría, a las 12:00 horas del 17 de diciembre del 2015,
se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Yuqueri
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-209719, cuyo presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Bernardo
Vargas Mccallum portador de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos
setenta y tres-seiscientos cincuenta y nueve, donde se acuerda disolver la
sociedad, mediante la escritura número 98-31 del tomo 31 del protocolo de la
Licda. Tatiana Fernández Mora.—Cartago, 15 de enero del 2016.—Licda. Tatiana
Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2016003578).
Por escritura autorizada a las diez horas del día de hoy, la
totalidad de socios de La Sabanera de Palo Seco Sociedad Anónima, acordó
la disolución de la sociedad.—San José, doce de enero del año dos mil
dieciséis.—Lic. Juan Carlos Céspedes Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2016003586).
Servicios Industriales Tecnobonilla Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro cero nueve uno cinco
siete, hace nuevo nombramiento de tesorero en su junta directiva señor Wilson
Alexis Carmona Cruz, cédula siete-cero dos siete cinco-cero cinco seis uno, de
acuerdo al acta número uno: asamblea general extraordinaria de socios celebrada
en su domicilio social en provincia Limón, cantón Pococí, distrito Cariari, en
urbanización El Llano, casa número trece, a las nueve horas del tres de
diciembre del dos mil quince. Es todo.—A las diecisiete horas del 03 de
diciembre del 2015.—Lic. Randall Eduardo Ramírez Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2016003590).
A las diecisiete horas treinta minutos del trece de enero del
presente año, se acordó reformar la cláusula quinta, del pacto constitutivo, de
la sociedad Vip City Bus Sociedad Anónima, cédula jurídica:
3-101-681463. Es todo.—Licda. Dinia Chavarría Blanco, Notaria.—1
vez.—(IN2016003604).
Mediante escritura 15-16, de las 15:00 horas del 4 de enero,
protocolicé reforma de estatutos de A&C Tamarindo Backpackers Limitada.—Tamarindo,
5 de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1
vez.—(IN2016003606)
Asamblea general extraordinaria de la empresa: Autos Xiri
Vehículos S. A., cédula jurídica: 3-101-700302, celebrada en su domicilio
social, al ser las 09:00 horas del día 8 de enero del 2016, en la cual se
acuerda reformar la cláusula octava de la escritura constitutiva, referente a
la administración, para que en lo sucesivo diga así: octava: administración: la
sociedad será administrada por una junta directiva, formada por tres miembros,
que son: presidente, secretario y tesorero. Corresponde al presidente y
secretario de la junta directiva, la representación judicial y extrajudicial de
la empresa, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, de
conformidad con el artículo 1253 del Código Civil, actuando separadamente,
quienes podrán otorgar; todo tipo de poderes, sustituir su poder en todo o en
parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo reservándose o no el
ejercicio de la facultades que sustituyen; así como abrir cuentas corrientes en
colones, en dólares o en cualquier otra moneda, girar contra ellas y/o
autorizara terceros para que giren contras las mismas. Los miembros de la junta
directiva durarán en sus cargos por todo el plazo social.—Licda. Luisa Jorleny
Morales Acosta, Notaria.—1 vez.—(IN2016003637).
Mediante escritura número doscientos cincuenta y nueve-seis del
notario Andrés González Anglada, se reforman los artículos cuarto y quinto del
pacto constitutivo de la sociedad denominada J y K Adventures Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos cero seis seis uno dos y se
nombra nueva junta directiva. Es todo.—Nosara Guanacaste, once de diciembre del
dos mil quince.—Lic. Andrés González Anglada, Notario.—1 vez.—(IN2016003651).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del quince de
enero del dos mil dieciséis se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Disseny International S.A.,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y seis
mil cuatrocientos treinta y nueve en la cual se modificaron sus estatutos en la
cláusula segunda del domicilio.—San José, quince de enero del dos mil
dieciséis.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2016003653).
Mediante escritura autorizada por mí, a las catorce horas de
catorce de enero de dos mil dieciséis, se modificó la cláusula segunda, del
domicilio de la sociedad Cafetería Almendras S. A.—San José, quince de
enero de dos mil dieciséis.—Licda. Gabriela Barrantes Alpízar, Notaria.—1
vez.—(IN2016003674).
Por escritura pública número ciento catorce-seis, se nombra junta
directiva de la sociedad denominada Corporación China S. A., cédula
jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta mil ciento sesenta y ocho. Es
todo.—San José, quince de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Michael Calderón
Segura, Notario.—1 vez.—(IN2016003676).
Por escritura número doscientos setenta y ocho de esta notaría se
reformó pacto constitutivo de la sociedad denominada Muebles y Puertas Santa
Elena de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, trece de enero del año dos
mil dieciséis.—Licda. Carolina Mora Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2016003681).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas veinte minutos
del 17 de diciembre del 2015, se disuelve la sociedad Ingeniería Patriarcas
de Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1
vez.—(IN2016003682).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del 18 de enero
del 2016, se aumenta el capital social de la sociedad Asuntos Regulatorios
Registrek Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1
vez.—(IN2016003683).
A las catorce horas treinta minutos del día trece de enero del año
dos mil dieciséis, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Valor Brands de Centroamérica
S. A., donde se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo y se
agrega la cláusula de agente residente. Es todo.—San José, trece de enero del
año dos mil dieciséis.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—(IN2016003686).
A las nueve horas treinta minutos del día cuatro de enero del año
dos mil dieciséis, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad The Green & Energy
Consulting Group MZ S. A., donde se reforman las cláusulas del capital
social, de la administración y de la vigilancia de la sociedad del pacto
constitutivo. Es todo.—San José, quince de enero del año dos mil dieciséis.—Lic.
José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2016003688).
En mi Notaría Melissa González Rojas y Osvaldo Corella Rodríguez,
constituyen: Chooze Costa Rica S. A., capital social: doscientos dólares
estadounidenses, domicilio social: San José, Santa Ana, Uruca. Escritura
otorgada en San José, a las 15 horas del 9 de enero del 2016.—Licda. Ingrid
Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—(IN2016003693).
Ante esta notaría se constituye sociedad anónima denominada V R
A Servipro del Sur Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado,
duración noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San José, cuatro de enero del dos mil
dieciséis.—Licda. Olga Marta Morice Muñoz, Notaria.—1 vez.—(IN2016003695).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas del catorce de enero
del dos mil dieciséis, se reformó la cláusula tercera del domicilio social de
la sociedad Bosques de Herrán Sociedad Anónima.—Licda. Catalina
Moya Azucena, Notaria.—1 vez.—(IN2016003710).
Por escritura otorgada a las ocho horas del quince de enero del
presente año, ante la suscrita notaria, se acuerda disolver la sociedad El
Cazador Puriscaleño Vigilante S. A.—San José, quince de enero del dos mil
dieciséis.—Licda. Carmen Soto Montero, Notaria.—1 vez.—(IN2016003717).
Por escritura pública otorgada ante mí, en San José a las quince
horas del quince de enero del dos mil dieciséis, protocolicé acta de la empresa
Bagnarello Producciones S. A., por la cual se reorganiza la junta
directiva, y se reforman las cláusulas de la administración y representación, y
del objeto.—San José, 15 de enero del 2016.—Lic. Braulio Vargas Núñez,
Notario.—1 vez.—(IN2016003719).
Yo, Damaris Villalta Soto, protocolizo el acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de la sociedad Bull Shark Sociedad Anónima.
Se cambia la junta directiva. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas
del diecisiete de enero del dos mil dieciséis. Presidenta: Glorianna Pereira
Agüero.—San José, dieciocho de enero del 2016.—Licda. Damaris Villalta Soto,
Notaria.—1 vez.—(IN2016003722).
Por escritura otorgada ante los notarios, Carlos Luis Rojas
Montoya y José Joaquín Rojas Montoya, las señoras Lilliam González Rivera y
Natalia López Ubau, constituyen Ligori de la Unión Sociedad de
Responsabilidad Limitada, capital totalmente suscrito y pagado.—Cartago,
catorce de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Luis Rojas Montoya,
Notario.—1 vez.—(IN2016003725).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las catorce
horas del día de hoy. Se constituye la sociedad denominada Electromecánica
Mendoza S. A., plazo 99 años capital suscrito y pagado.—San José, 18 de
enero del 2016.—Licda. Teresa Kennedy Rosell, Notaria.—1 vez.—(IN2016003741).
Por escritura otorgada ante mí, al ser las once horas treinta
minutos del día diecisiete de diciembre del dos mil quince. Sebastien Bonte y
Marie Anne Prouteau, constituyen la sociedad anónima: MZO Sociedad Anónima.
Domicilio: Santa Teresa, Cóbano, Puntarenas, cruce de Malpaís y Santa Teresa,
contiguo a la agencia del Banco de Costa Rica, Bufete Mora y Asociados.
Duración: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones, representado
por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. El socio
Sebastien Bonte, suscribe y paga cincuenta acciones, la socia Marie Anne
Prouteau, suscribe y paga cincuenta acciones. El aporte del socio Sebastien
Bonte es mediante una máquina de posicionamiento global GPS, valorada en
cincuenta mil colones. La socia Marie Anne Prouteau aporta un escritorio con
tres gavetas y metálico marca Rosago, valorado en cincuenta mil colones.
Corresponderá al presidente y al secretario la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad con las facultades que indica el artículo mil
doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Pudiendo actuar cualquiera de
ellos en forma conjunta o separada.—Malpaís, Cóbano, Puntarenas, diecisiete de
diciembre del dos mil quince.—Lic. Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1
vez.—(IN2016003748).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciocho horas
treinta minutos del doce de enero del dos mil dieciséis, donde se protocolizan
acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad
denominada Luzvelino Sociedad Anónima. Donde se acuerda reformar la
cláusula sexta del pacto social.—San José, doce de enero del dos mil
dieciséis.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—(IN2016003750).
La suscrita notaria, en escritura otorgada a las quince horas del
catorce de enero del dos mil dieciséis, protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Agropecuaria Montelirio
Sociedad Anónima. Se modifican las cláusula segunda y cuarta de los
estatutos.—San José, 14 de enero del 2016.—Licda. Ana Lourdes Gólcher González,
Notaria.—1 vez.—(IN2016003753).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día
dieciséis de enero del año dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea
de socios de la sociedad denominada: Royanahe Limitada. Mediante
el cual reforma la cláusula de domicilio.—Heredia, dieciséis de enero del año
dos mil dieciséis.—Licda. Isabel Bolaños Madrigal, Notaria.—1
vez.—(IN2016003759).
Por asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
esta plaza Centro Radiológico Escazú Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cinco mil
doscientos setenta y siete, celebrada en su domicilio social en la provincia de
San José, cantón segundo (Escazú), distrito tercero (San Rafael), Centro
Comercial El Lago, local número cuatro, a las nueve horas del dieciséis de
diciembre del dos mil quince, y protolizada ante esta notaría el día doce de
enero del dos mil dieciséis, se acordó por unanimidad, proceder de conformidad
con lo dispuesto en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de
Comercio y ciento veintinueve del Código Notarial, a la disolución y
liquidación de la sociedad por acuerdo societario. Se convoca a los posibles
interesados para que se apersonen ante esta notaría en el Bufete Suñol &
Suñol, San José, calles veintinueve y treinta y uno, avenida primera, casa dos
mil novecientos siete en caso de presentar oposición.—San José, 12 de enero del
2016.—Lic. Juan Carlos Retana Otárola, Notario.—1 vez.—(IN2016003763).
Daniela Mendoza Avendaño y Matías Gutiérrez Mostafa, constituyen
la empresa denominada Bioquímica CR Sociedad Anónima, con capital social
de cien mil colones, domiciliada en Heredia Mercedes Norte casa 107, calle
doce, avenidas quince y once. Escritura otorgada en Heredia, a las diecinueve
horas del quince de enero del dos mil dieciséis.—Licda. Sirsa Eunice Méndez
Matarrita, Notaria.—1 vez.—(IN2016003771).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del
día dieciséis de enero del dos mil dieciséis, se reforma la cláusula segunda,
del domicilio social de la sociedad H & R Investors Sociedad Anónima S.
A., cédula jurídica 3-101-286845.—San José, dieciocho de enero del dos
mil dieciséis.—Licda. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2016003772).
Por escritura otorgada el día de hoy se protocolizó acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Vórtice S. A.,
mediante la cual modifican pacto social en sus cláusulas cuarta objeto; quinta
capital social y sexta administración.—San José, ocho horas doce de enero de
dos mil dieciséis.—Licda. Xinia Alfaro Mena, Notaria.—1 vez.—Solicitud Nº
46416.—(IN2016003797).
Mediante escritura número ciento sesenta y seis otorgada ante esta
notaría, a las ocho horas del catorce de enero del dos mil dieciséis, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía Finca Dali de Uvita Sociedad Anónima. Se nombra presidente,
secretario y tesorero.—San José, catorce de enero del dos mil dieciséis.—Lic.
Luis Diego Cerdas Cisneros, Notario.—1 vez.—(IN2016003798).
Que la notaria Marianella Mora Barrantes, en escritura número 4
otorgada a las 08 horas del 18 de enero del 2016, se constituye sociedad
denominada RDFI ECO Invest S. A.—San José, 18 de enero del 2016.—Licda.
Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2016003800).
La suscrita notaria pública Gaudy Ureña Vargas, hace constar que
por medio de la escritura ochenta y nueve, del tomo primero de la suscrita
notaria, otorgada a las 13:00 del 16 de diciembre del 2015, se protocolizó acta
número uno del libro de actas de asambleas de cuotistas, asamblea
extraordinaria de 3-102-584509 Sociedad Responsabilidad Limitada, cédula
jurídica 3-102-584509, por medio de la cual se acuerda: Aceptar la renuncia del
gerente Eric Holzgang, se destituye como agente residente a Lic. César Mora
Zahner y se nombra a la suscrita notaria, se modifica el domicilio quedando
como actual: Puntarenas, Cóbano, Montezuma, contiguo a Supermercado Montezuma,
se conoce y aprueba la reposición de los libros legales y contables, de igual
forma se autorizó a la suscrita para dicha protocolización.—Licda. Gaudy Ureña
Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2016003801).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 20:30 horas del 17
de enero de 2016, se protocolizó el acta número cinco de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Centro Radiológico Sin Fronteras Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-655200, mediante la cual
se aumenta el capital social y se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—Licda.
Jenniffer María Salazar Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2016003808).
Por escritura número veintiocho-nueve, otorgada ante los notarios
públicos Carlos Corrales Azuola y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el
protocolo del primero, a las ocho horas del día dieciocho de enero del dos mil
dieciséis, se acuerda modificar la cláusula del capital social de la sociedad
denominada: Hermosa Developments & Investment CO C.R. Sociedad Anónima.—San
José, 18 de enero del 2016.—Lic. Carlos Corrales Azuola, Notario.—1
vez.—Solicitud Nº 46554.—(IN2016003857).
Ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de: Hermanos MN Sociedad Anónima. Se
modifica cláusula sétima del pacto constitutivo.—Turrialba, dieciocho de enero
del dos mil dieciséis.—Lic. Guillermo Brenes Cambronero, Notario.—1
vez.—Solicitud Nº 46546.—(IN2016003868).
Por instrumento público otorgado ante esta notaría, a las quince
horas del doce de enero del dos mil dieciséis, se protocolizó asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad: Rafgsi de Costa
Rica S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos tres mil
sesenta y tres, en la que se modificó la cláusula primera (del nombre) del
pacto social.—San José, dieciocho de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Andrey
Dorado Arias, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 46534.—(IN2016003873).
En esta notaría, se protocolizó acta de Zona Este Número Ciento
Tres Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-387324, nombrando nueva
junta directiva. Presidente, apoderado generalísimo sin límite de suma: Walter
Scott Anglin.—San José, 13 de enero del 2016.—Licda. Jéssica Pérez Araya,
Notaria.—1 vez.—Solicitud Nº 46523.—(IN2016003878).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del catorce de
enero del dos mil dieciséis, se protocolizó la disolución de la sociedad: Ritterbach
S. A., todo de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del
Código de Comercio.—San José, 14 de enero del 2016.—Licda. Deborah Feinzaig
Mintz, Notaria.—1 vez.—Solicitud Nº 46450.—(IN2016003894).
Ante esta notaría, se modificaron los estatutos (representación)
de la empresa denominada: Proseyco Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número: tres-ciento uno-doscientos noventa y siete mil seiscientos
sesenta y cuatro.—San Vito, Coto Brus, Puntarenas, catorce de enero del dos mil
dieciséis.—Lic. David Matamoros Salazar, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº
46443.—(IN2016003905).
Mediante escritura pública otorgada a las 13:00 horas del 14 de
enero del 2016, se modifica pacto constitutivo en sus cláusulas primera,
segunda, quinta y décimo segunda, de la sociedad: United Artistic Community
U.A.C. Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-598236.—San José, 14 de
enero del 2016.—Licda. Nuria Solís Sáenz, Notaria.—1 vez.—Solicitud Nº
46442.—(IN2016003911).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner,
a las 19:00 horas del 06 de enero del 2016, se protocolizó acta de la sociedad:
Casa de Sueños de Scott y Lesley Sociedad Anónima, con cédula jurídica
Nº 3101380067, reformando su cláusula sétima y su administración. Es
todo.—Jacó, 14 de enero del 2016.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1
vez.—Solicitud Nº 46436.—(IN2016003916).
Por escritura otorgada a las quince horas del veintiséis de noviembre
del dos mil quince, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad: Tres Ciento Uno-Seiscientos Ochenta y Seis Mil
Ciento Ochenta y Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres ciento
uno-seiscientos ochenta y seis mil ciento ochenta y dos, mediante la cual se
modifica la representación judicial y extrajudicial del tesorero de la
sociedad.—San Ramón, trece de enero del dos mil dieciséis.—Lic. José Rafael
Ortiz Carvajal, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 46428.—(IN2016003918).
Por escritura otorgada a las 12:00 horas de hoy, se protocolizaron
acuerdos de: Haras Santa Mónica S. A., mediante los cuales se reformó
las cláusulas: segunda y décimo segunda.—San José, 14 de enero del 2016.—Lic.
Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº
46427.—(IN2016003925).
Por escritura N° 53, otorgada ante mí, a las 9:30 horas de hoy, se
constituyó Grupo Sulayom Sociedad Anónima Deportiva. Domicilio: Ipís de
Goicoechea. Plazo: 99 años. Capital: totalmente suscrito y pagado.—San José, 16
de enero del 2016.—Lic. Sergio G. Rivera Jiménez, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
46593.—(IN2016003980).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Nefertiti’s
Desires Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del
2015.—Lic. Ofelia Jiménez Hernández, Notaria.—1
vez.—CE2015009081.—(IN2016003983).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 26 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Maskotiando
C. R. Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. William
Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—CE2015009082.—(IN2016003984).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 45
minutos del 15 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Repuestos
Automotrices K Y H Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic.
Rodolfo Martín Rojas Araya, Notario.—1 vez.—CE2015009083.—(IN2016003985).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 26 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada OB
Group International Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del
2015.—Lic. Marcela Ortega Volio, Notaria.—1 vez.—CE2015009084.—(IN2016003986).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 11
minutos del 23 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Legal
Center Costa Rica CLJ Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del
2015.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2015009085.—(IN2016003987).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Ponderosa
Veintiséis A Uno H Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Laura
Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2015009086.—(IN2016003988).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30
minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Tabacalera
Native America Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic.
Juan Guillermo Tovar González, Notario.—1 vez.—CE2015009087.—(IN2016003989).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Ticowok
Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Freddy Antonio
Rojas López, Notario.—1 vez.—CE2015009088.—(IN2016003990).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00
minutos del 08 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada MMA
Manufactura Modular Americana Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del
2015.—Lic. Anabelle Porras Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2015009089.—(IN2016003991).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Construcciones
y Estructuras Metálicas Integrales JCC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1
vez.—CE2015009090.—(IN2016003992).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 14 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada El
Local Pizza y Burger Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic.
Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2015009091.—(IN2016003993).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00
minutos del 14 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada A.O.
Rooster Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Rodolfo
Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2015009092.—(IN2016003994).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 45
minutos del 04 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Globales JP Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre
del 2015.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1
vez.—CE2015009093.—(IN2016003995).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Computec
Servicio Técnico CST Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del
2015.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2015009094.—(IN2016003996).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 15
minutos del 24 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada PROINDSA
Proveedores Industriales Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del
2015.—Lic. Hannia Lucrecia Ramírez Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2015009095.—(IN2016003997).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Méndez
Barrantes Arquitectura Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28
de octubre del 2015.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1
vez.—CE2015009096.—(IN2016003998).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Morgan
Rock Costa Rica Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Juan Pablo
Carmona Mendoza, Notario.—1 vez.—CE2015009097.—(IN2016003999).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Water
Ford Ventures Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic.
Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2015009098.—(IN2016004000).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 22 horas 00
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Farmapolis
Uno Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Alejandro Alonso Román
González, Notario.—1 vez.—CE2015009099.—(IN2016004001).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 20 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada La
Esperanza Quince Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic.
Manuelita Jiménez Esquivel, Notaria.—1 vez.—CE2015009100.—(IN2016004002).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Osho
Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. José
Manuel Sáenz Montero, Notario.—1 vez.—CE2015009101.—(IN2016004003).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Nordico
Coffee House Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Alberto Pauly
Sáenz, Notario.—1 vez.—CE2015009102.—(IN2016004004).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Ingeniería
Pata Nega Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. José
Manuel Sáenz Montero, Notario.—1 vez.—CE201009103.—(IN2016004005).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 20 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Importadora
Daily Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic.
Kattia Mena Abarca, Notaria.—1 vez.—CE2015009104.—(IN2016004006).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Tramitología
Minera Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Ana Grettel
Chaves Loría, Notaria.—1 vez.—CE2015009105.—(IN2016004007).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Empresariales y Especializados en Contratación Administrativa Licítalo Costa
Rica, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del
2015.—Lic. Ofelia Jiménez Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2015009106.—(IN2016004008).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Real
Pro Management Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Juan Pablo
Carmona Mendoza, Notario.—1 vez.—CE2015009107.—(IN2016004009).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 40
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Himor
Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del
2015.—Lic. Jehiner Alfaro Retana, Notario.—1 vez.—CE2015009108.—(IN2016004010).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Casa
Carpa CC Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Emmanuel
Naranjo Pérez, Notario.—1 vez.—CE2015009109.—(IN2016004011).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Los
Kokis de Finca La Dorita Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic.
Irene María Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2015009110.—(IN2016004012).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 23 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Soluciones
Crediticias Solucredit Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del
2015.—Lic. José Adrián Granados Gómez, Notario.—1
vez.—CE2015009111.—(IN2016004013).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Rendel
Engineering Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Pablo
Gazel Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2015009112.—(IN2016004014).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30
minutos del 26 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Get
It Here Jerry Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre
del 2015.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2015009113.—(IN2016004015).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00
minutos del 23 de setiembre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Mcenter
Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Elizabeth Núñez
Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2015009114.—(IN2016004016).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 22 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Turriarandas
de Los Altos Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic.
Viriam Fumero Paniagua, Notaria.—1 vez.—CE2015009115.—(IN2016004017).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30
minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Boreal
Bienestar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del
2015.—Lic. Paola Castro Montealegre, Notaria.—1
vez.—CE2015009116.—(IN2016004018).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 22 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Levinco
Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Leonardo Díaz
Rivel, Notario.—1 vez.—CE2015009117.—(IN2016004019).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Napa
Valley Holdings Limited Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del
2015.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—CE2015009118.—(IN2016004020).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 23 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Servicios
de Limpieza SCM Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic.
Esther Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—CE2015009119.—(IN2016004021).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grúas
Elevadoras de Canasta Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del
2015.—Lic. Rafael Eduardo Méndez Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2015009120.—(IN2016004022).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Soluciones
Villamac Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del
2015.—Lic. Eleonora Ortiz Runnebaum, Notaria.—1
vez.—CE2015009121.—(IN2016004023).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 24 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Faval
Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del
2015.—Lic. Carolina Soto Monge, Notaria.—1 vez.—CE2015009122.—(IN2016004024).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30
minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Fruncha
Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Federico José
González Peña, Notario.—1 vez.—CE2015009123.—(IN2016004025).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Vivri
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Leonora
Granados Sancho, Notaria.—1 vez.—CE2015009124.—(IN2016004026).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada S
Y B Sloan Reinhard Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic.
Óscar Fernando Muñoz Linkimer, Notario.—1 vez.—CE2015009125.—(IN2016004027).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Luzand ACFR Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Guillermo
Esquivel Herrera, Notario.—1 vez.—CE2015009126.—(IN2016004028).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Kala Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gerardo
Brenes Solano, Notario.—1 vez.—CE2015009127.—(IN2016004029).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 22 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada One
Two One Five Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Federico
Antonio Rucavado Luque, Notario.—1 vez.—CE2015009128.—(IN2016004030).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Corporación
Fermeza Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Eugenio
Francisco Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2015009129.—(IN2016004031).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Catman
Building Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. José Alfredo
Campos Salas, Notario.—1 vez.—CE2015009130.—(IN2016004032).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Cohen
Pharma Products Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic.
Arturo Joaquín Blanco Páez, Notario.—1 vez.—CE2015009131.—(IN2016004033).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos
del 26 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Innovatec
Solution Group Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic.
José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—CE2015009132.—(IN2016004034).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada El
Campanario de Tres Ríos Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del
2015.—Lic. Jorge Francisco Ross Araya, Notario.—1 vez.—CE2015009133.—(IN2016004035).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 15
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Campanario
de Montalegre Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic.
Jorge Francisco Ross Araya, Notario.—1 vez.—CE2015009134.—(IN2016004036).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada El
Campanario de Santa Ana Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del
2015.—Lic. Jorge Francisco Ross Araya, Notario.—1
vez.—CE2015009135.—(IN2016004037).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada El
Campanario de San Carlos Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del
2015.—Lic. Jorge Francisco Ross Araya, Notario.—1 vez.—CE2015009136.—(IN2016004038).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 19 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Spirits
Beverage Trade Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic.
Alejandra María Arguedas Ortega, Notaria.—1 vez.—CE2015009137.—(IN2016004039).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada The
Tree of Life Coaching Tech Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del
2015.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2015009138.—(IN2016004040).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada ML
CR Continental LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de
octubre del 2015.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1
vez.—CE2015009139.—(IN2016004041).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada ML
CR Holdings LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de
octubre del 2015.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1
vez.—CE2015009140.—(IN2016004042).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00
minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada AB
Group LAT Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Edgar
Alberto Arroyo Quesada, Notario.—1 vez.—CE2015009141.—(IN2016004043).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Muebles
Santa Fe M.S.F. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de
octubre del 2015.—Lic. Netzy Yanina Soto Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2015009142.—(IN2016004044).
Por escritura otorgada, ante mi notaría a las once horas del ocho
de enero del dos mil dieciséis, protocolicé acuerdos de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de cuotistas, que consta en el acta número dos de la
empresa Tres-Ciento Dos-Seiscientos Ochenta y Dos Mil Seiscientos Noventa y
Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual y por acuerdo
unánime se reformó la cláusula sexta y sétima del pacto constitutivo, las
cuales se refieren a la administración y representación judicial y
extrajudicial de la sociedad respectivamente. De igual forma, se revocaron y
realizaron nuevos nombramientos en la junta de administración. Es
todo.—Liberia, Guanacaste, a las diez horas del dieciocho de enero del dos mil
dieciséis.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca, Notario.—1 vez.—Solicitud N°
46580.—(IN2016004047).
Yo protocolicé acuerdos de la sociedad Sonatrach S. A., se
acuerda modificar la cláusula de administración y domicilio. Es todo.—San José,
dieciocho de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Eduardo Alfonso Marquez
Fernández, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 46576.—(IN2016004059).
Yo protocolicé acuerdos de la sociedad Dietz Consulting D C S.
A., se acuerda modificar la cláusula de administración y domicilio. Es
todo.—San José, dieciocho de enero de dos mil dieciséis.—Lic. Eduardo Alfonso
Marquez Fernández, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 46573.—(IN2016004067).
Yo protocolicé acuerdos de las sociedades Lote Laelia S.R.L. y
SMJA S.R.L., se acuerda fusionarlas y prevalece la segunda. Es todo.—San
José, dieciocho de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Eduardo Alfonso Marquez
Fernández, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 46569.—(IN2016004075).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 15
minutos del 29 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Carnandez
Sociedad Anónima.—San José, 29 de octubre del 2015.—Lic. German Serrano
García, Notario.—1 vez.—CE2015009143.—(IN2016004196).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00
minutos del 29 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora
Mapal Sociedad Anónima.—San José, 29 de octubre del 2015.—Lic. Rosamira
Cordero Méndez, Notaria.—1 vez.—CE2015009144.—(IN2016004197).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00
minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada AMS
Global Sociedad Anónima.—San José, 29 de octubre del 2015.—Lic.
Montserrat Matamoros Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2015009145.—(IN2016004198).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 15
minutos del 26 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Specialist
Lash Limitada.—San José, 30 de octubre del 2015.—Lic. Sergio Gustavo Rivera
Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2015009146.—(IN2016004199).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 00 minutos
del 29 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Alpha
Salud Sociedad Anónima.—San José, 30 de octubre del 2015.—Lic. Elizabeth
Álvarez Morales, Notaria.—1 vez.—CE2015009147.—(IN2016004200).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 45
minutos del 06 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Marifersa
Music Limitada.—San José, 30 de octubre del 2015.—Lic. Carolina Blanco
Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2015009148.—(IN2016004201).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 30
minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada LCS
Capital Inc. Limitada.—San José, 30 de octubre del 2015.—Lic. Carolina
Blanco Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2015009149.—(IN2016004202).
Mediante escritura 147 del día
17 de octubre del 2013, se constituyó GYS Consultoría Legal y Asesoría de
Negocios Sociedad de Actividades Profesionales, con domicilio en
Granadilla de Curridabat, San José, 400 norte del Edificio Vista Real. Gerente:
Ana Patricia Guerrero Murillo. Profesión: Abogacía y notariado. Asesoría y
consultoría de negocios. Resolución de conflictos. Bienes raíces. Capital
social: ¢10.000. Plazo: 50 años.—Licda. Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1
vez.—(IN2016004664).
Mediante escritura 147 del día 17 de octubre
del dos mil trece, se constituyó GYS Consultoría Legal y Asesoría de
Negocios Sociedad de Actividades Profesionales, con domicilio en Granadilla
de Curridabat, San José, 400 norte del edificio Vista Real. Gerente: Ana Patricia
Guerrero Murillo. Profesión: Abogacía y Notariado. Asesoría y consultoría de
negocios. Resolución de conflictos. Bienes Raíces. Capital social: ¢10.000.
Plazo: 50 años.—Licda. Yalile Villalobos Zamora,
Notaria.—1 vez.—(IN2016004665).