LA
GACETA N° 114 DEL 14 DE
JUNIO DEL 2016
ACUERDOS
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
MINISTERIO DE SALUD
MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ
DOCUMENTOS VARIOS
AGRICULTURA Y GANADERÍA
ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
EDUCACIÓN PÚBLICA
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
DECRETOS
RESOLUCIONES
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
SEGURIDAD PÚBLICA
LICITACIONES
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
PODER JUDICIAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
AVISOS
ADJUDICACIONES
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
BANCO DE COSTA RICA
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES
AVISOS
MUNICIPALIDADES
FE DE ERRATAS
PODER JUDICIAL
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
MUNICIPALIDADES
REGLAMENTOS
MUNICIPALIDADES
REMATES
HACIENDA
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO CENTRAL DE COSTA RICA
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS
MUNICIPALIDAD DE CARRILLO
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CITACIONES
INSTITUTO
NACIONAL DE SEGUROS
FE DE ERRATAS
PODER
EJECUTIVO
N.° 525-P
LA SEGUNDA VICEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA
DE LA REPUBLICA
Con fundamento en las facultades que le confiere los artículos 139,
inciso 1) de la Constitución Política; 26, inciso b) y 47 de la Ley General de
la Administración Pública,
ACUERDA:
Artículo 1º—En virtud de la renuncia del señor Víctor Manuel Morales
Mora, cédula de identidad N° 9-0044-0044, al cargo de Ministro de Trabajo y
Seguridad Social a partir de las 23:59 horas del 15 de marzo del 2016; se
nombra como Ministro a. í. de esa cartera al señor Alfredo Edgardo Hasbum
Camacho, cédula de identidad N° 7-0071-0486 a partir del 16 de marzo de 2016.
Artículo 2º—Rige a partir del dieciséis de marzo del dos mil
dieciséis.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.
ANA HELENA CHACÓN ECHEVERRÍA.—1 vez.—O.C. N°
3400026588.—Solicitud N° 9625.—( IN2016029811 ).
N° 033-MEIC-2016
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2) de la Ley
General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el
artículo 42 de la Ley del Sistema Nacional para la Calidad, Ley N° 8279 del 2
de mayo de 2002, el artículo 22 del Reglamento Interno del Comité Nacional de
Codex y los Subcomités Nacionales del Codex Alimentarais en Costa Rica, Decreto
Ejecutivo N° 33212-MEIC del 20 de junio del 2006, la Ley de Formación
Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley N°
6362 del 03 de setiembre de 1979 y el Reglamento de Viajes y Transportes para
funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y sus
reformas.
Considerando:
I.—Que es de interés para el
Ministerio de Economía, Industria y Comercio participar a través de un Delegado
Oficial en la reunión denominada “43a Reunión del Comité del Codex
sobre Etiquetado de los Alimentos” y en la reunión del grupo de trabajo sobre
la “Revisión de las Directrices para la producción, elaboración, etiquetado y
comercialización de alimentos producidos orgánicamente: acuicultura ecológica”,
que se realizará en Canadá Ottawa, Ontario del día 07 al día 13 de mayo de
2016.
II.—Que el objetivo es realizar una adecuada
defensa de la posición del país, que ha sido debidamente avalada por el Comité
Nacional del Codex, en los diferentes temas que se tratarán en la agenda
programada, que tienen que ver con el quehacer del Codex Alimentarius y temas
relacionados con el etiquetado de los alimentos, que es de mucha importancia
para nuestro país, al ser la base de nuestra reglamentación técnica en esta
materia.
III.—Que el artículo 22 del Reglamento
Interno del Comité Nacional de Codex y los Subcomités Nacionales del Codex
Alimentarius en Costa Rica, establece que en el caso de que sea un miembro de
un subcomité el que represente al país en los foros del Codex, empleado del
sector privado, éste recibirá la investidura de representante o delegado oficial
y deberá acatar lo establecido por la Ley General de la Administración Pública
y la normativa vigente. Asimismo, el delegado deberá tener presente que de
conformidad con el artículo 23 del Reglamento Interno del Comité Nacional de
Codex y los Subcomités Nacionales del Codex Alimentarius en Costa Rica, “Ningún
miembro del Comité Nacional o Subcomité podrá apartarse de la posición país
definida por el Comité Nacional cuando represente a Costa Rica ante cualquier
reunión o comité internacional”.
IV.—Que mediante acuerdo número 3 de la
Sesión Ordinaria número 002-2016, del 14 de abril de 2016, el Comité Nacional
del Codex en Costa Rica, acuerda designar a la señora Mónica Elizondo Andrade
como delegada oficial. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Investir como representante del país a la señora Mónica
Elizondo Andrade, portadora de la cédula de identidad número 1-0966-0448,
funcionaria de la Cámara Costarricense de la Industria Alimentaria, miembro
suplente del Comité Nacional del Codex y miembro del Subcomité Nacional sobre
Etiquetado de los Alimentos, para que participar a través de un Delegado
Oficial en la reunión denominada “43a Reunión del Comité del Codex
sobre Etiquetado de los Alimentos” y en la reunión del grupo de trabajo sobre
la “Revisión de las Directrices para la producción, elaboración, etiquetado y
comercialización de alimentos producidos orgánicamente: acuicultura ecológica,
que se realizará en Canadá Ottawa, Ontario del día 07 al día 13 de mayo de
2016.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje y
alimentación, así como cualquier otro gasto necesario, serán cubiertos en su
totalidad por parte de la Cámara Costarricense de la Industria Alimentaria.
Artículo 3º—Rige a partir del día seis de mayo del dos mil dieciséis y
hasta el día catorce de mayo del mismo año.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, en la Ciudad
de San José el día dieciocho de abril del año dos mil dieciséis.
Publíquese.—Welmer Ramos González, Ministro
de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. N° 28468.—Solicitud N° 18939.—(
IN2016029785 ).
Nº DM-RM-795-2016
EL MINISTRO DE SALUD
Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la
Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 párrafo segundo inciso b) de la Ley Nº
6227 del 2 de mayo de 1978 ’‘Ley General de la Administración Pública”.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al Doctor Danny Cascante Álvarez, cédula
1-1059-0851, funcionario de la Dirección de Regulación de Productos de Interés
Sanitario, para que asista y participe en la “II Ronda de Negociaciones del
primer semestre de 2016”; que se llevará cabo en la Ciudad de Guatemala,
Guatemala, del 25 al 29 de abril del 2016.
Artículo 2º—Los gastos del viaje del funcionario Doctor Danny Cascante
Álvarez, cédula 1- 1059-0851, por concepto de alimentación, hospedaje,
transporte en el exterior (taxi), serán financiados mediante el Fideicomiso
872, Programa 630-00, Sub-Partida 1.05.04, US $1.156.00. El boleto aéreo e
impuestos de salida, serán financiados por fideicomiso por medio de orden de
compra, Partida 1.05.03.
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los
que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengarán el
100% de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario del Doctor Danny Cascante
Álvarez, cédula 1-1059- 0851 de estarán saliendo el día 24 y regresará el 30 de
abril del 2016.
Artículo 5º—Rige del 24 al 30 de abril del 2016.
Dado en el Ministerio de Salud.—San José, a
los veintiún días del mes de abril del dos mil dieciséis.
Publíquese.
Dr. Fernando Llorca Castro, Ministro de Salud.—1
vez.—O. C. N° 26956.—Solicitud N° 17562.—( IN2016030200
).
Nº
DM-FP-519-16
EL MINISTRO DE SALUD
En uso de las facultades que le confieren los artículos 146 de la
Constitución Política; 28 aparte segundo inciso b) Ley N° 6227 del 2 de mayo de
1978 “Ley General de la Administración Pública”; 1,2 y 355 Ley N° 5395 de 30 de
octubre de 1973 “Ley General de Salud”, el artículo 5 de la Ley N° 5412 de 08
de noviembre de 1973 y sus reformas “Ley Orgánica del Ministerio de Salud” y
artículo 5 del Decreto Ejecutivo N° 36406-S de 03 de enero del 2011 “Reglamento
Orgánico del Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición
y Salud”.
Considerando:
1º—Que mediante Acuerdo Ministerial N° DM-MG-1891-14, de fecha 9 de
mayo de 2014, con rige del 9 de mayo del 2014 hasta el ocho de mayo de 2016, se
nombró a la Dra. María Ethel Trejos Solórzano, cédula N° 4-111-109, como
Secretaria del Consejo Técnico del Instituto Costarricense de Investigación y
Enseñanza en Nutrición y Salud (INCIENSA).
2º—Que la Dra. María Ethel Trejos Solórzano presentó la renuncia al
cargo de Secretaria del Consejo Técnico de INCIENSA, por lo que se hace
necesario y oportuno designar a una persona que la sustituya. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Aceptar la renuncia de la Dra. María Ethel Trejos
Solórzano al cargo de Secretaria del Consejo Técnico del Instituto
Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (INCIENSA), y
designar en su sustitución al Dr. Roberto Castro Córdoba, cédula N°
1-0508-0642.
Artículo 2º—Rige a partir del 1° de marzo de 2016 al 8 de mayo del
2016.
Dado en el Ministerio de Salud.—San José, a
los veintisiete días del mes de abril del dos mil dieciséis.
Publíquese.
Dr. Fernando LLorca Castro, Ministro de Salud.—1
vez.—O. C. N° 26956.—Solicitud N°17562.—( IN2016030202
).
N° 0076-JP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y
18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del
veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo
N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al señor Emilio José Chan Moya, cédula de
identidad 1-1043- 0229, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación
Nueva Oportunidad, cédula jurídica N° 3-006-709421, inscrita en la Sección de
Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán
protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, el día veintinueve de marzo del dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de
Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. N° 26651.—Solicitud N° 11241.—(
IN2016029768 ).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
AVISO
El Doctor Alfonso López Castro, número de cédula 117000351017, vecino
de Alajuela en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Salud
Animal Premium S. A., con domicilio en Alajuela, solicita el registro del
siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Cevasametrina 5P, fabricado por
Laboratorio Reopen S. A. para Cevasa S. A., Argentina con los siguientes
principios activos: Cada 100 g contienen: Cipermetrina 5 g y las siguientes
indicaciones terapéuticas: Insecticida formulado para el control de insectos en
el hábitat de los animales. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG
“Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a
terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección,
dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente
de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia,
a las 13 horas del 27 de abril del 2016.—Dr Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1
vez.—( IN2016030170 ).
EXTRACTO
Resolución Nº DDC-007-2016.—Ministerio de
Economía, Industria y Comercio.—Dirección de Defensa Comercial (Autoridad
Investigadora).—San José, a las quince horas del 27 de mayo del 2016.
Apertura de investigación antidumping sobre las importaciones de
tambores de acero de tipos: a) Cilíndrico, que también se exporta colapsado, es
decir desarmado, con tapa fija o removible, con capacidad de 55 a 61 galones, y
b) del tipo cónico, con tapa removible, con capacidad de 58 a 60 galones,
originarios de Chile, clasificados bajo la fracción arancelaria 7310.10.00.00.
Expediente Nº 001-2016. Por tanto,
LA AUTORIDAD INVESTIGADORA,
RESUELVE:
1º—Con base en lo analizado supra, esta Al considera que la solicitud
presentada por la empresa Greif Costa Rica S. A., para la determinación de
aplicación de una medida antidumping sobre las importaciones de tambores de
acero de tipos: a) Cilíndrico, que también se exporta colapsado, es decir
desarmado, con tapa fija o removible, con capacidad de 55 a 61 galones, y b)
del tipo cónico, con tapa removible, con capacidad de 58 a 60 galones,
originarios de Chile, clasificados bajo la fracción arancelaria 7310.10.00.00,
cumple con todos los requisitos exigidos por los artículos 5.1, 5.2, 5.3, 5.4,
5.8 del AAD y artículos 6º, 79, 11 del Reglamento Centroamericano sobre
Prácticas de Comercio Desleal.
2º—Conforme a lo anterior corresponde aceptar la solicitud y declarar
la apertura de la investigación para determinar, con base en información
objetiva, la necesidad y conveniencia de recomendar o no la aplicación de
medidas de antidumping conforme lo indicado supra.
3º—El inicio de la investigación rige al día siguiente de la
publicación de la presente resolución en el Diario Oficial La Gaceta.
4º—Una vez vigente la investigación, la AI remitirá cuestionarios de
solicitud de información a todas las partes interesadas, conforme lo establece
el artículo 6.1 del Acuerdo Antidumping.
5º—Que, conforme a la recomendación del Comité Antidumping, para la
investigación indicada, esta AI estable el periodo de recolección de datos para
dumping del 01 de enero del 2015 a 31 de marzo del 2016 y el periodo de
recolección de datos para daño el periodo comprendido entre: 01 abril 2013 al
31 de marzo 2016, siendo divido en los siguientes periodos (01 de abril 2013 a
31 de marzo 2014 / 01 de abril 2014 al 31 de marzo 2015 / 01 de abril 2015 al
31 de marzo 2016).
6º—La presente resolución se notificará a las partes interesadas de
las cuales la AI tenga razonable conocimiento dentro de los 10 días posteriores
a su emisión.
7º—Se insta a todo aquél que se considere parte interesada en la
presente investigación, para que se apersone ante esta Al, la DDC, y demuestre
su interés directo y requisitos necesarios para poder ser tenido como tal. A
este efecto se concede un plazo de 8 días hábiles a partir de la publicación de
la presente resolución en La Gaceta.
8º—Conforme lo establece el último párrafo del artículo 11 del
Reglamento Centroamericano sobre Prácticas Desleales de Comercio se otorga a
las partes interesadas un plazo de 30 días calendario, contados a partir la
notificación de la presente resolución, a fin de que formulen oposición.
9º—Contra la presente resolución cabrán los recursos ordinarios, para
lo cual contaran con un plazo de tres días hábiles, contados desde la última
notificación del acto, conforme lo establecen los artículos 345.1 y 346.1 de la
Ley General de la Administración Pública.
10.—Publicar extracto de la presente
resolución en el Diario Oficial La Gaceta. El texto integral de la misma
se pondrá a disposición en el sitio Web del Ministerio de Economía, Industria y
Comercio: www.meic.go.cr.
11.—Notifíquese a las partes
interesadas.—Odalys Vega Calvo, Directora.—1 vez.—( IN2016036825 ).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante esta dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 56, título N° 207, emitido por el Colegio
Nocturno José Martí en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Arias
Morales Yadira, cédula: 6-0245-0977. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro días del mes de febrero del
dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2016029461 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA
VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 33, título
N° 145, emitido por el Liceo San Francisco de Cajón Pérez Zeledón, en el año
dos mil doce, a nombre de Angulo Zúñiga Félix Eladio, cédula 1-1588-0703. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los diecinueve
días del mes de febrero del dos mil dieciséis.—Med. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016029696 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA
VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio 21, asiento N° 16, título
266, emitido en el año mil novecientos setenta y seis y del Título de Técnico
Medio en la Especialidad de Ciencias Agropecuarias, inscrito en el tomo 1,
folio 296, asiento N° 18, emitido en el año mil novecientos setenta y seis,
ambos títulos fueron otorgados por el Colegio Técnico Profesional de Osa, a
nombre de Carlos Peña Gómez, cédula 601510943. Se solicita la reposición de los
títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los nueve días del mes de mayo del dos mil
dieciséis.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2016030171 ).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Cambio de Nombre N°
103219
Que Patricia Rivero Breedy, casada, cédula de identidad 104120428, en
calidad de Apoderada Especial de Cervezas Cuauhtemoc Moctezuma S. A. de C.V.,
solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre por fusión
entre CCM Propiedad Industrial Sociedad Anónima con Cervezas Cuauhtemoc
Moctezuma S. A. de C.V., presentada el día 5 de mayo de 2016 bajo expediente
103219. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2006-0004520 Registro
N° 163076 KLOSTER en clase 32 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta
Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—1 vez.—(
IN2016030130 ).
Cambio de nombre Nº
103218
Que Patricia Rivero Breedy,
casada, cédula de identidad 104120428, en calidad de Apoderada Especial de,
Cervezas Cuauhtemoc Moctezuma S. A. de C.V., solicita a este Registro se anote
la inscripción de cambio de nombre por fusión entre CCM Propiedad Industrial
Sociedad Anónima con Cervezas Cuauhtemoc Moctezuma S. A. de C.V., presentada el
día 5 de mayo de 2016 bajo expediente 103218. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 2006-0004521 Registro Nº 164812 KLOSTER LIGHT en
clase 32 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—1 vez.—( IN2016030131
).
Cambio de Nombre N°
103084
Que Patricia Rivero Breedy, casada, cédula de identidad 104120428, en
calidad de apoderada especial de Cervezas Cuauhtemoc Moctezuma S. A. de CV,
solicita a este registro se anote la inscripción de cambio de nombre de CCM IP
S. A., por el de CCM Propiedad Industrial Sociedad Anónima de Capital Variable,
presentada el 17 de marzo del 2016, bajo expediente 103084. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 2006-0004521 Registro N° 164812 KLOSTER
LIGHT en clase 32 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por
única vez de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—1 vez.—( IN2016030132
).
Cambio de nombre N°
103093
Que Patricia Rivero Breedy, casada, cédula de identidad 104120428, en
calidad de Apoderada Especial de Cervezas Cuauhtemoc Moctezuma S. A. de C.V.,
solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de CCM IP
S. A., por el de CCM Propiedad Industrial Sociedad Anónima de Capital Variable,
presentada el día 28 de abril de 2016 bajo expediente 103093. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 2006-0004520 Registro N° 163076 KLOSTER
en clase 32 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Carlos Rosales Picado, registrador.—1 vez.—( IN2016030133
).
Marcas de Ganado
Solicitud N° 2016-873.—Gerson Muñoz Villegas, cédula de identidad 0206710412,
solicita la inscripción de: Para ver imagen solo en La Gaceta con
formato PDF como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, San
Carlos, Palmera, 100 metros oeste, Centro Penal La Marina. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 29 de abril del 2016, según el expediente N° 2016-873.—San José, 4 de mayo del 2016.—Viviana Segura De la O,
Registradora.—1 vez.—( IN2016029773 ).
Solicitud N° 2016-831.—José Joaquín Gómez
Céspedes, cédula de identidad 0202901128, solicita la inscripción de: QU3
como marca de ganado, que usará preferentemente en Heredia, Sarapiquí, Puerto
Viejo, Colonia de Caño San José, 2 kilómetros al este de la iglesia. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto. Presentada el 26 de abril del 2016. Según el expediente Nº
2016-831. San José, 03 de mayo del 2016.—Luz Vega,
Registrador.—1 vez.—( IN2016029815 ).
Solicitud Nº 2016-865.—Danilo Gerardo Barquero Campos, Cédula de identidad
0900520801, solicita la inscripción de:
1
B D
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Alajuela, Alajuela, Tambor, Cacao, Quintas La Garita, 150
metros de la casetilla de entrada primera rotonda, 300 metros al sur. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto. Presentada el 28 de abril del 2016. Según el expediente N°
2016-865.—San José, 05 de mayo del 2016.—Luz Vega,
Registradora.—1 vez.—( IN2016029826 ).
Solicitud N°
2016-703.—Diego Quirós Padilla, cédula de identidad 0113760428, solicita la
inscripción de: G M C como marca de ganado, que usará preferentemente en
Alajuela, San Carlos, Santa Rosa, Pocosol, Acapulco, 1 km al sur y 1 km oeste
de la Escuela de Pocosol. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 06 de abril
del 2016. Según el expediente Nº 2016-703.—San José,
18 de abril del 2016.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(
IN2016029869 ).
Solicitud N° 2016-899.—Carlos Sáenz Ureña, cédula de identidad 0102400876, en
calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Inmobiliaria Balenciaga
Sociedad Anónima cédula jurídica N° 3-101-208307, solicita la inscripción de:
I X
3
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Puntarenas, Coto Brus, Buenos Aires, Potrero Grande, Bajos
del Río Coto, Javillos, de la iglesia católica, 7 kilómetros, hacia los bajos
del Río Coto, antigua al asentamiento La Sansi. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada
el 3 de mayo del 2016. Según el expediente N° 2016-899.—San
José, 9 de mayo del 2016.—Luz Vega, Registrador.—1 vez.—( IN2016030031 ).
Solicitud Nº
2015-2028.—Gerardo Sancho Montero, cédula de identidad N° 0104141440, solicita
la inscripción de: Para ver imagen solo en La Gaceta con
formato PDF como
marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Tilarán, Santa Rosa,
La Palma, de la entrada principal al caserío La Palma 3 kilómetros al norte,
frente a finca de Ivar Meléndez. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 21 de octubre
del 2015. Según el expediente N° 2015-2028.—San José,
22 de octubre del 2015.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2016030093 ).
Solicitud Nº 2015-2027.—Francisco Briceño Briceño, cédula de identidad Nº
0500800990, solicita la inscripción de: 1ID, como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste,
Cañas, Cañas, San Miguel, 150 metros al este del antiguo bar La Casona. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto. Presentada el 21 de octubre del 2015. Según el expediente N°
2015-2027.—San José, 22 de octubre del 2015.—Luz Vega,
Registradora.—1 vez.—( IN2016030094 ).
Solicitud Nº
2016-746.—Rafael Ángel Chavarría Barrantes, cédula de identidad 0502700222,
solicita la inscripción de: Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF como marca de ganado, que usará
preferentemente en Guanacaste, Santa Cruz, Santa Cruz, Río Cañas Viejo, del
centro Santa Cruz, 9 kilómetros sobre carretera hacia Liberia. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto. Presentada el 13 de abril del 2016. Según el expediente Nº
2016-746.—San José, 22 de abril del 2016.—Luz Vega,
Registradora.—1 vez.—( IN2016030098 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
Estatuto de la entidad: Asociación GS Proyecto Manantial Pro Salud Integral
para el Adulto Mayor, con domicilio en la provincia de: Alajuela-San Ramón,
cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: búsqueda de la salud
integral del adulto mayor mediante: a) Creación de un hogar para el ciudadano
adulto mayor que sirva de hogar de recuperación del adulto mayor, en caso de
alguna enfermedad, brindándole apoyo, capacitación y asesoría a las familias;
b) Capacitación a la población en general, c) Brindar servicio de hogar diurno
para los adultos mayores, durante el tiempo de labor de sus familias, d)
Brindar servicio de trabajo social para adultos mayores y sus familiares. Cuyo
representante, será la presidenta: Nancy Gálvez Arias, con las facultades que
establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 2016,
asiento: 53098 con adicional(es): 2016-151742, 2016-213304.—Dado
en el Registro Nacional, a las 10 horas 28 minutos y 34 segundos, del 28 de
abril del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—( IN2016029945 ).
El Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad:
Asociación para las Mejoras de la Comunidad de los Vecinos de Josué Bellavista
de Puntarenas, con domicilio en la provincia de: Puntarenas, Puntarenas, cuyos
fines principales entre otros son los siguientes: Realizar trabajos para
mejoramiento de la comunidad como la limpieza y mantenimiento de las calles,
cunetas y aceras. Cuya representante será la presidenta: Carmen María Vargas De
La O, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del
08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 95229, con adicional: 2016-195495.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 18 minutos y
1 segundo del 20 de abril del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016030161 ).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Michael Miguel Navarrete Mora, se ha dictado
la resolución N° 2399-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las ocho horas y cinco minutos del veinte de abril de dos mil
dieciséis. Expediente N° 7786-2015. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—...;
Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto:
Rectifíquense los asientos de matrimonio de Michael Miguel Navarrete Mora con
Jenny Mary Mejía Solís, en el sentido que se elimine el conocido como Michael
Navarrete Mora por cuanto el mismo es un dato que posterior a la rectificación
del matrimonio resulta redundante en dicho asiento y de nacimiento de Nathaly
Michelle Ortega Mejía, en el sentido que el primer apellido del padre es
Navarrete.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—( IN2016030484 ).
Patentes
de Invención
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Exp. N° 2013-0381.—Se hace saber
que el licenciado José Antonio Muñoz Fonseca, en calidad de apoderado especial
de Bayer Pharma Aktiengesellschaft Sociedad Organizada y existente bajo las
leyes de Alemania, solicita a este Registro se inscriba el cambio de nombre de
Bayer Schering Pharma AG., titular de la solicitud de la Patente de Invención
denominada FORMAS FARMACÉUTICAS CON PROPIEDADES FARMACOCINÉTICAS MEJORADAS,
por el de Bayer Pharma Aktiengesellschaft, de conformidad con el documento de
cambio de nombre y el respectivo documento de poder, aportados el dieciséis de
marzo de dos mil dieciséis.—San José, a las nueve horas treinta minutos del
dieciocho de abril del dos mil dieciséis.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—1
vez.—( IN2016029352 ).
La señora(ita) Marianella
Arias Chacón, céd. 1-679-960, mayor, vecina de San José, en calidad de
apoderada de Green OX Pallet Technology Inc, de E.U.A., solicita el Diseño
Industrial denominada TARIMA ARMADA PLEGABLE. Paleta construida de
manera plegable, la cual puede ser utilizada para transportar y almacenar
bienes y productos. Esta paleta es original por su forma única de las paredes
plegables y anillos que se enganchan juntas para formar la paleta conectada. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 09 / 08; cuyo inventor
es: Gregory D. Van de Mark. Prioridad: 03/08/2015 US 29/535,051. La solicitud
correspondiente lleva el número 20160057, y fue presentada a las 13:19:00 del
02 de febrero del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos
en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional. San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Randall
Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016029505 ).
La señora Marianella Arias Chacón, cédula 1-679-960, mayor, vecina
de San José, en calidad de apoderada de Tivar Helicópteros, Asesorías e
Inversiones Limitada, de Chile, solicita la patente de invención denominada: MÉTODO
Y COMPUESTO LÍQUIDO QUE MEJORA EFICIENCIA DE FERTILIZANTES NITROGENADOS
AMONIACALES Y DEL AMONIO PRESENTE EN EL SUELO. Un método, para la
preparación de un compuesto líquido y el compuesto mismo para mejorar los
resultados en la aplicación de fertilizantes nitrogenados amoniacales a los
cultivos que lo requieren y el amonio presente en el suelo, donde éste es una
mezcla que está compuesta principalmente de 3,5DMPP como inhibidor de la
nitrificación, fósforo, cuya función principal es participar en todos los
procesos y reacciones energéticas del cultivo, y aminoácidos que son
sintetizados por las plantas en reacciones enzimáticas que se producen por
medio de la aminación, donde se producen sales de amonio absorbidas y ácidos
orgánicos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C05G 3/08; cuyos
inventores son: Tironi Gallardo, Nicolás Iván. Prioridad: 30/07/2013 CL
2188-2013; 24/12/2013 WO 2013CL000096. Publicación Internacional: 05/02/2015
WO2015/013834. La solicitud correspondiente lleva el número 20160081, y fue
presentada a las 11:02:10 del 18 de febrero del 2016. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 22 de abril del 2016.—Lic. Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016029506 ).
La señora Marianella
Arias Chacón, cédula N° 1-679-960, mayor, vecina de San José, en calidad de
apoderada de Polichem S. A., de Luxemburgo, solicita la Patente de Invención
denominada MÉTODO PARA TRATAR ONICOMICOSIS CON HIDROXIPROPIL QUITASANO.
La presente invención está dirigida a un método para el tratamiento de
onicomicosis mediante la administración tópica de una composición que contiene
hidroxipropil quitosano como único ingrediente activo y, en particular,
mediante la administración de una composición tópica para las uñas que consiste
esencialmente en: a) hidroxipropil quitosano, b) agua, c) al menos un alcanol
inferior. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/722; A61K
47/10; A61P 31/10; cuyos inventores son: Mailland, Federico, Caserini,
Maurizio, Ceriani, Daniela. Prioridad: 10/09/2013 EP 13183789.0;08/09/2014 WO
2014EP069099. Publicación Internacional: 19/03/2015 WO2015/036369. La solicitud
correspondiente lleva el número 20160116, y fue presentada a las 11:01:02 del
07 de marzo del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 19 de abril del
2016.—Lic. Randall Piedra Fallas, Registrador.—(
IN2016029508 )
La señora Marianella
Arias Chacón, mayor, vecina de San José, cédula 1-679-960, en calidad de
apoderada especial de Novartis AG, de Suiza, solicita la patente de invención
denominada: POLIPÉPTIDOS DE FACTOR DE CRECIMIENTO DE TIPO INSULINA
ESTABILIZADA. La invención se refiere a polipéptidos estabilizados que
tienen una secuencia de IGF-1 o IGF-2 y una secuencia de péptido E, en donde la
escisión fisiológica natural del péptido E a partir de IGF es evitada. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 38/30; C07K 14/65; cuyos
inventores son Glass, David Jonathan, Fornaro, Mara. Prioridad: 09/06/2006 US
60/812,349; 20/10/2006 US 60/862,244; 24/01/2007 US 60/897,187; 06/06/2007 WO
2007US070468. Publicación Internacional: 21/12/2007 WO2007/146689. La solicitud
correspondiente lleva el número 20160115, y fue presentada a las 10:59:11 del 7
de marzo del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 21 de abril del 2016.—Walter Campos Fernández,
Registrador.—( IN2016029510 ).
Expediente N° 11778.—Registro de la Propiedad Industrial de Costa Rica. San
José, a las trece horas treinta y ocho minutos del veinticinco de abril del dos
mil dieciséis. El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes hace
saber que por resolución de las trece horas veintiún minutos del dos de marzo
de dos mil dieciséis, fue inscrita la Patente de Invención denominada “VÁLVULAS
DE CORAZÓN PROSTÉTICAS QUE SE FIJAN AXIALMENTE Y SON PEGABLES Y RE-EXPANDIBLES
PARA VARIOS ESTADOS DE ENFERMEDAD” a favor de la compañía ST. JUDE MEDICAL
INC; cuyos inventores son: Braido, Peter, N.; Neuman, Julia, A; Benson, Thomas
M; todos de nacionalidad estadounidense; se le ha otorgado el número de
inscripción de patente de invención 3273 estará vigente hasta el quince de
julio de dos mil veintinueve, la Clasificación Internacional de Patentes
versión 2015.01 es A61F 2/24.—Licda. Melissa Solís
Zamora, Registradora.—( IN2016029512 ).
La señora María del Pilar
López Quirós, cédula N° 1-1066-0601, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad
de apoderada especial de NP Medical Inc., de E.U.A., solicita la Patente de
Invención denominada: DISPOSITIVO DE ESTABILIZACIÓN DE CONEXIÓN DE CATÉTER Y
PROCEDIMIENTOS DE USO DEL MISMO. Un dispositivo para estabilizar un catéter
del paciente que incluye una válvula médica y un conector Luer macho para
conexión a un catéter. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61M
25/02; A61M 25/00; A61M 25/06; A61M 39/10; A61M 5/158. Cuyos inventores son:
Maseda, Luis, Chelak, Todd, Dennis, Nicholas, Kimball, Ian. Prioridad:
16/08/2013 US 61/866,686; 15/08/2014 WO 2014US051217. Publicación
Internacional: 19/02/2015 W02015/023922. La solicitud correspondiente lleva el
N° 20160104, y fue presentada a las 13:50:01 del 02 de marzo del 2016.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 18 de abril del 2016.—Lic. Randall
Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2016029542 ).
La señora(ita) María del Pilar López Quirós, céd. 1 1066 0601,
mayor, vecina de San José, en calidad de apoderada de Thomas & Betts
International LLC de E.U.A., solicita la patente de invención denominada
cubierta protectora de varias piezas para conectores separables. Un ensamble de
cubierta protectora para un conector separable incluye varias piezas unidas por
un ajuste de solapamiento o interferencia. Las varias piezas incluyen un
segmento de cuerpo entre un segmento de entrada de cable y un segmento de
interfaz de buje. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: H01R 4/00;
H01R 11/00; cuyos inventores son: Stanley S. Szyszko, Carlos H. Hernandez, John
Knight. Prioridad: 24/02/2015 US 62/120, 061; 19/01/2016 US 15/000,236. La
solicitud correspondiente lleva el número 20160087, y fue presentada a las 13:15:31
del 22 de febrero del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los
tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres
días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 14 de
abril del 2016.—Lic. Randall Piedra Fallas, Registrador.—(
IN2016029543 ).
La señora (ita) María del
Pilar López Quirós, céd. 1 1066 0601, mayor, abogada, vecina de San José, en
calidad de apoderada especial de Thomas & Betts International Inc, de
E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada CONFIGURACIÓN DE VARIAS BOBINAS PARA
INDICADOR DE CIRCUITO EN FALLA. Indicador de
circuito en falla (FCI) puede usar una configuración de varias bobinas para
mejorar las mediciones de la corriente que fluya a través de una línea de
energía. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: H02H 7/00; H02J
3/00; cuyos inventores son William J. Dodds, Bahman Khoshnood, David Martín.
Prioridad: 22/04/2015 US 62/150,878. La solicitud correspondiente lleva el
número 20160179, y fue presentada a las 10:49:53 del 19 de abril del 2016.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 21 de abril del 2016.—Lic. Randall
Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2016029544 ).
La señor(a)(ita) Marianella Arias Chacón, mayor, vecina de San José,
cédula 1-679-960, en calidad de apoderada especial de Mobility View Inc., de
Canadá, solicita la Patente de Invención denominada
Para ver imagen solo en La Gaceta con
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SISTEMA, DISPOSITIVO INTELIGEN-TE Y MÉTODO DE REPARTICIÓN DE LAS
OPERACIONES Y DE LOS COSTES DE UN DISPOSITIVO INTELIGENTE. Un sistema, un dispositivo
inteligente y un método de repartición de los costes de las operaciones de un
dispositivo inteligente entre finalidades. Se registra la información operativa
con respecto a las operaciones realizadas por el dispositivo inteligente. Las
operaciones se distribuyen entre finalidades sobre la base de la información de
categorización y la información operativa. El coste de las operaciones
distribuidas efectuadas por el dispositivo se determina para las finalidades
sobre la base de la información operativa y de la información tarifaria. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: H04W 4/16; H04W 4/12; H04W 4/24;
H04W 8/22; cuyo(s) inventor(es) es(son) Damstra, Thom.
Prioridad: 21/07/2013 US 61/856, 720; 21/07/2014 WO 2014CA050686. Publicación
Internacional: 29/01/2015 WO2015/010199. La solicitud correspondiente lleva el
número 20160052, y fue presentada a las 10:47:00 del 27 de enero del 2016.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 12 de abril del 2016.—Walter Campos Fernández,
Registrador.—( IN2016029547 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA
VEZ
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, mayor,
abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Saint-Gobain
Performance Plastics Corporation, de E.U.A., solicita la patente de invención
denominada: aparato y método para preparar un artículo. Se describe un aparato
para formar un artículo moldeado por inyección. El aparato incluye un sistema
de bombeo para suministrar una formulación siliconada a un molde, la
formulación siliconada que tiene una viscosidad de aproximadamente 50.000
centipoise a aproximadamente 2.000.000 centipoise. El molde tiene una carcasa
exterior y una cavidad interior dentro, en donde la formulación siliconada
fluye a la cavidad del molde. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
B29C 45/17; B29C 35/08; B29C 67/24; cuyos inventores son Serebrennikov, Boris
L, Zhu, Aijun, Mahfoud-Familia, Aziz. Prioridad: 27/09/2013 US 61/883,400;
26/09/2014 WO 2014US057770. La solicitud correspondiente lleva el número
20160161, y fue presentada a las 13:55:40 del 05 de abril del 2016. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario
oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de abril del 2016.—Lic. Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2016030103 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A)
PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San Pedro
de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio
A, 5to. piso. HACE
SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y
HABILITACIÓN como delegatario
para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte
de: MARCOS ARTURO GÓMEZ ARAYA, cédula de identidad número 2-0525-0199,
carné profesional 23038. De conformidad con lo dispuesto por el artículo
11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que
afecten la conducta del (de la)
solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro
de los quince (15) días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente
Nº 16-000747-0624-NO.—San Pedro, 9 de mayo del
2016.—Unidad Legal Notarial.—MSc. Jeffry Juárez Herrera, Abogado.—1
vez.—( IN2016029851 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San
Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma,
edificio A, 5to. piso. HACE
SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y
HABILITACIÓN como delegataria
para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte
de: ANNA SPENDLINGWIMMER SALAGNAC, cédula de identidad número 8-0112-0895,
carné profesional 22864. De conformidad con lo dispuesto por el artículo
11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que
afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por
escrito a esta Dirección dentro de los quince (15) días hábiles siguientes
a esta publicación. Expediente Nº 16-000745-0624-NO.—San
Pedro, 29 de abril del 2016.—Unidad Legal Notarial.—MSc. Jeffry Juárez Herrera,
Abogado.—1 vez.—( IN2016033048 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO
(Al PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO con oficinas en San Pedro de Montes de Oca; costado oeste, del
Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. Piso. HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegataria
para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: DAISY
PIZARRO COREA, cédula de identidad número 6-0301-0192, carné
profesional 23973. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del
Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten
la conducta de la solicitante, a
efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los quince
(15) días hábiles siguientes a esta publicación. EXPEDIENTE Nº
16-000746-0624-NO.—San Pedro, 09 de mayo del
2016.—Unidad Legal Notarial.—MSc. Jeffry Juárez Herrera.—1 vez.—( IN2016030126
).
DIRECCIÓN
DE AGUA
Edictos
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. N° 10748P.—Rosa Maritza Cruz Monge,
solicita concesión de: 0,02 litros por segundo del acuífero, efectuando la
captación por medio del pozo MT-302 en finca de su propiedad en Mansión,
Nicoya, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 232.200 /
393.300 Hoja Matambú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de
noviembre del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2016029381 ).
Exp. Nº 10091P.—Banco Improsa S. A. (Hotel Rancho Río Perlas), solicita
concesión de: 0,3 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por
medio del pozo TP-37 en finca de su propiedad en San Francisco (Cartago),
Cartago, Cartago, para uso consumo humano, agropecuario-riego y
turístico-balneario. Coordenadas: 198.250 / 548.600, hoja Tapanti. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 5 de abril del 2016.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016035795 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 17020A.—Panduit de Costa Rica Ltda.,
solicita concesión de: 1,98 litro por segundo del Río Agualote, efectuando la
captación en finca de finca La Argentina S. A., en Puente de Piedra, Grecia,
Alajuela, para uso agropecuario-riego y zonas verdes. Coordenadas 226.300 /
498.300 hoja Hornos. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de
marzo de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2016033631 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. N° 5461P.—Empaques y Productos de
Plástico S. A., solicita concesión de: 3,16 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo BA-310 en finca de su propiedad en
San Joaquin, Flores, Heredia, para uso industrial. Coordenadas 220.800 /
518.750 Hoja Río Segundo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de
enero del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2016029839 ).
Expediente Nº 16946A.—I.C.E., solicita
concesión de: 0,5 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la
captación en finca de su propiedad en: Siquirres, Siquirres, Limón, para uso
consumo humano. Coordenadas 228.408 / 583.447 hoja Bonilla. Predios inferiores:
no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de febrero de
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2016029968 ).
Exp. 16947A. I.C.E.,
solicita concesión de: 10 litros por segundo de la Quebrada Tres Amigos,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Siquirres, Siquirres,
Limón, para uso. Coordenadas 228.891 / 574.539 hoja Bonilla. Predios
inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de
febrero de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2016029969 ).
Exp 16979A.—Tamajov S. A., solicita concesión de: 0,2 litros por
segundo del nacimiento Los Vampiros, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Tilarán, Tilarán, Guanacaste, para uso agropecuario-abrevadero-lechería-acuicultura,
consumo humano-doméstico e industria. Coordenadas 272.623 / 432.621 hoja
Tilarán; 0,4 litros por segundo del nacimiento El Rayo, efectuando la captación
en finca de su propiedad en Tilarán, Tilarán, Guanacaste, para uso agropecuario-abrevadero-lechería-acuicultura,
consumo humano-doméstico e industria. Coordenadas 273.327 / 432.365 hoja
Tilarán; 0,25 litros por segundo del nacimiento El Zapote, efectuando la
captación en finca de su propiedad en Tilarán, Tilarán, Guanacaste, para uso
agropecuario-abrevadero-lechería-acuicultura, consumo humano-doméstico e
industria. Coordenadas 273.669 / 431.748 hoja Tilarán. Predios inferiores: No
se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de febrero del
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2016030095 ).
Exp. N° 11250A.—3102660577 S.R.L., solicita concesión de: 6,56 litros por
segundo de la Quebrada Palma, efectuando la captación en finca de su propiedad
en Parrita, Parrita, Puntarenas, para uso agropecuario-abrevadero y
agropecuario-riego-pasto. Coordenadas 170.210 / 497.390 hoja Parrita. Predios
inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de
abril del 2016.—Departamento de Información.—Manuel García Interián,
Coordinador.—( IN2016030144 ).
Exp. N° 16721A.—Jeannete
Montero Ceciliano, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del
nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Jeannete Montero
Ceciliano en General, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano
doméstico. Coordenadas 147.121 / 575.787 Hoja San Isidro. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 29 de setiembre del 2015.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016030165 ).
Exp. N° 16955A.—Varela Fernández S. A., solicita concesión de: 0,051
litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca
de Inversiones Cedeño Fonseca S. A. en Daniel Flores, Pérez Zeledón, San José,
para uso consumo humano. Coordenadas 139.057 / 575.358 hoja Repunta. Predios
inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de
febrero del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2016030169 ).
Nº
4-2016
EL
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 102 inciso 10) de la Constitución
Política y 12 inciso ñ) del Código Electoral.
Considerando:
Que
los funcionarios interinos podrán optar por ascensos –también interinos y por
plazo determinado en el que se indique la fecha de inicio y de finalización del
nombramiento- con la finalidad de atender procesos electorales u otras
situaciones de contingencia, garantizándoles a esos funcionarios no sólo la
oportunidad de formar carrera administrativa, sino a conservar el mejor derecho
sobre la plaza interina que ha venido ocupando antes del ascenso.
DECRETA:
ADICIÓN
DE UN ARTÍCULO 36 BIS AL REGLAMENTO
A LA LEY DE SALARIOS Y RÉGIMEN DE MÉRITOS
DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Y DEL REGISTRO CIVIL, APROBADO EN
SESIÓN 92-2000 DEL 22 DE DICIEMBRE
DE 2000 Y SUS REFORMAS
Artículo
1º—Adiciónese un artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen
de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, aprobado en
sesión 92-2000 del 22 de diciembre de 2000 y sus reformas, cuyo texto dirá:
“Artículo 36 bis.- Las personas funcionarias
que se encuentren laborando interinamente, podrán ser ascendidas de manera
temporal a otros puestos, para la atención de procesos electorales u otras
situaciones de contingencia y, al finalizar el plazo del ascenso podrán
regresar al puesto que venían ocupando interinamente con anterioridad,
conservando su mejor derecho sobre dicha plaza. Igual sucederá con cada una de
las personas que se vean involucradas en la cadena de ascensos que
eventualmente se genere. Quienes sustituyan a las personas que fueron
ascendidas temporalmente, estarán en el puesto en sustitución, únicamente por
el plazo del ascenso.”
Artículo
2º—Rige a partir de su publicación.
Dado
en San José, a los cinco días del mes de mayo de dos mil dieciséis.—Luis
Antonio Sobrado González, Presidente.—Eugenia María Zamora Chavarría,
Vicepresidenta.—Max Alberto Esquivel Faerron, Magistrado.—Juan Antonio Casafont
Odor, Magistrado.—Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, Magistrada.—1 vez.—O.
C. Nº 3400026513.—Solicitud Nº 54495.—( IN2016030866 ).
N° 3389-M-2016.—Tribunal Supremo de
Elecciones.—San José a las diez horas del diez de mayo de dos mil dieciséis.
(Exp. N° 181-S-2016)
Diligencias de cancelación de credenciales de concejal propietaria del
distrito Mercedes, cantón Montes de Oca, provincia San José, que ostenta la
señora Viviana Rovira Maruri.
Resultando:
1º—El señor Mauricio Antonio Salas Vargas, Secretario del Concejo
Municipal de Montes de Oca, por oficio N° AC-252-16 del 3 de mayo de 2016,
comunicó que ese órgano, en sesión ordinaria N° 01-2016-celebrada el 2 de mayo
de 2016-, conoció la renuncia de la señora Viviana Rovira Maruri a su cargo de
concejal propietaria del distrito Mercedes. Junto con el referido oficio, el
señor Salas Vargas remitió copia certificada de la carta de dimisión de la
interesada (folio 1).
2º—En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.
Redacta el Magistrado Sobrado González; y,
Considerando:
I.—Hechos probados. De interés para la resolución
del presente asunto se tienen, como debidamente acreditados, los siguientes: a)
que la señora Viviana Rovira Maruri, cédula de identidad N° 1-1109-0338, fue
electa concejal propietaria del distrito Mercedes, cantón Montes de Oca,
provincia San José (resolución N° 1646-E11-2016 de las 11:10 horas del 7 de
marzo de 2016, folios 5 a 8); b) que la señora Rovira Maruri fue propuesta, en
su momento, por la Coalición Gente Montes de Oca (folio 4); c) que la señora
Rovira Maruri renunció a su cargo de concejal propietaria del referido distrito
(folio 2); d) que el Concejo Municipal de Montes de Oca, en sesión ordinaria N°
01-2016 -celebrada el 2 de mayo de 2016-, conoció de la citada dimisión (folio
1); y, e) que la candidata a concejal propietaria del citado concejo de
distrito que sigue en la nómina de la Coalición Gente Montes de Oca, que no
resultó electa ni ha sido designada por este Tribunal para desempeñar ese
cargo, es la señora Hilda María Picado Segura, cédula de identidad N°
1-0589-0189 (folios 4, 7 y 9).
II.—Sobre la renuncia presentada por la
señora Rovira Maruri. El artículo 56 del Código Municipal regula el tema de
la renuncia de los concejales de distrito, estableciendo que:
“Para ser miembro de un Concejo de Distrito se deben reunir los
mismos requisitos señalados en el artículo 22 del código para ser regidor
municipal, excepto el referente a la vecindad que, en este caso, deberá ser el
distrito correspondiente. En
cualquier momento, los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a
sus cargos; en tal caso, corresponderá al Tribunal Supremo de Elecciones
reponer a los propietarios cesantes en el cargo (...).” (el
subrayado no es del original).
Por ello, al haberse acreditado en el expediente que la señora Viviana
Rovira Maruri, en su condición de concejal propietaria del distrito Mercedes,
cantón Montes de Oca, provincia San José, renunció a su cargo y que su dimisión
fue conocida por el concejo municipal del citado cantón, lo procedente es
cancelar su credencial y llenar la vacante conforme corresponda, como en efecto
se ordena.
III.—Sobre la sustitución de la señora
Rovira Maruri. Al cancelarse la credencial de la señora Viviana Rovira
Maruri se produce, entre los concejales propietarios de la Coalición Gente
Montes de Oca en el citado concejo de distrito, una vacante que es necesario
suplir conforme lo establece el párrafo segundo del artículo 208 del Código
Electoral, sea: “...llamando a ejercer el cargo, por el resto del período
constitucional, a quien (...) siga en la misma lista, según corresponda”.
En el presente caso, al haberse acreditado que la candidata que sigue
en la nómina del referido partido político, que no resultó electa ni ha sido
designada por este Tribunal para desempeñar el cargo es la señora Hilda María
Picado Segura, cédula de identidad N° 1-0589-0189, se le designa como concejal
propietaria del distrito Mercedes, cantón Montes de Oca, provincia San José. La
presente designación lo es por el período que va desde su juramentación hasta
el treinta de abril de dos mil veinte. Por tanto,
Se cancela la credencial de concejal propietaria del distrito
Mercedes, cantón Montes de Oca, provincia San José, que ostenta la señora
Viviana Rovira Maruri. En su lugar, se designa a la señora Hilda María Picado
Segura, cédula de identidad N° 1-0589-0189. Esta designación rige a partir de
la juramentación y hasta el 30 de abril de 2020. Notifíquese a las señoras
Rovira Maruri y Picado Segura, al Concejo Municipal de Montes de Oca y al
Concejo de Distrito de Mercedes. Publíquese en el Diario Oficial.—Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora
Chavarría.—Max Alberto Esquivel Faerron.—1 vez.—( IN2016029784 ).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
publicación
de primera vez
Exp. Nº 33385-2015.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas treinta
y cinco minutos del once de enero del dos mil dieciséis. Procedimiento
Administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Keishany Alisha
Morgan Edwards, que lleva el número veinticuatro, folio doce, tomo trescientos
noventa y uno, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos, en el sentido
que los apellidos de la persona inscrita son “Camacho Morgan, hija de Melvin
Gerardo Camacho Sánchez y Yahaira Stephannie Morgan Edwards, costarricenses”,
de conformidad con lo establecido en el artículo 69 del Código de Familia y 53
de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil.
Conforme lo señala el artículo 66 de la precitada ley, se confiere audiencia por
ocho días a partir de la primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta
a los señores Melvin Gerardo Camacho Sánchez, Maikel Ortega Ampié y a la señora
Yahaira Morgan Edwards, con el propósito que se pronuncien en relación con
estas diligencias y se previene a las partes interesadas para que hagan valer
sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Carlos
Luis Brenes Molina. Jefe.—O. C. Nº
3400026513.—Solicitud Nº 48395.—(IN2016012402).
publicación de una vez
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Yaritza Amparo
Castillo, se ha dictado la resolución N° 6697-2015, que en lo conducente dice:
Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las
trece horas del diez de diciembre de dos mil quince. Exp. N° 45009-2012.
Resultando: 1º—... 2º—... 3º—...
Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Yanoily Yuriela Castillo Bucardo, en el sentido que el nombre y
el apellido de la madre son Yaritza Amparo Castillo no indica segundo apellido.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016029805 ).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Yorling Marissela Olivas Rojas, se ha
dictado la resolución N° 1141-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas diez
minutos del veinticuatro de febrero de dos mil dieciséis. Expediente N°
51841-2015. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos
probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Dereck Andrés Alvarado Olivas, en el sentido que el nombre de la
madre es Yorling Marissela.—Lic. Luis Antonio Bolaños
Bolaños, Director General.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016029964 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Cheyling
Lidieth González, no indica segundo apellido, se ha dictado la resolución N°
1666-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cuarenta y tres minutos
del quince de marzo de dos mil dieciséis. Expediente N° 13209-2015. Resultando:
1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...;
Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Jaden Kaleth González
Solís, en el sentido que el nombre y el apellido de la madre son Cheyling
Lidieth González, no indica segundo apellido, consecuentemente los apellidos de
la persona inscrita son González González.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—( IN2016029977 ).
Reynier Elin López López, mayor, soltero, mecánico, nicaragüense,
cédula de residencia N° 155806084434, vecino de Tirrases, Curridabat, San José,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten
por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes
a la publicación de este aviso. Expediente Nº 2302-2012.—San
José, a las 10:11 horas, del 12 de enero de 2016.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores,
Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016030072 ).
Registro Civil – Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Carlos Rubén Hernández Aguirre,
mayor, casado, abogado, salvadoreño, cédula de residencia número 122200074622,
vecino de San Francisco, Central, Heredia, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones
del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud’, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro
del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Exp. 134871-2015.—San José, a las 9:58 horas del 15 de
diciembre de 2015.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016029797 ).
Baomou Feng Feng, mayor, soltero, estudiante, china, cédula de
residencia N° R115600071433, vecino de Centro, Ciudad Colón, San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. N° 1629-2013.—San
José, 14 de abril del 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016029844
).
Bertha Loaisiga Polanco,
mayor, soltera, del hogar, nicaragüense,
cédula de residencia N° 155808066432, vecina de Pital, San Carlos, Alajuela, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 135489-2015.—San
José, 13 de abril del 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016029856
).
Reynier Elin López López, mayor, soltero, mecánico, nicaragüense,
cédula de residencia N° 155806084434, vecino de Tirrases, Curridabat, San José,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten
por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes
a la publicación de este aviso. Expediente Nº 2302-2012.—San
José, a las 10:11 horas, del 12 de enero de 2016.—Lic. Germán Alberto Rojas
Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016030072 ).
Arielka Marina López
Hurtado, mayor, soltero, dependiente, nicaragüense, cédula de residencia N°
155811434301, vecina de La Pulpería El Arca de Noé, 200 sur calle sin salida
casa 3, Cinco Esquinas de Tibás, Bajo Piuses, San José, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 134160-2015.—San José,
4 de mayo del 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016030090 ).
La Proveeduría Institucional informa que se modifica el Plan Anual de
Compras, Actividad Central y Política Exterior, del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto para el periodo 2016, los interesados tienen a disposición
el mismo en el Sistema Integrado de Compras Públicas, en la página web
https://www.sicop.go.cr de Internet a partir de la fecha de publicación en el
Diario Oficial La Gaceta.
San José, 26 de mayo del 2016.—Lic.
José Ángel Soto Varela.—1 vez.—O.C. N°
1205062899.—Solicitud N° 57163.—( IN2016037674 ).
DIRECCION PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
MODIFICACION
PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES
2016
La
Dirección de Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que
a partir de esta fecha se ha publicado Modificación al Plan Anual de
Adquisiciones del Ministerio de Seguridad Pública correspondiente al siguiente
programa presupuestario 09003 SEGURIDAD CIUDADANA el cual se encuentra a su
disposición en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr, en el link de
COMPRARED, así como en la dirección electrónica www.sicop.go.cr
San José 08 de junio de 2016.—Lic. Mario Umaña
Mora, Director.—1 vez.—O. C. Nº 3400026692.—Solicitud
Nº 57073.—( IN2016037699 )
BANCO DE COSTA RICA
MODIFICACIÓN PROGRAMA DE ADQUISICIONES
AÑO 2016
Descripción Fecha Fuente de Monto
Estimada financiamiento aproximado
Remodelación
Interna
BCR Torres de
Heredia II semestre BCR ¢350.000.000.00
Oficina Contratación Administrativa.—Rodrigo
Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O.C. N° 65540.—Solicitud N° 57213.—(
IN2016037651 ).
INVITACIÓN
A PRESENTAR EXPRESIONES DE INTERÉS
Servicios
de Consultoría para realizar el apoyo a la inspección de la ampliación y
rehabilitación de la Ruta Nacional N° 1, Carretera Interamericana Norte,
Sección Limonal-Cañas, longitud 20,1 km, la sección San Gerardo-Limonal,
longitud 23,8 km, y la sección Barranca-San Gerardo, longitud 25,2 km.
Institución:
Ministerio de Obras Públicas y Transportes
País:
Costa Rica
Proyecto:
Programa de Infraestructura de Transporte
Sector:
Transporte
Préstamo
Nº/ 3071/OC-CR y N° 3072/CH-CR.
Proyecto
Nº/ CR-L1032
Fecha
límite de entrega: 20 de junio 2016
El
Gobierno de la República de Costa Rica ha recibido financiamiento del Banco
Interamericano de Desarrollo, y se propone utilizar parte de los fondos para
efectuar los servicios de apoyo a la inspección del proyecto mencionado
anteriormente. El propósito es seleccionar una firma consultora que proporcione
el personal especializado, con la experiencia necesaria para realizar las
labores de apoyo a la Inspección y que suministre todos los recursos necesarios
para llevar a cabo los controles técnicos, mediciones de cantidades de obra,
levantamientos y controles topográficos, verificación del cumplimiento del plan
de gestión de la calidad enfatizando en la verificación de la calidad de la
obra, comprobación del cumplimiento de las obligaciones ambientales, durante el
periodo de ejecución del contrato de construcción de las obras, comprobación
del plan de seguridad y salud ocupacional entre otros.
El
Ministerio de Obras Públicas y Transportes de Costa Rica, invita a firmas
consultoras provenientes de países elegibles para el Banco Interamericano de
Desarrollo (BID) a expresar su interés en prestar los servicios de consultoría,
que posean experiencia profesional especializada en el apoyo a la Inspección de
la construcción de obras viales de al menos 10 años, obtenida esta
experiencia en forma efectiva durante el periodo 2006 al 2016 – referencia
fecha cierre de esta expresión de interés. Las firmas consultoras
interesadas deberán proporcionar información que indique que están calificadas
para suministrar los servicios (descripción de trabajos de supervisión de obras
viales, indicación de características básicas de los proyectos supervisados
(monto, longitud, plazo), hojas de vida empresarial, experiencia en condiciones
similares, disponibilidad de personal que tenga los conocimientos pertinentes,
certificación en sistemas de calidad que posea la firma, entre otros). Para
presentar la información de la experiencia deberán completar el siguiente
cuadro:
Nº |
Nombre del proyecto inspeccionado |
Organismo contratante |
País donde se realizó |
Duración exacta meses o años, fecha de inicio fecha de fin |
Monto del contrato (US$) |
Monto de las obras supervisadas (US$) |
1 |
… |
|
|
... |
… |
… |
2 |
… |
|
|
… |
… |
… |
3 |
… |
|
|
… |
… |
… |
Completar
según sea necesario. Para comparar y valorar las experiencias se considerarán
sólo las realizadas en los últimos diez años (2006-2016).
Las
firmas consultoras serán seleccionadas conforme a los procedimientos indicados
en las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores financiados
por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-9, y podrán participar en
ella todos los concursantes de países de origen que sean elegibles, según se
especifica en dichas políticas. El objetivo es conformar tres listas cortas,
una para supervisar el tramo Limonal-Cañas, otra para supervisar el tramo San
Gerardo-Limonal y otra para supervisar el tramo Barranca- San Gerardo, en estas
listas se incluirán seis firmas con una amplia representación geográfica; no
más de dos firmas podrán pertenecer al mismo país. Las firmas consultoras serán
seleccionadas con base en el método de Selección Basada en la Calidad y el
Costo (SBCC), descrito en las Políticas del BID para contratación de servicios
de Consultoría. Las firmas consultoras se podrán asociar con otras firmas en
forma de asociación en participación (Joint Venture) o subcontratistas con el
fin de mejorar sus calificaciones. A los efectos de establecer la lista corta,
la nacionalidad de la firma será la del país en que se encuentre legalmente
constituida o incorporada y en el caso de asociación en participación, será la
nacionalidad de la firma que se designe como representante. Los interesados
deberán indicar el país de nacionalidad de la firma. Las firmas consultoras interesadas
pueden obtener información, mediante consultas al correo electrónico:
adquisiciones@ueppitcr.com. Las expresiones de interés y toda la información de
las firmas interesadas deberán confeccionarse en idioma español. La información
puede ser presentada y registrada en la dirección mencionada abajo, a más
tardar hasta las 17:00 horas del día 20 de junio 2016 (hora local Costa
Rica), mediante correo ordinario, fax, courier o correo electrónico. La
información recibida después de esa hora y fecha no será considerada.
Atención:
Programa de Infraestructura de Transporte.
Dirección:
San José, piso 8 de la Torre Mercedes, Paseo Colón, oficina de la Unidad
Ejecutora INECO&ACCIONA, ubicada en Costa Rica. Teléfono: (506) 4020-4800.
E-mail: adquisiciones@ueppitcr.com.
Carlos
Luis Villalta Villegas.—1 vez.—( IN2016036746 ).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
El
Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores
interesados en participar en el siguiente procedimiento:
LICITACIÓN
ABREVIADA 2016LA-000015-PROV
Alquiler
de local para ubicar el Juzgado de Pensiones
Alimentarias de Heredia
Fecha
y hora de apertura: 11 de julio de 2016, a las 14:00 horas.
El
cartel se puede obtener sin costo alguno a través de Internet, en la dirección:
http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria/
San
José, 08 de junio de 2016.—Proceso de
Adquisiciones.—MBA Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2016037687 ).
ÁREA
DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2016LA-000043-05101
7150
FC Aminoácidos 6%. Solución inyectable.
Frasco con 500 ml o Aminoácidos 10%.
Solución inyectable. Frasco con 250 ml.
Código: 1-10-43-3126
Se informa
a los interesados que está disponible en la Plataforma electrónica Compra Red
el cartel de la Licitación Abreviada Nº 2016LA-000043-05101, para la
adquisición de: Ítem único: 7150 FC Aminoácidos 6%. Solución inyectable. Frasco
con 500 ml o Aminoácidos 10%. Solución inyectable. Frasco con 250 ml. Código:
1-10-43-3126. Apertura de ofertas: el día 11 de julio 2016 a las 08:00 horas.
San
José, 09 de junio del 2016.—Línea de Producción de
Medicamentos.—Licda. Shirley Solano Mora, Jefa.—1
vez.—O.C. Nº 1142.—Solicitud Nº 13768.—( IN2016037655 ).
HOSPITAL
WILLIAM ALLEN T.
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000003-2307
Compra de equipo médico
La Subárea de Contratación de Bienes y Servicios del Hospital William
Allen T, de Turrialba, con autorización de la Dirección Médica y
Administración, les invita a participar en el siguiente concurso:
Licitación Abreviada 2016LA-000003-2307, por la compra de Equipo
Médico.
Fecha máxima de recepción y apertura de ofertas: 05 de julio de 2016
Hora de apertura: 10:00 horas
El cartel de especificaciones se encuentra a la venta en la Sub Área
de Contratación Administrativa del Hospital William Allen, ubicado frente a la
entrada principal Colegio Clodomiro Picado T, carretera al CATIE, Turrialba,
también se encuentra en la página Web de la CCSS.
Valor del cartel ¢500,00
(quinientos colones)
Planificación de Bienes y Servicios.—Lic.
Cristián Aguilar Quesada.—1 vez.—( IN2016037880 ).
DIRECCION PROVEEDURIA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000017-PRI
(Convocatoria)
Servicios de consultoría para la conceptualización
y el diseño preliminar del Centro
de Investigación
y Formación en Tecnologías de
Saneamiento
(CIFTES)
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), Cédula
Jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00
horas del día 12 de julio del 2016, para los “Servicios de consultoría para la
conceptualización y el diseño preliminar del Centro de Investigación y
Formación en Tecnologías de Saneamiento (CIFTES)”. Los documentos que conforman
el cartel, podrán descargarse en la dirección electrónica www.aya.go.cr o bien
retirarse en la Dirección de Proveeduría del AyA, sita en el Módulo C, piso 3
del Edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas, el mismo tendrá un costo de
¢500,00.
Licda. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 6000001412.—Solicitud Nº 57294.—( IN2016037722 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
COMPRA DIRECTA 2016CD-000040-03
Compra de hierro, aceros, bronce, cobre
y aluminio en barras y pletinas
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental
del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito
hasta las 9:00 horas del 21 de junio del 2016. Los interesados podrán retirar
el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo, Alajuela, 300 metros al sur
del cruce de Cirrí, o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1
vez.—O.C. N° 24626.—Solicitud N° 57264.—( IN2016037597 ).
UNIDAD
REGIONAL HUETAR NORTE
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2016LA-000005-06
Compra
de proyectores, retroproyectores y pantallas
El
Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Huetar Norte del Instituto
Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00
horas del 04 de julio del 2016.
Los
interesados podrán retirar el “Pliego de Condiciones”, el cual es gratuito, en
el Proceso de Adquisiciones, sito en La Marina de La Palmera de San Carlos, 150
metros al norte de RTV; o bien, ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. Nº 24626.—Solicitud
Nº 57263.—( IN2016037633 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2016LA-000006-06
Compra de Servidores de Datos y Equipo de Comunicación
(Switch de 24 puertos sin Poe)
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Huetar Norte del
Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta
las 10:00 horas del 6 de julio del 2016.
Los interesados podrán retirar el “Pliego de Condiciones”, el cual es
gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sito en La Marina de La Palmera de
San Carlos, 150 metros al norte de RTV; o bien, ver la página web del INA,
dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1
vez.—O.C. N° 24626.—Solicitud N° 57262.—( IN2016037637 ).
COMPRA DIRECTA Nº 2016CD-000095-07
(Invitación)
Folletos para cursos de turismo
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del
Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta
las 09:00 horas del 20 junio del 2016. Los interesados podrán retirar el pliego
de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita
Barranca Puntarenas, 200 metros al norte de entrada principal de INOLASA, o bien
ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1
vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 57145.—( IN2016037663 ).
CONTRATACIÓN
DIRECTA DE ESCASA CUANTÍA
Nº2016CD-000066-06
Compra
de repuestos y accesorios para bicicletas
El
Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Huetar Norte del Instituto
Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 09:00
horas del 21 de junio del 2016. Los interesados podrán retirar el “Pliego de
Condiciones”, el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sito en La
Marina de La Palmera de San Carlos, 150 metros al norte de RTV; o bien, ver la
página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. Nº 24626.—Solicitud
Nº 57144.—( IN2016037666 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA CTP GUATUSO
La Junta Administrativa CTP Guatuso, comunica a los participantes en
la Licitación Abreviada LA 2016-CTPG 0017. “Proveedor de artículos de limpieza
para el C. T. P. Guatuso”. La adjudicación del proceso a la empresa Sehedou
R. L. por un monto de referencia de ¢30 005,00 ivi
Víctor Chavarría Chaves Presidente de Junta.—1 vez.—( IN2016037822 ).
LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000039-01
Preselección de hasta seis (6) empresas por ítem que
provean servicio de limpieza para
distintas oficinas
del Banco Nacional de Costa Rica
Se comunica a los interesados de la Licitación Pública
2015LN-000039-01, que el Comité de Licitaciones en el artículo 02 de la sesión
ordinaria N° 1308-2015, celebrada el 01 de junio del 2016, acordó:
Adjudicar la Licitación Pública 2015LN-000039-01 promovida para la “preselección
de hasta seis (6) empresas por ítem que provean
servicio de limpieza para distintas oficinas del Banco Nacional de Costa Rica”,
para los ítems 1-2-3-4-5-6-7 y 8, de acuerdo al siguiente detalle:
1. SCOSA
2. CANDI SERVICIOS DEL SUR
3. ENLACES CASUALES CR
4. MASIZA
5. SELIME
6. MUTIASA
Todo conforme lo estipulado en el cartel, la oferta económica y el
informe técnico CPS-0048-2016, que consta en el expediente administrativo y que
forma parte integral de la presente contratación.
La Uruca, 13 de junio del 2016.—Ing. Douglas
Noguera Porras, Supervisor Operativo Proveeduría.—1 vez.—O. C. N°
522108.—Solicitud N° 57159.—( IN2016037654 ).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000010-01
Servicios médicos para zonas descentralizadas del BCR
Se informa que la Subgerencia Banca Minorista y la Subgerencia Banca
Mayorista, del Banco de Costa Rica, resolvieron la licitación en referencia de
la siguiente manera:
1. Se adjudican las siguientes líneas:
• Ítem
Nº 2 por los servicios médicos en Zona 9 Zona Sur II, comprende al distrito 01
del cantón de Corredores (Ciudad Neily), a la Sra. Merlyn Picado Vargas,
por un monto máximo por seis meses de ¢5.204.395,20
• Ítem
Nº 3 por los servicios médicos en Zona 15 Occidente I, comprende al distrito 01
del cantón de Grecia, al Sr. José Francisco Jiménez Quesada, por un
monto máximo por seis meses de ¢5.204.395,20.
• Ítem
Nº 4 por los servicios médicos en Zona 18 Zona Norte III, comprende al distrito
06 del cantón de San Carlos (Aguas Zarcas), a la empresa Soluciones
Integrales Médicas y Dentales SIMED S. A., por un monto máximo por seis
meses de ¢2.602.197,60.
2. Se declaran infructuosos los ítems Nº 1 y Nº 5.
San José, 09 de junio del 2016.—Oficina de
Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O.
C. Nº 65540.—Solicitud Nº 57204.—( IN2016037646 ).
Universidad
de Costa Rica, Proyecto
de Mejoramiento Institucional
LICITACIÓN
PÚBLICA INTERNACIONAL
Nº EDU_UCR-93-LPI-B
Compra
de equipo para laboratorio CICIMA
Mediante
Resolución R-121-2016 de la Rectoría, se acordó declarar desierta la Licitación
Pública Internacional Nº EDU_UCR-93-LPI-B, titulada “Compra de equipo para
laboratorio CICIMA”, porque se requiere reformular las especificaciones
técnicas de manera que cumplan las necesidades del Centro de Investigación en
Ciencias e Ingeniería de Materiales.
Sabanilla
de Montes de Oca, a los 8 días del mes de junio del 2016.—Ingrid
Espinoza Leal.—1 vez.—O.C. Nº 128617.—Solicitud Nº 57203.—( IN2016037648 ).
PROYECTO
DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº EDU_UCR-95-
LPN-B- (Notificación de
adjudicación)
Creación red - equipo para laboratorio de la Sede
Regional del Pacífico
A los interesados en la licitación en referencia, la Oficina de
Suministros, comunica que:
Se recibieron las siguientes ofertas: Sonivisión S. A.; Tecno
Diagnóstica S. A.; G&H Steinvorth Ltda.; Analytical Instruments S. A.;
Tecnología Educativa S. A.; Tecnología Aplicada Internacional S. A.; Asesoría
Inmobiliaria y Negocios Red Global S. A.; Enhmed S. A.; Capris Médica S. A.;
Biocientífica Internacional Ltda.; Servicios Técnicos S. A.; Componentes El
Orbe S. A.
Mediante resolución UEPMI-15-2016, se acordó adjudicar según el
siguiente detalle:
A: Enhmed S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-162608.
Monto total: $8.090,00.
Lote 1: (8 uds) microscopio
binocular, marca Motic Instruments, modelo RED-220. Precio unitario: $855,00.
Sub-total: $6.840,00, transporte interno y otros servicios hasta la Sede del
Pacífico $200,00. Precio total: $7.040,00.
Lote 5: (2 uds)
calentadores-agitadores, marca Thermo Scientific, modelo SP88857100. Precio
unitario: $512,50. Sub-total: $1.025,00 transporte interno y otros servicios
hasta la Sede del Pacífico $25,00. Precio total: $1.050,00.
Plazo de entrega: 60 días, a
partir de la firma del contrato. Incoterm CIP.
Forma de pago: 30 días naturales
siguientes al recibido conforme por parte del usuario final.
Lugar de entrega: debidamente
instalados en la Sede del Pacífico, previa coordinación con M.C.i Eduardo Chinchilla,
al teléfono: 2511-7413.
Garantía: 24 meses contra
defectos de fabricación.
Instalación y capacitación: 10
días hábiles después de la entrega, en el Laboratorio de Química, Recinto de
Grecia, duración de capacitación 8 horas a 5 funcionarios. Previa coordinación
con Sr. Wilber Mora, al teléfono: 2511-7502. Aplica para todos los lotes.
Incluye: Lote 1: cobertor de
polvo, aceite de inmersión, posee asas laterales para transporte, dispositivo
para enrollar el cable.
A: G&H Steinvorth Ltda.,
cédula jurídica Nº 3-102-026972.
Monto total: $4.245,00.
Lote 2: (1 ud) estufa de secado
y esterilización. Marca MMM, modelo Venticell 22. Precio unitario: $1.745,00.
Lote 7: (1 ud) balanza
analítica. Marca: Sartorius Ag. Modelo: Practum224-IS. Precio unitario: $2.500,00.
Plazo de entrega: 60 días (50
días para entregar documentos para trámite de exoneración y 10 días para
entregar el bien), a partir de la firma del contrato. Incoterm CIP.
Lugar de entrega: una vez
realizado el proceso de desalmacenaje y nacionalización; en la Sede del
Pacífico, previa coordinación con M.C.i Eduardo Chinchilla, al teléfono:
2511-7413.
Forma de pago: 30 días naturales
siguientes al recibido conforme por parte del usuario final.
Garantía: 24 meses contra
defectos de fabricación.
Instalación y capacitación: en
la Sede del Pacífico, capacitación de funcionamiento del equipo a 4
funcionarios. Previa coordinación con M.C.i Eduardo Chinchilla, al teléfono:
2511-7413. Aplica para los dos lotes.
Incluye: Lote 2: dos bandejas y
cuatro guías.
A: Tecnología Aplicada
Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-162608.
Monto total: $7.579,93.
Lote 6: (1 ud) espectrofotómetro
de rango ultravioleta-visible con módulo iRM y cuatro celdas de cuarzo de 10
mm, 120V, 60Hz, marca Jasco, modelo V730. Precio unitario: $7.115,18,
transporte interno y otros servicios hasta el recinto de Grecia $464,75. Precio
total: $7.579,93.
Plazo de entrega: 60 días (55
días para entregar documentos para trámite de exoneración y 5 días para
entregar el bien), a partir de la firma del contrato. Incoterm CIP.
Lugar de entrega: una vez
realizado el proceso de desalmacenaje y nacionalización; en la Sede del
Pacífico, previa coordinación con M.C.i Eduardo Chinchilla, al teléfono:
2511-7413.
Forma de pago: 30 días naturales
siguientes al recibido conforme por parte del usuario final.
Garantía: 24 meses contra
defectos de fabricación.
Instalación y capacitación: en
la Sede del Pacífico, capacitación de funcionamiento del equipo a 4
funcionarios. Previa coordinación con M.C.i Eduardo Chinchilla, al teléfono:
2511-7413.
Incluye: 1 x V-730 IRM
espectrofotómetro V-730 con módulo inteligente de control y procesamiento de la
información espectral IRM con display gráfico LCD color (touch screen); 1 x
JID3-1008.
Soporte para módulo IRM. 4 x 1-Q-10
celdas de cuarzo, rango 170 a 2700 nm, longitud de ruta óptica 10 mm, volumen
nominal 3,5 mL.
A: Componentes El Orbe S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-111502.
Monto total: $41.613,86.
Lote 13: (38 uds) computadoras
de escritorio, procesador: Intel Core i5 de cuarta generación 4570 de 3.2 Ghz
velocidad del reloj, marca HP, modelo ProDesk 600 G1 SFF. Monitor: modelo
ProDisplay P222va. Precio unitario: $811,00. Precio total: $30.818,00.
Lote 14: (6 uds) proyectores de
multimedia rendimiento intermedio, marca Casio, modelo XJA257. Precio unitario:
$1.799,31. Precio total: $10.795,86.
Plazo de entrega: 60 días (52
días para entregar documentos para trámite de exoneración y 8 días para
entregar el bien), a partir de la firma del contrato. Incoterm CIP.
Lugar de entrega: una vez
realizado el proceso de desalmacenaje y nacionalización; en la Sede del
Pacífico, previa coordinación con M.C.i Eduardo Chinchilla, al teléfono:
2511-7413.
Forma de pago: 30 días naturales
siguientes al recibido conforme por parte del usuario final.
Garantía: lote 13, 36 meses y
lote 14, 24 meses contra defectos de fabricación.
Instalación y capacitación: en
la Sede del Pacífico, capacitación de funcionamiento del equipo a 4
funcionarios. Previa coordinación con M.C.i Eduardo Chinchilla, al teléfono:
2511-7413.
Incluye: Lote 14: control remoto
inalámbrico, cable de alimentación de CA, cable RGB, cable AV especial, bolsa
de transporte.
A: Asesoría Inmobiliaria y
Negocios Red Global S. A., cédula jurídica Nº 3-101-344598.
Monto total: $3.900,00.
Lote 16: (4 uds) computadora de
escritorio tipo “Todo en uno” de la categoría “Desktop” Intel, marca Dell,
modelo Optiplex 3240 AIO Non Touch, procesador 6ta generación Intel Core
i5-6500 procesador (Quad Core, 6MB, 4T, 3.2 GHz, 65W). Precio unitario:
$975,00. Precio total: $3.900,00.
Plazo de entrega: 30 días
hábiles (22 días para entregar documentos para trámite de exoneración y 8 días
para entregar el bien), a partir de la firma del contrato. Incoterm CIP.
Lugar de entrega: una vez
realizado el proceso de desalmacenaje y nacionalización; en la Sede del
Pacífico, previa coordinación con M.C.i Eduardo Chinchilla, al teléfono:
2511-7413.
Forma de pago: 30 días naturales
siguientes al recibido conforme por parte del usuario final.
Garantía: 36 meses contra
defectos de fabricación.
Instalación y capacitación: en
la Sede del Pacífico, capacitación de funcionamiento del equipo a 4
funcionarios. Previa coordinación con M.C.i Eduardo Chinchilla, al teléfono:
2511-7413.
Incluye: Manuales de usuario,
programas y otros materiales (CDs, DVDs) requeridos para la instalación y
mantenimiento del equipo. Un mecanismo de recuperación (CDs, DVDs o partición
especial).
A: Sonivisión S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-034067.
Monto total: $64.508,50.
Lote 17: Sistema para
comunicación de aulas:
17.1- Implementación de sistema
audiovisual en 21 espacios para la docencia (16 aulas y 5 laboratorios); 21 uds
de cada uno de lo siguiente: soporte de techo para proyector, marca Loch, modelo
PM1. Precio unitario: $45,00. Precio total: $945,00; placa de pared y
conectores, marca Kramer: Placa con 3 orificios para montaje en rack de
empotrar, modelo FrameG. Precio unitario: $35,00. Precio total: $735,00;
conector HDMI(F) a HDMI(F). Modelo WHDMI. Precio
unitario: $37,00. Precio total: $777,00; conector BNC video y audio mini para
frame, modelo WAV1G. Precio unitario: $35,00. Precio total: $735,00; adaptador
HD 15 pines a terminal Block, modelo WX1G. Precio unitario: $35,00. Precio
total: $735,00; cable VGA de 10.66 metros (35 pies) 15 pines macho a macho,
modelo CGMGM35. Precio unitario: $40,00. Precio total: $840,00; cable HDMI de
10.66 metros (35 pies), modelo CHMHM35. Precio unitario: $48,00. Precio total:
$1.008,00; set de dos parlantes de pared preamplicados, modelo TAVOR5 O. Precio
unitario: $275,00. Precio total: $5.775,00.
17.2- Pantalla LCD MultiTouch
(táctil) de 162,56cm (64”) en diagonal; 1 ud de cada uno de lo siguiente:
pantalla LCD táctil interactiva de 65” en diagonal, marca Teamboard, modelo
TIFP65. Precio total: $8.431,00; soporte de pantalla LCD de pared fijo. Marca
Loch, modelo BRT31TL. Precio total: $75,00; placa de pared y conectores, marca
Kramer: placa con 3 orificios para montaje en rack de empotrar, modelo FrameG.
Precio total: $35,00. Conector HDMI(F) a HDMI(F).
Modelo WHDMI. Precio total: $37,00. Conector BNC video y audio mini para frame,
modelo WAV1G. Precio total: $35,00; adaptador HD 15 pines a terminal Block,
modelo WX1G. Precio total: $35,00. Cable VGA de 10.66 metros (35 pies) 15 pines
macho a macho, modelo CGMGM35. Precio total: $40,00; cable HDMI de 10.66 metros
(35 pies), modelo CHMHM35. Precio total: $48,00; set de dos parlantes de pared
preamplicados, modelo TAVOR5 O. Precio total: $275,00.
17.3- Sistema de presentaciones
compuesto por los siguientes elementos: pantalla eléctrica para montaje en
cielo de 100” en diagonal. Con superficie Video Spectra. Marca DaLite, modelo
73648. Precio total: $1.200,00; soporte eléctrico para proyector. Marca Chief,
modelo SL-151. Precio total: $1.881,00; base para soporte para proyector, marca
Chief, modelo SLB-UW. Precio total: $137,00; (2 uds) caja de mesa con
conectores, HDMI, VGA, audio y RJ45, marca Kramer, Modelo TBUS-201XL. Precio
unitario: $372,00. Precio total: $744,00; (2 uds) Single Power Socket, marca
Kramer, modelo TBUS. Precio unitario: $35,00. Precio total: $70,00; (2 uds)
escalador digital para convertidor de señal VGA-HDMI. Marca Kramer, modelo
VP425. Precio unitario: $295,00. Precio total: $590,00; amplificador estéreo
170 watts por canal / WIFI /. Bluetooth / Internet / USB / AIRPLAY / SCALER.
Marca ONKIO, Modelo TXNR646. Precio total: $875,00; (2 uds) pareja de parlantes
KLIPSCH SPK redondo 6.5” 35 watts / 80hms. Marca KLIPSCH, modelo RC1650C.
Precio unitario: $298,00. Precio total: $596,00; control 4EA3 sistema de
control de automatización. Marca CONTROL4, modelo EA3. Precio total: $2062,50;
control 4 IO extender, marca CONTROL4, modelo C4IOXEB. Precio total: $576,00;
control 4 dimmer, adaptive phase, 120V the dimmer, marca CONTROL4, modelo
C4APD120 WH. Precio total: $270,00; Control4, switch, adaptive phase, 120V the
dimmer. Marca CONTROL4, modelo C4ASW120 W. Precio total: $270,00; Control4
botonera, configurable, 120V/277V AN, marca CONTROL4, modelo C4KC120277 WH.
Precio total: $300,00; control 4 pantalla táctil de 17,78cm (7”) blanca, marca
CONTROL4, modelo C4WALL7WH. Precio total: $1.150,00. Sub-total: $31.282,50,
servicios de instalación, conexionado y puesta en marcha $14.910,00. Precio
total: $46.192,50.
Lote 18: Laboratorio de idiomas:
(31 uds) licencia para laboratorio de idiomas, Study 1200 SW, marca Sanako,
modelo 7100500_31. Precio unitario: $450,00. Precio total: $13.950,00; (1 ud)
Licencia de módulo de exámenes para Study 1200. Marca Sanako, modelo
7111200_15. Precio total: $771,00; (1 ud) Windows Server 2012 Estándar para 2
procesadores MICROSOFT, modelo WINSRVRSTD. Precio total: $1.245,00; (30 uds)
licencia de usuario CAL para Win server 2012 MICROSOFT, modelo WINSVRCAL.
Precio unitario: $45,00. Precio total: $1.350,00. Sub-total: $17.316,00,
servicios de instalación, conexionado y puesta en marcha $1.000,00. Precio
total: $18.316,00.
Plazo de entrega: 60 días, a
partir de la firma del contrato.
Lugar de entrega: una vez
realizado el proceso de desalmacenaje y nacionalización; en la Sede del
Pacífico, previa coordinación con M.C.i Eduardo Chinchilla, al teléfono:
2511-7413.
Forma de pago: 30 días naturales
siguientes al recibido conforme por parte del usuario final.
Garantía: lote 17, 24 meses y lote
18, 12 meses contra defectos de fabricación.
Instalación y capacitación: en
la Sede del Pacífico, Previa coordinación con M.C.i Eduardo Chinchilla, al
teléfono: 2511-7413. Capacitación en el correcto uso de los equipos. A
impartirse un día hábil posterior a la fecha en que se termine la instalación,
conexionado y puesta en marcha.
Monto total adjudicado en
dólares: $129.937,29
La oferta Nº 3, G&H
Steinvorth Ltda.: No cumple técnicamente con el lote Nº 6: Posee longitudes
de onda fija a 230nm, 260nm, 280nm, 320nm, 340nm, 405nm, 490nm, 563nm, 595nm, y
600nm lo cual, no cumple con los requerimientos de análisis solicitado de poder
usar diferentes longitudes de onda dentro del parámetro 198-1100nm solicitado,
lo cual, limita el uso del equipo para el análisis de sustancias con
absorbancia desconocidas o diferentes a las establecidas en el equipo. Este
equipo presenta diferencias significativas según lo solicitado, por lo cual no
son aceptables.
La oferta Nº 4, Analytical
Instruments S. A.: No se toma en cuenta para hacer examen detallado, debido
a la sanción de inhabilitación por un período de cinco años para contratar con
la Universidad de Costa Rica, por incumplimiento en la ejecución de varias
contrataciones administrativas.
Dicha sanción fue emitida el 18
de febrero del 2016.
La oferta Nº 5, Tecnología
Educativa S. A.: No cumple técnicamente con los lotes Nos. 13 y 18:
Para el Nº 13, no indica
información de marca, modelo y especificaciones técnicas sobre el monitor.
Por lo tanto, se oferta un
equipo incompleto. Para el Nº 18, las licencias del modelo Optimas
School-Premium ofertado, aparte de la instalación del software requiere equipar
cada puesto (escritorio de alumnos y profesor) con un dispositivo de hardware
denominado “equipo de comunicación”, para poder funcionar; lo cual, transgrede
la condición técnica del cartel. Sin este dispositivo adicional las licencias
no son funcionales y por tanto no son útiles para los objetivos de la
institución. Además este dispositivo posee los conectores para auriculares
especiales y propios de la marca Roycan con conexión del tipo Din de cinco
puntas, lo que hace que el requerimiento del cartel en su punto 18.19 no se
cumpla, pues no permite el uso de auriculares estándar. La Sede requiere
licencias de software para instalar en equipo de cómputo y que su
funcionamiento no dependa de otros dispositivos de hardware diferentes a los
existentes en la Universidad (computadoras y auriculares con conexión de línea
3.5 o USB).
La oferta Nº 6, Tecnología
Aplicada Internacional S. A.: No cumple técnicamente con el lote Nº 7:
Sin interface USB, lo cual
complica la transferencia de datos. La pantalla no es táctil y se solicita como
requisito. El uso es complejo para los estudiantes por la cantidad de unidades
de peso que usa el equipo. Este equipo presenta diferencias significativas
según lo solicitado, que no son aceptables.
La oferta Nº 8, Enhmed S. A.:
No cumple técnicamente con el lote Nº 6: Presenta un rango de longitud de onda
entre 198 a 1000nm, es 100nm menor al parámetro solicitado (198 a 1100nm) lo
que limitan el uso del equipo para análisis de sustancias desconocidas que
tengan la absorbancia en estas longitudes de onda. Carece de interface salida
USB para la fácil trasmisión de datos. Este equipo presenta diferencias
significativas según lo solicitado, que no son aceptables.
Realizar un nuevo proceso en
coordinación con la unidad solicitante para los lotes Nos. 03, 04, 08, 09, 10,
11, 12 y 15 por no haber oferentes.
El resto de las ofertas cumplieron legal y técnicamente, la
adjudicación se hizo a la oferta más baja.
Todo con fundamento en el cartel y las ofertas respectivas.
Sabanilla de Montes de Oca, a los 10 días del mes de junio del 2016.—Ana Lorena Mata Barrantes.—1 vez.—O. C. Nº
128617.—Solicitud Nº 57297.—( IN2016037706 ).
UNIDAD COORDINADORA DEL PROYECTO
INSTITUCIONAL (UCPI) Y DEL
ACUERDO
DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL
(AMI) DE UNIVERSIDAD ESTATAL
A DISTANCIA UNED
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
EDU-UNED-42-LPN-B-2015LPN-000011
Adquisición de sistema de inteligencia de negocios
Resolución de adjudicación Nº 28
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), comunica a los interesados
en la presente licitación, que el Consejo Universitario en sesión Nº 2519-2016,
art. III, inciso 1), celebrada el 02 de junio del 2016, acordó:
Adjudicar la Licitación Pública Nacional
EDU-UNED-42-LPN-B-2015LPN-000011, promovida por la Universidad Estatal a
Distancia en el marco del Proyecto 8194-CR Proyecto de Mejoramiento de la
Educación Superior Costarricense y en el marco del Acuerdo de Mejoramiento
Institucional (AMI) para la “Adquisición de sistema de inteligencia de
negocios”, de la siguiente manera:
Nombre del proyecto: Proyecto de Mejoramiento de la Educación
Superior.
País: Costa Rica.
Número del proyecto: P123146
Contrato referencia: EDU-UNED-42-LPN-B-2015LPN000011
Alcance del contrato: “Adquisición de Sistemas de
Inteligencia de Negocios”, correspondientes a la iniciativa Nº 9 AMI.
Evaluación moneda: Dólares de los Estados Unidos de
América.
1. Postor adjudicado: Consorcio Grupo Babel S. A. y
Soluciones Informáticas Babel S. A.:
Dirección: San José, Costa Rica.
Duración del contrato: 405 días calendario.
Lugar de entrega: Distribución según cartel.
Precio de la oferta por lote,
leído en la apertura de ofertas:
Lote 1: Servicio
de integración y depuración de datos.
Precio:
$62.992,00.
Total
adjudicado lote Nº 1: $69.992,00
Tiempo
de entrega: 204 días calendario.
Lote 2: Sistema
de inteligencia de negocios.
Precio:
$48.418,00
Total
adjudicado lote Nº 2: $48 418,00
Tiempo
de entrega: 201 días calendario.
Monto
total adjudicado a la empresa: Consorcio Grupo Babel S. A. y Soluciones
Informáticas Babel S. A.: $111.410,00
Descuento
del 10% $11.141,00
Total
adjudicado aplicando el descuento: $100.269,00
Sabanilla, 09 de junio del 2016.—Oficina de
Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2016037681 ).
HOSPITAL
DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2015LA-000070-2101
(Notificación de adjudicación)
Stens
metálicos autoexpandibles varios tipos
La Sub
Área de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón
Guardia, les comunica a los interesados en este concurso, que se resolvió adjudicar
la contratación de la siguiente manera:
Empresa adjudicada: Medical Supplies C.R S.
A.
Los Ítems: 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14,
15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23,24
Monto aproximado adjudicado: $33,968.00
Monto en letras: treinta y tres mil novecientos
sesenta y ocho con 00/100 dólares.
Entrega: según demanda
Los ítems 1, 2, 3 y 13 se declaran
infructuosos.
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San
José, 10 de junio de 2016.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.—Sub-Área de
Contratación Administrativa.— 1 vez.—( IN2016037728 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2016LA-000005-2101
Set para extracción de plama y leucocitos por aféresis
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael
Ángel Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso, que se
resolvió adjudicar la contratación de la siguiente manera:
Empresa adjudicada: TRI DM S. A.
Ítem: 3
Monto Aproximado Adjudicado: $109.440,00
Monto en letras: Ciento nueve
mil cuatrocientos cuarenta con 00/100 dólares.
Entrega: Según demanda
Los ítems 1 y 2 se declaran infructuosos.
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 10 de junio del 2016.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Glen
Aguilar Solano, Coordinador.— 1 vez.—(
IN2016037729 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
COMPRA DIRECTA Nº 2016CD-000030-03
Compra de zapatos de uso institucional
El Ing. Fabián Zúñiga Vargas, Encargado del Proceso de Adquisiciones
de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje,
en la sesión ordinaria Nº 023-2016, celebrada el día 08 de junio del 2016,
artículo I, tomo 209, tomó el siguiente acuerdo:
a. Adjudicar la Compra Directa Nº 2016CD-000030-03, para la “Compra
de zapatos de uso institucional”, según dictamen técnico NSCS-1249-2016,el
dictamen administrativo URCOC-PS-J-0036-2016, realizados por las dependencias
responsables de analizar las ofertas; así como en los elementos de adjudicación
consignados en el punto 3 del cartel, de la siguiente manera:
¡ Adjudicar
la línea Nº 2 a la oferta Nº 2, de la empresa: Equipos de Salud Ocupacional
S. A., por un monto de ¢80.800,00 por cumplir con lo estipulado en el
cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 30 días
hábiles.
¡ Adjudicar
la línea Nº 3 a la oferta Nº 3, Nelson Armando Carazo Guillén, por un
monto de ¢99.000,00 por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un
precio razonable, con un plazo de entrega de 30 días hábiles.
¡ Adjudicar
la línea Nº 5 a la oferta Nº 4, de la empresa: CIFSA S. A., por un monto
de ¢1.020.000,00 por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio
razonable, con un plazo de entrega de 30 días hábiles.
¡ Adjudicar
las líneas Nº 1 y 7* a la oferta Nº 5, de la empresa: Compañía de Seguridad
Industrial Cruz Verde S. A., por un monto de ¢1.071.192,00, por cumplir con
lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de
entrega de 03 días hábiles. Se adjudica la línea 7 a la empresa: Compañía de
Seguridad Industrial Cruz Verde S. A.; parcialmente a 34 unidades, por
problemas de faltante presupuestario de acuerdo a oficios CFPVV-155-2016 y
CDTMM-255-2016 del 01 y 03 de junio del 2016, del Centro de Formación
Profesional de Valverde Vega, Centro de Desarrollo Tecnológico de Metalmecánica
y de acuerdo al punto 2.2 del cartel.
¡ Se
declaran las líneas 4, 6 y 8 infructuosas, porque los oferentes no cumplen
técnicamente a lo solicitado en el cartel.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 24626.—Solicitud Nº 57267.—( IN2016037584
).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2016LA-000001-01
Contratación
de servicios de mantenimiento de zonas verdes
y jardinería para algunas áreas de la Sede
Central
y el Centro Nacional Polivalente Francisco J.
Orlich
La
Comisión Local Central de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje,
en sesión 15-2016 celebrada el 07 de junio del 2016 artículo VI, recomienda la
adjudicación de la licitación en referencia en los siguientes términos:
a. Adjudicar
la Licitación Abreviada Nº 2016LA-000001-01 para la contratación de servicios
de mantenimiento de zonas verdes y jardinería para algunas áreas de la Sede
Central y el Centro Nacional Polivalente Francisco J. Orlich, según el dictamen
técnico URMA-PSG-292-2016, en el dictamen legal ALCA-214-2016, realizados por
las dependencias responsables de analizar las ofertas; así como en los
elementos de adjudicación consignados en el punto 7 del cartel, de la siguiente
manera:
a. Adjudicar
la línea Nº 1, a la oferta Nº 1 del señor Ademar Vindas Herrera, por un
monto anual de ¢31.679.695,20, por cumplir con lo estipulado en el cartel,
ofrecer un precio razonable y el contrato con una vigencia de un año,
prorrogable año a año, por tres años, para un total de cuatro años.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic.
Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. Nº
24626.—Solicitud Nº 57146.—( IN2016037658 ).
LICITACION
PÚBLICA N° 2015LN-000001-01
Servicios
de limpieza, aseo y misceláneas
en
las instalaciones del INAMU
El
Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), comunica el acuerdo de Junta
Directiva, número tres, acta N° 11-2016 celebrada el día 6 de junio 2016:
Adjudicar la Licitación Pública Nº
2015LN-000001-01 para “Servicios de limpieza, aseo y misceláneas en las
instalaciones del INAMU.
De la
siguiente manera:
Oferta cinco. Servicios de limpieza a su
Medida SELIME S. A., cédula jurídica Nº 3-101-143803, por un monto total
anual de ¢103.801.830,60, líneas 1-2-3-5-6-7-8-9-10-11-12-13-14 y 15.
Oferta seis. Mantenimiento Total S.A.L., cédula
jurídica Nº 3-101-171887, por un monto total anual de ¢13.728.000,00.
San
José, 10 de junio del 2016.—Lic. Carlos Barquero
Trigueros, Coordinador del Área de Proveeduría.—1
vez.—O.C. Nº 1146.—Solicitud Nº 57293.—( INI2016037710 ).
JUNTA
ADMINISTRATIVA CTP GUATUSO
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº LA 2016-CTPG 0016
Proveedor
de adquirir artículos de oficina
y fotocopiado para el C. T. P. Guatuso
La
Junta Administrativa CTP Guatuso comunica a los participantes en la Licitación
Abreviada “Licitación Abreviada Nº LA 2016-CTPG 0016 “Proveedor de adquirir
artículos de oficina y fotocopiado para el C. T. P. Guatuso”. La adjudicación a
la Librería DJ por un monto de referencia de ¢ 169.845 IVI.
Víctor Chavarría Chaves, Presidente de la Junta.—
1 vez.—( IN2016037823 ).
MUNICIPALIDAD DE ESCAZU
PROCESO PROVEEDURIA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000006-01
Mejoras en calle sector cuadrante Colegio
La Municipalidad de Escazú comunica que en sesión ordinaria N°05, acta
N° 05 del 30 de mayo del dos mil dieciséis, acuerdo N° AC-148-16 y sesión
ordinaria N°06, acta N° 06 del 06 de junio del dos mil dieciséis, acuerdo N°
AC-160-16, se adjudica la Licitación Pública N°2016LN-000006-01 por “Mejoras en
calle sector cuadrante Colegio” a la persona jurídica Constructora Meco S.
A., cuyo número de cédula jurídica es 3-101-035078, por un total de
¢143.013.033,00.
Queda excluida la oferta de la empresa JCB Constructora y Alquiler
S.A., cédula de identidad N° 3-101-320803, según lo siguiente:
De acuerdo con el análisis técnico mediante oficio PIO-0197-16 emitido
por el Proceso de Infraestructura y Obras, ya que no cumple con el requisito de
admisibilidad (punto 2 del segundo capítulo del pliego cartelario).
De acuerdo con el análisis financiero por medio del oficio
MFA.-104-2016 emitido por la Dirección Financiero Administrativa, visto a
folios del 653 a 659:
“Según oferta presentada por
esta empresa JCB Constructora y Alquiler S.A. se evidencia los Estados
Financieros auditados, preparados y firmados por el Lic. Marco Vinicio Cedeño
Montoya, Contador Público Autorizado,-Carnet No. 4382. Una vez aplicadas las
razones financieras establecidas en el cartel, presenta los siguientes
resultados.
Razón |
Resultado |
Parámetros |
Estado |
a-Razón circulante |
1.46 |
1.5 mínimo |
No cumple |
b-Razón de endeudamiento |
0.39 |
0.7 máximo |
Cumple |
c-Razón de liquidez |
21.74 |
Mayor al 30%
del capital de trabajo |
Cumple |
Resultado del análisis: Esta oferta No cumple con los valores y
requisitos establecidos en el punto capítulo tercero Estados Financieros del
cartel de licitación….”
Se advierte que, de conformidad con las disposiciones de la Ley de
Contratación Administrativa y su Reglamento, este acto se puede recurrir dentro
del plazo de diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir del día
siguiente de su publicación en el diario Oficial La Gaceta. Dicho
recurso se puede interponer ante la Contraloría General de la República conforme
a los artículos 27 inciso e), 84 inciso e) y 91 de la Ley de Contratación
Administrativa. Acuerdo definitivamente aprobado.
Queda a disposición de las personas interesadas el expediente de dicho
procedimiento, el cual puede ser revisado en la oficina de la Proveeduría de la
Municipalidad de Escazú, de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 11:00 o de 1 p.m. a
3:30 p. m.
Licda. Cira Castro Myrie, Proveedora.—1
vez.—O.C. N° 34863.—Solicitud N° 57199.—( IN2016037714 ).
MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000002-01
Contratación de una persona física o jurídica, para la
concesión de las instalaciones de los
servicios sanitarios ubicados en la terminal de buses de La Cruz, distrito
cero uno del cantón de La Cruz,
Guanacaste
El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de La Cruz,
Guanacaste, les comunica a todos los interesados que la Licitación Pública Nº
2016LN-000002-01 para la “Contratación de un apersona física o jurídica, para
la concesión de las instalaciones de los servicios sanitarios ubicados en la
terminal de buses de La Cruz, distrito cero uno del cantón de La Cruz,
Guanacaste”. Se adjudicó al señor: Aider Rosales Leal, cédula física Nº
5-407-435, por un monto de ¢60.450,00 (sesenta mil cuatrocientos cincuenta
colones netos), mediante el acuerdo Nº III-9 de la sesión ordinaria Nº 20-2016,
del día 02 de junio del año en curso.
La Cruz, Guanacaste, 10 de junio del 2016.—Nury Jara Rodríguez, Proveedora
Municipal a. í.—1 vez.—( IN2016038004 ).
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2016LA-000012-PROV
(Modificación Nº 1, prórroga Nº 1)
Compra
de reposa pies, porta teclado
y base
para monitor
El
Departamento de Proveeduría informa a todos los potenciales proveedores
interesados a participar en el procedimiento indicado, que existen
modificaciones al cartel, las cuales estarán disponibles a partir de esta
publicación en la siguiente página web: www.poder-judicial.go.cr/proveeduria
(ingresar al botón “Invitaciones”). La fecha y hora de apertura se prorroga
para el 22 de junio de 2016, a las 10:00 horas. Los demás términos y condiciones permanecen invariables.
San
José, 08 de junio de 2016.—Proceso de
Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1
vez.—( IN2016037684 ).
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
ABREVIADA 2016LA-000014-PROV
(Aclaraciones Nº 3)
Remodelación
y mejoras del espacio físico ocupado
por la Sección de Mantenimiento y Construcción
El
Departamento de Proveeduría avisa a todo el potencial interesado a participar
en el procedimiento de contratación en referencia, que existen aclaraciones al
cartel, las cuales se encuentran disponibles en la página web, en el documento
denominado “Cartel Publicado con Aclaraciones 3”, Anexo 7. Los demás términos y condiciones permanecen
inalterables.
San
José, 07 de junio de 2016.—Proceso de
Adquisiciones.—MBA. Yurly Argüello Araya, Jefa.—1
vez.—( IN2016037718 ).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2016LN-000009-01
(Prórroga N° 3)
Compra e instalación de sistemas de controles de acceso
para oficinas del Banco Nacional con
entregas por
demanda para un periodo de cuatro (04)
años
La Proveeduría General del Banco Nacional comunica a los interesados
en la Licitación Pública Nacional 2016LN-000009-01 promovida para la “Compra e
instalación de sistemas de controles de acceso para oficinas del Banco Nacional
con entregas por demanda para un periodo de cuatro (04) años”:
Fecha y lugar de recepción de ofertas.
Todas las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría General del
Banco, situada en La Uruca, a más tardar a las diez (10:00) horas, según el
reloj ubicado en este Despacho, del día 22 de julio del 2016, momento en el
cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir. Si por
la naturaleza de la contratación existiera la posibilidad de haber problemas de
espacio, solo se permitirá el acceso primeramente de un representante por
oferente y de haber subcontratista, en caso que haya espacio para todos, se
permitirá su ingreso, so pena que en caso de que alguno no tenga posibilidad de
entrar, se restringirá el acceso de todos en general, aplicando el principio de
igualdad.
Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.
La Uruca, 14 de junio del 2016.—Ing. Douglas
Noguera Porras, Proveeduría General.—1 vez.—O.C. N° 522108.—Solicitud N°
57248.—( IN2016037643 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2016LA-000012-01
(Prórroga N° 1)
Compra
e instalación de un sistema de circuito cerrado
de televisión (CCTV) para la Tesorería General
del Banco Nacional de Costa Rica
La
Proveeduría General del Banco Nacional comunica a los interesados en la
Licitación Abreviada Nº 2016LA-000012-01 promovida para la “Compra e
instalación de un sistema de circuito cerrado de televisión (CCTV) para la
Tesorería General del Banco Nacional de Costa Rica”:
Fecha
y lugar de recepción de ofertas.
Todas
las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría General del Banco, situada en
La Uruca, a más tardar a las diez (10:00 a. m.) horas, según el reloj ubicado
en este Despacho, del día miércoles 29 de junio del 2016, momento en el cual
serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir. Si por la
naturaleza de la contratación existiera la posibilidad de haber problemas de
espacio, solo se permitirá el acceso primeramente de un representante por
oferente y de haber subcontratista, en caso que haya espacio para todos, se
permitirá su ingreso, so pena que en caso de que alguno no tenga posibilidad de
entrar, se restringirá el acceso de todos en general, aplicando el principio de
igualdad.
Las
demás condiciones del cartel permanecen invariables.
La
Uruca, 08 de junio de 2016.—Proveeduría General.—Ing.
Douglas Noguera Porras.—1 vez.—O.C. Nº 522108.—Solicitud Nº 57067.—( IN2016037700 ).
GERENCIA
LOGÍSTICA
ÁREA
DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE INSUMOS MÉDICOS
Nº
2016LN-000014-05101
(Aviso Nº 05 Aclaración)
Sistemas de
osteosíntesis con placa
A
todos los interesados en el presente concurso se les aclara en el capítulo V en
obligaciones sobre la entrega, punto 5.2.3 se lea correctamente punto
1.5.3 y no el punto 1.6.1 cómo se indicó.
Además
se prorroga la fecha de la apertura de las ofertas para el 30 de junio del 2016
a las 10:00 horas.
El
resto del cartel permanece invariable.
San
José, 09 junio 2016.—Línea de Producción de Insumos
Médicos.—Licda. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—O.
C. Nº 1142.—Solicitud Nº 8591.—( IN2016037653 ).
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL Nº 2016LN-00009-PRI
(Circular Nº 2)
Servicio
de alquiler de camiones cisterna para la distribución
de agua potable en las diferentes zonas del país
( Modalidad entrega
según demanda)
El
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, en adelante AyA,
cédula jurídica Nº 4000-042138, comunica a todos los interesados en participar
en la licitación arriba indicada, que se efectúa modificaciones al cartel, las
cuales podrán retirar, sin costo alguno, en la Dirección Proveeduría del AyA
sita en el Módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA, ubicado en Pavas o
accesarla en el Web www.aya.go.cr, Link Proveeduría.Expediente.
Adicionalmente
se prorroga la fecha para recepción de ofertas hasta las 10:00 horas del día 21
de junio del 2016.
Demás
condiciones permanecen invariables.
Licda.
Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 6000001412.—Solicitud Nº 57306.—( IN2016037720 ).
PROCESO ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA 2016LN-000004-01
(Modificación y prórroga)
Compra de computadoras, tablets y estaciones
de trabajo, con criterios
ambientales
El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje,
informa a los proveedores interesados en participar en la licitación pública
2016LN-000004-01, “Compra de computadoras, tablets y estaciones de trabajo, con
criterios ambientales”, que el cartel de la supramencionada licitación se
modifica y se prórroga
de la siguiente manera:
Especificaciones técnicas:
En la línea 1, punto 10, debe leerse correctamente: “10. con pantalla plana, LCD a color, mínimo de 60.45 centímetros
(23.8 pulgadas), resolución mínima 1680 x 1050, interfaz doble DVI-I o HDMI.”
En la línea 3, punto 15, debe leerse correctamente: “15. con al menos: cámara (webcam) HD 720P, mínimo lector de
tarjetas 4-1 y micrófono, incorporados”.
En la línea 4, puntos 1 y 3, debe leerse correctamente: “1. Procesador
igual o superior a Intel Core i5 sexta generación. y 3. velocidad del procesador 2.4 Ghz, o superior. “
Debido a lo anterior, el plazo para presentar ofertas de esta
licitación se prórroga para el próximo 30 de junio del 2016, a las 8:00 horas.
El resto de especificaciones y condiciones de este cartel, se
mantienen invariables.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1
vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 57266.—( IN2016037587 ).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2016LN-000003-03
(Ampliación plazo de apertura)
Contratación
de remodelación electromecánica y
arquitectónica de las plantas didácticas de la ciudad
tecnológica Mario Echandi Jiménez de la Unidad Regional
Central Occidental, remodelación de las tres
cocinas didácticas
en el Centro de Desarrollo Tecnológico de
industria
alimentaria Ciudad Tecnológica Mario Echandi Jiménez
de la Unidad Regional Central Occidental y
contratación de
remodelación eléctrica y suministro de equipo para la
inclusión
de plantas eléctricas para la Ciudad Tecnológica
Mario
Echandi Jiménez de la Unidad Regional Central
Occidental
El
Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto
Nacional de Aprendizaje, informa la ampliación en el plazo de apertura de las
ofertas por 10 días hábiles más, se estarán recibiendo ofertas por escrito
hasta las 11:00 horas del 04 de julio del 2016. Los interesados podrán retirar
el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones
sita en Naranjo, Alajuela, 300 metros al sur del cruce de Cirrí, o bien ver la
página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. Nº 24626.—Solicitud
Nº 57265.—( IN2016037593 ).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2016LN-000004-01
(Modificación)
Compra de computadoras,
tablets
y estaciones de trabajo, con criterios
ambientales
El
Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los
proveedores interesados en participar en la Licitación Pública Nº
2016LN-000004-01, “Compra de computadoras, tablets y estaciones de trabajo, con
criterios ambientales”, que el cartel de la supramencionada licitación se
modifica de la siguiente manera:
Especificaciones
técnicas:
En la línea 1, punto 10, debe leerse
correctamente: “10. Con pantalla plana, LCD a color, mínimo de 60.45
centímetros (23.8 pulgadas), resolución mínima 1680 x 1050, Interfaz Doble
DVI-I O HDMI.”
En la línea 3, punto 15, debe leerse
correctamente: “15. Con al menos: cámara (WEBCAM) HD 720P, mínimo lector de
tarjetas 4-1 y micrófono, incorporados”.
En la línea 4, puntos 1 y 3, debe leerse
correctamente: “1. Procesador igual o superior a Intel Core I5 sexta
generación. Y 3. Velocidad del procesador 2.4 GHZ, o superior.”
El
resto de especificaciones y condiciones de este cartel, se mantienen
invariables.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. Nº 24626.—Solicitud
Nº 57261.—( IN2016037640 ).
MUNICIPALIDAD DE FLORES
PROCESO DE PROVEEDURÍA Y BODEGA PMF-2015-199
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2016CD-000030-01
Contratación para los servicios de operacionalidad
del CECUDI según demanda, en el
cantón
de Flores por un año
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento a la
Ley de Contratación Administrativa, el proceso de Proveeduría y Bodega, la
Municipalidad de Flores informa a todos los interesados, en el procedimiento de
contratación: 2016CD-000030-01, que la apertura de ofertas dentro de este
procedimiento se prorrogó hasta las 8:30 horas del día miércoles 29 de junio
del 2016.
Miguel Hernández Mejía, Proveedor Municipal.— 1 vez.—( IN2016037678 ).
CONCEJO MUNICIPAL DE
DISTRITO PEÑAS BLANCAS
LICITACIÓN
PÚBLICA 2016LN-000001-CMDPB
(Enmiendas al cartel)
Construcción
y equipamiento del Centro de Red de Cuido
y Desarrollo Infantil en terreno ubicado en el
distrito
de Peñas Blancas de San Ramón comunidad de
Chachagua
La
Administración del Concejo Municipal de Distrito comunica enmiendas realizadas
al cartel Licitación Pública Nº 2016LN-000001-CMDPB, en los siguientes
apartados:
1) Se
agrega un nuevo apartado con la numeración 3. “Requisitos de Admisibilidad de
las ofertas”, corriendo el resto de la numeración.
2) Se
corrige el apartado 5.3 Vigencia de las garantías, estableciendo 180 días
hábiles para la garantía de participación, para que se lea igual que el
apartado 5.1 (180 días).
3) Se
corrige el apartado 25. Sistema de evaluación, fórmula N° 2 Plazo de entrega,
para que se lea FE = (entrega ofrecida por la oferta de plazo menor / entrega
ofrecida por la oferta a califica)*20.
4) Se
modifica el apartado 29. Equipo, mobiliario y otros.
5) Se agrega
diseño de sitio.
6) Se
amplía el plazo de recepción de ofertas, hasta el día 30 de junio del 2016 a
las 10:00 a. m.
Para
consultas sobre el procedimiento u otras condiciones de este cartel, favor
comunicarse a este Concejo Municipal a los teléfonos 2468-0450 y/o 2468-0803, o
bien al correo electrónico ylopezguzman995@gmail.com
Eliécer
Chacón Pérez.—1 vez.—( IN2016037675 ).
MUNICIPALIDAD
DE DESAMPARADOS
La
Municipalidad de Desamparados comunica que mediante acuerdo Nº 6 de la sesión
Nº 102 celebrada por el Concejo Municipal de Desamparados el día 19 de abril de
2016, se aprobó el siguiente proyecto de reglamento, el cual se somete a
consulta pública, en los términos del artículo 43 del Código Municipal, de
conformidad con el siguiente texto:
REGLAMENTO
A LA LEY DE PATENTES
DEL CANTÓN DE DESAMPARADOS, Nº 9110
CAPÍTULO
I
De
las definiciones
Artículo
1º—De las Definiciones. Para todos los efectos, cuando la Ley o este
Reglamento utilicen los siguientes términos, debe dárseles las acepciones que a
continuación se indica:
a) Municipalidad;
Administración Tributaria o Administración: Se refieren a la Municipalidad
de Desamparados.
b) Empresa:
es toda unidad económica que tenga uno o más establecimientos permanentes en el
cantón, dedicados a la realización de actividades o negocios de carácter
lucrativo.
c) Ingreso,
ingreso efectivo, ingreso bruto: Está constituida por el total de ingresos
o beneficios, en dinero o en especie, continuos o eventuales, percibidos o
devengados durante el período del impuesto.
d) Ley
o la ley: Se trata de la Ley de Patentes del cantón de Desamparados, N° 9110.
e) Declaración
jurada: Aporte de información y determinación o liquidación de la
obligación tributaria efectuada por los contribuyentes en los medios
establecidos por la Administración Tributaria.
f) Régimen
de Tributación Simplificado: Se entenderá con tal lo definido en el Decreto
Nº 25514-H y sus reformas, del 1 de octubre de 1996.
CAPÍTULO
II
Del
objeto del impuesto y de los contribuyentes
Artículo
2º—Materia imponible. Está constituida por los ingresos brutos,
continuos u ocasionales, consistentes en dinero o en especie, percibidos o
devengados durante el período fiscal, tanto por las personas jurídicas como por
las físicas que realicen cualquier tipo de actividad económica o negocio a
título oneroso, con lucro o no, domiciliadas o no en el cantón.
Artículo
3º—Contribuyentes: Son contribuyentes de este impuesto las personas
físicas o jurídicas que realicen en el cantón de Desamparados cualquier tipo de
actividad económica o negocio a título oneroso, con lucro o no, con
independencia de su domicilio; y en el caso de las personas jurídicas, del
lugar de su constitución, de reunión de sus juntas directivas o de celebración
de los contratos.
CAPÍTULO
III
Del
periodo fiscal y de la determinación
de la base imponible
Artículo
4º—Período del impuesto. El período del impuesto es de un año, contado a
partir del primero de octubre de cada año. Con las salvedades que se
establezcan en la ley, cada período del impuesto se deberá liquidar de manera
independiente de los ejercicios anteriores y posteriores. No obstante lo
anterior, la Administración Tributaria Municipal podrá establecer, cuando la
Dirección General de la Tributación lo conceda o lo autorice, períodos del
impuesto con fechas de inicio y de cierre distintos.
Artículo
5º—Ingreso bruto. El ingreso bruto es el total de los ingresos o
beneficios percibidos o devengados en el período del impuesto por el sujeto
pasivo, por las actividades económicas desarrolladas en el cantón de
Desamparados. Los contribuyentes registrados y autorizados por la Dirección
General de la Tributación en el Régimen de Tributación Simplificado (RTS), para
efectos de determinar el ingreso bruto, se establece el siguiente
procedimiento:
a.- Sumar
las declaraciones trimestrales de las compras realizadas en el periodo
correspondiente.
b.- Al
resultado de la operación anterior, multiplicar por el factor 1.33, con lo cual
se obtiene el ingreso bruto del periodo correspondiente.
c.- Al
producto del punto b.- anterior se aplica la tarifa del impuesto.
Artículo
6º—Comprobantes de ingresos. Los contribuyentes a que se refiere el
artículo 4º de la Ley de Patentes del cantón de Desamparados, N°9110, están
obligados a emitir facturas o comprobantes de ingresos por cada una de sus
operaciones, los cuales deben cumplir con los requisitos establecidos por la
Dirección General de la Tributación, en el Reglamento de la Ley del Impuesto
Sobre la Renta, artículo 9° del Decreto Ejecutivo N°25.446 de 6 de marzo de
1996. Se exceptúa de la emisión de factura los contribuyentes autorizados por
la Dirección General de la Tributación.
CAPÍTULO
IV
De
los ingresos brutos presuntivos
y de las tarifas del impuesto
Artículo
7º—Ingresos brutos presuntivos. Para los contribuyentes que sean
personas físicas, así como para las empresas individuales de responsabilidad
limitada y las empresas individuales que actúen en el cantón, se presumirá que,
salvo prueba directa o indirecta en contrario, obtienen un ingreso bruto mínimo
anual de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley de Impuesto
sobre la Renta, N° 7092.
Artículo
8º—Tarifa del impuesto. Sobre el ingreso bruto del periodo se aplicará
la tarifa establecida en el artículo 9 de la Ley, es decir, cero coma treinta y
cinco por ciento (0.35%).
CAPÍTULO
V
De
la licencia, declaración, liquidación y pago
Artículo
9º—Licencia. Para el desarrollo de cualquier actividad económica en el
cantón de Desamparados, se requiere la obtención de la licencia correspondiente
ante la Administración, conforme lo señala el artículo 79 del Código Municipal,
N° 7794 y el artículo 4 de la Ley de Patentes del cantón de Desamparados, N°
9110. Para ello deberán satisfacer los requisitos establecidos en el artículo 8
de la Ley Nº 9110 y los publicados al efecto por la Administración en
cumplimiento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y
Trámites Administrativos, N° 8220.
Artículo 10.—Plazo para
presentar declaraciones. Los sujetos pasivos del impuesto establecido por
la Ley de Patentes del cantón de Desamparados, N° 9110, deberán presentar la
declaración jurada de sus ingresos brutos dentro de los tres meses siguientes a
la terminación del período fiscal. Cuando la Dirección General de la
Tributación autorice períodos fiscales diferentes al ordinario, es decir del 1°
de octubre de un año al 30 de septiembre del siguiente año, se deberá presentar
la declaración dentro de los tres meses posteriores a la finalización del
período fiscal autorizado. Cuando se omita presentar las declaraciones en el
plazo de ley establecido, adicionalmente al impuesto tendrán una multa, por concepto
de presentación tardía, equivalente al veinticinco por ciento (25%) del
impuesto por cancelar.
Artículo
11.—Declaraciones juradas para casos especiales.
Se debe presentar una declaración jurada especial con las formalidades exigidas
en los artículos anteriores, dentro de los treinta días siguientes a la fecha
en que ocurra cualquiera de las siguientes situaciones:
a) Cuando
un contribuyente cese en sus actividades deberá presentar por escrito a la
Administración el retiro de la licencia, adicionalmente una última declaración
jurada de los ingresos brutos obtenidos en el periodo, y pagar en la misma
fecha de presentación el impuesto que resultare.
b) En
caso de muerte del contribuyente, le corresponde al albacea o, en su defecto, a
los herederos, presentar el retiro y la declaración por los ingresos brutos
obtenidos por el causante a la fecha de su fallecimiento, y pagar el impuesto
que corresponda en la misma fecha en que se presenta la declaración.
c) En la
venta, traspaso, cesión, fusión o cualquiera otra forma de transferencia de un
negocio o explotación, le corresponde al transmitente la obligación de
presentar la declaración por todas las operaciones realizadas a la fecha en que
ocurra el acto de que se trate y cancelar el impuesto correspondiente.
d) Igualmente,
deben presentar declaración jurada de sus ingresos brutos, los contribuyentes
señalados en el artículo 2º de la ley Nº 9110, cuando a pesar de haberse
extinguido legalmente, continúen de hecho ejerciendo actividades o bien se
cumpla el presupuesto establecido en el artículo 79 del Código Municipal.
Artículo
12.—Pago del monto del impuesto. El impuesto se
determinará anualmente con base en los ingresos brutos de la declaración jurada
del año anterior. El pago se hará en forma adelantada mensualmente. El pago
extemporáneo estará supeditado al interés establecido en el artículo 57 del
Código de Normas y Procedimientos Tributarios y una multa, por mora, del uno
por ciento (1%) por mes o fracción de mes hasta un máximo de un veinte por
ciento(20%) del impuesto a pagar.
CAPÍTULO
VI
De
las actuaciones tributarias municipales
Artículo
13.—Alcance de las actuaciones. La
Administración Tributaria Municipal deberá informar a los contribuyentes de la
actuación a desarrollar, y su alcance. Cuando se ejecuten programas de control
del cumplimiento de los deberes formales o de sanción, en caso de
incumplimiento, no será necesario tal procedimiento.
Artículo
14.—Liquidación o determinación de oficio. Las
determinaciones o liquidaciones de oficio serán previas o definitivas. Se
calificarán como previas las que resultan de las
actuaciones de la fiscalización y producto de la de comprobación formal o
abreviada; lo anterior no impide una modificación posterior por parte de la
Administración, mediante una liquidación definitiva.
Las
liquidaciones previas son producto de:
i.- Control
cruzado de la información proporcionada por la Dirección General de la
Tributación en cuanto a los ingresos declarados en el Impuesto sobre la Renta,
Ley Nº 7092.
ii.- Las
que se efectúen teniendo a la vista los datos consignados en las declaraciones
y los justificantes, acompañados a la propia declaración o solicitados por la
Administración Tributaria al sujeto pasivo.
iii.- Producto
de la información de terceros que demuestre la realización del hecho generador
en la jurisdicción del cantón.
iv.- Las que
se efectúen para corregir errores de hecho o aritméticos cometidos en la
declaración.
Se
considera como liquidaciones definitivas, las resultantes de las actuaciones de
Fiscalización, realizadas a través de los correspondientes procedimientos de
fiscalización, iniciando con el paso previo del planteamiento de regularización
de la situación al contribuyente mediante el traslado de observaciones y cargos
a que se refiere el artículo 144 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios y que impiden la modificación posterior por la Administración de
los impuestos y períodos objeto de la fiscalización.
CAPÍTULO
VII
De
la suspensión de la licencia y cierre de negocios
Artículo
15.—Orden de suspensión de la licencia y cierre de
establecimiento. La Administración Tributaria está facultada, con
observancia siempre del debido proceso, para ordenar la suspensión de la
licencia y el cierre de los establecimientos de los contribuyentes, sus
representantes o dependientes que incurran, según el caso, en cualesquiera de
las causales contenidas en el artículo 81 bis del Código Municipal.
Artículo
16.—Suspensión de la licencia y cierre de
establecimiento. La licencia podrá suspenderse por falta de pago de dos o
más cuotas, o por falta de requisitos, para lo cual deberá realizarse la debida
prevención al licenciatario.
La
prevención se elaborará por escrito y notificará, ya sea al dueño,
representante legal o dependiente del negocio o a cualquier persona que se
encuentre en el establecimiento y que aparente una edad mayor a quince años, en
la que se indicará la infracción cometida y se concederá un plazo improrrogable
de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de
notificación, para que presente ante la Administración las pruebas de descargo
que considere pertinentes. La notificación de la prevención de cierre y el acta
respectiva, en ausencia de las personas aludidas anteriormente, podrá hacerse
al administrador, al gerente o a cualquier empleado o persona que se encuentre
en el establecimiento mayor de quince años; pero siempre será dirigida al
contribuyente, su apoderado, representante legal o quien legítimamente lo
represente.
Transcurrido
el plazo de tres días señalado sin que el contribuyente desvirtúe la infracción
que se le imputa, la Administración podrá dictar la resolución que ordena el
cierre del establecimiento.
Cuando
el contribuyente presente pruebas de descargo, la Administración dictará la
resolución razonada, dentro del plazo establecido en artículo 102 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios. Contra ambas resoluciones podrán
interponerse los recursos indicados en el artículo 162 del Código Municipal. En
caso de incumplimiento, la Administración suspenderá la licencia y procederá al
cierre del establecimiento, el cual podrá ser habilitado sólo si es cancelada
la deuda principal y sus accesorios, o cumplidos los requisitos.
Artículo
17.—Sanción por desarrollar la actividad con
licencia suspendida. Si el licenciatario desarrollara la actividad con la
licencia suspendida, la Administración aplicará la sanción de tres salarios
base establecida en el artículo 81 bis del Código Municipal, Nº 7794, para lo
cual emitirá la resolución correspondiente. De persistir la morosidad, la
Administración iniciará el procedimiento de cancelación de las licencias,
adicionalmente, sin perjuicio de ejecutar las acciones de cobro que permitan la
recuperación de la deuda. La demostración por parte del contribuyente, de haber
ajustado su situación a derecho dentro del plazo de la prevención de cierre, no
le eximirá de la aplicación de otras sanciones establecidas en esta Ley. La
orden de cierre se ejecutará por medio de funcionarios de la Administración y
de la Fuerza Pública; de todo lo actuado, se levantará un acta que deberá ser
firmada por los ejecutores y el dueño, gerente o administrador del
establecimiento. Si éste se negare a firmar o se retirare sin hacerlo o no
estuviere presente, se consignará en el acta esa circunstancia.
Artículo
18.—Suministro de Información. Los patentados,
conjuntamente con la declaración jurada del Impuesto de Patentes del Cantón de
Desamparados, Nº 9110, deberán presentar la información de sus proveedores. La
Administración definirá anualmente el monto anual mínimo de las compras que
deberán informarse. La información por presentar deberá incluir al menos:
a.- Nombre
y apellidos o razón social
b.- Número
de cédula física o jurídica
c.- Dirección
o domicilio fiscal
d.- Periodo
fiscal
e.- Monto
anual de compras
Artículo
19.—Legislación de aplicación supletoria. Lo no
previsto en la Ley Nº 9110 y en este Reglamento, se regirá supletoriamente por
lo establecido en Código de Normas y Procedimientos Tributarios y sus
reglamento.
Artículo
20.—Conforme al artículo 43 del Código Municipal este
Reglamento rige a partir de la segunda publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.
Mario Vindas Navarro, Secretario Municipal.—1 vez.—( IN2016037778 ).
SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS
Detalle de mercancías que se rematarán en subasta pública en forma
individual en las instalaciones de la Aduana de Caldera, ubicada en el Edificio
Elefteria, 100 metros este de la entrada al Hospital Monseñor Sanabria, El
Roble, Puntarenas, a las 10:00 horas del día 27 del mes de junio del 2016 y que
de conformidad con la Ley Nº 7557 y Nº 8373 (Ley General de Aduanas), de 08 de
noviembre de 1995 y 05 de setiembre del 2003, las mismas se encuentran en
estado de abandono en: Almacén Fiscal Sociedad Portuaria de Caldera, Código A-220
y Almacén Fiscal del Pacífico ALFIPAC, Código A-159.
BOLETAS DE REMATE
AÑO 2016
Boletas de remate de mercancías año 2016
Boleta Nº 004-2016. Consignatario: Jung Ho Yeon. Descripción de
la mercancía: 17 bultos según detalle: accesorio de carrocería, 1 tapa de
motor; 9 gatas usadas hidráulicas, 2 Ton; aparatos de señalización (stops) 7
unidades. Peso total: 73,5 kg. Valor aduanero: $602.24. Precio base:
¢49.292,32. Ubicación: Almacén Fiscal Sociedad Portuaria de Caldera SPC S. A.,
A-220.
Boleta Nº 005-2016. Consignatario: Sánchez Peralta Augusto
Cesar. Descripción de la mercancía: 1 bulto según detalle: rodamientos de
bolas, 6 roles; rótulas de vehículos, 6 unidades; filtros de aceite, 4
unidades; filtros de combustible, 5 unidades; filtros de aire, 4 unidades;
correa de transmisión, 1 unidad; pastillas de freno, 4 juegos; válvula de
Selenoide, 1 unidad; 1 accesorio de carrocería; accesorio de vehículo, cargador
turbo, 1 unidad; bandas de transmisión, 3 unidades; resortes de amortiguador, 2
unidades. Peso total: 36 kg. Valor aduanero: $2.159,74. Precio base:
¢447.779,90. Ubicación: Almacén Fiscal Sociedad Portuaria de Caldera SPC S. A.,
A-220.
Boleta Nº 006-2016. Consignatario: Ministerio de Hacienda.
Descripción de la mercancía: 1 bulto según detalle: 50 láminas nuevas de hierro
punta de diamante, con un espesor de 4,75 mm, de 2,45m x 1,22m. Peso total:
5,624 kg. Valor aduanero: $5.961,45. Precio base: ¢460.545,89. Ubicación:
Almacén Fiscal Sociedad Portuaria de Caldera SPC S. A., A-220.
Boleta Nº 007-2016. Consignatario: BIA Alambres Costa Rica S.
A. Descripción de la mercancía: 5 bultos según detalle: rollos de alambrón de
acero, 5 unidades con un peso de 2,794 kilogramos cada uno. Peso total: 13,970
kg. Valor aduanero: $5.631,04. Precio base: ¢433.292,32. Ubicación: Almacén
Fiscal Sociedad Portuaria de Caldera SPC S. A., A-220.
Boleta Nº 009-2016. Consignatario: Cazador Submarino S. A.
Descripción de la mercancía: 3 bultos según detalle: sillas para terraza, 11
unidades. Peso total: 61 kg. Valor aduanero: $88.77. Precio base: ¢14.471,88.
Ubicación: Almacén Fiscal Sociedad Portuaria de Caldera SPC S. A., A-220.
Boleta Nº 012-2016. Consignatario: Banco Promérica de Costa
Rica. Descripción de la mercancía: 1 bulto según detalle: parabrisas de
vehículo, 1 unidad. Peso total: 29 kg. Valor aduanero: $301.36. Precio base:
¢32.193,43. Ubicación: Almacén Fiscal Sociedad Portuaria de Caldera SPC S. A.,
A-220.
Boleta Nº 013-2016. Consignatario: Banco Promérica de Costa
Rica. Descripción de la mercancía: 1 bulto según detalle: 2 boyas nuevas para
medir el nivel de combustible de vehículos automotores. Peso total 1,5 kg.
Valor aduanero: $55.18. Precio base: ¢4.274,73. Ubicación: Almacén Fiscal
Sociedad Portuaria de Caldera SPC S. A., A-220.
Boleta Nº 032-2016. Consignatario: Porceramica Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Descripción de la mercancía: 1,922 bultos según
detalle: 1,922 cajas de cerámica de 300mm x 300mm, tipo Floor Tiles, 11 piezas
por caja para un total 3,3 m2 cada una. Peso total: 26,499 kg. Valor
aduanero: $15.412,52. Precio base: ¢2.521.599,33. Ubicación: Almacén Fiscal
Sociedad Portuaria de Caldera SPC S. A., A-220.
Boleta Nº 033-2016. Consignatario: Porceramica Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Descripción de la mercancía: 1,980 bultos según detalle:
1,980 cajas de cerámica de 300mm x 300mm, tipo Floor Tiles, 11 piezas por caja
para un total 3,3 m2 cada una. Peso total: 25,745 kg. Valor
aduanero: $15.877,62. Precio base: ¢2.597.178,76. Ubicación: Almacén Fiscal
Sociedad Portuaria de Caldera SPC S. A., A-220.
Boleta Nº 034-2016. Consignatario: Porceramica Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Descripción de la mercancía: 2,034 bultos según
detalle: 2,034 cajas de cerámica de 300mm x 300mm, tipo Floor Tiles, 11 piezas
por caja para un total 3,3 m2 cada una. Peso total: 26,876 kg. Valor
aduanero: $16.310,65. Precio base: ¢2.668.150,96. Ubicación: Almacén Fiscal
Sociedad Portuaria de Caldera SPC S. A., A-220.
Boleta Nº 036-2016. Consignatario: Importadora Continental S.
A. Descripción de la mercancía: 412 bultos según detalle: grifo para usar Bides
24x4, duchas sencillas 6x4, jaboneras 10x10, loza para enchapar 24x25, pañeras
20x10, dispensador de papel higiénico 7x8,
ganchos para ropa pared 4x30, llaves para empotrar en pared 2x30, llave doble
para lavatorios 3x30, jaboneras 14x50, lives para lavatorios 27x8, cacheras
para fregaderos doble 8x4, dispensador de papel higiénico 5x40, portador de
vasos para carros 12x10, llaves de agua de pulsión 2x30, dispensador de papel
higiénico 40x10, enchapes para pared y pisos 7x50, llaves para empotrar en
pared 20x4, llave doble para lavatorio 7x8, dosificador de jabón líquido 5x20,
estantería de vidrio 7x20, llaves para lavatorios 26x8, cacheras sencillas para
lavatorios 21x1, cacheras para lavatorios 10x8, duchas de baños 3x24, cacheras
con sensor 7x8, estantería de vidrio 11X20, bañeras sencillas para baño 27x4,
duchas para pared sencillas 12x31, duchas completas sencillas 121x8. Peso
total: 6,026 kg. Valor aduanero: $70.219,98. Precio base: ¢11.247.459,02.
Ubicación: Almacén Fiscal del Pacífico Alfipac S. A., A-159.
Boleta Nº 037-2016. Consignatario: Porceramica Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Descripción de la mercancía: 19 bultos según detalle:
19 cajas de cerámica de 300mm x 300mm, tipo Floor Tiles, 11 piezas por caja
para un total 3,3 m2 cada una. Peso total: 260 kg. Valor aduanero:
$152.36. Precio base: ¢24.997,84. Ubicación: Almacén Fiscal Sociedad Portuaria
de Caldera SPC S. A., A-220.
Boleta Nº 038-2016. Consignatario: Porceramica Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Descripción de la mercancía: 19 bultos según
detalle: 19 cajas de cerámica de 300mm x 300mm, tipo Floor Tiles, 11 piezas por
caja para un total 3,3 m2 cada una. Peso total: 257 kg. Valor
aduanero: $152.36. Precio base: ¢24.996,85. Ubicación: Almacén Fiscal Sociedad
Portuaria de Caldera SPC S. A., A-220.
Boleta Nº 039-2016. Consignatario: Porceramica Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Descripción de la mercancía: 19 bultos según detalle:
19 cajas de cerámica de 300mm x 300mm, tipo Floor Tiles, 11 piezas por caja
para un total 3,3 m2 cada una. Peso total: 262 kg. Valor aduanero:
$152.36. Precio base: ¢24.998,50. Ubicación: Almacén Fiscal Sociedad Portuaria
de Caldera SPC S. A., A-220.
Se les informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías
amparadas a este remate, no está incluido en la base por lo tanto los
interesados deberán entenderse directamente con los respectivos Depositarios
Aduaneros.
La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular con las
excepciones establecidas en el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General
de Aduanas Nº 7557 del 08 de noviembre de 1995. Reformada mediante Ley Nº 8373
del 05 de setiembre del 2003.
Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado
a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del
precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate,
según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General
de Aduanas. La diferencia en relación con el monto previamente depositado
deberá cancelarse inmediatamente después de la adjudicación de las mercancías.
Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al
concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser inspeccionadas dentro del plazo de tres días
previos a la realización del remate.
Para mayor información consultar al Depositario Aduanero donde se
encuentren las mercancías o a la Sección de Depósitos de la Aduana de Caldera.
A los interesados en las mercancías que necesiten permisos
(regulaciones no arancelarias) de otras dependencias Gubernamentales, favor
presentar los mismos en el momento de la subasta.
Licda. Ingrid Ramón Sánchez, Gerente Aduana de Caldera.— 1 vez.—O. C. Nº
3400027452.—Solicitud Nº 56422.—( IN2016037716 ).
SUPERITENDENCIA GENERAL DE SEGUROS
ACUERDO DE SUPERINTENDENTE
SGS-DES-A-051-2016
Modificación al acuerdo SGS-DES-A-021-2013 “Disposiciones para la Remisión
de la Información Contable y Estadística a la Superintendencia General de
Seguros por parte de las Entidades Supervisadas”, a efectos de incorporar el
envío anual de las estadísticas del Seguro Obligatorio de Riesgos del Trabajo.
El Superintendente General de Seguros, a las dieciséis horas del
catorce de abril de dos mil dieciséis.
Considerando que:
1º—La Superintendencia General de Seguros (en adelante Sugese)
debe disponer de información, en los plazos, formatos y medios que le permita
cumplir con el objetivo definido en el artículo 29, de la Ley Reguladora del
Mercado de Seguros, Ley N° 8653, de “velar por la estabilidad y el
eficiente funcionamiento del mercado de seguros, así como entregar la más
amplia información a los asegurados”.
2º—De conformidad con el artículo 25 incisos c), r) y t) de la Ley N°
8653, las entidades aseguradoras y reaseguradoras están obligados a
proporcionar a la Superintendencia la información correcta y completa.
Adicionalmente el último párrafo del artículo mencionado establece que “Para
las obligaciones señaladas en este artículo, el Consejo Nacional y la
Superintendencia, según corresponda, podrán emitir la normativa necesaria que
determine el contenido de las obligaciones, la periodicidad, las condiciones,
los formatos, los términos, la operatividad y en general, cualquier aspecto
necesario para su efectivo cumplimiento, supervisión, verificación y sanción en
caso de inobservancia”.
3º—La remisión de información de manera periódica, constituye una
herramienta fundamental para las labores de supervisión y control desarrolladas
por la Superintendencia en cumplimiento de lo requerido por el ordenamiento
jurídico. De acuerdo con el principio 9 de IAIS, relacionado con la Revisión
del supervisor, para una supervisión efectiva, la entidad supervisora debe
obtener la información necesaria para llevar a cabo sus labores de supervisar y
analizar a las aseguradoras y evaluar el mercado de seguros. Para cumplir con
lo señalado en ese mismo principio se indican como prácticas adecuadas las
siguientes: establecer requisitos para la presentación de información
financiera y estadística, en forma regular, sistemática e integral para la
totalidad de las entidades participantes; definir el alcance, contenido y
frecuencia de la referida información y establecer procedimientos y pautas
escritas para la realización de informes entregados al supervisor.
4º—Según el artículo 29 de la Ley N° 8653, al Superintendente le será
aplicable el artículo 180 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores,
el cual dispone a la Superintendencia General de Seguros poder utilizar medios
electrónicos o magnéticos de transmisión y almacenamiento de datos, para
solicitar información a las entidades supervisadas y para mantener sus
archivos, actas y demás documentos. La información así mantenida tiene valor probatorio
equivalente al de los documentos para todos los efectos legales.
5º—Las estadísticas de Riesgos del Trabajo deben ser producidas
conforme lo establece la Ley 7839 Sistema de Estadística Nacional y su
Reglamento y el Código de Buenas Prácticas Estadísticas, Decreto N°
38698-PLAN. Adicionalmente, se debe acatar lo establecido en el Decreto N°
38715 en relación al uso de clasificaciones estadísticas para la ocupación y
rama de actividad económica, y demás que el Instituto Nacional de Estadísticas
y Censos como rector del Sistema de Estadística Nacional emita.
6º—El Superintendente de Seguros, mediante acuerdo SGS-DES-A-021-2013,
de diecisiete horas del veintitrés de mayo de dos mil trece, emitió las Disposiciones
para la Remisión de la Información Contable y Estadística a la Superintendencia
General de Seguros por parte de las Entidades Supervisadas, cuyo alcance se
refiere a la remisión de información contable y estadística y es aplicable a
las entidades de seguros y a los intermediarios de seguros supervisados por la
Superintendencia General de Seguros.
7º—Los Convenios Internacionales relacionados con la materia de
Riesgos del Trabajo que ha suscrito el país, particularmente el Convenio
sobre Estadísticas del Trabajo, 1985 (núm.160) de la Organización
Internacional del Trabajo (OIT), establece en su artículo 14, la obligación de
los países miembros de compilar estadísticas de lesiones profesionales de
manera que representen al conjunto del país, y en la medida de lo posible,
las estadísticas de enfermedades profesionales.
Por su parte, estas estadísticas son de interés de diferentes
instancias en el país, pues constituyen un insumo para el análisis de las
situaciones que requieren una mejor regulación jurídica, la adopción de nuevas
políticas y programas que brinden protección a los trabajadores, determinación
de labores u ocupaciones que representan un mayor riesgo, garantizándoles una
actividad remunerada digna a su condición de seres humanos, la prevención de
las lesiones, accidentes, muerte y enfermedades laborales, entre otros.
Adicionalmente, esta información brindará elementos para la
supervisión del seguro de riesgos del trabajo en cuanto a la siniestralidad y
su relación con las tarifas autorizadas.
8º—En el Dictamen de la División de Asesoría Jurídica,
PJD-SGS-009-2015 de 07 de setiembre de 2015, en relación con la posibilidad de
requerir a la entidad de seguros de información agregada sobre siniestralidad
riesgo del trabajo y ponerla a disposición del público indica: “La
información estadística requerida por el CSO[1] sobre la materia de riesgos del
trabajo, no es de carácter sensible, ni confidencial en lo que respecta a los
parámetros e índices empleados para su medición y adicionalmente encuentra
pleno respaldo jurídico pues constituye información de interés público e
igualmente tiene por objetivo un fin público, distinto a cualquier actividad
comercial o lucrativa y se sostiene en su adquisición en principios de respeto
a la confidencialidad e intimidad”.
Por otra parte, este dictamen establece que “La jurisprudencia
nacional ha sido congruente en sus votos al establecer que la información
empleada con fines netamente estadísticos y sin irrespetar la privacidad e
intimidad de los consumidores puede ser información pública…”. Por lo
tanto, de conformidad con lo que establece el artículo IV del Convenio de la
OIT, debe prevalecer el respeto a la confidencialidad de los datos personales
dentro el proceso de recopilación de información en materia de riesgos del
trabajo.
9º—De conformidad con lo que establece el artículo 2) del artículo 361
de la Ley General de la Administración Pública, la reforma del acuerdo
SGS-DES-O-021-2013 fue enviada en consulta a las compañías aseguradoras, la
Caja Costarricense de Seguro Social, el Consejo de Salud Ocupacional, el
Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, el Ministerio de Salud, la UCAEP,
el Consejo Nacional de Salarios, la Asociación de Aseguradoras Privadas de
Costa Rica y el Banco Central de Costa Rica y también fue publicada en La
Gaceta N° 22 del 02 de febrero de 2016.
10.—La Superintendencia recibió y analizó las
observaciones realizadas por parte las entidades consultadas y, si
correspondía, fueron incorporados los cambios en una nueva versión de la
modificación, por lo que procede la emisión en firme del acuerdo de
modificación del acuerdo SGS-DES-O-021-2013.
Dispone:
Primero: Agregar al cuadro dispuesto en el artículo 2 del acuerdo
SGS-DES-A-021-2013 denominado Disposiciones para la Remisión de la
Información Contable y Estadística a la Superintendencia General de Seguros por
parte de las Entidades Supervisadas, la línea que se presenta a
continuación:
Información |
Periodicidad |
Plazo de entrega |
Medio |
Estadísticas Seguro Obligatorio de Riesgos
del Trabajo |
Anual |
3 meses después del cierre del año. |
En
hoja electrónica (Excel), por correo electrónico, según formato establecido
en el Anexo 12. |
Segundo: Adicionar el Anexo 12 al acuerdo SGS-DES-A-021-2013 denominado “Disposiciones
para la Remisión de la Información Contable y Estadística a la Superintendencia
General de Seguros por parte de las Entidades Supervisadas”, de la
siguiente manera:
ANEXO 12.
Remisión de Información Seguro
Obligatorio de Riesgos del Trabajo
Tercero: Adicionar al acuerdo SGS-DES-A-021-2013 denominado
Disposiciones para la Remisión de la Información Contable y Estadística a la
Superintendencia General de Seguros por parte de las Entidades Supervisadas, la
siguiente disposición transitoria:
“Transitorio VI: El Instituto Nacional de
Seguros debe entregar a la Superintendencia la información del Seguro de
Riesgos del Trabajo correspondientes al cierre de 2015 y de 2016, en archivo de
Excel y utilizando el formato en el que la entidad entregó la información del
periodo 2008-2014, a más tardar el 31 de mayo de 2016 y el 31 de marzo de 2017,
respectivamente. Posterior a esa fecha se remitirán las estadísticas de riesgos
de trabajo según lo dispuesto en el artículo 2 de este acuerdo.
Cuarto: Actualizar la versión publicada del Acuerdo SGS-DES-A-021-2013 para
incluir las modificaciones señaladas en este acuerdo.
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.
El texto del Acuerdo de Superintendente, el anexo 12 y la matriz de
observaciones a la consulta externa están disponibles en la página web de la
Sugese, en las siguientes direcciones:
http://www.sugese.fi.cr/marco_legal/acuerdos%20superintendente/aprobados/SGS-DES-A-051-2016.docx
http://www.sugese.fi.cr/marco_legal/acuerdos%20superintendente/matrices%20observaciones%20de%20la%20consulta/ARI_RT_MatrizObsevConsExternaAcuerdoRiesgosTrabajo.docx
Henry Meoño Castro.—1 vez.—O. C. N° 20160113.—Solicitud N° 54259.—( IN2016029623 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Luis Eduardo Cordero Arias, cédula de identidad Nº 304120386,
ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con
el título Doctor en Ingeniería, obtenido en la Friedrich-Alexander-Universität
Erlangen-Nürnber. Cualquier persona interesada en aportar información al
respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser
presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico
de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Cartago, 7 de abril del
2016.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed,
Director.—O. C. N° 20150003.—Solicitud N° 52230.—( IN2016029821 ).
La señora Nadia Ugalde Binda, cédula de identidad Nº 107670944 ha
presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el
título doctora obtenido en la Universidad de Valencia. Cualquier persona
interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo
mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y
Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Cartago,
09 de mayo 2016.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director Departamento de
Admisión y Registro.—O. C. N°
20150003.—Solicitud N° 54296.—( IN2016029823 ).
Sesión N° 2016-026 ordinaria.—Fecha
04/05/2016.—Artículo 5.—Inciso 5.4.1.—Fecha comunicación 05/05/2016.—Atención:
Dirección Jurídica.—Asunto: Asociación Administradora del Acueducto y
Alcantarillado Sanitario de Pánica del distrito de Paquera del cantón de
Puntarenas.—Acuerdo: N° 2016-177.
Resultando:
1°—Que, de conformidad con el artículo 50, 129 de la Constitución
Política, el Estado debe procurar el mayor bienestar de todos los habitantes,
mediante un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
2°—Que, de conformidad con los artículos 11, 21, 129 y 169 de la
Constitución Política, corresponde a las municipalidades velar por los
intereses locales, y la Sala Constitucional, en reiterados pronunciamientos, se
ha manifestado en cuanto a que se garantiza la inviolabilidad de la vida cuando
se suministra agua potable y saneamiento ambiental en los términos del artículo
297 de la Ley General de Salud, por lo que resulta imperativo que la
municipalidad coadyuve con la organización administradora de los sistemas
comunales, especialmente, en lo relativo a los reglamentos de zonificación y desarrollo
urbanístico, sirviendo así de instrumento de desarrollo sostenible social,
económico, industrial, empresarial, agrario, turístico y de los asentamientos
humanos que proporcionan los sistemas de acueductos y alcantarillados.
3°—Que, de conformidad con los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19,
21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados (AyA); artículo 264 de la Ley General de Salud Pública;
artículos 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas N° 276 del 24 de
agosto de 1942, Ley General de Agua Potable y Reglamento de la Asociaciones
Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales N°
39529-S-MINAE, publicado en el diario oficial La Gaceta N° 150 del 5 de
agosto de 2005, se establece que el AyA es el ente rector en lo relativo a los
sistemas de acueductos y alcantarillados en todo el territorio nacional, y se
encuentra facultado para delegar la administración de tales sistemas en
organizaciones debidamente constituidas para el efecto.
Considerando:
I.—Que la participación de la
comunidad o sociedad civil constituye uno de los instrumentos eficaces para
lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA,
desde 1976, ha venido delegando en las comunidades la administración de
aquellos sistemas en los que, dadas las ventajas comparativas de inmediatez,
eficacia y eficiencia, costo y beneficio a las poblaciones, resulte más
adecuado asignar la administración a las comunidades.
II.—Que en la comunidad de Pánica de Paquera,
Puntarenas, con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido
un sistema de acueductos comunales, para el abastecimiento de una población de
habitantes.
III.—Que en asamblea general de vecinos, se
dispuso constituir la organización y solicitar al AyA que delegue la
administración de los sistemas en dicha organización.
IV.—Que, por las características del sistema, es procedente delegar la
administración en la organización comunal constituida para el efecto, el día 20
de octubre del año 2003 denominada Asociación Administradora del Acueducto y
Alcantarillado Sanitario de Pánica del Distrito de Paquera del Cantón de
Puntarenas, cédula jurídica tres- cero cero dos- trescientos ochenta y tres mil
novecientos treinta y dos, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro
de Asociaciones del Registro Nacional bajo el tomo número quinientos treinta y
seis, asiento número diecisiete mil quinientos treinta y siete.
V.—Que, para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento, la Región
Pacífico Central, mediante los oficios N° GSP-RPC-2016-00041 del día 16 de
marzo del 2016 y UEN-GAR-2016-00598 del día 17 de marzo del 2016, así como la
Dirección Jurídica en el Memorando N° PRE-DJ-2016-1217-2016, del día 21 de abril
del 2016, recomiendan a la Gerencia General proceder a la delegación de la
administración del sistema en la respectiva organización.
VI.—Que, mediante el dictamen legal N° PRE-DJ-SC-2016-008, del día 21
de abril del 2016, la Asesoría Legal de Sistemas Comunales de la Dirección
Jurídica emitió criterio y estableció que, cumplidos los trámites técnicos, es
jurídicamente procedente delegar la administración de dicho sistema. Por
tanto:
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129,
169 y 188 de la Constitución Política; artículos 1,2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21,
22 y 23 de la Ley Constitutiva de AyA; artículo 264 de la Ley General de Salud
Pública N° 5395 de 30 de octubre de 1973; artículo 17, 32, 33, 148 y siguientes
de la Ley de Aguas N.° 276 del 27 de agosto de 1942; Ley General de Agua
Potable N.° 1634 del 18 de setiembre de 1953; artículos 1, 4, 11, 16, 113.12,
114 de la Ley General de la Administración Pública; Ley del Ambiente N° 7554
del 4 de octubre de 1995; artículo 4 y 33 de la Ley Forestal N.° 7575 del 13 de
febrero de 1996 y sus reformas; Ley de Conservación de Vida Silvestre N° 7317
de 30 de octubre de 1992; artículo 7 de la Ley de Caminos Públicos N° 5060 del
22 de agosto de 1972; Reglamento del Laboratorio Nacional de Aguas de AyA
Decreto N° 26066-S, publicado en el diario oficial La Gaceta N° 109 del
9 de junio de 1997; Reglamento para la Calidad de Agua Decreto Ejecutivo N°
32327 del 10 de febrero de 2005; Reglamento de Uso y Vertido de las Aguas
Residuales Decreto Ejecutivo N° 26042-S-MINAE del 19 de junio de 1997;
Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento de Aguas
Residuales Decreto Ejecutivo N° 31545 del 9 de octubre de 2003 y Reglamento de
Lodos de Tanques Sépticos Decreto Ejecutivo N° 21279-S del 15 de mayo de 1992;
Reglamento Sectorial para la Regulación de los Servicios de Acueducto y
Alcantarillado Sanitario N° 30413-MP-MINAE-S-MEIC del 25 de marzo de 2002;
Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y
Alcantarillados Comunales N° 32529-S-MINAE, publicado en el diario oficial La
Gaceta N° 150 del 5 de agosto de 2005 y Reglamento de Prestación de
Servicios a los Clientes, publicado en el diario oficial La Gaceta N°
159 del 20 de agosto de 1997,
ACUERDA:
• Otorgar la delegación de la administración del acueducto y
alcantarillado sanitario de Pánica de Paquera Puntarenas, cédula jurídica
número tres-cero cero dos-trescientos ochenta y tres mil novecientos treinta y
dos.
• Autorizar a la Administración para que suscriba el Convenio de
Delegación con el personero de la Asociación, en el cual, además del
cumplimiento de la legislación vigente, se especificarán obligaciones y
contraprestaciones concretas que asumen las partes y se derogarán los convenios
firmados con anterioridad.
• Disponer que la Dirección de Sistemas Comunales y la dirección
regional a la que corresponda, según la ubicación geográfica de los sistemas,
realicen todas las actividades de asesoría, control y capacitación técnica,
ambiental, financiera, legal organizacional y comunal, conforme lo establecen
las leyes y reglamentos.
• Aprobado el Convenio, notifíquese a todos los usuarios del
sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio de publicación en el
diario oficial La Gaceta, a efectos de que ejerzan todos sus derechos,
deberes y obligaciones del sistema, conforme con las leyes y reglamentos.
Notifíquese.
Acuerdo firme.
Junta Directiva.—Licda.
Karen Naranjo Ruiz, Secretaria.—1 vez.—O. C. N°
6000001412.—Solicitud N° 54377.—( IN2016030175 ).
Nº 2016-026
ASUNTO: Asociación Administradora del Acueducto Rural de San Miguel de
Guatuso, Asentamiento Ganadera Víctor.
Acuerdo de sesión ordinaria N° 2016-178.—Fecha
de realización 04/05/2016.—Artículo 5 - Inciso 5.4.2.—Atención: Dirección
Jurídica Legal Comunal.—Fecha comunicación 05/05/2016.
JUNTA DIRECTIVA
Resultando:
1º—Que, de conformidad con el artículo 50, 129 de la Constitución
Política, el Estado debe procurar el mayor bienestar de todos los habitantes,
mediante un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
2º—Que, de conformidad con los artículos 11, 21, 129 y 169 de la
Constitución Política, corresponde a las municipalidades velar por los
intereses locales, y la Sala Constitucional, en reiterados pronunciamientos, se
ha manifestado en cuanto a que se garantiza la inviolabilidad de la vida cuando
se suministra agua potable y saneamiento ambiental en los términos del artículo
297 de la Ley General de Salud, por lo que resulta imperativo que la
municipalidad coadyuve con la organización administradora de los sistemas
comunales, especialmente, en lo relativo a los reglamentos de zonificación, desarrollo
urbanístico, sirviendo así de instrumento de desarrollo sostenible social,
económico, industrial, empresarial, agrario, turístico y de los asentamientos
humanos que proporcionan los sistemas de acueductos y alcantarillados.
3º—Que, de conformidad con los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19,
21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva del AyA; artículo 264 de la Ley General de
Salud Pública; artículos 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas N° 276
del 24 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable y Reglamento de la
Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados
Comunales N° 39529-S-MINAE, publicado en el diario oficial La Gaceta N°
150 del 5 de agosto de 2005, se establece que el AyA es el ente rector en lo
relativo a los sistemas de acueductos y alcantarillados en todo el territorio
nacional, y se encuentra facultado para delegar la administración de tales
sistemas en organizaciones debidamente constituidas para el efecto.
Considerando:
I.—Que la participación de la
comunidad o sociedad civil constituye uno de los instrumentos eficaces para
lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA,
desde 1976 ha venido delegando en las comunidades la administración de aquellos
sistemas en los que, dadas las ventajas comparativas de inmediatez, eficacia y
eficiencia, costo y beneficio a las poblaciones, resulte más adecuado asignar
la administración a las comunidades.
II.—Que, en la comunidad de San Miguel de
Guatuso, Asentamiento Ganadera Víctor, con aporte de la comunidad, de AyA y del
Estado, se ha construido un sistema de acueductos comunales, para el
abastecimiento de una población de habitantes.
III.—Que, en asamblea general de vecinos, se
dispuso constituir la organización y solicitar al AyA, que delegue la
administración de los sistemas en dicha organización.
IV.—Que, por las características del sistema, es procedente delegar la
administración en la organización comunal constituida para el efecto, el día 17
de julio del año 1998, denominada Asociación Administradora del Acueducto Rural
de San Miguel de Guatuso, Asentamiento Ganadera Víctor, cédula jurídica
tres-cero cero dos-doscientos treinta y nueve mil novecientos noventa y cinco,
que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del
Registro Nacional bajo el tomo número cuatrocientos cincuenta y siete, asiento
número diez mil doscientos setenta y cuatro
V.—Que, para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento, la Región
Central, mediante correo electrónico del día 21 de abril del 2016, así como la
Dirección Jurídica en el Memorando N° PRE-DJ-2016-1217-2016, del día 21 de
abril del 2016, recomiendan a la Gerencia General proceder a la delegación de
la administración del sistema en la respectiva organización.
VI.—Que, mediante el dictamen legal N°
PRE-DJ-SC-2016-009, del día 21 de abril del 2016, la Asesoría Legal de Sistemas
Comunales de la Dirección Jurídica emitió criterio estableciendo que, cumplidos
los trámites técnicos, es jurídicamente procedente delegar la administración de
dicho sistema. Por tanto,
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129,
169 y 188 de la Constitución Política; artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21,
22 y 23 de la Ley Constitutiva de AyA; artículo 264 de la Ley General de Salud
Pública N° 5395 de 30 de octubre de 1973, artículo 17, 32, 33, 148 y siguientes
de la Ley de Aguas N° 276 del 27 de agosto de 1942; Ley General de Agua Potable N° 1634 del 18 de setiembre de 1953;
artículos 1,4, 11, 16, 113.12, 114 de la Ley General de la Administración
Pública; Ley del Ambiente N° 7554 del 4 de octubre de 1995; artículo 4 y 33 de
la Ley Forestal N° 7575 del 13 de febrero de 1996 y sus reformas; Ley de
Conservación de Vida Silvestre N° 7317 de 30 de octubre de 1992; artículo 7 de
la Ley de Caminos Públicos N° 5060 del 22 de agosto de 1972; Reglamento del
Laboratorio Nacional de Aguas de AyA Decreto N° 26066-S, publicado en el diario
oficial La Gaceta N° 109 del 9 de junio de 1997; Reglamento para la
Calidad de Agua Decreto Ejecutivo N° 32327 del 10 de febrero del 2005;
Reglamento de Uso y Vertido de la Aguas Residuales Decreto Ejecutivo N°
26042-S-MINAE del 19 de junio de 1997; Reglamento de Aprobación y
Operación de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales Decreto Ejecutivo N° 31545 del 9 de octubre del 2003 y
Reglamento de Lodos de Tanques Sépticos Decreto Ejecutivo N° 21279-S del 15 de
mayo de 1992; Reglamento Sectorial para la Regulación de los Servicios de
Acueducto y Alcantarillado Sanitario N° 30413-MP-MINAE-S-MEIC del 25 de marzo
de 2002; Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los Sistemas de
Acueductos y Alcantarillados Comunales N° 32529-S-MINAE, publicado en el diario
oficial La Gaceta N° 150 del 5 de agosto de 2005 y Reglamento de
Prestación de Servicios a los Clientes, publicado en el diario oficial La
Gaceta N° 159 del 20 de agosto de 1997.
ACUERDA;
Otorgar la delegación de la
administración del acueducto rural de San Miguel de Guatuso, Asentamiento
Ganadera Víctor, cédula jurídica número tres- cero cero dos-doscientos treinta
y nueve mil novecientos noventa y cinco.
Autorizar a la Administración
para que suscriba el Convenio de Delegación con el personero de la Asociación,
en el cual, además del cumplimiento de la legislación vigente, se especificarán
obligaciones y contraprestaciones concretas que asumen las partes y derogará
los convenios firmados con anterioridad.
Disponer que la Dirección de
Sistemas Comunales y la dirección regional a la que corresponda según la
ubicación geográfica de los sistemas realicen todas las actividades de
asesoría, control y capacitación técnica, ambiental, financiera, legal
organizacional y comunal, conforme lo establecen las leyes y reglamentos.
Aprobado el Convenio,
notifíquese a todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva
comunidad, por medio de publicación en el Diario Oficial La Gaceta, a
efectos de que ejerzan todos sus derechos, deberes y obligaciones del sistema
conforme con las leyes y reglamentos. Notifíquese.
Acuerdo Firme.
Karen Naranjo Ruiz, Despacho Junta Directiva.—1
vez.—Solicitud N° 54381.—O. C. N° 6000001412.—( IN2016030179 ).
CONCEJO MUNICIPAL
El Concejo Municipal en la Sesión Ordinaria N° 3 celebrada el pasado
06 de mayo del 2016, en su artículo 2° Inciso B, acuerda: trasladar las
Sesiones Ordinarias del Concejo Municipal del Cantón Central de Puntarenas,
para los días lunes de 6:00pm a 9:00 p.m. Aprobado unánime. Aplicado el
artículo 45 del Código Municipal esta es definitivamente aprobada.
Puntarenas, 11 de mayo del 2016.—Randall
Chavarría Matarrita, Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2016030104 ).
Cambio de Sesiones Ordinarias
El Concejo Municipal de Carrillo, Guanacaste, con fundamento en lo
establecido en el artículo N° 35 del Código Municipal, dispuso a través del
acuerdo Nº 5, tomado en la Sesión Ordinaria Nº 18-2016 celebrada el día 03 de
mayo del año en curso; cambiar las sesiones ordinarias, para los días viernes a
las quince horas (3:00 p.m.). Publíquese para efectos de ley.
Filadelfia, 11 de mayo del 2016.—Cindy Magaly
Cortés Miranda, Secretaria Auxiliar.—1 vez.—( IN2016031439 ).
CONDOMINIO RESIDENCIAL HORIZONTAL PORTOFINO
Se convoca a asamblea ordinaria del Condominio Residencial Horizontal
Portofino, el próximo viernes 24 de junio del 2016, en primera convocatoria a
las 6:00 p. m., y en segunda convocatoria a las 7:00 p. m., en la cochera de la
finca filial N° 5.
Los puntos a tratar son los siguientes:
1. Informe de la Administración.
2. Elección de servicios de Administración, Seguridad, de acuerdo a
las ofertas presentadas en la Convocatoria.
3. Fijación del Presupuesto y cuota de mantenimiento, de acuerdo a los
servicios aprobados en el punto dos.
4. Elección de Junta Directiva y Fiscal.
5. Normas de seguridad y estética para regular el tipo de vegetación,
altura máxima y su mantenimiento en las fincas filiales.
6. Pintura y mantenimiento de las fincas filiales.
7. Refrigerio.
Notas: Sólo se tendrá un voto por finca filial
ejercido por el propietario registral o su representante mediante poder
debidamente autenticado por notario. Si la finca está a nombre de una sociedad
deberá aportar personería y poder, el cual deberá indicar los actos para los
cuales está autorizado y la vigencia de la misma.
Administración Condominio Portofino.—Hazel
Calderón Morales.—1 vez.—( IN2016034184 ).
PARQUE
RESIDENCIAL GUADALUPE
CONDOMINIO Nº 2
Convocamos
a asamblea general ordinaria de Condóminos, del Condominio Nº 2 del Parque
Residencial Guadalupe, el día 24 de junio del 2016, en el corredor de la casa
Nº 23. Primera convocatoria 6:30 p. m.; segunda convocatoria 7:00 p. m.
Asuntos
a tratar:
1.- Elección
administrador del condominio años 2016-2018.
2.- Elección
Junta Directiva años 2016-2018.
3.- Asuntos
varios.
San
José 10 de junio del 2016.—María Cristina Barth,
Administradora, cédula Nº 103460600.—1 vez.—( IN2016037639 )
ROCKET
FROG LIMITADA
A los socios de la sociedad Rocket Frog Limitada, cédula jurídica Nº
3-102-645308, por este medio se les convoca a la asamblea general ordinaria -
extraordinaria de socios, a celebrarse el día 6 de julio del 2016, por esta
única vez en Playas del Coco, Sardinal, Carrillo, Guanacaste, Centro Comercial
Plaza Colonial, oficina número cuatro, a las 09:00 horas en primera convocatoria
y a las 10:00 horas en segunda convocatoria.- La Agenda tratará los siguientes
temas y orden del día: 1) Verificación del quórum. 2) Modificación a la
cláusula segunda del pacto constitutivo. 3) Modificación a la cláusula novena
del pacto constitutivo.- 4) Elección de nuevo gerente. 5) Autorizar al notario
público Juan Antonio Casafont Álvarez para que protocolice el acta. 6) Fin de
la sesión. Esta convocatoria se realiza de conformidad con lo establecido en
los Estatutos de la sociedad y el Código de Comercio. Convoca Nereida Agüero
Baltodano Gerente-Responsable. Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, responsable.—Guanacaste, 3 de junio del 2016.—Lic. Juan Antonio
Casafont Álvarez, Responsable.—1 vez.—( IN2016037692
).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El SAN
JOSE INDOOR CLUB S.A.
El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la Acción N°
0420 a nombre de Federico Quirós Quirós, cédula de identidad N° 1-1591-0291,
Marianela Quirós Quirós, cédula de identidad N° 1-1437 -0132, María José Quirós
Quirós, cédula de identidad N° 1-1509-0184, Laura María Quirós Quirós, cédula
de identidad N° 1-1369-0891, Rocío Jiménez Delgado, cédula de identidad N°
4-0147-0778 por haberse extraviado.
Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse
ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro
del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—Lic.
Cristián Calderón M., Gerente General.—( IN2016029440
).
CINDEA SAN CARLOS
El suscrito MSc. José Giovanni Méndez Salas,
cédula 203500164, en calidad de Director del CINDEA San Carlos, solicito, para
efectos de reposición de título del señor Jaime Mejías Carmen, la publicación
de los tres edictos en el periódico La Gaceta con la siguiente información: El
CINDEA San Carlos comunica que el título de Bachiller en Educación Media,
cédula de identidad: 270163327, se extravió, por lo cual este centro educativo
está tramitándola reposición del mismo.—Ciudad Quesada, miércoles 4 de mayo del
2016.—MSc. José Giovanni Méndez Salas, Director.—( IN2016029540 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Mediante movimiento dos-uno cero uno dos ocho seis del día veintinueve
de febrero del año dos mil dieciséis, ante la Oficina de Marcas, del Registro
Nacional, se presenta solicitud de traspaso del titular Banco Citivalores
Accival S. A. a Citigroup Inc, la cual que afecta al nombre comercial Cuscatlan
Valores Puesto de Bolsa (diseño), registro número uno tres seis seis cinco dos.
Lo anterior de conformidad con las disposiciones del artículo cuatrocientos
setenta y nueve del Código de Comercio, para la citación de acreedores e
interesados.—San José, veinticinco de abril de dos mil dieciséis.—Karla Vanessa
Corrales Gutiérrez, Notaria.—( IN2016030172 ).
LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENCES S. A.
Para los efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Líneas
Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por
haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de
acciones:
Certificado N° Acciones Serie
5597 400 B
Nombre del accionista: Taboada Ortiz Leticia, folio N° 6709.
San José, 23 de mayo del 2016.—Gerencia de
Accionistas.—Norma Naranjo M., Gerente.—( IN2016033054 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
INMOBILIARIA MELISSA DE SAN JOSÉ
SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Melissa de San José Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-trecientos ochenta mil seiscientos
veintiocho mil, representada por Marco Chinchilla Vaglio, mayor, casado dos
veces, Administrador de Empresas, vecino de Brasil de Santa Ana, cédula de
identidad número uno-setecientos noventa y cuatro-seiscientos ochenta y uno, en
su calidad de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma, solicita la reposición de los siguientes libros legales: Registro de Socios
(N° 1), Actas de Asamblea de Accionistas (N° l), y Junta Directiva (N° 1).—San
José, 29 de abril del 2016.—Marco Chinchilla Vaglio.—1 vez.—( IN2016029879 ).
COMERCIALIZADORA ISABELLA Y ASOC. S. A.
Comercializadora Isabella y Asociados S. A., cédula jurídica
3-101-388620, hace del conocimiento público que por motivo de extravío, se ha
iniciado la reposición del libro de Registro de Socios, de conformidad con el
Reglamento del Registro Nacional para legalización de libros de Sociedades
Mercantiles.—Gabriel Lozano Bonilla, Presidente.—1 vez.—( IN2016029918 ).
VET MEDICAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Vet Medical Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y siete mil doscientos
sesenta y ocho, tramita ante el Registro Público la reposición por extravio,
por tomo primero del libro de Registro de Socios de esa sociedad. Cualquier
persona que se considere afectada con este trámite podrá presentar objeciones
dentro del término de ley, ante el Registro Nacional.—San
José, a las catorce horas del cinco de mayo del dos mil dieciséis.—Lic. Arturo
Céspedes Ruiz, Presidente.—1 vez.—( IN2016029956 ).
COLEGIO
DE PROFESIONALES
EN NUTRICIÓN DE COSTA RICA
La
Junta Directiva del Colegio de Profesionales en Nutrición informa:
Considerando
Que el
artículo 37 inciso a) de la Ley Orgánica del Colegio de Profesionales en
Nutrición dice:
“Artículo
37.-Sanciones a las personas miembros
Las personas miembros del Colegio podrán
recibir las siguientes sanciones:
a) Suspensión
de su calidad de miembro activo del Colegio, si se atrasa en el pago de seis
cuotas de la colegiatura. La persona colegiada recuperará su calidad de miembro
activo cuando pague el monto adeudado por concepto de cuotas.”
En
sesión de Junta Directiva N° 143-2016 del 03 de mayo del 2016 se conoció el
registro del Departamento Contable, que incluye la lista de las y los
profesionales que no han pagado seis o más cuotas de colegiaturas al 30 de
abril del 2016.
Por lo
tanto, en la referida sesión de Junta Directiva de este Colegio se acordó
suspender a las y los miembros que se encuentran en esa condición y son los
siguientes:
Código |
Apellido |
Nombre |
Código |
Apellido |
Nombre |
1014-12 |
Alvarado Araya |
Marianela |
1489-13 |
González Canales |
Karina |
1747-14 |
Ávila Espinoza |
Glenda Tatiana |
716-10 |
Méndez Castro |
María Elena |
1753-14 |
Blanco Hernández |
Deidamia |
385-10 |
Murillo Gómez |
Silvia María |
1423-13 |
Carmona Roblero |
Lina María |
779-11 |
NgYip |
Karen |
1851-14 |
Chacón Bolaños |
María Lourdes |
536-10 |
Ramírez Jiménez |
Melissa |
1473-13 |
Chaves Arias |
María Fernanda |
1717-14 |
Rodríguez Miranda |
Noylin |
1477-13 |
Cruz Lobo |
Priscilla |
1385-13 |
Rojas Alfaro |
María Daniela |
1480-13 |
Durán González |
Ingrid |
684-10 |
Sáenz Rojas |
Ronny |
882-11 |
Estrada Odio |
Silvia |
1129-12 |
Soto Segura |
Karina |
Conforme
a la normativa citada, aquellas y aquellos profesionales que se pongan al día
en su pago o realicen arreglo de pago formal, se les levantará en forma
automática el estado de suspensión.
Las y los profesionales que entre la fecha del acuerdo
y la publicación de esta lista hayan regulado el pago de su colegiatura, le
rogamos hacer caso omiso a la inclusión de su nombre. Dra. Sonia Ivankovich
Guillén, cédula Nº 302980997. Dr. Mario Carballo de la Espriella, cédula Nº 1
0891 0334.—Firmas Responsables.—Dra. Sonia Ivankovich
Guillén.—Dr. Mario Carballo de la Espriella.—1 vez.—(
IN2016029970 ).
DESARROLLOS URBANÍSTICOS
LA ESMERALDA LIMITADA
Yo Noé Francisco Sánchez Víquez, cédula
4-0103-1391, apoderado generalísimo hasta un millón de colones de Desarrollos
Urbanísticos La Esmeralda Limitada, con domicilio en Alajuela, Grecia, contiguo
al costado norte del balneario tropical, cédula jurídica 3-102-140115; solicito
al Registro Nacional la reposición de los Libros de Registro de Socios, Actas
de Asambleas de Socios y de Consejo de Administración números: Uno, los cuales
fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación
a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro Nacional.—Grecia, 15 de abril del 2016.—Noé Francisco Sánchez
Víquez, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—( IN2016029973 ).
THE
ORANGE DUTCH PACIFIC GROUP, LIMITADA
Yo, Derek Monturiol Mc Gregor, cédula de identidad 1-907-338, vecino
de San José, Pavas, Roma Oeste, avenida 45 A, número 356, en mi condición de
gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de The
Orange Dutch Pacific Group Limitada, cédula jurídica 3-102-436714, domiciliada
en San José, Pavas, Rohrmoser, del final del boulevard, un kilómetro al norte y
cuatrocientos metros oeste, casa mano derecha al final de la calle, por este
medio hago constar a cualquier tercero interesado que en vista de que el libro
de Actas de Asamblea de Socios se ha extraviado, he procedido a reponer el
mismo. Se emplaza a partir de esta publicación a cualquier interesado a fin de
oír objeciones ante el domicilio de la sociedad.—Derek
Monturiol Mc Gregor, Gerente.—1 vez.—( IN2016030068 ).
SAKERSIA CPH, S. A.
Por este medio Pamela Knohr Brown, en su carácter de Presidenta de la
Junta Directiva de la sociedad Sakersia CPH, S. A., con cédula jurídica número
3-101- 297922, hace saber a quién interese que el libro de actas de asambleas
de accionistas de dicha sociedad ha sido extraviado y que se procederá con su
reposición.—San José, 11 de mayo del 2016.—Licda.
Pamela Knohr Brown, Notario.—1 vez.—( IN2016030147 ).
ASOCIACIÓN COSTARRICENSE DE CRIADORES
DE CABALLOS DE PURA RAZA
ESPAÑOLA
Yo, Mauricio Alberto Arce Lara, mayor de edad,
casado una vez, empresario, vecino La Garita de Alajuela, portador de la cédula
de identidad número uno-cero setecientos setenta y uno-cero doscientos ochenta
y cinco, en mi calidad de presidente con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma y representante legal de la Asociación Costarricense de
Criadores de Caballos de Pura Raza Española, cédula de persona jurídica número
tres-cero cero dos-cero cincuenta y seis mil novecientos noventa y seis,
solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la
reposición de los libros de Actas de Asamblea General número dos, Actas del
Órgano Directivo número cuatro, Registro de asociados número uno, Diario número
uno, Mayor número uno, Inventario y Balances número uno, los cuales fueron
extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a
cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 26 de mayo del 2016.—Mauricio Alberto Arce Lara,
Presidente.—1 vez.—( IN2016034096 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA
VEZ
Por la escritura ciento
cincuenta y cuatro de las veinte horas del siete de abril del dos mil
dieciséis, visible de folio noventa y uno frente al noventa y dos vuelto del
tomo cuarto del protocolo de la notaria pública Gabriela Tatiana Fernández Román,
se reforma la cláusula quinta, se disminuye el capital social y se hace
nombramiento de nueva junta directiva y fiscal de la empresa Industria
Termoplástica Centroamericana Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno siete mil setecientos noventa y ocho.—San José, veinte de abril
del dos mil dieciséis.—Licda. Gabriela Tatiana Fernández Román, Notaria.—( IN2016025488 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Por escritura otorgada, a las diez horas del día diez de mayo del dos
mil dieciséis, ante la notaria pública Catalina María Aguilar Hernández, se
protocolizaron los acuerdos del acta de asamblea de accionistas de la sociedad
denominada Concesionaria SAAM Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-trescientos diecinueve mil ochocientos setenta
y seis, mediante la cual se disminuye el capital social de la empresa,
modificándose la cláusula cuarta de los estatutos.—San José, diez de mayo del
dos mil dieciséis.—Catalina María Aguilar Hernández, Notaria.—( IN2016029822 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura otorgada a las trece horas
treinta minutos ante esta notaría el diez de mayo del dos mil dieciséis, se
protocoliza acta de la sociedad Top Media Costa Rica S. A., cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y un mil noventa y
ocho, donde se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo referente al
domicilio.—San José, diez de mayo del dos mil
dieciséis.—Lic. Federico Altamura Arce, Notario.—1
vez.—( IN2016029554 ).
Que por escritura N° 51, visible a folio 56 vuelto del tomo 27 del
protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas, se modificó la
cláusula sexta y se nombró nuevo gerente uno, gerente dos, gerente tres de la
empresa Tres Maderas Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica 3-102-715221.—Uvita de Osa, a las 9:00
horas del 10 de mayo del 2016.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2016029559 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría el
día de hoy, protocolicé acta de asamblea general de accionistas en que se
acuerda la disolución de la sociedad Electro Mecánica Industrial
Centroamericana Limitada.—Alajuela, 28 de abril
del 2016.—Licda. María José González Barrantes, Notaria.—1
vez.—( IN2016029560 ).
Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaria pública de Alajuela, a
las 12 horas 45 minutos del 09 de mayo del 2016, se reformó la cláusula sexta y
se nombró nueva junta directiva de la empresa Chenipoma S. A., cédula
jurídica N° 3-101-423256.—Alajuela, 09 de mayo del 2016.—Licda. Zaida
Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2016029561
).
Por escritura de las 11:30 horas del 09 de mayo del año 2016, se
acuerda reformar la cláusula primera y segunda de los estatutos de la sociedad Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Trece Mil Ciento Sesenta y Ocho Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-613168, referente al nombre y al domicilio social.—San
José, 09 de mayo del 2016.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2016029562 ).
Por escritura de las 19:00 horas del 06 de mayo
del 2016, se acuerda reformar la cláusula primera de los estatutos de la
sociedad PK Fate Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
número 3-102-693911, referente al nombre.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic.
Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—(
IN2016029563 ).
Por instrumento público número 12-16, autorizado por el notario
público Juan Manuel Godoy Pérez, se protocoliza acta número 7 de la sociedad LHK
de Arrecife Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3 -101 - 240967, a
las 16:00 horas del 21 de abril de 2016, mediante la cual se modifica la
cláusula sétima de los estatutos.—San José, 4 de mayo
de 2016.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1
vez.—( IN2016029564 ).
La suscrita notaria hace constar y da fe que el día de hoy dos de mayo
del dos mil dieciséis, protocolicé acta de la sociedad de esta plaza Varadero
de Costa Rica M.H.C.R. Sociedad Anónima, se nombró nuevo presidente,
tesorero y fiscal y se autoriza venta de inmueble en fideicomiso. Es todo.—San José, diez mayo del dos mil dieciséis.—Licda. Ruth
Alexandra Ramírez Jiménez, Notaria.—1 vez.—(
IN2016029566 ).
Por escritura otorgada a las 9:00 horas hoy,
protocolicé acuerdos de la sociedad Ortissa Limitada, donde se acordó la
modificación de la cláusula sexta de la administración.—San
José, 03 de mayo del 2016.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—( IN2016029569 ).
Por escritura otorgada a las 9:00 horas hoy,
protocolicé acuerdos de la sociedad Villa Francisca Limitada, donde se
acordó la modificación de la cláusula sexta de la administración.—San José, 3 de mayo del 2016.—Lic. Arturo Varela Aguilar,
Notario.—1 vez.—( IN2016029570 ).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas hoy, protocolicé acuerdos de
la sociedad Sumi Solutions Sociedad Anónima, donde se modificaron las
cláusulas de la administración y se nombró junta directiva, se revocó un poder
generalísimo y se agregó una cláusula de cesión de acciones.—San
José, 29 de abril del 2016.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—( IN2016029571 ).
Ante mí, Irene Aguilar Monge, notaria pública,
mediante escritura número doscientos cinco de las diecisiete horas del cinco de
mayo del dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad denominada Regisan
Sociedad Anónima.—San José, nueve de mayo del dos mil dieciséis.—Licda.
Irene Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2016029575 ).
Ante mí, Rosa Puello Suazo, notaria con oficina abierta en San José,
compareció el señor, Abraham Castro Navarro, mayor, soltero, médico, vecino de
Guayabos de Curridabat, portador de la cédula de identidad número uno- mil
quinientos cincuenta y tres- ochocientos noventa y cuatro, para constituir la
sociedad Desnavcas Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—San José, al ser las quince horas del nueve de mayo del
dos mil dieciséis.—Lic. Rosa Puello Suazo, Notaria.—1
vez.—( IN2016029576 ).
Mediante escritura número ciento cincuenta y ocho, otorgada ante esta
notaría, a las 16:00 horas del 3 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad de
nombre Bebidas del Árbol Sociedad Anónima. Plazo social 99 años a partir
del momento de su constitución. Capital social íntegramente suscrito y pagado
mediante letras de cambio. Presidente. José Carlos Pérez Villegas.—San José, once de mayo del dos mil dieciséis.—Lic. Eugenio
Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—( IN2016029593 ).
Ante esta notaría bajo la escritura ciento noventa y tres- uno de las
catorce horas del cinco de mayo del año dos mil dieciséis el acta número trece
de la compañía Corporación el Encanto del Pacifico Sociedad Anónima.
Donde se modifica la junta directiva.—San José, 10 de
mayo del año 2016.—Licda. Darlyn María Caballero García, Notaria.—1 vez.—( IN2016029596 ).
Ante la suscrita notaria se constituyó la sociedad denominada Transportes
M y R Sociedad Anónima. Otorgada a las diez horas del nueve de mayo
del dos mil dieciséis.—Licda. Irene Salazar Jiménez,
Notaria.—1 vez.—( IN2016029599 ).
Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, se protocolizó
acta treinta y dos de
asamblea extraordinaria de socios de Badilla Campos Hermanos S. A.,
donde se nombró tesorera y se modificó los poderes, del siete de mayo del dos
mil dieciséis.—Palmares, nueve de mayo del dos mil
dieciséis.—Lic. Carlos Luis Fernández Vásquez, Notario.—1
vez.—( IN2016029610 ).
Por escritura otorgada ante mí, al ser las
catorce horas del tres de mayo del dos mil dieciséis. Priya Christine Bhakta y
Franciny Porras Barquero, constituyen la sociedad Limitada: Priya Nivaas LLC
Limitada. Domicilio: el domicilio será en el distrito primero Curridabat,
cantón dieciocho Curridabat de la provincia de San José, doscientos setenta y
cinco metros al este del Archivo Nacional, Edificio Juliana, oficina N° uno.
Duración: noventa y nueve años. Capital social: el capital social es la suma de
cien mil colones, representados por cien cuotas nominativas de mil colones cada
una, que han sido pagadas por los socios en la siguiente forma: la cuotista
Priya Christine Bhakta, de calidades antes indicadas suscribe y paga noventa y
nueve cuotas, siendo respaldado su porcentaje de participación en el capital
social de la empresa mediante una computadora marcha Toshiba Dual Core, color,
negro, procesador Intel, valorado su aporte en noventa y nueve mil colones, la
cuotista Franciny Porras Barquero, de calidades indicadas, suscribe y paga una
cuota, valorado su aporte en mil colones, siendo respaldado su porcentaje de
participación en el capital social de la empresa mediante una cámara
fotográfica marca Panasonic, modelo Lumix GH tres, valorado su aporte en mil
colones. Corresponderá al gerente la representación judicial y extrajudicial de
la sociedad con las facultades que indica el artículo mil doscientos cincuenta
y tres del Código Civil.—Malpaís, Cóbano, Puntarenas, 9 de mayo del 2016.—Lic.
Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1 vez.—( IN2016029611
).
Por escritura otorgada ante mí al ser las catorce horas treinta
minutos del día veintinueve de abril del dos mil dieciséis. Jéssica Terese
Griffin y Andre Frazao de Brasao Antunes, constituyen la sociedad Limitada: A
&J AD Infinitum Limitada. Domicilio: El domicilio será en Malpaís,
Cóbano, Puntarenas, trescientos metros al este del Súper Ronny número uno, Casa
Marbella Hotel. Duración: noventa y nueve años. Capital social: El capital
social es la suma de cien mil colones, representados por cien cuotas
nominativas de mil colones cada una, que han sido pagadas por los socios en la
siguiente forma: la socia Jéssica Terese Griffin, suscribe y paga noventa y
nueve cuotas, siendo respaldado su porcentaje de participación en el Capital
Social de la empresa mediante una computadora marcha Toshiba Dual Core, color
negro, procesador Intel, valorado su aporte en noventa y nueve mil colones. El
cuotista Andre Frazao de Brasao Antunes, de calidades indicadas suscribe y paga
una cuota de mil colones, siendo respaldado su porcentaje de participación en
el Capital Social de la empresa mediante una cámara fotográfica marca
Panasonic, modelo Lumix GH tres, valorado su aporte en mil colones.
Corresponderá al Gerente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad
con las facultades que indica el artículo mil doscientos cincuenta y tres del
Código Civil.—Malpaís, Cóbano, Puntarenas, nueve de mayo del dos mil
dieciséis.—Lic. Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1
vez.—( IN2016029612 ).
Por escritura otorgada ante mí, al ser las once horas treinta minutos
del veintiocho de abril del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad Desarrollos Cosmopolitan Blanco Número
Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica N° tres-ciento dos-cuatrocientos
noventa y cinco mil cuatrocientos noventa y tres, se reforma la cláusula
“tercera” de los estatutos la cual dirá en adelante como sigue: “tercera”: el
domicilio social será en Santa Teresa, distrito once Cóbano, cantón primero
Puntarenas de la provincia de Puntarenas, contiguo a la sucursal del Banco de
Costa Rica, Bufete Mora y Asociados, se acuerda revocar el nombramiento del
agente residente y designan en su lugar por todo el plazo social: agente
residente: Juan Luis Mora Cascante, mayor, soltero, abogado, cédula de
identidad N° uno-ochocientos noventa y dos-doscientos quince, vecino de
Malpaís, Cóbano, Puntarenas un kilómetro y medio al sureste del Cruce de
Malpaís, quien recibirá notificaciones en Santa Teresa, Cóbano, Puntarenas,
contiguo a la sucursal del Banco de Costa Rica, Bufete Mora y
Asociados.—Malpaís, Cóbano, Puntarenas, 28 de abril del 2016.—Lic. Juan Luis
Mora Cascante, Notario.—1 vez.—( IN2016029613 ).
Ante mí Viviana Navarro Miranda, notaria con oficina abierta en San
José, compareció el señor, Franco Casalvolone Barguil, casado una vez,
arquitecto, vecino de San José, Sabana Oeste Condominios Kotu, portador de
cédula de identidad numero: uno-mil noventa y cinco-seiscientos cincuenta, para
constituir la sociedad Taller Diez CR Sociedad Anónima. Es todo.—San José, al ser las quince horas del diez de mayo del dos
mil dieciséis.—Lic. Viviana Navarro Miranda, Notaria.—1
vez.—( IN2016029614 ).
En esta notaría se constituye Suplidora y
Sala de Belleza RV Sociedad Anónima, con domicilio social en Ciudad
Neily, Corredores, ciudadela veintidós de octubre, primera casa, primer bloque.
Presidenta: Isabel Vásquez Miranda, cédula identidad número nueve-cero noventa
y uno-cero cuarenta y siete, vecino de Ciudad Neily Corredores. Capital social
cien dólares. Es todo.—Ciudad Neily. a las ocho horas del nueve de mayo del dos mil
dieciséis.—Licda. Zeidy Cruz Castañeda, Notaria.—1
vez.—( IN2016029624 ).
Por escritura otorgada ante esta notaria a las dieciséis horas del día
veinticinco de abril del dos mil dieciséis en el protocolo de la suscrita
notario Carolina Barrantes Jiménez. Escritura número ciento diecisiete, del
protocolo 92 a las dieciséis horas se constituyó la sociedad Ganadera Ktrina
Sociedad Anónima.—Santa Rosa Pocosol, veinticinco
de abril del dos mil dieciséis.—Licda. Carolina Barrantes Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2016029629 ).
Por escritura otorgada ante este notario, a las diez horas del diez de
mayo del des mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la compañía Brown Investment Group CR LLC
Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se reforma la
cláusula quinta del pacto social.—San José, diez de
mayo del dos mil dieciséis.—Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—(
IN2016029635 ).
Ante mi notaría se constituyó la sociedad
denominada Multiinversiones de la Rake Sociedad Anónima. Plazo social
noventa y nueve años.—Lic. Carlos E. Vargas Chacón,
Notario.—1 vez.—( IN2016029648 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría se protocolizó el acta
de la sociedad Fabreher Dos Mil Sociedad Anónima, en la cual se modificó
la cláusula sexta del pacto constitutivo, se cambió junta directiva y fiscal,
poder generalísimo Presidente y secretario actuando de forma conjunta. Notaría
del Lic. Arnoldo Javier Morales Sánchez.—Lic. Arnoldo
Javier Morales Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016029667
).
Mediante escritura otorgada ante mí, se protocolizó el acta número
cuarenta y nueve de la sociedad Volio y Trejos Asociados S. A., cédula
jurídica 3-101-058988, mediante la cual se reforma la cláusula relativa al
capital social.—San José, 4 de mayo del 2016.—Lic.
Álvaro Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—( IN2016029669
).
Por escritura otorgada en mi notaría a las doce horas del dia cuatro
de mayo del año dos mil dieciséis, de la sociedad Esterymatec Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- tres dos tres uno nueve seis, se
modifican varios acuerdos del pacto constitutivo.—San José, cuatro de mayo del
año dos mil dieciséis.—Lic. Mayling Larios Alegría, Notaria.—1
vez.—( IN2016029692 ).
Ante esta notaría a las trece horas del diez
de mayo del dos mil dieciséis, se procedió a la disolución de la compañía por
mutuo acuerdo de socios de OCICERT Centro América y el Caribe Sociedad
Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cinco cinco siete seis dos cinco.—San José, diez de mayo del dos mil dieciséis.—Lic. Alfonso
Guzmán Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2016029695 ).
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, Graciela Gutiérrez
Castro, Laura Isabel Arias Pacheco y Andrea Abarca Jiménez constituyen la Fundacion
Revivi de conformidad con la Ley de Fundaciones de la República de Costa
Rica, misma que será perpetua.- La Fundación tiene como objeto trascender al
enfocar sus esfuerzos en democratizar el acceso a descubrir y vivir el poder de
la Autopercepción para crear personas y sociedades más conscientes del impacto
que sus acciones y reacciones tienen en el mundo.- Domicilio: Edificio Fátima,
número cuatro, de la Iglesia de Fátima cincuenta metros suroeste, edificio de
ladrillo de tres pisos, Barrio Los Yoses, Cantón de Montes de Oca, Distrito de
San Pedro.- Junta Administrativa integrada por cinco Directores. El presidente
de la Junta Administrativa será el representante legal de la Fundación con
facultades de apoderado general, de acuerdo con las disposiciones del artículo
mil doscientos cincuenta y cinco del Código Civil.- Para la extinción de la
presente fundación se seguirá lo estipulado en la Ley de Fundaciones,
debiéndose entregar todos los fondos y bienes entre las organizaciones de bien
social que estimen prudente la Asamblea de Patrocinadores.—San
José, 4 de mayo de 2016.—Lic. Mario Carazo Zeledón, Notario.—1
vez.—( IN2016029698 ).
Ante esta notaría el 13 de febrero del 2016, comparecieron los señores
Carlos Manuel Montero Zeledón, Jorge Eduardo Benavides Sánchez, Sergio Delgado
Vega, Deivin Carlos Chavarría Valverde,
Alvar Eduardo Muñoz Vargas, Alexander Monge Alvarado, Orlando Enrique
Piedra Carvajal, Lina Maria Castaño Rivera, Ingrid Noelia Fernández Jiménez,
Abel Francisco Vargas Mata, Fernando Castro Jiménez, María Del Carmen Chavarría
Méndez, Víctor Julio Chavarría Méndez, Edgar Ureña Salazar, Orlando Miguel Mora
Valverde, Olger Enrique Ureña Solano, Olger Gerardo Monge Alvarado, Martir
Rudecindo García Blanco, Ademar Del Socorro Mena Cerdas, Aracelly Castro
Elizondo, Hugo Alberto De Jesús Valverde Meza, Hermer Ovidio Quesada
Bustamante, Carlos Chavarría Méndez, Elizabeth Del Carmen Valverde Rodríguez,
Christian Chavarría Valverde, procedieron a constituir la Sociedad de
Usuarios de Agua de Bolívar. Dicha sociedad fue constituida mediante
escritura pública 284-31, visible de folio 85 vuelto a folio 88 vuelto del tomo
31 del protocolo del Lic. Gerardo Quesada Monge, carné 6827, de fecha 13 de
febrero del 2016.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—( IN2016029705 ).
Ante esta notaría, se constituyó la Fundación Steam, cuyo
objeto será desarrollar, promover, realizar y apoyar actividades divulgativas y
de investigación que fortalezcan el desarrollo de la ciencia y la tecnología en
Costa Rica y la región a través de la educación mediada por el juego y la
tecnología. Escritura pública cinco - seis otorgada a las 10:30 horas del 05 de
mayo del 2016.—San José, 05 de mayo del 2016.—Licda.
Laura Castro Conejo Notaria.—1 vez.—( IN2016029716 ).
El suscrito notario, hace constar, que mediante
escritura 79, visible a folio 80 frente del tomo 25 de mi protocolo, se
modificó la cláusula séptima del pacto constitutivo de la sociedad Inversiones
Bosque Firien Sociedad Anónima, 3-101-321020.—San
José, 10 de mayo de 2016.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—( IN2016029723 ).
Por escritura de las diecinueve horas del nueve de mayo del dos mil
dieciséis, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios
accionistas de la entidad Corporación Navarro Rivas F. N. R. Sociedad
Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto
constitutivo referente al domicilio de la sociedad y se reestructura la junta
directiva.—Lic. Carlos Alberto Wolfe Gutiérrez, Notario.—1
vez.—( IN2016029725 ).
Por escritura protocolizada el 5 de mayo del
2016, la sociedad Pequeña Flor de Te S. A., cédula jurídica
3-101-490442, cambió su domicilio eliminó agente residente y nombró nueva junta
directiva y fiscal.—Lic. Jimmy Solano Ulloa, Notario.—1 vez.—( IN2016029726 ).
El suscrito Notario, hace constar, que mediante
escritura 80, visible a folio 81 vuelto del tomo 25 de mi protocolo, se
modificó la cláusula séptima del pacto constitutivo de la sociedad Corporación
Entaguas Azules Sociedad Anónima, 3-101-320916.—San
José, 10 de mayo de 2016.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—( IN2016029728 ).
El suscrito notario hace constar que mediante escritura 81, visible a
folio 83 frente del tomo 25 de mi protocolo, se modificó la cláusula sétima del
pacto constitutivo de la sociedad Grupo Internacional Pez Espada TM Sociedad
Anónima, 3-101-267345.—San José, 10 de mayo del
2016.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—(
IN2016029730 ).
Por escritura número 211 otorgada ante el suscrito notario a las 14:00
horas del día 10 de mayo del 2016, se modificó la cláusula quinta de pacto
constitutivo de la sociedad Servicios Unidos de Transportes de Siquirres
Sociedad Anónima. Presidente Romualdo Jiménez Cubillo.—Siquirres,
9 de mayo de 2016.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1
vez.—( IN2016029731 ).
Por escritura otorgada a las nueve horas del
diez de mayo del dos mil dieciséis, ante esta Notaría se protocolizó Acta de
asamblea de accionistas N° 01/2016 de Interclear Central de Valores S. A.
Se modifica la cláusula cuarta del pacto social.—San
José, 10 de mayo del 2016.—Lic. Priscilla Soto Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2016029732 ).
Por escritura número ciento sesenta - dos, otorgada ante esta notaría,
a las trece horas del nueve de mayo de dos mil dieciséis, se acuerda el cambio
de junta directiva y reforma de estatutos de la sociedad Craddock
Construction Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatro dos dos dos ocho tres. Es todo.—Heredia, 10
de mayo del 2016.—Lic. Randall Salas Rojas, Notario.—1
vez.—( IN2016029745 ).
Por escritura número ciento sesenta y uno - dos, otorgada ante esta
notaría, a las catorce horas del nueve de mayo de dos mil dieciséis, se acuerda
el cambio de junta directiva y reforma de estatutos de la sociedad 3-101-500070
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco cero cero
cero siete cero. Es todo.—Heredia 10 de mayo del
2016.—Lic. Randall Salas Rojas, Notario.—1 vez.—(
IN2016029746 ).
Ante esta notaría se protocolizó el acta de la sociedad Compañía
Los Jardines Verdes Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento
uno - doscientos ochenta y ocho mil ciento noventa y seis, en donde se
reformaron las cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo.—San José, 10
de mayo del 2016.—Lic. Luis Garino Granados, Notario.—1
vez.—( IN2016029749 ).
Ante esta notaría, se protocolizó el acta de
la sociedad Inversiones Comerciales del Ártico Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - doscientos ochenta y ocho
mil ciento cincuenta y ocho, en donde se reformó la cláusula quinta del pacto
constitutivo.—San José, 10 de mayo del 2016.—Lic. Luis Garino Granados, Notario.—1 vez.—( IN2016029753 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas cuarenta y
cinco minutos del día diez de mayo de dos mil dieciséis, donde se protocolizan
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Costaciel S. A. Donde se acuérdala disolución de la
sociedad.—San José, diez de mayo de dos mil
dieciséis.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notario.—1
vez.—( IN2016029754 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en que
acuerda la disolución de conformidad con lo establecido en el artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio de la sociedad Dominical
Plantation Innc Sociedad Anónima.—San José, 10 de mayo del 2016.—Lic.
Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—(
IN2016029756 ).
Ante esta notaría se protocolizó el acta de la sociedad Empresa
Constructora los Riscos Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
tres-ciento uno-doscientos ochenta y ocho mil cuatrocientos setenta, en donde
se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San
José, 10 de mayo del 2016.—Lic. Luis Garino Granados, Notario.—1
vez.—( IN2016029758 ).
Ante esta notaría, se protocolizó el acta de la sociedad Corporación
Aguas Azules MMC Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno
- doscientos ochenta y seis mil novecientos treinta y cuatro, en donde se
reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, 10 de mayo del
2016.—Lic. Luis Garino Granados, Notario.—1 vez.—(
IN2016029763 ).
Ante esta notaría se protocolizó el acta de la sociedad Arenas del
Sahara Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres- ciento
uno- doscientos cincuenta y tres mil ciento diez, en donde se reformó la
cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, 10
de mayo del 2016.—Lic. Luis Garino Granados, Notario.—1
vez.—( IN2016029765 ).
Ante esta notaría se protocolizó el acta de la sociedad Veredas De
La Montaña, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno -
doscientos ochenta y seis mil ochocientos treinta y ocho, en donde se reformó
la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, 10 de mayo del 2016.—Lic.
Luis Garino Granados, Notario.—1 vez.—( IN2016029769
).
El suscrito notario protocolizó el día once de
mayo del dos mil dieciséis el acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Compañia Inversora Oikia S. A. Se modifica la
cláusula sétima de administración.—San José, once de
mayo del dos mil dieciséis.—Lic. Roger Petersen Morice, Notario.—1 vez.—( IN2016029771 ).
Por medio de escritura otorgada al ser las once horas del día nueve de
mayo del dos mil dieciséis, ante el notario público Juan Francisco Molinero
Hernández, por medio de protocolización de acta de asamblea ordinaria y
extraordinaria de socios, se acordó reformar las cláusula novena de la sociedad
de esta plaza Port Richmond Beachfront Developments LLC, Sociedad Anónima.—San José, diez de mayo del dos mil dieciséis.—Lic. Juan
Francisco Molinero Hernández, Notario.—1 vez.—(
IN2016029772 ).
Mediante escritura otorgada el día 10 de mayo
de 2016, ante esta notaría, se modificó el pacto constitutivo de Eleven One
S. A. cédula jurídica 3- 101- 574267.—Lic.
Federico Brealey Zamora, Notario.—Licda Ana Graciela
Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2016029774 ).
Mediante escritura ciento veinticuatro-diecisiete de las ocho horas
treinta minutos del día veinticinco de febrero de dos mil dieciséis se
protocolizó acta de asamblea de socios de Mistaken Idea Ltda., en la que
se reforma pacto social y se nombran nuevos gerentes. Gerente: Peter Vanselow
Sierke.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2016029775 ).
Mediante escritura ciento veintidós-diecisiete de las siete horas
treinta minutos del día veinticinco de febrero de dos mil dieciséis se
protocolizó acta de asamblea de socios de Sound Is Vibration Ltda., en
la que se reforma pacto social y se nombran nuevos gerentes. Gerente: Peter
Vanselow Sierke.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada,
Notario.—1 vez.—( IN2016029778 ).
Mediante escritura ciento veintitrés-diecisiete de las ocho horas del
día veinticinco de febrero del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de
asamblea de socios de Strangely Beutiful Ltda. En la que se reforma
pacto social y se nombran nuevos Gerentes. Gerente Peter Vanselow Sierke.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1
vez.—( IN2016029780 ).
Por este medio el suscrito notario, hace constar que a las catorce
horas del día diecisiete de marzo del dos mil dieciséis, mediante escritura
número doscientos cuarenta y dos-cinco otorgada en el tomo quinto de mi
protocolo, se protocolizaron acuerdos de asamblea de socios de la sociedad El
Fato de Puerto Viejo Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
tres-ciento dos-siete cero dos cuatro dos dos, en los que se modifica la
cláusula novena de su pacto constitutivo, cambiando la forma de
administración.—Puerto Viejo, veintiuno de marzo del dos mil dieciséis.—Lic.
Johnny León Guido, Notario.—1 vez.—( IN2016029790 ).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 18:00 horas del
9 de mayo del 2016; se protocolizó acta de asamblea de socios de Genuino
Internacional STYY S. A. Se reforma la cláusula quinta de los estatutos. Se
aumenta el capital social.—San José, 10 de mayo del
2016.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1
vez.—( IN2016029793 ).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:00 horas del
10 de mayo del 2016; se protocolizó acta de asamblea de socios de: Servicios
de Personal Urrea S.R.L. Se reforma la cláusula primera de los Estatutos.
Se nombra nuevos gerente general y gerente primero.—San
José, 10 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—( IN2016029794 ).
Por escritura N° 33 otorgada ante el suscrito
notario, a las 11:30 horas del 04 de mayo del 2016, se protocolizaron acuerdos
de asamblea general extraordinaria de socios de Arrendadora APH del Oeste S.
A., en los que se reforma la representación: todos los miembros de junta
directiva tendrá la representación.—San José, 04 de mayo del 2016.—Licda.
Manuelita Jiménez E, Notaria.—1 vez.—( IN2016029800 ).
Por escritura pública otorgada ante mi notaría, se protocoliza
Asamblea de Socios de la sociedad denominada Seventh Heaven On Earth
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos veinticuatro mil setecientos setenta, en donde se acuerda
Modificar la cláusula undécima y nombrar nuevo secretario de la junta
directiva. Es todo.—San José, a las ocho horas del día
once de mayo del año dos mil dieciséis. Lic. Mario Alberto Vargas Arias,
Notario.—1 vez.—( IN2016029806 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 15:00 horas del día 09 de mayo del 2016, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la compañía Diecisiete Primaveras
del Alto S.P. S. A., mediante la cual se acordó la reforma de la cláusula
novena del acta constitutiva.—San José, 09 de mayo
2016.—Licda. Cinthia Ulloa Hernández, Notaria.—1
vez.—( IN2016029817 ).
La notaria Elizabeth Jiménez Núñez, cédula de identidad: uno-uno uno
cero cuatro-cero tres tres nueve, da fe que en la escritura número catorce de
la matriz de su protocolo, se constituyó la sociedad anónima, número de cédula
jurídica: tres-ciento uno-setecientos catorce-quinientos ochenta y siete,
otorgada el dieciocho de abril a las catorce horas del dos mil dieciséis, cuya
razón social es Arquiambiente Sociedad Anónima. Es todo.—San José, al ser las nueve horas del once de mayo del dos
mil dieciséis.—Licda. Elizabeth Jiménez Núñez, Notaria.—1
vez.—( IN2016029819 ).
Por escritura número cuarenta y uno otorgada
ante este notaría, a las diez horas treinta minutos del seis de mayo del dos
mil dieciséis, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la
sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Seiscientos Setenta y Dos Mil
Setecientos Cuarenta y Seis Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-seiscientos setenta y dos mil setecientos cuarenta y
seis.—San José, seis de mayo del dos mil
dieciséis.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1
vez.—( IN2016029824 ).
Por escritura número cuarenta otorgada ante esta notaría, a las diez
horas del seis de mayo del dos mil dieciséis, se modificó la cláusula segunda
del pacto constitutivo de la sociedad denominada tres-ciento uno-
seiscientos noventa y nueve mil ochocientos once Sociedad Anónima, cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos noventa y nueve mil
ochocientos once.—San José, seis de mayo del dos mil
dieciséis.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1
vez.—( IN2016029825 ).
Por escritura otorgada a las 8:00 horas de hoy,
protocolicé acta de asamblea de socios de Electrotec Morales Sociedad
Anónima donde se reforman cláusulas segunda y quinta de los Estatutos, y se
nombre nueva Junta Directiva.—San José, once de mayo del dos mil
dieciséis.—Lic. Édgar Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—(
IN2016029836 )
Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las veinte horas del diez
de mayo del dos mil dieciséis, Miguel Ángel González Rojas, Mauricio Picado
León, Ana Lorena Vargas Porras, María del Socorro Carrilo Campos c.c. María de
los Ángeles; Rigoberto Camareno Angulo, Juan Carlos Chavarría Segura, Álvaro
Martínez Chaves, constituyen Taxis Unidos de Puntarenas Sociedad Anónima.
Domiciliada en Puntarenas, El Roble, costado sur de la estación de Riteve,
carretera costanera. Plazo social: 90 años. Capital social: diez millones
seiscientos mil colones dividido en ciento cinco acciones comunes y nominativas
de cien mil colones cada una íntegramente suscritas y pagadas una computadora
Laptop con un valor de cien mil colones. Objeto: comercio en general.
Presidente: Miguel Ángel González Rojas.—Puntarenas,
10 de mayo del 2016.—Licda. Meylin Arguedas Chaves, Notaria.—1
vez.—( IN2016029841 ).
Por escritura otorgada en esta notaría a las diez horas del día once
de mayo del dos mil dieciséis, la sociedad denominada Herbert y Compañía S.
A. reforma las cláusulas referentes al domicilio, a la administración, al
plazo y aumenta el capital social.—Lic. Francisco Alberto González Bolaños,
Notario.—1 vez.—( IN2016029843 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve
horas del nueve de mayo del dos mil dieciséis, protocolicé acuerdos de asamblea
general extraordinaria de socios de la compañía Ingeniería DR Y R Sociedad
Anónima, en que se reforma la cláusula quinta del pacto social.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1
vez.—( IN2016029847 ).
Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, la sociedad Asesoría
en Mantenimiento Industrial S. A., reforma cláusula 9 de los estatutos y
acepta renuncia de secretario y nombra nuevo.—San
José, 9 de mayo del 2016.—Licda. Giseis Cheves Romero, Notaria.—1 vez.—( IN2016029848 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría se
protocolizó asamblea de cuotistas de Tranquility Management S.R.L., en
la que se revocaron poderes, se revocaron e hicieron nombramientos, se modificó
la cláusula de Administración y Representación y se nombró Agente Residente.—San José, ocho horas del diez de mayo del dos mil
dieciséis.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1 vez.—(
IN2016029852 ).
Ante la notaría del Lic. Víctor Manuel
González Loria, mediante escritura número treinta y nueve-seis, visible al
folio veintiuno frente, de fecha diez horas del treinta y uno de marzo del dos
mil dieciséis, se constituye la sociedad limitada denominada Pan Tico E
& P Limitada, con domicilio en La Cruz de Abangares de Guanacaste, en
las oficinas del Cánopy Extremo, ubicadas mil doscientos metros al oeste de la
Iglesia Católica, con un capital social de cien mil colones representado por
cien cuotas nominativas con un valor de mil colones cada una.—San José, 10 de
mayo del 2016.—Lic. Víctor Manuel González Loria, Notario.—1
vez.—( IN2016029858 ).
Ante la notaría de la Lic. Sheila Recio Rojas, mediante escritura
número ciento cuarenta y cuatro-dos, visible al folio setenta y ocho frente, del
tomo segundo se su protocolo de fecha doce horas del día dieciséis de enero del
año dos mil dieciséis, se constituye la sociedad limitada denominada Cabinas
de Altura Limitada, con domicilio en Santa Elena de Monteverde de
Puntarenas en el hotel El Sueño.—San José, veinte de
abril del año dos mil dieciséis.—Lic. Sheila Recio Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2016029860 ).
Se reforman las cláusulas segunda y décimo
sexta y la junta directiva del pacto constitutivo de la sociedad: Dilacom
del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-104526.—11
de mayo del 2016.—Lic. Gustavo Arián Sánchez Masís, Notario.—1
vez.—( IN2016029865 ).
Por escritura otorgada a las doce horas del día
de hoy, en esta notaría, se modificó la cláusula quinta del pacto social de la
sociedad domiciliada en Aranjuez de Puntarenas Grupo Agroindustrial
Puntarenas Sociedad Anónima.—Nueve de mayo de dos mil dieciséis.—Percy
Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2016029866 ).
Por escritura otorgada a las trece horas treinta y siete minutos del
día once de marzo del dos mil dieciséis, protocolicé acta de la empresa Repuestos
R Y R de Occidente Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cuarenta y nueve sesenta y seis noventa y tres, donde se
acuerda aumento de capital de la empresa.—Naranjo,
Alajuela, 21 de abril del 2016.—Licda. Marilyn Aguilar Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2016029875 ).
Por escritura ante esta notaría, a las trece horas del tres de mayo
del dos mil dieciséis, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de Socios Marnatt MN Limitada, cédula
jurídica número 3-102-677388, mediante la cual se reforma cláusula referente al
nombre: Servicios Médicos Nasser, la cláusula del domicilio y la de la
representación.—Heredia, 05 de mayo del 2016.—Licda.
Milena Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2016029876
).
La suscrita notaria hace del conocimiento
público que la sociedad Ganadera Adriana Sociedad Anónima, nombra nuevo
vicepresidente, tesorera y fiscal, aumenta el capital social y modifica la
representación.—Licda. Lolita Arias Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2016029877 ).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 16-VII,
otorgada en Guanacaste, a las 14:00 horas del 10 de mayo del 2016, se acordó la
disolución de la sociedad denominada Black Something S. A., cédula
jurídica 3-101-307928.—Licda. Priscila Solano
Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2016029884 ).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 7-VII,
otorgada en Guanacaste a las 11:00 horas del 1 de abril del 2016 se protocolizó
el acta número 1 de la sociedad denominada Fiesta Con El Alegre Lagarto S.
A., en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: primero: (...) segundo:
(...) tercero: Modificación de la cláusula segunda del pacto constitutivo: Del
domicilio. Cuarto: Modificación de la cláusula novena del pacto constitutivo:
De la administración. Quinto: Nombrar nueva Junta Directiva. Es todo.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1
vez.—( IN2016029886 ).
Ante esta notaría por medio de escritura pública N°
152-VII, otorgada en Guanacaste, a las 11:00 horas del 02 de mayo del 2016, se
protocolizó el acta N° 3 de la sociedad denominada Monte Bello Lote
Dieciocho X.Y. S. A., en la cual se tomaron los siguientes acuerdos:
primero: modificación de la cláusula cuarta del pacto constitutivo:
administración. Segundo: cambio en la junta directiva de la sociedad.—Licda. Laura Coto Rojas, Notaria.—1
vez.—( IN2016029887 ).
Que por escritura pública número ciento
cincuenta y cuatro-seis, otorgada ante esta notaría en Heredia, a las doce
horas del dos de mayo del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la compañía C Y C Consultores S. A.,
cédula jurídica tres-ciento uno-cero veintiún mil ciento setenta y tres,
mediante la cual se nombra junta directiva y fiscal y se modifica la cláusula
del domicilio.—Heredia, diez de mayo del dos mil
dieciséis.—Licda. Melania Gutiérrez Gamboa, Notaria.—1
vez.—( IN2016029933 ).
Por escritura otorgada ante mí el día 5 de
mayo del 2016, la firma Protección y Control Procosa S.A. ha reformado
la cláusula sexta de su pacto constitutivo. Fecha de Otorgamiento 5 de Mayo del
2016.—Lic. Giovanni Bruno Guzmán, Notario.—1 vez.—( IN2016029942 ).
Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan
acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Estrella
de la Angostura Moncheña A.H.A. S. A., cédula 3-101-435717, mediante los
cuales se modifica totalmente el pacto constitutivo y se nombra nueva junta
directiva, fiscal y agente residente.—San José, 9 de
mayo del 2016.—Lic. Juan Pablo Morales Campos, Notario.—1
vez.—( IN2016029947 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del doce de
abril dos mil dieciséis, se modifica
cláusula del capital social del pacto constitutivo de la sociedad Strong
Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres ciento
uno doscientos veintisiete mil
doscientos veinte, en el cual se aumenta el capital social a la suma de
cuarenta y cinco millones diez mil colones.—San José, once de mayo del año dos
mil dieciséis.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1
vez.—( IN2016029953 ).
Por escritura número noventa y cuatro-dos,
otorgada ante el notario público Juan Carlos León Silva, a las ocho horas del
once de mayo del año dos mil dieciséis, se acuerda modificar la cláusula sexta
de la representación, y se acuerda revocar y realizar nuevo nombramiento de
tesorera, correspondiente a la sociedad Tecnología Visuales de Impacto
Sociedad Anónima.—San José, 11 de mayo del
2016.—Lic. Juan Carlos León Silva, Notario.—1 vez.—(
IN2016029965 ).
Mediante escritura número ciento ochenta y
siete de las nueve horas del once de mayo del dos mil dieciséis, visible al
folio noventa y nueve vuelto del tomo nueve del protocolo de la notaria Paula
Durán Quirós, se hace constar que se modificó la cláusula sexta del pacto
constitutivo de la sociedad Casa Victoria de Palo Alto Limitada, cédula
jurídica tres-ciento dos-doscientos sesenta y ocho ochocientos veintisiete.—Paraíso, once de mayo del dos mil dieciséis.—Licda.
Carolina Méndez Zamora, Notaria.—1 vez.—( IN2016029975
).
Protocolización de acta de asamblea general
ordinaria de Finca La Cascada Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica tres-ciento dos-cincuenta y cinco mil doscientos diecisiete, en
la cual se otorga poder general limitado. Escritura otorgada en Heredia, a las
diez del cinco de mayo del dos mil dieciséis.—Licda.
María Del Carmen Calvo Monney, Notaria.—1 vez.—(
IN2016029979 ).
Protocolización de acta de asamblea general
ordinaria de La Voz del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica tres-ciento dos-cincuenta y siete mil ciento uno, en la cual se
otorga poder general limitado. Escritura otorgada en Heredia, a las nueve horas
y treinta y cinco minutos del cinco de mayo del dos mil dieciséis.—Licda. María Del Carmen Calvo Monney, Notaria.—1 vez.—( IN2016029998 ).
En esta notaría, mediante escritura ciento
doce -diecisiete, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad
Roisa Roles y Accesorios Industriales Sociedad Anónima, en el cual se
designó nueva junta directiva. Es todo.—Alajuela, 5 de
mayo de 2015.—Lic. Luis Alonso Gutiérrez Herrera, Notario.—1
vez.—( IN2016030000 ).
Mediante escritura 157 otorgada ante este notario a las 8:00 horas del
17 de marzo del 2016, se modifica la cláusula octava de la sociedad Pura
Vida Golf Cart Rentals Limitada, cédula jurídica número 3-102-696290 y a
partir de ahora la sociedad será representada por un gerente general. Es Todo.—Playas del Coco, Guanacaste, 11 de mayo del 2016.—Lic.
Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—(
IN2016030010 ).
Mediante escritura 181 otorgada ante este notario a las 8:00 horas del
21 de abril del 2016, se modifica la cláusula octava de la sociedad Cumbia
Tours S. A., cédula jurídica número 3-101-459005; y a partir de ahora la
sociedad será representada por su presidente y secretario, y también se
modifica la cláusula segunda de la sociedad y ahora tendrá nuevo domicilio. Es todo.—Playas del Coco, Guanacaste, 11 de mayo del 2016.—Lic.
Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—(
IN2016030011 ).
Mediante escritura 158 otorgada ante este notario, a las 11:30 horas
del 23 de marzo del 2016, se acuerda disolver la sociedad Senor Grout
Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-681528, con base al
artículo 207 Código de Comercio. Es todo.—Guanacaste,
11 de mayo del 2016.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2016030012 ).
Por escritura en mi notaría en Heredia a las dieciséis horas del diez
de mayo del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea de socios de Autos
Tirol, se modifica cláusula cuarta y se nombra nueva directiva.—Heredia, 10
de mayo del 2016.—Lic. Rafael Ángel Barahona Melgar, Notario.—1
vez.—( IN2016030032 ).
Por escritura de las 8:00 horas del 06 de mayo de 2016, se constituye
la empresa Security & Smart Protection Costa Rica Sociedad Anónima.
Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José 06 de
mayo del 2016.—Lic. Johnny Alberto Vargas Carranza, Notario.—1
vez.—( IN2016030037 ).
Por escritura otorgada ante mí, se
protocolizaron acuerdos de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de
cuotistas de la sociedad denominada 3-102-627231 Limitada, se acordó
cambiar el domicilio de la sociedad. Es todo.—San
José, 10 de mayo del 2016.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2016030038 ).
Ante esta notaría por escritura número
trescientos seis, otorgada a las quince horas del 6 de mayo del 2016, se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria de socios de empresa Protectora
del Ambiente de Montezuma EPAM S. A., se nombra nuevo presidente y
secretario. Es todo.—Cóbano, seis de mayo del dos mil
dieciséis.—Licda. Patricia Francés Baima, Notaria.—1
vez.—( IN2016030066 ).
Ante esta notaría, por escritura número trescientos siete otorgada a
las quince horas del cinco de mayo de dos mil dieciséis se protocolizó acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Fredelicias S. A. Se
modifica cláusula primera del pacto Constitutivo y se nombra nueva junta
directiva y fiscal. Es todo. Cóbano, cinco de mayo de dos mil dieciséis.—Licenciada Patricia Francés Baima, Notaria.—1 vez.—(
IN2016030067 ).
Por escritura otorgada en esta fecha por esta notaría, se modifica el
estatuto y junta directiva de la sociedad denominada Tres- Ciento Uno- Seiscientos Cincuenta y
Cuatro Cuatrocientos Veinte S. A..—San José, 11 de mayo del dos mil dieciséis.—Lic. Jorge Sánchez Garbanzo, Notario.—1
vez.—( IN2016030069 ).
Yo, Marco Antonio Fernández López, protocolicé acta de asamblea
extraordinaria de la sociedad Nice and Beautiful Sunrise Limitada de
cédula de persona jurídica tres-ciento dos- seiscientos sesenta y un mil ciento
cuarenta y seis, en la que se acuerda, modificar la cláusula del domicilio. Es
todo.—San José, once de mayo del dos mil
dieciséis.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1
vez.—( IN2016030070 ).
Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 11 de mayo del 2016, ante
esta notaría se protocolizó acta asamblea general extraordinaria de accionistas
de Rayovac Costa Rica S. A., en virtud de la cual se acordó reformar la
cláusula segunda del pacto social.—San José, 11 de
mayo del 2016.—Lic. Manrique Quirós Rohrmoser, Notario.—1
vez.—( IN2016030071 ).
Los señores José Eugenio Trueba Gutiérrez, y Christopher Ricardo Gómez
Chaves, constituyen la sociedad de esta plaza denominada como Corporación
JOTRUGU, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 12 de mayo del 2016.—Lic. Fabián Carlos Silva Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2016030077 ).
Ante mi notaría, mediante escritura número ciento setenta y siete,
otorgada a las once horas del veintiséis de abril del dos mil dieciséis, se
modifica la cláusula sétima de la constitutiva de la sociedad denominada Monte
Alto Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos
cincuenta y tres mil setecientos sesenta y dos, en cuanto a otorgamientos de
poderes de distinta denominación de parte de los apoderados generalísimos, para
lo cual podrán actuar conjunta o separadamente.—Lic.
Sergio Vargas López, Notario.—1 vez.—( IN2016030079 ).
Mediante escritura otorgada en esta notaría a las trece horas, se
protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad Odracir del Bosque S. A., mediante la cual se
reformó la cláusula sexta de los estatutos y se modificó la junta directiva de
la compañía.—San José, 11 de mayo 2016.—Licda. Jessica
Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—( IN2016030083 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del
treinta y uno de marzo del dos mil dieciséis, se reformó el pacto constitutivo
en su cláusula sétima de la sociedad Tres Horizontes S. A.—San José, cuatro de mayo del dos mil dieciséis.—Licda.
Susana Patricia Chaves Sell, Notaria.—1 vez.—( IN2016030085
).
La suscrita notaria hace constar que mediante escritura número
doscientos siete, otorgada a las a las quince horas del once de mayo del dos
mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Wastelectric Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos treinta y seis mil ciento ochenta y dos, en la cual
se acuerda el aumento del capital social a la suma de un millón de colones, se
cambia el domicilio social, tesorero, fiscal y agente residente.—Alajuela,
Atenas, a las dieciséis horas del once de mayo del dos mil dieciséis.—Licda.
Cecilia Tristán Trelles, Notaria.—1 vez.—(
IN2016030089 ).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad
Terramar Consolidados S. A., cuya actividad es la agricultura, industria y el
comercio en general, para tal fin podrá realizar cualquier acto de comercio,
pudiendo dar y recibir en propiedad fiduciaria, el plazo social es de cien
años, cuyo representantes son Irenarco Briceño Manzano y Nancy Yajaira Coto
Castillo, y fue constituida el diez de mayo del dos mil dieciséis.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1
vez.—( IN2016030091 ).
Por escritura otorgada N° noventa y tres-ocho, a las nueve horas del
doce de mayo del dos mil dieciséis, se reformó las clausulas quinta del capital
social para aumentado y sétima de la administración Bulevar Relax Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos mil
cuatrocientos veintiséis, con domicilio en la ciudad de Heredia, Heredia, calle
cinco, avenidas once y trece. Presidente: José María Alfaro Chacón, cédula uno
cero novecientos ochenta y uno cero seiscientos setenta y uno.—Heredia,
12 de mayo del 2016.—Licda. Sonia Víquez Chaverri, Notaria.—1
vez.—( IN2016030092 ).
El notario Álvaro Arguedas Durán, por acuerdo
tomado en Junta Directiva protocoliza de acta número seis de la Sociedad
denominada Grupo Tenso S. A., cédula jurídica número 3-101-610982, que
modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo y cambio de junta
directiva.—San José, diez de mayo del dos mil dieciséis.—Lic. Álvaro Arguedas
Durán, Notario.—1 vez.—( IN2016030097 ).
Por escritura de las 18:00 horas de hoy, protocolicé acta de la
compañía Club Lomas del Zurquí S. A., por la cual se reforman las
cláusulas cuarta de la administración y representación, así como la cláusula
décima del agente residente.—San Pedro de Montes de Oca, 11 de mayo del
2016.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1
vez.—( IN2016030105 ).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las dieciséis horas del once
de mayo del dos mil dieciséis, se constituye Hogares Contemporáneos Siglo 21
Sociedad Anónima, se nombra presidente como apoderado generalísimo.—Heredia, a las ocho horas del doce de mayo del dos mil
dieciséis.—Licda. María Eugenia González Solís, Notaria.—1
vez.—( IN2016030106 ).
Por escritura número 105-21, de las 15:00
horas del 20-Abril-2016, se protocolizó un acta de la entidad Ofibodegas
Biella Acacia Tres, Ltda. Se modifica el domicilio.—San
José, 11/05/2016.—Lic. Marco Vinicio Retana Mora, Notario.—1
vez.—( IN2016030108 ).
Por escritura número doscientos sesenta y seis
de las diecisiete horas del cuatro de mayo del dos mil dieciséis, otorgada ante
el notario Fernando Fernández Delgado, iniciada al folio ciento setenta y cinco
vuelto del tomo trece del protocolo del suscrito notario, se reforma pacto
social de la entidad: Repuestos El Colegio Reco Sociedad Anónima, con
cédula jurídica número: tres-ciento uno-ciento setenta y siete mil quinientos
quince y mediante la cual se modifica su domicilio y administración de dicha
sociedad. Así mismo se nombran miembros de la junta directiva.—Puriscal,
9 de mayo del 2016.—Lic. Fernando Fernández Delgado, Notario.—1
vez.—( IN2016030109 ).
Por escritura número doscientos setenta de las diecinueve horas del
día seis de mayo del año dos mil dieciséis, otorgada ante el notario Fernando
Fernández Delgado, iniciada al folio ciento setenta y nueve frente del tomo
trece del protocolo del suscrito notario, se reforma pacto social de la
entidad, Inmobiliaria Mesen Cano Meca S.A., con cédula jurídica número:
Tres- ciento uno- doscientos veintiocho mil ciento noventa y cuatro y mediante la cual se modifica su domicilio y
administración de dicha sociedad. Asimismo, se nombran miembros de la junta directiva.
Puriscal nueve de mayo del dos mil dieciséis.—Lic.
Fernando Fernández Delgado, Notario.—1 vez.—(
IN2016030111 ).
Por escritura número doscientos sesenta y siete
de las dieciocho horas del cuatro de mayo del dos mil dieciséis, otorgada ante
el notario Fernando Fernández Delgado, iniciada al folio ciento setenta y seis
vuelto del tomo trece del protocolo del suscrito notario, se modifica el pacto
social de la entidad: Estación de Servicio San Juan Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-cero treinta y seis mil quinientos ochenta y
siete-veintiocho y mediante la cual se modifica la administración de dicha
sociedad y se nombran miembros de la junta directiva.—Puriscal, 09 de mayo del
2016.—Lic. Fernando Fernández Delgado, Notario.—1
vez.—( IN2016030112 ).
Por escritura número 82 -tomo 1 otorgada por
mí, en San José, Guadalupe de Goicoechea, a las ocho horas del día cuatro de
mayo del dos mil dieciséis. Se constituye la sociedad Siysi S. A..—Lic. Andrés
Rolando Cortes Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016030314
).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11:00 horas del día 19 de abril del 2016, se protocolizó asamblea general
extraordinaria de socios de las sociedades: Ocume BQ S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-310434; Inmobiliaria Las Pavas S. A., cédula jurídica
Nº 3-101-35662, y Productos Agroindustrailes PAI S. A., cédula jurídica
Nº 3-101-179687, respectivamente, en las que se acordó fusionar por absorción
las sociedad: Ocume BQ S. A.; Inmobiliaria Las Pavas S. A. y Productos
Agroindustrailes PAI S. A., prevaleciendo la sociedad: Productos
Agroindustrailes PAI S. A. En el acuerdo tercero de dicha protocolizaciones
se acordó aumentar el capital social en la suma de ciento cinco millones de
colones exactos y quinientos cuarenta y seis millones ciento dos mil
seiscientos noventa y cuatro colones, respectivamente. En el acuerdo cuarto de
dicha protocolizaciones se acordó disminuir el capital social de la sociedad: Productos
Agroindustrailes PAI S. A., en la suma de cien millones de colones.—San José, 19 de abril del 2016.—Licda. Priscila Picado
Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2016035067 ).
Yo, Sebastián David Vargas Roldán, hago
constar que el día de hoy he protocolizado en mi notaría, acta de asamblea de
accionistas de la Octametro Sociedad Anónima, donde se modifica el pacto
constitutivo y se transforma a sociedad de Responsabilidad Limitada. Es
todo.—San José, 12 de mayo del 2016.—Lic. Sebastián
David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—( IN2016030498 ).
Ante
esta notaría por escritura trescientos sesenta y dos-tres, otorgada a las doce
horas del veinte de mayo del dos mil dieciséis, se protocolizan las actas de
asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías B & P
Inversiones Inmobiliarias S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos ochenta y cinco mil ciento cincuenta y uno e Inversiones GKC
S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos noventa y cuatro
mil seiscientos noventa y seis, mediante la cual las sociedades se fusionaron
por el sistema de absorción subsistiendo la sociedad Inversiones GKC S. A.
Es todo. San José, Barrio Luján, cien este y cien norte del BCR de Vasconia, a
las doce horas con treinta minutos del veinte de mayo del dos mil
dieciséis.—Bismark Gómez Zúñiga.—1 vez.—( IN2016033107 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del
día 17 de mayo del 2016, se constituye la fundación: Fundación Bomberos por
Siempre de Costa Rica, la cual por su naturaleza se constituye a
perpetuidad, y su domicilio será en el cantón central de San José, oficinas
centrales de Bomberos de Costa Rica.—San José, 03 de
junio del 2016.—Lic. Mario Andrés Rodríguez Obando, Notario.—1
vez.—( IN2016036302 ).
SUBÁREA DE COBRO ADMINISTRATIVO A PATRONOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La suscrita Jefa de la Subárea de Cobro Administrativo a Patronos de
la Dirección de Cobros, Oficinas Centrales de la Caja Costarricense de Seguro
Social, dada la imposibilidad de notificar en forma personal a los patronos que
abajo se detallan, se procede a efectuar la siguiente notificación por
publicación de edicto, de conformidad con los artículos 241 de la Ley General
de Administración Pública, y el artículo 53 de la Ley Constitutiva de la Caja
Costarricense de Seguro Social. Se les informa que los adeudos pendientes a la
Institución son por concepto de cuotas obreras y patronales. Se le concede
cinco días hábiles, para que se presenten a normalizar la situación de
morosidad, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se
dará inicio a las acciones de cobro judicial correspondientes. El monto de la
deuda contempla los intereses al día 06-06-2016, comprende además del
principal, otros rubros que por Ley la Caja puede cobrar como: recargos,
intereses, multas, facturaciones especiales y que serán liquidados al momento
en que se haga el efectivo pago.—Dirección de Cobros.—Área Gestión de Cobro a
Patronos.—Olga Rocío Duarte Bonilla, Jefa.—( IN2016036759 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
SUCURSAL DESAMPARADOS
De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes
por ignorarse domicilio actual del patrono Corporación Esgon S.A. número
patronal 2-3101589175-001-001, el Área de Inspección de la Sucursal de
Desamparados notifica Traslado de Cargos 1202-2016-00431 por eventuales
omisiones salariales, por un monto de ¢1.022.476,00 en cuotas obrero
patronales. Consulta expediente en Desamparados, en Mall Multicentro, 6to piso
del Oficentro. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente
de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones
jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro
del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del
Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones
posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a
partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Desamparados,
09 de mayo del 2016.—Lic. Johel A. Sánchez Mora, Jefe.—1
vez.—( IN2016029889 ).
DIRECCION DE INSPECCIÓN
De conformidad con el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”,
por ignorarse domicilio actual del patrono Action Marketing Corporation of
Costa Rica S. A., número patronal 2-03101607352-1-1, la Subárea de Servicios de
Transporte, notifica traslado de cargos 1235-2016-1183, por eventuales
omisiones salariales por un monto de ¢1.290.390,00 cuotas obrero patronales.
Consulta el expediente en San José, avenida 4, calle 7, Edificio Da Vinci, piso
2. Se le confiere diez días hábiles contados a partir del quinto día de su
publicación para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del
perímetro administrativo, establecido por la Corte Suprema de Justicia del
Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones
posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a
partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San
José, 09 de mayo del 2016.—Efraim Artavia S., Jefe.—1 vez.—( IN2016030154 ).
De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes
por ignorarse el domicilio actual del trabajador independiente Brenes Paniagua
Yesenia María, número afiliado 0-114330758-999-001, la Subárea de Estudios
Especiales Servicios notifica Traslado de Cargos 1238-2016-00801, por
eventuales omisiones en los ingresos, por un monto de ¢524,738,00 cuotas
obreras del régimen Enfermedad y Maternidad e Invalidez, Vejez, y Muerte. Consulta expediente en San José
C.7 Av. 4 Edif. Da Vinci piso 2. Se le confiere 10 días hábiles a partir del
quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y
hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio
para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la
Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no
indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el
transcurso de 24:00 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 10 de mayo del 2016.—Lic. Geiner Solano
Corrales, Jefe.—1 vez.—( IN2016030155 ).
De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes
por ignorarse domicilio actual del patrono Euscorpius de Tibás SRL, número
patronal 2-03102638494-001-001, la Subárea Servicios Diversos notifica Traslado
de Cargos 1237-2016-01226 por eventuales omisiones y/o diferencias salariales
por un monto de ¢556.095.00 en cuotas obrero patronales. Consulta expediente en
San José C.7 Av. 4 Edif. Da Vinci piso 2. Se le confiere 10 días hábiles a
partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de
descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar
lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo
establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de
San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas
con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución.
Notifíquese.—San José, 03 de mayo del 2016.—Octaviano
Barquero Ch., Jefe.—1 vez.—( IN2016030156 ).
De conformidad con el artículo 20 del
Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono
Instalaciones Santana S. A., número patronal 2- 03101664206-001-001, la Subárea
Servicios Diversos notifica Traslado de Cargos 1237-2016-0843 por eventuales
omisiones y/o diferencias salariales por un monto de ¢710,194.00 en cuotas
obrero patronales. Consulta expediente en San José C.7 Av. 4 Edif. Da Vinci
piso 2. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su
publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del
Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones
posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a
partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San
José, 19 de febrero del 2016.—Área de Aseguramiento y Fiscalización de
Servicios.—Subárea Servicios Diversos.—Octaviano Barquero Ch, Jefe.—1 vez.—(
IN2016030157 ).
De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes
por ignorarse domicilio actual del trabajador independiente Loria Garro Eladio
número de afiliado 0-00104780970-999-001, la Subárea Servicios Diversos
notifica Traslado de Cargos 1237-2016-01155, por eventuales omisiones en el
ingreso de referencia por un monto en cuotas de ¢2.013.205,00. Consulta expediente
en San José C.7 Av. 4 Edif. Da Vinci piso 2. Se le confiere 10 días hábiles a
partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de
descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar
lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo
establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de
San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por
notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—San José, 10 de mayo
2016.—Octaviano Barquero Chacón, Jefe.—1 vez.—( IN2016030158 ).
De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes,
por ignorarse domicilio actual del patrono Mauricio Campos Brenes, número
patronal 0-700800180-002-001, la Subárea de Servicios de Transporte, notifica
traslado de cargos 1235-2016-1169, por eventuales omisiones salariales por un
monto de ¢1.602.416,00 cuotas obrero patronales.
Consulta el expediente en San José, avenida 4, calle 7, Edificio Da Vinci, piso
2. Se le confiere diez días hábiles contados a partir del quinto día de su
publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del
perímetro administrativo, establecido por la Corte Suprema de Justicia del
Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones
posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a
partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San
José, 6 de mayo del 2016.—Efraím Artavia S., Jefe.—1 vez.—( IN2016030159 ).
De conformidad con el artículo 20 del
Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono Sergio
Quirós Maroto, número patronal 0-201150040-002-001, la Subárea Servicios
Diversos notifica Traslado de Cargos 1237-2016-01223 por eventuales omisiones
salariales en planillas de la Caja, por el monto de ¢23.006,00 en cuotas obrero
patronales. Consulta expediente en San José C.7 Av. 4 Edif. Da Vinci piso 2. Se
le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación,
para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes.
Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro
administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito
Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán
por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—San José, 03 de mayo del
2016.—Área de Aseguramiento y Fiscalización de Servicios.—Subárea Servicios
Diversos.—Octaviano Barquero Ch., Jefe.—1 vez.—( IN2016030160 ).
De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes
por ignorarse domicilio actual del patrono Vega Chacón Rosa Isela número
patronal 0-001078550534-001-001, la Sucursal de Grecia notifica Traslado de
Cargos 1305-2016-00261 por eventuales omisiones salariales, por un monto de
¢1.888.713,00 en cuotas obrero patronales. Consulta expediente en Sucursal CCSS
en Grecia, sita 125 costado oeste del Hospital San Francisco de Asís. Se le
confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación,
para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes.
Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro
administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito
Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán
por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—Grecia, 9 de marzo del
2016.—Juan Rafael Rojas Hidalgo, Jefe.—1 vez.—( IN2016030206 ).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SUCURSALES
HUETAR NORTE
De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para
Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores
Independientes”. Por no tener acceso a el domicilio actual del patrono Hernán
Vargas Solera, Numero patronal 0-00102550194-002-001, se procede a notificar
por medio de edicto, que la Sucursal de Grecia de la Dirección Regional de
Sucursales Huetar Norte, ha dictado el traslado de Cargos Número de caso
1305-2015-01138 que en lo que interesa indica: como resultado material de la
revisión salarial efectuada, se ha detectado que no fueron reportados ante la
C.C.S.S en la planilla de Hernán Vargas Solera a los trabajadores Cinthia Mora
Sánchez, número de cédula 205540182, Gilberto Navarro Álvarez, número de cédula
502150809, José Álvarez Gutiérrez, número
de cédula 503140871, Melvin Porras Valenciano, número de cédula
602250210, José Porras Valenciano, número
de cédula 602750526, Melvin Porras Zamora, número de cédula 603870822, Jorge Eduardo Ramos
Ramírez, número de cédula 204070965 y Ana Irene Castro Castillo, número de
cédula 205330097. Del análisis realizado a los documentos existió relación
obrero-patronal entre los trabajadores expuestos y el patrono Hernán Vargas
Solera por cuanto se llegaron a tipificar elementos importantes a saber;
presentación personal del servicio, subordinación y remuneración salarial.
Consulta expediente: en esta oficina Alajuela, Grecia, costado oeste del
Hospital San Francisco de Asís, se encuentra a su disposición el expediente
para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles
contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer
pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le
previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia. De no
indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por
notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—Grecia, 04 de
noviembre del 2015.—Lic. Juan Rafael Rojas Hidalgo, Jefe.—1
vez.—( IN2016030207 ).
De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para
Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de trabajadores
Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Seguridad Álvaro
Eduardo López Rojas, número patronal 0-00107590947-002-001, se procede a
notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Grecia de la Dirección
Regional de Sucursales Huetar Norte, ha dictado el traslado de Cargos número de
caso 1305-2015-01180 que en lo que interesa indica: como resultado material de
la revisión salarial efectuada, se ha detectado diferencias salariales del
trabajador Hamblet Alberto Herrera Hernández, número de cédula 108520424, por
el periodo del 06 de julio al 30 de setiembre 2014. Total de la diferencia
salarial ¢840.000,00, total de cuotas obrera y patronales de la Caja
¢187.656,00, sin incluir los intereses respectivos ni las otras instituciones
correspondientes. Consulta expediente: en esta oficina Alajuela, Grecia,
costado oeste del Hospital San Francisco de Asís, se encuentra su disposición
el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de
diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación,
para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír
notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el
mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de
Justicia. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores
al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24
horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Sucursal de Grecia, 16 de noviembre del 2015.—Lic. Juan
Rafael Rojas Hidalgo, Jefe.—1 vez.—( IN2016030208 ).
DIRECCIÓN DE SEGUROS SOLIDARIOS
Por única vez, se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en
la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores, por
muerte de:
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Para que dentro del término de nueve días hábiles, contados a partir
de la publicación de este aviso, se apersonen a la Sede señalada anteriormente,
en reclamo de sus derechos, apercibidos que si no, lo hicieren la indemnización
pasará a quien en derecho corresponda.—Departamento de Comunicaciones.—Ileana
Castro.—1 vez.—O. C. N° 18516.—Solicitud N° 55296.—( IN2016033487 ).
En el Alcance Nº 92 a La Gaceta Nº 108
del lunes 06 de junio del 2016, mediante el documento IN2016036043, se publicó
el Decreto Ejecutivo Nº 39726-MP-MEIC, y por error se omitió la información
correspondiente a la página Nº 11, la cual textualmente dice lo siguiente:
Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
Lo demás permanece igual.
La Uruca, junio del 2016.—Carlos
Alberto Rodríguez Pérez, Director General Imprenta Nacional.—1 vez.—Exento.—(
IN2016037907 ).
RICHTREE ENTERPRISES S. A.
Se comunica que con vista en la matriz, el nombre
correcto de la sociedad con cédula jurídica Nº 3-101-716348, es Richtree
Enterprises S. A., y no como por error se publicó mediante edicto Nº
CR2016006175.—Licda. Shirley
Zúñiga Méndez.—1 vez.—( IN2016037774 ).