LA GACETA N° 21 DEL 1° DE FEBRERO DEL 2016

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 39409-MEIC

Nº 39459-MOPT

Nº 39460-MP-MEIC

ACUERDOS

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

EDICTOS

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

SALUD

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

AGRICULTURA Y GANADERÍA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACIÓN PÚBLICA

SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS,

RIEGO Y AVENAMIENTO

AVISOS

MUNICIPALIDADES

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

LICITACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS

DEL PACÍFICO

ADJUDICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

REMATES

INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA

MUNICIPALIDADES

REGISTRO DE PROVEEDORES

BANCO DE COSTA RICA

AVISOS

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

BANCO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO DE COSTA RICA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

MUNICIPALIDAD DE BARVA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 39409-MEIC

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA INDUSTRIA Y COMERCIO

En uso de las atribuciones que les confieren los artículos 11, 140, incisos 3), 8), 18) y 20); artículo 146 de la Constitución Política; artículos 11, 25 y 28, inciso 2) acápite b), de la Ley General de la Administración Pública, N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Nº 6054 del 14 de junio de 1977; y la Ley del Sistema Nacional para la Calidad, Ley Nº 8279 del 2 de mayo de 2002.

Considerando:

I.—Que le correspondía al Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) a través de la Oficina Nacional de Normas y Medidas, el velar por la aplicación del “RTCR 20:2001 Metrología, Instrumentos de Medición. Taxímetros Electrónicos”, oficializado con el Decreto Ejecutivo N° 29658-MEIC del 18 de abril de 2001, publicado en La Gaceta N° 149 del 06 de agosto del 2001.

II.—Que dada la promulgación de la Ley N° 8279, la Ley del Sistema Nacional para la Calidad, modifican las funciones de la ONNUM, creándose el Laboratorio Costarricense de Metrología, correspondiéndole a este último entre otras funciones: actuar como organismo técnico y coordinador con otros organismos científicos y técnicos, públicos y privados, nacionales e internacionales, en el campo de la metrología. Difundir y fundamentar la metrología nacional y promover el establecimiento de una estructura metrológica nacional. Promover el uso, la calibración, la verificación y el ajuste de los instrumentos de medición, así como la trazabilidad a patrones del Sistema Internacional de Unidades, y garantizar la trazabilidad de los instrumentos de medida, etc. No correspondiéndole a dicho Laboratorio la aplicación integral del referido Decreto.

III.—Que conforme al Dictamen C-094-2011 de la Procuraduría General de la República, mismo que señala en lo que nos interesa: “(…). Ahora bien, debe tenerse presente que aun el caso en que la Administración conceda a los particulares la prestación del servicio en referencia, es obvio que no puede desentenderse del mismo, pues no deja de ser público. Por ello, la Administración y, en este caso en particular, el Consejo de Transporte Público se encuentra facultado para definir y establecer, entre otras cosas, las características técnicas que deben reunir los taxímetros o “marías”. (Lo resaltado no es del original)

IV.—Que las buenas prácticas reglamentarias obligan a los gobiernos a la revisión de los reglamentos técnicos existentes a fin de que se ajusten a las condiciones y las necesidades imperantes, procurando así un equilibrio necesario, de manera que dicha reglamentación no sea omisa ni excesiva y no propicie un obstáculo al desarrollo económico; por lo que se hace necesario proceder a la derogatoria del Decreto Ejecutivo N° 29658-MEIC del 18 de abril de 2001, por no ser el mismo competencia del MEIC. Por tanto,

Decretan:

DEROGATORIA DEL DECRETO EJECUTIVO N° 29658-MEIC

DEL 18 DE ABRIL DE 2001, PUBLICADO

EN LA GACETA N° 149 DEL 06

DE AGOSTO DEL 2001

Artículo 1º—Deróguese el Decreto Ejecutivo N° 29658-MEIC del 18 de abril de 2001, publicado en La Gaceta N° 149 del 06 de agosto del 2001, denominado: “RTCR 20:2001 Metrología, Instrumentos de Medición. Taxímetros Electrónicos.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diez días del mes de noviembre de dos mil quince.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Economía, Industria y Comercio a. í., Carlos Mora Gómez.—1 vez.—(D39409 – IN2016004604).

Nº 39459-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

En ejercicio de las facultades y prerrogativas conferidas en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, artículos 1º, 2º y 3º de la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Ley Nº 3155 del 05 de agosto de 1963 y sus reformas, artículos 4º, 11, 27, 28.1 y 28.2, incisos a) y b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que la Ley Nº 3155 de 05 de agosto de 1963 y sus reformas, confiere al Ministerio de Obras Públicas y Transportes la competencia en lo relativo a la regulación y control del transporte marítimo internacional, de cabotaje y por vías de navegación interior y lo constituye en autoridad oficial única en todo lo relativo a los objetivos nacionales, haciendo extensiva esa autoridad a las actividades de cualquier orden que tengan relación o sean consecuencia de ella.

2º—Que la División Marítima Portuaria del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, es la Autoridad Marítima Nacional, cuyo objetivo es promover los adecuados niveles de formación y capacitación a través de un sistema de calidad que asegure la competencia del personal embarcado que realiza actividades en el sector marítimo y pesquero.

3º—Que el Decreto Ejecutivo Nº 29389-MOPT, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 61 de fecha 27 de marzo del 2001 (Reglamento para la Emisión de los Certificados de Zafarrancho) y sus reformas ha procurado que dicha acreditación, garantice que todo tripulante de una embarcación nacional de navegación marítima, fluvial y lacustre, esté debidamente capacitado para atender situaciones particulares de emergencia de operación que se presenten en la nave, y se ajuste a los estándares establecidos por la Organización Marítima Internacional, en adelante conocida con las siglas OMI, según sus cursos modelo sobre primeros auxilios básicos (curso modelo OMI Nº 1.13), en el curso de Técnicas de Supervivencia Personal (curso modelo OMI Nº 1.19), en el Curso Prevención y Lucha contra Incendios (curso modelo OMI Nº 1.20) y el Curso Seguridad Personal y Responsabilidades Sociales (curso modelo OMI Nº 1.21).

4º—Que el Instituto Nacional de Aprendizaje, ente reconocido como un centro de formación marítimo oficial, según consta en la Resolución Nº 000110 del 03 de marzo del 2011 emitida por el Ministerio de Obras Públicas y único autorizado para impartir los denominados Cursos de Zafarrancho, ha enfrentado problemas de capacidad de atención por el ingreso masivo de solicitudes de los cursos indicados en el considerando anterior, lo que provoca que personas no puedan acceder aún al Certificado emitido por el MOPT, imposibilitando el acceso al trabajo.

5º—Que a pesar de que la normativa tiene sus orígenes hace más de una década, y que la Administración debe velar por su cumplimiento, debe igualmente tomar en cuenta las condiciones y limitaciones que afecta a sectores altamente sensibles de nuestra economía, como lo es el pesquero y el turístico, y la realidad de la academia que se podría considerar incipiente en esta área, por lo que debe procurarse la búsqueda de una solución que permita a las instituciones competentes y los usuarios, cumplir en un plazo razonable con las exigencias que la normativa ha establecido en materia de formación marítima, sin detrimento de la seguridad de la vida humana en el mar que se busca proteger con iniciativas de esta naturaleza.

6º—Que en virtud de lo señalado, resulta de imperiosa necesidad modificar el Decreto Ejecutivo Nº 29389-MOPT y sus reformas para lograr resultados eficientes en esta materia, tanto para el proceso de formación como de otorgamiento del denominado Certificado de Zafarrancho, para todo aquel marino que deba someterse al ordenamiento jurídico costarricense, de forma tal que se otorgue un plazo de excepción para su cumplimiento en todos sus extremos, y abrir la posibilidad de reconocer acreditaciones de marinos que presentan credenciales de otras administraciones, por lo que se promueve la reforma del artículo 14, con la finalidad primordial de ajustar la normativa a la realidad social actual, tomando en cuenta la capacidad real a nivel institucional. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Modifíquese el artículo 14 del Decreto Ejecutivo Nº 29389-MOPT, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 61 de fecha 27 de marzo del 2001, reformado por el Decreto Ejecutivo Nº 39413-MOPT, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 249 del 23 de diciembre del 2015, para que en lo sucesivo se lea así:

“Artículo 14.—El Núcleo Náutico Pesquero del Instituto Nacional de Aprendizaje, podrá equiparar los certificados de los cursos impartidos por otras instituciones o administraciones marítimas. Para dicha equiparación el interesado deberá cumplir con los procedimientos establecidos para tal efecto por dicha Institución, regulado en el Reglamento de Acreditación de Servicios de Capacitación y Formación Profesional vigente.

En cuanto a la emisión del Certificado de Zafarrancho, la Dirección de Navegación y Seguridad podrá reconocer las acreditaciones emitidas por otras instituciones o administraciones marítimas, siempre y cuando el solicitante demuestre mediante certificación emitida por la respectiva Administración Marítima, que los conocimientos adquiridos se ajustan a las exigencias y competencias establecidas en los cursos modelo recomendados por la Organización Marítima Internacional, para esta figura concreta.

Las personas que obtengan la acreditación según las condiciones establecidas en el párrafo anterior, deberán ajustarse a las obligaciones posteriores y plazos señaladas en el presente decreto.

Todo documento presentado debe contar con su respectiva traducción al idioma español, y tramitarse su correspondiente consularización o apostillado, en caso de tratarse de documentos emitidos en el extranjero, según el ordenamiento jurídico costarricense y que pretenda surtir efectos en nuestro país.”

Artículo 2º—Modifíquese el Transitorio Único del Decreto Ejecutivo Nº 39413-MOPT publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 249 del 23 de diciembre del 2015, reformado por el Decreto Ejecutivo Nº 39438-MOPT publicado en el Alcance Digital Nº 4 del Diario Oficial La Gaceta Nº 8 del 13 de enero del 2015, para que en lo sucesivo se lea:

“Transitorio Único.—Con el objeto de otorgar un plazo para la implementación en todos sus extremos del contenido de la presente norma, tomando en cuenta las limitaciones que soporta el Instituto Nacional de Aprendizaje para atender la solicitud masiva de los Cursos de Zafarrancho a nivel nacional y no afectar los procesos económicos relacionados con el sector marítimo nacional, se establece el siguiente mecanismo de implementación del Decreto Nº 29389-MOPT y sus reformas:

a)    Del 25 de enero del 2016 y hasta el 31 de enero del 2016, las embarcaciones menores de 50 toneladas de registro bruto (TRB) podrán solicitar el respectivo zarpe sin la presentación del Certificado de Zafarrancho de sus tripulantes.

b)    A partir del 01 de febrero de 2016 y hasta el 30 de junio del 2016, todas las embarcaciones menores de 50 TRB, deberán adjuntar a la solicitud de zarpe, copia del recibido de la solicitud de inscripción ante el Instituto Nacional de Aprendizaje para llevar los Cursos de Zafarrancho, de al menos un 50% del total de la tripulación de la embarcación.

c)    A partir del 01 de julio del 2016 y hasta el 31 de diciembre del 2016, todas las embarcaciones menores de 50 TRB, para la solicitud de zarpe deberán aportar copia del certificado de aprobación emitido por el INA, de al menos dos módulos de zafarrancho por persona del 20% del total de la tripulación.

d)    A partir del 01 de enero del 2017 y hasta el 30 de junio del 2017, todas las embarcaciones menores de 50 TRB, para la solicitud de zarpe, deberán aportar copia del certificado de aprobación emitido por el INA, de al menos dos módulos de zafarrancho por persona del 50% del total de la tripulación, y al menos un 20% del total de la tripulación deberán disponer del Certificado de Zafarrancho emitido por la Dirección de Navegación y Seguridad.

e)    A partir de 01 de julio del 2017 y hasta el 31 de diciembre del 2017, todas las embarcaciones menores de 50 TRB, para la solicitud de zarpe, deberán aportar copia del certificado de aprobación emitido por el INA, de al menos dos módulos de zafarrancho por persona del 50% del total de la tripulación, y al menos un 50% del total de la tripulación deberán disponer del Certificado de Zafarrancho emitido por la Dirección de Navegación y Seguridad.

f)     A partir del 01 de enero del 2018, todas las embarcaciones menores de 50 TRB, para la solicitud de zarpe, el 100% de la tripulación deberá contar con el Certificado de Zafarrancho emitido por la Dirección de Navegación y Seguridad.

g)    En el caso de las embarcaciones dedicadas a pesca artesanal, sólo será obligatorio el Certificado de Zafarrancho a partir del 01 de enero del 2019.”

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinticinco días del mes de enero del dos mil dieciséis.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Obras Públicas y Transporte, Carlos Segnini Villalobos.—1 vez.—(D39459 - IN2016006449).

Nº 39460-MP-MEIC

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LOS MINISTROS DE LA PRESIDENCIA

Y DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

En uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 18) del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política del 7 de noviembre de 1949; inciso 2), acápite b) del artículo 28 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 4 de la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Ley N° 6054 del 14 de junio de 1977 y sus reformas, y el inciso b) del artículo 5 del Reglamento a la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Decreto N° 37457-MEIC del 02 de noviembre de 2012; la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Ley N° 8220 del 4 de marzo de 2002 y su reforma; los artículos 3 y 4 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley N° 7472 del 20 de diciembre de 1994 y sus reformas.

Considerando:

I.—Que la simplificación de los trámites administrativos y la mejora regulatoria, como política pública que es, consiste en racionalizar las tramitaciones que realizan los particulares ante la Administración Pública; mejorar su eficacia, pertinencia y Utilidad, a fin de lograr mayor celeridad y funcionalidad en la tramitación, reduciendo los gastos operativos; procurando los mayores beneficios para la sociedad con los menores costos posibles.

II.—Que para mejorar la relación de la Administración Pública con los administrados, resulta necesario brindar la posibilidad a la Dirección de Mejora Regulatoria, de poder implementar en cualquier momento, herramientas tecnológicas con la finalidad de dar cumplimiento de manera eficaz, a la Ley N° 8220 y su reforma.

III.—Que a fin de facilitar la correcta implementación del sistema digital de control previo en desarrollo, se hace indispensable modificar la fecha de inicio del mismo, el cual se indica en el Transitorio I del Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Decreto Ejecutivo N° 37045-MP-MEIC de fecha 22 de febrero de 2012 y su reforma mediante Decreto Ejecutivo N° 38898-MP-MEIC de fecha 20 de noviembre de 2014. Por tanto,

Decretan:

MODIFICACIÓN AL TRANSITORIO I DEL REGLAMENTO

A LA LEY DE PROTECCIÓN AL CIUDADANO

DEL EXCESO DE REQUISITOS Y TRÁMITES

ADMINISTRATIVOS, DECRETO EJECUTIVO

N° 37045-MP-MEIC DE FECHA 22 DE FEBRERO

DE 2012, REFORMADO Y ADICIONADO

MEDIANTE DECRETO EJECUTIVO

N° 38898-MP-MEIC DE FECHA

20 DE NOVIEMBRE DE 2014

Artículo 1º—Modifíquese el Transitorio I del Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Decreto Ejecutivo N° 37045-MP-MEIC de fecha 22 de febrero de 2012, reformado y adicionado mediante Decreto Ejecutivo N° 38898-MP-MEIC de fecha 20 de noviembre de 2014, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

“Transitorio I. El sistema digital de control previo para implementar los artículos 12, 12 bis, 13 y 13 bis de éste reglamento empezará a operar a partir del 31 de marzo de 2016. “.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil dieciséis.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de la Presidencia, Sergio Alfaro Salas y el Ministro de Economía, Industria y Comercio, Welmer Ramos González.—1 vez.—O.C. Nº 26963.—Solicitud Nº 18935.—(D39460 - IN2016006521).

ACUERDOS

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 0459-2015

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

1º—Que con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210 y sus reformas, mediante Acuerdo Ejecutivo N° 258-2011 de fecha 15 de julio del 2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 167 del 31 de agosto del 2011; modificado por el Acuerdo Ejecutivo N° 406-2013 de fecha 26 de noviembre del 2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 94 del 19 de mayo del 2014; a la empresa Sykes Latin America S. A., cédula jurídica número 3-101-211555, se le concedieron nuevamente los beneficios e incentivos contemplados por el artículo 20 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, bajo la categoría de empresa de servicios, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 17 de dicha Ley.

2º—Que el señor Luis Alejandro Arciniegas Márquez, de nacionalidad colombiana, mayor, casado, empresario, portador de la cédula de residencia número 117000722926, vecino de San José, en su condición de Apoderado Especial con facultades suficientes para estos efectos de Sykes Latin América S. A., cédula jurídica número 3-101-211555, presentó ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante PROCOMER), solicitud para que se le otorgue nuevamente el Régimen de Zonas Francas a su representada, con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.

3º—Que  en  la solicitud mencionada Sykes Latin América S. A., cédula jurídica número 3-101-211555, se comprometió a mantener una inversión de al menos US $20.000.000,00 (veinte millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, la empresa se comprometió a realizar una inversión nueva adicional total en activos nuevos de US $5.000.000,00 (cinco millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) y un empleo adicional de 500 trabajadores, según los plazos y en las condiciones establecidas en la solicitud de ingreso al Régimen presentada por la empresa. Lo anterior implica una importante oportunidad para arraigar más a la citada empresa a Costa Rica, aumentar los empleos directos e indirectos, y fomentar el encadenamiento entre las empresas nacionales y compañías pertenecientes al Régimen de Zonas Francas, con la finalidad de aumentar el valor agregado de los productos nacionales.

4º—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo emitido por la Junta Directiva de la citada Promotora en la Sesión N° 177-2006 del 30 de octubre del 2006, conoció la solicitud de Sykes Latin América S. A., cédula jurídica número 3-101-211555, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Regímenes Especiales de PROCOMER N° 39-2015, acordó someter a consideración del Ministerio de Comercio Exterior la solicitud de ingreso al Régimen de Zonas Francas presentada, a fin de que dicho órgano ejerza la facultad establecida en el artículo 20 bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas, determine si en la especie resulta aplicable la excepción que contempla dicho artículo, y analice si se trata de una inversión adicional cuya magnitud y beneficios, justifican razonablemente el otorgamiento de los incentivos fiscales establecidos en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.

5º—Que en razón de lo anterior, el Poder Ejecutivo efectivamente considera que en la especie resulta plenamente aplicable la excepción que contempla el referido artículo 20 bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas, en tanto se trata una inversión adicional cuya magnitud conlleva una serie de beneficios, que justifican razonablemente el otorgamiento de los incentivos fiscales establecidos en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.

6º—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto,

ACUERDAN:

1º—Otorgar el Régimen de Zonas Francas a la mencionada empresa Sykes Latin América S. A., cédula jurídica número 3-101-211555 (en adelante denominada la beneficiaria), clasificándola como Empresa de Servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de la Ley N° 7210 y sus reformas.

2º—La actividad de la beneficiaria consistirá en brindar servicios de telemercadeo y gestión y respuesta de consultas telefónicas y electrónicas; servicios de procesamiento de información y servicios de soporte de negocios y/o administrativo, que incluye los servicios de soporte técnico, mercadeo y administración de puntos de venta, así como servicios de investigación de mercados.

3º—La beneficiaria operará en el parque industrial denominado CF Free Zone Park S.R.L. (Heredia), ubicado en la provincia de Heredia.

4º—La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados en la Ley N° 7210 y sus reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER.

Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en virtud de la Ley N° 7210 quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC. En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la concesión de las prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo.

Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.

Asimismo, la empresa beneficiaria podrá solicitar la aplicación de lo dispuesto en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, si cumple con los requisitos y condiciones establecidos en tal normativa y sin perjuicio de la discrecionalidad que, para tales efectos, asiste al Poder Ejecutivo.

5º—De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20, inciso g) de la Ley de Régimen de Zonas Francas (Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas) la beneficiaria gozará de exención de todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro, cuya base imponible se determine en relación con las ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados a los accionistas o ingresos o ventas, según las diferenciaciones que dicha norma contiene.

Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus servicios al mercado local, observando rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de la Ley Nº 7210 y sus reformas, en particular los que se relacionan con el pago de los impuestos respectivos.

6º—La beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 3.000 trabajadores, a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y mantener un nivel mínimo total de empleo de 3.500 trabajadores, a partir del 31 de julio del 2018. Asimismo, se obliga a mantener una inversión de al menos US $20.000.000,00 (veinte millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y mantener una inversión nueva adicional total en activos nuevos de al menos US $5.000.000,00 (cinco millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 31 de agosto del 2018. Por lo tanto, la beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel de inversión total de al menos US $25.000.000,00 (veinticinco millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América). Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del 91,35%.

PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión antes indicados, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.

7º—Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el día en que se notifique el presente Acuerdo Ejecutivo. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica seguirá tomando como referencia para su cálculo las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.

Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, para lo cual PROCOMER tomará como referencia para su cálculo, las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.

8º—La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio ambiente que la legislación costarricense e internacional disponga para el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado por las autoridades competentes.

9º—La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá permitir que funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.

10.—En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de la Ley Nº 7210, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zona Franca, sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento. La eventual imposición de estas sanciones será sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieren corresponderle a la beneficiaria o sus personeros.

11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.

Para el inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por la Dirección General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.

12.—Las directrices que para la promoción, administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con la citada Promotora.

13.—El uso indebido de los bienes o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que establece la Ley N° 7210 y sus reformas y demás leyes aplicables.

14.—La empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos los requisitos de la Ley N° 7210, sus reformas y reglamentos, así como con las obligaciones propias de su condición de auxiliar de la función pública aduanera.

15.—De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley N° 17 del 22 octubre de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del procedimiento administrativo correspondiente.

16.—El presente Acuerdo Ejecutivo rige a partir de su notificación, y sustituye el Acuerdo Ejecutivo N° 258-2011 de fecha 15 de julio del 2011 y sus reformas, sin alterar los efectos producidos por el mismo durante su vigencia.

Comuníquese y Publíquese.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los treinta días del mes de noviembre de dos mil quince.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Comercio Exterior, Alexander Mora Delgado.—1 vez.—(IN2016005107).

Nº 538-2015

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y

Considerando:

I.—Que el International Institute for Sustainable Development (IISD) ha invitado a un negociador que se dedique al tema de inversión a participar en su 9º Foro Anual para Negociadores de Inversión de Países en Desarrollo. IISD busca reunir negociadores de temas de inversión para analizar el desarrollo del derecho internacional de inversión, sus tendencias y el impacto que esto puede tener en los países en desarrollo.

II.—Que Costa Rica, país que tiene amplia experiencia en la negociación de acuerdos bilaterales, de inversión y acuerdos de libre comercio con capítulos de inversión como parte de su política integral de atracción de inversión extranjera, ha sido invitada con el fin de aportar a las discusiones en la materia.

III.—Que en este sentido, del 16 al 18 de noviembre de 2015 en Río de Janeiro, Brasil se llevará a cabo el 9º Foro Anual de Negociadores de Inversión de Países en Desarrollo; evento de gran relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Natalia Porras Zamora, portadora de la cédula de identidad Nº 01-1191-0444, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para participar en el 9º Foro Anual de Negociadores de Inversión de Países en Desarrollo, que se llevará a cabo del 16 al 18 de noviembre de 2015 en Río de Janeiro, Brasil. Durante su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos: 1) aportar a las discusiones con base en la experiencia de Costa Rica en negociaciones de temas de inversión; 2) compartir experiencias y buenas prácticas con negociadores de otros países y expertos en temas de inversión; 3) discutir y adquirir conocimientos sobre las tendencias emergentes en materia de derecho internacional de inversión y; 4) participar en la discusión de casos de arbitraje recientes y de análisis del desarrollo de aspectos legales del derecho internacional de inversión. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 15 de noviembre y regresa el 19 de noviembre de 2015. El día 15 de noviembre corresponde a fin de semana.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Natalia Porras Zamora, por concepto de transporte aéreo, hospedaje y traslados internos en Brasil, serán cubiertos por el International Institute for Sustainable Development (IISD). Los gastos por concepto de alimentación, a saber USD$284,40 (doscientos ochenta y cuatro dólares con cuarenta centavos), sujeto a liquidación, serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Se le reconocerán los gastos por transporte terrestre en Costa Rica con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 y 10503 del Programa 796. Igualmente, se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y reconocimiento de gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, los cuales serán cubiertos por las mismas subpartidas y por el mismo Programa. Se le autoriza para hacer escala en Lima, Perú, por conexión.

Artículo 3º—Rige a partir del 15 al 19 de noviembre de 2015.

San José, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil quince.

Alexánder Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O.C. Nº 26966.—Solicitud Nº 14859.—(IN2016004400).

Nº 541-2015

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1 y 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y

Considerando:

I.—Que los Jefes de Estado del Sistema de la Integración Centroamericana instruyeron párrafos 9 y 10 de la Declaración de Punta Cana 2014 al Consejo de Ministros de Integración Económica Centroamericana (COMIECO) y las autoridades que ejercen funciones en los puestos fronterizos, trabajar en una propuesta de corto plazo sobre procedimientos fronterizos comunes y una Estrategia Centroamericana de Facilitación del Comercio y Competitividad. Para la consecución de estas tareas, el COMIECO y la Secretaría de Integración Económica, solicitaron apoyo al Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y a la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID por sus siglas en inglés). La Estrategia Centroamericana de Facilitación del Comercio y Competitividad se compone de 3 elementos: i) medidas prioritarias de corto plazo, ii) un plan de acción de mediano y largo plazo y iii) la Plataforma Digital de Comercio Centroamericana.

II.—Que en este contexto, del 9 al 13 de noviembre de 2015 en Ciudad de Guatemala, Guatemala, se llevará a cabo la reunión extraordinaria del Grupo de Facilitación del Comercio Centroamericano.

III.—Que la participación de la señora Paola Orozco Alpízar, resulta de particular relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Paola Orozco Alpízar, portadora de la cédula Nº 01-1277-0230, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior para participar en la reunión extraordinaria del Grupo de Facilitación del Comercio Centroamericano, que se llevará a cabo del 9 al 13 de noviembre de 2015 en Ciudad de Guatemala, Guatemala. El objetivo de la reunión es avanzar en la elaboración y análisis de los planes de acción de mediano y largo plazo de la estrategia regional de Facilitación del Comercio. Se le autoriza para hacer escala en El Salvador, por conexión. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo hacia el lugar de destino, viaja a partir del 8 de noviembre de 2015. El día 8 de noviembre corresponde a fin de semana.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Paola Orozco Alpízar, por concepto de transporte aéreo y hospedaje, serán cubiertos por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Los gastos por concepto de alimentación, a saber USD$310,20 (trescientos diez dólares con veinte centavos), sujeto a liquidación, serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Se le reconocerán los gastos por transporte terrestre nacional, con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 y 10503 del Programa 796. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y reconocimiento de gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica. Se le autoriza para hacer escala en El Salvador, por conexión.

Artículo 3º—Rige a partir del 8 al 13 de noviembre de 2015.

San José, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil quince.

Alexánder Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O.C. Nº 26966.—Solicitud Nº 14865.—(IN2016004403).

Nº 542-2015

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1 y 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y,

ACUERDA:

Artículo 1º—Modificar el artículo segundo del Acuerdo de Viaje Nº 422-2015, de fecha 07 de setiembre de 2015, para que se lea de la siguiente manera:

“Artículo Segundo: cubrir los gastos del señor Víctor Picón Panduro, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje de los días 19 y 20 de noviembre, a saber US$474,00 (cuatrocientos setenta y cuatro dólares), con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 792. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le cubrirá el costo de la inscripción al Congreso por un valor de USD$675,00 (seiscientos setenta y cinco dólares) de la subpartida 10701 del Programa 792. Los gastos por transporte terrestre en ambos países serán cubiertos con recursos de COMEX por la subpartida 10501 y 10503 del Programa 792. La alimentación y el hospedaje del día 18 de noviembre, serán cubiertos por AVIANCA, dado que por motivos de sobreventa de pasajes, al ingresar a Lima, Perú el 17 de noviembre, la Aerolínea debió posponer la salida para continuar el viaje hacia Chile el día siguiente, sin que la situación haya sido atribuible al funcionario y la Aerolínea cubrió todos los gastos incurridos en esa fecha. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior. Asimismo, para hacer escala en Perú, por conexión.”

Artículo 2º—En lo no expresamente modificado el resto del Acuerdo 422-2015, se mantiene igual.

San José, a los seis días del mes de noviembre de dos mil quince.

Alexánder Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O.C. Nº 26966.—Solicitud Nº 14858.—(IN2016004406).

N° 548-2015

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y,

Considerando:

I.—Que el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) organiza por quinto año consecutivo el evento Outsource2LAC, Foro Latinoamericano y del Caribe de Outsourcing y Offshoring. El objetivo de dicho evento es brindar una oportunidad a los participantes para intercambiar las últimas tendencias en el sector de servicios globales e identificar oportunidades de negocios en América Latina y el Caribe. Se discutirán temas de especial interés para el trabajo que realiza COMEX incluyendo cambios en la dinámica del mercado, internacionalización de procesos y el poder de la información en el sector servicios y la diversificación y especialización para la externalización de procesos.

II.—Que en este contexto, del 11 al 13 de noviembre de 2015 en la ciudad de Guadalajara, México se llevará a cabo el Outsource2LAC 2015. Este evento es el foro más influyente de la región, donde participan los actores prominentes del sector de servicios globales de todo el mundo, en uno de los mercados regionales más dinámicos como es el de América Latina y el Caribe.

III.—Que considerando la relevancia del sector servicios en Costa Rica, que para el año 2014 representó el 70% del PIB y aportó un 69% del empleo a nivel nacional, la participación en este evento es de suma importancia para impulsar la estrategia para fortalecer las exportaciones de servicios y las oportunidades que de ello derivan para el país.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Silvia Suárez Alfaro, portadora de la cédula Nº 02-0590-0040, funcionaria del Despacho del Viceministro, para participar en el Outsource2LAC y recibir información actualizada y de alto nivel sobre temas de interés para Costa Rica en el área de servicios, el cual se llevará a cabo en la ciudad de Guadalajara, México del 12 al 13 de noviembre del presente año. Durante su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos: 1) estrechar los vínculos y ampliar la red de contactos públicos y privados en el sector de servicios, con miras a fortalecer el impulso de la estrategia-país en dicho sector y su potencial de continuar generando empleo de calidad para más costarricenses y; 2) participar en los distintos foros y sesiones programados en la agenda, con el fin de conocer sobre las últimas tendencias de la industria de servicios globales y derivar, a partir de ello, formas en que las políticas públicas en este campo pueden contribuir a potenciar su crecimiento y su contribución al desarrollo nacional. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 11 de noviembre y regresa a Costa Rica hasta el 14 de noviembre de 2015. El día 14 de noviembre corresponde a fin de semana.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Silvia Suárez Alfaro, por concepto impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, de alimentación y hospedaje, a saber USD$715,36 (setecientos quince dólares con treinta y seis centavos), sujeto a liquidación, con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Lo correspondiente a la tarifa de escaneo, rayos X o inspección de equipaje (Ley 7664- Decreto Nº 36341-MAG, artículo 3), será cubierto por las mismas subpartidas y por el mismo programa. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y reconocimiento de gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica. Asimismo, se le autoriza para hacer escala en México D.F., por conexión.

Artículo 3º—Rige a partir del 11 al 14 de noviembre de 2015.

San José, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil quince.

Alexánder Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—O.C. Nº 26966.—Solicitud Nº 14863.—(IN2016004412).

EDICTOS

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

EL MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

CONVOCATORIA DE PARTICIPACIÓN

SUBCOMISIONES COMISIÓN NACIONAL

PARA UN GOBIERNO ABIERTO

El Ministerio de la Presidencia convoca a todas las personas interesadas a presentar sus atestados para integrar las siguientes subcomisiones de la Comisión Nacional para un Gobierno Abierto, de conformidad con el artículo 6 del Decreto N° 38994: a) Transparencia y Acceso a la Información; b) Participación Ciudadana; c) Lucha contra la Corrupción; d) Sistemas y Plataformas; y e) Desarrollo Territorial. Estas subcomisiones colaborarán en la implementación y seguimiento a las metas de la Estrategia Nacional para un Gobierno Abierto, la cual fue declarada de interés público mediante Decreto Ejecutivo N° 39372 del 7 de diciembre del 2015, el documento puede ser consultado en la página www.gobiernoabierto.go.cr. Las personas físicas o jurídicas postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Dos años de vinculación con procesos relacionados con temas de transparencia, lucha contra la corrupción, participación ciudadana, acceso a la información pública y datos abiertos; b) Presentar una carta de intenciones que contenga una breve justificación sobre el interés de participar en las subcomisiones; c) Presentar una hoja de vida donde claramente se exponga la experiencia e idoneidad. Las personas interesadas podrán hacer llegar sus postulaciones, acreditando el fiel cumplimiento de los requisitos antes expuestos, al Viceministerio de la Presidencia en Asuntos Políticos y Diálogo Ciudadano, ubicado en la Presidencia de la República, Zapote, en el horario de 8:00 a. m. a 5:00 p. m., jornada continua, al fax 2283-2751 o al correo electrónico dialogociudadano@presidencia.go.cr dentro de los diez (10) días hábiles a partir de la presente publicación.

Sergio Iván Alfaro Salas, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. N° 3400027359.—Solicitud N° 47123.—(IN2016006440).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISOS

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de La unión de los Ángeles Boca del Toro, Sarapiquí Heredia. Por medio de su representante: Leticia Elena Rivera Ruiz, cédula 2-323-373, ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 01 para que en adelante se lea así:

Artículo 01:

Norte: Río San Juan

Sur: Río San Juan

Oeste: Vuelta del Pato (línea imaginaria)

Este: Río Toro y Sarapiquí.

Dicha reforma es visible a folio 23 y 24 del tomo I del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afilados celebrada el día 18 de enero del 2016. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las nueve horas veinte minutos del día dieciocho de enero del dos mil dieciséis.—Departamento de Registro.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2016003872).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Copal de Nicoya-Guanacaste. Por medio de su representante: José Andrés Galagarza Medina, cédula 5-375-137 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 01 para que en adelante se lea así:

Artículo 01: Limites

Oeste, Cementerio de Copal.

Dicha reforma es visible a folio 107 del tomo I del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante resolución DLR 002-2016 de las catorce horas cuarenta y un minutos el día ocho de enero del dos mil dieciséis. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las nueve horas veinte minutos del día dieciocho de enero del dos mil dieciséis.—Departamento de Registro.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2016003892).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de L Cocal de Siquires, Limón. Por medio de su representante: Bolívar Jiménez Cubillo, cédula 103180154, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 14:31 horas del día 12 de enero del 2016.—Departamento de Registro.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2016004135).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: que la Asociación de Desarrollo Integral de Los Ledezmas de San José de Upala, Alajuela. Por medio de su representante: Freddy Pablo Cortés Morales, cédula Nº 503140673 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 16:08 horas del día 19 de enero del 2016.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2016004484).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

EDICTOS

La doctora María de los Ángeles Troyo con número de cédula 1-677-844, vecina de San José en calidad de regente veterinario de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Rebexa Group S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Gallimune 503 ND + IB + EDS + IC2, fabricado por Laboratorios Merial Italia S.P.A., de Italia con los siguientes principios activos: Cada dosis de 0.3 ml, contiene: Virus de la enfermedad de Newcastle (cepa Ulster 2 C inactivado), virus de la Bronquitis infecciosa (Cepa Mass 41 inactivado) ≥ 6 log 2 UAHI, virus inactivado del Síndrome de Caída de la postura EDS76 (cepa V 127), Haemophilus paragallinarum inactivado serovariedad A y C y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para la inmunización activa en aves de postura, contra la enfermedad de Newcastle, Bronquitis infecciosa, Síndrome de la caída de la postura y Coriza infecciosa. O como refuerzo de las mismas. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 11:00 horas del día 7 de diciembre del 2015.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(IN2016003609).

La doctora María de los Ángeles Troyo con número de cédula 1-677-844, vecina de San José en calidad de regente veterinario de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Rebexa Group S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Ectoline, fabricado por Laboratorios Ipanema para Laboratorios Merial Saúde Animal Ltda., de Brasil con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contiene: Fipronil 1.00 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Garrapaticida e insecticida. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 10:00 horas del día 7 de diciembre del 2015.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(IN2016003610).

El señor Hermis Quesada Ruiz, número de cédula 7-0089-0813, vecino de San José, en calidad de representante legal de la compañía Droguería Laboratorios Químicos Industriales (Laquinsa), con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: TPS N° 2, fabricado por Laboratorios Químicos Industriales S. A. de Costa Rica, con los siguientes principios activos: cada ml de suspensión contiene: Penicilina G Potásica 34.780 Ul, peniclina G procaínica 45.220 Ul, estreptomicina base 79.8 mg y clorfeniramina maleato 3.2 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: combinación antibiótica de amplio espectro para el tratamiento de infecciones causadas por microorganismos sensibles a los antibióticos de la formulación. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección dentro del término de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 8 horas del 20 de enero del 2016.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2016004931).

El señor Hermis Quesada Ruiz, número de cédula 7-0089-0813, vecino de San José, en calidad de representante legal de la compañía Droguería Laboratorios Químicos Industriales (Laquinsa), con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: TPS N° 1, fabricado por Laboratorios Químicos Industriales S. A. de Costa Rica, con los siguientes principios activos: cada ml de suspensión contiene: penicilina G Potásica 100.000 Ul, peniclina G procaínica 130.000 Ul, estreptomicina base 199.5 mg y clorfeniramina maleato 3.2 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: combinación antibiótica de amplio espectro para el tratamiento de infecciones causadas por microorganismos sensibles a los antibióticos de la formulación. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección dentro del término de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 8 horas del 20 de enero del 2016.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2016004934).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del  Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 4, folio 280, título N° 3067, emitido por el Colegio de San Luis Gonzaga, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Ronald Enrique Leandro Campos. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyo nombre y apellidos correctos son: Ronald Leandro Dormond, cédula: 1-0714-0540. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los catorce días del mes de enero del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2016004360).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media inscrito en el tomo 1, folio 4, título N° 3, emitido por el Centro Educativo Adventista de Limón, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Hadden Cole Herman Franklin, cédula: 1-1177-0107. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los seis días del mes de enero del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud N° 46195.—(IN2016004366).

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DEL

DEPORTE Y LA RECREACIÓN

DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA DE LA

FEDERACIÓN UNIDA DE TRIATLÓN DE COSTA RICA

Se les comunica a todos los interesados que el Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, acordó en su sesión ordinaria N° 966-2015, acuerdo N° 8 del 3 de diciembre del 2015, autorizar la declaratoria de utilidad pública a favor de la Federación Unida de Triatlón de Costa Rica, con cédula jurídica N° tres-cero cero dos-tres cinco nueve seis uno catorce.—San José, 4 de diciembre del 2015.—Consejo Nacional del Deporte y la Recreación.—M.Sc. Carolina Mwauri Carabaguias, Presidenta.—1 vez.—(IN2016004816).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE  LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Para ver imágenes solo en La Gaceta con formato PDF

Cambio de Nombre N° 98601

Que Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad 103920470 , en calidad de apoderado especial de Mega Brands Inc, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Mega Bloks Inc. por el de Mega Brands Inc., presentada el día 4 de setiembre de 2015, bajo expediente 98601. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1993-0002833 Registro N° 84378 MEGA BLOKS en clase 28 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de setiembre del 2015.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—1 vez.—(IN2016004077).

Cambio de Nombre N° 98559

Que Harry Zurcher Blen, cédula de identidad 104151184, en calidad de apoderado especial de STF Group S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Studio F International Fashion Corporation S. A., Studio F S. A., por el de STF Group S. A., presentada el día 2 de setiembre del 2015 bajo expediente 98559. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1999-0009460 Registro N° 120923 STUDIO F en clase 25 Marca Mixto y 2009-0000062 Registro N° 195062 STUDIO F en clase 35 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de noviembre del 2015.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2016004094).

Cambio de Nombre Nº 99882

Que Luis Fernando Asís Royo, cédula de identidad Nº 106370429, en calidad de apoderado especial de Leonisa S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de nombre de Confecciones Leonisa S. A. por el de Leonisa S. A., presentada el día 1 de diciembre de 2015 bajo expediente Nº 99882. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1998-0000598 Registro Nº 112098 DLM LEONISA VENTA DIRECTA en clase 49 Marca Mixto, 2001-0000334 Registro Nº 129721 SI ES MUJER en clase 50 Marca Denominativa, 2009-0002032 Registro Nº 192752 Perfect^bra en clase 50 Marca Mixto y 2009-0010074 Registro Nº 200600 TQM by L Leonisa Soñamos con tus sueños en clase 25 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de diciembre de 2015.—María Leonor Hernández B., Registradora.—1 vez.—(IN2016004498).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-209533, denominación: Asociación Acueducto Rural Ciudadela El Progreso de Cariari, Pococí, Limón. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 325982.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 15 minutos y 36 segundos, del 7 de diciembre del 2015.—Lic. Henry Jara Solís, Director a. í.—1 vez.—(IN2016003884).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Comunidad de Vida Siervo, con domicilio en la provincia de: San José-San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Participar en la promoción de proyectos de ayuda social de inspiración religiosa. Cuyo representante, será el presidente: Anthony Jiménez Carmona, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 146162.—Dado en el Registro Nacional, a las 7 horas 43 minutos y 49 segundos, del 8 de diciembre del 2015.—Lic. Henry Jara Solís, Director a. í.—1 vez.—(IN2016003952).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Deportiva de Jiu Jitsu y Judo del Guarco, con domicilio en la provincia de: Cartago El Guarco, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: El desarrollo, la enseñanza y masificación del Jiu Jitsu y artes marciales afines. Cuyo representante, será el presidente: Freddy Gerardo Arauz Solís, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 298803 con adicionales: 2015-497804, 2015-604112.—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 33 minutos y 43 segundos, del 8 de enero del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2016004187).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Observadores Electorales Costarricenses (ADOEC), con domicilio en la provincia de: San José- San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: promover el estudio del derecho electoral y sistemas electorales existentes en el mundo, capacitación académica en materia de derecho electoral y de derechos humanos dictar charlas, congresos, foros en materia electoral y participación ciudadana, firmar convenios académicos de cooperación con otras asociaciones, fundaciones en materias académicas de derecho electoral, derechos humanos, derecho constitucional. Cuyo representante, será el presidente: Eduardo José Flores Buitrago, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 2015, asiento: 553018 con adicional(es): 2015-586529.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 29 minutos y 35 segundos, del 5 de enero del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2016004415).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula Nº 3-002-664007, denominación: Asociación de Vecinos Alnus. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 2015, asiento: 565052.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 54 minutos y 14 segundos, del 14 de enero del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2016004608).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-192323, denominación: Asociación Colegio La Salle. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 604659.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 48 minutos y 49 segundos del 11 de enero del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2016004874).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-332366, denominación: Asociación Escazuceña Hogar Salvando al Alcohólico José Antonio Jiménez Carranza. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 573086.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 21 minutos y 47 segundos del 11 de enero del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2016004902).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-306131, denominación: Federación de Hogares Salvando Alcohólico de Costa Rica y Afines. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 595533.—Dado en el Registro Nacional, a las 7 horas 40 minutos y 6 segundos del 18 de diciembre del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2016004903).

El Registro de Personas Jurídicas ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-197992, denominación: Asociación Hogar Salvando el Alcohólico de Curridabat Enrique Amador Céspedes. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: l71553. Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 46 minutos y 58 segundos del 9 de julio del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2016004904).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-601614 denominación: Asociación Deportiva Promotora Herediana Futsal. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento:465778.—Dado en el Registro Nacional, a las 12 horas 22 minutos y 53 segundos del 4 de enero del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2016004910).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. Nº 16723A.—Luis Guillermo Vargas Coto, solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Corredor, Corredores, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas: 73.133 / 648.590, hoja Canoas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de setiembre del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2016002799).

Exp. Nº 11409P.—Plaza Brompton S. A., solicita concesión de: 0,02 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-1917, en finca de su propiedad en Tures, Santo Domingo, Heredia, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas: 219.270 / 529.900, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de diciembre del 2015.—Departamento Administrativo.—Mónika Holst Vargas.—(IN2016002826).

Exp. Nº 16728A.—Marc Belanger, solicita concesión de: 0,015 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Eduardo Moya Z., en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas: 131.571 / 562.438, hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de setiembre del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2016002862).

Exp. Nº 16859A.—Inversiones Blue S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo de la quebrada sin nombre 1, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cahuita, Talamanca, Limón, para uso agroindustrial, comercial, consumo humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 398.000 / 606.800 hoja Sixaola. 2 litros por segundo de la quebrada sin nombre 2, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cahuita, Talamanca, Limón, para uso agroindustrial, comercial, consumo humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 398.650 / 606.680 hoja Sixaola. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de enero del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas. Coordinador.—(IN2016003601).

Exp. Nº 6440P.—Roma Prince S. A., solicita concesión de: 0,7 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BA-368 en finca de su propiedad en Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano doméstico y turístico-restaurante y piscina. Coordenadas 225.625 / 515.425 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de enero del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2016003603).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 7841A.—JL Orion, S. A., solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Ángeles, San Ramón, Alajuela, para uso turístico. Coordenadas 233.300 / 483.700 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de octubre de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2016006628).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil – Departamento Civil

SECCIÓN ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 41161-2013.—Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las quince horas veinticinco minutos del cuatro de setiembre de dos mil quince. Diligencias de ocurso presentadas por Oxana Lisov Yatsina, cédula de identidad Nº 8-0094-0765, vecina de San Vicente, Moravia, San José, tendente a la rectificación de su asiento de naturalización, en el sentido que el nombre y los apellidos de la persona inscrita son Oxana Victorovna Lysov Lysova, hija de Víctor Ivanovich Lysov, no indica segundo apellido y Olga Ivanovna Lysova, no indica segundo apellido, rusos y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—(IN2016004527).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Alba Rosa Pérez Aguilar, se ha dictado la resolución N° 4721-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas tres minutos del siete de setiembre de dos mil quince. Exp. N° 28133-2015. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Wagner Antonio Requene Pérez, en el sentido que el segundo nombre de la madre de la persona inscrita es Rosa.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2016003845).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Luisa Ivette Sobalvarro Chavarría, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1520-2012. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas seis minutos del siete de mayo del dos mil doce. Ocurso. Exp N° 4774-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:.., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Krismara Taisha Molina Sobalbarro, en el sentido que el segundo nombre y el primer apellido de la madre... son “Ivette” y “Sobalvarro” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2016003859).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Juan Carlos Monge Obregón, se ha dictado la resolución N° 6345-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas cincuenta y tres minutos del veinte de noviembre de dos mil quince. Exp. N° 16167-2015. Resultando 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquense el asiento de nacimiento de Carlos Johan Monge Sobalbarro, en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre son Leadys María y Sobalvarro y el asiento de matrimonio de Juan Carlos Monge Obregón con Leadys María Sobalvarro Chavarría, en el sentido que el nombre del padre y el apellido de la madre de la cónyuge son Lorenzo y Chavarría, no indica segundo apellido, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2016003863).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Heyling Lisbeth García Méndez, se ha dictado la resolución N° 1426-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las quince horas quince minutos del veinticinco de marzo de dos mil quince. Exp. N° 6205-2015. Resultando 1º—... 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:. II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Eymi Dayana Soza García, en el sentido que el nombre de la madre es Heyling Lisbeth.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2016003891).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Carolina Riera Tauil, se ha dictado la resolución N° 6794-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas quince minutos del quince de diciembre de dos mil quince. Exp. N° 50005-2014. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Marco Alberto Cercone Cabezas con Carolina Riera De Salazar no indica segundo apellido, en el sentido que los apellidos de la cónyuge, el nombre y los apellidos de la madre de la misma son Riera Tauil e Ingri Beatriz Tauil Scot, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2016003914).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Santiago Mejía Delgadillo, se ha dictado la resolución N° 6103-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas veinticinco minutos del nueve de noviembre de dos mil quince. Exp. N° 34285-2015. Resultando 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Raquel Johana Delgadillo Hernández, en el sentido que los apellidos del padre son Mejía Delgadillo.—Lic. Iván Mora Barahona, Oficial Mayor Civil, a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina Jefe.—1 vez.—(IN2016003917).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Eneyda Isabel Bustos Sotelo, se ha dictado la resolución N° 5504-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las quince horas cuarenta y siete minutos del catorce de octubre de dos mil quince. Exp. N° 23379-2015. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Yeser Isaac Telles Bustos, en el sentido que el nombre, el segundo apellido y la nacionalidad de la madre son Eneyda Isabel, Sotelo y costarricense, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General.—1 vez.—(IN2016003922).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Henry Navarro González, se ha dictado la resolución N° 4971-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas y siete minutos del veintiuno de setiembre de dos mil quince. Exp. N° 32859-2015 Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos nacimiento de Henry Enrique Navarro González, en el sentido que el segundo apellido de la madre... es Mendoza; de matrimonio de Henry Navarro González con Sonia Herminia González Román y de Henry Enrique Navarro González con María Auxiliadora Sánchez Villalta, en el sentido que el segundo apellido de la madre del cónyuge es Mendoza.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2016003974).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Jesica del Carmen González Ronce, se ha dictado la resolución N° 6102-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas diez minutos del nueve de noviembre de dos mil quince. Exp. N° 32205-2015 Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: Rectifíquense los asientos nacimiento de Danna Michelle Muñoz González; de Roberto José Muñoz González; y de Maryluz Muñoz González, en el sentido que el nombre de la madre es Jesica del Carmen.—Lic. Iván Mora Barahona, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2016004139).

Se hace saber que este en diligencias de ocurso incoadas por Sisney Pamela Quirós Morera, se ha dictado la resolución N° 5619-2014 que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas diez minutos del veintisiete de octubre de dos mil quince. Expediente N° 36507-2015. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Sisney Pamela Quirós Morera, en el sentido que el primer nombre es Sidney.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2016004514).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Guiselle Virginia Vásquez Serrano, se ha dictado una resolución N° 1000-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas cuarenta y dos minutos del cuatro de marzo de dos mil quince. Exp. N° 414-2015. Resultando 1°—..., 2°—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Guiselle Virginia Vásquez Serrano, en el sentido que el primer apellido del padre es Villalobos.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. i.—1 vez.—(IN2016004810).

Se hace saber que este en diligencias de ocurso incoadas por Alvaro Francisco Díaz Sancho, se ha dictado la resolución N° 6194-2015 que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento, Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas treinta minutos del trece de noviembre de dos mil quince. Exp. N° 43949-2015. Resultando 1°—..., 2°—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Álvaro Francisco Díaz Sancho, en el sentido que el nombre de la madre es Teresa Liliett De La Trinidad.—Lic. Iván Mora Barahona, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2016004831).

AVISOS

Registro Civil – Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓNES

Avisos de solicitud de naturalización

Gabriela del Socorro Barcenas González, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia número 155814772833, vecina de Granadilla, Curridabat, San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 133343-2014.—San José, a las 1:38 horas del 18 de noviembre de 2015.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2016003948).

Viky Esmeralda Magaña Godoy, mayor, soltera, vendedora, salvadoreña, cédula de residencia número 122200537718, vecina de Chilamate, Sarapiquí, Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 135285-2015.—San José, a las 11:25 horas del 26 de noviembre de 2015.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2016003966).

Flor de María Rizo Velásquez, mayor, soltera, operaria, nicaragüense, cédula de residencia número 155813058215, vecina de Alajuela, central, Guácima 25 norte 100 oeste Abastecedor El Pedregal, casa mano izquierda, color beige, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 135585-2015.—San José, a las 1:26 horas del 26 de noviembre del 2015.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2016003967).

Teresa Escobar Solís, mayor, soltera, empleada doméstica, nicaragüense, cédula de residencia N° 155811456132, vecina de La Guácima, Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 135401-2015.—San José, a las 10:11 horas, del 12 de enero del 2016.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. i.—1 vez.—(IN2016003982).

Camila Romero Reyes, mayor, soltera, turistóloga, colombiana, cédula de residencia número 117001327336, vecina de San José, Escazú, Guachipelín, del AM PM, 600 m oeste Condominios de Casa Villas de Valencia, casa 57, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 133620-2014.—San José, a las 9:55 horas del 18 de enero de 2016.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2016004072).

Óscar Danilo Cortez Traña, mayor, soltero, pastelero, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155805091503, vecino de Heredia, San Rafael, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 131509-2014.—San José, a la 1:38 horas del 18 de noviembre de 2015.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2016004432).

Fabien Max Christophe Jullian Pérez, mayor, casado, empresario, francés, cédula de residencia N° 125000008524, vecino de San José, San Rafael de Escazú, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 132301-2014.—San José, a las 10:11 horas, del 12 de enero de 2016.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2016004511).

Karina de los Ángeles Zamora Rodríguez, mayor, soltera, recepcionista, nicaragüense, cédula de residencia N° 155806872625, vecina de San Antonio, Belén, Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 133338-2014.—San José, a las 10:11 horas, del 12 de enero de 2016.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2016004546).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

AGRICULTURA Y GANADERÍA

INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN

Y TRANSFERENCIA EN TECNOLOGÍA AGROPECUARIA

PLAN DE ADQUISICIONES 2016

De conformidad con el artículo 06 de la Ley de Contratación Administrativa y en concordancia con el artículo 7 de su Reglamento, la Proveeduría Institucional del Instituto Nacional de Innovación en Transferencia en Tecnología Agropecuaria, da a conocer la información el Plan de Adquisiciones del período 2016, el cual se encuentra disponible en la página www.hacienda.go,cr así como en la página institucional www.inta.go.cr.

Proveeduría Institucional.—Msc. Jacqueline Aguilar Méndez, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 04.—Solicitud Nº 25088.—(IN2016006615).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL

PLAN DE COMPRAS 2016

Se comunica que el Plan de Compras del 2016 del Consejo de Seguridad Vial, se encontrará disponible en el Sistema de Compras Gubernamental (COMPRA@RED), en la dirección: www.hacienda.go.cr/comprared, en la página Web del COSEVI en la dirección: www.csv.go.cr o en nuestras oficinas ubicadas en La Uruca, San José, contiguo al Banco Nacional en La Uruca, a partir del tercer día hábil siguiente de la presente publicación.

La Uruca, San José, 27 de enero del 2016.—Lic. Alexander Vásquez Guillén, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. N° 000001.—Solicitud N° 47137.—(IN2016006510).

La Proveeduría Institucional del Consejo Nacional de Concesiones, avisa a los interesados que el Plan de Compras para el periodo 2016 se encuentra a disposición en los Sistemas de Compras Públicas SICOP y COMPRARED, así como en nuestra página www.cnc.go.cr, a partir del próximo día hábil de esta publicación.

San José, 12 de enero del 2016.—Licda. Carmen María Madrigal, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. N° 001.—Solicitud N° 9305.—(IN2016006568).

EDUCACIÓN PÚBLICA

INSTITUTO DE DESARROLLO PROFESIONAL

ULADISLAO GÁMEZ SOLANO

PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2016

De conformidad con el artículo 6° de la Ley de Contratación Administrativa en concordancia con el numeral 7 de su Reglamento, el Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano, hace de conocimiento de todos aquellos potenciales oferentes que el Plan Anual de Compras del presente ejercicio económico será debidamente publicado y visualizable en el sistema Comprared en la dirección electrónica: https://www. hacienda.go.cr/comprared.

Asimismo las modificaciones que se hagan durante el año a este plan serán divulgadas a la misma dirección supracitada anteriormente.

Jorge Alberto Gamboa Barrantes, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2016006616).

SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS,

RIEGO Y AVENAMIENTO

PLAN DE COMPRAS 2016

La Unidad de Servicios Administrativos del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento, informa que el Plan de Compras Institucional para el año 2016 y la boleta para registro y/o actualización de Proveedores, se encuentran a disposición del público en general en el sitio Web de la institución https://www.senara.oc.cr, o puede ser solicitado al correo electrónico asalazar@senara.go.cr o hdelgado@senara.go.cr.

Lic. Xinia Herrera Mata, Coordinadora de Servicios Administrativos.—1 vez.—O.C. N° 020.—Solicitud N° 10385.—(IN2016006575).

AVISOS

COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES

Y RECREACIÓN DE SAN JOSÉ

PLAN DE COMPRAS 2016

El Departamento de Proveeduría, comunica que el Plan de Compras para el periodo 2016 se encuentra disponible en el Sistema Unificado Electrónico de Compras Públicas para la Administración Central, en la dirección electrónica http://www.mer-link.co.cr.

San José, 23 de enero del 2016.—Lic. Walter Portilla Madrigal, Jefe Proveeduría Institucional.—1 vez.—(IN2016006524).

UNIÓN NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

PLAN DE COMPRAS AÑO 2016

La Unión Nacional de Gobiernos Locales hace del conocimiento de todos los interesados que el Plan Anual de Compras correspondiente al periodo 2016, así como las modificaciones que durante el período se apliquen a dicho plan, se encuentran disponibles en la página web www.ungl.or.cr

Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7° del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

Para más información comunicarse a la Proveeduría Institucional, ubicada en Sabana Sur costado oeste de Librería Universal o bien a los teléfonos: 2290-4065/2290-3806 fax 2290-4051

San José, 28 de enero del 2016.—Gestión de Proveeduría.—Fabiola Castro Lobo, Proveedora Institucional.—1 vez.—(IN2016006528).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE TIBÁS

PLAN DE COMPRAS PERÍODO 2016

La Proveeduría Municipal informa a todos los interesados que el Plan de Compras correspondiente al período 2016, se encuentra disponible en la página web de la Municipalidad

San José, 22 de enero del 2016.—Proveeduría Municipal.—Licda. Rebeca Fallas Gómez, Proveedora Municipal a. í.—1 vez.—(IN2016006588).

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

De conformidad con las modificaciones a la Ley de la Contratación Administrativa, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 128 del 4 de julio del 2006, y de acuerdo al artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa, se informa que el programa de adquisiciones de este año, se encontrará visible en nuestra Página Web: www.belen.go.cr y el Sistema de compras www.mer-link.com, sin embargo, debido a que la Contraloría General de la República con oficio 15642 de fecha 28 de octubre del año 2015, procedió a archivar sin trámite el presupuesto inicial para el ejercicio económico del 2016 de nuestra institución, en el momento en que se realicen las modificaciones presupuestarias necesarias para dar contenido a las demás adquisiciones de este año, dicho plan será actualizado.

San Antonio de Belén, Heredia, 12 de enero del 2016.—Marcos Porras Quesada, Coordinador Unidad de Bienes y Servicios.—1 vez.—O. C. N° 031490.—Solicitud N° 47142.—(IN2016006566).

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

PROGRAMACIÓN PUBLICITARIA

I MODIFICACIÓN PLAN DE COMPRAS PERIODO 2016

La Proveeduría Institucional informa a todos los interesados sobre la I Modificación del Plan de Compras 2016 del programa 051 (Programación Publicitaria del Ministerio de Gobernación y Policía) correspondiente al período 2016, se encuentra disponible en el Sistema Comprared, en la dirección www.comprared.cr de Internet.

San José, 27 de enero del 2016.—Lic. Elke Céspedes Ramírez, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. N° 27462.—Solicitud N° 3614.—(IN2016006511).

LICITACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD CENTRAL SUR

LICITACIÓN PÚBLICA 2016LN-000001 -2399

Servicios profesionales de aseo y limpieza para el C.A.I.S

Dr. Marcial Fallas Díaz - Área de Salud Desamparados 1

La Oficina de Compras de la Dirección Regional de Servicios de Salud Central Sur, recibirá ofertas por escrito, hasta las 10:00 a.m. del día 03 de marzo de 2016, para la contratación de servicios profesionales de aseo y limpieza para el C.A.I.S. Dr. Marcial Fallas Díaz - Área de Salud Desamparados 1. La visita al sitio se realizará el día 04 de febrero de 2016 a las 10:00 a.m. El cartel se encuentra disponible en la Oficina de Compras de la Dirección Regional, sita costado sur del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia. Ver más información en www.ccss.sa.cr

San José, 27 de enero de 2016.—Dr. Armando Villalobos Castañeda, Director Regional.—1 vez.—(IN2016006576).

HOSPITAL MÉXICO

ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA

DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000068-2104

Por la adquisición de materiales varios de fontanería

Se comunica: Fecha de recepción de ofertas el lunes 22 de febrero de 2016 a las 11:00 horas.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr

San José, 28 de enero del 2016.—Licda. Carmen Rodríguez Castro.—1 vez.—(IN2016006589).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000004-2104

Por la adquisición de suministro e instalación de cielo suspendido en consulta externa

Se comunica: Fecha de recepción de ofertas el viernes 19 de febrero de 2016 a las 09:00 horas.

Se realizará visita al sitio el día: lunes 08 de febrero de 2016 a las 09:00 horas.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr

San José, 28 de enero del 2016.—Licda. Carmen Rodríguez Castro.—1 vez.—(IN2016006591).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS

DEL PACÍFICO

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000001-01

Servicio de limpieza y aseo en las instalaciones del INCOP

en Puerto Caldera, Puntarenas, San José, Quepos y Golfito

El Departamento de Proveeduría del INCOP invita a participar en la Licitación Abreviada N° 2016LA-000001-01 por “Contratación de servicio de vigilancia privada para el Incop en Quepos, San José  Golfito”.

El plazo para la recepción de ofertas vence el día 10 de febrero del 2016 a las 10:00 horas en Puerto Caldera.

Los interesados en participar podrán obtener el cartel de licitación en el siguiente link electrónico http://www.incop.go.cr/proveeduria.php?p=109 o bien el mismo podrá ser solicitado en los correos jamadrigal@incop.go.cr o jbravo@incop.go.cr  a partir de la publicación de este aviso.

Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O. C. N° 28315.—Solicitud N° 47172.—(IN2016006557).

ADJUDICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000071-2104

Bicisate, para la preparación de inyección de Tecnecio

99MTC-bicisate. Polvo liofilizado inyectado. Frasco ampolla

Empresa adjudicada: Proveedor Centroamericano S. A.

San José, 28 de enero del 2016.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2016006595).

AVISOS

JUNTA DE EDUCACIÓN ESCUELA

LUIS RODRÍGUEZ SALAS

LICITACIÓN PÚBLICA N° LP001-2015-JEELRS

Compra de abarrotes-productos cárnicos-frutas y verduras

Se comunica a todos los interesados e interesadas en el procedimiento de contratación que se dirá, que por acuerdo de la Junta de Educación de la Escuela Luis Rodríguez Salas, en el artículo 2° de la sesión N° 396-2016 del 4 de enero de 2016 se dispuso adjudicar de la siguiente forma:

LICITACIÓN PÚBLICA N° LP001-2015-JEELRS

A: Barrantes y Alfaro de Grecia S.R.L.

CJ. 3-102-151134

Línea N° 1

Abarrotes contra pedido

                            Monto adjudicado          Hasta ¢7.278.953,00

A: Carlos Bogantes Alfaro

C.F. 203580343

Línea N° 2

Productos cárnicos contra pedido

                            Monto adjudicado          Hasta ¢11.603.508,00

A: Viviana Rojas Arce

C.F. 111010624

Línea N° 3

Frutas y verduras contra pedido

                            Monto adjudicado          Hasta ¢2.354.955,00

Luis Alberto Campos Ávila, Presidente.—1 vez.—(IN2016006467).

JUNTA DE EDUCACIÓN ESCUELA EULOGIA RUIZ RUIZ

LICITACIÓN PÚBLICA N° LP001-2015-JEEERR

Compra de abarrotes-productos cárnicos-frutas y verduras

Se comunica a todos los interesados e interesadas en el procedimiento de contratación que se dirá, que por acuerdo de la Junta de Educación de la Escuela Eulogia Ruiz Ruiz, en el artículo IV, de la sesión N° 087 del 8 de diciembre de 2015 se dispuso adjudicar de la siguiente forma:

LICITACIÓN PÚBLICA N° LP001-2015-JEEERR

A: Viviana Rojas Arce

C.F. 111010624

Línea N° 1 Abarrotes contra pedido

                              Monto adjudicado        Hasta ¢6.629.300,00

A: Carlos Manuel Sibaja Murillo

C.F. 203650286

Línea N° 2 Productos cárnicos contra pedido

                              Monto adjudicado        Hasta ¢13.304.300,00

A: Viviana Rojas Arce

C.F. 111010624

Línea N° 3 Frutas y verduras contra pedido

                              Monto adjudicado        Hasta ¢5.760.566,00

Dr Juan José González Hidalgo, Presidente.—1 vez.—(IN2016006481).

REMATES

INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA

REMATE N° 02-2016

Remate de Vehículos Institucionales

El Instituto del Café de Costa Rica invita a las personas interesadas a participar en el remate de Vehículos Institucionales de conformidad con el artículo 102 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, según lo siguiente:

    Fecha para recepción de ofertas: 17 de febrero del 2016, a las 10:30 horas.

    Visita para inspección: 9 de febrero del 2016, desde las 9:30 horas hasta las 12:30 horas.

    Lugar para recepción de ofertas: Oficinas centrales de ICAFE, sita 400 metros norte de la Iglesia Católica de San Pedro de Barva, Heredia.

Detalle de los vehículos a rematar:

Descripción

Modelo

Marca

Año

Valor base

Pick Up 4x2 Mazda

B2500

Mazda

1999

¢2.500.000

Pick Up 4x2 Mazda

B2500

Mazda

1999

¢2.500.000

 

Otras condiciones: El pliego de condiciones generales de este remate se encuentra en la página web del ICAFE http://www.icafe.cr/ o bien deberá ser retirada por los interesados en las oficinas centrales del Instituto del Café de Costa Rica, Unidad de Contratación Administrativa, sita 400 metros norte de la Iglesia Católica de San Pedro de Barva, Heredia; se coordinará con el Lic. Carlos Sandoval Torres, quien podrá localizarse al tel.: 2243-7878.

San José, 27 de enero del 2016.—Ing. Ronald Peters Seevers, Director Ejecutivo.—Lic. Carlos Sandoval Torres, Jefe Contratación Administrativo.—1 vez.—(IN2016006626).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS

REMATE Nº 01-2016

Venta de vehículos en desuso

La Unidad de Bienes y Servicios de la Municipalidad de Belén, los invita a participar en el remate Nº 01-2016. El mismo se llevará a cabo en el salón de sesiones de esta institución, ubicado en el Palacio Municipal costado este del templo católico, a las 10:00 horas del día 18 de febrero del 2016.

Las especificaciones, condiciones generales y especificaciones podrán retirarse en la oficina de la Unidad de Bienes y Servicios, ubicada 75 metros al norte del Palacio Municipal antiguas oficinas del Banco de Costa Rica, frente a farmacia El Paso de 7:30 a. m. a 4:00 p. m.

Los ítems a rematar estarán disponibles, en las bodegas municipales, El Nacimiento citas en La Asunción de Belén del antiguo restaurante Peperoni 200 metros al norte, los días del 11 al 17 de febrero de 2016, de las 8:00 a. m. a las 11:30 a. m. con el señor Gerardo Vargas López, encargado.

Cualquier consulta puede realizarse al teléfono 2587-0000 ext. 240 ó 241 o a los correos bienesyservicios3@belen.go.cr ó bienesyservicios1@belen.go.cr

San Antonio de Belén, 28 de enero del 2016.—Lic. Marcos Porras Quesada, Coordinador Proveeduría Institucional.—1 vez.—O. C. N° 031490.—Solicitud N° 47150.—(IN2016006578).

REGISTRO DE PROVEEDORES

BANCO DE COSTA RICA

Con el fin de mantener actualizado el Registro de Proveedores de la Institución, se comunica a todos los potenciales oferentes físicos y jurídicos que deben completar el formulario de inscripción.

Dicho formulario debe ser retirado en la Oficina de Contratación Administrativa. Sita, tercer piso del Edificio Central entre avenida central y segunda y calles 4 y 6.

Los proveedores que se encuentren inscritos desde hace más de un año, deberán renovar la documentación, no obstante, si la información presentada al Banco no ha variado, así podrán indicarlo mediante documento suscrito por el proveedor o su representante legal.

Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor Oficina Contratación Administrativa.—1 vez.—O. C. N° 65540.—Solicitud N° 47162.—(IN2016006572).

AVISOS

COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES

Y RECREACIÓN DE SAN JOSÉ

Invitación a formar parte del Registro de Proveedores

De conformidad con lo establecido en el artículo 108 de la Ley de Contratación Administrativa y artículos 116 y 118 del Reglamento a esta Ley, se invita a personas físicas y jurídicas a ingresar o actualizar el Registro de Proveedores de esta Institución.

Los proveedores que ya se encuentran inscritos solamente deberán informar mediante nota si ha variado la situación declarada. Los formularios de inscripciones los puede obtener en la Proveeduría Institucional, localizada en el Complejo Deportivo de Plaza González Víquez.

San José, 27 de enero del 2016.—Lic. Walter Portilla Madrigal, Proveeduría Institucional.—1 vez.—(IN2016006520).

UNIÓN NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

Registro Institucional de Proveedores

En cumplimento de los artículos 46 de la Ley de Contratación Administrativa y 122 de su Reglamento, se invita a las personas físicas y jurídicas interesadas en ser consideradas en los procesos de contratación administrativa de la institución a inscribirse en el Registro de Proveedores de la Unión Nacional de Gobiernos Locales. El formulario de inscripción y los requisitos los podrán acceder en la página web www.ungl.or.cr o bien solicitarlos al correo fcastro@ungl.or.cr Los proveedores inscritos en años anteriores deben verificar su estado en el registro de proveedores a fin de ser considerados en futuras contrataciones.

Para más información comunicarse a la Proveeduría Institucional, ubicada en Sabana Sur costado oeste de Librería Universal o bien a los teléfonos: 2290-4065/2290-3806 fax 2290-4051.

San José, 28 de enero del 2016.—Gestión de Proveeduría.—Fabiola Castro Lobo, Proveedora.—1 vez.—(IN2016006527).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

De conformidad con la Ley de la Contratación Administrativa, y de acuerdo al artículo 108 de la Ley, les informamos que a partir de este año estaremos trabajando el 100% de los procesos de contratación en el sistema de compra MER-LINK, por lo que, se invita a los oferentes interesados a incorporarse al registro de proveedores del este sistema de compras MER-LINK que será el que utilizaremos como referencia para nuestra gestión, eliminando el registro de proveedores de la Municipalidad de Belén.

Para incorporarse a este sistema deben llamar al 800-6375465 proveedores, para obtener información.

San Antonio de Belén, Heredia, 12 de enero del 2016.—Marcos Porras Quesada, Coordinador Unidad de Bienes y Servicios.—1 vez.—O. C. N° 031490.—Solicitud N° 47145.—(IN2016006582).

FE DE ERRATAS

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000010-01

Contratación de servicios profesionales de abogados para

la atención del cobro judicial para diferentes zonas

a nivel nacional

Se avisa a todos los interesados en participar en la presente Licitación Pública que, de conformidad con lo establecido por los artículos 42 de la Ley de Contratación Administrativa y 60 y 172 de su Reglamento, se ha dispuesto realizar la siguiente modificación al cartel de esta licitación pública:

1.  Se modifica la redacción actual del Punto 2.1 del cartel, el cual deberá leerse de la siguiente manera:

“2.1.  Los participantes, sean personas físicas, personas jurídicas dedicadas a la prestación de servicios profesionales en Derecho o consorcios constituidos conforme con las regulaciones pertinentes de la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, deben tomar en cuenta que las respuestas en la oferta, se deben ajustar al orden presentado en el cartel, haciendo referencia a la numeración especificada, respondiendo a todos y cada uno de los requerimientos señalados. Sin embargo para facilitarles la presentación de su oferta, en los puntos que así se considera conveniente (excepto en las especificaciones del servicio y en aquellas cláusulas que requieren una manifestación expresa del participante), el oferente puede indicar que se da por enterado, acepta y cumple con lo señalado.

          Los oferentes personas jurídicas deberán tener como objeto social la prestación de servicios profesionales en Derecho y proponer profesionales debidamente autorizados y habilitados por los órganos competentes para la efectiva prestación de los servicios ofrecidos. No se aceptarán ofertas que no cumplan con estos requisitos”.

En todo lo demás el cartel permanece invariable. Asimismo, la fecha y hora para la recepción de las ofertas se mantiene para el día jueves 18 de febrero de 2016 a las 10 horas y 30 minutos.

Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor Oficina de Compras y Pagos.—1 vez.—O. C. N° 65540.—Solicitud N° 47149.—(IN2016006512).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000069-2104

(Prórroga)

Por la adquisición de accesorios para tratamiento

de radioterapia de intensidad modulada

(VMAT arcoterapia volimétrica modulada)

Se les comunica a los interesados en el presente concurso que se ha prorrogado la fecha de apertura hasta nuevo aviso. Oportunamente se les comunicará de la nueva fecha de apertura, así como también las eventuales modificaciones al cartel, en caso que el mismo se modifique.

San José, 28 de enero del 2016.—Licda. Carmen Rodríguez Castro.—1 vez.—(IN2016006590).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO DE COSTA RICA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A quien interese hago constar que el Certificado de Depósito a plazo del Banco de Costa Rica, número: 62525166-62638511-62643601-62694755-62752592-62757834-62760544-63119178, emitidos a nombre de CECA S. A., cédula jurídica 3-101-005640, emitidos por las oficinas centro comercial plaza Rorhmoser, centro comercial Plaza Cristal, Centro de Negocios Curridabat, ha sido reportado como extraviado por lo que se solicita al Banco de Costa Rica su reposición de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.—18 de enero del 2016.—Juan Carlos Rodríguez Álvarez, Representante Legal.—(IN2016003789).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

DEPARTAMENTO DE ADMISIÓN Y REGISTRO

EDICTO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señora Gabriela Astrd Gómez Recinos, cédula de residencia Nº 122200502313 ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título Licenciada en Economía y Negocios, obtenido en la Escuela Superior de Economía y Negocios. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 14 de diciembre del 2015.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. N° 20150003.—Solicitud N° 46556.—(IN2016004088).

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

EDICTO

La Superintendencia de Telecomunicaciones hace saber que de conformidad con el expediente Nº E0165-STT-AUT-02412-2015, ha sido admitida la solicitud de autorización de Enterprise Wireless Solutions S.R.L, cédula jurídica Nº 3-102-706013, para brindar el servicio de transferencia de datos en las modalidades de acceso a internet y canales punto a punto, por medio de enlaces inalámbricos en bandas de frecuencia de “uso libre”, en todo el territorio nacional. De conformidad con el artículo 39 del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones, Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET, se otorga a los interesados el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos y presentar las objeciones que consideren pertinentes.

San José, 13 de enero del 2016.—Gilbert Camacho Mora, Presidente del Consejo.—1 vez.—(IN2016004429).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

Nº 002-2016.—Para los fines consiguientes el Departamento de Patentes de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que Lai Zhouliu, cédula Nº 8-0102-0612, ha presentado solicitud de traspaso de la patente comercial cuenta Nº 9042A a nombre de Chen Ping, cédula Nº 115600216718.

La Municipalidad de Montes de Oca otorga 8 días naturales de plazo a partir de esta publicación para presentar objeciones.

San Pedro de Montes de Oca, 09 de enero del 2016.—Departamento de Patentes.—Ronny Fallas Salazar, Director Financiero.—Melania Solano Coto.—1 vez.—(IN2016004436).

Para los fines consiguientes la Dirección de Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca hace saber que el señor Javier Ugalde Mora, cédula 1-1045-0622, presentó escritura pública protocolizada rendida ante el notario Varela Aguilar Arturo, en la que dice que es dueño de la fosa: 178 del Bloque A del cementerio Viejo de Sabanilla y que dona el derecho a Ruiz Zapata Roger, cédula 6-0131-0270, quien acepta que quede inscrito a nombre de él con las obligaciones y responsabilidades que de este acto se derivan. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de 8 días habites a partir de esta publicación para escuchar objeciones.

Sabanilla de Montes de Oca, 20 de enero del 2016.—Guillermo Montero Marroquín, Encargado de Cementerios.—1 vez.—(IN2016004883).

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

Acuerdo tomado en sesión ordinaria N° 450-2015 del 2 de noviembre del 2015, en el artículo IV. Según oficio SCM-2229-2015 del 6 de noviembre del 2015.

La Municipalidad de Heredia hace saber a quién interese que en el Cementerio Central Heredia, existe un derecho a nombre de: Familia Hernández Ugalde, sus integrantes solicitan traspasar este derecho e incluir beneficiarios, indicándose así:

Arrendataria: Nidia Bonilla Hernández, cédula 04-0119-0807

Beneficiarios:     Juan Carlos Delgado Bonilla, cédula 04-0187-0615

                         José Roberto Delgado Bonilla, cédula 04-0198-0650

                         Manuel Emilio Hernández Ugalde, cédula 04-0149-0350

Lote N° 101-A, bloque F, medida 3 metros cuadrados, para 2 nichos, solicitud 2608, recibo 28854, inscrito en folio 76, libro 1, el cual fue adquirido el día 11 de setiembre de 1976. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha del 31 de enero del 2015. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Adriana Bonilla Sequeira, Administradora de Cementerios.—1 vez.—(IN2016004109).

Acuerdo tomado en sesión ordinaria N° 452-2015 del 02 de noviembre del 2015, en el Artículo IV. Según oficio SCM-2228-2015 del 06 de noviembre del 2015.

La Municipalidad de Heredia hace saber a quien interese que en el Cementerio Central Heredia, existe un derecho a nombre de: Familia Meléndez López, la madre de esta familia solicita traspasar este derecho e incluir beneficiarios, indicándose así:

Arrendataria:    María Rosa López Arce, cédula Nº 02-0113-0623

Beneficiarios:   Felipe Meléndez López, cédula Nº 05-0232-0987, Jorge Meléndez López, cédula Nº 05-0109-0900, Saúl Meléndez López, cédula Nº 05-0139-0108, Elisa Meléndez López, cédula Nº 05-0115-0517, Nuria Costa Meléndez, pasaporte Nº 305270308, Abel Meléndez López, cédula Nº 05-0179-0830, Lydia Meléndez López, cédula Nº 05-0169-0160, Benjamín Meléndez López, cédula Nº 05-0210-0809, Jahel Meléndez López, cédula Nº 05-0134-0631, Isaías Meléndez López, cédula Nº 05-0121-0642, Aída Meléndez López, cédula Nº 05-0151-0670.

Lote Nº 46 Bloque N, medida 6 metros cuadrados, para 4 nichos, solicitud 2150, recibo no indica, inscrito en folio 63, libro 1, el cual fue adquirido el día 09 de agosto de 1976. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha del 04 de febrero del 2015.

Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Adriana Bonilla Sequeira, Administradora de Cementerios.—1 vez.—(IN2016004443).

Acuerdo tomado en sesión ordinaria Nº 4356-2015 del 31 de agosto del 2015 en el artículo VI. Según oficio SCM-030-2016 del 05 de enero del año 2016.

La Municipalidad de Heredia hace saber a quien interese que en el Cementerio Central de Heredia, existe un derecho a nombre Familia Salas Brenes y Salas Brenes Santiago, el señor Santiago se encuentra enfermo, por tanto una hija firma el consentimiento para traspasar este derecho a un nieto de la familia y además incluir nuevos beneficiarios, indicándose así:

Arrendatario:      Gerardo Antonio Salas Brenes,

                              cédula Nº 04-0094-0733

Beneficiarios      María De Los Ángeles Salas Vargas,

                              cédula Nº 04-0144-0424

                              Marta Eugenia Salas Arce,

                              cédula Nº 09-0073-0723

Lote Nº 24 Bloque P, medida 3 metros cuadrados, para 2 nichos, solicitud 2079, recibo, inscrito en folio 59, libro 1, el cual fue adquirido el día 25 de setiembre de 1974.

Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Ligia Mesén Jiménez, Administradora de Cementerios.—1 vez.—(IN2016004545).

Acuerdo tomado en sesión ordinaria N° 438-2015 del 14-09-2015, en el artículo V, según oficio SCM-1928-2015 del 21 de setiembre del 2015.

La Municipalidad de Heredia hace saber a quien interese que en el Cementerio Central de Heredia existe un derecho a nombre de: Rodríguez Zumbado José Bernardo Víctor, fallecido el 1° diciembre de 1976, sus hijos vivos solicitan traspasar este derecho a uno de ellos y además desean incluir beneficiarios, indicándose así: Arrendatario: Rodrigo Rodríguez Alvarado, cédula 04-0069-0394. Beneficiarios: Virginia Rodríguez Alvarado, cédula 04-0059-0229 Bernardo Rodríguez Alvarado, cédula 04-0064-0593 lote N° 76, Bloque I, medida 9 varas cuadradas, para 6 nichos, solicitud 516, recibo 570-g, inscrito en Folio 17, Libro 1, el cual fue adquirido el 15 de julio de 1942. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha del 23 de enero del 2015. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia a fin de hacer valer sus derechos caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Adriana Bonilla Sequeira, Administradora de Cementerios.—1 vez.—(IN2016004880).

MUNICIPALIDAD DE BARVA

El Concejo Municipal mediante acuerdo N° 82-2016 de la sesión ordinaria N° 04-2016, acuerda se informe a la comunidad Barveña que por motivo de las conmemoraciones de la Semana Santa el Concejo Municipal realizará un receso de sus funciones, (suspendiendo la sesión ordinaria del lunes 21 de marzo). Se comunica que reanudaremos nuestras labores en horario habitual, con la sesión ordinaria del lunes el 28 de marzo del 2016.

Patricia Campos Varela Secretaria del Concejo.—1 vez.—(IN2016004944).

AVISOS

CONVOCATORIAS

CONDOMINIO CENTRO COLÓN-ASOCIACIÓN

DE COPROPIETARIOS

De conformidad con el artículo 26 de la Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio y del Reglamento interno se convoca a todos los propietarios e inquilinos a la asamblea general de propietarios de condóminos del Condominio Centro Colón-Asociación de Copropietarios, a celebrarse en el Hotel Try Sabana, Salón Morazán 1, San José, avenidas 3-0, calles 38-40, a las 17:00 horas del 25 de febrero del 2016 en primer convocatoria y a las 18:00 horas de ese mismo día, en segunda convocatoria en caso de no haber el quórum de ley. Los únicos temas a tratar en dicha Asamblea serán los siguientes: 1.- Informe de la Administración y de las cuentas de Administración del período 2015 2.-Conocimiento y aprobación del presupuesto ordinario para el año 2016 (hasta enero del 2017) y los medios de aportar los fondos necesarios para cubrirlo. Este documento está a disposición de los Asambleístas con 15 días de antelación a la Asamblea en las oficinas de la Administradora. 3.- Elección de Secretario Actas, Tesorero y Vocal II. Podrán estar presentes los propietarios registrales y sus apoderados con facultades suficientes para representarlos en esta asamblea debidamente identificados con poder y certificación de personería y los inquilinos pueden estar presentes cuando así sean autorizados por los propietarios mediante carta debidamente autenticada.—27 de enero del 2016.—Junta Administrativa.—Walter Valverde Madrigal, Presidente.—1 vez.—(IN2016006599).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ALTURAS DE PRIETA S. A.

Se informa que Península Papagayo Clubs Inc., una compañía organizada y existente bajo las leyes de las Islas Vírgenes Británicas, ha solicitado la reposición de su certificado de acciones de Alturas de Prieta S. A., con cédula jurídica 3-101-361866, representativo de 20 acciones comunes y nominativas de 1.000,00 colones cada una. Se expedirá el duplicado al solicitante transcurrido un mes desde la última publicación de este aviso que ha de aparecer por 3 veces consecutivas en La Gaceta y 3 veces consecutivas en un diario de circulación nacional, siempre y cuando no se haya presentado oposición alguna. Cualquier oposición se recibirá en San José, Santa Ana, Lindora, Fórum II, Edifico A, cuarto piso, Oficinas de Pacheco Coto.—San José, 17 de diciembre del 2015.—Alan Kelso Machado, Apoderado Generalísimo y Representante Legal.—(IN2016003536).

UNIVERSIDAD DE SAN JOSÉ

Ante esta Rectoría se ha presentado la solicitud de reposición del diploma de Licenciatura en Administración de Empresas con Énfasis en Banca y Finanzas, anotado por CONESUP, tomo: 65, folio 65, asiento 8723 y anotado por USJ tomo: 2, folio: 304, asiento: 27, emitido por la Universidad de San José, en el año dos mil nueve, a nombre de Eugenia Gamboa Navarro, con número de cédula 603320609. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original, por lo tanto, se pública estos edictos para oír oposiciones a la solicitud.—San José, 18 de enero del 2016.—Lic. Jesús Chacón Morales, Asistente Administrativo.—(IN2016003781).

Ante esta Rectoría se ha presentado la solicitud de reposición del diploma de Maestría en Administración de Empresas con Mención en Alta Gerencia, anotado por CONESUP, tomo: 53, folio 140, asiento 6448 y anotado por USJ tomo: 2, folio: 142, asiento: 20, emitido por la Universidad de San José, en el año dos mil seis, a nombre de José Rafael Solano Bustos, con número de cédula 700580422. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original, por lo tanto, se pública estos edictos para oír oposiciones a la solicitud.—San José, 18 de enero del 2016.—Lic. Jesús Chacón Morales, Asistente Administrativo.—(IN2016003783).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

UNIVERSIDAD DE SAN JOSÉ

Ante esta Rectoría, se ha presentado la solicitud de reposición del diploma de Bachillerato en Ciencias de la Educación con Concentración en la Enseñanza de la Matemática en el III Ciclo y Diversificado, anotado por CONESUP, tomo 65, folio 95, asiento 9454 y anotado por USJ, tomo: 2, folio: 337, asiento: 26, emitido por la Universidad de San José, en el año dos mil nueve, a nombre de Alejandra Ruiz Bolívar, con número de cédula 603670109. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original, por lo tanto, se públican estos edictos para oír oposiciones a la solicitud.—San José, 18 de enero del 2016.—Lic. Jesús Chacón Morales, Asistente Admnistrativo.—(IN2016003958).

CONDOMINIO HORIZONTAL TURÍSTICO COSTA BELLA

Condominio Horizontal Turístico Costa Bella, cédula jurídica Nº 3 109 607983, solicita ante la Sección Propiedad en Condominio del Registro Público, la reposición por extravío de los siguientes libros: Consejo de Administración, Asamblea General de Socios y Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la sección mercantil del Registro Público Nacional dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Licda. Sharon Erzsébet Mariaca Carpio, Notaria.—(IN2016004438).

HOTEL Y CLUB PUNTA LEONA, S. A.

Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio, el Hotel y Club Punta Leona S. A., hace saber a quién interese, que por haberse extraviado al propietario, repondrá la acción Nº 03701 a nombre de, Henry Corrales Solano, cédula de identidad Nº 9-0041-0054. Cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última publicación de este aviso.—San José, 19 de enero del 2016.—Junta Directiva.—Rolando Cordero Vega, Secretario.—(IN2016004972).

HILLARY ROJO AMARILLO SOCIEDAD ANÓNIMA

Para los efectos del artículo 689 del Código de Comercio de Costa Rica, Hillary Rojo Amarillo Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintiséis mil trescientos cincuenta y nueve, hace de conocimiento público que por motivo de extravío a su propietario repondrá los certificados de acciones número uno y número dos, representativos de dos acciones comunes y nominativas con un valor de cinco mil dólares cada una y cuya propietaria es Amene Marie Ayub Bittner, portadora de la cédula de identidad número nueve-ciento once-doscientos diecinueve, se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a partir de la última publicación de éste aviso manifieste su oposición dirigida a la sociedad en Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum Uno, oficina uno C uno, atención Licda. Melania Dittel.—Amene Marie Ayub Bittner, Presidenta.—(IN2016004919).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

LIGA AGRÍCOLA INDUSTRIAL DE LA CAÑA DE AZÚCAR

La Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar, informa que los siguientes nombres corresponden a los miembros de la junta directiva de esta Corporación, para el período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016, según lo dispone el artículo 25 de la Ley N° 7818, Ley Orgánica de la Agricultura e Industria de la Caña de Azúcar.

Presidente:                  Jesús Villalobos Gamboa

Vicepresidente:          Heiner Bonilla Porras

Secretario:                  Bernardo Peralta Cordero

Vocales (por orden alfabético):

                                      Luis Felipe Arauz Cavallini

                                      Manuel Alfonso Chaves Solís

                                      Gonzalo Cubero Brealey

                                      Carlos Molina Vargas

                                      Wetmer Ramos González

Directores suplentes:

                                      Jorge E. Acón Li

                                      José Luis Ángulo Zúñiga

                                      Héctor Araya Salazar

                                      Federico Chavarría Kopper

                                      José Álvaro Jenkins Rodríguez

                                      Carlos Mora Gómez

                                      Ricardo A. Rojas Kopper

                                      José Joaquín Salazar Rojas

Junta Directiva.—Édgar Herrera Echandi, Director Ejecutivo.— 1 vez.—(IN2016003981).

TERCERO GERANIO GLS SOCIEDAD ANÓNIMA

Tercero Geranio GLS Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y nueve mil dos, solicita ante la notaría de la suscrita, la reposición de los siguientes libros: Actas consejo de administración, libro uno, actas de asamblea general, libro uno, registro de socios, libro uno, diario, libro uno, mayor, libro uno e inventarios y balances, libro uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la notaría ubicada, en San José, Rohrmoser, Corporativa Legal, Edificio Torre Cordillera, piso nueve, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Licda. Emma Cousin Picado, Notaria.—1 vez.—(IN2016004148).

CEMENTERIO CAMPO DE ESPERANZA

SAN ANTONIO DE ESCAZÚ

La Junta Administradora del Cementerio Campo de Esperanza de San Antonio de Escazú, hace del conocimiento público, que según el Capítulo IV Asuntos Varios, Artículo III, del acta número quince, de la reunión ordinaria, celebrada el día sábado nueve de enero del año dos mil dieciséis, se aprobaron y agregaron las tarifas vigentes en el pago de la cuota de mantenimiento anual para el año 2016, para las siguientes bóvedas.

Bóvedas de tres nichos              ¢18.750,00

Bóvedas de cinco nichos           ¢31.250.00

La forma de pago se mantiene invariable, de acuerdo a lo publicado en La Gaceta Nº 230, asimismo, la cuota por concepto de multa, de acuerdo a lo publicado en La Gaceta Nº 234, Fe de Erratas.

Escazú, 15 de enero del 2016.—Lic. Karen Sandí Sandí, Secretaria.—1 vez.—(IN2016004410).

SAGAPAO DE QUEPOS S. A.

Yo Richard Samuel Hagopian, estadounidense, mayor, casado una vez, empresario, pasaporte Nº 498191062, vecino de Manuel Antonio, Quepos, Puntarenas, en Villas El Parque, apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa Sagapao de Quepos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-316310, informo que se me extraviaron los libros legales y contables de la empresa Sagapao de Quepos S. A., por lo que solicito al Registro Nacional la legalización de dichos libros legales.—Quepos, 14 de enero del 2016.—Richard Samuel Hagopian, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—(IN2016004430).

INVERSIONES AGROPECUARIAS SANTA FE

SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Leonel Alpízar Bolaños, cédula dos-dos nueve seis-dos dos cinco, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Inversiones Agropecuarias Santa Fe Sociedad Anónima, con domicilio en Alajuela, Tacares de Grecia, doscientos metros oeste del Restaurante Albacete, cédula jurídica tres-ciento uno-tres cero seis cuatro nueve cinco, solicito al Registro Nacional la reposición de los libros de: Registro de socios, actas de asambleas de socios y actas de consejo de administración, números uno, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro Nacional.—Grecia, 21 de enero del 2016.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2016005168).

Por escritura otorgada el día seis de enero del dos mil dieciséis, ante esta notaría, se disuelve la sociedad anónima: Balcones Aguachi H.G.C.N. Uno Anónima.—San José, trece de enero del dos mil dieciséis.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—(IN2016003388).

Por escritura otorgada el día trece de enero del dos mil dieciséis, ante esta notaría, se disuelve la sociedad anónima: Arechi FYR del Oeste Sociedad Anónima.—San José, catorce de enero del dos mil dieciséis.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—(IN2016003390).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las 11:00 horas del día 14 de enero del 2016, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la empresa: Propaz CR Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y seis mil novecientos veintiséis, donde se acuerda la liquidación de la sociedad.—San José, 14 de enero del 2016.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—(IN2016003398).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día 13 de enero del 2016, la empresa: Corporación El Palmar D.C.R. Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en donde se acuerda incluir las cláusulas cuarta-bis, sexta-bis y décimo primera, y se modifica la cláusula quinta de la administración.—San José, 13 de enero del 2016.—Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2016003400).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del catorce de enero del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la empresa: Tres-Ciento Uno-Seiscientos Veintiún Mil Quinientos Cincuenta y Dos S. A., donde se modifica cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, catorce de enero del dos mil dieciséis.—Licda. Sigrid Lorz Ulloa, Notaria.—1 vez.—(IN2016003419).

Ante mi notaría, se constituyó fundación denominada: Fundación El Pobre Forastero, su domicilio será en provincia Alajuela, cantón diez San Carlos, distrito trece Pocosol, Santa Cecilia, o sea Alajuela, San Carlos, Pocosol, Santa Cecilia, de la escuela doscientos metros al oeste, sin perjuicio de que se puedan establecer oficinas dentro o fuera del país. Escritura otorgada a las once horas del veintisiete de noviembre del dos mil quince.—San José, cinco de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Dámaso Ruiz Carrión, Notario.—1 vez.—(IN2016003423).

Por escritura de las catorce horas treinta minutos del catorce de enero del dos mil dieciséis, se reforma la cláusula segunda de la sociedad: Object Technology Solutions Incorporated SRL, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos ochenta y tres mil doscientos diez.—San José, catorce de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Gustavo Adolfo Tellini Mora, Notario.—1 vez.—(IN2016003425).

Por escritura Nº 154, de 2511/12/2015, se protocolizó acta de asamblea de: Agroempaques de la Península S. A., cédula jurídica Nº 3-101-305167. Se nombra nueva junta directiva, se cambian apoderados generales.—San José, 15 de enero del 2016.—Licda. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2016003426).

Por escritura otorgada ante mí, al ser las catorce horas treinta minutos del día diecisiete de diciembre del dos mil quince, Luis Fernando Vescovi y Genes Verissimo Vescovi, constituyen la sociedad anónima: Sol y Sal Playa Hermosa Sociedad Anónima. Domicilio: Santa Teresa, Cóbano, Puntarenas, cruce de Malpaís y Santa Teresa, contiguo a la agencia del Banco de Costa Rica, Bufete Mora y Asociados. Duración: Noventa y nueve años. Capital social: Cien mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. El socio Luis Fernando Vescovi, suscribe y paga noventa acciones, el socio Genes Verissimo Vescovi, suscribe y paga diez acciones. El aporte del socio Luis Fernando Vescovi es mediante una máquina de posicionamiento global GPS, valorada en noventa mil colones. El socio Genes Verissimo Vescovi aporta un escritorio con tres gavetas y metálico, marca Rosago, valorado en diez mil colones. Corresponderá al presidente y al tesorero, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades que indica el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Pudiendo actuar cualquiera de ellos en forma conjunta o separada.—Malpaís, Cóbano, Puntarenas, diecisiete de diciembre del dos mil quince.—Lic. Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1 vez.—(IN2016003427).

Por escritura otorgada ante mí, número quince, de las dieciocho horas veinticinco minutos del día ocho de enero del dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad denominada: Los Potrillos de Tito Amado y Tita Flor S. A. Domiciliada: En San José, San Juan de Tibás. Objeto: El ejercicio del comercio en todas sus formas, la industria, la ganadería, la agricultura, y en general toda actividad lucrativa. Plazo social: Noventa y nueve años. Presidenta: Ana Beatriz Sánchez Arredondo. Capital social: Un millón de colones, representado por diez acciones, comunes y nominativas de cien mil colones cada una, suscritas y pagadas.—Licda. Ana Lucía Campos Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2016003430).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó sociedad de responsabilidad limitada denominada: Corporación Panamar Sea Food SRL. Domicilio social: Cuatrocientos setenta y cinco metros suroeste de terminal de buses de Playa Panamá de Sardinal de Carrillo, Guanacaste. Plazo social: Noventa y nueve años. Capital social: Un millón de colones. Objeto: Comercialización y distribución de productos del mar.—Filadelfia, seis de enero del dos mil dieciséis.—Licda. Ana María Vargas Moya, Notaria.—1 vez.—(IN2016003431).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 08:00 horas del 08 de enero del 2016, se constituyó la sociedad: Gestora de Negocios Bsigma Sociedad Anónima. Capital social: Diez mil dólares. Presidente: Rodolfo Saborío Valverde. Domicilio social: San José, Curridabat, Sánchez, de La Artística, cincuenta metros oeste y cien metros sur.—San José, 06 de abril del 2015.—Lic. Ronald Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2016003443).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José, a las diecisiete horas del once de enero del dos mil quince, se constituyó la sociedad: Marquesa Foods Sociedad Anónima. Presidente: Luis Andrés Quesada Álvarez. Plazo: 99 años.—Msc. Gonzalo Enrique Quirós Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2016003445).

Mediante escritura Nº 134, otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del día 14 de enero del 2016, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria Nº 4 del libro de actas de asamblea de socios, de la sociedad: Destinos Encantados Bohar S. A., cédula jurídica Nº 3-101-174964, celebrada a las 17:00 horas del día 11 de enero del 2016, modificándose la cláusula segunda del pacto constitutivo referida al domicilio de la sociedad que anteriormente estaba ubicada en San José, Moravia, San Vicente, Urbanización Los Colegios 150 metros al sur de la esquina suroeste del Colegio Sión, casa Nº S-23, siendo su domicilio actual en Puntarenas, Cocal, 25 metros al norte y 75 metros al este de la entrada principal del plantel municipal. De igual forma se modificó la cláusula sétima referida a la administración de la sociedad.—San José, 14 de enero del 2016.—Lic. Carlos Alberto Rojas Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2016003450).

Ante esta notaría, se protocolizaron los acuerdos de: Stella del Pacífico S. A., a las once horas del día ocho de enero del dos mil dieciséis. Se reformó cláusula sétima de la representación. Apoderados generalísimos sin límite de suma: Presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, pueden actuar en forma conjunta o separada.—Licda. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2016003454).

Por escritura otorgada ante el notario público Alejandro Pignataro Madrigal, a las diez horas del cinco de enero del dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad: Andrews International Sociedad Anónima.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2016003457).

El suscrito notario, hace constar que por escritura otorgada ante mí, en San José, a las ocho horas del quince de enero del dos mil dieciséis, se han nombrado: presidente, secretario y tesorero por el resto del plazo social en la sociedad denominada: Tierras de Oriente S. A.—San José, 15 de enero del 2016.—Lic. Mario Morales Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2016003459).

Por escritura otorgada ante mí, en San José, a las nueve horas del quince de enero del dos mil dieciséis, se nombran para el resto del plazo social: presidente, secretario y fiscal, de la sociedad denominada: Compañía Comercial Fortuna S. A.—San José, 15 de enero del 2016.—Lic. Mario Morales Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2016003460).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, en San José, a las quince horas del catorce de enero del dos mil dieciséis, se hace los nombramientos de presidente, secretario y fiscal para el resto del plazo social de la sociedad domiciliada en la ciudad de Alajuela, denominada: Grupo Ovilia S. A.—San José, 15 de enero del 2016.—Lic. Mario Morales Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2016003461).

Por escritura número trescientos veinticinco, otorgada ante el suscrito notario, en San José, a las diez horas del quince de enero del dos mil dieciséis, se nombran presidente, secretario y fiscal para todo el resto del plazo social en la compañía: Grupo Fuerza S. A.—Lic. Mario Morales Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2016003463).

Mediante escritura Nº 210, del tomo 5, otorgada a las 08:00 horas del 18 de diciembre del 2015, se protocoliza acta de accionistas de: Casa Bella Monserrat CBM Uno de Tres Ríos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-548744, en donde se acuerda disolver y liquidar la sociedad.—Zapote, San José, 04 de enero del 2016.—Licda. Elena Murillo Agüero, Notaria.—1 vez.—(IN2016003472).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del catorce de enero del dos mil dieciséis, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada: Uber Costa Rica SRL, donde se acuerda reformar la cláusula segunda del pacto social y además se acuerda adicionar la cláusula décimo-sexta al pacto social de la compañía.—San José, catorce de enero del dos mil dieciséis.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2016003474).

Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria número uno, de la sociedad: Suescun y Uribe Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y dos mil sesenta y siete. Se acuerda: la disolución de la sociedad, conforme al artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada en Atenas, a las dieciocho horas y treinta minutos del día trece de enero del dos mil dieciséis.—Atenas, trece de noviembre del dos mil quince.—Lic. Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2016003476).

El suscrito, Carlos Gerardo Víquez Rojas, notario público, con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número doscientos treinta y dos, iniciada al folio ciento cuarenta y cinco vuelto, del tomo primero de mí protocolo, otorgada ante mi notaría, a las siete horas del día quince de enero del dos mil dieciséis, se revocó el nombramiento del secretario y se acordó reformar la cláusula octava del pacto constitutivo, en la sociedad anónima denominada: Tres-Ciento Uno-Setecientos Seis Mil Trescientos Cincuenta y Cuatro Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-setecientos seis mil trescientos cincuenta y cuatro.—Atenas, 15 de enero del 2016.—Lic. Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2016003477).

Mediante escritura número cuarenta y tres, otorgada ante mi notaría, a las dieciséis horas del catorce de enero del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la compañía: Plaza Grecia Veinticuatro Casandrino Sociedad Anónima, con domicilio en Alajuela, Grecia centro, de la oficinas de la CCSS setecientos metros oeste, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco seis nueve cuatro siete cuatro, por virtud de la cual se reforma la cláusula siete del pacto constitutivo, y se nombra presidente y secretario.—Grecia, 15 de enero del 2016.—Licda. Carol Fabiola Murillo Araya, Notaria.—1 vez.—(IN2016003479).

Mediante escritura pública Nº 280, visible al folio 148 frente, del tomo veintiuno del protocolo del notario Marcos Fernández Herrera, se modifica la cláusula sexta de la representación judicial y extrajudicial de la sociedad: Dekatálogo S.R.L., cédula jurídica Nº 3-102681698, para que diga: “Los negocios sociales serán administrados por un gerente, quien tendrá las facultades del artículo 1253 del Código Civil, podrá otorgar toda clase de poderes, sustituirlos, revocarlos u otorgar otros de nuevo sin perder por ello su ejercicio, quien quedará nombrado por el resto del plazo social”.—Guápiles, 12 de enero del 2016.—Licda. María Del Carmen Otárola Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2016003482).

Hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Distribuidora DPG de la Costa S. A. Se reforman todas las cláusulas del pacto social. Escritura otorgada en San José, a las 12 horas 9 minutos del 12 de enero del 2016.—Licda. Imelda Arias Del Cid, Notaria.—1 vez.—(IN2016003483).

Por escritura Nº 17-1 del tomo 1, otorgada a las 08:00 horas del 11 de junio del 2016, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de: Verdadera Naturaleza de Barucito Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-389479, en la cual se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San Isidro de El General, 11 de enero del 2016.—MSc. Melania Masiel Montenegro Chanto, Notaria.—1 vez.—(IN2016003507).

Por escritura de las 14:35 horas del 26 de octubre del 2015, otorgada ante esta notaria pública, se modifica la cláusula octava referente a la administración de la sociedad: Viva Treinta y Uno Timón Sociedad Anónima.—San José, 12 de enero del 2016.—Licda. Eslava Hernández Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2016003516).

Por escritura número ciento diez, otorgada ante la suscrita notaria, a las 17:00 horas del día 14 de enero del 2015, se constituyó la sociedad: Watchout International S. A., con domicilio en San José, Goicoechea, San Francisco, Centro Comercial El Pueblo, local Nº 43. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, con un plazo de noventa y nueve años.—San José, 15 de enero del 2016.—Licda. Aracelly Espinoza Allan, Notaria.—1 vez.—(IN2016003520).

Que mediante escrituras de las 15:00, 16:00, 17:00 horas de hoy, se protocolizaron actas de: Aryan Importaciones S. A.; JMC Cuatro S. A., y J & G Importaciones S. A., reforma administración y nombra nueva junta directiva.—San José, 16 de diciembre del 2015.—Lic. Alexander Adolfo Chacón Porras, Notario.—1 vez.—(IN2016003523).

Que mediante escritura de las 13:00 horas de hoy, se constituyó: Asesorías Continentales de Seguridad WM S. A. Capital: dólares. Domicilio: San José.—San José, 02 de noviembre del 2015.—Lic. Alexander Adolfo Chacón Porras, Notario.—1 vez.—(IN2016003524).

Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 15 de enero del 2016, se constituyó la empresa: Consorcio Siret E.I.R.L.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2016003528).

Por escritura pública número cincuenta, del protocolo uno del suscrito, otorgado en Goicoechea el ocho de enero del dos mil dieciséis, el mismo da fe de acta de asamblea de asociados de la Asociación Costarricense de Ex Becarios y Amigos de la República de Corea, cédula jurídica número tres-cero cero dos cuatro seis cinco tres cero cinco. Se realiza la nueva constitución de la junta directiva.—Goicoechea, San José, a las ocho horas once enero del dos mil dieciséis.—Lic. Minor Vargas Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2016003531).

Ante mí Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público con oficina en Heredia en escritura número trescientos veinticinco otorgada el doce de enero del año dos mil quince, se constituyó una sociedad anónima de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J.—15 de enero del 2016.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2016003539).

Mediante escritura trescientos cincuenta de las once horas quince minutos del veintiséis de noviembre de dos mil quince, otorgada por todos los Consorcio de Mantenimientos de Pinturas Sociedad Anónima S. A., con fundamento en el artículo doscientos uno del Código de Comercio se acordó y quedó en firme la disolución de la empresa indicada, cédula jurídica: tres-ciento uno-ciento cincuenta y siete mil setecientos cuarenta y tres. Es todo.—Heredia, once horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de noviembre de dos mil quince.—Licda. Karoline Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2016003541).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del quince de diciembre del dos mil quince, se disolvió Tres-Ciento Uno-Cinco Tres Cinco Siete Seis Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco tres cinco siete seis ocho.—San José, trece de enero del dos mil dieciséis.—Licda. Heike Kulzer Homann, Notaria.—1 vez.—(IN2016003556).

Por escritura otorgada a las dieciocho horas del once de enero del dos mil dieciséis, ante esta notaría se constituye la sociedad H.C. Express Sociedad Anónima. Objeto el comercio en el sentido más general y la prestación de servicios, etc. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidenta: Cynthia Céspedes Ramírez.—San José, trece de enero del dos mil dieciséis.—Licda. Denoris Orozco Salazar, Notaria.—1 vez.—(IN2016003557).

Por escritura otorgada en San José a las 10:00 horas del 14 de enero del 2016, se constituye Servicios Especializados Rarafo Sociedad Anónima. Presidente Randall Esteban Ramírez Fonseca.—Lic. Alejandra Fallas Valerio, Notaria.—1 vez.—(IN2016003558).

Por escritura otorgada hoy ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la CREUS S. A., mediante la cual, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, y se nombra junta directiva.—San José, cinco de enero de dos mil dieciséis.—Lic. Pablo Enrique Guier Acosta, Notario.—1 vez.—(IN2016003563).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 14 de enero del 2016, se solicita la disolución de la mercantil 3-102-701825 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-701825, por acuerdo de socios.—San José, 14 de enero del 2016.—Licda. Melina Cortés Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2016003572).

Ante esta notaría, a las 12:00 horas del 17 de diciembre del 2015, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Yuqueri Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-209719, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Bernardo Vargas Mccallum portador de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos setenta y tres-seiscientos cincuenta y nueve, donde se acuerda disolver la sociedad, mediante la escritura número 98-31 del tomo 31 del protocolo de la Licda. Tatiana Fernández Mora.—Cartago, 15 de enero del 2016.—Licda. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2016003578).

Por escritura autorizada a las diez horas del día de hoy, la totalidad de socios de La Sabanera de Palo Seco Sociedad Anónima, acordó la disolución de la sociedad.—San José, doce de enero del año dos mil dieciséis.—Lic. Juan Carlos Céspedes Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2016003586).

Servicios Industriales Tecnobonilla Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro cero nueve uno cinco siete, hace nuevo nombramiento de tesorero en su junta directiva señor Wilson Alexis Carmona Cruz, cédula siete-cero dos siete cinco-cero cinco seis uno, de acuerdo al acta número uno: asamblea general extraordinaria de socios celebrada en su domicilio social en provincia Limón, cantón Pococí, distrito Cariari, en urbanización El Llano, casa número trece, a las nueve horas del tres de diciembre del dos mil quince. Es todo.—A las diecisiete horas del 03 de diciembre del 2015.—Lic. Randall Eduardo Ramírez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2016003590).

A las diecisiete horas treinta minutos del trece de enero del presente año, se acordó reformar la cláusula quinta, del pacto constitutivo, de la sociedad Vip City Bus Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-681463. Es todo.—Licda. Dinia Chavarría Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2016003604).

Mediante escritura 15-16, de las 15:00 horas del 4 de enero, protocolicé reforma de estatutos de A&C Tamarindo Backpackers Limitada.—Tamarindo, 5 de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—(IN2016003606)

Asamblea general extraordinaria de la empresa: Autos Xiri Vehículos S. A., cédula jurídica: 3-101-700302, celebrada en su domicilio social, al ser las 09:00 horas del día 8 de enero del 2016, en la cual se acuerda reformar la cláusula octava de la escritura constitutiva, referente a la administración, para que en lo sucesivo diga así: octava: administración: la sociedad será administrada por una junta directiva, formada por tres miembros, que son: presidente, secretario y tesorero. Corresponde al presidente y secretario de la junta directiva, la representación judicial y extrajudicial de la empresa, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, de conformidad con el artículo 1253 del Código Civil, actuando separadamente, quienes podrán otorgar; todo tipo de poderes, sustituir su poder en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo reservándose o no el ejercicio de la facultades que sustituyen; así como abrir cuentas corrientes en colones, en dólares o en cualquier otra moneda, girar contra ellas y/o autorizara terceros para que giren contras las mismas. Los miembros de la junta directiva durarán en sus cargos por todo el plazo social.—Licda. Luisa Jorleny Morales Acosta, Notaria.—1 vez.—(IN2016003637).

Mediante escritura número doscientos cincuenta y nueve-seis del notario Andrés González Anglada, se reforman los artículos cuarto y quinto del pacto constitutivo de la sociedad denominada J y K Adventures Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos cero seis seis uno dos y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—Nosara Guanacaste, once de diciembre del dos mil quince.—Lic. Andrés González Anglada, Notario.—1 vez.—(IN2016003651).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del quince de enero del dos mil dieciséis se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Disseny International S.A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y seis mil cuatrocientos treinta y nueve en la cual se modificaron sus estatutos en la cláusula segunda del domicilio.—San José, quince de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2016003653).

Mediante escritura autorizada por mí, a las catorce horas de catorce de enero de dos mil dieciséis, se modificó la cláusula segunda, del domicilio de la sociedad Cafetería Almendras S. A.—San José, quince de enero de dos mil dieciséis.—Licda. Gabriela Barrantes Alpízar, Notaria.—1 vez.—(IN2016003674).

Por escritura pública número ciento catorce-seis, se nombra junta directiva de la sociedad denominada Corporación China S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta mil ciento sesenta y ocho. Es todo.—San José, quince de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Michael Calderón Segura, Notario.—1 vez.—(IN2016003676).

Por escritura número doscientos setenta y ocho de esta notaría se reformó pacto constitutivo de la sociedad denominada Muebles y Puertas Santa Elena de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, trece de enero del año dos mil dieciséis.—Licda. Carolina Mora Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2016003681).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas veinte minutos del 17 de diciembre del 2015, se disuelve la sociedad Ingeniería Patriarcas de Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—(IN2016003682).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del 18 de enero del 2016, se aumenta el capital social de la sociedad Asuntos Regulatorios Registrek Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—(IN2016003683).

A las catorce horas treinta minutos del día trece de enero del año dos mil dieciséis, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Valor Brands de Centroamérica S. A., donde se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo y se agrega la cláusula de agente residente. Es todo.—San José, trece de enero del año dos mil dieciséis.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2016003686).

A las nueve horas treinta minutos del día cuatro de enero del año dos mil dieciséis, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad The Green & Energy Consulting Group MZ S. A., donde se reforman las cláusulas del capital social, de la administración y de la vigilancia de la sociedad del pacto constitutivo. Es todo.—San José, quince de enero del año dos mil dieciséis.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2016003688).

En mi Notaría Melissa González Rojas y Osvaldo Corella Rodríguez, constituyen: Chooze Costa Rica S. A., capital social: doscientos dólares estadounidenses, domicilio social: San José, Santa Ana, Uruca. Escritura otorgada en San José, a las 15 horas del 9 de enero del 2016.—Licda. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—(IN2016003693).

Ante esta notaría se constituye sociedad anónima denominada V R A Servipro del Sur Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado, duración noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, cuatro de enero del dos mil dieciséis.—Licda. Olga Marta Morice Muñoz, Notaria.—1 vez.—(IN2016003695).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del catorce de enero del dos mil dieciséis, se reformó la cláusula tercera del domicilio social de la sociedad Bosques de Herrán Sociedad Anónima.—Licda. Catalina Moya Azucena, Notaria.—1 vez.—(IN2016003710).

Por escritura otorgada a las ocho horas del quince de enero del presente año, ante la suscrita notaria, se acuerda disolver la sociedad El Cazador Puriscaleño Vigilante S. A.—San José, quince de enero del dos mil dieciséis.—Licda. Carmen Soto Montero, Notaria.—1 vez.—(IN2016003717).

Por escritura pública otorgada ante mí, en San José a las quince horas del quince de enero del dos mil dieciséis, protocolicé acta de la empresa Bagnarello Producciones S. A., por la cual se reorganiza la junta directiva, y se reforman las cláusulas de la administración y representación, y del objeto.—San José, 15 de enero del 2016.—Lic. Braulio Vargas Núñez, Notario.—1 vez.—(IN2016003719).

Yo, Damaris Villalta Soto, protocolizo el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Bull Shark Sociedad Anónima. Se cambia la junta directiva. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del diecisiete de enero del dos mil dieciséis. Presidenta: Glorianna Pereira Agüero.—San José, dieciocho de enero del 2016.—Licda. Damaris Villalta Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2016003722).

Por escritura otorgada ante los notarios, Carlos Luis Rojas Montoya y José Joaquín Rojas Montoya, las señoras Lilliam González Rivera y Natalia López Ubau, constituyen Ligori de la Unión Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital totalmente suscrito y pagado.—Cartago, catorce de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Luis Rojas Montoya, Notario.—1 vez.—(IN2016003725).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las catorce horas del día de hoy. Se constituye la sociedad denominada Electromecánica Mendoza S. A., plazo 99 años capital suscrito y pagado.—San José, 18 de enero del 2016.—Licda. Teresa Kennedy Rosell, Notaria.—1 vez.—(IN2016003741).

Por escritura otorgada ante mí, al ser las once horas treinta minutos del día diecisiete de diciembre del dos mil quince. Sebastien Bonte y Marie Anne Prouteau, constituyen la sociedad anónima: MZO Sociedad Anónima. Domicilio: Santa Teresa, Cóbano, Puntarenas, cruce de Malpaís y Santa Teresa, contiguo a la agencia del Banco de Costa Rica, Bufete Mora y Asociados. Duración: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. El socio Sebastien Bonte, suscribe y paga cincuenta acciones, la socia Marie Anne Prouteau, suscribe y paga cincuenta acciones. El aporte del socio Sebastien Bonte es mediante una máquina de posicionamiento global GPS, valorada en cincuenta mil colones. La socia Marie Anne Prouteau aporta un escritorio con tres gavetas y metálico marca Rosago, valorado en cincuenta mil colones. Corresponderá al presidente y al secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades que indica el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Pudiendo actuar cualquiera de ellos en forma conjunta o separada.—Malpaís, Cóbano, Puntarenas, diecisiete de diciembre del dos mil quince.—Lic. Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1 vez.—(IN2016003748).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciocho horas treinta minutos del doce de enero del dos mil dieciséis, donde se protocolizan acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Luzvelino Sociedad Anónima. Donde se acuerda reformar la cláusula sexta del pacto social.—San José, doce de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—(IN2016003750).

La suscrita notaria, en escritura otorgada a las quince horas del catorce de enero del dos mil dieciséis, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Agropecuaria Montelirio Sociedad Anónima. Se modifican las cláusula segunda y cuarta de los estatutos.—San José, 14 de enero del 2016.—Licda. Ana Lourdes Gólcher González, Notaria.—1 vez.—(IN2016003753).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día dieciséis de enero del año dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea de socios de la sociedad denominada: Royanahe Limitada. Mediante el cual reforma la cláusula de domicilio.—Heredia, dieciséis de enero del año dos mil dieciséis.—Licda. Isabel Bolaños Madrigal, Notaria.—1 vez.—(IN2016003759).

Por asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad esta plaza Centro Radiológico Escazú Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cinco mil doscientos setenta y siete, celebrada en su domicilio social en la provincia de San José, cantón segundo (Escazú), distrito tercero (San Rafael), Centro Comercial El Lago, local número cuatro, a las nueve horas del dieciséis de diciembre del dos mil quince, y protolizada ante esta notaría el día doce de enero del dos mil dieciséis, se acordó por unanimidad, proceder de conformidad con lo dispuesto en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio y ciento veintinueve del Código Notarial, a la disolución y liquidación de la sociedad por acuerdo societario. Se convoca a los posibles interesados para que se apersonen ante esta notaría en el Bufete Suñol & Suñol, San José, calles veintinueve y treinta y uno, avenida primera, casa dos mil novecientos siete en caso de presentar oposición.—San José, 12 de enero del 2016.—Lic. Juan Carlos Retana Otárola, Notario.—1 vez.—(IN2016003763).

Daniela Mendoza Avendaño y Matías Gutiérrez Mostafa, constituyen la empresa denominada Bioquímica CR Sociedad Anónima, con capital social de cien mil colones, domiciliada en Heredia Mercedes Norte casa 107, calle doce, avenidas quince y once. Escritura otorgada en Heredia, a las diecinueve horas del quince de enero del dos mil dieciséis.—Licda. Sirsa Eunice Méndez Matarrita, Notaria.—1 vez.—(IN2016003771).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del día dieciséis de enero del dos mil dieciséis, se reforma la cláusula segunda, del domicilio social de la sociedad H & R Investors Sociedad Anónima S. A., cédula jurídica 3-101-286845.—San José, dieciocho de enero del dos mil dieciséis.—Licda. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2016003772).

Por escritura otorgada el día de hoy se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Vórtice S. A., mediante la cual modifican pacto social en sus cláusulas cuarta objeto; quinta capital social y sexta administración.—San José, ocho horas doce de enero de dos mil dieciséis.—Licda. Xinia Alfaro Mena, Notaria.—1 vez.—Solicitud Nº 46416.—(IN2016003797).

Mediante escritura número ciento sesenta y seis otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del catorce de enero del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Finca Dali de Uvita Sociedad Anónima. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, catorce de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Luis Diego Cerdas Cisneros, Notario.—1 vez.—(IN2016003798).

Que la notaria Marianella Mora Barrantes, en escritura número 4 otorgada a las 08 horas del 18 de enero del 2016, se constituye sociedad denominada RDFI ECO Invest S. A.—San José, 18 de enero del 2016.—Licda. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2016003800).

La suscrita notaria pública Gaudy Ureña Vargas, hace constar que por medio de la escritura ochenta y nueve, del tomo primero de la suscrita notaria, otorgada a las 13:00 del 16 de diciembre del 2015, se protocolizó acta número uno del libro de actas de asambleas de cuotistas, asamblea extraordinaria de 3-102-584509 Sociedad Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-584509, por medio de la cual se acuerda: Aceptar la renuncia del gerente Eric Holzgang, se destituye como agente residente a Lic. César Mora Zahner y se nombra a la suscrita notaria, se modifica el domicilio quedando como actual: Puntarenas, Cóbano, Montezuma, contiguo a Supermercado Montezuma, se conoce y aprueba la reposición de los libros legales y contables, de igual forma se autorizó a la suscrita para dicha protocolización.—Licda. Gaudy Ureña Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2016003801).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 20:30 horas del 17 de enero de 2016, se protocolizó el acta número cinco de asamblea general extraordinaria de la sociedad Centro Radiológico Sin Fronteras Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-655200, mediante la cual se aumenta el capital social y se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—Licda. Jenniffer María Salazar Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2016003808).

Por escritura número veintiocho-nueve, otorgada ante los notarios públicos Carlos Corrales Azuola y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las ocho horas del día dieciocho de enero del dos mil dieciséis, se acuerda modificar la cláusula del capital social de la sociedad denominada: Hermosa Developments & Investment CO C.R. Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del 2016.—Lic. Carlos Corrales Azuola, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 46554.—(IN2016003857).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de: Hermanos MN Sociedad Anónima. Se modifica cláusula sétima del pacto constitutivo.—Turrialba, dieciocho de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Guillermo Brenes Cambronero, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 46546.—(IN2016003868).

Por instrumento público otorgado ante esta notaría, a las quince horas del doce de enero del dos mil dieciséis, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad: Rafgsi de Costa Rica S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos tres mil sesenta y tres, en la que se modificó la cláusula primera (del nombre) del pacto social.—San José, dieciocho de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Andrey Dorado Arias, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 46534.—(IN2016003873).

En esta notaría, se protocolizó acta de Zona Este Número Ciento Tres Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-387324, nombrando nueva junta directiva. Presidente, apoderado generalísimo sin límite de suma: Walter Scott Anglin.—San José, 13 de enero del 2016.—Licda. Jéssica Pérez Araya, Notaria.—1 vez.—Solicitud Nº 46523.—(IN2016003878).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del catorce de enero del dos mil dieciséis, se protocolizó la disolución de la sociedad: Ritterbach S. A., todo de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, 14 de enero del 2016.—Licda. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—Solicitud Nº 46450.—(IN2016003894).

Ante esta notaría, se modificaron los estatutos (representación) de la empresa denominada: Proseyco Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-doscientos noventa y siete mil seiscientos sesenta y cuatro.—San Vito, Coto Brus, Puntarenas, catorce de enero del dos mil dieciséis.—Lic. David Matamoros Salazar, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 46443.—(IN2016003905).

Mediante escritura pública otorgada a las 13:00 horas del 14 de enero del 2016, se modifica pacto constitutivo en sus cláusulas primera, segunda, quinta y décimo segunda, de la sociedad: United Artistic Community U.A.C. Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-598236.—San José, 14 de enero del 2016.—Licda. Nuria Solís Sáenz, Notaria.—1 vez.—Solicitud Nº 46442.—(IN2016003911).

Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las 19:00 horas del 06 de enero del 2016, se protocolizó acta de la sociedad: Casa de Sueños de Scott y Lesley Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3101380067, reformando su cláusula sétima y su administración. Es todo.—Jacó, 14 de enero del 2016.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 46436.—(IN2016003916).

Por escritura otorgada a las quince horas del veintiséis de noviembre del dos mil quince, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Tres Ciento Uno-Seiscientos Ochenta y Seis Mil Ciento Ochenta y Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres ciento uno-seiscientos ochenta y seis mil ciento ochenta y dos, mediante la cual se modifica la representación judicial y extrajudicial del tesorero de la sociedad.—San Ramón, trece de enero del dos mil dieciséis.—Lic. José Rafael Ortiz Carvajal, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 46428.—(IN2016003918).

Por escritura otorgada a las 12:00 horas de hoy, se protocolizaron acuerdos de: Haras Santa Mónica S. A., mediante los cuales se reformó las cláusulas: segunda y décimo segunda.—San José, 14 de enero del 2016.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—Solicitud Nº 46427.—(IN2016003925).

Por escritura N° 53, otorgada ante mí, a las 9:30 horas de hoy, se constituyó Grupo Sulayom Sociedad Anónima Deportiva. Domicilio: Ipís de Goicoechea. Plazo: 99 años. Capital: totalmente suscrito y pagado.—San José, 16 de enero del 2016.—Lic. Sergio G. Rivera Jiménez, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 46593.—(IN2016003980).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Nefertiti’s Desires Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Ofelia Jiménez Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2015009081.—(IN2016003983).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 26 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Maskotiando C. R. Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—CE2015009082.—(IN2016003984).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 45 minutos del 15 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Repuestos Automotrices K Y H Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Rodolfo Martín Rojas Araya, Notario.—1 vez.—CE2015009083.—(IN2016003985).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 26 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada OB Group International Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Marcela Ortega Volio, Notaria.—1 vez.—CE2015009084.—(IN2016003986).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 11 minutos del 23 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Legal Center Costa Rica CLJ Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2015009085.—(IN2016003987).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Ponderosa Veintiséis A Uno H Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2015009086.—(IN2016003988).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Tabacalera Native America Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Juan Guillermo Tovar González, Notario.—1 vez.—CE2015009087.—(IN2016003989).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Ticowok Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Freddy Antonio Rojas López, Notario.—1 vez.—CE2015009088.—(IN2016003990).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 08 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada MMA Manufactura Modular Americana Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Anabelle Porras Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2015009089.—(IN2016003991).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Construcciones y Estructuras Metálicas Integrales JCC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2015009090.—(IN2016003992).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada El Local Pizza y Burger Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2015009091.—(IN2016003993).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 14 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada A.O. Rooster Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2015009092.—(IN2016003994).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 45 minutos del 04 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Globales JP Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2015009093.—(IN2016003995).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Computec Servicio Técnico CST Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2015009094.—(IN2016003996).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 15 minutos del 24 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada PROINDSA Proveedores Industriales Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Hannia Lucrecia Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2015009095.—(IN2016003997).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Méndez Barrantes Arquitectura Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2015009096.—(IN2016003998).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Morgan Rock Costa Rica Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Juan Pablo Carmona Mendoza, Notario.—1 vez.—CE2015009097.—(IN2016003999).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Water Ford Ventures Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2015009098.—(IN2016004000).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 22 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Farmapolis Uno Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—CE2015009099.—(IN2016004001).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada La Esperanza Quince Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Manuelita Jiménez Esquivel, Notaria.—1 vez.—CE2015009100.—(IN2016004002).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Osho Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. José Manuel Sáenz Montero, Notario.—1 vez.—CE2015009101.—(IN2016004003).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Nordico Coffee House Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Alberto Pauly Sáenz, Notario.—1 vez.—CE2015009102.—(IN2016004004).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Ingeniería Pata Nega Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. José Manuel Sáenz Montero, Notario.—1 vez.—CE201009103.—(IN2016004005).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Importadora Daily Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Kattia Mena Abarca, Notaria.—1 vez.—CE2015009104.—(IN2016004006).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Tramitología Minera Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Ana Grettel Chaves Loría, Notaria.—1 vez.—CE2015009105.—(IN2016004007).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Servicios Empresariales y Especializados en Contratación Administrativa Licítalo Costa Rica, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Ofelia Jiménez Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2015009106.—(IN2016004008).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Real Pro Management Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Juan Pablo Carmona Mendoza, Notario.—1 vez.—CE2015009107.—(IN2016004009).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 40 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Himor Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Jehiner Alfaro Retana, Notario.—1 vez.—CE2015009108.—(IN2016004010).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Casa Carpa CC Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Emmanuel Naranjo Pérez, Notario.—1 vez.—CE2015009109.—(IN2016004011).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Los Kokis de Finca La Dorita Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Irene María Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—CE2015009110.—(IN2016004012).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Crediticias Solucredit Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. José Adrián Granados Gómez, Notario.—1 vez.—CE2015009111.—(IN2016004013).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Rendel Engineering Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Pablo Gazel Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2015009112.—(IN2016004014).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 26 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Get It Here Jerry Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2015009113.—(IN2016004015).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 23 de setiembre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Mcenter Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2015009114.—(IN2016004016).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Turriarandas de Los Altos Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Viriam Fumero Paniagua, Notaria.—1 vez.—CE2015009115.—(IN2016004017).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Boreal Bienestar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Paola Castro Montealegre, Notaria.—1 vez.—CE2015009116.—(IN2016004018).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Levinco Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—CE2015009117.—(IN2016004019).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Napa Valley Holdings Limited Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—CE2015009118.—(IN2016004020).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Limpieza SCM Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Esther Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—CE2015009119.—(IN2016004021).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grúas Elevadoras de Canasta Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Rafael Eduardo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2015009120.—(IN2016004022).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Villamac Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Eleonora Ortiz Runnebaum, Notaria.—1 vez.—CE2015009121.—(IN2016004023).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Faval Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Carolina Soto Monge, Notaria.—1 vez.—CE2015009122.—(IN2016004024).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Fruncha Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Federico José González Peña, Notario.—1 vez.—CE2015009123.—(IN2016004025).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Vivri Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Leonora Granados Sancho, Notaria.—1 vez.—CE2015009124.—(IN2016004026).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada S Y B Sloan Reinhard Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Óscar Fernando Muñoz Linkimer, Notario.—1 vez.—CE2015009125.—(IN2016004027).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Luzand ACFR Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Guillermo Esquivel Herrera, Notario.—1 vez.—CE2015009126.—(IN2016004028).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Grupo Kala Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—CE2015009127.—(IN2016004029).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada One Two One Five Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Federico Antonio Rucavado Luque, Notario.—1 vez.—CE2015009128.—(IN2016004030).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Corporación Fermeza Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Eugenio Francisco Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2015009129.—(IN2016004031).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Catman Building Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. José Alfredo Campos Salas, Notario.—1 vez.—CE2015009130.—(IN2016004032).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Cohen Pharma Products Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Arturo Joaquín Blanco Páez, Notario.—1 vez.—CE2015009131.—(IN2016004033).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 26 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Innovatec Solution Group Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—CE2015009132.—(IN2016004034).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada El Campanario de Tres Ríos Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Jorge Francisco Ross Araya, Notario.—1 vez.—CE2015009133.—(IN2016004035).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 15 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Campanario de Montalegre Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Jorge Francisco Ross Araya, Notario.—1 vez.—CE2015009134.—(IN2016004036).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada El Campanario de Santa Ana Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Jorge Francisco Ross Araya, Notario.—1 vez.—CE2015009135.—(IN2016004037).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada El Campanario de San Carlos Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Jorge Francisco Ross Araya, Notario.—1 vez.—CE2015009136.—(IN2016004038).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 19 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Spirits Beverage Trade Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Alejandra María Arguedas Ortega, Notaria.—1 vez.—CE2015009137.—(IN2016004039).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada The Tree of Life Coaching Tech Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2015009138.—(IN2016004040).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada ML CR Continental LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—CE2015009139.—(IN2016004041).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada ML CR Holdings LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—CE2015009140.—(IN2016004042).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada AB Group LAT Sociedad Anónima.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Edgar Alberto Arroyo Quesada, Notario.—1 vez.—CE2015009141.—(IN2016004043).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Muebles Santa Fe M.S.F. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de octubre del 2015.—Lic. Netzy Yanina Soto Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2015009142.—(IN2016004044).

Por escritura otorgada, ante mi notaría a las once horas del ocho de enero del dos mil dieciséis, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas, que consta en el acta número dos de la empresa Tres-Ciento Dos-Seiscientos Ochenta y Dos Mil Seiscientos Noventa y Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual y por acuerdo unánime se reformó la cláusula sexta y sétima del pacto constitutivo, las cuales se refieren a la administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad respectivamente. De igual forma, se revocaron y realizaron nuevos nombramientos en la junta de administración. Es todo.—Liberia, Guanacaste, a las diez horas del dieciocho de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 46580.—(IN2016004047).

Yo protocolicé acuerdos de la sociedad Sonatrach S. A., se acuerda modificar la cláusula de administración y domicilio. Es todo.—San José, dieciocho de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Eduardo Alfonso Marquez Fernández, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 46576.—(IN2016004059).

Yo protocolicé acuerdos de la sociedad Dietz Consulting D C S. A., se acuerda modificar la cláusula de administración y domicilio. Es todo.—San José, dieciocho de enero de dos mil dieciséis.—Lic. Eduardo Alfonso Marquez Fernández, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 46573.—(IN2016004067).

Yo protocolicé acuerdos de las sociedades Lote Laelia S.R.L. y SMJA S.R.L., se acuerda fusionarlas y prevalece la segunda. Es todo.—San José, dieciocho de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Eduardo Alfonso Marquez Fernández, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 46569.—(IN2016004075).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 15 minutos del 29 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Carnandez Sociedad Anónima.—San José, 29 de octubre del 2015.—Lic. German Serrano García, Notario.—1 vez.—CE2015009143.—(IN2016004196).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 29 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Mapal Sociedad Anónima.—San José, 29 de octubre del 2015.—Lic. Rosamira Cordero Méndez, Notaria.—1 vez.—CE2015009144.—(IN2016004197).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 28 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada AMS Global Sociedad Anónima.—San José, 29 de octubre del 2015.—Lic. Montserrat Matamoros Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2015009145.—(IN2016004198).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 15 minutos del 26 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Specialist Lash Limitada.—San José, 30 de octubre del 2015.—Lic. Sergio Gustavo Rivera Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2015009146.—(IN2016004199).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 00 horas 00 minutos del 29 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Alpha Salud Sociedad Anónima.—San José, 30 de octubre del 2015.—Lic. Elizabeth Álvarez Morales, Notaria.—1 vez.—CE2015009147.—(IN2016004200).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 45 minutos del 06 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Marifersa Music Limitada.—San José, 30 de octubre del 2015.—Lic. Carolina Blanco Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2015009148.—(IN2016004201).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 30 minutos del 27 de octubre del año 2015, se constituyó la sociedad denominada LCS Capital Inc. Limitada.—San José, 30 de octubre del 2015.—Lic. Carolina Blanco Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2015009149.—(IN2016004202).

Mediante escritura 147 del día 17 de octubre del 2013, se constituyó GYS Consultoría Legal y Asesoría de Negocios Sociedad de Actividades Profesionales, con domicilio en Granadilla de Curridabat, San José, 400 norte del Edificio Vista Real. Gerente: Ana Patricia Guerrero Murillo. Profesión: Abogacía y notariado. Asesoría y consultoría de negocios. Resolución de conflictos. Bienes raíces. Capital social: ¢10.000. Plazo: 50 años.—Licda. Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—(IN2016004664).

Mediante escritura 147 del día 17 de octubre del dos mil trece, se constituyó GYS Consultoría Legal y Asesoría de Negocios Sociedad de Actividades Profesionales, con domicilio en Granadilla de Curridabat, San José, 400 norte del edificio Vista Real. Gerente: Ana Patricia Guerrero Murillo. Profesión: Abogacía y Notariado. Asesoría y consultoría de negocios. Resolución de conflictos. Bienes Raíces. Capital social: ¢10.000. Plazo: 50 años.—Licda. Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—(IN2016004665).