LA
GACETA N° 53 DEL 16 DE
MARZO DEL 2016
PODER EJECUTIVO
ACUERDOS
PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA
MINISTERIO DE HACIENDA
MINISTERIO DE CULTURA Y
JUVENTUD
MINISTERIO DE COMERCIO
EXTERIOR
DOCUMENTOS VARIOS
EDUCACIÓN PÚBLICA
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIONES
OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
AVISOS
ADJUDICACIONES
UNIVERSIDAD ESTATAL A
DISTANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
AVISOS
FE DE ERRATAS
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
REGLAMENTOS
AVISOS
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
PATRONATO NACIONAL DE
LA INFANCIA
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
JUSTICIA Y PAZ
INSTITUTO DE DESARROLLO
RURAL
AVISOS
Nº 413-P
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 139 inciso 1) y 146 de la Constitución Política y 47 inciso 3) de la
Ley General de la Administración Pública (Nº 6227 de 2 de mayo de 1978), en la
Ley Reguladora de los Gastos de Viaje y Gastos por concepto de Transportes para
todos los Funcionarios del Estado (Nº 3462 de 26 de noviembre de 1964), en la
Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2015 (Nº 9289 de 1º de diciembre del 2014) y en el Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la
Contraloría General de la República (R-4-DI-AA-2001 de 10 de mayo del 2001).
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Olga Marta
Sánchez Oviedo, cédula de identidad N° 1-407-1385, Ministra de Planificación
Nacional y Política Económica, para que viaje y participe en la “XLV Reunión
del Consejo Directivo del Centro Latinoamericano de Administración para el
Desarrollo (CLAD)” y al “XX Congreso Internacional sobre la Reforma del Estado
y de la Administración Pública”, organizados por el CLAD, a realizarse en Lima,
Perú, del 10 al 13 de noviembre del 2015.
Artículo
2º—El CLAD cubrirá gastos por concepto de tiquetes aéreos y viáticos los días 9
y 10 de noviembre del 2015. La señora Sánchez Oviedo cubrirá gastos por
concepto de hospedaje del 11 al 14 de noviembre del 2015. El Ministerio de
Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), cubrirá gastos por
concepto de alimentación del 11 al 13 de noviembre del 2015, impuestos sobre
boletos de transporte, tributos o tarifas que se deban pagar en terminales de
transporte y póliza de seguro por accidente (INS: Seguro de Viajeros con Asistencia)
con cargo al Título 217 (Ministerio de Planificación Nacional y Política
Económica), Programas 863 (Actividades Centrales) y 874 (Planificación y
Coordinación Económica, Social e Institucional) Subpartidas 1.05.03 (Transporte
en el Exterior), 1.05.04 (Viáticos en el Exterior) y 1.06.01 (Seguros) de la
Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2015.
Artículo
3º—Se otorga a la señora Sánchez Oviedo la suma de US$ 250,56 por concepto de
alimentación, sujetos a liquidación.
Artículo
4º—La señora Sánchez Oviedo disfrutará de su descanso semanal el día 14 de
noviembre del 2015. Los gastos por concepto de viáticos y transporte de ese día
serán asumidos bajo su responsabilidad, sin que exista cargo alguno al Erario
Público.
Artículo
5º—La señora Sánchez Oviedo, una vez finalizada la visita rendirá un informe a
su superior jerárquico en un plazo no mayor de ocho días naturales, contados a
partir de su regreso, en el que describa las actividades desarrolladas, los
resultados obtenidos y beneficios logrados para la institución y el país en
general.
Artículo
6º—Durante la ausencia de la señora Sánchez Oviedo, se nombra como Ministro a.
í. al señor Luis Alberto Fallas Calderón, cédula de identidad N° 1-466-644.
Artículo
7º—Rige de las 15:45 horas del 09 de noviembre a las 13:50 horas del 15 de
noviembre del 2015.
Dado en la Presidencia de la República, el
día tres del mes de noviembre del dos mil quince.
Publíquese.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1
vez.—O. C. Nº 27736.—Solicitud
Nº 3821.—(IN2016011726).
Nº 426-P
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 139 inciso 1) y 146 de la Constitución Política y 47 inciso 3) de la
Ley General de la Administración Pública (Nº 6227 de 2 de mayo de 1978), en la
Ley Reguladora de los Gastos de Viaje y Gastos por concepto de Transportes para
todos los Funcionarios del Estado (Nº 3462 de 26 de noviembre de 1964), en la
Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2015 (Nº 9289 de 1º de diciembre del 2014) y en el Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la
Contraloría General de la República (R-4-DI-AA-2001 de 10 de mayo del 2001).
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Olga Marta
Sánchez Oviedo, cédula de identidad N° 1-407-1385, Ministra de Planificación
Nacional y Política Económica, para que viaje y participe en “XIV Conferencia
de Ministros y Jefes de Planificación de América Latina y el Caribe” y la “XV
Reunión del Consejo Regional de Planificación del ILPES”, organizadas por la
Comisión Económica para América Latina (CEPAL), el Instituto Latinoamericano y
del Caribe de Planificación Económica y Social (ILPES) y la Secretaria Nacional
de Planificación y Desarrollo de Ecuador, a realizarse en Yachay, Ecuador, los
días 18 y 19 de noviembre del 2015.
Artículo
2º—ILPES cubrirá gastos por concepto de transporte y viáticos. El Ministerio de
Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), cubrirá gastos por
concepto impuestos sobre boletos de transporte, tributos o tarifas que se deban
pagar en terminales de transporte y póliza de seguro por accidente (INS: Seguro
de Viajeros con Asistencia) con cargo al Título 217 (Ministerio de
Planificación Nacional y Política Económica), Programas 863 (Actividades
Centrales) y 874 (Planificación y Coordinación Económica, Social e
Institucional) Subpartidas 1.05.03 (Transporte en el Exterior) 1.05.04 y
1.06.01 (Seguros) de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2015.
Artículo
3º—La señora Sánchez Oviedo, una vez finalizada la visita rendirá un informe a
su superior jerárquico en un plazo no mayor de ocho días naturales, contados a
partir de su regreso, en el que describa las actividades desarrolladas, los
resultados obtenidos y beneficios logrados para la institución y el país en
general.
Artículo
4º—Durante la ausencia de la señora Sánchez Oviedo, se nombra como Ministro a.
í. al señor Luis Alberto Fallas Calderón, cédula de identidad N° 1-466-644.
Artículo
5º—Rige de las 11:30 horas del 17 de noviembre a las 19:00 horas del 20 de
noviembre del 2015.
Dado en la Presidencia de la República, el
día trece del mes de noviembre del dos mil quince.
Publíquese.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1
vez.—O. C. Nº
27736.—Solicitud Nº 3820.—(IN2016011725).
Nº 442-P
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 139 inciso 1) y 146 de la Constitución Política y 47 inciso 3) de la
Ley General de la Administración Pública (Nº 6227 de 2 de mayo de 1978), en la
Ley Reguladora de los Gastos de Viaje y Gastos por concepto de Transportes para
todos los Funcionarios del Estado (Nº 3462 de 26 de noviembre de 1964), en la
Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2015 (Nº 9289 de 1º de diciembre de 2014) y en el Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la
Contraloría General de la República (R-4-DI-AA-2001 de 10 de mayo de 2001).
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Olga Marta
Sánchez Oviedo, cédula de identidad N° 1-407-1385, Ministra de Planificación
Nacional y Política Económica, para que viaje y participe al “VIII Seminario de
la Red de Gestión para Resultados en el Desarrollo en Gobiernos
Sub-nacionales”, organizado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del
Gobierno de Uruguay y la Comunidad de Profesionales de América Latina y el
Caribe en Gestión para Resultados en el Desarrollo (CoplacGpRD) del Banco
Interamericano de Desarrollo (BID), a realizarse en Montevideo, Uruguay, del 7
al 8 de diciembre del 2015.
Artículo
2º—El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN),
cubrirá gastos por concepto de transporte, viáticos, impuestos sobre boletos de
transporte, tributos o tarifas que se deban pagar en terminales de transporte y
póliza de seguro por accidente (INS: Seguro de Viajeros con Asistencia) con
cargo al Título 217 (Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica),
Programas 863 (Actividades Centrales) y 874 (Planificación y Coordinación
Económica, Social e Institucional) Subpartidas 1.05.03 (Transporte en el
Exterior), 1.05.04 (Viáticos en el Exterior) y 1.06.01 (Seguros) de la Ley de
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2015.
Artículo
3º—Se otorga a la señora Sánchez Oviedo la suma adelantada de US$586,56 para
cubrir viáticos, sujetos a liquidación.
Artículo
4º—Las Millas de Viajero Frecuente originadas como consecuencia de la compra
del tiquete aéreo serán cedidas por la señora Sánchez Oviedo a favor de
MIDEPLAN.
Artículo
5º—La señora Sánchez Oviedo, una vez finalizada la visita rendirá un informe a
su superior jerárquico en un plazo no mayor de ocho días naturales, contados a
partir de su regreso, en el que describa las actividades desarrolladas, los
resultados obtenidos y beneficios logrados para la institución y el país en
general.
Artículo
6º—Durante la ausencia de la señora Sánchez Oviedo, se nombra como Ministro a.
í. al señor Luis Alberto Fallas Calderón, cédula de identidad N° 1-466-644.
Artículo
7º—Rige de las 11:33 horas del 6 de diciembre a las 18:54 horas del 9 de
diciembre del 2015.
Dado en la Presidencia de la República, el
día tres del mes de diciembre del dos mil quince.
Publíquese.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1
vez.—O. C. Nº
27032.—Solicitud Nº 3818.—(IN2016011722).
Nº 493-P
EL PRIMER
VICEPRESIDENTE
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA
DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 59 y 139 inciso 1) de la Constitución Política, 47 inciso 3) de la
Ley General de la Administración Pública (Nº 6227 de 2 de mayo de 1978) y
Dictamen de la Procuraduría General de la República Nº C-475-2006 de 28 de
noviembre de 2006.
ACUERDA:
Artículo 1º—Conceder vacaciones a la señora
Olga Marta Sánchez Oviedo, cédula de identidad N° 1-407-1385, Ministra de
Planificación Nacional y Política Económica, los días 28 y 29 de enero del
2016.
Artículo
2º—Durante la ausencia de la señora Olga Marta Sánchez Oviedo, se nombra como
Ministro a. í. al señor Luis Alberto Fallas Calderón, cédula de identidad N°
1-466-644.
Artículo 3º—Rige del 28 al 29 de enero del
2016.
Dado en la Presidencia de la República, el
día veintisiete del mes de enero del dos mil dieciséis.
Publíquese.
HELIO FALLAS VENEGAS.—1
vez.—O. C. Nº
27033.—Solicitud Nº 3817.—(IN2016011720).
Nº
0024-2015-H
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTERIO DE HACIENDA
Con fundamento en lo que establecen los
Artículos 140 inciso 2) y 146 de la Constitución Política y los Artículos 25
inciso 1º, 27 inciso 1º, 28 inciso 2º acápite b) de la Ley Nº 6227 Ley General
de Administración Pública del 2 de mayo de 1978, y el artículo 12, inciso a) de
la Ley Nº 1581 Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar en Propiedad a los
siguientes servidores del Ministerio de Hacienda.
Nombre |
Cédula |
Puesto |
Clase |
Rige |
Adonay Alberto Chacón Morera |
206180929 |
10480 |
Técnico de Ingresos |
01/06/2015 |
Allan Steve Salazar Salazar |
110780505 |
369733 |
Profesional de Egresos 1B |
01/11/2015 |
Victorino Álvaro Rosales García |
501411181 |
60486 |
Técnico de Ingresos |
01/08/2015 |
Ana Cecilia Barquero Salas |
206350847 |
010421 |
Profesional de Ingresos 1B |
18/05/2015 |
Ana Sheirys Peña Bonilla |
602890326 |
60447 |
Técnico de Ingresos |
01/09/2015 |
Anayansi Ellis Calderón |
109950778 |
008969 |
Profesional de Servicio Civil
1B |
01/09/2015 |
Armando Felipe Castillo Guardia |
104350769 |
351226 |
Profesional de Servicio Civil
2 |
16/10/2015 |
Carolina Granados Bermúdez |
603650420 |
102694 |
Técnico de Ingresos |
16/09/2015 |
Christian Enrique Agüero Padilla |
1111380355 |
010660 |
Oficial
de Seguridad de Servicio Civil 1 |
16/06/2015 |
Cindy Vanessa Salazar Rojas |
110850943 |
360454 |
Profesional de Servicio Civil
1B |
01/06/2015 |
Cinthia Vanessa Jiménez Vargas |
111980796 |
10243 |
Técnico de Ingresos |
01/06/2015 |
Cynthia Marcela Valerín Mora |
108880349 |
360470 |
Secretario de Servicio Civil 1 |
16/01/2015 |
Dayana de los Ángeles Villalobos Cruz |
206600756 |
102742 |
Técnico de Ingresos |
01/06/2015 |
Efrén Nautilio Mora Morales |
503290145 |
10353 |
Técnico de Ingresos |
01/08/2015 |
Emily Vanessa Rojas Arauz |
112340369 |
101180 |
Profesional de Ingresos 1A |
16/03/2015 |
Emmanuel José Díaz Leiva |
112300609 |
102662 |
Profesional de Ingresos 1B |
03/08/2015 |
Éricka del Carmen Bravo Aguilera |
155804479425 |
112958 |
Secretario de Servicio Civil 1 |
01/10/2015 |
Everardo Emilio Rodríguez Rodríguez |
110440126 |
101745 |
Profesional Jefe de Servicio
Civil 1 |
16/07/2015 |
Gary Michelle Chacón Arroyo |
401930200 |
009544 |
Profesional de Ingresos 1B |
16/07/2015 |
Indelia María Ureña Durán |
108790011 |
47363 |
Técnico de Ingresos |
16/04/2015 |
Jazmín Ann Marín Barboza |
109070074 |
009296 |
Profesional de Servicio Civil
2 |
16/06/2015 |
Kira Rojas Noskova |
800860580 |
102649 |
Técnico de Ingresos |
18/05/2015 |
Jennifer María Arias Quesada |
206220179 |
96368 |
Profesional de Egresos 2 |
20/04/2015 |
José Alonso Pizarro Martínez |
503250649 |
108734 |
Trabajador Calificado de
Servicio Civil 2 |
01/07/2015 |
José Andrés Porras Umaña |
113320207 |
10676 |
Técnico de Ingresos |
03/08/2015 |
Judith Karen Monge Fallas |
303460149 |
112710 |
Profesional de Egresos 1B |
01/09/2015 |
Julio César Sanabria Salazar |
304420110 |
102760 |
Técnico de Ingresos |
01/02/2015 |
Luis Alberto Masis Padilla |
105660091 |
010660 |
Oficial
de Seguridad de Servicio Civil 1 |
18/05/2015 |
Maikol Andrés Astorga Araya |
206680518 |
102650 |
Técnico de Ingresos |
16/04/2015 |
Marcela de los Ángeles Hoston Esquivel |
110560006 |
102932 |
Profesional de Ingresos 1B |
16/01/2015 |
María Gabriela Arauz Fernández |
113010071 |
009228 |
Profesional de Egresos 1B |
16/09/2015 |
María Herminia Álvarez Vega |
109280446 |
12310 |
Profesional de Egresos 1 B |
01/05/2015 |
Mónica María Murillo Montero |
206040369 |
008965 |
Técnico de Ingresos |
16/04/2015 |
Natalia de los Ángeles Chavarría Acuña |
111810282 |
112851 |
Profesional de Servicio Civil
2 |
16/09/2015 |
Octavio Arturo de los Ángeles Fonseca Núñez |
105650603 |
10609 |
Técnico de Ingresos |
16/06/2015 |
Pablo César Soto Rodríguez |
108790412 |
13787 |
Profesional de Egresos 2 |
16/05/2015 |
Ricardo Alberto Castillo Fallas |
106330183 |
96368 |
Profesional de Egresos 2 |
01/08/2015 |
Roberto Antonio Espinoza Jiménez |
206150744 |
10692 |
Técnico de Ingresos |
01/06/2015 |
Rodolfo Solís Méndez |
110370294 |
92230 |
Profesional de Ingreso 1A |
01/11/2015 |
Shelby Corrales Lara |
503310539 |
360535 |
Técnico de Ingresos |
16/10/2015 |
Verónica Vega Rivera |
701740182 |
009737 |
Técnico de Ingresos |
16/04/2015 |
Artículo 2º—Rige. El rige será de conformidad
con la fecha indicada para cada funcionario.
Dado en la Presidencia de la República el día
10 de noviembre del 2015.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El
Ministro de Hacienda, Helio Fallas V.—1 vez.—O. C. Nº 27484.—Solicitud Nº
8934.—(IN2016011708).
Nº 180-2015-C.—San
José, 31 de agosto del 2015
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD
Con fundamento en lo
establecido por los artículos 140, inciso 2, y 146 de la Constitución Política,
25, inciso 1 de la Ley General de Administración Pública y 2 del Estatuto de
Servicio Civil,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar
en propiedad en el Ministerio de Cultura y Juventud, destacado en la Dirección
de Cultura al señor Eduardo Reyes Paniagua, cédula de identidad Nº
01-1148-0345, en el puesto de Profesional de Servicio Civil 2, especialidad
Fomento de Actividades Culturales, Nº 014362, seleccionado de la Nómina de
Elegibles Nº 1815-2015 de la Dirección General de Servicio Civil.
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de setiembre
del 2015.
LUIS GUILLERMO SOLÍS
RIVERA.—La Ministra de Cultura y Juventud, Sylvie
Durán Salvatierra.—1 vez.—O.C. Nº 27257.—Solicitud Nº 6807.—(IN2016012071).
Nº
494-2015
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso
1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30
de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley
Nº 9289 del 15 de diciembre de 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos
7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
ACUERDA:
Artículo 1º—Modificar el Artículo Primero
Segundo y Tercero del Acuerdo de Viaje número 448-2015, de fecha 23 de
setiembre de 2015, para que se lea de la siguiente manera:
“Artículo
1º—Designar al señor Jhon Fonseca Ordóñez, portador de la cédula de identidad
número 1-1001-0630, Viceministro de Comercio Exterior para que viaje a New
York, Estados Unidos de América el 28 de setiembre de 2015, como parte de la
Delegación Oficial que acompañará al Presidente de la República en las
reuniones organizadas para estrechar alianzas con círculos empresariales con
miras a fortalecer la posición de Costa Rica como destino de inversión,
exclusivamente el día 29 de setiembre durante las reuniones enfocadas en temas
de comercio e inversión. Asimismo, el día 30 participará en las reuniones de
cierre. Durante su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos:
1) participar en diversos encuentros empresariales y reuniones bilaterales con
posibles inversionistas, con el fin de fortalecer la imagen de Costa Rica como
destino de inversión extranjera directa tanto dentro como fuera del Gran Área
Metropolitana, así como dialogar sobre las ventajas del país como destino de
inversión y sobre las acciones impulsadas para mantener un clima de negocios
apto para el desarrollo; 2) explorar oportunidades para atraer más inversión,
generar más empleo y facilitar la transferencia de conocimiento y; 3) apoyar el
señor Presidente en los distintos eventos de comercio e inversión en los que
participará; así como en los que el mandatario le solicite. Por efectos de
itinerario y rutas de vuelo hacia el lugar de destino, viaja a partir del 27 de
setiembre de 2015. Por motivo de un cambio de agenda de último momento, el
funcionario debió estar en Nueva York el día lunes 28 de setiembre, en horas de
la mañana y no en la tarde como se había previsto.
Artículo
2º—Los gastos del señor Jhon Fonseca Ordóñez por concepto de impuestos,
tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, de
alimentación y hospedaje, a saber USD$1.161,60 (mil ciento sesenta y un dólares
con sesenta centavos), con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y
10504 del Programa 792. El transporte terrestre en el exterior será cubierto
por la subpartida 10503 del programa 792. De igual manera, COMEX le reconocerá
lo correspondiente a la diferencia en hospedaje, según el artículo 41 del Reglamento
de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionaros Públicos. Los gastos de
transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del
programa 792. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y
envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Asimismo para hacer escala en Houston, Estados Unidos de América, por conexión.
Artículo
3º—Rige del 27 al 30 de setiembre del 2015.”
Artículo 2º—En lo no expresamente modificado
el resto del Acuerdo 448-2015, se mantiene igual.
San José, a los veinte días del mes de
octubre del dos mil quince.
Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio
Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 26965.—Solicitud Nº
14887.—(IN2016011685).
Nº
592-2015
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso
1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30
de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley
Nº 9289 del 15 de diciembre del 2014, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario
de la República para el Ejercicio Económico del 2015 y en los artículos 7, 31 y
34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que Costa Rica ha centrado su
política de comercio exterior en insertar al país en los mercados globales.
Siguiendo con esta línea, el país ha procurado incrementar el intercambio
comercial con socios clave, de alto poder adquisitivo y con un gran potencial
para realizar inversiones de alto valor agregado. Dentro de este esquema, las
relaciones comerciales y de inversión con la República de Corea se perfilan
como de altísimo potencial de crecimiento y desarrollo.
II.—Que
durante la II Reunión de Coordinación Centroamericana, que se llevó a cabo del
9 al 13 de noviembre del presente año, se realizó la preparación de los textos
para la II Ronda, Ronda que los países centroamericanos y Corea acordaron
celebrar del 23 al 27 de noviembre del 2015, en San Salvador, El Salvador. Además
de participar en las reuniones de las mesas técnicas de trabajo de la II Ronda,
parte del equipo negociador debe participar en la reunión plenaria de apertura,
que se llevará a cabo el 23 de noviembre en la mañana y en la reunión plenaria
de cierre que se celebrará el 27 de noviembre en la tarde.
III.—Que la participación del señor Jhon Fonseca Ordóñez,
resulta de particular relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Jhon Fonseca
Ordóñez, portador de la cédula de identidad número 1-1001-0630, Viceministro de
Comercio Exterior para que viaje a San Salvador, El Salvador para participar en
la II Ronda de Negociación del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y
la República de Corea que se llevará a cabo del 23 al 27 de noviembre del 2015.
Participará del 25 al 27 de noviembre, en las discusiones generales y demás
temas respectivos. Se discutirán los aspectos de aplicación horizontal y los
diversos temas que por su naturaleza y complejidad no pueden ser resueltos a
nivel técnico. Además, participará en las actividades de la agenda de
Viceministros que se considere pertinente y en la reunión plenaria de cierre.
Artículo
2º—Los gastos del señor Jhon Fonseca Ordóñez por concepto de impuestos,
tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte,
alimentación y hospedaje, a saber USD $483,36 (cuatrocientos ochenta y tres
dólares con treinta y seis centavos), sujeto a liquidación, serán cubiertos con
recursos de COMEX de la subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 792. Los
gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503
del programa 792. El transporte terrestre en Costa Rica, será cubierto por la
subpartida 10501; el seguro médico viajero, será cubierto por la subpartida
10601, ambos del programa 792. Igualmente, los gastos relativos a llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio
de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos
31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios
públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada
maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la
subpartida 10504 del programa 792.
Artículo
3º—Rige a partir del 25 al 27 de noviembre del 2015.
San José, a los dieciocho días del mes de
noviembre del dos mil quince.
Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio
Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 26965.—Solicitud Nº
14890.—(IN2016011684).
DIRECCIÓN DE
GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE tercera VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 3, folio 17, título N° 1230, emitido por el Liceo San Miguel, en el año
dos mil ocho, a nombre de Hernández Jiménez Karen Vanessa, cédula 1-1477-0640.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, a los veinticinco
días del mes de noviembre del dos mil quince.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2016011263).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Ante esta Dirección ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 56, título N° 144, emitido por el Colegio Técnico Industrial
de Puerto Jiménez, en el año dos mil seis, a
nombre de Cubillo Hernández Angélica María, cédula 6-0296-0071. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los cinco días del mes de mayo del dos mil
quince.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora
Aguilar, Jefa.—(IN2016011209).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo I, folio 29, asiento 20, título N° 109, emitido por
el Colegio Nocturno Osa, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de
Romero Morales Miguel, cédula Nº 1-0997-0458. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los tres días del mes de agosto del
dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2016011756).
Ante esta dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 14, título N° 38, emitido por el Liceo
Rural Río Nuevo, en el año dos mil once, a nombre de Mena Mata Yehivi Andrés,
cédula: 4-0222-0655. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 3 de noviembre del
2015.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—(IN2016012159).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
avisos
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad:
Asociación Deportiva De Taekwondo Tim-Wokeu Platanares, con domicilio en la
provincia de: San José-Moravia, cuyos fines principales, entre otros son los
siguientes: promover y desarrollar la práctica del Taekwondo Tim-Wokeu, como
arte marcial reconocido y difundir su enseñanza en su estilo propio en el
cantón de Platanares. Cuyo representante, será el presidente: Ronald Apuy
Méndez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento Tomo: 2015 Asiento: 382417 con adicional(es): 2015-466159,
2016-56153.—Dado en el Registro Nacional, a las 10
horas 36 minutos y 10 segundos, del 5 de febrero del 2016-.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2016011764).
Patente
de invención
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
El señor Marco Antonio Jiménez Carmiol,
mayor, vecino de San José, cédula 1-299-846, en calidad de apoderado especial
de Edwards Lifesciences Corporation, de E.U.A., solicita la patente de
Invención denominada APARATO DE COLOCACIÓN DE VÁLVULA CARDÍACA PROTÉSICA. Determinadas modalidades de la
presente descripción proporcionan una válvula protésica (por ejemplo/ una
válvula cardiaca protésica) y una aparato de colocación de válvula para colocar
la válvula protésica en el sitio de una válvula natural a través de la
vasculatura humana. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A6lF 2/24;
A61M 25/01; A61B 17/00; cuyos inventores son Bakis, George, Nguyen, Thanh V,
Phan, Ly T, Metchik, Asher. Prioridad: 20/05/2013 US 61/825,476. Publicación
Internacional: 27/11/2014 WO 2014/189977. La solicitud correspondiente lleva el
número 20150514, y fue presentada a las 14:12:00 del 02 de octubre del 2015.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 03 de febrero del 2016.—Walter Campos Fernández,
Registrador.—(IN2016011761).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp N°
10606P.—Noneco S. A., solicita concesión de: 1 litro
por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo MA-11, en
finca de su propiedad en Cuajiniquil, Santa Cruz, Guanacaste, para uso consumo
humano-doméstico y agropecuario-riego-pasto. Coordenadas: 233.500 / 340.412,
hoja Marbella. 1 litro por segundo del acuífero, efectuando la captación por
medio del pozo MA-10, en finca de su propiedad en Cuajiniquil, Santa Cruz,
Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-pasto.
Coordenadas: 233.450 / 340.450, hoja Marbella. 1 litro por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo MA-9, en finca de su
propiedad en Cuajiniquil, Santa Cruz, Guanacaste, para uso consumo
humano-doméstico y agropecuario-riego-pasto. Coordenadas: 232.452 / 340.037,
hoja Marbella. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de febrero del
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2016014016).
Exp.
7041P.—Constructora Los Sueños Habitacionales S.A.,
solicita concesión de: 1,25 litros por segundo del acuífero, efectuando la
captación por medio del pozo IS-261 en finca de su propiedad en Tejar, El
Guarco, Cartago, para uso agropecuario - riego - hortalizas. Coordenadas
203.800 / 541.800 hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 11 de febrero de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—(IN2016014489).
Exp.
11568P.—Rutrakan S. A., solicita concesión de: 0,55 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo BC-582 en finca de su propiedad en
Hacienda Vieja, Orotina, Alajuela, para uso consumo humano - doméstico y riego
- frutal. Coordenadas 210.320 / 480.400 hoja Barranca. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 24 de febrero de 2016.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.— (IN2016014520).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente
Nº 11586P.—Asociación Benéfico Social María Rafols,
solicita concesión de: 0,75 litros por segundo del acuífero, efectuando la
captación por medio del pozo AB-2301 en finca de su propiedad en Anselmo
Llorente, Tibás, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas
215.480 / 528.930 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 16 de febrero de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—(IN2016013643).
Exp.
Nº 16916A.—Cítricos de Guanacaste S. A., solicita
concesión de: 378 litros por segundo del Río Mena, efectuando la captación en
finca de su propiedad en La Garita, La Cruz, Guanacaste, para uso. Coordenadas
336.216 / 376.950 hoja Faltante; 77 litros por segundo de la Quebrada Romero,
efectuando la captación en finca de su propiedad en La Garita, La Cruz,
Guanacaste, para uso agropecuario - riego. Coordenadas 332.883 / 375.275 hoja
Faltante. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 03 de febrero de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—(IN2016014771).
Exp. Nº 16986P.—3-102-695601 SRL, solicita concesión de: 2 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo GO-104 en
finca de su propiedad en Paquera, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo
humano, agropecuario - riego y turístico. Coordenadas 213.000 / 429.800 hoja
Golfo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de febrero de 2016.—
Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2016014830).
Exp. Nº 16931P.—Big Sur S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo DM 140 en
finca de su propiedad en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo
humano- doméstico y agropecuario - riego. Coordenadas 134.083 / 557.447 hoja
Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de febrero de
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2016014831).
Exp. 13859P.—Empresa
de Servicios Públicos de Heredia, S. A., solicita concesión de: 50 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BA-923 en
finca de Empresa de Servicios Públicos de Heredia en Mercedes, Heredia, para
uso consumo humano. Coordenadas 221.957 / 522.273 hoja Barva. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 09 de junio del 2015.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2016015047).
Exp. 1682A.—Hayden
Antony Phillips Brenes, y otro solicita concesión de: 20 litros por segundo de
la Quebrada La Pita, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Turrúcares, Alajuela, Alajuela, para uso turístico-piscina. Coordenadas 215.000
/ 498.800 hoja Río Grande. Predios inferiores: No se indican. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 09 de febrero del 2016.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—Solicitud N°
48461.—(IN2016015092).
Exp. 10498P.—Banco
Improsa S. A., solicita concesión de: 4,2 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo NA-379 en finca de su propiedad en
San Rafael (Poás), Poás, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico, industria
y riego-frutal. Coordenadas 229.570 / 507.940 hoja Naranjo. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 16 de febrero del 2016.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2016015211).
Exp. 16676P.—Servicios
Fiduciarios Múltiples SFM S. A., solicita concesión de: 13,5 litros por segundo
del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AF-120 en finca de su
propiedad en Roxana, Pococí, Limón, para uso agroindustrial empacadora de
banano y agropecuario-riego. Coordenadas 258.722 / 571.907 hoja Agua Fría.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 27 de enero del 2016.—Departamento
de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2016015212).
Exp.
Nº 16974A.—Orlando Nájera Venegas, solicita concesión
de: 0,05 litros por segundo del Nacimiento Berta 1, efectuando la captación en
finca de Berta Luz Nájera Benegas en Frailes, Desamparados, San José, para uso
consumo humano-doméstico. Coordenadas 125.612 / 585.981 hoja CARAIGRES. Predios
inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de
febrero del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2016015336).
Exp. Nº 16643A.—Marie G Wilson solicita concesión de: 0,06 litros por
segundo del nacimiento 1, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Bejuco, Nandayure, Guanacaste, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas
207.206 / 397.092 hoja Cerro Azul. 0,06 litros por segundo del nacimiento 2,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Bejuco, Nandayure,
Guanacaste, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 207.206 / 397.141
hoja Cerro Azul. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de agosto del
2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2016015419).
Exp. Nº 14934A.—Carlos Méndez Murillo, solicita concesión de: 1 litros por
segundo de la Quebrada Lajas, efectuando la captación en finca de su propiedad
en Pejibaye (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, San José, para uso
agroindustrial-beneficiado y consumo humano. Coordenadas 126.904 / 583.046 hoja
Coronado. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 19 de enero del 2016.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—Solicitud Nº
48451.—(IN2016015467).
Exp.
Nº 16700A.—Productos Canteros Marítimos PROCAMAR S. A., solicita concesión de: 12 litros por segundo del
Río Barranca, efectuando la captación en finca de su propiedad en Espíritu
Santo, Esparza, Puntarenas, para uso industria bloquera. Coordenadas 220.694 /
460.373 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de setiembre
del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—Solicitud Nº 48799.—(IN2016015483).
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
Registro
Civil -Departamento Civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Clara Bravo Bravo, se ha
dictado la resolución Nº 461-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas
cincuenta y dos minutos del veintiocho de enero del dos mil dieciséis. Exp. Nº
42042-2015 Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos
Probados:... II.—Sobre el Fondo:... Por tanto,
rectifíquense el asiento de nacimiento de Naizeth Pamela Gutiérrez Bravo, en el
sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre son Clara Esther y
Bravo, respectivamente y el asiento de matrimonio de José Martín Valverde Rojas
con Clara Esther Bravo no indica otro apellido, en el sentido que el segundo
apellido de la cónyuge es Bravo.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2016011703).
AVISOS
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos
de solicitud de naturalización
Rebeca Verónica Arias Romero, mayor, soltera,
fotógrafa, salvadoreña, cédula de residencia número 122200323306, vecina de San
José, Guadalupe, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil.
Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud,
para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez
días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 133980-2014.—San José, a las 11:01 horas del 19 de febrero del
2016.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1
vez.—(IN2016011694).
Gladys
María Jirón Urbina, mayor, casada, vendedora, nicaragüense, cédula de
residencia N° 155801954232, vecina de Guadalupe, Goicoechea, San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Expediente N° 132348-2014.—San
José, a las 10:26 horas del 17 de febrero del 2016.—Lic. German Alberto Rojas
Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2016011719).
Diego Alonso Carrasco Ramírez,
mayor, soltero, estudiante, mexicano, cédula de residencia N° 148400054214,
vecino de Escazú, Trejos Montealegre del Vivero Exótica 200 oeste edificio
Aranjuez, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 135954-2015.—San
José, a las 10:11 horas, del 12 de enero de 2016.—Lic. Germán Alberto Rojas
Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2016011789).
COMPARACIÓN
DE PRECIOS N° 2016BI-000004-32700
PROYECTO:
PROGRAMA RED VIAL CANTONAL -1
Ejecución de los siguientes Proyectos del PRVC-I:
Rehabilitación del sistema de
drenaje, mejoramiento
y mantenimiento de la superficie
de ruedo del
camino 1-17-037 San Gerardo de Dota
La Dirección de Proveeduría Institucional
comunica que la fecha de recepción de ofertas es el día 28 de marzo a las 10:00
horas.
El
interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma
gratuita en la dirección: https:// www. hacienda.go.cr/compra red.
San José, 10 de marzo del 2016.—Dirección Proveeduría Institucional.—Heidy Román Ovares,
Directora.—1 vez.—(IN2016017049).
OFICINA
DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
HOSPITAL
WILLIAM ALLEN T.
LICITACIÓN
ABREVIADA 2016LA-000001-2307
Servicios
profesionales en registros médicos
La Subárea de Contratación de Bienes y
Servicios del Hospital William Allen de Turrialba, con autorización de la
Dirección Médica y Administración, a los interesados se les invita a participar
en el siguiente concurso:
Licitación
Abreviada: 2016LA-000001-2307, por servicios profesionales en estadística y
registros médicos.
Fecha y
hora máxima de recepción y apertura de ofertas: Lunes
4 de abril del 2016.
Hora de
recepción de ofertas y apertura: 10:00 horas.
El
cartel con las especificaciones de este concurso está a la venta en la Subárea
de Contratación Administrativa del Hospital, que está ubicado frente a la
entrada principal del Colegio Clodomiro Picado T, Carretera al Catie,
Turrialba.
Valor
del cartel: ¢500,00 (quinientos colones)
Planificación de Bienes y Servicios.—Cristian Aguilar Quesada.—1 vez.—(IN2016016965).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO
NOCTURNO DE SIQUIRRES
CONTRATACIÓN
PÚBLICA N° 2016-LP-000001-5706
Contratación
del servicio de alimentación para la comunidad
estudiantil del Colegio Nocturno de
Siquirres,
mediante la modalidad de plato servido
La Junta Administrativa del Colegio Nocturno
de Siquirres, invita a participar a potenciales oferentes de la provincia de Limón,
en la Licitación Pública N° 2016-LP-000001-5706: “Contratación del servicio de
alimentación para la comunidad estudiantil del Colegio Nocturno de Siquirres,
mediante la modalidad de plato servido”, durante el curso lectivo 2016, según
Acta de sesión ordinaria N° 55, acuerdo N° 4 del 10 de marzo del 2016.
Esta
contratación será financiada mediante la transferencia directa de fondos del
Programa de Alimentación y Nutrición del Escolar y del Adolescente (PANEA), por
un monto de hasta ¢57.072.944,00 (cincuenta y siete millones setenta y dos mil
novecientos cuarenta y cuatro colones exactos).
Los
interesados podrán adquirir el cartel de licitación en la oficina de la
Dirección del Colegio Nocturno de Siquirres, sita 300 metros al sur de las
oficinas de Correos de Costa Rica, Siquirres, en horario de Lunes a Viernes de
4:00 p.m. a 8:00 p.m., para mayor información contactar al teléfono 8355-8582 y
8759-7390.
Las
ofertas deberán ser presentadas en sobre cerrado en la oficina de la Dirección
del Colegio Nocturno de Siquirres, de 6:00 p.m. a 8:00 p.m. del 21 de abril del
2016, con la hora del reloj marcador institucional.
MSc. Adriana Enríquez Guzmán.—1 vez.—(IN2016016828).
Unidad Coordinadora del Proyecto Institucional
(UCPI)
y del Acuerdo de
Mejoramiento Institucional (AMI)
de Universidad Estatal a
Distancia UNED
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
EDU-UNED-33-LPN-B-2015LPN-000009
Adquisición de equipo de cómputo
Resolución de adjudicación N° 25
La Universidad
Estatal a Distancia (UNED), comunica a los interesados en la presente
licitación que el Consejo Universitario en sesión N° 2501-2016, art. III,
inciso 8), celebrada el 10 de marzo del 2016, acordó:
Adjudicar la Licitación Pública Nacional
EDU-UNED-33-LPN-B-2015LPN-000009, promovida por la Universidad Estatal a
Distancia en el marco del Proyecto 8194-CR Proyecto de Mejoramiento de la
Educación Superior Costarricense y en el marco del Acuerdo de Mejoramiento
Institucional (AMI) para la “adquisición de equipo de cómputo” de la siguiente
manera:
Nombre
del Proyecto: Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior.
País: Costa Rica
Número del Proyecto: P123146.
Contrato Referencia:
EDU-UNED-33-LPN-B-2015LPN-000009.
Alcance
del Contrato: “Adquisición de equipo de cómputo” correspondientes a la
iniciativa N° 3 y 4 del AMI.
Evaluación
moneda: Dólares de los Estados Unidos de América.
1. Postor Adjudicado:
Central de Servicios PC S. A.:
Dirección: San José,
Costa Rica.
Duración del Contrato: 35 días calendario.
Lugar de entrega: Distribución según cartel.
Precio de la oferta por lote, leído en la
apertura de ofertas:
Lote 1: 53 unidades de
computadoras marca Dell, modelo Optiplex 9020. Precio: $922.
Total adjudicado lote N° 1: $48.866.
Tiempo de entrega: 35 días calendario.
Monto
total adjudicado a la empresa Central de Servicios PC S.A.: $48.866.
Nombre
del Proyecto: Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior.
País: Costa Rica.
Número del Proyecto: P123146.
Contrato Referencia:
EDU-UNED-33-LPN-B-2015LPN-000009.
Alcance
del contrato: “Adquisición de equipo de cómputo” correspondientes a la
iniciativa N° 3 y 4 del AMI.
Evaluación
moneda: Dólares de los Estados Unidos de América.
2.
Postor adjudicado: Sonda Tecnologías de Información de Costa Rica S. A.:
Dirección: San José,
Costa Rica.
Duración del Contrato: 35 días calendario.
Lugar de entrega: Distribución según cartel.
Precio de la oferta por lote, leído en la
apertura de ofertas:
Lote 2: 19 unidades de
computadoras, marca HP modelo 600 Pro Desk i54590 con monitor HP.
ProDisplay P200 LED. Precio: $894.27.
Total adjudicado lote N° 2: $16 991,13.
Tiempo de entrega: 35 días calendario.
Lote 3: 666 unidades de
tabletas, marca HP Pro Tablet 408 Z3736F 2GB/32. Precio: $311,80.
Total adjudicado lote N° 3: $207 658,80.
Tiempo de entrega: 35 días calendario.
Monto total adjudicado a la empresa Sonda
Tecnologías de Información de Costa Rica S. A.: $224 649,93.
3. Postor Rechazado: Tecnología
Educativa S. A.
Dirección: San José, Costa Rica.
Precio de los lotes excluidos, tal como fueron
leídos en la apertura de ofertas: ¢45.585.250,43.
Motivos del rechazo: Rechazar la oferta de
Tecnología Educativa S. A., debido a que la oferta presentada no cumple
técnicamente con lo solicitado en el cartel y porque la solución ofrecida no
responde a la necesidad de la UNED, por cuanto presenta desviaciones
inaceptables en la oferta técnica, entre otras están:
Lote N° 1.
Comparación con lo previsto al formular la
Especificación Técnica:
a. El equipo ofertado no cuenta con Dispositivo
Multilector de tarjetas. Este dispositivo es una parte básica en equipos de
cómputo para la Universidad.
b. El equipo ofertado cuenta con
teclado y mouse con puerto PS2, y se solicita en el cartel puerto USB. El
sistema de UBS es Plug&play de forma que es más versátil para las
necesidades de la Universidad.
c. El modelo del chasis es Mini
Torre y lo solicitado en el cartel es Torre completa, por lo tanto no cumple
con la cantidad de bahías necesarias solicitadas ni el tamaño solicitado.
Lote N° 2.
Comparación con lo previsto al formular la
Especificación Técnica:
a. El número de las ranuras de expansión del
modelo ofertado es menor a la solicitada en el cartel. Esto genera una
disminución en la posibilidad de escalamiento y actualización del equipo de
cómputo.
b. El equipo ofertado cuenta con
teclado y mouse con puerto PS2, y se solicita en el cartel puerto USB. El
sistema de UBS es Plug&play de forma que es más versátil para las
necesidades de la Universidad.
c. El modelo del chasis es Mini
Torre y lo solicitado en el cartel es Torre completa, por lo tanto no cumple
con la cantidad de bahías necesarias solicitadas ni el tamaño solicitado.
Sabanilla, 14 de
marzo del 2016.—Oficina de Contratación y
Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í.—1
vez.—(IN2016016859).
ÁREA DE
ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
PÚBLICA 2015LN-000029-05101
(Declaratoria Infructuosidad)
Tornillo
canulado autoperforante y autoroscante
de titanio para hueso cortical y
esponjoso
Se informa a los interesados que está
disponible en la Plataforma Electrónica Compra Red la Resolución GL.R-012-2016
que declara infructuosa la Licitación Pública 2015LN-000029-05101, para la
adquisición de tornillo canulado autoperforante y autoroscante de titanio para
hueso cortical y esponjoso.
San José, 11 de marzo del 2016.—Línea Producción Insumos Médicos.—Licda. Vilma Arias
Marchena, Jefa.—1 vez.—O.C. N° 1232.—Solicitud N°
13801.—(IN2016016850).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000077-2101
(Notificación de adjudicación)
Set de traqueostomía percutánea Nº 7 y 8
La Sub Área de
Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, les
comunica a los interesados en este concurso, que se resolvió adjudicar la contratación
de la siguiente manera:
Empresa adjudicada: Nutricare
S. A.
Ítem 1: Set de Traqueostomía Percutánea N° 7.
Ítem 2: Set de Traqueostomía Percutánea N° 8
Monto aproximado adjudicado: $74.538.75
Monto en letras: Setenta y cuatro mil
quinientos treinta y ocho con 75/100 dólares.
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 14 de marzo
del 2016.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic.
Glen Aguilar Solano, Coordinador.—1
vez.—(IN2016016865).
JUNTA EDUCACIÓN ESCUELA REPÚBLICA ARGENTINA
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 1 2015
(Declaratoria nula)
Proveedores
de alimentos comedor estudiantil
La Junta de Educación Escuela República
Argentina, Barrio México, San José, acuerda declaración de nulidad debido a que
por Ley se le compra al CNP por la Ley Orgánica Art. 9. Lo anterior por acuerdo
en acta ordinaria N-11 18 de febrero del 2016.
Barrio México, San José, 18 de febrero del
2016.—Ronald Luis Ugalde Morales, Presidente.—1
vez.—(IN2016017014).
GERENCIA DE
INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN
DE ADMINISTRACIÓN
DE PROYECTOS ESPECIALES
LICITACIÓN
ABREVIADA 2015LA-000009-4403
Cambio
de techo y obras complementarias del Área Control
Calidad y Protección Radiológica
(Edificio Mireyda)
Se informa a los interesados que por un error
material detectado en la Resolución DAPE-0198-2016 de las diez horas del nueve
de febrero del dos mil dieciséis, se adjudicó la compra antes indicada a la
empresa SAGA Ingeniería S. A., por un monto de ¢140.345.793,50. Siendo
lo correcto haber consignado un monto total por adjudicar de ¢127.587.085,00
(ciento veintisiete millones quinientos ochenta y siete mil ochenta y cinco
colones con 00/100).
El
resto permanece invariable.
San José, 14 de marzo del 2016.—Subárea de Gestión Administrativa y Logística.—Lic. José
Ángel Vargas Castro, Coordinador.—1
vez.—(IN2016016808).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000002-05101
(Aviso Nº 02)
(Prórroga y aclaración)
Bolsa colostomía cerrada adultos, sistema de
dos piezas,
parche rígido,
medida aro plano 59 ± 3 mm, o aro flotante
medida 70 mm y
medida útil recortable mínima de 57 mm.
A todos los
interesados en el presente concurso se les informa que el mismo se prorroga
para el 18-04-2016 a las 10:00 horas, por encontrarse pendiente la nueva ficha
técnica modificada.
Además se les informa que mediante oficio
CTO-20-2016 se realizan aclaraciones al cartel el cual se encuentra incorporado
en la página 04 código 1074986950 del expediente electrónico, mediante oficio
AGM-944-2016 se modifica la fecha de la primera entrega, el mismo se encuentra
en la página 05 y código 672329518 del expediente electrónico.
San José, 14 de marzo
2016.—Línea de Producción de Insumos Médicos.—Licda.
Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—O.C. Nº
1232.—Solicitud Nº 11932.—(IN2016016855).
LICITACION PÚBLICA 2016LN-000004-05101
(Prórroga y aclaración)
(Aviso Nº 02)
Bolsa colostomía cerrada adultos, sistema de dos piezas, parche
flexible, medida aro plano 59 ± 3 mm, o aro flotante medida 70 mm y medida útil
recortable mínima de 57 mm
A todos los
interesados en el presente concurso se les informa que el mismo se prorroga
para el 18-04-2016 a las 11:00 horas, por encontrarse pendiente la nueva ficha
técnica modificada.
Además se les informa que mediante oficio
AGM-0927-2016 se modifica la fecha la primera entrega, el cual se encuentra
visible en página Nº 05, código 1074982699 del expediente electrónico.
San José, 14 de marzo
2016.—Línea de Producción de Insumos Médicos.—Licda.
Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—O.C. Nº
1232.—Solicitud Nº 11931.—(IN2016016858).
OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS
DEL BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO
COMUNAL
SOCIEDAD ANÓNIMA
La Junta Directiva de la Operadora de Planes
de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal Sociedad
Anónima, en sesiones ordinarias Nº 449 y 469 celebradas el jueves 4 de
diciembre del 2014 y el jueves 3 de setiembre del 2015, respectivamente, acordó
por unanimidad modificar los artículos 2, 6, 7, 11 y 14 del Reglamento para la
Operación y Control de Fondos de Caja Chica de Popular Pensiones en los
siguientes términos:
Artículo
2º—Se entenderán como cajas chicas, los fondos asignados para que las
dependencias de la Operadora de Planes de Pensiones del Banco Popular y de
Desarrollo Comunal los destinen única y exclusivamente para adquirir bienes y
servicios que:
a) Su valor sea de escasa cuantía según lo establezca la Gerencia
General hasta un máximo del 20% del monto de la caja chica respectiva.
b) Deban ser cancelados en efectivo al momento de la compra.
c) No existan en ese momento en el área de Compras.
d) Compras menores y servicios ocasionales cuya adquisición por el
monto no sea necesario tramitarse mediante contratación administrativa, siempre
y cuando cumpla con el inciso a) del presente artículo.
Artículo 6º—Los montos máximos de las compras
que se realicen por caja chica serán definidos por la Gerencia de la Operadora
según lo establecido en el artículo 2 inciso a) del presente Reglamento.
Será
terminantemente prohibido fraccionar las compras por caja chica. Los
trabajadores o las trabajadoras que incurran en esta falta serán sancionados
según lo estipulado en el inciso I) del artículo 81 del Código de Trabajo.
Artículo
7º—La Gerencia y la Jefatura del Departamento de Administración y Finanzas,
designarán un trabajador o trabajadora responsable de la custodia de la caja
chica asignada a cada una de las dependencias, aplicando las normas de control
interno que correspondan.
La
persona que ejerza la custodia, además de las funciones propias de su cargo, se
encargará de la operación de la caja chica con las siguientes obligaciones:
a) Vigilar la salida, uso y recuperación de los recursos asignados a
las cajas chicas respectivas.
b) Mantener un control permanente del monto total del fondo fijo
asignado, ya sea en efectivo, en liquidaciones en trámite, en vales
provisionales y/o en vales definitivos.
c) Asegurar el mantenimiento de los fondos en efectivo, mediante la
presentación periódica y oportuna de liquidaciones en la reposición de los
fondos gastados.
Artículo 11.—En todo
vale definitivo deberán adjuntarse las respectivas facturas timbradas o
dispensadas de timbraje o tiquete de caja que respalde la compra realizada y
que estas sean originales. Estos documentos deberán cumplir con las normas
definidas por Tributación Directa y ser expedidas por una persona física o
jurídica ajena a la Operadora.
En
aquellos casos, debidamente calificados, en que por la
naturaleza del bien y/o servicio adquirido no sea posible contar con una
factura que cumpla con lo definido por Tributación Directa, deberá ser
debidamente justificada y aprobada por la Gerencia o por la Jefatura del
Departamento de Administración y Finanzas. Para todo lo anterior, deberá
tenerse presente el cumplimiento de lo que establecen los artículos 22 y 22 bis
de la Ley de Contratación Administrativa.
Artículo
14.—La persona que custodia deberá realizar la reposición de fondos de la caja
chica en forma mensual, o en un tiempo menor en caso de requerirse, debiendo
aportar para ello la respectiva liquidación de los fondos utilizados y contar
con el visto bueno de la Gerencia General o de la Jefatura del Departamento de
Administración y Finanzas.
Para
ambos casos, la reposición de los fondos se hará por medio de cheque o
comprobante de pago, girado a nombre del trabajador o la trabajadora
responsable de la custodia del fondo de caja chica.
Cada
reposición del fondo debe realizarse al haber utilizado como máximo un 50% o
más del monto asignado, a fin de garantizar liquidez permanente en dicha caja
chica.
Rige a partir de su publicación en La
Gaceta.
San José, 17 de febrero del 2016.—Administración y Finanzas.—Licda. Cinthia Solano
Fernández, Jefa.—Sección Administrativa.—Licda. Yensy
Madrigal Mora, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2016011698).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
Por solicitud de reposición del diploma, correspondiente al título de
Maestría en Derechos Humanos, registrado bajo Tomo X, Folio 1616, Asiento 23,
extendido a nombre de Quesada Sánchez Paola Andrea, cédula de identidad
1-1175-0085. Se solicita publicación de edicto para oír oposiciones a dicha
reposición, dentro del término de quince días hábiles, a partir de la tercera
publicación en La Gaceta.—Dado a solicitud de
la interesada, a los dieciocho días del mes de febrero del dos mil
dieciséis.—Lic. Susana Saborío Álvarez, Jefa Oficina de Registro y
Administración Estudiantil.—(IN2016011773).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A Dora María Sánchez
Sánchez y Sergio Javier Zapata, se les comunica la resolución de las 09:50
horas del 05 de enero 2016, dictada por el Departamento de Atención Inmediata
de esta institución, que ordenó medida de cuido provisional de la persona menor
de edad Yaxira Walezca Zapata Sánchez. Notifíquese la presente resolución a
Dora María Sánchez Sánchez y Sergio Javier Zapata y a los demás legítimos
interesados. Se advierte a las partes la necesidad de señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones,
preferiblemente, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede
Oficina Local de San José Oeste, o bien, señalar número de facsímil para
recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto,
se mantuviere cerrado o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber
además, que contra la presente resolución procede el recurso de apelación para
ante la Presidencia Ejecutiva de ésta institución, el cual podrá interponerse
verbalmente o por escrito en la Oficina Local de San José Oeste, dentro de las
cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Expediente:
OLSJO-00001-2016.—Oficina Local San José Oeste.—Licda.
Seidy Chavarría Ramírez, Órgano Director del Procedimiento.—O.C.
Nº 39442.—Solicitud Nº 16000009.—(IN2016012107).
A Maritza Marín Murillo y
Carlos Serrano Medina, se le (s) comunica la resolución de las trece horas del
veintiocho de enero del dos mil dieciséis, mediante la cual se da inicio al
proceso especial de protección de la persona menor de edad Mónica Serrano
Marín, y se ordena su abrigo temporal en alternativa de protección privada
(ONG), con la finalidad de brindarle protección ante su condición de
vulnerabilidad. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar medio
electrónico para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes
a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso será de
conocimiento de la presidencia ejecutiva de esta institución, en el entendido
que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente: S/N.—Oficina Local de Alajuela Oeste.—Mag.
Hazel Oreamuno Sánchez, Órgano Director del Procedimiento.—O.C.
Nº 39442.—Solicitud Nº 16000009.—(IN2016012109).
A Guido Ángel Esquivel
Garrote, se le comunica las resoluciones de la Oficina Local de Naranjo, de las
12:00 horas del día 22 de setiembre de 2015 que da inicio al proceso especial
de protección y dictado de medida de protección de abrigo temporal y de las
15:00 horas del día 26 de octubre de 2015, que modifica medida de protección,
por lo que su hijo Daniel Campos Obregón, es trasladado del albergue de Grecia
a recurso comunal en cuido provisional en el hogar de los señores Beatriz
Oconitrillo Esquivel y Óscar Leandro Zumbado Mora. Se le notifica la anterior
resolución a los interesados con la advertencia que deberán señalar lugar
conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido
de que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o
llegare a desaparecer, o si el medio electrónico
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24
horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 12 de la
Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el
contenido del Voto Nº 11302-2002, de las 15:41 horas de 27 de noviembre de
2002, de la Sala Constitucional. Se le hace saber que contra dicha resolución
procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse en el plazo de 2
días hábiles, contadas a partir de la notificación, ante el mismo Órgano, quien
lo elevará para su resolución ante la Presidencia Ejecutiva, ubicada
trescientos metros al sur de la Casa Matute Gómez, Barrio Luján, San José. Será
inadmisible el recurso interpuesto pasado el plazo establecido. Expediente Nº
OLSR-00238-2014.—Oficina Local de Naranjo.—Licda.
Rosario Cruz Carvajal, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O.C. Nº 39442.—Solicitud Nº 16000009.—(IN2016012110).
A Mayra Arroyo Murillo se le
comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de
Grecia de las trece horas del primero de febrero del año en curso, en la que se
resuelve: 1 - Se dicta medida de protección de orden de inclusión a programa de
auxilio a favor de la persona menor de edad Fabrio Alexánder Sánchez Arroyo en
el ámbito formativo-educativo, socio terapéutico y psicopedagógico para lo cual
la persona menor de edad permanecerá ubicado en la Organización no
Gubernamental Hogar Calasanz, lugar donde permanecerá y seguirá el proceso
respectivo. Se indica que la presente medida de protección no tiene un plazo de
vigencia determinado por cuanto, la permanencia de la persona menor de edad
quedará sujeta al período de duración del proceso que brinda la alternativa de
acuerdo a la situación particular, y en tanto no se modifique en vía
administrativa o judicial. 2- Se refiere el legajo del expediente Nº
115-00177-2010, de la persona menor de edad Fabrio Sánchez Arroyo, a la Oficina
del PANI de San José Oeste, lugar en el que se encuentra el expediente
original. 3- La Oficina de San José Oeste deberá brindar seguimiento a la
situación del joven Fabrio Sánchez Arroyo en la organización no gubernamental
Hogar Calasanz y deberá en el plazo de veinticinco días naturales elaborar un
Plan de Intervención con el respectivo Cronograma. En contra de lo ordenado se podrá
interponer recurso de apelación ante la presidencia ejecutiva de la
institución; dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le
previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones
futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o
llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere
desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Expediente Nº 115-00177-2010.—Oficina
Local de Grecia, 01 de febrero del 2016.—Licda. Carmen Lidia Durán Víquez,
Representante Legal.—O.C. Nº 39442.—Solicitud Nº
16000009.—(IN2016012111).
A Willian Alberto Hernández
Bodán se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia,
Oficina Local de Grecia de las ocho horas del veintisiete de enero del año en
curso, en la que se resuelve: 1- Se inicia proceso especial de protección en
sede administrativa a favor de la persona menor de edad Wilkin David Hernández
García 2- Se dicta medida de protección de orden de inclusión a programa de
auxilio de internamiento a centro especializado para rehabilitación por
drogadicción a favor de la persona menor de edad Wilkin David Hernández García,
para lo cual permanecerá ubicado en la organización no gubernamental Hogar Crea
para Adolescentes en Heredia, y cumpla con el plan de rehabilitación durante el
tiempo que requiera. Lugar donde permanecerá y seguirá el tratamiento respectivo
para su problema de adicción. 3- Se indica que la presente medida de protección
no tiene un plazo de vigencia determinado por cuanto, la permanencia de la
persona menor de edad quedará sujeta al período de duración del proceso que
brinda la alternativa de acuerdo a la situación particular, y en tanto no se
modifique en vía administrativa o judicial. 4- Se le indica a la citada ONG,
Hogar Crea, que debe rendir cada tres meses a esta Oficina Local informes sobre
el proceso que lleva el joven en la citada institución. Así como rendir durante
el primer mes un informe inicial, en donde se haga de conocimiento de esta
oficina Local el Plan de Intervención propuesto para la particular situación de
la joven. 5- Asígnese la presente situación al área social para que brinde el
respectivo seguimiento. 6- Se otorga un plazo de veinticinco días naturales al área social para que elabore un Plan de
Intervención con el respectivo Cronograma. 7- Los progenitores podrán visitar a
su hijo en la Alternativa de protección de acuerdo al horario que tenga
establecido dicho centro. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso
de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá
interponer dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene
que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras,
así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que
de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado
las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de
dictadas. Expediente Nº OLGR-00182-2016.—Oficina Local
de Grecia, 28 de enero del 2016.—Licda. Carmen Lidia Duran Víquez, Representante
Legal.—O.C. Nº 39442.—Solicitud Nº
16000009.—(IN2016012112).
Oficina
Local de Limón notifica a los progenitores de
Maricela Fernández Reyes, titular de la cédula de identidad Nº 7 0379 0326,
progenitores señores Francisco Fernández Martínez, titular de la cédula de
identidad Nº 7 0118 0793, y Luisa Reyes Fernández, demás datos personales de
los progenitores desconocidos y aunque el suscrito buscó en el Registro Civil
vía internet con ese nombre se no ubicó a nadie en el caso de la progenitora y se
ordena publicación de la presente para informar que en el caso de su hija
Maricela Fernández Reyes, fecha de nacimiento 23/05/2005, titular de la cédula
de identidad Nº 7 0379 0326, se dictó resolución de las 07 horas 53 minutos del
02 de febrero del 2016, donde se resuelve: Por tanto de acuerdo con la anterior
fundamentación fáctico-jurídica, esta representación resuelve: 1.-Dar inicio al
proceso especial de protección en sede administrativa, a.-) Se ordena medida de
cuido provisional a favor de la persona menor de edad, Maricela Fernández
Reyes, en el hogar de la señora Elizabeth Gamboa Piedra, de calidades dichas,
por un plazo de seis meses que inicia a partir del 11 de diciembre 2015 hasta
el 11 de junio del 2016. Se otorga un plazo de 25 días naturales para que la
profesional en psicología de esta Oficina Local de Limón realice una
investigación ampliada de los hechos y recomiende lo que considere necesario
toda vez que se desconoce según su informe el domicilio exacto de los
progenitores, b.-) Se ordena a los progenitores que una vez notificado este
proceso por la vía legal pertinente, deberá comparecer a estas oficinas dentro
del tercer día hábil siguiente a la notificación, para someterse al trámite
correspondiente que le indique la profesional a cargo del expediente, c.-)
Asimismo desde ya se ordena a la profesional que deberá tomar nota que en el
expediente se denuncia otro hecho que podría constituir un delito en este caso
que la hermana de Maricela vive con un adulto al parecer como pareja y que esta
embarazada. Por lo expuesto tiene un plazo de 8 días hábiles a partir de la
comunicación de este acto, para atender esta denuncia pues el acta de la señora
Gamboa fue clara en señalar una supuesta violación de derechos de otra persona
menor de edad de 16 años, d.-) Se otorga a la profesional a cargo del
expediente administrativo un plazo de un mes a partir del 02 de febrero del
2016, para que anexe un plan de intervención con su respectivo cronograma en
caso de no recomendar en la investigación ampliada de los hechos el retorno de
la persona menor de edad en el domicilio familiar que tuviera antes de la
intervención institucional o que por ley corresponda. III.—Se
da audiencia a las partes para ser escuchadas y aportar prueba. IV.—Notifíquese la presente resolución a los progenitores y en
caso de ser habidos publíquese por tres veces consecutivas sin necesidad de
resolución que lo ordene. Considerando que la profesional no consigno domicilio
lo que hace suponer que no existe uno exacto y razón por la cual se ordena la
publicación a través de los edictos respectivos. Todo lo anterior con la
advertencia de que deben señalar preferiblemente dentro de kilómetros de esta
oficina Lugar o un Fax o Correo Electrónico donde
recibir notificaciones, en caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto,
impreciso o llegara a desaparecer o el medio seleccionado fuera defectuoso
estuviera desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiera, la comunicación de las
resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de ser
dictadas. En contra de la presente resolución procede únicamente el Recurso
Ordinario de Apelación que deberá interponerse ante esta Representación Legal
dentro de las 48 horas hábiles después de notificada la presente resolución,
Recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se
previene a las partes involucradas en el proceso que les asiste todo el
derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho así
como tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión o
fotocopias.—Oficina Local de Limón.—Lic. Richard Dean Hamm Royes, Representante
Legal.—O.C. Nº 39442.—Solicitud Nº
16000009.—(IN2016012113).
A la señora María Isabel
Calderón Rojas, de otras calidades y domicilio ignorados; se le comunica la
resolución de declaratoria de adoptabilidad de las 15:00 horas del 11 de
febrero del 2015 a favor de la persona menor de edad José Santiago Calderón
Rojas. Notifíquese lo anterior a los interesados a quienes se les previene que
deben señalar casa u oficina para recibir notificaciones futuras, con la
advertencia de que de no hacerlo las resoluciones posteriores que se dicten se
tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, igual
consecuencia se tendrá, si el lugar fuere impreciso, incierto o ya no
existiere. Contra esta resolución proceden los recursos de revocatoria y de
apelación, los que deberán interponerse dentro de los tres días hábiles
siguientes a partir de su notificación, siendo competencia de esta Oficina
Local resolver el de revocatoria, el de apelación corresponderá a la
Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es potestativo usar uno o ambas
recursos, pero será inadmisible el interpuesto pasado los tres días señalados.
Se deberá publicar este edicto por tres veces consecutivas en el Diario Oficial
La Gaceta. Expediente Administrativo Nº OLPO-00106-2014.—Oficina Local de Pococí.—Msc. María Gabriela Hidalgo
Hurtado, Abogada.—O.C. Nº 39442.—Solicitud Nº 16000009.—(IN2016012114).
A Daniel Fernando Duarte
Espinoza, mayor de edad, costarricense, soltero, portador de la cédula de
identidad Nº 304370622, de domicilio y demás calidades desconocidas, se le
comunica la resolución administrativa dictada por ésta oficina local de las
doce horas del veintitrés de noviembre del año dos mil quince, en la cual se
dictó la medida de protección administrativa de cuido provisional de su hijo,
la persona menor de edad Hengell Josué Duarte Álvarez, de cinco años de edad,
costarricense, nacido el 13 de octubre del año dos mil diez, con citas de
inscripción provincia: San José, tomo: 2099, asiento: 756, para que permanezca
bajo el cargo de la abuela materna la señora Julia Guevara Espinoza, portadora
de la cédula de identidad Nº 501610690, vecina de Siquirres. Recurso: el de
apelación, señalando lugar para oír notificaciones dentro del perímetro
judicial de la presidencia ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho
horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Nº OLSI-00049-2015.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall Quirós
Cambronero, Representante Legal.—O. C. Nº
39442.—Solicitud Nº 316000009.—(IN2016012115).
A Jeiner Orlando Pérez
Canales, mayor de edad, costarricense, soltero, portador de la cédula de
identidad Nº 503490171, de domicilio y demás calidades desconocidas, se le
comunica la resolución administrativa dictada por ésta oficina local de las
nueve horas con cuarenta minutos del veintinueve de diciembre del año dos mil
quince, en la cual se dictó la medida de protección administrativa de cuido
provisional de su hija, la persona menor de edad Shelvi Nayeli Pérez
Altamirano, de nueve años de edad, costarricense, nacida el 27 de abril del año
dos mil seis, con citas de inscripción provincia: Heredia, tomo: 271, asiento:
710, para que permanezca bajo el cargo de la abuela materna la señora Floribeth
Ángela Salmerón Cortés, portadora de la cédula de identidad Nº 6-290-863 vecina
de Siquirres, Indiana Dos. Recurso: el de apelación, señalando lugar para oír
notificaciones dentro del perímetro judicial de la presidencia ejecutiva en San
José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación
de este edicto. Nº OLSI-00192-2015.—Oficina Local de
Siquirres.—Lic. Randall Quirós Cambronero, Representante Legal.—O. C. Nº 39442.—Solicitud Nº 16000009.—(IN2016012116).
A José Andrés Badilla Zúñiga,
mayor de edad, costarricense, soltero, portador de la cédula de identidad Nº
7-0160-689, de domicilios y demás calidades desconocidas, se le comunica la
resolución administrativa dictada por esta
oficina local de las diez horas cincuenta y tres minutos del cuatro de enero de
dos mil dieciséis, en la cual se dictó la resolución de declaratoria de
adoptabilidad, de su hija la persona menor de edad: Nancy Gimena Badilla
Solano, de diez años de edad, nacida el 23 de setiembre de 2005, de
nacionalidad costarricense, con inscripción en Registro Civil, sección de
nacimientos de la provincia de Limón, al tomo 178, asiento 355. Recurso: el de
apelación, señalando lugar para oír notificaciones dentro del perímetro
judicial de la presidencia ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho
horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Nº OLSI-00019-2014.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall Quirós
Cambronero, Representante Legal.—O.C. Nº
39442.—Solicitud Nº 16000009.—(IN2016012118).
A
José Aníbal Barboza Medina, mayor de edad, costarricense, divorciado, portador
de la cédula de identidad Nº 7-0169-0359, de domicilio y demás calidades
desconocidas, se le comunica la resolución administrativa dictada por esta
oficina local de las ocho horas cincuenta y tres minutos del cuatro de enero de
dos mil dieciséis, en la cual se dictó la resolución de declaratoria de
adoptabilidad, de su hijo la persona menor de edad: Daniel Barboza Canales, de
cuatro años de edad, nacido el 12 de octubre de 2011, de nacionalidad
costarricense, con inscripción en Registro Civil, sección de nacimientos de la
provincia de Limón, al tomo 373, asiento 243. Recurso: el de apelación,
señalando lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de la
presidencia ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes a la tercera publicación de este edicto. Nº OLSI-00021-2014.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall Quirós
Cambronero, Representante Legal.—O.C. Nº
39442.—Solicitud Nº 16000009.—(IN2016012119).
La Municipalidad de
Desamparados comunica que la sesión ordinaria correspondiente al martes 22 de
marzo del 2016, ha sido trasladada para el jueves 17 de marzo del 2016, a la
hora y lugar usuales. Mario Vindas Navarro, Secretario del Concejo Municipal.
10 de febrero del
2016.—Mario Vindas Navarro, Coordinador de la
Secretaría General.—1 vez.—(IN2016011732).
SOCIEDAD DE USUARIOS DE AGUA DE DESAMPARADOS
Se convoca a
asamblea extraordinaria de la Sociedad de Usuarios de Agua de Desamparaditos,
cédula jurídica 3-107-345466, que se llevará a cabo el día lunes 03 de abril de
2016 en su domicilio legal en una primera convocatoria a las 14:30 horas en
caso de no alcanzar dos terceras partes de los socios, la segunda será para las
14:45 horas con los presentes. Para tratar como único punto la disolución.—Licda. Hazel María Siles Acuña, Notaria.—1
vez.—(IN2016014940).
PROYECTOS EDUCATIVOS ROEL
SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a los
socios y socias de la empresa Proyectos Educativos Roel Sociedad Anónima, con
cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y dos
mil novecientos siete, a la asamblea general extraordinaria de socios el día
sábado 02 de abril del dos mil dieciséis; la primera convocatoria será a las
ocho horas y la segunda convocatoria una hora después de la primera. La
asamblea se celebrará en el domicilio social de la empresa, San Jerónimo de Moravia, costado sur del parque. En dicha
asamblea se conocerán los siguientes puntos del orden del día, 1. Propuesta de
arreglo conciliatorio con Elssie Vargas Arias solicitado por el Juzgado de
Trabajo. 2. Modificación al pacto social cláusula del capital social;
ratificación del aumento de capital conocido en la asamblea extraordinaria Nº
9. 3. Modificación del pacto social referente a la administración y cambios de
junta directiva; valorar nombramientos y remociones. 4. Modificación del pacto
social referente al nombre de la sociedad. Tanto los libros legales como los
contables estarán a disposición de los socios de conformidad con el artículo
ciento sesenta y cuatro del Código de Comercio para su revisión con la
secretaria de junta directiva en la oficina de la sociedad quince días
naturales antes de las asambleas. Rocío Artavia González, cédula de identidad número uno-cuatrocientos
veinte-ciento cincuenta y cuatro. Presidenta.—San
José, once de marzo de dos mil dieciséis.—Luisa Castro Artavia, Secretaria.—1
vez.—(IN2016016818).
MORA MORA Y BERMÚDEZ S. A.
Se convoca a todos
los socios de Mora Mora y Bermúdez S. A., cédula jurídica Nº 3-101-096794 a
asamblea general extraordinaria de socios en su domicilio en barrio Cuba, San
José, de Industria Leonisa 200 al sur y 75 metros al oeste, a las nueve horas
del sábado 23 de abril del dos mil dieciséis en el entendido de que si a esa
hora no hay quórum, se esperará una hora y pasada una hora la asamblea se
constituirá válidamente en segunda convocatoria en el mismo lugar y con los
socios presentes. La asamblea se convoca para modificar las cláusulas sexta y
octava del pacto constitutivo referidas al capital social y al modo y medio
para convocar a socios a las asambleas ordinarias y extraordinarias de
socios.—Máximo Mora Sánchez, Presidente.—1 vez.—(IN2016016835).
ONCE
MÉDICOS S. A.
Se convoca a los señores accionistas de Once
Médicos S.A., con cédula jurídica 3-101-344138, por celebrarse el día Jueves 7
de abril del 2016, a las diecisiete horas en primera convocatoria y a las
dieciocho horas en segunda convocatoria. La Asamblea se celebrará en las
oficinas de la compañía ubicada en San José, costado oeste del Hospital Clínica
Bíblica, Edificio Omega, sexto piso, siendo que se habilita como lugar para
esta reunión el Auditorio de la Academia Strachan de Clínica Bíblica, ubicada
al costado oeste del Edificio de la Clínica Bíblica.
La agenda del día será:
Asuntos de carácter extraordinario
1. Comprobación de quórum.
2. Lectura y aprobación de la agenda.
3. Posibilidad de oferta a terceros físicos o jurídicos sobre la venta
del 6to piso.
4. Posibilidad de la cancelación total o parcial de la deuda que
mantiene la compañía con ANVECO.
Tendrán derecho de asistir a la Asamblea
todos los accionistas que se encuentren registrados como tales en el Libro de
Registro de Socios al día (quince días antes de la Asamblea). Con el fin de
llevar a cabo la correspondiente acreditación, los accionistas deberán presentar
los documentos probatorios de su identidad. En el caso de personas jurídicas,
quien actúe como representante de ésta, deberá presentar certificación de
personería jurídica que lo acredite como representante legal o apoderado de
ésta (original con no más de un mes de emitida), así como documento de
identidad. Cuando un accionista desee hacerse representar a la Asamblea por un
tercero, deberá presentar una carta poder o poder especial autenticado por un
Notario Público, firmado por el accionista (persona física) o por el
representante legal o apoderado generalísimo (persona jurídica). En este último
caso, deberá adjuntarse certificación de la persona jurídica respectiva
(original con no más de un mes de emitida).—Dr. lofge
Cortés Rodríguez, Presidente.—1 vez.—(IN2016016983).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
MUTUAL
CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO
La señora Mónica Marín Aguilar, documento de
identidad 303870225, ha solicitado a Mucap la reposición del título valor CDP
N° 112-300-596705 por un monto de ¢940.000,00; el cual fue emitido a su orden
el día 26 de abril del 2015. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro
del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación.—Laura Cordero
Chacón, Jefa Sección de Captación.—Solicitud N° 48005.—(IN2016011204).
LÍNEAS
AÉREAS COSTARRICENSES S. A. (LACSA)
Para los efectos del artículo 689 del Código
de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien
interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes
certificados de acciones:
Certificado Nº Acciones Serie
5328 1200 B
Nombre del accionista: Pravia Solano Marco
Antonio.
Folio
Número: 4071
Líneas
Aéreas Costarricenses S. A.
23 octubre 2015.—Norma
Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2016011776).
LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.
Para los efectos del
artículo 689 del Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A.
(LACSA), hace constar a quien interese que por daño físico, repondrá los
siguientes certificados de acciones:
Certificado Nº Acciones Serie
6517 800 J
Nombre del
accionista: Vargas Cordero Claudia María, folio Nº 5058.
San José, 29 de enero
del 2016.—Norma Naranjo M., Gerente de
Accionistas.—(IN2016012093).
MULTIVALORES ROSA S. A.
Multivalores Rosa S.
A., cédula Nº 3-101-050717, ha solicitado reposición del certificado de
acciones Nº 32, Serie E del 10 de octubre del 2000 por un mil ochocientas
diecisiete acciones de Pan-American School, antes conocido como Colegio
Panamericano Segunda Enseñanza (C.P.C.R.) S. A., cédula Nº 3-101-128631, a su
nombre, por haberse extraviado. Se publica este aviso para efectos del artículo
689 del Código de Comercio. Pan-American School Colegio Panamericano Segunda
Enseñanza (C.P.C.R.) S. A.—Michael Genis Murray,
Representante Legal.—(IN2016012125).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
UNIVERSIDAD DE CIENCIAS MÉDICAS
Ante el Departamento
de Registro de la Universidad de Ciencias Médicas, UCIMED, se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Maestría Profesional en Medicina del
Trabajo, emitido por esta casa de estudios el diez de abril del dos mil tres,
inscrito en el Tomo cero cero uno, folio treinta y cuatro, asiento treinta y
uno de la UCIMED, y bajo el tomo cuarenta y uno, folio treinta y uno, asiento
setecientos cuarenta y uno del CONESUP a nombre de Verónica Dubuisson
Schönemberg, cédula de residencia número uno dos dos dos cero cero cero cero
cero uno tres seis. Se solicita la reposición del título por extravío. Se
publica este edicto 3 veces para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la publicación en el Diario
Oficial.—San José, Campus Universitario UCIMED, 17 de
febrero del 2016.—Lic. Guido Álvarez González, Coordinador de Registro.—(IN2016011735).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
SHAIRA
SEGURIDAD S. A.
De conformidad con el artículo 14 del
Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de Libros de Sociedades
Mercantiles, se avisa que Shaira Seguridad S. A., cédula jurídica 3-101-641014,
procederá con la reposición, por motivo de extravío, de los siguientes libros
Nº 1: Actas de Asamblea de Socios, Actas del Consejo de Administración y
Registro de Socios. Se informa al público en general y a quien sea interesado,
sobre dicho extravío, por lo que no nos hacemos responsables del uso indebido
de estos libros legales, quién se considere afectado puede manifestar su
oposición al correo electrónico cinthyapaniaguagfehotmail.com dentro del
término de 8 días hábiles a partir de la publicación, transcurrido dicho plazo,
sin que se haya dado comunicación alguna, procederemos a la reposición de los
mismos.—Cinthya Paniagua Gómez.—1 vez.—(IN2016011702).
ACRELU DE
CENTROAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Por escritura número 46 otorgada ante este
notaria, a las 18:00 horas del 15 de diciembre del 2015, se solicita la
reposición del libro primero de registro de asamblea de socios de Acrelu de
Centroamérica Sociedad Anónima. Presidente Jorge Antonio Hernández Soto.—San José, 18 de enero del 2016.—Licda. Miriam Vanessa
Cambronero Cerdas, Notaria.—1 vez.—(IN2016011712).
ESTRUCTURAS
Y CONSTRUCCIONES JIMÉNEZ
(ESCOJISA) S. A.
Estructuras y
Construcciones Jiménez (ESCOJISA) S. A., cédula jurídica N° 3-101-099898,
solicita ante el Registro Inmobiliario, la reposición del libro de asamblea de
socios, por haberse extraviado.—Lic. Arnulfo Carmona
Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2016011713).
ACRELU DE
CENTROAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Por escritura número 45 otorgada ante este
notaria, a las 17:00 horas del 15 de diciembre del 2015, se solicita la
reposición del libro primero de registro de socios de Acrelu de Centroamérica
Sociedad Anónima. Presidente Jorge Antonio Hernández Soto.—San
José, 18 de enero del 2016.—Licda. Miriam Vanessa Cambronero Cerdas, Notaria.—1 vez.—(IN2016011714).
JUNTA
ADMINISTRATIVA CAMPOSANTO SAN ANTONIO
La Junta Administrativa Camposanto San
Antonio, cédula jurídica N° 3-008-092365, comunica a todos los propietarios de
bóveda y al público general, los aumentos aprobados el 07 de enero del año 2016
en reunión extraordinaria acta N° 16, en acuerdo Artículo V.6.
¢
Permiso de enchape 50.000
Permiso de aceras 50.000
Alquiler de capilla grande 120.000
Alquiler de capilla pequeña 100.000
Alquiler de nicho comunal 100.000
Apertura nicho de arriba 35.000
Apertura nicho de abajo 50.000
Remover restos 6.000
Derecho de exhumación 15.000
Fernando
Muñoz Barrantes, Presidente.—1 vez.—(IN2016011742).
FRACCIÓN BUNGAVILIA QUINCE S. A.
Quien suscribe,
Gisselle Flores Villalobos, quien es mayor de edad, casada una vez, empresaria,
portadora de la cédula de identidad número seis - doscientos cuarenta y cuatro
- setecientos cuarenta, vecina de Guanacaste, Santa Cruz, Playa Junquillal,
Condominio Tierra Pacífica, actuando en mi condición de presidenta con
facultades de Apoderada Generalísima sin límite de suma, de la sociedad
denominada Fracción Bungavilia Quince S. A., cédula jurídica número tres -
ciento uno - trescientos ochenta y cinco mil cuarenta y cinco, sociedad con
domicilio social en San José, Montes de Oca, San Pedro, Los Yoses, final
avenida diez, calle treinta y cinco, número treinta y cinco - diez, por este
medio hago constar a cualquier tercero interesado que en vista de que los
siguientes libros de la sociedad supracitada: a) Actas de Asamblea de Socios;
b) Registro de Accionistas; c) Junta Directiva; d) Mayor; e) Inventario y
balances; f) Diario, fueron extraviados procederemos a reponer los mismos. Se
emplaza a partir de esta publicación a cualquier interesado a fin de oír
objeciones en el domicilio de la sociedad.—09 de
febrero del 2016.—Gisselle Flores Villalobos, Presidenta.—1 vez.—(IN2016011777).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por escritura pública número 282, otorgada en
mi notaría, a las 10:00 horas, del día 22 de diciembre del año 2015,
protocolicé acta número cinco de asamblea general extraordinaria de accionistas
de Desarrollos Bahía Matapalo F. B. Sociedad Anónima. Se nombró nueva
junta directiva. Se modificó cláusula de la administración. Se modificó
cláusula del capital social el cual se disminuyó a la suma de cinto diez mil
colones, representado por ciento diez acciones comunes y nominativas de mil
colones cada una.—Lic. Fernando Pizarro Abarca,
Notario.—(IN2016015081).
Personal Care C.A. Sociedad
Anónima, mediante asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas celebrada el día quince de diciembre del dos mil
quince, se acordó disminuir el capital social accionario por pérdidas
acumuladas en la suma de doscientos ochenta millones de colones, reformándose
así la cláusula quinta del pacto social, se publica la presente para los fines
establecidos en el artículo treinta y uno del Código de Comercio. George Durman
Esquivel, presidente.—Lic. Harry Jesús Castro
Carranza, Notario.—(IN2016015424).
Por escritura otorgada hoy
ante el suscrito notario, se acuerda modificar totalmente el pacto constitutivo
de la sociedad Aravilla S. A.—San José, 22 de
febrero del 2016.—Lic. Pablo Enrique Guier Acosta, Notario.—(IN2016015445).
publicación de una vez
Por
escritura otorgada ante la suscrita notaria, en la ciudad de San José, a las
diez horas treinta minutos del día hoy, se protocolizó el acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionista de la sociedad Vanalfe
Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto
social.—San José, veintinueve de febrero del dos mil
dieciséis.—Lic. Marcela Filloy Zerr, Notaria.—1
vez.—(IN2016014375).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaría, en la ciudad de San José, a las diez horas cuarenta y cinco
minutos del día hoy, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionista de la sociedad Amteco Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social San José,
veintinueve de febrero del dos mil dieciséis.—Lic.
Marcela Filloy Zerr, Notaria.—1 vez.—(IN2016014376).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaría, en la ciudad de san josé, a las once horas del día hoy, se
protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionista de la sociedad comerciantes incorporados G C A de San José
Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda
del pacto social.—San José, veintinueve de febrero del
dos mil dieciséis.—Lic. Marcela Filloy Zerr, Notaria.—1
vez.—(IN2016014377).
Mediante escritura número 11
otorgada ante mí, a las 15:30 horas del 29 de noviembre de 2016 se protocolizó
el acta de asamblea general accionaria de empresa Consultora del Oeste-
Norte Econsa S. A., mediante la cual se modificó su pacto constitutivo,
cambiando el nombre, el domicilio, el capital social y la cláusula de
representación. Asimismo se realizó el cambio de junta directiva y fiscal.—Cinthya Calderón R., Notaria.—1 vez.—(IN2016014380).
Mediante escritura número 12
otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 29 de noviembre de 2016 se protocolizó
el acta de asamblea general accionaria de capital Investments: División del
Pacífico S. A., mediante la cual se modificó su pacto constitutivo,
cambiando la cláusula del capital social de la sociedad.—Lic.
Cinthya Calderón R., Notaria.—1 vez.—(IN2016014382).
Por escritura otorgada ante mí
a las 16:00 horas del 29 de febrero de 2016, protocolicé acta de “3-102-698975
SRL” de las 09:20 horas del 29 de febrero de 2016, mediante la cual se
reformaron las cláusulas primera y sexta.—Lic. Hernán
Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2016014390).
Por escritura otorgada ante mí
a las 16:00 horas del 29 de febrero de 2016, protocolicé acta de Punta Penca
Lote Cinco SRL, de las 11:25 horas del 29 de febrero de 2016, mediante la
cual se reformó la cláusula primera.—Lic. Hernán
Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2016014391).
Por escritura otorgada ante
esta notaría a las 09:00 horas del día 01 de marzo del 2016, la empresa Centro
Plaza Liberia, L.B.E., donde se acuerda modificar la cláusula de la
administración.—San José, 01 de febrero del 2016.—Lic.
Tobías Felipe Murillo Jiménez, Notario.—1
vez.—(IN2016014395).
Protocolización de asamblea
general extraordinaria de socios de Solterra Cyan Seven S. A., cédula
jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y siete mil cuatrocientos noventa
y, la cual reforma las cláusulas de los estatutos correspondientes al Domicilio
y a la Representación de la sociedad y se nombran nuevos miembros de la junta
directiva. Escritura número cincuenta y tres-cuatro de las quince horas diez
minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil dieciséis.—San
José, primero de marzo de dos mil dieciséis.—Licda. Elizabeth María Álvarez
Morales, Notaria.—1 vez.—(IN2016014420).
Por escritura otorgada ante
mí, a las 10:00 horas de hoy, se protocolizó acuerdos de Reproducción S. A.,
por los que se reforman las cláusulas segunda y novena, referentes a nuevo
domicilio y cambios en la integración de junta directiva.—San
José, 16 de febrero 2016.—Lic. María Jiménez Pacheco, Notaria.—1
vez.—(IN2016014429).
El día veintidós de febrero
del dos mil dieciséis la sociedad denominada Compañía Constructora Ugalde y
Rodríguez Limitada, cédula jurídica tres- ciento dos- seis tres seis uno
cero cinco, por medio de la asamblea general extraordinaria de socios, efectuó
la modificación de la cláusula sexta de los estatutos de dicha sociedad.—Grecia, veintinueve de febrero del dos mil dieciséis.—Lic.
Gilferd Alfonso Banton Beckford, Notario.—1
vez.—(IN2016014438).
Por escritura otorgada ante
esta notaría el día 26 de febrero del año 2016 se protocolizó el acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Seele & Geist,
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica: 3-101-512251, en la que
se modificó la cláusula sétima de la Administración.—San José, 26 de febrero
del 2016.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1
vez.—(IN2016014444).
Por escritura otorgada en
Alajuela ante está notaría a las 09:00 horas del 23 de febrero del 2016, se
modificó la cláusula del domicilio y se nombra nueva junta directiva de Corrientes
Serenas C S S. A., cédula jurídica N° 3-101-266962. Presidente: Mauricio
Lamberti, Notario.—1 vez.—(IN2016014445).
Se rectifica el nombre de la
sociedad llamada DLC Desing, Sociedad de Responsabilidad Limitada, con
número de cédula jurídica tres- ciento dos- siete uno cero tres seis siete,
inscrita bajo el tomo dos mil dieciséis, asiento uno uno tres tres cinco nueve,
nombre que fue consignado por error material, y cuyo nombre correcto es DLC
Design, Sociedad de Responsabilidad Limitada y no el que por error de
transcripción se consignó. Es todo.—San José,
veintinueve de febrero del 2016.—Lic. Rogelio Mariano Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2016014447).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las 10:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Castro
y Romero, S.R.L. Plazo social: 99 años. Capital social: US$100. Dos
Gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma,
actuando en separada.—San José, 29 de febrero del
2016.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1
vez.—(IN2016014448).
El suscrito notario hago constar
que mediante escritura pública número 313-43 otorgada ante mi notaría a las 11
horas 15 minutos del 25 de febrero del 2016, protocolicé acta de la sociedad Servicios
Industriales Electromecánicos Siemsa S. A., cédula jurídica N°
3-101-405750, mediante la cual se modifica la administración únicamente en el
presidente.—Tibás, 01 de marzo del 2016.—Lic. Jorge Antonio Salas Bonilla,
Notario.—1 vez.—(IN2016014449).
Por escritura numero ciento
sesenta y dos del tomo ocho de mi protocolo, se nombró nuevo gerente de la
sociedad Tres - Ciento Dos - Setecientos Diez Mil Doscientos Sesenta y Dos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de febrero de dos mil
dieciséis.—Licda. Ana Militza Salazar Sánchez, Notaria.—1
vez.—(IN2016014450).
Por escritura 89-2 otorgada
ante la suscrita notaría a las 08:00 horas del 26 de febrero de 2016, Laboratorios
Ancla S.A., protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas, reformando pacto social modificando la administración de la
compañía.—San José, 01 de marzo del 2016.—Licda.
Andrea Gallegos Acuña, Notaria.—1 vez.—(IN2016014451).
Por escritura 92-2 otorgada
ante la suscrita notaría a las 11:00 horas del 26 de febrero de 2016, Laboratorios
y Representaciones Internacionales S. A., protocoliza acuerdos de asamblea
general extraordinaria de accionistas, reformando pacto social modificando la
administración de la compañía.—San José, 01 de marzo
de 2016.—Licda. Andrea Gallegos Acuña, Notaria.—1
vez.—(IN2016014452).
Por escritura, otorgada ante
esta notaría, escritura número doscientos dos de las 18 horas del 01 de marzo
del 2016, se constituyó la asociación Cámara Costarricense de la Industria
de la Música. La representación judicial y extrajudicial corresponderá al
presidente con facultades de apoderados generalísimos con límite de suma.—San José, 01 de marzo del 2016.—Lic. Marilu Quirós
Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2016014454).
Por escritura 91-2 otorgada
ante la suscrita notaría a las 10:00 horas del 26 de febrero de 2016, Corporación
Anhira Internacional S. A., protocoliza acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas, reformando pacto social modificando la
administración de la compañía.—San José, 01 de marzo
de 2016.—Licda. Andrea Gallegos Acuña, Notaria.—1
vez.—(IN2016014456).
Por escritura 90-2 otorgada
ante la suscrita notaría a las 9:00 horas del 26 de febrero de 2016, Distribuidora
Ancla S.A., protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas, reformando pacto social modificando la administración de la
compañía.—San José, 01 de marzo del 2016.—Lic. Andrés
Gallegos Acuña, Notaria.—1 vez.—(IN2016014457).
Por escritura otorgada ante
esta notaría a las catorce horas del día dieciocho de febrero del dos mil
dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios
de la compañía Azurri Chettis CA S. A., cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y tres mil cuatrocientos cuarenta
y cinco, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el
artículo 201 del Código de Comercio.—Licda. Marcela
Vargas Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2016014458).
Por escritura otorgada el 09
de febrero del 2016 a las 10:00 horas ante este notario público se constituyó
la sociedad Sunset R & R Developments Sociedad Anónima, capital social
íntegramente suscrito y pagado.—San José, 29 de
febrero de 2016.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1
vez.—(IN2016014464).
Por escritura número 31
otorgada a las 12:00 horas del 29 de febrero de 2016, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de Piedras de Onice S. A., cédula
jurídica número 3-101- 244231, mediante la cual se reforma la cláusula sexta
del pacto constitutivo y se nombra tesorero. Es todo.—San
José, 29 de febrero de 2016.—Licda. Iara Lancaster Cortés, Notaria.—1 vez.—(IN2016014466).
La sociedad Refritec
Refrijeración y Aire Acondicionado Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3-101- 335585, aumenta su capital social de ciento veinte mil colones a
cincuenta millones de colones. Su domicilio San José, Granadilla Norte de
Curridabat, Urbanización Las Luisas casa N° 31.—San
José, veintiséis de febrero del dos mil dieciséis.—Lic. Luis Salazar Ureña,
Notario.—1 vez.—(IN2016014471).
Por instrumento público
autorizado a las 8:00 horas del 26 de noviembre de 2015, ante esta notaría se protocolizó,
acta de asamblea general extraordinaria de socios de Tres -Ciento Dos -
Quinientos Cuarenta Mil Quinientos Quince, Limitada en virtud de la que se
reforma la cláusula sexta y se nombra gerente.—San
José, 01 de marzo de 2016.—Licda. Cecilia Naranjo Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2016014472).
Por instrumento público
autorizado a las 15:36 horas del 01 de marzo de 2016, ante esta notaría se
protocolizó, acta de asamblea general extraordinaria de socios de Tres
-Ciento Dos - Quinientos Cuarenta Mil Quinientos Quince Limitada en virtud
de la que se modifica la cláusula tercera, del objeto.—San
José, 01 de marzo del 2016.—Licda. Cecilia Naranjo Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2016014474).
Por escritura otorgada a las
12:00 horas del 26 de febrero de 2016, ante esta notaría se protocolizó, acta
asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Dos Mil
Sesenta y Seis S. A., en virtud de la cual se acordó reformar las cláusulas
segunda y sexta del pacto social por el resto del plazo social.—San José, 26 de febrero de 2016.—Licda. Roxana María
Villalobos Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2016014477).
Por escritura otorgada a las
12:15 horas del 26 de febrero de 2016, ante esta notaría se protocolizó, acta
asamblea general extraordinaria de accionistas de Compañía Surque S. A.,
en virtud de la cual se acordó reformar las cláusulas segunda y sexta del pacto
social por el resto del plazo social.—San José, 26 de
febrero de 2016.—Licda. Roxana María Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2016014478).
Por escritura otorgada a las
12:30 horas del 26 de febrero de 2016, ante esta notaría se protocolizó, acta
asamblea general extraordinaria de accionistas de Compañía Hotelera Playa
Media Luna S. A., en virtud de la cual se acordó reformar las cláusulas
segunda y sexta del pacto social por el resto del plazo social.—San José, 26 de febrero del 2016.—Licda. Roxana María
Villalobos Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2016014480).
Por escritura otorgada a las
12:00 horas del 26 de febrero de 2016, ante esta notaría se protocolizó, acta
asamblea general extraordinaria de accionistas de Duque de Tarbaca S. A.,
en virtud de la cual se acordó reformar las cláusulas segunda y sexta del pacto
social por el resto del plazo social.—San José, 26 de febrero de 2016.—Licda.
Roxana María Villalobos Chaves, Notario.—1
vez.—(IN2016014483).
Mediante escritura otorgada en
San José, se constituyó la sociedad Imprint CR Sociedad Anónima.
Presidenta Laura Pamela Lara Delgado.—Lic. Jorge
Eduardo Brenes Garro, Notario.—1 vez.—(IN2016014485).
Ante esta Notaría se reformo
el pacto Constitutivo de la sociedad Dermafarma S. A. en la cláusula
segunda, del domicilio social: cláusula segunda: El domicilio social y fiscal
de la sociedad será en La provincia de San José, cantón: San José, Pavas de las
oficinas de canal veintitrés, cincuenta metros al oeste, sin perjuicio de tener
agencias y sucursales en cualquier lugar del país o fuera del mismo.—Lic. Alejandro Arburola Rojas, Notario.—1
vez.—(IN2016014488).
Ante esta notaría se reformo
el pacto Constitutivo de la sociedad Fumero Skim Center S. A., en la
cláusula segunda, del domicilio social: Cláusula Segunda: El domicilio social y
fiscal de la sociedad será en La provincia de San José, Cantón: San José, Pavas
de las oficinas de canal veintitrés, cincuenta metros al oeste, sin perjuicio
de tener agencias y sucursales en cualquier lugar del país o fuera del mismo.—Lic. Alejandro Arburola Rojas, Notario.—1
vez.—(IN2016014491).
Ante esta notaría se reformo
el pacto constitutivo de la sociedad Grupo Fumero Skim Center del Oeste S.
A., en la cláusula segunda, del domicilio social: cláusula segunda: El
domicilio social y fiscal de la sociedad será en La provincia de San José,
cantón: San José, Pavas de las oficinas de canal veintitrés, cincuenta metros
al oeste, sin perjuicio de tener agencias y sucursales en cualquier lugar del
país o fuera del mismo.—Lic. Alejandro Arburola Rojas,
Notario.—1 vez.—(IN2016014492).
Ante esta notaría, al ser las
ocho horas del dos de marzo del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de
asamblea general de socios de la sociedad denominada Sokolato Sociedad
Anónima, donde se acordó modificar la cláusula primera de la razón social
para que en adelante sea Innova Relocation IR Sociedad Anónima. Es todo.—San José, dos de marzo del dos mil dieciséis.—Licda.
Fabiola Sáenz Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2016014496).
Por medio de la escritura
número ciento cincuenta y tres-seis de la notaría pública Dra. Liliana Alfaro
Rojas se constituyó a las nueve horas del primero de marzo del dos mil dieciséis,
sociedad anónima denominada Clustertech S. A., domiciliada en San José,
San José, distrito Hospital, calle veinte, avenida siete bis, casa numero mil
ochocientos noventa y uno con un capital social de mil dólares. Es todo.—San José ocho horas del dos de marzo del dos mil
dieciséis.—Dra. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—1
vez.—(IN2016014510).
Por escritura otorgada hoy
ante mí a las 17:00 horas se constituyó la sociedad con el nombre de fantasía Fresas
Diarias S. A.- Representante: Presidente.—Tres Ríos,
01 de marzo del 2016.—Lic. Víctor Hugo Rodríguez Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2016014522).
Se protocoliza acta de la
firma de esta plaza The Logical Sound Sociedad Anónima. Se reforma
cláusula sexta.—San José, veinticinco de febrero del
año dos mil dieciséis.—Lic. Juan José Valerio Alfaro y Marco Vinicio Araya
Arroyo, Notarios.—1 vez.—(IN2016014531).
Ante esta notaría por
escritura número treinta y dos bis se
protocoliza acta número dos de 3- 101- 685783 S. A., visible al folio
veinte frente del tomo dos de mi protocolo, al ser las 8:15 horas del 26 de
febrero del 2016.—Lic. Santiago Eduardo Arguedas
Pitti, Notario.—1 vez.—(IN2016014540).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las quince horas treinta minutos de primero de Marzo del año
Dos mil dieciséis, se constituye la sociedad anónima mercantil denominada: Abun
& Pros PO S. A..—Heredia, a las dieciséis horas del primero de marzo del
dos mil dieciséis.—Lic. Master Miguel Ángel Quesada
Niño, Notario.—1 vez.—(IN2016014541).
Por escritura otorgada ante
este notario, se constituyó la sociedad denominada Sueños del Mar CyP S. A.,
capital social suscrito y pagado de 10.000 colones. Presidente: José Pablo
Cardoza Arguedas.—Lic. Alfredo Álvarez Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2016014547).
Por escritura otorgada ante mí
a las dieciséis horas del veinticinco de febrero del dos mil dieciséis se
protocoliza acta de la empresa Refrigeración Industrial Centroamericana S.
A. mediante la cual se modifica la cláusula tercera relacionada con el
objeto social.—Lic. Fernando Ávila Gonzáles, Notario.—1 vez.—(IN2016014550).
Limburgia Sociedad Anónima, nombra nuevo presidente con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma.—San José, 02 de marzo del
2016.—Lic. Alexander Granados Loaiza, Notario.—1
vez.—(IN2016014551).
A las 15:30 horas del 28 de
febrero del año 2016, se modificó el pacto constitutivo de la asociación
denominada Asociación Administradora del Acueducto de la Guaría distrito
primero, cantón diecinueve Pérez Zeledón de la provincia de San José, cédula
jurídica N° 3-002-397052, en su cláusula décimo cuarta, en cuanto a las
atribuciones de la asamblea extraordinaria y su cláusula décimo novena en
cuanto a las Atribuciones de los miembros de junta directiva.—Lic.
Belmer Segura Godínez, Notario.—1 vez.—(IN2016014561).
Ante mí, Álvaro Barboza
Orozco, notario público con oficina abierta en San José, escritura otorgada: a
las 10 horas del 02 de 03 de 2016 se modificó el pacto de la sociedad
denominada con su cédula jurídica: Tres - Ciento Uno - Seiscientos Noventa y
Cuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y Ocho Sociedad Anónima, presidente:
Yolanda Dihmes Sedan, capital social totalmente suscrito y pagado, domicilio
social: Alajuela Centro City Mall local C ciento once.—02
de 03 del 2016.—Lic. Álvaro Barboza Orozco, Notario.—1
vez.—(IN2016014567).
Por escritura otorgada ante
mí, a las 11:30 horas del 16 de enero del 2016, protocolizo el acta número tres
de asamblea general extraordinaria de accionistas de IC Proyecto
Habitacional Las Garzas Ciento Ochenta y Dos Sociedad Anónima, cédula
jurídica N° 3-101-335687. Se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo
y se modifican cargos.—Tilarán, Guanacaste, 20 de
enero del 2016.—Lic. Álvaro Elizondo Murillo, Notario.—1
vez.—(IN2016014572).
Por escritura número setenta y
cinco - veintiséis, otorgada ante el notario Enrique Alvarado Peñaranda, de las
diez horas del día veinticinco de febrero del año dos mil dieciséis, se
protocolizó acuerdo de junta directiva del Fondo de Beneficio Social de los
Trabajadores de la Universidad Nacional, cédula de persona jurídica
3-007-071588, por medio de la cual se confiere Poder generalísimo sin límite de
suma al señor Álvaro Madrigal Mora, cédula de identidad 1-0675-0987 y se revoca
poder generalísimo sin límite de suma de Luis Rivera Pérez, cédula de identidad
3-0202-0441.—Ciudad de Heredia, dos de marzo del 2016.—Lic. Enrique Alvarado
Peñaranda, Notario.—1 vez.—(IN2016014582).
Por escritura otorgada en esta
notaría a las doce horas del veinticinco de febrero del año dos mil dieciséis,
protocolicé acuerdos de la sociedad denominada Pacifico Lounge Sociedad
Anónima, mediante los cuales se reforman las cláusulas primera y sétima y
se nombra nuevo secretario, tesorero y fiscal.—San
José, veinticinco de febrero del 2016.—Licda. Pamela Mora Soto, Notario.—1 vez.—(IN2016014585).
Ante esta notaría a las diez
horas de once de febrero del dos mil dieciséis se constituyó la sociedad Costa
Rica Outdoors And Waves S.R.L. Gerente y subgerente ambos con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social íntegramente
suscrito y pagado.—Lic. Alexander Montero Ramírez,
Notario.—1 vez.—(IN2016014586).
Ante esta Notaría, a las 14:
30 horas del 29 de febrero de 2016, se otorgó escritura que de protocolización
de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía ACT
Actividades Comerciales Transcontinentales Sociedad Anónima, mediante la
cual se reforma la cláusula II del domicilio del pacto constitutivo.—San José, 01 de marzo del 2016.—Lic. Andre J. Vargas
Siverio, Notario.—1 vez.—(IN2016014588).
Que mediante escritura pública
número ciento noventa y ocho-ocho de las 9:00 horas del 29 de febrero del 2016
otorgada ante la notaría pública Haidel Sequeira Guzmán, se modificó la
cláusula octava de la sociedad Mileniumfarma S. A.—San
José, 02 de marzo del 2016.—Licda. Haidel Sequeira Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2016014591).
Que mediante escritura pública
número ciento noventa y ocho-ocho de las 8:30 horas del 29 de febrero del 2016
otorgada ante la notaría pública Haidel Sequeira Guzmán, se modificó la
cláusula octava de la sociedad Innovafarma S. A..—San José, 02 de marzo
del 2016.—Lic. Haidel Sequeira Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2016014592).
Por escritura otorgada ante
mí, a las 17 horas del 28 de enero del 2016. Se constituye la sociedad Baruc
Solutions S. A. Domicilio: San José, Santa Ana, del Supermercado Palí, 350
metros al oeste. Objeto: El comercio, la industria, la ganadería, la
agricultura y la prestación de todo tipo de servicios lícitos en general. Plazo:
100 años. Capital ¢10.000.00 representado por 10 acciones comunes y nominativas
de ¢1.000,00 cada una pagadas seis acciones mediante el aporte total,
definitivo e irrevocable de un escritorio de madera color café, sin marca, ni
serie visible y con un valor de seis mil colones y cuatro acciones mediante el
aporte total definitivo e irrevocable de una silla metálica; con un valor de
cuatro mil colones. Presidente: Juan Carlos Arias Contreras.—San
José, 25 de enero del 2016.—Lic. Álvaro Enrique Alfaro Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2016014596).
Por escritura otorgada por la
suscrita notaría Lic. Mónica Froimzon Goldenberg a las dieciséis horas con
treinta minutos del primero de marzo del dos mil dieciséis protocolicé asamblea
extraordinaria de Intelicelsa Retail S. A., se eligen secretario y
fiscal.—San José, 01 de marzo del 2016.—Licda. Mónica
Froimzon Goldenberg, Notario.—1 vez.—(IN2016014600).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de
socios de la sociedad denominada: Playa Azul Cuarenta y Uno Bronce Pes
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos dos mil
doscientos treinta, por la cual se reforman estatutos, se revoca el
nombramiento de todos los miembros de la junta directiva y del Fiscal y se
nombran nuevos miembros de junta directiva y nuevo fiscal. Escritura otorgada
en Heredia, a las nueve horas del veintinueve de febrero del dos mil dieciséis.—Lic. Víctor Manuel Fallas Mora, Notario.—1
vez.—(IN2016014606).
Por escritura otorgada a las
8:00 horas del 29 de febrero del 2015 se constituye la sociedad River Walk
Ocho Sociedad Anónima, plazo 99 años; por escrituras otorgadas 9:00 horas
del 01 de marzo protocolizó acta de la sociedad Corporación JaHs S. A. y
de las 10:00 horas del 01 de marzo del 2016 protocolizó acta de la sociedad H.J.
Propiedades Reales S. A. se modifican estatutos.—Licda
Ana Lucía Mora Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2016014607).
Kimberly Arce Córdoba, Melissa
Pérez Gómez, Andrea León Acuña Jennifer Badila More y Pamela Rodríguez Montero,
constituyen Blowun S. A. (soplado) presidenta Kimberly Arce Torres, secretaria:
Melissa Pérez Torres, tesorera Andrea León Acuña.—Licda.
María Teresa Mora Ramírez, Notaria.—1
vez.—(IN2016014609).
Ante esta notaría, se
protocolizó acta de asamblea extraordinaria de cuotistas de la compañía Elecmeza
Sociedad de Responsabilidad Limitada, donde se modifica la cláusula cuarta
del pacto constitutivo.—San José, 01 de marzo del
2016.—Lic. José Joaquín Jiménez Chew, Notario.—1
vez.—(IN2016014617).
Por escritura otorgada a las
08:00 horas del 02 de marzo del 2016, se modifica la cláusula de la
administración de la entidad L.U.M.B del Arroyo Sociedad Anónima cédula
jurídica número tres- ciento uno-
Trescientos ochenta y nueve mil ochocientos sesenta.—Alajuela
02 de marzo del 2016.—Lic. Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1 vez.—(IN2016014621).
En esta notaría al ser las
14:00 horas del 24 de febrero del 2016, se protocolizó el acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad Monkey Quads S. A., en
la que se acuerda reformar la cláusula del domicilio, de administración,
nombrándose nuevo tesorero.—San José, 24 de febrero
del 2016.—Licda. Melissa Ramos Ross, Notaria.—1
vez.—(IN2016014622).
A las quince horas del dos de
marzo, dos mil dieciséis, protocolicé en lo literal acta de Sueño del Río
Investments SRI S.A., se modifica domicilio y administración.—San José, dos de marzo, dos mil dieciséis.—Jimena Ramírez
Meza, Notaria.—1 vez.—(IN2016014627).
Mediante escritura: 147 del
tomo 48 del notario Rolando Espinoza Rojas, carnet: 5047, se protocoliza acta
de asamblea general de socios número dos de la sociedad: Bienes Raíces Wendy
S. A., cédula jurídica: 3-101-359132, mediante la cual se sustituye el
Tesorero y se nombra en su lugar a Harold Vargas Barrantes, cédula: 2-695-049 y
se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo, sea de la
administración.—Sarchí Norte, Valverde Vega, 01 de marzo del año 2016.—Lic.
Rolando Espinoza Rojas, Notario.—1
vez.—(IN2016014628).
Mediante escritura: 146 del
tomo 48 del notario Rolando Espinoza Rojas, carnet: 5047, se protocoliza acta
de Asamblea General de Socios número dos de la sociedad: Tres-Ciento Uno -
Cinco Cinco Uno Dos Tres Ocho Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra
nueva junta directiva y fiscal y se reforma la cláusula segunda del pacto
constitutivo, sea lo referente a su domicilio.—Sarchí
Norte, Valverde Vega, 09:00 horas del 27 de febrero del año 2016.—Lic. Rolando
Espinoza Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2016014629).
Ante esta notaría, a las diez
horas y cuarenta minutos del día veintinueve de febrero del año dos mil
dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios que
modificó el domicilio de la sociedad anónima de esta plaza denominada Sinocem
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 29 de febrero de 2016.—Lic. Carlos
José Jacobo Zelaya, Notario.—1 vez.—(IN2016014630).
Por escritura otorgada ante
este notaría, a las 10:00 horas del 01 de marzo del 2016, se constituyó la
empresa J A B A Diseño y Construcción S. A., domiciliada en Barrio
Nazaret, Horquetas de Sarapiquí, Heredia, de la Iglesia Hosanna, 800 metros al
sur, capital social ochenta mil colones, mediante el aporte a la sociedad de
bienes muebles. Presidente: Francisco Javier Jara Villalobos, cédula
4-0116-0303.—Belén, Heredia, 01 de marzo del
2016.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2016014631).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las 20:00 horas del 01 de marzo del 2016, se constituyó la
empresa Posada de Belén S.A., domiciliada en San Rafael de Alajuela,
costado este de la finca de recreo Recope, capital social diez mil colones,
mediante el aporte a la sociedad de bienes inmuebles y muebles. Presidenta:
María del Rocío González Campos, cédula 1-652-095.—Belén,
Heredia, 01 de marzo del 2016.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2016014632).
En asamblea general
extraordinaria de accionistas de Corconsa Corporación Comercial Continental
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos nueve
mil novecientos catorce, domiciliada en Santo Domingo, Heredia, de las once
horas treinta minutos del veintinueve de enero del dos mil dieciséis, se
acuerda la reforma de las clausulas quinta y décima, referente a la
representación de las acciones y las representaciones de la administración.
Escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintidós de febrero
del dos mil dieciséis.—Lic. Uriel Ortega Hegg, Notario.—1 vez.—(IN2016014634).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16:00 horas del 26 de febrero del 2016, mediante la
escritura número 34, se reforma el artículo sétimo del pacto social y se
nombran nuevos miembros de la junta directiva de la sociedad Banco General
(Costa Rica) S. A., cédula jurídica 3-101-4845589.—San José, 29 de febrero
del 2016.—Lic. Douglas Soto Campos, Notario.—1
vez.—(IN2016014637).
Yo Yesenia Arce Gómez, notaria
pública de Escazú, mediante escritura pública se reforma el pacto
constitucional de la sociedad: Beauvoir Sociedad Anónima y Leo
Internacional Sociedad Anónima.—Escazú, 01 de
marzo del 2016.—Licda. Yesenia Arce Gómez, Notaria.—1
vez.—(IN2016014644).
Por escritura otorgada en mi
notaría a las 18:45 minutos del 15 de febrero del 2015, se acordó la disolución
de la entidad Representaciones Euromundo Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-669750.—Heredia, 15 de febrero del
2015.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1
vez.—(IN2016014655).
Por escritura otorgada en mi
notaría a las 18:15 minutos del 15 de febrero del 2015, se acordó la disolución
de la entidad Grupo Casico Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-669750.—Heredia, 15 de febrero del 2015.—Lic.
Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1
vez.—(IN2016014657).
Por escritura otorgada en mi
notaría a las 18:30 minutos del 15 de febrero del 2015, se acordó la disolución
de la entidad B & L Inversiones Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-669750.—Heredia, 15 de febrero del 2015.—Lic.
Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1
vez.—(IN2016014659).
Olivier Pérez González, notario
público, hace constar que en esta notaría, hoy 25 de febrero del 2016, a las
once horas se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Envía Alf S. A., con cédula 3-101-675576, de sesión
celebrada en su domicilio social a las 12 horas del 23 de febrero del 2016, en
la que se acuerda modificar parcialmente la cláusula tercera del pacto
constitutivo, para que diga: “Tercera. Del objeto. La sociedad tendrá como
objeto principal la prestación de los servicios de transporte internacional
expreso a terceros por vía aérea o terrestre, de correspondencia, documentos y
envíos de mercancías que requieran de traslado y disposición inmediata por
parte del destinatario, sin perjuicio de que pueda dedicarse al ejercicio del
comercio en su forma más amplia, la prestación de servicios, la exportación e
importación de toda clase de productos, pudiendo en el cumplimiento de sus
fines adquirir, vender, comprar, hipotecar y disponer en forma amplia de todo
tipo de bienes muebles e inmuebles, derechos reales o personales, permitidos
por la ley y los presentes estatutos. Podrá formar parte de otras sociedades y
rendir todo tipo de fianzas y garantías a favor de sus socios o de terceros,
siempre que por ello perciba un beneficio económico. Podrá abrir cuentas
corrientes en bancos nacionales y extranjeros, participar en licitaciones
individualmente o en asocio con otras personas físicas o jurídicas, obtener
concesiones, franquicias y patentes, asumir la representación de firmas
nacionales y extranjeras así como realizar toda clase de contratos y gestiones
administrativas judiciales y extrajudiciales.—Montes
de Oca, San José, a las 15:00 horas del 25 de febrero del 2016.—Lic. Olivier
Pérez González, Notario.—1 vez.—(IN2016014666).
Ante esta notaría se constituyó
la compañía denominada Inversiones Valle Inklan Sociedad Anónima.
Capital social cien mil colones, representado por diez acciones comunes y
nominativas de diez mil colones cada una, debidamente suscritas y pagadas,
apoderado generalísimo sin límite de suma, presidente.—Cartago,
02 de marzo del 2016.—Licda. Ana Ligia Loria Quesada, Notaria.—1
vez.—(IN2016014667).
Mediante escritura número 108
de 8:00 horas del 01 de marzo de este año, se constituyó la sociedad Grupo
JMD S. A., domiciliada en Santa Bárbara de Heredia. Presidente: Dennis
Chinchilla Quesada. Capital social: ¢10.000,00.—Lic.
Rafael Sánchez Sánchez, Notario.—1
vez.—(IN2016014680).
Por escritura número ciento
cincuenta nueve-tres de las quince horas quince minutos del quince de febrero
del dos mil dieciséis, ante el notario Federico Rodríguez Camacho, se
constituye Seguridad Privada Control Uno Sociedad Anónima, plazo social
noventa y nueve años. Presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma
Franklin Valles Villegas, cédula de identidad número uno-novecientos sesenta y
ocho-trescientos cuarenta.—Liberia, 27 de febrero del
2016.—Lic. Federico Rodríguez Camacho, Notario.—1
vez.—(IN2016014682).
Por escritura número ciento
sesenta y dos-tres de las dieciocho horas treinta minutos del veintinueve de
febrero del dos mil dieciséis, ante el notario Federico Rodríguez Camacho, se
constituye Bienestar Consultas Sociedad Anónima, plazo social noventa y
nueve años. Presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma Aarika
Fabiola López Eras, cédula de identidad cinco-trescientos
cincuenta-doscientos sesenta y seis.—Liberia, 29 de
febrero del 2016.—Lic. Federico Rodríguez Camacho, Notario.—1
vez.—(IN2016014684).
Por escritura otorgada a las
dieciséis horas del primero de marzo del dos mil dieciséis, se reformó la
cláusula segunda del domicilio social de la sociedad Mondelez Costa Rica
Limitada.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain,
Notario.—1 vez.—(IN2016014685).
Por escrituras 406, 408, 409,
se protocolizan actas respectivamente de Charisma Enterprise S. A., con
cédula 3-101-381992 del 01-02-2016 de Inversiones Marilu S. A., con
cédula 3-101-21235 del 06-02-2016 y de Roca Frío S. A., con cédula
3-101-333066 del 16-02-2016; mediante las cuales se reforman estatutos y se
nombra nueva junta directiva.—San José, 02 de marzo
del 2016.—Lic. José Gabriel Riba Gutiérrez, Notario.—1
vez.—(IN2016014688).
Mediante escritura autorizada
por mí, a las dieciséis horas del dos de marzo del dos mil dieciséis, se
modificó la cláusula quinta del pacto social de la sociedad Taven de Costa
Rica S.A.—San José, 03 de marzo del 2016.—Licda. Gabriela Barrantes
Alpízar, Notaria.—1 vez.—(IN2016014728).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las dieciséis horas del primero de marzo del dos mil dieciséis,
se constituyó la sociedad denominada Daropa Servicios de Salud Sociedad
Anónima, nombrándose como presidente a David Rodríguez Palomo. Es todo.—San José, 01 de marzo del 2016.—Licda. María Verónica
Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—(IN2016014730).
Mediante escritura autorizada
por mí, a las quince horas del dos de marzo del dos mil dieciséis, se modificó
la cláusula sexta del pacto social de la sociedad Mesto Kran S. A.—San José, 03 de marzo del 2016.—Licda. Gabriela Barrantes
Alpízar, Notaria.—1 vez.—(IN2016014731).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las once horas del dos de marzo del dos mil dieciséis, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, se
reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad denominada Masil
Internacional S. A. Es todo.—San José, 02 de marzo
del 2016.—Licda. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1
vez.—(IN2016014732).
Mediante escritura autorizada
por mí, a las quince horas diez minutos del dos de marzo del dos mil dieciséis,
se modificó la cláusula sexta del pacto social de la sociedad Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Doce Mil Novecientos Setenta y Siete S. A.—San José, 03 de
marzo del 2016.—Licda. Gabriela Barrantes Alpízar, Notaria.—1
vez.—(IN2016014733).
Por escritura otorgada a las
catorce horas treinta minutos del veintinueve de febrero del dos mil dieciséis,
se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad
denominada Rel Sociedad Anónima, en la cual se realizan nombramiento de
la junta directiva.—Cartago, 01 de marzo del 2016.—Lic. Alberto Acevedo
Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2016014739).
Por escritura otorgada a las
catorce horas del veintinueve de febrero del dos mil dieciséis, se protocolizó
acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Mameca
de Cartago Sociedad Anónima, en la cual se realizan nombramiento de la
junta directiva.—Cartago, 01 de marzo del 2016.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—(IN2016014741).
Por escritura otorgada ante
mí, a las 16:00 horas del 01 de marzo del 2016, se modificó la cláusula quinta
de la sociedad Trelleborg Pipe Seals Costa Rica S. A., cédula jurídica
3-101-701997.—San José, 02 de marzo del 2016.—Lic.
Diego Pacheco Guerrero, Notario.—1
vez.—(IN2016014743).
Mediante escritura número
veintiséis-siete del protocolo sétimo del notario Andrés Francisco González
Anglada, se disuelve mediante acuerdo de socios la sociedad denominada Sunnyhill
de Nosara Sociedad Anónima, cédula de personería jurídica número
tres-ciento uno-dos nueve cinco ocho cuatro cero. Es todo.—Nosara,
Nicoya, Guanacaste, al ser las diez horas del dieciséis de febrero del dos mil
dieciséis.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1
vez.—(IN2016014746).
Ante esta notaría
comparecieron los señores Marcos Mora Rivera, Ruth González Araya, Marcos Mora
González, para constituir la empresa denominada Inversiones M.R.M. Sociedad
Anónima, la cual tendrá un plazo social de noventa y nueve años, el
domicilio es: Bristol de Matina de Limón, costado norte de la plaza de
deportes, siendo los socios su presidente Marcos Mora Rivera, su secretaria
Ruth González Araya y su tesorero Marcos Mora González, sus representantes
judiciales y extrajudiciales, con facultades de apoderados generalísimas sin
límite de suma, pudiendo actuar en forma conjunta o separadamente. El capital
social será de dos mil cien dólares, representados por tres acciones de
setecientos dólares cada una o sea dos mil cien dólares. Es todo.—Batán, 02 de marzo del 2016.—Lic. Óscar Guerrero Alemán,
Notario.—1 vez.—(IN2016014749).
En mi notaría, mediante
escritura otorgada el veintisiete de febrero del dos mil dieciséis, a las ocho
horas se constituyó la sociedad anónima Treinta y Cinco J & B,
cualquier interesado, sírvase apersonarse a reclamar sus derechos.—Alajuela, 29
de febrero del 2016.—Licda. Alexandra Alfaro Navarro, Notaria.—1
vez.—(IN2016014750).
José Ezequiel Arias González,
Ligia María Arias González y otros constituyen sociedad denominada Finca
A.G. Sociedad Civil. Representación: José Ezequiel Arias González e
Lilliana Arias González, se nombran administradores por todo el plazo social.
Domicilio: Santo Domingo del Roble de Santa Bárbara de Heredia, del bar las
Espuelas, 150 metros al sur. Escritura otorgada a las 12:00 horas del 19
febrero del 2016.—Lic. Fredy Humberto Vargas
Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2016014753).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario el día de hoy, se disuelve la sociedad Inversiones Yaleky
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
treinta y dos mil veintisiete.—Alajuela, veintiocho de
febrero del 2016.—Lic. Miguel Ángel Jiménez Calderón, Notario.—1
vez.—(IN2016014756-0206-2016).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaría, a las 14:00 horas del 26 de febrero del 2016, protocolicé
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Caletas
Tulipán S. A., donde se reforma la cláusula segunda del pacto social San
José, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San
José 26 de febrero del 2016.—Roxana María Villalobos Chaves, Notaria.—1
vez.—(IN2016014758-0205-2016).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 13:25 horas del 21 de enero del 2016, protocolicé las
actas de las asambleas generales extraordinaria de accionistas de las
sociedades Tecnitron S. A. y Compañía Técnica y Comercial Satec S. A.,
en las cuales se fusionan entre sí, prevaleciendo Compañía Técnica y
Comercial Satec S. A. y a su vez esta última reforma la cláusula cuarta del
pacto constitutivo de la sociedad, referente a su capital social.—San José, 01 de marzo del 2016.—Lic. Mario Montealegre
Peña, Notario.—1 vez.—(IN2016014760).
La compañía Distribuidora
Calzamundo S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cincuenta y ocho
mil setecientos cuarenta y ocho, gestiona ante esta notaría el proceso de
modificación de estatutos y junta directiva. Los socios solicitan la
publicación del presente edicto para cumplir con los requerimientos del
artículo 19 del Código de Comercio y lo que conforme a derecho corresponda.—Lic. Cristhian Ruiz Álvarez, Notario.—1
vez.—(IN2016014769).
Ante esta notaría los socios
de la Corporación Prismila Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-doscientos noventa y siete mil ciento noventa y ocho con
domicilio en San José, Moravia, San Vicente doscientos metros este, setenta y
cinco metros norte y veinticinco metros al oeste de la farmacia Fischel, ha
reformado la cláusula sétima de la representación. Es todo.—Cartago,
29 de febrero del 2016.—Licda. María de los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—(IN2016014770-0233-2014).
Por escritura Nº 133 otorgada
a las 8:00 horas del día 11 de febrero del 2016, se protocolizó adicional de
acta de asamblea general extraordinaria de Eroma Sociedad Anónima, donde
se modifica pacto social.—Licda. María Alejandra
Arguedas Marín, Notaria.—1
vez.—(IN2016014774-0230-2014).
El suscrito Alexander Monge
Cambronero, notario público de Naranjo, hago constar que en escritura 28,
iniciada al folio 16 frente del tomo 01 de mí protocolo, otorgada ante mi
notaría, a las 11:00 horas del 02 de marzo del 2016, se nombró fiscal de Joss
Collection S. A.—Lic. Alexander Monge Cambronero, Notario.—1
vez.—(IN2016014776).
Ante esta notaría por escritura
pública número 88, folio 51 frente, tomo 2, otorgada a las 12:00 horas del 02
de marzo del 2016, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de La
Tienda Publicitaria S. A., cédula jurídica N° 3-101-570223; donde se aceptó
la renuncia del presidente y se nombra otro en su lugar y se nombró nuevo
secretario.—San José, 03 de marzo del 2016.—Licda.
Lorena Soto Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2016014781).
Por asamblea general ordinaria
y extraordinaria de accionistas celebrada por Grúas Roxu Costa Rica Sociedad
Anónima, a las nueve horas con diecinueve minutos del veintisiete de
febrero del dos mil dieciséis; se reforman cláusulas, se realiza nuevos
nombramientos de junta directiva y se aumenta capital social.—San José, 02 de
marzo del 2016.—Lic. Juan Luis Mora Monge, Notario.—1
vez.—(IN2016014783).
Por escritura pública número
diecisiete de las once horas del tres de marzo del dos mil dieciséis,
protocolicé constitución de Urba Consultores de Costa Rica S. A.—Heredia,
tres de marzo del dos mil dieciséis.—Licda. Daniela Ramos Morales, Notaria.—1 vez.—(IN2016014788).
El Perro Feliz S. A., modifica las cláusulas quinta y sexta de su pacto constitutivo,
mediante asamblea general extraordinaria de socios del 04 de octubre del 2015,
la cual se protocoliza mediante la escritura pública número 157, visible al
folio 77 del tomo 14 del notario Randall Fallas Castro, con fecha de
otorgamiento de las 9:00 horas del 23 de febrero del 2016.—Lic.
Randall Fallas Castro, Notario.—1 vez.—(IN2016014791).
Veterinaria Hatillo S. A., modifica las cláusulas quinta y sétima de su pacto constitutivo,
mediante asamblea general extraordinaria de socios del 02 de octubre del 2015,
la cual se protocoliza mediante la escritura pública número 158, visible al
folio 78, del tomo 14 del notario Randall Fallas Castro, con fecha de
otorgamiento de las 11 horas del 23 de febrero del 2016.—Lic.
Randall Fallas Castro, Notario.—1 vez.—(IN2016014794).
Promotora Automotriz Brujo
del Ártico S. A., modifica las cláusulas quinta y
sétima de su pacto constitutivo, mediante asamblea general extraordinaria de
socios del 05 de octubre del 2015, la cual se protocoliza mediante la escritura
pública número 159, visible al folio 79 del tomo 14 del notario Randall Fallas
Castro, con fecha de otorgamiento de las 12:00 horas del 23 de febrero del 2016.—Lic. Randall Fallas Castro, Notario.—1
vez.—(IN2016014796).
El Tazajo de Amaya S. A., modifica las cláusulas quinta y sexta de su pacto constitutivo,
mediante asamblea general extraordinaria de socios del 10 de octubre del 2015,
la cual se protocoliza mediante la escritura pública número 160, visible al
folio 80 del tomo 14 del notario Randall Fallas Castro, con fecha de
otorgamiento de las 13:00 horas del 23 de febrero del 2016.—Lic.
Randall Fallas Castro, Notario.—1 vez.—(IN2016014797).
Taberna Rock Rafa’s S. A., modifica la cláusula sétima de su pacto constitutivo, mediante
asamblea general extraordinaria de socios del 18 de febrero del 2016, la cual
se protocoliza mediante la escritura pública número 161, visible al folio 81
del tomo 14 del notario Randall Fallas Castro, con fecha de otorgamiento de las
15:00 horas del 24 de febrero del 2016.—Lic. Randall
Fallas Castro, Notario.—1 vez.—(IN2016014801).
Inversiones Guayas
Internacionales S. A., modifica las cláusulas quinta y sexta de su pacto
constitutivo, mediante asamblea general extraordinaria de socios del 4 de
octubre del 2015, la cual se procede a protocolizar ante el notario Randall
Fallas Castro.—Lic. Randall Fallas Castro, Notario.—1
vez.—(IN2016014803).
El día de hoy ante esta
notaría se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
socio de Marbella Highland S. A., en la que se modifica la cláusula sétima del
pacto constitutivo.—San José, 02 de marzo del
2016.—Licda. María Vanessa Castro Jaramillo, Notaria.—1
vez.—(IN2016014814).
Se hace saber, que en mi
notaría a las once horas con treinta minutos del día veintiséis de febrero del
dos mil dieciséis, se aprobó reformar la cláusula quinta del pacto constitutivo
de Corporación A y G Cuatrocientos Diez Sociedad Anónima.—San José,
veintinueve de febrero del dos mil dieciséis.—Lic. Wilberth Montenegro Reyes,
Notario.—1 vez.—(IN2016014817-0226-2014).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las 13:00 horas del 19 de febrero del 2016, se protocolizó acta de Inversiones
Mercon S. A., mediante la cual se aumenta el capital social y se reforma la
cláusula quinta del capital social, se reforma la cláusula de la
administración, se reforman además las cláusulas sétima de las convocatorias a
junta directiva, la cláusula novena de las asambleas de accionistas y se
adiciona una cláusula décimo cuarta del traspaso de acciones.—San José, 02 de
marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Édgar Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—(IN2016014818).
Megacosta Sociedad Anónima, por medio de asamblea general extraordinaria de accionistas,
modifica pacto social en cuanto a la administración. Por escritura número
ochenta y nueve-once, otorgada ante el notario Francisco Esquivel Sánchez, a
las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de febrero del dos
mil dieciséis hace la respectiva protocolización.—Lic.
Francisco Esquivel Sánchez, Notario.—1
vez.—(IN2016014819).
Biocosta Sociedad Anónima, por medio de asamblea general extraordinaria de accionistas
modifica el pacto social y nombra nuevo presidente. Por escritura número
noventa y seis otorgada ante el notario Francisco Esquivel Sánchez, a las
dieciséis horas treinta minutos del primero de febrero del dos mil dieciséis,
se hace la respectiva protocolización.—Lic. Francisco
Esquivel Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2016014820).
Por escritura otorgada ante
ésta notaría, a las ocho horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos
mil dieciséis, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad 3102540507
SRL.—San José, 22 de febrero del 2016.—Lic. Sergio
Artavia Barrantes, Notario.—1
vez.—(IN2016014827-0216-2014).
Por escritura otorgada ante
ésta notaría, a las nueve horas del veintidós de febrero de dos mil dieciséis,
se modificó el pacto constitutivo de la sociedad 3102569177 SRL.—San José, 22 de febrero del 2016.—Lic. Sergio Artavia
Barrantes, Notario.—1 vez.—(IN2016014829-0217-2014).
Por escritura otorgada ante
ésta notaría a las ocho horas del veintidós de febrero de dos mil dieciséis, se
modificó el pacto constitutivo de la sociedad 3102540521 RL.—San José, 22
de febrero del 2016.—Lic. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1
vez.—(IN2016014833-0218-2014).
La sociedad Refugio y Voz
de los Animales Desamparados S.A., cédula de persona jurídica número
3-101-593467, reforma la cláusula cuarta sobre capital social, ante Miguel
Ángel Ortega Bastos, en la ciudad de Cartago, a las nueve horas del dos de
marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Miguel Ángel Ortega
Bastos, Notario.—1 vez.—(IN2016014834).
Por escritura otorgada ante
ésta notaría, a las dieciocho horas con treinta minutos del veintiuno de
febrero de dos mil dieciséis, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Grupo
Turístico DP Sociedad Anónima.—San José, 22 de febrero del 2016.—Lic.
Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1
vez.—(IN2016014835-0219-2014).
Mediante escritura otorgada
ante la notaría del Lic. Marvin Céspedes Méndez, a las 9:00 horas del 11 de
febrero del 2016, protocolizamos el acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Inversiones Clam del Oeste, Sociedad Anónima, que acordó
fusionarse con las compañías Toys Pérez Zeledon S.A., Toys San Carlos
S. A., Toys Escazú S. A., Toys Terramall S.A., Toys
Heredia C A S. A., Toys Mall Alajuela S. A., Juguetería Toys
Liberia C.A. S. A., Toys Cartago C.A S. A., Inversiones
Inmobiliarias Metrópoli Mil Ciento Siete S. A., Tois M A S. A., El
Baúl de los Juguetes S. A. y El Palacio de los Niños S. A.,
prevaleciendo Inversiones Clam del Oeste S. A.—San José, 26 de febrero
del 2016.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1
vez.—(IN2016014838).
Por escritura ciento noventa y
siete, otorgada ante la notaria pública Carolina Ulate Zarate, a las quince
horas del dos de marzo del dos mil dieciséis, se modificó la cláusula primera
de la sociedad denominada Costa Rica Exploradores de la Naturaleza Tierra y
Mar S. A.—Heredia, 02 de marzo del 2016.—Licda.
Carolina Ulate Zarate, Notaria.—1 vez.—(IN2016014844).
Por escritura otorgada por mí,
al ser las dieciocho horas del veinticuatro de febrero del dos mil dieciséis,
se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Soresco
Sociedad Anónima, se modifica la cláusula concerniente al domicilio de la
compañía.—San José, 25 de febrero del 2016.—Lic. Guy
Greenwood Ávila, Notario.—1 vez.—(IN2016014846).
Protocolización del acta de la
asamblea general extraordinaria número seis del 27 de febrero del 2016 de la Asociación
Específica del Adulto Mayor de San Blas de Cartago, bajo la persona
jurídica N° 3-002666098, otorgado en su oportunidad por el Registro de Personas
jurídicas. Publicación de nuevos miembros de junta directiva por un periodo del
27 de febrero de 2016 al 15 de setiembre del 2016. Publíquese.—Cartago,
29 de febrero del 2016.—Lic. Antonio Enrique Garita Cantillo, Notario.—1 vez.—(IN2016014848).
Se deja constancia que en esta
notaría Jiménez Asesores Sociedad Anónima, el veintinueve de febrero del
dos mil dieciséis, mediante escritura otorgada a las ocho horas protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria en la cual se revoca el nombramiento
del presidente y se nombra a: Flory Jiménez Espinoza.—Lic. Roberto Soto Vega,
Notario.—1 vez.—(IN2016014849).
Ante esta notaría por
escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del dos de marzo del dos
mil dieciséis, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Sierra
Ventana, Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar la cláusula cuarta del
capital social de la compañía.—San José, dos de marzo
del dos mil dieciséis.—Licda. Magally María Guadamúz García, Notaria.—1 vez.—(IN2016014850).
Ante esta notaría por
escritura otorgada a las trece horas cuarenta y cinco minutos del dos de marzo
del dos mil dieciséis, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Corporación NYA Diez
de Santa Ana Sociedad Anónima, donde se acuerda modificar las cláusulas
segunda y novena del pacto constitutivo.—San José, dos
de marzo del dos mil dieciséis.—Licda. Magally María Guadamúz García, Notario.—1 vez.—(IN2016014851).
Por escritura otorgada a las
14:00 horas del 25 de febrero del 2016, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad EZ Dock Sociedad Anónima, por la
que se acuerda la disolución y liquidación de esta sociedad.—San
José, 26 de febrero del 2016.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2016014858).
Mediante escritura otorgada el
día de hoy, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Monteverde
Centro Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres tres siete
uno ocho cinco, mediante la cual se nombra nueva junta directiva y se reforma
la cláusula quinta del pacto social.—San José, 29 de
febrero del 2016.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1
vez.—(IN2016014860).
Mediante escritura otorgada el
día de hoy, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Construcciones
Rojas de Orosi Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos
setenta y cinco mil trescientos cuarenta y uno, mediante la cual se nombra
nueva junta directiva y se reforman la cláusulas quinta y sexta del pacto
social.—San José, 26 de febrero del 2016.—Lic. Alfredo
Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—(IN2016014861).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios en
que se reforma la cláusula quinta de la sociedad Quetzal Urre Sociedad
Anónima.—San José, 2 de marzo del 2016.—Lic.
Mauricio Martínez Parada, Notario.—1
vez.—(IN2016014863).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios en
que se reforman las cláusulas quinta y sexta y se nombra secretario de la
sociedad Finca El Quetzal Deoro Sociedad Anónima.—San
José, 2 de marzo del 2016.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—(IN2016014864).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios en
que se reforma la cláusula quinta de la sociedad Imbira Holdings Sociedad
Anónima.—San José, 2 de marzo del 2016.—Lic.
Mauricio Martínez Parada, Notario.—1
vez.—(IN2016014865).
Que en escritura autorizada
por el suscrito notario el dos de marzo del dos mil dieciséis, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Investments &
Woods AK Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se hacen
reformas al pacto constitutivo.—Sarchí, 3 de marzo del
2016.—Lic. Josué Campos Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2016014869).
El suscrito Lic. Luis
Alejandro Rodríguez González, hago constar que ante esta notaría, se constituyó
la sociedad anónima denominada Katarm S. A.—San
José, 3 de marzo del 2016.—Lic. Luis Alejandro Rodríguez González, Notario.—1 vez.—(IN2016014874).
Hoy protocolicé acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía de
este domicilio Proyectos Gujoga Sociedad Anónima, modificando el pacto
social, revocando el nombramiento del agente residente y haciendo nuevos
nombramientos en la junta directiva de la sociedad.—San
José, 01 de marzo del 2016.—Lic. Jorge Castro Olmos, Notario.—1
vez.—(IN2016014880).
Por escritura otorgada ante
esta notaría a las diecisiete horas del dieciséis de noviembre del dos mil
quince, se acuerda la disolución de la compañía W. P. F. Cero Cuarenta y Seis
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-245187.—Cañas,
2 de marzo del 2016.—Lic. Carlos Roberto Chavarría Lavagni, Notario.—1 vez.—(IN2016014883).
Mediante escritura otorgada el
día de hoy en mi notaría, se reforman las cláusulas segunda del domicilio y
sexta de la administración del pacto social de la sociedad Almacenes
Generales Quirós S. A.—San José, veintiséis de
julio del dos mil quince.—Licda. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2016014894).
El día de hoy ante esta
notaría se constituyó la sociedad Bracor Inc. Sociedad Anónima. El
presidente y secretario tienen la representación judicial y extrajudicial de la
sociedad con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma,
pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Heredia, 29
de febrero del 2016.—Lic. Vladimir Mora Hernández, Notario.—1
vez.—(IN2016014898).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, se protocolizó el acta constitutiva de la sociedad La Emilia
S. A., celebrada en su domicilio social, con un capital social de diez
acciones comunes y nominativas de mil colones cada una e integrada por su junta
directiva de un presidente, secretaria, tesorera y fiscal.—San
José, 27 de febrero del 2016.—Lic. Andrés Carrillo Rosales, Notario.—1 vez.—(IN2016014899).
Por escritura 66-20 otorgada
ante mí, a las 10:00 horas del 2 de marzo del 2016, se protocolizaron dos actas
de asamblea general de accionistas de Ganadera La Flor S. A., cédula
tres-ciento uno-ciento trece mil seiscientos trece, en las que se modificó el
domicilio social de la empresa y la cláusula del pacto social relativa a la
administración de la empresa.—Lic. Rodrigo Alberto
Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2016014901).
En mi notaría la sociedad
anónima SolRamírezLuna, cédula jurídica tres-uno cero uno-seis siete seis
ocho ocho ocho, cambia toda la junta directiva y la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad.—Lic. Osvaldo A. Muñoz
Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2016014905).
Por escritura otorgada ante el
notario Roberto Calderón Solano, notario público con oficina en Turrialba, el
veintinueve de febrero del dos mil dieciséis, según escritura número cincuenta
y uno del tomo setenta y seis de su protocolo, se constituye la sociedad
mercantil J.Q.C. y S.A.V. Limitada. Gerente: Juan Quesada Campos.—Turrialba, dos de marzo del dos mil dieciséis.—Lic.
Roberto Calderón Solano, Notario.—1
vez.—(IN2016014908).
Por escritura número ochenta y
uno-veintitrés, otorgada ante mí, a las ocho horas del dos de marzo del dos mil
dieciséis, se protocolizaron acuerdos tomados en asamblea general
extraordinaria de accionistas de la compañía Worldwide Accounts Management
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-dos siete cero
uno tres ocho, se reforma la cláusula segunda del domicilio y sexta de la
administración, se nombra tesorero y secretario de la junta directa.—San José,
misma hora y fecha.—Licda. Kathya Alexandra Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—(IN2016014909).
En mi notaría en la escritura
número noventa y uno del tomo setenta y cuatro de mi protocolo, otorgada a las
ocho horas del tres de marzo del dos mil dieciséis, protocolicé acta de
asamblea extraordinaria de la sociedad denominada Santa Luisa Catalana S L C
A T Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
ochenta y seis mil setecientos ochenta y cinco, se realizó modificación de la
cláusula número dos del pacto constitutivo para que de ahora en adelante se lea
de la siguiente manera: Domicilio social: Tendrá su domicilio en Liberia,
Guanacaste, calle diez, avenidas dos y cuatro, pudiendo abrir sucursales y
agencias dentro y fuera del territorio nacional, igualmente se nombra como
secretaria por el resto del plazo social a Mónica González Herrera, cédula de
identidad número uno-mil seiscientos dos-doscientos veintinueve.—Liberia, tres
de marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Johalmo Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2016014913).
Por escritura otorgada el día
de hoy ante esta notaría, protocolicé acta de Tecnologías en Ingeniería de
Materiales T.I.M. Sociedad Anónima, se reforma cláusula de administración y
se nombra junta directiva.—San José, 2 de marzo del
2016.—Lic. Alejandro Marín Pacheco, Notario.—1
vez.—(IN2016014915).
A las 12:00 horas del sábado
27 de febrero del 2016, la sociedad Importaciones Chaves Peralta Sociedad
Anónima, nombró nuevo vicepresidente de la junta directiva y se modificó la
cláusula novena de los estatutos, se comisionó al notario Alexander Quesada
Venegas para protocolizar el acta.—Lic. Alexander
Quesada Venegas, Notario.—1 vez.—(IN2016014916).
Por escritura otorgada ante
mí, a las quince horas del primero de marzo del dos mil dieciséis, se
constituyó la sociedad denominada Distribuidora Debi A & E Internacional
Sociedad Anónima. Capital dos mil dólares.—Lic.
Carlos Enrique Cruz Loría, Notario.—1 vez.—(IN2016014917).
Por escritura otorgada ante
mí, se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad
denominada Álvarez y Vega Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-ciento setenta y cuatro mil seiscientos setenta y dos.—San José, veintiséis de febrero del dos mil
dieciséis.—Lic. Franklin Solano Venegas, Notario.—1
vez.—(IN2016014920).
En mi notaría al ser las
catorce horas del dos de marzo del dos mil dieciséis se disolvió y liquidó la
sociedad denominada Leo Auto Parts Services Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y nueve mil quinientos
treinta y cuatro. Es todo.—San José, tres de marzo del
dos mil dieciséis.—Licda. Maribell Arcia Fernández, Notaria.—1
vez.—(IN2016014923).
Por escritura número
veintiocho del tomo quinto de mi protocolo, se protocolizó acta donde se
modifica la cláusula sétima en cuanto a la representación de los estatutos de
la sociedad Maxeco Soluciones S. A.—San José 01
de marzo del 2016.—Lic. Evelyn Gourzong Cerdas, Notaria.—1
vez.—(IN2016014924).
Por escritura otorgada a las
11:00 horas del 24 de febrero del año 2016, se modifica la cláusula quinta del
pacto social de la sociedad Sibo Energy S. A., cédula jurídica
3-101-657753.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—(IN2016014932).
En mi notaría, mediante
escritura número ciento cuarenta y seis-quince, José Antonio Masís Solano y
Fabiana Andrea Zúñiga Montero, constituyen JM Diseño y Más... Sociedad
Anónima el presidente José Antonio Masís Solano y la tesorera Fabiana
Andrea Zúñiga Montero tendrán la representación judicial y extrajudicial de la
sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma,
pudiendo actuar conjunta o separadamente.—3 de marzo
del 2016.—Licda. Patricia Henríquez Escobar, Notaria.—1
vez.—(IN2016014933).
Mediante escritura pública
Luis Guillermo Rojas Chinchilla, cédula 1-530-843 y Yolanda Fernández
Hernández, cédula 1-648-955, únicos accionistas de la sociedad Inversiones
Yorofe S. A., cédula jurídica número 3-101-199768, no existiendo activos ni
pasivos, acordaron disolverla.—02 de marzo del
2016.—Lic. Glenda Rosa Bell Alvarado, Notaria.—1
vez.—(IN2016014934).
Por escritura número ciento
treinta y ocho ante mí Ólger Alejandro Brenes Brenes, se disuelve Herramientas
de El Guarco Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Tejar de El Guarco,
Cartago, a las diez horas del quince de abril del dos mil catorce.—Lic. Ólger Alejandro Brenes Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2016014936).
Por escritura otorgada el día
de hoy, a las 8:00 horas, se constituyó Constructora Los Sueños S. A.,
capital pagado, domicilio: Alajuela. Presidenta apoderada generalísima sin
límite de suma, Objeto: Construcción en general.—San
José, 23 de febrero del año 2016.—Lic. Manuel Enrique Badilla Chavarría,
Notario.—1 vez.—(IN2016014944).
Por escritura otorgada a las
doce horas del día veintinueve de febrero del dos mil dieciséis, se protocoliza
el acta número uno, de la asamblea general extraordinaria de accionistas, en la
cual se modifica la cláusula primera, de la empresa de esta plaza Mas
Solutions Sociedad Anónima, anteriormente denominada Solucions Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos diez mil
novecientos cuarenta.—San José, veintinueve de febrero
del dos mil dieciséis.—Lic. Karla Rebeca García Naranjo, Notaria.—1 vez.—(IN2016014945).
Por escritura otorgada ante
esta notaría de las ocho horas del cuatro de agosto del dos mil quince, Eli o
Elie Dayan y Richard Lemire disuelven la sociedad E.D. Inversiones Cedro
Amargo Limitada.—Lic. María Luisa Aragón Jiménez,
Notaria.—1 vez.—(IN2016014951).
Por escritura otorgada ante
esta notaría de las doce horas del uno de agosto del dos mil quince, Eli o Elie
Dayan disuelve la sociedad Quinta Copa de la Montaña Sociedad Anónima.—Lic. María Luisa Aragón Jiménez, Notaria.—1
vez.—(IN2016014952).
Por escritura otorgada ante
esta notaría de las doce horas treinta minutos del uno de agosto del dos mil
quince, Eli o Elie Dayan disuelve la sociedad Propiedades Ayand Sociedad
Anónima.—Lic. María Luisa Aragón Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2016014953).
Por escritura otorgada ante
esta notaría de las doce horas cuarenta y cinco minutos del uno de agosto del
dos mil quince, Eli o Elie Dayan disuelve la sociedad Escapenetwork Net
Sociedad Anónima.—Lic. María Luisa Aragón Jiménez,
Notaria.—1 vez.—(IN2016014954).
Por escritura otorgada ante
esta notaría de las once horas treinta minutos del uno de agosto del dos mil
quince, Eli o Elie Dayan disuelve la sociedad E.D. Inversiones La Cigarra
Dorada Limitada.—Lic. María Luisa Aragón Jiménez,
Notaria.—1 vez.—(IN2016014956).
Por escritura otorgada ante mí
a las 12:00 horas del 04 de diciembre del 2015, protocolicé acta de asamblea de
socios de la sociedad Britania S. A., mediante la cual se modifica la
cláusula sexta de los estatutos.—Lic. Aurora Marcela
Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2016014957).
Por escritura otorgada ante mí
a las 10:00 horas del 01 de marzo del 2016, protocolicé acta de asamblea de
socios de la sociedad Inversiones Inmobiliarias Soji S. A., mediante la
cual se cambia su domicilio social, se modifican las cláusulas segunda y décima
de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—Lic.
Guido Soto Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2016014958).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las 14:00 horas del 25 de febrero del 2016, de Tornillos y Más S.
A. Se reformó la cláusula novena del pacto constitutivo en cuanto a la
sustitución de poder y limitación del mismo. Es todo.—Cañas,
Guanacaste, 25 de febrero del 2016.—Licda. Lorena Alpízar Bermúdez, Notaria.—1 vez.—(IN2016014969).
Por escritura otorgada ante
esta notaría de las once horas del uno de agosto del dos mil quince, Eli o Elie
Dayan disuelve la sociedad L y Q Lotes y Quintas Bella Vista Limitada.—Lic. María Luisa Aragón Jiménez, Notaria.—1
vez.—(IN2016014970).
Ante mí, Pablo Arias González,
notario público con oficina en Atenas, hago constar que el día veintidós de
febrero del dos mil dieciséis a las dieciséis horas en la ciudad de Atenas se
realizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Resplandor
del Norte Otoñal CR Sociedad Anónima. En la cual se revoca el nombramiento
del presidente y secretaria y se reforma la cláusula sexta del pacto
constitutivo.—Atenas, veintidós de febrero del dos mil
catorce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1
vez.—(IN2016014971).
Por escritura otorgada ante
esta notaría de las diez horas del uno de agosto del dos mil quince, Eli o Elie
Dayan disuelve la sociedad Costa Vista Manuel Sociedad Anónima.—Lic. María Luisa Aragón Jiménez, Notaria.—1
vez.—(IN2016014972).
Por escritura otorgada ante
esta notaría de las diez horas treinta minutos del uno de agosto del dos mil
quince, Eli o Elie Dayan disuelve la sociedad Centro Médico Bella Vista
Limitada.—Lic. María Luisa Aragón Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2016014973).
Por escritura otorgada ante
esta notaría de las nueve horas del veintiséis de febrero del dos mil
dieciséis, los señores Jacob Abraham Babchuk y Federico Monestel Dobles,
constituyen la sociedad Fu-Xi Limitada, domicilio San José. Plazo 99
años. Gerente con facultades de apoderado generalísimo, el socio Babchuk.—Lic. María Luisa Aragón Jiménez, Notaria.—1
vez.—(IN2016014975).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las diez horas del dieciocho de diciembre del dos mil quince,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Known Point Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula
segunda, se acepta la renuncia de la junta directiva y se procede a realizar
nuevos nombramientos.—Lic. María Viviana Jiménez
Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2016014980).
Que en la asamblea
extraordinaria de la compañía EF Education First Sociedad de Responsabilidad
Limitada, de las diez horas del treinta y uno de diciembre del año dos mil
quince, en la ciudad de Tamarindo se acordó la disolución de la sociedad. Es
todo.—01 de marzo del 2016.—Lic. Gabriel Chaves
Ledezma, Notario.—1 vez.—(IN2016014984).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las ocho horas del tres de marzo del año dos mil dieciséis, se
constituyó la sociedad Inversiones S y E Sociedad Anónima, nombrándose
como presidenta a Sianny Raquel García Anchía. Es todo.—San
José, tres de marzo del año dos mil dieciséis.—Licda. María Verónica Méndez
Reyes, Notaria.—1 vez.—(IN2016015001).
En mi notaría mediante escritura
otorgada a las quince horas del tres de marzo del año dos mil dieciséis, se
constituyó la sociedad denominada STE Quinientos Seis JRLO Sociedad Anónima.—Heredia,
tres de marzo del año dos mil dieciséis.—Master Ovelio Rodríguez Roblero,
Notario.—1 vez.—(IN2016015010).
Por escritura otorgada ante
esta notaría el día de hoy se constituyó la sociedad Sushi’s Paradise and Me
Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones. Plazo social noventa y
nueve años a partir de su constitución. Presidente: Arsenio Padecio Laran Jr.—San José, 01 de marzo del 2016.—Lic. Francisco Quijano
Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2016015020).
Por escritura otorgada ante mí
a las once horas del dos de marzo del dos mil dieciséis, se protocolizaron
acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada Jonifoster Sociedad Anónima. Se acordó disolver y liquidar la
empresa. Es todo.—San José, dos de marzo del dos mil
dieciséis.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1
vez.—(IN2016015023).
El suscrito notario da fe que
a las nueve horas del dos de febrero del dos mil dieciséis, se consignó el acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Inversiones
Sibu del Pacífico Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cero noventa y tres mil seiscientos, en la que se acuerda
reformar la cláusula novena de la administración de la compañía, así como la
cláusula segunda del domicilio social.—San José, tres de marzo del dos mil
dieciséis.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2016015024).
El suscrito notario da fe que
a las doce horas del dos de febrero del dos mil dieciséis, se consignó el acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Hatta Dream
Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos once mil seiscientos veinticinco, en la que se acuerda
reformar la cláusula novena de la administración de la compañía, así como la
cláusula segunda del domicilio social.—San José, tres
de marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2016015025).
El suscrito notario da fe que
a las once horas del dos de febrero del dos mil dieciséis, se consignó el acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Corporación
Pesca Deportiva Hacedor de Sueños Limitada, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento dos-cuatrocientos cinco mil doscientos cuarenta y nueve, en
la que se acuerda reformar la cláusula novena de la administración de la
compañía, así como la cláusula segunda del domicilio social.—San José, tres de
marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2016015026).
El suscrito notario hace
constar que mediante escritura pública número treinta y cinco-cuatro, otorgada
a las quince horas del dos de marzo de dos mil dieciséis, se protocolizó acta
de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada Fertinex Costa Rica S. A., titular de la cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-seiscientos noventa y nueve mil seiscientos
noventa y tres, mediante la cual se reformó la cláusula octava de los estatutos
sociales, referente a la junta directiva y representación social. Es todo.—San José tres de marzo de dos mil dieciséis.—Lic. Ivannia
Méndez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2016015029).
En mi notaría y mediante
escritura número ciento doce de las dieciséis horas del diecisiete de febrero
del año dos mil dieciséis, protocolicé acuerdos de la sociedad Villas Playa
Bandera A. M. C. Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula sétima del pacto
social y se nombra nueva directiva.—San José,
veintiséis de febrero del dos mil dieciséis.—Lic. Diego Arturo Oviedo Alpízar,
Notario.—1 vez.—(IN2016015030).
La empresa OPC Operadora de
Cobro y Crédito Comercial Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-377.608,
mediante asamblea general extraordinaria celebrada a las 9:00 horas del día 8
de febrero del año 2016, aumenta el capital social a sesenta y cinco millones
de colones.—San José, 8 de febrero del año 2016.—Lic. Elizabeth Méndez Chaves,
Notaria.—1 vez.—(IN2016015033).
La empresa Saldos de
Crédito Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-490.462, mediante asamblea
general extraordinaria celebrada a las 9:30 horas del 8 de febrero del año
2016, aumenta el capital social a trece millones de colones.—San José, 8 de
febrero del 2016.—Lic. Elizabeth Méndez Chaves, Notaria.—1
vez.—(IN2016015034).
Por escritura otorgada ante
mí, a las nueve horas de este día, se protocolizan acuerdos de asamblea
extraordinaria de accionistas de Corporación Camberra S. A., con
domicilio en esta ciudad, mediante los cuales se disuelve la sociedad. Se cita
a interesados por el plazo de un mes conforme al artículo doscientos siete del
Código de Comercio.—San José, doce de enero de dos mil
dieciséis.—Lic. Édgar Rohrmoser Zúñiga, Notario.—1
vez.—(IN2016015039).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las veintiún horas del tres de marzo del dos mil dieciséis, se
protocolizó acta mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad ATEC
Informática de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-278104.—San José, 3 de marzo del 2016.—Licda. Sandra Delgado
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2016015045).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las dieciséis horas del veintitrés de febrero del dos mil
dieciséis, se protocolizó acta mediante la cual se acuerda la disolución de la
sociedad Academia Tecnológica Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-187939.—San José, 23 de febrero del 2016.—Licda.
Sandra Delgado Rodríguez, Notaria.—1
vez.—(IN2016015046).
Por escritura del 17 de
febrero del 2016, protocolicé acta de Montelugo S. A., la cual reforma
la cláusula segunda del pacto constitutivo. Por escritura del 11 de noviembre
del 2015 se constituyó la sociedad civil Luz de Sol Tonatiuk, S. C..—San José, 3
de marzo del 2016.—Lic. Marvin Céspedes Méndez,
Notario.—1 vez.—(IN2016015048).
Por escritura número ciento
treinta y ocho-diez otorgada ante mí, a las ocho horas y treinta y siete
minutos, del día cuatro de marzo de dos mil dieciséis, se protocolizó acta de
asamblea extraordinaria de cuotistas de la sociedad Crusardí Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
sesenta y seis setecientos sesenta y seis, en la cual se modificó la cláusula
segunda de los estatutos de la compañía.—San José,
cuatro de marzo de dos mil dieciséis.—Lic. Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—1 vez.—(IN2016015049).
Por escritura número
uno-diecinueve, otorgada ante mí, a las once horas del día tres de marzo de dos
mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de cuotistas de
la sociedad Rojas Flores Ingenieros Limitada, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos tres mil ciento cuarenta y dos,
en la cual se modificó la cláusula sétima de los estatutos de la compañía.—San José, tres de marzo de dos mil dieciséis.—Lic. José
Alberto Shroeder Leiva, Notario.—1
vez.—(IN2016015050).
Por escritura pública otorgada
ante esta notaría, a las 9:00 horas del 29 de febrero del año 2016, se
constituyó la sociedad anónima, cuya denominación será el número de cédula de
persona jurídica que le sea asignado al momento de su inscripción. Presidente:
Francisco Antonio Aguilar Madrigal, con facultades de apoderado generalísimo.
Plazo social: 99 años. Domicilio: Alajuela. Capital social: Diez mil colones.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, 29 de febrero del
2016.—Lic. Julieta Elizondo Calderón, Notaria.—1
vez.—(IN2016015053).
Mediante escritura número 58,
otorgada a las 17:30 horas del 3 de marzo de 2016, en el tomo 1 del protocolo
del notario público Ruddy Antonio Saborío Sánchez, se acuerda cambiar la
cláusula de la administración de la sociedad Finca de Thiago S. A. con
cédula jurídica 3-101-675070.—San José, 3 de marzo del 2016.—Lic. Ruddy Antonio
Saborío Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2016015055).
Mediante escritura número 57,
otorgada a las 17:00 horas del 3 de marzo de 2016, en el tomo 1 del protocolo
del notario público Ruddy Antonio Saborío Sánchez, se acuerda cambiar la
cláusula de la administración de la sociedad Asesoría Agropecuaria Integral
S. A., con cédula jurídica 3-101-058865.—San José, 3 de marzo de 2016.—Lic.
Ruddy Antonio Saborío Sánchez, Notario.—1
vez.—(IN2016015056).
Por escritura otorgada ante
este notario a las 16:00 horas del día 3 de marzo del 2016, se constituyó la
empresa Carcabi e Hijos S. A. domiciliada en San Antonio de Belén,
Heredia, 50 metros al oeste de la plaza de deportes, capital social: Treinta
mil colones, mediante el aporte a la sociedad de bienes inmuebles y muebles.
Presidente: José Carlos González Thuel, cédula 2-324-439.—Belén,
Heredia, 3 de marzo del 2016.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2016015062).
Por escritura otorgada ante
este notario a las 7:00 horas del día 4 de marzo del 2016, se constituyó la
empresa Gala Italia S. A. domiciliada en Pozos de Santa Ana, San José,
Urbanización Real de Pereira, casa final de la rotonda, capital social: Cien
mil colones, mediante el aporte a la sociedad de bienes muebles. Presidente:
Giovanni Ceccon, ciudadano italiano, cédula de residencia número 138000006812.—Belén Heredia, 4 de marzo del 2016.—Lic. Daniel Murillo
Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2016015063).
Mediante escritura número
ciento setenta y cuatro, con fecha de las quince horas del veinticinco de
febrero del dos mil dieciséis, ante esta notaría se realiza cambio de junta
directiva de la sociedad denominada Pasacar de Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, veinticinco de febrero del dos mil
dieciséis.—Lic. Lourdes Rojas Martínez, Notaria.—1
vez.—(IN2016015067).
La suscrita notaria,
debidamente autorizada, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la empresa Biriteca S. A., cédula jurídica 3-101-23192,
celebrada en su domicilio social el 14 de enero del año 2016, en la cual se
modificó el pacto constitutivo, cláusula número cinco.—San José, 3 de marzo del
año 2016.—Licda. Orietta María Ruiz Padilla, Notaria.—1
vez.—(IN2016015073).
Se hace saber que en mi
notaría a las dieciséis horas con treinta minutos del día tres de marzo del dos
mil dieciséis, se aprobó reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo de
Deus É Fiel Sociedad Anónima.—San José, cuatro de marzo del dos mil
dieciséis.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1
vez.—(IN2016015076).
Mediante escritura otorgada
ante mí a las once horas del primero de marzo del dos mil dieciséis, se
constituyó Inversiones Jobesi Sociedad Anónima. Capital social: Mil
doscientos colones, plazo social: Cien años.—San José,
primero de marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Perla Lipiec Goldberg, Notaria.—1 vez.—(IN2016015078).
Mediante escritura número
doscientos cincuenta y uno, otorgada en mi notaría a las 13:00 horas de hoy,
protocolicé acta de asamblea general de accionistas de Pera Celeste S. A.,
cédula jurídica número 3-101-685667, en la cual se reformaron las cláusulas
segunda y sexta de sus estatutos, trasladándose su domicilio social y
modificándose las atribuciones de los miembros de la junta directiva de la
sociedad.—Guadalupe, San José, primero de marzo del
dos mil dieciséis.—Lic. Mario Alberto Solórzano Sandoval, Notario.—1 vez.—(IN2016015079).
Por escritura pública número
349, otorgada en mi notaría, a las 12:00 horas del día 23 de febrero del año
2016, protocolicé acta número 4 de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Biguli G & G Sociedad Anónima. Se modificó cláusula
de la administración. Se nombró nueva junta directiva.—Lic.
Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1
vez.—(IN2016015082).
La suscrita, Luz Marina
Vásquez Pacheco, notaría pública, protocolicé acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Corporación Disoca DSC
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno-cuatrocientos cuarenta y
un mil novecientos setenta y cuatro, para realizar nombramiento de tesorero en
junta directiva. Es todo.—Palmares, tres de marzo del
año dos mil dieciséis.—Licda. Luz Marina Vásquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—(IN2016015087).
En mi notaría José Alan
Cordero Quesada, procedo a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria
de Inversiones Abarca A Y C Cuesta Cambronero S. A., cédula jurídica
número tres - ciento uno - cuatro tres cinco uno ocho nueve, se nombra nueva
junta directiva. Es todo.—San Ramón, cuatro de marzo
del dos mil dieciséis.—Lic. José Alan Cordero Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2016015088).
Yo, Carlos Arturo Terán París,
notario público con oficina en San José, hago de conocimiento público que ante
esta notaría, a las 15:00 horas del 22 febrero de 2016, protocolicé acta de Kramberg
Propiedad S. A., se modifica la cláusula quinta de la administración.—San
José, 23 de febrero del 2016.—Lic. Carlos Arturo Terán París, Notario.—1 vez.—(IN2016015089).
Marín y Ortega de Moravia
Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos quince mil seiscientos veintiséis, protocoliza
acta: Modifica cláusula sexta del pacto constitutivo en cuanto a la
administración; revoca el nombramiento del tesorero en la junta directiva y del
fiscal; y nombra nuevos miembros, vicepresidente y el tesorero en la junta
directiva y fiscal. Escritura número siete-veintinueve del tomo veintinueve,
otorgada a las ocho horas del tres de marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Juan Carlos Matamoros Carvajal, Notario.—1 vez.—(IN2016015095).
En esta notaría a las 11:00
horas del 26 de febrero del 2016, se protocolizó un acta de Inversiones
Brageco de Cartago SRL, cédula jurídica 3-102-644240, donde se reformó la
cláusula segunda del pacto constituido en referencia al domicilio. Además se
nombraron nuevos representantes, gerente y subgerente.—Naranjo,
26 de febrero del 2016.—Licda. Silenia Villalobos Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2016015098).
En esta notaría a las 14:00
horas del 04 de febrero del 2016, se realizó disolución de Inversiones
Arrieta Acuña Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-575129, con domicilio
en Cirrí de Naranjo, 600 metros noroeste del cruce, apoderado generalísimo
presidente Eduardo Arrieta Vega, cédula 2-335-350.—Naranjo, 08 de febrero del
2016.—Lic. Wilberth Hidalgo Ledezma, Notario.—1
vez.—(IN2016015099).
Ante mí Héctor Rolando Vargas
Sánchez, notario público con oficina en Heredia en escritura número trescientos
cincuenta y ocho, otorgada el veintiséis de febrero del año dos mil dieciséis,
se constituyó una sociedad anónima de conformidad con el artículo dos del
Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J.—29 de febrero del
2016.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1
vez.—(IN2016015101).
En mi notaría, mediante
escritura número 176 de las 14:00 horas del 3 de marzo de 2016, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Seguridad
Euro de Costa Rica S. A., reformándose la cláusula octava.—San
José, 3 de marzo de 2016.—Lic. Abel Gerardo Salas Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2016015103).
Mediante escritura 227-1 del 10
de febrero de 2016, se protocoliza acta en la que se modifica la cláusula de
representación de la sociedad Grupo Jurassic S. A., cédula jurídica
3-101-140761.—San José, tres de marzo del 2016.—Lic. Laureano Castro Sancho,
Notario.—1 vez.—(IN2016015106).
Por escritura otorgada ante
mí, se constituyó la sociedad denominada Repuestos GMD Sociedad Anónima,
denominación social que corresponde a nombre de fantasía, por un plazo social
de noventa y nueve años, a las diecinueve horas, del 2 de marzo del 2016.—San José, 4 de marzo del 2016.—Lic. Mario Enrique Calvo
Achoy, Notario.—1 vez.—(IN2016015107).
En mi notaría procedo a
protocolizar acta de la asamblea de la sociedad Consolatoria en Servicios
Integrales CONSISA Sociedad Anónima. Se modifican cláusulas.—Lic. Carlos Vargas Chacón, Notario.—1
vez.—(IN2016015109).
Por escritura número
doscientos veintisiete, del tomo dos, otorgada ante el suscrito notario, a las
10:00 horas del cuatro de marzo del 2016, se protocoliza acta de modificación
de la cláusula quinta del pacto constitutivo. Asimismo se nombra junta
directiva de la sociedad denominada Compañía Desalmacenadora Aduanera
Sociedad Anónima.—Lic. Eddie Alfonso Solano
Redondo, Notario.—1 vez.—(IN2016015113).
Ante esta notaría, mediante
escritura número doscientos veintiséis de las 16:00 horas del 3 de marzo del
2016, se protocoliza asamblea de accionistas de la sociedad 3-101-640020 S.
A, mediante la cual se acordó su disolución.—Lic.
Eddie Alfonso Solano Redondo, Notario.—1
vez.—(IN2016015114).
Por escritura de las
diecisiete horas del primero de marzo del dos mil dieciséis, los señores Luis
Diego Mora Méndez y Tatiana María Pérez Gairaud constituyeron la entidad
denominada Electra Alajuela Sociedad Anónima, que será nombre de
fantasía, domiciliada en la ciudad de Alajuela centro, doscientos cincuenta
metros oeste del Museo Juan Santamaría, frente a la Clínica San Miguel, con
actividades de venta de repuestos y electrodomésticos en general, y cuyo
capital es de cien mil colones pagado por los socios fundadores mediante
aportes de artículos de oficina.—San José, 01 de marzo del 2016.—Lic. Carlos
Alberto Wolfe Gutiérrez, Notario.—1
vez.—(IN2016015115).
Mediante escritura otorgada
ante esta misma notaría a las 10:00 horas del día 3 de marzo del 2016, se reformó
la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad Taller Geova S. A.
en relación al capital social de la empresa.—San José,
3 de marzo del 2016.—Licda. Maricruz Villasuso Morales, Notaria.—1 vez.—(IN2016015116).
Que por escritura pública número
ciento setenta y cuatro, otorgada ante esta notaría en San José, a las nueve
horas del nueve de febrero del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía The
Shipyard Desing S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos
setenta y un mil ciento setenta y ocho, mediante la cual se nombra presidente
de junta directiva, se revoca el nombramiento del secretario y tesorero y se
hace cambio del domicilio social.—San José, primero de marzo del dos mil
dieciséis.—Lic. Melania Campos Lara, Notaria.—1
vez.—(IN2016015118).
En escritura otorgada ante
esta notaría a las 8:00 horas del 26 de febrero de 2016, se modifica la
cláusula 8 del pacto social de la sociedad Investment Extreme Adventure S.
A. cédula jurídica 3-101-701568 y se nombra secretario.—Lic.
Irene Jiménez Barletta, Notaria.—1
vez.—(IN2016015119).
En escritura otorgada ante
esta notaría a las 18:00 horas del 26 de febrero de 2016, se modificaron las
cláusulas 1, 2 y 8 del pacto social de la sociedad Beauté Prada MD S. A.
cédula jurídica 3-101-597746, se nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Irene
María Jiménez Barletta, Notaria.—1
vez.—(IN2016015121).
En mi notaría he protocolizado
el acta número seis de la empresa Davallia Greens Sociedad Anónima, se
nombra secretario y se revoca representación.—Alajuela,
cuatro de marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Ariel González Arias, Notario.—1 vez.—(IN2016015132).
Ante esta notaría por
escritura ciento cuarenta y uno, otorgada a las nueve horas treinta minutos del
tres de marzo del dos mil dieciséis, se protocoliza el acta número dos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Ramigra del Este Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-303695. Reformando la cláusula novena del
pacto constitutivo, administración y nombrando nueva junta directiva. Es todo.—Cartago, cuatro de marzo del dos mi dieciséis.—Licda.
Betzi Zúñiga Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2016015158).
En notaría de Luis Marino
Castillo López, escritura doscientos cincuenta y cinco, tomo veintidós de las
quince horas del catorce de enero del dos mil dieciséis se constituye Calg
Neuro Consulting Services Ltda.—Lic. Luis Marino
Castillo López, Notario.—1 vez.—(IN2016015162).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, al ser las doce horas del día veinticuatro de febrero del año dos
mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios
de la sociedad CMS Distribuciones Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica número tres - uno cero dos - seis nueve siete seis uno cero,
mediante la cual se realiza nuevo nombramiento.—Barva
de Heredia, tres de marzo del año dos mil dieciséis.—Licda. Lorena Víquez
Muñoz, Notaria.—1 vez.—(IN2016015165).
Por escritura otorgada ante
esta notaría a las ocho horas del 04 de marzo del 2016, protocolicé acuerdos de
asamblea general extraordinaria de socios de Property Services and Urbanist
of CR Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula del objeto social.—San José, 04 de marzo del 2016.—Lic. Olga Isabel Romero
Quirós, Notaria.—1 vez.—(IN2016015167).
Por escritura número 78 del
tomo 2 de mi protocolo de las 17:00 horas del 3 de marzo de 2016, se constituyó
la sociedad Mister Clean Car Chemicals S. A., con doce acciones comunes
y nominativas, suscritas y pagadas, de diez mil colones cada una. Su presidente
es el apoderado generalísimo sin límite de suma, pero limitado a que requerirá
la autorización expresa de la asamblea de accionistas para la compra o venta de
bienes inscribibles o inscritos.—Guadalupe, 3 de marzo
del 2016.—Licda. Celia María Cabezas Enciso, Notaria.—1
vez.—(IN2016015174).
Mediante escritura número
noventa y dos de las dieciséis horas con diez minutos del dos de marzo de dos
mil dieciséis, visible al folio cuarenta y nueve frente del tomo nueve del protocolo
de la notaria Paula Durán Quirós, se hace constar que se protocolizó acta
modificando el artículo 16 del pacto constitutivo de Asociación de Atención
Integral para la Persona Adulta Mayor de Paraíso (ASAIPAMPA), cédula
jurídica tres-cero cero dos-seiscientos cuarenta y un mil trescientos
veinte.—Paraíso, tres de marzo de dos mil dieciséis.—Licda. Paula Durán Quirós,
Notaria.—1 vez.—(IN2016015184).
Ligia María Valverde Chacón e
Isabel Cristina Cortés Carrasquilla, constituyen la sociedad AJSJ Sociedad
de Responsabilidad Limitada, siendo la primera gerente. Escritura otorgada
ante esta notaría a las once horas del siete de marzo del año dos mil dieciséis.—San José, ocho de marzo del año dos mil dieciséis.—Licda.
Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1
vez.—(IN2016015337).
Asamblea extraordinaria de
accionistas de Ochomogo Property S. A., se reforma la totalidad de los
estatutos, se transforma en Sociedad de Responsabilidad Limitada. Ochomogo
Property S.R.L. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma, se nombra gerente, subgerente y agente residente. Escritura otorgada
en San José, a las nueve horas del primero de marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1
vez.—(IN2016015344).
Por escritura otorgada ante mi
notaría a las quince horas con treinta minutos del cinco de marzo del dos mil
dieciséis, se constituyó la sociedad RQ Hermanos Sociedad Anónima, con
un plazo de cien años, capital social por la suma de diez mil colones. El
presidente y el secretario ejercen la representación legal y extrajudicial con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar en
forma conjunta o individualmente.—San José, 7 de marzo
del 2016.—Licda. Olga María Mata Chacón, Notaria.—1
vez.—(IN2016015360).
Mediante escritura de las
nueve horas del nueve de diciembre del dos mil dieciséis, ante esta notaría se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Servicios
Diversos Gallo S. A., donde se modifica la cláusula octava del pacto
constitutivo, así mismo se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, enero del dos mil dieciséis.—Licda. Helen Duarte
Gamboa, Notaria.—1 vez.—(IN2016015361).
Mediante escritura otorgada
por esta notaría, a las ocho horas del siete de marzo del dos mil dieciséis, se
protocolizaron acuerdos por los que se modificó la cláusula sobre
representación social de Brenes Castro S. A. Presidente: Abelardo Brenes
Castro.—San José, 7 de marzo del 2016.—Lic. José Pablo
Mata Ferreto, Notario.—1 vez.—(IN2016015363).
Mediante escritura otorgada el
día de hoy a las 10:00 horas y por acuerdo unánime del único socio: Carlos Luis
Azofeifa Rodríguez, se procedió a disolver a partir de esta fecha la sociedad Importaciones
Automotrices Romaca S. A., cédula jurídica número 3-101-275096.—Curridabat,
01 de marzo del 2016.—Lic. Omar Zúñiga Benavides, Notario.—1
vez.—(IN2016015365).
Que por escritura otorgada
ante el notario Carlos Manuel Guzmán Aguilar, se constituye la sociedad anónima
denominada Soluciones Administrativas Secsa Sociedad Anónima, cuyo
capital social se encuentra suscrito y pagado en su totalidad, con plazo social
de noventa y nueve años.—Lic. Carlos Manuel Guzmán
Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2016015367).
Por escritura otorgada en San
José de las nueve horas treinta minutos del siete de marzo del dos mil quince,
se reforman cláusulas del pacto social de la sociedad Galbraith Sucesores S.
A.—Licda.
Consuelo Méndez Marchena, Notaria.—1
vez.—(IN2016015373).
La suscrita notaria Maritza
Araya Rodríguez, hace constar que se realizó una reforma a los estatutos de la
sociedad Supermercado Boston BM Sociedad Anónima, sociedad domiciliada
en San Vito, Coto Brus, Puntarenas, en los altos de supermercado BM, cédula
jurídica tres-ciento uno-seis nueve siete ocho cinco nueve. Es todo.—San Vito, cinco de marzo del dos mil dieciséis.—Licda.
Maritza Araya Rodríguez, Notaria.—1
vez.—(IN2016015382).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, el día siete marzo del año dos mil dieciséis, se protocolizó acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Helados
Criogénicos de Costa Rica Sociedad Anónima, en virtud de la cual se
modifica la cláusula quinta del pacto social y se aumenta el capital social en
la suma de doce millones quinientos mil colones, se modifica la cláusula novena
de la administración y se nombra nuevo tesorero.—San José, a las ocho horas del
siete de marzo del dos mil dieciséis.—Licda. Erika Marín Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2016015385).
Por escritura otorgada en
Grecia, a las doce horas del cuatro de marzo del dos mil dieciséis,
comparecieron: Marianela Arias Murillo, Melissa Ángela Caamak Arias, Samantha
Coto Arias y constituyeron: Arte y Más Arte Sociedad Civil. Objeto:
consultoría y servicios de bienes raíces publicitarios, los tres
administradores son los antes indicados quienes son apoderados generalísimos
sin limitación de suma con todas las facultades.—Grecia,
cuatro de marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Giovanni Barrantes Barrantes,
Notario.—1 vez.—(IN2016015387).
Por escritura otorgada en
Grecia, a las trece horas del cuatro de marzo del dos mil dieciséis,
comparecieron: Constantine Dean Markellos e Idalia Silva Galarza y
constituyeron: Finca Asperi de Osa Sociedad Civil. Objeto: consultoría y
servicios de bienes raíces, los dos administradores son los antes indicados
quienes son apoderados generalísimos sin limitación de suma con todas las
facultades.—Grecia, cuatro de marzo del dos mil
dieciséis.—Lic. Giovanni Barrantes Barrantes, Notario.—1
vez.—(IN2016015389).
Ante mí, Ademar Antonio Zúñiga
Quirós, notario público con oficina en Puriscal, cincuenta este del Banco
Popular, protocoliza acta de acuerdo de disolución de sociedad. Escritura
número ciento ochenta y cinco-diecinueve del tomo diecinueve otorgado a las
catorce horas del cinco de marzo del dos mil dieciséis de Compra y Venta de
Ganado la Buena Suerte Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos veintinueve mil ochocientos veintiocho, domiciliada en Jaris
de Mora, cantón sétimo de la provincia de San José, cincuenta sur de la iglesia.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2016015393).
Ante mí, Ademar Antonio Zúñiga
Quirós, notario público con oficina en Puriscal, se constituye la sociedad
denominada: Servicio Protección Física de Costa Rica S. A. Capital
social: mil dólares exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio.
Representación: presidente y tesorero. Escritura otorgada en Colón, a las 18:00
horas del 29 de febrero del 2016.—Lic. Ademar Antonio
Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2016015394).
Ante mí, Ademar Antonio Zúñiga
Quirós, notario público con oficina en Puriscal, cincuenta este del Banco
Popular, se modifica nombramiento del presidente de la sociedad denominada Compañía
Carmel S. A. Escritura otorgada en Puriscal, a las 15:00 horas del 5
de marzo del 2016.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós,
Notario.—1 vez.—(IN2016015395).
Por escritura 253 otorgada en
mi notaría en la ciudad de Heredia, a las 11:00 horas del 12 de marzo del 2015,
se protocoliza acta número 1 de la asamblea general extraordinaria de cuotistas
de la empresa Prica Soccer Team L.T.D.A, cédula jurídica: 3-102-353594,
por la cual se acordó reformar la cláusula primera que es nombre de la sociedad.—Heredia, 3 de marzo del 2016.—Lic. Juan Ernesto Martínez
Fuentes, Notario.—1 vez.—(IN2016015401).
Mediante escritura otorgada a
las once horas del veintiséis de febrero del dos mil dieciséis, ante esta
notaría se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de la
compañía Badilla Umaña S. A., cédula de persona jurídica número:
tres-uno cero uno-tres dos uno ocho uno nueve, mediante la cual se modifica el
pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—San
José, veintiséis de febrero del dos mil dieciséis.—Lic. Oldemar Antonio Fallas
Navarro, Notario.—1 vez.—(IN2016015402).
Mediante escritura otorgada a
las diez horas del nueve de octubre del dos mil quince, se acuerda disolver y
liquidar la sociedad denominada Multiservicios Sara Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco nueve seis cuatro cuatro
siete.—San José, diez horas del día catorce de octubre del año dos mil
quince.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1
vez.—(IN2016015403).
Mediante escritura otorgada a
las once horas del quince de enero del dos mil dieciséis, ante esta notaría,
Ana Soledad Briceño Ramírez, cédula de identidad número ocho-cero cero siete
cuatro-cero tres siete cinco, constituye la Fundación para la Prevención
Social del Delito y Protección de los Derechos Humanos.—San
José, quince de enero del dos mil dieciséis.—Lic. Oldemar Antonio Fallas
Navarro, Notario.—1 vez.—(IN2016015404).
Por escritura otorgada a las
doce horas del cinco de marzo del año dos mil dieciséis, se reforman las
cláusulas primera, segunda, undécima del acta constitutiva y nombramiento de la
sociedad Laboratorio Dental Yire Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-doscientos noventa mil novecientos sesenta y ocho.—San
José, cinco de marzo del año dos mil dieciséis.—Lic. José Luis Ureña Díaz,
Notario.—1 vez.—(IN2016015406).
Ante mi notaría al ser las
doce horas del veintiséis de enero del año dos mil dieciséis, se acordó
disolver la sociedad anónima denominada: Inversiones Monte Moreno Rojas
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-cinco cero
nueve ocho seis dos, cuyo presidente es Jorge Eduardo Moreno Rojas, mayor,
casado una vez, ebanista, vecino de Las Mercedes de Hojancha, Guanacaste, un
kilómetro al norte de la escuela, cédula de identidad número: cinco-tres dos
nueve-cinco seis tres.—Hojancha, al ser las quince horas del dieciséis de
febrero del dos mil dieciséis.—Licda. Ariana Cecilia Li Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2016015411).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10:00 horas del 5 de marzo del 2016, se constituyó la empresa
Valeria E Isacc S. A., domiciliada en San Antonio de Belén, Heredia, 25
metros al este de la estación del ferrocarril, capital social cien dólares de
los Estados Unidos de Norteamérica, mediante el aporte a la sociedad de bienes
inmuebles y letra de cambio. Presidente: Sebastián Venegas Abarca, cédula N°
1-1406-939.—Belén, Heredia, 5 de marzo del 2016.—Lic.
Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2016015412).
Por asamblea general
extraordinaria de accionistas de las 16 horas del 29-01-2016 de Fort Jaco
Grand Place S. A., se modificó la cláusula 6 del pacto constitutivo.
Escritura N° 24, protocolo 29.—Heredia, 01 de marzo
del 2016.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1
vez.—(IN2016015413).
Se protocoliza acuerdos de
asamblea extraordinaria de Los Mapaches Punta Leona Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3-101-353388, se cambia domicilio, se nombra nueva junta
directiva y fiscal. Escritura 254, tomo 16 de las 9:00 horas del 7 de marzo del
2016.—Lic. Rubén Ramírez Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2016015418).
Mediante escritura número
diecinueve, otorgada ante el notario público Óscar Fabricio Arguedas Gutiérrez,
a las trece horas del veintinueve de febrero del dos mil dieciséis, se disuelve
por acuerdo de socios de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código
de Comercio la sociedad denominada Marjiara Sociedad Anónima.—San José,
29 de febrero del 2016.—Lic. Óscar Fabricio Arguedas Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2016015421).
Juan Andrey Morales Rojas y
Alexander Alberto Alfaro Vásquez, constituyen: Innovaciones Digitales
Doscientos Cuarenta Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia, a las
12:00 horas del 5 de marzo del 2016.—Lic. Carlos
Eduardo Rojas Castro, Notario.—1 vez.—(IN2016015425).
Por escritura otorgada ante
mí, número dieciséis de las dieciocho horas del día tres de febrero del dos mil
dieciséis, se constituyó la sociedad denominada Yaralulu Sociedad Anónima,
domiciliada en Alajuela, San Mateo, Jesús María. Objeto: el ejercicio del
comercio en todas sus formas, la industria, la ganadería, la agricultura, y en
general toda actividad lucrativa. Plazo social: noventa y nueve años.
Presidenta: Enelda Céspedes Mora. Capital social: un millón de colones
representado por diez acciones, comunes y nominativas de cien mil colones cada
una, suscritas y pagadas.—Licda. Ana Lucía Campos
Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2016015431).
En mi notaría, a las 11:00
horas del 23 de febrero del año 2016, se constituyó la empresa Bio Uno Cero
Uno Sociedad Anónima, domiciliada en San José, cantón Escazú, distrito San
Antonio, calle Ávalos, del Hotel Pico Blanco, cincuenta metros al sur,
cincuenta metros al oeste y cincuenta metros al sur, segunda casa mano derecha,
capital social 100.000 colones. Presidente: Carlos Enrique Leiva Herrera,
cédula N° 1-0708-0297. Plazo social: 100 años.—San
José, 4 de marzo del 2016.—Licda. Elizabeth Angulo Gatjens, Notaria.—1 vez.—(IN2016015437).
Ante esta notaría por
escritura otorgada a las once horas del día tres de marzo de dos mil dieciséis,
donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de socios de la sociedad denominada Puentes del Bosque Número Ocho S. A.,
donde se acuerda reformar la cláusula referente a la administración.—San José, tres de marzo del dos dieciséis.—Lic. Warren
Corrales Castillo, Notario.—1 vez.—(IN2016015438).
Por escritura número 09-13,
otorgada a las 10:00 horas del 9 de febrero del 2016, ante esta notaria Diana
Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de
la compañía de esta plaza denominada 3-102-474854 Sociedad de
Responsabilidad Limitada, en donde se acuerda reformar la cláusula del
domicilio.—Puntarenas, 9 de febrero del 2016.—Licda.
Diana Pinchanski Fachler, Notaria.—1
vez.—(IN2016015440).
El suscrito notario hace
constar que mediante escritura pública número treinta y seis-cuatro, otorgada a
las diez horas del cuatro de marzo del dos mil dieciséis, se protocolizó acta
de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Desarrolladora
Parque de la Sabana DPS S. A., titular de la cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y siete mil novecientos ochenta y
dos, mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos sociales,
referente al capital social. Es todo.—San José, 4 de
marzo del 2016.—Licda. Ivannia Méndez Rodríguez, Notaria.—1
vez.—(IN2016015441).
El suscrito notario hace
constar que mediante escritura pública número treinta y siete-cuatro, otorgada
a las diez horas veinte minutos del cuatro de marzo del dos mil dieciséis, se protocolizó
acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de
esta plaza denominada Tres-Ciento Uno-Seiscientos Noventa y Dos Mil
Novecientos Veinte Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-seiscientos noventa y dos mil novecientos
veinte, mediante la cual se reformaron las cláusulas quinta, décima quinta y
vigésima primera de los estatutos sociales, respectivamente, referentes al
capital social, integración de la junta directiva y representación social. Es
todo.—San José, cuatro de marzo del dos mil
dieciséis.—Licda. Ivannia Méndez Rodríguez, Notaria.—1
vez.—(IN2016015443).
Por escritura otorgada hoy
ante el suscrito notario, se acuerda modificar la cláusula cuarta del pacto
constitutivo de la sociedad Consultoría Mar Azul S. A.—San
José, 15 de febrero del 2016.—Lic. José Pablo Arauz Villarreal, Notario.—1 vez.—(IN2016015444).
Por escritura otorgada ante
esta notaría a las 10:00 horas del 1° de marzo del 2016, se protocoliza acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de Uparati S. A., en la cual
se nombra presidente, secretario y tesorero de la junta directiva.—San José, 1° de marzo del 2016.—Lic. Eduardo Benito
González, Notario.—1 vez.—(IN2016015448).
Por escritura otorgada ante
esta notaría a las 12 horas del 1° de marzo del 2016, se protocoliza acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de Flexipark Veintisiete
Euridece S. A., en la cual se nombra presidente, secretario y tesorero de
la junta directiva.—San José, 1° de marzo del 2016.—Lic. Eduardo Benito
González, Notario.—1 vez.—(IN2016015449).
Al ser las siete horas del
veinticinco de enero del dos mil dieciséis, al folio ciento ciento veintiocho frente, escritura número ciento setenta y siete del tomo
quinto del Lic. Octavio Alejandro Rivera Jiménez, se constituye sociedad
denominada Novecientos Abogado S. A.—San José,
25 de enero del 2016.—Lic. Octavio Alejandro Rivera Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2016015450).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11:00 horas del 1° de marzo del 2016, se protocoliza acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Dharma S. A., en la
cual se nombra presidente, vicepresidente y tesorero de la junta directiva y se
reforma la cláusula del domicilio.—San José, 1° de
marzo del 2016.—Lic. Eduardo Benito González, Notario.—1
vez.—(IN2016015451).
Al ser las seis horas del
veintiocho de enero del dos mil dieciséis, al folio ciento treinta vuelto, escritura número ciento setenta y nueve del tomo
quinto del Lic. Octavio Alejandro Rivera Jiménez, se constituye sociedad
denominada Amsa Autotransportes S. A.—San José,
28 de enero del 2016.—Lic. Octavio Alejandro Rivera, Notario.—1
vez.—(IN2016015452).
Ante esta notaría bajo la
escritura ciento sesenta y nueve-uno de las quince horas y treinta minutos del
tres de marzo del año dos mil dieciséis el acta número uno de la compañía Mundo
Sushi Sociedad Anónima, donde se modifica el pacto social.—San José, 7 de
marzo del 2016.—Licda. Darlyn María Caballero García, Notaria.—1
vez.—(IN2016015454).
Ante esta notaría bajo la
escritura ciento sesenta y ocho-uno de las quince horas del tres de marzo del
año dos mil dieciséis, se protocolizó el acta número doce de la compañía Corporación
el Encanto del Pacífico Sociedad Anónima, donde se modifica el pacto
social.—San José, 7 de marzo del 2016.—Licda. Darlyn María Caballero García,
Notaria.—1 vez.—(IN2016015455).
Por escritura otorgada en mi
notaría número ciento sesenta y cinco del tomo dos, a las diez horas del cuatro
del marzo del dos mil dieciséis, protocolizo el acta número cuatro de la
sociedad Inversiones Tres Amis S. A., cédula jurídica número:
tres-ciento uno-quinientos ochenta y dos mil ciento noventa y cinco, se
modifican la cláusula segunda: domicilio social, la cláusula novena:
administración, la cláusula décima de las reuniones y se nombra los cargos de
la junta directiva.—San José, siete de marzo del dos mil dieciséis.—Licda.
Elizabeth Chan Chan, Notaria.—1 vez.—(IN2016015461).
El suscrito notario público da
fe que mediante escritura pública número ciento sesenta y ocho de las 10:00
horas del 11 de febrero del 2016, se constituyó la sociedad denominada J A
Costa Pacífica Adventures Limitada, cuyo capital social es la suma de cien
mil colones. Es todo.—San José, 7 de marzo del
2016.—Lic. Eric Vizcaíno Dávila, Notario.—1
vez.—(IN2016015463).
La empresa Soluciones Maja
Limitada, cédula tres-uno cero dos-seis tres ocho nueve uno dos, mediante
escritura número noventa y siete-dieciséis de las ocho horas con treinta
minutos del diecinueve de febrero del dos mil dieciséis, protocoliza ante esta
notaría el acta número uno de la asamblea extraordinaria celebrada a las quince
horas del cuatro de febrero del dos mil dieciséis, en la que se reforma la
cláusula sexta, eliminándose el puesto de subgerente.—Lic.
Olivier Alpízar Salas, Notario.—1 vez.—(IN2016015464).
Por escritura número 273,
visible al folio 130 del tomo 22 del protocolo del notario público José Ramón
Chaves Castillo, la sociedad Fórmulas Estratégicas S. A., hace
modificación de cláusulas del pacto social.—Lic. José Ramón Chaves Castillo,
Notario.—1 vez.—(IN2016015468).
Por escritura número 274,
visible al folio 131 vuelto del tomo 22 del protocolo del notario público José
Ramón Chaves Castillo, la sociedad Inmobiliaria Alcorra de Pococí S. A.,
hace modificación de cláusulas del pacto social.—Lic. José Ramón Chaves
Castillo, Notario.—1 vez.—(IN2016015470).
La empresa Grupo
Agroindustrial Alpízar González Sociedad Anónima, cédula tres-uno cero
uno-uno seis nueve siete ocho cinco, mediante escritura número ciento cincuenta
de las once horas del doce de diciembre del dos mil quince, ante la notaria
María Elieth Pacheco Rojas, protocoliza el acta número cuatro de la asamblea
extraordinaria celebrada a las dieciséis horas del diez de diciembre del dos
mil quince, en la que se reforma la cláusula quinta, aumentándose su capital
social. Rodolfo Alpízar Salas, Presidente.—Lic. Oliver
Antonio Alpízar Salas, Notario.—1 vez.—(IN2016015471).
Ante esta notaría, se
protocolizaron los acuerdos de Almacenes de la Costa S. A., a las once
horas del tres de marzo del dos mil dieciséis, se reformó cláusula segunda del
domicilio. El mismo será en Huacas, Santa Cruz de Guanacaste.—Lic.
Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1
vez.—(IN2016015473).
Ante este notario público José
Fermín Morales Campos, se constituye escritura número ochenta y dos, iniciada
en el folio sesenta frente del tomo diez de mi protocolo, en donde se modifica
la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad DEM Constructores y
Consultores de Costa Rica Sociedad Anónima, referente a la junta directiva
y representación de dicha sociedad.—Es todo.—Dado en
Alajuela, el siete de marzo del dos mil dieciséis.—Lic. José Fermín Morales
Campos, Notario.—1 vez.—(IN2016015475).
Ante este notario público José
Fermín Morales Campos, se constituye escritura número ochenta y uno, iniciada
en el folio cincuenta y nueve vuelto del tomo diez de mi protocolo, en donde se
modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Control y
Potencia Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-tres
cuatro siete uno dos nueve, referente al capital social de dicha sociedad. Es
todo.—Dado en Alajuela, el 7 de marzo del 2016.—Lic.
Fermín Morales Campos, Notario.—1 vez.—(IN2016015476).
Ante esta notaría por
escritura número veinticuatro se modificaron las siguientes cláusulas del pacto
social de Anagrama LLC Limitada, “Segunda del domicilio; sexta de la
administración y se acuerda nombrar por todo el plazo social en el cargo de
gerente a Guiselle Rojas Campos.—Lic. Carlos Víquez
Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2016015477).
Por escritura número 47 del
tomo 25 del notario Miguel Antonio Elizondo Soto, a las 11:00 horas del 3 de
marzo del 2016, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de Pom Cobranzas S.R.L., en la cual se modifica la cláusula cuarta del
pacto social.—San José, 3 de marzo del 2016.—Lic.
Miguel Antonio Elizondo Soto, Notario.—1
vez.—(IN2016015478).
Limburgia Sociedad Anónima, reforma la cláusula dos del domicilio, San José centro, avenida
ocho, calle cero-uno, edificio setecientos nueve, oficina cero siete B.—San
José, 7 de marzo del 2016.—Lic. Alexander Granados Loaiza, Notario.—1 vez.—(IN2016015506).
Por escritura otorgada ante
esta notaría a las 16:00 horas del 2 de marzo del 2011, se protocolizó acta de
la asamblea de accionistas de Naturaleza del Jocotero S. A., mediante la
cual se disuelve la sociedad.—San José, 2 de marzo del
2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—(IN2016015507).
Por escritura otorgada ante
esta notaría a las 15:00 horas del 2 de marzo del 2016, se protocolizó acta de
la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Maracaibo
Almendro Uno S. A., mediante la cual se transformó la sociedad a sociedad
de responsabilidad limitada.—San José, 2 de marzo del
año 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—(IN2016015508).
En escritura 509 del tomo 19
se modificó pacto constitutivo de la sociedad Albacobar de Coto Brus S. A.—San Vito, 29 de febrero del 2016.—Lic. Arturo Méndez
Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2016015515).
Ante mi notaría a las catorce
horas del seis de marzo del dos mil dieciséis, se solicitó la disolución de la
sociedad Transportes Privados Génesis Sociedad Anónima, domiciliada en
San José, Vázquez de Coronado, Dulce Nombre de Jesús, barrio El Carmen, del
Abastecedor El Puente, trescientos metros norte y cien oeste, con cédula de
persona jurídica número tres-uno cero uno-seis uno ocho siete ocho uno.—San José, seis de marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Hernán
Sánchez Guevara, Notario.—1 vez.—(IN2016015521).
Ante esta notaría se
constituyeron dos sociedades: A-) MTR de Costa Rica S. A. Socios Ricardo
José Trejos Gómez, cédula N° 1-1311-935 y Luis Fernando Trejos Gómez, cédula N°
1-1266-689; este último presidente. Domicilio: Alajuelita centro. Objeto:
importación y venta de artículos para motocicletas, comercio en general y otros
y B-) Número de Cédula Jurídica S. A. Socios Elizabeth González Burgos,
cédula N° 1-630-264 y Gelberth Salazar Agüero, cédula N° 1-577-991, este último
presidente. Domicilio: Guayabo de Mora. Objeto: comercio en general en ambas
sociedades, plazo social 99 años. Capital social: ¢120.000, representados por
12 acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Lic. Fernando
Calderón Salazar, San Felipe de Alajuelita, contiguo a la Comisaría Delta Diez.—Lic. Fernando Calderón Salazar, Notario.—1
vez.—(IN2016015522).
Por escritura ciento
veinticuatro otorgada ante este notario, a las nueve horas treinta minutos del
día cuatro de marzo del año dos mil dieciséis, se protocolizó acta uno de
asamblea general extraordinaria de socios de: Hopetown INC S. A.,
mediante la cual se acuerda reformar la representación, el capital social y se
revoca el agente residente y nombrar nuevo presidente.—San
José, cuatro de marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein,
Notario.—1 vez.—(IN2016015527).
Por escritura ciento
veintinueve otorgada ante este notario, a las once horas del día cuatro de
marzo del año dos mil dieciséis, se protocolizó acta uno de asamblea general
extraordinaria de socios de: Larabar INC S. A., mediante la cual se
acuerda reformar el domicilio, la representación y el capital social.—San José, cuatro de marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Melvin
Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(IN2016015529).
Por escritura ciento
veintiocho otorgada ante este notario, a las diez horas cuarenta y cinco
minutos del día cuatro de marzo del año dos mil dieciséis, se protocolizó acta
uno de asamblea general extraordinaria de socios de: Kerkyra Bienes Raíces
S. A., mediante la cual se acuerda reformar el domicilio, la
representación, el capital social y se revoca el agente residente.—San José, cuatro de marzo del dos mil dieciséis.—Lic.
Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1
vez.—(IN2016015530).
Por escritura ciento
veintisiete otorgada ante este notario, a las diez horas treinta minutos del
día cuatro de marzo del año dos mil dieciséis, se protocolizó acta dos de
asamblea general extraordinaria de socios de: Cardnet Logística de Costa
Rica S. A., mediante la cual se acuerda reformar el domicilio, la
representación, el capital social y se revoca el agente residente.—San José, cuatro de marzo del dos mil dieciséis.—Lic.
Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(IN2016015531).
Por escritura ciento
veinticinco otorgada ante este notario, a las nueve horas cincuenta minutos del
día cuatro de marzo del año dos mil dieciséis, se protocolizó acta uno de
asamblea general extraordinaria de socios de: Yelikot INC S. A., mediante
la cual se acuerda reformar el domicilio, la representación, el capital social
y se revoca el agente residente.—San José, 4 de marzo
del 2016.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1
vez.—(IN2016015532).
Por escritura ciento
veintitrés otorgada ante este notario, a las nueve horas del día cuatro de
marzo del año dos mil dieciséis, se protocolizó acta uno de asamblea general
extraordinaria de socios de: Sandsprings INC S. A., mediante la cual se
acuerda reformar la representación, el capital social, se revoca el agente
residente y se nombra nuevo presidente.—San José, 4 de
marzo del 2016.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1
vez.—(IN2016015533).
Por escritura ciento veintidós
otorgada ante este notario, a las ocho horas cuarenta minutos del día cuatro de
marzo del año dos mil dieciséis, se protocolizó acta uno de asamblea general
extraordinaria de socios de: Inversiones Almuñecar S. A., mediante la
cual se acuerda reformar la representación, el capital social, se revoca el
agente residente y se nombra nuevo tesorero.—San José,
4 de marzo del 2016.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1
vez.—(IN2016015534).
Por escritura ciento veintiuno
otorgada ante este notario, a las ocho horas veinte minutos del día cuatro de
marzo del año dos mil dieciséis, se protocolizó acta uno de asamblea general
extraordinaria de socios de: Whitewater INC S. A., mediante la cual se
acuerda reformar la representación, el capital social, se revoca el agente
residente y se nombra nuevo presidente.—San José, 4 de
marzo del 2016.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1
vez.—(IN2016015535).
Por escritura ciento veinte
otorgada ante este notario, a las ocho horas del día cuatro de marzo del año
dos mil dieciséis, se protocolizó acta uno de asamblea general extraordinaria
de socios de: Bakerfield INC S. A., mediante la cual se acuerda reformar
la representación, el capital social y se revoca el agente residente.—San José, 4 de marzo del 2016.—Lic. Melvin Rudelman
Wohlstein, Notario.—1 vez.—(IN2016015537).
Por escritura ciento
veintiséis otorgada ante este notario, a las diez horas del día cuatro de marzo
del año dos mil dieciséis, se protocolizó acta dos de asamblea general
extraordinaria de socios de: Inversiones Montijo S. A., mediante la cual
se acuerda reformar la representación, el capital social y se revoca el agente
residente.—San José, 4 de marzo del 2016.—Lic. Melvin
Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(IN2016015538).
El suscrito notario hace
constar que mediante la escritura número doscientos trece-once de mi protocolo,
se modifica la administración y representación de la sociedad anónima Corporación
Henkel Internacional S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos setenta y siete mil doscientos sesenta y siete.—Ciudad Quesada, 7 de marzo del 2016.—Lic. Roy Alberto
Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—(IN2016015544).
Mediante escritura número
79-1, otorgada ante la notaría de la Licda. Wendy Araya Herrera, a las 9:00
horas del 3 de marzo del año 2016, se protocolizó el acta de asamblea general
de socios de Agropecuaria Hermanos Pacheco S. A., la cual reformó la
cláusula quinta del pacto constitutivo, aumentando el capital social de la
compañía.—San Carlos, Ciudad Quesada, 4 de marzo del
2016.—Lic. Wendy Araya Herrera, Notaria.—1
vez.—(IN2016015545).
Por escritura número 162-16 de
las 18:00 horas del 16 de febrero del 2016, se protocolizaron acuerdos de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Cáncer Leo de las
Colinas S. A., en los que se reforman los estatutos en cuanto a la
administración: se nombra presidente, tesorero y fiscal y se modifica el
domicilio: Santiago de San Ramón de Alajuela, trescientos metros sur de la
entrada, Salón Los Alfaro.—San Ramón, Alajuela, 7 de marzo del 2016.—Licda.
Carmen María Montoya Mejía, Notaria.—1 vez.—(IN2016015556).
En mi notaría he protocolizado
la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad compañía A &
C Comercial R Ciento Sesenta y Cuatro Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-seiscientos treinta y cinco mil ciento cuarenta y
cuatro, domiciliada en Bagaces, Guanacaste, sito distrito tres Mogote y cantón
cuarto Bagaces de la provincia de Guanacaste, donde se tomaron los acuerdos de
reformar las cláusulas: segunda, octava y décima cuarta, que establece el acta
constitutiva.—Liberia, 7 de marzo del año 2016.—Licda. Edith Gutiérrez Ruiz,
Notaria.—1 vez.—(IN2016015559).
Por escritura otorgada ante
mí, a las 10:00 horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria
y extraordinaria de Villa Agua de Pipa-KV S.R.L., mediante la cual se
reformó la administración, se nombró gerente uno y gerente dos y se otorgó
poder generalísimo.—San José, 7 de marzo del 2016.—Lic. Alonso Vargas Araya,
Notario.—1 vez.—(IN2016015563).
En esta notaría a las 12:00
horas del 11 de enero del 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Flor Marina del Norte Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y
nueve años y un capital social de diez mil colones exactos. Domicilio: San
José, Desamparados, Calle Fallas del Bar Rancho Garibaldi, 300 metros al oeste.—San José, 8 de marzo del 2016.—Licda. Sonsire Ivonne
Espinoza Ríos, Notaria.—1 vez.—(IN2016015567).
Por escritura de las 13 horas
30 minutos del 28 de enero del 2016, se constituyó la sociedad denominada M
& S Ingeniería y Construcción ICCR S. A., domicilio social: Santo
Domingo de Heredia, capital social: cien dólares íntegramente suscritos y
pagados, objeto la construcción, los servicios y el comercio en general. Plazo
social: 99 años.—San José, 6 de marzo del 2016.—Lic.
Édgar Omar Belloso Montoya, Notario.—1
vez.—(IN2016015569).
Soluciones Metálicas Somesa
S. A., modifica cláusula sexta del pacto social y
nombra secretario.—Lic. Roberto Pochet Torres, Notario.—1 vez.—(IN2016015571).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la
sociedad Transportes Deldu Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-ciento dieciocho mil doscientos trece, se modifican las
cláusulas segunda y octava relativas al domicilio social y administración,
respectivamente, se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San
José, 7 de marzo del 2016.—Lic. Mario Francisco Badilla Apuy, Notario.—1 vez.—(IN2016015577).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13:20 horas del 18 de diciembre del 2015, se modificó la
cláusula quinta de la sociedad Grupo Moto Mas de Costa Rica S. A.—San José, 8 de marzo del 2016.—Lic. Álvaro Hernández Chan,
Notario.—1 vez.—(IN2016015578).
Por escritura otorgada ante
mí: Consultorías y Asesorías Anfra Sociedad Anónima. Objeto: asesorías,
consultorías, ganadería, industria y comercio en general. Escritura otorgada en
Heredia, a las diecisiete horas treinta minutos del siete de marzo del dos mil
dieciséis.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—(IN2016015581).
Por escritura otorgada ante
esta notaría a las 14:00 horas del 7 de marzo del 2016, se protocolizó acta de
asamblea general ordinaria extraordinaria de Corporación Celulares y Mas de
la Cruz Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-424172, por medio de
la cual se reforma cláusula 6 de la junta directiva.—Lic. Gustavo Acuña
Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2016015583).
Mediante la escritura número:
trescientos seis del tomo trece de mi protocolo, se disuelve Grupo
Informático D K R de Costa Rica S. A., escritura otorgada al ser las
catorce horas del día uno de noviembre del dos mil quince. Roberto Lacayo
Chamorro, presidente.—San José, 7 de marzo del
2016.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1
vez.—(IN2016015586).
Se constituye la sociedad Soluciones
Integrales de Salud SIS Sociedad Anónima, capital suscrito y cancelado,
escritura otorgada en Alajuela, al ser las quince horas del diecisiete de
febrero del dos mil dieciséis ante el suscrito notario Jaime Jesús Flores
Cerdas.—Lic. Jaime Jesús Flores Cerdas, Notario.—1
vez.—(IN2016015590).
Por escritura pública otorgada
ante esta notaría en la ciudad de San José, al ser las diez horas con treinta
minutos del día primero de marzo del año dos mil dieciséis, se protocolizó el
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Pacifico
Development Coco PDC Limitada, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento dos-cuatrocientos veintidós mil ciento noventa y uno, en la que se
modificó la cláusula sexta: de la administración y facultades de los
administradores, del pacto social de la compañía.—San José, dos de marzo del
dos mil dieciséis.—Lic. Melania Dittel Sotela, Notaria.—1
vez.—(IN2016015597).
Por escritura pública otorgada
ante esta notaría en la ciudad de San José, al ser las diez horas del día
primero de marzo del año dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea
general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Pacifico Association
Management Services Pams Limitada, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento dos-cuatrocientos cincuenta mil ochocientos cuarenta y ocho, en la
que se modificó la cláusula sexta: de la administración y facultades de los
administradores, del pacto social de la compañía.—San José, dos de marzo de dos
mil dieciséis.—Lic. Melania Dittel Sotela, Notaria.—1
vez.—(IN2016015598).
Por escritura otorgada hoy
ante mí, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Castro y de La Torre S. A. mediante los cuales se
modifica la cláusula segunda del pacto social.—San
José, 3 de marzo del 2016.—Lic. Jorge Goicoechea Guardia, Notario.—1 vez.—(IN2016015607).
El suscrito notario hace
constar que en mi notaría los señores Carlos Esteban Morera Fernández y Eduardo
Fernández Morales constituyeron la sociedad denominada Compañía Inmobiliaria
y Constructora M y F Sociedad Anónima, con domicilio en Alta Moravia, San
José, con un capital de diez mil colones.—San José, veintiséis de febrero del
dos mil dieciséis.—Lic. Guillermo Barrantes Vega, Notario.—1
vez.—(IN2016015610).
Ante esta notaría bajo
escritura número doscientos noventa y tres del tomo diecinueve, de las doce
horas del siete de marzo del dos mil dieciséis, se constituyó la Sociedad
Anónima denominada Inversiones y Proyectos AV Sociedad Anónima. Capital
social: diez mil colones en la sociedad aquí constituida, representado nueve
acciones de mil colones cada una, comunes y nominativas las cuales son pagadas
totalmente de la siguiente forma en la sociedad de lo cual el suscrito notario
doy fe, la socia: María de los Ángeles Arguedas Rodríguez suscribe y paga nueve
acciones mediante el aporte de dos sacos de arena valorados para efectos
fiscales en la suma de nueve mil colones, acción numerada uno y la socia Ingrid
Vargas Arguedas, suscribe y paga una acción mediante el aporte de un block de
construcción que para efectos fiscales se valora en la suma de mil colones,
acción numerada dos, las acciones estarán firmadas por el presidente y el
secretario de la junta directiva. Presidenta: María de Los Ángeles Arguedas
Rodríguez.—Lic. Mario Morales Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2016015611).
La sociedad Gruo JDL S. A.,
cédula jurídica 3-101-684950, modifica su representación judicial y
extrajudicial y nombra como apoderados generalísimos sin límite de suma a
presidenta Dionicia Aguilar Espinoza, cédula de residente nicaragüense número
uno cinco cinco ocho uno uno nueve cuatro cinco siete tres uno y secretario
Francisco Lanuza Mendoza ,cédula de residente número
uno cinco cinco ocho uno uno uno siete tres cuatro tres cinco.—Alajuela, 4 de
marzo del 2016.—Lic. Ligia Alvarado Miranda, Notaria.—1
vez.—(IN2016015612).
Sociedad denominada Mount
Ochan Two White Sociedad Anónima, cédula jurídica tres -ciento uno -
cuatrocientos cincuenta y cinco mil seiscientos ochenta y siete en el cual se
modifica el pacto constitutivo en sus cláusulas segunda y sétima escritura
otorgada de Jimmy León Madrigal del día veintitrés de febrero del dos mil
dieciséis.—Lic. Jimmy León Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2016015623).
Por escritura otorgada ante
mí, a las 10:00 horas del 5 marzo 2016, protocolicé acta de asamblea de socios
de la sociedad 3-101-711356 S. A., mediante la cual modifica las
cláusulas tercera y novena de los estatutos y se nombra nueva junta directiva y
fiscal.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2016015635).
Por escritura 34 de las 16:00
horas del 18 de enero del 2016, otorgada ante este notario, se protocolizó acta
de asamblea extraordinaria 22 de La Casa de la Romana S. A., cédula
jurídica 3-101-103254, en la cual se nombró nueva junta directiva y fiscal.—San
José, 20 de febrero del 2016.—Lic. José Virgilio Porras Zúñiga, Notario.—1 vez.—(IN2016015636).
Por escritura otorgada ante
esta notaría a las 9:00 horas del 12 de febrero, se modificó la cláusula
segunda de domicilio social de Higher Wisdome Financial Management S.R.L.,
cédula jurídica número 3-102-648736.—San José, 7 de
marzo del 2016.—Lic. Alejandro Matamoros Bolaños, Notario.—1
vez.—(IN2016015640).
Por escritura otorgada ante
esta notaría el dos de marzo del dos mil dieciséis, se ha reformado las
cláusulas cinco, siete y ocho del pacto constitutivo de la sociedad denominada Sietema
Educativo San Juan de la Cruz S. A.—Heredia 2 de marzo del 2016.—Lic. Gerardo Alonso
Benavides Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2016015641).
Por escritura número
doscientos cinco - tomo diecinueve, de esta notaría, se protocolizó el acta de
la asamblea general extraordinaria de accionistas donde se reformó pacto
constitutivo y por acuerdo de accionistas se cambió de nombre y cambio de Junta
Directiva de la sociedad, mediante el cambio de nombre en adelante se
denominada Súper Santiago Yoder e Hijos Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres - uno cero uno - seis dos uno uno seis cinco, siendo que
en adelante se denominará Pollo PZ e Hijos S. A.—San José, siete de
marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Roger Valverde Sancho, Notario.—1 vez.—(IN2016015644).
Mediante escritura de las
17:21 horas del 17/02/2016, se ha modificado la cláusula de la representación y
administración de la sociedad; la cual será administrada por una Junta
Directiva compuesta por tres miembros que serán presidente, tesorero y
secretario; corresponde al presidente la representación judicial y
extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma,
además podrá sin perder por ello su representación otorgar toda clase de
poderes y revocarlos, sustituir su poder parcial o totalmente, revocarlos y
hacer otros de nuevo, delegar su poder totalmente o parcialmente; y además
podrá abrir y firmar en las cuentas corrientes y de ahorros en colones, dólares
moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, o euros en el Sistema
Bancario Nacional o en la banca privada, pudiendo autorizar a terceras personas
para firmar y revocar dichas autorizaciones. Presidenta María Érica (nombres)
Eriksson (apellido), pasaporte número 11AK 08172.—Lic.
Óscar Mora Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2016015646).
Hoy protocolicé, reforma de la
cláusula sexta del pacto constitutivo del Centro Médico Privado San José S.
A.—San
José, 4 de marzo del 2016.—Licda. Livia Meza Murillo, Notaria.—1
vez.—(IN2016015651).
Ante el Licenciado Marvin
Ramírez Víquez, el día 4 de marzo del 2016, se procede a constituir la sociedad
Carpao Sociedad Anónima.—San José, 04 de marzo del 2016.—Lic. Marvin
Ramírez Víquez, Notario.—1 vez.—(IN2016015659).
Ante la suscrita notaria se
constituyó la sociedad anónima de esta plaza Ara Soluciones Sociedad Anónima,
con capital totalmente suscrito y pago.—Alajuela,
cuatro de marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Yendry Cristina Chinchilla Campos,
Notaria.—1 vez.—(IN2016015660).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaria, a las 8:00 horas del 01 de marzo del 2016, se reforma
cláusula sétima de la administración y se nombra nueva junta directiva de la
sociedad Villa Alicantos Dieciséis Peridod Sociedad Anónima, con cédula
3-101-428584.—San José, 01 de marzo del 2016.—Lic.
Natasha Donoso Esquivel, Notaria.—1
vez.—(IN2016015661).
Al ser las diez horas treinta
minutos del ocho de febrero del dos mil dieciséis. Se disuelve la sociedad Paper
King M.S.B S. A. Presidente: Marvin Silesky Bonilla.—Lic.
Douglas Campos Agüero, Notario.—1 vez.—(IN2016015675).
Ante el notario público
Guillermo Valverde Schmidt mediante escritura otorgada a las nueve horas del
cuatro de marzo del año dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad de esta
plaza Emperatriz de Cristal Sociedad Anónima.—Cartago, a las quince
horas del siete de marzo del año dos mil dieciséis.—Lic. Guillermo Valverde
Schmidt, Notario.—1 vez.—(IN2016015676).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las nueve horas del nueve de febrero del año dos mil dieciséis,
protocolicé acuerdos de la sociedad denominada Costa Rica Lily Limitada,
mediante los cuales se reforma el pacto constitutivo y se incluye la cláusula
de agente residente. Asimismo se nombra agente residente.—San
José, nueve de febrero del 2016.—Licda. Pamela Mora Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2016015680).
Por escritura otorgada ante
mí, a las 10:40 horas del 07 de marzo del 2016, se acuerda la disolución de la
sociedad Motores Electro Beyco Hermanos Herrera Monge S. A.—Ciudad Quesada, 07 de marzo del 2016.—Licda. Ivannia
Barboza Carvajal, Notaria.—1 vez.—(IN2016015686).
Por escritura otorgada ante
mí, a las 10:00 horas del 07 de marzo del 2016, se acuerda la disolución de la
sociedad Macgrow Soluciones S.M. S. A.—Ciudad Quesada, 07 de marzo del
2016.—Licda. Ivannia Barboza Carvajal, Notaria.—1
vez.—(IN2016015688).
Ante esta notaría, el día
diecisiete de febrero del dos mil dieciséis al ser las trece horas, Rodolfo
Castro Carballo y Alice María Gazel Quesada, constituyen sociedad anónima
denominada Importaciones C y G Sociedad Anónima, mediante escritura
número doscientos ochenta y ocho del tomo veintidós. Capital: diez mil colones.
Presidente Rodolfo Castro Carballo. Plazo: noventa y nueve años.—San José, ocho de marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Edgar
Barrantes Mora, Notario.—1 vez.—(IN2016015689).
Ante mí, María Elena Nájera
Quirós, Notaria Pública de San José mediante escritura número treinta tres de
las diez horas del día veinte de febrero de dos mil dieciséis se ha constituido
sociedad anónima denominada Importadora Iskar & Hermanos Sociedad
Anónima, con domicilio en San José. Capital: diez mil colones. Plazo:
noventa y nueve años. Presidente: Davis José Castillo Logan.—San
José, ocho de marzo del dos mil dieciséis.—Lic. María Elena Nájera Quirós,
Notaria.—1 vez.—(IN2016015695).
Zocalo Embije S. A., hace cambio del domicilio social y nombre nuevo tesorero.—San José, tres de febrero del dos mil dieciséis.—Lic.
María Teresa Mora Ramírez, Notaria.—1
vez.—(IN2016015696).
Ante esta notaría se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
Steel MC Corporation de Costa Rica Sociedad Anónima. Se modifican las
cláusulas quinta y sétima del pacto constitutivo.—Turrialba,
once de febrero del dos mil dieciséis.—Lic. Walter Coto Molina, Notario.—1 vez.—(IN2016015697).
Por escritura de las nueve
horas y treinta minutos del siete de marzo de dos mil dieciséis, se protocoliza
acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Comercializadora
J J Chaverri de Cervantes Sociedad Anónima, mediante la cual se conoce el
deceso, renuncia y nombramiento de nuevos miembros de la junta directiva y la
reforma de cláusulas de pacto constitutivo.—Lic.
Carolina Méndez Zamora, Notaria.—1
vez.—(IN2016015703).
El suscrito notario da fe que
mediante escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 10:00 horas del día
7 de marzo de 2016, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la empresa Quijada del Diablo S. A. Se reforma pacto social y
se nombra junta directiva y Fiscal.—San José, 7 de
marzo del 2016.—Lic. José Carlos Quesada Camacho, Notario.—1
vez.—(IN2016015707).
Por escritura de las 10:00
horas del 23 de febrero del 2016, protocolicé acta de asamblea extraordinaria
de accionistas de Tecniservicios H Dos Mil S. A., donde se procedió a
realizar aumento de capital.—San José, 08 de marzo del 2016.—Licda. Jeannette
Lizano Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2016015708).
Por escritura cincuenta y
cuatro-tres, otorgada ante el Lic. Óscar Luis Carranza Araya, Notario, a las
07:00 horas del 08 de marzo del 2016, se cambia el domicilio social de la
sociedad Vaso del Norte Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
3-101-55524, que en adelante será: Florencia, San Carlos, Alajuela, Pénjamo,
200 metros este de la iglesia católica.—Ciudad
Quesada, al ser las nueve horas con dos minutos del día tres de marzo del dos
mil dieciséis.—Lic. Óscar Luis Carranza Araya, Notario.—1
vez.—(IN2016015719).
A las diecisiete horas del día
siete de marzo de dos mil dieciséis, protocolicé acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Zarmada Solutions
S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
noventa y tres mil trescientos treinta y siete, donde se transforma de Sociedad
Anónima a Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—San
José, siete de marzo de dos mil dieciséis.—Licda. Margarita Odio Rohrmoser,
Notaria.—1 vez.—(IN2016015720).
Por escritura otorgada ante mí,
a las dieciséis horas quince minutos del siete de marzo del dos mil quince,
protocolicé acta de Rayo Azul S. A., de las trece horas del siete de
marzo del dos mil dieciséis, mediante la cual se reforma la cláusula novena.—Lic. Andrea Morúa Vega, Notaria.—1
vez.—(IN2016015725).
Por escritura número treinta y
siete-trece, del tomo trece de mi protocolo, otorgada a las nueve horas del
primero de febrero del dos mil dieciséis, la suscrita notaria, protocolicé el
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Esfuerzo
Industrial S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-ciento setenta y cinco mil quinientos noventa, mediante la cual se reforman
las cláusulas tercera, sétima y quinta de los estatutos sociales.—San José, 08
de marzo del 2016.—Licda. Clara Eugenia Hütt Pacheco, Notaria.—1
vez.—(IN2016015735).
Por escritura otorgada a las
quince horas del cinco de marzo del dos mil dieciséis, ante esta notaría se
constituye la sociedad CSR Ingenieros Asociados Sociedad Anónima. Objeto
el comercio en el sentido más general y la prestación de servicios, etc.
Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente: Brayan Camacho Campos,
cédula de identidad número 1-1375-0389.—San José, ocho
de marzo del dos mil dieciséis.—Licda. Denoris Orozco Salazar, Notaria.—1 vez.—(IN2016015742).
Por escritura N° 172-3, de las
10:00 horas del 07 de marzo del 2016, otorgada ante esta notaría, se modificó
la cláusula de administración de la empresa Grupo Para Zona R V S. A.,
cédula de persona jurídica número 3-101-540120.—San José, 08 de marzo del
2016.—Dr. Carlos Alberto Mata Coto, Notario.—1 vez.—(IN2016015743).
Se protocoliza el acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones
Zuca Sociedad Anónima, en la que se aumenta el capital social. Otorgada a
las diez horas del ocho de marzo de dos mil dieciséis.—Lic.
José Elías Zamora Quesada, Notario.—1
vez.—(IN2016015746).
Protocolización de asamblea
general extraordinaria de la sociedad Distribuidora Valji S. A., se
aumenta capital social, se reforman cláusulas quinta y novena. Escritura ante
esta notaría de las 10:30 horas del 7 de marzo del 2016.—Lic.
Mauricio Marín Sevilla, Notario.—1
vez.—(IN2016015747).
Mediante escritura doscientos
noventa y nueve del tomo ocho de mi protocolo, a las diecisiete horas del tres
de marzo del año dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea
extraordinaria de accionistas de Inversiones Heredianas Rojas y Bolaños S.
A., donde se modificó cláusula sexta-de la administración, se modificó cláusula
quinta-del capital, que se aumentó a veinticuatro mil colones y se revocó y
nombró nueva junta directiva, también se revocó y nombró nuevo fiscal. Es todo.—Heredia, a las diecisiete horas y diez minutos del tres de
marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Ronny Esteban Retana Moreira, Notario.—1 vez.—(IN2016015752).
Ante esta notaría se
protocolizó el acta de la sociedad Inversiones Montamar Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número tres-ciento uno-setenta y siete mil cuatrocientos
cincuenta y cuatro, en donde se reformó la cláusula octava del pacto
constitutivo.—San José, 08 de marzo del 2016.—Lic.
Luis Garino Granados, Notario.—1 vez.—(IN2016015762).
Ante esta notaría se
protocolizó el acta de la sociedad Desarrollos Inmobiliarios Irazú Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-noventa y cuatro mil
noventa y dos, en donde se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, 08 de marzo del 2016.—Lic. Luis Garino Granados,
Notario.—1 vez.—(IN2016015763).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Resolución
acoge nulidad
Ref: 30/2015/47063.—ISDIN S. A. C/ SPIRIG
PHARMA AG.—Documento: Nulidad por parte de terceros
(Interpuesta por ISDIN S. A.).—Nro y fecha: Anotación/2-92333 de 07/07/2014.—Expediente: 2013-0006525.—Registro Nº 233807 ACTÍNICA en
clase 3 Marca Mixto
Registro de la propiedad industrial, a las
13:56:13 del 15 de Diciembre del 2015.—Conoce este
Registro la solicitud de nulidad, interpuesta por el Lic. José Antonio Muñoz
Fonseca, en su condición de apoderado de ISDIN S. A. contra la marca ACTÍNICA
(Diseño), inscrita bajo el registro número 233807, en clase 3 de la
nomenclatura internacional para distinguir: “Cosméticos.” propiedad de SPIRIG
PHARMA A G.
Resultando:
I.—Que por memorial recibido el 7 de julio
del 2015, José Antonio Muñoz Fonseca, en su condición de Apoderado de ISDIN S.
A., interpuso solicitud de nulidad contra la marca ACTÍNICA (Diseño), inscrita
bajo el registro número 233807, en clase 3 de la nomenclatura internacional
para distinguir: “Cosméticos” propiedad de SPIRIG PHARMA AG. (Folios 1 a 50).
II.—Que mediante resolución de las 9:09:10 horas del 31 de
julio del 2014, este Registro previene a José Antonio Muñoz Fonseca, en su
condición de apoderado de ISDIN S. A., para que en el plazo de quince contados
a partir del día hábil siguiente a la notificación de esta resolución, aclare
el interés que legitima su solicitud. (Folio 61) Dicha resolución fue debidamente
notificada al solicitante de la nulidad el 8 de agosto del 2014. (Folio 61 v).
III.—Que por memorial de fecha 29 de agosto del 2014, José
Antonio Muñoz Fonseca, en su condición de apoderado ISDIN, S.A, contesta la
prevención realizada. (Folio 62). Así mismo mediante escrito el 2 de setiembre
del 2014 se presenta una aclaración a la contestación del auto de prevención.
(Folio 63).
IV.—Que por resolución de las 15:13:36 horas del 24 de
setiembre del 2014, el Registro de Propiedad Industrial da traslado de la
acción de nulidad al titular del registro, por el plazo de un mes calendario, a
efecto de que se apersone y manifieste lo que considere pertinente. (Folio 70).
V.—Que
la anterior resolución fue notificada al titular del registro Nº 233807, el 19
de marzo del 2015 por medio de publicación y al promovente de las presentes
diligencias, de forma personal, el 03 de octubre del 2014. (Folio 70 v).
VI.—Que
mediante resolución de las 10:25:04 del 11 de diciembre de 2014, el Registro de
la Propiedad Industrial previene al promovente para que el plazo de diez días
contados a partir del día hábil siguiente a la notificación de esta resolución
y en virtud de haber sido imposible notificar al titular del signo conforme a
derecho, proceda a indicar un nuevo domicilio en Costa Rica dónde notificarle
al titular del signo o el de otro representante remitiendo el poder donde
consten sus facultades. De no conocer otro domicilio o la dirección dónde
notificar al titular del signo en el país, deberá indicarlo así expresamente y
solicitar que le notifique al mismo por medio de edicto. (Folio 71).
VII.—Que la anterior resolución fue notificada al promovente de
las presentes diligencias el 19 de diciembre del 2014, de forma personal.
(Folio 71 v).
VIII.—Que por memorial de fecha 15 de enero del 2015, José
Antonio Muñoz Fonseca, en su condición de apoderado ISDIN S. A., contesta la
prevención realizada solicitando la notificación al titular del signo por medio
de edicto ya que no se cuenta con nuevo domicilio conocido. (Folio 72-73).
IX.—Que por resolución de las 10:06:28 horas del 10 de febrero
del 2015, el Registro de Propiedad Industrial previene al promovente publicar
la resolución de traslado emitida a las 15:13:36 del 24 de setiembre del 2014,
por tres veces consecutivas en La Gaceta con fundamento en el artículo
241 de la Ley General de Administración Pública. Que aporte posteriormente a
ésta oficina, dentro del plazo de los siguientes seis meses los documentos
donde consten las tres publicaciones materialmente efectuadas. (Folio 74). La
notificación de esta resolución se realizó el 20 de febrero del 2015. (Folio 74
v).
X.—Que
por memorial de fecha 24 de agosto del 2015, José Antonio Muñoz Fonseca, en su
condición de apoderado ISDIN S. A., contesta la prevención realizada aportando
el comprobante de pago de derechos de publicación en La Gaceta, pago
realizado el 3 de marzo del 2015, dentro del plazo de seis meses, publicación
del 17, 18 y 19 de marzo del 2015 en las Gacetas número 53-54-55. (Folios 75 a
79).
XI.—Que a la fecha el titular marcario del registro número
233807 no ha dado respuesta al traslado notificado mediante publicación de
edicto.
XII.—Que en el procedimiento no se notan defectos ni omisiones
capaces de producir nulidad de lo actuado.
Considerando:
I.—Sobre los hechos probados.
De interés para la presente resolución, se
tienen como hechos probados los siguientes:
Que en este Registro de la
Propiedad Industrial se encuentra inscrita la marca ACTÍNICA (Diseño), inscrito bajo el Registro número 233807, en clase 3 de la
nomenclatura internacional para distinguir: “Cosméticos” propiedad de SPIRIG
PHARMA AG desde el 21 de febrero del 2014.
Que el promovente tiene
inscritas las marcas:
“ERYFOTONA”
inscrito bajo el registro 208211 en clase 3 de la nomenclatura internacional
para distinguir: “Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la
colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones
abrasivas); jabones, perfumería, aceites esenciales cosméticos, lociones para
el cabello; dentífricos”, y 5 para “Productos farmacéuticos y veterinarios,
productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico,
alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos, material para empastar
los dientes y para improntas dentales; desinfectantes; productos para la
destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas” desde el 28 de marzo
del 2011, y solicitada el 2 de setiembre de 2010.
“Fotoprotector
ISDIN Fusión Fluid” inscrito bajo el registro 208264 en clase 3 de la nomenclatura
internacional para distinguir “lociones solares” el 28 de febrero del 2011 y
solicitada el 30 de agosto de 2010.
II.—Sobre los
hechos no probados.
No existen hechos con el carácter de no
probados de interés para la presente resolución.
III.—Representación.
Analizado el poder especial referenciado al
expediente de las presentes diligencias se tiene debidamente acreditada las
facultades para actuar en este proceso de José Antonio Muñoz Fonseca, en su
condición de apoderado de ISDIN S. A. (Folio 51-60).
IV.—Sobre los
elementos de prueba.
Este Registro ha tenido a la vista para
resolver las presentes diligencias, además de lo manifestado por el
solicitante, las pruebas que constan en el expediente y que para el caso
concreto son por parte del promovente, las siguientes:
i) Certificación notarial de impresiones de la página Web en donde se
observan dos prospectos de productos farmacéuticos, sea Picato Gel, Efudix y
Solaraze, los cuales se afirma en dicho documento, son indicados para el
tratamiento del problema de la piel conocida como Queratosis Actínica.
Además adjunta una explicación
de cosmetología de lo que se debe entender por “envejecimiento actínico”. En
resumen, se deduce de dicha información, que el denominativo “actínico” es
utilizado para identificar un problema asociado a la piel, en especial en la
cara y cabeza en general, relacionado con la exposición solar. (F. 28-47)
ii) Certificación notarial de impresión de la página Web de la marca
que hoy se pretende anular, y dentro de su explicación del uso de la loción se
indica que es para tratar la queratosis actínica, lo cual comprueba que el
denominativo usado para identificar el signo, es también a lo que el producto
está destinado a tratar, sea la queratosis actínica. (F. 48-50)
iii) Además el solicitante remite a una serie de conceptos acerca de la
palabra actínica a lo cual este Registro procedió a confirmar que
efectivamente, la palabra actínica existe y está relacionada directamente con
el lenguaje utilizado en el sector pertinente de la salud de la piel y sobre
todo a la salud y buena imagen de la piel de la cara en relación a la
exposición a la luz del sol, tal y como se pudo corroborar incluso en el
diccionario de la Real Academia de la Lengua, tiene relación a ello.
V.—Contenido de la Acción de
Nulidad.
De la
solicitud de nulidad interpuesta por el representante de la empresa ISDIN, S.A
se desprende los siguientes alegatos: i) La marca registrada ACTÍNICA no es una
marca que sea considerada por la jurisprudencia y la doctrina como una marca
distintiva porque la misma tiene una relación directa con el uso del producto
que representa indicando que la Real Academia Española define Actínica como
perteneciente o relativa al actinismo. ii) Que de acuerdo a la etimología de la
palabra actínica se debe relacionar con los rayos del sol siendo el daño
actínico el grado de afectación de la piel producido por la exposición crónica
a los rayos del sol que pueden producir (queratosis actínicas) que son lesiones
pre cancerosas. iii) Que el término ACTÍNICA no es un término de fantasía, sino
que tiene un significado directamente relacionado con los productos de la clase
03 internacional, siendo la palabra ACTÍNICA común y utilizada en el mercado
para hablar de una patología de la piel, iv) Que el producto ACTÍNICA
registrado en clase 03 no es un cosmético como tal y por tratarse de una
enfermedad de la piel, en caso de poder registrarse debe ser en clase 05
internacional, v) Que la marca registrada genera confusión al consumidor, vi)
Que el Registro de la Propiedad Industrial inobservó el procedimiento de
verificación de la procedencia o no del registro de la marca de fábrica
ACTÍNICA, y debió ser rechazado por no cumplir con el elemento de
distintividad. vii) Que se debe proceder a la anulación del número de registro
233807, en clase 03 internacional ACTÍNICA a nombre SPIRING PHARMA AG ya que de
lo contrario se le causaría un grave perjuicio a los intereses legítimos de mi
representado y de terceros.
VI.—Sobre el
fondo del asunto
El
Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº
30233-J, establece que una vez admitida a trámite la solicitud de nulidad, se
dará audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a
partir del día siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se
le da traslado de la acción de nulidad; lo anterior de conformidad con el
artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento en cita. Analizado
el expediente se observa que la resolución mediante la cual se dio efectivo
traslado de las diligencias de nulidad promovidas por ISDIN, S.A, a través de
notificación por medio de publicación en La Gaceta, la cual se realizó
los días 17, 18 y 19 de marzo del 2015, y que hasta el momento el titular no ha
dado respuesta.
Una vez
analizado el expediente de marras y previo a emitir las consideraciones de
fondo, es importante poner en conocimiento lo que al respecto establece la Ley
de Marcas y otros Signos Distintivos en su artículo 2, el cual define como
marca:
...Cualquier
signo o combinación de signos que permita distinguir los bienes o servicios de
una persona de los de otra, por considerarse éstos suficientemente distintivos
o susceptibles de identificar los bienes o servicios a los que se apliquen
frente a los de su misma especie o clase...
En
cuanto a la distintividad del signo, la doctrina ha sido constante al señalar
que ésta es una característica propia y esencial en la marca por lo que
simultáneamente se convierte en un requisito indispensable para su protección e
inscripción, ya que su función principal es que el consumidor pueda diferenciar
un producto entre otros de su misma especie o clase. Así, de vital importancia
resulta para la doctrina del Derecho Marcario, que las marcas cumplan con
requisito de distintividad, es por ello que la autora Raizabel Méndez Andrade
en la Obra Temas Marcarios, ha señalado lo siguiente: “Dicha función
diferenciadora, juega un papel fundamental en el derecho marcario, pues
permite, por una parte, la posibilidad de distinguir un signo de otro y por la
otra, en relación con los productos que la marca ampara para que el consumidor
pueda dentro de su selección también diferenciarlos ante la competencia por la
capacidad y la aptitud de satisfacer sus necesidades(...)” (El subrayado no
corresponde a los originales) (Méndez Andrade, Raizabel; (Temas Marcarios),
Livrosca, Caracas, Venezuela, 1999, página 104.)
Las
objeciones a la inscripción por motivos intrínsecos derivan de la relación
existente entre la marca y el producto que se pretende proteger, respecto de
otros productos similares o que puedan ser asociados y que encuentran en el
mercado. Estos motivos intrínsecos están contenidos en el artículo 7 de la Ley
de Marcas, dentro de los cuales interesa:
...Artículo
7.-Marcas inadmisibles por razones intrínsecas. No podrá ser registrado como
marca un signo que consista en alguno de los siguientes:
(...) d) Únicamente en un signo o una indicación que en el comercio
pueda servir para calificar o describir alguna característica del producto o servicio
de que se trata (...) g).-No tenga suficiente aptitud distintiva respecto del
producto o servicio al cual se aplica (...)
De lo
anterior, se indica que una marca es inadmisible por razones intrínsecas cuando
el signo utilizado, sea descriptivo o calificativo de las características de
ese producto o servicio. Por ello se deduce entonces que cuanto más descriptivo
sea el signo respecto a los bienes o servicios, menos distintivo será. De toda
la normativa indicada, es claro que el signo marcario no puede ser objeto de
registrarse si resulta una connotación descriptiva y en la palabra “actínica”
se encuentra que es utilizada para describir a nivel de salud como una
enfermedad de la piel provocada por la exposición a los rayos de sol que
provocan un envejecimiento prematuro en la misma, siendo así, es un atributo de
cualidades y no goza de la condición de distintividad.
En el
caso en estudio, cabe señalar que el signo ACTÍNICA protege cosméticos en clase
3 de la Nomenclatura Internacional de Niza siendo un producto especialmente
utilizado en el rostro de las personas. Analizada la prueba aportada por el
promovente se concluye que el término actínica es comúnmente utilizado y está
dentro del léxico de salud para describir una enfermedad en la piel, principalmente
del rostro. En este sentido es que las palabras de uso común no son apropiables
por parte de un particular, porque va en detrimento del comercio en general.
El
carácter de distintividad de un signo es la capacidad intrínseca que se tiene
para identificar el producto, todo aquello que no tenga tal carácter sería el
nombre de lo que se quiere distinguir o de las características propias de ello.
Respecto a la prohibición que contempla el literal g) del citado artículo 7 de
la Ley de Marcas, el signo inscrito no tiene suficiente aptitud distintiva en
lo denominativo, respecto al producto a amparar, derivándose de esto la
imposibilidad de subsistencia del registro y consecuente protección, ya que la
palabra “ACTÍNICA”, va a quedar grabado en la mente del consumidor,
vinculándose así con una característica del tipo de productos que va a
proteger, sea todo lo referente al cuidado de la piel con ocasión a la
exposición de la luminosidad solar, de allí, que no tiene la distintividad
necesaria requerida para estar inscrita. Recuérdese que la capacidad distintiva
de una marca constituye el fundamento de su protección, porque no solo le
otorga al bien o servicio de que se trate, una identidad propia que lo hace
diferente a otros, sino que contribuye a que el consumidor pueda distinguirlo
eficazmente de otros de los competidores en el mercado, evitando así que se
pueda presentar alguna confusión al respecto.
Bajo
esta premisa, debido a que el signo debe tener capacidad distintiva, basta con
que falte ese requisito esencial, para que no se permita que continúe el
registro de dicho signo, conforme lo establece el inciso g) del artículo
citado, por lo que a la marca de fábrica “ACTÍNICA” DISEÑO, debe ser anulada.
En tal sentido, primordialmente debe tenerse presente que lo que se pretende,
en defensa del consumidor, es no crearle confusión a la hora de adquirir sus
productos o servicios, de ahí que la distintividad dentro del Derecho Marcario,
representa la pauta para determinar la registrabilidad de un signo, sea de un producto
o servicio. Conforme a lo anterior, tenemos que, la marca bajo estudio es
inadmisible por razones intrínsecas, siendo de aplicación el artículo 7 inciso
d) de la Ley de Marcas y Otros Signos
VII.—En conclusión. Sobre lo que debe de resolverse.
De
acuerdo con todo lo expuesto, se procede a declarar con lugar la solicitud de
nulidad del registro N 233807 toda vez que este Registro tiene por demostrado
que la inscripción del mismo se dio en contravención del inciso d) del artículo
7 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos y se tiene por demostrado con
prueba el alegato de ser un término descriptivo que deriva en la interpretación
de una enfermedad de la piel, principalmente en el rostro conocido como
queratosis actínica, siendo esto un término descriptivo con relación a los
productos que se pretendieron proteger con el registro 233807. Por tanto,
Con base en las razones expuestas y citas de
la Ley No. 7978 y de su Reglamento, se resuelve declarar con lugar la solicitud
de nulidad de la marca ACTÍNICA (Diseño), inscrito bajo el registro número
233807, en clase 3 de la nomenclatura internacional para distinguir:
“Cosméticos” propiedad de SPIRIG PHARMA AG. Anúlese dicho registro.
Se
ordena la publicación íntegra de la presente resolución por tres veces
consecutivas en el diario oficial La Gaceta de conformidad con lo
establecido en los artículos 241 siguientes y concordantes y 334 todos de la
ley general de administración pública; así como el artículo 86 de la Ley de
Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49 de su reglamento, a costa del
interesado y se le advierte que hasta tanto no sea publicado el edicto
correspondiente y su divulgación sea comprobada ante esta oficina mediante el
aporte de los documentos que así lo demuestren, no se cancelará el asiento
correspondiente. Comuníquese esta resolución a los interesados, a efecto de que
promuevan los recursos que consideren oportunos, sea el de revocatoria y/o
apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles,
respectivamente, contados a partir del día siguiente a la notificación de la
misma, ante esta autoridad administrativa, quien en el caso de interponerse
apelación, si está en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal Registral
Administrativo, conforme lo dispone el artículo 26 de la Ley de Procedimientos
de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual Nº 8039. Notifíquese.—Lic. Jonathan Lizano Ortiz, Subdirector a. í.—(IN2016011364).
DIRECCIÓN
REGIONAL HUETAR NORTE
OFICINA
SUBREGIONAL HORQUETAS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
En expediente número OSH-AJ-NUL-01-16, de
Proceso Ordinario de Revocatoria de la Adjudicación y Nulidad de Título del
derecho 001, contra el señor Gustavo Adolfo Jiménez Granados, mediante
resolución de las once horas del ocho de febrero de dos mil dieciséis, se
ordenó notificar por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, la siguiente
resolución “Instituto de Desarrollo Rural, Dirección Región Huetar Norte,
Oficina Subregional de Horquetas, Asesoría Legal, a las once horas del ocho de
febrero de dos mil dieciséis. Con fundamento en las facultades que otorga la
Ley de Tierras y Colonización número dos mil ochocientos veinticinco del
catorce de octubre de mil novecientos sesenta y uno y sus reformas, la Ley de
Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario en Instituto de Desarrollo
Rural N° 9036, Reglamento de la Ley N° 9036 publicado en el Diario Oficial La
Gaceta N° 82, del 29 de abril de dos mil quince, la Ley General de
Administración Pública y el acuerdo de Junta Directiva número 1 de la sesión
031-03 del 01 de julio de 2003 y con uso supletorio del Código Procesal Civil;
se tiene por establecido contra Gustavo Adolfo Jiménez Granados, cédula de
identidad número 1-0963-0859, de domicilio desconocido, el presente
Procedimiento Administrativo Ordinario de Revocatoria, de la adjudicación de la
granja familiar N° 26 del Asentamiento Las Flores, sito en el distrito de
Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia, que le fuera otorgado
mediante el acuerdo de Junta Directiva N° XXII, de la Sesión N° 081-01,
celebrada el 29 de octubre de 2001 y se describe en el plano catastrado número
H-731387-2001, la nulidad del título del derecho 001, otorgado con autorización
del acuerdo número VI, de la sesión 091-01, celebrada el 03 de diciembre 2001,
inscrita bajo la matrícula número 4-183298-001 y revocatoria de la declaratoria
de elegible otorgada; quien fuere declara elegible mediante acuerdo número
VIII, de la sesión número 056-01, celebrada el 30 de julio de 2001. Se instruye
el procedimiento para averiguar la verdad real de los hechos y para determinar
la procedencia de la eventual revocatoria de la adjudicación por supuesta
violación del artículo 68 inciso 4) apartado b) abandono injustificado... en
relación con el 62, 66 de la Ley 2825 y sus reformas, que determina que el
Instituto de Desarrollo Agrario podrá revocar la adjudicación por el abandono
injustificado de la granja familiar y de la familia. Se le atribuye al señor
Gustavo Adolfo Jiménez Granados, el incumplimiento de las obligaciones
contraídas con el IDA hoy INDER, por los siguientes hechos: Por supuesto
abandono injustificado de la granja familiar y de la familia, desde hace al
menos unos 4 años, fecha desde la cual el beneficiario presuntamente no reside
en el predio. Se cita y emplaza al señor Gustavo Adolfo Jiménez Granados, para
que comparezca a una Audiencia Oral y Privada que se realizará a las 9:00 a. m.
del día martes 19 de abril del año 2016 en las instalaciones de la Oficina
Subregional de La Virgen (INDER), sita en Puerto Viejo de Sarapiquí, contiguo a
las Bodegas del Almacén El Colono. De la misma manera, se le hace saber que
máximo al día y hora de la audiencia puede ofrecer y aportar toda la prueba que
considere oportuna en defensa de sus derechos y que en el caso de ser
testimonial, su presentación corre por su cuenta y debe de comparecer a la
misma fecha y hora de la audiencia señalada, para lo cual debe venir
debidamente identificado, advirtiendo al administrado que en caso de no
comparecer en la hora y fecha señalada, sin causa que lo justifique la misma se
declarará inevacuable. Se advierte a la parte que a la audiencia programada
podrá comparecer en forma personal o por medio de apoderado debidamente
acreditado, salvo si desea declarar en cuyo caso deberá acudir en forma
personal. De igual forma se le hace saber que de comprobarse los hechos
investigados se le revocará la adjudicación del terreno, anulará el título
(derecho 001) y revocará la declaratoria de elegible. Se pone en conocimiento
del administrado que como prueba de la administración en el expediente que al
efecto se lleva número OSH-AJ-NUL-01-16, cual consta de los siguientes
documentos: a) Copia del plano catastrado H-731387-2001; b) Copia del acuerdo
número VIII, de la sesión número 056-01, celebrada el 30 de julio 2001; c)
Copia del acuerdo número XXII, de la sesión número 081-01, celebrada el 29 de
octubre 2001; d) Copia del acuerdo número VI, de la sesión número 091-01,
celebrada el 3 de diciembre 2001; e) Copia del oficio OSH-379-01; f) Copia
certificación de demanda de pensión alimentaria; h) Escrito de solicitud de
revocatoria y nulidad de título del derecho 001 presentado en fecha 19 de mayo
2014; i) Copia de cédula de identidad de la señora Rocío Vanessa Salazar
Morales; j) Nota de la señora Rocío Salazar Morales solicitando nuevamente la
revocatoria del derecho 001; k) Estado de cuenta de la Municipalidad fechado el
19/05/2014; l) Copia de Declaratoria de Ausente del señor Gustavo Adolfo
Jiménez Granados; m) Nota de solicitud de allanamiento solicitada por Rocío
Salazar Morales; n) Copia de nota del Juzgado de Pensiones Alimentarias de
Pococí fechada 14 de julio 2015; ñ) Copia de oficio D16-3535-15; o) Copia de
Guía Complementaria y Boleta de Fiscalización N° FDRHN-OSH-201500116; p) Copia
de nota fechada 30 de noviembre de 2015, dirigida a Rocío Vanessa Salazar
Morales; q) Estudios regístrales de plano y de finca número 183298-001-002; r)
Consulta registral de matrimonio del 08/12/2015; Constancia de cancelación de
deuda y Oficio OSH-0048-2016. El expediente se encuentra en la Asesoría Legal
de la Oficina Subregional de La Virgen del Instituto de Desarrollo Rural en la
dirección antes citada, el cual podrá ser consultado y fotocopiado a su costo
en forma personal o por medio de persona debidamente autorizada. Debe el
administrado dentro de los tres días posteriores a la notificación de la
presente, señalar lugar para escuchar notificaciones dentro del perímetro
judicial de la ciudad de Puerto Viejo de Sarapiquí, o un fax que se encuentre
dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el
lugar señalado fuere impreciso, incierto, ya no existiere o fuese imposible la
comunicación, toda resolución se tendrá por notificada con el transcurso de
veinticuatro horas después de dictada. Por la trascendencia del procedimiento
que se califica como ordinario se le advierte al administrado que el día de la
comparecencia puede hacerse acompañar por un abogado de su elección. En caso de
no presentarse sin justa causa que lo motive se procederá a resolver lo que
corresponda con la prueba que obra en el expediente. Se informa al administrado
que contra la presente resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria y el
de apelación, debiéndose interponer dentro de las veinticuatro horas siguientes
contados a partir de la última comunicación del acto. Dicho Recurso deberá
presentarse ante la Asesoría Legal Oficina Subregional de La Virgen. A fin de
notificar la presente resolución al administrado por desconocerse su domicilio
se ordena notificarlo por edicto, mediante tres veces consecutivas en el Diario
Oficial La Gaceta. Notifíquese.—Marisol López
Cortés, Órgano Director.—(IN2016011465).
COLEGIO
FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
La Junta Directiva General mediante acuerdo
Nº 35 de la sesión Nº 09-15/16-G.O. del 12 enero del 2016, acordó autorizar a
la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta
el acuerdo Nº 13 de la sesión Nº 01-15/16-G.O., debido a que según oficio
TH-559-2015 del Departamento de Tribunales de Honor resultó materialmente
imposible notificar al Arq. Willie Byfield Drummonds (A-11734), en el
expediente disciplinario Nº 093-09:
“La Junta Directiva General del
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión Nº 01-15/16-G.O.
de fecha 03 de noviembre de 2015, acordó lo siguiente:
“Acuerdo
Nº 13:
Se conoce recurso de reconsideración interpuesto por el Arq. Willie
Byfield Drummonds, carné A-11734 en contra del acuerdo número 42 de la sesión
número 03-12/13-GE, mediante el cual se acuerda imponerle una sanción de 24
meses de suspensión en el ejercicio profesional; asimismo, se conoce
pronunciamiento legal Nº 10-2015-AL-NS, en relación con el expediente
disciplinario Nº 93-09.
(…)
Por lo tanto se acuerda:
Rechazar el recurso de
reconsideración interpuesto por el Arq. Willie Byfield Drummonds, carné A-11734,
por cuanto el acuerdo recurrido se ha dictado de conformidad.
b. Comunicar al recurrente que el acuerdo de Junta Directiva General
agota la vía administrativa.
c. Comunicar al Departamento de Registro para lo que corresponda”.
Ing. Javier Chacón Hernández, Director
Ejecutivo a. í.—O. C. Nº 092-2016.—Solicitud Nº
48030.—(IN2016011243).